LA GACETA Nº 12 DEL 18 DE ENERO DEL 2011

PODER LEGISLATIVO

LEYES

8907

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Y CULTO

DOCUMENTOS VARIOS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

EDUCACIÓN PÚBLICA

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES

CULTURA Y JUVENTUD

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

MUNICIPALIDADES

LICITACIONES

SALUD

BANCO DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

MUNICIPALIDADES

ADJUDICACIONES

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS

DEL PACÍFICO

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

MUNICIPALIDADES

REMATES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORÍA MUNICIPAL

FE DE ERRATAS

PODER JUDICIAL

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

MUNICIPALIDADES

AVISOS

REGLAMENTOS

MUNICIPALIDADES

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

AVISOS

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD SAN ISIDRO DE HEREDIA

MUNICIPALIDAD DE LA UNIÓN

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y PAZ

AVISOS

FE DE ERRATAS

MUNICIPALIDADES

PODER LEGISLATIVO

LEYES

8907

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA

REPÚBLICA DE COSTA RICA, DECRETA:

REFORMA DEL ARTÍCULO 16 DE LA LEY N° 7012,

CREACIÓN DE UN DEPÓSITO LIBRE COMERCIAL

EN EL ÁREA URBANA DE GOLFITO, DE 4 DE

NOVIEMBRE DE 1985, Y SUS REFORMAS

ARTÍCULO ÚNICO.-

Refórmase el artículo 16 de la Ley N 7012, Creación de un depósito libre comercial en el área urbana de Golfito, de 4 de noviembre de 1985, y sus reformas.  El texto dirá:

“Artículo 16.-

Podrán comprar en el depósito libre comercial de Golfito según las condiciones, las modalidades o los términos fijados en esta Ley y su Reglamento:

a) Los ciudadanos costarricenses o extranjeros que porten los documentos de identidad exigidos por la ley.

b) Las asociaciones, cooperativas y entidades de bien social, deportivas o educativas, según los requisitos y las condiciones que estipule el reglamento.  Comprarán únicamente mercancías destinadas a los fines de la asociación, cooperativa o entidad, pero nunca en favor ni beneficio personal de sus asociados.

El Ministerio de Hacienda estará obligado a establecer un puesto de control de aduana y fiscalización de las compras, el monto máximo de estas será revisado y actualizado cada seis meses por el Ministerio de Hacienda, utilizando el índice de precios de los bienes que se comercializan en el depósito, creado para tal efecto.

El derecho de compra es personal; por tanto, no es acumulable ni transferible total ni parcialmente a terceros, salvo entre padres e hijos, hermanos y cónyuges entre sí, siempre que la compra no supere el doble del monto máximo vigente establecido por el Ministerio de Hacienda para cada persona.

En caso de que en una primera compra el interesado no alcance el tope máximo permitido, podrá realizar una única segunda compra por el remanente o monto menor, durante el mismo semestre.”

Rige a partir de su publicación.

COMISIÓN LEGISLATIVA PLENA SEGUNDA.-  Aprobado el veinticuatro de noviembre de dos mil diez.

Viviana Martín Salazar                                   Justo Orozco Álvarez

   PRESIDENTA                                                   SECRETARIO

ASAMBLEA LEGISLATIVA.-  A los veintinueve días del mes de noviembre de dos mil diez.

COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO

Annie Saborío Mora

VICEPRESIDENTA EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA

 

Edgardo Araya Pineda                      Carlos Luis Avendaño Calvo

PRIMER PROSECRETARIO           SEGUNDO PROSECRETARIO

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los siete días del mes de diciembre del año dos mil diez.

Ejecútese y publíquese

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Hacienda, Fernando Herrero Acosta.—1 vez.— (L8907-IN2011000706).

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Y CULTO

DM-070-2010

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en el artículo 146 de la Constitución Política de la República, y la Ley de Traducciones e Interpretaciones Oficiales, N° 8142, publicada en La Gaceta N° 227 de fecha 26 de noviembre de 2001 y su Reglamento Decreto Ejecutivo N° 30167 del 25 de enero del 2002.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar como Traductor e Intérprete Oficial al señor Gabriel Ballestero Frech, cédula de identidad número 1-1327-0914, en el idioma Inglés-Español-Español-Inglés.

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, a las once horas del día nueve de noviembre del dos mil diez.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í, Carlos Roverssi Rojas.—1 vez.—(IN2011000199).

DM-077-2010

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en el artículo 146 de la Constitución Política de la República, y la Ley de Traducciones e Interpretaciones Oficiales, N° 8142, publicada en La Gaceta N° 227 de fecha 26 de noviembre de 2001 y su Reglamento Decreto Ejecutivo N° 30167 del 25 de enero del 2002.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar como Traductora e Intérprete a la señora, Raquel Blanco Vargas, cédula de identidad número 1-1185-0843, en el idioma Inglés-Español-Español-Inglés.

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, a las diez horas con cuarenta y siete minutos del día nueve de noviembre del dos mil diez.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í, Carlos Roverssi Rojas.—1 vez.—(IN2011000201).

DM-086-2010

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en el artículo 146 de la Constitución Política de la República, y la Ley de Traducciones e Interpretaciones Oficiales, N° 8142, publicada en La Gaceta N° 227 de fecha 26 de noviembre de 2001 y su Reglamento Decreto Ejecutivo N° 30167 del 25 de enero del 2002.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar como Traductora a la señora, Natalia Acuña Naranjo, cédula de identidad número 1-1063-0331, en el idioma Inglés-Español-Español-Inglés.

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, a las diez horas cincuenta minutos del día nueve de noviembre del dos mil diez.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í, Carlos Roverssi Rojas.—1 vez.—(IN2011000236).

DOCUMENTOS VARIOS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL

DEPARTAMENTO DE GEODESIA Y TOPOGRAFÍA

AVISO N° 2010-20

ZONA MARÍTIMA TERRESTRE

Amojonamiento de zona pública en un sector

costero ubicado en playa Tambor

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 63 del Reglamento de la Ley N° 6043 sobre la Zona Marítimo Terrestre, del 2 de marzo de 1977, el Instituto Geográfico Nacional (IGN) comunica que en julio de 2010 demarcó la zona pública en un sector costero ubicado en Playa Tambor, distrito 11° Cóbano, cantón 01° Puntarenas, provincia de Puntarenas, entre las coordenadas Lambert aproximadas del Mapa MBCR-1/50.000 Hoja Río Ario 3144 I, además se incluyen las coordenadas aproximadas en el nuevo sistema de proyección cartográfico CRTM05:

Sector costero ubicado en Playa Tambor:

188969.35 N-424751.25 E (LAMBERT)

1074438.42 N-388396.48 E (CRTM05)

(1 mojón, enumerado M92)

Los datos técnicos oficiales del trabajo han quedado registrados con el Nº 105 en el Registro de la Zona Marítimo Terrestre del IGN y en la base de datos digital georreferenciada del IGN.—San José, 23 de diciembre del 2010.—MSc. Max A. Lobo Hernández, Director General.—1 vez.—(IN2011000309).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN

DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 08, título N° 43, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Carrillo, en el año mil novecientos noventa, a nombre de Belmonte Castro Daniel Gerardo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los quince días del mes de diciembre del dos mil diez.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2010109424).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 27, título N° 118, emitido por el Colegio Técnico Profesional Piedades Sur, en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de Rodríguez Fernández Douglas Francisco. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, tres de enero del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011000117).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Técnico Medio en Secretariado, inscrito en el tomo 1, folio 336, asiento N° 3554, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Heredia, en el año mil novecientos ochenta y ocho, a nombre de Ramírez Salazar Marianela. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los tres días del mes de diciembre del dos mil diez.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2010109420).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 111, asiento N° 2635, emitido por el Liceo de Heredia, en el año mil novecientos ochenta y cinco, a nombre de Ramírez Salazar Marianela. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diez días del mes de diciembre del dos mil diez.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2010109421).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Ciencias, inscrito en el tomo II, folio 07, título N° 72, emitido por el Liceo de Atenas, en el año mil novecientos setenta y uno, a nombre de González Mora Georgina. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los catorce días del mes de diciembre del dos mil diez.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011000179).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 132, título N° 117, emitido por el Colegio Bilingüe del Valle, en el año dos mil siete, a nombre de Calvo Calderón Leonardo Alberto. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 4 de enero del 2011.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011000339).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 127, título N° 1649, emitido por el Liceo Luis Dobles Segreda, en el año mil novecientos ochenta y cinco, a nombre de Rojas Morales Norem. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 5 de enero del 2011.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011000351).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Letras, inscrito en el tomo 1, folio 190, título N° 998, emitido por el Liceo de Costa Rica Nocturno en el año mil novecientos ochenta y dos, a nombre de Navarrete Contreras Paulina. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 5 de enero del 2011.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Trino Zamora Zumbado, Jefe.—(IN2011000372).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 3, folio 87, título N° 3254, emitido por el Liceo de Puriscal, en el año dos mil nueve, a nombre de Salazar Murillo María Antonieta. Se solicita la reposición del título indicado por cambio de nombre, cuyos nombres y apellidos correctos son: Trejos Salazar María Antonieta. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 3 de enero del 2011.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011000428).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 17, título N° 255, emitido por el Instituto Superior Julio Acosta García, en el año mil novecientos noventa y uno, a nombre de Torres Rodríguez Kattia María. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 6 de enero del 2011.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Trino Zamora Zumbado, Jefe.—(IN2011000441).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 218, título N° 6667, emitido por el Colegio San Luis Gonzaga en el año dos mil nueve, a nombre de Lizano Corrales Evelyn Cristina. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 5 de enero del 2011.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011000451).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Cambio de nombre Nº 67616

Que Monserrat Alfaro Solano, cédula de identidad 1-1149-188, en su condición de apoderada especial de PMPI LLC, solicita a este registro se anote la inscripción de Cambio de nombre por Fusión de Philip Morris Products Inc. por el de PMPI LLC, con domicilio  en  9711  Farrar  Court, Richmond, Virginia 23236, U.S.A., presentada el día 9 de agosto de 2010 bajo expediente 67616. El nuevo nombre afecta a la siguiente marca: 1900-7296625 registro 72966 DERBY en clase 25 marca mixta. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—11 de agosto del 2010.—Lic. Thomas Montenegro Montenegro, Registrador.—1 vez.—(IN2010108290).

Cambio de nombre Nº 66113

Que Anderol Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Royal Lubricants Inc. por el de Anderol Inc., presentada el día 10 de mayo de 2010 bajo expediente 66113. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-4984604 Registro Nº 49846 ANDEROL en clase 4 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por una única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de agosto del 2010.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—1 vez.—RP2010214548.—(IN2010108517).

Cambio de nombre por fusión Nº 68498

Que María del Pilar López Quirós, cédula de identidad número 1-1066-0601, en calidad de apoderada especial de Colinagro S. A., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre por fusión de Compañía Colombiana de Inversiones  Agrícolas S. A.  (Colinagro)  por el de Colinagro CP S. A., presentada el día 13 de octubre de 2010 bajo expediente 68498. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-7429101 Registro Nº 74291 HORMONAGRO en clase 1 marca denominativa y 1990-0002237 Registro Nº 102617 NUTRIMINS en clase 1 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por una única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de noviembre del 2010.—Adriana Broutin Espinoza, Registradora.—1 vez.—RP2010214451.—(IN2010108518).

Patente de invención

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El señor Gastón Baudrit Ruiz, cédula Nº 1-599-078, mayor de edad, abogado, vecino de San José, apoderado especial de Janssen Pharmaceutica N.V., de Bélgica, solicita la Patente de Invención denominada MODULADORES DE Y SECRETASA CON ENLACES DE AMINA.

Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

La presente invención se relaciona con compuestos de la formular (I) como se muestra a continuación en donde las definiciones de A, X, Y, R1, R2, R3, R4, R5, R6, R7, R8 y R9 se proporcionan en la descripción. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07C 229/34, cuyo(s) inventor(es) es(son) Chin Yung Ho. La solicitud correspondiente lleva el número 11450, y fue presentada a las 13:42:00 del 19 de mayo de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de julio del 2010.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2010108675).

El señor Gastón Baudrit Ruiz, cédula Nº 1-599-078, mayor de edad, abogado, vecino de San José, apoderado especial de Janssen Pharmaceutica N.V., de Bélgica, solicita la Patente de Invención denominada MODULADORES DE PIPERIDINIL Y PIPERAZINIL DE Y SECRETASA.

Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

La presente invención se relaciona con los compuestos de formula (I) como se describe en la presente, en donde las definiciones de Het, R0, Rl, R2, R3, R4, R5, R6, R7, R8 y R9 se proporcionan en la descripción. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 211/18, cuyo(s) inventor(es) es(son) Chin Yung Ho. La solicitud correspondiente lleva el número 11447, y fue presentada a las 13:40:00 del 19 de mayo de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la  tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de julio del 2010.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2010108676).

El señor Gastón Baudrit Ruiz, mayor, abogado, cédula Nº 1-599-078, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Janssen Pharmaceutica N.V., de Bélgica, solicita la Patente de Invención denominada PRODUCTOS INTERMEDIOS GSM. La presente invención se relaciona con el uso de los compuestos que tienen la Fórmula general I, en donde las definiciones o R1 y R2 son proporcionadas en la especificación. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07C 227/18, cuyo(s) inventor(es) es(son) Chin Yung Ho. La solicitud correspondiente lleva el número 11449, y fue presentada a las 13:41:30 del 19 de mayo de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la  tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 26 de julio del 2010.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2010108677).

El señor Gastón Baudrit Ruiz, cédula Nº 1-599-078, mayor, casado, abogado, vecino de San José, apoderado especial de Janssen Pharmaceutica N.V., de Bélgica, solicita la Patente de Invención denominada MODULADORES DE Y-SECRETASA CON ELANCES DE CARBONO. La presente invención se relaciona con los compuestos de la fórmula (I) como se describe en la presente, en donde las definiciones de A, X, R1, R2, R3, R4, R5, R6, R7 y R8 se proporcionan en la descripción. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07C 57/42, cuyo(s) inventor(es) es(son) Chin Yung Ho. La solicitud correspondiente lleva el número 11448, y fue presentada a las 13:41:00 del 19 de mayo de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la  tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 18 de agosto del 2010.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2010108678).

El señor Gastón Baudrit Ruiz, cédula Nº 1-599-078, mayor, casado, abogado, vecino de San José, apoderado especial de Alza Corporation, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIONES DE LIPOSOMAS PARA ADMINISTRACIÓN IN VIVO DE COMPUESTOS DE ÁCIDO BORÓNICO. Se describen formulaciones de liposomas para la administración de un compuesto de ácido borónico. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 9/127, cuyo(s) inventor(es) es(son) Huang, Anthony, Luo, Bing, Wang, Jinkang, Zhang, Yuanpeng. La solicitud correspondiente lleva el número 11325, y fue presentada a las 13:05:30 del 22 de marzo de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la  tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 18 de agosto del 2010.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2010108679).

El señor Gastón Baudrit Ruiz, cédula Nº 1-599-078, mayor de edad, casado, abogado, vecino de San José, apoderado especial de Janssen Pharmaceutica N.V., de Bélgica, solicita la Patente de Invención denominada ÁCIDOS CARBOXÍLICOS BIFENIL Y DERIVADOS DE LOS MISMOS. La presente invención se refiere a compuestos que tienen la fórmula general (I) con las definiciones R1, R2, R3, y R4 dadas a continuación y/o una sal o éster de éstos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07C 59/68, cuyo(s) inventor(es) es(son) Chih Yung Ho. La solicitud correspondiente lleva el número 11432, y fue presentada a las 13:56:15 del 17 de mayo de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de julio del 2010.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2010108680).

El señor Gastón Baudrit Ruiz, cédula Nº 1-599-078, mayor, casado, abogado, vecino de San José, apoderado especial de Janssen Pharmaceutica N.V., de Bélgica, solicita la Patente de Invención denominada INHIBIDORES DE QUINASA C-FMS. La invención está dirigida a los compuestos de la formula (I) en donde Z, X, J, R2 y W se describen en la especificación, así como los solvatos, hidratos, tautometros y sales farmacéuticamente aceptables de éstos, que inhiben las proteínas tirosina quinasas, especialmente la quinasa c-fims. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 401/14, cuyo(s) inventor(es) es (son) Carl R. Illig, Jinsheng, Chen, Sanath K. Meegalla, Mark J. Well. La solicitud correspondiente lleva el número 11433, y fue presentada a las 13:57:00 del 17 de mayo de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de julio del 2010.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2010108681).

El señor Gastón Baudrit Ruiz, cédula Nº 1-599-078, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Janssen Pharmaceutica N.V., de Bélgica, solicita la Patente de Invención denominada SUSPENSIÓN PEDIÁTRICA ESTABILIZADA DE CARISBAMATO. La presente invención provee una suspensión farmacéutica estabilizada de carisbamato para uso pediátrico y en adultos. Mas en particular, la supensión se estabiliza con hipromelosa (HPMC) para evitar el crecimiento de cristales de las partículas suspendidas y para evitar la recristalización del producto farmacológico con cambio a la forma polimórfica. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es A61K 9/00, cuyo(s) inventor (es) es (son) Embrechts, Roger, De Leersnijder, Cedric. La solicitud correspondiente lleva el número 11550, y fue presentada a las 14:31:00 del 30 de junio de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 7 de setiembre del 2010.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2010108682).

El señor Gastón Baudrit Ruiz, cédula Nº 1-599-078, mayor, casado, abogado, vecino de San José, en condición de apoderado especial de Janssen Pharmaceutica N.V., de Bélgica, solicita la Patente de Invención denominada MODULADORES ENLAZADOS A AMIDA Y-SECRETASA. La presente invención se refiere a los compuestos de la formula I como se muestran a continuación, en donde las definiciones de A, R1, R2, R3, R4, R5, R6, R7 y R8 se proporcionan en la especificación. Los compuestos de la formula I son útiles para el tratamiento de enfermedades asociadas con la actividad de la Y-Secretasa, que incluye la enfermedad de Alzheimer. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07C 233/81, cuyo(s) inventor (es) es (son) Chin Yung Ho. La solicitud correspondiente lleva el número 11436, y fue presentada a las 13:57:35 del 17 de mayo de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de julio del 2010.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2010108683).

El señor Gastón Baudrit Ruiz, cédula Nº 1-599-078, mayor de edad, casado, abogado, vecino de San José, en condición de apoderado especial de Janssen Pharmaceutica N.V., de Bélgica, solicita la Patente de Invención denominada PROCEDIMIENTO MEJORADO PARA PREPARAR 2-(FENIL SUSTITUIDO) -2- HIDROXI-ETIL CARBAMATOS. La presente invención se refiere a un procedimiento de preparación de un compuesto de la Fórmula I, en la que R se define en la memoria descriptiva los compuestos de Fórmula I son útiles para tratar transtornos del sistema nervioso central, incluyendo la epilepsia. El procedimiento incluye un nuevo uso del reactivo borohidruro de litio. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07C 29/147, cuyo(s) inventor (es) es (son) Frank Porstmann, Thomas Meier. La solicitud correspondiente lleva el número 11435, y fue presentada a las 13:57:30 del 17 de mayo de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de julio del 2010.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2010108684).

El señor Gastón Baudrit Ruiz, cédula Nº 1-599-078, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Janssen Pharmaceutica N.V., de Bélgica, Centocor, Inc, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada, ANTICUERPOS ANTI-AMILOIDE HUMANOS; COMPOSICIONES, MÉTODOS Y USOS. La presente invención se relaciona con al menos un anticuerpo anti-amiloide humano nuevo, que incluye ácidos nucleicos aislados que codifican al menos un anticuerpo anti-amiloide, amiloide, vectores, células huésped, plantas o animales transgénicos y métodos para hacer y utilizar éste, que incluyen composiciones, métodos y dispositivos terapéuticos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 39/395, cuyo(s) inventor(es) es (son) Marc Mercken, Jacqueline M. Benson, Sun-Yung S. Jung, Haiyan Jiang, Gopalan Raghunathan, Lionella Borozdina-Birch. La solicitud correspondiente lleva el número 11434, y fue presentada a las 13:56:00 del 17 de mayo de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la  tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de julio del 2010.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2010108685).

El señor Luis Pal Hegedus, cédula Nº 1-558-219, mayor, abogado, vecino de San José, apoderado especial de Pfizer Limited, de Reino Unido, solicita la Patente de Invención denominada: DERIVADOS DE TRIAZOL ÚTILES PARA EL TRATAMIENTO DE ENFERMEDADES.

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Los compuestos de acuerdo con la presente invención son útiles en numerosas enfermedades, transtornos y afectaciones, en particular enfermedades, transtornos y afecciones inflamatorias, alérgicas y respiratorias. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es A61P 11/00, cuyos inventores son Jones, Lyn Howard, Roberts, Dannielle Frances, Strang, Ross Sinclair. La solicitud correspondiente lleva el número 11818, y fue presentada a las 09:01:30 del 26 de noviembre del 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 15 de diciembre del 2010.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2010214705.—(IN2010108885).

La señora María de La Cruz Villanea Villegas, cédula número 1-0984-0695, mayor, casada una vez, abogada, vecina de San José, en su condición de Apoderada Especial de Levinton Manufacturing Company, Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada DISPOSITIVO INTERRUPTOR DE CIRCUITO DE FALLA.

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En una modalidad, hay un dispositivo interruptor de falla que comprende de por lo menos un sensor que comprende de por lo menos un primer transformador que tiene por lo menos una región exterior que forma una periferia exterior y por lo menos una región interior hueca. También hay un por lo menos un segundo transformador que está colocado en la región interior hueca de 1 por lo menos un primer transformador. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es H02H 3/26, cuyos inventores son Michael Kamor, James Porter, Kurt Dykema. La solicitud correspondiente lleva el número 11841, y fue presentada a las 13:54:00 del 10 de diciembre del 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. San José, 17 de diciembre del 2010. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—RP2010215149.—(IN2010109618).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones civiles

AVISO

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-045321, denominación: Asociación de Iglesias Cristianas Menonitas de Costa Rica. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2010, asiento: 204421.—Dado en el Registro Nacional, a las ocho horas cincuenta y dos minutos y cincuenta y cuatro segundos del quince de noviembre del dos mil diez.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2011000466).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

DIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINAS

SOLICITUD DE EXPLOTACIÓN EN CAUCE

DE DOMINIO PÚBLICO

En expediente Nº 10-2007 el señor Renán de Lemos Medina, mayor, casado una vez, geólogo, cédula 1-494-593, vecino de Barrio Luján, San José, solicita concesión para extracción de materiales en cauce de dominio público sobre el río Ario.

Localización geográfica:

Sito en: Bajos de Ario, distrito: 11 Cóbano, cantón: 01 Puntarenas, provincia: 06 Puntarenas.

Hoja cartográfica:

Hoja Río Ario, escala 1:50.000 del I.G.N.

Localización cartográfica:

Entre coordenadas generales:     190504.80 - 190458.79 Norte,

                                                         404658.40 -404698.70 Este límite aguas arriba y

                                                         18991 1.99 - 189968.60 Norte,

                                                         403036.28 - 403090.00 Este límite aguas abajo.

Área solicitada:

13 ha. 0771,11 m2, longitud promedio 1.928,45 metros, según consta en plano aportado al folio 23.

Derrotero:

Coordenadas del vértice Nº 1 189968.60 Norte, 403090.00 Este.

 

Línea

Acimut

Distancia (m)

1 - 2

069°01’38”

102,55

2 - 3

047°34’59”

91,32

3 - 4

024°51’21”

134,19

4 - 5

022°46’34”

86,86

5 - 6

037°34’51”

174,27

6 - 7

088°34’19”

132,05

7 - 8

104°21’39”

119,43

8 - 9

100°12’26”

13,86

9 - 10

100°12’26”

14,26

10 - 11

100°12’26”

103,12

11 - 12

104°57’%8”

105,21

12 - 13

104°57’58”

95,26

13 - 14

083°13’32”

176,69

14 - 15

082°57’54”

127,75

15 - 16

082°07’54”

124,61

16 - 17

055°56’59”

135,33

17 - 18

055°56’59”

121,65

18 - 19

138°46’35”

61,17

19 - 20

236°19’34”

134,76

20 - 21

236°16’49”

151,52

21 - 22

264°30’29”

96,26

22 - 23

264°30’29”

143,90

23 - 24

255°28’29”

163,87

24 - 25

283°37’07”

126,50

25 - 26

283°37’07”

123,86

26 - 27

267°46’13”

11,54

27 - 28

267°46’13”

14,79

28 - 29

267°46’13”

18,93

29 - 30

287°56’26”

102,21

30 - 31

278°20’22”

110,56

31 - 32

212°13’01”

99,78

32 - 33

198°40’32”

123,58

33 - 34

214°24’19”

120,99

34 - 35

220°27’50”

96,87

35 - 36

239°22’52”

151,39

36 - 37

231°11’25”

37,18

37 - 38

316°28’43”

70,00

38 - 1

043°29’53”

78,04

Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 10 de setiembre del 2007, área y derrotero aportados el 31 de enero del 2008.

Con quince días hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.

San José, quince de noviembre del dos mil diez.—Registro Nacional Minero.—Lic. Cynthia Cavallini Chinchilla, Jefa.—(IN20100101589).

2 v. 2.

DIRECCIÓN DE AGUA

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Expediente Nº 14304P.—Corporación Holandecito CH S. A., solicita concesión de: 0,35 litros por segundo del pozo PC-18, efectuando la captación en finca de Corporación Holandecito CH S. A., en Bejuco, Nandayure, Guanacaste, para uso consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas: 196.680 / 398.930, hoja Puerto Coyote. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de octubre del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2010214655.—(IN2010108891).

Expediente Nº 7802P.—Inversiones Montaña del Sol S. A., solicita concesión de: 0,5 litro por segundo del pozo AB-1616, efectuando la captación en finca de su propiedad en Santo Tomás, Santo Domingo, Heredia, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 218.800/528.900 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 23 de diciembre de 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011000025).

Expediente número 7260A.—Agapanto Ltda., solicita concesión de 6,5 litros por segundo del nacimiento Chilamate 2, efectuando la captación en finca de su propiedad en Cachí, Paraíso, Cartago, para uso consumo humano-doméstico y agropecuario-riego-ornamentales. Coordenadas 200.510/558.510 hoja Tapantí. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 3 de enero de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011000040).

Expediente Nº 14399A.—Asociación de Desarrollo San Juan Sur, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Asociación de Desarrollo San Juan Sur en Corralillo, Cartago, Cartago, para uso consumo humano. Coordenadas 197.972/528.799 hoja Caraigres. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 23 de diciembre de 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011000129).

Expediente Nº 14398P.—Cogeneración del Tempisque Cotsa S. A., solicita concesión de: 18 litros por segundo del Pozo CN-697, efectuando la captación en finca de Cogeneración del Tempisque S. A., en Palmira (Carrillo), Carrillo, Guanacaste, para uso consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas 277.278/364.365 hoja Carrillo Norte. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 3 de enero de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011000145).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Exp. 14346A.—Clayma de Costa Rica S. A., solicita concesión de: 4 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Clayma de Costa Rica en Pavones, Turrialba, Cartago, para uso agropecuario, consumo humano y agropecuario, riego. Coordenadas 209.300 / 577.000 hoja Tucurrique. 1 litro por segundo del Río Izarquito, efectuando la captación en finca de: en Pavones, Turrialba, Cartago, para uso agropecuario, consumo humano y agropecuario, riego. Coordenadas 207.990 / 578.550 hoja Turrúcares. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de noviembre del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2010109176).

Exp. 7444P.—Inversiones Pacífico Caribeñas INPACA S. A., solicita concesión de: 0,80 litro por segundo del pozo MTP-100, efectuando la captación en finca de Fidencio Bustos Bustos en Cabo Velas, Santa Cruz, Guanacaste, para uso turístico-hotel. Coordenadas 263.250 / 335.100 hoja Matapalo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de diciembre del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—1 vez.—Nº RP2010215050.—(IN2010109279).

Expediente número 2117A.—Publicidad en Ruta Mil Ochocientos Treinta CRC S. A., solicita concesión de: 10 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en La Ribera, Belén, Heredia, para uso agroindustrial. Coordenadas 220.450/516.750 hoja Barva. 10 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en La Ribera, Belén, Heredia, para uso agroindustrial. Coordenadas 220.500/516.700 hoja Barva. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de diciembre de 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011000079).

Expediente Nº 6777P.—Loáiciga & Guillén S. A., solicita concesión de: 5 litros por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de su propiedad en Liberia, Liberia, Guanacaste, para uso consumo humano-doméstico y varios. Coordenadas 288.750/378.150 hoja Monteverde. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 4 de enero de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011000146).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. 7305A.—Mario Miranda Pol, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Vargas Rojas Rodrigo en Sabana Redonda, Poás, Alajuela, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 235.900 / 512.000 hoja Barva. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 5 de enero de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011000286).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil - Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. Nº 11568-10.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas treinta minutos del doce de noviembre del dos mil diez. Leda Rojas Chaves, cédula de identidad número dos-doscientos noventa-mil doscientos ochenta y siete; solicita la rectificación de su asiento de nacimiento... en el sentido que la fecha de nacimiento de la misma es “diez de noviembre de mil novecientos cincuenta y tres”. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—(IN2011000356).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Cynthia Álvarez Hidalgo, expediente N° 11419-99, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: N° 419-2000.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas diez minutos del veintisiete de marzo del dos mil. Diligencias de ocurso incoadas por Cynthia Álvarez Hidalgo, casada, portadora de la cédula de identidad número cinco-doscientos setenta y cuatro-ochocientos cuarenta y cuatro, costarricense, vecina de Barrio México. Resultando: 1º—..., 2º—...., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:...., III.—Sobre el fondo:..., por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Sherry Andrea Ugalde Montoya, que lleva el número seiscientos sesenta, folio trescientos treinta, tomo mil quinientos treinta y dos de la Sección de Nacimientos de la provincia de San José, en el sentido de que los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita son: “Álvarez Hidalgo” y no como se consignó. Publíquese esta resolución una vez en el Diario Oficial.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(IN2011000233).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Lodian Suyen Luna, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 1074-10.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas cincuenta minutos del dieciséis de junio del dos mil diez. Exp. Nº 7253-10. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Jeremy Josué Arias Rocha ...; en el sentido que el nombre y el apellido de la madre... son “Lodian Suyen Luna, no indica segundo apellido”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2011000294).

Exp. Nº 16149-10.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas cuarenta minutos del doce de julio del dos mil diez. Diligencias de ocurso incoadas ante este Registro Civil por Valentín Barrantes Matarrita, cédula de identidad número cinco-ciento cincuenta y cuatro-seiscientos cincuenta y tres, vecino de Santa Cruz, Guanacaste, solicitando la rectificación de los asientos de nacimiento de Francisco Javier, Elizbeth, Sandra Patricia, Maura Lorena y Daniel, todos de apellidos Barrantes Torres, en el sentido que el no es el padre biológico de los mismos ni esta casado con la señora Juana Torres Santamaría, madre de las precitadas personas. Se confiere audiencia por ocho días a partir de la publicación de este edicto a los señores Julio Valentín Delgado Barrantes, Juana Torres Santamaría, Fernando, Vivian Dilanna, Daniel, Elizbeth, Sandra Patricia, Maura Lorena y Francisco Javier, todos de apellidos Barrantes Torres, con el propósito que se pronuncien en relación con estas diligencias. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2011000418).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Sandra Rodríguez, este Registro ha dictado una resolución que  en lo conducente dice: resolución Nº 0926-10.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas treinta y cinco minutos del dos de junio del dos mil diez. Exp. Nº 20553-09. Resultando: 1º—... 2º—...; Considerando: I.—Hechos probados... II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo… ; Por tanto: procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Luis Antonio Rivas Rodríguez... en el sentido que el apellido de la madre... es “Rodríguez, no indica segundo apellido”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2011000424).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES

CULTURA Y JUVENTUD

CONSEJO NACIONAL DE POLÍTICA PÚBLICA

DE LA PERSONA JOVEN

Se comunica a todos los interesados que el Plan de Compras del año 2011 del Consejo de la Persona Joven, se encuentra en el Programa Comprared.

