MINISTERIO DE
COMERCIO EXTERIOR
AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS
CAJA COSTARRICENSE
DE SEGURO SOCIAL
BANCO POPULAR Y DE
DESARROLLO COMUNAL
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
INSTITUTO NACIONAL
DE APRENDIZAJE
CAJA COSTARRICENSE
DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL
DE APRENDIZAJE
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES DEL
ASAMBLEA
LEGISLATIVA DE LA
REPÚBLICA DE COSTA RICA
Decreta:
“REFORMA
DE
SOCIAL DE LOS
TRABAJADORES DE LA
UNIVERSIDAD
NACIONAL”
ARTÍCULO ÚNICO.- Adiciónase a
“Artículo 3.- Réditos generados
Los fondos de cesantía que
Artículo 4.- Supervisión
Por su origen público e independientemente de su
traslado a particulares, estos fondos deben ser supervisados por
Artículo 5.- Estados contables
El Fondo de Beneficio Social de los Trabajadores
de
Artículo 6.- Renuncie al fondo
Cuando un trabajador renuncie a la administración
de su cesantía en el Fondo de Beneficio Social de los Trabajadores de
Artículo 7.- Cese del trabajador
Si por cualquier causa el trabajador dejar de
laborar para
Artículo 8.- Importe legal de auxilio faltante
Si la terminación contractual es sin
responsabilidad del trabajador o por pensión, jubilación o muerte, y el aporte
acumulado resulta inferior a lo que legalmente le corresponde al trabajador
–según el mínimo establecido en
Artículo 9.- Dueños de los fondos
En caso de disolución o liquidación del Fondo de
Beneficio social de los Trabajadores de
Artículo 10.- Responsabilidad
La pérdida, sustracción o distracción de estos
fondos, no exime a
Rige a partir de su publicación”.
NOTA: Texto
sustitutivo aprobado por
1 vez.—O. C. Nº
20250.—Solicitud Nº 40758.—C-80750.—(IN2010078165).
MODIFICACIÓN
DEL ARTÍCULO 9 DEL REGLAMENTO
DEL
SEGURO DE INVALIDEZ, VEJEZ Y MUERTE
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
Mediante el artículo 9 inciso a) del Reglamento del Seguro de
Invalidez, Vejez y Muerte se condiciona el derecho que tiene el cónyuge del
asegurado fallecido a recibir la pensión que le corresponde. En este artículo se condiciona el derecho a
que el cónyuge “haya dependido económicamente del fallecido”. Por ejemplo, retomando las palabras del
precursor del proyecto señor Lic. Alfonso Pacheco Gutiérrez, si los cónyuges
han cotizado por veinticinco años o más al Régimen de Pensiones de
También mediante el artículo 9 inciso b) del Reglamento del
Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte, se violenta el derecho del cónyuge que
sobrevive, al condicionar el recibir la pensión, solo si se comprueba que la
pensión que realmente pagaba el causante al momento de su deceso satisfacía al
menos el cincuenta por ciento (50%) de las necesidades del beneficiario. Qué pasaría si el cónyuge que sobrevive usaba
menos del cincuenta por ciento (50%) para cubrir gastos médicos, pago a
enfermeras, o educación entre otros.
DE
DECRETA:
MODIFICACIÓN
DEL ARTÍCULO 9 DEL REGLAMENTO
DEL SEGURO DE
INVALIDEZ, VEJEZ Y MUERTE
(Ley N.º 17, de 22 de octubre de 1943, Ley constitutiva de
ARTÍCULO 1.- Modifícase el artículo 9 inciso a) y b), del Reglamento del Seguro de
Invalidez, Vejez y Muerte, que se leerá de la siguiente manera:
“Artículo
9. Tiene derecho a pensión
por viudez:
1)
El cónyuge del asegurado fallecido o de la causante según las siguientes
condiciones:
a) El cónyuge sobreviviente que haya
convivido en forma continua y bajo el mismo techo.
b) Cuando hubiere separación judicial, el
cónyuge sobreviviente deberá probar que el asegurado fallecido le satisfacía
una pensión alimenticia otorgada por sentencia firme en una cuantía acorde con
las necesidades básicas de subsistencia.
En casos de separación de hecho, el cónyuge sobreviviente deberá
demostrar que el causante satisfacía efectivamente una pensión
alimentaria.”
ARTÍCULO 2.- Vigencia.
Rige a partir de su publicación.
Justo
Orozco Álvarez
DIPUTADO
3 de agosto de 2010.
NOTA: Este proyecto pasó a estudio e informe de
1 vez.—O. C. Nº
20250.—Solicitud Nº 40738.—C-59500.—(IN2010078151).
Y
En uso de las facultades que les confieren los
artículos 50, 140 incisos 3) y 18) y 146 de
Considerando:
1º—Que la salud de la población es un bien
de interés público tutelado por el Estado.
2º—Que el artículo 2 de
3º—Que el derecho a la salud constituye una derivación del derecho a
la vida, consagrado constitucionalmente en el artículo 21, derechos que se
encuentran inescindiblemente vinculados, ya que cualquier riesgo o daño
producido en la salud de las personas incide directamente en su calidad de
vida.
4º—Que el derecho a la salud de las personas es un derecho
fundamental de aplicación inmediata, y su tutela obligada por parte del Estado,
un deber ineludible.
5º—Que
6º—Que el Poder Ejecutivo considera oportuno y necesario, para la
exitosa realización del proyecto de construcción del nuevo Hospital de Cartago,
declarar dichas actividades como de interés público y nacional. Por tanto,
Decretan:
DECLARATORIA
DE INTERÉS PÚBLICO Y NACIONAL DE
LAS ACCIONES TENDIENTES
A
INMUEBLE, DISEÑO,
FINANCIAMIENTO,
CONSTRUCCIÓN, OPERACIÓN
Y
MANTENIMIENTO DEL NUEVO
HOSPITAL DE CARTAGO
Artículo 1º—Declárense de interés público y
nacional, las acciones que lleven a cabo tanto instituciones del Sector Público
como entidades del Sector Privado, para adquirir el inmueble, diseñar,
financiar, construir, operar y mantener el nuevo Hospital de Cartago.
Artículo 2º—Las dependencias del Sector Público y del Sector Privado,
las organizaciones no gubernamentales y los organismos internacionales, dentro
del marco legal respectivo, podrán contribuir con recursos materiales,
económicos y humanos, en la medida de sus posibilidades y sin perjuicio del
cumplimiento de sus propios objetivos, para la exitosa realización de las
acciones indicadas. Asimismo, las dependencias del Sector Público, dentro del
ámbito de sus potestades y competencias, brindarán un trato prioritario a las
acciones relacionadas con el proyecto aquí indicado.
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—
Y EL MINISTRO DE
HACIENDA
Con fundamento en las atribuciones que les
confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de
Considerando:
1º—Que el inciso b) del artículo 45 de
2º—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 32988-H-MP-PLAN, publicado en
3º—Que el artículo 61 del Decreto Ejecutivo Nº 32988-H-MP-PLAN citado,
autoriza para que mediante decreto ejecutivo elaborado por el Ministerio de
Hacienda, se realicen traspasos de partidas presupuestarias entre los gastos
autorizados en las leyes de presupuesto ordinario y extraordinario de
4º—Que el Ministerio de Salud, mediante oficio Nº DM-2749-2010, del 9
de agosto de 2010, solicitó la confección del presente Decreto, cumpliendo en
todos los extremos con lo dispuesto en la normativa técnica y legal vigente.
5º—Que se hace necesario realizar la presente modificación
presupuestaria con el objeto de que el Ministerio de Salud, pueda atender la
emergencia del dengue presentada en el país, y al amparo del Decreto Nº
27077-S. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Modifícase el artículo 2° de
REBAJAR:
Título: 211
MINISTERIO DE SALUD
Programa: 630-00
GESTIÓN INTRAINSTITUCIONAL
Registro Contable: 211-630-00
CLASIFICACIÓN DE GASTOS SEGÚN OBJETO
G-O FF C-E CF I-P Concepto Monto
en ¢
0 REMUNERACIONES 10.000.000
003 INCENTIVOS
SALARIALES 10.000.000
00301 001 1111 3250 RETRIBUCIÓN
POR AÑOS SERVIDOS 10.000.000
Total
Rebaja
del Programa: 630-00 10.000.000
Programa: 631-00
RECTORÍA DE
Registro Contable: 211-631-00
G-O FF C-E CF I-P Concepto Monto
en ¢
0 REMUNERACIONES 540.232.500
003 INCENTIVOS
SALARIALES 540.232.500
00301 001 1111 3250 RETRIBUCIÓN
POR AÑOS SERVIDOS 180.000.000
00302 001 1111 3250 RESTRICCIÓN
AL EJERCICIO
LIBERAL
DE
00399 001 1111 3250 OTROS
INCENTIVOS SALARIALES 70.232.500
G-O FF C-E CF I-P Concepto Monto
en ¢
Total
Rebaja
del Programa: 631-00 540.232.500
Total
Rebaja
del Título: 211 550.232.500
Total
Rebajar 550.232.500
AUMENTAR:
Título: 211
MINISTERIO DE SALUD
Programa: 630-00
GESTIÓN INTRAINSTITUCIONAL
Registro Contable: 211-630-00
CLASIFICACIÓN DE GASTOS SEGÚN
OBJETO
G-O FF C-E CF I-P Concepto Monto
en ¢
0 REMUNERACIONES 10.000.000
002 REMUNERACIONES
EVENTUALES 10.000.000
00201 001 1111 3250 TIEMPO
EXTRAORDINARIO 10.000.000
Total
Aumento
del Programa: 630-00 10.000.000
Programa: 631-00
RECTORÍA DE
Registro Contable: 211-631-00
G-O FF C-E CF I-P Concepto Monto
en ¢
0 REMUNERACIONES 25.000.000
002 REMUNERACIONES
EVENTUALES 25.000.000
00201 001 1111 3250 TIEMPO
EXTRAORDINARIO 25.000.000
2 MATERIALES
Y SUMINISTROS 475.232.500
201 PRODUCTOS
QUÍMICOS Y CONEXOS 252.200.000
20101 001 1120 3250 COMBUSTIBLES
Y LUBRICANTES 200.000.000
20102 001 1120 3250 PRODUCTOS
FARMACÉUTICOS
Y
MEDICINALES 35.200.000
20199 001 1120 3250 OTROS
PRODUCTOS QUÍMICOS
Y
CONEXOS 17.000.000
204 HERRAMIENTAS,
REPUESTOS
Y
ACCESORIOS 2.400.000
20402 001 1120 3250 REPUESTOS
Y ACCESORIOS 2.400.000
299 ÚTILES,
MATERIALES Y
SUMINISTROS
DIVERSOS 220.632.500
29904 001 1120 3250 TEXTILES
Y VESTUARIO 184.300.000
29905 001 1120 3250 ÚTILES
Y MATERIALES
DE
LIMPIEZA 8.997.500
29906 001 1120 3250 ÚTILES
Y MATERIALES DE
RESGUARDO
Y SEGURIDAD 22.200.000
29999 001 1120 3250 OTROS
ÚTILES, MATERIALES
Y
SUMINISTROS DIVERSOS 5.135.000
5 BIENES
DURADEROS 40.000.000
501 MAQUINARIA,
EQUIPO
Y
MOBILIARIO 40.000.000
50199 001 2210 3250 MAQUINARIA,
EQUIPO
Y
MOBILIARIO DIVERSO 40.000.000
Total
Aumento
del Programa: 631-00 540.232.500
Total
Aumento
del Título: 211 550.232.500
Total
Aumentar 550.232.500
REBAJAR:
RELACIÓN DE PUESTOS DE CARGOS FIJOS PARA EL AÑO 2010
211 - MINISTERIO DE SALUD
Código Objeto Cuota Cuota
Clase Gasto Detalle de los Puestos Mensual Anual
211.630 GESTIÓN
INTRAINSTITUCIONAL
125 301 RETRIBUCIÓN SOBRE SUELDO
MÍNIMO
(ARTICULO 5º LEY DE
Nº
6835) DEL 22/12/82 10.000.000
TOTAL
REBAJAR
SUELDOS
PROGRAMA: 630
GESTIÓN
INTRAINSTITUCIONAL 10.000.000
211.631 RECTORÍA
DE
SOCIAL
DE
63 399 RETRIBUCIÓN POR RIESGO
DE
PELIGROSIDAD SEGÚN
RESOLUCIÓN
DG023-94 5.000.000
97 399 RETRIBUCIÓN POR CARRERA
PROFESIONAL
(SEGÚN
DECRETO
EJECUTIVO
Nº 4949-P
DE
26-06-75
Y
LEY Nº 6010 DEL 09/12/76). 50.000.000
103 302 RETRIBUCIÓN POR
DEDICACIÓN
EXCLUSIVA
(SEGÚN
RESOLUCIÓN
DG-003-83
DEL 4-01-83). 240.000.000
111 399 PARA RECONOCER PAGO
A
FUNCIONARIOS POR
CONCEPTO
DE ZONAJE
CONFORME
A LAS
DISTINTAS
DISPOSICIONES
LEGALES
REGLAMENTARIAS
Y
/O RESOLUCIONES
DICTADAS
POR LOS
ÓRGANOS
COMPETENTES
SEGÚN
CORRESPONDA. 15.232.500
115 302 RETRIBUCIÓN POR
EJERCICIO
PROFESIONAL
(LEY
Nº 5867 DEL
15/12/75
Y SUS REFORMAS) 50.000.000
125 301 RETRIBUCIÓN SOBRE
SUELDO
MÍNIMO
(ARTICULO
5º LEY DE
PUBLICA
Nº 6835)
DEL
22/12/82 180.000.000
TOTAL
REBAJAR
SUELDOS
PROGRAMA: 631
RECTORÍA
DE LA
PRODUCCIÓN
SOCIAL
DE
TOTAL
REBAJAR
SUELDOS
TÍTULO: 211
MINISTERIO
DE SALUD 550.232.500
TOTAL
REBAJAR
SUELDOS 550.232.500
Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El
Ministro de Hacienda, Fernando Herrero Acosta.—1 vez.—O. C. Nº
8667.—Solicitud Nº 003-2010.—C-188850.—(D36180-IN2010079617).
N° 104-P
En uso de las facultades que le
confieren los artículos 139 inciso 3) de
Considerando:
I.—Que el artículo 139
inciso 3) de
II.—Que el numeral 39 de
III.—Que de conformidad con los
numerales 56 y 168 del Reglamento de Organización del Ministerio de Seguridad
Pública,
IV.—Que el Ministro de Seguridad
Pública ha solicitado a
5°—Que las citadas situaciones exigen
ineludiblemente el reforzamiento de las Fuerzas de Policía que ordinariamente
velan por el orden y la seguridad del país. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Convocar
conforme lo solicitado por el Ministro de Seguridad Pública, a
Artículo 2°—Los efectivos convocados
mediante este acto quedarán subordinados al Ministro de Seguridad Pública,
quien dispondrá de todo lo pertinente para tal efecto, de conformidad con la
normativa jurídica vigente.
Artículo 3°—La presente convocatoria
será para el período comprendido entre las cero horas del día primero de
setiembre del año dos mil diez, hasta las veinticuatro horas del día treinta y
uno de diciembre del año dos mil diez.
Artículo 4°—Rige a partir del primero
de setiembre de 2010.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 9444.—Solicitud Nº 37569.—C-85000.—(IN2010078752).
Nº 108-P.—San José, 13 de setiembre del 2010
De conformidad con lo que
establece el artículo 139 inciso i) de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la
señora Anabel González Campabadal, Ministra de Comercio Exterior, portadora de
la cédula de identidad Nº 1-615-367, para que viaje en Delegación Oficial a
Washington D.C. y a New York, Estados Unidos de América, partiendo a las 07:10
horas del 15 de setiembre y regresando a las 12:50 horas del 22 de setiembre
del presente año. Ello con el objeto de participar en reuniones con
representantes del Poder Ejecutivo, del Congreso de los Estados Unidos e
Instituciones Académicas sobre diversos temas comerciales propios de la
relación Costa Rica-Estados Unidos, del 16 al 18 de setiembre del 2010, en
Washington D.C., y en Actividades para promocionar a Costa Rica como destino de
Inversión Extranjera Directa, del 20 al 21 de setiembre del 2010, en New York.
Artículo 2º—Los gastos de viaje de la
señora Ministra por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban
pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje serán
cubiertos con recursos de COMEX de las Subpartidas 10501, 10503 y 10504 del
Programa 792, el adelanto por ese concepto asciende a $2.999,68 (dos mil
novecientos noventa y nueve con 68/100 dólares), sujeto a liquidación. El
transporte aéreo de ida y de regreso será cubierto con recursos de
Artículo 3º—En tanto dure la ausencia
se nombra como Ministro a. í. al señor Fernando Ocampo Sánchez, Viceministro
del Ministerio de Comercio Exterior, a partir de las 07:10 horas del 15 de
setiembre y hasta las 07:10 horas del 21 de setiembre de 2010, y de las 07:10
horas del 21 de setiembre y hasta las 12:50 horas del 22 de setiembre del 2010,
se le encarga
Artículo 4º—Rige desde las 07:10 horas
del 15 de setiembre y hasta las 12:50 horas del 22 de setiembre del 2010.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 111796.—Solicitud Nº 23345.—C-48300.—(IN2010079137).
041-PE
EL MINISTRO DE
Con fundamento en el artículo
141 de
Considerando:
I.—Que la oficina de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la
señora Maricela Villagra Méndez, cédula número cinco-trescientos treinta y
seis-novecientos veinte, funcionaria del Instituto Costarricense sobre Drogas
(ICD), para que participe en el Curso de Precursores Químicos, el cual se
llevará a cabo en San Salvador, El Salvador, del 22 al 28 de agosto de 2010. La
salida de esta funcionaria se efectuará el día 21 de agosto y su regreso será
el 29 de agosto de 2010.
Artículo 2º—Los gastos de transporte,
alimentación y hospedaje serán cubiertos por el Internacional Narcotics Law
Enforcement. La funcionaria devengará el cien por ciento de su salario, durante
la estadía fuera del territorio nacional, que corre del 21 al 29 de agosto de
2010.
Artículo 3º—Rige a partir del 21 y
hasta el 29 de agosto de dos mil diez.
Dado en
Marco A. Vargas Díaz, Ministro
de
046-PE
EL MINISTRO DE
Con fundamento en el artículo
141 de
Considerando:
I.—Que
II.—Que este evento tiene como objetivo
fortalecer la acción estratégica regional para capacitar a los integrantes de
las distintas agencias estatales que intervengan en la investigación y
represión delitos de narcotráfico, lavado de activos y crimen organizado,
poniendo especial énfasis en la implementación y desarrollo de técnicas
especiales de investigación patrimonial tendentes a la identificación y
persecución de los activos que constituyan los instrumentos o efectos del
delito, así como colaborar con el proceso de perfeccionamiento y mejora de los
sistemas y unidades de administración de bienes de la región. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a los
señores Román Chavarría Campos, cédula número uno-ochocientos
sesenta-cuatrocientos dos; Ever Navarro Ramírez, cédula número uno-novecientos
sesenta y cinco-novecientos uno; Mario Enrique Aguilar Garro, cédula número
uno-seiscientos cuarenta y uno-quinientos ochenta y tres, funcionarios del
Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD), para que participen como
expositores en el “Seminario sobre Investigación Patrimonial,
Localización y Recuperación de Activos”, el cual se llevará a cabo en la
ciudad de Buenos Aires, Argentina, del 17 al 20 de agosto de 2010. La salida de
estos funcionarios se efectuará el día 15 de agosto y su regreso será el 21 de
agosto de 2010.
Artículo 2º—Los gastos de transporte, alimentación
y hospedaje de los funcionarios serán cubiertos por los auspiciadores. Los
funcionarios devengarán el cien por ciento de su salario, durante la estadía
fuera del territorio nacional, que corre del 15 al 21 de agosto de 2010.
Artículo 3º—Rige a partir del 15 y
hasta el 21 de agosto de dos mil diez.
Dado en
Marco A. Vargas Díaz, Ministro
de
047-PE
EL MINISTRO DE
Con fundamento en el artículo
141 de
Considerando:
I.—Que
II.—Que el objetivo de este
adiestramiento es capacitar a los responsables en materia de drogas e
información sobre cómo desarrollar diagnósticos locales adecuados y de calidad,
que reflejen las necesidades en el área de prevención y tratamiento de drogas.
Asimismo, se revisarán los aspectos básicos de la elaboración de diagnósticos y
cómo estos deben servir de herramienta de sensibilización en el desarrollo de
políticas públicas que aborden el problema de drogas. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la
señora Lizú San Lee Chacón, cédula número cuatro-ciento diecinueve-setecientos
noventa, funcionaria del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD), para que
participe en el “Seminario de Capacitación para el Desarrollo de
Diagnósticos Locales en Prevención y Tratamiento de Drogas”, el cual se
llevará a cabo en Cartagena de Indias, Colombia, del 30 de agosto al 3 de
setiembre de 2010. La salida de esta funcionaría se efectuará el día 29 de
agosto y su regreso será el 4 de setiembre de 2010.
Artículo 2º—Los gastos de alimentación,
hospedaje y transporte aeropuerto-hotel-aeropuerto de la funcionaria serán
cubiertos por
Artículo 3º—Rige a partir del 29 de
agosto y hasta el 4 de setiembre de dos mil diez.
Dado en
Marco A. Vargas Díaz, Ministro
de
Nº 061-PE
EL MINISTRO DE
Con fundamento en lo dispuesto
en
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Rigoberto González Padilla, con cédula de identidad 1-1314-0813, Gestor
de Contenido Web y Redes Sociales, para que viaje a New York, Estados Unidos de
América, en avanzada del 16 al 19 de setiembre del año en curso y del 20 al 25
de setiembre, acompañando a la señora Presidenta de
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
viáticos, impuestos, transporte, servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa
en la ciudad visitada, se le cancelarán del Título 202- Ministerio de
Artículo 3º—Se le otorga la suma
adelantada de ¢1.442.280,37 por concepto de viáticos sujetos a liquidación.
Artículo 4º—Rige a partir del 16 de
setiembre y hasta el 25 de setiembre del 2010.
Dado en
Francisco Javier Marín Monge,
Ministro a. í. de
AVISO
PÚBLICO
CONSULTAS
PÚBLICAS EN EL MARCO DEL TRATADO DE
LIBRE COMERCIO CON
Considerando:
Que el Gobierno de
Que el objetivo de este Tratado es el establecimiento de una zona de libre
comercio.
Que este Tratado conduciría hacia una relación y una cooperación cada vez
más estrecha entre las Partes.
Que el establecimiento de una zona de libre comercio es fundamental para
consolidar, expandir y mejorar el acceso de las exportaciones costarricenses al
mercado peruano; crear un marco jurídico con reglas claras, estables y
transparentes; establecer mecanismos que eviten la aplicación de medidas
discrecionales y unilaterales que afecten de forma injustificada el comercio;
promover la competencia mediante el mejoramiento de la productividad y
competitividad de los bienes y servicios; establecer procedimientos efectivos y
transparentes para la solución de diferencias comerciales; así como para
constituir un ambiente propicio para la inversión nacional y extranjera.
Que a efectos de lograr la mejor promoción de los intereses nacionales es
necesario conocer el criterio sobre este proceso de las distintas personas,
gremios o sectores interesados. Por tanto,
El Ministerio de Comercio Exterior (COMEX),
solicita la presentación de consultas y comentarios por escrito relacionados
con el proceso de negociación de este Tratado, con el fin de que puedan ser
analizados para la formulación de la posición nacional que el equipo
costarricense presentará en la negociación. Los comentarios pueden referirse a
la generalidad del Tratado o sobre temas específicos que serán objeto de
negociación. La recepción de consultas y comentarios se extenderá a lo largo de
la negociación del Tratado.
Recepción de aportes: cada
aporte deberá cumplir con los siguientes aspectos:
(a) Identificar
quién(es) lo presenta(n), indicando su nombre e información de contacto o
remitente.
(b) Hacer
referencia a temas relacionados con el proceso de negociación, indicando
el(los) tema(s) del proceso a que corresponde el aporte.
(c) En
caso que el aporte sea mayor de cinco páginas, deberá contener un resumen
ejecutivo de no más de dos páginas.
(d) Enviarlo
al Ministerio de Comercio Exterior, por cualquiera de las siguientes vías:
–Apartado postal 297-1007, San José, Costa
Rica.
–Por mensajería: calle 40, avenidas 1 y 3 (
–Correo electrónico: pep@comex.go.cr
–Fax: 2255-3281.
Las consultas adicionales que puedan surgir sobre
temas particulares en el desarrollo de este proceso de negociación pueden ser
dirigidas al Punto de Enlace Permanente del COMEX, correo electrónico
pep@comex.go.cr o al teléfono 2299-4883.
San José,
1º de octubre del 2010.—Anabel González,
Ministra de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. Nº
117148.—Solicitud Nº 23352.—C-46750.—(IN2010080787).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE DESARROLLO
DE
AVISOS
El Registro Público de Asociaciones de Desarrolle
de
El Registro Público de Asociaciones de
Desarrollo de
El Registro Público de Asociaciones de
Desarrollo de
SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO
DEPARTAMENTO DE INSUMOS AGRÍCOLAS
REGISTRO DE AGROQUÍMICOS
EDICTOS
DIA-R-E-310-2010.—El señor
Farid Silman Carranza, cédula o pasaporte Nº 8-0067-0028 en calidad de
Representante Legal de la compañía Asesoría Agroindustrial S. A., cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción
del fertilizante foliar de nombre comercial Kweek Boro, compuesto a base de
Boro. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-311-2010.—El señor Farid Silman
Carranza, cédula o pasaporte Nº 8-0067-0028 en calidad de Representante Legal
de la compañía Asesoría Agroindustrial S. A., cuyo domicilio fiscal se
encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante
foliar de nombre comercial Kweek Zinc, compuesto a base de Zinc. Conforme a lo
que establece
DIA-R-E-309-2010.—El señor Farid Silman
Carranza, cédula o pasaporte Nº 8-0067-0028 en calidad de Representante Legal
de la compañía Asesoría Agroindustrial S. A., cuyo domicilio fiscal se
encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante
foliar de nombre comercial Kweek Terralik, compuesto a base de Boro-Hierro-Manganeso-Molibdeno-Zinc-Magnesio-Materia
Orgánica. Conforme a lo que establece
SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL
EDICTOS
El señor Esteban Montero Coto,
cédula 3-338-765, vecino de Cartago en calidad de apoderado generalísimo de la
compañía Inversiones Monteco S. A., con domicilio en Cartago, solicita el registro
del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Revimin, fabricado por
Laboratorios Over S. R. L, Argentina, con los siguientes principios activos:
Cada 100 ml contiene: Vitamina A palmitato
El señor Esteban Montero Coto, cédula
3-338-765, vecino de Cartago en calidad de apoderado generalísimo de la
compañía Inversiones Monteco S. A., con domicilio en Cartago, solicita el
registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Artrosamine,
fabricado por Laboratorios Hofarm S.A.C para Agrovet Market S. A. con los
siguientes principios activos: Cada tableta contiene: Glucosamina HCL 600 mg,
Condroitina Sulfato 300 mg, Metil sulfonil metano 100 mg, Ácido hialurónico
(sal sódica) 5 mg, N-Acetil Glucosamida 60 mg y DL-Metionina 110 mg, y las
siguientes indicaciones terapéuticas: Suplemento nutricional que actúa como coadyuvante
en el tratamiento de la osteoartritis y problemas de articulaciones. Con base
en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG Reglamento de Registro y Control de
Medicamentos Veterinarios. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que
lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles,
contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el
Diario Oficial
El doctor Geovanni Paniagua Jiménez con
número de cédula 5-267-092, vecino de San José en calidad de regente
veterinario de la compañía Nativet S. A., con domicilio en Heredia, solicita el
registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: R-Complex-B,
fabricado por Laboratorios Reveex Venezuela, C. A. y Distribuido por Droguería
Nativet S. A. con los siguientes principios activos: Cada 100 ml contiene:
Tiamina clorhidrato (Vit B1)
El señor Adrián Castro Alfaro, número de
cédula 104590628, vecino de San José en calidad de representante legal de la
compañía Navet Internacional S. A., con domicilio en Heredia, solicita el
registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Curabichera Plata
Galmedic Aerosol, fabricado por Laboratorios Galmedic de Paraguay S. A. con los
siguientes principios activos: cada
CONSEJO
TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL
Nº 75-2010 Ministerio de Obras Públicas y
Transportes. Consejo Técnico de Aviación Civil.—San
José, a las 19:20 horas del 30 de agosto del dos mil diez.
Se conoce solicitud de renovación del Certificado de Explotación para
brindar servicios de aviación agrícola comercial, presentada ante el Consejo
Técnico de Aviación Civil el 23 de marzo de 2010, por la empresa Aerofumigadora
del Pacífico Sur, Limitada, cédula jurídica 3-10216626, representada por el
señor Luis Marcial Camacho Centeno.
Resultando:
1º—Mediante resolución 26-2005 del 16 de
mayo del 2005, el Consejo Técnico de Aviación Civil, le otorgó a la empresa
Aerofumigadora del Pacífico Sur Limitada, renovación del certificado de
explotación, para brindar servicios de fumigación exclusiva de cultivos
agrícolas por un plazo de cinco años.
2º—El día 23 de marzo de 2010, la empresa Aerofumigadora del Pacífico
Sur, Limitada, presentó al Cetac solicitud de renovación del Certificado de
Explotación para brindar servicios de aviación agrícola comercial; no obstante
hasta el día 6 de mayo de los corrientes, la empresa concluyó con la
presentación de los requisitos faltantes para el trámite de dicha solicitud.
3º—Mediante oficio DGAC-TA-10 229 de fecha 28 de mayo de 2010,
“(…)
En tanto la empresa complete los requisitos
técnicos y legales para el otorgamiento de la renovación del certificado se
recomienda:
1. Otorgar a
la compañía Aerofumigadora del Pacífico Sur Ltda, la renovación del certificado
de explotación, para ofrecer servicios de aviación agrícola, con aeronaves de
ala fija (aviones) bajo las siguientes especificaciones:
a) Aprobar
las operaciones desde los aeródromos indicados en su Certificado Operativo
(CO): Bataan, Santa María, Sixaola, El Carmen de Siquirres, Tica Ban, Santa
Clara, San Alberto y Zapote-Sarapiquí.
b) Autorizar
los servicios con la aeronave TI AVZ (Air tractor). Cualquier modificación de
la flota debe ser autorizada por
2. Autorizar
la aplicación de una tarifa de $725.00 por hora de vuelo. En apego a lo
establecido en el Artículo 165 de
3. En
el tanto se concluye con los trámites técnicos y legales correspondientes,
autorizar a la compañía la aprobación de un primer permiso provisional de
operación.”
4º—Mediante oficio AIR-238/10 Jef de fecha 2
de junio de 2010 el señor Álvaro Morales, Jefe de Aeronavegabilidad en lo que
interesa manifestó:
“Esta empresa se encuentra bajo un programa
continuo de vigilancia por parte de esta Unidad, por lo que sus manuales se
encuentran aprobados.
Cabe mencionar que ese esta programando una
auditoría de Base Principal, la cual esta estipulada dentro del Plan de
Vigilancia.
Por lo anterior en lo que respecta a
Aeronavegabilidad, se puede decir que cumple para que la misma sea llevada a
audiencia pública de acuerdo a lo que establece
5º—Mediante artículo trigésimo segundo de la
sesión ordinaria 20-2010 celebrada por el Consejo Técnico de Aviación Civil el
día 14 de junio de 2010, se acordó elevar a audiencia pública la solicitud de
renovación al Certificado de Explotación de la compañía Aerofumigadora del
Pacífico Sur Ltda., para brindar servicios de aviación agrícola comercial; así
mismo se otorgó un permiso provisional de operación para continuar brindando el
servicio solicitado, el cual vence el 25 de setiembre de 2010. La audiencia
pública se llevó a cabo el día 11 de agosto del 2010, sin que se presentaran
oposiciones a la misma.
6º—Que al dictado de esta resolución se han observado las normas y
procedimientos de ley.
Considerando:
Sobre los hechos: que para efectos del dictado de esta resolución se
tienen por ciertos los resultandos anteriores por constar así en el expediente
administrativo que al efecto lleva
Sobre el fondo del asunto:
1. Que de
acuerdo con lo dispuesto con el artículo 10 de
Asimismo, el artículo 143 de
2. Que
realizado el procedimiento de certificación legal que establece
3. Que
no se presentaron oposiciones a la audiencia pública convocada dentro de la
gestión de la empresa, la cual se celebró el día 11 de agosto de
Por tanto,
Con fundamento en la argumentación descrita, una
vez cumplidos por la empresa solicitante todos los requisitos técnicos y
legales;
EL
CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL, RESUELVE:
Otorgar a la compañía denominada Aerofumigadora
del Pacifico Sur Ltda., cédula jurídica 3-012-16626, representada por el señor
Luis Marcial Camacho Centeno, la renovación al certificado de explotación bajo
las siguientes especificaciones de operación:
Servicios a brindar: trabajos aéreo en
modalidad de Aviación Agrícola comercial con aeronaves de ala fija
Equipo: aprobar las operaciones con aeronaves Air Tractor, cualquier modificación
a la flota con este mismo tipo de aeronave debe ser autorizado
por
Base de operaciones: aprobar las operaciones desde los aeródromos
indicados en su Certificado Operativo (CO): Batán, Santa María, Sixaola, El
Carmen de Siquirres, Tica Ban, Santa Clara, San Alberto y Zapote-Sarapiquí.
Tarifas: autorizar la aplicación de una tarifa de $725.00 por hora de vuelo. En
apego a lo establecido en el Artículo 165 de
Vigencia: la vigencia del presente certificado será de 15 años contados a partir de
su expedición.
Consideraciones técnicas. La empresa deberá contar con la organización
adecuada, el método de control, la vigilancia de las operaciones el programa de
instrucción y de mantenimiento, acordes con la naturaleza y amplitud de las
especificaciones de operación. Lo anterior será aplicable a cualquier servicio
relacionado con la seguridad de vuelo; su validez y eficacia dependerán del
resultado de las inspecciones técnicas del Programa de Vigilancia de
Además se someterá a un proceso permanente de
vigilancia con la finalidad de demostrar que cumple los requisitos para
efectuar en forma segura y adecuada las operaciones del servicio aprobado.
Cumplimiento de las leyes. La concesionaria se obliga expresamente al
estricto cumplimiento de las disposiciones contenidas en
Otras obligaciones: la empresa deberá cumplir con las obligaciones que
adquiera con
Además deberá rendir una garantía de cumplimiento de las obligaciones
pecuniarias contraídas con el Consejo Técnico de Aviación Civil, por servicios
aeronáuticos o por el uso de instalaciones aeroportuarias, según el equivalente
a tres meses de operaciones en el término de 15 días hábiles siguientes al
otorgamiento de este certificado de explotación y de acuerdo con el
procedimiento recomendado por el Departamento Financiero de
Asimismo, deberá garantizar la seguridad, eficiencia y continuidad del
servicio concesionado, so pena de cancelar las concesiones, de conformidad con
lo dispuesto en los artículos 13, 14 y 15 de
La concesionaria deberá suscribir y mantener vigente durante su concesión
los contratos de seguros que garanticen los daños y perjuicios a la carga y a
las personas o bienes de terceros en la superficie.
Para la expedición de la presente resolución se han seguido todas las
disposiciones de ley.
Notifíquese, publíquese e inscríbase en el Registro Aeronáutico
Aprobado por el Consejo Técnico de Aviación Civil, mediante artículo décimo
cuarto de la sesión ordinaria Nº 38-2010 celebrada el 30 de agosto del dos mil
diez.
Luis Carlos Araya Monge, Presidente.—1 vez.—O. C. 21314.—(Solicitud Nº 29766).—C-164420.—(IN2010077640).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación
Diversificada, inscrito en el tomo 1, folio 90, título N° 237, y del Título de
Técnico Medio en Radio y Televisión, inscrito en el tomo 1, folio 468, título
N° 2485, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Vocacional Monseñor
Sanabria, en el año mil novecientos ochenta y tres, a nombre de Saborío
Azofeifa Kenneth Rodolfo. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación
Diversificada “Rama Académica”, Área de Ciencias, inscrito en el
tomo 1, folio 186, título N° 566, emitido por el Colegio Nocturno Miguel
Obregón Lizano, en el año mil novecientos setenta y ocho, a nombre de Alfaro
González Jeannette. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 156, título N° 1434, emitido por el Liceo San Rafael de
Alajuela, en el año dos mil siete, a nombre de Calvo Vargas Mario Alexánder. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo II, folio 43, título Nº 2202, emitido por el Instituto de Educación Dr.
Clodomiro Picado Twight, en el año dos mil cuatro, a nombre de Marín Salazar
Marco Vinicio. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 50, título N° 197, emitido por el Colegio Nocturno Pacifico
Sur, en el año dos mil dos, a nombre de Castro Mata William. Se solicita la
reposición del título por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE
Cambio
de nombre Nº 67239
Que Jorge Luis Cervantes Chaves, cédula de
identidad 1-686-538, en calidad de apoderado generalísimo de Excalibur Tech, S.
A., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de
Consultorías Integrales a Empresas (C.I.E.S.A.) S. A., cédula jurídica
3-101-251620 por el de Excalibur Tech, S. A., cédula jurídica 3-101-251620, con
domicilio en Barreal de Heredia, de la plaza de deportes
Cambio de nombre Nº 67014
Que Víctor Vargas Valenzuela,
cédula de identidad Nº 1-335-794, en calidad de apoderado especial de Itaú
Unibanco Banco Múltiplo S. A., solicita a este Registro se anote la inscripción
de cambio de nombre de Banco Itau Holding Financiera S. A., por el de Itaú
Unibanco Banco Múltiplo S. A., presentada el día 30 de junio de 2010 bajo
expediente 67014. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2004-0007290
Registro Nº 166792 ITAU BBA en clase 36 marca denominativa, 2007-0011639
Registro Nº 185776 Itaú BBA en clase 36 marca mixto y
2007-0011640 Registro Nº 197240 Itaú BBA en clase 36 marca mixto.
