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MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO
DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
MINISTERIO
DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO
DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
MINISTERIO
DE CULTURA Y JUVENTUD
AMBIENTE, ENERGÍA Y
TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL
SUPREMO DE ELECCIONES
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
AMBIENTE,
ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO DE FOMENTO Y
ASESORÍA MUNICIPAL
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
BANCO POPULAR Y DE
DESARROLLO COMUNAL
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE
COSTA RICA
PATRONATO NACIONAL DE LA
INFANCIA
JUNTA DE PENSIONES Y
JUBILACIONES
CAJA COSTARRICENSE DE
SEGURO SOCIAL
Y
En el ejercicio de las
facultades que les confiere los artículos 50, 140 incisos 3) y 18) y el
artículo 146 de
Considerando:
I.—Que mediante Decreto
Ejecutivo N° 35189 del 24 de marzo de 2009, publicado en el Alcance N°
II.—Que dicha fijación obedeció a una
política del Poder Ejecutivo orientada a incentivar la producción agrícola
nacional de granos básicos, como parte del Plan Nacional de Alimentos.
III.—Que en el considerando V del
Decreto Ejecutivo N° 35020-MEIC del 29 de enero de 2009, el cual derogado
mediante Decreto Ejecutivo N° 35189 del 24 de marzo de 2009, se estableció
claramente el deber del Poder Ejecutivo de revisar el precio al productor
cuando lo considera oportuno.
IV.—Que
V.—Que con fundamento en la revisión y
actualización del modelo de costos que realiza el Ministerio de Economía,
Industria y Comercio es procedente la reforma al artículo 1° del Decreto
Ejecutivo Nº 35189-MEIC del 24 de marzo de 2009.
VI.—Que para esta revisión y
actualización el Ministerio de Economía, Industria y Comercio tomó en consideración:
a) La variación en la coyuntura que originó la fijación en el precio
de ¢24.315,00 al productor en el año 2008.
b) El efecto que tiene esta fijación en el precio
al consumidor.
c) El impacto en el precio del arroz en los
sectores de la población con ingresos más bajos (1,5 millones de
costarricenses).
d) El cambio en el precio de los principales
insumos agropecuarios.
e) La necesidad de una política integral de
aumentar el nivel de productividad por hectárea y definir metas de seguimiento
para su logro.
VII.—Que la presente
fijación obedece a una política del Poder Ejecutivo orientada a fortalecer el
funcionamiento adecuado del mercado del arroz buscando un balance entre el
productor, el consumidor, el industrial, de conformidad con el artículo 50 de
Decretan:
“REFORMA AL ARTÍCULO 1 DEL DECRETO EJECUTIVO
Nº 35189-MEIC DEL 24 DE MARZO DE 2009, PUBLICADO
EN EL
ALCANCE Nº
DEL 29
DE ABRIL DE
Artículo 1º—Refórmese el
artículo 1º del Decreto Ejecutivo Nº 35189-MEIC del 24 de marzo del año 2009,
publicado en el Alcance Nº
“Se establece un precio
mínimo de compra, del industrial al productor nacional de arroz, el cual será
de ¢20.050,00 por saco de
Artículo 2º—Rige a partir
del 01 de enero de 2011.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—
Y EL
MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento en lo dispuesto en
los artículos 140, incisos 3), 20) y 146 de
Decretan:
Artículo 1º—Conceder
asueto a los empleados públicos del Cantón de Atenas de la provincia de
Alajuela, el día 22 de octubre del 2010, con las salvedades que establecen las
leyes especiales, con motivo de la celebración de los festejos cívicos de dicho
cantón.
Artículo 2º—En cuanto a los
funcionarios del Ministerio de Educación Pública, será el jerarca de dicha
institución el que determine con base en el artículo 213 del Código de
Educación y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como
asueto a los funcionarios de esa cartera que laboren para ese cantón.
Artículo 3º—En relación con los
funcionarios de
Artículo 4º—En relación con los
funcionarios del Instituto Nacional de Seguros, será el jerarca de esa
Institución el que determine con base en el artículo 6 inciso c) de
Artículo 5º—Rige el día 22 de octubre
del 2010.
Dado en
LAURA CHINCHILLA
MIRANDA.—El Ministro de Gobernación, Policía y Seguridad Pública, José
María Tijerino Pacheco.—1 vez.—O. C. Nº 9675.—Solicitud Nº
37548.—C-29750.—(D36532-IN2010092261).
Y EL MINISTRO DE
En ejercicio de las facultades que les confieren
los artículos 140, incisos 3) y 18) y 180 de
Considerando:
1º—Que por efectos de un sistema de baja
presión ubicado en el mar Caribe entre Costa Rica y Panamá, así como por las
consecuencias indirectas de
2º—Que el día cuatro de noviembre de dos mil diez en horas de la
madrugada debido a las intensas lluvias se generó un deslizamiento en el cerro
Pico Blanco, sobre la quebrada Lajas, en San Antonio de Escazú, que arroja un
saldo inicial al día de hoy de veinte muertos.
3º—Estos fenómenos han ocasionado inundaciones, deslizamientos y
daños a los bienes y a las personas, afectando la infraestructura vial, las
comunicaciones, la agricultura, los servicios públicos y las viviendas, por lo
que
4º—Que como consecuencia de estos fenómenos se debió evacuar a muchas
personas damnificadas y ubicarlas en diferentes albergues instalados por
5º—Que según los pronósticos del Instituto Metereológico Nacional
(IMN) en conjunto con
6º—Que la vida de la población es un bien de interés público tutelado
por el Estado, quien debe velar por su protección y por la seguridad de los
habitantes y en general por la conservación del orden social.
7º—Que
8º—Que en razón de lo expuesto se hace necesaria la promulgación de
un marco jurídico para tomar las medidas de excepción que señala
Decretan:
Artículo 1º—Se declara estado de emergencia
nacional la situación provocada por condiciones de temporal y paso de un
sistema de baja presión asociado a los efectos indirectos de la tormenta
tropical Tomás, en el Pacífico Central, Norte, Sur, Valle Central y Zona de Los
Santos, que generó abundantes lluvias, inundaciones y deslizamientos en los
cantones de Alajuela, Atenas, Naranjo, Poás, Orotina y Palmares de la provincia
de Alajuela; los cantones de Cartago, Oreamuno, Paraíso, El Guarco y
Artículo 2º—Para los efectos correspondientes, se tienen comprendidas
dentro de la presente declaratoria de emergencia las tres fases que establece
a) Fase de
respuesta.
b) Fase
de rehabilitación.
c) Fase
de reconstrucción.
Artículo 3º—Se tienen comprendidas dentro de
esta declaratoria de emergencia todas las acciones y obras necesarias para la
atención, rehabilitación, reconstrucción y reposición de la infraestructura,
las viviendas, las comunicaciones y la agricultura dañadas y en general todos
los servicios públicos dañados que se ubiquen dentro de la zona de cobertura
señalada en el artículo 1) de este Decreto, todo lo cual debe constar en el
Plan General de
Artículo 4º—
Artículo 5º—De conformidad con lo dispuesto por
Artículo 6º—Para la atención de la presente declaratoria de
emergencia
Artículo 7º—
Artículo 8º—Los predios de propiedad privada ubicados en el área
geográfica establecida en esta declaratoria de emergencia, deberán soportar
todas las servidumbres legales necesarias para poder ejecutar las acciones, los
procesos y las obras que realicen las entidades públicas en la atención de la
emergencia, siempre y cuando ello sea absolutamente indispensable para la
atención oportuna de la misma, de conformidad con lo dispuesto en la primera
fase de la emergencia.
Artículo 9º—La presente declaratoria de emergencia se mantendrá
vigente durante el plazo que el Poder Ejecutivo disponga, según los informes
que sean emitidos por
Artículo 10.—Rige a partir del cuatro de
noviembre de 2010.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El
Ministro de
Y EL MINISTRO DE
GOBERNACIÓN, POLICÍA
Y SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en los artículos 140 y 146 de
En virtud de lo anterior,
Decretan:
Artículo 1º—Declárense los días cinco y seis
de noviembre del presente año de duelo nacional, durante los cuales se
mantendrá izado el Pabellón Nacional a media asta en todos los edificios
públicos.
Artículo 2º—El Gobierno de
Artículo 3º—Rige a partir de esta fecha.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El
Ministro de Gobernación, Policía y Seguridad Pública, José María Tijerino
Pacheco.—1 vez.—O. C. 9675.—Solicitud Nº
40514.—C-23800.—(D36253-IN2010094283).
Nº 203-10-SE
Y EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con el artículo
140, inciso 12), y el artículo 146 de
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo
Ejecutivo Nº 055-10 SE del 18 de febrero del 2010, el Poder Ejecutivo rotó al
funcionario de carrera diplomática, el señor Alejandro Solano Ortiz, cédula Nº
1-749-659, de su puesto en el Servicio Interno del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto, a ocupar el cargo de Ministro Consejero y Cónsul General de
Costa Rica, con ascenso en comisión, en
II.—Que
ACUERDAN:
Artículo 1º—Modificar el
artículo primero del Acuerdo Ejecutivo Nº 155-10 SE del 18 de febrero del 2010,
para que se lea de la siguiente manera:
“Artículo 1º—Rotar al Primer
Secretario de Carrera, Alejandro Solano Ortiz, cédula número 1-749-659, de su
puesto en el servicio interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto,
a ocupar el cargo de Ministro Consejero y Cónsul General en comisión, en
Artículo 2º—En lo no expresamente
modificado, el Acuerdo Ejecutivo Nº 155-10 del 18 de febrero del 2010 permanece
invariable.
Artículo 3º.—Rige a partir del 1º de
agosto del 2010.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René
Castro Salazar.—1 vez.—O.C. Nº 8195-Solicitud Nº 8317.—C-36550.—(IN2010090996).
Nº 177-PE
De conformidad con lo que
establecen los artículos 140 inciso 20) y 146 de
ACUERDA:
1º—Autorizar al Ing.
Eddison Araya Morales, cédula 2-519-206, Encargado del Sistema de Información
Geográfica del Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología
Agropecuaria (INTA), para que participe en el “IX Curso de Imágenes de
Satélite”, que se realizará en Guatemala del 16 al 27 de agosto de 2010.
2º—
3º—Rige a partir del 16 al 27 de agosto
de 2010.
Dado en el Despacho Ministerial
el día trece del mes de agosto del año dos mil diez.
Gloria Abraham Peralta, Ministra
de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—O.C. Nº
310.—Solicitud Nº 25031.—C-22120.—(IN2010091065).
Nº
DM-MG-1667-10
Con fundamento en los artículos 140, inciso 20) y
146 de
Considerando:
1º—Que del 05 al 09 de octubre del 2010,
tendrá lugar en Managua, Nicaragua, el “Taller Regional de Análisis
Situación Epidemiológica de VIH de Centro América”; y este Despacho
considera importante la participación de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
Artículo 2º—Los gastos de
Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los
que se autoriza la participación de las funcionarias en la actividad, devengarán
el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 05 al 09 de octubre del 2010.
Dado en el Ministerio de Salud.—San
José, a los veintidós días del mes de setiembre del dos mil diez.
Publíquese.—Dra.
María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1
vez.—O. C. Nº 8667.—Solicitud Nº
38483.—C-51000.—(IN2010091777).
Nº
069-2010-MTSS
Y
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos
140 inciso 1) de
Considerando:
I.—Que el artículo 105 de
II.—Que en el artículo 4 del Decreto Ejecutivo Nº 36157-MTSS del 19
de agosto del 2010, Reglamento de Funcionamiento del Consejo Superior de
Trabajo, se indica que ese Consejo estará conformado de la siguiente manera:
tres representantes de las organizaciones patronales y tres suplentes, tres
representantes de las organizaciones de trabajadores y tres suplentes y tres representantes
del Poder Ejecutivo: el (la) Ministro(a) de Trabajo y Seguridad Social, el (la)
Ministro(a) de Economía, Industria y Comercio, y el (la) Ministro(a) de
Justicia, quienes podrán ser sustituidos por sus respectivos Viceministros en
caso de ausencia.
III.—Que el artículo 5 del Decreto
Ejecutivo Nº 36157-MTSS, estipula que los representantes de los
sectores empleador y trabajador, serán nombrados respectivamente por las
organizaciones de empleadores y de las organizaciones de trabajadores más
representativas, conforme las define el Convenio Nº 144, Convenio sobre
IV.—Que el artículo 5 del Decreto
Ejecutivo Nº 36157-MTSS, establece que por Acuerdo del Poder Ejecutivo, se
tomará conocimiento de los nombramientos de los representantes de ambos
sectores.
V.—Que conforme a lo
establecido en el artículo 106 de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Designar a las
siguientes personas como integrantes del Consejo Superior de Trabajo, quienes
fungirán por los próximos tres años, como representantes de las organizaciones
de empleadores y trabajadores:
Representantes de las
Organizaciones de Empleadores
Propietarios
Numa Estrada
Zúñiga, cédula: 1-0334-0549
Óscar Bejarano
Coto, cédula: 1-0336-0713
Gabriela Díaz
Chanto, cédula: 1-1037-0208
Suplentes
Melissa Hernández
Vindas, cédula: 1-1120-0775
Betty Villalobos
Aguilar, cédula: 1-0292-0057
Germán Espinoza
Guido, cédula: 6-0086-0990
Representantes de las
Organizaciones de Trabajadores
Propietarios
Sergio Saborío
Brenes, cédula: 1-0492-0533
Olman Chinchilla
Hernández, cédula: 1-0517-0241
Albino Vargas
Barrantes, cédula: 1-0457-0390
Suplentes
Marta Elena
Rodríguez González, cédula: 2-0343-0472
Floribeth Avendaño
Flores, cédula: 1-0711-0969
Xiomara Rojas
Sánchez, cédula: 1-0589-0760
Artículo 2º—Designar a las
siguientes personas, quienes fungirán como representantes del Poder Ejecutivo
en el Consejo Superior de Trabajo, mientras se encuentre vigente su
nombramiento como Ministro o Viceministros:
Propietarios
Sara Ángela Piszk
Feinzilber, conocida como: Sandra Piszk Feinzilber, cédula: 1-0357-0156
María de los
Ángeles Antillón Guerrero conocida como Mayi Antillón Guerrero, cédula:
1-0550-0535
Hernando Paris
Rodríguez, cédula: 1-0679-0527
Suplentes
Álvaro Sojo
Mendieta, cédula: 2-0375-0147
Luis Álvarez Soto,
cédula: 1-0958-0865
Fernando Ferraro
Castro, cédula: 1-0730-0386
Artículo 3º—Rige a partir
de su publicación.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—
N° 026-2010-MICIT
Con fundamento en el artículo
141 de
Considerando:
1º—Que la señora Nathalie
María Valencia Chacón, es
2º—Que se ha recibido formal invitación
por parte de
3º—Que se considera de gran importancia
para el Ministerio de Ciencia y Tecnología la participación como asesores en
dicho evento de forma que la institución se consolide como líder en procesos
relacionados con las ferias a nivel regional, que permitan la promoción de las
vocaciones científicas y tecnológicas. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la
señora Nathalie María Valencia Chacón, cédula de identidad 1-0887-0456, en su
calidad de Coordinadora Nacional de Ferias de Ciencia y Tecnología y
Artículo 2º—En relación con los gastos
en que se incurrirá, los gastos de boleto aéreo San José-Bogotá-San José, serán
cubiertos por INTEL como patrocinador del evento. El costo del hospedaje,
alimentación, transporte local, viáticos, impuestos, tributos o cánones que la
funcionaria deba pagar por la utilización de terminales aéreas serán cubiertos
por el MICIT con cargo a
Artículo 3º—Autorizar a la señora
Nathalie María Valencia Chacón, cédula de identidad uno, ochocientos ochenta y
siete, cuatrocientos cincuenta y seis, en su calidad de Coordinadora Nacional
de Ferias de Ciencia y Tecnología y
Artículo 4º—Que durante los días del 27
de octubre al 31 de octubre de 2010, que se autoriza la participación de
Nathalie María Valencia Chacón, la funcionaria devengará el 100% de su salario.
Artículo 5º—Rige a partir del día
veintisiete de octubre del dos mil diez hasta su regreso el día treinta y uno
de octubre del dos mil diez.
Dado en
Publíquese.—Clotilde
Fonseca Quesada, Ministra de Ciencia y Tecnología.—1 vez.—O.C. Nº
10061.—Solicitud Nº 53291.—C-50150.—(IN2010091388).
N° 027-2010-MICIT
Con fundamento en el artículo
141 de
Considerando:
1º—Que la señorita María
Angélica Chinchilla Medina, es
2º—Que se ha recibido formal invitación
por parte de
3º—Que se considera de gran importancia
para el Ministerio de Ciencia y Tecnología el intercambio de conocimientos, el
desarrollo de proyectos de cooperación con Korea y el fortalecimiento de las
capacidades en el desarrollo de parques científicos y la incubación de empresas
tecnológicas. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la
señorita María Angélica Chinchilla Medina, cédula de identidad 1-0976-0292, en
su calidad de Directora de Despacho del Ministerio de Ciencia y Tecnología,
para que participe en el Taller de Capacitación Internacional UNESCO-WTA sobre
Modelos de Innovación de Triple Hélice (Cooperación Gobierno, Academia e
Industria), que se llevará a cabo del 3 al 6 de noviembre en Daejeon, Korea.
Artículo 2º—En relación con los gastos
en que se incurrirá, los gastos de boleto aéreo San José-Corea-San José, serán
cubiertos por el MICIT por medio de
Artículo 3º—Autorizar a la señorita
María Angélica Chinchilla Medina, cédula de identidad uno, novecientos setenta
y seis, doscientos noventa y dos, en su calidad de Directora de Despacho del
Ministerio de Ciencia y Tecnología, para que viaje a Corea del 29 de octubre al
8 de noviembre de 2010.
Artículo 4º—Que durante los días del 29
de octubre al 8 de noviembre de 2010, que se autoriza la participación de María
Angélica Chinchilla Medina, la funcionaria devengará el 100% de su salario.
Artículo 5º—Rige a partir del día
veintinueve de octubre del dos mil diez hasta su regreso el día ocho de
noviembre del dos mil diez.
Dado en el Ministerio de Ciencia
y Tecnología, el día veintiuno de octubre del dos mil diez.
Publíquese.—Clotilde
Fonseca Quesada, Ministra de Ciencia y Tecnología.—1 vez.—O.C. Nº
10061.—Solicitud Nº 33290.—C-48450.—(IN2010091386).
Nº D.M. 161-2010.—Despacho del Ministro.—San José, a las catorce
horas del día dieciséis de setiembre del dos mil diez. Nombrar al señor Aharón
Arguedas Zamora, cédula de identidad Nº 1-0716-0864, como representante de las
Escuelas de Historia de los Centros de Educación Superior Estatal, ante
Resultando:
1º—Que
2º—Que conforme con la supracitada Ley,
3º—Que de conformidad con el artículo
12 de la supracitada Ley, le corresponde al Consejo Nacional de Rectores el
nombramiento del representante de las Escuelas de Historia ante dicho órgano
colegiado.
Considerando:
1º—Que mediante Resolución
Nº 097-2010 del 3 de junio del 2010, se eligió como miembro de
2º—Que el señor Enrique Mata Rivera,
cédula de identidad Nº 3-0221-0654, presentó la renuncia a dicho cargo, a
partir del 16 de setiembre del 2010.
3º—Que
EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD, RESUELVE:
Artículo 1º—Agradecer los
servicios prestados por el señor Enrique Mata Rivera, cédula de identidad Nº
3-0221-0654, como miembro de
Artículo 2º—Rige a partir del 16 de
setiembre del 2010 al 15 de setiembre del 2012.
Iván Rodríguez Rodríguez,
Ministro de Cultura y Juventud a. í.—1
vez.—O.C. Nº 669.—Solicitud Nº
7020.—C-59500.—(IN2010091425).
SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL
DIRECCIÓN GENERAL
DIRECTRIZ SENASA-DG-D07-2010
Considerando:
1º—Que según
2º—Que conforme al Código Sanitario
para los Animales Terrestres de
3º—Que el Servicio Nacional de Salud
Animal (SENASA) ha realizado un gran esfuerzo en capacitar formalmente a un
grupo importante de funcionarios médicos veterinarios en el campo de la
epidemiología como estrategia dentro del marco de la vigilancia sanitaria que
es necesario institucionalizar y con ello aprovechar los conocimientos
adquiridos en beneficio de la salud pública veterinario.
4º—Que
DEL
SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL
Emite la siguiente Directriz
Institucional:
Artículo 1º—Créase el
Consejo Epidemiológico del SENASA, en adelante denominado Consejo
Epidemiológico, como órgano asesor técnico de
Artículo 2º—Integración. El
Consejo Epidemiológico estará integrado por los siguientes miembros:
a) El Director Técnico de
b) Los médicos veterinarios epidemiólogos del SENASA.
c) Un representante médico veterinario
epidemiólogo del sector académico, representado por
d) Un representante epidemiólogo del Ministerio
de Salud.
e) Un representante epidemiólogo de
Las instituciones anotadas en
los punto c y d y e serán invitadas por
El ejercicio de los cargos será ad honoren y
los integrantes del Consejo Epidemiológico no percibirán dietas o emolumento
alguno adicional por participar e integrar dicho órgano.
Debido a que el Consejo Epidemiológico es un
órgano consultivo para el SENASA, el Director General del SENASA no podrá
participar como miembro en el mismo.
Artículo 3º—El Consejo tendrá entre sus
labores las siguientes:
• Asesorar a
• Asesorar a
• Proponer estudios epidemiológicos para
definir situación sanitaria del país.
• Asesorar a
• Sugerir programas de capacitación a los actores involucrados en temas
relacionados con epidemiología a solicitud de
• Apoyar en la elaboración de procedimientos,
registros e instructivos relacionados con actividades del SENASA en el campo de la epidemiología.
• Participar en el proceso de la generación de
publicaciones.
• Dar seguimiento a auditorías de entes
externos y socios comerciales.
• Participar en reuniones de las comisiones de
especies animales.
• Crear subcomités específicos en temas
epidemiológicos.
• Realizar otras funciones definidas por
Artículo 4º—Son
obligaciones de los Médicos Veterinarios Epidemiólogos del SENASA:
• Participar activamente en el Consejo Epidemiológico, Subcomités
o en reuniones de las comisiones de
especies animales, comités para decidir sobre situaciones y lineamientos
epidemiológicos del país.
• Fungir como evaluador en la aplicación de
los Protocolos de Vigilancia y el funcionamiento de los Planes de Control de
las enfermedades a solicitud de
• Otras funciones definidas por
Artículo
5º—Funcionamiento: El Consejo Epidemiológico tendrá su sede en las
oficinas centrales del SENASA y para lo cual a los efectos de propiciar un
funcionamiento más eficiente, se designa como Secretaría de dicho Consejo a
El Consejo Epidemiológico sesionará en forma
ordinaria tres veces por año, cada cuatro meses y, en forma extraordinaria
cuando así sea requerido por su Presidente, por
Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple,
quedando en firme al final de cada reunión, pudiendo quedar constancia de votos
de minoría debidamente sustentados. En caso de empate el Presidente ejercerá el
voto de calidad.
La memoria de cada reunión será enviada por
correo electrónico a todos los miembros del consejo en las primeras dos semanas
después de la última reunión, para ser aprobada dentro de dos semanas del
envío, y será guardada en los archivos de
Artículo 6º—Recursos: El SENASA podrá
gestionar ante organismos nacionales o internacionales, recursos financieros y
logísticos necesarios para fortalecer la estrategia de la gestión del Consejo
Epidemiológico.
Artículo 7º—Publíquese en el Diario
Oficial
Artículo 8º—Rige a partir de su
publicación.
Dada en Barreal de Ulloa,
Heredia, a las diez horas del trece de setiembre del dos mil diez.
Dra. Ligia Quirós Gutiérrez,
Directora General.—1 vez.—O.C. Nº 185-2010.—Solicitud Nº
28024.—C-131750.—(IN2010091392).
SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO
DEPARTAMENTO DE INSUMOS AGRÍCOLAS
EDICTO
DIA-R-E-350-2010.—EL señor
Álvaro Rojas Madrigal, cédula o pasaporte 2-0400-0457 en calidad de
Representante Legal de la compañía Exportadora R&S Ornamentales S. A.,
cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita
inscripción del Enmienda de Suelo de nombre comercial Greeneem Neem Cake
compuesto a base de nitrógeno-fósforo-potasio-magnesio-calcio-azufre. Conforme
a lo que establece
DIRECCIÓN REGIONAL DE
EDUCACIÓN
DE
PUNTARENAS
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Ante este Departamento, se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 180, título Nº 1680, emitido por el Colegio
Técnico Profesional de Pococí, en el año dos mil cinco, a nombre de Sotelo
Morgan Jaffet. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este Departamento, se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 87, título Nº 530, emitido por el Instituto Centroamericano
Adventista, en el año dos mil cinco, a nombre de Segura Sibaja José Manuel. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 83, título Nº 2263, emitido por el Instituto de Alajuela, en
el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de Lara Ramírez Evelyn María.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 52, título Nº 435, emitido por el Colegio Ricardo Fernández
Guardia, en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de Madriz
Barrantes Wendy Rebeca. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación
Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras,
inscrito en el tomo 1, folio 37, título Nº 600, emitido por el Liceo de
Tarrazú, en el año mil novecientos ochenta y tres, a nombre de Solano López
Laura Elissa. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el Tomo 1, Folio 15, Asiento 10, Título N° 47, emitido por el Colegio Yurustí,
en el año dos mil seis, a nombre de Brown Chaves Gabriel. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Letras,
inscrito en el tomo 1, folio 20, título N° 277, emitido por el Liceo Nocturno
José Joaquín Jiménez Núñez, en el año mil novecientos setenta y tres, a nombre
de Fonseca González Jenny Aurora. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 16, título N° 113, emitido por el Liceo de Innovación
Tecnológica Valle Azul, en el año dos mil, a nombre de Velásquez Martínez Karla
Vanessa. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 117, asiento 9, título Nº 335, emitido por el Liceo Nocturno
Juan Santamaría, en el año dos mil cuatro, a nombre de Morales Castillo Andrea.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
DIRECCIÓN
ASUNTOS JURÍDICOS
EDICTOS
DAJ-MM-2048-10.—El Ministerio de Salud avisa
que por haber poseído en forma pública, pacífica y de buena fe por más de diez
años consecutivos el inmueble donde actualmente se encuentra funcionando el
Centro de Educación y Nutrición de Esparza, Puntarenas, propiedad conforme
plano catastrado Nº P-1397009-2010, posee un área de
San José, 1 de octubre del 2010.—Lic.
Ronny Stanley Muñoz Salazar, Msc., Director de Asuntos Jurídicos.—1 vez.—O. C. Nº 8667.—Solicitud Nº
38474.—C-18700.—(IN2010091778).
DAJ-MM-2049-10.—El Ministerio de Salud
avisa que por haber poseído en forma pública, pacífica y de buena fe por más de
diez años consecutivos el inmueble donde actualmente se encuentra funcionando
el Centro de Educación y Nutrición de Santa Rosa de Pocosol, Alajuela,
propiedad conforme plano catastrado N° A-562644-1999, posee un área de
San José, 8 de octubre del 2010.—Lic.
Ronny Stanley Muñoz Salazar, Msc., Director de Asuntos Jurídicos.—1 vez.—O. C. Nº 8667.—Solicitud Nº
38485.—C-18700.—(IN2010091779).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE
Cambio de nombre Nº 67940
Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad
1-335-794, en calidad de apoderado especial de Carl Freudenberg KG., solicita a
este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Carl Freudenberg
por el de Carl Freudenberg KG., con domicilio en Höhnerweg 2-4, 69469 Weinheim, Alemania,
presentada el día 27 de abril de 2007 bajo expediente Nº 67940. El nuevo nombre
afecta a la siguiente marca: 1900-5835021 Registro Nº 58350 VILEDA en
clase 21 marca denominativa. Publicar en
Cambio de nombre Nº 67531
Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad
1-335-794, en calidad de Apoderado Especial de Delta and Fine Land Company LLC,
solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Delta
& Pine Land CO. por el de Delta and Pine Land
Company LLC, presentada el día 3 de agosto de 2010 bajo expediente 67531. El
nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-6977731 Registro Nº 69777 D&PL
en clase 31 Marca Mixto. Publicar en
Fusión Nº 67535
Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad
1-335-794, en calidad de apoderado especial de Monsanto AG Products LLC,
solicita a este Registro se anote la inscripción de fusión de Delta and Pine
Land Company LLC., por el de Monsanto AG Products LLC, presentada el día 3 de
agosto de 2010 bajo expediente Nº 67535. El nuevo nombre afecta a las
siguientes marcas: 1900-6977731 Registro Nº 69777 D&PL en clase 31
marca mixto. Publicar en
Cambio de nombre Nº 67628
Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad
1-335-794, en calidad de apoderado especial de Mosaic Global Operations Inc.,
solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de IMC
Global Operations Inc. domiciliado en 2100 Sanders Road, Northbrook, Estado de
Illinois 60062, Estados Unidos de América, por el de Mosaic Global Operations
Inc., domiciliado en 3033 Campus Drive, Suite E490, Plymouth, Minnesota 55441,
Estados Unidos de América, presentada el día 10 de agosto de 2010 bajo
expediente Nº 67628. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas:
1900-3112801 Registro Nº 31128 SUL-PO-MAG en clase 1 marca mixto. Publicar
en
Cambio de nombre por fusión Nº 67721
Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad
1-335-794, en calidad de apoderado especial de MHCS, solicita a este Registro
se anote la inscripción de cambio de nombre por fusión de Veuve Clicquot
Ponsardin por el de Krug, Vins Fins de Champagne, con domicilio en 5, rue
Coquebert-51100 Reims, Francia, presentada el día 17 de agosto de 2010 bajo
expediente Nº 67721. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas:
1900-1070333 Registro Nº 10703 VEUVE CLIQUOT PONSARDIN en clase 33 marca
mixta, 1900-7586133 Registro Nº 75861
Cambio de nombre por fusión Nº 68048
Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad
1-335-794, en calidad de apoderado especial de Macy’s Merchandising
Group, Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de fusión de
Federated Brands, Inc, domiciliado en 740 Chesnut Street, Manchester, Estado de
New Hampshire, Estados Unidos de América, por el de Macy’s Merchandising
Group, Inc., con domicilio en 11 Penn Plaza, Nueva York. NY 10001, presentada
el día 10 de setiembre de 2010 bajo expediente Nº 68048. El nuevo nombre
afecta, a las siguientes marcas: 1997-0002557 Registro Nº 122650 CHARTER
CLUB en clase 24 marca denominativa, 2002-0004300 Registro Nº 136084 TASSO
ELBA S.P.A. eh clase 25 marca denominativa y 2005-0000023 Registro Nº
156668 I.N.C. INTERNATIONAL CONCEPTS en clase 25 marca denominativa. Publicar
en
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones civiles
AVISOS
El Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el
estatuto de la entidad denominada Asociación Costarricense a
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la
entidad denominada Asociación Centro Carismático Internacional Catedral de Fe,
con domicilio en la provincia de San José, cuyos fines principales entre otros
son los siguientes: Extensión del Reino de Jesucristo, mediante la predicación
de
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción, el estatuto de la
entidad denominada: Asociación Iglesia Manantial de Amor y Paz, con domicilio
en la provincia San José. Sus fines, entre otros están: extensión del reino de
Jesucristo, mediante la predicación de
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento k Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la
entidad denominada Asociación Progresista de Mujeres Cariareñas, con domicilio
en la provincia de Limón. Cuyos fines entre otros serán los siguientes: Promover
la participación y presencia de las mujeres en la vida económica, cultural,
política y social del distrito de Cariari. Cuya representante judicial y
extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima con
límite de suma hasta la suma de un millón de colones y con las limitaciones
establecidas en el estatuto, lo es la presidenta Luz María de
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
AVISOS
Que ante este Despacho se ha recibido
solicitud de inscripción y habilitación para el ejercicio de la función
notarial, del licenciado Adrián Mauricio Vega Aguilar, cédula de identidad Nº
1-1022-0518, carné Nº 16295. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11
del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que
afecten la conducta del gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta
Dirección. Dentro de los quince días siguientes a esta publicación. (Expediente
Nº 100381-0624-NO).—San José, 31 de mayo del 2010.—Lic. Rogelio
Fernández Moreno, Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2010091397).
DIRECCIÓN
DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Expediente Nº 9315P.—
Expediente Nº 13935A.—Roberto
Espinoza Monge, solicita concesión de:
Expediente Nº 13972A.—Inversiones Marín
Elizondo del General S. A., solicita concesión de:
Expediente Nº 14287A.—Francisco
Elizondo Badilla, solicita concesión de:
Expediente Nº 7227P.—Jarco Jardines de
Ocotal Limitada, solicita concesión de:
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. 7194P.—Esteban
Salazar Blanco y Alexandra Ortega Knohr, solicita concesión de:
Exp. 13917P.—Intaco Costa Rica S. A.,
solicita concesión de:
Expediente Nº 4820P.—Asociación
Cultural Educativa Ratisbona, solicita concesión de:
DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE
Y COMERCIALIZACIÓN DE
COMBUSTIBLES
EDICTO
264-PTDH-2010-DGTCC.—San
José, a los diez días del mes de setiembre del año dos mil diez, se tiene por
presentada la solicitud por parte del señor Fabio Enrique Ruiz Vargas, mayor,
casado, ingeniero agrónomo, cédula de identidad número 2-348-793 y vecino de
Alajuela, en su condición de apoderado generalísimo de la sociedad denominada
Servicentro Pozos Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica
3-102-050629, en la que se pide autorización para la entrada en operación de
una unidad de transporte de combustibles para el transporte de producto limpio,
específicamente gasolina súper, gasolina regular y diesel, que prestará el
servicio desde el plantel de RECOPE en
Con fundamento en el Decreto Ejecutivo
24813-MAE, se otorga un plazo de ocho días hábiles a partir de la publicación
que resulte, en uno de los diarios de mayor circulación en el país y en el
Diario Oficial
Registro Civil-Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace
saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Blanca Estela
Flores Dormus, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución
Nº 1941-10.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas
cuarenta y siete minutos del veinticuatro de agosto del dos mil diez. Exp. Nº
40184-08. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…
Considerando: I.—Hechos probados:…,
II.—Hechos no probados:… III.—Sobre
el fondo:… Por tanto: Rectifíquese el asiento de naturalización de Blanca
Estela Flores Dormus..., en el sentido que el primer apellido de la madre de la
persona ahí inscrita, consecuentemente el segundo apellido de la misma es
“Dormuz”.—Lic. Marisol Castro
Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis
Brenes Molina, Jefe a. í. Sección Actos Jurídicos.—1
vez.—O. C. Nº 4016.—Solicitud Nº
752-2010.—C-11900.—(IN2010090178).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Alba Luz Quintero Hernández, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº. 407-2010.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José,
a las quince horas y diez minutos del siete de abril del dos mil diez. Ocurso.
Exp. Nº 41644-2009. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—...
Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:...,
III.—Sobre el fondo:.., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento
de Enjervel Manuel Carmona Hernández...; en el sentido que el primer nombre y
los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita son “Alba” y
“Quintero Hernández”, respectivamente y no como se
consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic.
Liseth Mora Soto, Jefa a. í.—1
vez.—RP2010204402.—(IN2010091199).
MUNICIPALIDAD
DE SAN JOSÉ
PROGRAMACIÓN
PLAN DE ADQUISICIONES 2010
Fiestas
San José - campo ferial Zapote
El
Departamento de Recursos Materiales y Servicios de
Descripción |
Monto ¢ |
Programa |
*
Alquiler de carreta y monta cargas |
1.500,000,00 |
II |
*
Alquiler de cisterna y grúas |
5.000,000,00 |
II |
* Alquiler de fotocopiadora |
400.000,00 |
II |
* Alquiler de 10 líneas telefónicas |
300.000,00 |
II |
*
Alquiler de servicio de internet |
156.000,00 |
II |
* Alquiler de cabañas sanitarias |
4.000.000,00 |
II |
* Servicio telefónico |
140.000,00 |
II |
*
Servicio de recolección de basura |
7.500.000,00 |
II |
*
Servicio de aseo de vías y sitios públicos |
7.500.000,00 |
II |
*
Servicio de publicidad en periódicos |
7.000.000,00 |
II |
* Servicio de pautas publicitarias |
3.000.000,00 |
II |
*
Servicio de monitoreo de pautas |
3.000.000,00 |
II |
* Servicio de agencia publicitaria |
5.000.000,00 |
II |
* Servicio de encuadernación |
153.000,00 |
II |
*
Confección de banner y mupis |
1.500.000,00 |
II |
* Servicios bancarios |
250.000,00 |
II |
* Servicio de análisis microbiológico |
3.500.000,00 |
II |
*
Montaje de dos equipos bases |
500.000,00 |
II |
* Juegos pirotécnicos |
28.500.000,00 |
II |
* Servicio de Cruz Roja |
4.000.000,00 |
II |
* Servicio del toro chepe |
700.000,00 |
II |
* Presentaciones culturales |
5.000.000,00 |
II |
*
C.N.F.L (pasa calles) |
10.000.000,00 |
II |
*
Servicio de transporte fuerza pública |
5.700.000,00 |
II |
* Violeta bacteriana |
570.000,00 |
II |
*
Pintura para demarcación campo ferial y vallas |
500.000,00 |
II |
*
Servicio de catering (sesiones de trabajo) |
1.000.000,00 |
II |
*
Servicio de alimentación fuerza pública |
15.000.000,00 |
II |
*
Compra de artículos para refrigerios |
1.000.000,00 |
II |
* Actividades protocolarias y sesiones |
3.000.000,00 |
II |
* Adquisición de soldadura |
112.860,00 |
II |
*
Adquisición de tubos PVC y llaves de chorro |
1.000.000,00 |
II |
* Adquisición de materiales eléctricos |
1.400.000,00 |
II |
*
Adquisición de uniformes (comisión fiestas y
otros) |
1.000.000,00 |
II |
*
Adquisición de materiales y útiles de limpieza |
500.000,00 |
II |
* Gafetes |
500.000,00 |
II |
* Placas |
250.000,00 |
II |
* Fuegos pirotécnicos |
28.500.000,00 |
II |
* Dichas
contrataciones serán tramitadas durante el IV trimestre del 2010.
San José, 25 de octubre del 2010.—Departamento
Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº
124280.—Solicitud Nº 4695.—C-72750.—(IN2010091021).
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE
PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA
2010LN-000025-PROV
Contratación de
servicios de recolección y entrega
de expedientes a través del sistema
denominado “Courier”
El Departamento de Proveeduría invita a todos los
potenciales proveedores interesados a participar en el siguiente procedimiento
de contratación: Licitación Pública 2010LN-000025-PROV, Contratación de
servicios de recolección y entrega de expedientes a través del sistema
denominado “Courier”.
Fecha y hora de apertura: 1º de diciembre de
El respectivo cartel se puede obtener sin costo
alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados deben
dirigirse al Proceso de Adquisiciones del Departamento de Proveeduría; sita en
el 3° piso del edificio Anexo B, ubicado en la esquina formada entre calle 15,
avenida 6, San José; o bien obtenerlos a través de Internet en la dirección
http://poder-judicial.go.cr/proveeduria, o solicitar
el envío del correspondiente archivo por correo electrónico al correo:
balpizar@poder-judicial.go.cr. En este último caso de no atenderse su solicitud
en las 24 horas hábiles siguientes a su requerimiento, deberá comunicarse tal
situación a los teléfonos 2295-3136/3623/3295.
San José, 5 de noviembre de 2010.—Proceso
de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1
vez.—(IN2010094240).
Estudio de Mercado “RFI Requerimientos de Información
Preliminar
para
de
Riesgo y de Impacto”
E1 Banco de Costa Rica, recibirá
ofertas por escrito hasta las diez horas con treinta minutos (10:30) del 2 de
diciembre del 2010, para el estudio en referencia. (Se debe presentar su
solución así como su costo total).
Los interesados pueden retirar las especificaciones
y condiciones generales, en
Las aclaraciones o consultas deben ser
solicitadas al Sr. Gontrán R. Quirós Vásquez o al Sr. Mario Quesada G., de
San José, 5 de noviembre del
2010.—Rodrigo Aguilar S., Área de
Licitaciones.—1 vez.—O. C.
Nº 60058.—Sol. Nº 40141.—C-17000.—(IN2010094237).
DIRECCIÓN
REGIONAL DE SERVICIOS
DE SALUD CHOROTEGA
LICITACIÓN
PÚBLICA NACIONAL Nº 2010LN-000001-2599
Compra
servicios de limpieza p/hospital Upala, sedes
EBAIS Aguas Claras,
Bijagua y Upala centro
Se informa a los potenciales oferentes
interesados, que el cartel y especificaciones técnicas de
Se establece como fecha límite para la apertura y recepción de ofertas:
• Miércoles
08 de diciembre de
• Lugar: Dirección Regional de Servicios de Salud-Región Chorotega,
ubicada
• Visita a sitios: lunes 22 de noviembre de 2010.
(Ver detalle de visitas en cartel y especificaciones técnicas).
4 de noviembre del 2010.—Área
Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. Karolyn Briceño Alemán, Coordinadora.—1 vez.—(IN2010093863).
CONSEJO
DE SEGURIDAD VIAL
LICITACIÓN
PÚBLICA 2010LN-000003-00100
Compra de unidades de tecnología móvil
tipo
Hand Held y Tablet PC
El Departamento de Proveeduría a través de
A la empresa Corporación Font S. A., según
el siguiente detalle:
Línea 1: Compra
de 34 (treinta y cuatro) unidades de computadoras portátil (Hand Held), marca
Intermec, Modelo CN3A, Procesador Intel de 520 Mhz, 128 Mb, con todos sus
componentes y 14 cunas de comunicación con puerto USB y Ethernet, con todos sus
componentes, por un monto total de $94.888,00 (noventa y cuatro mil ochocientos
ochenta y ocho dólares exactos).
Tiempo de entrega: 20 días hábiles.
Garantía línea uno: 36 meses contra defectos de fabricación, tanto para los
equipos, sus cargadores (pared y cunas), estuches y accesorios.
A la empresa Geotecnologías S. A., según el
siguiente detalle:
Línea 2: Compra
de 15 (quince) unidades de Tablet PC, marca Trimble, modelo YUMA, de 1,6 GHz, 1
GB RAM, disco sólido de 32 GB, con todos sus componentes y 9 Soporte de oficina
para YUMA “cuna”, por un monto total de $90.450,00 (noventa mil
cuatrocientos cincuenta dólares exactos).
Tiempo de entrega: 20 días hábiles.
Garantía: 3 años contra defectos de fabricación, para los equipos,
cargadores (pared y cunas), estuches, accesorios incluidos.
San José, 5 de noviembre del 2010.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Alexánder
Vásquez Guillén, Jefe.—1 vez.—O. C.
0002.—Solicitud Nº 38157.—C-32300.—(IN2010093907).
MUSEO
NACIONAL DE COSTA RICA
LICITACION
PÚBLICA 2010LN-000002-99999
Restauración del área oeste del cuartel Bellavista
sede del Museo Nacional de Costa Rica
INTEC Internacional S. A.,
cédula jurídica 3-101-175991.—(Oferta 2)
Monto de la adjudicación:
¢229.945.372,22.
San José, 2 de noviembre del
2010.—Lic. Grace Castro Solano, Proveedora Institucional —1 vez.—O. C. 15774.—Solicitud Nº
07361).—C-15300.—(IN2010093898).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2010LA-000006-CNR
Compra
e instalación de pararrayos en el CONARE
El Consejo Nacional de Rectores avisa que mediante
sesión Nº 33-10 del 2 de noviembre de 2010 se acuerda en firme adjudicar
Corporación Comercial Sigma Internacional S. A.,
cédula jurídica Nº 3-101-059321.
Línea única
Compra e instalación de dos pararrayos ionizante
uno por cada edificio y reparación de malla de cable de Jaula Faraday de
protección contra eventos atmosféricos. Los pararrayos son marca Protector
modelo DP-40, garantía 12 meses, plazo de entrega 10 días hábiles, el servicio
incluye cambio de los bajantes y realizando mallas de tierra nuevas.
Total adjudicado a Corporación Comercial Sigma
Internacional S. A. $ 14,490.00
Pavas, 05 de noviembre del 2010.—Lic.
Jonathan Chaves Sandoval, Proveeduría.—1
vez.—(IN2010093893).
MUNICIPALIDAD
DE TALAMANCA
LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA-000004-01
Adquisición de un vehículo estilo pick up doble
tracción,
doble cabina
Grace Montero Aguilar, Alcaldesa
a. í.—1 vez.—(IN2010094232).
SISTEMA
NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2010LN-000248-01000
Construcción
sede oficina regional del Área
de Conservación Tortuguero en Guápiles
Se avisa a todos aquellos interesados en
La fecha de apertura de las ofertas será el 07 de
diciembre del
Lo demás permanece invariable.
San José, 2 de noviembre del 2010.—Lic. Marietta Tencio Olivas, Proveedora
Institucional.—1 vez.—O. C. Nº
8003.—Solicitud Nº 37593.—C-13620.—(IN2010093855).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000035-PROV
(Aviso
de prórroga Nº 2)
Instalación de un sistema de inyección y extracción
de
aire en el tercer piso del edificio del O.I.J.
en
el Circuito Judicial de San José
El Departamento de Proveeduría,
con motivo de las aclaraciones interpuestas ante
Licitación Abreviada Nº 2010LA-000035-PROV
Instalación de un sistema de
inyección y extracción de aire en el tercer piso del edificio del O.I.J. en el
Circuito Judicial de San José.
Fecha y hora de apertura: 17 de
noviembre de
Las aclaraciones o modificaciones estarán
disponibles en el Departamento de Proveeduría; sita en el tercer piso del
edificio Anexo B, ubicado en el Barrio González Lahmann, en la esquina formada
por la calle 15 y la avenida 6, San José; o bien, obtenerlas a través de
Internet, en la dirección http://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria, o
solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la
dirección ivalerio@poder-judicial.go.cr.
San José, 5 de noviembre del 2010.—Lic.
Ana Iris Olivares Leitón, Jefa Proceso de Adquisiciones.—1
vez.—(IN2010094241).
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2010LN-110021-UL
Prórroga- Modificación
Suministro e instalación de sistemas de aire acondicionado
Se comunica a los interesados en
el presente concurso, cuya invitación se publicó en el Diario Oficial
I. Modificación. Se realizaron
modificaciones al pliego de condiciones, motivo por el cual se solicita pasar a
retirar el documento respectivo que se encuentra disponible en el mostrador del
oficial de público del Departamento de Proveeduría de este Instituto, ubicado
en el octavo piso de sus oficinas centrales, sin costo alguno.
II. Prórroga. Se traslada fecha
y hora de apertura de las ofertas para las 11:00 horas del 1º de diciembre
2010.
Todos los demás términos y
condiciones permanecen invariables.
Departamento de
Proveeduría.—Lic. Carmen Lidia González Ramírez, Subjefa a. i.—1 vez.—O. C. Nº 19178.—Solicitud Nº
34895.—C-19570.—(IN2010094239).
HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2010LN-000012-2101
Compra de tóner, cartuchos, tinta, cintas y otros
Se informa a los interesados en
participar en
Las demás condiciones del cartel
permanecen invariables.
San José, 5 de noviembre del
2010.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Yehudi Céspedes
Quirós, Coordinador a. í.—1
vez.—(IN2010094207).
MUNICIPALIDAD
DE GOICOECHEA
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2010LA-000004-01
Adquisición
de un retroexcavador 4 x 4
con balde y extensión 2011
Con base a resolución del Departamento de
Proveeduría que consta en los oficios PROV 704-705-
20. Especificaciones técnicas
A. General
4. Motor
● Torque
menor a 425Nm, con un rango de tolerancia +-5%
● Potencia
bruta mínima de 100Hp (74.2kw) con un rango de tolerancia +-5%
1. Capacidad de combustible
● Tanque
de al menos
2. Transmisión
● 4
velocidades hacia adelante y 3 hacia atrás como mínimo.
