LA GACETA Nº 145 DEL 27 DE JULIO DEL 2010

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

MINISTERIO DE AMBIENTE, ENERGÍA

Y TELECOMUNICACIONES

DOCUMENTOS VARIOS

EDUCACIÓN PÚBLICA

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

RESOLUCIONES

EDICTOS

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

COLEGIOS UNIVERSITARIOS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000004-1150

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

MUNICIPALIDADES

ADJUDICACIONES

PODER JUDICIAL

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACÍFICO

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

COMISIÓN DE ENERGÍA ATÓMICA DE COSTA RICA

AVISOS

MUNICIPALIDADES

REMATES

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACÍFICO

FE DE ERRATAS

PODER JUDICIAL

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL

AVISOS

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

FE DE ERRATAS

MUNICIPALIDADES

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Nº 041-MEIC

LA MINISTRA DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 25, inciso 1), 27 y 28 acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 02 de mayo de 1978. Así como lo establecido en la Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2010, Ley Nº 8790 del 08 de diciembre del 2009; la Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública, Ley Nº 6362 del 03 de setiembre de 1979; y, los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República, número R-DC-92-2009 del 19 de noviembre del 2009, y sus reformas.

Considerando:

I.—Que es de interés del Laboratorio Costarricense de Metrología (Lacomet) órgano de máxima desconcentración, adscrito al Ministerio de Economía, Industria y Comercio, participar en el seminario “Patrones en etanol para África y América Latina” impartido por el INMETRO, en la ciudad de Río de Janeiro, Brasil.

II.—Que dicha reunión se llevará a cabo en la ciudad de Río de Janeiro, Brasil, los días 13 y 14 de julio del 2010.

III.—Que de conformidad con la Ley Nº 8279 “Ley del Sistema Nacional para la Calidad”, le corresponde al Lacomet participar en las instancias internacionales de metrología por ser miembro activo del Sistema Interamericano de Metrología. La participación del funcionario designado, en esta actividad es de suma importancia, así como también lo es mantener buenas relaciones con los organismos internacionales. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Francisco Sequeira Castro, portador de la cédula de identidad Nº 1-1225-0616, funcionario del Laboratorio Costarricense de Metrología (Lacomet), para que participe en el seminario “Patrones de etanol para África y América Latina”, que se realizarán en la ciudad de Río de Janeiro, Brasil, los días 13 y 14 de julio del 2010.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de viáticos que incluyen el hospedaje y la alimentación, serán financiados por la Agencia de Cooperación Brasileña, ABC. Los gastos por transporte interno dentro del país visitado y otros gastos similares serán cancelados por el Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET) con la presentación de las respectivas facturas.

Artículo 3º—El funcionario devengará el 100 % de su salario durante su ausencia.

Artículo 4º—Rige a partir del 11 de julio y hasta su regreso el día 16 de julio del 2010.

Dado en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio a los cinco días del mes de julio del año dos mil diez.

Publíquese.—Mayi Antillón Guerrero, Ministra de Economía, Industria y Comercio.––1 vez.––O. C. Nº 10301.—Solicitud Nº 43489.––C-39120.––(IN2010059825).

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Res Nº 000607.—San José, a las 13:29 horas del día 12 del mes de julio del dos mil diez.—Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”.

Resultando:

1º—Mediante oficio Nº DABI 2010-0676 de 23 de junio del 2010, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 142909-001-002, cuya naturaleza es terreno para la agricultura, situado en el distrito 01 Quepos, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas, con una medida de 1 590,69 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, con calle pública con un frente de 21,79 metros; al sur, con Asociación Pro Desarrollo del cantón de Aguirre; al este, con Asociación Pro Desarrollo del cantón de Aguirre, y al oeste, con Asociación Pro Desarrollo del cantón de Aguirre.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 280,00 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno para la agricultura. Ubicación: distrito 01 Quepos, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº P-1421332-2010. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”.

3º—Constan en el expediente administrativo número 28.576 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano catastrado Nº P-1421332-2010, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 280,00 metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble;

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar;

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley Nº 5060 de 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

Inscripción al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 142909-001-002.

b)  Naturaleza: terreno para la agricultura.

c)  Ubicación: Situado en el distrito 01 Quepos, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº P-1421332-2010.

d)  Propiedad: Vanessa Álvarez Mora, cédula Nº 1-816-867 y Jorge Johnny Zamora Monge, cédula Nº 2-429-646.

e)  De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 280,00 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesaria para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 142909-001-002, situado en el distrito 01 Quepos, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas y propiedad de Vanessa Álvarez Mora, cédula Nº 1-816-867 y Jorge Johnny Zamora Monge, cédula Nº 2-429-646, con una área total de 280,00 metros cuadrados y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en el plano catastrado Nº P-1421332-2010, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”.

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Francisco J. Jiménez.—1 vez.—Solicitud Nº 30326.—O. C. Nº 12-010.—C-73120.—(IN2010061108).

Res Nº 000608.—San José, a las 13:32 horas del día 12 del mes de julio del dos mil diez.—Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”.

Resultando:

1º—Mediante oficio Nº DABI 2010-0677 de 23 de junio del 2010, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 016713-000, cuya naturaleza es terreno dedicado a la agricultura, situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas, con una medida de 2 934,88 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, con parcela 1621; al sur, en parte parcela 164 y en otra carretera; al este, con parcela 162 y 164, y al oeste, en parte parcela 162 y en otra carretera.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 525,00 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno dedicado a la agricultura. Ubicación: distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº P-1414827-2010”. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”.

3º—Constan en el expediente administrativo número 28.577 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano catastrado Nº P-1414827-2010, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 525,00 metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble;

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar;

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley Nº 5060 de 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 016713-000,

b)  Naturaleza: terreno dedicado a la agricultura.

c)  Ubicación: Situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº P-1414827-2010.

d)  Propiedad: Sucesión de Francisco Lázaro Estrada Chavarría, representada por la Albacea Vinicia Estrada Arce, cédula N°º 6-119-664.

e)  De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 525,00 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesaria para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 016713-000, situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas y propiedad de la Sucesión de Francisco Lázaro Estrada Chavarría, representada por la Albacea Vinicia Estrada Arce, cédula Nº 6-119-664, con una área total de 525,00 metros cuadrados y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en el plano catastrado Nº P-1414827-2010, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”.

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Francisco J. Jiménez.—1 vez.—Solicitud Nº 30326.—O. C. Nº 12-010.—C-73120.—(IN2010061109).

MINISTERIO DE AMBIENTE, ENERGÍA

  Y TELECOMUNICACIONES

R-274-2010-MINAET.—San José a las siete horas con cinco minutos del catorce de mayo del dos mil diez. Se conoce de la recomendación de otorgamiento de concesión para la explotación en cauce de dominio público, en el Río La Fortuna, a favor de la Municipalidad de San Carlos, cédula jurídica número tres-cero catorce-cero cuarenta y dos mil setenta y cuatro, representada por el Alcalde Municipal, señor Alfredo Córdoba Soro, cédula de identidad número 2-387-132.

Expediente Administrativo número 9-2009 a nombre de la Municipalidad de San Carlos, cédula jurídica tres-cero catorce-cero cuarenta y dos mil setenta y cuatro, representada por el señor Alfredo Córdoba Soro, cédula de identidad número 2-387-132, en su condición de Alcalde Municipal de la citada Municipalidad.

Resultando:

1º—Que el señor Alfredo Córdoba Soro, cédula de identidad Nº 2-387-132, en su condición de Alcalde y representante legal de la Municipalidad de San Carlos, con cédula jurídica Nº tres-cero catorce-cero cuarenta y dos mil setenta y cuatro; solicita en nombre de su representada concesión de extracción de materiales en cauce de dominio público sobre el Río La Fortuna.

Localización Geográfica:

Sito en: San Isidro, distrito 07 Fortuna, cantón 10 San Carlos, Provincia 02 Alajuela.

Hoja cartográfica:

Hoja Fortuna, escala 1:50.000 del I.G.N.

Localización cartográfica:

Entre coordenadas generales: 272823.599-272898.347 norte, 474812.357 – 474804.134 este límite aguas arriba, 272701.593 -272659.739 norte, 476596.956 – 476588.721 este límite aguas abajo.

Área solicitada:

11 ha 4675.50 m2, longitud promedio 1998.025 metros.

Derrotero:

Coordenadas del vértice N° 1 272701.593 Norte, 476596.956 Este.

                Línea                         Acimut                       Distancia (m)

                 1 – 2                            191°08’                            42.66

                 2 – 3                            246°22’                         101.04

                 3 – 4                            238°00’                         135.00

                 4 – 5                            239°50’                            49.14

                 5 – 6                            294°53’                         297.10

                 6 – 7                            331°10’                            88.17

                 7 – 8                            294°49’                            16.87

                 8 – 9                            289°04’                            81.57

                9 – 10                           234°56’                         208.92

               10 – 11                          266°15’                            90.90

               11 – 12                          295°40’                            40.03

               12 – 13                          295°48’                         116.53

               13 – 14                          288°18’                         134.09

               14 – 15                          268°28’                            69.74

               15 – 16                          295°14’                         214.93

               16 – 17                          246°58’                            83.88

               17 – 18                          275°21’                         252.15

               18 – 19                          353°43’                            75.20

               19 – 20                          100°43’                            39.46

               20 – 21                          095°58’                            67.88

               21 – 22                          101°35’                            98.20

               22 – 23                          040°53’                            42.40

               23 – 24                          055°43’                            50.43

               24 – 25                          323°46’                         132.42

               25 – 26                          038°06’                            37.80

               26 – 27                          138°12’                            79.73

               27 – 28                          122°10’                         399.53

               28 – 29                          111°40’                         142.01

               29 – 30                          109°20’                         101.94

               30 – 31                          104°20’                            37.77

               31 – 32                          109°11’                            89.82

               32 – 33                          056°19’                         203.69

               33 – 34                          094°55’                            84.33

               34 – 35                          121°00’                            23.14

               35 – 36                          152°24’                         104.26

               36 – 37                          114°29’                            36.63

               37 – 38                          116°39’                         248.52

               38 – 39                          059°50’                            33.32

               39 – 40                          347°11’                         114.78

               40 – 41                          007°06’                            24.24

               41 – 42                          051°39’                            60.41

               42 – 43                          101°39’                            26.29

               43 – 44                          095°13’                            20.00

               44 – 45                          136°49’                            14.11

               45 – 46                          150°59’                            37.71

               46 – 47                          069°21’                            30.15

                47 – 1                           082°12’                         103.61

Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 22 de abril del 2009, área y derrotero aportados el 29 de setiembre del 2009.

2º—El plazo recomendado es por siete años, de conformidad con el memorándum DGM-CMRHN-92-2009 del catorce de setiembre de dos mil nueve, suscrito por la geóloga Lilliam Arrieta H.

3º—El material a extraer es arenas y grava.

4º—El acceso al área es por vía pública.

5º—Que la documentación técnica fue aprobada mediante memorándum DGM-CMRHN-90-2009 del dos de setiembre de dos mil nueve, suscrito por la geóloga Lilliam Arrieta H, quien indica: “La solicitud es presentada por la Municipalidad de San Carlos para extraer materiales líticos del cauce del Río Fortuna. Los materiales están compuestos por bloques y cantos rodados de tamaño variable que van desde 40cm de diámetro, de composición variada en una matriz de grava y arena. Del cribado de los materiales se obtendrán, arena, grava y piedra bruta.

El área se ubica entre las coordenadas 272700-273900 y 475000-476600 de la hoja cartográfica Fortuna a escala 1:50.000.Administrativamente se encuentra ubicada en la localidad de San Isidro en el distrito de La Fortuna, cantón de San Carlos.

Metodología de trabajo

Por tratarse de materiales no consolidados la extracción se desarrollará en forma rectangular por bloques desde el centro del cauce y en dirección de aguas abajo hacia aguas arriba, evitando la erosión progresiva de las márgenes. Esta metodología favorece el aumento del radio hidráulico sin aumentar la pendiente, disminuyendo así el proceso erosivo aguas abajo del cauce.

Se propone una extracción de 200metros cúbicos por día.

Se indica que no habrá patio de acopio.

Maquinaria.

Se incluye la lista de la maquinaria propiedad de la Municipalidad de San Carlos incluyendo 3 retroexcavadoras y un cargador.

No se indica uso de quebrador.

Geología local

En el área se observan extensas terrazas conformadas por los materiales depositados por el río. Estos materiales son principalmente de origen ígneo con predominancia de bloques de carácter andesítico y basáltico, en algunas ocasiones se observaban fragmentos redondeados de pedernal y cuarzo y en menor cantidad de rocas pumíceas. En el sector donde se ubica la concesión, el río va perdiendo fuerza y capacidad de transporte depositando en la parte oeste fragmentos de 10 a 15cm en promedio y conformando grandes bancos de arena que se presentan como islotes.

Geología regional

Formación Venado

Depósitos Volcánicos Plio-Pleistocénicos Indiferenciados

Formación Lava Chato

Formación Lava Arenal

Tefras Indiferenciadas del Arenal y el Chato

Miembro Tefra Chato

Miembro Tefra Arenal

Depósitos Sedimentarios

Cálculo de reservas estáticas y dinámicas

El cálculo se basó en el levantamiento topográfico a escala 1:5000 con curvas cada metro y secciones transversales de donde se obtuvo un volumen total de 338468.38m3. Se incluye la memoria de cálculo

Cálculo de reservas dinámicas.

Se obtuvo un volumen total de 429.242.2m3

Se incluye memoria de cálculo.

El informe contiene además:

Pruebas sobre muestras de materiales. No se incluye un informe de un laboratorio acreditado.

Hidrología.

Plano geológico del área y plano geomorfológico.

Modelo de explotación

Análisis granulométrico.

Información general financiera

Organigrama de la Municipalidad

Archivo digital

Revisado el documento se acepta, queda pendiente la comprobación de campo.”

6º—Que las recomendaciones técnicas son las siguientes:

1.  Otorgar la concesión minera por un plazo de 7 años.

2.  Se autoriza una tasa de extracción máxima de 200 metros cúbicos por día (4800 m3/mes)

3.  Durante el proceso no se utilizará el quebrador.

4.  Se mantendrá la utilización de los accesos indicados en el informe y visitados en el campo. En caso de alguna variación se deberá comunicar en forma oportuna a la Dirección de Geología y Minas para su respectiva revisión y aprobación.

5.  Se deberá respetar la metodología de explotación aprobada según lo indicado en el Proyecto, la cual se desarrollará en forma rectangular por bloques desde el centro del cauce y en dirección de aguas abajo hacia aguas arriba, evitando la erosión progresiva de las márgenes.

6.  Se debe mantener la pendiente natural del cauce.

7.  Se debe proteger la vivienda ubicada cerca del puente, en la margen derecha, con rocas de sobre tamaño que serán colocadas en los bordes del cauce. Así mismo con bloques de sobretamaño se deberán proteger las márgenes susceptibles a erosión.

8.  Se deberá respetar un margen de 100 metros aguas abajo y aguas arriba del puente.

9. Todo cambio de metodología en cualquiera de los procesos de la explotación y procesamiento deberá ser aprobado previamente por la Dirección de Geología y Minas.

10.  En el proceso de extracción se utilizará maquinaria propiedad de la Municipalidad de San Carlos incluyendo 3 retroexcavadoras y un cargador.

11.  La maquinaria y equipos deberán mantenerse en buen estado.

12.  Cualquier cambio en la maquinaria deberá ser comunicado previamente a la DGM.

13.  Mantener debidamente amojonada y rotulada el área de proyecto y sus distintos sectores.

14.  No se deben realizar labores mineras fuera del área solicitada en concesión.

15.  En todo momento se deberá cumplir con las disposiciones y obligaciones del Reglamento de Seguridad e Higiene laboral aprobado.

16.  No se autoriza la construcción de ningún plantel dentro del área autorizada para extracción de materiales ni en la zona de protección establecida por el Art. Nº 33 de la Ley Forestal.

17.  No se deben acumular materiales en el cauce del río.

18.  La concesión minera no faculta de ninguna manera el ingreso a propiedades privadas que colinden con el área otorgada a excepción de los accesos.

19.  Las labores de extracción se deben realizar prioritariamente en los días de menor precipitación.

20.  En forma anual se deberá presentar un informe de labores de acuerdo a lo establecido en el reglamento al Código de Minería. La información topográfica deberá ser actualizada cada año.

21.  Aportar en los informes anuales de labores Certificación Municipal de encontrarse al día con el pago de impuestos municipales, última declaración de la renta y certificación de la CCSS sobre cuotas obrero-patronales.

22.  Para el acarreo de material desde los frentes de explotación únicamente se autorizan las vagonetas propiedad de la municipalidad. En el sitio de extracción debe operar únicamente el equipo y maquinaria del proyecto, no se autoriza el ingreso de vagonetas externas al proyecto a los sitios de extracción.

23.  En el sitio del proyecto deberá mantenerse bitácora geológica del período fiscal vigente, diario de actividades, registro de extracción, venta y almacenamiento, plano de avance de labores, registro del personal empleado, copia del reglamento de seguridad e higiene aprobado y copia de la resolución de otorgamiento. Todos los documentos deberán estar debidamente actualizados y a disposición del personal de la Dirección de Geología y Minas.

24.  Durante toda la jornada laboral, el personal en sitio deberá utilizar el equipo de seguridad laboral establecido.

25.  El geólogo regente deberá efectuar visitas al sitio de la concesión minera como mínimo una vez por mes. Se deberá anotar en la bitácora las indicaciones sobre la metodología de extracción a seguir durante su ausencia.

26.  Se deberá cumplir en todo momento con las medidas de mitigación del impacto ambiental aprobadas por la SETENA.

27.  Los funcionarios de la Dirección de Geología realizarán visitas periódicas de control al sitio, pudiendo emitir las recomendaciones pertinentes tanto por la metodología empleada como por irregularidades observadas con el desarrollo de las actividades.

7º—Que el Estudio de Impacto Ambiental fue aprobado por resolución Nº 818-2009-SETENA de las diez horas quince minutos del treinta y uno de marzo de dos mil nueve, se acordó: “…Se aprueba el Estudio de Impacto Ambiental…”.

8º—Que mediante oficio IMN-DA-4056-2009 del quince de diciembre de dos mil nueve el Departamento de Aguas, se recomendó el otorgamiento de la concesión de extracción de materiales en cauce de dominio público del Río Fortuna, con las siguientes condiciones:

1.  El área a explotar será de 11 ha 4.675, 50 m² en el cauce del Río Fortuna, en San Isidro, Fortuna, provincia de Alajuela.

2.  El material a extraer será arenas y gravas, quedando claro que queda totalmente prohibido extraer material del piso firme del cauce del río por lo que será sólo permitida la extracción del material arrastrado.

3.  Queda totalmente prohibida la extracción de materiales de las márgenes del río.

4.  La extracción de materiales será mecanizada en forma laminar por lo que no se deben utilizar ningún tipo de equipo que no garantice este tipo de extracción.

5.  Podrá ser realizada en toda época del año en que no sea impedida por las crecidas normales del río.

6.  Queda totalmente prohibida la acumulación de materiales en el cauce del río para evitar que se puedan presentar represamientos.

7.  Se deberá dejar en el caso de estructuras existentes (puentes y tomas de agua) 200 metros de distancia necesaria para evitar posibles daños.

9º—Que de conformidad con el Padrón Minero que al efecto lleva la Dirección de Geología y Minas, el área se encuentra libre.

10.—Que publicados los edictos de ley no se presentaron oposiciones.

11.—Debe indicársele al solicitante que se compromete a cumplir con todas las obligaciones que le impone el Código de Minería y su reglamento, así como a acatar las directrices que le gire la Dirección de Geología y Minas como órgano encargado de vigilar la actividad minera desarrollada.

12.—Que habiéndose cumplido con los requisitos que establece el Código de Minería vigente, para la tramitación de concesión solicitada, así como la respectiva recomendación otorgada por la Dirección de Geología y Minas, lo procedente es otorgar la concesión solicitada a la Municipalidad de San Carlos.

Considerando:

1º—Que el Estado tiene el dominio absoluto, inalienable e imprescriptible de todos los recursos minerales, existiendo la potestad de otorgar, a través del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, concesiones o permisos para el reconocimiento, exploración, explotación y beneficio de los recursos mineros sin que afecte de algún modo el dominio estatal sobre esos bienes, procurando con ello y por medio de sus políticas, la protección, conservación y manejo de los recursos naturales garantizando la protección efectiva de la biodiversidad del país al promover el conocimiento y uso sostenible de los recursos, para el disfrute intelectual, espiritual y el desarrollo económico de las generaciones presentes y futuras.

2º—Que la Municipalidad de San Carlos, cédula jurídica número tres-cero catorce-cero cuarenta y dos mil setenta y cuatro, deberá de cumplir durante la ejecución de las labores de explotación, con cada una de las recomendaciones técnicas señaladas por la geóloga de la Dirección de Geología y Minas, Lilliam Arrieta H, en el oficio DGM-CMRHN-92-2009, de fecha 14 de setiembre del 2009.

3º—Que durante la vigencia del plazo de concesión la Municipalidad de San Carlos, debe cumplir con todas las obligaciones que le impone el Código de Minería y su Reglamento, así como a acatar las directrices que le rige la Dirección de Geología y Minas, como órgano encargado de vigilar la actividad minera del país.

4º—Que al haberse cumplido con todos los requisitos para tramitar la concesión de explotación en cauce de dominio público del Río La Fortuna, lo procedente es emitir el otorgamiento de la concesión de explotación en cauce de dominio público, a favor de la Municipalidad de San Carlos, cédula jurídica número tres-cero catorce-cero cuarenta y dos mil setenta y cuatro, representada por el Alcalde Municipal señor Alfredo Córdoba Soro, cédula de identidad número 2-387-132. Por tanto:

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE AMBIENTE, ENERGÍA

Y TELECOMUNICACIONES, RESUELVEN:

1º—Otorgar la concesión en el cauce de dominio público del Río La Fortuna, a la Municipalidad de San Carlos, cédula de persona jurídica número tres-cero catorce-cero cuarenta y dos mil setenta y cuatro, por un plazo de siete años, para una tasa de extracción de máxima de doscientos metros cúbicos por día, de conformidad con el oficio DGM-CMRHN-92-2009, de fecha 14 de setiembre del 2009, suscrito por la geóloga Lilliam Arrieta H, con un volumen de extracción de 4.800 metros cúbicos al mes.

2º—La Municipalidad concesionaria deberá de cumplir con todas las obligaciones que le impone el Código de Minería y su Reglamento, además con todas las condiciones técnicas emitidas por la geóloga Lilliam Arrieta H, mediante oficio DGM-CMRHN-92-2009, de fecha 14 de setiembre del 2009, tal y como se colige en el resultando undécimo de la presente resolución.

3º—Notifíquese.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro del Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, Teófilo de la Torre Argüello.—1 vez.—O.C. Nº 0812.—C-276150.—(IN2010058997).

DOCUMENTOS VARIOS

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN

DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en Ciencias, inscrito en el tomo 1, folio 27, título Nº 327, emitido por el Colegio Técnico Profesional Agropecuario de Siquirres “Sección Nocturna”, en el año mil novecientos ochenta y ocho, a nombre de Mora Araya Óscar. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintinueve días del mes de junio del dos mil diez.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2010058492).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 113, título Nº 1673, emitido por el Colegio Santa María de Guadalupe, en el año mil novecientos ochenta y seis, a nombre de Zamora León José Gerardo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 25 de junio del 2010.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.––(IN2010058947).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 97, título Nº 1166, emitido por el Colegio Gregorio José Ramírez Castro, en el año dos mil dos, a nombre de Mora Bolaños Rafael Andrés. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 12 de julio del 2010.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2010058992).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 31, título Nº 465, emitido por el Liceo Diurno de Esparza, en el año mil novecientos ochenta, a nombre de Soto Araya Carmen María. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 13 de julio del 2010.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Trino Zamora Zumbado, Jefe.—(IN2010059012).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 11, título Nº 2987, y del Título de Técnico Medio en Secretariado Ejecutivo, inscrito en el tomo 3, folio 46, título Nº 6632, ambos títulos fueron otorgados en el año dos mil seis, emitido por el Colegio Vocacional de Artes y Oficios de Cartago, a nombre de Quirós Sánchez Alexandra María. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 25 de junio del 2010.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación, MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2010059082).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 353, título Nº 2869, emitido por el Colegio Técnico Profesional de San Sebastián, en el año dos mil ocho, a nombre de Robles Herrera Marisol. Se solicita la reposición del título indicado por deterioro del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 6 de julio del 2010.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2010184123.—(IN2010057652).

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 239, título Nº 2283, emitido por el Colegio de Naranjo, en el año dos mil cinco, a nombre de Rojas Muñoz Brenda Lucía. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 7 de julio del 2010.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2010057818).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 3, título Nº 17, emitido por el Liceo Alejandro Aguilar Machado, en el año dos mil dos, a nombre de Víquez Segura Randall Gabriel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los doce días del mes de julio del dos mil diez.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2010058524).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 20, título N° 155, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Pococí, en el año mil novecientos noventa, a nombre de Hidalgo Guillen Rubierth. Se solicita la reposición del título indicado por corrección del nombre, cuyos apellidos y nombre correcto son: Hidalgo Guillen Rubiert. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 23 de abril del 2010.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN201058592).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, Rama Académica modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 4, título N° 25, emitido por el Colegio Rodrigo Hernández Vargas, en el año mil novecientos setenta y siete, a nombre de Cambronero Guzmán Germán Alberto. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 15 de junio del 2010.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2010184904.—(IN20100158872).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 38, asiento Nº 254, emitido por el Colegio Técnico Profesional La Mansión, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de Reyes Villareal Wendy. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 15 de julio del 2010.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2010059208).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Enseñanza Diversificada en el Área de Letras, inscrito en el Tomo 1, Folio 95, Título N° 1147, emitido por el Liceo Nocturno de Nicoya, en el año mil novecientos ochenta y tres, a nombre de Campos Noguera Eladio. Se solicita la reposición del título indicado por deterioro del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 6 de julio del 2010.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2010185279.—(IN2010059228).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 103, título Nº 606, emitido por el Liceo de Chacarita, en el año dos mil cuatro, a nombre de Ramírez Vargas Steve. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 15 de julio del 2010.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.––(IN2010059407).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Patente de invención

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

La señora María del Milagro Chaves Desanti, mayor, abogada, cédula Nº 1-626-794, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Duna Enterprises S.L., de España, solicita el Diseño Industrial denominado PLANCHA ALARGADA PARA CABELLO.

Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

El presente registro de modelo industrial, cuya documentación comprende tres láminas de dibujos y esta descripción, se refiere a una plancha alargada para cabello, la cual es destacada claramente entre todas las demás planchas de su especie. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Novena Edición es 28/3, cuyo inventor es Carlos José Ceva. La solicitud correspondiente lleva el Nº 11475, y fue presentada a las 08:46:21 del 03 de junio de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 24 de junio del 2010.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.––RP2010184259.––(IN2010057956).

El señor Harry Wohlstein Rubinstein, mayor, Abogado, cédula 1-341-287, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Genentech, Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada VARIANTES DE INMUNOGLOBULINA Y USOS DE ESTO (SOLICITUD DIVISIONAL). La invención proporciona anticuerpos anti-CD20 humanizados y quimera para el tratamiento de carcinomas positivos de CD20 y enfermedades auto-inmunes. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A61K/, cuyo(s) inventor(es) es(son) Adams, Camellita W., Chan, Andrew C., Crowley, Craig W, Lowman, Henry B, Nakamura, Gerald R., Presta, Leonard G. La solicitud correspondiente lleva el número 11367, y fue presentada a las 14:49:00 del 13 de abril de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 28 de junio de 2010.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—RP2010185265.—(IN2010059153).

REGISTRO INMOBILIARIO

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Se hace saber a: Lic. Ramiro Fernández Elizondo, cédula 6-143-280 en su condición de notario autorizante del documento mediante el cual se originó la finca del partido de Puntarenas matrícula 148187, así como cualquier tercero con interés legítimo, albaceas o representantes legales, que la Dirección de este Registro ha iniciado Diligencias Administrativas que afectan dicho inmueble. Por lo anterior se le confiere audiencia, hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a esta publicación, a efecto de que, presenten los alegatos que a sus derechos convengan. Y se les previene que dentro de ese término deben señalar fax o correo electrónico donde oír futuras notificaciones de este Despacho. Asimismo se les aclara que los detalles de esta gestión pueden consultarse en el Expediente 09-571-BI que se tramita en la Dirección del Registro Inmobiliario.—Curridabat, 12 de enero de 2010.—Departamento de Asesoría Jurídica Registral.—Lic. Kattia Meza Brenes.—O.C. Nº 100233.—Solicitud Nº 4859.—C-43320.—(IN2010057414).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

La Dirección Nacional de Notariado hace saber que ante este despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación para el ejercicio del notariado, de la Licenciada Marisela Araya Araya, cédula de identidad número 7-0111-0627, carné 18169. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección. Dentro de los quince días siguientes a esta publicación. Expediente 10-000360-0624-NO.—San José, 22 de junio del 2010.—Lic. Rogelio Fernández Moreno, Director Ejecutivo.—1 vez.—RP2010182035.—(IN2010059623).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. 9504P.—Ulises Ramírez Galeano solicita concesión de: 5,7 litros por segundo del pozo TE-95, efectuando la captación en finca de Ulises Ramírez Galeano en Filadelfia, Carrillo, Guanacaste, para uso agropecuario - riego - caña de azúcar. Coordenadas 263.650 / 372.300 hoja Tempisque. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 9 de julio del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2010057360).

Exp. 9515P.—Químicas Vegetales (Quivel S. A.), solicita concesión de: 2 litros por segundo del pozo RG-519, efectuando la captación en finca de su propiedad en Garita, Alajuela, Alajuela, para uso industria-química. Coordenadas 218.400/506.160 hoja Río Grande. 1 litro por segundo del pozo RG-520, efectuando la captación en finca de su propiedad en Garita, Alajuela, Alajuela, para uso industria-química. Coordenadas 218.450/506.260 hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 2 de julio del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2010057373).

Expediente Nº 6688P.—Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte S. A., solicita concesión de: 10 litros por segundo del pozo TOR-09, efectuando la captación en finca de su propiedad en Roxana, Pococí, Limón, para uso agroindustrial-bananeras. Coordenadas: 276.500 / 577.400, hoja Tortuguero. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de junio del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2010058456).

Expediente Nº 6760P.—Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte S. A., solicita concesión de: 7 litros por segundo del pozo TOR-10, efectuando la captación en finca de su propiedad en Cariari, Pococí, Limón, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas: 276.900 / 575.900, hoja Tortuguero. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de junio del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2010058457).

Expediente Nº 6710P.—Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte S. A., solicita concesión de: 10 litros por segundo del pozo AF-50, efectuando la captación en finca de su propiedad en Cariari, Pococí, Limón, para uso agroindustrial-bananeras. Coordenadas: 268.450 / 576.850, hoja Agua Fría. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de junio del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2010058458).

Expediente Nº 6642P.—Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte S. A., solicita concesión de: 10 litros por segundo del pozo CHR-10, efectuando la captación en finca de su propiedad en Puerto Viejo, Sarapiquí, Heredia, para uso agroindustrial-bananeras. Coordenadas: 277.100 / 541.400, hoja Chirripó Atlántico. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de junio del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2010058459).

Expediente Nº 13922A.—Huggins Investments S. A., solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de James David Mc Crea, en Colón, Mora, San José, para uso consumo humano y abrevadero. Coordenadas: 206.900 / 504.200, hoja Río Grande. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 4 de junio del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2010058470).

Expediente Nº 9607P.—Proyectos Agrícolas y Ornamentales Ltda., solicita concesión de: 0,60 litros por segundo del pozo BA-598, efectuando la captación en finca de su propiedad en Desamparados, Alajuela, para uso consumo humano, doméstico y agropecuario, riego ornamentales. Coordenadas 224.770 / 516.000 hoja Barva. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de julio de 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2010058966).

Expediente Nº 6790P.—Harve Aloysius, Thomas Junior solicita concesión de: 3,4 litros por segundo del Pozo BA-356, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Pedro, Santa Bárbara, Heredia, para uso consumo humano doméstico, agropecuario y riego. Coordenadas 225.200/517.900 hoja Barva. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de julio de 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2010059064).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Exp. 14015P.—Desarrollos Estructurados GTF S. A., solicita concesión de 40 litros por segundo del pozo ME-393, efectuando la captación en finca de Banco Improsa S. A., en Liberia, Liberia, Guanacaste, para uso consumo humano. Coordenadas 375.600 / 289.330 hoja Monteverde. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 8 de julio del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2010058550).

Exp. 14028P.—Daniel Mario Lacayo, solicita concesión de 0,9 litros por segundo del pozo artesanal, efectuando la captación en finca de Daniel Mario Lacayo en Mogote San Pedro, Bagaces, Guanacaste, para uso consumo humano. Coordenadas 293.903 / 400.894 hoja Miravalles. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de julio del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2010058576).

Exp. 8461A.—Johnny Porras Rojas, solicita concesión de: 0,07 litros por segundo del río Espino, efectuando la captación en finca de Javier Gómez Céspedez en Cirrí Sur, Naranjo, Alajuela, para uso agropecuario abrevadero, consumo humano doméstico y agropecuario-riego arroz. Coordenadas 240.900/497.350 hoja Quesada. Predios inferiores: Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 12 de julio del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2010184705.—(IN2010058873).

Exp. 13967P.—Agroforestales Catalinas AC Ltda., solicita concesión de: 8 litros por segundo del pozo MTP 201, efectuando la captación en finca de Catalinas Properties Holding Ltda. en Tempate, Santa Cruz, Guanacaste, para uso consumo humano, agropecuario-riego y turístico. Coordenadas 275.431/341.420 hoja Punta Gorda. 4 litros por segundo del pozo MTP 277, efectuando la captación en finca de Catalinas Properties Holding Ltda. en Tempate, Santa Cruz, Guanacaste, para uso consumo humano, agropecuario-riego y turístico. Coordenadas 275.450 / 341.410 hoja Punta Gorda. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 28 de junio del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2010184833.—(IN201058874).

Exp. 5738A.—Manuel Calderón Bonilla, solicita concesión de: 3 litros por segundo del río Caliente, efectuando la captación en finca de su propiedad en Paraíso, Paraíso, Cartago, para uso agropecuario-riego-hortaliza. Coordenadas 203.000/555.700 hoja Istarú. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 12 de julio del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2010184853.—(IN2010058875).

Exp. 14002P.—Vajusa Azul S. A, solicita concesión de: 1,5 litros por segundo del pozo NA-869, efectuando la captación en finca de Vajusa Azul S. A en Buenos Aires (Palmares), Palmares, Alajuela, para uso consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas 226.939/488.757 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 7 de julio del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2010184967.—(IN2010058876).

Expediente 4005A.—Olga Lorena, Ángulo Torres, solicita concesión de: 1 litro por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de Campos Zamora Manuel en Cirrí Sur, Naranjo, Alajuela, para uso agropecuario-abrevadero, consumo humano-doméstico, Agropecuario-Riego-frutal, agropecuario-lechería. Coordenadas 239,900/497,600 hoja Quesada. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 14 de julio de 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2010185133.—(IN2010059229).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

RESOLUCIONES

Nº 4652-E8-2010.—Tribunal Supremo de Elecciones.—San José, a las trece horas diez minutos del treinta de junio de dos mil diez. (Exp. 223-S-2010)

Consulta formulada por el señor Marco Antonio Ruiz Mora, Jefe de Tributación y Catastro de la Municipalidad de Heredia, sobre la prohibición que tiene un funcionario municipal para postularse como segundo vicealcalde.

Resultando:

1º—Mediante oficio número DTC-0247-2010 de fecha 21 de mayo del 2010, recibido el 24 de mayo del 2010 en la Secretaría de este Tribunal, el señor Marco Antonio Ruiz Mora, Jefe de Tributación y Catastro de la Municipalidad de Heredia, sobre la prohibición que tiene como funcionario municipal en postularse al cargo de segundo vicealcalde. En específico consulta: “¿Puedo ser candidato y continuar laborando para la Institución o debo estar fuera del cargo y por cuánto tiempo?.

Si tuviera que retirarme del cargo por la campaña electoral ¿cuánto tiempo antes de la elección sería? Y de ser así ¿podría utilizar vacaciones o tendría que solicitar un permiso sin goce de salario?.” (folios 1 y 2).

2º—En el procedimiento se han observado las prescripciones de ley.

Redacta el Magistrado Rodríguez Chaverri; y,

Considerando:

I.—Sobre la admisibilidad de la solicitud de interpretación formulada: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 102 inciso 3) de la Constitución Política le corresponde al Tribunal Supremo de Elecciones la potestad de interpretar, en forma exclusiva y obligatoria, las disposiciones constitucionales y legales referidas a la materia electoral.

Según lo establece el artículo 12 inciso c) del Código Electoral, estos pronunciamientos pueden ser emitidos por este Tribunal de oficio o a instancia del Comité Ejecutivo Superior de cualquiera de los partidos políticos inscritos. Según el inciso d) del mismo numeral, el Órgano Electoral también podrá emitir opinión consultiva a solicitud del Comité Ejecutivo Superior de cualquiera de los partidos políticos inscritos, de los jerarcas de los entes públicos que tengan un interés legítimo en la materia electoral o de cualquier particular. Sin embargo, en este último caso la ley le concede al Tribunal la potestad de emitir su opinión si lo considera necesario para la correcta orientación del proceso electoral y actividades afines.

Conforme a la normativa expuesta, el gestionante carece de legitimación para solicitar un pronunciamiento de este Tribunal; no obstante, atendiendo a la potestad de interpretación oficiosa mencionada, este Órgano Electoral se permite abordar la consulta formulada, dada la importancia del tema, ello en razón de que por primera vez se escogerán cargos de vicealcaldes en las elecciones de febrero del 2010.

II.—Jurisprudencia electoral relevante sobre la participación de los funcionarios municipales en actividades políticas: En relación al tema de la presente consulta, la jurisprudencia electoral ha establecido una serie de criterios, sobre la participación de funcionarios municipales en actividades políticas y la posibilidad de que se postulen a cargos de elección popular, que resultan aplicables a la presente caso.

1)  En la resolución número 1381-E-2001 de las 08:00 horas del 11 de julio del 2001 se aclaró que, en tanto ningún cargo municipal estaba comprendido en la lista de puestos con prohibición absoluta de participar en actividades políticas, contenida en el párrafo segundo de la norma que regía en ese momento (artículo 88 del anterior Código Electoral), a esos funcionarios les aplicaba únicamente la prohibición genérica, según la cual, tienen prohibido dedicarse a trabajos o discusiones de carácter político electoral durante sus horas laborales, o bien, utilizar su cargo para beneficiar a un partido político.

2)  Sobre la posibilidad de que los funcionarios municipales se postulen a cargos municipales de elección popular, específicamente el de alcalde suplente, en la resolución número 2061-E-2002 de las 09:35 horas del 12 de noviembre del 2002 se indicó que no existía disposición expresa que limitara esa posibilidad, por lo que esos funcionarios no tenían impedimento para postularse y ser electos como alcalde propietario o suplente.

3)  Posteriormente, este Tribunal, mediante resolución número 367-E-2003 de las 11:30 horas del 28 de febrero del 2003, aclaró que no obstante que no existe prohibición legal que impida a un servidor municipal ser designado como alcalde suplente, era improcedente el ejercicio simultáneo de dos cargos municipales, por resultar incompatibles a la luz de lo dispuesto en los artículos 31 inciso b) del Código Municipal y 15 de la Ley de Salarios de la Administración Pública. Así, en caso de que el funcionario municipal fuera llamado a ejercer el cargo de alcalde ante la ausencia del propietario, debería contar con el permiso sin goce de salario a fin de evitar incurrir en la citada prohibición.

III.—Aclaración preliminar: Previo a emitir un pronunciamiento sobre las consultas formuladas, resulta oportuno indicar que mediante leyes números 8611 del 12 de noviembre del 2007 y 8765 del 19 de agosto del 2009 se reformaron varias normas del Código Municipal (artículos 14, 19 y 20), las cuales introdujeron una serie de cambios en el régimen municipal, entre otras, la eliminación de los alcaldes suplentes y, en su lugar, la incorporación de la figura de dos vicealcaldes que, en el caso del primero, tendrá funciones específicas de carácter permanente en la municipalidad, mientras que el segundo solo tendrá como función sustituir al alcalde en sus ausencias temporales o definitivas, si no puede hacerlo el primer vicealcalde.

A partir del 2 de setiembre del 2010 entró a regir un nuevo Código Electoral que también introdujo importantes cambios en la legislación electoral. Sin embargo, en lo relativo a las normas que regulan la participación de los funcionarios públicos en actividades políticas no se realizó mayor modificación, en tanto la norma actual (artículo 146) es una reproducción literal de la derogada (artículo 88), a excepción de que se incluyeron otros cargos públicos en la lista taxativa de funcionarios que tienen prohibición absoluta.

De ahí que los pronunciamientos jurisprudenciales detallados en el considerando anterior, mantienen su vigencia y resultan aplicables al análisis del presente asunto, en la medida que la nueva legislación no modificó en nada la prohibición política que pesa sobre los funcionarios municipales, ni los requisitos que se exigen para postularse a la alcaldía.

IV.—Sobre el fondo de las consultas: De conformidad con la legislación electoral y la jurisprudencia electoral relevante, reseñados en los considerandos segundo y tercero de la presente resolución, es evidente que las preguntas generales planteadas por el señor Ruiz Mora ya han sido resueltas o se coligen, de esas fuentes, escritas y no escritas, del Derecho Electoral.

En concreto se consulta:

1)  Si como Jefe de Tributación y Catastro de la municipalidad puede postularse al cargo de segundo vicealcalde y continuar laborando en esa institución: En virtud de que las reformas que sufrió el Código Municipal, para el caso de los vicealcaldes, no modificaron en nada los requisitos que se exigen para postularse al cargo de alcalde (artículos 15 y 16), se mantiene el criterio de que no existe prohibición alguna que impida a los funcionarios municipales (salvo a los de la auditoría interna, en virtud de tener prohibición absoluta por ley especial), postularse a cargos de elección popular en la misma municipalidad, incluido el puesto de segundo vicealcalde.

Sin embargo, se aclara que tal postulación no puede afectar el desempeño de sus funciones como funcionario municipal, siendo así, que su participación política debe realizarse al margen de la jornada laboral, sea en vacaciones, días feriados, permisos o licencias en horas distintas del horario de labores, ello en razón de que los funcionarios públicos, en general, tienen prohibido “dedicarse a trabajos o discusiones de carácter político electoral, durante las horas laborales y usar su cargo para beneficiar a un partido político”, según lo establece el párrafo primero del artículo 146 del Código Electoral. Asimismo, tampoco debe afectarse la debida imparcialidad que debe guardar en el desempeño de sus labores como funcionario público.

En consecuencia, al resultarles aplicable a los funcionarios municipales, únicamente, la prohibición relativa de intervenir en actividades políticas de los partidos políticos y al no estar incluidos sus cargos en la lista de funcionarios con incompatibilidad para aspirar al puesto de segundo vicealcalde (artículos 16, inciso b) del Código Municipal y 146 del Código Electoral), éstos pueden postularse a ese cargo de elección popular sin tener que renunciar a su puesto en la municipalidad.

2)  Si puede continuar ejerciendo su puesto en la municipalidad o debe separarse del cargo en caso de resultar electo: Debido a que, según se indicó en el punto anterior, no existe impedimento para que los funcionarios municipales se postulen al cargo de segundo vicealcalde, este Tribunal estima que tampoco existe prohibición legal para que ese funcionario desempeñe el cargo de elección popular, en caso de resultar electo, debido a que el segundo vicealcalde no tiene asignadas funciones específicas ni permanentes en la municipalidad, como sí sucede con el primer vicealcalde y el alcalde. La labor de este funcionario se limita a sustituir al alcalde en sus ausencias temporales o definitivas, si no puede hacerlo el primer vicealcalde.

Ahora bien, debido a que, tal y como lo ha establecido la jurisprudencia electoral, está prohibido el ejercicio simultáneo de dos cargos en la misma municipalidad, en la hipótesis de que el funcionario municipal sea llamado a suplir las ausencias temporales del alcalde propietario, deberá contar con permiso sin goce de salario, como funcionario municipal, a fin de que pueda desempeñarse en la alcaldía. Por tanto,

Se evacua la consulta en los siguientes términos: 1) Debido a que no existe prohibición expresa que lo impida, los funcionarios municipales pueden postularse al puesto de segundo vicealcalde, sin tener que renunciar a su cargo en la municipalidad. Sin embargo, tal postulación no puede afectar el desempeño de sus funciones como funcionarios municipales, por lo que su participación política debe realizarse al margen de la jornada laboral, sea en vacaciones, días feriados, permisos o licencias en horas distintas del horario de labores. 2) No existe prohibición legal para que un funcionario municipal pueda desempeñar el cargo de segundo vicealcalde, debido a que ese puesto de elección popular no tiene asignadas funciones específicas ni permanentes en la municipalidad, sino que su labor se limita a sustituir al alcalde en sus ausencias temporales o definitivas, si no puede hacerlo el primer vicealcalde. Sin embargo, en la hipótesis de que sea llamado a suplir las ausencias temporales del alcalde propietario, deberá contar con permiso sin goce de salario, como funcionario municipal, a fin de que pueda desempeñarse en la alcaldía. Notifíquese en los términos del artículo 12, inciso c) del Código Electoral.—Max Alberto Esquivel Faerron.—Mario Seing Jiménez.—Zetty Bou Valverde.—Ovelio Rodríguez Chaverri.—Fernando del Castillo Riggioni.—1 vez.—Exonerado.—(IN2010059668).

Nº 4723-M-2010.—San José, a las ocho horas quince minutos del cinco de julio de dos mil diez.

Diligencias de cancelación de credencial de síndica propietaria del distrito Diriá, cantón Santa Cruz, provincia Guanacaste, que ostenta la señora Consuelo Villafuerte Cubillo.

Resultando:

1º—Mediante oficio SM-620-Ext.10-2010 del 20 de mayo del 2010, remitido a la Secretaría de este Tribunal -vía fax- el 21 del mismo mes y año, la señora Doris Viales Viales comunicó que la señora Consuelo Villafuerte Cubillo renunció al puesto de síndica propietaria en la Municipalidad de Santa Cruz, provincia Guanacaste (folio 2).

2º—El Magistrado Instructor de este procedimiento, mediante resolución de las 11:50 horas del 2 de junio del 2010, previno a la Secretaría del Concejo Municipal de Santa Cruz que remitiera una constancia del acuerdo del Consejo en que se conoció de la renuncia de la señora Villafuerte Cubillo y el original o una copia certificada de la carta de dimisión respectiva (folio 19).

3º—La Secretaría del referido Concejo Municipal, mediante oficio SM 702-2010 del 15 de junio del 2010, recibido en la Secretaría del Despacho el 23 del mismo mes y año, cumplió con la prevención indicada en el resultando anterior (folios 21-23).

4º—En el procedimiento se han observado las prescripciones legales, sin notarse vicios que causen nulidad o indefensión.

Redacta el Magistrado Del Castillo Riggioni; y,

Considerando:

I.—Hechos probados: De importancia para la resolución de este asunto se tienen los siguientes: a) que la señora Consuelo Villafuerte Cubillo fue postulada por el Partido Unión Nacional como candidata a síndica suplente para el distrito Diriá, cantón Santa Cruz, provincia Guanacaste, resultó electa y este Tribunal, mediante resolución 0217-E-2007 de las 8:05 horas del 18 de enero del 2007, la designó síndica propietaria debido a que dicho partido político no logró postular candidato alguno para el puesto de síndico propietario (folios 3-18); b) que la señora Villafuerte Cubillo, mediante carta del 28 de abril de 2010, renunció al cargo de síndica propietaria (folio 23); c) que el Concejo de la Municipalidad de Santa Cruz, en el artículo 3° de la sesión extraordinaria Nº 10-2010 del 28 de abril del 2010, conoció de la renuncia de la señora Villafuerte Cubillo (folio 22); d) que en las elecciones municipales celebradas el 3 de diciembre del 2006, el Partido Liberación Nacional (PLN) fue el segundo partido más votado en el distrito Diriá del cantón Santa Cruz, provincia Guanacaste (resolución Nº 0217-E-2007 de las 8:05 horas del 18 de enero del 2007, visible a folios 3 – 16); e) que los candidatos postulados por el Partido Liberación Nacional para los cargos de síndicos propietario y suplente para el citado distrito Diriá fueron                   la señora Ana Patricia Martínez Héctor y Luis Gerardo Vega Chavarría, respectivamente (folio 17).

II.—Sobre el fondo: 1) De la normativa aplicable. De la relación de los hechos que se han tenido por acreditados y con base en lo dispuesto en el artículo 58 del Código Municipal, es claro que a los síndicos les resultan aplicables las disposiciones del Título III de ese mismo cuerpo legal en punto a requisitos, impedimentos, prohibiciones, reposición, juramentación y toma de posesión del cargo de los regidores. Siendo que el artículo 24 ibídem, inciso c), dispone que es causal de pérdida de la credencial del regidor la renuncia voluntaria escrita y conocida por el Concejo y, al constatar que dicho órgano de la Municipalidad de Santa Cruz conoció de la renuncia de la señora Consuelo Villafuerte Cubillo, lo procedente es cancelar su credencial de síndica propietaria. 2) De la sustitución respectiva. Al cancelarse la credencial de la señora Consuelo Villafuerte Cubillo se produce una vacante en la Municipalidad antes mencionada que es necesario llenar según se desprende de la relación de los artículos 58 y 25, inciso c) del Código Municipal. Al haberse probado en autos que en virtud de haber sido postulada ésta, única suplente, este Tribunal la designó síndica propietaria y, debido a que nuestro ordenamiento jurídico no contempla suplencias adicionales, se está ante una imposibilidad material de sustituirla con algún otro candidato del mismo partido político que la propuso. En tal situación, ante el imperativo de designar al miembro propietario de ese órgano colegiado, pues de lo contrario se produciría su desintegración, se debe acudir a la jurisprudencia de este Tribunal que, como herramienta integradora del ordenamiento jurídico para casos como éste (ver resoluciones Nº 2332-M-2003 de las 10:45 horas del 3 de octubre del 2003, Nº 1535-M-2006 de las 9:50 horas del 11 de mayo del 2006 y, más recientemente, las Nº 3323-M-2010 de las 9:50 horas del 3 de mayo del 2010 y N° 4298-M-2010 de las 13:30 horas del 10 de junio del 2010) ha establecido que una vacante en esas condiciones debe completarse recurriendo a la lista de los candidatos a síndicos del segundo partido más votado en el distrito correspondiente. Conforme se tiene por demostrado en autos, para las elecciones municipales celebradas el 3 de diciembre del 2006, el Partido Liberación Nacional fue el segundo partido más votado en el distrito Diriá, cantón Santa Cruz, provincia Guanacaste, por lo que corresponde designar en el cargo vacante, al candidato a síndico propietario de dicho partido, así como a su correspondiente suplente.

Según adelantaba la supracitada resolución N° 1535-M-2006, también respecto de la renuncia de un síndico propietario:

“Al tenerse por probado en autos que el Partido Liberación Nacional no inscribió candidato a síndico suplente en el citado distrito y ante el imperativo de llenar el vacío normativo supracitado, interesa citar la resolución de este Tribunal Nº 2332-M-2003 de las diez horas y cuarenta y cinco minutos del tres de octubre de dos mil tres, que indicó:

‘La renuncia de la señora Barahona Rojas y la ausencia de candidatos propuestos para concejal suplente por parte del Partido Liberación Nacional, causan una vacante en la plaza de concejal propietario que no puede ser suplida según lo estipulado en el artículo 56 del Código Municipal, ya que existe una imposibilidad material de sustitución por no existir otros candidatos de ese mismo partido político para la plaza de concejal suplente. Es decir, en el articulado mencionado, existe una laguna normativa cuando hay ausencia de candidatos a concejales suplentes dentro de un mismo partido político, situación que obliga a integrar el ordenamiento jurídico, toda vez que no designar a un miembro propietario de ese órgano colegiado conllevaría la desintegración de este.

Como bien ha señalado la Procuraduría General de la República, dictamen Nº C-195-90 del 30 de noviembre de 1990:

“(...) la posibilidad de sesionar debe examinarse, en primer término, respecto de la integración del órgano. Ello en la medida en que si el órgano no se encuentra debidamente integrado, no puede funcionar en forma válida. En efecto, si el órgano no está integrado no puede ejercer su competencia y, por ende, los actos que se emitan no serán válidos.

En un mismo sentido, el dictamen C-297-2000 del 5 de diciembre del 2000 reafirmó:

“(...) Las reglas y principios en orden al quórum estructural y funcional resultan aplicables a órganos debidamente constituidos, por lo que no debe estarse ante una situación de plaza vacante y, por ende, de ausencia de integración del órgano o de falta de investidura de alguno de sus miembros’. Dictamen N. C-015-97 de 27 de enero de 1997’ (El destacado corresponde al original).

Con base en los criterios transcritos, si bien la anterior jurisprudencia se refiere a la suplencia de vacantes con candidatos de un mismo partido, en el caso concreto esto no es posible de aplicar y al existir la obligatoriedad por parte de la administración de garantizar la integración de los órganos colegiados, este Tribunal interpreta que ante la renuncia del síndico propietario y la falta de inscripción de candidato a síndico suplente por parte del Partido Liberación Nacional, esta vacante debe completarse escogiendo de entre los candidatos a síndicos del segundo partido más votado en el distrito de Jesús María del cantón de San Mateo de la provincia de Alajuela’ “ (lo únicamente subrayado no pertenece al original).

Este Tribunal entiende que la interpretación aludida, ante la falta de inscripción de candidato a síndico suplente por parte de una agrupación política, aplica, también al supuesto en el que sí se ha inscrito un candidato a síndico suplente pero no a su respectivo propietario, por lo que de resultar triunfadora dicha papeleta este Tribunal designa al suplente en el puesto del propietario y, en caso de renuncia -como sucedió en este asunto- a éste se le cancela su credencial de suerte que, para el caso que nos ocupa, lo procedente es cancelar la credencial de la señora Consuelo Villafuerte Cubillo al cargo de síndica propietaria. Ahora bien, ante la ausencia de síndico suplente del Partido Unión Nacional para la señora Villafuerte Cubillo, se deben designar -por el resto del período legal respectivo- a la señora Ana Patricia Martínez Héctor y al señor Luis Gerardo Vega Chavarría, como síndicos propietaria y suplente, en su orden, quienes fueron postulados por el Partido Liberación Nacional (PLN), que es el segundo partido más votado de la papeleta respectiva. Por tanto,

Se cancela la credencial de síndica propietaria del distrito Diriá, cantón Santa Cruz, provincia Guanacaste, que ostenta la señora Consuelo Villafuerte Cubillo. En su lugar se designa a la señora Ana Patricia Martínez Héctor, al cargo de síndica propietaria y al señor Luis Gerardo Vega Chavarría como síndico suplente, ambos postulados por el Partido Liberación Nacional (PLN). Las anteriores designaciones rigen a partir de su juramentación y hasta el 6 de febrero del 2011, fecha en que finaliza el presente período legal. Comuníquese y publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese.—Luis Antonio Sobrado González.—Eugenia María Zamora Cavaría.—Mario Seing Jiménez.—Zetty Bou Valverde.—Fernando Del Castillo Riggioni.—1 vez.—Solicitud Nº 1871-10.—O. C. Nº 3984.—C-157270.—(IN2010060136).

Nº 4815-M-2010.—San José, a las quince horas del ocho de julio de dos mil diez.

Diligencias de cancelación de credenciales de concejal propietario del Concejo de Distrito de Aguacaliente o San Francisco, cantón Cartago, provincia Cartago, que ostenta el señor John Alexánder Ondoy Jiménez.

Resultando:

1º—El señor Bernardo Portuguez Calderón, Secretario del Concejo Municipal del cantón Cartago, provincia Cartago, mediante oficio del 30 de abril del 2010, presentado en la Secretaría de este Tribunal el día 03 de mayo del 2010, comunicó a este Tribunal el acuerdo adoptado por ese Concejo en la sesión ordinaria número 303-10 celebrada el 20 de abril del 2010, en la que conoció de la renuncia formulada por el señor John Alexánder Ondoy Jiménez, al cargo de concejal propietario del Concejo de Distrito de Aguacaliente o San Francisco, cantón Cartago, provincia Cartago, y remitió, además, la carta de renuncia suscrita por el señor Ondoy Jiménez al cargo mencionado, con el fin de asumir el puesto de regidor suplente en el Concejo Municipal de Cartago por el período constitucional del 01 de mayo de 2010 al 30 de abril del 2016 (folios 1).

2º—En la substanciación de este proceso se han observado las prescripciones legales.

Redacta el Magistrado Seing Jiménez, y,

Considerando:

I.—Hechos probados: De relevancia para la resolución del presente asunto se tienen los siguientes:

a.  Que el señor John Alexánder Ondoy Jiménez es concejal propietario del Concejo de Distrito Aguacaliente o San Francisco, cantón Cartago, provincia Cartago, nominado por el Partido Movimiento Libertario (ver la nómina de candidatos y resolución de este Tribunal número 186-E-2007 de las siete horas con cinco minutos del diecisiete de enero del 2007) (folio 02 a 08).

b.  Que el Concejo Municipal de Cartago, en sesión ordinaria número 303-10 celebrada el 20 de abril del 2010, conoció de la renuncia formulada por el señor John Alexander Ondoy Jiménez, al cargo de concejal propietario del distrito Aguacaliente o San Francisco y acordó aprobarla (folio 1).

c.  Que el concejal suplente designado por el Partido Movimiento Libertario para el Concejo de Distrito de Aguacaliente o San Francisco, cantón Cartago, provincia Cartago es el señor Manuel Rolando Rivera Acevedo (folios 2 y 20).

d.  Que la candidata a concejal suplente que sigue en la nómina del Partido Movimiento Libertario que no resultó electa para ese Concejo de Distrito es el señora María Lía Calderón Salazar (ver nómina de candidatos a folio 2).

II.—Sobre el fondo: a) En cuanto a la sustitución, por renuncia, de concejales propietarios del distrito mediante el llamado de los concejales suplentes. Como preámbulo al estudio y para una adecuada comprensión y análisis del presente asunto, resulta indispensable retomar lo dispuesto en el artículo 208 del Código Electoral (Ley Nº 8765, vigente desde el 2 de setiembre del 2009), que en su letra dispone de manera literal:

“Artículo 208.—Muerte, renuncia o incapacidad del candidato antes de la elección.

Si después de la inscripción de las candidaturas y antes de la votación para los cargos de diputados, regidores o concejales de distrito, ocurre la renuncia, el fallecimiento o la incapacidad de alguno de los candidatos, su lugar se tendrá como vacante y se llenará ascendiendo, automáticamente, al candidato de la misma lista que esté colocado en el puesto inmediato inferior.

Si tales circunstancias son posteriores a la votación, el Tribunal dispondrá la sustitución llamando a ejercer el cargo, por el resto del período constitucional, a quien en la misma lista obtuvo más votos o a quien siga en la misma lista, según corresponda.

En caso de muerte, renuncia o incapacidad sobreviniente de los candidatos o las candidatas a la Presidencia o Vicepresidencias de la República debidamente designadas, ocurrida antes del cierre del período de inscripción de las candidaturas, la reposición se hará según lo dispongan los estatutos del respectivo partido o, en su defecto, según lo acuerde la asamblea nacional. Concluido este período y, únicamente para los casos de muerte o incapacidad sobreviniente, la vacante se llenará por ascenso, en su orden, de los candidatos a la Vicepresidencia. Las mismas reglas regirán para los alcaldes y los síndicos.” (el subrayado y destacado no pertenecen al original).

Según la disposición contenida en el párrafo segundo de esa norma, cuando la renuncia del concejal se produce posterior a la votación, el Tribunal dispondrá la sustitución llamando a ejercer el cargo, por el resto del período constitucional, a quien siga en la misma lista.

No obstante, en el presente caso no es la norma en mención la que resulta aplicable pues el cargo que ejercía el señor Ondoy Jiménez surge a la vida jurídica mediante una elección anterior a la entrada en vigencia de esa disposición en específico; por ende, la tutela de la situación que se presenta reside en el artículo 56 del Código Municipal, que regulaba situaciones como la aquí analizada antes de la entrada en vigencia de la norma del Código Electoral antes mencionada.

Sobre el particular es preciso señalar que, al momento de conformar las listas de candidaturas, las agrupaciones políticas lo hicieron teniendo presente el régimen de sustitución vigente en aquel entonces, lo que consolidó una situación jurídica que no puede ser demeritada con la aplicación retroactiva del nuevo régimen legal.

Resulta entonces aplicable el numeral 56 del Código Municipal, en cuanto dispone:

“Para ser miembro de un Concejo de Distrito se deben reunir los mismos requisitos señalados en el artículo 22 del código para ser regidor municipal, excepto el referente a la vecindad que, en este caso, deberá ser el distrito correspondiente. En cualquier momento, los miembros de los Concejos de Distrito podrán renunciar a sus cargos; en tal caso, corresponderá al Tribunal Supremo de Elecciones reponer a los propietarios cesantes en el cargo, con los suplentes del mismo partido político, siguiendo el orden de elección” (el subrayado no es de original).

Por todo lo expuesto, ante la renuncia del señor Ondoy Jiménez a su cargo como concejal propietario del Concejo de Distrito de Aguacaliente o San Francisco, cantón Cartago, provincia Cartago, lo que corresponde es, según lo que establece la norma transcrita, sustituir el puesto vacante con el suplente por el Partido Movimiento Libertario, señor Manuel Rolando Rivera Acevedo, quien debe ser juramentado como concejal propietario del Concejo Municipal de Aguacaliente o San Francisco.

Ahora bien, en lo que respecta a la vacante que se produce entre los concejales suplentes por la designación de Manuel Rolando Rivera Acevedo como concejal propietario, al probarse en autos que la candidata a concejal suplente que sigue en la lista propuesta por Partido Movimiento Libertario, que no fue electa ni ha sido designada por el Tribunal para desempeñar el cargo, es la señora María Lía Calderón Salazar, se le designa para completar de esta manera el número de concejales suplentes del Concejo de Distrito de Aguacaliente o San Francisco, quien deberá ser juramentada como Concejal Suplente por el citado Concejo. Por tanto,

Se cancela la credencial de concejal propietario del Concejo de Distrito de Aguacaliente o San Francisco, cantón Cartago, provincia Cartago, que ostenta el señor John Alexánder Ondoy Jiménez, por el Partido Movimiento Libertario. En su lugar se designa al señor Manuel Rolando Rivera Acevedo como concejal propietario. Para suplir la vacante en los concejales suplentes provocada por la designación del señor Rivera Acevedo, se designa a la señora María Lía Calderón Salazar, quien entrará a ocupar el último lugar entre los concejales suplentes del Partido Movimiento Libertario en el citado Concejo de Distrito. Estas designaciones rigen a partir de la juramentación y hasta el seis de febrero del dos mil once, fecha en que finaliza el presente período legal. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese a las partes.—Luis Antonio Sobrado González.—Mario Seing Jiménez    Zetty Bou Valverde.—Juan Antonio Casafont Odor.—Fernando del Castillo Riggioni.—1 vez.—Solicitud Nº 1871-10.—O. C. Nº 3984.—C-127520.—(IN2010060135).

Nº 4822-M-2010.—San José, a las quince horas del nueve de julio de dos mil diez.

Diligencias de cancelación de credencial de síndica propietaria por el Partido Liberación Nacional, del distrito Granja, cantón Palmares, provincia Alajuela, que ostenta la señora Ana Lilian Méndez Meléndez.

Resultando:

1º—La señora Eithel Hidalgo Méndez, Secretaria del Concejo Municipal de Palmares, provincia Alajuela, mediante oficio SCM-188-2010 del 22 de abril del 2010, presentado en la Secretaría de este Tribunal el día 29 del mismo mes y año, comunicó a este Tribunal el acuerdo ACM-07-207-10, adoptado por ese Concejo en la sesión ordinaria número 206, Cap.III, Art.3, celebrada el 12 de abril del 2010, en la que conoció la renuncia formulada por la señora Ana Lilian Méndez Meléndez, al cargo de síndica propietaria por el Partido Liberación Nacional, del distrito Granja, cantón Palmares, provincia Alajuela (folio 01 y 02).

2º—En auto de las 8 horas 15 minutos del 17 de mayo del 2010, el magistrado instructor de este expediente solicitó a la funcionaria municipal la remisión de la carta original o copia certificada de la renuncia presentada por la señora Méndez Meléndez y la dirección de su domicilio (folio 08).

3º—Mediante oficio SMC-275-2010 del 21 de mayo del 2010, presentado ante la Secretaría de este Tribunal el día 27 del mismo mes y año, la señora Eithel Hidalgo Méndez, Secretaria del concejo mencionado, remitió la carta original solicitada, en la que la señora Méndez Meléndez renuncia al cargo con el fin de asumir el puesto de regidora propietaria del Concejo Municipal de Palmares a partir del 1 de mayo del 2010 (folios 10 y 11).

4º—En la substanciación de este proceso se han observado las prescripciones legales.

Redacta el Magistrado Seing Jiménez, y,

Considerando:

I.—Hechos probados: De relevancia para la resolución del presente asunto se tienen los siguientes:

a.  Que la señora Ana Lilian Méndez Meléndez es síndica propietaria del distrito Granja, cantón Palmares, provincia Alajuela, nominada por el Partido Liberación Nacional (ver la nómina de candidatos y resolución de este Tribunal número 0160-E-2007 de las 7:35 horas del dieciséis de enero del 2007) (folios 03 al 07 vuelto).

b.  Que el Concejo Municipal del cantón de Palmares, mediante acuerdo ACM-07-207-10, adoptado en la sesión ordinaria número 206, Cap.III, Art.3, celebrada el 12 de abril del 2010, conoció la renuncia formulada por la señora Méndez Meléndez al cargo de síndica propietaria descrito y acordó aceptarla (folio 1)

c.  Que el síndico suplente por el Partido Liberación Nacional para el Concejo Municipal del distrito de Granja, cantón Palmares, provincia Alajuela, es la señora Ana Teresa Barquero Zúñiga (ver nómina de candidatos e integración del concejo visibles de folios 03 a 07 vuelto).

II.—Sobre el fondo: Como preámbulo y parte del estudio integral del presente asunto, resulta indispensable retomar lo dispuesto en el artículo 56 del Código Municipal (Ley N° 7794, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 94 del 18 de mayo de 1998) que en su texto dispone de manera literal:

Para ser miembro de un Concejo de Distrito se deben reunir los mismos requisitos señalados en el artículo 22 del código para ser regidor municipal, excepto el referente a la vecindad que, en este caso, deberá ser el distrito correspondiente. En cualquier momento, los miembros de los Concejos de Distrito podrán renunciar a sus cargos; en tal caso, corresponderá al Tribunal Supremo de Elecciones reponer a los propietarios cesantes en el cargo, con los suplentes del mismo partido político, siguiendo el orden de elección”.

Por su parte el Código Electoral (Ley Nº 8765, publicada en el Alcance Nº 37 a La Gaceta Nº 171 del 2 de setiembre del 2009) en su artículo 253, establece:

El TSE acordará la cancelación o anulación de las credenciales de los funcionarios municipales de elección popular en los supuestos contemplados expresamente en la ley. Estas disposiciones serán aplicables también a síndicos, intendentes, concejales de distrito y miembros de los concejos municipales de distrito (...)”.

Este Tribunal es del criterio que la renuncia formulada por un miembro del Concejo de Distrito, en los términos establecidos en el artículo 56 del Código Municipal, constituye causal para la cancelación de la credencial que en ese carácter ostenta. Por ello, al haberse acreditado que la señora Méndez Meléndez, en su condición de síndica propietaria del distrito Granja, cantón Palmares, provincia Alajuela, renunció a su cargo y que su renuncia fue conocida por el Concejo Municipal de Palmares, procede actuar conforme lo estipula el numeral 253 del Código Electoral arriba trascrito y cancelar su credencial.

Al cancelarse la credencial de la señora Méndez Meléndez se produce una vacante que es necesario llenar, por ende, al haberse probado en autos que la síndica suplente por el Partido Liberación Nacional es la señora Ana Teresa Barquero Zúñiga, se le designa para llenar esa vacante. La presente designación rige a partir de su juramentación y hasta el cuatro de febrero del dos mil once, fecha en que finaliza el presente período legal. Por tanto,

Se cancela la credencial de síndica propietaria del distrito Granja, cantón Palmares, provincia Alajuela que ostenta la señora Ana Lilian Méndez Meléndez. En su lugar se designa a la señora Ana Teresa Barquero Zúñiga. La anterior designación rige a partir de su juramentación y hasta el cuatro de febrero del dos mil once, fecha en que finaliza el presente período legal. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.—Luis Antonio Sobrado González.—Mario Seing Jiménez.—Zetty Bou Valverde.—Juan Antonio Casafont Odor.—Fernando del Castillo Riggioni.—1 vez.—Solicitud Nº 1871-10.—O. C. Nº 3984.—C-93520.—(IN2010060138).

Nº 4877-E8-2010.—Tribunal Supremo de Elecciones.—San José, a las doce horas, treinta minutos del trece de julio de dos mil diez. Expediente Nº 205-B-2010.

Consulta formulada por los señores Jorge Walter Bolaños Rojas, Maynor Sterling Araya y Ronaldo Alfaro García, Tesoreros de los Partidos Políticos Liberación Nacional, Acción Ciudadana y Movimiento Libertario, respectivamente, sobre el proceso de liquidación de gastos de capacitación y organización política.

Resultando:

1º—Mediante escrito presentado ante la Secretaría del Tribunal el 17 de mayo de 2009, los señores Jorge Walter Bolaños Rojas, Maynor Sterling Araya y Ronaldo Alfaro García, Tesoreros de los Partidos Políticos Liberación Nacional, Acción Ciudadana y Movimiento Libertario, respectivamente, solicitan a este Tribunal “como una instancia que consideramos urgente y absolutamente necesaria para la salvaguarda de la estabilidad financiera del proceso democrático costarricense, que se desarrolla y consolida a través de la capacidad de gestión de los partidos políticos” una reconsideración o replanteamiento del criterio externado por el Lic. Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y Financiamiento de los Partidos Políticos en el oficio DGRE-374-2010, fechado 28 de abril del año en curso, por cuanto si bien éste se da en respuesta a una consulta formulada por el Partido Acción Ciudadana (PAC), consideran que contiene preocupantes elementos que incidirían o afectarían transversalmente la situación financiera de todos los partidos participantes en el proceso electoral con derecho a deuda política (según resolución 2124-E10-2010 de las 11:00 horas del 26 de marzo del año en curso). En ese sentido argumentan: a) que la consecuencia práctica del criterio en cuestión será que del monto total que corresponde a cada organización política con derecho a percibir financiamiento estatal de acuerdo a los resultados de las elecciones nacionales del 07 de febrero pasado, se deducirá o no se hará pago de aquel porcentaje que los partidos políticos establecieron estatutariamente para los rubros de capacitación y organización, siendo que éste quedaría sujeto a posteriores liquidaciones trimestrales de los gastos que por ese concepto cada partido vaya haciendo en el transcurso de los siguientes cuatro años; b) que en apoyo de tal tesis, el oficio que se solicita reconsiderar trascribe algunos pasajes de la resolución Nº 2887-E8-2008 dictada por este Tribunal a las 14:30 horas del 26 de agosto de 2008, sin embargo, de su lectura “no se divisa que en esa resolución haya existido una clara y concreta indicación o advertencia a todos los partidos políticos que participasen en los comicios del 2010 en el sentido antes apuntado, o sea, no se nos intimó o advirtió de que se nos “deduciría” de la deuda política total el porcentaje establecido en los respectivos estatutos para los rubros de capacitación y organización. Tampoco consta en el oficio de marras que se haya notificado de ello formalmente a todas las agrupaciones políticas inscritas para el proceso electoral recién terminado, aún a aquellas que ahora no tienen derecho a la deuda política de acuerdo a los resultados obtenidos aunque sí participaron del proceso electoral.”; c) que si bien, la resolución antes referida, es prolija en cuanto al desarrollo del mandato constitucional que emana del inciso 1 del artículo 96 de la Constitución Política, ésta no llevó el análisis jurídico al punto de “concluir y advertir de manera directa y concisa a todas las organizaciones políticas que tal previsión deberíamos hacerla oportunamente y con miras al proceso electoral que concluiría en febrero de 2010 (eficacia ex nunc).”; d) que la aplicación de ese criterio para el pago de la deuda política correspondiente a las elecciones generales del pasado 7 de febrero comporta, desde el punto de vista jurídico, “una ilegitima aplicación retroactiva (eficacia ex tunc) de algo que no se advirtió con la debida y suficiente antelación, y desde la perspectiva pragmática se traduciría en un “cierre técnico-financiero” de los partidos políticos con derecho a la deuda política, toda vez que la deducción indicada tendría como consecuencia la imposibilidad absoluta de pago de obligaciones dinerarias o compromisos (bonos) que ya se adquirieron, emitieron o contrajeron, pues ante tal novedoso y sorprendente criterio no se podrían redimir ciertas emisiones de bonos cuya clase era previsiblemente redimible de acuerdo a las proyecciones de las encuestas del momento.”; e) que dicho criterio coloca a los partidos políticos en una verdadera “encrucijada” financiera, porque tendrían que decirle a muchas personas o entidades, que no recuperarán su inversión, lo cual agrava la no credibilidad hacia las organizaciones políticas, y se generaría una fortísima desconfianza hacia el sistema de financiamiento de los partidos políticos y peor aún, a las vísperas de las elecciones municipales de diciembre de este año. Adicionalmente, los gestionantes hacen una serie de consideraciones que, a su juicio, resultan determinantes para que se efectúe una reconsideración del tema señalando, en síntesis, que no existe disposición legal expresa que autorice al Tribunal a deducir y administrar los porcentajes que los partidos estatutariamente habían asignado para la campaña 2006-2010 y entregarlos en tractos trimestrales durante los próximos cuatro años; que los partidos son los más interesados en capacitar a las bases y renovar sus estructuras; que existe previsión legal para el financiamiento con recursos no públicos; que el artículo 96 inciso primero de la Constitución Política no habla de “reserva” o “deducción” por lo que el Tribunal extralimita su potestad interpretativa al establecerlos; que la reducción del porcentaje de aporte estatal al 0.11% y la limitación introducidas a las donaciones privadas afectaron seriamente a los partidos, situación que se agrava con esta nueva reducción; que se da una prioridad indebida a los gastos de capacitación y organización sobre los gastos electorales propiamente dichos; que las entidades financieras exigirán mayores garantías para respaldar las emisiones al ser menor la proporción utilizable para gastos proselitistas. Con fundamento en lo expuesto, solicitan a) se revoque el citado oficio DGRE-374-de la Dirección del Registro Electoral y Financiamiento de los Partidos Políticos, dejando abierta la posibilidad de que el financiamiento de los rubros de capacitación y organización del porcentaje fijado por cada partido en su respectivo estatuto pueda ser sufragado con recursos o aportes privados (como lo prevé la ley) y solamente en su defecto o insuficiencia se proceda con la deducción en los términos indicados en dicho oficio; b) subsidiariamente, se disponga de una transitoriedad en la aplicación del oficio DGRE-374-2010, en el sentido que el mismo únicamente tendrá eficacia respecto de los comicios electorales posteriores a las elecciones del 7 de febrero de 2010, sin perjuicio de que no se descuente aquel porcentaje estatutario de rubros de capacitación y organización que cada partido político demuestre – de manera apropiada- poder sustentar o cubrir con donaciones o aportes privados legalmente recibidos y c) se confiera una audiencia abierta y se convoque oportunamente “a los suscritos como a los demás representantes legales o responsables de tesorería de todos los partidos políticos con derecho a percibir deuda política en las elecciones generales de 07 de febrero de 2010, según resolución Nº 2124-E10-2010 de las 11:00 horas del 26 de marzo de este año en curso, a fin de poder ampliar o explicar de mejor manera los aspectos relacionados a este tema, pero sobre todo para que en ese espacio puedan participar en esta discusión y análisis todo los partidos políticos con interés legítimo a respecto y que los suscritos no representamos.” (folios 1-5).

2º—En el procedimiento se han observado las prescripciones de ley.

Redacta la Magistrada Bou Valverde; y,

Considerando:

I.—De la gestión entendida como consulta: La gestión recursiva de los interesados resulta improcedente a la luz de lo establecido en el numeral 240 del Código Electoral en relación con el 28 de la misma ley por no estar dirigida contra una decisión emitida por la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de los Partidos Políticos (DGRE) respecto de un caso concreto, sino que se pretende una revisión de un criterio vertido por su Director con ocasión de una consulta sobre el proceso de liquidación de gastos de capacitación y organización política. No obstante, es lo cierto que, más allá de la pretendida revocatoria del criterio referido, lo que se procura con la gestión es que esta Magistratura, en uso de las potestades otorgadas por la Constitución y la ley, se pronuncie como intérprete supremo de la materia electoral acerca del tema en cuestión. Esa razón resulta suficiente para entender la gestión recursiva como una consulta.

