LA GACETA Nº 254 DEL 30 DE DICIEMBRE DEL 2010

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD

MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ

DOCUMENTOS VARIOS

EDUCACIÓN PÚBLICA

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

REGLAMENTOS

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

NOTIFICACIONES

MUNICIPALIDES

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD

N° 110-C.—San José, 17 de noviembre del 2010.

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD

Con fundamento en los artículos 140 inciso 20, 146 de la Constitución Política y el artículo 25 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, y:

Considerando:

I.—Que la revista televisiva denominada “Planeta Interno”, producida por Cocreaciones S. A., tiene como objetivo sensibilizar a la población en general, especialmente a la juventud, sobre los temas de las relaciones entre cultura y el medio ambiente.

II.—Que la revista de televisión “Planeta Interno”, pretende reforzar el aprendizaje en temas como la cooperación, la solidaridad, el diálogo, el respeto a las diversidades, en los que la cultura, como construcción social y creación artística está permanentemente presente.

III.—Que este proyecto, pretende generar un espacio atractivo para la integración del sector privado como promotor del desarrollo social y ambiental del país, pues le permite a la empresa privada integrarse a un producto que tiene estas finalidades y así crear un impacto positivo de responsabilidad social con el país. Por tanto,

Artículo 1°—Declarar de interés cultural la revista de televisión denominada “Planeta Interno”, producida por Cocreaciones S. A., cuyos capítulos se grabarán durante los meses de octubre a diciembre del 2010 y de enero a diciembre del 2011.

Artículo 2°—Rige a partir del 17 de noviembre del 2010.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Cultura y Juventud, Manuel Obregón López.—1 vez.—RP2010211883.—(IN2010104263).

MCJ/157/2010

EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD

Con fundamento en el artículo 28 inciso 1 de la Ley N° 6227 o Ley General de Administración Pública, del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en el artículo 2, inciso 4 de la Ley N° 7411 ó Ley Reguladora del Otorgamiento de Pasaportes Diplomáticos y de Servicio, del 25 de mayo de 1994; el artículo 9 de la Directriz N° 7 del 29 de noviembre de 1991; el artículo 7 inciso C de la Ley N° 8316 o Ley Reguladora de los Derechos de Salida del Territorio Nacional, del 26 de setiembre de 2002 y el artículo 40 del Reglamento del Estatuto del Servicio Civil.

Considerando:

1°—Que la señora Olga Rodríguez Chávez, ha sido invitada a participar en el I Comité Intergubernamental para la Definición de la Ley Tipo para el Fomento de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas.

2°—Que su participación en el evento es de importancia para este Ministerio, porque puede funcionar como puente para el flujo de insumos y contactos que sirvan para visualizar posibilidades de cooperación internacional.

3°—Que su participación en el evento, responde a las funciones que realiza como Directora del Sistema Nacional de Bibliotecas. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1°—Designar a Olga Rodríguez Chávez, cédula N°. 203280678, para que participe en el I Comité Intergubernamental para la Definición de la Ley Tipo para el Fomento de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas, que se realizará en Bogotá, Colombia, del 06 al 10 de diciembre de 2010.

Artículo 2°—Los gastos de transporte internacional, el hospedaje y la alimentación serán cubiertos por el Centro Regional para el Fomento del Libro en América Latina y el Caribe (CERLALC).

Artículo 3°—Que del 05 al 10 de diciembre de 2010, en que se autoriza la participación de la señora Rodríguez Chávez en el evento, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4°—Rige del 05 al 10 de diciembre de 2010.

Dado en el Ministerio de Cultura y Juventud, a los 24 días del mes de noviembre del año 2010.

Manuel Obregón López, Ministro de Cultura y Juventud.—1 vez.—O. C. Nº 10317.—Solicitud Nº 21664.—C-34000.—(IN2010104689).

MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ

135-MJP

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo 29744-J del veintinueve de mayo de dos mil uno.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar al señor Vernor Arturo Pérez Céspedes, cédula de identidad 1-0868-0658, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Vise, cédula jurídica 3-006-505801, inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su respectiva inscripción.

Artículo 3°—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, el día ocho de octubre de dos mil diez.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Justicia y Paz, Hernando París R.—1 vez.—O.C. 8215.—Solicitud Nº 36949.—C-20400.—(IN2010103693).

136-MJP

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo 29744-J del veintinueve de mayo de dos mil uno.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar a la señora Katherine Morán Clará, cédula de identidad 8-0087-0929, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Olman Rimola, cédula jurídica 3-006-559101, inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su respectiva inscripción.

