LA GACETA Nº 140 DEL 20 DE JULIO DEL 2010

PODER LEGISLATIVO

ACUERDOS

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

MINISTERIO DE SALUD

MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

AGRICULTURA Y GANADERÍA

EDUCACIÓN PÚBLICA

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

PODER JUDICIAL

RESEÑAS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

MUNICIPALIDADES

ADJUDICACIONES

SEGURIDAD PÚBLICA

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA

BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

AVISOS

MUNICIPALIDADES

REMATES

AGRICULTURA Y GANADERÍA

INSTITUTO DEL CAFÉ DE COSTA RICA

REGISTRO DE PROVEEDORES

AVISOS

FE DE ERRATAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

BANCO DE COSTA RICA

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

INSTITUTO MIXTO AYUDA SOCIAL

AVISOS

MUNICIPALIDADES

REGLAMENTOS

MUNICIPALIDADES

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

UNIVERSIDAD NACIONAL

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

FEDERACIÓN OCCIDENTAL DE

MUNICIPALIDADES DE ALAJUELA

MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA

MUNICIPALIDAD DE GUATUSO

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

MUNICIPALIDAD DE SAN PABLO DE HEREDIA

MUNICIPALIDAD DE NICOYA

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

HACIENDA

SALUD

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y PAZ

FE DE ERRATAS

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

PODER LEGISLATIVO

ACUERDOS

Nº 6428-10-11

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

En sesión ordinaria Nº 032 celebrada el día 21 de junio del 2010 y de conformidad con lo establecido en los artículos 90, 91, 92 y 143 del Reglamento de la Asamblea Legislativa.

ACUERDA:

“Para que el expediente Nº 17485, Reforma a varios artículos de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres número 7331 y sus Reformas sea enviado a una Comisión Especial que estará integrada por un total de 9 diputados y diputadas distribuidos de la siguiente forma: 3 diputados del PLN, 2 diputados del PAC, 2 diputados del ML, 1 diputado del PUSC, 1 diputado del PASE. Se autoriza a la Presidencia de la Asamblea Legislativa para integrar esta comisión previa consulta a los Jefes y Jefas Fracción (sic). Esta Comisión tendrá un plazo de hasta dos meses a partir de su instalación para rendir un nuevo dictamen sobre el proyecto de ley”. Expediente Nº 17.770. Dicha Comisión estará integrada por los siguientes Diputados: Viviana Martín Salazar, Francisco Chacón González, Fabio Molina Rojas, Carlos Góngora Fuentes, Damaris Quintana Porras, Gloria Bejarano Almada, Víctor Hernández Cerdas, Néstor Manrique Oviedo Guzmán y Víctor Granados Calvo.

Dado en la Asamblea Legislativa, a los veintiocho días del mes de junio de dos mil diez.

Publíquese:

Luis Gerardo Villanueva Monge, Presidente.—1 vez.—O. C. Nº 20206.—C-26350.—(IN2010056329).

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Nº 025-PE

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

En ejercicio de sus atribuciones Constitucionales, previstas en los artículos 140, inciso 20 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Integrar en la Comitiva Oficial que acompañará a la Señora Presidenta de la República, Laura Chinchilla Miranda, en su viaje a Ciudad de Panamá, Panamá del 29 al 30 de junio del 2010, con motivo de participar en la “III Cumbre Corea-SICA” y en la “XXXV Cumbre de Jefes de Estado y/o de Gobierno del Sistema de Integración Centroamericana”, a las siguientes personas:

    Sr. Alfio Piva Mesén, Primer Vicepresidente de la República.

    Sra. Sylvia Escalante Herrera, Directora de Protocolo y Embajadora en Misión Especial.

Artículo 2º—Rige a partir del 29 y hasta el 30 de junio del 2010.

Dado en la Presidencia de la República, a los veintiocho días del mes de junio del dos mil diez.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la Presidencia, Marco A. Vargas Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 8942.—Solicitud Nº 113-10.—C-17020.—(IN2010056793).

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

Nº 11-MP

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política.

Considerando

1º—Que mediante el artículo 3, de la Ley número 7799, reforma de la Ley de Creación de la Junta Administrativa del Servicio Eléctrico Municipal de Cartago, se dispone que el Poder Ejecutivo designará tres de sus representantes en su Junta Directiva.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Designar como representantes del Poder Ejecutivo, ante la Junta Directiva de la Junta de Administración del Servicio Eléctrico Municipal de Cartago, JASEC, a las siguientes personas:

Sra. Lilliam Calderón Montoya, cédula de identidad Nº 3-331-871.

Sra. Suraye Aiza Aquín, cédula de identidad Nº 5-135-791.

Sr. Carlos Manuel Gutiérrez Gómez, cédula de identidad Nº 3-281-280.

Artículo 2º—Rige a partir del 10 de mayo del 2010.

Dado en la Presidencia de la República, a los treinta días del mes de junio del dos mil diez.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la Presidencia, Marco A. Vargas Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 9587.—Solicitud Nº 115-10.—C-21270.—(IN2010056791).

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Nº 150-10-RE-IMMP

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en los artículos Nº 7 y Nº 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que es de interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, la participación en la VIII Reunión de Directores de Academias, Institutos y Escuelas Diplomáticas Iberoamericanas que tendrá lugar en Buenos Aires, Argentina los días 1 y 2 de julio de 2010.

2º—Que es oportuna la participación del Embajador José Joaquín Chaverri Sievert, Director del Instituto Diplomático Manuel María de Peralta de este Ministerio, por ser un tema de importancia en la labor de profesionalización del servicio exterior que realiza el Instituto. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al Embajador José Joaquín Chaverri Sievert, cédula de identidad 1-386-358, para que en calidad de Embajador en Misión Especial, participe en el VIII Reunión de Directores de Academias, Institutos y Escuelas Diplomáticas Iberoamericanas a celebrarse en la ciudad de Buenos Aires, Argentina, del 1 al 2 de julio de 2010.

Artículo 2º—Los gastos de pasajes aéreos, viáticos, transporte interno, gastos en tránsito, e impuestos aeroportuarios, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios Públicos, corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, programa 079, Instituto del Servicio Exterior Manuel María de Peralta, subpartida 1.05.03 de pasajes aéreos y subpartida 105.04 de viáticos, se autoriza la suma de $298,00 diarios, para un total $1.192,00. Se autoriza al funcionario realizar llamadas internacionales. Todo sujeto a liquidación.

Artículo 3º—Rige del 30 de junio al 3 de julio de 2010.

Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a las trece horas del dos de junio del dos mil diez.

René Castro Salazar, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 8190.—Solicitud Nº 45399.—C-29770.—(IN2010056369).

Nº 183-10-RE-IMMP

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en los artículos Nº 7 y Nº 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que es de interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, la participación en el Quinto Curso para Diplomáticos de América Latina y el Caribe que tendrá lugar en Berlín, Alemania del 29 de agosto al 10 de octubre de 2010.

2º—Que es oportuna la participación del señor Jorge Umaña Vargas, funcionario del Instituto Diplomático Manuel María de Peralta de este Ministerio, por ser un tema de importancia en la labor de profesionalización del servicio exterior que realiza el Instituto. Por tanto,

ACUERDA

Artículo 1º—Designar al señor Jorge Umaña Vargas, cédula de identidad 1-1212-0650, para que participe en el Quinto Curso para Diplomáticos de América Latina y El Caribe a celebrarse en la ciudad de Berlín, Alemania del 29 de agosto al 10 de octubre de 2010.

Artículo 2º—Los gastos de viáticos, seguros, transporte interno, gastos en tránsito, e impuestos aeroportuarios corren por cuenta de la organización del evento. Lo correspondiente a pasajes aéreos será cubierto por el interesado.

Artículo 3º—Rige del 26 de agosto al 10 de octubre de 2010.

Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a las trece horas del 29 de junio del dos mil diez.

Publíquese.—Carlos Alberto Roverssi Rojas, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í.—1 vez.—O. C. Nº 8190.—Solicitud Nº 8304.—C-22120.—(IN2010056366).

MINISTERIO DE SALUD

Nº DM-MG-1228-10

LA MINISTRA DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública” Nº 6227 del 02 de mayo de 1978.

Considerando:

1º—Que del día 21 a124 de junio del 2010, tendrá lugar en la Ciudad de Panamá, Panamá, el taller “Armonización de la Normativa de Control de Calidad de Medicamentos, Normativa y Procedimientos de Negociación Conjunta de Precios”; y este Despacho considera importante la participación de la Dra. Marcela González Rodríguez, cédula Nº 1-799-872, funcionaria de la Dirección de Regulación de la Salud, en la actividad de cita. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la Dra. Marcela González Rodríguez, cédula Nº 1-799-872, funcionaria de la Dirección de Regulación de la Salud, para que asista y participe en el taller “Armonización de la Normativa de Control de Calidad de Medicamentos, Normativa y Procedimientos de Negociación Conjunta de Precios”; que tendrá lugar en la Ciudad de Panamá, Panamá, del día 21 a124 de junio del 2010.

Artículo 2º—Los gastos de viaje de la Dra. Marcela González Rodríguez, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje, serán cubiertos por el BID, por lo que no existe gasto a cargo del erario público.

Artículo 3º—Que durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige del 21 a124 de junio del 2010.

Dado en Ministerio de Salud, San José, a los dieciséis días del mes de junio del dos mil diez.

Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 8667.—Sol. Nº 38409.—C-25520.—(IN2010056768).

Nº DM-MG-1229-10

LA MINISTRA DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública” Nº 6227 del 02 de mayo de 1978.

Considerando:

1º—Que del día 16 al 24 de julio del 2010, tendrá lugar en Ciudad de Viena, Austria, la “XVIII Conferencia Internacional de VIH/SIDA” y este Despacho considera importante la participación del Dr. Adrián Vieto Piñeres, cédula Nº 1-984-395, funcionario de la División Técnica de Rectoría de la Salud y Coordinador VIH/SIDA, en la actividad de cita. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al Dr. Adrián Vieto Piñeres, con cédula Nº 1-984-395, funcionario de la División Técnica de Rectoría de la Salud y Coordinador VIH/SIDA, para que asista y participe en la “XVIII Conferencia Internacional de VIH/SIDA” que tendrá lugar en Ciudad de Viena, Austria, del día 16 a124 de julio del 2010.

Artículo 2º—Los gastos de viaje del Dr. Adrián Vieto Piñeres, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje, serán cubiertos por el Grupo de Cooperación Técnica Horizontal (GCTH), por lo que no existe gasto a cargo del erario público.

Artículo 3º—Que durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación del funcionario en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige del día 16 a124 de julio del 2010.

Dado en Ministerio de Salud, San José, a los dieciséis días del mes de junio del dos mil diez.

Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 8667.—Sol. Nº 38412.—C-23820.—(IN2010056769).

Nº DM-MG-1249-10

LA MINISTRA DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública” Nº 6227 del 02 de mayo de 1978.

Considerando:

1º—Que del día 26 al 30 de julio del 2010, tendrá lugar en Ciudad de Bogotá, Colombia, la “Re-evaluación del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA)”; y este Despacho considera importante la participación de la Dra. Ileana Herrera Gallegos, con cédula Nº 1-479-765, funcionaria de la Dirección de Regulación de la Salud, en la actividad de cita. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la Dra. Ileana Herrera Gallegos, con cédula Nº 1-479-765, funcionaria de la Dirección de Regulación de la Salud, para que asista y participe en la “Re-evaluación del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA”; que se llevará cabo en Ciudad de Bogotá, Colombia, del día 26 a130 de julio del 2010.

Artículo 2º—Los gastos de la Dra. Ileana Herrera Gallegos por concepto de transporte, alimentación, y hospedaje, serán cubiertos por la Organización Mundial de la Salud, por lo que no existe gasto a cargo del erario público.

Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige del día 26 a130 julio del 2010.

Dado en Ministerio de Salud, San José, a los veintidós días del mes de junio del dos mil diez.

Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 8667.—Sol. 38411.—C-23820.—(IN2010056807).

Nº DM-MG-1250-10

LA MINISTRA DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública” Nº 6227 del 02 de mayo de 1978.

Considerando:

1º—Que del día 22 al 26 de junio del 2010, tendrá lugar en Ciudad de Antigua, Guatemala, el “Encuentro Regional para los Mecanismos de Coordinación de País/ Regionales de Centroamérica, México, y El Caribe”; y este Despacho considera importante la participación del Dr. Adrián Vieto Piñeres, cédula Nº 1-984-395, funcionario de la División Técnica de Rectoría de la Salud y Coordinador VIH/SIDA, en la actividad de cita. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al Dr. Adrián Vieto Piñeres, con cédula Nº 1-984-395, funcionario de la División Técnica de Rectoría de la Salud y Coordinador VIH/SIDA, para que asista y participe en el “Encuentro Regional para los Mecanismos de Coordinación de País/Regionales de Centroamérica, México, y El Caribe”; que tendrá lugar en Ciudad de Antigua, Guatemala, del día 22 a126 de junio del 2010.

Artículo 2º—Los gastos de viaje del Dr. Adrián Vieto Piñeres, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje, serán cubiertos por el Fondo Mundial, por lo que no existe gasto a cargo del erario público.

Artículo 3º—Que durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación del funcionario en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige del día 22 a126 de junio del 2010.

Dado en Ministerio de Salud, San José, a los veintidós días del mes de junio del dos mil diez.

Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 8667.—Sol. 38410.—C-23820.—(IN2010056810).

MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD

Nº 046-C.—San José, 14 de mayo del 2010

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD

Con fundamento en los artículos 140, inciso 20), 146 de la Constitución Política y el artículo 25, inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, y

Considerando:

1º—Que la puesta en escena de la obra de teatro infantil “Estaba la Pájara Pinta”, realizada por “Joy Producciones Creativas”, pretende promover la música infantil costarricense y los juegos tradicionales, así como concientizar a la población en general en asuntos sociales y culturales.

2º—Que la presentación de la obra infantil “Estaba la Pájara Pinta”, pretende exaltar valores de civismo, respeto, tolerancia y cuidado del medio ambiente en las generaciones infantiles de nuestra sociedad.

3º—Que esta obra, incluye diversas manifestaciones de las artes escénicas como teatro y la música, lo cual pretende desarrollar en los asistentes el gusto por una obra de arte interdisciplinaria e integral, inspirada en el tema infantil. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Declarar de Interés Cultural la presentación de la obra de teatro “Estaba la Pájara Pinta”, que se presentará en el Teatro “El Triciclo”, desde agosto hasta noviembre del 2010.

Artículo 2º—Rige a partir del 14 de mayo del 2010.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Cultura y Juventud, Manuel Obregón López.—1 vez.—(IN2010056695).

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO

DE LA COMUNIDAD

AVISO

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad del Área Legal y de Registro, hace constar que la Asociación de Desarrollo Específico Cultural de Moravia, San José. Por medio de su representante: María de los Ángeles Quesada Orozco, cédula Nº 1-0330-0441, ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección Legal y de Registro.—San José, 6 de julio del 2010.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—RP2010183539.—(IN2010056577).

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

DIRECCIÓN NACIONAL DE INSUMOS AGRÍCOLAS

EDICTO

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

DIA-R-E-321-2010.—El señor Víctor Hugo Carranza Salazar, cédula 1-1025-0017 en calidad de Representante Legal de la compañía Cooperativa Agrícola Industrial y de Servicios Múltiples El General R. L. (Coopeagri El General R. L.), cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San Isidro de El General,  solicita  inscripción  del  fertilizante  orgánico  de nombre  comercial  Abono  Orgánico  El  Sembrador  compuesto  a base de nitrogeno-fosforo-potasio-magnesio-boro-zinc-cobre-hierro-manganeso. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 8 de junio del 2010.—Unidad de Registro de Agroinsumos.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Encargado a. í.—1 vez.—(IN2010056254).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN

DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 138, asiento 21, título Nº 1301, y del Título de Técnico Medio en Contabilidad, inscrito en el tomo 1, folio 100, asiento 8, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de Pococí, en el año dos mil dos, a nombre de Suazo Alvarado Ronald Antonio. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 2 de julio del 2010.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2010055235).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 67, título Nº 710, emitido por el Colegio El Rosario, en el año mil novecientos ochenta y siete, a nombre de Rivera de la Peña Mitzy Pamela. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 01 de julio del 2010.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2010057128).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, “Rama Técnica” Especialidad Ciencias Agropecuarias, inscrito en el tomo 1, folio 35, asiento 32, título Nº 416, emitido por el Colegio Técnico Profesional Umberto Melloni Campanini, en el año mil novecientos ochenta y cuatro, a nombre de Rivera Villalobos Álvaro. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 08 de julio del 2010.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2010057153).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 06, título N° 1078, emitido por el Colegio El Rosario, en el año dos mil tres, a nombre de Marichal Cruz Marco. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 6 de julio del 2010.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2010183833.—(IN2010057056).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

REGISTRO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

EDICTO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social la organización social denominada: Unión de Empleados del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, siglas UNEINVU, aprobada en asamblea celebrada el 26 de marzo del 2010. Expediente I-5. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Departamento mediante tomo 16, folio 75, asiento 4570 del 18 de junio del 2010. La reforma afecta el artículo 15 del Estatuto.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2010055433).

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

En sesión celebrada en San José, a las nueve horas del 3 de mayo del 2010, se acordó conceder pensión de gracia, mediante la resolución JNPA-1656-2010, al señor Castañeda Palomino José Anselmo, cédula de identidad Nº 5-105-795, vecino de Guanacaste; por un monto de cincuenta y dos mil seiscientos ocho colones con cero céntimos (¢52.608,00), con un rige a partir de la inclusión en planillas. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido presupuestario correspondiente.—Lic. Róger Porras Rojas, Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2010055409).

En sesión celebrada en San José, a las nueve horas del 3 de mayo del 2010, se acordó conceder pensión de gracia, mediante la resolución JNPA-1638-2010, al señor Zúñiga Zúñiga Alejandrino, cédula de identidad Nº 5-106-076, vecino de Guanacaste; por un monto de cincuenta y dos mil setecientos ochenta y seis colones con cero céntimos (¢52.786,00), con un rige a partir de la inclusión en planillas. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido presupuestario correspondiente.—Lic. Róger Porras Rojas, Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2010055410).

En sesión celebrada en San José, a las 9:00 horas del 10 de febrero del 2010, se acordó conceder Pensión de Gracia por Sobrevivencia, mediante la resolución JNPSA-773-2010, a la señora Sandoval Quirós María Isabel, cédula de identidad 3-168-129, vecina de Limón; por un monto de setenta mil ciento treinta y ocho colones con cero céntimos (¢70.138,00), con un rige a partir de la inclusión de planillas. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido presupuestario correspondiente.—Lic. Róger Porras Rojas, Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2010055905).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Patentes de invención

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

La (la) señor (a) (ita) Sanofi-Aventis, de Francia Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS-2-ONA DISUSTITUIDOS EN 3, SU PREPARACIÓN Y SU APLICACIÓN EN TERAPÉUTICA. La presente invención tiene por objetos los derivados de indol-2-ona disustituidos en 3, de fórmula general (I), en la que, R1, ----, R1, R2, R3, R4, R5, AR y n son tales como se han definido en la reivindicación 1, el procedimiento de preparación y la aplicación terapéutica de dichos compuestos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C07D 209/40, cuyo(s) inventor(es) es (son) Baroni Marco, Puleo Letizia. La solicitud correspondiente lleva el número 11273, y fue presentada a las 13:44:11 del 12 de febrero de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de junio del 2010.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2010055238).

El señor Manuel Enrique Lizano Pacheco, cédula 1-833-413, mayor, casado, abogado, vecino de San José, en condición de apoderado especial de Chugai Seiyaku Kabushiki Kaisha, de Japón, solicita la Patente de Invención denominada INHIBIDORES DE QUINASAS SIMIL POLO. Se proveen los compuestos de la siguiente fórmula para usar con quinasas en donde las variables son como se definen en la presente. También se proveen composiciones farmacéuticas, kits y artículos de fabricación que comprenden tales compuestos; métodos e intermediarios de utilidad para preparar los compuestos; y métodos de uso de dichos compuestos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A61K  31/4545, cuyo(s) inventor(es) es(son) Sheldon X. Cao, Victoria Feher, Takashi Ichikawa, Benjamín Jones, Stephen W. Kaldor, Andre A. Kiryanov, Yan Liu, Christopher Mcbride, Srinivasa Reddy Natala, Zhe Nie, Jeffrey A. Stafford, Betty Lam. La solicitud correspondiente lleva el número 11370, y fue presentada a las 08:52:18 del 14 de abril de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 17 de junio de 2010.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—RP2010183233.—(IN2010056181).

El señor Manuel Enrique Lizano Pacheco, cédula 1-833-413, mayor, abogado, vecino de Santa Ana, en su condición de apoderado especial de The University of Queensland, de Australia, solicita la Patente de Invención denominada PROTEINA M DE ESTREPTOCOCO, FRAGMENTOS INMUNOGÉNICOS, ÁCIDOS NUCLEICOS Y MÉTODOS DE USO. La presente invención se refiere a proteínas y ácidos nucleicos particulares. Más particularmente, la presente invención se refiere a proteínas aisladas y ácidos nucleicos de Streptococcus. iniae y su uso en el diagnóstico y/o terapia de infecciones por Streptococcus. iniae en animales, particularmente en peces.  La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,  la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C07K 14/315, cuyo(s) inventor(es) es (son) Andrew Cartner Barnes, Justice Craig Forrester Baiano. La solicitud correspondiente lleva el número 11384, y fue presentada a las 08:33:26 del 23 de abril de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 10 de junio de 2010.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—RP2010183235.—(IN2010056182).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El señor Néstor Morera Víquez, cédula Nº 1-1018-975, mayor, casado, abogado, vecino de Heredia, en condición de apoderado especial de Astrazeneca AB, de Suecia, solicita la Patente de Invención denominada PIPERAZINAS COMO AGENTES ANTIOBESIDAD. La presente invención se refiere a nuevos compuestos de fórmula (I), a composiciones farmacéuticas que comprenden estos compuestos, a procesos para su preparación y al uso de estos compuestos como miméticos moduladores del receptor de Leptina en la preparación de medicamentos para afecciones asociadas con el aumento de peso, la diabetes tipo 2 y las dislipidemias. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C07D 211/22, cuyo(s) inventor (es) es (son) Boyd, Joseph, Brown, Giles A., Higginbottom, Michael. La solicitud correspondiente lleva el número 11479, y fue presentada a las 12:34:21 del 4 de junio del 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 7 de junio del 2010.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—RP2010182825.—(IN2010055374).

El señor Néstor Morera Víquez, cédula Nº 1-1018-975, mayor, abogado, vecino de Heredia, en su condición de apoderado especial de Societe Innov.Eco, de Monaco, solicita la Patente de Invención denominada INSTALACIÓN DE PRODUCCIÓN DE UN LIGANTE SULFÁTICO MULTICOMPONENTES CON ALTOS RENDIMIENTOS MECÁNICOS A PARTIR DE YESO Y/O DE SUS DERIVADOS, PROCESO DE FABRICACIÓN DE TAL LIGANTE OBTENIDO DE ESTE MODO. La invención tiene como objeto una instalación para la producción de un ligante sulfático a partir de un producto pulverulento. Esta instalación incluye una tolva dosificadora (19), de los medios de calentamiento (1) del producto pulverulento y unos medios de enfriamiento (3) del producto pulverulento calentado. Los medios de calentamiento (1) y de enfriamiento (3) están asociados a unos medios de trituración aptos para la obtención del producto pulverulento según, un huso granular propio de los yesos, y a unos medios de mantenimiento (2) de una tensión de vapor saturante y de una depresión determinadas en el interior de dichos medios de calentamiento (1) . Los medios de calentamiento (1) están constituidos por un horno de inclinación y de velocidad variables equipado, con un quemador modular (8). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C04B 11/26, cuyo(s) inventor (es) es (son) Jouwsma, Adriaan Jan. La solicitud correspondiente lleva el número 11255, y fue presentada a las 12:02:00 del 5 de febrero del 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 10 de junio del 2010.—Lic. Hellen Marín Carrera, Registradora.—RP2010182826.—(IN2010055375).

El señor Néstor Morera Víquez, cédula 1-1018-975, mayor, casado, abogado, vecino de Heredia, en su condición de apoderado especial de Astrazeneca AB, de Suecia, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE TETRAZOL COMO MODULADORES DE RECEPTORES DE GLUTAMATO METABOTRÓPICOS (MGLURS). La presente invención está dirigida a nuevos compuestos, su uso en terapia y composiciones farmacéuticas que comprenden dichos nuevos compuestos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C07D 401/14, cuyos inventores son Arzel, Erwan, Edwards, Louise, Isaac, Methvin, Mcleod, Donald A., Slassi, Abdelmalik, Xin, Tao. La solicitud correspondiente lleva el número 11376, y fue presentada a las 13:34:00 del 19 de abril de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de junio del 2010.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—Nº RP2010183014.—(IN2010055813).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula 1-812-604, mayor, casada dos veces, abogada, vecina de Tres Ríos en su condición de apoderada especial de Bayer Cropscience AG, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE ÁCIDO TETRÁM1CO Y ÁCIDO TETRÓNICO SUSTITUIDOS CON ESPIRO OXAESPIROCÍCLICOS. La presente invención se refiere a nuevos derivados de ácido tetrámico y ácido tetrónico sustituidos con espiro-fenilo oxaespirocíclicos de fórmula (I), en la que A y B y el átomo de carbono al que están unidos representan un anillo de tetrahidrofurano o un anillo de tetrahidropirano respectivamente sustituidos dado el caso con alquilo, halogenoalquilo, alcoxi, alcoxialquilo o fenilo dado el caso sustituido, y W, X, Y, Z, D, Q1, Q2 y G tienen los significados anteriormente dados, a varios procedimientos para su preparación y a su uso como plaguicidas y/o herbicidas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C07D 491/10, cuyos inventores son Bretshneider, Thomas, Fischer, Reiner, Lange, Gudrun, Lehr, Stefan, Feutch, Dieter, Franken, Eva María, Hills, Martin, Jeffrey, Kehne, Heinz, Malsam Olga, Rosinger, Christopher Hugh, Dittgen, Jan, Gorgens, Ulrich, Hauser, Hahn Isolde, Arnold, Christian. La solicitud correspondiente lleva el número 11237, y fue presentada a las 14:49:18 del 26 de enero del 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 11 de marzo del 2010.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—RP2010183722.—(IN2010057053).

La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula 1-812-604, mayor, casada dos veces, abogada, vecina de Tres Ríos, en su condición de apoderada especial de Bayer Cropscience AG, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada COMBINACIONES PESTICIDAS. La presente invención se refiere a combinaciones pesticidas que comprenden tiodicarb y una benzoilurea seleccionada del grupo de triflumurón, diflubenzurón, lufenurón y novalurón, que muestran buenas actividades pesticidas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A01N 47/24, cuyos inventores son Hungenberg Heike, Masters, Robert, Hand Shelton, Shane. La solicitud correspondiente lleva el número 11228, y fue presentada a las 14:53:25 del 18 de enero de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 4 de marzo del 2010.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—RP2010183725.—(IN2010057054).

La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, mayor, abogada, cédula 1-812-604, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Astrazeneca AB, de Suecia, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE FTALAZINONA. Un compuesto de fórmula (I) donde R representa uno o más sustituyentes opcionales en el anillo de ciclohexeno fusionado; X puede ser NRX o CRXRY; si X = NRX, luego n es 1 ó 2, y si X = CRXRY, luego n es 1; si X = NRX, luego RX se selecciona del grupo que consiste en H, C1-20 alquilo opcionalmente sustituido, C5-20 arilo opcionalmente sustituido, C3-20 heterociclilo opcionalmente sustituido, amido opcionalmente sustituido, tioamido opcionalmente sustituido, éster opcionalmente sustituido, acilo opcionalmente sustituido, y grupos sulfonilo opcionalmente sustituidos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C07D 237/32, cuyos inventores son Javaid, Muhammad, Hashim, Menear, Keith, Allan, Martin, Niall, Morrison, Barr, Smith, Graeme, Cameron, Murray, Rudge, David Alan, Roberts Craig, Anthony. La solicitud correspondiente lleva el número 11181, y fue presentada a las 14:00:02 del 18 de diciembre de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 4 de marzo del 2010.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—RP2010183727.—(IN2010057055).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Se hace saber a los señores Ching Al Lei y Ching Cheng Kuen, ambos de nacionalidad china, con número de pasaporte por el orden usual, G-08910689 y G-08910618 y al señor Jorge Benavides Herrera, cédula de identidad número 1-1005-794, todos en su condición de interesados en el documento que generó el asiento del diario 332834 del tomo 2009, asimismo, al Lic. Ismael Enrique Zumbado Solano, que el Registro de Personas Jurídicas ha iniciado diligencias administrativas de oficio, en virtud de la resolución dictada por este Despacho en el expediente administrativo número RPJ-013-2010, a las 8:15 horas del 17 de mayo último, que dispuso, entre otros, y con ocasión del informe suministrado por el Registrador encargado del trámite de inscripción del documento de referencia, a través del cual conoció esta Oficina de la comisión de un error en el proceso de inscripción del mencionado documento, que básicamente consiste en la omisión de practicar la inscripción de uno de los poderes conferidos en el mismo, ordenar la apertura de un expediente de oficio a efecto de realizar la investigación respectiva. En tal sentido, se les confiere audiencia por el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la tercera publicación del presente edicto, a efecto de que dentro del plazo indicado, presenten los alegatos que a sus derechos convengan. Se les previene que en el momento de ser notificado mediante el presente edicto o dentro del tercer día, deben señalar lugar o medio para atender notificaciones de este Despacho, dentro del perímetro de la ciudad de San José, bajo el apercibimiento de que si no lo hacen las resoluciones que se dicten se les tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilita la notificación por causas ajenas a este Despacho, o bien, si el lugar señalado no existe, permanece cerrado, su dirección es imprecisa, incierta o inexistente. Lo anterior de conformidad con el artículo 92 y siguientes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J de 18 de marzo de 1998 y sus reformas. (Ref. Exp. Nº RPJ019-2010). Publíquese por 3 veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta.—Curridabat, 28 de junio del 2010.—Subdirección de Personas Jurídicas.—Lic. Rosa Isela Esquivel Aguilar, Subdirectora a. í.—O. C. Nº 10-233.—Solicitud Nº 25375.—C-66320.—(IN2010056779).

Se hace saber a los señores Ching Al Lei y Ching Cheng Kuen, ambos de nacionalidad china, con número de pasaporte por el orden usual, G-08910689 y G-08910618 y al señor Jorge Benavides Herrera, cédula de identidad número 1-1005-794, todos en su condición de interesados en el documento que generó el asiento del diario 332834 del tomo 2009, que el Registro de Personas Jurídicas ha iniciado diligencias administrativas de oficio, en virtud de la resolución dictada por este Despacho en el expediente administrativo número RPJ-013-2010, a las 8:15 horas del 17 de mayo último, que dispuso, entre otros, y con ocasión del informe suministrado por el Registrador encargado del trámite de inscripción del documento de referencia, a través del cual conoció esta Oficina de la comisión de un error en el proceso de inscripción del mencionado documento, que básicamente consiste en la omisión de practicar la inscripción de uno de los poderes conferidos en el mismo, ordenar la apertura de un expediente de oficio a efecto de realizar la investigación respectiva. En tal sentido y de conformidad con lo estipulado en el artículo 97 del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J de 18 de marzo de 1998 y sus reformas, se resolvió consignar nota de advertencia de manera preventiva y para efectos de publicidad, en el asiento registral del poder generalísimo inscrito en el sistema automatizado bajo las citas, tomo dos mil nueve (2009), asiento trescientos treinta y dos mil ochocientos treinta y cuatro (332834), consecutivo uno (1), secuencia uno (1). (Ref. Exp. Nº RPJ-019-2010). Publíquese por una única vez en el Diario Oficial La Gaceta.—Curridabat, 28 de junio del 2010.— Subdirección de Personas Jurídicas.—Lic. Rosa Isela Esquivel Aguilar, Subdirectora a. í.—1 vez.—O. C. Nº 10-233.—Solicitud Nº 25374.—C-22120.—(IN2010056782).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

Hace saber: que ante este despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación para el ejercicio de la función notarial, de la licenciada María José Sánchez, cédula de identidad número 1-1229-0469. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección, dentro de los quince días siguientes a esta publicación. Expediente 10-000425-0624-NO.—San José, 10 de junio del 2010.—Lic. Rogelio Fernández Moreno, Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2010055951).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

DIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINAS

SOLICITUD DE EXPLOTACIÓN EN

CAUCE DE DOMINIO PÚBLICO

En expediente Nº 7-2008 el señor Julio E. Torres Mora, mayor, soltero, geólogo, vecino de Desamparados centro, cédula 1-539-823, solicita concesión para extracción de materiales en cauce de dominio público sobre el río Cañas.