8. Sistema Eléctrico
● Alternador
superior a 94 amperios, con un rango de tolerancia +-5%
9. Llantas
● Delanteras:
14 x 17.5 con 10 capas apropiadas para doble tracción a las indicadas para la
configuración del equipo solicitado en la plica
B. Dimensiones, alcance y
capacidad de carga
1. General
● Altura
mínima hasta el techo de la cabina: 2.85, con un rango de tolerancia de +-5%
● Ancho
de trocha trasera mínimo: 2.21m, con un rango de tolerancia de +-5%
C. Retroexcavador con brazo
extendido
● Alcance
mínimo desde el centro de giro:
● Altura
de carga mínima con brazo: 4.65m, con un rango de tolerancia de +-5%
Sistema de valoración
1. Precio 35 puntos
Fórmula: Precio más
bajo * 35
Precio a evaluar
2. Tiempo de entrega 20 puntos
Fórmula: Tiempo
entrega más bajo * 20
Tiempo entrega a evaluar
3. Especificaciones 45 puntos
● Brazo
de extensión 8%
Menos
● Sistema
hidráulico 7%
Flujo hidráulico de
bomba......igual o superior a 154/pm 7%
Flujo hidráulico de bomba menor
a 154/pm 3%
● Motor 10%
Torque menor a 425 mn (tolerancia
+- 5%) 10%
Torque fuera rango anterior 5%
● Transmisión 10%
Automática más de 4 velocidades
hacia
adelante y 3 hacia atrás 10%
Automática 4 velocidades
adelante y 3 hacia atrás 5%
● Frenos 10%
Disco múltiple, autoajustable y
frenado 4 llantas 10%
Frenado en 4 llantas 5%
Se amplía plazo para recibir
ofertas hasta el 26 de noviembre del
Todo lo demás permanece igual.
Departamento de
Proveeduría.—Lic. Gustavo Adolfo Duarte Marchena, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2010093864).
SISTEMA
NACIONAL DE ACREDITACIÓN
DE
REGLAMENTO
DE MEMBRESÍA1
CAPÍTULO
I
Membresía
del SINAES
Artículo 1º—Instituciones miembros del
SINAES. El Sistema Nacional de Acreditación de
___________________
1 Aprobado por el
Consejo Nacional de Acreditación en el artículo 7 de la sesión 633 del 17 de
junio de 2010
Artículo 2º—Categorías de miembros. Los miembros del SINAES se
dividirán en dos categorías:
a. Miembros
plenos: instituciones de educación superior que han cumplido los requisitos
de afiliación y mantienen vigente la acreditación oficial mínima de 3 carreras
o programas de postgrado.
b. Miembros
asociados: instituciones de educación superior que han sido admitidas
temporalmente por el SINAES bajo la condición de cumplir los compromisos que
contempla el presente reglamento:
CAPÍTULO
II
Ingreso
de los miembros
Artículo 3º—De la afiliación al SINAES.
La institución de educación superior que decida afiliarse al SINAES deberá
presentar una solicitud escrita, firmada por su representante legal, dirigida a
a. Nombre
de la institución y de la entidad jurídica que la representa, debe indicar el
acto y fecha de su autorización de funcionamiento por parte del Consejo
Superior de Educación, del Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria
Privada (CONESUP) o de
b. Nombre,
(y) calidades y período de nombramiento de los representantes legales de la
institución, de sus autoridades administrativas y académicas superiores,
acompañados de certificación del acto de nombramiento para el caso de la
universidades públicas, o de certificación del acuerdo de aprobación del
nombramiento por parte del CONESUP para el caso de instituciones universitarias
privadas o del Consejo Superior de Educación para el caso de instituciones
parauniversitarias. Las instituciones privadas deben aportar los nombres y
calidades de los dueños o accionistas de la entidad jurídica que la representa.
c. Explicación
breve de su estructura organizativa y detalle de sus Escuelas o Facultades, con
la indicación de la autoridad académica responsable de cada una.
d. Solicitud
expresa por parte de la autoridad académica competente y del representante
legal de la institución para afiliarse al SINAES e indicación de que voluntaria
y libremente desean adoptar las normas de ética, los principios de excelencia y
calidad académica que éste persigue y se comprometen a darles cabal
cumplimiento, así como su disposición de someterse a los procesos de
autoevaluación, evaluación externa y acreditación que el SINAES dirige y
desarrolla.
e. La
carrera, carreras o programas de postgrado que las instituciones de educación
superior desean someter a los procesos de acreditación del SINAES en un corto
plazo no mayor a dos años y el número de cohortes de graduados que tenga cada
una.
f. Declaración
de que la institución está anuente a recibir a representantes del SINAES con el
propósito de que sea verificada la conformidad de las declaraciones,
información y documentos contenidos en la solicitud de afiliación.
g. Domicilio
exacto de sus oficinas administrativas y medio para recibir notificaciones.
Artículo 4º—A la solicitud de afiliación
deberá acompañarse la siguiente documentación:
a. Copia
del acuerdo de autorización de funcionamiento o ley de creación, certificación
del nombramiento del Rector o Presidente de la universidad o Decano de
institución parauniversitaria y certificación reciente de sus personerías.
b. Documentos
que demuestren en forma fehaciente que cuentan con personal, organización y
procedimientos internos suficientes para realizar los procesos de
autoevaluación, cumpliendo los requisitos vigentes en el SINAES.
c. Un
ejemplar de sus disposiciones estatutarias, organigrama institucional y
reglamentos.
d. Misión,
objetivos institucionales y detalle de sus Escuelas, Facultades, Sedes o
Colegios afiliados, unidades o departamentos -según corresponda-, con la
indicación de las carreras o programas de postgrado que imparte, la autoridad
académica responsable de cada una, el número de alumnos matriculados, el número
de graduados y el número de personal académico administrativo y la información
consignada en la encuesta anual de información descriptiva de las
universidades, u otra información que el SINAES considere necesaria.
e. Descripción
general de la infraestructura destinada al cumplimiento de su misión
institucional.
f. Copia
del acuerdo de autorización de las carreras o programas de postgrado que se
someterán al proceso de acreditación en los próximos dos años.
g. Descripción
de la unidad de la institución responsable de los procesos de aseguramiento de
la calidad y evaluación académica que asesorará en los procesos de
autoevaluación.
h. Constancia
que acredite que la institución no ha sido sancionada, en los últimos cinco
años, por incumplimiento de la normativa en materia de educación superior, ni
tener un proceso de intervención administrativa o judicial al momento de
solicitar la afiliación.
i. Comprobante
de pago del aporte de afiliación, según la tarifa vigente.
Artículo 5º—La solicitud y su documentación
se presentarán ante
Previo a adoptar la resolución de afiliación, el Consejo nombrará una
Comisión integrada por tres personas quienes realizarán una visita a la
institución con el propósito de verificar la conformidad de las declaraciones,
información y documentos contenidos en la solicitud. De la visita se rendirá un
informe al Consejo dentro de los ocho días posteriores a su realización.
Recibido a satisfacción el informe y su recomendación, el Consejo adoptará
la resolución correspondiente dentro de los treinta días hábiles siguientes.
CAPÍTULO
III
Deberes
y derechos de los miembros plenos
Artículo 6º—Los miembros plenos gozarán de
los siguientes derechos:
a. Utilizar
el distintivo del SINAES para la institución, carrera o programa de postgrado
oficialmente acreditados, de conformidad con la normativa que regula el uso de
este sello.
b. En
el caso de las instituciones universitarias y en el marco de lo previsto por el
artículo 7º de
c. Sesionar
con voz y voto como consejo consultivo cuando el Consejo Nacional de
Acreditación acuerde su convocatoria.
Artículo 7º—Los miembros plenos deberán
cumplir los siguientes deberes:
a. Atender
prontamente el pago de los costos que el SINAES le indique relacionados con los
procesos de acreditación, re acreditación, cumplimiento de compromisos de
mejoramiento e informes de avance que le sean requeridos.
b. Adoptar
internamente todas las medidas que resulten necesarias para el cumplimiento
oportuno de las acciones incluidas en sus planes de mejoramiento, según los
términos y condiciones que el Consejo Nacional de Acreditación haya aprobado al
efecto.
c. Mantener
actualizada ante el SINAES la información institucional, de carreras y sus
programas de postgrado.
d. Ajustar
sus actuaciones en lo que a los procesos de acreditación compete, al Código de
Ética establecido por el SINAES.
e. Cumplir
este reglamento y los demás deberes y compromisos asociados a los procesos de
acreditación y las disposiciones reglamentarias asociadas al uso de sello y
condición de acreditación.
f. Someter
a acreditación oficial a, al menos, una nueva carrera o programa de postgrado
al año, hasta completar la acreditación oficial de toda su oferta académica de
carreras y programas de postgrado.
CAPÍTULO
IV
Deberes
y derechos de los miembros asociados
Artículo 8º—En virtud del acto de
afiliación, los miembros asociados deberán:
a. Acoger
las normas establecidas en el Código de Ética del SINAES en los ámbitos de la
autoevaluación, evaluación externa y de la acreditación oficial.
b. Comprometerse
a aceptar y cumplir las disposiciones procedimentales establecidas por el
SINAES
c. Participar
en las reuniones de trabajo, conferencias, charlas o talleres de capacitación a
los que fuere convocada la institución.
d. Acatar
la normativa relacionada con el uso del nombre SINAES, su emblema, sus
distintivos, su sello de acreditación y el uso del término “acreditación
oficial” o “acreditado(a) oficialmente”.
e. Responder
a las encuestas anuales sobre información descriptiva de la universidad.
Artículo 9º—Los miembros asociados no podrán
utilizar los emblemas ni la denominación SINAES en ninguna publicación,
propaganda, presentación ni papelería. El SINAES será el encargado de divulgar
dicha condición por sus propios medios de comunicación.
Artículo 10.—La asociación no confiere a la
institución respectiva más que las siguientes prerrogativas:
a. Recibir
del SINAES asesoría y capacitación relacionada con la realización de
procedimientos de autoevaluación a efecto de someter a acreditación sus
carreras o programas de postgrado.
b. Participar
en talleres, seminarios, conferencias y actividades de capacitación organizadas
por el SINAES.
c. Recibir
regularmente las publicaciones, documentación e información especializadas que
emita o distribuya el SINAES.
CAPÍTULO
V
Prohibiciones
y pérdida de membresía
Artículo 11.—Queda
prohibido a las instituciones miembros del SINAES:
a. Utilizar
los distintivos y nombre del SINAES o sus siglas como parte de su propaganda o
papelería fuera de lo establecido en los reglamentos de éste.
b. Anunciar
como oficialmente acreditada a la institución que no lo haya sido por el
SINAES.
c. Anunciar
como oficialmente acreditados cualquiera de sus carreras o programas de
postgrado que no lo hayan sido por el Consejo Nacional de Acreditación.
d. Extender
el uso del sello de acreditación oficial o mencionar la condición de carrera o
programa de postgrado oficialmente acreditado a otras carreras, programas,
énfasis o sedes, que no hayan sido debidamente acreditados por el SINAES.
En caso de que alguna institución contravenga
estas disposiciones se expondrá a las sanciones previstas en este reglamento y
estará en la obligación de publicar la enmienda que corresponda.
Artículo 12.—La pérdida de membresía se dará
por siguientes causas:
a. Retiro
voluntario de la institución.
b. Haber
recibido una sanción del órgano público competente por el incumplimiento de la
normativa en materia de educación superior o tener un proceso de intervención
administrativa o judicial.
c. No
haber participado en ninguna convocatoria de acreditación oficial dentro del
año siguiente a la fecha de su afiliación.
d. No
obtener la acreditación oficial de ninguna carrera dentro de los dos años
posteriores a la fecha de la afiliación.
e. Incumplimiento
comprobado de los deberes o ejecución de actos prohibidos de conformidad con el
presente reglamento.
Artículo 13.—La
pérdida de membresía de los miembros plenos se dará, además, por la pérdida de
su acreditación institucional o de la acreditación oficial del 50% o más de sus
carreras o programas de postgrado previamente acreditados por SINAES.
Artículo 14.—El retiro por justa causa de
cualquier institución miembro del SINAES será conocido por el Consejo Nacional
de Acreditación ya sea de oficio, a solicitud de
Artículo 15.—Recibida la denuncia, el
Consejo conformará una comisión integrada por tres personas, quienes le
rendirán un informe sobre el objeto del incumplimiento o de lo denunciado
dentro del plazo que les sea señalado al efecto.
Artículo 16.—Recibido el documento de
Artículo 17.—Recibido el informe de la
institución, se señalará hora y día para realizar una comparecencia oral ante
el Consejo por parte de las autoridades de la institución que sea objeto del
proceso. Una vez recibidas las pruebas y verificada la comparecencia oral, el
Consejo dispondrá de un plazo de treinta días hábiles para pronunciarse sobre
la pérdida de la membresía. Si este plazo venciera sin existir pronunciamiento
se entenderá desestimada la causa y se archivarán las diligencias.
CAPÍTULO
VI
Recursos
contra el acuerdo de retiro por causa justa
Artículo 18.—Contra lo resuelto cabrá
recurso único de reconsideración dentro de décimo día ante el propio Consejo,
por haberse incurrido en el acuerdo en interpretación errónea, aplicación
indebida o falta de aplicación de la normativa del SINAES causada por errores
en la apreciación y valoración de las pruebas y argumentos de la institución
sometida al proceso.
Artículo 19.—En ningún caso procederá la
devolución del aporte de afiliación que hubiere sido pagado por la institución
que pierda su membresía. Para solicitar nuevamente su afiliación, la
institución deberá cumplir nuevamente los requisitos señalados en este
Reglamento.
Artículo 20.—En caso de que la institución objeto del retiro por
justa causa mantenga su inconformidad contra la resolución adoptada por el
Consejo Nacional de Acreditación al conocer de su recurso de reconsideración,
podrá recurrir en apelación no jerárquica ante árbitros designados al efecto
para que entren a conocer únicamente los argumentos objeto del recurso de
reconsideración originalmente planteado. En tal caso tanto el Consejo como la
institución interesada designarán a un árbitro. El tercer árbitro será
designado de común acuerdo entre los árbitros ya designados. El Consejo
juramentará al tribunal arbitral a efecto que entre en posesión de su cargo.
Artículo 21.—Una vez entregado el expediente
completo al tribunal arbitral, su resolución deberá ser dictada dentro de los
treinta días hábiles siguientes. Su resolución será de acatamiento obligatorio
y los honorarios arbitrales correrán a cargo y por cuenta exclusivos de la
parte perdidosa, en su totalidad.
Transitorio 1
Considérese miembros plenos:
i. Universidad
de Costa Rica
ii. Instituto
Tecnológico de Costa Rica
iii. Universidad
Nacional de Costa Rica
iv. Universidad
Estatal a Distancia
v. Universidad
Latinoamericana de Ciencia y Tecnología
vi. Universidad
Veritas
vii. Universidad
Católica de Costa Rica
viii. Universidad
de Ciencias Médicas
ix. Universidad
de Iberoamérica
x. Universidad
EARTH
xi. Universidad
Latina Heredia (antigua-Universidad Interamericana)
Considérese miembros asociados:
i. Universidad
Latina San Pedro
ii. Universidad
Hispanoamericana
iii. Universidad
para
iv. Universidad
Escuela Libre de Derecho
v. Universidad
Santa Paula
vi. Universidad
Autónoma de Centro América
Transitorio 2
Los plazos del artículo 12 rigen a partir de su
publicación en el Diario Oficial
San José, 27 de octubre del 2010.—Oficina
de Planificación de
REGLAMENTO
PARA EL REGISTRO DE PROVEEDORES
DEL INSTITUTO DE FOMENTO
Y ASESORÍA MUNICIPAL
SECCIÓN
I
Disposiciones
generales
Artículo 1º—Las disposiciones de este
Reglamento regularán el funcionamiento del Registro de Proveedores del
Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM), según lo dispuesto por el
artículo 108 de
Artículo 2º—
Artículo 3º—El Registro de Proveedores es una base de datos en la
cual se incluye la información necesaria y disponible de las personas físicas y
jurídicas que deseen participar en los diferentes procesos de contratación
administrativa que promueva
Artículo 4º—La persona física o jurídica, que esté interesada en
formar parte del registro de Proveedores, deberá cumplir estrictamente con el
procedimiento que se describe adelante y se entiende sometido a las leyes y
Tribunales de Justicia de Costa Rica, en todo lo concerniente a los trámites,
documentos aportados y procedimientos, lo cual acepta incondicionalmente,
aunque no exista manifestación expresa de su parte.
Artículo 5º—El detalle de los requisitos, para inscribirse en el
citado Registro, serán entregados a los interesados en
Artículo 6º—A efecto de mantener actualizado el Registro de
Proveedores, el IFAM invitará a los interesados en integrarlo mediante
publicación en el Diario Oficial, al menos una vez al año.
SECCIÓN
II
De
los requisitos
Artículo 7º—Las personas físicas y jurídicas
que estén interesadas en formar parte del Registro de Proveedores del IFAM
deberán aportar lo siguiente a
a) Solicitud
escrita a
b) Indicar
nombre; razón o denominación social de la empresa.
c) Describir
la actividad a que se dedica la empresa o persona en la rama de interés. Indicar
bienes o servicios que se ofrecen con sus respectivas especificaciones o
características particulares. El interesado deberá demostrar la afinidad de su
giro comercial con el bien o servicio que pretende ofrecer, a través de
contrataciones que haya celebrado ya sea con el sector público o con el sector
privado.
d) Las
empresas domiciliadas e inscritas en Costa Rica, aportar original de
certificación extendida por Registro Público o bien por un Notario Público, en
cuanto a la naturaleza jurídica de las acciones. Además con vista en el libro
de accionistas de la empresa, presentar certificación de la propiedad de las
acciones. Esta última deberá ser emitida por notario público.
e) Tratándose
de personas jurídicas debe presentar certificación registral, notarial o
fotocopia certificada notarialmente en que conste que el firmante tiene poder
suficiente para someter a consideración cualquier oferta. La personería
certificada del firmante de ofertas de empresas extranjeras, será acreditada
conforme al Código de Comercio.
f) Presentar
certificación de la personería del (o los) representante(s) legal (es) u
apoderado(s).
g) Aportar
fotocopia de cédula física o jurídica, según corresponda.
h) Indicar
dirección electrónica y física exacta, domicilio legal de la empresa, número de
teléfono, número de fax, apartado postal y cualquier otra referencia importante
para localización.
i) El
solicitante personal o el representante o apoderado de la empresa debe adjuntar
las declaraciones juradas, según los artículos 22, 22 bis
y 65 del Reglamento a
j) El
solicitante personal o el representante o apoderado de la empresa debe adjuntar
la declaración jurada, donde indique que no han sido inhabilitados de
conformidad con el artículo 100 de
k) Indicar
si poseen facturas autorizadas por el Ministerio de Hacienda. En caso que se
encuentre en un Régimen de Tributación Simplificado, debe presentar los
documentos que lo demuestren.
l) Debe
indicar si es Pymes y su categoría.
m) Forma
de Pago: Indicar la disposición de aceptar la forma de pago que indicare el
cartel del concurso correspondiente o en su defecto, la forma de pago usual de
n) Cuando
el interesado en inscribirse actúe como apoderado especial, general o
generalísimo, como distribuidor u otro, debe establecerlo claramente y
presentar las certificaciones correspondientes que deberán guardar estricto
ajuste al ordenamiento jurídico.
o) Debe
indicar el nombre de la persona autorizada para establecer relación comercial
(agente de ventas).
Artículo 8º—La información aportada para
lograr la inscripción será considerada como cierta por el solo hecho de
presentar la solicitud de inscripción y la información complementaria
correspondiente. Salvo prueba en contrario presentada por un interesado que se
considere lesionado.
Artículo 9º—El IFAM se reserva el derecho de solicitar la
autenticación de fotocopias de certificaciones o documentos que se adjunten
según el artículo 7º de este Reglamento.
Artículo 10.—Todos los documentos presentados
con la solicitud de inscripción al registro de proveedores, deben ser firmados
por las personas que ostenten la representación legal de la empresa y tiene
poder para ello.
Artículo 11.—
SECCIÓN
III
De la
inclusión y exclusión al Registro
Artículo 12.—Una
vez recibida la solicitud de incorporación al Registro de Proveedores, el IFAM
por medio de su Sección de Proveeduría, verificará que toda la información
solicitada en el artículo 7º esté a derecho. En caso contrario, previo aviso
por escrito que enviará
Artículo 13.—Los proveedores potenciales
incluidos en el Registro de Proveedores están en la obligación de comunicar a
Artículo 14.—La inscripción en el Registro
de Proveedores tendrá una vigencia de veinticuatro meses. Se prevendrá al
proveedor un mes antes del vencimiento de su inscripción para que durante ese
plazo manifieste su interés de mantenerse en el Registro e indique que la
información registrada se encuentra actualizada y vigente, en cuyo caso se
tendrá como proveedor activo por un período igual. De existir algún cambio en
la información inicialmente presentada para la inscripción, deberá acreditarlo
con la documentación correspondiente, la cual se verificará dentro del plazo
indicado en el inciso anterior.
Artículo 15.—Se tendrá como proveedor inactivo aquél que habiendo
sido invitado a participar en procedimientos de contratación administrativa no
lo hiciere en tres ocasiones sin mediar justa causa, en el termino de tres
años, contados a partir de la primera invitación; asimismo aquel que se negare
a actualizar la información del Registro cuando IFAM así lo haya pedido.
En cualquier tiempo el proveedor inactivo podrá solicitar el cambio de su
condición y en tal caso ocupará en el registro el lugar que por rol
corresponda.
Artículo 16.—El criterio que se utilizará
para rotar a los proveedores al momento de cursar las invitaciones a participar
será la fecha de aceptación de la inscripción en el Registro de Proveedores y
la recurrencia de la compra por objeto de contratación.
Artículo 17.—Se excluirán del registro los
proveedores que adquieran la condición de inactivos, así como los que incurran
en los causales establecidos en el artículo 124 del RLCA. Para que los
proveedores inactivos sean incorporados nuevamente en el registro, deberán
presentar la documentación indicada en el artículo 7 de este Reglamento.
Artículo 18.—Cuando al proveedor se le aplique la sanción de
suspensión para contratar con
SECCIÓN
IV
Disposiciones
finales
Artículo 19.—
Artículo 20.—En la base de datos que llevará
Artículo 21.—La clasificación de Proveedores
se realizará con base en el “Clasificador por Objeto del Gasto del Sector
Público”, emitido por el Ministerio de Hacienda.
Artículo 22.—En todo lo no previsto por este
Reglamento rige lo que disponga
Artículo 23.—Este reglamento deroga el
anterior.
Artículo 24.—Rige a partir de la publicación
en el Diario Oficial
Moravia, 11 de octubre del 2010.—Dirección
Ejecutiva.— Dionisio Miranda Rodríguez, Director Ejecutivo.—1
vez.—O. C. Nº 31307.—Solicitud Nº
40573.—C-164900.—(IN2010091018).
Se comunica que la tasa básica
que rige a partir del 21 de octubre del 2010 y hasta nuevo aviso es: 6,75%.
San José, 25 de octubre del 2010.—División Económica.—Betty Sánchez Wong,
Directora a. í.—1 vez.—O.C. Nº 10971.—C-5270.—(IN2010091418).
considerando que:
a.
·
Las tasas de
captación de los pasivos con costo del Banco Central de Costa Rica a más de un
día, en forma independiente del mecanismo de colocación que se utilice, se
basarán en la curva de rendimiento que se estime utilizando el modelo Nelson
Siegel, con los insumos, frecuencia y método de optimización indicados en punto
3 del documento DAP-ACR-059-2009 y sus anexos.