San José, 14 de diciembre del 2010.—Eric Sánchez Cervantes, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2011000267).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICO

OFICINA FINANCIERO CONTABLE

PUBLICACIÓN RECURSOS ECONÓMICOS AÑO 2011

 

Cuenta

Descripción

Monto total anual

2106

OTROS ALQUILERES

75.000.000,00

2149

CONTRATACIÓN SERVICIOS INGENIERIA

¢50.000.000,00

2154

MANT. REP. MAQ. Y EQUIPO TERCEROS

¢500.000.000,00

2156

MANT. REP. EDIFICIOS POR TERCEROS

¢1.000.000.000,00

2188

CONT. SERV. MEDICOS, FARM. Y LABORATORIOS

¢160.000.000,00

2199

OTROS SERVICIOS NO PERSONALES

165.000.000,00

2201

COMBUSTIBLE, LUBRICANTES Y GRASAS

¢500.000.000,00

2203

MEDICINAS

¢1,500.000.000,00

2205

OTROS PRODUCTOS QUIMICOS

¢1.435.150.000,00

2206

TINTAS, PINTURAS, Y DILUYENTE

¢60.000.000,00

2207

TEXTILES Y VESTUARIOS

¢170.000.000,00

233.000.000.00

2210

PRODUCTOS DE PAPEL Y CARTON

¢233.000.000,00

2211

IMPRESOS Y OTROS

¢20.000.000,00

2212

MATERIALES Y PRODUCTOS METÁLICO

¢50.000.000,00

2213

PRODUCTOS ALIMENTICIOS

¢900.000.000,00

2214

MADERA Y DERIVADOS

¢15.000.000,00

2215

OTROS MAT. Y PROD. DE CONSTRUCCIÓN

¢15.000.000.00

2216

MATERIALES Y PRODUCTOS ELECTRICOS

¢50.000.000,00

2217

INSTRUMENTOS Y HERRAMIENTAS

¢18.000.000,00

2219

INSTRUMENTOS MED. Y  LABORATORIO

¢5.000.000.000,00

2223

OTROS REPUESTOS

¢800.000.000,00

2225

UTILES Y MATERIALES DE OFICINA

¢25.000.000.00

2227

UTILES Y MATERIALES DE LIMPIEZA

¢90.000.000,00

2228

UTILES Y MATERIALES DE RESGUARDO

¢8.000.000,00

2229

ENVASES Y EMPAQUES DE MEDICINA

¢13.000.000,00

2231

UTILES COCINA Y COMEDOR

¢25.000.000,00

2233

OTROS UTILES Y MATERIALES

¢45.000.000,00

2245

FÁRMACOS Y TRATAMIENTOS

¢1.800.000.000,00

2310

EQUIPO Y MOBILIARIO DE OFICINA

¢15.000.000,00

2315

EQUIPO DE COMPUTO

¢150.000.000,00

2320

EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

¢440.400.000,00

2390

EQUIPOS VARIOS

¢50.000.000,00

 

TOTAL

¢15.377.550.000,00

NOTA:   Se les comunica a todos los interesados que en el Subárea de Contratación Administrativa, de este nosocomio se encuentra a disposición una copia fiel del documento original del “Programa de Compras año 2011”.

San José, 28 de diciembre del 2010.—Lic. Mario A. Murillo M., Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2011000137).

PROGRAMA DE ADQUISICIONES PERÍODO 2011

ÁREA DE SALUD DE CIUDAD QUESADA

En cumplimiento con el artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 7 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se informa que el Programa de Adquisiciones para el período 2011 del Área de Salud Ciudad Quesada, Unidad Ejecutora 2483, se encuentra disponible en la pagina Web de la Caja Costarricense del Seguro Social, www.ccss.sa.cr, en el enlace “Transparencia”, “Contratación y Otros Servicios”, Programas Anuales de Compras 2011”.

Ciudad Quesada, San Carlos, 3 de enero 2011.—Administración.—Lic. Carlos R. Millón Muñoz, Administrador.—1 vez.—(IN2011000185).

DIRECCIÓN REGIONAL DE SUCURSALES

REGIÓN HUETAR ATLÁNTICA

PROGRAMA ANUAL DE COMPRAS AÑO 2011

La Dirección Regional de Sucursales Huetar Atlántica, de conformidad con el artículo N° 7 del Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa, le informa a todos los interesados que a partir de esta fecha el Programa Anual de Compras para el período 2011, tanto de esta Dirección como las 15 sucursales adscritas a esta, se encuentra a su disposición en la dirección electrónica www.ccss.sa.cr, en contratación y otros servicios.

2 de enero del 2011.—Marco Antonio Rivera Ferrera, Director a. í.—1 vez.—(IN2011000191).

SUCURSAL EN GOLFITO

PROGRAMA ANUAL DE ADQUISICIONES 2011

En cumplimiento con lo que establece el artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa, se informa que el programa anual de adquisiciones de la sucursal de Golfito, correspondiente al año 2011, se encuentra disponible en la página Web institucional. Ver detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr.

4 de enero de 2010.—Lic. Mauro Chinchilla Sánchez, Administrador de la sucursal del Seguro Social en Golfito.—1 vez.—(IN2011000200).

SUCURSAL SEGURO SOCIAL SAN VITO, COTO BRUS

En cumplimiento con el artículo 6° de la Ley de Contratación Administrativa. solicito realizar publicación de edicto en el Diario Oficial La Gaceta. del presupuesto de adquisiciones para el 2011 de la Sucursal Seguro Social de San Vito con el siguiente detalle:

PROGRAMA DE ADQUISICIONES AÑO 2011

Servicios No Personales:                                                          Monto:

2102     Alquiler de Edificios                                                13.841.814,00

2112     Información y Publicidad                                             104.370,00

2114     Impresión Ecuad. y otros                                             122.500,00

2122     Telecomunicaciones                                                    873.376,00

2124     Servicios de Correo                                                      166.600,00

2126     Energía Eléctrica                                                      2.156.000,00

2128     Servicios de Agua                                                         175.910,00

2130     Otros Servicios Públicos                                                  5.096,00

2134     Gastos Viajes dentro del País                                     8.430.000,00

2140     Transportes Dentro del País                                        718.990,00

2141     Transporte de Bienes                                                   264.110,00

2142     Seguro de Daños y Otros                                              115.000,00

2144     Seguro de Riesgos Profesionales                                   468.600,00

2151     Mantenimiento Instalaciones y Otras Obras                197.274,00

2152     Mantenimiento Rep. Eq. y Mob de Oficina                  987.840,00

2153     Mantenimiento Rep. Eq. Transp. por Terceros        1.101.030,00

2156     Mant. Repar. Ed. Terceros                                          514.500,00

2157     Mant. Rep. Equipo Comunicación                               210.896,00

2159     Mant. Rep. Equipop. Cómputo y Sist. Información     360.150,00

2160     Gastos Judiciales                                                       3.698.520,00

2199     Otros Serv. No Personales                                           331.926,00

2201     Combustible Maquinaria Equipo                                     91.238,00

2205     Otros Prod. Quím, y Conexos                                        98.000,00

2206     Tintas, Pinturas y Diluyentes                                   1.960.000,00

2207     Textiles y Vestuarios                                                   343.000,00

2209     Llantas y Neumáticos                                                  588.000,00

2210     Productos Papel y Cartón                                         1.274.000,00

2211     Impresos y Otros                                                         539.000,00

2212     Materiales y Productos Metálicos                                  68.600,00

2214     Madera y sus Derivados                                               245.000,00

2215     Otros Mat. y Prod. de Uso en Construcción                 122.500,00

2216     Materiales y Productos Eléctricos. Telef y Cómputo   392.000,00

2217     Instrumentos y Herramientas                                        63.700,00

2218     Materiales y Prod. de Vidrio                                          58.800,00

2220     Materiales Prod. de Plástico                                          49.000,00

2221     Rep. equipo de transporte                                         1.617.000,00

2223     Otros repuestos                                                           539.000,00

2225     Útiles y Mat. de Oficina                                              505.288,00

2227     Útiles y Mat. de Limpieza                                           362.600,00

2233     Otros útiles y materiales                                              102.900,00

2241     Combustible Eq. Transporte                                     1.690.500,00

2243     Lubric. Grasas y Eq. de Transporte                              490.000,00

San Vito, Coto Brus, 3 de enero del 2011.—Lic. Mario Jiménez Madrigal, Administrador Sucursal Seguro Social San Vito.—1 vez.—(IN2011000215).

ÁREA DE SALUD FORTUNA

REGIÓN HUETAR NORTE

PROGRAMA ANUAL DE COMPRAS 2011

De conformidad con el artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa y artículo 7 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se publica el texto que corresponde al Programa Anual de Compras del Área de Salud Fortuna, San Carlos en la página Web de CCSS, dirección: http://www.ccss.sa.cr/html/transparencia/carteles/carteles a.html Estas contrataciones se efectuarán por medio del programa ordinario de compras de la Institución y financiadas con el presupuesto ordinario aprobado por la Contraloría General de la República.

Fortuna, 4 de enero del 2010.—Lic. Karol Corella Esquivel, Administradora a. í.—1 vez.—(IN2011000216).

HOSPITAL DR. CARLOS LUIS VALVERDE VEGA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES 2011

El Área de Gestión de Bienes y Servicios del Hospital Dr. Carlos Luis Valverde Vega de San Ramón, le informa a todos los interesados que a partir de esta fecha el programa anual de adquisiciones se encuentra a su disposición en la dirección electrónica: www.ccss.sa.cr

San Ramón, 4 de enero de 2011.—Área Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. Seidy Chaves Torres, Jefa.—(IN2011000221).

ÁREA DE SALUD DE CARIARI

PROGRAMA DE ADQUISICIONES 2011

En cumplimiento con la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, se informa que el Programa de Adquisiciones 2011, correspondiente a nuestra unidad, se encuentra publicado en la página Web de la Caja Costarricense de Seguro Social. Las modificaciones que se realizarán durante el presente período estarán publicadas en esta misma página Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.

Cariari, 4 de enero del 2011.—Área de Salud de Cariari.—Jorge Yen León, Administrador a. í.—(IN2011000223).

ÁREA DE SALUD DE ALAJUELITA

UNIDAD PROGRAMÁTICA 2336

PROGRAMA ANUAL DE COMPRAS AÑO 2011

Para cumplir con lo establecido en el artículo 6° de la Ley de Contratación Administrativa, y artículo 7° de su Reglamento, se informa que el Programa de Compras para el año 2011 se encuentra publicado en la página Web institucional, en el apartado “Compras, planes anuales”. Ver detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr

Dr. Francisco Hernández Salazar, Director Médico.—1 vez.—(IN2011000224).

DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS DE SALUD

REGIÓN HUETAR NORTE

PROGRAMA DE ADQUISICIONES 2011

En cumplimiento con la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, se informa que el Programa de Adquisiciones y Presupuesto 2011 correspondiente a nuestra unidad, se encuentra publicado en la página Web de la Caja Costarricense de Seguro Social. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr

Ciudad Quesada, 23 de diciembre del 2010.—Lic. Bolívar Hidalgo Navarro, Administrador.—1 vez.—(IN2011000226).

HOSPITAL DR. TONY FACIO CASTRO

PROGRAMA ANUAL DE COMPRAS AÑO 2011

En cumplimiento con lo que establece la Ley de Contratación Administrativa en su artículo 6 y el Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa en su artículo 7, se hace del conocimiento de todos los proveedores interesados que el Programa Anual de Compras para el período 2011 así como sus modificaciones, estará disponible en la página Web de la CCSS.

Limón, 4 de enero del 2011.—Lic. Kathleen Quirós Abarca, Subárea de Planificación de Compras.—1 vez.—(IN2011000229).

HOSPITAL DR. TOMÁS CASAS CASAJÚS

DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA

Partida                  Nombre                                                     Monto ¢

2100     Servicios No Personales                                       296.131.940,00

2112     Información                                                                 132.300,00

2114     Impresión, encuadernac. y otros                                 490.000,00

2122     Telecomunicaciones                                                 2.744.000,00

2124     Servicio de Correo                                                         29.400,00

2126     Energía Eléctrica                                                   122.500.000,00

2128     Servicios de Agua                                                   14.700.000,00

2130     Otros Servicios Públicos                                             813.400,00

2134     Gastos Viajes en el País                                         21.560.000,00

2140     Transportes dentro del País                                     3.430.000,00

2141     Transporte de Bienes                                                  833.000,00

2142     Seguros de Daños y Otros Seguros                             542.000,00

2144     Seguros de Riesgos Profesional                              13.347.000,00

2151     Mant. Instalaciones y Otras Obras                          2.940.000,00

2152     Mant.Rep.Eq. y Mob. De Oficina                           2.940.000,00

2153     Mant. y Rep. Eq. y Mob. Por Terc.                        4.829.440,00

2154     Mant. y Rep. Eq. de Otros Equipos                      27.440.000,00

2155     Mant. y Rep. Maq. y eq. de Prod.                          5.880.000,00

2156     Mant. y Repar. Edificios P/ Terceros                      4.508.000,00

2157     Mant. Rep. Equipo Comunicación                          1.372.000,00

2159     Mant. Rep. Equip. Cómputo Y Sist. Inform.          4.875.500,00

2184     Traslados                                                                45.080.000,00

2186     Hospedajes                                                               1.862.000,00

2193     Cont. Serv. Mant. Zonas Verdes                             8.873.900,00

2199     Otros Serv. No Personales                                       4.410.000,00

2200     Materiales y Suministros                                 327.616.750,52

2201     Combustible Maquinaria equipo                              6.368.700,52

2203     Medicinas                                                                 2.675.400,00

2205     Otros Prod. Quím. y Conexos                               46.015.704,00

2206     Tintas, Pinturas y Diluyentes                                  4.283.874,00

2207     Textiles y vestuarios                                              24.657.780,00

2209     Llantas y neumáticos                                               2.548.000,00

2210     Productos de papel y cartón                                  17.640.000,00

2211     Impresos y otros                                                      1.969.800,00

2212     Mater. y Prod. Metálicos                                        2.961.560,00

2213     Alimentos y Bebidas                                            121.188.760,00

2114     Madera y sus derivados                                              698.250,00

2215     Otros Mat. y Prod. de uso en Const.                      2.940.000,00

2216     Mater. Prod. Eléctr., Telf. y Comp.                        3.430.000,00

2217     Instrumentos y Herramientas                                  2.450.000,00

2218     Materials y Productos de Vidrio                                 392.000,00

2219     Instrum. Médico y de Labor.                                 19.192.222,00

2220     Mater. y Prod. de Plástico                                          588.000,00

2221     Repuestos Equipo de Transporte.                         12.339.180,00

2223     Otros Repuestos                                                    14.700.000,00

2225     Útiles y Mater. de Oficina                                       2.480.380,00

2227     Útiles y Mater. de Limpieza                                  14.700.000,00

2228     Útiles y Mater. de Resg. y Seg.                                  601.230,00

2229     Envases y Empaques Medicina                               1.332.800,00

2231     Útiles de Cocina y Comedor                                    4.000.000,00

2233     Otros Útiles y Materiales                                        2.638.160,00

2241     Combust. Eq. de Transportes                                12.982.550,00

2243     Lubric. y Grasas Eq. de Transp.                              1.842.400,00

2300     Maquinaria y Equipo                                           67.950.000,00

2310     Equipo y Mob. de Oficina                                       5.649.500,00

2315     Equipo de cómputo                                                  8.250.000,00

2320     Eq. Médico y de Labor.                                         34.627.500,00

2340     Eq. P/ Comunicaciones                                             3.938.000,00

2360     Maq. y Eq. para Talleres                                         2.350.000,00

2380     Libros                                                                          180.000,00

2390     Equipos varios                                                       12.955.000,00

Mayor información en la página Web de la Caja Costarricense de Seguro Social www.ccss.sa.cr

Lic. Ana Yadira Chávez Anchía, Directora Administrativa Financiera.—1 vez.—(IN2011000232).

ÁREA DE SALUD DE NARANJO

PLAN ANUAL DE COMPRAS 2011

El Área de Salud de Naranjo les informa a todos los interesados que a partir de esta fecha el Plan Anual de Adquisiciones se encuentra a disposición en la Dirección electrónica: www.ccss.sa.cr en el link contratación y otros servicios.

Naranjo, 3 de enero del 2011.—Dr. Luis Fernando Montero Castro, Director Médico.—1 vez.—(IN2011000237).

ÁREA DE SALUD N° 5, BARRANCA-PUNTARENAS

SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

La Subárea de Contratación Administrativa informa que está disponible en la Página Web de la Caja Costarricense de Seguro Social, la Programación Anual de Adquisiciones 2011. Para lo cual deberá accesar a la siguiente dirección electrónica: www.ccss.sa.cr

Así mismo, las modificaciones que se hagan durante el año a dicha programación, serán divulgadas por ese mismo medio.

Puntarenas, 4 de enero del 2011.—Unidad de Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. Alejandra López Badilla, Encargada a. í.—1 vez.—(IN2011000249).

DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS

DE SALUD PACÍFICO CENTRAL

PLAN DE ADQUISICIONES PARA EL AÑO 2011

UNIDAD PROGRAMÁTICA 2598

Se avisa a todos los potenciales oferentes que el Plan de Adquisiciones de la Dirección Regional de Servicios de Salud Pacífico Central, para el año 2011, se encuentra a disposición de los interesados en la página Web de la Caja Costarricense de Seguro Social en la dirección electrónica http://www.ccss.sa.cr.

Cualquier duda al respecto favor comunicarse al teléfono Nº 2661-0380 o al correo electrónico vlarac@ccss.sa.cr.

Puntarenas, 5 de enero del 2011.—Área Gestión Bienes y Servicios.—Lic. Vladimir Lara Camacho.—1 vez.—(IN2011000255).

ÁREA DE SALUD DE SAN RAMÓN

UNIDAD PROGRAMÁTICA 2237

PROGRAMA ANUAL DE ADQUISICIONES 2011

De conformidad con los artículos 6 y 7 de la Ley de Contratación Administrativa y su reglamento respectivamente, esta administración les comunica a todos los interesados que nuestro programa de adquisiciones 2011 y sus modificaciones, se encuentra disponible en la siguiente dirección:

http://portal.ccss.sa.cr/portal/page/portal/Portal/Transparencia/Programas_

de_compra

San Ramón, 5 de enero del 2011.—Bach. Jorge Villalobos Saborío, Encargado de Presupuesto.—Lic. Hernán Valverde Sánchez, Administrador.—1 vez.—(IN2011000265).

REGIÓN HUETAR NORTE

ÁREA DE SALUD PITAL

PROGRAMA DE ADQUISICIONES

PARA EL PERÍODO 2011

En cumplimiento del artículo 6 de la “Ley de Contratación Administrativa” y artículo 7 de su Reglamento, se informa que el programa de adquisiciones para el período 2011, correspondiente al Área de Salud Pital, Unidad Ejecutora 2475, se encuentra publicado en la página Web de la Caja Costarricense de Seguro Social. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr, Sección de “Contratación y otros servicios”.

Pital, 3 de enero del 2011.—Lic. Erick Badilla Chacón, Administrador a. í.—1 vez.—(IN2011000296).

DIRECCIÓN SISTEMA CENTRALIZADO

DE RECAUDACIÓN

PLAN DE COMPRAS 2011

En cumplimiento con la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, se informa que el Plan de Compras 2011 correspondiente a nuestra unidad, se encuentra publicado en la página Web de la Caja Costarricense de Seguro Social. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 5 de enero del 2010.—Lic. Luis Bolaños Guzmán, Director a. c.—Subárea Gestión Administrativa y Logística.—Lic. Vanessa Fallas Navarro, Jefa a. í.—1 vez.—(IN2011000304).

ÁREA DE SALUD ACOSTA

PROGRAMA DE COMPRAS AÑO 2011

Para cumplir con lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa y artículo 7 de su Reglamento, se informa que el programa de compras para el año 2011, correspondiente al  Área de Salud Acosta, se encuentra publicado en la página Web de la Institución en el apartado “Contratación y otros servicios”. Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 4 de enero del 2011.—Dra. Zianne López Revilla, Directora.—1 vez.—(IN2010000306).

ÁREA DE SALUD TURRIALBA-JIMÉNEZ

UNIDAD PROGRAMÁTICA 2348

PLAN DE ADQUISICIONES PARA EL AÑO 2011

Se avisa a todos los potenciales oferentes que el Plan de Adquisiciones del Área de Salud Turrialba-Jiménez para el año 2011, se encuentra a disposición de los interesados en la página Web de la Caja Costarricense de Seguro Social, ver detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr. Teléfonos 2556-5637 2556-5636 tel/fax 2556-9948.

Turrialba, 20 de diciembre del 2010.—Área Gestión Bienes y Servicios.—Msc. Lidieth Castro Solano.—1 vez.—(IN2011000323).

ÁREA DE SALUD OROTINA-SAN MATEO

REGIÓN PACÍFICO CENTRAL

PLAN ANUAL DE COMPRAS AÑO 2011

“Vea detalles y mayor información en http//www.ccss.sa.cr”

Orotina, 6 de enero del 2011.—Lic. Natacha Venegas Arguedas, Administradora a. í.—1 vez.—(IN2011000347).

ÁREA DE SALUD DE GRECIA

PROGRAMA ANUAL DE ADQUISICIONES

PERIODO 2011

En cumplimiento con lo que establece el artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 7 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se comunica el programa anual de adquisiciones y sus modificaciones, del Área de Salud de Grecia para el periodo 2011, para los efectos se encuentra publicado en la página Web Institucional. Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr

Grecia, 6 de enero del 2011.—Lic. Jorge Paúl Larios Cruz, Director Administrativo Financiero.—1 vez.—(IN2011000379).

HOSPITAL NACIONAL DE GERIATRÍA Y GERONTOLOGÍA

“DR. RAUL BLANCO CERVANTES” U.P. 2202

SUBÁREA DE PLANEACIÓN

PRESUPUESTO DESTINADO A LA ADQUISICIÓN

DE BIENES Y SERVICIOS

Con el fin de informar a los proveedores interesados y público en general se adjunta el detalle del presupuesto destinado a la Contratación de Bienes y Servicios para el año 2011:

Cuentas                         Descripción                            Saldo disponible

Presup.                                                                                 para 2011

2103             ALQ. MAQ. EQUIPO MOBILIAR.                  25.772.920,00

2112             INFORMACION                                                    815.010,00

2114             IMPRESIÓN ENCUADERN. Y OTROS                 147.000,00

2141             TRANSPORTE DE BIENES                               1.685.000,00

2149             CONTRATO SERV. INGENIERIA                     3.652.460,00

2152             MANT. REP. EQ. Y MOV. OFICINA                 6.041.600,00

2153             MANT. REP. EQ. DE TRANSP.                        5.279.568,40

2154             MANT. REP. DE OTROS EQUIPOS                  6.131.918,75

2156             MANT. REP. EDIFICIOS TERC.                   128.206.812,20

2157             MANT. REP. EQUIPO COMUN.                       5.831.980,00

2159             MANT. REP. EQUIPO CÓMPUTO                 20.132.400,00

2184             TRASLADOS                                                    15.501.820,00

2192             CONTRATO SERV. VIGILANCIA                     5.476.987,72

2199             OTROS SERVICIOS NO PERSONALES            26.145.641,00

SUBTOTAL SERVICIOS NO PERSONALES                  250.821.118,07

2201             COMBUSTIBLE MAQ. Y EQUIPO                    9.094.992,88

2203             MEDICINAS                                                     51.998.349,36

2205             OTROS PROD. QUIMI. Y CONEXOS              26.891.059,75

2206             TINTAS, PINTURAS Y DILUYENTES           10.155.776,60

2207             TEXTILES Y VESTUARIOS                            56.477.890,00

2209             LLANTAS Y NEOMÁTICOS                             1.176.000,00

2210             PRODUCTOS DE PAPEL Y CARTÓN            41.346.791,49

2211             IMPRESOS Y OTROS                                            699.152,30

2212             MATERIALES Y PRODUCTOS METAL          1.653.004,40

2213             ALIMENTOS Y BEBIDAS                               15.657.914,12

2214             MADERA Y SUS DERIVADOS                           1.960.000,00

2215             OTROS MATER. Y PROD. DE CONSTR.          1.890.102,58

2216             MATER. Y PROD. ELEC. TELEF                   11.065.180,00

2217             INSTRUMENTOS Y HERRAMIENTAS             2.581.229,00

2218             MAT. Y PROD DE VIDRIO                                  294.000,00

2219             INSTRUM. MÉDICOS Y LAB.                         38.154.868,18

2220             MATER. PROD. DE PLÁSTICOS                         145.908,24

2221             REPUESTOS Y EQUIPOS TRANSP.                     935.900,00

2223             OTROS REPUESTOS                                     103.015.586,40

2225             UTILES Y MATER. OFICINA                           6.619.635,28

2227             UTILES Y MATER. DE LIMPIEZA                12.500.530,00

2228             UTILES Y MATER. RESGUARDO SEG.            9.559.410,00

2229             ENVASES Y EMPAQUES MEDICINA                  934.432,00

2231             UTILES COCINA Y COMEDOR                        7.786.800,00

2233             OTROS UTILES Y MATERIALES                     5.061.775,00

2241             CUMBUSTIBLE EQUIPO TRANSP.                  3.160.200,00

2243             LUBRIC. GRASA EQUIPO TRANSP.                    965.300,00

SUBTOTAL MATERIALES Y SUMINISTROS                 421.781.787,58

2305             MAQUIN. EQUIPO DE PRODUCCIÓN             4.505.000,00

2310             EQUIPO Y MOBILIARIO DE OF.                   10.000.000,00

2315             EQUIPO DE CÓMPUTO                                 25.000.000,00

2320             EQUIPO MÉDICO Y LAB.                              56.500.000,00

2340             EQ. PARA COMUNICACIONES                        3.473.500,00

2360             MAQ. Y EQUIPO PARA TALLER                    1.000.000,00

2390             EQUIPOS VARIOS                                           13.497.831,00

SUBTOTAL MATERIALES Y SUMINISTROS                 113.976.331,00

2415             DERECHOS SOBRE ACTIVOS                         15.000.000,00

                     SUBTOTAL DESEMBOLSO FINANCIERO 15.000.000,00

TOTAL GENERAL                                                              801.579.236,65

Observación: Para consultar los detalles o pormenores de las compras directas a realizar, los interesados podrán observarlas en las pizarras externas de la Subárea de Contratación Administrativa, sitio en donde se exhiben, en el momento oportuno, todas las Contrataciones que realiza el Hospital. Las Licitaciones Públicas y Abreviadas, se publicarán también en la página Web de la Caja: www.ccss.sa.cr

Cumpliendo con lo previsto en la Ley de Contratación Administrativa y su reglamento.

San José, 6 de enero del 2011.—Lic. José Vargas Zúñiga, Jefe Área Gestión Bienes y Servicios a. í.—1 vez.—(IN2011000380).

REGIÓN CHOROTEGA

ÁREA DE SALUD ABANGARES

PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES 2011

A los interesados en obtener el Plan Anual de Adquisiciones del Área de Salud Abangares para el año 2011, se les comunica que este se encuentra disponible en la página de la Caja Costarricense de Seguro Social, en la dirección electrónica http://www.ccss.sa.cr en el enlace de Transparencia/Planes Anuales. Para cualquier duda o más información pueden comunicarse al teléfono 2662-0145, extensión 225, con el Bach. Héctor Noguera Vindas, o, bien al correo electrónico henovi@ccss.sa.cr.

Abangares, 3 de enero del 2011.—Dr. Enrique Kelly Mora, Director Médico.—1 vez.—(IN2011000382).

ÁREA DE SALUD SIQUIRRES

REGIÓN HUETAR ATLÁNTICA

PLAN ANUAL DE COMPRAS PERIODO 2011.

En cumplimiento con lo que establece la Ley de Contratación Administrativa en su artículo 6 y el Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa en su artículo 7, se hace del conocimiento de todos los interesados que el Programa de Adquisiciones para el periodo 2011 así como sus modificaciones, correspondiente al Área de Salud Siquirres, estará disponible en la dirección http://www.ccss.sa.cr.

Siquirres, 3 de enero del 2011.—Unidad de Compras.—Zimri Campos Quesada.—1 vez.—(IN2011000386).

ÁREA DE SALUD DE PÉREZ ZELEDÓN

PLAN DE ADQUISICIONES DEL PERIODO 2011

En cumplimiento con la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, se informa que el Programa Anual de Adquisiciones del año 2011 correspondiente al Área de Salud de Pérez Zeledón. Unidad Programática 2760, se encuentra publicado en la página Web de la CCSS. ver detalles en www.ccss.sa.cr.

San Isidro, Pérez Zeledón, 5 de enero del 2011.—Lic. Luis Solís Fonseca, Administrador.—1 vez.—(IN2011000395).

DIRECCIÓN DE COBROS DE LA CCSS

PROGRAMA ANUAL DE COMPRAS 2011

De conformidad con el artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 7 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, la Dirección de Cobros comunica que los detalles correspondientes a la programación anual de compras están disponibles en la página web http://ccss.sa.cr.

Las adquisiciones se realizan por medio del Programa de Compras de la Institución y son financiadas con el presupuesto ordinario aprobado por la Contraloría General de la República.

San José, 4 de enero del 2011.—Lic. Luis Diego Calderón Villalobos, Director.—1 vez.—(IN2011000421).

ÁREA DE SALUD DE BAGACES

UNIDAD PROGRAMÁTICA 2557

PLAN ANUAL DE COMPRAS 2011

El Área de Salud Bagaces, Región Chorotega, de la CCSS en cumplimiento a lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa y artículo 7 de su Reglamento, comunica que el programa de adquisiciones del período 2011 se encuentra disponible en la pagina Web Institucional www.ccss.sa.cr en el portal Transparencia-Planes Anuales 2011. Este programa estará sujeto a modificaciones, las cuales serán publicadas de la misma forma en la web institucional.

Bagaces, 5 de enero del 2011.—Dr. Juan Carlos Obando Canales, Director Médico a. í.—1 vez.—(IN2011000430).

HOSPITAL LOS CHILES U.E 2402

PROGRAMA DE ADQUISICIONES 2011

De conformidad con lo estipulado en el artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 7 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se informa que el programa anual de compras para el año 2011, se encuentra publicado en la página Web de la Caja Costarricense de Seguro Social. Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr.

Los Chiles, 3 de enero del 2011.—Lic. Miguel Mora Mena, MBA., Director Administrativo Financiero.—1 vez.—(IN2011000432).

GERENCIA MÉDICA

DIRECCIÓN DE FARMACOEPIDEMIOLOGÍA

PROGRAMA DE COMPRAS AÑO 2011

Conforme a lo dispuesto en el artículo N° 7 del Reglamento de Contratación Administrativa, se permite publicar el programa de compras correspondiente al período 2011 de la Dirección de Farmacoepidemiología, Unidad Programática 2942. Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 4 de enero del 2011.—Subárea de Gestión Administrativa y Logística.—Lic. Rocío Pérez Pérez, Jefa.—1 vez.—(IN2011000435).

ÁREA DE SALUD DE ESPARZA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES AÑO 2011

A los interesados en obtener el Programa de Adquisiciones del Área de Salud de Esparza, se les comunica que pueden obtenerlo en la página de la Caja Costarricense de Seguro Social en la dirección electrónica http://www.ccss.sa.cr.

Cualquier duda al respecto favor comunicarse al teléfono 2635-5049 Ext. 222-234-237, con la Sra. Mildred Jaramillo Pérez, Sra. Ericka Zúñiga Beltrán o Sra. Mª de los Ang. Araya Castro, o a los correos electrónicos msjarami@ccss.sa.cr, epzuniga@ccss.sa.cr o maarayac@ccss.sa.cr

Esparza, 4 de enero 2011.—Unidad Gestión Bienes y Servicios.—Ericka Zúñiga Beltrán, Coordinadora a. í.—1 vez.—(IN2011000436).

ÁREA SALUD DE ALFARO RUIZ

PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES AÑO 2011

El Área de Salud Alfaro Ruiz les informa, a todos los interesados que a partir de esta fecha, el Plan Anual de Adquisiciones se encuentra a disposición en la dirección electrónica: www.ccss.sa.cr en el link Contratación y otros Servicios

Zarcero, 5 de enero del 2011.—Dr. Luis Enrique Blanco Rojas, Director Médico.—1 vez.—(IN2011000446).

DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS

DE SALUD CENTRAL SUR

PROGRAMA DE COMPRAS AÑO 2011

Para cumplir con lo establecido en el artículo 6º de la Ley de Contratación Administrativa y artículo 7º de su Reglamento, se informa que el Programa de Compras para el año 2011, correspondiente al Hospital Dr. Roberto Chacón Paut, Áreas de Salud Cartago, El Guarco, y la Dirección Regional de Servicios de Salud Central Sur, se encuentra publicado en la página Web de la Institución en el apartado “Contratación y otros servicios”. Ver detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 7 de enero del 2011.—Dra. Viviana Brenes Solano, Directora Regional a. í.—1 vez.—(IN2011000471).

HOSPITAL DE LA ANEXIÓN

ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

UNIDAD PROGRAMÁTICA 2503

PROGRAMA DE ADQUISICIONES  AÑO 2011

La Subárea de Planificación y Contratación Administrativa, en cumplimiento con el artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 7º de su Reglamento, informa que el Programa Anual de Compras 2011, se encuentra publicado en la página Web de la Caja Costarricense de Seguro Social. Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr.

Nicoya, 6 de enero del 2011.—Subárea de Planificación y Contratación Administrativa.—Bach. Adriana Chávez Hernández, Coordinadora a. í.—1 vez.—(IN2011000472).

REGIÓN HUETAR ATLÁNTICA

ÁREA DE SALUD GUÁPILES

PROGRAMA DE ADQUISICIONES 2011

Se avisa a todo el público en general que el Programa de Adquisiciones 2011 del Área de Salud de Guápiles, se encuentra publicado en la página de la Caja Costarricense de Seguro Social, dirección electrónica: http://www.ccss.sa.cr. Las modificaciones que se realizarán durante el año y estarán publicadas en esta misma dirección.

Guápiles, 3 de enero del 2011.—Lic. Madelin Porras Arguedas, Administradora a. í.—Yadely Angulo Angulo.—1 vez.—(IN2011000479).

CLÍNICA DR. RICARDO MORENO CAÑAS

ÁREA DE SALUD MATA REDONDA HOSPITAL

UNIDAD PROGRAMÁTICA 2311

PROGRAMA DE ADQUISICIONES 2011

Se comunica a todos los potenciales oferentes, que en cumplimiento con lo que establece la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, se informa que el Programa de Adquisiciones del año 2011 se encuentra publicado en la página Web de la Caja Costarricense de Seguro Social. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.