Publicar en
REGISTRO DE DERECHOS DE
AUTOR
Y DERECHOS CONEXOS
Javier Nieto Abad, mayor, casado una vez, abogado,
con nacionalidad española, cédula de residencia 172400007810 vecino de San
José, Escazú, calle Jaboncillo, condominio Posada Escazú, quien según consta en
la certificación de personería aportada, es el apoderado general judicial de la
compañía Textiles San Andrés S. A. sociedad organizada y existente conforme a
las leyes de
Patente
de invención
AVISOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
El señor Édgar Zurcher Gurdián,
cédula Nº 1-532-390, mayor, divorciado, abogado, vecino de Escazú, en su
condición de apoderado especial de Takeda Pharmaceutical Company Limited, de
Japón, solicita
El señor Cristian Calderón Cartín, cédula Nº
1-800-402, mayor de edad, abogado, vecino de San José, apoderado especial de
Glaxosmithkline Biologicals S. A., de Bélgica, solicita
El señor Cristian Calderón Cartín, cédula Nº
1-800-402, mayor, abogado, vecino de San José, en condición de apoderado
especial de Glaxo Group Limited, de Reino Unido, solicita
El señor Rafael A. Oreamuno Blanco, cédula
2-387-850, mayor de edad, casado una vez, abogado, apoderado especial de
Colgate Palmolive Company de E. U. A., solicita
DIRECCIÓN
DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Exp. 10323P.—Empresarial
Wazadi S. A., solicita aumento de caudal de:
Expediente Nº 9547P.—Jardines de Alicante S. A., solicita concesión de:
Exp. Nº 14213A.—Valle
Monteverde S. A., solicita concesión de:
Exp. Nº 12943A.—Valle
Monteverde S. A., solicita concesión de:
Exp.
3552A.—María de los Ángeles Varela Morales solicita concesión de:
Exp.
7399A.—Sucesión de Juan José Monge Picado, solicita concesión de:
N° 6033-M-2010.—Tribunal
Supremo de Elecciones.—San José, a las once horas cinco minutos del diez
de setiembre de dos mil diez. (Expediente Nº 279-Z-2010).
Diligencias de cancelación de
credenciales del Alcalde Suplente de
Resultando:
1º—En escrito presentado
en
2º—Mediante resolución de las 11:30
horas del 27 de julio del 2010 este Tribunal puso en conocimiento del Concejo
Municipal de Alajuela la renuncia formulada por el señor Soto Herrera, a los
efectos de que se pronunciara sobre la indicada dimisión (folio 8).
3º—En oficio Nº Dr 1496-SM-2010,
presentado ante este Tribunal el 16 de agosto del 2010, la señora María del
Rosario Muñoz González, Secretaria del Concejo Municipal de Alajuela, informó
que ese Concejo Municipal, en la sesión ordinaria Nº 32-2010, celebrada el 10
de agosto de 2010, conoció y aceptó la renuncia del señor Humberto Soto Herrera
a su cargo de Primer Alcalde Suplente de esa Municipalidad (folios 14 y 15).
4º—Mediante escrito recibido el 11 de
agosto del 2010 en
6º—En auto de las 9:30 horas del 19 de
agosto del 2010 este Tribunal previno a
7º—Mediante nota del 30 de agosto del
2010, la señora María del Rosario Muñoz González, Secretaria del Concejo
Municipal de Alajuela, cumplió la prevención formulada en el resultando
anterior (folios 23 al 25).
8º—En la substanciación del proceso se
han observado las prescripciones legales.
Redacta
Considerando:
I.—Hechos probados:
Como tales y de relevancia para la resolución del presente asunto se tienen los
siguientes: a) que el señor Humberto Soto Herrera resultó electo en el cargo de
Primer Alcalde Suplente de
II.—Sobre el fondo: El Código
Municipal, en su artículo 14, regula lo concerniente a la figura del alcalde
municipal. El artículo 18, inciso f) de ese Código establece que “Renunciar
voluntariamente a su puesto” es causal para la pérdida de la
credencial de alcalde municipal. Consecuentemente, ante la renuncia formulada
por el señor Humberto Soto Herrera a su cargo de Primer Alcalde Suplente y
siendo que esta fue conocida por el Concejo Municipal de Alajuela lo que
procede es, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 inciso b) del
Código Municipal, cancelar la credencial que, en ese carácter, ostenta.
III.—Acerca de la denuncia por el
presunto desempeño simultáneo de dos cargos de elección popular: En escrito
agregado a este expediente los señores Randall Barquero Piedra, Ana Cecilia
Rodríguez Quesada y Víctor Solís Campos, regidores propietarios del Concejo
Municipal de Majuela, señalan que, presuntamente, el señor Humberto Soto
Herrera incurrió en el ejercicio simultáneo de dos cargos de elección popular
(alcalde propietario a.í. y regidor propietario). Externan lo siguiente: a) que
el 29 de junio de 2010 el señor Humberto Soto Herrera presentó su renuncia al
cargo de primer alcaide suplente de
Esta Magistratura Electoral, según consta en
el expediente, tiene conocimiento del acuerdo adoptado por el Concejo Municipal
de Alajuela en la sesión ordinaria N° 26-2010 celebrada el 26 de julio de 2010,
por intermedio del cual ese Órgano Deliberativo aceptó que el señor Humberto
Soto Herrera, en su condición de Presidente Municipal, asumiera el cargo de
Alcalde Suplente a.í., dadas las incidencias apuntadas ut supra y en
razón de que el señor Luis Alonso Gutiérrez Herrera, según se indica en el
mencionado acuerdo, tiene impedimento para asumir la alcaldía de Alajuela dado
que, recientemente, fue designado como miembro de
Sobre el punto, sin entrar a valorar el
acuerdo adoptado por el Concejo Municipal, es lo cierto que el desempeño del
señor Humberto Soto Herrera como Alcalde Municipal, ante las vacaciones de la
señora Joyce Zürcher Blen, precisamente a su condición de Presidente Municipal,
dada la imposibilidad material de acudir a la lista de alcaldes suplentes
primero, por la propia renuncia que el señor Soto Herrera presentó como Alcalde
Suplente y, segundo, por el hecho de que el señor Luis Alonso Gutiérrez
Herrera, Segundo Alcalde Suplente electo, se encuentra, supuestamente, impedido
de asumir el cargo en virtud de su reciente designación como miembro de
Bajo el cuadro fáctico expuesto, según lo
prevé el artículo 19 del Código Municipal, no es contrario al ordenamiento
jurídico electoral que el señor Humberto Soto Herrera, en su condición de
Regidor Presidente Municipal, haya asumido simultáneamente el cargo de Alcalde
Municipal a.í., ante la imposibilidad material de llamar a alguno de las alcaldes
suplentes para el ejercicio del cargo.
Por tanto,
Se cancela la credencial de
Primer Alcalde Suplente de
Registro
Civil - Departamento Civil
OFICINA
DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Expediente Nº
1294.—Francisco Arroyo Cambronero, mayor, casado, agricultor, vecino de
Palmitos, Naranjo, portador de la cédula de identidad número dos-ciento
veintisiete-cuatrocientos ochenta y uno, ha solicitado a este Registro la
rectificación de su asiento de nacimiento que lleva el número cuatrocientos
ochenta y uno, folio doscientos cuarenta y uno del tomo ciento veintisiete de
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Nelly
Adelas Amador Somoza, ha dictado una resolución que en lo conducente dice:
Resolución Nº 1439-2010. Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección Actos Jurídicos.— San José, a las doce horas del
quince de julio del dos mil diez. Ocurso. Exp. Nº 18313-2010. Resultando:
1.-..., 2.-..., Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Hechos no
Probados:..., III. Sobre el Fondo:..., Por Tanto: Rectifíquese el asiento de
nacimiento de Uziel Alejandra Poveda Amador...; en el sentido que el nombre de
la madre de la persona ahí inscrita es “Nelly Adelas” y no como se
consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora
General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a.
í.—1 vez.—(IN2010077567).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Aimeé Isidora Castellón Moreno, ha dictado
una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1620-2010.— Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas y
cincuenta minutos del veintisiete de julio del dos mil diez. Ocurso Exp. Nº
20995-2010. Resultando 1.-..., 2.-..., Considerando: I. Hechos Probados:...,
II. Hechos no Probados:..., III. Sobre el Fondo:..., Por Tanto: Rectifíquese el
asiento de nacimiento de Axeel Francisco Castellón Moreno...; en el sentido que
el nombre de la madre de la persona ahí inscrita es “Aimeé Isidora”
y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora
General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1
vez.—(IN2010077568).
Se hace saber que en diligencias de ocurso
incoadas por Selvin Gerardo Araya Chavarría y María Elena Treminio Olivares,
este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución
Nº 0494-10.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de
Actos Jurídicos.—San José, a las once horas cuarenta y cinco minutos del
trece de abril del dos mil diez. Exp. Nº 43446-09. Resultando: 1... 2... 3..;
Considerando: I-Hechos Probados... II-Hechos no Probados... III-Sobre el Fondo...;
Por Tanto: precédase a rectificar el asiento de nacimiento de Keylor Gerardo
Araya Tremiño..., en el sentido que el primer apellido de la madre... es
“Treminio”.—Lic. Erick Guzmán Vargas, Director General a.
í.— Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2010077575).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Mireya de los Ángeles Pérez Molina, ha
dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº
1447-2010.— Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos
Jurídicos.— San José, a las nueve horas y cuarenta minutos del dieciséis
de julio del dos mil diez. Ocurso. Exp. N°. 14537-2010. Resultando 1.-...,
2.-..., Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Hechos no Probados:..., III.
Sobre el Fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de
Jefersson Alejandro Obando Pérez...; en el sentido que el nombre de la madre de
la persona ahí inscrita es “Mireya de los Ángeles” y no como se
consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2010077585).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Ángel Martín Chavarría Barquero, ha dictado
una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1186-10. Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Juríicos.—San
José, a las nueve horas del treinta de junio del dos mil diez. Exp. Nº 8582-10.
Resultando 1.-..., 2.-..., 3.-... Considerando: I. Hechos Probados:..., II.
Hechos no Probados:..., III. Sobre el Fondo:... Por Tanto: Rectifíquese el
asiento de nacimiento de Diego Armando Aguirre Vásquez..., en el sentido que el
primer apellido del padre de la persona ahí inscrita es
“Chavarría”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora
General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1
vez.—(IN2010077636).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Ángel Martín Chavarría Barquero, ha dictado
una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1250-2010. Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San
José, a las nueve horas y treinta minutos del ocho de julio del dos mil diez.
Exp. Nº 8589-2010. Resultando 1.-..., 2.-..., 3.-... Considerando: I. Hechos
Probados:..., II. Hechos no Probados:..., III. Sobre el Fondo:... Por Tanto:
Rectifíquese el asiento de nacimiento de Angie Sofía Aguirre Vásquez..., en el
sentido que el primer apellido del padre de la persona ahí inscrita es
“Chavarría”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora
General.— Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2010077637).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por David José González Hidalgo, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1052-2008. Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José,
a las siete horas cuarenta minutos del veintiuno de mayo del dos mil ocho. Exp.
Nº 6928-2008. Resultando: 1.-... 2.-... 3.-... Considerando: I.-Hechos
Probados:... II.- Hechos no Probados:... III.-Sobre el Fondo:... Por tanto:
rectifíquese el asiento de nacimiento de Rachell Calderón González..., en el
sentido que los apellidos del padre de la misma son “González
Hidalgo” y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles,
Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1
vez.—(IN2010077657).
Se hace saber que en diligencias de ocurso
incoadas por Luis Carlos Sánchez Chacón, debidamente ratificadas por Evguenia
Krouglova Krouglova, este Registro ha dictado una resolución que en lo
conducente dice: Resolución Nº 1962-10. Registro Civil.— Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas
cincuenta y cinco minutos del veintiséis de agosto del dos mil diez. Exp. Nº
28205-10. Resultando: 1..., 2…; Considerando: I-Hechos Probados...,
II-Hechos no Probados..., III-Sobre el Fondo...; Por tanto: rectifíquese el
asiento de matrimonio de Luis Carlos Sánchez Chacón con Evguenia Krouglova, no
indica segundo apellido... en el sentido que los apellidos de la cónyuge son
“Krouglova Krouglova”; asimismo hágase constar que actualmente la
cónyuge es “costarricense” y portadora de la cédula de identidad
número “ocho-cero setenta y cinco-setecientos ochenta y
ocho”.—Lic. Marisol Castro Dobles. Directora General.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2010077665).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Ivo Cagnone, ha dictado una resolución que
en lo conducente dice: Resolución Nº 860-10.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José,
a las doce horas cuarenta minutos del veintiocho de mayo del dos mil diez.
Ocurso. Exp. Nº 45736-2009. Resultando: 1º—…, 2º—…,
3º—… Considerando: I.—Hechos probados:…,
II.—Hechos no probados:… III.—Sobre el fondo:… Por
tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Gianmarco Cagnoine Ramírez...;
en el sentido que el apellido del padre de la persona ahí inscrita es
“Cagnone, no indica segundo apellido” y no como se
consignó.—Lic. Oscar Fernando Mena Carvajal, Director General a.
í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1
vez.—(IN2010077707).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Yorleni Patricia Soto Chavarría, ha dictado
una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº
1499-2010.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos
Jurídicos.—San José, a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del
diecinueve de julio del dos mil diez. Ocurso. Expediente Nº 20468-2010.
Resultando 1º—..., 2º— ... Considerando: I.—Hechos
Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el Fondo:...
Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Víctor Julio Matamoros
Carranza con Yorleni Patricia Chavarría...; en el sentido que los apellidos de
la cónyuge son “Soto Chavarría, hija de Manuel Emilio Soto único apellido
y Donaire Chavarría Aparicio” y el asiento de nacimiento de Julio Wendal
Matamoros Chavarría...; en el sentido que los apellidos de la madre de la
persona ahí inscrita son “Soto Chavarría” y no como se
consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2010078176).
Se hace saber que en diligencias de ocurso
incoadas por Eda Yojana Lorio, este Registro ha dictado una resolución que en
lo conducente dice: Resolución Nº 2021-2010.—Registro Civil.—
Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las
ocho horas del tres de setiembre del dos mil diez. Exp. Nº 8112-2010.
Resultando: 1...; 2...; 3...; Considerando: I-Hechos Probados... II-Hechos no
Probados... III-Sobre el Fondo.. Por tanto: Rectifíquense el asiento de nacimiento
de José Mario Barrios Loría y el de Merly Barrios Lorio..., en el sentido que
el nombre y el apellido de la madre de los mismos son “Eda Yojana Lorio,
no indica segundo apellido”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora
General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1
vez.—(IN2010078271).
SECCIÓN
DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud
de naturalización
Miguel Ángel Barquero Díaz, mayor, soltero,
mecánico, nicaragüense, cédula de residencia 155811436731, vecino de
Puntarenas, expediente 346-2009. Se ha presentado a este Registro a levantar
información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de
Yesika Cheyla Meza Reyes, mayor, soltera,
auxiliar de crédito, nicaragüense, cédula de residencia 155802476313, vecina de
San José, expediente 485-2008. Se ha presentado a este Registro a levantar
información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de
Jéssica Tatiana Ramos Quinayas, mayor,
soltera, estudiante, colombiana, pasaporte RN 13468540, vecina de Alajuela,
expediente 436-2008. Se ha presentado a este Registro a levantar información,
de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de
Luis Felipe Valencia Iragorri, mayor, casado,
abogado, colombiano, cédula de residencia 117000819723, vecino de San José,
expediente 5199-2009. Se ha presentado a este Registro a levantar información,
de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 11 y 12 de
Plan anual de
adquisiciones 2010
San José, 24 de setiembre del 2010.—Dirección Proveeduría Institucional.—Lic. Josefina
Montero Varela, Directora.—1 vez.—O. C. Nº
9444.—Solicitud Nº 37595.—C-9350.—(IN2010080857).
MODIFICACIÓN PROGRAMA DE ADQUISICIONES
AÑO
2010
Fecha Fuente Monto
Descripción estimada financiamiento aproximado
Contratación de la digitación
de formularios
de impuestos II semestre 2010 BCR ¢138,879,000,00
anuales
Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar Solórzano.—1 vez.—O. C.
Nº 60058.—Solicitud Nº 40111.—C-9350.—(IN2010080914).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA 2010LN-000013-PROV
Compra e instalación de un Sistema de Circuito Cerrado
de
Televisión con Tecnología IP para diferentes
edificios
del Poder Judicial
El Departamento de Proveeduría
invita a todos los potenciales proveedores interesados a participar en el
procedimiento de referencia. Fecha y hora de apertura: 3 de noviembre del
San José, 27 de setiembre de
2010.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1 vez.—(IN2010080813).
PROVEEDURÍA
INSTITUCIONAL
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2010LN-000016-SCA
Concesión
temporal de instalaciones públicas
para prestación del servicio de fotocopiado
y venta de artículos de librería en la
Facultad de Ciencias
Sociales
Se recibirán ofertas hasta el día 18 de octubre del
Heredia, 27 de setiembre del 2010.—Nelson Valerio Aguilar, Director.—1
vez.—O. C. Nº 333-2010.—Solicitud Nº
40002.—C-15750.—(IN2010080871).
HOSPITAL MÉXICO
SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
2010LA-000041-2104
Objeto: Contratación de Servicios profesionales
para
la señalización integral del Hospital México
Se comunica a los interesados
que los documentos anexos del cartel se encuentran disponibles en el Servicio
de Fotocopiado Público, situado en el pasillo que comunica al Banco de Sangre
con el Laboratorio Clínico, planta baja de este hospital.
27 de setiembre del
2010.—Lic. Mercedes Apolo Matarrita, Coordinadora.—1
vez.—(IN2010080916).
HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA-000031-2101
Compra de servicios por mantenimiento preventivo y
correctivo
para 09 generadores de electrocirugía
y
02 equipos selladores de vasos
Se informa a los interesados que
está disponible
San José, 28 de setiembre del
2010.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós, Coordinador a. í. de
2010LA-000025-2101
Compra de bomba de perfusión
(Máquina
para circulación extracorporea)
Se informa a los interesados que
está disponible en la recepción de
San José, 28 de setiembre del
2010.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós, Coordinador a. í. de
LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA-000029-2101
Servicios por mantenimiento preventivo y correctivo
para
15 equipos médicos varios, pertenecientes
y
ubicados en diferentes servicios del Hospital
Se informa a los interesados que
está disponible
San José, 28 de setiembre del
2010.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós, Coordinador a. í. de
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000030-2101
Compra
de servicios por mantenimiento preventivo
y correctivo para 07 equipos unidades dentales,
pertenecientes y ubicados en el Servicio de Odontología
Se informa a los interesados que está disponible
San José, 28 de setiembre del 2010.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2010080936).
MUNICIPALIDAD DE CARTAGO
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2010LA-000015-MUNIPROV
Mejoramiento de la infraestructura de telecomunicaciones
de
de la seguridad de la información institucional y la
red que
gestiona los datos utilizando voz sobre tecnología IP
El Departamento de Proveeduría avisa que recibirá
ofertas para la licitación antes indicada hasta las 10:00 horas del 13 de
octubre del 2010.
Los interesados podrán adquirir el cartel de licitación en
Guillermo Coronado Vargas, Jefe de Proveeduría.—1 vez.—(IN2010080880).
DEFENSORÍA DE LOS
HABITANTES DE
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2010LA-000006-DHR
Adquisición e
instalación de panelería, estaciones de trabajo y
mobiliario para las Áreas de Admisibilidad, Asuntos
Jurídicos,
Departamento Financiero, Control de
Gestión Administrativa, Niñez y Adolescencia
y Protección Especial
Se avisa a todos los interesados en esta
contratación que por resolución de las 14:00 horas del 27 de setiembre de 2010,
se resuelve adjudicar
Amoblamientos Fantini
S. A., cédula
jurídica número 3-101-249998.—Línea Nº 1:
5 Muebles ejecutivos para jefaturas con arturitos
y aéreos para las áreas de Admisibilidad, Asuntos Jurídicos (incluye la
panelería), Protección Especial, Niñez y Adolescencia y Control de Gestión
Administrativa.
1 Mesa de reuniones pequeña para el área de Protección Especial.
9 Estaciones de trabajo con panelería, arturitos, aéreos, porta teclados
con portamouse y soporte para CPU. (6 Admisibilidad, 2 Asuntos Jurídicos, 1
Financiero).
3 Archiveros de 4 gavetas (2 Admisibilidad, 1 Asuntos Jurídicos).
2 Bibliotecas mixtas para ampos (1 Admisibilidad, 1 Asuntos Jurídicos).
2 Estaciones de trabajo para atención telefónica, con porta teclado,
portamouse y panel divisorio, para el área de Admisibilidad.
2 Mesas de trabajo para el área de Admisibilidad.
Los aglomerados y tableros melamínicos son de marca Durpanel, Finsa,
Pizano, modelos T-25mm y T-17mm.
Los laminados plásticos son de marca Wilsonart Lamitech, modelo
Postformables.
Los herrajes son de marca Hafele, Salice, Yale y Formenti.
La panelería en sistema modular es de marca de Amoblamientos Fantini,
modelo Versa 850.
Los tapa cantos, tapetas de melamina y tortillería son de marca Abonos Agro
Plastilang.
El vidrio flotado es de la casa comercial Extralum S. A.
Monto total adjudicado: ¢9.661.054,00.
Garantía: 24 meses de garantía.
Plazo de entrega: 10 días hábiles después de recibida la orden de compra.
Todo de acuerdo a los términos del cartel y de la
oferta.
San José, 28 de setiembre del 2010.—Dirección Administrativa.—Lic. Ronald Retana
Pérez, Director.—1 vez.—O.C. Nº
15028.—Sol. Nº 30015.—C-35700.—(IN2010080919).
PROGRAMA
INTEGRAL DE MERCADEO
AGROPECUARIO
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2010LA-000008-07
Trabajos
de mejora en la subestación
de transformadores de media
tensión de refrina
Proveedor |
Trabajos a ejecutar |
Precio adjudicado |
Máxima Tecnología S. A. |
Obra civil: Modificación en el
piso de la subestación eléctrica |
¢3.000.000 |
Máxima Tecnología S. A. |
Red eléctrica: Cambio de los
cables de conexión primarios y secundarios, incluye conexión de
transformadores |
¢7.000.000 |
Almon S. A. |
Mantenimiento de transformadores |
¢9.666.000 |
Lo anterior en virtud de los resultados obtenidos
en el proceso de análisis de ofertas que consta en el expediente de
contratación respectivo.
Cualquier consulta o aclaración respecto a este proceso puede solicitarse
al teléfono: 2239-1233, ext. 222 ó 258, o directamente en las Oficinas de
Proveeduría ubicadas
Heredia, 27 de setiembre del 2010.—Ronald Miranda V.—1 vez.—(IN2010080858).
DIRECCIÓN DE PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2009LN-000080-33300
Mejoramiento de obras de drenaje y de la superficie
de
ruedo para los caminos vecinales
del
Cantón de San Carlos
Se avisa a todos los interesados en esta licitación del Ministerio de
Obras Públicas y Transportes, que por Resolución de Adjudicación N° 248-2010 de
las 10:45 horas del 10 de setiembre del 2010 (la cual podrá ser visualizada en
el Sistema CompraRed, en la dirección electrónica
https://www.hacienda.go.cr/comprared, a partir de la fecha de esta publicación
en el Diario Oficial
Oferta N° 7.—Constructora El Bajo
del León S. A.
Cédula jurídica: 3-101-031896.
Posición N° 1; Mejoramiento de obras de
drenaje y superficie de ruedo para los caminos: 2-10-091, 2-10-622, 2-10-133 y
2-10-196 del cantón de San Carlos.
Monto total adjudicado en colones:
¢333.263.000,00 (trescientos treinta y tres
millones doscientos sesenta y tres mil colones exactos).
San José, 23 de setiembre del
2010.—Heidy Román Ovares, Directora, Proveeduría
Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 9693.—Solicitud Nº
3509.—C-22950.—(IN2010080877).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000399-33101
Compra de máquinas para demarcación de carreteras
y
borradores de marcas en pavimento y asfalto
Se avisa a todos los interesados
en esta licitación, que por resolución de adjudicación Nº 314-2010, de las
14:00 horas del 23 de setiembre de 2010, se adjudica de la siguiente manera:
Oferta Nº 1 (Única): Consorcio
Titán Representaciones y Suministros, Ltda. y Representaciones G.A. & Co.
S. A., cédula jurídica Nº 3-102-032966 y 3-101-508685. Posiciones
adjudicadas: 1, 2 y 3, por un monto total adjudicado de $131.259,50.
Las posiciones 4 y 5 se declaran
infructuosas por falta de contenido presupuestario para cubrir el monto
cotizado y un diferencial cambiario de hasta por un 20% por tratarse de bienes
importados.
Se les aclara a todos los interesados que la
presente es solo el resumen final de la adjudicación, que el Análisis Integral
y
Todo de acuerdo con los términos
del cartel y la oferta.
San José, 24 de setiembre de
2010.—Dirección de Proveeduría
Institucional.—M.Sc. Heidy Román Ovares, Directora.—1 vez.—O.
C. Nº 8475.—Solicitud Nº 3510.—C-26350.—(IN2010080878).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2010LA-000051-PCAD
Contratación
de servicios de mantenimiento preventivo,
correctivo para los sistemas de circuito cerrado
de televisión, grabación digital y analógica
y sistema de alarmas
Por este medio se hace del conocimiento de los
interesados, según resolución adoptada por
Alarmas y Tecnología del Atlántico S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-265159.
Líneas Nos. l, 2 y 3: La adjudicación es sobre la
base de costos unitarios los cuales se cancelarán sobre la base del consumo
real del mismo.
Se debe indicar que el crecimiento permitido para la presente contratación,
es decir el límite económico máximo al que podría ascender la demanda de
servicios objeto de esta contratación durante un año, sería la suma de setenta
y seis millones doscientos cuarenta y nueve mil novecientos noventa y nueve
colones con 99/100 (¢76,249.999,99), límite que se obtiene de dividir el límite
económico máximo de la licitación abreviada (trescientos cuatro millones
novecientos noventa y nueve mil novecientos noventa y nueve colones con 99/100
(¢304,999,999,99) entre cuatro años, que es el tiempo máximo de duración de
este contrato y además es la base de estimación que establece el artículo 31 de
El adjudicatario deberá rendir la correspondiente garantía de cumplimiento,
por un monto de ¢3.000.000.00 (tres millones de colones 00/100), durante los 5
(cinco) días hábiles siguientes a la firmeza de la adjudicación del concurso y
con una vigencia mínima de catorce meses.
Demás condiciones, especificaciones y detalles de los precios unitarios
adjudicados (ver folios 462, 463, 626 y 627) en conformidad con lo señalado en
la oferta y el informe de adjudicación Nº 202-2010.
San José, 27 de setiembre del 2010.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel
Vargas García, Jefe.—1
vez.—(IN2010080963).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000039-PCAD
Contratación de servicios de una empresa que realice
el
diagnóstico del perfil estratégico actual y el diseño
del
nuevo perfil estratégico de diferenciación competitiva
resultante
de dicho diagnóstico para el Banco
Popular
y de Desarrollo Comunal
Por este medio se hace del
conocimiento de los interesados, según resolución adoptada por
Brenes Artavia Consultores &
Asociados S. A., cédula jurídica Nº 3-101-154888.
Monto total adjudicado:
$87.700,00 (ochenta y siete mil setecientos dólares exactos) moneda de curso
legal de los Estados Unidos de Norteamérica. Libre de impuestos.
El adjudicatario deberá rendir la
correspondiente garantía de cumplimiento, durante los 10 (diez) días hábiles
siguientes a la firmeza de la adjudicación del concurso, por un monto del cinco
por ciento (5%) del total adjudicado, es decir deberá depositar la suma de
$4.385,00 (cuatro mil trescientos ochenta y cinco dólares exactos), y con una
vigencia mínima de catorce meses.
Demás condiciones, especificaciones y
detalles en conformidad con lo señalado en el pliego cartelario, la oferta y el
informe de adjudicación Nº 176-2010.
San José, 27 de setiembre del
2010.—Proceso Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas
García, Jefe.—1 vez.—(IN2010080964).
CONTRATACIÓN LICITACIÓN PÚBLICA
Nº
2010LN-000007-SCA
Compra de productos de limpieza bajo
modalidad
“Suministro según demanda”
A. Adjudicar a: Agroinduchem
S. A., cédula jurídica Nº 3-101252351
Las líneas que se indican a
continuación con sus respectivos precios unitarios.
Línea 01 $2,25; Línea 03 $1,30; Línea 17 $0,74; Línea 37
$0,80;
Línea 45 $3,40 y Línea 58 $1,50
Plazo de entrega: 5 días
hábiles, garantía de fabricación 12 meses y forma de pago usual Universidad
Nacional.
B. Adjudicar a: Lemen de
Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-079546
Las líneas que se indican a
continuación con sus respectivos precios unitarios
Línea 02 ¢351,00; Línea 04
¢5.030,15; Línea 06 ¢2.551,00; Línea 07 ¢4.375,00; Línea 11 ¢356,00; Línea 19
¢1.785,00; Línea 20 ¢135,00; Línea 22 ¢518,00; Línea 23 ¢6.474,00; Línea 36
¢624,00; Línea 38 ¢2.775,00; Línea 39 ¢2.500,00; Línea 42 ¢580,00; Línea 51
¢1.888,00
Plazo de entrega Línea 4: 15
días hábiles. Demás líneas: inmediato. Garantía de fabricación Líneas 19, 20,
22 y 23: 24 meses Líneas restantes: 12 meses. Forma de pago usual UNA.
C. Adjudicar a: Blue Tech S.
A., cédula jurídica 3-101-541383.
Las líneas que se indican a
continuación con sus respectivos precios unitarios
Línea 50 ¢1.550,00; Línea 60 ¢825,00.
Plazo de entrega 6 días hábiles.
Garantía de fabricación 24 meses.
Forma de pago 30 días naturales
D. Adjudicar a: Distribuidora
Florex Centroamericana S. A., cédula jurídica Nº 3-101-356793, las
líneas que se indican a continuación con sus respectivos precios unitarios.
Línea 40 ¢1.950,00; Línea 43
¢1.044,00; Línea 46 ¢2.899,00; Línea 49 ¢1.712,00; Línea 54 ¢998,00.
Plazo de entrega: inmediato.
Garantía de fabricación 13 meses.
Forma de pago: usual UNA.
E. Adjudicar a: Mora Soto
& Cía., cédula jurídica Nº 3-101-352457
Las líneas que se indican a
continuación con sus respectivos precios unitarios
Líneas 5 ¢9.815,00; Línea 14
¢35.898,00; Línea 55 ¢1.418,00; Línea 56 ¢815,00; Línea 59 ¢1.718,00.
Plazo de entrega 8 días hábiles.
Garantía de fabricación 12 meses.
Forma de pago: usual UNA.
F. Adjudicar a: Productos
Sanitarios S. A., cédula jurídica Nº 3-101-246553.
Las líneas que se indican a
continuación con sus respectivos precios unitarios
Línea 12 ¢750,00; Línea 24
¢770,00.
Plazo de entrega días hábiles.
Garantía de fabricación 12 meses.
Forma de pago usual UNA
Corporación Andrea de
Centroamérica S. A., cédula jurídica 3-101-095767
Línea 9 ¢990,00; Línea 10
¢3.258,50; Línea 13 ¢19.250,00; Línea 16 ¢7.332,80; Línea 21 ¢236,25; Línea 27
¢2.100,00 Línea 29 ¢2.100,00; Línea 30 ¢2.100,00; Línea 31 2.100,00; Línea 32
¢1.275,00; Línea 33 ¢1.275,00; Línea 34 ¢1.275,00; Línea 35 ¢1.275,00.
Plazo de entrega 5 días hábiles.
Garantía de fabricación 24 meses
Forma de pago usual UNA.
G. Industrias Garend S. A.,
cédula jurídica 3-101-133082.
Las líneas que se indican a
continuación con sus respectivos precios unitarios
Línea 08 ¢450,00; Línea 15
¢675,00; Línea 25 ¢149,00; Línea 41 ¢730,00; Línea 44 ¢360,00; Línea 47
¢595,00; Línea 48 ¢400,00; Línea 52 ¢2.100,00; Línea 53 ¢800,00;
Plazo de entrega 1 día hábil.
Garantía de fabricación 12 meses.
Forma de pago usual institución.
Declarar desiertas las líneas siguientes:
Línea 18 por cuanto las ofertas no son comparables ya que existe un error en la
especificación técnica. Línea 26 por cuanto se determinó que en el mercado no
existe el producto con la especificación del numeral 30 y por tanto las ofertas
no son comparables.
Declarar infructuosas las líneas 28 y 57 por
cuanto todos los oferentes que las cotizan presentan incumplimientos técnicos.
Todo lo anterior de conformidad con el cartel
y ofertas de los proveedores.
Heredia, 17 de setiembre del
2010.—Proveeduría Institucional.—Nelson Valerio Aguilar,
Director.—1 vez.—O. C. Nº 332-2010.—Solicitud Nº
37030.—C-70550.—(IN2010080874).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2010LN-000008-PRI
Alquiler de equipo de computo
El Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados, cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que
mediante Acuerdo de Junta Directiva N° 2010-547 del 21 de setiembre del 2010,
se adjudica
Demás condiciones de acuerdo al cartel y la
oferta respectiva.
Dirección de
Proveeduría.—Lic. Iris Fernández Barrantes.—1
vez.—O. C. Nº 2010-001.—Solicitud
Nº 2010-063.—C-11070.—(IN2010080970).
LICITACIÓN ABREVIADA
2010LA-000005-08
Servicio de
fotocopiado para
● Adjudicar la línea única a la oferta Nº 1 Comercializadora
Mayli de Tibás S. A.; precio adjudicado ¢7.85 por fotocopia tamaño carta,
por un periodo de un año, el cual podrá prorrogarse año a año hasta por tres
años, para un total de cuatro años.
San José, 28 de setiembre del 2010.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano
Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº
20671.—Solicitud Nº 24735.—C-11900.—(IN2010080928).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000047-02
Suministro de válvulas
Se informa que el concurso en
referencia, fue adjudicado según oficio GDV-438-2010 de
Oferente: Valycon de
Centroamérica S. A.—Representante legal: Rigoberto Villalobos Calderón.—(Oferta
Nº uno (1))
Monto total: $224.813,50 I.V.I
Descripción: Suministro de válvulas
Línea 1: veinte (20) válvulas de
bola construida de acuerdo A API 6D, marca Baoyi, modelo 4B1F56A. Precio total
$6.734,80. I.V.I.
Línea 2: veinte (20) válvulas de
bola construidas de acuerdo a API 6D, marca Baoyi, modelo 6BM1F56A. Precio
total $29.244,40. I.V.I.
Línea 3: quince (15) válvulas de
bola construida de acuerdo A API 6D, marca Baoyi, modelo 8BM1F56A. Precio total
$34.171,20. I.V.I.
Línea 4: quince (15) válvulas de
bola construidas de acuerdo A API 6D, marca Baoyi, modelo 10BM1F56A. Precio
total $59.901,30. I.V.I.
Línea 5: diez (10) válvulas de
bola construidas de acuerdo A API 6D, marca Baoyi, modelo 12BM1F56A. Precio
total $60.681,00. I.V.I.
Línea 8: una válvula (1) de bola
construida de acuerdo A API 6D, marca General Valve, modelo C911-G. Precio
total $25.312,00. I.V.I.
Línea 9: diez (10) válvulas de
retención tipo galleta, marca General Valve, modelo C911-G. Precio total
$8.768,80. I.V.I.
Forma de pago: crédito a treinta
(30) días calendario.
El pago se efectuará en la moneda en que fue
pactada la contratación o en colones, según convenga a los intereses de Recope.
Tratándose de moneda extranjera será facultativo realizar los pagos en colones,
en cuyo caso se utilizará el tipo de cambio de venta que reporta el Banco
Central de Costa Rica para las Operaciones del Sector Público No Bancario, al
momento de hacerse efectivo el pago.
Tiempo de entrega: ciento cuarenta (140) días
calendario.
Lugar de entrega: Almacén de Recope El Alto
de Ochomogo.
Garantía: Doce (12) meses contados a partir
de la entrada en operación de los equipos o utilización de los materiales, o
dieciocho (18) meses posteriores a su aceptación por parte de RECOPE, lo que
ocurra primero.
Con cada válvula se debe entregar:
Certificaciones, Manuales, Planos Cd`S, Literatura Técnicas y Manuales de
Operación y Mantenimiento.
Oferente: Comercializadora
CTS Chile Ltda.—Representante Legal: Jorge A. García
Travieso.—(Oferta Nº DOS (2))
Monto total: $72.773,03 CPT.
Descripción: Suministro de válvulas.
Línea 6: diez (10) de bola
Trunnion Mounted (bola montada en eje), de 3 cuerpos. Diámetro nominal: 100mm (
Línea 7: nueve (9) de bola
Trunnion Mounted (bola montada en eje), de 3 cuerpos. D.: 150mm (
Forma de pago: Carta de crédito.
Pagadera en dos tractos 75% contra la presentación de los documentos de
embarque y el 25% restante una vez que RECOPE reciba en forma satisfactoria los
materiales entregados pero, en todo caso dentro de los 30 días posteriores a su
entrega en destino convenido.
Tiempo de entrega: catorce (14) semanas.
Lugar de entrega: Almacén de Recope El Alto
de Ochomogo.
Garantía: doce (12) meses contados a partir
de la entrada en operación de los equipos o utilización de los materiales, o
dieciocho (18) meses posteriores a su aceptación por parte de RECOPE, lo que
ocurra primero.
Con cada válvula se debe entregar:
Certificaciones, Manuales, Planos Cd`S, Literatura Técnicas y Manuales de
Operación y Mantenimiento.
Notas importantes:
1) El adjudicatario dispondrá de diez (10) días hábiles contados a
partir de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la correspondiente
garantía de cumplimiento, de conformidad con los términos establecidos en la
cláusula 1.13.2.
2) La presente contratación se formalizará
mediante la emisión respectiva del pedido, debiéndose someter a la aprobación
interna ante
3) Con el fin de validar jurídicamente el
documento definido para formalizar la presente contratación, se deberán
reintegrar las especies fiscales de ley correspondientes a un 0,5% del monto
total del contrato, pagadero en su totalidad por el contratista.
4) Con relación a la línea 7 por disposición
superior se deja sin efecto la visita al sitio a fábrica por parte de los
funcionarios de RECOPE.
Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1
vez.—O. C. Nº 2010-567.—Solicitud Nº
38233.—C-142800.—(IN2010080973).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000051-02
(Notificación
de adjudicación)
Suministro de repuestos para equipo de laboratorio
Se informa que el concurso en
referencia, fue adjudicado según oficio Nº GRE-350-2010 de
Oferta Nº: Uno (1).
Oferente: Tecnosagot S. A.
Representante legal: Myriam Sagot Ruiz.
Monto total: $25.500,00 S.I.V.
$3.315,00
I.V.
$28.815,00
I.V.I.
Descripción: Línea 19: dos (2) tarjetas
control LCD V191 ISL Y19112. Precio total: $3.853,30 I.V.I.
Línea 20: dos (2) tarjeta de nivel completo
ISL X 19113. Precio total: $19.741,10 I.V.I.
Línea 21: ocho (8) detectores de nivel ISL
L00607. Precio total: $5.130,20 I.V.I.
Línea 30: cinco (5) interruptores de baño
Koehler 050-002-001. Precio total: $90,40 I.V.I.