·
·
Le
corresponde al Comité de Gestión de Pasivos, fijar los detalles operativos que
se presenten en la aplicación de esta metodología.
b. dos
modificaciones al alza de las tasas vigentes de los depósitos electrónicos a
plazo durante el año 2010 (27 de agosto y 8 de octubre), correspondieron a
ajustes obligados por “metodología” (los únicos ajustes realizados
por este concepto), es decir, debido a que las diferencias entre las tasas
vigentes y las de referencia superaron los 200 puntos base autorizados por el
numeral 1, del artículo 9 del acta de la sesión 5426-2009, del 10 de junio del
2009.
c. dichos
incrementos fueron de carácter temporal, pues se reversaron casi en su
totalidad en el corto plazo, por medio de disminuciones de las tasas vigentes,
d. durante
el 2010, las diferencias entre ambas curvas (de referencia y vigente), para
cada plazo de los depósitos electrónicos a plazo, nunca superaron los 240
puntos base.
resolvió en firme:
modificar la “Metodología para fijar las tasas de
colocación de los pasivos”, aprobada en el numeral 1, artículo 9, del
acta de la sesión 5426-2009, celebrada el 10 de junio del 2009, en el sentido
de
Rige a partir del 20 de octubre del 2010.
Lic. Jorge Monge Bonilla, Secretario General.—1 vez.—O. C. Nº 11459.—Solicitud Nº
018.—C-48450.—(IN2010090175).
PROCESO
DE PIGNORACIÓN (MONTE POPULAR)
Remanente del remate 451
El Proceso de Pignoración (Monte
Popular) del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, avisa a los interesados que
se encuentran disponibles los siguientes remanentes de remate productos del
remate 451 celebrado en la oficina del Centro de Crédito sobre Alhajas Amón.
Agencia
04
Operación Remanente
004-060-803837-6 111.442,40
004-060-805000-4 22.386,00
004-060-805127-0 4.052,75
004-060-806345-5 9.631,45
Total remanentes: 4 147.512,60
Agencia
06
006-060-799856-2 19.180,15
006-060-800249-0 33.670,85
006-060-801851-1 280.846,40
Total remanentes: 3 333.697,40
Agencia
07
007-060-800743-7 9.051,90
Total
remanentes: 1 9.051,90
Agencia
08
008-060-797105-0 12.752,00
008-060-797486-5 38.376,05
008-060-798616-9 22.169,80
008-060-799600-1 53.431,90
008-060-799609-0 26.193,05
Total remanentes: 5 152.922,80
Agencia
10
010-060-795612-2 30.630,15
010-060-795754-6 140.528,60
010-060-795837-3 22.723,50
010-060-798027-7 27.081,80
010-060-798029-6 19.807,85
010-060-798196-8 47.225,25
010-060-798218-3 22.284,50
010-060-798290-4 5.915,35
Total remanentes: 8 316.197,00
Agencia
15
015-060-786679-8 20.596,60
Total remanentes: 1 20.596,60
Agencia
17
017-060-789477-0 13.821,70
017-060-792134-8 18.114,70
017-060-792180-9 92.729,20
017-060-793743-2 3.998,55
Total remanentes: 4 128.664,15
Agencia
22
022-060-777414-0 22.964,50
Total remanentes: 1 22.964,50
Agencia
24
024-060-788299-3 23.037,25
024-060-788334-3 21.430,00
024-060-790902-9 138.170,15
Total remanentes: 3 182.637,40
Agencia
25
025-060-785438-4 66.031,80
025-060-793499-3 983,35
025-060-794657-8 53.424,25
025-060-794683-1 84.958,25
025-060-796204-2 5.724,15
025-060-798564-0 55.229,10
025-060-798668-0 74.976,05
025-060-798961-4 42.802,20
025-060-801500-7 20.102,85
025-060-801506-2 24.152,85
025-060-801530-5 32.684,15
025-060-801598-0 79.628,10
025-060-801613-4 14.329,75
Total remanentes: 13 555.026,85
Agencia
27
Operación Remanente
027-060-783289-3 9.799,65
027-060-783312-1 124.845,60
Total remanentes: 2 134.645,25
Agencia
29
029-060-761121-6 9.977,00
029-060-761589-0 20.495,70
029-060-761652-0 20.379,65
Total remanentes: 3 50.852,35
Agencia
34
034-060-770967-7 29.277,05
Total remanentes: 1 29.277,05
Agencia
60
060-060-758013-7 28.355,95
060-060-758494-3 8.795,80
060-060-759296-0 20.852,70
060-060-760094-4 1.379,50
060-060-760229-7 1.620,70
060-060-760339-1 12.138,40
060-060-761524-3 55.632,05
060-060-761768-8 84.249,00
060-060-761838-0 14.930,65
060-060-761843-2 4.614,70
060-060-761863-8 21.405,55
Total
remanentes: 11 253.975,00
Agencia
77
077-060-106245-8 465.319,10
077-060-112497-6 242.283,90
077-060-124129-6 122.090,50
077-060-127564-9 58.335,00
077-060-127628-6 86.945,00
077-060-128201-1 360.837,15
077-060-130977-2 151.786,70
077-060-131206-2 141.677,90
077-060-131476-9 43.535,40
077-060-131721-7 16.955,85
077-060-131773-3 2.511,60
077-060-131960-0 35.977,90
077-060-132140-9 33.873,80
077-060-132166-0 73.410,55
077-060-132609-5 242.769,95
077-060-132987-7 12.237,30
077-060-133099-1 47.659,75
077-060-133546-4 466.532,90
077-060-133566-0 102.467,00
077-060-134508-1 169.501,00
077-060-135167-6 13.366,55
077-060-135851-2 49.115,05
077-060-135910-8 63.861,40
077-060-136077-0 80.339,15
077-060-136119-0 16.085,25
077-060-136179-0 6.089,05
077-060-136233-2 105.092,50
077-060-136678-8 129.786,65
077-060-136744-1 24.242,05
077-060-136789-6 14.780,65
077-060-137539-6 29.780,65
077-060-137606-7 29.498,80
077-060-137624-3 31.785,30
077-060-140479-8 36.733,80
077-060-140493-8 24.956,55
077-060-140663-3 10.444,95
077-060-140792-0 71.006,55
077-060-140807-5 146.895,80
077-060-140932-3 10.660,05
077-060-141007-0 42.676,55
077-060-141018-8 30.015,45
077-060-141034-5 147.665,10
Operación Remanente
077-060-141048-8 12.951,85
077-060-141056-1 6.572,10
077-060-141181-1 9.280,60
077-060-141189-6 39.410,85
077-060-141223-2 46.599,95
077-060-141358-6 110.495,00
077-060-141514-0 7.778,85
077-060-141518-9 2.292,65
077-060-141538-4 13.895,80
077-060-141594-6 3.659,20
077-060-141724-7 391.750,55
077-060-141733-6 266.997,40
077-060-142053-0 17.954,80
077-060-142100-3 34.696,15
077-060-144845-4 24.300,40
077-060-144846-8 31.602,95
077-060-144847-1 24.207,90
077-060-144924-3 17.441,25
077-060-144925-9 27.445,55
077-060-144931-3 81.642,35
077-060-144946-0 69.231,80
077-060-144952-4 244.884,35
077-060-144966-5 55.121,25
077-060-144973-7 8.907,35
077-060-144976-0 52.194,05
077-060-144987-6 39.683,70
077-060-144998-4 147.038,25
077-060-145005-6 21.841,85
077-060-145021-3 22.155,65
Operación Remanente
077-060-145040-7 13.705,50
077-060-145044-3 9.714,60
077-060-145060-2 9.076,10
077-060-145069-0 5.682,65
077-060-145096-8 192.708,70
077-060-145105-8 57.464,40
077-060-145106-1 3.422,75
077-060-145117-8 6.657,05
077-060-145155-3 249.067,40
077-060-145200-8 2.544,20
077-060-145216-6 5.072,90
077-060-145722-1 42.030,10
077-060-145731-0 11.647,10
077-060-145996-6 40.049,95
077-060-146004-1 14.590,10
077-060-146227-3 13.875,60
077-060-146228-9 29.187,20
077-060-146320-6 16.392,00
Total remanentes: 89 6.546.508,80
Agencia
85
085-060-850792-3 21.373,85
085-060-851582-8 12.112,65
085-060-851607-6 8.957,65
Total remanentes: 3 42.444,15
Agencia 88
088-060-852140-5 272.971,45
Total remanentes: 1 272.971,45
San José, 4 de noviembre del
2010.—MBA. Martha Ulloa Zamora, Coordinadora.—1 vez.—O. C. Nº
14-010-Solicitud Nº 1230.—C-333000.—(IN2010094177).
Remanentes del remate Nº 452
El Proceso de Pignoración (Monte
Popular) del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, avisa a los interesados que
se encuentran disponibles los siguientes remanentes de remate productos del
remate 452, celebrado en la oficina del Centro de Crédito sobre Alhajas Amón.
Agencia
03
Operación Remanente
003-060-807106-1 132.398,25
Total remanentes: 1 132.398,25
Agencia
04
004-060-800855-3 39.135,20
004-060-805223-6 21.293,00
004-060-805465-1 6.006,20
004-060-806437-0 97.822,95
004-060-806519-7 89.909,60
004-060-806569-2 125.657,15
004-060-806636-1 43.910,20
Total remanentes: 7 423.734,30
Agencia
07
007-060-792869-3 132.503,35
007-060-801066-1 297.009,65
007-060-801243-7 272.404,75
Total remanentes: 3 701.917,75
Agencia
08
008-060-799452-9 562.334,95
008-060-799723-1 19.105,50
Total remanentes: 2 581.440,45
Agencia
10
010-060-798347-0 116.929,30
010-060-798582-6 329.506,85
010-060-798588-3 14.343,95
Total remanentes: 3 460.780,10
Agencia
24
Operación Remanente
024-060-792478-0 44.336,25
Total remanentes: 1 44.336,25
Agencia
25
025-060-794321-5 34.172,80
025-060-796855-6 19.179,45
025-060-799801-5 88.918,20
025-060-799897-9 10.878,90
025-060-801974-3 154.189,05
Total remanentes: 5 307.338,40
Agencia
27
027-060-781512-5 30.664,95
Total remanentes: 1 30.664,95
Agencia
34
034-060-771595-3 51.602,10
Total remanentes: 1 51.602,10
Agencia
47
047-060-758338-2 74.362,40
Total remanentes: 1 74.362,40
Agencia
63
063-060-753936-4 307.303,10
063-060-754334-3 17.091,55
063-060-754370-1 53.905,15
063-060-754374-8 30.243,25
063-060-754705-0 319.300,95
063-060-754716-6 67.789,90
063-060-754721-7 34.504,05
Operación Remanente
063-060-754724-0 218.607,15
063-060-754728-8 51.580,15
063-060-754775-2 66.725,15
063-060-754788-8 25.351,60
Total remanentes: 11 1.192.402,00
Agencia
77
077-060-128545-0 575.658,10
077-060-140667-0 257.996,65
077-060-140707-3 64.211,90
077-060-141094-5 76.459,15
077-060-141426-9 90.894,40
077-060-141627-8 240.709,75
077-060-141672-3 50.680,90
077-060-141791-7 21.522,60
077-060-141908-3 138.992,10
077-060-141912-9 53.234,25
077-060-141980-4 15.995,85
077-060-142208-0 145.187,15
077-060-142407-8 14.502,00
077-060-142437-6 228.211,85
077-060-143049-3 30.183,80
077-060-143080-8 187.323,25
077-060-143366-1 98.228,15
077-060-144857-4 48.098,35
077-060-144876-8 126,50
077-060-145141-2 83.301,50
077-060-145230-6 25.011,30
077-060-145270-0 30.391,30
077-060-145281-7 45.207,60
077-060-145342-0 73.603,65
077-060-145343-5 143.107,85
077-060-145345-4 73.118,60
077-060-145346-8 85.081,85
077-060-145356-0 84.409,15
077-060-145373-5 20.812,95
077-060-145382-2 29.200,10
077-060-145391-1 12.945,00
077-060-145393-0 26.195,40
077-060-145398-2 15.505,60
077-060-145425-9 49.252,15
Operación Remanente
077-060-145429-5 40.195,65
077-060-145432-7 52.419,25
077-060-145440-4 6.993,45
077-060-145449-2 32.794,90
077-060-145451-0 109.537,45
077-060-145460-0 83.009,30
077-060-145465-1 160.324,25
077-060-145466-5 91.830,00
077-060-145476-0 128.218,85
077-060-145483-0 417.570,35
077-060-145490-0 93.193,30
077-060-145497-9 66.220,15
077-060-145504-1 63.876,50
077-060-145539-1 20.183,75
077-060-145540-8 109.337,80
077-060-145543-0 23.359,40
077-060-145544-4 8.855,25
077-060-145559-9 215.779,55
077-060-145561-7 117.149,25
077-060-145571-1 106.987,75
077-060-145573-0 215.014,95
077-060-145574-4 18.838,05
077-060-145577-7 68.266,85
077-060-145579-6 74.958,10
077-060-145597-2 6.211,10
077-060-145614-6 7.517,65
077-060-145624-9 190.424,60
077-060-145627-1 145.669,75
077-060-146270-1 191.162,95
077-060-146358-0 354.837,90
Total remanentes: 64 6.356.098,75
Agencia
85
085-060-851066-8 29.965,30
085-060-851624-9 57.278,75
085-060-851637-4 25.441,50
085-060-851674-6 4.224,60
085-060-851675-1 43.111,70
085-060-851703-1 60.985,55
085-060-851716-7 17.187,95
Total remanentes: 7 238.195,35
4 de noviembre del
2010.—MBA. Martha Ulloa Zamora, Coordinadora.—1
vez.—O. C. Nº 14-010.—Solicitud Nº
1232.—C-255000.—(IN2010094178).
EDICTO
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El señor Juan Scott Chaves Noguera,
costarricense, cédula de identidad Nº
Cartago, 21 de octubre del
2010.—Departamento de Admisión y Registro.—MBA. William Vives Brenes,
Director.—O. C. Nº 2010-1609.—Solicitud Nº
35513.—C-33150.—(IN2010090512).
Julio C. Calvo Alvarado Ph.D, Director.—1 vez.—O. C. 20101609.—Solicitud Nº 35505.—C-10200.—(IN2010085999).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Se le comunica a Mellisa Vega Alfaro, la
resolución de las 7:30 horas del 26 de abril de 2010, ocho horas del diecinueve
de abril de dos mil diez, que ubica a Melisa Gómez Vega y Chanelle Vega Alfaro
al lado de la señora Leidy Gómez Astúa. En contra de la presente resolución
procede el recurso de apelación para ante el superior en grado, dentro de un
plazo de cuarenta y ocho horas después de notificada. Deberá además señalar
lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro
de esta Oficina Local si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio
ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificada con el solo
transcurso de veinticuatro horas después de dictada. 113-00091-2010.—Oficina Local en Guadalupe, 22 de octubre de
2010.—Lic. Roberto Marín Araya, Representante Legal.—O.
C. 31677.—Solicitud Nº 39250.—C-9600.—(IN2010090625).
A: José David Leiva García, se le comunica la
resolución del Patronato Nacional de
A Wálter Gerardo Fonseca Díaz, mayor,
costarricense, portador de la cédula de identidad número 1-893-893, de
domicilio y demás calidades desconocidas, progenitor de la persona menor de
edad Jostin Andrey Fonseca Salazar, de nueve años de edad, nacido el día
dieciocho de noviembre del año dos mil, hijo de Ana Luisa Salazar Picado,
mayor, costarricense, de oficios domésticos, vecina de San José, Aserrí,
portadora de la cédula de identidad número 1-1044-674, se le comunican las
resoluciones administrativas de las siete horas con treinta minutos del día
diez de agosto del año dos mil diez que ordenó, el abrigo temporal a favor de
las personas menores de edad Jostin Andrey Fonseca Salazar, Kenneth Johan
Salazar Picado y Brithany Tatiana Hernández Salazar, en un albergue
institucional. Así mismo, se le comunica la resolución administrativa de las
quince horas del día catorce de octubre del año dos mil diez, de esta Oficina
Local, que ordenó revocar el abrigo temporal otorgado a las personas menores de
edad indicadas, autorizando el egreso de los mismos con su progenitora, la
señora Ana Luisa Salazar Picado. Se le previene al señor Walter Gerardo Fonseca
Díaz, que debe señalar lugar o medio para recibir notificaciones de las
resoluciones que se dicten por
A Juan Miguel Vargas Guzmán, se le comunica
la resolución administrativa de las catorce horas, cuarenta y cinco minutos del
día veinte de octubre del año dos mil diez, dictada por este Despacho, en
virtud del cual resuelve. Dar inicio con el proceso especial de protección y se
dicta una medida de protección y abrigo temporal a favor de la persona menor de
edad Maritza Yudieth Vargas Pérez, y se ordena ubicar a dicha persona menor de
edad en el Albergue Hogarcito Infantil de Corredores, lo anterior por
incumplimiento de deberes parentales (maltrato físico, verbal y negligencia)
por parte de la progenitora Maritza Pérez Lumbi. Se notifica por medio de
edicto al progenitor Juan Miguel Vargas Guzmán, por motivos de que se desconoce
su actual domicilio. Plazo para interponer el recurso de apelación dos días hábiles,
después de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial
A Xenia Jiménez Arley, se le comunica la
resolución administrativa de las doce horas, treinta minutos del día diecinueve
de octubre del año dos mil diez, dictada por este Despacho, en virtud del cual
resuelve. Iniciar el proceso especial de protección dictar medida de protección
y abrigo temporal a favor de la persona menor de edad Ashly Paola Díaz Jiménez,
en el Albergue Hogarcito Infantil de Corredores, lo anterior por incumplimiento
de deberes parentales (abandono y negligencia) por parte de la progenitora. Se
notifica por medio de edicto a la señora Xenia Jiménez progenitora por motivos
de que se desconoce su actual domicilio. Plazo para interponer el recurso de
apelación dos días hábiles, después de la tercera publicación de este edicto en
el Diario Oficial
Área de Defensa y Garantía de los Derechos de
Área de Defensa y Garantía de los Derechos de
A los señores Ericka Aguilar Salas y Carlos
William Gómez Carvajal, domicilio actual desconocido. Se les comunica la
resolución de las ocho horas y treinta minutos del veintisiete de agosto del
dos mil diez, donde se dictó proceso especial de protección a favor de María
Guadalupe Gómez Aguilar, contra esta resolución procede el recurso de apelación
dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la publicación de este edicto,
correspondiendo a
Área de Defensa y Garantía de los Derechos de
AVISOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se hace saber que Guerrero
Toruño Alberto, cédula Nº 06-0277-0308, y Guerrero Velásquez Fabricio Alberto,
cédula Nº 01-1996-0633, han presentado solicitud de Indemnización del Régimen
de Capitalización Colectiva a su favor, de quien en vida fue Velásquez Campos
Efigenia de los Ángeles, cédula Nº 07-0159-0020. Se cita y emplaza a los
posibles beneficiarios con igual o mejor derecho, para que dentro del plazo de
ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación de este aviso,
concurran a hacer valer sus derechos a las oficinas centrales, sitas en esta
ciudad, avenida 8, calles 21 y 23.
San José, 19 de octubre del
2010.—Departamento Plataforma de Servicios.—Lic. Ana Julieta
Escobar Monge, Jefa.—O. C. Nº
24849.—Solicitud Nº 34806.—C-51000.—(IN2010091041).
Se hace saber que González Ugalde Teresa,
cédula Nº 04-0117-0183, y Cedeño González José Freddy, cédula Nº 1-1645-0226,
han presentado solicitud de pensión a su favor, de quien en vida fue Cedeño
Vindas Freddy de
San José, 15 de octubre del
2010.—Departamento Plataforma de Servicios.—Lic. Ana Julieta
Escobar Monge, Jefa.—O. C. Nº
24849.—Solicitud Nº 34806.—C-51000.—(IN2010091044).
Se hace saber que Naranjo Aguilar Tatiana,
cédula Nº 01-1067-0750, Mora Jiménez Jeremy Andrey, cédula Nº 06-0481-0828,
Mora Naranjo Jill Stacy, cédula Nº 01-1966-0748, y Jiménez Díaz Yolanda, cédula
Nº 06-0290-063, han presentado solicitud de pensión a su favor, de quien en
vida fue Mora Fallas Rolando del Carmen, cédula Nº 02-0556-0532. Se cita y
emplaza a los posibles beneficiarios con igual o mejor derecho, para que dentro
del plazo de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación de
este aviso, concurran a hacer valer sus derechos a las oficinas centrales,
sitas en esta ciudad, avenida 8, calles 21 y 23.
San José, 15 de octubre del 2010.—Departamento
Plataforma de Servicios.—Lic. Ana Julieta Escobar Monge, Jefa.—O. C. Nº 24849.—Solicitud Nº
34806.—C-51000.—(IN2010091045).
Se hace saber que Sandoval Chinchilla Rafael
Ángel, cédula 03-0144-0857 y Céspedes Gutiérrez Carmen Arabela cédula 03-0153-0341
han presentado solicitud de Indemnización del Régimen de Capitalización
Colectiva a su favor, de quien en vida fue Sandoval Céspedes Yahaira, cédula
07-0144-0666. Se cita y emplaza a los posibles beneficiarios con igual o mejor
derecho, para que dentro del plazo de ocho días hábiles, contados a partir de
la última publicación de este aviso, concurran a hacer valer sus derechos a las
oficinas centrales, sitas en esta ciudad, avenida 8, calles 21 y 23.
San José, 15 de octubre
2010.— Departamento de Plataforma de Servicios.—Lic. Ana Julieta
Escobar Monge, Jefa.—O.C. Nº
24849.—Solicitud Nº 34806.—C-51000.—(IN2010091046).
Se hace saber que Rosales Enríquez Jenarina
cédula 06-0036-
San José, 19 de octubre
2010.—Departamento Plataforma de Servicios.—Lic. Ana Julieta
Escobar Monge, Jefa.—O.C. Nº 24849.—Solicitud
Nº 34806.—C-51000.—(IN2010091047).
Se hace saber que Herrera Jiménez Brainer
Steven, cédula de identidad 02-0778-
San José, 19 de octubre
2010.—Departamento Plataforma de Servicios.—Lic. Ana Julieta
Escobar Monge, Jefa.—O.C. Nº
24849.—Solicitud Nº 34806.—C-51000.—(IN2010091049).
Se hace saber que Obando Silva Delsa, cédula
03-0144-0857 y Céspedes Gutiérrez Carmen Arabela, cédula 05-0109-
San José, 15 de octubre
2010.—Departamento Plataforma de Servicios.—Lic. Ana Julieta
Escobar Monge, Jefa.—O.C. Nº
24849.—Solicitud Nº 34806.—C-51000.—(IN2010091050).
Reposición título de patente licores
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
A quien pueda interesar, se hace
saber que han solicitado a
Lo anterior por motivo de
extravío de la misma. Cualquier interesado podrá hacer valer sus derechos ante
Guadalupe, 27 octubre del 2010.—Departamento de Cobro, Licencias y Patentes
Municipales.—Carmen Bermúdez Siles, Jefe a.
í.—RP2010204461.—IN2010091205).
COLEGIO DE PROFESIONALES
EN
QUIROPRÁCTICA DE COSTA RICA
Fecha: sábado 4 de diciembre del
2010
Lugar: San Pedro, de
Hora: 14:00 horas
Agenda:
Comprobación de quórum
Lectura y aprobación del orden
del día
Reporte anual del fiscal
Reporte anual del presidente de
junta directiva
Reporte anual del secretario de
junta directiva
Reporte anual del tesorero de
junta directiva
Presentación del presupuesto
anual
Aprobación del presupuesto anual
Presentación de candidatos para
fiscal
Elección de fiscal
Presentación de candidatos para
presidente de junta directiva
Elección de presidente de junta
directiva
Presentación de candidatos para
vicepresidente de junta directiva
Elección de vicepresidente de
junta directiva
Presentación de candidatos para
Secretario de Junta Directiva
Elección de secretario de junta
directiva
Presentación de candidatos para
tesorero de junta directiva
Elección de tesorero de junta
directiva
Presentación de candidatos para
vocal I de junta directiva
Elección de vocal I de junta
directiva
Presentación de candidatos para
vocal II de junta directiva
Elección de vocal II de junta
directiva
Presentación de candidatos para
vocal III de junta directiva
Elección de vocal III de junta
directiva
Juramentación de electos
Cierre de sesión
Se hace saber a los agremiados
que la elección se hará por simple mayoría de los presentes. La asamblea será
presidida por el presidente. En caso de que no hubiera quórum a la hora
señalada se iniciará la asamblea media hora después.—Dr. Steven Harlow,
Presidente.—(IN2010093849).