Para mayor información puede comunicarse al telefax: 2222-2729 o al correo electrónico: eacarril@ccss.sa.cr.

San José, 10 de enero del 2011.—Área de Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. Edwin Carrillo Cárcamo, Jefe.—1 vez.—(IN2011000494).

ÁREA DE SALUD AGUAS ZARCAS

PROGRAMA DE ADQUISICIONES 2011

En cumplimiento con la Ley de Contratación Administrativa, se informa que el Programa de Adquisiciones para el período 2011 del Área de Salud Aguas Zarcas, Unidad Ejecutora 2473, se encuentra publicado en la página Web de la Caja Costarricense de Seguro Social. Vea detalles en: www.ccss.sa.cr.

Aguas Zarcas, 6 de enero del 2011.—Lic. Rebeca Solís Murillo, Administradora.—1 vez.—(IN2011000495).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

SISTEMA DE EMERGENCIAS 9-1-1

PROGRAMA DE COMPRAS PARA EL 2011

El Sistema de Emergencias 9-1-1, avisa a los interesados el programa proyectado de compras para ejecutar en el año 2011, el cual será financiado con recursos propios de la Institución.

 

Descripción del bien servicio

Monto estimado

Trimestre de

ejecución

Adquisición de Software y Hardware para Telepresencia en el 9-1-1

¢110.000.000,00

Segundo

Adquisición de la Plataforma de Comunicación mediante radio troncalizado

¢50.000.000,00

Segundo

Aires Acondicionados

¢5.000.000,00

Primero

Cursos y Becas

¢38.000.000,00

Primero

Encuestas

¢30.000.000,00

Primero y Cuarto

Equipo de Cómputo

¢206.250.000,00

Primero

Equipo de Comunicación

¢82.000.000,00

Primero-Tercero

Equipo de Transporte

¢15.000.000,00

Tercero

Equipo y Mobiliario de Oficina

¢63.000.000,00

Primero-Tercero

Equipo y Mobiliario Educacional

¢1.000.000,00

Segundo

Herramientas

¢2.000.000,00

Primero y Segundo

Herramienta Tecnológica de Soporte para Estudio de Riesgos

¢10.000.000,00

Segundo

Juego Simulación de Heridas y Fracturas

¢1.000.000,00

Segundo

Lubricantes

¢1.000.000,00

Tercero

Mantenimiento de Aires Acondicionados

¢4.000.000,00

Primero

Mantenimiento y Reparación de otros equipos

¢10.000.000,00

Primero-Cuarto

Maquinaria y Equipo Diverso

¢3.350.000,00

Primero y Segundo

Materiales de Construcción

¢2.500.000,00

Primero-Cuarto

Materiales de Limpieza

¢1.000.000,00

Tercero

Materiales Eléctricos

¢2.000.000,00

Primero y Cuarto

Mejoras IVR

¢66.000.000,00

Primero

Pantalla Alfanumérica

¢2.000.000,00

Primero

Pines y pruebas psicométricas

¢8.000.000,00

Primero

Plan Interno de Comunicaciones

¢17.000.000,00

Primero

Plantas Eléctricas

¢10.000.000,00

Primero

Productos de Papel y Cartón

¢8.000.000,00

Primero

Publicidad y Propaganda

¢300.000.000,00

Segundo y Tercero

Refuerzo en la estructura del vehículo para comando móvil y escaleras de emergencias

¢15.000.000,00

Primero

Rotativas y luces de emergencia

¢5.000.000,00

Segundo

Servicio de asesoría para la aplicación de las Normas ISO en los despachos del 9-1-1

¢10.000.000,00

Primero

Servicio de atención de tres puestos para monitoreo de calidad

¢18.000.000,00

Primero

Servicio de desarrollo de interfase para la localización georeferenciada

¢7.450.000,00

Primero

Servicio de Elaboración de Carnets y cordones porta carnet

¢2.000.000,00

Primero

Suministros de Oficina

¢8.000.000,00

Primero

Uniformes

¢5.300.000,00

Primero

VSAR

¢2.000.000,00

Primero

San José, 5 de enero del 2011.—Ing. Rodolfo Jugo Romero, Director.—1 vez.—(IN2011000416).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ESPARZA

PLAN DE ADQUISICIONES DE BIENES

Y SERVICIOS PARA EL AÑO 2011

La Municipalidad de Esparza informa que el Plan de Adquisiciones de Bienes y Servicios para el año 2011 puede ser consultado en nuestra página Web www.muniesparza.go.cr. amparados en el artículo 7 del Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa.

Esparza, 3 de enero del 2011.—Lic. Luis Gdo. Espinoza Alfaro, Proveedor Municipal.—1 vez.— (IN2011000307).

MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES

PLAN DE ADQUISICIONES DEL 2011

Se avisa a todos los potenciales oferentes que el Plan de Adquisiciones para el año 2011, se encuentra a disposición de los interesados en la dirección de la página de la Municipalidad de Buenos Aires: www.munibuenosaires.go.cr.

Buenos Aires, 7 de enero del 2011.—Lic. Alban Serrano Siles, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2011000473).

LICITACIONES

SALUD

INSTITUTO COSTARRICENSE DEL

DEPORTE Y LA RECREACIÓN

DIRECCIÓN NACIONAL

CONCURSO: LICITACIÓN PÚBLICA 2010LN-000001-01

Objeto de contrato: Servicio de alimentación etapa final XXXI

edición de los Juegos Deportivos Nacionales San José 2011

El Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación le invitan a participar en este concurso. Para tal efecto se recibirán ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 15 de febrero del año 2011 en la Sala de Sesiones del Consejo Nacional del Deporte y la Recreación, ubicada en las instalaciones del Gimnasio Nacional, Sabana Este. Los interesados podrán retirar el cartel en la Proveeduría Institucional cancelando ¢2.000,00 colones en la Tesorería Institucional en horario de 8:00 a. m a 12:00 m. d y de 1:00 p. m hasta las 3:00 p. m. Se realizará visita técnica a cargo de la Lic. Alejandra Valverde Brenes al ser las 10:00 horas del 24 de enero del 2011, en la Sala de Sesiones del Consejo Nacional del Deporte y la Recreación.

San José, 12 de enero del 2011.—Lic. Eduardo Alonso Ramírez Brenes, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2011001787).

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000002-01

Adquisición de la plataforma de switching

para las oficinas centrales del BCR

El Banco de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito hasta las diez horas con treinta minutos (10:30 a. m.) del 8 de febrero del 2011, para la contratación en referencia.

Los interesados pueden retirar el cartel de licitación que incluye las especificaciones y condiciones generales en la Oficina de Compras y Pagos, ubicada en el tercer piso del edificio Oficina Central.

Oficina de Compras y Pagos.—Francis Hernández M., Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 60598.—Solicitud Nº 43554.—C-10740.—(IN2011001862).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN ABREVIADA 2011LA-000013-1142

Venda de compresión tipo kling estéril

Se informa a los interesados que está disponible el cartel de la Licitación Abreviada 2011LA-000013-1142, para la adquisición de:

Ítem único: 255000 UD máxima venda de compresión tipo Kling Estéril.

Apertura de ofertas: 12:30 horas del día 08 de febrero del 2011. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 13 de febrero del 2011.—Subárea de Carteles.—Argentina Araya Jara, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 44516.—C-13425.—(IN2011001864).

CONCURSO 2011LN-000001-1142

3.900.000 unidades máximo de mascarilla

quirúrgica descartable

Se informa a los interesados que está disponible en la fotocopiadora del piso comercial, edificio Anexo CCSS el cartel de la Licitación Pública 2011LN-000001-1142, para la adquisición de:

Ítem único: 3.900.000 unidades máximo de mascarilla quirúrgica descartable.

Apertura de ofertas para el día 10 de febrero del 2011 a las 12:00 horas. Vea detalles y mayor información en la Página Web http://www.ccss.sa.cr.

San José, 13 de enero del 2011.—Subárea de Carteles.—Argentina Araya Jara, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 44515.—C-13425.—(IN2011001865).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000001-01

Reparación del albergue Casa Hogar Tía Tere

El Patronato Nacional de la Infancia, cédula jurídica 3-007-042039-35, a través del Departamento de Suministros, Bienes y Servicios, sita de la Casa de Matute Gómez 300 metros al sur, Barrio Luján invita a participar en la Licitación Abreviada Nº 2011LA-000001-01 “Reparación de albergue Casa Hogar Tía Tere”.

El cartel con los requisitos y detalles de la licitación podrá ser retirado de lunes a viernes de 7:30 a. m. a 4:00 p. m. en el Departamento de Suministros, Bienes y Servicios.

Las ofertas serán recibidas hasta las 09:00 horas del día 15 de febrero del 2011, inmediatamente se procederá con la apertura.

San José, 13 de enero del 2011.—Departamento de Suministros, Bienes y Servicios.—Lic. Guiselle Zúñiga Coto, Coordinadora.—1 vez.—(IN2011001849).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE EL GUARCO

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000001-PROV

Servicios de bacheo y recarpeteo calle costado norte de la

Escuela Ricardo Jiménez Oreamuno, distrito de El Tejar

La Municipalidad de El Guarco, ubicada a un costado del Parque de la Ciudad de El Tejar de este cantón, invita a todos los interesados a participar en este proceso licitatorio a presentar su oferta. La apertura de las mismas será el 27 de enero de 2011 a las 09:00 horas en el Salón de Sesiones de esta Municipalidad. El cartel respectivo se puede adquirir gratuitamente en la Proveeduría Municipal, descargarlo en el sitio Web www.mguarco.com en formato Adobe Acrobat o solicitarlo al correo electrónico jose.gonzalez@mguarco.com.

Lic. José Ml. González Molina, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2011001768).

MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO DE HEREDIA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000001-01

Compra de dos camiones para recolección

de desechos sólidos reconstruidos

La Proveeduría de la Municipalidad de Santo Domingo de Heredia, avisa a los interesados que recibirá ofertas hasta las 10:00 del día 10 de febrero del 2011, en la Proveeduría de este Municipio.

El cartel, puede ser retirado en la Proveeduría Municipal ubicada al costado noroeste del parque central de Santo Domingo, edificio azul con blanco, esquinero al costo de 1.000,00 (Mil colones exactos) o en la página Web www.munisantodomingo.go.cr.

Santo Domingo, 12 de enero del 2011.—Proveeduría.—Rocío Alfaro Salazar, Proveedora.—1 vez.—(IN2011001784).

ADJUDICACIONES

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000063-PCAD

Contratación de servicios de confección, impresión, empaque,

etiquetado y distribución de los estados de cuentas

de ahorro obligatorio

El Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal hace del conocimiento de los interesados en la Licitación Abreviada Nº 2010LA-000063-PCAD que la Comisión de Licitaciones Abreviadas, mediante Acta Nº 230-2010 del 10 de enero del 2011, resolvió declarar infructuosa la presente licitación.

Demás condiciones y requisitos según lo plantea el Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular en su informe de Infructuosidad Nº 252-2010.

San José, 12 de enero del 2011.—Subproceso de Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2011001766).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS

DEL PACÍFICO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2010LN-000003-01

Reconstrucción y mantenimiento Balneario de Puntarenas

La Junta Directiva de esta Institución, mediante Acuerdo Nº 2 firme, tomado en la sesión Nº 3685, celebrada el 12 de enero del año en curso, dispuso adjudicar la Licitación Pública Nº 2010LN-000003-01, por la “Reconstrucción y mantenimiento Balneario de Puntarenas”, a la oferta presentada por la Constructora Navarro y Avilés S. A., por un monto de ¢ 1.511.400.000,00 (mil quinientos once millones cuatrocientos mil colones exactos) y un plazo de entrega de 240 días calendario, conforme al oficio Nº G.G.C.018-2011 del 6 de enero del 2011, de la Gerencia General y al acta Nº 001-11 de la Comisión de Contratación Administrativa del 6 de enero del 2011, acuerdo firme.

Lic. Juan Ariel Madrigal Porras, Proveedor General.—1 vez.—O. C. Nº 25658.—Solicitud Nº 23046.—C-13425.—(IN2011001842).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL SAN VICENTE DE PAÚL

SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2010LN-000010-2208

Suministro de abarrotes

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital San Vicente de Paúl, comunica a los señores proveedores, el resultado del concurso de la Licitación Pública Nacional Nº 2010LN-000010-2208 por: “Suministro de abarrotes” la cual se declara infructuosa según Acta Nº 01-11 oficio HSVP-DG-0073-2011 de fecha 07 de enero 2011 suscrita por el Dr. Johnny Alfaro Morales, visto a folio 2011-155.

Heredia, 11 de enero de 2011.—Dirección Administrativa.—MSc. Óscar Montero Sánchez.—1 vez.—(IN20110001529).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA000004-01

Adquisición de un retroexcavador 4x4

con balde y extensión 2011

El Concejo Municipal en sesión ordinaria 20-10 celebrada el día 13 de diciembre del 2010, artículo 25 aprueba dictamen N.213-2010 de la Comisión de Gobierno y Administración donde adjudica la presente Licitación a la empresa ADITEC JBC S. A.

————

LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA-000006-01

Adquisición de vehículo modelo 2011 para

la Municipalidad de Goicoechea

El Concejo Municipal, en sesión ordinaria 49-10 celebrada el 6 de diciembre del 2010, artículo 15, aprueban dictamen N. 211-2010 de la Comisión de Gobierno y Administración donde adjudica la presente Licitación a la empresa Purdy Motor S. A.

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LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA-000009-01

Adquisición de cámara retiniana amidriatica para el

Área de Salud de Goicoechea

El Concejo Municipal, en sesión ordinaria 52-10 celebrada el 22 de diciembre del 2010, artículo 7, aprueban dictamen N. 234-2010 de la Comisión de Gobierno y Administración donde adjudica la presente Licitación a la empresa Lentes de Costa Rica S. A.

————

LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA-000005-01

Iluminación plaza y pista de deportes Los Cuadros

El Concejo Municipal, en sesión ordinaria 50-10 celebrada el 13 de diciembre del 2010, artículo 25 aprueban dictamen N. 215 -2010 de la Comisión de Gobierno y Administración donde adjudica la presente Licitación a la empresa Laboratorio Electrónico del Valle S. A.

Lic. Gustavo Duarte Marchena, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2011001840).

REMATES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MONSEÑOR SANABRIA

A los interesados en participar en el remate de “Aproximadamente 15 toneladas o más de desechos (materiales metálicos)”, se les comunica que el precio base es de ¢70,00 (Setenta colones) por kilo y que podrán ser examinados el día 02 de febrero 2011 de 7:00 a. m a las 3:00 p. m. Con el Lic. Albín Rosales Oses, Gestor Ambiental del hospital dicho remate se realizará el día 11 de febrero 2011 a las 9:00 a. m en el Hospital Monseñor Sanabria (Lado sur este), Puntarenas.

Puntarenas, 10 de enero del 2011.—Subárea de Contratación Administrativa.—Francisco A. Jaén Vargas.—1 vez.—(IN2011001523).

INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORÍA MUNICIPAL

REMATE Nº 01-2011

14  vehículos

1º—El Instituto de Fomento y Asesoría Municipal IFAM,  comunica que el 02 de febrero de 2011 a las 10:00 horas en la Sala de Capacitación Leonardo Amador de las oficinas centrales del IFAM, ubicadas en la Urbanización Los Colegios Moravia en edificio IFAM, avenida 6, calle 39 a, número 80, San José Moravia, San  Vicente (De las antiguas instalaciones del Colegio Lincoln 200 Oeste, 100 Sur y 200 Oeste), se realizará el remate de 14 vehículos propiedad del IFAM.

2º—El precio base de cada vehículo es el establecido en el avalúo AV-ADM. No. 275-2010 realizado por el Área de Valoraciones Administrativas de la Dirección General de la Tributación Directa.

3º—Previo al remate los interesados podrán ver los bienes a rematar a partir de la fecha de publicación en La Gaceta,  en el horario de 9:00 a las 15:00 horas hasta el 28 de enero de 2011, en el parqueo de empleados del IFAM, para ello deberá coordinarse cita con el Lic. Luis Romero Barquero al teléfono 2507-1108.

4º—El adjudicatario deberá cancelar en concepto de garantía de cumplimiento, el equivalente al 10% del monto del avalúo de cada uno de los bienes adjudicados.  Para cancelar el monto de los bienes adquiridos, el adjudicatario dispondrá  de tres días hábiles siguientes a la fecha de adjudicación.  Posteriormente al pago se formalizará en escritura pública.

5º—Una vez confeccionada la escritura pública, el adjudicatario se deberá retirar los vehículos adquiridos, en un período no mayor de 5 días hábiles contados a partir de la entrega de la escritura, en un horario de 8:00 a las 15:00 horas.

6º—Si el adjudicatario no efectuara la cancelación total del precio, la Administración declarará de inmediato insubsistente la adjudicación y perseguirá el incumplimiento por los daños y perjuicios irrogados y demás responsabilidades en que hubiere incurrido, sin perjuicio de la pérdida de la garantía de cumplimiento indicada, a favor de la Administración.

7º—En el momento de constatarse la falta de cancelación, se adjudicará el bien al segundo mejor postor, si este manifiesta su anuencia, y se le conferirá un plazo de tres días hábiles para que cancele la totalidad del precio.

8º—Concluido el remate, se suscribirá un acta dando fe de los bienes rematados, de los adjudicados, del precio respectivo, del nombre, número de cédula de identidad y demás datos de los adjudicatarios y de las incidencias relevantes del acto.

9º—Cualquier condición no contemplada en la presente publicación, se regirá de conformidad con las disposiciones pertinentes que señala la Ley de Contratación Administrativa y su reglamento.

10.—Para cualquier información adicional, dirigirse a la Sección de Proveeduría del IFAM, Tel. 2507-1110.

ANEXO Nº 1

AVALÚO ADMINISTRATIVO AV-ADM. Nº 275-2010

DETALLE DE 14 VEHÍCULOS

 

Placa

Marca

Estilo

Año

Tipo

 Motor

Chasis

Capacidad

Situación Tributaria

Avaluo (en colones costarricenses)

Observaciones

59-194

TOYOTA

COROLLA

1987

SEDAN 4 puertas

2E-0810295

EE80-0206237

5 personas

Debe derechos de aduana

450,000.00

Presenta raspones leves. Estado general de vehículo normal - regular

59-195

TOYOTA

LAND CRUISER

1987

Rural

3E-0819511

BJ70-0006693

7 personas

Debe derechos de aduana

650,000.00

Presenta raspones leves. El motor está malo y desarmado.  Tiene dos años de estar fuera de uso.  Estado general del vehículo malo.

59-196

TOYOTA

LAND CRUISER

1987

Rural

3B-0830755

BJ70-0007055

7 personas

Debe derechos de aduana

450,000.00

Presenta raspones leves. El motor está malo y desarmado.  Tiene dos años de estar fuera de uso.  Estado general del vehículo malo.

59-200

TOYOTA

LAND CRUISER

1987

Rural

3B-0836053

BJ70-0007215

7 personas

Debe derechos de aduana

1,350,000.00

Presenta raspones leves. Estado general del vehículo normal.

59-201

TOYOTA

LAND CRUISER

1987

Rural

3B-0834978

BJ70-0007165

7 personas

Debe derechos de aduana

1,350,000.00

Presenta puntos de corrosión. Estado general del vehículo normal.

59-202

TOYOTA

COROLLA

1987

SEDAN 4 puertas

2E0785187

EE800201951

5 personas

Debe derechos de aduana

550,000.00

Estado general del vehículo normal.

59-203

TOYOTA

LAND CRUISER

1987

Rural

3B0835684

BJ70-0007201

7 personas

Debe derechos de aduana

1,350,000.00

Presenta raspones leves  y puntos de corrosión. Estado general del vehículo normal.

59-205

TOYOTA

HILUX

1987

CAM PU

2L1403352

LN560092662

5 personas

Debe derechos de aduana

250,000.00

Presenta raspones leves  y puntos de corrosión. Estado general del vehículo regular – malo.

59-207

TOYOTA

COROLLA

1987

SEDAN 4 puertas

2E0746442

EE800192689

5 personas

Debe derechos de aduana

550,000.00

Presenta raspones leves. Estado general de vehículo normal.

59-217

ISUZU

TROOPER

1991

Rural

435234

JACUBS55CL7

5 personas

Debe derechos de aduana

1,400,000.00

Presenta raspones leves. Estado general de vehículo normal.

790359

LAND ROVER

FREELANDER

2000

FAMILIAR

18K4FJ799602

SALLNABA8Y

5 personas

Pago derechos de aduana

6,750,000.00

Estado general de vehículo normal

59-235

TOYOTA

HILUX

1999

CAM PU

3L4732568

LN1660025628

6 personas

Pago derechos de aduana

1,500,000.00

Chocado hace dos años. Sin parabrisas. Tiene golpe al costado derecho. Golpe al costado izquierdo. Desmantelado. Estado general del vehículo malo.

59-215

NISSAN

URVAN

1990

MICROBUS

TD25068767

WJGE2400074

15 personas

Debe derechos de aduana

800,000.00

Presenta raspones leves. Estado general del vehículo normal.

59-232

TOYOTA

COROLLA

1993

SEDAN 4 puertas

2E2541700

EL4000195597

5 personas

Debe derechos de aduana

1,450,000.00

Estado general de vehículo normal.

 

NOTA:              De acuerdo con oficio DAI-004-SSG-002-11, remitido por el Lic. Luis Romero Barquero, Jefe de la Sección de Servicios Generales del IFAM, para los vehículos que deben derechos de aduana, los porcentajes por ese concepto dependen del año de fabricación del vehículo, el cual debe pagarse sobre el monto que resulte mayor entre el valor de la factura (o adquisición) y el valor que establece el Ministerio de hacienda, los porcentajes son los siguientes: Del año 2008 al 2011 un 53%; del año 2006 al 2007 un 64% y anteriores al año 2006 un 80%.

Moravia, 4 de enero 2011.—Dirección Ejecutiva.—Dionisio Miranda Rodríguez, Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2011000335).

FE DE ERRATAS

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA-000055-PROV

(Modificaciones y/o aclaraciones Nº 1 y prorroga Nº 1)

Contratación mantenimiento preventivo y correctivo

de U.P.S. de los Tribunales de Justicia de Liberia

El Departamento de Proveeduría informa a todos los potenciales proveedores interesados a participar en el procedimiento indicado, que existen aclaraciones y/o modificaciones al cartel, las mismas estarán disponibles a partir de esta publicación y podrán ser requeridas en el Proceso de Adquisiciones del Departamento de Proveeduría; sita en el 3º piso del edificio Anexo B, ubicado en la esquina formada entre calle 15 avenida 6, San José; o bien, obtenerlos a través de Internet, en la dirección http://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria, o solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la siguiente dirección: rchavcesc@poder-judicial.go.cr.

La fecha de apertura se prorroga para el 24 de enero de 2011, a las 10: 00 horas.

San José, 13 de enero del 2011.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa, Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—(IN2011001518).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2010LN-000033-PROV

(Modificación I)

Compra de licencias para uso del proyecto

Plataforma de Información Policial

El Departamento de Proveeduría informa que al cartel de la licitación de referencia se le hace la siguiente modificación:

En el aparte objeto contractual. Líneas 1, 2 y 3 donde dice: “Debe incluir dos años de Software Assurance Pack Open Value”, debe leerse correctamente:

Debe incluir dos años de Software Assurance Pack Open Business.

El vencimiento para la recepción de oferta se mantiene igual.

Las demás especificaciones técnicas permanecen invariables.

San José, 13 de enero de 2011.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa, Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—(IN2011001854).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2010LN-000019-01

(Prórroga Nº 1)

Remodelación edificio de la Agencia de la Uruca

Se comunica a los interesados en la Licitación Pública Nº 2010LN-000019-01.

Fecha y lugar de apertura. Todas las ofertas deberán entregarse en la Proveeduría de Casa Matriz del Banco, situada en La Uruca, a más tardar a las diez (10:00) horas, según el reloj ubicado en este despacho, del 16 de febrero del 2011, momento en el cual serán abiertas en presencia de los interesados que deseen asistir.

Las demás condiciones del cartel permanecen invariables.

La Uruca, San José, 18 de enero del 2011.—Proveeduría General.—Lic. Luis Valverde Jiménez, Jefe de Apoyo Técnico.—1 vez.—O. C. Nº 001-2011.—Solicitud Nº 0068.—C-13425.—(IN2011001900).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA

LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA-000037-2101

Compra de servicios por mantenimiento preventivo

y correctivo para red de gases médicos

de edificios Torre Norte y Norte Sur

Se informa a los interesados en participar en la Licitación Abreviada 2010LA-000037-2101, “Compra de servicios por mantenimiento preventivo y correctivo para red de gases médicos de edificios Torre Norte y Norte Sur”, que se realizan modificaciones, aclaraciones, al cartel de compra, mismas que podrá ser obtenido en la Administración del hospital, sin costo alguno.

Así mismo se les recuerda que se mantiene la fecha de recepción de ofertas misma que está programada para el 21 de enero de 2011 a las 10:00 a. m.

Todas las demás condiciones permanecen invariables.

San José, 12 de enero del 2011.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós, Coordinador.—1 vez.—(IN2011001880).

LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA-000035-2101

Compra de reactivos para la determinación

de drogas terapéuticas y de abuso

Se informa a los interesados en participar en la Licitación Abreviada 2010LA-000035-2101, “Compra de reactivos para la determinación de drogas terapéuticas y de abuso”, que se realizan modificaciones, aclaraciones al cartel de compra, mismas que podrá ser obtenido en la Administración del hospital, sin costo alguno.

Las demás condiciones del cartel permanecen invariables.

Además se comunica que se amplía el plazo para recibir ofertas, el cual estaba fijado para el día 21 de enero de 2011 a las 09:00 a. m., quedando para el 28 de enero de 2011 a las 09:00 a. m.

San José, 13 de enero del 2011.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2011001878).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ

PROCESO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000003-01

Construcción de alcantarillado pluvial en calle

Pedrero Intersección Heidy (Ley N° 8114)

Según lo indicado por el Proceso Infraestructura y Obras Comunales se procede a realizar las siguientes aclaraciones y modificaciones al pliego de condiciones:

1.  Con respecto al punto Nº 4.1.1 del pliego de condiciones, se debe utilizar la tubería de concreto reforzado Tipo C-III ya que en el sitio se va a realizar la construcción de alcantarillado pluvial, existe una alta posibilidad de encontrar presencia de rocas de gran tamaño y además la tubería se tiene que colocar a poca profundidad, de manera que al quedar la misma muy superficial, las cargas vehiculares afectarán de forma más directa a todo el futuro alcantarillado, razón por la cual se necesita colocar tubería reforzada en todo el tramo a construir.

2.  Con respecto al punto Nº 4.3.4 del pliego de condiciones se aclara que el refuerzo indicado en dicho punto también debe contemplarse para las paredes de las mismas (con varilla Nº 4 cada 0.10 metros).

3.  Con respecto al punto Nº 6.1 del pliego de condiciones debe leerse de la siguiente manera: “La Administración no aceptará la presentación de ofertas en conjunto para contratar los servicios de Construcción de Alcantarillado Pluvial en Calle Pedrero Intersección Heidy (Ley Nº 8114)”.

4.  Además, se amplia el plazo para recepción de ofertas hasta el día viernes 21 de enero de dos mil once. Lo anterior, según lo indicado en el artículo Nº 60 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

5.  Todas las demás condiciones permanecen invariables.

Proveeduría.—Cira Castro Myrie.—1 vez.—O. C. Nº 32294.—Solicitud Nº 35009.—C-22375.—(IN2011001524).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000083-02

(Prorroga Nº 2)

Contratación de los servicios de limpieza en los planteles

El Alto, Siquirres, Barranca, La Garita y Turrialba

Les comunicamos a los interesados en participar en el concurso en referencia, que la fecha de apertura y recepción de ofertas se prorrogó para el día 14 de febrero del 2011 a las 10:00 horas.

La visita al sitio para explicar los alcances técnicos y demás aspectos relevantes de este concurso se llevará a cabo el día 25 de enero del 2011 iniciando el recorrido a las 08:00 horas en el Plantel La Garita, posteriormente se hará la visita al Plantel Barranca. El día 26 de enero del 2011 se iniciará el recorrido a las 8:00 horas en el Plantel El Alto posteriormente se hará la visita al Plantel Turrialba y por último se visitará las instalaciones del Plantel Siquirres.

Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales.—1 vez.—O. C. Nº 2011-0040.—Solicitud Nº 39452.—C-16110.—(IN2011001872).

REGLAMENTOS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ

Acuerdo tomado por el Concejo Municipal de Pococí en sesión N° 30 ordinaria del 26-04-2010, dice:

Acta N° 30              Artículo III             Acuerdo N° 794

REGLAMENTO DEL COMITÉ CANTONAL

DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE POCOCÍ

El Concejo Municipal de la Municipalidad de Pococí, conforme a las potestades conferidas por los artículos 4 inciso a) y 13 inciso c) del Código Municipal, Ley número 7794 y el artículo 170 de la Constitución Política, acuerda emitir el siguiente:

REGLAMENTO PARA LA ORGANIZACIÓN,

FUNCIONAMIENTO Y ELECCIÓN DEL COMITÉ

CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE POCOCÍ

Considerando:

1º—Que el artículo 170 de la Constitución Política, así como el artículo 4º, 13 inciso c) y 169 Del Código Municipal reconocen la autonomía política, administrativa y financiera de las municipalidades y la facultad de dictar un Reglamento que regule lo concerniente al funcionamiento de los Comités Cantonales de Deportes y Recreación, así como la administración de las instalaciones deportes municipales.

2º—Que la Municipalidad de Pococí, a través del Comité Cantonal debe velar por la investigación, formulación, e implementación de programas deportivos y recreativos, así como la verificación del cumplimiento de los objetivos en materia deportiva y recreativa, como factor determinante para el desarrollo integral de la ciudadanía  en general de Pococí.

3º—Que la familia es parte fundamental de este proceso y su participación debe darse para beneficio integral de todas las personas menores de edad, las personas jóvenes y adultas (hombres y mujeres), así como la población adulta mayor.

4º—Que el deporte y la recreación como parte del proceso de desarrollo pleno de la población en general, incentiva una sociedad más disciplinada, solidaria, saludable, competitiva y dinámica.

5º—Que el Comité Cantonal de Deportes y Recreación y las organizaciones deportivas buscan el desarrollo de una cultura orientada a la recreación, como también a identificar personas con condiciones especiales para el desarrollo del deporte competitivo con el fin de buscar su máximo potencial y crecimiento.

6º—Que ante la legislación vigente, tal como el Código Municipal (Ley Nº 7794 del 18 de mayo de 1998), resulta necesario adecuar la disposiciones reglamentarias que regulan la organización y funcionamiento del Comité Cantonal de Deportes y Recreación,  a las nuevas exigencias legales.

7º—Que en igual sentido en los últimos años se han emitido una serie de dictámenes por parte de la Procuraduría General de la República, la cual constituye jurisprudencia administrativa que debe ser tomada en cuenta por parte del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pococí.

8º—Que en consecuencia, el Concejo Municipal de Pococí inspirado en los fundamentos que anteceden, emite el presente Reglamento de Organización y Funcionamiento del Comité Cantonal de Deportes y Recreación del Cantón de Pococí.

CAPÍTULO I

Definiciones

Artículo 1º—Para la aplicación del presente Reglamento y la interpretación del mismo, se entiende por:

a)  Municipalidad: Municipalidad del Cantón de Pococí.

b)  Icoder: Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación.

c)  Comité Cantonal: Comité Cantonal de Deportes y Recreación del cantón de Pococí.

d)  Comité Comunal: Comité Comunal de Deportes y Recreación nombrado en asamblea general, convocada por el Comité Cantonal en cada uno de los seis distritos del Cantón de Pococí

e)  Comisiones: Conjunto de al menos tres personas que atienden una actividad específica a juicio del Comité Cantonal, tales como Instalaciones Deportivas, Juegos Nacionales, Juegos Escolares, Médica, Adulto Mayor, etc. sin perjuicio que se instalen otras a criterio del mencionado Comité Cantonal.

f)   Atleta: Persona que practica algún deporte.

g)  Entrenador(a): Persona con conocimiento técnico en determinado deporte, encargada(o) de dirigir atletas o equipos.

h)  Equipo: Conjunto de personas que practican o ejecutan una misma disciplina deportiva.

i)   Delegada(o): Representante del Comité Cantonal con atribuciones en aspectos competitivos y disciplinarios según las disposiciones aplicables al efecto.

j)   Asociación Deportiva: Ente debidamente constituido encargado de promover, facilitar, ejecutar y controlar todo lo relacionado con su disciplina en el cantón, en estrecha coordinación con el Comité Cantonal, al que estará adscrito.

k)  Junta Directiva: Junta Directiva del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pococí.

CAPÍTULO II

De la constitución y naturaleza jurídica

Artículo 2º—El Comité Cantonal es el órgano adscrito a la Municipalidad, el cual goza de personalidad jurídica instrumental para construir, administrar y mantener las instalaciones deportivas de su propiedad u otorgadas en administración o por convenio personería de la cual dará fe la Secretaria Municipal mediante la certificación respectiva.