II.—Sobre la admisibilidad de la consulta formulada: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 102 inciso 3) de la Constitución Política le corresponde al Tribunal Supremo de Elecciones la potestad de interpretar en forma exclusiva y obligatoria las disposiciones constitucionales y legales referidas a la materia electoral.

Según lo establece el artículo 12 inciso c) del Código Electoral, estos pronunciamientos pueden ser emitidos por este Tribunal de oficio o a instancia del Comité Ejecutivo Superior de cualquiera de los partidos políticos inscritos. Según el inciso d) del mismo numeral el Órgano Electoral también podrá emitir opinión consultiva a solicitud del Comité Ejecutivo Superior de cualquiera de los partidos políticos inscritos, de los jerarcas de los entes públicos que tengan un interés legítimo en la materia electoral o de cualquier particular. No obstante, en este último caso, la ley le concede al Tribunal la potestad de emitir su opinión si lo considera necesario para la correcta orientación del proceso electoral y actividades afines. Conforme a la normativa expuesta y atendiendo a la facultad que le asiste, este Tribunal evacua la consulta formulada por los señores Bolaños Rojas, Sterling Araya y Alfaro García.

III.—Sobre el fondo: a) El artículo 96 de la Constitución Política literalmente establece:

“El Estado no podrá deducir nada de las remuneraciones de los servidores políticos para el pago de deudas políticas.

El Estado contribuirá a sufragar los gastos de los partidos políticos, de acuerdo con las siguientes disposiciones:

1.  La contribución será del cero coma diecinueve por ciento (0,19%) del producto interno bruto del año trasanterior a la celebración de la elección para Presidente, Vicepresidentes de la República y Diputados a la Asamblea Legislativa. La ley determinará en qué casos podrá acordarse una reducción de dicho porcentaje.

Este porcentaje se destinará a cubrir los gastos que genere la participación de los partidos políticos en esos procesos electorales, y satisfacer las necesidades de capacitación y organización política. Cada partido político fijará los porcentajes correspondientes a estos rubros.

2.  Tendrán derecho a la contribución estatal, los partidos políticos que participaren en los procesos electorales señalados en este artículo y alcanzaren al menos un cuatro por ciento (4%) de los sufragios válidamente emitidos a escala nacional o los inscritos a escala provincial, que obtuvieren como mínimo ese porcentaje en la provincia o eligieren, por lo menos, un Diputado.

3.  Previo otorgamiento de las cauciones correspondientes, los partidos políticos tendrán derecho a que se les adelante parte de la contribución estatal, según lo determine la ley.

4.  Para recibir el aporte del Estado, los partidos deberán comprobar sus gastos ante el Tribunal Supremo de Elecciones.

Las contribuciones privadas a los partidos políticos estarán sometidas al principio de publicidad y se regularán por ley.

La ley que establezca los procedimientos, medios de control y las demás regulaciones para la aplicación de este artículo, requerirá, para su aprobación y reforma, el voto de dos tercios del total de los miembros de la Asamblea Legislativa.” (subrayado no es del texto original).

Tal y como lo ha señalado este Tribunal, dicha norma no sólo contempla un sistema de financiamiento mixto de los partidos políticos, compuesto por la contribución estatal y recursos privados, sino que también traza las reglas generales del financiamiento público sobre el monto de la contribución, el sistema de cálculo, la fórmula de distribución, el derecho al financiamiento anticipado y la obligación de comprobación de gastos para recibir el aporte estatal. También señala, claramente, que parte de importe que reciban los partidos por concepto de contribución estatal, debe destinase a satisfacer necesidades de capacitación y organización. La norma no habla de podrá destinarse, sino de “se destinará”, con lo cual no cabe duda de que no resulta potestativo para los partidos receptores de dicha contribución destinar parte de la misma a esos rubros, sino que deben hacerlo.

b) Conviene mencionar que antes de la reforma introducida a dicho numeral -Ley Nº 7675 del 2 de julio de 1997- la contribución estatal se limitaba a la financiación de los gastos en los que incurrieran los partidos políticos como consecuencia de su participación en procesos de elección nacional de los miembros de los Poderes Legislativo y Ejecutivo, pero, a partir de misma se estableció en el inciso 1) el párrafo segundo una previsión para que, de los recursos públicos, cada partido destinara un porcentaje a satisfacer las necesidades de capacitación y organización política. En concordancia con el cambio introducido por el constituyente derivado el Tribunal, en resolución Nº 1257-P-2000 de las 13:50 horas del 16 de junio del 2000, puntualizó:

“Como lo hemos dejado ya asentado, de conformidad con el texto vigente del inciso 1) del artículo 96 constitucional, la contribución estatal a los partidos políticos no puede destinarse exclusivamente a costear las campañas electorales, sino que debe emplearse concomitantemente para financiar los gastos de organización partidaria y capacitación de los militantes, que no son de naturaleza transitoria, según los porcentajes que racionalmente fijen los partidos para cada uno de esos rubros, en ejercicio de su poder de autorregulación. Corresponde al Tribunal velar por el cumplimiento de tal mandato, no sólo por su condición general de organizador, director y vigilante de los actos relativos al sufragio (art. 99 constitucional), sino también porque el pago de la contribución estatal está supeditada a que se comprueben ante él los gastos justificables (inciso 4° del mismo numeral 96 de la Constitución y artículo 177 del Código Electoral); y tal justificabilidad depende, entre otros factores, de que una parte de tales recursos públicos sea efectivamente destinada a sufragar los costos de organización y capacitación, en la proporción que los propios partidos hayan decidido anticipadamente.” (subrayado no es del texto original).

c) Una de las razones principales que tuvo el constituyente derivado para la reforma constitucional de cita se analiza en la resolución Nº 3146-E-2000 dictada por este Tribunal a las 8:05 horas del 8 de diciembre del 2000:

“Una de las motivaciones centrales que tuvo la Asamblea Legislativa para disponer la última reforma que sufriera el artículo 96 constitucional, fue permitir que la contribución estatal a los partidos políticos no sólo se destinara a sufragar los gastos coyunturales que deriven de los procesos electorales, sino también los de naturaleza permanente que demande la organización partidaria y la capacitación de sus miembros, en orden a promover a los partidos como entes permanentes que vivifiquen la democracia costarricense y que sirvan como instrumentos básicos para la participación política y no simples maquinarias electorales (así lo hacían ver diputados de todas las corrientes políticas durante el trámite legislativo correspondiente, como puede apreciarse en los folios 330, 437, 480, 540 y 612 del respectivo expediente).” (subrayado no es del original).

d) En la resolución 1257-P-2000 este Tribunal previno a las agrupaciones partidarias para que, dentro de un plazo determinado, cumplieran con el citado deber constitucional y fijaran en sus propios estatutos (reserva estatutaria) el porcentaje destinado a sufragar los gastos permanentes. No obstante, frente a la omisión de cumplimiento de aquella obligación, en resolución 1236-3-E-2001 de las 14:40 horas del 7 de junio del 2001 se aclaró y se advirtió a los partidos políticos que la inobservancia del citado deber conllevaría el no reconocimiento de suma alguna por concepto de contribución estatal.

e) Teniendo en cuenta los dos rubros a sufragar con la contribución estatal esta Magistratura, al determinar el monto máximo de la contribución del Estado a los partidos políticos con derecho a ella en las pasadas elecciones nacionales, en el considerando IX de la resolución N. 2124-E10-2010 de las 11:00 del 26 de marzo del 2010, señaló lo siguiente:

“IX.—La anterior distribución se encuentra sujeta a la respectiva justificación y liquidación de gastos de cada uno de los partidos políticos, conforme a la normativa constitucional, legal y reglamentaria que resulte aplicable. Al dictarse las resoluciones previstas en el numeral 107 del Código Electoral, fijando el monto que en definitiva corresponda girar a cada partido o a sus respectivos cesionarios, el Tribunal deberá:

a)  Velar porque (sic) “no se exceda la reserva prevista para financiar los gastos del proceso electoral del partido político” (art. 71 del Reglamento sobre el Financiamiento de los Partidos Políticos), de modo que se preserve el porcentaje establecido estatutariamente y destinado a las futuras actividades permanentes de capacitación y organización política, a liquidar trimestralmente (art. 92 inciso b, 95 y 107 del Código Electoral).” (subrayado no es del original).

Como se aprecia, los partidos políticos, en uso de las potestades inherentes a su autorregulación, pueden definir los porcentajes que, de la contribución estatal a la que en principio tengan acceso, destinarán a gastos de campaña por una parte y a gastos permanentes de capacitación y organización, por otra, constituyéndose así, cada uno de ellos, en una “reserva”. La consecuencia práctica de tal previsión es que no se puede recurrir a la previsión destinada a gastos permanentes de organización y capacitación, para cubrir gastos propios de la campaña. El corolario: que la reserva para gastos de organización y capacitación, cuya magnitud porcentual fue definida libremente por el propio partido, no constituye una “deducción” de la contribución estatal respecto del porcentaje definido por éste, también libremente, para hacer frente a gastos propios de la campaña. Se garantiza así, el cumplimiento de la disposición constitucional que impide destinar todo el contenido económico de la contribución estatal para satisfacer únicamente los gastos de campaña electoral.

Con anterioridad a la promulgación del nuevo Código Electoral, los gastos de campaña ya eran liquidados con cargo a la partida correspondiente a dicho rubro y los de capacitación y organización permanente, contra la partida pertinente. En caso de existir remanentes de cada una de las previsiones o reservas, como consecuencia de la liquidación final aprobada, estos regresaban al erario, por lo que cada partido conocía muy bien, desde ese entonces, que no podía gastar ni comprometer para campaña más allá del porcentaje que, de acuerdo a sus estatutos, había asignado a los gastos no permanentes, ya que no podría tomar del porcentaje fijado para estos rubros, para sus gastos coyunturales y compromisos de campaña.

De esta manera se ha procedido conforme al interés que privó en el constituyente derivado de promover la permanencia de las agrupaciones políticas como actores esenciales de la democracia costarricense, al dotarles de recursos para hacer frente no sólo a los gastos transitorios de la campaña electoral sino también para costear aquellos que, producto de la actividad permanente, se originen fuera del periodo electoral.

f) El panorama anterior clarifica que el tema de la necesaria existencia de un porcentaje de la contribución estatal destinado específicamente a sufragar los gastos permanentes de los partidos no es algo novedoso, sino que nació como parte de la reforma constitucional del año 97, ha sido desarrollado por la jurisprudencia de este Tribunal y complementado con regulaciones concretas del Código Electoral que entró en vigencia el 2 de setiembre de 2009, razón por la que, los alegatos de una afectación por “desconocimiento” de tal previsión y de una “aplicación retroactiva de la Ley” carecen de fundamento, al igual que la consideración de que “los rubros de capacitación y organización remiten a gastos a realizar para el proceso electoral venidero, y no al ya acaecido”.

Conviene citar que este Tribunal ha señalado que los gastos de capacitación y organización de los partidos políticos que reúnan los requisitos mínimos “son susceptibles de liquidación, sin que deba tomarse en cuenta, para esos efectos la época en que hayan sido hechos, en razón de la naturaleza propia del gasto y en atención al espíritu del artículo 96 constitucional.” (ver resolución 2887-E8-2008 de las 14:30 horas del 26 de agosto del 2008). En virtud de ello, con anterioridad a la promulgación del nuevo Código Electoral, los partidos podían liquidar la totalidad de los gastos de capacitación y organización permanente contra la contribución estatal, independientemente de la época en la que se generasen, pero eso sí, dentro de las reservas correspondientes para cubrir cada uno de ellos. Con la aprobación de nuevas disposiciones normativas, cabe analizar si esta jurisprudencia mantiene su pertinencia o si la situación descrita se ve modificada. A efecto, debemos considerar lo dispuesto por los artículos 92, 93, 94 y 95 del Código Electoral que, en lo que interesa, disponen:

“Artículo 92.—Clasificación de gastos justificables

Los gastos que pueden justificar los partidos políticos para obtener la contribución estatal serán los siguientes:

a)  Los generados por su participación en el proceso electoral a partir de la convocatoria y hasta cuarenta y cinco días naturales después de celebrada la elección.

Este período se ampliará en caso de efectuarse una segunda ronda electoral para los partidos que en ella participen, hasta cuarenta y cinco días naturales después de realizada.

b)  Los destinados a las actividades permanentes de capacitación y organización política.”

“Artículo 93.—Gastos de capacitación y organización política

Los gastos de capacitación y organización política, justificables dentro de la contribución estatal, serán los siguientes:

a)  Organización política: comprende todo gasto administrativo para fomentar, fortalecer y preparar a los partidos políticos para su participación de modo permanente en los procesos políticos y electorales.

b)  Capacitación: incluye todas las actividades que les permiten a los partidos políticos realizar la formación política, técnica o ideológico-programática de las personas, así como la logística y los insumos necesarios para llevarlas a cabo.

c)  Divulgación: comprende las actividades por medio de las cuales los partidos políticos comunican su ideología, propuestas, participación democrática, cultura política, procesos internos de participación y acontecer nacional. Incluye los gastos que se generen en diseñar, producir y difundir todo tipo de material que sirva como herramienta de comunicación.

d)  Censo, empadronamiento, investigación y estudios de opinión: se refieren a las actividades dirigidas a recolectar, compilar, evaluar y analizar la información de interés para el partido; confeccionar padrones partidarios; realizar investigaciones socioeconómicas y políticas sobre situaciones de relevancia nacional o internacional, así como realizar sondeos de opinión.

Lo anterior sin perjuicio de que vía reglamento se regulen nuevas situaciones que se enmarquen dentro del concepto comprendido por gastos justificables en la presente Ley.”

“Artículo 94.—Gastos justificables en proceso electoral

Los gastos ocasionados en el proceso electoral que pueden justificar los partidos políticos para obtener la contribución estatal, además de los señalados en el artículo anterior, serán los destinados a las actividades siguientes:

a)  La propaganda, entendida como la acción de los partidos políticos para preparar y difundir sus ideas, opiniones, programas de gobierno y biografías de sus candidatos a puestos de elección popular, por los medios que estimen convenientes.

b)  La producción y la distribución de cualquier signo externo que el partido utilice en sus actividades.

c)  Las manifestaciones, los desfiles u otras actividades en vías públicas, plazas, parques u otros sitios públicos.

d)  Las actividades de carácter público en sitios privados.

e)  Todo gasto operativo, técnico, funcional y administrativo, dirigido a la preparación y ejecución de las actividades necesarias para la participación en el proceso electoral.” (subrayado no es del texto).

“Artículo 95.—Liquidación de gastos

Los gastos que realicen los partidos políticos se liquidarán en la forma establecida en este Código. Para estos efectos, se realizará una liquidación única para los gastos comprendidos en el inciso a) del artículo 92, “Clasificación de gastos justificables”, y liquidaciones trimestrales para los gastos comprendidos en el inciso b) de ese artículo.” (subrayado no es del texto).

De lo regulado podemos extraer dos reglas importantes para lo que aquí interesa: 1) los gastos del periodo electoral o de campaña incluyen los gastos de capacitación y organización política que se produzcan desde la convocatoria hasta cuarenta y cinco días naturales después de concluida la elección, y 2) estos gastos deben ser liquidados conjuntamente con aquéllos. En consecuencia todos los demás gastos de capacitación y organización permanente deben ser liquidados contra la reserva correspondiente, de manera trimestral, hasta donde ésta alcance.

No obstante, frente a la aprobación del nuevo Código, el legislador introduce una disposición para dimensionar en el tiempo la normativa aprobada, específicamente en cuanto a la liquidación y reconocimiento de los gastos de capacitación y organización. Así, el Código Electoral, incluye un transitorio que, para los efectos de la consulta formulada, contiene una previsión importante, que no podemos dejar de analizar, dado que permite realizar los ajustes necesarios, durante el periodo de transición, para lograr la aplicación racional del nuevo código, en el punto concreto que nos ocupa, a los procesos en curso. Textualmente reza dicho transitorio:

“Transitorio IV.—La liquidación establecida en este Código, que deberán presentar los partidos con derecho a la contribución estatal, de conformidad con el artículo 96 de la Constitución Política, correspondiente a la campaña política 2006-2010, incluirá un apartado con la liquidación de los gastos de capacitación y organización política que hayan efectuado con posterioridad al día inmediato siguiente a aquel en que entregaron al TSE la liquidación final de la campaña anterior y hasta la fecha de convocatoria a las elecciones para presidente y vicepresidentes que se celebrarán en el año 2010.” (subrayado no es del original).

Con este transitorio, se conecta directamente el rubro de los gastos permanentes de capacitación y organización política, generados fuera del periodo de campaña electoral, pero dentro del plazo establecido, con la contribución estatal de la campaña 2006-2010 y se aclara que los mismos se deben liquidar con cargo a lo que a los partidos les corresponda recibir por ese concepto. Con este texto el legislador estableció que, para el periodo de transición, por excepción, los gastos permanentes de capacitación y organización política generados antes de la convocatoria a elecciones generales (7 de octubre de 2009), serían liquidados contra la contribución estatal, correspondiente a esta campaña.

El tema que debemos dilucidar de seguido es cómo integrar esta disposición con la regla general, que aplica a partir de las elecciones generales de 2010, con respecto a los gastos de capacitación y organización permanente y particularmente en cuanto a la reserva prevista en el Código para sufragarlos y la obligación de presentar liquidaciones trimestrales de los mismos.

En la nueva legislación se mantienen las dos reservas referidas a la hora de distribuir la contribución estatal, una para cubrir gastos de campaña (que se libera una vez que son aprobadas las liquidaciones partidarias y cuyo remanente –en principio- no debe volver en su totalidad al erario, según se verá) y la otra para cubrir los gastos de capacitación y organización permanente, cuya distribución porcentual fue definida por cada partido en sus estatutos (que se va liberando poco a poco según se vayan aprobando las liquidaciones trimestrales). La pregunta obligada es si el legislador, al introducir el transitorio IV, lo hizo con la finalidad de que los gastos que contempla fueran liquidados con cargo a la contribución pero sin perjuicio de la reserva para dar contenido a gastos futuros de la misma naturaleza, esto es, sin vaciar de contenido tal reserva. El tema fue discutido en el seno de la Comisión de Reformas Electorales en la sesión 81 del día 11 de mayo de 2009 mediante la moción N.º 230, vía artículo 137, se propone la inclusión de varios transitorios, incluido el que nos ocupa, que mantiene la redacción original propuesta. La única justificación del transitorio de cita es la que da la presidenta de la comisión indicando que “lo que busca es –porque estamos cambiando el sistema económico– que podamos adecuar lo que se está terminando a lo que está entrando, entonces precisamente hay interés de que esta contribución pueda estar para mantener los partidos durante el periodo que viene siguiente, o sea, regularlo para adelante.”

En principio, los gastos de capacitación y organización permanente se deben liquidar, trimestralmente, con cargo a la reserva prevista en la nueva legislación de conformidad con el porcentaje definido estatutariamente por los partidos para tal efecto, salvo los que se generen durante el periodo electoral, que se liquidan contra la reserva establecida para gastos electorales. Sin embargo, al introducir el legislador una disposición transitoria en el Código Electoral que permite liquidar los gastos de capacitación y organización política producidos durante el periodo comprendido entre la liquidación final de la campaña anterior y la convocatoria a la nueva, que claramente son los permanentes y no los coyunturales de campaña, establece una excepción a la regla.

Tomando en consideración lo anterior, debemos concluir que los gastos a los que se refiere el transitorio IV se deben liquidar en la forma como se venían liquidando ese tipo de gastos conforme a la legislación anterior. Esto es, contra el porcentaje previsto estatutariamente para ese tipo de gastos, sin afectar el porcentaje reservado para cubrir los gastos de campaña. La diferencia, de acuerdo a la nueva legislación aprobada, es que cuando exista remanente de la reserva fijada para gastos permanentes de capacitación y organización política, éste no se devuelve al erario, sino que se mantiene en el Tribunal para cubrir gastos de esa naturaleza que se generen luego de los 45 días de que habla el artículo 92 inciso a) el Código Electoral.

Consecuencia de la previsión transitoria de marras es que los gastos permanentes de capacitación y organización política generados entre la presentación de la última liquidación de la campaña 2002-2006 y el 7 de octubre de 2009 deberán liquidarse y –en caso de ser aprobados reconocerse- con cargo al porcentaje previsto por el partido para ello (el porcentaje fijado en los estatutos para gastos de capacitación y organización) y no rebajarse del porcentaje fijado por el partido para sus gastos de campaña. Asimismo, que el remanente de dicha partida, de existir luego de la aprobación de la liquidación correspondiente, se asigna a la reserva que establece el nuevo Código para gastos permanentes futuros.

g) De esta manera, la solicitud planteada por los gestionantes para que no se descuente de la contribución estatal aquel porcentaje estatutario preservado para cubrir los gastos electorales permanentes parte de la errónea concepción de que en la legislación anterior no existían las reservas de las que hemos hablado, y que la totalidad de la contribución estatal se podía destinar a cubrir gastos de campaña. Con la legislación anterior y con la actual es menester respetar las reservas estatutarias. Con la legislación anterior, los remanentes de ambas reservas –por estar los gastos sujetos a liquidación, comprobación y aprobación- se devolvían al erario, mientras que con la nueva, según se verá, esto no es así.

Como se ha sostenido en la jurisprudencia electoral, los partidos políticos deben responder con su patrimonio ante sus acreedores, y en esa medida tener en cuenta que dentro del mismo, por disposición normativa, existen rubros de la contribución estatal con finalidades específicas, como los destinados a cubrir los gastos ordinarios y permanentes de organización y capacitación, los cuales no pueden emplearse para cubrir deudas de la campaña electoral, situación que es conocimiento de las distintas agrupaciones partidarias.

El criterio externado por el Director Héctor Fernández Masís en el oficio DGRE-374-2010 de fecha 28 de abril de 2010, es concordante con la normativa constitucional y legal así como con la jurisprudencia electoral que sobre el tema se ha venido desarrollando. No obstante, considerando la potestad atribuida a esta Magistratura para interpretar de manera oficiosa las disposiciones en materia electoral cuando estas no sean claras o suficientes, cuando su entendimiento literal conduzca a la desaplicación o distorsión de sus principios rectores o a una contradicción con mandatos constitucionales o bien, cuando las previsiones requieren de una posterior complementación práctica para que surtan efectos, se estima necesario a la luz de lo establecido en los artículos 52 inciso p), 89, 92, 93, 95, 107 y el transitorio IV del Código Electoral aclarar que los gastos justificables que hayan presentado las agrupaciones partidarias para su cancelación por concepto de gastos permanentes de capacitación y organización política, independientemente de que estos se hayan producido durante el período no electoral correspondiente a la campaña política 2006-2010 o dentro del definido como electoral que va desde la fecha de la convocatoria y hasta 45 días después de celebradas las elecciones nacionales, serán redimidos con los recursos económicos que resulten de la aplicación del porcentaje definido en la reserva estatutaria para hacer frente a este tipo de gastos, calculado este sobre el monto máximo de la contribución del Estado, este último determinado para las pasadas elecciones nacionales en la ya citada resolución 2124-E10-2010. De esta manera, para el periodo de transición la totalidad de los gastos de capacitación y organización correspondientes al periodo contemplado en el transitorio, como aquellos de esa naturaleza que se generaron en la etapa de campaña, se aplicarán al respectivo porcentaje que para tales rubros se fijó estatutariamente. En el futuro, los gastos de capacitación y organización permanente se liquidarán trimestralmente y contra la reserva correspondiente a gastos futuros por dichos rubros, definida porcentualmente por cada partido, salvo los que se generen durante la época de campaña electoral, que se deberán liquidar contra el porcentaje previsto para gastos electorales propiamente dichos.

Asimismo, se interpretan los párrafos penúltimo y antepenúltimo del artículo 107 del Código Electoral, aclarando que del remanente no reconocido que se produzca por la no comprobación de gastos electorales de campaña, se destinará, para efectos de financiar los gastos de capacitación y organización permanentes de los partidos, hasta en un monto igual a la cantidad que resultó de la aplicación del porcentaje definido previamente por el partido sobre el monto máximo de la contribución estatal. Este monto engrosará la suma remanente de lo que no se haya aprobado al partido luego de liquidar los gastos correspondientes a gastos de capacitación y organización permanente, correspondiente al periodo 2006-2010. Por tanto:

Se aclara que para el periodo de transición, y por esta única oportunidad, los gastos justificables que hayan presentado las agrupaciones partidarias para su cancelación por concepto de gastos permanentes de capacitación y organización política, independientemente de que estos se hayan producido durante el período no electoral o durante el electoral, serán redimidos con los recursos económicos que resulten de la aplicación del porcentaje definido en la reserva estatutaria prevista para este tipo de gastos, calculando el porcentaje sobre el monto máximo de la contribución del Estado, asignada a cada partido en la resolución 2124-E10-2010.

Se interpretan los párrafos penúltimo y antepenúltimo del artículo 107 del Código Electoral, aclarando que del remanente no reconocido que se produzca por la no comprobación de gastos electorales de campaña se destinará, para efectos de financiar los gastos ordinarios permanentes de los partidos políticos, hasta una suma igual a la que resultó de la aplicación del porcentaje definido previamente por el partido para gastos de capacitación y organización permanente sobre el monto máximo de la contribución estatal. Este monto engrosará la suma remanente de lo que no se haya aprobado al partido luego de liquidar los gastos correspondientes a gastos de capacitación y organización permanente, correspondiente al periodo 2006-2010. Notifíquese.—Luis Antonio Sobrado González.—Mario Seing Jiménez.—Zetty Bou Valverde.—Juan Antonio Casafont Odor.—Fernando del Castillo Riggioni.—1 vez.—Exonerado.—(IN2010059667).

EDICTOS

Registro Civil -Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

Expediente Nº 22963-08.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas treinta y cinco minutos del diez de junio del dos mil nueve. Diligencias de ocurso presentadas por Óscar Alberto Morales Linares, mayor, casado, misceláneo, cédula de identidad número ocho-cero setenta y cuatro-novecientos cincuenta, vecino de Higuito, Desamparados, San José; tendente a la rectificación de su asiento de naturalización que lleva el número novecientos cincuenta, folio cuatrocientos setenta y cinco, tomo cero setenta y cuatro, de la Sección de Naturalizaciones, en el sentido que el primer nombre y los apellidos de la persona ahí inscrita son “Ozcar” y “Muñoz Morales, hijo de Gustavo Inocente Muñoz Várela y Ana Morales, no indica segundo apellido” y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Juan Rafael Madrigal Hernández Jefe a. í.—RP2010185179.—(IN2010059232).

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

AVISOS

La Contraloría General de la República informa: se encuentra firme la resolución Nº PA-52-2010 de las ocho horas con treinta minutos del diecisiete de junio de dos mil diez, dictada dentro del procedimiento administrativo Nº DJ-20-20010 seguido contra Óscar Monge Maykall, cédula de identidad número 9-011-306. Dicha resolución en su “Por Tanto” a la letra índica lo siguiente:

“Por tanto, con fundamento en los hechos probados y las razones de derecho antes expuestas, se resuelve: 1. Declarar al señor Óscar Monge Maykall responsable administrativamente de los hechos atribuidos en este procedimiento administrativo, razón por la cual se recomienda sancionarlo con la cancelación de credenciales en el cargo de que desempeñan como Alcalde de la Municipalidad de Aguirre, de conformidad con lo que disponen los artículos 18 inciso d) del Código Municipal en relación con el artículo 73 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, 39 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, y 113 de la Ley de Administración Financiera y Presupuestos Públicos. 2) Imponer la prohibición para el ingreso o reingreso en cargos de la Hacienda Pública, conforme lo establece el artículo 72 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República por el plazo de cuatro años. Contra la presente resolución son oponibles los recursos ordinarios de revocatoria y apelación, los cuales deberán presentarse ante esta División Jurídica dentro de tercero día, contado a partir del día siguiente a su notificación, y serán conocidos por su orden, por este órgano decisor y por la Contralora General de la República. Notifíquese”.

En virtud de lo anterior, la sanción de prohibición de ingreso o reingreso a un cargo de la Hacienda Pública de conformidad con el artículo 72 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República aplicada al señor Óscar Monge Maykall, rige desde el 16 de julio del 2010 al 16 de julio de 2014. En razón de esto, sírvanse tomar nota las Administraciones interesadas, a efectos de que el señor Monge Maykall no sea nombrado en cargos de la Hacienda Pública por el período indicado, de conformidad con el artículo 72 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, así como el artículo Nº 62 del Reglamento de Procedimientos Administrativos de la Contraloría General de la República, publicado en La Gaceta Nº 76 del 20 de abril de 2007.

Publíquese.—Lic. Sergio Mena García, Gerente Asociado.—1 vez.—(IN2010060917).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000047-PCAD

Contratación de servicios de digitalización de datos primarios

y secundarios de formularios del Ministerio de Hacienda

El Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, los invita a participar en la Licitación Abreviada Nº 2010LA-00047-PCAD. La apertura de ofertas se realizará en sus oficinas ubicadas en el sexto piso de la sede central, avenidas 2 y 4, calle 1, a las 10:00 horas del 17 de agosto del 2010.

Las especificaciones, condiciones generales y especiales podrán retirarse en nuestras oficinas, previa cancelación del cartel en las cajas Nº 12 y 13, ubicadas en el primer piso del edificio metropolitano. Con un horario de lunes a viernes 8:15 a. m. a 12:00 m. d., y de 1:00 p. m., a 4:00 p. m. Valor del cartel ¢1.500,00 (mil quinientos colones con 00/100).

San José, 20 de julio del 2010.—Lic. Maykel Vargas García, Jefe.—1 vez.—(IN2010061057).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-710031-UL

Suministro de agua para dependencias del INS

Con sustento en el artículo Nº 98 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se les invita a participar en la Licitación Abreviada Nº 2010LA-710031-UL “Suministro de agua para dependencias del INS”, cuya apertura de ofertas está prevista para las 11:00 horas del 04 de agosto 2010.

Los interesados pueden pasar a retirar el pliego de condiciones, sin costo alguno, en el Departamento Proveeduría, ubicado en el octavo piso del edificio de oficinas centrales o bien ubicarlo en el sitio de Internet www.mer-link.co.cr  o  www.mer-link.go.cr.

San José, 22 de julio del 2010.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Yessenia Quirós Angulo, Jefa.—1 vez.—Solicitud Nº 34868.—O. C. Nº 18792.—C-15320.—(IN2010061300).

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

LICITACIÓN PÚBLICA 2010LN-000004-99999

Construcción de 4 aulas en la sede

Interuniversitaria de Alajuela

La Universidad Estatal a Distancia requiere contratar los servicios de una empresa constructora, con el fin de que efectúe la construcción de cuatro aulas en la sede interuniversitaria de Alajuela, de conformidad con lo establecido en el Plan de Desarrollo y Crecimiento de la Infraestructura.

La Universidad Estatal a Distancia (UNED), recibirá ofertas por escrito, hasta las 14:00 horas del miércoles 18 de agosto del año 2010.

Los interesados tienen el cartel a disposición vía Internet, en forma gratuita, en el sistema de Compr@Red, en la página Web del Ministerio de Hacienda, a partir de esta fecha. También pueden obtenerlo en la Oficina de Contratación y Suministros, previo pago de ¢2.000.00 (dos mil colones con cero céntimos), en las cajas de la Oficina de Tesorería, sede central de la UNED, sita, 800 metros este de la Rotonda de la Bandera, carretera a Sabanilla, Montes de Oca. Se atenderán consultas a los teléfonos 2527-2610, 2253-2907 y 2224-6739.

Sabanilla, 22 de julio del 2010.—Oficina de Contratación y Suministros.—M.B.A. Yirlania Quesada Boniche, Jefa.—1 vez.—(IN2010061292).

COLEGIOS UNIVERSITARIOS

COLEGIO UNIVERSITARIO DE CARTAGO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2010LN-000002-01

Concesión del servicio de soda C.U.C.

El Departamento de Proveeduría del Colegio Universitario de Cartago, recibirá ofertas hasta las 11:00 horas, del día 18 de agosto, 2010, para el procedimiento de referencia.

Los interesados pueden solicitar o retirar el Cartel de licitación, en la oficina del Departamento de Proveeduría, gratuitamente a partir del día de la publicación, al correo proveeduriacuc@yahoo.com, facsímil 2591-3364, de lunes a viernes de las 9:00 horas a las 16:00 horas.

Cartago, 19 de julio del 2010.—Proveeduría.—Lic. Ligia Amador Brenes, Proveedora.—1 vez.—RP2010186433.—(IN2010061149).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS

LICITACIÓN PÚBLICA 2010LN-000031-2102

Adquisición de toallas de papel tipo mayordomo,

y toallas de papel para dispensador

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital San Juan de Dios, les informa a todos los potenciales oferentes que el plazo para recibir ofertas, por escrito en original y sobre cerrado será hasta el día 25 de agosto del 2010 a las 9:00 horas.

Rigen condiciones generales para la contratación administrativa institucional de bienes y servicios desarrollada por todas las unidades desconcentradas y no desconcentradas de la Caja Costarricense de Seguro Social aprobadas por la Junta Directiva de la Caja Costarricense del Seguro Social, en el artículo 6º de la sesión 8335, celebrada el 26 de marzo de 2009 y sus modificaciones aprobadas por la Junta Directiva en artículo 31 de la sesión 8369, celebrada el 6 de agosto del año 2009.

San José, 23 de julio de 2010.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Daniel Castro Vargas, Coordinador.—1 vez.—(IN2010061241).

GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS

SUBGERENCIA DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN

Y COMUNICACIONES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000004-1150

Compra de equipo de cómputo para el Proyecto EDUS

Se informa a los interesados que está disponible el cartel de la Licitación Abreviada Nº 2010LA-000004-1150, por “Equipo de cómputo para el Proyecto EDUS”, con apertura para el día 18 de agosto de 2010, a las 9:00 a. m. Valor del cartel ¢1000.00. Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 22 de julio del 2010.—Subárea de Gestión de Compras.—MBA. Lydia Durán Jiménez, Jefa.—1 vez.—(IN2010061281).

HOSPITAL NACIONAL DE NIÑOS

“DR. CARLOS SÁENZ HERRERA”

CENTRO DE CIENCIAS MÉDICAS DE LA C.C.S.S.

ÁREA GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN PÚBLICA 2010LN-000002-2103

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital Nacional de Niños “Carlos Sáenz Herrera”, les invita a participar en el siguiente concurso:

 

N° Trámite

Descripción de lo requerido

Fecha y hora de apertura

Licitación Pública

2010LN-000002-2103

Ítem Nº 1: cargas de oxígeno líquido.

Ítem Nº 2: cargas de oxígeno gaseoso tipo H.

Ítem Nº 3: cargas de oxígeno gaseoso tipo E “Tipo Pin Index”

Ítem Nº 4: cargas de oxígeno tipo E, similar al modelo Grab And Go

Ítem Nº 5: cargas de oxígeno tipo C

Ítem Nº 6: cargas de aire comprimido tipo H

Ítem Nº 7: cargas de Óxido Nitroso tipo H

Ítem Nº 8: cargas de Óxido Nitroso tipo E

Ítem Nº 9: cargas de Heliox tipo H

Ítem Nº 10: cargas de Óxido Nítrico tipo H

Miércoles 25 de agosto, 2010

Hora: 10:30 a. m.

 

Las ofertas se recibirán por escrito en la fecha y hora indicada anteriormente, en el Área Gestión de Bienes y Servicios del Hospital de Niños, en el cual se llevará a cabo el acto de apertura correspondiente.

San José, 12 de julio del 2010.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Yajaira Quesada G., Coordinadora a. í.—1 vez.—(IN2010061299).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2010CD000466-01

Ejecución de curso de capacitación pruebas e informe psicológico

El Patronato Nacional de la Infancia, cédula jurídica número 3-007-042039-35, a través del Departamento de Suministro de Bienes y Servicios, invita a participar en la Contratación Directa Nº 2010CD000466-01: “Ejecución de curso de capacitación pruebas e informe psicológico”.

El pliego de condiciones podrá ser retirado a partir de la publicación de este anuncio, de 7:30 a. m. a 4:00 p. m. en el Departamento de Suministro de Bienes y Servicios, oficinas centrales en San José, sita de la casa de Matute Gómez 300 metros al sur, Barrio Luján.

Las ofertas serán recibidas hasta las 11:00 horas del día 06 de agosto de 2010.

Departamento de Suministros, Bienes y Servicios.—Lic. Guiselle Zúñiga Coto, Coordinadora.—1 vez.—Solicitud Nº 33552.—O. C. Nº 31677.—C-2400.—(IN2010061063).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

   Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA-000083-PRI

Compra de licenciamiento de infraestructura cliente

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del día 13 de agosto del 2010, para contratar la “Compra de licenciamiento de infraestructura cliente”.

Los documentos que conforman el cartel, pueden ser retirados en la Proveeduría del AyA sita en el módulo C, piso 3 del edificio sede del AyA, ubicado en Pavas, previa cancelación de ¢500,00 o en el Web www.aya.go.cr. Link Proveeduría, expediente digital.

Dirección de Proveeduría.—Lic. Iris Fernández Barrantes.—1 vez.—Solicitud Nº 2010-19.—O. C. Nº 2010-01.—C-12750.—(IN2010061106).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA

LICITACIÓN PÚBLICA 2010LN-000002-01

Contratación abogados para el cobro de tasas

e impuestos municipales

La Municipalidad del cantón Central de Alajuela, cordialmente les invita a participar y recibirá ofertas por escrito y en sobre cerrado hasta las 10:00 horas del día 25 de agosto de 2010.

Las especificaciones técnicas y condiciones generales deben retirarse en la oficina de la Proveeduría Municipal, ubicada en el edificio Municipal actualmente situado 100 metros oeste de la iglesia La Agonía, en el tercer piso a partir de esta publicación de lunes a jueves de 7:30 hasta las 16:30 y viernes de 7:30 hasta las 15:30.

Lic. Johanna Madrigal Vindas, Proveedora Municipal a. í.—1 vez.—(IN2010061021).

MUNICIPALIDAD DE CARRILLO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2010LN-000003-01

Mejoramiento red vial cantonal calles urbanas del cantón de

Carrillo, Guanacaste (Recarpateo y tratamiento superficial

calles de Filadelfia, sectores norte, centro y sur)

La Proveeduría de la Municipalidad de Carrillo, ubicada en el Edificio Municipal de Carrillo, sita 200 metros norte de la esquina noroeste del Parque Central de Filadelfia, Carrillo, Guanacaste, recibirá ofertas para el concurso que se promueve, a partir de la invitación respectiva hasta las 10:00 horas del día 18 del agosto del año 2010. Costo del cartel ¢3.000.00 (Tres mil colones exactos), el cual puede ser depositado en la cuenta corriente Nº 100-01-026-1945-5, a nombre de la Municipalidad de Carrillo, en el Banco Nacional de Costa Rica, Filadelfia, Carrillo, Guanacaste y enviar al fax Nº 2688-5928  ó  2688-7876, así como al E-Mail: ammonteroc@gmail.com., el depósito e indicar el Nº fax o email, preferiblemente E-Mail, para enviarle el cartel. La Municipalidad ha dispuesto el día 10 de agosto de 2010, a las 08:30 horas. En la ciudad de Filadelfia, en el edificio Central en la Sala de Sesiones de la Municipalidad de Carrillo, se llevará a cabo una reunión con los posibles oferentes para aclarar dudas y terminada la misma se realizará un recorrido por el sitio del proyecto. El teléfono de la oficina de la Proveeduría Municipal es el 2688-5939. Visita de campo obligatoria, ese día. El posible oferente, podrá hacer las observaciones técnicas del proyecto, momento procesal para los efectos legales que correspondan.

Filadelfia, Carrillo, Guanacaste, 21 de julio del 2010.—Departamento de Proveeduría.—Antonio Montero Céspedes, Proveedor Titular Municipal.—1 vez.—(IN2010061068).

ADJUDICACIONES

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA 2010LN-000014-PROV

Concesión para servicio de soda en el edificio Anexo A

del II Circuito Judicial de San José

Se comunica a todos los interesados en el procedimiento de contratación de referencia, que por acuerdo del Consejo Superior del Poder Judicial en sesión Nº 67-10 celebrada el día 20 de julio de 2010, se dispuso declarar infructuosa la licitación de referencia.

San José, 21 de julio del 2010.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1 vez.—(IN2010061061).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000010-01 (Infructuosa)

Contratación de firma para Asesoría Tributaria

Se comunica a los interesados de esta Licitación Abreviada, que el Subcomité de Licitaciones en el artículo 04 de la Sesión Ordinaria Nº 487-2010, celebrada el 12 de julio del 2010, acordó:

Declarar infructuosa dicha licitación.

La Uruca, San José, 27 de julio del 2010.—Proveeduría General.—Lic. Erick Leitón Mora, Jefe de Contrataciones.—1 vez.—Solicitud Nº 0110-2010.—O. C. Nº 001-2010.—C-9370.—(IN2010061306).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACÍFICO

LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000012-01

Suministro e instalación de torre y puesta en funcionamiento

de linterna marina para el faro ubicado en la Isla de Negritos

La Gerencia General de esta Institución mediante Oficio Nº G.G.C.-1145-2010 decidió declarar infructuosa la Licitación Abreviada 2009LA-000012-01 para el “Suministro e instalación de torre y puesta en funcionamiento de linterna marina para el faro ubicado en la Isla de Negritos” por interés público, al no contar la institución con el recurso humano necesario para una adecuada ejecución del contrato. Lo anterior conforme recomendación hecha por la Comisión de Contratación Administrativa mediante Acta Nº 035-10 de fecha 16 de julio del 2010.

Lic. Juan Ariel Madrigal Porras, Proveedor General.—1 vez.—Solicitud Nº 23024.—O. C. Nº 24952.—C-10220.—(IN2010061231).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE LOGÍSTICA

DIRECCIÓN TÉCNICA DE BIENES Y SERVICIOS

LABORATORIO DE NORMAS Y CALIDAD DE MEDICAMENTOS

LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA-000003-2941

Adquisición de equipo de cómputo

El Laboratorio de Normas y Calidad de Medicamentos, comunica a los participantes de este concurso que la adquisición del equipo de cómputo se adjudica de la siguiente manera:

                                      Ítem                                                                 Empresa                              Monto

1       CPU (Micro)                                                            INFOTRON S. A                              $2.709.15

2       Monitores pantalla plana                                    CDC Internacional S. A            ¢466.924.50

3       Computadora portátil LAPTOP                        CDC Internacional S. A        ¢1.540.098.72

4       Computadoras portátiles NETBOOKS           UMC Costa Rica S. A.                    $2.975.00

                                                                                                                                                                                

Para mayor detalle consultar nuestra página Web www.ccss.sa.cr.

Alajuela 22 de julio de 2010.—Lic. Francisco J. Palma Soto, Encargado de Compras.—1 vez.—(IN2010061080).

SUBÁREA DE ANÁLISIS ADMINISTRATIVO

CONCURSO Nº 2009LN-000032-1142

(Declaratoria de infructuoso)

Ítem uno, tramitado para la adquisición de 35 UD del

producto: Sistema completo para llevar a cabo cirugía

de revisión del reemplazo total de rodilla, registrado

bajo el código: 2-72-02-4310 y el ítem dos, para la

adquisición de 315 UD del producto: Prótesis total

de rodilla, primaria con y sin preservación del

ligamento cruzado posterior, registrado

bajo el código: 2-72-02-4351

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

La Dirección de Aprovisionamiento de Bienes y Servicios, al ser las ocho horas del día cinco de julio del año dos mil diez, teniendo como prueba documental para la toma de la decisión el expediente administrativo levantado al efecto, según lo establecido por el artículo once del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, donde se encuentran incorporadas, ordenadas y debidamente foliadas las actuaciones de la administración y de las partes oferentes, resuelve declarar infructuoso el concurso Nº 2009LN-000326-1142, ítem uno, para la adquisición de 35 UD del producto: Sistema completo para llevar a cabo cirugía de revisión de reemplazo total de rodilla, registrado bajo el código: 2-72-02-4310 y del ítem dos, para la adquisición de 315 UD del producto: prótesis total de rodilla primaria con y sin preservación del ligamento cruzado posterior, registrado bajo el código institucional: 2-72-02-4351, con fundamento en lo siguiente:

Resultando:

La Administración inició el concurso: Licitación Pública Nº 2009LN-000032-1142, mediante “Orden de adquisiciones” Nº 26-2605286, de fecha 04 de agosto del 2009 y Nº 26-2605292, de fecha 11 de agosto del mismo año, en el ítem uno para la adquisición de 35 UD del producto: Sistema completo para llevar a cabo cirugía de revisión de reemplazo total de rodilla, registrado bajo el código: 2-72-02-4310 y en el ítem dos para la adquisición de 315 UD del producto: prótesis total de rodilla primaria con y sin preservación del ligamento cruzado posterior, registrado bajo el código institucional: 2-72-02-4351. (ver folios 80 al 105, 120).

2)  Mediante publicación efectuada en el periódico oficial La Gaceta, de fecha 03 de marzo del 2010, la administración cursó invitación a los oferentes para participar en la Licitación Pública Nº 2009LN-000032-1142, a efectuarse la apertura de ofertas el día 24-03-2010. (Ver folio 560 del I Tomo).

3)  Como consta en acta Nº 158, celebrado a las nueve horas del día veinticuatro de marzo del dos mil diez, se realizó el acto de apertura de ofertas según la hora, fecha y lugar como se estableció en el cartel del concurso. En dicho acto se recibieron las ofertas de las empresas: 1) Ortopédica Biomet Costa Rica S. A., 2) Eurociencia Costa Rica S. A., y

3)  Corporación Biomur S. A. (Folios 584 al 587 del expediente administrativo).

4)  Asimismo, las ofertas presentadas por los oferentes: 1) Ortopédica Biomet Costa Rica S. A., 2) Eurociencia Costa Rica S. A. y 3) Corporación Biomur S. A., fueron admitidas administrativamente, (ver folios 588 y 589 del II Tomo, 1158 y 1159 del III Tomo, 1935, 1936 y 2349 del IV tomo del expediente administrativo).

5)  Posteriormente, en el “Análisis Comparativo de Precios”, en el ítem uno, se incluye la oferta Nº 3 presentada por la firma Corporación Biomur S. A., como de menor precio, y en el ítem dos, la oferta Nº 1 presentada por la empresa Ortopédica Biomet de Costa Rica S. A., como de menor precio, (ver folios 2346 y 2347 del IV tomo del expediente administrativo).

6)  No obstante, la Comisión Técnica de Ortopedia y Traumatología, en sesión ordinaria Nº 18-2010, celebrada el día 27 de mayo del 2010, manifestó quedas muestras aportadas por sendas casas comerciales, no cumplen con los requisitos técnicos solicitados en este concurso, por lo que no recomiendan técnicamente ninguna de las ofertas participantes en este concurso, (ver folios 2351 al 2392)

Considerando:

Único.—La Administración inició el concurso 2009LN-000032-1142, para la adquisición de 35 UD del producto: Sistema Completo para llevar a cabo cirugía de Revisión de Reemplazo Total de Rodilla, registrado bajo el código: 2-72-02-4310 y de 315 UD del producto: prótesis total de rodilla primaria con y sin Preservación del ligamento cruzado posterior, registrado bajo el código institucional: 2-72-02-4351, de la cual participaron los oferentes: 1) Ortopédica Biomet Costa Rica S. A., 2) Eurociencia Costa Rica S. A. y 3) Corporación Biomur S. A., las cuales fueron admitidas administrativamente, según análisis efectuado por la Subárea de Análisis de Ofertas, sin embargo en el “Análisis Comparativos de Precios”, en el ítem uno, aparece la oferta Nº 3 presentada por la firma Corporación Biomur S. A., como de menor precio y en el ítem dos aparece la oferta Nº 1 presentada por la empresa Ortopédica Biomet de Costa Rica S. A., como de menor precio. No obstante, en el “análisis de índole Técnico, emitido por la Comisión Técnica de Ortopedia y Traumatología, en sesión ordinaria Nº 18-2010, celebrada el día 27 de mayo del 2010, manifestó que las muestras aportadas por dichas casas comerciales, no cumplen con los requisitos técnicos solicitados en este concurso, por lo que no recomiendan técnicamente ninguna de las ofertas participantes en este concurso, siendo que no cumplen con las siguientes especificaciones detalladas por dicha Comisión:

Oferta 1 Ortopédica Biomet Costa Rica S. A.; de la marca Biomet, no envió muestra de tallo curvo, no cumple con las características del ítem 3 por cuanto presenta titanio y se solicita en el cartel cromo-cobalto-molibdeno, no presenta la muestra exacta en empaque original de fábrica en cada uno de los ítemes, no presenta original o fotocopia autenticado del certificado emitido por el Ministerio de Salud de C. R., no aporta certificado de cursos de capacitación de la empresa, no cumple con suministrar inicialmente con 4 equipos nuevos completos, no cumple con la distribución entre usuarios ofrece 7 hospitales, siendo que en el cartel se pide 4 hospitales, no cumple con la resolución técnica de la oferta.

Oferta Nº 2 de Eurociencia Costa Rica S. A., de la marca Smith & Nephew Inc., no cumple con el plato tibial presenta de titanio ya que en el cartel se solicita de cromo-cobalto-molibdeno, no presente normas ASTM por Laboratorio Independiente, no cumple con el certificado de uso en el país de origen, no aporta la muestra exacta en empaque original de fábrica en cada uno de los ítemes, no aporta certificado de cursos de capacitación de la empresa.

La Oferta Nº 2 alternativa de Eurociencia Costa Rica S. A., de la marca Smith & Nephew Inc., fue excluida técnicamente. No obstante, mediante oficio SIEI-01265-2010, de fecha 23-06-2010, dicha comisión indicó que:

o       “... De acuerdo a lo establecido en el artículo 70 del Reglamento a Ley de Contratación administrativa en lo concerniente a las ofertas alternativas, se aclara que en dicha recomendación técnica las ofertas supracitadas fueron excluidas del análisis técnico, siendo que no solo las Ofertas Base presentadas por ambos oferentes no cumplieron con las especificaciones técnicas solicitadas en el Cartel, especialmente en cuanto al material de fabricación sino que, adicional mente no aportaron muestras para las mismas. En virtud de lo anterior, se mantiene incólume la recomendación técnica remitida...”- la cursiva no es del original- (ver folio 2398, tomo IV).

Oferta Nº 3 presentada por Corporación Biomur S. A., de la marca Depuy (Jonson & Jonson Company), no cumple con el plato tibial presenta de titanio ya que en el cartel se solicita de cromo-cobalto-molibdeno, no presenta muestras para evaluar las características, no aporta los originales de los certificados de calidad, ni certificado emitido por el Laboratorio Independiente, no aporta los certificados debidamente autenticados y el certificado de uso en el país de origen estaba vencido, no cumple con la muestra exacta del empaque original de fábrica, de presenta el certificado emitido por el Ministerio de Salud de C. R., debidamente autenticado, no presenta certificado de cursos de capacitación de la empresa, donde se comprueba que tiene experiencia en el manejo instrumental e implantes, por lo anterior, no cumple con la resolución técnica sobre la oferta.

La oferta Nº 3, alternativa de la marca Depuy (Jonson & Jonson Company), presentada por la Corporación Biomur S.A., fue excluida técnicamente. Tal y como se indica a continuación, mediante oficio SIEI-01265-2010, de fecha 23-06-2010:

o          “... De acuerdo a lo establecido en el artículo 70 del Reglamento a Ley de Contratación administrativa en lo concerniente a las ofertas alternativas, se aclara que en dicha recomendación técnica las ofertas supracitadas fueron excluidas del análisis técnico, siendo que no solo las Ofertas Base presentadas por ambos oferentes no cumplieron con las especificaciones técnicas solicitadas en el Cartel, especialmente en cuanto al material de fabricación sino que, adicionalmente no aportaron muestras para las mismas. En virtud de lo anterior, se mantiene incólume la recomendación técnica remitida...”- la cursiva no es del original- (ver folio 2398, tomo IV).

Los motivos que sirven de fundamento a esta Administración para tomar la decisión de declarar infructuoso el procedimiento, se encuentran apegados a los criterios técnicos esgrimidos por la Comisión Técnica de Ortopedia y Traumatología, que es el ente fiscalizador de los criterios técnicos que deben cumplir los oferentes participantes. La misma representa una de las etapas “sine qua non” o con rango de obligatoriedad para el procedimiento de compra de citado producto

Es menester recordar en este punto que el procedimiento se compone de tres etapas fundamentales:

Administrativa: Se presentan las ofertas para que sean valoradas administrativamente por la Subárea de Análisis Administrativo del Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios, quien determina si los oferentes cumplen o no con lo solicitado por el cartel.

b)  Técnica: Una vez que han sido valoradas las ofertas en la etapa administrativa, las mismas son enviadas a la Comisión Técnica de Ortopedia y Traumatología, para que esta determine si las ofertas cumplen técnicamente con los requerimientos del cartel.

c)  Legal: Después de que se han superado las etapas, administrativa y técnica, se procede a la revisión integral del procedimiento desde una perspectiva jurídica por parte de la Dirección de Aprovisionamiento de Bienes y Servicios.

En el presente caso, de las ofertas presentadas en este concurso, ninguna de las ofertas participantes superaron la segunda etapa, es decir la etapa técnica. Por ende no puede brindarse una Adjudicación, puesto que violentaría el debido proceso administrativo.

Por lo antes expuesto, lo procedente en la especie es dictar la respectiva declaratoria de infructuoso en la supracitada Licitación Pública Nº 2009LN-000032-1142, esto con fundamento en lo establecido en el numeral 15 párrafo primero del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, que dice en lo conducente:

“... La licitación y el remate se considerarán infructuosos cuando no hubiere habido oferentes o los que se hubieren presentado hayan formulado sus ofertas en términos que contravinieren el cartel o resultaren inaceptables para la Administración...”- la cursiva no es del original -.

Asimismo, el numeral 86 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, indica que se declararán infructuosos aquellos concursos donde las plicas participantes no se ajusten a los elementos esenciales del concurso, tal y como se indica:

“... Si al concurso no se presentaron ofertas o las que lo hicieron no se ajustaron a los elementos esenciales del concurso, se dictará un acto declarando infructuoso el procedimiento, justificando los incumplimientos sustanciales que presenten las ofertas.”

Por tanto,

De conformidad con los hechos antes citados y con fundamento en lo establecido en las disposiciones contenidas en el artículo 30 de la Ley de Contratación Administrativa, en los artículos 15 párrafo primero, 86 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se resuelve: 1) Declarar infructuoso la Licitación Pública Nº 2009LN-000032-1142, ítem uno para la adquisición de 35 UD del producto: Sistema Completo para llevar a cabo cirugía de revisión de reemplazo total de rodilla, registrado bajo el código: 2-72-02-4310 y del ítem dos para la adquisición de 315 UD del producto: prótesis total de rodilla primaria con y sin Preservación del ligamento cruzado posterior, registrado bajo el código institucional: 2-72-02-4351. 2) En contra de la presente resolución proceden los recurso ordinarios de ley, previstos en los artículos 174 siguientes y concordantes del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, el cual deberá presentarse ante la Dirección de Aprovisionamiento de Bienes y Servicios, dentro del plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución. Notifíquese.

Dirección de Aprovisionamiento de Bienes y Servicios.—Lic. Gabriela Arias Soto, Directora a.c.—1 vez.—Solicitud Nº 37154.—O. C. Nº 1142.—C-129220.—(IN2010061307).

CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN

DIVISIÓN FÁBRICA NACIONAL DE LICORES

LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA-000006-PV

Compra de dos vehículos nuevos tipo pick-up

La Fábrica Nacional de Licores, por medio de su Proveeduría comunica a los interesados que de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Producción, mediante oficio GG Nº 1140-2010 del 12 de julio del 2010, suscrito por el Lic. Ricardo Zúñiga Cambronero, en su condición de Gerente General, se dispuso adjudicar la compra de dos vehículos Hilux 4X2, código HL 54, por valor de $58.700,00 que incluye impuestos y gastos de inscripción a la firma Purdy Motor S. A., que cotizó el equipo conforme a los términos establecidos en el cartel.

Por lo anterior, se invita al adjudicatario a que deposite la garantía de cumplimiento por el 5% del monto adjudicado, con los siguientes requisitos:

    Esta garantía deberá contar con una vigencia mínima de 60 días adicionales de la fecha de recepción definitiva del contrato.

    Presentar declaración jurada en donde se indique que la empresa se encuentra al día en el pago de los impuestos nacionales.

    Adjuntar un timbre deportivo de ¢5,00 (cinco colones).

    Aportar una certificación extendida por la Caja Costarricense de Seguro Social, en donde conste que se encuentra al día con las obligaciones respectivas.

Todo lo anterior deberá presentarse en la oficina de la Proveeduría, dentro de los cinco días hábiles siguientes contados a partir de la fecha en que quede en firme la adjudicación. El depósito deberá emitirse a favor del Consejo Nacional de Producción, en la Tesorería de FANAL en Rincón de Salas, Grecia.

Grecia, 20 de julio del 2010.—Sección de Proveeduría.—Luis Alberto Herrera Rodríguez, Profesional 1.—Departamento Administrativo.—MBA. Francisco Merino Carmona, Coordinador.—1 vez.—(IN2010061246).

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

LICITACIÓN PÚBLICA 2010LN-000001-ARESEP

(Ampliación de adjudicación)

Adquisición de equipo de cómputo y periféricos

La Proveeduría de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, cédula jurídica Nº 3-007-042042-09, comunica a los interesados en la Licitación Pública de referencia, que mediante el oficio Nº 140-RG-2010, se amplía dicha adjudicación de la siguiente forma:

Oferta Nº 5, AEC Electrónica, S. A., quien cotiza lo siguiente:

 

Ítem

Cantidad

Descripción

Precio

unitario $

Precio

total $

6

1

Watchguare Fireware Pro.

modelo X1250e

514.00

514.00

6

1

Servicio de instalación

300.00

300.00

6

1

Servicio de soporte 24/7

para Firebox X1250e

799.00

799.00

Total

 

1.613.00

 

Plazo de entrega: 30 días naturales.

Vigencia oferta: 90 días hábiles.

Demás condiciones: De conformidad con la oferta y el cartel de licitación.

San José, 21 de julio del 2010.—Jorge Romero Vargas, Proveedor General.—1 vez.—Solicitud Nº 3896.—O. C. Nº 5087-010.—C-31220.—(IN2010061023).

COMISIÓN DE ENERGÍA ATÓMICA DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000001-02

Adquisición de un vehículo todo terreno

La Comisión de Energía Atómica de Costa Rica comunica a los interesados en la licitación arriba indicada que de conformidad con la Resolución Nº 0110-2010 del 20 de agosto del 2010, se procede a adjudicar la presente licitación a la empresa Purdy Motors S. A., cédula jurídica 3-101-005744-24, por un monto total $25.950,00 USD (veinticinco mil novecientos cincuenta dólares moneda de Estados Unidos).

San José, 22 de julio del 2010.—Departamento Financiero-Administrativo.—Lic. Ana I. Alvarado Silesky.—1 vez.—(IN2010061270).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000033-02

Contratación de los servicios de mano de obra, materiales

y equipo para la construcción de edificación de losas

de concreto para el recibo y despacho del

combustible tipo biodiesel en Refinería

Se informa que el concurso en referencia, fue adjudicado según oficio GRE-283-2010 de la Gerencia de Refinación de la empresa, con fecha del día 20 de julio de 2010, de acuerdo con el siguiente detalle:

Oferente: Náutica JJ S. A., apoderado generalísimo: Sr. José Joaquín Rojas Rojas.—(Oferta Nº 2).

Monto total: ¢160.187.813,76.

Descripción: Contratación de los servicios de mano de obra, materiales y equipo para la construcción de edificación de losas de concreto para el recibo y despacho del combustible tipo biodiesel en Refinería.

Demás especificaciones conforme al cartel y la oferta respectiva.

Forma de pago: carta de crédito, los pagos serán girados contra avance en la presentación de los servicios de conformidad para RECOPE.

RECOPE retendrá de cada uno de los pagos por avance un diez por ciento (10%) con el propósito de asegurarse que la ejecución total de los trabajos y demás obligaciones del contratista, se efectuarán dentro de las condiciones contractualmente pactadas.

Plazo contractual: ejecución de la obra: ciento veinte (120) días calendario.

    Requisitos previos: Veinticinco (25) días hábiles.

    Condiciones climáticas adversas: treinta (30) días naturales.

NOTAS IMPORTANTES:

1.  El adjudicatario dispondrá de diez (10) días hábiles contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, por un monto del siete por ciento (7%) del total adjudicado y con una vigencia mínima de dos (2) meses adicionales a la fecha probable de recepción definitiva del objeto del contrato, observando todos los requisitos y condiciones que al respecto establece la Ley de Contratación Administrativa, el Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa y el Reglamento de Contrataciones de RECOPE.

2.  Según el Reglamento de Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública promulgado por la Contraloría General de la República y publicado en el Diario Oficial La Gaceta del 22 de octubre del 2007, la presente adjudicación se formalizará mediante la emisión del respectivo pedido y requerirá de la aprobación interna por parte de la Dirección Jurídica.

3.  Con el fin de validar jurídicamente el documento definido para formalizar la presente contratación, se deberán reintegrar las especies fiscales de ley correspondientes a un 0,5% del monto total del contrato, pagadero en su totalidad por el contratista.

4.  El contratista deberá rendir adicionalmente una garantía de calidad y correcto funcionamiento de la obra, irrevocable y de cobro inmediato a favor de RECOPE, por un monto equivalente al cinco (5%) por ciento del monto total contratado. Esta garantía deberá rendirse dentro de los cinco (5) días hábiles antes del vencimiento del plazo establecido para la devolución de la garantía de cumplimiento, según lo indicado en el artículo 45 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

     La vigencia de la garantía será por un año contados a partir de la fecha en que se firma por ambas partes el “Acta de recepción definitiva” del proyecto. Esta garantía tendrá por objeto garantizar la calidad y correcto funcionamiento de los materiales y equipos instalados en el proyecto durante el lapso establecido.

5.  En general, para el cumplimiento del objeto contractual el adjudicatario se deberá someter estrictamente en todos sus extremos a los dictados cartelarios de este concurso.

Departamento de Contrataciones, Bienes y Servicios.—Ing. Johnny Gamboa Chacón, Jefe.—1 vez.—Solicitud Nº 55-2010.—O. C. Nº 161-01.—C-44220.—(IN2010061298).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE BELÉN

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000011-01

Servicios de señalización vial en el cantón

La Unidad de Gestión de Bienes y Servicios de la Municipalidad de Belén, avisa el acuerdo tomado por el Consejo Municipal en sesión ordinaria Nº 41-2010 celebrada el 06 de julio del 2010, en el cual se resuelve la Licitación Abreviada Nº 2010LA-000011-01, “Servicios de señalización vial en el cantón”.

Se acuerda por unanimidad y en forma definitiva: Declarar infructuoso el proceso de la Licitación Abreviada 2010LA-000011-01, denominada “Servicio de señalización vial en el cantón”.

San Antonio de Belén, Heredia 22 de julio del 2010.—Unidad de Bienes y Servicios.—Marcos Porras Quesada.—1 vez.—Solicitud Nº 38856.—O. C. Nº 26453.—C-10220.—(IN2010061121).

REMATES

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACÍFICO

REMATE PÚBLICO Nº 2-2010

Venta de dos vehículos marca Volks Wagen tipo Polo

El Departamento de Proveeduría del INCOP comunica el resultado final del Remate Público Nº 2-2010 por la Venta de dos vehículos marca Volks Wagen tipo Polo:

El vehículo Volks Wagen tipo Polo placa 104-56, fue adquirido por la empresa Autocentro del Este S. A., cédula jurídica 3-101-251724, en un monto de ¢3.625.000.00.

El vehículo Volks Wagen tipo Polo placa 104-58, fue adquirido por el señor Róger Mendoza Mora cédula 1-0641-0026 en un monto de ¢3.710.000.00.

Ambos vehículos ya fueron cancelados, entregados y traspasados a sus adjudicatarios.

Proveeduría.—Lic. Juan Ariel Madrigal Porras, Proveedor General.—1 vez.—Solicitud Nº 23023.—O. C. Nº 24952.—C-10220.—(IN2010061232).

FE DE ERRATAS

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

LICITACIÓN PÚBLICA 2010LN-000006-PROV

Contratación de servicios de limpieza para los

diversos circuitos judiciales del país bajo

la modalidad “Según demanda”

Se comunica a los potenciales oferentes que en vista de que se ha presentado recurso de objeción al cartel, se prorroga la fecha para la recepción de ofertas para el día 19 de agosto de 2010 a las 10:00 horas.

San José, 22 de julio del 2010.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa a. í.—1 vez.—(IN2010061059).

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

DIVISIÓN DE GESTIÓN DE APOYO

UNIDAD DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA-000012-503

Contratación de una empresa que brinde una solución

de automatización de sistemas de la Contraloría

Con respecto a la licitación de marras se aclara a todos los interesados, que la visita técnica a las instalaciones se realizará a las 10:00 horas del 30 de julio de 2010. Asimismo se comunica que se prorroga la recepción y apertura de ofertas para las 10:00 horas del 6 de agosto de 2010. Es todo.

San José, 22 de julio del 2010.—Unidad de Gestión Administrativa.—Lic. Agustín Ureña Álvarez, Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(IN2010061278).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICO

LICITACIÓN ABREVIADA 2010LN-000006-2104

Por la adquisición de reactivos para Inmunohistoquímica

Se suspende acto de apertura citado para el 06 de agosto en el Diario Oficial La Gaceta, hasta nuevo aviso, debido a que se encuentra resolviendo un nuevo recurso de objeción al cartel ante la Contraloría General de la República.

San José, 22 de julio del 2010.—Administración-Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Mercedes Apolo Matarrita.—1 vez.—(IN2010061233).

ADMINISTRACIÓN-SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN NACIONAL 2010LA-000034-2104

Cargas de oxígeno gaseoso medicinal

industrial y cargas de acetileno

Se comunica: La prórroga de la apertura para el día 09 de agosto del 2010 a las 09:00 a. m.

Se les solicita participar en la visita previa el día 28 de julio del 2010 a la 10:00 a. m., presentarse en el Servicio de Ingeniería y Mantenimiento con el Ing. Marco Medina Rodríguez.

San José, 21 de julio del 2010.—Lic. Mercedes Apolo Matarrita.—1 vez.—(IN2010061234).

INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL

ÁREA PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA 2010LN-000003-IMAS

(Modificación Nº 2)

Construcción y remodelación de las instalaciones eléctricas

del edificio central y edificio anexo del IMAS

A los interesados en participar en la licitación de referencia, se les comunica que el nombre correcto de la licitación es: “Construcción y remodelación de las instalaciones eléctricas del edificio central y edificio anexo del IMAS”.

La fecha de apertura de ofertas permanece para el día 30 de julio del 2010 a las 14 horas.

San José, 22 de julio del 2010.—Ramón Alvarado G., Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2010061250).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2010LN-000002-02 (Enmienda Nº 1)

Contratación del diseño, procura y construcción de una

esfera de 4 000 m3 del Proyecto T1064-LN “Sistema

y almacenamiento de gas licuado de petróleo-esfera

YT-7711” en la refinería en Moín, Limón

Les comunicamos a los interesados en participar en el concurso en referencia, que deben pasar al primer piso de las oficinas centrales de Recope a retirar la enmienda Nº 1 al cartel, o bien, la misma estará disponible en la página Web de Recope www.recope.com.

Departamento de Contrataciones, Bienes y Servicios, Ing. Johnny Gamboa Chacón, Jefe.—1 vez.—Solicitud Nº 56-2010.—O. C. Nº 161-01.—C-10220.—(IN2010061295).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

FACULTAD DE DERECHO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ORI-2723-2010.—Weisleder Weisleder Saúl, costarricense, cédula 1 0390 1080. Ha solicitado reposición de los títulos de Licenciado en Economía, Bachiller en Economía y Bachiller en Sociología. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los cinco días del mes de julio del año dos mil diez.—Oficina de Registro e Información.—M.Sc. Wilfridio Mathieu Madrigal, Director a. í.—O.C. Nº 97991.—Solicitud Nº 38002.—C-33150.—(IN2010057326).

Johanna Peralta Guillén, cédula Nº 1-1121-991, quien ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciada en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—5 de julio del 2010.—Área de Investigación.—Dr. Olivier Rémy Gassiot, Director.—RP2010183993.—(IN2010057653).

Olga Emilia Villarreal Oviedo, cédula Nº 5-338-263, quien ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciada en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 9 de julio del 2010.—Área de Investigación.—Dr. Olivier Rémy Gassiot, Director.––RP2010184933.––(IN2010058881).

Adriana Marín Fonseca, cédula Nº 1-1219-373, quien ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciada en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 5 de julio del 2010.—Área de Investigación.—Dr. Olivier Rémy Gassiot, Director.––RP2010184934.––(IN2010058882).

Verónica Ramírez Vallejos, cédula Nº 5-0340-0954, quien ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciada en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 5 de julio del 2010.—Área de Investigación.—Dr. Olivier Rémy Gassiot, Director.––RP2010184936.––(IN2010058883).

Laura Marjan Villalobos Carrillo, cédula Nº 5-0342-0551, quien ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciada en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 1º de julio del 2010.—Área de Investigación.—Dr. Olivier Rémy Gassiot, Director.––RP2010184937.––(IN2010058884).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Andrés Villalobos Araya, cédula 1-1275-0642, quien ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de licenciado en derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 6 de julio del 2010.—Área de Investigación.—Dr. Olivier Rémy Gassiot, Director.—Nº 2010184704.—(IN2010058879).

Natalia Wong Quirós, cédula Nº 6-0337-0975, quien ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciada en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—1º de julio del 2010.—Área de Investigación.—Dr. Olivier Rémy Gassiot, Director.––RP2010184932.––(IN2010058880).

Natalia Carazo Mesén, cédula Nº 1-1190-0484, quien ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciado (a) en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—1º de julio del 2010.—Área de Investigación.—Dr. Olivier Rémy Gassiot, Director.—(IN2010059217).

Wendy Vanessa Durán Mora, cédula Nº 1-1195-971, quien ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciado(a) en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—1º de julio del 2010.—Área de Investigación.—Dr. Olivier Rémy Gassiot, Director.—(IN2010059218).

Alexa Gabriela Méndez Castillo, cédula 1-1217-0588, quien ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciada en derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—6 de julio del 2010.—Área de Investigación.—Dr. Olivier Rémy Gassiot, Director.—RP2010185052.—(IN2010059233).

Juliana Leiva Méndez, cédula 3-0419-0077, quien ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciada en derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—6 de julio del 2010.—Área de Investigación.—Dr. Olivier Rémy Gassiot Director.—RP2010185053.—(IN2010059234).

Gloriana Fajardo Moya, cédula Nº 1-1275-0650, quien ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciada en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—5 de julio del 2010.—Área de Investigación.—Dr. Olivier Rémy Gassiot, Director.––RP2010185070.––(IN2010059235).

Juan Antonio Mainieri Acuña, cédula Nº 1-1298-0369, quien ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciado en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—5 de julio del 2010.—Área de Investigación.—Dr. Olivier Rémy Gassiot, Director.––RP2010185072.––(IN2010059236).

Carlos Manuel Cartín Feoli, cédula Nº 1-1258-0661, quien ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciado en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—1º de julio del 2010.—Área de Investigación.—Dr. Olivier Rémy Gassiot, Director.––RP2010185146.––(IN2010059237).

Augusto Solís Rodríguez, cédula Nº 1-1332-0148, quien ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciado en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica; dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—1º de julio del 2010.—Área de Investigación.—Dr. Olivier Rémy Gassiot, Director.––RP2010185147.––(IN2010059238).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Al señor Pedro Nel González B., se le comunica la resolución administrativa de las diez horas treinta minutos del seis de julio del dos mil diez, misma que la Oficina Local de La Unión, eleva recurso de apelación ante Presidencia Ejecutiva. Se les advierte a los interesados que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina Local, la cual se encuentra situada en: cien metros al norte de la Municipalidad de La Unión de Tres Ríos, o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Contra la presente cabe recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación a las partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Publíquese por tres veces. Exp. 342-000047-2010.—Oficina Local de La Unión.—Lic. Christian Solano Machado, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O.C. Nº 31677.—Solicitud Nº 33556.—C-10820.—(IN2010057370).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA

Reposición título de patente licores

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

A quien pueda interesar, se hace saber que han solicitado a la Municipalidad de Goicoechea, la reposición del título de patente de Licor Nacional Nº 16 y Licor Extranjera Nº 60 del distrito primero, inscrita a nombre de Salazar Lizano Félix Humberto, cédula Nº 102570639, dicha patente se encuentra 100 metros norte, 25 este de la Nochebuena, en el negocio denominado Polos Bar. Lo anterior por motivo de extravío de la misma. Cualquier interesado podrá hacer valer sus derechos ante la Municipalidad, dentro de un período de ocho días a partir de la última publicación de este aviso. Publíquese tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Debe presentar a la Municipalidad, las tres publicaciones de La Gaceta y una nota dirigida al Departamento de Cobros y Patentes, solicitando la reposición de los cartones con copia de la cédula.

Guadalupe, 8 de julio del 2010.—Departamento de Cobro,  Licencias y Patentes Municipales.—Roberto Chacón Zúñiga, Jefe.—(IN2010057835).

AVISOS

CONVOCATORIAS

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES EN LETRAS,

FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES

El Colegio de Licenciados y Profesores en Letras, Filosofía, Ciencias y Artes, convoca a sus miembros a la asamblea general extraordinaria CXV, a celebrarse el día sábado 7 de agosto del 2010, a las 13:00 horas en sus instalaciones ubicadas en Desamparados de Alajuela.

En caso de no alcanzar el quórum requerido, la asamblea iniciará una hora después, de acuerdo con el artículo 16 de la Ley Orgánica número 4770.

ORDEN DEL DÍA:

I.      Apertura y comprobación del quórum.

II.    Himno Nacional de Costa Rica.

III.   Exposición de lineamientos a seguir en la asamblea.

IV.   Análisis de Proyecto de Ley General de la Relación de Empleo Público.

A)      Exposición de gestiones realizadas por el Colegio.

B)      Propuesta para una comisión ad hoc para estudio y seguimiento de proyecto

V.     Conocer lo actuado por el Tribunal Electoral en el pasado proceso electoral respecto a las denuncias, recursos de revisión, revocatoria y apelación, y resoluciones de ese órgano contenidas en los oficios TECLP-EO-08-2010-1, TECLP-EO-12-2010-3, TECLP-EO-13-2010-1, TECLP-EO-13-2010-3 TECLP-EO-13-2010-2.

A) Presentación de informes.

B) Análisis de la admisibilidad de recursos de apelación interpuestos ante el Tribunal Electoral.        

C) Resolución de los recursos de apelación.

VI.   Himno al Colegio.

VII. Clausura de la asamblea.

La documentación estará disponible a partir del viernes 30 de julio en las sedes de San José y Alajuela.—Lic. Antonio Bonilla Zarceño, Presidente a. í.—Lic. Yolanda Hernández Ramírez, Secretaria.—(IN2010060208).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ELBERETH CRC SOCIEDAD ANÓNIMA

Elbereth CRC Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y seis mil ochocientos cincuenta y uno, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición del siguiente libro Libro Mayor Contable Dos. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Guanacaste dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Sheila Recio Rojas Abogada y Notaria.—(IN2010056806).

QUINTIC ENTERPRISES SOCIEDAD ANÓNIMA

Quintic Enterprises Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres -ciento uno - dos seis uno dos tres uno, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del Libro de Actas de Registro de Accionistas, número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Carmen Barrantes Rodríguez, Notaria.—RP2010184033.—(IN2010057659).

CENTRO DE NEGOCIOS LA SABANA

SOCIEDAD ANÓNIMA

Centro de Negocios La Sabana Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y cinco mil doscientos ochenta y uno, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los tres libros legales de: Asambleas de Junta Directiva 1, Asamblea General 1 y Registro de Accionistas 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional de San José, en el término de ocho días, contados a partir de la última publicación de este aviso.—Lic. Adriana Villalobos Brenes, Notaria.—(IN2010059007).

INVERSIONES RKKTRG SOCIEDAD ANÓNIMA

Inversiones RKKTRG Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos diecisiete mil setecientos ochenta y tres, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los tres libros legales de: Asambleas de Junta Directiva 1, Asamblea General 1 y Registro de Accionistas 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional de San José, en el término de ocho días, contados a partir de la última publicación de este aviso.—Lic. Adriana Villalobos Brenes, Notaria.—(IN2010059008).

