MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
COMISIÓN NACIONAL DE PRÉSTAMOS
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO
INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORÍA MUNICIPAL
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Y EL MINISTRO DE
Con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 118 y 140 inciso 5) y 14) de
Decretan:
Artículo
1º—Retírase del conocimiento de Sesiones Extraordinarias de
Expediente Nº 17595, Ley reguladora de los contratos inmobiliarios y
de
Artículo 2º—Rige a partir del 10 de agosto del 2010
Dado
en
LAURA
CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de
Nº 148-10-DM
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De
conformidad con lo establecido en los artículos 140, inciso 12) y 146 de
Considerando:
1º—Que
es de interés para el Gobierno de Costa Rica, la participación en el
Cuadragésimo Período Ordinario de Sesiones de
2º—Que es
de interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto la participación
del señor Óscar Camacho Ramírez, en el Cuadragésimo Período Ordinario de
Sesiones de
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar al señor Óscar Camacho Ramírez, cédula 1-0477-0193, Asesor
del señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, para que participe en
calidad de Embajador en Misión Especial, en el Cuadragésimo Período Ordinario
de Sesiones de
Artículo 2º—Los gastos de pasajes aéreos, viáticos, transporte interno, gastos en tránsito, e impuestos aeroportuarios, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, programa 079, Despacho del Ministro subpartida 1.05.03 de pasajes aéreos y subpartida 1.05.04 de viáticos, se autoriza la suma de $213,00 diarios, para un total de $1.065,00. Todo lo anterior sujeto a liquidación.
Artículo 4º—Rige del 5 al 9 de junio del 2010.
Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a las nueve horas del día treinta y uno del mes de mayo del dos mil diez.
René Castro Salazar, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. 8190.—(Solicitud Nº 13637).—C-29770.—(IN2010067800).
Nº
328-2010 MSP
EL
MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en las atribuciones conferidas
por el artículo 28 inciso 1) de
Considerando:
1º—Que se ha recibido cordial
invitación para que un funcionario de este Ministerio acompañe al señor
Ministro en misión oficial a México, del 28 al 31 de julio del 2010 (incluye
salida y regreso del participante).
2º—Que la finalidad del viaje es asesorar al señor Ministro en
materia de narcotráfico, para sostener reuniones oficiales con altas
autoridades del Gobierno mexicano sobre temas de narcotráfico, cooperación y
capacitación.
3º—Que dado el objetivo del viaje, es de interés para este
Ministerio contar con un funcionario en dicho evento. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al Licenciado
Allan Solano Aguilar, cédula de identidad 7-059-597, Director de
Artículo 2º—Los gastos de transporte, hospedaje y alimentación
serán cubiertos por el Programa 089 de este Ministerio.
Artículo 3º—Que durante los días del 28 al 31 de julio del 2010,
en que se autoriza la participación del funcionario en la actividad, devengará
el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 28 al 31 de julio del 2010.
Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad
Pública, a los veintitrés días del mes de julio del dos mil diez.
José María Tijerino Pacheco, Ministro de Gobernación, Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—Solicitud Nº 36795.—O. C. Nº 9897.—C-23820.—(IN2010068137).
Nº 375-2010
MSP
EL
MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en las atribuciones conferidas
por el artículo 28 inciso 1) de
Considerando:
1º—Que se ha recibido cordial
invitación para que varios funcionarios de este Ministerio asistan a la
actividad denominada “Curso Avanzado de Administración Policial” a
realizarse en Roswell, Nuevo México, Estados Unidos de América, del 12 de
setiembre al 09 de octubre del 2010 (incluye salida y regreso de los
participantes).
2º—Que el objetivo del curso es enfocar en los aspectos
académicos de la aplicación de
3º—Que dado el objetivo del curso, es de interés para este Ministerio
contar con varios funcionarios en dicho evento. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a los señores
Julio Campos Fernández, cédula 1-851-124, Rafael Jiménez Vindas, cédula
1-822-846 y los suplentes Ricardo Araya Soto, cédula 3-301-545, Gustavo Garita
Piedra, cédula 3-348-756 funcionarios de
Artículo 2º—Todos los gastos relacionados con el viaje, como:
transporte, alimentación, hospedaje, gastos misceláneos y gastos relacionados
del curso, serán cubiertos en su totalidad por el ILEA (Internacional Law
Enforcement Academy).
Artículo 3º—Que durante los días del 12 de setiembre al 09 de
octubre del 2010, en que se autoriza la participación de los funcionarios en la
actividad, devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 12 de setiembre al 09 de octubre
del 2010.
Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad
Pública, a los veintisiete días del mes
de julio del dos mil diez.
José María Tijerino Pacheco, Ministro de Gobernación, Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—Solicitud Nº 36795.—O. C. Nº 9897.—C-26370.—(IN2010068138).
SERVICIO
FITOSANITARIO DEL ESTADO
DEPARTAMENTO
DE INSUMOS AGRÍCOLAS
EDICTO
PUBLICACIÓN DE
PRIMERA VEZ
Nº DIA-R-E-205-2010-.—El señor Edwin
Paul Smit, pasaporte número BA: 0387753, en su calidad de representante legal
de la compañía Reflex Centroamérica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra
en la ciudad de San Rafael de Tres Ríos-Cartago, solicita la inscripción del
producto polinizador invertebrado de nombre comercial Natupol, compuesto a base
de Bombus impatiens. Conforme a lo que establece
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y
EVALUACIÓN
DE
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación
Diversificada “Rama Técnica”, inscrito en el tomo 1, folio 15,
título Nº 40, y del Título de Técnico Medio en Secretariado, inscrito en el
tomo 1, folio 15, título Nº 342, emitido por el Colegio Técnico Profesional de
Educación Comercial y de Servicios, en el año mil novecientos ochenta y tres, a
nombre de Cedeño Gómez Ligia María. Se solicita la reposición de los títulos
indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de
Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad
Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 110, título N° 310, emitido por
el Colegio Sagrado Corazón, en el año mil novecientos setenta y ocho, a nombre
de Jiménez Vargas Ana Patricia. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 44, título N° 3114, emitido por
el Colegio Bilingüe de Palmares, en el año dos mil siete, a nombre de Solano
Pacheco Karina María. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 191, título N° 1720, emitido por
el Liceo Ing. Carlos Pascua Zúñiga, en el año dos mil seis, a nombre de Moreira
Ramos Luis Andrés. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 02, folio 69, título N° 478, emitido por
el Colegio Nocturno de Naranjo, en el año dos mil ocho, a nombre de Benavides
Quirós Mariela de los Ángeles. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios Educación
Diversificada en el Área de Letras, inscrito en el tomo 1, folio 51, título Nº
986, emitido por el Colegio Nocturno José Martí, en el año mil novecientos
ochenta, a nombre de Carrillo Obando Miguel Ángel. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 16, título Nº 53, emitido por el
Liceo Alejandro Aguilar Machado, en el año dos mil cuatro, a nombre de
Chavarría Salazar Andrea María. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 10, título Nº 029, emitido por el
Liceo Nuevo de Limón, en el año dos mil cuatro, a nombre de Hall Kirkland
Jaikel Albert. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de
Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad
Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 27, título Nº 398, emitido por
el Liceo de Santa Bárbara, en el año mil novecientos ochenta y seis, a nombre
de Zumbado Gutiérrez Mayela. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 264, título Nº 1959, emitido por el Liceo de Esparza, en el
año dos mil seis, a nombre de Porras Rodríguez Valeria María. Se solicita la
reposición del título indicado por cambio de apellidos, cuyo nombre y apellidos
correctos son: Soto Rodríguez Valeria. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de
Estudios de Educación Diversificada en el Área de Letras, inscrito en el tomo
1, folio 283, asiento Nº 16, emitido por el Liceo Nocturno de Santa Cruz, en el
año mil novecientos ochenta y dos, a nombre de Castellón Zumbado María Elena.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial
INSTITUTO
COSTARRICENSE DEL DEPORTE
Y
Declaratoria
de utilidad pública de
Se les comunica a todos los interesados que
el Consejo Nacional del Deporte y
San José, 10 de agosto del 2010.—M.Sc. Giselle Goyenaga Calvo, Ministra de Deportes.—1 vez.—(IN2010068141).
DEPARTAMENTO
DE ORGANIZACIONES SOCIALES
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
De conformidad con la autorización extendida
por la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha
procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto
Social de la organización social denominada. Sindicato de Trabajadores de
De conformidad con la
autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social se
ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Cooperativa
Autogestionaria de Personas Activas con Discapacidad R. L., siglas Coopeapad R.
L, acordada en asamblea celebrada el 26 de mayo del 2008. Resolución 1337-CO.
En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de
Presidenta Evelyn Araya Vargas
Vicepresidenta Ana Escobar Vargas
Secretario Jorge
Reyes Naranjo
Vocal I Lucía
Vargas Mendoza
Vocal II Gerardo
Aguilar Esquivel
Suplente 1 Irma
Fiorella Rodríguez Arias
Suplente 2 Henry
Cárdenas Cerdas
Gerente Enrique León Leiva
San José, 5 de agosto del 2010.—Lic.
José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—RP2010190102.—(IN2010067453).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE
Patentes
de invención
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, vecino de
San José, en condición de apoderado especial de Bayer Schering Pharma OY, de
Finlandia, solicita
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El señor José Paulo Brenes Lleras, cédula
1-694-636, mayor de edad, casado, abogado, vecino de Santa Ana, apoderado de
Repros Therapeutics Inc., de E.U.A., solicita
REGISTRO DE
PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones
civiles
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la
entidad denominada: Asociación Santa Eduviges Católica de Guararí, con
domicilio en la provincia de Heredia. Cuyos fines principales entre otros son
los siguientes: promover acciones con entidades gubernamentales y privadas,
tendientes a difundir el pensamiento cristiano según la doctrina de la iglesia
católica. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones
establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Rosa Umaña Vargas. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en
DIRECCION
NACIONAL DE NOTARIADO
Hace saber: Que ante este despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación para el ejercicio del notariado del Licenciado Kendal David Ruiz Jiménez, portador de la cédula de identidad Nº 1-1285-0507, carné 18381, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del gestionante, a efecto de que lo comuniquen a esta Dirección, dentro de los quince días siguientes a esta publicación. (Expediente 10-000506-0624-NO).—San José, 5 de agosto del 2010.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2010068129).
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp. 4025A.—Joaquín Sánchez Masís, solicita concesión de: 1 litro por segundo de la quebrada Cascada, efectuando la captación en finca de Brenes Castillo Juan Guillermo en Cervantes, Alvarado, Cartago, para uso agropecuario-riego-otro. Coordenadas 206.400 / 557.800 hoja Istarú. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de julio de 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2010189998.—(IN2010067450).
Exp. 5163P.—Valles y Prados de un Clima
Perfecto en
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Expediente Nº 13805A.—Bienes Alin S. A., solicita concesión de: 1,16 litros por segundo de la quebrada López, efectuando la captación en finca de Bienes Alin, S. A. en Guácimo, Guácimo, Limón, para uso agroindustrial, coordenadas 248.249 / 572.573 hoja Guácimo. Predios inferiores: Eladio Villlalobos Chaves, José Alberto Rodríguez, Juana Torrente S. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 23 de julio de 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2010068060).
Expediente Nº 3781P.—Inmobiliaria Seis Cinco Cero Cuatro, solicita concesión de: 1 litro por segundo, del pozo AB-141, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Pedro (Montes de Oca), San José, para uso consumo humano comercial. Coordenadas 212.930 / 529.710 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 11 de agosto de 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2010068112).
Registro Civil -
Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Expediente Nº 44562-09.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San
José, a las once horas diez minutos del ocho de julio del dos mil diez.
Fernando Ramón Orozco Mejía, costarricense, cédula de identidad número uno -
quinientos setenta y seis - doscientos ochenta y nueve, vecino de Tirrases,
Curridabat, San José, solicita la rectificación de su asiento de nacimiento en
el sentido que la fecha de nacimiento del mismo es “treinta de setiembre
de mil novecientos cincuenta y uno”. Conforme lo señala el artículo 66 de
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se hace saber que en diligencias de ocurso
incoadas por María Nieves Alemán Alemán, este Registro ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 813-10.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San
José, a las nueve horas veinte minutos del veintisiete de mayo del dos mil
diez. Expediente Nº 6986-10. Resultando: 1º—... 2º—…;
Considerando: I.—Hechos probados... II.—Hechos no probados...
III.—Sobre el fondo…; Por Tanto: Procédase a rectificar el asiento
de matrimonio de Julio César Medal Gutiérrez con María Nieves Orozco Alemán...
en el sentido que los apellidos de la cónyuge son “Alemán Alemán”,
hija de “Urcelina Alemán Alemán, nicaragüense”.—Lic. Óscar
Fernando Mena Carvajal, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2010068113).
DEFENSORÍA DE LOS HABITANTES DE
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2010LA-000004-DHR
Compra
de equipo de transporte
Las condiciones y términos de referencia se podrán retirar desde las
08:00 horas y hasta las 15:50 horas de lunes a viernes en el Departamento de
Proveeduría y Servicios Generales sin costo alguno.
Sita: Barrio México, de los Bomberos 200 metros oeste y 75 metros sur.
Teléfono: 2248-2374 / Fax Nº 2258-6426.
San José, 19 de agosto del
2010.—Departamento de Proveeduría y Servicios Generales.—Roxana
Hernández Cavallini, Jefa.—Lic. Ronald Retana Pérez, Director
Administrativo.—1 vez.—O. C. Nº 15028.—Solicitud Nº
30004.—C-17020.—(IN2010069613).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2010LA-000005-DHR
Construcción de área
para ubicar oficina de funcionarios
de servicios generales y, área
complementaria a las
aulas de capacitación, en el edificio
central
de
Las condiciones y términos de referencia se podrán retirar desde las 8:00 horas y hasta las 15:50 horas de lunes a viernes en el Departamento de Proveeduría y Servicios Generales sin costo alguno.
Sita Barrio México, de los Bomberos 200 metros oeste y 75 metros sur. Teléfono 2248-2374 / Fax No. 2258-6426.
San
José, 19 de agosto del 2010.—Roxana Hernández Cavallini, Jefa
Departamento de Proveeduría y Servicios Generales.—Lic. Rónald Retana
Pérez, Director Administrativo.—1 vez.—O. C.
15028.—(Solicitud Nº 30004).—C-24670.—(IN2010069614).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2010LA-000003-DHR
Compra de equipo de cómputo
Las condiciones y términos de referencia se podrán retirar desde las 8:00 horas y hasta las 15:50 horas de lunes a viernes en el Departamento de Proveeduría y Servicios Generales sin costo alguno.
Sita Barrio México, de los Bomberos 200 metros oeste y 75 metros sur. Teléfono 2248-2374 / Fax Nº 2258-6426.
San
José, 19 de agosto del 2010.—Roxana Hernández Cavallini, Jefa
Departamento de Proveeduría y Servicios Generales.—Lic. Rónald Retana
Pérez, Director Administrativo.—1 vez.—O. C.
15028.—(Solicitud Nº 30003).—C-22970.—(IN2010069618).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL ARCHIVO NACIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2010LN-000004-00300
Construcción III etapa del edificio Archivo Nacional
https://www.hacienda.go.cr/comprared.
La fecha límite
de recepción de ofertas es hasta las 10:00 horas del 16 de setiembre del 2010.
Las ofertas deberán presentarse en la oficina de
San José, 13 de
agosto del 2010.—Proveeduría.—Lic. Elías Vega Morales, Proveedor
Institucional—1 vez.—RP2010191851.—(IN2010069758).
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2010LN-000020-PROV
Alquiler
de local para ubicar al Juzgado de Tránsito
del Primer
Circuito Judicial de San José
El respectivo cartel se puede obtener sin
costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados
deben dirigirse al Proceso de Adquisiciones del Departamento de Proveeduría;
sita en el 3º piso del edificio anexo B, ubicado en la esquina formada entre
calle 15, avenida 6, San José; o bien, obtenerlos a través de Internet, en la dirección:
htttp://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria, o solicitar el envío del
correspondiente archivo por correo electrónico a la dirección:
balpizar@poder-judicial.go.cr. En este último caso, de no atenderse su
solicitud en las 24 horas hábiles siguientes a su requerimiento, deberá
comunicarse tal situación a los teléfonos: 2295-3136 / 3623 / 3295.
Fecha y hora de apertura: 27 de setiembre del 2010, a las 10:00 horas.
San José, 20 de agosto del
2010.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón,
Jefa.—1 vez.—(IN2010069541).
OFICINA DE COMPRAS Y PAGOS
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2010CD-000195-01
Servicio de limpieza de artículos publicitarios
El
Banco de Costa Rica, informa que recibirá ofertas hasta las 11:30 a. m. (once
horas con treinta minutos) del 31 de agosto del 2010, para la contratación en
referencia, las cuales deberán ser depositadas en el buzón de
El cartel de la contratación que incluye las especificaciones y condiciones generales, lo pueden retirar en la misma oficina con un horario de 9:00 a. m. a 3:00 p. m.
San José, 20 de agosto del 2010.—Área de Licitaciones.—Francis Hernández M.—1 vez.—O. C. Nº 59429.—Solicitud Nº 37808.—C-12770.—(IN2010069741).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2010LA-005080-01
Compra de muebles en madera
El Banco de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito hasta las diez horas con treinta minutos (10:30 a. m.) del 8 de setiembre del 2010, para la contratación en referencia.
Los interesados
pueden retirar el cartel de licitación que incluye las especificaciones y
condiciones generales en
Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo
Aguilar S., Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 60058.—Solicitud Nº
37809.—C-11920.—(IN2010069745).
VICERRECTORÍA DE ADMINISTRACIÓN
OFICINA DE SUMINISTROS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000058-UADQ
Contratación de servicio de mantenimiento para la máquina
impresora digital marca H.P. modelo
Índigo
Los interesados
deberán retirar el cartel en
Los interesados
en participar, deberán enviar al fax 2511-4161 los datos de la empresa, número
telefónico, fax y el nombre de la persona a quien contactar en caso necesario,
el incumplimiento de este requisito exonera a
Sabanilla
de Montes de Oca, 23 de agosto de 2010.—Lic. Rosibel González Cordero,
Jefa Unidad de Adquisiciones.—1 vez.—O. C. 97991.—(Solicitud
Nº 38513).—C-20420.—(IN2010069645).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2010LN-00011-SCA
Concesión temporal de
instalaciones públicas
para prestación de servicio de
fotocopiado
en campus Liberia, Sede Regional
Chorotega
Se recibirán
ofertas hasta el día 17 de setiembre del 2010 a la 2:00 p. m. Las ofertas
deberán presentarse en
Los carteles deberán de solicitarse al correo electrónico wjime@una.ac.cr o bajarse de la página de Internet www.una.ac.cr/proveeduria/
Ciudad de Heredia, 12 de agosto del 2010.—Nelson Valerio Aguilar, Director.––1 vez.––O. C. Nº 0250-2010.—Solicitud Nº 37014.––C-23820.––(IN2010070084).