Demás especificaciones por línea conforme la
oferta y el cartel de licitación respectivo.
Forma de pago: Carta de crédito a treinta
(30) días calendario, utilizando el tipo de cambio de venta que reporte el
Banco Central de Costa Rica para las operaciones del sector público no bancario
al momento de hacerse efectivo el pago, previa verificación del cumplimiento a
satisfacción de lo indicado en los documentos contractuales y posterior a la
recepción definitiva por parte de RECOPE.
Tiempo de entrega: Ochenta (80) días hábiles.
Lugar de entrega: Almacén de RECOPE en
Garantía: Doce (12) meses contados a partir
de la entrada en operación de los equipos o utilización de los materiales, o
dieciocho (18) meses posteriores a su aceptación por parte de RECOPE, lo que
ocurra primero.
Oferta Nº: Dos (2).
Oferente: Industrial Fire And Rescue
Equipment S. A.
Representante legal: Eduardo González Arroyo.
Monto total: $7.147,92 S.I.V.
$929,24
I.V.
$8.077,16
I.V.I.
Descripción: Línea 1: una (1) bobina de
ignición. Precio total: $1.549,23 I.V.I.
Línea 31: cinco (5) potenciómetros K10.
Precio total: $350,30 I.V.I.
Línea 32: cinco (5) potenciómetros 250 OHMS.
Precio total: $276,85 I.V.I.
Línea 33: tres (3) motores de baño para
viscosímetro. Precio total: $922,00 I.V.I.
Línea 34: cuatro (4) resistencias de baño
para viscosímetro. Precio total: $357,08 I.V.I.
Línea 35: un (1) sensor de temperatura por
resistencia de baño para viscosímetro. Precio total: $125,43 I.V.I.
Línea 36: un (1) control digital de
temperatura de baño para viscosímetro. Precio total: $867,84 I.V.I.
Línea 37: un (1) motor 115 V, 60 HZ. Precio
total: $337,87 I.V.I.
Línea 53: doscientas (200) columnas capilares
de
Línea 54: cuatro (4) silica gel para análisis
cromatográfico. Precio total: $1.930,04 I.V.I.
Demás especificaciones por línea conforme la
oferta y el cartel de licitación respectivo.
Forma de pago: Crédito a treinta (30) días
calendario mediante transferencia bancaria, en dólares o colones según convenga
a los intereses de RECOPE, utilizando el tipo de cambio de venta que reporte el
Banco Central de Costa Rica para las operaciones del sector público no bancario
al momento de hacerse efectivo el pago, previa verificación del cumplimiento a
satisfacción de lo indicado en los documentos contractuales y posterior a la
recepción definitiva por parte de RECOPE.
Tiempo de entrega: Línea 1: Ciento cuarenta
(140) días hábiles.
Líneas
Lugar de entrega: Almacén de RECOPE en
Garantía: Doce (12) meses contados a partir
de la entrada en operación de los equipos o utilización de los materiales, o
dieciocho (18) meses posteriores a su aceptación por parte de RECOPE, lo que
ocurra primero.
Oferta Nº: Cinco (5).
Oferente: Euro Amaltea S. A.
Representante legal: Orlando Chinchilla.
Monto total: $45.442,00 S.I.V.
$5.907,46
I.V.
$51.349,46
I.V.I.
Descripción: Línea 2: dos (2) calentador.
Precio total: $1.697,26 I.V.I.
Línea 3: dos (2) termistor. Precio total:
$2.583,18 I.V.I.
Línea 4: dos (2) cable Nº de parte A210635.
Precio total: $1.001,18 I.V.I.
Línea 5: tres (3) cable Nº de parte
AC210109A. Precio total: $1.989,93 I.V.I.
Línea 6: cuatro (4) sensor de detonación.
Precio total: $19.693,64 I.V.I.
Línea 7: un (1) medidor de detonación. Precio
total: $13.936,29 I.V.I.
Línea 8: ocho (8) empaque. Precio total:
$36,16 I.V.I.
Línea 9: un (1) interruptor. Precio total:
$370,64 I.V.I.
Línea 10: un (1) indicador de temperatura.
Precio total: $314,14 I.V.I.
Línea 11: un (1)
interruptor de arranque. Precio total: $342,39 I.V.I.
Línea 12: un (1) interruptor. Precio total:
$1.127,74 I.V.I.
Línea 13: dos (2) resistencia. Precio total:
$716,42 I.V.I.
Línea 14: un (1) interruptor. Precio total:
$1.207,97 I.V.I.
Línea 15: cuatro (4)
válvula solenoide. Precio total: $1.179,72 I.V.I.
Línea 16: cuatro (4) calentador. Precio
total: $3.661,20 I.V.I.
Línea 17: cuatro (4) regulador. Precio total:
$1.310,80 I.V.I.
Línea 18: cuatro (4) interruptor. Precio
total: $180,80 I.V.I.
Demás especificaciones por línea conforme la
oferta y el cartel de licitación respectivo.
Forma de pago: Carta de crédito a treinta
(30) días calendario, utilizando el tipo de cambio de venta que reporte el
Banco Central de Costa Rica para las operaciones del sector público no bancario
al momento de hacerse efectivo el pago, previa verificación del cumplimiento a
satisfacción de lo indicado en los documentos contractuales y posterior a la
recepción definitiva por parte de RECOPE.
Tiempo de entrega: Ciento cincuenta (150)
días calendario.
Lugar de entrega: Almacén de RECOPE en
Garantía: Doce (12) meses contados a partir
de la entrada en operación de los equipos o utilización de los materiales, o
dieciocho (18) meses posteriores a su aceptación por parte de RECOPE, lo que
ocurra primero.
Oferta Nº: Siete (7).
Oferente: Ventas y Servicios de Equipo
Médico y Lectronico Orgoma S. A.
Representante legal: Orlando Gonzáles
Madrigal.
Monto total: $13.522,00 S.I.V.
$1.757,86
I.V.
$15.279,86
I.V.I.
Descripción: Línea 22: doce (12) o Ring.
Precio total: $67,80 I.V.I.
Línea 23: veinticuatro (24) o Ring. Precio
total: $135,60 I.V.I.
Línea 24: cien (100) tampones de silicón.
Precio total: $1.101,75 I.V.I.
Línea 25: dos (2)
tampones de silicón. Precio total: $19,21 I.V.I.
Línea 26: una (1) bomba MD-6Z. Precio total:
$447,48 I.V.I.
Línea 27: dos (2) Foto Micro Sensor
EE-SX671A. Precio total: $98,31 I.V.I.
Línea 28: dos (2) Foto Transistor ST-1KL3B
(2). Precio total: $40,68 I.V.I.
Línea 29: cuatro (4) sensores de temperatura
para el AD6. Precio total: $3.240,84 I.V.I.
Línea 38: tres (3) bloques calentador para el
AP para punto de inflamación automático Tanaka. Precio total: $5.356,20 I.V.I.
Línea 39: dos (2) sensores de temperatura
para el APM-7. Precio total: $1.279,16 I.V.I.
Línea 40: cuatro (4) detectores de inflamación
para punto de inflamación automático Tanaka. Precio total: $1.105,14 I.V.I.
Línea 41: un (1) estándar para azufre en
concentración de 0.0 fracción de masa (M/M%). Precio total: $296,06 I.V.I.
Línea 42: un (1) estándar de aceite de azufre
en concentración 0.1 fracción de masa (M/M%). Precio total: $296,06 I.V.I.
Línea 43: un (1) estándar de aceite de azufre
en concentración 0.2 fracción de masa (M/M%). Precio total: $296,06 I.V.I.
Línea 44: un (1) estándar de aceite de azufre
en concentración 0.5 fracción de masa (M/M%). Precio total: $296,06 I.V.I.
Línea 45: un (1) estándar de aceite de azufre
en concentración 1.0 fracción de masa (M/M%). Precio total: $296,06 I.V.I.
Línea 46: un (1) estándar de aceite de azufre
en concentración 3.0 fracción de masa (M/M%). Precio total: $296,06 I.V.I.
Línea 47: un (1) estándar de aceite de azufre
en concentración 200 PPM. Precio total: $315,27 I.V.I.
Línea 48: un (1) estándar de aceite de azufre
de 500 PPM presentación de 100 ML. Precio total: $296,06 I.V.I.
Demás especificaciones por línea conforme la
oferta y el cartel de licitación respectivo.
Forma de pago: Carta de crédito a treinta
(30) días calendario mediante transferencia bancaria, en dólares o colones
según convenga a los intereses de RECOPE, utilizando el tipo de cambio de venta
que reporte el Banco Central de Costa Rica para las operaciones del sector
público no bancario al momento de hacerse efectivo el pago, previa verificación
del cumplimiento a satisfacción de lo indicado en los documentos contractuales
y posterior a la recepción definitiva por parte de RECOPE.
Tiempo de entrega: Noventa (90) días
calendario.
Lugar de entrega: Almacén de RECOPE en
Garantía: Doce (12) meses contados a partir
de la entrada en operación de los equipos o utilización de los materiales, o
dieciocho (18) meses posteriores a su aceptación por parte de RECOPE, lo que
ocurra primero.
Asimismo, para las líneas que no se están
adjudicando:
■ Las Nos.
■ Las Nos.
Notas importantes:
1. El adjudicatario dispondrá de diez (10) días
hábiles contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la
correspondiente garantía de cumplimiento, por un monto del siete por ciento
(7%) del total adjudicado y con una vigencia mínima de dos (2) meses
adicionales a la fecha probable de recepción definitiva del objeto del contrato,
conforme se establece en la cláusula 1.13.2 del cartel de licitación.
2. El presente concurso se formalizará a través
de los respectivos pedidos. A efecto de la legalización, se deberán reintegrar
las especies fiscales de ley, en razón del 0,5% del monto total del contrato,
pagadero en su totalidad por el contratista.
Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1
vez.—O. C. Nº 2010-567-01.—Solicitud Nº
38233.—C-289000.—(IN2010080974).
CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA-000016-00100
Confección de ponchos impermeables
con
material retroreflectivo
El Departamento de Proveeduría
del Consejo de Seguridad Vial a través de
La fecha de apertura se traslada para el día
11 de octubre del
San José, 28 de setiembre del
2010.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Vanessa Rodríguez Rojas,
Jefa a. í.—1 vez.—O.C. Nº
0002.—Solicitud Nº 38150.—C-15300.—(IN2010080915).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2010LN-110012-UL (Prórroga)
Equipo de transporte
Se comunica a los interesados en
el presente concurso, cuya invitación se publicó en el Diario Oficial
Todos los demás términos y condiciones
permanecen invariables.
Msc. Francisco Cordero Fallas
Jefe a. i.—Departamento de Proveeduría.—1 vez.—OC Nº
19178.—Solicitud Nº 34882.—C-10200.—(IN2010080946).
DIRECCIÓN PRODUCCIÓN INDUSTRIAL
FABRICA DE ROPA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2010LN-000009-8101
(Aviso
Nº 2-Modificación al cartel)
Tela tipo dril color gris código 5-10-04-1010
Se comunica a los interesados en
participar en
Resistencia a la tensión |
En urdimbre |
|
Mínimo |
ASTMD1682-D5034 |
En trama |
|
Mínimo |
Demás condiciones del cartel
permanecen invariables. Ver detalle en http://www.ccss.sa.cr.
Marvin Rojas León, Jefe de
Compras.—1 vez.—O C Nº
198400.—Solicitud Nº 27910.—C-13160.—(IN2010080955).
LICITACIÓN PÚBLICA
2010LN-000006-01
Servicio de aseo y
limpieza para algunas
áreas de
● Corregir
el error material del folio 0447 de la licitación de marras, donde se señala
“(...) el contrato será por una año prorrogable a tres años para un total
de cuatro años de contrato. (...)”, para que se lea correctamente:
“(...) Dicho contrato tendrá una vigencia de un año el cual podrá
prorrogarse de manera automática año a año por cuatro (4) años para un total de
cinco (5) años. (...)”.
Proceso de Adquisiciones.—Lic.
Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1
vez.—O. C. Nº 20671.—Solicitud Nº
24735.—C-20400.—(IN2010080927).
DIRECCIÓN NACIONAL DE
NOTARIADO
REGLAMENTACIÓN DEL
PROCESO DE CONTRATACIÓN
CAPÍTULO I
Objetivo
Artículo 1°—Objetivo. El presente
reglamento tiene como objetivo regular el proceso de contratación de bienes y
servicios de
CAPÍTULO II
Administración del
proceso de contratación
Artículo 2°—Unidad responsable de
compras. La “Jefatura Administrativa” es la dependencia
autorizada y responsable para tramitar la adquisición de bienes y servicios que
son utilizados por
Artículo 3°—Funciones de
1. Tramitar
las adquisiciones en el mercado local e internacional, emitir las respectivas
órdenes de compra y gestionar las aprobaciones según las instrucciones que
administrativamente se emitan.
2. Establecer
la coordinación necesaria con las dependencias solicitantes de bienes y
servicios y mantener una eficiente atención de las solicitudes de
abastecimiento que se formulen.
3. Investigar
las fuentes de aprovisionamiento nacionales e internacionales y llevar y
mantener actualizado un “Registro Permanente de Proveedores”
debidamente clasificado.
4. Solicitar
las cotizaciones de precios y preparar los carteles de los concursos para las
provisiones de bienes y servicios, en colaboración con el área interesada, la
cual será la responsable de las especificaciones técnicas.
CAPÍTULO III
Normas generales
sobre contrataciones
Artículo 4°—Documentación requerida:
a) La
tramitación de una contratación se iniciara con la suscripción de una solicitud
de contratación que será emitida por el funcionario competente según los
niveles de aprobación que autorice el Consejo Superior Notarial.
b) El
Área Administrativa en cada caso emitirá órdenes de compra, las cuales serán
aprobadas por
c) En
sustitución de
Artículo 5°—De la actividad no ordinaria.
Niveles de aprobación.
1-
2- Compete
al Consejo Superior Notarial adjudicar
toda contratación que se realice siguiendo los trámites de licitación pública.
Artículo 6°—De los Concursos de Ofertas. Cuando
una contratación deba realizarse por medio de Concurso de Ofertas,
entendiéndose por esto
Artículo 7°—Registro de Proveedores
1.
2. El
Área Administrativa será el encargado de administrar todos los trámites
concernientes al mantenimiento y operación del registro.
3. Se
inscribirán todos los interesados única y exclusivamente en los bienes y
servicios que estén en capacidad de suministrar, de acuerdo con la información
que proporcionen al efecto.
4. Toda
persona física o jurídica que forme parte del registro deberá presentar una
declaración en la que acepte quedar sometido en un todo al ordenamiento
jurídico y Tribunales de Justicia de Costa Rica en cuanto a los trámites,
documentos aportados y procedimientos, lo cual acepta incondicionalmente,
renunciando a cualquier otra jurisdicción extranjera. Todos los interesados
deberán suscribir el formulario con la información básica a suplir, que al
efecto se elabore.
5. Requisitos:
5.1 Oferentes Nacionales y extranjeros:
a) Declaración jurada de no estar afectado por las
prohibiciones establecidas en el artículo 22 de
b) Certificación notarial de personería y
Certificación de la cédula jurídica.
c) Certificación de la naturaleza y propiedad de
las acciones.
d) Todos los documentos deben ser firmados por
quien ostente la representación legal de la empresa y tiene poder para ello, lo
cual deberá hacerse constar.
CAPÍTULO IV
De la planificación
de las contrataciones
Artículo 8°—Programa anual de
adquisiciones. Todas las dependencias de
Los programas de adquisiciones serán confeccionados por cada unidad
administrativa y remitidos al Área Administrativa a más tardar la segunda quincena del mes de
noviembre, conteniendo la información solicitada en el artículo siete, inciso
tercero del Reglamento General de
Cualquier modificación al programa de adquisiciones deberá ser remitida al
Área Administrativa, mediante solicitud formal, autorizada por
Artículo 9°—Informe
trimestral de actividad contractual
Órgano competente: Compete al Área Administrativa informar dentro de
los quince días hábiles posteriores al vencimiento de cada trimestre, a
ARTÍCULO V
Disposiciones finales
Artículo 10.—Alcances
del Reglamento. Se regirán conforme a este Reglamento todas las
contrataciones no ordinarias que haga
Artículo 11.—Vigencia. El presente
Reglamento rige a partir de su publicación en el diario oficial
San José, 16 de setiembre del 2010.—Coordinación Administrativa.—Lic. Alexander
Zeledón Castillo, Coordinador.—1 vez.—(IN2010079091).
REGLAMENTO DE TARIFAS Y CONDICIONES
PARA
LOS SERVICIOS DEL BCR
1) Productos de colocación
1.1- Gastos de formalización de operaciones nuevas y prórrogas al
vencimiento definitivo.
Colones y Dólares: De 0,25 % a
un máximo del 3 %. Quedan abiertos los márgenes de negociación para el Comité
de Crédito, el Gerente General, Subgerentes y Directores Comerciales.
Esto aplica para todas las
modalidades de créditos directos y créditos abiertos.
Notas:
1- Esta comisión será cobrada por una única vez al formalizarse el
crédito o al establecerse prórrogas el vencimiento definitivo, aplicable
directamente al monto del crédito en forma general.
En estos casos de créditos
abiertos se cobrará cada vez que se realice una operación derivada del contrato
de crédito abierto.
2- No se cobrará la comisión de formalización en
los contratos que se realicen de líneas de crédito revolutivas; tampoco se
cobrará la comisión de formalización a las Tarjetas de Crédito.
3- Se aplicará un 50 % de la comisión a las
personas físicas cuyo salario o pensión es depositado en una cuenta del BCR.
1.2- Comisión de manejo de Líneas de Crédito Revolutivas.
Esta comisión aplica para las
líneas de crédito revolutivas y se cobra al formalizar cada giro de forma
anualizada.
Colones: 1.50% anualizado al
formalizar
Dólares: 1.00% anualizado al
formalizar
2) Productos de captación
2.24- Venta de Cheques de Gerencia $25.00
2.25- Recolección depósitos especiales en cuenta
corriente.
1- Para clientes cuyos depósitos son recolectados y contabilizados en
las tesorerías regionales ubicadas en
Hasta ¢ 6.000.000.00 cobrar la
suma de:
a) $ 7.00 remeseras propias/recolección.
Sobre el exceso de
los ¢ 6.000.000.00 se aplicará la siguiente fórmula: (M.E./T.C.)*0.000572
Monto del excedente, dividido
entre el tipo de cambio de venta del dólar del último día hábil del mes por
0.000572.
Este factor corresponde a los
$2,00 por cada $3.500,00 adicionales.
Los montos sobre los cuales se
realizaran los cobros, son los declarados por el cliente en las planillas de
conducción.
b) Con remeseras externas se cobrará el monto
negociado con cada empresa adjudicataria, de conformidad con en el cartel de
licitación y la oferta recibida por dichas empresas. (Según cuadro adjunto)
2- Para clientes cuyos depósitos son recolectados y contabilizados y
para planillas preparadas y enviadas en las tesorerías regionales ubicadas
fuera del (GAM) a los clientes:
Hasta ¢ 6.000.000.00 cobrar la
suma de:
a) $9,00 remeseras propias/recolección.
Sobre el exceso de
los ¢6.000.000,00 se aplicará la siguiente fórmula: (M.E./T.C.)*0.000572
Monto del
excedente, dividido entre el tipo de cambio de venta del dólar del último día
hábil del mes por 0.000572.
Este factor
corresponde a los $ 2.00 por cada $3.500,00 adicionales.
Los montos sobre
los cuales se realizaran los cobros, son los declarados por el cliente en las
planillas de conducción.
b) Con remeseras externas se cobrará el monto
negociado con cada empresa adjudicataria, de conformidad con en el cartel de
licitación y la oferta recibida por dichas empresas. (Según cuadro adjunto)
Para ver imagen
solo en La Gaceta impresa o en
formato PDF
2.34- Certificación o constancia de operación cancelada. $5 cada una.
2.38- Ordenes de Pago (Transf.) a otras oficinas
bancarias
-Colones y Dólares Mínimo
$3,00
Montos %
Acumulado
Hasta $ 200.00 2.0
% $4,00
Exceso $200.00 a $1.800.00 1.5
% $27,00
De $1,801.00 en adelante 0.5
%
2.44- Divisas depositadas cuenta corriente/ Ahorros
Depósito Cta. En dólares 1.5%,
mínima $10,00
Depósito Cta. En colones 1.0%,
mínimo $7,00
2.45- Cheques devueltos en dólares
Servicio $12,00 más gastos del
corresponsal.
3) Tarjetas de crédito y débito
3.1- Comisión por reemplazo normal y reposición $5,00
Nota:
Para los productos de compras
institucionales y BCR Distribución no pagarán comisión por reemplazo
3.3- Comisión por adelanto de efectivo
Tarjetas de Crédito
$1 + 4 % por avance efectivo
utilizando cualquier medio disponible.
Por los avances de efectivo de
Tarjetas de Débito
• $0.20 por avance efectivo en ATM´S del BCR
después del quinto retiro en el mes, solamente en las cuentas cuyo saldo
promedio semestral sea inferior a los $350.00.
• $0,50 por avances efectivo en ATM´S dentro
de los convenios que tenga el BCR (ATH y BNCR) y $0,25 para las consultas.
• $3 +0,50% Comisión por retiro de efectivo
en ATM´S o en ventanilla en otros emisores internacionales o locales que no
estén en convenio con el BCR.
• $1 por cada transacción de avance o retiro
de efectivo en ventanilla del BCR, excepto en las cuentas cuyo saldo promedio
semestral sea mayor a $1.000,00 o cuando el retiro a solicitar por el cliente
supere el monto permitido a dispensar por nuestros ATM´S.
3.5- Comisiones a negocios afiliados
Mantener lo definido en acuerdo
de emisores locales.
$15.00 mensual por P.O.S.
instalado en comercios afiliados con facturación inferior a $1,000.
3.6- Monto a cobrar por tarjetas recuperadas.
Es cobrado al tarjetahabiente y
pagado al recuperador de la tarjeta (persona física o negocio afiliado).
Por tarjetas emitidas en el
exterior hasta un máximo de $165,00 ($150,00 por localización más $15,00 por
manejo).
Por tarjeta emitidas en el
territorio nacional $10,00
3.7- Comisión por cargo administrativo por mora
Tarjetas personas físicas
5-10 días $10,00
11-30 días $20,00
31-60 días $30,00
61-90 días $40,00
Tarjetas personas jurídicas
5-10 días $20,00
11-30 días $40,00
31-60 días $60,00
61-90 días $80,00
Nota:
Esta comisión se cobra
mensualmente durante el período en que permanezca el crédito en esa condición.
3.8- Reposición de Pin para tarjeta de crédito y débito. $5,00
Se cobra esta tarifa cuando el
cliente ha olvidado el pin, pero si se le sustituye por problemas atribuibles
al Banco no se le deberá cobrar.
Para los productos de compras
institucionales del BCR, no pagarán comisión por reemplazo.
3.9- Comisión por servicios administrativos en tarjetas de débito
$6,00 excepto tarjetas: Cuenta
Conmigo, Cuenta Propia, Pensionados y ANAFA
3.11- Comisión por pagos reversados por cheques devueltos.
$5,00 si el cheque es devuelto
por forma y $20,00 si es por fondos insuficientes.
3.12- Comisión por afiliación al servicio de adquirencia o cambio de
razón social.
$60 a todos los comercios nuevos
que deseen afiliarse al servicio de adquirencia BCR; esta comisión se cobrará
una única vez.
3.13- Comisión por confección de máquina manual a los comercios
afiliados:
$35 por cada máquina manual
confeccionada para los comercios afiliados, esta comisión se cobrará una vez.
5) Servicios Comercio Exterior
5.1- Carta de Crédito de Importación
Modificaciones $25.00 c/u, si es
al valor se aplica la comisión de apertura.
5.2- Cobranzas de importación documentaria (cobranza del exterior)
Cobranza 0.30 % del monto,
mínima $30.00, máxima $100.00
Traslado 50% de la comisión de apertura
5.3- Cobranza simple (cheques en dólares por cuentacorrentista) 0.30 %
Mínima $ 25,00
Máxima $55,00
5.5- Cobranzas al exterior (cobros sobre el exterior)
Apertura y pago 0.25 %
Mínima $30,00
Máxima $100,00
5.11- Detención de pago a giros bancarios
Bicsa Miami / Panamá 1,0 %
Mínimo $10,00
Máximo $50,00
Citibank New York $7,00
6) Comisiones de confianza
6.1.2- Remesas directas de dinero al o del exterior
10% sobre el principal - mínimo
$5,00 o equivalente
La comisión se negociará si es
parte de un servicio integral al cliente
7) Garantías de participación y cumplimiento
7.2- Certificado de cumplimiento
7.2.1 Emisión y extensión de plazo
En colones: 1.25% por trimestre
o fracción mínimo $20.00 por trimestre.
En dólares: 1.25% por trimestre
o fracción mínimo $20.00 por trimestre.
7.2.2 Incremento del valor
En colones: 1.25% por trimestre
o fracción por trimestre.
En dólares: 1.25% por trimestre
o fracción.
Del monto existente entre la
fecha de la modificación y el vencimiento de la garantía, mínimo $20.00 por
trimestre.
8) Avalúos, inspecciones y fiscalizaciones
8.1- Cobro de avalúos e inspecciones para operaciones de crédito y
prórrogas, arreglos y otros.
Para ver imagen
solo en La Gaceta impresa o en
formato PDF
a. El total de la comisión acumulada forma la base para la siguiente
categoría.
b. Para avalúos de vehículos, de cualquier tipo,
la comisión corresponde al 50% del resultado según la tabla.
c. Cuando se
requiera solicitar el avalúo de otros bienes, como refuerzo de garantía o en
sustitución de los ofrecidos y valorados originalmente, la comisión se calculará
con base en el monto por el que responderán los nuevos bienes a valorar.
d. Cuando corresponda realizar avalúos para
efectos de seguimiento, la comisión se calculará con base en el saldo adeudado,
en lugar del monto de crédito, salvo cuando el avalúo sea factible realizarlo
por el mismo valuador que realizó el avalúo anterior, en cuyo caso la comisión
corresponderá al 50% del resultado según la tabla, calculado con base en el
saldo adeudado, en lugar del monto de crédito en la tabla. La comisión por
avalúos de seguimiento de garantías, podrá ser cobrada al cliente, solo si está
incluida en el contrato de crédito, o bien, si el propósito del avalúo es para
mantener la vigencia de un avalúo que será utilizado en una nueva operación de
crédito. Para el caso de inspecciones para control y seguimiento de las
garantías, referirse al punto 8.4 de este apartado.
e. En el caso de solicitudes de crédito para
compra de lote y construcción o solo para construcción, siempre y cuando el
monto del crédito sea superior al monto del avalúo, el cálculo de la comisión
se hará sobre el monto del avalúo. En estos casos, como inicialmente no se
conoce el monto del avalúo, el cobro inicial se hará sobre la base del monto de
la solicitud de crédito y una vez que se reciba el avalúo, si este es menor al
monto de crédito solicitado, la comisión se calculará con base en el avalúo y
se devolverá al cliente el exceso cobrado.
f. Para efectos del cálculo de la comisión por
avalúo en casos de cobro judicial, se usará como base el saldo de la operación
sin considerar intereses acumulados, en lugar del monto de crédito en la tabla.
g. Para efectos del cálculo de la comisión por
avalúo en casos de venta de bienes, se usará como base el monto de la
adjudicación, en lugar del monto de crédito en la tabla.
h. En el caso que el avalúo no se realice debido
a razones no imputables al Banco y siempre y cuando el valuador haya hecho la
inspección de campo, para el cálculo de la comisión aplica la tarifa
establecida para Inspecciones de bienes por avalúos que no se pudieron ejecutar
referirse al punto 8.3.
i. Por entregar al cliente copia de un avalúo
hecho por funcionarios del Banco o por valuadores externos contratados por el
Banco, se cobrará la diferencia entre el pago original que hizo el cliente y la
tarifa vigente del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa
Rica.
8.2 Inspecciones previas
Las que son
requeridas en el estudio y análisis de una solicitud de crédito y son
efectuadas por profesionales designados por el Banco.
8.2.1 Inspecciones previas de actividades agropecuarias.
Cuando el mismo profesional al
que le corresponde valorar la finca donde se llevará a cabo el plan de
inversión, debe realizar también una inspección previa de tipo agropecuario, el
cálculo de la comisión por la inspección previa es sobre el monto del crédito y
corresponde al 50 % de la tarifa por concepto de avalúos. Lo anterior es
adicional a la comisión que corresponda pagar por concepto de avalúo. Si al
mismo profesional no le corresponde realizar el avalúo de la finca, entonces
por la inspección previa la comisión que corresponde es el 100 % de la tarifa
por concepto de avalúos.
8.2.2 Inspecciones previas de otras actividades no agropecuarias
El cálculo de la comisión por
inspecciones previas de otras actividades no agropecuarias es sobre el monto
del crédito y corresponde al 25% de la tarifa por concepto de avalúos.
8. 3 Inspecciones de bienes por avalúos que no se pudieron ejecutar
Corresponden a las que son
efectuadas por profesionales designados por el Banco, cuando inspeccionan
bienes sobre los que se han solicitado avalúos para garantía y otros fines, que
no se pueden realizar, por no cumplir con las condiciones establecidas para la
ejecución de los mismos. No se deben confundir con las inspecciones previas y
las inspecciones para el control y seguimiento de las garantías.
El cálculo de la comisión por
inspecciones de bienes por avalúos que no se pudieron ejecutar, es sobre el
monto del crédito y corresponde a un mínimo de $36.00 para un monto de crédito
hasta $15.000 y para montos de crédito superiores, se conserva la base y se
adiciona el 0,015% aplicable a la diferencia entre el monto de crédito y los
$15.000.
9) Otras tarifas
9.8- Servicio por examinar vídeos BCR
$25.00 por examinar cada video
de seguridad.
Nota:
Se cobra esta comisión por cada
video revisado en cassette o digital.
San José, 14 de setiembre del
2010.—Oficina Normativa Administrativa.—Lic. Carlos Ml. Calderón
Gutiérrez.—1 vez.—O. C. Nº 60280.—Solicitud Nº 40102.—C-256820.—(IN2010078667).
COLEGIO
UNIVERSITARIO DE CARTAGO
DECANATURA
ARCHIVO
INSTITUCIONAL
Considerando:
1º—Que es obligación del Colegio
Universitario de Cartago, como una Institución pública, cumplir las
disposiciones de
2º—Que es responsabilidad del Colegio Universitario de Cartago, como
generador de información, definir los lineamientos internos para reunir,
conservar, clasificar, ordenar, describir, seleccionar, administrar y facilitar
la información generada en los diferentes procesos técnicos y administrativos.
3º—Que es necesario establecer y fortalecer sistemas que permitan
almacenar y organizar la información generada por
DECRETAN:
El siguiente:
REGLAMENTO
DEL SISTEMA DE ARCHIVOS
DEL COLEGIO
UNIVERSITARIO DE CARTAGO
CAPÍTULO
I
Disposiciones
generales
Artículo 1º—El presente reglamento regula lo
referente al funcionamiento del Archivo Central y archivos de gestión del
Colegio Universitario de Cartago, según lo estipulado en
Artículo 2º—Glosario.
a) Archivo
Central: El archivo central del Colegio Universitario de Cartago, es un
área de trabajo que tiene a cargo reunir, custodiar y administrar el conjunto
de documentos recibidos por las diferentes dependencias de
b) Archivos
de Gestión: Son aquellos que custodian los documentos desde su producción hasta
que finaliza el tramite que les dio origen. Son
utilizados y conservados en las secretarías u oficinas, por un periodo
determinado.
c) Comité
Institucional de Selección y Eliminación de Documentos: órgano interno
encargado de analizar y determinar la vigencia legal y administrativa de los
documentos y someter a consideración de
d) Documento:
cualquier testimonio escrito, gráfico, los impresos materiales legibles por
máquina y todo aquel que tenga carácter representativo o declaratorio que ha
sido producido o recibido por
e) Tipo
documental: se refiere a las variantes propias de la redacción temática,
también puede decirse que es el nombre que se le asigna a los documentos
(actas, cartas, informes,)
f) Fondo
documental: la totalidad de documentos que se producen, reciben y custodian
en una oficina o institución.
g) Tabla
de plazos: Instrumento en el que constan todos los tipos documentales
producidos o recibidos en una oficina o institución, en el cual se anotan todas
sus características y se fija el valor administrativo y legal.
h) CUC:
Colegio Universitario de Cartago.
i) Usuarios:
todo funcionario del CUC, funcionarios de otras instituciones públicas o
privadas, estudiantes, público en general.
CAPÍTULO
II
De
los objetivos y funciones del archivo
central y los archivos de gestión
Artículo 3º—Objetivo del Archivo Central
del CUC: Promover e impulsar la óptima administración de los documentos y
de los archivos del Colegio Universitario de Cartago con el fin de brindar de
manera eficaz y precisa la información al usuario tanto interno como externo de
Artículo 4º—Además de las funciones establecidas en el Articulo 42 de
a) Custodiar
y administrar toda la información y documentación que se produce en
b) Realizar
el adecuado tratamiento técnico de la documentación institucional como parte de
una eficiente práctica administrativa.
c) Disponer
de la información, mediante un acceso rápido y seguro.
d) Cumplir
con un adecuado manejo de la información la cual permite la garantía que exige
tanto
e) Mantener
una estrecha relación con los diferentes archivos de gestión de los
departamentos, para así unificar la clasificación y ordenación de éstos.
f) Elaborar
un plan anual de operaciones para ser presentado al Jefe Inmediato Superior.
g) Capacitar
al personal en los procedimientos que se deben seguir para conservar,
clasificar, ordenar, describir, seleccionar y administrar documentos.
h) Preparar
los instructivos, guías y demás instrumentos descriptivos, que faciliten la
consulta de la información.
i) Elaborar
las tablas de plazos de conservación de documentos de
j) Evacuar
consultas sobre los documentos custodiados en el archivo central, de acuerdo a
solicitud de los usuarios internos y externos del CUC.
k) Ejecutar
los acuerdos que el Comité Institucional de Selección y Eliminación le designe.
l) Solicitar
asesorías técnicas a
m) Cualquier
otra disposición que el Archivo Nacional y el Consejo Directivo dispongan,
siempre y cuando se apegue a la legislación vigente.
Artículo 5º—Los jefes y encargados de los
distintos departamentos y secciones del Colegio Universitario de Cartago, serán
los responsables de la custodia, ordenación, clasificación y organización de
los documentos de sus respectivas unidades, y prestarán asimismo la colaboración
que se solicite para los fines de este reglamento.
Artículo 6º—Los encargados del archivo de gestión tienen las
siguientes funciones:
a) Aplicar
las disposiciones dictadas por el Archivo Central, en la organización y
conservación de los documentos.
b) Reunir,
ordenar, clasificar, describir y facilitar los documentos conforme a las
directrices establecidas por el Archivo Central.
c) Remitir
los documentos solicitados al Archivo Central según lo establece el capitulo IV
de este Reglamento.
d) Remitir
la información necesaria para la elaboración de las tablas de plazos de
conservación de documentos.
e) Participar
de las actividades de capacitación organizadas por el Archivo Central.
CAPÍTULO
III
Edificio
e instalaciones del Archivo Central
Artículo 7º—El lugar destinado para el
Archivo Central del Colegio Universitario de Cartago deberá estar situado
dentro del campus institucional y contará con tres áreas definidas:
a) Área
Administrativa.
b) Área
de Consulta.
e) Área
de Depósito.
Artículo 8º—El local que se destine al
Archivo Central del Colegio Universitario de Cartago, deberá reunir las
condiciones necesarias que garanticen la conservación óptima de los documentos,
tomando en cuenta el grado de humedad relativa del aire, temperatura, polución,
luz e insectos o situaciones similares.
Artículo 9º—El Colegio Universitario de Cartago deberá dotar el
equipo técnico, y mobiliario necesario que permita el cumplimiento adecuado de
las funciones archivísticas.
Artículo 10.—El ingreso a los depósitos del Archivo Central se limita
solo al personal del Archivo Central y a las personas debidamente autorizadas
por el encargado del Archivo.
CAPÍTULO
IV
Del
ingreso de documentos al Archivo Central
Artículo 11.—El
Archivo Central del Colegio Universitario de Cartago, recibirá debidamente
organizados los documentos que le remitan los diferentes departamentos de
Artículo 12.—El proceso de ingreso de la
documentación al Archivo Central del CUC, se llevará a cabo mediante una lista
de remisión especificando con exactitud el contenido de la misma.
Articulo 13.—El archivo central no aceptarán
remisiones de documentos que no estén debidamente organizados, numerados, en
unidades de conservación rotuladas y con la propuesta de ser material de
eliminación.
CAPÍTULO
V
De la
selección y eliminación de documentos
Artículo 14.—El
proceso de selección y eliminación de documentos del Archivo Central del
Colegio Universitario de Cartago estará regulado por el Comité Institucional de
Selección y Eliminación de Documentos, el cual estará integrado de la siguiente
manera según lo estipulado en
a) El
superior administrativo
b) El
encargado del Archivo Central
c) El
asesor legal.
O quienes ellos deleguen siempre y cuando reúnan
las mismas condiciones profesionales. Entre estos miembros se nombrará un
presidente y un secretario, electos por mayoría absoluta, quienes durarán en su
cargo por un periodo de un año, pudiendo ser reelectos (Según lo establecido en
Artículo 15.—Funciones del Comité Institucional
de Selección y Eliminación de Documentos:
a) Determinar
la vigencia administrativa y legal de los documentos del Colegio Universitario
de Cartago, así como su eventual valor científico, cultural y social.
b) Evaluar
las tablas de plazos de conservación de documentos para su valoración y
aprobación.
c) Mantener
actualizada la tabla de plazos de conservación de documentos.
d) Mantener
actualizado un inventario de los documentos de resguardo”
Artículo 16.—La
autorización final para conservar o eliminar documentos previa consulta será
extendida por
Artículo 17.—Los encargados de los archivos
de gestión son los responsables de levantar la información requerida en las
tablas de plazos de conservación, todo esto con la asesoría del archivo
central.
Artículo 18.—Para la eliminación de
documentos deberá levantarse un acta con información sobre los documentos que
han sido eliminados.
Artículo 19.—Todos los documentos que deban
ser eliminados se deberán transformar en material no legible.
CAPÍTULO
VI
De la
consulta y préstamo de documentos
Artículo 20.—El préstamo de los documentos
se hará a todo funcionario del CUC, funcionarios de otras instituciones
publicas o privadas, estudiantes, publico en general, siempre y cuando no se
haya decretado de consulta restringida o confidencial.
Artículo 21.—Para el préstamo de documentos se debe llenar la boleta
de préstamo, para así tener mayor control de la salida de documentos, evitando
la perdida de información por extravío además de conocer a quién y a cuál
departamento se le hará el préstamo.