Blanca Rosa Elizondo Morera, cédula de persona física número: uno-setecientos setenta y seis-ciento tres, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los libros de Actas de: Diario - Mayor - Inventario y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área legal de información y asistencia al contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de Puntarenas, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Puntarenas, 04 de julio de 2010.—Lic. Maricela Molina Soto.—(IN2010059052).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

VITEC GROUP CAMERA DYNAMICS LIMITADA

Vitec Group Camera Dynamics Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos veinticinco mil doscientos cinco, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los primeros libros de: Diario 1, Mayor 1, Inventario y Balances 1, Actas de Asamblea de Socios 1 y Registro de Socios 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Cartago, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Daniella Segnini Díaz.––(IN2010059410).

PANAMERICAN WOODS PLANTATIONS

SOCIEDAD ANÓNIMA

Panamerican Woods Plantations Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-243251, hace del conocimiento público que por motivo de extravío, la señora Gina Marie Morgan, solicita el reemplazo de las acciones 6412-01 a 6412-05 y 7143-01 a 7143-05. Se emplaza a cualquier interesado para que en el término de un mes a partir de la última publicación de este aviso, manifiesten su oposición dirigida a: Panamerican Woods Plantations S. A., c/o Bufete Baltodano y Asociados, edificio Galería Ramírez Valido, avenida central, calles 5 y 7, San José.—Dr. Néstor G. Baltodano Vargas, Presidente.—(IN2010059411).

UNIVERSIDAD DE CIENCIAS MÉDICAS

Ante el Registro de la Universidad de Ciencias Médicas de Centroamérica, UCIMED, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Licenciada en Medicina y Cirugía, emitido por esta casa de estudios el veintisiete de abril del dos mil seis, inscrito en el tomo cero cero uno, folio setenta y ocho asiento veinte uno de la UCIMED, y bajo el tomo cuarenta y uno, folio sesenta, asiento uno cinco tres nueve del CONESUP a nombre de Abraham Gómez Hernández, cédula número uno uno seis uno cero dos dos ocho. Se solicita la reposición del título por extravío. Se publica este edicto 3 veces para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la publicación en el Diario Oficial.—San José, Campus Universitario UCIMED, 7 de julio del 2010.—Departamento de Registro.—Ing. Karol Delgado Cordero, Coordinadora.—(IN2010057759).

CENTRO INTERNACIONAL DE ALAJUELA S. A.

El Centro Internacional de Alajuela S. A., con cédula jurídica número 3-101-002925, hace saber que se encuentra en trámite de reposición la acción Nº 61, por motivo de extravío, de la cual es titular  el  señor  Jorge Martín Rodríguez Quesada,  cédula  número 1-507-482. Aquellas personas que consideren sus derechos afectados por el trámite en cuestión deberán apersonarse a las oficinas de la empresa, sita Alajuela, frente a esquina noreste de la Catedral de Alajuela en horas de oficina, dentro de los treinta días naturales posteriores a esta publicación.—Lic. Wálter Rodríguez Rodríguez, Notario.—(IN2010058444).

ZAVILLANA DE ALAJUELA SOCIEDAD ANÓNIMA

Zavillana de Alajuela Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-150882, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas de Consejo de Administración, Actas Asamblea de Socios y Registro de Socios, todos número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Servicio al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Erick Zamora Alfaro.—(IN2010058554).

JOMACA MIL NOVECIENTOS SESENTA

Y NUEVE SOCIEDAD ANÓNIMA

Jomaca Mil Novecientos Sesenta y Nueve Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos cuarenta y tres mil novecientos setenta y uno, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: libro primero de Diario, libro primero Mayor, y libro primero de Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 13 de julio del 2010.—Lic. Yurly Alguera Martínez, Notario.—(IN2010058558).

DISTRIBUIDORA JOCA JOSÉ CASTRO

SOCIEDAD ANÓNIMA

Distribuidora Joca José Castro Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-322311, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: libro primero de diario, libro primero mayor, y libro primero de inventarios y balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 13 de julio del 2010.—Lic. Yurly Alguera Martínez, Notario.—(IN2010058560).

BOSQUE PUERTO CARRILLO SOCIEDAD ANÓNIMA

Bosque Puerto Carrillo Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-054559, hace del conocimiento público que por motivo de extravío, las siguientes personas han solicitado la reposición de sus certificados accionarios. El señor James Earl Ray, los certificados números 4414, 4415, 4416, 6383 y 6384. La señora Gina Marie Morgan, los certificados números 1630 y 2695. Se emplaza a cualquier interesado para que en el término de un mes a partir de la última publicación de este aviso, manifiesten su oposición dirigida a: Bosque Puerto Carrillo S. A. c/o Bufete Baltodano y Asociados, edificio Galería Ramírez Valido, avenida central, calles 5 y 7, San José.—Dr. Néstor G. Baltodano Vargas, Vicepresidente.—(IN2010058575).

CORPORACIÓN DESINID SOCIEDAD ANÓNIMA

Corporación Desinid Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-159487 (tres-ciento uno-ciento cincuenta y nueve mil cuatrocientos ochenta y siete), solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: libro Actas Consejo de Administración, número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Roberto Suñol Prego, Notario.––RP2010184856.––(IN2010058887).

VALLE DEL TARSO SOCIEDAD ANÓNIMA

Valle del Tarso Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cuatro mil doscientos noventa y cinco, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro número uno de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 12 de mayo del 2010.—Lic. Andrés Martínez Chaves, Notario.––RP2010184882.––(IN2010058888).

I NET TERNATIONAL CORPORACIÓN S. A.

I Net Ternational Corporación S. A., cédula jurídica Nº 3-101-384266, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros legales: libro uno de Actas de Asamblea de Accionistas, libro uno de Actas de Consejo de Administración y libro uno de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Lucrecia Flaqué Murillo, Notaria.––RP2010184955.––(IN2010058889).

GANADERA VENCOR SOCIEDAD ANÓNIMA

Ganadera Vencor Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-422182, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa de San José la reposición de los siguientes libros: libro número uno de Actas de Consejo de Administración, libro número uno Actas de Asamblea de Socios, libro número uno de Registro de Socios, libro número uno de Diario; libro número uno de Mayor; libro número uno de Inventarios y Balances. Quienes se consideren afectados pueden manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Darío García Gutiérrez, Presidente.––RP2010184971.––(IN2010058890).

TREBIA INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

Trebia Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos veinticuatro mil ochocientos cinco, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro primero de Actas de Asamblea de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Óscar Corrales Retana, Notario.––RP2010184980.––(IN2010058891).

EL MUDO SOCIEDAD ANÓNIMA

El Mudo Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-086032, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario Nº 1, Mayor Nº 1, Inventario y Balances Nº 1, Acta Consejo de Administración Nº 1, Acta de Asambleas de Socios Nº 1, Registro de Socios Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Guanacaste, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Adrián Lizano Pacheco, Notario.––RP2010184993.––(IN2010058892).

BANCO HSBC COSTA RICA S. A.

Por medio de la presente hacemos constar que el Sr. Luis Rodolfo Salas Pereira, cédula Nº 01-0551-0931, se presentó el día 12 de julio del 2010 a las 3:05 pm., en la Sucursal de Multiplaza del Este, ubicada en Zapote, a reportar su certificado de inversión número 16414012881, que venció el 25 de setiembre 2009, por el monto de 151.001,00 y lo reporta como robado.—Sucursal Multiplaza del Este.—Roberto Gutiérrez Gutiérrez, Gerente.––(IN2010058938).

Marta Isabel Araya Abarca, cédula Nº 6-0097-0693, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario Nº 2, Mayor Nº 2, Inventarios y Balances Nº 2. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Subgerencia de Servicio al Contribuyente de la Administración Tributaria de Guanacaste, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 13 de julio del 2010.—Marta Isabel Araya Abarca, Solicitante.––(IN2010058957).

REPUESTOS JUAN CARLOS Y RANDALL

SOCIEDAD ANÓNIMA

Repuestos Juan Carlos y Randall Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-250516, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas Consejo de Administración, Actas Asamblea de Socios y Registro de Socios, todos número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Servicio al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Juan Carlos Mora Benavides.—(IN2010059181).

INVERSIONES HERMANOS ORLANDO S. A.

Inversiones Hermanos Orlando S. A., cédula jurídica número 3-101-152809, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Consejo de Administración número 1, Actas de Asamblea de Socios número 1, Registro de Socios número 1, Diario 1, Mayor 1 e Inventarios y Balances 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Puntarenas, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Vanessa Calvo González.––RP2010185115.––(IN2010059239).

DESARROLLOS KARPHIL DE JACÓ S. A.

Desarrollos Karphil de Jacó S. A., cédula jurídica Nº 3-101-395061, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro: Actas de Asamblea de Socios número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Puntarenas, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Vanessa Calvo González.––RP2010185116.––(IN2010059240).

SOLUCIÓN MÁXIMA EN COMPUTACIÓN, SMC

SOCIEDAD ANÓNIMA

Solución Máxima en Computación, SMC Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-227951, solicita ante la Dirección General de Tributación, reposición de los libros: Diario Nº 1, Mayor Nº 1, Inventarios y Balances Nº 1, Actas Consejo Administración Nº 1 y Actas Asambleas de Socios Nº 1. Quien se considere afectado manifieste oposición ante la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Neil Ávila Morales, Apoderado Generalísimo.––RP2010185271.––(IN2010059241).

COOTILARÁN COMERCIAL S. A.

Cootilarán Comercial S. A., cédula jurídica Nº 3-101-156135, solicita a todos las personas físicas o jurídicas que tengan créditos a su favor, se apersonen en las oficinas de la entidad ubicadas de la Embajada Americana 1.5 kilómetros al oeste, contiguo a Kinder Ruiseñor, teléfonos 2290-2612 ó 2290-0382 para su registro y acuerdo de pago. Para estos efectos se ruega aportar los documentos que demuestren la deuda. Lo anterior de conformidad con los artículos 201 s.c. del Código de Comercio.—Lic. Lillieth Brenes Zúñiga, Presidenta.—1 vez.—(IN2010057733).

ASOCIACIÓN NACIONAL DE CONSTRUCTORES Y AFINES

Yo, Minor Ayales Mora, en mi calidad de presidente legal de Asociación Nacional de Constructores y Afines, cédula jurídica número 3-002-410541, solicito este Departamento de Registro de Asociaciones la reposición de los libros legales; de Actas de Asambleas Generales, Actas de Junta Directiva, Registro de Accionistas, Mayor, Diario e Inventario y Balances, los cuales han sido extraviados. Los libros que se solicitan se legalicen, en todos son el número dos. Adjunto entero bancario correspondiente, edictos, y libros con su respectivos timbres.—Minor Ayales Mora, Presidente.—1 vez.—(IN2010057770).

MASH PERFUMES SOCIEDAD ANÓNIMA

Mash Perfumes Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-412883, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario (DI) 20, Mayor (MY) 21, Inventarios y Balances (IB) 22, Actas de Consejo de Administración (ACA) 23, Actas de Asamblea de Socios (AAS) 24, Registro de Socios (RS) 25. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Limón, dentro del término de ocho días hábiles a partir de lo publicación de este aviso.—Amichai Miki Hassid.—(IN2010060229).

publicación de una vez

SOCIEDAD DE SEGUROS DE VIDA DEL MAGISTERIO NACIONAL

PUBLICACIÓN DE LIQUIDACIONES DE PÓLIZA APROBADAS POR LA JUNTA DIRECTIVA

JUNIO-10

                                                                                                    Fecha                   Fecha                     Monto                                             Monto

Nombre                                                      Identificación         defunción            aprobado               aprobado        Deducciones        beneficiarios

Alvarado Leitón María Isabel                         400540199           16/04/2010           09/06/2010           18.000.000,00        1.563.000,00      16.437.000,00

Barrantes Carvajal Ofelia Alicia                     400540861           10/05/2010           09/06/2010           18.001.500,00        2.366.650,00      15.634.850,00

Bermúdez Murillo Gustavo Adolfo               108240085           24/04/2010           02/06/2010           18.000.000,00        3.675.796,00      14.324.204,00

Brenes Navarro Celia                                     300900941           05/04/2010           09/06/2010           18.000.000,00        2.070.108,00      15.929.892,00

Camacho Villegas Margarita                          102520456           13/05/2010           30/06/2010           18.000.000,00        1.849.999,00      16.150.001,00

Caravaca Ulloa Rafael Ángel                         501820851           25/03/2010           02/06/2010           18.003.527,00           625.000,00      17.378.527,00

Castellon Álvarez Sixta MarÍa                       500730270           18/03/2010           09/06/2010           18.000.000,00           964.000,00      17.036.000,00

Castro Núñez Priscilla                                    108660808           21/03/2010           02/06/2010           18.000.000,00        1.614.702,00      16.385.298,00

Céspedes Barrantes Alexánder                       401450940           15/03/2010           02/06/2010           18.000.000,00        2.098.004,00      15.901.996,00

Chavarría Angulo José Valentín                    502720623           11/04/2010           02/06/2010           18.006.500,00                      0,00      18.006.500,00

Cohen Mac Cord Norma                                800830975           28/03/2010           09/06/2010           18.000.000,00                      0,00      18.000.000,00

Cordero Montoya Fernando                           201380061           08/05/2010           16/06/2010           18.002.800,00        1.542.000,00      16.460.800,00

Delgado Artavia Marceneth                           600570283           21/04/2010           02/06/2010           18.000.000,00        9.545.865,00        8.454.135,00

Elizondo Salazar Julia                                    201210627           09/04/2010           02/06/2010           18.036.488,00        3.227.347,00      14.809.141,00

Espinoza Carrillo María Margarita                 500530842           14/05/2010           30/06/2010           18.060.046,00           683.747,00      17.376.299,00

Espinoza Sevilla Luzmilda                             601180046           08/05/2010           16/06/2010           18.000.000,00           870.500,00      17.129.500,00

Estrada Araya Inés                                         200531052           14/05/2010           16/06/2010           18.000.000,00        1.758.001,00      16.241.999,00

Gómez Gómez María Felix                            500278250           04/02/2010           02/06/2010           18.000.196,00             40.000,00      17.960.196,00

González Muñoz Berta                                   102110010           04/05/2010           09/06/2010           18.000.000,00        1.087.015,00      16.912.985,00

González Quesada Ulda                                 201390689           16/04/2010           02/06/2010           18.000.000,00           604.108,00      17.395.892,00

González Soto Consuelo                                201900148           27/03/2010           09/06/2010           18.000.000,00        1.174.815,00      16.825.185,00

Granados Enriquez Ivez                                 500820211           23/04/2010           02/06/2010           18.000.000,00        9.312.588,00        8.687.412,00

Gutiérrez Gutiérrez Virginia                           400620404           25/03/2010           02/06/2010           18.000.000,00        3.430.049,00      14.569.951,00

Jacob Habit Yamel                                         103060910           16/05/2010           09/06/2010           18.011.000,00        1.000.000,00      17.011.000,00

Jiménez Brizuela Carlos Herminio                 301730863           17/03/2010           02/06/2010           18.000.000,00           835.500,00      17.164.500,00

Jiménez Guzmán Berenice                             101450342           12/05/2010           30/06/2010           18.041.207,00        3.801.467,00      14.239.740,00

Ledezma Badilla Clodoveo                             202861161           26/03/2010           30/06/2010           18.000.000,00           623.884,00      17.376.116,00

Ledezma Rojas Dinorah                                 202040872           14/04/2010           02/06/2010           18.000.000,00        1.228.447,00      16.771.553,00

López López Lucrecia                                    800620632           21/03/2010           02/06/2010           18.000.254,00        4.473.027,00      13.527.227,00

López Valerín Enriqueta                                 500360920           18/03/2010           02/06/2010           18.000.000,00        1.334.000,00      16.666.000,00

Madrigal Mena Jorge Orlando                       202920033           27/12/2009           30/06/2010           18.000.000,00        3.036.831,00      14.963.169,00

Marin Fernandez Francisco Jaime                  101980918           20/05/2010           30/06/2010           18.000.000,00           881.982,00      17.118.018,00

Marin Vargas Hugo Trinidad                         202630020           03/05/2010           30/06/2010           18.000.000,00                      0,00      18.000.000,00

Matarrita Menaelizabeth                                 501860636           01/04/2010           02/06/2010           18.000.000,00        1.165.000,00      16.835.000,00

Montero Cervantes Geovanny                       106010474           19/02/2010           16/06/2010             1.019.156,00               8.845,00        1.010.311,00

Montero Padilla Mercedes                             103790679           23/04/2010           16/06/2010           18.000.022,00        2.825.300,00      15.174.722,00

Montoya Gómez Luis Fernando                    900690915           26/08/2009           02/06/2010           18.003.660,00                      0,00      18.003.660,00

Morales Zapata Timoteo                                 600165533           23/04/2010           02/06/2010           18.000.000,00        1.258.000,00      16.742.000,00

Muñoz Ureña Humberto                                100986073           06/04/2010           09/06/2010           18.000.000,00             30.000,00      17.970.000,00

Obando Fallas Bienvenido                             601010243           17/04/2010           30/06/2010           18.014.640,00        2.359.300,00      15.655.340,00

Orozco Muñoz Sergia                                    500266450           21/03/2010           02/06/2010           18.018.308,00        2.049.073,00      15.969.235,00

Piedra González Nelly                                    201300432           19/04/2010           02/06/2010           18.000.000,00        6.303.918,00      11.696.082,00

Pignani Varroni Anna María                          800170512           18/04/2010           02/06/2010           18.000.000,00                      0,00      18.000.000,00

Quesada Salguero Pilar                                  101760834           01/05/2010           16/06/2010           18.000.000,00        3.972.865,00      14.027.135,00

Quirós Calvo María Cristina                          101620523           21/04/2010           30/06/2010           18.000.000,00                      0,00      18.000.000,00

Rodríguez Carvajal Catalina                           200819611           21/04/2010           02/06/2010           18.000.000,00        6.893.512,00      11.106.488,00

Rojas Corrales Alfredo                                  201560079           12/04/2010           09/06/2010           18.005.400,00        7.899.857,00      10.105.543,00

Rojas Hernández Walter                                 103070947           04/05/2010           16/06/2010           18.000.000,00           981.815,00      17.018.185,00

Rojas Mora Marvel                                        104810319           12/05/2010           30/06/2010           18.000.000,00        1.106.900,00      16.893.100,00

Rojas Villalta Marino                                     300940458           19/05/2010           16/06/2010           18.000.000,00      11.303.841,00        6.696.159,00

Ruiz Canales María                                        500370140           29/03/2010           09/06/2010           18.027.001,00        8.948.693,00        9.078.308,00

Salas Badilla Hilda                                         102610045           24/04/2010           30/06/2010           18.025.693,00        1.718.555,00      16.307.138,00

Salas Chacón Álvaro Martín                          105950671           12/01/2010           30/06/2010           18.000.000,00           543.004,00      17.456.996,00

Sánchez Calderón Jorge                                 101910061           26/03/2010           02/06/2010           18.000.000,00           535.000,00      17.465.000,00

Schnitzler Medaglia Jorge Guillermo             301680749           13/03/2010           09/06/2010           18.000.000,00           672.068,00      17.327.932,00

Sequeira Zuñiga Victor Roger                        500820538           30/03/2010           30/06/2010           18.057.291,00        8.476.020,00        9.581.271,00

Solís Barrientos Mercedes                             103110823           13/04/2010           02/06/2010           18.000.000,00               5.000,00      17.995.000,00

Solís Quirós Nidia                                         201700105           10/04/2010           02/06/2010           18.000.000,00           114.435,00      17.885.565,00

Soto Bermudez Etelvina                                 102060143           24/04/2010           09/06/2010           18.000.000,00                      0,00      18.000.000,00

Ureña Durán Paula Maria                              301700938           18/02/2010           30/06/2010           18.000.700,00        8.549.809,00        9.450.891,00

Venegas Castaing Jorge Arturo                     105610588           15/04/2010           02/06/2010           18.007.280,00           858.845,00      17.148.435,00

Viales Bustos Edith                                        501590176           11/03/2010           16/06/2010           18.002.435,00        1.000.279,00      17.002.156,00

Zúñiga Conejo Noemy                                   300810828           12/03/2010           30/06/2010           18.000.000,00             30.000,00      17.970.000,00

                                                                                                                                                         1.117.345.104,00    146.928.366,00    970.416.738,00

San José, 1º de Julio de 2010.—Ólger Rivera Alvarado, Analista  de Seguros.—Lic. Kattia Díaz Corrales, Jefa Seguro Mutual.—Lic. Sergio Roldán Roldán, Director de Operaciones.—1 vez.—(IN2010059083).

En acatamiento de lo dispuesto en el artículo 32 del Decreto Nº 33245-S, el Dr. Samuel Flikier Frajnd, cédula Nº 1 491 656, médico cirujano, código 2723, informa al público en general y a las autoridades correspondientes del extravío de las copias de recetas de psicotrópicos, con la siguiente numeración 1546..201, 234 al 235, 254 al 255, 258, 260, 272 al 273, 276 al 277, 188 al 189, 292 al 293. Por lo tanto no se hace responsable del uso indebido que se le dé a estos documentos.—San José, 13 de julio 2010.—Dr. Samuel Flikier Frajnd, Solicitante.—(IN2010059210).

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Por escritura otorgada ante mí, en esta ciudad a las 9:00 horas de hoy el señor Chuxiong Chen, cédula de residencia 115600260406, vendió a Hongfa Zheng, cédula de residencia 115600183408, libre de gravámenes el establecimiento mercantil c.c Restaurante y Bar La Estrella, sito en San Miguel de Desamparados, 300 norte de Gasolinera La Orquídea. El precio de la venta quedó depositado en la señora Yue Rong Liang, cédula de residencia 115600121816, quien lo entregará al vendedor una vez que transcurran 15 días hábiles después de la primera publicación en La Gaceta, en que se citará a los acreedores e interesados a hacer valer sus derechos.—San José, 10:00 horas del 30 de junio del 2010.—Lic. Eduardo Con Sanchún, Notario.—RP2010183854.—(IN2010056878).

publicación de una vez

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad de esta plaza denominada Bancomunal de Arado de Santa Cruz Guanacaste Sociedad Anónima, donde se modifica cláusula cuarta y se disminuye el plazo social.—San José, 1º de julio del año 2010.—Lic. José Antonio Zeledón Colombari, Notario.—1 vez.—RP2010183242.—(IN2010056078).

En mi notaría, por escritura otorgada en la ciudad de San Ramón de Alajuela a las 9:00 horas del 6 de julio del 2010, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Ulises Cordero Araya y Sucesores S. A. Se nombra tesorero y se modifica cláusula sétima del pacto social.—San Ramón, 6 de julio del 2010.—Lic. Francisco Soto Morales, Notario.—1 vez.—RP2010183547.—(IN2010056481).

Por escritura otorgada ante la suscrita Notaria, a las diez horas del primero de julio de dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de Aldesa Finanzas Corporativas S. A., reformando la cláusula sexta del pacto constitutivo.—San José, dos de julio del dos mil diez.—Lic. Alejandra Brenes San Gil, Notaria.—1 vez.—RP2010183549.—(IN2010056482).

Por escritura otorgada ante mí, a las 17:00 horas del día de hoy se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Inversiones Latamira Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual se reformaron las cláusulas primera y tercera del pacto social, se nombra nuevo gerente y agente residente.—Escazú, 05 de julio del 2010.—Lic. Carmen Fernández Molina, Notaria.—1 vez.—RP2010183550.—(IN2010056483).

Por escritura otorgada ante mí a las 17:30 horas del día de hoy se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía: tres-ciento dos-quinientos cuarenta y dos mil setecientos veinticuatro sociedad de responsabilidad limitada, mediante la cual se reformaron las cláusulas primera y segunda del pacto social, se nombra nuevo gerente y agente residente.—Escazú, 05 de julio del 2010.—Lic. Carmen Fernández Molina, Notaria.—1 vez.—RP2010183551.—(IN2010056484).

Yo, Norma Quintero Ureña, Notaria Pública de Heredia, hago constar que mediante la escritura 178-11, otorgada ante esta notaría a las nueve horas del veintinueve de junio del dos mil diez, se nombra presidente y apoderado generalísimo sin límite de suma a Marcel Adriaan Aerts, y se otorga poder generalísimo sin límite de suma a Marco Vinicio Sáenz Norton, en la empresa Tormenta del Desierto Sociedad Anónima.—Heredia, 5 de julio del 2010.—Lic. Norma Quintero Ureña, Notaria.—1 vez.—RP2010183557.—(IN2010056485).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las 11:45 horas del 25 de junio del 2010, se constituyó la sociedad anónima, denominada Servicios Alimenticios Mongo Sociedad Anónima, presidente Wálter Fallas Portuguez, cédula uno-seiscientos ochenta y dos-setecientos ochenta y ocho.—Heredia, Barva, 5 de julio del 2010.—Lic. Isaac Montero Solera, Notario.—1 vez.—RP2010183560.—(IN2010056486).

Mediante escritura número doscientos diez, otorgada ante la suscrita notaria, en el tomo nueve de su protocolo, a las 13:00 horas del 18 de junio del 2010, se constituyó la sociedad denominada Centro de Especialidades Psicológicas de la Zona Norte Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, 5 de julio del 2010.—Lic. Fressia Patricia Guzmán Mena, Notaria.—1 vez.—RP2010183567.—(IN2010056487).

En esta notaría por escritura número ochenta y dos de las diecisiete horas del cinco de julio del año en curso, se procede a protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Latin America Trading Corporation S. A., acto en que se procedió a tomar los siguientes acuerdos: a) Modificación de la cláusula octava del acta constitutiva.—Alajuela, cinco de julio del dos mil diez.—Lic. Santiago Herrera Quirós, Notario.—1 vez.—RP2010183568—(IN2010056488).

En esta notaría se constituyó la sociedad anónima denominada: Getenamaca Sociedad Anónima. Domiciliada en Alajuela, Naranjo, Candelaria, frente a la maquila de ropa Coopecorona, con un capital social de cien mil colones. Su presidente es el señor Gerardo Antonio Ramírez Corrales. Es todo.—Naranjo, 5 de julio del 2010.—Lic. Ivania Vargas Solís, Notaria.—1 vez.—RP2010183569—(IN2010056489).

Por escritura de las 08:00 horas del 05 de julio del 2010, otorgada ante esta notaría pública, rectifica las cláusulas segunda y octava del pacto constitutivo de 3-101-515824 S. A.—05 de julio del 2010.—Lic. Benjamín Gutiérrez Contreras, Notario.—1 vez.—RP2010183570.—(IN2010056490).

Por escritura de las 11:00 horas del 02 de julio del 2010, otorgada ante esta notaría pública, rectifica la cláusula segunda del pacto constitutivo de Proyecto La Macha de Quepos S. A.—Quepos, 02 de julio del 2010.—Lic. Benjamín Gutiérrez Contreras, Notario.—1 vez.—RP2010183571.—(IN2010056491).

Por escritura número 99 del tomo 4 del protocolo del suscrito notario, se constituyó la sociedad Giesal Internacional Sociedad Anónima.—Lic. Álvaro Sánchez González. Notario.—1 vez.—RP2010183572.—(IN2010056492).

Ante esta notaría a las 8:00 horas del 1 de julio del año 2010, se constituyó la sociedad denominada Imperator Sociedad Anónima. Duración 100 años. Domicilio: San José. Capital social: cien colones. Presidente: representante legal con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 01 de julio del 2010.—Lic. Marielos Meléndez Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2010183574.—(IN2010056493).

Por escritura número: 1.599, otorgada ante mi notaría, en Tres Ríos, a las 12:00 horas del 14 de junio del 2010, se constituyó la sociedad anónima, que se denominará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2, del decreto ejecutivo número 33171-J, publicado en La Gaceta 114, del 14 de junio del 2006. Plazo: 100 años. Capital social: ¢10.000,00. Giro: el comercio en general, etc. Domicilio: Cartago, La Unión, Tres Ríos. Presidente: Marco Antonio Vásquez Chavarría.—Lic. Eduardo Sanabria Rojas, Notario.—1 vez.—RP2010183575.—(IN2010056494).

Ante el suscrito notario, por escritura número: uno-ciento treinta, otorgada a las nueve horas con cinco minutos del cinco de julio del dos mil diez, se modificó la razón social o nombre de la sociedad: Grupo Horus del Sur Sociedad Anónima por el nombre Horus - Seguridad Sociedad Anónima.—San José, seis de julio del dos mil diez.—Lic. Cristian Roy Cortés Vargas, Notario.—1 vez.—RP2010183578.—(IN2010056495).

Por escritura número ciento noventa y seis-cuatro otorgada a las 09:00 horas del día 30 de junio del año 2010, protocolicé una acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima: Palacio del Norte Sociedad Anónima, se nombra nueva secretaria y tesorera.—San José, 06 de julio del dos mil diez.—Lic. Nancy Tattiana Zúñiga Oses, Notaria.—1 vez.—RP2010183579.—(IN2010056496).

Por escritura otorgada hoy, se constituyó la sociedad denominada: Alfa Logística S. A. Domicilio: San Vicente de Moravia. Plazo: cien años. Objeto: comercio, industria, agricultura, construcción y la prestación de servicios. Capital: totalmente suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 29 de junio del 2010.—Lic. Mario Alberto Sandoval Pineda, Notario.—1 vez.—RP2010183581.—(IN2010056497).

Por escritura número ocho otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día veintidós de junio de dos mil diez, se constituyó la sociedad Inmuebles y Arriendos Santa Teresa Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Representación: Presidente de la junta directiva con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Domicilio: Cartago.—San José veintidós de junio del dos mil diez.—Lic. Raúl A. Camacho Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2010183584.—(IN2010056498).

Ante esta notaría, Henry Segura Arias y Blanca Nieves Arias Alfaro, constituyen sociedad anónima denominada Inversiones Franmibs Sociedad Anónima. Capital: veinte mil colones, representado por veinte acciones de mil colones cada una.—San José, 05 de julio del 2010.—Lic. Eduardo Mora Bermúdez, Notario.—1 vez.—RP2010183585.—(IN2010056499).

Ingrid Lambert Miller, Notaria Pública con oficina abierta en San José, hace constar que por escritura otorgada ante la notaría de la licenciada Angie Cruickshank Lambert a las nueve horas del quince de febrero del año dos mil diez, se reformó la cláusula sétima “De la administración” de la sociedad denominada Seti Two Corporation Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-42660 y con domicilio en San José, Barrio San Francisco Peralta; se nombra como Presidenta a la señora Kathleen Priest, como Secretaria a la señora Joy Linn Freeman y como Agente residente al señor José Femando León Artavia.—San José, 28 de junio del dos mil diez.—Lic. Ingrid Lambert Miller, Notaria.—1 vez.—RP2010183589.—(IN2010056500).

La suscrita Marta Emilia Rojas Carranza, con oficina abierta en Palmares de Alajuela, constituí la sociedad denominada: Familia Badilla Vásquez BV Sociedad Anónima, con un capital social de setenta y cinco mil colones y un plazo social de noventa y nueve años. Es todo.—Palmares, dos de julio del dos mil diez.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—RP2010183590.—(IN2010056501).

En mi notaría, por escritura número doscientos noventa y ocho-dos, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada: Colina Rojas Avilés Limitada, domiciliada en Cabuya de Cóbano, Puntarenas, doscientos cincuenta metros al sur del salón Los Higuerones, casa color blanco a mano derecha. Los apoderados generalísimos sin límite de suma son la gerente, Doris del Carmen Rojas Paniagua, mayor de edad, casada una vez, del hogar, cédula de identidad número seis-ciento siete-cuatrocientos setenta, y el subgerente señor Felipe Avilés Briceño, mayor de edad, soltero, guarda Recursos del Mínate, cédula de identidad número seis-ciento siete-quinientos setenta y cuatro, ambos vecinos de Cabuya de Cóbano, Puntarenas, doscientos cincuenta metros al sur del salón Los Higuerones, ambos son apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar de forma conjunta o separada.—Palmares, treinta de junio del dos mil diez.—Lic. Olger Gerardo Vargas Castillo, Notario.—1 vez.—RP2010183591.—(IN2010056502).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 10:00 horas del 08 de junio del 2010, la sociedad denominada: Fernández y Chavarría de Cóbano S. A. nombra nuevo presidente, cargo que recae en el señor Manuel Ángel Fernández Villegas, mayor, casado en segundas nupcias, comerciante, cédula: 2-459-653 y por todo el resto del plazo social.—Lic. Ivo Quesada Gatjens, Notario.—1 vez.—RP2010183594.—(IN2010056503).

Ante mí, Pablo Arias González, notario público con oficina en Atenas, hago constar que el día nueve de junio del dos mil diez a las ocho horas en la ciudad de Atenas se realizó la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Bek Investments CR Limitada en la cual se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo.—Atenas, dos de julio del dos mil diez.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—RP2010183595.—(IN2010056504).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, las ocho horas cuarenta y cinco minutos del día cuatro de junio del dos mil diez, se constituyó la sociedad cuya denominación social BT Art Sociedad Anónima, capital social suscrito y pagado. Presidente: Erick Jesús Mora Ureña. Plazo: cien años.—San José, domingo, 04 de julio del 2010.—Lic. German Salazar Santamaría, Notario.—1 vez.—RP2010183596.—(IN2010056505).

Por escritura otorgada a las 16:00 horas del día 14 de junio del 2010, se constituyó la sociedad denominada: Inversiones Marfefo F & M S. A. Presidenta: María Felicia Fonseca Fuentes. Secretario: Willian Leonardo Chaves Fonseca. Tesorera: Yoheny Chaves Fonseca. Plazo: 99 años. Capital: ¢ 10.000,00. Domicilio: Paraíso de Cartago, Llanos de Santa Lucía del estadio doscientos veinticinco metros al sur. Objeto: el ejercicio amplio del comercio, la industria, la ganadería, la agricultura, el turismo, bienes raíces y afines.—Paraíso, 5 de julio del 2010.—Lic. Glenda González Mora, Notaria.—1 vez.—RP2010183600.—(IN2010056506).

Por escritura otorgada a las 14:00 horas del día 13 de febrero del 2010, se constituyó la sociedad denominada: Enfoque Globalizado S. A. Presidente: José Andrés Solano Rojas. Secretaria: Lorena Rojas Aguilar. Tesorera: Odette Etelgive Aparicio Ujueta. Plazo: 99 años. Capital: ¢ 10.000,00. Domicilio: San José, Curridabat, Condominios José María Zeledón, apartamento 16, edificio C. Objeto: el ejercicio amplio del comercio, la industria, la ganadería, la agricultura, bienes raíces y afines.—Paraíso, 01 de julio del 2010.—Lic. Glenda González Mora, Notaria.—1 vez.—RP2010183602.—(IN2010056507).

Por escritura otorgada a las diecisiete horas del veinticuatro de junio del dos mil diez, se constituyó Animal Benessere Sociedad Anónima. Capital social doce mil colones, se nombra presidente con facultades de apoderado generalísimo.—Lic. Luis Fernando Fallas Marín, Notario.—1 vez.—RP2010183606.—(IN2010056508).

Ante mí, Jenny Vargas Quesada, notaria pública de Guácimo comparecieron: Francisco Lacayo Moreno, casado, vecino de Guácimo, cédula 5-076-557; Marbelly Morales Vargas, casada, vecina de Guácimo, cédula 6-114-360; Neviana Nikolova Kirov Markova, casada, educadora, vecina de Liberia, Barrio San Roque, cédula 8-074-165; Francisco Gerardo Lacayo Hernández, casado, vecino de Liberia, cédula 5-172-337; Ronulfo Lacayo Hernández, casado, vecino de Liberia, cédula 5-181-840; Rafael Ángel Navarro Hernández, mayor, casado una vez, vecino de Guácimo, cédula 3-144-870, a constituir mediante escritura Nº 137, visible al folio 87 del tomo 10 de mi protocolo la sociedad Garza Morena de la Pampa S. A. con un capital de un millón de colones dividida en 100 acciones comunes y nominativas de 10,000 c/u. El primero suscribe y paga 25 acciones y los restantes 15 acciones c/u. Figura como apoderado el primero en su condición de presidente.—Guácimo, a las 08:00 horas del 01 de julio del 2010.—Lic. Jenny Vargas Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2010183607.—(IN2010056509).

Por escritura número 16-15 otorgada ante el notario Bernal Monge Corrales, en Ciudad Quesada a las 14:00 horas del 5 de julio del 2010, se reforma la cláusula octava del pacto constitutivo de la entidad jurídica denominada Grupo Familiar Roma Sociedad Anónima.—Lic. Bernal Monge Corrales, Notario.—1 vez.—RP2010183608.—(IN2010056510).

Mediante escritura pública número doscientos setenta y uno del tomo diecinueve del protocolo de la conotaria Carmen Lidia Elizondo Vásquez, se constituye sociedad anónima denominada Sehg Sociedad Anónima, escritura con fecha ocho de junio del dos mil diez.—Lic. José Manuel Vásquez Elizondo, Notario.—1 vez.—RP2010183609.—(IN2010056511).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día ocho de junio del dos mil diez, se reforma cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad Multiservicios Miravalles de Bagaces Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y nueve mil seiscientos sesenta y uno.—Bagaces 2 de junio del 2010.—Lic. Sonia Guzmán Coto, Notaria.—1 vez.—RP2010183610.—(IN2010056512).

Ante esta notaría por escritura número 188 del tomo 6, se constituyó la sociedad denominada Spazios Design Center Sociedad Anónima, domiciliada en San José, del abastecedor La Cosecha, cuatrocientos metros al norte y cien metros al oeste, urbanización Alma Mater, casa número seis-A.—San José, 24 de junio del 2010.—Lic. Nidia Shadid Gamboa, Notaria.—1 vez.—RP2010183611.—(IN2010056513).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del día de hoy, se reforma la cláusula segunda del domicilio de la empresa Inversiones Flamingo S. A.—San José, 5 de julio del 2010.—Lic. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1 vez.—RP2010183612.—(IN2010056514).

Ante la licenciada Adriana Varela Solís, se constituyó la sociedad Ideas y Momentos de Centroamérica I. M. S. A. Sociedad Anónima. Presidenta: Diana Marcela Niño Martínez, vicepresidenta: Damaris Murillo Guzmán, secretaria: Gabriela Barrantes Granados, tesorera: Gabriela Ricaurte Rosales, apoderadas generalísimas sin límite de suma. Capital social: doce mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Es todo.—San José, dos de julio del dos mil diez.—Lic. Adriana Varela Solís, Notaria.—1 vez.—RP2010183613.—(IN2010056515).

A las trece horas del cinco de julio del dos mil diez, se constituye Global One Ventures SRL, administrada por dos gerentes y capital suscrito y pagado.—San José, 6 de julio del 2010.—Lic. Yaroly Cole Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2010183616.—(IN2010056516).

Se constituyó Inversiones Herrera de San Juan Sociedad Anónima, ante mi notaría. Capital social: diez mil colones, constituido por diez acciones de mil colones cada una. Presidente con representación judicial y extrajudicial sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Domicilio: en San Juan de Puriscal.—San José, cinco de julio del dos mil diez.—Lic. Federico Gutiérrez Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2010183621.—(IN2010056517).

Se constituyó V y M de Santiago Sociedad Anónima, ante mi notaría. Capital social: diez mil colones constituido por diez acciones de mil colones cada una. Presidente y tesorero con representación judicial y extrajudicial sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Domicilio: en Santiago de Puriscal.—San José, cinco de julio de dos mil diez.—Lic. Federico Gutiérrez Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2010183622.—(IN2010056518).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad denominada Dafeja Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado en letras de cambio. Plazo social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidenta: Marta Eugenia Zamora Villalobos Zamora.—Santo Domingo de Heredia, 5 de julio de 2010.—Lic. Federico Gutiérrez Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2010183623.—(IN2010056519).

Por escritura número ciento treinta y nueve del primero de julio del año dos mil diez, se protocolizó en lo conducente ante esta notaría acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Asesores en Gestión y Contratación Pública GCP Sociedad Anónima, mediante la cual se modificó el domicilio social y se nombró nuevo presidente.— Lic. Ariana Araya Yockchen, Notaria.—1 vez.—RP2010183627.—(IN2010056520).

Ante mi notaría la sociedad tres-ciento uno-quinientos tres mil ochocientos sesenta y uno sociedad anónima, modifica cláusula segunda sobre el domicilio social, la cláusula sexta sobre el órgano de administración y elimina la figura de agente residente.—San José, 6 de julio del 2010.—Lic. Sonia Madrigal Fernández, Notaria.—1 vez.—RP2010183628.—(IN2010056521).

Ante mi notaría la sociedad tres-ciento uno-quinientos tres mil quinientos treinta y siete sociedad anónima, modifica cláusula segunda, sobre el domicilio social, la cláusula sexta sobre el órgano de administración y elimina la figura de agente residente.—San José, 6 de julio del 2010.—Lic. Sonia Madrigal Fernández, Notaria.—1 vez.—RP2010183629.—(IN2010056522).

Ante mi notaría mediante escritura 29 del tomo 35, se protocolizó acta número 29 de asamblea general extraordinaria de accionistas de Asociación Apostólica Católica Manos Abiertas, se modifican estatutos, se nombran nuevos puestos de junta directiva, en San José, a las 12:00 horas del 5 de julio del 2010.—Lic. Sonia Madrigal Fernández, Notaria.—1 vez.—RP2010183630.—(IN2010056523).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las trece horas del veintiocho de junio del dos mil diez, se constituyó la sociedad Itaca Sociedad Anónima. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—Alajuela, seis de julio del dos mil diez.—Lic. José Mario Rojas Ocampo, Notario.—1 vez.—RP2010183632.—(IN2010056524).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de junio del dos mil diez, se constituyó la sociedad Trans Sierpe Sociedad Anónima, capital: íntegramente suscrito y pagado.—Alajuela, seis de julio del dos mil diez.—Lic. José Mario Rojas Ocampo, Notario.—1 vez.—RP2010183633.—(IN2010056525).

Por escritura número setenta y siete, otorgada en San Ramón, Alajuela, a las nueve horas del treinta de abril del dos mil diez, José Augusto Alfaro Jiménez, y Marjorie Alfaro Jiménez, constituyeron la sociedad denominada Alji Occidental Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía. Duración: noventa y nueve años. Presidente: José Augusto Alfaro Jiménez. Domicilio: San Ramón, Alajuela, cien metros sur del Llamarón.—Lic. Fernando Campos Céspedes, Notario.—1 vez.—RP2010183634.—(IN2010056526).

Por escritura número ciento quince, otorgada en San Ramón, Alajuela, a las quince horas y treinta minutos, del veintinueve de junio del dos mil diez, Gerardo Solórzano Chacón y Manfred Vargas Vargas, constituyeron la sociedad denominada Moto Prix Occidental Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía. Duración: noventa y nueve años. Presidente: Gerardo Solórzano Chacón. Domicilio: Alfaro, San Ramón, Alajuela, doscientos metros noroeste y doscientos metros sur de la escuela.—Lic. Fernando Campos Céspedes, Notario.—1 vez.—RP2010183636.—(IN2010056527).

Por escritura número ciento veinte, otorgada en San Ramón, Alajuela, a las quince horas veinte minutos, del cinco de julio del año dos mil diez, Tony Andrés Jiménez Cruz e Irene María Jiménez Cruz, constituyeron la sociedad cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno del veintinueve de mayo del dos mil seis. Duración: noventa y nueve años. Presidente: Tony Andrés Jiménez Cruz. Domicilio: centro de San Ramón, Alajuela, quinientos metros sur y veinticinco este de la escuela Laboratorio.—Lic. Fernando Campos Céspedes, Notario.—1 vez.—RP2010183637.—(IN2010056528).

Por escritura número ciento dieciocho, otorgada en San Ramón, Alajuela, a las quince del cinco de julio del año dos mil diez, Tony Andrés Jiménez Cruz e Irene María Jiménez Cruz, constituyeron la sociedad cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno del veintinueve de mayo del dos mil seis. Duración: noventa y nueve años. Presidente: Tony Andrés Jiménez Cruz. Domicilio: centro de San Ramón, Alajuela, quinientos metros sur y veinticinco este de la escuela Laboratorio.—Lic. Fernando Campos Céspedes, Notario.—1 vez.—RP2010183639.—(IN2010056529).

Por escritura número ciento diecinueve, otorgada en San Ramón, Alajuela, a las quince horas diez minutos del cinco de julio del año dos mil diez, Tony Andrés Jiménez Cruz e Irene María Jiménez Cruz, constituyeron la sociedad cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno del veintinueve de mayo del dos mil seis. Duración: noventa y nueve años. Presidente: Tony Andrés Jiménez Cruz. Domicilio: centro de San Ramón, Alajuela, quinientos metros sur y veinticinco este de la escuela Laboratorio.—Lic. Fernando Campos Céspedes, Notario.—1 vez.—RP2010183640.—(IN2010056530).

Por escrituras números ciento treinta y nueve y ciento cuarenta, otorgadas ante esta notaría, a las diez treinta horas y once horas respectivamente, ambas del primero de julio del dos mil diez, se constituyeron las sociedades Celajes de Invierno Sociedad Anónima y La Loma de Los Criollos Sociedad Anónima. Domiciliadas: en el Hotel El Bramadero, frente a la carretera Interamericana, en Liberia, Guanacaste. Capital social: cien mil colones. Plazo social: noventa y nueve años a partir del primero de julio del dos mil diez.—Lic. Alejandra Jaén Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2010183641.—(IN2010056531).

Hoy ante mí se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Grupo Murgar S. A. Se reforma cláusula sétima y se nombra agente residente.—Cartago, cinco de julio del dos mil diez.—Lic. Juan Pablo Navarro Solano, Notario.—1 vez.—RP2010183642.—(IN2010056532).

Hoy ante mí se constituyó la sociedad Transgas Liberia Ltda. Gerente y subgerente son apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: diez mil colones.—Cartago, doce de mayo del dos mil diez.—Lic. Juan Pablo Navarro Solano, Notario.—1 vez.—RP2010183643.—(IN2010056533).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del día 6 de julio del 2010, se constituyó la sociedad anónima GE Grupo Roca Firme C & M S. A. Presidenta: Carolina Pardo Velasco.—San José, 6 de julio del 2010.—Lic. Pablo Fernando Ramos Vargas, Notario.—1 vez.—RP2010183646.—(IN2010056534).

En mi notaría, a las once horas del seis de julio del dos mil diez, se reforman cláusulas de la sociedad GYM Sport Wear Sociedad Anónima, cláusula primera del nombre social por Instatel Costa Rica Sociedad Anónima, octava de la administración. Presidente, secretario y tesorero actúan conjuntamente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma y nombramiento de junta directiva.—San José, 6 de julio del 2010.—Lic. Lissette Barboza Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2010183656.—(IN2010056535).

Por escritura número cincuenta y dos, se constituye la sociedad de responsabilidad limitada denominada de acuerdo al Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil trescientos diecisiete-J. Gerente: Yelena Peña Alán.—San José, seis de julio del dos mil diez.—Lic. Alessio Blandón Castellón, Notario.—1 vez.—RP2010183662.—(IN2010056536).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del día treinta de junio del dos mil diez, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad D&H Midnight Mood Sociedad Anónima, se reforman las cláusulas segunda del domicilio y la sexta de la administración, se hace nuevo nombramiento para el puesto de secretario.—San José, 30 de junio del 2010.—Lic. Andrés Eduardo Calvo Herra, Notario.—1 vez.—RP2010183663.—(IN2010056537).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad anónima que se denominará Corporación Vacnul S. A. Plazo: 99 años. Capital social: cien mil colones. Objeto: comercio en general.—San Ramón, Alajuela, cinco de julio del dos mil diez.—Lic. Frineth María Salas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2010183664.—(IN2010056538).

Por escritura número 115 de las 8:00 horas del día 1º de julio del 2010, María Alexandra Lacayo Beeche y Castellón de La Plana Sociedad Anónima, constituyeron sociedad denominada KW CR Trading Sociedad Anónima. Capital social: ¢5.000.000,00. Presidente: Eduardo Kopper Orlich.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2010183666.—(IN2010056539).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad Elementos Legales MSR Sociedad Anónima, capital social: enteramente suscrito y pagado.—San José, a las veinte horas del veintinueve de junio del dos mil diez.—Lic. Ronald Soto Arias, Notario.—1 vez.—RP2010183667.—(IN2010056540).

A las 8:00 horas de hoy, protocolicé asamblea general extraordinaria de Constructora Keibel y Asociados Ltda, en la cual se reforma la cláusula quinta del pacto social.—San José, 6 de julio del 2010.—Lic. Álvaro Camacho Mejía, Notario.—1 vez.—(IN2010056646).

Ante mí, Elías Enoc Márquez Fernández, se constituyó Dynamic Advance Sociedad Anónima. Domicilio: Montes de Oca. Plazo: 100 años. Capital: diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo.—Siete de julio de dos mil diez.—Lic. Elías Enoc Márquez Ayala, Notario.—1 vez.—(IN2010056665).

La sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y cinco mil novecientos cuarenta sociedad anónima, mediante acta de asamblea general extraordinaria de socios cambia domicilio social, junta directiva, fiscal y agente residente. Protocolización realizada mediante escritura número doscientos treinta y cuatro, otorgada en Alajuela, a las 15:30 horas del 6 de julio del 2010.—Lic. Francisco Esquivel Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2010056674).

Hoy, protocolicé acta de junta directiva de Follajes Naturales Sociedad Anónima. Se reforma cláusula quinta del pacto social y se aumenta capital social a la suma de ¢41.070.000,00.—Moravia, 2 de julio del 2010.—Lic. Manuel Núñez Carrillo, Notario.—1 vez.—(IN2010056706).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas treinta minutos del dos de julio del dos mil diez, se modificó la cláusula segunda del domicilio de tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y nueve mil trescientos setenta y dos s. a.—San José, seis de julio del dos diez.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(IN2010056714).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas treinta minutos del dos de julio del dos mil diez, se modificó la cláusula segunda del domicilio de tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y ocho mil doscientos treinta y siete s. a.—San José, seis de julio del dos mil.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(IN2010056715).

Por escritura otorgada ante mí se protocolizaron acuerdos de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Anillo de Flores Sociedad Anónima. Se acordó reformar las cláusulas del domicilio, de la administración, del agente residente, se nombra nueva junta directiva y agente residente. Es todo.—San José 6 de julio del 2010.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto, Notario.—1 vez.—(IN2010056717).

Mediante escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las dieciséis horas del día dos de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad Prevista Preplan Limitada. Capital social: veinte mil colones. Domicilio: San José, Santa Ana, Pozos, Centro Comercial Momentum Lindora, Radial Lindora, segundo módulo, tercer piso. Plazo social: cien años a partir de la fecha de constitución. Representación: corresponderá al gerente y al subgerente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Es todo.—San José, siete de julio del dos mil diez.—Lic. Laura Bonilla Herrero, Notaria.—1 vez.—(IN2010056718).

La suscrita Lic. Yokastta Pla Bedoya, notaria pública hace constar que mediante escritura pública número 174 otorgada en mi notaría, el día 6 de julio del 2010, se constituyó Movimientos Agrícolas Castro Campos Sociedad Anónima.—Alajuela, 7 de julio del 2010.—Lic. Yokastta Pla Bedoya, Notaria.—1 vez.—(IN2010056721).

Por escritura otorgada por esta notaría, a las 10:30 horas del 6 de mayo del 2010, se cambió el nombre a la sociedad Carmanlunya S. A., por Kcalypso Dos Mil Diez CR Sociedad Anónima.—San José, 2 de julio del 2010.—Lic. Gabriela Vargas Rounda, Notaria.—1 vez.—(IN2010056734).

Por escritura N° 33, de las 8:30 horas del 10 de mayo del 2010, se reformó la cláusula cuarta sobre el plazo social del pacto constitutivo de la sociedad denominada Avina CR S. A., cédula jurídica 3-101-256994.—Lic. Carlos Arturo Hernández Estrada, Notaria.—1 vez.—(IN2010056737).

Ante mí, Zaida Valderrama Rodríguez, notaria pública de Alajuela, a las 8 horas 15 minutos, del 7 de julio del 2010, se reformó las cláusulas sexta y novena del pacto constitutivo de Jerez Doscientos Veintiocho S. A., cédula jurídica número 3-101-579538, se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Alajuela, 7 de julio del 2010.—Lic. Zaida Valderrama Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2010056738).

Ante mí, Zaida Valderrama Rodríguez notaria pública de Alajuela, a las 8 horas 10 minutos del 7 de julio del 2010, se reformó las cláusulas sexta y novena del pacto constitutivo de Jerez Doscientos Veinte S. A., cédula jurídica número 3-101-579237. Se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Alajuela, 7 de julio del 2010.—Lic. Zaida Valderrama Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2010056739).

Ante mí, Zaida Valderrama Rodríguez notaria pública de Alajuela, a las 8 horas 20 minutos del 7 de julio del 2010, se reformó las cláusulas sexta y novena del pacto constitutivo de Jerez Doscientos Treinta S. A., cédula jurídica número 3-101-584761. Se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Alajuela, 7 de julio del 2010.—Lic. Zaida Valderrama Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2010056740).

Ante mí, Zaida Valderrama Rodríguez notaría pública de Alajuela, a las 8:00 horas del 7 de julio del 2010, se reformó las cláusulas sexta y novena del pacto constitutivo de Jerez Doscientos Diecinueve S. A., cédula jurídica número 3-101-579536. Se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Alajuela, 7 de julio del 2010.—Lic. Zaida Valderrama Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2010056742).

Ante mí, Zaida Valderrama Rodríguez notaria pública de Alajuela, a las 8 horas 40 minutos del 7 de julio del 2010, se reformó las cláusulas sexta y novena del pacto constitutivo de Jerez Doscientos Dieciocho S. A., cédula jurídica número 3-101-579240. Se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Alajuela, 7 de julio del 2010.—Lic. Zaida Valderrama Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2010056743).

Ante mí, Zaida Valderrama Rodríguez notaria pública de Alajuela, a las 8 horas 30 minutos del 7 de julio del 2010, se reformó las cláusulas sexta y novena del pacto constitutivo de Jerez Doscientos Diecisiete S. A., cédula jurídica número 3-101-579233. Se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Alajuela, 7 de julio del 2010.—Lic. Zaida Valderrama Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2010056744). 

La sociedad denominada Monfapiluma Sociedad Anónima, se constituyó ante esta notaría mediante escritura otorgada a las 12:00 horas del 5 de julio de 2010. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Alajuela, 5 de julio de 2010.—Lic. Rosa Isabel Prieto Pochet, Notaria.—1 vez.—(IN2010056749).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas con 20 minutos del 3 de julio del 2010, se constituyó la sociedad que se denominará Reflomax de Costa Rica Sociedad Anónima. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente y vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Edgardo Mena Paramo, Notario.—1 vez.—(IN2010056762).

En esta notaría, al ser las trece horas del veinte de mayo del dos mil diez, se protocolizó el acta de la sociedad tres-ciento dos- seiscientos mil novecientos cuarenta y nueve sociedad de responsabilidad limitada, en la que se reformó la cláusula de la denominación social a JBR Investments and Developments Sociedad de Responsabilidad Limitada, y se acuerda nombrar nuevo gerente y subgerente, así como otorgar poder generalísimo sin límite de suma.—San José, Escazú, seis de julio del dos mil diez.—Lic. Javier Francisco Chaverri Ross, Notario.—1 vez.—(IN2010056766).

El suscrito notario, Martín Alonso Gómez Siles, con oficina abierta en Alajuela, seiscientos metros suroeste de Price Smart, avisa que al ser las ocho horas del treinta de junio del dos mil diez, mediante escritura número veinticinco, visible al folio veintidós frente, del tomo primero de mi protocolo, se constituyó la sociedad denominada Quinientos Cincuenta Mil Trescientos Ochenta Y Cinco Sociedad Anónima, con un capital de cien mil colones, representado por cien acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, capital: íntegramente suscrito y pagado.—Lic. Martín Alonso Gómez Siles, Notario.—1 vez.—(IN2010056770).

El suscrito notario Martín Alonso Gómez Siles, con oficina abierta en Alajuela, seiscientos metros suroeste de Price Smart, avisa que al ser las diez horas del treinta de junio del dos mil diez, mediante escritura número veintiséis, visible al folio veintitrés frente, del tomo primero de mi protocolo, se constituyó la sociedad denominada Cuatrocientos Cuarenta y Un Mil Ochocientos Ochenta y Cuatro Sociedad Anónima, con un capital de cien mil colones representado por cien acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, capital: íntegramente suscrito y pagado.—Lic. Martín Alonso Gómez Siles, Notario.—1 vez.—(IN2010056771).

Mediante la escritura 267, otorgada ante la notaria Kathya Vargas Cubillo, se constituye la sociedad denominada Mundo TIC Sociedad Anónima, se nombra la junta directiva.—Lic. Kathya María Vargas Cubillo, Notaria.—1 vez.—(IN2010056781).

Ante mi notaría, a las 10:00 horas del 7 de julio del 2010, se constituyó Materiales para Embalajes y Empaques Q & Q Sociedad Anónima.—San José, 7 de julio del 2010.—Lic. Germán Obando Mena, Notario.—1 vez.—(IN2010056787).

Ante mi Notaría, a las 11:00 horas del 7 de julio del 2010, se constituyó Reforestaciones Ke Palo Sociedad Anónima.—San José, 7 de julio del 2010.—Lic. Germán Obando Mena, Notario.—1 vez.—(IN2010056788).

Por escritura pública otorgada a las diez y treinta horas del primero de junio del año dos mil diez, se constituyó sociedad ante esta notaría la sociedad denominada Cambio de Marca Sociedad Anónima.—San José, ocho de julio de dos mil diez.—Lic. Ronald Brealey Mora, Notario.—1 vez.—(IN2010056804).

Ante mí, licenciada Marianela Alfaro Cascante, notaria pública, por escritura número cuatrocientos ochenta y tres, de las doce horas veinte minutos del día siete de julio del dos mil diez, se reformó el pacto constitutivo de Comercial G & S de La Guácima Ltda. Quedaron los dos gerentes con las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Marianela Alfaro Cascante, Notaria.—1 vez.—(IN2010056849).

El suscrito notario Lic. Julio Sandoval Alfaro, hago constar que ante mi notaría en escritura número noventa-cuatro, visible a folio cincuenta y cinco frente del cinco de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Moradas del Arroyo S. A., con un capital social de diez mil colones. Presidenta: Ana Lorena Mora Venegas.—Lic. Julio Sandoval Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2010183670.—(IN2010056879).

Por escritura número 013-49 del tomo 49 del protocolo del notario público Casimiro Vargas Mora, otorgada en esta ciudad, a las 8:00 horas del 6 de julio del 2010, la sociedad costarricense denominada 3-101-551703 s. a., sociedad costarricense con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cincuenta y un mil setecientos tres modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, 6 de julio del 2010.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—RP2010183672.—(IN2010056880).

Por la escritura número 014-49 del tomo 49 del protocolo del notario Casimiro Vargas Mora, otorgada en esta ciudad a las 9:00 horas del seis de julio del 2010, la sociedad costarricense denominada 3-102-571076 sociedad de responsabilidad limitada, cédula tres-ciento dos-quinientos setenta y un mil setenta y seis modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, seis de julio del 2010.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—RP2010183673.—(IN2010056881).

La suscrita licenciada Sonia María Saborío Flores, notaria pública, hago constar que por escritura otorgada ante mi notaría, a las diecisiete horas del veintinueve de junio del dos mil diez, se constituyó una sociedad anónima cuya denominación se estipuló de conformidad con el artículo dos del decreto ejecutivo número tres mil trescientos setenta y uno-J, objeto: comercio en general. Capital social: cien mil colones íntegramente suscrito por los socios.—San José, treinta de junio del dos mil diez.—Lic. Sonia María Saborío Flores, Notaria.—1 vez.—RP2010183674.—(IN2010056882).

Por escritura pública de las 16:30 horas del 6 de julio del 2010, se constituyó la sociedad: Servicios de Consulta Diversificada Sociedad Anónima. Domicilio: Central Cartago, plazo: 99 años; Capital social: ciento veinte mil colones. Objeto: prestación de servicios médicos profesionales de diagnóstico y tratamiento, especialmente en otorrinolaringología. Administración: presidente con facultades de apoderado generalísimo y sin límite de suma.—San José, 6 de julio del 2010.—Lic. Humberto Piedra Hernández, Notario.—1 vez.—RP2010183675.—(IN2010056883).

Ante esta notaría, al ser las nueve horas del siete de julio del dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de la sociedad Arte Servicios H M Sociedad Anónima, donde se acordó modificar la cláusula novena de la administración, se acordó nombrar nuevo tesorero. Tesorero: Humberto Núñez Rodríguez.—San José, siete de julio del dos mil diez.—Lic. Cintya Cordero Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2010183676.—(IN2010056884).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 15:00 horas del 1º de julio de 2010, se constituyó la sociedad denominada Osefoel de Osa S. A.—San Juan de Tibás, 7 de julio del 2010.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—RP2010183678.—(IN2010056885)

Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se constituyó BCM Servicios y Mantenimientos Petroleros S. A.—San Pablo de Heredia, 22 de junio del 2010.—Lic. Edgardo Campos Espinoza, Notario.—1 vez.—RP2010183679.—(IN2010056886).

Por escritura número trece-tres, otorgada ante la notaria Ana Marcela Bonilla Castro, a las doce horas treinta minutos del día seis de julio del dos mil diez, donde Daniel Víquez Bermúdez y Rosalie Sonja Maas, constituyen una sociedad anónima, que se denominará según la cédula jurídica que les asigne el Registro Nacional.—San José, 6 de julio del 2010.—Lic. Ana Marcela Bonilla Castro, Notaria.—1 vez.—RP2010183680.—(IN2010056887).

Ana Patricia Gómez Marín y María del Carmen González Segura, constituyen la sociedad Restaurantes Fresco S. A. Escritura otorgada a las quince horas del seis de julio del dos mil diez.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2010183682.—(IN2010056889).

Por escritura de las trece horas del veintinueve de junio del dos mil diez, del tomo treinta y ocho del protocolo de la notaria Jenny Ramírez Robles, se modifica el domicilio social y la cláusula de representación y la junta directiva de la sociedad Uno Valle Central Real Azul S. A., cédula jurídica tres-ciento uno- quinientos siete mil ciento cincuenta y tres, por todo el plazo social.—San José 5 de julio del 2010.—Lic. Jenny Ramírez Robles, Notaria.—1 vez.—RP2010183683.—(IN2010056890).

Por escritura pública otorgada a las nueve horas del veinticuatro de junio del dos mil diez, ante el notario público Renato Ortiz Álvarez, se constituyó la sociedad denominada A.C.R. Comercial Sociedad Anónima, domiciliada en Cartago.— Cartago dos de julio del dos mil diez.—Lic. Renato Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2010183686.—(IN2010056891).

Por escritura pública, otorgada a las doce horas treinta minutos del treinta de junio del dos mil diez, ante el notario público Renato Ortiz Álvarez, se protocolizaron acuerdos de asamblea general ordinaria de accionistas de la sociedad MB Trust & Scrow Services S. A., domiciliada en San José.—Cartago dos de julio del dos mil diez.—Lic. Renato Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2010183687.—(IN2010056892).

Por escritura pública, otorgada a las doce horas del treinta de junio del dos mil diez, ante el notario público Renato Ortiz Álvarez, se protocolizaron acuerdos de asamblea general ordinaria de accionistas de la sociedad MB  Solutions  Integral  Services  S. A., domiciliada en San José.—Cartago, dos de julio del dos mil diez.—Lic. Renato Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2010183688.—(IN2010056893).

Por escritura pública, otorgada a las once horas treinta minutos del treinta de junio del dos mil diez, ante el notario público Renato Ortiz Álvarez, se protocolizaron acuerdos de asamblea general ordinaria de accionistas de la sociedad MB Abogados Legal Services S. A., domiciliada en San José.— Cartago, dos de julio del dos mil diez.—Lic. Renato Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2010183689.—(IN2010056894).

Ante mí, Carlos Fernández Vásquez notario público, se constituyó la empresa El Guapinol de Esquipulas Ltda., capital social: cien mil colones. A la escritura 178 del tomo 20.—Palmares, 23 de julio del dos mil diez.—Lic. Carlos Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—RP2010183690.—(IN2010056895).

Ante mí, Carlos Fernández Vásquez notario público, se constituyó la empresa R Y P Unidos S. A., capital social: ciento veinte mil colones. A la escritura 185 del tomo 20.—Palmares, 29 de junio del dos mil diez.—Lic. Carlos Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—RP2010183691.—(IN2010056896).

Ante mí, Carlos Fernández Vásquez notario público, se constituyó la empresa número de cédula jurídica a designar Ltda., capital social: ciento veinte mil colones. A la escritura 189 del tomo 20.—Palmares, 6 de julio del dos mil diez.—Lic. Carlos Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—RP2010183692.—(IN2010056897). 

Por escritura ante mí, William Muñoz Bravo, de las 18:00 horas del 4 de julio del 2010, se constituye la sociedad denominada Manusyl Sociedad Anónima S. A. Presidenta: Sylvia María Molina Valverde. Capital social: 10.000, colones.—San José, 6 de julio del 2010.—Lic. William Muñoz Bravo, Notario.—1 vez.—RP2010183693.—(IN2010056898).

Asdrúbal Alfaro Rodríguez, Mauricio Alfaro Obando y Ana Patricia Alfaro Obando, constituyen la entidad Agrícola AMP Alfaro Obando Ltda. Escritura otorgada en Grecia, a las catorce horas del cinco de julio del dos mil diez, ante el notario Carlos Eduardo Rojas Castro.—Lic. Carlos Eduardo Rojas Castro, Notario.—1 vez.—RP2010183694.—(IN2010056899).

El suscrito Adrián Fernando Granados Monge, notario público con oficina en la ciudad de Cartago, hago constar que mediante escritura número sesenta y tres, visible al folio ciento treinta y uno frente, del tomo veintinueve de mi protocolo, se constituyó la sociedad denominada Parayuc Sociedad Anónima.—Cartago, siete de julio del dos mil diez.—Lic. Adrián Fernando Granados Monge, Notario.—1 vez.—RP2010183695.—(IN2010056900).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas del seis de julio del dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de la sociedad Lapas Punta Leona Dos S. A. por medio de la cual se modificó la cláusula de administración.—San José seis de julio de dos mil diez.—Lic. Mónica Farrer Peña, Notaria.—1 vez.—RP2010183698.—(IN2010056901).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 21 de junio del 2010, se constituyó la sociedad Casa Koepsel, S. A., capital social debidamente suscrito y pagado por los socios. Domicilio: Cartago. Plazo: noventa y nueve años.—Cartago, 6 de julio del 2010.—Lic. Jorge Ramón Arias Mora, Notario.—1 vez.—RP2010183702.—(IN2010056902).

Por escritura número trescientos noventa y tres, iniciada al folio ciento ochenta y tres frente del tomo octavo de mi protocolo, otorgada a las doce horas treinta minutos del seis de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Gutiérrez Herrera Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones, se nombra presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Domicilio: Alajuela.—Alajuela, seis de julio del dos mil diez.—Lic. Rafael de la Peña Rojas, Notario.—1 vez.—RP2010183703.—(IN2010056903).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del primero de julio del año en curso, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Corporación Tico Atún Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad, efectuar el proceso de liquidación y se nombran liquidadores (con cédula de persona jurídica N° 3-101-416365).—San José, 01 de julio del 2010.—Lic. Oscar Arias Valverde, Notario.—1 vez.—RP2010183710.—(IN2010056904).

Por escritura otorgada ante mí, Jorge Walter Ruiz González, se cambia la junta directiva, fiscal y agente residente, nombre y domicilio de Quinta Las Circuelas Sociedad Anónima con cédula jurídica número 3-101-447700, nombre social que pasa a ser Dialejo Sociedad Anónima.—Lic. Jorge Walter Ruiz González, Notario.—1 vez.—RP2010183714.—(IN2010056905).

Por escritura ciento sesenta y tres del tomo sexto de mi protocolo, a las catorce horas del veintiuno de junio del dos mil diez, se constituyó Distribuidora de Licores del Pacífico D.O. Capital íntegramente pagado y suscrito.—San José veinticinco de junio del dos mil diez.—Lic. Ana Militza Salazar Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2010183715.—(IN2010056906).

En mi notaría a las quince horas del día doce de junio del año dos mil diez, se constituye sociedad anónima denominada Construcciones y Remodelaciones Jill Sociedad Anónima. Capital social: pagado diez mil colones, apoderado generalísimo sin límite de suma, Marcos Steven Soto Prado, cédula uno-diez seis dos-dos cero dos. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, 6 de julio del dos mil diez.—Lic. Marlene Isabel Guzmán Muñoz, Notaria.—1 vez.—RP2010183718.—(IN2010056907).

Ante esta notaría comparecieron Gustavo José Muñoz Cásares, casado una vez, educador, cédula uno-ochocientos setenta y ocho-quinientos ochenta y vecino de Santa Cruz, Guanacaste, carretera a Arado, de la Escuela María Leal, dos kilómetros al sureste e Ivania María Rodríguez López, casada una vez, educadora, cédula cinco-doscientos noventa y siete-trescientos setenta y vecina de la misma dirección, para constituir la sociedad denominada Gumasei de Santa Cruz Sociedad Anónima, por un plazo de noventa y nueve años y con objeto de comercio.—Nicoya, primero de julio del dos mil diez.—Lic. Iveth Orozco García, Notaria.—1 vez.—RP2010183719.—(IN2010056908).

Que ante este notaría, al ser las seis horas del seis de abril del dos mil diez, se constituyó la sociedad anónima denominada Multiservicios Egasa S. A, en la cual la representación judicial y extrajudicial le corresponde al presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 07 de julio del 2010.—Lic. Vera Violeta Arguedas Molina, Notaria.—1 vez.—RP2010183720.—(IN2010056909).

Que ante este notario, se protocolizó el acta de la sociedad tres-ciento uno-quinientos ochenta y un mil setecientos noventa y uno S. A, cédula jurídica 3-101-581791. Donde se reforma la cláusula sétima del pacto social.—San José, 06 de julio del 2010.—Lic. Rafael Eliecer Cascante Arias, Notario.—1 vez.—RP2010183721.—(IN2010056910).

Que por escritura pública otorgada ante esta notaría en la ciudad de San José a las trece horas del veintitrés de junio del dos mil diez, se protocolizó el acta de asamblea de socios de la sociedad anónima denominada H. L. Inversiones Hoteleras del Pacífico Sociedad Anónima, en la que se nombra presidente y secretario de la junta directiva. Es todo.—San José, veintitrés de junio del dos mil diez.—Lic. Carlos Armando Briceño Obando, Notario.—1 vez.—RP2010183723.—(IN2010056911).

Que por escritura pública otorgada ante esta notaría en la ciudad de San José a las trece horas del veintitrés de junio del dos mil diez, se protocolizó el acta de asamblea de socios de la sociedad anónima denominada J. V. L Servicios Alimenticios del Pacífico Sociedad Anónima, en la que se nombra presidente y secretario de la junta directiva. Es todo.—San José, veintitrés de junio del dos mil diez.—Lic. Carlos Armando Briceño Obando, Notario.—1 vez.—RP2010183724.—(IN2010056912).

Mediante escritura número cuarenta y nueve-tres, de las nueve horas treinta minutos del seis de julio del dos mil diez; se reforma la cláusula segunda del domicilio, de la sociedad M A Buganvilla Sociedad Anónima.—San José, seis de julio del dos mil diez.—Lic. Diorella Ugalde Maxwell, Notaria.—1 vez.—RP2010183728.—(IN2010056913).

El suscrito notario hace constar que por escritura otorgada ante esta notaría a las once horas del cinco de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Seguridad Corporación Mundial S.C.M.—San José, seis de julio del dos mil diez.—Lic. Oscar Enrique Chinchilla Mora, Notario.—1 vez.—RP2010183729.—(IN2010056914).

Ante esta notaría se constituye Lamdasun Centroamérica S. A. Escritura otorgada a las 14:00 horas del 30 de junio del 2010.—Lic. Elena Murillo Agüero, Notaria.—1 vez.—RP2010183730.—(IN2010056915).

Por escritura otorgada hoy en mi notaría, a las dieciséis horas, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Corporación Yire, Sociedad Anónima, en la que se hace nombramiento de secretario y se reforma la cláusula segunda del domicilio social.—San José, cinco de julio de dos mil diez.— Lic. Ignacio José Alfaro Marín, Notario.—1 vez.—RP2010183731.—(IN2010056916).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 15:00 horas del 6 de julio del 2010, se constituyó la sociedad Inversiones Alypa de Guadalupe S. A. Presidenta: María Josefa Vega Calvo.—Lic. Wilber Barquero Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2010183733.—(IN2010056917).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 18:00 horas del 5 de julio del 2010, se constituyó la sociedad Consorcio Agrícola Jacaranda de Guanacaste S. A. Presidente: Carlos Fernando Pomareda Benel.—Lic. Wilber Barquero Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2010183734.—(IN2010056918).

Ante esta notaría, por escritura pública número 11, visible a folio 26 vuelto del tomo sexto de mi protocolo, a las 08:30 horas, del día 07 de julio del 2010; se protocolizó acta de asamblea ordinaria donde se nombró nueva junta directiva y fiscal de la Asociación de Pacientes de Hemodiálisis y Transplante Renal del Hospital México. Presidente: Carlos Manuel Arroyo Alvarado.—Lic María Auxiliadora Alfaro Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2010183735.—(IN2010056919).

Por escritura otorgada ante mí, los señores Carlos Fernando Jerez Hernández y Jason López Romero; constituyen la sociedad Industrias e Instalaciones de la Construcción Caje Sociedad Anónima. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—Cartago, veintisiete de julio del dos mil diez.—Lic. José Joaquín Rojas Montoya, Notario.—1 vez.—RP2010183737.—(IN2010056920).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las 16:00 horas del 4 de mayo del 2010, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad tres-ciento uno-seiscientos tres mil trescientos sesenta y cuatro sociedad anónima, se nombra nueva junta directiva, y se modifica cláusula de administración. Es todo.—San José, cinco de mayo del dos mil diez.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—RP2010183739.—(IN2010056921).

Por escritura pública otorgada, ante este notario, a las 10:00 horas del 11 de junio del 2010, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad tres ciento uno quinientos ochenta y cuatro mil seiscientos noventa y dos, sociedad anónima.—San José, 5 de julio del 2010.—Lic. Luis Fernando León Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2010183749.—(IN2010056922).

Constitución de la sociedad Albergue Casa de Reposo “A” S. A. Presidenta Ligia Robles Salas, secretaria Mauren Cuadra Robles, tesorera Stephanie Castillo Arrieta, fiscal Omar David Robles Salas, otorgada en Alajuela el día tres de junio del año dos mil diez, en escritura número noventa y cuatro, visible al folio cincuenta y nueve frente del tomo doce del protocolo de la notaria Doris Céspedes Elizondo.—San José, 3 de junio del año 2010.—Lic. Doris Céspedes Elizondo, Notaria.—1 vez.—RP2010183751.—(IN2010056923).

Por escritura otorgada, ante este notaría, se constituyó la sociedad denominada Corporación Automotriz Chasol Sociedad Anónima, capital social diez mil colones, presidente Antonio Chinchilla López.—San José, siete de julio del dos mil diez.—Lic. Fabio Solórzano Rojas, Notario.—1 vez.—RP2010183752.—(IN2010056924).

Ante esta notaría, mediante escritura número noventa y dos de las quince horas y cuarenta minutos del nueve de junio del año en curso, la sociedad denominada Inversiones Vu de Heredia S. A., modifica la cláusula sétima de su pacto constitutivo, relativa a la administración de la misma. Presidente: Javier Vega De La O.—San José, siete de julio del dos mil diez.—Lic. Juan Carlos Campos Salas, Notario.—1 vez.—RP2010183755.—(IN2010056925).

En mi notaría, a las 20:00 horas, del 28 de junio del año 2010, se constituyó la empresa May Flower W H Limitada, domiciliada en San José. Capital social 100.000 colones, gerente uno: Xianquan (nombre) Wu (apellido) cédula de residencia número uno uno cinco seis cero cero cero cinco siete ocho dos cuatro. Con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, plazo social: 100 años.—San José, 5 de julio del 2010.—Lic. Elizabeth Angulo Gatjens, Notaria.—1 vez.—RP2010183758.—(IN2010056926).

En escritura otorgada, en mi notaría, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de la siguiente sociedad: Seguridad Centroamericana COMSICA S. A.—San José, 7 de julio del 2010.—Lic. Eleazar Duarte Briones, Notario.—1 vez.—RP2010183766.—(IN2010056927).

Por escritura otorgada, en la ciudad de San José, al ser las doce horas del día veintidós de junio del año dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Servinets Sociedad Anónima.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2010183767.—(IN2010056928).

Yo, Ana Lourdes Gólcher González, notaria pública con oficina abierta en San José, protocolicé el acta número dos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Le Café Valandra Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos noventa y un mil doscientos cuarenta y cinco, en la que se reformó las cláusulas primera y tercera del acta constitutiva. Escritura otorgada en San José, a las diez horas del treinta de junio del dos mil diez.—San José, treinta de junio del dos mil diez.—Lic. Ana Lourdes Gólcher González, Notaria.—1 vez.—RP2010183771.—(IN2010056929).