Asimismo se tiene por cubierta con la mencionada personería jurídica instrumental la totalidad de programas deportivos y recreativos desarrollados por el Comité Cantonal.

En ese sentido se constituye como el órgano superior encargado en el cantón de Pococí, de la atención, vigilancia de la actividad deportiva en todos sus aspectos, como también de la promoción recreativa integral.

Artículo 3º—El domicilio legal del Comité Cantonal será el Distrito Central (Guápiles), pudiendo variarse para casos excepcionales la sede en forma temporal previo acuerdo tomado por mayoría de dos terceras partes de los miembros de la Junta Directiva. Además deberá operar en el local que la Municipalidad le facilite de acuerdo al artículo 170 del Código Municipal.

Artículo 4º—El Comité Cantonal en ejercicio de sus funciones y para el desempeño de las gestiones que deba efectuar, actuará de conformidad con las facultades que la Ley  y este Reglamento le señalen. Cada miembro desempeñará sus funciones de conformidad con las disposiciones de esa normativa y será responsable de cualquier actuación contraria a la misma.

CAPÍTULO III

De la organización

Artículo 5º—El Comité Cantonal está constituido por la estructura que enseguida se detalla:

a)  Una Junta Directiva.

b)  Estructura Administrativa.

c)  Las Comisiones que estime convenientes.

d)  Los Comités Comunales.

e)  Las Asociaciones Deportivas y Recreativas.

Artículo 6º—El Concejo Municipal autorizará el plan de desarrollo del Comité Cantonal de Deporte,  en materia deportiva y recreativa, como también el respectivo Presupuesto Ordinario, Extraordinario, planes anuales operativos y las modificaciones propuestas por el Comité Cantonal, que estarán reguladas con el reglamento interno de la Municipalidad de Pococí para las variaciones económicas las cuales deberán cumplir con los lineamientos emitidos por la Contraloría General de la República.

Artículo 7º—Al tenor de lo dispuesto por los artículos 58, 167 del Código Municipal, están inhibidos para integrar el Comité Cantonal y Comité Comunal:

a)  Los y las Concejales, los y las síndicos.

b)  Quien tenga el cargo de  Alcalde, o alcaldesa, así como los Suplentes o Vicealcalde (sa).

c)  Las personas encargadas de los departamentos de Tesorería,  Auditoría y Contabilidad Municipal. En los casos antes dichos tampoco podrán integrar tales organismos sus cónyuges o parientes en línea directa o colateral hasta tercer grado inclusive.

Artículo 8º—Las Asociaciones Deportivas y Comisiones establecidas podrán entregar al Comité Cantonal en la primera semana del mes de Junio de cada año, los planes de trabajo para el año inmediato posterior, los cuales, serán sujetos de revisión por parte del Comité Cantonal, el que ejercerá los controles debidos para su ejecución. Igualmente deberán entregar informes trimestrales de labores y de ingresos y egresos al Comité Cantonal

CAPÍTULO IV

Del comité cantonal de deportes y la junta directiva

y procedimientos de elección

Artículo 9º—El Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pococí estará integrado por cinco miembros residentes en el cantón, nombrados para tal efecto con al menos quince días hábiles de antelación al vencimiento del período de junta directiva saliente, de la siguiente forma “ver artículos 165 y 168 del Código Municipal”:

a)  Dos miembros de nombramiento del Concejo Municipal.

b)  Dos miembros de las organizaciones deportivas y recreativas del cantón.

c)  Un miembro de las organizaciones comunales restantes, la que convoca es la Unión Cantonal a la Asamblea para elegir sus representantes.

El proceso de nombramiento del comité se inicia el primer día del mes de mayo y será instalado la segunda quincena de junio de cada período y hasta por dos años. Los miembros a que se refiere el inciso a) serán de nombramiento directo del Concejo Municipal, el Concejo Municipal solicitará a las personas interesadas a formar parte de dicho Comité presentar su currículum en la Secretaria del Concejo Municipal con al menos quince días de antelación al nombramiento, el cual será analizado por el Concejo Municipal para su escogencia, se publicará en el periódico oficial la convocatoria a los interesados.

El Concejo Municipal debe verificar que se cumpla con los siguientes requisitos:

    Residir permanentemente en el cantón.

    Ser costarricense.

    Ser mayor de edad.

    Tener disponibilidad para  el ejercicio de sus funciones.

    Conocimientos básicos en el área de la organización aplicada al deporte, cultura y recreación.

    No desempeñar el cargo como concejales, en la alcaldía, en propiedad o suplencia, en la tesorería, auditoría, contaduría ver artículos 58, 167 del Código Municipal.

    Ser persona de reconocida solvencia moral.

Los miembros del inciso b) serán elegidos por asamblea convocada por el Comité Cantonal de Deportes para tal efecto, para tal fin este estará obligado a realizar la convocatoria con ocho días hábiles previos a la mencionada Asamblea. Tal asamblea la conformaran las Asociaciones Deportivas con personería jurídica vigente, y adscritas al citado Comité Cantonal, mínimo treinta días naturales previos a la fecha del citado vencimiento, teniendo derecho a voto un representante por cada Asociación, debidamente acreditados. Tal designación se realizará por la mayoría simple de los presentes.

El miembro del inciso c) será elegido por Asamblea convocada por el Comité Cantonal de Deportes, según el procedimiento establecido para los representantes del inciso b) anterior, y para tal fin la asamblea será conformada por las organizaciones comunales debidamente inscritas y vigentes en el Registro de Asociaciones Deportivas o Recreativas del Comité y del Registro Público Nacional, que tengan su domicilio en el cantón de Pococí.

Artículo 10.—La Junta Directiva del Comité Cantonal, es la máxima autoridad de este organismo y es la encargada de su gobierno y dirección. Estará integrada por los cinco miembros que conforman el Comité Cantonal, quienes nombrarán entre su seno un Presidente, un Vicepresidente, un Tesorero, un Secretario de Actas y un Vocal, estos regirán hasta por dos años, una vez juramentados por el Concejo Municipal.

Artículo 11.—Los miembros de la Junta Directiva durarán en sus cargos dos años y podrán ser reelectos y no devengarán dieta.

CAPÍTULO V

De las funciones

Artículo 12.—Son funciones de la Junta Directiva, las que se detallan a continuación:

a)  Proponer las prioridades de desarrollo del cantón en materia deportiva y recreativa.

b)  Establecer y mantener actualizadas su estructura administrativa.

c)  Fijar las estrategias y políticas generales de acción.

d) Elaborar y proponer a la Municipalidad los planes anuales y sus ajustes en concordancia con los planteamientos estratégicos en materia deportiva y recreativa, así como los presupuestos ordinarios y extraordinarios y sus modificaciones.

e)  Celebrar convenios entre instituciones, privadas, públicas, autónomas, semiautónomas, personas físicas y jurídicas para el desarrollo y crecimiento de los programas y proyectos contemplados en los presupuestos ordinarios y extraordinarios, dichos convenios deberán de celebrarse en beneficio del Comité Cantonal de Deportes y de la población en general del Cantón de Pococí. Lo cual deberá comunicarlo al Concejo Municipal.

f)   Comprometer los fondos y autorizar los egresos referentes a los procesos de contratación que de acuerdo al reglamento interno exceden la responsabilidad del administrador general.

g)  Elegir y juramentar a los miembros de las Comisiones, así como asesorarlos en materia de su competencia.

h)  Autorizar la construcción de infraestructura deportiva, en coordinación con la Comisión de Instalaciones Deportivas cuando así se requiera, para lo cual se debe observar lo establecido en la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento General.

i)   Evaluar el desarrollo de los programas deportivos y recreativos a nivel cantonal o nacional, cuando corresponda.

j)   Divulgar e informar sobre el desarrollo de sus actividades periódicamente que hayan sido previamente aprobadas por la Municipalidad, en al menos un periódico local.

k)  Preparar un informe trimestral de labores y presentarlo al Concejo Municipal para su aprobación, a más tardar el último día hábil de los meses de abril, julio, octubre y enero de cada año.

l)   Rendir ante el Concejo Municipal informes semestrales de ingresos y egresos de los recursos que le fueran asignados y de aquellos que se recibieron por otras fuentes de ingreso. El informe del segundo semestre deberá ser acompañado por la liquidación presupuestaria del año, el cual deberá ser preparado por un contador autorizado.

m) Nombrar en comisión dentro y fuera del país a atletas dirigentes, funcionarios del Comité de Deportes o directivos del comité cantonal de deportes la cual será regulada por la tabla de viáticos de la Contraloría General de la República.

n)  Y cualquier otra, propia de su competencia de acuerdo al principio de legalidad.

ñ)  Y las atribuciones que nuestro ordenamiento jurídico y reglamentos permita para su buen funcionamiento.

o)  Acatar las indicaciones de la Contraloría General de la República como de la Auditoría Interna de la Municipalidad.

Artículo 13.—Los miembros de la Junta Directiva no podrán:

a)  Celebrar contratos, ni convenios con el Comité Cantonal.

b)  Intervenir en la discusión y votación de los asuntos en que tengan interés directo a nivel personal, de su cónyuge, o alguno de sus parientes hasta el tercer grado de consanguinidad o de afinidad

c)  Ver artículo 31 del Código Municipal.

Artículo 14.—Presidencia. Son funciones de la Presidencia, las que se detallan a continuación:

a)  Preparar el orden del día para las sesiones.

b)  Presidir las sesiones de Junta Directiva.

c)  Firmar junto con la Secretaría las actas del Comité y las actas de las sesiones de Junta Directiva.

d)  Convocar a las sesiones extraordinarias, conforme con las disposiciones de este Reglamento.

e)  Representar en aquellos eventos deportivos nacionales e internacionales al Comité Cantonal.

f)   Velar por el cumplimiento de las obligaciones y objetivos del Comité Cantonal.

g)  Suscribir los contratos y/o convenios que celebre el Comité Cantonal.

h)  Firmar conjuntamente con el Tesorero y Presidencia, los cheques contra las cuentas bancarias del Comité Cantonal.

Artículo 15.—Vicepresidencia. Son funciones del o la Vicepresidenta, las que se detallan enseguida:

a)  Sustituir a  el o la Presidenta en ausencia de éste, con los mismos deberes y obligaciones.

b)  Firmar conjuntamente con la tesorería en ausencia de la presidencia, los cheques contra las cuentas bancarias del comité.

Artículo 16.—Son funciones de los restantes miembros, las que se detallan seguidamente:

Secretaría: Son funciones de quien tenga a cargo la Secretaría:

a)  Levantar las actas de las sesiones en forma oportuna, así como mantener el libro de actas al día.

b)  Recibir y dar respuestas a la correspondencia que se dirige al Comité de conformidad con lo acordado por este para los asuntos tratados al respecto.

c)  Firmar conjuntamente con quien Presida el Comité, las actas de las sesiones.

d)  Cualquier otra que le asigne la ley o el presente reglamento.

Tesorería. Son funciones de quien tenga el cargo en Tesorería:

a)  Recibir y custodiar, bajo su entera responsabilidad, los recursos económicos del Comité Cantonal de Deportes y Recreación que se perciban, los depósitos se realizarán a más tardar el día hábil siguiente, los recursos percibidos son a nombre del Comité Cantonal de Deportes de  Pococí.

b)  Llevar y mantener al día los libros de tesorería, chequeras y demás controles que exige la ley en esta materia.

c)  Presentar al seno del Comité, un informe mensual de tesorería, el cual debe constar en actas.

d)  Efectuar junto con la Presidencia o vicepresidencia arqueos sin previo aviso de la caja chica, y dejar constancia de ello, en el libro de tesorería y de actas, e informar al comité en su próxima sesión ordinaria.

e)  Brindar todas las comodidades necesarias para la fiscalización de los recursos financieros, por parte de la Municipalidad y de la Contraloría General de la República.

f)   Firmar mancomunadamente con la presidenta o el presidente o vicepresidencia, tesorero las órdenes de pago y los cheques contra los fondos del Comité, de la caja chica, o de las cuentas corrientes del banco del sistema bancario nacional con sucursal en el cantón de Pococí, siempre y cuando se cuente con el acuerdo respectivo de la Junta Directiva.

g)  Custodiar las chequeras en uso y los documentos de respaldo de los cheques emitidos.

h)  Rendir una póliza de fidelidad por el monto que fijen las leyes de acuerdo a las responsabilidades financieras que posea. La cual será cancelada con fondos de su propio peculio de conformidad con la ley.

i)   Cualquier otra que le asigne la ley o el presente reglamento.

Vocal. Son funciones de quien tenga el cargo del vocal:

a)  Cooperar ampliamente con los demás miembros, porque se cumplan las disposiciones de este reglamento.

b)  Supervisar las labores de funcionamiento deportivo.

c)  Conocer y dar trámite a las denuncias presentadas y remitidas al seno del Comité.

d)  Suplir en ausencia, a los demás miembros del Comité.

e)  Tramitar los asuntos que para su estudio o ejecución se le encomienden.

f)   Cualquier otra que le asigne la ley o el presente reglamento.

CAPÍTULO VI

De las sesiones

Artículo 16.—La Junta Directiva sesionará en forma ordinaria y pública, mínimo dos veces al mes, para lo cual deberá publicar en el diario oficial el día, lugar y hora de las sesiones.

Artículo 17.—En la primera sesión, que se celebrará no antes de cinco días naturales después de la fecha de su juramentación por el Concejo Municipal, las y los miembros del Comité se reunirán y mediante votación se designaran los cargos a que se refiere el artículo 18 del presente Reglamento.

Artículo 18.—Los integrantes del Comité Cantonal se reunirán en sesión ordinaria, el día y la hora acordados en la sesión inaugural. Por motivos especiales y del criterio de la mayoría simple de estos, podrá variarse la fecha y horas de las sesiones, para el cual deberá publicarse en el diario oficial oportunamente. Extraordinariamente se reunirán cuando sean convocados por el Presidente o a petición de tres miembros de la Junta Directiva. La convocatoria deberá hacerse con veinticuatro horas de anticipación por lo menos y señalándose el objeto de la sesión. En sesiones extraordinarias sólo se conocerá lo incluido en la convocatoria.

Artículo 19.—Para que sean válidas las sesiones deberán iniciarse a más tardar quince minutos después de la hora señalada.

Artículo 20.—El quórum para sesionar estará  regido como establece el artículo 37 del Código Municipal mitad más uno.  Los acuerdos se tomarán por mayoría según lo regulan los artículos 42, 45 del Código Municipal.

Artículo 21.—Las determinaciones o decisiones que tome la Junta Directiva se denominarán acuerdos, los cuales deberán constar íntegramente en el acta con el detalle de quienes votaron a favor o en contra, dichos acuerdos tendrán validez con la aprobación del acta en la siguiente sesión, a excepción de que se tome en firme con la mayoría calificada dos terceras partes.

Artículo 22.—La modificación de los acuerdos firmes requerirá de mayoría calificada artículos 47, 48 del Código Municipal de los miembros del Comité Cantonal.

Artículo 23.—Existen dos tipos de votación: Nominal y Secreta. Es nominal la votación cuando cada uno de los miembros de la Junta Directiva exprese en forma oral su voto; es secreta aquella votación que se realice en forma escrita o por cualquier otro medio a juicio de la Junta Directiva y en situación calificada según reglamento.

Artículo 24.—Toda persona miembro del Comité Cantonal de Deportes, deberá comunicar en forma escrita, cuando proceda, las razones de su inasistencia a las sesiones, a más tardar dentro de las setenta y dos horas siguientes de celebrada la sesión, en la oficina del Comité Cantonal; caso contrario, será catalogada la inasistencia como injustificada y sancionable salvo en casos fortuitos.

Artículo 25.—Se pierde la condición de miembro de la Junta Directiva cuando concurra al menos una de las siguientes causas:

a)  Ausencia injustificada a las sesiones del Comité Cantonal por más de cuatro sesiones ordinarias.

b)  Ser nombrado para desempeñar el cargo de Alcalde o Alcaldesa Municipal.

c)  Ser elegida(o) como Regidor(a) o Síndico(a), tanto propietario(a) como suplente, de la Municipalidad. Ver 31, 58, 167 del Código Municipal.

d)  Por enfermedad que lo incapacite permanentemente para el ejercicio.

e)  Por inhabilitación judicial.

f)   Por renuncia voluntaria escrita.

Artículo 26.—Cuando algún miembro del Comité Cantonal incurra en cualquiera de las causales indicadas en el artículo anterior, la Junta Directiva deberá comunicarlo por escrito al Concejo Municipal indicando las razones para hacer efectiva su sustitución. El Concejo Municipal procederá de inmediato a reponer el miembro separado aplicando el procedimiento legalmente establecido al efecto.

Artículo 27.—Corresponde al Comité Cantonal conocer en sus sesiones, los proyectos, planes, estudios y conflictos relacionados con el mismo, los que deben ser presentados para su conocimiento en forma escrita. Los miembros pueden acoger mociones de particulares, que se relacionen con el deporte y la recreación, para que sean conocidas por el Comité en las sesiones que éste celebre.

Artículo 28—Sobre el tema de los recursos administrativos se deberá tomar en cuenta las siguientes reglas:

a)  Contra los acuerdos podrán presentarse los recursos de revisión y revocatoria.

b)  El recurso de revisión sobre acuerdos, puede ser presentado por un miembro directivo por una sola vez, antes de que se haya aprobado  acta. Si la revisión fuese acogida, el asunto revisado volverá al estado en que se encontraba al momento anterior a su votación.

c)  El recurso de revocatoria sobre acuerdos, puede ser presentado por cualquiera de los miembros directivos, en forma verbal o escrita, siempre que se presente antes de la aprobación del acta.

d)  Ningún acuerdo o fallo que haya sido recurrido cobrará vigencia, mientras no haya sido resuelto en forma definitiva por el Comité Cantonal.

e)  Estos recursos se regularán con artículos 153. 154. 155. 156. 157 del Código Municipal.

Artículo 29—Quien presida el Comité, es quien deberá de conceder la palabra, siguiendo el orden en que ésta se solicite, salvo moción de orden que se presente, caso en el cual se dará la palabra al proponente de la moción y a cualquier otro miembro que la apoye y luego a los miembros que se opongan.

CAPÍTULO VII

De las actas

Artículo 30.—Las actas del Comité Cantonal deberán ser aprobadas en la sesión inmediata posterior, salvo que lo impidan razones de fuerza mayor, en cuyo caso la aprobación se pospondrá para la siguiente sesión ordinaria. Antes de la aprobación del acta cualquier miembro podrá plantear revisión de acuerdos, salvo respecto de los aprobados definitivamente conforme a este Reglamento. Para acordar la revisión se necesitará la misma mayoría requerida para dictar el acuerdo.

Artículo 31.—Las actas aprobadas, deberán llevar obligatoriamente las firmas de la Presidencia y de la Secretaría del Comité. El libro de actas será autorizado por la Auditoría Interna de la Municipalidad.

Artículo 32.—Todos los órganos colegiados (Comités Comunales de Deportes, Asociaciones, Grupos Comunales y Comisiones a que se refiere este Reglamento deberán llevar un libro de Actas donde consten en forma sucinta los acuerdos y demás incidencias que éstos traten. En casos que se amerite según lo dictado por la Junta Directiva llevarán un libro de Tesorería.

Artículo 33—El proyecto de acta de cada sesión deberá entregarse a los miembros del Comité Cantonal, a más tardar veinticuatro horas antes de la sesión en que serán discutidas y aprobadas.

La o el miembro designado para tal fin será el responsable de levantar las actas, en ellas se harán constar los acuerdos tomados y sucintamente, las deliberaciones habidas así como la votación dejando claro a quienes votaron a favor y quienes en contra.

CAPÍTULO VIII

De las finanzas

Artículo 34.—Para el cumplimiento de sus objetivos y metas el Comité Cantonal contará con los siguientes recursos:

a-  6% como mínimo de los ingresos anuales Municipales.

b-  Donaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las cuales podrán ser nacionales o extranjeros.

c-  Otorgados mediante convenios nacionales o internacionales suscritos con organismos públicos y privados.

d-  Recursos provenientes de la administración de instalaciones deportivas

Artículo 35.—Para los efectos del Comité Cantonal, el período de plan anual operativo y su respectivo presupuesto inicia el 01 de enero y finaliza el 31 de diciembre de cada año, deberá cumplir con las directrices fijadas por la Contraloría General de la República y deberán ser aprobadas por el Concejo Municipal

Artículo 36.—El presupuesto del Comité Cantonal y sus distintos órganos, debe elaborarse reflejando los planes propuestos y programas que se ejecutarán en el período que éste cubre; los gastos presupuestarios deben ser iguales los ingresos estimados y solo podrá destinarse para gastos administrativos un quince por ciento (15%), del total de ingresos presupuestados.

Artículo 37.—El presupuesto debe contener una estimación de ingresos, incluyendo una descripción clara y precisa de lo que se persigue hacer durante el año presupuestario, de acuerdo con las exigencias legales y reglamentarias establecidas al efecto.

Artículo 38.—Los recursos del Comité Cantonal solamente se podrán destinar en obras, programas deportivos y recreativos culturales y aquellas que vengan a preparar a dirigentes atletas, etc. en las actividades antes mencionadas según los límites fijados por el artículo 164 del Código Municipal.

Artículo 39.—Todo directivo(a), funcionario(a), empleado(a) o delegado(a) del Comité y sus diferentes órganos, encargados de recibir, custodiar o pagar bienes o valores relacionados con el deporte y la recreación o cuyas atribuciones permitan o exijan su tenencia, será responsable de ellos y de cualquier pérdida o deterioro que este sufra. Además responderán administrativa y civilmente por el desempeño de sus funciones, deberes y atribuciones asignados al cargo, cuando de su conducta medie dolo, culpa o negligencia, sin perjuicio de las responsabilidades penales. Para tal valoración, se tomarán en cuenta, entre otros los aspectos a que se refiere el artículo 108 de la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, Ley número 8131, del cuatro de setiembre del 2001.

Artículo 40.—Se prohíbe el uso de carácter personal de dineros provenientes de ingresos por actividades deportivas o recreativas. En caso de incumplimiento de esta disposición, el responsable será expulsado del organismo u órgano correspondiente, debiendo reintegrar el dinero, sin perjuicio de las responsabilidades a que alude el artículo anterior

Artículo 41.—El Comité Deportes y Recreación deberá incluir en su presupuesto ordinario o extraordinario un aporte económico al Comité Cantonal de la Persona Joven de Pococí el cual irá en los presupuestos antes mencionados, adulto mayor a fines deportivos y recreativos.

CAPÍTULO IX

De las instalaciones

Artículo 42.—El Comité Cantonal será el administrador general de las instalaciones deportivas que le ceden en administración, o en convenios,  que construye con sus propios medios y podrá conceder su administración y mantenimiento, sin que por esta razón ceda su responsabilidad.

Artículo 43.—El uso de las instalaciones deportivas administradas por el Comité Cantonal de Deportes, juntas administrativa de inmuebles deportivas y Comités Comunales deberán darle participación a todos los grupos deportivos y recreativos organizados de la comunidad y actividades culturales, teniendo preferencia en tal uso, los equipos o grupos que representen al distrito o al cantón en eliminatorias de juegos nacionales, escolares y colegiales en campeonatos oficiales.

Todas las instalaciones de uso públicas dedicadas a las actividades deportivas y recreativas, tendrán uso prioritario para el comité cantonal de deportes.

La programación que para tal efecto se le dé, será respaldada y se hará en forma periódica conforme con las necesidades.

Artículo 44.—En las instalaciones deportivas públicas del Cantón está prohibido: fumar y el consumo de licor.

a)  El expendio, venta y consumo de bebidas alcohólicas, y cualquier tipo de droga o sustancias enervantes prohibidas por ley.

b)  El uso de calzado inadecuado para las instalaciones.

c)  La realización de actividades deportivas, culturales y sociales que no se enmarquen dentro de la naturaleza propia del inmueble, o de las condiciones para la debida protección y conservación de la infraestructura existente.

Artículo 45.—Para la realización de eventos o actividades no deportivas como ferias, bingos, fiestas o similares, dentro de las instalaciones deportivas o en los alrededores de las mismas, debe contarse con la autorización escrita del Comité Cantonal

Artículo 46.—El Comité Cantonal, Comité Comunal según sea el caso podrán autorizar la colocación de rótulos en las instalaciones deportivas, siempre y cuando obtenga beneficio económico por tal autorización y lo permita la normativa aplicable al caso. Tales rótulos no podrán hacer alusión a publicidad para bebidas alcohólicas, anuncio de cigarrillos o aquellos que por su contenido atenten contra los principios éticos y morales de la comunidad. El Comité Cantonal definirá la tarifa por la puesta de rótulos publicitarios previo estudio.

Artículo 47.—Las instalaciones deportivas existentes en instituciones educativas como gimnasios, plazas, pistas de atletismo, piscinas y otros que hayan sido construidas con fondos públicos o por dependencias gubernamentales, podrán ponerse al servicio de las respectivas comunidades del cantón, según las regulaciones que rijan en cada caso.

CAPÍTULO X

Personal

Artículo 48.—Para prescindir de los servicios de un funcionario del Comité Cantonal de Deportes en propiedad o interino se aplicará el debido proceso y las normas y Leyes vigentes en la materia laboral.

Artículo 49.—El Comité Cantonal de Deportes seleccionará y contratará su personal bajo las normas establecidas que rigen la materia,

Las plazas a contratar son:_ 1- Secretaria(o).

                                        2- Dos encargados de mantenimiento.

                                        3- Un coordinador deportivo.

                                        4- Asesorías  técnicas deportivas.

                                        5- Un contador(a).

                                        6- Un promotor deportivo.

Asesorías profesionales en la materia  que sea necesaria, cuando la situación lo requiera.

CAPÍTULO XI

Disposiciones finales

Lo no regulado por este reglamento lo regulará el Código Municipal vigente las leyes y normas que regulen la materia.

Transitorio 1º—Los actuales miembros del Comité de Cantonal de Deportes y Recreación permanecerán en su cargo hasta el 15 de junio del 2012 a e sección lo que estén afectados con los artículos 58, 167 del Código Municipal ver artículo 7 de este Reglamento.

Transitorio 2º—Este reglamento deroga los reglamentos antes aprobados.

Artículo 1º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Se adjunte al Reglamento del Comité de Deportes, según acuerdo Nº 769, Acta Nº 29 Extraordinaria del 22-04-2010.

El mismo como sigue:

------------------------------UL----------------------------

Los regidores propietarios y suplentes. Así como los síndicos tienen prohibición de formar parte del Comité Cantonal de Deportes Local, por lo que se dirá:

Regidores Suplentes:

El numeral 28 del Código Municipal dentro de las diversas prohibiciones que señala a estos funcionarios establece:

Los regidores suplentes estarán sometidos. En lo conducente a las mismas disposiciones de este título para los regidores propietarios. Sustituirán a los propietarios de su partido político, en los casos de ausencias temporales u  ocasionales.

Respecto de los Síndicos tenemos que el artículo 58 del Código Municipal estableció:

“En lo conducente serán aplicables a los Síndicos las disposiciones de este título respecto de requisitos, impedimentos. Prohibiciones. Reposición, juramentación y toma de posesión de cargo de los regidores.

Por su parte el artículo 167 del mismo Código, refiriéndose al Comité Cantonal y Comunal de Deportes dispone:

Los Concejales: el alcalde, los alcaldes suplentes, el tesorero, el auditor y el contador, sus cónyuges o parientes en línea directa o colateral hasta el tercer grado inclusive. Están inhibidos para integrar estos comités. Los cuales funcionarán según el reglamento que promulgue la Municipalidad.”

Nota: Donde dice “concejales” entiéndase Regidores.

Así también lo ha considerado la Procuraduría General de la República en su Opinión Jurídica Nº OJ-021-1999 del 18 de febrero de 1999, cuando señaló en lo que interesa:

“Los síndicos tanto propietarios como suplentes. Son funcionarios públicos, designados electoralmente por la colectividad distrital a la que pertenecen, con el exclusito propósito de representar al distrito ante la respectiva Municipalidad. Como bien establece el artículo 172 Constitucional:

Cada distrito estará representado ante la Municipalidad del respectivo cantón por un Síndico propietario y un suplente, con voz pero sin voto.

Y a pesar de que no integran el Gobierno Municipal, compuesto por un cuerpo deliberativo denominado Concejo e integrado por los regidores y el alcalde, (artículo 12 del Código Municipal, Ley Nº 7794 del 30 de abril de 1998), tienen derecho a asistir e intervenir en sus sesiones. Con voz pero sin voto. Asimismo, tienen derecho a percibir dietas por cada sesión remunerable ala que asistir (artículo 30 último párrafo del citado cuerpo normativo).

En cuanto a las funciones que desempeñan los síndicos. Como bien ha señalado la Sala Constitucional, se limitan a labores de colaboración  con el Concejo Municipal (Sentencia Nº 6956-96, de las 10:15 horas del 20 de diciembre de 1996).

Ahora bien, a pesar de tener rango constitucional, las disposiciones legales aplicables a los síndicos, son las mismas que se establecen para los regidores. Así lo establece el artículo 58 del Código Municipal:

En lo conducente, serán aplicables a los Síndicos las disposiciones de este título respecto de requisitos, impedimentos, prohibiciones, reposición, juramentación y toma de posesión del cargo de los regidores.

Conforme se podrá apreciar, en cuanto a requisitos, impedimentos, prohibiciones, reposición, juramentación y toma de posesión del cargo de síndico, la norma transcrita establece que le serán aplicables las disposiciones concernientes a los regidores. Una disposición idéntica contenía el artículo 65, párrafo segundo, del Código Municipal anterior. En consecuencia, en lo referente a tales aspectos, debe tenerse presente lo dispuesto en los numerales 22, 23, 28, 29, 30 y 31 del citado Código.

Consecuente con lo anterior tales colaboradores, a pesar de ser nombrados en sus cargos por elección popular, coparticipan del régimen de responsabilidades, atribuciones y prohibiciones establecidas en el referido Código Municipal, y en su condición de servidores públicos, se encuentran sometidos al régimen de derecho publico en razón de su investidura, entre ellos el referente a prohibiciones e incompatibilidades.

Además de las disposiciones contenidas en el Código Municipal y en el Código Electoral, a los síndicos y regidores municipales les son aplicables las disposiciones contenidas en la Ley General de Control Interno y en la Ley contra la Corrupción  el Enriquecimiento ilícito en la Función Pública.

De la anterior relación o integración de normas legales, puede concluirse que los regidores propietarios, los suplentes y los síndicos están inhibidos de participar en la conformación de las Juntas Directivas de los Comités de Deportes.

Se acuerda por unanimidad: Primero: aprobar el presente Reglamento para la Elección Organización y Funcionamiento del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pococí. Segundo: Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. Guápiles, abril, 2010.—Concejo Municipal Pococí- Secretaria Mpl.

Por mayoría de 8 votos a favor 1 se abstiene. Se acuerda: aprobar el acta Nº 28 ordinaria del 12-04-2010 y que se hagan los arreglos del Reglamento del Comité Cantonal de Deportes. El regidor Juan Luis Gómez, no vota se apega al artículo 48.

Guápiles, 10 de diciembre del 2010.—Magaly Araya Calvo, Secretaria Municipal a. í.—1 vez.—(IN2011000292).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Se le comunica a Douglas Ramón Morales Fernández, que por resolución de la representación legal de esta oficina local, de 14:28 horas de 27 de agosto del 2010, se le otorgó inclusión de auxilio, orientación y tratamiento a toxicómanos de la joven Meybeth Morales Canales, en el Centro de Rehabilitación IAFA y Modificación de la medida que por resolución de las 15:00 horas de 10 de diciembre del 2010, se le otorgó abrigo temporal en albergue Vargas Araya. Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que presenten los alegatos de su interés, y ofrezca la prueba que estime necesaria, y se le advierte que tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, en días y horas hábiles, ubicada en San José, Barrio Luján, 100 metros al sur de Casa Matute Gómez. Deberán señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme aplicación supletoria del artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Se les hace saber, además, que contra dicha resolución procede recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho termino el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente Nº 112-00119-00.—Oficina Local de San José Este.—Karina Peralta Guevara, Representante Legal.—(IN2011000268).

A quien interese comunica que por resolución de las nueve horas del veintidós de diciembre del año dos mil diez, se declaró en estado de abandono en sede administrativa de las personas menores de edad Enoc Steven y Jerald Ismael ambos Mercado Baquerano; asimismo, se ordenó el depósito administrativo de tal menor de edad a cargo de esta institución quien a su vez lo delega en los señores María del Carmen Guerrero Obando. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina Local; o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber, además, que contra la presente resolución procede recurso de revocatoria con apelación en subsidio para ante la Presidencia Ejecutiva de esta Institución, el cual deberá interponerse ante esta Representación Legal dentro de los tres días hábiles siguientes, contados a partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación a las partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Exp. 143-00088-2010.—Oficina Local de San José Este.—Lic. Karina Peralta Guevara, Representante Legal.—(IN2011000269).