2 v.
2.
Fecha: Sábado 4 de diciembre del
2010
Lugar: San Pedro, de la iglesia católica de
San Pedro,
Hora: 13:00 horas
Agenda
Comprobación de quórum
Lectura y aprobación del Orden
del Día
Leer y aprobar enmiendas al
artículo 20 del Reglamento para adoptar un juramento oficial del Colegio para
nuevos elegidos.
Leer y aprobar enmiendas al
artículo 55 del Reglamento para añadir y aclarar las definiciones.
Cierre de sesión
Se hace saber a los agremiados
que la elección se hará por simple mayoría de los presentes.
COLEGIO DE FÍSICOS
Asuntos a conocer:
1) Aprobación de acta anterior que incluye
redacción final del Reglamento para
2) Informe de presidente.
3) Informe de tesorería.
4) Informe de fiscalía.
5) Elecciones de:
Vicepresidente.
Vocal II
Vocal III
Fiscal
6) Presentación de presupuesto 2011.
Favor de obtener los documentos
en nuestra página Web: www.cofiscr.org. Un refrigerio estará disponible durante
la actividad.—Dr. José A. Araya Pochet,
Presidente.—(IN2010093926).
2 v.
1.
COLEGIO DE PROFESIONALES EN ORIENTACIÓN
Orden del Día
1) Comprobación de atestados. Necesariamente deberá aportarse
el original y una fotocopia del título debidamente reconocido, que acredite a
la persona profesional como mínimo con el grado Bachiller en Orientación,
conforme a la legislación vigente en el país, el certificado del Registro
Nacional de Delincuentes, fotocopia de la cédula de identidad o documento de
identificación y proceder a completar el formulario correspondiente.
2) Comprobación del quórum.
3) Presentación y bienvenida de
4) Ratificación y juramentación de nuevos
colegiados.
5) Explicación del procedimiento de elección de
Junta Directiva y Fiscalía por
6) Nombramiento de
7) Nombramiento de
8) Juramentación de personas elegidas.
9) Presentación de
10) Cierre de asamblea.
M.Sc Ana Patricia Ruh Mesén,
Presidenta.—M.Sc. Zoyla Rosa Vargas Cordero,
Secretaria.—RP2010206164.—(IN2010094026).
2 v.
1.
PRODUCTORA AGRÍCOLA EL COMÚN S. A.
Se convoca a los accionistas de
la sociedad Productora Agrícola El Común S. A., cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-cero cincuenta y dos mil quinientos noventa y siete, con
domicilio social en Alajuela, Atenas, Concepción doscientos metros al este, de
la pulpería Campos y Porras, a la asamblea general ordinaria y extraordinaria
de accionistas, que se celebrará el día 27 de noviembre del 2010, en Alajuela,
Atenas, Concepción trescientos metros a, norte de Cantina y bar Cos. La
asamblea sesionará en virtud de primera convocatoria a las nueve horas del día
indicado y de no estar presente el quórum de ley a la hora señalada la asamblea
se instaurará por virtud de segunda convocatoria una hora después con los
accionistas presentes. Se les recuerda a las personas que asistan a la asamblea
en representación de los accionistas, que deberán acreditar su poder en el
mismo acto de la asamblea. La asamblea se convoca para conocer los siguientes
puntos: Orden del día. (I) Informe del Presidente. (II), Informe de Tesorero.
(III) Informe de fiscal. (V) Elección de miembros de junta directiva. (V)
Propuestas de los accionistas- Junta Directiva.—Jorge
Eduardo Vargas Alvarado, Presidente Ronald Vargas Bejarano, Secretario.—1
vez.—RP2010205786.—(IN2010093507).
RANCHO ESCALERA, S. A.
Se convoca a los accionistas de Rancho Escalera,
S. A., titular de la cédula de personería jurídica número:
tres-uno-cero-sesenta y tres mil ciento treinta y siete, a la asamblea general
extraordinaria de socios, a celebrarse en Restaurante Pavo Real, sito en
Alajuela, Costa Rica, América Central, dirección: ciento veinticinco metros al
sur de Farmacia del Este (calle ancha), el día lunes veintidós de noviembre del
dos mil diez, a las 17:00 horas en primera convocatoria y una hora después en
segunda convocatoria con el número de socios presentes, en la que se tratará el
siguiente orden del día: A) Comprobación de quórum. B) Informe del presidente,
situación y estado de la finca. C) Aprobar o improbar los estados financieros
del año 2009 Ch) Fijar precio de venta de finca y autorizar al socio Mario
Méndez Arias, para que proceda a dicha venta de las fincas Nº A-944338-2004,
protocolo 122274 folio 174 y A-942654-2004, protocolo 122274 folio 176. D)
Asuntos varios.—San José, 3 de noviembre del
2010.—Bernal Méndez Arias, Presidente.—1 vez.—(IN2010093860).
PLAYA GRINGO GBPI S. A.
Se convoca a asamblea general
extraordinaria de accionistas de Playa Gringo GBPI S. A., a celebrarse en
Guanacaste, Comunidad, Do It Plaza, Edificio Grupo Do It, segundo piso, Oficina
Montejo & Associates, en primera convocatoria a las trece horas y en
segunda convocatoria a las catorce horas, ambas el día 9 de diciembre del 2010.
El objeto de la convocatoria es: 1. Revisión, modificación y posible
revocatoria del poder generalísimo sin límite de suma limitado a vender, donar,
enajenar, gravar bienes muebles o bienes inmuebles de la sociedad sin
autorización de
PLAYA GRINGO GBPI S. A.
Se convoca a asamblea general ordinaria de
accionistas de Playa Gringo GBPI S. A., a celebrarse en Guanacaste, Comunidad,
Do It Plaza, edificio Grupo Do It, segundo piso, oficina Montejo & Associates,
en primera convocatoria a las doce horas y en segunda convocatoria a las trece
horas ambas el día nueve de diciembre del dos mil diez. El objeto de la
convocatoria es conocer y aprobar el informe del presidente, la revisión de los
estados financieros de la sociedad y asuntos varios.—Estados
Unidos de América, 20 de octubre de 2010.—Geoffrey Bentham Sherwood,
Presidente.—1 vez.—RP2010206140.—(IN2010094019).
TWIG TRAIL LTDA
Se convoca a asamblea general ordinaria de
cuotistas de Twig Trail Ltda., a celebrarse en Guanacaste, comunidad Do It
Plaza, edificio Grupo Do It, segundo piso, oficina Montejo & Associates, en
primera convocatoria a las catorce horas y en segunda convocatoria a las quince
horas del día nueve de diciembre del dos mil diez. El objeto de la convocatoria
es conocer y aprobar el informe del presidente, la revisión de los estados
financieros de la sociedad y asuntos varios.—Estados
Unidos de América, 20 de octubre de 2010.—Geoffrey Bentham Sherwood,
Presidente.—1 vez.—RP2010206142.—(IN2010094020).
MARBELLA S. A.
Se convoca a asamblea general extraordinaria de accionistas de Marbella S.
A., a celebrarse en Guanacaste, Comunidad, Do It Plaza, Edificio Grupo Do It,
segundo piso, oficina Montejo & Associates, en primera convocatoria a las
once horas y en segunda convocatoria a las doce horas ambas el nueve de
diciembre del dos mil diez. El objeto de la convocatoria es 1. Revisión,
modificación y posible revocatoria del poder generalísimo sin límite de suma
del señor Garland Maurice Baker Brungardt.—Estados
Unidos de América, 20 de octubre de 2010.—Geoffrey Bentham Sherwood,
Presidente.—1 vez.—RP2010206143.—(IN2010094021).
CS CALA DEL SOL UTILITIES CORPORATION S. A.
Se convoca a asamblea general ordinaria de accionistas de CS Cala del Sol
Utilities Corporation S. A., a celebrarse en Guanacaste, Comunidad, Do It
Plaza, Edificio Grupo Do It, segundo piso, oficina Montejo & Associates, en
primera convocatoria a las quince horas y en segunda convocatoria a las
dieciséis horas ambas el día nueve de diciembre del dos mil diez. El objeto de
la convocatoria es conocer y aprobar el informe del Presidente, la revisión de
los estados financieros de la sociedad y asuntos varios.—Estados
Unidos de América, 20 de octubre de 2010.—Geoffrey Bentham Sherwood,
Presidente.—1 vez.—RP2010206144.—(IN2010094022).
CALA DEL SOL DEVELOPMENT CSD S. A.
Se convoca a asamblea general
extraordinaria de accionistas de Cala del Sol Development CSD S. A., a
celebrarse en Guanacaste, Comunidad, Do It Plaza, Edificio Grupo Do It, Segundo
Piso, Oficina Montejo & Associates, en primera convocatoria a las nueve
horas y en segunda convocatoria a las diez horas ambas el día nueve de
diciembre del 2010. El objeto de la convocatoria es: 1. Revisión, modificación
y posible revocatoria del poder generalísimo sin límite de suma del señor
Garland Maurice Baker Brungardt. 2. Revisión y discusión del contrato con el
señor Garland Maurice Baker Brungardt.—Estados
Unidos de América, 20 de octubre del 2010.—Geoffrey Bentham Sherwood,
Presidente.—1 vez.—RP2010206145.—(IN2010094023).
CALA DEL SOL DEVELOPMENT CSD S. A.
Se convoca a asamblea general
ordinaria de accionistas de Cala del Sol Development CSD S. A., a celebrarse en
Guanacaste, Comunidad, Do It Plaza, Edificio Grupo Do It, segundo piso, oficina
Montejo & Associates, en primera convocatoria a las ocho horas y en segunda
convocatoria a las nueve horas ambas el día nueve de diciembre de dos mil diez.
El objeto de la convocatoria es conocer y aprobar el informe del presidente, la
revisión de los estados financieros de la sociedad y asuntos
varios.—Estados Unidos de América, 20 de octubre del 2010.—Geoffrey
Bentham Sherwood, Presidente.—1 vez.—RP2010206146.—(IN2010094024).
MARBELLA S. A
Se convoca a asamblea general
ordinaria de accionistas de Marbella S. A., a celebrarse en Guanacaste,
Comunidad, Do It Plaza, Edificio Grupo Do It, segundo piso, Oficina Montejo
& Associates, en primera convocatoria a las diez horas y en segunda convocatoria
a las once horas ambas el día nueve de diciembre de dos mil diez. El objeto de
la convocatoria es conocer y aprobar el informe del Presidente, la revisión de
los estados financieros de la sociedad y asuntos varios.—Estados Unidos
de América, 20 de octubre del 2010.—Lic. Geoffrey Bentham Sherwood,
Presidente.—1
vez.—RP2010206149.—(IN2010094025).
CENTRO CREATIVO PARA
DE
IDIOMAS GUTH Y CAMPOS S. A.
Se convoca a los socios de
Centro Creativo para
1) Los contemplados en los artículos 155 y 156 del Código de Comercio.
2) Los contenidos en el artículo 201 de Código de
Comercio.
San Pedro de Montes de
Oca.—Mariella Guth Ruiz, Presidenta.—1
vez.—RP2010206008.—(IN2010094027).
COLEGIO DE MICROBIÓLOGOS Y QUÍMICOS
CLÍNICOS
DE COSTA RICA
JUNTA DIRECTIVA
Asamblea general extraordinaria,
a realizarse en primera convocatoria el sábado 13 de noviembre del
Punto único:
1- Conocer los cambios realizados por las comisiones nombradas en
asamblea general extraordinaria del 13 de marzo del
3 de noviembre del 2010.—Dr. Oswaldo Ruiz Narváez, Presidente.—1
vez.—(IN2010094202).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
CONSTRUCTORA
SCHARZ & MURRAY S. A.
Constructora Scharz & Murray S. A., cédula
jurídica 3-101-149873, solicita ante
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Rolendio Tenorio Bonilla, cédula 7-095-463,
solicita la reposición de los siguientes libros: Diario Nº 1, Actas Nº 1,
Balance Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el
Área de Información y Asistencia al Contribuyente de
MONTMARTRE SOCIEDAD ANÓNIMA
Montmartre Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número tres uno cero uno dos cero seis cuatro dos
seis, solicita ante
AKIRO SOCIEDAD ANÓNIMA
Akiro Sociedad Anónima, con
cédula jurídica 3-101-107070, solicita ante
LEYGRAN DEL NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA
Leygran del Norte Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos doce mil doscientos
sesenta y tres, solicita ante
AGROPECUARIA
Alexis Calvo Morales, cédula
número 1-405-357, en mi condición de presidente y apoderado generalísimo de la
empresa Agropecuaria
SONIDOS DEL SILENCIO SOCIEDAD ANÓNIMA
Sonidos del Silencio Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento diecinueve mil
trescientos, solicita ante
CORPORACIÓN SYS DE TIBÁS SOCIEDAD ANÓNIMA
Corporación SYS de Tibás
Sociedad Anónima, cédula jurídica 310109713718, solicita ante
INVERSIONES DEPORTIVAS DEL ESTE C D & D
SOCIEDAD ANÓNIMA
Inversiones Deportivas del Este C D & D
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica Nº 3-101-382816, solicita ante
AGRÍCOLA GANADERA
Agrícola Ganadera
LOS AMIGOS FANTÁSTICOS DE
SOCIEDAD ANÓNIMA
Los Amigos Fantásticos de
ALFISA SOCIEDAD ANÓNIMA
La sociedad anónima ALFISA, cédula jurídica tres-ciento uno-cero tres nueve
cuatro uno, tres solicita a
VERDE TIERRA SANTA SOCIEDAD ANÓNIMA
Verde Tierra Santa Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento
uno-cuatrocientos sesenta y cinco mil doscientos veintidós, solicita ante
REPRESENTACIONES KIRBY LIMITADA
Representaciones Kirby Limitada, cédula jurídica 3-102-102837, solicita
ante
ILAN ILAN SOCIEDAD ANÓNIMA
Ilan Ilan Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-cero ochenta y dos mil ochocientos sesenta y seis, solicita
ante
CAFÉ TRINI SOCIEDAD ANÓNIMA
Café Trini Sociedad Anónima,
cédula jurídica Nº 3-101-364428, solicita ante
COPIADORAS DIGITALES DE COSTA RICA S. A.
Copiadoras Digitales de Costa
Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-398730, antes denominada
Servicios de Mantenimiento de Copiadoras Sociedad Anónima, solicita ante
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por escritura número sesenta otorgada a las
12:00 horas del día 26 de octubre del 2010, ante el suscrito notario, se
protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de la sociedad denominada Inmobiliaria Guarumo FCC S. A.,
donde se conoce renuncia y nombramientos de puestos de junta directiva.—San
José, 26 de octubre del 2010.—Lic. José Gabriel Riba Gutiérrez,
Notario.—1 vez.—(IN2010090587).
Yo, Rodrigo Atmetlla Molina, protocolicé acta
de asamblea de Tres-Ciento Dos-Seiscientos Trece Mil Doscientos Treinta y
Cuatro Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número
tres-ciento dos-seiscientos trece mil doscientos treinta y cuatro; donde se
modifica la cláusula segunda del domicilio, octava de la administración, y se
nombra gerente.—Quince de octubre de dos mil diez.—Lic. Rodrigo
Atmetlla Molina, Notario.—1 vez.—(IN2010090606).
Por escritura 157-2 de las 13:00 horas del 17
setiembre 2010, la sociedad OPSI S. A., cédula jurídica Nº 3-101-290275,
cambió la cláusula 5ª del pacto constitutivo para que adelante se lea así: Su
capital social es la suma de dos millones seiscientos mil colones divididos en
400 acciones comunes y nominativas de 6.500 colones cada una. Las acciones
serán firmadas por el presidente y el secretario de la junta directiva. Para la
transmisión de las acciones se requerirá la autorización del consejo de
administración, otorgando a los socios un plazo de 15 días naturales para
adquirir las mimas, el precio será el que se determine en bolsa o en forma
pericial. Transcurrido dicho plazo sin que las adquiera ningún socios, las
acciones podrán venderse a terceros.—26 de octubre del 2010.—Lic.
Olga Fernández Marín, Notaria.—1 vez.—(IN2010090608).
Hermanos Esquivel Ramírez S. A., entidad con cédula de persona
jurídica Nº 3-101-011367, comunica que mediante asamblea general extraordinaria
celebrada al ser las 11:00 horas del 22 de octubre de 2010, se reformó la
cláusula referente a la representación de la sociedad.—Lic. Christian
Ceciliano Mora, Notario.—1 vez.—(IN2010090630).
Duramba Inversiones S. A., entidad con cédula de persona
jurídica Nº 3-101-272422, comunica que mediante asamblea general
extraordinaria, celebrada al ser las 10:00 horas del 25 de octubre de 2010, se
reformó su domicilio social.—Lic. Christian Ceciliano Mora,
Notario.—1 vez.—(IN2010090631).
Comercial Sesjadur S. A., entidad con cédula de persona
jurídica Nº 3-101-272374, comunica que mediante asamblea general
extraordinaria, celebrada al ser las 16:00 horas del 25 de octubre de 2010, se
reformó su domicilio social.—Lic. Christian Ceciliano Mora, Notario.—1
vez.—(IN2010090632).
Inversiones Alesdu del Sur S. A., entidad con cédula de persona
jurídica Nº 3-101-272997, comunica que mediante asamblea general
extraordinaria, celebrada al ser las 16:00 horas del 23 de octubre de 2010, se
reformó su domicilio social.—Lic. Christian Ceciliano Mora,
Notario.—1 vez.—(IN2010090633).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las quince horas del veintiséis de octubre del año dos mil diez, se constituyó
la sociedad denominada Total Auto Sociedad Anónima.—Veintisiete de
octubre del año dos mil diez.—Lic. Óscar Enrique Chinchilla Mora,
Notario.—1 vez.—(IN2010090647).
Mediante escritura número 97 de las 11:00
horas del 13 de octubre del 2010, se protocoliza acta de asamblea de la
sociedad Home Owners Administration Gardens of Pacific Sociedad Anónima,
cédula jurídica Nº 3-101-520712, se reforma: domicilio, administración y se
nombra junta directiva. Es todo.—Jacó, 19 de octubre del 2010.—Lic.
José Juan Sánchez Chavarría, Notario.—1 vez.—(IN2010090650).
Mediante escritura número 98 de las 15:00
horas del 13 de octubre del 2010, se protocoliza acta de asamblea de la
sociedad Jacó Coco Trece Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3-101-216369, se transforma a limitada, reforma: domicilio, administración y se
nombra junta directiva. Es todo.—Jacó, 19 de octubre del 2010.—Lic.
José Juan Sánchez Chavarría, Notario.—1 vez.—(IN2010090651).
Mediante escritura número 40-4, otorgada a
las 12:00 horas del 23 de octubre del 2010, se constituyó la sociedad
denominada Gómez y Badilla S. A., Plazo 99 años, Capital social
totalmente suscrito y pagado. Domicilio: Cartago, El Guarco, Cañón.—San
José, 26 de octubre del 2010.—Lic. Carlos Eduardo Gutiérrez Monge,
Notario.—1 vez.—RP2010204269.—(IN2010090920).
Mediante escritura número 24-4, otorgada a
las 14:00 horas del 21 de setiembre del 2010, se constituyó la sociedad
denominada Rapifactoring S. A. Plazo 99 años. Capital social totalmente
suscrito y pagado. Domicilio: San José, Guadalupe.—San José, 26 de
octubre del 2010.—Lic. Carlos Eduardo Gutiérrez Monge, Notario.—1
vez.—RP2010204270.—(IN2010090921).
Ante la notaria Rosa Elena Segura Ruiz, los
días 06 y 23 de octubre del 2010, en escrituras números 7 y 12 respectivamente,
se constituyeron dos sociedades de responsabilidad limitada, en ambos casos la
denominación social será el número de cédula jurídica que asigne el Registro
Público, se suscribieron las cuotas que representan el capital social y se
nombró gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic.
Rosa Elena Segura Ruiz, Notaria.—1
vez.—RP2010204271.—(IN2010090922).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez
horas del veintiséis de octubre del dos mil diez, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones Weschi S. A.
en la cual se modifica el pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva
y fiscal.—San José, 26 de octubre del 2010.—Lic. Deborah Feinzaig
Mintz, Notaria.—1 vez.—RP2010204272.—(IN2010090923).
El suscrito notario hace constar que mediante
la escritura cuarenta y nueve del tomo once del Licenciado Rónald Solano Pérez,
se realizó la asamblea general extraordinaria
de Zelkova H E A Ciento Nueve Sociedad Anónima, con
cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y un mil-quinientos noventa
y seis, donde se procedió a cambio de junta directiva.—25 de octubre de
2010.—Lic. Mario Varela Martínez, Notario.—1
vez.—RP2010204273.—(IN2010090924).
El suscrito notario hace constar que mediante
la escritura cuarenta y cuatro del tomo once del Licenciado Rónald Solano Pérez
en connotariado con el Licenciado Mario Varela Martínez, se realizó la asamblea
general extraordinaria de Nutrisalón Sociedad Anónima, con cédula
jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta y un mil cuatrocientos
treinta y nueve donde se procedió a caminar la junta directiva.—26 de
octubre de 2010.—Lic. Mario Varela Martínez, Notario.—1
vez.—RP2010204274.—(IN2010090925).
Por escritura otorgada ante mí, a las 13:00
horas del 14 de octubre del 2010, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Cantillo & Solís S. A., Plazo: 99 años. Domicilio: Cartago, Concepción
de
A las diez horas del quince de octubre del
dos mil diez, mediante escritura número ciento cincuenta y ocho, visible al
folio ciento tres vuelto del tomo cuatro del protocolo del notario Lic. Luis
Guillermo Álvarez Rodríguez, se constituyó la sociedad denominada Milbreco
Distribuciones Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones.
Presidente: Walter Miguel Brenes Coto.—Grecia, 25 de octubre del
2010.—Lic. Luis Guillermo Álvarez Rodríguez, Notario.—1
vez.—RP2010204278.—(IN2010090927).
Mediante escritura número noventa y cinco
otorgada ante mi notaría, a las ocho horas del veinticinco de octubre del dos
mil diez, se constituyó la compañía que utilizará como denominación social el
número de cédula jurídica que le asigne a la misma por dicho registro además de
las palabras sociedad de responsabilidad limitada, todo conforme al decreto
número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J (reglamento para la
inscripción de la constitución de empresas comerciales), cuyo plazo social es
de noventa y nueve años; capital social trescientos mil colones. Gerente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Grecia, 26 de
octubre del 2010.—Lic. Kerby Rojas Alfaro, Notario.—1
vez.—RP2010204279.—(IN2010090928).
Mediante escritura número sesenta y siete
otorgada ante mi notaría, a las diecisiete horas del trece de octubre del dos
mil diez, se constituyó la compañía que utilizará como denominación social el
número de cédula jurídica que le asigne a la misma por dicho registro además de
las palabras sociedad de responsabilidad limitada, todo conforme al decreto
número treinta y tres mil ciento setenta y uno (reglamento para la inscripción
de la constitución de empresas comerciales) cuyo plazo social es de noventa y
nueve años; capital social: doscientos mil colones. Gerente con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma.—Grecia, 15 de octubre del
2010.—Lic. Carol Fabiola Murillo Araya, Notaria.—1
vez.—RP2010204280.—(IN2010090929).
Por escritura ciento veintisiete de las doce
horas del veintiocho de setiembre de dos mil diez, se protocolizó asamblea
general extraordinaria de la sociedad Tell Service Security Sociedad
Anónima, donde se reformó la cláusula sexta del pacto social y se nombra
junta directiva y fiscal.—Lic. María Alejandra Méndez Sáenz,
Notaria.—1 vez.—RP2010204281.—(IN2010090930).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 15:00 horas del 16 de octubre del 2010, se constituye la sociedad Southern
Investment Capital Limitada. Plazo social: 99 años. Gerente: Róger Scott
Mciver.—Pérez Zeledón, 16 de octubre del 2010.—Lic. Jorge Enrique
Gonzalo Villalobos, Notario.—1
vez.—RP2010204283.—(IN2010090931).