Localización geográfica:

Sito en: Hacienda Mojica, distrito 01 Cañas, cantón 06 Cañas, provincia 05 Guanacaste.

Hoja cartográfica:

Hoja cartográfica Cañas, escala 1:50.000 del I.G.N.

Localización cartográfica:

Se ubica entre coordenadas:   270034.80 - 270047.87 Norte,

                                                     409295.80 - 409315.02 Este

                                                     límite aguas arriba y

                                                     268430.10 - 268420.19 Norte,

                                                     409641.04 - 409621.22 Este

                                                     límite aguas abajo.

Área solicitada:

5 ha 2.420,13 m², longitud promedio 917,63 metros.

Derrotero:

Coordenadas del vértice N° 1 270047.87 Norte, 4090915.02 Este.

Línea

Acimut

Distancia (m)

1 - 2

141°01’

72.92

2 - 3

079°30’

12.13

3 - 4

146°19’

15.93

4 - 5

194°01’

12.77

5 - 6

158°59’

44.32

6 - 7

129°46’

19.32

7 - 8

151°46’

19.72

8 - 9

177°36’

28.92

9 - 10

159°06’

12.84

10 - 11

155°23’

17.37

11 - 12

158°31’

33.78

12 - 13

170°48’

29.03

13 - 14

133°25’

38.39

14 - 15

152°57’

50.03

15 - 16

128°13’

48.98

16 - 17

158°56’

16.28

17 - 18

112°58’

39.16

18 - 19

117°20’

25.48

19 - 20

108°07’

22.66

20 - 21

138°02’

14.45

21 - 22

154°06’

9.23

22 - 23

155°29’

16.37

23 - 24

151°15’

18.25

24 - 25

175°00’

41.86

25 - 26

221°34’

34.71

26 - 27

203°16’

19.85

27 - 28

195°55’

16.11

28 - 29

222°50’

76.19

29 - 30

195°16’

89.35

30 - 31

183°59’

21.48

31 - 32

142°49’

22.74

32 - 33

160°03’

72.68

33 - 34

138°30’

24.67

34 - 35

177°50’

33.51

35 - 36

155°34’

14.95

36 - 37

165°33’

21.02

37 - 38

185°19’

17.27

38 - 39

189°28’

56.04

39 - 40

225°30’

53.79

40 - 41

141°54’

11.72

41 - 42

204°26’

18.69

42 - 43

250°15’

31.81

43 - 44

210°00’

31.81

 44 - 45

170°43’

23.29

45 - 46

206°41’

33.81

46 - 47

178°42’

41.2

47 - 48

186°08’

37.17

48 - 49

217°34’

8.51

49 - 50

198°57’

31.78

50 - 51

157°03’

183.00

51 - 52

166°30’

92.68

52 - 53

185°29’

26.03

53 - 54

154°18’

48.26

54 - 55

133°54’

59.45

55 - 56

243°26’

22.16

56 - 57

311°07’

57.6

57 - 58

333°15’

57.42

58 - 59

008°38’

25.75

59 - 60

346°48’

91.83

60 - 61

334°18’

82.35

61 - 62

340°30’

111.62

62 - 63

009°54’

161.86

63 - 64

026°56’

51.32

64 - 65

343°11’

9.54

65 - 66

023°37’

7.72

66 - 67

081°18’

23.68

67 - 68

014°59’

23.48

68 - 69

045°52’

48.31

69 - 70

016°23’

20.94

70 - 71

0359°39’

44.3

71 - 72

325°11’

21.85

72 - 73

347°16’

68.42

73 - 74

328°57’

46.45

74 - 75

349°54’

81.28

75 - 76

021°00’

84.57

76 - 77

035°17’

55.25

77 - 78

055°11’

23.74

78 - 79

021°45’

44.09

79 - 80

052°48’

20.93

80 - 81

350°15’

10.12

81 - 82

312°58’

27.54

82 - 83

337°44’

18.06

83 - 84

303°52’

21.21

84 - 85

319°10’

20.52

85 - 86

300°26’

51.03

86 - 87

315°15’

76.46

87 - 88

336°01’

19.96

88 - 89

286°55’

12.00

89 - 90

339°30’

24.76

90 - 91

322°18’

25.01

91 - 92

332°30’

26.79

92 - 93

340°32’

170.51

93 - 94

325°28’

10.91

94 - 95

261°45’

10.6

95 - 96

349°30’

20.61

96 - 97

315°46’

25.17

97 - 98

263°48’

11.61

98 - 99

296°13’

8.31

99 - 100

000°47’

28.18

100 - 101

320°20’

14.62

101 - 1

055°50’

23.22

 

Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 20 de junio del 2008, área y derrotero aportados el 22 de octubre del 2009.

Con quince días hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.

San José, veinticuatro de junio del dos mil diez.—Registro Nacional Minero.—Lic. Cynthia Cavallini Chinchilla.—(IN2010055983).

2 v. 1. Alt.

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Expediente Nº 3668A.—Cafetalera Tirra S. A., solicita concesión de: 3 litros por segundo de la quebrada Tirra, efectuando la captación en finca de Zúñiga Cambronero Vital en Candelaria (Palmares), Palmares, Alajuela, para uso agroindustrial-beneficiado. Coordenadas 222.800 / 489.300 hoja Naranjo. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 1º de julio de 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2010055168).

Expediente Nº 13984A.—Agrícola La Mireya Datizal S. A., solicita concesión de: 0,6 litro por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Agrícola La Mireya Datizal S. A. en Turrialba, Cartago, para uso agropecuario, consumo humano y agropecuario - riego. Coordenadas 200.991 / 578.800, hoja Pejibaye. 0,2 litro por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Agrícola La Mireya Datizal S. A. en Turrialba, Cartago, para uso agropecuario, consumo humano y agropecuario - riego. Coordenadas 200.884 / 579.085, hoja Pejibaye. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 1º de julio de 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2010055225).

Expediente Nº 2267P.—Marikros S. A., solicita concesión de: 1 litro por segundo del pozo AB-737, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Antonio (Escazú), Escazú, San José, para uso consumo humano, agropecuario riego ornamentales, consumo humano doméstico y agropecuario riego ornamentales. Coordenadas 210.250 / 521.750, hoja Abra. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 1º de julio de 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2010055228).

Expediente Nº 9433P.—María Virginia Fonseca Tortós solicita concesión de: 0,2 litros por segundo del Pozo AB-1862, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Rafael, Escazú, San José, para uso comercial lavado de vehículos. Coordenadas 212.510 / 521.390 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de junio del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2010057156).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Exp. Nº 8877A.—Sociedad de Usuarios de Agua del Río Poás, solicita concesión de: 13,44 litros por segundo del río Poás, efectuando la captación en finca de su propiedad en Sabanilla (Alajuela), Alajuela, Alajuela, para uso agropecuario-riego-hortaliza. Coordenadas 234.500 / 514.800 Hoja Barva. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 2 de julio del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2010055392).

Exp. Nº 13985A.—Cervacia Fernández Fernández, solicita concesión de: 0,23 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de El Mismo en Pilas, Buenos Aires, Puntarenas, para uso consumo humano y agropecuario - riego. Coordenadas 342.800 / 521.300 Hoja General. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 2 de julio del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2010055397).

Exp. Nº 13990P.—Verny Ramírez, solicita concesión de: 10 litros por segundo del Pozo 3, efectuando la captación en finca de José Luis Ramírez Galeano en Filadelfia, Carrillo, Guanacaste, para uso agropecuario - riego. Coordenadas 266.800 / 372.300 Hoja Tempisque. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 2 de julio del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2010055436).

Exp. Nº 6877P.—Inversiones Ramírez y Villareal S. A., solicita concesión de: 10 litros por segundo del Pozo 3, efectuando la captación en finca de su propiedad en Filadelfia, Carrillo, Guanacaste, para uso varios. Coordenadas 263.850 / 372.150 Hoja Cañas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 2 de julio del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2010055439).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. 6686A.—Hacienda Cerro Grande S. A., solicita concesión de: 10 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Paraíso, Paraíso, Cartago, para uso agropecuario-abrevadero, consumo humano-doméstico, agropecuario-lechería y consumo humano-doméstico. Coordenadas 206.450/552.000 hoja Istarú. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de junio del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2010183879.—(IN2010057057).

PODER JUDICIAL

RESEÑAS

SALA CONSTITUCIONAL

ASUNTO: Acción de inconstitucionalidad

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

Que en la acción de inconstitucionalidad que se tramitó en el expediente número 10-001095-0007-CO promovida por Ana Isabel Biamonte Pérez, mayor, casada una vez, licenciada en informática, vecina de Ciudad Colón de Mora, portadora de la cédula de identidad número 1-0515-0284, en su condición de Presidenta del Partido “El Puente y los Caminos de Mora”; contra el artículo 41 del Código Electoral, se dictó el Voto número 008297-2010 de las catorce horas cuarenta y cinco minutos del cinco de mayo del dos mil diez, que literalmente dice:

Voto: 008297-2010. Por tanto: “Se declara con lugar la acción. Se anula la frase “inscrito a escala nacional”, contenida en el párrafo segundo del artículo 41 del Código Electoral, Ley Nº 8765 del 19 de agosto del 2009. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma anulada, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese.

San José, 7 de julio del 2010.

                                                     Gerardo Madriz Piedra,

1 vez.—(IN2010057304)                                   Secretario

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2010LN-000003-00100

Compra de unidades de tecnología

móvil tipo Hand Held y Tablet pc

El Departamento de Proveeduría del Consejo de Seguridad Vial, a través de la Unidad de Licitaciones, recibirá ofertas hasta las 9:00 horas del día 18 de agosto del 2010, para la licitación de referencia.

El (los) interesado(s) tiene(n) el cartel a su disposición en el Sistema Compra Red en forma gratuita, en la dirección http://www.hacienda.go.cr, accesando en Link de Compra Red de Internet a partir del día hábil siguiente a esta publicación, o podrá ser retirado en el Departamento de Proveeduría en el segundo piso, La dirección es la siguiente: La Uruca contiguo a la Agencia del Banco Nacional, sin costo alguno aportando dispositivo USB (llave maya), o solicitándolo para ser enviado vía correo electrónico al teléfono 2522-09-82.

Se informa que habrá reunión única de preoferta de la licitación de referencia, programada para el día 30 de julio de 2010, a las 10:00 horas, sita: Sala de reuniones de la Asesoría en Tecnología de la Información del COSEVI ubicado en La Uruca, con el fin de verificar los detalles relacionados con la compra de bienes a cotizar por parte de los potenciales oferentes.

San José, 14 de julio del 2010.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Alexánder Vásquez Guillén, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 002.—Solicitud Nº 38115.—C-21270.—(IN2010059195).

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA

DIVISIÓN DE GESTIÓN DE APOYO

UNIDAD DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000012-503

Contratación de una empresa que brinde una solución

de automatización para los sistemas de la Contraloría

La Contraloría General de la República recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 04 de agosto de 2010, para la licitación antes mencionada.

Los interesados podrán retirar el respectivo cartel en la Unidad de Gestión Administrativa, edificio anexo de la Contraloría General de la República en Sabana Sur, con un horario de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., previo al pago de ¢350,00 (trescientos cincuenta colones exactos), que deberán depositar en la Unidad de Administración Financiera o bien consultar en forma electrónica en la dirección www.cgr.go.cr, ingresando al ícono “Servicios al Público/Servicios/Avisos al Público. Sin embargo, para todos los efectos, prevalece el cartel sellado por la Unidad de Gestión Administrativa. Es importante indicar que las empresas interesadas en participar en este concurso, deberán contactarse al número telefónico 2501-8074 con la funcionaria Doris Díaz Ramírez, para registrarse como proveedor de la Contraloría General (Proveedor Activo) o para actualizar su estado en este registro.

San José, 15 de julio del 2010.—Unidad de Gestión Administrativa.—Ing. Ronald Monge Salazar, Jefe de Unidad.––1 vez.––(IN2010059185).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS

SUBGERENCIA DE TECNOLOGÍAS

DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000003-1150

Compra de servicio de mantenimiento

para plataforma de videocomunicación

Se informa a los interesados que está disponible el cartel de la Licitación Abreviada Nº 2010LA-000003-1150, por concepto de servicio de mantenimiento para plataforma de videocomunicación con apertura para el 11 de agosto de 2010, a las 9:00 a. m. Valor del cartel ¢1000,00. Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 15 de julio del 2010.—Subárea Gestión de Compras.—MBA Lydia Durán Jiménez, Jefa.—1 vez.—(IN2010059402).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000002-1150

Compra de equipo de cómputo

Se informa a los interesados que está disponible el cartel de la Licitación Abreviada Nº 2010LA-000002-1150, por equipo de cómputo, con apertura para el 12 de agosto de 2010, a las 9:00 a.m. Valor del cartel ¢1000.00. Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr.

15 de julio del 2010.—MBA. Lydia Durán Jiménez, Jefa Subárea Gestión de Compras.—1 vez.—(IN2010059403).

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000017-PROV

APERTURA

Renovación de dos licencias Firewall Checkpoint SO/N

15577808 Software Subscription VPN-1 Power Gateway

Unlimited Users For High Avalilabilty Cluster Módulo

principal y secundario, última versión por un año

La Junta de Protección Social les invita a participar en la Licitación Abreviada Nº 2010LA-000017-PROV por “Renovación de dos licencias Firewall Checkpoint SO/N 15577808 software subscription vpn-1 Power Gateway unlimited users for high avalilabilty cluster módulo principal y secundario, última versión por un año”. Las ofertas se recibirán hasta las 10:00 horas del día 10 de agosto del 2010, en el Departamento de Proveeduría de la Junta de Protección Social.

El cartel que contiene las especificaciones se encuentra a disposición de los interesados en nuestra página electrónica www.jps.go.cr, contrataciones administrativas, pueden retirarlo en el Departamento de Proveeduría, cuarto piso, edificio Central sin ningún costo o solicitarlo a Jorge Baltodano Méndez en la dirección electrónica: jbaltodano@jps.go.cr a partir de esta notificación.

Departamento de Proveeduría.—Lic. Mary Valverde Vargas, Subjefa.—1 vez.—Solicitud Nº 1321.—O. C. Nº 14044.—C-17020.—(IN2010059085).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE OROTINA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2010LN-000002-01

Dotación, acarreo, colocación y compactación de 1740

toneladas de mezcla asfáltica en caliente como carpeta

La proveeduría municipal, informa a todos aquellos proveedores interesados en participar en la Licitación Pública 2010LN-000002-01, denominada “Dotación, acarreo, colocación y compactación de 1740 toneladas de mezcla asfáltica en caliente como carpeta”, que recibirá ofertas hasta las diez horas del martes diez de agosto del presente año, fecha y hora para su recepción y cierre. El cartel de licitación puede ser adquirido en la oficina de la proveeduría municipal, previo pago de cinco mil colones.

Orotina, 07 de julio del 2010.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Jairo Emilio Guzmán Soto, Proveedor Municipal.—1 vez.—Solicitud Nº 092-2010.—O. C. Nº 20029.—C-11070.—(IN2010059168).

MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000009-01

Contratación de una persona física o jurídica, para la

elaboración del plan regulador integral acantilados

al norte de Playa Jobo-Punta Manzanillo

La Municipalidad de La Cruz, Guanacaste, invita a todos los interesados a participar en la Licitación Abreviada Nº 2010LA-000009-01, para la “Contratación de una persona física o jurídica para la elaboración del Plan Regulador Integral Acantilados al Norte de Playa El Jobo-Punta Manzanillo”.

El cierre y la apertura de las ofertas será el día 06 de agosto del 2010, a las 13:00 horas, en el salón de sesiones municipal, sita 150 metros norte del parque local.

Para obtener toda la información adicional y aclaraciones pertinentes a este proceso comunicarse al telefax 2679-9878 con el Departamento de Proveeduría.

El cartel de licitación debe ser retirados en la oficina de Proveeduría, previo al pago de ¢5.000, en la Tesorería Municipal, o ser depositado en el Banco Nacional de Costa Rica a la cuenta corriente: 100-1-0650000979-7 o a la cuenta cliente 15106510010009791.

Presentar boleta de pago o de depósito para la entrega de los documentos.

La Cruz, Guanacaste, 13 de julio del 2010.—Gustavo Briceño Álvarez, Proveedor Municipal.—1 vez.—RP20100185079.—(IN2010059125).

ADJUDICACIONES

SEGURIDAD PÚBLICA

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2010LN-000011-09003

Mantenimiento y reparación de vehículos

La Dirección de Proveeduría del Ministerio de Seguridad Pública, comunica a todos los interesados en la contratación arriba indicada, que mediante resolución de adjudicación de las 14:00 horas del 08-07-2010, la misma se adjudica de la siguiente manera:

Oferta Nº 2: Taller Vargas Matamoros S. A., cédula jurídica: 3-101-009005.

Línea 6: Mantenimiento y reparación de vehículos marca Nissan, modelo D21, gasolina, de conformidad con el cartel y la oferta.

Monto total adjudicado: ¢27.000.000,00 (veintisiete millones de colones exactos).

Vigencia de la oferta: 80 días hábiles a partir de la apertura de ofertas.

Plazo de entrega: de 0,5 a 12 días hábiles según tabla aportada en la oferta.

Garantía del servicio: 6 meses para reparaciones eléctricas, 12 meses para reparaciones mecánicas.

Forma de Pago: usual de Gobierno.

Lugar de entrega: Centro de Servicios de Transporte.

Oferta Nº 3: Cambio y Fuera S. A., cédula jurídica: 3-101-130670.

Línea 3: Mantenimiento y reparación de vehículos marca Toyota, modelo Yaris, gasolina, motor 1NZ, de conformidad con el cartel y la oferta.

Monto: ¢ 8.000.000,00 (ocho millones de colones exactos).

Línea 4: Mantenimiento y reparación de vehículos marca Daihatsu, modelo Cuore, gasolina, motor 1000 cc, de conformidad con el cartel y la oferta.

Monto: ¢ 6.000.000,00 (seis millones de colones exactos).

Monto total adjudicado: ¢14.000.000,00 (catorce millones de colones exactos).

Vigencia de la oferta: 80 días hábiles a partir de la apertura de ofertas.

Plazo de entrega: de 1 a 22 días hábiles según tabla aportada en la oferta.

Garantía del servicio: de 6 a 12 meses según tabla aportada en la oferta.

Forma de pago: usual de Gobierno.

Lugar de entrega: Centro de Servicio de Transporte.

San José, 13 de julio de 2010.—Lic. Josefina Montero Varela, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 9444.—Solicitud Nº 36759.—C-42520.—(IN2010059157).

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA

DIVISIÓN DE GESTIÓN DE APOYO

UNIDAD DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000011-503

Contratación de una empresa que brinde servicios

de consultoría en diseño de planes de carrera

administrativa así como la revisión

y diseño de esquemas de incentivos

Acta Nº 14-2010. Acuerdo de adjudicación de la Licitación Abreviada Nº 2010LA-000011-503 denominada “Contratación de una empresa que brinde servicios de consultoría en diseño de Planes de Carrera Administrativa así como la revisión y diseño de esquemas de incentivos”, con fundamento en lo establecido en el artículo 55 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República. Se acuerda adjudicar la presente Licitación a la empresa Price Waterhouse Coopers por un monto total de ¢19.500.000,00 (diecinueve millones quinientos mil colones exactos). Todo de acuerdo con las características y condiciones señaladas en la oferta de la empresa, con fundamento en el artículo 86 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, de conformidad con la recomendación contenida en la minuta de la sesión ordinaria Nº 13-2010 de la Comisión Evaluadora de Ofertas, y dadas las razones que se acogen en ese documento, y en el criterio técnico expresado por la parte técnica mediante oficio DGA-UGPH-0742 del 09 de julio de 2010 y oficio complemento DGA-UGPH-0750 del 13 de julio de 2010. Dado en la Contraloría General de la República a las diez horas cincuenta y ocho minutos del trece de julio de 2010. Comuníquese a los interesados.

San José, 15 de julio del 2010.—Unidad de Gestión Administrativa.—Ing. Wálter Araya Góchez, Jefe a.í.––1 vez.––(IN2010059184).

BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA

LICITACIÓN PÚBLICA 2010LA-000003-01

Contratación de una empresa, persona jurídica que brinde

los servicios de seguridad y vigilancia de finca ubicada

en San José, Desamparados, propiedad del BANHVI

El Banco Hipotecario de la Vivienda a través de la Gerencia General, mediante resolución motivada, resolvió declarar desierto el proceso de contratación administrativa, Licitación Abreviada 2010LA-000003-01, para la “Contratación de una empresa, persona jurídica que brinde los servicios de seguridad y vigilancia de finca ubicada en San José, Desamparados, propiedad del BANHVI”.

Dirección Administrativa Financiera.—MBA. Margoth Campos Barrantes, Directora Administrativa.—1 vez.—(IN2010059170).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000034-1142

Catéter intravenoso

El ítem único de este concurso se adjudicó a la empresa Nipro Medical Corporation Sucursal Costa Rica por un monto total de USD $225.412,80 (doscientos veinticinco mil cuatrocientos doce dólares con 80/100). Ver detalles y mayor información en la Página Webb http://www.ccss.sa.cr.

San José, 14 de julio del 2010.—Subárea de Adjudicaciones.—Lic. Víctor Solano Vega, Jefe.—1 vez.—Solicitud Nº 37152.—O. C. Nº 1142.—C-10220.—(IN2010059075).

HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000007-2101

(Notificación declaratoria desierto)

Letrozol tabletas 2.5 mg comprimidos

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital Dr. R. A. Calderón Guardia, les comunica a los interesados en este concurso, que se resuelve declarar desierta la misma, por la siguiente razón:

Se declara desierta la compra debido a que el abastecimiento del medicamento está asegurado para los próximos cinco meses, plazo apropiado para que la compra que realiza el nivel central por medio del “Convenio Marco” bajo el expediente 2009LN-000030-1142, entre en ejecución por lo que al ser esta una razón de interés público con el fin de evitar un gasto innecesario se procede a declarar desierta la presente contratación.

Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr

San José, 15 de julio del 2010.—Subárea Contratación Administrativa.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós, Coordinador a. í.––1 vez.––(IN2010059202).

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

El Instituto de Desarrollo Agrario comunica la adjudicación de los siguientes procesos de contratación:

LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA-000015-02

Construcción de acueducto en el Asentamiento Campesino

Pablo Presbere (II Etapa), Dirección Heredia,

Oficina Subregional Horquetas

Adjudicar a favor de la oferta presentada por Tecnología en el Uso de Aguas S. A., cédula jurídica 3-101-456307, por un monto ¢64.054.815,80 (sesenta y cuatro millones cero cincuenta y cuatro mil ochocientos quince colones con 80/100), con un plazo de ejecución total de 80 días naturales, según acuerdo de Junta Directiva Nº 3, sesión extraordinaria 020-2010, del 13 de julio de 2010.

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LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA-000017-02

Construcción de caminos en el Asentamiento Campesino

San Luis, Dirección Huetar Norte,

Oficina Subregional Upala

Adjudicar a favor de la oferta presentada por el consorcio conformado por las empresas: Inversiones y Alquileres Valverde S. A., cédula jurídica 3-101-213319 y Alquileres Valverde S. A., cédula jurídica 3-101-168406, por un monto ¢27.085.000,00 (veintisiete millones ochenta y cinco mil colones con 00/100), con un plazo de ejecución total de 15 días naturales, según acuerdo de Junta Directiva Nº 3, sesión extraordinaria 020-2010, del 13 de julio de 2010.

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LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA-000018-02

Construcción de caminos en el Asentamiento Campesino

Búfalo, Dirección Heredia, Oficina Subregional La Virgen

Adjudicar a favor de la oferta presentada por el consorcio conformado por las empresas: Constructora Quesada y Campbell S. A., cédula jurídica 3-101-122232 y Canales y Drenajes del Caribe Limitada, cédula jurídica 3-102-104674, por un monto ¢59.186.450,70 (cincuenta y nueve millones ciento ochenta y seis mil cuatrocientos cincuenta colones con 70/100), con un plazo de ejecución total de 50 días naturales, según acuerdo de Junta Directiva Nº 3, sesión extraordinaria 020-2010, del 13 de julio de 2010.

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LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA-000021-02

Construcción de caminos en el Asentamiento Campesino San

Isidro II, Dirección Central, Oficina Subregional Cartago

Adjudicar a favor de la oferta presentada por Secoya de Cartago SRL., cédula jurídica 3-102-150063, por un monto ¢86.214.172,37 (ochenta y seis millones doscientos catorce mil ciento setenta y dos colones con 37/100), con un plazo de ejecución total de 50 días naturales, según acuerdo de Junta Directiva Nº 3, sesión extraordinaria 020-2010, del 13 de julio de 2010.

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LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA-000022-02

Construcción de caminos en el Asentamiento Campesino

La Pitahaya, Dirección Pacífico Central,

Oficina Subregional Orotina

Adjudicar a favor de la oferta presentada por el consorcio conformado por las empresas: Inversiones y Alquileres Valverde S. A., cédula jurídica 3-101-213319 y Alquileres Valverde S. A., cédula jurídica 3-101-168406, por un monto ¢52.625.086,00 (cincuenta y dos millones seiscientos veinticinco mil ochenta y seis colones con 00/100), con un plazo de ejecución total de 50 días naturales, según acuerdo de Junta Directiva Nº 3, sesión extraordinaria 020-2010, del 13 de julio de 2010.

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LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA-000023-02

Construcción de dos aulas adosadas entre sí y una batería

sanitaria en el Asentamiento Campesino Viquillas,

Dirección Brunca, Oficina Subregional Río Claro

Adjudicar a favor de la oferta presentada por M.A. Constructores S. A., cédula jurídica 3-101-331600, por un monto ¢25.133.194,00 (veinticinco millones ciento treinta y tres mil ciento noventa y cuatro colones con 00/100), con un plazo de ejecución total de 50 días naturales, según acuerdo de Junta Directiva Nº 3, sesión extraordinaria 020-2010, del 13 de julio de 2010.

Área de Contratación y Suministros.—Rafael Fernández Bolaños.—1 vez.—(IN2010059069).

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA-000014-PROV

Consultoría técnica especializada para desarrollar

el marco de control de tecnología de información

A los interesados en la presente licitación se les informa que con fundamento en el artículo 13, inciso p) del Reglamento Orgánico de la Institución, la Gerencia General procedió a adjudicar la Licitación Abreviada 2010LA-000014-PROV por “Consultoría técnica especializada para desarrollar el marco de control de Tecnología de Información”, de la siguiente manera:

A: Deloitte & Touche, S. A., cédula jurídica 3-101-020162.

 

Ítem

Descripción

Total ¢

1

Consultoría técnica especializada para desarrollar

el marco de control de Tecnología de Información

12.000.000.00

 

Monto total

12.000.000.00

 

 

Plazo de entrega: 90 días hábiles.

Todo de acuerdo con los términos del cartel y oferta respectiva.

Al adjudicatario se le indica que debe rendir una garantía de cumplimiento equivalente a un 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado, dentro de los ocho días hábiles siguientes a la firmeza del acto de adjudicación. Esta garantía debe tener una vigencia mínima de dos meses adicionales a la fecha probable de recepción definitiva del objeto de la presente contratación.

Departamento de Proveeduría.—Lic. Mary Valverde Vargas, Subjefa.—1 vez.—Solicitud Nº 1309.—O. C. Nº 14045.—C-23870.—(IN2010059086).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000025-02

(Notificación de adjudicación)

Suministro de tubería y accesorios

Se informa que el concurso en referencia, fue adjudicado según oficio GRE-264-2010 de la Gerencia de Refinación de la Empresa, con fecha del día 9 de julio del 2010, de acuerdo con el siguiente detalle:

Oferta Nº: dos (2).

Oferente: Lupa Export Import Corp.

Representado por: Titán Representaciones y Suministros Ltda.

Monto total: $18.274,00 CPT.

Descripción: Suministro de tuberías y accesorios.

Líneas adjudicadas: Lín.19 precio total: $190,00. Lín. 20 precio total: $245,00. Lín. 21 precio total: $340,00. Lín. 22 precio total: $754,00. Lín. 23 precio total: $1.147,00. Lín. 24 precio total: $772,50. Lín. 25 precio total: $1.738,00. Lín. 26 precio total: $1.102,50. Lín. 27 precio total: $2.700,00. Lín. 29 precio total: $2.045,00. Lín. 30 precio total: $4.115,00. Lín. 32 precio total: $3.125,00.

Demás especificaciones técnicas conforme la oferta y cartel respectivo.

Forma de pago: Mediante carta de crédito, se cancelará un setenta y cinco (75%) del monto total contra presentación de documentos y el veinticinco (25%) restante contra el recibo a satisfacción del objeto contratado en el lugar convenido, siempre y cuando el contratista no haya incurrido en mora, previa verificación del cumplimiento a satisfacción de RECOPE.

Tiempo y lugar de entrega: Ciento veinte (120) días hábiles, ochenta (80) días hábiles para el embarque y cuarenta (40) días hábiles para el arribo, en el Almacén de Refinería - Limón.

Garantía: Doce meses (12) meses contados a partir de la entrada en operación de los equipos o utilización de los materiales, o dieciocho (18) meses posteriores a su aceptación por parte de RECOPE, lo que ocurra primero.

Oferta Nº: cuatro (4).

Oferente: Consultora Costarricense para Programas de Desarrollo S. A. (COPRODESA).

Representante legal: Sr. Mario Longan Espinoza.

Monto total: $132.025,00 exento impuesto de ventas.

Descripción: Suministro de tuberías y accesorios.

Líneas adjudicadas: Lín. 1 precio total: $672,36. Lín. 2 precio total: $912.78,00. Lín. 3 precio total: $1.344,66. Lín. 4 precio total: $2.247,72. Lín. 5 precio total: $2.706,54. Lín. 6 precio total: $2.279,28. Lín. 7 precio total: $5.501,10. Lín. 8 precio total: $3.247,92. Lín. 9 precio total: $8.836,92. Lín. 10 precio total: $1.903,06. Lín. 11 precio total: $5.613,68. Lín. 12 precio total: $2.037,38. Lín. 13 precio total: $5.459,06. Lín. 14 precio total: $3.193,60. Lín. 15 precio total: $3.585,18. Lín. 16 precio total: $934,52. Lín. 17 precio total: $934,52. Lín. 18 precio total: $934,52. Lín. 28 precio total: $8.323,02. Lín. 31 precio total: $8.860,80. Lín. 33 precio total: $4.934,65. Lín. 34 precio total: $6.041,80. Lín. 35 precio total: $6.651,30. Lín. 36 precio total: $8.644,25. Lín. 37 precio total: $11.177,60. Lín. 38 precio total: $7.188,48. Lín. 39 precio total: $2.666,90. Lín. 40 precio total: $713,18. Lín. 41 precio total: $719,84. Lín. 42 precio total: $138,30. Lín. 43 precio total: $186,24. Lín. 44 precio total: $186,24. Lín. 45 precio total: $327,48. Lín. 46 precio total: $215,34. Lín. 47 precio total: $244,44. Lín. 48 precio total: $378,60. Lín. 49 precio total: $346,26. Lín. 50 precio total: $641,70. Lín. 51 precio total: $481,68. Lín. 52 precio total: $1.027,20. Lín. 53 precio total: $844,88. Lín. 54 precio total: $1.690,72. Lín. 55 precio total: $27,24. Lín. 56 precio total: $18,16. Lín. 57 precio total: $41,28. Lín. 58 precio total: $27,52. Lín. 59 precio total: $61,98. Lín. 60 precio total: $27,52. Lín. 61 precio total: $70,44. Lín. 62 precio total: $37,56. Lín. 63 precio total: $165,24. Lín. 64 precio total: $68,96. Lín. 65 precio total: $248,82. Lín. 66 precio total: $103,28. Lín. 67 precio total: $414,00. Lín. 68 precio total: $162,84. Lín. 69 precio total: $43,80. Lín. 70 precio total: $43,80. Lín. 71 precio total: $60,32. Lín. 72 precio total: $90,96. Lín. 73 precio total: $72,48. Lín. 74 precio total: $120,80. Lín. 75 precio total: $241,56. Lín. 76 precio total: $483,24. Lín. 77 precio total: $483,18. Lín. 78 precio total: $43,80, Lín. 79 precio total: $43,80. Lín. 80 precio total: $96,60. Lín. 81 precio total: $77,32. Lín. 82 precio total: $193,28. Lín. 83 precio total: $401,04. Lín. 84 precio total: $536,36. Lín. 85 precio total: $434,78. Lín. 86 precio total: $16,44. Lín. 87 precio total: $27,96. Lín. 88 precio total: $55,86. Lín. 89 precio total: $74,04. Lín. 90 precio total: $69,00. Lín. 91 precio total: $65,72. Lín. 92 precio total: $88,68. Lín. 93 precio total: $139,16. Lín. 94 precio total: $164,34. Lín. 95 precio total: $365,76. Lín. 96 precio total: $492,84. Lín. 97 precio total: $547,60.