Se le comunica a Ricardo José Torres Sánchez, que por resolución de la representación legal de esta oficina local, de 15:30 horas de 3 de diciembre del 2010, se le otorgó abrigo temporal de la niña Cristyn Yulieth Torres Ramírez, en el albergue Casa Café y según modificación de la medida que por resolución de las 11:00 horas de 10 de diciembre del 2010, se le otorgó cuido provisional en Laura Moya Mora y Gerardo Sánchez Cubero. Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que presenten los alegatos de su interés, y ofrezca la prueba que estime necesaria, y se le advierte que tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, en días y horas hábiles, ubicada en San José, Barrio Luján, 100 metros al sur de casa Matute Gómez. Deberán señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme aplicación supletoria del artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Se les hace saber, además, que contra dicha resolución procede recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente N° 143-00096-2010.—Oficina Local de San José Este.—Karina Peralta Guevara, Representante Legal.—(IN2011000271).

Se le comunica a Sharon Arroyo Cambronero y Jairo Esteban Guillén Segura, que por resolución de la representación legal de esta oficina local, de 08:30 horas de 9 de diciembre del 2010, se le otorgó cuido provisional de los niños Génesis Camila Brenes Arroyo y Derek Manuel Guillén Arroyo en Sandra Cambronero Soto. Se les confiere audiencia por tres días hábiles, para que presenten los alegatos de su interés, y ofrezcan las pruebas que estimen necesarias, y se les advierte que tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, en días y horas hábiles, ubicada en San José, Barrio Luján, 100 metros al sur de casa Matute Gómez. Deberán señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme aplicación supletoria del artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Se les hace saber, además, que contra dicha resolución procede recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente N° 143-00097-2010.—Oficina Local de San José Este.—Karina Peralta Guevara, Representante Legal.—(IN2011000272).

Se le comunica a: Berta María Arias, de segundo apellido no consignado, la resolución dictada por la Oficina Local de San José Oeste del Patronato Nacional de la Infancia, de las 12:30 horas del catorce de diciembre del dos mil diez, mediante la cual se resuelve en lo que aquí interesa “1. Dar por iniciado el proceso especial de protección en sede administrativa... Arróguese esta entidad la representación legal de la niña María Guadalupe Arias Arias hasta tanto administrativa o judicialmente no se disponga lo contrario. 3. Se confiere el cuido provisional hasta por seis meses a la persona menor de edad María Guadalupe Arias Arias en el hogar de su abuela materna, la señora María Teresa Arias Arias. 4. Remítase la presente situación a la Presidencia Ejecutiva de esta Entidad a efecto de que se pronuncie sobre la gestión de solicitud de salida del país con carácter de urgencia, por parte de la señora María Teresa Arias Arias, a favor de su nieta la niña María Guadalupe Arias Arias, de conformidad con lo que establece la Ley de Migración y Extranjería en esta materia... Seguimiento: una vez diligenciada la gestión a que se refiere la presente resolución en su apartado cuarto, refiérase el expediente a la profesional a cargo de la situación a fin de continuar dando la debida atención a seguimiento a la situación. Lo anterior para garantizar el debido cumplimiento de las medidas establecidas en la presente resolución, determinar la procedencia o no de la adopción de otras medidas que mejor corresponda a los intereses de la persona menor de edad y resolver en forma definitiva la situación socio legal de la niña María Guadalupe Arias Arias. Recursos: Se les hace saber a las partes que contra la presente resolución procede recurso de apelación para ante la Presidente Ejecutiva de la Entidad, el cual podrá interponerse en forma verbal o escrita ante esta Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la notificación de esta resolución... Se advierte a las partes y demás entidades involucradas que es su obligación señalar lugar conocido para recibir notificaciones que pudieren practicarse por este medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso o inexacto o llegare a desaparecer las resoluciones futuras quedarán notificadas veinticuatro horas después de dictadas.” Exp. Adm. 111-00139-09.—Oficina Local de San José Oeste.—Lic. Rafael A. Barrientos Ávila.—(IN2011000273).

Se le comunica a Rafael Ángel López A. y a Cecilia Sequeira García, la resolución de las quince horas del diecisiete de diciembre de dos mil diez, que ubica en el albergue institucional “Albergue Lincoln”, a favor de las personas menores de edad Deyner López Sequeira y Gerardo Sequeira García esta medida es hasta por seis meses. En contra de la presente resolución procede el recurso de apelación para ante el Superior en grado, dentro de un plazo de 48 horas después de notificada. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificada con el sólo transcurso de 24 horas después de dictada. Exp. 115-00260-2010.—Oficina Local de Guadalupe, 17 de diciembre de 2010.—Lic. Roberto Marín Araya, Representante Legal.—(IN2011000276).

A la señora Evelyn García Cordero, se le comunica la resolución de este despacho de las quince horas del día diecisiete de diciembre del año dos mil diez, que ordenó revocar la medida de cuido provisional de los niños Steven, Brandon y Brayan todos Sánchez García en el hogar de la señora Carmen Carballo Garro. Contra la presente resolución proceden el recurso de apelación que deberá interponerse ante esta representación legal, sita en Heredia centro, doscientos metros al norte de la Municipalidad de Heredia y el segundo ante la Presidencia Ejecutiva de la Entidad ubicada en San José de la Casa de Matute Gómez 300 metros al sur. Antiguo edificio de la Dos Pinos. Dicho recurso podrá interponerse en el término de cuarenta y ocho horas contados a partir del día posterior a la notificación de la presente resolución.—Oficina Local de Heredia, diciembre del 2010.—Lic. Ilse Trejos Salas, Representante Legal.—(IN2011000277).

A Luis Mena Flores se le comunica la resolución administrativa de las dieciséis horas del tres de noviembre del dos mil diez, de la Oficina Local de Sarapiquí, que dicta medida de protección de abrigo temporal y la medida de protección de las trece horas treinta minutos del diecisiete de diciembre del dos mil diez, que ordena un seguimiento que consiste en orientación, apoyo y seguimiento a grupo familiar de su hija Alanis Nicole Mena Trejos. Plazo para interponer el recurso de apelación tres días hábiles contados a partir de la última publicación de este aviso.—Oficina Local de Sarapiquí.—Lic. Gabriela Salazar Calderón, Representante Legal.—(IN2011000279).

A Walter William Sánchez Barboza, portador de la cédula de identidad número 1-684-315, demás calidades desconocidas, en su calidad de padre de la persona menor de edad Walter Belcebi Sánchez Arias, de diecisiete años de edad, nacido el día once de agosto del año mil novecientos noventa y tres, bajo las citas de nacimiento número: 1-1587-801, hijo de Cinthya María Arias Castro, vecina de Aserrí, portadora de la cédula de identidad número 1-929-940, se le comunica la resolución de las nueve horas del día cinco de noviembre del año dos mil diez, de la Oficina Local de Aserrí, que ordenó la inclusión en proceso de formación integral a favor de la persona menor de edad indicada, impartido por Centro Juvenil Amigo, ubicado en San Jerónimo de Moravia, San José, por todo el plazo que sea necesario y venciéndose el día 18 de agosto del año dos mil once. Se le previene al señor Sánchez Barboza, que debe señalar lugar para recibir notificaciones de las resoluciones que se dicten por la Oficina Local competente, o señalar un medio para recibirlas, bajo el apercibimiento de que en caso de omisión o si el lugar fuera impreciso, incierto o ya no existiera o el medio señalado se encontrara descompuesto o no recibiera las notificaciones por algún motivo, operará la notificación automática y se les tendrán por notificadas las resoluciones con el sólo transcurso de veinticuatro horas. Se les hace saber, además, que contra la citada resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberá interponer en forma verbal o por escrito ante esta Oficina Local dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación, el cual será elevado ante la Presidencia Ejecutiva de esta Institución. Expediente Nº 115-0030-1996.—Oficina Local de Aserrí.—Lic. Tatiana Torres López, Representante Legal.—(IN2011000280).

Área de Defensa y Garantía de los Derechos de la Niñez y La Adolescencia, Oficina Local de Cartago: comunica a los señores Wendy Priscilla Mora Gómez y Francisco Murillo Granados, progenitores de las personas menores de edad Jason Jafet y Yuriany Francela ambos de apellidos Murillo Mora, que por resolución administrativa de las diez horas del nueve de diciembre del dos mil diez se da inicio al proceso especial de protección a favor de los citados menores de edad. Recursos. Procede el recurso de apelación para ante la presidencia ejecutiva. Plazo: tres días hábiles contados a partir de la tercera publicación de este edicto, los que deberán interponerse ante el Órgano Director de la Oficina Local de Cartago. Expediente administrativo 331-00388-2010.—Oficina Local de Cartago.—Lic. Rodolfo Jiménez Arias, Representante.—(IN2011000282).

A Manuel Rojas Elizondo y Agueda Lezcano Concepción. Se les comunica la Resolución Administrativa de las nueve horas treinta minutos del día trece de diciembre del año dos mil diez, dictada por éste Despacho, en virtud de la cual resuelve. Dictar Medida de Suspensión de guarda, crianza y educación a los progenitores Manuel Rojas Elizondo y Agueda Lezcano Concepción sobre su hijo Elvín Arturo Rojas Lezcano, lo anterior por Incumplimiento de Deberes Parentales (abandono y negligencia). Por lo que se ordena en forma administrativa suspenderles a los progenitores la guarda, crianza y educación y ceder dicha responsabilidad a la señora Dania Estrada Venegas. Se notifica los progenitores por medio de Edicto, por motivos de que se les desconoce su actual domicilio. Plazo para interponer el Recurso de Apelación dos días hábiles, después de la tercera publicación de éste Edicto en el Periódico Oficial La Gaceta. Expediente número 331-000112004.—Oficina Local de Corredores, Ciudad Neily, 13 de diciembre del 2010.—Lic. Dinia Vallejos Badilla. Representante Legal.—(IN2011000402).

A quien interese, se le avisa a la señora Sandra Reyes Delgado, mayor, soltera, ama de casa, demás calidades reconocidas, que en esta Oficina Local se tramita  el expediente Administrativo número 141-00121-2009, correspondiente a medida de Protección de Cuido Provisional a favor de la persona menor de edad Allison Daniela Rodríguez Reyes. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias. Recursos: En contra de lo ordenado se previene a la parte interesada que podrá interponer Recurso de Apelación ante la Oficina Local de Pérez Zeledón entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se le previene a las partes señalar lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de esta oficina local, igualmente pueden señalar un fax en donde puedan realizarse estas notificaciones, de lo contrario, las resoluciones posteriores quedarán notificadas por el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro las cuarenta y ocho horas a su notificación, en esta oficina local quién lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en San José, Barrio Lujan, antigua Dos Pinos, entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se advierte que se debe de señalar lugar donde atender notificaciones futuras dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José un kilómetro a la redonda, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, o si el lugar señalado fuere impreciso o incierto o ya no existiere, las resoluciones posteriores que se dicten se dará por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas después de dictada. La presentación del recurso no suspende la aplicación a la medida de protección indicada. Notifíquese. Exp. 141-00121-2009.— Oficina Local de Pérez Zeledón.—Lic. Mildred Morales Castrejón, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—(IN2011000405).

A quien interese, de le avisa al señor Geovanny Rodríguez García, mayor, soltero, agricultor demás calidades reconocidas, que en esta Oficina Local se tramita el expediente Administrativo número 141-00121-2009, correspondiente a medida de Protección de Cuido Provisional a favor de la persona menor de edad Allison Daniela Rodríguez Reyes. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias. Recursos: En contra de lo ordenado se previene a la parte interesada que podrá interponer Recurso de Apelación ante la Oficina Local de Pérez Zeledón entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se le previene a las partes señalar lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de esta oficina local, igualmente pueden señalar un fax en donde puedan realizarse estas notificaciones, de lo contrario, las resoluciones posteriores quedarán notificadas por el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro las cuarenta y ocho horas a su notificación, en esta oficina local quién lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en San José, Barrio Lujan, antigua Dos Pinos, entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se advierte que se debe de señalar lugar donde atender notificaciones futuras dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José un kilómetro a la redonda, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, o si el lugar señalado fuere impreciso o incierto o ya no existiere, las resoluciones posteriores que se dicten se dará por notificadas con solo el transcurso de   veinticuatro horas después de dictada. La presentación del recurso no suspende la aplicación a la medida de protección indicada. Notifíquese. Exp. 141-00121-2009.— Oficina Local de Pérez Zeledón.—Lic. Mildred Morales Castrejón Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—(IN2011000407).

Se comunica a la señora Alice Ramírez Padilla, la resolución de este Despacho de las trece con treinta minutos del día veinte de diciembre del dos mil diez que ordenó. Revocar la resolución Administrativa de las ocho horas del veinte de mayo del dos mil diez que otorgó medida de protección de Abrigo Temporal de las personas menores de edad Franco Lorenzo, Maureen Fabiola, Luis Ignacio y Amanda todos ellos de apellido Ramírez Padilla en la Alternativa de protección Arthur Gough y en su lugar sustituirla y otorgar abrigo temporal de las citadas niñas y niños en la Aldea S.O.S. de Tres Ríos. Recurso: El de Apelación, señalando lugar para recibir notificaciones dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la segunda publicación de este edicto.— Oficina Local de Santa Ana.—Lic. Olga Myriam Boza Fernández, Órgano Director del Procedimiento.—(IN2011000410).

Al señor Ronald Vásquez Agüero, la resolución de este Despacho de las once del día dieciséis de diciembre del dos mil diez que ordenó Revocar la resolución de las trece horas del día primero de junio del dos mil diez, que otorgó medida de protección de Depósito Administrativo de las personas menores de edad Andrés y Orlando ambos de apellido Vásquez Arias en la Alternativa de protección Arthur Gough y en su lugar se Ordena entregarlos a su madre, señora Kattia Arias Vargas, bajo su entera responsabilidad. Recurso: El de Apelación, señalando lugar para recibir notificaciones dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la segunda publicación de este edicto.—Oficina Local de Santa Ana.—Lic. Olga Myriam Boza Fernández, Órgano Director del Procedimiento.—(IN2011000412).

AVISOS

INSTITUTO DE NORMAS TÉCNICAS DE COSTA RICA

Somete a consulta pública los siguientes proyectos de norma:

PN INTE/ISO 8015:2011 “Principio de tolerancias fundamentales”.

PN INTE 28-01-15:2011 “Eficiencia energética. Lámparas incandescentes de uso doméstico y similares. Especificaciones y etiquetado”.

Se recibirán observaciones al anterior proyecto de norma hasta el 12 de marzo del 2011.

Para mayor información comuníquese con la Dirección de Normalización al teléfono 2283-4522 o a los correos fcalvo@inteco.or.cr o crosales@inteco.or.cr.

Carlos E. Rodríguez L., Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2011000317).

Somete a consulta pública los siguientes proyectos de norma:

PN INTE/ISO 8826-1:2011 “Dibujos técnicos-Rodamientos-Parte 1: representación simplificada general.”.

PN INTE/ISO 8826-2:2011 “Dibujos técnicos-Rodamientos-Parte 2: representación simplificada detallada.”.

PN INTE/OSHAS 18002:2011 “Sistema de Gestión en Seguridad y Salud Ocupacional. Directrices para la implementación de la norma INTE/OHSAS 18001”.

Se recibirán observaciones al anterior proyecto de norma hasta el 19 de marzo del 2011.

Para mayor información, comuníquese con la Dirección de Normalización al teléfono 2283 4522 o a los correos fcalvo@inteco.or.cr o crosales@inteco.or.cr.

Carlos E. Rodríguez L., Director Ejecutivo.—1 vez.—RP2011216044.—(IN2011001627).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD SAN ISIDRO DE HEREDIA

CONCEJO MUNICIPAL

Según Acuerdo Nº 1587-2010 tomado en sesión ordinaria 90-2010, del 27 de diciembre de 2010, se aprueba con dispensa de trámite de comisión y por unanimidad el estudio tarifario servicio de recolección de basura y desechos sólidos:

Tipo usuario                                            Tarifa mensual

Residencial-Público                                        2.293,24

Categoría A                                                      4.586,48

Categoría B                                                       9.172,95

Categoría C                                                     13.759,43

Categoría D                                                    18.345,90

Publíquese en La Gaceta, rige treinta días después de su publicación.

Según Acuerdo Nº 1588-2010 tomado en sesión ordinaria 90-2010, del 27 de diciembre de 2010, se aprueba con dispensa de trámite de comisión y por unanimidad el estudio tarifario servicio de aseo de vías y sitios públicos:

Tarifa mensual por metro lineal                        183,52

Publíquese en La Gaceta, rige treinta días después de su publicación.

4 de enero del 2011.—Marcela Guzmán Calderón, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—(IN2011000245).

MUNICIPALIDAD DE LA UNIÓN

La Municipalidad de la Unión informa: el acuerdo tomado por el Concejo Municipal en la sesión ordinaria Nº 51, celebrada el 21 de diciembre del 2010 que dice:

Capítulo cuarto: Informes de Comisión

Otorgar un descuento a manera de incentivo a todos aquellos contribuyentes que cancelen, en un solo pago en efectivo o cheque, las cuatro cuotas trimestrales del Impuesto sobre Bienes Inmuebles o Patentes Municipales, correspondiente al año 2011, a más tardar el 31 de marzo del 2011. El beneficio sería para los contribuyentes que a la fecha no tengan pendientes años anteriores. Este descuento será calculado sobre el monto total a pagar correspondiente al período 2011 del Impuesto sobre Bienes Inmuebles o Patentes Municipales el cual será de (7% enero, 5% febrero, 3% marzo) para ambos impuestos. Este descuento será aplicable únicamente durante el primer trimestre (enero, febrero, marzo, 2011). Rige a partir de enero del 2011. Acuerdo aprobado en firme y por unanimidad. Ing. Julio Rojas Astorga, Alcalde Municipal.—Lic. Alfredo Garita Garita, Coordinador de Cobro Administrativa.—1 vez.—(IN2011000225).

Se comunica que la Municipalidad de Osa, acordó mediante capítulo VII, acuerdo 17 de la sesión ordinaria Nº 17-2010, celebrada el día 28 de abril del 2010, otorgar permiso de uso de suelo en la zona restringida de la ZMT del sector costero de Playa La Colonia, Uvita, distrito cuarto Bahía Ballena, cantón quinto Osa, provincia de Puntarenas, en un área de 4.993.57 metros cuadrados, según levantamiento topográfico que corre agregado a expediente administrativo, a Marvin Cubero Ramírez, cédula de identidad Nº 7-067-591, por un tiempo definido de un año, prorrogable, hasta tanto se apruebe el plan regulador de la zona.—Ciudad Cortés, Osa, Puntarenas, a las diez horas del día dieciocho de mayo del dos mil diez.—Lic. Leda Carvajal Oviedo, Notaria.—1 vez.—(IN2011000483).

AVISOS

CONVOCATORIAS

CORPORACIÓN UMWELT SOCIEDAD ANÓNIMA

El suscrito Andre Sonderegger Beyeler, mayor de edad, casado, ingeniero eléctrico, vecino de Río de Oro de Santa Ana, con cédula de identidad número uno-quinientos noventa y dos-quinientos noventa y uno, en mi condición de presidente de la sociedad Corporación Umwelt Sociedad Anónima, convoco a la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad que se celebrará el día 31 de enero a las doce horas en el domicilio social de la empresa. En dicha asamblea se tratarán los siguientes aspectos: Primero: Reforma al pacto constitutivo. Segundo: restructuración de Junta Directiva. Es todo.—San José, 17 de diciembre del 2010.—Andre Sonderegger Beyeler.—1 vez.—(IN2011001252).

UNIÓN NACIONAL DE TÉCNICOS

PROFESIONALES DE TRÁNSITO

La Unión Nacional de Técnicos Profesionales de Tránsito, conocida por las siglas de U.N.A.T.E.P.R.O.T., convoca a todos sus afiliados a la asamblea general anual ordinaria; misma que se celebrará en las instalaciones de la Asociación Nacional de Investigaciones en Criminalística. (A.N.I.C.); sita esta en San José. Avenida cero y dos; calle diecinueve: o del costado noroeste del edificio de la Corte Suprema de Justicia: ciento cincuenta al norte: frente al parqueo El Redil, casa número 46-C; dicha asamblea se celebrará como mandan nuestros estatutos en primera convocatoria para el día 19 de febrero del año 2011 a las 09:00 horas; con la asistencia de la totalidad de todos los afiliados; de no poderse realizar por falta de quórum; la misma se realizará en una segunda convocatoria el día 26 de febrero del año 2011 a las 09:00 horas: con la asistencia de la mitad más uno de la totalidad de sus afiliados y de no poder realizarse en segunda convocatoria la misma se efectuará ese mismo día en tercera convocatoria a las 10:00 horas con la cantidad de los afiliados que se encuentren presentes; con el siguiente orden del día:

1.  Comprobación de quórum.

2.  Entonación del Himno Nacional.

3.  Oración de Gracia.

4.  Lectura del acta de asamblea anterior.

5.  Presentación de informes:

a.  Secretario General: Joselito Ureña Vega.

b.  Secretaría de Finanzas: Freddy Borrás Vargas.

c.  Secretaría de Comunicaciones: Fernando Martínez Vega.

d.  Fiscalía: Ludin Martínez Williams.

6.  Asuntos varios.

7.  Mociones.

9.  Clausura.

Habrá almuerzo y gastos de traslado para los compañeros que asistan de las Unidades Policiales que están ubicadas fuera del casco metropolitano.—Joselito Ureña Vega, Secretario General.—1 vez.—(IN2011001253).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

UNIVERSIDAD METROPOLITANA CASTRO CARAZO

El Departamento de Registro de la Universidad Metropolitana Castro Carazo, sede San José, informa que se ha extraviado el título de Bachillerato en Administración de Aduanas, registrado en el control de emisiones de títulos tomo 1, folio 56, asiento 1127, con fecha 2 días del mes de junio de 2001, a nombre de Freddy Antonio Mora Leiva, cédula número seis cero dos cinco cuatro cero seis nueve dos, se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.—San José, 3 de diciembre del 2010.—Ing. Alejandra González López, Directora de Registro.—RP2010214496.—(IN2010108522).

UNIVERSIDAD LATINA DE COSTA RICA

Por medio de la presente la Universidad Latina de Costa Rica certifica que ante este Registro se ha presentado solicitud de reposición de los títulos de Licenciatura en Derecho, emitido por la Universidad Latina de Costa Rica, a nombre Alvarado Mondol Andrea, cédula Nº 1-991-393, inscrito en el Libro de la Universidad en e1 tomo IV, folio 114, asiento 15485 y del título de notario público, emitido por la Universidad Latina de Costa Rica a nombre de Alvarado Mondol Andrea, cédula Nº 1-991-393, inscrito en el Libro de la Universidad en el tomo II, folio I, asiento 2501. Se solicita la reposición por motivo de que la estudiante extravió los originales. Se publica éste edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial. Se extiende la presente a solicitud de la interesado en el día y lugar de la fecha.—San José, 23 de octubre del 2006.—José Prado Arroyo, Director de Registro.—Luis Diego Sánchez R., confeccionó.—(IN2011000426).

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

BANCO PROMÉRICA DE COSTA RICA S. A.

Por este medio Banco Promérica de Costa Rica S. A., hace constar que Rosa Piedad Campos de Parini, de nacionalidad nicaragüense, portadora de la cédula de residencia número 155814069006 es propietaria y beneficiaria titular de los siguientes certificados de inversión: (i) certificado 89668, por un monto de US $80.023,98, emitido el 26 de noviembre del 2009, que vence el 26 de noviembre de 2010; (ii) cupón 89668-1, por un monto bruto de US $4.836,13, que vence el 26 de noviembre del 2010; (iii) certificado 89669, por un monto de US $700, emitido el 26 de noviembre del 2009, que vence el 26 de noviembre del 2010; (iv) cupón 89669-1, por un monto bruto de US $38,80, que vence el 26 de noviembre del 2010 (v) certificado 89931, por un monto de US $750, emitido el 8 de diciembre del 2009, que vence el 8 de diciembre del 2010; (vi) cupón 89931-1, por un monto de US $41,58, que vence el 8 de diciembre del 2010; (vii) certificado 89932, por un monto de US $3500, emitido el 8 de diciembre del 2009, que vence el 8 de diciembre del 2010; (viii) cupón 89932-1, por un monto bruto de US $194,02, que vence el 8 de diciembre del 2010; (ix) certificado 90194, por un monto de US $1.117,87, emitido el 17 de diciembre del 2009, que vence el 17 de diciembre del 2010; (x) cupón 90194-1, por un monto bruto de US $60,97, que vence el 17 de diciembre del 2010; (xi) certificado 90540, por un monto de US $6.735,93, emitido el 29 de diciembre del 2009, que vence el 29 de diciembre del 2010; (xii) cupón 90540-1, por un monto bruto de US $373,41, que vence el 29 de diciembre de 2010; (xiii) certificado 91309, por un monto de US $800, emitido el 28 de enero del 2010, que vence el 28 de enero del 2011; (xiv) cupón 91309-1, por un monto bruto de US $40,17, que vence el 28 de enero del 2011; (xv) certificado 91392, por un monto de US $2.816,78, emitido el 31 de enero del 2010, que vence el 31 de enero de 2011; (xvi) cupón 91392-1, por un monto bruto de US $148,49, que vence el 31 de enero de 2011; (xvii) certificado 91695, por un monto de US $700, emitido el 14 de febrero de 2010, que vence el 14 de febrero de 2011; (xviii) cupón 91695-1, por un monto bruto de US $35, que vence el 14 de febrero de 2011; (xix) certificado 94091, por un monto de US $8696,41, emitido el 20 de mayo del 2010, que vence el 20 de mayo de 2011; (xx) cupón 94091-1, por un monto bruto de US $415,96, que vence el 20 de mayo de 2011; (xxi) certificado 94174, por un monto de US $5.479,14, emitido el 24 de mayo del 2010, que vence el 24 de mayo del 2011; (xxii) cupón 94174-1, por un monto bruto de US $260,05, que vence el 24 de mayo del 2010; (xxiii) certificado 95014, por un monto de US $1.422,43, emitido el 2 de julio del 2010, que vence el 4 de julio del 2011; (xxiv) cupón 95014-1, por un monto bruto de US $64,52, que vence el 4 de julio del 2010, (xxv) certificado 95015, por un monto de US $1.223,66, emitido el 2 de julio del 2010, que vence el 4 de julio del 2011; (xxvi) cupón 95015-1, por un monto bruto de US $55,50, que vence el 4 de julio del 2011; (xxvii) certificado 95720, por un monto de US $11.370,85, emitido el 3 de agosto del 2010, que vence el 3 de agosto del 2011; (xxviii) cupón 95720-1, por un monto bruto de US $482,02, que vence el 3 de agosto del 2011; (xxix) certificado 95732, por un monto de US $60.788,96, emitido el 4 de agosto de 2010, que vence el 4 de agosto del 2011; (xxx) cupón 95732-1, por un monto bruto de US $2.642,98, que vence el 4 de agosto del 2011; (xxxi) certificado 96845, por un monto de US $3.666,64, emitido el 28 de setiembre del 2010, que vence el 28 de setiembre del 2011; (xxxii) cupón 96845-1, por un monto bruto de US $157,43, que vence el 28 de setiembre de dos mil once; (xxxiii) certificado 96924, por un monto de US $1.474,90, emitido el 2 de octubre del 2010, que vence el 3 de octubre del 2011; (xxxiv) cupón 96924-1, por un monto bruto de US $63,50, que vence el 3 de octubre del 2011; (xxxv) certificado 96932 por un monto de US $372.245,85, emitido el 4 de octubre del 2010, que vence el 4 de octubre del 2011; (xxxvi) cupón 96932-1, por un monto bruto de US $16.993,77, que vence el 4 de octubre del 2011; (xxxvii) certificado 97106, por un monto de US $150.908,49, emitido el 13 de octubre del 2010, que vence el 13 de octubre del 2011; (xxxviii) cupón 97106-1, por un monto bruto de US $6.886,27, que vence el 13 de octubre del 2011; (xxxix) certificado 97107, por un monto de US $3.743,84, emitido el 13 de octubre del 2010, que vence el 13 de octubre del 2011; (xi) cupón 97107-1, por un monto bruto de US $170.91, que vence el 13 de octubre del dos mil once. Por lo cual para efectos de cobro no tienen ninguna validez.—San José, veintitrés de diciembre del dos mil diez.—Luis Carlos Rodríguez Acuña, Apoderado.—(IN2010109482).

HACIENDA LA ACHIOTERA S. A.

Hacienda La Achiotera S. A., con cédula de persona jurídica 3-101-055480, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: de Asamblea General de Accionistas y Registro de Accionistas, Junta Directiva, Diario, Mayor e Inventarios y Balances, todos ambos N° 1. Quien se considere afectado puede manifestar m oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Vera Violeta Molina Córdoba, Apoderada.—(IN2011000095).

GRUPO MUTUAL ALAJUELA-LA VIVIENDA

De conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, el señor GSI Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-208668 ha presentado ante esta Entidad solicitud de reposición de su cheque Nº 31480 por ¢409.024,00.—Centro de Negocios.—Firma ilegible.—(IN2011000107).

INVERSIONES CINCO MIL A C S SOCIEDAD ANÓNIMA

Inversiones Cinco Mil A C S Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-287846, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas de Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios y Registro de Socios, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Geovanni Bonilla Goldony, Notario.—(IN2011000124).

GRANOS CONTINENTALES SOCIEDAD ANÓNIMA

Granos Continentales Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-212401, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición del siguiente libro: Registro de Socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Geovanni Bonilla Goldony, Notario.—(IN2011000126).

ASESORAMIENTO FITOSANITARIO LABORATORIO

DEL DOCTOR OBREGÓN SOCIEDAD ANÓNIMA

Asesoramiento Fitosanitario Laboratorio del Doctor Obregón Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-uno cero uno-cuatro tres seis cinco nueve nueve, solicita ante la Dirección General de Tributación de Heredia, la reposición de cada uno de los libros de Actas Junta Directiva, Actas Asamblea de Socios, Registro de Socios, Inventarios y Balances, Mayor y Diario. En todos los casos se solicita reponer el libro número uno que al efecto lleva la sociedad. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de información y asistencia al contribuyente de la Administración Tributaría de Heredia, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación de este aviso.—Heredia, cuatro de enero del dos mil once.—Miguel Ángel Obregón Gómez, Presidente.—(IN2011000135).

INVERSIONES A COLOR DE COSTA RICA

SOCIEDAD ANÓNIMA

Inversiones A Color de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-440608, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros de Diario, Mayor e Inventarios y Balances, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—(IN2011000169).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

CLUB CAMPESTRE JOSÉ MARTÍ

Yo Bienvenido Pita Gómez documento de identidad cédula de residencia americana A doce ochocientos treinta y cuatro ciento diez, propietario de la acción de socio fundador del Club Campestre José Martí, acción cero ciento diez. Solicito la reposición de la mencionada acción, por extravío de la misma.—Bienvenido Pita Gómez.—(IN2011000192).

TAJO COMAG DE PAVAS S. A.

Tajo Comag de Pavas S. A., cédula jurídica 3 101 054527 solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro inventarios y balances Nº 2. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Mario Guardia Oreamuno, Presidente.—(IN2011000254).

GENERAL FOOD SAN PEDRO S. A.

General Food San Pedro S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-505439, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Consejo de Administración número 1, Actas de Asamblea de Socios, número 1, y Registro de Socios, número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información Tributaria y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del plazo de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Danilo Rivas Solís.—(IN2011000257).

AGROPECUARIA SABANA REDONDA

SOCIEDAD ANÓNIMA

Agropecuaria Sabana Redonda Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuarenta y siete mil ochocientos veintitrés, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Asamblea General, Actas de Junta Directiva, Registro de Accionistas, Diario, Mayor, e Inventario y Balances, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Danilo Chaverri Soto, Notario.—(IN2011000285).

CRIADERO TERIYAKI SOCIEDAD ANÓNIMA

Criadero Teriyaki Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-150447, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Consejo de Administración y Registro de Socios, todos tomo número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. María Isabel Blanco Morales, Notaria.—(IN2011000302).

MEDIPET SOCIEDAD ANÓNIMA

Medipet Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-187883, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Consejo de Administración y Registro de Socios, todos tomo número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. María Isabel Blanco Morales, Notaria.—(IN2011000303).

CORPORACIÓN BETOTIMO S. A.

Corporación Betotimo S. A., cédula jurídica 3-101-390405, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros: Diario 1, Mayor 1, Inventarios y Balances 1, Actas de Consejo de Administración 1, Actas de Asamblea de Socios 1 y Registro de Socios 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Timothy Lee Salladay.—(IN2011000429).

DISTRIBUIDORA FREE SOCIEDAD ANÓNIMA

Distribuidora Free Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-041661, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: Actas de Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios y Registro de Socios, Diario, Mayor, Inventario y Balances todos número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Servicio al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Fernando Beirute Rodríguez, Notario.—(IN2011000444).

HEFRA SOCIEDAD ANÓNIMA

La sociedad Hefra Sociedad Anónima (Hefra S. A.), con cédula jurídica Nº 3-101-28686 (tres-ciento uno-veintiocho mil seiscientos ochenta y seis), en el trámite de legalización de libros de primera vez, solicita ante la Dirección General de Tributación, la entrega anticipada del libro de Actas de Asambleas de Socios número uno, para actualizar su Junta Directiva. Quien se considere afectado, puede enviar su oposición a este trámite a la Administración Tributaria de San José, dentro de los ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto.—Lic. Marjorie Poveda Vargas, Notaria.—(IN2011000487).

publicación de una vez

COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES

EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES

A las siguientes personas se les comunica que, según nuestros registros al 30 de setiembre del 2010, se encuentran morosos. Transcurridos diez días hábiles contados a partir de la fecha en que sus nombres aparezcan publicados en el Diario Oficial La Gaceta, de no cancelar la suma adeudada o firmar un arreglo de pago, se iniciará el proceso administrativo o judicial, según corresponda. Al mismo tiempo se les recuerda que este trámite tiene como consecuencia la inhabilitación para el ejercicio legal de la profesión.