Ante esta notaría el día de hoy, se
constituyó la compañía denominada: Flocas Sociedad Anónima.—Guápiles,
Pococí, veinticinco de octubre del dos mil diez.—Lic. José Eduardo Díaz
Canales, Notario.—1 vez.—RP2010204285.—(IN2010090932).
Por escritura otorgada en esta notaría a las
12 horas del 26 de octubre de 2010, se modifica composición de junta directiva
de Inversiones Villa Mar de San José S. A.—Lic. Olga María
Rivera Monge, Notaria.—1 vez.—RP2010204287.—(IN2010090933).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las once horas del veintiséis de octubre de dos mil diez, se protocolizó acta
de asamblea de accionistas de la sociedad Agua y Energía Centroamericana S.
A., por medio de la cual se modificó la cláusula del domicilio y del plazo
social.—San José, veintiséis de octubre de dos mil diez.—Lic.
Mónica Farrer Peña, Notaria.—1 vez.—RP2010204290.—(IN2010090934).
Por escritura número ciento treinta y cuatro
otorgada en esta notaría, a las diez horas treinta minutos del 11 de agosto del
2010, se constituyó la sociedad Distribuidora Casanova y Aguilar Sociedad
Anónima, con domicilio en la provincia de Limón, con un plazo de noventa y
nueve años. Capital social debidamente suscrito y pagado. Presidente y tesorero
como apoderados generalísimos sin límite de suma.—Limón, 25 de octubre
del 2010.—Lic. Marcela Soto Molina, Notaria.—1 vez.—RP2010204292.—(IN2010090935).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las 10:30 horas del 21 de octubre de 2010, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de socios de la sociedad A Y B Asesores Ingenieros en
Electrónica y Computación S. A., nombrándose nuevo fiscal y aumentándose el
capital social en noventa mil colones.—San José, 21 de octubre de
2010.—Lic. Rafael Quesada Vargas, Notario.—1
vez.—RP2010204295.—(IN2010090936).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 12:00 horas del 22 de octubre de 2010, se constituyó la sociedad Distribuidora
y Tienda Francis e Hijos S. A., nombrándose agente residente, fondo de
reserva legal, junta directiva y capital social. Domiciliada en San José,
Desamparados, San Rafael Arriba, 75 oeste del Boyero.—San José, 22 de
octubre de 2010.—Lic. Rafael Quesada Vargas, Notario.—1
vez.—RP2010204296.—(IN2010090937).
Hoy, se constituye sociedad anónima de
acuerdo al Decreto 33171-J, capital suscrito y pago. Presidente: apoderado
generalísimo sin límite de suma.—San José, 14 de octubre del
2010.—Lic. Geovanny Jiménez Chacón, Notario.—1
vez.—RP2010204297.—(IN2010090938).
Por escritura de las 10:30 horas del 25 de
octubre de 2010, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la compañía Macrilago Diez J S. A., se reforma la
cláusula sétima del pacto constitutivo y se nombra presidente. Presidente:
Alfredo Echeverría Borbón.—25 de octubre de 2010.—Lic. Magally
Herrera Jiménez, Notaria.—1
vez.—RP2010204301.—(IN2010090939).
Por escritura otorgada a las diecisiete horas
del dieciséis de octubre del dos mil diez, se constituye: Inversiones Armu
Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse su aditamento S. A. Domicilio social:
Naranjo centro, Alajuela, cien metros oeste del parque. Plazo social: 99 años,
objeto social: comercio en general, Presidente: Allan Mauricio Arroyo
Alpízar.—Naranjo, 26 de octubre del 2010.—Lic. Olga Fernández
Sibaja, Notaria.—1 vez.—RP2010204302.—(IN2010090940).
Ante esta notaría, se constituyó a las nueve
horas del 26 de octubre del 2010 la sociedad Inversiones Ronny May S. A.
Capital: 10.000. Domicilio: San José, Curridabat, Condominio Las
Lomas.—Lic. Rose Mary Zúñiga Ramírez, Notaria.—1
vez.—RP2010204303.—(IN2010090941).
Ante esta notaría se constituyó a las diez
horas del 26 de octubre del 2010, la sociedad Los Pétalos del Jardín
Escantado Sociedad Anónima, capital social: diez mil colones.—Lic.
Rose Mary Zúñiga Ramírez, Notario.—1
vez.—RP2010204304.—(IN2010090942).
Por escritura otorgada en esta ciudad y
notaría, a las 9:00 horas del 7 de octubre del 2010, se constituyó la empresa
denominada: Parqueo
Que por el instrumento público número ciento
treinta y siete, de las quince horas y treinta minutos del siete de octubre del
dos mil diez, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Taller
Mecánico JP Soluciones Sociedad Anónima, capital social: diez mil
colones.—Lic. Juan Carlos Gutiérrez Morales, Notario.—1
vez.—RP2010204308.—(IN2010090944).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las 13 horas del 14 de octubre del 2010, se constituyó la sociedad H2O2
Sociedad Anónima, con domicilio en Heredia, San Pablo, Residencial Rincón
Verde Dos, casa once A. Presidente: Gary Steven Gautier.—Heredia, 20 de
octubre del 2010.—Lic. Marco Vinicio Alfaro Rodríguez, Notario.—1
vez.—RP2010204310.—(IN2010090945).
Por escritura otorgada a las diez horas del
veinte de octubre del dos mil diez, se presentan ante la notaria Flor de María
García Solano, los señores Daniel Arguedas Loaiza y Roberto Arguedas Loaiza, a
constituir sociedad anónima denominada CMI Logística Sociedad Anónima,
pudiendo abreviarse las dos últimas palabras en S. A.—San José, 25 de
octubre del 2010.—Lic. Flor de María García Solano, Notaria.—1
vez.—RP2010204311.—(IN2010090946).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las once horas del veintidós de octubre del dos mil diez, se constituye la
sociedad Amud Sociedad Anónima. Domicilio social: será en Costa Rica,
San José, Goicoechea, Ipís, Urbanización Las Dunas, casa ocho B. Capital
social: doce mil colones. Presidente: José Pablo Esquivel Chacón.—San
José, veintidós de octubre del dos mil diez.—Lic. Andrés Eduardo Calvo
Herra, Notario.—1 vez.—RP2010204313.—(IN2010090947).
Por escritura setenta y cuatro-tres, otorgada
en Cariari, Pococí, a las dieciocho horas del veinticinco de octubre de dos mil
diez, se constituyó
Por escritura otorgada ante esta notaría, el
día de hoy se han constituido tres sociedades anónimas, cuya denominación
social corresponderá al número de cédula jurídica que les asigne el Registro al
amparo del Decreto Nº 33171-J. Representante: Presidente. Domicilio: Zapote,
San José. Plazo: 99 años.—San José, 25 de octubre del 2010.—Lic.
Gerardo Sibaja Álvarez, Notario.—1
vez.—RP2010204316.—(IN2010090949)
En la notaría del Lic. Raúl Alexander Camacho
Alfaro, se protocolizó el acta de la sociedad Punta del Mono Sociedad
Anónima, por medio de la cual se reformó la cláusula sétima y se cambia la
junta directiva. Es todo.—San José, veintiuno de octubre del dos mil
diez.—Lic. Raúl Alexander Camacho Alfaro, Notario.—1
vez.—RP2010204317.—(IN2010090950)
Ante la suscrita notaria, Ana Sophia Lobo
León, a las quince horas del veinticinco de octubre del año dos mil diez,
protocolizó actas de asamblea de socios de la sociedad denominada Gray Day
Technologies Sociedad Anónima. Nombrándose nuevo secretario y fiscal. Es
todo.—San José, veintiséis de octubre del dos mil diez.—Lic. Ana
Sophia Lobo León, Notaria.—1 vez.—(IN2010090951)
Ante la suscrita notaria, Ana Sophia Lobo
León, a las catorce horas del veinticinco de octubre del año dos mil diez,
protocolizó actas de asamblea de socios de la sociedad denominada Quality
Gaming Limited Sociedad Anónima. Nombrándose nuevo secretario. Es
todo.—San José, veintiséis de octubre del dos mil diez.—Lic. Ana
Sophia Lobo León, Notaria.—1 vez.—(IN2010090952)
A las trece horas del veinte de octubre del
dos mil diez, ante la notaría del Lic. Humberto Céspedes Chacón, se constituyó Peleas-MMA
Sociedad Anónima. Con domicilio social en Heredia. Su objetivo comercio en
general. Su presidente es apoderado generalísimo sin límite de suma. Es
todo.—Lic. Humberto Céspedes Chacón, Notario.—1
vez.—(IN2010090959)
A las trece horas del veinte de octubre del
dos mil diez, ante la notaría del Lic. Humberto Céspedes Chacón, se constituyó Memory-Solutions
Sociedad Anónima. Con domicilio social en Heredia. Su objetivo comercio
en general. Su presidente es apoderado generalísimo sin límite de suma. Es
todo.—Lic. Humberto Céspedes Chacón, Notario.—1
vez.—(IN2010090960)
Mediante escritura número ciento sesenta y
uno otorgada ante mí, a las ocho horas del veinticinco de octubre del dos mil diez,
se procedió a nombrar nueva junta directiva de la empresa denominada Condominio
Millenium Boruca Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma: Jimmy Barrantes Miranda.—San José,
veintisiete de octubre del dos mil diez.—Lic. Jessica Borbón Guevara,
Notaria.—1 vez.—(IN2010090964)
Mediante escritura número ciento sesenta y
tres, otorgada ante mí, a las diez horas del veintiséis de octubre del dos mil
diez, se procedió a nombrar nueva junta directiva de la empresa denominada
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 13:00 horas del 26 de octubre del 2010, se protocolizó acta de asamblea de
socios de Grupo Selecto Exitoso GSE Sociedad Anónima, reforma cláusula
novena, se revocaron cargos y nombró nueva junta directiva.—San José, 27
de octubre del 2010.—Lic. Ana Karine Niño Gutiérrez, Notaria.—1
vez.—(IN2010090966)
Ante esta notaría, se constituye la sociedad
de esta plaza denominada Angel’S Fruit Sociedad Anónima, a las
catorce horas del siete de octubre del año dos mil diez. Siendo su presidenta
con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma: la señora Ana
Leticia Camacho Espinoza, ante el notario Rodrigo Garita
López.—Florencia, San Carlos, Alajuela, siete de octubre del dos mil
diez.—Lic. Rodrigo Garita López, Notario.—1
vez.—(IN2010090967)
Ante esta notaría, se constituye la sociedad
anónima de esta plaza denominada Inversiones Camali Sociedad Anónima, a
las once horas, veinte minutos del veinticinco de octubre del dos mil diez.
Siendo su gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma:
el señor Johan Alberto Camacho ante el notario Rodrigo Garita
López.—Venecia, San Carlos, Alajuela, veinticinco de octubre del dos mil
diez.—Lic. Rodrigo Garita López, Notario.—1 vez.—(IN2010090968)
En mi notaría al ser las nueve horas del día
veintiséis de octubre del año dos mil diez, se modificó la cláusula sexta de la
sociedad denominada: P.M. Picis de Plata Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y tres mil ochocientos
setenta y seis. Es todo.—San José, veintisiete de octubre del dos
mil diez.—Lic. Maribell Arcia
Fernández, Notaria.—1 vez.—(IN2010090970)
En mi notaría al ser las ocho horas del día
veintiséis de octubre del año dos mil diez, se modificaron las cláusulas
segunda y sexta de la sociedad denominada Merfin Sociedad Anónima,
cédula jurídica numero tres-ciento uno-ciento sesenta y cuatro mil
cuatrocientos sesenta y ocho. Es todo.—San José, veintisiete de octubre
del dos mil diez.—Lic. Maribell Arcia Fernández, Notaria.—1
vez.—(IN2010090972)
Ante mi, Víctor Armando Rodríguez Vado,
notario público de Alajuela, se ha constituido mediante escritura trescientos
seis, visible al folio ciento sesenta y cuatro frente del tomo quinto de mi
protocolo, la sociedad denominada Corporación Santiago C.R. Sociedad Anónima,
con un capital social de diez mil colones, domiciliada en San Pedro de Barva de
Heredia, Urbanización Santa Elena, casa número trece.—Alajuela,
veinticinco de octubre de dos mil diez.—Lic. Víctor Armando Rodríguez
Vado, Notario.—1 vez.—(IN2010090974)
Ante mi, Víctor Armando Rodríguez Vado,
notario público de Alajuela, se ha constituido mediante escritura trescientos
cinco, visible al folio ciento sesenta y tres frente del tomo quinto de mi
protocolo, la sociedad denominada Canet y Bonilla, Sociedad Anónima, con
un capital social de ocho mil colones, domiciliada en San José, Tibás,
Urbanización Jardines de Tibás, casa número siete-b.—Alajuela,
veinticinco de octubre de dos mil diez.—Lic. Víctor Armando Rodríguez
Vado, Notario.—1 vez.—(IN2010090975)
El día de hoy ante esta notaría se constituyó
la sociedad Montenegro del Guayabo S. A. El presidente tiene la
representación judicial y extrajudicial de la sociedad con las facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma.—Heredia, 12 de mayo del
2010.—Lic. Antonio Gutiérrez Bogantes, Notario.—1
vez.—(IN2010090987)
Por escritura pública otorgada ante mí, a las
catorce horas del día veintitrés de setiembre del dos mil diez, se constituyó la
sociedad Crumb’s Sociedad Anónima. Presidenta: Adriadna Ríos
Varemkow.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1
vez.—(IN2010091014)
Ante esta notaría comparecen José Suárez Moya
y Yorleny Vanessa Peña Martínez para constituir la sociedad de esta plaza Transsua
de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, a las dieciocho horas
treinta minutos del veintiuno de octubre del dos mil diez.—Lic. Zizi
Annette Montoya Quintana, Notaria.—1 vez.—(IN2010091019)
Mediante la escritura número 9, otorgada en
esta ciudad a las quince horas del diecinueve de octubre del dos mil diez,
protocolicé acta de la asamblea general ordinaria de accionistas de
Por escritura otorgada a las trece horas del
veintisiete de octubre del dos mil diez, se reestructura la cláusula dos del
domicilio y el consejo de administración nombrándose nuevo presidente y
secretario de la sociedad Grupo Auténtico de San José Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-ciento trece mil trescientos
veintisiete.—Alajuela, veintisiete de octubre del dos mil diez
.—Lic. Braulio Murillo Segura, Notario.—1 vez.—(IN2010091031)
Por escritura otorgada el 24 de setiembre del
Mauricio Echeverría Flores y María José López
Ramírez, constituyen Four Twenty Productions, plazo social 99 años,
objeto la agroindustria y el comercio en generad, escritura número
195.—Paraíso de Cartago 14:30 horas del 25 de octubre del
2010.—Lic. Sandra Vander Laat Cruz, Notaria.—1 vez.—
(IN2010091060)
Juan Ignacio Vargas Sancho, Gloriana Vargas
Sancho, modificación: cláusula sétima de la constitución de la sociedad, Flores
y Ornamentales Varsan S. A., en el sentido de que los representantes
legales solo actúen en forma conjunta, a partir de hoy, 9 de julio del 2007.
Escritura número: ciento cincuenta y nueve.—San José, 23 de setiembre del
2010.—Lic. Ileana Flores Sancho, Notaria.—1 vez.—(IN2010091061)
Yo, Rodrigo Atmetlla Molina, protocolicé acta
de asamblea de Hermosa Opuesto Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-trescientos cuarenta y cinco mil noventa y dos; donde se
modifica la cláusula sexta de la administración, y se nombra junta
directiva.—Veintiséis, de octubre de dos mil diez.—Lic. Rodrigo
Atmetlla Molina, Notario.—1 vez.—(IN2010091071)
Ante esta notaría por escritura número
doscientos treinta y seis, otorgada a las ocho horas del día veintiséis de
octubre del dos mil diez, se protocolizó asamblea extraordinaria de la sociedad
denominada Condominio Montealondra Jade X Sociedad Anónima, donde se
modifican las cláusulas segunda, sétima y se nombra nueva junta directiva,
fiscal. Es todo.—San José, 26 de octubre del dos mil diez.—Lic.
Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1 vez.—(IN2010091075)
Ante esta notaría por escritura número
doscientos treinta y siete de las ocho horas del día veintisiete de octubre del
dos mil diez, se protocolizó acta de la sociedad denominada Condominio
Montealondra Valeriana XXI Sociedad Anónima. Donde se modifican las
cláusulas segunda, sétima y se nombra nueva junta directiva, fiscal. Es
todo.—Alajuela, veintisiete de octubre del dos mil diez.—Lic. Melba
Pastor Pacheco, Notaria.—1 vez.— (IN2010091076)
Ante esta notaría, por escritura otorgada a
las 14:00 horas del 27 de octubre del 2010, se constituyó la sociedad anónima
denominada B Jimbo Sociedad Anónima. Presidente: James Lee
Henderson.—Alajuela, 27 de octubre del 2010.—Lic. Emily Barrantes
Esquivel, Notaria.—1 vez.—(IN2010091080)
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las 18:00 horas del 22 de agosto del año 2010, se constituyó la sociedad Garinim
ATID Sociedad Anónima.—San José, 22 de octubre del 2010.—Lic.
Daniel Befeler Scharf, Notario.—1 vez.—(IN2010091082)
Por escritura otorgada en esta notaría a las
12:00 horas del 22 de octubre del 2010, se protocolizó acta de asamblea de
accionistas de la sociedad tres-ciento uno-quinientos cuarenta y cuatro mil
ciento setenta y dos s. a., celebrada a las 16:00 horas del 21 de setiembre
del 2010, en la que se modifica la cláusula 8 del pacto social y se hacen
nuevos nombramientos de junta directiva y fiscal.—San José, 22 de octubre
del año 2010.—Lic. Daniel Befeler Scharf, Notario.—1 vez.—(IN2010091083)
Mediante escritura número 7-8, de las 12:00
horas del 12 de octubre del 2010, se realizó asamblea general extraordinaria la
sociedad Casa del Parque Sociedad Anónima. Modificando la cláusula
tercera del pacto constitutivo que refiere al plazo social, siendo que el plazo
social será de cinco años y nueve meses a partir del veintiuno de diciembre del
dos mil cuatro fecha de constitución, con vencimiento previsible al primero de
octubre del dos mil diez.—San José, 26 de octubre del dos mil
diez.—Lic. Gustavo Adolfo Ruiz García, Notario.—1
vez.—(IN2010091084)
Mediante escritura número 6-8, de las 11:00
horas del 12 de octubre del 2010, se realizó asamblea general extraordinaria de
las sociedades Ventas Rurales Sociedad Anónima y Productos
Lubricantes Sociedad Anónima en donde se acuerda fusionar en una sola
sociedad anónima a la empresa Ventas Rurales Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres ciento uno cuarenta y dos cuarenta y dos cuarenta y cinco,
inscrita en el Registro Nacional, Sección Mercantil de Personas Jurídicas, bajo
el tomo quinientos sesenta y dos, asiento mil trescientos uno secuencia uno,
con la sociedad Productos Lubricantes Sociedad Anónima con cédula
jurídica número tres-ciento uno-veintinueve mil cuatrocientos setenta y
tres-treinta y cuatro, inscrita al tomo: ciento cincuenta y nueve, folio:
ciento sesenta y dos, asiento: ciento treinta y dos, mediante absorción
prevaleciendo la segunda sociedad supra indicada en el entendido que la fusión
rige a partir del día primero de octubre del dos mil diez.—San José, 26
de octubre del dos mil diez.—Lic. Gustavo Adolfo Ruiz García,
Notario.—1 vez.—(IN2010091085)
Mediante escritura número once se constituyó
la sociedad anónima Villa Kids Learning Center S. A. cuya traducción al
idioma español es Villa Niños Centro de Aprendizaje cuya presidenta es Cindy
Gamez Díaz, mayor, casada una vez, educadora preescolar, portadora de la cédula
de identidad número uno-uno uno cero uno dos cinco, vecina de Alajuela, Pacto
del Jocote, Sol Casa, de los tanques del AyA, tercera casa L diez. Es
todo.—Alajuela, veintiséis de octubre del dos mil diez.—Lic.
Mariana Chacón Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2010091087)
Ante mí, Rafael Salazar Fonseca notario con
oficina en Barva de Heredia,
Por escritura de las 09:00 horas de hoy, fue
constituida la compañía Condominio Parrita Para Ti Limitada. Domicilio:
Montes de Oca. Objeto: El comercio, industria, agricultura, ganadería e
inversión en bienes raíces en general. Plazo: cien años. Capital: trescientos
mil colones, suscrito y pagado con letras de cambio. Gerente con amplias
facultades.—Montes de Oca, 26 de octubre del 2010.—Lic. Fabio
Alberto Arias Córdoba, Notario.—1
vez.—RP2010204330.—(IN2010091215)
Mediante escritura pública otorgada ante esta
notaría, a las nueve horas con treinta minutos del día doce de octubre del año dos
mil diez, se constituyó la sociedad denominada Grupo Quatro C.R. Sociedad
anónima, con un capital social de diez mil colones.—San José,
veinticinco de octubre del dos mil diez.—Lic. Leonel Alvarado Zumbado,
Notario.—1 vez.—RP2010204331.—(IN2010091216)
Mediante escritura pública otorgada ante esta
notaría, a las quince horas del día veintidós de octubre del año dos mil diez,
se constituyó la sociedad denominada Meriendas Saudables Sociedad Anónima,
con un capital social de diez mil colones.—San José, veinticinco de
octubre del dos mil diez.—Lic. Leonel Alvarado Zumbado, Notario.—1
vez.—RP2010204332.—(IN2010091217)
Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, Msc. Frank Herrera Ulate, en
la sociedad VRTCAX S. A. se nombra presidente y secretario y se modifica
cláusula primera del pacto constitutivo.—San José, 22 de octubre del
2010.—Lic. Frank Herrera Ulate, Notario.—1
vez.—RP2010204333.—(IN2010091218)
Por escritura otorgada a las diecisiete horas
del veinticinco de octubre del presente año, ante la suscrita notaria, los
señores Milagro del Valle Gil de Pita y Manuel Pita Fernández, constituyen una
sociedad anónima, cuya denominación social se hace de conformidad con lo
dispuesto en el artículo dos del Decreto número tres tres uno siete
uno-J.—San José, veintiséis de octubre del dos mil diez.—Lic.
Carmen Soto Montero, Notaria.—1
vez.—RP2010204334.—(IN2010091219)
Por escritura otorgada hoy ante mí, fue
constituida ZLW Global Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.
Domicilio: Escazú, Edificio Atrium, cuarto piso. Objeto: El comercio en
general. Capital: Diez mil colones. Gerente con facultades de apoderado
generalísimo sin limitación de suma: Marek Brysa.—San José, 15 de octubre
del 2010.—Lic. Rafael Ángel García Salas, Notario.—1
vez.—RP2010204335.—(IN2010091220)
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las
15:00 horas del día de hoy, la sociedad Agencias Sydney S. A., modificó
la cláusula octava de sus estatutos.—San José, 26 de octubre del
2010.—Lic. Juan Chow Wong, Notario.—1
vez.—RP2010204336.—(IN2010091221)
Por escritura número ciento cincuenta y ocho
otorgada en mi protocolo, tomo segundo, a las quince horas del veintiuno de
octubre del dos mil diez, se constituyó la sociedad anónima ICDD Institute
for Content Development and Distribution Sociedad Anónima.—San José,
veintidós de octubre del dos mil diez.—Lic. Heleen Villalobos Brenes,
Notaria.—1 vez.—RP2010204337.—(IN2010091222)
El suscrito Steven Alvarado Bellido, mayor,
abogado carné 16419, cédula 1-945-439, indico que en esta notaría mediante
escritura 5-8 se constituyó la sociedad Grupo Delisuan Sociedad Anónima
cuyo presidente es Desiderio Anchía Anchía. Es todo rendido en Ciudad de Quepos
a las 10:00 horas del 20 de octubre del año 2010.—Lic. Steven Alvarado
Bellido, Notario.—1 vez.—RP2010204342.—(IN2010091223)
Por escritura otorgada el día de hoy se
constituyó la sociedad denominada Rava Plastics Inc. Sociedad Anónima.