Demás especificaciones técnicas conforme la oferta y cartel respectivo.

Forma de pago: Crédito 30 días mediante carta de crédito, contra recibo a satisfacción del objeto contratado.

Tiempo y lugar de entrega: Dieciséis (16) semanas, en el Almacén de Refinería, Limón.

Garantía: Doce meses (12) meses contados a partir de la entrada en operación de los equipos o utilización de los materiales, o dieciocho (18) meses posteriores a su aceptación por parte de RECOPE, lo que ocurra primero.

Notas importantes:

1.  El adjudicatario dispondrá de diez (10) días hábiles contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, por un monto del siete por ciento (7%) del total adjudicado y con una vigencia mínima de dos (2) meses adicionales a la fecha probable de recepción definitiva del objeto del contrato, observando todos los requisitos y condiciones que al respecto establece la Ley de Contratación Administrativa, el Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa y el Reglamento de Contrataciones de RECOPE.

2.  Según el Reglamento de Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública promulgado por la Contraloría General de la República y publicado en el Diario Oficial La Gaceta del 22 de octubre del 2007, la presente adjudicación se formalizará mediante la emisión del respectivo pedido y por la cuantía del negocio sólo requerirá de la aprobación interna por parte de la Dirección Jurídica, la adjudicación recaída al oferente Consultora Costarricense para Programas de Desarrollo S. A. (COPRODESA).

3.  Con el fin de validar jurídicamente el documento definido para formalizar la presente contratación, se deberán reintegrar las especies fiscales de ley correspondientes a un 0,5% del monto total del contrato, pagadero en su totalidad por el contratista.

4.  Cuando hubiere atraso en la entrega del objeto contractual por causas imputables al contratista, éste pagará a RECOPE un décimo del uno por ciento (0,1%) del monto total adjudicado por cada día natural de atraso hasta un máximo del 25%. Se entiende por monto final del contrato el monto efectivamente pagado por RECOPE en la ejecución contractual. En caso que se haya pactado la contratación en moneda extranjera, las multas que se apliquen se calcularán en la moneda en que fue presentada la oferta.

     En caso de que el objeto esté compuesto por líneas distintas, el monto máximo para el cobro de multas, se considerará sobre el mayor valor de cada una y no sobre la totalidad del contrato, siempre que el incumplimiento de una línea no afecte el resto de las obligaciones.

     Los montos por imputación de la mora se deducirán de la facturación correspondiente. Si resultare insuficiente el monto pendiente a facturar se acudirá a la garantía de cumplimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. La aplicación de esta cláusula seguirá el procedimiento establecido en el artículo 57 del Reglamento de Contrataciones de RECOPE.

     La ejecución de la cláusula penal por demora no exime al contratista de la indemnización a RECOPE por los daños y perjuicios que hayan sido ocasionados a la Administración y que fueran debidamente acreditados.

5.  La presente contratación se encuentra exenta del pago del impuesto sobre las ventas, según acuerdo adoptado en el oficio Nº 10-220-2009 del Ministerio de Hacienda, vigente hasta el 31 de diciembre del 2010, por lo que en la factura que debe presentar el adjudicatario debe contener esta leyenda.

6.  Con el fin de asegurar la protección de los materiales y equipos durante su manipulación, transporte y almacenamiento, éstos deberán venir embalados debidamente de acuerdo con su naturaleza y características específicas. En el caso de materiales que requieran especial cuidado, éstos deberán venir empacados y etiquetados con las instrucciones pertinentes de manipulación y almacenamiento.

     El contratista deberá acompañar con cada bulto que envíe a RECOPE, la documentación adecuada que determine en forma precisa lo siguiente:

·   Lista con el contenido de cada bulto.

·   Precio unitario y total de los materiales y equipos.

·   En la parte exterior de cada bulto deberá hacerse mención al número de pedido y orden de compra.

·   Se deberán identificar claramente todos los bultos a la hora de embarcar. No se podrán mezclar materiales de diferentes pedidos en un mismo bulto a la hora de empacar y embalar los materiales o equipos.

·   Los equipos y accesorios suministrados deberán entregarse con sus respectivos catálogos de despiece, de operación y de mantenimiento.

·   Todo material (accesorios) de tubería deberá adjuntar los certificados de composición química de los materiales.

7.  Está Gerencia avala lo indicado en el oficio DSR-0468-2010 emitido por la Dirección de Servicios Operativos de Apoyo, para que el mecanismo de pago sea carta de crédito para la recomendación de adjudicación a favor COPRODESA.

8.  En general, para el cumplimiento del objeto contractual el adjudicatario se deberá someter estrictamente en todos sus extremos a los dictados cartelarios de este concurso.

Departamento de Contratación Bienes y Servicios.—Ing. Johnny Gamboa Chacón, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 161-01.—Solicitud Nº 043-2010.—C-115620.—(IN2010059175).

MUNICIPALIDADES

CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000001-01

Contratación de servicios de recolección y traslado

de desechos sólidos del distrito de Cóbano

El Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, comunica a todos los interesados en el procedimiento de contracción de referencia, que en sesión Nº 25-10, celebrada el veintiocho de junio del dos mil diez, dispuso declarar infructuoso el siguiente procedimiento:

Licitación Abreviada Nº 2010LA-000001-01, Contratación de servicios de recolección y traslado de desechos sólidos del distrito de Cóbano.

Cóbano, 13 de julio del 2010.—Proveeduría.—Jackeline Rodríguez Rodríguez.—1 vez.—RP2010185237.—(IN2010059126).

REMATES

AGRICULTURA Y GANADERÍA

PROGRAMA INTEGRAL DE MERCADEO AGROPECUARIO

El Programa Integral de Mercadeo Agropecuario, invita al remate global de 522 galones de limón mesino a un costo de ¢3.000,00 el galón y 144 galones de limón mandarina a un costo de ¢2.500,00 el galón.

El remate total se estará realizando el día 3 de agosto del 2010, a las 10 horas, sita Programa Integral de Mercadeo Agropecuario, Instalaciones de Red de Frío, Cenada Barrial de Heredia.

Los interesados podrán consultar al teléfono 2239-3233, extensión 102 con el licenciado Fernando Aguilar Álvarez.

Fernando Aguilar Álvarez.—1 vez.—(IN2010059420).

INSTITUTO DEL CAFÉ DE COSTA RICA

PROCESO DE REMATE 02-2010

Proceso de alquiler de bodega

La Dirección Ejecutiva del Instituto del Café de Costa Rica invita a todos los interesados a participar en el siguiente proceso.

Concurso: Remate 02-2010. Fecha de apertura: 10/08/2010. Hora: 14:00 p. m.

Ítem único: Bodega de 2 792,78 m2, ubicada en San José, Catedral.

Base de las ofertas ¢ 3.000.000,00 mensual.

Se establece como fecha de visita al lugar el día viernes 30 de julio debiendo solicitar cita al teléfono 2243-7878, sita del inmueble, San José, Catedral, 25 metros oeste y 100 metros sur de la Fábrica Nacional de Trofeos (Plaza Víquez).

Rigen para éste concurso: Las especificaciones técnicas, las condiciones generales, mismas que se encuentran disponibles en la Unidad de Contratación Administrativa, sita en el tercer piso de oficinas centrales de ICAFÉ. Horario de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 5:00 p. m.

Ronald Peters Seeveers, Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2010059400).

REGISTRO DE PROVEEDORES

AVISOS

OPERADORA DE PLANES DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS

POPULAR PENSIONES

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, la Sección Administrativa de la Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del Banco Popular y de Desarrollo Comunal S. A., con el propósito de ampliar y actualizar nuestro Registro de Proveedores, invita a todas las personas físicas y jurídicas que deseen ser integrantes de la nómina de proveedores y que estén dentro de las expectativas y requerimientos institucionales, conforme al programa de compras, a retirar en nuestras oficinas el formulario respectivo o solicitarlo en los siguientes correos electrónicos: joaarias@bp.fi.cr y nquiros@bp.fi.cr.

Junto con el formulario indicado se deben presentar los documentos a que se refiere el artículo 117 del citado Reglamento.

San José, 18 de junio del 2010.—Administración y Finanzas.—Lic. Cinthia Solano Fernández, Jefa.—Proceso de Compras.—M.Sc. Alonso Oviedo Arguedas, Encargado.—1 vez.—(IN2010056265).

FE DE ERRATAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000009-00100

Compra de computadoras, UPS para computadora

e impresoras láser de tinta a colores

El Departamento de Proveeduría del Consejo de Seguridad Vial, a través de la Unidad de Licitaciones, informa que la fecha y hora de apertura de la contratación de referencia queda en suspenso hasta nuevo aviso, por haberse presentado ante la Administración recurso de objeción al cartel.

San José, 14 de julio del 2010.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Alexánder Vásquez Guillén, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 002.—Solicitud Nº 38115.—C-11920.—(IN2010059194).

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2010LN-005065-01

Adquisición e implementación de una plataforma tecnológica

de Internet Banking para el segmento de banca

de personas y de banca empresas

El Banco de Costa Rica comunica a los interesados en la licitación en referencia, las siguientes modificaciones al cartel:

Se sustituye por completo el texto del punto 3.9.1.11, por el siguiente texto:

Toda mensajería entre la solución ofertada por el oferente y los sistemas finales del Banco, deberán ser 100% portables, independientes de la tecnología I.

Se sustituye el texto del numeral 18.1.3. por el siguiente:

La cantidad de personas a capacitar son 10 por tema, curso o sub-curso según se estructure el plan de capacitación durante la ejecución del proyecto.

En el capítulo 20 Garantía y soporte numeral 20.4 Compromisos a satisfacer en el soporte, sub numeral 20.4.23 Atención a Consultas y Correcciones se sustituye en el cuadro para las Fallas de Nivel 1 lo siguiente: se elimina “Máximo 1 hora” y se sustituye por: “Máximo 2 horas”, en la columna de tiempo de respuesta.

Sustituir por completo el texto del punto 22.7.11 por el siguiente texto:

22.7.11    Para las etapas de análisis, diseño, desarrollo y ajustes del software, el contratista podrá laborar fuera de las instalaciones del Banco, bajo el amparo del contrato de confidencialidad que debe firmar el contratista y que ha sido establecido en este cartel.

Las demás condiciones se mantienen invariables.

Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar S., Licitaciones.—1 vez.—Solicitud Nº 35866.—O. C. Nº 60058.—C-23820.—(IN2010059156).

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

LICITACIÓN PÚBLICA 2010LN-000002-99999 (Adendum Nº 3)

Construcción del Centro Universitario de Los Chiles (Pavón)

La Universidad Estatal a Distancia, comunica a los interesados en la presente licitación, que se están realizando aclaraciones y modificaciones al cartel de la licitación, mediante adendum número 3, el cual está compuesto por un documento de Word y un PDF con láminas aclaratorias, los cuales podrán adquirir vía internet, en forma gratuita, en el sistema de Compr@Red, en la página WEB del Ministerio de Hacienda, a partir de esta fecha. También pueden obtenerlo en la Oficina de Contratación y Suministros, ubicada en el edificio A tercer nivel de la Sede Central de la UNED, ubicada, 800 metros este de la Rotonda de la Bandera, carretera a Sabanilla, Montes de Oca.

Sabanilla, 15 de julio del año 2010.—MBA. Yirlania Quesada Boniche, Jefe Oficina de Contratación y Suministros.—1 vez.—(IN2010059409).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE LOGÍSTICA

DIRECCIÓN TÉCNICA DE BIENES Y SERVICIOS

LABORATORIO DE NORMAS Y CALIDAD

DE MEDICAMENTOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000006-2941

(Aviso Nº 2)

Adquisición de una solución integral de telefonía

de voz sobre IP (VoIP) y sus aditamentos

El Laboratorio de Normas y Calidad de Medicamentos de la Caja Costarricense de Seguro Social, comunica a los oferentes que participaron en la visita al sitio del presente concurso lo siguiente:

·   Se prorroga la fecha de apertura para el día 12 de agosto del 2010, a las 10:30 horas.

·   La fecha de la segunda visita al sitio y cualquier modificación al cartel se notificará vía fax únicamente a las empresas que vinieron a la primera visita, ya que el cumplimiento de lo anterior era un aspecto esencial y excluyente.

·   El resto del cartel se mantiene invariable.

Alajuela, 15 de julio del 2010.—Lic. Francisco J. Palma Soto, Encargado de Compras.—1 vez.—(IN2010059178).

HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL - HEREDIA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2010LN-000006-2208

Modificaciones y/o aclaraciones al cartel por suministro

de gases medicinales y oxígeno líquido para el

Hospital San Vicente de Paul - Heredia

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital San Vicente de Paúl comunica a todas las personas físicas y/o jurídicas interesadas en participar en esta Licitación, que por modificaciones y/o aclaraciones al Cartel de especificaciones técnicas, según resolución de la Contraloría General de la República R-DJ-310-2010, las mismas se comunicarán a través de la página Webb de la CCSS o en su efecto se encontrarán a disposición en la Subárea de Contratación Administrativa.

La fecha de apertura se prórroga para el día 3 de agosto del 2010, a las 10:00 horas.

Heredia, 14 de julio del 2010.—Msc. Óscar Montero Sánchez, Director Administrativo.—1 vez.—(IN2010059193).

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000001-01

Contratación de servicios profesionales de notarios externos

El Instituto de Desarrollo Agrario, comunica que de conformidad al acuerdo tomado por la Junta Directiva en el artículo Nº 10 de la sesión ordinaria 020-2010, celebrada el 5 de julio de 2010 y con base en la resolución del Tribunal Contencioso Administrativo, II Circuito Judicial de San José, se excluye al Lic. Silvio Roberto Mena Ortega, cédula de identidad Nº 1-1057-0773, oferta Nº 10 como adjudicatario en la Región Central, y se incluye al Lic. José Javier Vega Araya, cédula de identidad Nº 1-0540-0788 oferta Nº 5 en sustitución como adjudicatario, en la misma región.

Área de Contratación y Suministros.—Rafael Fernández Bolaños, Jefe.—1 vez.—(IN2010059068).

INSTITUTO MIXTO AYUDA SOCIAL

ÁREA PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA 2010LN-000003-IMAS

(Modificación Nº 1)

Construcción y remodelación de las instalaciones eléctricas

del edificio central y anexo de la institución

A los interesados en participar en la licitación de referencia, se les comunica la siguiente modificación a las condiciones del cartel:

Se traslada la fecha de recepción de ofertas para el día viernes 30 de julio del 2010, hasta las 14:00 horas.

San José, 14 de julio del 2010.—Ramón Alvarado G., Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2010059084).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2010LA-000048-02

Suministro de autobús y una microbús

para transportar el personal de refinería

Le comunicamos a los interesados que por error en La Gaceta Nº 136 del día 14 de julio del 2010 se indicó La Gaceta Nº 34 siendo la correcta La Gaceta Nº 134 del día 12 julio del 2010.

Departamento Contrataciones Bienes y Servicios.—Ing. Johnny Gamboa Chacón.—1 vez.—O. C. Nº 161-01.—Solicitud Nº 45-2010.—C-8520.—(IN2010059171).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000046-02

(Prórroga Nº 1)

Suministro de vehículos y microbús

Les comunicamos a los interesados en participar en el concurso en referencia, que la fecha de apertura y recepción de ofertas se prorrogó para el día 26 de julio del 2010, a las 10:00 horas.

Departamento Contrataciones Bienes y Servicios.—Ing. Johnny Gamboa Ch.—1 vez.—O. C. Nº 161-01.—Solicitud Nº 46-2010.—C-7670.—(IN2010059173).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE AGUIRRE

La Municipalidad de Aguirre, informa que se modifica fecha de apertura de las Licitaciones Abreviadas 2010LA-000009-01, 2010LA-000010-01, 2010LA-000011-01 2010LA-000012, 2010LA-000013. Adquisición servicios de vigilancia, para el día 28 de julio 2010 a las 10 horas.

Quepos, 14 de julio del 2010.—Oficina de Proveeduría.—Gerardo Agüero Benavides, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2010059067).

REGLAMENTOS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE BARVA

EL Concejo Municipal mediante el acuerdo Nº 811-2010, adoptado en su sesión ordinaria Nº 40-2010, aprueban la modificación al artículo 16 del Reglamento Procedimientos de Administración de los Cementerios Municipales del Cantón de Barva, para que de ahora en adelante se lea de la siguiente forma:

Artículo 16.—Salvo acuerdo de partes se tendrá por aceptado como plazo de arrendamiento de parcelas, nichos comunes o nichos municipales de alquiler un periodo de 5 años prorrogables por periodos iguales de manera indefinida y contados a partir de la firma del otorgamiento del derecho. En el caso de los derechos prorrogables si el titular, previamente intimidado por la Municipalidad no ejecuta la prorroga, el derecho de arrendamiento de cementerio volverá a poder de la Municipalidad quien determinará lo que corresponda.

Barva, 6 de julio del 2010.—Proveeduría Municipal.—Lic. Yesael Molina Vargas, Proveedora Municipal.—1 vez.—(IN2010056323).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

CENTRO DE SERVICIOS FINANCIEROS PAVAS

AVISO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El Banco Popular y de Desarrollo Comunal de este domicilio, hace del conocimiento del público en general, el extravío del siguiente certificado a plazo fijo a la orden de Espinoza Josefa Auxiliadora, cédula de residencia Nº 155800556135.

                                                                   Fecha       Cupón                    Fecha

Certific. Nº               Monto    vencimiento           Monto  vencimiento

16105160220203707 $1.344,00 07/05/2007     N.A.      N.A.           N.A.

Lo anterior para efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

Pavas, 2 de julio del 2010.—Plataforma de Servicios.—Lic. Arelis Jiménez Solano, Coordinadora.—(IN2010056338).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

FACULTAD DE DERECHO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ana Isabel Aguilar Porras, cédula 1-327-009, quien ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciada en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Facultad de Derecho.—San José, 02 de julio del 2010.—Dr. Olivier Rémy Gassiot, Director.—RP2010183338.—(IN2010056195).

Pamela Tenorio Calvo, cédula 1-305-053, quien ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciada en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—San José, 02 de julio del 2010.—Facultad de Derecho.—Dr. Olivier Rémy Gassiot, Director.—RP201018339.—(IN2010056196).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Natalia María González Bogarín, cédula Nº 1-1169-0653, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciada en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—2 de julio del 2010.—Facultad de Derecho.—Dr. Olivier Rémy Gassiot, Director.—Nº RP2010183171.—(IN2010055820).

Esteban de Guadalupe Vargas Mazas, cédula Nº 1-1266-0994, quien ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciado en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—6 de julio del 2010.—Área de Investigación.—Dr. Olivier Rémy Gassiot, Director.—(IN2010059019).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Mónica Marieta Muñoz Herrera, cédula 1-1259-0119, quien ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciada en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—2 de julio del 2010.—Área de Investigación.—Dr. Olivier Rémy Gassiot, Director.—(IN2010056027).

Sue Hellen Uriarte Orozco, cédula 1-1123-0816, quien ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciada en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 2 de julio del 2010.—Área de Investigación.—Dr. Olivier Rémy Gassiot, Director.—RP2010183713.—(IN2010057058).

Ana Rebeca Arce Ureña, cédula 1-1251-0253, quien ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciada en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 1º de julio del 2010.—Área de Investigación.—Dr. Olivier Rémy Gassiot, Director.—RP2010183775.—(IN2010057059).

UNIVERSIDAD NACIONAL

VICERRECTORÍA ACADÉMICA

AVISOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante el Departamento de Registro de la Universidad Nacional se ha presentado solicitud de reposición de diploma, por: extravío, correspondiente al título de: Bachillerato en Ciencias de la Educación con Concentración en Ciencias de la Educación Básica I y II ciclos, grado académico: Bachillerato, registrado en el libro de títulos bajo: tomo: N° 16, folio 213, asiento 1180, a nombre de: Sandra Patricia Matamoros Hernández, con fecha: 28 de agosto del 2000, cédula de identidad: 1-0650-0345. Se publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.

Heredia, 14 de abril del 2010.—Departamento de Registro, M.A.E. Marvin Sánchez Hernández, Director.—(IN2010055924).

Ante el Departamento de Registro de la Universidad Nacional se ha presentado solicitud de reposición de diploma, por destrucción, correspondiente al título de Bachillerato en Ciencias de la Educación con Concentración en Ciencias de la Educación Básica I y II Ciclos. Grado académico Bachillerato, registrado en el libro de Títulos bajo tomo 10, folio 240, asiento 4557, a nombre de Marta Lucrecia Fonseca Solano, con fecha 27 de julio de 1994, cédula de identidad Nº 1-0694-0224. Se publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.

Heredia, 14 de abril del 2010.—Departamento de Registro.—MAE Marvin Sánchez Hernández, Director.—(IN2010056258).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

A Rafael Ángel López y Cecilia Sequeira, mayor, demás calidades desconocidas, se les comunica la resolución administrativa de las catorce horas del veinticuatro de junio de dos mil diez, que ordena cuido provisional y otras e incompetencia Territorial a la Oficina Local de Guadalupe correspondiente a la persona menor de edad Deyner Steven. López Sequeira y Gerardo José Sequeira García. Indicándose que debe señalar lugar para oír notificaciones. Garantía de defensa: procede recurso de apelación si se plantea dentro el plazo de cuarenta y ocho horas posteriores a la notificación. Se les previene a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, y tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo. Expediente 115-0260-10.—Oficina Local de Alajuelita.—Junio 2010.—Lic. Kattia Vanesa Hernández Méndez, Representante Legal.—O. C. Nº 31677.—Solicitud Nº 33548.—C-7820.—(IN2010056373).

Se le comunica formalmente a la señora Desireé Pamela Segura Chaves, la resolución administrativa de las diez horas del día veintiuno de junio del dos mil diez que ordena como medida especial de protección. El cuido provisional de su hijo Fabricio Emmanuel Segura Chaves, nacido el 19 de octubre del 2005, bajo la responsabilidad de su abuela materna Carmen Jeannette Chaves Vásquez, portadora de la cédula 6-180-299. El plazo de la medida de protección es de seis meses y vence el día veintiuno de diciembre del dos mil diez. Se ordena dar seguimiento social por parte del PANI a la familia recurso y a la persona menor de edad y realizar un plan de intervención con la progenitora en caso que aparezca y muestre interés en asumir a su hijo brindándole las condiciones afectivas y materiales para su adecuado desarrollo integral. Garantía de defensa: se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la Oficina Local. Recurso: Se hace saber a las partes que contra esta resolución procede el recurso de apelación si se interpone ante este Despacho o ante la Presidencia Ejecutivo dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. En caso de interponer recurso de apelación debe señalar lugar para atender notificaciones futuras de lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas siguientes. Expediente N° 631-00036-2010.—Oficina Local de Puntarenas, 21 de junio del 2010.—Lic. Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Represente Legal.—O. C. Nº 31677.—Solicitud Nº 33548.—C-16220.—(IN2010056374).

A quien interese, se pone en conocimiento que en esta Oficina Local de Puntarenas, se dictó la resolución de las ocho horas del día veintiuno de junio del dos mil diez, relacionada con la declaratoria administrativa de estado de abandono de la persona menor de edad Carlos Manuel Quirós Aguirre, nació el día treinta de junio de mil novecientos noventa y nueve y está inscrito en el Registro de Nacimientos del Registro Civil, provincia de Puntarenas, tomo cuatrocientos cincuenta y tres, folio doscientos doce, asiento cuatrocientos veintitrés; es hijo de la señora Iliana Quirós Aguirre, costarricense, sin filiación paterna reconocida. Se acreditó también que la progenitora Iliana Quirós Aguirre, portadora de la cédula de identidad número seis-doscientos cincuenta y ocho-trescientos dos, madre del niño Carlos Manuel, falleció el día catorce de marzo del dos mil dos en el hospital México y su defunción se encuentra inscrita en el Registro de Defunciones del Registro Civil, provincia Puntarenas, tomo doscientos cincuenta y ocho, folio cuatrocientos uno, asiento ochocientos dos. Asimismo se dictó deposito administrativo del niño Carlos Manuel Quirós Aguirre, supra citado, bajo la responsabilidad de la abuela materna María Luisa Aguirre Aguirre, portadora de la cédula de identidad número seis-cero sesenta y siete-quinientos cincuenta y dos, quien notificada del nombramiento aceptó el cargo y juró su fiel cumplimiento en beneficio de la persona menor de edad. Garantía de defensa: se les previene a las partes que es su derecho hacerse asesorar y representar por un abogado de su elección, así como que tiene acceso al estudio del expediente administrativo, que permanecerá a su disposición en esta oficina local en horas y días hábiles de las siete horas treinta minutos hasta las dieciséis horas. Medidas cautelares: Al amparo de lo dispuesto en los incisos g) del artículo ciento sesenta y uno del Código de Familia, se dictó deposito administrativo de la persona menor de edad citada en el hogar de la señora María Luisa Aguirre Aguirre, quien se responsabilizará por la custodia y protección de su nieto Carlos Manuel Quirós Aguirre. Recursos: En contra de lo ordenado se previene a la parte interesada que podrán interponer los recursos ordinarios de revocatoria y de apelación dentro de los tres días hábiles siguientes contadas a partir de la última notificación a las partes ante la Oficina Local de Puntarenas en horas hábiles: entre las siete horas treinta minutos y las dieciséis horas; en el entendido que de hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Dichos recursos se podrán interponer en forma verbal o escrita ante esta Oficina Local quien elevará el recurso de apelación a la Presidencia Ejecutiva de la Institución ubicada en San José, Barrio Luján, en el Centro de Cultura de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia del Patronato Nacional de la Infancia, entre las siete horas treinta minutos y las dieciséis horas. Se le previene a las partes señalar lugar para atender notificaciones, igualmente puede señalar un número de fax en donde puedan realizarse las notificaciones, de lo contrario las resoluciones posteriores quedarán notificadas en el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, igual efecto producirá si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales y el contenido del Voto N° 11302-2002 de las 15:41 horas del 27 de noviembre del 2002 de la Sala Constitucional (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia) . Expediente N° 631-00034-2010.—Oficina Local de Puntarenas, 21 de junio del 2010.—Lic. Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Representante Legal.—O. C. Nº 31677.—Solicitud Nº 33548.—C-27620.—(IN2010056375).

Se comunica a quien interese la resolución de las once horas quince minutos del día nueve de junio del dos mil diez, que declaró administrativamente en estado de abandono a la persona menor de edad Reichel Daniuska Fernández Araya. Recursos: proceden los de revocatoria con apelación en subsidio, dentro del plazo de tres días hábiles contados a partir de la tercera publicación de este edicto, los que deberán interponer ante el Órgano Director de la Oficina Local de Cartago. Expediente administrativo 331-00293-2005.—Oficina Local de Cartago.—Lic. Lidiette Calvo Garita.—O. C. Nº 31677.—Solicitud Nº 33550.—C-6620.—(IN2010056813).

Al señor Freddy Ortiz Pineda, se le hace saber la resolución de las trece horas con treinta minutos del día dieciséis de junio del dos mil diez, en la que se ordenó que las niñas Daysi Ortiz Jara y Astrid Ramírez Lara, permanezcan con abrigo temporal en una organización no gubernamental, contra la presente resolución procede el recurso de apelación ante esta representación legal, sita en Llorente de Flores de Heredia, cien metros al sur de las Oficinas del Banco Nacional de Costa Rica, y setenta y cinco metros al oeste, quien lo elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la Entidad ubicada en San José, antiguo edificio Dos Pinos, dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles siguientes a partir de la tercera publicación del presente edicto. Expediente 231-193-2003.—Oficina Local Heredia Sur, 19 de junio del 2010.—Lic. Marcela Ramírez Ulate, Representante Legal.—O. C. Nº 31677-Solicitud Nº 33554.—C-8420.—(IN2010057136).

Se comunica a la señora: Aracelly Rocha Petin, mayor de edad, nicaragüense, portadora del documento de identidad número 1860-001-1999, comerciante, de demás calidades desconocidas, progenitora de las personas menores de edad Kimberly, Melissa y Gustavo todos Porta Rocha, la resolución administrativa de esta oficina de las quince horas con cuarenta y cinco minutos del diez de junio de dos mil diez, en la cual se ordenó Medida de Protección Administrativa de Abrigo Temporal, para la persona menor de edad antes mencionada en el Albergue Institucional ubicado en Guácimo y la de las catorce horas del dieciséis de junio de dos mil diez. Recurso, en la que se modifica la resolución anterior, y se ordena el cuido provisional de las citadas personas menores de edad en el Hospicio de Huérfanos de San José: Recursos: El de apelación, señalando lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. Exp. Nº 111-00051-2009.—Oficina Local de Siquirres.—Lic. Wendy Acuña Valverde, Representante Legal.—O. C. Nº 31677-Solicitud Nº 33554.—C-10220.—(IN2010057137).

Área de Defensa y Garantía de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia Oficina Local de Cartago, comunica a la señora Beatriz Barrantes Rodríguez, progenitora del menor Yorsan Andrés Barrantes Rodríguez, que por resolución administrativa de las ocho horas del veintiocho de junio del dos mil diez, dictada por el Área de Defensa y Garantía de la Oficina Local de Cartago, se dicta medida de cuido provisional en favor del citado menor de edad. Recursos: Procede el recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva. Plazo: Tres días hábiles contados a partir de la tercera publicación de este edicto, lo que deberán interponerse ante el Órgano Director de la Oficina Local de Cartago. Expediente administrativo 112-00170-2003.—Oficina Local de Cartago.—Lic. Rodolfo Jiménez Arias, Representante.—O. C. Nº 31677-Solicitud Nº 33554.—C-7220.—(IN2010057138).

A la señora Laura Moya Álvarez, de calidades y domicilio actual desconocido, se le comunica la resolución administrativa dictada a las doce horas con cuarenta minutos del día dos de julio del dos mil diez, donde se dicta medida de protección a favor de la persona menor de edad Santiago José Moya Álvarez. Contra esta resolución procede recurso de apelación dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la publicación de este edicto, correspondiendo a la Presidencia Ejecutiva resolver dicho recurso. debiendo señalar lugar para atender notificaciones, en caso de omisión las resoluciones posteriores se darán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas.—Oficina Local de Cartago.—Lic. Lidiette Calvo Garita, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. Nº 31677-Solicitud Nº 33554.—C-6620.—(IN2010057139).

Área de Defensa y Garantía de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia Oficina Local de Cartago: Comunica a la señora Yamileth Machado Vásquez, progenitora de los menores Luis Daniel y Karla María ambos de apellidos Machado Vásquez, que por resolución administrativa de las catorce horas del veintidós de junio del dos mil diez, dictada por el Área de Defensa y Garantía de la Oficina Local de Cartago, se dicta medida de cuido provisional en favor de los citados menores de edad. Recursos: Procede el recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva. Plazo: Tres días hábiles contados a partir de la tercera publicación de este edicto, los que deberán interponerse ante el Órgano Director de la Oficina Local de Cartago. Expediente administrativo 331-00053-1999.—Oficina Local de Cartago.—Lic. Rodolfo Jiménez Arias, Representante.—O. C. Nº 31677-Solicitud Nº 33554.—C-8420.—(IN2010057140).

Se le comunica a la señora María Cristina Chaves Martínez, la resolución del Departamento de Atención Integral de las trece horas con dieciséis minutos del día treinta de junio el dos mil diez, mediante la cual se dictó Medida de Protección en Sede Administrativa para el Tratamiento de Desintoxicación y Rehabilitación para Toxicómano contemplado en el inciso e) del artículo 135 del Código de la Niñez y la Adolescencia a favor de la persona menor de edad Luis Gerardo Quesada Chaves, lo cual implica orden de ingreso inmediato al Hospital Nacional Psiquiátrico para la fase de desintoxicación. El plazo de la medida será hasta por seis meses, siendo que la fase de desintoxicación no deberá exceder el plazo de seis semanas, por lo que una vez culminado ésta, deberán las instituciones responsables del tratamiento remitir a la persona menor de edad a las fases subsiguiente de la rehabilitación en el lugar y forma que éstas designen. Se le hace saber que debe señalar un medio para recibir notificaciones. Además, que contra la presente resolución, procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse dentro del plazo de cuarenta y ocho horas, a partir del día siguiente a la tercera publicación del presente edicto, ante la Oficina Local de Desamparados o bien ante la Presidencia Ejecutiva. Corresponde a esa instancia jerárquica resolver el recurso interpuesto. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada.—Departamento de Atención Integral.—Lic. Anargerie Alvarado Ulloa, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 31677-Solicitud Nº 33554.—C-12620.—(IN2010057141).

