LA GACETA Nº 39 DEL 24 DE FEBRERO DEL 2011
MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO
MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS
MUNICIPALIDAD DE SANTO
DOMINGO DE HEREDIA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
DE
DECRETA:
REFORMA
Y ADICIÓN DE
SISTEMA BANCARIO
NACIONAL, N.º 1644, DE
26 DE SETIEMBRE
DE 1953, Y SUS REFORMAS,
Y REFORMA Y
ADICIÓN DE UN ARTÍCULO
DE
CENTRAL DE COSTA
RICA, N.º 7558,
Y SUS REFORMAS,
DE 3 DE
NOVIEMBRE DE
1995
ARTÍCULO 1.- Definiciones
Para efectos de la presente Ley, se entenderá
por:
a) Bancos multilaterales de
desarrollo: instituciones que proporcionan apoyo financiero y asesoramiento
profesional para actividades orientadas al progreso económico y social en los
países.
b) Organismos bilaterales de desarrollo: agencias de cooperación
internacional que los gobiernos mantienen en cada país.
ARTÍCULO 2.-
Refórmase el artículo 4 de
“Artículo
4.-
Los bancos comerciales del Estado contarán
con la garantía y la más completa cooperación del Estado y de todas sus
dependencias e instituciones. La garantía estatal establecida en este artículo
no será aplicable a los instrumentos financieros subordinados o préstamos
subordinados que emitan o contraten los bancos comerciales del Estado, tampoco
a las obligaciones o los derechos que de ellos emanen. Los instrumentos
financieros subordinados o los préstamos subordinados, así como las
obligaciones y los derechos que de ellos emanen solo podrán ser adquiridos o
contratados por bancos multilaterales de desarrollo o por organismos
bilaterales de desarrollo.
Ningún tenedor de deuda subordinada emitida o
contratada por los bancos comerciales del Estado podrá poseer, individualmente,
un monto que supere el veinticinco por ciento (25%) del capital primario de
cada banco emisor.”
ARTÍCULO 3.-
Adiciónase un inciso 13) al artículo 34 de
“Artículo
34.-
En la dirección inmediata del banco sometido
a su gobierno, cada junta directiva tendrá las siguientes atribuciones
esenciales:
[...]
13) Publicar, con propósitos
informativos, en el diario oficial
ARTÍCULO 4.-
Refórmase el artículo 179 de
“Artículo
179.- Deuda subordinada
Los recursos generados producto de los
préstamos subordinados o instrumentos financieros subordinados que contraten o
emitan los bancos comerciales del Estado, así como de las obligaciones o
derechos emanados de estos, no se podrán utilizar para comprar deuda del Estado
costarricense.”
ARTÍCULO 5.-
Adiciónase un artículo
“Artículo
180.-
Los instrumentos financieros o los préstamos
subordinados emitidos o contratados por los bancos comerciales del Estado, así
como las obligaciones o derechos que de ellos emanen, no podrán pagarse con
acciones o participaciones sociales o patrimoniales de los bancos comerciales
del Estado.”
Rige a partir de su publicación.
ASAMBLEA LEGISLATIVA. Aprobado a los trece días del mes de
diciembre de dos mil diez.
COMUNÍCASE
AL PODER EJECUTIVO
Luis
Gerardo Villanueva Monge
PRESIDENTE
Mireya Zamora Alvarado Ileana Brenes Jiménez
PRIMERA
SECRETARIA SEGUNDA SECRETARIA
Dado en
Ejecútese
y publíquese.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de
Hacienda, Fernando Herrero Acosta.—1 vez.—O. C. Nº 11332.—Solicitud Nº
10625.—C-43880.—(L8917-IN2011009431).
Y
En ejercicio de las facultades y atribuciones
contenidas en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de
Considerando:
1º—Que es función del Estado velar por la
protección de la salud de la población y garantizar el bienestar de los
ciudadanos, no obstante ello no debe ser obstáculo para el establecimiento de
condiciones de competitividad que contribuyan en el desarrollo de la actividad
del país.
2º—Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 35595-S del 16 de setiembre del
2009, publicado en
3º—Que el Estado está comprometido a lograr una disminución en los
precios de los medicamentos y a facilitarle a toda la población el acceso a
éstos.
4º—Que en virtud de lo anteriormente expuesto es necesario actualizar
periódicamente el listado oficial de medicamentos de libre venta. Por tanto,
Decretan
REFORMA
AL DECRETO DE
DECLARATORIA DE
MEDICAMENTOS
DE VENTA LIBRE AL
CONSUMIDOR
Artículo 1º—Refórmese el artículo 3 del
Decreto Ejecutivo Nº 35595-S del 16 de setiembre del 2009, publicado en
“Artículo 3º—En el momento en que el margen
de seguridad de un producto llegue a ser inaceptable, o si el uso del producto
representa más riesgos que beneficios, el Ministerio de Salud podrá reformar el
presente decreto ejecutivo condicionando, eliminando de la lista o
restringiendo el uso del producto.
El Ministerio de Salud podrá incluir de
oficio nuevos medicamentos de venta libre o a solicitud del interesado. Las
inclusiones aprobadas por el Ministerio al Listado de
Artículo 2º—Rige a partir de su publicación
en el Diario Oficial
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—
Y
En uso de las facultades que les confieren
los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de
Considerando:
1º—Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 26478-S
del 16 de octubre de 1997 publicado en
2º—Que el Decreto de marras establece que el Laboratorio Nacional de
Control de Calidad/de Medicamentos (LANACCAME) estará integrado por el Laboratorio de Control de Calidad Químico
Farmacéutico del Ministerio de Salud y el Laboratorio de Análisis y Asesorías
Farmacéuticas (LAYAFA) de
3º—Que igualmente el Decreto citado indica que el Ente Nacional de
Certificación de Medicamentos (ENACEM), que dependerá
técnica y administrativamente de
4º—Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 26727 del 18 de febrero de 1998
publicado en
5º—Que mediante Decreto Nº 34510-S del 04 de abril del 2008 publicado
en
6º—Que de conformidad con lo anteriormente expuesto, se ha
considerando conveniente derogar el Decreto Ejecutivo Nº 26478-S, por cuanto a
las competencias establecidas en dicho Decreto fueron asumidas tanto por
Decretan:
Lo siguiente:
DEROGAR
EL DECRETO
EJECUTIVO Nº
26478-S
Artículo 1º—Deróguese el Decreto Ejecutivo Nº
26478-S del 16 de octubre de 1997, publicado en
Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—
Y
NACIONAL Y POLÍTICA
ECONÓMICA
En ejercicio de las facultades y regulaciones
establecidas en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de
Considerando:
I.—El Plan Nacional de Desarrollo 2011-2014,
“María Teresa Obregón Zamora”, reafirma el compromiso de una nación más
equitativa y solidaria y establece que es necesario visibilizar los grupos
sociales que requieren de una atención diferenciada por parte del Estado
costarricense, los cuales por su condición de sexo, edad, etnia, nacionalidad y
limitaciones físicas o mentales no tienen pleno acceso a los beneficios
sociales y económicos.
II.—Como parte de la política social y de la atención de los sectores
más vulnerables en pobreza y exclusión, es necesario contar con datos sobre
brechas y desigualdades de género enfrentadas por las mujeres al intentar
combinar sus labores de cuido de hijos e hijas y otros familiares, con las
posibilidades de formación y acceso a empleos de calidad.
III.—Del 1º de marzo al 30 de abril de 2011, se estará realizando la
“Primera Encuesta sobre el Uso del Tiempo en
Decretan:
Artículo 1º—Se declara de interés público y
nacional la “Primera Encuesta sobre el Uso del Tiempo en
Artículo 2º—Se insta a las instituciones de la administración pública
central y descentralizada así como a la sociedad en general, para que dentro de
sus posibilidades y del marco de legalidad, apoyen el suministro y la captura
de información y utilicen posteriormente sus resultados en el diseño e
implementación de políticas públicas novedosas y que puedan traducirse en
programas y acciones que mejoren la calidad y condiciones de vida de la población
ubicada en el territorio nacional.
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—
Y EL MINISTRO DE
CULTURA Y JUVENTUD
Con fundamento en el artículo 140, incisos 3)
y 18) de
Considerando:
1º—Que
2º—Que por Decreto Ejecutivo Nº 34110-C del 14 de agosto del 2007,
publicado en
3º—Que debe modificarse el “Reglamento de garantías que deben rendir
los funcionarios del Ministerio de Cultura y Juventud que recauden, custodien o
administren fondos y valores públicos”, con el fin de aclarar conceptos que
pueden dificultar la adecuada aplicación de este instrumento. Por tanto,
Decretan:
Reforma al Reglamento de Garantías que deben
rendir
los funcionarios del Ministerio de
Cultura
y Juventud que recauden,
custodien
o administren fondos
y
valores públicos
Artículo 1º—Refórmese el artículo 8 del
Decreto Ejecutivo Nº 34110-C del 14 de agosto del 2007, publicado en
“Artículo 8º—Obligación de presentar caución
en más de un puesto. El caucionante que por disposición de ley, decreto
ejecutivo u otra disposición desempeñe dos o más puestos en
Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de
Cultura y Juventud, Manuel Obregón López.—1 vez.—O. C. Nº 11175.—Solicitud Nº
40485.—C-24170.—(D36411-IN201009414).
Nº 168-P
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos
139, inciso 1) de
ACUERDA:
Artículo 1º—Conceder licencia sin goce de salario
a la señora Sandra Piszk Feinzilber, cédula de identidad 1-0357-0156, Ministra
de Trabajo y Seguridad Social, para atender asuntos personales del 23 de
diciembre del 2010 al 6 de enero del 2011.
Artículo 2º—Durante la ausencia de la señora Piszk Feinzilber, se nombra
como Ministro a. í. de Trabajo y Seguridad Social al señor Juan Manuel Cordero
González, cédula de identidad 1-0682-0894, actual Viceministro de Trabajo y
Seguridad Social.
Artículo 3º—Rige a partir de las 18:05 horas del 23 de diciembre del 2010
hasta las 16:20 horas del 6 enero del 2011 inclusive.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 10889.—Solicitud Nº 38736.—C-8520.—(IN2011009429).
Nº
170-P.—San José, 20 de diciembre del 2010
Con fundamento en las facultades que le confiere
ACUERDA
Artículo 1º—De conformidad con los principios que
se desprenden del artículo 22 bis del Reglamento del Estatuto de Servicio
Civil, recargar en el señor Juan Carlos Pacheco Romero, cédula de identidad
1-927-671, Director de Crédito Público del Ministerio de Hacienda, el cargo de
Viceministro de Inversión Pública, del Ministerio de Hacienda.
Artículo 2º—Rige a partir del 21 de diciembre del 2010.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 11332.—Solicitud Nº 10628.—C-8060.—(IN2011009426).
Nº 142-PE
EL MINISTRO DE
Con fundamento en el artículo 28 párrafos 1 y 2
inciso a) de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Mauricio Boraschi
Hernández, cédula de identidad número 1-789-060, Viceministro de
Artículo 2º—Los gastos por concepto de viáticos, impuestos servicio de
taxis aeropuerto-hotel y viceversa en la ciudad visitada, llamadas oficiales
internacionales, se cancelarán del Título 202-Ministerio de
Artículo 3º—En el caso del transporte al exterior no se cancelará gasto
alguno por cuanto viajará en una aeronave del Ministerio de Seguridad Pública.
Artículo 4º—Se otorga la suma adelantada de ¢148.511,54 por concepto de
viáticos sujetos a liquidación.
Artículo 5º—Rige a partir del 28 y hasta el 29 de enero del 2011.
Dado en
Marco A. Vargas Díaz, Ministro de
Nº 58-2011 MSP
EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en las atribuciones conferidas por
el artículo 28 inciso 1) de
Considerando:
1º—Que se ha recibido cordial invitación para que un
funcionario de este Ministerio asista a la actividad denominada “Conferencia de
Planificación de Eventos Futuros del Programa de Asociación Estatal con Nuevo
México” en la cuidad de Alburquerque y Santa Fe de Nuevo México, Estados Unidos
de América, los días del 14 al 19 de febrero del 2011 (incluye salida y regreso
del participante).
2º—Que el objetivo de la conferencia es garantizar la efectiva
planificación de los eventos organizados en el marco del Programa de Asociación
Estatal con Nuevo México.
3º—Que dado el objetivo de la actividad, es de interés para este Ministerio
contar con un funcionario en dicho evento. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al Comisario Andrade Morales
Juan José, cédula 1-773-309, Director General de
Artículo 2º—El Comando Sur de los Estados Unidos de América costeará todos
los gastos relativos a la alimentación, transporte y alojamiento.
Artículo 3º—Que durante los días del 14 al 19 de febrero del 2011, en que
se autoriza la participación del funcionario en la actividad, devengará el 100%
de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 14 al 19 de febrero del 2011.
Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad
Pública, a los dos días del mes de febrero del dos mil once.
José María Tijerino Pacheco, Ministro de Seguridad
Pública.—1 vez.—O. C. Nº 10912.—Solicitud Nº 44454.—C-15800.—(IN2011009530).
Nº 72-2011
MSP
EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en las atribuciones conferidas por
el artículo 28 inciso 1) de
Considerando:
1º—Que se ha recibido cordial invitación para que
un funcionario de este Ministerio asista a la actividad denominada “
2º—Que el objetivo del viaje es realizar una mesa de trabajo y participar
de la conferencia para lograr el intercambio de experiencias con homólogos de
ese país.
3º—Que dado el objetivo del curso, es de interés para este Ministerio
contar con un funcionario en dicho evento. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a
Artículo 2º—Todos los gastos de su pasaje y estadía serán por cuenta de
Artículo 3º—Que durante los días del 2 al 6 de febrero del 2011, en que se
autoriza la participación del funcionario en la actividad, devengará el 100% de
su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 2 al 6 de febrero del 2011.
Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad
Pública, a los veintiocho días del mes de enero del dos mil once.
Walter Navarro Romero, Ministro de Seguridad
Pública a. í..—1 vez.—O. C. Nº 10912.—Solicitud Nº 44454.—C-15800.—(IN2011009532).
N° 026-2011
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 140 inciso 20 y 146 de
Considerando:
1º—Que del 26 al 27 de enero de 2011, se
realizará en Washington, Estados Unidos de América, la reunión de Coordinadores
y de los grupos de Reglas de Origen y Solución de Controversias del Tratado de
Libre Comercio entre Centroamérica-Estados Unidos y República Dominicana,
evento de alto interés para el Ministerio de Comercio.
2º—Que la participación del señor Carlos Marín Castro, en
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Carlos Marín
Castro, portador de la cédula de identidad número 1-1138-0362, funcionario de
Artículo 2º—Los gastos del señor Carlos Marín Castro, por concepto de
impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de
transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $889,92 (ochocientos ochenta
y nueve con 92/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las
subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 796. Los gastos de transporte
aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del programa 796. Se
les autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de
documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior; así como
también para hacer escala en Miami, Estados Unidos de América, por conexión.
Artículo 3º—Que durante el período que va del 25 al 28 de enero de
2011, el señor Carlos Marín Castro, devengará el 100% de su salario, el cual es
cancelado por el Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 4º—Rige a partir del 25 al 28 de enero de 2011.
San José, a los diecinueve días del mes de
enero del 2011.
Anabel González Campabadal, Ministra de
Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 117148.—Solicitud Nº 44904.—C-23400.—(IN2011009087).
N° 027-2011
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 140 inciso 20 y 146 de
Considerando:
1º—Que del 26 al 27 de enero de 2011, se
realizará en Washington, Estados Unidos de América, la reunión de Coordinadores
y de los grupos de Reglas de Origen y Solución de Controversias del Tratado de
Libre Comercio entre Centroamérica-Estados Unidos y República Dominicana,
evento de alto interés para el Ministerio de Comercio.
2º—Que la participación de la señora Marcela Chavarría Pozuelo, en la
reunión resulta necesaria, por cuanto en ella se coordinarán aspectos
relacionados a dicho Tratado, de forma tal que el país este en capacidad de
implementarlo efectivamente. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Marcela
Chavarría Pozuelo, cédula de identidad número 1-847-321, funcionaria de
Artículo 2º—Los gastos de la señora Marcela Chavarría Pozuelo, por concepto
de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de
transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $889,92 (ochocientos ochenta
y nueve con 92/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las
subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 796. Los gastos de transporte
aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa.
Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de
documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior; así como
también para hacer escala en Miami, Estados Unidos de América, por conexión.
Artículo 3º—Que durante el período que va del 25 al 28 de enero de
2011, la señora Marcela Chavarría Pozuelo, devengará el 100% de su salario, el
cual es cancelado por
Artículo 4º—Rige a partir del 25 al 28 de enero de 2011.
San José, a los diecinueve días del mes de
enero del 2011.
Anabel González Campabadal, Ministra de
Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 117148.—Solicitud Nº
44904.—C-23400.—(IN2011009086).
N° 028-2011
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 140 inciso 20 y 146 de
Considerando:
1º—Que el 27 de enero de 2011, se realizará
en El Salvador,
2º—Que la participación del señor Fernando Ocampo Sánchez en la
conferencia, resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran
relevancia para el Ministerio de Comercio Exterior. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Fernando Ocampo
Sánchez, portador de la cédula N° 1-791-100, Viceministro de Comercio Exterior,
para que participe en lo indicado en el considerando 1° del precitado acuerdo,
en El Salvador el 27 de enero de 201 1. El señor Ocampo Sánchez viaja a partir
del 26 de enero de 2011, por efectos de itinerario y rutas de vuelo hacia el
lugar de destino.
Artículo 2º—Los gastos del señor Fernando Ocampo Sánchez, por concepto
de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte,
alimentación y hospedaje, así como el transporte aéreo, serán financiados por
Artículo 3º—Que durante el período que va del 26 al 27 de enero de
2011, el señor Fernando Ocampo Sánchez, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 26 al 27 de enero de 2011.
San José, a los diecinueve días del mes de
enero del 2011.
Anabel González Campabadal, Ministra de
Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 117148.—Solicitud Nº
44904.—C-23400.—(IN2011009085).
Nº 029-2011
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos
140 inciso 20 y 146 de
Considerando:
1º—Que el 27 de enero de 2011, se realizará en El
Salvador,
2º—Que la participación de la señora Laura Escalante Monge en la reunión
resulta necesaria para el desarrollo de la conferencia y el seguimiento de las
relaciones con
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Laura Escalante
Monge, cédula de identidad número 1-1077-626, funcionaria del Despacho del
Viceministro, para que participe en calidad de Asesora del Viceministro, en lo
indicado en el considerando 1° del precitado acuerdo, el 27 de enero de 2011.
La funcionaria viaja a partir del 26 de enero de 2011, por efectos de
itinerario y rutas de vuelo hacia el lugar de destino.
Artículo 2º—Los gastos de la señora Laura Escalante Monge, por concepto de
impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de
transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $440,96 (cuatrocientos
cuarenta con 96/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las
subpartidas 10501, 10503 y 10504 del programa 792. Los gastos de transporte
aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa.
Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de
documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el período que va del 26 al 27 de enero de 2011, la
señora Laura Escalante Monge, devengará el 100% de su salario, el cual es
cancelado por el Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 4º—Rige a partir del 26 al 27 de enero de 2011.
San José, a los diecinueve días del mes de enero
del año dos mil once.
Anabel González Campabadal, Ministra de Comercio
Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 117148.—Solicitud Nº 44904.—C-23400.—(IN2011009138).
N° 034-2011
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 140 inciso 20 y 146 de
Considerando:
1º—Que del 26 al 27 de enero de 2011, se
realizarán en Bruselas, Bélgica reuniones con Autoridades Europeas, con el fin
de discutir el estado actual de
2º—Que del 27 al 29 de enero de 2011, se realizará en Davos, Suiza,
una reunión de Ministros de Comercio de aproximadamente 25 países, para
discutir el estado de las negociaciones de
3º—Que aprovechando la presencia de los Ministros de varios países con
los que Costa Rica tiene intereses comerciales y/o de inversión particulares se
han programado algunos encuentros con varios de ellos para impulsar la agenda
bilateral de Costa Rica con cada uno de esos países.
4º—Que la participación del señor Federico Valerio De Ford, en dichas
actividades, resulta necesaria, por cuanto en ellas se tratarán temas de gran
relevancia sobre el Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Federico
Valerio De Ford, portador de la cédula de identidad número 1-745-747, Director
General de Comercio Exterior, para que participe, en lo indicado en el
considerando 1° y 2° del precitado acuerdo, el 26 y 27 de enero en Bruselas,
Bélgica y el 29 de enero de 2011, en calidad de Asesor de
Artículo 2º—Los gastos del señor Federico Valerio De Ford, por
concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales
de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $1.065,28 (un mil sesenta
y cinco con 28/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las
subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 796. Los gastos de transporte
aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del programa 792. Se
le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de
documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior; así como
también para hacer escala en New York, Estados Unidos de América y en Londres,
Reino Unido.
Artículo 3º—Que durante el período que va del 25 al 30 de enero de
2011, el señor Federico Valerio De Ford, devengará el 100% de su salario, el
cual es cancelado por
Artículo 4º—Rige a partir del 25 al 30 de enero de 2011.
San José, a los veinticuatro días del mes de
enero del 2011.
Anabel González Campabadal, Ministra de
Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 117148.—Solicitud Nº
44904.—C-27900.—(IN2011009084).
N° 035-2011
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 140 inciso 20 y 146 de
Considerando:
1º—Que del 27 al 29 de enero de 2011, se
realizará en Davos, Suiza, una reunión de Ministros de Comercio de
aproximadamente 25 países, para discutir el estado de las negociaciones de
2º—Que aprovechando la presencia de los Ministros de varios países con
los que Costa Rica tiene intereses comerciales y/o de inversión particulares se
han programado algunos encuentros con varios de ellos para impulsar la agenda
bilateral de Costa Rica con cada uno de esos países.
3º—Por la importancia de estas reuniones resulta vital la
participación del señor Manuel Tovar Rivera, Enviado Especial del Ministerio de
Comercio Exterior en
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Manuel Tovar
Rivera, cédula de identidad número 1-906-909, para que viaje de Bruselas,
Bélgica a Davos, Suiza, para participar en calidad de Asesor de
Artículo 2º—Los gastos del señor Manuel Tovar Rivera, concepto de
impuestos, tributos o cánones que se deben pagar en las terminales de
transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $972,88 (novecientos setenta
y dos con 88/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las
subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 796. Los gastos de transporte
aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del programa 792. Se
le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de
documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el período que va del 27 al 30 de enero de
2011, el señor Manuel Tovar Rivera, devengará el 100% de su salario, el cual es
cancelado por
Artículo 4º—Rige a partir del 27 al 30 de enero de 2011.
San José, a los veinticuatro días del mes de
enero del 2011.
Anabel González Campabadal, Ministra de
Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 117148.—Solicitud Nº
44904.—C-23400.—(IN2011009083).
N° 036-2011
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 140 inciso 20 y 146 de
Considerando:
1º—Que del 27 al 28 de enero de 2011, se
realizará en Washington, Estados Unidos de América la reunión del Consejo de Asuntos
Ambientales en el marco del Tratado de Libre Comercio entre
Centroamérica-Estados Unidos y República Dominicana, evento de alto interés
para el Ministerio de Comercio.
2º—Que la participación de la señora Alejandra Aguilar Schramm,
resulta necesaria, dada la estrecha relación que existe entre las funciones del
cargo que ocupa y los temas que se discutirán en la reunión. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Alejandra
Aguilar Schramm, portadora de la cédula de identidad número 1-844-618,
funcionaria de
Artículo 2º—Los gastos de la señora Alejandra Aguilar Schramm, por
concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales
de transporte y de alimentación y hospedaje; así como el transporte aéreo,
serán cubiertos con recursos del Gobierno de los Estados Unidos de América. Los
gastos por concepto de impuestos de salida y transporte terrestre de ambos
países, serán cancelados con recursos de COMEX, de la subpartida 10501, 10503 y
10504 del Programa 796. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas,
fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio
Exterior.
Artículo 3º—Que durante el período que va del 25 al 29 de enero de
2011, la señora Alejandra Aguilar Schramm, devengará el 100% de su salario, el
cual es cancelado por
Artículo 4º—Rige a partir del 25 al 29 de enero del 2011.
San José, a los veinticuatro días del mes de
enero del año dos mil once.
Anabel González Campabadal, Ministra de
Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 117148.—Solicitud Nº
44904.—C-23400.—(IN2011009082).
SERVICIO
FITOSANITARIO DEL ESTADO
DEPARTAMENTO
DE INSUMOS AGRÍCOLAS
REGISTRO
DE AGROQUÍMICOS
DIA-R-E-019-2011.—El señor Roberto Suárez
Castro, cédula 1-708-337 en calidad de gerente general de la compañía
Distribuidora Agro Comercial S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la
ciudad de Grecia, solicita cambio de nombre del fertilizante de nombre
comercial Complex Sulfato de Amonio Liquido a la nueva denominación Complex
Plus compuesto a base de nitrógeno-azufre. Conforme a lo que establece
SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL
DIRECCIÓN
DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
EDICTOS
La doctora Dannia María Campos Hernández,
número de cédula 401670240, vecina de San José, en calidad de representante
legal de la compañía Depal Costa Rica S. A., con domicilio en San José,
solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Nemipal
22,3%, fabricado por Laboratorios Depal, C. A., Venezuela, con los siguientes
principios activos: Cada 100 ml contiene: Levamisol clorhidrato
La doctora Dannia
María Campos Hernández número de cédula 401670240, vecina de San José, en
calidad de representante legal de la compañía Depal Costa Rica S. A., con
domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario
del grupo 3: Sultrim inyectable, fabricado por Laboratorios Depal, C. A.,
Venezuela, con los siguientes principios activos: Cada 100 ml contiene:
Sulfadimetoxina sódica
La doctora Dannia
María Campos Hernández número de cédula 401670240, vecina de San José, en
calidad de representante legal de la compañía Depal Costa Rica S. A., con
domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento
veterinario del grupo 3: Mastiretard, fabricado por Laboratorios Depal, C. A.,
Venezuela, con los siguientes principios activos: Cada
La doctora Dannia
María Campos Hernández, número de cédula 401670240, vecina de San José, en
calidad de representante legal de la compañía Depal Costa Rica S. A., con
domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento
veterinario del grupo 3: Masticorten F, fabricado por Laboratorios Depal C. A.,
Venezuela, con los siguientes principios activos: Cada
DIRECCIÓN
DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE
PRIMERA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 354,
título Nº 2663, emitido en el año 2008 y del título de Técnico Medio en
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de
Estudios de
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 93, título Nº 987, emitido por
el Liceo Salvador Umaña Castro, en el año dos mil siete, a nombre de Gutiérrez
Gutiérrez Marianela del Carmen. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 4, folio 90, título Nº 538, emitido por el
Colegio de Bagaces, en el año dos mil cinco, a nombre de Lara Gutiérrez Luis
Diego. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud
de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo
1, folio 9, título Nº 052, emitido por el Colegio San Benedicto, en el año dos
mil, a nombre de Gamboa Badilla Mariel Andrea. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
DIRECCIÓN DE ASUNTOS LABORALES
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
De conformidad con la autorización extendida por
la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a
la inscripción de la reforma que
acordó introducir a su estatuto social de la organización social denominada:
Sindicato de Trabajadores del Registro Nacional, Pensionados y Afines, siglas
SITRARENA, acordada en asamblea celebrada el día 22 de octubre del 2010.
Expediente S-P149. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del
Código de Trabajo y 49 de
La reforma ha sido inscrita en los libros de
registro que al efecto lleva este Registro mediante tomo: 16, folio: 87,
asiento: 4597, del día 21 de enero de 2011.
La reforma afecta los artículos 3, 6, 12, 13,
15, 16, 20, 23, 26, 27, 29 y 30 del Estatuto.
San José, 21 de enero del 2011.—Lic. José
Joaquín Orozco Sánchez, Jefe de Registro.—RP2011220175.—(IN2011008651).
De conformidad con la
autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social,
este Departamento ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó
introducir a su Estatuto la organización social denominada: Cooperativa de
Ahorro y Crédito de los Empleados del Ministerio de Educación Pública R.L.,
siglas Coopemep R.L., acordada en asamblea celebrada el 5 de junio del 2010.
Resolución 267. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE
Cambio
de nombre Nº 70447
Que Alberto Pauly Sáenz, en calidad de
apoderado especial de Mexichem Costa Rica Sociedad Anónima, solicita a este
Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Amanco Tubosistemas de
Costa Rica, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-338564 por el de Mexichem
Costa Rica Sociedad Anónima, presentada el día 26 de enero de 2011 bajo
expediente 70447. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2001-0003553
Registro Nº 136812 NOVADOR en clase 19
Marca Denominativa. Publicar en
Cambio de nombre Nº 70451
Que Alberto Pauly Sáenz, en calidad de
apoderado especial de Mexichem Costa Rica Sociedad Anónima, solicita a este
Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Amanco Tubosistemas de
Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-338564 por el de Mexichem
Costa Rica, Sociedad Anónima, presentada el día 26 de enero de 2011 bajo
expediente 70451. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2000-0007721
Registro Nº 128492 DURAFORT en clase
19 marca denominativa. Publicar en
Cambio de nombre Nº 70448
Que Alberto Pauly Sáenz, cédula de identidad
1-413-799, en calidad de apoderado especial de Mexichem Costa Rica Sociedad
Anónima, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre
de Amanco Tubosistemas de Costa Rica, Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-338564 por el de Mexichem Costa Rica, Sociedad Anónima, presentada el día
26 de enero de 2011 bajo expediente 70448. El nuevo nombre afecta a las
siguientes marcas: 2000-0007722 Registro Nº 128493 DURHOL en clase 11 Marca Denominativa. Publicar en
Cambio de nombre Nº 70445
Que Alberto Pauly Sáenz, en calidad de
apoderado especial de Mexichem Costa Rica Sociedad Anónima, solicita a este
Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Amanco Tubosistemas de
Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-338564 por el de Mexichem
Costa Rica Sociedad Anónima, presentada el día 26 de enero de 2011 bajo
expediente 70445. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2000-0009678
Registro Nº 138433 DURHOL en clase 20
Marca Denominativa. Publicar en
Cambio de nombre Nº 70441
Que Alberto Pauly Sáenz, en calidad de
apoderado especial de Mexichem Costa Rica Sociedad Anónima, solicita a este
Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Amanco Tubosistemas de
Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-338564 por el de Mexichem
Costa Rica Sociedad Anónima, presentada el día 26 de enero de 2011 bajo
expediente 70441. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2003-0000868
Registro Nº 141538 DUCTOFLEX en clase
17 Marca Denominativa. Publicar en
Cambio de nombre Nº 70443
Que Alberto Pauly Sáenz, en calidad de
apoderado especial de Mexichem Costa Rica Sociedad Anónima, solicita a este
Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Amanco Tubosistemas de
Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-338564 por el de Mexichem Costa Rica
Sociedad Anónima, presentada el día 26 de enero del 2011 bajo expediente 70443.
El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2000-0007720 Registro Nº 138438
DURAFORT en clase 20 Marca Denominativa. Publicar en
Cambio de nombre Nº 70440
Que Alberto Pauly Sáenz, en calidad de
apoderado especial de Mexichem Costa Rica Sociedad Anónima, solicita a este
Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Amanco Tubosistemas de
Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-338564 por el de Mexichem
Costa Rica Sociedad Anónima, presentada el día 26 de Enero de 2011 bajo
expediente 70440. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2005-0004299
Registro Nº 156929 NIVEL UNO en clase
19 Marca Mixto. Publicar en
Cambio de nombre Nº 70442
Que Alberto Pauly Sáenz, en calidad de
apoderado especial de Mexichem Costa Rica Sociedad Anónima, solicita a este
Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Amanco Tubosistemas de
Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-338564 por el de Mexichem
Costa Rica Sociedad Anónima, presentada el día 26 de Enero de 2011 bajo
expediente 70442. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2002-0003144
Registro Nº 139674 NOVARIEGO en clase
17 Marca Denominativa. Publicar en
Cambio de nombre Nº 70446
Que Alberto Pauly Sáenz, en calidad de
apoderado especial de Mexichem Costa Rica, Sociedad Anónima, solicita a esté
Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Amanco Tubosistemas de
Costa Rica, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-338564 por el de Mexichem
Costa Rica Sociedad Anónima, presentada el día 26 de Enero de 2011 bajo
expediente 70446. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2000-0009932
Registro Nº 138431 DURAFORT en clase 11 Marca Denominativa. Publicar en
REGISTRO DE
LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Patentes de invención
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El señor Jorge Tristan Trelles, céd. 1-392-470,
mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Pincéis
Atlas, S. A., de Brasil, solicita el Modelo de Utilidad denominada DISPOSICIÓN
APLICADA EN BANDEJA PARA PINTURA.
Para ver imagen solo en
El presente modelo de utilidad se refiere
más específicamente, a una bandeja de pintura, del tipo que se destina al uso
conjunto con un rollo de pintura, que sirve para el transporte de alimentación
de tinta al mismo tiempo, y está dotada de varias características inéditas que
facilitan sobremanera su uso y optimizan su desempeño. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
La señora (ita) Ana
Catalina Monge Rodríguez, mayor, abogada, céd 1-812-604, vecina de San José, en
su condición de apoderada especial de Bayer Cropscience AG, de R.F. Alemania,
solicita
Para ver imagen solo en
Compuestos
de arilo de anillo condensado de fórmula (I) y uso de los mismos como producto
agroquímico para combatir organismos nocivos, en la que (X)mQ,
A, Rl,(Y)n y el agrupamiento-W1-W2-W3-W4- son tal como se definen en el
presente documento. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados,
El señor Luis Esteban
Hernández Brenes, cédula 4-155-803, mayor, divorciado, abogado, vecino de San
José, en calidad de apoderado especial de Román Alemañ, Bárbara, de España,
Torres Zacarías, Pilar, de España, solicita
El señor José Paulo Brenes Lleras, cédula
1-694-636, mayor, casado, abogado, apoderado especial de General Electric
Company, de E.U.A., solicita la patente de invención denominada CIRCUITO
INTEGRADO DE APLICACIÓN ESPECÍFICA COMPLEMENTARIA PARA LÁMPARAS FLUORESCENTES
COMPACTAS.
Para ver imagen solo en
En un balastro de iluminación típicamente se
encuentran varios componentes discontinuos que se combinan para tomar una señal
AC externa y convertirla en una señal DC y de regreso a una señal AC para
energizar la lámpara. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados,
REGISTRO DE
PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones Civiles
AVISOS
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción
El Registro de
Personas Jurídicas, departamento de asociaciones, ha recibido para su inscripción el estatuto
de la entidad denominada Asociación de Mujeres Trabajando Sin Límites, barrio
San Pablo, Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, con domicilio en la provincia
de Alajuela, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: fomentar
el espíritu de cooperación entre sus asociadas, cuya representante judicial y
extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima con
límite a cien mil colones costarricenses y con las limitaciones establecidas en
el estatuto lo es la presidenta, María Isabel Benavides Molina. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en
El Registro de
Personas Jurídicas, departamento de asociaciones, ha recibido para su inscripción el estatuto de
la entidad denominada Asociación de Ganaderos del Valle Central Occidental, con
domicilio en la provincia de Alajuela, cuyos fines principales entre otros son
los siguientes: trabajar por la organización y efectivo desarrollo de la
ganadería, cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con
facultades de apoderado generalísimo limitado a la suma de cien mil dólares,
moneda de curso legal de los Estados Unidos de América y con las limitaciones
establecidas en el estatuto lo es el presidente: Enrique Eduardo Batalla
Navarro. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en
El Registro de Personas Jurídicas, departamento de asociaciones, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Natación Marlins, con domicilio en la provincia de San José, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: la natación como deporte y su enseñanza. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente, Alexis Fernández Acuña. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 Ley de Asociaciones y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo 2010, Asiento 295529.— Curridabat, veinticuatro días del mes de enero del dos mil once.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2011220829.—(IN2011009216).
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Iglesia Monte
Gerezin de Santa Fe de Aguas Zarcas de San Carlos, con domicilio en la
provincia de Alajuela, cuyos fines principales entre otros son los siguientes:
realizar actividades socio-organizativas para promover proyectos de interés
para sus afiliados y sus comunidades. Cuyo representante judicial y
extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es
el presidente: Walter Salas Gamboa. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción la reforma
del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-547713, denominación:
Asociación Creando Sonrisas. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de
las prescripciones que establece
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción el estatuto
de la entidad denominada: Asociación Red de Sellos Musicales Centroamericana,
con domicilio en la provincia de San José, cantón de Montes de Oca, Sabanilla,
de Farmacia
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción la reforma
del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-56477, denominación:
Asociación Costarricense de Productores de Energía. Por cuanto dicha reforma,
se encuentra dentro de las prescripciones que establece
El Registro de
Personas Jurídicas, departamento de
asociaciones, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad
denominada: Asociación Nacional de Orfebres de Costa Rica, con domicilio en la
provincia de San José, cuyos fines principales entre otros son los siguientes:
fomentar, respaldar y exaltar el trabajo del orfebre a nivel nacional e
internacional y difundir programas educativos para el desarrollo y conocimiento
de la orfebrería. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación,
con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las demás
limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Carlos Romeo
Loría Salazar. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su
inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula:
3-002-497683, denominación: Asociación Vivienda el Progreso del Este. Por
cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Tasbayam Para El
Desarrollo Sostenible, con domicilio en la provincia de Heredia, cuyos fines
principales entre otros son los siguientes: velar por la protección, uso
racional, manejo y conservación tanto de la flora como de la fauna y de sus
hábitats en Costa Rica, en pro del Desarrollo Sostenible. Cuyo representante
judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el
estatuto lo es el presidente, Rafael Robles González. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en
Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de
Asociaciones ha recibido para
su inscripción el
estatuto de la
entidad denominada Asociación Para
El Mejoramiento de
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula:
3-002-051316, denominación Asociación Cámara Nacional de Agricultura y
Agroindustria. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las
prescripciones que establece
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada asociación Centro Cristiano
Faro a Las Naciones Costa Rica, con domicilio en la provincia de Puntarenas,
cantón de Garabito,
del Entronque del
camino de la autopista al Invu, cinco metros al oeste, cuyos fines
principales entre otros son los siguientes: propiciar el desarrollo de iglesias
y misiones, para difundir y enseñar los principios bíblicos a toda la nación,
promover medidas de facilitación del servicio y la competitividad del sector en
el ámbito regional. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la
asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con
las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Luis Eduardo
Mussio Vargas. Corresponde al vicepresidente, sustituir al presidente en sus
ausencias temporales, con todas las facultades que le corresponden de acuerdo a
la ley y estatutos. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
AVISO
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. 14435A.—Naranja
Rica S. A., solicita concesión de:
Exp. 14430P.—Farenheit
Sun S. A., solicita concesión de:
Exp. 13959P.—María
Judiht Vargas Vargas solicita concesión de:
Exp. 7604P.—Boga
Ltda., solicita concesión de:
Exp. 14439A.—Sucesión
José Ángel Rodríguez Calderón, solicita concesión de:
Exp.
5369P.—Inversiones Zeta S. A., solicita concesión de:
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. 7150P.—Helechos
del Caribe S. A., solicita concesión de:
Exp. 13648P.—Costa
Rica Land Partners Limitada, solicita concesión de:
Exp. 14373P.—Empresa
de Servicios Públicos de Heredia S. A., solicita concesión de:
Exp. 14372A.—Empresa
de Servicios Públicos de Heredia S. A., solicita concesión de:
Exp. 14373P.—Empresa
de Servicios Públicos de Heredia S. A.,
solicita concesión de:
Exp. 14373P.—Empresa
de Servicios Públicos de Heredia S. A., solicita concesión de:
Registro Civil - Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. Nº 37382-05.—Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las ocho horas treinta y cinco minutos del veintiuno de
julio del dos mil seis. María de los Ángeles Argüello Morales, casada, ama de
casa, cédula de identidad número dos-doscientos ochenta y ocho-novecientos
doce, vecina de Sabana Larga Atenas, Alajuela; solicita la rectificación de su
asiento de nacimiento, que lleva el número... en el sentido que la fecha de
nacimiento de la misma es “dieciséis de octubre de mil novecientos cincuenta”.
Conforme lo establece el artículo 66 de
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Verónica del Carmen Izaguirre Moreno, ha
dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº
1591-2009.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San
José, a las ocho horas cuarenta minutos del treinta de setiembre del dos mil
nueve. Expediente Nº 27379-2009. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—...;
Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el
fondo:...; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Yerlin Raquel
Gómez Izaguirre...; en el sentido que el nombre y el segundo apellido de la
madre de la misma son “Verónica del Carmen” y “Moreno” respectivamente y no
como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos
Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—RP2011220841.—(IN2011009221).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Helyin Sadrach Cordonero Medina, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 916-2010.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del dos de junio del dos mil diez. Ocurso. Expediente Nº 9190-2010. Resultando 1º—..., 2º—...; Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:...; Por tanto: Rectifíquese razón marginal consignada en el asiento de nacimiento de Warner Stick Cordero Martínez...; en el sentido que el primer nombre y el primer apellido del padre de la persona ahí inscrita es “Helyin” y “Cordonero”....—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2011009439).
Se hace saber que este registro en diligencias de ocurso incoadas por Lupita del Carmen Rivas Altamirano, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2555-2010.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas ocho minutos del once de noviembre del dos mil diez. Ocurso. Exp. Nº 35340-2010. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el Fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Evelyn Sofía González Rivas...; en el sentido que el nombre de la madre de la persona ahí inscrita es “Lupita del Carmen” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2011009572).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Marialy Isabel Rivas Espinoza, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 002-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas del tres de enero del dos mil once. Exp. Nº 16010-10. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Michelle de los Ángeles Ojeda Rivas ...; en el sentido que el nombre de la madre... es “Marialy Isabel” y no como se consignó.—Lic. Óscar Fernando Mena Carvajal, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2011221006.—(IN2011009653).