Artículo 22.—Para la devolución de la documentación en préstamo se
debe entregar a la persona encargada del archivo central del Colegio
Universitario de Cartago, para verificar la documentación que se prestó, tanto
en la cantidad como en el estado físico, El encargado del archivo central, está
obligado a poner un sello de recibido con fecha y firma.
Artículo 23.—Se podrán hacer reproducciones
de los documentos mientras el Colegio Universitario de Cartago no haya
decretado lo contrario, por ser a favor de la conservación de los mismos.
CAPÍTULO
VII
Del
funcionamiento del Archivo Central
Artículo 24.—Las
principales reglas que deberán respetarse dentro del área de la consulta y
atención al usuario, serán las siguientes:
a) Todo
usuario deberá proceder a identificarse debidamente de previo a realizar su
consulta, para lo cual debe mostrar la identificación oficial que corresponda
(cédula de identidad, pasaporte y cualquier otro documento oficial que lo
identifique)
b) No
se debe fumar, comer, ni beber dentro del área de consulta de documentos
c) Se
debe guardar silencio y comportarse de una forma respetuosa.
d) No
se debe arrugar ni doblar los documentos
e) No
se deben humedecer los dedos para pasar los documentos.
f) No
se debe rayar, calcar o escribir sobre los documentos
g) No
se debe sacar documentos.
h) El
equipo que se utiliza para facilitar la consulta debe ser tratado con
precaución.
i) Cualquier
otra que se establezca para asegurar que todos los usuarios pueden realizar sus
consultas en condiciones idóneas.
Artículo 25.—Los
usuarios del servicio serán responsables de los daños o pérdidas ocasionados a
los documentos o materiales proporcionados para su consulta, asumiendo civil y
penalmente la reparación.
CAPÍTULO
VIII
Sanciones
Artículo 26.—A las personas que incumplan
este reglamento y / o que hagan uso indebido de los Archivos Institucionales,
se le aplicarán las restricciones y sanciones que se establecen en el artículo
8º y 9º de
Artículo 27.—Todo aquel usuario del archivo central o funcionario del
CUC a quien se le compruebe que por descuido o intención, dañe, elimine,
altere, sustraiga, oculte cualquier documento que interfiera con la
accesibilidad a la información se sancionara según la normativa vigente.
CAPÍTULO
IX
Disposiciones
finales y transitorias
Artículo 28.—Las
disposiciones de este Reglamento son de aplicación obligatoria por parte de los
funcionarios del Colegio Universitario de Cartago.
Artículo 29.—Este Reglamento deberá tomar en
cuenta cualquier reforma que se hiciere a futuro a
Artículo 30.—Transitorio único: El Archivo
Central no recibirá documentos de las diferentes dependencias del CUC, hasta
tanto no se den las condiciones en las instalaciones que permitan una buena
conservación de los documentos.
Aprobado en la sesión 2803 por el Consejo Directivo, según acuerdo Nº
01-2803-2010.
Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial
Cartago, 10 de agosto del 2010.—Proveeduría.—Lic. Ligia Amador Brenes.—1
vez.—RP2010197626.—(IN2010079516).
SUCURSAL AVENIDA DIEZ
AVISOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
El suscrito, Carlos Fernández García, con
cédula 1-0721-0152 en mi calidad de Gerente del Banco Nacional de Costa Rica,
Sucursal Avenida Diez, avisa al Sistema Financiero Nacional, clientes, público
y comercio en general, el extravío de cheque de gerencia Nº 876-3 emitido el 10
de diciembre del
San José, 12 de agosto del 2010.—Carlos
Fernández García, Gerente.—RP2010196146.—(IN2010076898).
El suscrito, Carlos Fernández
García, con cédula 1-0721-0152 en mi calidad de Gerente del Banco Nacional de
Costa Rica, Sucursal Avenida Diez, avisa a clientes, público y comercio en
general, el extravío de las siguientes 5 fórmulas Generales Código 5570232 en
blanco para el pago de cupones de intereses de certificados a plazo: 1374447,
1374448, 1374449, 1374450, 1374451, 1374452. Se publica este anuncio por tres
veces consecutivas a la espera de recibir reclamos formales por parte de
tenedores de buena fe para al cobro de los títulos valores aquí publicados,
favor dar aviso inmediato al teléfono 2223-7029 ext. 6505 o al correo
cfernandez@bncr.fi.cr., o avillalobosza@bncr.fi.cr.
San José, 12 de agosto del 2010.—Carlos
Fernández García, Gerente.—RP2010196147.—(IN2010076899).
AVISO
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Yo Teresa Palma Arias, cédula de
identidad 4-090-139, solicitante del certificado de depósito a plazo, emitido
por el Banco Nacional de Costa Rica, Oficina de San Pedro (080), que se detalla
a continuación:
C.D.P. Monto Emisión Vencimiento
400-02-080-116515-0 $2.274.47 08/09/2010 08/12/2010
Cupón Monto Emisión Vencimiento
001 $2.35 08/09/2010 08/12/2010
Título emitido a la orden, a una
tasa de interés del 0.45%. Solicito reposición de este documento por causa de
pérdida. Se publica este anuncio tres veces consecutivas para oír reclamos de
terceros, por término de quince días.
San José, 8 de setiembre del
2010.—Teresa Palma Arias.—(IN2010077179).
FACULTAD DE DERECHO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Jeffrey Gabriel Gonzaga Flory, cédula Nº
5-0349-0886, quien ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de
Licenciado en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la
vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al
señor Decano de
Carlos Manuel Jiménez Robleto, cédula Nº
5-0349-0954, quien ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de
Licenciado en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la
vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al
señor Decano de
Jorge Luis Quesada Jiménez, cédula
2-0627-0164 quien ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de
Licenciado (A) en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre
la vida y costumbres del solicitante
podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de
Luis Fernando Córdoba Carmona, cédula 1 1210
0289, quien ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de
Licenciatura en derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la
vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al
señor Decano de
Rebeca Almanza Murillo, cédula 1 1116
Zully Moreno Mora, cédula 1-1144-0952, quien
ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciada en
Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y
costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor
Decano de
José
Andrés Meza Villalobos, cédula
2-0638-0788, quien ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de
Licenciado en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la
vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al
señor Decano de
Yahaira de los Ángeles Reyes Salinas, cédula
5-0347-0547, quien ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de
Licenciada en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la
vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al
señor Decano de
Jenilee Lara Rivera, cédula Nº 5-0345-0949,
quien ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciada en
Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y
costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor
Decano de
VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
ORI-3627-2010.—Álvarez Hernández
Esteban, costarricense, cédula 1 0928
ORI-3628-2010.—Calderón Alfaro Olga
Marta, costarricense, cédula Nº 1-0575-
ORI-3634-2010.—Corrales Ulate Silvia
Elena, costarricense, cédula Nº 1-0779-
ORI-3635-2010.—Murillo Ávila María del
Rosario, costarricense, cédula Nº 2-0437-
ORI-3638-2010.—Sánchez Barrantes Alina,
costarricense, cédula Nº 5-0264-
ORI-3636-2010.—Sánchez Castillo
Fernando Alberto, costarricense, cédula Nº 1-0512-
ORI-3637-2010.—Ulate Araya Mario
Esteban, costarricense, cédula Nº 1-0796-
ORI-3639-2010.—Vargas Jiménez Alejandra
María, costarricense, cédula 4-0173-
REPOSICIÓN
DE TÍTULOS
AVISOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Ante el Departamento de Admisión
y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, se ha presentado Luis
Fernando Araya Herrera, cédula Nº 501830236 carné de estudiante
Cartago, 31 de agosto del 2010.— Departamento de Admisión y Registro.—Máster
William Vives Brenes, Director.—OC Nº 2010-0189.—Solicitud Nº
14543.—C-35700.—(IN2010076634).
Ante el Departamento de Admisión y Registro
del Instituto Tecnológico de Costa Rica, se ha presentado Winston Wright
Palacios, cédula Nº 112090247 carné de estudiante
Cartago, 31 de agosto del
2010.—Departamento de Admisión y Registro .—Máster William Vives
Brenes, Director.— OC Nº 2010-0189.—Solicitud Nº
14543.—C-35700.—(IN2010076636).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Comunica a Fátima
Fernández Obregón, que por resolución de las trece horas del diez de setiembre
del dos mil diez se declaró la adoptabilidad a favor de la persona menor de
edad Wendoly Fernández Obregón a fin que permanezca ubicada a cargo de la
institución en
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Al señor Pablo Sosa González, y señora
Analive Rojas Rojas y a quien interese, se les comunica la resolución
administrativa de las ocho horas del diecisiete de setiembre de dos mil diez, se
declara la adoptabilidad de la persona menor de edad Pamela Michella Sosa
Rojas. En consecuencia se ordena el traslado del expediente administrativo para
ante el Consejo Regional de Adopciones para que proceda a la ubicación de la
niña con una familia potencialmente adoptiva. Proceden el recurso de
revocatoria y de apelación, los que deberán interponerse dentro de los tres
días siguientes a partir de su notificación, siendo competencia de esta oficina
local resolver el de revocatoria, el de apelación corresponderá a
SUPERINTENDENCIA
DE TELECOMUNICACIONES
RCS-431-2010.—Resolución
del Consejo de
Procedimiento para solicitar ante
Resultando:
I.—Que de conformidad con lo establecido en el
artículo 73, inciso m) de
II.—Que el artículo 10 de
III.—Que igualmente
IV.—Que los artículos 60 inciso d) y el 73
inciso a) de
V.—Que el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias (PNAF - Decreto
Nº 35257-MINAET, modificado mediante Decreto Nº 35866-MINAET) establece en la
sección (4) del ADENDUM VII de su artículo 20 que “(…) Todos los
equipos deberán estar inscritos en los registros que para ese efecto llevará
VI.—Que a la fecha
Considerando:
Verificación
del funcionamiento de los dispositivos
que operan en las bandas de uso libre
I.—Que conforme con lo establecido artículo
20, ADENDUM VII del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias (PNAF - Decreto
Nº35257-MINAET, modificado mediante Decreto Nº 35866-MINAET), las bandas
atribuidas como de uso libre, son frecuencias para la constitución de redes
privadas o públicas, mediante la utilización de equipos de radiocomunicación
que se caractericen por utilizar emisiones de muy baja potencia, que minimicen
la posibilidad de interferencia perjudicial, posean una notable inmunidad a las
interferencias provenientes de emisiones similares con métodos convencionales
de modulación, y que tales características permitan mejorar considerablemente
la eficiencia en el uso del espectro.
II.—Que de acuerdo con el mismo ADENDUM VII del PNAF en su sección
(2) la operación de los servicios que utilicen frecuencias atribuidas como de
uso libre está condicionada a no causar interferencia perjudicial a otros
servicios autorizados y deberá tolerar la interferencia perjudicial proveniente
de otros sistemas.
III.—Que se deberá verificar el
funcionamiento de estos equipos con base en los rangos de frecuencias y
umbrales de potencias establecidos en el mismo ADENDUM VII del PNAF:
“Especificaciones técnicas de los equipos
Sólo se permitirá el uso de equipos que cumplan
con las siguientes disposiciones técnicas:
a) Las
frecuencias de operación serán únicamente las establecidas en el presente Plan
Nacional de Atribución de Frecuencias.
b) La
potencia máxima permitida deberá ajustarse al siguiente cuadro:
Banda de Frecuencias (MHz) |
Máxima potencia de
salida de los equipos (dBm) |
Potencia
isotrópica radiada aparente (EIRP o PIRE, dBm) |
2400 – 2483,5 |
30 |
36 |
5150 – 5250 |
17 |
23 |
5250 – 5350 |
24 |
30 |
5470 – 5725 |
24 |
30 |
5725 – 5850 |
30 |
36 |
Demás bandas |
24 |
30 |
Los límites de EIRP tienen las siguientes
excepciones:
a) Los
sistemas utilizados para enlaces fijos punto a punto que operen en el rango de
2400 – 2483,5 MHz, que empleen antenas con ganancias superiores a los 6
dBi, deben de reducir la potencia de salida del transmisor en 1 dBm por cada 3
dBi de ganancia de antena superiores a los 6 dBi.
b) Los
sistemas utilizados para enlaces fijos punto a punto que operen en los rangos
de 5470 – 5725 MHz y 5725 – 5875 MHz, pueden emplear antenas con
ganancias superiores a los 6 dBi, sin la restricción anterior, pero siempre
manteniendo la potencia de salida de los equipos de transmisión en 24 dBm y 30
dBm como máximo, respectivamente.”
Procedimiento
de homologación de dispositivos
que operan en las bandas de uso libre
IV.—Que el
procedimiento de homologación de dispositivos que operan en las bandas de
uso libre deberá considerar los siguientes aspectos:
a) Aspectos
generales:
i. Solicitud
escrita de homologación de equipos dirigida al Consejo de
ii. Hojas
de datos del equipo que indiquen al menos las características del dispositivo,
tecnologías en las que opera, frecuencias de operación, su potencia de salida,
ganancia y patrón de radiación de antenas, inmunidad al ruido o interferencias
y potencia EIRP.
iii. Incluir
certificados de homologación emitidos por entidades internacionales como FCC,
ETSI (CE), entre otras, para los dispositivos sometidos al proceso de
homologación.
b) Evaluación
de información aportada.
c) Emisión
del oficio de homologación por parte de
V.—Que
VI.—Que de conformidad con los considerandos
que preceden y con fundamento en la normativa vigente, lo procedente es:
a) Establecer
el protocolo de pruebas de homologación de los dispositivos que operan en
bandas de uso libre.
b) Establecer
el procedimiento que deben seguir los operadores, proveedores e importadores y
particulares, para la homologación de dispositivos que operan en las bandas
de uso libre en Costa Rica.
Por tanto:
Con fundamento en las facultades conferidas en
EL
CONSEJO DE
DE TELECOMUNICACIONES,
RESUELVE:
I.—Establecer que a partir de la publicación
de la presente resolución todos los dispositivos que operen en las bandas de
uso libre definidas en el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias (PNAF -
Decreto Nº 35257-MINAET, modificado mediante Decreto Nº 35866-MINAET), deberán
contar con homologación por parte de
II.—Establecer que el proceso de
homologación de los dispositivos que operan en las bandas de uso libre deberá
asegurar que éstos funcionen dentro de las bandas establecidas en el PNAF y de
conformidad con los umbrales definidos en el mismo plan.
III.—Definir el siguiente procedimiento para
la solicitud de homologación de dispositivos que operen en las bandas de uso
libre, ante
Procedimiento
de solicitud de homologación
de dispositivos que operan en las bandas de uso
libre
Admisibilidad y trámite de la solicitud de
homologación
Una vez recibida la solicitud por parte de
1. Requisitos.
Los interesados para realizar la homologación de dispositivos que operen en las
bandas de uso libre deberán presentar una solicitud escrita y debidamente
firmada, dirigida al Consejo de
i. Nombre o
razón social del solicitante.
ii. Copia
de la cédula de identidad o el pasaporte.
iii. En
caso de ser persona jurídica, se debe aportar una certificación de la
personería con no más de tres meses de extendida.
iv. Fax
o correo electrónico para recibir notificaciones.
v. Datos
de contacto de la persona encargada de la homologación.
vi. Marca,
modelo, versión de hardware, software y/o firmware del equipo que se desea
homologar.
vii. Breve
descripción del equipo y su utilización.
viii. Hojas de datos del equipo que indiquen al menos las características
del dispositivo, tecnologías en las que opera, frecuencias de operación, su
potencia de salida, ganancia y patrón de radiación de antenas, inmunidad al
ruido o interferencias y potencia isotrópica radiada efectiva (EIRP).
ix. Incluir
certificados de homologación emitidos por entidades internacionales como FCC,
ETSI (CE), entre otras, para los dispositivos sometidos al proceso de
homologación.
2. Verificación
de la información aportada.
3. Archivo
de la solicitud de homologación por incumplimientos del solicitante. En
caso que los interesados en la homologación de dispositivos que operen en las
bandas de uso libre no presenten la totalidad de información requerida en la
presente resolución, se archivará la solicitud de homologación, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 340 de
4. Rechazo
de la solicitud de homologación. En caso de que durante la verificación de
la información aportada se detecte que el dispositivo opera en rangos de
frecuencias diferentes o con potencias superiores a las establecidas en el PNAF
se rechazará la solicitud de homologación.
5. Verificación
de la homologación. Los dispositivos homologados por parte de
1. Cuando
existan indicios de que los equipos homologados estén provocando posibles
afectaciones a las redes y servicios de telecomunicaciones, así como a
personas, otros seres vivos y medio ambiente en
general.
2. Cuando,
producto de las evaluaciones realizadas por
3. Irregularidades
en cuanto a cumplimiento de los rangos y umbrales definidos en el PNAF sobre
las bandas de uso libre.
Los resultados de la reevaluación de los equipos
podrán implicar la revocación del certificado de homologación.
6. Revocación
de certificados de homologación.
El retiro del certificado de homologación
implicará la prohibición de la operación de este dispositivo en Costa Rica, así
como la aplicación de las garantías a los clientes que hayan adquirido estos
equipos, lo cual no es excluyente de las medidas que se adopten en vía
judicial.
En cumplimiento de lo que ordena el artículo 345
de
Publíquese.—Consejo de
CONVOCA
A AUDIENCIA PÚBLICA
Para
exponer sobre los aspectos técnicos, económicos y financieros de la propuesta
planteada por la empresa Hernández Solís S. A., para un ajuste aproximado de un
19,85% en promedio en las tarifas de la ruta 134 descrita como San Isidro del
General –barrio
Descripción ruta 134: |
Tarifas Propuestas (en colones) |
Descripción Ruta 134: |
Tarifas Propuestas (en colones) |
||
Regular |
Adulto Mayor |
Regular |
Adulto Mayor |
||
134 |
|
|
134 |
|
|
San Isidro-San Cayetano |
700 |
- |
San Isidro de El
General-Los Ángeles de Páramo |
1.280 |
640 |
San Isidro-Calle Mora |
635 |
- |
San Isidro de El
General-Santo Tomas |
1.280 |
640 |
San Isidro-Pulpería Talí |
635 |
- |
San Isidro de El
General -Santa Eduvigues |
1.165 |
- |
San Isidro-Santa Marta |
635 |
- |
San Isidro de El
General -San Ramón Norte |
650 |
- |
San Isidro-Río Nuevo |
635 |
- |
San Isidro de El
General -Frontera |
565 |
- |
San Isidro-La Hamaca |
515 |
- |
San Isidro de El
General -San Ramón Sur |
565 |
- |
San Isidro-El Corral |
515 |
- |
San Isidro de El
General -Berlín |
520 |
- |
San Isidro-Santa Rosa |
515 |
- |
San Isidro de El
General -Providencia |
495 |
- |
San Isidro-Los Padilla |
415 |
- |
San Isidro de El
General -Pedregosito |
495 |
- |
San Isidro-Quebrada
Santa Rosa |
415 |
- |
San Isidro de El
General -Arizona |
305 |
- |
San Isidro-Silencio |
415 |
- |
San Isidro de El
General -Pedregoso |
205 |
- |
San Isidro-Alto Gamboa |
415 |
- |
Tarifa Mínima |
205 |
- |
San Isidro-Cementerio |
365 |
- |
134 |
|
|
San Isidro-Villanueva |
295 |
- |
San Isidro de El
General -San Gerardo |
890 |
- |
San Isidro-Bajos Del
Río |
295 |
- |
San Isidro de El
General -Canaan |
830 |
- |
San Isidro-Pedregoso |
250 |
- |
San Isidro de El
General -Tajo |
675 |
- |
134 |
|
|
San Isidro de El
General -Chimirol |
575 |
- |
San Isidro-Savegre |
1.495 |
- |
San Isidro de El
General -Guadalupe |
520 |
- |
San Isidro-La Fila |
1.240 |
- |
San Isidro de El
General -Rivas |
360 |
- |
San Isidro-Entrada A
El Chiricano |
890 |
- |
San Isidro de El
General -La Bonita |
355 |
- |
134 |
|
|
San Isidro de El
General -Universidad |
275 |
- |
San Isidro-La Piedra |
905 |
- |
Tarifa Minima |
205 |
- |
San Isidro-Buena Vista |
815 |
- |
134 |
|
|
San Isidro-Pueblo Nuevo |
495 |
- |
San Isidro-Barrio La
Lucha |
265 |
- |
San Isidro-Rivas |
360 |
- |
San Isidro-Dorotea |
250 |
- |
Tarifa Mínima |
205 |
- |
Tarifa Mínima |
205 |
- |
El 7 octubre de
Se hace saber a los interesados que pueden consultar y fotocopiar el
expediente que consta en
Todo aquel que tenga interés legítimo podrá presentar su oposición o
coadyuvancia, por escrito o en forma oral, el día de la audiencia, momento en
el cual deberá presentar cédula de identidad o documento de identificación
aceptado en el país, y consignar el lugar exacto o el número de fax, para
efectos de notificación por parte de
En el caso de las personas jurídicas la oposición o coadyuvancia deberá ser
interpuesta por el representante legal de dicha entidad y aportar certificación
de personería jurídica vigente.
Las oposiciones o coadyuvancias también se pueden presentar por medio del
fax 2290-2010 hasta la hora de inicio de la respectiva Audiencia Pública.
Para información adicional, comunicarse con el Consejero del Usuario al
teléfono 2220-0102 o al correo electrónico consejero@aresep.go.cr.
Rodolfo González Blanco, Gerente General.—1 vez.—O. C. Nº 5202-2010.—Solicitud Nº
36053.—C-148850.—(IN2010080705).
CONVOCA
A AUDIENCIA PÚBLICA
Para exponer sobre los aspectos técnicos,
económicos y financieros de la propuesta planteada por
Tarifas |
Incremento Porcentual Propuesto |
||
A
partir del 1º diciembre 2010 |
A
partir del 1º julio 2011 |
||
T-RE Residencial |
|
0,00% |
0,00% |
Más de 200 kWh |
26,76% |
0,00% |
|
T-GE General |
0,00% |
8,00% |
|
T-CS Preferencial |
0,00% |
8,00% |
|
T-MT Media Tensión |
0,00% |
8,00% |
Adicionalmente, JASEC solicita a
partir del 1º de diciembre de 2010, incluir de forma expresa dentro de la
denominación de la tarifa T-RE Residencial, a los abonados que requieren un
equipo eléctrico para la asistencia directa en el ciclo de la respiración y se
solicita que la energía consumida por dicho equipo sea valorada con el precio
del primer bloque (de
“En caso de Usuarios que requieren un equipo
eléctrico para la asistencia directa en el ciclo de la respiración, que incluye
suplemento de uno o varios de los siguientes parámetros: oxígeno, presión o
frecuencia respiratoria, para lo cual deberán aportar prescripción a través de
El 22 octubre de
Se hace saber a los interesados que pueden consultar y fotocopiar el
expediente que consta en
Todo aquel que tenga interés legítimo podrá presentar su oposición o
coadyuvancia, por escrito o en forma oral, el día de la audiencia, momento en
el cual deberá presentar cédula de identidad o documento de identificación aceptado
en el país, y consignar el lugar exacto o el número de fax, para efectos de
notificación por parte de
En el caso de las personas jurídicas la oposición o coadyuvancia deberá ser
interpuesta por el representante legal de dicha entidad y aportar certificación
de personería jurídica vigente.
Las oposiciones o coadyuvancias también se pueden presentar por medio del
fax 2290-2010 hasta la hora de inicio de la respectiva Audiencia Pública.
Para información adicional, comunicarse con el Consejero del Usuario al
teléfono 2220-0102 o al correo electrónico consejero@aresep.go.cr.
Rodolfo González Blanco, Gerente General.—1 vez.—O. C. 5202-2010.—(Solicitud Nº
36053).—C-70300.—(IN2010080707).
SUPERINTENDENCIA DE
TELECOMUNICACIONES
INFORMA
CONTRATOS DE ACCESO E INTERCONEXIÓN
ICE-
TELEVISORA DE COSTA RICA, S. A., (expediente SUTEL-OT-140-2010).
El mismo
podrá ser consultado en las oficinas de
San José, 22 de setiembre del 2010.—George Miley Rojas Presidente del Consejo.—1
vez.—O. C. Nº 0133-2010.—Solicitud Nº
36052.—C-16150.—(IN2010080614).
AVISO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se hace saber que Acevedo Hernández Bryan
José, cédula número 5-0408-0366 y Acevedo Hernández Edler Jonathan, cédula
1-1708-0656, han presentado solicitud de pensión bajo el Régimen de
Capitalización Colectiva a su favor, de quien en vida fue Hernández Jiménez Lea
Raquel, cédula 1-0574-0410. Se cita y emplaza a los posibles beneficiarios con
igual o mejor derecho, para que dentro del plazo de ocho días hábiles, contados
a partir de la última publicación de este aviso, concurran a hacer valer sus
derechos a las oficinas centrales, sitas en esta ciudad, avenida 8, calles 21 y
23.
San José, 21 de julio
del 2010.—Departamento Plataforma de Servicios.—Lic. Ana Julieta
Escobar Monge, Jefa.—(IN2010067610).
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
CONDOMINIO CENTRO COMERCIAL PRADOS DEL ESTE
El suscrito Administrador Rodolfo Carranza Ulloa,
del Condominio Prados del Este, de conformidad con el artículo 25 de
1. Informe
anual de labores del Administrador y rendición de cuentas.
2. Nombramiento
de la junta directiva por un año, del 15 de octubre del 2010 al 14 de octubre
del 2011.
3. Nombramiento
de un(a) Administrador(a)
por un período de un año que va del 15 de octubre del 2010 al 15 de octubre del
2011.
4. Fijación de la remuneración del Administrador.
5. Presentación y aprobación del presupuesto de
gastos para el año 2011.
6. Aumento de la cuota de mantenimiento.
7. Constituir un
fondo de reserva destinado a cubrir los gastos imprevistos en la
administración o el mantenimiento de las áreas comunes.
8. Cerramiento del parqueo por las noches.
9. Reforzar las obligaciones condominales.
10. Asuntos
varios.
Rodolfo Carranza Ulloa,
Administrador.—(IN2010080585).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
ASOCIACIÓN DE DESARROLLO ESPECÍFICA EN SEGURIDAD NTEGRAL DEL SECTOR URUCA OESTE
Se convoca a los asociados a la asamblea general
que se realizará en las instalaciones del Condominio Oroki el viernes 22 de
octubre del 2010. La primera convocatoria se fija para las 6:00 p. m., de no
haber quórum de ley se fija la segunda convocatoria a las 7:00 p. m.
Agenda:
1-Apertura de
2-Lectura del acta anterior
3-Informe del Presidente
4-Informe del Tesorero
5-Informe del Fiscal
6-Asuntos varios
7-Cierre de Asamblea.
Daniel Gamboa Castillo, Secretario.—1 vez.—(IN2010080589).
EL
EMPORIO BURGUERA INC SOCIEDAD ANÓNIMA
De conformidad con la cláusula sétima de los
estatutos sociales de la entidad El Emporio Burguera Inc Sociedad Anónima, (en
adelante la “Compañía”), cédula de persona jurídica 3-101-323877,
el señor Pedro Luis Burguera, en su calidad de presidente de la junta
directiva, convoca a la asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de
I) Verificación del quórum.
II) Aceptar la renuncia de la actual junta
directiva de la compañía.
III) Nombramiento de la nueva junta directiva de
la compañía.
IV) Aceptar
la renuncia del actual fiscal de la compañía y nombramiento del fiscal de la
compañía.
V) Revocar
el nombramiento del actual agente residente y nombrar al nuevo agente residente
de la compañía.
VI) Ratificación
de los acuerdos.
De no haber quórum a la hora indicada, se
convoca a los socios para la asamblea una hora después, en segunda convocatoria.—Pedro Luis Burguera, Presidente.—1
vez.—(IN2010080790).
CATASSE INVESTMENTS SOCIEDAD ANÓNIMA
De conformidad con la cláusula sétima de los
estatutos sociales de la entidad Catasse Investments Sociedad Anónima, (en
adelante la “Compañía”), cédula de persona jurídica número
3-101-306955, el señor Pedro Luis Burguera, en su calidad de presidente de la
junta directiva, convoca a la asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de
I) Verificación del quórum.
II) Aceptar la renuncia de la actual junta
directiva de la compañía.
III) Nombramiento de la nueva junta directiva de
la compañía.
IV) Aceptar
la renuncia del actual fiscal de la compañía y nombramiento del fiscal de la
compañía.
V) Revocar
el nombramiento del actual agente residente y nombrar al nuevo agente residente
de la compañía.
VI) Ratificación
de los acuerdos.
De no haber quórum a la hora indicada, se
convoca a los socios para la asamblea una hora después, en segunda convocatoria.—Pedro Luis Burguera, Presidente.—1
vez.—(IN2010080792).
INMOBILIARIA HILABURSAN OCHO CERO OCHO SOCIEDAD ANÓNIMA
De conformidad con la cláusula sétima de los
estatutos sociales de la entidad Inmobiliaria Hilabursan Ocho Cero Ocho
Sociedad Anónima, (en adelante la “Compañía”), cédula de persona
jurídica número 3-101-377339, el señor Pedro Luis Burguera Cabezas, en su
calidad de presidente de la junta directiva, convoca a la asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de
I) Verificación del quórum.
II) Aceptar la renuncia de la actual junta
directiva de la compañía.
III) Nombramiento de la nueva junta directiva de
la compañía.
IV) Aceptar
la renuncia del actual fiscal de la compañía y nombramiento del fiscal de la
compañía.
V) Revocar
el nombramiento del actual agente residente y nombrar al nuevo agente residente
de la compañía.
VI) Ratificación
de los acuerdos.
De no haber quórum a la hora indicada, se
convoca a los socios para la asamblea una hora después, en segunda convocatoria.—Pedro Luis Burguera, Presidente.—1
vez.—(IN2010080794).
CADENA DE TIENDAS PLB SOCIEDAD ANÓNIMA
De conformidad con la cláusula sétima de los
estatutos sociales de la entidad Cadena de Tiendas PLB Sociedad Anónima, (en
adelante la “Compañía”), cédula de persona jurídica número
3-101-405324, el señor Pedro Luis Burguera, en su calidad de presidente de la
junta directiva, convoca a la asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de
I) Verificación del quórum.
II) Aceptar la renuncia de la actual junta
directiva de la compañía.
III) Nombramiento de la nueva junta directiva de
la compañía.
IV) Aceptar
la renuncia del actual fiscal de la compañía y nombramiento del fiscal de la
compañía.
V) Revocar
el nombramiento del actual agente residente y nombrar al nuevo agente residente
de la compañía.
VI) Ratificación
de los acuerdos.
De no haber quórum a la hora indicada, se
convoca a los socios para la asamblea una hora después, en segunda convocatoria.—Pedro Luis Burguera, Presidente.—1
vez.—(IN2010080795).
ZAPATERÍA MODA AMERICANA SOCIEDAD ANÓNIMA
De conformidad con la cláusula novena de los
estatutos sociales de la entidad Zapatería Moda Americana Sociedad Anónima, (en
adelante la “Compañía”), cédula de persona jurídica número
3-101-146033, el señor Pedro Luis Burguera, en su calidad de presidente de la
junta directiva, convoca a la asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de
I) Verificación del quórum.
II) Aceptar la renuncia de la actual junta
directiva de la compañía.
III) Nombramiento de la nueva junta directiva de
la compañía.
IV) Aceptar
la renuncia del actual fiscal de la compañía y nombramiento del fiscal de la compañía.
V) Revocar
el nombramiento del actual agente residente y nombrar al nuevo agente residente
de la compañía.
VI) Ratificación
de los acuerdos.
De no haber quórum a la hora indicada, se
convoca a los socios para la asamblea una hora después, en segunda convocatoria.—Pedro Luis Burguera, Presidente.—1
vez.—(IN2010080796).
GRANDES SUEÑOS DE CENTROAMERICA G.S.
SOCIEDAD
ANÓNIMA
De conformidad con la cláusula sétima de los
estatutos sociales de la entidad Grandes Sueños de Centroamérica G.S. Sociedad
Anónima, (en adelante la “Compañía”), cédula de persona jurídica
número 3-101-344627, el señor Pedro Luis Burguera, en su calidad de presidente
de la junta directiva, convoca a la asamblea general ordinaria y extraordinaria
de accionistas de
I) Verificación del quórum.
II) Ratificar la aceptación de la renuncia y el
nombramiento del fiscal de la compañía.
III) Revocar el nombramiento del actual agente
residente y nombrar al nuevo agente residente de la compañía.
IV) Ratificación
de los acuerdos.
De no haber quórum a la hora indicada, se
convoca a los socios para la asamblea una hora después, en segunda convocatoria.—Pedro Luis Burguera, Presidente.—1
vez.—(IN2010080797).
FUNDACIÓN ESCUELA DE ARTES Y MUSICALES Y BANDA
JUVENIL DEL CANTÓN DE DESAMPARADOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
GRUPO INTERMEDIOS SOCIEDAD ANÓNIMA
Grupo Intermedios Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica Nº 3-101-180397, solicita ante
GRUPO
JUVESA SOCIEDAD ANÓNIMA
Grupo Juvesa Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica número 3-101-248284, solicita ante
UNIVERSIDAD LATINA DE COSTA RICA
MASCAMINO SOCIEDAD ANÓNIMA
Héctor Roberto Castro Mairena, cédula de
identidad 8-061-514, apoderado de Mascamino Sociedad Anónima, solicita a
NEWCOM
SOLUTIONS COSTA RICA,
SOCIEDAD ANÓNIMA
Newcom Solutions Costa Rica, Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-303218, solicita ante el Ministerio
de Hacienda, Dirección General de Tributación Directa, la reposición del libro
de Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de
AGENCIA DE VIAJES JORGE LEÓN (EL LEÓN VIAJERO) SOCIEDAD ANÓNIMA
Agencia de Viajes Jorge León (El León
Viajero) Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero ocho
cero ocho ocho siete, solicita ante
COMPLEJO EDUCATIVO BILINGÜE DE INNOVACIÓN
TECNOLOGÍA
Y TALENTO CEBITT SOCIEDAD ANÓNIMA
Mediante la escritura numero ciento sesenta y
seis - tercero del tomo tercero de la suscrita notaria, se levanta acta
solicitando la reposición de libro uno de actas de asamblea de socios, de la
sociedad Complejo Educativo Bilingüe de Innovación Tecnología y Talento Cebitt
Sociedad Anónima, tres - ciento uno - doscientos trece mil ciento setenta y
cinco, lo anterior por pérdida del mismo. Se le otorga un plazo de ocho días
hábiles para escuchar oposiciones en
UNIVERSIDAD FLORENCIO DEL CASTILLO
Universidad Florencio del Castillo, solicita
reposición de título por extravío de la estudiante Sonia Patricia Calvo Cortés,
cédula de identidad uno - setecientos treinta y cinco - setecientos noventa,
quien optó por el título de Licenciatura en Ciencias de
VETERINARIA DE TURRIALBA SOCIEDAD ANÓNIMA
Veterinaria Turrialba Sociedad Anónima,
cédula jurídica Nº 3-101-055547, solicita ante
MATERIALES SAN BOSCO SOBARIO SOCIEDAD ANÓNIMA
Materiales San Bosco Sobario Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-305944, solicita ante
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
TORRES
DE ANDUJAR SOCIEDAD ANÓNIMA
Torres de Andujar Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica Nº 3-101-73219, solicita ante
PASEO
DEL ÁNGEL MIGUEL UNO SOCIEDAD ANÓNIMA
Paseo del Ángel Miguel Uno Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica Nº 3-101-513428, solicita ante
FREE
ATTITUDE SOCIEDAD ANÓNIMA
Free Attitude Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica Nº 3-101-467623, solicita ante
INSTITUTO NACIONAL DE ESTUDIOS CLÍNICOS
ONCOLÓGICOS
SOCIEDAD ANÓNIMA
Instituto Nacional de Estudios Clínicos
Oncológicos Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-ciento sesenta y nueve mil-cero cuarenta y seis, solicita ante
SERVIGAMA DEL ESTE SOCIEDAD ANÓNIMA
Servigama del Este Sociedad Anónima, cédula
de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y dos
mil-novecientos cincuenta, solicita ante
NUCLEOCIMA SOCIEDAD ANÓNIMA
Nucleocima Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos treinta mil-doscientos
cincuenta y ocho, solicita ante
MORONEY HERNÁNDEZ BIENES RAÍCES S. A.
Moroney Hernández Bienes Raíces S. A., cédula
jurídica número 3-101-194048, solicita ante
CONDOMINIO HACIENDA BELÉN
Yo, Carlos Najarro Morales, apoderado
generalísimo de administradora de propietarios del Condominio
Hacienda Belén S. A., cédula
jurídica 3-101-604567, administradora del Condominio Hacienda Belén, cédula
jurídica 3-109-268773, solicito al Departamento de Propiedad Horizontal, la
reposición del libro legal de Caja, el cual se ha extraviado. El libro que se
solicita se legalice corresponde al número tres.—Carlos Najarro
Morales.—(IN2010079276).
COGENERACIÓN DEL TEMPISQUE (COTSA)
SOCIEDAD ANÓNIMA
Cogeneración del Tempisque (COTSA) Sociedad
Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-430782, solicita ante
LÁCTEOS DE GUANACASTE
Lácteos de Guanacaste, cédula jurídica tres-
ciento uno- dos uno dos cero nueve nueve, solicita ante
TRANSPORTE
Transporte
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las quince horas del veinticuatro de agosto del dos mil diez, se protocolizó
venta de establecimiento comercial de la empresa denominada Bioland Sociedad
Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos
setenta y cinco mil doscientos cuarenta y siete, domiciliada en Cartago, Tres
Ríos, trescientos metros al este del Centro Comercial Terra Mall. Así mismo se
indica y se pone en conocimiento de los interesados que el comprador de los
activos de la empresa mencionada líneas arriba es la empresa Servicios de
Administración Bio-Land Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-quinientos noventa y siete mil ochenta y nueve,
domiciliada en Cartago, Tres Ríos, trescientos metros al este del Centro
Comercial Terra Mall, autorizada mediante acta de asamblea extraordinaria de accionistas
el dos de mayo del dos mil diez. Se comunica a todos los interesados para que a
partir de los quince días siguientes de la primera de estas publicaciones,
procedan si a bien lo tienen de conformidad con lo dispuesto en el artículo 479
del Código de Comercio, hacer llegar sus oposiciones al domicilio
social.—San José, 30 de agosto del dos mil diez.—Lic. Mario Hidalgo
Matlock, Notario.—(IN2010077432).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las quince horas del veinticuatro de agosto del dos mil diez, se protocolizó
venta de establecimiento comercial de la empresa denominada Bioland Sociedad
Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos
setenta y cinco mil doscientos cuarenta y siete, domiciliada en Cartago, Tres
Ríos, trescientos metros al este del Centro Comercial Terra Mall. Así mismo se
indica y se pone en conocimiento de los interesados que el comprador de los
activos de la empresa mencionada líneas arriba es la empresa Corporación
Bioland Latinoamericana Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-quinientos setenta y un mil trescientos setenta y nueve,
domiciliada en Cartago, Tres Ríos, trescientos metros al este del Centro
Comercial Terra Mall, autorizada mediante acta de asamblea extraordinaria de
accionistas celebrada a las quince horas del dos de mayo del dos mil diez. Se
comunica a todos los interesados para que a partir de los quince días
siguientes de la primera de estas publicaciones, procedan si a bien lo tienen
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 479 del Código de Comercio,
hacer llegar sus oposiciones al domicilio social.—San José, 30 de agosto
del dos mil diez.—Lic. Mario Hidalgo Matlock,
Notario.—(IN2010077434).