Artículo 3°—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, el día ocho de octubre de dos mil diez.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Justicia y Paz, Hernando París R.—1 vez.—O.C. 8215.—Solicitud Nº 36950.—C-20400.—(IN2010103692).

137-MJP

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo 29744-J del veintinueve de mayo de dos mil uno.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar al señor Óscar Meza Guzmán, cédula de identidad 3-0374-0037, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Pro Ayuda para Vivienda a personas con Discapacidad, Adulto Mayor, Madres Solteras y de Bajos Recursos, cédula jurídica 3-006-599475, inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su respectiva inscripción.

Artículo 3°—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, el día catorce de octubre de dos mil diez.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Justicia y Paz, Hernando París R.—1 vez.—O.C. 8215.—Solicitud Nº 36951.—C-20500.—(IN2010103691).

138-MJP

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo 29744-J del veintinueve de mayo de dos mil uno.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar al señor Manuel Haug Umaña, cédula de identidad 9-0013-0462, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Club Sport La Libertad, cédula jurídica 3-006-577384, inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Articulo 2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su respectiva inscripción.

Artículo 3°—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia a República.—San José, el día catorce de octubre de dos mil diez

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Justicia y Paz, Hernando París R.—1 vez.—O.C. 8215.—Solicitud Nº 36952.—C-20400.—(IN2010103690).

139-MJP

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo 29744-J del veintinueve de mayo de dos mil uno.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar a la señora Mercedes Díaz Herrera, cédula de identidad 1-0588-0488, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Pura Fruta Pura Vida, cédula jurídica 3-006-609855, inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su respectiva inscripción.

Artículo 3°—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, el día catorce de octubre de dos mil diez.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Justicia y Paz, Hernando París R.—1 vez.—O.C. 8215.—Solicitud Nº 36953.—C-20400.—(IN2010103689).

Nº 167-2010

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20 y 146 de la Constitución Política, artículo 28 de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia, Ley N° 6739 de 28 de abril de 1982, y en la Ley N° 8790 del 8 de diciembre de 2009, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2010.

Considerando:

1º—Que la “Tercera Reunión de la Conferencia de los Estados Parte del Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC)”, es de interés para el Ministerio de Justicia, porque en ella se tratarán los avances de los Estados en materia de combate contra la corrupción en desarrollo de la Convención Interamericana contra la Corrupción y las recomendaciones del MESICIC; el fortalecimiento del MESICIC, la participación de la sociedad civil, la cooperación con otros organismos y mecanismos de seguimiento internacionales y el fortalecimiento de la cooperación hemisférica contra la corrupción en áreas relativas a responsabilidad del sector privado y la recuperación de activos.

2º—Que la participación del señor Ronald Víquez Solís, cédula de identidad N° 4-0112-0458, funcionario de la Procuraduría General de la República, del Ministerio de Justicia, en la “Tercera Reunión de la Conferencia de los Estados Parte del Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC)”, es con el fin de participar como experto y autoridad central de Costa Rica ante la Convención Interamericana contra la Corrupción. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Ronald Víquez Solís, cédula, N° 4-0112-0458, funcionario de la Procuraduría de la Ética Pública, para que participe en la “Tercera Reunión de la Conferencia de los Estados Parte del Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC)”, a celebrarse en Brasilia, Brasil los días 9 y 10 de diciembre del 2010.

Artículo 2º—Los gastos del señor Ronald Víquez Solís, cédula de identidad Nº 04-0112-0458, funcionario de la Procuraduría de la Ética Pública, de la Procuraduría General de la República, por concepto de viáticos en el exterior, que comprende transporte aéreo, alimentación y hospedaje serán cubiertos por la organización del evento.

Artículo 3º—Que durante los días 7 al 11 de diciembre del 2010, en que se autoriza la participación del funcionario Ronald Víquez Solís, en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 7 de diciembre y hasta el 12 de diciembre, todos del 2010.

Hernando París R., Ministro de Justicia y Paz.—1 vez.—O. C. Nº 781-51.—Solicitud Nº 38251.—C-43350.—(IN2010104593).

DOCUMENTOS VARIOS

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 196, título N° 1209, emitido por el Colegio Nocturno de Pococí, en el año dos mil siete, a nombre de Chaves Agüero Sonia María. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, siete de diciembre del dos mil diez.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2010104435).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Patente de invención

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El señor Manuel E. Peralta Volio, cédula 9-012-480, mayor de edad, casado, abogado, vecino de San José, apoderado especial de Novartis AG, de Suiza, solicita la patente de invención denominada DERIVADOS DE QUINOLINAS Y QUINOXALINAS COMO INHIBIDORES DE CINASA DE PROTEÍNA.

Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

La invención se refiere a los compuestos de la fórmula (I) en donde los sustituyentes son como se definen en la memoria descriptiva, en forma libre o en la forma de una sal farmacéuticamente aceptable, solvato, éster, N-óxido del mismo; a procesos para la preparación de los mismos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es C07D 215/48, cuyos inventores son: Furet, Pascal, Graus Porta, Diana, Guagnano, Vito. La solicitud correspondiente lleva el número 11727, y fue presentada a las 09:51:00 del 13 de octubre de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 12 de noviembre de 2010.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2010101004).

La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, mayor, abogada, cédula 1-812-604, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Bayer Cropscience AG de R.F. Alemania, solicita la patente de invención denominada USO DE DERIVADOS DE ÁCIDO TETRÁMICO PARA CONTROLAR NEMATODOS. La presente invención se refiere al uso de derivados de ácido tetrámico conocidos para controlar nematodos edáficos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes novena edición es A01N 43/48, cuyos inventores son Fischer, Reiner, Steffens, Robert, Bell John, W, Jiménez, Manuel, Krueger, Stephen, Perry, John, L. La solicitud correspondiente lleva el número 11506, y fue presentada a las 14:44:00 del 16 de junio de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 3 de setiembre de 2010.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—RP2010211387.—(IN2010103523).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula 1-812-604, mayor de edad, casada dos veces, abogada, vecina de Tres Ríos, apoderada especial de Bayer Cropscience AG de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada: ARILPIRROLINAS INSECTICIDAS.

Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

La invención se refiere a nuevos compuestos de arilpirrolina de fórmula (I) que tienen una excelente actividad insecticida y que por lo tanto pueden usarse como un insecticida. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes novena edición es C07D 207/20, cuyos inventores son Ulrich Gorgens, Yasushi Yoneta, Tesuya Murata, Jun Mihara, Kei Domon, Eiichi Shimojo, Katsuhiko Shibuya, Teruyuki Ichihara. La solicitud correspondiente lleva el número 11583, y fue presentada a las 14:12:00 del 21 de julio de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 4 de octubre de 2010.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2010211389.—(IN2010103524).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

DIRECCIÓN DE AGUA

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. 6987P.—Leila, Rodríguez Stahl solicita concesión de: 0,5 litros por segundo del pozo BC-248, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Juan Grande, Esparza, Puntarenas, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 219.300/466.900 hoja Barranca. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de noviembre de 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2010104051).

Exp. 2553A.—Banco Nacional de Costa Rica, solicita concesión de: 30 litros por segundo del río Pital, efectuando la captación en finca de su propiedad en Vuelta De Jorco, Aserrí, San José, para uso agroindustrial-beneficiado. Coordenadas 197.700/523.600 hoja Caraigres. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren, lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 14 de octubre de 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2010104061).

Exp. 9296A.—Familia Herbol Griega S. A., solicita concesión de: 4,8 litros por segundo del río Tacares, efectuando la captación en finca en Tacares, Grecia, Alajuela, para uso agropecuario-riego-café. Coordenadas 226.500/505.000 hoja Naranjo. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de noviembre de 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2010104066).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. 14366P. O Y R Trust Services S. A., solicita concesión de: 4,6 litros por segundo del pozo IS-927, efectuando la captación en finca de Fidelex Fides Ltda en Tres Ríos, La Unión, San José, para uso consumo humano. Coordenadas 350.976 / 484.588 hoja Tres Ríos. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 6 de diciembre de 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2010104074).

Exp. 14163P.—Ballena Bay Enterprices S. A., solicita concesión de: 4 litros por segundo del Pozo Cor-28, efectuando la captación en finca de Ballena Bay Enterprices S. A. en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano y turístico. Coordenadas 122.488 / 571.208 hoja Coronado. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 3 de diciembre de 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2010104123).

Expediente 9636A.—Casa de Mago S. A., solicita concesión de: 0,42 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Ángeles (San Rafael), San Rafael, Heredia, para uso agropecuario-abrevadero, consumo humano-doméstico, agropecuario-pisicultura y consumo humano-doméstico. Coordenadas 230.900/526.700 hoja Barva. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 1º de diciembre de 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2010211967.—(IN2010104262).

Expediente número 14368A.—José Hernández Chavarría, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del pozo sin nombre, efectuando la captación en finca de José Hernández Chavarría en Corralillo, Cartago, Cartago, para uso consumo humano. Coordenadas 197.588/528.078 hoja Caraigres. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 7 de diciembre de 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2010104402).

Exp. 7033P.—Bhairava Ltda, solicita concesión de: 0,75 litros por segundo del pozo AB-1235, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Antonio (Escazú), Escazú, San José, para uso consumo humano-doméstico y agropecuario-riego-hortaliza. Coordenadas 208.910 / 521.010 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 8 de diciembre de 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2010104508).