SECCIÓN DE
OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de
solicitud de naturalización
José Nehemias Martínez Chavarría, mayor, soltero,
enderezado y pintura, nicaragüense, cédula de residencia 155805977101, vecino
de San José, expediente 011-2010. Se ha presentado a este Registro a levantar
información, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 11 y 12 de
Vivian Govin Alfonso,
mayor, casada, profesora, cubana, cédula de residencia Nº 119200311235, vecina
de Cartago, expediente 253-2010. Se ha presentado a este Registro a levantar
información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de
Julián Andrés Marín
Silva, mayor, soltero, estudiante, colombiano, cédula de residencia Nº
117000782730, vecino de San José, expediente 4392-2008. Se ha presentado a este
Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos
11 y 12 de
Ali Safa Zamyad,
mayor, divorciado, supervisor de ventas, iraní, cédula de residencia 136400002904,
vecino de San José, expediente 982-2009. Se ha presentado a este Registro a
levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de
SUCURSAL
SEGURO SOCIAL PARRITA
En cumplimiento con el artículo 6º de
PROGRAMA
DE ADQUISICIONES AÑO 2011
Servicios No Personales:
Monto
2112 Información y
Publicidad 252.350,00
2114 Impresión Ecuad. Y
Otros 36.260,00
2122 Telecomunicaciones 735.490,00
2124 Servicios de Correo 206.780,00
2126 Energía Eléctrica 3.462.830,00
21 28 Servicios de Agua 791.840,00
2130 Otros Servicios
Públicos 170.030,00
2134 Gastos Viajes dentro
del País 3.920.000,00
2140 Transportes Fletes en
el País 226.380,00
2141 Transporte de Bienes 77.910,00
2142 Seguro de Daños 101.500,00
2144 Seguro de Riesgos
Profesionales 254.000,00
2152 Mantenimiento
Rep.Maq. y Eq.de Oficina 339.570,00
2153 Mantenimiento Rep.
Eq. Transp por Terceros 1.018.220,00
2154 Mant. Repar. de Otros
Equipos 395.920,00
2156 Mant.
Repar. Ed. Terceros 2.979.690,00
2157 Mant.
Rep. Equipo 215.110,00
2159 Mant. Rep. Eq. De
Cómputo. 339.570,00
2160 Gastos Judiciales 4.710.860,00
2199 Otros Serv. No
Personales 978.530,00
Materiales y
Suministros:
Monto
2205 Otros Prod. Quím. y
Conexos 170.030,00
2206 Tintas, Pinturas y
Diluyentes 1.131.410,00
2207 Textiles y Vestuarios 135.730,00
2209 Llantas y Neumáticos 469.910,00
221 0 Productos Papel y
Cartón 926.590,00
2211 Impresos y Otros 35.280,00
2212 Materiales y Productos
Metálicos 113.190,00
2215 Otros Mat. Y Prod, de
Uso en
Construcción 226.380,00
2216 Materiales y
Productos Eléctricos, Telef y Cómputo 169.540,00
2217 Instrumentos y
Herramientas 70.560,00
2218 Materiales y Prod. De
Vidrio 50.470,00
2220 Materiales Prod. De
Plástico 56.840,00
2221 Rep. Equipo de
Transporte 1.074.570,00
2223 Otros Repuestos 693.840,00
2225 Útiles y Mat. De
Oficina 416.500,00
Servicios No Personales:
Monto
2227 Útiles y Mat. De
Limpieza 339.570,00
2233 Otros Útiles y materiales 205.800,00
2241 Combustible Eq.
Transporte 2.287.320,00
2243 Lubric. Grasas y Eq.
De Transporte 395.920,00
Parrita, 10 de febrero del 2011.—Lic.
Roxidalia Mora Aguilar, Administradora.—1 vez.—(IN2011009582).
ADMINISTRACIÓN
Y FINANZAS-PROVEEDURÍA
PROGRAMA
DE ADQUISICIONES AÑO 2011
PRESUPUESTO
ORDINARIO: BIENES Y SERVICIOS
Servicios |
En colones |
Alquiler de edificios,
locales y terrenos |
12.600.000,00 |
Alquiler Maq. equipo y
mobiliario |
3.400.000,00 |
Otros alquileres |
0,00 |
Información |
54.140.000,00 |
Publicidad y propaganda |
83.000.000,00 |
Impresión, encuadernación y otros |
31.310.000,00 |
Transporte de bienes |
3.000.000,00 |
Servicios médicos y de
laboratorio |
9.350.000,00 |
Servicios jurídicos |
78.630.000,00 |
Servicios de ingeniería |
66.977.476,00 |
Servicios ciencias sociales
y económicas |
324.900.000,00 |
Servicios generales |
222.345.000,00 |
Servicio desarrollo de
sistemas informáticos |
92.400.000,00 |
Otros servicios de gestión
y apoyo |
15.530.000,00 |
Actividades de capacitación |
593.125.000,00 |
Actividades protocolarias y sociales |
39.250.000,00 |
Mantenimiento de edificios
y locales |
143.000.000,00 |
Mantenimiento y reparación
de equipo de cómputo y Sistemas |
23.700.000,00 |
Mantenimiento y reparación
de equipo de comunicación |
4.000.000,00 |
Mantenimiento y reparación
de equipo de transportes |
35.760.000,00 |
Mantenimiento y reparación
de equipo y mobiliario de oficina |
12.800.000,00 |
Mantenimiento y reparación
de otros equipos |
1.500.000,00 |
|
|
Materiales y suministros |
|
Combustibles y lubricantes |
30.400.000,00 |
Productos farmacéuticos y medicinales |
310.000,00 |
Productos agroforestales |
1.055.000,00 |
Tintas, pinturas y diluyentes |
27.500.000,00 |
Otros productos químicos |
980.000,00 |
Alimentos y bebidas |
14.660.000,00 |
Materiales y productos
minerales y asfálticos |
500.000,00 |
Materiales y productos
eléctricos, telefónicos y de cómputo |
15.000.000,00 |
Materiales y productos metálicos |
6.500.000,00 |
Madera y sus derivados |
1.000.000,00 |
Otros materiales y
productos de uso en la construcción |
300.000,00 |
Materiales y productos de
vidrio |
1.000.000,00 |
Materiales y productos de
plástico |
250.000,00 |
Otros materiales y
productos de uso en la construc. |
2.000.000,00 |
Herramientas e instrumentos |
1.070.000,00 |
Repuestos y accesorios |
8.180.000,00 |
Útiles y materiales médico,
hospitalario y de investigación |
300.000,00 |
Productos de papel, cartón
e impresos |
36.100.000,00 |
Textiles y vestuario |
1.950.000,00 |
Útiles y materiales de
cocina y comedor |
380.000,00 |
Útiles y materiales de
limpieza |
17.850.000,00 |
Útiles y materiales de
oficina y cómputo |
5.190.000,00 |
Útiles y materiales de
resguardo y seguridad |
500.000,00 |
Otros útiles, materiales y
suministros |
840.000,00 |
|
|
Maquinaria y equipo |
|
Equipo y mobiliario de
oficina |
22.400.000,00 |
Equipo y mobiliario de
cómputo |
130.400.000,00 |
Equipo de comunicación |
13.000.000,00 |
Maquinaria y equipo diverso |
2.000.000,00 |
Construcciones, adiciones y mejoras |
|
Otras obras, adiciones y
mejoras |
300.150.000,00 |
Instalaciones |
40.000.000,00 |
San José, 4 de febrero del 2011.—Lic. Eliécer
Ureña Quirós, Coordinador, Gerente Administrativo Financiero.—1
vez.—(IN2011009420).
DIRECCIÓN
GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA
I
modificación al plan de compras periodo 2011 (febrero)
San José, 10 de febrero del 2011.—Proveeduría
Institucional.—MBA. Erika García Díaz, Gestora de Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº
001-11.—Solicitud Nº 33885.—C-5370.—(IN2011012809).
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
MODIFICACIÓN
AL PROGRAMA ANUAL
DE ADQUISICIONES
2011
De conformidad con lo estipulado en el
artículo Nº 6 de
Descripción |
Monto
equivalente según vigencia del contrato |
Cuatrimestre |
Vigencia del contrato |
Servicios de fumigación |
¢52.280.000,00 |
I y III |
48 meses |
Servicios de lavado y
encerado de vehículos |
¢77.400.000,00 |
I y III |
48 meses |
Servicio de Aseo en Centros
Médicos Regionales |
¢788.000.000,00 |
I y III |
48 meses |
Remodelación de las estructuras y cubiertas en los pasillos,
suministro e instalación de cubierta de la capilla y suministro e instalación
de la cubierta del parqueo de las ambulancias y caseta central de vigilancia
del Complejo INS Salud |
¢70.000.000,00 |
I y III |
Única vez |
Mantenimiento preventivo y
correctivo de equipo médico especializado |
¢52.965.000,00 |
I y III |
48 meses |
Mantenimiento preventivo y
correctivo de equipo médico hospitalario en varias partes del país |
¢80.000.000,00 |
I y III |
48 meses |
Suministro e instalación de
acometida eléctrica principal, sistema eléctrico interno y construcción de
nuevas áreas y remodelación de áreas existentes del Centro Médico Regional en
Guápiles |
¢69.270.000,00 |
I y III |
Única vez |
Se comunica al público en general, que en
relación a la publicación de la modificación al programa anual de compras
publicada en el Diario Oficial
Descripción |
Monto
equivalente según vigencia del contrato |
Cuatrimestre |
Vigencia del contrato |
Equipo de transporte |
¢139.568.000,00 |
I y III |
Única vez |
Departamento de Proveeduría.—Lic. Yesenia
Quirós Angulo, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 19180.—Solicitud Nº
0304.—C-26160.—(IN2011012744).
CONSEJO
NACIONAL DE VIALIDAD
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-000001-0PP00 (Audiencia)
Contratación
de servicios de una empresa que mediante un
sistema
automatizado permita realizar el cobro de la tasa
de peaje en las
estaciones ubicadas en las carreteras
Florencio del
Castillo (Tres Ríos) ruta 2
y Braulio
Carrillo (Zurquí) ruta 32
El Consejo Nacional de Vialidad a través de
Para lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento a
18 de febrero del 2011.—Proveeduría.—MBA.
Arturo Alvarado Moya, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº
001-2011.—Solicitud Nº 30373.—C-9845.—(IN2011012786).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000010-01
Mantenimiento
y recarga de 1.290 equipos de extintores
portátiles
contra incendio del BCR
Se les informa a los interesados que el Banco
de Costa Rica recibirá ofertas por escrito hasta las once horas con treinta
minutos (11:30) del día 10 de marzo del 2011, para la licitación en referencia.
El cartel de la licitación que incluye las especificaciones y
condiciones generales, lo pueden retirar de 9:00 a. m. a 3:30 p. m. en la
oficina de Compras y Pagos del Banco de Costa Rica, situado en el tercer piso
de oficinas centrales, entre avenidas central y segunda, calles 4 y 6.
San José, 21 de febrero del 2011.—Área de
Licitaciones.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Oficina de Compras y Pagos.—1 vez.—O.
C. Nº 60598.—Solicitud Nº 43593.—C-7050.—(IN2011012795).
HOSPITAL
DR. MAX TERÁN VALLS
SUBÁREA DE PLANIFICACIÓN Y CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA
COMPRA
EXCEPCIONAL: COMBUSTIBLE Nº 2011CD-000017-2308
Suministro
de combustible diesel para equipo de transporte
Quepos, 15 de febrero del 2011.—Área de
Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. Ana Lissette Acuña Vargas, Coordinadora.—1
vez.—(IN2011012431).
HOSPITAL
MÉXICO
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-00008-2104
Bisturí
varios
Comunica: fecha de recepción de ofertas el
jueves 31 de marzo del
Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr
San José, 18 de febrero de 2011.—Subárea de
Contratación Administrativa.—Lic. Benigno Sánchez Arce, Jefe.—1
vez.—(IN2011012775).
LICITACIÓN PÚBLICA 2011LN-00009-2104
Set
con catéter tipo prótesis para drenaje biliar
Comunica: fecha de recepción de ofertas el
jueves 31 de marzo del
Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr
San José, 18 de febrero de 2011.—Subárea de
Contratación Administrativa.—Lic. Benigno Sánchez Arce, Jefe.—1
vez.—(IN2011012776).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-00007-2104
Sistemas
de Stent
Comunica: fecha de recepción de ofertas el
miércoles 30 de marzo del
Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr
San José, 18 de febrero de 2011.—Subárea de
Contratación Administrativa.—Lic. Benigno Sánchez Arce, Jefe.—1
vez.—(IN2011012778).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000006-2104
Oxígeno
domiciliar y de unidades de presión positiva continua
Comunica: fecha de recepción de ofertas el
martes 29 de marzo del
Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr
San José, 18 de febrero de 2011.—Subárea de
Contratación Administrativa.—Lic. Benigno Sánchez Arce, Jefe.—1
vez.—(IN2011012780).
LICITACIÓN ABREVIADA 2011LA-000010-2104
Parches
biológicos y agentes hemostático
Comunica: fecha de recepción de ofertas el
lunes 28 de marzo del
Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr
San José, 18 de febrero de 2011.—Subárea de
Contratación Administrativa.—Lic. Benigno Sánchez Arce, Jefe.—1
vez.—(IN2011012781).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000002-PRI
Contratación
estudio de suelos en
El Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillados (A y A), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se
recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del día 10 de marzo del 2011, para la
contratación estudio de suelos en
El archivo que conforma el cartel podrá accesarse en la página
www.aya.go.cr., o bien adquirirse previo pago de ¢500,00, en
San José, 21 de febrero del 2011.—Lic.
Jeniffer Fernández Guillén, Dirección de Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº
2011-003.—Solicitud Nº 1804.—C-7200.—(IN2011012438).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000001-PROV
Contrato
de suministro de tintas Offset de cuatricomia
para la
impresión de loterías
El cartel que contiene las especificaciones se encuentra a disposición
de los interesados en nuestra página electrónica www.jps.go.cr, contrataciones
administrativas, pueden retirarlo en el Departamento de Proveeduría, cuarto
piso, edificio central sin ningún costo o solicitarlo al Sr. Jorge Baltodano
Méndez en la dirección electrónica: jbaltodano@jps.go.cr a partir de esta
notificación.
San José, 21 de febrero del
2011.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Jorge A. Villalobos Fonseca, Jefe.—1
vez.—O. C. Nº 14565.—Solicitud Nº 37225.—C-10280.—(IN2011012727).
MUNICIPALIDAD
DE TURRUBARES
PROVEEDURÍA
MUNICIPAL
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000001-PMT
Adquisición
de un vehículo 4x4 doble cabina
El Departamento de Proveeduría de
El cartel está disponible a partir de esta publicación, sin costo
alguno, en
San Pablo, 21 de febrero del 2011.—Virginia
Salazar Agüero, Proveedora.—1 vez.—(IN2011012430).
LICITACIÓN
PÚBLICA NACIONAL Nº 2010LN-000001-01
Selección
de profesionales que brinden sus servicios como notarios externos
Se comunica a los interesados de esta
licitación pública nacional, que el Comité de Licitaciones en el artículo 7 de
la sesión ordinaria Nº 1030-2011, celebrada el 8 de febrero del 2011, y
ratificada por
Adjudicar
Ítem |
Oficina |
Cantidad de Notarios |
Notarios |
Suplentes |
1 |
Banca Desarrollo |
3 |
Luis Alfonso Romero Coto
3-0235-0558 Mario Alberto Vargas Arias
1-0630-0138 Rodrigo Vargas Ulate 1-0701-0315 |
Jenny Hernández Solís 1-616-590 Laura Avilés Ramírez 1-0987-0458 Rafaela Solano Granados 1-0679-0904 |
2 |
|
1 |
Pedro Bernal Chaves Corrales 4-0130-0258 |
Cristina Montero González 1-0745-0141 |
3 |
|
2 |
Jorge Alfonso Castro García
1-0205-0183 Raúl Chacón Bonilla 3-0211-0373 |
Cristina Montero González
1-0745-0141 Carlos Madrigal Mora 1-0876-0963 |
4 |
Guadalupe |
1 |
Juan José Lara Calvo 1-0500-0155 |
Rafaela Solano Granados 1-0679-0904 |
5 |
Zapote |
1 |
Sergio Leiva Urcuyo 3-0192-0306 |
Ana Catalina Pereira Mata 3-0263-0340 |
6 |
|
2 |
Lyannette Petgrave Brown
1-0637-0455 José Antonio Saborío de Rocafort 1-0700-0632 |
Ana Catalina Pereira Mata
3-0263-0340 Sonia Montero Briceño
1-0908-0021 |
7 |
La Casona Tibás |
2 |
José Antonio Saborío de Rocafort
1-0700-0632 Xinia Patricia Mora |
Edgardo Mena Paramo 8-0075-0736 Alban Sing Villalobos
6-0054-0165 |
8 |
Sabanilla |
1 |
Gloriana Vicarioli Guier 1-0848-0058 |
Humberto Ignacio Piedra Hernández 1-603-757 |
9 |
|
2 |
María del Rosario Morera Alfaro
4-0109-0224 Pedro Bernal Chaves Corrales 4-0130-0258 |
Livia Meza Murillo 1-0479-0325 Ana Lucía Herrera Bogarín
1-541-863 |
10 |
Orotina |
2 |
Rafael Alberto
López Campos 2-0395-0609 Fernando Zamora
Castellanos 8-0384-0176 |
Jaime Gerardo Marín Barquero
2-0459-0788 Ana Lucía Paniagua 2-0412-0312 |
11 |
Palmares (Alajuela) |
10 |
Humberto Gómez Alfaro 1-0481-033 Sergio Fernando Jiménez Guevara
1-0531-0512 Guillermo Guerrero Corrales 1-0909-0297 Fernando Zamora Castellanos
8-0384-0176 José Francisco Chacon Acuña
2-0468-0330 Guillermo Salas Brenes
3-0144-0391 Tatiana Mayela Corella Jiménez
2-432-144 Edgardo Mena Paramo 8-0075-0736 Jaime Gerardo Marín Barquero
2-0459-0788 Ivannia Vargas Solís 1-1013-0896 |
Rosa Isabel Prieto Pochet
1-0413-1287 Diana Soto Meza 1-0726-0740 Oki Emilio Rojas Chacón
1-0509-0853 Ana Lucía Paniagua Campos
2-0412-0312 Laura Fernández Castro
1-0941-7091 Lilliam María Mora Delgado
1-0447-0805 Carlos Luis Rodríguez Herrera
4-0102-0591 Silenia Villalobos Rodríguez
2-0472-0479 Adolfo Baez Barahona 1-0778-0514 Jorge Alfonso Castro Corrales
1-0615-0004 |
12 |
Naranjo |
1 |
José Francisco Chacon Acuña 2-0468-0330 |
Jorge Mario Marín Barquero 1-0598-0400 |
13 |
Auxiliar Alajuela |
1 |
Luis Diego Hernández Núñez 2-0415-0400 |
Rosa Isabel Prieto Pochet 1-0413-1287 |
14 |
San Miguel de Sarapiquí |
1 |
Antonio Marin Rojas 2-0344-0743 |
Rosette María Morgan Asch 1-0723-0089 |
15 |
Turrúcares |
1 |
Gabriela Rodríguez Sánchez 1-0752-0520 |
Miguel Armando Villegas Arce 2-0384-0368 |
16 |
La Fortuna |
1 |
Heylen Zamora Jiménez 2-0296-0474 |
Fernando Ávila González 2-0368-0925 |
17 |
Los |
2 |
Carolina Barrantes Jiménez
4-0130-0263 Wilberth Hidalgo Ledezma
2-0400-0028 |
Francisco José Quirós Corrales
2-0439-0748 Juan Luis Vargas Alfaro
2-0465-0614 |
18 |
Centro de Negocios de Ciudad Quesada |
2 |
Azarías Barrantes Delgado
2-0429-008 Raúl Hidalgo Rodríguez
2-0406-0999 |
Freddy Antonio Rojas López
2-0333-0178 Olger Solís Hernández
2-0292-01274 |
19 |
Muelle de |
1 |
Alejandra Arguedas Cháves 1-0898-0561 |
Rita Waldina Arce Rojas 2-0384-0775 |
20 |
San Rafael de Heredia |
1 |
Francisco Alberto González Bolaños 4-0152-0454 |
Manuel Antonio Vílchez Campos 1-0651-0729 |
21 |
San Joaquín de Flores |
1 |
Francisco Alberto González Bolaños 4-0152-0454 |
Manuel Antonio Vílchez Campos 1-0651-0729 |
22 |
Santa Bárbara de Heredia |
2 |
Sara Miranda
Osorio 1-0377-0153 Ananias Fernando Matamoros Carvajal 1-0534-0561 |
Manuel Francisco Camacho Ramírez
4-0127-0581 Diana Soto Meza 1-0726-0740 |
23 |
San Isidro de Heredia |
1 |
Álvaro Gallardo Jiménez 1-0486-0903 |
Karina Rojas Solís 1-0948-0944 |
24 |
Guápiles |
2 |
Dunia Navarro Blanco 1-0854-0231 María de los Ángeles Barrantes Rivas 7-0051-0002 |
Guillermo Brenes Cambronero
3-0212-0041 Laura Ramírez Ulate 1-0795-0877 |
25 |
Batán |
2 |
Randy Gordon Cruickshank 1-0862-0651 Xochitl Camacho |
Belzert Espinoza Cruz 1-0965-0769 Krysbell Ríos Myrie 1-0924-0387 |
26 |
Caja Auxiliar Nº 1 Heredia |
1 |
Gavridge Pérez Porras 4-0133-0976 |
Leonardo Alonso Ugalde Cajiao 1-0784-0395 |
27 |
Río Frío |
2 |
Wilberth Xochitl Camacho |
Carlos Manuel Fernández Alvarado
9-061-0362 Jonathan Ruiz Campos 1-0838-0605
|
28 |
Cariari |
2 |
Ivannia Vargas Solís 1-1013-0896 Karina Rojas Solís 1-0948-0944 |
Rolando Arnoldo Morris Burton
7-0058-0924 Jenny Vargas Quesada 7-0127-0805 |
29 |
Puerto Viejo |
3 |
Mayra Rojas Guzmán 2-0346-0820 María de los Ángeles Barrantes Rivas 7-0051-0002 Fanny Peña Sandí 1-0546-0221 |
Ana Isabel Sibaja Rojas
5-0263-0159 Francisco José Quirós Corrales
2-0439-0748 Liliana Torres Murillo 1-0520-0335 |
30 |
Golfito |
3 |
Luis Alberto Canales Cortés
6-0124-0575 Maximiliano de Carlos Azofeifa Arias 1-0488-0238 |
Rodney Montalbán Rivera
1-0809-0943 Ana Patricia Azofeifa Rojas 1-0999-0911 Ginette Miranda Porras 2-0440-0851 |
31 |
Tarrazú |
3 |
Silvia María Villalobos Morera
4-0135-0909 Billy Quirós Muñoz 1-0769-0935 Víctor Ebelino Castro Retana 1-0463-0557 |
Ángel Edmundo Solano Calderón
3-0158-0313 Oscar Rodrigo Vargas Jiménez
1-0637-0521 Sergio José Solano |
32 |
Paraíso |
3 |
Viriam Fumero Paniagua
9-0047-0236 Ana Lorena Coto Esquivel
1-0566-0378 Kenneth Mora Díaz 1-0858-0421 |
Marco Vinicio Retana Mora
1-0638-0397 Roberto Calderón Solano
3-0219-0437 Fernando Salazar Portilla 1-0716-0255 |
33 |
|
2 |
Ayalile Jiménez Céspedes
6-0194-0614 Lizeth Mata Sánchez 1-0721-0726 |
Alexis Salazar Torres
2-0274-0463 Olmán Vargas Cubero 5-0141-0393 |
34 |
Oreamuno |
3 |
Olga Isabel Romero Quirós 1-0599-0731 Carlos Luis Jiménez Masis
1-0583-0839 Floria María Arias Cháves 1-0708-0981 |
Noemy Zulay Linkemer Fonseca
1-0716-0146 Diego Alonso Aguilar Fernández
3-0289-0219 Guiselle Herz Leal 1-0573-0861 |
35 |
Tejar |
3 |
Jorge Ramón Arias Mora 1-0882-0319 Katia Bermúdez Montenegro
1-0756-0930 Luis Humberto Barahona de León
9-0046-0966 |
Margarita Salas Araya
3-0320-0073 Jimmy Enrique Ramos Corea
5-0195-0216 Juan Carlos Matamoros Carvajal 1-0577-0730 |
36 |
Frailes |
1 |
Rodrigo Aguilar Sandoval 4-0100-0264 |
Federico José Jiménez Solano 1-0939-0968 |
37 |
Pacayas |
3 |
Margarita Salas Araya
3-0320-0073 Esteban Francisco Troyo Dittel
3-0327-0104 Esteban José Martínez Fuentes 1-0927-0483 |
Diego Alonso Aguilar Fernández 3-0289-0219 Mario Redondo Poveda 1-0589-0526 Xinia María Ulloa Solano 3-0253-0347 |
38 |
Tobosi |
2 |
Esteban José Martínez Fuentes
1-0927-0483 Sonia Madrigal Fernández
1-0604-0322 |
Erick Jiménez Masis 3-0348-0735 Sandra María Arce Carmona
1-0640-0478 |
39 |
Santa María de Dota |
3 |
Billy Quirós Muñoz 1-0769-0935 Gastón Ulett Martínez
1-0751-0807 Víctor Ebelino Castro Retana 1-0463-0557 |
Álvaro Moya Ramírez 1-0589-0230 María Adilia Salas Bolaños
2-0362-0398 Federico José Jiménez Solano 1-0939-0968 |
40 |
Puerto Jiménez |
2 |
Luis Alberto Canales Cortés
6-0124-0575 Sandra Alvarado Mondol
7-0093-0637 |
Hazel Salas Desanti 6-0185-0689 Julián José Solano Porras
1-0523-0919 |
41 |
|
2 |
Hilario Agüero Chaves
1-0570-0320 Maximiliano de |
Julián José Solano Porras
1-0523-0919 Ana Belicia Miranda Rivera
1-1017-0725 |
42 |
|
2 |
Hilario Agüero Cháves
1-0570-0320 Juan José Delgado Zúñiga
8-022-0257 |
Ana Patricia Azofeifa Rojas
1-0999-0911 Dora Silvia Henríquez Domínguez
8-058-0555 |
43 |
San Vito de Coto Brus |
1 |
Ayalile Jiménez Céspedes 6-0194-0614 |
Alexis Salazar Torres 2-0274-0463 |
44 |
Tres Ríos |
2 |
Lyannette Petgrave Brown 1-0637-0455 Alan Thompson Chacón 2-0383-0865 |
Luis Humberto Barahona de León
9-0046-0966 Kattia Vanessa Alvarado Esquivel 1-0754-0597 |
45 |
Occidente Cartago |
2 |
Ana Lorena Coto Esquivel
1-0566-0378 Roxana María Rodríguez Cascante
1-0588-0807 |
Leonardo Alonso Ugalde Cajiao
1-0784-0395 Lizeth Álvarez Salas 1-0888-0635 |
46 |
Centro Basílica Los Ángeles |
3 |
Jorge Ramón Arias Mora 1-0882-0319 Ingrid Grace Lambert Miller 7-042-0365 Carrie Tung Young 8-048-047 |
Walter Coto Ramírez 3-0187-0261 Amado Hidalgo Quirós 2-0454-0235 Fernando Salazar Portilla 1-0716-0255 |
47 |
Quepos |
3 |
Byron Vargas Vásquez 1-1050-0139 Jimmy Vargas Venegas 1-0789-0467 Ana Patricia Vargas Jara 1-0853-0529 |
Carlos Eduardo Castro Mora
1-577-367 Ronald Antonio Sánchez Trejos
1-0697-0059 Johan Castillo Umaña 1-0697-0482 |
48 |
Abangares |
2 |
Sandra Echeverría Mesén
1-0415-01079 Fanny Peña Sandí 1-0546-0221 |
Sara María Barrantes Hernández
1-0625-0194 María Luz Calderón Retana
1-0705-0549 |
49 |
Bagaces |
1 |
Aída María Montiel Héctor 1-0324-0190 |
Sara María Barrantes Hernández 1-0625-0194 |
50 |
Arenal |
1 |
Álvaro del Socorro Elizondo
Murillo 5-0123-0206 |
Roberto Suárez Castro 1-0838-0978 |
51 |
Colonia Carmona |
4 |
Ricardo Cañas Escoto 1-0801-0010 Evans Mauricio Ramos Sibaja
5-0308-0548 Romell Alberto Chevez Ordóñez
5-0306-0030 Denia María Quirós Bustamante
1-504-789 |
Gerardo Atán Chacón 9-076-044 Jorge Granados Moreno
1-0434-0682 Edgar Pizarro Matarrita
5-0212-0003 Ana Patricia Matarrita Rodríguez
1-0692-0402 |
52 |
La Cruz |
2 |
Ana Cecilia Rivas Tinoco
5-0233-0409 María José Núñez Palma
8-0094-0079 |
Hugo Zúñiga Clachar 5-0138-01378 Carlos Johalmo Alvarado
Villalobos 1-0672-0238 |
53 |
Upala |
4 |
Silenia Villalobos Rodríguez
2-0472-0479 Víctor Emilio Rojas Hidalgo
2-0320-0617 Romell Alberto Chevez Ordóñez
5-0306-0030 María Luz Calderón Retana
1-0705-0549 |
Carlos Enrique Azofeifa López
5-0235-0842 Willy Fernando Elizondo Murillo
5-0269-0692 Carlos Manuel Venegas Gómez
2-0232-0527 Roberto Suárez Castro
1-0838-0978 |
54 |
Jicaral |
1 |
Sandra Echeverría Mesén 1-0415-01079 |
Elizabeth María Mora Arguedas 1-0576-0711 |
55 |
Parrita |
4 |
Xinia Patricia Mora Segura
1-0594-0452 Manuel Antonio Solano Ureña
1-0403-0910 Juan Carlos Chávez Alvarado
8-0089-0131 Ademar Antonio Zúñiga Quirós
1-0754-0005 |
Alcides Ovidio Araya Campos
1-0691-0764 Rodney Montalbán Rivera
1-0809-0943 Johan Castillo Umaña 1-0697-0482 Jorge Luis Pinel Villalobos
6-0242-0988 |
56 |
Hojancha |
2 |
Evans Mauricio Ramos Sibaja
5-0308-0548 Eduardo Hernández Matarrita
5-0142-1227 |
Gerardo Atán Chacón 9-076-044 Ana Cecilia de Ezpeleta Aguilar
1-0971-0905 |
57 |
Santa Elena de Monteverde |
1 |
Marco Vinicio Retana Mora 1-0638-0397 |
Alexis Ballestero Alfaro 1-0967-0807 |
58 |
Jacó |
2 |
Luis Diego Hernández Núñez
2-0415-0400 Guillermo Guerrero Corrales
1-0909-0297 |
Laura Avilés Ramírez 1-0987-0458 Juan Carlos Chávez Alvarado
8-0089-0131 |
59 |
Tamarindo |
2 |
Ricardo Cañas Escoto 1-0801-0010 Annette Tapia Zumbado
1-0543-0505 |
Alexis Ballestero Alfaro 1-0967-0807 Franklin José Garita Cousin 6-0229-0041 |
60 |
Flamingo |
2 |
Annette Tapia Zumbado
1-0543-0505 Juan Luis Vargas Vargas
2-0309-0638 |
Carlos Eduardo Brilla Ferrer
1-0712-0016 Oscar Eduardo Gómez Ulloa
7-058-0538 |
2) Declarar inelegibles a los
profesionales que a continuación se detallan:
Nº de Oferta |
Primer apellido |
Segundo apellido |
Nombre |
Observaciones |
49 |
Uhrig |
Martínez |
Zentis Alberto |
No cumple con tener 5 años como mínimo de estar
inscrito como notario |
51 |
Méndez |
Zúñiga |
Víctor Esteban |
No cumple con tener 5 años como mínimo de estar inscrito
como notario |
130 |
Echeverría |
Escalante |
Adrián |
No cumple con tener 5 años como mínimo de estar
inscrito como notario |
538 |
Freer |
Rohrmoser |
Marcela |
Oferta Extemporánea. No presenta Certificación que
los índices fueron presentados ante Archivo Nacional |
539 |
Barboza |
Quesada |
Ana Guiselle |
Oferta Extemporánea. |
541 |
Artavia |
Vásquez |
Beatriz |
Oferta Extemporánea. No presenta Certificación
indicando que los índices fueron presentados ante Archivo Nacional |
542 |
López |
Baudrit |
Jaime Gerardo |
Oferta Extemporánea. No presenta Declaración Jurada
indicando que las escrituras fueron inscritas ante el Registro Público |
543 |
López |
Moya |
Jaime |
No presenta Declaración Jurada indicando que las
escrituras fueron inscritas ante el Registro Público |
544 |
Gutiérrez |
Gutiérrez |
José Manuel |
No presenta Certificación de Archivo Nacional
sobre la cantidad de protocolos. Además no presenta Certificación de la
razones de apertura y cierre -No presenta Certificación que los índices
fueron presentados ante Archivo Nacional así como no presenta Declaración
Jurada indicando que las escrituras fueron inscritos en el Registro Público -
No presenta declaración jurada sobre si le cubre alguna prohibición de
acuerdo a |
545 |
Gómez |
Pacheco |
Silvia |
No presenta Certificación de Archivo Nacional
sobre la cantidad de protocolos |
546 |
Gómez |
Pacheco |
Mario |
Oferta Extemporánea. No presenta Certificación
que los índices fueron presentados ante Archivo Nacional |
548 |
López |
García |
David |
Oferta Extemporánea. No presenta Certificación
del a DNN - No adjunta copias de las razones de apertura y de cierre del
protocolo ni |
549 |
Alfaro |
Umaña |
Emanuell |
No
adjunta copias de las razones de apertura y de cierre del protocolo ni |
550 |
Rojas |
Sánchez |
Alonso |
Oferta Extemporánea. No presenta Certificación
de |
DIRECCIÓN
REGIONAL DE SERVICIOS DE SALUD
REGIÓN HUETAR NORTE
CONTRATACIÓN
DIRECTA Nº 2011CD-000001-2499
Alquiler
de edificio para sede administrativa
del Área de
Salud de Aguas Zarcas
El Área de Contratación Administrativa, les
comunica a los interesados en este concurso que se resuelve de la siguiente
manera:
Número de
concurso: 2011CD-000001-2499
Objeto de contratación: alquiler de edificio para sede administrativa
del Área de Salud de Aguas Zarcas.
Con fundamento en lo previsto en
Contratación Directa: 2011CD-000001-2499, alquiler de edificio para
sede administrativa del Área de Salud de Aguas Zarcas, se adjudica esta
contratación a la señora Luz Marina Arroyo Jiménez, por la suma anual de
¢15.600.000,00.
Para todos los efectos dicho expediente se encontrará en esta Sede
Regional.
Ciudad Quesada, 18 de enero del 2011.—Lic.
Geiner Brenes García, Área de Contratación Administrativa.—1
vez.—(IN2011012715).
Con base en lo que establece el artículo 116
y 122 del Reglamento a
Los interesados en el Registro de Proveedores pueden solicitar el
formulario con los requisitos para tal propósito, a las direcciones
electrónicas: gaguilar@infocoop.go.cr; cguevara@infocoop.go.cr o
ejiron@infocoop.go.cr, o bien directamente en nuestras oficinas, sita
Asimismo, aquellas personas físicas y jurídicas que ya forman parte
del Registro de Proveedores y que no ha transcurrido el período de vigencia de
dos años y no han actualizado la información, y están interesados en continuar
deberán actualizar la misma.
La información presentada para el Registro de Proveedores, tiene como
vigencia dos (2) años;
San José, 4 de febrero del 2011.—Lic. Eliécer
Ureña Quirós, Coordinador Gerente Administrativo Financiero.—1
vez.—(IN2011009421).
DIRECCIÓN
GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA
GESTIÓN
DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-000002-05401
(Suspensión de la
fecha de apertura)
Compra
por demanda de libretas de pasaportes
Se avisa a todos los interesados en esta
licitación para
San José, 18 de febrero del 2011.—Proveeduría
Institucional.—MBA. Erika García Díaz, Gestora de Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº
001-11.—Solicitud Nº 33887.—C-7150.—(IN2011012808).
DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA
GESTIÓN
DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-000001-05401
(Modificaciones al
pliego de condiciones)
Mantenimiento
preventivo y correctivo de vehículos
automotores,
autobuses y motocicletas
Se avisa a todos los interesados en esta
Licitación para
a) Se
aclara que en todo lugar del pliego de condiciones donde se indique “insumos” y
“repuestos”, debe leerse y entenderse correctamente de la siguiente manera: “componentes
o partes originales de la marca específica del vehículo, motocicleta o
autobús”.
b) El punto e) del formulario Nº 1 de 5 debe leerse correctamente de
la siguiente manera: “e. Presentación de la garantía de participación de un 1
% del monto total anual presupuestado por
c) El apartado 2.2., del formulario Nº 3 de 5, debe leerse
correctamente: “A continuación se describen los trabajos probables
requeridos para el mantenimiento correctivo de los vehículos (el oferente debe aceptar
su cumplimiento, pero no debe cotizar ninguno
de estos rubros):”
d) La viñeta 16 del apartado 2.2.11., del formulario Nº 3 de 5, debe
leerse correctamente: “Para lo no contemplado en estos apartados, el
adjudicatario debe presentar una cotización antes de facturar.”
e) En el formulario Nº 5 de 5, en la columna de Descripción en la
posición Nº 1, se debe leer correctamente: “Sumatoria del monto total del costo
de mano de obra, componentes o partes originales de la marca específica del
vehículo o motocicleta por solo el mantenimiento preventivo cada
f) En el formulario Nº 5 de 5, en la columna de Descripción en la
posición Nº 2, se debe leer correctamente: “Sumatoria del monto total del costo
de mano de obra, componentes o partes originales de la marca específica del
camión o autobús por solo el mantenimiento preventivo cada
g) Se elimina la columna del precio trimestral del formulario Nº 5 de
5. Asimismo la columna de precio total anual, se debe leer correctamente: “Precio
total”
h) La última línea de los
cuadros de los anexos Nº 4 y 5, se deben leer correctamente: “TOTAL A:
MANTENIMIENTO PREVENTIVO (total para un vehículo), debe incluir el costo de la
mano de obra y el de los componentes o partes originales de la marca
específica del vehículo, motocicleta o autobús requeridos.”
Todo lo demás permanece invariable.
San José, 18 de febrero del 2011.—MBA. Erika
García Díaz, Gestora de Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 001-11.—Solicitud Nº
33888.—C-24590.—(IN2011012814).
DIRECCIÓN
CORPORATIVA GESTIÓN DE MEDIOS
DIRECCIÓN
DE RECURSOS MATERIALES
LICITACIÓN
PÚBLICA NACIONAL N° 2010LN-000020-01
(Modificación N° 2
y aclaración Nº 1)
Compra
de estaciones de trabajo (Desktop), con entregas
por demanda,
para un periodo de cuatro años
Se comunica a los interesados en
Por ser tan extensas las modificaciones, las mismas pueden ser
retiradas en
De conformidad con lo indicado por Contraloría, se procede a aclarar
lo referente a la imagen de Software, lo anterior para que se incorpore en el
expediente y sea del conocimiento de todo potencial oferente.
Apartado
C. punto 2.1.
“…A solicitud del Banco y solamente en los
casos que así se requiera, el adjudicatario deberá instalar en los equipos
adjudicados una imagen de software…”
Apartado F, Criterios de evaluación, precio.
“…Para la evaluación de la oferta, se tomará
el costo unitario ofertado, esto es (Estación de trabajo para cajas, estación de
trabajo para usuarios avanzados, estación de trabajo para personal
administrativo y plataformas, monitores, lector de tarjetas inteligentes, imagen de Software), se realizará una
sumatoria y se le asignará a la oferta un puntaje proporcional, de acuerdo a la
siguiente fórmula:…”, el resaltado es nuestro.
Apartado
G, Condiciones Generales, Precio.
“Se deberá presentar desglosado en:
Precio de una estación de trabajo Desktop
para cajas.
Precio de una estación de trabajo Desktop
para usuarios avanzados.
Precio de una estación de trabajo Desktop
para personal administrativo y plataformas.
Precio del monitor de
Precio del lector de tarjetas (SmartCard).
Precio de
una imagen de software.”
El oferente debe desglosar los precios
ofertados, incluyendo la imagen de software y en los criterios de evaluación se
incluye y evalúan el precio de la imagen quedando a discreción del Banco si se
solicita o no en cada pedido.
Las demás condiciones del cartel permanecen invariables.
DIRECCIÓN
CORPORATIVA GESTIÓN DE RECURSOS
DIRECCIÓN
DE RECURSOS MATERIALES
LICITACIÓN
PÚBLICA NACIONAL N° 2011LN-000002-01
(Modificación N° 1)
Compra
de multifuncionales, con entregas
por demanda para
un período de cuatro años
Se comunica a los interesados en
1. En
el apartado Requerimientos Técnicos Mínimos, 1 Multifuncionales para oficinas
alto volumen de impresión, 1.1 Función de impresión, 1.1.1. Características de
la impresión:
1.1.1.5. Deberá
tener una velocidad de impresión mínima de cuarenta (40) páginas papel carta
por minuto con la resolución de 1200 X 1200.
2. En
el apartado Requerimientos Técnicos Mínimos, 1 Multifuncionales para oficinas
alto volumen de impresión, 1.1 Función de impresión, 1.1.1. Características de
la impresión, 1.3 Función de copiado:
1.3.1 El
equipo deberá poseer una velocidad de copiado mínima de cuarenta (40) páginas
papel carta por minuto.
3. En el
apartado Requerimientos Técnicos Mínimos, 1 Multifuncionales para oficinas alto
volumen de impresión, 1.1 Función de impresión, 1.1.1. Características de la
impresión, 1.4 Función de digitalización (escáner):
1.4.1. El
equipo deberá poseer una velocidad de escaneo mínimo de veinticinco (25)
imágenes por minuto, imágenes de color.
4. En
el apartado Requerimientos Técnicos Mínimos, 1 Multifuncionales para oficinas
alto volumen de impresión, 1.1 Función de impresión, 1.1.1. Características de
la impresión, 1.5 Configuración física del multifuncional, 1.5.1 Bandejas:
1.5.1.3 El
equipo deberá tener mínimo una (1) bandeja de salida, con una capacidad mínima
de doscientas cincuenta (250) hojas.
5. En
el apartado Requerimientos Técnicos Mínimos, 1 Multifuncionales para oficinas
alto volumen de impresión, 1.1 Función de impresión, 1.1.1. Características de
la impresión, 1.8 Características generales, 1.8.5 cartucho de impresión:
1.8.5.1 El
cartucho de impresión o tóner deberá tener la capacidad de imprimir como mínimo
quince mil (15.000) páginas a un 5% de cobertura.
6. En
el apartado Requerimientos Técnicos Mínimos, 1 Multifuncionales para oficinas
alto volumen de impresión, 2.1 Función de impresión, 2.1.1. Características de
la impresión, 2.8 Características Generales:
2.8.1 El
equipo deberá contar con un (1) procesador de al menos 360 Mhz.
Las demás condiciones del cartel permanecen
invariables.
ÁREA
DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
SUBÁREA
DE CARTELES
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000050-1142
(Aviso Nº 1)
Pancreatina
o pancrealipasa
A los oferentes interesados en participar en
esta compra, se les comunica que debe leerse correctamente: ítem único: 8250 CN
Pancreatina o Pancrealipasa de 10.000 unidades de actividad lipasa o 20.625
cientos de 4.000 unidades o 18.333 cientos de 4.500 unidades o 10.313 cientos
de 8.000 unidades.
El resto del cartel permanece invariable.
San José, 21 de febrero 2011.—Argentina Araya Jara, Jefe Subárea de Carteles.—1 vez.—O.
C. Nº 1142.—Solicitud Nº 44535.—C-6725.—(IN2011012792).
MUNICIPALIDAD
DE ESCAZÚ
PROCESO
DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LA-000001-01
Conformación
y lastreado en calles del cantón
Con respecto a la licitación de marras se
comunica que se prorroga el tiempo de adjudicación hasta el día martes cinco de
abril del presente año. Según el artículo Nº 45 de
Asimismo, se solicita a todos los oferentes participantes en dicha
licitación, ampliar la vigencia de la oferta hasta igual fecha.
Cira Castro Myrie, Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 32294.—Solicitud Nº
35018.—C-5370.—(IN2011012435).
REGLAMENTO
PARA
PRESENTADAS ANTE
DEL MINISTERIO DE
RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO
Considerando:
1º—Que el artículo 6 de
2º—Que el artículo 8 de
3º—Que en el Reglamento a
4º—Que el artículo 15 de
5º—Que en el Reglamento de Organización y Funcionamiento de
6º—Que los artículos 4 y 5 de
7º—Que dentro del marco de la legislación vigente es necesario
comunicar los requisitos que debe cumplir una persona para interponer una
denuncia ante
RESUELVE:
Artículo 1º—Emitir el siguiente:
REGLAMENTO
PARA
PRESENTADAS ANTE
DEL MINISTERIO DE
RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO
CAPÍTULO
I
Aspectos
Generales
Artículo 1º—Objetivo: El presente
Reglamento tiene como objetivo informar y regular la forma y los requisitos que
las personas deben considerar al presentar una denuncia ante
Artículo 2º—Ámbito de Competencia:
Artículo 3º—Principios Generales: La admisión de denuncias se
atenderán en concordancia con los principios de simplicidad, economía, eficacia
y eficiencia.