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
CONCURSO 2010LN-000031-1142
94.000 unidades máximo
de Set de Diálisis Peritoneal
Domiciliar, según sistema de doble
bolsa de 2.000 cc
al 1,5% de concentración de dextrosa
Se
informa a los interesados que está disponible en la fotocopiadora del piso
comercial, edificio anexo CCSS, el cartel de
Apertura de ofertas para el 7 de octubre de 2010 a las 9:00 horas. Vea detalles y mayor información en la página web http://www.ccss.sa.cr.
San
José, 17 de agosto de 2010.—Subárea de Carteles.—Argentina Araya
Jara, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº
37080.—C-12770.—(IN2010069735).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000003-ARESEP
Adquisición de software
Las
especificaciones técnicas y las condiciones generales que forman parte de esta
licitación, pueden ser accesadas en la página de
Para mayor información pueden llamar al teléfono 2543- 0536 y 2543-0537, o a los correos electrónicos jromero@aresep.go.cr. fjaubert@aresep.go.cr.
San
José, 18 de agosto del 2010.—Oficina de Proveeduría.—Jorge Romero
Vargas, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº
5137-010.—Solicitud Nº 36022.—C-11920.—(IN2010069498).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2010LA-000004-01
Arrendamiento
de un local para ubicar una sede regional
en el cantón de Pérez Zeledón, distrito San Isidro de El
General
El cartel respectivo puede ser retirado gratuitamente en la recepción
de CONAPE, ubicada en el primer nivel del edificio central de CONAPE, o
solicitarlo al correo electrónico rgranado@conape.go.cr.
Se recibirán ofertas dentro de los siguientes cinco días hábiles a
esta publicación en el Diario Oficial
Sección Administrativa.—Lic. Roger
Granados Ugalde, Jefe.—1 vez.—RP2010191690.—(IN2010069754).
MUNICIPALIDAD
DE BELÉN
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2010LN-000001-01
Contratación
de servicios para la limpieza de vías y sitios
públicos,
mantenimiento de parques, obras de ornato
y otros
servicios en el cantón de Belén
La fecha límite para la recepción de ofertas y apertura de la misma
será el día 17 de setiembre del 2010, hasta las 10:00 horas, solo se tomará en
cuenta el reloj de
La apertura será realizada en las oficinas centrales de
Las especificaciones Técnicas y Condiciones Generales, pueden
retirarse en
El costo es de ¢ 1.500,00 (mil quinientos colones con 00/100).
San Antonio de Belén, Heredia, 20 de agosto
del 2010.—Unidad de Bienes y Servicios.—Marcos Porras Quesada,
Coordinador.—1 vez.—O. C. Nº 26453.—Solicitud Nº
38860.—C-22120.—(IN2010069626).
CONSEJO
NACIONAL DE VIALIDAD
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2010LN-000003-0DI00
Compra
de rejilla metálica para sustituir la losa de
rodamiento del
puente sobre el río Virilla en la
Autopista
General Cañas, ruta nacional 1
El Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI),
comunica a todos los interesados en el concurso en referencia, que según
artículo III de la sesión Nº 771-10, de 17 de agosto del 2010, el Consejo de
Administración acordó:
Acuerdo firme: Analizados los informes: legal, técnico, de
razonabilidad de precios y la recomendación de
San José, 20 de agosto del 2010.—MBA.
Arturo Alvarado Moya, Proveedor.—1 vez.—O. C. Nº
012-2010.—Solicitud Nº 30332.—C-17020.—(IN2010069545).
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2010LN-000007-PROV
(Aviso de
adjudicación)
Contratación
de servicios de vigilancia para
las
instalaciones de los Tribunales de
Justicia de
Alajuela
Se comunica a todos los interesados en el
procedimiento de contratación de referencia, que por acuerdo del Consejo
Superior del Poder Judicial en sesión Nº 75-10 celebrada el día 17 de agosto
del 2010, artículo XL, se dispuso adjudicarla según el detalle siguiente:
A: Seguridad Alfa S. A., cédula jurídica
Nº 3-101-174285.
La prestación de servicios de vigilancia para
las instalaciones de los Tribunales de Justicia de Alajuela, por un monto
mensual de ¢6.361.612,70, para un total anual de ¢76.339.352,40.
Demás términos y condiciones conforme al cartel.
San José, 20 de agosto del
2010.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón,
Jefa.—1 vez.—(IN2010069539).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-005067-01
Compra de mobiliario de metal para oficina
El
Banco de Costa Rica informa, que
|
Descripción |
Oferente |
Precio IVI |
Garantía |
Ítem Nº 1 |
300 Archivadores tamaño legal de 4 gavetas |
Metálica Imperio S. A. |
¢20.306.100,00 |
18 meses (a partir de la entrega) |
Ítem Nº 2 |
50 Lockers de 12 compartimentos |
Distribuidora M, S. A. |
¢4.915.500,00 |
24 meses (a partir de la entrega) |
Ítem Nº 3 |
100 Carritos de metal para cajero |
Taller Industrial Méndez
y Sánchez S. A. |
¢13.221.000,00 |
12 meses (a partir de la entrega) |
Ítem Nº 4 |
100 carritos de
metal para plataformista |
Taller Industrial Méndez y Sánchez S. A. |
¢12.995.000,00 |
12 meses (a partir de la entrega) |
Total ¢51.437.600,00 |
|
San José, 20 de agosto del 2010.—Oficina de Compras y Pagos.—Francis Hernández Monge, Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 59429.—Solicitud Nº 37807.—C-53220.—(IN2010069743).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2010LA-005069-01
Contratación de mantenimiento
evolutivo, soporte y
migración del Sistema CORE bancario y
módulos
relacionados que utiliza el Sistema
Operativo
MCP y DMII
Nos
permitimos informarles que
San
José, 19 de agosto del 2010.—Oficina de Compras y Pagos.—Francis
Hernández M., Área de Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº
60058.—Solicitud Nº 37806.—C-17870.—(IN2010069744).
HOSPITAL WILLIAM ALLEN T.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000014-2307
Suministro de frutas,
verduras y legumbres
A
los interesados en el concurso de
Turrialba, 17 de agosto del 2010.—Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. Orlando Céspedes Campos, Jefe.––1 vez.––(IN2010069651).
UNIDAD DE LICITACIONES
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2010LA-000010-01
Diseño, instalación y funcionamiento
sistema de gas
LPG en los CEPROMAS
Área de Contratación y Suministros.—Rafael Fernández Bolaños, Proveedor.—1 vez.—(IN2010069742).
LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA-000010-IMAS
Arrendamiento de local
para ubicar las oficinas de la
Unidad Local de
Desarrollo Social en Talamanca
Se comunica a
los interesados en la licitación de referencia que mediante oficio SGSA-749-08-2010
del 19 de agosto del 2010, emitido por
San
José, 20 de agosto del 2010.—Área de Proveeduría
Institucional.—MBA. Ramón Alvarado G., Proveedor General.—1
vez.—(IN2010069732).
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2010LN-000059-09003
Compra
de carabinas semiautomáticas
Todo lo demás del cartel permanece
invariable.
San José, 23 de agosto de 2010.—Lic. Josefina Montero Varela, Directora de Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 9444.—Solicitud Nº 37541.—C-10220.—(IN2010070409).
PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000043-PCAD
(Enmienda Nº 1)
Contratación de
servicios de empresa o persona física
que brinde servicios de avalúos de
bienes
inmuebles en todo el país
Se
les comunica a todos los interesados que el documento que contiene
Todas las demás condiciones permanecen invariables.
San José, 20 de agosto del 2010.—Subproceso de Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2010069734).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000058-PCAD
(Aclaración Nº 1)
Contratación de
servicios de mantenimiento, desarrollo al
Sistema Investor del Banco Popular y de
Desarrollo Comunal
(Modalidad consumo por
demanda)
Se
les comunica a los interesados que en
Todas las demás condiciones y requisitos permanecen invariables.
San José, 17 de agosto del 2010.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Jefe.—1 vez.—(IN2010069736).
LICITACIÓN PÚBLICA 2010LN-000004-99999
(Adendum Nº 3)
Construcción de 4 aulas
en la sede
Interuniversitaria de Alajuela
a) Aclaraciones:
1) En la lámina de los planos constructivos AR 2/4, corte “AA”, se indica que el forro a construir sobre la tapia existente será de durrock, sin embargo, en la lámina S12 sección D, se indica forro de lámina HG esmaltada Nº 26. Se aclara que se debe utilizar la lámina HG esmaltada Nº 26.
2) En la lámina de los planos constructivos AR2/4, elevación sur se indica precintas en láminas de denglass y en la misma lámina, elevación este, se indica precinta de durrock. Se aclara que la especificación correcta y que se debe de utilizar es “Precinta de Durrock”.
b) Todas las demás condiciones permanecen invariables.
Sabanilla, 20 de agosto del 2010.—Oficina de Contratación y Suministros.—M.B.A. Yirlania Quesada Boniche, Jefa.—1 vez.—(IN2010069747).
ÁREA DE
ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
CONCURSO 2010LN-000025-1142 (Aviso N° 01)
Producto: ítem N° 01
bolsas de ileostomía fecal para adultos
sistema de dos piezas con medidas para
estomas de 40mm hasta 49 mm
Ítem N° 02 bolsas de
ileostomía fecal para adultos
sistema de dos piezas con medidas para
estomas de 50 mm hasta 59 mm
A los interesados en este concurso se les
comunica que el mismo se prorroga para el 22 de setiembre del 2010 a las 9:00
horas, por cuanto se está atendiendo audiencia especial de
Subárea de Carteles.—Argentina Araya Jara, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 37082.—C-12770.—(IN2010069733).
HOSPITAL DR.
MAX TERÁN VALLS
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2010LA-000001-2308
(Aviso N° 1)
Objeto contractual:
servicio al Hospital Dr. Max Terán Valls de
transporte de bienes
Debido
a una modificación realizada al cartel de especificaciones técnicas, se les
comunica a los interesados a participar en el presente concurso, que la última
versión del cartel se encuentra a disposición en
Por tales modificaciones se prorroga la fecha de recepción de oferta para el 6 de setiembre del 2010, permaneciendo invariable la hora.
Quepos, 19 de agosto del 2010.—Subárea de Planificación y Contratación Administrativa.—Br. Pablo Cordero Méndez, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2010069535).
HOSPITAL SAN
JUAN DE DIOS
ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2010LN-000012-2102
Adquisición de “Estudio
de Polisomnografía”
Se les comunica a todos los interesados en dicha licitación, que la fecha de apertura se prorrogó para el día 22 de setiembre del 2010 a las 10:00 horas, favor pasar a recoger el cartel en la recepción del Área de Gestión de Bienes y Servicios.
San
José, 19 de agosto del 2010.—Subárea de Contratación
Administrativa.—Lic. Daniel Castro Vargas, Coordinador.—1
vez.—(IN2010069715).
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2010LN-000023-2102
Adquisición de
“Ventilador mecánico para uso domiciliar”
Se les comunica a todos los interesados en dicha licitación, que la fecha de apertura se prorrogó para el día 22 de setiembre del 2010 a las 11:00 horas, favor pasar a recoger el cartel en la recepción del Área de Gestión de Bienes y Servicios.
San
José, 19 de agosto del 2010.—Subárea de Contratación
Administrativa.—Lic. Daniel Castro Vargas, Coordinador.—1
vez.—(IN2010069716).
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2010LN-000022-2102
Adquisición de “CPAP y
BIPAP”
Se les comunica a todos los interesados en dicha licitación, que la fecha de apertura se prorrogó para el día 22 de setiembre del 2010 a las 13:00 horas, favor pasar a recoger el cartel en la recepción del Área de Gestión de Bienes y Servicios.
San
José, 19 de agosto del 2010.—Subárea de Contratación
Administrativa.—Lic. Daniel Castro Vargas, Coordinador.—1
vez.—(IN2010069717).
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2010LN-000030-2102
Adquisición de
“placas y películas radiográficas”
Se les comunica a todos los interesados en dicha licitación, que la fecha de apertura se prorrogó para el día 22 de setiembre del 2010 a las 8:00 horas, favor pasar a recoger el cartel en la recepción del Área de Gestión de Bienes y Servicios.
San
José, 18 de agosto del 2010.—Subárea de Contratación
Administrativa.—Lic. Daniel Castro Vargas, Coordinador.—1 vez.—(IN2010069718).
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2010LN-000029-2102
Adquisición de
Aspirador Portátil
Se les comunica a todos los interesados en dicha licitación, que la fecha de apertura se prorrogó para el día 22 de setiembre del 2010 a las 9:00 horas, favor pasar a recoger el cartel en la recepción del Área de Gestión de Bienes y Servicios.
San
José, 19 de agosto del 2010.—Subárea de Contratación
Administrativa.—Lic. Daniel Castro Vargas, Coordinador.—1
vez.—(IN2010069719).
JUNTA ADMINISTRATIVA
DEL SERVICIO ELÉCTRICO
MUNICIPAL DE CARTAGO
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2010LA-000035-01
“Desarrollo de infraestructura civil en las sedes de JASEC”
Fórmula 1: Construcción
taller
de transformadores y reconectores
Fórmula 2: Ampliación
de parqueo institucional
Contratar Bienes
y Servicios, avisa a todos los interesados en
Cartago,
20 de agosto del 2010.—Lic. Abel Gómez L., Coordinador.—1
vez.—O. C. 4249.—(Solicitud Nº
11149).—C-11070.—(IN2010069649).
MUNICIPALIDAD CANTÓN DE EL GUARCO
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2010LA-000005-PROV
Construcción de entubado de agua
pluvial Sector Urb. Las
Rositas / Barrio
Proveeduría.—Lic.
José Ml. González Molina, Proveedor.—1 vez.—(IN2010069526).
“REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO DEL FONDO DE AHORRO Y
PRÉSTAMO DEL IFAM PROPUESTA DE REFORMAS
“CAPÍTULO I
Disposiciones iniciales
Artículo 1º—El presente Reglamento regula el funcionamiento del Fondo de Ahorro y Préstamo del IFAM, creado mediante Ley Nº 6853 de fecha 4 de marzo de 1983 para los servidores del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal.
Artículo 2º—Para los efectos del presente Reglamento, se usarán las siguientes abreviaturas:
a) IFAM: Instituto de Fomento y Asesoría Municipal.
b) FODEAP o FONDO: Fondo de Ahorro y Préstamo de los Empleados del IFAM.
c) JUNTA DIRECTIVA: Junta Directiva del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal.
d) REGLAMENTO: Reglamento de Organización y Funcionamiento del Fondo de Ahorro y Préstamo del IFAM.
e) COMISIÓN: Comisión Administradora.
f) AFILIADO: Todo servidor que se afilie al Fondo de Ahorro y Préstamo del IFAM.
g) DAI: Dirección de Administración Interna.
h) ASAMBLEA: Reunión de afiliados al Fondo.
CAPÍTULO II
De los Recursos y
Administración
Artículo 3º—El FODEAP se financiará con los siguientes recursos:
a) El ahorro de los afiliados será determinado en un 5% mensual sobre el salario bruto que devenga cada afiliado.
b) El aporte del
IFAM determinado en un 5% del ahorro mensual ordinario de cada afiliado. El monto
que corresponda debe ser incluido en los presupuestos anuales de
c) El producto o rédito de las inversiones que se realicen con los recursos disponibles no asignados en préstamo a los afiliados. Estas inversiones deben realizarse en las mejores condiciones de garantía, rentabilidad y liquidez.
d) Los intereses que generan los préstamos otorgados a los afiliados.
e) De los aportes extraordinarios de los afiliados. Estos aportes se calcularán sobre el último salario bruto devengado del afiliado. Sobre este el IFAM no aportará suma alguna.
f) Cualquier otro recurso que por otro concepto ingrese al fondo.
Artículo 4º—El FODEAP estará administrado por una Comisión Administradora, conformada tal como se señala en el artículo 6º del presente Reglamento. Con recursos del Fondo se contratarán los servicios mensuales de contabilidad y un informe de auditoría anual del fondo.
Artículo
5º—Corresponde a
a) Nombrar por períodos de dos
años a los tres integrantes propietarios de
b) Resolver las
solicitudes de crédito para vivienda y crédito personal, previa recomendación
de
c) Fijar las tasas de interés, plazo y topes en las diferentes líneas de crédito.
d) Conocer,
estudiar y en su caso aprobar el reglamento, sus reformas, así como todos los
asuntos que atañen al Fondo, tales como instructivos, requisitos,
procedimientos que le someta para su conocimiento
e) Conocer los informes trimestrales de contabilidad y el informe de auditoría anual.
Artículo
6º—
a) Un (1) representante
propietario por parte de
b) Dos (2)
representantes propietarios de los afiliados y sus respectivos suplentes. Estos
serán designados por una Asamblea de Afiliados. La nómina de representantes de
los afiliados, será remitida posteriormente a
En
sesión de
Artículo
7º—De
La asamblea será
presidida por el Presidente de
Artículo
8º—Son funciones de
a) Tramitar, analizar y
dictaminar las solicitudes de crédito y remitirlas a
b) Llevar un
libro de actas debidamente foliado y sellado por
c) Proponer a
d) Conocer,
dictaminar y trasladar a
e) Velar por la rentabilidad financiera y económica del FODEAP, inspeccionando y fiscalizando todo lo relacionado con las operaciones e inversiones.
f) Proponer a
g) Cumplir con las disposiciones que le impone este Reglamento.
h) Elegir o reelegir de entre sus Miembros el Presidente, por períodos de dos años.
i) Proponer a
j) Remitir
anualmente a
k) Remitir a
conocimiento de
l) Presentar
para conocimiento de
Artículo
9º—Son obligaciones de los Miembros de
a) Asistir puntualmente a las sesiones.
b) Participar en
los estudios y análisis de todo asunto a conocer por
c) Velar por la sana administración del FODEAP.
d) Comunicar en
forma colegiada los dictámenes y resoluciones de
e) Celebrar una sesión ordinaria por mes y las extraordinarias que correspondan.
CAPÍTULO III
De los afiliados
Artículo
10.—Podrá afiliarse al FODEAP el servidor nombrado en propiedad,
entendida la propiedad como el período posterior a los tres meses de prueba.
Para tal efecto, deberá presentar a
La afiliación y desafiliación al Fondo es voluntaria y el interesado, deberá suministrar toda la información requerida. Sin embargo, no podrá desafiliarse del Fondo aquel funcionario que tenga deudas pendientes con éste.
Artículo
11.—
Artículo 12.—La cuota de ahorro que debe aportar el afiliado al FODEAP corresponde un 5% de su salario mensual bruto, misma que será deducida automáticamente, previa autorización escrita del afiliado mediante la fórmula establecida para estos efectos.
Artículo 13.—Los afiliados tendrán derecho a devengar intereses proporcionales sobre sus ahorros. Los intereses se acumularán anualmente al capital principal del ahorro de cada afiliado.
Artículo 14.—El afiliado tendrá derecho a la devolución de sus ahorros e intereses acumulados una vez retirado del FODEAP, siempre que no tenga obligaciones con el Fondo.