REGLAMENTOS

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

REGLAMENTO PARA LA SELECCIÓN Y NOMBRAMIENTO

DE LOS PUESTOS DE AUDITOR Y SUBAUDITOR

INTERNO POR TIEMPO INDEFINIDO

DEL INSTITUTO NACIONAL

DE APRENDIZAJE

La Junta Directiva del Instituto Nacional de Aprendizaje con fundamento en la Ley de Creación del INA (Ley Nº 3506), artículo 10 inciso b y la Ley Orgánica del INA (Ley Nº 6868) artículo 7 inciso d

Considera:

1º—Que mediante la publicación de la Ley General de Control Interno Nº 8292, los puestos de Auditor y Subauditor Internos de la Institución quedaron excluidos del Régimen de Servicio Civil. Por lo tanto, lo relativo a los nombramientos de dichos funcionarios continuará normado por lo que al efecto estipula el artículo 31 de dicha ley.

2º—Que la Contraloría General de la República en La Gaceta Nº 236 del viernes 8 de diciembre del 2006, CO-91-2006 establece los “Lineamientos para la descripción de las funciones y requisitos de los cargos de Auditor Y Subauditor Internos” con el fin de que los entes y órganos sujetos a su fiscalización establezcan lo pertinente en cuanto al proceso de concurso público para el nombramiento de los cargos de Auditor y Subauditor Internos.

3º—En razón de lo anterior, el Instituto Nacional de Aprendizaje, debe contar con un Reglamento que establezca los lineamientos a seguir para la realización del Concurso Público mediante el cual se seleccione a quien ocupe el cargo de Auditor o Subauditor Interno de la Institución. De acuerdo con lo indicado, se emite el siguiente:

REGLAMENTO PARA LA SELECCIÓN Y NOMBRAMIENTO

DE LOS PUESTOS DE AUDITOR Y SUBAUDITOR

INTERNO POR TIEMPO INDEFINIDO

DEL INSTITUTO NACIONAL

DE APRENDIZAJE

Artículo 1º—De la naturaleza. El presente Reglamento regula el procedimiento de Concurso Público para el Reclutamiento, la Selección y el Nombramiento por tiempo indefinido del Auditor y Subauditor Internos del Instituto Nacional de Aprendizaje de conformidad con lo estipulado en la Ley 8292, denominada Ley General de Control Interno, así como los lineamientos que la Contraloría General de la República emite en relación a las funciones y requisitos para los cargos de Auditor y Subauditor y se encuentren vigentes al momento de efectuar dicho concurso.

Artículo 2º—Principios rectores. El concurso público regulado en este Reglamento se rige por los principios de libre concurrencia, igualdad de trato, publicidad, legalidad, transparencia, idoneidad comprobada, buena fe y eficiencia.

Artículo 3º—Competencia para la realización del procedimiento. Corresponderá a la Unidad de Recursos Humanos, específicamente al Proceso de Dotación de Recursos Humanos llevar a cabo el procedimiento aquí estipulado, para el nombramiento del Auditor y Subauditor, cuando los mencionados puestos queden vacantes.

Artículo 4º—Acciones previas. Se requerirá de la existencia de un acuerdo tomado por la Junta Directiva del Instituto Nacional de Aprendizaje, para que la Unidad de Recursos Humanos programe el concurso público o se defina la realización del mismo para el nombramiento del Auditor y Subauditor Interno, como lo indica la Ley 8292.

Artículo 5º—Requisitos del puesto. Los requisitos de los puestos de Auditor y Subauditor Interno se encuentran definidos en la Ley Orgánica del INA (Ley Nº 6868, Artículo 13), el Manual Institucional de Clases y los lineamientos para la descripción de las funciones y requisitos de los cargos de Auditor y Subauditor Internos que la Contraloría General de la República emite y se encuentren vigentes.

Artículo 6º—Sobre las condiciones de la evaluación. De previo a la realización del concurso, la Unidad de Recursos Humanos del Instituto Nacional de Aprendizaje deberá elaborar una propuesta que contenga los requisitos del puesto, los criterios de evaluación pertinentes con sus respectivas ponderaciones, entrevistas, las pruebas psicométricas que permitan comprobar la idoneidad de los candidatos cuando así se requiera; además de adjuntar un cronograma de actividades. Dicha propuesta tendrá que ser aprobada por la Junta Directiva del Instituto Nacional de Aprendizaje, previo al desarrollo del concurso público.

