MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
AMBIENTE, ENERGÍA Y
TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL SUPREMO DE
ELECCIONES
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
BANCO POPULAR Y DE
DESARROLLO COMUNAL
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE
COSTA RICA
INSTITUTO COSTARRICENSE DE
ELECTRICIDAD
PATRONATO NACIONAL DE LA
INFANCIA
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS
SERVICIOS PÚBLICOS
INSTITUTO COSTARRICENSE DE
PESCA Y ACUICULTURA
INSTITUTO NACIONAL DE
ESTADÍSTICA Y CENSOS
JUNTA DE DESARROLLO
REGIONAL DE LA ZONA SUR
MINISTERIO DE COMERCIO
EXTERIOR
CAJA COSTARRICENSE DE
SEGURO SOCIAL
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS
SERVICIOS PÚBLICOS
INSTITUTO COSTARRICENSE DE
TURISMO
DECRETA:
DESAFECTACIÓN DE UN LOTE
PROPIEDAD DE LA
MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE BARVA DE HEREDIA
Y AUTORIZACIÓN PARA QUE ESTA LO DONE A LA
ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL
DE SAN PEDRO DE BARVA DE HEREDIA
ARTÍCULO 1.-
Autorízase
a
ARTÍCULO 2.-
El inmueble donado será
destinado a la construcción del parque ecológico Divino Niño. En caso de que
Rige
a partir de su publicación.
ASAMBLEA LEGISLATIVA.- Aprobado
a los diecinueve días del mes de agosto de dos mil diez.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Luis
Gerardo Villanueva Monge
PRESIDENTE
Mireya Zamora Alvarado Ileana Brenes Jiménez
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDA SECRETARIA
Dado en
Ejecútese y publíquese
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Gobernación y Policía,
José María Tijerino Pacheco.—1 vez.—O.C. Nº 199076.—Solicitud
Nº 29910.—C-54770.—(L8856-IN2010081902).
DE
DECRETA:
DESAFECTACIÓN
DEL USO PÚBLICO DE UN LOTE
PROPIEDAD DE
DE BARVA DE
HEREDIA Y AUTORIZACIÓN
PARA QUE
ESTA LO DONE A LAS TEMPORALIDADES
DE
DE UNA
CAPILLA EN EL BARRIO SANTA PAULA
ARTÍCULO 1.-
Desaféctase del uso público el inmueble inscrito bajo el Sistema de
Folio Real matrícula número uno nueve tres seis nueve cuatro-cero cero cero
(N.º 193694-000) el cual se describe así: situado en el distrito 3º; cantón II;
provincia, Heredia; mide doscientos noventa y un metros con cuarenta y tres
decímetros cuadrados (
ARTÍCULO 2.-
Autorízase
a
ARTÍCULO 3.-
En caso
de que la donataria llegue a disolverse o el inmueble se destine a otros usos
no autorizados en la presente Ley, el terreno volverá de pleno derecho a ser
propiedad municipal.
ARTÍCULO 4.-
La
escritura de traspaso se otorgará ante
Rige a partir de su publicación.
ASAMBLEA LEGISLATIVA. Aprobado a los diecinueve días
del mes de agosto de dos mil diez.
COMUNÍCASE
AL PODER EJECUTIVO
Luis
Gerardo Villanueva Monge
PRESIDENTE
Mireya
Zamora Alvarado Ileana
Brenes Jiménez
PRIMERA
SECRETARIA SEGUNDA SECRETARIA
Dado en
Ejecútese
y publíquese.
LAURA CHINCHILLA
MIRANDA.—El Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública, José
María Tijerino Pacheco.—1 vez.—RP2010199080.—(L8859-81903).
Nº 064.—San José, 25 de agosto del 2010
EL MINISTRO DE
En ejecución de lo dispuesto por el Consejo de Gobierno en el acuerdo
que consta en el artículo quinto del Acta de la sesión ordinaria número nueve, celebrada el veintinueve de junio del dos
mil diez.
ACUERDAN:
Tener por conocido el oficio ref: DM-091-MICIT-2010 de fecha 22 de
junio del 2010, suscrito por la señora Clotilde Fonseca, Ministra de Ciencia y
Tecnología, mediante el cual designa a la señora Teresita Quesada Granados,
cédula de identidad número 1-570-930, como su representante ante
Acuerdo
declarado firme por unanimidad.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de
Nº 070-PE
EL MINISTRO
DE
Con fundamento en lo dispuesto en
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la funcionaria Cinthya Berrocal Quirós,
con cédula de identidad número 1-935-471, Directora de Despacho del Señor
Viceministro de
Artículo
2º—Los gastos por concepto de viáticos, impuestos, servicio de taxis
aeropuerto-hotel y viceversa en la ciudad visitada, se le cancelarán del Título
202- Ministerio de
Artículo
3º—Se le otorga la suma adelantada de ¢412.900,80 por concepto de
viáticos sujetos a liquidación.
Artículo
4º—Rige a partir del 19 y hasta el 25 de setiembre del 2010.
Dado en
Marco Antonio Vargas Díaz, Ministro de
Nº 156-PE
De conformidad con lo que establecen los artículos 140, inciso 20) y
146 de
ACUERDA:
1º—Autorizar a
2º—Los
gastos de pasaje aéreo, transporte local, impuestos de aeropuerto, alimentación
y alojamiento serán cubiertos por el Programa Colaborativo de Fitomejoramiento
Participativo en Mesoamérica (FPM).
3º—Rige
a partir del 8 al 18 de agosto de 2010.
Dado en el Despacho Ministerial, el día dieciséis del mes de julio del
año dos mil diez.
Xinia Chaves Quirós, Viceministra de Agricultura y Ganadería.—1
vez.—O. C. Nº 9400.—Solicitud Nº
40817.—C-22970.—(IN2010081845).
Nº
0413-2010
Y
Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18), y 146 de
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 687-2009 de fecha 18 de
diciembre del 2009, publicado en el Diario Oficial
II.—Que
mediante documentos presentados los días 9, 14 y 21 de julio del 2010, en
III.—Que
la instancia interna de
IV.—Que
en virtud de las reformas legales y reglamentarias que han operado con
posterioridad al otorgamiento del Régimen de Zonas Francas a la empresa, se
hace necesario adecuar en lo conducente el Acuerdo Ejecutivo original.
V.—Que
se han observado los procedimientos de Ley. Por tanto,
ACUERDAN:
1º—Modificar el Acuerdo Ejecutivo Nº 687-2009 de fecha 18 de
diciembre del 2009, publicado en el Diario Oficial
“2. La actividad de la beneficiaria consistirá en exportar servicios
de centro de llamadas para proveer servicios de viajes corporativos, procesamiento
de compra de tiquetes aéreos y actividades de promoción en empresas.”
“4. La beneficiaria gozará de los incentivos y
beneficios contemplados en
Los plazos, términos y condiciones de
los beneficios otorgados en virtud de
Para los efectos de las exenciones
otorgadas debe tenerse en consideración lo dispuesto por los artículos 62 y 64
del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley Nº 4755, del 3 de mayo
de 1971 y sus reformas, en lo que resulten aplicables.”
“5. De conformidad con lo dispuesto por el
artículo 20 inciso g) de
Dicha beneficiaria sólo podrá
introducir sus servicios al mercado local, observando rigurosamente los
requisitos establecidos al efecto por el artículo 22 de
2º—En todo lo que no ha sido expresamente modificado, se
mantiene lo dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo Nº 687-2009 de fecha 18 de
diciembre del 2009, publicado en el Diario Oficial
3º—Rige
a partir de su notificación.
Comuníquese
y publíquese.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—
SERVICIO
FITOSANITARIO DEL ESTADO
DEPARTAMENTO DE INSUMOS
AGRÍCOLAS
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
DIA-R-E-305/2010.—El
señor Efraín Víquez Rojas, cédula 2-0353-0644, en calidad de Representante
Legal de la compañía Taller Industrial de
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
Nº
DIA-R-E-314-2010.—El
señor Víctor Moreno Martínez, cédula o pasaporte Nº 13.843.316, en calidad de
representante legal de la compañía Inversiones Moreno S. A., cuyo domicilio
fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del
fertilizante de nombre comercial Gadal 55, compuesto a base de
Potasio-Calcio-Azufre, conforme con lo que establece
SERVICIO NACIONAL DE
SALUD ANIMAL
DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS
VETERINARIOS
EDICTO
La señora Karol Chaves Rivera con cédula 1-840-913,
vecina de San José, en calidad de apoderada generalísima de la compañía Chaso
del Valle S. A. con domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente
medicamento veterinario del grupo 4: Kit Prueba Snap Aflatoxina M1. Fabricado
por: Laboratorios Idexx, con los siguientes principios activos no aplica, y las
siguientes indicaciones terapéuticas: Detección de aflatoxina M1 en leche. Con
base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y
Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a
oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5
días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este
edicto, en el Diario Oficial
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 4, folio 90, título Nº 537,
emitido por el Colegio de Bagaces, en el año dos mil cinco, a nombre de Iacayo
Romero Yokira. Se solicita la reposición del título por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 18, título Nº 85,
emitido por el Colegio Técnico Profesional
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 81, título N° 544,
emitido por el Liceo Nocturno de Liberia, en el año mil novecientos noventa y
nueve, a nombre de Vega Martínez Noylen. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 8, título N° 23,
emitido por el Colegio Humanista Bilingüe del Monte, en el año dos mil cuatro,
a nombre de Núñez Vindas Alfonso. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 32, título Nº 321, emitido por el Liceo Maurilio Alvarado
Vargas, en el año mil novecientos noventa y cuatro, a nombre de Barahona Vega
José Fabio. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
INSTITUTO
COSTARRICENSE DEL DEPORTE
Y
Convenio
de Cooperación Parque Metropolitano
Invita a las diferentes empresas e instituciones, a cooperar y
participar en el desarrollo del plan denominado “Proyecto de Rearborización
del Parque Metropolitano
Los
interesados deben de presentar sus propuestas y documentos legales como
personería jurídica, copia de cédula de identidad del representante legal,
calidades del representante legal, certificación de no encontrarse moroso con
La
fecha límite para la presentación de propuestas es el 20 de octubre del
DEPARTAMENTO DE
ORGANIZACIONES SOCIALES
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
De
conformidad con la autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y Seguridad
Social se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada:
Cooperativa Servicios
Humanísticos y Rescate Ambiental de Flores R. L., siglas Ambientecoop R. L,
acordada en asamblea celebrada el 23 de mayo del 2010. Resolución 1340-CO. En
cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de
Presidente: Daisy Víquez González
Vicepresidente: Jorge Enrique González Luna
Secretaria: Roxana
Madrigal Mora
Vocal 1: Mayleen
Araya Vargas
Vocal 2: Ana
Cristina Hernández Azofeifa
Suplente 1: Eduardo
Víquez Jiménez
Suplente 2: María
Eugenia Vega Víquez
Gerente: Eric José Núñez Riediger
San José, 2 de setiembre del 2010.—Lic.
José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2010079763).
De
conformidad con la autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y
Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que
acordó introducir a su Estatuto
De
conformidad con la autorización extendida por el Señor Ministro de Trabajo y
Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que
acordó introducir a su Estatuto Social la organización social denominada
Cooperativa Nacional de Educadores R. L., siglas COOPENAE R. L., acordada
en asamblea celebrada el 15 de mayo del
2010. Resolución 148. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de
De
conformidad con la autorización extendida por
DIRECCIÓN
NACIONAL DE PENSIONES
EDICTOS
En sesión celebrada en San José a las nueve horas del 1 de setiembre del
2010, se acordó conceder pensión de gracia, mediante la resolución
JNPA-3176-2010, al señor Montoya Gamboa Jorge Enrique, cédula de identidad
3-171-153, vecino de Limón; por un monto de setenta y tres mil ciento cincuenta
y siete colones con cero céntimos (¢73.157,00), con un rige a partir de la
inclusión en planillas. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional.
El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido
presupuestario correspondiente.—Licda. Maritza Jiménez Madrigal,
Directora Ejecutiva.—1
vez.—(IN2010080740).
En sesión celebrada en San José, a las nueve
horas del 27 de julio del 2010, se acordó conceder pensión de gracia, mediante
la resolución JNPA-2873-2010, al señor Carvajal Ávila Bernardo, cédula de
identidad Nº 1-317-054, vecino de San José; por un monto de setenta y tres mil
ciento cincuenta y siete colones con cero céntimos (¢73.157,00), con un rige a
partir de la inclusión en planillas. Constituye un gasto fijo a cargo del
Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el
contenido presupuestario correspondiente.—Lic. Róger Porras Rojas,
Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2010080805).
En sesión celebrada en San José, a las nueve
horas del 27 de julio del 2010, se acordó conceder pensión de gracia, mediante
la resolución JNPA-2818-2010, al señor Barboza Umaña Jorge Arturo, cédula de
identidad 1-284-338, vecino de San José; por un monto de setenta y tres mil
ciento cincuenta y siete colones con cero céntimos (¢73.157.00), con un rige a
partir de la inclusión en planillas. Constituye un gasto fijo a cargo del
Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el
contenido presupuestario correspondiente.—Lic. Roger Porras Rojas,
Director Ejecutivo.—1 vez.—RP2010198519.—(IN2010081258).
En sesión celebrada en San José, a las ocho
horas del 15 de julio del 2010, se acordó conceder Traspaso de Pensión de
Gracia, mediante la resolución JNPTA-2882-
En sesión celebrada en San José a las nueve
horas del 01 de setiembre del 2010, se acordó conceder Pensión de Gracia,
mediante la resolución JNPA-3173-2010, al señor Calderón Acuña Carlos Alberto,
cédula de identidad 3-158-363, vecino de Cartago, por un monto de setenta y
tres mil ciento cincuenta y siete colones con cero céntimos (¢73.157,00), con
un rige a partir de la inclusión en planillas. Constituye un gasto fijo a cargo
del Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista
el contenido presupuestario correspondiente.—Lic. Maritza Jiménez
Madrigal, Directora Ejecutiva.—1 vez.—(IN2010082231).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE
Propiedad Industrial
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Juan
José Ramírez Aguilar, cédula de identidad 1-413-105, en calidad de apoderado
generalísimo de Ditsö Kunök, S. A., cédula jurídica Nº 3-101-319901, solicita
la inscripción de:
Para ver imagen solo en
como marca de comercio, en clase 3 y 5 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 3: Productos de limpieza, para blanquear,
para pulir, desengrasar, raspar y actividades ajenas. En clase 5: Productos
desinfectantes, productos higiénicos para la medicina. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de
este edicto. Presentada el 27 de agosto del 2010. Solicitud Nº 2010-
Juan
José Ramírez Aguilar, cédula de identidad 1-413-105, en calidad de apoderado
generalísimo de Ditsö Kunök, S. A., cédula jurídica Nº 3-101-319901, con
domicilio en Paso Ancho, de Finsa,
Para ver imagen solo en
como marca de comercio, en clase 3 y 5
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: En clase 3: Productos cosméticos, perfumería, jabones,
aceites esenciales, lociones, dentífricos y afines, productos para limpiar. En
clase 05: Productos farmacéuticos, higiénicos para la medicina, desinfectantes, para apósitos y emplastos. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 27 de agosto del 2010. Solicitud Nº 2010-
Juan
José Ramírez Aguilar, cédula de identidad 1-413-105, en calidad de apoderado
generalísimo de Ditsö Kunök, S. A., cédula jurídica Nº 3-101-319901, con
domicilio en Paso Ancho, de Finsa,
Para ver imagen solo en
como marca de comercio, en clase 5 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: Plaguicidas tales como insecticidas,
virucidas, fungicidas, nematicidas, bactericidas. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de agosto del 2010.
Solicitud Nº 2010-
Juan
José Ramírez Aguilar, cédula de identidad 1-413-105, en calidad de apoderado generalísimo
de Ditsö Kunök, S. A., cédula jurídica Nº 3-101-319901, solicita la inscripción
de:
Para ver imagen solo en
como marca de comercio, en clase 5 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: Productos desinfectantes e higiénicos.
Aditivos desinfectantes y preservantes. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 27 de agosto del 2010. Solicitud Nº 2010-
Juan
José Ramírez Aguilar, cédula de identidad 1-413-105, en calidad de apoderado
generalísimo de Ditsö Kunök, S. A., cédula jurídica Nº 3-101-319901, con
domicilio en Paso Ancho, de Finsa,
Para ver imagen solo en
como nombre comercial, en clase 49 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado
a la administración y distribución con vendedores y comercialización de
productos orgánicos. Ubicado en Montelimar,
Guadalupe, Goicoechea, de
Cambio de Nombre por
Fusión Nº 65310
Que
Álvaro Enrique Dengo Solera, cédula de identidad número 1-544-035, en calidad
de apoderado especial de Assa Abloy Italia S.P.A., solicita a este Registro se
anote la inscripción de cambio de nombre por fusión de Security Products S.R.L.
Prodotti Per
Cambio de nombre Nº
67507
Que
Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad 1-335-794, en calidad de
apoderado especial de Wal-Mart de México, S.A.B. de C.V., solicita a este
Registro se anote la inscripción de Cambio de nombre de Wal-Mart de México, S.
A. de C.V., domiciliada en Boulevard Manuel Avila Camacho Nº 487, Colonia
Periodistas, México D.F., México, por el de Wal-Mart de México, S.A.B. de C.V.,
domiciliada en Boulevard Manuel Ávila Camacho Nº 487, Colonia Periodistas, C.P.
11220, México D.F., México presentada el día 30 de julio de 2010 bajo
expediente 67507. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1994-0000937
Registro Nº 87764 Vips en clase 43 marca Mixto, 1994-0000938 Registro Nº 87765
Aurrera en clase 42 marca Mixto, 1994-0000939 Registro Nº 87555 Vips en clase
35 marca Mixto, 1995-0002439 Registro Nº 95877 Suburbia en clase 49 marca
Mixto, 2003-0004789 Registro Nº 143318 Trattoria Ragazzi en clase 35 marca
Mixto, 2003-0004790 Registro Nº 143319 Trattoria Ragazzi en clase 43 marca
Mixto, 2003-0004791 Registro Nº 143320 El Portón en clase 43 marca Mixto,
2003-0004806 Registro Nº 143379 El Portón en clase 35 marca Mixto, 2003-0004807
Registro Nº 143380 Suburbia en clase 43 marca Mixto, 2003-0004808 Registro Nº
143381 Suburbia en clase 35 marca Mixto, 2003-0004809 Registro Nº 143382
Superama en clase 35 marca Mixto, 2003-0005348 Registro Nº 144550 Calidad y
precio en clase 30 marca Mixto, 2003-0005349 Registro Nº 144552 Prichos en
clase 35 marca Mixto, 2003-0005351 Registro Nº 144551 San Remo Cafe en clase 43
marca Mixto, 2003-0005352 Registro Nº 144549 Calidad y precio en clase 29 marca
Mixto, 2003-0005353 Registro Nº 144548 Calidad y precio en clase 16 marca Mixto
y 2003-0005354 Registro Nº 144547 Calidad y precio en clase 9 marca Mixto.
Publicar en
Patente
de invención
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
La
señora Marianella Arias Chacón, cédula 1-679-960, mayor, casada, abogada,
vecina de San José, en calidad de apoderada especial de Lubrizol Advanced
Materials Inc., de E.U.A., solicita
Para ver imagen solo en
Esta invención se refiere a
un acople de tubería asegurado adhesivamente en un sistema de tubería en el
cual la tubería, hecha extruyendo compuesto ya sea poli (vinilo cloruro)
(“PVC”) o poli (vinilo cloruro) post-clorado (“CPVC”),
es adaptado en sus bordes con un adaptador de tubería hecha ya sea de PVC o
CPVC (en adelante denominados como “PVC/CPVC”) respectivamente,
para proporcionar un acople de tubería hermético a fluidos. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
clasificación internacional de patentes novena edición es F16L 47/02, cuyos
inventores son Frimel, Robert M., Dalal, Girish T., Olah, Andrew M. La
solicitud correspondiente lleva el número 11633, y fue presentada a las
09:08:00 del 16 de agosto de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de
los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el diario oficial
El
señor Manuel E. Peralta Volio, mayor, abogado, cédula Nº 9-012-480, vecino de
San José, en su condición de apoderado especial de Novartis AG, de Suiza,
solicita
Para ver imagen solo en
La invención se refiere a los compuestos de
la fórmula (I) y sales de los mismos, en donde los sustituyentes son como se
definen en la memoria descriptiva, a la aplicación de un compuesto de la
fórmula (I). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados,
El señor Marco Antonio
Fernández López, mayor, abogado, vecino de San José, en su calidad de apoderado
especial de Nelson Alfonso Egüed, de España, solicita
El
señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula Nº 1-669-228, mayor de edad, abogado,
vecino de San José, apoderado especial de Merial Limited, de EUA, solicita
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor de edad, abogado,
vecino de San José, apoderado especial de Les Laboratoires Servier, de Francia,
Universite de Nantes, de Francia, solicita
Para ver imagen solo en
Compuestos de fórmula (I), en la que, R1
representa un átomo de hidrógeno o un grupo metilo, R2 representa un átomo de bromo,
un átomo de flúor o un grupo trif luorometilo. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El
señor Sergio José Solano Montenegro, cédula Nº 1-578-279, mayor, casado, vecino
de Cartago, en calidad de apoderado especial de Semi Sociedad Anónima, de Costa
Rica, solicita el Modelo de Utilidad denominado LUBRICADOR PARA CADENA DE
BICICLETA.
Para ver imagen solo en
El lubricador para cadena de bicicletas está
formado por tres partes principales: el depósito para el lubricante, el sistema
de bombeo del aceite y el sistema de aplicación del aceite sobre la cadena. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
El
Registro de
Registro
de
Alban Bermúdez León, mayor, casado, cédula de identidad 6-074-728, con
domicilio en San José, Llorente de Tibás, Residencial Apolo, casa Nº 26
solicita la inscripción de los derechos morales y los derechos patrimoniales en
la obra literaria, individual y publicada que se titula Cuentos de Pólvora Oro
y Sol. En el dibujo de la portada y los contenidos dentro de la obra los
derechos morales le corresponden al autor Richard Salazar Solís, cédula de
identidad 1-998-262. La obra consiste en un libro de cuentos con 203 páginas
que contiene veintitrés cuentos cortos de literatura costarricense, que en su
mayoría se ubican en la vida familiar de
REGISTRO DE PERSONAS
JURÍDICAS
Asociaciones civiles
AVISOS
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción la reforma estatutos de la entidad denominada Asociación
Costarricense de Artistas Visuales. Por cuanto dicha reforma se encuentra
dentro de las prescripciones establecidas en
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Telemaratón
Canina, con domicilio en la provincia de Puntarenas; cuyos fines principales
entre otros son los siguientes: primordialmente proteger y resguardar los
derechos de los animales de cuido doméstico, de compañía, de Trabajo y
silvestres. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones
establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Marilu Arroyo Hernández. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley
Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo
cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a
partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Tomo 2010 asiento 17680, adicional tomo: 2010 asiento:
225524).—Curridabat, a los dieciséis días del mes de agosto del
2010.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº
RP2010197919.—(IN2010079845).
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Cristiana de
Equipos Internacionales Latinoamericanos, con domicilio en la provincia de
Heredia. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: dar asistencia
a los grupos de misioneros activos y asistencia y entrenamiento a estudiantes
en el campo misionero, cuyo representante judicial y extrajudicial de la
asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con
las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Elwood Morgan
Roland. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas
en
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción la reforma al estatuto de
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Vecinos
Urbanización Doña Elena, con domicilio en la provincia de Heredia; cuyos fines
principales entre otros son los siguientes: trabajar en grupo para alcanzar
beneficios y garantías para
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-134139,
denominación: Asociación de Estudiantes Universidad Estatal a Distancia de
Occidente. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones
que establece
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Tilaranense de
Estudiantes a Distancia, con domicilio en la provincia de Guanacaste; cuyos
fines principales entre otros son los siguientes: buscar el mejoramiento del
sistema educativo a distancia, en que la igualdad de oportunidades, la
inserción social y la participación democrática sean funciones básicas. Cuya
representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de
apoderada generalísima sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas
en el estatuto lo es la presidenta: Ana Patricia Badilla Carranza. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Cristiana Vida
Nueva de
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción la reforma estatutos de la entidad denominada Asociación
Escazuceña de Padres Madres Amigos Amigas y Personas con Discapacidad. Por
cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción la reforma del estatuto de
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Rescate de
Tradiciones de Tres Ríos para
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Heredia de
Porrismo y Baile, con domicilio en la provincia de San José, cuyos fines entre
otros serán los siguientes: Promover el porrismo y baile competitivo o
recreacional mediante la enseñanza y la práctica de esta disciplina deportiva.
Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas
en el estatuto, lo es el presidente Percy Rodríguez Argüello. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Clarisas
Capuchinas, con domicilio en la provincia de San José; cuyos fines principales
entre otros son los siguientes: adquirir propiedad para construcción de
monasterio. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación, con
facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, y con las limitaciones
establecidas en el estatuto lo es la presidenta: María Arreola Santoyo. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Vecinal Pro
Mejoras Materiales y Calidad de Vida del Barrio Los Fonseca del Alto de Las
Palomas de Santa Ana, con domicilio en la provincia de San José; cuyos fines
principales entre otros son los siguientes: Desarrollar y promover la mejora
del barrio en todo sentido y ello en forma ampliamente organizada. Cuyo
representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas
en el estatuto lo es el presidente: Gerardo Ramírez Álvarez. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Pro Bienestar
del Adulto Mayor de Puente Salas
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Comunidad
Interludio con domicilio en la provincia de San José; cuyos fines principales
entre otros son los siguientes: mantenimiento y administración de una comunidad
cristiana, propagar la fe cristiana basada en
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada, Asociación Cívica
Parroquial de Dulce Nombre de Cartago, con domicilio en la provincia de
Cartago. Cuyos fines serán los siguientes: Promover actividades cívicas,
religiosas, educativas, culturales, sociales etc., para el desarrollo integral
de todos los vecinos del distrito de Dulce Nombre de Cartago. Cuyo
representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas
en el estatuto, lo es el presidente Juan Pablo Navarro Solano. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Artesanos y
Artesanas de Desamparados, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos
fines principales entre otros son los siguientes: fomentar el desarrollo del
sector artesanal en su ámbito de aplicación. Cuya representante judicial y
extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin
límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la
presidenta Grace María Ríos Martínez. Por encontrarse dicha entidad dentro de
las prescripciones establecidas en
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Habitacional
del Oeste, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales
entre otros son los siguientes: construcción de viviendas de interés social
para sus asociados. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la
asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con
las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Ricardo
Enrique Alfaro Villegas. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Administradora
del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Rosario de Nicoya, Guanacaste, con
domicilio en la provincia de Guanacaste. Cuyos fines principales entre otros son
los siguientes: administrar, operar, dar mantenimiento, desarrollo y conservar
en buenas condiciones el acueducto, de conformidad con las disposiciones y
reglamentos que al respecto emite el Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillados que serán de acatamiento obligatorio. Cuyo representante
judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el
estatuto lo es el presidente: José Manuel Fonseca Chavarría. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Pescadores
Artesanales de Playa Bejuco, con domicilio en la provincia de Guanacaste. Cuyos
fines principales entre otros son los siguientes: organizar y brindar
información a los pescadores y demás trabajadores del mar de Playa Bejuco. Cuyo
representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas
en el estatuto lo es el presidente: Jorge Luis Rojas Montes. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada, Asociación Productores
Unidos del Indio, con domicilio en la provincia de Limón, cuyos fines serán los
siguientes: velar por todos los derechos e intereses de sus asociados, la
promoción del desarrollo integral de los agricultores de
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Vivienda Río
Palomo, con domicilio en la provincia de Cartago. Cuyos fines principales entre
otros son los siguientes: Gestionar, ayudar y apoyar a los beneficiarios del
Asentamiento de Palomo y comunidades vecinas, a impulsar proyectos de vivienda
de interés social. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación
con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las
limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: José Miguel Peña
Sánchez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Administradora
del Acueducto y Alcantarillado Sanitario del Fraccionamiento Agrícola Finca
Valle del Edén, con domicilio en la provincia de Puntarenas. Cuyos fines
principales entre otros son los siguientes: administrar, operar, dar mantenimiento,
desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto, de conformidad con
las disposiciones y reglamentos que al respecto emite el Instituto
Costarricense de Acueductos y Alcantarillados que serán de acatamiento
obligatorio. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones
establecidas en el estatuto lo es el presidente: Carlos Arguello Chaverri. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en
DIRECCIÓN NACIONAL DE
NOTARIADO
EDICTOS
Hace saber: que ante este despacho se ha recibido solicitud de
inscripción y habilitación para el ejercicio de la función notarial, del
licenciado José Alberto Villanave Solano, cédula de identidad 1-0478-0191 carné
8827. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial,
se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del
gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección, dentro de los
quince días siguientes a esta publicación. Expediente 10-000516-624-NO.—San José, 26 de julio del 2010.—Dr. Carlos
Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1
vez.—(IN2010079756).
Hace
saber, que ante este Despacho se ha recibido solicitud de habilitación para el
ejercicio de la función notarial de la licenciada Maureen Arguedas Molina,
cédula de identidad 1-1107-0864, carné profesional 18528, por lo que de
conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita
a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la
gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección, dentro de los
quince días siguientes a esta publicación. Expediente
10-000645-0624-NO.—San José, 26 de setiembre del 2010.—Dr. Carlos
Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1
vez.—(IN2010080868).
Que
ante este Despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación para
el ejercicio de la función notarial, del licenciado Jorge Francisco González
Ramírez, cédula de identidad Nº 1-0793-0582, carné de abogado número 9793. De
conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita
a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del
gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección dentro de los
quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº
10-000521-624-NO.—San José, 16 de setiembre del 2010.—Dr. Carlos
Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—RP2010199105.—(IN2010081972).
DIRECCIÓN
GENERAL DE COMERCIO EXTERIOR
El Ministerio de Comercio Exterior, comunica: convocatoria para
participar en el Proceso de Asignación de Contingentes de Importación para el
año 2011 al amparo de los compromisos adquiridos en el Tratado de Libre
Comercio entre República Dominicana Centroamérica y Estados Unidos
1) Contingentes
de importación disponibles para el año 2011:
Fracción
arancelaria |
Descripción
del producto |
Volumen
disponible Año
2010 (en
toneladas métricas) |
País
de origen |
0701.90.00 |
Papa fresca |
330 |
Estados Unidos de América |
0703.10.11, 0703.10.12, 0703.10.13, 0703.10.19 |
Cebollas frescas |
330 |
Estados Unidos de América |
0203.11.00, 0203.12.00, 0203.19.00, 0203.21.00, 0203.22.00, 0203.29.00 |
Carne de cerdo |
1625 |
Estados Unidos de América |
0207.13.93; 0207.14.93 |
Muslos, piernas, incluso unidos |
480 |
Estados Unidos de América |
0402.10.00, 0402.21.11, 0402.21.12, 0402.21.21, 0402.21.22, 0402.29.00 |
Leche en polvo |
255 |
Estados Unidos de América |
0405.10.00, 0405.20.00 |
Mantequilla |
191 |
Estados Unidos de América |
0406.10.00, 0406.20.90, 0406.30.00, 0406.90.10, 0406.90.20, 0406.90.90 |
Quesos |
523 |
Estados Unidos de América |
2105.00.00 |
Helados |
191 |
Estados Unidos de América |
0402.99.90, Ex 2202.90.90 |
Otros productos lácteos Bebidas a base de leche |
179 |
Estados Unidos de América |
1006.20.00, 1006.30.10, 1006.30.90, 1006.40.00 |
Arroz pilado |
6.500 |
Estados Unidos de América |
0207.13.91; 0207.14.91 |
Pechugas de pollo |
2070 |
República Dominicana |
0402.10; 0402.21; 0402.29 |
Leche en polvo |
2200 |
República Dominicana |
2) Contingente
de importación disponible para el año 2011, para asignar con base en requisito
de desempeño de
Fracción
arancelaria |
Descripción
del producto |
Volumen
disponible Año
2010 (en
toneladas métricas) |
País
de origen |
1006.10.90 |
Arroz en granza |
56.000 |
Estados Unidos de América |
3) El
formulario correspondiente puede ser accesado en el sitio oficial de COMEX:
www.comex.go.cr.
4) El plazo para la recepción de solicitudes estará abierto por quince
días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la presente
publicación.
5) Toda información suministrada por los solicitantes estará sujeta a
verificación por parte de COMEX, quien podrá descalificar cualquier solicitud
que contenga errores u omisiones graves.
6) Para mayor información sobre el tema, puede comunicarse con Leonor
Obando al teléfono 2299-4924 o al correo electrónico leonor.obando@comex.go.cr
San José, 04 de octubre del 2010.—Federico
Valerio De Ford, Director General de Comercio Exterior.—1 vez.—O.
C. Nº 117148.—Solicitud Nº 23358.—C-75250.—(IN2010083237).
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. Nº 14221P.—Wonder Where S.R.L.,
solicita concesión de:
Expediente
Nº 9569P.—El Guayaquil S. A., solicita concesión de:
Exp.
9208A.—Etelgive Valverde Valverde, solicita concesión de:
Expediente
Nº 7023P.—Vidriera Centroamericana S. A, solicita concesión de:
Exp.
Nº 5045A.—Los Reyes S. A., solicita concesión de
Exp.
6946A.—Marta Ruth Alfaro Oviedo, solicita concesión de:
Exp.
14249A.—Termales del Río M.V.G. S. A., solicita concesión de:
Expediente
Nº 14246P.—Endama S. A., solicita concesión de:
Expediente Nº 14220A.—Corporación Lycaste
S.A., solicita concesión
de:
Expediente
Nº 13965P.—RS Florizel S.A, solicita concesión de:
FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO FORESTAL
EDICTOS
Ante
Solicitante |
Nº de presolicitud |
Ubicación geográfica |
N° de Plano |
Área bajo PSA |
Sonia Rebeca Montealegre Pérez |
SJ01012810 |
Caserío: Lara Distrito: Cascajal
Cantón: Vázquez de Coronado, Provincia: San José. |
SJ-1393365-2009 |
70.0 |
De conformidad con el Reglamento a
Ante
Solicitante |
Nº de presolicitud |
Ubicación geográfica |
N° de Plano |
Área bajo PSA (HA) |
José Manuel Villalobos Chavarría |
PN01013010 |
Rancho Quemado, distrito tres Sierpe,
cantón quinto Osa, provincia sexta Puntarenas |
P-767899-2002 |
277.9 |
De conformidad con el Reglamento a
ACUERDA:
Girar a la orden de los interesados los montos señalados en los
Acuerdos de Pago numerados del 1186-2010 al 1278-2010 por la suma líquida de
¢4.221.874.709,35; para atender el pago de las cuentas correspondientes con
cargo a las respectivas partidas del presupuesto. El detalle de dichos pagos
puede ser consultado en la siguiente dirección electrónica:
http://www.poder-judicial.go.cr/fico/Publicacion_acuerdos_de_pago.html
San José, 23 de setiembre del 2010.—Departamento Financiero
Contable.—Lic. Juan Carlos Córdoba Meléndez, Jefe.—Dirección
Ejecutiva.—MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins, Subdirectora Ejecutiva.—1 vez.—O. C. Nº
2010-013.—C-9350.—(IN2010080886).
DEL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES, ACUERDA:
Propuesta de pago 40032
del 05/05/2010
Cédula |
Nombre |
Monto líquido |
104070110 |
JAIME MADRIZ MUÑOZ |
15.731.396,31 |
104171397 |
ANA HAZEL VILLAR BARRIENTOS |
12.983.231,04 |
104310415 |
MARIA EUGENIA RETANA PICADO |
3.236.759,66 |
108480294 |
LÓPEZ ROJAS NANCY |
12.899,54 |
202940285 |
ENID MARÍA CARVAJAL SALAS |
4.358.411,00 |
301970687 |
JOSÉ GILBERTO GÓMEZ GUILLÉN |
21.274.560,58 |
401030028 |
FERNANDO VÍQUEZ JIMÉNEZ |
27.211.388,94 |
501990032 |
MARUJA CASTILLO PORRAS |
1.352.106,00 |
603190176 |
NATACHA GARRO LÓPEZ -NI- |
619.873,67 |
700400608 |
ALBERTO GUITTENS WALKER -NI- |
94.500,00 |
800530605 |
KUING FONG CHAN -NI- |
400.236,42 |
800530605 |
KUING FONG CHAN -NI- |
42.858,81 |
800530605 |
KUING FONG CHAN -NI- |
400.236,42 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
3.500,01 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
27.900,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
1.500,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
28.909,05 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
21.422,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
75.975,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
11.000,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
320.000,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
13.340,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
215.649,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
1.889.800,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
29.900,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
1.073.500,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
7.800,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
35.000,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
153.000,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
43.864,25 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
47.322,93 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
4.864,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
7.500,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
2.530,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
19.985,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
43.500,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
30.168,76 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
18.800,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
9.125,90 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
15.000,00 |
3002084207 |
INSTITUTO DE AUDITORES INTERNOS DE |
170.000,00 |
3014042058 |
MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN CENTRAL DE |
720.471,10 |
3101003105 |
CORP INV COSTARRICENSE S. A. -NI- |
1.310.544,05 |
3101003105 |
CORP INV COSTARRICENSE S. A. -NI- |
224.664,62 |
3101003937 |
HACIENDA SANTA ANITA S. A. -NI- |
1,356.075,00 |
3101013086 |
COMPAÑÍA INVERSIONISTA LAS BRISAS S |
21.960.418,20 |
3101024334 |
SOLIS GAMBOA E HIJOS S.A. -NI- |
306.250,00 |
3101029593 |
ELECTROTÉCNICA S. A. |
623.817,12 |
3101073972 |
COPIAS DINÁMICAS S. A.
-L- |
112.000,00 |
3101073972 |
COPIAS DINÁMICAS S. A.
-L- |
37.800,00 |
3101073972 |
COPIAS DINAMICAS S. A.
-L- |
51.290,00 |
3101073972 |
COPIAS DINAMICAS S. A.
-L- |
30.000,00 |
3101073972 |
COPIAS DINÁMICAS S. A.
-L- |
485.100,00 |
3101073972 |
COPIAS DINÁMICAS S. A.
-L- |
45.000,00 |
3101073972 |
COPIAS DINÁMICAS S. A.
-L- |
270.000,00 |
3101073972 |
COPIAS DINAMICAS S. A.
-L- |
441.000,00 |
3101073972 |
COPIAS DINAMICAS S. A.
-L- |
441.000,00 |
3101073972 |
COPIAS DINÁMICAS S. A.
-L- |
441.000,00 |
3101073972 |
COPIAS DINÁMICAS S. A.
-L- |
485.100,00 |
3101073972 |
COPIAS DINÁMICAS S. A.
-L- |
291.060,00 |
3101073972 |
COPIAS DINÁMICAS S. A.
-L- |
485.100,00 |
3101073972 |
COPIAS DINÁMICAS S. A.
-L- |
63.000,00 |
3101073972 |
COPIAS DINÁMICAS S. A.
-L- |
24.000,00 |
3101110403 |
SISTEMAS MAESTROS DE INFORMACIÓN S. |
45.502,32 |
3101176412 |
ALAVISA DE CAÑAS S A L |
154.111,34 |
3101176412 |
ALAVISA DE CAÑAS S A L |
146.464,90 |
3101176412 |
ALAVISA DE CAÑAS S A L |
154.111,34 |
3101176412 |
ALAVISA DE CAÑAS S A L |
156.229,23 |
3101176412 |
ALAVISA DE CAÑAS S A L |
146.464,90 |
3101216811 |
ESTRUCTURAS Y VIDRIOS RIME DE SAN J |
17.000,00 |
3101233608 |
G CON DE COSTA RICA S. A. |
403.869,76 |
3101238000 |
KITACHI S. A. -NI- |
269.464,78 |
3101238000 |
KITACHI S. A. -NI- |
178.750,00 |
3101246832 |
SOLUCIONES PARA EVENTOS VALVERDE S. |
891.800,00 |
3101275466 |
BIZNET SOLUCIONES DETRAS DE LA RED |
2.634.492,93 |
3101295842 |
SEGURIDAD TANGO S. A. |
1.547.385,70 |
3101295842 |
SEGURIDAD TANGO S. A. |
1.547.385,70 |
3101319478 |
C T E GLOBAL S.A. |
656.288,36 |
3101356346 |
HONTORIA DEL PINAR S. A. |
367.500,00 |
3101372124 |
COMPAÑIA EDITORA DE REVISTAS DE CEN |
283.327,00 |
3102002511 |
GOLFITO TRADING COMPANY LTDA. -NI |
745.228,75 |
3102038255 |
SOCIEDAD PERIODÍSTICA EXTRA LTDA. |
291.037,56 |
3102074245 |
COLCHONERÍA ALFONSO SANTAMARÍA LTDA |
375.928,00 |
3102074245 |
COLCHONERÍA ALFONSO SANTAMARÍA LTDA |
178.960,15 |
4000001902 |
INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS |
827.407,14 |
|
|
134.262.714,24 |
Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo.—Carlos
Umaña Morales, Contador.—1 vez.—O. C.