CAPÍTULO IV
Del crédito en general
SECCIÓN PRIMERA
Artículo 15.—Se establecen las siguientes líneas de crédito, para:
a) Construcción de vivienda.
b) Compra de vivienda.
c) Reparación, ampliación y remodelación de vivienda.
d) Adquisición de terreno para la construcción de vivienda.
e) Cancelación de hipoteca derivada de la compra de lote o vivienda y/o construcción de ésta.
f) Préstamos personales.
Artículo 16.—Para ser beneficiario de un crédito, se debe cumplir con los siguientes requisitos:
a) Ser funcionario del IFAM en propiedad.
b) Estar afiliado al FODEAP y haber cotizado como mínimo seis meses.
c) Cumplir con todos aquellos requisitos que se establecen para las respectivas líneas de crédito.
Artículo 17.—Se estimará la capacidad de endeudamiento del afiliado por medio del salario neto; en caso de ser insuficiente, se acudirá al ingreso familiar demostrado.
En el caso que se recurra al ingreso familiar la cuota de amortización e intereses, pago de pólizas y cuota de ahorro del afiliado no podrá ser superior al 35% del mismo.
En el caso de que se conceda el crédito sobre el salario neto del afiliado, la suma de la cuota de amortización e intereses, pago de pólizas y cuota de ahorro del afiliado, no podrá exceder del 70% salario neto del afiliado (que incluye el ahorro en el fondo).
Artículo 18.—Los créditos para vivienda que contempla el artículo 15 de este Reglamento se concederán por un plazo máximo de quince años.
Artículo
19.—Los intereses de los créditos serán fijados semestralmente por
Artículo 20.—Todos los créditos relativos a la vivienda y compra de terreno, se garantizarán mediante hipoteca de primer grado otorgada a favor del IFAM. Se podrá autorizar una cesión de hipoteca de segundo grado siempre que la acreedora sea una Institución Pública y se cumplan los siguientes requisitos:
a) Cuando el monto del préstamo sea insuficiente para cubrir el proyecto.
b) Que el valor del inmueble y sus edificaciones cubra el monto de las dos hipotecas, previo informe del ingeniero-inspector.
c) Que el solicitante demuestre tener capacidad de pago sobre las obligaciones que va a contraer.
Artículo 21.—El trámite de las escrituras, pagarés y cualquier otro documento legal necesario para la formalización de los créditos, será realizada por los abogados del FODEAP.
El pago de honorarios por servicios notariales, derechos de registro, timbres, impuestos, estudios, fotocopias y cualesquiera otros gastos correrán por cuenta del afiliado o serán incluidos dentro del monto del préstamo.
Artículo
22.—En igualdad de condiciones y habiendo escasez de fondos,
Artículo
23.—
Artículo 24.—Los créditos para vivienda a que se refiere el artículo 15 del presente Reglamento, se otorgarán únicamente a aquellos afiliados que cumplan con los siguientes requisitos:
a) Cumplir con las condiciones del artículo 16 del presente Reglamento.
b) Demostrar para las líneas de crédito estipuladas en los incisos b) compra de vivienda y d) compra de terreno del artículo 15 del presente Reglamento, que el afiliado, su cónyuge e hijos menores no tengan propiedades inscritas a su nombre, salvo en los casos que posean una parte alícuota o derecho que no permita construir.
Demostrar para las líneas de crédito descritas en el inciso c) del artículo 15 del presente reglamento, a saber reparación, ampliación o remodelación de vivienda y e) cancelación de hipoteca, que el afiliado, su cónyuge o hijos menores no tengan otras propiedades más que la que se pretende beneficiar con el crédito.
c) Presentar certificación
emitida por el Registro Nacional de
d) Presentar certificación emitida por el Registro Civil de su estado civil y nombre de los hijos.
e) Presentar constancias de salarios e ingresos del solicitante y demás miembros del núcleo familiar, en el caso de que el ingreso del afiliado sea insuficiente.
f) Presentar
certificación extendida por el Registro Nacional de
g) Demostrar que el valor del terreno como el de la construcción, cubra el monto del crédito solicitado, para lo cual, el ingeniero-inspector del FODEAP realizará el avalúo correspondiente.
h) Presentar los planos de construcción, el presupuesto de la obra y los permisos de construcción municipal.
i) Demostrar que el vendedor del terreno o vivienda no sea cónyuge o hijo del afiliado.
j) Demostrar que sobre el inmueble a adquirir no pesan gravámenes ni anotaciones, salvo aquellos que deban ser cancelados como parte de la operación o limitaciones y servidumbres razonables, por lo que el solicitante deberá presentar una certificación emitida por el Registro Nacional.
k) Presentar
certificación literal del inmueble extendida por el Registro Nacional de
l) Presentar opción de venta en caso de crédito para compra de terreno con el objeto de construir vivienda o compra de vivienda.
m) Demostrar que el valor del inmueble objeto del crédito supere el monto de la suma a prestar, para lo cual el ingeniero inspector del FODEAP realizará el respectivo avalúo.
Artículo
25.—Cumplido con lo establecido en el artículo anterior y realizada la
verificación de la totalidad de los requisitos,
Artículo
26.—Aprobada la solicitud de crédito por
a) Presentar una póliza del
Instituto Nacional de Seguros (INS) de saldos deudores por el monto total del
crédito, y una póliza de incendio y otros desastres naturales en la cual,
figure como beneficiario el IFAM (FODEAP). La póliza deberá mantenerse durante
la totalidad de la vigencia del crédito, para lo cual
b) Presentar las constancias de los tributos municipales al día, respecto de la propiedad objeto de financiamiento.
c) Autorizar por
escrito a
d) Garantizar el crédito mediante hipoteca de primer grado a favor del IFAM, o bien de segundo grado en los términos que autoriza el presente Reglamento.
e) Cualquiera
otra que disponga
Artículo
27.—Tratándose de créditos para vivienda los desembolsos de capital los
girará
a) Previo al desembolso que corresponda, para el caso de compra de vivienda, el inmueble que se adquiera deberá estar deshabitado.
b) Un primer desembolso de hasta un 30% del total de la suma destinada para construir, previa solicitud del ingeniero-inspector.
c) Los restantes desembolsos se girarán de acuerdo con los informes de avance de obra que suministre el ingeniero-inspector del FODEAP.
Artículo 28.—El monto máximo destinado a la compra del terreno, no podrá exceder del 50% de la suma fijada para adquirir o construir vivienda.
El afiliado que obtenga un préstamo para compra de terreno, tendrá derecho a un crédito complementario para construir vivienda, pero sólo por la diferencia del tope de la línea de crédito de vivienda que esté vigente.
Artículo 29.—El beneficiario deberá proceder a habitar la vivienda en forma regular dentro del mes siguiente a la conclusión de la construcción del proyecto o compra de la vivienda.
SECCIÓN SEGUNDA
De los créditos
personales
Artículo 30.—Los afiliados y las afiliadas tendrán derecho a solicitar créditos personales, de conformidad con lo establecido en este Reglamento.
Artículo
31.—Los créditos personales podrán ser solicitados por un monto mínimo de
cincuenta mil colones (¢50.000,00) hasta un máximo de seis millones de colones
(¢6.000.000,00), a un plazo máximo que no podrá exceder los seis años y a una
tasa de interés que será establecida semestralmente por
Los créditos hasta por un monto máximo de dos millones de colones (¢2.000.000.00) serán garantizados con un fiador asalariado, nombrado en propiedad y con más de un año de laborar preferiblemente funcionario del IFAM. Los mayores a esa suma (¢2.000.000.00) y hasta seis millones de colones (¢6.000.000,00), deberán ser garantizados con dos fiadores preferiblemente funcionarios del IFAM nombrados en propiedad con más de un año de laborar ó bien otras trabajadoras y trabajadores que demuestren igualdad de condiciones en las respectivas instituciones o empresas en las que laboren.
Artículo 32.—Además de los requisitos que se establecen en el Capitulo Cuarto, de este Reglamento, el afiliado que solicite un crédito personal debe cumplir con lo siguiente:
a) Que el solicitante no sobrepase los seis millones de colones (¢6.000.000,00) sumando lo adeudado más la nueva solicitud crediticia con el fondo, salvo aquella que sea de un crédito hipotecario. Que su salario se encuentre libre de embargos, a excepto de aquellos embargos decretados por concepto de pensión alimentaria y el saldo, cubra el porcentaje necesario.
b) Que el solicitante tenga capacidad de pago de acuerdo a la línea de crédito y monto requerido.
c) Que el salario del fiador o fiadores según sea el caso, no se encuentre embargado, salvo en aquellos casos en que el embargo provenga de pensión alimentaria.
d) Presentar constancias de salario del solicitante y del o los fiadores con no más de un mes de emitidas, fotocopia de la orden patronal vigente y de las cédulas de identidad por ambos lados vigentes. El solicitante deberá además, brindar toda aquella información requerida sobre sus fiadores.
e) Si el solicitante o los fiadores tienen otros ingresos, deben demostrar dicho ingreso mediante certificación extendida por un Contador Privado, cuando sean inferiores a ¢50.000.00 y de Contador Público, cuando se supere dicha suma.
f) Autorizar
por escrito a
g) Cualquier
otra condición que imponga
Artículo
33.—No pueden ser fiadores, los Miembros de
En caso de producirse el deceso de alguno de los fiadores, el deudor deberá proceder a la inmediata sustitución del fiador o fiadora fallecido o fallecida, caso contrario, se liquidará el crédito otorgado y se exigirá el cumplimiento del pago del saldo de la operación respectiva.
Artículo
34.—Estos créditos personales se formalizarán mediante pagaré, que será
confeccionado por el abogado del FODEAP, corriendo por cuenta del solicitante,
los gastos en que se deba incurrir, los cuales serán rebajados del préstamo
aprobado. Dichos pagarés, deberán ser remitidos a
Artículo
35.—La confección del cheque y su giro, o la orden de transferencia,
según corresponda, se hará contra orden escrita que emita
Artículo 36.—No se pueden conceder préstamos personales, a aquellos afiliados cuyos salarios se encuentren gravados por embargos judiciales, exceptuando las siguientes situaciones:
a) Que el monto del préstamo solicitado sea suficiente para levantar el embargo, debiendo aplicarse a ese fin. Se girará el cheque a nombre del (los) acreedor (es).
b) Que el embargo se haya originado en una fianza, en cuyo caso el salario liquido del servidor debe ser suficiente para atender las retenciones inherentes al embargo, abonos al crédito y cuota de amortización al FODEAP, así como cualquier otra amortización que deba rebajarse de su salario.
Artículo 37.—El afiliado que haya sido beneficiado con un crédito personal, podrá solicitar un nuevo crédito de esta naturaleza, cuando cumpla con las siguientes condiciones:
a) Que haya transcurrido como mínimo veinticuatro (24) meses de otorgado el último crédito de esta naturaleza, excepto que halla cancelado el crédito anterior o que el crédito se gestione para cubrir gastos en caso de fallecimiento del cónyuge, hijos o padres. Siempre manteniendo como limitante que el monto total a conceder no supere la suma autorizada para la línea de crédito personal.
b) Que el solicitante se encuentre al día con las obligaciones contraídas con el fondo, (pago de los préstamos, pólizas de vida vigentes, entre otros).
c) Que el saldo del crédito vigente se cancele con el nuevo crédito, cuyo monto no debe superar la suma autorizada para la línea de crédito personal.
d)
Artículo 38.—En los créditos personales, cuando un afiliado se retire del FODEAP por cualquier razón, de previo a la devolución de sus ahorros e intereses, debe deducirse de estos los saldos pendientes y, si dichas sumas son insuficientes para la cancelación del crédito, no podrá desafiliarse, salvo que cancele en su totalidad el préstamo pendiente.
CAPÍTULO V
Del aumento de
intereses
Artículo
39. —Junta Directiva podrá aumentar los intereses de los créditos
otorgados hasta doce puntos más, previo informe de
a) Cuando el bien dado en garantía sea arrendado.
b) Cuando el afiliado, habiendo recibido el financiamiento para construcción de o compra de lote, no inicie en un plazo no mayor a seis meses la construcción de la obra.
c) Cuando después de concluida la construcción o formalizada la compra de vivienda, el afiliado no pase a habitar dicho inmueble en un plazo de un mes, o la desaloje injustificadamente.
d) Cuando durante la vigencia del préstamo el afiliado realice o consienta un cambio estructural de importancia en el inmueble, tendiente a modificar su finalidad.
e) Cuando el afiliado no renueve las pólizas dadas en garantía.
f) Cuando el afiliado incumpla cualesquiera otra de las prohibiciones que le impone el presente Reglamento.
Artículo
40.—Además de la sanción económica que proceda, el FODEAP se reserva el
derecho de hacer exigible el cumplimiento de la obligación cuando se den las
circunstancias establecidas en el artículo anterior; también cuando se produzca
un traspaso del inmueble dado en garantía a
Artículo
41.—
CAPÍTULO VI
Disposiciones finales
Artículo 42.—El beneficiario de un crédito del FODEAP no podrá vender, hipotecar, arrendar, enajenar en alguna forma la propiedad (lote o vivienda).
Artículo 43.—Los afiliados del Fondo, en caso de emergencia nacional o catástrofe natural debidamente declarada y que les afecte directamente, podrán requerir un crédito emergente para reconstruir o reparar su vivienda, el cual se tramitará con carácter prioritario en las mismas condiciones y requisitos a que se refieren los artículos 18, 19 y 24.
Artículo 44.—El atraso de tres o más cuotas hará exigible la obligación, lo cual se hará constar en la respectiva escritura o pagaré, tratándose de créditos personales con garantía fiduciaria.
Artículo 45.—Cuando el bien dado en garantía sufra daños amparables bajo la póliza de incendio u otros desastres naturales, el dinero que por concepto de indemnización sea girado por el Instituto Nacional de Seguros, se aplicará al crédito.
Artículo
46.—En caso de que un afiliado o la afiliada presente saldos pendientes
por concepto de créditos contraídos con el FODEAP y se produzca su deceso,
Articulo 47.—Las condiciones generales del crédito estipuladas en el presente Reglamento, deberán constar en la escritura pública o en el documento prendario o de garantía correspondiente.
Artículo
48.—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial
Moravia, 9 de agosto del 2010.—Dirección Ejecutiva.—Dionisio Miranda Rodríguez, Director Ejecutivo.—1 vez.—O. C. Nº 31279.—C-406320.—(IN2010067988).
MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA
Para los efectos legales correspondientes, el Concejo Municipal de Santa Ana, comunica que en la sesión extraordinaria Nº 84, celebrada el 26 de noviembre del 2009, aprobó el siguiente:
REGLAMENTO INTERNO PARA LAS DENUNCIAS DE
HOSTIGAMIENTO SEXUAL EN
DE SANTA ANA
Considerando:
1.—Que es
potestad de las Municipalidades la administración de los intereses y servicios
locales, dentro del territorio del respectivo cantón y en aras de la potestad
reglamentaria y de autorregulación concedida constitucionalmente por los
artículos 168 Y 169 de
Que
el Concejo Municipal de
CAPÍTULO I
De las definiciones, objetivo,
tipificación y sanciones
Artículo
1º—Fundamento. Que
Definiciones.
Para
los efectos del presente Reglamento y de acuerdo con lo establecido en los
artículos 2º, 3º y 5º de
a) Condiciones materiales de empleo.
b) Desempeño y cumplimiento laboral.
c) Estado general de bienestar personal.
También se considera acoso sexual, la conducta grave que, habiendo ocurrido una sola vez, perjudique a la víctima en cualquiera de los aspectos indicados.
Denunciante: Persona que acusa o denuncie una conducta de acoso u hostigamiento sexual.
Denunciado: Persona a quien se le atribuye la presunta conducta de acoso sexual.
Ley: Se refiere a
Potestad
disciplinaria: Poder-deber de
Partes: La presunta víctima y la persona denunciada por acoso u hostigamiento sexual.
Artículo 2º—Objetivo. Este Reglamento tiene por objetivo general permitir las denuncias de hostigamiento sexual, garantizar su confidencialidad y sancionar a las personas hostigadoras, cuando existiere causa.
Artículo 3º—Manifestaciones del acoso sexual. El acoso sexual puede manifestarse por medio de los siguientes comportamientos:
1) Requerimientos de favores sexuales que impliquen:
a) Promesa, implícita o expresa, de un trato preferencial, respecto de la situación, actual o futura, de empleo de quien la reciba.
b) Amenazas, implícitas o expresas, de un trato preferencial, respecto de la situación actual o futura de empleo de quien la reciba.
c) Exigencia de una conducta cuya sujeción o rechazo, sea forma implícita o explícita, condición para el empleo.
2) Uso de las palabras de naturaleza sexual, escritas u orales, que resulten hostiles, humillantes u ofensivas para quien las reciba.
3) Acercamientos corporales u otras conductas físicas de naturaleza sexual, indeseables y ofensivas para quien las reciba.
4) Exposición o exhibición en las pantallas de computadoras, por medio de diapositivas u otros, en las oficinas donde se utilicen imágenes de hombres o mujeres de manera impúdicamente.
Artículo
4º—Tipificación. Con base en el artículo 4 de
Faltas leve: Se consideran faltas leves el uso escrito u oral de palabras de naturaleza sexual que resulten hostiles, humillantes u ofensivas, para quienes las reciban.
Faltas grave: Se considera falta grave cuando se compruebe alguna de las siguientes referentes a aspectos sexuales:
a) Exigencia de conductas o actitudes, cuya sujeción o rechazo, sea, condición implícita para el empleo.
b) Amenazas, expresas o implícitas, físicas o morales, así como daños o castigo referidos a la situación actual o futura de empleo para quien la reciba.
c) Promesa, implícita o expresa, de un trato preferencial, respecto de la situación actual o futura de empleo para quien la reciba.
d) Acercamientos corporales y otras conductas físicas de naturaleza sexual, indeseada y ofensiva para quien las reciba.
Artículo
5º—Sanciones. De acuerdo con el artículo 25 de
a) La falta leve será sancionada con una amonestación por escrito o suspensión sin goce de salario, hasta por el plazo máximo establecido, según se dispone el Reglamento Interno de Trabajo.
b) La falta grave será sancionada con despido sin
responsabilidad patronal, de conformidad con lo establecido en el Capítulo de
Sanciones Disciplinarias., del Reglamento Autónomo Interno de Trabajo de
c) A la persona que se le hubiere sancionado por conductas caracterizadas como leves, que reincidan en su comportamiento, se le impondrá la sanción en grado más severo inmediato, de conformidad con el inciso b) anterior.
d) Cuando las conductas constituyan hechos punibles
además de la sanción correspondiente en
Artículo 6º—Circunstancias agravantes.
1. Si el denunciado y/o denunciada es reincidente en la comisión de actos de acoso u hostigamiento sexual, por los que haya sido sancionado con anterioridad.
2. Si se demuestran conductas intimidatorias hacia la víctima, miembros de sus familias, testigos o compañeros de trabajo.
3. Que el acoso u hostigamiento sexual se haya transformado en persecución laboral en contra de la víctima.
4. Que el estado psicológico de la víctima haya sufrido graves alteraciones o distorsiones debidamente acreditadas mediante certificado médico oficial o rendido por un especialista.