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Por escritura otorgada hoy ante el suscrito
notario, se protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de
accionistas de Grupo Farmanova-Intermed (GFI) S. A., mediante la cual se
modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad.—San
José, 01 de setiembre del 2010.—Lic. Max Doninelli Peralta,
Notario.—(IN2010075261).
publicación de una vez
Por escritura otorgada ante Edwin Chacón
Bolaños, el día siete de agosto del dos mil nueve, se modificó la cláusula
cuarta del pacto social constitutivo de la sociedad Sistemas de Tiempo
Sociedad Anónima, recayendo la representación judicial y extrajudicial en
el presidente y secretario de la junta directiva.—San José, 05 de octubre
del 2009.—Lic. Edwin Chacón Bolaños, Notario.—1
vez.—RP2010196614.—(IN2010077848).
A las 16:30 horas del 23 de agosto del 2010,
se constituyó la sociedad denominada Inversiones Edward y Jackie Sociedad
Anónima, en donde aparecen como representantes con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma su presidenta Heylin Solórzano Romero, cédula
de identidad número 1-0731-0417 y su secretario Norman María Sibaja Vargas,
cédula de identidad número 5-0224-0130, pudiendo actuar conjunta o
separadamente. Pero para hipotecar, vender, cambiar, prendar o de cualquier
modo enajenar o comprometer los bienes de la sociedad, podrá actuar únicamente
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad
anónima denominada Seguridad Núñez y Solano del Caribe Sociedad Anónima,
al ser las quince horas del cinco de setiembre de dos mil diez. Presidente:
Óscar Stid Solano Arias. Es todo.—Siquirres, trece de setiembre del dos
mil diez.—Lic. Evelyn Hernández Dormond, Notaria.—1
vez.—RP2010196617.—(IN2010077850).
Por escritura pública número ciento ochenta y
seis, otorgada en Grecia, se constituyó la sociedad denominada, Inversiones
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las nueve horas del día nueve de setiembre del año dos mil diez, se protocoliza
acuerdos de asamblea de la sociedad denominada Tecnospa Internacional
Sociedad Anónima, se hace aumento de capital social y se modifican
estatutos.—Lic. Luis Eduardo Hernández Aguilar, Notario.—1
vez.—RP2010196621.—(IN2010077852).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las ocho horas del día nueve de setiembre del año dos mil diez, se protocoliza
acuerdos de asamblea de la sociedad denominada Carmonijin Sociedad Anónima,
se hace aumento de capital social y se modifican estatutos.—Lic. Luis
Eduardo Hernández Aguilar, Notario.—1
vez.—RP2010196622.—(IN2010077853).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la constitución de la sociedad anónima, compuesta Edwin Alberto Mathiew Grádiz,
Aracelly del Carmen Mathiew Grádiz, Dennis Raúl Mathiew Gradis
constituyen la sociedad
anónima Inversiones S. A., constituida en San José a las ocho del
día dos de setiembre del dos mil diez. Bufete Sigifredo Delgado Mora ubicado en
San José, Guadalupe.—Lic. Sigifredo Delgado Mora, Notario.—1
vez.—RP2010196623.—(IN2010077854).
Mediante escritura número ciento cuarenta y
dos, otorgada ante esta notaría a las doce horas del día catorce de setiembre
del año dos mil diez, Vitec Group Camera Dynamics Limitada. Protocoliza acta
en la cual se disuelve la sociedad.—Lic. Daniella Segnini Díaz,
Notaria.—1 vez.—RP2010196627.—(IN2010077855).
Mediante escritura número ciento cuarenta
otorgada ante esta notaría, a las once horas del día catorce de setiembre del
año dos mil diez, AP Desarrollos Sociedad Anónima. Protocoliza acta en
la cual se reforman las cláusulas segunda, quinta, décima, decimosegunda y se
nombra nueva junta directiva por el resto del plazo social.—Lic. Daniella
Segnini Díaz, Notaria.—1 vez.—RP2010196629.—(IN2010077856).
Mediante escritura número ciento treinta y
nueve otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día catorce de setiembre
del año dos mil diez, Arrieta Piedra Servicios de Mantenimiento Sociedad
Anónima. Protocoliza acta en la cual se reforman las cláusulas segunda,
quinta, octava y se nombra nueva junta directiva por el resto del plazo
social.—Lic. Daniella Segnini Díaz, Notaria.—1
vez.—RP2010196630.—(IN2010077857).
Mediante escritura número ciento treinta y
ocho, otorgada ante esta notaría a las nueve horas del día catorce de setiembre
del año dos mil diez AP Constructora Sociedad Anónima. Protocoliza acta
en la cual se reforman las cláusulas segunda, sexta y se nombra nueva junta
directiva por el resto del plazo social.—Lic. Daniella Segnini Díaz, Notaria.—1
vez.—RP2010196631.—(IN2010077858).
Nosotros Diego Ávila Morales y Germán Ávila
Vargas, constituyen la sociedad denominada Soluciones Informáticas Novatek
punto C R Sociedad Anónima, con domicilio en San José, con un capital de
diez mil colones y su objeto principal es la venta y reparación de equipo de
cómputo. Todo mediante escritura 245 del protocolo del Lic. Leonardo Crespi
Zorino.—San José, 14 de setiembre del 2010.—Lic. Leonardo Crespi
Zorino, Notario.—1 vez.—RP2010196634.—(IN2010077859).
Por escritura número ciento setenta y siete
otorgada ante mí, a las doce horas del tres de setiembre del dos mil diez, se
constituyó la sociedad anónima denominada Asesoría Técnica de Mercados Alpha
OLM Sociedad Anónima. Es todo.—San José, ocho de setiembre del dos
mil diez.—Lic. Mauricio Bonilla Robert, Notario.—1
vez.—RP2010196639.—(IN2010077860).
Por escritura otorgada ante mí, a las once
horas del 14 de setiembre del 2010, se constituye la sociedad anónima
denominada Centro Odontológico Fiorella Sociedad Anónima. Presidente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: diez
mil colones.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1
vez.—RP2010196640.—(IN2010077861).
Por escritura otorgada en San José, a las
quince horas del diez de setiembre del dos mil diez, se constituye sociedad
anónima denominada Villabla Sociedad Anónima. Capital social de diez mil
colones. Ante la notaria Karla Chaves Mejía. Es todo en San José al ser las
once horas del día catorce de setiembre del dos mil diez.—Lic. Karla
Chaves Mejía, Notario.—1 vez.—RP2010196644.—(IN2010077862).
A las diecisiete horas del día de hoy,
protocolicé acta de asamblea general de accionistas de la empresa Agregados
de Centroamérica ADC Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula
segunda del pacto social, se nombran tesorero, fiscal y agente
residente.—San José, 15 de setiembre del 2010.—Lic. María del
Milagro Chaves Desanti, Notaria.—1
vez.—RP2010196645.—(IN2010077863).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó
la sociedad Aromax Sociedad Anónima, por un plazo de noventa y nueve
años con domicilio social en la ciudad de San José.—San José, 30 de
agosto del 2010.—Lic. Iliana Zúñiga Valerio, Notaria.—1
vez.—RP2010196646.—(IN2010077864).
Los señores Gerardo Peñaranda Madrigal y
Roxana Zúñiga Vega, constituyen la sociedad Multiservicios Técnicos y
Profesionales P & Z S. A. Domicilio en provincia de Cartago.
Plazo: 99 años, a partir del 13 de setiembre del 2010. Capital social:
¢20.000,00, junta directiva: Presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y
fiscal.—San José, 13 de setiembre del 2010.—Lic. Gaudy Milena
Pereira Pérez, Notaria.—1 vez.—RP2010196647.—(IN2010077865).
Ante esta notaría, se constituyó la empresa
denominada Corporación Empresarial Pentti Sociedad Anónima, mediante
escritura otorgada a las dieciséis horas del trece de setiembre del año dos mil
diez por un plazo de noventa y nueve años y un capital social de diez mil
colones, sociedad domiciliada en la provincia de Heredia. Presidente de la
sociedad Yoset Mayorga Mayorga.—San José, 13 de junio del
2010.—Lic. Gunnar Núñez Svanholm, Notario.—1
vez.—RP20101966648.—(IN2010077866).
Ante esta notaría, se constituyó a las quince
horas del día siete de setiembre de dos mil diez, la empresa denominada: Transportes
Shikazoo Sociedad Anónima. Presidente: Mauricio Marín González, cédula
número: uno-mil cuatrocientos cincuenta-cuatrocientos ochenta y tres.—San
Vito de Coto Brus, Puntarenas, dieciséis de setiembre del dos mil
diez.—Lic. Marianela Álvarez Carazo, Notaria.—1
vez.—RP2010196649.—(IN2010077867).
Ante mi notaría, a las 16:30 horas del día 08
de setiembre del 2010, se constituyó Lubri Speed D&M S. A. Capital
social: suscrito y pagado.—San José, 14 de setiembre del 2010.—Lic.
Randall Tamayo Oconitrillo, Notario.—1
vez.—RP2010196652.—(IN2010077868).
Ante esta notaría, mediante escritura número
doscientos setenta y dos, otorgada a las ocho horas treinta minutos del
dieciséis de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad Distribuidora
H Y E San José Sociedad Anónima.—San José, ocho de setiembre del
2010.—Lic. Fernando Chinchilla Cooper, Notario.—1
vez.—RP2010196653.—(IN2010077869).
En la escritura doscientos sesenta y tres,
del tomo primero de mi protocolo, se
constituye nueva junta directiva de El Cypresal S. A., cedula
3-101-025880, cuyo presidente es: Keneth Ariel Chaves González, cédula
1-1293-0213.—San José, dieciséis de setiembre del dos mil
diez.—Lic. Roberto Enrique Mc Lean Pérez, Notario.—1
vez.—RP2010196654.—(IN2010077870).
Mediante escritura pública número sesenta y
ocho otorgada ante mí, a las doce horas del veintiocho de julio del dos mil
diez, se protocolizó acta la sociedad Investment And Businnes Ortega
Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la primera y se nombra
presidente.—Lic. Marlon Sánchez Cortés, Notario.—1
vez.—RP2010196655.—(IN2010077871).
A las dieciséis horas con once minutos del
trece de setiembre de dos mil diez, ante esta Notaria se constituyó la empresa
denominada Servicios Corporativos Integrales Sociedad Anónima. Capital
social suscrito y pagado por los socios.—Cartago, catorce de setiembre
del dos mil diez.—Lic. Alfonso Víquez Sánchez, Notario.—1
vez.—RP2010196656.—(IN2010077872).
A las quince horas con cuarenta minutos del
trece de setiembre de dos mil diez, ante esta notaría se constituyó la empresa
denominada Condominio San Marino Ochenta y Cinco L.U. Sociedad Anónima.
Capital social suscrito y pagado por los socios.—Cartago, catorce de
setiembre del dos mil diez.—Lic. Alfonso Víquez Sánchez, Notario.—1
vez.—RP2010196657.—(IN2010077873).
A las quince horas con diez minutos del trece
de setiembre de dos mil diez, ante esta notaría se constituyó la empresa
denominada Grupo Corporativo Sigma Sociedad Anónima. Capital social
suscrito y pagado por los socios.—Cartago, catorce de setiembre de dos
mil diez.—Lic. Alfonso Víquez Sánchez, Notario.—1
vez.—RP2010196658.—(IN2010077874).
A las quince horas con dos minutos del
treinta y uno de agosto de dos mil diez, ante esta notaria se constituyó la
empresa denominada Inversiones Inmobiliarias Doña Tere Sociedad Anónima.
Capital social suscrito y pagado por los socios.—Cartago, catorce de
setiembre de dos mil diez.—Lic. Alfonso Víquez Sánchez, Notario.—1
vez.—RP2010196659.—(IN2010077875).
A las catorce horas con siete minutos del
trece de setiembre del dos mil diez, ante esta notaría se protocolizó el acta
de asamblea extraordinaria de accionistas de Becaccio y Magalhaes Servicios
de Turismo Médico S. A., por medio de la cual se modificaron las cláusulas
quinta, primera y segunda del pacto constitutivo.—Cartago, catorce de
setiembre de dos mil diez.—Lic. Alfonso Víquez Sánchez, Notario.—1
vez.—RP2010196660.—(IN2010077876).
Por escritura otorgada hoy ante la suscrita
notaría, se constituye la fundación FUNDASALUD domiciliada en San José,
San Francisco de Dos Ríos, de Lacner Sáenz 500 sur, con un plazo perpetuo, cuyo
objeto es brindar servicios de salud, y la divulgación de programas nacionales
e internacionales en el campo de la salud pública, será administrada por el Doctor
Rene Ramón Henao Anillo, cédula 8-0084-0139.—San José, 6 de setiembre del
2010.—Lic. Giseis Cheves Romero, Notaria.—1
vez.—RP2010196660.—(IN2010077877).
Se reforma la sociedad Comercializadora
Cisar & Pamela S. A., y se reforman razón, domicilio y representación
sociales, es conforme.—San José, las 8.00 horas del 16 de setiembre de
2010.—Lic. Sindy Vanessa Martínez Piñar, Notaria.—1
vez.—RP2010196665.—(IN20177878).
Por escritura otorgada ante esta motaría a
las trece horas del veintitrés de agosto del dos mil diez, se constituyó la
sociedad
Por escritura otorgada ante mí Codecri
Sociedad Anónima. Modifica estatutos y nombra junta directiva y fiscal.
Escritura otorgada en Heredia a las diez horas del dieciséis de setiembre del
dos mil diez.—Lic. Carlos Sánchez Carballo, Notario.—1
vez.—RP201019668.—(IN2010077880).
Por escritura número cuarenta-uno del
protocolo número uno del Lic. Gonzalo Cubillo Aguilar, carné cuatro seis cinco
nueve, fue constituida la sociedad de esta plaza denominada Taramay P&R
Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones, siendo su presidente:
Geovanny Francisco Pacheco Arroyo, cédula de identidad número uno-ochocientos
treinta y uno-quinientos setenta.—San José, 16 de setiembre del
2010.—Lic. Gonzalo Cubillo Aguilar, Notario.—1
vez.—RP2010196672.—(IN2010077881).
Ante esta notaría en la escritura número
doscientos treinta y nueve del tomo sesenta y cinco de mi protocolo,
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho
horas del dos de setiembre del dos mil diez, protocolicé acuerdos de asamblea
general extraordinaria de
socios de la
compañía de esta plaza, 3-101-605556 Sociedad Anónima, en que se
reforman las cláusulas primera, segunda, quinta y sexta del pacto social y se
nombra junta directiva y fiscal.—Lic. Harry Castro Carranza, Notario.—1
vez.—RP2010196678.—(IN2010077883).
Al ser las 8:00 horas
del día 4 de setiembre del año 2010, ante esta notaría se protocolizó acta de
asamblea general de socios de la sociedad denominada JC Inerversiones
Multidisciplinarias CRI S. A., donde se reformó la cláusula décima primera
del pacto constitutivo.—Cartago, 16 setiembre del 2010.—Lic. Marco
Antonio Rojas Valle, Notario.—1
vez.—RP2010196679.—(IN2010077884).
Por escritura otorgada ante mí a las 13.00
horas del 10 de setiembre del 2010, se constituyó Pimporro de Balsa Sociedad
Anónima. Capital suscrito y pagado.—Desamparados, 13 de setiembre del
2010.—Lic. Rodney Zamora Rojas, Notario.—1
vez.—RP2010196680.—(IN2010077885).
Mediante escritura número veintiuno, de las
once horas del seis de setiembre de dos mil diez, Federico José Cortéz García y
Ezra Vinicio Cabal Jiménez, constituyen la sociedad denominada L’All i
Oli S. A., plazo social será noventa y nueve años, capital social diez mil
colones constituido por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada
una. Objeto: Toda clase de ejercicio comercial, gastronómicos, industria,
ganadería, agricultura, turismo, servicios, exportación e
importación.—San José, 7 de setiembre 2010.—Lic. Olman Eduardo
Campos Mora, Notario.—1 vez.—RP2010196681.—(IN2010077886).
Mediante escritura pública ante esta notaría,
al ser las quince horas del trece de setiembre del dos mil diez, se ha
constituido la sociedad anónima, denominada Proyecto 506 S. A., cuyo
capital fue totalmente suscrito y pagado por los socios. Es
todo.—Cartago, trece de setiembre del dos mil diez.—Lic. Jacqueline
Martínez Castillo, Notaria.—1
vez.—RP2010196682.—(IN2010077887).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las 15:00 horas del día 14 de setiembre del 2010, se constituyó Infinito Propiedades
S.R.L.—San José, 14 de setiembre del 2010.—Lic. Jorge Jiménez
Cordero, Notario.—1 vez.—RP2010196683.—(IN2010077888).
Por escritura otorgada en esta notaría a las
nueve horas del treinta de agosto de dos mil diez, se protocoliza acta número
tres de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
sociedad Sabas del B.Q. Sociedad Anónima con cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-quinientos noventa y tres mil novecientos cincuenta y
siete, en la que se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo de la
sociedad.—San José, a las diez horas del treinta de agosto del dos mil
diez.—Lic. Ignacio Miguel Beirute Gamboa, Notario.—1
vez.—RP2010196684.—(IN2010077889).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las 15:30 horas del día 14 de setiembre de 2010, se constituyó Grupo Ecoso
S. A.—San José, 14 de setiembre del 2010.—Lic. Jorge Jiménez
Cordero, Notario.—1 vez.—RP2010196685.—(IN2010077890).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las once horas del trece de setiembre del dos mil diez se constituyó la
sociedad Fulanitienda Sociedad Anónima. Representación judicial y
extrajudicial: presidente y vicepresidente.—San José, 13 de setiembre del
2010.—Lic. Hernán Velasco Sasso, Notario.—1
vez.—RP2010196686.—(IN2010077891.
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las diez horas del día quince de setiembre de dos mil diez, se protocoliza
acuerdos de la sociedad denominada Tramites y Consultorías Benavides y
Herrera Sociedad Anónima. Se cambia nombre a Remberto Construcción y Electromecánica
Sociedad Anónima. Se modifica el domicilio social. Presidente: Remberto
Bolaños Cubero.—Lic. Carlos Alberto Cerdas Rodríguez., Notario.—1
vez.—RP2010196687.—(IN2010077892).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario, a las quince horas del quince de setiembre del año dos mil diez, se
constituyó la sociedad de conformidad con lo preceptuado en el artículo segundo
del Decreto Ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en
el Diario Oficial
El suscrito, Alejandro Campos Henao, notario
público con oficina en San José, del Teatro Melico Salazar, ciento veinticinco
metros al norte, edificio Coisol, tercer piso; hace constar que a las ocho horas
del día primero de setiembre del año dos mil diez ante esta notaría, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Empresarial Torres Getsa Sociedad
Anónima pudiéndose abreviar Grupo Empresarial Torres Getsa S. A.—San
José, a las ocho horas del día catorce de setiembre del año dos mil
diez.—Lic. Alejandro Campos Henao, Notario.—1
vez.—RP2010196690.—(IN2010077894).
Mediante escritura número ciento
veintiuno-cuarenta y seis otorgada a las nueve horas con veinte minutos del
trece de setiembre del año dos mil diez, ante el notario William Méndez
Rosales, se constituyó la sociedad anónima, cuya denominación social será el
número de cédula que le asigne el Registro, domiciliada en Veracruz de Pital,
San Carlos, Alajuela, un kilómetro norte de la plaza.—San José, trece de
setiembre del dos mil diez.—Lic. William Méndez Rosales, Notario.—1
vez.—RP2010196691.—(IN2010077895).
Por escritura otorgada a las 8:00 horas del 6
de setiembre, se modifica el domicilio social y fiscal de la sociedad Angiu
Sociedad Anónima, el cual será en la provincia de San José, cantón primero
San José, distrito tercero Hospital, calles veinticuatro y veintiséis, Paseo
Colón, de Torre Mercedes veinticinco metros oeste, propiamente en el local
comercial “
Ante mí Carlos Coto Madrigal, notario público
con oficina abierta en San José, Mora, se constituyó mediante escritura número
doscientos cincuenta y dos, del tomo sétimo de mi protocolo, con fecha de las
nueve horas del once de setiembre del año dos mil diez, la empresa: Moda
Estética y Belleza Natural Sociedad Anónima, con plazo social de cien años y
capital social de diez mil colones.—San José, trece de setiembre del año
dos mil diez.—Lic. Carlos Coto Madrigal, Notario.—1
vez.—RP2010196698.—(IN2010077897).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las catorce horas del 13 de setiembre de 2010, se constituye Vivero Hoja
Verde Sociedad Anónima. Presidente: Stephen Johns. Capital social: diez mil
colones.—San José, 13 de setiembre del 2010.—Lic. Federico
Torrealba Navas, Notario.—1
vez.—RP2010196699.—(IN2010077898).
Por escritura otorgada en San José, de las
trece horas del catorce de setiembre del dos mil diez, se reforman cláusulas
del pacto constitutivo de la sociedad Zaro López y Compañía S. A.
Presidente: José Luis Zaro López.—Lic. Consuelo Méndez Marchena,
Notaria.—1 vez.—RP2010196700.—(IN2010077899).
Por escritura otorgada en San José, de las
doce horas del catorce de setiembre del dos mil diez, se reforman cláusulas del
pacto constitutivo de la sociedad Señor Sikenu de Alajuela S. A.
Presidente: Liver Alberto Sibaja Campos.—Lic. Consuelo Méndez Marchena,
Notaria.—1 vez.—RP2010196701.—(IN2010077900).
Mediante escritura número noventa y
siete-cinco, otorgada ante esta notaría el día de hoy, se protocoliza acta de
la sociedad Tec Luz Sociedad Anónima, se reforma la junta directiva
quedando como vicepresidente: Mario Ortega Sánchez, además se reforma la
cláusula sétima de administración, correspondiéndole la representación legal al
presidente únicamente. Es todo.—San José, 13 de setiembre del
2010.—Lic. Francisco Conejo Vindas, Notario.—1 vez.—RP2010196703.—(IN2010077901).
Por escritura número treinta y dos, otorgada
ante esta notaria, a las trece horas del veintinueve de julio del dos mil diez,
se constituyó la sociedad Cejuroca Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse
así: Cejuroca S. A. Capital: suscrito y pagado en la suma de diez mil
colones. El domicilio social: es Guápiles de Pococí, Limón, Barrio San Miguel,
del Súper Caribean cien metros norte.—Guápiles, 14 de setiembre del
2010.—Lic. Teresita Chaves Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2010196705.—(IN2010077902).
Por escritura número noventa y uno, otorgada
ante esta notaria, a las quince horas del nueve de setiembre del dos mil diez,
se constituyó Compañía de Servicios Agrícolas Mondragón Sociedad Anónima,
pudiendo abreviarse así: Compañía de Servicios Agrícolas Mondragón S. A.
Capital: suscrito y pagado en la suma de doce mil colones. El domicilio social:
es en Roxana de Pococí, Limón, Barrio
Mediante escritura número: sesenta y
cuatro-nueve, de fecha 10 de setiembre del 2010, se constituyó la sociedad
anónima denominada: Inversiones H Y M de San Ramón S. A., con domicilio
social en Bajo Zúñiga de San Ramón, Alajuela.—10 de setiembre del
2010.—Lic. Víctor Eduardo Rodríguez Vargas, Notario.—1
vez.—RP2010196713.—(IN2010077904).
Modificación de la cláusula sexta del pacto
constitutivo de la entidad Telemaco Consultores Empresa de Responsabilidad
Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento dos-ciento cuatro mil
trescientos diecisiete. En escritura número ciento cincuenta y siete, tomo:
doce, folio: noventa y seis, frente de la notaria Doris Céspedes
Elizondo.—San José, 13 de setiembre del 2010.—Lic. Doris Céspedes
Elizondo, Notaria.—1 vez.—RP2010196716.—(IN2010077905).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las ocho horas del día diez de setiembre del dos mil diez, se modificó la
cláusula sexta de la administración de la compañía de esta plaza denominada: Uruca
Noviembre Dorado de Escazú Sociedad Anónima.—San José, trece de
setiembre del dos mil diez.—Lic. Carlos Villalobos Soto, Notario.—1
vez.—RP2010196720.—(IN2010077906).
Escritura otorgada ante los notarios Carlos
Luis Mellado Soto y Viviana Hidalgo Zúñiga, a las 16:00 horas del día 10 de
setiembre del 2010, los señores William Ernest Mondol y Edwin Gerado Garita
Montoya, constituyen sociedad anónima denominada Soluciones de Proyectos S.
A. Domiciliada: en Esparza, contiguo al Banco Nacional, con un plazo social
de 100 años y un capital social de diez mil colones.—Lic. Viviana Hidalgo
Zúñiga, Notaria.—1 vez.—RP2010196722.—(IN2010077907).
Por escritura Nº 139, otorgada a las 10:15
horas del 11 de setiembre del 2010, se constituyó una sociedad de
responsabilidad limitada, cuyo nombre es su número de cédula jurídica.
Domiciliada: en Nuevo Arenal, Tilarán, Guanacaste. Capital social: diez mil
colones.—Lic. Carolina Inés Barboza Bonilla, Notaria.—1
vez.—RP2010196724.—(IN2010077908).
Ante la suscrita notaria María de los Ángeles
Angulo Gómez, los señores Trinidad Arroyo Arroyo conocido como Orlando Chaves
Arroyo, cédula de identidad número cinco-ciento treinta y dos-doscientos
dieciocho y Blanca Rosa Alvarado Orozco, cédula de identidad número
uno-seiscientos veinte-ciento sesenta y cuatro, ambos constituyeron la sociedad
Vivienda Monserrat Tres A Sociedad Anónima, con un capital social de un
millón de colones, y domicilio en Cartago,
Ante la suscrita notaria María de los Ángeles
Angulo Gómez, los señores Erick Garro Muños, cédula Nº 1-809-111 y Marjorie
Masís Villalobos, cédula Nº 4-160-401, ambos constituyeron la sociedad Condominio
Monserrat Filial Nueve Sociedad Anónima, con un capital social de un millón
de colones, y domicilio en Cartago,
Mediante escritura pública número doscientos
treinta y cinco, del tomo once del protocolo del notario José Manuel Vásquez
Elizondo, se constituye sociedad anónima, denominada con el número de cédula
jurídica que se le asigne. Escritura con fecha del cinco de marzo del dos mil
diez.—San Ramón, diez de agosto del dos mil diez.—Lic. José Manuel
Vásquez Elizondo, Notario.—1
vez.—RP2010196727.—(IN2010077911).
Mediante acta número cuatro, de la asamblea
general extraordinaria de socios de la empresa Finger Prints F. P. Sociedad
Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-399890, se modifica la cláusula segunda y
sétima, y se nombra nueva junta directiva. Es todo.—San José, 15 de
setiembre del 2010.—Lic. Mario Alberto Piña Líos, Notario.—1
vez.—RP2010196731.—(IN2010077912).
Por escritura número setenta y cuatro, del
tomo segundo, otorgada ante esta notaría, a las veintiún horas del ocho de
setiembre del dos mil diez, se constituye la sociedad denominada Special
Bodas y Eventos S. A. Se nombra al presidente y secretario, apoderados
generalísimos sin límite de suma. Plazo social: noventa y nueve años. Capital
social: cien mil colones.—Lic. Walter Rodríguez Rodríguez,
Notario.—1 vez.—RP2010196732.—(IN2010077913).
La empresa Supermercados Poval S. A.,
mediante escritura número ciento cuatro-ocho, de las 15:00 horas del 16 de
agosto del 2010, reforma la cláusula quinta del acta constitutiva con un
incremento de capital de treinta y nueve millones novecientos mil colones
exactos.—Lic. Oliver Alpízar Salas, Notario.—1
vez.—RP2010196733.—(IN2010077914).
Por escritura número setenta y tres, del tomo
segundo, otorgada ante esta notaría, a las veinte horas del ocho de setiembre
del dos mil diez, se constituye la sociedad denominada MRCR S. A. Se
nombra al presidente y secretario, apoderados generalísimos sin límite de suma.
Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: cien mil
colones.—Lic. Walter Rodríguez Rodríguez, Notario.—1
vez.—RP2010196734.—(IN2010077915).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho
horas del día trece de setiembre del dos mil diez, los señores Esteban Arata
Herrero y Luis Esteban Arata Jiménez, constituyen la empresa Araji
Consultoría Sociedad Anónima.—San Pedro de Montes de Oca, trece de
setiembre del dos mil diez.—Lic. Juan José Echeverría Alfaro,
Notario.—1 vez.—RP2010196735.—(IN2010077916).
El suscrito Maykool Acuña Ugalde, notario
público con oficina en Ciudad Colón, hace constar que a las 08:00 horas del día
4 de setiembre del 2010, se ha reformado la cláusula con respecto a la junta
directiva, la representación, y el domicilio de la sociedad denominada Los
Pilares de
Por escritura otorgada a las 09:00 horas del
13 de setiembre, se constituyó la sociedad Tecnisoil de Costa Rica Limitada,
por 100 años. Capital: suscrito y pagado.—San José, 13 de setiembre del
2010.—Lic. José Antonio Gómez Cortés, Notario.—1
vez.—RP2010196738.—(IN2010077918).
El suscrito Maykool Acuña Ugalde, notario
público con oficina en Ciudad Colón, hace constar que a las 08:00 horas del día
4 de setiembre del 2010, se ha reformado la cláusula con respecto a la junta
directiva, la representación, y el domicilio de la sociedad denominada Asica
CI Sociedad Anónima. Presidente el señor: James Wood Plamer.—Lic.
Maykool Acuña Ugalde, Notario.—1
vez.—RP2010196739.—(IN2010077919).
Ante el Lic. Juan Federico Arias Chacón, se
reforma la cláusula segunda del pacto social constitutivo de las siguientes
sociedades: a) El Cangrejo y Pelícano S. A., cédula jurídica número
tres-ciento uno-ciento ochenta y nueve mil doscientos veintidós. b) Maderas
Duras Tropicales Diamante S. A., cédula jurídica número tres-ciento
uno-ciento noventa mil setecientos sesenta y nueve. c) Gringo Reforestadora
de Parrita S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos seis
mil-doscientos ochenta. d) Reforestadora Palo Bonito S. A., cédula
jurídico número tres-ciento uno-ciento cincuenta y tres mil trescientos treinta
y cuatro. e) El Cangrejo Loco S. A., cédula jurídica número tres-ciento
uno-ciento setenta y tres mil setecientos diecisiete. f) Bosque de Estrellas
S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cincuenta mil
doscientos cincuenta y cuatro. g) Secadora Solar S. A., cédula jurídica
número tres-ciento uno-doscientos cincuenta mil doscientos noventa y tres. h) Pura
Vida Reforestación Aserradero S. A., cédula jurídica número tres-ciento
uno-doscientos diecinueve mil novecientos treinta y ocho. i) Rettig de
Parrita Internacional S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento
noventa y ocho mil quinientos sesenta y uno. j) Maderas Tropicales Diamante
Internacional S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta
y nueve mil ciento setenta y cuatro. k) Palos Tropicales S. A., cédula
jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta y nueve mil ciento ochenta y
siete. l) Cielo Grande S. A., cédula jurídica número tres-ciento
uno-ciento veintinueve mil veintinueve. m) Bikini Brake S. A., cédula
jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta y cuatro mil ciento
veintinueve.—Lic. Juan Federico Arias Chacón, Notario.—1
vez.—RP2010196741.—(IN2010077920).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las
13:00 horas del 10 de marzo del 2010, Lasala Post, modifica cláusula
sétima, y cambia junta directiva.—San José, 7 de setiembre del
2010.—Lic. Luis Francisco Solórzano Víquez, Notario.—1
vez.—RP2010196743.—(IN2010077921).
Por escritura número ciento cuatro, otorgada
en mi notaría, a las ocho horas del dieciséis de setiembre del dos mil diez, se
reforma el domicilio social y la cláusula de la administración, se nombra
además nuevo presidente y agente residente, en la empresa denominada H.B.H.
Mercitas S. A.—San José, dieciséis de setiembre del dos mil
diez.—Lic. Juan José Lara Calvo, Notario.—1
vez.—RP2010196744.—(IN2010077922).
Mediante escritura pública número ciento
sesenta y ocho-siete, otorgada a las dieciséis horas veinte minutos del seis de
setiembre del dos mil diez, ante la notaría del Lic. Maynor Gómez Goicoechea,
se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Nevado de Huilla Sociedad
Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años a partir de su
constitución, y con un capital social de diez mil colones. Domicilio social:
San José, San Sebastián, seiscientos metros al sur de la escuela central de San
Sebastián.—San José, siete de setiembre del dos mil diez.—Lic.
Maynor Gómez Goicoechea, Notario.—1
vez.—RP2010196745.—(IN2010077923).
Mediante escritura pública número ciento
sesenta y siete-siete, otorgada a las dieciséis horas diez minutos del seis de
setiembre del dos mil diez, ante la notaría del Lic. Maynor Gómez Goicoechea,
se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Uaxactún Investment
Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años a partir de
su constitución, y con un capital social de diez mil colones. Domicilio social:
San José, San Sebastián, seiscientos metros al sur de la escuela central de San
Sebastián.—San José, siete de setiembre del dos mil diez.—Lic.
Maynor Gómez Goicoechea, Notario.—1 vez.—RP2010196746.—(IN2010077924).
Ante esta notaría, el día siete de setiembre
del dos mil diez, Douglas Carrillo Bustamante y Esteban Carrillo Bustamante,
constituyen la sociedad Datas Tecnologías BM Sociedad Anónima, con un
capital de cien mil colones.—San José, dieciséis de setiembre del dos mil
diez.—Lic. Erick Esquivel Carvajal, Notario.—1
vez.—RP2010196748.—(IN2010077925).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las diecisiete horas treinta minutos del diez de setiembre del dos mil diez, se
constituyó la sociedad denominada HR Talent Human Solutions Sociedad Anónima,
siendo su traducción correcta al idioma español H R Soluciones de Talento
Humano Sociedad Anónima.—Cartago, diez de setiembre del dos mil
diez.—Lic. Silvia Elena Peralta Montenegro, Notaria.—1
vez.—RP2010196752.—(IN2010077926).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho
horas del día trece de setiembre del dos mil diez, se protocoliza acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas, de la sociedad denominada Plantas
y Jardines Sociedad Anónima. Se acuerda reformar la cláusula segunda del
pacto constitutivo.—San José, trece de setiembre del dos mil
diez.—Lic. Hannia Mayela Cubero Li, Notaria.—1
vez.—RP2010196754.—(IN2010077927).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las nueve horas del seis de setiembre del dos mil diez, se constituyó la
sociedad Matrix Service Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.
Representante: gerente. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—San
José, trece de setiembre del dos mil diez.—Lic. Eduardo Guardia Rouillon,
Notario.—1 vez.—RP2010196755.—(IN2010077928).
Empresa Pérnix Sociedad Anónima, modifica cláusula undécima del
pacto constitutivo para incluir a tesorero como apoderado legal.—Heredia,
16 de setiembre del 2010.—Lic. Neftalí Madrigal Chaverri,
Notario.—1 vez.—RP2010196758.—(IN2010077930).
Mediante escritura autorizada por mí, a las
dieciséis horas cuarenta minutos del tres de setiembre del dos mil diez, se
constituyó Fundación Visión Mundial Costa Rica.—San José, nueve de
setiembre del dos mil diez.—Lic. Tomás Federico Guardia Echandi,
Notario.—1 vez.—RP2010196759.—(IN2010077931).
Alonso Gómez Maroto y Óscar Guevara Arias,
constituyen una sociedad anónima. Capital social ¢10.000,00. Presidente y
secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.
Otorgada en Santa Cruz, a las 10:00 horas del 4 de setiembre del
2010.—Lic. Claudia Barsaba Mena Barrantes, Notaria.—1
vez.—RP2010196760.—(IN2010077932).
Guías Tecnológicas S. A., protocoliza el acta 1 de la
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas, donde
se modifican las
cláusulas del pacto social,
octava: relativa administración
y se adiciona la cláusula sexta bis relativa a acciones preferentes, nombra
presidente de la junta directiva y fiscal, todo mediante escritura otorgada en
San José, al ser las 15:00 horas del 13 de setiembre del 2010, ante la notaria
pública: Laura Castro Conejo.—Lic. Laura Inés Castro Conejo,
Notaria.—1 vez.—RP2010196761.—(IN2010077933).
Rony Wilfredo Núñez Méndez, y Rafael
Alejandro Núñez Méndez, constituyen Numer Ingenieros S. A., capital
social: diez mil colones; domicilio: San José, Escazú, El Alto de las Palomas,
carretera vieja a Santa Ana, del edificio del ICE, doscientos norte y
doscientos este, segunda casa del lado izquierdo, Residencial Anthurium, todo
mediante escritura otorgada en San José, a las 16:00 horas del 29 de julio del
2010, ante la notaria pública: Laura Inés Castro Conejo.—Lic. Laura Inés
Castro Conejo, Notaria.—1 vez.—RP2010196762.—(IN2010077934).
El suscrito notario hace constar que por
medio de protocolización hecha a las 11:00 horas del 25 de agosto del 2010, de
la sociedad El Corral de Calatrava S. A., se modificó la cláusula octava
y se nombró nueva junta directiva.—San José, 25 de agosto del
2010.—Lic. Iván Villegas Franco, Notario.—1
vez.—RP2010196763.—(IN2010077935).
Ante el suscrito notario se constituyó la
sociedad denominada Desarrollos Inmobiliarios El Carmen Sociedad Anónima,
otorgada mediante escritura pública número treinta y cinco, visible a veinte
frente del tomo ocho, de fecha once horas cuarenta y cinco minutos del once de
setiembre del dos mil diez. Presidente: Diego Rey Bermúdez, capital social:
diez mil colones, domiciliada en Guachipelín de Escazú, Condominio Rocafort
número cuatro, plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Jorge Mario
Piedra Arias, Notario.—1 vez.—RP2010196764.—(IN2010077936).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 15:00 horas del 9 de setiembre de 2010, se constituyó la sociedad Larm
Costa Rica S. A. Domicilio: Zapote, capital: cien mil colones. Presidente:
Carlos José Zúñiga Pacheco.—San José, 9 de setiembre del 2010.—Lic.