4016.—C-83320.—(IN2010080077).
Propuesta de pago 40034
del 12 de mayo del 2010
Girar
a la orden de los interesados los presentes montos, para atender el pago de las
cuentas correspondientes a las respectivas partidas del presupuesto.
Cédula Nº |
Nombre |
Monto líquido ¢ |
103260264 |
JORGE ENRIQUE VILLAPLANA RAMÍREZ |
16.019.130,05 |
104040536 |
LORENA MARGARITA MONGE CASCANTE |
4.920.415,13 |
104340304 |
ROGER SÁNCHEZ MONGE |
5.818.758,28 |
105710860 |
ARTAVIA CAMARENO JORGE EN |
184.497,57 |
203970218 |
BARAHONA SOTO ÁLVARO ENRIQU |
37.969,91 |
205110252 |
MOLINA QUESADA MARLENY |
140.000,00 |
302490462 |
CASTILLO ALFARO HENRY |
29.221,53 |
600600422 |
VÍCTOR MANUEL GARCÍA BARQUERO |
96.964,00 |
601350954 |
ARIAS MORALES WARREN |
42.777,15 |
603090675 |
RODRIGO ZELAYA CALVO |
38.977,59 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
2.853.100,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
46.650,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
6.950,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
3.900,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
66.000,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
25.750,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
105.000,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
37.000,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
132.681,75 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
983,10 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
14.500,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
49.040,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
2.600,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
18.225,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
309.328,98 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
67.490,64 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
25.200,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
52.235,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
11.695,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
48.500,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
238.980,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
303.190,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
3.744.800,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
4.530.300,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
122.950,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
184.800,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
120.000,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
24.000,00 |
3002045433 |
ASOCIACIÓN CRUZ ROJA COSTARRICENSE |
626.740,00 |
3002173864 |
ASOCIACIÓN SOLIDARISTA T.S.E.
-NI- |
11.191.192,50 |
3004045117 |
COOPERATIVA DE ELECTRIFICACIÓN RURAL |
80.448,79 |
3004045202 |
COOPERATIVA DE ELECTRIFICACIÓN RURAL |
158.940,35 |
3004045202 |
COOPERATIVA DE ELECTRIFICACIÓN RURAL |
246.780,75 |
3004045202 |
COOPERATIVA DE ELECTRIFICACIÓN RURAL |
46.332,55 |
3004045202 |
COOPERATIVA DE ELECTRIFICACIÓN RURAL |
94.532,60 |
3004045202 |
COOPERATIVA DE ELECTRIFICACIÓN RURAL |
162.564,05 |
3004045260 |
COOPERATIVA DE ELECTRIFICACIÓN RURAL |
22.910,00 |
3007042032 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA
IMPRENTA |
265.000,00 |
3007042032 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA
IMPRENTA |
325.000,00 |
3007042032 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA
IMPRENTA |
89.000,00 |
3007042032 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA
IMPRENTA |
700.000,00 |
3007045087 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO |
95.310,00 |
3007045087 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO |
86.740,00 |
3012005459 |
UNISYS DE CENTRO AMERICA S. A. |
739.515,68 |
3012005459 |
UNISYS DE CENTRO AMERICA S. A. |
739.515,68 |
3101000046 |
COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA Y
LUZ |
3.930.588,90 |
3101000046 |
COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA Y
LUZ |
15.868.762,70 |
3101000046 |
COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA Y
LUZ |
3.440.353,70 |
3101000046 |
COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA Y
LUZ |
14.183.456,70 |
3101003105 |
CORP INV COSTARRICENSE S. A. -NI- |
224.664,62 |
3101009059 |
RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE S. A. - |
407.724,39 |
3101009059 |
RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE S. A. - |
1.833.329,16 |
3101009059 |
RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE S. A. - |
50.433,50 |
3101009059 |
RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE S. A. - |
34.262.638,48 |
3101013086 |
COMPAÑÍA INVERSIONISTA LAS
BRISAS S |
22.638.235,20 |
3101016488 |
QUEBRADA SAN JUAN S. A. |
2.058.000,00 |
3101016488 |
QUEBRADA SAN JUAN S. A. |
2.058.000,00 |
3101020660 |
CONTROL ELECTRÓNICO S. A. |
151.165,85 |
3101020660 |
CONTROL ELECTRÓNICO S. A. |
2.001.011,82 |
3101020660 |
CONTROL ELECTRÓNICO S. A. |
317.455,71 |
3101021096 |
FORMULARIOS STANDARD COSTA RICA
S. A. |
396.900,00 |
3101027972 |
AGENCIAS BÁSICAS MERCANTILES A B
M |
172.588,00 |
3101027972 |
AGENCIAS BÁSICAS MERCANTILES A B
M |
515.215,01 |
3101042028 |
EMPRESA SERVICIOS PÚBLICOS DE
HEREDIA |
122.641,00 |
3101042028 |
EMPRESA SERVICIOS PÚBLICOS DE
HEREDIA |
153.712,00 |
3101042028 |
EMPRESA SERVICIOS PÚBLICOS DE
HEREDIA |
100.255,00 |
3101044294 |
RENTA DE AUTOMÓVILES EL INDIO S.
A. |
2.341.886,40 |
3101059552 |
I S PRODUCTOS DE OFICINA
CENTROAMER |
12.091,80 |
3101073972 |
COPIAS DINÁMICAS. S. A. -L- |
45.000,00 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
367.309,29 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
360.630,94 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
347.274,24 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
197.624,67 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
367.309,29 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
218.068,60 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
231.697,88 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
367.309,29 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
380.666,00 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
380.666,00 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
367.309,29 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
197.624,67 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
204.439,31 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
190.810,02 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
347.274,24 |
3101077363 |
SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE
SECUR |
17.395,91 |
3101077363 |
SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE
SECUR |
390.291,06 |
3101077363 |
SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE
SECUR |
390.291,06 |
3101077363 |
SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE
SECUR |
17.395,91 |
3101077363 |
SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE
SECUR |
390.291,06 |
3101077363 |
SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE
SECUR |
390.291,06 |
3101077363 |
SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE
SECUR |
17.395,91 |
3101077363 |
SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE
SECUR |
17.395,91 |
3101077363 |
SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE
SECUR |
390.291,06 |
3101089260 |
INVERSIONES |
51.400,00 |
3101090056 |
I P L SISTEMAS S. A. |
30.299.793,56 |
3101090073 |
TIENDA INTERNACIONAL DE
PRODUCTOS S |
111.455,58 |
3101098063 |
MULTI-NEGOCIOS INTERNACIONALES AMER |
402.512,51 |
3101098063 |
MULTI-NEGOCIOS INTERNACIONALES AMER |
402.512,51 |
3101098063 |
MULTI-NEGOCIOS INTERNACIONALES AMER |
2.567.854,52 |
3101098063 |
MULTI-NEGOCIOS INTERNACIONALES AMER |
1.515.747,46 |
3101098063 |
MULTI-NEGOCIOS INTERNACIONALES AMER |
573.723,11 |
3101105396 |
CONSULTING GROUP CHAMI CENTROAMERIC |
8.002.680,00 |
3101174285 |
SEGURIDAD ALFA S. A. |
266.021,82 |
3101174285 |
SEGURIDAD ALFA S. A. |
4.140.010,00 |
3101174285 |
SEGURIDAD ALFA S. A. |
552.001,33 |
3101174285 |
SEGURIDAD ALFA S. A. |
2.887.280,25 |
3101174285 |
SEGURIDAD ALFA S. A. |
379.088,85 |
3101174285 |
SEGURIDAD ALFA S. A. |
30.941,56 |
3101175001 |
EL MAR ES DE TODOS S. A. -NI- |
1.289.569,75 |
3101175916 |
PLÁSTICOS PUENTE S. A. |
189.950,00 |
3101176412 |
ALAVISA DE CAÑAS S A L |
292.929,80 |
3101176412 |
ALAVISA DE CAÑAS S A L |
292.929,80 |
3101176412 |
ALAVISA DE CAÑAS S A L |
292.929,80 |
3101176412 |
ALAVISA DE CAÑAS S A L |
292.929,80 |
3101176412 |
ALAVISA DE CAÑAS S A L |
292.929,80 |
3101176412 |
ALAVISA DE CAÑAS S A L |
282.655,44 |
3101176412 |
ALAVISA DE CAÑAS S A L |
282.655,44 |
3101176412 |
ALAVISA DE CAÑAS S A L |
292.929,80 |
3101177156 |
MULTISERVICIOS DE MANTENIMIENTO Y |
826.767,61 |
3101177156 |
MULTISERVICIOS DE MANTENIMIENTO Y |
323.359,36 |
3101187216 |
MEGADATA S. A. |
3.642.934,40 |
3101188366 |
SISTEMAS INTEGRAL DE REDES DE
COMU |
411.600,00 |
3101188366 |
SISTEMAS INTEGRAL DE REDES DE
COMU |
1.646.400,00 |
3101209082 |
LIBRERÍA AMERICA S. A. |
22.875,00 |
3101209082 |
LIBRERÍA AMERICA S. A. |
161.650,00 |
3101216811 |
ESTRUCTURAS Y VIDRIOS RIME DE
SAN J |
287.100,00 |
3101227869 |
CORREOS DE COSTA RICA. S. A. -L- |
2.222.620,40 |
3101227869 |
CORREOS DE COSTA RICA. S. A. -L- |
1.653.656,90 |
3101292783 |
SERVICIOS MÚLTIPLES ESPECIALIZADOS |
360.150,00 |
3101292783 |
SERVICIOS MÚLTIPLES ESPECIALIZADOS |
347.900,00 |
3101292783 |
SERVICIOS MÚLTIPLES ESPECIALIZADOS |
343.490,00 |
3101292783 |
SERVICIOS MÚLTIPLES ESPECIALIZADOS |
343.980,00 |
3101292783 |
SERVICIOS MÚLTIPLES ESPECIALIZADOS |
369.460,00 |
3101340543 |
ELEVADORES SCHINDLER S. A. -L- |
343.476,67 |
3101349248 |
T D M AMBIENTAL S. A. |
56.000,00 |
3101397585 |
GRUPO COMERCIAL TECTRONIC S. A. |
668.738,67 |
3101397585 |
GRUPO COMERCIAL TECTRONIC S. A. |
3.679.363,74 |
3101497516 |
AULA ABIERTA J.F.A. S. A. |
285.000,00 |
4000001902 |
INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS |
827.255,24 |
4000001902 |
INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS |
1.286.859,56 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
2.674.573,86 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
1.771.846,86 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
1.771.846,86 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
1.771.846,86 |
4000042146 |
CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN |
1.731.439,55 |
|
|
255.795.870,27 |
Francisco
Rodríguez Siles, Director Ejecutivo.—Carlos
Umaña Morales, Contador.—1 vez.—O. C. Nº
4016.—C-143670.—(IN2010080075).
Propuesta de pago 40037
del 19 de mayo del 2010
Girar
a la orden de los interesados los presentes montos, para atender el pago de las
cuentas correspondientes a las respectivas partidas del presupuesto.
Cédula Nº |
Nombre |
Monto líquido ¢ |
103510839 |
FREDDY VALVERDE VARGAS -NI- |
22.376,34 |
103510839 |
FREDDY VALVERDE VARGAS -NI- |
184.405,83 |
103510839 |
FREDDY VALVERDE VARGAS -NI- |
184.405,83 |
105400445 |
SEGURA CASTRO FANNY |
830.480,10 |
106430524 |
JORGE HIDALGO MUÑOZ -NI- |
279.841,00 |
106430524 |
JORGE HIDALGO MUÑOZ -NI- |
279.841,00 |
202901304 |
CARLOS A. RODRÍGUEZ ARIAS -NI- |
325.851,78 |
203190535 |
ORLANDO VILLALOBOS GONZÁLEZ -NI- |
166.950,00 |
205110252 |
MOLINA QUESADA MARLENY |
140.000,00 |
401110906 |
JORGE VILLEGAS PANIAGUA -NI- |
110.000,00 |
401340636 |
ANABELLE CORTÉS LEITÓN |
141.097,35 |
500460423 |
WALTER PORRAS FERNÁNDEZ -NI- |
379.995,00 |
501660614 |
LUZ MARINA JIMÉNEZ LEDEZMA -NI- |
286.000,00 |
501660614 |
LUZ MARINA JIMÉNEZ LEDEZMA -NI- |
286.000,00 |
501990032 |
MARUJA CASTILLO PORRAS |
1.352.106,00 |
600600422 |
VÍCTOR MANUEL GARCÍA BARQUERO |
96.964,00 |
603190176 |
NATACHA GARRO LÓPEZ -NI- |
619.873,67 |
700400608 |
ALBERTO GUITTENS WALKER -NI- |
483.630,00 |
800570740 |
GIAMPAOLO ULCIGRAL DANDRI -NI- |
793.370,31 |
800570740 |
GIAMPAOLO ULCIGRAL DANDRI -NI- |
396.685,15 |
3101003105 |
CORP INV COSTARRICENSE S. A. -NI- |
12.135,42 |
3101003105 |
CORP INV COSTARRICENSE S. A. -NI- |
72.234,65 |
3101024094 |
COMPAÑÍA TÉCNICA Y COMERCIAL
SATEC |
123.312,00 |
3101024334 |
SOLÍS GAMBOA E HIJOS S. A. -NI- |
306.250,00 |
3101027972 |
AGENCIAS BÁSICAS MERCANTILES A B
M |
863.364,81 |
3101033964 |
INVERSIONES DE GRECIA S. A. -NI- |
723.240,00 |
3101102844 |
GRUPO NACIÓN G N S. A. |
415.221,10 |
3101110403 |
SISTEMAS MAESTROS DE INFORMACIÓN
S. |
382.118,33 |
3101111502 |
COMPONENTES EL ORBE, S. A. |
417.746,83 |
3101121078 |
INCOGUA S. A. -NI- |
139.606,16 |
3101121078 |
INCOGUA S. A. -NI- |
139.606,16 |
3101155155 |
MEGOM DE PURISCAL S. A. -NI- |
575.750,00 |
3101155155 |
MEGOM DE PURISCAL S. A. -NI- |
37.500,00 |
3101174285 |
SEGURIDAD ALFA S. A. |
379.088,85 |
3101174285 |
SEGURIDAD ALFA S. A. |
30.941,56 |
3101174285 |
SEGURIDAD ALFA S. A. |
379.088,85 |
3101174285 |
SEGURIDAD ALFA S. A. |
30.941,56 |
3101175001 |
EL MAR ES DE TODOS S. A. -NI- |
1.483.005,22 |
3101238000 |
KITACHI S. A. -NI- |
269.464,78 |
3101238000 |
KITACHI S. A. -NI- |
178.750,00 |
3101276712 |
INVERSIONES JAUDAMAR S. A. -NI- |
1.321.040,00 |
3101276712 |
INVERSIONES JAUDAMAR S. A. -NI- |
1.321.040,00 |
3101283620 |
SOUTHLAND TECHNOLOGY S. A. |
2.392.385,49 |
3101295842 |
SEGURIDAD TANGO S. A. |
1.575.251,75 |
3101295842 |
SEGURIDAD TANGO S. A. |
1.547.385,70 |
3101305780 |
FOTOCOPIADORAS CORESA SOCIEDAD ANON |
85.966,00 |
3101305780 |
FOTOCOPIADORAS CORESA SOCIEDAD ANON |
70.000,00 |
3101305780 |
FOTOCOPIADORAS CORESA SOCIEDAD ANON |
70.000,00 |
3101305780 |
FOTOCOPIADORAS CORESA SOCIEDAD ANON |
46.666,67 |
3101362833 |
INVERSIONES JORYMA R O S. A. |
235.200,00 |
3101416797 |
UNIDOS MAYOREO S. A. |
317.760,10 |
3101552021 |
A & CH |
366.985,25 |
3101552021 |
A & CH |
366.985,25 |
3102002511 |
GOLFITO TRADING COMPANY LTDA. -NI |
745.228,75 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
238 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
7.022,00 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
299.287,10 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
193.500,00 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
107.870,00 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
104.315,00 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
156.870,00 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
121.995,00 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
6.490,00 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
283.010,00 |
|
|
26.061.731,70 |
Francisco
Rodríguez Siles, Director Ejecutivo.—Carlos
Umaña Morales, Contador.—1 vez.—O. C. Nº
4016.—C-73970.—(IN2010080076).
Propuesta de pago 40038
del 26 de mayo del 2010
Girar
a la orden de los interesados los presentes montos, para atender el pago de las
cuentas correspondientes a las respectivas partidas del presupuesto.
Cédula Nº |
Nombre |
Monto líquido ¢ |
202840385 |
ASDRÚBAL FERNÁNDEZ LÓPEZ |
3.246.183,17 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
2.214.900,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
220.900,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
28.220,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
49.322,10 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
105.000,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
187.005,60 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
52.670,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
217.500,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
227.619,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
3.060,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
6.835,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
3.650,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
8.770,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
55.000,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
26.000,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
440.000,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
960.00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
45.900,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
100.000,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
81.525,45 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
72.000,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
11.007,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
49.413,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
103.100,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
18.300,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
64.625,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
26.320,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
2.905,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
2.330.900,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
4.800,00 |
3002078621 |
ASOCIACIÓN FUNDES |
252.000,00 |
3007042032 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA
IMPRENTA |
145.000,00 |
3007042032 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA
IMPRENTA |
185.000,00 |
3007042032 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA
IMPRENTA |
200.000,00 |
3012005459 |
UNISYS DE CENTRO AMERICA S. A. |
755.112,58 |
3012355421 |
THYSSENKRUPP ELEVADORES S.
A. -L- |
1.863.125,80 |
3012355421 |
THYSSENKRUPP ELEVADORES S.
A. -L- |
124.715,20 |
3012355421 |
THYSSENKRUPP ELEVADORES S.
A. -L- |
332.122,00 |
3101009515 |
DOCUMENTOS Y DIGITALES DIFOTO S.
A. |
791.106,47 |
3101010150 |
EDITORIAL |
91.452,45 |
3101010891 |
AGRICULTURA MECANIZADA S. A. |
34.745,00 |
3101024094 |
COMPAÑÍA TÉCNICA Y COMERCIAL
SATEC |
208.722,00 |
3101027972 |
AGENCIAS BÁSICAS MERCANTILES A B
M |
176.228,00 |
3101029593 |
ELECTROTÉCNICA S. A. |
649.097,28 |
3101059552 |
I S PRODUCTOS DE OFICINA
CENTROAMER |
12.091,80 |
3101073972 |
COPIAS DINÁMICAS, S. A. -L- |
160.000,00 |
3101073972 |
COPIAS DINÁMICAS, S. A. -L- |
160.000,00 |
3101073972 |
COPIAS DINÁMICAS, S. A. -L- |
45.000,00 |
3101073972 |
COPIAS DINÁMICAS, S. A. -L- |
441.000,00 |
3101073972 |
COPIAS DINÁMICAS, S. A. -L- |
63.000,00 |
3101073972 |
COPIAS DINÁMICAS, S. A. -L- |
485.100,00 |
3101073972 |
COPIAS DINÁMICAS, S. A. -L- |
45.000,00 |
3101073972 |
COPIAS DINÁMICAS, S. A. -L- |
10.666,67 |
3101073972 |
COPIAS DINÁMICAS, S. A. -L- |
45.000,00 |
3101073972 |
COPIAS DINÁMICAS, S. A. -L- |
45.000,00 |
3101073972 |
COPIAS DINÁMICAS, S. A. -L- |
160.000,00 |
3101073972 |
COPIAS DINÁMICAS, S. A. -L- |
16.000,00 |
3101073972 |
COPIAS DINÁMICAS, S. A. -L- |
160.000,00 |
3101073972 |
COPIAS DINÁMICAS, S. A. -L- |
45.000,00 |
3101074898 |
CONTROLES VIDEO TÉCNICOS DE
COSTA |
185.000,00 |
3101074898 |
CONTROLES VIDEO TÉCNICOS DE
COSTA |
185.000,00 |
3101074898 |
CONTROLES VIDEO TÉCNICOS DE
COSTA |
185.000,00 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
190.810,02 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
204.439,31 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
360.630,94 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
347.274,24 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
197.624,67 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
347.274,24 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
367.309,29 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
367.309,29 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
380.666,00 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
190.810,02 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
380.666,00 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
367.309,29 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
197.624,67 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
367.309,29 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
218.068,60 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
190.810,02 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
231.697,88 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
190.810,02 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
347.274,24 |
3101077363 |
SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE
SECUR |
390.291,06 |
3101077363 |
SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE
SECUR |
390.291,06 |
3101077363 |
SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE
SECUR |
390.291,06 |
3101077363 |
SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE
SECUR |
390.291,06 |
3101077363 |
SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE
SECUR |
390.291,06 |
3101077363 |
SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE
SECUR |
390.291,06 |
3101077363 |
SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECUR |
390.291,06 |
3101077363 |
SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE
SECUR |
390.291,06 |
3101077363 |
SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE
SECUR |
1.220.474,13 |
3101077363 |
SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE
SECUR |
390.291,06 |
3101077363 |
SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE
SECUR |
390.291,06 |
3101082251 |
COMPAÑÍA DE MANTENIMIENTO PREVENTI |
197.998,02 |
3101082251 |
COMPAÑÍA DE MANTENIMIENTO PREVENTI |
197.998,02 |
3101104897 |
CONSULTORÍA E INVERSIONES ANCHÍA
Y |
661.500,00 |
3101110403 |
SISTEMAS MAESTROS DE INFORMACIÓN
S. |
47.896,06 |
3101110403 |
SISTEMAS MAESTROS DE INFORMACIÓN
S. |
382.118,33 |
3101111502 |
COMPONENTES EL ORBE, S. A. |
424.248,58 |
3101111502 |
COMPONENTES EL ORBE, S. A. |
424.248,58 |
3101115465 |
GUILÁ IMPRENTA Y LITOGRAFÍA S.
A. |
150.000,00 |
3101125022 |
RADIFAX S. A. -L- |
44.000,00 |
3101140175 |
PROSERVICIO PHI S. A. -NI- |
344.327,90 |
3101144787 |
VIAJES KYM BO S. A. |
607.709,11 |
3101174285 |
SEGURIDAD ALFA S. A. |
379.088,85 |
3101174285 |
SEGURIDAD ALFA S. A. |
379.088,85 |
3101174285 |
SEGURIDAD ALFA S. A. |
379.088,85 |
3101174285 |
SEGURIDAD ALFA S. A. |
2.887.280,25 |
3101176412 |
ALAVISA DE CAÑAS S A L |
156.229,23 |
3101176412 |
ALAVISA DE CAÑAS S A L |
280.000,00 |
3101176412 |
ALAVISA DE CAÑAS S A L |
329.280,00 |
3101176412 |
ALAVISA DE CAÑAS S A L |
329.280,00 |
3101176412 |
ALAVISA DE CAÑAS S A L |
156.229,23 |
3101176412 |
ALAVISA DE CAÑAS S A L |
78.114,61 |
3101176412 |
ALAVISA DE CAÑAS S A L |
82.192,71 |
3101176412 |
ALAVISA DE CAÑAS S A L |
150.749,57 |
3101177156 |
MULTISERVICIOS DE MANTENIMIENTO Y |
323.359,36 |
3101177156 |
MULTISERVICIOS DE MANTENIMIENTO Y |
323.359,36 |
3101177156 |
MULTISERVICIOS DE MANTENIMIENTO Y |
323.359,36 |
3101183093 |
FESA FORMAS EFICIENTES S. A. |
3.818.068,91 |
3101187216 |
MEGADATA S. A. |
3.719.766,40 |
3101240206 |
PROVIDA SERVICIOS DE SALUD S. A. - |
205.000,00 |
3101240206 |
PROVIDA SERVICIOS DE SALUD S. A. - |
205.000,00 |
3101292783 |
SERVICIOS MÚLTIPLES ESPECIALIZADOS |
369.460,00 |
3101292783 |
SERVICIOS MÚLTIPLES ESPECIALIZADOS |
343.980,00 |
3101292783 |
SERVICIOS MÚLTIPLES ESPECIALIZADOS |
343.490,00 |
3101292783 |
SERVICIOS MÚLTIPLES ESPECIALIZADOS |
347.900,00 |
3101292783 |
SERVICIOS MÚLTIPLES ESPECIALIZADOS |
360.150,00 |
3101295842 |
SEGURIDAD TANGO S. A. |
1.575.251,78 |
3101295842 |
SEGURIDAD TANGO S. A. |
1.547.385,70 |
3101305780 |
FOTOCOPIADORAS CORESA SOCIEDAD ANON |
70.000,00 |
3101340543 |
ELEVADORES SCHINDLER S. A. -L- |
350.720,83 |
3101349248 |
T D M AMBIENTAL S. A. |
56.000,00 |
3101397585 |
GRUPO COMERCIAL TECTRONIC S. A. |
682.842,83 |
3101397585 |
GRUPO COMERCIAL TECTRONIC S. A. |
4.123.626,75 |
3101397585 |
GRUPO COMERCIAL TECTRONIC S. A. |
682.842,83 |
4000001902 |
INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS |
19.665.961,00 |
4000001902 |
INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS |
3.546.677,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
13.715,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
17.635,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
39.639,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
37.795,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
2.384.181,24 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
36.873,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
38.717,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
17.611,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
13.727,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
24.745,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
17.647,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
5.107,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
13.643,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
38.893,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
17.623,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
17.635,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
381 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
238 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
510 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
294 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
294 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
74 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
34.604,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
15.816,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
60.845,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
17.575,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
56.578,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
13.739,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
17.635,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
4.548,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
17.599,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
20.029,00 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
1.603.991,48 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
290.143,70 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
3.350.252,50 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
226.290,00 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
530.547,50 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
589.759,10 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
857.681,30 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
454.014,40 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
558.075,70 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
104.670,00 |
4000042149 |
UNIVERSIDAD DE COSTA RICA |
17.000,00 |
4000042152 |
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL |
7.002,92 |
4000042152 |
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL |
875,37 |
4000042152 |
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL |
790,9 |
4000042152 |
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL |
1.556,31 |
4000042152 |
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL |
2.422,15 |
4000042152 |
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL |
1.893,88 |
4000042152 |
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL |
649,71 |
|
|
92.476.209,35 |
Francisco
Rodríguez Siles, Director Ejecutivo.—Carlos
Umaña Morales, Contador.—1 vez.—O. C. Nº
4016.—C-170020.—(IN2010080074).
Propuesta de pago 40041
del 2 de junio del 2010
Girar
a la orden de los interesados los presentes montos, para atender el pago de las
cuentas correspondientes a las respectivas partidas del presupuesto.
Cédula Nº |
Nombre |
Monto líquido |
103260264 |
JORGE ENRIQUE VILLAPLANA RAMÍREZ |
10.382,66 |
108760806 |
RICARDO ENRIQUE PORRAS SOLÍS |
179.900,00 |
202901304 |
CARLOS A. RODRÍGUEZ ARIAS -NI- |
325.851,78 |
401110906 |
JORGE VILLEGAS PANIAGUA -NI- |
110.000,00 |
500460423 |
WALTER PORRAS FERNÁNDEZ -NI- |
379.995,00 |
800530605 |
KUING FONG CHAN -NI- |
400.236,42 |
800570740 |
GIAMPAOLO ULCIGRAL DANDRI -NI- |
396.685,15 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
793,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
2.239,43 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
32.055,65 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
57.937,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
120.652,30 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
4.500,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
60.096,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
173.755,48 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
36.570,79 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
39.500,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
4.000,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
22.123,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
26.050,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
9.610,62 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
130.000,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
13.160,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
194.350,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
36.331,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
2.790,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
1.809.400,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
320.000,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
42.514,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
45.000,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
19.300,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
81.434,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
105.000,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
35.549,80 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
26.810,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
24.000,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
26.005,90 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
109.309,20 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
15.000,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
10.000,00 |
2400042156 |
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
34.120,00 |
3002045433 |
ASOCIACIÓN CRUZ ROJA COSTARRICENSE |
626.740,00 |
3002173864 |
ASOCIACIÓN SOLIDARISTA TSE. -NI- |
8.269.598,05 |
3002173864 |
ASOCIACIÓN SOLIDARISTA TSE. -NI- |
37.943,02 |
3002173864 |
ASOCIACIÓN SOLIDARISTA TSE. -NI- |
11.957.218,44 |
3004045117 |
COOPERATIVA DE ELECTRIFICACIÓN RURAL |
94.914,93 |
3004045117 |
COOPERATIVA DE ELECTRIFICACIÓN RURAL |
93.367,85 |
3004045202 |
COOPERATIVA DE ELECTRIFICACIÓN RURAL |
92.042,55 |
3004045202 |
COOPERATIVA DE ELECTRIFICACIÓN RURAL |
29.969,40 |
3004045202 |
COOPERATIVA DE ELECTRIFICACIÓN RURAL |
133.039,30 |
3004045202 |
COOPERATIVA DE ELECTRIFICACIÓN RURAL |
34.238,05 |
3004045260 |
COOPERATIVA DE ELECTRIFICACIÓN RURAL |
18.725,00 |
3004045260 |
COOPERATIVA DE ELECTRIFICACIÓN RURAL |
18.490,00 |
3007042032 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA
IMPRENTA |
128.370,00 |
3007042032 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA
IMPRENTA |
11.920,00 |
3007042032 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA
IMPRENTA |
7.670,00 |
3007042032 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA
IMPRENTA |
9.370,00 |
3007042032 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA
IMPRENTA |
36.570,00 |
3007042032 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA
IMPRENTA |
14.470,00 |
3007042032 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA
IMPRENTA |
153.020,00 |
3007042032 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA
IMPRENTA |
19.570,00 |
3007042032 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA
IMPRENTA |
46.770,00 |
3007042032 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA
IMPRENTA |
19.570,00 |
3007042032 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA
IMPRENTA |
17.870,00 |
3007042032 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA
IMPRENTA |
260.580,00 |
3007042032 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA
IMPRENTA |
275.000,00 |
3007042032 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA
IMPRENTA |
21.270,00 |
3007042032 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA
IMPRENTA |
15.300,00 |
3007042032 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA
IMPRENTA |
45.900,00 |
3007042032 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA
IMPRENTA |
56.090,00 |
3007042032 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA
IMPRENTA |
17.850,00 |
3007042032 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA
IMPRENTA |
17.850,00 |
3007042032 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA
IMPRENTA |
13.600,00 |
3007042032 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA
IMPRENTA |
1.708.000,00 |
3007042032 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA
IMPRENTA |
1.137.480,00 |
3007042032 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA
IMPRENTA |
17.000,00 |
3007042032 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA
IMPRENTA |
351.000,00 |
3007042032 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA IMPRENTA |
17.870,00 |
3007042032 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA
IMPRENTA |
67.170,00 |
3007042032 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA
IMPRENTA |
250.000,00 |
3007042032 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA
IMPRENTA |
250.000,00 |
3007042032 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA
IMPRENTA |
195.000,00 |
3007042032 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA
IMPRENTA |
63.000,00 |
3007042032 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA
IMPRENTA |
16.500,00 |
3007042032 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA
IMPRENTA |
25.600,00 |
3007045087 |
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO |
80.532,00 |
3014042058 |
MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN CENTRAL
DE |
805.343,35 |
3101003105 |
CORP INV COSTARRICENSE S. A. -NI- |
1.310.544,05 |
3101009059 |
RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE S. A. - |
63.730,95 |
3101009059 |
RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE S. A. - |
538.590,95 |
3101009059 |
RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE S. A. - |
3.730.878,78 |
3101009059 |
RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE S. A. - |
376.760,02 |
3101009059 |
RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE S. A. - |
65.304,30 |
3101009059 |
RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE S. A. - |
1.103.775,37 |
3101009059 |
RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE S. A. - |
3.471.580,52 |
3101009059 |
RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE S. A. - |
386.062,28 |
3101010150 |
EDITORIAL |
182.904,94 |
3101010150 |
EDITORIAL |
182.904,94 |
3101020660 |
CONTROL ELECTRÓNICO S. A. |
2.057.834,77 |
3101020660 |
CONTROL ELECTRÓNICO S. A. |
326.470,54 |
3101025416 |
VEHÍCULOS INTERNACIONALES (VEINSA) |
472.128,72 |
3101033964 |
INVERSIONES DE GRECIA S. A. -NI- |
723.240,00 |
3101042028 |
EMPRESA SERVICIOS PÚBLICOS DE
Heredia |
117.123,00 |
3101042028 |
EMPRESA SERVICIOS PÚBLICOS DE
HEREDIA |
33.738,00 |
3101054182 |
CENTROAMÉRICA PN ASESORES S. A. |
4.625.600,00 |
3101073972 |
COPIAS DINÁMICAS, S. A. -L- |
45.690,00 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
231.697,88 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
347.274,24 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
347.274,24 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
190.810,02 |
3101076436 |
MUNDO DE LIMPIEZA S. A. |
347.274,24 |
3101077363 |
SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE
SECUR |
1.220.474,13 |
3101077363 |
SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE
SECUR |
390.291,06 |
3101077363 |
SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE
SECUR |
390.291,06 |
3101077363 |
SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE
SECUR |
390.291,06 |
3101089260 |
INVERSIONES |
49.000,00 |
3101098063 |
MULTI-NEGOCIOS INTERNACIONALES AMER |
347.868,26 |
3101110953 |
CENTRO LATINOAMERICANO CAPACITACIÓN |
122.877,00 |
3101115465 |
GUILÁ IMPRENTA Y LITOGRAFÍA S.
A. |
392.000,00 |
3101115465 |
GUILÁ IMPRENTA Y LITOGRAFÍA S.
A. |
1.852.200,00 |
3101115465 |
GUILÁ IMPRENTA Y LITOGRAFÍA S.
A. |
343.000,00 |
3101155155 |
MEGOM DE PURISCAL S. A. -NI- |
575.750,00 |
3101167013 |
A B C MUDANZAS S. A. |
6.169.757,93 |
3101176412 |
ALAVISA DE CAÑAS S A L |
316.540,00 |
3101176412 |
ALAVISA DE CAÑAS S A L |
280.000,00 |
3101176412 |
ALAVISA DE CAÑAS S A L |
329.280,00 |
3101176412 |
ALAVISA DE CAÑAS S A L |
53.703,76 |
3101176412 |
ALAVISA DE CAÑAS S A L |
56.507,44 |
3101227869 |
CORREOS DE COSTA RICA, S. A. -L- |
2.167.387,60 |
3101227869 |
CORREOS DE COSTA RICA, S. A. -L- |
2.726.634,40 |
3101240206 |
PROVIDA SERVICIOS DE SALUD S. A. - |
205.000,00 |
3101330322 |
LUMISISTEMAS S. A. |
1.219.061,20 |
3101334142 |
ASESORÍAS CREATIVAS EN DESARROLLO |
441.000,00 |
3101340543 |
ELEVADORES SCHINDLER S. A. -L- |
353.230,42 |
3101340543 |
ELEVADORES SCHINDLER S. A. -L- |
1.243.373,25 |
3101397585 |
GRUPO COMERCIAL TECTRONIC S. A. |
3.623.287,75 |
3101418909 |
CORPORACIÓN DAMASO DEL ESTE S.
A. |
605.150,00 |
3101462842 |
E. R. M SPECTA SOLUCIONES S. A.
-L- |
323.400,00 |
3102074245 |
COLCHONERÍA ALFONSO SANTAMARÍA LTDA. |
178.960,15 |
3102074245 |
COLCHONERÍA ALFONSO SANTAMARÍA LTDA. |
375.928,00 |
4000001902 |
INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS |
938.704,76 |
4000001902 |
INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS |
143.100,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
70.987,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
60.845,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
17.623,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
17.563,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
13.643,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
8.600,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
17.611,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
17.563,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
17.647,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
13.739,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
17.635,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
26.731,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
27.653,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
1.822.904,86 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
17.515,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
15.399,00 |
4000042138 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCT |
2.841.203,26 |
|
|
87.180.504,22 |
Francisco
Rodríguez Siles, Director Ejecutivo.—Carlos
Umaña Morales, Contador.—1 vez.—O. C. Nº
4016.—C-146220.—(IN2010080073).
Propuesta de pago 40042
del 9 de junio del 2010
Girar
a la orden de los interesados los presentes montos, para atender el pago de las
cuentas correspondientes a las respectivas partidas del presupuesto.
Cédula Nº |
Nombre |
Monto líquido |
103510839 |
FREDDY VALVERDE VARGAS -NI- |
14.917,56 |
205110252 |
MOLINA QUESADA MARLENY |
152.000,00 |
401040688 |
JUAN CARLOS CALVO CHAVARRÍA |
7.200.147,85 |
501260960 |
GARITA SÁNCHEZ JAIME |
12.368.588,55 |
501510307 |
ALFONSO ALVARADO ORTIZ |
8.390.748,68 |
600600422 |
VÍCTOR MANUEL GARCÍA BARQUERO |
96.964,00 |
603190176 |
NATACHA GARRO LÓPEZ -NI- |
619.873,67 |
700400608 |
ALBERTO GUITTENS WALKER -NI- |
483.630,00 |
3101003105 |
CORP INV COSTARRICENSE S. A. -NI- |
1.310.544,05 |
3101003105 |
CORP INV COSTARRICENSE S. A. -NI- |
224.664,62 |
3101003937 |
HACIENDA SANTA ANITA S. A. -NI- |
1.356.075,00 |
3101003937 |
HACIENDA SANTA ANITA S. A. -NI- |
1.356.075,00 |
3101013086 |
COMPAÑÍA INVERSIONISTA LAS
BRISAS S |
23.296.868,70 |
3101020660 |
CONTROL ELECTRÓNICO S. A. |
2.059.228,97 |
3101020660 |
CONTROL ELECTRÓNICO S. A. |
326.691,72 |
3101024094 |
COMPAÑÍA TÉCNICA Y COMERCIAL
SATEC |
77.000,00 |
3101024334 |
SOLÍS GAMBOA E HIJOS S. A. -NI- |
306.250,00 |
3101052695 |
MEJÍA Y COMPAÑÍA S. A. (L) |
158.400,00 |
3101073972 |
COPIAS DINÁMICAS S. A. -L- |
485.100,00 |
3101074898 |
CONTROLES VIDEO TÉCNICOS DE
COSTA |
185.000,00 |
3101081651 |
PUBLICIDAD PROGRESIVA S. A. |
6.948.893,60 |
3101121078 |
INCOGUA S. A. -NI- |
139.606,16 |
3101146447 |
IMPORTADORA SAN JOSÉ DOS MIL S.
A. |
165.600,00 |
3101146846 |
CIESA COMPAÑÍA INTERNACIONAL ELECTR |
2.972.359,11 |
3101174285 |
SEGURIDAD ALFA S. A. |
2.887.280,25 |
3101175001 |
EL MAR ES DE TODOS S. A. -NI- |
1.483.005,22 |
3101176412 |
ALAVISA DE CAÑAS S A L |
292.929,80 |
3101183093 |
FESA FORMAS EFICIENTES S. A. |
2.981.662,74 |
3101183093 |
FESA FORMAS EFICIENTES S. A. |
3.986.076,14 |
3101233608 |
G CON DE COSTA RICA S. A. |
218.596,00 |
3101238000 |
KITACHI S. A. -NI- |
269.464,78 |
3101238000 |
KITACHI S. A. -NI- |
178.750,00 |
3101292783 |
SERVICIOS MÚLTIPLES ESPECIALIZADOS |
360.150,00 |
3101356346 |
HONTORIA DEL PINAR S. A. |
367.500,00 |
3101356346 |
HONTORIA DEL PINAR S. A. |
367.500,00 |
3101362833 |
INVERSIONES JORYMA R O S. A. |
1.858.491,60 |
3101552021 |
A & CH |
366.985,25 |
3102002511 |
GOLFITO TRADING COMPANY LTDA.. -NI |
745.228,75 |
3102004255 |
MAQUINARIA Y TRACTORES LTDA.. |
147.551,73 |
3102074245 |
COLCHONERÍA ALFONSO SANTAMARÍA LTDA. |
375.928,00 |
3102074245 |
COLCHONERÍA ALFONSO SANTAMARÍA LTDA. |
178.960,15 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
2.999.386,04 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
3.782.173,78 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
224.225,00 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
757.069,60 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
213.155,00 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
383.336,80 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
247.640,00 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
303.001,30 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
263.935,00 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
177.645,00 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
291.040,00 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
233.510,00 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
285.145,00 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
114.290,00 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
488.765,20 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
322.620,90 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
139.825,00 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
84.295,00 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
87.515,00 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
91.425,00 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
113.095,00 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
35.530,00 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
1.603.991,48 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
495.262,60 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
368.014,50 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
245.765,00 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
391.867,70 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
205.515,00 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
200.210,00 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
571.266,50 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
297.552,50 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
190.085,00 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
267.435,00 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
419.195,00 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
502.225,50 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
544.561,50 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
234.965,00 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
349.472,90 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
382.146,10 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
390.686,80 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
288.467,90 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
446.728,10 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
353.495,80 |
4000042139 |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIC |
313.815,60 |
4000042147 |
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO
SOCIAL |
58.357,68 |
4000042147 |
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO
SOCIAL |
7.294,73 |
4000042147 |
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO
SOCIAL |
6.590,80 |
4000042147 |
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO
SOCIAL |
70.029,22 |
4000042147 |
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO
SOCIAL |
8.753,68 |
4000042147 |
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO
SOCIAL |
7.908,96 |
|
|
108.621.571,82 |
Francisco
Rodríguez Siles, Director Ejecutivo.—Carlos
Umaña Morales, Contador.—1 vez.—O. C. Nº
4016.—C-88420.—(IN2010080072).