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA

Para exponer sobre los aspectos técnicos, económicos y financieros de la propuesta planteada por la empresa Rutas 51 y 53 S. A., para ajustar las tarifas de las rutas 51 descrita como: San José-Calle Vargas-Monterrey, 51 A descrita como San José-Urbanización Carmiol y 53 descrita como: San José –Barrio Pinto, y por corredor común de las rutas 50, 60, 60 BS, 62 y 62BS, tramitadas en el expediente ET-105-2010 y que se detallan de la siguiente manera:

DESCRIPCIÓN

 RUTAS

Tarifas (en colones)

Incremento Regular

Vigentes

Propuestas

Regular

Adulto mayor

Regular

Adulto mayor

Absoluto (¢)

Porcentual

Ruta: 51-53: San José-Vargas Araya y Lotes Pinto

 

 

 

 

 

 

San José-Vargas Araya-Monterrey

200

0

235

0

35

17,50%

San José-Urbanización Carmiol

200

0

235

0

35

17,50%

San José-Lotes Pinto

200

0

235

0

35

17,50%

Corredor Común

Ruta 50: San José-San Pedro y ramales

 

 

 

 

 

 

San José-San Pedro-Lourdes-Santa Marta

200

0

235

0

35

17,50%

San José-Lourdes-Santa Marta-Guayabos

200

0

235

0

35

17,50%

San José-Monterrey-Cedros

200

0

235

0

35

17,50%

San José-Lourdes Cedral

200

0

235

0

35

17,50%

San José-San Pedro-Calle Siles

200

0

235

0

35

17,50%

San José-Cipreses de Curridabat

200

0

235

0

35

17,50%

San José-San Rafael-Salitrillos

215

0

250

0

35

16,28%

San José-Granadilla de Curridabat

215

0

250

0

35

16,28%

Ruta 60: San José-Curridabat por San Pedro

200

0

235

0

35

17,50%

Ruta 60 BS: San José-Curridabat por San Pedro (Busetas)

200

0

235

0

35

17,50%

Ruta 62: San José- Sabanilla

200

0

235

0

35

17,50%

Ruta 62 BS: San José- Sabanilla (Busetas)

200

0

235

0

35

17,50%

Nota: Se solicita mantener las tarifas vigentes de las rutas 58 descritas como: San José-Concepción de la Unión, 304 descritas como:

San José-Villas de Ayarco y 305 descritas como: San José-Montufar-Florencio del Castillo, aunque también son consideradas como corredor común.

 

El 27 de julio de 2010 a las diecisiete horas (5:00 p. m), se llevará a cabo la Audiencia Pública en el Auditorio de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, ubicado en Sabana Sur, de la Contraloría General de la República 400 metros al oeste, San José.

Se hace saber a los interesados que pueden consultar y fotocopiar el expediente que consta en la Dirección General de Participación del Usuario, situada en Sabana Sur, 400 metros oeste del edificio de la Contraloría General de la República, San José. Un extracto de la solicitud presentada por la empresa se puede consultar además en la siguiente dirección electrónica: www.aresep.go.cr (En la opción “Audiencias” del menú principal, y luego en la opción “Peticiones Tarifarias” del menú secundario).

Todo aquel que tenga interés legítimo podrá presentar su oposición o coadyuvancia, por escrito o en forma oral, el día de la audiencia, momento en el cual deberá presentar cédula de identidad o documento de identificación aceptado en el país, y consignar el lugar exacto o el número de fax, para efectos de notificación por parte de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos. En dicha audiencia, el interesado deberá exponer las razones de hecho y derecho, así como las pruebas que considere pertinentes.

En el caso de las personas jurídicas la oposición o coadyuvancia deberá ser interpuesta por el representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente.

Las oposiciones o coadyuvancias también se pueden presentar por medio del fax 2290-2010 hasta la hora de inicio de la respectiva Audiencia Pública.

Para información adicional, comunicarse con el Consejero del Usuario al teléfono 2220-0102 o al correo electrónico consejero@aresep.go.cr.

Dirección General de Participación del Usuario.—Laura Suárez Zamora.—1 vez.—Solicitud Nº 3889.—O. C. Nº 5067-10.—C-108920.—(IN2010058477).

Para exponer sobre los aspectos técnicos, económicos y financieros de la propuesta planteada por la empresa Mardel S.A., para ajustar las tarifas de la ruta 684 descrita como Buenos Aires-Bolas de Krugra, y por corredor común de las rutas 645 y 669, tramitada en el expediente ET-98-2010 y que se detalla de la siguiente manera:

Se solicita un aumento 448% para la ruta 684, distribuido en los siguientes dos tractos:

Descripción ruta 684: Buenos Aires-Bolas de Krugra

Tarifas (en colones)

Vigentes

Tracto 1. *

Tracto 2. **

Regular

Adulto Mayor

Solicitadas

Incremento Regular

Solicitadas

Incremento Regular***

Regular

Adulto Mayor

Absoluto

%

Regular

Adulto Mayor

Absoluto

%

Buenos Aires- Bolas de Krugra

345

175

1.115

560

770

223%

1.890

955

775

70%

Buenos Aires- Las Brisas

275

0

890

0

615

224%

1.505

0

615

69%

Buenos Aires -Santa Eduvigues

210

0

680

0

470

224%

1.150

0

470

69%

Buenos Aires-El Brujo

120

0

385

0

265

221%

655

0

270

70%

* Tracto 1: A partir del día siguiente de la publicación de la resolución de fijación de tarifas en el Diario Oficial La Gaceta.

** Tracto 2: Noventa días después de entrar en vigencia el tracto 1.

*** Con respecto a las tarifas propuestas del tracto 1.

Corredor Común:

Se solicita para la ruta 645 un aumento del 448%, distribuido en los siguientes dos tractos:

Descripción ruta 645: Buenos Aires-Potrero Grande

Tarifas (en colones)

Vigentes

Tracto 1. *

Tracto 2. **

Regular

 Adulto Mayor

Solicitadas

Incremento Regular

Solicitadas

Incremento Regular***

Regular

Adulto Mayor

Absoluto

%

Regular

Adulto Mayor

Absoluto

%

Buenos Aires- Potrero Grande

410

205

1.325

560

915

223%

2.245

1.120

920

69%

* Tracto 1: A partir del día siguiente de la publicación de la resolución de fijación de tarifas en el diario oficial La Gaceta.

** Tracto 2: Noventa días después de entrar en vigencia el tracto 1.

*** Con respecto a las tarifas propuestas del tracto 1.

Se solicita para la ruta 669 un aumento del 385%, únicamente en el fraccionamiento Buenos Aires –El Brujo, distribuido en los siguientes dos tractos:

Descripción Ruta 669: Buenos Aires-Boruca-Ojo de Agua-Maíz-Colinas

Tarifas (en colones)

Vigentes

Tracto 1. *

Tracto 2. **

Regular

 Adulto Mayor

Solicitadas

Incremento Regular

Solicitadas

Incremento Regular***

Regular

Adulto Mayor

Absoluto

%

Regular

Adulto Mayor

Absoluto

%

Buenos Aires-El Brujo

135

0

385

0

250

185%

655

0

270

70%

* Tracto 1: A partir del día siguiente de la publicación de la resolución de fijación de tarifas en el Diario Oficial La Gaceta.

** Tracto 2: Noventa días después de entrar en vigencia el tracto 1.

*** Con respecto a las tarifas propuestas del tracto 1.

 

El 26 de julio de 2010 a las quince horas (3:00 p.m.) se llevará a cabo la Audiencia Pública en el Salón Comunal de Bolas de Krugra, ubicado 100 metros al en oeste de la delegación de policías, Bolas de Krugra, Buenos Aires, Puntarenas.

Se hace saber a los interesados que pueden consultar y fotocopiar el expediente que consta en la Dirección General de Participación del Usuario, situada en Sabana Sur, 400 metros oeste del edificio de la Contraloría General de la República, San José. Un extracto de la solicitud presentada por la empresa se puede consultar además en la siguiente dirección electrónica: www.aresep.go.cr (En la opción “Audiencias” del menú principal, y luego en la opción “Peticiones Tarifarias” del menú secundario).

Todo aquel que tenga interés legítimo podrá presentar su oposición o coadyuvancia, por escrito o en forma oral, el día de la audiencia, momento en el cual deberá presentar cédula de identidad o documento de identificación aceptado en el país, y consignar el lugar exacto o el número de fax, para efectos de notificación por parte de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos. En dicha audiencia, el interesado deberá exponer las razones de hecho y derecho, así como las pruebas que considere pertinentes.

En el caso de las personas jurídicas la oposición o coadyuvancia deberá ser interpuesta por el representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente.

Las oposiciones o coadyuvancias también se pueden presentar por medio del fax 2290-2010 hasta la hora de inicio de la respectiva Audiencia Pública.

Para información adicional, comunicarse con el Consejero del Usuario al teléfono 2220-0102 o al correo electrónico
consejero@aresep.go.cr.

Dirección General de Participación del Usuario.—Laura Suárez Zamora.—1 vez.—O. C. Nº 5067-10.—Solicitud Nº 3889.—C-103320.—(IN2010058483).

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

El Instituto Nacional de Estadística y Censos, avisa que los Índices de Precios al Consumidor (IPC), Base Julio 2006 correspondiente a junio 2010 es de 139,828, el cual muestra una variación porcentual mensual de 0,24 y una variación porcentual acumulada del primero de julio del 2009 al treinta de junio del 2010 (12 meses) de 6,31.

Esta oficialización se hace con base en estudios realizados en el Instituto Nacional de Estadística y Censos.

San José, dos de julio del dos mil diez.—Jaime Vaglio Muñoz, Gerente.—1 vez.—O.C. Nº 2902.—Solicitud Nº 20720.—C-9370.—(IN2010056381).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

DEPARTAMENTO DE PATENTES

EDICTO

Nº 026-2010.—Para los fines consiguientes el Departamento de Patentes de la Municipalidad de Montes de Oca, hace saber que Margarita Andre Sanabria, cédula 1-191-391, ha presentado solicitud de traspaso de patente comercial número 6022, a nombre de Alfredo Díaz André, cédula 1-435-078. La Municipalidad de Montes de Oca otorga ocho días naturales de plazo a partir de esta publicación para oír objeciones.

San Pedro de Montes de Oca, 29 de junio del 2010.—Melania Solano Coto.—Bach. Johnny Walsh A.—1 vez.—Nº RP2010183054.—(IN2010055822).

DESPACHO DEL ALCALDE MUNICIPAL

A los vecinos y vecinas del cantón comunica nueva tasa para la prestación del servicio y mantenimiento de parques y zonas verdes.

Tipo de usuario                Tasa trimestral aprobada (en colones)

Por metro lineal                                              94,00

Acuerdo tomado por el Concejo Municipal de Montes de Oca, en su sesión ordinaria Nº 186-2009, artículo Nº 10, punto Nº 1, del día 16 de noviembre de 2009.

Montes de Oca, 6 de julio de 2010.—Lic. Fernando Trejos Ballestero, Alcalde Municipal.—Ing. Héctor Bermúdez Víquez.—1 vez.—(IN2010056801).

FEDERACIÓN OCCIDENTAL DE

MUNICIPALIDADES DE ALAJUELA

En asamblea general ordinaria 01-2010 de la Federación Occidental de Municipalidades de Alajuela, celebrada el día diecisiete de junio del 2010, en Sarchí Sur, Valverde Vega, se aprobó los siguientes acuerdos:

Acuerdo Nº 01-001-2010; se acuerda mantener el actual Consejo Directivo FEDOMA hasta febrero 2011, según lo estipula el estatuto en su artículo Nº 59, el cual literalmente dice: “La actual Junta Directiva permanecerá en sus cargos hasta febrero del 2011 y posterior a esta fecha deberán asumir los nuevos Alcaldes como miembros del Consejo Directivo”. El Consejo Directivo está constituido por nueve miembros, Alcaldes en ejercicio, como representación judicial y extrajudicial de cada municipalidad.

Acuerdo aprobado por unanimidad.

Acuerdo Nº 02-001-2010; Se acuerda nombramiento del nuevo Órgano Fiscalizador, por los señores (as): Maikool Castro Umaña, Regidor de la Municipalidad de Valverde Vega, Bertha Sánchez Paniagua, Regidora de la Municipalidad de Grecia y Carmen María Bolaños Vargas, Regidora de la Municipalidad de Atenas. Acuerdo aprobado por unanimidad.

Acuerdo Nº 03-001-2010; Se acuerda convocar a sesión extraordinaria Nº 001-2010 a la asamblea general, con el fin de dar a conocer el Plan Anual Operativo y Presupuesto Ordinario 2011, el día jueves 12 de agosto del 2010, en el Salón de Eventos del Restaurante Las Carretas, Sarchí Sur, Valverde Vega, siendo la primera convocatoria a las 3:30 p.m., y la segunda convocatoria a las 4:00 p.m. Acuerdo aprobado por unanimidad.

Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.

Lic. Xenia Lozano Mackay, Directora Ejecutiva.—1 vez.—(IN2010055429).

MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA

La Municipalidad de Alajuelita comunica a los estimables vecinos y público en general que la señorita Mauren Calderón Moya, cédula 1-822-442, de calidades que constan en autos, en su calidad de heredera universal del señor Rafael Calderón Batista (qdDg) cédula 3-122-562, y María del Rosario Moya Castro (qdDg), cédula 1-213-191, ha solicitado ante esta oficina que el derecho sencillo del cementerio general de Alajuelita registrado en el bloque 3-6, bóveda 13, específicamente de tres nichos, inscrito a nombre de sus padres anteriormente citados, sea inscrito a su nombre, que a partir de la firmeza del acto, la señorita Mauren Calderón Moya, cédula 1-822-442, quede acreditada para autorizar la apertura de los nichos antes indicados. Se concede un plazo improrrogable de diez días hábiles a partir de la publicación del presente aviso en el Diario Oficial La Gaceta, para que terceros interesados hagan valer sus derechos, caso de no presentarse oposición se procederá conforme a lo solicitado.

Alajuelita, 2 de julio del 2010.—Luz Marina Argüello Silva, por Oficina del Cementerio.—1 vez.—Nº RP2010183048.—(IN2010055821).

MUNICIPALIDAD DE GUATUSO

DEPARTAMENTO DE PATENTES

EDICTO

El Departamento de Patentes de la Municipalidad de Guatuso, ha recibido solicitud de traspaso de Patente de Licores Extranjeros N° 24 a nombre de William Gerardo Campos Campos, cédula 1-737-310, vecino de Katira de Guatuso, frente al templo católico, para que se inscriba a nombre de Álvaro Joseph Vega Arias, cédula de identidad número 5-316-135, vecino de Río Celeste de Guatuso, 100 mts oeste de la escuela. La referente patente, se explota en el distrito tercero, Buena Vista del cantón de Guatuso, provincia de Alajuela. Se otorga plazo de ocho días hábiles a partir de esta publicación para que cualquier interesado formule las oposiciones del caso en el departamento de patentes de esta Municipalidad.

San Rafael de Guatuso, 2 de junio de 2010.—Eunice Montiel Álvarez, Contadora Municipal.—1 vez.—Nº RP2010183111.—(IN2010055823).

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

Acuerdo tomado en la sesión ordinaria Nº 327-2009

del 30-11-2009, en el artículo V, según Oficio

SCM-2894-2009 del 08-12-2009

La Municipalidad de Heredia hace saber a quien interese que en el Cementerio Anexo Central existe un derecho donde el arrendatario falleció el 23-12-2008, y tiene como beneficiaria a su esposa, por lo que dicha señora solicita que se traspase a su nombre como nueva arrendataria y que se incluya como beneficiaria a su hija, quedando así: Arrendataria: Paula Solórzano Solórzano, cédula Nº 5-073-153, beneficiaria: Kathya Sequeira Solórzano, cédula Nº 5-252-837. Derecho ubicado en el Cementerio Anexo Central, lote Nº 97, bloque B, con una medida de 3 metros cuadrados para 2 nichos, según solicitud Nº 234 recibo Nº 462494, inscrito en el folio 40, libro 2, el cual fue adquirido el 11 de agosto de 1999. El mismo se encuentra a nombre de Gamaliel Gmo. Sequeira Enríquez (Fallecido) y Benef...

Datos confirmados según constancia extendida por nuestro Departamento de Rentas y Cobranzas de fecha 19 de octubre del 2009. Se emplaza por 30 días a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo para que se apersone a la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.

Lic. Hellen Bonilla Gutiérrez, Jefa de Rentas y Cobranzas.—1 vez.—(IN2010055973).

MUNICIPALIDAD DE SAN PABLO DE HEREDIA

El Concejo Municipal de San Pablo de Heredia, sesión ordinaria 25-10 celebrada el veintiuno de junio del 2010 a partir de las dieciocho horas y quince minutos en el salón de sesiones.

Moción presentada por la Regidora Lucía Montoya Quesada y el Sr. Luis Garita Palacios. Este Concejo Municipal acuerda:

1.  Que se cambie el día de la sesión de la semana 31, del lunes 2 de agosto del 2010, al miércoles 4 de agosto de la misma semana,

2.  Envío inmediato de este acuerdo a la Imprenta Nacional para que sea publicado en el Diario Oficial La Gaceta.

Acuerdo unánime y declarado definitivamente aprobado Nº 128-10.

San Pablo de Heredia, 1º de julio del 2010.—Adriana Benavides Vargas, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—(IN2010056255).

MUNICIPALIDAD DE NICOYA

CONCURSO EXTERNO Nº 003-2010

Se requiere una persona para ocupar la plaza de Oficinista Concejo Municipal.

Requisitos:

    Bachiller en Enseñanza Media

    De uno a dos años de experiencia en las labores relacionadas con el cargo.

    Manejo de paquetes de computación.

Requisito obligatorio

    Presentar declaración jurada conforme al inciso e) del artículo 119 de la Ley Nº 7794. Código Municipal

(La ausencia de uno o varios requisitos invalidará la oferta)

Retiro del cartel: Los (as) interesados (as) podrán retirar el cartel con las especificaciones del concurso en el Departamento de Recursos Humanos, en horas hábiles de oficina.

Lugar y fecha de entrega de las ofertas: Las ofertas deberán entregarse hasta las ocho horas del octavo día hábil siguiente a la publicación, en el Departamento de Recursos Humanos.

Departamento de Recursos Humanos.—Aylin Espinoza López, Coordinadora.—1 vez.—(IN2010056293).

AVISOS

CONVOCATORIAS

ZORBA EL BUDHA SOCIEDAD ANÓNIMA

Convoca a sus accionistas a la asamblea general extraordinaria, que se realizará en el domicilio social de la empresa ubicado en calles once y trece, avenida diez, Bufete Alfaro y Asociados, el día martes diez de agosto de dos mil diez, a las trece horas en primera convocatoria. De no estar presente el quórum de ley, se llevará a cabo la segunda convocatoria una hora más tarde y se procederá con los socios presentes y se conocerán los siguientes asuntos:

1.  Otorgamiento de poder especialísimo para donación al ICE.

San José, 8 de julio del 2010.—Silvia Zani, Presidenta.—1 vez.—(IN2010059017).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

CITI BANK

Yo, Carmen Ketty Rodríguez, con número de cédula de residencia Nº 117000336407, quiero hacer de conocimiento del público en general, la pérdida de mi certificado de depósito a largo plazo, con número 2250220016440, realizado en el Banco de Citi Bank, en la sucursal de Escazú, el día 24 de octubre del año 2009, solicito  a  la persona  que  lo  encuentre  favor  comunicarse  con la  suscrita  al  teléfono  8932-9684.—Carmen Ketty Rodríguez.—RP2010182558.—(IN2010054995).

CLUB CAMPESTRE JOSÉ MARTÍ

La que suscribe Ana Celia Carmona Pagan, cédula de residencia Nº 184-000642231 dueña de la acción Nº 114, acción socio fundador del Club Campestre José Martí, ubicado en Guachipelín de Escazú, San José, solicito la reposición de mi acción de socia fundador por haber extraviado la misma.—San José, 05 de julio del 2010.—Ana Celia Carmona Pagan.—(IN2010056028).

INVERSIONES CINCO VEINTICINCO STANDARD S. A.

Inversiones Cinco Veinticinco Standard S. A., tres-ciento uno-cuatrocientos diecinueve mil doscientos ochenta y siete, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros legales, todos número uno de la compañía. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Francisco Ramírez Vargas, Presidente.—(IN2010056030).

PROCESADORA DE ALIMENTOS DEL MAR

PACÍFICO SOCIEDAD ANÓNIMA

Procesadora de Alimentos del Mar Pacífico Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-053640, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros de Actas de Consejo de Administración numero 1, Actas de Asamblea de Socios numero 1 y Registro de Socios número 1, Inventarios y Balances número 1, Mayor número 1, Diario número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaría de Puntarenas, dentro del término de ocho días hábiles contados a partir de la ultima publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 05 de julio del 2010.—Lic. Zianny María Ugarte Ulate, Notaria.—RP2010183220.—(IN2010056197).

EDJORKA SOCIEDAD ANÓNIMA

Edjorka Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-040812, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros de Actas de Consejo de Administración número 1, Actas de Asamblea de Socios número 1 y Registro de Socios número 2. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Puntarenas, dentro del término de ocho días hábiles contados a partir de la ultima publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 05 de julio del 2010.—Lic. Zianny María Ugarte Ulate, Notaria.—RP2010183221.—(IN2010056198).

INVERSIONES CALUNO S. A.

Inversiones Calunlo S. A., con la cédula jurídica 3-101-335405, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros de actas: Asamblea General, Junta Directiva, Registro de Accionistas, los Contables: Diario, Mayor e Inventarios y Balances, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de información y asistencia al contribuyente (legalización de libros), de la Administración Tributaria de Heredia, en el término de ocho días hábiles a partir de la última publicación de este aviso.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—RP2010183375.—(IN2010056199).

CASTILLO COUNTRY CLUB S. A.

El señor Fernando Castro Madrigal, cédula 1-343-501 a extraviado su acción 1349 por lo que ha solicitado al Castillo Country Club S. A., cédula jurídica Nº 3-011-015794-03 la reposición de la misma, de acuerdo a los artículos 689 y 690 del Código de Comercio. Quien se considere afectado dirigir su oposición a la Secretaría de la junta directiva.—17 de junio del 2010.—Unidad de Cobros.—Juan José Marín Vargas.—RP2010183191.—(IN2010056201).

DINWIDDIE SOCIEDAD ANÓNIMA

Dinwiddie Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-102-119601, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario Nº 3, Mayor Nº 3, Inventarios y Balances Nº 3, Actas de Asambleas de Socios Nº 3, Actas del Consejo de Administración Nº 3, y Registro de Socios Nº 3. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Carlos Araya Sánchez, Notario.—(IN2010056290).

UNIMER OPINIÓN PÚBLICA SOCIEDAD ANÓNIMA

Unimer Opinión Pública Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos ochenta y tres mil novecientos noventa y nueve, con domicilio social sito en la provincia de San José, Barrio Otoya, del Hospital Calderón Guardia, ciento cincuenta metros al oeste, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Consejo de Administración Número Uno, Actas de Asamblea de Socios Número Uno, Registro de Socios Número Uno, Mayor Número Uno, Diario Número Uno, Inventarios y Balances Número Uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, Costa Rica, 5 de julio del 2010.—Lic. César Gómez Montoya, Notario.—(IN2010056306).

Alizon Guerra Janampa, cédula de residencia 160400104418, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros de: Diario, Mayor e Inventario y Balances número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Guanacaste, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—4 de julio del 2010.—Sr. Alizon Guerra Janampa.—(RP2010183398).—IN2010056587).

ALDESA REPRESENTACIONES TURÍSTICAS

SOCIEDAD ANÓNIMA

Aldesa Representaciones Turísticas, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-148116, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Asamblea de Socios, Registro de Socios, Junta Directiva, Mayor, Diario e Inventarios y Balances, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Floria Chaves Bolaños.—RP2010183555.—(IN2010056588).

ALDESA TURISMO SOCIEDAD ANÓNIMA

Aldesa Turismo, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-105626, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Asamblea de Socios, Registro de Socios, Junta Directiva, Mayor, Diario e Inventarios y Balances, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Floria Chaves Bolaños.—RP2010183556.—(IN2010056589).

M S ELECTROTÉCNICA SOCIEDAD ANÓNIMA

M S Electrotécnica Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica numero tres-uno cero uno-cero nueve cuatro cero seis cinco, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros de Diario (número dos), Mayor e Inventarios y Balances (estos dos son número uno). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia del Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, dieciocho de febrero del dos mil diez.—Lic. Alexander Soto Guzmán, Notario.—RP2010183580.—(IN2010056590).

DISTRIBUIDORA CARTER LIMITADA

Distribuidora Carter Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-ciento veintiún mil cuatrocientos noventa y cuatro, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición de los libros siguientes: Diario, Mayor, Inventarios y Balances y Registro de Socios, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de Cartago, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Carlos Marín Zuñiga, Gerente.—RP2010183586.—(IN2010056591).

INVERSIONES REALES M.O.S.A.

SOCIEDAD ANÓNIMA

Inversiones Reales M.O.S.A. Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos cincuenta y siete mil seiscientos uno, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición de los libros siguientes: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Consejo de Administración y Registro de Socios, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de Cartago, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Raúl Alexander Camacho Alfaro, Secretario.—RP2010183587.—(IN2010056592).

El suscrito Alexander Villalobos Valverde, mayor de edad, casado una vez, comerciante, con cédula de identidad número siete-ciento uno-ciento treinta y cuatro, vecino de Campo Cinco, setecientos metros al oeste de la escuela, Cariari, Pococí, Limón, en mi condición personal, solicito a la Dirección General de Tributación la reposición de los libros: Diario, Mayor e Inventario y Balances todos número uno, por cuanto los mismos fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación de este edicto a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante Tributación Directa, así como a quien se considere afectado. Es todo.—Cariari, primero de julio del dos mil diez.—Alexander Villalobos Valverde.—RP2010183659.—(IN2010056593).

QOC GIRASOL DOS UNO TRES

SOCIEDAD ANÓNIMA

QOC Girasol Dos Uno Tres Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veintisiete mil doscientos veinticinco, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro: Actas de Asamblea General de Socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación de este aviso.—Lic. Jonathan Sequeira Segura, Abogado.—(IN2010056713).

INVERSIONES CORPORIZADAS S. A.

Inversiones Corporizadas S. A., cédula jurídica número 3-101-16301, solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa, la reposición de los libros de: Asamblea General de Socios uno, Junta Directiva uno, Diario uno, Mayor uno e Inventarios y Balances uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente  Legalización de Libros Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 9 de junio del 2010.—Lia Corvetti Sáenz.—(IN2010056735).

INTERNACIONAL TODAS LAS ESTRELLAS

SOCIEDAD ANÓNIMA

Internacional todas las Estrellas Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento treinta y tres mil trescientos cincuenta y ocho, solicita ante La Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarío y Balances, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Servicio al Contribuyente de la Administración de Alajuela dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. José Fermín Morales Campos, Notario.—(IN2010056760).

MOTO PARTES LIMITADA

Moto Partes Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento dos-treinta y dos mil dos, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Asambleas de Socios, Registro de Socios, Inventarios y Balances, Mayor y Diario de Socios, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la fecha de publicación de este aviso.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—(IN2010056795).

DEPÓSITO DE MATERIALES SAN CARLOS UNO

SOCIEDAD ANÓNIMA

Depósito de Materiales San Carlos Uno Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos ocho mil doscientos ochenta y seis, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro: Actas de Asamblea de Socios dos. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Guanacaste dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Sheila Recio Rojas, Notaria.—(IN2010056803).

RITOPA CECASA SOCIEDAD ANÓNIMA

La sociedad Ritopa Cecasa Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-382016, tres-ciento uno-tres ocho dos cero uno seis, en el trámite de legalización de libros por primera vez. Solicita ante la Dirección General de Tributación la entrega anticipada del libro de Actas de Asamblea de Socios número uno, para actualizar su Junta directiva. Quien se considere afectado, puede enviar su oposición a este trámite, a la Administración Tributaria de San José dentro de los 8 días hábiles posteriores a la publicación de este edicto.—Lic. Gerardo Bouzid Jiménez, Notario.—RP2010183697.—(IN2010057063).

CASA GIRASOL SOCIEDAD ANÓNIMA

Casa Girasol Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-227245; solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición del siguiente libro: Registro de socios número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Daniel Salazar Araya, Notario.—RP2010183790.—(IN2010057064).

RIVSA SOPORTES SOCIEDAD ANÓNIMA

Yo, Ramón Villalobos Carvajal, cédula, 1-501-590, en mi condición de Presidente de la Sociedad Rivsa Soportes Sociedad Anónima, inscrita en el Registro Público bajo la cédula jurídica número 3-101-382132, hago constar que mi representada ha iniciado los trámites respectivos para la reposición de los libros de Junta Directiva, Inventario y Balances, Mayor y Diario, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de Información y asistencia al contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación del presente aviso.—Heredia, 29 de junio de 2010.—Ramón Villalobos Carvajal, Presidente.—RP2010183804.—(IN2010057065).

AUTO TRANSPORTES GAMBOA

MARÍN SOCIEDAD ANÓNIMA

Auto Transportes Gamboa Marín Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-319303, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los libros Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas de Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios, Registro de Socios, todos número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros). Administración Tributaria de Puntarenas en el término de ocho días contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Marco Antonio Vargas Valverde, Notario.—RP2010183832.—(IN2010057066).

COMPAÑÍA CACOTEN SOCIEDAD ANÓNIMA

Compañía Cacoten Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-060965, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del Libro número uno de Actas de Asamblea General de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de Ja Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la tercera vez que se publique este aviso.—Lic. Adriana Varela Solís, Notaria.—RP2010183851.—(IN2010057067).

SINGSANCHU S. A.

Singsanchu S. A., con cédula jurídica 3-101-229781, domiciliada en Nicoya, de la esquina sureste del parque 100 metros al este y 50 al norte, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros: Libro Nº 1 de Actas de Asambleas de Socios, Libro Nº 1 Actas de Junta Directiva, Libro Nº 1 Registro de Accionistas. Lo anterior en razón de extravío de los mismos. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Guanacaste, dentro del término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso.—Nicoya, 28 de junio de 2010.—Lic. José Olivier Moreno Paniagua.—RP2010183926.—(IN2010057068).

PAPIRO, SOCIEDAD ANÓNIMA

Papiro, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-02103328, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición de los siguientes libros: Inventarios y Balances, Nº 1, Junta Directiva Nº 1, Asamblea General Nº 1 y Registro de Accionistas Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 08 de julio de 2010.—José Luis Wachong Murillo, Representante Legal.—(IN2010058532).

RALFO, SOCIEDAD ANÓNIMA

Ralfo, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-03688030, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición de los siguientes libros: Inventarios y Balances, Nº 3, Junta Directiva Nº 3, Asamblea General Nº y Registro de Accionistas Nº 3. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 08 de julio de 2010.—José Luis Wachong Murillo, Representante Legal.—(IN2010058534).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

WACHONG SOCIEDAD ANÓNIMA

Wachong Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-03219724, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición de los siguientes libros: Inventarios y Balances, Nº l, Junta Directiva Nº 1, Asamblea General Nº l y Registro de Accionistas Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 8 de julio del 2010.—José Luis Wachong Murillo, Representante Legal.—(IN2010058536).

INSTALACIONES Y ACABADOS S. A.

Instalaciones y Acabados S. A., cédula jurídica 3-101-032183, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Asambleas de Socios Nº 1, Actas de Junta Directiva Nº 1, y Registro de Socios Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Alfonso Herrera V., Notario.—(IN2010059048).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

MUTUAL CARTAGO AHORRO Y PRÉSTAMO

El señor Sherman César Allen Eve, cédula 701000064, ha solicitado a MUCAP la reposición del título valor Nº 311-303-443740, por un monto de $10.935,32 y los cupones Nº 1 y 2 por un valor neto de $109,30 cada uno; los cuales fueron emitidos a su orden el día 13-01-2009. Se emplaza a los interesados a manifestarse dentro del plazo de 15 días naturales posterior a la última publicación.—5 de julio de 2010.—Lic. Andrea Campos Chacón, Coordinadora, Dirección de Operaciones.—(IN2010055996).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Ante la notaria Rosa Elena Segura Ruiz, a los cinco días del mes de julio del dos mil diez, se protocolizaron actas de asamblea general de las sociedades denominadas Lia Internacional S. A., cédula jurídica número 3-101-247066, se nombra nuevo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, Esquina del Lago S. A., cédula jurídica número 3-101-381142, se reforma la cláusula sétima del acta constitutiva, Inmobiliaria Palacio Oriental S. A., cédula jurídica número 3-101-532903, se reforma cláusula segunda y sétima del acta constitutiva.—Lic. Rosa Elena Segura Ruiz, Notaria.—1 vez.—(IN2010055991).