En mi notaría, a las 16:00 horas del 5 de julio del 2010, se constituyó la sociedad Avantel S. A., capital suscrito y pagado.—San José, 6 de julio del 2010.—Lic. Armando Angulo Viales, Notario.—1 vez.—RP2010183772.—(IN2010056930).

María Elena Cerón Llanos y Reyna Isabel Sandoval Martínez, constituyen una sociedad anónima. El domicilio social será en San José Centro, calle veintiuno, avenidas ocho y diez, oficina ochocientos quince. Presidenta María Elena Cerón Llanos, escritura otorgada en San José, a las quince horas del cinco de julio del año dos mil diez.—Lic. Rodrigo Ureña Quirós, Notario.—1 vez.—RP2010183773.—(IN2010056931).

José López Ramírez y María Elena Cerón Llanos, constituyen la sociedad que se denominará Inversiones El Guanacaste Sociedad Anónima. El domicilio social será en San José Centro, calle veintiuno, avenidas ocho y diez, oficina ochocientos quince. Presidente José López Ramírez, escritura otorgada en San José, a las dieciséis horas del cinco de julio del año dos mil diez.—Lic. Rodrigo Ureña Quirós, Notario.—1 vez.—RP2010183774.—(IN2010056932).

Que ante esta notaría, los señores Juan José Orozco Alvarado, cédula Nº 4-0186-0734, Andrea Orozco Alvarado, cédula Nº 1-1029-0931 constituyen la sociedad: Ingeniería e Investigaciones Nexo Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia, San Antonio de Belén, Residencial Belén casa quince G y que el señor Orozco Alvarado es su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo social 99 años.—San José, 7 de julio del 2010.—Lic. Vanesa Cubillo Arguedas, Notaria.—1 vez.—RP2010183776.—(IN2010056933).

Se constituye escritura ciento cincuenta y siete de asamblea extraordinaria cambio de junta directiva de Multigrupo Outsourcing S. A.—Coronado, 6 de junio del 2010.—Lic. María de los Ángeles Solano Mora, Notaria.—1 vez.—RP2010183777.—(IN2010056934).

Se constituye escritura ciento cincuenta y ocho, de asamblea extraordinaria cambio de junta directiva de Zethom S. A.—Coronado, 6 de junio del 2010.—Lic. María de los Ángeles Solano Mora, Notaria.—1 vez.—RP2010183779.—(IN2010056935).

Por escritura otorgada, en esta notaría en San José, a las once horas del día veintinueve de junio del año dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Casa Santana Alfa Filial Uno Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 29 de junio del 2010.—Lic. Carlos Morales Fallas, Notario.—1 vez.—RP2010183780.—(IN2010056936).

Hago constar que por escritura 4-175, otorgada a las 9:00 horas del día 25 de junio del año 2010, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Rover Path de Guanacaste S. A., mediante la que se reformó la cláusula del domicilio de los estatutos y se revocó y se hizo nuevo nombramiento del agente residente.—San José, 28 de junio del año 2010.—Lic. Allan Hernández Vargas, Notario.—1 vez.—RP2010183781.—(IN2010056937).

Mediante escritura 299, visible a folio 150 frente del protocolo tomo 6 del notario público Marlon Fernando Arce Blanco, a las 16:00 horas del 6 de julio del año 2010, se constituyó la sociedad denominada Agropecuaria Pichardo Gaitán de Caño Ciego Sociedad Anónima, domiciliada en Pavón de Los Chiles, Alajuela, cien metros al sur del Ebais. Objeto: actividad agropecuaria. Capital social: diez mil colones. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Marlon Fernando Arce Blanco, Notario.—1 vez.—RP2010183786.—(IN2010056938).

Por escritura pública número treinta y ocho-uno, los señores Milena Cortés Valencia y Martín Mena Ledezma, constituyen sociedad anónima, a la cual le corresponde el nombre Joys of Glory S. A., sin embargo por escritura pública número setenta y ocho-uno, los mismos comparecientes realizan escritura pública adicional, en la cual se reforma el nombre de la sociedad constituida anteriormente, siendo la anterior reemplazada por el nombre Corporación Amantes Sunt Amentes. Es todo.—San José, siete de julio del año dos mil diez.—Lic. Steve Miguel Monge González, Notario.—1 vez.—RP2010183787.—(IN2010056939).

Por escritura otorgada ante mí, a las 16:30 horas del 5 de julio del 2010, se constituyó sociedad Grupo Gana Araya Cerdas Sociedad Anónima, cuyo capital social se encuentra totalmente suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 5 de julio del 2010.—Lic. Evelyn Loaiza Blanco, Notaria.—1 vez.—RP2010183793.—(IN2010056940).

Yo, Robin Bonilla Monge, notario público, hago constar que en escritura 180, visible al folio 139 frente del tomo 2 de mi protocolo, se constituyó la sociedad Desarrollos Las Tes Sociedad Anónima. El domicilio social será en San José, Goicoechea, Guadalupe, del Banco HSBC cincuenta este y cien norte Bufete R.J & Bonilla Asociados. El presidente José Antonio Quesada García, cédula de identidad Nº 9-066-939 y secretario José Antonio Quesada Ramírez, cédula de residencia 184000421424, tendrán la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo.—San José, 3 de julio del 2010.—Lic. Robin Bonilla Monge, Notario.—1 vez.—RP2010183796.—(IN2010056941).

Yo, Robin Bonilla Monge, notario público, hago constar que en escritura 181, visible al folio 140 vuelto del tomo 2 de mi protocolo, se constituyó la sociedad ArquiStudio Sociedad Anónima. El domicilio social será en San José, Goicoechea, Guadalupe, del Banco HSBC cincuenta este y cien norte Bufete R.J & Bonilla Asociados. El presidente José Antonio Quesada García, cédula de identidad 9-066-939 y secretario José Antonio Quesada Ramírez, cédula de residencia 184000421424, tendrán la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo.—San José, 3 de julio del 2010.—Lic. Robin Bonilla Monge, Notario.—1 vez.—RP2010183797.—(IN2010056942).

Yo, Robin Bonilla Monge, notario público, hago constar que en escritura 176, visible al folio 135 frente del tomo 2 de mi protocolo, se constituyó la sociedad Desarrollos Iguanita Sociedad Anónima. El domicilio social será en San José, Goicoechea, Guadalupe, del Banco HSBC cincuenta este y cien norte Bufete R.J & Bonilla Asociados. El presidente José Antonio Quesada García, cédula de identidad Nº 9-066-939 y secretario José Antonio Quesada Ramírez, cédula de residencia 184000421424, tendrán la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo.—San José, 3 de julio del 2010.—Lic. Robin Bonilla Monge, Notario.—1 vez.—RP2010183798.—(IN2010056943).

Yo, Robin Bonilla Monge, notario público, hago constar que en escritura 177, visible al folio 136 frente del tomo 2 de mi protocolo, se constituyó la sociedad Iguanita Papagayo Sociedad Anónima. El domicilio social será en San José, Goicoechea, Guadalupe, del Banco HSBC cincuenta este y cien norte Bufete R.J & Bonilla Asociados. El presidente José Antonio Quesada García, cédula de identidad Nº 9-066-939 y secretario José Antonio Quesada Ramírez, cédula de residencia 184000421424, tendrán la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo.—San José 3 de julio del 2010.—Lic. Robin Bonilla Monge, Notario.—1 vez.—RP2010183799.—(IN2010056944).

Yo, Robin Bonilla Monge, notario público, hago constar que en escritura 179, visible al folio 138 frente del tomo 2 de mi protocolo se constituyó la sociedad Inmobiliaria Iguanita Sociedad Anónima. El domicilio social será en San José, Goicoechea, Guadalupe, del Banco HSBC cincuenta este y cien norte Bufete R.J & Bonilla Asociados. El presidente José Antonio Quesada García, cédula de identidad Nº 9-066-939 y secretario José Antonio Quesada Ramírez, cédula de residencia 184000421424, tendrán la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo.—San José, 3 de julio del 2010.—Lic. Robin Bonilla Monge, Notario.—1 vez.—RP2010183800.—(IN2010056945).

Por escritura número 29 tomo 20, del protocolo del suscrito notario, se reforma la cláusula 4 del pacto social de la sociedad Soluciones Integrales en Ingeniería y Construcción IICSA Sociedad Anónima, y se nombró nueva junta directiva.—Heredia, 6 de julio del 2010.—Lic. Xenia Lupita Sánchez González, Notaria.—1 vez.—RP2010183801.—(IN2010056946).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las 14:15 horas del 15 de mayo del 2010, se constituyó la sociedad denominada El Jardín De Las Gerberas Sociedad Anónima. Presidenta: Elba Nida Solano Ulate.—Barva, 6 de julio del 2010.—Lic. Guillermo Montero Solera, Notario.—1 vez.—RP2010183803.—(IN2010056947).

Por escritura otorgada, a las 17:00 horas del 25 de junio del 2010, Mergin Mora Granados y Carlos Alberto Ugarte Chevez, constituyeron una sociedad anónima con la denominación que le asigne el Registro según su número de cédula jurídica, con plazo de 100 años, capital de 80.000 colones, domicilio en Liberia, Guanacaste. Presidente: Mergin Mora Granados.—Liberia, 29 de junio del 2010.—Lic. Gerardo Camacho Nassar, Notario.—1 vez.—RP2010183806.—(IN2010056948).

En esta notaría, a las 8:45 horas del 7 de julio del 2010, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Corporación Cacho y Barba Sociedad Anónima. Se revocan nombramientos y se hacen nuevos. Se modifica cláusula sexta del pacto constitutivo. Presidente: Marquis Víctor (nombre) Aita (apellido).—Naranjo, siete de julio del dos mil diez.—Lic. Emilia María Pacheco Morera, Notaria.—1 vez.—RP2010183810.—(IN2010056949).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, el día 6 de julio del 2010, a las 10:00 horas, la sociedad 3-101-600167 sociedad anónima, protocolizó acuerdos en que se reforman las cláusulas primera y segunda del pacto social.—San José, 6 de julio del 2010.—Lic. Javier Enrique Pacheco Mauro, Notario.—1 vez.—RP2010183811.—(IN2010056950).

Por escritura otorgada ante esta Notaría el día 06 de julio del 2010 a las 09:00 horas, la sociedad Portafolio de Entretenimientos Sociedad Anónima, protocolizó acuerdos en que se reforma la cláusula décima del pacto social.—San José, 06 de julio del 2010.—Lic. Javier Enrique Pacheco Mauro, Notario.––RP2010183812.––(IN2010056951).

Por escritura otorgada ante mi Notaría de las 15 horas del 5 de julio de 2010, José Joaquín Molina Tijerino y Rebeca Molina Lobo, constituyeron Ventana Diez Cuarenta Ltda. Capital social 10.000 colones. Domicilio: Guadalupe, 310 metros al norte del Banco de Costa Rica, condominio Santa Mónica Nº 26. Se nombra gerente a la segunda y subgerente al primero.—Lic. Jorge Villalobos Sánchez, Notario.––1 vez.––RP2010183814.––(IN2010056952).

Ante mi Notaría, a las diez horas del veintitrés de abril del año dos mil diez, mediante la escritura número ciento sesenta y cinco, visible a folio cien vuelto del tomo cinco de mi protocolo, se constituye la entidad Innovación en Eventos y Mercadeo Sociedad Anónima, plazo social noventa y nueve años, capital social la suma de diez mil colones, y el presidente de la junta directiva ostenta la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Freddy Jiménez Chacón, Notario.––1 vez.––RP2010183815.––(IN2010056953).

Constitución de la sociedad denominada CCG Constructora Calvo García Sociedad Anónima, constituida ante el notario público, Lic. Wálter Martínez Ceciliano, escritura número doscientos ocho, otorgada en Cartago, a las diecisiete horas con treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil diez. Visible del folio ciento treinta y uno vuelto al ciento treinta y tres vuelto del tomo segundo de mi protocolo.—Lic. Wálter Martínez Ceciliano, Notario.––1 vez.—RP2010183816.––(IN2010056954).

Por escritura pública otorgada ante esta Notaría el 05-07-2010, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Los Agarrados Sociedad Anónima, entidad con cédula de persona jurídica número 3-101-142856, donde se modifica cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo y donde se nombra nuevo presidente y tesorero de la junta directiva.—Tilarán, 05 de julio, 2010.—Lic. Gustavo Adolfo Wattson Gómez, Notario.––1 vez.––RP2010183818.––(IN2010056955).

Por escritura pública otorgada ante esta Notaría el 05-07-2010, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de El Llano de Las Mulas Sociedad Anónima, entidad con cédula de persona jurídica número 3-101-510412, donde se modifica cláusula octava del pacto constitutivo y donde se nombran nuevo presidente, secretario y tesorero de la junta directiva.—Tilarán, 05 de julio, 2010.—Lic. Gustavo Adolfo Wattson Gómez, Notario.––1 vez.––RP2010183819.––(IN2010056956).

Por escritura pública otorgada ante esta Notaría el 05-07-2010, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones La Ladera de Cañas Sociedad Anónima, entidad con cédula de persona jurídica número 3-101-077665, donde se modifica cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo y donde se nombran nuevos presidente y secretario de la junta directiva.—Tilarán, 05 de julio, 2010.—Lic. Gustavo Adolfo Wattson Gómez, Notario.––1 vez.––RP2010183820.––(IN2010056957).

En mi Notaría el día seis de julio del dos mil diez, se llevó a cabo el cambio de nombre de la sociedad Serviseguros Chorotega Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta y siete mil trescientos cincuenta y seis, por el de Empresa Constructora Cañas Corobicí Sociedad Anónima, así mismo el cambio de junta directiva y domicilio social de la misma.—Cañas, Guanacaste, 6 de julio del 2010.—Lic. Herman Apuy Chen, Notario.––1 vez.––RP2010183822.––(IN2010056958).

Por escritura pública otorgada ante esta Notaría el 05-07-2010, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Andesa Sociedad Anónima, entidad con cédula de persona jurídica número 3-101-026777, donde se modifica cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo y donde se nombra nuevo presidente y vicepresidente de la junta directiva.—Tilarán, 05 de julio, 2010.—Lic. Gustavo Adolfo Wattson Gómez, Notario.––1 vez.––RP2010183823.––(IN2010056959).

Por escritura número ciento uno-tres otorgada a las 8:15 horas del seis de julio del año dos mil diez, se constituyó la sociedad que se denominará por el número de cédula jurídica que le asigne el Registro Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Plazo social: 99 años.—Lic. Mario Cisneros Herrera, Notario.––1 vez.––RP2010183824.––(IN2010056960).

Por escritura número nueve-uno otorgada a las 14:00 horas del 05 de julio del 2010, se constituyó la sociedad que se denominará por el número de cédula jurídica que le asigne el Registro Nacional, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Plazo social: 99 años.—Lic. Grettel Cisneros Arce, Notaria.––1 vez.––RP2010183825.––(IN2010056961).

Por escritura número ciento ochenta-cinco, otorgada ante esta notaría, a las quince horas del veintiocho de junio del año dos mil diez, se concluyó la persona jurídica Asesores Villamarín Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—Heredia, ocho horas del seis de julio del dos mil diez.—Lic. Jorge Eduardo Morales Fernández, Notario.––1 vez.––RP2010183831.––(IN2010056962).

Hoy he protocolizado acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios  de  la  compañía  Brycel  Internacional S. A., en la cual se modifican las cláusulas segunda, sétima, décima y décima segunda del pacto social.—Mercedes de Montes de Oca, dieciséis de junio del dos mil diez.—Lic. Deborah Ann Lores Lares, Notaria.––1 vez.––RP2010183835.––(IN2010056963).

Hoy he protocolizado acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Inversiones Turísticas del Punto Veintiséis S. A., en la cual se modifica totalmente el pacto social.—Mercedes de Montes de Oca, veintiuno de junio del dos mil diez.—Lic. Deborah Ann Lores Lares, Notaria.––1 vez.––RP2010183836.—(IN2010056964).

Mediante escritura número ciento treinta del tomo trece de esta notaría, se constituyó la sociedad denominada L.E.W. Business Sociedad Anónima, capital social cien mil colones. Presidente: William Toro Salgado. Domicilio social: Tibás.—San José, seis de julio del dos mil diez.—Lic. Aixa Quesada Gutiérrez, Notaria.––1 vez.––RP2010183837.––(IN2010056965).

En mi notaría en esta fecha, se constituyó la sociedad Seguridad  Los  Claveles   Sociedad Anónima, con domicilio en Calle Fallas, Desamparados, del centro comunal, veinticinco metros sur, y cien este, casa color marrón, con plazo de noventa y nueve años. Presidente: Florencio González Rodríguez.—Lic. Juana Odilí Altamirano Urrutia, Notaria.—1 vez.—RP2010183839.—(IN2010056966).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad Wideman & Lisa Limitada, a las nueve horas treinta minutos del día tres de julio del dos mil diez, ante la notaria pública Natalia Carolina Espinoza Chaves, mediante escritura pública número ciento treinta y ocho del tomo segundo de mi protocolo.—Atenas, tres de julio del dos mil diez.—Lic. Juana Odilí Altamirano Urrutia, Notaria.—1 vez.—RP2010183840.—(IN2010056967).

Ante mí, se ha constituido la sociedad FCBK S. A. Presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actúa conjunta o separadamente. Plazo social: cien años. Domicilio social: Tibás, San José.—Coronado, seis de julio del dos mil diez.—Lic. Ligia  María Mora Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2010183845.—(IN2010056968).

Mediante protocolización de acta de asamblea extraordinaria de accionistas otorgada ante mi notaría, a las once horas del catorce de junio de dos mil diez, se modificó la cláusula del pacto constitutivo  relativa al  domicilio de  la  sociedad Santa Juanita S. A. Se reorganiza además la conformación del órgano directivo.—San José, 7 de julio del 2010.—Lic. Silvia Pacheco Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2010183847.—(IN2010056969).

Mediante protocolización de acta de asamblea extraordinaria de accionistas otorgada ante mi notaría, a las diecisiete horas del veinte de mayo del dos mil diez, se modificó la cláusula del capital social de la sociedad Master Lex S. A.—San José, 7 de julio del 2010.—Lic. Silvia Pacheco Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2010183848.—(IN2010056970).

Por escritura pública número 304, otorgada en mi notaría, a las 16:00 horas del día 5 de julio del 2010, procedí a protocolizar acta número 1 de asamblea general extraordinaria de accionistas de Aventuras Gaviota Dos Mil Sociedad Anónima, se modificó domicilio social, se nombró nuevo presidente y secretaria.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—RP2010183850.—(IN2010056971).

Ante esta notaría se protocoliza el acta número tres de la asamblea general extraordinaria de la sociedad AV Tech Sociedad Corporación Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno-trescientos mil cuatrocientos sesenta y ocho, se acuerda modificar la cláusula sétima referente a revocar el nombramiento de los miembros actuales, y el nombramiento de nuevos representantes.—Lic. Víctor Manuel González Loría, Notario.—1 vez.—RP2010183852.—(IN2010056972).

Ante el notario Lic. Rogelio Acuña Altamirano, notario publico de San José, se constituye sociedad anónima la cual se denomina Servicios Técnicos Generales Nuñez & Ramírez Sociedad Anónima. Plazo social: cien años. Domicilio: Alajuelita. Objeto; Actividad en refrigeración y aire acondicionado.—San José, seis de julio del dos mil diez.—Lic. Rogelio Alb. Acuña Altamirano, Notario.—1 vez.—RP2010183853.—(IN2010056973).

Por escritura otorgada a las doce horas del 1º de julio del 2010, se constituyó la sociedad denominada The Post Sociedad Anónima, con un capital social de un millón de colones suscrito y pagado.—San José, 1º de julio del 2010.—Lic. Fernando Mora Oreamuno, Notario.—1 vez.—RP2010183856.—(IN2010056974).

Por escritura otorgada en Cartago, a las once horas del siete de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad anónima denominada Inversiones y Representaciones Sa.Sa E y C S. A., domiciliada en la ciudad de Cartago, con un plazo de noventa y nueve años. Capital social: de diez mil colones. Presidente y secretario como apoderados generalísimos sin límite de suma.— Cartago, diez de marzo del dos mil diez.—Lic. Adrián Masís Mata, Notario.—1 vez.—RP2010183857.—(IN2010056975).

Por escritura número setenta y tres del siete de julio del dos mil diez, se protocolizó en lo conducente ante esta notaría acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Finca Escalante Verde Sociedad Anónima, mediante la cual se modificó su denominación por Guanacaste y Jícaro Sociedad Anónima, y además se modificaron las cláusulas segunda y sexta, y se nombró nuevo secretario y agente residente.—Lic. Lothar Arturo Volio Volkmer, Notario.—1 vez.—RP2010183858.—(IN2010056976).

Mediante escritura otorgada en mi notaría, a las catorce horas veinte minutos del dos de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad anónima denominada Lasken S. A., domiciliada en Golfito. Capital social: suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, se nombra junta directiva y fiscal.—San José, siete de julio del dos mil diez.—Lic. Hazel Salas Desanti, Notaria.—1 vez.—RP2010183860.—(IN2010056977).

Ante esta notaría, en escritura número doscientos cincuenta y nueve,  se  constituye  sociedad  anónima  denominada Cota Nina S. A. Domiciliada: en la Ciudad de Guanacaste, Santa Cruz, con un plazo social: de noventa y nueve años, su representante Yeau Luc Marie Pierre Jardel con facultades de apoderado generalísimo.—San José, 7 de julio del 2010.—Lic. José Eladio Fallas Valverde, Notario.—1 vez.—RP2010183861.—(IN2010056978).

Maricela Alpízar Chacón y Carlos Eduardo Salgado García, constituyen la sociedad Ciao Máximo CI Vediano Sociedad Anónima (Ciao Massimo CI Vediamo S. A.) nombrándose en ese acto al presidente, secretario, tesorero, fiscal y agente residente. Escritura otorgada en Heredia, a las 10:00 horas del 26 de junio del 2010.—Lic. Néstor Morera Víquez, Notario.—1 vez.—RP2010183863.—(IN2010056979).

Ante esta notaría, en escritura número doscientos sesenta, se constituye sociedad anónima denominada Familletotain S. A. Domiciliada en la Ciudad de Guanacaste, Santa Cruz, con un plazo social de noventa y nueve años, su representante Jean Pierre Totain, con facultades de apoderado generalísimo.—San José, 7 de julio del 2010.—Lic. José Eladio Fallas Valverde, Notario.—1 vez.—RP2010183864.—(IN2010056980).

Por escritura pública número cuarenta y seis del tomo quinto del protocolo, otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del día siete de junio del dos mil diez, se constituyó la compañía denominada Rafmarju C Y S Sociedad de Responsabilidad Limitada, con domicilio en Heredia, Urbanización Aries, trescientos metros al norte de la entrada principal, figurando el gerente como apoderado generalísimo sin límite de suma y los subgerentes como apoderados generales, actuando los subgerentes, conjunta o separadamente.—Heredia cinco de julio del dos mil diez.—Lic. José Luis Marín Quirós, Notario.—1 vez.—RP2010183865.—(IN2010056981).

Mediante escritura otorgada el día de hoy en mi notaría, la sociedad Rocafe S. A., reforma la cláusula sexta del pacto social y nombra vicepresidente y fiscal.—San José, 7 de julio del 2010.—Lic. Guillermo Montealegre Mata, Notario.—1 vez.—RP2010183867.—(IN2010056982).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 1º de julio del 2010, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Oficina de Representación Comercial de Puerto Rico en La República de Costa Rica S. A., mediante la cual se reforma la cláusula tercera del pacto social.—San José, 1º de julio del 2010.—Laura Granera Alonso, Notaria.—1 vez.—RP2010183868.—(IN2010056983).

Por escritura pública otorgada ante el suscrito notario, se protocolizaron las actas de asamblea extraordinaria y asamblea ordinaria de la Asociación Cámara Costarricense de Restaurantes y Afines, se reformó el estatuto y se nombró nueva junta directiva.—San José, 7 de julio del 2010.—Lic. Pablo Barahona Krüger, Notario.—1 vez.—RP2010183874.—(IN2010056984).

Ante esta notaría por escritura pública número sesenta y seis, a las doce horas del siete de julio, se constituyó ante esta notaría la sociedad denominada Marketing y Distribución de Marcas.Lic. Álvaro Hernández Chan, Notario.—1 vez.—RP2010183880.—(IN2010056985).

Ante mí, Pablo Arias González, notario público con oficina en Atenas, hago constar que el día veinticinco de junio del dos mil diez, a las ocho horas en la ciudad de San Ramón, se realizó la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Valle Gema A.H.A. S. A., en la cual se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo.—Atenas, seis de julio del dos mil diez.—Lic. Pablo Arias González Notario.—1 vez.—RP2010183881.—(IN2010056986).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad anónima que se denominará Inversiones Magajo de Occidente R & A. Plazo: 99 años. Capital social: cien mil colones. Objeto: comercio en General.—San Ramón, Alajuela, siete de julio del dos mil diez.— Lic. Frineth María Salas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2010183883.—(IN2010056987).

Por medio de escritura otorgada en San Isidro de El General de Pérez Zeledón, a las doce horas del dos de julio del dos mil diez, se modificó la cláusula de representación judicial y extrajudicial de la sociedad denominada El Altar de Don Pedro Sociedad Anónima, correspondiéndole únicamente al presidente y secretario, el cargo de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Dos de julio del dos mil diez.—Lic. Walter Chacón Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2010183884.—(IN2010056988).

Mediante escritura autorizada por mí, a las nueve horas del seis de julio del dos mil diez, se constituyó la compañía EPHOPH  LLC Limitada, con un capital social de treinta mil colones.—San José, seis de julio del dos mil diez.—Lic. Alfredo Gallegos Villanea, Notario.—1 vez.—RP2010183885.—(IN2010056989).

Por escritura otorgada ante este notario, a las diez horas del seis de julio del dos mil diez, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Miller Cox Incorporated Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas primera, segunda y sétima del pacto social.—San José, seis de julio del dos mil diez.—Lic. Alfredo Gallegos Villanea, Notario.—1 vez.—RP2010183886.—(IN2010056990).

Mediante escritura otorgada por mí, a las ocho horas treinta minutos del seis de julio del dos mil diez, se constituyó la compañía denominada Mitsuko DAI Limitada, con un capital social de treinta mil colones.—San José, seis de julio del dos mil diez.—Lic. Alfredo Gallegos Villanea, Notario.—1 vez.—RP2010183887.—(IN2010056991).

La suscrita notaria Kattya Arias Arroyo, hace constar que el día 10 de mayo del 2010, se constituyó la sociedad denominada CG Soluciones E.I.R.L., cuyo representante legal es Cristian Ceciliano Villalobos, con un capital social de 10.000 colones, con domicilio social en la ciudad de Tres Ríos, Cartago.—San José, 3 de julio del 2010.—Lic. Kattya Arias Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2010183892.—(IN2010056992).

La suscrita notaria Kattya Arias Arroyo, hace constar que el día 10 de mayo del 2010, se constituyó la sociedad denominada Servicios Multidisciplinarios GM E.I.R.L., cuyo representante legal es José Gabriel Morera Morera, con un capital social de 10.000 colones, con domicilio social en la ciudad de Atenas, Alajuela,.—San José, 3 de julio del 2010.—Lic. Kattya Arias Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2010183893.—(IN2010056993).

Ante esta notaría, los señores Alonso Solano Rodríguez, cédula 1-780-479; y Ana Alejandra Solano Rodríguez, cédula 1-963-732, han constituido la empresa Alesoro S. A. Capital social: ¢100,000.00 Presidenta: Ana Alejandra Solano Rodríguez. Escritura otorgada a las 10:00 horas del 29 de junio del 2010.—Lic. Oscar Mora Vargas, Notario.—1 vez.—RP2010183894.—(IN2010056994).

La suscrita notaria Kattya Arias Arroyo, hace constar que el día 10 de mayo del 2010, se constituyó la sociedad anónima denominada VJ s Solution, E.I.R.L., cuyo representante legal es Karol Sugey Venegas Jiménez, con un capital social de ¢10.000.00, con domicilio social en la ciudad de San José.—San José, 3 de julio del 2010.—Lic. Kattya Arias Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2010183895.—(IN2010056995).

Ante la Licenciada Marta Carolina López Espinoza, se constituyó Publi Impresiones Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Abarca Salazar, apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—Heredia, primero de julio del dos mil diez.—Lic. Carolina López Espinoza, Notaria.—1 vez.—RP2010183896.—(IN2010056996).

Por escritura otorgada en mi notaría, se procedió a la constitución de las compañías que se denominarán: La Joya de Moctezuma S. A., Las Griegas Alturas de Moctezuma S. A., Bajas Tierras de Moctezuma S. A., Cerros Venegas de Occidente S. A., Isla B.B. Cerritos S. A., Punta Los Pinos Griegos S. A., Riscos y Laderas de Castilla S. A., La Vuelta de la Argentina S. A., y Entre Callejuelas Griegas S. A. Presidente: Carlos José Mateo Peralta y vicepresidente: Carlos Trejos Rivera. Capital social inicial: cien mil colones. Domicilio: Puente Piedra, Grecia, Alajuela.—Lic. Juan Rafael Zavala Tasies, Notario.—1 vez.—RP2010183897.—(IN2010056997).

A las nueve horas del seis de julio del dos mil diez, en mi notaría se constituyó la sociedad anónima denominada Pechiri & Hijos Sociedad Anónima. Presidenta: Rosa Angélica Pérez Chavez. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: diez mil colones.—Lic. Ana Rebeca Porras Mejías, Notaria.—1 vez.—RP2010183898.—(IN2010056998).

Por escrituras otorgadas ante el suscrito notario público, a las diez horas del cinco de abril del dos mil diez y su adición de las once horas del primero de julio del dos mil diez, se modificaron cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo de El Miedo Sociedad Anónima. Se nombró nueva tesorera.—Nicoya, primero de junio del dos mil diez.—Lic. Ricardo Jiménez Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2010183904.—(IN2010056999).

Mediante escritura 211-7 de las 10:55 horas del 2 de junio del dos mil diez, se constituyó sociedad anónima de nombre Inmobiliaria Azafrán de Costa Rica S. A.—San José, 2 de julio del 2010.—Lic. Douglas Castro Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2010183907.—(IN2010057000).

En escritura pública número ciento cuatro del tomo nueve, ante mí, Luis Gustavo Ocampo Rojas, se constituyó la sociedad otorgada en San José, a las dieciséis horas del veintisiete de mayo del dos mil diez, JP Investments del Este Sociedad Anónima que corresponde en español a Inversiones JP del Este Sociedad Anónima.—San José, 6 de julio del 2010.—Lic. Luis Gustavo Ocampo Rojas, Notario.—1 vez.—RP2010183908.—(IN2010057001).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las ocho horas del primero de julio del dos mil diez, se modificó la cláusula cuarta del estatuto social de la sociedad Las Piedras Albas de Cachí Sociedad Anónima. Domicilio social en la provincia de San José.—Heredia, cinco de junio del dos mil diez.—Lic. Rodrigo Vargas Araya, Notario.—1 vez.—RP2010183909.—(IN2010057002).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas diez minutos del día siete de julio del dos mil diez, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Palmas de Tamarindo Amatista, Sociedad Anónima. Donde se acuerda modificar la cláusula sétima de los estatutos y se revocan y hacen nombramientos.—San José, siete de julio del dos mil diez.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2010183910.—(IN2010057003).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las ocho horas cincuenta minutos del día siete de julio del dos mil diez, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Hanga Roa de Pascua HRP, Limitada. Donde se acuerda modificar la cláusula sétima de los estatutos y se revocan y hacen nombramientos.—San José, siete de julio del dos mil diez.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2010183911.—(IN2010057004).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas treinta minutos del día siete de julio del dos mil diez, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Almidones y Químicos Internacionales, S. A. Donde se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, siete de julio del dos mil diez.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2010183912.—(IN2010057005).

Giovanni (nombre) Giugliani (apellido) y Raquel Mejía Reyes constituyen la compañía denominada Gigara Inversiones Sociedad Anónima. Capital social: ¢10,000.00. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límites de suma. Otorgada en Santa Cruz, Guanacaste a las diez horas del día veintitrés de junio del dos mil diez.—Alida María Cubillo Chavarría, Notaria.—1 vez.—RP2010183913.—(IN2010057006).

Hugo Gonzalo (nombres) Jiménez Calderón (apellidos) y Ingeborg (nombre) Kreuzer de Jiménez (apellidos) constituyen la compañía denominada Ingeborg Sociedad anónima. Capital social ¢10,000.00. Tesorera y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límites de suma. Otorgada en Santa Cruz, Guanacaste a las nueve horas del día veintiuno de junio del dos mil diez.—Lic. Alida María Cubillo Chavarría, Notaria.—1 vez.—RP2010183914.—(IN2010057007).

Hugo Gonzalo (nombres) Jiménez Calderón (apellidos) y Ingeborg (nombre) Kreuzer de Jiménez (apellidos) constituyen la compañía denominada Dolce Zuko Sociedad Anónima. Capital social ¢10,000.00. Tesorera y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límites de suma. Otorgada en Santa Cruz, Guanacaste a las ocho horas del día veintiuno de junio del dos mil diez.—Lic. Alida María Cubillo Chavarría, Notaria.—1 vez.—RP2010183915.—(IN2010057008).

Hugo Gonzalo (nombres) Jiménez Calderón (apellidos) y Ingeborg (nombre) Kreuzer de Jiménez (apellidos) constituyen la compañía denominada Projects and Business Sociedad Anónima. Capital social: ¢10,000.00. Tesorera y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límites de suma. Otorgada en Santa Cruz, Guanacaste a las diez horas del día veintiuno de junio del dos mil diez.—Lic. Alida María Cubillo Chavarría, Notaria.—1 vez.—RP2010183916.—(IN2010057009).

Hoy día he protocolizado acta de la sociedad Maremi Internacional S. A. donde se modifica la cláusula segunda de los estatutos.—Desamparados, San José, seis de julio del dos mil diez.—Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—RP2010183917.—(IN2010057010).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 24 de junio del 2010, se constituyó Menag Agro S. A.—Lic. Eugenio F. Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2010183918.—(IN2010057011).

Por escritura otorgada ante mí, a las 9:20 horas del 16 de mayo del 2010, se constituyó Finsterwald E.I.R.L.—Lic. Eugenio F. Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2010183919.—(IN2010057012).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:20 horas del 16 de mayo del 2010, se constituyó Hasle E.I.R.L.—Lic. Eugenio F. Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2010183920.—(IN2010057013).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:30 horas del 16 de mayo del 2010, se constituyó Schuepfheim E.I.R.L.—Lic. Eugenio F. Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2010183921.—(IN2010057014).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad anónima denominada Repuestos Automotrices para Exportar Domínguez Sociedad Anónima, nombrándose como presidente al señor Bernardo de los Santos Domínguez, cédula de identidad 8-0093-0629.—Lic. Shirley Sánchez Bustamante, Notaria.—1 vez.—RP2010183925.—(IN2010057015).

Por escritura otorgada ante esta notaría se constituyó la sociedad Advanced Mind Research Sociedad Anónima.—San José, siete de julio del dos mil diez.—Lic. Laura Gabriela Chaverri Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2010183927.—(IN2010057016).

Mediante la escritura ciento noventa y dos del tomo sexto de mi protocolo, se constituyó Arcsa Group Sociedad Anónima. Escritura otorgada al ser las diecisiete horas del día veintiséis de junio del dos mil diez. Sr. Eduardo David Arce Vega, Presidente.—Lic. Julio Antonio Morúa Martínez, Notario.—1 vez.—(IN2010057122).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del siete de julio del dos mil diez, se constituye la sociedad, Credi Smart Cri, Sociedad Anónima. Capital social: cien mil dólares.—San José, seis de julio del 2010.—Lic. Ramón Rodríguez Vindas, Notario.—1 vez.—(IN2010057124).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las doce horas treinta minutos del siete de julio del dos mil diez, la sociedad denominada Exportadora Ramy Sociedad Anónima, realiza nombramientos y reforma sus estatutos.—San José, siete de julio del dos mil diez.—Lic. Blanca Cecilia Briceño Bustos, Notaria.—1 vez.—(IN2010057129).

Los señores Johnny Gregorio Viloria Aparicio y Maribel Peña, constituyen la sociedad Chocolate Factory SRL, la cual tendrá su domicilio en Heredia, Ulloa, Mall Real Cariari, nivel uno, kiosko número cinco, el capital social es la suma de cien mil colones y el objeto de la misma será sin limitación alguna a cualquier actividad comercial, científica, industrial, agraria, de turismo en general u otras que le produzcan retribución económica. Plazo: 99 años. Gerente Johnny Gregorio Viloria Aparicio. Escritura otorgada a las 10:30 horas del 7 de julio del 2010.—Lic. Wayner González Arguedas, Notario.—1 vez.—(IN2010057130).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se constituyó Guardería Happy Place Sociedad Anónima.—Heredia, 7 de julio del 2010.—Lic. Mario Benavides Rubí, Notario.—1 vez.—(IN2010057134).

Ante esta notaría, a las catorce horas del seis de julio del dos mil diez, se apersonaron Hermes Navarro Vargas y Claudia Zúñiga Bernal, a constituir una sociedad anónima cuyo nombre será Sistemas de Oficina Deluxe Sociedad Anónima.—Lic. Lidia Lizzeth Rojas Flores, Notaria.—1 vez.—(IN2010057135).

Por escritura número sesenta y dos, otorgada a las nueve horas del día ocho de julio del dos mil diez, visible al folio cincuenta y seis vuelto del tomo cuarto del protocolo de la notaria pública Adriana Segura Balmaceda se aumentó el capital social de la sociedad Bufete A. Rodríguez & Asociados, Sociedad Anónima. Es todo.—San José, ocho de julio del dos mil diez.—Lic. Adriana Segura Balmaceda, Notaria.—1 vez.—(IN2010057143).

Por escritura otorgada ante la notaría de Vivian Wyllins Soto en conotariado con el Lic Alejandro Wyllins Soto, se modificó la cláusula sétima en cuanto a la administración del pacto constitutivo de la sociedad Exportadora R y S Ornamentales Sociedad Anónima, es todo.—San José, cinco de julio del dos mil diez.—Lic. Alejandro Wyllins Soto, Notario.—1 vez.—(IN2010057157).

Mediante escritura pública número ciento ochenta y seis, otorgada en Alajuela a las ocho horas del catorce de mayo del dos mil diez, ante la notaria Catalina Rojas Ramírez se constituyó sociedad anónima denominada Unión de Transportistas del Centro Educativo Adventista S. A.—Alajuela 7 de julio del 2010.—Lic. Catalina Rojas Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2010057159).

Mediante escritura pública número doscientos, otorgada en Alajuela a las quince horas del veintiuno de junio del dos mil diez, ante la notaria Catalina Rojas Ramírez se constituyó sociedad anónima denominada Soluciones de Valor Agregado de Costa Rica S. A.—Alajuela, 7 de julio del 2010.—Lic Catalina Rojas Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN20100857160).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18:00 horas del 6 de julio del 2010, se constituyó la sociedad que se denominará Llanos de Monte Verde Sociedad Anónima. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Presidente. y vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Edgardo Mena Páramo, Notario.—1 vez.—(IN2010057167).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17:00 horas con 40 minutos del 6 de julio del 2010, se constituyó la sociedad que se denominará Montes del Guacimal Sociedad Anónima. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Presidente y vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Edgardo Mena Páramo, Notario.—1 vez.—(IN2010057168).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17:00 horas con 25 minutos del 6 de julio del 2010, se constituyó la sociedad que se denominará Suerres del Atlántico Sociedad Anónima. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Presidente y vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Edgardo Mena Páramo, Notario.—1 vez.—(IN2010057169).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17:00 horas con 15 minutos del 6 de julio del 2010, se constituyó la sociedad que se denominará Sistemas de Protección Industrial Empresarial Sociedad Anónima. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Presidente y vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Edgardo Mena Páramo, Notario.—1 vez.—(IN2010057170).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17:00 horas con 5 minutos del 6 de julio del 2010, se constituyó la sociedad que se denominará con el número de cédula jurídica sociedad anónima. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Presidente y vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Edgardo Mena Páramo, Notario.—1 vez.—(IN2010057171).

Ante esta notaría a las doce horas con cuarenta y cinco minutos del ocho de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad que se denomina con el nombre de Fantasía Heliconia de Villamar Sociedad Anónima. Presidente, vicepresidente, primer secretario, segundo secretario y tesorero, todos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social íntegramente suscrito y pagado.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2010057173).

Ante esta notaría a las doce horas con cuarenta y cinco minutos del ocho de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad que se denomina con el nombre de Fantasía Heliconia de Espamar Sociedad Anónima. Presidente, vicepresidente, primer secretario, segundo secretario y tesorero, todos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social íntegramente suscrito y pagado.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2010057174)

Ante esta notaría a las doce horas con quince minutos del ocho de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad que se denomina con el nombre de fantasía Heliconia de Terramar Sociedad Anónima. Presidente, vicepresidente, primer secretario, segundo secretario y tesorero, todos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social íntegramente suscrito y pagado.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2010057175).

Ante esta notaría a las doce horas del ocho de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad que se denomina con el nombre de fantasía Tulipán de Villamar Sociedad Anónima. Presidente, vicepresidente, primer secretario, segundo secretario y tesorero, todos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social íntegramente suscrito y pagado.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2010057176).

Ante esta notaría a las once horas con cuarenta y cinco minutos del ocho de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad que se denomina con el nombre de fantasía Tulipán de Espamar Sociedad Anónima. Presidente, vicepresidente, primer secretario, segundo secretario y tesorero, todos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social íntegramente suscrito y pagado.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2010057177).

Ante esta notaría a las once horas con treinta minutos del ocho de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad que se denomina con el nombre de fantasía Tulipán de Terramar Sociedad Anónima. Presidente, vicepresidente, primer secretario, segundo secretario y tesorero, todos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social íntegramente suscrito y pagado.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2010057178).

Ante esta notaría a las once horas con quince minutos del ocho de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad que se denomina con el nombre de fantasía Anturio de Villamar Sociedad Anónima. Presidente, vicepresidente, primer secretario, segundo secretario y tesorero, todos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social íntegramente suscrito y pagado.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2010057179).

Ante esta notaría a las once horas del ocho de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad que se denomina con el nombre de fantasía Anturio de Espamar Sociedad Anónima. Presidente, vicepresidente, primer secretario, segundo secretario y tesorero, todos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social íntegramente suscrito y pagado.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2010057180).

Ante esta notaría a las diez horas con cuarenta y cinco minutos del ocho de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad que se denomina con el nombre de fantasía Anturio de Terramar Sociedad Anónima. Presidente, vicepresidente, primer secretario, segundo secretario y tesorero, todos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social íntegramente suscrito y pagado.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2010057181).

Ante esta notaría a las diez horas con treinta minutos del ocho de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad que se denomina con el nombre de fantasía Amapola de Villamar Sociedad Anónima. Presidente, vicepresidente, primer secretario, segundo secretario y tesorero, todos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social íntegramente suscrito y pagado.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2010057182).

Ante esta notaría a las diez horas con quince minutos del ocho de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad que se denomina con el nombre de fantasía Amapola de Espamar Sociedad Anónima. Presidente, vicepresidente, primer secretario, segundo secretario y tesorero, todos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social íntegramente suscrito y pagado.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2010057183).

Ante esta notaría a las diez horas del ocho de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad que se denomina con el nombre de fantasía Amapola de Terramar Sociedad Anónima. Presidente, vicepresidente, primer secretario, segundo secretario y tesorero, todos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social íntegramente suscrito y pagado.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2010057184).

Ante esta notaría a las diecisiete horas del seis de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad Momentos Boutique Sociedad Anónima. Presidente y tesorero ambos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: íntegramente suscrito y pagado.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2010057185).

Por escritura otorgada hoy 08 de julio del 2010 a las 10:00 horas, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Millionaire Inc Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó modificar las cláusulas segunda y novena de los estatutos.—San José, 08 de julio del 2010.—José Alejandro Martínez Castro, Notario.—1 vez.—(IN2010057189).

Que por escritura pública otorgada ante esta notaría al ser las nueve horas del siete de julio del año dos mil diez, se constituyó la sociedad Defhorn Engeneering Sociedad Anónima cuyo domicilio es en San José, con capital social de quinientos mil colones suscrito y pagado; y cuya representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma corresponde al presidente. Es todo.—San José, siete de julio del año dos mil diez.—Lic. Andrea Héctor Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2010057254).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario en San José a las 11 horas de hoy, he procedido a constituir la sociedad anónima denominada Tonjibe Margarita Sol Lote Cuatro-D, Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Domicilio: San José. Objeto: Actividades comerciales e industriales y capital social: diez mil colones.—San José, 08 de julio del 2010.—Lic. Alejandro Montealegre Isern, Notario.—1 vez.—(IN2010057267).

Ante mi notaría se ha constituido la empresa Vista al Cerro Naranjero Sociedad Anónima, presidente: Carlos Barquero Santamaría. Escritura otorgada en Alajuela a las dieciocho horas del veinte de abril del dos mil diez.—Lic. Carlos González Campos, Notario.—1 vez.—(IN2010057292).

Por escritura número cinco -siete, otorgada ante esta notaría a las veinte horas del siete de julio del año dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Calmont Internacional Ltda, mediante la cual se reformó la cláusula segunda y se hizo nuevo nombramiento de agente residente.—San José, siete de julio del año dos mil diez.—Lic. Jorge Federico Baldioceda Baltodano, Notario.—1 vez.—(IN2010057293).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:40 horas del 7 de julio del 2010, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios, celebrada a las 10:40 horas del 7 de julio del 2010, de la sociedad El Yorsh Comunication Sociedad Anónima, por medio de la cual se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo, en cuanto al nombre social, y se nombra tesorero.—San José, 7 de julio del 2010.—Lic. Ana María Valverde Ramos, Notaria.—1 vez.—IN2010057295).

En mí notaría a las 17:50 del 06 de julio del 2010, constituye sociedad anónima domiciliada en Alajuela. Razón social Mats S.A. Presidente: Richard Arnold Mac Auley Sr.—Alajuela, 07 de julio del 2010.—Lic. Daniel Arroyo Bravo, Notario.—1 vez.—(IN2010057296).

En mí notaría a las 12:00 del 07 de julio del 2010, constituye sociedad limitada domiciliada en Alajuela. Razón social: Liana Verde Ltda. Gerente: Michael Henry Moncarz.—Alajuela, 07 de julio del 2010.—Lic. Daniel Arroyo Bravo, Notario.—1 vez.—(IN201057297).

En mí notaría a las 17:50 del 06 de julio del 2010, reforma pacto constitutivo de la sociedad denominada Trans Quirós S. A. Presidente Manuel Quirós Víquez.—Alajuela, 7 de julio del 2010.—Lic. Daniel Arroyo Bravo, Notario.—1 vez.—(IN2010057298).

En mí notaría a las 18:20 del 06 de julio del 2010, reforma pacto constitutivo de la sociedad denominada Maderas El Alto de Guatemala S. A. Presidenta Alba María Marlenne Meany de Hage.—Alajuela 07 de julio del 2010.—Lic. Daniel Arroyo Bravo, Notario.—1 vez.—(IN2010057299).

Aldicón S. A, y Yadyra Eugenia Simón Rojas, constituyen Importadora Hispanotica del Este S. A. Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las 8:00 horas del día 28 de julio del 2010. Presidente: Luis Diego Simón Rojas.—Lic. Vanessa Angulo Torres, Notaria.—1 vez.—(IN2010057303).

Por escritura número 127 otorgada a las 9:00 horas del 7 de julio del 2010, Edwin Valentín Alberto Solano y Elsy Graciela Machado Jiménez constituyeron Inversiones Oceanía XXI, Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones. Es todo.—San José, 7 de julio del 2010.—Lic. Iara Lancaster Cortés, Notaria.—1 vez.—(IN2010057312).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del veinticinco de mayo del dos mil diez, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Flora Springs Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-seiscientos tres mil seiscientos ochenta y dos, de las diez horas del veinticinco de mayo del dos mil diez, mediante la cual se reforma la cláusula sexta de los estatutos y se nombra nuevo gerente.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2010057315).

Yo, Marco Antonio Fernández López, protocolicé acta general extraordinaria de la sociedad Monterrey Cien de la Playa Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y nueve mil setecientos diecisiete, donde se modifica la cláusula de la representación y se nombra presidente y secretario. Escritura otorgada en San José, a las quince horas del siete de julio del dos mil diez.—Lic. Marco Fernández López, Notario.—1 vez.—(IN2010057336).

Yo, Marco Antonio Fernández López, protocolicé acta general extraordinaria de la sociedad Almont Partner Inc Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y nueve mil cuatrocientos setenta y cuatro; donde se modifica la cláusula de la representación y se nombra presidente y secretario. Escritura otorgada en San José a las doce horas del seis de julio del dos mil diez.—Lic. Marco Fernández López, Notario.—1 vez.—(IN2010057337).

Por escritura número cuatrocientos dos, iniciada al folio ciento ochenta y siete vuelto del tomo número octavo de mi protocolo, otorgada a las trece horas del ocho de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Seguridad Gómez y Brenes Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Se nombra presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Alajuela, 8 de julio del 2010.—Lic. Rafael De La Peña Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2010057338).

Yo, Marco Antonio Fernández López, protocolicé acta general extraordinaria de la sociedad Zanja Almont Inc Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y un mil ochocientos cuarenta y dos; donde se modifica la cláusula de la representación y se nombra presidente y secretario. Escritura otorgada en San José a las once horas del seis de julio del dos mil diez.—Lic. Marco Fernández López, Notario.—1 vez.—(IN2010057339).

Mediante escritura número 198 de folio 189 vuelto del tomo 6 de mi protocolo, se ha constituido Autoport US S. A., presidente apoderado generalísimo sin límite de suma. Domicilio social: San José, avenida 2 y 0 calle 26 número S 33.—San José 7 de julio de 2010.—Lic. Nairy Ulate Molina, Notaria.—1 vez.—(IN2010057340).

Rolando Antonio Leon-Páez Brealey y Vanessa Aracelly Cubas Cavero, constituyen una sociedad limitada que se denominará Constructora Apa Limitada. Domiciliada en Alajuela. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Plazo social: cien años. Se nombró gerente general a Rolando Antonio León-Páez Brealey. Escritura número 26 otorgada a las 8:30 horas del 6 de julio del 2010, otorgada ante la Notaria Yasmín Herrera Mahomar.—San José, 6 de julio del dos mil diez.—Lic. Yasmín Herrera Mahomar, Notaria.—1 vez.—(IN2010057342).

Rolando Antonio Leon-Páez Brealey y Vanessa Aracelly Cubas Cavero, constituyen una sociedad limitada que se denominará ITG Imports Limitada. Domiciliada en Alajuela. Capital social totalmente suscrito y pagado. Plazo social: cien años. Se nombró gerente general a Rolando Antonio León-Páez Brealey. Escritura número 25 otorgada a las 8:00 horas del 6 de julio del 2010, otorgada ante la notaria Yasmín Herrera Mahomar.—San José, 6 de julio del dos mil diez.—Lic. Yasmín Herrera Mahomar, Notaria.—1 vez.—(IN2010057344).

Por escritura quinientos diecisiete, otorgada ante mí, a las doce horas del ocho de julio del dos mil diez, se constituyó sociedad anónima conforme al número de inscripción registral, con un plazo social de noventa y nueve años a partir de su constitución, y con un capital social de diez mil colones.—San José, 10 de julio del 2010.—Lic. Oscar Murillo Castro, Notario.—1 vez.—(IN2010057362).

Ante mi notaría se protocolizó el día de hoy acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria número dos de Conceptos y Diseños Tres Mil Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos treinta y tres mil cuatrocientos treinta y tres, celebrada en su domicilio social. Mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto social, se nombra nuevo presidente, secretario y agente residente.—Trece horas del ocho de julio del dos mil diez.—Lic. Miguel Córdoba Retana, Notario.—1 vez.—(IN2010057366).

La sociedad Tres-Ciento Uno-Seiscientos Seis Cero Treinta y Cinco Sociedad Anónima, cuya cédula jurídica es la misma que el nombre, nombra nueva Junta Directiva y reforma cláusula segunda del pacto constitutivo. Protocolización ante la notaría de la Licenciada Hazel Solano Siles. Es todo.—San José, 9 de julio del 2010.—Lic. Hazel Solano Siles, Notaria.—1 vez.—(IN2010057371).

Al ser las 14:00 horas del 5 de julio del año 2010, protocolicé acta de asamblea de accionistas ordinaria y extraordinaria de la compañía Yoresh Tov S. A. Se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo, y se nombra junta directiva.—San José, 8 de julio del 2010.—Lic. José Antonio Saborío De Rocafort, Notario.—1 vez.—(IN2010057372).

Por escritura otorgada a las 17:00 horas del 5 de julio del 2010, se constituyeron las siguientes sociedades anónimas denominadas Bosques del Río Platino Uno Sociedad Anónima, Bosques del Río Esmeralda Dos Sociedad Anónima, Bosques del Río Oro Tres Sociedad Anónima, Bosques del Río Zafiro Cuatro Sociedad Anónima, Bosques del Río Plata Cinco Sociedad Anónima, Bosques del Río Rubí Seis Sociedad Anónima, Bosques del Río Diamante Siete Sociedad Anónima, Bosques del Río Topacio Ocho Sociedad Anónima, Bosques del Río Perla Nueve Sociedad Anónima, Bosques del Río Mendocina Diez Sociedad Anónima, Bosques del Río Agua Marina Once Sociedad Anónima, Bosques del Río Cuarzo Doce Sociedad Anónima, Bosques del Río Amatista Trece Sociedad Anónima, Bosques del Río Citrina Catorce Sociedad Anónima, Bosques del Río Ópalo Quince Sociedad Anónima, Bosques del Río Ónix Dieciséis Sociedad Anónima, Bosques del Río Jaspe Diecisiete Sociedad Anónima, Bosques del Río Granate Dieciocho Sociedad Anónima, Bosques del Río Circón Diecinueve Sociedad Anónima, Bosques del Río Turquesa Veinte Sociedad Anónima, Bosques del Río Coral Veintiuno Sociedad Anónima y Bosques del Río Ámbar Veintidós Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial: presidente, secretario y tesorero, individualmente.—San José, seis de julio del dos mil diez.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—(IN2010057380).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 8:00 horas del 7 de julio de 2010, se constituyó Consultores Jurídicos Urbanos Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 8 de julio del 2010.—Lic. Marco Antonio Sánchez Pereira, Notario.—1 vez.—(IN2010057411).

Mediante escritura número doscientos cincuenta y cinco-uno, de las ocho horas del cinco de julio del dos mil diez, ante la notaria María Jesús Espinoza Garro, se protocolizó asamblea extraordinaria de socios de la empresa Tienda de Cortinas Carolina Sociedad Anónima, donde se nombró como nueva presidenta a la señorita Amanda Espinoza Padilla. Así mismo se modificó la cláusula sétima del pacto constitutivo para que de ahora en adelante el presidente sea el apoderado generalísimo de la compañía actuando en forma única. Presidenta Amanda Espinoza Padilla.—Lic. María Jesús Espinoza Garro, Notaria.—1 vez.—RP2010183929.—(IN2010057437).

Por escritura setenta-cinco, otorgada ante esta notaría, a las 18:00 horas del 15 de junio del 2010, se constituyó la sociedad anónima denominada Destinos Aventura Asesores de Turismo Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones exactos, representada por 2 acciones nominativas de cinco mil colones cada una. Objeto: servicios varios, comercio en general, así como cualquier fin lícito. Domicilio: San Isidro, centro, Pérez Zeledón, frente al Colono Valle Fértil, en tienda Lotus. Presidente: Walter Acevedo Álvarez, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Yesenia González Retana, Notaria.—1 vez.—RP2010183930.—(IN2010057438).

Por escritura 170 del tomo 2 de esta notaría, el 5 de julio del 2010, se constituyó sociedad anónima Electrotécnicos del Sur Sociedad Anónima. Domicilio social: San Isidro de El General, provincia de San José, exactamente  veinticinco metros sur y cien metros oeste de la Guardia Rural. Presidente: Luis Enrique Montenegro Machado.—Lic. Alfredo Sánchez Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2010183931.—(IN2010057439).

Escritura número 150, tomo 11, en esta notaría se constituyó; indicar como denominación social el número de cédula jurídica que respectivamente le corresponda al momento de la inscripción de la sociedad. Domicilio social: San Isidro de Pérez Zeledón, cantón diecinueve, provincia de San José, exactamente ciento cincuenta metros oeste del Hotel Diamante Real. Capital social: seis mil colones, representado por seis acciones comunes y nominativas de 1.000 colones cada una, íntegramente suscritas y pagadas. La representación judicial y extrajudicial de la sociedad corresponderá al presidente. Es todo.—San José, Pérez Zeledón, siete de julio del dos mil siete.—Lic. Nelson Quirós Naranjo, Notario.—1 vez.—RP2010183932.—(IN2010057440).

Por escritura otorgada a las 10:00 horas del día de hoy se protocolizó acta de la compañía de esta plaza, Agropecuaria José López S. A. mediante la cual se reforma la cláusula novena de los estatutos referente a la representación judicial y extrajudicial de la empresa.—San José, 14 de junio del 2010.—Lic. Jorge Henry Vega Salazar, Notario.—1 vez.—RP2010183935.—(IN2010057441).

Por la escritura número 016-49 del tomo 49 del protocolo del notario Casimiro Vargas Mora, otorgada en esta ciudad a las 13:00 horas del siete de julio del 2010, la sociedad costarricense denominada 3-102-591996 Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula tres-ciento dos-quinientos noventa y un mil novecientos noventa y seis. Modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, 7 de julio del 2010.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—RP2010183937.—(IN2010057442).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de R. P. Holding Company Limitada, celebrada en su domicilio social a las 12:00 horas del 5 de julio del 2010. Se acuerda revocar el nombramiento del gerente actual y en su lugar se nombra al señor Robert Kyle Barnett. Se nombra como agente residente al Licenciado Leonardo Salazar Villalta.—San José, 6 de julio del 2010.—Lic. Leonardo Salazar Villalta, Notario.—1 vez.—RP2010183941.—(IN2010057443).

Ante esta notaría se ha constituido la sociedad anónima denominada: Asociación Taurina Sarapiqueña Sociedad Anónima con un plazo social de noventa y nueve años. Domicilio social en la ciudad de Sarapiquí de Heredia. Se lleva a cabo esta publicación para los fines pertinentes.—San José, ocho de julio del dos mil diez.—Lic. Mario Zamora Mata, Notario.—1 vez.—RP2010183942.—(IN2010057444).

Aceros Centroamericanos S. A. modifica la cláusula quinta de su pacto constitutivo aumentando su capital social a 30 millones de colones. Notarios Max Pérez y Vera Denise Mora Salazar, escritura otorgada a las 17:00 horas del 30 de junio del 2010.—Lic. Max Pérez González, Notario.—1 vez.—RP2010183943.—(IN2010057445).

Mediante escrituras otorgadas ante esta notaría, a las 15:15, 16:00 y 17:00 horas del 7 de julio del año en curso, se protocolizaron las asambleas generales de accionistas de las empresas: a) Inmobiliaria Ullapool S. A., donde se reforma la cláusula primera del pacto social. b) Propiedades Mesalles Salazar Limitada, donde se reforman las cláusulas segunda, cuarta, quinta y sexta de pacto social. c) Inversiones Garrigas S. A., donde se reforman las cláusulas del domicilio, del objeto y del capital social del pacto constitutivo.—San José, 7 de junio del 2010.—Lic. Andrés Mora Carli, Notario.—1 vez.—RP2010183946.—(IN2010057446).

El día de hoy, ante mí, Lorena Montt Villacura, notaria pública con oficina en San José, se constituyó AMITA S. A. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, siete de mayo del dos mil diez.—Lic. Lorena Montt Villacura, Notaria.—1 vez.—RP2010183947.—(IN2010057447).

Yo, Lorena Montt Villacura, notaria pública con oficina en San José, el día de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Cristal Vitro S. A. Se modifica la cláusula cuarta de los estatutos.—San José, veintiocho de junio del dos mil diez.—Lic. Lorena Montt Villacura, Notaria.—1 vez.—RP2010183948.—(IN2010057448).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas veinte minutos del siete de julio del dos mil diez, se eliminó la cláusula décimo cuarta del pacto constitutivo de la sociedad Brujas Fútbol Club Escazú Sociedad Anónima Deportiva, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y ocho mil setecientos cincuenta.—Grecia, siete de julio del dos mil diez.—Lic. Christian Ocampo Vargas, Notario.—1 vez.—RP2010183955.—(IN2010057449).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diecisiete horas del día siete de julio del dos mil diez, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada 3-101-587185 S. A. Donde se acuerda reformar la cláusula primera e incluir la cláusula décima primera de los estatutos y se revocan y se hacen nombramientos.—San José, siete de julio del dos mil diez.—Lic. Jacobo Alter Montvelisky, Notario.—1 vez.—RP2010183956.—(IN2010057450).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Cerealia Fugaz Sociedad Anónima, cédula 3-101-501534, en la cual se modifica la cláusula primera del nombre, se denominará: Inversiones Monteingenio Sociedad Anónima, segunda del domicilio, la sexta de la administración. Escritura otorgada a las diecisiete horas del cinco de julio del dos mil diez.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2010183957.—(IN2010057451).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Clorose Fugaz Sociedad Anónima, cédula 3-101-500773, en la cual se modifica la cláusula primera del nombre, se denominará: Inversiones Montegrecia Sociedad Anónima, segunda del domicilio, la sexta de la administración. Escritura otorgada a las diecisiete horas treinta minutos del cinco de julio del dos mil del diez.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2010183958.—(IN2010057452).

El suscrito notario dejo constancia que el edicto respectivo, de Transportes Encomiendas Pérez C.P.J. Sociedad Anónima. Se constituye mediante escritura veintiuno, visible al folio diez frente, del tomo sexto de mi protocolo. Es todo.—Santa Ana, doce horas diez minutos del siete de julio del dos mil diez.—Lic. Carlos Luis Guerrero Salazar, Notario.—1 vez.—RP2010183959.—(IN2010057453).

Ante mí, Rafael Eliécer Cascante Arias notario público, se constituyó la sociedad denominada. Prefabricados P Z Sociedad de Responsabilidad Limitada, pudiéndose abreviar como Prefabricados P Z S R L. Gerente la señora Jerlyn Mora Valverde.—Pérez Zeledón, a las diecisiete horas del treinta de junio del dos mil diez.—Lic. Eliécer Cascante Arias, Notario.—1 vez.—RP2010183960.—(IN2010057454).

Ante mí, Rafael Eliécer Cascante Arias notario público, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Sayawis Sociedad Anónima, constituida por diez acciones o títulos nominativos de mil colones cada uno. Presidenta Sandra Patricia Cascante Calderón.—Lic. Eliécer Cascante Arias, Notario.—1 vez.—RP2010183962.—(IN2010057455).

Por escritura otorgada hoy ante mí, a las diecisiete horas protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada por 3-101-604229 Sociedad Anónima.—Pérez Zeledón, quince de junio del dos mil diez.—Lic. Carolina Artavia Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—RP2010183963.—(IN2010057456).

Por escritura otorgada hoy ante mí, a las ocho horas, Juan Manuel de único apellido Flores, Ruth Núñez Madrigal y Angie Sofía Ugalde Núñez, constituyeron Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Pérez Zeledón, San Isidro, exactamente frente a la ferretería Feymaco, edificio comercial Dos Mil, primera planta. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Juan Manuel de único apellido Flores.—Pérez Zeledón, tres de julio del dos mil diez.—Lic. Juan Luis Artavia Mata, Notario.—1 vez.—RP2010183964.—(IN2010057457).

Por escritura de las 9:00 horas del siete de julio del dos mil diez, Oportunidades de Costa Rica S. A., reforma la cláusula segunda en cuanto al domicilio social y la novena en cuanto a la administración.—Luis Alberto Paniagua Acuña, Notario.—1 vez.—RP2010183966.—(IN2010057458).

Por escritura otorgada ante mí en San José, a las dieciocho horas, del ocho de setiembre del dos mil nueve, los señores Shirley y Héctor Eduardo Solís Córdoba, constituyen conforme al inciso seis del decreto ejecutivo número tres cuatro seis nueve uno J Sociedad Anónima. Capital social: seis mil colones. Domicilio social: Escazú, San José. Plazo social: cien años.—Lic. Sandra Solís Corrales, Notaria.—1 vez.—RP2010183968.—(IN2010057459).

La suscrita notaria pública Xinia Arias Naranjo hago constar y doy fe que ante esta notaría, se constituyó la sociedad anónima denominada Mirador de las Nubes S. A., con domicilio en Ojochal, Osa, Puntarenas, ciento cincuenta metros al este del Hotel Villas Gaía.—Seis de julio del dos mil diez.—Lic. Xinia Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—RP2010183973.—(IN2010057460).

Ante esta notaría por medio de escritura pública número 140-IV, de las 11:30 horas del 5 de julio del 2010, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Club Casa Blanca Liberiana CBL S. A., en la cual se tomaron los siguientes acuerdos: Primero: se adicionó la cláusula décimo quinta al pacto constitutivo. Segundo: se adicionó la cláusula décimo sexta al pacto constitutivo. Tercero: se removió a los miembros de la junta directiva. Segundo: se nombraron los siguientes miembros: Presidente: José Mauricio Contreras Navarro. Secretario: Luis Diego Calzada Monge. Tesorero: Sergio Camacho Bervacqua.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2010183974.—(IN2010057461).

Ante esta notaría por medio de escritura pública número 139-IV, de las 11:00 horas del 5 de julio del 2010, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Vecinos del Residencial Casa Blanca S. A. en la cual se tomaron los siguientes acuerdos: Primero: se removió a los miembros de la junta directiva. Segundo: se nombraron los siguientes miembros: Presidente: José Mauricio Contreras Navarro. Secretario: Luis Diego Calzada Monge. Tesorero: Sergio Camacho Bervacqua.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2010183975.—(IN2010057462).

Ante esta notaría por medio de escritura pública número 134 IV, de las 15:00 horas del 1º de julio del 2010, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Dancing Ballerina Ltda. en la cual se tomaron los siguientes acuerdos: Primero: se removió al gerente general. Segundo: se realizaron los siguientes nombramientos: Gerente General: Róger Dale Martín.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2010183976.—(IN2010057463).

Ante esta notaría por escritura treinta y ocho de las 15:00 horas del 7 de julio del 2010 se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Océanos A. S. Cuatro Sociedad Anónima. Se reformó cláusula cuarta del pacto social y se nombró presidenta.—Alajuelita, 7 de julio del 2010.—Lic. Andrés Retana Retana, Notario.—1 vez.—RP2010183977.—(IN2010057464).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 19:00 horas del 21 de junio del 2010, se constituyó Saykat Consultores S. A., cuya representación social recae en su presidenta y su secretario.—Lic. Oscar Rojas Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2010183978.—(IN2010057465).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 17:00 horas del 21 de enero del 2009, se constituyó Paqueret S. A., cuya representación social recae en su presidente y tesorero.—Lic. Oscar Rojas Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2010183979.—(IN2010057466).

Ante esta notaría por escritura treinta y siete de las 14:30 horas del 7 de julio del 2010 se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Monte Bello Lote Veintiuno AMZ Sociedad Anónima. Se reformó cláusula cuarta del pacto social y se nombró presidenta.—Alajuelita, 7 de julio del 2010.—Lic. Andrés Retana Retana, Notario.—1 vez.—RP2010183980.—(IN2010057467).

Ante esta notaría por escritura treinta y seis de las 14:00 horas del 7 de julio del 2010 se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de La Cueva de las Ostras de Playa Tamarindo Limitada. Se reformó cláusula octava del pacto social y se nombró gerente general.—Alajuelita, 7 de julio del 2010.—Lic. Andrés Retana Retana, Notario.—1 vez.—RP2010183981.—(IN2010057468).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del día siete de julio del dos mil diez, se protocoliza acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas, de la sociedad denominada tres-ciento uno-seiscientos ocho mil ochocientos setenta y ocho sociedad anónima. Se acuerda reformar las cláusulas segunda, quinta y undécima del pacto constitutivo.—San José, siete de julio del dos mil diez.—Lic. Hannia Mayela Cubero Li, Notario.—1 vez.—RP2010183983.—(IN2010057469).

El suscrito notario hace constar que ante mi notaría, el día de hoy, se constituyó la sociedad Oifro Vega Montero Sociedad Anónima.—Puntarenas, 8 de julio del 2010.—Lic. Guillermo Carballo Rojas, Notario.—1 vez.—RP2010183984.—(IN2010057470).

Protocolización del acta de la asamblea general extraordinaria número uno, de la sociedad Costa Rica en Movimiento Sociedad Anónima, se modifican las siguientes cláusulas de la Ley Constitutiva: Cláusula segunda para que se lea de ahora en adelante como sigue: Segunda: Domicilio social: La sociedad tendrá su domicilio social en la provincia de Alajuela, cantón primero Alajuela, distrito trece La Garita, exactamente Dulce Nombre frente al Clero, y podrá establecer agencias y sucursales en cualquier lugar, dentro y fuera del país. Cláusula sexta: para que se lea de ahora en adelante como sigue: Sexta: La sociedad será administrada por una Junta Directiva, compuesta por tres miembros socios o no a saber: presidente, tesorero, secretario, quienes durarán en sus cargos por todo el plazo social, o hasta que sean removidos por muerte, renuncia o incapacidad. El presidente y el tesorero, tendrán la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma, actuando conjunta o separadamente, de conformidad con lo establecido por el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, siendo que a su vez podrá otorgar poderes, sustituir su mandato en todo o en parte, reservándose su ejercicio, revocar sustituciones o hacer otras de nuevo. Escritura otorgada en Atenas, a las catorce horas del día seis de julio del dos mil diez.—Lic. Karla Vanessa González Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2010183986.—(IN2010057471).

Por escritura Nº 92, otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 23 de junio del 2010, la compañía Empresarios Unidos de Coronado Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica Nº 3-101-130748, modifica la cláusula “Octava: Del Consejo de Administración” del pacto constitutivo.—San José, 25 de junio del 2010.—Lic. Gabriela Vargas Rounda, Notaria.—1 vez.—RP2010183987.—(IN2010057472).

Por escritura Nº 113, otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 28 de junio del 2010, la Compañía Transportista del Suroeste Limitada, cédula de persona jurídica Nº 3-102-010970, modifica la cláusula “Segunda: Del domicilio” del pacto constitutivo.—San José, 29 de junio del 2010.—Lic. Sergio Valverde Segura, Notario.—1 vez.—RP2010183988.—(IN2010057473).

Por escritura Nº 93, otorgada ante esta notaría, a las 14:30 horas del 23 de junio del 2010, la compañía Taller de Autobuses Coronado  Sociedad  Anónima,  cédula  de  persona jurídica Nº 3-101-327095, modifican las cláusulas “Sétima: Del Consejo de Administración”, y “Octava: La representación judicial y extrajudicial de la sociedad” del pacto constitutivo.—San José, 25 de junio del 2010.—Lic. Gabriela Vargas Rounda, Notaria.—1 vez.—RP2010183989.—(IN2010057474).

Por escritura Nº 128, de las 12:00 horas del día 6 de julio del 2010, Arnoldo Padilla Pacheco y Rodolfo Méndez Orozco, constituyeron sociedad denominada Clifton Transfer Inc Sociedad Anónima. Capital social: ¢1.000.000,00. Presidente: Arnoldo Padilla Pacheco.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2010183990.—(IN2010057475).

Por escritura otorgada en la notaría del notario público Óscar Luis Trejos Antillón, número 200 del tomo 12, de las 12:00 horas del día 7 del mes de julio del 2010, se protocoliza la asamblea de la sociedad denominada Incro Internacional S. A., donde se modifica el domicilio, se nombra presidente, y se revoca poder generalísimo.—San José, 7 de julio del 2010.—Lic. Óscar Luis Trejos Antillón, Notario.—1 vez.—RP2010183991.—(IN2010057476).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inmobiliaria Las Vistas Lote Ochocientos Veinticinco Sociedad Anónima. Se modifica la cláusula segunda sobre el domicilio, el cual será en: San José, Rohrmoser, cincuenta al norte del Edificio de Alta Tecnología Franklin Chang. Se revoca el nombramiento del presidente, tesorero, secretario y fiscal de la junta directiva. Se nombra como presidente al señor: Neil Magneson. Escritura otorgada en San José, a las 09:00 horas del 1º de julio del 2010.—San José, 1º de julio del 2010.—Lic. Leonardo Salazar Villalta, Notario.—1 vez.—RP2010183992.—(IN2010057477).

Ante el suscrito notario, a las once horas catorce minutos del día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Nibi Network Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de julio del 2010.—Lic. Luis Alberto Pereira Brenes, Notario.—1 vez.—RP2010183994.—(IN2010057478).

Ante mí, Marcela Rodríguez Chaves, notaria pública, se constituyó a las ocho horas del diecisiete de abril del dos mil diez, una sociedad anónima que se denominará Biotierra Sociedad Anónima.—San José, cinco de julio del dos mil diez.—Lic. Marcela Rodríguez Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2010183995.—(IN2010057479).

Ante mí, Víctor Hugo González Vargas, notario público, se constituyó a las veinte horas del dieciséis de junio del dos mil diez, una sociedad anónima que se denominará Al-Aldoa Sociedad Anónima.—Palmares, cinco de julio del dos mil diez.—Lic. Víctor Hugo González Vargas, Notario.—1 vez.—RP2010183996.—(IN2010057480).

Ante mí, Víctor Hugo González Vargas, notario público, se constituyó a las quince horas del dieciséis de junio del dos mil diez, una sociedad anónima que utilizará como denominación social el número de cédula de persona jurídica asignado al momento de su inscripción. La denominación social de esta sociedad se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno guión J.—Palmares, dos de julio del dos mil diez.—Lic. Víctor Hugo González Vargas, Notario.—1 vez.—RP2010183997.—(IN2010057481).

Por escritura número ciento cincuenta y cuatro, de las diecinueve horas del seis de julio, se constituyó la sociedad denominada Adber Sociedad Anónima. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital: suscrito y pago.—San José, seis de julio del dos mil diez.—Lic. Jenny Rodríguez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2010183998.—(IN2010057482).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas treinta minutos del veintisiete de mayo del dos mil diez, se modifican las cláusulas segunda, tercera y novena de la sociedad denominada Kaukasian Corp Sociedad Anónima. Es todo.—San José, seis de mayo del dos mil diez.—Lic. José Arturo Leitón Salas, Notario.—1 vez.—RP2010184001.—(IN2010057483).

Ante la notaría de la Lic. Arlyn Salguero Rojas, mediante escritura número sesenta y ocho-uno, otorgada a las dieciséis horas con cincuenta minutos del seis de julio del dos mil diez, se modificó nombre y domicilio social de la sociedad anónima denominada Clean Solutions de Costa Rica M.M.A S. A. Publicado mediante edicto número.—Cartago, ocho de julio del dos mil diez.—Lic. Arlyn Salguero Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2010184002.—(IN2010057484).

Ante mí, Pablo Arias González, notario público con oficina en Atenas, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Mckimmey & Bek Limitada, a las diecisiete horas del siete de julio del dos mil diez. Gerente uno y gerente dos, con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, quienes tendrán las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Atenas, siete de julio del dos mil diez.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—RP2010184005.—(IN2010057485).

Por escritura Nº 31, otorgada en San José, a las 08:00 horas del 5 de julio del 2010, ante la notaria Fiorella Romero López, se modificó la cláusula seis del pacto constitutivo de la empresa Grupo Urbe Soluciones S. A., cédula jurídica Nº 3-101-559715, cuya representación judicial y extrajudicial corresponderá al presidente, secretario y tesorero, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, a las nueve horas del seis de julio del dos mil diez.—Lic. Fiorella Romero López, Notaria.—1 vez.—RP2010184006.—(IN2010057486).

Por escritura de las 09:00 horas del 31 de mayo del 2010, se constituye la sociedad Inversiones Los Cuatro Sociedad Anónima. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—San José, 31 de mayo del 2010.—Lic. Johnny Alberto Vargas Carranza, Notario.—1 vez.—RP2010184008.—(IN2010057487).

La Fundación Promotora de Vivienda, con cédula jurídica número tres-cero cero seis-ochenta y siete mil ciento noventa y nueve, comunica que en sesión veintidós de junio del dos mil dos diez, de la Junta Administrativa mediante acuerdo número ciento ocho-diez, se adiciona la cláusula segunda del pacto fundacional especificando la dirección donde se consigna el domicilio legal de dicha fundación, lo cual consta en la escritura número ciento veintidós, de las dieciséis horas y diez minutos del seis de julio del dos mil diez, otorgada por la notaria Anayansy Valverde Chaves.—Lic. Anayansy Valverde Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2010184009.—(IN2010057488).