Propuesta de pago 40052 del 21/07/2010
Cédula |
Nombre |
Monto líquido |
106430524 |
JORGE HIDALGO MUÑOZ -NI- |
279.841,00 |
205110252 |
MOLINA QUESADA MARLENY |
152.000,00 |
401110906 |
JORGE VILLEGAS PANIAGUA -NI- |
110.000,00 |
500460423 |
WALTER PORRAS FERNÁNDEZ -NI- |
404.250,00 |
501660614 |
LUZ MARINA JIMÉNEZ LEDEZMA -NI- |
286.000,00 |
601140289 |
WILBERT MENDOZA BOJORGE |
4.298.121,43 |
700400608 |
ALBERTO GUITTENS WALKER -NI- |
483.630,00 |
700400608 |
ALBERTO GUITTENS WALKER -NI- |
483.630,00 |
800570740 |
GIAMPAOLO ULCIGRAL DANDRI -NI- |
396.685,15 |
3004045202 |
Cooperativa de Electrificación Rura |
177.209,60 |
3101003937 |
HACIENDA SANTA ANITA S. A. -NI- |
1.356.075,88 |
3101010891 |
AGRICULTURA MECANIZADA S. A. |
34.745,00 |
3101020660 |
CONTROL ELECTRÓNICO S. A. |
313.414,58 |
3101020660 |
CONTROL ELECTRÓNICO S. A. |
1.975.539,47 |
3101022826 |
CLIMA IDEAL S. A. |
12.219.068,91 |
3101024334 |
SOLÍS GAMBOA E HIJOS S.A. -NI- |
306.250,00 |
3101027972 |
Agencias Básicas Mercantiles A B
M |
282.062,64 |
3101073972 |
COPIAS DINÁMICAS, S. A. -L- |
45.000,00 |
3101073972 |
COPIAS DINÁMICAS, S. A. -L- |
45.000,00 |
3101073972 |
COPIAS DINÁMICAS, S. A. -L- |
485.100,00 |
3101073972 |
COPIAS DINÁMICAS, S. A. -L- |
63.000,00 |
3101073972 |
COPIAS DINÁMICAS, S. A. -L- |
441.000,00 |
3101074898 |
CONTROLES VIDEO TÉCNICOS DE
COSTA |
185.000,00 |
3101089260 |
Inversiones |
61.250,00 |
3101089260 |
Inversiones |
2.254.000,00 |
3101121532 |
CENTRO FERRETERO
INDUSTRIAL AVILA S |
50.810,00 |
3101146447 |
Importadora San José Dos Mil S.
A. |
82.800,00 |
3101176048 |
Cartuchos Costarricenses S. A. |
754.600,00 |
3101176412 |
ALAVISA DE CAÑAS S
A L |
292.929,80 |
3101176412 |
ALAVISA DE
CAÑAS S. A. L |
292.929,80 |
3101176505 |
Grupo Asesor en Informática S.
A. |
470.400,00 |
3101177156 |
Multiservicios de Mantenimiento y |
323.358,84 |
3101177156 |
Multiservicios de Mantenimiento y |
323.358,84 |
3101187216 |
Megadata S. A. |
3.596.560,80 |
3101276712 |
Inversiones Jaudamar S. A. -NI- |
1.321.040,00 |
3101397585 |
Grupo Comercial
Tectronic S. A. |
660.225,80 |
3101552021 |
A & CH |
366.985,25 |
3102038255 |
SOCIEDAD PERIODISTICA EXTRA LTDA. |
291.037,56 |
3102074245 |
COLCHONERÍA ALFONSO SANTAMARIA LTDA |
178.960,15 |
3102074245 |
COLCHONERÍA ALFONSO SANTAMARÍA LTDA |
368.409,44 |
|
|
36.512.279,94 |
Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo.—Carlos
Umaña Morales, Contador.—1 vez.—O. C.
4016.—C-47620.—(IN2010080078).
Nº 6061-M-2010.—San José, a las doce
horas quince minutos del trece de setiembre de dos mil diez.
Diligencias
de cancelación de la credencial que ostenta la señora Joyce Mary Zürcher Blen
como alcaldesa propietaria de
Resultando:
1º—Mediante oficio Nº 07910 (DJ-03275-2010) de fecha 18 de
agosto del 2010, presentado en
2º—En
el procedimiento no se observan defectos que causen nulidad o indefensión.
Redacta
Considerando:
I.—Sobre el procedimiento administrativo llevado a cabo por
1) Acerca
de los hechos que motivaron el procedimiento administrativo seguido en contra
de la señora Joyce Mary Zürcher Blen: Según se desprende de la resolución Nº
PA-63-2010 dictada a las 8:30 horas del 21 de julio del 2010, por
2) En cuanto a la lesión a
“1.- A) Sobre
responsabilidades derivadas de un doble pago de prohibición y de movimientos de
personal presuntamente irregulares:
(…)
De este modo, no se encuentra un
motivo debidamente fundado para haber procedido no solo a trasladar y apartar
de sus funciones de proveedor al señor Palma Solórzano, sino lo que en concreto
se le ha reprochado durante este procedimiento, el haber utilizado un cargo de
confianza para designar al señor Giovanni Robles Rojas como nuevo proveedor,
desde el 10 de diciembre del 2007 al 31 de julio del 2008, situación que en
contraria (sic) al régimen jurídico dispuesto por el Código Municipal en esta
materia, fundamentalmente en los artículos 115 y siguientes del mismo, en donde
claramente se dispone la existencia de un régimen de carrera administrativa
para los empleados permanentes escogidos por idoneidad comprobada por el
municipio, y el régimen que aplica al personal de confianza y temporal como los
interinos asesores.
(…)
Por lo tanto, siendo el puesto
de proveedor en una municipalidad un cargo adscrito a la carrera administrativa
y estando una persona legalmente designada para ocuparlo, resulta jurídicamente
improcedente que un jerarca haya decidido apartarlo del ejercicio de dichas
funciones y asignarles las mismas a un (sic) persona que ocupa un cargo de
confianza como su asesor, tal y como ocurrió en este caso con la designación
contraria a la ley del señor Giovanni Robles Rojas, ya que ese proceder
desnaturaliza el correcto uso de los puestos de confianza, el destino de los
fondos públicos asignados para uno y otro régimen, y pone en un riesgo
innecesario la correcta tramitación de los procesos de licitación que son de
suyo muy delicados en toda la administración pública.
(…)
A juicio de este órgano decisor,
ha quedado demostrado que la señora Zürcher Blen al proceder a realizar el
traslado a partir del 10 de diciembre del 2007 del señor Palma Solórzano de su
puesto en propiedad como Proveedor, provocó que se le siguiera pagando el plus
salarial por concepto de prohibición en razón de que era titular del puesto de
Proveedor Municipal, cargo que como tal devenga ese beneficio al tenor del
artículo 14 de
1.- B. Sobre la presunta
violación al régimen de prohibiciones de
(…)
A este respecto, estima este
Órgano Decisor que el hecho de que la señora Alcaldesa haya decidido reintegrar
el monto percibido por su empresa como producto de la citada contratación no
tiene el efecto de borrar o enervar el hecho de que se incurrió en una clara y
evidente infracción al régimen de prohibiciones para contratar con
1.- C Sobre la presunta
violación al régimen de incompatibilidad estipulado por el numeral 18 de
(…)
De la prueba recabada así como
de la misma defensa de la señora Zürcher Blen permite a este órgano decisor
establecer con meridiana claridad que la empresa SUSA ha suscrito contratos con
distintas entidades públicas por un monto total de ¢1.312.164.799,72 durante el
periodo que corre del 5 de febrero del 2007 al 16 de noviembre del 2009 (hecho
probado C.7), empresa en la que la señora Alcaldesa de Alajuela tiene
participación accionaria de un 22.12% del capital social y en la que además
desempeñó cargos directivos de Vicepresidente y Vocal (hechos probados C.4; C.5
y C.6), sin que en ningún momento solicitara el levantamiento de la
incompatibilidad, conforme a la posibilidad que prevé el ordinal 19 de
1. D. Presunta violación del
régimen de prohibiciones de
(…)
A este respecto, es criterio del
órgano decisor que parte fundamental de los deberes de todo servidor público
consiste en conocer apropiadamente el régimen de prohibiciones,
incompatibilidades e impedimentos exigidos legalmente para un adecuado y
legítimo ejercicio de sus funciones públicas, motivo por el cual no es
excusable alegar ignorancia de las leyes respectivas. Por el contrario, como ha
quedado dicho supra, el deber de todo funcionario público es ser diligente en
cumplir con el ordenamiento jurídico que rige el adecuado y correcto ejercicio
sus funciones, y por ello, debió en su oportunidad la señora Zürcher Blen hacer
las averiguaciones de caso y tomar las medidas preventivas respectivas para
evitar incurrir con sus acciones en violación de las leyes aplicables, como
lamentablemente se ha podido constatar en la especie.”.
En cuanto a la motivación del acto que recomienda la cancelación de la
credencial, es de interés lo que expone al respecto el órgano contralor:
“El ejercicio de la
función pública es el medio de que se vale
II.—Sobre los alcances de la inhabilitación para ocupar cargos
de
III.—Sobre
la cancelación de la credencial de Alcaldesa Propietaria que ostenta la señora Joyce
Mary Zürcher Blen: Habiendo verificado el Tribunal, como juez electoral, que el
pronunciamiento contralor está firme y que se cumplió con lo que establece el
artículo 259 del Código Electoral, resulta procedente emitir pronunciamiento
sobre la cancelación de la credencial de Alcaldesa Propietaria que ostenta la
señora Joyce Mary Zürcher Blen.
1) Hechos
probados: de relevancia para la cancelación que nos ocupa, se tienen los
siguientes: a) que la señora Joyce Mary Zürcher Blen es Alcaldesa Propietaria del
cantón Central, provincia Alajuela, según consta en resolución de este Tribunal
Nº 3853-E-2006 de las 7:50 horas del 14 de diciembre del 2006, que es
“Declaratoria de Elección de Alcaldes de las Municipalidades de los
cantones de
2) Sobre el fondo: Tal como se detalló con anterioridad, el
órgano contralor, mediante resolución Nº PA-63-2010, acreditó que la señora
Joyce Mary Zürcher Blen, en su condición de Alcaldesa Propietaria de
3) Sustitución de
POR
TANTO:
Se cancela la credencial de Alcaldesa Propietaria de
Registro
Civil-Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que este
Registro en diligencias de ocurso incoadas por Yanett Carolina Andino
Gutiérrez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº
1503-2010.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas y
veinticinco minutos del veinte de julio del dos mil diez. Ocurso. Exp. Nº
20432-2010. Resultando 1.-..., 2.-..., Considerando: I. Hechos Probados:...,
II. Hechos no Probados:..., III. Sobre el Fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el
asiento de nacimiento de Gregoria Jeanneth López Andino...; en el sentido que
el primer nombre de la madre de la persona ahí inscrita es “Yanett”
y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro
Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis
Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2010080597).
Se
hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Telma
Claribel Molina Núnez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice:
Resolución Nº 1332-2009.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San
José, a las ocho horas del siete de agosto del dos mil nueve. Expediente Nº
19235-2009. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…;
Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no
probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el
asiento de nacimiento de Aaron Josué Chaves Molina... en el sentido que el
primer apellido del padre del mismo es “Chávez”, y no como se
consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc.
Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(IN2010080966).
Se
hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Alba
Virginia Rojas Maisonnave, ha dictado una resolución que en lo conducente dice:
Resolución Nº 1615-10.— Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas diez
minutos del veintisiete de julio del dos mil diez. Exp. Nº 8053-10. Resultando:
1..., 2..; Considerando: I-Hechos Probados..., II-Hechos no Probados...,
III-Sobre el Fondo…; Por tanto: rectifíquese el asiento de naturalización
de Alba Virginia Rojas Maisonnave..., en el sentido que el día de nacimiento de
la persona ahí inscrita es “veinticinco”.—Lic. Marisol Castro
Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a.
í.—1 vez.—RP2010198529.—(IN2010081263).
Se
hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Angieline
María Pazos Sánchez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice:
Resolución Nº 1590-2010.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas
veinte minutos del veintidós de julio del dos mil diez. Ocurso. Exp. N°
13956-2010. Resultando 1.-..., 2.-..., Considerando: I. Hechos Probados:...,
II. Hechos no Probados:..., III. Sobre el Fondo:..., Por tanto: Rectifíquese la
razón marginal consignada mediante sello de reconocimiento en el asiento de
nacimiento de Angieline María Pazos Sánchez...; en el sentido que el nombre del
padre es “Marvin de Jesús”, asimismo el nombre y los apellidos de
la madre de la misma son “Luz María Jugo Sánchez” y no como se
consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a.í.—1
vez.—RP2010198622.—(IN2010081264).
Se
hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Santa
Margarita Díaz no indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo
conducente dice: Resolución Nº 2002-2010.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San
José, a las ocho horas y cinco minutos del dos de setiembre del dos mil diez.
Ocurso. Exp. N° 19715-2010. Resultando 1.-..., 2.-..., Considerando: I. Hechos
Probados:..., II. Hechos no Probados:.., III. Sobre el Fondo:..., Por tanto:
Rectifíquese el asiento de nacimiento de Ronald Andrei Porras Díaz...; en el
sentido que el nombre y apellido de la madre de la persona ahí inscrita son
“Santa Margarita Díaz no indica segundo apellido” y no como se
consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1
vez.—RP2010198665.—(IN2010081265).
Se
hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Rubén Mora González, este
Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº
1666-2010.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de
Actos Jurídicos.—San José, a las once horas y veinte minutos del
veintinueve de julio del dos mil diez. Exp. Nº 22199-2010. Resultando: 1...
2..., Considerando: I-Hechos Probados..., II-Hechos no Probados..., III-Sobre
el Fondo…, Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de nacimiento de
Sider Adriel González López... y el asiento de nacimiento de Josafat Antonio
González Carballo..., en el sentido que el primer apellido del padre... es
“Mora”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora
General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a.í.—1
vez.—RP2010198871.—(IN2010081266).
Se
hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Jarlin
Dilania Rodríguez Castillo conocida como Jarlin Dilania Castillo Cruz, ha
dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº
2163-2008.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de
Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas cincuenta y cinco minutos
del veinticuatro de octubre del dos mil ocho. Ocurso. Expediente N° 24570-2008.
Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando:
I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre
el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Dilania
Massiel Espinoza Castillo y Floryana Daniela Espinoza Castillo..., en el
sentido que el primer nombre y los apellidos de la madre de las mismas son
“Jarlin” y “Rodríguez Castillo”, respectivamente y no
como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora
General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1
vez.—(IN2010081638).
Se
hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Martha Rosales Valladares,
este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución
Nº 1947-2010.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de
Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas, diez minutos del
veinticuatro de agosto del dos mil diez. Expediente Nº 25020-2010. Resultando:
1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:...
II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:... Por tanto:
Rectifíquense los asientos de nacimiento de Angie Paola Vargas Rosales y el de
Uriel David Vargas Rosales en el sentido que el segundo apellido de la madre es
“Valladares”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora
General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1
vez.—RP2010198955.—(IN2010081974).
Se
hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Fanny
Avendaño Leiva, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución
Nº 1443-2010.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de
Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas y treinta y cinco minutos
del quince de julio del dos mil diez. Ocurso. Expediente Nº 16863-2010.
Resultando: 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos
probados:... II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:... Por
tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Ericka Fabiola Jiménez Vega...,
en el sentido que los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita son
“Avendaño Leiva” y no como se consignaron.—Lic. Marisol
Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a.
í.—1 vez.—RP2010199011.—(IN2010081975).
SECCIÓN DE OPCIONES Y
NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de
naturalización
Pablo
Ernesto Torres Mendoza, mayor, soltero, estudiante, cubano, cédula de
residencia 119200167419, vecino de Cartago, expediente Nº 596-2009. Se ha
presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto
por los artículos 11 y 12 de
Gloria
Suárez García, mayor, soltera, oficios domésticos, nicaragüense, cédula de
residencia Nº 025-RE-001759-1999, vecina de San José, expediente Nº 494-2008.
Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo
dispuesto por los artículos 11 y 12 de
Luis
Ocaris Tobón Puerta, mayor, casado, comerciante, colombiano, cédula de
residencia 117000473921, vecino de Cartago, expediente 2129-2009. Se ha
presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto
por los Artículos 11 y 12 de
DEFENSORÍA
DE LOS HABITANTES DE
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2010LA-000007-DHR
Compra
de equipo de transporte
Las
condiciones y términos de referencia se podrán retirar desde las 8:00 horas y
hasta las 15:50 horas de lunes a viernes en el Departamento de Proveeduría y
Servicios Generales sin costo alguno.
Sita
Barrio México, de los Bomberos
San José, 4 de octubre del 2010.—Roxana Hernández Cavallini,
Jefa Depto. de Proveeduría y Servicios Generales.—Lic. Luis Gerardo
Fallas Acosta, Defensor Adjunto de los Habitantes.—1
vez.—O. C. Nº 15028.—Solicitud Nº 30016.—C-17020.—(IN2010083310).
DIVISIÓN
ADMINISTRATIVA
UNIDAD DE
BIENES Y SERVICIOS
PROVEEDURÍA
INSTITUCIONAL
CONSEJO
TÉCNICO DE ASISTENCIA MÉDICO
SOCIAL CON FONDOS DEL
FIDEICOMISO 872 BNCR-MS
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2010LA-000038-UPIMS
Compra
de un sistema de planificación
de actividades institucionales
El Consejo Técnico de Asistencia Médico Social con fondos del
Fideicomiso 872 BNCR-MS, a través de
Línea única
Adquisición de una solución integrada
(Software).
San José, 30 de setiembre del 2010.—Dirección Financiera, Bienes
y Servicios.—Mba. Jorge Enrique Araya Madrigal, Director.—1 vez.—O. C. Nº 8667.—Solicitud Nº
22699.—C-21250.—(IN2010083281).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2010LA-000067-PCAD
Suministro
e instalación de elevador tipo hidráulico
El Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de
Desarrollo Comunal, los invita a participar en
Las
especificaciones, condiciones generales y especiales podrán retirarse en
nuestras oficinas, previa cancelación del cartel en las cajas Nos. 12 y 13,
ubicadas en el primer piso del Edificio Metropolitano. Con un horario de lunes
a viernes 8:15 a. m. a 12:00 m. d. y de 1:00 p. m. a 4:00 p. m. Valor del
cartel ¢1.500,00 (mil quinientos colones con 00/100).
San José, 1º de octubre del 2010.—Proceso de Contratación
Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Jefe.—1
vez.—(IN2010083592).
COLEGIO
UNIVERSITARIO DE LIMÓN
CARTEL DE
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2010LN-000003-01
Construcción
de aulas en el cantón de Guápiles
Se indica a todos los interesados que la fecha de apertura para dicha
licitación será el día 25 de octubre del
Plazo
de adjudicación: 60 días hábiles.
Plazo
de ejecución: 120 días naturales.
Dudas o
consultas en nuestras instalaciones ubicadas en Limón, o comunicarse al
teléfono: 2798-13-49, ext. 103.
Limón, 4 de octubre del 2010.—Bach. Nancy Hewitt Hines, Proveeduría-Bodega.—1
vez.—(IN2010083363).
HOSPITAL
NACIONAL PSIQUIÁTRICO
ÁREA DE
GESTIÓN BIENES Y SERVICIOS
SUBÁREA
DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2010LA-000007-2304
Medición,
análisis y reporte operacional,
emisión de fuentes fijas
calderas
Se informa a los interesados que se encuentra disponible el cartel
para Licitación Abreviada Nº 2010LA-000007-2304 por concepto de medición,
análisis y reporte operacional, emisión de fuentes fijas calderas contratación
a un año prorrogable a tres períodos iguales.
Ver
detalles en: http://www.ccss.sa.cr.
San José, 5 de octubre del 2010.—Mba. Tatiana López Quesada,
Jefa.—1 vez.—(IN2010083290).
MUNICIPALIDAD DE
TALAMANCA
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2010LA-000003-01
Adquisición de un
vehículo estilo pick up doble
tracción, doble cabina
Se
informa a los oferentes que el cartel se encuentra a la venta en las oficinas
de
Grace
Montero Aguilar, Alcaldesa a. í.—1
vez.—(IN2010083579).
ASAMBLEA LEGISLATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2010LN-000002-01
Compra de papel para fotocopiadora
Se avisa a todos los
interesados en la referida licitación que mediante el artículo 23 de la sesión
ordinaria N° 022-2010, celebrada por el Directorio Legislativo el 30 de
setiembre del 2010, se acordó acoger la recomendación de
Total de la oferta:
¢29.970.000,00 (veintinueve millones novecientos setenta mil colones con
00/100). Los precios no incluyen los impuestos de venta.
Todo
de conformidad con la oferta presentada por la adjudicataria (folios 54 al 69)
y el cartel de la citada licitación pública (folios 28 al 37) y lo consignado
en todo lo referente a los apercibimientos realizados a las empresas y sus respectivas
respuestas.
El
expediente está disponible en
San
José, 5 de octubre del 2010.—Departamento de
Proveeduría.—MBA. Melvin Laines Castro, Director.—1
vez.—O.C. Nº 20001.—Solicitud Nº 35610.—C-21270.—(IN2010083287).
CONSEJO
NACIONAL DE VIALIDAD
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2010LA-000006-0IN00
Alquiler
de equipo de impresión
El Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI), comunica a todos los
interesados en el concurso en referencia, que según artículo VI de la sesión Nº
782-10, de 30 de setiembre de 2010, el Consejo de Administración acordó:
Acuerdo firme: Analizados los informes legal, técnico y de
razonabilidad de precios y la recomendación de
Mba. Arturo Alvarado Moya, Proveedor.—1
vez.—O. C. Nº
184-10.—Solicitud Nº 30346.—C-30620.—(IN2010083293).
DIVISIÓN
ADMINISTRATIVA
UNIDAD DE
BIENES Y SERVICIOS
PROVEEDURÍA
INSTITUCIONAL
CONSEJO
TÉCNICO DE ASISTENCIA MÉDICO SOCIAL
CON FONDOS DEL FIDEICOMISO 872
BNCR-MS
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2010LA-000019-UPIMS
Contratación
de servicios de mesa
de ayuda orientada a ITIL V3
Se avisa a los interesados en la licitación arriba indicada, que por
resolución de las 15:00 horas del 29 de setiembre del 2010, se adjudicó de la
siguiente manera:
A la empresa Excelsis Consultores S. A., cédula jurídica número
3-101-392097, representada por su presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma, señor Eric Villalobos Álvarez.
Línea 1
La contratación de una mesa de ayuda (Help
Desk) para la atención y seguimiento de incidentes en relación a los Procesos
de Tecnologías de
Inicio del servicio. El inicio de la prestación de los servicios será
de 20 días hábiles, el cual empezará a correr a partir del día hábil siguiente
al recibo de la orden de compra por parte del contratista una copia del
contrato. Dichos servicios serán por 12 meses prorrogables por 12 meses más.
Forma
de pago: La forma de pago será mensual dividiendo el costo anual en 12 meses.
Los cargos adicionales se manejarán con cargo extra a la facturación mensual.
El pago será contra el recibo conforme del servicio, dentro de los 30 días
naturales después de la presentación de las facturas, las cuales deberán
contener el visto bueno de
San José, 29 de setiembre del 2010.—Dirección Financiera, Bienes
y Servicios.—Mba. Jorge Enrique Araya Madrigal, Director.—1 vez.—O. C. Nº 8667.—Solicitud Nº
22701.—C-34000.—(IN2010083282).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000229-63000
Alquiler
de edificio para el Área Rectora de Salud de Nicoya
El Gobierno Central, a través de
1- Sr.
Édgar Mora Montes, cédula Nº 1-622-749 Representada por su propietario
Édgar Mora Montes.
Línea única:
Oferta Nº 2 por un monto de $ 5.175.000,00
por 2 meses.
Inicio del servicio: Será a partir del día primero o en su defecto
para el día 15 (quince) del mismo mes o el mes siguiente al retiro de la orden
de compra una copia del contrato debidamente refrendado por la autoridad
competente para tal efecto y de acuerdo a las condiciones incluidas en el
cartel y la oferta presentada.
San José, 29 de setiembre del 2010.—Dirección Financiera de
Bienes y Servicios.—Mba. Jorge Enrique Araya Madrigal, Director.—1 vez.—O. C. Nº 8667.—Solicitud Nº
22700.—C-14250.—(IN2010083283).
CON FONDOS DEL FIDEICOMISO 872 BNCR-MS
LICITACIÓN
PÚBLICA 2010LN-000006-UPIMS
Construcción
y equipamiento de la sede Área Rectora
de Aguas Zarcas y Los Chiles -
Alajuela
Se avisa a los interesados en la licitación arriba indicada, que por
resolución de las 10:00 horas del 30 de setiembre del 2010, se adjudicó de la
siguiente manera:
A- Constructora Joher S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-158084
Representante Legal Ing. José
Hernández Wray. Oferta Nº 7.
Línea 1
Construcción y Equipamiento de
Monto total ¢179.825.711,26
Plazo de entrega: El plazo de entrega será de 4 meses (120 días
naturales) a partir del recibo de la orden de compra por parte del contratista,
la entrega de una copia del contrato administrativo debidamente refrendado por
Forma
de pago: Los pagos se harán de acuerdo al avance de la obra y a criterio del
Profesional responsable de la supervisión de la obra y las facturas contarán
con la aprobación del Jefe de
Línea 2
Construcción y Equipamiento de
Monto total ¢173.700.938,67
Plazo de entrega: El plazo de entrega será de 4.5 meses (135 días
naturales) a partir del recibo de la orden de compra por parte del contratista,
la entrega de una copia del contrato administrativo debidamente refrendado por
Forma
de pago: Los pagos se harán de acuerdo al avance de la obra y a criterio del
Profesional responsable de la supervisión de la obra y las facturas contarán
con la aprobación del Jefe de
30 de setiembre del 2010.—Dirección Financiera, Bienes y
Servicios.—Mba. Jorge Enrique Araya Madrigal, Director.—1
vez.—O. C. Nº 8667.—Solicitud Nº
22706.—C-44200.—(IN2010083285).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000024-UPIMS
Contratación de servicios profesionales en
asesoría
técnica y capacitación para la actualización
y mejora del registro de productos
de interés sanitario en el
Ministerio de Salud
Consejo Técnico Asistencia
Médico Social con Fondos de Fideicomiso 872-BNCR-MS
Se
avisa a los interesados en la licitación arriba indicada que por resolución de
las 8:00 horas del 17 de setiembre del 2010, se adjudicó de la siguiente
manera:
A
la empresa Consultores en Mejoras de Proceso COMEPRO S. A., cédula jurídica
3-101-062284 representada por el señor Ronny Pacheco Segura, apoderado
generalísimo sin límite de suma.
Línea
l:
Contratación
de servicios profesionales en asesoría técnica y capacitación para la
actualización y mejora del registro de productos de interés sanitario en el
Ministerio de Salud.
Monto
adjudicado: ¢80.000.000,00 (ochenta millones de colones exactos).
Plazo de ejecución de
inicio del servicio: el plazo de ejecución no será mayor a 210 días naturales
(equivalentes a 140 días hábiles o 7 meses) el mismo iniciará a partir del
retiro de la orden de compra por parte del adjudicatario y una copia del
contrato debidamente aprobado por
Forma
de pago: Las facturas presentadas a pago, se cancelará en tres tractos previa
aprobación de los tres Directores, treinta días posteriores a la presentación
de la factura en
29
de setiembre del 2010.—Dirección Financiera,
Bienes y Servicios.—MBA. Jorge Araya Madrigal, Director.—1
vez.—O. C. Nº 8667.—Solicitud Nº
22698.—C-20400.—(IN2010083288).
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN
PÚBLICA 2010LN-000003-PROV
Arrendamiento
de 1500 microcomputadoras
Se comunica a todos los interesados en el procedimiento de
contratación de referencia, que por acuerdo del Consejo Superior del Poder
Judicial en sesión 88-10 celebrada el día 30 de setiembre de 2010, artículo
LXVIII, se dispuso readjudicarla según el detalle siguiente:
A: Importadora de Tecnología Global YSMR
S. A.,
cédula jurídica Nº 3-101-291924
Arrendamiento de 1500 microcomputadoras marca
Lenovo modelo M58 SFF.
El precio unitario por mes por equipo es de $30,00. El precio por mes
por los 1500 equipos es de $45.000,00. El precio total por los 36 meses del
contrato es de $1.620.000,00.
Monto
total adjudicado por los 36 meses $1.620.000,00.
San José, 4 de octubre del 2010.—Proceso de
Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1
vez.—(IN2010083269).
OFICINA
DE SUMINISTROS
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2010LA-000045-UADQ
Contratación
de servicios de auditoría externa
A los interesados en la licitación en referencia, se les comunica que
A: Oferta Nº 2: Gutiérrez Marín &
Asociados Sociedad de Actividades Profesionales.
Renglón único: Servicios profesionales en auditoría externa.
Monto total adjudicado: ¢12.000.000,00
Todo
con fundamento en el cartel y las ofertas.
Sabanilla de Montes de Oca, 4 de octubre del 2010.—Unidad de
Adquisiciones.—Lic. Rosibel González, Jefa.—1
vez.—O. C. Nº 59645.—Solicitud Nº
38524.—C-17000.—(IN2010083602).
HOSPITAL
MÉXICO
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2010LA-000035-2104
Por la
adquisición de: “Contratación del suministro
de mano de obra, herramienta, materiales
y equipo
para la remodelación del primer
piso,
Hospital México
Empresa adjudicada en el ítem único: Ecosistemas de Construcción S.
A.
Vea
detalles y mayor información en: http://www.ccss.sa.cr.
San José, 5 de octubre del 2010.—Lic. Mercedes Apolo Matarrita,
Coordinadora.—1 vez.—(IN2010083357).
El Instituto de Desarrollo Agrario comunica la adjudicación de los
siguientes procesos de contratación:
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2010LA-000025-02
Construcción
de acueducto en el Asentamiento Campesino
Subregión Horquetas
Adjudicar a favor de la oferta presentada por la empresa Tecnología
en el Uso de Aguas S. A., cédula de jurídica Nº 3-101-456307, por un
monto ¢114.026.950,96 (ciento catorce millones veintiséis mil novecientos
cincuenta mil colones con 96/100), con un plazo de ejecución total de 52 días
naturales, según acuerdo de junta directiva N° 7 sesión ordinaria 032-2010, del
04 de octubre de 2010.
________
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2010LA-000033-02
Construcción
del acueducto en los Asentamientos Campesinos
San Jerónimo I y II
(construcción de tanque metálico elevado)
de
Adjudicar a favor de la oferta presentada por la empresa Soluciones
de Ingeniería S. A., cédula de jurídica Nº 3-101-258822, por un monto
¢102.000.000,00 (ciento dos millones de colones con 00/100), a ejecutar
¢70.000.000,00 (setenta millones de colones exactos) con presupuesto 2010 y ¢32.000.000,00
(treinta y dos millones de colones exactos) en presupuesto 2011; con un plazo
de ejecución total de 140 días naturales, según acuerdo de junta directiva N° 7
sesión ordinaria 032-2010, del 4 de octubre de 2010.
Rafael Fernández Bolaños, Área de Contratación y Suministros.—1 vez.—(IN2010083580).
MUNICIPALIDAD
DE EL GUARCO
Nº
2010LA-000003-PROV
Adquisición
e instalación de lámparas de
alumbrado público en el Parque
de El Tejar
Lic. José Ml. González Molina, Proveedor Municipal.—1
vez.—(IN2010083255).
MUNICIPALIDAD
DE TILARÁN
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2010LN-000001-01
Adquisición
de una vagoneta totalmente nueva,
capacidad mínima 15m3
El Concejo Municipal de Tilarán, en sesión extraordinaria Nº 13 del 28
de setiembre del 2010, por mayoría calificada acordó:
1º—Adjudicar
Tilarán, 4 de octubre del 2010.—Br.
Jovel Arias Ortega, Alcalde Municipal.—1 vez.—O. C. Nº
8034.—C-9770.—(IN2010083349).
REFINADORA
COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2010LA-000048-02
Suministro
de un autobús de cincuenta y cinco (55) pasajeros
como mínimo para el transporte
de personal y un microbús
o buseta de 30 pasajeros como
mínimo
Se informa que el concurso en referencia, fue adjudicado según oficio
GRE-368-2010 de
Oferente: Vehículos Internacionales
(VEINSA) S. A., representante legal: Guillermo Charpentier Güell.—Oferta
Nº: uno (1)
Monto total: $84 000,00 I.V.I.
Descripción:
Línea 2: microbús, marca Mitsubishi, estilo Rosa, turbo diesel Intercooler, año
2011, con capacidad de 34 pasajeros incluido el chofer.
Precio
unitario con todos los impuestos y gastos incluidos $79 000,00.
Precio
por el mantenimiento preventivo y correctivo con todos los materiales $
5000,00.
Precio
total $84 000,00.
Capacitación:
Se deberá capacitar al personal técnico operativo y personal profesional de
RECOPE, con respecto al manejo y mantenimiento menor del equipo, dicha
capacitación debe ser impartida sin costo alguno en las instalaciones de
Refinería en Moín, provincia de Limón.
Forma
de pago: Carta de crédito pagadero a
treinta (30) días calendario, posteriores al recibo del equipo a
satisfacción por parte de RECOPE, en la moneda en que fue pactada la contratación
o en colones, según convenga a los intereses de RECOPE. Tratándose de moneda
extranjera será facultativo para RECOPE realizar los pagos en colones, en cuyo
caso se utilizará el tipo de cambio de venta que reporte el Banco Central de
Costa Rica para las operaciones del sector público no bancario, al momento de
hacerse efectivo el pago.
Tiempo
de entrega: sesenta (60) días hábiles.
Lugar
de entrega: Almacén de RECOPE ubicado en Refinería.
Garantía:
treinta y seis (36) meses o
Oferente: Técnica Universal de Costa Rica
S. A., representante legal: Carlos Gatjens Torres.—Oferta Nº dos (2)
Monto total: $ 324. 000,00 I.V.I.
Descripción:
Línea 1: Autobús, marca Volvo, modelo B9R, año 2011.
Precio
unitario con todos los impuestos y gastos incluidos $312 500,00.
Precio
por el mantenimiento $10 000,00.
Precio
por capacitación $1 500,00.
Precio total $324 000,00.
Capacitación:
se deberá capacitar al personal técnico operativo y personal profesional de
RECOPE, con respecto al manejo y mantenimiento menor del equipo, dicha
capacitación debe ser impartida en las instalaciones de Refinería en Moín,
provincia de Limón.
Forma
de pago: Carta de crédito pagadero a treinta (30) días calendario, posteriores
al recibo del equipo a satisfacción por parte de RECOPE, en la moneda en que
fue pactada la contratación o en colones, según convenga a los intereses de
RECOPE. Tratándose de moneda extranjera será facultativo para RECOPE realizar
los pagos en colones, en cuyo caso se utilizará el tipo de cambio de venta que
reporte el Banco Central de Costa Rica para las operaciones del sector público
no bancario, al momento de hacerse efectivo el pago.
El pago
por concepto de capacitación se realizará utilizando el mismo mecanismo de
pago, y se hará efectivo una vez sea recibida a satisfacción por parte de
RECOPE.
Tiempo
de entrega: Ciento ochenta días (180) días hábiles.
Lugar
de entrega: Almacén de RECOPE ubicado en Refinería.
Garantía:
Doce (12) meses o
Notas importantes:
1. El
adjudicatario dispondrá de diez (10) días hábiles contados a partir de la firmeza
del acto de adjudicación para rendir la correspondiente garantía de
cumplimiento, por un monto del siete por ciento (7%) del total adjudicado y con
una vigencia mínima de dos (2) meses adicionales a la fecha probable de
recepción definitiva del objeto del contrato, observando todos los requisitos y
condiciones que al respecto establece
2. La presente adjudicación se formalizará mediante la emisión del
respectivo pedido, en el caso de la adjudicación recaída a favor de la empresa
Técnica Universal de Costa Rica S. A., por su cuantía el pedido requerirá de la
aprobación interna por parte de
3. Con el fin de validar jurídicamente el documento definido para
formalizar la presente contratación, se deberán reintegrar las especies
fiscales de ley correspondientes a un 0,5% del monto total del contrato,
pagadero en su totalidad por el contratista.
Dirección de
Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O.
C. Nº 567-01-Solicitud Nº
39401.—C-98600.—(IN2010083367).CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
FEDERACIÓN DE MUNICIPALIDADES DE
SUR DE
2010LA-000002-01
Contratación
de los servicios de ingeniería
civil para el apoyo de FEDEMSUR
Río Claro, Golfito, 1º de octubre del 2010.—Lic. José Antonio
Araya Godínez, C.P.I, Coordinador Unidad Administrativa.—1
vez.—(IN2010083593).
2010LA-000005-01(Desierta)
Contratación
de los servicios de Sociología
para el apoyo de FEDEMSUR
Río Claro, Golfito, 1º de octubre del 2010.—Lic. José Antonio
Araya Godínez, C.P.I, Coordinador Unidad Administrativa.—1
vez.—(IN2010083598).
UNIDAD DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000029-UPIMS
Compra de útiles y materiales de oficina
Se avisa a los interesados
en la licitación arriba indicada que se debe hacer las siguientes
modificaciones: en la adjudicación a Servimar S. A.,
Página
1
Donde dice: “...Suma Total......................... ¢7.297.695,00
Lo correcto es:
1. Suma Total...........................
¢7.162.712,68.
Todo
lo demás permanece invariable.
San
José, 29 de setiembre del 2010.—Dirección
Financiera, Bienes y Servicios.—MBA. Jorge Araya Madrigal, Director.—1 vez.—O. C. Nº 8667.—Solicitud Nº
22696.—C-11900.—(IN2010083286).
CENTRO
CULTURAL E HISTÓRICO JOSÉ
FIGUERES FERRER
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2010LN-000066-75100
Suministro
e instalación de ascensor en el Centro
Cultural e Histórico José
Figueres Ferrer-San Ramón
Se
avisa además a los interesados que en la página Compra Red, en los documentos
de esta contratación encontrará algunas aclaraciones al cartel.
San José, 23 de setiembre del 2010.—Lic. Jorge Rodríguez Solera,
Proveedor Institucional.—1
vez.—(IN2010083334).
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2010LA-000034-PROV
Construcción
de dos casetas de seguridad,
continuación de tres sectores de
baranda, un portón eléctrico
y la instalación de dos brazos
eléctricos en cada uno
de los dos portones de acceso
vehicular existentes
en los Tribunales de Justicia de
Pococí
Se comunica a todos los interesados en el procedimiento de
contratación de referencia, que la visita al lugar de los trabajos se realizará
el miércoles 13 de octubre de
San José, 5 de octubre del 2010.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón,
Jefa Proceso de Adquisiciones.—1 vez.— (IN2010083585).
HOSPITAL
DR. TONY FACIO CASTRO
SUBÁREA
DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2010LA-000006-2601
Objeto
contractual: suministro e instalación
de una lavadora extractora
industrial
En la publicación realizada el lunes 23 de agosto del 2010, en
Lo
demás permanece invariable.
Limón, 4 de octubre del 2010.—Lic. Kathleen Quirós Abarca, Jefa
a. í.—1 vez.—(IN2010083252).
DIRECCIÓN DE PRODUCCIÓN INDUSTRIAL
FÁBRICA
DE ROPA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2010LN-000009-8101
(Aviso Nº 3. Modificación al
cartel)
Tela
tipo Dril, color gris. Código 5-10-04-1010
Se comunica a los interesados en participar en
Por
disfrute de feriado el 18 de octubre del 2010, se modifica la fecha y hora de
apertura para: “19 de octubre, a las 14:00 horas.”
Demás
condiciones del cartel permanecen invariables.
Ver
detalle en http://www.ccss.sa.cr.
4 de octubre del 2010.—Marvin Rojas León,
Jefe de Compras.—1 vez.—RP2010199872.—(IN2010083343).