ASOCIACIÓN COSTARRICENSE DE REUMATOLOGÍA

Yo, José Francisco Díaz Coto, cédula de identidad 1-516-142, en mi calidad de Presidente representante legal de la Asociación Costarricense de Reumatología, cédula jurídica 3-002-114300, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición de los libros: Actas Junta Directiva, Acta Asamblea General, Registro de Asociados, Mayor, Inventario y Balances, Diario, todos número 1, los cuales fueron extraviados, se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—San José, 7 de julio del 2010.—José Francisco Díaz Coto, Presidente y representante legal.—1 vez.—RP2010183745.—(IN2010057061).

Por la escritura número 003-06 del tomo 06 del protocolo de la notaria Ana Lorena Borges Montero, otorgada en esta ciudad a las 15:20 horas del treinta de junio del 2010, la sociedad costarricense denominada 3-101-494549 Sociedad Anónima cédula tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y cuatro mil quinientos cuarenta y nueve. Modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, primero de julio del 2010.—Lic. Ana Lorena Borges Montero, Notaria.—1 vez.—RP2010182963.—(IN2010055659).

Por la escritura número 004-06 del tomo 06 del protocolo de la notaria Ana Lorena Borges Montero, otorgada en esta ciudad a las 15:30 horas del treinta de junio del 2010, la sociedad costarricense denominada 3-101-494550 Sociedad Anónima cédula tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y cuatro mil quinientos cincuenta. Modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, primero de julio del 2010.—Lic. Ana Lorena Borges Montero, Notaria.—1 vez.—RP2010182964.—(IN2010055660).

Por la escritura número 005-06 del tomo 06 del protocolo de la notaria Ana Lorena Borges Montero, otorgada en esta ciudad a las 15:40 horas del treinta de junio del 2010, la sociedad costarricense denominada 3-101-494561 Sociedad Anónima cédula tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y cuatro mil quinientos sesenta y uno. Modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, primero de julio del 2010.—Lic. Ana Lorena Borges Montero, Notaria.—1 vez.—RP2010182965.—(IN2010055661).

Por la escritura número 006-06 del tomo 06 del protocolo de la notaria Ana Lorena Borges Montero, otorgada en esta ciudad a las 15:50 horas del treinta de junio del 2010, la sociedad costarricense denominada 3-101-494545 SRL, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y cuatro mil quinientos cuarenta y cinco. Modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, primero de julio del 2010.—Lic. Ana Lorena Borges Montero, Notaria.—1 vez.—RP2010182966.—(IN2010055662).

Por la escritura número 007-06 del tomo 06 del protocolo de la notaria Ana Lorena Borges Montero, otorgada en esta ciudad a las 16:30 horas del treinta de junio del 2010, la sociedad costarricense denominada 3-101-494565 S. A. con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y cuatro mil quinientos sesenta y cinco. Modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, primero de julio del 2010.—Lic. Ana Lorena Borges Montero, Notaria.—1 vez.—RP2010182967.—(IN2010055663).

Por la escritura número 008-06 del tomo 06 del protocolo de la notaria Ana Lorena Borges Montero, otorgada en esta ciudad a las 16:20 horas del treinta de junio del 2010, la sociedad costarricense denominada 3-101-494553 Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y cuatro mil quinientos cincuenta y tres. Modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, primero de julio del 2010.—Lic. Ana Lorena Borges Montero, Notaria.—1 vez.—RP2010182968.—(IN2010055664).

Por la escritura número 009-06 del tomo 06 del protocolo de la notaria Ana Lorena Borges Montero, otorgada en esta ciudad a las 16:30 horas del treinta de junio del 2010, la sociedad costarricense denominada Dynamic Eco Constructions S. A.,  sociedad costarricense con cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos ochenta mil seiscientos cuarenta. Modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, primero de julio del 2010.—Lic. Ana Lorena Borges Montero, Notaria.—1 vez.—RP2010182969.—(IN2010055665).

Se constituye Aleujonela Sociedad Anónima. Presidente: Alberto Cordero González, mayor, casado una vez, agricultor, con número seis-ciento sesenta y cinco-setecientos, vecino de contiguo a la Iglesia Asambleas de Dios, Caracol Norte Corredores, Puntarenas.—A las dieciséis horas del dos de junio del dos mil diez.—Lic. María Auxiliadora Fernández Godínez, Notaria.—1 vez.—RP2010182970.—(IN2010055666).

Ante esta notaría a las 16:00 horas del 10 de junio del 2010 se constituyó la sociedad anónima denominada CCTV Store Internacional S. A. en español Tienda Internacional de Circuito Cerrado de Televisión S. A. Capital social: 10 mil colones. Representantes: Allan Alberto Redondo Vega-Grettel Palmisano Rojas, apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo social: 99 años.—San José, 14 de junio del 2010.—Lic. Olga Margarita Alfaro Salas, Notaria.—1 vez.—RP2010182974.—(IN2010055667).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del veintiocho de junio del año en curso, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Sociedad Anónima Campos Aguilar. Se reforma la cláusula segunda y la cláusula sétima, del pacto constitutivo.—San José, 28 de junio del 2010.—Lic. Ester Rodríguez González, Notaria.—1 vez.—RP2010182975.—(IN2010055668).

Por escritura de las 10 horas de hoy, se constituyó la sociedad Tecniweld Industrial de Soldadura S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 1º de julio del 2010.—Lic. Bernal Chavarría Herrera, Notario.—1 vez.—RP2010182976.—(IN2010055669).

En esta notaría se constituyó Inmobiliaria Habitacional Bermúdez y Asociados S. A. Capital: cien mil colones y Corporación Pentabox S. A. Capital: ciento veinte mil colones, ambas con domicilio en San José, con un plazo de 99 años, con aporte de valores de comercio, regidas por el Código de Comercio.—San José, 1º de julio de 2010.—Lic. Alberto Ortega Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2010182982.—(IN2010055670).

Marcos Vargas Nieto, Ana Lidia Vargas Nieto y Javier Vargas Nieto, constituyen La Casa de Aranjuez Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Capital: 18.000 colones. Presidente Javier Vargas Nieto. Escritura otorgada a las 8:00 horas del 1º de julio del 2010.—Lic. Juan José Montero Cortes, Notario.—1 vez.—RP2010182983.—(IN2010055671).

Por escritura número 102-3 de las 11:00 del 1º de julio del 2010, se constituyó la sociedad Passione Bolognese SRL, domiciliada en San José, Ofibodegas Capri número tres, de la rotonda de Multiplaza de Escazú, ochocientos metros noroeste. Gerente ostenta la presentación legal y extrajudicial de la sociedad.—Lic. Ricardo Badilla Reyes, Notario.—1 vez.—RP2010182985.—(IN2010055672).

Por escritura otorgada ante mí, en Cartago hoy a las 9:00 horas, Laura y Dinorah, ambas Ramírez Calvo, fundaron Bella Imagen S. A. Domicilio: Agua Caliente, Cartago.—Cartago, 28 de junio del 2.010.—Lic. Luis Guillermo Ramírez Víquez, Notario.—1 vez.—RP2010182988.—(IN2010055673).

Por escritura otorgada a las ocho horas del primero de julio del dos mil diez ante el notario Andrés Elliot Sule, los señores Álvaro Martín Monge Zúñiga y Hannia María Campos May, constituyeron la sociedad denominada Import And Export Trabe Group Sociedad Anónima. Presidente: Álvaro Martín Monge Zúñiga.—San José, primero de julio del dos mil diez.—Lic. Andrés Elliot Sule, Notario.—1 vez.—RP2010182992.—(IN2010055674).

Ante esta notaría se constituyó Natcom S. A. Capital suscrito y debidamente cancelado. Es todo.—San José, 1º de julio del 2010.—Lic. Jorge E. Rojas Villarreal, Notario.—1 vez.—RP2010182995.—(IN2010055675).

Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas del 25 de junio del 2010, se constituyó sociedad Grupo Ara-Nú Sociedad Anónima, cuyo capital social se encuentra totalmente suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 25 de junio del 2010.—Lic. Evelyn Loaiza Blanco, Notaria.—1 vez.—RP2010182998.—(IN2010055676).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:15 horas del 25 de junio del 2010, se reforma el pacto constitutivo y se nombra nuevo secretario y tesorero de la junta directiva de F Y M Transportes Monterrey S. A.—Ciudad Quesada, 25 de junio del 2010.—Lic. Hugo Alberto Loaiza Blanco, Notario.—1 vez.—RP2010182999.—(IN2010055677).

Por escritura otorgada ante mí, a las 14:30 horas del 124 de junio del 2010, se constituyó la sociedad que se denominará B L E S S E D Investments Sociedad Anónima, cuyo capital se encuentra suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 24 de junio del 2010.—Lic. Hugo Alberto Loaiza Blanco, Notario.—1 vez.—RP2010183000.—(IN2010055678).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las trece horas del día veintitrés de junio del dos mil diez, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada La Mezquita de Orion LMO Ltda. Donde se acuerda modificar la cláusula primera de los estatutos para que en adelante se denomine Terreno Centro Limitada, así como las cláusula segunda y novena.—San José, primero de julio del dos mil diez.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2010183002.—(IN2010055679).

Por escritura número trescientos sesenta y ocho otorgada ante esta notaria se reformó la cláusula número cuarta, se acorta el plazo social de la sociedad Oil Fox de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-600742.—Cartago, 2 de julio del 2010.—Lic. Felicia Calvo Hidalgo, Notaria.—1 vez.—RP2010183003.—(IN2010055680).

Ante la notaría de Yalile Villalobos Zamora, se protocoliza acta de la sociedad Servicios & Desarrollos Vega & Vega Sociedad Anónima, se nombró secretaria, tesorera y fiscal, y modificó la cláusula novena, correspondiendo al presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, mediante escritura 37 del tomo 6 del protocolo de la suscrita notaria.—San José, 29 de junio del 2010.—Lic. Yalile Villalobos Zamora, Notaria.—1 vez.—RP2010183004.—(IN2010055681).

Ante la notaría de Yalile Villalobos Zamora, se constituye la sociedad Roloval Sociedad Anónima, presidente y secretaria, correspondiendo la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, mediante escritura 44 del tomo 6 del protocolo de la suscrita notaria.—San José, 29 de junio del 2010.—Lic. Yalile Villalobos Zamora, Notaria.—1 vez.—RP2010183005.—(IN2010055682).

Ante la notaría de Yalile Villalobos Zamora, se protocoliza acta de la sociedad Corporación Llano CMJ Sociedad Anónima, se nombró apoderado generalísimo sin límite de suma Bernard Michon, de apellido único en razón de su nacionalidad francesa, cédula de residencia: uno dos cinco-cero cero cero cero cero setenta y nueve catorce, mediante escritura 72 del tomo 6 del protocolo de la suscrita notaria.—San José, 29 de junio del 2010.—Lic. Yalile Villalobos Zamora, Notaria.—1 vez.—RP2010183006.—(IN2010055683).

Por escritura otorgada a las doce horas del diez de junio del dos mil diez se constituyó Monserrat Veintisiete I S. A. Por escritura otorgada a las once horas del veinticinco de junio del dos mil diez se constituye Nova Comunicación BTL Sociedad Anónima.—Lic. Guiselle Mora Cordero, Notaria.—1 vez.—RP2010183010.—(IN2010055684).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de Oil Test International Costa Rica S. A., celebrada en su domicilio social a las ocho horas del dieciocho de mayo del dos mil diez, en la que se nombró nueva junta directiva y se reformó la cláusula segunda sobre la administración de la sociedad.—San José, 30 de junio del dos mil diez.—Lic. Libia María Mondol López, Notaria.—1 vez.—RP2010183011.—(IN2010055685).

Ante la notaria María Marta Corrales Cordero, mediante la escritura número doce, de las diecisiete horas del día veintisiete de junio del dos mil diez, los señores Carlos Francisco Corrales Montero y Aurora Hernández Ulate, constituyen la sociedad anónima denominada Arquitectura Quinientos Seis Sociedad Anónima.—Puriscal, 28 de junio del 2010.—Lic. María Marta Corrales Cordero, Notaria.—1 vez.—RP2010183012.—(IN2010055686).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaría, a las trece horas del primero de julio del dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de Aldesa Fideicomisos S. A., reformando la cláusula tercera del pacto constitutivo.—San José, primero de julio del dos mil diez.—Lic. Alejandra Brenes San Gil, Notaria.—1 vez.—RP2010183013.—(IN2010055687).

Mediante escritura otorgada ante mí, el día de hoy se constituyó Facoro de Occidente Limitada, abreviable el aditamento Ltda. Domicilio: San Ramón de Alajuela, 100 metros este del Banco de Costa Rica. Capital: nueve mil colones suscrito y pagado. Plazo social: 100 años. Gerentes apoderados generalísimos sin limitación de suma.—San Ramón de Alajuela, 14 de junio del 2010.—Lic. Carlos Enrique Salas Salazar, Notario.—1 vez.—RP2010183015.—(IN2010055688).

Por escritura número cuarenta y ocho del tomo quinto de mi protocolo, otorgada en esta notaría, a las quince horas del veintinueve de junio del dos mil diez, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de La Isla Amarilla S. A. Se reforman las cláusula segunda, tercera y sexta de los estatutos y se nombra nuevos secretario, tesorero y fiscal.—San José, 29 de junio del 2010.—Lic. Luis Diego Herrera Elizondo, Notario.—1 vez.—RP2010183017.—(IN2010055689).

Christel Hering Palomar y Alfredo Óscar Barroso, constituyen Sociedad Anónima. Domicilio: San José, cantón Moravia, distrito San Vicente. Capital social: millón doscientos mil colones. Presidente: Christel Hering Palomar. Escritura Nº 263 de las 8:00 horas del 01 de julio del 2010.—Lic. Jorge Enrique Peña Quijano, Notario.—1 vez.—RP2010183020.—(IN2010055690).

Por escritura ante mí, Mauricio José Molina Valverde, de las 11:00 horas del 1º de julio de 2010, se constituye la sociedad denominada Uyara Sociedad Anónima S. A. Presidenta: Valeria Perucci Salaverry. Capital social: 10.000 colones.—San José, 1º de julio del 2010.—Lic. Mauricio José Molina Valverde, Notario.—1 vez.—RP2010183021.—(IN2010055691).

Que en esta notaría mediante escritura número doscientos treinta y seis, folio ciento treinta y dos frente del tomo cuarto, se constituyó la empresa denominada S Y C Leiva E.I.R.L. con capital social de cien mil colones, domiciliada Daniel Flores, Pérez Zeledón, provincia de San José, barrio Los Ángeles, trescientos metros al sur del supermercado La Corona. Gerente: Jeremar Leiva Martínez.—San Isidro, Pérez Zeledón, 1º de julio del 2010.—Lic. Sandra Cubillo Díaz, Notaria.—1 vez.—RP2010183022.—(IN2010055692).

Por escritura otorgada en mi notaría, en la ciudad de San José, a las nueve con treinta horas del día primero de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad Servicios Médicos Especializados del Itsmo Sociedad Anónima. Capital íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años contados a partir del momento de su constitución.—San José primero de julio del dos mil diez.—Lic. Álvaro Rodrigo Mora Salazar, Notario.—1 vez.—RP2010183024.—(IN2010055693).

Ante esta notaría se constituye Inversiones Inmobiliarias Viky y Chepe Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José a las 19:00 horas del treinta de junio del 2010.—Lic. Laura Mónica Zamora Ulloa, Notaria.—1 vez.—RP2010183026.—(IN2010055694).

Por escritura otorgada en Cañas, Guanacaste a las 14:00 horas del 29 de junio del 2010, se constituyó ante esta notaría, la sociedad denominada Agroservicios, H. A. S. Sociedad Anónima, con domicilio en Cañas, Guanacaste, de las antiguas bodegas del Consejo Nacional de Producción, ciento cuarenta metros este, sobre bulevar. Presidente: Carlos Alberto Aguilar Pérez.—Lic. Lorena Alpízar Bermúdez, Notaria.—1 vez.—RP2010183028.—(IN2010055696).

Por escritura otorgada en la notaría del notario público Oscar Luis Trejos Antillón, número 194 del tomo 12, de las 15:00 horas, del 30 de junio del 2010, se protocoliza la asamblea de la sociedad denominada tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y seis mil seiscientos setenta y cinco s. a., donde se modifica la administración, el domicilio, y se nombran presidente, secretario y tesorero.—San José, 1º de julio del 2010.—Lic. Oscar Luis Trejos Antillón, Notario.—1 vez.—RP2010183031.—(IN2010055697).

Por escritura otorgada en la notaría del notario público Oscar Luis Trejos Antillón, número 192 del tomo 12, de las 12:00 horas, del 30 de junio del 2010, se protocoliza la asamblea de la sociedad denominada Elizacar de San José S. A., donde se modifica la administración.—San José, 1º de julio del 2010.—Lic. Oscar Luis Trejos Antillón, Notario.—1 vez.—RP2010183032.—(IN2010055698).

El suscrito Adrián Granados Monge, notario público hago constar que por escritura número sesenta y dos, visible al folio ciento veintiocho vuelto del tomo veintinueve de mi protocolo se constituyó la sociedad denominada Escuela de Manualidades, Jardinería y Artes Culinarias Manos Creativas Sociedad Anónima.—Cartago, veintinueve de junio del dos mil diez.—Lic. Adrián Granados Monge, Notario.—1 vez.—RP2010183033.—(IN2010055699).

Que hoy se ha constituido la sociedad anónima Yomajo de la Cruz Sociedad Anónima, domiciliada en La Cruz, Guanacaste del minisuper veinticinco metros al este, representada por su presidenta Hellen Patricia Lara Lara con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.—Liberia, primero de julio del dos mil diez.—Lic. Leda María Peña Martínez, Notaria.—1 vez.—RP2010183036.—(IN2010055700).

Por escritura otorgada ante mí a las diecisiete horas del día primero de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad Corporación Dos Cero Ocho Sociedad Anónima. Presidente: José Alberto Guzmán Guzmán.—Lic. Carlos Fernando Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2010183041.—(IN2010055701).

Ante mi notaria el día hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la compañía Global Gaming Labs S. A., donde se reforma la cláusula segunda del domicilio, octava de la junta directiva. Presidente: Alejandro Valverde Molina, apoderado generalísimo. Es todo.— San José, 23 de junio del 2010.—Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2010183042.—(IN2010055702).

El señor Orlando Retana Umaña, mayor, cédula número uno-cuatrocientos treinta y uno-quinientos veinticinco, en mi calidad de presidente de Grupo Lomar de Tarrazú Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero siete siete ocho ocho cero, solicito se extienda el plazo de la junta directiva por todo el plazo social de la sociedad. Es todo.—San Lorenzo de Tarrazú, veintiocho de junio del dos mil diez.— Lic. Andrea Mora Badilla, Notaria.—1 vez.—RP2010183043.—(IN2010055703).

En escritura pública 11-39, otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del 17-06-2010, Delphos Technologies BI DE L.A. S. A., cédula jurídica 3-101-500142, nombró nuevo presidente, secretario y fiscal. Suprimió cargo de agente residente. Se quitó al secretario como representante judicial y extrajudicial. Nuevo domicilio social: Heredia, cantón central, distrito Ulloa, Lagunilla, Residencial Real Santamaría Este, casa 186, pero podrá establecer sucursales en otros lugares dentro y fuera del país.—02-07-2010.—Lic. Karla Vanessa López Silva, Notaria.—1 vez.—RP2010183049.—(IN2010055704).

Por escritura otorgada ante la notaria Dyanna Nelson Ulloa, los señores Rafael Antonio Jiménez Mora, cédula 1-1012-119, y Luca Malatesta, de un solo apellido, de nacionalidad italiana, con pasaporte de su país C-978588, transforman la sociedad Tres Ciento Dos Quinientos Cincuenta y Un Mil Seiscientos Treinta y Tres Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula tres-ciento uno-quinientos cincuenta y un mil seiscientos treinta y tres, de sociedad de responsabilidad limitada a  sociedad anónima, denominándose Tres Ciento Uno Quinientos Cincuenta y Un Mil Seiscientos Treinta y Tres Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse su aditamento  S. A. Capital social: ¢ 100.000. Domicilio social: Guápiles, Pococí, Limón, cincuenta metros al este de Megasúper.—Guápiles, 23 de junio del 2010.—Lic. Dyanna Nelson Ulloa, Notaria.—1 vez.—RP2010183050.—(IN2010055705).

La sociedad Recicladora Melquiades S. A. reforma cláusulas 1 del nombre, 2 del domicilio y 8 de la administración. Escritura otorgada a las 10:00 horas del 8 de junio del 2010.—Lic. Elena Murillo Agüero, Notaria.—1 vez.—RP2010183051.—(IN201055706).

Ante esta notaría se constituye Nosara Dreams Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las 10:00 horas del 2 de junio del 2010.—Lic. Hazel Solano Siles, Notaria.—1 vez.—RP2010183052.—(IN2010055707).

Ante el licenciado Marvin Ramírez Víquez, el día 1º de julio del 2010, se constituye la sociedad la cual solicita se le asigne como razón social su número de cédula jurídica.—Lic. Marvin Ramírez Víquez, Notario.—1 vez.—RP2010183053.—(IN2010055708).

Por escritura pública otorgada ante este notario, a las 16:00 horas del 1º de julio de 2010, se constituyó una sociedad denominada La Mocha de San Juan M.S.J. Sociedad Anónima. Presidente: Minor Roberto Ocampo Rodríguez, plazo social 99 años.—San José, 1º de julio del 2010.—Lic. Luis Fernando León Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2010183057.—(IN2010055709).

Por escritura pública otorgada hoy ante mí, en San José, a las 17:00 horas se constituyó la sociedad denominada Condotropic Sports S. A., con domicilio en San José, capital social de 100.000 colones.—San José, 24 de junio del 2010.—Lic. Aldo Morelli Lizano, Notario.—1 vez.—RP2010183058.—(IN2010055710).

Por escritura pública otorgada ante mí, en San José a las 16:30 horas del día 29 de junio del 2010, se constituyó la sociedad anónima C&H Tecnicomer S. A. Domicilio San José, plazo social 99 años, capital social 10.000 colones.—San José, 2 de julio del 2010.—Lic. Braulio Vargas Núñez, Notario.—1 vez.—RP2010183059.—(IN2010055711).

Por escritura pública otorgada ante mí, en San José a las 9 horas del día 29 de junio del 2010, se constituyó la sociedad anónima Resortico S. A. Domicilio San José, plazo social 99 años, capital social 10.000 colones.—San José, 2 de julio del 2010.—Lic. Braulio Vargas Núñez, Notario.—1 vez.—RP2010183060.—(IN2010055712).

Por escritura pública otorgada ante mí, en San José a las 18 horas del día 1º de julio del 2010, se constituyó la sociedad anónima Radana S. A. Domicilio San José, plazo social 99 años, capital social 10,000 colones.—San José, 2 de julio del 2010.—Lic. Braulio Vargas Núñez, Notario.—1 vez.—RP2010183061.—(IN2010055713).

Ante esta notaría se constituye Joyas y Mas CR Sociedad Anónima, domicilio Heredia, Santo Domingo, Residencial Adobe, casa doscientos treinta y siete, plazo cien años, capital cien mil colones, presidenta Cindy Ortiz Calderón, cédula uno-ochocientos noventa-seiscientos veintinueve.—San José, 30 de junio del 2010.—Lic. Lissette S. Ortiz Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2010183062.—(IN2010055714).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad Creaciones Innovacionales Expertos Sociedad Anónima, cuya actividad es el comercio en general, el plazo social es de cien años, cuyos representantes son Luis David Jiménez Rivas y Luis Alberto Jiménez Villalobos y fue constituida el primero de julio del dos mil diez.—Lic. Walter Solís Amen, Notario.—1 vez.—RP2010183063.—(IN2010055715).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 18:00 horas del 21 de junio de 2010, se constituyó Joralpe del Monte Sociedad Anónima. Capital íntegramente suscrito y pagado. Plazo social cien años a partir de su constitución.—Santa Bárbara de Heredia, 29 de junio de 2010.—Lic. Álvaro E. Alfaro Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2010183065.—(IN2010055716).

Por escritura otorgada ante la notaría del Lic. Danilo Vargas Sancho, número 133, de las 15:00 horas del 19 de junio del año 2010, los señores, Miguel Ángel de Jesús Valverde Román y Geidy Calderón Cordero, constituyen la sociedad anónima denominada Grusuma Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Grusuma S. A. Capital social de 10 mil colones, 10 acciones de mil colones cada una. Domicilio social en la Colonia San Rafael, lugar del distrito primero Guápiles, del cantón segundo Pococí, de la provincia de Limón, de la escuela, 100 metros al este.—San Rafael de Guápiles, Pococí, Limón, 2 de julio del 2010.—Lic. Danilo Vargas Sancho, Notario.—1 vez.—RP2010183066.—(IN2010055717).

En escritura número setenta y uno, otorgada ante esta notaría a las once horas del día treinta de junio del año dos mil diez, se constituyó la empresa Los Montoneros de Piedades Sociedad Anónima, con capital suscrito y pagado, plazo 99 años. Domicilio: San José, treinta de junio del dos mil diez.—Lic. Óscar Mata Muñoz, Notario.—1 vez.—RP2010183069.—(IN2010055718).

Por escritura otorgada ante el notario público Carlos Gutiérrez Font se constituyó la sociedad Playa Hermosa & Guanacaste Investments C.R. Sociedad Anónima. Capital social doce mil colones. Domicilio San José, Sabana Sur Centro Comercial Sabana Sur, local número veintinueve. Presidente, vicepresidente y secretario apoderados generalísimos.—San José, primero de julio del año dos mil diez.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—RP2010183074.—(IN2010055719).

Por escritura otorgada ante el notario público Carlos Gutiérrez Font, se constituyó la sociedad Blue Guanacaste Sunsets C.R. Sociedad Anónima. Capital social doce mil colones. Domicilio San José, Sabana Sur, Centro Comercial Sabana Sur local número veintinueve. Presidente, vicepresidente y secretario apoderados generalísimos.—San José primero de julio del año dos mil diez.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—RP2010183075.—(IN2010055720).

El suscrito notario hace constar que con vista en la matriz se modificó la cláusula sexta de administración del pacto constitutivo de la empresa Corrugados Belén Sociedad Anónima.—San José, primero de julio del año dos mil diez.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—RP2010183076.—(IN2010055721).

Se constituye sucursal en Costa Rica de Novotecni S. A., capital veintidós millones novecientos sesenta mil colones, totalmente suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, domicilio social. San José, Curridabat, de Plaza Cristal ciento veinticinco metros al oeste, cincuenta metros al norte y cincuenta metros al oeste.—San José, treinta de junio de dos mil diez.—Lic. Wendy Meneses Orozco, Notaria.—1 vez.—RP2010183077.—(IN2010055722).

Mediante escritura autorizada por mí, a las catorce horas del veintiocho de junio del dos mil diez se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada, cuya razón social será asignada por el Registro de Personas Jurídicas, con un capital social de treinta mil colones.—San José, veintiocho de junio del dos mil diez.—Lic. Alfredo Gallegos Villanea, Notario.—1 vez.—RP2010183079.—(IN2010055723).

Por escritura número ciento veintiséis-ocho otorgada ante esta notaría a las trece horas del dieciocho de junio de dos mil diez fue constituida la sociedad Pinilla County Gated Comunity Sociedad Anónima. Domicilio: San Isidro de Heredia. Capital social: Cien mil colones.—Tibás, 25 de junio del 2010.—Lic. Catherine Uribe Lorío, Notaria.—1 vez.—RP2010183080.—(IN2010055724).

Por escritura número: setenta y cinco se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa denominada: Costa Rica Aborigen y Autóctona Atenas Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-quinientos sesenta y cuatro mil trescientos ochenta y dos. Cambio junta directiva, presidente y secretario. Es todo.—Jacó, Garabito, Puntarenas, veintitrés de junio del dos mil diez.—Lic. Alexandra Morales Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2010183081.—(IN2010055725).

Por escritura número: setenta y tres se protocolizó acta número tres de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa denominada: Canopy Vista Los Sueños cédula jurídica número: tres-ciento uno-quinientos veintidós mil ochocientos sesenta y tres. Cambio de junta directiva, Presidente y secretario. Es todo.—Jacó, Garabito, Puntarenas, veintitrés de junio del dos mil diez.—Lic. Alexandra Morales Quesada, Notario.—1 vez.—RP2010183082.—(IN2010055726).

En esta notaría, mediante escritura número cincuenta y uno-diecisiete del tomo diecisiete del protocolo del suscrito notario, de las 16:00 horas del 7 de junio del dos mil diez, se constituye la sociedad Grupo Interdisciplinario de Asesores y Consultores G.I.A.C. Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital social suscrito y pagado, plazo 99 años, domicilio en San José.—San José, 7 de junio del dos mil diez.—Lic. Arturo Ortiz Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2010183084.—(IN2010055727).

Por escritura pública número ciento treinta y tres otorgada ante esta notaría a las dieciocho horas del veinticinco de junio de dos mil diez, protocolicé en lo conducente un acta de asamblea general ordinaria de accionistas de la compañía denominada Fedecoop Suministros Sociedad Anónima, dos de julio de dos mil diez.—Analive Matamoros López, Notaria.—1 vez.—RP2010183086.—(IN2010055729).

Mediante escritura número veinticinco, otorgada ante la notaria Carla Baltodano Estrada, a las doce horas del primero de julio del año dos mil diez, se protocolizó el acta de asamblea de socios de la sociedad CH Exclusive Developments Ched Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- quinientos dieciocho mil trescientos cincuenta y ocho, mediante la cual se modificaron las cláusulas del domicilio y la denominación de la sociedad a Inmobiliaria Trebolar Sociedad Anónima.—San José, primero de julio del año dos mil diez.—Lic. Carla Baltodano Estrada, Notario.—1 vez.—RP2010183088.—(IN2010055730).

Mediante escritura número veinticuatro, otorgada ante la notaria Carla Baltodano Estrada, a las nueve horas, treinta minutos del primero de julio del año dos mil diez, se protocolizó el acta de asamblea de socios de la sociedad tres- ciento dos-quinientos cuarenta y cinco mil seiscientos ochenta y dos s.r.l., mediante la cual la sociedad se transformó en una sociedad anónima, modificó su denominación a Residencia Vista del Country RVC S. A., cambió su domicilio y aumentó su capital social.—San José, primero de julio del año dos mil diez.—Lic. Carla Baltodano Estrada, Notaria.—1 vez.—RP2010183089.—(IN2010055731).

Ante esta notaría por escritura pública otorgada el día nueve de junio del dos mil diez, a las diez horas, se constituyó la sociedad denominada Feguarza Sociedad Anónima. Plazo noventa y nueve años. Capital social veinte mil colones. Presidenta: Elena Zamora Chacón.—Santo Domingo de Heredia día primero de julio del año dos mil diez, a las nueve horas y treinta minutos.—Lic. Fabián Ocampo Zamora, Notario.—1 vez.—RP2010183090.—(IN2010055732).

Ante esta notaría por escritura pública otorgada el día nueve de junio del dos mil diez, a las once horas, se constituyó la sociedad denominada Cunino Sociedad Anónima. Plazo noventa y nueve años. Capital social veinte mil colones. Presidenta: Elena Zamora Chacón.—Santo Domingo de Heredia, día primero de julio del año dos mil diez, a las nueve horas.—Lic. Fabián Ocampo Zamora, Notario.—1 vez.—RP2010183091.—(IN2010055733).

Por escritura número treinta y nueve, otorgada ante esta notaría el día veintinueve de junio del año dos mil diez, a las nueve horas, se constituyó la sociedad Photofolio Sociedad Anónima, plazo noventa y nueve años, Capital social: mil doscientos colones.—Lic. Adriana Villalobos Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2010183093.—(IN2010055734).

Por escrituras otorgadas a las diecisiete horas, cinco, diez y quince minutos, se constituyeron las sociedades Tico Torres, Calidad Construcción, Morgans Creek Inc., e Innominada, todas Sociedad Anónima, Capital suscrito y pagado. Domicilio: San José. Presidente con la representación judicial y extrajudicial. Domicilio: San José.—San José, 1º de julio del dos mil diez.—Lic. Adrián Fernández Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2010183096.—(IN2010055735).

Por escritura pública se constituyó la sociedad denominada Queen Anne’s Revenge S.R.L., Gerente apoderado generalísimo, domicilio San José.—San José, 2º de julio del año dos mil diez.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—RP2010183097.—(IN2010055736).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas con treinta minutos del siete de mayo del año dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Llanura Canto del Cenízaro Sociedad Anónima, mediante la cual se nombra nuevo presidente y secretario de la junta directiva y se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1 vez.—RP2010183099.—(IN2010055737).

En mi notaría, al ser las 14:00 horas del día 29 de junio del 2010, se constituye sociedad anónima denominada Cematza S. A. representada por las señoras Maritza y Celia María, ambas de apellidos López Rosales, en su orden como presidenta y secretaria, con facultades de apoderadas generalísimas sin límite de suma, actuando de forma conjunta. Capital social 10.000 colones.—Lic. Kattia Muñoz Zúñiga, Notaria.—1 vez.—RP2010183101.—(IN2010055738).