Artículo 4º—Recibo de denuncias:
Artículo 5º—Confidencialidad: La identidad del denunciante, la
información, la documentación y otras evidencias de las investigaciones que se
efectúen serán confidenciales de conformidad con lo establecido en el artículo
6° de
Las infracciones a la obligación de mantener dicha confidencialidad
por parte de los funcionarios de
Artículo 6º—Requisitos esenciales que deben contener las denuncias
que se presenten a
a. Los hechos denunciados
deberán ser expuestos por escrito, en forma clara, precisa y circunstanciada,
brindando el detalle suficiente que permita realizar la investigación, como son
fechas, nombres de funcionarios y cualquier otro detalle conocido por el
denunciante.
b. Se deberá señalar la posible
situación irregular que afecta al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
c. El denunciante deberá indicar
cuál es su pretensión en relación con el hecho denunciado.
d. Preferiblemente, deberá
indicar el nombre y lugar de notificación, si así lo requiera.
Artículo 7º—Información que debe acompañar adicionalmente el
denunciante: El denunciante deberá aportar las pruebas o evidencias y
brindar información complementaria respecto al perjuicio económico producido a
los fondos públicos manejados por el Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto, en caso de conocerlo, la indicación de probables testigos y el lugar o
medio para localizarlos, para de ser necesario efectuarles una citación, así
como la aportación o sugerencia de otras pruebas que considere conveniente para
la investigación.
CAPÍTULO
II
Tramitación
de la denuncia
Artículo 8º—
Artículo 9º—De las denuncias anónimas: No se dará trámite a las
denuncias anónimas que sean presentadas en forma escrita. En caso de efectuarse
la recepción de este tipo de denuncia por excepción y para su consideración
deberá aportar todos los elementos de convicción suficientes y que se
encuentren soportados en medios probatorios idóneos, que permitan iniciar una
investigación preliminar, además del impacto que ésta tendría, caso contrario,
Artículo 10.—De las denuncias verbales: Por las facultades que
se le confiere a
Artículo 11.—De los resultados de la investigación producto de las
denuncias:
En caso que se considere, a juicio de
Artículo 12.—De la atención de denuncias trasladadas por
Artículo 13.—Del traslado de la denuncia a
Artículo 14.—Del seguimiento de los resultados y atención de las
denuncias:
CAPÍTULO
III
Desestimación
de la denuncia
Artículo 15.—Del archivo y desestimación
de las denuncias:
a. Si
la denuncia no corresponde al ámbito de competencia descrito en el artículo 3°
de este Reglamento.
b. Si la denuncia se refiere a intereses particulares exclusivos de
los denunciantes en relación con conductas ejercidas u omitidas por
c. Si los hechos denunciados corresponde investigarlos o ser
discutidos exclusivamente en otras sedes, ya sean administrativas o judiciales.
d. Si los hechos denunciados se refieren a problemas de índole laboral
que se presentaron entre el denunciante y el Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto.
e. Si se estima, producto del análisis costo-beneficio, que la
erogación de la investigación pudiera ser superior al beneficio que se
obtendría al atender la denuncia. Para dicho efecto, se deberá dejar constancia
del análisis realizado por parte del funcionario asignado.
f. Si el asunto planteado ante
g. Si la denuncia presentada fuera una reiteración o reproducción de
otras denuncias similares sin aportar elementos nuevos y que ya hubieran sido
resueltas con anterioridad por
h. Si la denuncia omite alguno de los requisitos esenciales
mencionados en los artículos 7° y 8° de este Reglamento.
i. Si la denuncia es manifiestamente improcedente o infundada.
j. Si
k. Si se refiere a asuntos disciplinarios o con motivo de la prestación
de servicios de funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto,
las cuales serán trasladadas para el trámite que corresponda al órgano
competente, o al superior inmediato del funcionario denunciado, con indicación
expresa de los artículos 6° de
Artículo 16.—Justificación para la
desestimación o archivo de la denuncia: Cuando
CAPÍTULO
IV
Comunicación
de resultados
Artículo 17.—De la comunicación al
denunciante: Cuando la denuncia sea presentada con el nombre, calidades y
dirección para notificaciones del denunciante, queda a criterio de
Artículo 18.—Fundamentación del acto, y archivo de denuncias:
El archivo de las denuncias se realizará mediante un acto debidamente motivado
donde se acrediten los argumentos valorados para tomar esa decisión. En cuanto
a la nota que se remite al denunciante, ésta debe ser archivada utilizando los
procedimientos de control que garanticen la protección de la persona, por lo
que debe ser de acceso restringido.
Artículo 19.—Resguardo de la identidad del denunciante: Todo
papel de trabajo razón de archivo o comunicación a terceros generados por
Artículo 2º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial
San José, Costa Rica, a los doce días del mes
de enero del año dos mil once.—Lic. María Milagro Chaves Barrantes, Auditora
General.—1 vez.—O. C. Nº 11398.—Solicitud Nº 8325.—C-132920.—(IN2011008964).
DIRECCIÓN
GENERAL DE ADUANAS
Resolución DGA-407-2010.—San José, a las nueve
horas del veintidós de diciembre de dos mil diez.
Considerando:
I.—Que el artículo 6 de
II.—Que el artículo 9 de
III.—Que el artículo 11 de
IV.—Que el artículo 21 bis del Reglamento a
“b. Emitir
criterios técnicos e materia de clasificación arancelaria, origen de las
mercancías e información arancelaria, en atención a consultas que efectúen las
dependencias del Servicio nacional de Aduanas, auxiliares o terceros.”
V.—Que el artículo 23 bis del Reglamento a
“c. Determinar
la clasificación arancelaria de acuerdo con los resultados obtenidos en los análisis
realizados, en apoyo a los procesos de fiscalización.”
“f. Interpretar los análisis químicos emitidos e
indicar la correcta clasificación arancelaria.”
VI.—Que el Oficio DN-1409-2010 de fecha 16 de
setiembre de 2010, aclara que el Laboratorio Aduanero está facultado para
emitir criterios sobre la clasificación arancelaria de mercancías.
VII.—Que mediante la resolución RES-DGA-484-2008 del 10 de noviembre de
2008, denominada “Procedimiento en Materia de Criterios Técnicos sobre
Clasificación de Mercancías” y su adición realizada mediante
Con fundamento en las consideraciones de hecho y
derecho de cita, potestades y demás atribuciones aduaneras que otorgan los
artículos 6 del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, 6, 9, 11 y 22 de
1º—Aprobar el siguiente “Procedimiento para
PROCEDIMIENTO PARA
TÉCNICOS EN
MATERIA DE CLASIFICACIÓN
ARANCELARIA DE
MERCANCÍAS
Abreviaturas:
Director: Director General de Aduanas.
DGA: Dirección General de Aduanas.
DGT: Dirección de Gestión Técnica.
DTA: Departamento de Técnica Aduanera.
DLA: Departamento de Laboratorio Aduanero.
Grupo: Grupo Técnico de Apoyo.
OMA: Organización Mundial de Aduanas.
SAC: Sistema Arancelario Centroamericano.
SNA: Servicio Nacional de Aduanas.
Solicitud: Solicitud de Criterio Técnico sobre Clasificación
Arancelaria.
Definiciones:
Las siguientes definiciones son aplicables a los
términos empleados en el presente Procedimiento para
Aduanálisis: Informe emitido por el DLA sobre la composición
físico química de una mercancía realizado mediante pruebas y análisis de
laboratorio.
Analista: Profesional encargado de analizar muestra e
información de una mercancía (sea análisis por función o composición).
Arancel: Instrumento mediante el cual sobre la base de la
nomenclatura, se establecen los impuestos que deben pagar las mercancías por su
importación o exportación.
Archivo virtual: Archivo digital de los Formularios de Criterio
Técnico sobre Clasificación Arancelaria de Mercancías.
Clasificación: Posición exacta de una mercancía, en un
determinado esquema de clasificación (nomenclatura).
Clasificación Arancelaria de Mercancías
por Composición: Análisis
que se lleva a cabo para la definición de la naturaleza merceológica de una
mercancía, tomando en consideración las características de composición
fisicoquímicas del producto.
Clasificación Arancelaria de Mercancías
por Función: Análisis que
se lleva a cabo para la definición de la naturaleza merceológica de una
mercancía, tomando en consideración las características funcionales del
producto.
Criterio Técnico: Dictamen sobre la clasificación
arancelaria de una mercancía, realizado con base en documentos y/ó muestra
presentados por el interesado, emitido por el DTA o el DLA.
Consulta a
Coordinador: Funcionario del DTA ó del DLA, experto en materia
de clasificación arancelaria, el cual organiza y da apoyo en el trabajo
correspondiente a la emisión de criterios, así asignado formalmente.
Formulario de Emisión de Criterio Técnico sobre Clasificación
Arancelaria de Mercancías: Documento digital en el cual se consigna toda la
información resultado del criterio técnico.
Formulario de Solicitud de Criterio
Técnico sobre Clasificación Arancelaria de mercancías: Documento digital por el
cual un usuario puede solicitar un criterio técnico sobre clasificación
arancelaria a
Grupo Técnico de Apoyo: Grupo de expertos del SNA conformado para
resolver los casos de clasificación arancelaria.
Mercancía: Producto, manufactura o bien corporal mueble,
sujeto a comercio internacional.
Merceología: Ciencia que estudia la naturaleza u origen,
composición, función, modo de obtención, transformación, elaboración, uso y
presentación de todas las mercancías, y conforme a ello la determinación de su
clasificación en el arancel.
Muestra: Porción extraída de una mercancía.
Muestreo: Técnica empleada para la extracción de una
muestra.
Requerimiento para la emisión de Criterio Técnico “Request for Classification
Advice”: Formulario establecido por
Sistema Informático Laboratorio: Sistema informático utilizado en el
Departamento Laboratorio Aduanero, en el cual se registra y se lleva el control
de los aduanálisis.
Solicitante o interesado: Persona física o jurídica, o institución
que requiere un criterio técnico sobre la clasificación arancelaria de una
mercancía.
Capítulo I
Base Legal
1º) Ley
Nº 8360 de fecha de fecha 24 de junio de 2003, “ Segundo Protocolo de
Modificación del Código Aduanero Uniforme Centroamericano”.
2º) Decreto No. 31536-COMEX-H de fecha 24 de noviembre de 2003,
“Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano”.
3º) Artículos 6, 9, 11, 85 y 272 de
4º) Artículos 6, 7, 18, 18 bis, 21, 21 bis, 30, 30 bis y 255 del
Decreto Ejecutivo No. 25270-H de fecha 14 de junio de 1996, “Reglamento a
5º) Artículos 4, 256 numeral 1) 258, 269, 302 numeral 1), 303 de
6º) Oficio DN-1409-2010 de fecha 16 de setiembre de 2010, el cual
aclara que el Laboratorio Aduanero está facultado para emitir criterios sobre
la clasificación arancelaria de las mercancías.
Capítulo II
Procedimiento
Común
Para la solicitud presentada por interesados para la emisión de criterios
técnicos arancelarios con o sin aduanálisis por parte de
I. Políticas Generales
1º) Las
solicitudes de criterios técnicos sobre clasificación arancelaria, se pueden
realizar vía electrónica, mediante el formulario “Solicitud de Criterio
Técnico”, el cual se debe completar siguiendo sus instrucciones de llenado.
2º) El solicitante debe enviar vía correo electrónico, al DTA o al
DLA, según corresponda, el formulario de “Solicitud de Criterio Técnico”, así
como los documentos e información técnica que identifique y describa la
mercancía. La documentación debe ser remitida en formato PDF. En caso que la
documentación no se pueda enviar de forma electrónica, se puede entregar
físicamente en el departamento que corresponda.
3º) El DTA es el encargado de resolver las solicitudes de criterio
técnico sobre la clasificación arancelaria de mercancías cuyas características
propias no requieran de un análisis fisicoquímico (análisis por función) y el
DLA resuelve las que requieran de un análisis fisicoquímico (análisis por
composición). La dirección de correo electrónico disponible para la recepción
de solicitudes por parte del DTA es dta@hacienda.go.cr y la del DLA es
dla@hacienda.g.cr.
4º) Una vez que el DTA recibe las solicitudes de criterio técnico,
envía al interesado un correo de respuesta confirmando el recibido del
formulario y se le da a conocer el número de criterio asignado a la solicitud
siempre y cuando no requiera muestra o documentos extra, según el tipo de
mercancía a analizar. En el caso que se requiera mas información o muestra de
la mercancía, se le solicita por ese medio, y una vez recibido se le asigna
número de criterio a la solicitud.
5º) Cuando se requiere criterio del DLA, en todos los casos deberá
presentarse la muestra, adjuntando copia de la solicitud electrónica y
documentación relacionada con la mercancía.
6º) La presentación de las muestras ante el departamento que
corresponda, se debe entregar en la forma y cantidad mínima según lo establece
el Manual de Toma de Muestras.
7º) Cuando el interesado se apersone en el DLA para la entrega de la
muestra, debe presentar el comprobante del pago previo establecido para la
emisión del aduanálisis, a través de un entero a favor de Gobierno, pagadero en
cualquier banco autorizado.
8º) Si posterior al recibo de la solicitud de criterio y/o del estudio
del caso, se requiere alguna información adicional para emitir el criterio
técnico, se solicita vía correo electrónico la información, otorgándole al
interesado un plazo máximo de 5 días hábiles contados a partir del día
siguiente de la notificación, para el cumplimiento del requerimiento. De no
cumplirse con lo requerido se procede al archivo de la solicitud del Criterio
Técnico y se le envía al interesado un oficio manifestando las razones que
motivaron tal acto.
9º) El analista se debe basar en los manuales de procedimientos
internos del departamento para la emisión de criterios técnicos, y puede
recabar información proveniente de cualquier medio fehaciente, con el objetivo
de resolver el criterio.
10º) El plazo para la entrega del Criterio Técnico es de 10 días hábiles,
y éste corre a partir del día hábil siguiente de la asignación de número de
solicitud. No obstante, según el tipo de análisis, pruebas o volumen de
trabajo, el plazo puede ampliarse hasta 20 días hábiles.
11º) Tratándose de casos complejos, el plazo de entrega del criterio se
define según el proceso requerido a seguir, lo cual debe justificar el Jefe de
Departamento de forma técnica y razonable al usuario con copia al Director del
Área.
12º) Tanto el DTA como el DLA llevarán un registro electrónico para
asignar un consecutivo de numeración único para las Solicitudes de Criterio
Técnico que recibe cada departamento. Tal registro debe contener al menos
número de consecutivo (DTA-año-consecutivo / DLA-año-consecutivo), nombre del
Solicitante, tipo de mercancía, fecha de recepción de la solicitud, analista
asignado, plazo para resolución, número de criterio definitivo asignado. El
consecutivo corresponde al número de Criterio entregado al interesado.
13º) Las muestras proporcionadas por el interesado se deben custodiar en
una bodega destinada exclusivamente para tal fin, la cual debe contar con
estantes y espacios adecuados para el acomodo de las muestras y con un
refrigerador para guardar las que así lo requieren. Las muestras se deben
identificar con el número de solicitud asignado y fecha de recepción.
14º) Una vez que el criterio técnico se concluye, el departamento
correspondiente lo remite al interesado en formato PDF vía correo electrónico,
otorgando un plazo de 10 días naturales para el retiro de la muestra que
hubiera aportado. En los casos en que no se retire la muestra se procede a su
destrucción, lo cual se consigna en un acta.
15º) Cuando la muestra no se devuelve al interesado, ya sea porque fuese
perecedera o haya sido consumida en el proceso de análisis, tal hecho se
consigna en el criterio técnico.
16º) Los criterios técnicos firmados en original son archivados por el
departamento responsable de su emisión. Si el usuario solicita el original, en
archivo se dejará una copia.
17º) Cada departamento mantiene una base de datos de los criterios
técnicos sobre clasificación arancelaria emitidos. Un extracto de las bases de
datos de cada departamento se unifica en un solo documento y se publica en la
dirección electrónica https://www.hacienda.go.cr/Msib21/Espanol/Direccion
+General+de+Aduanas/CRITERIOS+ARANCELARIOS+2007.htm. La misma será actualizada
al menos mensualmente. Cualquier información referente al importador de la
mercancía objeto de análisis o la agencia de aduanas que realizó el trámite de
importación, se debe excluir de la base de datos a publicar.
18º) Los criterios técnicos emitidos por el DTA o el DLA únicamente
podrán ser objeto de revisión ante el DTA.
19º) La emisión de criterios de clasificación arancelaria de mercancías,
en última instancia en caso interposiciones de solicitudes de revisión, le
corresponde al DTA, quien podrá recabar información de cualquier fuente
fidedigna o expertos disponibles, ello sin detrimento de las facultades del
Laboratorio Aduanero para emitir criterios sobre la clasificación arancelaria
de mercancías.
20º) Las jefaturas del DTA y el DLA, tomarán las acciones necesarias y
permanentes para la retroalimentación e intercambio de información, sobre
estudios realizados y criterios emitidos. Al menos mensualmente deberán
realizarse reuniones de coordinación.
21º) Cuando en las reuniones internas para la homologación de criterios,
ya sea en el DTA o en el DLA, no se alcance un consenso sobre los criterios de
clasificación arancelaria de mercancías,
22º) Cuando persista duda al respecto o no se haya alcanzado consenso
dentro del Grupo Técnico de Apoyo, se canaliza la consulta a
23º) Las consultas a
II. De
Cuando se requiera solicitar un criterio técnico
sobre la clasificación arancelaria de mercancías cuyas características propias
no requieran de un análisis fisicoquímico (análisis por función de la
mercancía) se envía la solicitud al DTA. En el caso que se requiera solicitar
un criterio técnico sobre la clasificación arancelaria de mercancías que
requiere análisis fisicoquímico (análisis por composición de la mercancía), la
solicitud se entrega en el DLA.
1. Solicitud
del Criterio Técnico sobre Clasificación Arancelaria de Mercancías.
A. Actuaciones del Solicitante
1º) Completar el formulario de “Solicitud de
Criterio Técnico sobre Clasificación Arancelaria” y enviarlo al correo
dta@hacienda.go.cr o dla@hacienda.go.cr según corresponda. Tal documento se
encuentra a disposición del usuario de forma digital en el portal del
Ministerio de Hacienda en la siguiente dirección:
https://www.hacienda.go.cr/Msib21/Espanol /Direccion+General+de+Aduanas/OTROS.htm
2º) El solicitante recibe un correo de
confirmación. En el caso que no se requiera muestra o información adicional de
la mercancía se da a conocer el número de solicitud asignado. Si requiere más
información o muestra se envía correo de confirmación con las instrucciones a
seguir.
3º) Cuando el tipo de mercancía no es apta para
aportar muestra, el solicitante debe aportar información como catálogos, ficha
técnica u otro en la que se especifique completa y claramente la mercancía
objeto de consulta.
4º) La documentación solicitada puede ser
remitida de forma escaneada, en formato PDF o se entrega de forma física.
5º) En todo caso y sin excepción, para las
solicitudes dirigidas al DLA el solicitante debe entregar muestra de la
mercancía para la emisión de un criterio técnico con aduanálisis.
6º) Cuando se requiera muestra, la misma se debe
aportar en la forma y cantidad mínima que corresponda, conforme el Manual de
Toma de Muestras.
7º) En el momento de la entrega de la muestra en
el DLA, se debe presentar el comprobante del pago correspondiente al entero de
gobierno, pagadero en cualquier banco autorizado.
2. Recepción
de Solicitudes de Criterio Técnico sobre Clasificación Arancelaria de
Mercancías
A. Actuaciones del funcionario encargado de
1º) Si es recibido por la secretaria se traslada
al coordinador o Jefe.
2º) Una vez recibido el correo con la solicitud
adjunta o el impreso, a más tardar el día hábil siguiente, el coordinador o
Jefatura, lo asigna al analista. El analista debe analizar el tipo de mercancía
del cual se está solicitando un criterio técnico, y en dado caso se le solicita
al interesado aportar muestra o cualquier tipo de información que se estime
necesario para el estudio.
3º) En casos del DTA, si por el tipo de mercancía
no se requiere analizar muestra, puede asignar número de criterio una vez
recibida la información como catálogos, ficha técnica u otro en la que se
especifique completa y claramente la mercancía. La documentación solicitada
puede ser recibida de forma escaneada o física.
4º) Si se requiere muestra, una vez recibida
ésta, se asigna número de criterio. Las muestras se deben identificar con la
fecha y el número asignado al criterio, y trasladadas al lugar de custodia de
muestras, donde permanecen para el momento del estudio.
5º) En el DTA una vez recibidas las solicitudes
de criterio, numeradas, fechadas y registradas, se trasladan al coordinador
para que mas tardar el día hábil siguiente las asigne entre los colaboradores.
En el DLA, la jefatura la traslada directamente al analista correspondiente
según organización interna del departamento.
3. Análisis
y Emisión de Criterio Técnico sobre Clasificación Arancelaria de Mercancías.
3.1 Análisis y
Emisión del Criterio por parte del DTA
A. Actuaciones del Coordinador
1º) El coordinador revisa las solicitudes y
distribuye el trabajo entre los funcionarios.
2º) Da soporte al funcionario asignado en caso de
requerir asesoría para determinar una clasificación arancelaria.
3º) Supervisa el criterio técnico que determina
el funcionario asignado. Cuando no se esté de acuerdo con el criterio propuesto
por el funcionario asignado, debe externar las razones justificadas por las
cuales se debe modificar el criterio llegando a consenso. En dado caso coordina
con la jefatura inmediata para resolver la diferencia de criterios.
4º) Firma en conjunto con el funcionario asignado
el criterio técnico que se entrega al interesado.
B. Actuaciones del Analista
1º) Para la emisión de la propuesta del criterio
técnico el analista se basa en los manuales internos del DTA.
2º) El proceso de análisis debe comprender una
investigación exhaustiva de la mercancía, por ello el analista puede recopilar
información fidedigna proveniente de diferentes medios tal como catálogos
informativos, fichas técnicas, diccionarios, internet, bases de datos del DTA o
el DLA, etc.
3º) En el caso que hubiera análisis de muestra,
el analista la toma de la bodega de custodia de muestras y debe regresar la
misma a su ubicación, manteniendo la identificación de la misma, para su
posterior devolución al interesado.
4º) Una vez realizado el estudio correspondiente,
lo firma y transmite al coordinador para ser revisado.
C. Actuaciones de
1º) Mantiene un archivo físico y digital de los
criterios técnicos emitidos firmados, ordenado por numeración consecutiva,
fecha y año, con sus respectivos antecedentes y constancia de entrega al
interesado.
2º) De forma mensual, los archivos digitales se
guardan en discos compactos como respaldo de información.
3.2 Análisis y
Emisión del Criterio por parte del DLA
A. Actuaciones del Analista
1º) Una vez que el analista recibe la
documentación, dispone de un plazo de 10 días hábiles para emitir el
aduanálisis. No obstante, de conformidad con la complejidad y el estudio que el
caso amerite, puede ampliarse, hasta por el plazo otorgado por el coordinador
del área de merceología.
2º) Para la elaboración del aduanálisis el
analista se basa en los manuales internos del DLA.
3º) El analista debe realizar las pruebas
fisicoquímicas necesarias para determinar la clasificación arancelaria de la
mercancía.
4º) Debe ingresar en el Sistema Informático
Laboratorio toda la información derivada de las pruebas fisicoquímicas para
obtener como resultado el aduanálisis.
5º) El analista modifica el aduanálisis
enviándolo al buzón denominado “merceología” para que la revise el encargado
respectivo.
B. Actuaciones del Coordinador del Área de
Merceología
1º) El proceso de análisis para la clasificación
arancelaria de mercancías debe comprender una investigación exhaustiva de la
mercancía, por ello el coordinador, además de basarse en el resultado del
Aduanálisis proporcionado por el analista, puede recopilar información
fidedigna proveniente de diferentes medios tal como catálogos informativos,
fichas técnicas, diccionarios, internet, bases de datos del DTA o el DLA, etc.
2º) Revisa los aduanálisis realizados por el
analista, con el fin de que las pruebas fisicoquímicas realizadas estén acorde
a la clasificación arancelaria asignada.
3º) En caso de tener observaciones o dudas al
respecto, le indicará al analista, para que tome en cuenta dichas sugerencias,
pruebas o cambios en el aduanálisis y remitirlo de nuevo para revisión.
4º) Los aduanálisis revisados y aceptados son
enviados al buzón del sistema informático denominado “Jefatura”, para que los
mismos sean aprobados por la jefatura del DLA.
C. Actuaciones de
1º) El jefe del DLA debe revisar los aduanálisis
emitidos que se encuentran notificados en el buzón del sistema informático
“jefatura”.
2º) Si tiene observaciones o dudas al respecto,
debe remitir el aduanálisis al coordinador del área de merceología para que se
tomen en cuenta dichas sugerencias o cambios.
3º) El aduanálisis debe indicar la partida
arancelaria, la cual se toma como base para la emisión del criterio técnico.
4º) Los aduanálisis aprobados son enviados al
buzón del sistema informático denominado “impresión”.
D. Actuaciones del Funcionario encargado de
1º) Recopila los datos del aduanálisis, emite e
imprime el criterio técnico que se enviará al interesado.
2º) Remite el criterio técnico a la jefatura del
DLA, con su visto bueno y el del Coordinador.
E. Actuaciones de
1º) Firma el criterio técnico y lo remite al
funcionario encargado de enviarlo al interesado
4. Entrega
del Criterio Técnico sobre Clasificación Arancelaria de Mercancías al
Solicitante.
A. Actuaciones del Analista
1º) En el DTA una vez concluido el proceso de
análisis y revisión el analista es quien procede a enviar al interesado el
criterio técnico, previamente escaneado en formato PDF, vía correo electrónico.
En el correo se debe indicar el plazo para apersonarse a retirar la muestra y
las consecuencias del no retiro.
B. Actuaciones del Funcionario encargado de
1º) En el DLA el funcionario que elabora el
criterio es quien lo envía desde el correo electrónico dla@hacienda.go.cr al
interesado. En el correo se debe indicar el plazo para apersonarse a retirar la
muestra y las consecuencias del no retiro de los mismos.
C. Actuaciones de
1º) Cuando el interesado se apersone a retirar la
muestra, se debe guardar respaldo sobre la entrega, por medio de una firma de
recibido en el documento que se archivará en el expediente, con el nombre
completo de la persona, el numero de cédula y fecha en que está haciendo
efectivo el retiro de la muestra. De previo solicita copia de su cédula o
documento de identidad, y/o del documento que lo autoriza para el retiro,
cuando él no es el interesado directo, mismo que también archivará en el
expediente respectivo.
D.- Actuaciones
del Solicitante
1º) Cuando reciba el criterio técnico vía correo
electrónico, debe apersonarse en el departamento correspondiente con el
documento que identifique al solicitante, para el retiro de la muestra.
5. Interposición
de una Solicitud de Revisión de un Criterio Técnico Emitido
A. Actuaciones del Interesado
1º) Cuando el interesado manifieste
disconformidad con un criterio técnico emitido por el DTA o el DLA, podrá por
una única vez, interponer una solicitud de revisión ante el DTA, el cual debe
estar fundamentado técnica y legalmente.
2º) La solicitud se debe realizar mediante nota
escrita, adjuntado toda la información que la ampare y justifique.
B. Actuaciones del DTA
1º) La jefatura del DTA en conjunto con un
analista asignado, procede a contestar al interesado en un plazo no mayor de 10
días hábiles después de recibida la solicitud.
Capítulo III
Solución de Diferencias y Homologación de Criterios Técnicos
en Materia de
Clasificación Arancelaria de Mercancías
Cuando se presenten diferencias de criterios
técnicos o dudas sobre clasificación arancelaria de mercancías, y éstas se
encuentren debidamente sustentadas o se trate de casos complejos, se
solucionarán conforme los lineamientos expuestos a continuación.
I. De
las Reuniones a lo interno del DTA y del DLA
1. Reuniones Ordinarias
1º) El DTA y el DLA realizarán al menos una
reunión ordinaria de forma mensual a lo interno de cada departamento, la misma
estará conformada por el jefe del departamento, el coordinador del área y los
funcionarios que colaboran con los estudios y emisión de criterios.
2º) El jefe del departamento es el responsable de
convocar y presidir la reunión. El objetivo es la actualización y conocimiento
de nuevos estudios emitidos para la homologación de criterios entre los
funcionarios del departamento.
3º) El coordinador debe seleccionar los casos
relevantes y le comunicará a los funcionarios encargados de cada caso para que
preparen la exposición.
4º) Se levantará una minuta de la reunión
ordinaria, incluyendo lista de asistentes, los casos discutidos, los criterios
considerados, decisiones finales y se tomará la firma de los presentes. La
minuta quedará aprobada inmediatamente al finalizar la sesión de trabajo.
2. Reuniones
Extraordinarias
1º) Cuando haya un caso específico y de carácter
urgente en el que haya diferencia de criterios, el coordinador de área podrá
convocar a una reunión extraordinaria a lo interno del departamento.
2º) Las reuniones extraordinarias internas se
realizan en los casos que hayan diferencias de criterios, dudas o se tengan
estudios complejos sobre la clasificación arancelaria de mercancías. El
objetivo de las mismas es contar con espacios de discusión para exponer
sugerencias y sustentos técnicos al funcionario que debe emitir un criterio
técnico.
3º) El grupo estará conformado por el jefe del
departamento, el coordinador, el funcionario interesado del caso específico a
discutir y al menos otros dos funcionarios expertos del departamento.
4º) El jefe debe convocar a reunión. El
funcionario interesado envía por vía correo electrónico la información respectiva
sobre el caso en cuestión a los funcionarios citados, lo cual deberán analizar
para el día de la reunión.
5º) La reunión será presidida por el jefe del
departamento, en la que el funcionario responsable hará una exposición del caso
a discutir, detallando la mercancía en cuestión, la motivación de la diferencia
de criterios y base legal, Notas Legales, Notas Explicativas, criterios
emitidos si los hay u otros elementos considerados. Posteriormente, cada
funcionario de manera ordenada expone su opinión.
6º) Luego de expuesto y discutido el criterio de
todos los funcionarios, se tomará una decisión por consenso sobre la
clasificación de la mercancía, la que deberá estar debidamente fundamentada y
motivada.
7º) El funcionario responsable levantará minuta de
los resultados, incluyendo lista de asistentes, el asunto discutido, los
criterios considerados, la decisión final y recogerá la firma de los presentes.
La minuta queda aprobada inmediatamente al finalizar la sesión de trabajo.
8º) Si al finalizar la reunión interna del DTA,
persisten dudas o no se alcanza consenso entre los asistentes, la jefatura del
departamento puede convocar al DLA para realizar la consulta del caso o prepara
para firma del Director de Gestión Técnica oficio con la convocatoria al Grupo
Técnico de Apoyo, para resolver las diferencias existentes.
9º) En el caso de las reuniones interna del DLA,
si persisten dudas o no se alcanza consenso entre los asistentes, la jefatura
del departamento convocará al DTA para consultar sobre el caso.
II. De
las Reuniones entre el DTA y el DLA
1. Reuniones ordinarias entre el DTA y el DLA
para
1º) Se realiza al menos una reunión ordinaria de
forma bimensual entre los departamentos de Técnica Aduanera y Laboratorio
Aduanero.
2º) El grupo asistente por parte del DTA estará
conformado por el jefe del departamento, el coordinador del área y al menos dos
funcionarios del departamento. El coordinador se encargará de rotar la
asistencia de los funcionarios a tales reuniones.
3º) El grupo asistente por parte del DLA está
conformado por el jefe del departamento, el coordinador del área de merceología
y los analistas de los casos que se exponen.
4º) El objetivo de la reunión es la actualización
y conocimiento de nuevos estudios emitidos. El coordinador de área de cada
departamento tiene la responsabilidad de dar a conocer la información recabada
en la reunión a los funcionarios que no asistieron a la misma.
5º) Los coordinadores de cada departamento, deben
seleccionar y preparar los casos que consideren de importancia, los cuales se
exponen en dicha reunión.
6º) Se levanta minuta la reunión efectuada,
incluyendo lista de asistentes, casos discutidos, criterios considerados,
decisiones finales y se toma la firma de los presentes una vez finalizada la
reunión. La minuta queda aprobada inmediatamente al finalizar la sesión de
trabajo.
2. Reuniones extraordinarias entre el DTA y el
DLA para la realización de consultas
1º) En los casos que el DTA o el DLA tengan dudas
sobre la correcta clasificación de una mercancía, pueden recurrir a convocar
una reunión entre ambos departamentos.
2º) El objetivo de las reuniones entre el DTA y
el DLA, es la consulta para la emisión del criterio técnico que se entregará al
solicitante.
3º) A la reunión asiste por parte del DTA el
coordinador del área y un funcionario experto del departamento; por parte del
DLA un funcionario experto según el caso a analizar, la jefatura del
departamento o el coordinador del área de merceología.
4º) El funcionario interesado en la convocación
de la reunión, debe preparar el memorando para que el jefe del departamento
convoque a reunión a los funcionarios de ambos departamentos. El funcionario
interesado debe enviar por vía correo electrónico la información respectiva
sobre el caso en cuestión a los funcionarios citados, lo cual deberán analizar
para el día de la reunión.
5º) La reunión es presidida por el funcionario
interesado, hace una exposición del caso a discutir, detallando la mercancía en
cuestión, la motivación de la diferencia de criterios y base legal, notas
legales, notas explicativas, criterios emitidos si los hay u otros elementos
considerados. Posteriormente, cada funcionario de manera ordenada expone su
opinión.
6º) El funcionario que preside levanta minuta de
los resultados, incluyendo lista de asistentes, el asunto discutido, los
criterios considerados, la decisión final y recoge la firma de los presentes.
La minuta queda aprobada inmediatamente al finalizar la sesión de trabajo.
7º) Si al finalizar la reunión persisten dudas o
no se alcanza consenso entre los asistentes, la jefatura del DTA prepara para
la firma del Director de Gestión Técnica un oficio convocando al Grupo Técnico
de Apoyo, para resolver en definitiva.
III. De
las reuniones del Grupo Técnico de Apoyo
1. Reuniones del Grupo Técnico de Apoyo para
1º) El envío de convocatoria a reunión del Grupo
podrán ser realizadas por cualquier medio que garantice su recibo con
prontitud, ya sea correo electrónico, fax o entrega física del oficio de
convocatoria. Asimismo, en ella se indicará la fecha, hora y lugar, así como la
solicitud de confirmación de asistencia.
2º) El grupo estará integrado por al menos cinco
miembros especialistas permanentes del SNA, y sus correspondientes suplentes.
3º) De ser necesario se puede convocar a la
reunión del Grupo Técnico de Apoyo, cualquier otro funcionario del Servicio
Nacional de Aduanas o no, para que funja como asesor experto según el tema a
analizar.
4º) Los miembros una vez notificados de la
reunión, deberán confirmar su asistencia a más tardar al día hábil siguiente
después de recibida la convocatoria, excepto que ésta tenga carácter de
urgente, cuya confirmación deberá realizarla de forma inmediata.
5º) Si por razones justificadas algún miembro no
puede asistir, se lo comunicará de inmediato al Director de Gestión Técnica,
para que se convoque un suplente. La comunicación se podrá realizar por correo
electrónico o fax o cualquier otro medio que asegure la pronta notificación.
6º) El jefe de cada departamento debe enviar por
vía correo electrónico la información respectiva sobre el caso en cuestión a
los funcionarios citados, el cual deben analizar para el día de la reunión.
7º) Los miembros convocados, tienen igualdad de
participación con voz y voto; designan un coordinador del Grupo, el cual
distribuye las funciones entre los demás miembros.
8º) De las reuniones se levanta lista de
asistencia y minuta firmada por todos los participantes, en la que se recoge la
decisión determinada del grupo por consenso y la recomendación si se considera
necesario que se emita directriz o resolución para firma del Director General.
La minuta queda aprobada inmediatamente al finalizar la sesión de trabajo.
9º) Determinado por el Grupo que se requiere de
mayor información para la toma de una decisión, el coordinador del Grupo debe
de inmediato efectuar las acciones necesarias para su obtención, designando
entre los miembros del grupo los responsables de recopilar dicha información.
10º) El Grupo cuenta con un plazo de 3 días hábiles
para la consecución de información adicional, dejando de inmediato programada
fecha de reunión al vencimiento de dicho plazo. Transcurrido el plazo, el Grupo
toma en la reunión fijada la decisión que estime mejor acertada.
11º) La toma de decisiones se hace por consenso y
debidamente razonada, justificada y fundada técnicamente. De no lograrse
consenso, el expediente del caso se traslada a la jefatura del DTA en un plazo
no mayor de 2 días hábiles para que prepare consulta a
a) la solicitud o (s) de criterio técnico si
los hubiere u oficios de consulta.
b) información técnica de la mercancía, catálogo,
análisis de Laboratorio si corresponde, fichas, acta de inspección física,
consultas en
c) texto de las partidas estudiadas, Notas
Legales y Notas Explicativas consideradas como pertinentes.
d) criterios emitidos por aduanas de otros
países, si los hay.
e) cualquier otra documentación que se estime
pertinente.
f) Criterio técnico preliminar, con la
especificación de la clasificación arancelaria en la posición o posiciones
propuestas y su fundamento legal y técnico, así como la evaluación y
determinación de si será una solicitud sobre clasificación de mercancías o una
consulta aclaración o información sobre clasificación, Notas Legales, texto de
partidas u otro.
IV. De
las Consultas presentadas ante
1. Consultas presentadas ante
1º) La jefatura del DTA con base en el expediente
recibido por parte del Grupo, prepara para firma del Director General, la
consulta que se envía a
2º) Si antes del vencimiento de los 20 días
hábiles, la jefatura del DTA, no ha podido preparar la consulta ante dicha
organización, solicitará al Director de Gestión Técnica una prórroga de 10 días
hábiles, con la respectiva justificación. El Director de
3º) Si la consulta es sobre un criterio de
clasificación de mercancías se elabora siguiendo el modelo de formulario
establecido por
4º) Una vez preparada la consulta respectiva se
traslada el expediente al Director General.
5º) Firmada la consulta por el Director, la
jefatura del DTA con el apoyo de
6º) Recibida la respuesta de
7º) Cuando para emitir un criterio,
8º) Obtenida la información adicional, la
jefatura del DTA envía la consulta a
9º) Si por el contrario no fue posible obtener la
información requerida por
2º—Déjese sin efecto
3º—Comuníquese y publíquese en el Diario Oficial
4º—Rige 10 días hábiles después de su publicación en el Diario Oficial
Desiderio Soto Sequeira, Director General.—1 vez.—O. C. Nº 11502.—Solicitud Nº 09546.—C-377100.—(IN2011007519).
RÉGIMEN DE PENSIÓN COMPLEMENTARIA
MODIFICACIÓN CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO
En acuerdo emitido por
Décimo segundo: Comités de Apoyo.
1. Al
menos dos miembros de
2. Los directores miembros de cada comité en las sesiones de Junta
Administrativa, no podrán votar aquellos temas que se trasladen de s
respectivos comités a las sesiones de
3. El Director Ejecutivo del Régimen, podrá participar en las sesiones
de los distintos comités, con voz pero sin voto.
Idoneidad de miembros de Comités y
Unidades de Apoyo.
Los miembros de Comités o Unidades de Apoyo deben
contar con los requisitos indicados en el Código de Gobierno Corporativo y las
obligaciones establecidas en el artículo Tercero: Ámbito de Aplicación y los
artículos Nº 3, 4 y 6, así como con las disposiciones del Reglamento de
Gobierno Corporativo y cualquier otro requisito de acuerdo con la normativa
regulatoria aplicable y con los requisitos aprobados por
Si un miembro no cumple con los requisitos de idoneidad exigidos en la
normativa vigente o en las políticas internas del Régimen de Pensiones, se debe
proceder con su sustitución, según los lineamientos establecidos.
Auditoría Interna
Corresponderá a
Desarrollar y ejecutar un plan anual de
trabajo con base en los objetivos y riesgos de la entidad y de acuerdo con las
políticas implementadas por
Establecer políticas y procedimientos para
guiar la actividad de la auditoría interna.
Informar periódicamente a
Informar a
Refrendar la información financiera
trimestral que la entidad supervisada remita al órgano supervisor
correspondiente.
Evaluar la suficiencia y validez de los
sistemas de control interno implementados que involucran las transacciones
relevantes de la entidad, acatando las normas y procedimientos de aceptación
general y regulaciones específicas que rigen a esta área.
Evaluar el cumplimiento del marco legal y
normativo vigente aplicable a la entidad. En el caso de las entidades
supervisadas por SUPEN estas funciones deben ser realizadas por el contralor
normativo.
Mantener a disposición del órgano
supervisor correspondiente, los informes y papeles de trabajo preparados sobre
todos los estudios realizados.
Evaluar el cumplimiento de los
procedimientos y políticas para la identificación de al menos, los riesgos de
crédito, legal, liquidez, mercado, operativo y reputación.
Evaluar la idoneidad, suficiencia y
cumplimiento de los procedimientos y políticas de las principales operaciones
en función de los riesgos indicados en el literal anterior, incluyendo las
transacciones que por su naturaleza se presentan fuera de balance, así como
presentar las recomendaciones de mejora, cuando corresponda.
Junta Administrativa.—Juanita
Castillo Venegas, Secretaria.—1 vez.—O. C. Nº 15137.—C-28165.—(IN2011009529).
RÉGIMEN DE GARANTÍAS Y AHORRO
REGLAMENTO DEL FONDO MUTUALISTA
En acuerdo emitido por el Consejo Directivo del
Instituto Costarricense de Electricidad, en sesión 5934, celebrada el 11 de
enero del 2011, se aprobó el Reglamento del Fondo Mutualista, el cual dice:
CAPITULO I
Alcances y Definiciones
Artículo 1º—Alcances.
El presente reglamento norma
Artículo 2º—Definiciones
Para los efectos de aplicación e interpretación de este Reglamento, se
definen los siguientes términos:
Consejo o Junta Directiva: Consejo Directivo del Instituto
Costarricense de Electricidad.
Dirección Ejecutiva: Es el jefe del personal del Fondo de Garantías y
Ahorro, y tendrá las siguientes funciones: Será el administrador general y le
corresponderá ejecutar los acuerdos de
FGA: Fondo de Garantías y Ahorro de los Empleados Permanentes del Instituto
Costarricense de Electricidad.
Fondo: Fondo de Mutualidad para Cancelación de Saldos de Préstamos de los
miembros que fallecen.
ICE: Instituto Costarricense de Electricidad.
Junta: Junta Administrativa del Fondo de Garantías y Ahorro. Es un órgano
colegiado de conformación bipartita y paritaria con representantes del ICE
nombrados por el Consejo Directivo y de los Trabajadores y es la máxima
autoridad dentro del Fondo de Mutualidad y sus acuerdos, decisiones y
resoluciones deben ser ejecutados por
Causahabientes: Son los beneficiarios que un prestatario del
Fondo de Garantías y Ahorro, haya designado en caso de su muerte.