Como criterios de evaluación y su ponderación se tendrán los siguientes, no obstante, podrán definirse criterios y ponderaciones diferentes a las aquí anotadas debiendo las mismas ponerse a consideración de la Junta Directiva para su aprobación:

   Experiencia excedente en supervisión de labores profesionales relacionadas con el cargo en instituciones públicas (superior a 4 años).

   Experiencia excedente en supervisión de labores profesionales relacionadas con el cargo en instituciones privadas (superior a 4 años).

   Licenciatura o Maestría adicional relacionada con el cargo.

   Conocimiento de idioma inglés.

   Capacitación relacionada con el cargo.

   Evaluación psicológica.

Dichos criterios serán interpretados de la siguiente manera:

   Experiencia excedente en supervisión de labores profesionales relacionadas con el cargo en instituciones públicas. Se debe entender como aquella experiencia laboral obtenida cuando se ejecutan labores de supervisión a personal que ocupen puestos de nivel profesional en instituciones públicas.

   Experiencia excedente en supervisión de labores profesionales relacionadas con el cargo en instituciones privadas. Se debe entender como aquella experiencia laboral obtenida cuando se ejecutan labores de supervisión a personal que ocupen puestos de nivel profesional en instituciones privadas.

   Licenciatura o Maestría adicional relacionada con el cargo. Se considerarán únicamente las licenciaturas, posgrado en especialidades y maestrías adicionales al requisito de la clase que tengan relación directa con el cargo.

   Conocimiento de idioma inglés. El conocimiento del idioma inglés se evaluará mediante la aplicación de una prueba específica, la cual será estructurada por el Núcleo de Formación correspondiente.

   Capacitación relacionada con el cargo. Se evaluarán las siguientes áreas: Computación, Administración, Control Interno, Contratación Administrativa, Auditoría y otros relacionados con el cargo que presenten certificados de aprovechamiento superior a 40 horas.

   Evaluación psicológica. Es una metodología estructurada de exploración de aspectos puntuales de la personalidad individual y de destrezas interpersonales susceptibles de ser cuantificadas o interpretadas objetivamente.

Artículo 7º—De la publicación de aviso del concurso. El concurso público deberá darse a conocer a los interesados en un diario de circulación nacional. El mismo deberá contener los requisitos mínimos solicitados para el puesto, así como las fecha y sitio en el que se recibirán las ofertas, así como cualquier otra información que la administración disponga. Adicionalmente a esta publicación el concurso podrá ser divulgado por cualquier otro medio que disponga la Institución.

Artículo 8º—Sobre el plazo para la presentación de ofertas. El plazo para presentación de las ofertas no podrá ser menor a ocho días naturales contados a partir del último día en que salga publicada la invitación.

Artículo 9º—Sobre la recepción de las ofertas. Las ofertas deberán entregarse personalmente en los lugares, fechas y horas establecidos en la publicación. Los interesados deberán demostrar que poseen los requisitos establecidos para el puesto en concurso presentando para tal efecto el currículo, atestados, constancias y certificaciones pertinentes, así como cualquier otro documento que la Administración considere oportuno; toda documentación debe presentarse en original y una copia, misma que será confrontada debidamente. Las ofertas deberán señalar el medio autorizado por Ley para recibir notificaciones, siendo de preferencia un número de fax y una cuenta de correo electrónico donde puedan recibir las notificaciones y comunicaciones que se generen dentro del proceso del concurso.

Atendiendo los principios de transparencia, objetividad e igualdad de condiciones, no se recibirán ofertas posteriores al periodo de recepción establecido para dicho fin.

Artículo 10.—Sobre las ofertas incompletas. Para que una oferta sea considerada valida, debe cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 9 y anexar la documentación necesaria.

Artículo 11.—Exclusión de ofertas. Se excluirán los interesados que no se presentaron en la fecha, hora y lugar establecidos en la publicación. En concordancia con el Artículo 9, al oferente que no demuestre tener los requisitos señalados para el puesto en concurso, no le será de recibo la boleta de participación en los lugares determinados de entrega. Lo anterior, sin menoscabo de poder presentar de nuevo la documentación dentro del periodo especificado en la publicación.

Artículo 12.—Sobre la convocatoria para el proceso de evaluación. Las personas que cumplan con los requisitos de la clase del puesto en concurso y cuyas ofertas hayan sido aceptadas según lo establecido en los artículos 8 y 9 del presente Reglamento, recibirán al momento de presentar la oferta la convocatoria para el proceso de evaluación. Esta convocatoria deberá especificar el día, la hora y el lugar en que se realizarán las pruebas establecidas en el artículo 6.