En mi notaría, al ser las 16:00 horas del día 29 de junio del 2010, se constituye sociedad anónima denominada Construcciones Midieval S. A., representada por los señores Luis Diego Vargas Álvarez, cédula Nº 1-1301-462 y José Miguel Arrieta Sánchez, cédula 1-544-257, en su orden secretario y presidente, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando de forma conjunta o separada. Capital social 10.000 colones.—Lic. Kattia Muñoz Zúñiga, Notaria.—1 vez.—RP2010183102.—(IN2010055739).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 14:00 horas del 8 de junio de 2010, se constituyó la sociedad denominada Pallares de Costa Rica S. A.—San Juan de Tibás, 1º de julio de 2010.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—RP2010183104.—(IN2010055740).

Ante este notario, mediante escritura número setenta de las catorce horas del primero julio de dos mil diez, se reformó la cláusula octava de la sociedad Corporación Capri del Trópico Norte Sociedad Anónima. Es todo.—San José, dos de julio de dos mil diez.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2010183107.—(IN2010055741).

Ante este notario, mediante escritura número setenta y nueve de las diez horas del primero julio de dos mil diez, se reformó la cláusula octava de la sociedad Corporación Plata Azul Sociedad Anónima. Es todo.—San José, dos de julio de dos mil diez.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2010183108.—(IN2010055742).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 18:00 horas del 24 de junio de 2010, se constituyó la sociedad denominada Calle Solano S.U. Sociedad Anónima. Presidente: William Gerardo Solano Ulate, cédula Nº 4-121-772.—Barva, 1º de julio de 2010.—Lic. Guillermo Montero Solera, Notario.—1 vez.—RP2010183109.—(IN2010055743).

Ante esta notaría, se constituyen las sociedades: Steiner Point S. A., Steadypower S. A., Stansel Suport S. A., Solar Groton S. A., Silicon Beat S. A., Seco Energy S. A., Voltmaster S. A., Zap Solution S. A., Tamarak Lake S. A. y Third Strike S.A., a las catorce horas, trece horas, doce horas, diez horas, nueve horas, y a las ocho horas del once de junio del año en curso, y a las catorce horas y a las diez horas, once horas, ocho horas y nueve horas del catorce de junio del año en curso,respectivamente; protocolización de acta de asamblea de la sociedad Ciber Cripto S. A., se nombra junta directiva, a las nueve horas del 22 de junio del año en curso. Se protocoliza acta de asamblea de socios de Goodfellas S. A., reforman cláusulas 2ª, 6ª, 8ª, 12 y 14 del pacto social.—San José, julio dos del dos mil diez.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2010183110.—(IN2010055744).

Ante esta notaría, bajo la escritura número doscientos ocho-nueve, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto Nº 33171-J. Domicilio social: Naranjo, Alajuela. Objeto: el comercio en general. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Representación judicial y extrajudicial: presidente.—Naranjo, dos de julio del dos mil diez.—Lic. Kattia Vanessa Umaña Araya, Notaria.—1 vez.—RP2010183112.—(IN2010055745).

Ante esta notaría, compareció Alan conocido como Allan Garro Navarro, cédula número uno-ochocientos ochenta y uno-ochocientos treinta y nueve, a fin de solicitar la protocolización del acta número uno de la asamblea general extraordinaria de Wheel Tree LLC Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-quinientos treinta y cinco mil once, acta que cambia el domicilio social y nombre gerente.—Cartago, dos de julio del dos mil diez.—Lic. Mildred Maroto Calvo, Notaria.—1 vez.—RP2010183113.—(IN2010055746).

El suscrito, Alejandro Campos Henao, notario público, con oficina abierta en San José, indico que por escritura otorgada ante mi notaría; al ser las nueve horas del día treinta de junio del año dos mil diez, se constituyó Distribuidora de Carnes Melis Sociedad Anónima, pudiéndose abreviar las dos últimas palabras en S. A.—San José, primero de julio del año dos mil diez.—Lic. Alejandro Campos Henao, Notario.—1 vez.—RP2010183116.—(IN2010055747).

Se constituye sociedad denominada Grupo Romich Sociedad Anónima. Con domicilio en Concepción de San Isidro de Heredia, trescientos metros este del antiguo Bellavista. Por el plazo de noventa y nueve años. Capital social: de diez mil colones. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. En escritura otorgada a las once horas del treinta de junio de dos mil diez.—Lic. Jesuá de Montserrat Solís Hernández, Notario.—1 vez.—RP2010183117.—(IN2010055748).

Ante esta notaría, la sociedad de esta plaza Labor Law Corp S. A., modificó la cláusula novena del pacto constitutivo. Es todo.—San José, a las 15 horas, 30 minutos del primero de julio de dos mil diez.—Lic. Daniel Soley Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2010183118.—(IN2010055749).

Ante esta notaría, la sociedad de esta plaza Labor Law Bussines S. A., modificó la cláusula novena del pacto constitutivo. Es todo.—San José, a las quince horas del primero de julio de dos mil diez.—Lic. Daniel Soley Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2010183119.—(IN2010055750).

Ante esta notaría, Electrosanig Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-uno seis siete cero cinco seis, realiza aumento de capital hasta la suma de veinticinco millones de colones, representado por dos acciones de doce millones quinientos mil colones cada una.—San José, 2 de julio del 2010.—Lic. Eduardo Mora Bermúdez, Notario.—1 vez.—RP2010183121.—(IN2010055751).

La suscrita Naomy Curry Hipwell, mayor, casada tres veces, pensionada, pasaporte estadounidense número siete dos cero uno uno cuatro ocho siete cero, vecina de Acosta, en su calidad de presidenta y representante judicial y extrajudicial de la sociedad Jarina Sociedad Anónima, misma que tiene las facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, solicita al Registro Público, Sección Personas Jurídicas que se publique el edicto correspondiente a dicha sociedad. El nombramiento del apoderado generalísimo se realiza por todo el plazo social.—San José, primero de julio del año dos mil diez.—Lic. Christian Álvarez Zamora, Notario.—1 vez.—RP2010183122.—(IN2010055752).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las diez horas del dos de julio de dos mil diez, se aumenta el capital social de la sociedad denominada Mango Plantation Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y cinco mil quinientos cincuenta y uno.—San José, 2 de julio de 2010.—Lic. Helen Adriana Solano Morales, Notaria.—1 vez.—RP2010183123.—(IN2010055753).

Por escritura otorgada ante esta notaria pública, en Ciudad Colón, Mora, a las 19:00 horas del treinta de junio del 2010, se constituyó Reina Internacional de los Mares Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Capital social: 100.000 colones. El presidente y el secretario de la junta directiva con las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—Ciudad Colón, a las 7:00 horas del día dos de julio del 2010.—Lic. José Aurelio Aguilar Sandí, Notario.—1 vez.—RP2010183124.—(IN2010055754).

En esta notaría ubicada en San Isidro de Heredia, cien metros sur de la Municipalidad: A) Mediante escritura pública número 34-22, otorgada a las 14:00 horas del 29 de junio del 2010, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Múltiples Stuluz S. A. Domiciliada en San Isidro de Heredia. Capital social: 12 mil colones totalmente suscrito y pagado. Presidente y secretario representantes judiciales y extrajudiciales con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo social: 99 años; B) Mediante escritura pública número 37-22, otorgada a las 15:45 horas del 1º de julio del 2010, se realizó cesión de cuotas sociales y nominativas, se reformaron las cláusulas segunda y sexta del acta constitutiva, y se nombraron dos nuevos gerentes de la sociedad Técnica R y O Limitada, con cédula jurídica número 3-102-267661; C) Mediante escritura pública número 38-22, otorgada a las 15:50 horas del 1º de julio del 2010, se realizó cesión de acciones comunes y nominativas, se reformaron las cláusulas segunda, décima, décima primera, décima tercera del acta constitutiva, y se nombró nueva junta directiva y fiscal de la sociedad Distribuidora y Almacén Cinco Estrellas S. A., con cédula jurídica número 3-101-264728.—Lic. Iván Villalobos Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2010183126.—(IN2010055755).

En mi notaría, se constituyó la sociedad Creaciones Inspiron Sociedad Anónima, al ser las once horas del día treinta de junio del año dos mil diez. Con un capital de diez mil colones, capital suscrito y pagado.—Lic. Ana Marlen Guillén Godínez, Notario.—1 vez.—RP2010183127.—(IN2010055756).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del dos de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Servicios y Consultoría Técnica S. A.—San José, 2 de julio del dos mil diez.—Lic. Ana Cecilia Rivas Tinoco, Notaria.—1 vez.—RP2010183131.—(IN2010055757).

Por escritura número veinticuatro-nueve, otorgada ante esta notaría, notario público Juan Manuel Godoy Pérez, a las doce del dieciséis de abril del dos mil diez, se constituye la sociedad denominada Kyona A.J S. A.—San José, primero de julio del 2010.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1 vez.—RP2010183135.—(IN2010055758).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veintidós de junio del año dos mil diez, se constituyó la empresa de esta plaza Kitisinga Sociedad Anónima. Capital: totalmente suscrito y pagado.—Lic. Wady A. Espinoza Hernández, Notario.—1 vez.—RP2010183140.—(IN2010055759).

Ante mí, a las dieciséis horas del día veintiocho de junio del año dos mil diez, se reforma cláusula decimacuarta del pacto constitutivo de la compañía Calox de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, dos de julio del dos mil diez.—Lic. Tatiana López Rosales, Notaria.—1 vez.—RP2010183142.—(IN2010055760).

El suscrito notario, hace constar y da fe que mediante escritura pública número 101-45, otorgada ante mí a las 8:00 horas del día 28 de junio de 2010, se procedió a constituir la sociedad anónima denominada ICC International Calling Cards S. A. Es todo.—San José, 28 de junio de 2010.—Lic. Alonso José Lara Tomás, Notario.—1 vez.—RP2010183143.—(IN2010055761).

El suscrito notario hace constar y da fe que mediante escritura pública número 102-45, otorgada ante mí a las 8:00 horas del día 2 de julio de 2010, se procedió a modificar las cláusulas 1 (nombre), 2 (domicilio), se nombró nuevo gerente y agente residente de sociedad anónima denominada Arabian Plaza Casino Ltda. Es todo.—San José, 2 de julio de 2010.—Lic. Alonso José Lara Tomás, Notario.—1 vez.—RP2010183144.—(IN2010055762).

El suscrito Lic. Otto Giovanni Ceciliano Mora hago constar que ante esta notaría, al ser las 12:00 horas del 3 de junio de 2010, se constituyó Inversiones Moreno Conejo Centroamericana Sociedad Anónima.—Lic. Otto Giovanni Ceciliano Mora, Notario.—1 vez.—RP2010183146.—(IN2010055763).

Por escritura de las dieciocho horas del primero de julio de dos mil diez, Neográfica Diseño y Comunicación S. A., protocoliza acta de asamblea de accionistas, se modifica la cláusula cuarta del pacto social en cuanto al plazo social. Se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—Lic. Marta María Elizondo Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2010183147.—(IN2010055764).

Mediante la escritura número 65-5, autorizada en mi notaría al ser las 16:00 horas del día 1º de julio del 2010, protocolicé acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Viagropecuaria Sociedad Anónima, mediante la cual se aumentó el capital social de la sociedad, hasta la suma de ¢15.000.000,00 debidamente suscrita y pagada.—San José, 1º de julio del 2010.—Lic. Fresia María Ramos Ugarte, Notaria.—1 vez.—RP2010183148.—(IN2010055765).

Por escritura número doscientos ochenta y siete, otorgada en esta notaría a las diez horas del treinta de junio del año dos mil diez, se constituyó la sociedad: la sociedad anónima que se denominará con el número de cédula jurídica a designar por el despacho. Domiciliada el domicilio social será Los Chiles de Pérez Zeledón, frente de las instalaciones del ICAFÉ. Su capital social es de diez mil colones. Plazo social noventa y nueve años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma: presidente Serafín Antonio Castillo Ortiz, mayor, casado una vez, comerciante, de nacionalidad panameña, pasaporte número uno siete uno siete nueve uno nueve, vecino de Los Chiles de Pérez Zeledón, frente de las instalaciones del ICAFÉ, quien actuará conjunta o separadamente.—San Isidro de Pérez Zeledón, a las once horas del treinta de junio del año dos mil diez.—Máster Yadira Jiménez Olivares, Notaria.—1 vez.—RP2010183149.—(IN2010055766).

Yasmin Herrera Mahomar y Lizeth Vargas Vargas, constituyen una sociedad limitada que será denominada con el número de cédula jurídica que el Registro le asigne. Domiciliada en San José. Capital social totalmente suscrito y pagado. Plazo social: cien años. Se nombró gerente general a Alonso Álvarez Valenciano. Escritura número 22, otorgada a las 14:00 horas del 29 de junio de 2010, otorgada ante la notaria Marta Cecilia Jiménez Salazar.—San José, 1º de junio del dos mil diez.—Lic. Marta Cecilia Jiménez Salazar, Notaria.—1 vez.—RP2010183150.—(IN2010055767).

Por escritura número ciento diecisiete-cuarenta y cinco, otorgada ante los notarios Juvenal Sánchez Zúñiga, Alberto Sáenz Roesch y Jorge González Roesch, actuando en el protocolo del primero, a las dieciséis horas, cuarenta y cinco minutos del día primero de julio del año dos mil diez, donde Karla Corrales Gutiérrez y Marta Gutiérrez Espinoza, constituyen diez sociedades de responsabilidad limitada, que se denominarán según la cédula jurídica que les asigne el Registro Nacional.—San José, 1º de julio del 2010.—Lic. Jorge González Roesch, Conotario.—1 vez.—RP2010183151.—(IN2010055768).

Por escritura número diez otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 25 de junio del 2010, se constituyó la sociedad anónima denominada Inversiones Parduvice Sociedad Anónima. Domiciliada en la ciudad de Barva de Heredia.—Alajuela, 2 de julio del 2010.—Lic. María José González Barrantes, Notaria.—1 vez.—RP2010183152.—(IN2010055769).

Por escritura otorgada, en mi notaría, a las dieciséis horas del veintiocho de marzo del dos mil diez, se sustituyó al presidente de Zhifong Inversiones Orientales S. A. y se nombró presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma a Zhilli conocido como Jimy Zheng Wu.—Lic. Hugo Retana Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2010183153.—(IN2010055770).

Por escritura número ciento cuarenta y tres, otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas del treinta de junio de dos mil diez, se constituye la sociedad anónima en la cual se facultó al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para que como denominación social se le indique el número de cédula de persona jurídica que se asigne al momento de su inscripción, según Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Presidenta: Yelena Mariel Argüello Méndez.—Heredia, treinta de junio del dos mil diez.—Lic. María Cecilia Valverde Marín, Notaria.—1 vez.—RP2010183154.—(IN2010055771).

Por escritura otorgada en San José, ante el suscrito notario, a las 18:00 horas de hoy, se constituyó Seguridad Privada Zúñiga y Quiroz Sociedad Anónima, abreviatura: Seguridad Privada Zúñiga y Quiroz S. A. Domicilio: San Vicente, Moravia, San José. Objeto: Industria y comercio en general, en especial servicios de vigilancia y seguridad privadas. Plazo: 90 años. Capital: totalmente suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos.—San José, 29 de junio del 2010.—Lic. Javier A. Acuña Delcore, Notario.—1 vez.—RP2010183155.—(IN2010055772).

Por escritura pública otorgada, ante esta notaría, al ser las diez horas del día primero de julio del dos mil diez, se constituyó Intermodal & Container Service Sociedad Anónima, domiciliada en la ciudad de Limón. Presidente: Juan Gerardo Rivera Soto.—Limón, dos de julio del dos mil diez.—Lic. Sonia María Conejo Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2010183157.—(IN2010055773).

A las once horas del veinticinco de marzo, se constituyó ante esta notaría, la sociedad civil La Tinta Highest View, domiciliada en Daniel Flores de Pérez Zeledón. El capital social lo constituyen diez mil colones, como aporte de sus socios. Actuará como administrador general y apoderado generalísimo sin límite de suma Wálter Meléndez Altamirano, cédula uno-novecientos veinticuatro-novecientos setenta y nueve.—San Isidro de El General, 25 de junio del 2010.—Lic. Édgar Jiménez Risco, Notario.—1 vez.—RP2010183158.—(IN2010055774).

En mi notaría, al ser las doce horas del tres de mayo del dos mil diez, se constituyó la sociedad anónima que se denominará con su cédula jurídica.—Turrialba, dos de julio del dos mil diez.—Lic. Clarita María Solano Villalobos, Notaria.—1 vez.—RP2010183163.—(IN2010055775).

En esta notaría, se tramita en escritura 94-5to del veintisiete de junio del 2010, la constitución de la sociedad Corporación Deportiva Scorpions Sociedad Anónima.—San José, 28 de junio del 2010.—Lic. Vera Teresita Ramírez Marín, Notaria.—1 vez.—RP2010183164.—(IN2010055776).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las once horas dieciséis minutos del dos de julio de dos mil diez, se constituye Gracia, Paz y Mansedumbre Sociedad Anónima. Domicilio: San José, González Víquez, calle quince, avenida veinte-veintidós, frente al costado este de la plaza González Víquez. Presidente: Carlos Luis Abarca Barrientos. Capital social: tres mil colones.—San José, 2 de julio del 2010.—Lic. Andrea Carvajal Lizano, Notaria.—1 vez.—RP2010183165.—(IN2010055777).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada: Mothers Dream Beach Sociedad Anónima. Domicilio: Playa Tamarindo, Santa Cruz de Guanacaste. Objeto: El comercio en general.—Lic. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—RP2010183167.—(IN2010055778).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada: Villa Verde Dos Tiburtina Sociedad Anónima. Domicilio: Playa Tamarindo, Santa Cruz de Guanacaste. Objeto: El comercio en general.—Lic. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—RP2010183168.—(IN2010055779).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada: Nospil LLC Sociedad Anónima. Domicilio: Playa Tamarindo, Santa Cruz de Guanacaste. Objeto: El comercio en general.—Lic. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—RP2010183169.—(IN2010055780).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada: Privacy & Nature Sociedad Anónima. Domicilio: Playa Tamarindo, Santa Cruz de Guanacaste. Objeto: El comercio en general.—Lic. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—RP2010183170.—(IN2010055781).

En mi notaría en Heredia, las 11:00 horas del 19 de junio del 2010, se constituyó la sociedad Iriria Sociedad Anónima. Domicilio Liberia. Capital social doce mil colones. Presidente y secretario con plenas facultades. Plazo 99 años.—San José, 25 de junio del 2010.—Lic. Antonio Gutiérrez Bogantes, Notario.—1 vez.—RP2010183173.—(IN2010055782).

Mediante escritura otorgada a las dieciocho horas del treinta de junio del dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Ironwood LLC Limitada, cédula jurídica 3-102-533536, en la cual se nombró nuevo gerente.—Lic. Bárbara Jiménez Coble, Notaria.—1 vez.—RP2010183175.—(IN2010055783).

Mediante escritura otorgada a las diez horas treinta minutos del dos de julio del dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Flags And Wings LLC Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-472306, en la cual se reformó la cláusula del domicilio social y se nombró nuevo gerente.—Lic. Bárbara Jiménez Coble, Notaria.—1 vez.—RP2010183176.—(IN2010055784).

Por escritura autorizada a esta notaría, a las 12:00 horas del 12 de junio del año 2010, se constituye la sociedad: Grupo DMAIC de Costa Rica Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado en su totalidad. Domicilio: Cartago centro, setenta y cinco metros norte de La Hormiga de Oro, casa color terracota a mano derecha. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Jorge Antonio Avilés Sandoval, Notario.—1 vez.—RP2010183177.—(IN2010055785).

El Licenciado Geovanni Bonilla Goldoni, comunica que ante mi notaría, en escritura 113 de las 8:00 horas de 2 de julio 2010, se protocolizó acta de asambleas generales ordinaria y extraordinaria de accionistas de Multi-Servicios Automotriz Cinco Mil Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-555410, reformando cláusula sexta de administración y nombrando secretario junta directiva.—Alajuela, 2 de julio del 2010.—Lic. Geovanni Bonilla Goldoni, Notario.—1 vez.—RP2010183179.—(IN2010055786).

Que el día de hoy, mediante escritura número ciento diecinueve - doce del protocolo del suscrito notario público, se ha constituido la sociedad El Alto de Pepe Sociedad Anónima, cuyo domicilio social es Heredia, Santa Elena de San Isidro.—San José, 4 de junio del 2010.—Lic. José Carlos Álvarez Varela, Notario.—1 vez.—RP2010183181.—(IN2010055787).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las catorce horas cincuenta minutos del cuatro de junio del dos mil diez, se protocolizó de acta de asamblea general extraordinaria de Asesoría-Administración G. Belovann Sociedad Anónima, se acordó modificar la cláusula segunda del domicilio y la cláusula sexta de la administración y se nombró nueva junta directiva.—Liberia, cuatro de junio del dos mil diez.—Lic. Eric Badilla Córdoba, Notaria.—1 vez.—RP2010183182.—(IN2010055788).

Por escritura número ciento veinticuatro, otorgada en Heredia, a las once horas del primero de junio del presente año, visible al folio ochenta y cuatro frente, del tomo dos de mi protocolo, la sociedad Corporación de Porteadores Pura Vida Sociedad Anónima, modifica cláusulas del pacto constitutivo.—Heredia, primero de junio del dos mil diez.—Lic. Dorca Enríquez Mora, Notaria.—1 vez.—RP2010183183.—(IN2010055789).

Ante esta notaría, en escritura pública número doscientos cincuenta y cinco, otorgada en Cartago, a las dieciséis horas del primero de julio del dos mil diez, se protocolizó acta extraordinaria de la sociedad Movimientos Pirahi Sociedad Anónima. En la cual se modifica la junta directiva, el presidente tiene la representación judicial y extrajudicial.—Cartago, a las ocho del dos de julio del dos mil diez.—Lic. Daniel Rodríguez Montero, Notario.—1 vez.—RP2010183185.—(IN2010055790).

Por escritura pública otorgada en San José, a las 13:00 horas del 1º de julio del 2010, se constituyó la sociedad anónima denominada: S & E Sistemas Informáticos del Oeste S. A. capital social: 100.000,00 colones. Plazo social: 100 años. Presidente: Sebastián Gutiérrez Lutz.—Lic. José Andrés Esquivel Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2010055870).

Que por escritura otorgada, ante esta notaría, a las diecisiete horas treinta minutos del día primero de julio del año dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres Pulpos Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó la reforma de las cláusulas primera, segunda y sexta del acta constitutiva.—San José, dos de julio del año dos mil diez.—Lic. Giselle Pacheco Saborío, Notaria.—1 vez.—(IN2010055871).

Villa Vicky B&B Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta mil setecientos catorce, modifica su nombre, su domicilio, su representación legal y hace el nombramiento de una nueva junta directiva.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—RP2010182939.—(IN2010055874).

Por escritura número ciento cuarenta y seis, de mi protocolo dos, se protocoliza acta número dos de la asamblea general extraordinaria de la empresa La Casita Natural Sociedad Anónima, modificándose las cláusulas sexta y tercera.—San José, cinco de julio del dos mil diez.—Lic. Julio César Ruiz Chavarría, Notario.—1 vez.—(IN2010055878).

El suscrito notario, hace constar que en mi notaría el día de hoy veintisiete de junio del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Cysoto S. A., la cual tiene domicilio en Escazú, se dedicará al comercio en general, y su plazo social lo será noventa y nueve años.—San José, veintisiete de junio del dos mil diez.—Lic. Luis E. Solano Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2010055880).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, en San José a las once horas del dos de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad Proservicios Álvarez Sociedad Anónima pudiendo abreviarse su aditamento en S. A.; nombre de fantasía. Plazo social: cien años. Capital social: suscrito y pagado de cien mil colones. Representada por presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma; pudiendo actuar conjunta o separadamente, pero para vender o gravar bienes de la sociedad deben actuar conjuntamente; y con poder de sustitución, revocación y de otorgar poderes.—San José, dos de julio del 2010.—Lic. María Lourdes Montes De Oca Carboni, Notaria.—1 vez.—(IN2010055883).

Por escritura pública otorgada, ante esta notaría, en San José a las doce horas del dos de julio del dos mil diez, se constituyó una Sociedad Anónima cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Plazo social: cien años. Capital social: suscrito y pagado de cien mil colones. Representada por el presidente y secretario de la junta directiva, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma; pero para vender o gravar bienes de la sociedad deben actuar conjuntamente, con poder de sustitución, revocación y de otorgar poderes.—San José, 2 de julio del 2010.—Lic. María Lourdes Montes De Oca Carboni, Notaria.—1 vez.—(IN2010055884).

Por escritura pública otorgada, ante esta notaría, en San José a las nueve horas del tres de julio del dos mil diez, se constituyó una Sociedad Anónima, cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Plazo social: cien años. Capital social: suscrito y pagado de cien mil colones. Representada por el presidente y secretario de la junta directiva, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma; pero para vender o gravar bienes de la sociedad deben actuar conjuntamente, con poder de sustitución, revocación y de otorgar poderes.—San José, 3 de julio del 2010.—Lic. María Lourdes Montes De Oca Carboni, Notaria.—1 vez.—(IN2010055885).

Se constituye la firma de esta plaza Hermanos Vega Ramírez Sociedad Anónima. Capital social: treinta mil colones. Presidente: Randall Alexánder Vega Ramírez. Agente residente: Marco Vinicio Araya Arroyo.—San José, cinco de julio del año dos mil diez.—Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo, Notario.—1 vez.—(IN2010055886).

Se constituye la firma de esta plaza Servicio de Operación Industrial Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Presidente: Jefry Alvarado Ramírez. Agente residente: Marco Vinicio Araya Arroyo.—San José, cinco de julio del dos mil diez.—Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo, Notario.—1 vez.—(IN2010055887).

Por escritura otorgada ante mí a las dieciocho horas del dos de junio de dos mil diez, se constituyó la sociedad domiciliada en Cartago denominada Finanzas, Riesgos y Mercados FRM Consultores S. A. Capital social: cien mil colones.—Cartago, cinco de julio de dos mil diez.—Lic. Eleonora Ortiz Runnebaum, Notaria.—1 vez.—(IN2010055888).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas diez minutos del veintinueve de junio del dos diez, se constituye la sociedad Brenes San Gil Sociedad Anónima.—San José, veintinueve de junio del dos mil diez.—Lic. Osvaldo Antonio Villalta Campos, Notario.—1 vez.—(IN2010055889).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del veintinueve de junio del dos mil diez, se constituye la sociedad BSG Family Group Sociedad Anónima.—San José, veintinueve de junio del dos mil diez.—Lic. Osvaldo Antonio Villalta Campos, Notario.—1 vez.—(IN2010055890).

El suscrito notario hace constar que ante su Notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inmobiliaria Propiedad Real S. A.—San José, 2 de julio del 2010.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca, Notario.—1 vez.—(IN2010055893).

En diligencias de localización de derechos indivisos, promovidas por Edith Mena Aguilar, expediente Notariales 2008-02, sobre la finca de Puntarenas, matrícula 21671 derecho 01, se emplaza por 15 días hábiles a los interesados legítimos, quienes podrán manifestar su oposición ante esta notaría, ubicada en San José, Tibás, Llorente, Residencial del Norte, número 32.—Lic. María Lorena Villalobos Solís, Notaria.—1 vez.—RP2010183083.—(IN2010055894).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las nueve horas del veintiséis de junio del año dos mil diez, se constituyó Mucevi Sociedad Anónima.—Alajuela, 27 de junio del 2010.—Lic. Xinia María Sibaja Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN201055908).

Por escritura pública número 196 de las 8:00 horas del 2 de julio del 2010, se constituyó una sociedad anónima que en lugar de nombre llevará el número de cédula jurídica tal como lo indica el decreto tres tres uno siete uno-J. Plazo: cien años. Presidente: Víctor Eduardo Rojas Chavarría.—San José, dos de julio del dos mil diez.—Lic. Ernesto Tulio Perlaza Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2010055914).

Ante mí, María Elieth Pacheco Rojas, el día tres de junio del dos mil diez, a las catorce horas cincuenta minutos se constituyo la sociedad denominada Agroeme Marsella Limitada, gerente: Greivin Gerardo Mairena Espinoza.—Venecia de San Carlos, Alajuela, cinco de julio del dos mil diez.—Lic. María Elieth Pacheco Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2010055915).

Ante mí, María Elieth Pacheco Rojas, el día veintiocho de junio del dos mil diez, a las catorce horas treinta minutos se constituyo la sociedad denominada Transofia de la Unión Limitada, gerentes: Flor María Miranda Ramírez y Yilbert Álvarez Jiménez.—Venecia de San Carlos, Alajuela, cinco de julio del dos mil diez.—Lic. María Elieth Pacheco Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2010055916).

Por escritura número ciento cuarenta y uno otorgada en esta notaría a las nueve horas del quince de junio del dos mil diez, se constituye Blue Fin Holdings Costa Rica Sociedad Anónima, Domicilio: Atenas, Escobal. Plazo: noventa y nueve años, capital social: doce mil colones. El presidente señor Joaquín Bernardo Vargas González, ostentará facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—Atenas, quince de junio del dos mil diez.—Lic. Xiomara Gómez Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2010055917).

Mediante escrituras otorgadas ante esta notaría, a las 08:00 hrs., 9:00 hrs., 10:00 hrs., 11:00 hrs., 12:00 hrs., 14:00 hrs., 15:00 hrs., 16:00 hrs., 17:00 hrs. del día 23 de junio del 2010, se protocolizaron las actas de asamblea general ordinaria y extraordinaria de A) Modas Liberia S. A; B) Hagdala MP, S. A.; C) Procolrent S. A.; D) Modas Siglo Futuro S. A.; E) Modas Mazal S. A.; F) Corporación BL Ciento Cincuenta y Uno de Santa Ana S. A.; G) Nahalkas S. A.; H) Hagdala Terra S. A., en las que se acordó fusionar las compañías, prevaleciendo Pro Moda S. A.—San José, 1º de julio del 2010.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2010055918).

Por escritura número ciento cincuenta y ocho otorgada en esta notaría a las dieciséis horas del diecisiete de abril del dos mil diez, se constituye Arceyut Producciones Sociedad Anónima, Domicilio: Heredia, San Joaquín, Frente a Batca. Plazo: noventa y nueve años, capital social: diez mil colones. El presidente señor Ernesto Arceyut Fernández, ostentará facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—San José, diecisiete de abril del dos mil diez.—Lic. Andrea Alvarado Mondol, Notaria.—1 vez.—(IN2010055919).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas treinta minutos del treinta de junio del dos mil diez, se modificó la cláusula segunda del domicilio de Villa Jaspe Rojo de Valencia S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos nueve mil setecientos diez.—San José, treinta de junio del dos mil diez.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(IN2010055925).

Por escritura otorgada ante esta notaría las señoras: María Elena Gómez Berrocal y Patricia Azofeifa Rojas, constituyeron una sociedad que se inscribirá con el nombre Eventos Especiales y Cathering Services Beraka Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse con el aditivo S. A. mismo que traducido al español significa Eventos Especiales y Servicios de Alimentos. Capital social: diez mil colones, plazo: noventa y nueve años.—Heredia, cinco de julio del dos mil diez.—Lic. Maira Torres López, Notaria.—1 vez.—(IN2010055927).

Ante mi notaría, se ha constituido la empresa Valita VG Sociedad Anónima, presidente Álvaro Vargas Miranda. Escritura otorgada en Alajuela a las 18 horas 30 minutos del 2 de junio del 2010.—Lic. Carlos González Campos, Notario.—1 vez.—(IN201055939).

Por escritura número dieciséis de las 8:00 horas del día 24 de junio del año en curso, protocolicé actas de asambleas generales ordinarias y extraordinarias de accionistas de las compañías: Inmobiliaria Rocas de Liancourt (Inrolian) S. A., Las Cataratas de Nauyaca (Catana) S. A. y Destra S. A. En Inrolian S. A. y Catana S. A., se realiza reconversión del capital social a dólares USD, se aumenta el capital social y se reforma el pacto social. Inrolian S. A., Catana S. A. y Destra S. A. se fusionan por absorción, prevaleciendo Destra S. A.—San José, 29 de junio del 2009—Lic. Jéssica Salas Arroyo, Notaria—1 vez.—(IN2010055940).

En escritura otorgada en esta notaría, a las doce horas del dos de julio del dos mil diez, se protocolizan acuerdos tomados en asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Inmobiliaria Matambu S. A. Se modifica plazo social.—San José, 2 de julio del 2010.—Lic. Johanny Retana Madriz, Notario.—1 vez.—(IN2010055942).