CAPITULO II
Creación y Objetivo
Artículo 3º—Creación
Se crea el Fondo de Mutualidad de los trabajadores del Instituto Costarricense
de Electricidad para establecer un sistema de cancelación de saldos deudores de
las operaciones de crédito personal e hipotecario de trabajadores que fallecen
con deudas activas por los que ya habían pagado la prima de cobertura
correspondiente.
Artículo 4º—Objetivo
El Fondo de Mutualidad tiene la finalidad de establecer primas de cobertura
de saldos deudores, para favorecer una sana administración del servicio
crediticio del FGA y una pronta recuperación de los saldos de las operaciones
activas, cuando un trabajador fallece.
Artículo 5º—Cobertura
Todo prestatario y ex empleado cuyas operaciones crediticias hayan cotizado
para el Fondo de Mutualidad, recibirá la cobertura de este Fondo en caso de
fallecimiento. Solo se le dará cobertura o se cancelará el saldo que al momento
de fallecer se encuentre al día tanto del pago de las cuotas correspondientes
por concepto de amortización e intereses de los créditos. En caso de que el
prestatario escoja pagar la prima diferida, el monto de cancelación debe
cobrarse conjuntamente con la cuota de amortización e intereses. Para que se
conceda el beneficio prometido de Fondo de Mutualidad es requisito que el
afiliado o beneficiario o causahabiente haya cancelado la totalidad de lo
adeudado por la prima diferida y por cuotas de amortización e intereses en caso
de que deba algunas cuotas.
Artículo 6º—Recursos del Fondo
El Fondo de Mutualidad estará constituido por las reservas existentes para
la cobertura de créditos, los intereses de las inversiones de dichas reservas,
las primas pagadas de los créditos aprobados y cualquier otro aporte adicional
que
Artículo 7º—Beneficios
Al ocurrir el fallecimiento de un prestatario y ex empleado del Fondo de
Mutualidad, le serán cancelados en su totalidad los saldos de los préstamos
para los cuales haya cancelado las primas para cobertura, sin perjuicio de los
derechos que le quedan a sus causahabientes por concepto de sus aportes
personales y los aportes correspondientes del I.C.E. y previa deducción de
alguna obligación por el pago de prima que tuviera pendiente con el sistema
mutualidad cuando la prima se pague en cuotas mensuales, por un plazo
determinado por
CAPITULO III
Financiamiento
Artículo 8º—Financiamiento de los beneficios
del Fondo
Para el financiamiento de los beneficios prometidos y estipulados en este
Reglamento, se utilizarán los siguientes ingresos:
A. El monto de la prima será fijado por
B. En caso de que
Artículo 9º—Pago de la prima
Para que se conceda el beneficio prometido de Fondo de Mutualidad es
requisito que el afiliado o beneficiario o causahabiente haya cancelado la
totalidad de lo adeudado por la prima diferida. En caso de que el prestatario
escoja cancelar la prima en forma diferida, este monto debe quedar incluido
como parte de la deuda en los documentos de garantía sea fiduciaria o
hipotecaria o de otra naturaleza.
Artículo 10.—Método de Costo Actuarial
Se definen las siguientes reglas técnicas para la realización de los
estudios actuariales para el Fondo de Mutualidad, con el objetivo de mantener
coherencia y consistencia técnica a futuro.
10.1. Decrementos de las Poblaciones de Préstamos
(Bases Biométricas)
Se debe asumir que los decrementos del grupo de
“Préstamos Personales” se deben a la contingencia de muerte; y que los
decrementos del grupo de “Préstamos para Vivienda” se deben a las contingencias
de muerte.
Deben tomarse en cuenta las fuentes y las tablas utilizadas, para
representar la probabilidad del decremento mencionado.
Decremento por mortalidad. Se debe asumir que la probabilidad de muerte
depende básicamente de dos factores: sexo y edad. Las tablas de mortalidad a utilizar,
serán las “Tablas de Mortalidad” tomadas del Reglamento de Tablas de Mortalidad
de
10.2.
La tasa de interés que se asuma en los cálculos
actuariales de valor presente en términos generales, debe consistir básicamente
de tres componentes: la tasa real de retorno, la tasa de inflación esperada y
el valor del riesgo tomado en las inversiones.
10.3. Egresos versus Gastos del Régimen
En general los planes de cancelaciones por
Mutualidad, además de egresos, tienen gastos que pueden ser clasificados como:
De desarrollo, Legales, Actuariales, Financiero y Administrativos. En el Fondo
Mutualista, se asumirá que estos gastos serán asumidos por el ICE, Institución
independiente al Fondo.
Los resultados de las valuaciones actuariales que se presentan, se incluyen
tan sólo los egresos por beneficios; por lo tanto, no se deben incluir los
gastos antes citados.
10.4. Cálculos que deben realizarse: Tipos de
cálculo, Balance Actuarial, Forma de Cálculo
a) Tipos de cálculo actuarial:
Los cálculos actuariales a realizar en un estudio actuarial, son de dos tipos:
1. Valoración
del pasivo actuarial, creado por una promesa de beneficios en una unidad
monetaria. Se refiere al cálculo de la reserva actuarial o valor presente
(expresado en colones) de los futuros beneficios prometidos.
2. Estimación de la prima única,
expresada como un porcentaje de una unidad de exposición al riesgo, necesaria
para financiar una promesa de beneficios. Se refiere al cálculo de la tasa
técnico-actuarial o valor presente, expresado como porcentaje de los montos de
saldos de los préstamos, a la fecha escogida de los futuros beneficios
prometidos.
b) Balance
Actuarial
Dicho balance es un documento que muestra a una
cierta fecha, la desviación probable respecto al punto de equilibrio financiero
del Plan. Como forma de comprobación de equilibrio o desequilibrio
financiero-actuarial, que sirva para mostrar la suficiencia o insuficiencia de
los recursos establecidos para satisfacer los beneficios prometidos, bajo
distintas premisas de captación de recursos.
c) Forma de cálculo y variables que afectan el
resultado
En términos generales, el valor presente de un
beneficio prometido tendrá la siguiente forma: Probabilidad de la contingencia multiplicada
por el Pago del Beneficio Prometido, multiplicada por el Descuento a Valor
presente.
1. La
probabilidad de ocurrencia de la contingencia cubierta en un determinado año
depende de:
a. Las
contingencias que cubre sólo mortalidad
b. El sexo de la persona protegida, pues generalmente el hombre tiene
mayor probabilidad de morir que la mujer del ICE.
c. La edad de la persona (en general, entre mayor la edad de la
persona, mayor la probabilidad de muerte)
2. El monto
del Pago del Beneficio Prometido en el año determinado, depende de:
a. Monto
del saldo en ese año determinado, a su vez del monto inicial del préstamo, el
interés pactado y el plazo pactado.
b. Número de años y del tipo de préstamo cubierto: personal o
hipotecario de vivienda.
3. El descuento
del pago a finales del año determinado a valor presente, depende de:
a. Interés
actuarial del cálculo: a mayor interés actuarial, mayor el descuento financiero
y menor el valor presente actuarial.
b. El tiempo de descuento en un determinado año, pues a mayor o más
lejano ese año, mayor el descuento financiero y menor el valor presente
actuarial.
Artículo 11.—Aspectos Contables
Los registros contables deben al menos regirse por los siguientes puntos:
A. Deben
establecerse y cuantificarse las reservas actuariales, como cálculo matemático
del valor presente de los beneficios prometidos por el Fondo de Mutualidad, a
los préstamos otorgados en curso de pago.
B. Deben establecerse, al menos, dos reservas actuariales:
a. Reserva actuarial de crédito hipotecario y
b. Reserva
Actuarial de Crédito Personal
Deben realizarse, después de cada estudio
actuarial, los ajustes correspondientes a cada una de las reservas actuariales
que se llegaren a establecer e introducirlas en el Balance de Situación.
C. El
Fondo de Mutualidad deberá llevar los registros contables correspondientes y al
momento de fallecer un prestatario del Fondo, se trasladará la suma
correspondiente por principal e intereses al Fondo de Garantías y Ahorro, con
lo que se saldarán las operaciones crediticias.
D.
Artículo 12.—Política de Inversión de Fondos y
Control
La política de inversión de las reservas, sus rendimientos e ingresos
corrientes será dirigida por
Todas las inversiones que se realicen de las reservas, deben realizarse con
garantías satisfactorias y con las tasas de interés suficientes, para
garantizar las rentabilidades que señalen los estudios actuariales. Los
productos obtenidos, pasarán a engrosar las mismas reservas del Fondo de
Mutualidad.
Las inversiones serán controladas mediante los sistemas y procedimientos
operativos que tiene el Régimen de Garantías y Ahorro, para la administración
de préstamos.
Los recursos de este Fondo podrán ser invertidos por resolución de
a. Depósitos
a la vista o a plazo o cualquier título valor, en cualquiera de los Bancos del
Sistema Bancario Costarricense.
b. En instrumentos negociables en el mercado de valores
c. Préstamos a los trabajadores miembros del FGA a través de las
colocaciones que hace el Fondo del Garantías y Ahorro, rindiendo la tasa de
interés establecida por
d. Acuerdo de inversión con el ICE cuando sea de conveniencia y
beneficio, para los intereses del Fondo de Mutualidad tomando en cuenta los
procedimientos para inversiones en el ICE, de acuerdo con las políticas para la
aplicación de los artículos 31 y 32 de
Artículo 13.—Balance Actuarial
El Fondo de Mutualidad deberá ser evaluado actuarialmente cada dos años, a
fin de garantizar la sostenibilidad del beneficio en el largo plazo. Lo anterior,
sin perjuicio de que otros estudios puedan efectuarse, cuando
La realización de los estudios actuariales del Fondo de Mutualidad será
necesario a efectos de establecer un juicio técnico, objetivo e independiente,
sobre la situación financiera, para dar un adecuado ordenamiento
financiero-actuarial y una definición matemático-actuarial apropiada y
conveniente al Fondo.
Artículo 14.—Aspectos no regulados en este
Reglamento
San José, 28 de enero del 2011.—Gestión
Empresarial.—Sr. Osvaldo Castro Láscares, Coordinador.—1 vez.—O. C. Nº
15137.—C-86600.—(IN2011009531).
En relación con
Ø Se comunica que la tasa básica que rige a
partir del 27 de enero del 2011 y hasta nuevo aviso es: 7,75%.
1º de febrero del 2011.—División
Económica.—Roger Madrigal López, Director.—1 vez.—O. C. Nº 11666.—Solicitud Nº
12-2011.—C-3150.—(IN2011009441).
SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES
SP-A-147-2011
Superintendencia de Pensiones, Despacho del
Superintendente, al ser las dieciséis horas del día siete de febrero del dos
mil once.
Considerando
que,
1º—El artículo 3 de
2º—El inciso c) del artículo 6 de la ley antes citada, dispone que el
trabajador tendrá derecho a retirar los ahorros laborales acumulados a su favor
cuando haya mantenido una relación de trabajo con el mismo patrono durante, al
menos, cinco años.
3º—El artículo 33 de
4º—
5º—Por medio del oficio SP-586 del 23 de marzo 2006, con el
propósito de confirmar la continuidad de la relación laboral,
6º—En protección de los afiliados, debe actualizarse y ajustarse la
regulación relativa a la forma en que las entidades autorizadas deben tramitar
y realizar la entrega de los recursos acumulados en las cuentas del Fondo de Capitalización
Laboral. Por tanto,
1º—Monto disponible para el retiro. El
monto disponible para retiro por concepto de cumplimiento de quinquenio estará
conformado por:
a) El
saldo acumulado por los afiliados en las cuentas del Fondo de Capitalización
Laboral (FCL), al último día del mes en que se cumplan cinco años continuos de
relación laboral con el mismo patrono, una vez deducido lo correspondiente al
Régimen Obligatorio de Pensiones, según estipula el artículo 3 de
b) Los montos correspondientes a aportes que hayan ingresado al
sistema dentro del período indicado en el inciso a) anterior, pero que no hayan
sido imputados en las cuentas individuales de los afiliados.
c) Los rendimientos, menos las comisiones, que generen los recursos
indicados en el inciso a), con posterioridad a la fecha de cumplimiento de los
requisitos.
2º—Forma de cálculo del monto a entregar.
El monto a entregar a los afiliados corresponderá al saldo en cuotas de las
sumas indicadas en el inciso a) del artículo anterior, menos la cantidad
proporcional de cuotas por comisión sobre saldo a la fecha de liquidación,
multiplicado por el valor cuota del día inmediato anterior a esa fecha.
Para la determinación del monto indicado en el inciso b), se aplicará
el mismo mecanismo.
3º—Acceso a los recursos del FCL por cumplimiento de quinquenio.
Todo afiliado al Fondo de Capitalización Laboral, para poder acceder a sus
recursos acumulados, deberá presentar una solicitud formal de retiro ante la
entidad que administra sus recursos.
4º—Información mínima de la solicitud de retiro de recursos.
Toda solicitud de retiro deberá contener la siguiente información mínima:
a. Nombre
de la entidad autorizada (Razón social).
b. Número y consecutivo único de solicitud.
c. Fecha recibo de la solicitud.
d. Nombre completo del afiliado solicitante.
e. Tipo y número de identificación del solicitante (cédula de
identidad o número de asegurado).
f. Números telefónicos del afiliado.
g. Correo electrónico del afiliado, si dispusiere de uno.
h. Dirección del afiliado (provincia, cantón distrito y otras señas).
i. Nombre del patrono del afiliado.
j. Número de patrono actual, según orden patronal.
k. Desglose del monto a retirar, conforme a lo indicado en artículo
octavo de este acuerdo.
l. Medio de pago por el cual desea recibir los recursos, así como los
datos requeridos de acuerdo con el medio elegido, según artículo décimo.
m. Dirección o medio para que el afiliado reciba comunicaciones.
n. Nombre del funcionario que recibió la solicitud.
En caso de que la solicitud sea presentada
por un apoderado especial deberá adjuntarse a la misma el documento en donde
conste el mandato. Tratándose de poderes generales o generalísimos deberá
aportarse certificación original del Registro Público Nacional o Notario
Público en donde conste el mismo, así como las limitaciones de su ejercicio, si
las tuviere. Dichos documentos deberán quedar bajo custodia durante el plazo
establecido en el artículo sexto.
5º—Controles operativos. Es responsabilidad de las entidades
autorizadas tramitar aquellas solicitudes que hayan cumplido con los requisitos
mínimos indicados en el artículo anterior.
Adicionalmente, deberán contar con las herramientas y procedimientos
necesarios para garantizar, en forma razonable, la seguridad del proceso de
retiro, incluyendo los protocolos de seguridad necesarios para el correcto giro
de los recursos a sus legítimos titulares.
Las entidades autorizadas deberán establecer, como mínimo, los siguientes
controles operativos:
a. Los
necesarios para garantizar la trazabilidad de las solicitudes a lo largo de
todo el proceso, desde su recepción hasta la entrega de los recursos.
b. La solicitud, así como toda información adicional que acompañe a la
misma, deberá mantenerse en el expediente del afiliado, a disposición de este
último y de
c. Las solicitudes no podrán ser modificadas una vez que hayan sido
recibidas por la entidad autorizada, salvo lo indicado en el artículo décimo
cuarto de este acuerdo.
6º—Solicitudes de retiro. Las
entidades autorizadas podrán tramitar las solicitudes en base papel o
electrónica. Las solicitudes deberán cumplir con los requisitos establecidos en
el artículo cuarto.
No podrán tramitarse solicitudes suscritas por apoderados del
trabajador a través de medios electrónicos.
Cualquier otro medio para la recepción de solicitudes, diferente de
los indicados en el párrafo primero de este artículo, deberá ser aprobado por
A cada uno de los afiliados que soliciten el retiro de recursos,
cualquiera sea el medio utilizado, se les deberá suministrar, en el mismo acto,
una copia o comprobante de la solicitud, con indicación del número y
consecutivo único, la fecha de recepción y el nombre del funcionario que la
recibe cuando, en este último caso, haya sido realizada en base papel.
Cada solicitud deberá contar con un número consecutivo único por medio
del cual pueda dársele seguimiento.
7º—Solicitudes anticipadas al cumplimiento del requisito. Las
entidades autorizadas podrán recibir solicitudes de retiro hasta seis meses
antes de la fecha en que el afiliado cumpla con el requisito de permanencia de
cinco años de relación laboral continua con el mismo patrono. Serán de
aplicación a este tipo de solicitudes todos los plazos establecidos en el
presente Acuerdo.
El afiliado deberá ser informado de que el pago quedará sujeto al
cumplimiento de los cinco años de relación laboral ininterrumpida.
8º—Desglose del monto a retirar. El afiliado deberá retirar la
totalidad del monto acumulado, según lo dispuesto en artículo primero y segundo
de este acuerdo, salvo que destine los recursos, en forma total o parcial, como
un aporte extraordinario en las cuentas que posea en el régimen obligatorio o
voluntario de pensiones complementarias.
En caso de cumplimiento de dos o más quinquenios, el afiliado solo
podrá disponer, ya sea mediante retiro, aportes extraordinarios al régimen
obligatorio o voluntario de pensiones complementarias, o una combinación de
ambos, según lo establecido en este acuerdo, el monto correspondiente al total
de quinquenios acumulados.
Si el afiliado opta por el traslado de los recursos a otro fondo como
aporte extraordinario, deberá indicar en la solicitud, en forma expresa, el
porcentaje o monto, la entidad que lo administra, así como el número de
contrato correspondiente. Este traslado no generará el pago de comisión alguna
a cargo de los afiliados.
9º—Trámite de
La aceptación o el rechazo de la solicitud, así como los
requerimientos de información adicional para resolverla, deberán ser
comunicados al afiliado a través de los medios que éste haya designado en la
solicitud o en la dirección que haya indicado en la misma. Los requerimientos
de información adicional suspenderán el plazo para resolver, situación que, de
la misma forma, deberá ser puesta en conocimiento del afiliado. Una vez que el afiliado
complete la información, reiniciará el cómputo de plazo.
Si la solicitud de retiro se presenta con posterioridad al
cumplimiento del quinquenio, el plazo de diez días hábiles, indicado en este
artículo, se contabilizará dentro del plazo de quince días hábiles con que
cuenta la entidad autorizada para resolver y entregar los recursos al afiliado,
según lo establece el inciso c) del artículo 98 del “Reglamento sobre la
apertura y funcionamiento de las entidades autorizadas y el funcionamiento de
los fondos de pensiones, capitalización laboral y ahorro voluntario previstos
en
10.—Pago de recursos. Para realizar la entrega de los recursos
a los afiliados que opten por el retiro de los recursos, las entidades
autorizadas deberán poner a disposición de aquellos, al menos, los siguientes
medios de pago:
a. Transferencia
electrónica a una cuenta del afiliado (cuenta cliente o cuenta bancaria).
b. Pago mediante cheque.
Si alguna entidad autorizada opta por medios de pago distintos a los
antes indicados, deberá informarlo anticipadamente a
Los recursos deberán entregarse o transferirse al afiliado en la misma
moneda del fondo administrado.
No podrá realizarse discriminación alguna entre los afiliados en
función del medio de pago que éstos elijan.
11.—Plazos y condiciones para la entrega o traslado de recursos.
Las entidades autorizadas deberán cumplir con las siguientes condiciones y
plazos para la entrega o traslado de los recursos:
a. La
entrega de los recursos deberá realizarse en un solo tracto o acreditar el
aporte extraordinario, dentro del plazo de quince días establecido en el inciso
c) del artículo 98 del “Reglamento sobre la apertura y funcionamiento de las
entidades autorizadas y el funcionamiento de los fondos de pensiones,
capitalización laboral y ahorro voluntario previstos en
b. En el evento de que el afiliado opte por realizar un aporte
extraordinario en las cuentas del régimen obligatorio o voluntario de pensiones
administradas por otra entidad autorizada, la entidad autorizada deberá
utilizar el mecanismo de remisión de información y protocolos aplicables a la
libre transferencia para el traslado de los recursos. En caso de que la cuenta
o cuentas de destino sean administradas por la misma entidad autorizada que
administra el Fondo de Capitalización Laboral, el traslado seguirá el trámite
establecido para la recepción y acreditación de aportes extraordinarios.
12.—Subcontratación de servicios para la entrega del FCL. Las
entidades autorizadas podrán contratar con terceros los servicios que sean
necesarios para el proceso de entrega de los recursos.
Todos aquellos contratos que no requieran de la aprobación prevista en
el inciso x) del artículo 38 de la ley Nº 7523, Régimen Privado de Pensiones
Complementarias, deberán ser puestos en conocimiento de
La entidad autorizada será responsable ante el afiliado por todos los
daños y perjuicios que se le lleguen a ocasionar a este último con motivo de la
ejecución de los contratos de servicio. De igual forma, será responsable ante
13.—Deber de información de la entidad. Las entidades
autorizadas deberán informar a sus afiliados, oportunamente y como mínimo, de
lo que sigue:
a. Los
medios dispuestos para la recepción de las solicitudes y la entrega de los
recursos.
b. La fecha y lugar en que hará entrega de los recursos al afiliado,
cuando corresponda.
c. La etapa del trámite en que se encuentra la solitud de retiro,
cuando el afiliado así lo solicite.
d. Cualquier hecho o situación relativa a la solicitud que impida el
giro de recursos.
Las entidades autorizadas deberán establecer
programas de capacitación para su fuerza de ventas y atención al público
referentes a la regulación relacionada con el proceso de retiro de recursos del
Fondo de Capitalización Laboral.
14.—Cambios en la solicitud requeridos por el afiliado. Salvo
que el afiliado realice una nueva solicitud, en cuyo caso la primera quedará
sin efecto y los plazos establecidos empezarán a contar nuevamente, aquel podrá
modificar la solicitud cuando los cambios se refieran, exclusivamente, a la
distribución de su saldo, según lo estipulado en el artículo octavo, o al medio
de pago de los recursos. Lo anterior deberá quedar debidamente documentado en
el expediente del afiliado.
La modificación de la solicitud podrá realizarse dentro de un plazo
máximo de cinco días, contados a partir del recibo de la solicitud.
15.—Aportes ingresados al sistema con posterioridad al cumplimiento
de los requisitos. Los aportes provenientes del mismo patrono, producto de
una misma e ininterrumpida relación laboral, que sean distribuidos por el
SICERE con posterioridad a la fecha de cumplimiento de los requisitos
establecidos, únicamente podrán ser retirados en el siguiente quinquenio o con
motivo de cese de la relación laboral.
No obstante lo anterior, en caso de que, mediante resolución judicial
firme, se ordene la reinstalación del afiliado en su puesto de trabajo, éste
podrá solicitar el retiro de los recursos acumulados en el Fondo de
Capitalización Laboral correspondientes al período comprendido entre la fecha
del despido y la fecha de la reinstalación si, contabilizando este último
periodo con el ya cumplido a la fecha de despido, el afiliado cuenta con cinco
años de relación continua de trabajo. Ello independientemente de que, con
ocasión del despido, haya procedido al retiro de los recursos acumulados en el
fondo.
Los rendimientos dejados de percibir por el afiliado bajo ningún
concepto podrán asumirse o cargarse al fondo.
16.—Montos no retirados al momento de cumplimiento de los
requisitos. Los recursos correspondientes al Fondo de Capitalización
Laboral que no hayan sido retirados con motivo del cumplimiento del quinquenio,
quedarán disponibles para el afiliado de manera indefinida. Su determinación y
entrega se regirá por lo dispuesto en este acuerdo.
17.—Afiliados que retiraron los recursos por cese de la relación
laboral. La fecha inicial para la contabilización del quinquenio de los
trabajadores que hayan realizado el retiro del Fondo de Capitalización Laboral
por rompimiento de la relación laboral, pero que reingresaron a laborar con el
mismo patrono, corresponderá al mes del primer aporte recibido con
posterioridad a la entrega de recursos.
18.—Traslados entre empresas de un mismo conglomerado empresarial,
fusiones y cambios de razón social. Los trabajadores que se encuentren en
alguna de las situaciones descritas en este artículo, deberán gestionar con su
patrono el suministro de la documentación donde, además de la existencia de una
relación ininterrumpida de trabajo por, al menos, cinco años, se acrediten
fehacientemente las mismas.
a. Cuando
el trabajador se haya trasladado entre empresas de un mismo conglomerado
empresarial, sin que haya sido liquidado.
b. Cambios en la razón social del patrono.
c. Fusiones.
Será responsabilidad de la entidad autorizada
analizar los documentos presentados por el afiliado y verificar que éste cumpla
con las causales señaladas por la ley para acceder a los recursos.
19.—Trabajadores del Estado. Para efectos de la entrega de los
recursos del Fondo de Capitalización Laboral, con fundamento en el artículo 6,
inciso c), de
20.—Libre transferencia posterior a la presentación de solicitud.
En caso de afiliados que hayan efectuado solicitudes de retiro del Fondo de
Capitalización Laboral por cumplimiento de quinquenio y, dentro del plazo
establecido para la entrega de los recursos, se hace efectivo el traslado de
los mismos a otra entidad autorizada como resultado del ejercicio del derecho a
la libre transferencia, este hecho anulará, de forma automática y de pleno
derecho, la solicitud de retiro realizada en la entidad de origen. El afiliado
deberá, ante esta eventualidad, realizar una nueva solicitud en la entidad de
destino de los recursos.
21.—Prohibiciones para las Operadoras. Las entidades
autorizadas no podrán:
a. Exigir
a los afiliados la apertura de cuentas corrientes o de ahorros en alguna
entidad bancaria en particular o, de cualquier forma, condicionar la entrega de
los recursos a la adquisición de algún producto de las empresas del grupo o
conglomerado financiero al que pertenezca la entidad o de terceros.
b. Cobrar, directa o indirectamente, recargos o comisiones por la
entrega de los recursos, aun cuando dicho cobro sea efectuado por las entidades
financieras donde los pagos o depósitos se realizan.
c. Transferir los recursos a cuentas cuyo titular no sea el propio
afiliado.
22.—Suministro de información a terceros.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 42, literal k), de
23.—Modificaciones y derogatorias.
a. Se
modifica el Manual de Información del Régimen de Capitalización Individual, en
Código movimiento |
Descripción |
Código cuenta relacionada |
MOVIMIENTOS DE ENTRADA
(código C) |
|
|
A32 |
Reingreso de recursos al FCL según artículo 6 de |
04 220 00 00 05 225 00 00 |
A33 |
Reingreso de recursos al ROP según artículo 22 y Transitorio XVIII
de |
04 225 00 00 05 230 00 00 |
b. Se derogan el SP-A-070 del 19 de diciembre 2005, el SP-A-072 de
las once horas del día 23 de enero del 2006, y el SP-A-076 de las quince horas
del 31 de mayo del 2006.
c. Se dejan sin efecto los oficios SP-270 del 10 de febrero, SP-407
del 28 de febrero, SP-586 del 23 de marzo, y SP-988 del 15 de mayo, todos del
año 2006.
24.—Vigencia. Rige a partir de su publicación en el diario
oficial
Dr. Édgar Robles Cordero, Superintendente de
Pensiones.—1 vez.—O. C. Nº 9261.—C-174870.—(IN2011008988).
DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES
Capítulo II Del Manual de Comisiones
II Servicios de Crédito
2.31 Convenios
2.31.1 Comisión de formalización para
Convenio BNCR-ICE
Comisión de BNCR-ICE 8.00% por una única
vez.
CONSEJO
DIRECTIVO
Considerando:
En dicho marco legal-institucional, en pos del desarrollo nacional y
del consumo doméstico de electricidad que urgen los costarricenses, el
Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) necesita establecer un derecho de
servidumbre para el paso de la línea de transmisión denominada SIEPAC (Tramo
Frontera Nicaragua-Canas) sobre la finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Guanacaste, matrícula 162.579-000, que se describe como terreno de
potrero, sita en el distrito 3°, Mogote, del Cantón 4°, Bagaces, de la
provincia de Guanacaste; tiene una medida de
Ø La propietaria de la finca es la señora
Lisbeth Raimunda Moreno Peralta, cédula de identidad 5-198-997.
Ø Que a solicitud
de
A tenor de los estudios técnicos realizados
por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y
técnicamente demostrada la utilidad pública, así como la urgencia de constituir
este derecho de servidumbre, por lo que con base en el artículo 45 de
Primero: Apruébense las presentes diligencias por la suma de ¢5.050.060,00
(Cinco millones cincuenta mil sesenta colones sin céntimos)
Segundo: De no ser
aceptado por el propietario el respectivo avalúo, constitúyase, sobre la finca
anteriormente mencionada y descrita, un derecho de servidumbre, el cual se
describe así:
El Instituto Costarricense de Electricidad establecerá un derecho de
servidumbre de líneas eléctricas y de paso, sobre una franja de terreno
propiedad de Lizbeth Raimunda Moreno Peralta, cédula de identidad 5-0918-0997,
con una longitud total de
La servidumbre tiene una figura geométrica irregular y se ubica en la
parte central de la finca, con dirección norte-sur.-
La franja de servidumbre ingresa a la finca por el sector norte,
colindante con Lizbeth Raimunda Moreno Peralta, con un azimut de 193°
Todo con fundamento en
Tercero: Continúese
con los trámites de rigor.
Cuarto: Se declara
firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 5936, celebrada el 27 de
enero del 2011.
Quinto: Publíquese
en el diario oficial.
San José, 7 de febrero del 2011.—Lic. Víctor
Julio Cerdas Fallas, Apoderado Especial Judicial.—1 vez.—(IN2011008934).
RÉGIMEN DE PENSIÓN COMPLEMENTARIA
II VERSIÓN DE
DEL RÉGIMEN DE
PENSIÓN COMPLEMENTARIA DEL ICE
El Régimen de Pensión Complementaria del Instituto
Costarricense de Electricidad ICE, comunica a todos los pensionados/as,
beneficiarios/as y trabajadores/as del Instituto, que el día 15 de diciembre
del 2010 el Régimen de Pensión Complementaria del ICE fue certificado con la
norma INTE 30-01-01-08, la cual busca definir buenas prácticas de inversión y
administración de riesgos operativos y financieros de los fondos administrados
por las entidades reguladas por
En cumplimiento de lo que exige dicha norma se procede a comunicar a todos
los trabajadores/as del ICE la segunda versión de la política de calidad
establecida. Información adicional sobre la pensión complementaria en intranet
del ICE: http://fga.infocom.ice/ o al teléfono 2220-6347.
San José, 28 de enero del 2011.—Ginnette Soto
Castro.—1 vez.—O. C. Nº 15138.—C-8990.—(IN2011009533).
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
EDICTOS
Se notifica a cualquier interesado,
resolución administrativa de las diez horas del veintitrés de agosto del dos
mil diez, en la cual se dicta Declaratoria Administrativa de Adoptabilidad de
la persona menor de edad César Segura Brenes, nacido el siete de julio del año
dos mil cinco, inscrito en el registro de nacimiento de la provincia de Limón,
al tomo trescientos cincuenta y dos, página treinta y siete, asiento setenta y tres.
Se advierte que deberán señalar lugar o medio para atender notificaciones, bajo
apercibimiento que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso,
inexacto, o llegare a desaparecer, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después de dictadas. Pueden contar con la asesoría y hacerse
representar por un abogado de su elección, así como tener acceso y revisar el
expediente administrativo. Procede recurso de apelación el cual deberá
interponerse dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a partir de la
tercera publicación de ésta comunicación, ante
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se le comunica al señor Pedro Juan Martínez
García que en la oficina local del P.A.N.I. en Los Chiles se dictó resolución
de las quince horas cincuenta minutos del seis de enero de dos mil once,
mediante la cual se dispuso Medidas de Protección en Sede Administrativa de
Cuido Provisional a favor de la niña Y.C.M.C, se le concede al interesado un
plazo de cuarenta y ocho horas después de la tercera publicación de este edicto
para que haga valer sus derechos. Contra la resolución proceden los recursos de
revocatoria y apelación. Debe señalar medio o lugar donde recibir
notificaciones. Exp. 242-0038-2009.—Oficina Local de Los Chiles.—Lic. Nathalia
Murillo Jiménez, Órgano Director.—(IN2011009003).
Se le comunica a la señora Luisa Suárez Robletos que en la oficina local del P.A.N.I. en Los Chiles se dictó resolución de las once horas cincuenta y dos minutos del seis de enero de dos mil once, mediante la cual se dispuso Medidas de Protección en Sede Administrativa de Cuido Provisional en el Hogar de la señora Ramona Cabrera Rodríguez a favor de la persona menor de edad J.D.S.R., se le concede a la interesada un plazo de cuarenta y ocho horas después de la tercera publicación de este edicto para que haga valer sus derechos. Contra la resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación en el plazo de 3 días hábiles. Debe señalar medio donde recibir notificaciones. Exp. 242-0008-2010.—Oficina Local de Los Chiles.—Lic. Nathalia Murillo Jiménez, Órgano Director.—(IN2011009005).
A Juan Ramón Gaitán Cantillano y Alicia Adelaida García se les comunica la resolución administrativa de las ocho horas del veintidós de diciembre del dos mil diez que ordenó medida de protección de formación a su hija Meybin Gaitán García, quien permanece en Posada de Belén. Plazo para interponer el recurso de apelación tres días hábiles a partir de la tercera publicación de este aviso.—Oficina Local de Sarapiquí.—Lic. Gabriela Salazar Calderón, Representante Legal.—(IN2011009009).
A la
señora Zaida Barrientos Elizondo, se le comunica la resolución administrativa
de las trece horas del veintinueve de noviembre del dos mil diez, que dicta
medida de protección de cuido provisional, en beneficio de la persona menor de
edad Leslie y Mirian Ruiz Barrientos, bajo responsabilidad de la señora Miriam
Pérez Segura, además se ordenó tramitar proceso judicial correspondiente a fin
de ordenar el depósito en vía judicial de la niña con la señora Pérez Segura.
Medidas con un plazo máximo de 6 meses. Garantía de defensa: se le hace saber
que tiene derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en
derecho de su elección, y tener acceso al estudio y revisión del expediente
administrativo que en lo concerniente existe en
Al
señor Rogelio Castillo Cancio, se le notifica que mediante resolución de las
once horas del cuatro de febrero del dos mil diez, se resolvió: Se ordeno el
cuido provisional de la persona menor de edad: Génesis Daniela Zeledón
Mondragón y Jocsan Adolfo Castilo Zeledón, bajo cuidados y responsabilidad de
la señora María de los Ángeles Mondragón Vargas, cédula 6-119-256, por un plazo
máximo de seis meses. Mientras no se revoque en vía administrativa o judicial.
Lo anterior mientras se profundiza en la investigación psico-social y legal. Se
ordenó proceder a presentar el proceso judicial correspondiente ante el Juzgado
de Niñez y Adolescencia a la mayor brevedad posible. Contra la presente
resolución podrá interponerse recurso de apelación ante
Se le
comunica al señor Roy Lester Koyama, la resolución del Departamento de Atención
Integral de las diecinueve horas del treinta y uno de enero del dos mil once,
mediante la cual se dictó Medida de Protección de Abrigo Temporal contemplada
en el inciso g) del artículo 135 del Código de
Avisa que el índice de Precios al Consumidor
(IPC), Base julio 2006 correspondiente a enero 2011 es de 144,054, el cual
muestra una variación porcentual mensual de 0,68 y una variación porcentual
acumulada del primero de febrero del 2010 al treinta y uno de enero del 2011
(12 meses) de 4,84.
Esta oficialización se hace con base en estudios realizados en el Instituto
Nacional de Estadística y Censos.
San José, a los tres días de febrero de dos mil
once.—María Elena González Quesada, Gerente a. í.—1 vez.—O. C. Nº
3241.—Solicitud Nº 20741.—C-5370.—(IN2011009442).
INSTITUTO DE NORMAS TÉCNICAS DE COSTA RICA
AVISO
Somete a consulta pública los siguientes
proyectos de norma:
PN INTE 02-03-12:2011 “Norma para las cremas lácteas”.
PN INTE 31-06-07:2011
“Guía para el diagnóstico de condiciones de trabajo o panorama de factores de
riesgos, su identificación y valoración”.
PN INTE 24-02-02:2011.
“Café tostado y molido. Determinación del grado de molienda”.
PN INTE/ISO 11294:2011
“Café tostado y molido. Determinación del contenido de humedad”.
PN INTE 24-02-01:2011
“Café tostado y molido. Requisitos”.
Se recibirán observaciones al anterior
proyecto de norma hasta el 24 de abril del 2011.
Para mayor información, comuníquese con
Carlos E. Rodríguez L., Director Ejecutivo.—1
vez.—RP2011222859.—(IN2011012541).
TRASLADO
DE
DE
DIRECTOR URBANO
El Concejo Municipal acordó trasladar la
audiencia pública del Plan Director Urbano, para el 16 de abril de 2011, y no
para el 26 de febrero de 2011 como inicialmente se había fijado.
Además se habilita la sesión del 28 de febrero y la primera sesión
extraordinaria de marzo, para la discusión y exposición de las reformas
propuestas.
Acuerdo definitivamente aprobado. 6, Artículo IV, de
San José, 7 de febrero del 2011, Teo Dinarte
Guzmán, Jefa Departamento de Comunicación.—1 vez.—O. C. Nº 127208.—Solicitud Nº
4791.—C-8950.—(IN2011008963).
Concejo Municipal.—Alejandra Bustamante Segura,
Secretaria.—1 vez.—(IN2011009145).
Departamento de Patentes de
Los Chiles, 1º de febrero del 2011.—Arnulfo
Miranda Romero, Jefe de Patentes.—1 vez.—RP2011221118.—(IN2011009658).
Se transcribe artículo Nº 3, incisos
h.l.-h.2), de sesión ordinaria Nº 16-10, de fecha 20/04/10 y que textualmente
dice:
h.l. El Concejo Municipal de Guatuso acuerda
dirigirse a
h.2. El Concejo Municipal acuerda autorizar al
señor Fidel Condega Montiel, cédula de identidad número 2-399-278, Alcalde
Municipal, con el objetivo de que proceda a formalizar firma del Addendum 1 al
Convenio Marco de Compromiso en conjunto con
h.3. Se solicita al señor Alcalde Municipal la
publicación correspondiente de
De conformidad con lo establecido por el
Concejo Municipal de Guatuso, según consta en el acta de la sesión ordinaria Nº
16-10 celebrada el día 20 de abril del 2010, en su artículo Nº 3, incisos h1,
h2). Que literalmente: “Aprobar la plataforma de valores de terreno por Zonas
Homogéneas para el cantón de Guatuso y que sea publicadas en el Diario Oficial
Para ver imagenes solo en La Gaceta impresa o en formato PDF
San Rafael de Guatuso, 27 de agosto del 2010.—Ana Lía Espinoza Sequeira, Secretaria Concejo Municipal.—1
vez.—(IN2011009473).
Tasa
propuesta para las tarifas o precios de mantenimiento de cementerio:
Conforme a los distintos
elementos del costo para la realización de actividades:
a.
Mantenimiento por metro cuadrado:
Anual ¢2.709,00
Trimestral ¢677,25
b.
Inhumación ¢8.744,00
c.
Exhumación ¢8.744,00
d.
Alquiler por seis años ¢81.576,00
e.
Inhumación y exhumación tiempo extraordinario ¢11.169,00
Se dispensa de trámite de comisión. Acuerdo
definitivamente aprobado. Votos de los señores regidores Moreira Ramírez,
Villalobos Palma, Zamora González y González Rodríguez.
Sesión número 56-2010 de fecha 20 de diciembre de 2010, artículo IV
inciso 1.-b).
5 de enero del 2011.—Gabriela Vargas Aguilar,
Secretaria Municipal.—1 vez.—(IN2011008933).
Se hace saber que ante el Departamento de
Rentas de
Limón, 22 de diciembre
del 2010.—Departamento de Rentas.—Lic. Kemerly Taylor Barnes,
Jefa.—1 vez.—RP2011220834.—(IN2011009226).
FUNERALES
COSTARRICENSES
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Funerales Costarricenses
1- Apertura
de sesión.
2- Lectura de acta sesión anterior.
3- Informe del consejo de administración.
4- Informe fiscal
5- Aprobación o no de los estados financieros del período 2010.
6- Distribución o no de utilidades.
7- Nombramiento de directores y fiscal.
8- Cierre
de sesión.
Los socios deberán acreditarse personalmente o por medio de poder a
una tercera persona. Si no hubiera quórum a la hora indicada, la asamblea se
celebra una hora después en el citado lugar, con los accionistas que se
encuntren presentes.
San José 17 de febrero del 2011.—Manuel
Frutos Jiménez, Asistente.—(IN2011011965).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
ULATE
MONTERO SOCIEDAD ANÓNIMA
Ulate Montero Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3101-017193, convoca a sus socios a la asamblea general
extraordinaria, que se celebrará en su domicilio social, a las nueve horas del
22 de marzo del dos mil once.
En dicha asamblea se conocerán los siguientes asuntos:
1. Apertura
de la asamblea.
2. Aprobación de las actuaciones de la actual Junta Directiva.
3. Discusión y aprobación de los resultados económicos de los períodos
fiscales del 2009 y 2010.
4. Acuerdo para repartir utilidades de la empresa.
Los socios deberán acreditarse personalmente
o por medio de poder debidamente autenticado a una tercera persona. Si no
hubiere quórum a la hora indicada, la asamblea se celebrará una hora después en
el citado lugar, con los accionistas que se encuentran presentes.—Naranjo, 2 de
febrero del 2011.—Ramón Ulate González, Presidente.—1
vez.—RP2011222624.—(IN2011012130).
AGROINDUSTRIAL
Agroindustrial
1. Apertura
de la asamblea.
2. Aprobación de las actuaciones de la actual Junta Directiva.
3. Discusión y aprobación de los resultados económicos de los períodos
fiscales del 2009 y 2010.
4. Acuerdo para repartir utilidades de la empresa.
Los socios deberán acreditarse personalmente
o por medio de poder debidamente autenticado a una tercera persona. Si no
hubiere quórum a la hora indicada, la asamblea se celebrará una hora después en
el citado lugar, con los accionistas que se encuentran presentes.—Naranjo, 2 de
febrero del 2011.—Ramón Ulate González, Presidente.—1
vez.—RP2011222625.—(IN2011012131).
CENTRO
DE ACOPIO PESQUERO EL COCO
SOCIEDAD ANÓNIMA
De conformidad con los artículos 159 y 164
del Código de Comercio, se convoca a Asamblea General Extraordinaria de socios
accionistas de la compañía denominada Centro de Acopio Pesquero El Coco
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-
COMPAÑÍA
INTERNACIONAL DE INVERSIONES
PESQUERAS SOCIEDAD
ANÓNIMA
De conformidad con los artículos 159 y 164
del Código de Comercio, se convoca a asamblea general extraordinaria de socios
accionistas de la compañía denominada Compañía Internacional de Inversiones
Pesqueras Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-
FUNDACIÓN
ESCUELA PARA TODOS
Asunto a tratar: Elección de nuevos miembros de
FONDO
DE INVERSIÓN DE DESARROLLO
INMOBILIARIO
IMPROSA
Convocatoria de Asamblea Ordinaria y
Extraordinaria del Fondo de Inversión de Desarrollo Inmobiliario Improsa. En
cumplimiento con lo dispuesto en
La asamblea se considerará legalmente reunida en primera convocatoria
si al menos están representadas las tres cuartas partes de los títulos de
participación en circulación del Fondo de Inversión de Desarrollo Inmobiliario
Improsa, de no existir quórum, la asamblea reunirá en segunda convocatoria una
hora después, a las 17:00 horas y se constituirá válidamente con cualquiera que
sea el número de participantes representados, de conformidad con lo indicado en
e1 artículo 171 del Código de Comercio.