Ante el suscrito notario, se constituye la sociedad anónima denominada Barsal Sur J y L Distribuidores Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones exactos, representados por cien acciones comunes y nominativas. Presidente: Edwin Barquero Guerrero.—Ciudad Neily, cinco de julio del dos mil diez.—Lic. Hilario Agüero Chaves, Notario.—1 vez.—RP2010184013.—(IN2010057489).

Por escritura otorgada ante esta notaría y esta ciudad, a las nueve horas del dos de julio del dos mil diez, Ópalo del Río S. A. Reforma las cláusulas primera y sétima, y nombra nuevo presidente y tesorera.—Lic. Juan Matamoros Lizano, Notario.—1 vez.—RP2010184017.—(IN2010057490).

Ante esta notaría, se ha protocolizado acta de asamblea extraordinaria de la sociedad Importadora y Exportadora El Paraíso Costeño S. A., por aumento de capital social.—San José, ocho de julio del dos mil diez.—Lic. Douglas Hernández Zamora, Notario.—1 vez.—RP2010184018.—(IN2010057491).

Mediante escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas del dieciocho de julio del dos mil ocho, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de la sociedad denominada Gavega Internacional Sociedad Anónima, para revocatoria y nombramiento de presidencia de junta directiva, y modificación del pacto constitutivo en su cláusula de administración de junta directiva.—San José, cinco de julio del dos mil diez.—Lic. Efrén Rivera Garbanzo, Notario.—1 vez.—RP2010184022.—(IN2010057492).

Carlos Emilio Fonseca Gutiérrez e Isabel Gargollo López, constituyen la empresa Wiski Casting & Sotck W C & S Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las once horas del día catorce de junio del dos mil diez.—San José, 6 de julio del 2010.—Lic. Freddy Mora Murillo, Notario.—1 vez.—RP2010184023.—(IN2010057493).

El suscrito notario hace constar que hoy, he protocolizado el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de las sociedades Las Olas Lapas Unos.R.L, y de la sociedad Tranquility Paradise S. A., mediante la cual se modificaron respectivamente de los estatutos sociales.—San José, 7 de julio del 2010.—Lic. Sebastián Vargas Roldán, Notario.—1 vez.—RP2010184024.—(IN2010057494).

Por escritura otorgada ante mí, a las 14:00 horas del 29 de junio del 2010, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Villa Crestones Lote Dos BBB S. A. Se reforma cláusulas segunda y octava de los estatutos, y se adiciona nueva cláusula. Se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 29 de junio del 2010.—Lic. Jaime Garro Canessa, Notario.—1 vez.—RP2010184027.—(IN2010057495).

Por escritura otorgada ante mí, a las 13:30 horas del 7 de julio del 2010, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Villa Crestones Lote Uno S. A. Se reforma cláusulas segunda y octava de los estatutos, y se agrega nueva cláusula. Se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 7 de julio del 2010.—Lic. Jaime Garro Canessa, Notario.—1 vez.—RP2010184028.—(IN2010057496).

Por escritura pública otorgada ante el notario Héctor Manuel Fallas Vargas, en San José, a las doce horas del siete julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad Inside Music Costa Rica Sociedad Anónima. Presidente y secretario, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, siete julio del dos mil diez.—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—RP2010184030.—(IN2010057497).

Ante esta notaria pública, se constituye Consultorías Veterinarias San Francisco de Asís S. A. Representación: presidente. Domicilio: Limón, Cariari de Pococí, frente a Subasta Palermo. Capital social: ¢10.000,00. Plazo: 99 años. Escritura otorgada a las 20:00 horas del 29 de junio del 2010.—Lic. Flor de María López Guido, Notaria.—1 vez.—RP2010184032.—(IN2010057498).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, en San José, a las 08:00 horas de hoy, he procedido a protocolizar el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Tree Four Five Sociedad Anónima, celebrada en Guanacaste, a las 17:00 horas del 7 de julio del 2010, mediante la cual se acordó reformar la cláusula segunda del pacto social, y nombrar nuevo tesorero de la junta directiva.—San José, 8 de julio del 2010.—Lic. Alejandro Montealegre Isern, Notario.—1 vez.—RP2010184034.—(IN2010057499).

El día 17 de junio del 2010, comparecieron ante esta notaría, Barrantes Aguilar Karol, mayor, cédula de identidad número uno-uno uno seis cinco-tres ocho cero, y Aguilar Valverde Yamileth, mayor, cédula de identidad número uno-cuatro cuatro cuatro-ocho tres seis, para constituir la sociedad anónima cuyo nombre será designado por el Registro, según el número de cédula jurídica que le corresponda, esto de conformidad con el Decreto Administrativo Nº 33171-J.—Lic. Óscar José Porras Cascante, Notario.—1 vez.—RP2010184036.—(IN2010057500).

El día 17 de junio del 2010, comparecieron ante esta notaría, Barrantes Aguilar Karol, mayor, cédula de identidad número uno-uno uno seis cinco-tres ocho cero, y Aguilar Valverde Yamileth, mayor, cédula de identidad número uno-cuatro cuatro cuatro-ocho tres seis, para constituir la sociedad anónima cuyo nombre será designado por el Registro, según el número de cédula jurídica que le corresponda, esto de conformidad con el Decreto Administrativo Nº 33171-J.—Lic. Óscar José Porras Cascante, Notario.—1 vez.—RP2010184037.—(IN2010057501).

Al ser las 14:00 horas del 28 de junio del 2010, ante la notaria Ángela Aurora Leal Gómez, se constituye la sociedad anónima denominada Hermanos González López Sociedad Anónima. Presidenta: Patrocina Eda López Zúñiga, cédula Nº 5-076-308. Vicepresidenta: Carmen Emel González López, cédula Nº 5-297-357.—Santa Cruz, 6 de julio del 2010.—Lic. Ángela Aurora Leal Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2010184039.—(IN2010057502).

Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, al ser las catorce horas del veintidós de marzo del dos mil diez, se ha protocolizado el acta número tres, de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas, modificándose la cláusula segunda y junta directiva de Pinturas y Carrocerías Almasi S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cuarenta y cuatro mil novecientos cuarenta y cinco.—Grecia, a las quince horas del dos de junio del dos mil diez.—Lic. Karolina Venegas Morera, Notaria.—1 vez.—RP2010184041.—(IN2010057503).

Por escritura otorgada a las diecisiete horas del día primero de julio, se constituyó la sociedad Tico Torres Inc Sociedad Anónima. Presidente, secretario y tesorero, con la representación judicial y extrajudicial. Capital social: suscrito y pagado. Domicilio: San José.—Ocho de julio del dos mil diez.—Lic. Adrián Fernández Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2010184042.—(IN2010057504).

Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, al ser las trece horas con treinta minutos del diecinueve de marzo del dos mil diez, se constituye la sociedad denominada Kasavem Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Kasavemsa S. A., nombre de fantasía. Domicilio social: La Argentina de Grecia, setenta y cinco al este de la pulpería La Criollita. Representación judicial y extrajudicial: presidente y vicepresidente, conjunta o separadamente. Lo anterior mediante escritura número setenta-once, visible a folio veintiocho vuelto del tomo once del protocolo del suscrito notario. Firmo en la ciudad de Grecia, a las quince horas del diecinueve de marzo del dos mil diez.—Lic. Emanuell Alfaro Umaña, Notario.—1 vez.—RP2010184043.—(IN2010057505).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad anónima denominada G S y M Asesores Educativos de Costa Rica Sociedad Anónima. Cuyo representante legal es el señor Ralp Steven Araya Méndez. Es todo.—San José, siete de julio del dos mil diez.—Lic. Cindy Cascante Carmona, Notaria.—1 vez.—RP2010184047.—(IN2010057506).

Por escritura otorgada ante los notarios públicos Rafael Medaglia Gómez y Laura Zumbado Loría, en San José, a las ocho horas del día catorce de setiembre del dos mil nueve, se constituye la empresa Style Design S. A., con domicilio en el Bufete Medaglia & Asociados, en San José, Sabana Sur, de la Librería Universal cien sur, cincuenta oeste y ochenta sur, correspondiendo al presidente y secretario, la representación de la empresa, con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Es todo.—San José, veintidós de junio del dos mil diez.—Lic. Rafael Medaglia Gómez, Notario.—1 vez.—RP2010184049.—(IN2010057507).

Que por escritura otorgada ante la notaría del Lic. Rafael Medaglia Gómez, a las 09:00 horas del día 5 de julio del 2010, se constituye la sociedad denominada Bejarano & Asociados Internacionales Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 6 de julio del 2010.—Lic. Rafael Medaglia Gómez, Notario.—1 vez.—RP2010184050.—(IN2010057508).

El suscrito notario hace constar con vista en la matriz, que se modificó la cláusula de administración y la cláusula de la representación legal de la empresa IMC Interamericana Medios de Comunicación Centroamérica S. A.—San José, siete de julio del dos mil diez.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—RP2010184058.—(IN2010057509).

En esta notaría, al ser las diecisiete horas del siete de julio del dos mil diez, se protocolizó el acta de la sociedad NPP Relaxation Mood Business Services Sociedad Anónima, en la que se acuerda nombrar nuevo presidente y nuevo secretario, así como otorgar poder generalísimo sin límite de suma.—San José, Escazú, siete de julio del dos mil diez.—Lic. Javier Francisco Chaverri Ross, Notario.—1 vez.—RP2010184061.—(IN2010057510).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas cuarenta minutos del día dos de julio del dos mil diez, se constituye sociedad anónima de acuerdo al Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, del 29 de mayo del 2006.—Lic. Óscar Alberto Arias Ugalde, Notario.—1 vez.—RP2010184062.—(IN2010057511).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el día ocho de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad anónima que se inscribirá bajo su número de cédula jurídica. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Domicilio social: San José. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, 8 de julio del 2010.—Lic. Dinorah Mora Molina, Notaria.—1 vez.—RP2010184064.—(IN2010057512).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del catorce de mayo, se constituyó sociedad anónima que se denominará por su número de cédula con el agregado de sociedad anónima.—Siete de julio del dos mil diez.—Lic. Óscar Enrique Chinchilla Mora, Notario.—1 vez.—RP2010184068.—(IN2010057513).

Por escritura otorgada ante esta notaria Paola Fonseca Rojas, carné Nº 15578, escritura otorgada en la ciudad de Grecia, a las 17:00 horas del 7 de julio del 2010, se constituyó la sociedad denominada Corporación e Inversiones Internacionales Constructora Bogantes Salas de Grecia Sociedad Anónima.—Lic. Paola Fonseca Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2010184069.—(IN2010057514).

Por escritura número veinte, otorgada a las dieciséis horas del día catorce de junio del dos mil diez, se constituyó la sociedad Inversiones Cibus Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuyo gerente, es el señor: Jimmy Durán Chavarría.—San José, 8 de julio del 2010.—Lic. José Francisco Acevedo Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2010184070.—(IN2010057515).

Por escritura otorgada ante mí, número treinta y nueve, del tomo veintinueve de mi protocolo, a las ocho horas treinta minutos del veinticinco de junio del dos mil diez, se constituye la sociedad Agroindustrial JAQC Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Agroindustrial JAQC S. A. Domicilio: Alajuela, San Antonio del Tejar, contiguo a la Agencia del ICE de San Antonio del Tejar, apartamento número dos. Capital: suscrito y pagado. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, primero de julio del dos mil diez.—Lic. Gerardo Antonio Murillo Saborío, Notario.—1 vez.—RP2010184071.—(IN2010057516).

Por escritura otorgada ante mí, número treinta y ocho, del tomo veintinueve de mi protocolo, a las ocho horas del veinticinco de junio del dos mil diez, se constituye la sociedad Caballeriza JQ Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Caballeriza JQ S. A. Domicilio: Alajuela, San Antonio del Tejar, contiguo a la agencia del ICE de San Antonio del Tejar, apartamento número dos. Capital: suscrito y pagado. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, primero de julio del dos mil diez.—Lic. Gerardo Antonio Murillo Saborío, Notario.—1 vez.—RP2010184072.—(IN2010057517).

El suscrito notario público Lic. Marvin Cerdas Cerdas, hace constar que en escritura número veinticinco, visible al folio trece vuelto, del tomo octavo de su protocolo, y misma otorgada a las nueve horas del seis de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Bear Limar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Lic. Marvin Cerdas Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2010184073.—(IN2010057518).

En la notaría de José Wilfredo Tercero Reyes, San José, de la Clínica Santa Rita, setenta y cinco metros oeste y cincuenta metros sur, se ha constituido la sociedad anónima que utilizará el nombre el número de cédula jurídica, según Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Socios: José Jaciento Brenes Molina y Francisco Javier Brenes Molina.—San José, a las dieciséis horas del siete de julio del dos mil diez.—Lic. José Wilfredo Tercero Reyes, Notario.—1 vez.—RP2010184074.—(IN2010057519).

El suscrito notario hace constar que el día de hoy, ante esta notaría y mediante escritura pública de las diez horas diez minutos del día veintiocho de junio del dos mil diez, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo referente a la administración de la sociedad denominada Ferreterías F Y F Sociedad Anónima.—Cartago, veintiocho de junio del dos mil diez.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—RP2010184075.—(IN2010057520).

El suscrito notario hace constar que el día de hoy, ante esta notaría y mediante escritura pública de las diez horas treinta minutos del día veintiocho de junio del dos mil diez, se modifica la cláusula novena del pacto constitutivo referente a la administración de la sociedad denominada Grupo Madedero Iztaru Sociedad Anónima.—Cartago, veintiocho de junio del dos mil diez.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—RP2010184076.—(IN2010057521).

El suscrito notario hace constar que el día de hoy, ante esta notaría y mediante escritura pública de las once horas del día veintiocho de junio del dos mil diez, se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo referente a la administración de la sociedad denominada Corporación Madedera M C M E Sociedad Anónima.—Cartago, veintiocho de junio del dos mil diez.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—RP2010184077.—(IN2010057522).

El suscrito notario hace constar que el día de hoy, ante esta notaría y mediante escritura pública de las diez horas del día veintiocho de junio del dos mil diez, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo referente a la administración de la sociedad denominada Auto Transportes Apolirzú Sociedad Anónima.—Cartago, veintiocho de junio del dos mil diez.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—RP2010184078.—(IN2010057523).

El suscrito notario hace constar que el día de hoy, ante esta notaría y mediante escritura pública de las once horas del día veintiocho de junio del dos mil diez, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo referente a la administración de la sociedad denominada Inmobiliaria San Rafael Sociedad Anónima.—Cartago, veintiocho de junio del dos mil diez.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—RP2010184079.—(IN2010057524).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del seis de marzo del dos mil diez, se constituyó la sociedad de esta plaza Muebles y Estructuras Blanco Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado. Presidente: señor Greddy Blanco Mora, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad. Es todo.—San José, veintiuno de junio del dos mil diez.—Lic. Nora Virginia Robles Cambronero, Notaria.—1 vez.—RP2010184083.—(IN2010057525).

He constituido la sociedad Nusach Grupo S. A., con un capital de cien mil colones. Plazo social: de noventa y nueve años a partir de su constitución. Representación judicial y extrajudicial corresponde a la presidenta: Nubia S. Salas Chinchilla, apoderada generalísima sin límite de suma, y secretario: Alexander Salas Chinchilla, apoderado generalísimo limitado a cuatro millones de colones, ambos actuando conjunta o separadamente.—San José, 8 de julio del 2010.—Lic. Rosmery Solís Corea, Notaria.—1 vez.—RP2010184084.—(IN2010057526).

Paulo Andrés Fedullo Miranda y Ana Marcela Gómez Calvo, constituyen sociedad anónima de conformidad con lo establecido en los artículos dos y tres del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento sesenta y uno-J. Escritura otorgada a las dieciocho horas del siete de julio del dos mil diez.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2010184086.—(IN2010057527).

Mediante escritura pública número cincuenta y tres-siete, otorgada a las dieciocho horas dos minutos del dos de julio del dos mil diez, ante la notaría del Lic. Maynor Gómez Goicoechea, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Corporación DFC Investment Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años a partir de su constitución, y con un capital social de diez mil colones. Domicilio social: San José, La Trinidad de Moravia, Urbanización El Edén, casa cuarenta y uno.—San José, seis de julio del dos mil diez.—Lic. Maynor Gómez Goicoechea, Notario.—1 vez.—RP2010184087.—(IN2010057528).

Mediante escritura de hoy, ante mí, Guiselly Arias Agüero y Deilyn Lissette López Arias, constituyen la firma Inversiones Gattanera S. A. Capital: suscrito y pagado. Presidenta: la socia Guiselly.—Puriscal, 21 de junio del 2010.—Lic. Eduardo Mora Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2010184089.—(IN2010057529).

Mediante escritura de hoy, ante mí, Guiselly Arias Agüero y Deilyn Lissette López Arias constituyen la firma S.O.S. Veterinario S. A., capital suscrito y pagado, Presidenta la socia Guiselly.—Puriscal, 16 de junio del 2010.—Lic. Eduardo Mora Sibaja, Notaria.—1 vez.—RP2010184090.—(IN2010057530).

Mediante escritura número trescientos treinta y cinco del tomo diecinueve del protocolo de la licenciada Carmen Lidia Elizondo Vásquez, con fecha del ocho de julio de dos mil diez, se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad Acacia Carabali Limitada.—Lic. Carmen Lidia Elizondo Vásquez, Notaria.—1 vez.—RP2010184092.—(IN2010057531).

Mediante escritura número trescientos treinta y tres-diecinueve del tomo diecinueve del protocolo de la licenciada Carmen Lidia Elizondo Vásquez, con fecha del seis de julio de dos mil diez, se constituye sociedad anónima Inversiones Antares de Occidente Limitada.—Lic. Carmen Lidia Elizondo Vásquez, Notaria.—1 vez.—RP2010184093.—(IN2010057532).

Mediante escritura número trescientos treinta y dos-diecinueve del tomo diecinueve del protocolo de la licenciada Carmen Lidia Elizondo Vásquez, con fecha del seis de julio de dos mil diez, se constituye sociedad anónima Imizuzu Limitada.—Lic. Carmen Lidia Elizondo Vásquez, Notaria.—1 vez.—RP2010184094.—(IN2010057533).

Ante esta notaría mediante la escritura pública número ciento diecinueve otorgada a las ocho horas del once de junio del dos mil diez, se constituyó la sociedad Dierogui Sociedad Anónima. Es todo.—Heredia veintinueve de abril del dos mil diez.—Lic. Ana Córdoba Artavia, Notaria.—1 vez.—RP2010184096.—(IN2010057534).

En San José, ante la notaría del licenciado Juan Carlos Bonilla Portocarrero, a las dieciséis horas del nueve de junio del dos mil diez, se constituyó la sociedad de esta plaza que se denominará Soluciones Profesionales Gvitech Sociedad Anónima, capital social suscrito y pagado: diez mil colones exactos.—San José, 6 de julio del 2010.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—RP2010184099.—(IN2010057535).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 16:00 horas del día 5 de julio del 2010, se constituyó la empresa denominada, Inversiones Julymer S. A. domiciliada en la Ribera de Belén, Heredia, cincuenta metros al oeste del cementerio local, presidente Víctor Julio Víquez Carvajal, cédula 2-237-727, capital social quinientos mil colones.—Belén, Heredia, 5 de julio del 2010.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2010184100.—(IN2010057536).

Por escritura de protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Extremos Peligrosos S. A., otorgada a las 10:00 horas del día 7 de julio del 2010, se reformó la cláusula sexta, administración. Se nombró presidente de la junta directiva y fiscal.—Belén, Heredia, 7 de julio del 2010.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2010184101.—(IN2010057537).

Por escritura de protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Universo One Line S. A., otorgada a las 18:00 horas del día 5 de julio del 2010, se reformaron las cláusulas segunda domicilio, décima primera, administración, se nombró presidente y secretario de la junta directiva.—Belén, Heredia, 7 de julio del 2010.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2010184102.—(IN2010057538).

Por escritura de protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Latin Vector S. A., otorgada a las 17:00 horas del día 5 de julio del 2010, se reformaron las cláusulas segunda domicilio, cuarta, objeto, se nombró secretario de la junta directiva.—Belén, Heredia, 7 de julio del 2010.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2010184103.—(IN2010057539).

Por escritura número: ciento setenta y ocho-dos, del tomo segundo, otorgada en San José, a las diez horas, del ocho de julio del año dos mil diez, ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad anónima: Distribuidora de Carnes, Abarrotes y Verduras S. A. Presidente: Dolores Guadalupe Sorto, cédula residencia 122200130506.—San José, 8 de julio del 2010.—Lic. Gerardo Barboza Mesén, Notario.—1 vez.—RP2010184106.—(IN2010057540).

Por escritura otorgada en esta notaría a las diecisiete horas del veinticuatro de junio de dos mil diez, se modificó la cláusula primera, del pacto constitutivo de la empresa Piguipet Sociedad Anónima cambiándose la razón social a Inversiones y Distribuidora Adriana de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, cinco de julio de dos mil diez.—Lic. Hernán Alexis Pérez Sanabria, Notario.—1 vez.—RP2010184109.—(IN2010057541).

Ante esta notaría, en escritura pública número doscientos cincuenta y ocho, otorgada en Cartago, a las dieciocho horas del siete de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad Sergat Metalmecánicos Sociedad Anónima, el presidente tiene la representación judicial y extrajudicial.—Cartago, a las siete horas del ocho de julio del dos mil diez.—Lic. Daniel Rodríguez Montero, Notario.—1 vez.—RP2010184111.—(IN2010057542).

Por escritura número cuarenta y dos, del día seis de julio del año dos mil diez, ante esta notaría se constituyó la sociedad Datalynx Sociedad Anónima. Capital social veinticinco mil dólares moneda de los Estados Unidos de Norteamérica.—Cartago, siete de julio del año dos mil diez.—Lic. Esteban Martínez Fuentes, Notario.—1 vez.—RP2010184112.—(IN2010057543).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 24 de junio del 2010, se constituyó la sociedad denominada: Mobi Urbano Sociedad Anónima. Domicilio social: San José, Pavas, Residencial Catalina Sur, del final del boulevard, cien metros norte, cincuenta metros este.—Siete de julio del dos mil diez.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—RP2010184114.—(IN2010057544).

La sociedad sin nombre inscrita en el registro con cédula jurídica número tres guión ciento uno guión quinientos setenta y tres mil doscientos ochenta y uno domiciliada en Limón, Proyecto Pacuare, casa número cuatro, en asamblea extraordinaria acuerda darle nombre a su sociedad el cual se llamará Lizlin del Caribe Sociedad Anónima.—Limón, 2 de julio del 2010.—Lic. Dioney Barrett Bryan, Notaria.—1 vez.—RP2010184116.—(IN2010057545).

Por escritura pública número 44 de las 15 horas del 1º de julio del año 2010, ante el notario Giovanni Portuguez Barquero se protocolizó un acta de la sociedad denominada Importadora Radimport S. A. Se reformó cláusula 2 de los estatutos referentes al domicilio. Se aumentó el capital a 240.000 colones. Se reformó la cláusula 7 de los estatutos referente a la administración.—Cartago, 6 de julio del año 2010.—Lic. Giovanni Portuguez Barquero, Notario.—1 vez.—RP2010184117.—(IN2010057546).

Por escritura pública número 41 de las 15:30 horas del 30 de junio del año 2010, ante el notario Giovanni Portuguez Barquero se constituyó la sociedad denominada Tecnología Alyra S. A. Domicilio: Cartago, Guadalupe, Urbanización La Mora, plazo 100 años a partir de la constitución. Objeto: intermediación comercial, comercio general y otros. Capital social 100.000 colones en 100 acciones comunes y nominativas de 1.000 colones. Administración: El presidente es apoderado generalísimo sin límite de suma. Iguales facultades para el secretario en caso de impedimento físico o ausencia del país del presidente.—Cartago, 6 de julio del año 2010.—Lic. Giovanni Portuguez Barquero, Notario.—1 vez.—RP2010184118.—(IN2010057547).

Por escritura autorizada a las diez horas de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Géminis Activa Sociedad Anónima, en que se reforma la cláusula sétima de sus estatutos, en cuanto a la administración; se reorganiza la junta directiva, y se nombra fiscal.—San José, ocho de julio del año dos mil diez.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—RP2010184124.—(IN2010057548).

Por escritura autorizada a las once horas de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Fuego de Hawaii Sociedad Anónima, en que se reforma la cláusula sétima de sus estatutos, en cuanto a la administración; se reorganiza la junta directiva, y se nombra fiscal.—San José, 8 de julio del año dos mil diez.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—RP2010184125.—(IN2010057549).

Ante esta notaría comparecen María Eugenia Espinoza Esquivel y Andy Alberto Zamora Espinoza quienes constituyen la sociedad Fulanos y Menganos Ltda., domiciliada en San José Montes de Oca, a las diez horas del veintidós de junio de dos mil diez. Es todo.—San José veintidós de junio del dos mil diez.—Lic. Jenny Priscila Álvarez Miranda, Notaria.—1 vez.—RP2010184126.—(IN2010057550).

Por escritura otorgada el ocho de julio del presente año, ante mí, Alejandra Soto Torres y Alicia Torres Torres, constituyen Mórula Sociedad Anónima. Capital social: diez acciones. Plazo: noventa y nueve años.—Guápiles, Pococí, ocho de julio del dos mil diez.—Lic. Marielos Barrantes Rivas, Notaria.—1 vez.—RP2010184127.—(IN2010057551).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas cuarenta minutos del dos de julio del dos mil diez, Mario Alberto Jiménez Arias y Natalia Jiménez Arias constituyen M Y N Jiménez A Eventos Sociedad Anónima.—San Isidro de Pérez Zeledón, 2 de julio del 2010.—Lic. Ólman Gerardo Vargas Jara, Notario.—1 vez.—RP2010184130.—(IN2010057552).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del dos de julio del año dos mil diez, Distribuidora López y Altamirano Sociedad Anónima, reforma las cláusulas primera y segunda de las constitutivas, se revocan nombramientos del tesorero y del fiscal y se nombran nuevos.—San Isidro de Pérez Zeledón, dos de julio del año dos mil diez.—Lic. Ólman Gerardo Vargas Jara, Notario.—1 vez.—RP2010184131.—(IN2010057553).

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del veinticuatro de junio del año dos mil diez, la sociedad Residencia Cola de Ballena S. A. realiza reforma de la cláusula sétima referente a la administración, e igualmente procede al nombramiento de nuevo presidente y secretario.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, seis de julio del año dos mil diez.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—RP2010184132.—(IN2010057554).

Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del veinticuatro de junio del año dos mil diez, la sociedad Uvita Road Group S. A. realiza reforma de la cláusula sétima referente a la administración, e igualmente procede al nombramiento de nuevo presidente, secretario, tesorero y fiscal.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, seis de julio del año dos mil diez.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—RP2010184133.—(IN2010057555).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del siete de junio del año dos mil diez, la sociedad tres-ciento uno-quinientos dieciséis mil cuarenta s. a. realiza reforma de la cláusula sétima referente a la administración, e igualmente procede al nombramiento de nuevo presidente y secretario.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veinticuatro de junio del año dos mil diez.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—RP2010184134.—(IN2010057556).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas diez minutos del ocho de diciembre del año dos mil nueve, Adrián Ceciliano Altamirano y Gloriana Loría Espinoza constituyen siete sociedades, cuyos nombres serán asignados por el Registro Nacional. Su domicilio estará en San José, Pérez Zeledón, San Isidro de El General, exactamente frente al costado oeste del parque, en el Bufete del Licenciado Ólman Vargas. Presidente: Adrián Ceciliano Altamirano. Capital social: Diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—Pérez Zeledón, veinticinco de junio del año dos mil diez.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—RP2010184135.—(IN2010057557).

Por escritura otorgada a las once horas del día de hoy, se constituye la sociedad que tendrá como denominación social el número de cédula de persona jurídica que el Registro de oficio le asigne de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J.—San José, ocho de julio del dos mil diez.—Lic. Warner Porras Guzmán, Notario.—1 vez.—RP2010184139.—(IN2010057558).

Por escritura otorgada a las dieciséis horas del día de hoy, se constituye la sociedad denominada Porrismo Élite de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de junio del dos mil diez.—Lic. Adolfo Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2010184140.—(IN2010057559).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diecisiete horas del tres de junio del dos mil diez, mediante la escritura número setenta-treinta, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad La Servidumbre Norte de Islita S. A.; mediante la cual se acuerda modificar las cláusulas primera, segunda, undécima vigésima segunda y se nombra nueva junta directiva.—San José, seis de julio del dos mil diez.—Lic. Douglas Soto Campos, Notario.—1 vez.—RP2010184141.—(IN2010057560).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del seis de julio del dos mil diez, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía de esta plaza, Procesos Geológicos Sociedad Anónima en que se reforman las cláusulas primera, segunda y sexta del pacto social y se otorgan poderes, nombra junta directiva, fiscal y agente residente.—Lic. Harry Castro Carranza, Notario.—1 vez.—RP2010184143.—(IN2010057561).

Al ser las dieciséis horas del siete de julio de dos mil diez, se constituyó ante mí la sociedad Afrasa F & A con su aditamento S. A., con capital social de diez mil colones, con domicilio en Cartago, presidente Francisco Solano Ureña.—Cartago, 8 de julio del 2010.—Lic. Sandra Gómez Marín, Notaria.—1 vez.—RP2010184144.—(IN2010057562).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 15:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Medical  Referral  Services of Costa Rica Sociedad  Anónima. Administración: Junta directiva compuesta por presidente, secretario y tesorero.—San José, 24 de junio del 2010.—Lic. Enrique Gamboa Góngora, Notario.—1 vez.—RP2010184145.—(IN2010057563).

Se constituye sociedad denominada Fluxus Aqua Ignis Sociedad Anónima, con domicilio en San Ramón de la Unión, Cartago, de Plaza Kimberly doscientos metros este, casa a mano derecha de la, por el plazo de noventa y nueve años. Capital social de diez mil colones; presidente, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. En escritura otorgada a las veinte horas del cinco de julio de dos mil diez, ante el licenciado Jesuá de Montserrat Solís Hernández, Notario.—Lic. Jesuá de Montserrat Solís Hernández, Notario.—1 vez.—RP2010184148.—(IN2010057564).

En escritura número ciento cincuenta y uno, del tomo cuarto del protocolo del suscrito notario licenciado Eduardo López Fonseca, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Importadora José Román Sociedad Anónima, se realiza aumento de capital social, modificando la cláusula quinta.—San José, siete de julio del año dos mil diez.—Lic. Eduardo López Fonseca, Notario.—1 vez.—RP2010184149.—(IN2010057565).

Por escritura otorgada a las ocho horas del veintidós de mayo del dos mil diez, ante la notaría de Jenny Villalobos Coto, escritura ciento treinta y nueve-bis visible al folio ciento treinta del tomo sétimo. Se constituyó la sociedad denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que determine el Registro Mercantil según decreto número tres tres uno siete uno-J.—San José, 25 de mayo del 2010.—Lic. Jenny Villalobos Coto, Notaria.—1 vez.—RP2010184150.—(IN2010057566).

En escritura ciento seis del tomo once del protocolo del suscrito notario Ronald González Calderón se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Desarrollos Hermanos López Fonseca Sociedad Anónima, se realiza aumento de capital social, modifica la cláusula quinta y se nombra nuevo representante.—San José, siete de julio del dos mil diez.—Lic. Ronald González Calderón, Notario.—1 vez.—RP2010184151.—(IN2010057567).

Por escritura otorgada ante mí, Edwin Chacón Bolaños, se constituyó la sociedad Grupo Coco Sociedad Anónima. Presidente y secretario con las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, siete de julio del dos mil diez.—Lic. Edwin Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2010184153.—(IN2010057568).

Por escritura otorgada ante Edwin Chacón Bolaños, el día veintiuno de noviembre del dos mil siete, se modificó la cláusula segunda del pacto social constitutivo de la sociedad Compañía Madedera del Norte Sociedad Anónima, modificándose el domicilio social.—San José, 21 de noviembre del 2007.—Lic. Edwin Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2010184154.—(IN2010057569).

La sociedad Semu Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero cuarenta y dos mil doscientos ochenta y nueve. Modifica su cláusula segunda del domicilio: Para que en un futuro se lea: Artículo segundo: Del domicilio. El domicilio social de la compañía será: Los Ángeles de Tilarán de la escuela doscientos cincuenta metros al oeste, distrito primero del cantón octavo de la provincia de Guanacaste.—Liberia, 23 de junio del 2010.—Lic. Olga Matarrita Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2010184159.—(IN2010057570).

Al ser las dieciséis horas del primero de julio de dos mil diez, escritura número ciento dieciocho del tomo: once, ante la notaria Kattia Bermúdez Montenegro, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad RMC La Productora Sociedad Anónima y se nombra como secretaria a Carolina Hernández Chaves.—Lic. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—1 vez.—RP2010184169.—(IN2010057571).

Por escritura número doscientos uno del tomo segundo de mi protocolo, de las nueve horas del ocho de julio del dos mil diez, protocolicé el acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada 3-101-592443 s. a., mediante la cual renuncian el presidente y se reforma la cláusula décima primera del pacto social, siendo su nueva presidente la señora Mauren Martínez Alfaro, cédula 1-0751-0171.—San José, ocho de julio del año dos mil diez.—Lic. Carolina Elizabeth Lazo, Notaria.—1 vez.—RP2010184171.—(IN2010057572).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veintinueve de junio del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Nimaba Sociedad Anónima. Capital: Diez mil colones, totalmente suscrito y pagado. La representación la tendrá el presidente y la secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Beatriz Artavia Vásquez, Notaria.—1 vez.—RP2010184172.—(IN2010057573).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del ocho de julio del dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y nueve mil quinientos sesenta y ocho sociedad anónima, mediante la cual se reforma las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo. Se acepta la renuncia de toda la junta directiva y del fiscal y se hacen nuevos nombramientos.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—RP2010184173.—(IN2010057574).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría al ser las 13:00 del 8 de julio del 2010, se constituyó la sociedad Servicios de Limpieza y Hospitalidad Clarita Sociedad de Responsabilidad Limitada, con el domicilio en San José, objeto genérico, plazo 99 años, capital social 12.000 colones. Correspondiendo al gerente la representación judicial y extrajudicial con las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Gerente: Clara Mariela Morales Soto.—San José, 8 de julio del 2010.—Lic. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—RP2010184174.—(IN2010057575).

Por escritura número doscientos cuarenta y uno, del tomo segundo del suscrito notario, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de Orbi Trescientos Sesenta Sociedad Anónima, en la cual se nombra presidente.—San José, a las once horas del ocho de julio del dos mil diez.—Lic. Willy Curling Rutishsauser, Notario.—1 vez.—RP2010184176.—(IN2010057576).

Ante esta notaría al ser las nueve horas con treinta minutos del veintiséis de abril del dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Tajo Chirripó Sociedad Anónima, donde se reforma cláusula segunda del pacto social.—Ocho de julio del dos mil diez.—Lic. Enrique Pastrana Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2010184178.—(IN2010057577).

El suscrito notario hago constar que mediante escritura otorgada ante mí a las catorce horas de veinticinco de junio del mil diez, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Productos de Panificación El Carmen Ltda. Capital social: Diez mil colones. Domicilio: San José, Paso Ancho, de la plaza de deportes trescientos metros al oeste, representante legal: Marco Aurelio Calderón Orozco, mayor, cédula número uno-seiscientos cincuenta y seis-seiscientos cuarenta y nueve, como gerente. Es conforme.—Turrialba, veinticinco de junio del dos mil diez.—Lic. Jorge Pacheco Castro, Notario.—1 vez.—RP2010184180.—(IN2010057578).

E1 suscrito notario hago constar que mediante escritura otorgada ante mí, a las doce horas de veinticinco de junio del dos mil diez, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Servicios Watmar C Y M Sociedad Anónima, capital social: Diez mil colones. Domicilio: La provincia de Cartago, pejibaye de Jiménez un kilómetro al sur de la Guardia de Asistencia Rural, barrio Plaza Vieja. Representante legal: Marco Aurelio Sandoval Sánchez, mayor, cédula número tres-trescientos quince- seiscientos ochenta y uno, como presidente. Es conforme.—Turrialba, veinticinco de junio del dos mil diez.—Lic. Jorge Pacheco Castro, Notario.—1 vez.—RP2010184181.—(IN2010057579).

El suscrito notario público Franklin Aguilera Amador hago constar que fue constituida  la sociedad Grupo Cruz & Carballo Sociedad Anónima el día ocho de julio de dos mil diez, capital cien mil colones, secretaria con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.—San José, ocho de julio dos mil diez.—Lic. Franklin Aguilera Amador, Notario.—1 vez.—RP2010184183.—(IN2010057580).

Ante esta notaría, mediante la escritura número ciento seis - dos del tomo dos, otorgada a las dieciocho horas del veintisiete de abril del dos mil diez, se constituye la sociedad que se denomina Centro de Capacitaciones y Apoyo para el Desarrollo Personal, Familia y Educación Sociedad Anónima, representada judicial y extrajudicialmente por su presidenta Yorleny Ureña Fernández.—San José, 1º de julio del 2010.—Lic. Elsibel Figueroa Díaz, Notaria.—1 vez.—RP2010184184.—(IN2010057581).

Ante esta notaría se constituyó Karikako Chaja S. A. a las ocho horas del día dieciséis de mayo del año dos mil diez. Presidente: Jorge Luis Chaves Jaén.—Lic. Leyla Rita Calderón Campos, Notaria.—1 vez.—RP2010184186.—(IN2010057582).

Mediante escritura otorgada ante el suscrito notario a las nueve horas del veinticuatro de junio del dos mil diez, se protocoliza asamblea general de accionistas de Britania Sesenta y Siete Forte F Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-408348, por medio de la cual se reforman las cláusulas tercera y sexta del pacto constitutivo.—San José, 7 de julio del 2010.—Lic. Tomás Esquivel Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2010184187.—(IN2010057583).

Mediante escritura otorgada ante el suscrito notario a las quince horas del siete de julio del dos mil diez, se protocoliza asamblea general de accionistas de Condominios Calle Antigua Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-288649 por medio de la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—San José 7 de julio del 2010.—Lic. Tomás Esquivel Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2010184188.—(IN2010057584).

Mediante escritura otorgada ante el suscrito notario a las dieciséis horas del siete de julio del dos mil diez, se protocoliza asamblea general de accionistas de Tenemaos Junot Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-495295, por medio de la cual se reforman las cláusulas segunda y novena del pacto constitutivo.—San José, 7 de julio del 2010.—Lic. Tomás Esquivel Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2010184189.—(IN2010057585).

Mediante escritura otorgada ante el suscrito notario a las nueve horas del veintiséis de mayo de dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Colibrí del Girasol D. C. Sociedad Anónima. Presidenta: Mayra Damaris Chacón Serrano, cédula numero 1-289-750.—San José, 7 de julio del 2010.—Lic. Tomás Esquivel Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2010184190.—(IN2010057586).

Por escritura otorgada a las 12:00 horas del día 8 de julio del año 2010, se modifica la cláusula tercera de la sociedad Distribuidora y Envasadora de Químicos S. A.—Lic. Alina Fallas Zeledón, Notaria.—1 vez.—RP2010184191.—(IN2010057587).

Se constituyó la sociedad Povaeñares del Caribe S. A. Escritura otorgada a las 10:00 del 1º de julio del año 2010. Presidenta: Violeta De La Peña Rivas.—Lic. Carlos Alfredo Umaña Balser, Notario.—1 vez.—RP2010184192.—(IN2010057588).

Por escrituras de las nueve horas del veinticinco de junio de dos mil diez y de las nueve horas treinta minutos del ocho de julio de dos mil diez, ante mi notaría, se reformó el pacto social de la empresa Bracam Pital Sociedad Anónima. Mediante la cual se reforma el capital social y por la segunda se constituye la sociedad Five Princes S. A. Domicilio San José.—San José, nueve de julio de dos mil diez.—Lic. Miguel Ángel Rojas Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2010184193.—(IN2010057589).

Al ser las 12:00 horas del día de hoy, los señores Aníbal Segura Aguirre y Gabriela Varela Varela, constituyeron la sociedad anónima Servicios Contables V&S Asociados Sociedad Anónima, capital social diez mil colones cancelado por medio de dos letras de cambio suscritas por los accionistas, a la vista y endosadas a favor de la sociedad, presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjuntamente; domicilio San José, Vázquez de Coronado, Dulce Nombre de Jesús, doscientos metros al norte del Colegio de Dulce Nombre.—San José, 06 de julio del 2010.—Lic. German Vega Ugalde, Notario.––1 vez.––RP2010184194.––(IN2010057590).

Carlos Solano Zúñiga y Andre Solano Hoffman, constituyen la sociedad F Dos Mil de Las Américas Sociedad Anónima Deportiva. Domicilio social: San José, San Rafael de Escazú, Residencial Trejos Montealegre, del restaurante Tony Roma`s novecientos metros oeste, edificio de dos plantas a mano derecha, de color verde con portones blancos. Capital social: diez mil colones. Objeto: promoción y desarrollo del deporte. Plazo: noventa y nueve años. Presidente: Carlos Solano Zúñiga. Escritura otorgada a las nueve horas quince minutos del ocho de julio del dos mil diez.—Lic. Karla Vanessa Brenes Siles, Notaria.––1 vez.––RP2010184195.––(IN2010057591).

Por escritura otorgada el ocho de julio del año dos mil diez, se constituyó la sociedad Alpinistas Valientes de David Sociedad Anónima Deportiva. Capital social: diez mil colones, domicilio: Esparza, provincia de Puntarenas, plazo noventa y nueve años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo.—San José, ocho de julio del dos mil diez.—Lic. Mariano Solórzano Olivares, Notario.––1 vez.––RP2010184196.––(IN2010057592).

Por escritura otorgada ante mí el día de hoy, se constituye la compañía denominada VC Supply Sociedad Anónima, cuyo domicilio es la ciudad de San José. Plazo social: noventa y nueve años a partir del día hoy y su capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente.—San José, primero de julio del dos mil diez.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.––1 vez.––RP2010184197.––(IN2010057593).

Por escritura otorgada ante mi Notaría a las 15:00 horas del 06 de julio del 2010, se constituyó la sociedad denominada Duval Lazer S. A. Domicilio social: San José, Curridabat. Plazo social: 99 años. Capital social: suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 07 de julio del 2010.—Lic. Rafael Ángel Calderón Pacheco, Notario.––1 vez.––RP2010184201.––(IN2010057594).

Por escritura otorgada en Grecia a las diecisiete horas del cuatro de junio del dos mil diez, comparecieron Hans Alexander Stjernehammar Oconitrillo, Hans Erik Stjernehammar Oconitrillo y constituyeron Mi Ego Estrella Sociedad Anónima. Objeto: la venta de ropa de hombre y mujer, el presidente y el secretario con todas las facultades.—Grecia, veintinueve de junio del dos mil diez.—Lic. Giovanni Barrantes Barrantes, Notario.––1 vez.––RP2010184205.––(IN2010057595).

Por escritura otorgada ante este Notario a las 08.00 horas del 02 de julio del año 2010, se constituyó la sociedad Inversiones Marza Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Plazo: cien años. Presidenta: Rita Zamora Chavarría.—San José, dos de julio del 2010.—Lic. María Isabel García Campos, Notaria.––1 vez.––RP2010184207.––(IN2010057596).

Ante esta Notaría, a las 13:00 horas del 8 de julio del 2010, se protocolizó acta ordinaria y extraordinaria de la sociedad La Presa Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-182928, mediante la cual se modificó las cláusulas segunda, novena de los estatutos sociales, se nombra junta directiva y fiscal y se revoca agente residente.—Lic. Santos Javier Saravia Baca, Notario.––1 vez.––RP2010184208.––(IN2010057597).

Por escritura pública otorgada ante esta Notaría a las ocho horas del día cinco de julio del año dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada American Music Export Company Amexco de Costa Rica Sociedad Anónima.—Lic. Lindsay Jiménez Flores, Notaria.––1 vez.––RP2010184209.––(IN2010057598).

Ante esta Notaría, mediante escritura número ciento treinta y dos de las diecisiete horas del seis de julio del año en curso, se constituye sociedad denominada Action Basketball Costa Rica Sociedad Anónima Deportiva, con capital suscrito y pagado. Presidenta: Alejandra Iglesias González.—San José, ocho de julio del dos mil diez.—Lic. Juan Carlos Campos Salas, Notario.––1 vez.––RP2010184210.––(IN2010057599).

Ante esta Notaría, mediante escritura número ciento treinta de las ocho horas con quince minutos del cinco de julio de dos mil diez, los señores Gerardo Casares Alvarado y Cynthia Vanessa Brenes Gutiérrez, constituyeron la sociedad Arrendamientos de Maquinaria Sociedad Anónima.—San José, seis de julio de dos mil diez.—Lic. Marco Aurelio Odio Aguilar, Notario.––1 vez.––RP2010184211.––(IN2010057600).

Ante esta Notaría, mediante escritura número ciento veintinueve de las ocho horas del cinco de julio de dos mil diez, los señores Gerardo Casares Alvarado y Cynthia Vanessa Brenes Gutiérrez, constituyeron la sociedad El Manantial Cristalino Sociedad Anónima.—San José, seis de julio del dos mil diez.—Lic. Marco Aurelio Odio Aguilar, Notario.––1 vez.––RP2010184212.––(IN2010057601).

Por escritura número 111 otorgada ante mi Notaría a las 17 horas treinta minutos del 1 de julio de 2010, los señores Carlos Alberto Ledezma Guzmán, cédula Nº 1-0666-0022 y Carlos Francisco Miranda Araya, cédula Nº 2-0256-0197, constituyeron la sociedad Compra y Venta Ledezma y Miranda Sociedad Anónima. Capital: diez mil colones íntegramente suscrito y pagado.—San José, 1 de julio de 2010.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.––1 vez.––RP2010184213.––(IN2010057602).

Ante mí, Gonzalo Víquez Carazo, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Tronadora Investments Sociedad Anónima, celebrada a las trece horas y veinte minutos del ocho de julio del dos mil diez, en donde se reforma la cláusula sétima. Es todo.—San José, nueve de julio del dos mil diez.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.––1 vez.—(IN2010057718).

Ante mí, Gonzalo Víquez Carazo, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad La Escondida Dos Celeste Sociedad Anónima, celebrada a las catorce horas y treinta minutos del seis de julio del dos mil diez, en donde se reforma la cláusula sétima. Es todo.—San José, nueve de julio del dos mil diez.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.––1 vez.––(IN2010057719).

Ante la suscrita notaria, Ana Sophia Lobo León, a las doce horas del siete de julio del año dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Parabien Sociedad Anónima, nombrándose nuevo fiscal. Es todo.—San José, siete de julio del año dos mil diez.—Lic. Ana Sophia Lobo León, Notaria.––1 vez.––(IN2010057727).

Ante la suscrita Notaría, Ana Sophia Lobo León, a las diez horas del siete de julio del año dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Multibingos de Costa Rica Sociedad Anónima, nombrándose nuevo presidente, secretario y fiscal. Es todo.—San José, siete de julio del año dos mil diez.—Lic. Ana Sophia Lobo León, Notaria.––1 vez.––(IN2010057729).

Por escritura número cincuenta y uno-seis, otorgada ante esta notoria a las trece horas del nueve de julio del dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria de condóminos del Condominio Hacienda Las Flores, cédula jurídica número tres-ciento nueve-trescientos cuarenta y nueve mil ciento veinte, en la cual, en lo que interesa, se nombra administrador.—Heredia, nueve de julio del dos mil diez.—Lic. Fernando Sánchez Rojas, Notario.––1 vez.––(IN2010057731).

Por escritura otorgada ante este Notario a las quince horas treinta minutos del día ocho de julio de dos mil diez, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada DR-Abogados Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado. Es todo.—San José, ocho de julio de dos mil diez.—Lic. Randall Chuken Vargas, Notario.––1 vez.––(IN2010057740).

Por escritura pública otorgada ante esta Notaría, a las 13:00 horas del 7 de julio del 2010, se constituyó la sociedad anónima: Licosera S. A., Sergio Garita Ugalde, calidades indicadas. Todo con capital suscrito y pagado, de lo cual esta Notaría da fe.—Alajuela, 8 de julio del 2010.—Lic. Mariela Paniagua Camacho, Notaria.––1 vez.––(IN2010057750).

Por escritura otorgada ante esta Notaría al ser diecisiete horas diez minutos del día ocho de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad Rosedro Ingeniería Integral Sociedad Anónima, capital social por la suma de diez mil colones. Presidente: Gustavo Adolfo Ruiz Arauz. Es todo.—San José al ser diecisiete horas cincuenta minutos del día ocho de julio del dos mil diez.—Lic. Óscar Lizano Quesada, Notario.––1 vez.––(IN2010057800).

Por escritura otorgada ante esta Notaría a las 14 horas del 26 de junio de 2010, se constituyó la sociedad Ocean & Earth Defenders Sociedad Anónima. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—San José, 28 de junio de 2010.—Lic. Monique María Carolina Zeller, Notaria.––1 vez.––(IN2010057812).

A las 14:30 horas del 26 de junio de 2010, mediante escritura número 88, se constituyó una sociedad anónima cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno, Reglamento para la Inscripción de la Constitución de Empresas Comerciales, utilizando únicamente el número de cédula de persona jurídica como denominación social. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—San José, 28 de junio de 2010.—Lic. Monique María Carolina Zeller, Notaria.––1 vez.––(IN2010057813).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, número sesenta y tres, de las ocho horas del ocho de julio del dos mil diez, la sociedad denominada Servicon Oliva Asociados S. A. modificó las cláusulas del pacto social números: quinta aumentando el capital social de la compañía, octava variando la representación y decimotercera cambiando la junta directiva; se hace esta publicación para los fines pertinentes.—Alajuela, 8 de julio del 2010.—Lic. Adrián Alvarado Corella, Notario.––1 vez.––(IN2010057814).

Por escritura otorgada en esta Notaría a las 7:00 horas del 12 de julio del 2010, se protocolizó el acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de CGT Gases y Químicos S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y tres mil catorce, celebrada a las 10:00 horas del 9 de julio del año 2010, mediante la cual se modificó las cláusulas 2 y 8 del pacto social y se hacen nuevos nombramientos.—San José, 12 de julio del año dos mil diez.—Lic. Daniel Befeler Scharf, Notario.––1 vez.––(IN2010057836).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas quince minutos del primero de julio del dos mil diez, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Especialidades Clínicas E C Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- ciento treinta y ocho mil cuatrocientos cuarenta y seis, de las quince horas cuarenta minutos del treinta de junio de dos mil diez, mediante la cual se reforma la cláusula tercera de los estatutos.—Lic. Hernán Cordero Maduro, Notario.––1 vez.––(IN2010057851).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del primero de julio del dos mil diez, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Asesores Internegocios A I Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y nueve mil setecientos treinta y cuatro, de las quince horas del treinta de junio de dos mil diez, mediante la cual se reforma la cláusula tercera de los estatutos.—Lic. Hernán Cordero Maduro, Notario.––1 vez.––(IN2010057852).

Por escritura número nueve-veinte, otorgada ante los notarios públicos Juvenal Sánchez Zúñiga y Jorge González Roesch, actuando en el protocolo del primero a las ocho horas del día nueve de julio del año dos mil diez, se nombra gerente dos y se modifica la cláusula primera de los estatutos de la compañía tres-ciento dos-quinientos noventa y seis mil novecientos cuatro s.r.l. para que en adelante dicha compañía se denomine Resolution Consulting Limitada.—San José, 09 de julio del 2010.—Lic. Jorge González Roesch, Notario.––1 vez.––(IN2010057854).

Por escritura otorgada ante mi Notaría, a las diecisiete horas del día ocho de julio del dos mil diez, Dagoberto Serrano Bogantes, Dagoberto Serrano Quesada y Rosa Lauren Rodríguez Rodríguez, constituyeron Transportes Serro S. A. Objeto: el objeto de la sociedad es la venta y alquiler de maquinaria, así como el comercio en el sentido más amplio, agricultura, industria, ganadería, turismo, prestación de servicios, y toda clase de actividades y servicios conexos. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Presidente: el socio Dagoberto Serrano Bogantes con todas las facultades.—Grecia, ocho de julio del 2010.—Lic. Greivin Barrantes Barrantes, Notario.––1 vez.––(IN2010057864).

Mediante la escritura número 44, otorgada en esta ciudad a las doce horas del 7 de julio del dos mil diez, protocolicé asamblea general ordinaria de accionistas de la Compañía Radiográfica Internacional de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero cero mil cuatrocientos cuarenta y nueve-cero nueve, mediante la cual se nombra presidente de la junta directiva.—San José, siete de julio del dos mil diez.—Lic. Erick Gerardo Picado Sancho, Notario.––1 vez.––(IN2010057870).

Mediante la escritura número 43, otorgada en esta ciudad a las once horas del 7 de julio del dos mil diez, protocolicé acta de la asamblea general ordinaria de la empresa ICETEL Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta y seis mil setecientos setenta y ocho, mediante la cual se nombra presidente.—San José, siete de julio del dos mil diez.—Lic. Erick Gerardo Picado Sancho, Notario.––1 vez.––(IN2010057871).

Ante esta Notaría a las 18:30 horas del 7/07/2010, los señores Joaquín Cubero Barquero, y Julieta Ugalde Requens, constituyen Protecciones Kadremic de Costa Rica Sociedad Anónima domiciliada en Alajuela.—Lic. Luis Diego Elizondo Esquivel, Notario.––1 vez.––(IN2010057872).

Hoy día he protocolizado acta de la sociedad de esta plaza cuya razón social es Bautista & Castro Estudios Financieros Limitada en la cual se conoce el cambio de naturaleza social de dicha sociedad para que de ahora en adelante sea conocida como Altanova Consulting Sociedad Anónima, desde el día 5 de julio de 2010, siendo su presidente y representante legal con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, el señor Lázaro Vásquez Mirez, mayor, casado dos veces, contador público autorizado, portador de la cédula de identidad número ocho - cero cero seis nueve - cero cuatro cuatro dos, vecino del cantón central de Heredia, distrito de San Francisco, urbanización Los Cafetos, casa diecisiete-D. Los demás acuerdos serán los de una sociedad anónima tal y como lo dicta el ordenamiento costarricense, siendo su capital social de doscientos mil colones representado por 20 acciones de diez mil colones cada una. Notario público: Maximiliano Vargas Hidalgo.—Alajuela, diez horas del seis de julio, 2010.—Lic. Maximiliano Vargas Hidalgo, Notario.––1 vez.––(IN2010057873).

Por escritura otorgada en San José a las diecisiete horas del treinta de junio del dos mil diez, se constituyó la empresa de esta plaza Diecinueve Grados Sociedad Anónima (Diecinueve Grados S. A.). Es todo.—Lic. Ailyn Blanco Coto, Notaria.––1 vez.––(IN2010057874).

Por escritura nueve horas hoy, protocolicé acta asamblea general de socios de Mapache Dorado S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y dos mil novecientos cincuenta y nueve, de dieciséis horas de dos de este mes, en la que se reforman cláusulas quinta y novena Estatutos, así: quinta: capital: cien mil colones representado cien acciones nominativas de mil colones firmadas por el presidente. Novena: Administración: junta directiva de presidente, secretario y tesorero, nombrados por el plazo social, el primero con facultades de apoderado generalísimo pudiendo sustituir el mandato y otorgar y revocar poderes.—San José, julio cinco del dos mil diez.—Lic. Rocío Rojas Cruz, Notaria.––1 vez.––RP2010184217.––(IN2010057992).

Por escritura número veintinueve otorgada ante mi Notaría a las siete horas del nueve de julio de dos mil diez, en la ciudad de Turrialba, se constituyó la Asociación denominada Asociación de Transportistas de Azul de Turrialba. Objeto: transporte de piedra caliza y calcio, madera, caña, industria, comercio, agricultura, minería. Presidente. Greivin Eduardo García Arrieta, Vicepresidente: Erick Fabián Lezama Sanabria.—Turrialba, nueve de julio de dos mil diez.—Lic. Jorge Velásquez Cubero, Notario.––1 vez.––RP2010184219.––(IN2010057993).

Por la escritura número 018-49 del tomo 49 del protocolo del notario Casimiro Vargas Mora, otorgada en esta ciudad a las 09:00 horas del ocho de julio del 2010, la sociedad costarricense denominada 3-101-541599 sociedad anónima, cédula número tres-ciento uno-quinientos cuarenta y un mil quinientos noventa y nueve. Modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, ocho de julio del 2010.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.––1 vez.––RP2010184220.––(IN2010057994).

Por escritura número 017- 49 del tomo 49 del protocolo del notario público Casimiro Vargas Mora, otorgada en esta ciudad a las 08:00 horas del 08 de julio del 2010, la sociedad costarricense denominada 3-102-576658 srl, con cédula jurídica número tres-ciento dos-quinientos setenta y seis mil seiscientos cincuenta y ocho. Modifica sus Estatutos.—San Isidro de El General, 08 de julio del 2010.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.––1 vez.––RP2010184221.––(IN2010057995).

Roy González Guzmán, notario con oficina en Alajuela, hago constar que el veintiocho de junio del dos mil diez, mediante escritura doscientos cincuenta y tres, se protocolizó acuerdos de asamblea general, mediante los cuales se reformó la cláusula tercera del pacto constitutivo de la sociedad Logos Interdisciplinario de Costa Rica Sociedad Anónima y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—Alajuela, junio veintinueve del dos mil diez.—Lic. Roy González Guzmán, Notario.––1 vez.––RP2010184225.––(IN2010057996).

Ante mí, Denia Vázquez Pacheco notaria pública en escritura número ciento quince, se constituyó la sociedad Lubricentro S Joma de Chachagua Sociedad Anónima, capital social: diez mil colones; domicilio: en Chachagua, Peñas Blancas, San Ramón, Alajuela, setecientos metros al norte del Ebais del lugar. Se nombra junta directa. Presidente: Mario Alejandro Araya Morales.—Fortuna, San Carlos, dos de julio del dos mil diez.—Lic. Denia Vázquez Pacheco, Notaria.––1 vez.––RP2010184226.––(IN2010057997).

Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las quince horas treinta minutos del día ocho de julio del año dos mil diez, se protocoliza el acta de asamblea general ordinaria-extraordinaria de cuotistas de la sociedad de esta plaza Oriental Profile Lawyers O.P.L. Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-quinientos treinta y cinco mil cuatrocientos sesenta y uno, mediante la cual se reforman las cláusulas primera y segunda de los estatutos sociales y se nombra nuevo gerente y agente residente.—San José, ocho de julio del año dos mil diez.—Lic. Wilfred Argüello Muñoz, Notario.––1 vez.––RP2010184228.––(IN2010057998).

El licenciado Geovanni Bonilla Goldoni comunica que ante mi notaría en escritura 116 de las 10:00 horas de 08 de julio 2010, se constituyó Distribuidora Mayorista del Sur DIMASUR Sociedad Anónima, domiciliada en el distrito Daniel Flores costado sur del Almacén Veterinario Dos Pinos en Pérez Zeledón. Capital social cien mil colones.—Alajuela, 08 de julio del 2010.—Lic. Geovanni Bonilla Goldoni, Notario.––1 vez.––RP2010184229.––(IN2010057999).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciocho horas del seis de julio del dos mil diez, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la entidad Servicios Gastronómicos Twins GT S. A., donde se nombran presidente, tesorero, secretario y fiscal y se modifican cláusulas segunda y sétima. Guillermo Leiva Cortés, Presidente.—Lic. José Enrique Brenes Montero, Notario.––1 vez.––RP2010184230.––(IN2010058000).

El suscrito notario hace constar, que mediante escritura número: cien, otorgada a las doce horas treinta minutos del ocho de julio del dos mil diez, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de la compañía: Asociados Noventa y Ocho Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula sexta y reforma de la cláusula quinta del pacto constitutivo, nombramiento de la junta directiva.—San José, nueve de julio del dos mil diez.—Lic. Luis Alcides Salazar Jara, Notario.––1 vez.––RP2010184253.––(IN2010058001).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 6 de julio del 2010, se reformó la cláusula cuarta de los estatutos de la empresa Servicio de Maquila de Plástico S. A. Apoderado generalísimo sin límite de suma el señor Po-Jen Hsiao.—San José, 8 de julio del 2010.—Lic. Doris Monge Díaz, Notaria.––1 vez.––RP2010184260.––(IN2010058002).

Por escritura otorgada ante mí, a las 17:00 horas del 5 de julio del 2010, se constituyó la sociedad Plastco Víctor y León S. A. Apoderado generalísimo sin límite de suma el señor Po-Jen Hsiao.—San José, 8 de julio del 2010.—Lic. Doris Monge Díaz, Notaria.––1 vez.––RP2010184261.––(IN2010058003).

Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas del 6 de julio del 2010, se constituyó la sociedad Plastco Gustavo y Gabriela S. A. Apoderado generalísimo sin límite de suma el señor Po-Jen Hsiao.—San José, 8 de julio del 2010.—Lic. Doris Monge Díaz, Notaria.––1 vez.––RP2010184262.––(IN2010058004).

El suscrito notario dejo constancia que el edicto respectivo, de Monte de Los Olivos S.D.S. Sociedad Anónima, se constituye mediante escritura veinticinco, visible al folio doce frente, del tomo sexto de mi protocolo. Es todo.—Santa Ana, trece horas del ocho de julio del dos mil diez.—Lic. Carlos Luis Guerrero Salazar, Notario.––1 vez.––RP2010184264.––(IN2010058006).

Por medio de la escritura número doscientos ochenta y cinco, otorgada a las ocho horas del día nueve de julio del año dos mil diez, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada SM Playa Property Limitada, por la cual se modifican la cláusula sexta de la administración, y se revocan los nombramientos del gerente y del subgerente y se nombran nuevos miembros para estos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.––1 vez.––RP2010184267.––(IN2010058007).

Hellen García Brenes, con la cédula de identidad número dos-seiscientos-ciento dieciocho, Homas Richard Koval, con único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, pasaporte de su país número: dos cero siete siete dos ocho cero dos uno, constituyen Centro Cultural Latinoamericano de Inglés Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las siete horas del veintiuno de junio del dos mil diez. Ante la notaria María del Milagro Ugalde Víquez.—Lic. María del Milagro Ugalde Víquez, Notaria.––1 vez.––RP2010184269.––(IN2010058008).

Asamblea general ordinaria extraordinaria de socios de Inversiones Bernamar M Y C Sociedad Anónima titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta mil seiscientos ochenta y cuatro, reforma acta constitutiva, otorgado ante la licenciada María del Milagro Ugalde Víquez.—Lic. María del Milagro Ugalde Víquez, Notaria.––1 vez.––RP2010184271.––(IN2010058009).

Asamblea general ordinaria extraordinaria de socios de Agroindustrial Zoiler H Y C Sociedad Anónima titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos nueve mil ciento treinta y ocho, reforma acta constitutiva, otorgado ante la licenciada María del Milagro Ugalde Víquez.—Lic. María del Milagro Ugalde Víquez, Notaria.––1 vez.––RP2010184272.––(IN2010058010).

Karen Laureana y Natalia, ambas de apellidos Arce López, constituyen empresa denominada Mari and Ka de Flores Sociedad Anónima.—Heredia, 9 de julio del 2010.—Lic. Neftalí Madrigal Chaverri, Notario.––1 vez.––RP2010184273.––(IN2010058011).

Por escritura número setenta y uno, otorgada ante la notaria Ana Carolina Prado Flores, a las diecisiete horas del diecinueve de mayo del dos mil diez, se constituyó la sociedad anónima, cuyo nombre será el número de cédula jurídica que al efecto le otorgue el Registro Mercantil del Registro Nacional, con un capital social de cien mil colones. Es todo.—Santa María de Dota, diecinueve de mayo del dos mil diez.—Lic. Ana Carolina Prado Flores, Notaria.––1 vez.––RP2010184277.––(IN2010058012).

Por escritura número setenta y uno, otorgada ante la notaria Ana Carolina Prado Flores, a las dieciséis horas del diecinueve de mayo del dos mi,l diez se constituyó la sociedad anónima, cuyo nombre será el número de cédula jurídica que al efecto le otorgue el Registro Mercantil del Registro Nacional, con un capital social de cien mil colones. Es todo.—Santa María de Dota, diecinueve de mayo del dos mil diez.—Lic. Ana Carolina Prado Flores, Notaria.––1 vez.––RP2010184278.––(IN2010058013).

Fabián Castro Molina, Andrea Viviana Solano Mora y Flor María Molina Quirós, constituyen la sociedad denominada Multiservicios Auditours Sociedad Anónima con domicilio en San José, condominio Las Américas primer piso según escritura otorgada en San José, a las trece horas del veintinueve de junio del dos mil diez, escritura doscientos veinte, según folio ciento treinta y cinco frente del tomo cuarto del protocolo del notario público Lic. Francisco Javier Vega Guzmán.—Lic. Francisco Javier Vega Guzmán, Notario.––1 vez.––RP2010184279.––(IN2010058014).

Por escritura otorgada a las quince horas del ocho de julio de dos mil diez, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de Servicios Profesionales Jofovi S. A., por los cuales se modificaron las cláusulas del pacto social relativas al domicilio social, el cual estará en San Rafael de Escazú, y a la representación social, que corresponde al presidente y secretario de la junta directiva con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Belkis Rosa Gallardo, Notaria.––1 vez.––RP2010184280.––(IN2010058015).

A las diez horas del veintitrés de junio del dos mil diez, ante esta Notaría, se constituyó la sociedad anónima innominada, ya que será su nombre el número de cédula de persona que le asigne el Registro, donde el presidente Bernardo Augusto Velásquez Badilla, será quien representará la sociedad con facultad de apoderado generalísimo sin límite de suma. Que el capital social es la suma de cinco millones de colones y que el plazo de noventa y nueve años.—Limón, veintitrés de junio del dos mil diez.—Any Clark Jiménez, Notaria.––1 vez.––RP2010184283.––(IN2010058016).

Por escritura que autoricé hoy, se constituyó la sociedad Spartan Security Sociedad Anónima, con domicilio en San José. Objeto: se dedicará a dar servicios de seguridad de todo tipo, así como al comercio en general y cualquier otra actividad lucrativa. Plazo: 99 años a partir de hoy.—Lic. Marta Isabel Alvarado Granados, Notaria.––1 vez.––RP2010184284.––(IN2010058017).

Ante mi, Víctor Armando Rodríguez Vado, notario público de Alajuela, se ha constituido mediante escritura doscientos veintitrés, visible al folio ciento veintiuno frente del tomo quinto de mi protocolo, la sociedad denominada Ganadera San Juan del Río Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, domiciliada en Coyol de Alajuela, Residencial Lomas Dos Mil, casa número cuatro-E.—Alajuela, seis de julio de dos mil diez.—Lic. Víctor Armando Rodríguez Vado, Notario.—1 vez.—RP2010184286.—(IN2010058018).

En escritura pública otorgada, en la ciudad de San José, a las 14:00 horas del ocho de julio del 2010, número 21, tomo sétimo del protocolo de la notaria pública Ingrid Vargas Bolaños, se modificó parcialmente el pacto constitutivo en las cláusulas primera, segunda, quinta, octava y décima. Se revoca y efectúa nombramientos de junta directiva y fiscal de la sociedad anónima The Death of Wolfe S. A., cédula jurídica Nº 3-101-327482. La modificación de la cláusula primera implica el cambio de denominación -razón social- para que en adelante se conozca como Global Costa Rica S. A.—San José, al ser las 14:30 horas del 8 de julio del 2010.—Lic. Ingrid Vargas Bolaños, Notaria.—1 vez.—RP2010184288.—(IN2010058019).

En escritura pública otorgada en la ciudad de San José, a las quince horas del quince de mayo del dos mil diez, número doscientos seis, tomo primero del protocolo de la notaria Ingrid Vargas Bolaños; se constituyó la sociedad anónima denominada Consorcio Licorero La Agencia Sociedad Anónima que se puede abreviar S. A., domiciliada en San José, calle cuatro, avenida seis y ocho, edificio esquinero; presidente: Róger Hernández Mora, objeto: En general el comercio, la agricultura, ganadería, minería, agroindustria e industria. Así como cualquier otro servicio relacionado con las actividades indicadas. Plazo: Noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones netos.—San José, al ser las 15:10 horas del 15 de mayo del 2010.—Lic. Cris Vanessa Brenes Villalta, Notaria.—1 vez.—RP2010184289.—(IN2010058020).

A efecto de publicación del edicto correspondiente, informo que en escritura número 106-19 del tomo 19 de mi protocolo, del día 08 de junio del año en curso, al ser las 15:00 horas, comparecieron los señores Lap Wing Ng Lean, cédula de identidad ocho-cero cincuenta y cuatro-quinientos treinta y tres, Wa Yung Yip Wong (conocida como Maritza Yip Wong), cédula de identidad ocho-cero sesenta y uno-ciento cuarenta y dos, Johnny Ng Yip, cédula de identidad uno - mil trescientos ochenta y uno seiscientos veintiuno, y Fernando Ng Yip, cédula de identidad uno-mil cincuenta y ocho-cuatrocientos noventa y ocho, para constituir la sociedad Inversiones La Vibración Divina Sociedad Anónima.—San José, a los 30 días del mes de junio del año 2010.—Lic. Miguel Chacón Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2010184290.—(IN2010058021).

Mediante escritura otorgada, ante este notario, a las 15:00 horas del 2 de julio del dos mil diez, se modifica cláusula quinta: del capital social en la sociedad Motores Leks Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-472252.—San José, 5 de julio del 2010.—Lic. Katherine Mourelo Rímola, Notaria.—1 vez.—RP2010184291.—(IN2010058022).

Por escritura otorgada, ante mi notaría, a las 15:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad: Desarrollos Inmobiliarios Sociales - DEINSOC S. A. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Presidente: Alexander Zúñiga Rodríguez.—San José, 8 de julio del 2010.—Lic. Alfonso Jiménez Meza, Notario.—1 vez.—RP2010184293.—(IN2010058023).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las once horas del día primero de julio del dos mil diez, se constituyó sociedad anónima que se denominará con el número de cédula jurídica que le sea asignado más el aditamento Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente y secretario con la representación judicial y extrajudicial.—Lic. Marcela Vargas Madrigal, Notaria.—1 vez.—RP2010184295.—(IN2010058024).

Mediante escritura número setenta y cuatro, otorgada ante mi notaría, a las doce horas del treinta de abril, iniciada al folio cuarenta y ocho del tomo uno del protocolo del suscrito notario; Luis Gerardo Pérez Figueroa, cédula Nº 1-1108-761 y Raquel Cristina Córdoba Morales, cédula Nº 1-1387-637 constituyeron una sociedad, que para efectos de cumplir con el artículo 19 del c.c., en la publicación del Diario Oficial La Gaceta, se hará constar que la denominación social de la empresa que se constituye se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto 33171-J y cuyo domicilio es: San José, San Pedro, Montes de Oca del Centro Comercial del Sindy cien metros oeste y ciento setenta y cinco norte. Presidente: Luis Gerardo Pérez Figueroa, con carácter de apoderado generalísimo, sin límite de suma.—San José, seis de julio del año dos mil diez.—Lic. Carlos Alberto Aguilar Vargas, Notario.—1 vez.—RP2010184296.—(IN2010058025).

Por escritura otorgada, ante mi notaría, a las 8:15 horas del treinta de junio del dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Thuringia Erfurt Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veintidós mil doscientos sesenta y uno, por medio de la cual se modificó la cláusula segunda y sétima del pacto constitutivo, y se procedió al nuevo nombramiento de presidente, secretario, tesorero de la junta directiva, así como del fiscal.—San José, 30 de junio del 2010.—Lic. Catherine Delgado Cruz, Notaria.—1 vez.—RP2010184298.—(IN2010058026).

Por escritura otorgada, ante el notario César Augusto Mora Zahner, a las nueve horas del seis de julio del año dos mil diez, se constituyó una sociedad limitada de conformidad con la Directriz número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Objeto: administración de bienes. Capital social: cuatro mil colones. Es todo.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—RP2010184300.—(IN2010058027).

Rafael Ángel Araya Jiménez y Rosa Gallo Pizarro constituyen ante mi notaría Abirra Patrimonial Sociedad Anónima, con domicilio en San José, Desamparados, con capital de diez mil colones para dedicarse al comercio en general y sus apoderados generalísimos sin limitación de suma son el presidente y el secretario.—San José, nueve de julio del dos mi diez.—Lic. Kenneth Mora Díaz, Notario.—1 vez.—RP2010184302.—(IN2010058028).

Ante mi notaría y por medio de la escritura ciento ochenta y tres, de las diecisiete horas del dos de julio del año dos mil diez, se constituyó sociedad de responsabilidad limitada. Gerente: Luz María Oviedo Alpízar.—San José, tres de julio del año dos mil diez.—Lic. Godofredy Miranda Medrano, Notario.—1 vez.—RP2010184303.—(IN2010058029).

Ante mí, Carlos Fernández Vásquez, notario público, se constituyó la empresa Sucesión Jiménez Ruiz S. A., capital social ciento veinte mil colones. A la escritura 187 del tomo 20.—Palmares, 2 de julio del 2010.—Lic. Carlos Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—RP2010184304.—(IN2010058030).

Por escritura otorgada, a las dieciséis horas del ocho de julio del dos mil diez, ante la suscrita notaria, se modifican los nombramientos de la junta directiva, el agente residente y se modifica el domicilio social de la sociedad anónima denominada Naxos Skopelos Inc Sociedad Anónima.—San José, ocho de julio de dos mil diez.—Lic. Carmen Soto Montero, Notaria.—1 vez.—RP2010184307.—(IN2010058031).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las nueve horas del día tres de junio del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Ará Macao de Costa Rica Sociedad Anónima. Capital social suscrito y pagado.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—RP2010184309.—(IN2010058032).

Por escritura número cuarenta y seis, otorgada ante esta notaría, el día cinco de julio del año dos mil diez, a las quince horas, se constituyó la sociedad Sunrise Inmobiliaria Sociedad Anónima, plazo noventa y nueve años, capital social: mil doscientos colones.—Lic. Adriana Villalobos Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2010184311.—(IN2010058033).

Por escritura otorgada, ante mi notaría, protocolizo acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Piedra del Oriente S. A., mediante la que se designa presidente y se revoca sustitución de poder generalísimo.—San José, 9 de julio del 2010.—Lic. Juan Luis Calderón Castillo, Notario.—1 vez.—RP2010184312.—(IN2010058034).

Mediante escritura número noventa y nueve, otorgada ante esta notaría, el día de hoy, se constituyó la sociedad: Masemardi Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones.—San José, tres de julio de dos mil diez.—Lic. Diana Araya Steinvorth, Notaria.—1 vez.—RP2010184318.—(IN2010058035).

Que por escrituras otorgadas ante esta notaría a las ocho horas, ocho horas treinta minutos, nueve horas, nueve horas treinta minutos, diez horas, diez horas treinta minutos, once horas, once horas treinta minutos, doce horas, doce horas treinta minutos, trece horas, trece horas treinta minutos, catorce horas, catorce horas treinta minutos, quince horas, del día seis de julio del dos mil diez, se constituyeron las sociedades anónimas denominadas: Lombard Street Sociedad Anónima; Jones Street Sociedad Anónima; Wall Street WS Sociedad Anónima; Elm Street Sociedad Anónima; Maple Street Sociedad Anónima; Mystic Garden Sociedad Anónima; Secret Garden SG Sociedad Anónima; Prívate Garden Sociedad Anónima; Judges Garden Sociedad Anónima; Great Garden Sociedad Anónima; Lexington Avenue Sociedad Anónima; Manhattan Avenue Sociedad Anónima; Island Avenue Sociedad Anónima; Jasper Avenue Sociedad Anónima; Lennox Avenue Sociedad Anónima, respectivamente.—San José, seis de julio del año dos mil diez.—Lic. Giselle Pacheco Saborío, Notaria.—1 vez.—RP2010184323.—(IN2010058036).

Constitución de Transportes Salazar Fallas S. A., capital social 10.000,00 colones. Domicilio; Tablazo de Acosta, provincia de San José, 800 al sureste de la escuela. Apoderado generalísimo sin límite de suma; José Alfredo Salazar Álvarez, cédula Nº 9-092-440.— San José, siete de julio del año dos mil diez.—Lic. Sergio V. Zúñiga López, Notario.—1 vez.—RP2010184332.—(IN2010058037).

Ante esta notaría, Sociedad J C Partners Investiments S. A., cédula 1-101-359203, domicilio Heredia, Residencial Lillian Sánchez, casa noventa y dos. Acuerdan a partir del primero de julio del 2010, disolver la sociedad antes dicha de conformidad con el artículo 201 inciso D), del Código de Comercio. Manifestaciones al domicilio social, plazo de un mes.—San José, 5 de julio del 2010.—Lic. Sergio Eduardo Víquez Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2010184334.—(IN2010058038).

Mediante escritura 130-7 de las 13:00 horas del 5 de julio del 2010, se constituyó sociedad anónima de nombre Corporación DPH S. A.—San José, 8 de julio del 2010.—Lic. Douglas Castro Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2010184336.—(IN2010058039).