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN PÚBLICA
2010LN-000021-1142 (Aviso Nº 3)
Pruebas para la
determinación de gases arteriales
Se
les informa a todos los interesados, que se prorroga la fecha de apertura de
ofertas de este concurso, para el día 29 de octubre del
San
José, 5 de octubre del 2010.—Subárea de
Carteles.—Argentina Araya Jara, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº
1142.—Solicitud Nº 37964.—C-13620.—(IN2010083575).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
N° 2010LN-000003-01
Construcción de edificio
para
y Oficinas relacionadas en
en San Vicente de Moravia
El
Instituto de Desarrollo Agrario comunica a los interesados a participar en la
licitación en mención que se le han realizado modificaciones al cartel las
cuales están disponibles en la página web del IDA: www.ida.go.cr en el Ling
“Licitaciones” o en forma escrita en el Departamento de
Infraestructura Sede Central del IDA, en Moravia. Además se les comunica que el
punto 16.1 Garantía de Participación se modifica y se deberá leer de la
siguiente manera: “...la oferta deberá ser respaldada por una garantía de
participación equivalente al 3% del monto de su oferta...” El plazo para
la presentación de las ofertas se amplía y la recepción se prorroga para el día
01 noviembre del
Área
de Contratación y Suministros.—Rafael Fernández
Bolaños.—1 vez.—(IN2010083578).
MUNICIPALIDAD
DE CARTAGO
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2010LA-000015-MUNIPROV
Mejoramiento
de la infraestructura de telecomunicaciones
de
de la seguridad de la
información institucional y la red
que gestiona los datos
utilizando voz sobre tecnología IP
A los interesados en esta licitación se les hace saber que la apertura
de ofertas se prorroga para las 10:00
horas del 21 de octubre del 2010.
Todo lo
demás permanece invariable.
Guillermo Coronado Vargas, Jefe de Proveeduría.—1
vez.—RP2010199753.—(IN2010083332).
MUNICIPALIDAD
DE EL GUARCO
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2010LA-000006-PROV
Contratación
de servicios de bacheo y recarpeteo
del casco Central del distrito
de San Isidro
Lic. José Ml. González Molina, Proveedor Municipal.—1
vez.—(IN2010083256).
COMPAÑÍA
NACIONAL DE FUERZA Y LUZ S. A.
CONCURSO
DE ADQUISICIÓN Nº 2010PP-000019-PROV
Diseño
y construcción de la estructura de presa y obras de
captación del Proyecto
Hidroeléctrico Balsa Inferior
Les indicamos que para este concurso, se ha realizado la aclaración Nº
8, la cual pueden pasar a retirar en nuestras oficinas de
José Antonio Salas Monge, Proveedor Institucional.—1
vez.—(IN2010083254).
COOPERATIVA NACIONAL DE EDUCADORES R. L.
Coopenae R. L., Reforma al artículo 26 de nuestro Estatuto:
Artículo 26.—
José
Eduardo Alvarado Campos, Gerente General.—1 vez.—(IN2010081666).
El Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero en el
numeral 1 del artículo 6º del acta de la sesión Nº 879-2010, celebrada el 10 de
setiembre del 2010,
resolvió en firme:
Ampliar, hasta por 60 días adicionales, esto es, hasta el 17 de
diciembre del 2010, el plazo de intervención de la firma Servicio Cooperativo
Nacional de Ahorro y Crédito de los Trabajadores Costarricenses, Coopemex R.L.
Lic.
Jorge Monge Bonilla, Secretario General.—1 vez.—O.C. Nº
10897.—Solicitud Nº 008.—C-10200.—(IN2010079135).
SUCURSAL PUNTARENAS
N.003
AVISO
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Comunica
a los clientes de cajitas de seguridad que tienen pendiente su retiro de bienes
en custodia por incumplimiento de contrato que deben presentarse en dicha
oficina para respectivo trámite. Roberto Durán Delgado, Nº 6-0114-0335, Lindor
Sánchez Sánchez Nº 2-0253-0449; Juan Chen Jau Nº 8-0024-0485; Franklin Chin
Soto 6-0056-0254; Andrea Palermo pass 751702; Apolinar Partida González sin
número; Fudepac sin número. Para mayor información puede comunicarse al
teléfono 2661-9200, ext.7189 custodia de valores encargada de Cajitas de
Seguridad Sucursal Puntarenas. Luego de realizada la comunicación empieza a
correr, para el banco, un plazo de tres años de prescripción adquisitiva.
Puntarenas, 9 de setiembre del 2010.—Lic. Christian Brenes Delgado, Gerente.—(IN2010079605).
CENTRO DE
SERVICIOS FINANCIEROS CATEDRAL
AVISO
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
El Banco Popular y de Desarrollo Comunal de este domicilio, hace del
conocimiento del público en general, el extravío del siguiente certificado
ahorro a plazo fijo y cupón de interés a la orden de Tobías Chacón Salazar,
cédula 01-1229-0266
Certific. Nº |
Monto |
Fecha vencimiento |
Cupón Nº |
Monto |
10008107 |
¢482.169,42 |
27-02-2010 |
010008107-01 |
¢16.072,31 |
Lo anterior
para efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.
16
de setiembre del 2010.—Plataforma Ahorro a Plazo.—Lic. Carmen
Sánchez Rivas, Coordinadora.—RP2010196920.—(IN2010078531).
FACULTAD DE DERECHO
EDICTO
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
David
Alonso Jiménez Murillo, cédula 2-0583-0612, quien ha presentado solicitud para
que se le confiera el grado de Licenciado en Derecho. Cualquier persona
interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo
mediante escrito dirigido al señor Decano de
VICERRECTORÍA ACADÉMICA
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante
el Departamento de Registro de
Heredia,
20 de marzo del 2009.—Departamento de Registro.—M.A.E. Marvin
Sánchez Hernández, Director.—(IN2010080931).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
El
señor Alfonso Chacón Rodríguez, peruano, cédula de residencia Nº
El
señor Pedro Alejandro Toribio Pasapera, peruano, cédula de residencia Nº
CONSEJO
DIRECTIVO
Considerando:
En
dicho marco legal-institucional, en pos del desarrollo nacional y del consumo
doméstico de electricidad que urgen los costarricenses, el Instituto
Costarricense de Electricidad (ICE) necesita establecer un derecho de
servidumbre, necesario para el paso de la línea de transmisión denominada
SIEPAC (Tramo Parrita-Palmar Norte), sobre una finca no inscrita en el Registro
Público, la cual se describe de la siguiente manera: terreno de potrero, sita
en el distrito 2°, Savegre, del cantón 6°, Aguirre, de
El dueño de la propiedad es el señor Abelino
Vega Cordero, mayor, soltero, agricultor, vecino de Portalón de Quepos, con
cédula de identidad 6-232-397.
Que a solicitud de
A tenor de los estudios técnicos realizados por el Instituto
Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y técnicamente
demostrada la utilidad pública, así como la urgencia de constituir este derecho
de servidumbre, por lo que con base en el artículo 45 de
1º—Apruébense las presentes
diligencias por la suma de
¢338.975,20 (Trescientos treinta y ocho mil novecientos setenta y cinco colones
con veinte céntimos)
2º—De
no ser aceptado por el propietario, el respectivo avalúo, constitúyase, sobre
la finca anteriormente mencionada y descrita, un derecho de servidumbre, el
cual se describe así:
El
Instituto Costarricense de Electricidad establecerá un derecho de servidumbre
sobre una finca en posesión de Abelino Vega Cordero. La servidumbre afecta el
inmueble en dos secciones, las cuales no presentan línea centro. La primera
sección tiene un área de afectación de
El
derecho de servidumbre impone al propietario del fundo sirviente, una serie de limitaciones al dominio, las
cuales se citan a folio 6 del avalúo administrativo.
El
propietario deberá permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción
y mantenimiento de la obra. Todo con fundamento en
3º—La
servidumbre descrita se establecerán en favor de la finca del Partido de
Puntarenas, al sistema mecanizado matrícula ciento diecinueve mil cuatrocientos
cuarenta y dos-cero cero cero, que es terreno de repastos, sito en el distinto
primero del cantón noveno de la provincia de Puntarenas; mide cincuenta mil
setenta y ocho metros con cuarenta decímetros cuadrados, y linda al norte, y
este con calle pública; al sur y oeste con la sucesión de Ana María Solís
Barboza, tiene el plano catastrado número P-quinientos diez mil ochocientos
sesenta y uno-mil novecientos noventa y ocho.
4º—
Continúese con los trámites de rigor.
5º—Se
declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 5909 celebrada el de
11 de mayo 2010.
6º—Publíquese
en el Diario Oficial.
San
José, 29 de setiembre de 2010.—Lic. Claudio Zeledón Rovira, Apoderado
Especial Judicial.—1 vez.—(IN2010081664).
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Al señor Bayardo José Bustos Cabrera, se le comunica
Se
les comunica a, Yolanda Chupin Chupin y Julio César Marenco Marenco, que por
resolución de la representación legal de esta oficina local, de 14:55 horas del
tres de mayo del 2010, se le otorgó medida de orientación y apoyo del joven
Manuel Alejandro Marenco Chupin, en IAFA. Se le confiere audiencia por tres
días hábiles, para que presenten los alegatos de su interés, y ofrezca la prueba
que estime necesaria y se le advierte que tienen derecho a hacerse asesorar y
representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y
fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su disposición en esta
Oficina Local, en días y horas hábiles, ubicada en San José, barrio Luján,
Resolución ROD-241-2010.—San José, al
ser las 13:26 horas del 20 de julio del 2010. Expediente OT-228-2009.
Notificación
por publicación. Investigados: Conductor: Bernardo Urtrecho Palacio. Conductor:
Ángel Martínez Lastra.
Considerando:
I.—Que mediante resolución RRG-150-2010 de las 12:30 horas del
24 de febrero del 2010, se dictó auto de apertura del procedimiento contra,
Bernardo Urtrecho Palacio cédula 042-091170-004V, y Ángel Martínez Lastra,
cédula 1-670-2169 en el expediente OT-228-2009, con el fin de averiguar la
verdad real de los hechos, por la presunta prestación de servicio público no
autorizado en la modalidad de taxi (folios 16 al 19).
II.—Que
dicha resolución se intentó notificar por en el correo certificado
RR011960542CR, y RR011960556CR, que
consta en el expediente (folios 20 y 21), el primero San José, Alajuelita, San
Felipe, Tejarcillo y el segundo Puntarenas, Jacó, 150 sur del Bar El Palmareño
(folios 20 y 21).
III.—Que
según consta en los autos, el primero de los citado certificados no se pudo
notificar por cuanto la dirección fue insuficiente, y el segundo por cambio de
domicilio (folios 24 y 26).
IV.—Que
a la fecha de esta resolución no consta que los investigados hayan sido
notificados o bien que se hayan apersonado al procedimiento.
V.—Que
el órgano director tiene competencia para ordenar e instruir el procedimiento
administrativo incluso de forma oficiosa.
VI.—Que
VII.—Que
por lo anterior, este Órgano Director considera indispensable notificar por
medio de publicación, la resolución citada y la presente a fin de continuar con
la instrucción de este procedimiento administrativo. Por tanto:
Con fundamento en
EL ORGANO
DIRECTOR DEL PROCEDIMIENTO, RESUELVE:
I.—Proceder a la publicación por tres veces consecutivas, en el
Diario Oficial
Dilma
Araya Ordóñez, Órgano Director.—1 vez.—O. C. Nº 5214-2010-Solicitud Nº
36058.—C-44200.—(IN2010082740).
A.J.D.I.P. 191-2010.—Puntarenas, a los
once días del mes de junio del dos mil diez.
Considerando
1º—Que el Artículo 50 de
2º—Que
el Artículo 56 de
3º—Que
4º—Que
corresponde al INCOPESCA como Institución Rectora del sector pesquero y
acuícola de nuestro país, establecer medidas de ordenamiento para el
aprovechamiento sostenible de los recursos hidrobiológicos que permitan
proteger áreas de reproducción, reclutamiento y de alimentación; que favorezcan
el incremento de las especies y el aumento de su biomasa, de manera que se
garantice su sostenibilidad en provecho de los ecosistemas y de los pescadores.
5º—Que
el Código de Conducta para
6º—Que
se cuenta con estudios científicos mediante los cuales se ha logrado demostrar
que la regulación de las artes y métodos de pesca, así como el esfuerzo
pesquero en determinadas áreas estratégicas, contribuyen al aumento de la
biomasa y de las poblaciones de especies.
7º—Que
las medidas señaladas en el considerando anterior, representan también una
alternativa viable que posibilite la generación de beneficios económicos,
sociales y ambientales para las comunidades pesqueras y para los ecosistemas,
de los que los pescadores dependen para la pesca.
8º—Que
9º—Que
10.—Que
de conformidad con lo que establece el Artículo 2 del “Reglamento para el
establecimiento de las Áreas Marinas Para
11.—Que
el Grupo de Trabajo ha cumplido con las
formalidades que establece el Reglamento N° 138-2008 y en
12.—Que
el Poder Ejecutivo mediante Decreto Ejecutivo Nº 35502-MAG, publicado en el
Diario Oficial “
Declarar
el Golfo Dulce como Área Marina
para
Artículo 1º—Aprobar el establecimiento del Área Marina para
Artículo
2º—Aprobar de conformidad con lo que establece el Reglamento 138-
Artículo 3º—Como medida de ordenamiento
y regulación para el Área Marina para
Zonas |
Delimitación en coordenadas |
Artes de pesca autorizadas |
GOLFO DULCE EXTERNO (ZONA A) |
Límite exterior: Una línea imaginaria que se extiende desde Punta Banco,
coordenadas Lambert Sur 258200.9541 N y 557067.4036 E; coordenadas CRTM 05
925267.0773 N y 594023.2865 E; coordenadas geográficas 08º |
Pesca de Escama: Cuerda de mano, y 1 línea planera (de fondo) con una
longitud máxima de (*)“Pesca Deportiva y Turística: Con cañas, carretes y cuerdas de mano. Se pueden utilizar señuelos artificiales
independientemente de su tamaño, clase o tipo. Anzuelos individuales tipo J igual o menor
a N° 6. Anzuelos individuales
circulares igual o mayor a N° 6.
Cuando medie el uso de carnada de origen biológico debe utilizarse anzuelo
circular igual o mayor a N° Pesca de Carnada: Cuerda de mano y cañas y carretes con anzuelo tipo J igual o mayor a Nº
16. Pesca de Ballyhoo: Captura con scoop o Dip Net. |
Límite interior: Una línea imaginaria que se extiende desde la margen
derecha del río Tigre coordenadas Lambert Sur 280385.6726 N y 537391.1697 E;
coordenadas CRTM 05 947437.3819 N y 574330.0045 E; coordenadas geográficas
08º |
||
GOLFO DULCE INTERNO (ZONA B) |
Límite exterior: Una línea imaginaria que se extiende desde la margen
derecha del río Tigre coordenadas Lambert Sur 280385.6726 N y 537391.1697 E;
coordenadas CRTM 05 947437.3819 N y 574330.0045 E; coordenadas geográficas
08º |
Pesca de Escama: Cuerda de mano con anzuelo tipo J igual o menor a Nº 6 o
circular igual o mayor a Nº 6. Nasas. (*)“Pesca Deportiva y Turística: Con cañas, carretes y cuerdas de mano. Se pueden utilizar señuelos artificiales
independientemente de su tamaño, clase o tipo. Anzuelos individuales tipo J igual o menor
a N°6. Anzuelos individuales
circulares igual o mayor a N°.6.
Cuando medie el uso de carnada de origen biológico debe utilizarse
anzuelo circular igual o mayor a N°.6.” Pesca de Carnada: Cuerda de mano o cañas y carretes con anzuelo tipo J igual o mayor a Nº
16. Pesca de Ballyhoo: Captura con scoop o Dip Net. |
Límite interior: A partir del límite exterior aguas adentro abarcando
todas las aguas del golfo Dulce excepto aquellas áreas sobre las cuales pesa
prohibición expresa. |
||
GOLFITO GOLFITO |
Límite exterior: Una línea imaginaria que se extiende desde Punta
Voladera coordenadas Lambert Sur 286335.7486 N y 553067.3904 E; coordenadas
CRTM 05 953400.6827 N y 590001.1819 E; coordenadas geográficas 08º |
Pesca de Escama: Cuerda de mano (de conformidad con lo establecido
mediante Decreto Ejecutivo Nº 17933–MAG, del 21 de Diciembre de 1987), con anzuelo tipo J igual o menor a Nº
6 o circular igual o mayor a Nº 6. (*)“Pesca Deportiva y Turística: Con cañas, carretes y cuerdas de mano. Se pueden utilizar señuelos artificiales
independientemente de su tamaño, clase o tipo. Anzuelos individuales tipo J igual o menor
a N°6. Anzuelos individuales
circulares igual o mayor a N°.6.
Cuando medie el uso de carnada de origen biológico debe utilizarse
anzuelo circular igual o mayor a N°.6.” Pesca de Carnada: Cuerda de mano o cañas y carretes con anzuelo tipo J igual o mayor a Nº
16. |
Límite interior: A partir del límite exterior aguas adentro abarcando todas
las aguas de la zona de Golfito, excepto aquellas áreas sobre las cuales pesa
prohibición expresa. |
(*) Así modificado mediante acuerdo
AJDIP/221-2010.
a) Las coordenadas establecidas
para la zonificación del Área Marina para
PUNTOS |
Lambert Sur |
CRTM 05 |
Geográficas |
|||
N |
E |
N |
E |
N |
O |
|
Punta Banco |
258200.9541 |
557067.4636 |
925267.0773 |
594023.2865 |
08° |
83° |
Cabo Matapalo |
258974.5459 |
541090.1839 |
926028.5094 |
578046.0115 |
08° |
83° |
Río Tigre |
280385.6726 |
537391.1697 |
947437.3819 |
574330.0045 |
08° |
83° |
Punta Voladera |
286335.7486 |
553067.3904 |
953400.6827 |
590001.1819 |
08° |
83° |
Puntarenitas |
285011.2186 |
553267.1494 |
952046.1586 |
590184.6616 |
08° |
83° |
Artículo 4º—Para la implementación del AMPR-GD se llevará a cabo
un proyecto de Línea Base Pesquera que permitirá actualizar la información y
mejorar el Plan de Ordenamiento Pesquero aprobado; sus resultados permitirán
conocer y definir con mayor propiedad, aquellas zonas señaladas en el Plan de
Ordenamiento Pesquero en las cuales se requiera establecer regulaciones
específicas tales como vedas de carácter temporal, permanente, por artes, entre
otras.
Artículo
5º—Aquellos permisionarios que con anterioridad al establecimiento del
Área Marina para
Artículo
6º—Cualquier incumplimiento a las normas pesqueras establecidas será
sancionado de conformidad con lo que señala el ordenamiento jurídico vigente.
Artículo
7º—Comisionar al Presidente Ejecutivo para que en un plazo de 30 días
hábiles instaure
Artículo
8º—Acuerdo firme. Publíquese en el Diario Oficial
Lic.
Luis Dobles Ramírez, Presidente Ejecutivo.—Yahaira Chambers Vargas,
Secretaria Junta Directiva.—1 vez.—(IN2010079582).
A.J.D.I.P./290-2010.—Puntarenas, a los diez días del mes de
setiembre del 2010.
Considerando:
1º—Que
mediante acuerdo AJDIP/293-2009, esta Junta Directiva estableció las tarifas
que por concepto de bienes y servicios vigentes para el ejercicio económico del
año 2010.
2º—Que mediante
oficio CT-005-2010, los miembros de
ACUERDAN:
1º—Adicionar
y modificar en el Acuerdo AJDIP/293-2009, las siguientes Tarifas por la venta
de Bienes y Servicios que brinda y genera el INCOPESCA, de la siguiente manera,
las cuales se describen según el siguiente detalle, mismas que entrarán en
vigencia a partir su adopción:
Concepto |
Tarifa |
Suministro de agua |
Tarifa |
Tarifa INCOPESCA por m3 = ( A * m3 consumido) + B |
|
A= Costo del AYA por m3
(sujeto a tarifa fijada por ARESEP) |
¢ 956,00 |
B= Costos administrativos (costos operativos) |
¢ 4.000,00 |
Utilización del muelle para embarcaciones de pesca comercial |
Tarifa |
Tarifa INCOPESCA por hora o fracción = ( A *
B * C ) + D |
|
A= Costo x hora |
¢30,00 |
B= Metros de eslora de embarcación |
|
C= Tiempo en horas de estadía |
|
D= Costos administrativos (costos operativos) |
¢5.100,00 |
Movilización para carga de vehículos |
Tarifa |
Tarifa INCOPESCA por hora o fracción = ( A * B ) |
|
A= Costo x hora |
¢500,00 |
B= Tiempo en horas de permanencia |
|
|
|
(*)Inspección Embarcación Nacional |
Tarifas |
Inspección por hora o fracción-primera hora ordinaria |
¢7.500,00 |
Hora o fracción adicional
ordinaria |
¢2.700,00 |
Inspección por hora o fracción-primera hora extraordinaria |
¢8.900,00 |
Hora o fracción adicional extraordinaria |
¢4.100,00 |
(*) Así
modificadas mediante acuerdo AJDIP/306-2010.
2º—No
se autoriza la prestación de servicio de suministro de electricidad con
generador.
Acuerdo firme.
Lic.
Luis Dobles Ramírez, Presidente Ejecutivo.—Yahaira Chambers Vargas, Secretaria
Junta Directiva.—1 vez.—(IN2010081674).
INSTITUCIÓN BENEMÉRITA
AVISO
Con
fundamento en el Decreto Ejecutivo Nº 21384-S en su artículo 15, Reglamento para
San
José, 21 de setiembre del 2010.—Manuel Roldán
Porras, Administrador de Cementerios.—1 vez.—(IN2010080661).
ÁREA DE
ESTADÍSTICAS CONTINUAS
UNIDAD
ÍNDICES DE PRECIOS
El Instituto Nacional de Estadística y Censos, avisa que los Índices
de Precios de los Insumos Básicos de
Índices de Precios de los Insumos Básicos de
Agosto 2010
Índices de Precios de Insumos para
Base Enero
1976=100
Jul
2010 Ago 2010 Variación (%)
Edificios 21
384,25 21 359,53 - 0,12
Vivienda 22
285,30 22 217,58 - 0,30
Índices de Precios de Mano de Obra para
Base Enero
1976=100
Jul
2010 Ago 2010 Variación (%)
Mano de Obra en
Edificios 22
576,57 22 576,57 0,00
Mano de Obra en Vivienda 22 323,05 22 323,05 0,00
Índices de Precios de Actividades para
Base Enero
1984=100
Rama de actividad Jul
2010 Ago 2010 Variación (%)
Tubería aguas
pluvial 2
661,42 2 661,42 0,00
Tubería aguas
negras pvc 2
528,98 2 528,98 0,00
Tubería aguas
negras concreto 2
080,86 2 080,86 0,00
Tubería agua
potable 3
127,49 3 127,49 0,00
Prevista aguas
negras pvc 2
665,44 2 665,44 0,00
Prevista aguas
negras concreto 2
677,70 2 677,70 0,00
Prevista agua
potable 2
630,56 2 630,56 0,00
Tragantes 3
167,95 3 158,99 - 0,28
Pozos 3
420,51 3 410,19 - 0,30
Cajas de sifón 2
453,41 2 437,88 - 0,63
Cordón y caño 3
609,56 3 590,97 - 0,51
Aceras 3
723,57 3 692,92 - 0,82
Desfogue 3
657,01 3 642,75 - 0,39
Cuneta media
caña 3
152,85 3 152,57 - 0,01
Cabezales para
pasos por acera 3
581,96 3 576,52 - 0,15
Pasos por acera 3
565,63 3 542,97 - 0,64
Válvulas h. f. 1
263,49 1 263,49 0,00
Hidrantes 1
830,92 1 830,92 0,00
Limpieza y
desenraice 1
058,42 1 039,53 - 1,78
Corte de tierra 1
263,23 1 236,55 - 2,11
Relleno y
compactación 1
709,29 1 700,96 - 0,49
Sub-base, base y
conf. subrasante 3
258,04 3 128,82 - 3,97
Carpeta asfáltica 2
250,92 2 248,37 - 0,11
Índices de Precios para
Base Enero
1983=100
Rama de actividad Jul
2010 Ago 2010 Variación (%)
Tubería pvc
Tubería pvc
Tubería pvc
Tubería pvc
Prevista
Hidrante 2
698,44 2 696,60 - 0,07
Promedio tubos y
prevista 3
436,09 3 430,90 - 0,15
Sin costo tubo
Tubo 200 -
Promedio 2
564,08 2 547,93 - 0,63
Índice General de Acueductos 2 910,08 2 866,54 -
1,50
Índices de Precios para
Base Enero
1983=100
Rama de actividad Jul
2010 Ago 2010 Variación (%)
Tubería pvc
Tubería pvc
Tubería pvc
Tubería pvc
Prevista
Promedio pvc 1
940,89 1 937,47 - 0,18
Tubo de concreto
Tubo de concreto
Tubo de concreto
Promedio de
concreto 3
427,10 3 419,57 - 0,22
Cajas de
registro 3
265,87 3 258,66 - 0,22
Cajas de sifón 2
609,90 2 582,35 - 1,06
Prom. cajas
registro y sifón 3
145,08 3 134,89 - 0,32
Reposición de
carpeta 2
860,21 2 784,89 - 2,63
Índice General de Alcantarillados 2 877,19 2 842,36 - 1,21
Índices de Precios de Elementos para
Base Julio
1990=100
Elementos Jul
2010 Ago 2010 Variación (%)
Acero
estructural 783,08101 744,11836 - 4,97556
Acero postensión 396,85922 387,79317 - 2,28445
Acero refuerzo 1345,56848 1339,35347 - 0,46189
Acetileno 4953,09216 4953,09216 0,00000
Aditivo
retardante /acel 1196,73425 1196,73425 0,00000
Alambre de púas 2264,74648 2264,74648 0,00000
Alambre
eléctrico 275,40105 275,40105 0,00000
Alambre negro 1122,57240 1122,57240 0,00000
Arena 1477,44445 1418,95414 - 3,95888
Asfalto 85/100 1981,36278 1926,02364 - 2,79298
Barras o
barrenos 607,51573 607,51573 0,00000
Broca
Búnker 2203,70328 2229,10584 1,15272
Cemento 2057,81364 2056,55125 - 0,06135
Clavos 1827,14859 1827,14859 0,00000
Colchoneta 4 * 2
* 1,23 *
Costo de
posesión 694,40341 678,54012 - 2,28445
Diesel 2102,25924 2029,44445 - 3,46364
Dinamita 280,00439 280,00439 0,00000
Elemento viga
pretensada/guardacamino 1654,85934 1615,30430 - 2,39024
Emulsión
asfáltica 1514,70410 1428,19568 - 5,71124
Epoxy p/
marcadores 840,75954 821,55282 - 2,28445
Flanger 12 * 65 636,61276 622,06967 - 2,28445
Fulminante 291,68477 291,68477 0,00000
Gavión
Gavión
Gasolina 1728,27029 1694,15585 - 1,97391
Grapas p/
alambre 781,98844 781,98844 0,00000
Lámina de
aluminio liso nº 16 1032,47236 1026,87583 - 0,54205
Liquido para
cura 1201,47120 1201,47120 0,00000
Llantas 732,22172 724,29366 - 1,08274
Lubricantes 1951,00677 1998,99132 2,45948
Madera
contrachapada (plywood) 1572,72733 1572,72733 0,00000
Madera especial
para baranda 261,73000 261,73000 0,00000
Madera formaleta 2743,49852 3135,68462 14,29511
Malla ciclón 1112,30107 1220,65588 9,74150
Mangueras comp.
600 c.c. 1375,48967 1370,25071 - 0,38088
Mano de obra 1403,88065 1403,88065 0,00000
Marcador
pavimento (ref. 1 cara) 553,13607 540,49996 - 2,28445
Marcador
pavimento (ref. 2 caras) 538,99264 526,67963 - 2,28445
Marco y rejilla
metal
Marco y tapa de
metal 250,34793 250,34793 0,00000
Material p/
sellado juntas 159,65079 159,65079 0,00000
Material
reflectante señales 207,84323 207,84323 0,00000
Media caña
Oxígeno
industrial 6007,95405 6007,95405 0,00000
Piedra bruta 1223,84256 1190,85489 - 2,69542
Piedra quebrada 1217,44213 1184,62698 - 2,69542
Pilote acero
estructural 12 * 12 *
Pilote acero
estructural 12 * 12 *
Pilote hormigón
pretensado 30 * 30 2050,87096 2001,85031 - 2,39024
Pilote hormigón
pretensado 35 * 35 2327,43743 2210,71668 - 5,01499
Pilote hormigón
reforzado 3046,99212 2812,65467 - 7,69078
Pintura p/
estructuras 1629,53727 1631,56679 0,12455
Pintura y
esferas p/ vías 1688,95499 1696,98153 0,47524
Poste de viga
galvanizada 563,96436 551,08088 - 2,28445
Poste
pretensado/guardacamino 2950,28838 2879,76953 - 2,39024
Poste p/ cerca
de alambre 4894,12193 4894,12193 0,00000
Elementos Jul
2010 Ago 2010 Variación (%)
Poste p/ señal
vertical 768,56062 768,56062 0,00000
Repuestos 1166,32637 1156,65978 - 0,82881
Soldadura 1442,71598 1442,71598 0,00000
Table estaca
acero mp (116) 564,78639 551,88414 - 2,28445
Tela de fibra
sintética 980,21047 980,21047 0,00000
Terminal
galvanizado p/ guardacamino 552,69655 540,07049 - 2,28445
Terminal viga p/
guardacamino 1715,85016 1674,83730 - 2,39024
Tinta de
serigrafía 218,34162 218,34162 0,00000
Tipo de cambio 574,18967 561,07261 - 2,28445
Tornillos
galvanizados 350,83479 350,83479 0,00000
Tub. acero
corrugado
Tub. acero
corrugado
Tub. acero
corrugado
Tub. acero
corrugado
Tub. acero
corrugado
Tub. acero
corrugado
Tub. acero
corrugado
Tub. acero
corrugado
Tub. hormigón
clase iii
Tub. hormigón
clase iii
Tub. hormigón
clase iii
Tub. hormigón
clase iii
Tub. hormigón
clase iii
Tub. hormigón
clase iii
Tub. hormigón
clase iii
Tub. hormigón
clase iii
Tub. hormigón
clase iii
Tub. hormigón
clase iii
Tub. hormigón
clase iv
Tub. hormigón
clase iv
Tub. hormigón
clase iv
Tub. hormigón
clase iv
Tub. hormigón
clase iv
Tub. hormigón
clase iv
Tub. hormigón
clase iv
Tub. hormigón
clase iv
Tub. hormigón
clase iv
Tub. hormigón
clase iv
Tub. hormigón
clase v
Tub. hormigón
clase v
Tub. hormigón
clase v
Tub. hormigón
clase v
Tub. hormigón
clase v
Tub. hormigón
clase v
Tub. hormigón
clase v
Tub. hormigón
clase v
Tub. hormigón
clase v
Tub. hormigón
clase v
Tub. hormigón
perforado
Tub. hormigón
perforado
Tub. hormigón
perforado
Tub. sin
refuerzo c-14
Tub. sin
refuerzo c-14
Tub. sin
refuerzo c-14
Tub. sin
refuerzo c-14
Tub. sin
refuerzo c-14
Tub. sin
refuerzo c-14
Tub. sin
refuerzo c-14
Tub. sin
refuerzo c-14
Tub. sin
refuerzo c-14
Tub. sin
refuerzo c-14
Tub. sin
refuerzo c-14
Viga galvanizada 506,66065 495,08625 - 2,28445
Water stop 6”*3/16” 367,33450 367,33450 0,00000
San
José, 20 de setiembre del 2010.—Jaime Vaglio Muñoz, Gerente.—1
vez.—O. C. Nº 2902-Solicitud Nº
20727.—C-255150.—(IN2010080064).
DESIGNACIÓN DE DÍA, HORA Y
LUGAR
DE SESIONES Y ATENCIÓN AL PÚBLICO
Día:
jueves. Hora: 3:30 p. m. Lugar: Sala de Sesiones de JUDESUR, situada en los
altos del Banco Nacional de Costa Rica en Golfito, barrio Parroquial. Atención
de público: en sesión ordinaria el primer jueves de cada mes.
Acuerdo
en firme por unanimidad-ACU-19-552-2010.
Golfito,
18 de agosto del 2010.—MSc. Marvin Parrales
Canales, Presidente.—1 vez.—(IN2010080635).
INSTITUTO
DE NORMAS TÉCNICAS DE COSTA RICA
Instituto de Normas Técnicas de Costa Rica (INTECO) somete a consulta
pública los siguientes proyectos de norma:
PN INTE 06-02-35:2010 “Método de ensayo para
partir la fuerza extensible de especímenes concretos cilíndricos”.
PN INTE 07-01-08:2010 “Papel y cartón.
Determinación del contenido de ceniza en madera, pulpa y cartón: combustión a
PN INTE 07-01-09:2010 “Papel y cartón.
Determinación del contenido de ceniza en madera, pulpa y cartón: combustión a
PN INTE 16-05-02:2010 Ed 2 “Tubería y manguera
para distribución de fluidos a presión en Polietileno de Alta Densidad en
diámetros de
Se recibirán observaciones al anterior proyecto de norma hasta el 30
de noviembre del 2010.
Para
mayor información, comuníquese con
Carlos
E. Rodríguez, Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2010081669).
DEPARTAMENTO
DE COBRO, LICENCIAS
Y PATENTES MUNICIPALES
REPOSICIÓN
DE TÍTULO DE PATENTE DE LICORES
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
A
quien pueda interesar se hace saber que han solicitado a
Dicha patente actualmente
se encuentra explotando en el negocio denominado Restaurante Mil Gusots sito en
Guadalupe,
Lo anterior por motivo de
extravío de la misma. Cualquier interesado podrá hacer valer sus derechos ante
Carmen
Bermúdez Siles, Asistente Departamento de Cobro Licencias y Patentes.—(IN2010070956).
ACUERDO
MUNICIPAL
El Concejo Municipal de Los Chiles, mediante acta de la sesión
ordinaria Nº 275, celebrada el día 27 de agosto de 2010, en su artículo 6,
acuerda:
1) Aplicar
2) Aplicar el Manual de Valores Base Unitarios por Tipología
Constructiva confeccionado por el Órgano de Normalización Técnica del
Ministerio de Hacienda, publicado en
3) Aplicar el Programa de Valoración suministrado por el Órgano de
Normalización Técnica del Ministerio de Hacienda, para guiar, fiscalizar y
dirigir los procesos de declaración, fiscalización y valoración. Acuerdo
aprobado en forma unánime y definitiva.
Para ver las imágenes solo en
Elhiut Ortiz Henríquez,
Secretaria Municipal.—1 vez.—O.C. Nº
13604.—Solicitud Nº 13604.—C-419500.—(IN2010081817).
El Departamento de Patentes de
Los
Chiles, Alajuela, 9 de julio del 2010.—Arnulfo Miranda Romero, Jefe de
Patentes.—1 vez.—RP2010199109.—(IN2010081977).
DEPARTAMENTO
DE
EDICTO
El Departamento de
Filadelfia,
3 de setiembre del 2010.—José Francisco Canales Canales,
Encargado.—1 vez.—RP2010199144.—(IN2010081978).
COLEGIO DE GEÓLOGOS DE
COSTA RICA
El Colegio de Geólogos de Costa Rica, convoca a todos sus agremiados a
la asamblea general ordinaria Nº 63, el próximo viernes 15 de octubre de
1. Reconocimiento a los miembros colegiados con 30 años de
incorporación al Colegio de Geólogos de Costa Rica
2. Comprobación de quórum
3. Informe del presidente, tesorero y fiscal
4. Aprobación del presupuesto del período fiscal 2010-2011
5. Elección del presidente(a)
6. Elección de vicepresidente(a)
7. Elección del secretario(a)
8. Elección de tesorero(a)
9. Elección del vocal I
10. Elección de vocal II
11. Elección del vocal III
12. Elección de vocal IV
13. Elección del fiscal
14. Brindis
M.Sc.
Enid Gamboa Robles, Presidenta.—Geól. César Villalta Canales,
Secretario.—Lic. Jorge Herrera Ocampo, Director Ejecutivo.—(IN2010078754).
2 v 2.
TRANSPORTES R Y R DE LIMÓN
SOCIEDAD ANÓNIMA
La
empresa con el
nombre o razón social de Transportes R y R de Limón
Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-uno cero uno-uno cuatro nueve seis
dos siete, inscrita al tomo: cero ocho cero cero, folio: dos seis nueve,
asiento: cero cero cinco cero dos, convoca a sus asociados y accionistas a una
asamblea general extraordinaria, la que se llevará a cabo en los altos de las
oficinas de Acueductos y Alcantarillado (AyA), ubicado en barrio Roosevelt, el
día veintinueve de octubre a las diecinueve horas en primera convocatoria,
existiendo una segunda convocatoria media hora después.
Errol Richards
Richards, Presidente.—(IN2010082501).
2 v 1.
publicación
de una vez
AGRO MOTORES AGROMOSA S. A.
Se
convoca a los socios de la compañía Agro Motores Agromosa Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-
EL RINCÓN ARGENTINO DE OSA
S. A.
El
suscrito, Leandro Tiribelli, de único apellido en razón de mi nacionalidad, en
mi condición de Presidente de la sociedad El Rincón Argentino de Osa S. A.,
cédula de persona jurídica número 3-101-181191, convoca a sus socios a la
asamblea general extraordinaria a llevarse a cabo en su domicilio social, en
primera convocatoria a las diez horas del veintinueve de octubre del dos mil
diez, y en segunda convocatoria a las once horas de la misma fecha. Lo anterior
con el fin de conocer sobre el aumento de capital social de la compañía y la
reforma de estatutos correspondiente. Es todo.—San José, 29 de setiembre
del 2010.—Leandro Tiribelli, Presidente.—1
vez.—RP2010199341.—(IN2010082330).
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Fabiola
Salazar Pineda, cédula de identidad número 7-0155-0517, solicita ante
INMOBILIARIA
SUNBEACH TAMARINDO R.R.E. S. A.
Inmobiliaria
Sunbeach Tamarindo R.R.E. S. A., cédula jurídica 3-101-382694, solicita ante
KORODY
DIESEL COSTA RICA S. A.
Korody
Diesel Costa Rica S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-123348, solicita ante
CENTRO
NATURAL
Centro
Natural
Henry
Serrano Salgado, número de cédula 3-327-530, solicita ante
COCI
CLOSET IBÉRICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Coci
Closet Ibérica Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos
sesenta y tres mil novecientos dieciocho, solicita ante
AGENCIA DE SEGURIDAD LOS
VIGILANTES DE COSTA RICA
Agencia
de Seguridad Los Vigilantes de Costa Rica, cédula jurídica 3-101-165179,
solicita ante
DISTRIBUIDORA POÁS S.
A.
Distribuidora
Poás S. A., número de cédula jurídica 3-101-030018, solicita ante
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
FINCA
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA
Finca
Inés
Días García, cedula 5-0132-070, solicita ante
Alexander
Arroyo Miranda, cédula dos-cinco tres cinco- cinco cero dos, solicita ante
DAN GUN S. A.
Dan
Gun S. A., cédula jurídica Nº 3-101-252099, solicita ante
DEPÓSITO
Y FERRETERÍA GONZÁLEZ
SOCIEDAD ANÓNIMA
Depósito
y Ferretería González Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-444532, solicita
ante
María
Lorena Mata Solano, número de cédula 03-0180-0021, solicita ante
MUTUAL
CARTAGO DE AHORRO Y PRÉSTAMO
La señora Rosmery Patricia Fernández Monge cédula
Cartago,
27 de setiembre de 2010.—Lic. María Elena Pacheco Alfaro, Jefa, Agencia
Los Ángeles.—(IN2010080757).
CHONGOCHICO S. A.
Chongochico S. A., cédula jurídica Nº 3-101-464803,
solicita ante
REPRESENTACIONES
INTERNACIONALES
MARÍTIMAS REPINTER S. A.
Representaciones
Internacionales Marítimas Repinter S. A., cédula jurídica 3-101-072412,
solicita ante
INVERSIONES
CASA BLANCA C.M. S. A.
Inversiones
Casa Blanca C.M. Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-147105, solicita
ante
CONSTRUCCIONES ROYQUE
SOCIEDAD ANÓNIMA
Construcciones
Royque Sociedad Anónima, cédula N° 3-101-095546, solicita ante
PÉREZ GÓNGORA SOCIEDAD
ANÓNIMA
Pérez
Góngora Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101- 012781, solicita ante
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
CENTRO CAMPERO LOS
REYES S. A.
Stefano
Pignani, cédula número 8-054-127, solicita la reposición de la acción número
400979-A de Centro Campero Los Reyes S. A., que está a mi nombre por extravío
de la misma. Se escuchan oposiciones en
el plazo de ley mediante el fax número 2255-0224 o al email jcarce@los_reyescr.com.—Stefano
Pignani.—RP20100197942.—(IN2010079859).