Nombre                                                              Cédula

Badilla González Julia                                                 900870017

Berrocal Saborío Carolina                                          109470574

Boza Venegas Yéssica                                               111360702

Calderón Solano Manuel                                           401340630

Carrillo Santacruz Juan Israel                                    800610412

Cartagena Valverde Ingrid María                         1751004021014

Crespo Varela Giselle                                                  105480868

Deusa Llopis Salvador                                            172400101527

Gianoli López Paola                                                    110420692

González González Marlene                                    155800486314

González Hernández Pablo                                        401130628

Hernández Cristales Doris Elizabeth                     122200205402

Herrera Sancho Yolanda María                                 900590775

Jiménez Mena Lorena                                                 900840804

Jiménez Solano María Isabel                                     900490829

Lanzoni Vindas Alejandro Alfon                              106570985

Latino Pérez Mireya Indiana                                     800660785

Mora Cervantes Emilia                                               105120988

Moreno Núñez Jonathan                                           603150163

Pineda Larios Alba                                                     900390146

Rabb Andrews Tamatha Anne                             1751278361108

Ramírez Chinchilla Karen                                           107680882

Rodríguez Guerrero Ilsa María                            315194500006882

Sánchez Alán Omar Steven                                       113570353

Zeledón Ruiz Carmen María                                      203660830

M.Sc. Félix Salas Castro, Presidente, Junta Directiva.—Lic. Yolanda Hernández Ramírez, Secretaria, Junta Directiva.—1 vez.—(IN2011000228).

COLEGIO DE CIRUJANOS DENTISTAS DE COSTA RICA

El Colegio de Cirujanos Dentistas de Costa Rica, informa a todos los colegiados que en la asamblea general extraordinaria N° 47 celebrada el 30 de noviembre del 2010, la cuota de colegiatura se aumentó en la suma de mil colones, quedando ésta para el período dos mil once en seis mil colones (¢6.000).—Dr. Tomás Franceschi Alba, Director Administrativo.—1 vez.—(IN2011000449).

publicación de tercera vez

Mediante escritura número trescientos ocho-ocho, del tomo ocho. Hoy protocolicé asamblea general extraordinaria de la sociedad Los Apartamentos Roca Verde Sociedad Anónima, en lo conducente, se recibe renuncia del secretario se nombra nuevo.—San José, 15 de noviembre de 2010.—Lic. Rómulo Eduardo Pacheco Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2010214514.—(IN2010108594).

Mediante escritura pública número 80-6 de las 11:00 horas del 7 de diciembre de 2010, Cortinas y Acabados Elandrey S. A. vende Establecimiento Mercantil a Habitat Akilah S. A.Lic. Alejandro Rodríguez Castro, Notario.—RP2010214713.—(IN2010108973).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Por escritura número doscientos catorce bis otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco, se protocolizó el acta número tres de la asamblea extraordinaria de socios de Copalchi de la Riviera S. A., mediante la cual se modifica la cláusula sétima de la escritura de constitución, y cambio de junta directiva.—Alajuela, veintiuno de diciembre del dos mil diez.—Lic. Nidia Isabel Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—RP2010214964.—(IN2010109348).

Por medio de escritura pública de las 14:00 horas del día 09 de diciembre del año 2010, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la compañía de esta plaza denominada Costa Rica Easy Natural Travel Cret Sociedad Anónima, en la cual se nombra nuevo secretario.—San José, 09 de diciembre del 2010.—Lic. Rodrigo Madrigal Núñez, Notario.—1 vez.—RP2010214967.—(IN2010109349).

Por medio de la escritura número ciento cinco, otorgada a las dieciséis horas del día veinticinco de octubre del año dos mil diez, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Silver Trail Sociedad Anónima, por la cual se modifica la cláusula segunda del domicilio y se revocan los nombramientos de la junta directiva y del fiscal, se nombran nuevos miembros para estos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—RP2010214970.—(IN2010109350).

Ante esta notaría, se constituyó la compañía Súper Santa Rosa de Pocosol C.H.CH S. A. Capital social: 10.000 colones. Representante: Carolina Hernández Chaves.—San José, diciembre del 2010.—Lic. Dagoberto Rivera Betancourt, Notario.—1 vez.—RP2010214971.—(IN2010109351).

Ante esta notoria, se constituyó la compañía Servicios de Outsourcing Santa Rosa R.J.H S. A. Capital social: 10.000 colones. Representante: Roy Gerardo Jiménez Hernández.—San José, diciembre del 2010.—Lic. Dagoberto Rivera Betancourt, Notario.—1 vez.—RP2010214972.—(IN2010109352).

Ante esta notaría se constituyó la compañía Finca El Pindongo D&D S. A. Capital social: 10.000 colones. Representante: Daniel Hernández Chaves.—San José, diciembre del 2010.—Lic. Dagoberto Rivera Betancourt, Notario.—1 vez.—RP2010214973.—(IN2010109353).

Ante mí, Geovanny Astúa Arce, Notario Público con oficina abierta en Siquirres, sita cien metros al este y veinticinco metros al norte de la Terminal de Buses Caribeños, se protocoliza acta constitutiva de la sociedad denominada Agrodiversidad Jigra Sociedad Anónima, mediante escritura número ciento noventa y ocho-cinco, del protocolo cinco, en la que se nombra su junta directiva. Plazo y capital social. Es todo.—Siquirres, trece de octubre del dos mil diez.—Lic. Geovanny Astúa Arce, Notario.—1 vez.—RP2010214975.—(IN2010109354).

Por escritura pública otorgada ante mi notaría, se ha protocolizado acta de la sociedad Ingetec Limitada. Escritura otorgada en San José, a las nueve horas del veintiuno de junio del dos mil diez.—Lic. Geovanna Reyes Sancho, Notaria.—1 vez.—RP2010214979.—(IN2010109355).

Por escritura pública otorgada ante mi notaría, se ha protocolizado acta de la sociedad Simfer de Costa Rica Limitada. Escritura otorgada en San José, a las once horas del veintiuno de junio del dos mil diez.—Lic. Geovanna Reyes Sancho, Notaria.—1 vez.—RP2010214980.—(IN2010109356).

Por escritura pública otorgada ante mi notaría, se ha constituido la sociedad J&PChemical Solution Sociedad Anónima, pudiéndose abreviar como J&PChemical Solution S. A. Escritura otorgada en San José, a las once horas del ocho de agosto del dos mil diez.—Lic. Geovanna Reyes Sancho, Notaria.—1 vez.—RP2010214981.—(IN2010109357).

Por escritura número ciento cuarenta y cuatro, de las 09:00 horas del día 21 de diciembre del 2010, se reformaron las cláusulas segunda y novena de la sociedad denominada Surfside Mini Storage Sociedad Anónima. Lic. Norman Mory Mora, Notario.—San José, 21 de diciembre 2010.—Lic. Jeannette Salazar Araya, Notaria.—1 vez.—RP2010214984.—(IN2010109358).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria a las 11:00 horas del 15 de diciembre del 2010, Propiedades Metrópoli Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-006788, reforma cláusula tercera del pacto social.—San José, 15 de diciembre de 2010.—Lic. Carolina Gallegos Steinvorth, Notaria.—1 vez.—RP2010214985.—(IN2010109359).

Por escritura otorgada a las 18 horas de hoy, ante mí, se constituyó la sociedad Celebrations Costa Rica XX S. A. Domicilio: Bello Horizonte, Escazú. Capital: veinte mil colones. Plazo: 99 años a partir de su constitución. Presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.—San José, 21 de diciembre del 2010.—Lic. Ana Cecilia Castro Calzada, Notaria.—1 vez.—RP2010214988.—(IN2010109360).

Por escritura número 201-2 de las 12:00 horas del 13 de diciembre del 2010 se crea la sociedad Microterra Sociedad de Responsabilidad Limitada. Representación: Gerente.—San Antonio de Desamparados, 16 de diciembre del 2010.—Lic. Julián Antonio Batalla Galleos y Paula Medrano Barquero, Notarios.—1 vez.—RP2010214995.—(IN2010109361).

Por escritura otorgada ante mí, Daniel Eduardo Muñoz Herrera, a las nueve horas treinta minutos del veintidós de diciembre de dos mil diez, se acuerda reformar la cláusula segunda del domicilio del pacto constitutivo de la sociedad denominada Desarrollos y Proyectos Y Sociedad Anónima.—San José, veintidós de diciembre del dos mil diez.—Lic. Eduardo Muñoz Herrera, Notario.—1 vez.—RP2010214997.—(IN2010109362).

Por escritura otorgada ante mí, Daniel Eduardo Muñoz Herrera, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de diciembre de dos mil diez, se acuerda reformar la cláusula sexta de la administración del pacto constitutivo de la sociedad denominada Combustion of Images Sociedad Anónima.—San José, veintidós de diciembre del dos mil diez.—Lic. Eduardo Muñoz Herrera, Notario.—1 vez.—RP2010214998.—(IN2010109363).

Quien suscribe Lic. Haydee Taylor Allen, hace saber que se suscribió la sociedad anónima J.A.S.F Sociedad Anónima. Representada por Steven Alonso Mora Castillo, cédula de identidad número uno-catorce treinta y ocho-siete cuatro nueve, vecino de Mozotal de Guadalupe, urbanización las Veredas casa once.—Lic. Haydee Taylor Allen, Notaria.—1 vez.—RP2010215002.—(IN2010109364).

Ante esta notaría, comparecieron los señores Miriam González Cruz, Emilia Mayorga Villarreal, Flor Marina Bastos Flores, Damaris Mendoza López, Iris Sánchez Solís, Anaís Guerrero Barahona, Olga Barrios López, Yamileth Sánchez Pérez, Catalina Valencia Valencia, María Rosa Rodríguez Abarca, conocida como Rosa María Rodríguez Abarca, Anabell Jarrat Walters, y Marta Sáenz Sandoval, para constituir la sociedad denominada Mujeres Empresarias de Bataan Sociedad Anónima, la cual tendrá un plazo social de noventa y nueve años, el domicilio es: barrio Imas de Bataan de Matina de Limón, setenta metros al este del Centro de Nutrición. Siendo la socia Miriam González Cruz, su representante judicial y extrajudicial, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma. El capital social será doscientas treinta y cuatro acciones de dos mil colones, cada una, o sea cuatrocientos sesenta y ocho mil colones. Es todo.—Bataan, quince de diciembre del dos mil diez.—Lic. Óscar Guerrero Alemán, Notario.—1 vez.—RP2010215015.—(IN2010109365).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría, a las trece horas del veinte de diciembre del presente año, se constituyó la compañía de esta plaza denominada AGL Neutral S. A. Capital social: suscrito y pagado. Sr. Alejo Aguilar Barzuna, Presidente.—San José, 20 de diciembre del 2010.—Lic. Jéssica Brenes Camacho, Notaria.—1 vez.—RP2010215016.—(IN2010109366).

Hoy día he protocolizado acta de la sociedad Apartamento de Playa Isernia S. A., modificando la cláusula primera de los estatutos.—Desamparados, San José, veintiuno de diciembre del dos mil diez.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—RP2010215017.—(IN2010109367)

Ante mí, se constituyó la sociedad denominada Sucesores Hermanos Elizondo Pacheco, Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital: totalmente suscrito y pagado, la representación le corresponde al gerente y subgerente, con domicilio en Guácimo, Limón.—Guápiles, 21 de diciembre del 2010.—Lic. Juan Carlos Radulovich Quijano, Notario.—1 vez.—RP2010215018.—(IN2010109368).

Ante mí, se constituyó la sociedad denominada La Reina Gata Bianca, Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital: totalmente suscrito y pagado, la representación le corresponde al gerente y subgerente, con domicilio en Guápiles, Pococí, Limón.—Guápiles, 21 de diciembre del 2010.—Lic. Juan Carlos Radulovich Quijano, Notario.—1 vez.—RP2010215019.—(IN2010109369).

Ante mí, se constituyó la sociedad denominada Brumas del Caribe Luna, Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital: totalmente suscrito y pagado, la representación le corresponde al Gerente y Subgerente, con domicilio en Guápiles, Pococí, Limón.—Guápiles, 21 de diciembre del 2010.—Lic. Juan Carlos Radulovich Quijano, Notario.—1 vez.—RP2010215020.—(IN2010109370).

Por escritura número: 272, otorgada a las 18 horas del 20 de diciembre del 2010, se constituyó la sociedad anónima, que se denominará conforme el artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J del 29 de mayo del 2006, publicado en La Gaceta Nº 114 del 14 de junio del 2006. De Capital: mil colones. Plazo: 99 años. Giro: Comercio. Domicilio: San José, Tibás; Resd. Parques del Norte, Presidente: José Elías Campos Castillo.—San José, 22 de diciembre del 2010.—Lic. Eduardo Aráuz Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2010215025.—(IN2010109371).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las diez horas del dieciséis de diciembre del dos mil diez, de la sociedad Avaysys de Costa Rica Sociedad Anónima, se modifica la cláusula quinta del capital social.—San José, veintidós de diciembre del dos mil diez.—Lic. Ana Giselle Barboza Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2010215027.—(IN2010109372).

En esta Notaría, al ser las quince horas del día quince de noviembre del dos mil diez, se constituyó la empresa VA American Movie Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 20 de diciembre del 2010.—Lic. Gonzalo Saavedra Brenes, Notario.—1 vez.—RP2010215028.—(IN2010109373).

Por escritura de Protocolización de acta de Kreativa Sociedad Anónima, portadora de la cédula jurídica número: tres-ciento uno-quinientos ochenta y un mil novecientos treinta y nueve, otorgada ante mí, a las ocho horas del veintidós de diciembre del dos mil diez, se revocan los nombramientos de vicepresidente, secretario, tesorero y fiscal, y se nombra nueva junta directiva y fiscal, a saber: vicepresidente: Sebastián Rojas Esquivel, secretario: Esteban Rojas Esquivel, tesorera: Sonia Esquivel Chaverri, y fiscal: Annette Barboza Marín. Se reforma el domicilio social: San José, Moravia, San Vicente, Barrio La Guaria, calle Canario, de la puerta principal del Restaurante Marisquería Princesa Marina, cien metros al oeste y veinticinco metros al norte, segunda casa a mano derecha.—Lic. Sergio Bravo Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2010215029.—(IN2010109374).

Ante esta notaría han comparecido los señores Daniel Enrique Picado Jiménez, cédula 1-1158-277, vecino de San Rafael de Guatuso y Carlos Andrés Picado Jiménez, cédula 2-706-232, vecino de San José de Upala, a constituir una sociedad anónima denominada DEP Security Service Sociedad Anónima. Domiciliada en el distrito de San José de Upala, cantón Upala, provincia Alajuela, exactamente, cincuenta metros al sur del puente sobre el Río Niño, carretera a Santa Cecilia, Guanacaste.—Upala, 21 diciembre del 2010.—Lic. Félix Ángel Herrera Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2010215030.—(IN2010109375).

Ante el suscrito Notario, a las doce horas del día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Digital Media Graphics Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, seis de diciembre del dos mil diez.—Lic. Luis Alberto Pereira Brenes, Notario.—1 vez.—RP2010215032.—(IN2010109376).

Por escritura otorgada ante mí, hoy a las 11:00 horas, Daylor Jácamo Retana y Cristóbal Jácamo Rodríguez ceden y traspasan una acción cada uno al señor Juan Mario Jácamo Rodríguez de la sociedad Inversiones Prisdaimar S. A.—Santo Domingo de Heredia, 06 de diciembre del 2010.—MSc. Helberto Moreira González, Notario.—1 vez.—RP2010215036.—(IN2010109377).

Que por escritura número ciento treinta y seis, otorgada a las doce horas del veintidós de diciembre del año dos mil diez, se constituyó la sociedad Seryan SYG Sociedad Anónima, cuyo representante legal es Olman Alberto Martínez Montero.—Lic. Sandra Patricia Chacón Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2010215037.—(IN2010109378).

Ante esta notaría, de aumenta el capital de las sociedades: Fexenae Sociedad Anónima en veinte millones, CR Combustibles Sociedad Anónima en seis millones, Transportes M y M Sociedad Anónima en veintinueve millones, Mantenimiento Preventivo MANPRESA Sociedad Anónima en siete millones.—San José, 22 de diciembre del 2010.—Lic. Emilio Arana Puente, Notario.—1 vez.—RP2010215039.—(IN2010109379).

Por escritura otorgada a las 10:00 horas del 21 de diciembre de 2010, ante esta notaría se protocolizó, acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de, Exportaciones Comex S. A., en virtud de la cual se acordó reformar cláusulas sexta, decimaprimera y decimasexta.—San José, 21 de diciembre del 2010.—Lic. Julio Enrique Zelaya Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2010215040.—(IN2010109380).

Por escritura otorgada a las 11:00 horas del 21 de diciembre del 2010, ante esta notaría se protocolizó, acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Iris S. A., en virtud de la cual se acordó reformar cláusula sétima.—San José, 21 de diciembre del 2010.—Lic. Julio Enrique Zelaya Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2010215041.—(IN2010109381).

Por escritura otorgada a las 12:00 horas del 21 de diciembre del 2010, ante esta notaría se protocolizó, acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de, Corporación Kahle S. A., en virtud de la cual se acordó reformar cláusula quinta y sexta.—San José, 21 de diciembre del 2010.—Lic. Julio Enrique Zelaya Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2010215042.—(IN2010109382).

Por escritura número 62 del tomo 7 de mi protocolo, otorgada las 10:30 horas del 17 de diciembre del año 2010, el suscrito Notario protocolicé el acta de asamblea extraordinaria de accionistas número seis de la sociedad Inmobiliaria Río Oro S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-271099, mediante la cual se reforma las cláusulas quinta y sétima de los estatutos sociales.—San José, 17 de diciembre del 2010.—Lic. Julio Enrique Zelaya Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2010215043.—(IN2010109383).

Ante mi Notaría se constituyó la sociedad denominada Amarillas Internacionales Sociedad Anónima. El domicilio será en la provincia de San José, distrito cuatro, Catedral, cantón uno, San José, o sea San José avenida seis entre calles trece y quince casa mil trescientos cincuenta y ocho. Escritura otorgada a las ocho horas del veintidós de diciembre del dos mil diez.—22 de diciembre del 2010.—Lic. Dámaso Ruiz Carrión, Notario.—1 vez.—RP2010215044.—(IN2010109384).

Por escritura número cuarenta y nueve-cinco, de las veinte horas del veintiuno de diciembre del año dos mil diez, otorgada ante la Licenciada Daniela Leitón Castillo, Cristian Ramírez Vargas y Víctor González Arias, constituyen la sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el Registro según Decreto número tres tres uno siete uno- J.—Lic. Daniela Leitón Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2010215051.—(IN2010109385).

Ante esta notaría, mediante escritura número 184 del 21 de diciembre del 2010, se constituyó la sociedad Pcinnova Sociedad Anónima, con domicilio en Concepción de La Unión Cartago, cuyo representante legal es su presidente Geoffrey Acuña Mora, cédula 1-1204-501.—Concepción, 22 de diciembre del 2010.—Lic. Rebeca Castillo Bastos, Notaria.—1 vez.—RP2010215053.—(IN2010109386).

Por escritura otorgada a las doce horas del diecisiete de diciembre del dos mil diez, se constituye la sociedad denominada Inversiones Dignidad de Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, diecisiete de diciembre del dos mil diez.—Lic. Warner Porras Guzmán, Notario.—1 vez.—RP2010215055.—(IN2010109387).

Por escritura pública otorgada a las nueve horas del dos de diciembre del dos mil diez, se constituyó, la sociedad denominada Taller BHI INC Sociedad Anónima, ante el suscrito notario en la ciudad de San José.—San José, veintidós de diciembre del dos mil diez.—Lic. Manuel Porras Vargas, Notario.—1 vez.—RP2010215056.—(IN2010109388).

Por escritura otorgada ante el suscrito Notario, a las 12:00 horas del 21 de diciembre del 2010, se protocoliza el acta de reunión extraordinaria de socios de la sociedad Schoenhaus Sámara Ltda., con cédula jurídica 3-102-429346, en la cual se reforma la administración, domicilio y se nombra agente residente. Colegiado Nº 4514.—San Rafael de Heredia, 21 de diciembre del 2010.—Lic. Thomas Burke Maessen, Notario.—1 vez.—RP2010215063.—(IN2010109389).

La suscrita notaría pública Xinia Aguilar Picado, doy fe que el día veintiuno de diciembre del dos mil diez, se constituyó la sociedad cuyo nombre será el número de cédula jurídica que asigne el Registro Público. Cuyo apoderado generalísimo sin límite de suma es: Presidente Enrique Chacón Zúñiga, mayor, casado una vez, empresario, vecino de San José La Uruca del Puente Juan Pablo Segundo cien metros al oeste y cien metros al sur, portador de la cédula de identidad número uno-doscientos catorce-cuatrocientos ochenta y dos. Capital: suscrito y pagado. Es todo.—Heredia, veintiuno de diciembre del dos mil diez.—Lic. Xinia Aguilar Picado, Notaria.—1 vez.—RP2010215064.—(IN2010109390).

La suscrita notaria pública Xinia Aguilar Picado, doy fe que el día dieciséis de setiembre del dos mil diez, se reformó la junta directiva de la sociedad Consultores Agroambientales Consuagroambiente Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-tres tres cero dos dos uno. Capital: suscrito y pagado. Es todo.—Heredia, veintiuno de diciembre del dos mil diez.—Lic. Xinia Aguilar Picado, Notaria.—1 vez.—RP2010215065.—(IN2010109391).

Ante esta Notaría, se constituyó la sociedad denominada Proyecto El Pescador de Alaska Limitada. Capital social: doce mil colones, pagado mediante letra de cambio. Gerente y sugerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Tilarán, veintidós de diciembre del dos mil diez.—Lic. Eitel Eduardo Álvarez Ulate, Notario.—1 vez.—RP2010215067.—(IN2010109392).

Ante esta Notaría, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos Empresariales Umaña Durán Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones, pagado mediante letra de cambio. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Tilarán, veintidós de diciembre del dos mil diez.—Lic. Eitel Eduardo Álvarez Ulate, Notario.—1 vez.—RP2010215068.—(IN2010109393).

Ante esta Notaría, se constituyó la sociedad denominada Pillow Investments Limitada. Capital social: diez mil colones, pagado mediante letra de cambio. Gerente y sugerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Tilarán, veintidós de diciembre del dos mil diez.—Lic. Mario Enrique Delgado Solórzano, Notario.—1 vez.—RP2010215069.—(IN2010109394).

Ante esta Notaría, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Juventus y Liwi Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones, pagado mediante letra de cambio. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Tilarán, veintidós de diciembre del dos mil diez.—Lic. Eitel Eduardo Álvarez Ulate, Notario.—1 vez.—RP2010215070.—(IN2010109395).

Por escritura número 34 otorgada ante el suscrito Notario, a las 18:00 horas del día 14 de diciembre del 2010, se constituyó Compañía Sajama Sociedad Anónima. Capital social 100.000 colones íntegramente suscritos y pagado. Domicilio social será en Cartago, Cartago, Barrio el Carmen, de la Capilla 100 metros al oeste, 25 metros al norte y 75 metros al oeste. Plazo social: 99 años. Presidenta: Marcela Madrigal Alvarado.—Cartago, 14 de diciembre del 2010.—Lic. Alejandro Argüello Leiva, Notario.—1 vez.—RP2010215071.—(IN2010109396).

Mediante la escritura otorgada ante mí, en la ciudad de San José, las 11:00 horas del día veintidós de diciembre dos mil diez, se modifica la cláusula quinta de los estatutos de la compañía Durman Esquivel S. A.Lic. Manuel Emilio Montero Anderson, Notario.—1 vez.—RP2010215077.—(IN2010109397).

Ante esta notaría se constituye la sociedad anónima de esta plaza denominada Inversiones Valverde & Asociados Sociedad Anónima, a las once horas del siete de diciembre del dos mil diez, siendo su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma el señor Virgilio Agustín Valverde Navarro, ante el notario Rodrigo Garita López, en Florencia, San Carlos.—Alajuela, veinte de diciembre del dos mil diez.—Lic. Rodrigo Garita López, Notario.—1 vez.—RP2010215082.—(IN2010109398).

Por escritura número ochenta y uno-cuatro otorgada ante la suscrita notaria en conotariado con el notario Rolando Laclé Castro y el notario David Arturo Campos Brenes el veintidós de diciembre del dos mil diez, he protocolizado el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Trazos de Sol Sociedad Anónima, en que se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo.—San José, veintidós de diciembre del dos mil diez.—Lic. Katherin Brenes Bonilla, Notaria.—1 vez.—RP2010215084.—(IN2010109399).

Por escritura de las nueve horas del dos de diciembre de dos mil diez, se constituyó la sociedad Lilith Azul Segundo S. A. Capital totalmente suscrito y pagado. Presidenta: Jane Segleau Earle.—Lic. Alexander Barquero Lobo, Notario.—1 vez.—RP2010215085.—(IN2010109400).

Por escritura número cincuenta y dos-siete, otorgada ante esta notaría a las once horas del veintiuno de diciembre del dos mil diez, se protocolizó acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Big Tropical Waves S. A., con cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cuarenta y dos mil seiscientos tres, mediante la cual se reformaron las cláusulas segunda, cuarta, quinta y sétima y se nombró nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, veintiuno de diciembre del dos mil diez.—Lic. Jorge F. Baldioceda Baltodano, Notario.—1 vez.—RP2010215086.—(IN2010109401).

Mediante escritura número noventa y ocho de las diez horas de veintidós de noviembre de dos mil diez, tomo siete del protocolo del Lic. Diego Oporto Mejía, los señores Tanía Sibaja Chacón, Luis Guillermo Sibaja Chacón, constituyen sociedad anónima denominada: Seis en Punto de Costa Rica S. A., y tendrá como domicilio social Santo Domingo de Heredia, Urbanización Quizarco, casa quince O.—Heredia, 23 de diciembre del 2010.—Lic. Diego Oporto Mejía, Notario.—1 vez.—RP2010215087.—(IN2010109402).

Hoy día he constituido sociedad cuya razón social es Tuanix Interactive Media S. A., con domicilio en Moravia, San José, capital social diez mil colones. Presidente de la junta directiva con representación judicial y extrajudicial.—Desamparados, San José, veintiuno de diciembre del dos mil diez.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—RP2010215088.—(IN2010109403).

Por escritura de las nueve horas del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Corporación Tibidabo L.V.J. S. A., por la cual se nombró presidente y secretario de la junta directiva y se modificó la cláusula segunda del pacto social.—San José, veintidós de diciembre del dos mil diez.—Lic. Karen Zamora Román, Notaria.—1 vez.—RP2010215089.—(IN2010109404).

Luis Fernando Aguilar Oses notario público, deja constancia que mediante escritura número: doscientos cuatro-cuatro; visible al folio: ciento cincuenta y cinco vuelto del tomo cuarto de su protocolo se modificó la cláusula cuarta del pacto constitutivo de la sociedad de esta plaza Aceros Roag S. A., aumentándose su capital social a la suma de quinientos millones de colones, quedando totalmente suscrito y pagado.—San José, veintidós de diciembre de dos mil diez.—Lic. Luis Fernando Aguilar Oses, Notario.—1 vez.—RP2010215090.—(IN2010109405).

Por escritura otorgada ante mí, se constituye la compañía Zamora y Valverde S. A., pudiendo usar en su papelería las siglas S & M. Capital: suscrito y pagado. Domicilio: San José. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma. En San José, a las dieciséis horas del diez de diciembre del dos mil diez.—Lic. Roxana Gómez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2010215092.—(IN2010109406).

Se protocoliza acta número tres de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de Monteniebla Coronado S. A., cédula jurídica 3-101-425113, celebrada en el domicilio fiscal, 11:00 horas del 1º de diciembre del 2010, se nombra junta directiva y fiscal y se protocoliza en escritura número ciento veintiuno de las 14:00 horas del 16 de diciembre del 2010, ante el notario público Daniel Ángel Fernández Zamora.—16 de diciembre del 2010.—Lic. Daniel Ángel Fernández Zamora, Notario.—1 vez.—RP2010215096.—(IN2010109407).

Mediante escritura otorgada en esta ciudad, a las diez horas treinta minutos del veintisiete de noviembre de dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Araya y Arias Sociedad Anónima. Domicilio: Barrio San José de Alajuela. Presidente y vicepresidente: representantes legales con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Alajuela, 16 de diciembre del 2010.—Lic. María González Campos, Notaria.—1 vez.—RP2010215101.—(IN2010109408).

Acta constitutiva de la sociedad: Abian Bet-Sur Sociedad Anónima, otorgada mediante escritura número: trescientos, nueve, a las ocho horas del trece de diciembre del dos mil diez, visible a folios: ciento setenta y nueve vuelto del tomo diecisiete de la notaria: Tatiana Camacho Acosta.—Heredia, 15 de diciembre del 2010.—Lic. Tatiana Camacho Acosta, Notaria.—1 vez.—RP2010215103.—(IN2010109409).

Acta constitutiva de la sociedad: Incanda Sociedad Anónima, constituida a las ocho horas del tres de diciembre del dos mil diez, mediante escritura pública doscientos noventa y cuatro, visible a folios: ciento sesenta y cinco frente del tomo diecisiete de la notaria Tatiana Camacho Acosta.—Heredia, 14 de diciembre del 2010.—Lic. Tatiana Camacho Acosta, Notaria.—1 vez.—RP2010215104.—(IN2010109410).

Acta constitutiva de la sociedad: Vavisoma Sociedad Anónima, constituida a las diecinueve horas del diecisiete de noviembre del dos mil diez, mediante escritura pública doscientos sesenta y nueve, visible a folios: ciento cuarenta y nueve frente del tomo diecisiete de la notaria Tatiana Camacho Acosta.—Heredia, 14 de diciembre del 2010.—Lic. Tatiana Camacho Acosta, Notaria.—1 vez.—RP2010215105.—(IN2010109411).

El suscrito notario Marco V. Calvo Amador, hace constar que el 20 de diciembre del 2010, se constituyó la sociedad denominada A. A .T .I E.I.R.L., cuyo representante legal es el señor Antony Alfaro Salas, con su domicilio en la ciudad de San José, con un capital de 10.000 colones.—Alajuela, 21 de diciembre del 2010.—Lic. Marco V. Calvo Amador, Notario.—1 vez.—RP2010215106.—(IN2010109412).

Mediante escritura número doscientos noventa, suscrita el diecisiete de noviembre de dos mil diez en mi notaría, se constituyó la sociedad Inversiones Inverlot de Salitral S. A., su capital social cien mil colones netos, su presidenta Georgina Vega Vallejos, cédula número cinco-doscientos diez-seiscientos noventa y cuatro, ostenta las facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, su domicilio social es en Salitral de Santa Ana, San José.—Heredia, 17 de noviembre de 2010.—Lic. Víctor M. González Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2010215107.—(IN2010109413).

El suscrito notario Marco V. Calvo Amador, hace constar que el 3 de diciembre del 2010, se constituyó la sociedad denominada Olivar E.I.R.L., cuyo representante legal es la señora Arlem Olivares Rodríguez, con su domicilio en la ciudad de Heredia, con un capital de 10.000 colones, pero por razones de similitud con marca se manda a publicar nuevamente como Servicios Profesionales A.O.R E.I.R.L.Alajuela, 20 de diciembre del 2010.—Lic. Marco V. Calvo Amador, Notario.—1 vez.—RP2010215108.—(IN2010109414).

Mediante escritura 363, otorgada a las 10:00 horas del 23 de octubre del 2010, ante mí Jorge Aquiles Brenes Martínez, se constituyó la sociedad la cual llevará como nombre: Recasa Sociedad Anónima, apoderada generalísima sin límite de suma la señora: Yolanda Recio Castro, mayor, viuda de primeras nupcias, empresaria, portadora de la cédula de identidad número: dos-ciento sesenta y nueve-novecientos seis, vecina de Limón, doscientos metros al norte de la catedral de Limón, frente a las oficinas del AyA.—Limón Centro, 23 de diciembre del 2010.—Jorge A. Brenes Martínez, Notario.—1 vez.—RP2010215111.—(IN2010109415).

En esta notaría a las 12:00 horas del 22 de noviembre de 2010, José Fabio Céspedes Arias y Rosa María Espinoza Chaves, constituyen Céspedes Espinoza Sociedad Anónima. Capital social: 10.000 colones representado por 100 acciones comunes y nominativas de 100 colones cada una. Objeto: comercio en general. Plazo: 99 años a partir de la fecha de la escritura. Presidente el socio: Céspedes Arias.—Lic. José Fernando Saborío Jenkins, Notario.—1 vez.—(IN2010109425).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del quince de diciembre del dos mil diez, se constituyeron diez sociedades de responsabilidad limitada denominadas el número de cédula jurídica que se les asigne al momento de su inscripción. Domicilio: Guanacaste, Liberia, oficinas en el Hotel El Bramadero. Capital social: mil colones, se nombraron dos Gerentes.—Lic. Mariana Isabel Alfaro Salas, Notaria.—1 vez.—(IN2010109436).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del veintitrés de diciembre del dos mil diez, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Words Strung Together Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos noventa mil ochocientos cuarenta y siete, de las doce horas del seis de diciembre del dos mil diez, mediante la cual se reforma la cláusula segunda y sexta de los estatutos y se nombra nuevo gerente.—Lic. Mariana Isabel Alfaro Salas, Notaria.—1 vez.—(IN2010109437).

Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del ocho de diciembre del dos mil diez se constituyó una sociedad anónima denominada Inversiones Loisach S. A. Domicilio: San José, calle once, avenida primera, Edificio Bansbach. Capital social: cuatrocientos ochenta millones de colones, se nombró junta directiva y fiscal.—Lic. Hernán Cordero Maduro, Notario.—1 vez.—(IN2010109438).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del veintidós de diciembre del dos mil diez, se constituyeron cinco sociedades de responsabilidad limitada denominadas el número de cédula jurídica que se les asigne al momento de su inscripción. Domicilio: San José, barrio Don Bosco, cien metros este de la Sala Garbo, segundo piso, Cordero & Cordero Abogados. Capital social: mil colones, se nombraron dos gerentes.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2010109439).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas del veintidós de diciembre del dos mil diez, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones Stewer Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero veinticuatro mil cuatrocientos cuarenta y ocho de las ocho horas del dieciséis de diciembre de dos mil diez, mediante la cual se reforma la cláusula quinta de los estatutos.—Lic. Hernán Cordero Maduro, Notario.—1 vez.—(IN2010109440).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas cincuenta minutos del veintitrés de diciembre del dos mil diez, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad White Alpine Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-seiscientos veinte mil cuatrocientos cuarenta y cuatro, de las once horas del seis de diciembre del dos mil diez, mediante la cual se reforma la cláusula sexta de los estatutos y se nombra nuevo gerente.—Lic. Mariana Isabel Alfaro Salas, Notaria.—1 vez.—(IN2010109441).

Por escritura otorgada ante este notario público el 21 de diciembre de 2010, a las 9:40 horas, se constituyó una sociedad limitada cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del decreto ejecutivo número 33171-J. Capital social diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Gerente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 22 de diciembre de 2010.—Lic. Javier Enrique Pacheco Mauro, Notario.—1 vez.—(IN2010109442).

Por escritura otorgada ante este notario público el 21 de diciembre de 2010, a las 9:30 horas, se constituyó una sociedad limitada cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del decreto ejecutivo número 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Gerente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 22 de diciembre de 2010.—Lic. Javier Enrique Pacheco Mauro, Notario.—1 vez.—(IN2010109443).

Por escritura otorgada ante este notario público el 21 de diciembre de 2010, a las 9:20 horas, se constituyó una sociedad limitada cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del decreto ejecutivo número 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Gerente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 22 de diciembre de 2010.—Lic. Javier Enrique Pacheco Mauro, Notario.—1 vez.—(IN2010109444).

Por escritura otorgada ante este notario público el 21 de diciembre de 2010, a las 9:10 horas, se constituyó una sociedad limitada cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del decreto ejecutivo número 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Gerente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 22 de diciembre de 2010.—Lic. Javier Enrique Pacheco Mauro, Notario.—1 vez.—(IN2010109445).

Por escritura otorgada ante este notario público el 21 de diciembre de 2010, a las 9:00 horas, se constituyó una sociedad limitada cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del decreto ejecutivo número 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Gerente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 22 de diciembre de 2010.—Lic. Javier Enrique Pacheco Mauro, Notario.—1 vez.—(IN2010109446).

Por escritura otorgada ante este notario público el 21 de diciembre de 2010, a las 8:40 horas, se constituyó una sociedad anónima cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del decreto ejecutivo número 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 22 de diciembre de 2010.—Lic. Javier Enrique Pacheco Mauro, Notario.—1 vez.—(IN2010109447).

Por escritura otorgada ante este notario público el 21 de diciembre de 2010, a las 8:30 horas, se constituyó una sociedad anónima cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del decreto ejecutivo número 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 22 de diciembre de 2010.—Lic. Javier Enrique Pacheco Mauro, Notario.—1 vez.—(IN2010109448).

Por escritura otorgada ante este notario público el 21 de diciembre de 2010, a las 8:20 horas, se constituyó una sociedad anónima cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del decreto ejecutivo número 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 22 de diciembre de 2010.—Lic. Javier Enrique Pacheco Mauro, Notario.—1 vez.—(IN2010109449).

Por escritura otorgada ante este notario público el 21 de diciembre de 2010, a las 8:10 horas, se constituyó una sociedad anónima cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del decreto ejecutivo número 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 22 de diciembre de 2010.—Lic. Javier Enrique Pacheco Mauro, Notario.—1 vez.—(IN2010109450).

Por escritura otorgada ante este notario público el 21 de diciembre de 2010, a las 8:00 horas, se constituyó una sociedad anónima cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del decreto ejecutivo número 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 22 de diciembre de 2010.—Lic. Javier Enrique Pacheco Mauro, Notario.—1 vez.—(IN2010109451).

Por escritura otorgada ante esta notaría el 21 de diciembre del 2010 a las 16:00 horas, la sociedad Filial Sesenta y Dos Albufera Fuerte Ventura Sociedad Anónima, protocolizó acuerdos en que se modifican las cláusulas segunda y novena del pacto social.—22 de diciembre del 2010.—Lic. Javier Enrique Pacheco Mauro, Notario.—1 vez.—(IN2010109452).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas treinta y cinco minutos del veintitrés de diciembre del dos mil diez, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Time is a Great Healer Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-quinientos trece mil trescientos noventa y siete de las once horas del catorce de diciembre del dos mil diez, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y sexta de los estatutos y se nombran nuevos gerentes.—Lic. Mariana Isabel Alfaro Salas, Notaria.—1 vez.—(IN2010109453).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas veinticinco minutos del veintitrés de diciembre del dos mil diez, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad History Repeats Itself Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-quinientos trece mil cuatrocientos ochenta y uno, de las diez horas del catorce de diciembre del dos mil diez, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y sexta de los estatutos y se nombran nuevos gerentes.—Lic. Mariana Isabel Alfaro Salas, Notaria.—1 vez.—(IN2010109454).

Mediante escritura número 146-6, otorgada ante esta notaría en San José, a las 16:00 horas del 20 de diciembre del 2010, se constituyó la sociedad cuya denominación corresponderá a la cédula jurídica con aditamento sociedad de responsabilidad limitada. Capital: suscrito y pagado. Gerente con facultades de apoderado generalísimo limitado a la suma de cien mil colones.—San José, 21 de diciembre del 2010.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2010109462).

Mediante escritura número 145-6, otorgada ante esta notaría en San José, a las 15 horas del 20 de diciembre del 2010, se constituyó la sociedad cuya denominación corresponderá a la cédula jurídica con aditamento sociedad de responsabilidad limitada. Capital: suscrito y pagado. Gerente con facultades de apoderado generalísimo limitado a la suma de cien mil colones.—San José, 21 de diciembre del 2010.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2010109463).

Por escritura número treinta y nueve, otorgada a las once horas del veintitrés de diciembre del dos mil diez, ante mi notaría se nombró nuevo presidente y tesorero por renuncia a su cargos de la entidad denominada Wan Sing S. A., quedando como presidenta: Natalia Lo Chi cc Natalia Lo Zhang y tesorero: Ming Ho Lo Chang cc Norman Lo Chang, por el resto del plazo social.—Puntarenas, 23 de diciembre del 2010.—Lic. Javier Desanti Henderson, Notario.—1 vez.—(IN2010109468).

Reformas al pacto social y nuevo nombramiento de junta directiva de Wobrumero Sociedad Anónima.—San José, 17 de diciembre de 2010.—Lic. Patricia Lizano Sánchez, Notaria.—1 vez.—(IN2010109477).

Mediante protocolización de fecha veintitrés de diciembre de dos mil diez, de la sociedad Miguel Sánchez Picado y Compañía Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta y cinco mil quinientos ochenta y ocho, se procedió a modificar el acta constitutiva en la cláusula de representación y nombre de junta directiva.—San José, veintitrés de diciembre de dos mil diez.—Lic. Medalina Wabe Herrera, Notaria.—1 vez.—(IN2010109488).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del diez de diciembre de dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada: Inversiones Var-Vind N.C.J. Sociedad Anónima, con un capital de cien mil colones netos, el cual está suscrito y pagado.—Tilarán, veintidós de diciembre de dos mil diez.—Lic. Luis Lacayo Monge, Notario.—1 vez.—(IN2010109489).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se revocó el nombramiento de los cargos de presidente, tesorero, secretario y fiscal de la sociedad tres-ciento uno-quinientos sesenta y siete mil cuatrocientos treinta y nueve sociedad anónima, y se hicieron nuevos nombramientos.—San José, a las once horas del veintitrés de noviembre del dos mil diez.—Lic. Rónald Soto Arias, Notario.—1 vez.—(IN2010109490).

El suscrito notario hace constar y da fe que mediante escritura pública número 61-8 otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 22 de diciembre de 2010, se procedió a constituir la sociedad anónima denominada Mesoamérica Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S. A. Es todo.—Escazú, 22 de diciembre de 2010.—Lic. José Pablo Valverde Marín, Notario.—1 vez.—RP2010215114.—(IN2010109631).

Al ser las nueve horas treinta minutos del quince de diciembre del dos mil diez, los señores Gerardo Saborío Fernández y Rónald Alberto Chaves Herrera, comparecen ante este notario con la finalidad de constituir la compañía Importadora y Comercializadora Wald de Costa Rica S. A., con domicilio social en la provincia de San José, San Rafael de Escazú, de Montescazú, ochocientos metros este, casa de ladrillos con portones color café, a las diez horas del dieciséis de diciembre del dos mil diez.—Lic. Willy Hernández Chan, Notario.—1 vez.—RP2010215116.—(IN2010109632).

El veinte de diciembre del dos mil diez, se constituyó la sociedad Inmuebles Crisjo de Palmares S. A. Capital social: 100.000 colones. Notario cartulante Lic. Édgar Solórzano Vega.—Palmares, veintiuno de diciembre del dos mil diez.—Lic. Édgar Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—RP2010215117.—(IN2010109633).

El veinte de diciembre del dos mil diez, se constituyó la sociedad Diccosa de Palmares S. A. Capital social: 100.000 colones. Notario cartulante Lic. Édgar Solórzano Vega.—Palmares, veintiuno de diciembre del dos mil diez.—Lic. Édgar Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—RP2010215118.—(IN2010109634).

Por escritura número diez-diez, otorgada esta notaría: notario público Juan Manuel Godoy Pérez, a las trece horas del día veintiuno de diciembre del año dos mil diez, se protocoliza el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Materiales de Construcción El Lagar de Heredia S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos once mil doscientos veintiséis; mediante la cual se reforma la cláusula: segunda.—San José, veintiuno de diciembre de dos mil diez.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1 vez.—RP2010215120.—(IN2010109635).

Que en mi notaría, al ser las 8:00 horas del 8 de diciembre del 2010, se constituyó la sociedad Kebatoz Caribe Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse sociedad Kebatoz Caribe S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma Kennix Barley Smith, con cédula de identidad Nº 7-163-589. El plazo de duración indefinido y su domicilio social será en Limón, proyecto Pacuare, casa cuatrocientos sesenta y seis.—Limón, 8 de diciembre del 2010.—Lic. Darwin Williams Anglin, Notario.—1 vez.—RP2010215121.—(IN2010109636).

Por escritura número veinticinco-diez, otorgada ante esta notaría: Juan Manuel Godoy Pérez, Rolando Laclé Castro y Juan Manuel Cordero Esquivel, a las quince horas, treinta minutos del día veintidós de diciembre de dos mil diez, se protocolizan las actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de las compañías: (i) Corporación de Compañías Agroindustriales CCA Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ochenta y cinco mil doscientos setenta y ocho; (ii) Industrias Cárnicas Integradas Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ochenta y un mil ochocientos noventa y siete; (iii) Hortifruti Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-veintidós mil setecientos cuarenta y ocho; (iv) Pescarnes Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ocho mil novecientos veintisiete; (v) Granja Avícola Ricura Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-dieciocho mil trescientos cuatro; (vi) Panificadora El Hornito Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta mil ochocientos veintiocho; (vii) Desarrollos Forestales Santa Teresa Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-setenta y cuatro mil seiscientos cincuenta y cinco; (viii) Desarrolladora y Comercializadora Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos veinticuatro mil setecientos sesenta y uno; (ix) Alimentos Naturales Alín Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuarenta y ocho mil ciento noventa y uno, en las cuales se acordó que las sociedades se fusionarán por el sistema de absorción prevaleciendo la sociedad Corporación de Compañías Agroindustriales CCA Sociedad Anónima.—San José, veintidós de diciembre de dos mil diez.—Lic. Juan Manuel Cordero Esquivel, Notario.—1 vez.—RP2010215123.—(IN2010109638).

Por escritura número once-diez, otorgada esta notaría: notario público Juan Manuel Godoy Pérez, a las catorce horas del día veintiuno de diciembre del año dos mil diez, se protocoliza el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Materiales ISA S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-veintiséis mil seiscientos treinta y ocho, mediante la cual se reforma la cláusula: sétima.—San José, veintiuno de diciembre de dos mil diez.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1 vez.—RP2010215124.—(IN2010109639).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del veintiuno de diciembre del año dos mil diez, se protocolizó acta de la sociedad Theopholis Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ocho mil-seiscientos uno, reformando sus cláusulas primera, segunda y sexta y se modifica la junta directiva. Es todo.—Jacó, veintiuno de diciembre del año dos mil diez.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—RP2010215125.—(IN2010109640).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veintiuno de diciembre del dos mil diez, se constituyó la sociedad Gran Comercializadora de Propiedades del Oeste Limitada. Objeto: administración de propiedades. Capital social: seis mil colones. Es todo.—Jacó, 21 de diciembre del 2010.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—RP2010215126.—(IN2010109641).

Por escritura número uno-diez, otorgada ante esta notaría: notarios públicos: José Pablo Valverde Marín, Mario Quesada Bianchini y Rolando Laclé Castro, las nueve horas del día veinte de diciembre del dos mil diez, se protocolizan las actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de las compañías Controladora ZMZ Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y cinco mil setecientos siete; (ii) Granthill Investments SRL, sociedad debidamente constituida y organizada de conformidad con las leyes de la República de Panamá, mediante la cual las dos sociedades se fusionaron por el sistema de absorción subsistiendo la sociedad Granthill Investments SRL.—San José, veintiuno de diciembre de dos mil diez.—Lic. Rolando Laclé Castro, Notario.—1 vez.—RP2010215127.—(IN2010109642).

El suscrito notario público hace constar que protocolicé el acta número seis de asamblea general extraordinaria de accionistas de Compañía de Inversiones Lausberg S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas primera (nombre: Inversiones Matacanes S. A.), segunda (del domicilio), sexta (de la administración) y se nombra nuevo presidente, secretario y fiscal de junta directiva.—San José, veintitrés de diciembre de dos mil diez.—Lic. Juan Pablo Arias Mora, Notario.—1 vez.—RP2010215128.—(IN2010109643).

Por escritura pública número doce, otorgada ante el notario público Pablo Fernando Ramos Vargas, de las quince horas, treinta minutos del 21 de diciembre del 2010, se reformó la cláusula segunda del domicilio y se nombró nueva junta directiva de la sociedad anónima denominada Transportes Delio Morales S. A.—San José, veintiuno de diciembre del año dos mil diez.—Lic. Pablo Fernando Ramos Vargas, Notario.—1 vez.—RP2010215130.—(IN2010109644).

El suscrito notario Pablo Fernando Ramos Vargas, notario público de San José, hace constar que el día de hoy,se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa: Transportes Unidos La Costanera S. A., mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo del domicilio. Es todo.—Veintiuno de diciembre del año dos mil diez.—Lic. Pablo Fernando Ramos Vargas, Notario.—1 vez.—RP2010215129.—(IN2010109645).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 8:00 horas del día de hoy, se nombra gerente uno y gerente dos de la sociedad Log Cabins Emperador Limitada.—Grecia, 19 de diciembre.—Lic. José Aníbal Cascante Soto, Notario.—1 vez.—RP2010215136.—(IN2010109646).

Mediante escritura autorizada por la suscrita notaria, a las diez de hoy, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Comercial Digital S. A., por la cual se reforma las cláusulas segunda y décima sexta y se incluyen las cláusulas décima sétima y décima octava, décima novena, vigésima, vigésima primera, vigésima segunda, vigésima tercera, vigésima cuarta y vigésima quinta de los estatutos.—San José, 22 de diciembre de 2010.—Lic. Roberto León Gómez, Notario.—1 vez.—RP2010215137.—(IN2010109647).

El suscrito, Jesús Villafuerte Gutiérrez, notario público de Puntarenas hace saber que en su notaría, se lleva a cabo el cambio de junta directiva y de domicilio de Comercial RAHV Sociedad Anónima. Fungiendo como su presidenta Patricia María Zamora Castro. Se emplaza a los eventuales interesados por el término de ley.—Puntarenas, veinte de diciembre del dos mil diez.—Lic. Jesús Villafuerte Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2010215139.—(IN2010109648).

Por escritura número ciento veinte-cuarenta y uno, otorgada ante mi notaría, a las catorce horas del veintidós de diciembre del dos mil diez, se protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Primera en Seguros Priseguros S. A., mediante la cual se cambia presidente, tesorero y gerente.—San José, veintidós de diciembre del dos mil diez.—Lic. Dora María Fernández Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2010215141.—(IN2010109649).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, al ser las 15:00 del 22 de diciembre del 2010, se constituyó la sociedad Sequence of Nature S. A. Con el domicilio en San José. Objeto: genérico. Plazo: 100 años. Capital social: 10.000 colones. Correspondiendo al presidente la representación judicial y extrajudicial con las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Presidente: Esteban Salazar Jiménez.—San José, 22 de diciembre del 2010.—Lic. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—RP2010215150.—(IN2010109650).

Por escritura otorgada en esta notaría el día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Agua Azul de Nosara KJS Sociedad Anónima, se reforma la cláusula sexta, cambiando la administración de la sociedad y se nombra secretario.—San Isidro de Coronado, veintidós de diciembre del dos mil diez.—Lic. Carlos Alberto Reynolds Vargas, Notario.—1 vez.—RP2010215153.—(IN2010109651).

Ante esta notaría, el día de hoy, se constituyó la compañía denominada: Mabouca Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Guápiles, Pococí, veintiuno de diciembre del dos mil diez.—Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario.—1 vez.—RP2010215155.—(IN2010109652).

Por escritura número diecisiete-ocho, otorgada ante los notarios públicos Alberto Sáenz Roesch, Jorge González Roesch y Juvenal Sánchez Zúñiga, actuando en el protocolo del primero, a las catorce horas, treinta minutos del veintidós de diciembre del dos mil diez, se reforman las cláusulas cuarta, sexta de los estatutos de la sociedad y se nombra nueva junta directiva y fiscal de la compañía tres-ciento uno-seiscientos tres mil setecientos veintidós sociedad anónima.—San José, 22 de diciembre del 2010.—Lic. Jorge González Roesch, Conotario.—1 vez.—RP2010215167.—(IN2010109653).

Por escritura número seis-ocho, otorgada ante los notarios Alberto Sáenz Roesch y Juvenal Sánchez Zúñiga, actuando en el protocolo del primero, a las catorce horas, quince minutos del veinte de diciembre del dos mil diez, se reforma la cláusula primera para que en adelante la sociedad se denomine Canadian Colada Sociedad Anónima además de la cláusula sexta, se nombran junta directiva y fiscal a la compañía tres-ciento uno-seiscientos veinte mil seiscientos ochenta y siete s. a.—San José, 21 de diciembre del 2010.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.—RP2010215168.—(IN2010109654).

Por escritura número trece-ocho, otorgada ante los notarios públicos Alberto Sáenz Roesch, Jorge González Roesch y Juvenal Sánchez Zúñiga, actuando en el protocolo del primero, a las trece horas, treinta minutos del veintidós de diciembre del dos mil diez, se reforman las cláusulas cuarta, sexta de los estatutos de la sociedad y se nombra nueva junta directiva y fiscal de la compañía tres-ciento uno-seiscientos tres mil setecientos diecinueve sociedad anónima.—San José, 22 de diciembre del 2010.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.—RP2010215170.—(IN2010109655).

Por escritura número once-ocho, otorgada ante los notarios públicos Alberto Sáenz Roesch, Jorge González Roesch y Juvenal Sánchez Zúñiga, actuando en el protocolo del primero, a las trece horas del veintidós de diciembre del dos mil diez, se reforman las cláusulas cuarta, sexta de los estatutos de la sociedad y se nombra nueva junta directiva y fiscal de la compañía tres-ciento uno-seiscientos tres mil setecientos diecisiete sociedad anónima.—San José, 22 de diciembre del 2010.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.—RP2010215172.—(IN2010109656).

Por escritura número diez-ocho, otorgada ante los notarios públicos Alberto Sáenz Roesch, Jorge González Roesch y Juvenal Sánchez Zúñiga, actuando en el protocolo del primero, a las doce horas del veintidós de diciembre del dos mil diez, se reforman las cláusulas cuarta, sexta de los estatutos de la sociedad y se nombra nueva junta directiva y fiscal de la compañía tres-ciento uno-seiscientos tres mil setecientos dieciséis sociedad anónima.—San José, 22 de diciembre del 2010.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.—RP2010215174.—(IN2010109657).

Por escritura número dieciséis-ocho, otorgada ante los notarios públicos Alberto Sáenz Roesch y Jorge González Roesch, actuando en el protocolo del primero, a las catorce horas, quince minutos del veintidós de diciembre del dos mil diez, se reforma la cláusula sétima de los estatutos de la sociedad y se nombra nueva junta directiva de la compañía Advansys Sociedad Anónima.—San José, 22 de diciembre del 2010.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.—RP2010215175.—(IN2010109658).

Por escritura número doce-ocho, otorgada ante los notarios públicos Alberto Sáenz Roesch, Jorge González Roesch y Juvenal Sánchez Zúñiga, actuando en el protocolo del primero, a las trece horas, quince minutos del veintidós de diciembre del dos mil diez, se reforman las cláusulas cuarta, sexta de los estatutos de la sociedad y se nombra nueva junta directiva y fiscal de la compañía tres-ciento uno-seiscientos tres mil setecientos dieciocho sociedad anónima.—San José, 22 de diciembre del 2010.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.—RP2010215177.—(IN2010109659).

Por escritura número quince-ocho, otorgada ante los notarios públicos Alberto Sáenz Roesch, Jorge González Roesch y Juvenal Sánchez Zúñiga, actuando en el protocolo del primero, a las catorce horas del veintidós de diciembre del dos mil diez, se reforman las cláusulas cuarta, sexta de los estatutos de la sociedad y se nombra nueva junta directiva y fiscal de la compañía tres-ciento uno-seiscientos tres mil setecientos veintiuno sociedad anónima.—San José, 22 de diciembre del 2010.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.—RP2010215179.—(IN2010109660).

Por escritura número catorce-ocho, otorgada ante los notarios públicos Alberto Sáenz Roesch, Jorge González Roesch y Juvenal Sánchez Zúñiga, actuando en el protocolo del primero, a las trece horas, cuarenta y cinco minutos del veintidós de diciembre del dos mil diez, se reforman las cláusulas cuarta, sexta de los estatutos de la sociedad y se nombra nueva junta directiva y fiscal de la compañía tres-ciento uno-seiscientos tres mil setecientos veinte sociedad anónima.—San José, 22 de diciembre del 2010.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.—RP2010215180.—(IN2010109661).

Ante mi notaría, a las 14:00 horas del 14 de diciembre del año 2010, se constituyó Transporte Josmar Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 14 de diciembre del año 2010.—Lic. Randall Camacho Monge, Notario.—1 vez.—RP2010215191.—(IN2010109662).

Mediante escritura pública número veinticinco-quince, otorgada a las once horas del veintidós de diciembre del dos mil diez, ante esta notaría se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada, cuya denominación social se asignará de oficio al momento de la inscripción, así como el respectivo aditamento de acuerdo a la clase de sociedad constituida: (Sociedad de Responsabilidad Limitada). Esto de conformidad con el artículo segundo del decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J.—San José, veintidós de diciembre del dos mil diez.—Lic. Marcela Freer Rohrmoser, Notaria.—1 vez.—RP2010215192.—(IN2010109663).

Por escritura otorgada ante esta notaría, en San José, a las diez horas del tres de noviembre del dos mil diez, Daniel Esteban Masís Quesada y Shirley Eugenia Sánchez Rodríguez, constituyen cuatro sociedades cuyas denominaciones serán sus números de cédulas jurídicas sociedad anónima.—Lic. Roxana Herrera Peña, Notaria.—1 vez.—RP2010215193.—(IN2010109664).

Por escritura número ochenta y dos-cuatro, otorgada ante la suscrita notaria en conotariado con el notario Rolando Laclé Castro y el notario David Arturo Campos Brenes, el día veintidós de diciembre del dos mil diez, he protocolizado el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento uno-quinientos ochenta y tres mil noventa y dos sociedad anónima, en que se reforma las cláusulas primera y sétima del pacto constitutivo.—San José, veintidós de diciembre del dos mil diez.—Lic. Katherin Brenes Bonilla, Notaria.—1 vez.—RP2010215200.—(IN2010109665).

Por escritura número diez-uno otorgada a las 15:15 horas del veintidós de diciembre del año dos mil diez, se constituyó la sociedad que se denominará por el número de cédula jurídica que le asigne el Registro Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del decreto ejecutivo Nº 33171-J. Plazo social: 99 años.—Lic. Grettel Cisneros Arce, Notaria.—1 vez.—RP2010215201.—(IN2010109666).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 22 de diciembre del 2010, se modifica la cláusula novena del pacto constitutivo: novena: del concejo de administración o junta directiva. Se hace nuevo nombramiento, en la Mercantil Inversiones Pacífico Norte S. A.San José, 22 de diciembre del 2010.—Lic. Carlos Guillermo Alvarado Heinrich, Notario.—1 vez.—RP2010215202.—(IN2010109667).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se constituyó PRIMULABS.COM CR Sociedad Anónima, escritura otorgada en San José, a las 11:00 horas del 22 de diciembre del dos mil diez. Apoderado generalísimo: presidente. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: íntegramente suscrito y pagado.—San José, 23 de diciembre del 2010.—Lic. Marco Fallas del Valle, Notario.—1 vez.—RP2010215204.—(IN2010109668).

Por asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Empresa Constructora Aguilar Ramírez del Norte S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento cuarenta y tres mil seiscientos cuarenta y dos, celebrada a las nueve horas del veintisiete de noviembre del dos mil diez, protocolizada por el suscrito notario, se modifican las cláusulas segunda y novena del pacto social y se nombran presidente, secretario y tesorero.—Lic. Guillermo Guerrero Corrales, Notario.—1 vez.—RP2010215215.—(IN2010109669).

Ante mí, Alexánder Quesada Venegas, abogado y notario a las diez horas, cuarenta minutos del veintiuno de diciembre del año dos mil diez, se constituyó la sociedad la cual su denominación social es su número de cédula jurídica, se acoge al decreto tres tres uno siete uno-J, del catorce junio del dos mil seis.—San José, veintiuno de diciembre del dos mil diez.—Lic. Alexánder Quesada Venegas, Notario.—1 vez.—RP2010215219.—(IN2010109670).

Hago constar que mediante escritura número sesenta-ciento cuarenta y nueve, otorgada ante esta notaría a las ocho horas del diez de diciembre del año dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada La Ledis Sociedad Anónima.—San José, diez de diciembre del año dos mil diez.—Lic. Wilber Enrique Vargas Brenes, Notario.—1 vez.—RP2010215220.—(IN2010109671).

Por escritura pública de las trece horas del veinte de julio del dos mil nueve, se constituyó ante el notario José Antonio Agüero Morales, la sociedad anónima denominada Doña Nina A. B. C. S. A. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Objeto social: panadería y repostería en general.—San José, 22 de diciembre del dos mil diez.—Lic. José Antonio Agüero Morales, Notario.—1 vez.—RP2010215222.—(IN2010109672).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas con cincuenta minutos del dieciséis de diciembre del año dos mil diez, se constituye la sociedad denominada I Like My Car Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital: suscrito y pagado con letras de cambio.—Tilarán, veintidós de diciembre del año dos mil diez.—Lic. Mario Enrique Delgado Solórzano, Notario.—1 vez.—RP2010215223.—(IN2010109673).

En mi notaría al ser las 16:00 horas del 24 de agosto del año en curso, se constituyó la sociedad denominada King Moor S. A. y corresponde la representación judicial y extrajudicial al presidente de la junta directiva, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Puntarenas, 22 de diciembre del 2010.—Lic. Dennis Zúñiga Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2010215227.—(IN2010109674).

Mediante escritura pública número ciento veintiuno-tres, otorgada a las trece horas del veintiuno de diciembre del dos mil diez, ante esta notaría, se constituyó la compañía Valang Internacional Sociedad Anónima.—San José, veintiuno de diciembre del dos mil diez.—Lic. Eduardo José Zúñiga Brenes, Notario.—1 vez.—RP2010215230.—(IN2010109675).

Por asamblea de socios la sociedad denominada Life in a Yellow Submarine LYS Sociedad Anónima, se modificó la cláusula tercera plazo social.—San José, 23 de diciembre del año 2010.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—RP2010215234.—(IN2010109676).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Comercializadora Avendaño OAS S. A. Capital social: ¢ 20000. Plazo social: 100 años. Representación: presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 22 de diciembre del 2010.—Lic. Sonia Montero Briceño, Notaria.—1 vez.—RP2010215238.—(IN2010109677).

Ante esta notaría, comparecieron los señores Miguel Ángel Bermúdez Chaves y Miguel Felipe Bermúdez y dicen: que comparecen ante esta notaría con el propósito de constituir una sociedad anónima y dicen: Primera: Del nombre: la sociedad se denominará Transportes Bermúdez Bonilla Sociedad Anónima. El capital social es de cien mil colones. Es todo.—Matina de Limón, catorce horas del ocho de noviembre del dos mil diez.—Lic. Elvis Eduardo Lawson Villafuerte, Notario.—1 vez.—RP2010215243.—(IN2010109678).

Por escritura de las 12:00 horas del 22 de diciembre del año 2010, se constituye la sociedad denominada Arrendadora Tico Dos Mil Sociedad de Responsabilidad Limitada. En la cual se nombra presidente como apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 22 de diciembre del 2010.—Lic. Augusto Arce Marín, Notario.—1 vez.—RP2010215246.—(IN2010109679).

Por escritura de las 12:20 horas del 22 de diciembre del año 2010, se constituye la sociedad denominada Suplidora de Recurso Humano SRH Sociedad de Responsabilidad Limitada. En la cual se nombra presidente como apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 22 de diciembre del 2010.—Lic. Augusto Arce Marín, Notario.—1 vez.—RP2010215247.—(IN2010109680).

Ante la notaría de Susana Waterhouse Soto, los señores Víctor Madrigal Moya, con cédula Nº 1-0611-0922, y Aaron Barrantes Madrigal, con cédula Nº 1-1256-0258, todos mayores, costarricenses y comerciantes, constituyen la sociedad de este domicilio denominada Corporación Adys Sociedad Anónima.—San José, 18 de diciembre del 2010.—Lic. Susana Waterhouse Soto, Notaria.—1 vez.—RP2010215251.—(IN2010109681).

En esta notaría, mediante escritura número ciento quince del tomo diecisiete del protocolo del suscrito notario, de las 15:00 horas del 20 de diciembre del dos mil diez, se constituyó la sociedad The Good World of Man Sociedad Anónima, en español El Buen Mundo del Hombre S. A. Capital social: suscrito y pagado. Domicilio en San José. Plazo: 100 años.—San José, 21 de diciembre del dos mil diez.—Lic. Arturo Ortiz Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2010215252.—(IN2010109682).

Escritura ciento trece-tres, otorgada a doce horas del veintidós de diciembre del 2010, ante mí, constituyen CLLC Trust Servicios Fiduciarios S. A. Capital: cincuenta mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: San José, Mata Redonda, Sabana Oeste del Balcón Verde 300 norte, edificio esquinero a mano derecha, bufete de abogados.—San José, 22 de diciembre 2010.—Lic. María José Chaves Cavallini, Notaria.—1 vez.—RP2010215267.—(IN2010109683).

En mi notaría, al ser las dieciocho horas del veintidós de diciembre del año dos mil diez, se constituyó la compañía con denominación social que se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto Nº 33171-J en que aprobó el Reglamento para la Inscripción de la Constitución de Empresas Comerciales, utilizando únicamente el número de cédula de personas jurídicas como denominación social.—Lic. Irene Rodas Seas, Notaria.—1 vez.—RP2010215268.—(IN2010109684).

Por escritura otorgada en San José, ante esta notaría de las dieciséis horas con treinta minutos del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Distribuciones e Inversiones Monte Blanco de Costa Rica S. A., mediante la cual se reformó la cláusula segunda de los estatutos, se revocó el nombramiento de todos los miembros de junta directiva y del fiscal y se nombró nuevos. Notarios públicos: Randall Viales Padilla y Vera Denise Mora Salazar actuando en el protocolo del primero.—San José, 20 de diciembre del 2010.—Lic. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1  vez.—RP2010215269.—(IN2010109685).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad Alquimia Healphy Restaurant Sociedad Anónima. Capital social: cincuenta mil colones. Presidente: Julio Alpízar Alonzo.—San José, 23 de diciembre del 2010.—Lic. Wendy Solórzano Vargas, Notaria.—1  vez.—RP2010215270.—(IN2010109686).