Artículo 13.—Sobre el acta de cierre. Concluido el plazo establecido para la recepción de ofertas, la persona responsable del concurso levantará un acta de cierre del período, en la cual se indique la cantidad de ofertas recibidas y el nombre de los oferentes, fecha y hora del acto de cierre y al menos un testigo del acto.

Artículo 14.—Sobre la nota mínima para formar la lista de elegibles. Se considerarán elegibles para ocupar el puesto, aquellos candidatos que obtengan como mínimo una calificación final del 70%, resultado que suma la ponderación de las calificaciones obtenidas en los diferentes predictores utilizados para la evaluación de los candidatos.

Con los candidatos que obtengan una calificación final mayor o igual al 70% se conformará un Registro de Elegibles ordenado en forma descendente en función de la calificación final obtenida por cada concursante.

El Registro de Oferentes deberá contener al menos la siguiente información:

   Nombre y apellidos de cada concursante evaluado.

   Criterios o requisitos evaluados a cada concursante.

   Calificación obtenida en cada criterio o requisito evaluado.

   Referencia que indique el tomo y folio del expediente administrativo en el que se encuentra el sustento del resultado de cada evaluación practicada.

Artículo 15.—Sobre la comunicación de los resultados. Los resultados del concurso serán notificados haciendo uso de los medios autorizados por los interesados en la oferta de participación, siendo de preferencia el número de fax y la cuenta de correo electrónico. Los participantes tendrán tres días hábiles, contados desde la notificación para presentar ante la Unidad de Recursos Humanos los recursos de revocatoria o apelación correspondientes, de conformidad con lo que establece la Ley de Administración Pública para estos efectos.

Artículo 16.—Sobre la forma en que estará formada la nómina. Para la selección definitiva se conformará una nómina con los cinco candidatos que hayan obtenido las calificaciones más altas entre todos los elegibles. El encargado responsable del proceso deberá verificar que los candidatos no tengan impedimentos legales y administrativos para ocupar el puesto de Auditor o Subauditor en la Institución.

La nómina resultante, será enviada a la Junta Directiva, a quien le corresponderá efectuar las entrevistas a los candidatos que la conformen. La entrevista será estructurada según su criterio.

La nómina podrá ser ampliada según justificación y criterio de los miembros de Junta Directiva.

Si de los candidatos que conforman la nómina uno o más no aceptan el puesto, la Junta Directiva podrá solicitar que se le remitan los siguientes candidatos elegibles, en orden de calificación, a efecto de tener más criterio para la selección.

Artículo 17.—Del nombramiento por tiempo indefinido. La Unidad de Recursos Humanos procederá a realizar el nombramiento del Auditor o Subauditor según se trate, una vez aprobado el proceso de concurso por parte de la Contraloría General de la República.

Para solicitar la aprobación del proceso de concurso público para el nombramiento por tiempo indefinido de Auditor o Subauditor Interno, la Administración deberá enviar solicitud formal a la Contraloría General de la República, suscrita por el jerarca respectivo, indicando que se ha cumplido con los requisitos que solicita este Ente Contralor para la aprobación de los procesos de nombramiento indefinido del Auditor y Subauditor Internos de conformidad con los lineamientos para la descripción de las funciones y requisitos de dichos cargos que emite la Contraloría General de la República y se encuentren vigentes.

Una vez que el proceso de concurso haya sido aprobado por el Ente Contralor y recibido el oficio de aprobación del mismo, la Unidad de Recursos Humanos procederá a realizar el nombramiento respectivo dentro de los diez días hábiles siguientes, efectuando la comunicación a la Contraloría General de la República a más tardar el primer día hábil siguiente al inicio de funciones en el cargo, de conformidad con el artículo 31 de la Ley General de Control Interno. Este informe deberá contener como mínimo la información indicada para este efecto en los lineamientos emitidos por el Ente Contralor para la comunicación de los datos del profesional nombrado que se encuentren vigentes.

En caso de que la Contraloría General de la República vete el proceso del concurso, la administración deberá presentar nuevamente el concurso con la subsanación de los defectos señalados en el plazo establecido por el ente Contralor o en su caso realizar un nuevo concurso, en un plazo de tres meses contados a partir de la notificación de la Contraloría.

De la vigencia. Este Reglamento rige a partir de su publicación.

Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 20671.—Solicitud Nº 24748.—C-161500.—(IN2010105362).

NOTIFICACIONES

MUNICIPALIDES

MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA

La Municipalidad de San Rafael de Heredia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 137 y 169 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios vigente, notifica por este medio a las personas que a continuación se indican, los saldos deudores del Impuesto  de  Bienes  Inmuebles (B. I.) y  de  Servicios Urbanos (S. U.) del período 2007. Además estas personas no han hecho su declaración de Bienes Inmuebles, por lo que de conformidad con el artículo 51 del Código de Normas y procedimientos Tributarios plazo de prescripción de las obligaciones se amplió a cinco años.