Eric Romero Jara, Notario.—1
vez.—RP2010196765.—(IN2010077937).
Por medio de escritura número trece otorgada
a las 11:30 horas del 13 de setiembre del 2010, ante esta notaría se
protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad Transportes
Franar S. A., por medio de la cual se reforma la cláusula sétima, se hacen
nombramientos de junta directiva y se otorga poder general.—San José, 13 de
setiembre del 2010.—Lic. Eric Romero Jara, Notario.—1
vez.—RP2010196766.—(IN2010077938).
Por medio de escritura número trece otorgada
a las 11:00 horas del 13 de setiembre del 2010, ante esta notaría se
protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad IRR
Logistics S. A., por medio de la cual se reforma la cláusula octava y se
otorga poder general.—San José, 13 de setiembre del 2010.—Lic. Eric
Romero Jara, Notario.—1 vez.—RP2010196767.—(IN2010077939).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las 8:00 horas del día de hoy, se reforma la cláusula sétima del pacto social
de la empresa Star Fish Two S. A.—San José, 7 de setiembre
del 2010.—Lic. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1
vez.—RP2010196770.—(IN2010077940).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 9:00 horas del día de hoy, se reforman las cláusulas: primera del nombre,
el cual se cambia a GPC Costa Rica S. A., y sétima del pacto social de
la empresa Distribuidora Corpnet de Costa Rica S. A.—San José, 7
de setiembre del 2010.—Lic. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1
vez.—RP2010196771.—(IN2010077941).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 12:00 horas del día de hoy, se reforma la cláusula octava del pacto social
de la empresa G & M Global Time Trust Services S. A.—San José,
7 de setiembre del 2010.—Lic. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1
vez.—RP2010196773.—(IN2010077942).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 10:00 horas del día de hoy, se reforma la cláusula sexta del pacto social
de la empresa Endless Summer S. A.—San José, 7 de setiembre de
2010.—Lic. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1
vez.—RP2010196774.—(IN2010077943).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las ocho horas del dieciséis de setiembre del dos mil diez, se procedió a protocolizar
el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Grupo de
Curridabat Vargas y Madrigal S. A., cédula de persona jurídica número
3-101-278366, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda, novena y se
nombra junta directiva y fiscal.—Lic. Marcela Vargas Madrigal,
Notaria.—1 vez.—RP2010196775.—(IN2010077944).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las ocho horas del 13 de setiembre del dos mil diez, se constituyó sociedad
anónima que llevará por nombre el número de cédula jurídica asignado por el
Registro Público, Sección Personas Jurídicas. Presidente y tesorero tienen la
representación judicial y extrajudicial de la compañía. Capital: diez mil
colones.—Lic. Marcela Vargas Madrigal, Notaria.—1 vez.—RP2010196776.—(IN2010077945).
Por este medio la suscrita notaria hace
constar que a las ocho horas del catorce de setiembre del dos mil diez,
mediante escritura número setenta y seis-uno otorgada en el tomo primero de mi
protocolo, se constituyó una sociedad denominada: Robles Delgado JE Sociedad
Anónima.—Curridabat, catorce de setiembre del dos mil
diez.—Lic. Wendy Donato Palavicini, Notaria.—1
vez.—RP2010196779.—(IN2010077946).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó
sociedad anónima denominada Importaciones Audio Selec Sociedad Anónima,
por un periodo de 99 años, representada por su presidente y secretario con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José,
dieciséis de setiembre del dos mil diez.—Lic. Carlos Isidro Rojas Solano,
Notario.—1 vez.—RP2010196780.—(IN2010077947).
A las trece horas del día de hoy, protocolicé
acuerdos de asamblea general extraordinaria de la empresa Kahiki Restaurants
S. A., mediante los cuales se reforma la cláusula segunda que se refiere al
domicilio de la sociedad, el cual en adelante será en Escazú, Centro de
Negocios Trilogía, edificio número uno, oficina ciento once B, renuncian los
directores y el agente residente y se nombran nuevos.—San José, 16 de
setiembre del 2010.—Lic. Juan Ignacio Mas Romero, Notario.—1 vez.—RP2010196783.—(IN2010077948).
Por escritura otorgada ante mí, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria en la que se nombra nueva
junta directiva y se modifica el domicilio social de Autos del Oriente
Sociedad Anónima.—San José, trece de setiembre del dos mil
diez.—Lic. Carlos Isidro Rojas Solano, Notario.—1
vez.—RP2010196784.—(IN2010077949).
Por escritura otorgada ante mí, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria en la que se nombra nueva
junta directiva y se modifica el domicilio social de Edificadora Jake su
Casa Nueva Sociedad Anónima.—San José, trece de setiembre del dos mil
diez.—Lic. Carlos Isidro Rojas Solano, Notario.—1
vez.—RP2010196785.—(IN2010077950).
Por escritura número doscientos cincuenta y
cinco, de las diez horas del dieciocho de agosto del dos mil diez, ante el
notario Jesús Díaz Viales, se constituye la sociedad anónima Frespan
Sociedad Anónima.—Liberia, dieciocho de agosto del dos mil
diez.—Lic. Jesús Díaz Viales, Notario.—1
vez.—RP2010196786.—(IN2010077951).
Jimmy Viales Mata, Jesús Roberto Jiménez
Angulo, Luis Enrique Jiménez Angulo y Marco Antonio Villarreal Serrano,
constituyen una sociedad anónima, que se denominará: Inversiones Guanacaste
en Flor Sociedad Anónima, con domicilio social en
Ante esta notaría, por escritura pública
número doscientos treinta y uno, visible a folio ciento cincuenta y siete
frente a las 12 horas del 11 de setiembre del 2010, se protocolizó acta de
asamblea extraordinaria donde se modificó la junta directiva de Mi Parrilla Colombiana Josemi S. A.—Lic.
Francisco Orlando Salinas Alemán, Notario.—1
vez.—RP2010196788.—(IN2010077953).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario,
a las 14:00 horas del 14 de setiembre del 2010; se constituyó la sociedad de
esta plaza: Tacori Inversiones y Desarrollos Sociedad anónima.
Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.
Capital: suscrito y pagado. Domicilio: la ciudad de San José.—San José,
16 de setiembre del 2010.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón,
Notario.—1 vez.—RP2010196790.—(IN2010077954).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario, a las 10:00 horas del 5 de agosto del 2010; se constituyó la sociedad
de esta plaza: Terrenos de Costa Rica TCR Sociedad Anónima. Presidente,
vicepresidente tesorero y vocal con facultades de apoderados generalísimos sin
límite de suma. Capital: suscrito y pagado. Domicilio: la ciudad de
Alajuela.—San José, 10 de setiembre del 2010.—Lic. Carlos Manuel
Sánchez Leiton, Notario.—1 vez.—RP2010196791.—(IN2010077955).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 10:00 horas del 14 de setiembre del año en curso, se protocoliza acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad
denominada Gamma Technologies Corp S. A., mediante la cual se acuerda
modificar la cláusula sexta del pacto constitutivo, se agrega la cláusula
décima segunda al pacto constitutivo y se efectúan nombramientos de junta directiva.—San
José, 14 de setiembre del 2010.—Lic. Jorge Arturo Arce Lara,
Notario.—1 vez.—RP2010196792.—(IN2010077956).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las catorce horas del trece de setiembre del año en curso, se constituye la
sociedad denominada Sonetos de Andalucía Limitada.—San José, a las
doce horas del dieciséis de setiembre del dos mil diez.—Lic. Jorge Arturo
Arce Lara, Notario.—1 vez.—RP2010196793.—(IN2010077957).
Mediante escritura otorgada en la ciudad de
San José, a las nueve horas del veintinueve de julio del dos mil nueve,
protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Corporación
Rivas Internacional Xochitl Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica
la cláusula octava del pacto constitutivo, y se nombra nueva junta
directiva.—San José, 16 de setiembre del 2010.—Lic. Alfredo Vargas
Elizondo, Notario.—1 vez.—RP2010196794.—(IN2010077958).
Por escritura otorgada ante esta notaría, el
dos de setiembre del dos mil diez, se protocolizan actas de las siguientes
sociedades: a) Servicom del Oeste Sociedad Anónima, donde se modifica el
domicilio social y b) Soporte Técnico Global Sociedad Anónima, donde se
modifica el domicilio social pudiendo abreviarse en sus aditamentos S. A.,
siendo estos nombres de fantasía.—San José, ocho horas del diez de
setiembre dos mil diez.—Lic. Jorge Arce Lara, Notario.—1
vez.—RP2010196795.—(IN2010077959).
Se constituye la firma de esta plaza: Iniciativas
Privadas para el Desarrollo Sostenible Sociedad Anónima. Presidenta:
Carolina Rodríguez Esquivel, cédula de identidad número uno- uno uno cuatro
tres- cero nueve cinco seis. Plazo social: noventa y nueve años a partir de la
fecha de su constitución. Agente residente: Rodrigo Cervantes
Barrantes.—San José, dieciséis de setiembre del dos mil diez.—Lic.
Rodrigo Cervantes Barrantes, Notario.—1
vez.—RP2010196799.—(IN2010077960).
La suscrita notaria Kattya Arias Arroyo, hace
constar que el 20 de agosto del 2010, mediante asamblea extraordinaria se
reformó el plazo social de la sociedad denominada Constructora Aragón
Castillo, cuyo representante legal es: Walter Castillo &
Aragón.—San José, 3 de setiembre del 2010.—Lic. Kattya Arias
Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2010196800.—(IN2010077961).
La suscrita notaria Kattya Arias Arroyo, hace
constar que el 20 de agosto del 2010, se constituyó la sociedad denominada Constructora
Aragón Castillo S. A., cuyo representante legal es el señor Walter Aragón
Castillo, con su domicilio en la ciudad de San José, con un capital de 10.000
colones.—San José, 3 de setiembre del 2010.—Lic. Kattya Arias
Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2010196801.—(IN2010077962).
Por escritura otorgada a las 16 horas del 13
de setiembre del 2010, se constituye la sociedad Seis Valles Antiguos S. A.
Presidente: Manuel Alonso Salas Brenes. Plazo: noventa y nueve
años.—Cartago, 13 de setiembre del 2010.—Lic. Laura Cordero Zamora,
Notaria.—1 vez.—RP2010196804.—(IN2010077963).
Por escritura otorgada a las 13 horas del 13
de setiembre del 2010, se constituye la sociedad Los Cinco Apart S. A.
Presidente: Manuel Alonso Salas Brenes. Plazo: noventa y nueve
años.—Cartago, 13 de setiembre del 2010.—Lic. Laura Cordero Zamora,
Notaria.—1 vez.—RP2010196805.—(IN2010077964).
Ante el suscrito Notario han comparecido
Mitzi Eugenia Calderón Goldenberg, cédula 6-0222-0112, y María Eugenia
Goldenberg Vargas, cédula 6-0072-0804, para solicitar la constitución de una
sociedad anónima acogida al decreto número 33171-J. Se cita a las personas que
se vean afectadas con esta constitución a presentarse ante la oficina del
suscrito sea Desamparados, Higuito, Residencial Santa Bárbara, casa
Ante mi notaría protocolizan acuerdos de Boiler
Industries de CR Sociedad Anónima, ceden acciones, sustituyen
directivos.—Heredia, 13 de setiembre del 2010.—Lic. Ana Patricia
Rodríguez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2010078059).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las quince horas del trece de setiembre del dos mil diez, protocolizo acta de
asamblea general extraordinaria de Sistemas de Comunicación OM S. A., se
modifican administración, y facultades de representantes legales, se nombra
secretario, tesorero, y agente residente.—San José, dieciséis de
setiembre del dos mil diez.—Lic. Roberto Quirós Coronado,
Notario.—1 vez.—(IN2010078062).
Por escritura otorgada ante notaría, a las
trece horas del trece de setiembre de dos mil diez, protocolizo acta de
asamblea general extraordinaria de tres-ciento uno-quinientos cincuenta y
dos mil nueve s. a., se modifican: domicilio y administración de la
sociedad, facultades de representantes legales, se nombra presidente y
secretario.—San José, dieciséis de setiembre del dos mil diez.—Lic.
Roberto Quirós Coronado, Notario.—1 vez.—(IN2010078063).
Por escritura número trescientos diez,
otorgada ante esta notaría, sita 100 sur y 25 oeste del Liceo Mauro Fernández,
se constituyó
Por escritura otorgada ante mí, a las 8:30
horas del 13 de setiembre del 2010, se constituyó la sociedad Orca FX
Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia, Santa Lucía de Barva de Heredia,
de Café Britt, doscientos metros este y veinticinco norte. Capital social: diez
mil colones. Presidente: David Miranda Benavides.—Alajuela, 14 de
setiembre del 2010.—Lic. Luisa Fernanda Calvo Montero, Notaria.—1
vez.—(IN2010078068).
Ante mí, Alejandro Sanabria Romero notario
público, con oficina en San José, por medio de escritura otorgada a las trece
horas, treinta minutos del día veintitrés de agosto del dos mil diez, y en
virtud del acuerdo tomado por los socios, se protocolizó acta de la sociedad BOS
Sistemas Administrativos S. A., por medio de la cual se acuerda disolver la
sociedad. Es todo.—San José, 2 de setiembre del mil diez.—Lic.
Alejandro Sanabria Romero, Notario.—1 vez.—(IN2010078071).
Ante mí, Alejandro Sanabria Romero notario
público, con oficina en San José, por medio de escritura otorgada a las catorce
horas del día veintitrés de agosto del dos mil diez y en virtud del acuerdo
tomado por los socios, se protocolizó acta de la sociedad Punto Soft
Internacional S. A., por medio de la cual se acuerda disolver la
sociedad. Es todo.—San José, 2 de setiembre del mil diez.—Lic.
Alejandro Sanabria Romero, Notario.—1 vez.—(IN2010078072).
Ante mí, Alejandro Sanabria Romero notario
público, con oficina en San José, por medio de escritura otorgada a las quince
horas del día dieciséis de setiembre del dos mil diez y en virtud del acuerdo
tomado por los socios, se protocolizó acta de la sociedad Promosoft S. A.,
cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y un mil cincuenta y
cuatro, por medio de la cual se acuerda disolver la sociedad. Es
todo.—San José, dieciséis de setiembre del dos mil diez.—Lic.
Alejandro Sanabria Romero, Notario.—1 vez.—(IN2010078073).
Ante mí, Alejandro Sanabria Romero notario
público, con oficina en San José, por medio de escritura otorgada a las quince
horas, treinta minutos del día dieciséis de setiembre del dos mil diez y en
virtud del acuerdo tomado por los socios, se protocolizó acta de la sociedad Aprovisionamiento
Tecapro S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos doce
mil doscientos noventa y cuatro, por medio de la cual se acuerda disolver la
sociedad. Es todo.—San José, dieciséis de setiembre del dos mil
diez.—Lic. Alejandro Sanabria Romero, Notario.—1
vez.—(IN2010078074).
Ante mí, Alejandro Sanabria Romero notario
público, con oficina en San José, por medio de escritura otorgada a las quince
horas cuarenta y cinco minutos del día dieciséis de setiembre del dos mil diez
y en virtud del acuerdo tomado por los socios, se protocolizó acta de la
sociedad Tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y nueve mil doscientos
cuarenta y siete S. A., cédula jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos ochenta y nueve mil doscientos cuarenta y siete, por medio de
la cual se acuerda disolver la sociedad. Es todo.—San José, dieciséis de
setiembre del dos mil diez.—Lic. Alejandro Sanabria Romero, Notario.—1
vez.—(IN2010078075).
Ante esta notaría se constituyeron las
sociedades Galicia Comercial Sociedad Anónima, Manquehue Sociedad
Anónima e Inversiones Vitacura Sociedad Anónima. Cuyo presidente es
el señor José Miguel Pereira Ruiz.—San José, trece de setiembre de dos mil
diez.—Lic. Esteban José Esquivel Zúñiga, Notario.—1
vez.—(IN2010078076).
Por escritura ciento treinta-veinticinco, de
las once horas del día diez de setiembre del dos mil diez, se reforma la
cláusula octava de Balcón de
Por escritura ciento veintinueve-veinticinco,
de las diez horas del día diez de setiembre del dos mil diez, se reforma la
cláusula octava de Fundo Cofre de Pinos Sociedad Anónima, y se nombra
nuevo presidente.—San José, 10 de setiembre del 2010.—Lic. Guido
Granados Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2010078080).
Por escritura pública número 214 de las 14:00
horas del 9 de julio del 2010, se constituyeron cinco sociedades anónimas que
en lugar de nombre llevarán el número de cédula jurídica, tal como lo indica el
Decreto tres tres uno siete uno-J. Plazo: cien años. Presidenta: Jéssica María
Hernández Quesada.—San José, nueve de julio del dos mil diez.—Lic.
Ernesto Tulio Perlaza Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2010078099).
Ante esta notaría, Ramón Araya Araya y Alba
Navarrete Jiménez, constituyen Proyectovivienda
Por escritura pública número 231 de las 18:00
horas del 3 de setiembre del año 2010, otorgada en conotariado en el protocolo
del notario Ernesto Tulio Perlaza Rojas, se constituyó la sociedad Siga
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las diecisiete horas del catorce de setiembre de dos mil diez, se constituyó la
sociedad denominada Agroservicios Caño Amarillo Sociedad Anónima.
Capital: suscrito y pagado. Notario Randall Chuken Vargas. Es todo.—San
José, 16 de setiembre 2010.—Lic. María del Milagro Solórzano León,
Notaria.—1 vez.—(IN2010078102).
Por escritura otorgada hoy en mi notaría, a
las once horas, protocolicé acuerdos de asamblea de socios de la sociedad Condominio
Por medio de escritura número ciento
veintisiete, otorgada a las 13:00 horas del 9 de setiembre del 2010, ante el
notario Paul Oporta Romero, se protocoliza acta de la sociedad Beautiful
Wave One Ltda., donde se reforma cláusula primera del nombre, octava de la
administración y undécima de la representación y se nombran nuevos
gerentes.—Tamarindo, 16 de setiembre del 2010.—Lic. Paul Oporta
Romero, Notario.—1 vez.—(IN2010078117).
Se nombra nueva junta directiva y fiscal en
Yo, León Felipe Ramos Santos, notario público
de Heredia, debidamente autorizado he protocolizado acta de asamblea general
extraordinaria de la sociedad anónima denominada GSC Grupo de Seguridad
Privada S. A. Con domicilio social en Heredia, San Pablo, quinientos metros
al este de
Ante mi notaría, mediante escritura número
doscientos cuarenta y cinco, otorgada a las 10:00 horas del día 16 de setiembre
del 2010, se constituye Seguridad
El día de hoy ante esta notaría, se ha
otorgado escritura mediante la cual se protocoliza acta de asamblea general de
socios de la compañía Llanos de
Por escritura otorgada ante este notario, al
ser las trece horas del día dieciséis de setiembre del dos mil diez, se
constituye la sociedad Lifelong Bussines Sociedad Anónima. Es
todo.—San José, dieciséis de setiembre del 2010.—Lic. Mauricio
Campos Brenes, Notario.—1 vez.—(IN2010078177).
Por escritura otorgada ante este notario, al
ser las doce horas del dieciséis de setiembre del dos mil diez, se protocolizó
acta de asamblea extraordinaria de Pacma de San José Sociedad Anónima,
donde se sustituyen los miembros de la junta directiva y fiscal y se reforman
las cláusulas primera, segunda y cuarta del pacto constitutivo. Es
todo.—San José, dieciséis de setiembre del 2010.—Lic. Mauricio
Campos Brenes, Notario.—1 vez.—(IN2010078178).
Por escritura otorgada ante este notario, al
ser las doce horas, treinta minutos del día dieciséis de setiembre del dos mil
diez, se constituye la sociedad Lorca Trading Sociedad Anónima. Es
todo.—San José, dieciséis de setiembre del 2010.—Lic. Mauricio
Campos Brenes, Notario.—1 vez.—(IN2010078179).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad
denominada Fama Servicios Compartidos Sociedad Anónima. Con un capital
social de cien mil colones.—Carrillos de Poás, Alajuela, 15 de setiembre
del 2010.—Lic. Vera Solórzano Arias, Notaria.—1
vez.—(IN2010078185).
Por escritura otorgada a las catorce horas
del día dieciséis de setiembre del dos mil diez, se constituyó la empresa Soluciones
Syso Sociedad Anónima. Objeto: El comercio, administración e inversiones en
general y, concretamente, la asesoría privada en el campo de la salud
ocupacional. Plazo: noventa y nueve años a partir de hoy. Capital: totalmente
suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma: Paul Donaldo Vela Rodríguez.—San José, dieciséis de
setiembre del dos mil diez.—Lic. Rita María Calvo González,
Notaria.—1 vez.—(IN2010078186).
Al ser las 13:00 horas del 17 de setiembre
del 2010, protocolicé acta de asamblea de accionistas ordinaria y extraordinaria
de la compañía Asesoría e Inversiones Siete Grados Norte Sociedad Anónima,
se modifica la cláusula novena del pacto constitutivo, y se nombra nueva junta
directiva y fiscal.—San José, 17 de setiembre del 2010.—Lic. José
Antonio Saborío de Rocafort, Notario.—1 vez.—(IN2010078191).
Raquel Núñez González, ante mi notaría, se
constituye la sociedad sin nombre el día treinta de agosto del dos mil diez.
Los socios son José Joaquín Delgado Jiménez, cédula Nº 1-765-678, Claudia Arias
López, cédula Nº 1-799-882. El capital social diez mil colones y el domicilio
en San José, San Isidro de El General, barrio Boston,
Por escritura Nº 37 de las 11:00 horas del
día 14 de setiembre del 2010, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de Villamayor de los Montes Sociedad Anónima, donde se
modificó pacto social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1
vez.—(IN2010078198).
Por escritura Nº 36 de las 10:00 horas del
día 14 de setiembre del 2010, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de Cadena de Fuerza Sociedad Anónima, donde se modificó
pacto social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1
vez.—(IN2010078199).
Por escritura Nº 35 de las 9:00 horas del día
14 de setiembre del 2010, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de Salaberry Sociedad Anónima, donde se modificó pacto
social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2010078200).
Por escritura Nº 33 de las 14:00 horas del
día 14 de setiembre del 2010, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de Muelle Grande Sociedad Anónima, donde se modificó
pacto social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2010078201).
Multiservicios Marchena S. A., comunica que tiene nuevos
socios.—Lic. Yesenia Mesén Acuña, Notaria.—1
vez.—(IN2010078204).
A C R de Pavones S. Ltda., comunica que tiene nuevos
socios.—Lic. Yesenia Mesén Acuña, Notaria.—1
vez.—(IN2010078205).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las dieciséis horas del día catorce de setiembre del año dos mil diez, se
constituyó la sociedad denominada WEMO-tec Centroamérica Sociedad Anónima.
Domicilio social: será en Costa Rica, San José, Montes de Oca, San Pedro, de la
agencia de Autos Subarú doscientos metros al norte edificio esquinero, bufete
Niehaus y Asociados. Capital social: diez mil dólares. Presidente: Joachim
(nombre) Niessner (apellido).—San José, catorce de setiembre del año dos
mil diez.—Lic. Dirk Niehaus Meinert, Notario.—1
vez.—(IN2010078206).
Por escritura número ciento treinta y uno
otorgada ante este notario a las dieciséis horas del día catorce de setiembre
del año dos mil diez, se protocolizó acta número uno de asamblea general extraordinaria
de socios de la sociedad Mekomit Inc Sociedad Anónima, mediante la cual
se reforma la cláusula quinta de los estatutos sociales y nombra nueva junta
directiva.—San José, catorce de setiembre del año dos mil
diez.—Lic. Melvin Rudelman W., Notario.—1
vez.—(IN2010078208).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se
constituyó la empresa Intellect Solutions Inc Sociedad Anónima, capital
social diez mil colones. Presidente y secretario apoderados generalísimos sin
límite de suma, para cualquier acto o contrato.—San José, a las diez
horas del catorce de setiembre del dos mil diez.—Lic. Marianella Quesada
Brenes, Notaria.—1 vez.—(IN2010078214).
Que por escritura pública otorgada ante esta
notaría al ser las diez horas del dieciséis de setiembre del año dos mil diez,
se constituyó la sociedad Grupo Sol del Oeste Sociedad Anónima cuyo
domicilio es en San José, con capital social de quinientos mil colones suscrito
y pagado; y cuya representación judicial y extrajudicial con facultades de
apoderado generalísimo sin limitación de suma corresponde al presidente. Es
todo. Publíquese.—San José, dieciséis de setiembre del año dos mil
diez.—Lic. Andrea Héctor Vargas, Notaria.—1
vez.—(IN2010078259).
Por escritura número 324, tomo 6 de mi
protocolo, otorgada a las 8:00 horas del 20 de setiembre de 2010, se modificó
el domicilio, se nombró nueva junta directiva y nuevo fiscal de la sociedad Coaribla
S. A., con domicilio en San José. Presidente: Santiago Eduardo
O’donnell Víquez.—San José, 20 de setiembre de 2010.—Lic. Rodolfo
Alfaro Pineda, Notario.—1 vez.—(IN2010078272).
Ante esta Notaría, en escritura número
sesenta y tres de las dieciséis horas del dieciséis de setiembre del mil diez,
se constituyó la sociedad denominada Líneas de Rejuvenecimiento Sociedad
Anónima, capital social un millón de colones suscrito y pagado; la
representación judicial y extrajudicial de la sociedad le corresponde al
presidente. Es todo.—San José, veinte de setiembre del dos mil
diez.—Lic. Katherine Solano Vega, Notaria.—1
vez.—(IN2010078279).
Ante esta Notaría, en escritura número
sesenta y cuatro de las diecisiete horas del dieciséis de setiembre del mil
diez, se constituyó la sociedad denominada Servicios Médicos Administrativos
Sociedad Anónima, capital social un millón de colones suscrito y pagado; la
representación judicial y extrajudicial de la sociedad le corresponde al
presidente. Es todo.—San José, veinte de setiembre del dos mil
diez.—Lic. Katherine Solano Vega, Notaria.—1
vez.—(IN2010078280).
Ante mí, Henry Ramírez Quesada, notario público
con oficina en San José, se constituyó la sociedad El Carro de mis Sueños
Limonenses S. A., capital social: diez mil colones, presidenta: Ester
Picado Artavia, con domicilio social en la ciudad de San José, Pavas,
Rohrmoser, El Triángulo, de la farmacia Fischel setenta y cinco metros oeste y
diez metros sur.—San José, a las ocho horas del dieciocho de setiembre
del dos mil diez.—Lic. Henry Ramírez Quesada, Notario.—1
vez.—(IN2010078281).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, a
las 18:00 horas del 14 de setiembre del 2010, se constituye la sociedad Cubay
Sociedad Anónima, con un plazo social de 100 años. Es todo.—San José,
17 de setiembre del 2010.—Lic. Suny Sánchez Achío, Notaria.—1
vez.—(IN2010078284).
Ante mi Notaría, se protocolizó el día de hoy
acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas número dos,
de la empresa denominada Play House Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-trescientos noventa mil setecientos veintiséis,
celebrada en su domicilio social. Mediante la cual se reforma la cláusula
quinta del pacto social y se aumenta el capital social a la suma de cinco
millones diez mil colones.—San José, a las 09:00 horas del veinte de
setiembre del año dos mil diez.—Lic. Miguel Córdoba Retana,
Notario.—1 vez.—(IN2010078286).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a
las 20:00 horas del 19 de agosto del año 2010, se constituyó la sociedad Grupo
Gamines Blitz Sociedad Anónima.—San José, 20 de setiembre del
2010.—Lic. Henry Rodríguez Moreno, Notario.—1 vez.—(IN2010078287).
Por escritura otorgada en esta Notaría a las
8:00 horas del 20 de setiembre del 2010, se protocolizó acta de asamblea de
accionistas de Aguimonte Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-setenta y seis mil seiscientos cuarenta y uno, celebrada
a las 12:00 horas del 15 de setiembre del 2010, en la que se modifica la
cláusula 7 del pacto social y se hacen nuevos nombramientos.—San José, 20
de setiembre del año 2010.—Lic. Daniel Befeler Scharf, Notario.—1
vez.—(IN2010078314).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a
las ocho horas del diecinueve de setiembre del dos mil diez, se reformó pacto
constitutivo de la administración de la sociedad Proyectos Ecológicos de
Por escritura otorgada ante esta Notaría a
las siete horas del diecinueve de setiembre del dos mil diez, se reformó pacto
constitutivo de la administración de la sociedad 3101564259 s. a.—Grecia,
20 de setiembre del 2010.—Lic. Mayid Brenes Calderón, Notaria.—1
vez.—(IN2010078316).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a
las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de setiembre del dos mil diez,
se constituyó Berlin de Nosara Limitada, estableciéndose gerente,
capital social y domicilio.—Grecia, 20 de setiembre del 2010.—Lic.
Mayid Brenes Calderón, Notaria.—1 vez.—(IN2010078318).
Mediante escritura número 193-1, de las 8:00
horas del 13 de setiembre del 2010, se modificó el acta constitutiva de la
sociedad Real Gross Fixed Investment O.P.R. Sociedad Anónima,
constituyéndose una nueva administración y domicilio social de la siguiente
manera: “Presidenta: Carol González Villareal, secretario: Alexander
Ramírez León, tesorero: Alex Ignacio Ramírez León; fiscal: María del Socorro
León Piedra; agente residente: licenciado Kendall David Ruiz Jiménez. Domicilio
social: San Miguel de Santo Domingo de Heredia, barrio El Socorro, cincuenta
metros oeste de la entrada principal.—San José, 17 de setiembre del dos
mil diez.—Lic. Gustavo Adolfo Ruiz García, Notario.—1
vez.—(IN2010078320).
Por escritura número cuarenta y ocho otorgada
ante esta Notaría a las doce horas del once de setiembre del dos diez, se
protocolizó acta de la sociedad denominada Vista a
Por escritura pública otorgada ante esta
Notaría, a las trece horas del día dieciséis de setiembre del dos mil diez, se
constituyó la sociedad de esta plaza ABC Languages & Technology Center
Sociedad Anónima. Su presidente Carlos Steve Aguilar Montero y su
secretario Freddy Álvarez Castrillo, ostentan las facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar en forma individual. Capital
social: diez mil colones, representado por diez acciones de mil colones
cada.—Lic. Ana Lucía Paniagua Campos, Notaria.—1
vez.—RP2010196808.—(IN2010078324).
Mediante escritura número 17, otorgada ante
esta Notaría, se protocoliza acta de asamblea de socios de Importaciones
Industriales C J del Norte S. A., mediante la cual se modifica la cláusula
primera, del pacto social.—Lic. Esteban Quesada Murillo, Notario.—1
vez.—RP2010196809.—(IN2010078325).
Ante mí, Rafael Salazar Fonseca, notario con
oficina en Barva de Heredia, la sociedad Agro Farm Sociedad Anónima
nombró tesorero a Daniel Vargas Jara.—Barva de Heredia, dieciséis de
setiembre del año dos mil diez.—Lic. Rafael Salazar Fonseca,
Notario.—1 vez.— RP2010196810.—(IN2010078326).
Por escritura otorgada el día de hoy ante mí,
se constituyó la sociedad con el nombre de fantasía Transmuch Sociedad
Anónima, pudiendo abreviarse en su aditamento a S. A., domicilio en
Santa Ana, San José, pudiendo abrir sucursales y agencias dentro y fuera del
territorio nacional. El plazo social de cien años. De objeto amplio, capital
social totalmente pagado. Administrada por una junta directiva compuesta por
presidente, secretario y tesorero: presidenta: Marisol Umaña Chavarría, de
calidades dichas, secretario: Martín Pérez Montero, de calidades dicha,
tesorero: al señor Spencer Alejandro Umaña Chavarría.—San José, veinte de
agosto de dos mil diez.—Lic. Jorge Emilio Regidor Umaña, Notario.—1
vez.—RP2010196812.—(IN2010078327).
Por escritura número 113-49 del tomo 49 del
protocolo del notario Casimiro Vargas Mora, otorgada en esta ciudad a las 08:00
horas del 16 de setiembre del 2010, se constituye la sociedad Soulmates Inc
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San Isidro de El General, 16 de
setiembre del 2010.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1
vez.—RP2010196813.—(IN2010078328).
Protocolización de asamblea general extraordinaria
de accionistas de la sociedad tres -ciento uno- quinientos ochenta mil
doscientos cuarenta y cinco sociedad anónima, cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-quinientos ochenta mil doscientos cuarenta y cinco,
mediante la cual se reforma del pacto social la cláusula décimo novena de la
representación, se otorga poder especial y se nombra nueva junta directiva y
fiscal. Escritura otorgada a las catorce horas con treinta minutos del
dieciséis de setiembre del 2010.—Lic. Cristian Calderón Cartín,
Notario.—1 vez.—RP2010196814.—(IN2010078329).
Asamblea general ordinaria extraordinaria de
socios de Masomenos Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica:
tres-ciento uno-seiscientos un mil setecientos sesenta y ocho, reforma acta
constitutiva, otorgado ante la licenciada María del Milagro Ugalde
Víquez.—Lic. María del Milagro Ugalde Víquez, Notaria.—1
vez.—RP2010196815.—(IN2010078330).
Por escritura número ochenta del tomo dos del
protocolo de la suscrita notaria y otorgada a las diez horas del día dos de
setiembre del año dos mil diez, se constituyó Altius Leadership Team
Sociedad Anónima, y con domicilio social en San José, Escazú, Guachipelín,
residencial Antigua, casa número cuatro, seiscientos metros al norte del club
Cubano.—San José, dieciséis de setiembre del dos mil diez.—Lic. Ana
Marcela García Chaves, Notaria.—1
vez.—RP2010196816.—(IN2010078331).
Ante esta Notaría por escritura número 252,
otorgada en San José, a las 17:00 horas del 16 de setiembre del año 2010, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la compañía Rauma
Internacional O.C.R. S. A., reformándose el pacto constitutivo, su
cláusula: segunda: del domicilio y se nombran nuevos miembros de la junta
directiva y fiscal. Se revoca nombramiento de agente residente y se nombra
nuevo.—Lic. Marianela Moya Rojas, Notaria.—1
vez.—RP2010196817.—(IN2010078332).
Mediante escritura pública número ciento
diecisiete, otorgada a las ocho horas del catorce de setiembre del dos mil
diez, ante esta Notaría, se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo
de la sociedad Project Bear (BCH) Limitada.—San José, catorce de
setiembre del dos mil diez.—Lic. Leonora Granados Sancho,
Notaria.—1 vez.—RP2010196821.—(IN2010078333).
El suscrito hace constar que ante esta
Notaría, se constituyó el día de hoy la entidad denominada: Servicios de
Representación y Mercadeo S.R.M. S. A. Corresponderá al presidente y
tesorera la representación legal como apoderados generalísimos sin límite de
suma. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Plazo social: 100
años.—Lic. Mauricio Vargas Salas, Notario.—1
vez.—RP2010196822.—(IN2010078334).
Por escritura otorgada, ante la suscrita
notaria, en la ciudad de San José, a las quince horas del día trece de
setiembre del dos mil diez, se protocolizó el acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la compañía Corporación Chrismat Sociedad
Anómima, con cédula jurídica número tres - ciento uno - tres dos dos dos
ocho cinco, mediante la cual se reformó el nombramiento de la junta directiva,
la cláusula segunda y octava del pacto social.—San José, trece de
setiembre del dos mil diez.—Lic. Mónica Patricia Umaña Barrantes,
Notaria.—1 vez.—RP2010196823.—(IN2010078335).
Por escritura otorgada, ante la suscrita
notaria, en la ciudad de San José, a las quince horas del catorce de setiembre
del dos mil diez, se constituyó la sociedad International Marketing &
Management Sociedad Anónima. Plazo social: cien años, capital social
totalmente suscrito y pagado. Domicilio social: San José, Moravia,
Por escritura otorgada, ante la suscrita
notaria, en la ciudad de San José, a las quince horas del catorce de setiembre
del dos mil diez, se constituyó la sociedad Sheriff Products Sociedad
Anónima. Plazo social: cien años, capital social totalmente suscrito y
pagado. Domicilio social: San José, Moravia,
Por escritura de las 9:00 horas del 24 de
noviembre del 2009, la sociedad Los Pilares de las Brisas Sociedad Anónima,
reforma las cláusulas segunda y novena del pacto social y se reorganiza la
junta directiva y la fiscalía.—San José, 19 de agosto del
2010.—Lic. Gloria V. Vega Chávez, Notaria.—1
vez.—RP2010196827.—(IN2010078338).
El día de hoy protocolicé en mi notaría, acta
de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Pensión
Se deja constancia que en esta notaría, plaza
Restaurante Casa Creole Sociedad Anónima, el día ocho de setiembre del dos
mil diez, mediante escritura otorgada a las once horas treinta minutos
protocolizo acta de asamblea general extraordinaria en la cual se hace el
cambio de presidente: Isabelle Rocaut-Quillet.—Lic. Vanesa Calvo
González, Notaria.—1 vez.—RP2010196830.—(IN2010078340).
Se deja constancia que en esta notaría, plaza
tres- ciento dos- quinientos treinta y cuatro mil trescientos sesenta y
siete sociedad de responsabilidad limitada, el día ocho de setiembre del
dos mil diez, mediante escritura otorgada a las diez horas protocolizo acta de
asamblea general extraordinaria en la cual se hace el cambio de gerente
Isabelle Rocaut-Quillet.—Lic. Vanesa Calvo González, Notaria.—1
vez.—RP2010196831.—(IN2010078341).
Se deja constancia que en esta notaría, plaza
tres- ciento dos- quinientos treinta y cuatro mil setecientos treinta y
siete sociedad de responsabilidad limitada, el día ocho de setiembre del
dos mil diez, mediante escritura otorgada a las diez horas cincuenta minutos
protocolizo acta de asamblea general extraordinaria en la cual se hace el
cambio de gerente Isabelle Rocaut-Quillet.—Lic. Vanesa Calvo González,
Notaria.—1 vez.—RP2010196832.—(IN2010078342).
Se deja constancia que en esta notaría, plaza
tres- ciento dos- quinientos sesenta y un mil ciento veinticinco sociedad de
responsabilidad limitada, el día ocho de setiembre del dos mil diez,
mediante escritura otorgada a las once horas cinco minutos protocolizo acta de
asamblea general extraordinaria en la cual se hace el cambio de gerente
Isabelle Rocaut-Quillet.—Lic. Vanesa Calvo González, Notaria.—1 vez.—RP2010196833.—(IN2010078343).