Capital social diez mil colones íntegramente suscrito y pagado. Domicilio
social Curridabat. Plazo social noventa y nueve años.—San José, veintidós
de octubre del año dos mil diez.—Lic. Raymond Mora Molina,
Notario.—1 vez.—RP2010204343.—(IN2010091224)
Hoy protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de la sociedad Espumas y Colchones Hermanos Trejos Sociedad
Anónima, donde se acordó reformar la cláusula segunda del pacto
constitutivo.—San José, veintiséis de octubre del dos mil
diez.—Lic. Livia Meza Murillo, Notaria.—1
vez.—RP2010204344.—(IN2010091225)
Por
acta protocolizada por el suscrito notario la sociedad denominada Grupo
Inversor El Rodijo Sociedad Anónima, aumentó el capital en la suma de
cuatro millones novecientos noventa y nueve mil colones, para un total de
capital de cinco millones de colones representado por cincuenta mil acciones
comunes y nominativas de cien colones cada una.—San José, veintiséis de
octubre del dos mil diez.—Lic. Rolando Angulo Gatgens, Notario.—1
vez.—RP2010204345.—(IN2010091226)
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las 9:00 horas del 24 de octubre del presente año se constituyó la sociedad
denominada E.E. Emerald Earth S. A., capital social cien mil colones,
plazo cien años.—San José, 25 de octubre del 2010.—Lic. Manuel Rey
González, Notario.—1 vez.—RP2010204346.—(IN2010091227)
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las 9:00 horas del 23 de octubre del presente año, se constituyó la sociedad
denominada Guana Maverick S. A., capital social cien mil colones, plazo
cien años.—San José, 25 de octubre del 2010.—Lic. Manuel Rey
González, Notario.—1 vez.—RP2010204347.—(IN2010091228)
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las 9:00 horas del 20 de octubre del presente año, se constituyó la sociedad
denominada Explotaciones de
Por escritura ciento cincuenta otorgada a las
doce horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea de socios de Logística
Aire Mar Costa Rica S. A., mediante la cual se cambió vocal segundo de
junta directiva, se revocó poder generalísimo y se otorgó nuevo
poder.—San José, veintiséis de octubre del dos mil diez.—Lic.
Federico Brealey Zamora, Notario.—1 vez.—RP2010204352.—(IN2010091230)
Se constituye la firma de esta plaza: Centro
Médico HTS Sucursal Costa Rica. Representante legal Jorge Javier Echeverría
Guzmán, pasaporte chileno número siete millones doscientos cincuenta y ocho mil
ciento cuarenta y cuatro-K, cédula de identidad número uno-uno uno seis
siete-cero tres cuatro uno. Agente residente: Rodrigo Cervantes
Barrantes.—San José, veintiséis de octubre del dos mil nueve.—Lic.
Rodrigo Cervantes Barrantes, Notario.—1
vez.—RP2010204355.—(IN2010091231)
Por escritura otorgada ante mí, a las diez
horas del veinticinco de octubre del dos mil diez, la sociedad denominada Castro
y Ugarte Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno-ochenta
mil noventa y seis, reformó sus cláusulas segunda, tercera, sexta, octava y
novena de su pacto constitutivo.—Lic. Juan Luis Calvo Calderón,
Notario.—1 vez.—RP2010204356.—(IN2010091232)
Ante esta notaría se protocolizó el acta de
la asamblea general extraordinaria de la sociedad Grupo ABC S. A.,
modificación de la cláusula octava del pacto constitutiva y elección de
tesorero y secretaria de junta directiva.—San José, 19 de octubre del
2010.—Lic. Alejandro Arburola Rojas, Notario.—1
vez.—RP2010204357.—(IN2010091233)
El sucrito notario hace constar que por
escritura otorgada el día de hoy, número ciento veinte-siete; protocolicé acta
de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía denominada Industrias
Quifer Uno Sociedad Anónima; se reforman las cláusulas segunda y quinta de
los estatutos, se aumenta el capital social.—Tucurrique de Jiménez, a las
catorce horas del día veintinueve de setiembre de dos mil diez.—Lic.
Johnny Alberto Sanabria Obando, Notario.—1
vez.—RP2010204358.—(IN2010091234)
El día de hoy ante esta notaría se ha
constituido sociedad anónima y la denominación social de la empresa que se
constituyó, se realizó, conforme, a lo establecido en el artículo dos del
Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J del catorce de junio del año
dos mil seis. Presidente: Terrillynn West. Capital social diez mil colones. Es
todo.—Tilarán, veinticinco de octubre del dos mil diez.—Lic.
Cristina Ross López, Notaria.—1
vez.—RP2010204359.—(IN2010091235)
Por escritura otorgada ante mí, Jorge Walter
Ruiz González, se cambia a la junta directiva, fiscal y agente residente,
domicilio y nombre de Quinta Doña Esperanza Sociedad Anónima con cédula
jurídica número 3-101-447147, el cual pasa a ser Quinta Cuatro Estrellas de
Plata Sociedad Anónima.—Lic. Jorge Walter Ruiz González,
Notario.—1 vez.—RP2010204360.—(IN2010091236)
Por escritura otorgada ante mí, a las 14:00
horas del 26 de octubre del 2010, se constituyó Diseños Sasso. Capital
social: ¢10.000,00. Presidenta: Sofia Castro Sasso.—Lic. Ignacio Herrero
Knöhr, Notario.—1 vez.—RP2010204365.—(IN2010091237)
Por escritura de las doce horas de hoy, en
esta ciudad protocolicé actas de asamblea de socios de Santa Esmeralda S. A.,
Inverlaz Z S. A. y Ele y Ele de Curridabat S. A., en la cual
reforman sus estatutos.—San José, 25 de octubre de 2010.—Lic.
Patricia Rivero Breedy, Notaria.—1
vez.—RP2010204373.—(IN2010091239)
Por la escritura otorgada ante esta notaría,
a las 10:20 horas del 05 de febrero del año 2010, se reformó la cláusula sétima
de la sociedad denominada Llano Grande del Aeropuerto Liberia Sociedad
Anónima.—Liberia, 26 de octubre de 2010.—Lic. Manuel Enrique
Leiva Chamorro, Notario.—1 vez.—RP2010204374.—(IN2010091240)
Ante mi notaría se protocolizaron acuerdos en
que se modificó cláusula del pacto constitutivo de la compañía Transzusa de
Nicoya S. A., para que se lea así: octava: Los negocios sociales estarán a
cargo de un consejo de administración o junta directiva nombrada por la
asamblea general. Estará integrada por tres miembros que serán presidente,
secretario y tesorero, quienes estarán en sus funciones por todo el plazo
social, correspondiendo la representación judicial y extrajudicial al
presidente, secretario y tesorero quienes tendrán las facultades de apoderados
generalísimos sin limitación de suma, conforme el numeral mil doscientos cincuenta
y tres del Código Civil, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Podrán
otorgar toda clase de poderes sin perjuicio de idénticas facultades que se
reserva la asamblea de accionistas.—Nicoya, veintiséis de octubre de dos
mil diez.—Lic. Marjorie Vargas Sequeira, Notaria.—1
vez.—RP2010204380.—(IN2010091241).
Se cita y se emplaza a todos los interesados
en la inscripción de la sociedad Inversiones Erana S. A., para que
dentro del plazo de ley, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan ante la oficina de la suscrita notaria para los reclamos
respectivos. Notaría que sita detrás del Ministerio de Seguridad Pública en
Barrio Córdoba, o al teléfono 2226-73592 de
Por escritura otorgada en mi protocolo se ha
constituido Roca de
Por escritura número: ciento ochenta y
cuatro-uno, otorgada a las ocho horas, del día veintiséis del mes de octubre
del año dos mil diez, los señores: Gerardo Chaves Rodríguez y María de los
Ángeles Esquivel Brenes, constituyeron una entidad jurídica de conformidad con
el Decreto Ejecutivo número: treinta y tres mil ciento setenta y uno-J,
publicado en
En escritura ciento diez del veinte de
octubre del dos mil diez, a las quince horas en el tomo I del protocolo del
notario Laureano Castro Sancho, actuando en conotariado con el notario
Ferry Orlando Ramírez
Salas, se constituye
Estética y Salud C y M S. A. La representación judicial y
extrajudicial corresponde al presidente, vicepresidente, tesorero o secretario
conjunta o separadamente.—Lic. Kerry Orlando Ramírez Salas,
Notario.—1 vez.—RP2010204387.—(IN2010091245).
En mi notaría a las once horas del veintiséis
de octubre del dos mil diez, protocolicé acta número cuatro de Unicornio
Rosado S. A., mediante la cual se acepta la renuncia del presidente,
secretaria, tesorera y fiscal de la junta directiva y se nombran sustitutos. Se
modifica domicilio social, se elimina cargo de agente residente.—Heredia,
26 de octubre del dos mil diez.—Lic: María Lourdes Rodríguez González,
Notaria.—1 vez.—RP201020204389.—(IN2010091246).
Astrid Binns Rodríguez, notaria publica,
domiciliada en Turrialba, aviso por medio de escritura número ciento noventa y
uno, otorgada a las ocho horas del once de octubre del dos mil diez, visible a
folios ciento diecinueve frente y vuelto del tomo veinte del protocolo de la
suscrita notaria, se constituye la sociedad Prespolic S. A., con un
capital social de un millón de colones y el representante legal es el presidente.—Turrialba,
veintiséis de octubre del dos mil diez.—Lic. Astrid Binns Rodríguez,
Notaria.—1 vez.—RP2010204391.—(IN2010091247).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho
horas del seis de agosto último, se constituyó
El suscrito notario hago constar que en esta
notaría se protocolizó la asamblea general extraordinaria de la empresa Ackerland
Korps S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-quinientos nueve mil veintiséis, celebrada en su domicilio social al ser
las diez horas del seis de octubre de dos mil diez, reformándose el domicilio,
la junta directiva y el capital social de la sociedad. Es todo.—San José,
veintiséis de octubre del dos mil diez.—Lic. Hermmoth Rothe Paniagua,
Notario.—1 vez.—RP2010204400.—(IN2010091249).
Ante esta notaría el día veintiuno de octubre
del dos mil diez, se constituyó la sociedad anónima denominada Costa Rica EZ
Going S. A., presidente Miguel Ángel Corrales Morales. Capital nueve mil
colones. Domiciliada en Monteverde de Puntarenas.—San José, veinticinco
de octubre del dos mil diez.—Lic. Javier González Loría, Notario.—1
vez.—RP2010204401.—(IN2010091250).
Por escritura otorgada en mi notaría en esta
ciudad, a las 16:00 horas del 11 de enero del 2010, se constituyó la sociedad
denominada Corporación Clasa Sociedad Anónima. Presidente Omar Alberto
Monsalve Martínez.—Lic. Enrique Araya Vargas, Notario.—1
vez.—RP2010204404.—(IN2010091251).
Por escritura otorgada ante mí, se
protocolizó la presente acta de asamblea general extraordinaria de accionistas
de la sociedad Night Rider Limitada.—Primero de octubre dos mil
diez.—Lic. Freddy Barahona Alvarado, Notario.—1
vez.—RP2010204407.—(IN2010091252).
Por escritura otorgada ante mí, se
protocolizon las presentes actas de asamblea general extraordinaria de
accionistas de las sociedades Las Vistas del Tamarindo L V T Sociedad
Anónima y Johnstons Green Garden of the Coconut Sociedad Anónima.—Veintiséis
de octubre dos mil diez.—Lic. Freddy Barahona Alvarado, Notario.—1
vez.—RP2010204408.—(IN2010091253).
Por escritura otorgada ante mí, se
constituyeron las sociedades denominadas: Get What You Want Limitada; Once
Alive Limitada; Behind The Sun Limitada; One Step Closer Limitada;
y Coming Back to Life Limitada. Plazo: cien años. Capital: doce mil
colones. Domicilio: Centro Corporativo Plaza Roble, Escazú, San José, Costa
Rica. Representación judicial y extrajudicial: ambos gerentes, actuando
conjunta o separadamente. Es todo.—San José veintiséis de abril del
2010.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto, Notario.—1
vez.—RP2010204409.—(IN2010091254).
En esta notaría mediante escritura pública
número 183-22 otorgada a las 19:40 horas del 26 de octubre del 2010, se reformó
la cláusula sexta del acta constitutiva de la sociedad Centro Cultural Monte
Azul Limitada, con
cédula jurídica número
3-102-605191, así como se nombró nuevo gerente y se cedieron cuotas sociales y
nominativas.—Lic. Iván Villalobos Ramírez, Notario.—1
vez.—RP2010204410.—(IN2010091255).
Roinier Víquez Núñez y Cinthya López Gianoli,
constituyen una sociedad anónima denominada Inversiones Hilaris Sociedad
Anónima, con un capital social de ciento sesenta mil colones, domiciliada
en Cartago, cantón Cartago, distrito sexto, Residencial Hacienda del Rey, casa
ocho k. Escritura otorgada en San José, diecisiete horas del seis de octubre
del dos mil diez.—Lic. Nidia M. Alvarado Morales, Notaria.—1 vez.—RP2010204411.—(IN2010091256)
Por escritura número ciento setenta y
tres-cuatro, otorgada ante el suscrito notario a las 11:30 horas, del 28 de
setiembre del año 2010, se constituye Transporte Turístico del Caribe S. A.
Representación: presidente y secretario. Capital social: diez mil
colones.—Limón, 26 de octubre del 2010.—Lic. Francisco Morales
Ayales, Notario.—1 vez.—RP2010204431.—(IN2010091257)
Por escritura otorgada, ante el notario
Marlon Campbell Griffiths, se constituyó la sociedad anónima denominada Innovamarketplaza
S. A., a las doce horas del día cuatro de octubre del año dos mil
diez.—San José, veintisiete de octubre del dos mil diez.—Lic.
Marlon Campbell Griffiths, Notario.—1
vez.—RP2010204432.—(IN2010091258)
Mediante escritura número setenta y seis,
otorgada ante esta notaría a las quince horas treinta minutos del veintidós de
octubre del año 2010, se constituyó la plaza social Mariotti Construcciones
S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma. Plazo social 99 años. Es todo.—Alajuela, 26 de octubre del
2010.—Lic. Miriam Ivannia Alfaro Vargas, Notaria.—1
vez.—RP2010204433.—(IN2010091259)
Por escritura otorgada ante esta notaría el
veintisiete de octubre de dos mil diez a las ocho horas, se constituye la firma
Grupo Auto Comfort Ernabadilla Sociedad Anónima, con capital social de
cien mil colones.—San José, 27 de octubre de 2010.—Lic. Ernesto
Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2010204434.—(IN2010091260)
En esta notaría protocolizo acta de asamblea
general extraordinaria de Servicios Turísticos Ruta Verde Sociedad Anónima,
celebrada en el domicilio social, a las 14:00 horas del 23 de octubre de 2010,
mediante la que se modifican las cláusulas segunda y sétima del pacto social,
se revocan nombramientos de junta directiva y se hacen nuevos nombramientos, y
se revoca nombramiento de agente residente y se nombra otro en su
lugar.—Lic. José Fernando Saborío Jenkins, Notario.—1
vez.—RP2010204435.—(IN2010091261)
Por escritura de las once horas quince
minutos del veintiséis de octubre del dos mil diez, Octava Zinnia GLS
S. A., realiza cambio de junta directiva.—Lic. Guiselle Mora Cordero,
Notaria.—1 vez.—RP2010204436.—(IN2010091262)
Por escritura otorgada en esta notaría a las
diez horas del veinticinco de octubre del dos mil diez, se constituyó Vistas
de Monserrat Veintidós D S. A.—26 de octubre del 2010.—Lic.
Melba Muñoz Marenco, Notaria.—1
vez.—RP2010204437.—(IN2010091263)
Ante esta notaría, mediante escritura número
doscientos setenta y dos, otorgada a las ocho horas treinta minutos del
dieciséis de julio del dos mil diez, se constituyó la sociedad Distribuidora
Calle Seis de San José Sociedad Anónima.—San José, ocho de setiembre
del dos mil diez.—Lic. Fernando Chinchilla Cooper, Notario.—1
vez.—RP2010204438.—(IN2010091264)
Hoy autoricé escritura de protocolización de
acuerdos de asamblea general de Ares Worldwide Services S. A., por lo
que se modificaron las cláusulas segunda y novena de la escritura
social.—San José, 25 de octubre del 2010.—Lic. Rodrigo Mendieta
García, Notario.—1 vez.—RP2010204442.—(IN2010091266)
Por escritura otorgada ante mí, a las quince
horas del día veinticinco de octubre del año dos mil diez, se constituyó
sociedad anónima denominada Delicias Avica Sociedad Anónima, domiciliada
en Santa Cruz, Guanacaste, en Barrio Chumico contiguo a Abastecedor Kriss.
Presidente: Saúl Ávila Castro.—Nicoya, 26 de octubre del 2010.—Lic.
Olga Irene Granados Porras, Notaria.—1
vez.—RP2010204445.—(IN2010091267)
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las
19:30 horas del 26 de octubre de 2010, Landsan de Cañas Sociedad Anónima
reformó la cláusula sétima del pacto constitutivo: de la
representación.—Cañas, Guanacaste, 26 de octubre de 2010.—Lic.
Ester Solano Jerez, Notaria.—1
vez.—RP2010204447.—(IN2010091268)
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las
18:00 horas del 19 de octubre de 2010, Inversiones Hotel
Por escritura otorgada ante mí, el día de
hoy, se constituyeron: Publicidad Ludica SRL, Fulmino Publicidad SRL,
Manubialis SRL, Plagosu SRL, Caupona SRL, Pro Nummata Vini
SRL, Petra Puzzolana SRL, Marmor Petra ET Ferrum SRL, Importaciones Portoria
Soldi SRL, El Hombre de
A las once horas del día de hoy protocolicé
acuerdos de asamblea general extraordinaria de la empresa tres-ciento
uno-quinientos catorce mil siete s. a., mediante los cuales se reforma la
cláusula segunda que se refiere al domicilio de la sociedad, el cual en
adelante será en Escazú, Centro de Negocios Trilogía, Edificio número uno,
oficina ciento once B.—San José, 25 de octubre del 2010.—Lic.
Fabián Arce Azofeifa, Notario.—1
vez.—RP2010204450.—(IN2010091271).
A las diez horas del veintitrés de octubre,
protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de la empresa tres-ciento
uno-quinientos trece mil cuatrocientos veinticuatro s. a., mediante los
cuales se reforma la cláusula segunda que se refiere al domicilio de la
sociedad, el cual en adelante será en Huacas de Santa Cruz, Guanacaste Escazú,
cien metros sur y ciento cincuenta metros este del Vivero Huacas; renuncian
tesorero y fiscal de la junta directiva y se nombran nuevos.—San José, 25
de octubre del 2010.—Lic. Fabián Arce Azofeifa, Notario.—1 vez.—RP2010204451.—(IN2010091272).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 15:00 horas del día 25 de octubre del 2010, se modificó el pacto social de Servicios
Técnicos Martorano Sociedad Anónima. 1. Cláusula segunda: Domicilio social
en San José, San Francisco de Dos Ríos, Parque Méndez, de la esquina noreste
del Parque Méndez, doscientos cincuenta metros este y diez metros norte, casa
en alameda color rojo, portón rojo número seis. 2. Se revoca nombramiento de
secretario, tesorero y fiscal. 3. Se nombran nuevos miembros y fiscal. 4. Se
modifica la cláusula sétima para que la representación sea en forma conjunta
del presidente y secretario.—San José, San Francisco de Dos
Ríos.—Lic. Juan Guillermo Tovar González, Notario.—1
vez.—RP2010204452.—(IN2010091273).
Por escritura número doscientos treinta y
cinco-tres, de las ocho del veintisiete de octubre del dos mil diez; se
constituyó sociedad anónima cuyo nombre será asignado por su número de cédula
jurídica. Silvia Odio Soto, presidenta.—Lic. Cynthia Corrales Mairena,
Notaria.—1 vez.—RP2010204453.—(IN2010091274).
El suscrito notario hace constar que el día
de hoy protocolicé actas de asambleas generales extraordinarias de: Platino
y Acero S. A., en la que se reforman las cláusulas segunda y sexta de los
estatutos sociales, Costa Rica Law Firm S. A., en la que se reforma la
cláusula sexta de los estatutos sociales y Cipreses Mediterráneos S. A.,
en la que se reforman las cláusulas segunda y sexta de los estatutos
sociales.—San José, 26 de octubre del 2010.—Lic. Paul Portuguez
Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2010204455.—(IN2010091275).
Por escritura otorgada hoy, ante el suscrito
notario, protocolizó un acta de la asamblea general extraordinaria de
accionistas de la empresa Multicines Plaza S C S. A., mediante la cual
se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José, 19 de
octubre del 2010.—Lic. Pablo Enrique Guier Acosta, Notario.—1
vez.—RP2010204464.—(IN2010091277).
Por escritura otorgada hoy, ante el suscrito
notario, protocolizó un acta de la asamblea general extraordinaria de
accionistas de la empresa Multicines Cariari S. A., mediante la cual se
modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José, 19 de
octubre de 2010.—Lic. Pablo Enrique Guier Acosta, Notario.—1
vez.—RP2010204465.—(IN2010091278).
Berbilim Ureña Hernández y Jacqueline Otero
Fregni, constituyen la sociedad anónima Floristería Berby Sociedad Anónima.
Plazo social: 99 años, Capital social: diez mil colones, Presidenta: Berbilim
Ureña Hernández.—San José, 25 de octubre del año 2010.—Lic. José
Manuel López Mora, Notario.—1
vez.—RP2010204466.—(IN2010091279).
Por escritura otorgada hoy ante la suscrita
notaria, se reforman las cláusulas tercera y novena de los estatutos y se
nombran secretario, tesorera y fiscal de la sociedad Gismarco S.A.—San
José, 18 de octubre del 2010.—Lic. Virginia Portuguez Sánchez,
Notaria.—1 vez.—RP2010204468.—(IN2010091280).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce
horas treinta minutos del diecinueve de octubre de dos mil diez, se constituyó
la sociedad denominada Andrea GR Sociedad Anónima. Domicilio social San
José, Granadilla de Curridabat, del Ebais de Granadilla setenta y cinco metros
sur, Condominios Lomas de Granadilla, casa número cuatro. Capital social cien
mil colones. Es todo.—San José, diecinueve de octubre de dos mil
diez.—Lic. Mauricio Bonilla Robert, Notario.—1
vez.—RP2010204469.—(IN2010091281).
En escritura otorgada ante esta notaría a las
diez horas del veinticinco de octubre de dos mil diez, se constituye Caralliance
Internacional Limitada, gerente Catherine Meneau.—Lic. Marco Vinicio
Solano Gómez, Notario.—1 vez.—RP2010204478.—(IN2010091282).
Ante este notario mediante escritura otorgada
a las ocho horas del veinte de noviembre del dos mil nueve, se reformó la
cláusulas primera y sétima de la sociedad de esta plaza Poole Pettibone
Sociedad Anónima.—San José, veintiséis de octubre del dos mil
diez.—Lic. Mauricio Quirós González, Notario.—1
vez.—RP2010204479.—(IN2010091283).