5. La relación de superioridad jerárquica del denunciado y/o denunciada respecto de la víctima, sea en grado de jefatura, de subordinación.
Artículo 7º—Denuncias falsas. Quien denuncie hostigamiento sexual falso incurrirá en las conductas propias de la difamación, la injuria o la calumnia, según el Código Penal, lo cual lo hará acreedor de la sanción aplicada a falta grave.
CAPÍTULO II
De la comisión de estudio e
investigación de las denuncias
Artículo
8º—Conformación de
En los casos de
que los implicados sean los funcionarios y/o las funcionarias de
Cuando el implicado sea un miembro del Concejo Municipal y/o el Alcalde o Alcaldesa Municipal, la denuncia se deberá presentar ante los Tribunales de Justicia.
El representante
de Recursos Humanos lo propondrá
Todos deberán ser nombrados por un período de un año, prorrogable hasta un máximo de dos períodos consecutivos iguales.
Las personas miembros deberán tener formación sobre el problema de acoso sexual y recibir capacitación especializada, por lo cual corresponderá al Departamento de Recursos Humanos buscar y preparar seminarios y talles que permitan esta capacitación constante.
Artículo
9º—Funciones de
a) Conocer la denuncia y tramitar la apertura del procedimiento ordinario administrativo o disciplinario.
b) Nombrar un secretario o secretaria de actas.
c) Levantar el acta respectiva de todo procedimiento.
d) Enviar copia de la resolución definitiva al Departamento de Recursos Humanos y a quien corresponda.
e) Llevar un control de las denuncias.
f) Elaborar el informe sobre el procedimiento y recomendar la sanción.
g) Enviar el resultado del estudio así como la
recomendación de sanción a
Artículo 10.—Causas de remoción de los miembros de
Serán causas de
remoción de los miembros de
a) La ausencia injustificada a cuatro sesiones consecutivas o seis alternas en un año calendario.
b) El incumplimiento injustificado de las funciones asignadas.
c) Cualesquiera otra causal, contemplada en la legislación correspondiente.
Artículo
11.—Excusas y recusaciones. Si alguno de los miembros de la
comisión tiene impedimentos, por alguna razón contemplada en el artículo 234 y
siguientes de
CAPÍTULO III
De los procedimientos
Artículo
12.—Presentación de la denuncia. Todo funcionario o funcionaria municipal
afectada o (ado) por acoso u hostigamiento sexual, podrá acudir ante
Asimismo, todo compañero y todo superior de un servidor que resulte presunta víctima de hostigamiento sexual -en cualquiera de sus manifestaciones-, se encuentra en la obligación de denunciar ante el órgano correspondiente, al hostigador, aún en contra de la voluntad de la presunta persona víctima.
En estos casos, la investigación únicamente se iniciará en el momento en que la presunta víctima ratifique la denuncia; caso contrario se desestimará la misma, salvo que, el acoso sexual resulte público y notorio.
De lo manifestado se levantará un acta que será suscrita por el o la denunciante y por quien reciba la denuncia y debe indicar:
a) Nombre del o la denunciante, número de cédula y dependencia de trabajo.
b) Nombre del denunciado(a) y dependencia de trabajo.
c) Indicación del tipo de acoso sexual que está sufriendo.
d) Fecha a partir de la cual ha sido sujeto del acoso sexual u hostigamiento.
e) Nombre de las personas que puedan atestiguar sobre los hechos denunciados.
f) Presentación de cualquier otra prueba que a su juicio sirva para la comprobación del acoso u hostigamiento.
g) Firma del funcionario o funcionario que recibe la denuncia.
h) Firma de la persona denunciante.
i) Fecha.
Artículo
13.—Traslado de la denuncia.
Artículo
14.—De la ampliación de la denuncia.
Artículo
15.—Término de emplazamiento al denunciado. Transcurrido el plazo
del artículo anterior,
En caso de que el denunciado o denunciada no ejerza la defensa, el proceso continuará, hasta concluirse con la resolución final.
Artículo
16.—Audiencia para la evacuación de la prueba. Transcurrido el
plazo del artículo anterior y dentro de los próximos ocho días hábiles,
Además, podrán realizarse, antes de la comparecencia las inspecciones oculares y periciales.
Se podrá convocar a una segunda comparecencia únicamente cuando haya sido imposible, en la primera dejar listo el expediente para su decisión final.
Artículo 17.—Conclusiones de las partes. En la audiencia del artículo anterior, las partes podrán formular sus conclusiones de fondo sobre las actuaciones contenidas en el expediente.
Artículo 18.—De la valoración de la prueba. En la valoración de la prueba deberán tomarse en consideración todos los elementos directos o indiciarios aportados, así como todas las circunstancias en que ocurrieron los hechos. No se tomarán en consideración para la valoración de dicha los antecedentes del comportamiento sexual de la persona denunciante.
Artículo
19.—Desistimiento de la prueba admitida. Sin necesidad de
resolución que así lo indique, se prescindirá de la prueba testimonial que
luego de haberse admitido, no se hiciera presente a la correspondiente
convocatoria, salvo que su deposición sea esencial para la determinación de la
verdad, a criterio de
Artículo
20.—De la conclusión y resolución. De conformidad con lo dispuesto
por el artículo 319 de
Artículo
21.—Debido proceso. Durante el procedimiento se garantizará el
debido proceso y se guardará total confidencialidad en su trámite, según el
artículo 150 del Código Municipal y el Reglamento Interno de
Artículo
22.—Medidas cautelares. En caso de que la persona ofendida
considere necesaria su reubicación temporal en otra dependencia de
Artículo 23.—Garantía para la persona denunciante y los testigos. Ninguna persona que haya denunciado ser víctima de hostigamiento sexual o haya comparecido como testigo(a) de las partes y que no se haya comprobado que existe denuncia falsa, podrá sufrir por ello perjuicio personal alguno en su empleo.
Artículo
24.—De los recursos. Contra la resolución definitiva, se dará el
recurso de revocatoria o de apelación. Estos deberán interponerse dentro del
término de tres días, tratándose del acto final y de veinticuatro horas en los
demás casos. Ambos plazos contador a partir de la última comunicación del acto;
en todo lo demás el trámite de los recursos se regirá por lo dispuesto en el
artículo 150 del Código Municipal, el Reglamento Interno de Trabajo de
Artículo
25.—De las personas interinas. La persona que haya formulado una
denuncia por hostigamiento sexual y se encuentre interina, estará amparada por
el procedimiento del artículo 15 de
Artículo
26.—Política de Divulgación de
Artículo
27.—Formas de divulgación y prevención. Con el objeto de prevenir,
evitar y erradicar las conductas de acoso u hostigamiento sexual, los
mecanismos para divulgar
1. Colocar en lugares visibles de los edificios municipales o centro
de trabajo un ejemplar de
2. Incorporar esta temática en los programas de capacitaciones, charlas, conferencias, talleres que se programen y actividades similares.
3. Elaborar material informativo que ilustre e identifique ejemplos de acoso sexual, fomentado el respeto y la consideración que deben imperar en las relaciones de trabajo.
4. Promover jornadas de capacitación y actualización dirigidas a los funcionarios y funcionarias de las diferentes Dependencias.
5. Cualquier otra que se estime necesaria para el
cumplimiento de
CAPÍTULO V
Disposiciones finales
Artículo 28.—Competencia de los tribunales de jurisdicción laboral. Agotados los procedimientos establecidos en el presente reglamento o si no se cumplen por motivos que no se le pueden imputar a la persona ofendida, las denuncias por hostigamiento sexual se podrán presentar ante los tribunales de la jurisdicción laboral, los cuales serán competentes para conocerlas.
Artículo 29.—Prescripción. El cómputo, la suspensión, la interrupción y los demás extremos relativos a la prescripción se regirán por lo que se estipula en el Título X del Código de Trabajo.
Artículo
30.—Vigencia del Reglamento. El presente Reglamento rige a partir
de la publicación en el Diario Oficial
Transitorio.—
De conformidad con lo establecido en el artículo 43 del Código Municipal, este proyecto de Reglamento se somete a consulta pública por un lapso de diez días hábiles, vencido se pronunciará sobre el fondo.
Santa
Ana, 29 de julio del 2010.—Ana Virginia Guzmán Sibaja, Secretaria
Municipal.—1 vez.—(IN2010067547).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
A
la señora Karen Vanesa Calderón Córdoba, se le comunica la resolución
administrativa de las nueve horas nueve minutos del veintisiete de julio del
dos mil nueve, misma que dicta el inicio de un proceso especial de protección,
dictando medida de orientación, apoyo y seguimiento temporal a la familia. Se
le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones,
dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina
Local, la cual se encuentra situada en: cien metros al norte de
Oficina Local de Cañas
a Yajayra Calvo Villegas, se le comunica la resolución de las nueve horas diez
minutos del seis de agosto del dos mil diez, que ordenó el inicio del proceso
especial de protección en sede administrativa, en beneficio de la persona menor
de edad Heilyn Rachell Duarte Calvo, misma que se encuentra en el hogar de su
abuela paterna señora Josefa Duarte Duarte. Notifíquese la anterior resolución
a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes
se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas
notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de
no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el recurso será de conocimiento de
Oficina Local de Cañas
a Norvin Alberto Zamora Rodríguez, se le comunica la resolución de las diez
horas del seis de agosto del dos mil diez, que ordenó el inicio del proceso
especial de protección en sede administrativa, en beneficio de las personas
menores de edad Yuriledt Jiménez Solano, Juniet Yuliana Zamora Solano y Judiet
Dariana Zamora Solano. Notifíquese la anterior resolución a las partes
interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les
advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien,
señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren
practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar
señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta Institución se
interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la
presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán
interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho
horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el recurso
será de conocimiento de
Al señor Jhojan
Fernando Sánchez Cedeño y señora Mauren Zamora Granados y a quien interese, se
les comunica la resolución administrativa de las ocho horas del nueve de agosto
de dos mil diez, se declara la adoptabilidad de la persona menor de edad Keylor
Sánchez Zamora. En consecuencia se ordena el traslado del expediente
administrativo para ante el Consejo Regional de Adopciones para que proceda a
la ubicación del niño con una familia potencialmente adoptiva. Proceden el
recurso de revocatoria y de apelación, los que deberán interponerse dentro de
los tres días siguientes a partir de su notificación, siendo competencia de
esta oficina local resolver el de revocatoria, el de apelación corresponderá a
Se comunica a la señora Norma Castillo García que en la oficina local del PANI en Los Chiles se dictó resolución de las diez horas diez minutos del nueve de agosto de dos mil diez, mediante la cual se dispuso medidas de protección en sede administrativa de cuido provisional en el hogar de la señora Marielos Chaves Castillo a favor de la persona menor de edad G.M.C.C., se le concede a la interesada un plazo de cuarenta y ocho horas después de la tercera publicación de este edicto para que haga valer sus derechos. Contra la resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación en el plazo de 3 días hábiles. Debe señalar medio donde recibir notificaciones. Expediente Nº 242-0003-2005.—Oficina Local en Los Chiles.—Lic. Nathalia Murillo Jiménez, Órgano Director.––O. C. Nº 31677.—Solicitud Nº 33600.––C-6600.––(IN2010067486).
Se le comunica a Alexánder Hernández Fallas, la resolución de las 08:00 horas del 10 de agosto del 2010 que ubica a Alejandra Hernández Picado, en una alternativa de protección institucional, denominada albergue “Casa Blanca”. En contra de la presente resolución procede el recurso de apelación para ante el Superior en grado, dentro de un plazo de 48 horas después de notificada. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24 horas después de dictada. Exp. Nº 112-00258-2003.—Oficina Local de Guadalupe, 10 de agosto del 2010.—Lic. Roberto Marín A., Representante Legal.––O. C. Nº 31677.—Solicitud Nº 33600.––C-7200.––(IN2010067487).
A Erick Castro Fallas, se le comunica la resolución de este despacho de las 10:00 horas del 6 de agosto el 2010, por medio de la cual se declara incompetencia de este despacho para continuar conociendo del asunto y ordena referir la situación de Deivis, Steven y Jean Carlo Castro Castro, al PANI Oficina Local de Coto Brus, para que continúe la tramitación hasta fenecer el asunto. Recurso: Apelación. Plazo: dos días hábiles siguientes al de la tercera publicación, ante la oficina local de San Ramón, debiendo señalar lugar para notificaciones futuras en Coto Brus y de alzada en San José, pudiendo señalar número de fax, para tal fin, de lo contrario las resoluciones que se dicten, se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas. Exp. Nº 648-00020-07.—Oficina Local de San Ramón, 6 de agosto del 2010.—Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—Lic. Ana Lorena Fonseca Méndez.—O. C. Nº 31677.—Solicitud Nº 33600.—C-7800.—(IN2010067489).
Se le comunica a la
señora Marisela de los Ángeles Calderón Víctor que en
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
A, Luis Ángel Duarte Duarte se le comunica la
resolución de las nueve horas diez minutos del seis de agosto del dos mil diez,
que ordenó el inicio del proceso especial de protección en sede administrativa,
en beneficio de la persona menor de edad Heilyn Rachel Duarte Calvo, misma que
se encuentra en el hogar de su abuela paterna señora Josefa Duarte Duarte.
Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en
su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar
conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile
para recibir aquellas notificaciones que pudieren en practicarse por ese medio,
en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso,
inexacto o llegaré a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso,
estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro
modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro hora; después de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el recurso será es conocimiento de
A, Ronald Núñez
Montero, se le comunica resolución de las once horas treinta minutos del día
veinte de julio del año dos mil diez, que ordena revocar
A, Edwin Mena
Alvarado, se le comunica resolución de las siete horas treinta minutos del día
tres de julio del año dos mil diez, que ordena iniciar el Proceso Especial de
Protección en Sede Administrativa y dictar Medida de Cuido Provisional en
beneficio de la persona menor de edad N.A.M.M. Expediente Administrativo del
PANI 246-00015-2010. Garantía de Defensa: Se le hace saber que tiene derecho a
hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, a
tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo. Recurso: Se
le hace saber a la parte que contra esta resolución procede el Recurso de
Apelación si se interpone antes este Despacho o bien ante
Se le comunica a la señora Marisela de Los Ángeles Calderón Víctor que en la oficina local del P.A.N.I. en Los Chiles se dicto Resolución de las trece horas treinta minutos del veintinueve de julio del año dos mil diez, donde se dicto Medidas de Protección en Sede Administrativa de Abrigo Temporal a favor de la persona menor de edad Yendri Vanesa Zúñiga Calderón, se le concede a la interesada un plazo de cuarenta y ocho horas después de la tercera publicación de este edicto para que haga valer sus derechos. Contra la resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación. Debe señalar lugar o medio donde recibir notificaciones. Expediente 242-0022-2010.—Oficina Local de Chiles.—Lic. Nathalia Murillo Jiménez, Órgano Director.—O. C. Nº 31677.—Solicitud Nº 33592.—C-7200.—(IN2010067186).
Se le comunica al
señor Juan Ramón Martínez Guardado que en la oficina local del PANI en Los
Chiles se dicto resolución de las diez horas del dos de junio de dos mil diez,
mediante la cual se dispuso Medidas de Protección en Sede Administrativa de
Tratamiento y Orientación en
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se le comunica a Aníbal Bolívar González P.,
de otras calidades desconocidas, la resolución dictada por
A Álvaro Vargas
Mejías, se le comunica la resolución administrativa de las quince horas treinta
minutos del día doce de julio del año dos mil diez, dictada por este Despacho,
en virtud del cual ordena dar inicio con el proceso especial de protección en
sede administrativa y se dicta medida de protección y abrigo temporal a favor
de la persona menor de edad Jacqueline Vargas Gómez y se ubica en el albergue
Hogarcito Infantil del Patronato Nacional de
A Rebeca Chaves
Mendoza y Rafael Valderramos Arias, se les comunica la resolución
administrativa de las nueve horas veinticinco minutos del día seis de agosto
del año dos mil diez, dictada por este Despacho, en virtud del cual ordena dar
inicio con el proceso especial de protección en sede administrativa y se dicta
medida de protección y cuido provisional a favor del niño Herson Samir
Valderramos Chaves, el cual es ubicado en el hogar de sus abuelos maternos, los
señores Jonás Chaves Baltodano y María Mendoza Valencia. Lo anterior por
tipología de negligencia e incumplimiento de deberes parentales. Se notifica
por medio de edicto a ambos progenitores por motivos de que se desconoce su
actual domicilio. Plazo para interponer el recurso de apelación dos días
hábiles, después de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial
Al ser las dieciséis horas del treinta de julio del dos mil diez, se le comunica a William David Fonseca Solís, la resolución de las quince horas con treinta minutos del treinta de julio del dos mil diez, que da inicio al proceso especial de protección en sede administrativa y dictado de medida de protección, a favor de la persona menor de edad William David Fonseca Solís. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución, se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta representación legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la presidencia ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.—Oficina Local de Buenos Aires.—Lic. Dunnia Mena Gómez, Órgano Director del Procedimiento.––O. C. Nº 31677.—Solicitud Nº 40404.––C-11410.––(IN2010068081).
CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA
Para exponer sobre los aspectos técnicos, económicos y financieros de la propuesta planteada por Lepolt Linkimer Bedoya, para ajustar las tarifas de la ruta 352 descrita como: Turrialba-Juan Viñas-Naranjo, tramitadas en el expediente ET-119-2010 y que se detallan de la siguiente manera:
DESCRIPCIÓN RUTA 352: TURRIALBA-JUAN VIÑAS-NARANJO |
Tarifas (en colones) |
Incremento Regular |
||||
Vigentes |
Propuestas |
|||||
Regular |
Adulto mayor |
Regular |
Adulto mayor |
Absoluto (¢) |
Porcentual |
|
Turrialba-Naranjo |
295 |
0 |
400 |
0 |
105 |
35,59% |
Turrialba-Juan Viñas |
235 |
0 |
315 |
0 |
80 |
34,04% |
Turrialba-La Victoria |
190 |
0 |
255 |
0 |
65 |
34,21% |
Turrialba- Colorado |
175 |
0 |
235 |
0 |
60 |
34,29% |
Turrialba-El Recreo |
140 |
0 |
190 |
0 |
50 |
35,71% |
Tarifa Minima |
140 |
0 |
190 |
0 |
50 |
35,71% |
Corredor Común |
||||||
Se solicita adicionalmente que se aumente, por concepto de corredor común, las tarifas del tramo Turrialba-Pueblo Nuevo-Alto Victoria-Juan Viñas-Maravilla-Naranjo de las rutas: 352 A descrita como Turrialba- Juan Viñas- Naranjo, operada por la empresa Transportes Alberto Petersen Pereira, 302 descrita como San José- Turrialba, operada por la empresa Transtusa y 302 A San José- Juan Viñas, operada por la empresa Montari. |
El
01 de setiembre de 2010 a las diecisiete horas (5:00 p.m.), se llevará a cabo
Se hace saber a
los interesados que pueden consultar y fotocopiar el expediente que consta en
Todo aquel que
tenga interés legítimo podrá presentar su oposición o coadyuvancia, por escrito
o en forma oral, el día de la audiencia, momento en el cual deberá presentar
cédula de identidad o documento de identificación aceptado en el país, y
consignar el lugar exacto o el número de fax, para efectos de notificación por
parte de
En el caso de las personas jurídicas la oposición o coadyuvancia deberá ser interpuesta por el representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente.