Se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de El Jardín de OZ Ltda. Escritura otorgada en Grecia a las 10 horas del 28 de marzo de 2010. Ante el notario Carlos Eduardo Rojas Castro.—Lic. Carlos Eduardo Rojas Castro, Notario.—1 vez.—(IN2010055943).

Mediante la escritura número ochenta y ocho, de las diez horas del primero de julio del dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea  general  extraordinaria  de  la  sociedad A.F.P. Security S. A., donde se reforma la cláusula segunda de sus estatutos: el domicilio social será en San José, La Uruca, costado noroeste de la plaza de deportes de La Uruca.—San José, 1º de julio del 2010.—Lic. Susan Rojas Alvarado, Notaria.—1 vez.—(IN2010055954).

Mediante la escritura número ochenta y tres, de las dieciséis horas del veintiocho de junio del dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Taller de Motos Indianapolis S. A., donde se reforma la cláusula segunda de sus estatutos: el domicilio social será en San José, La Uruca, costado noroeste de la plaza de deportes de La Uruca.—San José, 28 de junio del 2010.—Lic. Susan Rojas Alvarado, Notaria.—1 vez.—(IN201055956).

Mediante la escritura número ochenta y cinco, de las nueve horas del veintinueve de junio del dos mil diez, se protocolizó acta de  asamblea  general  extraordinaria  de  la  sociedad Transportes a su Puerta S. A., donde se reforma la cláusula segunda de sus estatutos: el domicilio social será en San José, La Uruca, costado noroeste de la plaza de deportes de La Uruca.—San José, 29 de junio del 2010.—Lic. Susan Rojas Alvarado, Notaria.—1 vez.—(IN2010055957).

He protocolizado actas de la Asociación de Padres, Madres y Amigos de los Usuarios del Taller Industria de Buena Voluntad, donde se nombra nueva Junta Directiva.—San José, veintiocho de junio de 2010.—Lic. Carlos Manuel Villalobos Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN201055958).

Mediante la escritura número ochenta y cuatro, de las diecisiete horas del veintiocho de junio del dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Moto Repuestos Indianapolis S. A., donde se reforma la cláusula segunda de sus estatutos: el domicilio social será en San José, La Uruca, costado noroeste de la plaza de deportes de La Uruca.—San José, 28 de junio del 2010.—Lic. Susan Rojas Alvarado, Notaria.—1 vez.—(IN2010055959).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veinticuatro de junio del dos mil diez, Yorleni Jiménez Alvarado y Andrés Murillo Collado, constituyeron una sociedad que se denominará Brinca Mundo Fiestas y Eventos S. A. Presidenta: Yorleni Jiménez Alvarado. Domicilio social: San José, Guadalupe, del palí de Ipís doscientos metros sur, veinticinco este alameda uno, casa doscientos dieciocho, capital social, dos mil colones. Plazo social: 100 años.—San José, a las nueve horas del veinticinco de junio del dos mil diez.—Lic. Jennie Morera Esquivel, Notaria.—1 vez.—(IN2010055966).

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del veinticuatro de junio del año en curso, Juan José Argüello Araya, Mayela Montoya Segura, Jeison José, Randall José, Juan José, Davy Orlando y Ana Marilyn, los cinco últimos de apellidos Argüello Montoya, constituyeron una sociedad anónima que en cuanto a nombre se regirá por lo dispuesto por el Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Plazo: cien años a partir de su constitución, domicilio: San Antonio del Tejar, Alajuela, objeto: toda actividad lícita en la industria, agricultura, industria y comercio. Capital social, íntegramente suscrito y pagado. Presidente de la junta directiva. El socio Argüello Araya.—Alajuela, cinco de julio del dos mil diez.—Lic. Miguel Rodríguez Gómez, Notario.—1 vez.—(IN2010055975).

A las ocho horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Las Corrientes de Ascensión Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifican las cláusulas primera, segunda, vigésimo segunda del pacto constitutivo.—San José, dieciséis de junio del dos mil diez.—Lic. Rafael Ángel Fallas Solórzano, Notario.—1 vez.—(IN2010055980).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las trece horas del cinco de julio del dos mil diez, se constituyó la Fundación Salvando Corazones, estableciéndose junta administradora, patrimonio y domiciliada en Nuevo Arenal Tilarán.—Grecia, 5 de julio del 2010.—Lic. Mayid Brenes Calderón, Notario.—1 vez.—(IN2010055981).

Por escritura número doscientos tres - cuatro, otorgada a las diez horas del primero de julio del dos mil diez, ante la suscrita notaria, se reforma la cláusula primera de la razón social, se revocan los miembros de la junta directiva y fiscal y se hacen nuevos nombramientos de la sociedad de este domicilio, denominada Stringybarks Sociedad Anónima.—San José,  01 de julio del 2010.—Lic. Ingrid Marcela Fallas Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2010055984).

Ante mí, se constituyeron las empresas: Inversiones los Monchitos, Juan Fresa, Mr. Bean, El Brujito y Haroloy Sociedad Anónima, todas Sociedades Anónimas y con domicilio en Escazú, plazo social: cien años. Capital social cien mil colones.—San José, cinco de julio del dos mil diez.—Lic. Eugenia María Rojas Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2010055988).

Por escritura número sesenta y cinco visible al folio cuarenta y cinco frente del tomo treinta y cuatro de mi protocolo se constituyó la sociedad Mensajería Multiservice RC S. A. Capital cien mil colones, íntegramente suscrito y pagado por sus socios.—Alajuela, tres de julio del dos mil diez.—Lic. Violeta Miranda Meza, Notaria.—1 vez.—(IN2010055997).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 5 de julio de 2010, se constituyó la entidad West Caribbean Group Of Costa Rica Sociedad Anónima. Capital social: ciento veinte mil colones, representado por ciento veinte acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente y secretario con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 05 de julio de 2011.—Lic. Carlos Víquez Jara, Notario.—1 vez.—(IN2010056000).

Ante esta notaría, por escritura número once-dos otorgada a las dieciséis horas del primero de julio del dos mil diez se constituye la sociedad de esta plaza denominada Play Realty Group S. A. Capital suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo.—San José 05 de julio del dos mil diez.—Lic. Luis Octavio Pérez Baires, Notario.—1 vez.—(IN2010056002).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez y treinta horas del dos de julio de dos mil diez se modificó la cláusula sétima de la sociedad Distribuidora Doce Sesenta, Sociedad Anónima y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—San José cinco de julio de dos mil diez.—Lic. Ronald Brealey Mora, Notario.—1 vez.—(IN2010056006).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10:30 horas del 22 de junio del 2010, se constituyó ZI Entertainment Company ZEC Limitada. Capital suscrito y pagado.—San José, 05 de julio del 2010.—Lic. Pablo Ugalde Argüello, Notario.—1 vez.—(IN2010056010).

Que mediante asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Toffee Coffee Bean Limitada, celebrada en su domicilio social a las 16:00 horas del 21 de junio del 2010, se acordó modificar la cláusula segunda del domicilio social.—San José, 05 de junio de 2010.—Lic. Pablo Ugalde Argüello, Notario.—1 vez.—(IN2010056011).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 13:00 horas del 16 de junio del 2010, se constituyeron diez sociedades anónimas: Plantation Club Investments Limitada; Crown Point Properties Limitada; Hippocampus Beach International Limitada; Canyon Properties International Limitada; Absolute Private Residences Limitada; Birdland Estates Limitada; Blackstone Mountain Limitada; Bogmallo Investments Limitada; Sunborn Properties Limitada y Aloha Gardens Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital suscrito y pagado.—San José, 05 de julio del 2010.—Lic. Pablo Ugalde Argüello, Notario.—1 vez.—(IN2010056013).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 17:00 horas del 21 de junio del 2010, se constituyó Compañía Administradora de Rancho Manuel Antonio Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital suscrito y pagado.—San José, 02 de julio del 2010.—Lic. Pablo Ugalde Argüello, Notario.—1 vez.—(IN2010056014).

Ante mi notaría, por escritura número doscientos dos - dos, a las dieciséis horas del veintiocho de junio del año dos mil diez, iniciada visible a folio ciento quince frente, del tomo dos, se constituyó sociedad anónima, domiciliada en Ortega de Santa Cruz Guanacaste, de la Plaza de Deportes un kilómetro al oeste. Jarby Angulo Cascante y Jesús Antonio Angulo Rodríguez, apoderados generalísimos sin límite de suma. El capital social será de diez mil colones representados por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, se suscriben nueve letras de cambio por mil colones cada una para un total de nueve mil colones y otra letra de cambio por mil colones, a favor de la sociedad. Cuya denominación social se ajusta en lo dispuesto en el artículo dos del decreto ejecutivo tres tres uno siete uno-J. Plazo social cien años.—Lic. Luis Minor Castillo Contreras, Notario.—1 vez.—RP2010182130 y 182697.—(IN2010056034).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil diez, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Rhythmical Creation Of Beauty Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos noventa mil cuatrocientos noventa y siete, de las ocho horas del catorce de junio del dos mil diez, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y sexta de los estatutos y se nombran nuevos gerentes.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2010056035).

Mediante escritura pública número veintiuno otorgada en Grecia a las dieciséis horas del veintiocho de junio del año dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos Miba de Grecia Sociedad de Responsabilidad Limitada. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo: noventa y nueve años.—Grecia, 28 de junio del año 2010.—Lic. Enrique Alonso Vargas Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2010182452.—(IN2010056036).

Mediante escritura de las dieciséis horas del dieciocho de junio del dos mil diez se modifican los estatutos en cuanto al domicilio de la Fundación Caritas Felices. Domicilio. San Blas de Moravia, San José, ochocientos metros al norte de la Mueblería San Blas. Calle Blancos, junio veintisiete del dos mil diez.—Lic. María Yorlene Obregón Zamora, Notaria.—1 vez.—RP2010182157.—(IN2010056039).

Ante mí, Rafael Salazar Fonseca notario con oficina en esta ciudad, se constituyó la sociedad Servicios Empresariales Gusida Herediana Sociedad Anónima. Capital social cien mil colones. Presidenta: Guiselle Mora Sáenz.—Barva de Heredia, dos de julio del año dos mil diez.—Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—RP2010183186.—(IN2010056046).

Gener Alfredo Alvarado López y Karla Ivonne Valerio Bogarín constituyen la empresa denominada Agencia de Viajes Monte Zurquí Sociedad Anónima. Mediante escritura otorgada en esta notaría.—San José, 10 horas del 2 de julio del 2010.—Lic. José Francisco Monge Masís, Notario.—1 vez.—RP2010183188.—(IN2010056047).

Que en la asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Inversiones Serika Bali Limitada, con cédula jurídica tres-ciento dos-seiscientos un mil novecientos veintiuno, celebrada al ser las trece horas del veintiocho de junio del dos mil diez, celebrada en el domicilio social de la sociedad, cuya acta ha sido protocolizada por el suscrito notario según consta en la escritura ciento treinta y dos-cinco, visible al folio ciento cuarenta y ocho vuelto del tomo quinto del protocolo del suscrito notario, se modifica la cláusula sétima dentro del pacto constitutivo de la sociedad, referente a la representación de la sociedad la cual en adelante deberá leerse así: “Sétima: La representación judicial y extrajudicial de la sociedad corresponderá al gerente, denominado como gerente a partir de este acto, quien tendrá facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, de conformidad con el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, pudiendo otorgar poderes, revocar poderes, podrá sustituir su poder en todo o en parte, revocar dichas sustituciones y poderes, y hacer y otorgar otros de nuevo, reservándose o no el ejercicio de las facultades que sustituya, e igualmente podrá el gerente dicho, sin previa autorización de la asamblea general de cuotistas: a- vender bienes de su propiedad a la sociedad, b- comprar bienes de la sociedad a nombre suyo, c- dar en arrendamiento o préstamo dineros suyos a la sociedad, d- recibir en arrendamiento o préstamo dineros de la sociedad, e- en general realizar cualquier tipo de auto contratación. La asamblea general de cuotistas, al igual que el gerente, podrá nombrar funcionarios tales como: gerentes, apoderados, agentes y representantes con las denominaciones, otorgándoles las facultades y poderes que estimen convenientes para atender los negocios sociales o aspectos relacionados a estos.” Es todo.—Dominical de Osa, Puntarenas al ser las nueve horas cuarenta minutos del primero de julio del dos mil diez.—Lic. José Miguel León Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2010183189.—(IN2010056048).

Ante esta notaría se constituye la sociedad de esta plaza denominada con un número de cédula de persona jurídica, a las doce horas del tres de julio del año dos mil diez, siendo su presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma la señora María Auxiliadora Herrera Marín, conocida como María Auxiliadora Durán Herrera, ante el notario Rodrigo Garita López, en Florencia, San Carlos, Alajuela.—Tres de julio del dos mil diez.—Lic. Rodrigo Garita López, Notario.—1 vez.—RP2010183190.—(IN2010056049).

Ante esta notaría se constituye la sociedad de esta plaza denominada con un número de cédula de persona jurídica que designará el Registro Nacional, a las quince horas del tres de julio del año dos mil diez, siendo su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma el señor Adrián Alberto Pérez Chaves, ante el notario Rodrigo Garita López, en Florencia San Carlos, Alajuela, tres de julio del dos mil diez.—Lic. Rodrigo Garita López, Notario.—1 vez.—RP2010183192.—(IN2010056050).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 10:00 horas del 2 de julio del 2010, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Desarrollos Costeros de Guanacaste C R I Sociedad Anónima donde se reforma las cláusulas segunda y sexta del pacto social y se nombra presidente.—San José, 2 de julio del 2010.—Lic. Adolfo García Baudrit, Notario.—1 vez.—RP2010183193.—(IN2010056051).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 14:00 horas del 2 de julio de 2010, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Ofilex Forum S. A., en la que se modificó la cláusula segunda de los estatutos.—San José, 2 de julio de 2010.—Lic. Marco Antonio Abellán Acevedo, Notario.—1 vez.—RP2010183195.—(IN2010056052).

Por escritura número doscientos ochenta y seis, a las ocho horas del día veinticuatro de mayo del dos mil diez, visible al folio ciento setenta y ocho, vuelto del tomo quinto de mi protocolo, se procede a la inscripción de la sociedad cuya razón social será el número de cédula, asignado por el Registro.—San José, dos de julio del dos mil diez.—Lic. Xiomara Brenes Corrales, Notaria.—1 vez.—RP2010183196.—(IN2010056053).

A las ocho horas del día cinco del mes de julio del año dos mil diez, mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada TicoParty.com Sociedad Anónima, con capital suscrito y pagado de diez mil colones y domicilio en Condominio Villas de San Marino, cantón La Unión, provincia de Cartago.—San José, a los cinco días del mes de julio del año dos mil diez.—Lic. Ana Cecilia Hurtado Leña, Notaria.—1 vez.—RP2010183197.—(IN2010056054).

Mediante escritura otorgada ante esta misma notaría, a las 18:00 horas del día 01 de julio del 2010, se constituyó la sociedad International Diversified Investments S. A. Capital social diez mil colones.—San José, 01 de julio del 2010.—Lic. Juan Carlos Villasuso Morales, Notario.—1 vez.—RP2010183198.—(IN2010056055).

Mediante escritura otorgada ante esta misma notaria, a las 11:30 horas del día 2 de julio del 2010, se constituyó la sociedad Steffany Mojitos S. A. Capital social: doce mil colones.—San José, 2 de julio del dos mil diez.—Lic. Juan Carlos Villasuso Morales, Notario.—1 vez.—RP2010183199.—(IN2010056056).

Por escritura pública otorgada el día primero de julio de dos mil diez, ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Helitac de Costa Rica S. A., con domicilio social en San José, Capital social: cien mil colones. Plazo: 99 años.—Heredia, primero de julio de dos mil diez.—Lic. Marcela Abellán Rosado, Notaria.—1 vez.—RP2010183200.—(IN2010056057).

Por escritura otorgada ante mí, Edwin Chacón Bolaños, se reformó la cláusula sétima del pacto social constitutivo de la sociedad 3-101-473049 Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 02 de julio del 2010.—Lic. Edwin Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2010183202.—(IN2010056058).

Por escritura de las 08:00 horas se constituyó Grupo Kosmo Equipos Sociedad Anónima. Presidente Evelyn Bolaños Marín.—San José, 01 de julio del 2010.—Lic. María Elena González Larrad, Notaria.—1 vez.—RP2010183203.—(IN2010056059).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del dos de julio del dos mil diez, se constituye la Fundación Manna Casa cuya denominación social la facultará expresamente el Registro de Fundaciones del Registro Público indicando el número de cédula de personas jurídicas que dicho registro de oficio le asigne a la fundación. Domicilio social: será en Costa Rica, San José, cuatrocientos metros al norte del balneario de Desamparados, Patarrá. Objeto: será brindar ayuda a todas aquellas personas, corporaciones, fundaciones, iglesias, entre otras entidades, de bienestar social o privado, en seguimiento de la voluntad de Dios. Promover el cristianismo y la palabra de Dios en todos los rincones del mundo. Patrimonio: Doce mil colones. Director Ruthie Hill (nombre) Chenoweth (apellido).—San José, dos de julio del dos mil diez.—Lic. Andrés Eduardo Calvo Herra, Notario.—1 vez.—RP2010183204.—(IN2010056060).

NOTIFICACIONES

HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE HACIENDA

Res-DGH-P-36-2010.—Oficina de Cobros Judiciales de la Dirección General de Hacienda.—San José, a las diez horas del dos de junio del dos mil diez.

Considerando:

1º—Que según lo establecido en el artículo 166 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la Oficina de Cobros Judiciales es competente para cobrar los impuestos, tasas, contribuciones, derechos fiscales, rentas por arrendamiento de bienes del Poder Central no sujetos a leyes especiales, y de toda clase de créditos a favor de éste.

2º—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 168 del mismo cuerpo legal, la Oficina de Cobros Judiciales es competente para “disponer de oficio o a petición de parte, la cancelación de los créditos indicados en el artículo 166 de este Código, cuando los términos de prescripción correspondientes estén vencidos o se tratare de cuentas o créditos incobrables”.

3º—Que de conformidad con la Directriz DR-DI-16-2004, de la División de Recaudación de la Dirección General de Tributación, las deudas de origen tributario pueden ser declaradas como incobrables cuando se presente alguna de las siguientes causales: defunción de contribuyente, vencimiento de plazo social, disolución de la sociedad, prescripción, no localizados y sin bienes, y monto exiguo.

4º—Que la Oficina de Cobros Judiciales ha recibido solicitudes por parte de distintos contribuyentes requiriendo que se declare que ha operado el plazo de prescripción sobre deudas de períodos muy anteriores, que aún permanecen en el sistema de información tributaria como pendientes de cancelación.

5º—Que la Oficina de Cobros Judiciales, ha realizado un estudio detallado de la condición de todas los adeudos indicados por los contribuyentes, determinando que en todos los casos se trata de períodos sobre los cuales ha operado el plazo de prescripción original y que no se evidencian actos interruptores que amplíen su cómputo, según información actualizada aportada por las Administraciones Tributarias correspondientes. Esta situación, impide a la Administración a la fecha, realizar gestiones cobratorias tendientes a su recuperación.

6º—Que se han verificado los montos actuales de los adeudos correspondientes a los períodos e impuestos indicados por los contribuyentes en sus solicitudes con la intención de verificar eventuales modificaciones o si a la fecha persisten.

7º—Que atendiendo los principios de economía y eficiencia procesal, y siendo que las solicitudes presentadas se están declarando a favor de los contribuyentes, por lo que no se les ocasiona perjuicio alguno, se considera oportuno y conveniente, emitir una única resolución en la cual se incluyan la totalidad de adeudos a declarar incobrables por haber operado sobre ellos la excepción de prescripción a favor de los contribuyente solicitantes.

8º—Que la totalidad de deudas que deben ser declaradas incobrables por concepto de prescripción a solicitud de los contribuyentes deudores, se encuentra detallada en el anexo I de esta Resolución, el cual se considera parte integral de la misma. Por tanto,

Con base en los considerandos anteriores, se declara incobrable la totalidad de deudas tributarias que se detallan en el anexo I de esta Resolución, así como los recargos correspondientes a cada una de estas obligaciones, por haber operado sobre ellas el plazo de prescripción, encontrándose la Administración imposibilitada para continuar con el proceso cobratorio. Procédase a notificar a la Dirección General de Tributación y a Contabilidad Nacional para que se proceda a la cancelación de los registros correspondientes, asimismo a realizar la publicación respectiva. Notifíquese mediante edicto.

 

DIRECCION GENERAL DE HACIENDA

 

PRESCRIPCIONES

 

Anexo de la Resolución DGH-P-36-2010 de las 10:00 horas del 2 de junio de 2010

 

Nombre de Contribuyente

Cédula

Impuesto

Periodo

1

Inversión del Volcán del Este S. A.

3101230147

Transferencia

dic.-98

2

Chapernal Atracciones Campestres S. A.

3101213956

Ventas

ago.-03

3

Chapernal Atracciones Campestres S. A.

3101213956

Ventas

may-04

4

Chapernal Atracciones Campestres S. A.

3101213956

Ventas

jun.-04

5

Chapernal Atracciones Campestres S. A.

3101213956

Ventas

jul.-04

6

Chapernal Atracciones Campestres S. A.

3101213956

Ventas

ago-04

7

Chapernal Atracciones Campestres S. A.

3101213956

Ventas

dic.-04

8

Chapernal Atracciones Campestres S. A.

3101213956

Ventas

2003

9

Chapernal Atracciones Campestres S. A.

3101213956

Ventas

2004

10

Chapernal Atracciones Campestres S. A.

3101213956

Ventas

dic.-97

11

Chapernal Atracciones Campestres S. A.

3101213956

Ventas

mar-99

12

Chapernal Atracciones Campestres S. A.

3101213956

Ventas

jun.-99

13

Chapernal Atracciones Campestres S. A.

3101213956

Ventas

Set-99

14

Chapernal Atracciones Campestres S. A.

3101213956

Ventas

dic.-99

15

Avalúos Haug e Ingenieros Asociados S. A.

3101046592

Renta

dic.-94

16

Compañía Leogar S. A.

3101016273

Ventas

dic.-98

17

Compañía Leogar S. A.

3101016273

Ventas

abr.-01

18

Compañía Leogar S. A.

3101016273

Ventas

ene-04

19

Compañía Leogar S. A.

3101016273

Ventas

feb.-04

20

Compañía Leogar S. A.

3101016274

Ventas

abr.-04

21

Compañía Leogar S. A.

3101016275

Ventas

jun.-05

22

Compañía Leogar S. A.

3101016276

Ventas

ene-03

23

Compañía Leogar S. A.

3101016277

Ventas

dic.-02

24

Compañía Leogar S. A.

3101016278

Ventas

mar-05

25

Compañía Leogar S. A.

3101016279

Ventas

set-2005

26

Zapatería la Puerta del Sol S. A.

3101039592

Ventas

nov.-99

27

Zapatería la Puerta del Sol S. A.

3101039593

Ventas

dic.-99

28

Zapatería la Puerta del Sol S. A.

3101039594

Ventas

may-00

29

Zapatería la Puerta del Sol S. A.

3101039595

Ventas

jun.-00

30

Zapatería la Puerta del Sol S. A.

3101039596

Ventas

jul.-00

31

Zapatería la Puerta del Sol S. A.

3101039597

Ventas

jul.-03

32

Zapatería la Puerta del Sol S. A.

3101039598

Ventas

ago.-03

33

Zapatería la Puerta del Sol S. A.

3101039599

Ventas

set-03

34

Zapatería la Puerta del Sol S. A.

3101039600

Ventas

oct.-03

35

Zapatería la Puerta del Sol S. A.

3101039601

Ventas

nov.-03

36

Zapatería la Puerta del Sol S. A.

3101039602

Ventas

dic.-03

37

Zapatería la Puerta del Sol S. A.

3101039603

Ventas

ene-04

38

Zapatería la Puerta del Sol S. A.

3101039604

Ventas

feb.-04

39

Zapatería la Puerta del Sol S. A.

3101039605

Ventas

mar-04

40

Zapatería la Puerta del Sol S. A.

3101039606

Ventas

abr.-04

41

Zapatería la Puerta del Sol S. A.

3101039607

Ventas

may-04

42

Zapatería la Puerta del Sol S. A.

3101039608

Ventas

jun.-04

43

Zapatería la Puerta del Sol S. A.

3101039609

Ventas

jul.-04

44

Zapatería la Puerta del Sol S. A.

3101039610

Ventas

ago-04

45

Zapatería la Puerta del Sol S. A.

3101039611

Ventas

Set-04

 

Martha Monge Salazar, Jefa Departamento de Cobros Judiciales.—Carole Quesada Rodríguez, Subdirectora General de Hacienda.—1 vez.—O. C. Nº 8504.—Solicitud Nº 28447.—C-134540.—(IN2010056776).

SALUD

ÁREA RECTORA DE SALUD DE ESCAZÚ

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

De conformidad con el artículo 241, inciso 4) de la Ley General de Administración Pública, se hace saber a los señores Óscar Rivera Calderón, cédula número 3-0314-0356, y Mariela Reyes Vega, cédula de residencia número 41-610-147, en representación de la sociedad Cortijo Morado IV, cédula jurídica número 3-101-313083, que de conformidad con los informes técnicos URS-RCS-1810-2009, DGASS-USSPMHH-FLB-CCA-119-10 y resolución DM-M-1271-2010, se procede a declarar la finca filial Nº 32731-F-000, a nombre de su representada: INHABITABLE POR INSALUBRE. Consecuentemente, dentro del plazo de treinta días hábiles a partir de notificado, se les ordena el desalojo de la misma por parte de sus ocupantes. De conformidad con los artículos 52 y siguiente de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud, en relación con la presente orden sanitaria, procede interponer los recursos de revocatoria con apelación en subsidio dentro de los cinco días hábiles contados a partir de su notificación. El Recurso podrá ser interpuesto ante la Oficina del Área Rectora de Salud de Escazú, la revocatoria será resuelta por la Dirección Regional del Ministerio de Salud, y de ser necesario, la apelación será resuelta por el Ministro de Salud. “De conformidad con los artículos 148 de la Ley de Administración Pública y 53 de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud la interposición de los recursos no suspende el cumplimiento de la presente orden sanitaria”. APERCIBIMIENTO: Se le apercibe que una vez vencido el plazo otorgado, en caso de desobediencia a ésta orden sanitaria, se procederá a desalojo forzoso con el auxilio de la Fuerza Pública a los moradores o a quienes permanezcan en la vivienda, y se dispondrá que se clausure éste mediante la colocación de sellos oficiales, sin responsabilidad alguna para el Ministerio de Salud y sus funcionarios, igualmente se reserva esta instancia la posibilidad de elevar ante el Ministerio Público, a quienes desobedezcan lo ordenado por el delito de Desobediencia a la autoridad de confonnidad con el artículo 307 del Código Penal. RESPALDO LEGAL: La Constitución Política de la República de Costa Rica del siete de noviembre de 1949, y sus reformas, en su artículo 50. La Ley General de Salud, Ley Nº 5395 del 30 de octubre de 1973, reformadas por Leyes Nº 5789 del 1º de setiembre de 1975, Nº 6430 del 15 de mayo de 1980, Nº 6726 del 10 de marzo de 1982, Nº 7093 del 22 de abril de 1988 y Nº 7600 del 2 de mayo de 1996, específicamente en sus artículos 1º, 4º, 7º, 9º, 285, 286, 287, 313, 315, 319, 320, 321, 337, 338, 340, 341, 349, 355, 356, 357, 363. Ley de Notificaciones, Ley Nº 8687 del 4 de diciembre del 2008, específicamente en sus artículos 4º, 20, 21. Notifíquese.—Dr. Guillermo Treminio Rivas, Director.—O. C. Nº 1934.—Solicitud Nº 01-2010.—C-107160.—(IN2010056820).

De conformidad con el artículo 241, inciso 4) de la Ley General de Administración Pública, se hace saber al señor Héctor Rubén Stocki, pasaporte número 045538304, en representación de la sociedad  Cortijo  Esmeralda  XXXI S. A.,  cédula  jurídica  número  3-101-313984, que de conformidad con los informes técnicos URS-RCS-1810-2009, DGASS-USSPMHH-FLB-CCA-119-10 y Resolución DM-M-1271-2010, se procede a declarar la finca filial Nº 32758-F-000, a nombre de su representada: INHABITABLE POR INSALUBRE. Consecuentemente, dentro del plazo de treinta días hábiles a partir de notificado, se les ordena el desalojo de la misma por parte de sus ocupantes. De conformidad con los artículos 52 y siguiente de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud, en relación con la presente orden sanitaria, procede interponer los recursos de revocatoria con apelación en subsidio dentro de los cinco días hábiles contados a partir de su notificación. El Recurso podrá ser interpuesto ante la Oficina del Área Rectora de Salud de Escazú, la revocatoria será resuelta por la Dirección Regional del Ministerio de Salud, y de ser necesario, la apelación será resuelta por el Ministro de Salud. “De conformidad con los artículos 148 de la Ley de Administración Pública y 53 de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud la interposición de los recursos no suspende el cumplimiento de la presente orden sanitaria”. APERCIBIMIENTO: Se le apercibe que una vez vencido el plazo otorgado, en caso de desobediencia a ésta orden sanitaria, se procederá a desalojo forzoso con el auxilio de la Fuerza Pública a los moradores o a quienes permanezcan en la vivienda, y se dispondrá que se clausure éste mediante la colocación de sellos oficiales, sin responsabilidad alguna para el Ministerio de Salud y sus funcionarios, igualmente se reserva esta instancia la posibilidad de elevar ante el Ministerio Público, a quienes desobedezcan lo ordenado por el delito de Desobediencia a la autoridad de confonnidad con el artículo 307 del Código Penal. RESPALDO LEGAL: La Constitución Política de la República de Costa Rica del siete de noviembre de 1949, y sus reformas, en su artículo 50. La Ley General de Salud, Ley Nº 5395 del 30 de octubre de 1973, reformadas por Leyes Nº 5789 del 1º de setiembre de 1975, Nº 6430 del 15 de mayo de 1980, Nº 6726 del 10 de marzo de 1982, Nº 7093 del 22 de abril de 1988 y Nº 7600 del 2 de mayo de 1996, específicamente en sus artículos 1º, 4º, 7º, 9º, 285, 286, 287, 313, 315, 319, 320, 321, 337, 338, 340, 341, 349, 355, 356, 357, 363. Ley de Notificaciones, Ley Nº 8687 del 4 de diciembre del 2008, específicamente en sus artículos 4º, 20, 21. Notifíquese.—Dr. Guillermo Treminio Rivas, Director.—O. C. Nº 1934.—Solicitud Nº 01-2010.—C-107160.—(IN2010056835).

De conformidad con el artículo 241, inciso 4) de la Ley General de Administración Pública, se hace saber a la señora María Isabel Rodríguez Vindas, cédula número 4-0148-0729, en representación de la sociedad Consorcio Danisa de Rohrmoser S.A., cédula jurídica número 3-101-345505, que de conformidad con los informes técnicos URS-RCS-1810-2009, DGASS-USSPMHH-FLB-CCA-119-10 y Resolución DM-M-1271-2010, se procede a declarar la finca filial Nº 32757-F-00, a nombre de su representada: INHABITABLE POR INSALUBRE. Consecuentemente, dentro del plazo de treinta días hábiles a partir de notificado, se les ordena el desalojo de la misma por parte de sus ocupantes. De conformidad con los artículos 52  y siguiente de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud, en relación con la presente orden sanitaria, procede interponer los recursos de revocatoria con apelación en subsidio dentro de los cinco días hábiles contados a partir de su notificación. El Recurso podrá ser interpuesto ante la Oficina del Área Rectora de Salud de Escazú, la revocatoria será resuelta por la Dirección Regional del Ministerio de Salud, y de ser necesario, la apelación será resuelta por el Ministro de Salud. “De conformidad con los artículos 148 de la Ley de Administración Pública y 53 de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud la interposición de los recursos no suspende el cumplimiento de la presente orden sanitaria”. APERCIBIMIENTO: Se le apercibe que una vez vencido el plazo otorgado, en caso de desobediencia a ésta orden sanitaria, se procederá a desalojo forzoso con el auxilio de la Fuerza Pública a los moradores o a quienes permanezcan en la vivienda, y se dispondrá que se clausure éste mediante la colocación de sellos oficiales, sin responsabilidad alguna para el Ministerio de Salud y sus funcionarios, igualmente se reserva esta instancia la posibilidad de elevar ante el Ministerio Público, a quienes desobedezcan lo ordenado por el delito de Desobediencia a la autoridad de confonnidad con el artículo 307 del Código Penal. RESPALDO LEGAL: La Constitución Política de la República de Costa Rica del siete de noviembre de 1949, y sus reformas, en su artículo 50. La Ley General de Salud, Ley Nº 5395 del 30 de octubre de 1973, reformadas por Leyes Nº 5789 del 1º de setiembre de 1975, Nº 6430 del 15 de mayo de 1980, Nº 6726 del 10 de marzo de 1982, Nº 7093 del 22 de abril de 1988 y Nº 7600 del 2 de mayo de 1996, específicamente en sus artículos 1º, 4º, 7º, 9º, 285, 286, 287, 313, 315, 319, 320, 321, 337, 338, 340, 341, 349, 355, 356, 357, 363. Ley de Notificaciones, Ley Nº 8687 del 4 de diciembre del 2008, específicamente en sus artículos 4º, 20, 21. Notifíquese.—Dr. Guillermo Treminio Rivas, Director.—O. C. Nº 1934.—Solicitud Nº 01-2010.—C-107160.—(IN2010056836).