Ante esta notaría, en la ciudad de San José,
San Pedro, Los Yoses, del Restaurante Le Chandelier cincuenta metros al sur, en
las oficinas de la firma PricewaterhouseCoopers, a las catorce horas del día
veinticuatro de agosto del año dos mil diez, autorizada para este acto, procedí
a protocolizar el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de la sociedad 4thought Marketing Sociedad Anónima, mediante
la cual se transforma y acuerda aumentar el capital social de la compañía,
modificándose la cláusula cuarta del pacto social referente al capital
social.—Lic. Ingrid Jiménez Godoy, Notaria.—1
vez.—RP2010196835.—(IN2010078344).
Ante esta notaría, en la ciudad de San José,
exactamente en San Pedro, Barrio Los Yoses, del Restaurante Le Chandelier
cincuenta metros al sur, en la oficina de
Por escritura número doscientos uno, se
constituye la sociedad denominada CR Travel Health Inc Sociedad Anónima.
Presidente Shaun Earl Cowles.—San José, once de setiembre del dos mil
diez.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1
vez.—RP2010196841.—(IN2010078346).
Por escritura número doscientos cincuenta y
tres, otorgada ante la suscrita notaria, a las ocho horas del once de setiembre
del dos mil diez, se constituye la sociedad denominada Agroflight Henlei
Sociedad Anónima. Tendrá facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma el presidente. Capital social, totalmente suscrito y pagado. San José,
trece de setiembre del dos mil diez.—Lic. Christy Alejandra Martínez
Carvajal, Notaria.—1 vez.—RP2010196843.—(IN2010078347).
Que mediante escritura número doscientos
diecisiete, del protocolo número veintisiete del notario José Milton Morales
Ramírez, a las ocho horas del diez de setiembre del dos mil diez, los señores
Roberto Enrique Cordero Brenes y Juan Carlos Castro Loría constituyeron la
sociedad TTCN Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Pavas, de
El suscrito, Alonso Calderón Jiménez, notario
público, con oficina en la ciudad de Atenas, hago constar que mediante
escritura número ciento diecinueve, iniciada al folio setenta y seis frente,
del tomo primero de mi protocolo y otorgada ante mi notaría, a las diecisiete horas
con treinta minutos del día trece de setiembre del dos mil diez, se constituyó
la sociedad anónima denominada El Común del Río Sociedad Anónima, cuyo
presidente, tiene la representación judicial y extrajudicial con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma.—Atenas, 16 de setiembre del
2010.—Lic. Alonso Calderón Jiménez, Notario.—1
vez.—RP2010196845.—(IN2010078349).
En Guápiles Pococí, sociedad denominada Construcciones
Baltodano y Fallas Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- ciento-doscientos
diecisiete mil quinientos uno, mediante asamblea general extraordinaria de
socios, celebrada en Guápiles, a las diez horas del siete de setiembre del dos
mil nueve, se hizo cambio a la junta directiva nombrándose por el resto del
plazo social como nuevo tesorero al señor Pablo Antonio Baltodano Fallas,
cédula siete-ciento ochenta y uno-doscientos cincuenta y dos.—Guápiles,
dieciséis de setiembre del dos mil diez.—Lic. Juan Carlos Radulovich
Quijano, Notario.—1 vez.—RP2010196847.—(IN2010078350).
A las 15:00 horas del 8 de junio del 2010, se
constituyó la sociedad denominada Bydama Sociedad Anónima, pudiendo
abreviarse Bydama S. A., el cual es nombre de fantasía en donde aparece
como representantes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma
presidente: Marcelino Villalobos Méndez, cédula de identidad número
cinco-doscientos veinte- doscientos cincuenta y ocho y secretaria: Marianela
Rojas Alfaro, cédula de identidad número uno-mil ciento treinta y dos-
trescientos cuatro. Plazo social noventa y nueve años. Agente residente Lic.
Sehaneth Varela Trejos.—Lic. Sehaneth Varela Trejos, Notaria.—1
vez.—RP2010196855.—(IN2010078351).
A las 16.00 horas del 08 de junio del 2010,
se constituyó la sociedad denominada Sulata Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse
Sulata S. A., el cual es nombre de fantasía en donde aparece como
representantes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma
presidente: Marcelino Villalobos Méndez, cédula de identidad número cinco-
doscientos veinte- doscientos cincuenta y ocho y secretaria: Marianela Rojas
Alfaro, cédula de identidad número uno-mil ciento treinta y dos-trescientos
cuatro. Plazo social noventa y nueve años. Agente residente Lic. Sehaneth
Varela Trejos.—Lic. Sehaneth Varela Trejos, Notaria.—1 vez.—RP2010196857.—(IN2010078352).
A las 16:15 horas del 8 de junio del 2010, se
constituyó la sociedad denominada Silluka Sociedad Anónima, pudiendo
abreviarse Silluka S. A., el cual es nombre de fantasía en donde aparece
como representantes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de
suma presidente: Marcelino Villalobos Méndez, cédula de identidad número cinco-
doscientos veinte- doscientos cincuenta y ocho y secretaria: Marianela Rojas
Alfaro, cédula de identidad número uno-mil ciento treinta y dos- trescientos
cuatro. Plazo social noventa y nueve años. Agente residente Lic. Sehaneth
Varela Trejos.—Lic. Sehaneth Varela Trejos, Notaria.—1
vez.—RP2010196859.—(IN2010078353).
A las 16:20 horas del 8 de junio del 2010, se
constituyó la sociedad denominada Sapaki Sociedad Anónima, pudiendo
abreviarse Sapaki S. A., el cual es nombre de fantasía en donde aparece
como representantes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de
suma presidente: Marcelino Villalobos Méndez, cédula de identidad número
cinco-doscientos veinte- doscientos cincuenta y ocho y secretaria: Marianela
Rojas Alfaro, cédula de identidad número uno-mil cieno treinta y dos-
trescientos cuatro. Plazo social noventa y nueve años. Agente residente Lic.
Sehaneth Varela Trejos.—Lic. Sehaneth Varela Trejos, Notaria.—1
vez.—RP2010196861.—(IN2010078354).
Por escritura otorgada, a las 13:00 horas del
catorce de setiembre del dos mil diez, la sociedad Eagle Point Brisas
Marinas de Osa Sociedad Anónima nombra nueva junta directiva y modifica las
cláusulas segunda, tercera y octava.—Lic. María Ester Vargas Mora,
Notaria.—1 vez.—RP2010196862.—(IN2010078355).
En mi notaría, a las quince horas del once de
setiembre del año dos mil diez, Óscar Alberto Elizondo Marín y Julia Elizabeth
Marín Quirós, constituyeron Inmobiliaria G y O del Sur Sociedad Anónima.
Domicilio: Pérez Zeledón. Objeto comercio en general. Capital social: doce mil
colones íntegramente suscrito y pagado; plazo social: noventa y nueve años a
partir de hoy. Presidente: Óscar Alberto Elizondo Marín.—Pérez Zeledón,
once de setiembre del dos mil diez.—Lic. Eduardo Román Gómez,
Notario.—1 vez.—RP2010196863.—(IN2010078356).
Por escritura otorgada, a las 11:00 horas del
veinticuatro de agosto del dos mil diez, se constituye la asociación denominada
Rice and Beans Ministries Costa Rica, nombrando su correspondiente junta
directiva y domiciliada en San Isidro de El General, Pérez Zeledón.—Lic.
María Ester Vargas Mora, Notaria.—1
vez.—RP2010196864.—(IN2010078357).
Por asamblea de las dieciséis horas del
dieciséis de setiembre del dos mil diez, se acordó modificar el pacto
constitutivo de la compañía Corporación de Asesoría Construcción y Servicios
Alternos Sociedad de Responsabilidad Limitada, domicilio San José, Desamparados,
gerente: Carlomagno Valverde Conejo.—San José, 16 de setiembre del
2010.—Lic. Jorge Fernando Calvo Mora, Notario.—1
vez.—RP2010196865.—(IN2010078358).
Por asamblea de las diecisiete horas del
quince de setiembre del dos mil diez, se acordó modificar el pacto constitutivo
de la compañía Servicio Valenciano Sociedad Anónima, domicilio San José,
Ante esta notaría, en escritura número ciento
cincuenta y uno del tomo dos constituye Corporación Lucky Charm Costa Rica
Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital diez mil colones,
representación judicial y extrajudicial el gerente.—San José, diecisiete
de setiembre del dos mil diez.—Lic. Yorleny Quesada Monestel,
Notaria.—1 vez.—RP2010196868.—(IN2010078360).
Por escritura otorgada ante mí, se
protocolizaron las presentes actas de asamblea general extraordinaria de
accionistas de las sociedades Koweit Koritsa Lencas S. A., Dry Mountain
Enterprises S. A., Black Angel S. A.—San José, dieciséis de setiembre
del dos mil diez.—Lic. Freddy Barahona Alvarado, Notario.—1
vez.—RP2010196869.—(IN2010078361).
Por escritura otorgada, ante el notario
Carlos Lizano Lépiz, a las dieciocho horas del veinticuatro de setiembre del
año dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima Andrómeda del Oeste
Sociedad Anónima, cuyo capital se encuentra totalmente suscrito y
pagado.—San José, 14 de setiembre del 2010.—Lic. Carlos Lizano
Lépiz, Notario.—1 vez.—RP2010196872.—(IN2010078362).
Por escritura otorgada, ante el notario
Carlos Lizano Lépiz, a las catorce horas del veinticuatro de setiembre del año
dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima Octante Sociedad Anónima,
cuyo capital se encuentra totalmente suscrito y pagado.—San José, 14 de
setiembre del 2010.—Lic. Carlos Lizano Lépiz, Notario.—1
vez.—RP2010196873.—(IN2010078363).
Por escritura número veintiséis de mi
protocolo tres, se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas
de Álamo de Costa Rica Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-quinientos noventa y cinco mil quinientos tres, en la
cual se reforman las cláusulas sexta, sétima y se adiciona la cláusula décimo
novena del pacto constitutivo; se nombra nueva junta directiva y gerente. Es
todo.—San José, catorce de setiembre del dos mil diez.—Lic. Erika
Díaz Morera, Notaria.—1 vez.—RP2010196874.—(IN2010078364).
Por escritura otorgada ante el notario Carlos
Lizano Lépiz, a las quince horas del veinticuatro de setiembre del dos mil
siete, se constituyó la sociedad anónima Cassiopea del Oeste
Sociedad Anónima, cuyo capital se encuentra totalmente suscrito y
pagado.—San José, 14 de setiembre del 2010.—Lic. Carlos Lizano
Lépiz, Notario.—1 vez.—RP2010196875.—(IN2010078365).
Por escritura otorgada en mi notaría, en la
ciudad de San José, a las catorce con treinta horas del diez de setiembre del
dos mil diez, se protocolizó el acta número dos del libro de actas de asambleas
generales número uno de la empresa Grupo Comercial Herra Sociedad Anónima
por la cual se modifica la cláusula sétima de los estatutos sociales.—San
José 13 de setiembre del 2010.—Lic. Álvaro Rodrigo Mora Salazar,
Notario.—1 vez.—RP2010196877.—(IN2010078366).
Por escritura otorgada en mi notaría, en la
ciudad de San José, a las ocho horas del diecinueve de marzo del dos mil diez,
se constituyó la sociedad Irilia M & A Sociedad Anónima. Capital
íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años contados a
partir del momento de su constitución.—San José 16 de setiembre del
2010.—Lic. Álvaro Rodrigo Mora Salazar, Notario.—1
vez.—RP2010196878.—(IN2010078367).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las ocho horas del diecisiete de agosto del dos mil diez, se constituyó la
sociedad denominada Proyectos Vosco Sociedad Anónima. Capital: diez mil
colones, totalmente suscrito y pagado. La representación la tendrá el
presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite
de suma.—Laura Francini Chacón Chavarría, Notaria.—1
vez.—RP2010196879.—(IN2010078368).
Por escritura otorgada el 13 de setiembre del
2010 se constituyó Costa Rica Transportation Punto Com S. A.; el
día de hoy se constituyó Blueshield Capital Group S. A.—San José,
16 de setiembre del 2010.—Lic. Ana Sophía Lobo León, Notaria.—1
vez.—RP2010196880.—(IN2010078369).
El suscrito notario público comunica que ante
esta notaría se constituyó la sociedad
Mediante escritura Nº 62-12 de las 18:00
horas del 7 de setiembre del 2010, otorgada ante esta misma notaría se
constituye Profesionales en Asesorías y Servicios de Seguridad Proas, S. A.
Se nombra junta directiva y fiscal. Plazo social: 99 años. Capital social: diez
mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma. Presidente Mario Olsen Vega.—Lic. Gladys Marín Villalobos,
Notaria.—1 vez.—RP2010196882.—(IN2010078371).
Mediante escritura Nº 57-12 de las 8.30 horas
del 23 de agosto del 2010, otorgada ante esta misma notaría se constituye Atulmed
S. A. Se nombra junta directiva y fiscal. Plazo social. 99 años. Capital
social: diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo
sin límite de suma. Presidenta Maribel Filloy Zerr.—Lic. Gladys Marín
Villalobos, Notaria.—1 vez.—RP2010196883.—(IN2010078372).
Mediante escritura Nº 59-12 de las 18:00
horas del 23 de agosto del 2010, otorgada ante esta misma notaría se constituye
Pulpemusic S. A. Se nombra junta directiva y fiscal. Plazo social: 99
años. Capital social: nueve mil colones. Presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma. Presidente Eric Alonso Marín
Paniagua.—Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1
vez.—RP2010196886.—(IN2010078373).
Por escritura otorgada, ante mi notaría, a
las nueve horas del once de setiembre del dos mil diez, se constituye la
sociedad Tiempos de los Méndez Ramírez Sociedad Anónima. Presidenta:
María del Carmen Méndez Ramírez. Domicilio: Coronado, San José.—11 de
setiembre del dos mil diez.—Lic. Efrén Rivera Garbanzo, Notario.—1
vez.—RP2010196888.—(IN2010078374).
Mediante escritura otorgada ante mí a las
doce horas del dieciséis de setiembre del dos mil diez, se modificaron las cláusulas
segunda y sexta del pacto constitutivo de Finca This S. A.—San
José, dieciséis de setiembre del dos mil diez.—Lic. Heike Kulzer Homann,
Notario.—1 vez.—RP2010196891.—(IN2010078375).
Por escritura número ochenta y tres, del tomo
número dos de mi protocolo, otorgada en la ciudad de San José, a las dieciocho
horas del trece de setiembre del dos mil diez, se aumentó el capital social, y
se reformó la cláusula quinta del capital social de la compañía denominada BCI
Corporation Sociedad Anónima.—Lic. Randall Vargas Mata,
Notario.—1 vez.—RP2010196892.—(IN2010078376).
Por escritura número ochenta y uno, del tomo
número dos de mi protocolo, otorgada en la ciudad de San José, a las diecisiete
horas treinta minutos del trece de setiembre del dos mil diez, se aumentó el
capital social, y se reformó la cláusula quinta del pacto social de la compañía
denominada Central Project Development Sociedad Anónima, además se
acordó conocer la renuncia del secretario de la junta directiva, y se realizó
el nuevo nombramiento.—Lic. Randall Vargas Mata, Notario.—1
vez.—RP2010196894.—(IN2010078377).
Por escritura número setenta y nueve, del
tomo número dos de mi protocolo, otorgada en la ciudad de San José, a las ocho
horas cuarenta y cinco minutos del trece de setiembre del dos mil diez, se
constituyó la sociedad denominada Forus Corporation Internacional Sociedad
Anónima.—Lic. Randall Vargas Mata, Notario.—1
vez.—RP2010196895.—(IN2010078378).
Mediante escritura otorgada ante el suscrito
se constituyó sociedad anónima denominada Monka Three Family Sociedad
Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente: Edwin Murillo
Tenorio. Domicilio: San José, Moravia.—16 de setiembre del
2010.—Lic. Rodrigo Antonio Madrigal Núñez, Notario.—1
vez.—RP2010196896.—(IN2010078379).
Por escritura otorgada ante mí a las once
horas del seis de setiembre del 2010, Martín Calderón Retes y otro
constituyeron
Por escritura otorgada ante mí a las catorce
horas del treinta y uno de agosto del dos mil diez, se constituyó sociedad
anónima, de conformidad con Decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno -J,
específicamente el artículo dos y tres del Reglamento para la inscripción de la
constitución de empresas comerciales, utilizando únicamente el número de cédula
como denominación social. Con capital social totalmente suscrito y
pago.—Ciudad Quesada a las catorce horas diez minutos del treinta y uno
de agosto del dos mil diez.—Lic. Liana Sancho Chacón, Notaria.—1
vez.—RP2010196899.—(IN2010078381).
William Enrique Cambronero González y Juan
Carlos Rojas Valerín, constituyen San Luis de Santa Teresita Fútbol Club
Sociedad Anónima Deportiva. Presidente: William Enrique Cambronero
González. Fecha de constitución: 16 de setiembre del 2010. Capital social:
quinientos mil colones.—Lic. Geovanny Alberto Morales Barrantes,
Notario.—1 vez.—RP2010196900.—(IN2010078382).
En escritura autorizada por la suscrita
notaria a las catorce horas del nueve de setiembre del dos mil diez, se
protocolizó asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
sociedad denominada Holcom Industrial Sociedad Anónima, mediante la cual
se modificó la cláusula quinta de su pacto social.—San José, diez de
setiembre del dos mil diez.—Lic. Lucrecia Agüero Guier, Notaria.—1
vez.—RP2010196904.—(IN2010078383).
En mi notaría a las 15:00 horas del 4 de
agosto del 2010, Johnny Rodríguez Rojas, cédula 2-448-753, y Carolina Rodríguez
Mora, cédula 2-562-162, constituyeron sociedad denominada Construchoza Ltda.
Gerente Johnny Rodríguez Rojas.—Venecia de San Carlos, 7 de setiembre del
2010.—Lic. José Enrique Arce Salas, Notario.—1
vez.—RP2010196906.—(IN2010078384).
Por escritura otorgada, en esta notaría a las
ocho horas del trece de setiembre del dos mil diez, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de socios de Lomas del Mar
S. A., en virtud de la cual se reformó la cláusula cuarta del pacto
social.—San Juan de Tibás, catorce de setiembre del dos mil
diez.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1
vez.—RP2010196907.—(IN2010078385).
Mediante escritura número ciento noventa y
dos del ocho de setiembre del dos mil diez, se constituyó sociedad anónima Servicios
Security J M K, Sociedad Anónima. Capital social totalmente
suscrito y pagado.—Lic. María Lourdes Rojas Martínez, Notaria.—1
vez.—RP2010196908.—(IN2010078386).
Por escritura otorgada, en esta notaría a las
diez horas del trece de setiembre del dos mil diez, se protocolizó acta de
asamblea extraordinaria de socios de Playa Tortuga S. A., en virtud de
la cual, se reformó la cláusula cuarta del pacto social.—San Juan de
Tibás, catorce de setiembre del dos mil diez.—Lic. José Alberto Campos
Arias, Notario.—1 vez.—RP2010196909.—(IN2010078387).
Por escritura 19 otorgada en esta notaría, a
las 8 horas tres minutos del 17 de setiembre del 2010, se constituyó la
sociedad Energía del Futuro Bio-Power, S. A. Capital social de
¢10.000,00. Representantes: el presidente, secretario y tesorero.—Lic.
Surut Monge Morales y Lic. Carlos Adrián Castillo Quijano, Notarios.—1
vez.—RP2010196910.—(IN2010078388).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a
las ocho horas con treinta minutos del primero de setiembre del dos mil diez,
se constituyó GVP Fumika, Sociedad de Responsabilidad
Limitada. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Los gerentes son
representantes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma,
pudiendo actuar individualmente.—San José, dieciséis de setiembre del dos
mil diez.—Lic. Marco Antonio Abellán Acevedo, Notario.—1
vez.—RP2010196911.—(IN2010078389).
Ante esta Notaría por medio de escritura
pública número 172-IV a las 12:00 horas del 10 de setiembre del 2010, se
protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad
denominada The Heart of Guanacaste Limitada, y se tomaron los siguientes
acuerdos: Primero: por medio de unanimidad de votos se acuerda remover de su
puesto a Laura Coto Rojas y se le dan las gracias por su labor realizada.
Segundo: por unanimidad de votos se realiza el siguiente nombramiento: gerente
general: María (nombre) Benavides (apellido).—Lic. Priscilla Solano
Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2010196912.—(IN2010078390).
Ante esta Notaría por medio de escritura
pública número 173 -IV a las 13:00 horas del 11 de setiembre del 2010, se
protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad
denominada Coconut Passion Limitada, y se tomaron los siguientes
acuerdos: Primero: por medio de unanimidad de votos se acuerda remover de su
puesto a Laura Coto Rojas y se le dan las gracias por su labor realizada.
Segundo: por unanimidad de votos se realiza el siguiente nombramiento: gerente
general: María (nombre) Benavides (apellido).—Lic. Priscilla Solano
Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2010196913.—(IN2010078391).
Ante esta Notaría por medio de escritura
pública número 174-IV a las 13:00 horas del 16 de setiembre del 2010, se
protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad
denominada Condominio Vertical Residencial Ocean Breeze, y se tomaron
los siguientes acuerdos: Primero: por medio de unanimidad de votos se acuerda
nombrar como administrador del condominio a Jean Pierre (nombre) Lamarche
(apellido) por un plazo de un año a partir del 10 de diciembre del 2010 al 10
de diciembre del 2011.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1
vez.—RP2010196914.—(IN2010078392).
Mediante escritura número treinta y nueve de
las dieciséis horas del catorce de setiembre del dos mil diez, la suscrita
notaria, comisionada al efecto, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de
accionistas de la entidad denominada con su número de cédula jurídica Tres-ciento
uno-quinientos veintiún mil doscientos ochenta y tres s. a. con domicilio
social en Palmares de Alajuela, costado sur de la iglesia católica, celebrada
en su domicilio social a las ocho horas del catorce de setiembre del dos mil
diez, para modificar dos cláusulas del pacto constitutivo, una para designar
nuevo domicilio y la otra para modificar las atribuciones de la junta directiva
y nombramiento de nuevos miembros en la misma.—San Ramón, catorce de
setiembre del dos mil diez.—Lic. Julia María Zeledón Cruz,
Notaria.—1 vez.—RP2010196915.—(IN2010078393).
Ante esta notaría se modificó la junta
directiva de la sociedad Publiruedas Sociedad Anónima.—San José,
14 de setiembre del 2010.—Lic. Sandra Arauz Chacón, Notaria.—1
vez.—RP2010196917.—(IN2010078394).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las 17:00 horas del día 13 de setiembre de 2010, se protocolizó acta número 5
de asamblea general extraordinaria de Tecmedia Centroamericana, Sociedad
Anónima, cédula jurídica número 3-101-186706, con domicilio social en San
José, Moravia, San Vicente, Barrio
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las catorce horas del veinticinco de agosto del dos mil diez, hoy se constituyó
Los Amigos de Finca Rausch B.J. Sociedad Anónima. Plazo social:
noventa y nueve años. Presidente: Bernd Reinhold Rausch.—Nicoya, cuatro
de setiembre del dos mil diez.—Lic. Ricardo Jiménez Villalobos,
Notario.—1 vez.—RP2010196921.—(IN2010078396).
Luis Muñoz Acosta y Ronald Parra Macotelo
constituyen sociedad cuyo nombre será asignado por Decreto Ejecutivo Nº 33171-
J. Capital social: suscrito y pagado. Presidente: El socio Parra
Macotelo.—San José, 13 de setiembre del año dos mil diez.—Lic. Luis
Alfonso Romero Coto, Notario.—1
vez.—RP2010196935.—(IN2010078397).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se
constituyó la sociedad anónima que se denominará con el mismo número de cédula
jurídica que le asigne el Registro Público. Capital Social: ciento sesenta mil
colones. Presidente y tesorero serán los representantes judiciales y
extrajudiciales, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Freddy Jiménez
Varela y Kennia Jiménez Vindas respectivamente.—San José, 21 de agosto
del 2010.—Lic. Laura Francini Chacón Chavarría, Notaria.—1
vez.—RP2010196936.—(IN2010078398).
Por escritura otorgada ante mi notaría en San
José, a las 12:00 horas, del día 7 de setiembre del año 2010, Guiselle Ortega
Elizondo y Carlos Federico Vidal Ortega, constituyen tres sociedades denominadas:
ST Clare’s Corner Dos Sociedad Anonima. ST Clare’s Corner Tres
Sociedad Anónima y ST Clare’s Corner Cuatro Sociedad Anónima,
domicilio: San José, Curridabat, Granadilla Norte, Urbanización Alta Monte,
casa número: 181 T. Capital totalmente suscrito y pagado, plazo noventa y nueve
años. Presidenta: la socia: Guiselle Ortega Elizondo. Agente residente: Lic.
Ana Victoria Campos Vargas.—Lic. Ana Victoria Campos Vargas,
Notaria.—1 vez.—RP2010196938.—(IN2010078399).
Mediante escritura número ochenta y uno de
las ocho horas del dieciséis de julio del dos mil ocho, ante esta notaría se
constituyó la compañía Molly y Raima Sociedad Anónima. Domiciliada en
San José, capital suscrito y pagado, presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin limitación de suma.—San José, catorce de junio del dos
mil diez.—Lic. Luis Diego Cerdas Cisneros, Notario.—1
vez.—RP2010196941.—(IN2010078400).
El día 17 de agosto del año 2010, El
Amanecer de
Conforme a la escritura trescientos noventa y
seis, del tomo quinto, del protocolo del licenciado Máximo Rojas López, se
constituyó la sociedad denominada Corporación Agrícola Z Y H S. A., en
fecha dieciséis de agosto del dos mil diez, con domicilio en El Futuro de
El día 8 de setiembre del año 2010, Dakota
Valle Gris Dos Mil Nueve Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-592737,
procedió a reformar la cláusula octava del pacto constitutivo, con relación a
la administración de la sociedad. Dicha reforma fue protocolizada mediante
escritura 210-20, visible al folio 76 frente del tomo 20 del protocolo, con
fecha 11:00 horas del día 8 de setiembre del año 2010 por el notario Gerardo
Quesada Monge.—San José, 13 de setiembre del 2010.—Lic. Gerardo
Quesada Monge, Notario.—1 vez.—RP2010196944.—(IN2010078403).
Por escritura otorgada ante esta notaría, Brudo
S. A., reforma estatutos y nombra junta directiva.—San José, 2 de
setiembre del 2010.—MSC. Rodney Montalban Rivera, Notario.—1
vez.—RP2010196945.—(IN2010078404).
Ante mí, Lic. Anthony Fernández Pacheco, por
escritura número ciento ochenta y uno del tomo décimo de mi protocolo, de las
catorce horas y treinta minutos del diez de setiembre del dos mil diez, se
constituyó la sociedad de esta plaza, cuya razón social se determina de
conformidad con el decreto ejecutivo número tres tres uno siete uno-J, y cuyo
capital social quedó suscrito y pagado, y en la junta directiva se nombró como
presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma al señor
Marco Aurelio Zúñiga Soto.—Lic. Anthony Fernández Pacheco,
Notario.—1 vez.—RP2010196946.—(IN2010078405).
Por escritura otorgada el treinta y uno de
agosto del presente año, ante mí, Ricardo Durán Guerrero, Ricardo Durán Sibaja
y Jorie Liddieth Campos Rojas, constituyen Más Fruta de Costa Rica Sociedad
Anónima. Capital social: quince acciones. Plazo: noventa y nueve
años.—Guápiles, Pococí, trece de setiembre del dos mil diez.—Lic.
Marielos Barrantes Rivas, Notaria.—1
vez.—RP2010196947.—(IN2010078406).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las
once horas del diez de setiembre del dos mil diez, Denis Alberto Blanco Murillo
y Zeyla Linneth Pérez Alfaro constituyen Bambu Moda Sociedad Anónima,
presidente y secretario: apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo
social 99 años.—Palmares, diez de setiembre del 2010.—Lic. Denia
Pacheco Moreira, Notaria.—1
vez.—RP2010196948.—(IN2010078407).
Roberto Miranda León, apoderado generalísimo
de Amacenadora de Vehículos S. A., 3-101-222830, hace saber que mediante
escritura Nº 10, otorgada arte el notario Jafet Suárez Madrigal, del 16 de
setiembre del 2010, protocoliza acta que modificó la cláusula sétima de la
administración.—San José, 17 de setiembre del 2010.—Lic. Jafet
Alberto Suárez Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2010196949.—(IN2010078408).
Roberto Miranda León, apoderado generalísimo
de Grupo Inversor El Molino S. A., 3-101-158965, hace saber que mediante
escritura N° 11, otorgada ante el notario Jafet Suárez Madrigal, del 16 de
setiembre del 2010, protocoliza acta que modificó la cláusula sexta de la
administración.—San José, 17 de setiembre del 2010.—Lic. Jafet
Alberto Suárez Madrigal, Notario.—1
vez.—RP2010196950.—(IN2010078409).
Ante mí, hoy se constituyó la sociedad Importaciones
Rajet Sociedad Anónima. Plazo social 50 años.—Cartago, 10 de junio
del 2010.—Lic. Luis Martínez Brenes, Notario.—1
vez.—RP2010196951.—(IN2010078410).
Por escritura pública de las 11:00 horas del
17 de setiembre del 2010, se constituyó la sociedad Eduswiss Sociedad
Anónima. Domicilio: Montes de Oca; plazo: 99 años; Capital social: doce mil
colones. Objeto: prestación de servicios de reclutamiento y colocación de
estudiantes universitarios. Administración: Presidente y Secretario, ambos con
facultades de apoderados generalísimos y sin límite de suma.—San José, 17
de setiembre del 2010.—Lic. Humberto Piedra Hernández, Notario.—1
vez.—RP2010196952.—(IN2010078411).
Hoy he protocolizado asamblea de la sociedad 3-101-597267
S. A., por la que se nombra presidente y secretario.—San José 10 de
setiembre del 2010.—Lic. Arturo Blanco Páez, Notario.—1
vez.—RP2010196953.—(IN2010078412).
Por escritura número 274 otorgada ante la
suscrita notaria, a las 16:00 horas del 17 de agosto de 2009, se constituye la
sociedad denominada Inversiones Sega del Norte S. A. cuya representación
la ostenta el presidente otorgándole facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma, pudiendo actuar solo conjuntamente. El plazo social será de 99
años. Capital social suscrito y pagado.—Santa Rita de Río Cuarto, 13 de
setiembre de 2010.—Lic. Doris Rojas Morera, Notaria.—1
vez.—RP2010196955.—(IN2010078413).
En esta notaría pública a las 13:00 horas del
14 de setiembre 2010, se constituye Inversiones Eco Caribe Sociedad Anónima,
domicilio social en Moravia, San José. Capital social suscrito y pagado.
Presidente José Dualok Rojas Ortiz.—San José, 16 de setiembre del
2010.—Lic. Rafael Campos Quirós, Notario.—1
vez.—RP2010196957.—(IN2010078414).
Corporación Birrisito Verde modifica cláusula novena de su
acta constitutiva. Escritura Nº 125.—Paraíso de Cartago, a las 9:00 horas
del 16 de setiembre del 2010.—Lic. Sandra Vander Laat Cruz,
Notaria.—1 vez.—RP2010196958.—(IN2010078415).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez
horas con quince minutos del catorce de setiembre del dos mil diez, se
constituyó la sociedad Villa Carola Limitada. Gerente: Carol Ann
Robson.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1
vez.—RP2010196964.—(IN2010078416).
Por escritura otorgada ante mí, a las once
horas del nueve de setiembre del año dos mil diez, se protocolizó el acta de
asamblea general de la sociedad Corporación Cuarenta y Uno Valencia de Arena
y Sol Limitada, mediante la cual se reforma la cláusula sexta, referente a
la administración de la compañía.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre,
Notario.—1 vez.—RP2010196966.—(IN2010078417).
Mediante escritura pública número veintiocho
se constituyó la sociedad Inversiones y Transportes Cruz Limitada,
otorgada en el tomo quinto del protocolo de la suscrita en Atenas a las
dieciocho horas del dieciséis de setiembre del dos mil diez.—Lic. Emilia
Verónica Chaves Cordero, Notaria.—1
vez.—RP2010196968.—(IN2010078418).
Mediante escritura otorgada a las 10:00 a. m.
del 16-09-2010, ante la notaria Rosa María Jiménez Morúa se protocoliza acta Nº
2 de la sociedad Inmobiliaria Entre Sueños S. A.—San José,
17-9-2010.—Lic. Rosa María Jiménez Morúa, Notaria.—1
vez.—RP2010196970.—(IN2010078419).
Mediante escritura otorgada a las 17:00 p. m.
del 16-09-2010, ante la notaria Carla Baltodano Estrada se protocoliza acta Nº
1 de la sociedad Plaza Rivera S. A.—San José, 19 de setiembre del
2010.—Lic. Carla Baltodano Estrada, Notaria.—1
vez.—RP2010196971.—(IN2010078420).
Por escritura Nº 182-16; de las 7:00 horas
del 16/9/2010 N. se constituyó Deportivo Saprissa Proceso S. A.,
presidente Alberto Miguel Díaz Naranjo, tesorero Sergio Mesén Tenorio,
apoderados generalísimos sin límite de suma, capital suscrito y pagado. Por
escrituras 184-16 del 16/09/2010 y 185-16 del 16/09/2010, respectivamente se
modifican las cláusulas de representación social de Administradora de
Negocios Orantes S.R.L A S. A., Desarrollo Comercial Esperanza del Este
S.R.L. A Sociedad Anónima.— San José, 18 de setiembre
de 2010.—Lic. Xinia Mayela Campos Campos, Notaria.—1
vez.—RP2010196972.—(IN2010078421).
En esta notaría pública, a las nueve horas
del dieciséis de setiembre del dos mil diez, se aumentó el capital social de la
sociedad Envisión Costa Rica S.R.L.—San José, diecisiete de
setiembre del dos mil diez.—Lic. Alejandra María Arguedas Ortega,
Notaria.—1 vez.—RP2010196974.—(IN2010078422).
En esta notaría pública, a las once horas del
quince de setiembre del dos mil diez, se nombró nueva secretaria de la sociedad
Compañía Comercial Promeca S. A.—San José, diecisiete de setiembre
del dos mil diez.—Lic. Alejandra María Arguedas Ortega, Notaria.—1
vez.—RP2010196975.—(IN2010078423).
En esta notaría pública, a las trece horas
del quince de setiembre del dos mil diez, se nombró nueva secretaria de la
sociedad Bambito S. A.—San José, diecisiete de setiembre del dos
mil diez.—Lic. Alejandra María Arguedas Ortega, Notaria.—1
vez.—RP2010196976.—(IN2010078424).
Ante mi notaría comparece Alcides Martínez
Jiménez, a constituir sociedad anónima denominada Keikos Sociedad Anónima,
con domicilio en Buenos Aires, Puntarenas, distrito primero, contiguo a la
escuela Holanda.—Buenos Aires, 13 de setiembre del 2010.—Lic. Dunia
Ma. Montes Centeno, Notaria.—1
vez.—RP2010197037.—(IN2010078455).
Ante mi notaría al ser las nueve horas del
ocho de setiembre de dos mil diez, se constituyó la sociedad anónima Centro
de Eventos
Ante esta notaría, mediante escritura de las
18:40 horas del 10 de agosto del 2010, se constituyó la sociedad cuya
denominación social es ACA Consultores y Asesores Sociedad Anónima,
sociedad que es nombre de fantasía, pudiendo abreviarse las dos últimas
palabras en S. A. Presidente con facultades desapoderado generalísimo sin
límite de suma.—Lic. Jonathan Ruiz Campos, Notario.—1
vez.—RP2010197043.—(IN2010078457).
Ante esta notaría, mediante escritura de las
10:00 horas del 01 de setiembre del 2010, se constituyó la sociedad cuya
denominación social es Proyectos y Soluciones Ambientec Sociedad Anónima,
sociedad que es nombre de fantasía, pudiendo abreviarse las dos últimas
palabras en S. A. Presidente con facultades desapoderado generalísimo sin
límite de suma.—Lic. Jonathan Ruiz Campos, Notario.—1
vez.—RP2010197044.—(IN2010078458).
Ante esta notaría, mediante escritura de las
11:00 horas del 16 de setiembre del 2010, se modifican de la compañía
denominada Ranson Autohaus Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula
tres-ciento dos-quinientos noventa y cuatro mil setecientos setenta y tres, las
cláusulas segunda y octava del pacto social y se nombra gerente.—Lic.
Jonathan Ruiz Campos, Notario.—1
vez.—RP2010197045.—(IN2010078459).
Por escritura pública otorgada a las doce
horas del diez de setiembre del dos mil diez, se protocoliza el acta de
asamblea general extraordinaria de tres-ciento uno-quinientos setenta y tres
mil doscientos noventa y tres sociedad anónima, se modificó la cláusula
sexta ante el suscrito notario en la ciudad de San José. Por escritura pública
otorgada a las trece horas del trece de setiembre del dos mil diez, se
constituyó la sociedad Hunt Chinchilla Sociedad de Responsabilidad Limitada,
ante el suscrito notario en la cuidad de San José. Por escritura pública
otorgada a las catorce horas del trece de setiembre del dos mil diez, se
constituyó la sociedad The Sabet Group Inc. Sociedad de Responsabilidad
Limitada, ante el sucrito notario en la ciudad de San José.—San José,
catorce de setiembre del dos mil diez.—Lic. Augusto Arce Marín,
Notario.—1 vez.—RP2010197046.—(IN2010078460).
Por escritura número 80-2, otorgada ante el
suscrito notario al ser las 14:00 horas del 14 de setiembre de 2010, se
constituyó la empresa mercantil Comercializadora de Bebidas Euróticas
Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Presidente y secretario apoderados
generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente, pero
debiendo actuar conjuntamente y con previa autorización de asamblea de socios
para gravar, enajenar, arrendar o comprometer activos o bienes inscritos.
Domicilio social: Cartago, calle 4, avenida 4, frente a Pastelería Trigo Miel,
segundo piso. Presidenta: Cindy Mora Núñez, secretario: Álvaro Azofeifa
Cordero.—Lic. Alejandro José Monge Ariño, Notario.—1
vez.—RP2010197047.—(IN2010078461).
Ante esta notaría, a las 11:00 horas del 27
de agosto del 2010, se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada que
se denominará
Por escritura número doscientos setenta y
dos, tomo segundo, otorgada el primero de setiembre de dos mil diez, ante la
notaria Seanny Jiménez Alfaro, se constituyó la sociedad Kois Sportos
Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años, capital
social debidamente suscrito y pagado, administrada por una junta directiva,
donde el presidente ejerce la función de apoderado generalísimo sin límite de
suma.—San José, 26 de julio del 2010.—Lic. Seanny Jiménez Alfaro,
Notaria.—1 vez.—RP2010197050.—(IN2010078463).