Las oposiciones o coadyuvancias también se pueden presentar por medio del fax 2290-2010 hasta la hora de inicio de la respectiva Audiencia Pública.
Para información adicional, comunicarse con el Consejero del Usuario al teléfono 8000-273737 o al correo electrónico consejero@aresep.go.cr.
Dirección
General de Participación del Usuario.—Laura Suárez Zamora.—1 vez.—Solicitud
Nº 36020.—O. C. Nº 5129-010.—C-72770.—(IN2010069279).
SUPERINTENDENCIA
DE TELECOMUNICACIONES
EDICTOS
San José, 16 de julio del 2010.—George
Miley Rojas, Presidente.—1 vez.—(IN2010068825).
San José, 28 de junio del 2010.—Maryleana Méndez Jiménez, Vicepresidenta.—1 vez.—(IN2010069738).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
HORIZONTES DEL PASADO H&P SOCIEDAD ANÓNIMA
Norman
Dube, sin segundo apellido en razón de su nacionalidad, ciudadano canadiense,
pasaporte de su país Nº LI589168, en su condición de presidente de Etilok S.
A., con cédula de persona jurídica Nº 3-101-240988, solicita la reposición del
título Nº 002, por cinco acciones, correspondientes al 50% del capital social
de la empresa Horizontes del Pasado H&P S. A., el cual fue extraviado. Se
hace saber para los efectos del artículo 689 del Código de Comercio, que
transcurrido un mes a partir de este aviso, se procederá a la reposición de los
títulos indicados. Si hubiese alguna persona interesada en que no se haga esta
reposición favor hacerlo saber en las oficinas del Lic. Carlos Echeverría,
ubicadas en Barrio Dent, de
UNIVERSIDAD
ISAAC NEWTON
CHONGOCHICO
SOCIEDAD ANÓNIMA
Chongochico
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-556043, solicita ante
AGUAYMANTO
SOCIEDAD ANÓNIMA
Aguaymanto
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-468517, solicita ante
PISOS DE
Pisos
de
TORNILLOS HERRAMIENTAS Y MATERIALES TORHEMA S. A.
Tornillos Herramientas y Materiales Torhema
S. A., cédula jurídica 3-101-395151, solicita ante
IMPORTACIONES
DE MAQUINARIA PESADA
ROMO SOCIEDAD
ANÓNIMA
Importaciones de Maquinaria Pesada Romo
Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta
y siete mil cuarenta y cuatro, solicita ante
CORPORACIÓN
HOTELERA BRYANT S. A
Corporación Hotelera Bryant S. A., cédula
jurídica tres-ciento uno-uno nueve seis cinco cero uno, solicita ante
DISCHAVEL
SOCIEDAD ANÓNIMA
Dischavel Sociedad Anónima, cédula 3 101
325593, solicita ante
MARENOSTRUM
SOCIEDAD ANÓNIMA
Marenostrum Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-10-019319, solicita ante
CLOROMIX
SOCIEDAD ANÓNIMA
Cloromix
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-233650, solicita ante
I C
R INVERSIONES CONSOLIDADAS RATEJ INC SOCIEDAD ANÓNIMA
I C R Inversiones Consolidadas Ratej Inc
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número: tres-ciento
uno-cuatrocientos dieciséis mil ciento uno, solicita ante
CONSTRUCTORA
EDIMECH SOCIEDAD ANÓNIMA
El suscrito Johathan Mendoza Brenes, cédula
de identidad número 1-818-919, Representante Legal de Constructora Edimech
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-262362, solicita ante
TORRE
COMERCIAL DE SAN JOSÉ, SOCIEDAD ANÓNIMA
Torre Comercial de San José, Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-138057, solicita ante
El suscrito notario da fe, que en mi protocolo,
escritura trescientos cuarenta, visible a folio ciento ochenta frente, del tomo
sexto, de las diez horas del cuatro de marzo de dos mil diez, el señor Joel
Luis Bermúdez Gutiérrez, cédula 5-194-775, mediante contrato de participación
comercial, vende a los señores Alexis Muñoz Gamboa, cédula 1-577-884 y a Diana
Gabriela López Sibaja, cédula 1-1098-0266, por partes iguales,
MIRORO
LIBERIANO SOCIEDAD ANÓNIMA,
Miroro
Liberiano Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número: tres-ciento
uno-doscientos un mil cuatrocientos noventa y siete, solicita ante
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
R S C Y ASOCIADOS S. A.
R
S C y Asociados S. A., cédula jurídica tres-ciento uno- ciento cuarenta y seis
mil setecientos setenta y nueve, solicita ante
SÚPER SAN
RAFAEL SOCIEDAD ANÓNIMA
Súper
San Rafael Sociedad Anónima, con cédula jurídica número: tres-ciento uno-cero
cincuenta y tres mil doscientos siete, solicita ante
LÍNEAS
AÉREAS COSTARRICENSES S. A.
Para los efectos del artículo 689 del Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA), hace constar a quien interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá el siguiente certificado de acciones:
Certificado Nº 2992. Acciones 800. Serie B.
Nombre del accionista: Anestesiólogos Asociados S. A. Folio número 4149.—6 de agosto del 2010.—Norma Naranjo M., Gerente de Accionistas.—(IN2010067638).
Se emplaza a todos los
interesados en las diligencias de reposición de diez acciones comunes y
nominativas, las cuales pertenecen la sociedad Rovase Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-uno cero uno-cero ocho ocho cuatro uno cuatro, para que dentro
del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a este despacho a hacer valer sus derechos. Expediente Nº
04-100441-188-CI (interno 458-04-R1).—Juzgado Civil del Primer Circuito
Judicial de
TOBÍAS
ZÚÑIGA SOCIEDAD ANÓNIMA
Tobías
Zúñiga Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-ciento cuarenta y tres mil treinta, solicita ante
INSTITUTO
EDUCATIVO YUNIS LIMITADA
Instituto
Educativo Yunis Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento
dos-ciento treinta y ocho mil cuatrocientos setenta y cinco, solicita ante
TALLER DE
ENDEREZADO Y PINTURA DE AUTOS
JOSÉ MANUEL SÁNCHEZ
Taller
de Enderezado y Pintura de Autos José Manuel Sánchez, solicita ante
RANCHO
CIMARRÓN SOCIEDAD ANÓNIMA
Rancho Cimarrón Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-068833, solicita ante
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
MACORI,
MAQUINARIA AGRÍCOLA
DE COSTA RICA
SOCIEDAD ANÓNIMA
Macori, Maquinaria Agrícola de Costa Rica,
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero cuarenta y dos mil
novecientos veintiocho, solicita ante
TRES-CIENTO UNO-CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL
OCHOCIENTOS
TREINTA Y UNO SOCIEDAD ANÓNIMA
Tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y dos
mil ochocientos treinta y uno sociedad anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y dos mil ochocientos treinta y uno,
solicita ante
TRES-CIENTO
UNO-CUATROCIENTOS OCHENTA Y
SIETE MIL CINCUENTA
Y TRES SOCIEDAD ANÓNIMA
Tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y siete
mil cincuenta y tres sociedad anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos ochenta y siete mil cincuenta y tres, solicita ante
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
COLEGIO
DE ABOGADOS DE COSTA RICA
LISTA
DE ABOGADOS (AS) HABILITADOS (AS) POR
HABER SIDO
SUSPENDIDOS POR MOROSIDAD
El Colegio de Abogados de Costa Rica, informa
que en sesión de Junta Directiva N° 08-06 de fecha 6 de marzo del 2006, y
ratificada el 13 de marzo de 2006, se acordó realizar la publicación de los
(as) abogados (as), que han cancelado las cuotas pendientes de colegiatura con
sus respectivas multas. Por lo cual los (as) siguientes abogados (as) quedan
habilitados para el ejercicio de la profesión. Dicha lista tiene corte al 31de
julio del 2010.
Nombre
del abogado Carné Habilitado
Alvarado
Badilla Celina 6134 08/07/2010
Abarca Guzmán Jessica 13087 08/07/2010
Arias Vega Jorge 11385 28/07/2010
Arias Venegas Wilberth Pelayo 18172 01/07/2010
Barboza Carvajal Ana 1907 29/07/2010
Bialikamien Grynspan León 9740 08/07/2010
Calero Luna Danyelli Irene 5316 13/07/2010
Castillo Hernández Otto Naen 11623 19/07/2010
Cubillo Mena Rigoberto 7477 30/07/2010
Díaz Araya Evelyn 8146 27/07/2010
Donoso Esquivel Natasha 13701 28/07/2010
Fernández López Alejandra 7993 28/07/2010
Fernández Rodríguez Nancy 12274 15/07/2010
Flores Ulloa Jorge Arturo 18027 02/07/2010
García Alexandre Antonio José 15300 09/07/2010
García Chaves Alberto 16649 05/07/2010
Herrera Ledezma Inés 14497
08/07/2010
Jiménez Mora Franklin 9055 16/07/2010
León Fallas Mario 9473 30/07/2010
López Céspedes Guillermo 10901 14/07/2010
Madrigal Chaves Sonia Isabel 10681 09/07/2010
Madrigal Rojas Rafael Ángel 1684 26/07/2010
Morales Valverde Gerardo Rodrigo 1439 27/07/2010
Murillo Ramírez José Nery 8066 27/07/2010
Peña Zúñiga Hugo 6674 26/07/2010
Piedra Sandí Jessica 14193 08/07/2010
Pilar María Jiménez Bolaños 4576 08/07/2010
Rivera Mora Roger 11510 20/07/2010
Rodríguez Jiménez Carlos 6911 27/07/2010
Ruiz Rodríguez José Luis 13596 Anulación
Salazar Arce Rigoberto 11077 29/07/2010
Sandoval Villalobos Rodrigo 14315 26/07/2010
Sudasassi Chacón Rosanna 8470 30/07/2010
Ugarte Chévez Carlos Alberto 14846 26/07/2010
Ulloa Vargas Carmela 14848 Anulación
Valles Robles Franklin 17081 26/07/2010
Vargas Roldán Sebastián David 16192 14/07/2010
Zúñiga Ureña Ricardo 17090 26/07/2010
Zavaleta Díaz Vicente 9804 23/07/2010
Comuníquese al Consejo Superior de
COLEGIO DE
CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA
El Colegio de Contadores Privados de Costa
Rica, comunica a los Contadores Privados y demás interesados, que en el Diario
Oficial
Mediante el presente comunicado se deja sin efecto dicha publicación.
CPI José Antonio Corrales Chacón, Presidente, CPI Edwin Antonio Fallas Hidalgo,
Primer Secretario.
San José, 17 de agosto del 2010.—Lic. Fabián Arce Soto, Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2010068121).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Por escritura
otorgada ante mí a las 9:00 horas del 12 de agosto del 2010, Fantasy Corp.
PDMI S. A., vende libre de gravámenes su establecimiento mercantil de
entretenimiento, juegos y diversión infantil denominado Fantasy Land a
condominio
PUBLICACIÓN DE una VEZ
Por escritura autorizada a las diecisiete horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Melodías de Acuario Sociedad Anónima, en que se reforma la cláusula sétima de sus estatutos, en cuanto a la administración; se reorganiza la junta directiva y se nombra fiscal.—San José, diez de agosto del año dos mil diez.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—RP2010190406.—(IN2010067822).
Por escritura
autorizada a las dieciséis horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de socios de
Por escritura autorizada a las quince horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Distribuidora Belladona Sociedad Anónima, en que se reforma la cláusula sétima de sus estatutos, en cuanto a la administración; se reorganiza la junta directiva y se nombra fiscal.—San José, diez de agosto del año dos mil diez.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—RP2010190408.—(IN2010067824).
Por escritura Nº 181 de protocolización de acta Nº 6 se cambió junta directiva de empresa Tres A S. A. Presidente: Alejandro Bejarano González.—Lic. Edwin Angulo Gatgens, Notario.—1 vez.—RP2010190410.—(IN2010067825).
Ante la notaría de Marlene Elizondo Alfaro, los señores: Luis Alfonso Mora Jiménez, con cédula Nº 1-256-795 y Jairo Alfonso Mora Ramírez, con cédula Nº 1-713-581, en escritura otorgada a las 14:00 horas del 5 de agosto del 2010; constituyeron la sociedad anónima denominada Equipos Industriales JM S. A.—San Luis, Santo Domingo de Heredia, 11 de agosto del 2010.—Lic. Marlene Elizondo Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2010190411.—(IN2010067826).
Los señores Luis Raúl Cerna Argüello y Alicia Emilia Salerni Navas constituyen Lacerna Inversiones Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las nueve horas del veinte de julio de dos mil diez.—Lic. Luis Lacayo Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2010190413.—(IN2010067827).
En mi notaría, mediante escritura otorgada a las diecisiete horas del once de agosto del año 2010, se reformó la cláusula sexta de los estatutos sociales de la sociedad Vitoven V.S.S. S.R.L.—San Ramón, Alajuela, 11 de agosto del año 2010.—Lic. Carolina Muñoz Solís, Notaria.—1 vez.—RP2010190416.—(IN2010067828).
Ante mí, notario público, siendo las 8:00 horas del día 11 de agosto del 2010, se constituyó la sociedad Golden Spider Tattoo Supply Sociedad Anónima.—San José, 12 de agosto del 2010.—Lic. Javier Solís Ordeñana, Notario.—1 vez.—RP2010190417.—(IN2010067829).
Por escritura número veintidós otorgada a las catorce horas del once de agosto del dos mil diez, se constituyó la sociedad Blanco y Negro Gastronómico Sociedad de Responsabilidad Limitada. Cuyo gerente es el señor Felipe Fernández Gudiño.—San José, once de agosto del dos mil diez.—Lic. José Francisco Acevedo Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2010190418.—(IN2010067830).
Distribuidora de Repuestos Rodríguez Grillo Sociedad Anónima, cambio de junta directiva. Presidente, vicepresidente, tesorero y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 11 de agosto del 2010.—Lic. Olga Soto Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2010190419.—(IN2010067831).
Planeta Honda Sociedad Anónima, cambio de junta directiva. Presidente, vicepresidente, tesorero y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 11 de agosto del 2010.—Lic. Olga Soto Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2010190422.—(IN2010067832).
Oca Cartago Distribuidora de Repuestos Sociedad Anónima, cambio de junta directiva. Presidente, vicepresidente, tesorero y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 18 de mayo del 2010.—Lic. Olga Soto Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2010190423.—(IN2010067833).
Investments Two Hundred Sociedad Anónima, cambio de junta directiva. Presidente, vicepresidente, tesorero y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 11 de agosto del 2010.—Lic. Olga Soto Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2010190424.—(IN2010067834).
Investments Kalhy KG Sociedad Anónima, cambio de junta directiva. Presidente, vicepresidente, tesorero y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 11 de agosto del 2010.—Lic. Olga Soto Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2010190425.—(IN2010067835).
Investments Digakali Sociedad Anónima, cambio de junta directiva. Presidente, vicepresidente, tesorero y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 11 de agosto del 2010.—Lic. Olga Soto Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2010190426.—(IN2010067836).
Auto Repuestos Oca Alajuela Sociedad Anónima, cambio de junta directiva. Presidente, vicepresidente, tesorero y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 11 de agosto del 2010.—Lic. Olga Soto Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2010190427.—(IN2010067837).
En mí notaría, se ha modificado el pacto constitutivo de la sociedad Rokala Sociedad Anónima. Presidente la socia Sasha Solano Santamaría. En Guadalupe a las ocho horas del cinco de agosto del dos mil diez.—Lic. Andrea Ruiz Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2010190428.—(IN2010067838).
Importadora de Repuestos Oca Moravia Sociedad Anónima, cambio de junta directiva. Presidente, vicepresidente, tesorero y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 11 de agosto del 2010.—Lic. Olga Soto Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2010190429.—(IN2010067839).
En mi notaría, se ha constituido la sociedad denominada Pimon del Sur Sociedad Anónima. Presidente el socio Alfredo Picado Montero. En Guadalupe a las once horas del diecinueve de junio del dos mil diez.—Lic. Andrea Ruiz Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2010190430.—(IN2010067840).
Importadora Mayorista de Repuestos Oca A B C de Costa Rica IMROCA Sociedad Anónima, cambio de junta directiva. Presidente, vicepresidente, tesorero y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 11 de agosto del 2010.—Lic. Olga Soto Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2010190431.—(IN2010067841).
Rodso CL Sociedad Anónima, cambio de junta directiva. Presidente, vicepresidente, tesorero y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 11 de agosto del 2010.—Lic. Olga Soto Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2010190433.—(IN2010067842).
Importaciones Latinoamericanas Gadi Sociedad Anónima, cambio de junta directiva. Presidente, vicepresidente, tesorero y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 11 de agosto del 2010.—Lic. Olga Soto Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2010190434.—(IN2010067843).
Repuestos Oca Honda de Cartago Sociedad Anónima, cambio de junta directiva. Presidente. vicepresidente, tesorero y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 11 de agosto del 2010.—Lic. Olga Soto Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2010190436.—(IN2010067844).
Por escritura
otorgada, ante esta notaría, a las dieciséis horas quince minutos del
diecisiete de junio del dos mil diez, se constituye la sociedad Agropecuaria
Finca
Por medio de la escritura número dos, otorgada a las nueve horas del día treinta de julio del dos mil diez, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Inmobiliaria Plaza Palermo Sociedad Anónima, por la cual se modifican la cláusula primera en cuanto al domicilio, la quinta de la administración, y se revocan los nombramientos de la junta directiva y del fiscal y se nombran nuevos miembros para estos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—RP2010190438.—(IN2010067846).
Por medio de la escritura número uno, otorgada a las ocho horas del día treinta de julio del dos mil diez, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Las Magnolias del Coco Sociedad Anónima, por la cual se modifican la cláusula segunda en cuanto al domicilio, la tercera del objeto, la octava de la administración, y se revocan los nombramientos de la junta directiva y del fiscal y se nombran nuevos miembros para estos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—RP2010190439.—(IN2010067847).
Por medio de la escritura número trece, otorgada a las nueve horas del día seis de agosto del dos mil diez, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada CR Vacations One Sociedad Anónima. Capital social cien mil colones. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Presidente: La señora Rimma Portnoy.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—RP2010190440.—(IN2010067848).
Por medio de la escritura número catorce, otorgada a las diez horas del día seis de agosto del dos mil diez, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Sonora del Mar Sociedad Anónima. Capital social cien mil colones. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Presidente: la señora Carla Sáenz Padilla.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—RP2010190441.—(IN2010067849).
Por escritura pública número treinta y dos - sesenta y cuatro, otorgada ante esta notaría, se constituyó Cerro Chopo de Cañas Sociedad Anónima, domiciliada en Guanacaste. Capital: 10.000 colones, suscritos y pagados. Presidenta: Claudia Solano Castro. Plazo: 99 años.—Tilarán, 10 de agosto del 2010.—Lic. Gustavo Adolfo Wattson Gómez, Notario.—1 vez.—RP2010190442.—(IN2010067850).