 

Abarca Arias Gerardo

C0001

1-04 al 3-10

48.895.00

Acosta Lobo Alcides

4-054-527

1-04 al 3-10

39.550.00

Acuña Hernández Enrique

21

1-99 al 3-10

271.305.00

Acuña Herrera Danilo

1-393-838

1-07 al 3-10

195.240.00

Aguilar Ramírez Flor María

2-208-461

3-06 al 3-10

4.185.00

Alfaro Arguedas Gregorio

4-050-040

4-02 al 3-10

194.260.00

Altamirano Delgadillo Luís

2701280000

2-08 al 3-10

52.170.00

Araya Chávez Virginia

4-084-929

1-99 al 3-10

57.490.00

Arce Cordero Gastón

1-905-256

3-08 al 3-10

67.985.00

As Des Esp Prov SN Josecito Sn Raf H

3002087425

1-08 AL 3-10

1.523.000.00

Asoc. Des Int Corazón de Jesús Hdia.

3002084474

1-96 al 3-10

2.840.00

Asoc. Des Int San Miguel El Palmar

3002071672

1/98 al 3-10

551.770.00

Asoc. Vivienda Serv. San Rafael De Hdia

3002087348

1-96 al 3-10

698.295.00

Asociación para La Atención Integral y seg.

3002187961

1-99 al 3-10

43.680.00

Bolaños Soto Luís Diego

1-725-827

1-06 al 3-10

101.655.00

Carballo Y Rojas Elías

1-00010851

1-98 al 3-10

7.265.00

Carballo Y Rojas Rosa

1-00010850

1-98 al 3-10

7.265.00

Cattabriga Antonio

145974

1-04 al 3-10

22.665.00

Chavarria Carazo Doris

9-031-275

1-96 al 3-10

171.030.00

Chaverri MejÍs Víctor Manuel

2-205-690

2-98 al 3-10

3.250.00

Chaves Chaves Adonay

700520162

1-08-al-3-10

115.350.00

Circulo Zeta S.A.

3-01038479

2-08 al 3-10

7.755.00

Const y Urb Herrera y Herrera S. A.

3101223352

1-08 al 3-10

282.675.00

Córdoba Espinoza Jaime

2-246-397

1-07 al 3-10

356.620.00

Corradini Gloria

6140975

1-04 al 3-10

22.665.00

Coto Quintana Marisa

1-694-387

2-08 al 3-10

87.630.00

Cristy Carla

187897

4-07 al 3-10

22.665.00

Daisey Marjorie Frances

9005066939

1-96 al 3-10

1.790.00

Delgado José

C0174

1-86 al 3-10

99.485.00

Empresas Alevi S.A.

3101151889

1-03 al 3-10

9.080.00

Espinoza Barquero Froilan

1808

1-05 al 3-10

145.120.00

Finca Resurrección S.A.