Por escritura otorgada ante mí, a las 17:00 horas del 7 de julio del 2010, se constituyó la compañía denominada GTH Mantenimiento Sociedad Anónima, con capital social de doscientos sesenta mil colones.—Ciudad Quesada, 7 de julio del 2010.—Lic. Raúl Hidalgo Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2010184337.—(IN2010058040).

José Osvaldo Vega Muñoz, cédula Nº 9-106-290 y Jenny Chaves Valenciano constituyen sociedad Comercializadora Oyehi S. A., su objeto es el comercio en general, el capital social es cien mil colones, el plazo social es de 99 años.—Naranjo, ocho de julio del dos mil diez.—Lic. Carmen Acuña Barquero, Notaria.—1 vez.—RP2010184338.—(IN2010058041).

Ante mí, Álvaro Barboza Orozco, notario público con oficina abierta en San José, escritura otorgada: a las 14:00 horas del 8 del julio del 2010, se modificó junta directiva de la S. A Alianza Técnica de Rectificación A. T. R Sociedad Anónima, presidente: Mario Ruiz Contreras, capital social totalmente suscrito y pagado, domicilio social: San José, San Antonio de Coronado, del Mall Pancho setecientos metros al este, a mano derecha.—San José, 9 de julio del 2010.—Lic. Álvaro Barboza Orozco, Notario.—1 vez.—RP2010184341.—(IN2010058042).

Ante esta notaría, a las diez horas del ocho de julio del dos mil diez, se constituye la sociedad denominada Working For Your Dreams Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, pudiendo actuar de manera conjunta o separadamente.—Heredia, ocho de julio del año dos mil diez.—Lic. Óscar Segnini Saborío, Notario.—1 vez.—RP2010184346.—(IN2010058043).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las 15:00 horas del 24 de junio del 2010, se constituyó la sociedad Inversiones y Alquileres Umalyme Sociedad Anónima. Plazo 100 años. Capital suscrito y pagado. Presidente, secretario y tesorero son representantes judiciales y extrajudiciales y apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjunta o separadamente y por todo el plazo social. Objeto: prestación de servicios, comercio, agricultura, ganadería e industria en general.—San José, veinticinco de junio del dos mil diez.—Lic. Gloriana Vicarioli Guier, Notaria.—1 vez.—RP2010184347.—(IN2010058044).

Por escritura otorgada, en esta notaría, a las trece horas del catorce de junio de dos mil diez, Elizabeth Fallas Ceciliano e Ignacio Miguel Beirute Gamboa, constituyen la sociedad anónima denominada: B.Q. Duby Sociedad Anónima.—San José, a las dieciséis horas del cinco de julio del dos mil diez.—Lic. Rafael Arturo Quirós Bustamante, Notario.—1 vez.—RP2010184349.—(IN2010058045).

Hoy he protocolizado acuerdos de asamblea general de la sociedad Bonnie y Clyde S. A., mediante la cual se modifica la cláusula tercera -domicilio- y se nombra presidente y secretario.—San José, 7 de julio del 2010.—Lic. Arturo Blanco Páez, Notario.—1 vez.—RP2010184352.—(IN2010058046).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las dieciocho horas del día seis de julio del año dos mil diez, se constituye la compañía Novalee S. A. Presidenta: Hellen Alvarado Zúñiga. Plazo: cien años.—Heredia, 6 de julio del año 2010.—Lic. Virginia Hernández Arias, Notaria.—1 vez.—RP2010184353.—(IN2010058047).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad ML Artesanos Unidos Sociedad Anónima, cuya actividad es el comercio en general, el plazo social es de cien años, cuyo representante es Augusto Adriel Algaba Urbina y fue constituida el ocho de julio del dos mil diez.—Lic. Wálter Solís Amen, Notario.—1 vez.—RP2010184355.—(IN2010058048).

Por escritura otorgada, hoy ante mí, a las 13:00 horas, se protocoliza reforma de cláusula 8 de los estatutos de la sociedad con domicilio en San José Kilómetro 42 S. A.—Nicoya San José, 30 de junio del 2010.—Lic. Luis Gerardo Brenes Solano, Notario.—1 vez.—RP2010184356.—(IN2010058049).

En mi notaría, por escritura número noventa del tomo tres de mi protocolo, se constituyeron las entidades LU Local Uno Cartago Sociedad de Responsabilidad Limitada, LD Local Dos Cartago Sociedad de Responsabilidad Limitada, LT Local Tres Cartago Sociedad de Responsabilidad Limitada y LC Local Cuatro Cartago Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital: suscrito y pagado, domicilio: Cartago, representación. Dos gerentes actuando en forma conjunta, objeto: Comercio.—Cartago, ocho de junio de dos mil diez.—Lic. Gabriela Rodríguez Loría, Notaria.—1 vez.—RP2010184358.—(IN2010058050).

Ante mí, Kathya Maritza Pérez González, notaria pública de Siquirres, se constituyó Seguridad Privada Arco Iris Sociedad Anónima, en Siquirres a las nueve horas con treinta minutos del nueve de julio del dos mil diez.—San José, 28 de mayo del 2010.—Lic. Kathya Maritza Pérez González, Notaria.—1 vez.—RP2010184359.—(IN2010058051).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las quince horas del día de hoy, se protocolizó acta de la sociedad Discover The South S. A., por la que se modifica la cláusula quinta de los estatutos.—San José, ocho de julio del dos mil diez.—Lic. Glorielena Alvarado Orozco, Notaria.—1 vez.—RP2010184360.—(IN2010058052).

Ángela Teresa Vargas Duarte, cédula cinco- uno siete seis-cuatro cuatro cuatro y otros, conforman la sociedad anónima Parches de Algodón Sociedad Anónima, con vigencia de noventa y nueve años, agente residente Lic. Norma Vargas Duarte, avenida ocho y diez calle veinticinco, número 855, San José, tel. 2258-6289.—San José, 7 de julio del 2010.—Lic. Roxana Carmiol Yalico, Notaria.—1 vez.—RP2010184361.—(IN2010058053).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las 9:00 horas del día 8 de julio del 2010, se modificó el pacto social de A.B. Transport And Logistic Sociedad Anónima. Se modificó: cláusula sétima, representación: presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando de forma conjunta o separada.—San José, 9 de julio del 2010.—Lic. Juan Guillermo Tovar González, Notario.—1 vez.—RP2010184367.—(IN2010058054).

En Santa Ana, San José, a las catorce horas del ocho de julio del año dos mil diez, se constituyó Inmobiliaria y Construcción INCO Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones. Con una junta directiva de tres miembros presidente, secretario, tesorero, y un fiscal. El presidente, secretario y tesorero cuentan con la representación judicial y extrajudicial sin límite de suma.—Lic. Sally Madrigal Saborío, Notaria.—1 vez.—RP2010184368.—(IN2010058055).

En Santa Ana, San José, a las once horas del nueve de julio del año dos mil diez, se constituyó M y M Soluciones del Sol Sociedad Anónima, con un capital social de doce mil colones. Con una junta directiva de tres miembros presidente, secretario, tesorero y un fiscal. El presidente, secretario y tesorero cuentan con la representación judicial y extrajudicial sin límite de suma.—Lic. Sally Madrigal Saborío, Notaria.—1 vez.—RP2010184369.—(IN2010058056).

Lic. Flor María Delgado Zumbado, comunica que ante su notaría se constituyó la fundación cuya denominación social será Fundación Buena Vista. Que tendrá plazo a perpetuidad.—Belén, ocho de julio del dos mil diez.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—RP2010184370.—(IN2010058057).

Ante esta notaría, se nombra junta directiva y reforma de cláusula de pacto constitutivo, de Inversiones Efraín R.Z. Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 9 de julio del 2010.—Lic. Jorge E. Rojas Villareal, Notario.—1 vez.—RP2010184371.—(IN2010058058).

Mediante escritura número 263 del tomo 7 de mi protocolo, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Inversiones Serigráficas D.M.B. Sociedad Anónima.—Guadalupe, 7 de julio del 2010.—Lic. Lucy Dayana Camacho Guzmán, Notaria.—1 vez.—RP2010184372.—(IN2010058059).

En esta notaría, escritura ciento tres se protocoliza asamblea general. extraordinaria, con fecha treinta de junio del dos mil diez, Grupo Constructivo Alta Limitada, en donde se modifica junta directiva.—San José, tres de julio dos mil diez.—Lic. Ronald Rodolfo López Pérez, Notario.—1 vez.—RP2010184375.—(IN2010058060).

En esta notaría, se protocoliza asamblea general extraordinaria, bajo la escritura número ciento diez con fecha tres de julio dos mil diez, la empresa Inmobiliaria Guerresa Limitada. Cambia nombre y gerentes. Dos gerentes poseen poder generalísimo sin límite de suma, representación judicial y extrajudicial.—San José, tres de julio del dos mil diez.—Lic. Ronald Rodolfo López Pérez, Notario.—1 vez.—RP2010184376.—(IN2010058061).

En esta notaría se protocoliza, bajo la escritura número ciento ocho con fecha tres de julio dos mil diez, asamblea general extraordinaria de Corporación Alcurti de San Carlos Sociedad Anónima, se modifica junta directiva y el presidente y tesorero poseen poder generalísimo sin límite de suma, representación judicial y extrajudicial.—San José, tres de julio del dos mil diez.—Lic. Ronald Rodolfo López Pérez, Notario.—1 vez.—RP2010184377.—(IN2010058062).

En esta notaría, se protocoliza asamblea general extraordinaria, bajo la escritura número ciento doce con fecha tres de julio dos mil diez, la empresa, Inversiones Familiares Marmota Sociedad Limitada. Cambia nombre y gerentes. Cuatro gerentes poseen poder generalísimo sin límite de suma, representación judicial y extrajudicial.—San José, tres de julio del dos mil diez.—Lic. Ronald Rodolfo López Pérez, Notario.—1 vez.—RP2010184378.—(IN2010058063).

En esta notaría, escritura noventa y nueve se protocoliza asamblea general ordinaria, con fecha veintiuno de mayo del dos mil diez, Asociación Agroturismo Jiménez Río Pejivalle, en donde se modifica junta directiva.—San José, tres de julio del dos mil diez.—Lic. Ronald Rodolfo López Pérez, Notario.—1 vez.—RP2010184380.—(IN2010058064).

En esta notaría, se protocoliza, bajo la escritura número ciento diez con fecha tres de julio dos mil diez, asamblea general extraordinaria de Britania Cuatro Rojo Sociedad Anónima, se modifica junta directiva y el presidente posee poder generalísimo sin límite de suma, representación judicial y extrajudicial.—San José, primero de julio de dos mil diez.—Lic. Ronald Rodolfo López Pérez, Notario.—1 vez.—RP2010184381.—(IN2010058065).

En esta notaría, se protocoliza asamblea general extraordinaria, bajo la escritura número ciento once con fecha tres de julio dos mil diez, la empresa Inversiones Familiares L.P.I.R Limitada. Cambia nombre y gerentes. Cuatro gerentes poseen poder generalísimo sin límite de suma, representación judicial y extrajudicial.—San José, tres de julio del dos mil diez.—Lic. Ronald Rodolfo López Pérez, Notario.—1 vez.—RP2010184382.—(IN2010058066).

En esta notaría, se constituye bajo la escritura número ciento cinco con fecha quince de junio dos mil diez, la empresa, Complejo El Toril Limitada. Ambos gerentes poseen poder generalísimo sin límite de suma, representación judicial y extrajudicial.—San José, primero de julio de dos mil diez.—Lic. Ronald Rodolfo López Pérez, Notario.—1 vez.—RP2010184383.—(IN2010058067).

Roberto Enrique - nombre - Umaña Balser - apellido, notario público de San José, hace constar que por escritura otorgada a las trece horas del treinta de junio del dos mil diez, número cincuenta y siete folio ciento doce vuelta del tomo noveno de esta notaría, se ha constituido la compañía de la plaza en San José, denominada Light of My Life Interprises Sociedad Anónima, Domiciliada: En la ciudad de San José, Puriscal, Santiago, exactamente doscientos metros, al norte abajo Granja Norita. Capital social: un mil colones, apoderados generalísimos presidente: Alexander Bannister y tesorera: Donna Lynn Hartzer. Secretaria: Julia Susan Bannister. Es todo.—San José, al ser las trece horas del veintinueve de junio del dos mil diez.—Lic. Roberto Enrique Umaña Balser, Notario.—1 vez.—RP2010184384.—(IN2010058068).

Por escrituras otorgadas ante esta notaría, número ciento cuarenta y siete, ciento cuarenta y ocho, ciento cuarenta y nueve, se constituyeron tres sociedades, todas constituidas el día siete de julio del dos mil diez. El plazo social, de todas, es de noventa y nueve años, y su capital social de diez mil colones cada una. En todas las sociedades el presidente tendrá la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Heredia, ocho de julio del dos mil diez.—Lic. Marilú Quirós Álvarez, Notaria.—1 vez.—RP2010184385.—(IN2010058069).

Por escritura número ochenta y dos, se protocolizó acta número dos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Costa Rica Aborigen y Autóctona Zurki S. A., cédula jurídica número: tres-ciento uno-quinientos sesenta y cinco mil novecientos cincuenta y dos. Se modifica por completo la cláusula novena del pacto constitutivo y se sustituyen nombramientos del presidente, secretario y tesorero. Es todo.—Jacó, Garabito, Puntarenas, ocho de julio del dos mil diez.—Lic. Alejandra Morales Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2010184386.—(IN2010058070).

Por escritura número ciento cincuenta y cinco se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada: Plantation Acres Volga Dieciocho BQY Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y siete mil cuatrocientos setenta y nueve. Se modificó la cláusula noventa del pacto constitutivo, se revoca poder generalísimo sin límite de suma del secretario. Es todo.—Jacó, Garabito, Puntarenas, treinta de junio del dos mil diez.—Lic. Oldemar Vargas Machado, Notario.—1 vez.—RP2010184387.—(IN2010058071).

Por escritura número: setenta y tres se constituyó la sociedad anónima denominada: Joeys Pizzería GGF S. A. Presidente apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social diez mil colones. Plazo social noventa y nueve años. Es todo.—Jacó, Garabito, Puntarenas, veintidós de junio del dos mil diez.—Lic. Alexandra Morales Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2010184388.—(IN2010058072).

Por escritura número: setenta y cuatro se protocolizó acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa denominada: Playa Hermosa-Blanca Ocho C.R.C.Q. Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-quinientos noventa y ocho mil sesenta y tres. Cambio junta directiva, presidente y secretario. Es todo.—Jacó, Garabito, Puntarenas, veintitrés de junio del dos mil diez.—Lic. Alexandra Morales Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2010184389.—(IN2010058073).

Mediante escritura otorgada, en esta notaría a las 8:00 horas del 9 de julio del dos mil diez, y estando presente la totalidad del capital social de la empresa Condominios Edalka Revali Sociedad Anónima, se reforma la cláusula novena de administración.—San José, 9 de julio del 2010.—Lic. Laura Hernández Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2010184390.—(IN2010058074).

Por escritura número cuarenta y cinco, se protocolizó acta de accionista de Experience Finders Consultants Sociedad Anónima, se reforma la cláusula sexta de los estatutos.—Liberia, 7 de julio del 2010.—Lic. Aida María Montiel Héctor, Notaria.—1 vez.—RP2010184392.—(IN2010058075).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las 12:00 horas del 3 de junio del presente año, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Giosova S. A., capital social suscrito y pagado, con domicilio en San José, San Pedro de Montes de Oca, del supermercado Mas x Menos veinticinco metros al norte, Calle Calasanz, segundo piso, clínica nombre “Este Dental”. Sra. Sonia Rebeca Vargas Mojica, presidenta y Giovanni Solano Vaglio, secretario.—San José, 9 de junio del 2010.—Lic. Michelle M. Méndez Mussio, Notaria.—1 vez.—RP2010184395.—(IN2010058076).

Mediante escritura número 262 de las 17:00 horas del 11 de febrero del 2010, ante la notaría del Licenciado Luis Alberto Álvarez Muñoz, se constituye la entidad Desarrollos Medecis Herediana I.N.C. Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado.—Heredia, 9 de julio del 2010.—Lic. Luis Alberto Álvarez Muñoz, Notario.—1 vez.—RP2010184396.—(IN2010058077).

Mediante escritura número 259 de las 12:00 horas del 10 de junio del 2010, ante la notaría de la Licenciada Karol Cristina Guzmán Ramírez, se constituye una sociedad anónima mediante la cual se autoriza al Registro Nacional para que utilice como denominación social el número de cédula jurídica que se le asigne, conforme al Decreto Ejecutivo número 33171-J. Capital: suscrito y pagado.—Heredia, 9 de julio del 2010.—Lic. Karol Cristina Guzmán Ramírez, Notaria.—1 vez.—RP2010184397.—(IN2010058078).

Mediante escritura número 260 de las 16:00 horas del 11 de febrero del 2010, ante la notaría del Licenciado Luis Alberto Álvarez Muñoz, se constituye la entidad Inmobiliaria Nemesis I.N.T. Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—Heredia, 9 de julio del 2010.—Lic. Luis Alberto Álvarez Muñoz, Notario.—1 vez.—RP2010184398.—(IN2010058079).

Mediante escritura número 261 de las 16:45 horas del 11 de febrero del 2010, ante la notaría del Licenciado Luis Alberto Álvarez Muñoz, se constituye la entidad Vera del Sendero I.N.T. Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—Heredia, 9 de julio del 2010.—Lic. Luis Alberto Álvarez Muñoz, Notario.—1 vez.—RP2010184399.—(IN2010058080).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó sociedad de responsabilidad limitada con el nombre de su propia cédula jurídica, según Decreto Nº 33171-J. Gerentes: José Alfredo Sánchez Zumbado, Carlos Enrique Cerdas Araya, Mario Ramón Castillo Lara.—San José, 5 de julio del 2010.—Lic. Óscar Mario Villalobos Arguedas, Notario.—1 vez.—RP2010184400.—(IN2010058081).

Por escritura número ciento noventa y cuatro-cuatro de las 19:00 horas del seis de julio del año dos mil diez, se constituyó la sociedad Crianedma Sociedad Anónima. Presidente con plenas facultades. Capital social de ¢ 30.000.00. Domicilio en San José, Alajuelita.—San José, seis de julio del año dos mil diez.—Lic. Eduardo Lobo Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2010184401.—(IN2010058082).

Ante mí, Carlos Coto Madrigal, notario público con oficina abierta en San José, Mora, se constituyó mediante escritura número doscientos veintisiete del tomo sétimo de mi protocolo, con fecha de las dieciocho horas del siete de julio del año dos mil diez, la empresa: Inversiones Familiares H & R De Santa Ana Sociedad Anónima. Con plazo social de cien años y capital social de nueve mil colones.—San José, siete de julio del año dos mil diez.—Lic. Carlos Coto Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2010184404.—(IN2010058083).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de la sociedad denominada Acusol Sociedad Anónima, modifica objeto, se aumenta capital, cláusula administrativa y se nombra nueva junta directiva.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca, Notario.—1 vez.—RP2010184405.—(IN2010058084).

Por escritura número ochenta y cinco, otorgada en esta misma notaría a las once horas del seis de julio del año dos mil diez, la sociedad con cédula jurídica número tres-ciento uno-seis cero tres seis uno cero, modifica la cláusula primera del nombre.—San José, 7 de julio del 2010.—Lic. Ángel Edmundo Solano Calderón, Notario.—1 vez.—RP2010184406.—(IN2010058085).

A las ocho horas del nueve de julio del dos mil diez, se constituye la sociedad Saca e Hijos Sociedad Anónima. Siendo su presidente con facultades de apoderado generalísimo Jimmy Sanabria Vásquez.—Lic. Vilma Paco Morales, Notaria.—1 vez.—RP2010184407.—(IN2010058086).

Que mediante escritura de las 12:00 horas de hoy, se constituyó Aricam S. A. Capital: suscrito y pagado. Representación: presidente y tesorero. Domicilio: San José.—San José, 1º de julio del 2010.—Lic. Alexander A. Chacón Porras, Notario.—1 vez.—RP2010184408.—(IN2010058087).

Guillermo Castro González, de nacionalidad colombiana, cédula de residencia numero uno uno siete cero cero cero dos cero cero cero tres uno, casado una vez, intérprete y Rosaura Pérez Rivera, cédula número uno-ochocientos once-uno cinco ocho, asistente de gerencia, ambos vecinos de Ciudad Colón, quinientos oeste de la central del ICE, constituyen sociedad denominada Know How Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Lic. Rocío Córdoba Cambronero, Notaria.—1 vez.—RP2010184410.—(IN2010058088).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del día primero de julio de dos mil diez, se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad anónima denominada Televicine S. A. y se nombra junta directiva.—San José, siete de julio de dos mil diez.—Lic. Jorge Eduardo Lobo Solera, Notario.—1 vez.—RP2010184411.—(IN2010058089).

Mediante escritura número ciento cuarenta y cuatro, otorgada a las catorce horas del día ocho de julio del año dos mil diez, visible al folio ciento catorce frente del tomo cuarenta y ocho de mi protocolo, se acuerda reformar las cláusulas quinta y sexta del pacto constitutivo de la sociedad Rikayol, M.H. S. A. Es todo.—San José, nueve de julio del año dos mil diez.—Lic. Harry Wohlstein Rubinstein, Notario.—1 vez.—RP2010184412.—(IN2010058090).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del diecisiete de junio del dos mil diez, se constituyó la sociedad la cual se denominará por la cédula jurídica que le asigne el Registro Público con la terminación de Sociedad Anónima.—San José, nueve de julio del dos mil diez.—Lic. Óscar Enrique Chinchilla Mora, Notario.—1 vez.—RP2010184413.—(IN2010058091).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las trece horas, treinta minutos del siete de julio del dos mil diez, protocolizo acta de sociedad anónima Inversiones Sigma S. A., la cual se modifica la cláusula segunda el domicilio social.—Tres Ríos, 9 de julio del 2010.—Lic. Grettel Zúñiga Tortós, Notaria.—1 vez.—RP2010184419.—(IN2010058092).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las catorce horas del siete de julio del dos mil diez, protocolizo acta de sociedad anónima Industrias Beta S. A., la cual se modifica la cláusula segunda el domicilio social.—Tres Ríos, 9 de julio del 2010.—Lic. Grettel Zúñiga Tortós, Notaria.—1 vez.—RP2010184421.—(IN2010058093).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las trece horas del siete de julio del dos mil diez, protocolizo acta de sociedad anónima Asesores Merco Industriales S. A., la cual se modifica el domicilio social.—Tres Ríos, 9 de julio del 2010.—Lic. Grettel Zúñiga Tortós, Notaria.—1 vez.—RP2010184423.—(IN2010058094).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 11:00 horas del 3 de julio de 2010, Carjosé Cinco S. A., sustituye parte de la junta directiva y el fiscal, se nombra apoderado generalísimo sin límite de suma.—Santa Bárbara de Heredia, 8 de julio de 2010.—Lic. Álvaro E. Alfaro Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2010184426.—(IN2010058095).

Por escritura cuarenta y siete, otorgada ante la notaria pública Carolina Ulate Zárate, a las quince horas, treinta minutos del día treinta de junio del año dos mil diez, se modificó las cláusulas segunda y sétima de la sociedad denominada Apex Wholesale and Distribution Company S. A.—Heredia, treinta de junio del año dos mil diez.—Lic. Carolina Ulate Zárate, Notaria.—1 vez.—RP2010184427.—(IN2010058096).

Por escritura cuarenta y siete, otorgada ante la notaria pública Carolina Ulate Zárate, a las quince horas del día treinta de junio del año dos mil diez, se modificó las cláusulas segunda y sétima de la sociedad denominada Blue Water Wholesale and Distribution Company S. A.—Heredia, treinta de junio del año dos mil diez.—Lic. Carolina Ulate Zárate, Notaria.—1 vez.—RP2010184428.—(IN2010058097).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del 25 de junio del 2010, se constituye la sociedad Amigos de Los Puros Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: diez mil colones.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1 vez.—RP2010184429.—(IN2010058098).

Por asambleas de cuotistas las sociedades denominadas tres-ciento dos-quinientos veintiún mil ochocientos cincuenta y tres s. r. l., tres-ciento dos-quinientos veintidós mil cien s. r. l. y tres-ciento dos-quinientos veintiún mil novecientos catorce s. r. l. Nombran nuevo gerente apoderado generalísimo. Domicilio: San José.—San José, 9 de julio del año dos mil diez.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—RP2010184430.—(IN2010058099).

Por escritura otorgada en San José, a las 12:00 horas del 22 de junio de 2010, se constituyó INversiones en TEcnológias de Sistemas Sociedad Anónima, pudiendo usar la abreviatura InTeSis S. A. Domiciliada en San José. Capital: totalmente suscrito y pagado, acciones comunes y nominativas. Presidente es su mandatario generalísimo sin límite.—Lic. Martin Mainieri Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2010184431.—(IN2010058100).

Por escritura otorgada ante esta notaría en Sarchí Norte de Valverde Vega, a las ocho horas del siete de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad Corporación Recabsa S. A. Domicilio: Santa Bárbara de Heredia, cincuenta metros al este y cien metros al norte del Banco de Mariscos. Plazo: 99 años. Capital: ochenta mil colones suscrito y pagado. Representación: presidente, secretario y tesorero de la junta directiva.—Sarchí Norte de Valverde Vega, a las ocho horas del ocho de julio del 2010.—Lic. Rolando Espinoza Rojas, Notario.—1 vez.—RP2010184432.—(IN2010058101).

Por escritura otorgada a las catorce horas del cinco de julio del dos mil diez, se constituye Independent Model Management Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—Lic. Mario Enrique Pacheco Loaiza, Notario.—1 vez.—RP2010184434.—(IN2010058102).

Ante mí, Rosibel Chavarría Mora, se constituyó la sociedad denominada Desarrollo Construcción e Ingeniería Decoin Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Desarrollo Construcción e Ingeniería Decoin S. A. Presidente: Joaquín Bernardo Quirós Solís. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—San José, a las quince horas del día siete de julio del dos mil diez.—Lic. Rosibel Chavarría Mora, Notaria.—1 vez.—RP2010184435.—(IN2010058103).

Por escritura otorgada ante mí, a las 13:00 horas del día de hoy, María Eugenia Araujo Tamayo y Ricardo González Fournier, constituyeron una sociedad que se denominará con el número de cédula jurídica que le asigne el Registro Mercantil, seguido con el aditamento Sociedad Anónima, el cual podrá abreviarse S. A., de conformidad con el artículo segundo del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Domicilio: Alajuela. Capital social: veinte mil colones. Representación: Corresponde al presidente de la junta directiva, la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 9 de julio del año 2010.—Lic. Rafael Esquivel Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2010184436.—(IN2010058104).

Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las 18:00 horas del ocho de julio del 2010, se protocoliza la asamblea extraordinaria de la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y cuatro mil trescientos trece sociedad anónima, se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo, se nombra como presidente a Manrique Serrano Benavides, como secretaria: a María Catalina Araya González, como tesorera a Ana Victoria Serrano Benavides, como fiscal a Laura Cristina Serrano Benavides.—San José, 8 de julio del 2010.—Lic. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—RP2010184439.—(IN2010058105).

Ante esta notaría por escritura pública número setenta y ocho se constituyó la sociedad G & M Proyectos Sociedad Anónima el día ocho de julio del dos mil diez.—Lic. Álvaro Hernández Chan, Notario.—1 vez.—RP2010184445.—(IN2010058106).

Ante esta notaría, por medio de escritura pública número 142-IV, de las 12:00 horas del 7 de julio del 2010, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria del Condominio Vertical Residencial Ocean Breeze, en la cual se tomaron los siguientes acuerdos: Primero: Se modificaron los siguientes artículos del Reglamento Condominal: cuarto, seis B, diez, doce, quince apartado f, dieciocho, veintiséis, treinta y uno, treinta y dos, treinta y tres, treinta y cuatro. Segundo: Se adiciona la cláusula treinta y nueve al Reglamento del Proceso de Cuotas Vencidas. Tercero: Se nombra como administrador al señor Jean Pierre Lamarche.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2010184446.—(IN2010058107).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las ocho horas del ocho de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Olnana Sociedad Anónima. Domiciliada en Jardines Universitarios número dos de Heredia, casa doscientos cuarenta y nueve. Capital: diez mil colones.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—RP2010184447.—(IN2010058108).

Que mediante la escritura número treinta y uno-ciento treinta y siete, visible a folio cuarenta y uno frente al cuarenta y dos vuelto del tomo ciento treinta y siete de mi protocolo, los señores Wilberth Cubero Vargas, comerciante, cédula de identidad cinco-doscientos dieciocho-cero cincuenta y nueve y Rebeca Hernández Matarrita, ama de casa, cédula de identidad cinco-doscientos ochenta y ocho-ciento setenta y dos; ambos mayores, casados una vez, y vecinos de San Ramón de Alajuela, cincuenta metros al norte de Casinex, constituyen la sociedad anónima denominada Inversiones Madeki Sociedad Anónima. Domiciliada en San Ramón de Alajuela, en la misma dirección de su representante. Presidente. Wilberth Cubero Vargas. Capital social: diez mil colones netos.—San Ramón, 8 de julio del 2010.—Lic. Sergio Vargas López, Notario.—1 vez.—RP2010184449.—(IN2010058109).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las diez horas del 9 de julio del 2010, que es la número setenta, visible al folio sesenta y seis frente del tomo veintitrés de mi protocolo, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación será el número de cédula jurídica, según el Decreto Ejecutivo 33171-J, del 14 de junio del 2006. Domicilio social: Heredia, cincuenta metros norte de los Tribunales. Objeto social: la agricultura, la ganadería, la industria y el comercio. Capital social: cien mil colones. Plazo: setenta y cinco años. Presidente: Francisco Alberto González Bolaños.—Heredia, 9 de julio de 2010..—Lic. Hannia Solís Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2010184452.—(IN2010058110).

En mi notaría al ser las 8:00 horas del 8 de mayo del año dos mil diez, se constituyó la sociedad Corporación Administradora Gimsa S. A.—Lic. Celenia Godínez Prado, Notaria.—1 vez.—RP2010184453.—(IN2010058111).

Lizeth Vargas Vargas y Miguel Cisneros Arroyo, constituyen una sociedad anónima que se denomina Corporación Naciente Monte Azul C.N.M. A, S. A. Domiciliada en San José. Escritura número 31 otorgada a las 12:30 horas del 6 de julio del 2010.—San José, 6 de julio de junio del 2010.—Lic. Marta Cecilia Jiménez Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2010184454.—(IN2010058112).

Lizeth Vargas Vargas y Miguel Cisneros Arroyo, constituyen una sociedad anónima que se denomina Corporación Naciente De Agua C.N.A, S. A. Domiciliada en San José. Escritura número 31 otorgada a las 12:00 horas del 6 de julio del 2010.—San José, 6 de julio de junio del 2010.—Lic. Marta Cecilia Jiménez Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2010184455.—(IN2010058113).

A las nueve horas del nueve de julio del año dos mil diez, en mi notaría, se constituyó la sociedad anónima denominada Jeka Lifestyle Food S. A. Presidenta: Jessica Paniagua Porras. Presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma. Capital social: diez mil colones.—Lic. Ana Rebeca Porras Mejías, Notaria.—1 vez.—RP2010184458.—(IN2010058114).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del dieciocho de marzo del año dos mil diez, se constituyó la sociedad Cerros de Tarento Sociedad de Responsabilidad Limitada y, por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del día veinticinco de agosto del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad Diseños Arquitectónicos de Dos Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del 2010.—Lic. Diana Guzmán Calzada, Notaria.—1 vez.—(IN2010058115).

Ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea de junta directiva de la sociedad denominada Roley Corporation Sociedad Anónima, con cédula Nº 3-101-493268, donde se nombra como secretaria a la señora Eilyn Cueto, mayor de edad, casada una vez, estudiante, con pasaporte de su país número 047635457, vecina de Heredia, San Rafael, residencial Ave del Paraíso. Es todo.—Heredia, doce de julio del dos mil diez.—Lic. Andrea Monge Sáenz, Notaria.—1 vez.—(IN2010058133).

Ante mí, Zaida Valderrama Rodríguez, notaria pública de Alajuela, a las 10:00 horas del 12 de julio del 2010, se reformó las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo de El Brazo Eléctrico de Alajuela S. A., cédula jurídica número 3-101-177882. Se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Alajuela, 12 de julio del 2010.—Lic. Zaida Valderrama Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2010058135).

Por escritura otorgada a las doce horas del nueve de junio del dos mil diez, se constituyó Jardín Gourmet Sociedad Anónima. Capital social: un millón doscientos mil colones. Se nombra presidente con facultades de apoderado generalísimo.—Lic. Lorlly Luna Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2010058138).

Por escritura otorgada a las diecisiete horas del diez de julio del dos mil diez, se constituyó Barrayar Desarrollos Sociedad Anónima. Capital social: un doce mil colones. Se nombra presidente con facultades de apoderado generalísimo.—Lic. Luis Fernando Fallas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2010058140).

Por escritura otorgada a las doce horas del diez de junio del dos mil diez, se constituyó empresa individual de responsabilidad limitada, que se denominará por su número de cédula. Capital social: diez mil colones. Se nombra presidente con facultades de apoderado generalísimo.—Lic. Luis Fernando Fallas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2010058141).

Ante esta notaría, el día diez de julio de dos mil diez, a las ocho horas, treinta minutos, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada Instituto Costarricense de Asesoría en Educación ICAE Sociedad Anónima, mediante la cual se modificó la cláusula de la administración del pacto social, se nombra presidente, secretario, tesorero y fiscal. Además, se otorga poder generalísimo sin límite de suma.—San José, diez de julio del dos mil diez.—Lic. Mónikha Cedeño Castro, Notaria.—1 vez.—(IN2010058154).

Yo, Adrián Echeverría Escalante, protocolicé la constitución de dos sociedades de responsabilidad limitada que se denominarán (i) Mi Terruño de Playa Hermosa Sociedad de Responsabilidad Limitada. (ii) Las Colinas de Cerro Fresco Sociedad de Responsabilidad Limitada. Domiciliadas en Escazú. Con un capital de doce mil colones, representado por doce cuotas nominativas. Es todo.—San José, nueve de julio de dos mil diez.—Lic. Adrián Echeverría Escalante, Notario.—1 vez.—(IN2010058157).

Por instrumento notarial protocolar autorizado en San José, en esta notaría, de las once horas del día ocho de julio del dos mil diez, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones Mineral de Occidente S. A., con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-ciento noventa y dos mil trescientos cincuenta y tres, por la cual se reforman las cláusulas segunda, cuarta, sétima y se adicionan cláusulas décima segunda, décima tercera, décima cuarta del pacto social; sobre domicilio, objeto, representación legal y convocatoria a asambleas de junta directiva y accionistas y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Lic. María Lourdes Montes de Oca Carboni, Notaria.—1 vez.—(IN2010058166).

Por instrumento notarial protocolar autorizado en San José, en esta notaría, de las doce horas del día ocho de julio del dos mil diez, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de las sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y cuatro mil novecientos veintitrés s. a., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y cuatro mil novecientos veintitrés; por la cual se reforma la cláusula segunda del pacto social; sobre domicilio, y se nombra secretario.—Lic. María Lourdes Montes de Oca Carboni, Notaria.—1 vez.—(IN2010058167).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las ocho horas del treinta de junio de dos mil diez, se nombra presidente, secretario, tesorero y fiscal de la sociedad tres-ciento uno-quinientos treinta y seis mil doscientos veintiuno sociedad anónima.—San José, treinta de junio de dos mil diez.—Lic. Kattia Quesada Céspedes, Notaria.—1 vez.—(IN2010058174).

Por escritura otorgada hoy, ante el suscrito notario, los señores Ricardo Abraham Madriz Castro y Mauricio Soto Quijano en representación de Del Parque Abeja S. A. y el señor José Luis Salinas Olle en representación de Grupo Inmobiliario del Parque S.L.B. S. A. constituyen una sociedad anónima que se denominará Torre Roble Sabana Norte S. A.—San José, 1º de julio de 2010.—Lic. Farid José Ayales Bonilla, Notario.—1 vez.—(IN2010058193).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se revocó nombramiento de gerente general y se nombró nuevo gerente general de la sociedad denominada Falcon & Associates Sociedad Anónima.—San José, 12 de julio de 2010.—Licenciada Cristina Roper Williams, Notaria.—1 vez.—(IN2010058236).

Se hace constar que por escritura número ochenta y dos del ocho de julio de dos mil diez, a las quince horas, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de la sociedad Tamarindo Sandcastles Two Limitada, cédula de persona jurídica número tres ciento dos-seiscientos tres mil quinientos treinta y tres. Se reforma de cláusula primera del pacto constitutivo.—Tamarindo, 8 de julio del dos mil diez.—Lic. Paul Oporta Romero, Notario.—1 vez.—(IN2010058244).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del día nueve de julio del año dos mil diez, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad, Inversiones El Fuerte Cactus S. A. con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y dos mil quinientos doce, mediante la cual se acuerda reformar la cláusula segunda del pacto constitutivo.—San José, 9 julio del año dos mil diez.—Lic. Helen Adriana Solano Morales, Notaria.—1 vez.—(IN2010058245).

Esta notaría protocolizo acta uno de Espuma de Plata S. A., mediante la cual se reforma el pacto constitutivo en cuanto a domicilio y se nombra junta directiva y fiscal. Presidente: Mauricio Jenkins Coronas. Acta dos: Espuma de Plata S. A. otorga poder generalísimo sin límite de suma a Gabriela Coronas Urzúa y a Margarita Jenkins Coronas.—San José, nueve de julio de dos mil diez.—Lic. Ana María Sanz Arteaga, Notaria.—1 vez.—(IN2010058246).

En la notaría del Licenciado Danilo Rivas Solís, a las ocho horas del diez de junio del dos mil diez, protocolicé en conotariado el acta número dos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Enjoy With us All The Costa Rica Best Destinations S. A. en la cual se acuerda modificar la cláusula número uno de los estatutos sociales de la sociedad y se nombra como presidente a Bismarck Campos Campos, y como secretario a Bismarck Campos Ruiz. Escritura número ciento trece del tomo cincuenta y ocho del protocolo del conotario Rivas Solís.—San José, a las nueve horas del diez de junio del dos mil diez.—Lic. Fernando Campos González, Notario.—1 vez.—(IN2010058249).

David Barrantes Chavarría y otros constituyen Catalina Brisa del Mar S. A. Domicilio: Bahía Ballena de Osa. Objeto: turismo. Capital: un millón de colones. Plazo: cien años. Presidente: David Barrantes Chavarría.—Lic. Fernando Sancho Villalta, Notario.—1 vez.—RP2010182140.—(IN2010058251).

Hazel Rocío Monge Salas y Mayra de la Trinidad Castro Salas, constituyen la sociedad Inversiones de Mercado Hazdan Servicios Logísticos S. A. Escritura Nº 269, otorgada en San José, a las 17:00 horas del 8 de julio del 2010.—Lic. Roberto Pochet Torres, Notario.—1 vez.—RP2010184460.—(IN2010058252).

Por escritura otorgada ante mí, Nidia Arias Vindas, a las 17:00 horas del 9 de febrero del 2010, se constituyó Repuestos González Solís S. A. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Presidente: Víctor Julio González Arroyo.—Flores, 8 de julio del 2010.—Lic. Nidia Arias Vindas, Notaria.—1 vez.—RP2010184462.—(IN2010058253).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:30 horas del 9 de julio del 2010, se constituye la sociedad denominada GO Gestión Organizacional. Capital social: diez mil colones. Es todo.—San José, 9 de julio del 2010.—Lic. José Pablo Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—RP2010184463.—(IN2010058254).

Por escritura otorgada a las diez horas del día nueve de julio del presente año, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Pieces Of Quijote Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad.—San José, nueve de julio del dos mil diez.—Lic. José Pablo Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—RP2010184464.—(IN2010058255).

Por escritura número quince-veinticuatro otorgada en esta Notaría el día seis de julio de dos mil diez, a las diez horas, se constituyó la sociedad denominada Importaciones de Bisutería Alonso Sociedad Anónima, con domicilio en Cartago. Presidente: Yimer González León.—Cartago a las diez horas del seis de junio del dos mil diez.—Lic. Belisario Antonio Solano Solano, Notario.—1 vez.—RP2010184466.—(IN2010058256).

Ante esta notaría la sociedad, tres-ciento uno-quinientos treinta y tres mil doscientos noventa y tres s. a., nombró nuevo presidente y fiscal.—Lic. Andrés Eduardo Aguilar Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2010184467.—(IN2010058257).

Por escritura otorgada hoy ante mí, a las catorce horas cuarenta minutos protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada por 3-101-583575 sociedad anónima.—Pérez Zeledón, siete de julio del dos mil diez.—Lic. Eduardo Román Gómez, Notario.—1 vez.—RP2010184470.—(IN2010058258

Por escritura otorgada hoy ante mí, a las ocho horas, Adonay Artavia Mata, Elieth Castro Montes y Joseph Artavia Castro constituyeron sociedad anónima. Domicilio: San José, Pérez Zeledón, San Isidro, exactamente frente a la Ferretería Feymaco, Edificio Comercial Dos Mil. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Adonay Artavia Mata.—Pérez Zeledón, ocho de julio del dos mil diez.—Lic. Juan Luis Artavia Mata, Notario.—1 vez.—RP2010184471.—(IN2010058259).

Por escritura otorgada hoy ante mí, a las ocho horas treinta minutos, Adonay Artavia Mata, Elieth Castro Montes y Joseph Artavia Castro constituyeron sociedad anónima. Domicilio: San José, Pérez Zeledón, San Isidro, exactamente frente a la Ferretería Feymaco, Edificio Comercial Dos Mil. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Adonay Artavia Mata.—Pérez Zeledón, ocho de julio de dos mil diez.—Lic. Juan Luis Artavia Mata, Notario.—1 vez.—RP2010184472.—(IN2010058260).

Por escritura otorgada ante este notaría, al ser las quince horas del siete de julio de dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones Agropecuarias Villa San Luis Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos treinta y ocho mil cuatrocientos sesenta y siete, por medio de la cual, se realiza la inclusión del cargo de vicepresidente en la junta directiva.—Pérez Zeledón, ocho horas del doce de julio del dos mil nueve.—Lic. Eduardo Román Gómez, Notario.—1 vez.—RP2010184473.—(IN2010058261).

Ante esta notaría, a las nueve horas, con treinta minutos del día trece de julio del año dos mil nueve, se constituyó, la sociedad denominada Familia Ordóñez Jarquín Sociedad Anónima.—San José, doce de julio del dos mil diez.—Lic. Carlos Luis Ramírez Badilla, Notario.—1 vez.—RP2010184477.—(IN2010058262).

Ante esta notaría a las trece horas del día nueve de julio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Oporta y Morales Sociedad Anónima.—San José, doce de julio del dos mil diez.—Lic. Carlos Luis Ramírez Badilla, Notario.—1 vez.—RP2010184478.—(IN2010058263).

Reunidos Javier González Sandí, predicador, cédula seis-uno ocho nueve-cero nueve cero, Grace Elena Rodríguez Vargas, estilista, cédula uno-seis siete tres-siete seis uno, los dos casados entre sí y vecinos de San José en San Isidro de Coronado en Residencial Mercedes dos, casa número once, Rolando Guillermo Carmona Soto, Topógrafo, cédula cinco-dos tres dos-cinco cero seis, Agnes Giselle Salas Gómez, educadora, cédula cinco-dos cuatro ocho-cinco cuatro uno, ambos casados entre sí y vecinos de Quepos de Puntarenas en Barrio Los Ángeles, de la Escuela República de Corea trescientas metros al norte, Deyanira Hernández Villalobos, casada una vez, educadora, cédula seis-uno tres cinco-dos siete tres, vecina de Quepos de Puntarenas en el Invu casa número cincuenta y cuatro, Emiliano Villalobos Soto, contratista, cédula número cinco-dos uno tres-seis ocho cinco, Lusbe Barrantes Méndez, ama de casa, cédula número cinco-dos tres ocho-tres cuatro cinco, casados entre sí y vecinos de Cóbano de Puntarenas en Barrio Los Mangos, ochocientos metros al sur de la plaza, Henry Villegas Gómez, soltero, educador, cédula seis-dos tres ocho-dos cuatro nueve, vecino de Puntarenas, Barrio del Carmen, ciento cincuenta metros al sur del Súper El Carmen, Gilberto Franklin Mata Solano, divorciado una vez, oficinista, cédula número uno-seis uno siete-cero dos ocho, vecino de Puntarenas en Miramar de Montes de Oro, cien al este y veinticinco al norte de la oficina de la Guardia Rural; Lucrecia Suárez Rodríguez, soltera, secretaria, cédula seis-dos seis dos-ocho cuatro ocho, vecina de Puntarenas de Miramar de Montes de Oro, cien metros al este y veinticinco metros al norte de la oficina de la Guardia Rural, todos mayores de edad e integrantes de la iglesia católica de Costa Rica identificadas con las obras de servicio social que se realiza en la provincia de Puntarenas que han convenido en constituir una asociación movidos por una conciencia y preocupación por la situación social moral y espiritual que vive nuestro país en estos tiempos, Asociación que se regirá por la Ley de Asociaciones y sus reformas, y por los Estatutos que la conforman y se denominará con el nombre social de Asociación Jesús está Vivo AJEVI, y se conocerá con las siglas AJEVI y por su naturaleza será de duración indefinida con domicilio social en la provincia de Puntarenas, cantón primero Puntarenas, distrito primero Puntarenas, en el Barrio del Carmen del restaurante Yan - Yan cincuenta metros al este, casa de alto; sin perjuicio de tener sucursales o agencias en los demás lugares del país, sin fines de lucro, y protocolizada ante la Notaría Pública Dunia Medina Gutiérrez, con oficina abierta en Puntarenas y con un capital social hasta cien millones de colones, corresponde la representación judicial y extrajudicial al presidente con limitación de suma hasta cincuenta millones de colones señor Javier González Sandí. Es todo.—Puntarenas, ocho de julio del dos mil diez.—Lic. Dunia Medina Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—RP2010184482.—(IN2010058264).

Ante esta notaría comparecieron Carmen Arias Vargas, cédula dos-doscientos setenta y tres-ochocientos cincuenta y seis y Miguel Briones Campos, cédula cinco-cero noventa y cinco-ciento ochenta y cuatro, para construir la sociedad Briotec Chorotega Sociedad Anónima, por noventa y nueve años y con objeto de comercio.—Nicoya, ocho de julio del dos mil diez.—Lic. Iveth Orozco García, Notaria.—1 vez.—RP2010184483.—(IN2010058265).

Ante nuestra notaría, a las quince horas del día ocho de abril del año dos mil diez, se constituyó la Fundación que se denomina Fundación Equus Dextra.—San José, seis de julio del dos mil diez.—Lic. Ana Virginia Madrigal Murillo, Notaria.—1 vez.—RP2010184484.—(IN2010058266).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la constitución de la sociedad limitada compuesta por López Barrios Vanessa Ixquic, Juan Mauricio Lacayo Loyman, constituida en San José, a las quince horas veintiséis de junio el dos mil diez. Bufete Sigifredo Delgado Mora ubicado en San José Guadalupe barrio Santa Cecilia cien oeste de las bodegas del Mas x Menos, cincuenta metros al sur.—Lic. Sigifredo Delgado Mora, Notario.—1 vez.—RP2010184485.—(IN2010058267).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la constitución de la sociedad Innovaciones Las Arenas del Tiempo Sociedad Anónima, compuesta: Maylin Chinchilla Vargas, Olman Juárez Carrera, José Villegas Chinchilla, constituida en San José a las ocho horas del día veintiséis de junio del dos mil diez. Bufete Sigifredo Delgado Mora, ubicado en San José Guadalupe barrio Santa Cecilia cien oeste de las bodegas del Mas x Menos, cincuenta metros al sur.—Lic. Sigifredo Delgado Mora, Notario.—1 vez.—RP2010184486.—(IN2010058268).

Ante esta notaría la sociedad compañía Inmobiliaria Triazen Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-dos seis uno cuatro cero cuatro, nombró nuevo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma al Licenciado Hugo Navas Vargas.—San José, cinco de julio del dos mil diez.—Lic. José, Rafael Mesén Obregón, Notario.—1 vez.—RP2010184492.—(IN2010058269).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las ocho horas del doce de julio del dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad anónima denominada Brisas del Campo E y A Sociedad Anónima. Reforma cláusula segunda del pacto constitutivo. Nombramiento apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, doce de julio del dos mil diez.—Lic. Irina Castro Gamboa, Notaria.—1 vez.—RP2010184494.—(IN2010058270).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las dieciocho horas del nueve de julio de dos mil diez, se constituyó Beta Student Programs Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: totalmente suscrito y pagado. El Gerente es representante con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma pudiendo actuar individualmente.—San José, nueve de julio de dos mil diez.—Lic. Marco Antonio Abellan Acevedo, Notario.—1 vez.—RP2010184496.—(IN2010058271).

Mediante escritura número 181-4 otorgada a las 8:00 horas del 05 de julio del 2010, en el tomo cuarto del Notario Carlos Madrigal Mora, se constituyó la sociedad El Forjador CR Sociedad Anónima. Capital social: 10.000 colones.—San José, 12 de julio del 2010.—Lic. Carlos Madrigal Mora, Notario.—1 vez.—RP201018498.—(IN2010058272).

Ante esta notaría a las dieciocho horas con treinta minutos del día siete de julio del año dos mil diez, se constituyó la sociedad TRANS DI@RIAS Sociedad Anónima. Objeto de la sociedad es la prestación de servicios de comercio, José Daniel Díaz Obando, presidente.—Guayabo de Bagaces Guanacaste, siete de julio del dos mil diez.—Lic. Alexander Lobo Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2010184501.—(IN2010058273).

La suscrita Notaria Pública Xinia Arias Naranjo, hago constar y doy fe que ante esta notaría, se constituyó la sociedad anónima denominada Los Tres Diamantes del Sur S. A., con domicilio en Tinoco, Osa, Puntarenas, La Calera Industrial Roca Blanca, siete de julio de dos mil diez.—Lic. Xinia Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—RP2010184502.—(IN2010058274).

El suscrito Notario Víctor Solís Castillo, hace constar que en esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de, Queretaro del Mar Sociedad Anónima. Es todo, firmo en Palmar Norte, Osa, al ser las doce horas cincuenta minutos del día nueve de julio del dos mil diez.—Lic. Víctor Solís Castillo, Notario.—1 vez.—RP2010184504.—(IN2010058275).

El suscrito notario, Salvador Calderón Alvarado, hago constar que a las ocho horas del diecinueve de mayo del dos mil diez, se constituyó la sociedad Mifrasit M.F.T. Limitada, con capital de diez mil colones. Plazo de noventa y nueve años a partir de la constitución. Un gerente con facultades de apoderado generalísimo separadamente.—San José, veinticuatro de junio del diez.—Lic. Salvador Calderón Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2010184507.—(IN2010058276).

Por escritura pública número ciento tres-cuatro, otorgada ante el suscrito Notario Público, a las nueve horas del dos de julio del dos mil diez, se nombró nuevo presidente y secretario, y se reformó la cláusula de Administración de la sociedad anónima Jacó Water Sport S. A.—Lic. Francisco Javier Madrigal Acosta, Notario.—1 vez.—RP2010184509—(IN2010058277).

Por escritura de las 15:00 horas de hoy, fueron constituidas las compañías Costa Rica Star S. A. y Coristar S. A. Domicilio: San José. Objeto: El comercio, industria, agricultura, ganadería e inversión en bienes raíces. Plazo: cien años. Capital: trescientos mil colones, suscrito y pagado con letras de cambio. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Montes de Oca, 01 de julio del 2010.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—RP2010184510.—(IN2010058278).

Mediante escritura número ciento ochenta y cinco, otorgada a las dieciséis horas del siete de julio del año dos mil diez, se protocoliza el acta de asamblea de socios de la sociedad Johnson Controls International Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número tres- ciento dos-cuatrocientos veintitrés mil seiscientos noventa y cuatro, en la cual se modifica el domicilio de la sociedad y el objeto.—San José, nueve de julio del dos mil diez.—Alberto Raven Odio, Notario.—1 vez.—RP2010184512.—(IN2010058279).

Por escritura de las 12:00 horas del 09 de julio del año 2010, se constituye la sociedad denominada Kriska KKSP Sociedad Anónima. En la cual se nombra presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 09 de julio del 2010.—Lic. Augusto Arce Marín, Notario.—1 vez.—RP2010184515.—(IN2010058280).

Por escritura pública se constituyó la sociedad denominada Potholes To Paradise Inc S.R.L. Gerente y subgerente apoderados.—San José, 12 de julio del 2010.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—RP2010184516.—(IN2010058281).

Por escritura pública otorgada a las catorce horas del 9 de julio del 2010, se constituyó la sociedad International Raffles Ltd SRL ante el suscrito notario en la ciudad de San José. Por escritura pública otorgada a las catorce horas, quince minutos del 9 de julio del 2010, se constituyó la sociedad Aceriver SRL ante el suscrito notario en la ciudad de San José.—San José, 9 de julio del 2010. Lic. Manuel Porras Vargas, Notario.—1 vez.—RP2010184517.—(IN2010058282).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del cinco de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad Surf the Earth, Boats Charters Limitada. Objeto: administración de bienes y el transporte de personas. Capital social: cuatro mil colones. Es todo. Jacó.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—RP2010184519.—(IN2010058283).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del seis de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad Arcada Construcciones Limitada. Objeto: construcción de estructuras. Capital social: seis mil colones. Es todo.—Jacó, 08 de julio del 2010.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—RP2010184520.—(IN2010058284).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del día 15 de junio del 2010 se protocoliza asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Consultores en Infraestructura GIP Limitada, con cédula de persona jurídica número 3-102-424935, por medio de la cual se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo.—San José, 01 de julio del 2010.—Lic. Luis Diego Castro Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2010184522.—(IN2010058285).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del día 2 de julio del 2010, se protocoliza asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad Fuimonos Limitada, con cédula de persona jurídica número 3-102-196518, por medio de la cual se modifican las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo y se nombra nuevo gerente de la junta directiva.—San José, 7 de julio del 2010.—Lic. Luis Pal Hegedüs, Notario.—1 vez.—RP2010184523.—(IN2010058286).

Mediante escritura otorgada en mi notaría, a las diez horas del ocho de julio del dos mil diez, protocolicé acta de la sociedad anónima denominada Through The Kitchen Door S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas del pacto constitutivo, segunda en cuanto al domicilio, sétima en cuanto a la administración, se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—Golfito, ocho de julio del dos mil diez.—Lic. Hazel Salas Desanti, Notaria.—1 vez.—RP2010184524.—(IN2010058287).

El suscrito Licenciado Rafael Humberto González Araya, hace constar que ante esta Notaría en escritura número 20 visible a folio diecisiete vuelto, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Corporación de Transporte Turisiticos C.T.T. Sociedad Anónima, celebrada en su domicilio social, a las nueve horas del 10 de abril del 2010. En la cual se reforma la cláusula octava de la junta directiva y se nombra vocal dos, debidamente autorizado por acuerdo sexto del acta número veintiséis de dicha compañía.—San José, 05 de julio del 2010.—Lic. Rafael Humberto González Araya, Notario.—1 vez.—RP2010184528.—(IN2010058288).

Nathalie Corrales Chacón y Claudia Chacón Vargas, constituyen la sociedad Nafeco S. A. Capital social: cien mil colones.—San José, a las doce horas del nueve de julio del dos mil diez.—Lic. Eduardo Pacheco Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2010184529.—(IN2010058289).

Ante el notario Harold Núñez Muñoz en la ciudad de San José a las 17:00 horas del 5 de julio del 2010, se constituyó Jos & Mar L.G.C. Limitada. Plazo social 99 años. Domicilio: San José, Paso Ancho. Gerente: Félix Pedro López González. Capital social: 100.000,00 colones.—San José, 12 de julio del 2010.—Lic. Harold Núñez Muñoz, Notario.—1 vez.—RP2010184530.—(IN2010058290).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 14:00 horas del 09 de julio del 2010, protocolizo acta de asamblea extraordinaria de socios de Condominio Valle Escondido F Veintiséis Mazapan S. A., mediante la cual se reforma las cláusulas 2 y 8 del domicilio y de la administración.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2010184532.—(IN2010058291).

Por escritura otorgada a las 11:00 horas del 05 de julio del 2010, protocolizo acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Transportes Caneu del Norte Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula primera del nombre.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—RP2010184533.—(IN2010058292).

Por escritura otorgada a las 09:00 horas del 17 de junio del 2010, protocolizo acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad, Fragancias Mágicas Frama Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula de la administración.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—RP2010184534.—(IN2010058293).

Hoy ante esta Notaría, se protocolizó acta de asamblea de accionistas mediante la cual se modifica la cláusula segunda del plazo social de la sociedad Promotora Moncaba S. A.—San José, 28 de junio del 2010.—Lic. Randall Alberto Quirós Bustamante, Notario.—1 vez.—RP2010184544.—(IN2010058294).

Hoy ante esta Notaría, se protocolizó acta de asamblea de accionistas mediante la cual se modifica la cláusula segunda del plazo social de la sociedad Inversiones Bermont de Costa Rica S. A.—San José, 28 de junio del 2010.—Lic. Randall Alberto Quirós Bustamante, Notario.—1 vez.—RP2010184545.—(IN2010058295).

Ante la suscrita Notaria Pública Paula Arroyo Rojas con oficina en San José, de Acueductos y Alcantarillados ciento setenta y cinco metros al este, autorizada para protocolizar la presente acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Ganadería Chiris Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cero dos cero ocho tres nueve, con el fin de modificar la cláusula cuarta del plazo y sexta de la administración de la presente sociedad, modificando la representación, de tal manera que la cláusula sexta indicara que corresponde a los gerentes la representación judicial y extrajudicial de la compañía, siendo apoderados generalísimos sin límite de suma de la sociedad, conforme a lo señalado en el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil. Escritura otorgada en la ciudad de San José a las nueve horas del doce de julio del dos mil diez.—Lic. Paula Arroyo Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2010184546.—(IN2010058296).

Por escritura Nº 120 de las 12:30 horas del día 01 de julio del 2010, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Pricose Primera Sociedad Agencia de Seguros Sociedad Anónima. Se modificó pacto social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2010184547.—(IN2010058297).

Por escritura otorgada ante el suscrito Notario, Nº 105, a las 15:00 horas del día 09 de julio del 2010; se constituyó la sociedad de esta plaza, Moya Li Inversiones Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital: suscrito y pagado. Domicilio: La ciudad de San José.—San José, 09 de julio del 2010.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—RP2010184549.—(IN2010058298).

Por escritura otorgada ante el suscrito Notario, Nº 109, a las 12:00 horas del día 10 de julio del 2010; se constituyó la sociedad de esta plaza, Verdura Fresca Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital: suscrito y pagado. Domicilio: La ciudad de San José.—San José, 10 de julio del 2010.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—RP2010184550.—(IN2010058299).

Por escritura otorgada ante el suscrito Notario, N° 102, a las 08:00 horas del día 09 de julio del 2010; se constituyó la sociedad de esta plaza, Empresa Automotriz So&So Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital: suscrito y pagado. Domicilio: La ciudad de San José.—San José, 09 de julio del 2010.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—RP2010184551.—(IN2010058300).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 12:00 horas del 8 de julio del 2010, se constituyó Johnny Zero Investmens CR Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Domicilio: San José. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Roberto Villalobos Chaves, Notario.—1 vez.—RP2010184552.—(IN2010058301).

Se reforma la cláusula de junta directiva de la sociedad denominada Club Deportivo Barrio México Sad Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San Juan de Tibás, a las once horas del diez de julio del dos mil diez.—Lic. Bernal Castillo Rojas, Notario.—1 vez.—RP2010184553.—(IN2010058302).

Por escritura otorgada ante el suscrito Notario, Nº 101, a las 17:00 horas del 08 de julio del 2010; se constituyó la sociedad innominada, cuya razón social conforme Decreto Ejecutivo Nº 33171-J; publicado en La Gaceta Nº 114, será el número de cédula jurídica que el Registro Público, de oficio, le asigne, seguido del aditamento Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital: suscrito y pagado. Domicilio: La ciudad de Cartago.—San José, 09 de julio del 2010.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—RP2010184554.—(IN2010058303).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las ocho horas del día seis de julio del dos mil diez, se reforma la cláusula sexta, del domicilio social de la sociedad World Strategic Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-529078.—San José, seis de julio del dos mil diez.—Lic. Dunnia Monge Torres, Notaria.—1 vez.—RP2010184555.—(IN2010058304).

Ante mi Notaría se protocolizó acta de asamblea de socios donde se conoció la renuncia de presidente y secretaria de la sociedad denominada Desmi Centroamericana y del Caribe S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento setenta y ocho mil doscientos sesenta, y se hacen nuevos nombramientos en dichos puestos.—San José, doce de julio del dos mil diez.—Lic. Giselle Solórzano Guillén, Notaria.—1 vez.—RP2010184556.—(IN2010058305).

Ante esta Notaría, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Yumuri S. A. Domicilio: San José, La Uruca. Representantes: Israel Cruz Martin (presidente), Iris Dalys Casanova Santana (secretaria).—Santo Domingo de Heredia, dos de julio del dos mil diez.—Lic. Leslie Moreira Apú, Notaria.—1 vez.—RP2010184558.—(IN2010058306).

Ante esta Notaría se protocolizó, disolución de sociedad, en acta de asamblea general extraordinaria de Distribuidora Bellotex S. A., cédula jurídica 3-101-338911. Domicilio: San José, Pavas.—Santo Domingo de Heredia, 2 de julio del 2010.—Lic. Leslie Moreira Apú, Notaria.—1 vez.—RP2010184559.—(IN2010058307).

Ante esta Notaría se constituyó la sociedad denominada Servicios Universales Hicacos S. A. Domicilio: San José, La Uruca. Representantes: Israel Cruz Martin (Presidente), Iris Dalys Casanova Santana (Secretaria).—Santo Domingo de Heredia, dos de julio del dos mil diez.—Lic. Leslie Moreira Apú, Notaria.—1 vez.—RP2010184560.—(IN2010058308).

Ante esta notaría por escritura número doscientos diecinueve otorgada a las dieciséis horas del nueve de julio de dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de MM Effeto S. A., cédula jurídica número tres- ciento uno ciento cuarenta y siete mil ciento treinta y ocho. Reforma cláusulas segunda, quinta y décima de pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva. Es todo.—San José, once de julio del dos mil diez.—Lic. Patricia Francés Baima, Notaria.—1 vez.—RP2010184561.—(IN2010058309).

Por escritura otorgada en la notaría del notario público Óscar Luis Trejos Antillón, número 202 del tomo 12, de las 15:00 horas, del día 9 del mes de julio del año 2010, se constituye la sociedad denominada Daitomo Costa Rica S. A.—San José, 12 de julio del 2010.—Lic. Óscar Luis Trejos Antillón, Notario.—1 vez.—RP2010184563.—(IN2010058310).

Ante esta notaría se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Desarrollos Culturales Costarricense DCC Sociedad Anónima, que modifica las cláusulas quinta y sexta del pacto. Es todo.—San José, 08 de julio del 2010.—Lic. Manuela Tanchella Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2010184564.—(IN2010058311).

Ante esta notaría se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos doce mil dieciocho sociedad anónima, que modifica las cláusulas segunda y sétima del pacto, reformado el domicilio de la sociedad y la junta directiva cuya representación judicial corresponde al presidente de la junta directiva.—San José, 02 de julio del 2010.—Lic. Manuela Tanchella Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2010184565.—(IN2010058312).

Por escritura número trescientos diecinueve-ocho, otorgada ante la Lic. Virginia Hernández Arias, a las catorce horas del catorce de junio del 2010, mediante la cual se protocolizan acuerdos asamblea general extraordinaria de Hermanos Carrillo Delgado Sociedad Anónima, mediante la cual se nombra nuevo tesorero de la junta directiva.—Heredia, catorce de junio del dos mil diez.—Lic. Virginia Hernández Arias, Notaria.—1 vez.—RP2010184568.—(IN2010058313).

Por escritura otorgada ante mí, tres ciento uno quinientos cincuenta y siete mil cuatrocientos sesenta y tres sociedad anónima, reforma cláusula primera del pacto constitutivo del nombre para denominarse Mercadeo y Comunicaciones Fera Sociedad Anónima y se nombra nueva junta directiva.—San José, seis de julio del dos mil diez.—Lic. Carlos Augusto Espinoza Arceyut, Notario.—1 vez.—RP2010184569.—(IN2010058314).

Constitución de sociedad Petro Electrical Company S. A., traducido al español Compañía de Petróleo y Electricidad S. A., con domicilio en Alajuela, San Ramón, San Juan, de la iglesia católica doscientos metros sur, cien este y veinticinco al sur.—San José, 12 de julio de 2010.—Lic. Evelyn Sandoval Chavarría, Notaria.—1 vez.—RP2010184570.—(IN2010058315).

En asamblea general extraordinaria de accionistas de sociedad Daytoona JSC Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y cinco mil cuatrocientos treinta y nueve, domiciliada en San José de fecha nueve de julio dos mil diez a las doce horas, se acuerda reformar la estipulación segunda y sexta, en lo que respecta al domicilio social y representación de la sociedad. Escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas del doce de julio del dos mil diez.—31 de mayo del 2010.—Lic. Kattia Gamboa Víquez, Notaria.—1 vez.—RP2010184572.—(IN2010058316).

Por escritura otorgada ante este notaría se reforma las cláusulas sexta y décima de la sociedad denominada Brigo Consultores Sociedad Anónima, presidente: Garrett Britton Riley.—San José, nueve de julio del dos mil diez.—Lic. Fabio Solórzano Rojas, Notario.—1 vez.—RP2010184573.—(IN2010058317).

En la notaría del Licenciado Jimmy Meza Lazarus, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Ghisallo Limitada, en la cual el gerente ostenta la condición de apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo.—San José nueve de julio del dos mil diez.—Lic. Jimmy Meza Lazarus, Notario.—1 vez.—RP2010184574.—(IN2010058318).

Se reforma la cláusula de junta directiva de la sociedad denominada Safelink Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San Juan de Tibás, a las diez horas del veintisiete de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Bernal Castillo Rojas, Notario.—1 vez.—RP2010184575.—(IN2010058319).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día 2 de julio de 2010 a las 9:00 horas, se constituye la sociedad Hacienda Inmobiliaria Nuestra Tierra C.R.C. Sociedad Anónima, con domicilio en San José, Barrio Los Yoses de la Agencia Subaru trescientos cincuenta metros al sur y un capital social de doce mil colones.—San José, 9 de julio de 2010.—Lic. María de la Cruz Villanea Villegas, Notaria.—1 vez.—RP2010184577.—(IN2010058320).

Astrid Binns Rodríguez, notaria pública, domiciliada en Turrialba, aviso, por medio de escritura número doscientos cincuenta y cinco, otorgada a las ocho horas del dos de julio del dos mil diez, visible a folio ciento sesenta frente y vuelto del tomo diecinueve del protocolo de la suscrita notaria, se nombra nueva junta directiva y se modifica la cláusula novena de la sociedad Inversiones Aguilar Fuentes de Santa Rosa de Turrialba S. A.—Turrialba, nueve de julio del dos mil diez.—Lic. Astrid Binns Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2010184579.—(IN2010058321).

Por la escritura número 131, otorgada ante el notario público Alan Picado Badilla en su protocolo sétimo, a las 10 horas del 10 de julio del 2010, se modificó la cláusula sétima del pacto constitutivo de la sociedad Medicina Mundial, Colibrí Colibrisa S. A., con cédula jurídica 3-101-213170.—Lic. Alan Picado Badilla, Notario.—1 vez.—RP2010184580.—(IN201058322).

Por escritura Nº 151-2 otorgada ante el suscrito notario, a las 8:10 horas del día 25 de junio de 2010 se constituye la sociedad denominada Territorio Carbono Neutral Sociedad Anónima.—San José, 28 de junio del 2010.—Lic. Juan Carlos Pizarro Corrales, Notario.—1 vez.—RP2010184581.—(IN2010058323).

Por escritura Nº 150-2 otorgada ante el suscrito notario a las 8:00 horas del día 25 de junio de 2010 se constituye la sociedad denominada Grupo dos reunidos Costa Rica S. A.—San José, 28 de junio de 2010.—Lic. Juan Carlos Pizarro Corrales, Notario.—1 vez.—RP2010184582.—(IN201058324).

Terruño Teatral Costarricense Sociedad Anónima modifica cláusula octava del pacto constitutivo, acepta renuncia de secretario y hace nuevo nombramiento por el resto del plazo social. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas del nueve de junio del dos mil diez.—Lic. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2010184583.—(IN2010058325).

Por escritura otorgada a las ocho horas del doce de julio de dos mil diez, se protocoliza acta de la Fundación Progreso Turístico Ecológico en donde se modifican estatutos. Se declara esta Institución como de interés social. Se ratifican los nombramientos de los miembros de la junta administradora por el nuevo plazo social. Se nombra a Fanny Sterner Serveto como presidenta.—Lic. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2010184584.—(IN2010058326).

Ante esta notaría mediante escritura número tres-tres de las trece horas del día dieciséis de junio del dos mil diez se está modificando la cláusula segunda del acta constitutiva de la sociedad denominada Residencial la Pampa Lote Uno Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres- ciento uno-trescientos noventa y cinco mil setecientos cuarenta, para que en adelante se lea Barrio Limón de Santa Cruz Guanacaste, doscientos metros al oeste de la Universidad de Costa Rica. Es todo.—Santa Cruz, nueve de julio del dos mil diez.—Lic. Andrea Melissa Ruiz Juárez, Notaria.—1 vez.—RP2010184587.—(IN2010058327).

Ante esta notaría, al ser las catorce horas del día ocho de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Decibel Brothers Sociedad Anónima. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Presidente y secretario, representantes legales con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 12 de julio del 2010.—Lic. Teresita Hurtado Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2010184588.—(IN2010058328).

Ante esta notaría, al ser las ocho horas del día ocho de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Flacss Enterprises Sociedad Anónima. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Presidente y secretario, representantes legales con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 12 de julio del 2010.—Lic. Teresita Hurtado Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2010184589.—(IN201058329).

Ante esta notaría, al ser las doce horas del día ocho de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada P.A. Living Sociedad Anónima. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Presidente y secretario, presentantes legales con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 12 de julio del 2010.—Lic. Teresita Hurtado Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2010184590.—(IN2010058330).

Por escritura otorgada ante esta notaría San José al ser diez horas diez minutos del día doce de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad Disa Costa Rica Sociedad Anónima, capital social por la suma de doce mil colones. Presidente: Francisco Javier Pena Castro. Es todo.—San José, al ser diez horas cuarenta minutos del día doce de julio del dos mil diez.—Lic. Óscar Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—RP2010184591.—(IN2010058331).

Por escritura otorgada a las 11:00 horas del 9 de julio del 2010, se constituyó la sociedad denominada Esprikama Human Resource Consulting Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Capital: suscrito y pagado: 20.000 colones. Plazo: noventa y nueve años. Objeto: Consultoría Recursos Humanos, bienes raíces, el comercio, industria, las inversiones monetarias. Representante legal: El Presidente y el secretario de la sociedad.—Lic. John Charles Truque Harrington, Notario.—1 vez.—RP2010184595.—(IN2010058332).

Hoy día he protocolizado acta de las sociedades Reves Pacífico S. A. donde se modifica las cláusulas segunda y sexta de los estatutos.—Desamparados, San José, nueve de julio del dos mil diez.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—RP2010184602.—(IN2010058333).

Hoy día he protocolizado acta de la sociedad de esta plaza cuya razón social es Proyecto La Mansión de Quepos Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos veintitrés mil setecientos cuarenta y tres, en la cual se modifican la cláusula quinta, cláusula sexta y la cláusula décimo primera, así mismo se nombra nuevo secretario y tesorero.—San José, veintidós de junio del dos mil diez.—Lic. María José Vicente Ureña, Notaria.—1 vez.—RP2010184603.—(IN2010058334).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del primero de julio del dos mil diez, se ha constituido la sociedad Marjosvic Investments Corporation Limitada; domiciliada en San José, Mercedes de Montes de Oca, Barrio Alma Mater, Radial La Cosecha, del Supermercado La Cosecha, veinticinco metros norte, casa número siete; plazo cien años, capital social de diez mil colones exactos, la gerente con las facultades de apoderada generalísima. Gerente María José Vicente Ureña.—San José, siete de julio del dos mil diez.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—RP2010184604.—(IN2010058335).

Se avisa que la sociedad denominada Grupo Gardens Limitada, reforma la cláusula quinta mediante adicional del pacto constitutivo.—Liberia, 22 de junio de 2010.—Lic. Marelyn Jiménez Durán, Notaria.—1 vez.—RP2010184605.—(IN2010058336).

Ante el suscrito notario, a las once horas veinte minutos del día de hoy se constituyó la sociedad denominada Ecosalud Bio Health Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2010.—Lic. Luis Alberto Pereira Brenes, Notario.—1 vez.—RP2010184606.—(IN2010058337).

Por escritura ciento diecisiete-uno, otorgada en San Ramón, a las catorce horas treinta minutos del cinco de julio del año dos mil diez, Rafael María del Carmen Jiménez Villalobos, Marta Elena Elizondo Elizondo, Raimy Gerardo Jiménez Elizondo, Wirving Abel Jiménez Elizondo, Nicol María Jiménez Elizondo, constituyeron la sociedad denominada Maravi de Occidente Sociedad Anónima. Duración: noventa y nueve años. Presidente: Rafael María del Carmen Jiménez Villalobos. Domicilio: Piedades Norte, San Ramón, Alajuela, ciento cincuenta metros al este de la entrada de Calle Villalobos.—Lic. José Francisco Barahona Segnini, Notario.—1 vez.—RP2010184607.—(IN2010058338).

El suscrito notario público hace constar que ante mí, se constituyó Almadenca del Oeste S. A., al ser las ocho horas del día nueve de julio de dos mil diez. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—San José, nueve de julio de dos mil diez.—Lic. Juan Pablo Arias Mora, Notario.—1 vez.—RP2010184609.—(IN201058339).

Ante mí, Juan Diego Arias Rojas, notario público con oficina en Atenas se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada, que llevará como denominación su número de cédula jurídica, a las catorce horas treinta minutos del diez de junio del dos mil diez. Gerente y subgerente con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Atenas, doce de junio del dos mil diez.—Lic. Juan Diego Arias Rojas, Notario.—1 vez.—RP2010184611.—(IN2010058340).

En escritura otorgada a las 16:00 horas de hoy se constituyó la sociedad Arablanc Sociedad Anónima, con domicilio en Cartago, La Unión, San José, capital social íntegramente suscrito y pagado, presidente y tesorero son apoderados generalísimos sin límite de suma.—7 de julio del 2010.—Carlos Ed. Quesada Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2010184618.—(IN2010058341).

Por escritura otorgada ante mí hoy se constituyeron: Springfield ITo asociados S. A., Compañía Concord ICC S. A., Grande de Providence S. A., Montepelier Quick Assets Corporation S. A., Agentes de Comisiones Santa Fe S. A., Olympia General Services Company S. A., REP Real Estate Portfolio CR S. A. Domicilio en San José, Sabanilla de Montes de Oca, Residencial Rosales de la entrada cien norte cien este y ciento veinticinco sur. Centro jurídico notarial Aequus. Plazo social cien años. Objeto será las actividades comerciales en general.—San José, 21 de junio del 2010.—Lic. Sergio Sánchez Bagnarello, Notario.—1 vez.—RP2010184619.—(IN2010058342).

Mediante la escritura número doscientos sesenta y cuatro de las quince horas del once de julio del año dos mil diez, la cual se encuentra visible en su inicio de folio ciento ochenta y seis vuelto a folio ciento ochenta y ocho frente del tomo segundo del protocolo de la notaria pública Gabriela Tatiana Fernández Román, se modifica las cláusulas del estatuto sean la segunda, tercera, sexta, sétima y se hacen nombramientos de junta directiva de la empresa Construcen Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento veintitrés mil veintiocho, con domicilio social en San José.—San José, doce de julio del dos mil diez.—Lic. Gabriela Tatiana Fernández Román, Notaria.—1 vez.—RP2010184621.—(IN2010058343).

A las ocho horas del siete de julio del dos mil diez ante la notaria Guiselle Brenes Rojas se reforma la cláusula segunda del domicilio de la compañía Álvaro F Morales Rodríguez Arquitectos y Asociados Limitada.—San José, 12 de julio del 2010.—Lic. Guiselle Brenes Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2010184622.—(IN2010058344).

Por escritura número cincuenta bis, otorgada en esta notaría a las catorce horas del primero de julio del dos mil diez, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad tres ciento uno quinientos noventa y un mil doscientos trece sociedad anónima, cédula jurídica tres ciento uno quinientos noventa y un mil doscientos trece, se conoce renuncia de la anterior junta directiva y se nombra nueva.—San José, 12 de julio del 2010.—Lic. Luis Diego Herrera Elizondo, Notario.—1 vez.—RP2010184623.—(IN2010058345).