De conformidad con el artículo 241, inciso 4) de la Ley General de Administración Pública, se hace saber a los señores Estrella Barrantes Alfaro, cédula número 1-0763-0077, y Vincent Jerome Ruddy, pasaporte número 701828417, en representación de la sociedad  Cortijo  Magenta  XXIII S. A., cédula  jurídica número  3-101-313988, que de conformidad con los informes técnicos URS-RCS-1810-2009, DGASS-USSPMHH-FLB-CCA-119-10 y Resolución DM-M-1271-2010, se procede a declarar la finca filial Nº 32750-F-000, a nombre de su representada: INHABITABLE POR INSALUBRE. Consecuentemente, dentro del plazo de treinta días hábiles a partir de notificado, se les ordena el desalojo de la misma por parte de sus ocupantes. De conformidad con los artículos 52 y siguiente de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud, en relación con la presente orden sanitaria, procede interponer los recursos de revocatoria con apelación en subsidio dentro de los cinco días hábiles contados a partir de su notificación. El Recurso podrá ser interpuesto ante la Oficina del Área Rectora de Salud de Escazú, la revocatoria será resuelta por la Dirección Regional del Ministerio de Salud, y de ser necesario, la apelación será resuelta por el Ministro de Salud. “De conformidad con los artículos 148 de la Ley de Administración Pública y 53 de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud la interposición de los recursos no suspende el cumplimiento de la presente orden sanitaria”. APERCIBIMIENTO: Se le apercibe que una vez vencido el plazo otorgado, en caso de desobediencia a ésta orden sanitaria, se procederá a desalojo forzoso con el auxilio de la Fuerza Pública a los moradores o a quienes permanezcan en la vivienda, y se dispondrá que se clausure éste mediante la colocación de sellos oficiales, sin responsabilidad alguna para el Ministerio de Salud y sus funcionarios, igualmente se reserva esta instancia la posibilidad de elevar ante el Ministerio Público, a quienes desobedezcan lo ordenado por el delito de Desobediencia a la autoridad de confonnidad con el artículo 307 del Código Penal. RESPALDO LEGAL: La Constitución Política de la República de Costa Rica del siete de noviembre de 1949, y sus reformas, en su artículo 50. La Ley General de Salud, Ley Nº 5395 del 30 de octubre de 1973, reformadas por Leyes Nº 5789 del 1º de setiembre de 1975, Nº 6430 del 15 de mayo de 1980, Nº 6726 del 10 de marzo de 1982, Nº 7093 del 22 de abril de 1988 y Nº 7600 del 2 de mayo de 1996, específicamente en sus artículos 1º, 4º, 7º, 9º, 285, 286, 287, 313, 315, 319, 320, 321, 337, 338, 340, 341, 349, 355, 356, 357, 363. Ley de Notificaciones, Ley Nº 8687 del 4 de diciembre del 2008, específicamente en sus artículos 4º, 20, 21. Notifíquese.—Dr. Guillermo Treminio Rivas, Director.—O. C. Nº 1934.—Solicitud Nº 01-2010.—C-107160.—(IN2010056837).

De conformidad con el artículo 241, inciso 4) de la Ley General de Administración Pública, se hace saber a los señores Gloriana Carvajal Arias, cédula número 1-0846-0314, y Eugenia Arias Páez, cédula número 1-0350-0992, en representación de la sociedad Cortijo Terracota XX S. A., cédula jurídica número 3-101-315724 que de conformidad con los informes técnicos URS-RCS-1810-2009, DGASS-USSPMHH-FLB-CCA-119-10 y Resolución DM-M-1271-2010, se procede a declarar la finca filial Nº 32747-F-000, a nombre de su representada: INHABITABLE POR INSALUBRE. Consecuentemente, dentro del plazo de treinta días hábiles a partir de notificado, se les ordena el desalojo de la misma por parte de sus ocupantes. De conformidad con los artículos 52 y siguiente de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud, en relación con la presente orden sanitaria, procede interponer los recursos de revocatoria con apelación en subsidio dentro de los cinco días hábiles contados a partir de su notificación. El Recurso podrá ser interpuesto ante la Oficina del Área Rectora de Salud de Escazú, la revocatoria será resuelta por la Dirección Regional del Ministerio de Salud, y de ser necesario, la apelación será resuelta por el Ministro de Salud. “De conformidad con los artículos 148 de la Ley de Administración Pública y 53 de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud la interposición de los recursos no suspende el cumplimiento de la presente orden sanitaria”. APERCIBIMIENTO: Se le apercibe que una vez vencido el plazo otorgado, en caso de desobediencia a ésta orden sanitaria, se procederá a desalojo forzoso con el auxilio de la Fuerza Pública a los moradores o a quienes permanezcan en la vivienda, y se dispondrá que se clausure éste mediante la colocación de sellos oficiales, sin responsabilidad alguna para el Ministerio de Salud y sus funcionarios, igualmente se reserva esta instancia la posibilidad de elevar ante el Ministerio Público, a quienes desobedezcan lo ordenado por el delito de Desobediencia a la autoridad de confonnidad con el artículo 307 del Código Penal. RESPALDO LEGAL: La Constitución Política de la República de Costa Rica del siete de noviembre de 1949, y sus reformas, en su artículo 50. La Ley General de Salud, Ley Nº 5395 del 30 de octubre de 1973, reformadas por Leyes Nº 5789 del 1º de setiembre de 1975, Nº 6430 del 15 de mayo de 1980, Nº 6726 del 10 de marzo de 1982, Nº 7093 del 22 de abril de 1988 y Nº 7600 del 2 de mayo de 1996, específicamente en sus artículos 1º, 4º, 7º, 9º, 285, 286, 287, 313, 315, 319, 320, 321, 337, 338, 340, 341, 349, 355, 356, 357, 363. Ley de Notificaciones, Ley Nº 8687 del 4 de diciembre del 2008, específicamente en sus artículos 4º, 20, 21. Notifíquese.—Dr. Guillermo Treminio Rivas, Director.—O. C. Nº 1934.—Solicitud Nº 01-2010.—C-107160.—(IN2010056838).

De conformidad con el artículo 241, inciso 4) de la Ley General de Administración Pública, se hace saber a los señores Eugenia Arias Páez, cédula número 1-0350-0992, y Gloriana Carvajal Arias cédula número 1-0846-0314, en representación de la sociedad Cortijo Bronce XVIII S. A., cédula jurídica número 3-101-314038 que de conformidad con los Informes Técnicos URS-RCS-1810-2009, DGASS-USSPMHH-FLB-CCA-119-10 y Resolución DM-M-1271-2010, se procede a declarar la finca filial Nº 32745-F-000, a nombre de su representada: INHABITABLE POR INSALUBRE. Consecuentemente, dentro del plazo de treinta días hábiles a partir de notificado, se les ordena el desalojo de la misma por parte de sus ocupantes. De conformidad con los artículos 52 y siguiente de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud, en relación con la presente orden sanitaria, procede interponer los recursos de revocatoria con apelación en subsidio dentro de los cinco días hábiles contados a partir de su notificación. El Recurso podrá ser interpuesto ante la Oficina del Área Rectora de Salud de Escazú, la revocatoria será resuelta por la Dirección Regional del Ministerio de Salud, y de ser necesario, la apelación será resuelta por el Ministro de Salud. “De conformidad con los artículos 148 de la Ley de Administración Pública y 53 de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud la interposición de los recursos no suspende el cumplimiento de la presente orden sanitaria”. APERCIBIMIENTO: Se le apercibe que una vez vencido el plazo otorgado, en caso de desobediencia a ésta orden sanitaria, se procederá a desalojo forzoso con el auxilio de la Fuerza Pública a los moradores o a quienes permanezcan en la vivienda, y se dispondrá que se clausure éste mediante la colocación de sellos oficiales, sin responsabilidad alguna para el Ministerio de Salud y sus funcionarios, igualmente se reserva esta instancia la posibilidad de elevar ante el Ministerio Público, a quienes desobedezcan lo ordenado por el delito de Desobediencia a la autoridad de confonnidad con el artículo 307 del Código Penal. RESPALDO LEGAL: La Constitución Política de la República de Costa Rica del siete de noviembre de 1949, y sus reformas, en su artículo 50. La Ley General de Salud, Ley Nº 5395 del 30 de octubre de 1973, reformadas por Leyes Nº 5789 del 1º de setiembre de 1975, Nº 6430 del 15 de mayo de 1980, Nº 6726 del 10 de marzo de 1982, Nº 7093 del 22 de abril de 1988 y Nº 7600 del 2 de mayo de 1996, específicamente en sus artículos 1º, 4º, 7º, 9º, 285, 286, 287, 313, 315, 319, 320, 321, 337, 338, 340, 341, 349, 355, 356, 357, 363. Ley de Notificaciones, Ley Nº 8687 del 4 de diciembre del 2008, específicamente en sus artículos 4º, 20, 21. Notifíquese.—Dr. Guillermo Treminio Rivas, Director.—O. C. Nº 1934.—Solicitud Nº 01-2010.—C-107160.—(IN2010056839).

De conformidad con el artículo 241, inciso 4) de la Ley General de Administración Pública, se hace saber al señor Rafael Geiner Retana Vargas, cédula número 1-0796-0975, en representación de la sociedad 3101478237 S. A., cédula jurídica número 3-101-478237, que de conformidad con los informes técnicos URS-RCS-1810-2009, DGASS-USSPMHH-FLB-CCA-119-10 y Resolución DM-M-1271-2010, se procede a declarar la finca filial Nº 32743-F-000, a nombre de su representada: INHABITABLE POR INSALUBRE. Consecuentemente, dentro del plazo de treinta días hábiles a partir de notificado, se les ordena el desalojo de la misma por parte de sus ocupantes. De conformidad con los artículos 52 y siguiente de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud, en relación con la presente orden sanitaria, procede interponer los recursos de revocatoria con apelación en subsidio dentro de los cinco días hábiles contados a partir de su notificación. El Recurso podrá ser interpuesto ante la Oficina del Área Rectora de Salud de Escazú, la revocatoria será resuelta por la Dirección Regional del Ministerio de Salud, y de ser necesario, la apelación será resuelta por el Ministro de Salud. “De conformidad con los artículos 148 de la Ley de Administración Pública y 53 de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud la interposición de los recursos no suspende el cumplimiento de la presente orden sanitaria”. APERCIBIMIENTO: Se le apercibe que una vez vencido el plazo otorgado, en caso de desobediencia a ésta orden sanitaria, se procederá a desalojo forzoso con el auxilio de la Fuerza Pública a los moradores o a quienes permanezcan en la vivienda, y se dispondrá que se clausure éste mediante la colocación de sellos oficiales, sin responsabilidad alguna para el Ministerio de Salud y sus funcionarios, igualmente se reserva esta instancia la posibilidad de elevar ante el Ministerio Público, a quienes desobedezcan lo ordenado por el delito de Desobediencia a la autoridad de confonnidad con el artículo 307 del Código Penal. RESPALDO LEGAL: La Constitución Política de la República de Costa Rica del siete de noviembre de 1949, y sus reformas, en su artículo 50. La Ley General de Salud, Ley Nº 5395 del 30 de octubre de 1973, reformadas por Leyes Nº 5789 del 1º de setiembre de 1975, Nº 6430 del 15 de mayo de 1980, Nº 6726 del 10 de marzo de 1982, Nº 7093 del 22 de abril de 1988 y Nº 7600 del 2 de mayo de 1996, específicamente en sus artículos 1º, 4º, 7º, 9º, 285, 286, 287, 313, 315, 319, 320, 321, 337, 338, 340, 341, 349, 355, 356, 357, 363. Ley de Notificaciones, Ley Nº 8687 del 4 de diciembre del 2008, específicamente en sus artículos 4º, 20, 21. Notifíquese.—Dr. Guillermo Treminio Rivas, Director.—O. C. Nº 1934.—Solicitud Nº 01-2010.—C-107160.—(IN2010056840).

De conformidad con el artículo 241, inciso 4) de la Ley General de Administración Pública, se hace saber a los señores Mauricio Avila Valverde, cédula número 1-0775-0296, y Yamileth Valverde Villalta, cédula número 1-0345-0973, en representación de la sociedad Cortijo Gris XV S. A., cédula jurídica número 3-101-313132, que de conformidad con los informes técnicos URS-RCS-1810-2009, DGASS-USSPMHH-FLB-CCA-119-10 y Resolución DM-M-1271-2010, se procede a declarar la finca filial Nº 32742-F-000, a nombre de su representada: INHABITABLE POR INSALUBRE. Consecuentemente, dentro del plazo de treinta días hábiles a partir de notificado, se les ordena el desalojo de la misma por parte de sus ocupantes. De conformidad con los artículos 52 y siguiente de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud, en relación con la presente orden sanitaria, procede interponer los recursos de revocatoria con apelación en subsidio dentro de los cinco días hábiles contados a partir de su notificación. El Recurso podrá ser interpuesto ante la Oficina del Área Rectora de Salud de Escazú, la revocatoria será resuelta por la Dirección Regional del Ministerio de Salud, y de ser necesario, la apelación será resuelta por el Ministro de Salud. “De conformidad con los artículos 148 de la Ley de Administración Pública y 53 de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud la interposición de los recursos no suspende el cumplimiento de la presente orden sanitaria”. APERCIBIMIENTO: Se le apercibe que una vez vencido el plazo otorgado, en caso de desobediencia a ésta orden sanitaria, se procederá a desalojo forzoso con el auxilio de la Fuerza Pública a los moradores o a quienes permanezcan en la vivienda, y se dispondrá que se clausure éste mediante la colocación de sellos oficiales, sin responsabilidad alguna para el Ministerio de Salud y sus funcionarios, igualmente se reserva esta instancia la posibilidad de elevar ante el Ministerio Público, a quienes desobedezcan lo ordenado por el delito de Desobediencia a la autoridad de confonnidad con el artículo 307 del Código Penal. RESPALDO LEGAL: La Constitución Política de la República de Costa Rica del siete de noviembre de 1949, y sus reformas, en su artículo 50. La Ley General de Salud, Ley Nº 5395 del 30 de octubre de 1973, reformadas por Leyes Nº 5789 del 1º de setiembre de 1975, Nº 6430 del 15 de mayo de 1980, Nº 6726 del 10 de marzo de 1982, Nº 7093 del 22 de abril de 1988 y Nº 7600 del 2 de mayo de 1996, específicamente en sus artículos 1º, 4º, 7º, 9º, 285, 286, 287, 313, 315, 319, 320, 321, 337, 338, 340, 341, 349, 355, 356, 357, 363. Ley de Notificaciones, Ley Nº 8687 del 4 de diciembre del 2008, específicamente en sus artículos 4º, 20, 21. Notifíquese.—Dr. Guillermo Treminio Rivas, Director.—O. C. Nº 1934.—Solicitud Nº 01-2010.—C-107160.—(IN2010056841).

De conformidad con el artículo 241, inciso 4) de la Ley General de Administración Pública, se hace saber a los señores Ana Bruten Rochwerger, cédula número 1-0271-0714, Miguel Rosencwaig Bruten, cédula número 1-0541-0408, Jorge Rosencwaig Bruten, cédula número 1-0577-0715 y Mario Rosencwaig Bruten, cédula número 1-0486-0546, en representación de la sociedad El Cortijo Joro S. A., cédula jurídica número 3-101-319149 que de conformidad con los informes técnicos URS-RCS-1810-2009, DGASS-USSPMHH-FEB-CCA-119-10 y resolución DM-M-1271-2010, se procede a declarar la finca filial Nº 32740-F-000, a nombre de su representada: INHABITABLE POR INSALUBRE. Consecuentemente, dentro del plazo de treinta días hábiles a partir de notificado, se les ordena el desalojo de la misma por parte de sus ocupantes. De conformidad con los artículos 52 y siguiente de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud, en relación con la presente orden sanitaria, procede interponer los recursos de revocatoria con apelación en subsidio dentro de los cinco días hábiles contados a partir de su notificación. El Recurso podrá ser interpuesto ante la Oficina del Área Rectora de Salud de Escazú, la revocatoria será resuelta por la Dirección Regional del Ministerio de Salud, y de ser necesario, la apelación será resuelta por el Ministro de Salud. “De conformidad con los artículos 148 de la Ley de Administración Pública y 53 de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud la interposición de los recursos no suspende el cumplimiento de la presente orden sanitaria”. APERCIBIMIENTO: Se le apercibe que una vez vencido el plazo otorgado, en caso de desobediencia a ésta orden sanitaria, se procederá a desalojo forzoso con el auxilio de la Fuerza Pública a los moradores o a quienes permanezcan en la vivienda, y se dispondrá que se clausure éste mediante la colocación de sellos oficiales, sin responsabilidad alguna para el Ministerio de Salud y sus funcionarios, igualmente se reserva esta instancia la posibilidad de elevar ante el Ministerio Público, a quienes desobedezcan lo ordenado por el delito de Desobediencia a la autoridad de confonnidad con el artículo 307 del Código Penal. RESPALDO LEGAL: La Constitución Política de la República de Costa Rica del siete de noviembre de 1949, y sus reformas, en su artículo 50. La Ley General de Salud, Ley Nº 5395 del 30 de octubre de 1973, reformadas por Leyes Nº 5789 del 1º de setiembre de 1975, Nº 6430 del 15 de mayo de 1980, Nº 6726 del 10 de marzo de 1982, Nº 7093 del 22 de abril de 1988 y Nº 7600 del 2 de mayo de 1996, específicamente en sus artículos 1, 4, 7, 9, 285, 286, 287, 313, 315, 319, 320, 321, 337, 338, 340, 341, 349, 355, 356, 357, 363. Ley de Notificaciones, Ley Nº 8687 del 4 de diciembre del 2008, específicamente en sus artículos 4, 20, 21. Notifiquese.—Dr. Guillermo Treminio Rivas, Director.—O. C. Nº 1934.—Solicitud Nº 01-2010.—C-107160.—(IN2010056842).

De conformidad con el artículo 241 inciso 4) de la Ley General de Administración Pública, se hace saber a los señores Rodolfo Carvajal Carvajal, cédula número 1-0717-0180 y Mirtea Carvajal Ulloa, cédula número 3-0158-0031, en representación de la sociedad Cortijo Celeste IX S. A., cédula jurídica número 3-101-313020 que de conformidad con los Informes Técnicos URS-RCS-1810-2009, DGASS-USSPMHH-FLB-CCA-119-10 y Resolución DM-M-1271-2010, se procede a declarar la finca filial Nº 32736-F-000, a nombre de su representada: INHABITABLE POR INSALUBRE. Consecuentemente, dentro del plazo de treinta días hábiles a partir de notificado, se les ordena el desalojo de la misma por parte de sus ocupantes. De conformidad con los artículos 52 y siguiente de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud, en relación con la presente Orden Sanitaria, procede interponer los recursos de revocatoria con apelación en subsidio dentro de los cinco días hábiles contados a partir de su notificación. El Recurso podrá ser interpuesto ante la Oficina del Área Rectora de Salud de Escazú, la revocatoria será resuelta por la Dirección Regional del Ministerio de Salud, y de ser necesario, la apelación será resuelta por el Ministro de Salud. “De conformidad con los artículos 148 de la Ley de Administración Pública y 53 de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud la interposición de los recursos no suspende el cumplimiento de la presente orden sanitaria” APERCIBIMIENTO: Se le apercibe que una vez vencido el plazo otorgado, en caso de desobediencia a ésta orden sanitaria, se procederá a desalojo forzoso con el auxilio de la Fuerza Pública a los moradores o a quienes permanezcan en la vivienda, y se dispondrá que se clausure éste mediante la colocación de sellos oficiales, sin responsabilidad alguna para el Ministerio de Salud y sus funcionarios, igualmente se reserva esta instancia la posibilidad de elevar ante el Ministerio Público, a quienes desobedezcan lo ordenado por el delito de desobediencia a la autoridad de conformidad con el artículo 307 del Código Penal. RESPALDO LEGAL: La Constitución Política de la República de Costa Rica del siete de noviembre de 1949, y sus reformas, en su artículo 50. La Ley General de Salud, Ley Nº 5395 del 30 de octubre de 1973, reformadas por Leyes Nos. 5789 de 1º de setiembre de 1975, 6430 de 15 de mayo de 1980, 6726 de 10 de marzo de 1982, 7093 de 22 de abril de 1988 y 7600 de 2 de mayo de 1996, específicamente en sus artículos: 1-4-7-9-285-286-287-313-315-319-320-321-337-338-340-341-349-355-356-357-363. Ley de Notificaciones, Ley Nº 8687 del 4 de diciembre del 2008, específicamente en sus artículos 4-20-21. Notifíquese.—Dr. Guillermo Treminio Rivas, Director.—O. C. Nº 1934.—Solicitud Nº 01-2010.—C-107160.—(IN2010056843).

De conformidad con el artículo 241 inciso 4) de la Ley General de Administración Pública, se hace saber a los señores Emilio Camilo Elías Echeverri Jaramillo pasaporte número 193641494, y Claudia Marcela Valle Castro pasaporte número 396921371, en representación de la sociedad Cortijo Tinto X S. A., cédula jurídica número 3-101-313082 que de conformidad con los Informes Técnicos URS-RCS-1810-2009, DGASS-USSPMHH-FLB-CCA-119-10 y Resolución DM-M-1271-2010, se procede a declarar la finca filial Nº 32737-F-000, a nombre de su representada: INHABITABLE POR INSALUBRE. Consecuentemente, dentro del plazo de treinta días hábiles a partir de notificado, se les ordena el desalojo de la misma por parte de sus ocupantes. De conformidad con los artículos 52 y siguiente de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud, en relación con la presente Orden Sanitaria, procede interponer los recursos de revocatoria con apelación en subsidio dentro de los cinco días hábiles contados a partir de su notificación. El Recurso podrá ser interpuesto ante la Oficina del Área Rectora de Salud de Escazú, la Revocatoria será resuelta por la Dirección Regional del Ministerio de Salud, y de ser necesario, la apelación será resuelta por el Ministro de Salud. “De conformidad con los artículos 148 de la Ley de Administración Pública y 53 de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud la interposición de los recursos no suspende el cumplimiento de la presente orden sanitaria” APERCIBIMIENTO: Se le apercibe que una vez vencido el plazo otorgado, en caso de desobediencia a ésta orden sanitaria, se procederá a desalojo forzoso con el auxilio de la Fuerza Pública a los moradores o a quienes permanezcan en la vivienda, y se dispondrá que se clausure éste mediante la colocación de sellos oficiales, sin responsabilidad alguna para el Ministerio de Salud y sus funcionarios, igualmente se reserva esta instancia la posibilidad de elevar ante el Ministerio Público, a quienes desobedezcan lo ordenado por el delito de Desobediencia a la autoridad de conformidad con el artículo 307 del Código Penal. RESPALDO LEGAL: La Constitución Política de la República de Costa Rica del siete de noviembre de 1949, y sus reformas, en su artículo 50. La Ley General de Salud, Ley Nº 5395 del 30 de octubre de 1973, reformadas por Leyes Nos. 5789 de 1º de setiembre de 1975, 6430 de 15 de mayo de 1980, 6726 de 10 de marzo de 1982, 7093 de 22 de abril de 1988 y 7600 de 2 de mayo de 1996, específicamente en sus artículos: 1-4-7-9-285-286-287-313-315-319-320-321-337-338-340-341-349-355-356-357-363. Ley de notificaciones, Ley Nº 8687 del 4 de diciembre del 2008, específicamente en sus artículos 4-20-21. Notifíquese.—Dr. Guillermo Treminio Rivas, Director.—O. C. Nº 1934.—Solicitud Nº 01-2010.—C-107160.—(IN2010056844).

De conformidad con el artículo 241 inciso 4) de la Ley General de Administración Pública, se hace saber a los señores Enrique Montealegre Escalante, cédula número 1-07470894, y Dayana Aguilar Soto, cédula número 1-0730-0380, en representación de la sociedad Cortijo Beige VI S. A., cédula jurídica número 3-101-314278 que de conformidad con los Informes Técnicos URS-RCS-1810-2009, DGASS-USSPMHH-FLB-CCA-119-10 y Resolución DM-M-1271-2010, se procede a declarar la finca filial Nº 32733-F-000, a nombre de su representada: INHABITABLE POR INSALUBRE. Consecuentemente, dentro del plazo de treinta días hábiles a partir de notificado, se les ordena el desalojo de la misma por parte de sus ocupantes. De conformidad con los artículos 52 y siguiente de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud, en relación con la presente Orden Sanitaria, procede interponer los recursos de revocatoria con apelación en subsidio dentro de los cinco días hábiles contados a partir de su notificación. El Recurso podrá ser interpuesto ante la Oficina del Área Rectora de Salud de Escazú, la revocatoria será resuelta por la Dirección Regional del Ministerio de Salud, y de ser necesario, la apelación será resuelta por el Ministro de Salud. “De conformidad con los artículos 148 de la Ley de Administración Pública y 53 de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud la interposición de los recursos no suspende el cumplimiento de la presente orden sanitaria” APERCIBIMIENTO: Se le apercibe que una vez vencido el plazo otorgado, en caso de desobediencia a ésta orden sanitaria, se procederá a desalojo forzoso con el auxilio de la Fuerza Pública a los moradores o a quienes permanezcan en la vivienda, y se dispondrá que se clausure éste mediante la colocación de sellos oficiales, sin responsabilidad alguna para el Ministerio de Salud y sus funcionarios, igualmente se reserva esta instancia la posibilidad de elevar ante el Ministerio Público, a quienes desobedezcan lo ordenado por el delito de desobediencia a la autoridad de conformidad con el artículo 307 del Código Penal. RESPALDO LEGAL: La Constitución Política de la República de Costa Rica del siete de noviembre de 1949, y sus reformas, en su artículo 50. La Ley General de Salud, Ley Nº 5395 del 30 de octubre de 1973, reformadas por Leyes Nos. 5789 de 1º de setiembre de 1975, 6430 de 15 de mayo de 1980, 6726 de 10 de marzo de 1982, 7093 de 22 de abril de 1988 y 7600 de 2 de mayo de 1996, específicamente en sus artículos: 1-4-7-9-285-286-287-313-315-319-320-321-337-338-340-341-349-355-356-357-363. Ley de notificaciones, Ley Nº 8687 del 4 de diciembre del 2008, específicamente en sus artículos 4-20-21. Notifíquese.—Dr. Guillermo Treminio Rivas, Director.—O. C. Nº 1934.—Solicitud Nº 01-2010.—C-107160.—(IN2010056845).

De conformidad con el artículo 241 inciso 4) de la Ley General de Administración Pública, se hace saber a los señores Lorena de Pilar Navarro Maldonado cédula de residencia número 420-174753-003000349, y Jorge Mora Sinning cédula de residencia número 420-171551-3273, en representación de la sociedad El Cortijo de Padua S. A., cédula jurídica número 3-101-323032 que de conformidad con los Informes Técnicos URS-RCS-1810-2009, DGASS-USSPMHH-FLB-CCA-119-10 y Resolución DM-M-1271-2010, se procede a declarar la finca filial Nº 32732-F-000, a nombre de su representada: INHABITABLE POR INSALUBRE. Consecuentemente, dentro del plazo de treinta días hábiles a partir de notificado, se les ordena el desalojo de la misma por parte de sus ocupantes. De conformidad con los artículos 52 y siguiente de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud, en relación con la presente Orden Sanitaria, procede interponer los recursos de revocatoria con apelación en subsidio dentro de los cinco días hábiles contados a partir de su notificación. El recurso podrá ser interpuesto ante la Oficina del Área Rectora de Salud de Escazú, la Revocatoria será resuelta por la Dirección Regional del Ministerio de Salud, y de ser necesario, la apelación será resuelta por el Ministro de Salud. “De conformidad con los artículos 148 de la Ley de Administración Pública y 53 de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud la interposición de los recursos no suspende el cumplimiento de la presente orden sanitaria” APERCIBIMIENTO: Se le apercibe que una vez vencido el plazo otorgado, en caso de desobediencia a ésta orden sanitaria, se procederá a desalojo forzoso con el auxilio de la Fuerza Pública a los moradores o a quienes permanezcan en la vivienda, y se dispondrá que se clausure éste mediante la colocación de sellos oficiales, sin responsabilidad alguna para el Ministerio de Salud y sus funcionarios, igualmente se reserva esta instancia la posibilidad de elevar ante el Ministerio Público, a quienes desobedezcan lo ordenado por el delito de desobediencia a la autoridad de conformidad con el artículo 307 del Código Penal. RESPALDO LEGAL: La Constitución Política de la República de Costa Rica del siete de noviembre de 1949, y sus reformas, en su artículo 50. La Ley General de Salud, Ley Nº 5395 del 30 de octubre de 1973, reformadas por Leyes Nos. 5789 de 1º de setiembre de 1975, 6430 de 15 de mayo de 1980, 6726 de 10 de marzo de 1982, 7093 de 22 de abril de 1988 y 7600 de 02 de mayo de 1996, específicamente en sus artículos: 1-4-7-9-285-286-287-313-315-319-320-321-337-338-340-341-349-355-356-357-363. Ley de notificaciones, Ley Nº 8687 del 4 de diciembre del 2008, específicamente en sus artículos 4-20-21. Notifíquese.—Dr. Guillermo Treminio Rivas, Director.—O. C. Nº 1934.—Solicitud Nº 01-2010.—C-107160.—(IN2010056847).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

De conformidad con resolución RMT-927-2010 de las nueve horas del día 7 de abril del 2010. El Ministro de Trabajo y Seguridad Social resuelve: Impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-507-2010 de sesión celebrada en San José, a 9:00 horas del 9 de febrero del 2010, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga Traspaso de Pensión de Guerra incoadas por Jiménez Montero Dinorah c c: Nora, cédula de identidad N° 1-179-176, a partir del día 21 de setiembre del 2009; por la suma de sesenta y un mil cincuenta colones con cero céntimos (¢61.050.00); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa Notifíquese.—Lic. Álvaro González Alfaro, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—Lic. Róger Porras Rojas, Director Ejecutivo.—1 vez.—Nº RP2010183001.—(IN2010055818).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO PROPIEDAD INDUSTRIAL

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Expedientes: 1900-8074300, Registro Nº 80743, La Cocina de Leña en clase 49 Marca Denominativa /1991-0002446 Registro Nº 81945 La Cocina de Leña, en clase 49, Marca Mixto.—Registro de la Propiedad Industrial, a las 15:45:08 del 24 de marzo del 2010.—Conoce este Registro, la solicitud de cancelación, promovida por el señor Marvin Solís Delgado, como apoderado de la empresa Grupo Tarrico S. A., contra los registros de los siguientes nombres comerciales: a) “La Cocina de Leña (Diseño)”, Registro Nº 81945, la cual protege y distingue “un establecimiento comercial dedicado a restaurante y afines” y b) “La Cocina de Leña”, Registro Nº 80743, la cual protege y distingue “un restaurante ubicado en San Francisco de Guadalupe, 100 oeste y 25 norte del Centro Comercial El Pueblo”, ambos propiedad de la empresa Restaurante Típico Costarricense La Cocina de Leña Sociedad Anónima.

Considerando:

Conforme a lo previsto en el artículo 39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el plazo de un mes contados a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estima convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al interesado .que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley Nº 8687.

POR TANTO:

Con base en las razones expuestas y citas de ley respectivas se resuelve: Trasladar la solicitud de cancelación por falta de uso al titular del signo distintivo mencionado, para que en el plazo de un mes contados a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estima convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Notifíquese.—Bernal Chinchilla Ruiz, Asesor Jurídico.—RP2010182836.—(IN2010055377).

FE DE ERRATAS

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

En La Gaceta Nº 88 del 7 de mayo del 2010, se publicó la RRG-340-2010, de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, referente al Contrato para el Suministro de Energía Eléctrica de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia S. A., en la cláusula décima sétima “Reconexión del Servicio” sustituir “horas naturales” por “horas hábiles”.

Dennis Meléndez Howell, Regulador General.—1 vez.—O. C. Nº 5068-10.—Solicitud Nº 3890.—C-5970.—(IN2010058240).