THE MONKEY STUDIO FOTODESING
SOCIEDAD ANÓNIMA
The
Monkey Studio Fotodesing Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-440946,
solicita ante
IMPRESOS FOTORAMA
SOCIEDAD ANÓNIMA
Impresos
Fotorama Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos
noventa mil cero noventa, solicita ante
CONDOMINIO CASABLANCA
ISLA CAPITÁN,
CONDOMINIO DIFICIO PLAYA LANGOSTA Y
CONDOMINIO VILLAS CERCA EL MAR
Condominio
Casablanca Isla Capitán, cédula jurídica Nº 3-109-258356, Condominio Edificio
Playa Langosta, cédula jurídica Nº 3-109-239545 y Condominio Villas Cerca el
Mar, cédula jurídica Nº 3-109-315253; solicitan ante
ASESORÍA CONTEMPORÁNEA
S. A.
Asesoría
Contemporánea S. A., cédula de persona jurídica tres-ciento uno-ciento treinta
y un mil ciento setenta y seis, solicita ante
NEXUS ABOGADOS Y
NOTARIOS SOCIEDAD ANÓNIMA
Nexus
Abogados y Notarios Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-157136,
anteriormente denominada Lodent Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3-101-157136, solicita ante
GRUPO MUTUAL
ALAJUELA-LA VIVIENDA
De
conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del Código de
Comercio, el señor Gerardo Antonio Paniagua Rodríguez, cédula 2-0265-
GRUPO MUTUAL ALAJUELA -
De
conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del Código de
Comercio, el señor Rodolfo Díaz Jiménez, cédula
GRUPO MUTUAL ALAJUELA-LA
VIVIENDA
De
conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del Código de
Comercio, la señora Lidilia Bastos Ulate cédula número 2-0195-
HOTELERA PLAYA FLAMINGO S.
A.
Certificados
Nº C835 y CF836 de Acciones y Libre Alojamiento Nº CF836, a nombre de Frances
S. Kevitz. Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 690,
691, 692, 708, 709 del Código de Comercio. Se avisa que se procederá a reponer
las acciones aludidas, si transcurrido un mes a partir de la publicación del
último aviso no se hubiera presentado oposición al respecto.—San José, 22
de setiembre del 2010.—Arturo Salazar Calvo, Contralor
General.—RP2010198340.—(IN2010081272).
TNT TRONADORA CORP.
SOCIEDAD ANÓNIMA
TNT
Tronadora Corp. Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-353952,
solicita ante
FINCA EL TAMARINDO SOCIEDAD
ANÓNIMA
Finca
El Tamarindo Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento
uno-cuarenta y siete mil setecientos, solicita ante
EBENEZER SOCIEDAD ANÓNIMA
Ebenezer
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta
y ocho mil quinientos cuarenta y nueve, domiciliada en Barrio Villa Ligia,
Pérez Zeledón, un kilómetro doscientos metros al sur de la escuela del lugar,
solicita ante
AGROINDUSTRIAL ZELEDÓN
MAFFIO
SOCIEDAD ANÓNIMA
Agroindustrial
Zeledón Maffio Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-249642, solicita ante
ECO DIRECTA SOCIEDAD
ANÓNIMA
Eco
Directa Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-190555, solicita ante
CORAZÓN VERDE ECOLÓGICO SOCIEDAD
ANÓNIMA
Corazón
Verde Ecológico Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-301173, solicita ante
FERRETERÍA HERMANOS QUIRÓS
DEL ORIENTE S. A.
Ferretería
Hermanos Quirós del Oriente S. A., cédula jurídica 3-101-551681, solicita ante
FERRETERÍA
Y DEPÓSITO DE MATERIALES
HERMANOS QUIROS S. A.
Ferretería
y Depósito de Materiales Hermanos Quirós S. A., cédula jurídica 3-101-109677,
solicita ante
INVERSIONES
Y PROYECTOS MISIÓN TICA S. A.
Inversiones
y Proyectos Misión Tica S. A., cédula jurídica Nº 3-101-317760, solicita ante
BANCO PROMÉRICA DE COSTA RICA S. A.
Por
este medio Banco Promérica de Costa Rica S. A. hace constar que Jorge Sánchez
Solís es propietario y beneficiario titular del certificado de inversión,
número ochenta y nueve mil doscientos sesenta y uno, con fecha de vencimiento
dieciséis de noviembre del dos mil diez, por el monto de cuatro millones
quinientos mil colones exactos. Por lo cual para efectos de cobro no tiene
ninguna validez.—San José, 21 de setiembre del 2010.—Luis Carlos Rodríguez
Acuña, Subgerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma.—Lic. Siumin Vargas Jiménez, Notario.—(IN2010081657).
CENTRO
EDUCATIVO SAN VALENTÍN S. A.
Centro
Educativo San Valentín S. A., número de cédula de persona jurídica tres-ciento
uno-ciento setenta y nueve mil seiscientos dos, con domicilio en Hatillo Dos,
ha solicitado ante
GARROBO
DEL BOSQUE SOCIEDAD ANÓNIMA
Garrobo
del Bosque Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-400157, solicita ante
REPRESENTACIONES
KIRBY LIMITADA
SOCIEDAD ANONIMA
Representaciones
Kirby Limitada Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-102837, solicita ante
DECORACIONES HOGAREÑAS SOCIEDAD
ANÓNIMA
Decoraciones
Hogareñas Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-267795, solicita ante
INVERSIONES MONTERO BEJARANO S.
A.
Inversiones
Montero Bejarano S. A., cédula jurídica 3-101- 055195, solicita ante
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE
CENTRO AMÉRICA
Ante
el Registro de
COLEGIO DE LICENCIADOS
Y PROFESORES
EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES
A
las siguientes personas se les comunica que, según nuestros registros al mes de
setiembre del 2010, se encuentran morosos. Sí realizó el pago respectivo favor
ignorar esta publicación, la cual se realiza conforme con el artículo 981 del
Código de Comercio. Transcurridos diez días hábiles contados a partir de la
fecha en que sus nombres aparezcan publicados en el Diario Oficial
Nombre |
Cédula |
Aguilar Molina Rosa María |
103660994 |
Brenes Gómez Marta Lorena |
301730464 |
Camacho Huertas Marco Luis |
202700635 |
Canales Barrantes Carlos Luis |
302520925 |
Canales Castro Sandra |
106210111 |
Chacón Valverde Dollybeth |
700670577 |
Elizondo Oliverio Carlos Batista |
601080213 |
Espinoza Miranda Carlos Enrique |
202750370 |
Gatgens López Sara |
601050179 |
Guerrero Vargas Ana Patricia |
204410123 |
Pinnock Allen Di Marie |
700860089 |
Rosales Rodríguez Amán Alberto |
105160325 |
Salazar Jiménez Sonia María |
103570020 |
Scriba Pasos Danilo |
110700767 |
Triana Cabrera Dailin |
3151747040047 |
Valerio Rodríguez Sury |
107920651 |
M.S.c. Félix Ángel Salas Castro, Presidente.—Lic.
Yolanda Hernández Ramírez, Secretaria.—(IN2010080798).
2 v. 2.
publicación de una vez
ASOCIACIÓN ADMINISTRADORA DEL
ACUEDUCTO
RURAL Y ALCANTARILLADO DE SAN
LUIS
DE MONTEVERDE DE PUNTARENAS
Yo,
José Francisco Vargas Leitón, cédula de identidad número 2-443-163, en mi
calidad de Presidente y representante de
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Se
hace constar que por escritura número sesenta y siete, otorgada ante esta
notaría el día de hoy al ser las 19:00 horas del 28 de julio del presente año,
el señor Rafael Ángel Aguilar Barquero, vendió al señor Carlos Andrés Flores
Castillo, el establecimiento comercial denominado Bar Colonial, ubicado en San José,
calle diez, avenidas cuatro y seis. Se emplaza a acreedores y terceros en
general para que dentro del plazo improrrogable de quince días naturales
contados a partir de la primera publicación se presenten a dicho local a hacer
valer sus derechos.—San José, 28 de julio del 2010.—Lic. Lorna
Massiel Aguilar Castro, Notaria.—RP2010197216.—(IN2010078857).
publicación de una vez
Que
por escritura pública número cincuenta-nueve, otorgada ante esta notaría en San
José, a las ocho horas del veinte de mayo del dos mil diez, se constituye una
sociedad anónima que se denominará Shortcuts BTL S. A., domicilio: San
José, Escazú, Los Laureles, doscientos metros al norte, objeto: en general la
industria, la agricultura, el comercio y los servicios en todas sus formas etc.,
representación: Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite
de suma.—San José, tres de junio del dos mil diez.—Lic. Catalina
Soto Mora, Notaria.—1 vez.—RP2010197507.—(IN2010079361).
Yo,
Rosa Puello Suazo, notaria protocolizo el acta número ocho de la sociedad Phico
Enter Prises S. A., cédula jurídica número tres-uno cero uno-tres cinco
tres ocho uno cero, donde se nombra como presidenta de la junta directiva a la
señora Zoraima Ponce García. Es todo.—San José, catorce de setiembre del dos
mil diez.—Lic. Rosa Puello Suazo, Notaria.—1
vez.—RP2010197511.—(IN2010079362).
Por
escritura otorgada, ante esta notaría, a las catorce horas del seis de agosto
del dos mil diez, se constituyó la sociedad de esta plaza Ganadería Internacional
Vargas Hidalgo Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado,
presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite
de suma de la sociedad. Es todo.—San José, diecinueve de agosto del dos
mil diez.—Lic. Nora Virginia Robles Cambronero, Notaria.—1
vez.—RP2010197514.—(IN2010079363).
Ante
mi notaría, por escritura número trescientos quince de las catorce horas del
día diecisiete de setiembre del dos mil diez, visible a folios del ciento
setenta vuelto al ciento setenta y uno vuelto del tomo tercero de mi protocolo,
se constituyó la sociedad Inversiones Brasama Sociedad Anónima,
domiciliada en Liberia, Guanacaste, de los semáforos diez kilómetros norte, en
Residencial Doña Raquel. Giovanny Torres Mendoza presidente y Andrea Vanessa
Duarte Arauz secretaria, como apoderados generalísimos sin límite de suma
actuando conjunta o separadamente. El capital social será cien mil colones,
representadas por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada
una y se suscriben dos letras de cambio por un monto de cincuenta mil colones
cada una.—Liberia, diecisiete de setiembre del dos diez.—Lic. Jimmy
Rodríguez Montero, Notario.—1
vez.—RP2010197516.—(IN2010079364).
Ante
mi notaría, por escritura número doscientos veintiocho de las dieciséis horas
del once de mayo del dos mil diez, del tomo tercero se constituyó la sociedad Agroindustrial
Guarusa del Llano Sociedad Anónima, domiciliada en El Llano de Santa Cruz,
Guanacaste de
Ante
mi notaría, por escritura número ciento sesenta de las catorce horas del ocho
de marzo del dos mil diez, del tomo tercero se constituyó la sociedad F.R.F.
del Llano Sociedad Anónima, domiciliada en El Llano de Santa Cruz,
Guanacaste de
El
suscrito notario, hace constar que el día de hoy protocolicé acta de asamblea
de cuotistas de: Residencias Turística Barcaza Pesquera S.R.L., en la
que se reforma la cláusula segunda de los estatutos constitutivos de la
sociedad.—San José, 16 de setiembre del 2010.—Lic. Paul Portuguez
Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2010197519.—(IN2010079367).
Ante
mí, Carlos Fernández Vásquez, notario público, se constituyó la empresa Sicco
Limitada, capital social cien mil colones. A la escritura 295 del tomo
20.—Palmares, 16 de setiembre del dos mil diez.—Lic. Carlos
Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—RP2010197521.—(IN2010079368).
Por
escritura otorgada, ante esta notaría, a las ocho horas del veintiuno de
setiembre del dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Villas-Olinka
Sociedad Anónima, se reforma las cláusulas segunda y sétima del pacto
constitutivo.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1
vez.—RP2010197525.—(IN2010079369).
Por
escritura otorgada, a las dieciséis horas del diecisiete de setiembre de dos
mil diez, ante mi notaría, se constituyó la sociedad Jperform Sociedad de
Responsabilidad Limitada, Domicilio social: San José, San Pedro de Montes
de Oca, de
Se
constituye sociedad anónima denominada NG y MO Sociedad Anónima,
otorgada ante el notario Franklin Fernández Torrentes, mediante escritura número
veintiséis de las nueve horas del veinte de setiembre del dos mil diez, visible
al folio diez vuelto del tomo cuarto de su protocolo.—San José, 20 de
setiembre del 2010.—Lic. Franklin Fernández Torrentes, Notario.—1
vez.—RP2010197529.—(IN2010079371).
Mediante
escritura pública número cuarenta y dos-diecisiete, otorgada ante esta notaría,
a las ocho horas del veintiuno de setiembre del dos mil diez, se protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada tres-ciento
uno-quinientos treinta mil noventa y cuatro sociedad anónima. Se modifica
el pacto constitutivo cláusulas segunda sobre el domicilio social y cláusula
sétima sobre la representación judicial y extrajudicial.—Lic. Mario
Rodríguez Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2010197530.—(IN2010079372).
Ante
esta notaría, la sociedad de esta plaza Labor Law Corp S. A., modificó
la cláusula quinta del pacto constitutivo. Es todo.—San José, a las doce
y media horas del catorce de setiembre del dos mil diez.—Lic. Rodolfo
Quirós Campos, Notario.—1 vez.—RP2010197531.—(IN2010079373).
A
las diez horas del veinte de setiembre del año dos mil diez, en mi notaría
protocolicé acta mediante la cual se modifican la cláusula primera, segunda y
sétima del pacto constitutivo de entidad Inversiones Dana Iguazu Sociedad
Anónima, para que en adelante se denomine Grupo Ubertechnology Sociedad
Anónima.—Lic. Ana Rebeca Porras Mejías, Notaria.—1
vez.—RP2010197535.—(IN2010079374).
Por
escritura otorgada, ante esta notaría, a las 17:00 horas del 16 de setiembre del
año 2010, se constituye la sociedad que se denominará de acuerdo con el Decreto
tres tres uno siete uno-J asignándole de oficio el número de cédula jurídica
con su aditamento Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Presidenta:
Ana Julia García Naranjo.—Pérez Zeledón, 16 de setiembre del año
2010.—Lic. Jorge Enrique Gonzalo Villalobos, Notario.—1
vez.—RP2010197537.—(IN2010079375).
Por
escritura otorgada, ante esta notaría, a las 9:00 horas del 11 de setiembre del
año 2010, se constituye la sociedad que se denominará de acuerdo con el Decreto
tres tres uno siete uno-J asignándole de oficio el número de cédula jurídica
con su aditamento Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Presidenta: Teresita
María del Rosario Rivera Valverde.—Pérez Zeledón, 11 de setiembre del año
2010.—Lic. Jorge Enrique Gonzalo Villalobos, Notario.—1
vez.—RP2010197538.—(IN2010079376).
En
mi notaría, mediante escritura Nº 184-5, otorgada en San Ramón, Alajuela, a las
19:30 horas del 10 de setiembre del año 2010, se constituyó la sociedad Grupo
Almendra Estudio S. A. Plazo: Noventa y nueve años. Objeto: Desarrollo de
actividades de diseño gráfico, desarrollo de páginas Web, servicio de impresión
digital y servicios profesionales relacionados en general, en el ámbito
comercial y de mercadeo. Presidente: Wálter Alberto Morera Arias.—San
Ramón, Alajuela, 13 de setiembre del año 2010.—Lic. Carolina Muñoz Solís,
Notaria.—1 vez.—RP2010195540.—(IN2010079377).
Ante
esta notaría, comparecieron los señores: Jeison Céspedes Gutiérrez y Mainor
Molina Guerrero, y dicen: Que comparecen ante esta notario con el propósito de
constituir una sociedad anónima y dicen: primera: del nombre: La sociedad se
denominará Grupo J & M del Caribe Sociedad Anónima, pudiendo
abreviarse Grupo J & M del Caribe S. A., el capital social es de
cien mil colones. Es todo.—Matina de Limón, dieciséis horas del
veinticuatro de agosto del dos mil diez.—Lic. Elvis Eduardo Lawson
Villafuerte, Notario.—1 vez.—RP2010197549.—(IN2010079378).
Ante
esta notaría comparecieron lo señores: Guillermo Arley Elizondo y Lorema López
Acevedo y dicen: Que comparecen ante esta notaría con el propósito de
constituir una sociedad anónima y dicen: Primera: del nombre: la sociedad se
denominará Autotrasportes y Constructora López de Matina Sociedad Anónima
pudiendo abreviarse Autotrasportes y Constructora López de Matina S. A.,
el capital social es de cien mil colones. Es todo.—Matina de Limón,
dieciséis horas del veinticuatro de agosto del dos mil diez.—Lic. Elvis
Eduardo Lawson Villafuerte, Notario.—1 vez.—RP2010197550.—(IN2010079379).
Ante
la notaría del Lic. Marvin Aguirre Chaves, se constituye la sociedad G&C
Inversiones Consultores e Ingenieros Sociedad Anónima.—San José,
veintiuno de setiembre del dos mil diez.—Lic. Marvin Aguirre Chaves,
Notario.—1 vez.—RP2010197551.—(IN2010079380).
Por
escritura número cuarenta y cuatro, otorgada ante mi notaría, a las once horas
del dieciocho de setiembre del dos mil diez, en la ciudad de Turrialba, se
constituyó la sociedad denominada San Martín de Ronald Sociedad Anónima,
pudiéndose abreviarse SMR S. A. Objeto: Porteo y prestación de servicio
especial estable de taxi. Plazo: noventa y nueve años. Presidente: William
Bonilla Jiménez, vicepresidente: Ronald Elizondo Granados.—Turrialba,
dieciocho de setiembre del dos mil diez.—Lic. Jorge Velásquez Cubero,
Notario.—1 vez.—RP2010197554.—(IN2010079381).
El
suscrito notario Lic. Henry Delgado Jara, notario, con oficina en Heredia,
comunica que por medio de escritura pública tres-trece, de las ocho horas del
veinte de setiembre del dos mil diez, se constituyó la sociedad Gabiher S.
A., capital social diez mil colones, plazo social noventa y nueve años. Es
todo.—21 de setiembre del 2010.—Lic. Henry Delgado Jara,
Notario.—1 vez.—RP2010197555.—(IN2010079382).
En
la notaría del Licenciado Rafael Ricardo Morales Espinoza, mediante escritura
número tres, celebrada a las 12:00 horas del 8 de setiembre del 2010, se
constituyó la sociedad de esta plaza denominada Maricha S. A.,
presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma.—Liberia, 8 de setiembre del 2010.—Lic. Rafael Ricardo Morales
Espinoza, Notario.—1 vez.—RP2010197559.—(IN2010079383).
En
mi notaría, a las once horas con treinta minutos del veinte de setiembre de dos
mil diez, se constituyó Ganadera Salazar Mejía Sociedad Anónima, capital
social íntegramente suscrito y pagado, presidenta y secretaria con la
representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de
apoderadas generalísimas sin límite de suma, domiciliada en Alajuela, San Carlos,
Aguas Zarcas, Cerro Cortés, frente a Tico Frut.—Lic. Margarita Madrigal
Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2010197562.—(IN2010079384).
Criadero
Chiguagüeño M y S Maysan del Este S. A., cédula jurídica Nº 3-101-500202, por
escritura pública número 29- I de las catorce horas con treinta y un minutos
del día treinta de agosto del dos mil diez, se protocolizó ante esta notaría,
el acta de asamblea general extraordinaria de dicha sociedad en la cual se tomó
el siguiente acuerdo: 1. Corregir el nombre de la empresa para que se
sustituyan las dos “g” de Chiguagüeño por dos
“h” y quede como nombre correcto Chihuahüeño. Santiago López
Arroyo, presidente.—San José, 9 de setiembre del 2010.—Lic. Karen
Redondo Bermúdez, Notaria.—1
vez.—RP2010197564.—(IN2010079385).
Por
escrituras otorgadas, ante mi notaría, a las 18:00 horas del 2 de setiembre del
año 2010, se constituyó la sociedad Juan Diego Saúl Sociedad Anónima;
capital social: íntegramente suscrito y pagado; presidente y secretaria:
apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar solo
conjuntamente; domicilio: distrito primero, del cantón tercero, de la provincia
de Alajuela, de
Por
escritura número treinta y siete, de las quince horas del veinte de setiembre
del dos mil diez, otorgada ante la notaria María José Chaves Cavallini, se
constituyó la sociedad Inversiones Alfa Tumin Omega Urim Sociedad Anónima,
con un capital social de diez mil colones dividido en diez acciones comunes y
nominativas de mil colones cada una.—Lic. María José Chaves Cavallini,
Notaria.—1 vez.—RP2010197567.—(IN2010079387).
Por
escritura Nº 180-16; de las 8:00 horas del 13/9/2010, se constituyó Debambu
Ingeniarte S. A., presidente: Mario García Torres, tesorero: Jairo Vera
Arango, apoderados generalísimos sin límite de suma, capital suscrito y
pagado.—San José, 20 de setiembre del 2010.—Lic. Xinia Mayela
Campos Campos, Notaria.—1 vez.—RP2010197569.—(IN2010079388).
Ante
esta notaría, por escritura otorgada del día 30 de agosto 2010, los señores
Aaron Montero Arias, José Natan Centeno Pérez, German Gerardo Vargas Paniagua y
Verónica Yesenia Gómez Valladares, constituyen sociedad anónima y autorizan al
Registro a utilizar como razón social el número de cédula jurídica por asignar.
Asimismo, los señores Ana Patricia Rojas Villalobos, Mariela Quirós Rojas,
Marvin Antonio Rojas Villalobos y Roy Gerardo Solano Picado, constituyen
sociedad anónima y autorizan al Registro a utilizar como razón social el número
de cédula jurídica por asignar. Escritura otorgada el 30 de agosto del
2010.—San José, 20 de setiembre del 2010.—Lic. Emilio Arana Puente,
Notario.—1 vez.—RP2010197583.—(IN2010079389).
Carmen
Margoth Arrieta González, cédula Nº 1-1160-475; Miguel Castro Quesada, cédula
Nº 9-010-691 y otros están constituyendo
Ante
esta notaría, a las 15:00 horas del 13 de setiembre del 2010, se constituyó la
sociedad de esta plaza denominada Ebiz Recycling of Costa Rica Sociedad
Anónima, con capital social de ¢100.000,00 colones, un plazo de noventa y
nueve años, cuyo presidente y secretaria, con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma, son los señores: Nicholas Mouravieff Apostol
Corobyine y Ricardo Gutiérrez Quirós, respectivamente, mediante la escritura Nº
59-18 del tomo dieciocho del protocolo de la suscrita notaria.—Cartago,
13 de setiembre del 2010.—Lic. Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1
vez.—RP2010197650.—(IN2010079440).
Ante
esta notaría, a las 10:30 horas del 17 de setiembre del 2010, se protocolizó acta
de asamblea general extraordinaria de cuotistas celebrada por Calitera Eaves
Ruiz Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-cuatro nueve cuatro
cuatro seis seis. Se nombra nueva gerente, a la señora Sonia Rodríguez
Gómez.—Cartago, 17 de setiembre del 2010.—Lic. Tatiana Fernández
Mora, Notaria.—1 vez.—RP2010197651.—(IN2010079441).
Ante
esta notaría, a las 11:30 horas del 9 de setiembre del 2010, se protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada por Carrocerías
Vargas S. A. Se reforma parcialmente el pacto constitutivo.—Cartago,
13 de setiembre del 2010.—Lic. Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1
vez.—RP2010197652.—(IN2010079442).
Por
escritura otorgada a las diecisiete horas treinta minutos del veinte de
setiembre del dos mil diez, se reforman las cláusulas quinta y sexta del pacto
constitutivo de la sociedad Casa Vervena S. A.—Cartago, veinte de
setiembre del dos mil diez.—Lic. Laura Cordero Zamora, Notaria.—1
vez.—RP2010197656.—(IN2010079443).
Por
escritura otorgada ante mí, número cuarenta y nueve, de las dieciocho horas del
día veinte de setiembre del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Jalaa Sociedad Anónima. Domiciliada: en Heredia centro, avenida primera
entre calles tres y cinco. Objeto: el ejercicio del comercio en todas sus
formas, la industria, la ganadería, la agricultura, y en general toda actividad
lucrativa. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Carlos Eduardo
Álvarez Bogantes. Capital social: cien mil colones, representado por diez
acciones, comunes y nominativas de diez mil colones cada una, suscritas y
pagadas.—Lic. Ana Lucía Campos Monge, Notaria.—1
vez.—RP2010197657.—(IN2010079444).
Ante
la suscrita notaria Jenny Reyes Durán, se constituyó la sociedad anónima
denominada Grupo
Protocolización
de acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la
entidad Inmobiliaria Villa Maricel Sociedad Anónima. Registro
Público-Sección Mercantil. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las
16:00 horas del día 7 de setiembre del 2010.—Lic. Evelyn Cristina Miranda
Mora, Notaria.—1 vez.—RP2010197659.—(IN2010079446).
Mediante
escritura número ciento cuarenta y ocho-siete, otorgada el día 22 de setiembre
de 2010, ante el suscrito notario, se protocolizó el acta número nueve de la
sociedad Matapalo Beach Casino Limitada, donde se revoca poder
general y se otorga nuevo poder general.—San José, veintidós de setiembre
de dos mil diez.—Lic. Oswald Bruce Esquivel, Notario.—1
vez.—(IN2010079524).
Por
escritura número cero uno-cuatro, otorgada ante esta notaría a las a las 11:30
horas del 22 de setiembre de 2010, se constituyó la sociedad Arte Indígena
Ie ‘pa Sociedad Anónima, con domicilio en San José, Costa Rica y por
un plazo de noventa y nueve años. Se nombró presidenta con facultades de
apoderada generalísima sin limitación de suma a María Cecilia Mora Garita,
cédula uno-setecientos cuarenta y seis-cuatrocientos veinticuatro.—San
José, 22 de setiembre del 2010.—Lic. Dagoberto Mata Herrera,
Notario.—1 vez.—(IN2010079585).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del veintidós de
setiembre del dos mil diez, se modificó la cláusula cuarta del pacto
constitutivo de la sociedad denominada Promotora Condominio Residencial
Fuerte Ventura S. A., cédula jurídica 3-101-318256.—San José, 22 de
setiembre del 2010.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1
vez.—(IN2010079586).
Mediante
escritura número doscientos nueve en la notaría del Lic. Andrés Carrillo
Rosales, a las quince horas y doce minutos del dieciocho de agosto del dos mil
diez, se constituyó la sociedad denominada Shout Out Publicaciones Sociedad
Anónima, con domicilio social en la provincia de Alajuela,
Luis
Alonso Rodríguez Rodríguez, constituye Inversiones Nutri Ejercia S. A.
Domicilio será 4 Reinas de Tibás, casa 24 N. Capital: 10 mil colones.
Representación judicial y extrajudicial: Luis Alonso Rodríguez Rodríguez,
soltero, empresario, cédula Nº 1-1151-928, vecino de Tibás, Cuatro Reinas, casa
veinticuatro P. Escritura 187, folio
Por
escritura otorgada en esta notaría a las 13:20 horas del 7 de setiembre de
2010, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Cafetalera
Por
escritura otorgada en esta notaría, a las 13:00 horas del 7 de setiembre de
2010, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Agropecuaria
Matacán S. A., según la cual se reforma la cláusula quinta del pacto
constitutivo.—San José, 8 de setiembre de 2010.—Lic. Mario Saborío
Rocafort, Notario.—1 vez.—(IN2010079596).
Por
escritura otorgada en esta notaría, a las 13:10 horas del 7 de setiembre del
2010, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Inversiones
Pedal S. A., según la cual se reforma la cláusula quinta del pacto
constitutivo.—San José, 8 de setiembre de 2010.—Lic. Mario Saborío
Rocafort, Notario.—1 vez.—(IN2010079597).
Por
escritura otorgada ante mí, a las quince horas del veintiuno de setiembre del
dos mil diez, protocolicé acta de la asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad Renanco Cero Cero Cuatro S. A.,
con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta mil
doscientos siete, mediante la cual se reforma las cláusulas segunda y novena
del pacto constitutivo.—San José, veintiuno de setiembre del dos mil
diez.—Lic. Laura Bonilla Herrero, Notaria.—1
vez.—(IN2010079608).
Por
escritura número ciento diecinueve, que se encuentra al tomo undécimo de mi
protocolo, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de accionistas número cuatro, de Nicholson Rose Internacional Sociedad
Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula sexta del pacto
constitutivo, y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 22 de
setiembre del 2010.—Lic. Fabio Arturo Guerrero Díaz, Notario.—1
vez.—(IN2010079609).
Por
escritura número ciento veinte, que se encuentra al tomo undécimo de mi
protocolo, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de accionistas número tres, de ZOO BBQ Sociedad Anónima, mediante la
cual se modifica la cláusula novena del pacto constitutivo y se nombra nueva
junta directiva y fiscal.—San José, 22 de setiembre del 2010.—Lic.
Fabio Arturo Guerrero Díaz, Notario.—1 vez.—(IN2010079610).
Por
escritura otorgada ante mí, se constituyó la empresa cuya denominación social es
conforme con el artículo dos del Reglamento para
Por
escritura número ciento veinticinco otorgada en esta notaría, al ser las 14:00
horas del 22 de setiembre de 2010, se protocolizó el acta número cuatro de
asamblea extraordinaria de accionistas de la compañía Agroindustrial E.M.
del Norte Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-503597,
en la cual se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo, referente al
capital social, el que aumenta a la suma de seiscientos millones de
colones.—Al ser las 14:00 horas del 22 de setiembre de 2010.—José
Luis Lee Ching, Notario.—1 vez.—(IN2010079621).
Por
escritura número ciento veintiséis otorgada en esta notaría, al ser las 15:00
horas del 22 de setiembre de 2010, se protocolizó el acta número cuatro de
asamblea extraordinaria de accionistas de la compañía Inmobiliaria Armeji de
Occidente Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-358700,
en la cual se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo, referente al
capital social, el que aumenta a la suma de doscientos millones de
colones.—22 de setiembre del 2010.—Lic. José Luis Lee Ching,
Notario.—1 vez.—(IN2010079622).
Por
escritura otorgada a las 9 horas del día de hoy, se constituye la sociedad
anónima cuyo nombre será su número de cédula jurídica, donde el presidente y el
secretario de la junta directiva tienen poder generalísimo sin límite de suma
actuando en forma conjunta o individual.—San José, 22 de setiembre del
2010.—Lic. Lázaro Broitman Feinzilber, Notario.—1
vez.—(IN2010079623).
Por
escritura otorgada a las 8 horas del día de hoy, se constituye la sociedad
anónima cuyo nombre será su número de cédula jurídica, donde el presidente y el
secretario de la junta directiva tienen poder generalísimo sin límite de suma
actuando en forma conjunta o individual.—San José, 22 de setiembre del
2010.—Lic. Lázaro Broitman Feinzilber, Notario.—1
vez.—(IN2010079624).
Por
escritura otorgada hoy ante mí, se constituye la sociedad que de conformidad
con lo dispuesto en el artículo dos del decreto treinta y tres ciento setenta y
uno- J, y que su nombre corresponderá al número de cédula jurídica que se le
asignará. Domicilio social: Liberia, Guanacaste, cincuenta metros oeste del Bar
Los Chaparros. Plazo: noventa y nueve años. Objeto comercio en general. Capital
social:
diez mil colones.
Presidente: Óscar Leandro Arias Sandoval.—San Ramón, Alajuela, primero de
setiembre del dos mil diez.—Lic. Olger Mario Castro Castro,
Notario.—1 vez.—(IN2010079660).
Por
escritura otorgada hoy ante mí, se constituye la sociedad denominada Arcas
de Occidente Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Arcas de Occidente S.
A. Domicilio social: San Pedro de San Ramón de Alajuela, cien metros
sureste y cien metros norte del Supermercado Rombos. Plazo: noventa y nueve
años. Objeto: comercio y afines. Capital social: diez mil colones. Presidente:
Juan Carlos Aragón Balladares.—San Ramón, Alajuela, siete de setiembre del
dos mil diez.—Lic. Willy Rojas Chacón, Notario.—1
vez.—(IN2010079662).
Por
escritura otorgada ante el suscrito notario en San José, a las 14 horas de hoy,
he procedido a constituir la sociedad anónima que se denominará Panorama
Gamboa Gutiérrez Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Domicilio: San
José. Objeto: actividades comerciales, industriales, agrícolas y ganaderas.
Capital social: ciento veinte mil colones.—San José, 22 de setiembre del
2010.—Lic. Alejandro Montealegre Isern, Notario.—1
vez.—(IN2010079663).
Por
escritura otorgada hoy ante mí, se constituye la sociedad que de conformidad
con lo dispuesto en el artículo dos del decreto treinta y tres ciento setenta y
uno- J y que su nombre corresponderá al número de cédula jurídica que se le
asignará. Domicilio social: Liberia, Guanacaste, cincuenta metros oeste del bar
Los Chaparros. Plazo: noventa y nueve años. Objeto: comercio en general.
Capital social: diez mil colones. Presidente: Óscar Leandro Arias
Sandoval.—San Ramón, Alajuela, primero de setiembre del dos mil
diez.—Lic. Olger Mario Castro Castro, Notario.—1
vez.—(IN2010079664).
Se
ha constituido ante esta notaría la sociedad anónima Comtra Sociedad Anónima.
Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Se ha
nombrado Junta directiva, con presidente y secretario con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma y Agente Residente.—San José,
a las catorce horas del veintidós de setiembre de dos mil diez.—Lic.
Jorge Huertas Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2010079667).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del treinta y uno de
agosto de dos mil diez, se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo
de la sociedad de esta plaza denominada tres-ciento uno-quinientos sesenta y
ocho mil doscientos cuarenta y seis sociedad anónima, para que en adelante
se denomine A&M Central America Consulting Sociedad Anónima.—San
José, catorce de setiembre de dos mil diez.—Lic. Sylvia Montero Gamboa,
Notaria.—1 vez.—(IN2010079675).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del trece de
setiembre del dos mil diez, se constituyó de conformidad con el artículo dos
del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del
catorce de junio del dos mil seis, una sociedad anónima cuya razón social será
la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas
del Registro Nacional. Capital social de diez mil colones. Presidente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 13 de
setiembre del 2010.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1
vez.—(IN2010079676).
Mediante
escritura número veintiocho, otorgada ante esta notaría en la ciudad de
Alajuela, a las ocho horas del veintidós de setiembre del dos mil diez, se modificaron
las cláusulas relacionadas con el domicilio, el capital social, la
administración y se nombró un nuevo gerente y subgerente de la sociedad
denominada Agroservicios Itskatzú Limitada, cédula de persona jurídica
número tres-ciento dos-trescientos noventa y cuatro mil
ochenta.—Alajuela, a las nueve horas del veintidós de setiembre del dos
mil diez.—Lic. Andrea Cordero Montero, Notaria.—1
vez.—(IN2010079682).
Ante
mí, Marvin Aguirre Chaves, notario público de San José, se constituyó la
empresa Grupo Vella Sociedad Anónima, mediante escritura número ciento
ochenta-siete, a las diez horas del veintidós de setiembre del dos mil diez, al
tomo número siete del protocolo del suscrito notario.—Lic. Marvin Aguirre
Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2010079697).
La sociedad
Inversiones Monte Claro Sociedad Anónima, domiciliada en Alajuela,
En
mi notaría se constituyó la sociedad Comercial Iván Limitada. Gerente:
Erick Jiménez Calvo, agente residente: Sergio Elizondo Garófalo.—Heredia,
23 de setiembre del 2010.—Lic. Sergio Elizondo Garófalo, Notario.—1
vez.—(IN2010079721).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del veintiuno de
setiembre del dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Hubco Sociedad
Anónima, se reforma la cláusula segunda y se acepta la renuncia del
tesorero y fiscal y se hacen nuevos nombramientos.—Lic. María Viviana
Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2010079731).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas treinta minutos del
veintiuno de setiembre del dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Olinka
Sociedad Anónima, se reforma la cláusula segunda y se acepta la renuncia
del tesorero y se hace nuevo nombramiento.—Lic. María Viviana Jiménez
Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2010079732).
Mediante
acta de asamblea general extraordinaria celebrada el veinte de setiembre del
dos mil diez, se acuerda disolver la sociedad denominada Representaciones
ISM Internacional Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-quinientos treinta y seis mil quinientos nueve, con domicilio
en San José.—22 de setiembre del 2010.—Lic. Karolina Soto Carballo,
Notaria.—1 vez.—(IN2010079736).
Ante
mí, Ademar Soto Alpízar notario público con oficina abierta en San Pedro de
Poás, Alajuela, a las quince horas del veintidós de setiembre del dos diez, se
reformó la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad Hemu Rental
S. A.—San Pedro de Poás, Alajuela 23 de setiembre del
2010.—Lic. Ademar Soto Alpízar, Notario.—1
vez.—(IN2010079752).
Por
escrituras números ciento siete y ciento diecinueve del tomo noveno de mi
protocolo, otorgada ante la notaria Kembly Mora Salas, respectivamente a las 9
horas, y 12 horas 15 minutos, del 18 y 21 de setiembre del 2010 respectivamente
y en su orden, se constituyeron las siguientes sociedades: Transportes
Darosa Sociedad Anónima y sociedad con denominación de cédula jurídica.
Presidentes son apoderados generalísimos sin límite de suma.—Naranjo, 23
de setiembre del 2010.—Lic. Kembly Mora Salas, Notaria.—1
vez.—(IN2010079765).
Mediante
escritura pública número ochenta y cinco del protocolo número dieciocho de la
notaria Hellen Alfaro Alfaro, otorgada a las catorce horas del diecinueve de
julio dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Pinceladas Don
Carlos Sociedad Anónima, cuyo presidente es el socio Verny Chaverri
Rojas.—Sarchí Norte, veintidós de setiembre del dos mil diez.—Lic.
Hellen Alfaro Alfaro, Notaria.—1 vez.—(IN2010079766).
Mediante
escritura pública número noventa y ocho del protocolo número dieciocho de la
notaria Hellen Alfaro Alfaro, otorgada a las once horas del veintinueve de
julio dos mil diez, se constituyó sociedad anónima denominada Vivero de
Almácigos San Pedro Sociedad Anónima, cuyo presidente es el socio Guillermo
Cubero González.—Valverde Vega, veintidós de setiembre del dos mil
diez.—Lic. Hellen Alfaro Alfaro, Notaria.—1
vez.—(IN2010079767).
Por
escritura otorgada en mi notaría hoy, a las quince horas se constituyó la
sociedad de esta plaza Proyectos CR en Expansión S. A. Capital:
íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años a partir de
hoy. Objeto: inversión y participación en sociedades mercantiles como socia o accionista
y realización de cualquier transacción mercantil, industria, comercio, minería,
piscicultura, agricultura, ganadería, ingeniería y arquitectura. Presidente con
facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma.—San José, 21
de setiembre del 2010.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1
vez.—RP2010197663.—(IN2010079862).
José
Corrales Calderón y Omar Gianino Zelvaggio Tovar, constituyen la sociedad Comercializadora
Novasport Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José; a las trece horas
del dieciséis de setiembre del dos mil diez, ante el notario: Luis Rodrigo
Poveda Rubio, Notario.—1 vez.—RP2010197664.—(IN2010079863).
Por
escritura número 116-49 del tomo 49 del protocolo del notario Casimiro Vargas
Mora, otorgada en esta ciudad, a las ocho horas del 21 de setiembre del 2010,
se constituyen diez sociedades de responsabilidad limitada, cuya denominación
social lo será de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto
Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J, publicado en
Ante
mí, Rafael Salazar Fonseca notario con oficina en Barva dé Heredia, la sociedad
Vive Sistemas y Soluciones Sociedad Anónima modificó la cláusula novena
del pacto constitutivo.—Barva de Heredia, veintiuno de setiembre del dos
mil diez.—Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario.—1
vez.—RP2010197666.—(IN2010079865).
Por
escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del 8 de setiembre del 2010, se
constituyó la sociedad que se denominará Grúas Veinticuatro Siete S. A.,
cuyo capital se encuentra suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 8 de setiembre
del 2010.—Lic. Hugo Alberto Loaiza Blanco, Notario.—1
vez.—RP2010197671.—(IN2010079866).
Por
escritura otorgada ante mí, a las 10:10 horas del 13 de setiembre del 2010, se
constituyó la sociedad que se denominará SoDak September Dieciocho S. A.,
cuyo capital se encuentra suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 13 de
setiembre del 2010.—Lic. Hugo Alberto Loaiza Blanco, Notario.—1
vez.—RP2010197672.—(IN2010079867).
Por
escritura otorgada ante mí, a las 15:15 horas del 20 de setiembre del 2010, se
constituyó la sociedad que se denominará Río Oro San Juan Tres Sociedad
Anónima, cuyo capital se encuentra suscrito y pago.—Ciudad Quesada,
20 de setiembre del 2010.—Lic. Hugo Alberto Loaiza Blanco,
Notario.—1 vez.—RP2010197673.—(IN2010079868).
Por
escritura otorgada ante mí, a las 15:12 horas del 20 de setiembre del 2010, se
constituyó la sociedad que se denominará Pupy San Juan Dos Sociedad Anónima,
cuyo capital se encuentra suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 20 de
setiembre del 2010.—Lic. Hugo Alberto Loaiza Blanco, Notario.—1
vez.—RP2010197674.—(IN2010079869).