Por escritura número cincuenta otorgada en esta notaría a las trece horas del primero de julio del dos mil diez, se constituye García Abogados y Asociados Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Paseo Colón, avenida tres, calle treinta y cuatro, edificio tres mil cuatrocientos doce. Plazo noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones. El presidente señor Rolando Mauricio García Segura ostentará las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—San José, 12 de julio del 2010.—Lic. Luis Diego Herrera Elizondo, Notario.—1 vez.—RP2010184624.—(IN2010058346).

Ante nosotros Yesenia Arce Gómez y Carlos Manuel Segura Quirós notarios públicos de Escazú, mediante escritura pública se constituyeron dos sociedades denominadas M X Dos Media Sociedad de Responsabilidad Limitada y M X Dos Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada, ambas con un plazo social de cien años y representadas por su gerente.—Escazú, 17 de junio del 2010.—Lic. Yesenia Arce Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2010184625.—(IN2010058347).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Jesús de la Misericordia y Bondad Limitada y se modificaron las cláusulas dos y sexta del pacto constitutivo, o sea del domicilio y de la representación social.—San José, 29 de mayo de 2010.—Lic. Carlos Enrique Aguirre Gómez, Notario.—1 vez.—RP2010184627.—(IN2010058348).

Por escritura otorgada en San José a las 17:00 horas del 30 de junio del 2010, se constituyó Importadora y Distribuidora Zúñiga Rojas S. A. presidente Michael Zúñiga Rojas.—Lic. Alejandra Fallas Valerio, Notaria.—1 vez.—RP2010184628.—(IN2010058349).

José Rafael Mora Camacho, Ana Paulina Navarro Moya, constituyen la sociedad denominada Fitness Pro HSN Sociedad Anónima, en Cartago, las doce horas del veinticinco de junio del año dos mil diez. Ante el Notario Daniel Valverde Schmidt.— Cartago, nueve de julio del dos mil diez.—Lic. Daniel Valverde Schmidt, Notario.—1 vez.—RP2010184630.—(IN2010058350).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 12:00 horas del día 29 de junio del 2010; se constituyó la sociedad de esta plaza: Inmobiliaria Echeverría Ortiz Sociedad Anónima. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital: suscrito y pagado. Domicilio: la ciudad de San José.—San José, 30 de junio del 2010.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—RP2010184631.—(IN2010058351).

En mi notaria se cambió el puesto de secretario nombrándose a Anais Villalobos Kong, cédula uno-quinientos treinta y nueve-seiscientos quince, como secretaria de la junta directiva de Casa San Francisco Mini Hotel S. A., cédula jurídica 3-101-394527.—Esparza, 6 de julio del 2010.—Lic. Luis Alberto Peraza, Notario.—1 vez.—RP2010184632.—(IN2010058352).

En mi notaría el día de hoy procedí a protocolizar acta de asamblea de la entidad denominada: Inversiones Recreativas Dota E C Sociedad Anónima donde se modifica pacto constitutivo y se nombran miembros de junta y fiscalía.—San José, 9 de julio del 2010.—Lic. Sergio Coto Arrieta, Notario.—1 vez.—RP2010184634.—(IN2010058353).

El sucrito notario hace constar que mediante la escritura número cuarenta y seis se fusionaron las empresas a) Gimnasio FT Escazú Sociedad Anónima, b) B.C. Briston Sociedad Anónima, c) CDM San Pedro Sociedad Anónima, d) Gimnasio Solo para Mujeres Sociedad Anónima, e) Gimnasio FT Country Sociedad Anónima, f) Gimnasio FT Rohrmoser Sociedad Anónima, e) CFW San Francisco Sociedad Anónima, f) M.E Meyco Inversiones Sociedad Anónima, g) Gimnasio Treinta Minutos Sociedad Anónima, h) CD Mujeres Sociedad Anónima con la empresa Corporación de Gimnasios Unidos CGU Sociedad Anónima, prevaleciendo esta última. De igual forma se hace constar que se modificó la cláusula del domicilio social, así como la cláusula del capital social de la empresa Corporación de Gimnasios Unidos CGU Sociedad Anónima.—San José, doce de julio del dos mil diez.—1 vez.—RP2010184635.—(IN2010058354).

Por escritura otorgada a las 8:00 horas de hoy, en San José, protocolicé acta de la sociedad Jireh y Jireh Ocho Ocho Ocho S. A., por la cual se nombra junta directiva, fiscal y agente residente, y se modifica la cláusula quinta de los estatutos, en cuanto a la denominación de las acciones del capital.—San José, doce de julio de dos mil diez.—Lic. Ana Cecilia Castro Calzada, Notaria.—1 vez.—RP2010184638.—(IN2010058355).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad denominada Almacén Beirute Sociedad Anónima. Capital social suscrito y pagado en letras de cambio. Plazo social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Hassan Ali Reda.—Santo Domingo de Heredia, 5 de julio de 2010.—Lic. Luis Edgardo Ramírez Zamora, Notario.—1 vez.—RP2010184640.—(IN201058356).

En escritura número doce-tres, otorgada en esta notaría, a las diecinueve horas del nueve de julio del dos mil diez, se constituyó empresa de Servicios Rojas & Alfaro S. A. Domiciliada en Limón, Pococí, Cariari, Los Ángeles, ciento cincuenta metros al norte de la plaza de futbol, con representación judicial y extrajudicial a cargo del presidente, secretario y tesorero, quienes tienen facultades independientes de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Cariari, Pococí, diecinueve horas diez minutos del nueve de julio del dos mil diez.—Lic. Giovanni Jiménez Montero, Notario.—1 vez.—RP2010184641.—(IN2010058357).

Por este medio la suscrita notaria hace constar que a las dieciséis horas del día ocho de julio del dos mil diez, mediante escritura número veintiuno-uno otorgada en el tomo primero de mi protocolo, se constituyó una sociedad denominada: Yawdman MGMT LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Curridabat, doce de julio del dos mil diez.—Lic. Wendy Donato Palavicini, Notaria.—1 vez.—RP2010184643.—(IN201058358).

Mediante escritura número 288, visible a folio 148 frente del tomo 6 del protocolo de la notaria Georgina Castillo Jiménez se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de la sociedad Prensa Económica S. A., cédula jurídica 3-101-160897 y se reformó la cláusula undécima del pacto constitutivo, de la representación.—Lic. Georgina Castillo Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2010184644.—(IN2010058359).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas treinta minutos del día nueve de julio del año en curso, I) se modifica la cláusula primera de la administración, II) se nombra gerente y subgerente de la sociedad denominada Inature Landings Limitada.—San José, a las ocho horas del doce de julio del dos mil diez.—Lic. Jorge Fallas Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2010184645.—(IN2010058360).

Mediante escritura Nº 52-12 de las 15:00 horas del 6 de julio de 2010, otorgada ante esta misma notaría se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Marpel Pharma S. A. Se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo. Se nombra nuevo secretario de la junta directiva.—Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—RP2010184646.—(IN2010058361).

Mediante escritura Nº 51-12 de las 14:00 horas del 6 de julio de 2010, otorgada ante esta misma notaría se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Grupo Salud Latina S. A. Se reforma las cláusulas quinta y segunda de pacto constitutivo. Se nombra nuevo tesorero de la junta directiva.—Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—RP2010184647.—(IN2010058362).

Ante esta notaría se constituye Corporación Hydro Effects Sociedad Anónima, domicilio Cartago, doscientos metros oeste y veinticinco metros sur del Tecnológico de Cartago. Plazo social cien años a partir del siete de julio del dos mil diez. Capital social cien mil colones. Presidente Esteban Jiménez Alvarado, cédula de identidad número uno-uno tres tres dos-seis dos ocho.—San José, 12 de julio del 2010.—Lic. Lissette S. Ortiz Brenes, Notario.—1 vez.—RP2010184648.—(IN2010058363).

Ante esta notaría se constituye Soluciones Empresariales y Comerciales ATEC Sociedad Anónima, domicilio Heredia, frente a la Parroquia de Fátima, calle seis, avenidas siete y nueve. Plazo social cien años a partir del primero de julio del dos mil diez. Capital social cien mil colones. Presidente Ovidio Vargas Moreira, cédula de identidad número cuatro-cero nueve siete-tres nueve uno.—San José, 12 de julio del 2010.—Lic. Lissette S. Ortiz Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2010184650.—(IN201058364).

Por escritura otorgada en Heredia a las 16 horas del 12 de julio de 2010 protocolicé acta de asamblea extraordinaria de Inmobiliaria La Clemencia S. A. mediante la cual se nombró nueva junta directiva.—Lic. Alberto Enrique Ramírez Sandí, Notario.—1 vez.—Nº RP 2010184752.—(IN2010058653).

Por escritura otorgada ante esta notaría se constituyó la compañía Representaciones Tekon Sociedad Anónima. Capital íntegramente suscrito y pagado. Objeto: el comercio. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: Cartago, La Unión. Presidente: Federico Castro Aragón.—San José, 23 de junio del 2010.—Lic. Alejandro Madrigal Benavides, Notario.—1 vez.—Nº RP 2010184753.—(IN2010058654).

Por escritura pública número doscientos dos, otorgada ante esta notaría, en Santa Cruz, Guanacaste, ciento setenta y cinco metros al sur del edificio Municipal; a las doce horas del día veintiocho de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad Eve And Rose Sociedad de Responsabilidad Limitada. Domicilio: Playa Brasilito de Santa Cruz, Guanacaste, propiamente en el Hotel Brasilito, cincuenta metros al oeste de la plaza de deportes. Capital social: cien mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—Santa Cruz, Guanacaste, veintiocho de julio del dos mil diez.—Lic. Álvaro Jesús Guevara Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº RP 2010184755.—(IN2010058655).

Se constituye empresa denominada Bosé Belleza Pura Sociedad Anónima, con domicilio en San José, avenida uno, calles veintisiete y veintinueve, número dos cinco cinco dos, capital diez mil colones, plazo noventa y nueve años, presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjunta o separadamente. Escritura otorgada el ocho de julio del dos mil diez.—Lic. Freddy Jiménez Peña, Notario.—1 vez.—Nº RP 2010184758.—(IN2010058656).

Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 hrs. del 9 de julio del 2010, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Documentos y Digitales S. A. Se aumenta el capital social por lo que se reforma cláusula quinta del capital social.—San José, 9 de julio del 2010.—Lic. Aisha Acuña Navarro, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184760.—(IN2010058657).

Ante mí, Víctor Armando Rodríguez Vado, notario público de Alajuela, mediante escritura número doscientos treinta y dos, visible al folio ciento veinticuatro vuelto del tomo quinto de mi protocolo, se protocolizó acta de asamblea de la sociedad denominada Construcciones Vema Limitada, en donde se nombra gerente y subgerente. Alajuela, nueve de julio de dos mil diez.—Lic. Víctor Armando Rodríguez Vado, Notario.—1 vez.—Nº RP 2010184762.—(IN2010058658).

Por escritura otorgada a las 19:00 horas de 12 de julio de 2010 se constituyó Alxa Ambiental S. A. Capital suscrito y pagado. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Rodrigo José Aguilar Moya, Notario.—1 vez.—Nº RP 2010184766.—(IN2010058659).

Por escritura número cuarenta, otorgada en esta notaría a las 17:00 horas del 11 de julio del 2010, se constituyó Los Cuatro Adelante S. A. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio San Francisco de Heredia, urbanización Vista Nosara, casa 9 K, capital social cien mil colones. Presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 13 de julio del 2010.—Lic. Sonia María Solano Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº RP2010184769.—(IN2010058660).

Por escritura otorgada ante mí a las 8:00 horas del 13 de julio de 2010, se constituyó sociedad limitada, con la denominación social que el Registro Nacional asigne. Domicilio San José, distrito San Pedro cantón Montes de Oca, 250 metros al norte de Autos Subarú. Capital social ¢100.000,00.—San José, 12 de julio de 2010.—Lic. Mireya Padilla García, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184770.—(IN2010058661).

Por escritura otorgada ante mí a las 8:15 horas del 13 de julio de 2010, se constituyó sociedad limitada, con la denominación social que el Registro Nacional asigne. Domicilio San José, distrito San Pedro cantón Montes de Oca, 250 metros al norte de Autos Subarú. Capital social ¢100.000,00.—San José, 12 de julio de 2010.—Lic. Mireya Padilla García, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184771.—(IN2010058662).

En escritura pública otorgada ante mí el día doce de julio del dos mil diez, se modificó la junta directiva y la cláusula segunda de la sociedad Security Chacón A y L Sociedad Anónima, cédula jurídica tres ciento uno-cuatro nueve nueve ocho nueve ocho, siendo ahora la razón social Grupo Chacón A y L Sociedad Anónima y en la figura de la presidenta: María Eugenia Vega Solano, secretaria: Angie del Carmen Chacón Vega, fiscal: Andrea Paola Granados Gutiérrez.—Cartago, doce de julio del dos mil diez.—Lic. Carlos Alberto Hernández Navarro, Notario.—1 vez.—Nº RP 2010184772.—(IN2010058663).

Por escritura otorgada ante mí a las 13 horas del 9 de julio de 2010, se reforma la cláusula del domicilio de Tradex Holdings LLC Ltda. Domicilio San José, distrito San Pedro cantón Montes de Oca, 250 metros al norte de autos Subarú.—San José, 9 de julio de 2010.—Lic. Mireya Padilla García, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184773.—(IN2010058664).

En escritura pública otorgada ante mí el día seis de julio del año dos mil diez, se modificó la junta directiva de la sociedad Soluciones de Inteligencia de Negociones Sociedad Anónima cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco cuatro ocho seis cero, en la figura del presidente recayendo en Dennis Guzmán Artavia y en la figura de secretario Alexánder Ramírez Kiriushenko.—Cartago, seis de julio del dos mil diez.—Lic. Carlos Alberto Hernández Navarro, Notario.—1 vez.—Nº RP 2010184774.—(IN2010058665).

En escritura pública otorgada ante mí el día doce de julio del dos mil diez, se constituyó sociedad cuya razón social será Sandalia del Puerto Nueve Sociedad Anónima, en Cartago, cantón central, distrito Oriental, exactamente cien metros este del cementerio de San Rafael de Oreamuno, cuyo presidente con facultades de apoderado es Jeffry José Valverde Fernández.—Cartago, doce de julio del dos mil diez.—Lic. Carlos Alberto Hernández Navarro, Notario.—1 vez.—Nº RP 2010184775.—(IN2010058666).

Por escritura otorgada ante mí a las 13:15 horas del 9 de julio de 2010, se reforma la cláusula del domicilio de 3 102 547448 ltda. Domicilio San José, distrito San Pedro cantón Montes de Oca, 250 metros al norte de autos Subarú.—San José, 9 de julio de 2010.—Lic. Mireya Padilla García, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184776.—(IN2010058667).

En escritura pública otorgada ante mí, el día doce de julio del dos mil diez, se modificó la junta directiva de Promotora Inmobiliaria del Sol Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco uno cinco siete cero cero, recayendo en presidente se nombra a Jeffry José Valverde Fernández, secretaria se nombra a Paulina Bonilla Guillén, tesorera se nombra a Disney María Montanaro Jiménez.—Cartago, doce de julio del dos mil diez.—Lic. Carlos Alberto Hernández Navarro, Notario.—1 vez.—Nº RP 2010184777.—(IN2010058668).

Por escritura otorgada ante mí a las 13:30 horas del 9 de julio de 2010, se reforma la cláusula del domicilio de 3 102 551374 Ltda. Domicilio San José, distrito San Pedro cantón Montes de Oca, 250 metros al norte de autos Subarú.—San José, 9 de julio del 2010.—Lic. Mireya Padilla García, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184778.—(IN2010058669).

Por escritura otorgada ante mí a las 13:45 horas del 9 de julio de 2010, se reforma la cláusula del domicilio de 3 102 551305 Ltda. Domicilio San José, distrito San Pedro cantón Montes de Oca, 250 metros al norte de autos Subarú.—San José, 9 de julio de 2010.—Lic. Mireya Padilla García, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184779.—(IN2010058670).

Por escritura otorgada ante mí a las 14:00 horas del 9 de julio de 2010, se reforma la cláusula del domicilio de Tresia Holdings S. A. Domicilio San José, distrito San Pedro cantón Montes de Oca, 250 metros al norte de autos Subarú.—San José, 9 de julio de 2010.—Lic. Mireya Padilla García, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184780.—(IN2010058671).

Por escritura otorgada ante mí a las 14:15 horas del 9 de julio de 2010, se reforma la cláusula del domicilio de 3 101 551236 s.a. Domicilio San José, distrito San Pedro cantón Montes de Oca, 250 metros al norte de autos Subarú.—San José, 9 de julio de 2010.—Lic. Mireya Padilla García, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184781.—(IN2010058672).

Por escritura otorgada ante mí a las 14:30 horas del 9 de julio de 2010, se reforma la cláusula del domicilio de Bristol Trading LLC. Domicilio San José, distrito San Pedro cantón Montes de Oca, 250 metros al norte de autos Subarú.—San José, 9 de julio de 2010.—Lic. Mireya Padilla García, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184782.—(IN2010058673).

Por escritura otorgada ante mí a las 14:45 horas del 9 de julio de 2010, se reforma la cláusula del domicilio de 3 102 546374 ltda. Domicilio San José, distrito San Pedro cantón Montes de Oca, 250 metros al norte de autos Subarú.—San José, 9 de julio de 2010.—Lic. Mireya Padilla García, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184783.—(IN2010058674).

Al ser las once horas del doce de julio del dos mil diez, se modificó ante esta notaría estatutos de la sociedad Distribuidora Rodríguez Campos Sociedad Anónima.—San José, 12 de julio del 2010.—Lic. Ivannia Esquivel Carrillo, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184784.—(IN2010058675).

Por escritura otorgada ante mí a las 15:00 horas del 9 de julio de 2010, se reforma la cláusula del domicilio de 3 102 546149 Ltda. Domicilio San José, distrito San Pedro cantón Montes de Oca, 250 metros al norte de autos Subarú.—San José, 9 de julio de 2010.—Lic. Mireya Padilla García, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184785.—(IN2010058676).

Por escritura otorgada ante mí a las 15:15 horas del 9 de julio de 2010, se reforma la cláusula del domicilio de 3 102 543876 Ltda. Domicilio San José, distrito San Pedro cantón Montes de Oca, 250 metros al norte de autos Subarú.—San José, 9 de julio de 2010.—Lic. Mireya Padilla García, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184786.—(IN2010058677).

Por escritura otorgada ante mí a las 15:30 horas del 9 de julio de 2010, se reforma la cláusula del domicilio de 3 102 544563 Ltda. Domicilio San José, distrito San Pedro cantón Montes de Oca, 250 metros al norte de autos Subarú.—San José, 9 de julio de 2010.—Lic. Mireya Padilla García, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184787.—(IN2010058678).

Por escritura otorgada ante mí a las 15:45 horas del 9 de julio de 2010, se reforma la cláusula del domicilio de 3 102 551292 Ltda. Domicilio San José, distrito San Pedro cantón Montes de Oca; 250 metros al norte de autos Subarú.—San José, 9 de julio de 2010.—Lic. Mireya Padilla García, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184788.—(IN2010058679).

Por escritura otorgada ante mí a las 16:00 horas del 9 de julio de 2010, se reforma la cláusula del domicilio de 3 102 543802 Ltda. Domicilio San José, distrito San Pedro cantón Montes de Oca, 250 metros al norte de autos Subarú.—San José, 9 de julio de 2010.—Lic. Mireya Padilla García, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184790.—(IN2010058680).

Por escritura otorgada ante mí a las 16:00 horas del 12 de julio de 2010, se constituyó sociedad limitada, con la denominación social que el Registro Nacional asigne. Domicilio San José, distrito San Pedro cantón Montes de Oca, 250 metros al norte de autos Subarú. Capital social ¢100.000,00.—San José, 12 de julio de 2010.—Lic. Mireya Padilla García, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184792.—(IN2010058681).

Por escritura otorgada ante mí a las 16:15 horas del 12 de julio de 2010, se constituyó sociedad limitada, con la denominación social que el Registro Nacional asigne. Domicilio San José, distrito San Pedro cantón Montes de Oca, 250 metros al norte de autos Subarú. Capital social ¢100.000,00.—San José, 12 de julio de 2010.—Lic. Mireya Padilla García, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184793.—(IN2010058682).

Por escritura otorgada ante mí a las 16:30 horas del 12 de julio de 2010, se constituyó sociedad limitada, con la denominación social que el Registro Nacional asigne. Domicilio San José, distrito San Pedro cantón Montes de Oca, 250 metros al norte de autos Subarú. Capital social ¢100.000,00.—San José, 12 de julio de 2010.—Lic. Mireya Padilla García, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184794.—(IN2010058683).

Por escritura otorgada ante mí a las 16:45 horas del 12 de julio de 2010, se constituyó sociedad limitada, con la denominación social que el Registro Nacional asigne. Domicilio San José, distrito San Pedro cantón Montes de Oca, 250 metros al norte de autos Subarú. Capital social ¢100.000,00.—San José, 12 de julio de 2010.—Lic. Mireya Padilla García, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184795.—(IN2010058684).

Ante mí, Maricela Alpízar Chacón, notaria pública en escritura N° 3-289, del 6 de julio 2010, la sociedad La Gardenia Augusta S. A., reforma cláusulas II y VI, domicilio será en Santo Tomás de Santo Domingo de Heredia, costado oeste de la escuela Santo Tomás, oficinas del hotel Bougainvillea.—San José, 12 de julio del 2010.—Lic. Maricela Alpízar Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184796.—(IN2010058685).

Por escritura otorgada ante mí a las 17:00 horas del 12 de julio de 2010, se constituyó sociedad limitada, con la denominación social que el Registro Nacional asigne. Domicilio San José, distrito San Pedro cantón Montes de Oca, 250 metros al norte de autos Subarú. Capital social ¢100.000.00.—San José, 12 de julio de 2010.—Lic. Mireya Padilla García, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184797.—(IN2010058686).

Por escritura otorgada ante mí a las 17:15 horas del 12 de julio de 2010, se constituyó sociedad limitada, con la denominación social que el Registro Nacional asigne. Domicilio San José, distrito San Pedro cantón Montes de Oca, 250 metros al norte de autos Subarú. Capital social ¢100.000,00.—San José, 12 de julio de 2010.—Lic. Mireya Padilla García, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184798.—(IN2010058687).

Los co-notarios Maricela Alpízar Ch., y Carlos E. Salgado G., por escritura Nº 62 de las 11:00 del 8 julio, 2010, constituyó Brisas de Turrialba Sociedad Anónima, capital social cien mil colones, plazo social noventa y nueve años y domicilio social San José, Sabana Oeste, de la UCIMED, 200 n, edificio esquinero.—San José, 12 julio del 2010.—Lic. Maricela Alpízar Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184799.—(IN2010058688).

Por escritura otorgada ante mí a las 17:30 horas del 12 de julio de 2010, se constituyó sociedad limitada, con la denominación social que el Registro Nacional asigne. Domicilio San José, distrito San Pedro cantón Montes de Oca, 250 metros al norte de autos Subarú. Capital social ¢100.000,00.—San José, 12 de julio de 2010.—Lic. Mireya Padilla García, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184800.—(IN2010058689).

Por escritura número: sesenta y cinco, se protocolizó acta número uno de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada: Can Miguet Desarrollos Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y siete mil novecientos quince. Cambio de directiva en su totalidad. Es todo.—San José, diecisiete de junio del dos mil diez.—Lic. Alexandra Morales Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184801.—(IN2010058690).

La suscrita notaria hace constar que por escritura otorgada a las diez horas del ocho de julio del dos mil diez, en San José, ante mí, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada, con domicilio en San José, con la denominación social que el Registro Nacional le asigne. Plazo: noventa y nueve años a partir del ocho de julio del dos mil diez. Capital social: cien mil colones íntegramente suscrito y pagado. Gerente: Rosa Marcela Aguilar Mata.—San José, trece de julio del dos mil diez.—Lic. Maureen María Rodríguez Acuña, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184802.—(IN2010058691).

La suscrita notaria hace constar que por escritura otorgada a las once horas treinta minutos del ocho de julio del dos mil diez, en San José, ante mí, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada, con domicilio en San José, con la denominación social que el Registro Nacional le asigne. Plazo: noventa y nueve años a partir del ocho de julio del dos mil diez. Capital social: cien mil colones íntegramente suscrito y pagado. Gerente: Rolando Rodríguez Torres.—San José, trece de julio del dos mil diez.—Lic. Maureen María Rodríguez Acuña, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184803.—(IN2010058692).

La suscrita notarìa hace constar que por escritura otorgada a las catorce horas del ocho de julio del dos mil diez, en San José, ante mí, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada, con domicilio en San José, con la denominación social que el Registro Nacional le asigne. Plazo: noventa y nueve años a partir del ocho de julio del dos mil diez. Capital social: cien mil colones íntegramente suscrito y pagado: gerente: Luis Guillermo Leandro Martínez.—San José, trece de julio del dos mil diez.—Lic. Maureen María Rodríguez Acuña, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184804.—(IN2010058693).

La suscrita notaria hace constar que por escritura otorgada a las dieciséis horas cuarenta minutos del ocho de julio del dos mil diez, en San José, ante mí, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada, con domicilio en San José, con la denominación social que el Registro Nacional le asigne. Plazo: noventa y nueve años a partir del ocho de julio del dos mil diez. Capital social: cien mil colones íntegramente suscrito y pagado. Gerente: Priscilla Robles Chinchilla.—San José, trece de julio del dos mil diez.—Lic. Maureen María Rodríguez Acuña, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184805.—(IN2010058694).

La suscrita notaria hace constar que por escritura otorgada a las dieciocho horas del ocho de julio del dos mil diez, en San José, ante mí, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada, con domicilio en San José, con la denominación social que el Registro Nacional le asigne. Plazo: noventa y nueve años a partir del ocho de julio del dos mil diez. Capital social: cien mil colones íntegramente suscrito y pagado. Gerente: Dunia Castro Murillo.—San José, trece de julio del dos mil diez.—Lic. Maureen María Rodríguez Acuña, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184806.—(IN2010058695).

La suscrita notaría hace constar que por escritura otorgada a las dieciocho horas del ocho de julio del dos mil diez, en San José, ante mí, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada, con domicilio en San José, con la denominación social que el Registro Nacional le asigne. Plazo: noventa y nueve años a partir del ocho de julio del dos mil diez. Capital social: cien mil colones íntegramente suscrito y pagado. Gerente: Dunia Castro Murillo.—San José, trece de julio del dos mil diez.—Lic. Maureen María Rodríguez Acuña, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184808.—(IN2010058696).

La suscrita notaría hace constar que por escritura otorgada a las nueve horas quince minutos del nueve de julio del dos mil diez, en San José, ante mí, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada, con domicilio en San José, con la denominación social que el Registro Nacional le asigne. Plazo: noventa y nueve años a partir del nueve de julio del dos mil diez. Capital social: cien mil colones íntegramente suscrito y pagado. Gerente: Kattia Martínez Araya.—San José, trece de julio del dos mil diez.—Lic. Maureen María Rodríguez Acuña, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184814.—(IN2010058697).

La suscrita notaría hace constar que por escritura otorgada a las nueve horas cuarenta minutos del nueve de julio del dos mil diez, en San José, ante mí, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada, con, domicilio en San José, con la denominación social que el Registro Nacional le asigne. Plazo: noventa y nueve años a partir del nueve de julio del dos mil diez. Capital social: cien mil colones íntegramente suscrito y pagado. Gerente: Édgar González Quesada.—San José, trece de julio del dos mil diez.—Lic. Maureen María Rodríguez Acuña, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184815.—(IN2010058698).

La suscrita notaría hace constar que por escritura otorgada a las diez horas veinte minutos del nueve de julio del dos mil diez, en San José, ante mí, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada, con domicilio en San José, con la denominación social que el Registro Nacional le asigne. Plazo: noventa y nueve años a partir del nueve de julio del dos mil diez. Capital social: cien mil colones íntegramente suscrito y pagado. Gerente: Jorge Garita Rodríguez.—San José, trece de julio del dos mil diez.—Lic. Maureen María Rodríguez Acuña, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184816.—(IN2010058699).

La suscrita notaría hace constar que por escritura otorgada a las once horas del nueve de julio del dos mil diez, en San José, ante mí, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada, con domicilio en San José, con la denominación social que el Registro Nacional le asigne. Plazo: noventa y nueve años a partir del nueve de julio del dos mil diez. Capital social: cien mil colones íntegramente suscrito y pagado. Gerente: Édgar Durán Barquero.—San José, trece de julio del dos mil diez.—Lic. Maureen María Rodríguez Acuña, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184818.—(IN2010058700).

La suscrita notaría hace constar que por escritura otorgada a las doce horas del nueve de julio del dos mil diez, en San José, ante mí, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada, con domicilio en San José, con la denominación social que el Registro Nacional le asigne. Plazo: noventa y nueve años a partir del nueve de julio del dos mil diez. Capital social: cien mil colones íntegramente suscrito y pagado. Gerente: Federico Valverde Mesén.—San José, trece de julio del dos mil diez.—Lic. Maureen María Rodríguez Acuña, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184819.—(IN2010058701).

El suscrito notario, Msc. Fabio Vincenzi Guilá, hace constar que por escritura número veintidós, otorgada a las dieciséis horas del primero de julio de dos mil diez, Guilá Imprenta Litografía S. A. reformó la cláusula quinta de su pacto social constitutivo y aumentó su capital social.—San José, 1º de julio del 2010.—Msc. Fabio Vincenzi Guilá, Notario.—1 vez.—Nº RP 2010184820.—(IN2010058702).

La suscrita notaria hace constar que por escritura otorgada a las catorce horas del nueve de julio del dos mil diez, en San José, ante mí, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada, con domicilio en San José, con la denominación social que el Registro Nacional le asigne. Plazo: noventa y nueve años a partir del nueve de julio del dos mil diez. Capital social: cien mil colones íntegramente suscrito y pagado. Gerente: Ana Cristina Valverde Mesén.—San José, trece de julio del dos mil diez.—Lic. Maureen María Rodríguez Acuña, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184821.—(IN2010058703).

El suscrito notario, Msc. Fabio Vincenzi Guilá, hace constar que por escritura número veintiuno, otorgada a las quince horas del primero de julio de dos mil diez, Apartamentos Rosa María S. A. reformó las cláusulas segunda, tercera, cuarta y octava de su pacto social constitutivo y nombró nueva junta directiva y fiscal.—San José, 1 de julio del 2010.—Msc. Fabio Vincenzi Guilá, Notario.—1 vez.—Nº RP 2010184822.—(IN2010058704).

La suscrita notaría hace constar que por escritura otorgada a las catorce horas cuarenta minutos del nueve de julio del dos mil diez, en San José, ante mí, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada, con domicilio en San José, con la denominación social que el Registro Nacional le asigne. Plazo: noventa y nueve años a partir del nueve de julio del dos mil diez. Capital social: cien mil colones íntegramente suscrito y pagado. Gerente: Romualdo Obando Tames.—San José, trece de julio del dos mil diez.—Lic. Maureen María Rodríguez Acuña, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184823.—(IN2010058705).

La suscrita notaría hace constar que por escritura otorgada a las quince horas treinta minutos del nueve de julio del dos mil diez, en San José, ante mí, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada, con domicilio en San José; con la denominación social que el Registro Nacional le asigne. Plazo: noventa y nueve años a partir del nueve de julio del dos mil diez. Capital social: cien mil colones íntegramente suscrito y pagado. Gerente: Mario Miño Segura.—San José, trece de julio del dos mil diez.—Lic. Maureen María Rodríguez Acuña, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184824.—(IN2010058706).

La suscrita notaría hace constar que por escritura otorgada a las quince horas treinta minutos del nueve de julio del dos mil diez, en San José, ante mí, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada, con domicilio en San José, con la denominación social que el Registro Nacional le asigne. Plazo: noventa y nueve años a partir del nueve de julio del dos mil diez. Capital social: cien mil colones íntegramente suscrito y pagado. Gerente: José Luis Altamirano.—San José, trece de julio del dos mil diez.—Lic. Maureen María Rodríguez Acuña, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184825.—(IN2010058707).

La suscrita notaría hace constar que por escritura otorgada a las diecisiete horas del nueve de julio del dos mil diez, en San José, ante mí, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada, con domicilio en San José, con la denominación social que el Registro Nacional le asigne. Plazo: noventa y nueve años a partir del nueve de julio del dos mil diez. Capital social: cien mil colones íntegramente suscrito y pagado. Gerente: Mario Caruso Leal.—San José, trece de julio del dos mil diez.—Lic. Maureen María Rodríguez Acuña, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184826.—(IN2010058708).

La suscrita notaría hace constar que por escritura otorgada a las ocho horas del doce de julio del dos mil diez, en San José, ante mí, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada, con domicilio en San José, con la denominación social que el Registro Nacional le asigne. Plazo: noventa y nueve años a partir del doce de julio del dos mil diez. Capital social: cien mil colones íntegramente suscrito y pagado. Gerente: Silvestre Chavarría Torrealba.—San José, trece de julio del dos mil diez.—Lic. Maureen María Rodríguez Acuña, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184827.—(IN2010058709).

La suscrita notaría hace constar que por escritura otorgada a las nueve horas del doce de julio del dos mil diez, en San José, ante mí, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada, con domicilio en San José, con la denominación social que el Registro Nacional le asigne. Plazo: noventa y nueve años a partir del doce de julio del dos mil diez. Capital social: cien mil colones íntegramente suscrito y pagado. Gerente: María Lourdes Mesén Fallas.—San José, trece de julio del dos mil diez.—Lic. Maureen María Rodríguez Acuña, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184828.—(IN2010058710).

La suscrita notaría hace constar que por escritura otorgada a las diez horas del doce de julio del dos mil diez, en San José, ante mí, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada, con domicilio en San José, con la denominación social que el Registro Nacional le asigne. Plazo: noventa y nueve años a partir del doce de julio del dos mil diez. Capital social: cien mil colones íntegramente suscrito y pagado. Gerente: Mariana Abarca Mesén.—San José, trece de julio del dos mil diez.—Lic. Maureen María Rodríguez Acuña, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184829.—(IN2010058711).

La suscrita notaría hace constar que por escritura otorgada a las diez horas cuarenta y cinco minutos del doce de julio del dos mil diez, en San José, ante mí, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada, con domicilio en San José, con la denominación social que el Registro Nacional le asigne. Plazo: noventa y nueve años a partir del doce de julio del dos mil diez. Capital social: cien mil colones íntegramente suscrito y pagado. Gerente: David Abarca Mesén.—San José, trece de julio del dos mil diez.—Lic. Maureen María Rodríguez Acuña, Notaria.—1 vez.—Nº RP 2010184830.—(IN2010058712).

La suscrita notaria hace constar que por escritura otorgada a las once horas quince minutos del doce de julio del dos mil diez, en San José, ante mí, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada, con domicilio en San José, con la denominación social que el Registro Nacional le asigne. Plazo: noventa y nueve años a partir del doce de julio del dos mil diez. Capital social: cien mil colones íntegramente suscrito y pagado. Gerente: Mayela Valverde Mora.—San José, trece de julio del dos mil diez.—Lic. Maureen María Rodríguez Acuña, Notaria.—1 vez.—RP2010184831.—(IN2010058713).

Por escritura otorgada ante mí a las catorce horas con treinta minutos del doce de julio del dos mil diez, se reformaron las cláusulas segunda y sétima de la sociedad denominada Arrendadora de Equipos Odontológicos S. A.—San José, doce de julio del dos mil diez.—Lic. Luis Manuel Gutiérrez Chacón, Notario.—1 vez.—RP2010184835.—(IN2010058714).

Por escritura pública de las nueve horas del seis de julio del dos mil diez, se protocolizó asamblea general extraordinaria de Real Stone Depot Sociedad Anónima. Se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo. Es todo.—San José, siete de julio del dos mil diez.—Lic. Violeta Rojas Soza, Notaria.—1 vez.—RP2010184836.—(IN2010058715).

Por escritura otorgada ante notario Marlon Campbell Griffiths, se constituyó la sociedad anónima denominada Multiservicios Celulares Yuju S. A., a las trece horas treinta minutos del diez de julio del dos mil diez.—San José, diez de julio dos mil diez.—Lic. Marlon Campbell Griffiths, Notario.—1 vez.—RP2010184837.—(IN2010058716).

A las diecisiete horas del doce de julio del dos mil diez, se constituyó en mi oficina la sociedad denominada Desarrollos Globaltec Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia, Barva, San Pedro, residencial Doña Elena, bloque Nº 5, casa Nº 2, siendo su representante legal la señorita Melissa Solano Campos, cédula de identidad número uno-mil cuatrocientos cuarenta y siete-quinientos cuarenta y cinco.—San José, a las diecisiete horas, y treinta minutos del doce de julio del dos mil diez.—Lic. Luz Mery Rojas Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2010184839.—(IN2010058717).

Por escritura número doscientos veintiséis-tres, otorgada ante mí a las ocho treinta horas del veintiocho de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Novedades Kity Sociedad Anónima. Capital social: 100.000,00 colones totalmente suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma.—Lic. Esther Touma Ulloa, Notaria.—1 vez.—RP2010184841.—(IN2010058718).

Por escritura número doscientos veinticinco-tres, otorgada ante mí a las ocho horas del veintiocho de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada SIINFO Servicios Integrales Informáticos Sociedad Anónima. Capital social: 100,000.00 colones totalmente suscrito y pagado. Presidente y tesorera con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma.—Lic. Esther Touma Ulloa, Notaria.—1 vez.—RP2010184842.—(IN2010058719).

Por asambleas de accionistas la sociedad denominada Convar S. A. con cédula tres-ciento uno-ciento sesenta y tres mil ochocientos once, aumenta el capital social. Asimismo por asambleas de cuotistas, la sociedad tres-ciento dos-quinientos veintiún mil ochocientos cincuenta y tres s.r.l. con cédula tres-ciento dos-quinientos veintiún mil ochocientos cincuenta y tres, nombran nuevo gerente.—San José, 13 de julio del dos mil diez.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—RP2010184843.—(IN2010058720).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del seis de julio del dos mil diez, se constituyó la empresa Tam Equilibrios S. A. Capital social: veinte mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, doce de julio del año dos mil diez.—Lic. Esther Touma Ulloa, Notaria.—1 vez.—RP2010184844.—(IN2010058721).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil diez, se constituyó la empresa Desde un Botón hasta un Avión S. A. Capital social: cien mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, doce de julio del dos mil diez.—Lic. Rafael Esquivel Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2010184845.—(IN2010058722).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas cuarenta minutos del veintiocho de junio del dos mil diez, se constituyó la empresa TI-506 Consultores S. A. Capital social: cien mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, doce de julio del dos mil diez.—Lic. Rafael Esquivel Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2010184846.—(IN2010058723).

La suscrita, Licda. Virginia Umaña Segura, notaria pública, avisa que la empresa 3-102-557398 s.r.l. nombró como nuevo gerente: al señor Fausto Arturo Rojas Cordero, cédula 2-0311-0086, a partir de su inscripción en el Registro Nacional.—San José, 9 de julio del 2010.—Lic. Virginia Umaña Segura, Notaria.—1 vez.—RP2010184854.—(IN2010058724).

Por escritura otorgada ante mí, Licenciada Yenny Mariela Fernández Fumero, a las nueve horas del 6 de julio del 2010, se modificó la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Ticket to Ride Business Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 13 de julio del 2010.—Lic. Jenny Mariela Fernández Fumero, Notaria.—1 vez.—RP2010184855.—(IN2010058725).

Gilberto Alejandro Monge Aguirre e Ileana María Araya Chávez constituyen Agrícola La Estrella Sociedad Anónima, domiciliada El Guarco de Cartago, de la iglesia tres kilómetros al sur. Presidente apoderado generalísimo sin límite de suma. Escritura otorgada en Cartago, al ser las diez horas del veintiocho de junio del dos mil diez.—Lic. Gilberto Alejandro Monge Aguirre, Notario.—1 vez.—RP2010184857.—(IN2010058726).

Ante esta notaría a las 15:30 horas del 26 de junio del dos mil diez, mediante escritura 141 del tomo 02, se constituyó la sociedad Quinta Valle Mora S. A. Presidente: Geovanni Jiménez Mora.—Lic. Rafael A. Rodríguez Salazar, Notario.—1 vez.—RP2010184860.—(IN2010058727).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las diecinueve horas cuarenta y cinco minutos del doce de julio del dos mil diez, Bernardo Foschetti, Darwin Christian Gutiérrez López y Jorge Arturo Gamboa Gutiérrez, constituyen la sociedad anónima denominada Wolfpack Networks Sociedad Anónima. Capital totalmente suscrito y pagado. Junta directiva conformada por presidente, secretario, tesorero y fiscal. Presidente y secretario son apoderados generalísimos sin límite de suma.—Alajuela, doce de julio del dos mil diez.—Lic. Fabio Trujillo Hering, Notario.—1 vez.—RP2010184862.—(IN2010058728).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 9:00 horas del 12 de julio del 2010, los señores José Antonio Vargas Chacón y Christian Arias Pulido, constituyeron la sociedad anónima King Travel Service Tours Corporation S. A. Capital social: un millón de colones. Domicilio: Guadalupe, Goicoechea, San José. Presidente: José Antonio Vargas Chacón.—San José, 12 de julio de 2010.—Lic. Carlos Alberto Vargas Campos, Notario.—1 vez.—RP2010184863.—(IN2010058729).

Ante esta notaría a las 15:00 horas del 23 de junio del 2010, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada ATC Group de Costa Rica Sociedad Anónima, con un capital social de un millón de colones por un plazo de noventa y nueve años, cuyo presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma son los señores Ana Laura Ramírez Calderón y Marco Vinicio Ramírez Calderón, respectivamente, mediante la escritura número 217-17 del tomo diecisiete del protocolo de la suscrita notaria.—Cartago, 9 de julio del 2010.—Lic. Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—RP2010184864.—(IN2010058730).

Ante esta notaría a las 17:10 horas del 12 de julio del 2010, se constituyó la sociedad anónima denominada Recreaciones Leiva S. A., con capital social de 200.000 colones, por un plazo de noventa y nueve años, cuya presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma es la señora Nuri Romero Garro, mediante la escritura número 282-17 del tomo 17 de la suscrita notaria.—Cartago, 13 de junio del 2010.—Lic. Hellen Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—RP2010184865.—(IN2010058731).

Por escritura otorgada ante la notaria Andrea Fernández Bonilla, a las 9:00 horas del 12 de julio del 2010, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Farmacia Internacional Sabana Norte S. A., en donde se reforma cláusulas primera, segunda y sexta, del pacto constitutivo, y se nombra presidente, vicepresidente, secretario, tesorero, y fiscal.—Lic. Andrea Fernández Bonilla, Notaria.—1 vez.—RP2010184867.—(IN2010058732).

Manuel Francisco Castro Cavallini y Manuel Francisco Castro Mora constituyen la sociedad Súper Carnes El Correo Sociedad Anónima. Domicilio. San José, avenidas tres y cinco, calle dos. Capital social: cien mil colones representada por cien acciones comunes y nominativas. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Tesorero: apoderado generalísimo sin límite de suma, salvo para vender, hipotecar o pignorar para lo cual deberá firmar junto con el presidente. Junta directiva compuesta por Presidente, secretario y tesorero. Abogado residente: Lic. Jorge Antonio Cortés Salinas.—San José, 7 de julio del 2010.—Lic. Jorge Antonio Cortés Salinas, Notario.—1 vez.—RP2010184871.—(IN2010058733).

Ante mí, Denia Vázquez Pacheco, notaria pública en escritura número ciento veintiuno se protocolizo el acta numero uno del libro primero  de  la  empresa  Inversiones  Panorámicas C F del Norte Sociedad Anónima, donde se nombra nuevo presidente y donde se acuerda reformar la cláusula del capital social cláusula número quinta.—Fortuna, San Carlos doce de julio del dos mil diez.—Lic. Denia Vázquez Pacheco, Notaria.—1 vez.—RP2010184873.—(IN2010058734).

Ante mí Denia Vázquez Pacheco notaria pública en escritura número ciento veinte, se constituyó la sociedad Promotora De Ciclismo San Carlos Sociedad Anónima, capital social: diez mil colones; domicilio: Muelle, San Carlos, Alajuela, quinientos cincuenta metros al norte del Servicentro Muelle. Se nombra junta directa, presidente: Alberto Araya Espinoza.—Fortuna, San Carlos, doce de julio del dos mil diez.—Lic. Denia Vázquez Pacheco, Notaria.—1 vez.—RP2010184874.—(IN2010058735).

En Liberia, Guanacaste, al ser las once horas del siete de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada: Fly Fox Investment S. A. Capital social: un millón de colones. Presidente: Guillermo Quesada Hernández.—Lic. José Manuel González Fonseca, Notario.—1 vez.—RP2010184875.—(IN2010058736).

Protocolización de asamblea general extraordinaria de la compañía Inversiones y Novedades B True Boutique S. A., en la cual se nombra nuevo secretario.—San José, 12 de julio del 2010.—Lic. Greyvin Cordero Rojas, Notario.—1 vez.—RP2010184878.—(IN2010058737).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, el día 8 de julio del 2010, a las 11:30 horas, se constituyó la sociedad Piura Partner Investments Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones, totalmente suscrito y pagado. Presidente y secretario: apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 12 de julio del 2010.—Lic. Javier Enrique Pacheco Mauro, Notario.—1 vez.—RP2010184880.—(IN2010058738).

Los Pargos de Santa Cruz Sociedad Anónima. Protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria. Se nombra tesorero. Se reforma la cláusula décima del pacto constitutivo. Otorgada a las 8:00 horas del día 8 de julio del año 2010.—Lic. Óscar Guevara Arias, Notario.—1 vez.—RP2010184881.—(IN2010058739).

Por escritura pública otorgada ante el suscrito notario, en la ciudad de Heredia, a las 13 horas del 4 de julio del 2010, se constituyó la sociedad Hermanos Vivi de Llorente S. A. Por escritura otorgada ante el suscrito notario en la ciudad de San José, a las 10 horas del 7 de julio del 2010, se modificaron las cláusulas segunda y octava del pacto constitutivo de Desarrollos Mar de Osa Sociedad Anónima.—San José, 13 de julio del 2010.—Lic. Manuel Porras Vargas, Notario.—1 vez.—RP2010184884.—(IN2010058740).

Ante mí, Dinia María González Cabezas, notaria pública, con oficina abierta en la ciudad de Alajuela, el siete de julio del dos mil diez, al ser las diez horas cuarenta y cinco minutos, mediante escritura ciento treinta y cuatro, se procedió a constituir la sociedad denominada Kacege S. A., con domicilio social en Barva de Heredia, quinientos metros oeste de la Plaza de la Cultura, capital social íntegramente suscrito y pagado. Es todo.—Alajuela, siete de julio del dos mil diez.—Lic. Dinia María González Cabezas, Notaria.—1 vez.—RP2010184898.—(IN2010058741).

Ante mi notaría, por escrituras treinta y tres y treinta y cuatro, con vista a los folios dieciséis vuelto a diecinueve frente del tomo siete,  de  la  suscrita notaria,  se  constituyen  las  sociedades S-A-M-I Confecciones e Inversiones I-S-A-C Noventa y Tres Sociedades Anónimas, cuyo domicilio social es la provincia de San José, cantón San José, distrito San Francisco de Dos Ríos, doscientos metros este del Pali.—San José, trece de julio del dos mil diez.—Lic. Karolina Meléndez Gamboa, Notaria.—1 vez.—RP2010184901.—(IN2010058742).

Por escritura otorgada, en esta notaría, a las dieciocho horas del doce de diciembre de dos mil nueve, se modificó la cláusula sexta, del pacto constitutivo de la empresa denominada F.V.M. Mayita Sociedad Anónima, referente a la administración de la sociedad.—San José, cinco de julio de dos mil diez.—Lic. Hernán Alexis Pérez Sanabria, Notario.—1 vez.—RP2010184903.—(IN2010058743).

Hoy he protocolizado acuerdos de la sociedad El Amigo del Oeste S. A., en la que se modifica la cláusula primera -razón social- del pacto social.—San José, 11:25 del 28 de junio del 2010.—Lic. Arturo Blanco Páez, Notario.—1 vez.—RP2010184905.—(IN2010058744).

Mediante protocolización de acta de asamblea general, se reformaron las cláusulas sétima y novena del pacto constitutivo de la empresa denominada Espléndida Rigel RE Cero Cinco S. A.—San José, 8 de julio del 2010.—Lic. Jeannette Salazar Araya, Notaria.—1 vez.—RP2010184906.—(IN2010058745).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las 11:00 horas del 23 de junio del 2010, se constituyó la sociedad denominada Corporación Tachiztica HHH Sociedad Anónima. Presidente: Alexander Herrera Blanco, cédula 4-144-144.—Barva, 12 de julio del 2010.—Lic. Isaac Montero Solera, Notario.—1 vez.—RP2010184907.—(IN2010058746).

En mi notaría a las dieciocho horas del doce de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad que se denominará con el número de cédula jurídica que le otorgue el Registro Público. La representación judicial y extrajudicial de la sociedad le corresponde al presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, trece de julio del dos mil diez.—Lic. Lissette Barboza Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2010184909.—(IN2010058747).

En mi notaría a las once horas del seis de julio del dos mil diez, se reforman cláusulas de la sociedad Gym Sport Wear Sociedad Anónima, cláusula primera del nombre social por Instatel Costa Rica I.C.R. Sociedad Anónima.—San José, 13 de julio del 2010.—Lic. Lissette Barboza Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2010184910.—(IN2010058748).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las trece horas del día veintitrés de junio del dos mil diez, donde se protocolizan acuerdos  de  asamblea  de  cuotistas de la sociedad denominada La Mezquita de Orion LMO Ltda. Donde se acuerda modificar las cláusulas primera y novena de los estatutos, y en adelante se denominará Tierracentro Inmobiliario.—San José, doce de julio del dos mil diez.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2010184911.—(IN2010058749).

Por escritura otorgada a las nueve horas del seis de julio del dos mil diez, se constituyó Holgura de Monserrat Número Veintiuno-J Anama S. A.—Lic. Guiselle Mora Cordero, Notaria.—1 vez.—RP2010184912.—(IN2010058750).

Ante esta notaría por escritura otorgada en Cartago, el diez de junio del año dos mil diez, se constituye Melguima Sociedad Anónima S. A., siendo los representantes: el presidente: Melvin Javier Guillén Martínez y secretaria: Aura Mercedes Leandro Artavia, pudiendo actuar en forma conjunta o separada.—Cartago, ocho de julio del año dos mil diez.—Lic. Laura Gómez Martínez, Notaria.—1 vez.—RP2010184913.—(IN2010058751).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, al ser las catorce horas del día nueve de julio del dos mil diez, se ha constituido la sociedad denominada Náutica Corp. Sociedad Anónima.—Cartago, trece de julio del dos mil diez.—Lic. Jorge Enrique Monge Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2010184914.—(IN2010058752).

Por escritura otorgada a las 09:00 horas del 13 de julio del 2010, se modificó la cláusula quinta del acta constitutiva de la sociedad Inversiones Pablito Rojas O.R.B. S. A.—Naranjo, 13 de julio del 2010.—Lic. Mario Enrique Acuña Jara, Notario.—1 vez.—RP2010184921.—(IN2010058753).

Ante esta notaría a las diez horas del diez de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad Listo Importaciones Americanas Sociedad de Responsabilidad Limitada. Gerente y subgerente ambos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: íntegramente suscrito y pagado.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2010184922.—(IN2010058754).

Ante mí, Luis Mariano Vargas Mayorga, notario, se constituyó Rústicos y Más S. A.—San José, trece de julio de dos mil diez.—Lic. Luis Mariano Vargas Mayorga, Notario.—1 vez.—RP2010184924.—(IN2010058755).

En mi notaría al ser las ocho horas del día trece de julio del dos mil diez, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Solcon Instalaciones S.A., cédula jurídica 3 - 101 - 313836, donde se acuerda modificar la cláusula quinta del pacto constitutivo en lo referente al capital social aumentándolo a diez millones de colones íntegramente suscritos y pagados.—San José, 13 de julio del 2010.—Lic. Yessenia López Chávez, Notaria.—1 vez.—RP2010184926.—(IN2010058756).

Ante esta notaría comparecen Rafael Madrigal Barboza y Warner Madrigal Bermúdez, quienes constituyen la sociedad Seguridad Capi y Asociado. Domiciliada en San José, Montes de Oca, a las once horas del trece de julio de dos mil diez. Es todo.—San José, trece de julio del dos mil diez.—Lic. Jenny Priscilla Álvarez Miranda, Notaria.—1 vez.—RP2010184927.—(IN2010058757).

En mi notaría se constituyó la sociedad, que llevará de nombre el número de cédula jurídica, domicilio San José. Capital social cien mil colones. Plazo: cien años, representantes: presidente, secretario y tesorero.—San José, trece de julio de dos mil diez.—Lic. Giselle Solórzano Guillén, Notaria.—1 vez.—RP2010184930.—(IN2010058758).

Mediante escritura otorgada por el suscrito notario a las ocho horas del día de hoy, he protocolizado asamblea extraordinaria de socios de Noteapa Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-082496, se modifica cláusula segunda, del domicilio, y se nombra junta directiva. Presidente: Luis Alberto Cordero Arias.—San José, 12 de julio del 2010.—Lic. Alfonso Angulo Mondragón, Notario.—1 vez.—RP2010184938.—(IN2010058759).

Ante esta notaría el día veintitrés de enero del dos mil diez, por medio de acta notarial, se acuerda reformar el artículo noveno en relación a la administración de la sociedad Ofelupa S. A., el cual de ahora en adelante recae única y exclusivamente al presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma actuando independientemente.—San José, veintitrés de enero del dos mil diez.—Lic. Javier González Loría, Notario.—1 vez.—RP2010184940.—(IN2010058760).

Ante el suscrito notario público, al ser las 8 horas del 13 de julio del 2010, se constituyeron 4 sociedades que tendrán como denominación social JBR Capital Ventures, JBR Management, JBR Evolution, JBR Improvement, más el aditamento Sociedad de Responsabilidad Limitada, con un capital social de 12 mil colones. Plazo social 100 años. Gerente: Jeffrey Grosshandler.—San José, 13 de julio del 2010.—Lic. Javier Francisco Chaverri Ross, Notario.—1 vez.—RP2010184941.—(IN2010058761).

Hoy día he constituido dos sociedades cuyas razones sociales son VIP Hosting Limitada y Alameda Management Limitada con domicilio en provincia de San José, San José, Pavas. Capital social diez mil colones. Gerente con representación judicial y extrajudicial.—San José, Desamparados, nueve de julio del dos mil diez.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—RP2010184942.—(IN2010058762).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad denominada Yarun de San José Sociedad Anónima. Capital social suscrito y pagado en letras de cambio. Plazo social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Saleh Hussein.—Santo Domingo de Heredia, 12 de julio de 2010.—Lic. Luis Edgardo Ramírez Zamora, Notario.—1 vez.—RP2010184944.—(IN2010058763).

Ante esta notaría, el día treinta de junio del año dos mil diez, por escritura número ochenta y siete-ciento quince, los señores Eugenio Manuel Solís Hidalgo, Mayra Mayela Carballo Gutiérrez y Emmanuel Eugenio Solís Carballo, constituyeron sociedad anónima que se denominará según oficio por el Registro de Personas Jurídicas, de conformidad con lo establecido en el Decreto Ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en La Gaceta número ciento catorce del día catorce de junio del año dos mil seis, sociedad anónima, cuyo capital social lo es la suma de doce mil colones, y se nombró junta directiva y fiscal dada en la notaría del licenciado Mario Enrique Ulate Ulate en Heredia.—Lic. Mario Ulate Ulate, Notario.—1 vez.—RP2010184945.—(IN2010058764).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las quince horas con treinta minutos del dieciséis de junio del dos mil diez, se constituyó Actividades del Miravalles Sociedad Anónima. El capital social: Es la suma de diez mil colones, suscrito y pagado. El presidente José Federico Chacón Castro es el apoderado generalísimo sin límite de suma.—Liberia, dieciséis de junio del dos mil diez.—Lic. Eric Badilla Córdoba, Notario.—1 vez.—RP2010184946.—(IN2010058765).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las quince horas del dieciséis de junio del dos mil diez, se constituyó Inversiones Río Celeste de Miravalles Sociedad Anónima. El capital social: es la suma de diez mil colones, suscrito y pagado. El presidente José Federico Chacón Castro es el apoderado generalísimo sin límite de suma.—Liberia, dieciséis de junio del dos mil diez.—Lic. Eric Badilla Córdoba, Notario.—1 vez.—RP2010184948.—(IN2010058766).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José a las 9:00 horas del 13 de julio del 2010, protocolizo acta de asamblea extraordinaria de socios de Color de Perla, S. A., mediante la cual se reforma la cláusula 4 del capital social.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2010184949.—(IN2010058767).

Ante esta notaría, a las 08:30 horas del 16 de julio del 2009, mediante escritura número 079, se reforma la cláusula del plazo social del pacto constitutivo de la sociedad Producciones de Marketing Promark Sociedad Anónima.—San José, 16 de julio del 2009.—Lic. Edwin Rodrigo Masís Quirós, Notario.—1 vez.—RP2010184950.—(IN2010058768).

En mi notaría, en esta fecha se constituyó la sociedad Seguridad Los Claveles Sociedad Anónima con domicilio en Calle Fallas, Desamparados, del centro comunal veinticinco metros sur, y cien este, casa color marrón, con plazo de noventa y nueve años, su presidente comparece Florencio González Rodríguez.—Lic. Odilí Altamirano Urrutia, Notaria.—1 vez.—RP2010184953.—(IN2010058769).

Por escritura otorgada a las 17:00 horas del 09 de julio del 2010, Cándida Rosa Rodríguez Halum y Ana Julia Halum Ubeda, constituyen Inversiones Caroha Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado. Plazo: 99 años. Presidenta: Cándida Rosa Rodríguez Halum.—San José, 09 de julio del 2010.—Lic. Juan Luis Gómez Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2010184954.—(IN2010058770).

Por escritura número trescientos sesenta y cuatro-tres otorgada ante mí, a las trece horas del veinticuatro de junio del dos mil diez, ante el suscrito notario se constituye la sociedad de responsabilidad limitada denominada Plex Studio Sociedad Anónima. Corresponde su representación: presidente, secretario y tesorero.—San José, 12 de julio de 2010.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1 vez.—RP2010184959.—(IN2010058771).

Mediante escritura número ciento noventa de las catorce horas con treinta minutos del ocho de julio de dos mil diez, visible al folio ciento cuatro frente del tomo cuarto de la notaria Paula Durán Quirós, se hace constar que se protocolizó el acta de constitución de Producciones Recort LM Sociedad Anónima.—Paraíso, trece de julio de dos mil diez.—Lic. Paula Durán Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2010187960.—(IN2010058772).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 10:00 horas del 06 de julio del dos mil diez, se constituye la sociedad Orange Baba Ltda. Representación: un gerente y un subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Domicilio: Guanacaste, Nicoya, Nosara, camino a Santa Marta, Finca La Reina, casa H-1. Objeto: inversión, desarrollo y administración de bienes raíces. Capital: Diez mil colones totalmente suscrito y pagado en efectivo.—Lic. Glenda Burke Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2010184961.—(IN2010058773).

Mediante escritura de las 9:00 del 10 de julio del 2010, los señores María Gabriela García Fernández, y José Alejandro Mesén Castro constituyen la sociedad anónima JGM Construcciones S. A. Presidente María Gabriela García Fernández. Plazo social será de noventa y nueve años. Capital social cinco mil colones exactos, constituido por dos acciones comunes y nominativas de dos mil quinientos colones cada una. Objeto: El ejercicio del comercio, la industria, la agricultura, y la ganadería, en general, etc.—San José, 13 de julio de 2010.—Lic. Manuel Antonio Calderón Segura, Notario.—1 vez.—RP2010184962.—(IN2010058774).

La suscrita Marta Emilia Rojas Carranza, notaria pública, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Tres-Ciento Uno-Seiscientos Ocho Mil Novecientos Cincuenta y Tres Sociedad Anónima, cédula jurídica numero 3-101-608953, para reformar la cláusula quinta del pacto constitutivo, referente al capital social. Es todo.—Palmares, trece de julio del año dos mil diez.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—RP2010184963.—(IN2010058775).

Mediante escritura de las 18:00 del 12 de julio del 2010, los señores Edgardo Carrillo Pérez y Luis Adrián Picado Hurtado constituyen la sociedad anónima Servicios Integrados para la Construcción Grupo Carrillo S. A. Presidente. Edgardo Carrillo Pérez. Plazo social será de noventa y nueve años. Capital social diez mil colones exactos, constituido por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Objeto: El ejercicio del comercio, la industria, la agricultura, y la ganadería, en general, etc.—San José, 13 de julio de 2010.—Lic. Manuel Antonio Calderón Segura, Notario.—1 vez.—RP2010184964.—(IN2010058776).

Mediante escritura de las 15:00 del 8 de julio del 2010, los señores Daniela María Balmaceda Herrera, y Cristina María Balmaceda Herrera constituyen la sociedad anónima BYM S. Ltda. Gerente: Daniela María Balmaceda Herrera. Plazo social será de noventa y nueve años. Capital social doce mil colones exactos, constituido por seis cuotas comunes y nominativas de dos mil colones cada una. Objeto: El ejercicio del comercio, la industria, la agricultura, y la ganadería, en general, etc.—San José, 13 de julio de 2010.—Lic. Manuel Antonio Calderón Segura, Notario.—1 vez.—RP2010184965.—(IN2010058777).

Mediante escritura de las 13:30 del veinticinco de junio de dos mil diez, la sociedad anónima Vanushka S. A., en asamblea extraordinaria de las trece horas del veinticinco de junio de dos mil diez, modifica su pacto constitutivo en las cláusula: primera: su denominación social será Lux Real State Sociedad Anónima. Es todo.—Trece de julio de dos mil diez.—Lic. Manuel Antonio Calderón Segura, Notario.—1 vez.—RP2010184966.—(IN2010058778).

Víctor Manuel Brenes Valerín y Dennis Ángel Paniagua Mora constituyen Construgysum del Valle Sociedad Anónima. Presidente Víctor Manuel Brenes Valerín. Escritura otorgada en la ciudad de Tejar de Guarco, Cartago, a las once horas cuarenta minutos del día doce de julio del dos mil diez.—Tejar del Guarco Cartago, 13 de julio del 2010.—Lic. Olger Alejandro Brenes Brenes, Notario.—1 vez.—RP2010184969.—(IN2010058779).

Por escritura número 215, otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del 2 de julio del 2010, se constituye la sociedad Clínica Monterozas S. A. Domiciliada en la ciudad de Cartago. Que tendrá un plazo social de noventa y nueve años desde su constitución. Su capital social es de 100.000 colones totalmente pagado. Su objeto será la prestación de servicios bucodentales, comercio, agricultura, y bienes raíces. Funge como presidente Ricardo Cerdas Montoya, y secretario: Humberto Cerdas Brenes. El representante legal es el presidente y el secretario.—Cartago, 6 de julio del 2010.—Lic. Eugenio Francisco Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2010184970.—(IN2010058780).

Por escritura otorgada a las 8:00 horas del 13 de julio del 2010, se protocolizó el acuerdo de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Fundos Agrícolas del Oeste Sociedad Anónima, cédula Nº 3-101-033106, se reforma la cláusula segunda referida al domicilio, la quinta referida a la administración y la sexta referida al capital social.—Limón, 13 de julio de 2010.—Lic. Francisco Morales Ayales, Notario.—1 vez.—RP2010184972.—(IN2010058781).

En esta notaría, al ser las catorce horas del día nueve de julio del dos mil diez; se protocolizó acta de cambio de junta directiva, cambio de domicilio, y cambio de fiscal de la sociedad denominada Tres Ciento Uno Quinientos Cincuenta y Un Mil Cuatrocientos Cuarenta y Tres S. A.—San José, 13 de julio de 2010.—Lic. Eilyn Crist Alpízar Hidalgo, Notaria.—1 vez.—RP2010184973.—(IN2010058782).

Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del 21 de junio de este año, se protocolizan acuerdos de asamblea ordinaria y extraordinaria de Jaca S. A., mediante los que se nombra junta directiva y fiscal y se reforman las cláusulas primera, cuarta y quinta de los estatutos.—San José, 21 de junio del 2010.—Lic. Rolando Soto Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2010184974.—(IN2010058783).

Por escritura número cincuenta y tres-nueve, otorgada ante la notaria María del Mar Caravaca Arley, a las nueve horas del día nueve de julio del dos mil diez, se reforma las cláusulas segunda y décima tercera, de los estatutos de la sociedad Tres-Ciento Uno-Quinientos Ochenta y Cuatro Mil Trescientos Cincuenta y Seis Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos ochenta y cuatro mil trescientos cincuenta y seis.—San José, ocho de julio del dos mil diez.—Lic. María del Mar Caravaca Arley, Notaria.—1 vez.—RP2010184976.—(IN2010058784).

Mediante escritura número ciento doce-uno, de las diez horas con diez minutos del cinco de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Bijagual Real Estate Sociedad Anónima. Con un plazo social de noventa y nueve años a partir de su constitución y con un capital social de treinta mil colones. Con domicilio social en San José, Turrubares, Bijagual, contiguo al supermercado La Puerta del Sol.—San José, 6 de julio del año 2010.—Lic. Omar Retana Quirós, Notario.—1 vez.—RP2010184978.—(IN2010058785).

Por escritura número trescientos veintisiete, otorgada en el tomo dos de mi protocolo, a las ocho horas del dieciocho de noviembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Cedro de Líbano Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones sin céntimos.—Heredia, cinco de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Marta Elena Rojas Carpio, Notaria.—1 vez.—RP2010184979.—(IN2010058786).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 9:00 horas del 15 de junio del 2010, Ronny David Salazar Montero, cédula Nº 6-310-777 y Jeannette Salazar Montero, cédula Nº 6-106-1345, constituyen la sociedad denominada S M Seguridad. Con domicilio será en El Huerto, San Isidro, Puntarenas, de segunda entrada setenta y cinco metros este. Su capital social es la suma de diez mil colones, representada por diez acciones de un mil colones cada una, de las cuales el socio Ronny David Salazar Montero, es dueño de nueve acciones y la socia Jeannette Salazar Montero, es dueña de una acción. La representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, la tendrá su presidente, el señor Ronny David Salazar Montero.—Lic. Wilber Calderón Pérez, Notario.—1 vez.—RP2010184984.—(IN2010058787).

Mediante escritura de hoy, ante mí, Alonso Araya Jiménez, cédula Nº 1-1003-520 y Raúl Agüero Jiménez, cédula Nº 1-1724-591, constituyen la firma Inversiones Alrajisa S. A. Capital: suscrito y pagado. Presidente el socio Raúl.—Puriscal, 3 de mayo del 2010.—Lic. Eduardo Mora Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2010184986.—(IN2010058788).

Mediante escritura número 20-7, otorgada a las 11:45 horas del 23 de junio del 2010, se constituyó sociedad denominada Aircool Technologies S. A. Plazo 99 años. Capital social: diez mil colones, totalmente suscrito y pagado. Domicilio: Desamparados.—San José, 13 de julio de 2010.—Lic. Giovanni Cavallini Barquero, Notario.—1 vez.—RP2010184987.—(IN2010058789).

Escritura otorgada ante mí se constituyo la sociedad de esta plaza Hermanos Perleños Sociedad Anónima. Por un periodo de noventa y nueve años. Representación: presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, trece de julio del dos mil diez.—Lic. Álvaro Carvajal Fernández, Notario.—1 vez.—RP2010184988.—(IN2010058790).

En escritura número seis-noventa, otorgada a las catorce horas del ocho de julio de 2010, tomo seis del protocolo de esta notaría, se modifica las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo de DS-Saphire Diamond Seventeen Llc S. R. L.—San José, 12 de julio de 2010.—Lic. Andrea Fernández Cruz, Notaria.—1 vez.—RP2010184989.—(IN2010058791).

En escritura número seis-noventa y tres, otorgada a las quince horas del ocho de julio de 2010, tomo seis del protocolo de esta notaria, se modifica las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo de DS-DS-Magic Diamond Thirty Eight Llc S. R. L.—San José, 12 de julio de 2010.—Lic. Andrea Fernández Cruz, Notaria.—1 vez.—RP2010184990.—(IN2010058792).

Por escritura otorgada por el suscrito Adrián Lizano Pacheco, a las quince horas del día veintinueve de junio del dos mil diez, protocolicé acuerdos del acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad 3-102-591229 S. R. L., donde se modifican las cláusulas primera y segunda de su pacto social.—Liberia, veintinueve de junio de dos mil diez.—Lic. Adrián Lizano Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2010184994.—(IN2010058793).

Por escritura otorgada por el suscrito Adrián Lizano Pacheco, a las diez horas del día veintitrés de junio del dos mil diez, protocolicé acuerdos del acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad 3-102-591230 S. R. L., donde se modifican las cláusulas primera y segunda de su pacto social.—Liberia, veintitrés de junio de dos mil diez.—Lic. Adrián Lizano Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2010184995.—(IN2010058794).

En esta notaría se constituyó la escritura pública número doscientos sesenta y dos, sociedad anónima según nombre en el momento de inscripción.—Doce de julio del dos mil diez.—Lic. Marlene Brenes Corrales, Notaria.—1 vez.—RP2010184996.—(IN2010058795).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 16:00 horas del 16 de junio del 2010, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Condominio Rey Cuatro Júpiter S. A., en la que se modifica cláusula del domicilio y se nombra nueva junta directiva.—San José, veintiuno de junio del dos mil diez.—Lic. Ligia González Martén, Notaria.—1 vez.—RP2010184997.—(IN2010058796).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 9:00 horas del 2 de julio del 2010, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Dentaltec Internacional S. A., en la que se modifica cláusula del domicilio y se nombra nueva junta directiva.—San José, dos de julio del dos mil diez.—Lic. Ligia González Martén, Notaria.—1 vez.—RP2010184998.—(IN2010058797).

Granja Avícola Corazón de Jesús S. A., con la cédula jurídica tres cuatro cero ocho tres dos, comunica que nombró nuevo presidente y fiscal.—Belén, doce de julio del dos mil diez.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—RP2010185000.—(IN2010058798).

Por escritura otorgada a las quince horas del siete de julio del dos mil diez, se reforma la cláusula primera de la denominación social de Utadeo de Costa Rica Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—Lic. Mario Enrique Pacheco Loaiza, Notario.—1 vez.—RP2010185002.—(IN2010058799).

Mediante escritura 242 otorgada ante este notario, a las 8 horas con 30 minutos del 6 de julio del 2010, se modifica la cláusula segunda y la cláusula sétima de la sociedad Rica Boats Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-366454. Es todo.—Playas del Coco, Guanacaste, 7 de julio del dos mil diez.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2010185003.—(IN2010058800).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 15:00 horas del 12 de julio del 2010, se constituyó la empresa cuyo nombre será asignado por la cédula jurídica del Registro Mercantil con su aditamento S. A. Domicilio: San Miguel de Santo Domingo de Heredia, de la casa del tanque 25 metros al sur. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: ¢ 50.000,00 suscrito y pagado en dinero efectivo. Domicilio en San Miguel, Santo Domingo de Heredia.—San Miguel de Santo Domingo de Heredia, 12 de julio 2010.—Lic. Walter Gerardo Robles Navarro, Notario.—1 vez.—RP2010185005.—(IN2010058801).

Ante esta notaría, se reforma cláusula primera del pacto social en virtud del cambio en la denominación de la sociedad Grupo Tica Software Sociedad Anónima pasando a llamarse Avalon Soft Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos cuatro mil trescientos setenta y tres. Representante legal Jonathan Gómez Chaves, cédula de identidad seis-tres cinco tres-cuatro nueve siete.—Lic. Lissette S. Ortiz Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2010185006.—(IN2010058802).

Moo I Man Sociedad Anónima, protocoliza el acta 1 de la asamblea general de accionistas, donde se nombra secretaria, y se modifica la cláusula quinta del pacto social. Todo mediante escritura otorgada en San José, al ser las 17:00 horas del 9 de julio del 2010.—Lic. Laura Inés Castro Conejo, Notaria.—1 vez.—RP2010185007.—(IN2010058803).

Ingrid Patricia Cambronero Chan y Marco Antonio Camacho Echandi, constituyen El Pirómetro Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Domicilio: San José, San Pedro de Montes de Oca, residencial Granadilla, casa número seis G. Todo mediante escritura otorgada en San José, al ser las 17:30 horas del 8 de julio del 2010.—Lic. Laura Inés Castro Conejo, Notaria.—1 vez.—RP2010185008.—(IN2010058804).

Centro MIR Reina de la Paz S. A., protocoliza acta 1 de la asamblea general de accionistas, donde se modifica las cláusulas primera, segunda y novena del pacto social referentes al nombre: Centro MIR María Reina de la Paz S. A. Domicilio: San José, Los Yoses, de la esquina sur de la iglesia de Fátima 50 metros al este y 10 al sur, y la administración respectivamente. Todo mediante escritura otorgada en San José, al ser las 11:00 horas del 26 de abril del 2010.—Lic. Laura Inés Castro Conejo, Notaria.—1 vez.—RP2010185010.—(IN2010058805).

Mediante la escritura 238, otorgada ante la notaria Kathya Vargas Cubillo, se constituye la sociedad denominada Janlau Sociedad Anónima. Se nombra la junta directiva.—Lic. Kathya María Vargas Cubillo, Notaria.—1 vez.—(IN2010058951).

Por escritura de 10:15 horas de hoy, se constituyó Servicios Estratégicos Empresariales S. A. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Plazo: 99 años. Domicilio: San José. Presidente y secretario con facultades.—San José, julio 13 del 2010.—Lic. Tobías D’Ambrosio Umaña, Notario.—1 vez.—(IN2010058953).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día trece de julio del dos mil diez, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Noble Gardens Investments S. A., mediante la cual se modificó la cláusula tercera de los estatutos.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1 vez.—(IN2010058961).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas, quince minutos del día trece de julio del dos mil diez, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Witthingham Investors S. A., mediante la cual se modificó la cláusula tercera de los estatutos.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1 vez.—(IN2010058963).

Mediante escritura número cuarenta y nueve, otorgada en la ciudad de San José, al ser las ocho horas del catorce de julio del dos mil diez, se reforma la junta directiva de Condominio La Ladera Bloque CJK Lote Veinticinco XXX S. A.—San José, 13 de julio del 2010.—Lic. Ana Gabriela González González, Notaria.—1 vez.—(IN2010058976).

Mediante escritura número cuarenta y ocho, otorgada ante esta notaría, en la ciudad de San José, a las diez horas del trece de julio del dos mil diez, se ha constituido la sociedad denominada Holistic Candles International Aka HCI Limitada. Capital social: totalmente suscrito y pagado por los socios.—San José, trece de julio del dos mil diez.—Lic. Ana Gabriela González González, Notaria.—1 vez.—(IN2010058977).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas, diez minutos del seis de julio de dos mil diez, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Inversiones Los Duraznos C.A. Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—San José, 10 de julio de 2010.—Lic. María del Milagro Solórzano León, Notaria.—1 vez.—(IN2010058982).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas del seis de julio de dos mil diez, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Herramientas Venezolanas C.A. Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—San José, 10 de julio de 2010.—Lic. María del Milagro Solórzano León, Notaria.—1 vez.—(IN2010058984).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del catorce de julio de dos mil diez, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada New Plaza C. R. Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—San José, 10 de julio de 2010.—Lic. María del Milagro Solórzano León, Notaria.—1 vez.—(IN2010058985).

El día de hoy, ante esta notaría, se constituyó la sociedad MM Advisory & Wealth Sociedad Anónima. Con un plazo social de cien años y un capital social de cien mil colones exactos.—San José, catorce de julio del año dos mil diez.—Lic. Román Esquivel Font, Notario.—1 vez.—(IN2010058990).