El suscrito notario público hace constar que por acta número uno de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Juguetes Infantiles Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-treinta y un mil setecientos quince, celebrada a las veinte horas del seis de mayo del dos mil ocho, y protocolizada ante esta notaría a las once horas treinta minutos del nueve de enero del dos mil nueve, se revoca el nombramiento del presidente y en su lugar se nombra al señor Álvaro Calvo Gutiérrez, y se cambia el nombre para que en adelante sea Masters Sociedad Anónima. Es todo.—San José, a las doce horas del nueve de enero del dos mil nueve.—Lic. Miguel Eduardo Cervantes Mora, Notario.—1 vez.—RP2010215287.—(IN2010109698).

En esta notaría, a las 15:00 horas del día de hoy, se constituye la sociedad Alfaro Mata S. A., domicilio: Ciruelas de Alajuela, 100 metros este de la escuela. Presidente: Juan Antonio Alfaro Murillo.—Alajuela, 18 de noviembre del 2010.—Lic. Marjorie Arroyo Ocampo, Notaria.—1 vez.—RP2010215288.—(IN2010109699).

Debidamente autorizado protocolicé a las 17 horas de hoy acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Diva Accesories S. A., mediante la cual se modifica representación y se nombra nuevo secretario y vocal.—San José, 2 de diciembre del 2010.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario.—1 vez.—RP2010215289.—(IN2010109700).

Por escritura 214, otorgada ante mi notaría, al ser las 16:00 horas del 21 de diciembre de 2010, se constituyó Proautos Transportes Sociedad Anónima.—San José, 22 de diciembre de 2010.—Lic. Gonzalo García Ferrario, Notario.—1 vez.—RP2010215294.—(IN2010109701).

Por escritura 216, otorgada ante mi notaría, al ser las 8:30 horas del 22 de diciembre de 2010, se modificaron estatutos, se nombró junta directiva, fiscal y agente residente de La Flor Propiedades y Alquileres Sociedad Anonima.—San José, 22 de diciembre de 2010.—Lic. Gonzalo García Ferrario, Notario.—1 vez.—RP2010215295.—(IN2010109702).

Mediante escritura otorgada a las 11:00 p. m. del 09-12-2010, ante la notaria Carla Baltodano Estrada, se constituye la sociedad Piti y Yeyo S. A.—San José, 23 de diciembre del 2010.—Lic. Carla Baltodano Estrada, Notaria.—1 vez.—RP2010215297.—(IN2010109703).

Ante esta notaría se constituye la sociedad Joacosiba Sociedad Anónima, domicilio San José, Goicoechea, El Alto de Guadalupe. Capital social: cien mil colones, plazo: cien años a partir del dieciséis de diciembre del dos mil diez. Presidente: Johan Manuel Acosta Ibáñez, cédula de residencia uno seis cero cuatro cero cero cero ocho dos seis uno cero.—Lic. Lissette S. Ortiz Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2010215299.—(IN2010109704).

Ante esta notaría se constituye la sociedad Combe-Her Sociedad Anónima, domicilio Heredia, San Antonio de Belén, La Rivera, ciento cincuenta metros oeste del cementerio, capital social cien mil colones, plazo: cien años a partir del veintidós de diciembre del dos mil diez. Presidenta: María Alexa Hernández Zumbado, cédula de identidad uno-uno dos cuatro cero-ocho cinco seis.—Lic. Lissette S. Ortiz Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2010215301.—(IN2010109705).

Construcciones y Acabados del Este S. A., nombra nueva junta directiva y hace aumento de capital a quince millones de colones. Escritura otorgada a las diez horas del veintitrés de diciembre del dos mil diez.—San José, veintitrés de diciembre del dos mil diez.—Lic. Miguel Chacón Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2010215305.—(IN2010109706).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las catorce horas del dieciséis de diciembre del dos mil diez, se constituye la Fundación para la Investigación y Conservación de Playa Tortuga. Plazo: perpetuo. Presidenta: Alexia Marie Maizel.—San Pedro de Montes de Oca, veintiuno de diciembre del dos mil diez.—Lic. Juan José Echeverría Brealey, Notario.—1 vez.—RP2010215313.—(IN2010109707).

A las ocho horas del seis de diciembre de dos mil diez, ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Lora Turtle Corporation Sociedad Anónima, donde se reforma la cláusula segunda, la cláusula novena y se nombra nueva junta directiva.—Lic. Mario Eduardo Recio Recio, Notario.—1 vez.—RP2010215337.—(IN2010109720).

Ramiro Fonseca Fallas, Maureen Sancho Chanto, Rebeca Fonseca Chanto y Vannesa Fonseca Chanto, constituyen la sociedad Family Ties Sociedad Anónima. Escritura otorgada en la ciudad de San Isidro de El General, Pérez Zeledón, a las 15:00 horas del 22 de noviembre del 2010. Escritura número ciento veinte, visible al folio setenta y siete frente del tomo nueve del protocolo del notario: Ademar Fonseca Fallas.—Lic. Ademar Fonseca Fallas, Notario.—1 vez.—RP2010215340.—(IN2010109721).

Alexia Marie Maizel y Alexander Fonseca Gamboa, constituyen la sociedad Pitufos de Altura Sociedad Anónima. Escritura otorgada en la ciudad de San Isidro de Pérez Zeledón, a las diecisiete horas del diecisiete de diciembre del dos mil diez. Escritura número diez visible en su inicio al folio siete frente del tomo primero del notario Manuel Carranza Acuña.—Lic. Manuel Carranza Acuña, Notario.—1 vez.—RP2010215341.—(IN2010109722).

Por escritura de las 13:00 horas del 15 de diciembre de 2010, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía V Y P Asesores S. A., se reforman las cláusulas cuarta y novena del pacto constitutivo, se nombra junta directiva, fiscal y gerente de servicios. Presidente: Jorge Enrique Vieto Morales.—San José, 23 de diciembre de 2010.—Lic. Magally Herrera Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2010215344.—(IN2010109723).

Por escrituras de las 15:15 y 15:40 horas ambas del 20 de diciembre de 2010, protocolicé actas de asamblea general extraordinaria de accionistas respectivamente de las compañías: I. Festival del Oriente J.L.J.A. S. A., y II. Comidas Orientales S.A., se reforma integralmente el pacto constitutivo, se nombra junta directiva y fiscal. Presidente: Alfredo Echeverría Borbón.—San José, 23 de diciembre de 2010.—Lic. Magally Herrera Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2010215345.—(IN2010109724).

Por escrituras de las 12:00, 13:00, 13:20, 14:00 y 14:30 horas todas del 20 de diciembre de 2010, protocolicé actas de asamblea general extraordinaria de accionistas respectivamente de las compañías: I. A. Borbón y Compañía S. A.; II. Motomarina S.A.; III. Borbón Castro S. A.; IV. Borbón Ross S. A., y V. Ross Pinto S. A., se reforma integralmente el pacto constitutivo, se nombra junta directiva, gerente administrativo, gerente de ventas y fiscal. Presidenta: Ana Lorena Borbón Ross.—San José, 23 de diciembre del 2010.—Lic. Magally Herrera Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2010215346.—(IN2010109725).

Ante esta notaría mediante escritura otorgada a las trece horas del veintidós de diciembre del dos mil diez, se constituyó la sociedad Grupo Mix Latinoamericano Sociedad Anónima.—San José, veintidós de diciembre del dos mil diez.—Lic. Ignacio Miguel Beirute Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2010215349.—(IN2010109726).

Por escritura número cincuenta y uno del tomo segundo, otorgada ante esta notaría: notaria pública: Tatiana Barboza Rojas, a las trece horas y cincuenta minutos del tres de enero de dos mil once, se protocolizan las actas de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de las compañías (i) Corporación Comercial e Industrial El Lagar CR Sociedad Anónima; cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos tres mil doscientos cuarenta y ocho; (ii) El Lagar Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero diecisiete mil cuatrocientos dieciocho y (iii) Detalles y Acabados Villareal Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y ocho mil cuatrocientos setenta y siete, mediante la cual todas las sociedades se fusionaron por el sistema de absorción, subsistiendo la sociedad Corporación Comercial e Industrial El Lagar CR Sociedad Anónima.—San José, tres de enero de dos mil once.—Lic. Tatiana Barboza Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2011000092).

NOTIFICACIONES

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

De conformidad con resolución RMT-4213-2010 de las nueve horas del día 4 de noviembre del 2010. La Ministra de Trabajo y Seguridad Social resuelve: impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-3566-2010 de sesión celebrada en San José a las 9:00 horas del 28 de setiembre del 2010, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Valencia Valencia Sandra Oledy, cédula de identidad N° 6-222-724, a partir del día 8 de diciembre del 2008; por la suma de cuarenta y seis mil novecientos nueve colones con cero céntimos (¢46.909,00); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Sandra Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—Lic. Maritza Jiménez Madrigal, Directora Ejecutiva.—1 vez.—(IN2011000189).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

Smithkline Beecham p.l.c., documento: cancelación por falta de uso. Nº y fecha: anotación/2-60442 de 19/05/2009. Exp. Nº 1900-0851705, registro Nº 8517 Sonrisal, en clase 5 marca denominativa.

A las 13:32:28 del 26 de julio de 2010.—Conoce este Registro la solicitud de cancelación por falta de uso, interpuesta por Carlos Salazar Arroyo, en su condición de apoderado generalísimo sin limitación de suma de Farmavisión S. A., contra el registro de la marca Sonrisal, Registro Nº 8517, para proteger y distinguir: “sales efervescentes, preparaciones medicinales y farmacéuticas” en clase 5 de la nomenclatura internacional, propiedad de Smithkline Beecham p.l.c.

Resultando:

I.—Que por memorial recibido el 19 de mayo 2009, Carlos Salazar Arroyo, en su condición de apoderado generalísimo sin limitación de suma de Farmavisión S. A., solicita la cancelación por falta de uso de la marca Sonrisal, Registro Nº 8517, para proteger y distinguir: “sales efervescentes, preparaciones medicinales y farmacéuticas” en clase 5 de la nomenclatura internacional, propiedad de Smithkline Beecham p.l.c. (Folios 1 a 4).

II.—Que por resolución de las 11:28:22 horas del 25 de mayo del 2009, se da traslado al titular del distintivo marcario para que en el plazo de un mes demuestre su mejor derecho aportando las pruebas que estime convenientes (Folio 5). Dicha resolución se intentó notificar por correo certificado N RR14364321CR, sin embargo, el correo fue devuelto sin diligenciar según el sello de notificación visible a folio 5 vuelto.

III.—Que por resolución de las 15:12:22 horas del 18 de setiembre del 2009 el Registro de Propiedad Industrial previene al promovente de la solicitud de la cancelación por no uso que proceda a aportar lugar para notificar al titular del distintivo marcario. (Folio 9) Dicha resolución fue debidamente notificada el 07 de octubre del 2009. (Folio 9 vuelto)

IV.—Que por memorial de fecha 27 de octubre del 2009 el apoderado de Farmavisión S. A. cumple con la prevención realizada. (Folio 10)

V.—Que por resolución de las 8:56:24 horas del 10 de noviembre del 2009 se previene nuevamente al promovente de la solicitud para que aporte certificación de personería jurídica, poder o agente residente donde conste el domicilio social de la empresa titular del distintivo marcario. (Folio 11) Dicha resolución fue debidamente notificada el 18 de noviembre del 2009. (Folio 11 vuelto)

VI.—Que por memorial de fecha 08 de diciembre del 2009 el señor Carlos Salazar Arroyo solicita prórroga para el cumplimiento de la prevención. (Folio 12)

VII.—Que por resolución de las 11:21:28 horas del 06 de enero del 2010 se otorga una única prórroga para cumplir con la prevención hecha por este Registro. (Folio 13)

VIII.—Que por memorial de fecha 27 de enero del 2010 el señor Carlos Salazar Arroyo solicita emitir el edicto para notificar la acción de cancelación por no uso. (Folio 14)

IX.—Que por resolución de las 9:32:30 horas del 08 de febrero del 2010 el Registro de Propiedad Industrial ordena la publicación de resolución de traslado de la cancelación. (Folio 15) Dicha resolución fue debidamente notificada el 17 de febrero del 2010. (Folio 15 vuelto)

X.—Que por memorial de fecha 07 de julio del 2010 el representante de Farmavisión S. A. aporta los comprobantes de publicación en el Diario Oficial La Gaceta de la resolución de traslado. (Folio 16)

XI.—En el procedimiento no se notan defectos ni omisiones capaces de producir nulidad de lo actuado

Considerando

I.—Sobre los hechos probados. Que en este Registro de la Propiedad Industrial se encuentra inscrita la marca Sonrisal, Registro N 8517, inscrita el 22 de octubre de 1945, para proteger y distinguir: “sales efervescentes, preparaciones medicinales y farmacéuticas” en clase 5 de la nomenclatura internacional, propiedad de Smithkline Beecham p.l.c. Que en este Registro de la Propiedad Industrial se encuentra la solicitud de inscripción de la marca Sonrisal en clase 5 internacional para proteger: “productos farmacéuticos para uso humano”, expediente número 2009-9727, solicitada por Farmavisión S. A., cuyo estado administrativo es plazo vencido (suspensión a pedido de parte)

II.—Sobre los hechos no probados. Ninguno relevante para la resolución del presente asunto.

III.—Legitimación para actuar. De conformidad a la personería jurídica aportada se tiene por debidamente acreditada la facultad para actuar de Carlos Salazar Arroyo como apoderado generalísimo sin límite de suma de Farmavisión S. A. (Folio 3).

IV.—Sobre los elementos de prueba. Además, de los argumentos del solicitante de la cancelación por no uso, se aporta: i) Certificación emitido por el Ministerio de Salud de fecha 26 de febrero del 2009.

V.—En cuanto al procedimiento de cancelación. El Reglamento de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo N° 30233-J, establece que una vez admitida a trámite la solicitud de cancelación por no uso, se dará audiencia al titular del distintivo por el plazo de un mes, el cual rige a partir del día siguiente a la notificación de la resolución mediante la cual se le da traslado de la solicitud de cancelación de marca; lo anterior, de conformidad con el artículo 49 en concordancia con el numeral 8 del Reglamento en cita.

Analizado el expediente, se observa que la resolución mediante la cual se dio efectivo traslado de las diligencias de cancelación promovidas por Carlos Salazar Arroyo, en su condición de representante de Farmavisión S. A., se notificó mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta de la resolución de traslado los días 17, 18 y 19 de marzo del 2010; sin embargo a la fecha, el titular del distintivo marcario no se ha manifestado respecto al traslado realizado.

VI.—Contenido de la Solicitud de Cancelación. De la solicitud de cancelación por no uso interpuesta por Carlos Salazar Arroyo, en su carácter de apoderado de Farmavisión S. A., se desprende los siguientes alegatos: i) Que su representada intentó registrar la marca Sonrisal en clase 5, pero dicha solicitud fue objetada en virtud del registro 8517. ii) Que Smithkline Beecham p.l.c. no ha utilizado la marca Sonrisal y parece que no tiene intenciones de hacerlo según se puede constatar en el mercado nacional y por carecer incluso de un mercado sanitario para este fin de lo que se aporta certificación, iii) Que es de sumo interés para su representada la comercialización en el territorio nacional de su producto Sonrisal, registro que no ha podido lograrse por el registro previo de la marca sin uso Sonrisal (sic) en clase 5.

VII.—Sobre el fondo del asunto. Para la resolución de las presentes diligencias de cancelación de marca por falta de uso es de gran importancia recalcar lo dispuesto por el Tribunal Registral Administrativo en el Voto Nº 333-2007, de las diez horas treinta minutos del quince de noviembre de dos mil siete, que señala respecto a los artículos 42 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos lo siguiente:

“Estudiando ese artículo, pareciera que la carga de la prueba del uso de la marca, corresponde a quien alegue esa causal, situación realmente difícil para el demandante dado que la prueba de un hecho negativo, corresponde a quien esté en la posibilidad técnica o práctica de materializar la situación que se quiera demostrar.

“Obsérvese como este Capítulo trata como formas de terminación del registro de la marca, tanto causales de nulidad como de cancelación, y aquí hay que establecer la diferencia entre uno y otro instituto. (...)

Como ya se indicó supra, el artículo 39 que específicamente se refiere a la cancelación del registro por falta de uso de la marca, establece que la cancelación de un registro por falta de uso de la marca, también puede pedirse como defensa contra: “un pedido de declaración de nulidad de un registro de marca”. Pues bien, el artículo 42 que establece que la carga de la prueba del uso de la marca corresponderá a quien alegue la existencia de la nulidad, se refiere específicamente a esa causal, cuya marca desde su origen contiene vicios que contraviene en lo que corresponda los supuestos de los artículos 7 u 8 citados, cuya carga probatoria corresponde a quien alega esa causal. Por lo anterior, de modo alguno ese precepto normativo puede ser interpretado en el sentido que lo hizo el Registro, ya que cada norma cumple una función pero desde una integración de ella con el resto del Ordenamiento Jurídico. No es posible para el operador jurídico y en el caso concreto analizar la norma 42, sin haber analizado la 39 que como se estableció, es indicativa de varios supuestos para cancelar el registro de una marca por falta de uso y ese precepto del 42, se refiere solo a uno de ellos, por lo que lleva razón el apelante al decir que: “su solicitud es cancelación por no uso y no nulidad por vicios en el proceso de inscripción.” En tal sentido este Tribunal por mayoría, concluye que la carga de la prueba le corresponde en todo momento al titular de la marca.”

En virtud de esto, en el caso de las cancelaciones por falta de uso, la carga de la prueba corresponde al titular marcario, en este caso corresponde a Smithkline Beecham p.l.c., quien por cualquier medio de prueba debe de demostrar la utilización de la marca que distingue el producto.

Ahora bien, una vez estudiados los argumentos del solicitante de las presentes diligencias de cancelación de marca por falta de uso, analizadas las actuaciones que constan en el expediente, así  como las pruebas aportadas al mismo, se tiene por cierto que la sociedad Farmavisión S. A. demuestra tener legitimación y un interés directo para solicitar la cancelación por falta de uso en virtud de que ambas empresas son competidores del sector pertinente, además Farmavisión S. A. la |rt H solicitud de inscripción de la marca Sonrisal en clase 5 internacional, expediente número 2009-9727, cuyo estado administrativo es Plazo vencido (suspensión a pedido de parte).

Además, hay que resaltar que el artículo 40 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos señala:

“Se entiende que una marca registrada se encuentra en uso cuando los productos o servicios que distingue han sido puestos en el comercio con esa marca, en la cantidad y del modo que normalmente corresponde, tomando en cuenta la dimensión del mercado, la naturaleza de los productos o servicios de que se trate y las modalidades bajo las cuales se comercializan. También constituye uso de la marca su empleo en relación con productos destinados a la exportación a partir del territorio nacional o con servicios brindados en el extranjero desde el territorio nacional.

Una marca registrada deberá usarse en el comercio tal como aparece en el registro; sin embargo, el uso de la marca de manera diferente de la forma en que aparece registrada solo en cuanto a detalles o elementos que no son esenciales y no alteran la identidad de la marca, no será motivo para cancelar el registro ni disminuirá la protección que él confiere.

El uso de una marca por parte de un licenciatario u otra persona autorizada para ello será considerado como efectuado por el titular del registro, para todos los efectos relativos al uso de la marca”.

Por consiguiente, el uso de la marca debe de ser real, es decir, la marca debe necesariamente ser utilizada en el comercio y los productos a los que la misma distingue, deberán encontrarse fácilmente en el mercado, además deben estar disponibles al consumidor; sin embargo, si por causas que no son imputables al titular marcario esta no puede usarse de la forma establecida no se procederá a la cancelación del registro respectivo.

Visto el expediente, se comprueba que el titular de la marca Smithkline Beecham p.l.c al no contestar el traslado, ni señalar argumentos y aportar prueba que indique a este Registro el uso real y efectivo en el mercado costarricense de su marca, tales como, pero no limitados a facturas comerciales, documentos contables o certificaciones de auditoría, publicidad, incumple los requisitos establecidos por los artículos 39 y 40 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos.

En razón de lo anterior, dicho titular en su momento oportuno pudo haber aportado la prueba correspondiente para demostrar que cumple con los requisitos que exige este ordenamiento para que su marca no sea cancelada, siendo el requisito subjetivo: que la marca es usada por su titular o persona autorizada para dicho efecto; el requisito temporal: el uso real durante cinco años y el requisito material: que este uso sea real y efectivo.

El uso de una marca es importante para su titular ya que posiciona la marca en el mercado, es de interés para los competidores, porque les permite formar una clientela por medio de la diferenciación de sus productos; para los consumidores, ya que adquieren el producto que realmente desean con solo identificar el signo y para el Estado, pues se facilita el tráfico comercial. Por otra parte, el mantener marcas registradas sin un uso real y efectivo constituye un verdadero obstáculo para el comercio ya que restringe el ingreso de nuevos competidores que sí desean utilizar marcas idénticas o similares a estas que no se usan.

En conclusión, siendo la figura de la cancelación un instrumento que tiene el Registro de Propiedad Industrial que brinda una solución al eliminar el registro de aquellos signos que por el no uso (real, efectivo y comprobable) generan obstáculos para el ingreso de nuevos competidores, descongestionando el registro demarcas no utilizadas aproximando de esta forma la realidad formal (del registro) a la material (del mercado) se procede a cancelar por no uso el registro N 8517,en clase 5 internacional propiedad de Smithkline Beecham p.l.c.

VIII.—Sobre lo que debe ser resuelto. Analizados los autos del presente expediente, queda demostrado que el titular de la marca Sonrisal, registro número 8517, al no contestar el traslado otorgado por ley para demostrar su mejor derecho no comprobó el uso real y efectivo de su marca, por lo que para efectos de este Registro y de la resolución del presente expediente, se tiene por acreditado el no uso de la misma, procediendo a su correspondiente cancelación.

Por consiguiente, y de conformidad con lo anteriormente expuesto debe declararse con lugar la solicitud de cancelación por no uso, interpuesta por el Carlos Salazar Arroyo, en su condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de Farmavisión S. A., en contra de la marca Sonrisal, registro número 8517, inscrita el 22 de octubre de 1945, para proteger y distinguir: “sales efervescentes, preparaciones medicinales y farmacéuticas”, en clase 5 de la nomenclatura internacional, propiedad de Smithkline Beecham p.l.c. Por tanto,

Con base en las razones expuestas y citas de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos N° 7978 y de su Reglamento, 1) Se declara con lugar la solicitud de cancelación por falta de uso, interpuesta por Carlos Salazar Arroyo, en su condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de Farmavisión S. A., en contra de la marca Sonrisal, registro número 8517, inscrita el 22 de octubre de 1945, para proteger y distinguir: “sales efervescentes, preparaciones medicinales y farmacéuticas”, en clase 5 de la nomenclatura internacional, propiedad de Smithkline Beecham p.l.c. Se ordena la publicación íntegra de la presente resolución por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta de conformidad con lo establecido en los artículos 241 siguientes y concordantes y 334 todos de la Ley General de Administración Pública; así como el artículo 86 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos y el 49 de su Reglamento, a costa del interesado y se le advierte que hasta tanto no sea publicado el edicto correspondiente y su divulgación sea comprobada ante esta oficina mediante el aporte de los documentos que así lo demuestren, no se cancelará el asiento correspondiente. Comuníquese esta resolución a los interesados, a efecto de que promuevan los recursos que consideren oportunos, sea el de revocatoria y/o apelación, en el plazo de tres días hábiles y cinco días hábiles, respectivamente, contados a partir del día siguiente a la notificación de la misma, ante esta Autoridad Administrativa, quien en el caso de interponerse apelación, si está en tiempo, la admitirá y remitirá al Tribunal Registral Administrativo, conforme lo dispone el artículo 26 de la Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual, N° 8039. Notifíquese.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—Nº RP2010214656.—(IN2010108901).

AVISOS

COLEGIO PROFESIONAL DE PSICÓLOGOS

DE COSTA RICA

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA  VEZ

Considerando:

I.—Que mediante los expedientes administrativos Nos. 109 y 136-2008 la Fiscalía del Colegio de Psicólogos de Costa Rica denunció a la colegiada Máster María Isabel Sing Bennett, carné 2832, cédula de identidad siete-cero seis nueve-cero seis uno tres.

II.—Que el Tribunal de Honor dictó el auto de inicio del procedimiento administrativo el 19 de julio del 2010.

III.—Que el auto de inicio fue notificado el 11 de agosto de 2010.

IV.—Que la colegiada denunciada no respondió al traslado de cargos que le fuera notificado oportunamente.

V.—Que los hechos investigados, son según lo acusado por la Fiscalía del CPPCR, haber cometido faltas la elaboración de los certificados psicológicos de idoneidad mental para portar armas de fuego para laborar en seguridad privada y en instituciones públicas, concretamente en los formularios: 630 del señor José Fabio Solís Marín, 631 del señor Benito Romero Ampie, 632 del señor Fidel Ramírez Varela, 633 correspondiente al señor Ricardo Vindas León, 3724 del señor Jesús Madrigal Moya, 3728 del señor Miguel Antonio Ramos Gutiérrez, 3731 del señor Álvaro Gerardo Vega Jiménez, 3732 del señor Gerardo Zamora Castillo, 10586 del señor Carlos Artavia Vargas, 10592 del señor Édgar Andrés Zúñiga Serrano, 22870 del señor Jacinto Ramón López, concretamente la fiscalía considera que la colegiada presuntamente ha cometido las siguientes faltas:

1)  Incongruencia en la evaluación de uno o varios criterios psicodiagnósticos y la evaluación final del evaluado, por ejemplo: evalúa como no adecuada la coordinación visomotora y señala como apto para portar armas de fuego al sujeto (0627, 0631, 0632, 0635, entre otros) o evalúa como no adecuada las relaciones interpersonales y el manejo del afecto (3731), no indica haber realizado ninguna prueba, y sin embargo, señala como adecuada la coordinación viso-motriz (10590), evalúa como no adecuado las relaciones interpersonales y el autocontrol de impulsos (10592) y señala al sujeto como apto para portar armas de fuego.

2)  La firma de la factura no coincide con la de la psicóloga.

3)  Omite realizar el examen mental, omite realizar pruebas del todo (ya que no lo indica así en el formulario) u omite algunas tales como la de inteligencia, visomotora, personalidad.

4)  Entrega tardía del formulario ante el colegio (en un plazo mayor de 5 días hábiles después de haber sido emitido el certificado, por ejemplo formularios 22870 (emitido el 20 de agosto del 2008) y 22861 (emitido el 18 de agosto del 2008), de los cuales hace entrega tardía el 03 de setiembre del 2008).

5)  No indica si la evaluación es para portar armas.

6)  Inexactitud en la dirección del evaluado, u omisión de este dato.

7)  El formulario tiene dos o más tipos de letra.

8)  Omisión del número de factura en el formulario.

9)  No entrega los expedientes que se le solicitan a la fiscalía, pero presenta la excusa de los daños de los mismos debido a la inundación, sin embargo, no colabora con dicha investigación.

10)   La letra varía de un formulario a otro, no coincidiendo o no pareciendo ser de la misma persona.

11)   Presenta facturas del Dr. Hilberto Reid Satchwell.

12)   Omisión del sello de recibido por parte de armas y explosivos en la boleta de entrega de certificados al colegio.

13)   Omisión de firmas del evaluado.

VI.—La colegiada no ha hecho llegar a este tribunal un solo elemento de prueba que pueda desvirtuar lo acusado por la fiscalía, aduciendo que una inundación le destruyó los expedientes, no obstante de tal hecho no hay más prueba que unas fotos, en la que aparecen unos muros con una mancha que no supera los treinta centímetros, hecho que en modo alguno demuestra o prueba la perdida de los expedientes.

Por otra parte la colegiada pretende contrarrestar la prueba existente, únicamente con sus afirmaciones, cuando es lo cierto que la prueba que obra en los autos es clara y contundente en demostrar los hechos acusados, los cuales en algunos casos no sólo no son desvirtuados sino que la colegiada los acepta, como se puede apreciar en la transcripción de la audiencia celebrada el pasado 25 de octubre de 2010, en relación a uso de facturas de su esposo.

VII.—Sobre los hechos investigados este tribunal considera y así lo resuelve que la defensa esgrimida por la denunciada no es de recibo. La colegiada ha faltado al deber de diligencia y cuidado que deben de regir todos los actos profesionales, efectivamente ella faltó a ese único filtro que puede impedir el que un ciudadano con problemas tales como mala coordinación vasomotora o no adecuada en las relaciones interpersonales, pueda tener acceso a un arma, no obstante la denunciada en evaluados con las mencionadas condiciones fueron declaradas como aptas para portar un arma, con lo que ello implica.

VIII.—En razón de lo expuesto este tribunal considera oportuno, al amparo de lo dispuesto por el artículo 44 inciso a) de la Ley de Creación del Colegio Profesional de Psicólogos de Costa Rica, recomendar a la Junta Directiva sancionar a María Isabel Sing Bennett, carné 2832, cédula de identidad siete-cero seis nueve-cero seis uno tres, por violación de los artículos del 3 incisos a), e), f), g) y h), artículo 6º, incisos d), e), f), artículo 7º, incisos a), b) y c), artículo 11, inciso a), del Manual de Normas y Procedimientos para la Elaboración de Certificados de Idoneidad Mental para Portar Armas; y los artículos 3º, 5º, 8º, 30, 37 y 41 del Código de Ética y los artículos 29 y 34 del Reglamento a la Ley de Armas y Explosivos; para lo cual se recomienda suspender, por el lapso de seis meses en su habilitación para realizar pruebas de idoneidad para portar armas. Por tanto:

Se acuerda, por las razones expuestas, al amparo de lo dispuesto por el artículo 44, inciso a) de la Ley de Creación del Colegio Profesional de Psicólogos de Costa Rica, recomendar a la junta directiva sancionar a la colegiada María Isabel Sing Bennett, carné 2832, cédula de identidad siete-cero seis nueve-cero seis uno tres, por violación de los artículos: 3º, incisos a), e), f), g) y h), artículo 6º, incisos d), e), f), artículo 7º, incisos a), b) y c), artículo 11 inciso a), del Manual de Normas y Procedimientos para la Elaboración de Certificados de Idoneidad Mental para portar Armas; y los artículos 3º, 5º, 8º, 30, 37 y 41 del Código de Ética y los artículos 29 y 34 del Reglamento a la Ley de Armas y Explosivos; por el lapso de seis meses en su habilitación para realizar pruebas de idoneidad para portar armas. Notifíquese. Acuerdo firme.

Me permito transcribirle el acuerdo tomado en sesión Nº 26 de junta directiva del día 16 de noviembre del 2010:

Acuerdo Nº V-16-26-2010: en relación con el oficio CPPCR-TH095-2010, expediente Nº 136-2008, denuncia de oficio en contra de la Lic. María Isabel Sing Bennett, la directora Johanna Solórzano Morera, propone que en virtud de los hechos acusados y constatados en el expediente que además de los seis meses de sanción que propone el Tribunal de Honor, se le obligue a la colegiada a llevar nuevamente el curso de Habilitación para Armas, curso que debería de llevar una vez cumplidos en los seis meses de inhabilitación, para laborar en portación de armas. Comuníquese a las partes. Se somete a votación, 5 a favor y dos abstenciones de la Lic. María Magalli Márquez Wilson y del Máster Delio Carlos González Burgos y por lo tanto aprobado.

Lic. María Magalli Márquez Wilson, Secretaria Junta Directiva.—(IN2011000127).

FE DE ERRATAS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE GOLFITO

La Municipalidad de Golfito, Alcaldía Municipal, publicó en el Diario Oficial La Gaceta Nº 23 del día jueves 1 de febrero del 2001, edicto a nombre de Morada Tropical Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-252289, representada por el señor Gerardo Mora Aguilar, quien es mayor de edad, cédula 6-130-115, divorciado, comerciante, vecino de kilómetro cinco 100 metros sur del Castillo Golfito, Puntarenas. Para una solicitud de concesión por una parcela localizada en Pavones sector costero de la Hierba, distrito cuarto Pavón, cantón sétimo Golfito, provincia sexta Puntarenas, tramitada bajo el expediente administrativo Nº 932-1999, entre los mojones del Instituto Geográfico Nacional 839 al 844. Siendo lo correcto que la sociedad Morada Tropical Sociedad Anónima solicita en concesión los usos de Zona de Desarrollo Controlado y Zona de Protección de Quebrada, declarados así en el Plan Regulador Parcial Sector Bahía Pavón Sector Quebrada Salea-Quebrada Mangle. Y que en la parcela a concesionar no se ubican zonas clasificadas como Patrimonio Natural del Estado según consta en la certificación ACOSA-PNE-006-10 del 22 de febrero del año 2010. Se deja claro que la presente Fe de Erratas no contempla plazo para oposiciones según artículo 40 del Reglamento a la Ley 6043 de la Zona Marítima Terrestre.—Golfito, 10 de enero de 2011.—Departamento de Zona Marítimo Terrestre.—Jimmy José Cubillo Mora, Alcalde.—1 vez.—(IN2011001629).