Agenda:
1. Comprobación
del quórum.
2. Nombramiento del Sr. Jaime Molina Ulloa como Presidente ad hoc de
la asamblea extraordinaria de inversionistas.
3. Nombramiento del Sr. Jaime Ubilla Carro como Secretario ad hoc de
la asamblea extraordinaria de inversionistas.
4. Presentación y sometimiento a votación del informe de gestión del
periodo 2010.
5. Presentación y sometimiento a votación de los estados financieros
auditados del periodo 2010.
6. Autorización para obtener la licencia de administrador de Zona
Franca conforme la legislación vigente en la materia.
Es requisito indispensable acreditarse
debidamente ante
Jaime Ubilla Carro, Gerente General Improsa
SAFI.—1 vez.—(IN2011012339).
ASOCIACIÓN
DE CONDÓMINOS
DEL CONDOMINIO
HORIZONTAL-VERTICAL MANA
Se convoca a los propietarios de
MANGA
RICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Convoca a Asamblea General Ordinaria de
socios a celebrarse en el Radisson Zurquí, San José, a las nueve (9:00) horas
del miércoles veintitrés (23) de marzo del dos mil once (2011).
Si a la hora indicada no hubiere el quórum de ley, la asamblea se
celebrará una hora después con el número de socios presentes.
Los asuntos a tratar son los siguientes:
1) Informe
de
2) Informe de
3) Aprobación de los estados financieros del período fiscal 2010.
4) Otros asuntos de los socios.
San José, 11 de febrero del 2011.—Francis
Durman Esquivel, Presidente.—1 vez.—(IN2011012403).
FUNDACIÓN
PARA EL DESARROLLO LOCAL Y EL
FORTALECIMIENTO
MUNICIPAL E INSTITUCIONAL
DE CENTROAMÉRICA Y
EL CARIBE
Fundación para el Desarrollo Local y el
Fortalecimiento Municipal e Institucional de Centroamérica y el Caribe DEMUCA,
convoca a los directores de su Junta Administrativa a la reunión de junta que
se celebrará el día quince de marzo de dos mil once, en el domicilio de
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ASOCIACIÓN
DEPORTIVA MUNICIPAL SANTA ANA
Yo, Manuel Solís Vargas, mayor, casado una
vez, comerciante, portador de la cédula de identidad uno-setecientos cincuenta
y seis-ochocientos veintiuno, vecino de Santa Ana, en mi condición de
representante legal de
ACHIOTÓN GARCÍA S. A.
Achiotón García S. A., con cédula de persona
jurídica 3-101-294998, solicita ante la dirección general de Tributación
Directa, la reposición de los siguientes libros: Diario, Inventarios y Balances
y Mayor, todos N° 1. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición
ante el área de Información y Asistencia al Contribuyente de
JOHNNY CHAN CÍA. LIMITADA
Johnny Chan Cía. Ltd., cédula jurídica
3-102-044393, solicita ante la dirección general de
CSS AGENCIA DE SEGUROS SOCIEDAD ANÓNIMA
CSS Agencia de Seguros Sociedad Anónima,
cédula jurídica número 3-101-202324, anteriormente denominada Correduría y
Servicios de Seguros Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-202324,
solicita ante la dirección general de tributación la reposición de los
siguientes libros: Diario número uno, Mayor número uno, Inventarios y Balance
número uno, Actas de Junta Directiva número uno. Quien se considere afectado
puede manifestar su posición ante el área de información y asistencia al
contribuyente de la administración tributaria de Heredia, en el término de ocho
días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Anabelle López
Delgado, Notaria.—RP2011220849.—(IN2011009231).
SAN ISIDRO DE
LLANO BONITO SOCIEDAD ANÓNIMA
San Isidro de Llano Bonito Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-080322,
solicita ante la dirección general de
Tributación la reposición de los siguientes libros: Actas
Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios y Registro de Socios,
todos número uno. Quine se considere afectado puede manifestar su oposición
ante el área de Servicio al Contribuyente de la administración tributaria de
Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de
este aviso.—Lic. Lucila Barrantes Rodríguez,
Notaria.—RP2011220889.—(IN2011009232).
CORPORACIÓN SAINT KITTS SOCIEDAD ANÓNIMA
Corporación Saint Kitts Sociedad Anónima, cédula
jurídica N° 3-101-073122, solicita ante
CORPORACIÓN PALLAS SOCIEDAD ANÓNIMA
Corporación Pallas Sociedad Anónima, cédula
jurídica N° 3-101-135184, solicita ante
TEC LUZ SOCIEDAD ANÓNIMA
Tec Luz Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-199596, solicita ante
UNIVERSIDAD LATINA DE COSTA RICA
Por medio de la presente
STIND SERVICE TECHNOLOGY
FOR INDUSTRIES SOCIEDAD ANONIMA
Stind Service Technology For Industries Sociedad
Anónima, cédula jurídica número 3-101-325590, solicita ante
MARINA CLUB DE PESCA BAHÍA GARZA SOCIEDAD ANÓNIMA
Marina Club de Pesca Bahía Garza Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres uno cero uno dos dos dos dos nueve nueve uno cero cero,
solicita a
KASCAL OVERSEAS DEVELOPMENTS SOCIEDAD ANONIMA
Kascal Overseas Developments Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veinticuatro
mil treinta y cinco, solicita ante
EL HORMIGUERO SOCIEDAD ANÓNIMA
El Hormiguero Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-ciento cincuenta y ocho mil seiscientos cincuenta y siete,
solicita ante
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
JUNTA ADMINISTRADORA DEL CEMENTERIO GENERAL
Y LAS ROSAS DE
ALAJUELA
De conformidad con lo dispuesto por
ASOCIACIÓN VIVIENDA PROGRESO DEL ESTE
Yo, Lucía Blanco Córdoba, cédula nueve-cero
treinta y tres- cero cuarenta y nueve, en mi condición de presidenta de
Por escritura otorgada ante
esta notaría, a las siete horas del cuatro de febrero del dos mil once, se
constituyen ocho sociedades anónimas denominadas por cédula jurídica.—San José,
4 de febrero del 2011.—Lic. Maykol Vinicio Lara Herrera, Notario.—1
vez.—RP2011220232.—(IN2011008714).
Ante esta notaría por
escritura otorgada a las dieciocho horas del tres de febrero del dos mil once,
se constituyó la sociedad anónima denominada Sancarlo Advisor Sociedad
Anónima, por un plazo de noventa y nueve años, con domicilio en San José,
Sabana Sur.—Cartago, cuatro de enero del dos mil once.—Lic. Paola Di Pippa
Estrada, Notaria.—1 vez.—RP2011220233.—(IN2011008715).
State & Realtors
S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos treinta y dos mil seiscientos
ochenta y cinco, mediante acuerdo de asamblea general extraordinaria cambia de
domicilio social siendo el nuevo la oficina de Administración y Ventas del
Centro Comercial Plaza del Este, mil doscientos metros al este de
Que por escritura pública
número setenta y uno-cinco otorgada ante esta notaría en San José, a las ocho
horas del dieciocho de noviembre del dos mil diez, se constituye una sociedad
anónima que se denominará Grupo Pangeas S. A., domicilio: Heredia, Santo
Domingo, calle tres, entre avenidas siete y nueve, número setecientos cuarenta,
objeto: en general la industria, la agricultura, el comercio y los servicios en
todas sus formas etc., representación: presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma.—San José, treinta y uno de enero del dos mil
once.—Lic. Andrés Waisleder Goldberg, Notario.—1
vez.—RP2011220242.—(IN2011008717).
En esta notaría pública a las
9:00 horas del 3 de febrero del 2011, se constituye Bienes Feyvel S. A.,
domiciliada en Palmar Norte de Osa. Capital suscrito y pagado.—San José, 3 de
febrero del 2011.—Lic. Rafael Campos Quirós, Notario.—1
vez.—RP2011220243.—(IN2011008718).
La suscrita notaria hago
constar y doy fe que ante esta notaría, se constituye la sociedad RYU Eventos Sociedad
Anónima, por escritura otorgada a las once horas del trece de octubre del dos mil
diez. Representantes legales: Óscar Morales Quirós y Adriana Montero Vega.—Lic.
Tatiana Martínez Salas, Notaria.—1 vez.—RP2011220244.—(IN2011008719).
El 31 de enero del dos 2011,
se constituyó Empresa Constructora Hermanos Castro (ESHCA) Limitada.
Gerente: Rebeca Oviedo González, subgerente: Walter Castro Solano.— Sarapiquí,
4 de febrero del 2011.—Lic. Freddy Urbina Méndez, Notario.—1 vez.—RP2011220245.—(IN2011008720).
Por escritura otorgada el 11
de enero del 2011, se constituyó la sociedad G M G Turismo AS S. A.—San
José, 3 de febrero de 2011.—Lic. Cristian Cordero Ugalde, Notario.—1
vez.—RP2011220247.—(IN2011008721).
Por escritura otorgada ante
el suscrito notario, a las 14:00 horas del 3 de febrero del 2011, se
protocoliza el acta de reunión extraordinaria de socios de la sociedad 3-102-483580
sociedad de responsabilidad limitada, con cédula jurídica 3-102-483580, en
la cual se reforma la razón social, domicilio administración y se nombran
apoderados.—San Rafael de Heredia, 3 de febrero del 2011.—Lic. Thomas Burke
Maessen, Notario.—1 vez.—RP2011220248.—(IN2011008722).
Mediante escritura pública
número ochenta y ocho, otorgada a las diez horas del dos de febrero del dos mil
once, se constituyó la entidad con domicilio en Turrialba, cantón Turrialba,
costado oeste de la escuela Jenaro Bonilla, segundo piso sucursal de
Creedecoop, provincia de Cartago, denominada: Sistemas Constructivos Fayfer
Pons Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones, se nombró
presidente de la misma al señor: Jesús Fernández Valverde, mayor, casado tres
veces, comerciante, con cédula de identidad número: ciento setenta y
seis-setecientos setenta y ocho, con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma.—Turrialba, dos de febrero del dos mil once.—Lic. Mauro Gerardo
Sojo Romero, Notario.—1 vez.—RP2011220249.—(IN2011008723).
Mediante escritura pública
número ochenta y siete, otorgada a las ocho horas del dos de febrero del dos
mil once, se constituyó la entidad con domicilio en Turrialba, cantón
Turrialba, costado oeste de la escuela Jenaro Bonilla, segundo piso sucursal de
Creedecoop, provincia de Cartago, denominada: Bambú Sol Sociedad Anónima.
Capital social: diez mil colones, se nombró presidenta de la misma a la señora
Siana Carolina Ponce Faerron, mayor, soltera comerciante, con cédula de
identidad número: cinco-trescientos ochenta y cuatro-setecientos uno, con
facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.—Turrialba, dos de
febrero del dos mil once.—Lic. Mauro Gerardo Sojo Romero, Notario.—1
vez.—RP2011220250.—(IN2011008724).
La suscrita Kattia Quirós
Chévez, notaria pública con oficina en la ciudad de San José, hago constar que
el treinta y uno de enero del dos mil once, los señores Irena Lucía Barrantes
Mora y Randall Alberto Morales Díaz, constituyeron una sociedad anónima, a la
cual se le asignará como denominación social el número de cédula jurídica que
le asigne el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Así mismo,
el dos de febrero del dos mil once se protocolizó ante mí acta de la empresa tres-ciento
uno-quinientos treinta mil trescientos once s. a.—San José, tres de febrero
del dos mil once.—Lic. Kattia Quirós Chévez, Notaria.—1 vez.—RP2011220251.—(IN2011008725).
El suscrito Luis Enrique
Salazar Sánchez, notario público con oficina en la ciudad de San José, hago
constar que el treinta y uno de enero del dos mil once, se protocolizaron ante
mí actas de las empresas tres-ciento uno-quinientos treinta mil trescientos
diecinueve s. a. y tres-ciento uno-quinientos treinta mil trescientos
veinte s. a., así mismo el dos de febrero del dos mil once, se protocolizó
ante mí, acta de la empresa tres-ciento uno-quinientos treinta mil
trescientos diez s. a.—San José, tres de febrero del dos mil once.—Lic.
Luis Enrique Salazar Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2011220252.—(IN2011008726).
En asamblea general
extraordinaria celebrada 28 de enero del 2011, se modifica cláusula sétima del
estatuto de I Mobile Cellular S. A., con cédula jurídica número
3-101-622094, en cuanto a que la representación judicial y extrajudicial con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma le corresponde al
presidente y al vicepresidente—Lic. Glenda Rosa Bell Alvarado, Notaria.—1
vez.—RP2011220253.—(IN2011008727).
Por escritura otorgada al ser
las 16:00 horas del 3 de febrero del 2011, se constituye la sociedad Ovante
B.Q. S. A. Es todo.—San José, 3 de febrero del 2011.—Lic. Kathya Salas
Guevara, Notaria.—1 vez.—RP2011220273.—(IN2011008728).
Por escritura otorgada ante
mí, a las dieciocho horas del primero de febrero de dos mil once, se
protocolizó el acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de la sociedad Corporación Hotelera Veintinueve Diez S. A.,
mediante la cual se reformó las cláusulas quinta y novena de los estatutos
referentes al capital social y administración respectivamente. Es todo. San
José, cuatro de febrero de dos mil once.—Lic. Ivannia Méndez Rodríguez,
Notaria.—1 vez.—RP2011220284.—(IN2011008729).
Por escritura número
doscientos cuarenta y dos, otorgada ante esta notoria el tres de febrero de dos
mil once, se reforma cláusula sétima del pacto constitutivo de la sociedad Inmobiliaria
Bagatzi Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y
dos mil setecientos ochenta y cinco.—Bagaces, tres de febrero de dos mil
once.—Lic. Sonia Guzmán Coto, Notaria.—1 vez.—RP2011220285.—(IN2011008730).
Por escritura otorgada ante
mí, a las 17:00 horas del 26 de enero del 2011, se constituyó la sociedad Chaves
y Villarreal Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Capital social. cien
mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo: Carlos Chaves
Ortega, cédula 6-0065-0165. Domicilio: Puntarenas, Golfito, Kilómetro Uno, en
Hotel y Cabinas El Tucán.—Golfito, veintiséis de enero de dos mil once.—Lic.
Enrique A. Rizo Brown, Notario.—1 vez.—RP2011220286.—(IN2011008731).
Por escritura otorgada ante
mí, a las 11:00 horas del 16 de noviembre del 2010, se constituyó la sociedad
Ante esta notaría, se
constituyó la sociedad denominada P. J. Multiservicios de Tibás S. A.,
capital social es la suma de diez mil colones, correspondiéndole a Josué Andrés
Picado León y Pablo Chacón Ramírez, el carácter de apoderados generalísima sin
límite de suma, cuando actúen conjuntamente, y apoderados generalísimos
limitados a quinientos mil colones, cuando actúen individualmente. Escritura
número doscientos ocho de las diez horas del tres de febrero del dos mil
once.—San José, 25 de agosto del 2010.—Lic. Henry Alpízar Rojas, Notario.—1
vez.—RP2011220288.—(IN2011008733).
Por escritura otorgada a las
8:00 horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea de accionistas de la
sociedad denominada: Soluciones y Más Un Dos Tres Sociedad Anónima;
donde se modifican las cláusulas segunda y sétima y se cambia presidente y
secretario.—San José, 3 de febrero de 2011.—Lic. Freddy Abarca Alpízar,
Notario.—1 vez.—RP2011220289.—(IN2011008734).
Por escritura número
doscientos ochenta y dos, otorgada el veintisiete de enero de dos mil once,
ante esta notaría se constituye una sociedad anónima que se denominará de
acuerdo al número de cédula jurídica que les asigne el Registro Nacional.
Capital social de cien mil colones en cada una.—San José, 3 de febrero de
2011.—Lic. Ernesto Vargas Ramírez, Notario.—1
vez.—RP2011220292.—(IN2011008735).
Por escritura número
doscientos ochenta, otorgada el veintisiete de enero de dos mil once, ante esta
notaría se constituye una sociedad anónima que se denominará de acuerdo al
número de cédula jurídica que les asigne el Registro Nacional. Capital social
de cien mil colones en cada una.—San José, 3 de febrero de 2011.—Lic. Ernesto
Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2011220294.—(IN2011008736).
Por escritura otorgada ante
mí a las trece horas del 2 de febrero del 2011, se protocolizó acta número tres
de asamblea ordinaria y extraordinaria de Cuarzo Amatista S. A., cédula
jurídica tres-ciento uno-trescientos ochenta y siete mil ciento veinte, en la
que se modifica parcialmente junta directiva y se reforman las cláusulas
segunda y quinta del pacto constitutivo.—Lic. Alice Michelle McCoy Garnier,
Notaria.—1 vez.—RP2011220295.—(IN2011008737).
Mediante escritura otorgada
por el suscrito notario público Arthur Edward Beers González, a las nueve horas
del dos de febrero del dos mil once, y debidamente autorizado para el efecto,
protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Desarrollos
Inmobiliarios WH Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-quinientos noventa y siete mil doscientos diecisiete, por lo
que se reforma las cláusulas primera y segunda del pacto social.—San José, dos
de febrero del dos mil once.—Lic. Arthur Edward Beers González, Notario.—1
vez.—RP2011220296.—(IN2011008738).
Por escritura número nueve de
las ocho horas del dieciséis de diciembre del dos mil diez, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Jardines
de
Por escritura otorgada en San
José, a las ocho horas del tres de febrero del dos mil once, se protocoliza
acta de asamblea general extraordinaria de la firma denominada Dos DNJ
Investment for the Future Limitada, y se acuerda modificar su junta directiva
ante la notaria Karla Chaves Mejía. Es todo.—San José, a las doce horas del
tres de febrero del dos mil once.—Lic. Karla Chaves Mejía, Notaria.—1
vez.—RP2011220305.—(IN2011008740).
Por escritura número 81-5,
otorgada ante la notaria Ana Patricia Alfaro Acuña, a las 8:00 horas del 4 de
octubre del 2010, se reforman estatutos en la sociedad Zamora y Vargas S. A.—MSc.
Ana Patricia Alfaro Acuña, Notaria.—1vez.—RP2011220309.—(IN2011008741).
Se protocoliza acta de
asamblea general extraordinaria de accionista de Bruno Stagno, Arquitecto y
Asociados Sociedad Anónima, se reforma el pacto constitutivo, cláusulas
segunda y novena, se nombra nueva junta directiva. Escritura otorgada en la
ciudad de San José, a las ocho horas del tres de febrero del dos mil once. Lic.
Zaida María Rojas Cortés y Loana Leitón Porras.—Lic. Zaida María Rojas Cortés,
Notaria.—1 vez.—RP2011220315.—(IN2011008742).
Ante esta notaría bajo la
escritura doscientos noventa y seis-siete, de las doce horas del treinta y uno
de enero del dos mil once, del tomo siete, se constituyó la sociedad, nombre
que de oficio asignará el Registro Nacional, Personas Jurídicas, Decreto
ejecutivo: tres tres uno siete uno-J, publicado en
En esta notaría, a las nueve
horas del tres de febrero de dos mil once; protocolicé acta de asamblea de tres-ciento
dos-seiscientos veintiún mil doscientos ochenta y cuatro s.r.l., en la que
modifiqué las cláusulas primera y sétima del pacto constitutivo y se nombró un
gerente.—Lic. Edgar Rainier Cordero Campos, Notario.—1
vez.—RP2011220320.—(IN2011008744).
Ante esta notaría comparecen
Lucía Solórzano Salazar y Mariselle Verdesia Meneses, quienes constituyen la
sociedad de responsabilidad limitada denominada DT Dynamic Da Vinci
Enterprises Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuyo capital ha sido
totalmente suscrito y pagado.—San José, dos de febrero del dos mil once.—Lic.
Luis Alberto Pereira Brenes, Notario.—1 vez.—RP2011220321.—(IN2011008475).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las ocho horas, veinticinco minutos del veintisiete de enero del dos
mil once, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas
de la sociedad Telecomunicaciones y Redes T E de Centroamérica S. A.—San
José, 3 de febrero del 2011.—Lic. Óscar Alberto Arias Ugalde, Notario.—1
vez.—RP2011220322.—(IN2011008746).
Por escritura pública
otorgada ante esta notaría el 28 de enero del 2011, se protocoliza acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de Designs South Sociedad
Anónima, entidad con cédula de persona jurídica número: 3-101-403180, donde
se reforman cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo y donde se nombra
nuevo presidente y secretario de la junta directiva.—Tilarán, 31 de enero del
2011.—Lic. Gustavo Adolfo Wattson Gómez, Notario.—1
vez.—RP2011220323.—(IN2011008747).
Ante esta notaría pública, se
constituye sociedad Gibbor Telecomunicaciones Soluciones Integrales Sociedad
Anónima.—San José, 4 de febrero del 2011.—Lic. Sergio Eduardo Víquez
Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2011220325.—(IN2011008748).
Por escritura otorgada a las
11:30 horas del 3 de febrero del 2011, se protocolizó el acuerdo de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad Jurex División
Inmobiliaria del Este Sociedad Anónima, cédula 3-101-355622, se reforma la
cláusula quinta referida al capital social.—San José, 3 de febrero del
2011.—Lic. Yuliana Gaitán Ayales, Notaria.—1 vez.—RP2011220326.—(IN2011008749).
Por escritura otorgada ante
mí, Daniel Eduardo Muñoz Herrera, a las once horas del dos de febrero de dos
mil once, se acuerda reformar la cláusula sexta de la administración y la
cláusula primera del pacto constitutivo de la sociedad denominada tres-ciento
uno-seiscientos nueve mil setecientos cincuenta y nueve sociedad anónima,
para que en adelante se denomine Cervecería Artesanal Malacrianza Sociedad
Anónima.—San José, dos de febrero de dos mil once.—Lic. Daniel Eduardo
Muñoz Herrera, Notario.—1 vez.—RP2011220328.—(IN2011008750).
El día 3 de febrero del
2011, se constituyó ante
Por escritura número
sesenta y cuatro, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la
sociedad denominada Corporación Suárez Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, cuatro de febrero del dos mil once.—Lic. Juan Carlos González Lavergne,
Notario.—1 vez.—RP2011220341.—(IN2011008753).
Se constituye sociedad
anónima denominada S.I.R.E.N.A. Inversiones Dos Mil Once Sociedad Anónima.
Plazo social: noventa y nueve años a partir del dos de febrero del dos mil
once. Capital social: la suma de cien mil colones netos, representado por diez
acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. La representación de la
compañía esta a cargo del presidente y tesorero, con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma. Escritura otorgada ante la notaria pública
María del Pilar Araya Céspedes.—Lic. María del Pilar Araya Céspedes, Notaria.—1
vez.—RP2011220343.—(IN2011008754).
Ante el notario público
Fernando Mena Alvarado, con oficina en Grecia, Alajuela, ciento veinticinco
metros norte de los Periféricos, se reformó la cláusula cuarta del pacto
constitutivo de la sociedad denominada: Clínica Dental Manos de Bendición
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seis uno cuatro
uno dos seis.—Grecia, cuatro de febrero del dos mil once.—Lic. Fernando Mena
Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2011220345.—(IN2011008755).
Se
hace constar que mediante la escritura número doscientos veintiocho, visible al
folio ciento ochenta y cinco del tomo doce de mi protocolo, otorgada a las
nueve horas del diecinueve de enero del dos mil once, fueron reformadas las
cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo de la entidad denominada Importadora
Detalles S. A., domiciliada en Heredia, cédula jurídica número tres-ciento
uno-doscientos veintiocho mil quinientos cuarenta y seis. Notaría ubicada en
Heredia, avenida cuatro, calles uno y tres, altos de
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas del dos de febrero del dos mil once, se nombró nuevo administrados del Condominio Horizontal Residencial Hacienda San Antonio Uno con Fincas Filiales Primarias Individualizadas.—San José, cuatro de febrero del dos mil once.—Lic. Francisco Orlando Salinas Alemán, Notario.—1 vez.—RP2011220354.—(IN2011008757).
En
asamblea general extraordinaria de
Ante
Juan Carlos Chávez Alvarado y Juan Federico Arias Chacón, se constituyó la
sociedad que se denominará “según lo dispuesto en el artículo segundo del
Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno cinco, publicado en
En esta notaría, a las 14:00 horas del día 2 de febrero del 2011, se constituyó la sociedad denominada J.Q.L. de Desamparados Sociedad Anónima, con un patrimonio inicial de cuatro mil colones, y un plazo de noventa y nueve años. Domicilio: Gravillas de Desamparados, cien metros este de la plaza.—San José, 2 de febrero del 2011.—Lic. Édgar Omar Belloso Montoya, Notario.—1 vez.—RP2011220357.—(IN2011008760).
Por escritura otorgada a las diez horas treinta minutos del treinta y uno de enero del dos mil once, se constituye Deportes sin Límites Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—Lic. Ivette Marie Hoffman De Pass, Notaria.—1 vez.—RP2011220358.—(IN2011008761).
Por escritura otorgada a las diez horas del treinta y uno de enero del dos mil once, se constituye Extreme Technologies Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—Lic. Ivette Marie Hoffman De Pass, Notaria.—1 vez.—RP2011220359.—(IN2011008762).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veintisiete de enero del dos mil once, la sociedad Surcos Dorados del Nuevo Milenio Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y seis mil novecientos noventa y dos. Domicilio social: sito Heredia, Santo Domingo, San Luis, ochocientos metros al oeste y veinticinco metros al norte de la plaza de deportes de esa localidad, se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Lic. Gerardo Villalobos Montero, Notario.—1 vez.—RP2011220360.—(IN2011008763).
Hago constar que por escritura de las 11:00 horas del 27 de diciembre del 2010, otorgada ante mi notaría, se constituyó sociedad civil Centro de Apoyo Técnico para Territorios y Pueblos Indígenas, CATTPI de Centroamérica S.C. Capital: debidamente constituido. Dos socios administradores son apoderados generalísimos sin limitación.—San José, 3 de febrero del 2011.—Lic. Rubén Chacón Castro, Notario.—1 vez.—RP2011220362.—(IN2011008764).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 10:00 horas del 25 de enero del 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad tres-ciento uno-quinientos veintiocho mil novecientos seis s. a. Se modifican las cláusulas segunda, quinta y novena de los estatutos. Se nombra presidente, secretario y tesorero. Presidenta: Flor de María Arias Jiménez.—Cartago, 25 de enero del 2011.—Lic. Lilliana Fallas Valverde, Notaria.—1 vez.—RP2011220363.—(IN2011008765).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad anónima Las Cebras Azules Sociedad Anónima. Objeto: comercio en general. Domicilio: San José. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Andre Vargas Siverio, Notario.—1 vez.—RP2011220364.—(IN2011008766).
Por escritura otorgada a las catorce horas del día de hoy, en esta notaría, se constituyó la compañía domiciliada en Santo Domingo de Heredia, denominada Grupo Corporativo Ramírez Limitada. Plazo: noventa años. Objeto: la industria, el comercio, la agricultura, la ganadería en general. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—Escazú, dos de febrero del dos mil once.—Lic. Harold Chamberlain Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2011220365.—(IN2011008767).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas cuarenta minutos del 21 de enero del 2011, se constituyó la sociedad Malexa Limitada. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Grecia, dos de febrero del dos mil once.—Lic. Gerardo Alberto González Esquivel, Notario.—1 vez.—RP2011220366.—(IN2011008768).
Por escritura otorgada el día de hoy, protocolicé el acta de la asamblea ordinaria y extraordinaria de Transportes Los Tomates JR Sociedad Anónima, donde se acuerda modificar la cláusula tercera, nombran a presidente y se toman otros acuerdos.—Grecia, primero de febrero del dos mil once.—Lic. Miguel Ángel Zumbado González, Notario.—1 vez.—RP2011220367.—(IN2011008769).
En esta notaría, en la empresa Saju de Occidente S. A., se modifica la representación legal, y Junta directiva. Chavannes S. A., modifica la representación legal y la junta directiva. Quillet S. A., modifica la representación legal y la junta directiva. Desarrollo Comercial Esperanza del Este, cambia su domicilio social y su junta Directiva. Administradora de Negocios Orantes S. A., cambia su domicilio social y su junta directiva. Educación Diversificada de Llorente de R.L., modifica la representación social y cambia su gerente. Servicios Soditues R.L., cambia su gerente. Corporación de Inversiones Sardis S. A., cambia su junta directiva y su domicilio social.—San José, 4 de febrero del 2011.—Lic. Xinia Mayela Campos Campos, Notaria.—1 vez.—RP2011220373.—(IN2011008770).
Por escritura número doscientos cuarenta y cinco, otorgada a las quince horas del tres de febrero del dos mil once, se constituyó la compañía Coral Setenta y Siete S. A., con capital social de diez mil colones. Notarios: Saúl González Vargas y Verny Valerio Hernández.—Lic. Verny Valerio Hernández, Notario.—1 vez.—RP2011220374.—(IN2011008771).
Eric
Mora Sequeira y Juan Carlos Chaves Quirós, constituyen sociedad que se denomina
Eventos Especiales
Michelle Mora Jiménez y Fiorella Mora Jiménez, constituyen sociedad que se denomina Catering Service El Cucharón Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las 13:00 horas del 3 de febrero del 2011. Domicilio: Desamparados, San José. Representación: presidente y secretario. Plazo social: 99 años.—Lic. Grace María Sánchez Granados, Notaria.—1 vez.—RP2011220376.—(IN2011008773).
Josué Solís Sequeira y Erick Marín Mora, constituyen sociedad que se denomina Proveedora de Alimentos Las Orquídeas Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las 14:00 horas del 3 de febrero del 2011. Domicilio: Desamparados, San José. Representación: presidente y secretario. Plazo social: 99 años.—Lic. Grace María Sánchez Granados, Notaria.—1 vez.—RP2011220377.—(IN2011008774).
Karolin
Marín Lizano y Andrea Marín Mora, constituyen sociedad que se denomina Operadora
de Turismo
Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del veintiocho de enero del dos mil once, se protocolizan acuerdos tomados por Gasolinera Santa Cruz Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-163766, en donde se reforma la cláusula tercera del pacto constitutivo referente al objeto.—Nicoya, 4 de febrero del 2011.—Lic. Olga Irene Granados Porras, Notaria.—1 vez.—RP2011220380.—(IN2011008776).
Por escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Euro Loft Dos del Valle Sociedad Anónima. Se acordó reformar las cláusulas del domicilio, la administración, y nombrar nueva junta directiva, fiscal y agente residente. Es todo.—San José, 3 de febrero del 2011.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—RP2011220381.—(IN2011008777).
El suscrito notario, Roberto Vargas Mora, hace constar y da fe de que constituí la sociedad denominada Yamada Masa S. A., con un capital social de cien mil colones. Es todo.—Palmares, cuatro de febrero del dos mil once.—Lic. Roberto Vargas Mora, Notario.—1 vez.—RP2011220382.—(IN2011008778).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad Centro Integral Educativo y de Desarrollo Sociedad Anónima. Plazo: cien años a partir de la constitución. Capital social: doce mil colones. Administración: presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente. Es todo.—San José, 3 de febrero del 2011.—Lic. Fabiola Soler Bonilla, Notaria.—1 vez.—RP2011220383.—(IN2011008779).
Ante mi notaría, al ser las quince horas del diecinueve de diciembre del dos mil diez, se protocolizó acta de la asamblea general ordinaria del Consorcio Horebsamar S. A., en la cual renuncian y nombran nuevos miembros de su junta directiva y fiscal, y domicilio social. Mismo lugar y fecha.—Lic. Viamney Guzmán Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2011220384.—(IN2011008780).
Ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea de socios de Puentes de Cobre S. A., cédula jurídica Nº 3-101-391804. Se reforma la cláusula cuarta de pacto constitutivo.—Palmares, 2 de febrero del 2011.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—RP2011220385.—(IN2011008781).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Abba Sistemas S. A. Plazo: de 99 años. Capital: de doscientos mil colones. Objeto: comercialización en tecnologías de información y servicios conexos. Domicilio: en Zaragoza, Palmares de Alajuela, cien metros oeste del parque. Apoderados: presidente y secretario, actuando por separado.—Palmares, 2 de febrero del 2011.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—RP2011220386.—(IN2011008782).
Constitución de sociedad denominada. Xinia María Corrales Cambronero, cédula Nº 1-577-082; Mónica Raquel Alpízar Corrales, cédula Nº 1-2056-756; Isaías Alpízar Hernández, cédula Nº 1-303-990, y Manuel Enrique Corrales Cambronero, cédula Nº 1-627-400, constituyen Inmobiliaria Alcorra de Pococí S. A. Escritura otorgada al ser las 11:00 horas del 26 de enero del 2011. Notarios: José Ramón Chaves Castillo y Teresita Chaves Castillo.—Lic. José Ramón Chaves Castillo, Notario.—1 vez.—RP2011220387.—(IN2011008783).
Por asamblea de accionistas la sociedad The Jason Corporation S. A., modifican cláusula primera, segunda, onceava, y nombran nueva junta directiva y agente residente.—San José, 4 de febrero del 2011.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—RP2011220389.—(IN2011008784).
El suscrito notario, hace constar que el día de hoy, se constituyó ante mi notaría y en conotariado con el Lic. Paúl Portuguez Aguilar, la sociedad Playa Grande Recreational Beach House S. A.—San José, 3 de febrero del 2011.—Lic. José Ramón Chavarría Saxe, Notario.—1 vez.—RP2011220391.—(IN2011008785).
La suscrita Deyanira Romero Leiva, mayor, casada una vez, oficios del hogar, cédula de identidad número uno-seiscientos ochenta y dos-cuatrocientos, sesenta y nueve, vecina de San Cristóbal Sur de Desamparados, en calidad de presidenta y representante judicial y extrajudicial de la sociedad Agrocomercial China M A Sociedad Anónima, misma que tiene las facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, solicita al Registro Público, Sección Personas Jurídicas que se publique el edicto correspondiente, ha dicha sociedad. El nombramiento del apoderado generalísimo se realiza por todo el plazo social.—San José, dos de febrero del dos mil once.—Lic. Christian Álvarez Zamora, Notario.—1 vez.—RP2011220392.—(IN2011008786).
Flor María Delgado Zumbado, comunica que ante su notaría, se constituyó sociedad anónima cuya denominación social será Finca Triana Sociedad Anónima, para dedicarse a toda clase de negocio lícito.—Belén, tres de febrero del dos mil once.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—RP2011220393.—(IN2011008787).
Por escritura otorgada a las 13:00 horas del 19 de abril del 2010, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de Nuestra Segunda Ronda Limitada, en virtud de la cual se acordó reformar las cláusulas segunda y sétima.—San José, 3 de febrero del 2011.—Lic. Carlos Mariano Arrea Anderson, Notario.—1 vez.—RP2011220394.—(IN2011008788).
Ante
la notaria Ana Gabriela Arroyo Fonseca, el día 11 de mayo del 2009, en Santa
Cruz, Guanacaste, Franklin Duarte Rosales, cédula Nº 5-205-276, y María de los
Ángeles Navarro Cascante, cédula Nº 1-775-168, constituyen sociedad anónima,
conforme Código de Comercio y Decreto Ejecutivo Nº 33171-J, su denominación
social será el número de cédula jurídica que le asigne el Registro más el
aditamento de “S. A.”, con domicilio en Villarreal, Santa Cruz, Guanacaste,
Salón Multiusos,
Por medio de escritura doscientos veintinueve-cuatro, otorgada ante este notario, a las 10:00 horas del 3 de febrero, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Brisas Doradas S. A., se modifica cláusula de administración y se nombra nueva junta directiva. Es todo.—San José, 10 de febrero del 2011.—Lic. Francisco Madrigal Acosta, Notario.—1 vez.—RP2011220396.—(IN2011008790).
Por escritura otorgada hoy ante mí, protocolicé acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa denominada Corporación Megasúper Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo.—San José, 28 de enero del 2011.—Lic. Alberto Rojas Chaves, Notario.—1 vez.—RP2011220397.—(IN2011008791).
Por escritura 69, del tomo 11 de mi protocolo, otorgada a las 10:00 horas del 4 de febrero del 2011, se constituyó la compañía Q & S Dental Services Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: diez mil colones exactos. Plazo social: cien años.—San, José, 4 de febrero del 2011.—Lic. Lilliam María Mora Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2011220398.—(IN2011008792).
Ante esta notaría, en escritura otorgada el 3 de febrero del 2011, Cashoes Sociedad Anónima, cuyo presidente es: Edwin Ramírez Torres.—San José, 4 de febrero del 2011.—Lic. Antonio Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2011220402.—(IN2011008793).
Mediante escritura seis, se modifica la cláusula octava, se nombra nuevo presidente, secretario y tesorero, de la sociedad J Prime Internacional Sociedad Anónima.—San José, cuatro de febrero del dos mil once.—Lic. Ericka Castro Argüello, Notaria.—1 vez.—RP2011220403.—(IN2011008794).
Que mediante escritura Nº 177, de las 07:00 horas del 19 de octubre del 2010, ante el notario Lic. José Francisco Pereira Torres, se cambió nombre de la sociedad Vidrios Enmanuel S. A., por Andiesa Siete S. A., se modificó cláusula de junta directiva y se nombró secretario.—Cartago, 19 de octubre del 2010.—Lic. José Francisco Pereira Torres, Notario.—1 vez.—RP2011220404.—(IN2011008795).
Por escritura otorgada ante el notario Luis Alberto Apú Oviedo, a las nueve horas del veintisiete de enero del dos mil once, Jorge Flores Duarte y Yadira García-Díaz Prada, constituyen la sociedad Multiservicios e Inversiones Joyca S. A., con un capital social de diez mil colones. Domiciliada: en Pavas y representada por el secretario y tesorero de la junta directiva.—San José, 2 de febrero del 2011.—Lic. Luis Alberto Apú Oviedo, Notario.—1 vez.—RP2011220405.—(IN2011008796).
Por escritura número treinta-uno, otorgada en mi notaría, en la ciudad de Heredia, a las once horas veinte minutos del tres de febrero del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Asa Cien Fotografía Sociedad Anónima. Domicilio: Heredia. Plazo social: noventa y nueve años. Capital: diez mil colones, cada una suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma: el presidente y el secretario. Es todo.—Heredia, 4 de febrero del 2011.—Lic. Jorge Arturo Benavides Chacón, Notario.—1 vez.—RP2011220407.—(IN2011008797).
Ante
esta notaría, a las diecisiete horas del día dos de febrero del dos mil once,
se constituyó la sociedad denominada Víctor Loáciga Doce Veintitrés Sociedad
Anónima, cuyo presidente es: Dietrik Loáciga Medina. Domicilio:
Por escritura número doscientos cuarenta, otorgada el día de hoy, a las siete horas treinta minutos ante esta notaría, se constituyó la sociedad Pialba del Norte Limitada. Representada: por dos gerentes. Capital: totalmente suscrito y pagado.—Heredia, veintisiete de setiembre del dos mil diez.—Lic. Mario Enrique Conejo Arias, Notario.—1 vez.—RP2011220409.—(IN2011008799).
Por escritura número doscientos cuarenta, otorgada el día de hoy, a las siete horas ante esta notaría, se constituyó la sociedad Jorem Producciones de Centroamérica S. A. Junta directiva constituida por presidente, secretario y tesorero. Capital: totalmente suscrito y pagado.—Heredia, veintisiete de setiembre del dos mil diez.—Lic. Mario Enrique Conejo Arias, Notario.—1 vez.—RP2011220410.—(IN2011008800).
La
suscrita notaria pública, María de Los
Angeles Ángulo Gómez, informa que ante mi notaría, los señores Tarcicio Arturo
Guillén Aguilar, cédula 3-137-859 y Ana Lucía Quirós Castro, cédula 3-173-970,
de conformidad con el artículo dos del decreto ejecutivo número 33171-J
publicado en
Por escritura otorgada ante mí, a las 09:00 horas del 31 de enero de 2011, se constituyó Grupo Agar CR S. A.— Lic. Eugenio Francisco Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2011220413.—(IN2011008802).
En escritura otorgada ante esta misma notaría, a las 18:00 horas del día 2 de febrero del 2011, se modifica el domicilio social, la representación y se nombra fiscal de Investements The Dolphin To The Shore Of The Ocean S. A.—San José, 2 de febrero del 2011.—Lic. Christian Díaz Barcia, Notario.—1 vez.—RP2011220417.—(IN2011008803).
En escritura otorgada ante esta misma notaría, a las 18:15 horas del día 2 de febrero del 2011, se modifica el domicilio social, la representación y se nombra subgerente de Inversiones Rocam Limitada.—San José, 2 de febrero del 2011.—Lic. Christian Díaz Barcia, Notario.—1 vez.—RP2011220418.—(IN2011008804).
Mediante escritura otorgada a las once horas del tres de febrero de dos mil once, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Corporación J Meza Villalobos y Asociados Sociedad Anónima.—San José, 3 de febrero del 2011.—Lic. Alfredo Vargas Elizondo, Notario.—1 vez.—RP2011220421.—(IN2011008805).
En mi
notaría, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la sociedad de
esta plaza denominada Refugio de
El suscrito notario público, hace constar que ante mí, se constituyó Inmobiliaria Comercial Los Sueños de CAA S. A., al ser las veinte horas del día tres de febrero de dos mil once. Capital social: doce mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—San José, siete de febrero de dos mil once.—Lic. Juan Pablo Arias Mora, Notario.—1 vez.—RP2011220426.—(IN2011008807).
El suscrito notario, hace constar que en escritura número doscientos uno, visible a folio ciento diecisiete vuelto del tomo primero de mi protocolo, otorgada al ser las diez horas del cuatro de febrero del dos mil once, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad Wahoos Seafood Saloon Limitada.—San José, cuatro de febrero del dos mil once.—Lic. Wilber Jiménez Jimémez, Notario.—1 vez.—RP2011220427.—(IN2011008808).
Jorge Washington Benítez Silva y Jorge Maikol Benítez Esquivel, constituyen una sociedad innominada. Escritura otorgada en San José, a las trece horas del cuatro de febrero del dos mil once.—Lic. Humberto Jarquín Anchía, Notario.—1 vez.—RP2011220428.—(IN2011008809).
Por
escritura otorgada ante Martha Araya Chaverri y Laura Zumbado Loría, a las
catorce horas del tres de febrero, se protocoliza acta de asamblea de socios de
Paseo del Prado Teca S. A., se modifica la cláusula del domicilio,
ubicándose en Sabana Sur, de
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas, se constituye la sociedad Clubes Creativos de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 25 de enero del 2011.—Lic. Carlos Jiménez Volio, Notario.—1 vez.—RP2011220430.—(IN2011008811).
Por escritura otorgada ante este notario, a las dieciséis horas del tres de febrero del dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Geria Office S. A., mediante la cual se reforma la cláusula sexta del pacto social.—San José, tres de febrero del dos mil once.—Lic. Alfredo Gallegos Villanea, Notario.—1 vez.—RP2011220436.—(IN2011008812).
Por escritura otorgada ante este notario, a las once horas del tres de febrero del dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Alfa Macra S. A., mediante la cual se reforma la cláusula sexta del pacto social.—San José, tres de febrero del dos mil once.—Lic. Alfredo Gallegos Villanea, Notario.—1 vez.—RP2011220437.—(IN2011008813).
Los señores Dalman y Jocsan, ambos López Espinoza y Carmen Espinoza Espinoza, a las 20:30 horas del 1º de febrero del 2011, constituyerón Transportes D.L.E. Multiservicios Sociedad Anónima, con un plazo de 99 años y un capital social de 10 mil colones, domicilio social: Naranjo, Alajuela, doscientos metros norte y cien metros este del parque infantil, casa esquinera de portón negro.—Naranjo, Alajuela, 3 de febrero del 2011.—Lic. William Alberto Rodríguez Matamoros, Notario.—1 vez.—RP2011220438.—(IN2011008814).