Por
escritura otorgada ante mí, a las 15:05 horas del 20 de setiembre del 2010, se
constituyó la sociedad que se denominará Pilas y Perlitas Uno Sociedad
Anónima, cuyo capital se encuentra suscrito y pago.—Ciudad Quesada,
20 de setiembre del 2010.—Lic. Hugo Alberto Loaiza Blanco,
Notario.—1 vez.—RP2010197675.—(IN2010079870).
Por
escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del diez de setiembre del
dos mil diez, Inmobiliaria Italia Sociedad Anónima, protocoliza acta en
donde se reforma la cláusula cuarta de los estatutos.—San Isidro de Pérez
Zeledón, diez de setiembre del dos mil diez.—Lic. Olman Vargas Cubero,
Notario.—1 vez.—RP2010197676.—(IN2010079871).
Por
escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas cinco minutos del diez de
setiembre del dos mil diez, Soda Kuki Sociedad Anónima, protocoliza acta
en donde se reforma la cláusula sétima de los estatutos, se revocan
nombramientos y se hacen nuevos.—San Isidro de Pérez Zeledón, diez de
setiembre del dos mil diez.—Lic. Olman Vargas Cubero, Notario.—1
vez.—RP2010197677.—(IN2010079872).
Sánchez
Parrales Sociedad Anónima, domiciliada en Alajuela, San Carlos, frente a la escuela, cédula
jurídica número tres-ciento uno-cincuenta y nueve mil setecientos sesenta y
tres, modifica cláusulas segunda y sexta de los estatutos y cambia directiva, a
las catorce horas del día veintitrés de agosto del año dos mil diez.—Lic.
Freddy A. Rojas López, Notario.—1
vez.—RP2010197679.—(IN2010079873).
Mediante
escritura otorgada el día de hoy, en mi Notaría, la sociedad Reserva Conchal
S. A., reforma la cláusula quinta del pacto social.—San José, 21 de
setiembre de 2010.—Lic. Ana Lucía Espinoza Blanco, Notaria.—1
vez.—RP2010197681.—(IN2010079874).
Mediante
escritura número doscientos treinta y cinco, otorgada ante esta Notaría a las
once horas del veintiuno de setiembre del año dos mil diez, se constituyó la
sociedad Grupo Financiero Desyfin S. A. Domicilio: San José. Capital:
íntegramente suscrito. Presidente y gerente, apoderados generalísimos sin
límite de suma.—San José, veintiuno de setiembre del año dos mil
diez.—Lic. Mario Valladares Guilá, Notario.—1
vez.—RP2010197682.—(IN2010079875).
Por
escritura otorgada ante esta Notaría, a las diecisiete horas treinta minutos
del día catorce de setiembre del año dos mil diez, se constituyó la sociedad
denominada Transportes Marrobe Sociedad Anónima. Presidente: Francisco
Javier Rodríguez Betta.—Lic. Didier Mena Aguilar, Notario.—1
vez.—RP2010197683.—(IN2010079876).
El
día de hoy el suscrito notario público protocolizó acta de asamblea general extraordinaria
de accionistas de 3-101-567143 s. a., celebrada a las diecisiete horas
del día veinte de setiembre del año dos mil diez, mediante la cual se reforman
las cláusulas del pacto social en cuanto a domicilio social y administración;
además se nombra junta directiva y fiscal.—San José, veintiuno de
setiembre del año dos mil diez.—Lic. Orlando Araya Amador,
Notario.—1 vez.—RP2010197684.—(IN2010079877).
El
día de hoy el suscrito notario público protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de 3-101-569150 s. a., celebrada a las
diecisiete horas del día dieciséis de setiembre del año dos mil diez, mediante
la cual se reforman las cláusulas del pacto social en cuanto a denominación
social, domicilio social y administración; además se nombra junta directiva y
fiscal.—San José, veinte de setiembre del año dos mil diez.—Lic.
Orlando Araya Amador, Notario.—1
vez.—RP2010197685.—(IN2010079878).
Ante
esta Notaría, por escritura número setenta y dos del tomo tercero, se
constituyó la sociedad denominada H&L Proyectos Sociedad Anónima.—Cartago,
20 de setiembre del 2020.—Lic. Federico Calvo Pérez, Notario.—1
vez.—RP20101967686.—(IN2010079879).
Ante
mí, se constituyó Seguridad
Ante
esta Notaría a las 12:30 horas, del 21 de setiembre del 2010, se constituyó la
sociedad Tabacos Don Arnoldo J C S. A.—San José, 21 de setiembre
del 2010.—Lic. Wilberth Garita Mora, Notario.—1
vez.—RP2010197688.—(IN2010079881).
Ante
esta Notaría a las 11:00 horas del 21 de setiembre del 2010, se constituyó la
sociedad Comercializadora Tabacos Exclusivos del Valle S. A.—San
José, 21 de setiembre del 2010.—Lic. Wilberth Garita Mora,
Notario.—1 vez.—RP2010197689.—(IN2010079882).
Ante
esta Notaría a las 15:00 horas del 21 de setiembre del 2010, se constituyó la
sociedad Distribuidora Golden C R S. A.—San José, 21 de setiembre
del 2010.—Lic. Wilbert Garita Mora, Notario.—1
vez.—RP2010197690.—(IN2010079883).
Ante
mí, Alexánder Quesada Venegas, a las siete horas del veintiuno de setiembre del
dos mil diez, la sociedad Mi Corolla Plateado Dos Mil Nueve Sociedad Anónima,
modificó la cláusula segunda, sétima y noventa de la junta directiva.—San
José, veintiuno de setiembre del dos mil diez.—Lic. Alexánder Quesada
Venegas, Notario.—1 vez.—RP2010197691.—(IN2010079884).
Ante
esta Notaría, se constituyó la sociedad Mulstiservicios Universales Hermanos
Urrutia S. A. Capital social: veinte mil colones. Plazo social: cien años.
Representación: el presidente con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma.—San José, 21 de setiembre de 2010.—Lic. Sonia
Montero Briceño, Notaria.—1 vez.—RP2010197692.—(IN2010079885).
En
mi Notaría, se protocolizó acta de la sociedad La casa del Artesano El Yugo
S. A., en la que se aumenta el capital social a la suma de cien mil
colones, representado por cien acciones comunes y nominativas de mil colones
casa una. Se nombra nuevo presidente y secretario.—San José, dieciséis de
setiembre del dos mil diez.—Lic. Giselle Solórzano Guillén,
Notaria.—1 vez.—RP2010197693.—(IN2010079886).
Por
escritura otorgada ante el suscrito notario a las diecinueve horas del
dieciséis de setiembre del dos mil diez, se constituyó la sociedad Hermanos
Gómez Orias GGO S. A. por los socios Amancio Gómez Gutiérrez, Leticia Gómez
Orias, Ronny Gómez Orias, Osvaldo Gómez Orias y Priscilla Gómez Orias. Ostenta
el presidente y vicepresidente la representación judicial y extrajudicial. El
plazo social es de noventa y nueve años. El capital social es la suma de cien
mil colones. El domicilio social es Guanacaste, Cañas, Santa Lucía, cien norte
de la escuela.—Lic. Guillermo Guerrero Corrales, Notario.—1
vez.—RP2010197694.—(IN2010079887).
Por
escritura otorgada hoy ante esta Notaría, se constituyó la sociedad de esta
plaza denominada S.T.M. Montacargas y Repuestos Sociedad Anónima.
Capital: íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: San José. Plazo: cincuenta
años.—San José, 8:00 horas del 14 de setiembre del 2010.—Lic. Raúl
Álvarez Muñoz, Notario.—1 vez.—RP2010197695.—(IN2010079888).
En
escritura de las once horas del veintiuno de setiembre del dos mil diez, se
constituyó la sociedad CME Group S. A. Escritura número doscientos
treinta y ocho.—Lic. Max Alberto Aguilar Rodríguez, Notario.—1
vez.—RP2010197696.—(IN2010079889).
Por
escritura otorgada ante esta Notaría, a las 15:00 horas del 29 de julio del
2010, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la
sociedad Tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta mil quinientos seis
sociedad anónima, se nombra nueva junta directiva y modifica cláusula de
administración. Es todo.—San José, veintinueve de julio del dos mil
diez.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1
vez.—RP2010197698.—(IN2010079890).
Por
escritura otorgada ante esta Notaría, a las 07:00 horas del 15 de julio del
2010, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la
sociedad Tres-ciento uno-seiscientos dos mil setecientos setenta sociedad
anónima, se nombra nueva junta directiva, y se modifica cláusula de
administración. Es todo.—San José, quince de julio del dos mil
diez.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1
vez.—RP2010197699.—(IN2010079891).
Por
escritura otorgada el día de hoy, se modificaron las cláusulas segunda del
domicilio y sétima de la administración de Lujo de Portegolpe Sociedad
Anónima. Presidente y vicepresidente apoderados.—San José, 14:30
horas del 21 de setiembre del dos mil diez.—Lic. Alvis González Garita,
Notario.—1 vez.—RP2010197701.—(IN2010079892).
Por
escritura otorgada a las 14:00 horas del día 13 de febrero del 2010, se
constituyó la sociedad denominada con el nombre de fantasía: Enfoque
Globaldy Dos Cuatro Seis Cero S. A. Presidente: José Andrés Solano Rojas,
secretaria: Lorena Rojas Aguilar, tesorero: Odette Etelgive Aparicio Ujueta.
Plazo: 99 años. Capital: ¢ 10.000,00. Domicilio: San José, Curridabat
condominios José María Zeledón apartamento dieciséis edificio C. Objeto: el ejercicio
amplio del comercio, la industria, la ganadería, la agricultura y bienes
raíces.—Paraíso, 10 de setiembre del 2010.—Lic. Glenda González
Mora, Notaria.—1 vez.—RP2010197702.—(IN2010079893).
Por
escritura doscientos treinta y seis, de las veinte horas del veintiuno de
setiembre de dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad denominada Condominios Vista del Río
Filial Número Cuatro Sociedad Anónima; mediante la cual se reformó la
cláusula tercera del acta constitutiva de la sociedad.—Lic. Francisco
Orlando Salinas Alemán, Notario.—1
vez.—RP2010197705.—(IN2010079894).
Se
hace saber que la sociedad Transporte Regalito de Dios Sociedad Anónima,
portadora de la cédula jurídica número: tres-ciento uno-cuatro-nueve-cinco-tres-siete-nueve,
nombra con las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma,
representación judicial y extrajudicial conforme al artículo mil doscientos
cincuenta y tres del Código Civil a: Julio Antonio Guido Guido, mayor, casado
una vez, empresario de transporte público, con cédula de identidad número
ocho-cero cincuenta y uno-cuatrocientos setenta y cuatro del domicilio Liberia,
Guadalupe.—San José, trece de setiembre 2010.—Lic. Lissett Guido
Peña, Notaria.—1 vez.—RP2010197709.—(IN2010079895).
Por
escritura otorgada ante esta Notaría a las 18:00 horas del 17 de setiembre de
dos mil diez, se constituyó Sabana Ciento Trece Holdings Sociedad de
Responsabilidad Limitada. Capital social: totalmente suscrito y pagado.
Gerente uno y gerente dos son representantes con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma actuando individualmente.—San José, 17
de setiembre de dos mil diez.—Lic. Rogelio Navas Rodríguez,
Notario.—1 vez.—RP2010197710.—(IN2010079896).
Por
escritura otorgada ante esta Notaría a las diecinueve horas del veintiuno de
setiembre de dos mil diez, se protocolizó la asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad de esta plaza Dakota Imaging S. A., en la
cual se acordó modificar la cláusula tercera de los estatutos de la
compañía.—San José, veintiuno de setiembre de dos mil diez.—Lic.
Marco Antonio Abellan Acevedo, Notario.—1
vez.—RP2010197711.—(IN2010079897).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las dieciséis horas del dieciséis de
setiembre del dos mil diez, se constituyó la siguiente sociedad la cual se
denominará Cromático Desarrolladores Gráficos Sociedad Anónima; con
domicilio en Heredia, objeto genérico, plazo 100 años, capital social 10,000
colones; cuyos apoderados generalísimos sin límite de suma serán el presidente:
Maick Quesada Barquero, tesorera: Berenice Barquero Carmona.—San José,
diecisiete de setiembre de 2010.—Lic. Carlos Andrés Abarca Umaña,
Notario.—1 vez.—RP2010197712.—(IN2010079898).
Por
escritura otorgada a las 17:00 horas del 7 de setiembre del 2010, protocolicé
acta de asamblea general extraordinaria de socios de Tico Store Sociedad
Anónima, en que se reforma la cláusula sétima de la administración de la
sociedad y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 16 de setiembre
del 2010.—Lic. Fernando Mora Oreamuno, Notario.—1
vez.—RP2010197713.—(IN2010079899).
El
suscrito notario hago constar, y dejo constancia que el edicto respectivo de Inversiones
Jauja Sociedad Anónima, constituida en escritura: doscientos cincuenta,
visible a folio ciento veintiséis vuelto del tomo sexto de mi protocolo. Es
todo.—Ciudad de Santa Ana, a las catorce horas del veintiuno de setiembre
del dos mil diez.—Lic. Carlos Guerrero Salazar, Notario.—1 vez.—RP2010197715.—(IN2010079900).
En
mi notaria se constituyó Nechel de Guanacaste Sociedad Anónima, capital
totalmente suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado
generalísimo.—San José, 20 de setiembre del 2010.—Lic. Miguel Ángel
Rojas Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2010197717.—(IN2010079901).
Ante
el notario Didier Fallas Hidalgo, por escritura número sesenta y ocho, de las
quince horas treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil diez, se
constituyó la sociedad denominada Agropecuaria Moro Sociedad Anónima,
corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial de la
sociedad con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, ocupando
dicho cargo el señor Juan Egérico Mora Camacho, cédula uno-doscientos noventa y
seis-quinientos veintiocho.—Cartago, veintidós de setiembre del dos mil
diez.—Lic. Didier Fallas Hidalgo, Notario.—1
vez.—RP2010197726.—(IN2010079902).
Mediante
escritura pública número ciento cuarenta y dos, otorgada ante mí, a las 17:00
horas del 20 de setiembre del 2010, se constituyó la sociedad con número de
cédula jurídica como nombre, capital: totalmente suscrito y pagado. Presidente
y secretario con representación judicial y extrajudicial.—Lic. Paul
Tacsan Tacsan, Notario.—1 vez.—RP2010197733.—(IN2010079903).
Mediante
escritura número 178, del tomo 19 de mi protocolo, se constituyó la sociedad
denominada Monte de Tiquicia S. A.—Guadalupe, 10 de setiembre del
2010.—Lic. Aurelia Vargas Segura, Notaria.—1
vez.—RP20102197735.—(IN2010079904).
Mediante
escritura número 177, del tomo 19 de mi protocolo se constituyó la sociedad
denominada Tanisa S. A.—Guadalupe, 10 de setiembre de
2010.—Lic. Aurelia Vargas Segura, Notaria.—1
vez.—RP2010197737.—(IN2010079905).
Por
escritura número doscientos nueve, se constituye la sociedad denominada Sistemas
Solarem Sociedad Anónima. Presidente José Antonio Remón Muñiz. Capital
social: veinte mil colones.—San José, veinte de setiembre del dos mil
diez.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1
vez.—RP2010197738.—(IN2010079906).
Mediante
escritura 42 otorgada ante este notario, a las 8:00 horas del 5 de febrero del
2010, se modifica la cláusula primera de la sociedad New Awakening Solutions
Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-102-576759; y ahora la razón
social será Ernesta Enterprises Sociedad Anónima. También se modifica la
cláusula sétima, y a partir de ahora la sociedad será representada por el
presidente y el tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite
de suma.—Playas del Coco, Guanacaste, 21 de setiembre del 2010.—Lic.
Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1
vez.—RP2010197739.—(IN2010079907).
Luis
Gerardo Villagra Arguedas, Eiter Wainer Villagra Arguedas, Nereida Villagra
Arguedas, Kevin de Jesús Villagra Arguedas, Franklin Villagra Arguedas, Edvin
Roberto Villagra Arguedas, conocido como Edwin Villagra Arguedas, María Rosa
Villagra Arguedas, constituyen la sociedad anónima, su denominación social es
el número de cédula jurídica asignado por el Registro Sección Personas
Jurídicas, de acuerdo al decreto ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y
uno-J publicado en
Rodolfo
Garro Sánchez, Ezequiel Garro Sánchez, constituyen sociedad Garro Bolaños
Construcciones Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse como S. A. Presidente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Escritura número
cincuenta y tres, visible a folios veintiocho vuelto y veintinueve frente
vuelto y treinta frente del tomo número sétimo de mi protocolo de las quince
horas del nueve de setiembre del dos mil diez, hecha ante la notaria Lic.
Sandra Obando Juárez.—Lic. Sandra Obando Juárez, Notaria.—1
vez.—RP2010197741.—(IN2010079909).
Gerardo
Jiménez Jiménez, Joaquín Jiménez Jiménez, constituyen sociedad Servicios de
Mantenimiento SEMA Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse como S. A.
Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.
Escritura número cincuenta y ocho, visible a folios treinta y uno frente y
vuelto treinta y dos frente y vuelto del tomo número sétimo de mi protocolo de
las dieciséis horas del veinte de setiembre del dos mil diez, hecha ante la
notaria. Lic. Sandra Obando Juárez.—Lic. Sandra Obando Juárez,
Notaria.—1 vez.—RP2010197742.—(IN2010079910).
Por
escritura de las 9:00 horas del 9 de setiembre del 2010, se constituyó la
siguiente compañía: E-Business Experts S. A. Presidenta: Alejandra
Aguilar Solís. Domicilio: San José, Escazú,
Ante
esta notaría, a las dieciocho horas del veinte de setiembre del dos mil diez,
se protocoliza en lo conducente el acta número tres de asamblea extraordinaria
y ordinaria de la sociedad Bioasesores y Consultores de Costa Rica Sociedad
Anónima. Nombramiento de junta directiva y reforma de la cláusula octava de
los poderes de la junta directiva en la escritura social.—Lic. Marcela
Calvo Lizano, Notaria.—1 vez.—RP2010197748.—(IN2010079912).
Por
escritura autorizada por el suscrito notario, en Nicoya a las 10:00 horas del
18 de setiembre del 2010, se protocolizó acta de Desarrollos El Guayacán
Real de Costa Rica S. A., por la cual se modifica estatuto y se hace nuevo
nombramiento de tesorero y fiscal.—Nicoya, 18 de setiembre del
2010.—Lic. José Olivier Moreno Paniagua, Notario.—1
vez.—RP2010197749.—(IN2010079913).
Por
escritura autorizada por el suscrito notario en Nicoya a las 8:00 horas del 8
de setiembre del 2010, protocolizo acta de Singsanchu S. A., por la cual
se hace nuevo nombramiento de secretario.—Nicoya, 8 de setiembre del
2010.—Lic. José Olivier Moreno Paniagua, Notario.—1
vez.—RP2010197750.—(IN2010079914).
El
día de hoy ante mí, Lorena Montt Villacura notaria publica con oficina en San
José, se constituyó Tecnojungle S. A. Presidente y secretario con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José,
veintiuno de setiembre del dos mil diez.—Lic. Lorena Montt Villacura,
Notaria.—1 vez.—RP2010197752.—(IN2010079915).
Juan
Ramón Badilla Blanco y Pedro López Cascante, constituyen entidad denominada Serbiotop
del Sur Sur en San Vito Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Serbiotop
S. A., domiciliada en doscientos metros sur de
Por
escrituras públicas otorgadas en mi notaría, al ser las 10:00 horas del 19 de
febrero, y 12:00 horas del 21 de agosto ambos del 2010, protocolicé asamblea
general extraordinaria de socios de la compañía Inversiones El Cafetal
I.E.C. Sociedad de Responsabilidad Limitada, se aumenta el capital social,
modificándose la cláusula quinta de los estatutos; se nombran nuevos gerentes,
y se crea la cláusula décimo tercera de nombramiento de agente residente.—Lic.
Nairy Ulate Molina, Notaria.—1
vez.—RP2010197757.—(IN2010079917).
En
escritura número doscientos tres de esta fecha, protocolicé acta de asamblea de
socios en la cual se cambió junta directiva de Lamja Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica tres-veintisiete mil cuatrocientos
sesenta.—San José, veintidós de setiembre del dos mil diez.—Lic.
Luis Fernando Jiménez Quesada, Notario.—1
vez.—RP2010197759.—(IN2010079918).
Protocolización
de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad
denominada B C Simple Red Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma
la cláusula de la administración y la cláusula del domicilio. Escritura
otorgada en San José, ante el notario público Sergio Aguiar Montealegre, a las
quince horas con treinta minutos del veintiuno de setiembre del dos mil
diez.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1
vez.—RP2010197760.—(IN2010079919).
Los
señores Jainwei Wu Liu, cédula 8-088-012 y Lihua Wu, cédula de residente
115600324405, constituyen Importadora Perla del Oriente S. A., capital
social: 10.000 colones, domicilio social: Alajuela, El Coyol, Súper
Góndolas.—Alajuela, 21 de setiembre del 2010.—Lic. Amalia Bone,
Notaria.—1 vez.—RP2010197762.—(IN2010079920).
Por
escritura otorgada en esta notaría, a las 17:00 horas del 17 de setiembre del
2010, se protocolizaron actas de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de Discovery Two Thousand Nine S. A. y Real Estate
Management & Development S. A., y Tropical Asset Management S. A.,
mediante las cuales se acordó fusionar las compañías prevaleciendo Discovery
Two Thousand Nine S. A., con la consecuente reforma de su cláusula quinta
del pacto social. Por escrituras otorgadas ante la notaría de Marvin Céspedes
Méndez, a las 10:00 y 10:15 horas del 17 de setiembre del 2010, se
protocolizaron actas de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de Real Estate Management & Development S. A. y Tropical
Asset Management S. A., respectivamente.—San José, 20 de setiembre
del 2010.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1
vez.—RP2010197768.—(IN2010079921).
En
la protocolización de acta número seis de la empresa Agencia de Seguros
Corporación Centroamericana de Seguros S. A., por unanimidad se acuerda:
modificar A) Se realiza cambio de número de cédula de residencia del presidente
con facultades de apoderado generalísimo, señor Gabriel Sragovicz
Guterman.—San José, diecisiete de setiembre del dos mil diez.—Lic.
Franklin Solano Venegas, Notario.—1 vez.—RP2010197771.—(IN2010079922).
Por
escritura autorizada por el suscrito notario en San José, a las 11:00 horas del
20 de setiembre de 2010, se protocolizan acuerdos de la asamblea general de Óptima
Investments Puesto de Bolsa de Comercio S. A. en virtud de los cuales se
destituye a un director, renuncian otros y se nombra a los miembros de la junta
directiva.—San José, 20 de setiembre de 2010.—Lic. Rafael Valle
Guzmán, Notario.—1 vez.—RP2010197772.—(IN2010079923).
Yo,
Marco Antonio Fernández López, protocolicé la constitución de diez sociedades de
responsabilidad limitada, que se denominarán de acuerdo por el número de cédula
que les asigne el Registro al momento de su inscripción, domiciliadas en
Escazú, con un capital de doce mil colones, representado por doce cuotas
nominativas: Es todo.—Veintiuno de setiembre de dos mil diez.—Lic.
Marco Fernández López, Notario.—1
vez.—RP2010197773.—(IN2010079924).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del veintisiete de
agosto del dos mil diez, se protocolizó el acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la empresa Desarrolladora Nova Polux
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos noventa y seis
mil setenta y nueve, acordándose aumentar el capital social en la suma de doce
mil colones y nombrar como presidente a: Carlos Alberto Salas Araya, cédula de
identidad número tres-ciento setenta-ochocientos cuarenta y cuatro y como
tesorera a: María Lorena Madrigal Rojas, cédula de identidad número
uno-trescientos noventa y siete- mil ciento veintiocho. Es todo.—San
José, dos de setiembre del dos mil diez.—Lic. Sandra Cerdas Mora,
Notaria.—1 vez.—RP2010197774.—(IN2010079925).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del veintisiete de
agosto del dos mil diez, se protocolizó el acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la empresa Desarrollos Aldebaran Este
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos noventa y
cinco mil quinientos veintinueve, acordándose aumentar el capital social en la
suma de doce mil colones, y nombrar como presidente a: Carlos Alberto Salas
Araya, cédula de identidad número tres-ciento setenta- ochocientos cuarenta y
cuatro, y como tesorera a: María Lorena Madrigal Rojas, cédula de identidad
número uno-trescientos noventa y siete-mil ciento veintiocho. Es
todo.—San José, dos de setiembre del dos mil diez.—Lic. Sandra
Cerdas Mora, Notaria.—1 vez.—RP2010197775.—(IN2010079926).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas quince minutos del
primero de julio del dos mil diez, Importadora de Partes Electrónicas S
& M de Centroamérica Sociedad Anónima, modifica cláusula primera y se
denomina Importadora de Partes Electrónicas S & M Sociedad Anónima.
Es todo.—San José, ocho horas quince minutos del primero de julio del dos
mil diez.—Lic. Jorge Bonilla Peña, Notario.—1
vez.—RP2010197776.—(IN2010079927).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas treinta minutos del
veintisiete de agosto del dos mil diez, se protocolizó el acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la empresa Los Lirios Dorados de
Capadocia y Galacia (LIDOCA) Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-cuatrocientos ochenta mil seiscientos cuarenta y tres, acordándose aumentar
el capital social en la suma de doce mil colones, y que el domicilio de la
sociedad será en Cartago, Barrio El Molino, carretera a Tejar, trescientos
metros al sur de los Padres Salesianos. Es todo.—San José, dos de
setiembre del dos mil diez.—Lic. Sandra Cerdas Mora, Notaria.—1
vez.—RP2010197777.—(IN2010079928).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veintiuno de
setiembre del dos mil diez, Multiservicios Hojancha Sociedad Anónima,
modifica cláusulas de pacto constitutivo y nombra miembros de junta
directiva.—Es todo.—San José, ocho horas del veintiuno de setiembre
del dos mil diez.—Lic. Jorge Bonilla Peña, Notario.—1
vez.—RP2010197778.—(IN2010079929).
Que
en la asamblea extraordinaria de la compañía Fincas de Zarja Merzl Sociedad
Anónima, de las once horas del treinta y uno de agosto del dos mil diez, en
la ciudad de Tamarindo se acordó reformar las cláusulas segunda del domicilio y
novena de la administración.—7 de setiembre del 2010.—Lic. Gabriel
Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—RP2010197779.—(IN2010079930).
Por
escritura otorgada ante el notario Gabriel Chaves Ledezma, a las 15:00 horas
del 16 de julio del 2010, se constituyó la sociedad Pura Vida Tama Security
Limitada.—Tamarindo, nueve horas con diez minutos del ocho de
setiembre del 2010.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1
vez.—RP2010197780.—(IN2010079931).
Ante
esta notaría, al ser las diez horas del día veinte de setiembre de dos mil
diez, se protocolizó el acta número uno de asamblea general extraordinaria de
socios de C Y L Inmobiliaria S. A., mediante la cual se modifican
las cláusulas segunda y sétima de los estatutos de esta sociedad.—San
José, 21 de setiembre de 2010.—Lic. Raquel Hurtado Zamora,
Notario.—1 vez.—RP2010197781.—(IN2010079932).
José
Luis Rojas Castro, María Edith Piedra González y Luis José Rojas Piedra
constituyen la entidad
Por
escritura pública número 157, tomo III, otorgada en Grecia, se protocolizó el
acta uno de la sociedad denominada: Grupo Residencial Home Costa Rica Número
Dos B Sociedad Anónima en la que se aumenta el capital social de dicha
sociedad. Escritura otorgada en Grecia, a las 10 horas 45 minutos del día 31 de
agosto del 2010. Ante el notario Marvin Gerardo Quesada Castro.—Lic.
Marvin Gerardo Quesada Castro, Notario.—1
vez.—RP2010197785.—(IN2010079934).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 21 de julio de 2010,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos cincuenta y seis mil
setecientos treinta s. a., cédula jurídica número 3-101-556730,
mediante la cual se reforma la cláusula sétima del pacto social.—Grecia,
21 de julio de 2010.—Lic. José Francisco Chacón Acuña, Notario.—1
vez.—RP2010197787.—(IN2010079935).
Ante
mí, Mauricio Rojas Valerio, notario público a las doce horas del dos de setiembre
del dos mil diez, mediante escritura pública número ciento cincuenta y
seis-veinticinco se reformó la cláusula novena de los estatutos de la sociedad Fashion
Group Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-505872.—Ciudad
Quesada, San Carlos, 21 de setiembre del 2010.—Lic. Mauricio Rojas
Valerio, Notario.—1 vez.—RP2010197788.—(IN2010079936).
La
sociedad Corporación Cristal de Río Negro I M Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-trescientos veintiún mil quinientos cincuenta y
cuatro, por acuerdo tomado en asamblea extraordinaria de socios celebrada el
veintitrés de agosto del dos mil diez, modifica el pacto constitutivo en su
cláusula segunda y sétima.—Fortuna, primero de setiembre del dos mil
diez.—Lic. Lizbeth Chavarría Soto, Notaria.—1
vez.—RP2010197790.—(IN2010079937).
Que
por escritura otorgada ante la notaría de
En
escritura número 271-19 del tomo 19 de mi protocolo, del día 14 de setiembre
del año en curso, al ser las 12:00 horas, comparecieron los señores Alfonso
Astúa Astúa, cédula de identidad número uno-cero nueve siete dos-cero tres
nueve seis, Etelvina Franco Chacón, cédula de identidad número tres-cero tres
siete cuatro-cero cinco seis seis, Guido Astúa Pérez, cédula de identidad
número uno-cero tres seis siete-cero dos cuatro dos, y Virginia Astúa
Chinchilla, cédula de identidad número nueve-cero cero siete cinco-cero seis
cinco cuatro, para constituir la sociedad Soluciones Empresariales a su
Medida Sociedad Anónima, SEIME Sociedad Anónima.—San
José, 22 de setiembre del 2010.—Lic. Miguel Chacón Alvarado,
Notario.—1 vez.—RP2010197792.—(IN201079939).
Mediante
escritura número cuarenta y seis otorgada ante esta notaría a las dieciséis
horas del veinte de agosto de dos mil diez, se constituye
Mediante
escritura número sesenta y dos otorgada ante esta notaría, a las catorce horas
treinta minutos del trece de setiembre de dos mil diez, se constituye
Por
escrituras otorgadas hoy en esta ciudad a las 10:15 horas ante el suscrito
notario los señores Ignacia Dezey Tabush Fadul y Miguel Yamuni Tabush,
constituyeron la sociedad anónima denominada Distribuidora de Licores Miguel
Yamuni Sociedad Anónima. Domicilio: San José, objeto: comercio en general,
Plazo: 99 años, capital social: cien mil colones suscritos y pagados, Presidente:
Miguel Yamuni Tabush.—San José, 21 de setiembre del 2010.—Lic.
Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1
vez.—RP2010197800.—(IN2010079942).
Por
escrituras otorgadas hoy en esta ciudad a las 10:00 horas ante el suscrito
notario los señores Ignacia Dezey Tabush Fadul y Miguel Yamuni Tabush,
constituyeron la sociedad anónima denominada Distribuidora Miguel Yamuni
Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Objeto: comercio en general. Plazo:
99 años. Capital social: cien mil colones suscritos y pagados. Presidente:
Miguel Yamuni Tabush.—San José, 21 de setiembre del 2010.—Lic.
Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1
vez.—RP2010197801.—(IN2010079943).
Por
escrituras otorgadas hoy en esta ciudad a las 10:45 horas ante el suscrito
notario los señores Ignacia Dezey Tabush Fadul y Miguel Yamuni Tabush,
constituyeron la sociedad anónima denominada Distribuye Licores Yamuni
Sociedad Anónima. Domicilio: San José, objeto: comercio en general, plazo:
99 años, capital social: cien mil colones suscritos y pagados, presidente:
Miguel Yamuni Tabush.—San José, 21 de setiembre del 2010.—Lic.
Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1
vez.—RP2010197802.—(IN2010079944).
Por
escrituras otorgadas hoy en esta ciudad a las 10:30 horas ante el suscrito
notario los señores Ignacia Dezey Tabush Fadul y Miguel Yamuni Tabush,
constituyeron la sociedad anónima denominada Distribuciones Yamuni Sociedad
Anónima. Domicilio: San José. Objeto: comercio en general. Plazo: 99 años.
Capital social: cien mil colones suscritos y pagados, presidente: Miguel Yamuni
Tabush.—San José, 21 de setiembre del 2010.—Lic. Adolfo Rojas
Breedy, Notario.—1 vez.—RP2010197803.—(IN2010079945).
Por
asamblea general extraordinaria de socios de las compañías de esta plaza
denominada Valle Pasotea S. A., protocolizada ante esta notaría a
las 16:30 horas de hoy, en la que se reforman estatutos.—San José, 21 de
setiembre del 2010.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1
vez.—RP2010197804.—(IN2010079946).
Por
escritura otorgada ante esta notaría en San Ramón de Alajuela, a las 11:00
horas del 17 de agosto del 2010, se constituyó la sociedad denominada: Rancho
Don Graciano S. A.—San Ramón, 21 de setiembre del
2010.—Lic. Mario Alexis González Zeledón, Notario.—1
vez.—RP2010197805.—(IN2010079947).
La
suscrita notaria hago constar que por escritura número cuarenta y
cuatro-catorce, otorgada en San José, a las 10:00 horas del 21 de setiembre del
año dos mil diez, se constituyó sociedad denominada S C Eseyce Sociedad
Anónima. Capital íntegramente suscrito y pagado. Presidente con facultades
de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 21 de setiembre
del 2010.—Msc. Marzuneth Víquez Soto, Notaria.—1
vez.—RP2010197806.—(IN2010079948).
La
suscrita notaria hago constar que por escritura otorgada en San José, a las
12:00 horas del 21 de setiembre del año dos mil diez, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de la sociedad Rovigram S. A., en donde
se modifica Junta Directiva.—San José, 21 de setiembre del
2010.—Msc. Marzuneth Víquez Soto, Notaria.—1
vez.—RP2010197807.—(IN2010079949).
Por
escritura otorgada en esta notaría, se constituyó la sociedad Corporación
Panacota S. A., capital totalmente suscrito y pagado, domiciliada en
San Antonio de Belén, objeto el comercio y la industria, presidente apoderado
generalísimo sin límite de suma, plazo noventa y nueve años.—San José, 16
de setiembre del 2010.—Lic. Marco Antonio Lizano Monge, Notario.—1
vez.—RP2010197808.—(IN2010079950).
Por
escritura otorgada en esta notaría, se constituyó la sociedad Topiros Verdes
S. A., capital totalmente suscrito y pagado, domiciliada en San Antonio
de Belén, objeto el comercio y la industria, presidente apoderado generalísimo
sin límite de suma, plazo noventa y nueve años.—San José, 16 de setiembre
del 2010.—Lic. Marco Antonio Lizano Monge, Notario.—1 vez.—RP2010197809.—(IN2010079951).
Que
en escritura otorgada ante mi notaría, de la sociedad denominada Calcam Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y ocho mil
cuatrocientos setenta y cuatro, reforma total de la cláusula quinta: capital
social: se incrementa el capital social en la suma de doce mil colones,
suscritos en acciones comunes y nominales de doce acciones de quinientos mil
colones cada una. Se hace nombramiento de nueva junta directiva recayendo
sobre: presidente: Luis Ricardo Calderón Campos; secretaria: Luz Nora Calderón
Campos; tesorero: Alexis Gerardo Calderón Campos, fiscal: Ligia Isabel Calderón
Campos.—San José, 10 de setiembre del 2010.—Lic. Leticia Pérez
Hidalgo, Notaria.—1 vez.—RP2010197810.—(IN2010079952).
Los
señores Mario Alberto Vargas Ledezma y Lilliana Aragón Durán, constituyen la
sociedad de responsabilidad limitada, la que llevará por nombre su número de
cédula de persona jurídica. Domicilio en San Francisco de Heredia, Residencial
Tenerife casa número 6-A. Plazo 99 años, a partir del 20/09/2010. Capital
social ¢10.000,00. Gerente y subgerente con la representación judicial y
extrajudicial.—San José, 20 de setiembre del 2010.—Lic. José
Joaquín Arias Segura, Notario.—1 vez.—RP2010197813.—(IN2010079953).
Ante
mi notaría por escritura número ciento setenta y dos-sétimo se constituyó la
sociedad Brokers & Traders de Costa Rica R V
Sociedad Anónima; domiciliada en distrito primero, cantón segundo,
provincia de Guanacaste, barrio El Carmen,
Ante
esta notaría se constituyó Residencias Dos Doce de Guachipelín Sociedad
Anónima, capital suscrito y pagado. Es todo.—San José, 22 de
setiembre del 2010.—Lic. Jorge E. Rojas Villarreal, Notario.—1
vez.—RP2010197820.—(IN2010079955).
Por
medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de
Pérez Zeledón, a las quince horas con cincuenta minutos del día veintiuno de
setiembre del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general
extraordinaria de cuotistas de CNC Caminando en las Nubes Contigo
Limitada, por medio de la cual se modifican las cláusulas quinta, sexta
y sétima del pacto social, se revoca el nombramiento del gerente uno y gerente
dos de la compañía, y se nombra nuevo gerente para la compañía.—San
Isidro de Pérez Zeledón, veintiuno de setiembre del dos mil diez.—Lic.
Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1
vez.—RP2010197824.—(IN2010079956).
Por
escritura número sesenta y ocho, del tomo número dos de mi protocolo, otorgada
en la ciudad de San José, a las ocho horas con treinta minutos del día
diecisiete de agosto del año dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada
Corporación Ultratech Sociedad Anónima.—Lic. Randall Vargas Mata,
Notario.—1 vez.—RP2010197825.—(IN2010079957).
Ante
esta notaría, mediante escritura otorgada a las quince horas treinta minutos
del día veinte de setiembre del año dos mil diez, se modifican las cláusulas
segunda y sexta de la sociedad Triskel International TriskelS. A Sociedad
Anónima.—San José, veinte de setiembre del dos mil diez.—Lic.
Carlos Enrique Castro Chávez, Notario.—1
vez.—RP2010197836.—(IN2010079958).
Ante
esta notaría, mediante escritura otorgada a las dieciséis horas del día veinte
de setiembre del año dos mil diez, se modifican las cláusulas segunda y sexta
de la sociedad Samhain Redemption S.R.C.R.C Sociedad
Anónima.—San José, veinte de setiembre del dos mil diez.—Lic.
Carlos Enrique Castro Chávez, Notario.—1
vez.—RP2010197837.—(IN2010079959).
Ante
esta notaría, mediante escritura otorgada a las quince horas del día veinte de
setiembre del año dos mil diez, se modifican las cláusulas segunda y sexta de
la sociedad Plano Partnership Ltd Sociedad Anónima.—San José, 20
de setiembre del 2010.—Lic. Carlos Enrique Castro Chávez,
Notario.—1 vez.—RP2010197838.—(IN2010079960).
Por
escritura número doscientos cuatro, otorgada en San Ramón; a las dieciséis
horas del veintiuno de setiembre del año dos mil diez, Bernardo Antonio Arce
Loaiza y Yajhaira María Sáenz Calvo, constituyeron la sociedad cuya
denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos
del Decreto Ejecutivo número: treinta y tres mil ciento setenta y uno del
veintinueve de mayo del dos mil seis. Duración: noventa y nueve años.
Presidente: Bernardo Antonio Arce Loaiza. Domicilio: Centro, San Ramón,
Alajuela, trescientos metros oeste de
Por
escritura otorgada ante el Notario César Augusto Mora Zahner, a las diez horas
del siete de setiembre del año dos mil diez, se protocolizó acta de la sociedad
Little Orchid Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento
uno-cuatrocientos treinta y un mil setecientos sesenta y uno, reformando su
cláusula segunda y sétima, se nombró nuevo agente residente. Es
todo.—Jacó.—César Augusto Mora Zahner, Notario.—1
vez.—RP2010197842.—(IN2010079962).
Por
escritura número ciento siete-uno, otorgada el día de hoy ante mí, se
constituye una compañía de Responsabilidad Limitada, que llevará por nombre Infinity
Aqua Azul Limitada, con capital social de cien mil colones, Con un Gerente
con facultades de apoderado generalísimo. Domicilio en San José.—San
José, veintiuno de setiembre de 2010.—Lic. Steve Miguel Monge González,
Notario.—1 vez.—RP2010197843.—(IN2010079963).
Por
escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veintidós de julio del año dos
mil diez, se protocolizó acta de la sociedad Tres-ciento uno-quinientos
ochenta mil setecientos treinta sociedad anónima, con cédula jurídica
numero 3-101-580730, reformando sus cláusulas primera, décima y se modifica
Por
escritura número trescientos ochenta y ocho, otorgada ante
Ante
mí, Lic. Miguel Enrique Zamora Azofeifa, notario con oficina en San José,
mediante escritura número 306 de fecha 29 de julio del año 2010, visible al
folio 165 frente, del tomo diecinueve, otorgada a las 15:00 horas, se nombra
nueva junta directiva de la sociedad denominada Nortecal S. A. Así como
el traspaso de acciones de la sociedad. San José, Barrio Córdoba, diagonal al
Liceo Castro Madriz.—San José, 22 de setiembre del 2010.—Lic.