3101079190

4-07 al 3-10

21.075.00

Fuentes Vargas Geovanna

1-940-793

1-09 al 3-10

89.370.00

Garita Delgado Familia

C0179

4-06 al 3-10

24.265.00

Gutiérrez Romero Gerardo Luís

1-446-588

4-07 al 3-10

367.815.00

Heliconia Heaven Sociedad Anónima

3-01402279

1-07 al 3-10

60.170.00

Hernández Badilla Carman Rosa

2754

1-01 al 3-10

238.420.00

Hernández Hernández Jeannette

4-097-884

3-04 al 3-10

46.695.00

Hernández Herrera Daniel

4-086-761

1-02 al 3-10

3.070.00

Hernández Zamora Carmen

1-1119-289

1-96 al 3-10

5.640.00

Instituto Costarricense de Acueducto

4000042138

1-98 al 3-10

220.925.00

Jiménez Cascante Rebeca

1-789-172

2-08 al 3-10

189.145.00

Jiménez de la O Porfirio

501780979

2-09-al-3-10

26.700.00

Jones Farrel Jeffrey Ronald

1000022693

1-10 al 3-10

4.020.00

López Elizondo Consuelo

2-139-989

1-06 al 3-10

119.530.00

López Madrigal María Cecilia

401011375

1-01 al 3-10

342.120.00

Madrigal Valenciano Roger Andrés

1-1047-652

3-03 al 3-10

93.815.00

Mansurali Dhanani

9000157976

1-05 al 3-10

32.865.00

Marín Sequeiro Lourdes

1-455-371

1-04 al 3-10

20.355.00

Martínez Adiela

JF157386

1-08 al 3-10

52.025.00

Mary Dañan

9000157975

1-06 al 3-10

22.905.00

Méndez Castro Elida

2-578-593

1-08 al 3-10

36.470.00

Miranda Olaso Elias

1-1173-044

1-02 al 3-10

6.620.00

Miranda Olaso María Victoria

1-1567-713

1-02 al 3-10

6.620.00

Miranda Sánchez Norma Patricia

401480004

1-04 al 3-10

49.350.00

Morales Porras Vilma

1-492-682

1-06 al 3-10

7.015.00

Moreira Solís Ana Lucía

4-103-021

1-09 al 3-10

650.00

Moreira Solís Carmen

1-479-372

1-09 al 3-10

650.00

Moreira Solís Flora María

4-096-622

1-09 al 3-10

650.00

Moreira Solís Gerardo

4-100-822

1-09 al 3-10

650.00

Moreira Solís Jesús Eduardo

1-615-920

1-09 al 3-10

650.00

Moreira Solís Nuria

1-179-558

1-09 al 3-10

650.00

Moreira Solís Patrocinio Ramón

1-422-278

1-98 al 3-10

1.380.00

Mulas Nieddu Antonio

2-947-777

1-04 al 3-10

159.910.00

Obando Bonilla Iván

400670421

1-07 al 3-10

31.875.00

Oficina de Orient y Asist Refug Salv

300206855

1-99 al 3-10

84.700.00

Orellana Chávez Juan José

5544554

1-04 al 3-10

282.675.00

Palma Rica S. A.

3101396218

1-09-al-3-10

83.715.00

Paniagua Murillo Mercedes

1-1240-124

1-05 al 3-10

9.945.00

Poveda Fonseca Gerardo

01-0399-0392

1-97-al-3-10

33.050.00

Punse Carmona Sociedad Anónima

3101243870

1-09-al-3-10

111.675.00

Ramírez Badilla Cipriano

9-028-001

1-96 al 3-10

2.725.00

Ramírez Castro Benedicto

4-067-873

1-01 al 3-10

64.205.00

Ramírez Castro José Ángel

4-093-421

4-05 al 3-10

97.650.00

Ramírez Espinoza Benedicto

4-0054-528

1-01 al 3-10

6.690.00

Ramírez Herrera Edwin Eduardo

4-148-714

1-04 al 3-10

28.630.00

Ramírez Ramírez Juan

4-078-670

1996-al-3-10

24.360.00

Rojas Quintero Norberto

4-160-841

1-02 al 3-10

12.730.00

Sáenz Marín Josefa

4-024-7094

1-98 al 3-10

87.995.00

Salas Carrillo Jesús Asdrúbal

4-055-631

1-96 al 3-10

36.085.00

Sánchez Brenes Odilia

4-067-531

1-04 al 3-10

60.955.00

Sánchez Segura Álvaro

4-124-411

3-05 al 3-10

22.005.00

Sandí Villalobos María Julia

C0711

1-04-al-3-10

51.125.00

Sandí Villalobos María Julia

C0711

1-04 al 3-10

48.895.00

Solano Vargas Mariana

2-238-916

1-98 al 3-10

1.295.00

Solís Campos Claudio Antonio

4-086-978

1-98 al 3-10

61.020.00

Suárez Alvarado Víctor Julio

2-272-661

1-96 al 3-10

7.675.00

Tienda La Victoria Libanesa S. A.

3101052378

1-96-al-3-10

24.760.00

Tomasello Mineo Antonio

9000087590

1-04 al 3-10

133.175.00

Tope del Mundo S. A.

3101022177

1-99-al-3-10

13.760.00

Valerio ChAves Elida

4-040-645

1-02 al 3-10

15.430.00

Vargas Álvarez Eny María

1-342-771

1-03 al 3-10

49.275.00

Vega Vargas Roberth

4-159-170

1-02 al 3-10

2.145.00

Venegas Hernández Olga

4-090-899

1-96 al 3-10

6.260.00

Vílchez Loaiza Rosalía

4-027-221

1-98 al 3-10

5.790.00

Villafuerte Astete Julio

1122000645

1-01 al 3-10

23.380.00

Villalobos Figueroa Xenia    

6-028-339

1-96 al 3-10

760.00

Villalobos Oses William

1-743-917

1-06 al 3-10

80.660.00

Vindas Mora Antonio

103270812

1-08-al-3-10

8.555.00

Williams Marcus Ras musen

4615

1-00 al 3-10

266.815.00

Zúñiga Salazar María Ester

1-845-790

1-08 al 3-10

136.960.00

Lic. Mauricio Vargas Charpentier, Jefe de la Administración Tributaria.—1 vez.—(IN2010104097).