A las dieciséis horas del dieciocho de junio del dos mil diez, se constituyó en mi notaría la sociedad anónima Inversiones Daga Sociedad Anónima, se nombra junta directiva y fiscal.—Tilarán, primero de setiembre del dos mil diez.—Lic. Ingrid Solano Álvarez, Notaria.—1 vez.—RP2011220440.—(IN2011008815).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 2 de febrero del 2011, se constituyó la sociedad denominada Squeezeme Juice Factory Sociedad Anónima. Domicilio social: San José, Goicoechea, Guadalupe, Mall El Dorado, local número ocho. Capital social: veinte mil colones exactos. Presidente y tesorero con la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 2 de febrero del 2011.—Lic. Carlos Guillermo Alvarado Heinrich, Notario.—1 vez.—RP2011220442.—(IN2011008816).
Por escritura otorgada en San José, a las ocho horas del primero de febrero del dos mil once, ante mi notaría, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de condóminos de Condominio Horizontal Residencial Bosques del Tecal, se reforman los artículos uno, tres, nueve, dieciocho, cuarenta y uno, cuarenta y cinco, y se adicionan los artículos diecinueve bis, cuarenta bis y cuarenta y cinco bis, del reglamento interno de dicho condominio.—Lic. Mauricio Villalobos Barrientos, Notario.—1 vez.—RP2011220443.—(IN2011008817).
Por escritura pública número trescientos veintisiete, otorgada ante mi notaría, se constituyó sociedad anónima denominada A A AB Asistencia de Grúa y Plataforma S. A. plazo noventa y nueve años, capital social: diez mil colones exactos. Presidente: Marco Antonio Cordero Espinoza.—San José, 3 de febrero del 2011.—Lic. Greivin Ureña Fuentes, Notario.—1 vez.—RP2011220444.—(IN2011008818).
Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las once horas del cuatro de enero dos mil once, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Jungle Surf Playa Hermosa Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones, moneda del curso legal de Costa Rica, totalmente suscrito y pagado. Distrito de Jaco, cantón de Garabito, provincia de Puntarenas.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—RP2011220447.—(IN2011008819).
Escritura otorgada ante los notarios Gerardo Calderón León y Alexandra Morales Quesada, en Jaco, a las 14:00 horas del 11 de enero del 2011, se constituye Baffo Sociedad Anónima, presidente: Fabrizio Parenti, secretaria: Manuela Altomani, capital social. ¢6.000.00, agente residente: Gerardo Calderón León.—Lic. Gerardo Calderón León y Alexandra Morales Quesada, Notarios.—1 vez.—RP2011220448.—(IN2011008820).
Hoy protocolicé, en lo conducente acta asamblea general extraordinaria de accionistas de Fosforera Costa Rica S. A., en virtud de la cual se reforma la cláusula segunda del domicilio social de la compañía. Escritura otorgada en la ciudad de San José, las 8:00 horas del 4 de febrero del 2011.—Lic. Mario Quirós Salazar, Notario.—1 vez.—RP2011220449.—(IN2011008821).
Por
escritura pública otorgada en
Hoy protocolice acuerdos de la sociedad Mobiliaria Colibrí G A N S. A., mediante la cual se modificó la cláusula sétima de la administración.—San José, 4 de febrero de dos mil once.—Ricardo Calvo Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2011220451.—(IN2011008823).
La suscrita notaria, Lizeth Genoveva León Gómez, hace constar que bajo esta notaría, se efectuó acta adicional a la empresa Seguridad y Vigilancia R M del Pacífico Sociedad Anónima, que reforma los estatutos en sus cláusulas segunda del domicilio, tercera ampliación de su objeto y sexta de la representación judicial y extrajudicial, bajo escritura número doscientos treinta de mi protocoló tomo dos. Es todo.—Puntarenas, Esparza, primero de febrero de dos mil once.—Lic. Lizeth Genoveva León Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2011220452.—(IN2011008824).
En mi
notaría por escritura otorgada en la ciudad de Santa Ana, a las 11:30 horas del
3 de febrero del 2011, se constituyó Inversiones
En mi notaría por escritura otorgada en la ciudad de Santa Ana, a las 11:00 horas del 3 de febrero del 2011, se constituyó Ford Edge Dos Mil Once Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Santa Ana, 3 de febrero del 2011.—Lic. Miguel Villegas Arce, Notario.—1 vez.—RP2011220454.—(IN2011008826).
Por medio de la escritura número doscientos sesenta y uno, otorgada a las ocho horas del día tres de febrero del dos mil once, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos cuarenta y ocho mil cuarenta y dos s. a., por medio de la cual se modifica la cláusula primera de la razón social, para que en adelante se lea European Gourmet Food Sociedad Anónima, la cláusula segunda del domicilio, la sexta de la administración, se revoca el nombramiento de los miembros de la junta directiva y del fiscal y se nombran nuevos miembros para estos puestos.—Lic. Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—RP2011220455.—(IN2011008827).
Por escritura número cuarenta-once, otorgada ante el suscrito notario, en conotariado con el notario Mario Quesada Bianchini, el día dos de febrero del dos mil once, he protocolizado el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Burbujas del Mar Sociedad Anónima, en que se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo.—San José, dos de febrero del dos mil once.—Lic. Manuel Salas Raven, Notario.—1 vez.—RP2011220457.—(IN2011008828).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad anónima denominada Ogdereck Sociedad Anónima, cuyo capital social es la suma de cien mil colones netos.—3 de febrero del 2011.—Lic. Wendy Mayela Mora Garro, Notaria.—1 vez.—RP2011220458.—(IN2011008829).
Ante
el suscrito notario, se constituye la sociedad Arrendadora Agrícola Río Celeste Sociedad Anónima. Capital social:
cuarenta mil colones representados por cuarenta acciones comunes y nominativas
de un mil colones cada una. Domicilio social: ochocientos metros norte de
Arrocera Inversiones Sábalo, Camote de
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas treinta minutos del día cuatro de febrero del dos mil once, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Corporación Servicios Auto Mercado Sociedad Anónima, donde se acuerda reformar la cláusula sexta del pacto constitutivo.—San José, cuatro de febrero del dos mil once.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2011220463.—(IN2011008831).
Ante
esta notaría, a las once horas del veinte de agosto del dos mil diez, Fredin
Leitón Carranza, Mary Flor Rojas Murillo, Milton Leitón Rojas y Jacksin de Los
Ángeles Leitón Rojas, constituyeron la sociedad denominada Inversiones L
& R Sociedad Anónima. Capital: dieciséis mil colones. Domicilio:
Guanacaste, Rincón de
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas del día cuatro de febrero del dos mil once, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Alonso y Compañía Sociedad Anónima, donde se acuerda reformar la cláusula sexta del pacto constitutivo.—San José, cuatro de febrero del dos mil once.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2011220465.—(IN2011008833).
Ante
esta notaría, a las veinte horas del veinte de diciembre del dos mil diez,
Carlos Maynor Hernández Barrantes y Sofía Cruz Jiménez, constituyeron
la sociedad denominada
Constructora M.W.E. Sociedad Anónima. Capital: diez mil colones. Domicilio:
Guanacaste, Guayabo de Bagaces, de
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas quince minutos del día cuatro de febrero del dos mil once, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Automercado Sociedad Anónima, donde se acuerda reformar la cláusula sexta del pacto constitutivo.—San José, cuatro de febrero del dos mil once.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2011220466.—(IN2011008835).
Por asamblea extraordinaria de Inversiones de Mezerville S. A., protocolizada en San José, a las 20:00 horas del 30 de enero de 2011, se traslada el domicilio a la provincia de San José, cantón de Montes de Oca, distrito de Sabanilla, urbanización El Cedral, casa Nº 38.—San José, 7 de febrero de 2011.—Lic. Fernando Lara Gamboa.—Lic. Monique Azuola Castro, Notarios.—1 vez.—RP2011220468.—(IN2011008836).
En mi notaría, mediante escritura Nº 134-24, otorgada en San Ramón, Alajuela, a las 08:00 horas del 4 de febrero del 2011, se constituyó la sociedad Guariana Construcciones S. A. Plazo: noventa y nueve años. Objeto: desarrollo de actividades de construcción, específicamente metálicas e industriales en general. Presidente: Óscar Araya Arias.—San Ramón, Alajuela, 4 de febrero del 2011.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—1 vez.—RP2011220483.—(IN2011008837).
Por escritura número trescientos cincuenta y nueve, otorgada ante esta notaría, se constituye la sociedad GPM Multiservicios Caribbean Sociedad Anónima, el presidente es el apoderado generalísimo sin límite de suma, actuando en forma separada para comprar, el presidente, el secretario y el tesorero lo son apoderados generalísimos sin límite de suma en forma conjunta para vender, el presidente y el secretario, el presidente y el tesorero, o el secretario y el tesorero, lo son apoderados generalísimos con límite de suma hasta cinco millones de colones, el presidente, el secretario y el tesorero lo son apoderados generalísimos con limite de suma hasta un millón quinientos mil colones, actuando en forma separada. Presidente: Geordy Hernández Quirós, secretario: Marvin Soto Fernández, tesorero: Otto Pedro Barquín Morales.—Heredia, 2 de febrero de 2011.—Lic. Guido Ramón Rodríguez Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2011220486.—(IN2011008838).
Por escritura otorgada ante el notario, Licenciado Francisco José Rivera Gómez, de las nueve horas del cinco de febrero del dos mil once, se constituyó la sociedad Importaciones Santur Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Presidente: José Rafael Sibaja Salazar.—San José, a las nueve horas del cinco de febrero del dos mil once.—Lic. Francisco José Rivera Gómez, Notario.—1 vez.—RP2011220489.—(IN2011008839).
A las 09:00 horas del día 2 de febrero del 2011, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea de la sociedad anónima denominada Saturnia Sociedad Anónima, se aumenta capital social, se amplia el plazo social, capital social doscientos cincuenta millones de colones.—San José, siete de febrero del 201l.—Randall Segura Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2011220492.—(IN2011008840).
Ante esta notaría mediante la escritura número 298 otorgada a las 17:00 horas del 1º de febrero de 2011, se constituyó la empresa Castilla de los Villalobos S. A., presidente: Héctor Villalobos Chacón. Plazo 99 años. Capital social: 100.000 colones. Domicilio: San Miguel de Santo Domingo de Heredia.—Lic. Luis Edgardo Ramírez Zamora, Notario.—1 vez.—RP2011220495.—(IN2011008841).
El suscrito notario hace constar que el día de hoy, se constituyó en mi notaría, la sociedad denominada Gato Construcción & Diseño Limitada.—San José, 7 de febrero del 2011.—Lic. Sebastián David Vargas Roldán, Notario.—1 vez.—RP2011220502.—(IN2011008842).
Ante mí, Bernal Mauricio Orozco Salas, notario público, con oficina en San José, Barrio México; costado norte, del parque, comparecieron: Luis Alejandro Vargas Hidalgo y Clara Vargas Hidalgo, constituir la sociedad denominada según el número de cédula jurídica, asignada por el Registro Público.—San José, 5 de febrero del 2011.—Lic. Bernal Mauricio Orozco Salas, Notario.—1 vez.—RP2011220507.—(IN2011008843).
Por escritura veintitrés otorgada ante la notaria,
Patricia Campos Villagra, a las trece horas del tres de febrero del dos mil
once. La sociedad Inversiones el Marque de
Se
hace del conocimiento público que ante mí, por escritura número seis-ochenta y
seis otorgada en
Protocolización acta Inversiones Pérez Alvarado INPEAL S. A., nombra presidente a Luis Alonso Pérez Alvarado, cédula Nº 1-1483-984 y secretario José David Pérez Alvarado, cédula Nº 1-1483-984, ante la suscrita notaria, María Teresa Mora Ramírez.—San José, 2 de febrero del 2011.—Lic. María Teresa Mora Ramírez, Notaria.—1 vez.—RP2011220516.—(IN2011008846).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Secure Metropolitana Sociedad Anónima, domiciliada en San José. Capital social: ¢5.000.000. Presidente: Geoffrey Lincoln Davis. Escritura de las 10:30 horas del 1º de febrero de 2011.—Lic. Bárbara Nechbi Durán Avilés, Notaria.—1 vez.—RP2011220517.—(IN2011008847).
Por escritura otorgada en mi notaría, en la ciudad de San José, a las once con cuarenta y cinco horas del día veintiséis de enero del dos mil once, se constituyó la sociedad Transportes Turísticos Pejiballe Sociedad Anómma, capital íntegramente suscrito y pagado. Plazo social noventa y nueve años, contados a partir del momento de su constitución.—San José, cuatro de febrero del dos mil once.—Lic. Álvaro Rodrigo Mora Salazar, Notario.—1 vez.—RP2011220518.—(IN2011008848).
Por escritura otorgada en mi notaría, en la ciudad de San José, a las dieciséis horas del día cuatro de febrero del dos mil once, se constituyó la sociedad Fisioterapia y Salud SBS Sociedad Anónima. Capital íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años, contados a partir del momento de su constitución.—San José, cuatro de febrero del dos mil once.—Lic. Álvaro Rodrigo Mora, Notario.—1 vez.—RP2011220519.—(IN2011008849).
El suscrito notario, hace constar que en mi notaría, se constituyó la entidad Escuela de Español y de Salud Integral E.E.S.I. Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: ochenta mil colones. Domicilio: San Juan de Santa Bárbara de Heredia, trescientos metros al este, cien metros al norte y cien metros al este, del Colegio Bilingüe Nueva Esperanza. Plazo: noventa y nueve años.—Lic. Ronald Antonio Sánchez Trejos, Notario.—1 vez.—RP2011220521.—(IN2011008850).
En mi notaría, mediante escritura número cincuenta y ocho-catorce, Daniel Blanco Arauz y Rigoberto Acuña Leal, constituyen la sociedad Proyecto Antiokia Sociedad de Responsabilidad Limitada, el gerente Daniel Blanco Arauz, tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderado generalísimo sin limite de suma.—3 de febrero del 2011.—Lic. Patricia Enríquez Escobar, Notaria.—1 vez.—RP2011220523.—(IN2011008851).
Por escritura otorgada ante este notario, a la nueve horas treinta minutos del veinte de enero del dos mil once, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de Corporación Trabajos de Madera Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco uno siete tres nueve ocho, en donde se modifica la cláusula primera del pacto social y la cláusula sexta de la sociedad y se nombra nueva junta directiva.—Lic. Henry González Guerrero, Notario.—1 vez.—RP2011220525.—(IN2011008852).
Escritura uno cero siete-cinco, tomo cinco mi protocoló, mi notaría centro San Ramón, Alajuela, se instituye 3KROJOROJOANT S. A., capital social un millón de colones, diez acciones, comunes y nominativas por cien mil colones cada una, suscritas y pagadas; presidente: José Rojas Rojas, cédula dos-cero tres nueve tres-cero dos cinco cinco. Domicilio social: Rincón, Zaragoza, Palmares, Alajuela.—7 de febrero de 2011.—Lic. Miguel Ángel Campos Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2011220529.—(IN2011008853).
Ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad denominada Importadora de Autos Bonilla Granda Sociedad Anónima, otorgada mediante escritura pública número ciento sesenta, visible a folio ochenta y siete vuelto, de fecha dieciséis horas del cinco de febrero del dos mil once, presidente: José Alberto Bonilla Rodríguez. Capital social: diez mil colones. Domiciliada en San José, Desamparados, Monte Claro, contiguo al puente. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Jorge Mario Piedra Arias, Notario.—1 vez.—RP2011220531.—(IN2011008854).
La suscrita notaria, Gina Zúñiga Castro, hace constar que el del tres de febrero en mi notaría, se constituyó la sociedad anónima denominada Distribuidora y Acabados M G Sociedad Anónima, con el domicilio social en Limón, Guápiles, del Bar Carrillos, un kilómetro al oeste sobre la línea férrea, entrada a mano derecha con palmeras, casa color papaya, cuyos representantes son: presidente Jorge Enrique Muñoz Villalobos y tesorero Karol Jessenia González Mena.—San José, tres de febrero del dos mil once.—Lic. Gina Zúñiga Castro, Notaria.—1 vez.—RP2011220532.—(IN2011008855).
Mediante escritura número trescientos veintinueve, del tomo octavo, hoy se constituyó la sociedad Hernández & Sancho S. A.— San José, cinco de febrero del dos mil once.—Lic. Rómulo Eduardo Pacheco Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011220534.—(IN2011008856).
Ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Controles Video Técnicos de Costa Rica S. A., y de tres-ciento uno-seiscientos veintidós mil quinientos cincuenta s. a., y se constituyeron las sociedades Agua Fresca C.R. S.R.L. y Baya Negra del Este C. R. S.R.L.—San José, cuatro de febrero del dos mil once.—Lic. Manfred Clausen Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2011220535.—(IN2011008857).
Por
escritura número treinta y dos tomo tres, otorgada el día veinticuatro de enero
de dos mil once, ante
Por escritura número 283 de las 17:00 horas del 22 de enero del 2011, escritura número 284 de las 18:00 horas del día 22 de enero del 2011, y escritura número 285 de las 19:00 horas del 22 de enero del 2011, se modifica el pacto constitutivo de International Christian School Sociedad Anónima, siendo que se cambia integración del órgano gestor, se incluye vicepresidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, quien actúa en ausencia del presidente y se concede poder generalísimo sin límite de suma al secretario y tesorero quienes deben actuar en conjunto en ausencia del presidente y del vicepresidente, se adiciona una cláusula décimo tercera para limitar la circulación de acciones, se incrementa el capital social cien mil colones, y se modifica cláusula sétima de la convocatoria de asambleas. Protocoló, tomo: 19.—Lic. Célimo Fuentes Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011220539.—(IN2011008859).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del día veintinueve de enero del dos mil once, se protocolizaron acuerdos de asamblea de accionistas de la sociedad Ocean Ranch Park S. A., por medio de la cual de modificó la cláusula de administración.— San José, veintiséis de enero de dos mil once.—Lic. Mónica Farrer Peña, Notaria.—1 vez.—RP2011220543.—(IN2011008860).
Jonathan Quirós Soto y Adriana Pacheco Madrigal, constituyen la sociedad cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo segundo del decreto ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y uno. Capital social diez mil colones.—San José, a las once horas del doce de enero de dos mil once.—Lic. Sonia Rebeca Montealegre Pérez, Notaria.—1 vez.—RP2011220545.—(IN2011008861).
Por escritura número ciento ochenta y cuatro, se constituyó la sociedad denominada Human Capital Engine Group S. A. Capital social diez mil colones. Plazo social noventa y nueve años. Presidente apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo.— Jaco, Garabito, Puntarenas, dos de febrero del dos mil once.—Lic. Oldemar Vargas Machado, Notario.—1 vez.—RP2011220546.—(IN2011008862).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del primero de febrero de dos mil once, se constituyó la sociedad EB Transport Sociedad de Responsabilidad Limitada que en español se leerá EB Transporte Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social diez mil colones. Plazo cien años.—Lic. Carla Baltodano Estrada, Notaria.—1 vez.—RP2011220549.—(IN2011008863).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas treinta minutos del primero de febrero de dos mil once, se constituyó la sociedad Luis Portugal Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social diez mil colones. Plazo cien años.—Lic. Carla Baltodano Estrada, Notaria.—1 vez.—RP2011220550.—(IN201108864).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas treinta minutos de primero de febrero de dos mil once, se constituyó la sociedad PTCR de Responsabilidad Limitada. Capital Social diez mil colones. Plazo cien años.—Lic. Carla Baltodano Estrada, Notario.—1 vez.—RP2011220551.—(IN2011008865).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del primero de febrero del dos mil once, se constituyó la sociedad Lawcr de Responsabilidad Limitada. Capital social: deiz mil colones. Plazo: cien años.—Lic. Carla Baltodano Estrada, Notaria.—1 vez.—RP2011220552.—(IN2011008866).
Mediante escritura otorgada a las 10:00 pm del 12-11-2010, ante la notaria, Alejandra Montiel Quirós, se constituye la sociedad Servicios Profesionales Dilepv S.R.L.—San José, 02-02-2011.—Lic. Alejandra Montiel Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2011220553.—(IN2011008867).
El suscrito notario, hace constar que el día de hoy protocolicé, acta de asamblea general extraordinaria de Colibrí Alegre S. A., en la que se reforma la cláusula quinta de los estatutos sociales.—San José, 4 de febrero del 2011.—Lic. José Ramón Chavarría Saxe, Notario.—1 vez.—RP2011220554.—(IN2011008868).
El suscrito notario, hace constar que el día de hoy protocolicé, actas de asamblea general extraordinaria en conotariado con el Licenciado, José Ramón Chavarría Gómez, de Invertronic Property Brokers S. A., en la que se reforma la cláusula quinta y se adiciona nueva cláusula en los estatutos sociales, Nova Capital Services S. A., en la que se reforma la cláusula quinta de los estatutos constitutivos y Ripjack Inn S. A., en la que se reforma la cláusula quinta de los estatutos constitutivos.—San José, 4 de febrero del 2011.—Lic. José Ramón Chavarría Saxe, Notario.—1 vez.—RP2011220555.—(IN2011008869).
Por escrituras otorgadas ante mí a las 17:20 y 18.00 horas del día de hoy, se constituyeron las compañías denominadas Inversora Riamar Azul R. A. Sociedad Anónima, e Inversora Osaka Dorada Sociedad de Responsabilidad Limitada respectivamente, por 100 años, capitales sociales suscritos y pagados.—Escazú, 24 de enero del 2011.—Lic. Carmen Fernández Molina, Notaria.—1 vez.—RP2011220557.—(IN2011008870).
Minor Sinfonte Elizondo y Laura Montero Angulo, constituyen empresa denominada Islajo Exportaciones e Importaciones Sociedad Anónima, representada por su presidente con facultades de apoderado generalísimo. Capital social: quince mil colones. Escritura otorgada a las 16:00 horas del 3 de febrero del 2011.—Lic. Fredy Vargas Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2011220558.—(IN2011008871).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 21:00 horas del 31 de enero del 2011, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y tres mil novecientos treinta y ocho sociedad anónima, se nombra miembros de la junta directiva. Es todo.—San José, primero de febrero del dos mil once.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—RP2011220562.—(IN2011008872).
Por
escritura otorgada ante mi notaría, a las trece horas del veinte de enero del
dos mil once, se fundo FUNDAJUN Fundación
para el Desarrollo
del Ambiente,
Por escritura otorgada, a las 11:00 horas del día 1º de febrero del dos mil once, ante el notario público, Andrés Morales Castrillo, comparecen, Gabriel Castro Benavides y Cristiana Carazo Vargas, quienes constituyen, cinco sociedades que llevarán por nombre la cédula jurídica de conformidad con lo dispuesto en el artículo Nº 2 del decreto ejecutivo Nº 33171-J del 29 de mayo del 2006. Para cada una, el plazo social será de cien años, el capital social de la compañía es la suma de mil doscientos colones y el presidente será Gabriel Castro Benavides, con facultades de apoderado generalísimo sin limite de suma, portador de la cédula 1-1055-0532.—San José, 2 de febrero del 2011.—Lic. Andrés Morales Castrillo, Notario.—1 vez.—RP2011220565.—(IN2011008874).
Por las escrituras números setenta y cuatro y ochenta y seis, otorgadas ante mí, el doce de febrero de mil novecientos noventa y nueve, a las once horas y cinco de febrero del dos mil once, a las diez horas, protocolicé el acta número uno y dos, respectivamente de la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Chimusa Sociedad Anónima, en la cual, se nombra nueva directiva, se modifica la cláusula quinta, sexta, novena y se adicionan las cláusulas décima, onceava y doceava del pacto constitutivo.—San José, 7 de febrero del 2011.—Lic. Javier Quirós Valerín, Notario.—1 vez.—RP2011220567.—(IN2011008875).
La sociedad Productos Deportivos y Publicitarios Prodepor S. A., céd. 3-101-314625, nombra nuevo presidente.—7 de febrero del 2011.—Lic. Amado Hidalgo Quirós, Notario.—1 vez.—RP2011220570.—(IN2011008876).
Por
escritura número 1.687, otorgada ante mi notaría, en Tres Ríos, a las 17:00
horas del 4 de febrero de 2011, se constituyeron 5 sociedades anónimas, que se
denominarán con el número de cédula jurídica que el Registro les asigne, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo Nº 2, del Decreto Ejecutivo Nº
33171, publicado en
Ante mí, Ángel Edmundo Solano Calderón, notario público, escritura número siete, folio dieciséis vuelto, tomo sesenta y seis, se protocoliza acta de asamblea de la sociedad tres-ciento uno-seiscientos quince mil novecientos treinta y uno S. A., se modifica la cláusula primera. Se modifica la razón social Bodega Plaza S. A.—Lic. Ángel Edmundo Solano Calderón, Notario.—1 vez.—RP2011220572.—(IN2011008878).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas del diez de enero del dos mil once, se constituye la sociedad El Tamarindo Brisas y Palmeras del Coco Sociedad Anónima, presidenta Rosa María Brenes Mata.—Lic. Jorge Eduardo Brenes Brenes, Notario.—1 vez.—RP2011220573.—(IN2011008879).
Ante esta Notaría, mediante escritura número ciento noventa de las ocho horas del uno de febrero del dos mil once, se protocoliza asamblea de accionistas de la sociedad Gordonia Gigante S. A., mediante la cual se modifica la cláusula sexta de los estatutos sociales.—San José, cuatro de febrero de dos mil once.—Lic. Marco Aurelio Odio Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2011220575.—(IN2011008880).
Ante esta notaría, mediante escritura número ciento noventa de las siete horas del uno de febrero de dos mil once, se protocoliza asamblea de accionistas de la sociedad Los Aguacates Miniaturas Bicolores S. A., mediante la cual se modifica la cláusula sexta de los estatutos sociales.—San José, cuatro de febrero de dos mil once.—Lic. Marco Aurelio Odio Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2011220576.—(IN2011008881).
Ante esta notaría, mediante escritura número ciento noventa y dos de las nueve horas del primero de febrero de dos mil once, se protocoliza asamblea de accionistas de la sociedad Única Veranera Lila-Perlada S. A., mediante la cual se modifican las cláusulas primera y segunda de los estatutos sociales.—San José, siete de febrero de dos mil once.—Lic. Marco Aurelio Odio Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2011220577.—(IN2011008882).
Por escritura otorgada en Cartago, de las diecisiete horas del veintiocho de enero del dos mil once, Carolina Pérez Cerda y José Rafael Huertas Guillén, constituyen la sociedad con cédula jurídica que le asigne registro de personas jurídicas sociedad anónima.—Lic. Luis Fernando Saénz González, Notario.—1 vez.—RP2011220579.—(IN2011008883).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas de hoy, se constituyó la sociedad anónima que utilizará como nombre el número de cédula jurídica que le otorgue el registro de personas jurídicas del Registro Nacional, más el aditamento sociedad anónima, pudiendo abreviarse este aditamento como S. A. Plazo social: un año. Objeto: el objeto es el comercio en general. Capital social: ciento veinte mil colones representado por ciento veinte acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente: Fernando Alvarado Soto.—San José, veintidós de noviembre de dos mil diez.—Lic. José Alberto Pinto Monturiol, Notario.—1 vez.—RP2011220583.—(IN2011008884).
Por escritura otorgada en esta notaría a las 9:00 horas del 12 de enero del 2011, se constituye Cerros Nevados Andinos S.A.—Lic. Olga María Rivera Monge, Notaria.—1 vez.—RP2011220587.—(IN2011008885).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Auditorías y Sistemas en NIIF S. A., capital social 150 mil colones. Escrituras otorgadas ante la notaría, Teresita Marín Rodríguez, a las 9:00 horas del 12 de octubre de 2010 y 15:00 horas del 11 de enero de 2011.—San José, 31 de enero de 2011.—Lic. Teresita Marín Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2011220588.—(IN2011008886).
Por escritura otorgada en esta notaría, las 17:00 horas del 5 de febrero 2011, se reforma constitución de Galydet Ltda., cambiando de dos a tres gerentes.—Lic. Olga María Rivera Monge, Notaria.—1 vez.—RP2011220589.—(IN2011008887).
A las quince horas del diecisiete de julio de dos mil diez, Carlysle Roger Branker, Patricia Castillo Gutiérrez y Victoria Delores Branker, constituyen una fundación denominada True Bread Foundation.—Lic. Teresita Marín Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2011220592.—(IN2011008888).
Según consta de escritura número 226 en mi notaría, se modifican cláusulas 2, 6 y 7, de Inversiones Cedro Real N C Sociedad Anónima, cédula jurídica: 3-101-516199, se nombra fiscal, tesorero y agente residente.—A las 8:00 horas del 2 de febrero del 2011.—Lic. Rafael Ángel Paniagua Mora, Notario.—1 vez.—RP2011220596.—(IN2011008889).
El día de hoy protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Edelba y Compañía S. A.—Escazú, 4 de febrero del 2011.—Lic. Ever Vargas Araya, Notario.—1 vez.—RP2011220597.—(IN2011008890).
Que en escritura otorgada en mi notaría, se constituyó la sociedad de esta plaza Aire Acondicionado C y C S. A., capital social: diez mil colones netos, capital pagado y suscrito debidamente. Es todo.—San José, siete de febrero del dos mil once.—Lic. Henry Sandoval Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2011220598.—(IN2011008891).
Por escritura de las 15:45 horas del cuatro de febrero del 2011, se constituye la sociedad denominada PY Haynes CR Fun de Responsabilidad Limitada. En la cual se nombra gerente y subgerente como apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 4 de febrero del 2011.—Lic. Augusto Arce Marín, Notario.—1 vez.—RP2011220599.—(IN2011008892).
Por escritura número doscientos treinta y nueve-cuatro del tomo cuatro, otorgada ante la suscrita notaria pública, se protocoliza la creación de la sociedad Eléctrica Interdisa Dos Mil Diez Sociedad Anónima.—San José, 18 de enero del dos mil once.—Lic. Andrea Ruiz Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2011220601.—(IN2011008893).
Por escritura pública número doscientos setenta y nueve-cuatro del tomo cuatro, otorgada ante la suscrita notaria pública, se protocoliza la creación de la sociedad Tanqueton Sociedad Anónima.—San José, 4 de febrero de dos mil once.—Lic. Andrea Ruiz Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2011220602.—(IN2011008894).
En mi notaría por escritura de las 10:00 horas del 5 de febrero de los corrientes, se protocoliza acuerdo de asamblea general extraordinaria de socios que reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad tres-ciento uno-quinientos veintiséis mil setecientos setenta s. a., cédula de persona jurídica número 3-101-526770.—Lic. Luis Diego Valdelomar Esquivel, Notario.—1 vez.—RP2011220603.—(IN2011008895).
Por
escritura pública número diecisiete-seis, otorgada en
Por escritura número 25 del tomo 7 de la notaría, Alejandro Wyllins Soto, se nombra modifica el domicilio social y se nombra nueva junta directiva, fiscal y se modifica el domicilio social de Knoxvil Norte S. A.—Lic. Vivian Wyllins Soto, Notaria.—1 vez.—RP2011220605.—(IN2011008897).
Por escritura número 26 del tomo 7 de la notaría, Alejandro Wyllins Soto, se nombra modifica el domicilio social y se nombra nueva junta directiva y fiscal y se modifica el domicilio social de Flor Purpura S. A.—Lic. Vivian Wyllins Soto, Notaria.—1 vez.—RP2011220606.—(IN2011008898).
Por
escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del dieciséis de diciembre del
dos mil diez, se constituyó la empresa
Por escritura número 16 del tomo 7 de la notaria Vivian Wyllins Soto, se nombra modifica el domicilio social y se nombra nueva junta directiva y fiscal de 3-101-535349 S. A.—Lic. Vivian Wyllins Soto, Notaria.—1 vez.—RP2011220608.—(IN2011008900).
Ante
mí Geovanny Montero Chacón, notario público, con oficina en Golfito, se
constituyó la sociedad de Paz en Pavones Sociedad Anónima, con domicilio
social en Puntarenas, Golfito,
Ante esta notaría, comparecieron: Enrique Meléndez Madrigal, cédula número nueve-cero sesenta y seis-doscientos sesenta y siete, Virginia Campos Kidd, cédula número cuatro-cien-setecientos sesenta y nueve, Virginia Meléndez Campos, cédula número uno-seiscientos cuarenta y ocho-doscientos ochenta y dos; y constituyeron la sociedad Envir Sociedad Anónima. Presidente: Enrique Meléndez Madrigal. Domicilio: el domicilio social será Tibás, de la esquina suroeste del parque de Tibás, seiscientos metros oeste y ciento setenta y cinco metros sur. Es todo.—Heredia, dos de febrero del dos mil once.—Lic. Lucía Azofeifa Azofeifa, Notaria.—1 vez.—RP2011220611.—(IN2011008902).
Por escritura de las 18:00 horas del 1 de febrero del 2011, se constituyó la sociedad: Barpica S. A. Domicilio: San José, Presidente: Eladio Picado Céspedes.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2011220612.—(IN2011008903).
Por escritura de las 15:00 horas del 28 de enero del 2011, se constituyó la sociedad: A A A Equimaxx S. A. Domicilio: San José, presidente: Manrique Eduardo Solano Corrales.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2011220613.—(IN2011008904).
Los señores Francisco José Bustillos Ortega y Miguel Ángel Bustillos Ortega. Constituyen la sociedad Kanazin S. A. Domicilio en provincia de Cartago, plazo 99 años, a partir del 3 de febrero del 2011, capital social ¢10.000.00, junta directiva: presidente, secretario y tesorero.—Cartago, 3 de febrero del 2011.—Lic. Gaudy Milena Pereira Pérez, Notaria.—1 vez.—RP2011220614.—(IN2011008905).
Se protocoliza asamblea general de socios de Joyas de Oro Monteazul S. A., en la cual se cambia junta directiva y fiscal, nombre social, domicilio social, representación.—San José, 11 de enero del 2011.—Lic. Ingrid Brown Sequeira, Notaria.—1 vez.—RP2011220616.—(IN2011008906).
El suscrito notario hace constar que el día de hoy, ante esta notaría y mediante escritura pública de las ocho horas cuarenta minutos del dieciocho de enero del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Corporación Comercial El Maravilloso S. R. L., capital suscrito y pagado, gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, siete de febrero del dos mil once.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—RP2011220617.—(IN2011008907).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del veinte de enero
del dos mil once, se constituye la sociedad Hemp de Costa Rica Sociedad
Anónima. Domicilio social: su domicilio será en la provincia de San José,
cantón Escazú, distrito San Rafael, del restaurante
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas cuarenta minutos del
veinte de enero del dos mil once, se constituye la sociedad Producciones de
Canamo, Sociedad Anónima. Domicilio social: su domicilio será en la
provincia de San José, cantón Escazú, distrito San Rafael, del restaurante
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas veinte minutos del
veinte de enero del dos mil once, se constituye la sociedad Yaku Water
Sociedad Anónima. Domicilio social: su domicilio será en la provincia de
San José, cantón Escazú, distrito San Rafael, del restaurante
Por escritura otorgada ante mi notaría en Liberia, a las quince horas del primero de febrero del dos mil once, se constituyó Inversiones Pineda y Ruiz Sociedad Anónima, capital social: diez mil colones suscritos y pagados. Apoderada generalísima presidenta: Carmen María Ruiz Vílchez.—Liberia, primero de febrero del dos mil once.—Lic. Johanna María Moreno Bustos, Notaria.—1 vez.—RP2011220621.—(IN2011008911).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas de 3 de febrero del 2011, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de las sociedades Luna y Costa Azul S. A., e Industrias Azul Plate S. A., donde se acuerda la fusión entre ambas, prevaleciendo la primera.—San José, 7 de febrero del 2011.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—RP2011220622.—(IN2011008912).
Por escritura otorgada, a las diez horas del veinticinco de enero del dos mil once, se presentan ante la notaria Ana Sánchez Castillo, los señores Jerry Román Villalobos, Roberto Correa González, Dennis Fernández Alvarado y Lucrecia Miranda Solís, a constituir sociedad anónima denominada Higt Tech Innovation Mega System Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse las dos últimas palabras en S. A.—San José, 3 de febrero del 2011.—Lic. Ana Sánchez Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2011220623.—(IN2011008913).
Por escritura otorgada ante mí, de las dieciséis horas del día cuatro de febrero del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Alouatta Sociedad Anónima. Domicilio social: Heredia, San Lorenzo de Flores de Heredia, residencial San Lorenzo, cien metros al oeste de la capilla de velación. Objeto: el ejercicio del comercio en todas sus formas. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: un millón de colones, acciones comunes y nominativas. Presidenta: Andrea Chaves Ramírez.—Lic. María Auxiliadora Montoya Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2011220624.—(IN2011008914).
Mediante escritura número 168 otorgada ante este notario, a las 11:00 horas del día 31 de enero del 2011, se constituyen una sociedad anónima que se denominará Creando Lo Nuevo Sociedad Anónima.—Lic. Federico José Jiménez Solano, Notario.—1 vez.—RP2011220625.—(IN2011008915).
Ante esta notaría se ha inscrito la sociedad anónima denominada Comunicación Constante Sociedad Anónima. Presidente: Abimael Mesén Corea, vicepresidente: Mario Abisai Mesén Corea, secretaria: Cindy Romero Murillo y tesorera: Hazel Picado Carpio. Publíquese.—San José cuatro de febrero del dos mil once.—Lic. Joaquín Bernardo Fernández Salazar, Notario.—1 vez.—RP2011220626.—(IN2011008916).
Mediante escritura número 211 otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del día 21 de enero del 2011, se constituye una sociedad anónima que se denominará PG Maquinaria y Obra Pública Sociedad Anónima, capital social doce mil colones representación presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Daniella Segnini Díaz, Notaria.—1 vez.—RP2011220627.—(IN2011008917).
Mediante la escritura número 162-5, autorizada en mi notaría, al ser las 14:10 horas del día 4 de febrero del 2011, se constituyó la sociedad con domicilio en San José, Moravia, San Vicente, Urbanización Arrayanes, casa número dieciocho, denominada Inversiones Inmobiliarias García & Soto de Santa Elena Sociedad Anónima, con un capital suscrito y pagado de ¢60.000,00, y una duración de 99 años.—San José, 4 de febrero del 2011.—Lic. Fresia Ma. Ramos Ugarte, Notaria.—1 vez.—RP2011220633.—(IN2011008918).
Mediante la escritura número 163-5, autorizada en mi notaría, al ser las 14:30 horas del día 4 de febrero del 2011, protocolicé acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Limpiezas Excelentes Sociedad Anónima, mediante la cual se aumentó el capital social de la sociedad, hasta la suma de ¢25.010.000,00, debidamente suscrito y pagado.—San José, 4 de febrero del 2011.—Lic. Fresia Ma. Ramos Ugarte, Notaria.—1 vez.—RP2011220634.—(IN2011008919).
El suscrito notario público Franklin Aguilera Amador hago constar que constituida la sociedad Diseños Mora & Rojas Limitada, el día cinco de febrero del dos mil once, capital diez mil colones, dos gerentes, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente.—San José, siete de febrero del dos mil once.—Lic. Franklin Aguilera Amador, Notario.—1 vez.—RP2011220635.—(IN2011008920).
El suscrito notario público Franklin Aguilera Amador hago constar que constituida la sociedad Estructuras Astúa Limitada, el día cuatro de febrero del dos mil once, capital diez mil colones, dos gerentes, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente.—San José, siete de febrero del dos mil once.—Lic. Franklin Aguilera Amador, Notario.—1 vez.—RP2011220636.—(IN2011008921).
En mi notaría, a las 18:00 horas, del 19 de enero del 2011, se constituyó la empresa ROCA Soluciones Ingenieríles Sociedad Anónima, domiciliada en San José, capital social 100.000 colones, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma: Ronny Rodríguez Díaz, cédula de identidad Nº 6-0281-0743, plazo social 99 años.—San José, a las ocho horas del siete de febrero del 2011.—Lic. Elizabeth Angulo Gatjens, Notaria.—1 vez.—RP2011220637.—(IN2011008922).
En mi notaría, se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada, cuya razón social será el número de cédula jurídica que le asigne el Registro, capital social 10.000 colones. Domicilio Cóbano de Puntarenas. Gerentes: Duane Louis Winn y Stacey Lynn Fincher.—Mal País, 2 de febrero del 2011.—Lic. Aland Masís Angulo, Notario.—1 vez.—RP2011220638.—(IN2011008923).
Mediante escritura 168 otorgada ante este notario a las 08:00 horas con 30 minutos del 3 de febrero del 2011, se modifica la cláusula segunda, de la sociedad Blue Lake Falls Corporation Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-433880; y a partir de ahora el domicilio de la sociedad será en Playas del Coco, Sardinal de Carrillo, Guanacaste, centro comercial Plaza Colonial, oficina número cuatro. Además, se nombra como agente residente al licenciado Ricardo Alfonso Estrada Murillo. Es todo.—Playas del Coco, Guanacaste, 3 de febrero del 2011.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2011220639.—(IN2011008924).
La suscrita notaria Jenny Patricia Reyes Durán, protocoliza asamblea general extraordinaria, donde se realiza el cambio de la junta directiva de la sociedad Selima Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-tres nueve uno cuatro seis dos.—San José, siete de febrero del dos mil once.—Lic. Jenny Patricia Reyes Durán, Notaria.—1 vez.—RP2011220640.—(IN2011008925).
Ante esta notaría, a las once horas del veintiocho de enero del dos mil once, se constituyó la sociedad Varball Inversiones Sociedad Anónima. Presidente, secretario y tesorero todos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social íntegramente suscrito y pagado.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2011220644.—(IN2011008926).
Que por escritura otorgada ante esta notaría, a las 09:00 horas del 5 de febrero del 2011, se reforma la cláusula tercera del pacto constitutivo de la sociedad Lerc Microbuses de Transportes Especiales y Turismo S. A. Notario Pablo Fernando Ramos Vargas. Teléfonos: 2280-6900 ó 2280-5139.—San José, 5 de febrero del 2011.—Lic. Pablo Fernando Ramos Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011220645.—(IN2011008927).
Por la escritura número doscientos noventa y cuatro, otorgada ante el notario José Pablo González Madrigal, a las diecinueve horas con treinta minutos del tres de febrero del dos mil once, se constituyó la siguiente sociedad: Desicar Sociedad Anónima. Presidente con plenas facultades, domicilio en San José, Escazú. Capital íntegramente suscrito y pagado mediante letras de cambio.—San José, tres de febrero del dos mil once.—Lic. José Pablo González Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2011220647.—(IN2011008928).
Por escritura número cuarenta y dos-seis, al ser las catorce horas del día once de noviembre del dos mil diez, ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Labkher S. A. Capital social diez mil colones. Presidenta Krisia Herrera Cordero Secretaria Nohemy Cordero Guadamuz, y tesorero Randall Fonseca Sánchez. Es todo.—Lic. Silvia María Zeledón Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2011008937).
Por escritura otorgada hoy ante esta notaría, la empresa Óptica Blanco Sociedad Anónima, modifica las cláusulas segunda y cuarta del pacto social.—San José, dos de febrero del dos mil once.—Rita María Calvo González, Notaria.—1 vez.—(IN2011008941).
Se hace constar que ante esta notaría, se ha constituido una sociedad anónima denominada ECC Ainupe Sociedad Anónima. Presidente: Otilio Alexis Navas Méndez.—Heredia, 8 de febrero del 2011.—Lic. Tatiana Salgado Loaiza, Notaria.—1 vez.—(IN2011008944).