Por escritura 56, de las 13:00 horas del 11 de agosto constituyó Publidiseño G.P Sociedad de Responsabilidad Limitada. Ante el notario Víctor Hugo Fernández Mora, visible al folio 31 frente del tomo 12 de mi protocolo.—San José, 11 de agosto del dos mil diez.—Lic. Víctor Hugo Fernández Mora, Notario.—1 vez.—RP2010190444.—(IN2010067851).
Por escritura otorgada, en esta notaría, a las diecisiete horas del trece de abril de dos mil diez, se constituyó la empresa domiciliada en San José, cuyo nombre será Coorporación Joheldi Sociedad Anónima. Capital totalmente suscrito y pagado.—San José, once de agosto del dos mil diez.—Lic. Hernán Alexis Pérez Sanabria, Notario.—1 vez.—RP2010190446.—(IN2010067852).
Por escritura otorgada, ante mi notaría, se constituyó la sociedad de este domicilio, denominada Disaka Comercial Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía. Objeto: el comercio, industria, la prestación de servicios en general , además podrá dedicarse a la agricultura y la ganadería. Presidente y tesorero con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 10 de agosto del 2010.—Lic. Juan Luis Calderón Castillo, Notario.—1 vez.—RP2010190448.—(IN2010067853).
Ante esta notaría, se constituyeron la sociedad anónima Corpo Restauración Antares Sociedad Anónima, con presidente el señor Horario Toro Perdomo.—San José, 5 de agosto del 2010.—Lic. Miguel Ángel Sáenz Ugalde, Notario.—1 vez.—RP2010190449.—(IN2010067854).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad de esta plaza Zukero Siete ZS Limitada; primer gerente: Heilyn Salas Solórzano, segundo gerente: Diana Salas Solórzano. Corresponde al primer gerente y segundo gerente la representación judicial y extrajudicial, con facultades independientes de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: diez mil colones. Plazo: cien años.—San José, veintiuno de julio del dos mil diez.—Lic. Kattya Villegas Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2010190451.—(IN2010067855).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad de esta plaza Zukero Cuatro ZC Limitada; primer gerente: Heilyn Salas Solórzano, segundo gerente: Diana Salas Solórzano. Corresponde al primer gerente y segundo gerente la representación judicial y extrajudicial, con facultades independientes de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: diez mil colones. Plazo: cien años.—San José, veintiuno de julio del dos mil diez.—Lic. Kattya Villegas Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2010190452.—(IN2010067856).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad de esta plaza Zukero Seis ZS Limitada; primer gerente: Heilyn Salas Solórzano, segundo gerente: Diana Salas Solórzano. Corresponde al primer gerente y segundo gerente la representación judicial y extrajudicial, con facultades independientes de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: diez mil colones. Plazo: cien años.—San José, veintiuno de julio del dos mil diez.—Lic. Kattya Villegas Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2010190454.—(IN2010067857).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad de esta plaza Zukero Cinco ZC Limitada; primer gerente: Heilyn Salas Solórzano, segundo gerente: Diana Salas Solórzano. Corresponde al primer gerente y segundo gerente la representación judicial y extrajudicial, con facultades independientes de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: diez mil colones. Plazo: cien años.—San José, veintiuno de julio del dos mil diez.—Lic. Kattya Villegas Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2010190455.—(IN2010067858).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las dieciséis horas, veinticinco minutos, del día nueve de agosto del dos mil diez se constituye, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Productos Informáticos para el Desarrollo Prides S. A.—San José, 12 de agosto del 2010.—Lic. Óscar Alberto Arias Ugalde, Notario.—1 vez.—RP2010190456.—(IN2010067859).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad anónima denominada Letmas Energy Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, que tiene como objeto social el comercio internacional en general, con un plazo social de noventa y nueve años.—Cartago, ocho de agosto del dos mil diez.—Lic. Gabriela Ocón Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2010190457.—(IN2010067860).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó WSV Materiales Eléctricos del Oeste Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Domicilio social: San José, Pavas.—San José, once de agosto del dos mil diez.—Lic. Luis Diego Castillo Guzmán, Notario.––1 vez.––RP2010190459.––(IN2010067861).
Mediante escritura número doscientos veintiuno, otorgada a las doce horas y veinte minutos del día once de agosto del dos mil diez, visible al folio ciento noventa y dos vuelto del tomo cuarto de mi protocolo, se constituyó la sociedad Biojen Sociedad Anónima. Es todo.—San José, once de agosto del dos mil diez.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.––1 vez.––RP2010190460.––(IN2010067862).
Ante esta Notaría, comparece el señor Kenneth Wegner, canadiense, de un solo apellido en razón de su nacionalidad, pasaporte número: J E cinco siete dos cuatro cero seis. Y dice: que se ha sustituido al tesorero y al secretario de la sociedad Dos Río Resort Playas Azules Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos veintinueve mil seiscientos cuarenta y seis. Es todo.—San José, once de agosto del 2010.—Lic. Asdrúbal Vega Castillo, Notario.––1 vez.––RP2010190463.––(IN2010067863).
El suscrito notario hace constar que el día veintinueve de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad anónima cuyo nombre lo designará el Registro, mediante el número de cédula jurídica, siendo su presidente: Mauricio Alberto Masís Mora, cédula de identidad número dos-quinientos cincuenta y seis-ciento cincuenta y dos, con un capital social de diez mil colones.—Ciudad Quesada, once de agosto del dos mil diez.—Lic. Roy Alberto Guerrero Olivares, Notario.––1 vez.––RP2010190464.––(IN2010067864).
El suscrito notario hace constar que el día veintinueve de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad anónima cuyo nombre lo designará el Registro mediante el número de cédula jurídica, siendo su presidente: Mauricio Alberto Masís Mora, cédula de identidad número dos-quinientos cincuenta y seis-ciento cincuenta y dos, con un capital social de diez mil colones.—Ciudad Quesada, once de agosto del dos mil diez.—Lic. Roy Alberto Guerrero Olivares, Notario.––1 vez.––RP2010190465.––(IN2010067865).
Por escritura otorgada a las trece horas treinta minutos del diez de agosto del año dos mil diez, se constituye la empresa de esta plaza Live Love Costa Rica Sociedad Anónima, cuya traducción al español será Viva y Ame Costa Rica Sociedad Anónima y pudiendo abreviarse Live Love Costa Rica S. A. Capital social: cien mil colones exactos. Representación: presidente y secretario. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, a las catorce horas del diez de agosto del año dos mil diez.—Lic. José Luis Ureña Díaz, Notario.––1 vez.––RP2010190469.––(IN2010067866).
Por escritura otorgada a las trece horas treinta minutos del diez de agosto del año dos mil diez, se constituye la empresa de esta plaza Sale Express Sociedad Anónima, cuya traducción al español será Venta Rápida Sociedad Anónima y pudiendo abreviarse Sale Express S. A. Capital social: cien mil colones exactos. Representación: presidente y secretario. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, a las catorce horas del diez de agosto del año dos mil diez.—Lic. José Luis Ureña Díaz, Notario.––1 vez.––RP2010190470.––(IN2010067867).
Ante esta Notaría se han constituido las sociedades que se denominarán según número de cédula jurídica que asigne el Registro Nacional a cada una, y fueron constituidas a las diez horas, diez horas treinta minutos, once horas, once horas treinta minutos, y doce horas, del siete de agosto del dos mil diez, todas con un capital social de diez mil colones constituido por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una.—Nicoya, siete de agosto del dos mil diez.—Lic. Erwin Alan Seas, Notario.––1 vez.––RP2010190473.––(IN2010067868).
Se constituye nueva sociedad de nombre Grupo Jinsha Internacional Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, visible al folio ciento veintiuno frente y vuelto y ciento veintidós frente y vuelto del tomo tres del protocolo tercero del notario público Lic. Christian Badilla Vargas.—Lic. Christian Badilla Vargas, Notario.––1 vez.––RP2010190474.––(IN2010067869).
Ante esta Notaría se han constituido las sociedades las que se denominarán según número de cédula jurídica que asigne el Registro Nacional a cada una, y fueron constituidas a las trece horas, trece horas treinta minutos, catorce horas, catorce horas treinta minutos y quince horas, del nueve de agosto del dos mil diez, todas con un capital social de diez mil colones constituido por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una.—Nicoya, nueve de agosto del dos mil diez.—Lic. Luis Gustavo Valverde Chavarría, Notario.––1 vez.––RP2010190475.––(IN2010067870).
Se constituye nueva sociedad de nombre Propiedades Papagayo Sociedad Anónima, según escritura número ciento cincuenta y dos, visible al folio setenta y tres frente y vuelto y setenta y cuatro frente y vuelto del tomo tres del protocolo tercero del notario público Lic. Christian Badilla Vargas.—Lic. Christian Badilla Vargas, Notario.––1 vez.––RP2010190476.––(IN2010067871).
El notario público que suscribe, debidamente autorizado para tal efecto, a las diez horas del veintiséis de julio de dos mil diez, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Los Seis Pelícanos de Delicias Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y seis mil seiscientos noventa y dos, donde se modificó el pacto social y se nombró vicepresidente, tesorero, fiscal y vocal de la junta directiva.—Cóbano de Puntarenas, tres de agosto de dos mil diez.—Lic. Juan Carlos Fonseca Herrera, Notario.––1 vez.––RP2010190477.––(IN2010067872).
Se hace constar que ante la notaría de Víctor Hugo Castillo Mora, mediante escritura número veinte de las siete horas del doce de agosto del dos mil diez, se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de LHS Fisioterapia Sociedad Anónima, donde se reforma la cláusula primera, para que en adelante se denomine: LHS Rehabilitación Sociedad Anónima.—San José, doce de agosto del año dos mil diez.—Lic. Víctor Hugo Castillo Mora, Notario.––1 vez.––RP2010190478.––(IN2010067873).
Por escritura otorgada
ante esta Notaría a las diecisiete horas del diez de agosto del dos mil diez,
se modificaron los estatutos y se nombra nuevo presidente de la sociedad Solución
Máxima en
Por escritura número
231 del tomo 31 de mi protocolo, otorgada a las 16:00 horas del 12 de julio
2010, se constituyó la sociedad AGUIMOR . FAM Sociedad Anónima.
Presidente y vicepresidente apoderados generalísimos debiendo actuar en forma
conjunta solo para comprometer bienes sociales. Plazo social: 100 años. Domicilio:
Alajuela, urbanización
Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la compañía tres - ciento uno - quinientos diecinueve mil setecientos sesenta y cuatro, sociedad anónima, por medio de la cual se reforma la cláusula segunda de los estatutos en cuanto al domicilio social, la cláusula novena de la administración y se nombra nueva junta directiva de la compañía.—San José, once de agosto de dos mil diez.—Lic. Andrés Alberto Jiménez Vega, Notario.––1 vez.––RP2010190483.––(IN2010067876).
Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la compañía Finca MCE Auto Uno Cruiser Limitada, por la cual se nombra nuevo gerente de la compañía.—San José, diez de agosto de dos mil diez.—Lic. Andrés Jiménez Vega, Notario.––1 vez.––RP2010190484.––(IN2010067877).
Por escritura otorgada ante mi Notaría, a las diez horas del nueve de agosto del año dos mil diez, se constituyó la compañía denominada Empresa de Seguridad Privada Nuevo Imperio Sociedad Anónima, domiciliada en San José. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social totalmente suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve.—San José, 9 de agosto del año 2010.—Lic. Noilly Vargas Esquivel, Notaria.––1 vez.––RP2010190485.––(IN2010067878).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las 08 horas del 12 de agosto del 2010, se constituyó sociedad anónima que tendrá como razón social Barboza Holding Incorporated S. A.—Lic. Willy Curling Rutlshsauser, Notario.––1 vez.––RP2010190486.––(IN2010067879).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las 09 horas del 12 de agosto del 2010, se constituyó sociedad anónima que tendrá como razón social según acuerdo del decreto número treinta y cuatro mil seiscientos noventa y uno-J.—Lic. Willy Curling Rutishsauser, Notario.––1 vez.––RP2010190487.––(IN2010067880).
Por escritura otorgada a las 08:00 horas del día de hoy, ante esta Notaría, se constituyó la sociedad denominada El Coche de Nenu Sociedad de Responsabilidad Limitada, María Luisa Salas Carbonell, Gerente. Capital social: debidamente suscrito y pagado.—Puntarenas, Jacó, 5 de agosto del 2010.—Lic. Sylvia Vega Carballo, Notaria.––1 vez.––RP2010190488.––(IN2010067881).
Por escritura otorgada a las 09:00 horas del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de la sociedad denominada Fisshard Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma las cláusulas segunda y sexta, de su pacto social.—Puntarenas, Jacó, 6 de agosto del 2010.—Lic. Sylvia Vega Carballo, Notaria.––1 vez.––RP2010190489.––(IN2010067882).
Mediante escritura número 356 del tomo 14 del notario Arturo Méndez Jiménez, de fecha 06 de agosto del 2010; se protocoliza acta número uno, acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Tachito de Sereno Sociedad Responsabilidad Limitada, acta mediante la cual se modifican las cláusulas segunda y sexta, del pacto constitutivo de dicha sociedad.—San Vito de Coto Brus, 06 de agosto del 2010.—Lic. Arturo Méndez Jiménez, Notario.––1 vez.––RP2010190490.––(IN2010067883).
Por escritura otorgada a las 08:00 horas del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de la sociedad denominada Casco Amarillo Siete FFF Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma las cláusulas segunda y sétima de su pacto social.—Puntarenas, Jacó, 4 de agosto del 2010.—Lic. Sylvia Vega Carballo, Notaria.––1 vez.––RP2010190491.––(IN2010067884).
Mediante escritura número 355 del tomo 14 del notario Arturo Méndez Jiménez, de fecha 06 de agosto del 2010; se constituye la sociedad: Vargas Fine Compañía del Sur Limitada. Gerentes: Carlos Vargas Cascante, Ana Cecilia Arroyo Abarca y Mariam Vargas Arroyo.—San Vito de Coto Brus, 06 de agosto del 2010.—Lic. Arturo Méndez Jiménez, Notario.––1 vez.––RP2010190492.––(IN2010067885).
Mediante escritura número doscientos noventa, del tomo octavo: hoy se constituyó la sociedad Villaruh S. A.—San José, 11 de agosto del 2010.—Lic. Rómulo Eduardo Pacheco Vargas, Notario.––1 vez.––RP2010190494.––(IN2010067886).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del día seis de agosto del año dos mil diez, se modificó la cláusula sexta de los estatutos de la sociedad denominada Infosystems Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-454689.—Lic. Byron Vargas Vásquez, Notario.––1 vez.––RP2010190496.––(IN2010067887).
Se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Grupo Dumilenium Tres Sociedad Anónima. Se nombra nueva junta directiva. Presidente: Israel Pacheco Barahona. Escritura otorgada en la ciudad de San José a las catorce hora del once de agosto del dos mil diez.—Lic. Arturo Vargas Fournier, Notario.––1 vez.––RP2010190501.––(IN2010067888).
Ante esta Notaría comparecieron Reynold Delgado Carrillo, cédula número cinco-trescientos cuarenta y dos-cero diez, Geilin Azofeifa Trejos, cédula número siete-ciento cuarenta y cinco-novecientos cuarenta y seis, María Eveli Carrillo López, cédula número cinco-doscientos cuarenta y siete-trescientos sesenta y ocho, y Porfirio Delgado Carrillo, cédula número cinco-trescientos cincuenta y nueve-quinientos noventa, para constituir la sociedad denominada Multiservicios Pesao de Nosara Sociedad Anónima, por noventa y nueve años y con objeto de comercio.—Nicoya, 10 de agosto del 2010.—Lic. Iveth Orozco García, Notaria.––1 vez.––RP2010190502.––(IN2010067889).
Ante esta Notaría, Guido Falso y Ana Ruth Núñez Jiménez, por escritura número doscientos veinte- cuatro, otorgada a las doce horas del once de agosto del dos mil diez, constituyeron una sociedad anónima, cuya denominación social se ajusta a lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, capital social: diez mil colones, plazo: cien años.—Lic. Rosa María Escudé Suárez, Notaria.––1 vez.––RP2010190504.––(IN2010067890).
Por escritura otorgada
ante mí, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Coconut Beach
Club de Tamarindo Sociedad Anónima, cuya presidenta con facultades de
apoderada general sin límite de suma es la señora Anne Katrine Gudmundseth
(nombre) Hjelset (apellido), mayor, de un sólo apellido en razón de su
nacionalidad noruega, divorciada una vez, empresaria, vecina de
Por escritura de las 13:00 horas del 5 de agosto de 2010, la sociedad Desarrollo Agrario y Ecológico Saprissa Sociedad Anónima, reforma la cláusula sexta del pacto social, reorganiza la junta directiva y la fiscalía y designa apoderado generalísimo.—San José, 5 de agosto del 2010.—Lic. Gloria V. Vega Chávez, Notaria.—1 vez.—RP2010190510.—(IN2010067892).
Ante esta notaría mediante escritura otorgada a las nueve horas del diez de agosto del dos mil diez, se constituyó la sociedad Inversiones Z Cuatro Dos Mil Nueve Sociedad Anónima.—San José, once de agosto del dos mil diez.—Lic. Guillermo Sánchez Sava, Notario.—1 vez.—RP2010190512.—(IN2010067893).
Por escritura otorgada el nueve de agosto del presente año, ante mí, Alicia Guzmán Quesada y Blanca Eugenia Ureña Quesada, constituyen El Jardín Sociedad Anónima. Capital social: diez acciones. Plazo: noventa y nueve años.—Guápiles, Pococí, nueve de agosto del dos mil diez.—Lic. Marielos Barrantes Rivas, Notaria.—1 vez.—RP2010190514.—(IN2010067894).
Ante esta notaría al ser las once del cinco de agosto del dos mil diez, se constituyó la sociedad G&C Intellectual Property Limitada, con capital social de diez mil colones y gerente: José Pablo Sánchez Hernández.—San José, cinco de agosto del dos mil diez.—Lic. Patricia Castro Molina, Notaria.—1 vez.—RP2010190515.—(IN2010067895).
Por escritura número ciento catorce-uno, otorgada a las ocho horas del día doce de agosto del año dos mil diez, ante el notario público Zentis Uhrig Martínez; el señor Guillermo Vado Caldera y Alejandro Chacón López constituyen una sociedad anónima denominada MR Tres Seguridad S. A.—San José, 12 de agosto del 2010.—Lic. Zentis Uhrig Martínez, Notario.—1 vez.—RP2010190516.—(IN2010067896).
Por escritura número ochenta y nueve de las dieciséis horas cuarenta y cinco minutos del siete de agosto del dos mil diez, se constituyó la sociedad Importadora Libertad Sociedad de Responsabilidad Limitada, Domicilio: Sarchí Sur de Valverde Vega, Alajuela, en calle San Miguel, un kilómetro al norte de casa pastoral, plazo social: noventa y nueve años. Capital social: veintiún mil colones.—Lic. Marconi Salas Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2010190517.—(IN2010067897).