Miguel Enrique Zamora Azofeifa, Notario.—1
vez.—RP2010197847.—(IN2010079966).
El
señor Kenneth Alí Xirinachs Jiménez y la señora Gildania Fernández Segura,
vienen a constituir la sociedad anónima de nombre Grupo Juan Tres-Dieciséis,
Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San Juan de Tibás, a las once horas
del diecisiete de setiembre del dos mil diez.—Bernal Castillo Rojas,
Notario.—1 vez.—RP2010197848.—(IN2010079967).
La
sociedad denominada Profutbol Veinte Veinte S. A., en su acta número uno,
reforma la cláusula segunda de su domicilio social y cláusula octava de su
representación. Escritura otorgada en San Juan de Tibás, a las ocho horas del
tres de setiembre del dos mil diez.—Bernal Castillo Rojas,
Notario.—1 vez.—RP2010197849.—(IN2010079968).
Por
escritura número doscientos cincuenta y uno-cinco, otorgada ante esta notaría,
a las ocho horas del veintidós de setiembre del año dos mil diez, se concluyó
la persona jurídica WJOE Seguridad Sociedad Anónima. Capital suscrito y
pagado. Heredia, ocho horas del veintidós de setiembre del dos mil
diez.—Jorge Eduardo Morales Fernández, Notario.—1
vez.—RP2010197850.—(IN2010079969).
Por
escritura número diecisiete, de las diecinueve horas del catorce de setiembre
del año dos mil diez, en el tomo número tres, de la notaria: Ana Guiselle
Valerio Segura, se constituyó la sociedad Rivera Construcciones ERS S. A.,
el señor Edward Rivera Sánchez es presidente, tiene la representación judicial
y extrajudicial, de la compañía, con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma.—San José, 22 de setiembre del 2010.—Lic. Ana
Guiselle Valerio Segura, Notaria.—1
vez.—RP2010197851.—(IN2010079970).
Por
escritura otorgada ante mí el día de hoy, se constituyó la empresa Price
Depot S. A. Capital social totalmente suscrito y pagado; acciones comunes y
nominativas; plazo noventa y nueve años; domicilio en Limón. Presidente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 16 de
setiembre del 2010.—José Milton Morales Ramírez, Notario.—1
vez.—RP2010197854.—(IN2010079971).
La
empresa Inversiones Tagar S. A., protocoliza acta. Se reforma la
cláusula sétima de los estatutos, se nombra nueva Junta Directiva. Renuncia el
fiscal y se nombra otro.—San José, 22 de setiembre del 2010.—José
Milton Morales Ramírez, Notario.—1
vez.—RP2010197855.—(IN2010079972).
En
mi notaría a las 8:00 horas del 13 de setiembre del dos mil diez, se reforma
las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo y se cambia junta
directiva de la sociedad Global Two Contruction A B S. A.—San
José, 22 de setiembre del 2010.—Mario Arias Agüero, Notario.—1
vez.—RP2010197856.—(IN2010079973).
En
mi notaría a las dieciocho horas del veinte de setiembre del dos
mil diez, se constituyó la
sociedad limitada denominada El Reino de
Por
escritura otorgada ante esta notaría el día 21 de setiembre del
El
día de hoy he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de
Acta
de asamblea extraordinaria de Solís y Morera S. A., a las doce horas del
día 10 de setiembre del año 2010.—Licda. Leyla Rita Calderón Campos,
Notaria.—1 vez.—RP2010197860.—(IN2010079977).
Por
escritura otorgada en esta notaría a las 13:00 horas del 21 de setiembre del
2010, se constituye Nanarasa J y M Ltda.—Licda. Olga María Rivera
Monge, Notaria.—1 vez.—RP2010197861.—(IN2010079978).
Ante
esta notaría, por escritura número noventa y cinco-dos, otorgada a las diez
horas del veintinueve de julio de dos mil diez, se constituye Mal País
Business Administration Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 30 de
julio del año 2010.—Flor de María Martínez Marín, Notaria.—1
vez.—RP2010197863.—(IN2010079979).
Mediante
escritura ciento noventa y tres-dos visible al folio ciento treinta y nueve
frente, del protocolo dos del licenciado Andrés González Anglada, se constituyó
la sociedad denominada Siete Años de Sueños Sociedad Anónima, capital
social representado por doce acciones, comunes y nominativas de mil colones
cada una, representación judicial y extrajudicial a cargo del presidente y
secretario de la junta. Es todo.—Doce horas del seis de setiembre del dos
mil diez.—Lic. Andrés Fco. González Anglada, Notario.—1
vez.—RP2010197864.—(IN2010079980).
Constitución
de 10 sociedades que se constituyeron en su domicilio social en San José, Ipís,
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las 8:00 horas del 21 de setiembre del
2010, se constituye la sociedad Ingeniería Orientada a Datos Sociedad
Anónima. Es todo.—San José, 22 de setiembre del 2010.—Lic.
Guillermo Sánchez Sava, Notario.—1
vez.—RP2010197866.—(IN2010079982).
Mediante
escritura número once otorgada en mi notaría a las 15:00 horas de hoy, se
protocolizó acta de asamblea de accionistas de Inversiones Herrera Aráuz S.
A., mediante la cual se reformó la cláusula sexta de los estatutos,
modificándose entre otros aspectos la conformación de
En
esta Notaria, mediante escritura número cien de las 19:00 horas del 05 de
agosto del dos mil diez, del tomo primero del protocolo de la suscrita Notaria,
se constituyó
En
mi Notaría se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de Good
Times Restaurante Sociedad Anónima, en la que se nombra nueva Junta
Directiva.—San Ramón, 18 de setiembre 2010.—Silvia María Chaves
Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2010197871.—(IN2010079985).
En
mi Notaría se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de Empleados
Express Sociedad Anónima, en la que se nombra nueva Junta
Directiva.—San Ramón, 18 de setiembre 2010.—Lic. Silvia María
Chaves Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2010197872.—(IN2010079986).
En
mi Notaría el día de hoy, se constituyó Remode de Costa Rica Sociedad
Anónima, capital social de diez mil colones, Presidente: Octavio Vargas
Flores. Es todo.—San Ramón de Alajuela, 20 de setiembre del
2010.—Lic. Silvia María Chaves Quesada, Notaria.—1
vez.—RP2010197873.—(IN2010079987).
Por
escritura otorgada ante el notario Diego Soto Solera a las 11:30 horas del
diecisiete de setiembre de dos mil diez. Comunica asamblea general de
accionistas de la sociedad con cédula jurídica 3-102-607835. Cambio de
nombre de la
sociedad de 3-102-607835
S.R.L. a Marsancalu S.R.L. Es todo.—22 de setiembre de
2010.—Lic. Diego Soto Solera, Notario.—1
vez.—RP2010197874.—(IN2010079988).
En
escritura pública otorgada ante mí el día veintidós de setiembre del dos mil
diez, se modificó
Ante
esta notaría por escritura de las ocho horas del dieciséis de setiembre del año
en curso, se nombraron nuevo presidente, tesorero y fiscal, de la sociedad Consorcio
Inmobiliario Cooperativo CIC Sociedad Anónima.—San José, 20 de
setiembre del 2010.—Lic. Mario Alberto Saborío Valverde, Notario.—1
vez.—RP2010197876.—(IN2010079990).
Ante
esta notaría, por escritura de las ocho horas treinta minutos del dieciséis de
setiembre del año en curso, se reformaron las cláusulas segunda, sexta y
sétima, de la sociedad Inmobiliaria Estela Sociedad Anónima y se nombró
nueva junta directiva.— 20 de setiembre del 2010.—Lic. Mario
Alberto Saborío Valverde, Notario.—1
vez.—RP2010197877.—(IN2010079991).
Que
por asamblea general extraordinaria, celebrada el día veinte de setiembre del
dos mil diez, de la sociedad Moffly Sociedad Anónima, se reformó las
cláusulas segunda y la sétima.—San José, 20 de setiembre del
2010.—Lic. María del Rocío Mendoza Castro, Notaria.—1
vez.—RP2010197878.—(IN2010079992).
Que
por asamblea general extraordinaria, celebrada el día veinte de setiembre del
dos mil diez, de la sociedad Figurella Sociedad Anónima, se reformó las
cláusulas segunda y la sétima.—San José, 20 de setiembre del
2010.—Lic. María del Rocío Mendoza Castro, Notaria.—1
vez.—RP2010197879.—(IN2010079993).
Por
escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Corporación
Demisal G. R. F. Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Duración:
noventa y nueve años.—San José, 22 de setiembre del 2010.—Lic. José
A. Zeledón Colombari, Notario.—1 vez.—RP2010197880.—(IN2010079994).
Por
escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Corporación
Roivan G. R. F. Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Duración:
noventa y nueve años.—San José, 22 de setiembre del 2010.—Lic. José
A. Zeledón Colombari, Notario.—1
vez.—RP2010197881.—(IN2010079995).
Por
escritura autorizada a las nueve horas de hoy, se adicionó la escritura
constitutiva de la sociedad Segeléctrica de Costa Rica S. A.,
modificando su razón social por Segeléctrica de Costa Rica C. B. C. S. A.—San
José, seis de setiembre del dos mil diez.—Lic. Manuel Enrique Zúñiga
Urrutia, Notario.—1 vez.—RP2010197882.—(IN2010079996).
Por
escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la empresa Treasure Islan
Trading Company Limitada. Plazo social: noventa y nueve años. Capital
social: cien mil colones. Gerente: apoderado generalísimo sin limitación de
suma.—San Pedro de Montes de Oca, ocho de setiembre del dos mil
diez.—Lic. Juan José Echeverría Brealey, Notario.—1 vez.—RP2010197883.—(IN2010079997).
Por
escritura otorgada hoy ante mí, la empresa Venehorizonte O Dieciséis S. A.,
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, mediante la
cual acepta renuncia de junta directiva y fiscal, hace nuevos nombramientos y
modifica cláusula quinta del pacto social.—San Pedro de Montes de Oca,
dieciséis de setiembre del dos mil diez.—Lic. Juan José Echeverría
Brealey, Notario.—1 vez.—RP2010197884.—(IN2010079998).
Por
escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del 6 de setiembre del 2010,
Mariana Blanco Uhlenhaut y Teodoro Evans Tinoco, constituyen la sociedad Oftalmomédica
S. A.—San José, seis de setiembre del dos mil diez.—Lic. Karla
Villalobos Wong, Notaria.—1
vez.—RP2010197888.—(IN2010079999).
Por
escritura número ciento setenta y dos, otorgada ante esta notaría, a las ocho
horas del primero de setiembre del dos mil diez, se modificó la cláusula
primera en cuanto al nombre de la sociedad, siendo el nuevo nombre de: Constructora
C y L, y la cláusula segunda, en cuanto al domicilio, siendo el nuevo el
siguiente: Cuatro Reinas de Tibás, de
Por
escritura número ciento noventa y dos, otorgada ante esta notaría, a las once
horas del once de setiembre del dos mil diez, se constituyó Romizafa del Sur
Sociedad Anónima.—San José, dieciocho de setiembre del dos mil
diez.—Lic. Juan Ernesto Martínez Fuentes, Notario.—1
vez.—RP2010197891.—(IN2010080001).
Jorge
Arturo Quirós García y Francisco Viales Cruz, constituyen a las doce horas del
doce de marzo del dos mil diez: Joquiga Sociedad Anónima.—Lic.
Johanna Bonilla Ulloa, Notaria.—1
vez.—RP2010197892.—(IN2010080002).
Que
mediante escritura 130-33, de las 10:00 horas del 3 agosto del 2010, ante el
notario Lic. José Francisco Pereira Torres, se otorgó escritura de constitución
de sociedad denominada Salsiricas Calientes y Productos Alimenticios M.A.X.
Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Capital: diez mil colones.
Presiente y apoderado: Jyr Jong Chiou, ciento veinticinco metros norte de
Que
mediante escritura 132-33, de las 15:00 horas del 5 agosto del 2010, ante el
notario Lic. José Francisco Pereira Torres, se otorgó escritura de constitución
de empresa denominada Kateme M.O.T.O. Empresa Individual de Responsabilidad
Limitada. Plazo social: 99 años. Capital: diez mil colones. Gerente y
apoderado: Jyr Jong Chiou, ciento veinticinco metros norte de
Inversiones
Marítimas del Oeste D F M S. A., protocoliza acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de socios.—San José, veintiuno de setiembre del dos mil diez.—Lic.
Juan Manuel Ramírez Villanea, Notario.—1 vez.—RP2010197902.—(IN2010080005).
Distribuidora
Alavesa S. A.,
protocoliza acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
socios.—San José, veintiuno de setiembre del dos mil diez.—Lic.
Juan Manuel Ramírez Villanea, Notario.—1
vez.—RP2010197903.—(IN2010080006).
Por
escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad Termoservicios S. Y S.
S. A. Escritura otorgada en Belén, Heredia, el dieciocho de setiembre del
dos mil diez.—Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea, Notario.—1
vez.—RP2010197904.—(IN2010080007).
Mediante
escritura de las veinte horas del once de setiembre del dos mil diez, otorgada
ante la notaria Ana Grettel Coto Orozco, se constituyó la sociedad VIS
Logistics Sociedad Anónima. La representación judicial y extrajudicial,
estará a cargo del presidente y secretario, quienes tendrán las facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o
separadamente.—San José, veintiuno de setiembre del dos mil
diez.—Lic. Ana Grettel Coto Orozco, Notaria.—1 vez.—RP2010197905.—(IN2010080008).
Por
escritura otorgada ante mí, a las 08:00 horas del 17 de setiembre del 2010, se
modificó la cláusula sétima del pacto social de la sociedad Odontotécnicos
Arte Dental Sociedad Anónima.—Alajuela, 17 de setiembre del
2010.—Lic. Lenin Solano González, Notario.—1
vez.—RP2010197908.—(IN2010080009).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, el día de hoy, se constituyó la sociedad
denominada conforme a lo dispuesto por el Decreto Ejecutivo número trescientos
treinta y uno-setenta y uno-J. Domicilio: centro de Palmares. Presidente: con
facultades de apoderado generalísimo.—Palmares, 9 de agosto del
2010.—Lic. Olivier Rojas Fernández, Notario.—1
vez.—RP2010197912.—(IN2010080010).
El
día de hoy, he protocolizado acta de reforma de la cláusula segunda del pacto
constitutivo de la sociedad de esta plaza denominada: Transsacciones ISH de
Mediante
escritura número ciento diecisiete, del día 21 de setiembre del 2010,
protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Grupo
Lamayo Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas del
pacto constitutivo: segunda: en cuanto al domicilio social y novena: relativa a
la administración de la sociedad.—San José, veintiuno de setiembre del
dos mil diez.—Lic. María Gabriela Biolley Aymerich, Notaria.—1
vez.—RP2010197921.—(IN2010080012).
En
esta notaría, al ser las nueve horas del doce de junio del dos mil nueve, se
procede a protocolizar el acta número nueve, de la sociedad anónima denominada Isamar
Sociedad Anónima, donde se modifica representación, domicilio y junta
directiva.—San José, 20 de setiembre del 2010.—Lic. Víctor Hugo
Avendaño Jiménez, Notario.—1
vez.—RP2010197923.—(IN2010080013).
Por escritura
otorgada en Alajuela, a las dieciséis horas del veinte de setiembre del dos mil
diez, en esta notaría, se constituye la sociedad Inversiones Soley Sociedad
Anónima, con domicilio en provincia de San José, cantón Aserrí, distrito
Salitrillos, barrio San Francisco, del súper setenta ciento cincuenta metros
norte. Presidente: Luis Alejandro Arley Navarro.—Lic. Erika Morera
Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2010197924.—(IN2010080014).
Por
escritura número ciento veintidós-nueve, otorgada esta notaría: notarios
públicos Juan Manuel Godoy Pérez y Rolando Clemente Laclé Zúñiga, a las quince
horas del día seis de setiembre del dos mil diez, se protocoliza el acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad tres-ciento
dos-cuatrocientos setenta y nueve mil novecientos ochenta y ocho sociedad de
responsabilidad limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento
dos-cuatrocientos setenta y nueve mil novecientos ochenta y ocho; mediante la
cual se reforma la cláusula segunda y cláusula sexta a los estatutos
sociales.—San José, dieciséis de setiembre del dos mil diez.—Lic.
Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1
vez.—RP2010197925.—(IN2010080015).
Por
escritura número ciento veinte dos, otorgada esta notaría: notario público Juan
Manuel Cordero Esquivel y Rolando Laclé Zúñiga, a las trece horas del día
veinte de setiembre del dos mil diez, se protocoliza el acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Kyona A.J Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos diez mil
setecientos dieciséis; mediante la cual se reforma la cláusula sétima a los
estatutos sociales.—San José, veinte de setiembre del dos mil
diez.—Lic. Juan Manuel Cordero Esquivel, Notario.—1
vez.—RP2010197927.—(IN2010080016).
Ante
esta notaría, se constituyeron las sociedades: Seis de Marzo S. A.;
Por
escritura otorgada ante mi notaría, a las 15:00 horas del 14 de setiembre del
2010, Condominio Monserrat Casa Número Cinco S. A., se acepta renuncia
de la junta directiva y fiscal y se nombra nueva junta directiva y fiscal y se
solicita al Registro Público corregir el domicilio social.—Cartago, 16 de
setiembre del 2010.—Lic. Carlos Alberto Quesada Román, Notario.—1
vez.—RP2010197929.—(IN2010080018).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, número ciento ochenta y siete, de las
doce horas del día veintiuno de setiembre del dos mil diez, se constituyó la
sociedad anónima API Office Systems S. A., con domicilio social en la
provincia de San José, calle veintidós, avenidas cinco y siete, su capital
social es de cien mil colones, el cual ha sido suscrito y pagado por los socios
y su plazo social es de noventa y nueve años. Es todo.—San José, al ser
las trece horas del día veintiuno de setiembre del dos mil diez.—Lic.
Sandra Moya Serrano, Notaria.—1
vez.—RP2010197930.—(IN2010080019).
Hoy
ante mí se constituyó la sociedad Grupo Villalta Araya & Asociados S. A.
Presidente y vicepresidente como apoderados generalísimos sin límite de suma.
Capital social veinte mil colones.—Cartago, veintitrés de junio del dos
mil diez.—Lic. Juan Pablo Navarro Solano, Notario.—1
vez.—RP2010197931.—(IN2010080020).
Ante
el Licenciado Juan Federico Arias Chacón, se constituyeron cuatro sociedades
que se denominarán según lo dispuesto en el artículo segundo del Decreto
Ejecutivo tres tres uno siete uno-J, publicado en
Por
escritura autorizada por los notarios Gineth Garita Medrano y Mario Alberto
Ramírez Quesada, actuando en el protocolo de la primera, a las 16:30 horas del
16 de setiembre de 2010, fue protocolizada acta de asamblea general
extraordinaria de Economicoscrc S. A., ahora Flowork Engineers S. A.,
mediante la cual se modificó las cláusulas correspondientes a su razón social y
domicilio.—Lic. Mario Alberto Ramírez Quesada, Notario.—1
vez.—RP2010197934.—(IN2010080022).
Por
escritura otorgada a las 17:30 horas del 20 de setiembre del 2010, se
constituye la sociedad Nova Montaña S. A. Presidente: Manuel Alonso
Salas Brenes. Plazo: noventa y nueve años.—Cartago, 20 de setiembre del
2010.—Lic. Laura Cordero Zamora, Notaria.—1
vez.—RP2010197935.—(IN2010080023).
Por
escritura otorgada a las 18:00 horas del 20 de setiembre del 2010, se constituye
la sociedad Los Cinco de mi Mano S. A. Presidente: Manuel Alonso Salas
Brenes. Plazo: Noventa y nueve años.—Cartago, 20 de setiembre del
2010.—Lic. Laura Cordero Zamora, Notaria.—1
vez.—RP2010197836.—(IN2010080024).
En mi
notaría se constituyó sociedad denominada Vebengeva Sociedad Anónima.
Presidente: Eliécer Granados Moya, cédula Nº 3-228-143. Capital social diez mil
colones. Domicilio: Paraíso, Cartago, Urbanización Colinas del Sur, casa número
tres A. Escritura Nº 258 de las 18:00 horas del 13 de setiembre del 2010,
visible al folio 127 vto., tomo 7 de mi protocolo.—Lic. Alexis Elizondo
Campos, Notario.—1 vez.—RP2010197937.—(IN2010080025).
Según
acta número ciento cuatro de Fundación Pax Costarricensis, cedula
jurídica tres- cero cero seis-cero nueve dos dos cero uno, se reforma la
cláusula segunda del acta constitutiva, para que en adelante se lea así:
“Segunda: Del domicilio, su domicilio será en San Pedro de Montes de Oca,
trescientos metros al sur y trescientos metros al este del Banco Nacional,
pudiendo establecer filiales y agencias en cualquier lugar de Costa Rica y
fuera de ella.—Lic. Rita Gerardina Díaz Amador, Notaria.—1
vez.—RP2010197940.—(IN2010080026).
Ante
esta notaría se constituyó a las trece horas del día diecisiete de setiembre de
dos mil diez, la empresa denominada: Marojo Sociedad Anónima.
Presidente: Víctor Julio Sánchez Rivera, cédula número: seis-ciento cincuenta y
tres-novecientos catorce.—San Vito de Coto Brus, Puntarenas, diecisiete
de setiembre de dos mil diez.—Lic. Marianela Álvarez Carazo,
Notaria.—1 vez.—RP20101977945.—(IN2010080027).
Por
escritura otorgada a las 7:00 horas de hoy, protocolicé acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de socios de Inversiones Sueño Verde J.R.
Sociedad Anónima por la cual se modificó las cláusulas II y V de los
estatutos sociales.—San José, 23 de setiembre de 2010.—Lic. Javier
Francisco Aguilar Villa, Notario.—1 vez.—(IN2010080028).
Por
escritura otorgada ante mí a las 9:00 horas del 13 de setiembre del año en
curso, se constituyó la compañía denominada Imguasa de Costa Rica Limitada,
por 100 años, capital social suscrito y pagado.—San José, 23 de setiembre
del 2010.—Lic. José Antonio Gómez Cortés, Notario.—1
vez.—(IN2010080029).
Mediante
escritura pública número ciento seis-veintidós, otorgada a las quince horas del
veintidós de setiembre del dos mil diez ante el notario Jorge M. Ulloa Maduro,
se constituye la sociedad anónima
Ante
mí, Jaime Flores Cerdas, el señor Rodrigo Campos Barquero, con cédula de
identidad número uno-cero ochocientos setenta y nueve-cero quinientos noventa y
dos, constituye una sociedad anónima cuya denominación social será la cedula
que le asigne el Registro Mercantil.—Alajuela veintitrés de setiembre del
dos mil diez.—Lic. Jaime Flores Cerdas, Notario.—1
vez.—(IN2010080036).
Ante
mi notaría, mediante escritura número treinta y cuatro de las dieciséis horas
del veintiuno de marzo del dos mil cinco, adicionada por escritura número
ciento veinticinco de las once horas del veintiséis de julio del dos mil cinco,
ambas del tomo cuarenta y nueve del mi protocolo, se constituyó la sociedad Consultores
Informáticos R & A de Costa Rica S. A. Domicilio social: San José,
Curridabat, de la ferretería El Buen Precio, cuatrocientos metros sur y setenta
y cinco metros este. Presidente con la representación judicial y extrajudicial,
con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Presidente: Marco
Román Hernández.—Lic. Gretta Vargas López, Notaria.—1
vez.—(IN2010080038).
Ante
este notario público, José Fermín Morales Campos, se constituye escritura de la
sociedad C R Cattle Co Sociedad Anónima, traduciéndose C R Ganado Co
Sociedad Anónima pudiendo abreviarse su aditamento final como S. A.,
inscrita en la escritura doscientos veinticuatro iniciada en el folio ciento
treinta y cinco frente, del tomo cuarto de mi protocolo; cuyo capital social
está representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada
una.—Dado en Alajuela a las nueve horas del veintitrés de setiembre del
dos mil diez.—Lic. José Fermín Morales Campos, Notario.—1
vez.—(IN2010080040).
Por
escritura autorizada hoy ante mí, en
Por
escritura otorgada hoy, ante el suscrito Notario, el señor Dainuri Rott
comparece a protocolizar un acta de la asamblea general extraordinaria de cuotistas
de la sociedad de esta plaza Tres-Ciento Dos-Quinientos Quince Mil Ciento
Veintinueve, Ltda., mediante la cual se acuerda eliminar la cláusula décimo
cuarta del pacto constitutivo.—San José, 21 de setiembre del
2010.—Lic. Farid José Ayales Bonilla, Notario.—1
vez.—(IN2010080042).
Yo,
Rodrigo Atmetlla Molina, protocolicé la constitución de la sociedad anónima que
se denominará Impacto Organizacional Sociedad Anónima domiciliada en San
José, Escazú, con un capital de diez mil colones, representado por diez
acciones comunes y nominativas, y representada por su presidente. Es
todo.—Veintitrés de setiembre de dos mil diez.—Lic. Rodrigo
Atmetlla Molina, Notario.—1 vez.—(IN2010080094).
Al
ser las dieciséis horas del dieciséis de setiembre de dos mil diez, se hacen
presentes en mi notaría los señores Celina Salgado Lara y Doris Magaly
Chavarría Díaz, para constituir la sociedad anónima denominada Mangle Negro
Sociedad Anónima, con domicilio en Guanacaste,
Por
escritura otorgada a las once horas de hoy, catorce de setiembre en curso, se
reformó las cláusula décima del pacto social de la sociedad denominada Agencia
Aduanal Arce Campos Sociedad Anónima.—San José, catorce de setiembre
del dos mil diez.—Li. Kattia Rodríguez Morales, Notaria.—1
vez.—(IN2010080096).
Mediante
escritura pública número veintiséis, otorgada a las doce horas del veintitrés
de setiembre de dos mil diez, la suscrita Notaria Pública, constituyó la
sociedad denominada Corporación Gazmar Sociedad Anónima.—San José,
veintitrés de setiembre de dos mil diez.—Lic. Sylvia Montero Gamboa,
Notaria.—1 vez.—(IN2010080098).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las 8:00 horas del 6 de setiembre del
2010, se protocolizó acta de asamblea de socios de tres-ciento
uno-cuatrocientos setenta y cinco mil ochocientos cincuenta y cinco sociedad anónima,
mediante la cual se reformó la cláusula novena, se revocaron cargos y nombraron
nuevos miembros de la junta directiva y fiscal.—San José, 9 de setiembre
del 2010.—Lic. Ana Karine Niño Gutiérrez, Notaria.—1
vez.—(IN2010080099).
Ante
esta notaría, mediante escritura pública Nº 125 otorgada a las 13:35 horas del
23 de setiembre del 2010, se modificaron las cláusulas números segunda y sexta
del pacto constitutivo de la sociedad denominada Property Flow Sociedad
Anónima.—San José, 23 de setiembre del 2010.—Lic. Ericka
Montoya Martínez, Notaria.—1 vez—(IN2010080112).
Ante
esta notaría, mediante escritura pública Nº 124 otorgada a las 13:30 horas del
23 de setiembre del 2010, se modificó la cláusula número sexta del pacto
constitutivo de la sociedad denominada Rocasol Caliza Sociedad Anónima.—San
José, 23 de setiembre del 2010.—Lic. Erika Montoya Martínez,
Notaria.—1 vez.—(IN2010080114).
Por
escritura otorgada ante esta notaría y en esta ciudad a las diez horas del día
veintidós de setiembre del año dos mil diez, los señores José Roberto Ordóñez
Rodríguez e Irene Lapeira Uribe, constituyen Barbecue & More S. A. y
podrá abreviarse en su aditamento S. A. nombre que es de fantasía y que en
español se traduce Barbacoas y Más S. A. Domicilio San José.—Lic.
Juan Matamoros Lizano, Notario.—1 vez.—(IN2010080122).
Ante
esta notaría se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de socios de la sociedad Sunset Real State Sociedad Anónima. Se
modifican las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: primera, la cual
dice: Se denominará Industrias Romarsa de Serigrafía Sociedad Anónima,
Segunda: del domicilio y sétima: de la administración. Es todo.—San José,
catorce de julio de dos mil diez.—Lic. Paul Zúñiga Hernández,
Notario.—1 vez.—(IN2010080140).
A
las once y treinta horas del veintitrés de setiembre del dos mil diez, ante
esta notaría se constituyó la sociedad El Arsenal Sociedad Anónima.
Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma: Alfonso
Chavarría Borgen Domicilio: Moravia, Los Colegios, de Taco Bell, cien metros
oeste y cincuenta metros norte. Plazo noventa y nueve años. Capital social:
diez mil colones.—Lic. Fanny Peña Sandí, Notaria.—1
vez.—(IN2010080159).
En
escritura pública número noventa y uno otorgada a las quince horas del día ocho
de setiembre del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Celulares
El Carmen Sociedad Anónima: con domicilio social en la ciudad de Alajuela,
cantón primero Alajuela, distrito primero Alajuela. Barrio El Carmen de
supermercados Jumbo cien metros oeste y veinticinco metros norte, el plazo es
de noventa y nueve años. El capital social es de diez mil colones, suscrito por
diez acciones comunes, y nominativas de mil colones coda una. Presidenta: Laura
Cortes Sánchez.—Alajuela, veinticuatro de setiembre del dos mil
diez.—Lic. Ana Krizza Montero López, Notaria.—1
vez.—(IN2010080164).
Ante
mi notaría, el siete de agosto del dos mil diez, a las ocho horas, se
constituyó la sociedad denominada Faguba Sociedad Anónima. Se aprueban
los estatutos. Se suscribe y paga el capital social. Se nombró junta directiva,
fiscal y agente residente. Plazo social: noventa y nueve años.—Santa
Cruz, dieciocho de setiembre del dos mil diez.—Lic. Edgar Pizarro
Matarrita, Notario.—1 vez.—(IN2010080168).
Flor
María Delgado Zumbado, comunica que ante su notaría constituyó sociedad anónima
cuya denominación social será Familia Vevi e Hijos Sociedad Anónima;
para dedicarse a toda clase de negocio lícito.—Belén, veintidós de
setiembre del dos mil diez.—Lic. Flor María Delgado Zumbado,
Notaria.—1 vez.—(IN2010080171).
Por
esta escritura otorgada en esta notaría, en San José a las trece horas del día
veintiuno de setiembre del año dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de la sociedad denominada Arco Iris de Luz Noah S. A.,
se reforma cláusula sexta y se nombra junta directiva y fiscal.—San José,
24 de setiembre del 2010.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1
vez.—(IN2010080175).
Por
esta escritura otorgada en esta notaría, en San José a las catorce horas del
día veintiuno de setiembre del año dos mil diez, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Tamarindo Los
Sueños Tres-Ciglio Sociedad Anónima, se reforma cláusula sétima y se nombra
junta directiva y fiscal.—San José, 24 de setiembre del 2010.—Lic.
Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—(IN2010080176).
Ante
esta notaría y mediante escritura ciento diecinueve-ocho, otorgada a las diez
horas del veinte de setiembre de dos mil diez, se constituyó una sociedad
denominada Asesoría y Capacitación Empresarial S. A. Capital social:
cien mil colones, representado por cien acciones comunes y nominativas de mil
colones cada una.—San José, veintiuno de setiembre de dos mil
diez.—Lic. Ronald E. Durán Molina, Notario.—1
vez.—(IN2010080177).
Mediante
escritura número 223, del tomo 11 de mi protocolo, se constituyó la sociedad
denominada Fashion Club Tendencias Sociedad Anónima, nombre que
traducido al español significa Club de Tendencia de Moda Sociedad Anónima.—Lic.
Ramón Gerardo Solís Camacho, Notario.—1 vez.—(IN2010080187).
Mediante
escritura número 227 del tomo 11 de mi protocolo, se constituyó la sociedad
denominada Intru Corve S. A.—Guadalupe, 22 de setiembre de
2010.—Lic. Ramón Gerardo Solís Camacho, Notario.—1
vez.—(IN2010080189).
Mediante
escritura número 226 del tomo 11 de mi protocolo, se protocolizó asamblea de la
sociedad denominada Herma Quidel S. A.—Guadalupe, 22 de setiembre
de 2010.—Lic. Ramón Gerardo Solís Camacho, Notario.—1
vez.—(IN2010080190).
Ante
esta notaría, comparecieran los señores Pablo José Quesada Bermúdez y Rosa
Xinia Bermúdez Morera constituyeron la sociedad Corporación Villas Cleta
Sociedad Anónima, cuya cédula jurídica se asignará oportunamente por el
Registro Público. Capital: diez mil colones, representadas por diez acciones
comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente con la representación
judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma. Domicilio social: la ciudad de Alajuela. Otorgada a las nueve horas del
trece de setiembre del dos mil diez.—Lic. Javier E. Turcios Velásquez,
Notario.—1 vez.—(IN2010080192).
Por
escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 14:00 horas del día 23 de
setiembre del 2010, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad de esta plaza El Poeta de Occidente S.D.P. S.A.D.,
por la que se varía la cláusula primera del nombre a Club Deportivo
Ramonense C.D.R. S.A.D.—San José, 23 de setiembre del
2010.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1
vez.—(IN2010080193).
Por
escritura otorgada hoy ante mí, las señoras Lan Chi Taso Tu y Mariselle Mesén
Villalobos, constituyeron la sociedad Pequeño Rincón S. A. Presidente y
secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma,
actuando conjunta o separadamente.—San José, 23 de setiembre de
2010.—Dr. Mario Alberto Muñoz Quesada, Notario.—1
vez.—(IN2010080194).
Por
escritura pública de las trece horas del día de hoy, protocolicé el acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de El Atardecer de
Guachipelín Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos
veinticuatro mil cuatrocientos cincuenta y tres, mediante la cual se realiza un
incremento de su capital social en la suma de mil colones.—San José, 23
de setiembre de 2010.—Lic. Carlos Alberto Riba Gutiérrez,
Notario.—1 vez.—(IN2010080196).
Por
escritura número doscientos cuarenta y uno, otorgada el día de hoy a las 9:00
horas ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad Imposur Sociedad
Anónima. Con domicilio en San José, Escazú, San Rafael, Guachipelín.
Representada por su presidente con facultades individuales de apoderado
generalísimo sin límite de suma. Con plazo social de cien años.—San José,
24 de setiembre de 2010.—Lic. Carlos Alberto Riba Gutiérrez,
Notario.—1 vez.—(IN2010080197).
Protocolización
del acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa
denominada Ambiderm Centroamérica Sociedad Anónima, en la cual se
acuerda modificar la cláusula octava. Escritura otorgada en San José, al ser
las diecisiete horas, treinta minutos de setiembre de dos mil diez, ante el
notario Roberto Romero Mora. Es todo.—San José, al ser las diecisiete
horas, treinta minutos de setiembre de dos mil diez.—Lic. Roberto Romero
Mora, Notario.—1 vez.—(IN2010080198).
Por
escritura de las diez horas del diecisiete de setiembre de dos mil diez,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Inversiones Marakei
S. A., por la que se reforma la cláusula segunda del pacto social y se
nombran directivos.—Lic. Carlos Enrique Cruz Loría, Notario.—1
vez.—(IN2010080199).
Ante
esta notaría, mediante escritura número ciento cuarenta y seis se protocoliza
asamblea general de accionistas de la sociedad EIE East International
Enterprises S. A., mediante la cual se modifican las cláusulas primera y
cuarta de los estatutos sociales.—San José, veinticuatro de setiembre de
dos mil diez.—Lic. Marco Aurelio Odio Aguilar, Notario.—1
vez.—(IN2010080200).
Por
escritura número 20, otorgada en esta notaría, a las 14:00 horas del 21 de
setiembre del 2010, se protocoliza acta de asamblea general de socios de Corporación
Corbella S. A., en que se modifica la cláusula segunda.—Lic. Esteban
Quesada Murillo, Notario.—1
vez.—RP2010197949.—(IN2010080337).
Mediante
escritura número cien de las ocho horas del veintidós de setiembre del año dos
mil diez, otorgada ante la notaria Jessica Rodríguez Jara, se constituyó la
sociedad denominada Empaques Tropicales Sociedad Anónima y su presidente
es el señor Alexander Piedra Chacón.—San Rafael de Poás, 22 de setiembre
del dos mil diez.—Lic. Jessica Rodríguez Jara, Notaria.—1
vez.—RP2010197950.—(IN2010080338).
Ante
mí, Rafael Salazar Fonseca, notario con oficina en esta ciudad, se constituyó
la sociedad Clínica de Alergias para Niños y Adultos Martínez Álvarez
Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Presidente: Mario
Alberto Martínez Alfonso.—Barva de Heredia, veintidós de setiembre del
año dos mil diez.—Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario.—1
vez.—RP2010197953.—(IN2010080339).
El
suscrito, Eduardo Rojas Arroyo, abogado y notario público; doy fe que ante mí,
se constituyó la sociedad denominada Industria Hondureña del Calzado de
Costa Rica Sociedad Anónima. Corresponderá al presidente y al tesorero la
representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o
separadamente. Escritura otorgada en la ciudad de San Isidro de Pérez Zeledón,
a las dieciséis horas del veintiuno de setiembre del año dos mil diez. Es
todo.—San Isidro de Pérez Zeledón, ocho horas, treinta minutos del
veintidós de setiembre del dos mil diez.—Lic. Eduardo Rojas Arroyo,
Notario.—1 vez.—RP2010197954.—(IN2010080340).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas, treinta minutos del
dos de setiembre de dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada
Inversiones Varfer Los Tinamastes Sociedad Anónima. Cuyo capital social es
de nueve mil colones. Corresponderá al presidente y secretario la representación
judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite
de suma, siendo los señores Dimas Vargas Fernández, cédula uno-seiscientos
treinta y seis-setecientos treinta y nueve y Marino Vargas Fernández, cédula
uno-setecientos veinticuatro-setecientos cuarenta y cuatro,
respectivamente.—San Isidro de Pérez Zeledón, 21 de setiembre de
2010.—Lic. Carlos Enrique Vargas Navarro, Notario.—1
vez.—RP2010197955.—(IN2010080341).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del veinte de setiembre
de dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Constructora y
Ebanistería RLA Sociedad Anónima. Cuyo capital social es de diez mil
colones. Corresponderá al presidente y secretario la representación judicial y
extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma,
siendo los señores Roberto Acuña Sánchez, cédula uno-setecientos cuarenta y
cinco-quinientos cincuenta y uno y Lucía Mora Elizondo, cédula uno-ochocientos
ochenta y tres-quinientos noventa y seis, respectivamente.—San Isidro de
Pérez Zeledón, 20 de setiembre de 2010.—Lic. Carlos Enrique Vargas
Navarro, Notario.—1 vez.—RP2010197956.—(IN2010080342).
En
mi notaría, a las ocho horas del veintitrés de setiembre de dos mil diez,
protocolicé acta de asamblea de Materiales Compuestos de Metal MCM S. A.,
en la que modifiqué la cláusula cuarta del pacto constitutivo referida al
capital social.—Lic. Edgar Rainier Cordero Campos, Notario.—1
vez.—RP2010197963.—(IN2010080343).
En
mi notaría, a las siete horas y treinta minutos del veintitrés de setiembre de
dos mil diez, protocolicé acta de asamblea de Transportes Ávila Castro S. A.,
en la que modifiqué la cláusula quinta del pacto constitutivo referida al
capital social.—Lic. Edgar Rainier Cordero Campos, Notario.—1
vez.—RP2010197964.—(IN2010080344).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la constitución de la sociedad
anónima, compuesta por Héctor Iván Talavera Ramírez, Viria Patricia Talavera
Ramírez, Grace Esperanza Talavera Ramírez, Grace María Ramírez Rodríguez,
constituyen la sociedad anónima Talvera Brother & Sisters Inversiones S.
A. Constituida en San José, a las nueve del día siete de agosto del dos mil
diez. Bufete Sigifredo Delgado Mora, ubicado en San José, Goicoechea,
Guadalupe.—Lic. Sigifredo Delgado Mora, Notario.—1
vez.—RP2010197966.—(IN2010080345).
Por
escritura otorgada ante esta Notaría, a las 09:00 horas del día 17 de setiembre
del 2010, se modificó el pacto social de Tres ciento uno cuatrocientos
noventa y dos mil seiscientos cincuenta y cuatro sociedad anónima.