A las 17:00 horas del 27 de abril del 2010, se constituyó Letra R y Doble A Santa Ana Propiedades Ltda. Plazo social: 99 años. Capital social: suscrito y pagado. Un gerente representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. A las 19:00 horas del 22 de marzo del 2010, se constituyó Sanseq Vistas de la Playa Ltda. Plazo social: 99 años. Capital social: suscrito y pagado. Dos gerentes representantes judiciales y extrajudiciales, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. A las 10:00 horas del 12 de abril del 2010, se constituyó Los Arcángeles Se Van de Vacaciones S. A. Plazo social: 99 años. Capital social: suscrito y pagado. Presidente, secretario y tesorero, representantes judiciales y extrajudiciales con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. A las 11:00 horas del 12 de abril del 2010, se constituyó Nini Kaina Camila Ltda. Plazo social: 99 años. Capital social: suscrito y pagado. Dos gerentes representantes judiciales y extrajudiciales con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. A las 16:30 horas del 14 de mayo del 2010, se constituyó Gourmet Racing Ltda. Plazo social: 99 años. Capital social: suscrito y pagado. Dos gerentes representantes judiciales y extrajudiciales con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. A las 15:00 horas del 29 de junio del 2010, protocolicé acta de asamblea de Inversiones María Adriana S. A., mediante la cual se modifican las cláusulas novena y décima.—San José, 5 de julio del 2010.—Lic. Manuel Gomis Muñoz, Notario.—1 vez.—(IN2010059011).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del ocho de julio del dos mil diez, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad Summer Serenade Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos noventa y dos mil trescientos sesenta y nueve, de las nueve horas del ocho de julio del dos mil diez, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y sexta de los estatutos.—Lic. Rolando González Calderón, Notario.—1 vez.—(IN2010059014).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas, cuarenta y cinco minutos del trece de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada RSVG Management Services Limitada. Domicilio: San José, barrio Don Bosco, cien metros este de la Sala Garbo, segundo piso, Cordero & Cordero Abogados. Capital social: mil colones. Se nombraron dos gerentes.—Lic. Ricardo Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—(IN2010059015).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del doce de julio del dos mil diez, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Silver OAK Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-seiscientos tres mil ochocientos sesenta y siete, de las diecisiete horas del diez de julio del dos mil diez, mediante la cual se reforma la cláusula sexta de los estatutos.—Lic. Hernán Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—(IN2010059016).

Mediante escritura número doscientos nueve, de las 8:00 horas del catorce de julio del año dos mil diez, ante el suscrito notario se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Stecher Consultoría S. A., cédula de persona jurídica tres-ciento uno-doscientos noventa y siete mil novecientos treinta, en la cual se reforma la cláusula primera de los estatutos sociales.—San José, 14 de julio del 2010.—Lic. Sergio Chacón Barrantes, Notario.—1 vez.—(IN2010059018).

Juan Carlos Flores Zúñiga y Orietta Oreamuno Gómez, constituyen la Fundación Liderazgo e Innovación Liderinnova. Escritura autorizada por el suscrito a las 14:30 horas del 14 de julio del año 2010. Objeto: equipar líderes para que vivan emocionalmente saludables y lideren con propósito y pasión. Domicilio de la sociedad: provincia de San José, cantón de Moravia. Plazo: perpetuo.—San José, 14 de julio del 2010.—Lic. Oldemar Ramírez Escribano, Notario.—1 vez.—(IN2010059033).

Ante mí, León Felipe Ramos Santos, notario público de Heredia, se ha constituido la sociedad anónima denominada Inversiones Familiares Mar Dos. Cuyo presidente y apoderado es Mario Alberto Sibaja Soto. El domicilio social estará en San Joaquín de Flores de Heredia, de la clínica Jorge Volio, doscientos cincuenta metros al oeste. El capital social de la misma es de diez mil colones.—Lic. León Felipe Ramos Santos, Notario.—1 vez.—(IN2010059039).

Yo, León Felipe Ramos Santos, notario público de Heredia, debidamente autorizado he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima denominada Estela Marina Luna Brava, con domicilio social en San Rafael de Heredia, Los Ángeles, del puente Lobo, doscientos metros al norte y cien metros al este, capital social de treinta mil colones, en la cual se nombra nuevo secretario y además se modifica la cláusula de representación de la sociedad, ostentándola en adelante tanto el presidente como el secretario.—Lic. León Felipe Ramos Santos, Notario.—1 vez.—(IN2010059040).

Que por escritura pública otorgada ante esta notaría, al ser las ocho horas del trece de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad Topdog Fantasy Costa Rica Sociedad Anónima, cuyo domicilio es en San José, con capital social de quinientos mil colones suscritos y pagados; y cuya representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma corresponde al presidente y al secretario. Es todo.—San José, trece de julio del dos mil diez.—Lic. Andrea Héctor Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2010059049).

Por escritura cuatrocientos veintiuno, iniciada al folio            noventa y dos vuelto del tomo siete de mi protocolo,           a las nueve horas del catorce de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Transportes Turísticos Suwit Sociedad Anónima.—Alajuela, catorce de julio del dos mil diez.—Lic. Flory Yali De La Peña Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2010059051).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del catorce de julio del dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada HJRM Multiservicios Empresariales de Costa Rica Sociedad Anónima, se acepta la renuncia del secretario y tesorero de la junta directiva y se hacen nuevos nombramientos.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2010059055).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del catorce de julio del dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres-ciento uno-seiscientos nueve mil trescientos setenta y seis sociedad anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y octava del pacto constitutivo, se acepta la renuncia de toda la junta directiva y fiscal y se hacen nuevos nombramientos y se nombra agente residente.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2010059056).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del trece de julio del dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y nueve mil quinientos sesenta y ocho sociedad anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo, se acepta la renuncia de toda la junta directiva y del fiscal y se hacen nuevos nombramientos.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2010059058).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecinueve horas del catorce de julio del dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos sesenta mil ciento cuarenta y seis sociedad anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo, se acepta la renuncia del toda la junta directiva y fiscal, se hace nuevo nombramiento.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2010059060).

Por escritura otorgada en San José, a las diecisiete horas del ocho de junio del dos mil diez, se modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo, concerniente al domicilio de la sociedad Naturaleza del Pistachio Sociedad Anónima, y se hicieron nombramientos nuevos de junta directiva.—San José, dieciséis de junio del dos mil diez.—Msc. José Fernando Jiménez García, Notario.—1 vez.—(IN2010059071).

Por escritura otorgada en esta ciudad, a las once horas del día de hoy, se constituyeron tres sociedades anónimas, cuyos nombres serán según sean los números de cédula jurídica asignados por el Registro Público, las tres sociedades tendrán domicilio en la ciudad de San José, con un capital de cien mil colones, con un plazo de noventa y nueve años. Presidente el socio William Alberto Bolaños Gamboa.—San José, trece de julio del dos mil diez.—Msc. José Fernando Jiménez García, Notario.—1 vez.—(IN2010059072).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las diez horas quince minutos del catorce de julio del dos mil diez, protocolicé el acta de la asamblea extraordinaria de accionistas número veintiocho de DHL Customer Support (Costa Rica) Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y ocho mil trescientos cincuenta y siete, celebrada a las trece horas del día dos de febrero del dos mil diez, mediante la cual (a) se modifica la cláusula octava del pacto social en la que se reorganiza la junta directiva, (b) Se nombra nueva junta directiva y fiscal de la sociedad.—Heredia, catorce de julio del dos mil diez.—Lic. Cindy Rodríguez Badilla, Notaria.—1 vez.—(IN2010059073).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las diez horas quince minutos del catorce de julio del dos mil diez, protocolicé el acta de la asamblea extraordinaria de accionistas número de DHL Customer Support (Costa Rica) Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y ocho mil trescientos cincuenta y siete, celebrada a las trece horas del día dos de febrero del dos mil diez, mediante la cual (a) se modifica la cláusula octava del pacto social, reorganización de la junta directiva; (b) Se nombra nueva junta directiva y fiscal de la sociedad.—Heredia, catorce de julio del dos mil diez.—Lic. Cindy Rodríguez Badilla, Notaria.—1 vez.—(IN2010059074).

Por escritura número ciento sesenta y cinco otorgada ante esta notaría, se constituyó la compañía Black and White Hair Designs Sociedad Anónima, domiciliada en Alajuela, San Antonio de El Tejar, Lotes Madrigal, cuarenta metros sur de la entrada, portadora de un capital social de diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Asimismo, tendrá un plazo de vigencia de noventa y nueve años.—Alajuela, quince de julio del dos mil diez.—Lic. Mónica Arroyo Herrera, Notaria.—1 vez.—(IN2010059079).

Por escritura número noventa y cinco-tres, otorgada en mi notaría, a las ocho horas treinta minutos del ocho de julio del dos mil diez Holding Tecnológico Latinoamericano S. A., modifica su pacto constitutivo en los puntos referentes a la administración social, y nombra presidente y secretario de la junta directiva.—San José, doce de julio del dos mil diez.—Lic. Alexander Sánchez Porras, Notario.—1 vez.—(IN2010059163).

Por escritura número noventa y seis-tres, otorgada en mi notaría, a las nueve horas del ocho de julio del dos mil diez, Inversiones Internacionales Cincuenta MLST S. A., revoca nombramiento de presidente y tesorero de su junta directiva y nombra nuevo presidente y tesorero.—San José, doce de julio del dos mil diez.—Lic. Alexander Sánchez Porras, Notario.—1 vez.—(IN2010059164).

Por escritura número noventa y siete-tres, otorgada en mi notaría, a las nueve horas treinta minutos del ocho de julio del dos mil diez, Inversiones Internacionales Sesenta Fimi S. A., revoca nombramiento de presidente y tesorero de su junta directiva y nombra nuevo presidente y tesorero.—San José, doce de julio del dos mil diez.—Lic. Alexander Sánchez Porras, Notario.—1 vez.—(IN2010059166).

Mediante escritura número trescientos treinta y siete, del tomo tercero del protocolo del suscrito notario público, otorgada a las dieciséis horas del trece de julio del dos mil diez, se constituyó Seox Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Montes de Oca, San Pedro. Plazo: noventa y nueve años. Presidente: Juan Carlos Flores Chinchilla, secretario: Carlos René Quesada Gómez.—San José, quince de julio del dos mil diez.—Lic. Williams Castro Ponce, Notario.—1 vez.—(IN2010059169).

Por escritura número 231 del tomo 31 de mi protocolo, otorgada a las 16:00 horas del 12 de julio del 2010, se constituyó la sociedad Aguimor Sociedad Anónima. Plazo social: cien años. Domicilio: Alajuela, Urbanización La Trinidad, de la esquina noroeste del parque, cincuenta metros oeste. Objeto: comercio de bienes y servicios. Presidente y vicepresidente: apoderados generalísimos sin límite de suma.—Alajuela, 15 de julio del 2010.—Lic. Ana Rosa Aguilar González, Notaria.—1 vez.—(IN2010059179).

Por escritura número ciento catorce de las diecisiete horas del día trece de julio del dos mil diez, que se encuentra al tomo undécimo de mi protocolo, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Resolución Alterna de Conflictos RAC de Mesoamérica Sociedad Anónima, en la que se reformó la cláusula segunda del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, catorce de julio del dos mil diez.—Lic. Fabio Arturo Guerrero Díaz, Notario.—1 vez.—(IN2010059180).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las doce horas del nueve de junio del dos mil diez, se constituyó la sociedad Junquillal Lopecla Sociedad Anónima. Capital pagado por los socios. Denisse Clausen Ramírez designado presidente.—San José, quince de julio del dos mil diez.—Lic. José Luis Páez Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2010059182).

Por escritura otorgada a las 15:00 horas del 10 de junio del 2010, se reforma la cláusula segunda de los estatutos sociales del domicilio de la sociedad Propiedades Diecinueve Sociedad Anónima, se nombra nuevo presidente y secretario de la junta directiva. Presidenta: Catherine Ortega Jaén.—San José, 10 de junio del 2010.—Lic. Juan Luis Gómez Gamboa, Notario.—1 vez.—(IN2010059186).

En escritura autorizada por el suscrito notario, a las diez horas de hoy, se constituyó Tecnologías Creativas de Información Sociedad Anónima. Domicilio: cantón central, distrito Mata Redonda, provincia de San José. Plazo social: cien años. Capital: suscrito y pagado. Representantes legales: presidente y secretario.—San José, catorce de julio del dos mil diez.—Lic. Joaquín Valverde Berrocal, Notario.—1 vez.—(IN2010059187).

En escritura autorizada por el suscrito notario, a las nueve horas de hoy, se constituyó Horvilleur Cardoze y Compañía Sociedad Anónima. Domicilio: cantón central, distrito: Mata Redonda, provincia de San José. Plazo social: cien años. Capital: suscrito y pagado. Representantes legales: presidente y secretario.—San José, catorce de julio del dos mil diez.—Lic. Joaquín Valverde Berrocal, Notario.—1 vez.—(IN2010059189).

En escritura autorizada por el suscrito notario, a las quince horas de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Los Berruecos S. A., mediante la cual se modifican las cláusulas segunda y undécima del pacto social.— San José, primero de julio del dos mil diez.—Lic. Roberto Bolaños Fonseca, Notario.—1 vez.—(IN2010059191).

Por escritura número cuarenta y uno, otorgada a las 14:00 horas del día 14 de julio del 2010, ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad Audax Sociedad Anónima, con domicilio en Alajuela, Concepción, El Llano, cien metros oeste del Asilo de Ancianos Santiago Crespo. Representación: presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo: cien años.—San José, 14 de julio del 2010.—Lic. José Gabriel Riba Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(IN2010059196).

Jeannette Huete Rojas, Jorge Enrique Huete Rojas, Julieta Huete Rojas y Ana Cristina Huete Rojas, constituyen: Grarova Sociedad Anónima, capital social: doce mil colones, plazo: noventa y nueve años a partir de hoy, objeto: comercio en general. Escritura número ciento cuarenta y ocho.—San José, 10 de julio del 2010.—Lic. Ileana Flores Sancho, Notaria.—1 vez.—(IN2010059197).

S. A., modifica cláusula uno del pacto constitutivo. Nombramiento del presidente y agente residente. Escritura número 302 de las 11:30 horas del 14 de julio del 2010.—Lic. Jorge Enrique Peña Quijano, Notario.—1 vez.—(IN2010059199).

En mi notaría a las 9:30 horas del 15 de julio del 2010, se constituyó la sociedad la cual llevará por denominación social Bri Art Café Sociedad Anónima. Presidente: Lady Agüero Chinchilla Guevara.—Alajuela, 15 de julio del 2010.—Lic. Daniel Arroyo Bravo, Notario.—1 vez.—(IN2010059200).

Por escritura otorgada ante el notario público Andrés Martínez Chaves, a las 17:30 horas del 13 de julio del 2010, Carolina González Víquez y Carlos González Fernández, constituyen: Bufete González Víquez S. A., domiciliada en San José, Escazú, Guachipelín, contiguo al gimnasio de la escuela. Se hace el nombramiento de la junta directiva y el cargo de fiscal.—San José, 14 de julio del 2010.—Lic. Andrés Martínez Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2010059209).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas del 14 de julio del 2010, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de: Electra Internacional S. A., cédula jurídica número 3-101-493906, mediante la cual se modifican las cláusulas primera y segunda del pacto social y se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 14 de julio del 2010.—Lic. Piero Gervasoni Brugiotti, Notario.—1 vez.—(IN2010059212).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas del 12 de julio del 2010, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Golestan S. A., mediante la cual se nombra presidente y secretario.—San José, 14 de julio del 2010.—Lic. Piero Gervasoni Brugiotti, Notario.—1 vez.—(IN2010059213).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas del 12 de julio del 2010, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de: Rocca Brava S. A., mediante la cual se nombra secretario y tesorero.—San José, 14 de julio del 2010.—Lic. Piero Gervasoni Brugiotti, Notario.—1 vez.—(IN2010059214).

Que mediante escritura número veinticuatro, del protocolo segundo del notario Juan Carlos Castro Loría, a las catorce horas treinta minutos del veinticuatro de mayo del dos mil nueve, los señores Roberto Enrique Cordero Brenes y Federico Salas Loría constituyeron la sociedad Productos Medicare de Costa Rica Sociedad Anónima, domiciliada en San José, de la Farmacia Fischel, del Boulevard de Rohrmoser, diez metros al oeste y doscientos metros norte. Es todo.—San José, 13 de julio del 2010.—Lic. Juan Carlos Castro Loría, Notario.—1 vez.—RP2010185013.—(IN2010059243).

Que mediante escritura número veintidós, del protocolo segundo del notario Juan Carlos Castro Loría, a las catorce horas del veinticuatro de mayo del dos mil nueve, los señores Roberto Enrique Cordero Brenes y Federico Salas Loría constituyeron la sociedad Cubero Wolf Internacional Sociedad Anónima, domiciliada en San José, de la Farmacia Fischel, del Boulevard de Rohrmoser, diez metros al oeste y doscientos metros norte. Es todo.—San José, 13 de julio del 2010.—Lic. Juan Carlos Castro Loría, Notario.—1 vez.—RP2010185014.—(IN2010059244).

Que mediante escritura número ciento setenta y cuatro, del protocolo veintisiete del notario José Milton Morales Ramírez, a las nueve horas del dos de julio del dos mil diez, se nombró nueva junta directiva y fiscal en la sociedad Mildford Corporation Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos ochenta y cuatro mil seiscientos ochenta y seis. Es todo, San José, 2 de julio de 2010.—Lic. José Milton Morales Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2010185015.—(IN2010059245).

Al ser las dieciséis horas del doce de julio de dos mil diez, se hacen presentes en mi notaría los señores Michael Alan Maynard y Bernal Arrieta González, para constituir la sociedad anónima denominada Jaco Fractional Investments Sociedad Anónima, con domicilio en Guanacaste, Liberia, centro comercial Veinticinco de Julio, oficina número nueve.—Liberia, doce de julio del dos mil diez.—Lic. Seidy Vanesa Ibarra Lanza, Notaria.—1 vez.—RP2010185017.—(IN2010059246).

Al ser las catorce horas del veintiocho de mayo del dos mil diez, se hacen presentes en mi notaría los señores Celina Salgado Lara y Bernal Arrieta González, para constituir la sociedad anónima denominada Liberia Black Rose G.T.E., Sociedad Anónima, con domicilio en Guanacaste, Liberia, centro comercial Veinticinco de Julio, oficina número nueve.—Liberia, doce de julio del dos mil diez.—Lic. Seidy Vanesa Ibarra Lanza, Notaria.—1 vez.—RP2010185018.—(IN2010059247).

Por escritura otorgada ante esta notaría pública, a las catorce horas del trece de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Sun Source S. A. Domicilio: San José, Curridabat. Capital: trescientos mil colones. Presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Ivannia Montero Díaz, Notaria.—1 vez.—RP2010185020.—(IN2010059248).

En mi notaría se ha protocolizado acta de la empresa tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y cinco mil setecientos setenta y uno sociedad anónima, donde se modifica la junta directiva.—San José, 13 de julio del 2010.—Lic. Miguel Ángel Rojas Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2010185022.—(IN2010059249).

Por escritura número ciento diecinueve (tomo once), otorgada en San José, a las seis horas del doce de julio del dos mil diez, se constituyó la empresa King y Cubillo, Sociedad Anónima, se nombra junta directiva y fiscal. Es todo.—San José, seis horas del 12 de julio del 2010.—Lic. Henry Campos Vargas, Notario.—1 vez.—RP2010185024.—(IN2010059250).

Por escritura otorgada hoy ante mí, Jorge Francisco Chavez Berrocal, a las nueve horas, se constituyó la sociedad, domiciliada en Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, Barrio San Roque, cien metros al este y cincuenta metros al sur del Súper San Roque, Capital social: un millón doscientos mil colones. Objeto: comercio en general. Plazo: noventa y nueve años contados a partir de hoy. Representación: Eliécer Hidalgo Salazar, cédula de identidad número dos-cuatrocientos veinticuatro-trescientos doce.—Ciudad Quesada, 12 de julio del 2010.—Lic. Jorge Francisco Chavez Berrocal, Notario.—1 vez.—RP2010185025.—(IN2010059251).

Óscar Castro Zúñiga y Lauro Fabián Mora Abarca constituyen Mantenimiento y Soldaduras O Y F Sociedad Anónima, otorgada en Tres Ríos a las dieciocho horas del trece de julio de dos mil diez.—Lic. Johnny Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—RP2010185027.—(IN2010059252).

Por escritura de las 12:30 horas de hoy, protocolicé acta de Sistema Educativo San Lorenzo S. A., por la cual reforman la cláusula novena del pacto constitutivo y se nombra junta directiva.—Montes de Oca, 12 de julio del 2010.—Lic. María Vanessa Ortiz Sanabria, Notaria.—1 vez.—RP2010185028.—(IN2010059253).

Por escritura de las 12:00 horas de hoy, protocolicé acta de Inversiones Villanea Brealey S. A., por la cual reforman las cláusulas segunda, sexta y décima sétima del pacto constitutivo, y se nombra junta directiva.—Montes de Oca, 12 de julio del 2010.—Lic. María Vanessa Ortiz Sanabria, Notaria.—1 vez.—RP2010185029.—(IN2010059254).

Por escritura número 026-49 del tomo 49 del protocolo del notario público Casimiro Vargas Mora, otorgada en esta ciudad a las 13:00 horas del 13 de julio del 2010, la sociedad costarricense denominada 3-102-532548 SRL, con cédula jurídica número tres-ciento dos-quinientos treinta y dos mil quinientos cuarenta y ocho, modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, 13 de julio de 2010.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—RP2010185031.—(IN2010059255).

Ante esta notaría a las ocho horas del catorce de julio del año dos mil diez, se constituyó la sociedad Creaciones Dalisa S. A. Capital social: diez mil colones. Apoderados: generalísimo sin límite de suma. Objeto: comercio.—San José, 14 de julio del 2010.—Lic. Enrique Steele Maltes, Notario.—1 vez.—RP2010185037.—(IN2010059256).

Por escritura otorgada a las diecisiete horas del día primero del presente mes de julio se constituyó la sociedad Grupo Gurce Sociedad Anónima con un capital íntegramente suscrito y pagado y como objeto todas las ramas del comercio.—San José, cuatro de julio del dos mil diez.—Lic. Carlos Fernández Zeledón, Notario.—1 vez.—RP2010185038.—(IN2010059257).

Ante esta notaría se constituyó Distribuidora Rojas y Anchía Sociedad Anónima, pudiéndose abreviar Distribuidora Rojas y Anchía S. A. Escritura otorgada en San Isidro de Vásquez de Coronado, San José, en San Isidro de Vásquez de Coronado. San José, al ser las diecisiete horas del día doce de julio del dos mil diez. Capital social: diez mil colones. Es todo.—Dieciocho horas cuarenta minutos del doce de julio del dos mil diez.—Lic. Ana María Masís Bolaños, Notaria.—1 vez.—RP2010185039.—(IN2010059258).

Emanuel Espinoza Zamora y Andrés Zamora Matamoros, constituyen la sociedad anónima denominada Llantas Grecia S. A.—Grecia, a las 15:00 horas del 12 de julio del 2010.—Lic. Walter Cambronero Miranda, Notario.—1 vez.—RP2010185042.—(IN2010059259).

Por escritura otorgada en Grecia a las 9:00 horas del 5 de julio del 2010, se protocolizó acta de la compañía Condominio Bosque Alto Jacaranda Morado Doce S. A. Se acuerda modificar la cláusula primera, para que su domicilio social sea provincia de Alajuela, cantón Grecia, distrito Central, trescientos metros al norte de las oficinas del ICE, frente a la gasolinera Sánchez Víquez. Se acepta la renuncia del presidente, secretario y tesorero y se nombra en esos cargos a presidente Andrey Gerardo Paniagua Murillo, secretaria Hilda María Murillo Castro, tesorera Daniela Sánchez Bolaños.—Grecia, 13 de julio del 2010.—Lic. Luis Adrián Alfaro Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2010185043.—(IN2010059260).

El suscrito notario hace constar que por escritura otorgada a las nueve horas veinte minutos del día doce de julio del dos mil diez, en Puntarenas, ante mí, se constituyó la sociedad con domicilio en Puntarenas, denominada Pitos & Flautas LLC Limitada. Plazo: noventa y nueve años a partir del día doce de julio del año dos mil diez. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Gerente: Michael Czupylo. Subgerente: Verónica Tapia.—Martes, trece de julio a las ocho horas diez minutos del dos mil diez.—Lic. Álvaro Masís Montero, Notario.—1 vez.—RP2010185044.—(IN2010059261).

Por escritura número cuatrocientos sesenta y siete del tomo cinco, otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del día nueve de julio del dos mil diez, se constituye la sociedad denominada Corporación Atlántica La Merced, Sociedad Anónima, con plazo social de noventa y nueve años, capital social de sesenta mil colones. Presidente: Marcos Vinicio Chavarría Azofeifa, cédula número cuatro-ciento cinco-quinientos dos. Tesorera: Mercedes Quirós Arias, cédula número siete-cero cuarenta y seis-doscientos treinta y siete; con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Guápiles, nueve de julio del dos mil diez.—Lic. José Fco. Fallas González, Notario.—1 vez.—RP2010185045.—(IN2010059262).

El suscrito notario hace constar que por escritura otorgada a las nueve horas del doce de julio del dos mil diez, en Puntarenas, ante mí, se constituyó la sociedad con domicilio en Puntarenas, denominada Czupylo LLC Limitada. Plazo: noventa y nueve años a partir del doce de julio del dos mil diez. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Gerente: Michael Czupylo. Subgerente: Piper Renner.—Martes, trece de julio a las ocho horas del dos mil diez.—Lic. Álvaro Masís Montero, Notario.—1 vez.—RP2010185046.—(IN2010059263).

En mi notaría se ha procedido protocolizar acta de la asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada M J M Decisiones Empresariales Óptimas Sociedad Anónima. Se modificó la cláusula sétima de los estatutos y se procedió a nombrar junta directiva y fiscal. Nombramientos por todo el plazo social.—Cartago, nueve de julio del dos mil diez.—Lic. Victor Jiménez Navarro, Notario.—1 vez.—RP2010185048.—(IN2010059264).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 13 de julio del 2010, se constituyó la sociedad Navarro Consultoría Logística NCL, S. A. Presidente: Billy Navarro Bolaños. Capital social: diez mil colones exactos. Domicilio: Alajuela. Plazo: cien años.—San José, 13 de julio del 2010.—Lic. Rodolfo José Quirós Campos, Notario.—1 vez.—RP2010185049.—(IN2010059265).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas de hoy, se constituyó la sociedad denominada Limavady Sociedad Anónima, con domicilio en San José y el capital íntegramente suscrito y pagado. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, catorce de julio del dos mil diez.—Lic. Ligia Quesada Vega, Notaria.—1 vez.—RP2010185051.—(IN2010059266).

Por escritura número treinta y uno otorgada en mi notaría a las ocho horas del nueve de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada: Los Gómez de Poás Sociedad Anónima. Capital social: un millón doscientos mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio social: Alajuela, Poás, Santa Rosa, ochocientos metros al oeste de la plaza de deportes. Representación judicial y extrajudicial: presidente y vicepresidente.—Ciudad Quesada, 14 de julio del 2010.—Lic. Alexander Bogantes Monge, Notario.—1 vez.—RP2010185054.—(IN2010059267).

Por escritura número cinco otorgada en mi notaría a las trece horas del treinta y uno de mayo del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada: La Ballarda del Norte Sociedad Anónima. Capital social: un millón de colones. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio social: Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, de la terminal de buses trescientos metros al oeste, doscientos metros al norte y cincuenta metros al oeste. Representación judicial y extrajudicial: presidente y tesorera.—Ciudad Quesada, 14 de julio del 2010.—Lic. Alexander Bogantes Monge, Notario.—1 vez.—RP2010185055.—(IN2010059268).

Mediante escritura número trescientos dos-seis, otorgada en Ciudad Quesada a las diecinueve horas del diez de mayo del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Imago Zona Norte Sociedad Anónima.—Lic. Patricia Castro Salazar, Notaria.—1 vez.—RP2010185056.—(IN2010059269).

Por escritura número ciento cuarenta y nueve de las quince horas del veinticuatro de junio, se constituyó la sociedad Papa Grapichs P.L. S. A., por escritura número ciento cincuenta y dos de las nueve treinta horas del primero de julio, se constituyó la sociedad Dial Comunicación y Mercadeo S. A., por escritura número ciento cincuenta y tres de las diez quince horas del primero de julio, se constituyó la sociedad cuyo nombre será la cédula jurídica que el Registro le adjudique, por escritura número ciento cincuenta y cinco de las ocho horas del trece de julio, se constituyó la sociedad Proficient Advisors S. A., y por escritura número ciento cincuenta y siete de las dieciocho horas del trece de julio, se constituyó la sociedad Salas Innovadoras S. A., en todas presidente y secretario actuando conjunta o separadamente. Capital suscrito y pago.—San José, trece de julio del dos mil diez.—Lic. Ricardo Redondo Hernández, Notario.—1 vez.—RP2010185057.—(IN2010059270).

Por escritura número ciento cincuenta y ocho de las nueve horas del trece de julio del dos mil nueve, se modificó cláusula segunda de la sociedad denominada Achira en la Pradera Sociedad Anónima, y se modificó la junta directiva y fiscal de la sociedad. Por escritura número ciento cincuenta y nueve de las quince horas del trece de julio del dos mil nueve, se modificó cláusula segunda de la sociedad denominada Seetang Verde del Mar Sociedad Anónima, y se modificó la junta directiva y fiscal de la sociedad.—Trece de julio del dos mil diez.—Lic. Jenny Rodríguez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2010185058.—(IN2010059271).

Por escritura número noventa otorgada ante mi notaría, a las 16:00 horas del 13 de julio del 2010, se constituyó la sociedad Nattak de Costa Rica Sociedad Anónima. Representantes con facultades de apoderados generalísimos: presidente y secretario. Capital social de: $50.000.00 totalmente suscrito y pagado.—San José, 13 de julio del 2010.—Lic. Juan José Lara Calvo, Notario.—1 vez.—RP2010185059.—(IN2010059272).

Rafael Ángel Salazar Castillo, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Limón, Bananito Norte, del supermercado Don Ramiro, 3 kilómetros hacia San Andrés, casa color azul a mano derecha portador de la cédula de identidad número 6-0130-0126, y Braulia López Villalobos, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Limón, Bananito Norte, del supermercado Don Ramiro, 3 kilómetros hacia San Andrés, casa color azul a mano derecha, mismo domicilio que el primero, portador de la cédula de identidad número 6-0175-0348, Angie María Salazar López, mayor, casada una vez, ama casa, portadora de la cédula de identidad 7-0139-0379, Esther Andreina Salazar López, mayor, soltera, estudiante, vecina de San Blas de Cartago, número de casa 23, cédula 7-0210-0466 y Rosa Anyelina Salazar López, mayor, soltera, oficinista, portadora de la cédula 7-0162-0943, vecina de San Blas de Cartago, número de casa 23, constituyen Braraf del Caribe Sociedad Anónima.—Limón 12 de julio del 2010.—Lic. Dioney Barrett Bryan, Notaria.—1 vez.—RP2010185061.—(IN2010059273).

La sociedad Roalno Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-107158, cuyos representantes son los señores Alberto Francisco Mowatt Mowatt, comerciante, portador de la cédula de identidad número siete guión sesenta y cinco guión ciento noventa y cuatro, vecino de Limón. El señor Noel Antonio Ferguson Mc Knight, mayor, empresario, portador de la cédula de identidad número siete cero cero ochenta y dos-cero novecientos trece, vecino de Limón barrio Corales Uno, casa setenta y uno. Modifican la cláusula quinta de la sociedad en referencia al aumento del capital social y las acciones de la sociedad, el capital social se aumenta a cien mil colones, Representadas por cien acciones comunes y nominativas de mil colones cada uno. Se incorpora un nuevo socio el señor José Antonio Reynolds Jhonson, mayor, soltero empresario, vecino de Siglo 21, portador de la cédula 7-0063-0451, mismo suscribe diez acciones, comunes y nominativas de mil colones cada una.—Limón 12 de julio del 2010.—Lic. Dioney Barrett Bryan, Notaria.—1 vez.—RP2010185062.—(IN2010059274).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad denominada Digitech Solutions ML, Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Administración: junta directiva, presidente, secretario y tesorero. Plazo: cien años. Domicilio: Escazú, San José. Es todo.—San José doce de julio del dos mil diez.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto, Notario.—1 vez.—RP2010185063.—(IN2010059275).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas de hoy Wilser, Carlos, Timoteo y José Vinicio, los cuatro Fernández Montero, constituyen la sociedad Inversiones Witicavi de Turrialba, Sociedad Anónima. Capital: diez mil colones. Objeto: comercio, industria, agricultura, ganadería, transportes, ecoturismo, representación de casas extranjeras, bienes raíces. Presidente: el socio Vinicio Fernández Montero.—Turrialba, siete de julio del dos mil diez.—Lic. Roberto Casasola Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2010185064.—(IN2010059276).

Por escritura pública Nº trece, otorgada en mi Despacho a las diecisiete horas del primero de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Doña Soledad S. A. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Grecia, 12 de julio de 2010.—Lic. Rodolfo Alfaro Morera, Notario.—1 vez.—RP2010185067.—(IN2010059277).

Ante mi notaría se han presentado los señores Deisyy Katherine Pinto Ortega y Vincent Luke Chowaniec a constituir una sociedad anónima denominada Corporación A & J S. A. Escritura otorgada a las 10:00 horas del 2 de julio del 2010.—Lic. Fernando González Medina, Notario.—1 vez.—RP2010185069.—(IN2010059278).

Ante mi notaría se han presentado los señores Claudio Garro Araya, Dania Franco Chévez y Maylen Franco Cruz a constituir una fundación denominada Hay una esperanza para el mundo hoy. Escritura otorgada las 18:00 horas del 29 de junio del 2010.—Lic. Fernando González Medina, Notario.—1 vez.—RP2010185071.—(IN2010059279).

El suscrito notario público, informo que los señores Carlos Francisco Troyo Barahona y María de los Ángeles Troyo Barahona constituyeron la empresa Corporación Troba Bros Ltda, domicilio Zapote, San José. Gerente María de los Ángeles Troyo Barahona, el día ocho de julio del dos mil diez, ante los notarios Rigoberto Rojas Benavides y Rafael Ángel Guzmán Alfaro.—Lic. Rafael Guzmán Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2010185074.—(IN2010059280).

Por escritura otorgada a las siete horas del día treinta de junio de dos mil diez, ante el suscrito notario, Cuarto Tulipán GLS S. A., reformó la cláusula sexta de sus estatutos.—San José, catorce de julio de dos mil diez.—Lic. Luis Javier Padilla Ujueta, Notario.—1 vez.—RP2010185075.—(IN2010059281).

La suscrita notaría Ana Patricia Villalobos Chinchilla hace saber que en mi notaría se constituyó la sociedad Conexiones de Potencia Internacional Sociedad Anónima su presidenta es Ana Marbel Obando Molina.—Lic. Patricia Villalobos Chinchilla, Notaria.—1 vez.—RP2010185078.—(IN2010059282).

Por escritura otorgada ante mí a las quince horas del veintidós de junio del dos mil diez, se nombró nuevo tesorero de la sociedad Adventures Under the Sun S. A. con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y siete mil quinientos veintitrés.—San José, cuatro de julio del dos mil diez.—Lic. Paola María Montealegre Sauma, Notaria.—1 vez.—RP2010185080.—(IN2010059283).

Ante mi notaría se ha constituido la compañía Distribuidora de Productos de consumo masivo Brumosa S. A. domiciliada en Cartago, Quircot, Urb. El Pilón casa 24 B, con un capital de cien mil colones. Correspondiendo la representación judicial y extrajudicial con poder generalísimo sin límite de suma al presidente y secretario. Escritura número 357, visible al folio 160 vuelto del tomo IV de mi protocolo. Con fecha de otorgamiento a las 17:25 horas del 12 de julio del 2010.—Lic. Nora Vanesa Chacón Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2010185082.—(IN2010059284).

Ante esta notaría se protocolizó el acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Tres ciento uno-quinientos cincuenta y un mil quinientos setenta y siete sociedad anónima, mediante la cual se reforma las cláusulas primera y segunda del pacto social. Se nombra presidente, secretario y tesorero de la junta directiva.—San José, catorce de julio del dos mil diez.—Lic. Wendy Solórzano Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2010185084.—(IN2010059285).

Mediante escritura de las quince horas del veintitrés de junio del dos mil diez, se constituye la sociedad Althea Business Commerce E.J. S. A.—Playa Brasilito, Santa Cruz, Guanacaste, trece de julio del dos mil diez.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario. Teléfono 2654-4643.—1 vez.—RP2010185085.—(IN2010059286).

Ante esta notaría el día 29 de junio del 2010, a las 9:00 horas se constituyó Finca C.F. Murciélago Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Ciudad Neily, 7 de julio del 2010.—Lic. Luis A. Canales Cortés, Notario.—1 vez.—RP2010185087.—(IN2010059287).

El día 22 de junio del 2010, a las 14:30 horas en asamblea general extraordinaria celebrada por Earning Capacity Value S. A. se reformó cláusula primera pacto constitutivo y se cambia el nombre de la sociedad R.O.V. Charco Azul Sociedad Anónima.—Ciudad Neily, 7 de julio del 2010.—Lic. Luis A. Canales Cortés, Notario.—1 vez.—RP2010185088.—(IN2010059288).

Mediante escritura número noventa y dos-nueve, otorgada a las quince horas del día veintiséis de abril del dos mil diez, se realizó la protocolización de acta número dos de cambio de junta directiva de la sociedad denominada Umasol Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-ciento cincuenta y ocho mil.—San Isidro de Pérez Zeledón, a las doce horas del día veintisiete de abril del dos mil diez.—Lic. Wady Flores Acuña, Notario.—1 vez.—RP2010185089.—(IN2010059289).

Por escritura otorgada ante mí el día de hoy se constituye la compañía denominada Inversiones M.E. Sociedad Anónima, cuyo domicilio es la ciudad de San José, Pavas, Rohrmoser. Plazo social: noventa y nueve años a partir del día hoy y su capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente.—San José, doce de julio del dos mil diez.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—RP2010185091.—(IN2010059290).

Por escritura de las 10:00 horas de hoy se constituye la sociedad Cerros de Aara Sociedad Anónima. Se designa presidente con facultades de apoderado generalísimo, sin límite de suma.—San José, 2 de julio del 2010.—Lic. Gloria Virginia Vega Chávez, Notaria.—1 vez.—RP2010185092.—(IN2010059291).

Por escritura otorgada ante esta notaría, del Lic Rubén Rojas Castillo de las nueve horas del día veinte de mayo del dos mil diez, se constituye la Refacare Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo.—San José, trece de julio del dos mil diez.—Lic. Rubén Rojas Castillo, Notario.—1 vez.—RP2010185093.—(IN2010059292).

Por asamblea general celebrada en la ciudad de Santo Domingo de Heredia, a las dieciséis horas del veintinueve de junio de dos mil diez, se constituyó la Asociación Domingueña de Mujeres Emprendedoras con el quórum de ley.—Lic. Ana Militza Salazar Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2010185094.—(IN2010059293).

El suscrito notario hace constar que según escritura ciento veinte-seis, folio noventa y uno vuelto, del tomo seis de mi protocolo, se ha constituido la sociedad limitada denominada Torch Ingles de Costa Rica Limitada, domiciliada Cartago, Cartago, cantón El Guarco, San Isidro El Guarco, Condominio Vistas del Irazú, casa catorce, donde figura como gerente José Antonio Bolaños Rojas, cédula uno-novecientos veintitrés-trescientos veinticinco.—Cartago, trece de julio de dos mil diez.—Lic. Allan Salazar López, Notario.—1 vez.—RP2010185096.—(IN2010059294).

Por escritura número ciento dieciséis del tomo diecinueve del protocolo de la notaria Grace Morales Vargas, a las trece horas del nueve de julio del dos mil diez, se constituyó Fejevila Sociedad Anónima, presidenta Jenny Luna Hernández, cédula dos-trescientos treinta y siete-quinientos cuarenta y uno.—Ciudad Quesada, diez de julio del dos mil diez.—Lic. Grace Morales Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2010185098.—(IN2010059295).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del veintinueve de junio del año dos mil diez, se creo la sociedad con base en el artículo dos del Decreto del Reglamento para la inscripción de la constitución de empresas comerciales, utilizando únicamente el número de cédula de persona jurídica como denominación social, domiciliada en distrito primero Guácimo, cantón sexto Guácimo, de la provincia Limón, cincuenta metros al sur de la escuela La Guaira. Presidente: Francisco Antonio Mendoza Solano.—Lic. Jorge Luis Valerio Chaves, Notario.—1 vez.—RP2010185102.—(IN2010059296).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10:00 horas del 13 de julio del 2010, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria  y  extraordinaria  de  socios de la sociedad Alfamérica S. A., cédula de persona jurídica 3-101-417808, modificándose número de identificación de presidente y tesorero.—San José, 13 de julio del 2010.—Lic. Luis Alonso Quesada Díaz, Notario.—1 vez.—RP2010185103.—(IN2010059297).

Los señores Juan Vicente Solano Coto, María Esther Vargas Segura, Hannia María, Lilliana María, Freddy Gerardo, Juan José, Doris María, Marjorie y Ronald, todos de apellidos Solano Vargas, constituyen la sociedad Juan Solano e Hijos S. A. Presidente: el primero. Domicilio: Goicoechea. Capital: 90.000,00 colones. Objeto: agricultura, industria, ganadería, comercio en general.—San José, 14 de julio del 2010.—Lic. Guillermo Cornejo Chacón, Notario.—1 vez.—RP2010185104.—(IN2010059298).

Al ser las diecisiete horas del día trece de julio de dos mil diez, en mi notaría, se constituyó la empresa de esta plaza denominada Grilied Sociedad Anónima. Se nombra junta directiva y fiscal.—San José, trece de julio de dos mil diez.—Lic. Bernald Vargas Montero, Notario.—1 vez.—RP2010185105.—(IN2010059299).

Al ser las dieciocho horas treinta minutos del día trece de julio de dos mil diez, en mi notaría, se reformó pacto social de la empresa de esta plaza denominada Inversiones en Especialidades Médicas E & YA Sociedad Anónima. Se nombra junta directiva y fiscal.—San José, trece de julio de dos mil diez.—Lic. Bernald Vargas Montero, Notario.—1 vez.—RP2010185106.—(IN2010059300).

El suscrito notario hace constar que por escritura número treinta, visible al folio veintinueve vuelto del tomo dos de mi protocolo, de las diez horas del trece de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada cuyo nombre será el número de cédula jurídica con el aditamento Limitada, Gerente: María Vanessa Roblero Arguedas. Capital social: diez mil colones.—Alajuela, 13 de julio del 2010.—Lic. Rigoberto Salas Mejías, Notario.—1 vez.—RP2010185108.—(IN2010059301).

A las 08:13 horas del 14 de julio de 2010 ante mí, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la compañía Asesorías GJ F El Gorrión Blanco S. A., en donde se modificó las cláusulas primera, segunda, quinta, sétima del pacto constitutivo y se nombró presidente y secretario.—Cot de Oreamuno, Cartago, catorce de julio del dos mil diez.—Lic. Ana Cristina Hidalgo García, Notaria.—1 vez.—RP2010185110.—(IN2010059302).

Que por escritura otorgada ante esta notaría a las diecisiete horas del día doce de julio del dos mil diez, se protocolizó el acuerdo de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Tajo Comag de Pavas Sociedad Anónima; mediante el cual se reforma la cláusula sexta del acta constitutiva de la sociedad.—San José, 14 de julio del 2010.—Lic. Gavridge Pérez Porras, Notario.—1 vez.—RP2010185112.—(IN2010059303).

Ante esta notaría, se reforma cláusula sétima del pacto social en  cuanto  a  la  administración  Importadora Navin del Oriente P A Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos treinta y un mil doscientos ochenta y nueve, presidente Steilyn Esquivel Campos, portador de la cédula de identidad número uno- ochocientos veinte-setecientos cuarenta y siete.—San José, 12 de mayo del 2010.—Lic. Lisette S. Ortiz Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2010185113.—(IN2010059304).

Ante mí, Maricela Alpízar Ch, notaria, en escritura Nº 3-292, del 7 de julio del 2010, Asarina Solitaria S. A., reforman cláusulas sexta y segunda, domicilio será en Santo Tomás de Santo Domingo de Heredia, costado oeste de la escuela de Santo Tomás, oficinas del Hotel Bougainvillea.—San José, 13 de julio del 2010.—Lic. Maricela Alpízar Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2010185119.—(IN2010059305).

Por escritura otorgada a las 18:00 horas del 15 de junio del 2010, Luis Antonio Serrano Brenes y Mayra Serrano Brenes, constituyen Inversebre BNJ Sociedad Anónima. Representación judicial y extrajudicial corresponde a la presidenta. Presidenta: Mayra Serrano Brenes.—San Marcos de Tarrazú, 13 de julio del 2010.—Lic. Marco Antonio Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—RP2010185122.—(IN2010059306).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10:00 horas del 11 de junio del 2010, Matilde Abarca Montoya y Ramiro Venegas Segura, constituyen Inversiones Menabar Sociedad de Responsabilidad Limitada. Representación judicial y extrajudicial corresponde al gerente y subgerente. Gerente Ramiro Vega Segura.—San Marcos de Tarrazú, 13 de julio del 2010.—Lic. Marco Antonio Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—RP2010185123.—(IN2010059307).

Por escritura otorgada ante mi notaría, se constituyó la sociedad de este domicilio, denominada La Doguera Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía. Objeto: el comercio, industria, la prestación de servicios en general, además podrá dedicarse a la agricultura y la ganadería. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 13 de julio de 2010.—Lic. Juan Luis Calderón Castillo, Notario.—1 vez.—RP2010185124.—(IN2010059308).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de la sociedad denominada Ricing Vision Sociedad Anónima, donde se modifica la cláusula décima de la administración.—Lic. Juan Carlos Montes De Oca Vargas, Notario.—1 vez.—RP2010185125.—(IN2010059309).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del ocho de julio del dos mil diez, se constituyó una sociedad anónima que se denominará de conformidad con el número de cédula jurídica que le asigne el Registro Público. Plazo social: cien años.—San José, 8 de julio del dos mil diez.—Lic. Deborah Feinzaig Mintz, Notaria.—1 vez.—RP2010185127.—(IN2010059310).

Ante mí, Lic. Miguel Enrique Zamora Azofeifa, notario con oficina en San José, mediante escritura número 265 de fecha 13 de julio del 2010, visible al folio 121 frente, del tomo diecinueve, otorgada a las 17.00 horas, se constituyó la sociedad denominada Condominios Moreira Alfaro S. A., representado por diez acciones comunes y nominativas, representada por el presiente y secretario, domiciliada en San Rafael Abajo de Desamparados, San José, acciones canceladas mediante diez letras de cambio a favor de la sociedad, San José, Barrio Córdoba, diagonal al Liceo Castro Madriz.—San José, trece de julio del dos mil diez.—Lic. Miguel Enrique Zamora Azofeifa, Notario.—1 vez.—RP2010185130.—(IN2010059311).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las siete horas del día trece de julio del dos mil diez, la sociedad de esta plaza Fort Bragg Developmets of Costa Rica Sociedad Anónima, reforma la cláusula segunda de los estatutos y nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 13 de julio del 2010.—Lic. Roberto Soñol Prego, Notario.—1 vez.—RP2010185131.—(IN2010059312).

Por escrituras otorgadas a las ocho, nueve, diez y once horas del trece de julio del dos mil diez, se protocolizaron actas de las sociedades Hotel Casitas Eclipse S. A., Eclipse de Nácar S. A., Inversiones Azul S. A. y Restaurante Gato Negro, en donde se aumenta el capital social de estas entidades.—San José, catorce de julio del dos mil diez.—Lic. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2010185132.—(IN2010059313).

Mario Alberto Fernández Fernández, Antonio Raúl Valverde Picado y Ronald Alberto Mendoza, constituyen sociedad anónima que se identificará con el nombre de Manro Sociedad Anónima, escritura ciento setenta y seis-dos, otorgada ante notario público Rodrigo Francisco Alcázar Hernández, al ser las trece horas con treinta minutos del trece de julio del dos mil diez.—Lic. Rodrigo Alcázar Hernández, Notario.—1 vez.—RP2010185135.—(IN2010059314).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciocho horas del día trece de julio del dos mil diez, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general de cuotistas de la sociedad denominada Calle Chiclayo CC Limitada. Donde se acuerda modificar las cláusulas primera, segunda, novena de los estatutos y se revocan y hacen nombramientos.—San José, trece de julio del dos mil diez.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2010185137.—(IN2010059315).

NOTIFICACIONES

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

De conformidad con resolución RMT-2347-2009 de las ocho horas del día 02 de julio del 2009, el Ministro de Trabajo y seguridad social resuelve: impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-1882-2009 de sesión celebrada en San José a nueve horas del 22 de mayo del 2009, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de Pensión de Guerra incoadas por Brenes Pereira José Manuel, cédula de identidad Nº 3-089-206, a partir del día 03 de abril del 2008; por la suma de cincuenta y dos mil novecientos cincuenta y nueve colones sin céntimos (¢52.959.00); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Francisco Morales Hernández, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—Lic. Róger Porras Rojas, Director.––1 vez.––RP2010185224.––(IN2010059242).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

SUCURSAL DE PURISCAL

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

La suscrita licenciada Sahudy Ortíz Jara Administradora de la Sucursal de la Caja Costarricense de Seguro Social en Puriscal, mayor, vecina de Puriscal, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos y trabajadores independientes incluidos en el cuadro que se detalla, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. En el cuadro, se indica el número patronal, nombre de la razón social y monto de la deuda al 08 de julio del 2010. La Institución le concede 5 días hábiles, para que se presenten a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. Los periodos notificados anteriormente que ya poseen firmeza en Sede Administrativa por tanto; en caso de aparecer en este aviso de cobro deben ser tomados a efectos de referencia de la deuda.

Razón social                                                  Nº Patronal                 Monto

                                                                                                       adeudado ¢

TORRES VARGAS MARCO ANTONIO                0-00105640722-999-001        3,076,487,00

LIN WU CHUN                                                               7-00017526243-001-001                8,102,00

JOSÉ MARÍA MENA RÍOS                                         0-00104880799-001-001              83,903,00

LIZBETH MARIN JIMÉNEZ                                       0-00106230012-001-001              63,083,00

CÉSPEDES MARIN EUGENIO                                 0-00107540579-001-001              87,523,00

ANGULO ANCHÍA CARLOS EDUARDO           0-00109890981-001-001           397,456,00

FERNÁNDEZ TORRES ALCIDES                           0-00303080508-001-001              90,174,00

CÉSPEDES MURILLO MANUEL ANTONIO     0-00203200096-001-001              14,582,00

INMOBILIARIA ELFOVA S. A.                                2-03101306345-001-001              38,773,00

MENA RÍOS JOSÉ MARÍA                                         0-00104880799-001-001              83,903,00

MURRAY WILLIAMS DAVID                                 7-00012606573-001-001              60,791,00

SOLUCIONES DE INFORMACIÓN

TECNOLÓGICA SITEC S. A.                                      2-03101422154-001-001           203,868,00

ZHONG MA YUAN                                                       7-00016522193-001-001              42,203,00

INVERSIONES SANTIAGO

INTERNACIONAL DE PURISCAL S. A.               2-03101130661-001-001              76,051,00

MARIN CARMONA CARLOS FERNELI              0-00106290108-001-001              23,240,00

SOTO SANABRIA ALEXANDER                           0-00106410876-999-001           541,352,00

DELGADO SOLÍS GERARDO                                 0-00104490385-002-001              54,181,00

TORRES VINDAS SARA                                             0-00102100449-001-001           248,630,00

MING JI HE                                                                      7-00017815222-999-001        2,895,603,00

HIDALGO CHAVARRÍA MINOR

ALEXANDER                                                                 0-00109190119-999-001           670,758,00

JIMÉNEZ MADRIGAL ADRIÁN                             0-00109880988-999-001           960,760,00

NÚÑEZ ÁLVARES HERMES                                    0-00111420238-999-001           681,486,00

ROJAS MENA DANIEL ALEXIS                            0-00110950201-999-001           769,254,00

DÍAZ MORA MINOR GUSTAVO                             0-00108730049-001-001           408,347,00

WU JIUM CHIU                                                              0-00017715770-001-001           128,731,00

DELGADO MONTERO CARLOS GERARDO    0-00103820205-999-001           798,774,00

Lic. Sahudy Ortiz Jara, Administradora.—(IN2010059174).

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

REGIÓN PACÍFICO CENTRAL

ASESORÍA ASUNTOS JURÍDICOS

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El IDA hace saber que mediante las resoluciones que en lo conducente indican: 1) Instituto de Desarrollo Agrario.—Asesoría de Asuntos Jurídicos.—Dirección Región Pacífico Central, en Coyolar de Orotina, a las ocho horas con cuarenta y cinco minutos del día lunes doce de julio del dos mil diez. Expediente Nº 036-2010 Nul. 2) Instituto de Desarrollo Agrario.—Asesoría de Asuntos Jurídicos.—Dirección Región Pacífico Central, en Coyolar de Orotina, a las diez horas del día lunes doce de julio del dos mil diez. Expediente Nº 037-2010 Nul. 3) Instituto de Desarrollo Agrario.—Asesoría de Asuntos Jurídicos.—Dirección Región Pacífico Central, en Coyolar de Orotina, a las diez horas con treinta minutos del día lunes doce de julio del dos mil diez. Expediente Nº 038-2010 Nul. 4) Instituto de Desarrollo Agrario.—Asesoría de Asuntos Jurídicos.—Dirección Región Pacífico Central, en Coyolar de Orotina, a las once horas con cuarenta y cinco minutos del día lunes doce de julio del dos mil diez. Expediente Nº 039-2010 Nul. 5) Instituto de Desarrollo Agrario.—Asesoría de Asuntos Jurídicos.—Dirección Región Pacífico Central, en Coyolar de Orotina, a las doce horas con quince minutos del día lunes doce de julio del dos mil diez. Expediente Nº 040-2010 Nul. 6) Instituto de Desarrollo Agrario.—Asesoría de Asuntos Jurídicos.—Dirección Región Pacífico Central, en Coyolar de Orotina, a las trece horas con quince minutos del día lunes doce de julio del dos mil diez. Expediente Nº 041-2010 Nul. Con fundamento en las facultades que otorga la Ley de Tierras y Colonización Nº 2825 (…) a fin de dar inicio a la investigación de la verdad real de los hechos, se dictan las presentes resoluciones dentro de los procesos de revocatoria de la adjudicación de los predios que se indican: 1- Lote Nº 46 del Asentamiento Pitahaya, proceso de revocatoria del acuerdo de adjudicación de Junta Directiva tomado en el artículo LVI, de la sesión Nº 28-03 del 16 de junio del 2003, de la propiedad inmueble según Plano de Catastro Nacional Nº P-844057-2003 contra la señora Xinia Sibaja Benavides, cédula de identidad Nº 9-104-233. 2- Lote Nº 42 del Asentamiento Pitahaya, proceso de revocatoria del acuerdo de adjudicación de Junta Directiva tomado en el artículo LVI, de la sesión Nº 28-03 del 16 de junio del 2003, de la propiedad inmueble según Plano de Catastro Nacional Nº P-844053-2003 contra el señor Rodvin Ramírez González, cédula de identidad Nº 2-541-356. 3- Lote Nº 44 del Asentamiento Pitahaya, proceso de revocatoria del acuerdo de adjudicación de Junta Directiva tomado en el artículo LVI, de la sesión Nº 28-03 del 16 de junio del 2003, de la propiedad inmueble según Plano de Catastro Nacional Nº P-844055-2003 contra la señora Johana María Grijalba Guido, cédula de identidad Nº 6-0205-0511. 4- Lote Nº 48 del Asentamiento Pitahaya, proceso de revocatoria del acuerdo de adjudicación de Junta Directiva tomado en el artículo LVI, de la sesión Nº 28-03 del 16 de junio del 2003, de la propiedad inmueble según Plano de Catastro Nacional Nº P-844059-2003 contra el señor Rafael Arroyo Alvarado, cédula de identidad Nº 6-108-176, y la señora María Fernández Elizondo, cédula de identidad Nº 6-152-478. 5- Lote Nº 47 del Asentamiento Pitahaya, proceso de revocatoria del acuerdo de adjudicación de Junta Directiva tomado en el artículo LVI, de la sesión Nº 28-03 del 16 de junio del 2003, de la propiedad inmueble según Plano de Catastro Nacional Nº P-844058-2003 contra el señor Ólger Garita Berrocal, cédula de identidad Nº 6-223-633, y la señora Aurora Arroyo Fernández, cédula de identidad Nº 1-1009-0901. 6) Instituto de Desarrollo Agrario.—Asesoría de Asuntos Jurídicos.—Dirección Región Pacífico Central, en Coyolar de Orotina, a las trece horas con quince minutos del día lunes doce de julio del dos mil diez. Expediente Nº 041-2010 Nul, por supuesta violación de las obligaciones impuestas por el IDA a sus adjudicatarios por medio del contrato de asignación de tierras, según lo dispone el artículo 66 y siguientes de la indicada Ley Nº 2825, por abandono injustificado de los predios (…), se resuelve notificar a los señores Xinia Sibaja Benavides, Rodvin Ramírez González, Johana María Grijalba Guido, Rafael Arroyo Alvarado y María Fernández Elizondo, Ólger Garita Berrocal y Aurora Arroyo Fernández, Rafael Ángel Zúñiga Zúñiga y Rosita Cantillo Rojas, la presente convocatoria a comparecencia para ante este Despacho, Dirección Región Pacífico Central, en Coyolar de Orotina, dicha comparecencia debe ser en forma personal y no por medio de apoderado, pudiendo hacerse acompañar de un abogado o un técnico en esta materia, con el fin de que hagan valer sus derechos, debiendo presentar en ese mismo acto toda la prueba que crean conveniente, (…). Dicha comparecencia también podrán evacuarla por escrito, en cuyo caso deberán ofrecer toda la prueba que obre en su poder, incluso la testimonial y presentarla el día y hora señalado más adelante, para cada caso en específico. En cuanto a la presentación de los testigos se les indica que deben presentarse el día de audiencia debidamente identificados. Se les previene, que deben indicar medio y lugar dentro del perímetro judicial de esta ciudad dentro del tercer día contado a partir del día siguiente de esta segunda publicación, donde recibir notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, o si el lugar señalado fuere incierto, impreciso o ya no existiere, o si el medio escogido imposibilitare la práctica de la notificación, las futuras resoluciones quedarán bien notificadas con el sólo transcurso del término de veinticuatro horas después de dictadas. Se advierte que cabe recurso ordinario de revocatoria y apelación contra el presente acto inicial, de conformidad con los artículos 345 y 346 de la Ley General de la Administración Pública. Para las indicadas audiencias, las cuales se llevarán a cabo en las oficinas de la Dirección Regional del IDA en Coyolar de Orotina, bajo la advertencia de que las mismas se llevarán a cabo con su presencia o sin ella, asumiendo las consecuencias legales que se deriven de su ausencia, a la señora Xinia Sibaja Benavides, se señalan las diez horas del día miércoles primero de setiembre del dos mil diez; al señor Rodvin Ramírez González, se señalan las diez horas del día miércoles ocho de setiembre del dos mil diez; a la señora Johana María Grijalba Guido, se señalan las diez horas del día miércoles quince de setiembre del dos mil diez; al señor Rafael Arroyo Alvarado y a la señora María Fernández Elizondo, se señalan las diez horas del día miércoles veintidós de setiembre del dos mil diez; al señor Ólger Garita Berrocal y a la señora Aurora Arroyo Fernández, se señalan las diez horas del día miércoles veintinueve de setiembre del dos mil diez; al señor Rafael Ángel Zúñiga Zúñiga y a la señora Rosita Cantillo Rojas, se señalan las diez horas del día jueves nueve de setiembre del dos mil diez, y hace del conocimiento de cada uno de los notificados, que los citados expedientes se encuentran en esta oficina para su consulta, estudio y fotocopiado, (…) en los cuales consta toda la prueba y documentación. Dado que se desconoce el domicilio de los administrados, procédase a realizar la respectiva notificación por medio de publicación, por dos veces en el Diario Oficial La Gaceta. (…) Notifíquese.—Lic. Ronald Lewis Mc Laren, Asesor Legal Regional.—(IN2010058542).

El IDA hace saber que mediante las resoluciones que en lo conducente indican: 1) Instituto de Desarrollo Agrario.—Asesoría de Asuntos Jurídicos.—Dirección Región Pacífico Central, en Coyolar de Orotina, a las quince horas del lunes cinco de julio del dos mil diez. Expediente Nº 028-2010 Nul. 2) Instituto de Desarrollo Agrario.—Asesoría de Asuntos Jurídicos.—Dirección Región Pacífico Central, en Coyolar de Orotina, a las ocho horas con cuarenta minutos del martes seis de julio del dos mil diez. Expediente Nº 027-2010 Nul. 3) Instituto de Desarrollo Agrario.—Asesoría de Asuntos Jurídicos.—Dirección Región Pacífico Central, en Coyolar de Orotina, a las nueve horas con treinta minutos del día martes seis de julio del dos mil diez. Expediente Nº 029-2010 Nul. Con fundamento en las facultades que otorga la Ley de Tierras y Colonización Nº 2825 (…) a fin de dar inicio a la investigación de la verdad real de los hechos, se dictan las presentes resoluciones dentro de los procesos de revocatoria de la adjudicación de los predios que se indican: 1- Parcela Nº 18 del Asentamiento Los Ángeles, proceso de revocatoria del acuerdo de adjudicación de Junta Directiva tomado en el número LII, de la sesión Nº 03-06, celebrada el 23 de enero del 2006, de la propiedad inmueble, según Plano de Catastro Nacional Nº P-1048447-2006, de la Parcela 18 del Asentamiento Los Ángeles, distrito Parrita, cantón Parrita, provincia de Puntarenas, contra el señor Melvin Prendas Morera, cédula de identidad Nº 6-0247-0141, y la señora Sidney Pérez Aguilar, cédula de identidad Nº 6-0290-0102. 2- Parcela 15 Asentamiento Las Flores, en Paquera, Puntarenas, con la subsecuente nulidad del título de propiedad contra Carlos Luis Montero Rosales, cédula de identidad Nº 6-0216-0897 y Lidiette López Benavídez, cédula de identidad Nº 1-0763-0560, sobre su parcela inscrita en el Registro Público de la Propiedad Inmueble bajo el Sistema Mecanizado de Puntarenas, matrícula Nº 110.290-001 y 002. 3- Lote Nº 32 del Asentamiento La Península en Cóbano, Puntarenas, con la subsecuente nulidad del título de propiedad contra el señor Juan Carlos Cabalceta Peña, cédula de identidad Nº 6-0262-0471, y la señora Ceydi Céspedes Salamanca, cédula de identidad Nº 6-0229-0660, sobre su lote inscrito en el Registro Público de la Propiedad Inmueble bajo el Sistema Mecanizado de Puntarenas, matrícula Nº 97.244-002-001, por supuesta violación de las obligaciones impuestas por el IDA a sus adjudicatarios por medio del contrato de asignación de tierras, según lo dispone el artículo 66 y siguientes de la indicada Ley Nº 2825, por abandono injustificado de los predios (…), se resuelve notificar a los señores Melvin Prendas Morera y Sydney Pérez Aguilar, Carlos Luis Montero Rosales y Lidiette López Benavidez, Juan Carlos Cabalceta Peña y Ceydi Céspedes Salamanca la presente convocatoria a comparecencia para ante este Despacho, Dirección Región Pacífico Central, en Coyolar de Orotina, dicha comparecencia debe ser en forma personal y no por medio de apoderado, pudiendo hacerse acompañar de un abogado o un técnico en esta materia, con el fin de que hagan valer sus derechos, debiendo presentar en ese mismo acto toda la prueba que crean conveniente, (...). Dicha comparecencia también podrán evacuarla por escrito, en cuyo caso deberán ofrecer toda la prueba que obre en su poder, incluso la testimonial y presentarla el día y hora señalado más adelante, para cada caso en específico. En cuanto a la presentación de los testigos se les indica que deben presentarse el día de audiencia debidamente identificados. Se les previene, que deben indicar medio y lugar dentro del perímetro judicial de esta ciudad dentro del tercer día contado a partir del día siguiente de esta segunda publicación, donde recibir notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, o si el lugar señalado fuere incierto, impreciso o ya no existiere, o si el medio escogido imposibilitare la práctica de la notificación, las futuras resoluciones quedarán bien notificadas con el sólo transcurso del término de veinticuatro horas después de dictadas. Se advierte que cabe recurso ordinario de revocatoria y apelación contra el presente acto inicial, de conformidad con los artículos 345 y 346 de la Ley General de la Administración Pública. Para las indicadas audiencias, las cuales se llevarán a cabo en las oficinas de la Dirección Regional del IDA en Coyolar de Orotina, bajo la advertencia de que las mismas se llevarán a cabo con su presencia o sin ella, asumiendo las consecuencias legales que se deriven de su ausencia, a los señores Melvin Prendas Morera y Sydney Pérez Aguilar, se señalan las diez horas del día jueves dos de setiembre del dos mil diez; a los señores Carlos Luis Montero Rosales y Lidiette López Benavidez, se señalan las diez horas del día jueves dieciséis de setiembre del dos mil diez; a los señores Juan Carlos Cabalceta Peña y Ceydi Céspedes Salamanca, se señalan las diez horas del día jueves veintitrés de setiembre del dos mil diez y hace del conocimiento de cada uno de los notificados, que los citados expedientes se encuentran en esta oficina para su consulta, estudio y fotocopiado, (…) en los cuales consta toda la prueba y documentación. Dado que se desconoce el domicilio de los administrados, procédase a realizar la respectiva notificación por medio de publicación, por dos veces en el Diario Oficial La Gaceta. (…) Notifíquese.—Lic. Ronald Lewis Mc Laren, Asesor Legal Regional.—(IN2010058545).

Instituto de Desarrollo Agrario.—Dirección Región Huetar Atlántica.—Órgano Director del Procedimiento Administrativo de Revocatoria de Adjudicación y Anulación de título de propiedad de la parcela Nº 75 del asentamiento Dondonia. Expediente 572-R Bataán de Matina provincia Limón, a las catorce horas con diez minutos del ocho de junio del dos mil diez. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 107 y 108 del Reglamento Autónomo para la Selección y Adjudicación de Solicitantes de Tierra, publicada en La Gaceta Nº 38 del 22 de febrero del 2008 con reformas publicadas en La Gaceta Nº 94 del 16 de mayo del 2008 , en el artículo 12, inciso a) del Reglamento Autónomo de Procedimientos Administrativos del instituto de Desarrollo Agrario publicado en La Gaceta Nº 238 del viernes 15 de diciembre de 1995, en los artículos 214 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, se constituye este Órgano Director por acuerdo de Junta Directiva tomado artículo 1º, sesión 031-003 celebrada el 1º de julio del 2003, para instruir la investigación administrativa a fin de determinar la verdad real de los hechos ocurridos en la parcela Nº 75 del Asentamiento Dondonia, inscrita en el Registro Público, partido de Limón, matrícula Nº 0070385-000 a favor de Delfín Delgado Jiménez, cédula Nº 1-0217-0132 por cuanto la Oficina Subregional de Bataán determina en informe OR0489-2010 del 02 de junio del 2010 que el adjudicatario presuntamente ha incurrido en incumplimiento al contrato agrario de asignación cuyas causales se regulan en los artículos 67 y 68 Inciso 4 de la Ley de Tierras y Colonización Nº 2825 14 de octubre de 1961 y sus reformas. La Oficina Subregional Bataán está realizando una investigación administrativa donde se presume irregularidades en el cumplimiento al citado contrato de asignación de tierras que el adjudicatario no se localiza en la parcela ni el asentamiento y se desconoce su domicilio residencia o algún lugar de trabajo. Se informa al citado adjudicatario que con fundamento en los artículos 342, 343 y 346 Inciso 1 de la Ley General de la Administración Pública tiene derecho al recurso de revocatoria contra la resolución inicial del Órgano Director y de Apelación contra la Resolución final de la Junta Directiva los cuales deben interponerse ante este Órgano Director en el momento procesal correspondiente. Al administrado, se le previene que dentro del plazo de tres días contados al día siguiente de la notificación, debe señalar lugar o medio para atender notificaciones en casa u Oficina dentro del perímetro administrativo de la Dirección Regional sita en Batán de Matina, doscientos metros al oeste del Colegio Agropecuario, sede del Órgano Director, o un número de fax ubicado dentro del territorio nacional, bajo apercibimiento que de no hacerlo, las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá si el lugar señalado o el medio indicado, fuese impreciso, incierto o ya no existiere. Con fundamento en el artículo 218 de la Ley General de la Administración Pública se concede audiencia, por el término de quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución, para que se apersone ante el Órgano Director en defensa de sus derechos y ofrezca las pruebas de descargo que considere oportunas. Para dicha audiencia se señalan las ocho horas con treinta minutos del diecinueve de agosto del dos mil diez y debe acudir personalmente y no por medio de Apoderado, aunque si tiene derecho a estar asesorado por un abogado si lo desea. Asimismo se le indica que en el mismo acto de la comparecencia o en fecha anterior, por escrito podrá aportar las pruebas en su favor que considere oportunas, y hacer los alegatos que estime pertinentes, so pena de caducidad de tal derecho, en el entendido de que no le serán recibidos en fecha posterior a la señalada. Se hace del conocimiento del administrado que el proceso se instruye por presunto incumplimiento del artículo 68 inciso 4) párrafos d) de la Ley de Tierras y Colonización Nº 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, referida a la causal de explotación indirecta. Con fundamento en el artículo 217 de la Ley General de Administración Pública, se pone en su conocimiento, el expediente administrativo número 572-R el cual se encuentra en la Oficina del Órgano Director en la Dirección Regional Huetar Atlántica, sita en Batán de Cantón de Matina Provincia de Limón, doscientos metros al oeste del Colegio Agropecuario, el cual podrán revisar y fotocopiar dentro del horario normal del Instituto. Con fundamento en la autorización superior aprobada por la Junta Directiva en artículo 77, de la sesión 027-2008 celebrada el 04 de agosto del 2008, en carácter de medida cautelar, este Órgano Director dispone la Anotación de este proceso en el Registro Público sobre la matrícula objeto de este proceso administrativo. Se le informa al administrado que se le está notificando por edicto ya que no fue localizado ni en la parcela ni en el asentamiento y en la región se desconoce su domicilio o paradero. Remítase esta resolución a la Imprenta Nacional para la publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese.—Lic. Rolando Chaves Castro cc Rolando Castro Arce, Órgano Director.––(IN2010058958).

Instituto de Desarrollo Agrario.—Dirección Región Huetar Atlántica.—Órgano Director del Procedimiento Administrativo de Revocatoria de Adjudicación y Nulidad de título del lote Nº 92 del asentamiento Miraflores. Expediente 518-R Bataán de Matina provincia Limón a las ocho horas con diez minutos del diez de junio del dos mil diez. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 107 y 108 del Reglamento Autónomo para la Selección y Adjudicación de Solicitantes de Tierra, publicada en La Gaceta Nº 38 del 22 de febrero del 2008 con reformas publicadas en La Gaceta Nº 94 del 16 de mayo del 2008, en el artículo 12, inciso a) del Reglamento Autónomo de Procedimientos Administrativos del Instituto de Desarrollo Agrario publicado en La Gaceta Nº 238 del viernes 15 de diciembre de 1995, en los artículos 214 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, se constituye este Órgano Director por acuerdo de Junta Directiva tomado artículo 1º, sesión 031-003 celebrada el 1º de julio del 2003, para instruir la investigación administrativa a fin de determinar la verdad real de los hechos ocurridos ene. Lote Nº 92 del asentamiento Miraflores inscrito en Registro Público partido de Limón, matrícula 107017-001-002 a favor de Edwin Alberto Méndez Ramírez, cédula Nº 7-0115-0361 y de Johanna Suárez Herrera, cédula Nº 7-151-008, por cuanto la Oficina Subregional de Bataán determina en informe ORB 0146-2010 del 17 de febrero del 2010 que los beneficiarios adjudicatarios titulares presuntamente han incurrido en abandono injustificado, negligencia e ineptitud manifiesta en el manejo del predio , que son causales de incumplimiento al contrato agrario de asignación cuyas causales se regulado en artículo 68, inciso 4) párrafos b) y c) de la Ley de Tierras y Colonización Nº 2825 14 de octubre de 1961 y sus reformas. Se informa a los citados adjudicatarios que con fundamento en los artículos 342, 343 y 346 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública tienen derecho al recurso de revocatoria contra la resolución inicial del Órgano Director y de Apelación contra la Resolución final de la Junta Directiva los cuales deben interponerse ante este Órgano Director en el momento procesal correspondiente. A los administrados, se les previene que dentro del plazo de tres días contados al día siguiente de la notificación , debe señalar lugar o medio para atender notificaciones en casa u Oficina dentro del perímetro administrativo de la Dirección Regional sita en Batán de Matina, doscientos metros al oeste del Colegio Agropecuario, sede del órgano Director, o un número de fax ubicado dentro del territorio nacional, bajo apercibimiento que de no hacerlo, las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá si el lugar señalado o el medio indicado, fuese impreciso, incierto o ya no existiere. Con fundamento en el artículo 218 de la Ley General de la Administración Pública se concede audiencia, por el término de quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución, para que se apersone ante el órgano Director en defensa de sus derechos y ofrezcan las pruebas de descargo que considere oportunas. Para dicha audiencia se señalan ocho horas con treinta minutos del veintitrés de agosto del dos mil diez y deben acudir personalmente y no por medio de apoderado, aunque sí tienen derecho a estar asesorados por un abogado sí lo desean. Asimismo se le indica que en el mismo acto de la comparecencia o en fecha anterior, por escrito podrán aportar las pruebas en su favor que consideren oportunas, y hacer los alegatos que estimen pertinentes, so pena de caducidad de tal derecho, en el entendido de que no le serán recibidos en fecha posterior a la señalada. Se hace del conocimiento de los administrados que el proceso se instruye por presunto incumplimiento del artículo 68, inciso 4) párrafos b y c) de la Ley de Tierras y Colonización Nº 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, referida a la causal de abandono injustificado, negligencia e ineptitud manifiesta en la atención del predio. Con fundamento en el artículo 217 de la Ley General de Administración Pública, se pone en su conocimiento, el expediente administrativo número 518-R el cual se encuentra en la Oficina del Órgano Director en la Dirección Regional Huetar Atlántica, sita en Batán de Cantón de Matina Provincia de Limón, doscientos metros al oeste del Colegio Agropecuario, el cual podrán revisar y fotocopiar dentro del horario normal del Instituto. Se les informa a los administrados que se les está notificando por edicto ya que no fueron localizados ni en lote, ni en el asentamiento y en la región se desconoce su domicilio o paradero inclusive por sus vecinos. Remítase esta resolución a la Imprenta Nacional para la publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese.—Lic. Rolando Chaves Castro cc. Rolando Castro Arce, Órgano Director.––(IN2010058959).

FE DE ERRATAS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE PALMARES

En La Gaceta Nº 125 del martes 29 de junio del 2010 en las páginas de la 79 a la 86 fueron publicadas las matrices de información distritales de la Plataforma de Valores de Terrenos por Zonas Homogéneas de los Distritos: 01 Palmares, 02 Zaragoza, Buenos Aires, 04 Santiago, 05 Candelaria, 06 Esquinelas, 07 La Granja, del cantón 07 Palmares, provincia 02 Alajuela, aprobados por el Órgano de Normalización Técnica de la Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda.

En dicha publicación por error  no se consignó la fecha de vigencia, por lo cual se aclara que su vigencia  es a partir de la presente publicación. Además  en el tercer renglón  del este párrafo  aparece el distrito 06 como Esquinelas y debe entenderse como  Esquipúlas.

Todo lo demás se mantiene igual.

Palmares, 6 de julio de 2010.—Beltony Mora Porras, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2010058605).

MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS

ALCALDÍA MUNICIPAL

La Municipalidad de Puntarenas, notifica que al encontrarse el señor Richard Lance Walker, fuera del país y no ser posible notificarlo personalmente, con base en el artículo 1º de la Ley de Notificaciones Nº 8687 y de acuerdo a informes técnicos e inspecciones de campo en terreno ubicado en El Cocal de Puntarenas, específicamente frente a los tanques de AyA, bajo número de matrícula 269069-000 inscrito ante el Registro Público a su nombre, se pudo determinar en base al plano catastro Nº P-310009-78, que existen construcciones fuera del área de su propiedad privada invadiendo parte de la zona pública. Por tal razón y en virtud de que la zona pública es un bien demanial que no pertenece individualmente a los particulares y que por el contrario, están destinados al uso y disfrute público, en especial al libre tránsito de las personas y sometida a un régimen especial; en consecuencia son inalienables, imprescriptibles e inembargables por lo que debe prevalecer el uso natural de la cosa pública, siendo ésta por definición, excluida de cualquier tipo de explotación o construcción en manos de particulares. Por tanto, en este acto se le concede un término de dos meses y quince días a partir de la presente publicación, para que proceda a demoler y retirar las construcciones que se encuentran invadiendo la zona pública. Considerando así mismo que la zona donde se ubica su propiedad esta calificada de Alto Riesgo según el Plan Regulador vigente, recomendamos a usted iniciar la construcción dentro del plazo antes indicado, de un muro de contención dentro de los límites de su propiedad privada, que sirva como protección de la misma contra los embates de las mareas. De no cumplir usted con lo ordenado dentro del plazo concedido, esta Municipalidad estaría procediendo a trasladar al personal, maquinaria y equipo necesarios para ejecutar la demolición y retiro de dicha estructura, con el cobro de los costos económicos que ello represente a su cargo.—Puntarenas, 7 de julio del 2010.—Lic. Juan Luis Bolaños Alvarado, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2010058504).