Dirección de Recursos Humanos.—San José, a las diez horas cuarenta y cinco minutos
del día diecinueve de octubre del dos mil diez. De conformidad con lo dispuesto
en los artículos 241 de
DIRECCIÓN
JURÍDICA
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Que mediante resolución RES-ODP-PZR-002-2010, de
las nueve horas treinta minutos del veintitrés de setiembre del 2010, el Órgano
Director del Procedimiento nombrado mediante Acuerdo DM-073-2010 de fecha 01 de
setiembre del 2010, está citando a Miguel Ángel Picado Ugalde, cédula de
identidad Nº 5-0166-0424, en calidad de presunto responsable civil a una
comparecencia oral y privada que se celebrará en el quinto piso del edificio
principal del Ministerio de Hacienda, el día 08 de diciembre del
DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
ADUANA
PEÑAS BLANCAS
Exp. DN-APV-043-2010.—Aduana
Peñas Blancas,
Resultando:
A) Que dicho vehículo ingresó al país bajo el
certificado de importación temporal 2265, mismo que fue otorgado al señor
Ricardo José Cruz Calero, bajo el Acuerdo Regional para
B) Que dicho certificado fue otorgado al señor Ricardo José Cruz Calero, en
su calidad de persona autorizada por medio de poder especial notarial
, escritura pública número 3 del 01 de octubre del dos mil nueve, para
conducir el vehículo de referencia dentro del territorio del país de Nicaragua
y en Costa Rica. Siendo otorgado dicho poder especial por el propietario
registral del vehículo marca Toyota, modelo RN55L, número de identificación
RN550080532, año 1985, la señora Paublina Murillo Alvarado, cédula Nº
444-021272-0003R (ver folio 040-044). Situación que también consta en la copia
de la tarjeta de circulación B1435581 aportada por la parte (
ver Folio 044).
C) Que mediante acta de decomiso con número 061,
D) Que en fecha 26/02/2010,
E) Que a fecha 11/03/2010, se recibió escrito del señor Ricardo José Cruz
Calero, siendo registrado bajo el número de ingreso 0175, donde solita a esta
autoridad que le autorice el pago de impuestos y así también se acepte sobre la
eventual autoliquidación del monto de los impuestos y multa correspondiente.
F) Que a fecha 11/03/2010, se solicitó al departamento Técnico de esta
aduana, que emitiera criterio técnico respecto al vehículo decomisado
registrado bajo el número de inventario 1800 del Almacén A222, conforme al
oficio APB-DN171-2010 del 08/03/2010. Sobre lo cual se emitió recordatorio en
fecha 10/04/2010, a través de correo electrónico.
G) Que a fecha 26/04/2010 se recibió respuesta del Departamento Técnico,
según oficio APB-DT-109-
Vehículo Toyota Hilux, clase tributaria 1717274,
partida Arancelaria 8704.3151.13, tipo cambio ¢556,72.
Impuesto Selectivo ¢
136.530,90
Ley 6946 ¢
2.576,05
Ventas ¢ 64.465,77
Total de Impuestos ¢
203.572,73
H) Que a efectos de poder dar trámite al escrito
con número de ingreso 0175, se previno en fecha 20/05/2010 al señor Ricardo José Cruz Calero, según
oficio APB-DN-340-2010, que aportara documentación que demostrara su calidad de
propietario respecto al vehículo decomisado. Siendo que a la fecha del día de
hoy no se dio respuesta a dicho requerimiento, por lo que dicha gestión fue
archivada mediante el oficio APB-DN-534-2010 que fue comunicada al señor Calero
en fecha 24 de agosto del 2010, sin que
a la fecha del día de hoy se hay pronunciado al respecto (ver folio 046).
I) Que a fecha 30/07/2010, se solicitó al Departamento Técnico de esta
aduana, según oficio APB-DN-487-2010 que remitiera copia de la documentación
que sirvió de respaldo para la emisión del certificado 2265.
J) Que dicho requerimiento fue atendido en esa misma fecha, donde se
remitió copia del poder especial notarial de fecha 01/10/2009 que fue
confrontado contra el original que se ubica en los archivos del Departamento
Técnico, a través del cual la propietaria del vehículo decomisado la señora
Paublina Murillo Alvarado, cédula 444-021272-0003R, autorizó al señor Ricardo
José Cruz Calero para que condujera el vehículo objeto de decomiso y copia de
la tarjeta de circulación del vehículo de referencia, donde la señora Paublina
Murillo como propietaria del mismo.
K) Que esta administración considera necesario el proceder a través de un
eventual procedimiento ordinario, el determinar la existencia de posible
incumplimiento en las obligaciones de que impone el régimen de importación
temporal (certificado 2665) al señor Cruz Calero, en específico en caso de no
reexportación dentro del plazo establecido, de conformidad con lo anteriormente
señalado y de la procedencia de efectuar el cobro de la obligación tributaria
aduanera al que estaría eventualmente afecto que para el caso en concreto sería
su legítimo propietario la señora Paublina Murillo Alvarado.
L) Que en el presente procedimiento se han observados las prescripciones de
ley.
Considerando:
1º—Régimen legal aplicable: Que esta
aduana tiene competencia para ejercer el control aduanero sobre el cumplimiento
de las disposiciones de esta Ley, sus reglamentos y las demás normas
reguladoras de los ingresos o las salidas de mercancías del territorio
nacional, así como de las personas físicas o jurídicas que intervienen en las
operaciones de comercio exterior. Lo anterior de conformidad con los artículos
22, 23, 24, 165, 166, 168, 196, 234 de
2º—Que de acuerdo al análisis anterior, el Certificado de Importación
Temporal de Vehículos para Fines No Lucrativos Nº 2265 que ampara el vehículo
marca Toyota, estilo Hilux, estilo CAM-PU-CAJA ABIERTA, VIN JT4RN55DXF0080532,
año 1985, cabina sencilla, centímetros cúbicos 2400m, tracción 4x2, transmisión
Manual, combustible gasolina, extras estándar, clase tributaria 1717274, placa
de Nicaragua M 142198 propiedad de la señora Paulina Murillo Alvarado, cédula
Nº 444-021272-0003R y que fue ingresado bajo dicho régimen por el beneficiario
el señor Ricardo José Cruz Calero, pasaporte C1552049, se encuentra vencido
desde el día 13/02/2010, ya que este fue otorgado por el plazo de 1 mes, desde
el día 14/01/2010 hasta el día 13/02/2010.
3º—Que a la fecha del decomiso: 25/02/2010 (acta número 061-2010)
efectuado por
4º—Que a la fecha del día de hoy no consta ante administración
recibido de documentación sobre cancelación de dicho régimen a través de
declaratoria del régimen de Reexportación, o Depósito Fiscal o nacionalización
a través de un DUA de Importación Definitiva donde se cancelen el monto de la
obligación tributaria aduanera, que permitan justificar la permanencia en el
país fuera del plazo de vencimiento de dicha importación temporal, teniendo
como prueba de ello la impresión del Sistema Informático TICA-Módulo VEHITUR,
donde dicho certificado 2265, se encuentra registrado actualmente como: vencido.
5º—Que el artículo 458 del Reglamento a
6º—Por lo que el beneficiario del certificado 2265 debía de haber
ajustado su permanencia al lapso temporal otorgado por la administración:
13/02/2010, situación que no ocurrió. Lo anterior pese a que el beneficiario
estaba sujeto a una serie de derechos, deberes y obligaciones que surgieron
entre él y el Estado, siendo una de esas obligaciones cumplir con todas las
disposiciones que regulan la importación temporal, especialmente la referida al
plazo, conociendo que otra de sus obligaciones era reexportarlo, de previo al
vencimiento del plazo autorizado, de conformidad con el artículo 458 y 463 de
su reglamento y 139 del Reglamento al Código Aduanero Uniforme Centroamericano.
Situación que también le atañe al propietario registral Paublina Murillo
Alvarado, ya que el vehículo de su propiedad marca Toyota, estilo Hilux, estilo
CAM-PU-CAJA ABIERTA, VIN JT4RN55DXF0080532, año 1985 disfrutó del beneficio de
ingresar a Costa Rica por un plazo temporal sin el pago de impuestos y esta
mercancía la que responde por el pago en caso de determinarse procedente un
eventual cobro de impuestos.
7º—En razón a la antes mencionado, tenemos que bajo este régimen las
mercancías disfrutan de una suspensión del pago de los tributos y están sujetas
al plazo definido en la norma, razón por la cual, de previo a su finalización
debe reexportarse, destinarse a cualquier otro régimen dentro del plazo
legalmente establecido o importarse definitivamente.
8º—En la especie, la mercancía declarada en dicho certificado 2265,
se le concedió el régimen de importación temporal para vehículos automotores
terrestres para fines no lucrativos, conforme a los artículos 444 al 455 y 463
al 464 del Reglamento Ley General de Aduanas, por lo que debía ajustar su
permanencia al lapso temporal contenido en dicho certificado: 13/02/2010, lo
cual podemos afirmar que no ocurrió.
9º—Por ende se presume que el señor Ricardo José Cruz Calero,
pasaporte Nº C1552049, no realizó la reexportación del vehículo marca Toyota,
estilo Hilux, estilo CAM-PU-CAJA ABIERTA, VIN JT4RN55DXF0080532, Año 1985
declarada en el certificado 2265, antes del vencimiento de dicho régimen:
13/02/2010.
10.—Que de comprobarse que el señor Ricardo José Cruz Calero,
pasaporte Nº C1552049, no cumplió con su obligación de reexportar la mercancía
declarada en el certificado 2265, antes del 13/02/2010, el vehículo marca
Toyota, estilo Hilux, estilo CAM-PU-CAJA ABIERTA, VIN JT4RN55DXF0080532, año
1985 declarado en régimen de importación temporal para vehículos automotores
para fines no lucrativos, estaría importado definitivamente y por ende afecto a
los derechos e impuestos vigentes a la fecha del vencimiento, por la suma de ¢
203.572,73, siendo necesario la apertura de un procedimiento ordinario
tendiente al cobro de la obligación tributaria aduanera en contra su legítimo
propietario, ya que con las mercancías se responde directa y preferentemente al
fisco por los tributos, las multas y los demás cargos que causen y que no hayan
sido cubiertos (artículo 71 Ley General de Aduanas) a efectos de determinar la
verdad real de los hechos que se presumen en relación a la permanencia en el
país fuera del plazo de vencimiento de dicho certificado: 13/02/2010 de las
mercancías declaradas en éste. Dicha suma se desglosa de la siguiente forma,
según consta en el criterio técnico emitido por el Departamento Técnico de esta
aduana: APB-DT-109-2010:
Vehículo Toyota, modelo RN55L, número de
identificación RN550080532, año 1985, placa M142198, clase tributaria 1717274,
partida arancelaria 8704.3151.13, tipo cambio ¢556,72.
Impuesto Selectivo ¢
136.530,90
Ley 6946 ¢
2.576,05
Ventas ¢ 64.465,77
Total de Impuestos ¢
203.572,73
Por tanto:
Con fundamento en las anotadas consideraciones de
hecho y derecho y con base en las facultades otorgadas por ley a esta
Subgerencia, así como artículo 24, 36, 62, 59, 102 ,192 y 196 de
I. Iniciar
procedimiento ordinario contra la señora Paulina Murillo Alvarado, cédula Nº
444-021272-0003R, en su calidad de legitima propietaria, tendiente a
determinar: 1) La procedencia del cobro de la obligación tributaria ¢ 203.572,73
como impuestos dejados de percibir por el Estado, por la supuesta permanencia
en el país fuera del plazo autorizado hasta el 13/02/2010 (fecha vencimiento)
de la mercancía declarada en el Certificado de Importación Temporal para
Vehículos para Fines No Lucrativos Nº 2265 de fecha 14/01/2010, ya que se
presume que el titular del permiso 2265 Ricardo José Cruz Calero, pasaporte
número C1552049 no realizó la reexportación del vehículo marca Toyota, modelo
RN55L, número de identificación RN550080532, año 1985, placa M142198, clase
tributaria 1717274, partida arancelaria 8704.3151.13, declarada en el
certificado 2265, antes del vencimiento de dicho régimen: 13/02/2010. Siendo
que de comprobarse el anterior presupuesto, existiría un adeudo a favor del
Fisco, por la suma de ¢203.572,73 (doscientos tres mil quinientos setenta y dos
colones con 73/100), que se desglosa de acuerdo a lo siguiente:
Cálculo efectuado de conformidad con el criterio
técnico emitido por el Departamento Técnico de esta aduana: APB-DT-109-2010:
Vehículo declarado (Marca: Toyota, modelo RN55L, número de identificación
RN550080532, año 1985, placa M142198, clase tributaria 1717274, partida
arancelaria 8704.3151.13,, valor de importación ¢257.600 y tipo de cambio
¢556,72:
Impuesto Selectivo ¢ 136.530,90
Ley 6946 ¢
2.576,05
Ventas ¢ 64.465,77
Total de Impuestos ¢
203.572,73
III.—Que de
conformidad con el artículo 196 de
Lic. Wilson Céspedes Sibaja, Gerente Aduana Peñas
Blancas.—1 vez.—O. C. Nº
9753.—Solicitud Nº 9470.—C-266900.—(IN2010090172).
ADMINISTRACIÓN
TRIBUTARIA DE HEREDIA
Nº
ED-DGT-AT. 011-2010.—Por desconocerse el domicilio fiscal actual y
habiéndose agotadas las formas de localización posibles, para dar cumplimiento a lo establecido en los
artículos 137 y 169 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, se
procede a notificar por edicto el saldo deudor del contribuyente que a
continuación se indica:
Nº Req. |
Contribuyente cédula |
Imp. |
Documento |
Período |
Monto en colones |
1911001577003 |
Tecni Refri
Sociedad 310110932811 |
Sanciones |
9222000283011 |
08/2008 |
238,872.00 |
1911001577003 |
Tecni Refri
Sociedad 310110932811 |
Sanciones |
9222000283027 |
09/2008 |
2,543,788.00 |
1911001577003 |
Tecni Refri
Sociedad 310110932811 |
Sanciones |
9222000283036 |
10/2008 |
962,683.00 |
1911001577003 |
Tecni Refri
Sociedad 310110932811 |
Sanciones |
9222000292687 |
12/2008 |
84,034.00 |
1911001577003 |
Tecni Refri
Sociedad 310110932811 |
Sanciones |
9222000292696 |
12/2008 |
1,557,567.00 |
|
|||||
Total 5 casos |
|
|
|
|
¢5,386,944.00 |
*Más recargos de ley *
Se concede un plazo de quince días a partir del
tercer día hábil de esta publicación, para que el contribuyente arriba indicado
cancele la deuda. De no hacerlo, el caso será trasladado a
DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
De conformidad con resolución
RM-3456-2010 de las nueve horas del día 7 de octubre del 2010,
De conformidad con resolución RMT-3388-2010
las nueve horas del día 11 de octubre del 2010.
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO INMOBILIARIO
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Se hace saber a la señora
Paulina Pereira Pereira, cédula Nº 6-0093-0755, que en este Registro se ventila
Diligencias Administrativas bajo expediente 2008-1249-BIUS. Con el objeto de
cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de
las 14:00 horas del 30 de setiembre del año 2010, se autorizó la publicación
por tres veces consecutivas un edicto para conferirle audiencia a la sociedad
mencionada en la persona de su representante, por el término de quince días
contados a partir del día siguiente de la última publicación del edicto en el
Diario Oficial
SUCURSAL CIUDAD COLÓN
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
La suscrita Violeta Rodríguez
Villalta, Administradora de
Los periodos notificados anteriormente que ya
poseen firmeza en Sede Administrativa por tanto; en caso de aparecer en este
aviso de cobro deben ser tomados a efectos de referencia de la deuda.
Número patronal Razón
social Periodo Monto
adeudado
2-03101425660-001-001 Seguridad y Vigilancia C. Montero S. A. 12/2009, Serv
Med 01/2010 7,812,832
2-03101301277-001-001 Villa Primavera Dorada S. A. Adic 02/2010 777,435
7-01550098287-001-001 Myers Noindicaotro Kurt Douglas Adic
11/2009 3,145,580
2-03101211339-001-001 Plástico Ecológico S. A. 12/2009,
01/2010, Adic 03/2010 742,730
2-03101401967-001-001 Inversiones Júpiter Rúan GYC S. A. 10-11-12/2009 311,810
0-00800810271-001-001 Carranza Abarca Reinaldo Emilio 05/2008 233,802
2-03101068327-001-001 A Dos M Internacional S. A. 10/2008 64,457
0-00107820804-001-001 Lobo Álvarez Abelardo 01-02-03/2010 81,122
0-00110810900-999-001 Solís Matamoros José María 04/2009
a 10/2010, Serv Med 09/2010 757,577
0-00401650039-001-001 Villalobos Cruz Francisco Javier 08-09-10-11/2009 139,462
7-01440095932-001-001 Johannes Douma Wilhemus 06-07/2009 133,769
7-01440095932-999-001 Johannes Douma Wilhemus 07/2009
a 10/2010 421,986
2-03101425590-001-001 República Grafik V J S. A. 02-03/2009,
08 y 10/2009 122,434
2-03101518000-001-001 Solomotos S. A. 12/2008 113,926
2-03101412592-001-001 Coastland Ventura S. A. 09/2009 105,785
0-00106410181-001-001 Rosales Ardón Irene 04-05-06/2010 92,731
2-03101483797-001-001 J C H- LVI Edifica El Futuro S. A. 05-06/2010 72,823
0-00111550524-001-001 Obando Castro Jorge Esteban 05/2009,
Adic 03/2010 78,211
0-00800800226-001-001 Sánchez Orellana Marilin Beatriz 10/2009 62,731
2-03101576491-001-001 Vecinos Calle Corrogres S. A. 11/2009 58,061
7-01420098697-001-001 Espinoza Prieto Leonardo 10/2009 51,042
7-00016528184-001-001 Mirt Alvarado Ramón Antonio 02/2010 49,619
0-00111790706-001-001 Corrales Agüero Mario 07/2009 19,139
7-00017124269-001-001 Pérez Barreto Javier José 06/2009 29,995
2-03101441627-001-001 Nouvelle Star S. A. 08/2009 16,247
0-00111720686-001-001 Rojas Acosta Irene 09/2009 14,890
0-00111840776-001-001 Calderón Hernández Luis Fernando 11/2009 12,059
Violeta Rodríguez Villalta,
Jefa.—(IN2010090560).
SUCURSAL
EN PARRITA
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
La suscrita Jefe Administrativa de
PATRONOS
Nombre del patrono: |
No. Patronal |
Monto: |
3-101-557693 Sociedad Anónima |
2-03101557693-001-001 |
51,754.00 |
Almacén Súper Lido Limitada |
2-03102021093-001-001 |
566,705.00 |
Arias
Acosta Carlos Manuel del Carmen |
0-00601410614-001-001 |
600,413.00 |
Fallas Granados Asdrúbal |
0-00106690623-003-001 |
1,957,552.00 |
Obregón Carrillo María Ester |
0-00600730534-001-001 |
100,492.00 |
Pérez Aguilar Alexis |
0-00602760535-001-001 |
270,500.00 |
Picado Orias Jacson Aldon |
0-00502970075-001-001 |
53,834.00 |
Siles Flores Rafael Enrique |
0-00900620313-001-001 |
114,600.00 |
Soluciones Arpo Sociedad Anónima |
2-03101317557-002-001 |
786,852.00 |
Yomichelo Sociedad Anónima |
2-03101555686-001-001 |
48,025.00 |
TRABAJADORES INDEPENDIENTES
Nombre del trabajador independiente |
Nº Patronal |
Monto: |
Araya Díaz Danny |
0-00603140189-999-001 |
376,856.00 |
Cascante Arauz José Luis |
0-00112180210-999-001 |
369,226.00 |
Céspedes Espinoza Marcos |
0-00105900402-999-001 |
361,940.00 |
Fallas Fernández Manuel Enrique |
0-00111310966-999-001 |
546,472.00 |
Gómez Valverde Alfredo |
0-00112590427-999-001 |
360,766.00 |
Granados Valdés Helen Melissa |
0-00111820539-999-001 |
526,689.00 |
Mesén Guillén Óscar Andrés |
0-00112190039-999-001 |
469,263.00 |
Mesén Mora Carlos Luis |
0-00111440946-999-001 |
495,107.00 |
Mesén Vargas Erick Stward |
0-00113960874-999-001 |
463,096.00 |
Mitre Duques Edwin Lewis |
0-00603260614-999-001 |
421,778.00 |
Monge Ortega Jorge Eduardo |
0-00106800221-999-001 |
540,176.00 |
Pereira Castro Claudio Enrique |
0-00302420017-999-001 |
560,509.00 |
Pérez Mejía Salomón |
0-00204370170-999-001 |
414,341.00 |
Quesada Quesada Miguel Leonardo |
0-00203820006-999-001 |
340,565.00 |
Valverde Vanegas Juan David |
0-00701680303-999-001 |
436,986.00 |
Vargas Blanco Ronald Esteban |
0-00206020622-999-001 |
467,292.00 |
Villagra Traña Geiner |
0-00205090140-999-001 |
531,128.00 |
Parrita, 26 de octubre del 2010.—Gerencia
División Financiera.—Unidad Gestión de Cobro.—Lic. Roxidalia Mora
Aguilar, Administradora.—(IN2010091037).
SUCURSAL
BUENOS AIRES
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
La suscrita Administradora de
Trabajador Independiente |
N° Trabajador Independiente |
Monto adeudado (en colones) |
Aguilar Cascante Margen |
0-00602490139-999-001 |
70.347,00 |
Beita Granados José Leonel |
0-00601650901-999-001 |
228.706,00 |
Cabrera Jiménez Carlos |
0-00602040235-999-001 |
171.502,00 |
Gómez Granados Isaías |
0-0011120163-999-001 |
158.690,00 |
González Gutiérrez Teófilo |
7-00015004871-999-001 |
158.690,00 |
Granados Ureña Ronaldo |
0-00106980309-999-001 |
283.174,00 |
Hidalgo Anchía Keiner E. |
0-00111280477-999-001 |
235.967,00 |
Hidalgo González Keiner |
0-00111280477-999-001 |
1.029.110,00 |
Leiva Calderón Yeiner |
0-00108670427-999-001 |
204.476,00 |
Nájera Arias Víctor Julio |
0-00603320904-999-001 |
158.663,00 |
Salazar Jiménez John W |
0-00113250126-999-001 |
165.147,00 |
Sequeira Anchía Gerardo E. |
0-00502870287-999-001 |
158.637,00 |
Solano Saldaña Gilberto |
0-00110140021-999-001 |
322.419,00 |
Transportes
Alcides Quirós S. A. |
2-03101275582-001-001 |
2.861.285,00 |
Trejos Barahona Sandra |
0-00602540667-999-001 |
103.481,00 |
Valverde Granados Isaac O. |
0-00108480466-999-001 |
161.362,00 |
Vásquez Guido Zulay |
0-00602300662-999-001 |
179.285,00 |
Venegas Barrantes Bernardo |
0-00501950752-999-001 |
272.347,00 |
Zúñiga Núñez Sergey |
0-00603670467-999-001 |
158.841,00 |
Totales |
|
7.011.782,00 |
Área Gestión de Cobro.—Lic. Mercedes Morera Zúñiga.— RP2010204444.—(IN2010091202).
DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
Por ignorarse el domicilio
actual del Patrono Agropecuaria San Rafael S. A., número patronal
2-03101160243-001-001, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del
“Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales
y de Trabajadores Independientes” , se procede a notificar por medio de
edicto, que
Total de Salarios ¢335.192,00
Total de Cuotas ¢73.744,00
Banco Popular Obrero ¢3.352,00
Fondo Capitalización Laboral ¢10.056,00
Fondo Pensión Complementaria ¢1.676,00
Aporte Patronal Banco Popular ¢838,00
Instituto Nacional de Seguros ¢3.352,00
Se le confiere un plazo de diez
días hábiles contados a partir del siguiente día de su publicación, para
ofrecer las pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes.
Se le previene que debe señalar lugar para
notificaciones dentro del perímetro administrativo de San José, de no indicar
lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al traslado de
cargos se tendrán por notificados con solo el transcurso de 24 horas contadas a
partir de la fecha de la resolución.
Consulta expediente: en esta oficina situada
en el tercer piso de edificio Da Vinci, avenida 4a, calle 7 teléfono 2258-7268,
fax 2258-7352, se encuentran a su disposición el expediente para los efectos
que dispone
COLEGIO
DE PROFESIONALES EN NUTRICIÓN
En la convocatoria realizada por el Colegio de
Profesionales en Nutrición, para el orden del día de su Asamblea General
Ordinaria que fue publicada el 26 de octubre del 2010 en este mismo Diario en
el punto Nº 7 se debe leer vocal 2 y no 1.
Dra. Hannia León, Nutricionista, Presidenta, JD.—Dra. Gioconda Padilla, Nutricionista, Secretaria, JD.—1 vez.—(IN2010091055).