1) Cláusula segunda, Domicilio social: será en
Por
escritura otorgada ante esta Notaría, a las 08:30 horas del día 17 de setiembre
del 2010, se modificó el pacto social de la sociedad Nickel Cianfanelli
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-quinientos quince mil trescientos ochenta y cuatro: 1) Cláusula primera:
del nombre. La sociedad se denominará Tres ciento uno quinientos quince mil
trescientos ochenta y cuatro sociedad anónima. 2) Domicilio social: será en
Asamblea
general extraordinaria de accionistas, de la sociedad Inversiones
Estratégicas de Eagles Point en el Estado de Stmaca Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno- cuatrocientos cuarenta y un mil trescientos
doce, celebrada a las trece horas del once de agosto del dos mil diez, en el
domicilio social de la sociedad y según consta en el Libro de Asambleas
Generales que para tales efectos lleva la sociedad, se acordó modificar las
cláusulas segunda y octava del Pacto Constitutivo de la sociedad. Es
todo.—Dominical de Osa, Puntarenas, 20 de setiembre del 2010.—Lic.
José Miguel León Hidalgo, Notario.—1
vez.—RP2010197972.—(IN2010080348).
Por
la escritura número 119-49 del tomo 49 del Protocolo del Notario Casimiro
Vargas Mora, otorgada en esta ciudad a las 13:00 horas del veintidós de setiembre
del 2010, la sociedad costarricense denominada Grupo Miguelito de Costa Rica
Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil
trescientos sesenta y dos. Modifica sus Estatutos.—San Isidro de El
General, veintidós de setiembre del 2010.—Lic. Casimiro Vargas Mora,
Notario.—1 vez.—RP2010197973.—(IN2010080349).
Ante
esta Notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad En busca del sueño de los Rodríguez Alfaro.
Se modifican cláusulas primera y cláusula octava. Se nombra
subsecretaria.—San José, veintidós de setiembre del dos mil
diez.—Lic. Margarita Rojas Aguilar, Notaria.—1
vez.—RP2010197976.—(IN2010080350).
Por
escritura número ciento ochenta de las trece horas del seis de agosto del dos
mil diez, visible a tomo seis de mi protocolo se constituyó Jotenani del
Oeste Sociedad Anónima. Capital: íntegramente pagado y suscrito.—San
José, veintiuno de setiembre del dos mil diez.—Lic. Ana Militza Salazar
Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2010197977.—(IN2010080351).
Ante
esta Notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Corporación de Seguros El Gigante S. A. Se
modifica cláusula del plazo.—San José, veintidós de setiembre del dos mil
diez.—Lic. Margarita Rojas Aguilar, Notaria.—1
vez.—RP2010197978.—(IN2010080352).
Por
escritura otorgada ante el suscrito el 22 de setiembre del 2010, se constituyó
la empresa Corporación C. Muba S. A. Domicilio: San Isidro de Coronado.
Objeto: La actividad comercial y empresarial. Presidente con facultades de
apoderado generalísimo.—Lic. Mauro Fernando Mora Peraza, Notario.—1
vez.—RP2010197979.—(IN2010080353).
Por
escritura otorgada ante esta Notaría, a las catorce horas treinta minutos del
dieciséis de setiembre del año dos mil diez, se constituyó la sociedad anónima
denominada Coromax Bohemia Sociedad Anónima. El Plazo es de cien años,
con capital social de cien mil colones, y el presidente es representante con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma actuando conjunta o
separadamente.—Lic. Bernal Chavarría Soley, Notario.—1
vez.—RP2010197980.—(IN2010080354).
Óscar
Adolfo Sanabria Burgos y Linnet Marcella Sanabria Burgos constituyen Sanabria
& Sanabria Asesores S. A. En Puerto Viejo de Sarapiquí, a las 15:00 horas
del 14 de julio del 2010. Escritura 351, folio 181 frente, tomo 13.—Lic.
Gabriela Quesada Brenes, Notaria.—1
vez.—RP2010197981.—(IN2010080355).
En
mi Notaría y mediante escritura número 62 del día de hoy, protocolicé un acta
de Northam Wellington Properties S.A., mediante la cual se modifica la
cláusula del domicilio (Curridabat) y la de administración.—San José, 20
de setiembre del 2010.—Lic. Jorge Sánchez Garbanzo, Notario.—1
vez.—RP2010197982.—(IN2010080356).
Lisandro
Gilberto González Peralta y Gilberto González Loría, constituyen Inversiones
Jennifer S. A. En Puerto Viejo de Sarapiquí, a las 15:00 horas del 20 de
setiembre del 2010. Escritura 60, tomo 13, folio 39 frente.—Lic. Linnet
M. Sanabria Burgos, Notaria.—1 vez.—RP2010197983.—(IN2010080357).
Lisandro
Gilberto González Peralta y Gilberto González Loría constituyen Transportes
González Peralta S. A., en Puerto Viejo de Sarapiquí, a las 14:30 horas del
20 de setiembre de 2010. Escritura 59, tomo 13, folio 36 frente.—Lic.
Linnet M. Sanabria Burgos, Notaria.—1
vez.—RP2010197984.—(IN2010080358).
Ante esta notaría, a las diez horas del quince
de julio del mil diez, Oswaldo Antonio Calidonio Ingles, Juan Ernesto Calidonio
Ingles y Miguel Alfaro Vargas, constituyen sociedad anónima denominada Calidonio
Alfaro Paca Express Sociedad Anónima, pudiéndose abreviar Calidonio
Alfaro Paca Express S. A., con domicilio en Urbanización Los Parques de San
Rafael de San Ramón de Alajuela, ciento veinticinco metros norte de antiguo Auto
Shop, capital social de quince acciones comunes y nominativas de mil colones
cada una, nombran como presidente a Oswaldo Antonio Calidonio Ingles, nombran
como secretario a Juan Ernesto Calidonio Ingles, nombran como tesorero a Miguel
Alfaro Vargas, como apoderados generalísimos sin límite de suma los tres
miembros de junta directiva presidente, secretario y tesorero. Plazo social:
noventa y nueve años, sociedad para el ejercicio del comercio en
general.—Lic. José Alberto Zúñiga López, Notario.—1 vez.—RP2010197986.—(IN2010080359).
Por
escritura otorgada ante mí, a las quince horas del siete de setiembre de dos
mil diez, se constituyó sociedad anónima Danilear Sociedad Anónima.
Presidente: Danilo Ledezma Argüello. Capital social dos millones cuatrocientos
mil colones. Plazo social: noventa años. Domicilio social: Río Claro de
Golfito, provincia de Puntarenas.—Ciudad Neily, 07 de setiembre del
2010.—Lic. Alfredo López Badilla, Notario.—1
vez.—RP2010197988.—(IN2010080360).
Por
escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del siete de setiembre del
dos mil diez, se constituyó sociedad anónima Hotelera Gran Impala Sociedad
Anónima. Presidente: Danilo Ledezma Argüello. Capital social dos millones
cuatrocientos mil colones. Plazo social: noventa años. Domicilio social: Río
Claro de Golfito, provincia de Puntarenas.—Ciudad Neily, 07 de setiembre
del 2010.—Lic. Alfredo López Badilla, Notario.—1
vez.—RP2010197989.—(IN2010080361).
Ante
el suscrito notario, Saúl López López, se constituye la empresa Cairioli del
Sur Sociedad Anónima. Domicilio social: su domicilio será en
La
suscrita notaria pública Xinia Arias Naranjo, hago constar y doy fe que ante
esta notaría, se modificó el pacto constitutivo de la siguiente sociedad
anónima, Mansión on the Mountain S. A., con domicilio en Ojochal, Osa,
Puntarenas, ciento cincuenta metros al este del Hotel Villas
Gaía.—Veintiuno de setiembre del dos mil diez.—Lic. Xinia Arias
Naranjo, Notaria.—1 vez.—RP2010197991.—(IN2010080363).
Mediante
escritura número 119 del tomo 5º del protocolo del notario Enrique Corrales
Barrientos, iniciada al folio 58 vuelto, se reforma el pacto constitutivo de la
sociedad Real de Colima Cala Blanca Cero Treinta y Tres G-E-D
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos
ochenta y tres mil seiscientos dieciocho. Presidente: Renzo Politi Casalino; Vicepresidente:
Fernando Politi Cavalera; Secretario: Genoveffa Casalino Marchione y tesorera:
Gladys Politi Casalino.—San Vito, Coto Brus, 21 de setiembre del
2010.—Lic. Enrique Corrales Barrientos, Notario.—1
vez.—RP2010197992.—(IN2010080364).
Por
escritura otorgada ante mí, se constituyó Criscesa Sociedad Anónima.
Plazo social de noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones
totalmente suscrito y pagado. Representada por su presidente Saúl Velásquez
Zelaya, secretaria: Cecilia Campos Abarca.—Monterrey de San Carlos,
Alajuela, once horas del veintidós de setiembre de dos mil diez.—Lic.
Ricardo Reyes Calix, Notario.—1
vez.—RP2010197994.—(IN2010080365).
Ante
esta notaría se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de
la sociedad Librería Internacional L I Alajuela Sociedad Anónima, que
modifica las cláusulas primera y segunda del pacto constitutivo, procediéndose
a modificar la razón social y el domicilio de la sociedad. Es todo.—San
José, 30 de setiembre del 2010.—Lic. Carlos Alberto Ramírez Aguilar,
Notario.—1 vez.—RP2010199823.—(IN2010083611).
Ante
esta notaría se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de
la sociedad Librería Internacional Barrio Dent Sociedad Anónima, que modifica
las cláusulas primera y segunda del pacto constitutivo, procediéndose a
modificar la razón social y el domicilio de la sociedad. Es todo.—San
José, 30 de setiembre del 2010.—Lic. Carlos Alberto Ramírez Aguilar,
Notario.—1 vez.—RP2010199824.—(IN2010083612).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Por no haber sido posible notificarle en el
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Por
no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido por la
administración, se ordena la notificación por medio de edictos por tres veces
consecutivas en
DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
DE ALAJUELA
SUBGERENCIA DE RECAUDACIÓN
COBRO ADMINISTRATIVO
Por desconocerse el
domicilio actual y habiéndose agotado las formas de localización posibles, para
dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 137 y 169 del Código de
Normas y Procedimientos Tributarios, se procede a notificar por edicto el saldo
deudor del contribuyente o responsable que a continuación se indica:
Requerimiento Nº |
Contribuyente |
Cédula |
Impuesto |
Documento |
Período |
Monto(* ) |
1911001522184 |
CANARICA PUNTO COM S. A. |
3101333430 |
SANCIÓN |
9222000246155 |
12-2005 |
9.173.324,00 |
(*)
Devenga intereses y recargos de ley.
Se concede
un plazo de quince días a partir del tercer día hábil de esta publicación, para
que el contribuyente arriba indicado cancele la deuda, de no hacerlo, el caso
será trasladado a
Administración Tributaria de Heredia
SUBGERENCIA DE
FISCALIZACIÓN
Nº ED-DGT-ATH-F-019-2010.—Por desconocerse el domicilio fiscal
actual y habiéndose agotado las formas de localización posibles, para dar
cumplimiento a lo establecido en el inciso “d” del artículo 137 del
Código de Normas y Procedimientos Tributarios, se procede a notificar por
edicto la resolución confirmatoria del contribuyente que a continuación se
indica:
Nº cédula |
Contribuyente |
Documento |
Impuesto |
Período fiscal |
Monto adeudado |
3-101-182391 |
Cayro de Costa
Rica Internacional S. A. |
AUF-04-R-044-2010 Revocatoria |
Renta |
2008 |
¢1.809.233,00 |
*Más recargos de ley *
Se
le informa al interesado que dentro del plazo de quince días, contados a partir
del tercer día hábil siguiente a la publicación de este edicto, podrá interponer
contra esta resolución el recurso de revocatoria y apelación, en
Nº ED-DGT-ATH-F-015-2010
Por desconocerse el domicilio fiscal actual y habiéndose agotado las
formas de localización posibles, para
dar cumplimiento a lo establecido en el inciso “d” del
artículo 137 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, se procede a
notificar por edicto la resolución
confirmatoria del contribuyente que a continuación se indica:
N° cédula |
Contribuyente
|
Documento
|
Período Fiscal
|
Sanción |
Monto adeudado |
1-902-808 |
Marco Aurelio Madrigal Lobo |
ATH-313-2010 Liquidación |
09/2005 V 2005.R |
Artículo 81 (75%) |
¢3.679.277,00 |
*Más recargos de ley *
Se
le informa al interesado que dentro del plazo de quince días, contados a partir
del tercer día hábil siguiente a la publicación de este edicto, podrá
interponer contra ésta resolución el recurso de revocatoria y apelación, en
DIRECCIÓN NACIONAL DE
PENSIONES
De
conformidad con resolución RMT-2648-
De
conformidad con resolución RMT-2841-2010 de las nueve horas del día 27 de julio
del 2010.
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
INMOBILIARIO
Se
hace saber a: Rafael Ángel Zúñiga Córdoba, cédula Nº 1-194-756, propietario
registral de la finca del partido de San José, 483951; a Gloria Vargas Montoya,
cédula Nº 1-224-601, en calidad de beneficiaria del régimen de patrimonio
familiar de la finca del partido de San José, 483951, documento inscrito en
citas al tomo: 411, asiento: 9368, que en este Registro se iniciaron
diligencias administrativas de oficio, por la supuesta duplicidad del plano en
las fincas del partido de San José Nos. 402795 y 483951, que publicitan el
mismo plano catastrado SJ-6388-1991. En virtud de lo denunciado esta Asesoría,
mediante resolución de las 09:00 horas del 01 de junio del 2010, se ordenó
consignar advertencia administrativa sobre las fincas del partido de San José
Nos. 402795 y 483951. Mediante resolución de las 07:00 horas del 7 de junio del
2010, se brindó audiencia de ley a las partes, siendo que fue devuelto el
certificado de correos RR023483301CR dirigido a Gloria Vargas Montoya, el
certificado de correos dirigido a Rafael Ángel Zúñiga Córdoba con la indicación
de “domicilio desconocido”, con el fin de cumplir con el debido
proceso, por resolución de las 13:00 horas del 8 de setiembre del 2010, se
autorizó la publicación por única vez para conferirle audiencia a la persona
indicada, contados a partir del día siguiente de la última publicación del
edicto en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ministerio de Comercio Exterior: Que en virtud de que no fue posible
localizar la citada empresa en la dirección consignada en el expediente
administrativo, tal y como consta en las Actas de Notificación de las once
horas, del día dieciocho de mayo del año dos mil diez, con fundamento en los
artículos 241 y 242 de
DMR-00092-10.—San José, a las dieciséis horas cuarenta y siete
minutos del día tres de setiembre del año dos mil diez.
Procedimiento
Administrativo seguido a la empresa Gemtronics Sociedad Anónima, con cédula
jurídica número 3-101-111973, representada por el señor Gerardo Morales Buganza,
mayor, cédula de identidad nueve-cero diecisiete-trescientos veinte, en su
condición de Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de
suma.
I.—Que
por Acuerdo Ejecutivo N° 273-90, publicado en el Diario Oficial
II.—Que
mediante oficios G.O.3333-06 de fecha 30 de noviembre de 2006 y G.O. 1542-08 de
fecha 14 de mayo de 2008,
III.—Que mediante
resolución del Poder Ejecutivo DMR-00048-10 de las trece horas del día
veintiuno de mayo del año dos mil diez, se dispuso la tramitación del
Procedimiento Administrativo a la empresa Gemtronics, S. A. Asimismo mediante
resolución del Órgano Director del Procedimiento Administrativo, OD-034-10-001
de las dieciséis horas del día dos de julio de dos mil diez, se dio inicio al
citado procedimiento y se convocó a la empresa a una comparecencia oral y
privada a realizarse a las diez horas del día treinta de agosto del dos mil
diez, en
IV.—Que
a la comparecencia, celebrada en la fecha y hora antes citada no se presentó
ningún representante de la empresa, ni se ha hecho llegar a este expediente
prueba de descargo alguna.
I.—Que el artículo 19 de
II.—Asimismo el
numeral 32 de la citada Ley 7210, igualmente incorporado en la resolución de
inicio, establece la posibilidad de que el Ministerio de Comercio Exterior
imponga una multa hasta de trescientas veces el salario base de acuerdo con la
definición del artículo 2 de
III.—Que adicionalmente a las normas citadas resultan
aplicables en la tramitación de este procedimiento administrativo los artículos
62 y 67, del actual Reglamento a
IV.—De
acuerdo con los anteriores planteamientos y con la prueba que está incorporada
en el expediente, se tienen como hechos probados de interés en este
procedimiento los siguientes:
1) Que por
Acuerdo Ejecutivo N° 273-90, publicado en el Diario Oficial
2) Que la
empresa Gemtronics, Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-111973,
fue debidamente intimada y notificada de la realización de este procedimiento,
de los hechos que se le atribuyen, así como de la citación para la
comparecencia oral y privada. (Ver folios
3) Que la
empresa Gemtronics, Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-111973,
no se presentó a la comparecencia oral y privada ni aportó prueba de descargo
en este procedimiento. (ver folio 29 del expediente
administrativo).
4) Que la
empresa Gemtronics, Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-111973
no presentó los informes anuales de operaciones de los períodos 2000 al 2007
asimismo cesó operaciones sin realizar los procedimientos correspondientes.
(Ver folios
V.—De conformidad con todo lo expuesto anteriormente y la documentación que
consta en el expediente respectivo este Despacho formula las siguientes consideraciones
y conclusiones:
Este procedimiento
administrativo ha sido iniciado con fundamento en la información suministrada
por
Sobre los hechos
detallados en los informes remitidos por Procomer, así como en la resolución
OD-034-10-001, tenemos que, tal como se viene de indicar la empresa no se
presentó a la comparecencia respectiva ni aportó al expediente prueba de
descargo alguna acerca de los incumplimientos que le fueron atribuidos. Ahora
bien, frente a las circunstancias expuestas, en nuestro criterio, cobra
especial importancia, el hecho de que la empresa Gemtronics, S. A., como
beneficiaria del Régimen de Zonas Francas adquirió responsabilidades
determinadas tanto legal y reglamentariamente, como contractualmente, las
cuales no cumplió como debía hacerlo en su condición de beneficiaria de un
régimen de favor fiscal. Por otra parte, tampoco puede ignorarse que no
obstante el conocimiento de la existencia de los incumplimientos así como de la
trascendencia de los mismos los personeros de la empresa no acudieron a la
comparecencia de interés, ni han aportado prueba documental alguna sobre las
circunstancias antes apuntadas.
En la especie, según se
ha expuesto, este Despacho tiene por demostrados los graves incumplimientos de
la empresa (hecho probado 4), sean no presentación del informe anual de
operaciones durante los períodos 2000 al 2007 y cese de operaciones sin el
cumplimiento de los trámites que disponen las normas aplicables en la materia,
aspectos que, en nuestro criterio, constituyen falta grave que ameritan
proceder con la revocatoria del Régimen respecto de la misma. Así las cosas, en
nuestro criterio, acorde con las pruebas aportadas a este expediente sobre los
incumplimientos acreditados y la falta de interés de la empresa, para enfrentar
este procedimiento, lo procedente es revocar el Régimen de Zona Franca a la
empresa Gemtronics, S. A., con cédula jurídica número 3-101-111973. Por
tanto,
Con
fundamento en los hechos y consideraciones antes expuestos y en los numerales
19 incisos e) y g), 32, incisos c), h) y l) y 33, de
Ministerio
de Comercio Exterior: Que en virtud de que no fue posible localizar la citada
empresa en la dirección consignada en el expediente administrativo, tal y como
consta en las Actas de Notificación de las once horas, del día dieciocho de
mayo del año dos mil diez, con fundamento en los artículos 241 y 242 de
DMR-00093-10.—San José, a las dieciséis horas cincuenta minutos
del día tres de setiembre del año dos mil diez.
Procedimiento
Administrativo seguido a la empresa Artesanos de Ensamblaje y Producción,
ADEPSA, S. A., con cédula jurídica número 3-101-316458, representada por la
señora Ana Isabel Herrera Camacho, mayor, empresaria, vecina de San José,
cédula de identidad uno-trescientos siete-doscientos diez, en su condición de
Apoderada Generalísima, sin límite de suma.
Resultando:
I.—Que
por Acuerdo Ejecutivo N° 299-2002 de fecha 12 de julio de 2002, publicado en el
Diario Oficial
II.—Que mediante
oficios G.O. 1542-08 de fecha 14 de mayo de
III.—Que mediante
resolución del Poder Ejecutivo DMR-0025-10 de las catorce horas del día tres de
febrero del año dos mil diez, se dispuso la tramitación del Procedimiento
Administrativo a la empresa Artesanos de Ensamblaje y Producción ADEPSA, S. A.
Asimismo mediante resolución del Órgano Director del Procedimiento
Administrativo, OD-0026-10-001 de las dieciséis horas treinta minutos del diecisiete
de mayo de dos mil diez, se dio inicio al citado procedimiento y se convocó a
la empresa a una comparecencia oral y privada a realizarse a las trece horas
del día cuatro de agosto del dos mil diez en
IV.—Que
a la comparecencia, celebrada en la fecha y hora antes citada no se presentó
ningún representante de la empresa, ni se ha hecho llegar a este expediente
prueba de descargo alguna.
I.—Que el artículo 19 de
II.—Asimismo el
numeral 32 de la citada Ley 7210, igualmente incorporado en la resolución de inicio,
establece la posibilidad de que el Ministerio de Comercio Exterior imponga una
multa hasta de trescientas veces el salario base de acuerdo con la definición
del artículo 2 de
III.—Que adicionalmente a las normas citadas resultan
aplicables en la tramitación de este procedimiento administrativo los artículos
62, 67 y 68, del actual Reglamento a
IV.—De
acuerdo con los anteriores planteamientos y con la prueba que está incorporada
en el expediente, se tienen como hechos probados de interés en este
procedimiento los siguientes:
1) Que por
Acuerdo Ejecutivo N° 299-2002 de fecha 12 de julio de 2002, publicado en el
Diario Oficial
2) Que la
empresa Artesanos de Ensamblaje y Producción, ADEPSA, S. A., con cédula
jurídica número 3-101-316458, fue debidamente intimada y notificada de la
realización de este procedimiento, de los hechos que se le atribuyen, así como
de la citación para la comparecencia oral y privada. (Ver folios
3) Que la
empresa Artesanos de Ensamblaje y Producción, ADEPSA, S. A., con cédula
jurídica número 3-101-316458, no se presentó a la comparecencia oral y privada
ni aportó prueba de descargo en este procedimiento. (ver
folio 43 del expediente administrativo).
4) Que la
empresa Artesanos de Ensamblaje y Producción, ADEPSA, S. A., con cédula
jurídica número 3-101-316458 no presentó los informes anuales de operaciones de
los períodos 2007 y 2008, asimismo cesó operaciones sin realizar los
procedimientos correspondientes y sufrió un atraso mayor en el pago del canon
por uso del Régimen de Zonas Francas (ver folios 2 al 21 del expediente
administrativo).
V.—De conformidad con todo lo expuesto anteriormente y la documentación que
consta en el expediente respectivo este Despacho formula las siguientes
consideraciones y conclusiones:
Este
procedimiento administrativo ha sido iniciado con fundamento en la información
suministrada mediante oficios G.O. 1542-08 de fecha 14 de mayo de
Sobre los hechos
detallados en los informes remitidos por PROCOMER, así como en la resolución
OD-0026-010-001, tenemos que, tal como se viene de indicar la empresa no se
presentó a la comparecencia respectiva ni aportó al expediente prueba de
descargo alguna acerca de los incumplimientos que le fueron atribuidos. Ahora
bien, frente a las circunstancias expuestas, en nuestro criterio, cobra especial
importancia, el hecho de que la empresa Artesanos de Ensamblaje y Producción
ADEPSA, S. A., como beneficiaria del Régimen de Zonas Francas adquirió
responsabilidades determinadas tanto legal y reglamentariamente, como
contractualmente, las cuales no cumplió como debía hacerlo en su condición de
beneficiaria de un régimen de favor fiscal. Por otra parte, tampoco puede
ignorarse que no obstante el conocimiento de la existencia de los
incumplimientos así como de la trascendencia de los mismos los personeros de la
empresa no acudieron a la comparecencia de interés, ni han aportado prueba
documental alguna sobre las circunstancias antes apuntadas.
En la especie, según se
ha expuesto, este Despacho tiene por demostrados los graves incumplimientos de
la empresa (hecho probado 4), sean no presentación del informe anual de
operaciones durante los períodos 2007 y 2008, cese de operaciones sin el
cumplimiento de los trámites que disponen las normas aplicables en la materia,
y falta del pago del canon por uso del Régimen de Zonas Francas, aspectos que,
en nuestro criterio, constituyen falta grave que amerita proceder con la
revocatoria del Régimen respecto de la misma. Así las cosas, de acuerdo con las
pruebas aportadas a este expediente sobre los incumplimientos acreditados y la
falta de interés de la empresa, para enfrentar este procedimiento, es lo
procedente es revocar el Régimen de Zona Franca a la empresa Artesanos de
Ensamblaje y Producción, ADEPSA, S. A., con cédula jurídica número
3-101-316458. Por tanto,
Con
fundamento en los hechos y consideraciones antes expuestos y en los numerales
19 incisos e) y g), 32, incisos c), h) y l) y 33, de
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Ministerio de Comercio Exterior: Que en virtud de que no fue posible
localizar la citada empresa en la dirección consignada en el expediente
administrativo, tal y como consta en las Actas de Notificación de las diez
horas, del día dieciocho de mayo del año dos mil diez, con fundamento en los
artículos 241 y 242 de
DMR-00089-10.—San José, a las dieciséis horas treinta y cinco
minutos del día tres de setiembre del año dos mil diez.
Procedimiento Administrativo seguido a la empresa Sigma DAM Accesorios
Eléctricos de Centroamérica S. A. cédula jurídica número 3-101-157890,
representada por el señor David Aguilar Fong, mayor, soltero, economista,
vecino de San Francisco de Dos Ríos, cédula de identidad 1-416-917, en su
condición de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma.
Resultando
1º—Que por Acuerdo Ejecutivo N° 125-94 de fecha 21 de noviembre
de 1994, publicado en el Diario Oficial
2º—Que
mediante oficios G.O.3333-06 de fecha 30 de noviembre de 2006 y G.O. 1542-08 de
fecha 14 de mayo de 2008,
3º—Que
mediante resolución del Poder Ejecutivo DMR-00029-10 de las nueve horas del día
dieciséis de febrero del año dos mil diez, se dispuso la tramitación del
Procedimiento Administrativo a la empresa Sigma DAM Accesorios Eléctricos de
Centroamérica S. A. Asimismo mediante resolución del Órgano Director del
Procedimiento Administrativo, O.D.-027-10-001 de las dieciséis horas cincuenta
minutos del diecisiete de mayo de dos mil diez, se dio inicio al citado
procedimiento y se convocó a la empresa a una comparecencia oral y privada a
realizarse a las dieciséis horas del día cuatro de agosto de dos mil diez en la
sede del Órgano Director. Ambas resoluciones fueron debidamente notificadas
mediante publicación en el Diario Oficial
4º—Que
a la comparecencia, celebrada en la fecha y hora antes citada no se presentó
ningún representante de la empresa, ni se ha hecho llegar a este expediente
prueba de descargo alguna.
Considerando:
I.—Que el artículo 19 de
II.—Asimismo
el numeral 32 de la citada Ley N° 7210, igualmente incorporado en la resolución
de inicio, establece la posibilidad de que el Ministerio de Comercio Exterior
imponga una multa hasta de trescientas veces el salario base de acuerdo con la
definición del artículo 2 de
III.—Que
adicionalmente a las normas citadas resultan aplicables en la tramitación de
este procedimiento administrativo los artículos 62 y 67, del actual Reglamento
a
IV.—De
acuerdo con los anteriores planteamientos y con la prueba que está incorporada
en el expediente, se tienen como hechos probados de interés en este
procedimiento los siguientes:
1) Que
por Acuerdo Ejecutivo N° 125-94 de fecha 21 de noviembre de 1994, publicado en
el Diario Oficial
2) Que la empresa Sigma DAM Accesorios Eléctricos de Centroamérica S.
A., con cédula jurídica número 3-101-157890, fue debidamente intimada y
notificada de la realización de este procedimiento, de los hechos que se le
atribuyen, así como de la citación para la comparecencia oral y privada. (Ver
folios
3) Que la empresa Sigma DAM Accesorios Eléctricos de Centroamérica S.
A., no se presentó a la comparecencia oral y privada ni aportó prueba de
descargo en este procedimiento. (ver folio 24 del expediente administrativo).
4) Que la empresa Sigma DAM Accesorios Eléctricos de Centroamérica S.
A., con cédula jurídica número 3-101-157890 no presentó los informes anuales de
operaciones de los períodos 1999 al 2007 asimismo cesó operaciones sin realizar
los procedimientos correspondientes (Ver folios
V.—De conformidad con todo lo expuesto anteriormente y la
documentación que consta en el expediente respectivo este Despacho formula las
siguientes consideraciones y conclusiones:
Este
procedimiento administrativo ha sido iniciado con fundamento en la información
suministrada por
Sobre
los hechos detallados en los informes remitidos por PROCOMER, así como en la
resolución O. D.-027-10-001, tenemos que, tal como se viene de indicar la
empresa no se presentó a la comparecencia respectiva ni aportó al expediente
prueba de descargo alguna acerca de los incumplimientos que le fueron
atribuidos. Ahora bien, frente a las circunstancias expuestas, en nuestro
criterio, cobra especial importancia, el hecho de que la empresa Sigma DAM
Accesorios Eléctricos de Centroamérica S. A., como beneficiaria del Régimen de
Zonas Francas adquirió responsabilidades determinadas tanto legal y
reglamentariamente, como contractualmente, las cuales no cumplió como debía
hacerlo en su condición de beneficiaria de un régimen de favor fiscal. Por otra
parte, tampoco puede ignorarse que no obstante el conocimiento de la existencia
de los incumplimientos así como de la trascendencia de los mismos los
personeros de la empresa no acudieron a la comparecencia de interés, ni han
aportado prueba documental alguna sobre las circunstancias antes apuntadas.
En la
especie, según se ha expuesto, este Despacho tiene por demostrados los graves
incumplimientos de la empresa (hecho probado 4), sean no presentación del
informe anual de operaciones durante los períodos 1999 al 2007 y cese de operaciones
sin el cumplimiento de los trámites que disponen las normas aplicables en la
materia, aspectos que, en nuestro criterio, constituyen falta grave que
ameritan proceder con la revocatoria del Régimen respecto de la misma. Así las
cosas, en nuestro criterio, acorde con las pruebas aportadas a este expediente
sobre los incumplimientos acreditados y la falta de interés de la empresa, para
enfrentar este procedimiento, lo procedente es revocar el Régimen de Zona
Franca a la empresa Sigma DAM Accesorios Eléctricos de Centroamérica S. A., con
cédula jurídica número 3-101-157890. Por tanto:
Con
fundamento en los hechos y consideraciones antes expuestos y en los numerales
19 incisos e) y g), 32, incisos c), h) y l) y 33, de
PROCEDIMIENTOS
PARA
UTILIDADES, SEGÚN EL ACUERDO
SUGEF
6-05 PUBLICADO EN
DEL 29 DE DICIEMBRE DEL 2005
Aviso
de devolución de excedentes
Banco de Costa Rica, Unidad de Bienes Adquiridos a todas las entidades
supervisadas por
De
acuerdo con lo establecido en el Acuerdo SUGEF 6-05 correspondiente al
Reglamento sobre la distribución de utilidades por la venta de bienes
adjudicados (artículo 1 de
Se
notifica a las entidades supervisadas por
1. Entidades
supervisadas por
1.1 Bancos
comerciales del Estado
Banco Crédito Agrícola de Cartago, Banco
Nacional de Costa Rica
1.2 Bancos
creados por Leyes Especiales
Banco Hipotecario de
1.3 Bancos
privados y cooperativos
Banco BAC San José S. A., Banco BCT S. A.,
Banco Cathay de Costa Rica S. A., Banco Citibank de Costa Rica S. A., Banco CMB
(Costa Rica) S. A., Banco General (Costa Rica) S. A., Banco HSBC (Costa Rica)
S. A., Banco Improsa S. A., Banco Lafise S. A., Banco Promérica de Costa Rica
S. A., Scotiabank de Costa Rica S. A.
1.4 Empresas
financieras no bancarias
Financiera Acobo S. A., Financiera Cafsa S.
A., Financiera Comeca S. A., Financiera Desyfin S. A., Financiera G&T
Continental Costa Rica S. A., Financiera Multivalores S. A.
1.5 Organizaciones
Cooperativas de Ahorro y Crédito
En uso de las atribuciones conferidas,
1.6 Entidades
autorizadas del Sistema Financiero Nacional para
Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo, Grupo
Mutual Alajuela -
1.7 Otras
entidades financieras
Caja de Ahorro y Préstamos de
1.8 Entidades
mercado cambiario
Casa de Cambio Tele Dólar Expreso S. A., Casa
de Cambio Soluciones Monetarias S. A., Global Exchange Casa de Cambio S. A.
Notifíquese a los interesados mediante el presente edicto. Publíquese
en el Diario Oficial
San
José, 27 de setiembre del 2010.—Francisco Vindas Poveda, Unidad de Bienes
Adquiridos.—1 vez.—(IN2010080843).
SUCURSAL
DE HEREDIA
Por
ignorarse la dirección actual de la sociedad SSK Vigilancia y Seguridad S. A.,
cédula jurídica 3101259077, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 20
del Reglamento para verificar el cumplimiento de las obligaciones patronales y
de trabajadores independientes, se procede a notificar por medio de edicto, que
le Sucursal de Heredia ha dictado el Traslado de cargos del dieciséis de agosto
del dos mil diez, que indica: “….Según lo denunciado por el señor
Edwin Gerardo Sandí Carvajal, cédula de identidad uno-cuatrocientos
quince-seiscientos ochenta y cuatro, laboró para el patrono que aquí nos ocupa
por el período del diecisiete de enero al dos de octubre del dos mil nueve.
Adjunta como prueba de su denuncia sentencia número 57-2010 del Tribunal de
Trabajo de Menor Cuantía de Heredia en cuyos Hechos Probados se tiene por
demostrado que efectivamente laboró por el período diecisiete de enero al dos
de octubre del dos mil nueve. También se demuestra que devengaba salario de
doscientos siete mil doscientos treinta y cinco colones (¢207.235,00) y
doscientos once mil trescientos ochenta colones mensuales (¢211.380,00) en el
primer y segundo semestre del dos mil nueve, respectivamente. Realizada
revisión ante el Sistema Centralizado de Recaudación (SICERE) se determinó que
el señor Sandí Carvajal no tiene reportes de salarios dentro del período
laborado. El total de salarios que se le imputa no haber reportado en su
oportunidad a
DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
Por
ignorarse el domicilio actual del patrono Soto-Ultrasonido Clínico S. A.,
número patronal 2-03101402912-001-001, número patronal anterior
9-00314459009-001-000, actividad médicos y odontólogos, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 20 del “Reglamento para Verificar el
Cumplimiento de
Que
como resultado del estudio iniciado por esta dependencia, se determinó presunto
incumplimiento patronal por omisión del reporte a
Total de salarios ¢452.000,00
Total de cuotas obreras y patronales ¢99.442,00
Monto total L.P.T. ¢45.991,00
Se
le confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día de
su publicación, para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes y ofrecer las
pruebas de descargo. Se le previene que debe señalar lugar o medio para
notificaciones en el perímetro administrativo de las oficinas centrales de
Por
ignorarse el domicilio actual del patrono Total Dent Servicios Odontológicos
C.R.C. S. A. número patronal 2-03101395075-001-001, actividad de médicos y
odontológicos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del”
Reglamento para Verificar el Cumplimiento de
¢
Total de salarios 5.196.749,00
Total de cuotas obrero y patronal 1.143.298,00
Monto L.P.T. 298.821,00
Se
le confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día de
su publicación, para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes y ofrecer las
pruebas de descargo. Se le previene que debe señalar lugar o medio para
notificaciones en el perímetro administrativo de las oficinas centrales de
Por
ignorarse el domicilio actual del patrono Sociedad Administradora de Proyectos
Educativos Saped S. A., número patronal 2-03101140738-001-001, actividad
jurídica, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del
“Reglamento para Verificar el Cumplimiento de
¢
Total de salarios 1.751.531,00
Total de cuotas obreras y patronales 385.359,00
Se
le confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día de
su publicación, para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes y ofrecer las
pruebas de descargo. Se le previene que debe señalar lugar o medio para
notificaciones en el perímetro administrativo de las oficinas centrales de
Por
ignorarse el domicilio actual de la sociedad Imacorp Imagen y Comunicación
Corporativa S. A., número patronal 2-03101221859-001-001, actividad periodismo,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del “Reglamento para
Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores
Independientes”, de
Que
como resultado del estudio iniciado por esta dependencia, se determinó presunto
incumplimiento patronal por omisión del reporte a
Total de salarios ¢45.960.366,00
Total de cuotas obreras y patronales ¢10.115.871,00
Monto total LPT ¢2.642.754,00
Se le confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del
quinto día de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las
alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o
medio para notificaciones posteriores, de ser lugar, este debe de estar dentro
del perímetro administrativo de las Oficinas Centrales de
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Resolución RRG-150-2010.—San José, a las 12:30 horas del 24 de
febrero del 2010. Expediente OT-228-2009.
Apertura
de procedimiento. Investigados: Conductor: Bernardo Urtecho Palacio.
Propietario: Ángel Martínez Lastra.
Considerando:
I.—Que
II.—Que
el 10 de febrero del 2004,
III.—Que
mediante resolución RRG-3333-2004 del 12 de febrero del 2004, publicada en
IV.—Que mediante resolución RRG-8287-2008 del 29 de abril del
2008, publicada en
V.—Que
conforme la resolución RRG-10177-2009 emitida a las 10:00 horas del 9 de
octubre del 2009, publicada en
VI.—Que
el 17 de diciembre del 2009 se recibió el oficio UTCE-2009-241, dictado el
mismo día, de
VII.—Que según la boleta supra indicada, se retuvo como
medida cautelar el vehículo placa citado, por supuesta violación de lo
establecido en el artículo 38, inciso d) de
VIII.—Que
consultada la página electrónica del Registro Nacional de
IX.—Que
de conformidad con lo establecido en el Reglamento interno de organización y
funciones de
X.—Que
para dar inicio a los procedimientos se debe nombrar al órgano director del
procedimiento que ostente las competencias establecidas en
XI.—Que
consta en el expediente el oficio 040-DGJR-2010 del 19 de enero del 2010
dirigido a
XII.—Que
de conformidad con los considerandos indicados y al mérito de los autos, lo
procedente es ordenar el inicio del procedimiento administrativo para que se
determine la verdad real de los hechos denunciados sobre la supuesta prestación
no autorizada de servicio público de transporte remunerado de personas,
modalidad taxi y nombrar órgano director, tal y como se dispone: Por tanto,
Con fundamento en
EL
REGULADOR GENERAL, RESUELVE:
1º—Dar inicio al procedimiento administrativo contra el señor Bernardo
Urtecho Palacio, documento de identificación 042-091170-0004V, en su condición
de conductor y el señor Ángel Martínez Lastra, cédula de identidad 1-670-2169,
en su condición de propietario registral del vehículo involucrado, que se
tramitará bajo el expediente número OT-228-2009, con el fin averiguar la verdad
real de los hechos sobre la supuesta prestación no autorizada de servicio
público de transporte remunerado de personas, modalidad taxi, según la boleta
antes citada.
2º—Nombrar
como órgano director del procedimiento Shirley Alfaro Alfaro, cédula de
identidad 4-148-789 y Dilma Araya Ordóñez, cédula de identidad 9-091-832, ambas
funcionarias de
3º—Se
le previene a los investigados (conductor y propietario del vehículo) que en el
primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender
notificaciones, bajo el apercibimiento que mientras no lo hagan, las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de 24 horas de
dictadas, incluido el acto final del procedimiento. Se producirá igual
consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado
–artículos 11, 34, 36 y 50 de
4º—Se
le hace saber a los investigados que tienen derecho a hacerse representar y/o
asesorar por abogado, a examinar, leer y copiar cualquier pieza del expediente,
así como pedir certificación de la misma, costo que deberá cubrir el
interesado. El expediente administrativo se encuentra en
En
cumplimiento de lo que ordena el
artículo 245 de
El recurso de revocatoria y el de apelación
deberán interponerse en el plazo de 24 horas contadas a partir del día
siguiente a la notificación.—Notifíquese.—Fernando Herrero Acosta,
Regulador General.—O. C. Nº 5214-2010-Solicitud Nº
36058.—C-408000.—(IN2010082741).
DIRECCIÓN GENERAL DE
ADUANAS
En
MACROPROCESO
DE PLANEAMIENTO Y DESARROLLO
PROCESO
PLANEAMIENTO TURÍSTICO
En la publicación realizada en
“A) De conformidad con la recomendación técnica contenida en el oficio
N° MPD-P-594-2010, suscrito por el Macroproceso de Planeamiento y Desarrollo y
de conformidad con las potestades que le confiere el Artículo 27 de
Lo demás se mantiene.
San
José, 22 de setiembre del 2010.—Arq. Antonio Farah Matarrita, Líder de
Proceso Planeamiento.—1 vez.—O. C. Nº 13050.—Solicitud Nº
17690.—C-27200.—(IN2010080738).