Se hace constar que ante esta notaría, se ha constituido una sociedad anónima denominada ECC Sérömi Sociedad Anónima. Capital social suscrito y pagado doscientos veinticinco mil colones. Presidente: Bahil Segura Segura.—Heredia, 7 de febrero del 2011.—Lic. Tatiana Salgado Loaiza, Notaria.—1 vez.—(IN2011008945).
Se hace constar que ante esta notaría, se ha constituido una sociedad anónima denominada ECC Emanuel de Shiroles Sociedad Anónima. Capital social suscrito y pagado cuatrocientos ochenta mil colones. Presidente: Julio Rivas Selles.—Heredia, 7 de febrero del 2011.—Lic. Tatiana Salgado Loaiza, Notaria.—1 vez.—(IN2011008946).
La suscrita notaria hago constar que hoy ante mí se constituyó la empresa Malek Worldwide Company S. A., en español Compañía Mundial Malek S. A. Presidente Ben Malek.—San José, cuatro de febrero del 2011.—Lic Annette Tapia Zumbado, Notaria.—1 vez.—(IN2011008947).
Por escritura número trescientos veintiuno-cuatro en Palmares de Alajuela, al ser las diecisiete horas del siete de febrero del dos mil once, se constituyó ante esta notaría una sociedad anónima, denominada: Caballeriza Rincón de San José CH & C Sociedad Anónima. Adolfo Chaves Campos, presidente.—San José, ocho de febrero del dos mil once.—Lic. Guido Mora Camacho, Notario.—1 vez.—(IN2011008948).
Ante esta notaría, a las diez horas del siete de febrero del dos mil once, la sociedad Amapola de Espamar Sociedad Anónima, reforma cláusula quinta del pacto constitutivo.—Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2011008950).
Por escritura otorgada ante mi, Marco Vinicio Rojas Cantero y Gilberto Armando Rojas Sancho constituyen Investment Marroca International Sociedad Anónima pudiendo abreviarse Investment Marroca International S. A. Domicilio social Belén, Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Objeto: comercio. Presidente: Marco Vinicio Rojas Cantero.—Heredia, ocho de febrero del dos mil once.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(IN2011008951).
Ante esta notaría, a las once horas del siete de febrero del dos mil once, la sociedad Heliconia de Terramar Sociedad Anónima, reforma cláusula quinta del pacto constitutivo.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2011008952).
Ante esta notaría, a las diez horas con treinta minutos del siete de febrero del dos mil once, la sociedad Campos de Montes de Oro Sociedad Anónima, reforma cláusula quinta del pacto constitutivo.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2011008953).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas treinta minutos del veinte de enero del dos mil once, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Inversiones Ramary CR Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—San José, 7 de febrero del 2011.—Lic. María del Milagro Solórzano León, Notaria.—1 vez.—(IN2011008962).
La suscrita Ana Marcela Picado Vásquez, notaría pública, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Kapar Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-243612, para nombramiento de presidente y vicepresidente en junta directiva y reformar la cláusula undécima del pacto constitutivo. Es todo.—San Ramón, tres de febrero del dos mil once.—Lic. Ana Marcela Picado Vásquez, Notaria.—1 vez.—(IN2011008980).
Ante el infrascrito notario por escritura número 81 otorgada a las 15:00 horas del 16 de diciembre del 2010, los señores Michel Pierre Marandat y Monique Helene Marcelle Rossin de Marandar constituyeron la sociedad que llevará por nombre Aquarella de Langostino S. A., que es nombre de fantasía.—Alajuela, 16 de diciembre del 2010.—Lic. Marco Lino López Castro, Notario.—1 vez.—(IN2011008981).
Ante el infrascrito notario por escritura número 85 otorgada a las 16:00 horas del 28 de enero del 2010, se protocolizaron los acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de 3-101-490604 S. A., celebrada a las 14:00 horas del 18 de enero del 2011, por la que se reforma la cláusula primera (nombre).—8 de febrero del 2010.—Lic. Marco Lino López Castro, Notario.—1 vez.—(IN2011008983).
Por medio de escritura número setenta y tres, del tomo quinto del protocolo de la notaria Maricruz Sánchez Carro, se modificaron las cláusulas sexta y segunda de la sociedad Cerco Profundo Sociedad Anónima.—Alajuela, siete de febrero del dos mil once.—Lic. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1 vez.—(IN2011008990).
Por medio de escritura número setenta y cinco, del tomo quinto del protocolo de la notaria Maricruz Sánchez Carro, se constituyó la sociedad Desarrollos Marbella Highlands, M.H Limitada, cuyo representante es José Alejandro Escobar Granier. Dicha sociedad tiene un capital social de diez mil colones y un plazo social de cien años.—Alajuela, ocho de febrero del dos mil once.—Lic. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1 vez.—(IN2011008991).
Por escritura número sesenta-siete, otorgada ante esta notaría, a las doce horas del cuatro de febrero del dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad CR Moon Property Rentals S. A., mediante la cual se reformó la cláusula sexta de los estatutos.—Lic. Jorge F. Baldioceda Baltodano, Notario.—1 vez.—(IN2011009001).
Por escritura otorgada, al ser las diez horas del día siete de febrero del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada SS Telemarketing and Group Sociedad Anónima.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2011009016).
Por escritura otorgada, al ser las doce horas del día veintisiete de enero del dos mil once, se protocolizó acta de la sociedad denominada Nueve Mil Empleo Sociedad Anónima, por medio de la cual se reforma cláusula sexta del pacto constitutivo y se nombra presidente y secretario de la junta directiva.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2011009017).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del cuatro de febrero del dos mil diez, se modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad denominada Inversiones Nauta S. A., cédula jurídica 3-101-231955.—San José, 4 de febrero del 2011.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(IN2011009020).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del cuatro de febrero del dos mil diez, se modificó la cláusula tercera del pacto constitutivo de la sociedad denominada Fragancia de Paz RGZ S. A., cédula jurídica 3-101-550812.—San José, 4 de febrero del 2011.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(IN2011009021).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las diez horas del cuatro de febrero del dos mil diez, se modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad denominada Inversiones Chavin S. A., cédula jurídica 3-101-117410.—San José, 4 de febrero del 2011.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(IN2011009022).
Por escritura número doscientos sesenta y cuatro, otorgada a las 17:00 horas del día 03 de febrero del 2011, actuando en conotariado Carlos Alberto Riba Gutiérrez y José Gabriel Riba Gutiérrez, en el protocolo del primero, se constituyó la sociedad Vip Parking Sociedad Anónima, con domicilio en San José, representación presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo 100 años.—San José, 08 de enero del 2011.—Lic. José Gabriel Riba Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(IN201109024).
Por escritura otorgada ante mí, el día veintiuno de enero del dos mil once, a las once horas, se constituyeron dos sociedades anónimas cuyas denominaciones sociales son asignadas de oficio por el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: cien mil colones; representada por un presidente, un secretario, un tesorero y un vocal con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma.—San José, tres de febrero del dos mil once.—Lic. Pamela Navarro Hidalgo, Notaria.—1 vez.—(IN2011009028).
Por escritura otorgada a las 14:00 horas del 02 de febrero del 2011, protocolizo acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad: tres-ciento uno-quinientos noventa y cinco mil novecientos cincuenta y seis sociedad anónima, mediante la cual se reforma la cláusula quinta del capital social.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—(IN2011009029).
A los efectos del artículo doscientos siete del Código de Comercio, se avisa que por acuerdo firme de la asamblea general extraordinaria de la sociedad Artesanías del Mundo Inc. Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos ochenta y siete mil quinientos ochenta y tres, celebrada el día cuatro de enero de dos mil diez, a las diez horas se acordó la disolución de dicha sociedad, de conformidad con el artículo doscientos uno inciso d).—San José, 7 febrero del 2011.—Jorge López Alfaro, cédula de residencia número 103200041321.—1 vez.—(IN2011009079).
Por escritura número doscientos diecisiete, de las 13:00 horas del 01 de setiembre del 2010, la sociedad Costa Rica Decouverte Sociedad Anónima, protocolizo acta de asamblea general por medio de la cual se aumentó su capital a cinco millones de colones, el cual está representado por diez acciones comunes y nominativas de quinientos mil colones cada una, totalmente suscritas y pagadas; queda modificada la cláusula quinta de los Estatutos. Escritura otorgada ante Notario: Gonzalo Velásquez Martínez.—Lic. Gonzalo Velásquez Martínez, Notario.—1 vez.—(IN2011009080).
A los
efectos del artículo doscientos siete del Código de Comercio, se avisa que por
acuerdo firme de la asamblea general extraordinaria de la sociedad Transjoveca
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos treinta y
cuatro mil ciento treinta y nueve, con domicilio en San José, Sabana Oeste
cuatrocientos metros al oeste de
Mediante escritura
número 93 otorgada a las 14:00 horas del 08 de febrero del 2011, en el tomo
cuatro del notario Raúl Camacho Alfaro, se constituyó la sociedad Aegean
Sociedad Anónima. Capital social: 10.000 colones.—San José, 08 de febrero
del 2011.—Lic. Carlos Madrigal Mora, Notario.—1 vez.—(IN2011009091).
En esta notaría, a las
16:00 horas del 8 de febrero del 2011, Álvaro Jiménez Ulate y Susan Jenny
Wilson Pacheco constituyen Corporación Jiménez y Wilson Sociedad Anónima.
Capital social: 10.000 colones. Presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma el socio Jiménez Ulate. Plazo social: 99 años a
partir de la fecha indicada. Objeto: comercio en general.—Lic. José Fernando
Saborío Jenkins, Notario.—1 vez.—(IN2011009131).
Mediante escritura
número cuarenta y nueve del día cuatro de febrero del año dos mil once, se
constituyó la sociedad AGECOSEM Agencia Corporativa Seguridad Empresarial
Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Capital: íntegramente suscrito y
pagado.—Lic. Blanca Rodríguez Ruiz, Notaria.—1 vez.—(IN2011009134).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las trece horas del siete de febrero del dos mil once, se constituyó de conformidad con el artículo segundo del Decreto Ejecutivo 33171-J del 29 de mayo del 2006 una sociedad anónima. Estableciéndose Fondo de Reserva Legal, Junta Directiva y capital social. Domiciliada en Grecia.—Grecia 08 de febrero del 2011.—Lic. Mayid Brenes Calderón, Notario.—1 vez.—(IN2011009139).
En mi notaría, se constituyó Seguridad Continental Seco Sociedad Anónima. Capital: totalmente suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 8 de febrero del 2011.—Lic. Miguel Ángel Rojas Pacheco, Notario.—1 vez.—(IN2011009143).
Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima Acabados Profesionales D y G Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-cinco tres cinco uno cinco siete, por la que se nombra nueva secretaria de la junta directiva.—San José, cinco de febrero del dos mil once.—Lic. Luis Diego Castillo Guzmán, Notario.—1 vez.—(IN2011009146).
Yo, Ericsson Montiel
Arias, cédula número uno-mil dieciséis-novecientos sesenta y tres, en mi
calidad de representante legal y presidente, de
Que por escritura número
18, visible a folio 26 frente, se constituyó la empresa denominada Ant Hill
Corporation SRL representada por la gerente Zeger Willem (nombres)
Hendrikse (apellido), el motivo de este edicto es la constitución de la empresa
indicada. Visibles en el tomo 17 del Protocolo del Notario Público Lic. Eduardo
Abarca Vargas. Teléfono 2771-5855.—Uvita de Osa, a las 09:00 horas del 21 de
diciembre del 2010.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1
vez.—RP2011220651.—(IN2011009233).
Ante mí, a las 14:10
horas del 01 de febrero del 2010, escritura número 200-6 del tomo 6 del
protocolo de la suscrita se constituyó la sociedad que se denominará según
Decreto 33171-J. Plazo social: noventa y nueve años. Teléfono notaría
2770-3341.—Pérez Zeledón, 04 de febrero del 2011.—Lic. Paola Ramírez Acosta,
Notaria.—1 vez.—RP2011220652.—(IN2011009234).
Allan Martín Corrales
Rodríguez y otros, constituyen sociedad anónima cuyo nombre es Grupo Rodcor
de Costa Rica Sociedad Anónima, escritura otorgada ante la licenciada
Cintya Barrantes Vargas, número ciento ochenta y dos, visible al folio noventa
frente del tomo dos de la misma notaria, otorgada a las diecisiete horas del
dieciocho de enero del año dos mil diez, cuyo capital social esta íntegramente,
suscrito y pagado, el presidente será Allan Martín Corrales Rodríguez, con facultades
de apoderado generalísimo sin límite de suma, el objeto de dicha sociedad será
la venta, reparación, instalación, asesorías, en fin todo el comercio de
sistemas computacionales.—Lic.: Cintya Barrantes Vargas, Notaria.—1
vez.—RP2011220654.—(IN2011009235).
Geovanny Cambronero
Garita y Yorleni Fernández Ortega, constituyen sociedad anónima cuyo nombre es Semec
Sociedad Anónima. Escritura otorga ante la licenciada Cintya Barrantes
Vargas, número ciento setenta, visible al folio ochenta y cuatro vuelto del
tomo dos de la misma notaria, otorgada a las doce horas del diez de enero del
año dos mil diez, cuyo capital social esta íntegramente, suscrito y pagado, el
presidente será Geovanny Cambronero Garita, quien actuará con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma, el objeto de dicha sociedad será la
vigilancia privada y el comercio en general.—Lic. Cintya Barrantes Vargas,
Notaria.—1 vez.—RP2011220655.—(IN2011009236).
Escritura número 57,
tomo 12, esta Notaría, se constituyó Hermanos Acuña Monge NDMJFY Sociedad
Anónima. Domicilio social: El Águila, Pejibaye, provincia de San José,
exactamente trescientos metros noroeste de la iglesia católica. Capital social:
treinta y dos mil colones, representado por 32 acciones comunes y nominativas
de 1.000 colones cada una, íntegramente suscritas y pagadas. La representación
judicial y extrajudicial de la sociedad corresponderá al presidente,
vicepresidente, secretario, tesorero, primer y segundo vocal, con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo.—Pérez Zeledón, San José,
al ser las dieciséis horas del día siete de enero del dos mil once.—Lic. Nelson
Quirós Naranjo, Notario.—1 vez.—RP2011220656.—(IN2011009237).
Por escritura otorgada
hoy ante mí, se protocolizó acta de la empresa Marketing & More Sociedad
Anónima, en donde se reforma la cláusula primera de los estatutos sociales.
Escritura otorgada en San José, a las catorce horas del día dos de febrero del
dos mil once.—Fabián Fernández Faith y William Fernández Sagot, Notarios.—1
vez.—RP2011220661.—(IN2011009238).
Edwin Quirós Quirós,
cédula 1-408-781, Sory Gamboa Berrocal, cédula 1-541-897; Lineth Quirós Gamboa,
cédula 1-1160-275, Edwin Quirós Gamboa, cédula 1-1002-227, constituyen ante la
notaria pública Teresa Solís Bermúdez, a las quince horas del cuatro de febrero
del dos mil once Michelin e Hijos Sociedad Anónima. Presidente Edwin
Quirós Delgado.—4 de febrero del 2011.—Lic. Teresa Solís Bermúdez, Notaria.—1
vez.—RP2011220662.—(IN2011009239).
Por escritura otorgada
ante mí, a las 15:00 horas del 31 de enero del 2011, se constituyó la sociedad
anónima denominada Más Allá de Jabes Sociedad Anónima. Domiciliada en
Heredia, Mercedes Sur, residencial Milenio, casa 1-54, del plazo social: cien
años. Capital de diez mil colones, suscrito y pagado. La señora María de los
Ángeles Valerio Segura, presidenta quien tiene la representación judicial y
extrajudicial con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.—San
José, 31 de enero del 2011.—Lic. María Luisa Segura Gutiérrez, Notaria.—1
vez.—RP2011220666.—(IN2011009240).
Por escritura otorgada
ante mí, a las 18:00 horas del 31 de enero del 2011, se constituyó la empresa Pro
Solutions International E.I.R.L. Domiciliada en Heredia, Mercedes Norte
frente a la plaza de fútbol del lugar, del plazo social: cien años. Capital de
diez mil colones suscrito y pagado. La señora Ericka Matlack Sevilla, gerente
quien tiene la representación judicial y extrajudicial, con facultades de
apoderada generalísima sin límite de suma.—San José, 01 de febrero del
2011.—Lic. María Luisa Segura Gutiérrez, Notaria.—1
vez.—RP2011220668.—(IN2011009241).
Por escritura otorgada
ante mí, a las 19:00 horas del 31 de enero del 2011, se constituyó la sociedad
anónima Centro Infantil Bless S. A., domiciliada en Heredia, San
Francisco,
En esta notaría, al ser
las nueve horas del veinticinco de enero del año dos mil once, se constituye la
sociedad anónima Sam Mil Novecientos Treinta y Siete Sociedad Anónima.
Presidente como representante con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma. Capital social: diez mil colones.—San José, 25 de enero del
2011.—Lic. Javier Clot Barrientos, Notario.—1
vez.—RP2011220670.—(IN2011009243).
Mediante escritura
otorgada ante mí, a las 11:30 horas del 27 de enero del 2011, se protocolizó
acta de la sociedad de esta plaza
Por escritura 231
otorgada en esta notaría, a las 08:00 horas del 02 de febrero del 2011, se
constituyó la sociedad, Lucía en el Cielo con Diamantes S. A. Capital
social de ¢10.000,00, representada por el presidente y secretario en forma
conjunta.—Lic. Ilem Tatiana Rojas Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2011220672.—(IN2011009245).
Por escritura otorgada
ante mí, Mónica Garrido Quesada a las diecinueve horas del día veinte de enero
del dos mil once, se constituyó la sociedad anónima denominada Inversiones
Inmobiliarias Quesada y Navarro Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse a Inversiones
Inmobiliarias Quesada y Navarro S. A. Capital social: cien mil
colones.—Lic. Mónica Garrido Quesada, Notaria.—1
vez.—RP2011220673.—(IN2011009246).
A las 16:00 horas del 25
de noviembre del 2010, se constituyó la sociedad denominada Múltiples Climas
Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Múltiples Climas S. A., el
cual es nombre de fantasía en donde aparece como representante con facultades
de apoderado generalísimo sin límite de suma. Presidente: Jak Chrysler Camacho
Lara, cédula de identidad número seis-doscientos treinta-trescientos cuarenta y
ocho. Agente residente.—Lic. Sehaneth Varela Trejos, Notaria.—1
vez.—RP2011220674.—(IN2011009247).
Por escritura número
treinta y seis-trece, se constituyó la sociedad anónima denominada Inversiones
Agroturísticas Casa Vieja Sociedad Anónima. Domiciliada en Villa Nueva de
Pérez Zeledón, cuatrocientos metros oeste del puente. El plazo es de noventa y
nueve años a partir de esta fecha. Capital social: diez mil colones.—San Isidro
del General, Pérez Zeledón, siete horas del ocho de febrero del dos mil
once.—Lic. José Aure Navarro Garro, Notario.—1
vez.—RP2011220675.—(IN2011009248).
Yo, Licenciada Sonia
María Saborío Flores, notaria pública, hago constar que por escritura otorgada
a las 15:00 horas del 3 de febrero del 2011, se constituyó la sociedad con la
denominación social de número de cédula jurídica que le asigne el Registro de
Personas Jurídicas, según Decreto Ejecutivo número 33171-J. Capital social:
cien mil colones. Objeto: comercio en general, agricultura, industria.—Limón,
cuatro de febrero del dos mil once.—Lic. Sonia Ma. Saborío Flores, Notaria.—1
vez.—RP2011220677.—(IN2011009249).
Ante mi notaría, a las
8:00 horas del 5 de febrero del 2011, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Mercantiles Los Delfines S. A., con domicilio en San Isidro de Heredia.
Capital social: cien mil colones, dedicada al comercio en general venta de
bienes y servicios.—San José, 05 de febrero del 2011.—Lic. Zulema Villalta
Bolaños, Notaria.—1 vez.—RP2011220678.—(IN2011009250).
Ante esta notaría han
comparecido Wilberth Barrientos González y Félix Moreno Granados, a constituir
la sociedad denominada Orlando Parts S. A. Capital social: diez mil
colones. Plazo social: noventa y nueve años; representación del presidente y
secretario. Presidente: Wilberth Barrientos González.—San José, 26 de enero del
2011.—Lic. Luis Diego Araya González, Notario.—1
vez.—RP2011220680.—(IN2011009251).
Ante mi Notaría se
constituyó la sociedad sin nombre de asignación social, con domicilio social en
Ante mi Notaría se
constituyó la sociedad sin nombre de asignación social, con domicilio social en
Ante esta notaría, en
escritura número setenta y siete de las nueve horas del tres de febrero del dos
mil once, se modifica la cláusula sexta de la representación de la sociedad Agrícola
Tres Quebradas Sociedad Anónima; la representación judicial y extrajudicial
de la sociedad le corresponde al presidente, vicepresidente y apoderado.—San
José, 04 de febrero del dos mil once.—Lic. Manuel Enrique Leiva Chamarro,
Notario.—1 vez.—RP2011220683.—(IN2011009254).
Ante esta notaría, en
escritura número ochenta de las doce horas del cuatro de febrero del dos mil
once, se modifica la cláusula tercera del domicilio y sétima de la
administración de la sociedad Invermenta Sociedad de Responsabilidad
Limitada; la representación judicial y extrajudicial de la sociedad le
corresponde al gerente.—San José, cuatro de febrero del dos mil once.—Lic.
Manuel Enrique Leiva Chamorro, Notario.—1 vez.—RP2011220684.—(IN2011009255).
Por la escritura número
cien otorgada ante esta Notaría, a las diez horas y cuarenta y cinco minutos
del día cuatro del mes de febrero del dos mil once, mediante la cual se
protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de Finca de los
Austríacos Número Dos Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica
Por la escritura número
noventa y ocho, otorgada ante esta Notaría a las diez horas y quince minutos
del día cuatro del mes de febrero del dos mil once, mediante la cual se
protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de Finca de los
Austríacos Teca Tres Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica
Por la escritura número
noventa y nueve otorgada ante esta notaría, a las diez horas y treinta minutos
del día cuatro del mes de febrero del dos mil once, mediante la cual se
protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de Finca de
Por la escritura número
ciento dos otorgada ante esta notaría, a las once horas y quince minutos del
día cuatro del mes de febrero del dos mil once, mediante la cual se protocolizó
la asamblea general ordinaria y extraordinaria de Plantación Austriaca Teca
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-uno cero
uno-cuatro dos dos-dos cuatro seis, mediante la cual se modifica la junta
directiva y se nombra nuevo tesorero. Domicilio social: en Alajuela,
Por la escritura número
ciento uno otorgada ante esta notaría, a las once horas del día cuatro del mes
de febrero del dos mil once, mediante la cual se protocolizó la asamblea
general ordinaria y extraordinaria de Finca de los Austriacos Sociedad
Anónima, mediante la cual se modifica la junta directiva y se nombra nuevo
tesorero. Domicilio social: provincia de San José, Mercedes Sur de Puriscal,
Finca de los Austriacos.—San José, 04 de febrero del 2011.—Lic. Slawomir
Wiciak, Notario.—1 vez.—RP2011220691.—(IN2011009260).
Por la escritura número
ciento seis otorgada ante esta notaría a las doce horas y quince minutos del
día cuatro de febrero del dos mil once, se protocolizó la asamblea general
ordinaria y extraordinaria de Servicios Austriacos Uno Sociedad Anónima,
mediante la cual se modifica la junta directiva y se nombra nuevo tesorero.
Domicilio social: provincia de Alajuela,
Por la escritura número
ciento cinco otorgada ante esta notaría, a las doce horas del día cuatro de
febrero del dos mil once, se protocolizó la asamblea general ordinaria y
extraordinaria de Servicios Austriacos Teca Número Dos Sociedad Anónima,
mediante la cual se modifica la junta directiva y se nombra nuevo tesorero.
Domicilio social: provincia de Alajuela,
Por la escritura número
ciento tres otorgada ante esta notaría a las once horas y treinta minutos del
día cuatro del mes de febrero del dos mil once, mediante la cual se protocolizó
la asamblea general ordinaria y extraordinaria de Quinta Hennerbichler
Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la junta directiva y se
nombra nuevo tesorero. Domicilio social: San José, Avenida Central, calle
veintisiete, bufete Arias Duarte & Martínez, contiguo a la casa veintisiete
cero siete.—San José, 04 de febrero del 2011.—Lic. Slawomir Wiciak, Notario.—1
vez.—RP2011220696.—(IN2011009263).
Por la escritura número
ciento cuatro otorgada ante esta notaría, a las once horas y cuarenta y cinco
minutos del día cuatro del mes de febrero del dos mil once, se protocolizó la
asamblea general ordinaria y extraordinaria de Segunda Plantación Austriaca
Teca Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la junta directiva y se
nombra nuevo tesorero. Domicilio social: provincia de Alajuela,
Por la escritura número
noventa y siete otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día cuatro del
mes de febrero del dos mil once, mediante la cual se protocolizó la asamblea
general ordinaria y extraordinaria de Desarrollo Forestal Teca A.U.T.
Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la junta directiva y se
nombra nuevo tesorero. Domicilio social: provincia de Alajuela,
Por escritura otorgada
ante esta notaría, a las 9:00 horas del 2 de febrero del 2011, se protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de socios de Inmobiliaria El Tobogán
S. A., en la que se transforma y aumenta el capital social en dólares y se
deja un capital social autorizado.—San José, 7 de febrero del 2011.—Lic. Ingrid
Reischfleger Montero, Notaria.—1 vez.—RP2011220699.—(IN2011009266).
Por escritura otorgada
ante mí, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad
denominada Tejados de
Por escritura otorgada
ante mí, se constituye sociedad anónima denominada Funeraria Metropolitana
Una Mano Amiga Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Objeto social: el
comercio en general. Presidente: representante legal con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma. Domicilio social: Heredia, San
Isidro.—San José, 08 de febrero del 2010.—Lic. María Gabriela Sandoval
Chinchilla, Notaria.—1 vez.—RP2011220701.—(IN2011009268).
Por la escritura número,
noventa y seis, otorgada ante esta Notaría, a las diez horas del día tres de
febrero del dos mil once, se protocolizó la asamblea general ordinaria y
extraordinaria de Nemagus Universal Sociedad Anónima, mediante la cual
se modifica la junta directiva nombrando nuevo presidente, secretario, tesorero
y fiscal y se otorga poder general. Domicilio social: provincia de San José,
calle veintitrés bis, avenida diez, casa número mil cincuenta y ocho.—San José,
03 de febrero del 2011.—Lic. Slawomir Wiciak, Notario.—1
vez.—RP2011220705.—(IN2011009269).
Por la escritura número
noventa y cinco, otorgada ante esta Notaría a las ocho horas y treinta minutos
del día tres del mes de febrero del dos mil once, se constituyó la sociedad: Corporación
Santa Ana Uno Sociedad de Responsabilidad Limitada. Plazo
social: cien años. Domicilio social: San José, Santa Ana centro de
Por escritura otorgada ante
esta notaría, a las quince horas del siete de febrero del dos mil once, se
constituyó la sociedad anónima Salas MSM del Sur Sociedad
Anónima. Nombrándose como presidente: Jorge Luis Mora Brenes. Es todo.—San
José, siete de febrero del dos mil once.—Lic. María Verónica Méndez Reyes,
Notaria.—1 vez.—RP2011220707.—(IN2011009271).
Por escritura otorgada ante
esta notaría en San José, a las quince horas del día treinta y uno de enero del
dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea de Tres-ciento dos-seis
uno siete ocho uno tres sociedad de responsabilidad limitada,
reforma las cláusulas primera, tercera, quinta, sexta, sétima, décima y se
nombran gerentes.—San José, siete de febrero del dos mil once.—Lic. José
Antonio Saborío Carrillo, Notario.—1 vez.—RP2011220708.—(IN2011009272).
Por escritura otorgada ante
el suscrito notario a las 12:00 horas del 7 de febrero del 2011, protocolicé
acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la compañía Representaciones
Cosalco S. A., mediante la cual se reforma la cláusula sétima de los estatutos
sociales de la administración.—San José, 7 de febrero del 2011.—Lic. Orlando
Calzada Miranda, Notario.—1 vez.—RP2011220709.—(IN2011009273).
Al ser las 17:00 horas del
día de hoy, los señores Yamileth y Yita Patricia, ambas Valverde Alvarado
constituyeron una empresa cuya denominación social es el número de cédula
jurídica. Capital social: diez mil colones cancelado en dinero efectivo.
Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite
de suma. Domicilio: Horquetas de Sarapiquí de Heredia. Río Frío.—4 de febrero
del 2011.—Lic. German Vega Ugalde, Notario.—1
vez.—RP2011220710.—(IN2011009274).
Mediante escritura pública
número cincuenta y cinco, otorgada a las trece horas del veintiséis de enero
del dos mil once, ante la suscrita notaria Andrea Hutt Fernández, se reformaron
las cláusulas segunda (del domicilio) y sexta (de la administración) del pacto
constitutivo de la sociedad Inmobiliaria GCH S. A.—San
José, veintisiete de enero del dos mil once.—Lic. Andrea Hutt Fernández, Notaria.—1
vez.—RP2011220715.—(IN2011009275).
Por escritura número
cuarenta, otorgada ante mí, a las 13:00 horas del día 7 de febrero del 2011, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
empresa Compañía Cafetalera Sarchí Sociedad Anónima en la
que se reforman la cláusulas XI y XII del Pacto Constitutivo, se nombra junta
directiva y fiscal.—San José, 7 de febrero del 2011.—Lic. Álvaro Enrique Dengo
Solera, Notario.—1 vez.—RP2011220716.—(IN2011009276).
Mediante escritura pública
número cincuenta y siete, otorgada a las quince horas del tres de febrero del
dos mil once, ante la suscrita notaria Andrea Hutt Fernández, se reformó la
cláusula primera (del nombre) del pacto constitutivo de la sociedad Tierras
y Colores Eco Shack S. A., anteriormente denominada 3-101-568693 S.
A.—San José, cuatro de febrero del dos mil once.—Lic. Andrea Hutt Fernández,
Notaria.—1 vez.—RP2011220717.—(IN2011009277).
A las catorce horas quince
minutos del primero de febrero del dos mil once, Gustavo Soborío Ramírez y
Elizabeth Hernández Segura, constituyen la sociedad H.S. Construcciones
Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa años.—Lic. Eric Badilla
Córdoba, Notario.—1 vez.—RP2011220718.—(IN2011009278).
Por escritura otorgada en mi
notaría a las doce horas del cinco de febrero del dos mil once, se protocolizó
el acta número dos, del libro de actas de asambleas generales de accionistas de
Ojochal Internet Café S. A., en virtud de la cual, se reformó la
cláusula tercera del pacto social.—San Juan de Tibás, siete de febrero del dos
mil once.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1
vez.—RP2011220719.—(IN2011009279).
Por la escritura ciento
siete, otorgada ante esta notaría a las catorce horas de día siete del mes de
febrero del dos mil once, se constituyó sociedad de responsabilidad limitada,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número
tres tres uno siete uno-J, que rige a partir del catorce de junio del dos mil
seis. Plazo social: cien años. Domicilio social: provincia de Alajuela, Tuetar
Norte, Hotel Vista Linda, kilómetro y medio al oeste de la iglesia católica.
Gerente: Ingo Vinnemeier.—San José, 7 de febrero del 2011.—Lic. Slawomir
Wiciak, Notario.—1 vez.—RP2011220720.—(IN2011009280).
Ante la notaría de Jacqueline
Villalobos Durán, se protocolizó acta número dos de la sociedad Rodar Free
S. A. donde se cambia plazo social. Otorgada en la cuidad de San José,
escritura número 186-8 de las 9:00 horas del 4 febrero del 2011.—San José, 4 de
febrero del 2011.—Lic. Jacqueline Villalobos Durán, Notaria.—1
vez.—RP2011220721.—(IN2011009281).
Por escritura otorgada ante
esta notaría a las diez horas del siete de febrero del dos mil once, se
protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad Importaciones
Latinoamericanas
Por escritura número 57 de
las 19:00 horas del 2 de febrero de 2011, Jorge Ayala Melgar, Guadalupe del
Carmen Melgar de Ayala y Delmy Aracelly Cortés Alvarado, constituyeron: Ayala
y Cortés Sociedad Anónima. Capital social: 10.000,00 exactos suscritos y
pagados. Representación social y extrajudicial del presidente y secretario.
Domiciliada en: Liberia, Guanacaste. Plazo de noventa y nueve años.—Lic.
Estrella Quesada Guerrero, Notaria.—1 vez.—RP2011220723.—(IN2011009283).
Por escritura otorgada ante
esta notaría, Saúl Dagoberto de los Ángeles Vargas Chávez y Rachel Vargas
Meneses constituyen la sociedad Grupo Familiar V & M S. A. Escritura
otorgada en San José, a las doce horas del cinco de febrero del 2011.—Lic.
Edgar Hernández Mora, Notario.—1 vez.—RP2011220726.—(IN2011009284).
Por escritura número ciento
setenta y siete, de las trece horas del cuatro de febrero del dos mil once,
otorgada ante mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Sociedad sin
Nombre S. A. Capital: cien mil colones. Presidente con facultades
de apoderado generalísimo sin límite de suma. Objeto: principalmente será la
venta de repuestos así como el comercio en general.—San José, 7 de febrero del
2011.—Lic. Dora María Fernández Rojas, Notaria.—1
vez.—RP2011220729.—(IN2011009285).
Luis Felipe Gutiérrez Araya y
Rita Argentina Venegas Campos constituyen la sociedad Consorcio
Costarricense de Operaciones Profesionales en Seguridad
Nacional e Internacional C.O.P. S. S. A., con
domicilio social en San José, San Juan de Tibás, de
Luis Diego Chacón Bolaños,
notario público, hace constar que el día de hoy 7 de febrero del 2011, se
modificaron las cláusulas cuarta y sétima de la sociedad Stealh Wireless
_S. A., presidente como único apoderado generalísimo sin límite de
suma.—Lic. Luis Diego Chacón Bolaños, Notario.—1
vez.—RP2011220731.—(IN2011009287).
Lasociedad: Contratistas
Técnicos en Electricidad COTELSA S. A., con cédula jurídica: 3-101-159267,
modifica el artículo quinto de constitución, para aumentar el capital a treinta
millones de colones.—Goicoechea, 26 de octubre del 2010.—Lic. Miguel A. Meza
Mora, Notario.—1 vez.—RP2011220732.—(IN2011009288).
Mediante escritura otorgada
ente mí, a las diecinueve horas treinta minutos del dos de febrero del dos mil
once, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Usa Mart Sociedad
Anónima. Capital social suscrito y pagado mediante valores. Domicilio en
Aguas Zarcas de San Carlos, Alajuela. Objeto el comercio, la industria, la
ganadería, y todo fin lícito.—Lic. María Eugenia Porras Vargas, Notaria.—1
vez.—RP2011220733.—(IN2011009289).
Mediante escritura otorgada
ente mí, a las diecinueve horas treinta minutos del dos de febrero del dos
once, se constituyó la sociedad denominada Importaciones Tiyo Sociedad
Anónima. Capital social suscrito y pagado mediante valores. Domicilio en
Aguas Zarcas de San Carlos, Alajuela. Objeto el comercio, la industria, la
ganadería, y todo fin licito.—Lic. María Eugenia Porras Vargas, Notaria.—1
vez.—RP2011220734.—(IN2011009290).
Por escritura otorgada ante
esta notaría, al ser las diecisiete horas treinta minutos del dos de febrero
del dos mil once, se constituye la sociedad anónima denominada Walpa Setenta
y Ocho de Turrialba Sociedad Anónima. Domicilio
social: República de Costa Rica, provincia de Cartago, cantón de Turrialba,
Santa Rosa setenta y cinco metros norte del Ebais, pudiendo establecer agencias
o sucursales dentro o fuera del país. Presidente y secretaria con la
representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma, según indica el artículo mil
doscientos cincuenta y tres del Código Civil.—Turrialba, ocho de febrero del
dos mil once.—Lic. Sigifredo Brenes Dittel, Notario.—1
vez.—RP2011220737.—(IN2011009291).
En escritura N° 6-315,
otorgada a las 12:00 horas del 7 de febrero de 2011, tomo sexto del protocolo
de esta notaria, se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo de la
empresa denominada Nueva Roxy PHMCY SRL, cédula tres-uno cero dos-cinco
cuatro cuatro cuatro ocho ocho.—San José, 7 de febrero de 2011.—Lic. Andrea
Fernández Cruz, Notaria.—1 vez.—RP2011220739.—(IN2011009292).
Ante este Notario, en San
José, al ser las ocho horas del siete de febrero del dos mil once, se reforma
la cláusula décima tercera de la sociedad Grupo CN de Costa Rica Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y seis
mil ochocientos setenta y nueve y se nombra nueva junta directiva.—San José, 7
de febrero de 2011.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1
vez.—RP2011220741.—(IN2011009293).
Escritura otorgada a las
dieciséis horas del veintisiete de enero del dos mil once, se constituye la
empresa de esta plaza S & S Sánchez y Sánchez Grupo
Constructor Inc. Sociedad Anónima. Capital social: ciento veinte mil
colones exactos. Representación: presidente, secretario y tesorero. Plazo
social: noventa y nueve años.—San José, siete de febrero del dos mil once.—Lic.
José Luis Ureña Díaz, Notario.—1 vez.—RP2011220742.—(IN2011009294).
Por escritura otorgada hoy ante
esta Notaría, se reformó la cláusula quinta sobre el capital social de Club
Tres-ciento
uno-setecientos nueve mil ciento ochenta y dos sociedad anónima, cédula jurídica
número 3-101-609182 S. A. Protocolización de acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas número dos. Cambio de junta directiva.—San José,
4 de febrero del 2011.—Lic. William Charpentier Morales, Notario.—1
vez.—RP2011220746.—(IN2011009296).
Ante mí, Carlos Fernández
Vásquez, Notario Público, constituyo la empresa B.H.J.R e Hijos S.
A. Capital social la suma de cien mil colones, a la escritura 61 del tomo
21 de mi Notaría.—Palmares, 10 de diciembre del dos mil diez.—Lic. Carlos
Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—RP2011220747.—(IN2011009297).
Por escritura pública
otorgada ante el notario Luis Fernando Castro Gómez, en San José, a las doce
horas del siete de febrero del dos mil once, se protocolizó acta de asamblea
general de la sociedad Pochet y Asociados Sociedad Anónima,
donde se acordó reformar la cláusula sétima de la administración y se nombra
junta directiva.—San José, siete de febrero del dos mil once.—Lic. Luis
Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—RP2011220749.—(IN2011009298).
El día de hoy he
protocolizado acta constitutiva de la entidad Finca Los Sueños Gablor S. A.
Presidente: Narly Walters Thyme.—Puerto Viejo, Sarapiquí, 9 de noviembre del
2010.—Lic. Gabriela Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2011220751.—(IN2011009299).
Por escritura otorgada ante
mi notaría en febrero último se constituyó la compañía Bebidas Naturales S.
A. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin
límite de suma. Capital social: cien mil colones.—San José, 8 de febrero de
2011.—Lic. Jorge Luis Fonseca Fonseca, Notario.—1
vez.—RP2011220753.—(IN2011009300).
A las 15:30 horas del 4 de
febrero del 2011, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Servicios Corindo S. A., de esta plaza, mediante
la cual se reforma la cláusula quinta del plazo social de la escritura
constitutiva.—San José, 8 de febrero del 2011.—Lic. Victoria Medrano Guevara,
Notaria.—1 vez.—RP2011220754.—(IN2011009301).
A las 15:00 horas del 4 de
febrero del 2011, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Servicios Kadix C.R.S. S. A., de esta plaza, mediante la
cual se reforma la cláusula quinta del plazo social de la escritura
constitutiva.—San José, 8 de febrero del 2011.—Lic. Victoria Medrano Guevara,
Notaria.—1 vez.—RP2011220755.—(IN2011009302).
A las 14:00 horas del 4 de
enero del 2011, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Servicios Troma S. A., de esta plaza, mediante la cual se
reforma la cláusula quinta del plazo social escritura constitutiva.—San José, 8
de febrero del 2011.—Lic. Victoria Medrano Guevara, Notaria.—1
vez.—RP2011220756.—(IN2011009303).
Ante esta notaría, por
escritura otorgada en San José a las catorce horas del catorce de febrero 2011,
se constituyó Makarius Sociedad Anónima. Presidente y secretario con
facultades de apoderados generalísimos sin limite de suma actuando
conjuntamente.—Lic. Dannia Mayela Rodríguez Astorga, Notaria.—1
vez.—RP2011220757.—(IN2011009304).
Ante mí, Carlos Manuel Arroyo
Rojas, se reforma la cláusula quinta del pacto de constitución de la sociedad B
y Jiménez Dos Mil Tres Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, cuatro de
febrero del dos mil once.—Lic. Carlos Manuel Arroyo Rojas, Notario.—1
vez.—RP2011220758.—(IN2011009305).
Mediante escritura 102-9, de
las 16:00 horas del 31 enero, protocolicé reforma de estatutos de Playa
Prieta Town House S. A.—Tamarindo, 3 de febrero del
dos mil once.—Lic. Ricardo Cañas Escoto, Notario.—1
vez.—RP2011220759.—(IN2011009306).
Por escritura número
cincuenta y ocho otorgada ante esta notaría a las catorce horas del diecisiete
de noviembre de dos mil diez, se constituye la compañía de esta plaza
denominada Inversiones Molina Villalobos Sociedad Anónima. Capital
social íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años. La
representación social la ostenta el presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma.—Ciudad Quesada, 7 de febrero del 2011.—Lic.
Olga Lydia Guerrero Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2011220760.—(IN2011009307).
Mediante escritura 94-9, de
las 9:00 horas del 20 enero, protocolicé reforma de estatutos de Calle Simms
Sociedad Responsabilidad Limitada.—Tamarindo, 3 de febrero del dos mil
once.—Lic. Ricardo Cañas Escoto, Notario.—1 vez.—RP2011220761.—(IN2011009308).
Mediante escritura 100-9, de
las 16:00 horas del 28 de enero, protocolicé reforma de estatutos de Trader
Jacks Sociedad Anónima.—Tamarindo, 3 de febrero del dos mil once.—Lic.
Ricardo Cañas Escoto, Notario.—1 vez.—RP2011220762.—(IN2011009309).
Por escritura otorgada ante
esta Notaría, al ser las diez horas cuarenta minutos del cuatro febrero del dos
mil once, se constituyó sociedad anónima cuya denominación es Multioficios
Industriales M y M, S. A. Plazo de noventa y nueve años a partir de su
constitución. Domiciliada en San Rafael de Coronado. Capital social de diez mil
colones. Es todo.—Lic. Carlos Eduardo Brilla Ferrer, Notario.—1
vez.—RP2011220763.—(IN2011009310).
El suscrito Notario hace
constar, que mediante escritura número 136 del protocolo décimo, otorgada a las
15:00 horas del 17 de enero del 2011, ante notario se modificó la cláusula
segunda, y se nombra nueva junta directiva, de la sociedad denominada C
& CH Marketing Integrated S. A., cédula jurídica número:
3-101-599723.—Monterrey de San Carlos, Alajuela, 5 de febrero del 2011.—Lic.
Johanny Esquivel Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2011220764.—(IN2011009311).