En mi notaría a las 9:00 horas del 4 de agosto del 2010, se constituyó la sociedad, cuya razón social se establecerá el número de cédula de persona jurídica que le sea asignado al momento de su inscripción, según disposiciones del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Capital social de cien mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una. Objeto: Comercio en general. Plazo 99 años.—San José, 4 de agosto del 2010.—Lic. Carlos Enrique López Baltodano, Notario.—1 vez.—RP2010190520.—(IN2010067898).
Ante esta notaría en
escritura pública número: setenta-once, de las diez horas con treinta minutos
del día seis de agosto de dos mil diez, Alexander Cambronero Pacheco, Dennis
Cambronero Pacheco constituyen Ornamentales Yireh Sociedad de
Responsabilidad Limitada. Capital social: diez mil colones, gerentes
nombrados: Alexander Cambronero Pacheco, Dennis Cambronero Pacheco. Domicilio
social: Concepción de
Johel Marroquín Ramos
y Evelyn Montes Castro constituyen la sociedad Grupo Inversiones Marroquín
Castro de
Ante mi notaría a las 16:30 horas del día 4 de agosto del 2010, se constituyó Dragonfly Pink Three S. A. Capital social suscrito y pagado.—San José, 12 de mayo del 2010.—Lic. Randall Tamayo Oconitrillo, Notario.—1 vez.—RP2010190527.—(IN2010067901).
En esta notaría, a las 10:35 horas del día 6 de agosto del 2010. Se constituyó la sociedad denominada Rótulos Méndez Sociedad Anónima, con un patrimonio inicial de cien mil colones, y un plazo de noventa y nueve años. Domicilio San José, Desamparados, San Rafael Arriba.—San José, 6 de agosto del 2010.—Lic. Sonsire Ivonne Espinoza Ríos, Notaria.—1 vez.—RP2010190528.—(IN2010067902).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Piazza Italia. Capital suscrito y pagado, duración noventa y nueve años.—San José, nueve de agosto del año dos mil diez.—Lic. José A. Zeledón Colombari, Notario.—1 vez.—RP2010190529.—(IN2010067903).
La sociedad denominada Modas San Cristóbal del Sur Limitada con cédula jurídica número tres-ciento dos-uno ocho siete seis cero cero, domiciliada en San José, Desamparados San Cristóbal Sur un kilómetro al este de la iglesia, al ser las quince horas del primero de julio del dos mil diez, acordó modificar la cláusula quinta del pacto social para que la misma en lo sucesivo se lea de la siguiente forma: quinta el capital social es la suma de cuatro mil colones dividido en cuatro cuotas o títulos nominativos de mil colones cada uno pagadas totalmente. Las cuotas o títulos que las amparan serán firmados por el gerente y subgerente de la empresa, quienes quedan autorizados para hacer la emisión correspondiente de títulos.—Lic. Fercinta Esquivel Godínez, Notaria.—1 vez.—RP2010190531.—(IN2010067904).
Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad tres-ciento uno-cinco tres dos cinco siete siete S. A. Se nombra nuevo presidente, secretario, tesorero de la junta directiva, nuevo fiscal y agente residente. Escritura otorgada en San José, a las 16:00 horas del 10 de agosto del 2010.—Lic. Imelda Arias del Cid, Notaria.—1 vez.—RP2010190532.—(IN2010067905).
Al ser las 10:00 horas del día de hoy, los señores Jean Pierre Cartín Solórzano y Soledad Solórzano Ugarte, constituyeron una empresa cuya denominación social es el número de cédula jurídica, capital social diez mil colones cancelado por medio de dos letras de cambio, suscritas por los accionistas, a la vista y endosadas a favor de la sociedad, el presidente tendrá facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, domicilio San José, San José, Carmen, del Hotel Aurola Holiday Inn, ciento veinticinco metros al norte.—San José, 10 de agosto del 2010.—Lic. German Vega Ugalde, Notario.—1 vez.—RP2010190533.—(IN2010067906).
Al ser las 10:00 horas del día de hoy, los señores Jean Pierre Cartín Solórzano y Soledad Solórzano Ugarte, constituyeron una empresa cuya denominación social es el número de cédula jurídica, capital social diez mil colones cancelado por medio de dos letras de cambio suscritas por los accionistas, a la vista y endosadas a favor de la sociedad, el presidente tendrá facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, domicilio San José, San José, Carmen, del Hotel Aurola Holiday Inn, ciento veinticinco metros al norte.—San José, 10 de agosto del 2010.—Lic. German Vega Ugalde, Notario.—1 vez.—RP2010190534.—(IN2010067907).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad Global System Security SJSV Sociedad Anónima, cuya actividad es el comercio en general, el plazo social es de cien años, cuyo representante es Saulo Javier Soto Vargas y fue constituida el diez de agosto del dos mil diez.—Lic. Walter Solís Amen, Notario.—1 vez.—RP2010190535.—(IN2010067908).
Se constituyó en mi notaría la sociedad anónima Multiservicios Alrs del Oeste Sociedad Anónima con un capital social de diez mil colones exactos, con domicilio social en Heredia, Barreal de Heredia del Ebais trescientos al norte, veinticinco al oeste, primera casa a mano izquierda de color verde con negro.—San José, diez horas del día cuatro de agosto del dos mil diez.—Lic. Yamileth Pérez Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2010190536.—(IN2010067909).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del diez de agosto de dos mil diez, se constituyó la sociedad anónima Servicio de Transportes Privados Costa Rica Shuttle Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones. Presidente: Humberto González Araya.—Cóbano de Puntarenas, diez de agosto de dos mil diez.—Lic. Juan Carlos Fonseca Herrera, Notario.—1 vez.—RP2010190537.—(IN2010067910).
Por escritura número ciento noventa, otorgada por el suscrito notario el Licenciado Alexander Soto Guzmán, se constituye la sociedad Aero-Photo Centroamérica Sociedad Anónima. Capital social de cien mil colones.—San José, once de agosto del año dos mil diez.—Lic. Alexander Soto Guzmán, Notario.—1 vez.—RP2010190538.—(IN2010067911).
Por escritura pública número doscientos setenta y tres, otorgada ante mi notaría, se constituyó sociedad anónima denominada Creaciones Originales KHG S. A. Plazo noventa y nueve años, capital social: diez mil colones exactos. Presidenta: Kattia Hernández Guth.—San José, 12 de agosto del 2010.—Lic. Greivin Ureña Fuentes, Notario.—1 vez.—RP2010190540.—(IN2010067912).
Se constituye sociedad anónima denominada Edith Piaf Sociedad Anónima, representada por la presidenta Zaida Chaves Solera, la secretaria Melisa Otoya Chaves y la tesorera Ingrid Otoya Chaves, actuando separadamente.—Venecia, San Carlos, 11 de agosto del 2010.— Lic. Marjorie Otoya Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2010190542.—(IN2010067913).
Carolina Mata Alvarado, notaria pública hace constar que en la escritura número cincuenta y nueve, visible al folio treinta y nueve frente del tomo doce del protocolo de la suscrita notaria, se reformó la cláusula segunda del pacto constitutivo Bigben Malekzadeh Sociedad Anónima.—Cartago, once de agosto del dos mil diez.—Lic. Carolina Mata Alvarado, Notaria.—1 vez.—RP2010190544.—(IN2010067914).
Por escritura otorgada hoy ante mí, los señores Timothy Martin Burke y Rachel Lynn Burke, constituyeron la sociedad denominada Tylinds Sociedad de Responsabilidad Limitada, que es nombre de fantasía, pudiendo abreviarse Tylinds S.R.L. Gerentes: ellos mismos, plazo: cien años.—San Ramón, diez de agosto del dos mil diez.—Lic. Mario Eduardo Salazar Camacho, Notario.—1 vez.—RP2010190545.—(IN2010067915).
Armando Solís Rivera y
Rosibel Rivera Naranjo, constituyen la sociedad
Por escritura otorgada en esta notaría en San José a las nueve horas del día veintisiete de julio del dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Abba Día del Chirripó Sociedad Anónima. En la cual se modificó la cláusula quinta del capital social.—San José, 11 de agosto, 2010.—Lic. Carlos Morales Fallas, Notario.—1 vez.—RP2010190554.—(IN2010067917).
Ante esta notaría, en escritura otorgada el 26 de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad anónima Auritec Centro Audiológico S. A, presidenta: Sandra Quesada Ruiz, tesorero: Manuel Valverde Zúñiga.—Miércoles, 11 de agosto del 2010.—Lic. Antonio Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2010190559.—(IN2010067918).
Por escritura pública otorgada hoy ante mí, en San José, a las 8:00 horas protocolicé acta de la sociedad Cerámica Poás Sociedad Anónima por la cual se modificó lo relativo al domicilio.—San José, agosto 11 del 2010.—Lic. Mario Antonio Morelli Astúa, Notario.—1 vez.—RP2010190561.—(IN2010067919).
La suscrita notaria, hace constar que de acuerdo a la escritura número ciento cinco, de mí protocolo cuarto, la junta administradora del condominio Antigua, cédula tres-ciento nueve-cuatro cuatro dos cero siete. Hacen cambio de junta administradora.—Curridabat, doce de agosto del dos mil diez.—Lic. Ana María Flores Garbanzo, Notaria.—1 vez.—RP2010190562.—(IN2010067920).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del diez de agosto del dos mil diez, Adrián Ceciliano Altamirano y Gloriana Loría Espinoza, constituyen una sociedad cuyo nombre será Ocho Verde Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Ocho Verde S.A., nombre que es de fantasía. Su domicilio estará en San Isidro de El General, Pérez Zeledón, San José, pudiendo establecer agencias o sucursales en otro u otros lugares del país o fuera de él. Presidente en la sociedad se nombró al señor Frank Martin Fleming. Capital social: doce mil colones, representado por doce acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, íntegramente suscritas y pagadas. Plazo: noventa y nueve años.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, diez de agosto del dos mil diez.—Lic. Olman Vargas Cubero, Notario.—1 vez.—RP2010190563.—(IN2010067921).
Protocolización acta
en la que se nombra vocal en la junta directiva de Inmobiliaria de
Comerciantes de
Por escritura número sesenta y cinco del tomo segundo de mi protocolo, se constituyó la sociedad Grupo Servicool Sociedad Anónima. Escritura de las diecinueve horas del veintisiete de julio del dos mil diez.—Lic. Kattia Hernández Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2010190567.—(IN2010067923).
Por escritura número diecisiete-siete, otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del once de agosto del dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Electroflow S. A., mediante la cual se reformó la cláusula cuarta de los estatutos.—San José, 11 de agosto del 2010.—Lic. Jorge F. Baldioceda Baltodano, Notario.—1 vez.—RP2010190568.—(IN2010067924).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas treinta minutos del diez de agosto del dos mil diez, se constituyó la sociedad Transportes WD Sociedad Anónima. Presidente: Roberto Suárez Zeledón. Capital social: diez mil colones netos. Domicilio: Buena Vista de Sámara de Nicoya, Guanacaste.—Lic. Edgar Manrique Salazar Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2010190576.—(IN2010067926).
Por escritura otorgada
ante mí, a las 11 horas del 24 de julio del 2010, los señores Jesús Mariano
Espinoza Camacho y Ana Patricia Camacho Quirós, fundan la sociedad Bosques
Por escritura otorgada el 5 de agosto del dos mil diez, ante esta notaría se constituye la compañía Corporación Hermanos Wifesa Sociedad Anónima, y se designa presidente con suficientes facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, doce de agosto del dos mil diez.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—RP2010190579.—(IN2010067928).
Escritura otorgada a las 15:40 minutos del 10 de agosto del 2010, se conoce la renuncia del secretario de la junta directiva de Irawo Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-349432, se modifica la cláusula décima de la administración, corresponde al presidente y al tesorero la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, y podrán actuar de manera conjunta o separada.—San José, 10 de agosto del 2010.—Lic. Andrea Carvajal Lizano, Notaria.—1 vez.—RP2010190584.—(IN2010067929).
Por escritura otorgada ante mí, se protocoliza acta de la compañía con domicilio en San José, tres-ciento uno-quinientos noventa y seis mil doscientos veinticuatro, mediante la cual se modifica la cláusula segunda del pacto social, se acepta renuncia de presidente y secretario de la junta directiva y se nombran sustitutos. En San José, a las quince horas del treinta de julio del dos mil diez.—San José, tres de agosto del dos mil diez.—Lic. Roxana Gómez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2010190587.—(IN2010067930).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se reformó la cláusula sexta y se nombraron nuevos presidente, secretario y tesorero de la sociedad anónima F X Real Option S. A.—Lic. Francisco Muñoz Rojas, Notario.—1 vez.—RP2010190588.—(IN2010067931).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del 11 de agosto del 2010 ante esta notaría se constituyó la sociedad con denominación social de cédula jurídica, con domicilio en Guatuso de Patarrá, de la terminal de buses de Guatuso de Patarrá, 100 metros al sur calle a Cemex, con un plazo de noventa y nueve años. Otorgada ante la notaria Maritza Muñoz Delgado.—Lic. Maritza Muñoz Delgado, Notaria.—1 vez.—RP20101490589.—(IN2010067932).
Ante el notario Lic. Rogelio Acuña Altamirano, notario público de San José se protocoliza acta de la sociedad denominada Interoptical S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos setenta y nueve mil trescientos setenta y seis, en donde se modifica el nuevo número de identificación de los apoderados.—San José, diez de agosto del dos mil diez.—Lic. Rogelio Acuña Altamirano, Notario.—1 vez.—RP2010190590.—(IN2010067933).
Mediante escritura
otorgada el 11 de agosto del 2010, ante esta notaría se constituye la sociedad
denominada Carnes de
Mediante escritura otorgada el 12 de agosto del 2010, ante esta notaría se nombra miembros de la junta directiva de la asociación denominada Cámara Costarricense de Empresas Familiares CACEF.—San José, 12 de agosto del 2010.—Lic. Manuela Guillén Salazar, Notaria.—1 vez.—RP2010190594.—(IN2010067935).
Por escritura otorgada en San José, a las ocho horas del cinco de agosto del dos mil nueve, se protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad Rocka Ltda, cédula jurídica tres-ciento dos-ciento treinta y dos mil novecientos setenta. Se realizan modificaciones al pacto social y se realizan nuevos nombramientos en su gerencia, ante la notaría del Lic. Juan Luis Guardiola Arroyo.—Lic. Juan Luis Guardiola Arroyo, Notario.—1 vez.—RP2010190598.—(IN2010067936).
Ante mí, Lic. Andrés Vargas Valverde notario público se constituye sociedad Comercializadora Cinco Estrellas M Y M Sociedad Anónima. Escritura número ciento cuatro. Otorgada en San José, a las ocho horas y treinta minutos del once de agosto del dos mil diez.—San José, once de agosto del dos mil diez.—Lic. Andrés Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—RP2010190599.—(IN2010067937).
Por medio de escritura otorgada a las ocho horas del 12 de agosto del 2010, se protocoliza asamblea general extraordinaria de cuotistas de la empresa Venus Mount Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-488078, mediante la cual se modifica el objeto de la sociedad.—San José, 12 de agosto del 2010.—Lic. Ana Yhansey Fernández Corrales, Notaria.—1 vez.—RP2010190600.—(IN2010067938).
Ante esta notaría, por escritura de las once horas con cuarenta y cinco minutos del veintisiete de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad Michael Investments Sociedad Anónima. Presidente: Michael Stuart Brown.—San José, 12 de agosto del 2010.—Lic. María Lucrecia Quesada Barquero, Notaria.—1 vez.—RP2010190602.—(IN2010067939).
El suscrito Luis Enrique Salazar Sánchez, notario público con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el treinta de julio del dos mil diez, se protocolizó ante mi acta de la empresa denominada San Ángel Uno S. A.—San José, treinta de julio del dos mil diez.—Lic. Luis Enrique Salazar Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2010190603.—(IN2010067940).
Ante mi notaría se constituyó Internacional Commerce Limitada, con plazo social de doscientos años a partir de su constitución, capital social cien mil colones. Apoderados generalísimos: Juan Carlos Hernández Mena, Adolfo José Becerril García, actuando conjunta o separadamente. En San José, a las 11:00 horas del 31 de julio del dos mil diez.—Lic. Lindy Viviana Acuña Benavides, Notaria.—1 vez.—RP2010190606.—(IN2010067941).
Por escritura otorgada a las diez horas del nueve de agosto del dos mil diez, se constituye la sociedad Distribuidora Total GDT Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.—RP2010190609.—(IN2010067942).
Por escritura otorgada a las trece horas del nueve de agosto del dos mil diez, se reforma la cláusula sexta de la sociedad Arco Dorado Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—Lic. Édgar Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—RP2010190610.—(IN2010067943).
Ante mí, Pablo Arias González, notario público con oficina en Atenas, hago constar que el cuatro de mayo del dos mil diez, a las diez horas en la ciudad de Atenas, se realizó la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Atenas Marsh Holdings S. A., en la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Atenas, doce de agosto del dos mil diez.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—RP2010190612.—(IN2010067944).
Ante mí, Pablo Arias González, notario público con oficina en Atenas, hago constar que el veinticuatro de julio del dos mil diez, a las ocho horas en la ciudad de Atenas, se realizó la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Lightblue Sky Sociedad Anónima, en la cual se reforman las cláusulas segunda y octava del pacto constitutivo.—Atenas, veinticinco de julio del dos mil diez.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—RP2010190614.—(IN2010067945).
Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario público con oficina en Atenas, se constituyó la sociedad anónima denominada Dreams in Atenas Limitada, a las catorce horas del diez de agosto del dos mil diez. Gerente y subgerente con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad quienes tendrán las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Atenas, once de agosto del dos mil diez.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—RP2010190616.—(IN2010067946).
Ante mí, Pablo Arias González, notario público con oficina en Atenas, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Ale Atenas Tektónica Limitada, a las nueve horas del veinticuatro de julio del dos mil diez. Gerente uno y gerente dos con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad quienes tendrán las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Atenas, doce de agosto del dos mil diez.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—RP2010190618.—(IN2010067947).
Ante mí, Pablo Arias González, notario público con oficina en Atenas, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Burgess de Atenas Limitada, a las ocho horas del doce de agosto del dos mil diez. Gerente uno y gerente dos con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, quienes tendrán las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Atenas, doce de agosto del dos mil diez.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—RP2010190622.—(IN2010067948).
Ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Sass & Bide Properties Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y cinco mil ciento noventa, mediante la cual se reformó la cláusula octava del pacto constitutivo.—San José, 9 agosto del 2010.—Lic. Marjorie Retana Hidalgo, Notaria.—1 vez.—RP2010190623.—(IN2010067949).
Acta constitutiva de la sociedad: Inter CR Sociedad Anónima, constituida mediante escritura pública número: ciento cuarenta y dos, visible a folios: setenta y seis frente tomo: diecisiete de la notaria Tatiana Camacho Acosta, otorgada a las dieciocho horas del nueve de agosto del dos mil diez.—Heredia, 12 de agosto del 2010.—Lic. Tatiana Camacho Acosta, Notaria.—1 vez.—RP2010190624.—(IN2010067950).