Por medio de asamblea general extraordinaria,
la sociedad denomina Taeyang de Centroamérica S. A., cédula jurídica
número 3-101-572650, modifica la cláusula octava de su pacto constitutivo, y se
modifica la junta directiva general, en lo restante se mantiene tal y como
consta en su pacto constitutivo.—San José, 11 de setiembre del
2010.—Lic. Seanny Jiménez Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2010197051.—(IN2010078464).
Por medio de asamblea general extraordinaria,
la sociedad denomina DMG Trading S. A., cédula jurídica 3-101-572654,
modifica la cláusula octava de su pacto constitutivo, y se modifica la junta
directiva general, en lo restante se mantiene tal y como consta en su pacto
constitutivo.—San José, 11 de setiembre del 2010.—Lic. Seanny
Jiménez Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2010197052.—(IN2010078465).
Hoy día he protocolizado acta de la sociedad Ecopropiedades
del Mar BC S. A., donde se modifica la cláusula sexta de los
estatutos.—Desamparados, San José, diecisiete de setiembre del dos mil
diez.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1
vez.—RP2010197053.—(IN2010078466).
Por escritura pública otorgada en San José, a
las nueve horas del trece de setiembre del dos mil diez, Laura Zoch Rojas y
Luis Enrique Troyo Ulloa, constituyen la sociedad denominada Guayacan Real
14 Sociedad Anónima.—San José, 17 de setiembre del 2010.—Lic.
Alejandro Villalobos Hernández, Notario.—1
vez.—RP2010197055.—(IN2010078467).
Por escritura otorgada ante esta notaría
pública, en Ciudad Colón, Mora, a las 14:00 horas del 16 de setiembre del 2010,
se constituyó Marojas de Karit Sociedad Anónima. Plazo: 99 años, capital
social 100.000 colones. El Presidente de la junta directiva con las facultades
de apoderado generalísimo sin límite de suma y la representación judicial y
extrajudicial de la sociedad.—Ciudad Colón, a las 7:00 horas del 17 de
setiembre del 2010.—Lic. José Aurelio Aguilar Sandí, Notario.—1
vez.—RP2010197059.—(IN2010078468).
Ante mí, notario público, siendo las 18:00
horas del 11 de setiembre del 2010, Cesar Augusto Balladares Luna y otros
constituyeron sociedad anónima.—San José, 17 de setiembre del
2010.—Lic. Rodolfo Fernández Herrera, Notario.—1 vez.—RP2010197063.—(IN2010078469).
Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00
horas del 11 de setiembre del 2008, protocolicé acta de asamblea de socios de
la sociedad Mil Novecientos Cuarenta y Dos S. A., mediante la cual se
cambia su domicilio social, se modifican las cláusula 2, 10 y 12 y se nombra
nueva junta directiva.—Lic. Guido Soto Quesada, Notario.—1
vez.—RP2010197064.—(IN2010078470).
Por escritura número ciento veintiocho-seis,
otorgada por este notario, a las siete horas del ocho de setiembre del dos mil
diez, se modificó la cláusula octava del pacto social constitutivo de la
sociedad anónima Grupo Carossi S. A., y se elige nueva junta
directiva.—Heredia, 13 de setiembre del 2010.—Lic. Juan Carlos
Fernández Valdelomar, Notario.—1
vez.—RP2010197066.—(IN2010078471).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las
14:00 horas del 14 de setiembre del 2010, se constituyó la sociedad denominada Seguridad
506 S. A. Domicilio social: San José, Zapote. Plazo social: 99 años.
Capital social: suscrito y pagado. Presidente y tesorero con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 14 de setiembre
del 2010.—Lic. Rafael Ángel Calderón Pacheco, Notario.—1
vez.—RP2010197067.—(IN2010078472).
Por escritura otorgada ante mí, el 1º de
julio del 2010, se constituyó la sociedad Guarda Tu Corazón S. A.,
capital social de ¢10.000,00 totalmente suscrito y pagado. Presidente,
vicepresidente, con la representación judicial y extrajudicial con facultades
de apoderados generalísimos sin limitación de suma actuando conjunta o
separadamente.—Lic. Luis Mora Araya, Notario.—1
vez.—RP2010197070.—(IN2010078474).
Hoy ante esta conotaría, se protocolizó acta
de asamblea de accionistas mediante la cual se modifica la cláusula sexta de la
administración de la sociedad Desarrollos El Señor del Monasterio S. A.—San
José, 14 de setiembre del 2010.—Lic. Randall Alberto Quirós Bustamante,
Notario.—1 vez.—RP2010197071.—(IN2010078475).
Por escritura otorgada ante esta notaría el
13 de setiembre del 2010, mediante acuerdo de asamblea de accionistas se
reforman las cláusulas: primera, segunda, cuarta y quinta y se procede a hacer
nuevos nombramientos de junta directiva y del fiscal de 3-101-530850 s. a.—San
José, 13 de setiembre del 2010.—Lic. Botho Steinvorth Koberg,
Notario.—1 vez.—RP2010197074.—(IN2010078476).
Por escritura otorgada ante el Lic. Ernesto
Azofeifa Cedeño, en connotariado con
Mediante escritura número ochenta y ocho,
tomo segundo de este notario, se protocolizó el acta número dos de la sociedad Consultoría
e Información Global H Y M S. A., con cambio de domicilio social a Santo
Domingo de Heredia.—San José, 14 de setiembre del 2010.—Lic. Dennis
León Chinchilla, Notario.—1 vez.—(IN2010078577).
Ante mí, María Elieth Pacheco Rojas, el seis
de setiembre del dos mil diez, a las quince horas treinta minutos se constituyó
la sociedad denominada Servicios de Limpieza Venecianas Unidas Limitada.
Gerentes: Jenny Patricia Álvarez Mora y María del Carmen Muñoz
Espinoza.—Venecia de San Carlos, Alajuela, 16 de setiembre del
2010.—Lic. María Elieth Pacheco Rojas, Notaria.—1
vez.—(IN2010078580).
Ante mí, María Elieth Pacheco Rojas, el 20 de
agosto del
Por escritura otorgada ante el notario Jorge
Molina Corrales a las 10:00 horas del 16 de junio del 2010, y adicional del 3
de agosto del 2010, se constituyó la sociedad anónima Inversiones Guiadas
Yaluz S. A., con domicilio en Santa Ana, urbanización Parque Valle del Sol,
casa 296, un plazo social de 99 años a partir de su constitución y capital
social de ¢10.000. El Presidente y la secretaria de la compañía ostentarán la
representación de la misma con facultades de apoderados generalísimos sin
limitación de suma, actuando conjunta o separadamente.—Lic. Wilma
Charpentier Morales, Notaria.—1 vez.—(IN2010078584).
Hoy en esta notaría se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de Servicios Intercontinentales Jireh S. A.,
cédula jurídica 31010 204431 por la que se modifica cláusula sétima de la
administración.—San José, 17 de setiembre del 2010.—Lic. Adriana
Castillo Guzmán, Notaria.—1 vez.—(IN2010078590).
La suscrita Carolina Segnini Rodríguez,
comunica que mediante escritura sesenta y seis, visible al folio ciento cinco
frente del tomo veintitrés del protocolo de la notaria Jessica Salas Arroyo, se
protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Propiedades
y Viviendas Beleamsy S. A., mediante la cual se reforma la cláusula octava
del pacto constitutivo.—San José, 6 de setiembre del 2010.—Lic.
Carolina Segnini Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2010078594).
La suscrita Carolina Segnini Rodríguez,
comunica que mediante escritura ciento cinco, visible al folio ciento setenta y
dos vuelto del tomo veintitrés del protocolo de la notaria Jessica Salas
Arroyo, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Inmobiliaria Comercial Paseo de las Flores Cinco CC S. A.,
mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto
constitutivo.—San José, 6 de setiembre del 2010.—Lic. Carolina
Segnini Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2010078595).
La suscrita Notaria Jessica Salas Arroyo,
comunica que mediante escritura veinticuatro, visible al folio treinta y cuatro
vuelto del tomo sesenta y siete del protocolo del Notario Roberto León Gómez,
se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de Meco-Icsa Internacional Corporation, S. A., mediante la
cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo.—San José, 6
de setiembre del 2010.—Licda. Jessica Paola Salas Arroyo,
Notaria.—1 vez.—(IN2010078596).
La
suscrita Carolina Segnini Rodríguez, comunica que mediante escritura ciento
siete, visible al folio ciento setenta y cuatro vuelto del tomo veintitrés del
protocolo de
La suscrita Carolina Segnini Rodríguez,
comunica que mediante escritura ciento ocho, visible al folio ciento setenta y
cinco vuelto del tomo veintitrés del protocolo de
La suscrita Carolina Segnini Rodríguez,
comunica que mediante escritura sesenta y cinco, visible al folio ciento cuatro
frente del tomo veintitrés del protocolo de
La suscrita Carolina Segnini Rodríguez,
comunica que mediante escritura sesenta y cuatro, visible al folio ciento tres
frente del tomo veintitrés del protocolo de
La suscrita Carolina Segnini Rodríguez, comunica
que mediante escritura sesenta y dos, visible al folio ciento uno frente del
tomo veintitrés del protocolo de
El suscrito Notario Oscar Mario Villalobos
Arguedas, comunica que mediante escritura ciento treinta y cuatro-uno, visible
al folio ciento setenta y siete frente del tomo primero de mi protocolo, se
constituyó la sociedad denominada SSA Sistemas Costa Rica Siglo XXI
Sociedad Anónima.—San José, 13 de setiembre del 2010.—Lic.
Oscar Mario Villalobos Arguedas, Notario.—1 vez.—(IN2010078602).
Ante mí Héctor Rolando Vargas Sánchez,
Notario Público con oficina en Heredia en escritura otorgada a las ocho horas
del diecisiete de marzo del año dos mil diez, se constituyó la empresa Impel
Prom Asesores Publicitarios Sociedad Anónima S. A., su capital social se
encuentra totalmente suscrito y pagado.—20 de setiembre del
2010.—Héctor Rolando Vargas Sánchez, Notario.—1
vez.—(IN2010078613).
Ante mí Héctor Rolando Vargas Sánchez, Notario
Público con oficina en Heredia en escritura otorgada a las once horas del
veinte de septiembre del año dos mil diez, se constituyó la empresa Multiservicios
Muso-Jitsu S. A., su capital social se encuentra
totalmente suscrito y pagado, del 2010.—Lic. Héctor Rolando Vargas
Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2010078615).
Por escritura otorgada ante el suscrito
Notario el día 20 de setiembre del 2010, se constituyó la sociedad Fumieco
Sociedad Anónima, con domicilio en San José, San José. Representación:
Presidente y secretario. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 20 de
setiembre del 2010.—Lic. Manuel Barboza Arce, Notario.—1
vez.—( IN2010078625).
Mediante escritura otorgada ante mí a las
09:00 horas del 20 de agosto dos mil diez se reformaron las cláusulas primera:
del nombre, segunda: del domicilio y sexta: De
Se constituye la denominada Inversiones
Limari de Alajuela Sociedad Anónima, otorgada a las ocho horas del treinta
y uno de agosto de dos mil diez, Notario Carlos Sanabria Vargas, visible al
folio noventa y tres frente a noventa y cuatro frente del tomo primero de mi
protocolo, escritura Nº 190.—Alajuela, 17 de setiembre de
2010.—Lic. Carlos Andrés Sanabria Vargas, Notario.—1 vez.—(
IN2010078654).
Ante esta notaría, a las diecisiete horas del
treinta y uno de agosto del dos mil diez, se apersonaron Roy Rolando Campos
Lara y Ana Alicia Lara Mejía, a constituir una sociedad anónima cuyo nombre
será Inmobiliaria Camla Belén ICM Sociedad Anónima.—Licda.
Lidia Lizzeth Rojas Flores, Notaria.—1 vez.—( IN2010078657).
Mediante escritura de las trece horas treinta
minutos del dieciséis de abril del dos mil nueve, formalizada ante esta
notaría, se constituye sociedad anónima bajo el nombre de Gran Sibö S.A.—Licda.
Damaris Santana García, Notaria.—1 vez.—(IN2010078658).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las diecisiete horas del día trece de setiembre de dos mil diez, se
protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas
de la sociedad tres-ciento uno-quinientos setenta y tres mil quinientos
sesenta y siete sociedad anónima, mediante la cual se reforman las
cláusulas primera, referente al domicilio y novena, referente a la
administración, se revocan nombramientos de
Mediante escritura de las diez horas del
diecisiete de abril del dos mil diez, formalizada ante esta notaria, se
constituye sociedad anónima bajo el nombre de Apia S. A.—Licda.
Damaris Santana García, Notaria.—1 vez.—(IN2010078660).
Luis Alejandro Benavides Garro por Acronym
Software de Costa Rica S. A. constituye fundación de nombre Health
Level Seven Costa Rica, domiciliada en Heredia San Joaquín del Banco
Nacional
Por escritura otorgada ante esta notaría los
señores: Víctor Manuel Arias Benavides y William Betancourt Arguedas,
constituyeron una sociedad que se inscribirá con el nombre de Inversiones
ARYBE con el aditivo Sociedad Anónima, capital social: cien mil
colones, plazo: noventa v nueve años.—Heredia, 3 de setiembre del
2010.—Licda. Maira Torres López, Notaria.—1
vez.—(IN2010078673).
Yo, León Felipe Ramos Santos, notario público
de Heredia, debidamente autorizado he protocolizado acta de asamblea general
extraordinaria de la sociedad anónima denominada Estela Marina Luna Brava,
con domicilio social en Heredia, San Rafael, del puente Lobo, doscientos metros
al norte y cien metros al este, cuyo capital social es la suma de diez mil
colones, en la cual se nombra nueva junta directiva y además se modifica la
cláusula octava de la constitución social de la sociedad.—Lic. León
Felipe Ramos Santos, Notario.—1 vez.—(IN2010078679).
Yo, Marco Antonio Fernández López,
protocolicé la constitución de la sociedad anónima que se denominará PE-PU
Consultores Creativos Sociedad Anónima; domiciliada en San José, Escazú,
con un capital de doce mil colones, representado por doce acciones comunes y
nominativas. Es todo.—20 de setiembre de 2010.—Marco Antonio
Fernández López, Notario.—1 vez.—(IN2010078680).
Yo, Rodrigo Atmetlla Molina, protocolicé la
constitución de la sociedad anónima que se denominará Savoir Paire Sociedad
de Responsabilidad Limitada; domiciliada en San José, Escazú, con un
capital de doce mil colones, representado por doce cuotas nominativas. Es
todo.—20 de setiembre de 2010.—Lic. Rodrigo Atmetlla Molina,
Notario.—1 vez.—(IN2010078681).
Por escritura otorgada en Alajuela ante esta
Notaría a las 11:00 horas del 20 de setiembre del 2010, se constituyó Filtros
Alajuela S. A.. Presidente: Marcial Vega Durán.—Alajuela, 20 de
setiembre del 2010.—Lic. Edwin Chavarría González, Notario.—1
vez.—(IN2010078683).
Por escritura otorgada ante mí, hoy a las
11:00 horas se constituyó la sociedad denominada Mejías y Quirós S. A.,
Plazo: 99 años, Domicilio: Rincón Herrera,
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las 10:00 horas del 19 de julio del 2010, se constituyó la sociedad Recompensa
de Ocotal Sociedad Anónima, con domicilio en Alajuela,
En mi Notaría a las diecisiete horas del
diecinueve de setiembre del dos mil diez, se constituyó: Tauvi Yesmar S. A..
Domicilio social: Costa Rica, Alajuela, Central, Residencial Babiera, lote
nueve K. Capital social: cien mil colones, representados por cien acciones
comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente y al secretario con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma y representación
judicial y extrajudicial de la sociedad.—Lic. José Adrián Vargas Solís,
Notario.—1 vez.—(IN2010078692).
3-101-610993 s. a., cédula jurídica tres-ciento
uno-seiscientos diez mil novecientos noventa y tres, mediante acuerdo de
asamblea general extraordinaria modifica representación pasando a ser el
presidente apoderado generalísimo sin limitación de suma, teniendo que contar
con la aprobación de la asamblea de socios para enajenar, hipotecar, vender o
gravar bienes muebles e inmuebles pertenecientes a la sociedad, siendo que para
la adquisición o compra de dichos bienes no necesitará de dicha aprobación. Es
todo.—Alajuela, veintiuno de setiembre del dos mil diez.—Lic.
Carlos Eduardo Rodríguez Paniagua, Notario.—1 vez.—(IN2010078702).
3-101-610922 s. a., cédula jurídica tres-ciento
uno-seiscientos diez mil novecientos veintidós, mediante acuerdo de asamblea
general extraordinaria modifica representación pasando a ser el presidente
apoderado generalísimo sin limitación de suma teniendo que contar con la
aprobación de la asamblea de socios para enajenar, hipotecar, vender o gravar
bienes muebles e inmuebles pertenecientes a la sociedad, siendo que para la
adquisición o compra de dichos bienes no necesitará de dicha aprobación. Es
todo.—Alajuela, veintiuno de setiembre del dos mil diez.—Lic.
Carlos Eduardo Rodríguez Paniagua, Notario.—1 vez.—(IN2010078703).
3-101-611103 s. a., cédula jurídica tres-ciento
uno-seiscientos once mil ciento tres, mediante acuerdo de asamblea general
extraordinaria modifica representación pasando a ser el presidente apoderado
generalísimo sin limitación de suma teniendo que contar con la aprobación de la
asamblea de socios para enajenar, hipotecar, vender o gravar bienes muebles e
inmuebles pertenecientes a la sociedad, siendo que para la adquisición o compra
de dichos bienes no necesitará de dicha aprobación. Es todo.—Alajuela,
veintiuno de setiembre del dos mil diez.—Lic. Carlos Eduardo Rodríguez
Paniagua, Notario.—1 vez.—(IN2010078704).
3-101-610923 s. a., cédula jurídica tres-ciento
uno-seiscientos diez mil novecientos veintitrés, mediante acuerdo de asamblea
general extraordinaria modifica representación pasando a ser el presidente
apoderado generalísimo sin limitación de suma teniendo que contar con la
aprobación de la asamblea de socios para enajenar, hipotecar, vender o gravar
bienes muebles e inmuebles pertenecientes a la sociedad, siendo que para la
adquisición o compra de dichos bienes no necesitará de dicha aprobación. Es
todo.—Alajuela, veintiuno de setiembre del dos mil diez.—Lic.
Carlos Eduardo Rodríguez Paniagua, Notario.—1 vez.—(IN2010078705).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario, a las diecinueve horas del quince de setiembre del dos mil diez, se
modificó la cláusula sexta del estatuto social donde se modifica la junta
directiva y se nombra una nueva y donde se cambia el poder de la empresa Bgatesaland
Real State Sociedad Anónima.—Heredia, quince de setiembre del dos mil
diez.—Lic. Rodrigo Vargas Araya, Notario.—1
vez.—(IN2010078721).
Mediante escritura número 19 otorgada ante
esta Notaría a las 18:00 horas del día 31 de agosto del 2010, y escritura
adicional número 27 otorgada ante esta Notaría a las 15:00 horas del día 20 de
setiembre del 2010, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada M S T
Pets News Sociedad Anónima.—San José, 21 de setiembre del
2010.—Lic. Gloriana Vicarioli Guier, Notaria.—1
vez.—(IN2010078722).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario, a las veinte horas del quince de setiembre del dos mil diez, se
modificó la cláusula sexta del estatuto social donde se modifica la junta
directiva y se nombra una nueva y donde se cambia el poder de la empresa Chicagoland
Real Estate Sociedad Anónima.—Heredia, quince de setiembre del dos
mil diez.—Lic. Rodrigo Vargas Araya, Notario.—1
vez.—(IN2010078723).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario, a las veintiuna horas del quince de setiembre del dos mil diez, se
modificó la cláusula sexta del estatuto social donde se modifica la junta
directiva y se nombra una nueva y donde se cambia el poder de la empresa Inversiones
Inmobiliarias Ideas Sociedad Anónima.—Heredia, quince de setiembre
del dos mil diez.—Lic. Rodrigo Vargas Araya, Notario.—1
vez.—(IN2010078724).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario, a las dieciocho horas del quince de setiembre del dos mil diez, se
modificó la cláusula sexta del estatuto social donde se modifica la junta
directiva y se nombra una nueva y donde se cambia el poder de la empresa Maustinel
Real Estate Sociedad Anónima.—Heredia, quince de setiembre del dos
mil diez.—Lic. Rodrigo Vargas Araya, Notario.—1
vez.—(IN2010078725).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se
constituyó la sociedad Chic Trajes y Uniformes Sociedad
Anónima.—San José, veinte de setiembre del dos mil diez.—Lic.
Elsie Carranza Sibaja, Notaria.—1 vez.—(IN2010078729).
Por escritura otorgada por la suscrita
notaria Lic. Mónica Froimzon Goldenberg, a las dieciséis horas del 20 de
setiembre del 2010, protocolicé asamblea general extraordinaria de la sociedad Desarrollos
El Molino de Yera MS Sociedad Anónima. Se reforman cláusulan segunda,
sétima, se eligen tesorero, fiscal y agente residente.—San José, 21 de
setiembre del 2010.—Lic. Mónica Froimzon Goldenberg, Notaria.—1
vez.—(IN2010078744).
Por escritura otorgada ante la suscrita
Notaria Lic. Mónica Froimzon Goldenberg, a las once horas del 20 de setiembre
del 2010, se constituyó la sociedad Condo Consulting Sociedad Anónima.
Capital social: cuarenta y cinco mil colones. Plazo social: cien
años.—San José, 21 de setiembre del 2010.—Lic. Mónica Froimzon
Goldenberg, Notaria.—1 vez.—(IN2010078746).
Por escritura otorgada por la suscrita
notaria Lic. Mónica Froimzon Goldenberg, a las ocho horas del 21 de setiembre
del 2010, protocolicé asamblea general extraordinaria de la sociedad Desarrollos
Inmobiliarios del Ebro MS Sociedad Anónima. Se reforman cláusulas segunda,
sétima, se eligen tesorero, fiscal y agente residente.—San José, 21 de
setiembre del 2010.—Lic. Mónica Froimzon Goldenberg, Notaria.—1
vez.—(IN2010078747).
Por escritura otorgada ante mí, se ha
constituido la firma Secure Host Costa Rica S. A., domiciliada en San
José, Costa Rica. Plazo social: noventa y nueve años. Capital: un millón de
colones. Presidente: Christopher Thompson, fecha de otorgamiento 20 de
setiembre del 2010. San José, Costa Rica.—Lic. Catalina Barrantes Kopper
y Lic. Daniel Aguilar González, Notarios.—1 vez.—(IN2010078760).
Ante mí, Roy Zumbado Ulate se constituye la
sociedad Empresarios Internacionales
Madoval del Norte S. A. Capital social: la suma de diez mil colones.
Presidente: Donald Herrera Morales.—Santa Bárbara de Heredia, 9 de setiembre
de 2010.—Lic. Roy Zumbado Ulate, Notario.—1
vez.—RP2010197079.—(IN2010078793).
Ante mí, Roy Zumbado Ulate se constituye la
sociedad Corporación Ermo del Sol Alajuelense S. A. Capital social: la
suma de diez mil colones. Presidente Mariana Rojas Mora.—Santa Bárbara de
Heredia, 9 de setiembre del 2010.—Lic. Roy Zumbado Ulate,
Notario.—1 vez.—RP2010197080.—(IN2010078794).
Por escritura otorgada ante mí a las once
horas del veintiséis de agosto del dos mil diez los señores Yorleny Zamora
Gómez y Jorge Bastos Bogantes constituyen la sociedad, nombre: Distribuidora
Karlita
Ante esta notaría, Javier Moya Durán y
Verónica Grant Díez, por escritura número nueve-cinco, otorgada a las horas
diecisiete del dieciséis de setiembre del dos mil diez, constituyeron una
sociedad anónima, cuya denominación social se ajusta a lo dispuesto en el
artículo dos del decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y
uno-J. Capital social: doce mil colones. Plazo: cien años.—Lic. Rosa
María Escudé Suárez, Notaria.—1
vez.—RP2010197092.—(IN2010078796).
Por escritura número veintidós, de las quince
horas y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de setiembre del dos mil diez;
ante esta Notaría Inversiones Grupo BZE S. A., solicitó protocolización
de acta de asamblea general extraordinaria en donde nombra nueva junta
directiva y hace nombramiento de fiscal. Presidente: Philip Fung Chaw.—Lic. Emma Cousin Picado, Notaria.—1
vez.—RP2010197098.—(IN2010078797).
Por escritura número veintiuno, de las doce
horas y treinta minutos del dieciséis de setiembre del dos mil diez; ante esta
Notaría Artkimia Producciones S. A., solicitó protocolización de acta de
asamblea general extraordinaria en donde nombra presidente de la junta
directiva. Presidente: Kattia Ramírez Fallas.—Lic. Emma Cousin Picado,
Notaria.—1 vez.—RP2010197100.—(IN2010078798).
Por escritura otorgada ante esta Notaría se
constituyó la sociedad denominada R.P.V. del Caribe Sociedad
Anónima, capital suscrito y pagado.—Guápiles, Pococí, Limón, 13 de
setiembre del 2010.—Lic. Arnoldo Antonio Parini Segura, Notario.—1
vez.—RP2010197110.—(IN2010078799).
Por escritura otorgada en la ciudad de San
José a las ocho horas del siete de setiembre del dos mil diez, se constituyó la
sociedad anónima, denominada Kalejo Sociedad Anónima, con domicilio en
San José, Pavas, con capital de cien mil colones. Plazo: noventa y nueve años.
Presidente: José Arturo Sandoval De
Por escritura otorgada en la ciudad de San
José a las nueve horas del siete de setiembre del dos mil diez, se constituyó
la sociedad anónima, denominada Joariga Sociedad Anónima, con domicilio
en San José, Pavas, con capital de cien mil colones. Plazo: noventa y nueve
años. Presidente: Alejandro Sandoval De
Por escritura otorgada a las 9:00 horas del
día de hoy, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de la
compañía Asesoría Empresarial ARM Sociedad Anónima por la cual, entre
otros, se reforma las cláusulas de los estatutos sobre el domicilio social y el
objeto social.—San José, dieciséis de setiembre del dos mil
diez.—Lic. Luis Paulino Salas Rodríguez, Notario.—1
vez.—RP2010197114.—(IN2010078802).
Se hace constar que ante la presente notaría
la empresa Chaves Chavarría y Compañía S. A., cédula jurídica
3-101-296024 S. A. modifica su junta directiva a partir del 9 de mayo de
2005.—San José, 20 de setiembre del 2010.—Lic. Jorge Antonio Arias
Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2010197115.—(IN2010078803).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las 11:00 horas del 4 de mayo del 2010, se protocoliza asamblea general
extraordinaria de Bistro Setenta y Siete, S. A. Se reforma la cláusula
sexta y se nombra nueva junta directiva.—San José, 13 de setiembre del
2010.—Lic. Gianna Cersosimo D´Agostino, Notaria.—1
vez.—RP2010197118.—(IN2010078804).
La suscrita, Kattia Quirós Chévez, notaría
pública con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día veintidós
de julio del dos mil diez, se constituyó ante mí, la empresa Inversiones
Haga I.H. S. A. El día nueve de setiembre del dos mil diez se constituyó
ante mí, la empresa Contabilidad Total Rodríguez & Galeano S. A., y
el día quince de setiembre del dos mil diez se constituyó ante mí, la empresa The
Magic Touch Costa Rica S. A. El día diecisiete de setiembre del dos mil
diez, se protocolizaron ante mí, acta de las empresas Tres-Ciento
Uno-Quinientos Treinta Mil Trescientos Treinta y Uno S. A., Tres-Ciento
Uno-Quinientos Treinta Mil Trescientos Treinta y Dos S. A., Autoelec S. A.
El día veinte de setiembre del dos mil diez, se protocolizó ante mí, acta de la
empresa Distribuidora Alpiste DA S. A., en la cual se modifica su
denominación social a Distribuidora de Vinos y Alimentos por Alpiste S. A.—San
José, veinte de setiembre del dos mil diez.—Lic. Kattia Quirós Chévez,
Notaria.—1 vez.—RP2010197119.—(IN2010078805).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a
las doce horas quince minutos del día diecisiete de setiembre del dos mil diez,
se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad Grupo
Limo CR S. A.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1
vez.—RP2010197124.—(IN2010078806).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a
las quince horas del día dieciséis de setiembre del dos mil diez se nombran
secretario y tesorero, y se modifica la cláusula novena de la administración
del pacto constitutivo de la sociedad Empaques y Suministros Internacionales
CR S. A.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1
vez.—RP2010197125.—(IN2010078807).
Por escritura otorgada a
las nueve horas del veintisiete de agosto de dos mil diez, se constituyó la
sociedad anónima Bermarjo Sociedad Anónima. Domicilio social: Cartago,
Guadalupe, urbanización
Al ser las once horas cuarenta minutos del
dieciséis de setiembre del año dos mil diez, procedo a protocolizar el acta de
asamblea general extraordinaria número cuatro de la empresa denominada Lentes
de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-treinta y un mil quinientos ochenta y nueve, entidad inscrita en
Ante mí, Tatiana Rodríguez Arroyo, se
procedió a reformar el pacto constitutivo de la sociedad denominada tres
ciento uno-cuatro ocho dos seis cero cero s. a., cédula jurídica Nº
3-101-482600, en cuanto a la denominación social de la misma la cual se
modifica correspondientemente a Alzibet S. A. Es todo.—San José,
16 de setiembre del 2010.—Lic. Tatiana Rodríguez Arroyo, Notaria.—1
vez.—RP2010197131.—(IN2010078810).
Ante mí, Tatiana Rodríguez Arroyo, se
procedió a reformar el pacto constitutivo de la sociedad denominada Mar
Contento s. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-tres cuatro seis dos
cero seis, en cuanto a la cláusula novena de las misma la cual se modifica
correspondientemente para permitir expresamente al representante el otorgar
poderes a terceros. Es todo.—San José, 16 de setiembre del
2010.—Lic. Tatiana Rodríguez Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2010197132.—(IN2010078811).
Ante mí, Tatiana Rodríguez Arroyo, se
procedió a reformar el pacto constitutivo de la sociedad denominada tres
ciento uno-cuatro ocho tres dos cinco cinco s. a., cédula jurídica Nº
3-101-483255, en cuanto a la denominación social de la misma la cual se
modifica correspondientemente a Factoria de Apuestas (F.A.) S.A. Es
todo.—San José, 16 de setiembre del 2010.—Lic. Tatiana Rodríguez
Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2010197133.—(IN2010078812).
Per escritura número 75- visible a tomo 1,
folio 44 frente, Randall Moya Valver y Gustavo Alexander Valverde Peña,
constituyen la sociedad Roalex S. A. Capital: diez mil colones, plazo:
99 años. Presidente el primero. Notaria: Rosa Rodríguez Abarca.—Lic.
Gerardo Moya Paniagua, Notario.—1 vez.—RP2010197135.—(IN2010078813).
A las 10:00 horas del día de hoy, protocolicé
en mi Notaría actas de asamblea general de la compañía 3-102-491209 srl.
Se reforma cláusula VI del pacto social.—San José, 13 de setiembre del
2010.—Lic. Édgar Nassar Guier, Notario.—1 vez.—RP2010197136.—(IN2010078814).
En esta Notaría a las 13:00 horas del 17 de
setiembre del 2010, se constituyó la sociedad denominada: Eriarmo AM
Sociedad Anónima. Apoderados: Eric Armijo Guillén y Erica Mora
Ruiz.—San José, 17 de setiembre del 2010.—Lic. Teresita Monge Díaz,
Notaria.—1 vez.—RP2010197137.—(IN2010078815).
Por escritura número doscientos siete, de mi
protocolo número diecinueve visible a folio ciento veintitrés frente, en San
José el día 13 de setiembre del dos mil diez se constituye la sociedad
denominada Consorcio Jurídico Mega Sociedad Anónima.—San José, 13
de setiembre de 2010.—Lic. Víctor Raúl Obando Mendoza, Notario.—1
vez.—RP2010197138.—(IN2010078816).
El día de hoy he protocolizado acta
constitutiva de la entidad Oses-Abarca Sociedad Anónima. Domiciliada en
Las Marías, Puerto Viejo, Sarapiquí, Heredia, un kilómetro al norte de
comercial Las Marías. Presidente: Alex Francisco Oses Abarca.—Puerto
Viejo, Sarapiquí, nueve de setiembre de dos mil diez.—Lic. Gabriela
Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2010197139.—(IN2010078817).
Por escritura ante mí, se constituyó la
entidad Sungwoo S.A. Capital social: diez mil colones, plazo 99 años,
gerente apoderado generalísimo sin límite de suma. Igualmente se protocolizó el
acta de Pacific Tour and Friends, se cambió junta directiva.—San José, 15
de setiembre del 2010.—Lic. Diego Vargas Gould, Notario.—1
vez.—RP2010197140.—(IN2010078818).
En escritura pública número ciento
catorce-nueve, ante mí, Luis Gustavo Ocampo Rojas, se constituyó la sociedad
denominada Grupo Hernández Prado del Sur Sociedad Anónima. Otorgada en
San José, a las catorce horas del diez de setiembre de dos mil diez.—Lic.
Luis Gustavo Ocampo Rojas, Notario.—1
vez.—RP2010197141.—(IN2010078819).
Por escritura Nº 40 de las 13:30 horas del
día 14 de setiembre del 2010, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de Desarrollo El Tablazo Sociedad Anónima, donde se
modificó pacto social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1
vez.—RP2010197145.—(IN2010078820).
Por escritura Nº 42 de las 9:00 horas del día 16 de setiembre del 2010, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Llano del Tempisque Sociedad Anónima, donde se modificó pacto social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2010197146.—(IN2010078821).Por escritura que autoricé a las diecisiete horas de hoy, se constituyó la sociedad Velbre Sociedad Anónima, con domicilio en San José. Plazo social: noventa y nueve años. Capital: cien mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Objeto: la industria, el comercio, la agricultura, la ganadería y la prestación de servicios en general. Presidente, apoderado generalísimo sin límite de suma, la señora Karin Brenner Silva.—San José, nueve de setiembre del año dos mil diez.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—RP2010197149.—(IN2010078822).
Por escritura otorgada a las doce horas
treinta minutos del catorce de de setiembre del dos mil diez, se protocolizó
acta de la sociedad Corporación de Inversiones Rocha Internacional Sociedad
Anónima, modificándose la representación, eliminación cláusula agente
residente y se nombra nuevos miembros de la junta directiva. Presidente: Carlos
Manuel Rojas Mora.—San José, diecisiete de setiembre del dos mil
diez.—Lic. Adriana María Garita Calvo, Notaria.—1 vez.—RP2010197150.—(IN2010078823).
Por escritura otorgada a las once horas
treinta minutos del catorce de setiembre del dos mil diez, se protocolizó acta
de la sociedad Leasin Sociedad Anónima, modificándose el domicilio,
eliminación cláusula agente residente, la representación y se nombra nuevos
miembros de la junta directiva. Presidente: Carlos Manuel Rojas Mora.—San
José, diecisiete de setiembre del dos mil diez.—Lic. Adriana María Garita
Calvo, Notaria.—1 vez.—RP2010197151.—(IN2010078824).
Por escritura otorgada a las diez horas treinta
minutos del catorce de setiembre del dos mil diez, se protocolizó acta de la
sociedad Llanuras de Nicoya Sociedad Anónima, modificándose el
domicilio, eliminación cláusula agente residente, la representación y se nombra
nuevos miembros de la junta directiva. Presidente: Carlos Manuel Rojas
Mora.—San José, diecisiete de setiembre del dos mil diez.—Lic.
Adriana María Garita Calvo, Notaria.—1
vez.—RP2010197152.—(IN2010078825).
Por escritura otorgada a las nueve horas
treinta minutos del catorce de setiembre
del dos mil diez, se protocolizó acta de la sociedad K-RLOR MR Sociedad
Anónima, modificándose el domicilio, eliminación cláusula agente residente,
la representación y se nombra nuevos miembros de la junta directiva.
Presidente: Carlos Manuel Rojas Mora.—San José, diecisiete de setiembre
del dos mil diez.—Lic. Adriana María Garita Calvo, Notaria.—1
vez.—RP2010197154.—(IN2010078826).
Por escritura otorgada a las ocho horas
treinta minutos del catorce de setiembre del dos mil diez, se protocolizó acta
de la sociedad Kofi Sociedad Anónima, modificándose el domicilio,
eliminación cláusula agente residente, la representación y se nombra nuevos
miembros de la junta directiva. Presidente: Carlos Manuel Rojas Mora.—San
José, diecisiete de setiembre del dos mil diez.—Lic. Adriana María Garita
Calvo, Notaria.—1 vez.—RP2010197155.—(IN2010078827).
Ante esta Notaría, los señores Gilbert Burns
Phelan III, cédula de residencia número 184000792607; y Mark Stephen Wise,
pasaporte de su nación número 452084811; constituyen la empresa Black Toucan
Land Development S. A. Escritura otorgada a las 15 horas del día 08 de
setiembre del año 2010. Mark Stephen Wise ejerce la presidencia.—Lic.
Óscar Mora Vargas, Notario.—1
vez.—RP2010197162.—(IN2010078828).
A las nueve horas del veinte de agosto del
dos mil diez, se protocoliza acta asamblea general extraordinaria de Textiles
Promocionales Sociedad Anónima y se modifica cláusula sexta y se nombra
junta directiva, presidenta Mariana Elena Murillo Díaz.—San José, 13 de
setiembre del 2010.—Lic. Guillermo Fonseca González, Notario.—1
vez.—(IN2010080730).
JUNTA ADMINISTRATIVA DE
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
De conformidad con lo que
establece
1) Se hace saber que la señora Raquel Fernanda Sánchez Loaiza,
portadora de la cédula de identidad número 03-0393-0432, vecina de Turrialba,
le adeuda a
2) Se hace saber que el señor Esteban Monestel
Arias, portador de la cédula de identidad número 01-1066-0450, vecino de
Aserrí, Barrio Corazón de Jesús, le adeuda a
3) Se hace saber que la señora Mauren Alfaro
Sánchez, portadora de la cédula de identidad número 01-1006-0552, vecina de San
Sebastián, le adeuda a
4) Se hace saber que la señora Karina Caravaca
Sánchez, portadora de la cédula de identidad número 05-0305-0564, vecina de
Guadalupe, le adeuda a
Lo anterior obedece a que ha sido imposible
notificarlos personalmente en la dirección que aparece en sus expedientes
personales, de igual manera se trató de localizarlos vía teléfono, sin embargo
no hubo respuesta. Publíquese.—Lic. Jonathan Monge Montero, Encargado a.
í, Recursos Humanos.—(IN2010080195).
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Por no haber sido posible notificarle en el
domicilio conocido por
MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE
DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMO TERRESTRE
El Departamento de Zona Marítimo
Terrestre de
Carmona, Nandayure, 22 de setiembre del
2010.—José Humberto León Abadía, Encargado.—1
vez.—(IN2010080727).