Por escritura número 125 otorgada ante mi notaría a las 13:00 horas del 12 de agosto del 2010, los señores Ernesto Mora López, cédula 1-1150-0715, María García Pérez, cédula 2-477-396, constituyeron la sociedad Superbizz Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: diez mil colones íntegramente suscrito y pagado.—San José, 12 de agosto del 2010.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—RP2010190625.—(IN2010067951).
Modificación parcial
de la cláusula sexta del acta constitutiva de la sociedad Apartasa Sociedad
Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-doscientos cuarenta y seis
mil setecientos noventa, misma que fue protocolizada mediante escritura ciento
treinta y tres, folio setenta y uno, frente del tomo dieciséis del protocolo de
Por escritura N° 256-22 otorgada ante mí, hoy a las 14:00 horas, se constituyó la sociedad anónima E.I.C.C. S. A. Domicilio: Paraíso de Cartago, contiguo a Escuela Bilingüe. Capital: ¢10.000 dividido en 100 acciones comunes y nominativas de ¢100 c/u. Objeto: comercio, industria, ganadería, agricultura. Plazo: 100 años a partir de hoy. Administración: Presidente y vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, 11 de agosto del 2010.—M.Sc. Ricardo Jiménez González, Notario.—1 vez.—RP2010190628.—(IN2010067953).
Que los señores Yesenia María Kruger y Ronald Adrián Rodríguez Fallas comparecieron ante este notario para constituir una sociedad anónima, misma que se denominará Kruger Investments Trust J.S.R Sociedad de Responsabilidad Limitada. Es todo.—San José, 12 de agosto del dos mil diez.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—RP2010190630.—(IN2010067954).
Por escritura otorgada en mi notaría, al ser las quince horas con quince minutos; del cuatro de agosto del dos mil diez, se constituyó la sociedad que se denominará con el número de cédula jurídica que le asigne el Registro, domiciliada en Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela. Presidente y secretario: con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: Íntegramente suscrito y pagado.—Ciudad Quesada, 4 de agosto del dos mil diez.—Lic. Víctor Emilio Rojas Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2010190632.—(IN2010067955).
Protocolización de acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad United Technicians Sociedad Anónima (nombramientos y cambio de domicilio social). Registro Público, Sección Mercantil. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 15:05 horas del 11 de agosto del 2010.—Lic. Evelyn Cristina Miranda Mora, Notaria.—1 vez.—RP2010190633.—(IN2010067956).
Por escritura otorgada ante el suscrito fue constituida la sociedad Catering Danna Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado totalmente.—San José, 10 de junio del 2010.—Lic. William Chaves Villalta, Notario.—1 vez.—RP2010190635.—(IN2010067957).
Por escritura otorgada ante el suscrito fue constituida la sociedad Gibesir Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado totalmente.—San José, 12 de agosto del 2010.—Lic. William Chaves Villalta, Notario.—1 vez.—RP2010190636.—(IN2010067958).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 11:00 horas del 12 de agosto del 2010, se constituyó la sociedad: Off Shore Holdings S. A. con domicilio en Alajuela, El Coyol, urbanización Los Olivos, parque Los Grillitos cincuenta oeste. Presidente: Félix Alexis Mendoza Pavón.—San José, 12 de agosto del 2010.—Lic. Francisco Orlando Salinas Alemán, Notario.—1 vez.—RP2010190640.—(IN2010067959).
Por escritura otorgada ante mi notaría de fecha 30 de julio 2010, se constituyó la sociedad anónima Inversiones Helvetia Wieser Ehrbar Sociedad Anónima. Capital: diez mil colones. Presidenta: Lisabeth Wieser Ehabar. Escritura 103 del 30 de julio del 2010, tomo 2, folio 81 frente.—Lic. María Isabel García Campos, Notaria.—1 vez.—RP2010190641.—(IN2010067960).
Por escritura otorgada en mi Notaría a las ocho horas del veintidós de julio del dos mil diez Alfredo Umaña Herrera y Anita (nombre) Monro (apellido) constituyen Umaña Monro Ventures Sociedad Anónima. Capital social: doce mil colones. Objeto: comercio en general. Domicilio: Marbella de Santa Cruz, Guanacaste. Presidenta: Anita Monro.—Santa Cruz, once de agosto del dos mil diez.—Lic. Leticia Jiménez Rivas, Notaria.—1 vez.—(IN2010067969).
Por escritura otorgada en mi Notaría a las diez horas del veintidós de julio del dos mil diez, María Mercedes Tristán López y Gabriel Morales Vallejos constituyen Lo nuestro de San Juanillo Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Objeto: pesca artesanal, deportiva, turismo, industria y comercio en general. Domicilio: San Juanillo de Santa Cruz, Guanacaste. Presidenta: María Mercedes Tristán López.—Santa Cruz, once de agosto del dos mil diez.—Lic. Leticia Jiménez Rivas, Notaria.—1 vez.—(IN2010067971).
Hoy, protocolicé acta de asamblea de socios Inversiones Rabol de Belén S. A. Se nombra nueva secretaria. Presidenta: Isabel Bolaños Vargas.—Moravia, 28 de julio del 2010.—Lic. Manuel Núñez Carrillo, Notario.—1 vez.—(IN2010067993).
Hoy, en mi Notaría, se protocolizó acta de asamblea general de socios de Follajes Marvesa Sociedad Anónima. Se nombra nuevo secretario. Presidente: Wilbert Soto Agüero.—Moravia, 13 de agosto del 2010.—Lic. Manuel Núñez Carrillo, Notario.—1 vez.—(IN2010067994).
Por escritura otorgada número cuarenta y cinco de las doce horas del catorce de agosto del dos mil diez, Guillermo Santiago Rodríguez Benel y otra, constituyen sociedad anónima, razón social conforme al decreto ejecutivo. Domicilio social: Heredia, ciento veinticinco al sur del super Gigante, barrio San Jorge. Capital suscrito y pagado.—San José, 14 de agosto del 2010.—Lic. Óscar Murillo Castro, Notario.—1 vez.—(IN2010067998).
El suscrito notario Marvin Aguirre Chaves, hace constar que en esta notaría, se confeccionó la escritura número ciento sesenta-siete, de las diecinueve horas del diez de agosto del dos mil diez, donde se realizó el acta constitutiva de la sociedad denominada Carbono Neutro Dos Mil Veintiuno Sociedad Anónima.—San José, doce de agosto del dos mil diez.—Lic. Marvin Aguirre Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2010068001).
En escritura autorizada por el suscrito notario a las once horas del día dieciséis de agosto del dos mil diez se protocolizaron actas de asambleas generales extraordinarias de accionistas de Buena Puntería Sociedad Anónima y de Las Ventanas Properties and Condos Limitada, mediante las cuales se produce la fusión de ambas, prevaleciendo la segunda de ellas, la que, a su vez, modifica la cláusula quinta de su pacto social. De igual manera, se modifica la cláusula segunda de la sociedad prevaleciente.—San José, dieciséis de agosto del dos mil diez.—Lic. Arturo Apéstegui Barzuna, Notario.—1 vez.—(IN2010068003).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó Corporex Costa Rica Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones.—San José dieciséis de agosto del dos mil diez.—Lic. Rafael Francisco Mora Fallas, Notario.—1 vez.—(IN2010068007).
Mediante escritura otorgada ante mí a las once horas cincuenta minutos del trece de agosto del dos mil diez se reformó la cláusula primera: del nombre de la sociedad denominada Las Más Bellas del Mundo Inc, Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y nueve mil quinientos cuarenta y cinco. Es todo.—San José, trece de agosto del dos mil diez.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(IN2010068008).
Por escritura otorgada ante mí a las once horas del once de agosto del año en curso se protocoliza acuerdos tomados en asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Prima-Group L.L.C. Sociedad Anónima, en que se modifica la cláusula primera de los estatutos.—San José, 11 de agosto del 2010.—Lic. Rodolfo Loría Sáenz, Notario.—1 vez.—(IN2010068010).
Ante la notaría del Licenciado Róger Antonio Sancho Rodríguez, mediante escritura número noventa y dos-diecinueve, iniciada al folio cincuenta y dos vuelto del tomo décimo noveno del protocolo de dicho notario, de las 14:00 horas del día 13 de agosto del dos mil diez, los señores: Ronny Agustín Quintero Aparicio, cédula de identidad número 1-728-544 y Marysol Zúñiga Barrantes, cédula de identidad número 1-745-223, constituyeron la empresa denominada Tecnologías Roquin Sociedad Anónima.—Santo Domingo de Heredia, 16 de agosto del 2010.—Lic. Róger Antonio Sancho Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2010068012).
Ante esta Notaría, mediante escritura de las 8:00 horas del catorce de agosto del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Sagira Soluciones e Inversiones Informáticas Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Alberto Esquivel Meléndez, Notario.—1 vez.—(IN2010068021).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a las once horas del doce de agosto del año en curso, se modificó la cláusula segunda de los estatutos de las sociedad de esta plaza Industrias Infinito, S. A.—San José, 12 de agosto del 2010.—Lic. Rubén Hernández Valle, Notario.—1 vez.—(IN2010068022).
Ante mí se constituyeron las sociedades, Cuatro Nortes e Inversiones Sol del Este M & F ambas sociedad anónima. Plazo: cien años. Domicilio: Escazú. Capital: cien mil colones.—San José, trece de agosto del dos mil diez.—Lic. Eugenia María Rojas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2010068026).
Por escritura 135 otorgada a las 13:00 horas del 10 de agosto de 2010, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Galpon Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y seis mil cuatrocientos uno, mediante la cual se reforma la cláusula cuarta del pacto constitutivo. Es todo.—San José, 13 de agosto de 2010.—Lic. Iara Lancaster Cortés, Notaria.—1 vez.—(IN2010068057).
COMISIÓN NACIONAL DEL CONSUMIDOR
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Proceso
Administrativo Ordinario. Expediente 0837-09. Adriana González Rojas contra
Corporación Herra Barrantes H y B S. A. Departamento Técnico de Apoyo a
Proceso
Administrativo Ordinario. Expediente 1713-07. Abel Gómez Zúñiga, Innés Rojas
González, Luis Rodríguez Picado, Rodrigo Villalobos Murillo, Kay Asch Quirós y
María de los Ángeles Acuña Salazar contra O.B.M Sociedad Anónima. Departamento
de Apoyo a
Número de Contrato |
Titular y cocontratante |
Totalidad de/ Monto cancelado |
Monto Cancelado |
Monto reclamado |
09869 |
Susana Mejía Chavarría |
~480.000,00 |
~240.000.00 (*) |
(**) |
|
Abel Gómez Zúñiga |
~480.000,00 |
~240.000.00 |
~120.000,00 |
09923 |
Luis Rodríguez Picado |
~689.000,00 |
~344.500,00 |
~172.250,00 |
|
Rodrigo Villalobos Murillo |
~689~000,00 |
~344.500,00 |
~172.250,00 |
09884 |
María del Socorro Quirós |
~689.000,00 |
~344.500,00 |
~172.250,00 |
|
Innés Rojas González |
~689.000,00 |
~344.500,00 |
~172.250,00 |
09863 |
Kay Asch Quirós María de los Ángeles |
~689.000,00 ~689.000,00 |
~344.500,00 |
~172.250,00 |
(...)”, la anterior narración de hechos podría constituir en
incumplimiento de contrato, falta de información. Arróguese este despacho el
conocimiento de instrucción de este asunto, en calidad de órgano director del
procedimiento, al cual se aplicarán las disposiciones del artículo 56 de
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Proceso
Administrativo Ordinario. Expediente: 0697-09. Nury Barahona Ramírez contra: BREPAL LIMITADA.
Departamento Técnico de Apoyo a
Proceso Administrativo
Ordinario. Expediente 1344-06. Giovanni Soto Artavia, contra CORPORACION HERRA Y BARRANTES H Y B S. A. Departamento
Técnico de Apoyo a
Proceso Administrativo
Ordinario. Expediente 981-05 Jorge Aguilar Sevilla contra HERCAN C.V.H. SOCIEDAD ANÓNIMA. Departamento de
Apoyo a
Proceso Administrativo Ordinario. Expediente
1405-06. Mauricio López Mejía contra GRUPO MECUSA S. A.
(COMERCIALIZADORA MECUSA). Departamento Técnico de Apoyo a
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Resolución ROD-238-2010.—San José, al ser las 13:00 horas del 15 de julio de 2010. Expediente OT-63-2009. Notificación por publicación.
Considerando:
I.—Que mediante resolución RRG-9782-2009 de las 10:15 horas del 14 de mayo de 2009, se dictó auto inicial del procedimiento contra el señor Roger Matamoros Araya, cédula de identidad 2-541-801 en su calidad de conductor, y Rancho El Bosque S. A., cédula de persona jurídica 3-101-325295, en calidad de propietaria del vehículo involucrado en el expediente OT-63-2009, con el fin de averiguar la verdad real de los hechos denunciados en la boleta de citación 2008-0384766 (folios 15 al 22).
II.—Que en
dicha resolución, se consignó que a la investigada Rancho El Bosque S. A., se
le notificaría por correo certificado en el lugar señalado en el expediente
(domicilio social), que es en Concepción de Tres Ríos, de la entrada de
III.—Que según se desprende de la página de Correos de Costa Rica, que el correo certificado fue devuelto y que se le entregó al señor Roger Moreira, notificador de nuestra institución.
IV.—Que
V.—Que la resolución RRG-9782-2009, no pudo ser notificada a la
investigada en su domicilio social, que consta en la certificación de
personería jurídica que corre a folio 24 del expediente.
Por lo que este Órgano Director considera indispensable notificar por
medio de publicación, la resolución RRG-9782-2009, que da inicio al
procedimiento contra el señor Roger Matamoros Araya, cédula de identidad
2-541-801, en su calidad de conductor, y Rancho El Bosque S. A., cédula de
persona jurídica 3-101-325295, como propietaria del vehículo, en calidad de
parte investigada en este procedimiento. Por tanto,
Con fundamento en
EL
ÓRGANO DIRECTOR DEL PROCEDIMIENTO
RESUELVE:
I.—Proceder a la publicación por tres
veces consecutivas, en el Diario Oficial
Publíquese.—Andrea
García Navarro, Órgano Director.—Solicitud Nº 36019.—O. C. Nº
5127-010.—C-119910.—(IN2010069268).
Resolución RRG-9782-2009.—San José, a las 10:15 horas del 14 de mayo del 2009. Apertura de procedimiento. Expediente OT-63-2009.
Resultando:
I.—Que
mediante oficio UTCE-2009-058, del 16 de abril de 2009 y recibido en
II.—Que la boleta 2008-0384766, se le confeccionó al señor Roger Matamoros Araya, documento de identificación número 2-541-801 el 14 de abril de 2009, por supuesta prestación de servicio no autorizado (folio 3).
III.—Que
IV.—Que el Departamento de Administración de Concesiones y Permisos del MOPT, emitió constancia mediante la cual señala que el vehículo placa 454075, no aparece autorizado a circular con ninguna placa de servicio público, modalidad taxi, realizada el 16 de abril de 2009 (folio 5).
V.—Que
según la boleta supra indicada, se retuvo como medida cautelar el vehículo
placa 454075, por supuesta violación de lo establecido en el artículo 38,
inciso d) de
VI.—Que
consultada la página electrónica del Registro Nacional de
Considerando:
I.—Que
II.—Que
mediante resolución RRG-8287-2008, emitida a las 15:00 horas del 29 de abril de
dos mil ocho, el Regulador General emitió los lineamientos para la aplicación
del dictamen vinculante de
III.—Que
en virtud de la jurisprudencia de
IV.—Que
para dar inicio a los procedimientos se debe nombrar al órgano director del
procedimiento que ostente las competencias establecidas en
V.—Que
conforme la resolución RRG-6753-2007 emitida a las 8:20 horas del 6 de julio de
2007, se delegó en el Director de
Con
fundamento en las competencias otorgadas al órgano decisor del procedimiento en
EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:
I.—Dar
inicio al procedimiento administrativo contra Roger Matamoros Araya, documento
de identificación número 2-541-801, en su condición de conductor y Rancho El
Bosque Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101325295, como dueña registral del
vehículo involucrado, que se tramitará bajo el expediente número OT-63-2009,
nombrando como órgano director del procedimiento a Andrea García Navarro,
cédula 1-1058-314 y Eric Chaves Gómez, cédula 1-905-018, ambos funcionarios de
II.—Notifíquese
a Roger Matamoros Araya, en calidad de conductor por medio del fax 2279-2782,
señalado a folio 6 y a Rancho El Bosque Sociedad Anónima, como dueña registral
del vehículo involucrado, por medio de cédula de notificación en su domicilio
según consta en el Registro Público, bienes muebles, Concepción de Tres Ríos,
de la entrada de
Comuníquese.—Fernando
Herrero Acosta, Regulador General.—Solicitud Nº 36019.—O. C. Nº
5127-010.—C-244820.—(IN2010069272).
MUNICIPALIDAD
DE HEREDIA
DIRECCIÓN
DE SERVICIOS Y GESTIÓN DE INGRESOS
CEMENTERIO CENTRAL
DE HEREDIA
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Con
fundamento en el artículo 241 de
Nombre |
Fecha de defunción |
Rodolfo Porras Cruz |
30-03-02 |
Ismael Ortega Fallas |
22-03-02 |
Elsa Sánchez |
13-12-92 |
Carlos Brenes Miranda |
07-02-03 |
José Rodríguez |
05-10-02 |
Juan Carvajal |
03-08-02 |
Bernada Felicia Hernández |
03-02-05 |
Alicia Ramírez Zamora |
23-12-04 |
Georgina Porras Ardón |
26-05-04 |
Pedro Artavia Ramírez |
24-01-04 |
Nicasia Mejía Mejía |
08-05-04 |
Enrique Rodríguez |
24-02-04 |
Víctor Chaves Morera |
02-03-05 |
Que en el Cementerio Central se encuentran
enterrados los restos de estas personas que se encuentran enterrados en
sepulturas municipales y al haber transcurrido el plazo de alquiler establecido
de cinco años y no haberse presentado ningún familiar a tramitar la exhumación
correspondiente, por este acto se notifica que si dentro de 15 días hábiles
siguientes a esta notificación, no se presenta ningún interesado en reclamar
estos restos, se procederá a realizar la exhumación de estos y trasladarlos al
osario común.
Contra éste acto caben los recursos de revocatoria ante esta
dependencia y de apelación ante el señor Alcalde.
Director de Servicios y Gestión de
Ingresos.—Francisco Javier Sánchez Gómez, Director.—O. C. Nº
53171.—Solicitud Nº 1639-010.—C-81020.—(IN2010067981).
MUNICIPALIDAD DE BELÉN
La suscrita secretaria del Concejo Municipal de Belén, le notifica el acuerdo tomado en sesión ordinaria Nº 48-2010, artículo 15, celebrada el diez de agosto del dos mil diez.
Trasladar la sesión ordinaria del martes 14 de setiembre, para el lunes 13 de setiembre a las 6:00 p. m.
Belén, 11 de agosto del 2010.—Ana Patricia Murillo Delgado, Secretaria del Concejo Municial.—1 vez.—Solicitud Nº 38933.—O. C. Nº 26496.—C-5270.—(IN2010068175).