Ante esta notaría se reforma
pacto constitutivo cláusula sétima de la sociedad Alberjim Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y seis mil ochocientos
nueve, en cuanto a la administración, Alejandro Bermúdez Jiménez,
presidente.—San José, 8 de febrero del 2011.—Lic. Lissette Ortiz Brenes,
Notaria.—1 vez.—RP2011220765.—(IN2011009312).
Por escritura otorgada ante
esta Notaría se constituyó la sociedad Costa Rica International
Entrepreneurs Sociedad Anónima. Se nombra junta directiva y fiscal. Plazo:
99 años.—Lic. Sylvia Delgado Montero, Notaria.—1
vez.—RP2011220767.—(IN2011009313).
Ante mi notaría, a las 8:00
horas del 3 de noviembre del 2010, se constituyó la sociedad de responsabilidad
limitada denominada It Regional Soft Sociedad de Responsabilidad
Limitada. Duración: 99 años. Domicilio: San José. Capital social: diez mil colones.
Gerentes: Eduardo Carvajal Taboada e lleana Barboza Aguilar con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, siete de febrero del dos
mil once.—Lic. Ana Yhansey Fernández Corrales, Notaria.—1
vez.—RP2011220769.—(IN2011009314).
Mediante la escritura número
ciento ochenta y dos, otorgada ante el Notario Roy Alberto Ramírez Quesada, se
constituyó la compañía denominada igual que su número de cédula jurídica.—San
José, ocho de febrero del dos mil once.—Lic. Roy Alberto Ramírez Quesada,
Notario.—1 vez.—RP2011220772.—(IN2011009315).
Mediante la escritura número
ciento noventa y dos, otorgada ante el Notario Roy Alberto Ramírez Quesada, se
constituyó la compañía denominada igual que su número de cédula jurídica.—San
José, ocho de febrero del dos mil once.—Lic. Roy Alberto Ramírez Quesada,
Notario.—1 vez.—RP2011220773.—(IN2011009316).
Mediante la escritura número
ciento noventa y cuatro, otorgada ante el Notario Roy Alberto Ramírez Quesada,
se constituyó la compañía denominada igual que su número de cédula
jurídica.—San José, ocho de febrero del dos mil once.—Lic. Roy Alberto Ramírez
Quesada, Notario.—1 vez.—RP2011220774.—(IN2011009317).
Mediante la escritura número
ciento noventa y seis, otorgada ante el notario Roy Alberto Ramírez Quesada, se
constituyó la compañía denominada igual que su número de cédula jurídica.—San
José, ocho de febrero del dos mil once.—Lic. Roy Alberto Ramírez Quesada,
Notario.—1 vez.—RP2011220775.—(IN2011009318).
Que mediante escritura
pública número ciento setenta y uno, otorgada ante esta notaría a las once
horas con treinta minutos del día veintiocho de enero del dos mil once, los
señores Freddy Alberto Torres Herrera, cédula número uno-novecientos noventa y
siete-quinientos cuarenta y dos, y Karen Adriana Ortiz Rojas, cédula número
uno-mil ciento cincuenta y cuatro-quinientos once, constituyeron la sociedad
denominada Soluciones Constructivas Jardín de Heliconias
Sociedad de Responsabilidad Limitada, pudiendo abreviarse Soluciones
Constructivas Jardín de Heliconias S.R.L., que es
nombre de fantasía. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: cien mil
colones.—Siquirres, veintinueve de enero del dos mil once.—Lic. Verny Argentina
Delgado Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2011220776.—(IN2011009319).
Por escritura otorgada en mi
notaría, a las 11:00 horas del 11 de enero del 2011, se constituyó la sociedad
denominada Costa Rica Internet Marketing Sociedad Anónima.—San Isidro de
Heredia.—Lic. Kattya Lisseth Mora Sequeira, Notaria.—1
vez.—RP2011220777.—(IN2011009320).
La suscrita notaria Catalina
Blanco Sánchez, da fe de que en mi notaría, se constituyó la sociedad
denominada Muchogusto Management Sociedad Anónima, escritura número
cuarenta y nueve visible a folio cuarenta y dos frente del tomo primero de mi
protocolo. Es todo.—San José, a las doce horas del ocho de febrero del dos mil
once.—Lic. Catalina Blanco Sánchez, Notaria.—1
vez.—RP2011220778.—(IN2011009321).
Que por escritura otorgada
ante esta notaría, se cambio junta directiva de sociedad Bejuco Ecoverde
Sociedad Anónima. Presidente: Arnoldo Anglada Rodríguez.—Lic. Franklin
Carrillo Cubero, Notario.—1 vez.—RP2011220780.—(IN2011009322).
Que por escritura otorgada
ante esta notaría, se constituyó Transportes M & M de Quebrada Honda
Sociedad Anónima Ma. Capital social: diez mil colones. Plazo: cien años.
Domicilio: Millal de Quebrada Honda, Nicoya. Presidente: Manuel Antonio
Carrillo Durán.—Lic. Franklin Carrillo Cubero, Notario.—1
vez.—RP2011220781.—(IN2011009323).
Por escritura otorgada el día
de hoy, protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la
empresa R Q El Caballo de Oro S. A., mediante la cual se reforma el
pacto social y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Nicoya, 6 de setiembre
de 2010.—Lic. Víctor Julio Chavarría Rojas, Notario.—1
vez.—RP2011220782.—(IN2011009324).
Por escritura otorgada el día
de hoy, protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la
empresa Inversiones y Recreaciones Chati S. A., mediante la cual se
reforma el pacto social y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Nicoya, 6
de setiembre de 2010.—Lic. Víctor Julio Chavarría Rojas, Notario.—1
vez.—RP2011220783.—(IN2011009325).
Por escritura 88 de las diez
horas y treinta minutos del día seis de febrero de dos mil once, se constituyó
la sociedad anónima denominada Family Properties López Hernández S. A.
Representación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma,
presidente y vicepresidente, secretario y tesorero. Capital social doce mil
colones exactos, plazo social cien años, domicilio social San José.—San José,
06-02-2011.—Lic. Lary Glorianna Escalante Flores, Notaria.—1
vez.—RP2011220784.—(IN2011009326).
Ante esta notaría, mediante
escritura
Ante esta notaría, otorgada a
las once horas quince minutos del día dos de febrero del dos mil once, se
modificó la cláusula del domicilio y de la administración del pacto
constitutivo de la sociedad Apunte Alto LCH Sociedad Anónima.—San José,
siete de febrero de dos mil once.—Lic. Pier Paolo Sinigaglia Gago, Notario.—1
vez.—RP2011220789.—(IN2011009328).
Ante esta notaría, los
señores Manuel Gerardo Zamora Cruz, cédula de identidad número uno-setecientos
veintitrés-seiscientos veintinueve, Jorge Luis Álvarez Zamora, cédula de
identidad número uno-setecientos nueve-ochocientos setenta y siete, han
constituido una sociedad denominada Propiedades del Esfuerzo Sociedad
Anónima, capital social: diez mil colones. Funge como presidente: Alfredo
Gerardo Zamora Badilla.—Lic. Carlos Johalmo Alvarado Villalobos, Notario.—1
vez.—RP2011220790.—(IN2011009329).
En mi notaría, en la
escritura número treinta y nueve, del tomo cincuenta y ocho de mi protocolo
otorgada a las quince horas del siete de febrero de dos mil once, protocolicé
acta de asamblea extraordinaria de socios de la compañía Constructora
Madrigal Ebhuaa Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos noventa y nueve mil novecientos sesenta y tres, realicé
cambio de junta directiva y cláusula octava del pacto constitutivo.—Liberia,
siete de febrero de dos mil once.—Lic. Carlos Johalmo Alvarado Villalobos,
Notario.—1 vez.—RP2011220791.—(IN2011009330).
Por escritura número
veinticinco-tres, otorgada en Liberia, ante esta notaría, a las catorce horas
del día veintiocho de enero del dos mil once, constituyen Guanaport Sociedad
Anónima, con domicilio en Liberia, Guanacaste, presidente: Kenneth Eduardo
García Guevara, accionistas: Kenneth Eduardo García Guevara y Jeimmy María
Rodríguez Paniagua. Pudiendo abreviarse sus dos últimas siglas en S. A.,
capital social: diez mil colones.—Lic. Melania Jirón Estrada, Notaria.—1
vez.—RP2011220792.—(IN2011009331).
En escritura otorgada en mi
notaría, a las doce horas del veintitrés de diciembre del año en curso, la
señora Ivonne Zapata Borda, constituye una fundación denominada Fundación
Centro de Gestión Empresarial.—San José, veintitrés de diciembre del dos
mil diez.—Lic. Johanny Retana Madriz, Notario.—1
vez.—RP2011220793.—(IN2011009332).
Por escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11:00 horas del 1 de enero del 2011, se constituyó una
sociedad anónima denominada Recuerdos Caycosta S. A., presidente y
vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.
Capital social: un millón de colones. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio
social: Manuel Antonio de Quepos, Aguirre, Puntarenas, contiguo al bar y
restaurante Mar y Sombra,.—1 de febrero del 2011.—Lic. Yuri Alonso Ramírez
Acón, Notario.—1 vez.—RP2011220995.—(IN2011009333).
Juan Carlos Fernández Redondo
y María de Los Ángeles Jiménez Alpízar, han convenido en constituir una
sociedad anónima, los otorgantes solicitan y autorizaron que la razón social
sea asignada de oficio por el Registro de Personas Jurídicas, con domicilio en
San José, para dedicarse al comercio, capital diez mil colones, el apoderado
generalísimo es el presidente.—San José, ocho de febrero del dos mil once.—Lic.
Kenneth Mora Díaz, Notario.—1 vez.—RP2011220799.—(IN2011009334).
Mediante escritura otorgada a
las 11:00 horas del 04 febrero del 2011, ante la notaria Alejandra Montiel
Quirós, se constituyen 10 sociedades de responsabilidad limitada.—San José, 07
de febrero del 2011.—Lic. Alejandra
Montiel Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2011220800.—(IN2011009335).
Mediante escritura número
ciento noventa y seis, otorgada ante la notaria Carla Baltodano Estrada, a las
nueve horas, treinta minutos del cuatro de febrero del dos mil once, se
protocolizó el acta de asamblea de socios de la sociedad Productos de
Naranja Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-ciento once mil novecientos tres, en la cual se modificó el pacto
constitutivo, las cláusulas relativas al domicilio social.—San José, cuatro de
febrero del dos mil once.—Carla Baltodano Estrada, Notaria.—1
vez.—RP2011220801.—(IN2011009336).
Mediante escritura número
ciento noventa y ocho, otorgada ante la notaria Carla Baltodano Estrada, a las
diez horas, treinta minutos del cuatro de febrero del dos mil once, se
protocolizó el acta de asamblea de socios de la sociedad Citronorte Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno- noventa y siete
mil ochocientos veintiséis, en la cual se modificó el pacto constitutivo, la
cláusula relativa al domicilio de la sociedad.—San José, cuatro de febrero del
dos mil once.—Carla Baltodano Estrada, Notaria.—1
vez.—RP2011220802.—(IN2011009337).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las ocho horas del veinticinco de enero del dos mil once, se constituyó la
empresa El Azul de Aldabra S. A., cuyo capital es la suma de diez mil
colones y corresponde a su presidente y secretario la representación judicial y
extrajudicial. Es todo.—San José, 26 de enero del dos mil once.—Lic. Jorge
Alberto Molina Corrales, Notario.—1 vez.—RP2011220805.—(IN2011009338).
Asamblea general
extraordinaria de Máxima Celulares Sociedad Anónima, con cédula jurídica
número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y cinco mil doscientos cuarenta y
uno, celebrada el día quince de enero del dos mil once, a las quince horas, en
el domicilio de la sociedad, por acuerdos firmes se modifica la cláusula
segunda del pacto constitutivo.—Santo Domingo, de Heredia, 2 de febrero del dos
mil once.—Lic. Ronald Araya Marín, Notario.—1
vez.—RP2011220806.—(IN2011009339).
Por escritura otorgada ante
esta notaría a las ocho horas del veinticinco de enero de dos mil once, se
constituyó la empresa Complejos Educacionales El Danubio S. A., cuyo
capital es la suma de diez mil colones y corresponde a su presidente y
secretario la representación judicial y extrajudicial. Es todo.—San José, 26 de
enero de dos mil once.—Lic. Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1
vez.—RP2011220807.—(IN2011009340).
Asamblea general
extraordinaria de Costas del Océano Cósmico Sociedad Anónima, con cédula
jurídica número tres-ciento uno-ciento noventa y dos mil doscientos, celebrada
el día dieciséis de enero del dos mil once, a las quince horas, en el domicilio
de la sociedad, por acuerdos firmes se modifica la cláusula tercerea del
domicilio, cláusula sexta, de la representación y cláusula undécima del agente
residente.—Santo Domingo de Heredia, dos de febrero del dos mil once.—Lic.
Ronald Araya Marín, Notario.—1 vez.—RP2011220808.—(IN2011009341).
Por escritura otorgada ante
esta notaría, a las ocho horas del veinticinco de enero de dos mil once, se
constituyó la empresa Defensa Grufeld S. A., cuyo capital es la suma de
diez mil colones y corresponde a su presidente y secretario la representación
judicial y extrajudicial. Es todo.—San José, 26 de enero de dos mil once.—Lic.
Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1 vez.—RP2011220809.—(IN2011009342).
Por escritura otorgada ante
esta notaría, a las ocho horas del veinticinco de enero de dos mil once, se
constituyó la empresa Grupo Desarrolladores
Por escritura otorgada ante
esta notaría, a las ocho horas del veinticinco de enero de dos mil once, se
constituyó la empresa Desarrollos Sagamatha S. A., cuyo capital es la
suma de diez mil colones y corresponde a su presidente y secretario la
representación judicial y extrajudicial. Es todo.—San José, 26 de enero de dos
mil once.—Lic. Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1
vez.—RP2011220811.—(IN2011009344).
La sociedad denominada Almacén
General de Depósito J L Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-ciento noventa y ocho mil cuatrocientos dieciséis, aumentó su
capital social en la suma de trescientos noventa y nueve millones de colones,
quedando en cuatrocientos millones de colones exactos.— San José, a las catorce
horas treinta minutos del siete de febrero de dos mil once.—Lic. Ana Isabel
Salas Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2011220812.—(IN2011009345).
Por escritura otorgada
ante el suscrito notario Marlon Campbell Griffiths, al ser las diecinueve horas
con treinta minutos del día veinticinco de diciembre del dos mil diez, se
reformó la cláusula octava de la sociedad anónima denominada Innovamarketplaza,
con cédula de personería jurídica número tres-ciento uno-seiscientos veintiún
mil doscientos veintisiete. Es todo.—San José, siete de febrero del dos mil
once.—Lic. Marlon Campbell Griffiths, Notario.—1
vez.—RP2011220816.—(IN2011009346).
Por escritura otorgada
ante esta notaría, a las ocho horas del veinticinco de enero del dos mil once,
se constituyó la empresa Apertura Larsen S. A., cuyo capital es la suma
de diez mil colones y corresponde a su presidente y secretario la
representación judicial y extrajudicial. Es todo.—San José, 26 de enero del dos
mil once.—Lic. Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1
vez.—RP2011220817.—(IN2011009347).
Por escritura otorgada
ante esta notaría, a las ocho horas del veinticinco de enero del dos mil once,
se constituyó la empresa Virunga S. A., cuyo capital es la suma de diez
mil colones y corresponde a su presidente y secretario la representación
judicial y extrajudicial. Es todo.—San José, 26 de enero del dos mil once.—Lic.
Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1 vez.—RP2011220818.—(IN2011009348).
Por escritura otorgada
ante esta notaría, a las ocho horas del veinticinco de enero del dos mil once,
se constituyó la empresa Asesorías Educativas San Peterburgo S. A., cuyo
capital es la suma de diez mil colones y corresponde a su presidente y
secretario la representación judicial y extrajudicial. Es todo.—San José, 26 de
enero del dos mil once.—Lic. Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1
vez.—RP2011220819.—(IN2011009349).
Por escritura otorgada
ante esta notaría, a las ocho horas del veinticinco de enero del dos mil once,
se constituyó la empresa Montañas de Engadina S. A., cuyo capital es la
suma de diez mil colones y corresponde a su presidente y secretario la
representación judicial y extrajudicial. Es todo.—San José, 26 de enero del dos
mil once.—Lic. Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1
vez.—RP2011220820.—(IN2011009350).
El día de hoy en mi
notaría, se protocolizó la constitución de la sociedad denominada Unión
Fermari Z & D Sociedad Anónima. Representante legal: El presidente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Miramar, 19:00 horas
del 7 de febrero del 2011.—Lic. Jockseline Zúñiga Varela, Notaria.—1
vez.—RP2011220821.—(IN2011009351).
Por escritura otorgada
ante esta notaría, a las ocho horas del veinticinco de enero del dos mil once,
se constituyó la empresa Inversiones Ushuaia S. A., cuyo capital es la
suma de diez mil colones y corresponde a su presidente y secretario la
representación judicial y extrajudicial. Es todo.—San José, 26 de enero del dos
mil once.—Lic. Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1
vez.—RP2011220822.—(IN2011009352).
Mediante escritura
autorizada por mí, a las quince horas del tres de enero del dos mil once, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Green
Village Properties, Sociedad Anónima (la “Compañía”), de esta plaza, cédula
de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos tres mil cuatrocientos
treinta y cuatro; mediante la cual se modifica la cláusula de representación
del pacto constitutivo de la compañía; y se nombra nueva junta directiva y
fiscal.—San José, primero de febrero del dos mil once.—Lic. Carlos Manuel
Valverde, Notario.—1 vez.—RP2011220826.—(IN2011009353).
Ante esta notaría, en
escritura número once se constituye sociedad anónima denominada Insurance
Investiment Companie S. A., domiciliada en San José, Sabanilla de Montes
Oca, con plazo social de noventa y nueve años, su representante Damien Plantade
Coromi, con facultad de apoderado generalísimo.—San José, 31 de enero del
2011.—Lic. José Eladio Fallas Valverde, Notario.—1
vez.—RP2011220823.—(IN2011009354).
Por escritura otorgada
ante mí, a las 12:00 horas del 7 de febrero del 2011, protocolizo acta de
asamblea general de socios de Residencia Cannes Cinco S. A., que reformó
cláusulas 3º y 6º del pacto social y se nombró junta directiva y fiscal.—San
José, 7 de febrero del 2011.—Lic. Yorleny Campos Oporta, Notaria.—1
vez.—RP2011220827.—(IN2011009355).
Por protocolización de
acta ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Soluciones
Avanzadas en Telecomunicaciones SOLATEL Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-seiscientos dieciséis mil trescientos cincuenta y
cuatro, se reforma la cláusula novena del pacto constitutivo. Se nombra nueva
junta directiva y fiscal.—San José, doce horas del siete de febrero del dos mil
once.—Lic. Javier Villalta Solano, Notario.—1
vez.—RP2011220828.—(IN2011009356).
Mediante escritura
pública número 37 de las 08:00 horas del 7 de febrero del 2011, se protocoliza
acta general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad 3-101-608982
S. A., en la que se modifica la cláusula primera del pacto social.—Lic.
Carlos Corrales Azuola, Notario.—1 vez.—RP2011220833.—(IN2011009357).
Por escritura número
ciento cincuenta y nueve otorgada ante este notario el día siete de febrero a
las trece horas del dos mil once, se constituyó la sociedad anónima Magdelet
Inc Sociedad Anónima, plazo social: noventa y nueve años, capital social:
mil doscientos colones, dividido en mil doscientas acciones de un colón cada
una. Representación judicial: presidente y secretario de la junta
directiva.—San José, siete de febrero del dos mil once.—Lic. Melvin Rudelman
W., Notario.—1 vez.—RP2011220837.—(IN2011009358).
Por escritura número
ciento cincuenta y ocho otorgada ante este notario el día siete de febrero a
las ocho horas del dos mil once, se constituyó la sociedad anónima KMRC
Property Inc Sociedad Anónima, plazo social: noventa y nueve años, capital
social: mil doscientos colones, dividido en mil doscientas acciones de un colón
cada una. Representación judicial; presidente de la junta directiva.—San José,
siete de febrero del dos mil once.—Lic. Melvin Rudelman W., Notario.—1
vez.—RP2011220838.—(IN2011009359).
Mediante escritura
otorgada ante el suscrito notario, a las nueve horas del ocho de febrero del
dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Mega Health Costa Rica
Sociedad Anónima. Presidente: Ángel Rubén Cifuentes Maldano, pasaporte
guatemalteco Nº 197216117.—San José, 8 de febrero del 2011.— Lic. Tomás
Esquivel Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2011220839.—(IN2011009360).
Por escritura número
sesenta y cinco se protocolizó acta de asamblea general de socios de la
sociedad denominada Logística Transaccional del Istmo Sociedad Anónima.—San
José, ocho de febrero del dos mil once.—Lic. Juan Carlos González Lavergne,
Notario.—1 vez.—RP2011220842.—(IN2011009361).
Por escritura otorgada
en San José, ante esta notaría, de las diez horas del siete de enero del dos
mil once, se constituyó la sociedad Villa Isa Lei Sociedad Anónima, con
domicilio en San José, teniendo el presidente, el secretario y el tesorero
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma en forma
separada.—San José, 7 de febrero del dos mil once.—Lic. Vera Denise Mora
Salazar, Notaria.—1 vez.—RP2011220845.—(IN2011009362).
Por escritura otorgada ante esta notaría,
número doscientos veinte de las ocho horas del día primero de febrero del dos
mil once, se acuerda reformar la cláusula cuarta del pacto social de la
sociedad denominada Corporación Doumar C & D Sociedad Anónima,
cédula jurídica número: tres-ciento uno-trescientos treinta y un mil
novecientos cuarenta y cinco, con domicilio social en la provincia de San José,
Residencial Metrópolis, casa número noventa y seis, para que en lo sucesivo se
lea de la siguiente forma Cuarta: El plazo social será de nueve años contados a
partir de la fecha de constitución de esta sociedad es decir del seis de julio
del dos mil dos con vencimiento al seis de julio del dos mil once. Es todo.—San
José, siete de febrero del dos mil once.—Lic. Sandra Moya Serrano, Notaria.—1
vez.—RP2011220846.—(IN2011009363).
.Por
escritura número ochenta-tres, otorgada a las ocho horas del primero de febrero
del dos mil once, ante el suscrito notario, se reforma la cláusula primera de
la razón social, se revoca el nombramiento de secretario de la junta directiva
y se hace nuevo nombramiento de la sociedad de este domicilio, denominada: Seashell
Hideaway Sociedad Anónima.—San José, primero de febrero del dos mil
once.—Lic. Federico Peralta Calzada, Notario.—1 vez.—RP2011220851.—(IN2011009364).
Por escritura número
ochenta y uno-tres, otorgada ante mí, a las diez horas del primero de febrero
del dos mil once, ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad
denominada Gasolinera Esquipulitas Sociedad Anónima. Capital social: un
millón de colones exactos. Plazo: noventa y nueve años. Representación judicial
y extrajudicial: presidente, secretario y tesorero.—San José, 01 de febrero del
2011.—Lic. Federico Peralta Calzada, Notario.—1
vez.—RP2011220852.—(IN2011009365).
Por escritura otorgada
en esta notaría, a las dieciocho horas del tres de febrero del dos mil once, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Flores
Secas S. A., en la que se nombra junta directiva y fiscal y se reforman las
cláusulas segunda en cuanto al domicilio y sexta en cuanto a
representación.—San José, 7 de febrero del 2011.—Lic. Mario Alberto Sánchez
Hernández, Notario.—1 vez.—RP2011220853.—(IN2011009366).
Ante esta notaría, se
reforma la cláusula cuarta del pacto constitutivo de la sociedad Refricargo
Sociedad Anónima.—San José, ocho de febrero del dos mil once.—Lic. Ana
Isabel Redondo Escalante, Notaria.—1 vez.—RP2011220854.—(IN2011009367).
Por escritura otorgada
ante el suscrito notario, a las veinte horas del dos de febrero del dos mil
once, se modificó la cláusula cuarta relativa al capital social de la empresa Inmobiliaria
Adrogue Sociedad Anónima.—Heredia, dos de febrero del dos mil once.—Lic.
Rodrigo Vargas Araya, Notario.—1 vez.—RP2011220856.—(IN2011009368).
Mediante escritura doscientos
cincuenta y seis-dos del protocolo dos del licenciado Andrés González Anglada,
se constituyó la sociedad Worldwide To Nosara Limitada, capital social
de diez mil colones representado por diez cuotas nominativas de mil colones
cada una, administración judicial y extrajudicial a cargo de un gerente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo. Nosara,
Guanacaste, al ser las diecisiete horas del cuatro de febrero del dos mil
once.—Lic. Andrés González Anglada, Notario.—1 vez.—RP2011220858.—(IN2011009369).
Por escritura otorgada
ante la suscrita notaria en la ciudad de San José, a las ocho horas del día
cinco de febrero del dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la compañía Alfaro, Prada y Consultores
Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco cinco
nueve uno seis seis, mediante la cual se reformó la cláusula octava y el
nombramiento de la junta directiva de la sociedad.—Cinco de febrero del dos mil
once.—Lic. Mónica Patricia Umaña Barrantes, Notaria.—1
vez.—RP2011220864.—(IN2011009370).
Por escritura otorgada
en San José ante esta notaría, a las ocho horas del siete de febrero del dos
mil once, Adriana Leticia Beirute Gamboa y Lena Isabel Beirute Gamboa, constituyeron
dos sociedades de responsabilidad limitada de esta plaza con denominación
social según el artículo dos del reglamento para la inscripción de la
constitución de empresas comerciales, utilizando únicamente el número de cédula
de persona jurídica como denominación social, nombrándose junta directiva para
el resto del plazo social.—Lic. Guillermo Sánchez Sava, Notario.—1
vez.—RP2011220866.—(IN2011009371).
Por escritura otorgada
hoy ante mí, a las 09:00 horas, Gerhard Otto Ritter y Brian Joseph Corrigan
constituyeron la sociedad Geo Earth Energy Enterprises Manufacturing of
Costa Rica Limitada. Gerentes ellos mismos. Capital totalmente suscrito y
pago. Plazo cien años.—San Ramón, 4 de febrero del 2011.—Lic. Mario Eduardo
Salazar Camacho, Notario.—1 vez.—RP2011220865.—(IN2011009372).
Por escritura cincuenta
y dos, de las quince horas del seis de febrero del dos mil once, ante esta
notaría se constituyó la sociedad Servicios de Mecánica Castro y Morales
Sociedad Anónima. Presidente Denis Castro Suárez, tesorera Margarita
Morales Escobar ambos con la representación judicial y extrajudicial y
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital cien mil
colones. Plazo noventa y nueve años.—San José, ocho de febrero del dos mil
once.—Lic. María Margarita Benel Alama, Notaria.—1
vez.—RP2011220867.—(IN2011009373).
En esta notaría, de la
licenciada María de los Ángeles Solano López, según escritura número cuarenta y
dos, visible al folio diecinueve vuelto del tomo cuarto de mi protocolo, el día
veintiséis de enero del dos mil once, se constituye la sociedad Los Papiros
Verdes Saciedad Anónima, siendo su presidente Federico Castro Chacón,
cédula uno-novecientos cuarenta y ocho-quinientos sesenta y dos, con domicilio
en el cantón de Tibás.—San José, ocho de febrero del dos mil once.—Lic. María
de los Ángeles Solano López, Notaria.—1 vez.—RP2011220868.—(IN2011009374).
Mediante escritura
pública número doscientos uno, iniciada al folio ciento cuarenta y siete vuelto
del tomo primero de la licenciada Evelyn Gómez Quirós, se constituye la
sociedad Inversiones Villa Emilia S. A., domiciliada en Escazú y con un
capital de cien mil colones.—San José, dos de noviembre del dos mil nueve.—Lic.
Evelyn Gómez Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2011220870.—(IN2011009375).
Ante mí, Néstor
Rodríguez Jiménez, notario público con oficina en Orotina, se ha constituido la
sociedad Cerro El Olympo S. A. Capital social: treinta mil colones.
Acciones: treinta acciones comunes y nominativas. Plazo social: noventa y nueve
años. Presidenta: Flory Mena Aguilar.—Orotina, 20 de enero del dos mil
once.—Lic. Néstor Rodríguez Jiménez, Notario.—1
vez.—RP2011220871.—(IN2011009376).
Por escritura número
trescientos doce-cinco otorgada ante mi notaría, a las catorce horas y cuarenta
minutos del veintitrés de noviembre del dos mil diez, se constituyó la sociedad
Destellalia Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—Heredia, 8 de
febrero del 2011.—Lic. Jorge Eduardo Morales Fernández, Notario.—1
vez.—RP2011220872.—(IN2011009377).
Hago constar que por
escritura 53-2 otorgada a las 09:00 horas del día 26 de enero del 2011, ante
esta notaría, se constituyó la sociedad Montemiro Sociedad Anónima.—San
José, 4 de febrero del 2011.—Lic. Ignacio Monge Dobles, Notario.—1
vez.—RP2011220873.—(IN2011009378).
Por escritura otorgada
en esta notaría, el día veintiuno de enero del dos mil once, a las dieciocho
horas, se constituyó una sociedad anónima denominada Ditaka e Hijas Sociedad
Anónima. Presidenta: Diana Alvarado Fernández.—Palmares de Alajuela, 7 de
febrero del 2011.—Lic. Rosibel Quesada Vásquez, Notaria.—1
vez.—RP2011220875.—(IN2011009379).
Francisco Arce Vanegas y
Carlos Luis Varela Umaña, constituyen la sociedad denominada mismo número de
cédula jurídica que se le asigne, sociedad anónima, con domicilio en San José,
Condominio Las Américas, primer piso, según escritura otorgada en San José,
escritura trescientos, según folio ciento noventa vuelto del tomo cuarto del
protocolo del notario público Lic. Francisco Javier Vega Guzmán.—Lic. Francisco
Javier Vega Guzmán, Notario.—1 vez.—RP2011220876.—(IN20119380).
Mediante escritura
número 216 otorgada ante esta notaría a las 15:00 horas del día 26 de enero del
2011, Constructora Luis Navarro y Asociados S. A. Protocoliza acta en la
cual se reforma la cláusula octava, asimismo se nombra nueva presidente y
tesorero por el resto del plazo social.—Lic. Daniella Segnini Díaz, Notaria.—1
vez.—RP2011220878.—(IN20119381).
Por escritura otorgada
ante la notaria Johanna Moreno Bustos, a las catorce horas del cuatro de febrero
en curso, se constituyó la sociedad con denominación social igual que su cédula
jurídica. Capital debidamente suscrito.—San José, siete de febrero del dos mil
once.—Lic. Rebeca González Porras, Notaria.—1 vez.—RP2011220879.—(IN20119382).
Por escritura otorgada
ante esta notaría, a las 10:15 horas del 10 de noviembre del 2010, se
protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de la sociedad Promotora Habitacional del Caribe S. A.,
donde se modificó las cláusulas segunda y octava del pacto social.—San José, 8
de febrero del 2011.—Lic. Douglas Soto Campos, Notario.—1
vez.—RP2011220882.—(IN2011009383).
Por escritura otorgada
ante esta notaría, a las ocho horas del ocho de febrero del dos mil once, se
constituyó Grupo El Barreal S. A. Capital social: diez mil colones,
íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: cien años a partir de su
constitución. Presidente y vicepresidente: apoderados generalísimos sin límite
de suma, actuando conjunta o separadamente.—San José, ocho de febrero del dos
mil once.—Lic. Leonardo Ugalde Cajiao, Notario.—1
vez.—RP2011220883.—(IN2011009384).
Sociedad 3-101-531903, que
mediante escritura número ciento veintinueve; otorgada a las 08:07 horas del 24
de enero del 2011, visible a folio ciento cincuenta y uno vuelto, del tomo
número cuatro de mi protocolo. Se protocoliza acuerdo de nombramiento de nueva
junta directiva. Asimismo, la reforma de la cláusula sétima de la
representación.—Alajuela, 16:00 horas del 3 de febrero del 2011.—Lic. Luis
Ángel Rodríguez León, Notario.—1 vez.—RP2011220884.—(IN20119385).
Por escritura otorgada
ante el suscrito notario, a las 15:00 horas del día 6 de enero del 2011; se
constituyó la sociedad de esta plaza: BCFF Fast Foods S. A. Presidente y
secretario como apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital: suscrito
y pagado. Domicilio: La ciudad de San José.—San José, 7 de febrero del
2011.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1
vez.—RP2011220885.—(IN2011009386).
Ante esta notaría fue
constituida la sociedad Consorcio Diproservic S. A. Domiciliada en Paseo
Colón, calles 36 y 34, ave. 5, Nº 3650. Comercio: en general. Capital: cien mil
colones. Presidente: Eduardo José Freites Mendoza, apoderado generalísimo sin
límite de suma.—Lic. Ana Elieth Moraga Moraga, Notaria.—1
vez.—RP2011220886.—(IN2011009387).
Por escritura otorgada a
las once horas del catorce de enero del dos mil once, se constituyó Constructora
Masis Villalobos S. A.—Lic. Guiselle Mora Cordero, Notaria.—1
vez.—RP2011220887.—(IN2011009388).
Por escritura otorgada
ante mi notaría, el día tres de febrero del dos mil once, se reformó el inciso
b) de la cláusula décima tercera del pacto constitutivo de
Por escritura de las
15:00 horas del 31 de enero del 2011, se constituye la sociedad denominada Terrón
Partners Sociedad Anónima. Por escritura de las 09:00 horas del 8 de
febrero del 2011, se constituye la sociedad denominada Delta BPO CR Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de febrero del 2011.—Lic. Manuel
Porras Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011220891.—(IN2011009390).
Por escritura otorgada
ante la suscrita notaria, mediante escritura Nº 13-21, se constituyó sociedad
anónima cuya denominación social será el número de cédula de persona jurídica,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº
33171-J del 29 de mayo del 2006. Presidente: Alcides Chacón Vásquez.—San José,
8 de febrero del 2011.—Lic. Heidy María Rivera Campos, Notaria.—1
vez.—RP2011220893.—(IN2011009391).
Hoy protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de El Terror de los Zanates
S. A. Se modifican las cláusulas primera, tercera y sétima del pacto
social. Se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 1º de febrero del
2011.—Lic. Eugenia Carazo Golcher, Notaria.—1
vez.—RP2011220894.—(IN2011009392).
Ante esta notaría, el
día cuatro de febrero del dos mil once, se constituyó la sociedad anónima
denominada MDARP S. A. representada por la
señora Amabeliz Pivado Araya, con un capital social de veinticinco mil colones,
domiciliada en Monteverde de Puntarenas.—San José, ocho de febrero del dos mil
once.—Lic. Javier González Loria, Notario.—1 vez.—RP2011220895.—(IN2011009393).
Por escritura otorgada,
a las diez horas de hoy, se constituyó la sociedad Brasimport Company
Sociedad Anónima. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Presidenta
con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma la señora Ivania
Margareth Cecato.—San José, diecinueve de enero del dos mil once.—Lic. Bernal
Chavarría Soley, Notario.—1 vez.—RP2011220896.—(IN2011009394).
Por escritura otorgada,
a las diez horas de hoy, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad Building Construction &
Project Management Construcciones Sociedad Anónima, mediante la cual se
reforman las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo, y se revoca el
nombramiento del secretario de la junta directiva, y se llena su vacante con
nuevo nombramiento.—San José, veintiuno de enero del dos mil once.—Lic. Jorge
Chacón Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2011220898.—(IN2011009395).
Roger G. Calderón Mora y
Brenda M. Castro González, constituyen la sociedad denominada Inmobiliaria
Cascal Sociedad Anónima, mediante escritura otorgada a las catorce horas
del cinco de enero del dos mil once.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís, Notario.—1
vez.—RP2011220899.—(IN2011009396).
Por escritura de
protocolización de acta número tres de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad de esta plaza denominada Hefra Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-cero veintiocho mil seiscientos ochenta
y seis, otorgada a las ocho horas del nueve de febrero de dos mil once, se
modificó la cláusula II de los estatutos de constitución, en cuanto al
domicilio exacto de la sociedad, para que en lo sucesivo diga: II. Domicilio:
Moravia, San Vicente, de la entrada principal del residencial Los Colegios
Norte, veinticinco metros norte, tercera casa, mano derecha, pudiendo
establecer agencias o sucursales en todo el país o fuera de él; se modificó la
cláusula VII de los estatutos de la sociedad, en cuanto a la representación y
los plazos de vigencia de los nombramientos, para que en lo sucesivo se lea
así: VII, de la administración: la administración de la sociedad estará a cargo
de una junta directiva compuesta por cuatro miembros denominados presidente,
vicepresidente, secretario, y tesorero. El presidente y el secretario tendrán,
separadamente, la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Podrán sustituir su
mandato en todo o en parte, reservándose o no su ejercicio, en otro u otros
miembros de la misma, revocar las sustituciones y hacer otras de nuevo. El
vicepresidente sólo actuará en ausencia o impedimento del presidente y bastará
su dicho para tener por válidas sus actuaciones. La vigilancia estará a cargo
de un fiscal nombrado por la asamblea general. Los directores y el fiscal
durarán en sus cargos por todo el plazo social; se conocieron y aceptaron las
renuncias de los directores y en su lugar se hicieron los siguientes
nombramientos por el resto del plazo social: presidenta: Flora Fernández Rojas,
cédula de identidad número uno-trescientos catorce-quinientos cuarenta y uno;
vicepresidenta: Andrea Muñoz Fernández, cédula de identidad número uno-novecientos-cuatrocientos
setenta y nueve; secretaria: Katia Susana Muñoz Fernández, cédula de identidad
número uno-setecientos veinticuatro-setecientos sesenta y tres; tesorero:
Javier Alfonso Muñoz Fernández, cédula de identidad número uno-setecientos sesenta
y ocho-cero cero ocho; y fiscal: José Joaquín Alvarado Acuña, cédula número
uno-ochocientos noventa y tres-cuatrocientos sesenta; y se reformó la cláusula
de capital, únicamente en relación con el número de cédula jurídica de la
sociedad, ya que la misma tiene como capital la propiedad folio real número
uno-ciento noventa y seis mil quinientos ochenta y, tres-cero cero cero, y en
razón de que en sistema automatizado del Registro de
Por escritura pública de las
once horas del siete de febrero del dos mil once, se protocolizó asamblea
general extraordinaria de Zubre S. A.,
se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo. Referente al
domicilio. Es todo.—San José, siete de febrero del dos mil once.—Lic. Yanina
Jiménez Ugalde, Notaria.—1 vez.—RP2011220903.—(IN2011009398).
El día de hoy, he
protocolizado acta de reforma de la cláusula quinta del pacto constitutivo de
la sociedad de esta plaza denominada Inra Soluciones Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-357991, que en adelante dirá: Quinta, el capital es la
suma de ciento dieciocho millones de colones, representado por veinte acciones
comunes y nominativas de cinco millones novecientos mil colones cada una,
enteramente suscritas y pagadas.—Heredia, 24 de enero de 2011.—Lic. William
Villegas Badilla, Notario.—1 vez.—RP2011220905.—(IN2011009399).
Por escritura otorgada ante
mí, a las 16:00 horas del 21 de enero del 2011, se constituyó la sociedad Vindas
& Calderón Limitada. Gerente con facultades de apoderado generalísimo
sin límite de suma.—Grecia, 8 de febrero del 2011.—Lic. Gerardo Alberto
González Esquivel, Notario.—1 vez.—RP2011220907.—(IN2011009400).
Que en mi notaría, procedí a
protocolizar el cambio de toda la junta directiva de la sociedad denominada
Camisetas de Costa Rica O Q N G Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-seiscientos mil doscientos treinta y cinco. Es
todo.—Guácimo, al ser las veinte horas del veinticuatro de enero del dos mil
once.—Lic. Belzert Espinoza Cruz, Notaria.—1 vez.—RP2011220913.—(IN2011009401).
Por escritura otorgada ante
mí, a las 16:00 horas del 10 de diciembre de 2010, se constituyó una sociedad
limitada cuyo nombre es su cédula jurídica, con gerente con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma, y domiciliada en Alajuelita.—San
José, 10 de diciembre de 2010.—Lic. Carolina Inés Barboza Bonilla, Notaria.—1
vez.—RP2011220914.—(IN2011009402).
Por escritura otorgada ante
esta notaría, a las diecisiete horas del dos de febrero del dos mil once,
protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de Propiedes en
Condominio S. A., donde se modifica la cláusula sexta del pacto
constitutivo y se nombra nueva junta directiva.—Lic. José Alberto Rivera
Torrealba, Notario.—1 vez.—RP2011220916.—(IN2011009403).
Por escritura otorgada en mi
notaría, en esta ciudad a las once horas del tres de setiembre del dos mil
diez, se protocolizó acta de la sociedad Corporación El Alto Ltda,
mediante la cual se modifica la cláusula segunda del pacto social y se nombra
gerente y dos subgerentes y agente residente. Lic. Enrique Araya Vargas y María
Monserrat Miranda Araya, Notarios.—Lic. Enrique Araya Vargas, Notario.—1
vez.—RP2011220919.—(IN2011009404).
Por escritura de las
diecisiete horas del día de hoy, se constituyó la empresa One of a Kind
Accomodations Tours and Rentals Limitada, se nombraron dos gerentes y
agente residente.—San José, tres de febrero del dos mil once.—Lic. Karen Zamora
Román, Notaria.—1 vez.—RP2011220920.—(IN2011009405).
Constituyen una sociedad
según Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno, de
fecha catorce de junio del dos mil seis, Rosibeth Villagra Suárez, cédula
seis-cero uno tres uno-cero tres cinco seis, Héctor Rolando Villagra
Suárez, cédula seis-cero uno ocho
cinco-cero cero cinco dos, Sally Ethel Gerardina Navarro Suárez, cédula
seis-cero uno uno tres-cero cuatro ocho tres. Manuel de Jesús Villagra Suárez,
cédula seis-cero uno cinco cuatro-cero cero siete cero, Reina Isabel Villagra
Suárez, cédula seis-cero uno seis ocho-cero seis cinco nueve, Guiselle Suárez
Cascante, cédula seis-cero dos cero siete-cero tres tres dos.—San José, 8 de
febrero del dos mil diez.—Lic. Wilberth Barrantes Salazar, Notario.—1 vez.—RP2011220921.—(IN2011009406).
Por escritura número setenta
y ocho otorgada a las 15:00 horas del día 8 de febrero del 2011, ante el
suscrito notario, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad denominada Alech Consultores S. A., donde se
conocen renuncia y nombramiento del puesto de presidente de su junta
directiva.—San José, 8 de febrero del 2011.—Lic. José Gabriel Riba Gutiérrez,
Notario.—1 vez.—(IN2011009410).
Por escritura número setenta
y ocho-seis, otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del ocho de febrero
del dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
socios de la sociedad Inversiones Zamalek RBA S. A., cédula jurídica
número tres-ciento uno-quinientos noventa y un mil cuatrocientos treinta y uno,
en la cual se nombra nuevo secretario de la junta directiva por haber fallecido
el anterior.—Heredia, ocho de febrero del dos mil once.—Lic. Fernando Sánchez
Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2011009413).
Por escritura número uno,
otorgada hoy ante mí, se constituyó la sociedad Agni Dios de Fuego S. A., con domicilio en esta ciudad y plazo de cien
años. Capital social suscrito y pagado, representado por cien acciones comunes
y nominativas de cien colones de valor nominal cada una. Representante legal:
el presidente de la junta directiva, pudiendo otorgar poderes.—San José, 9 de
febrero del 2011.—Lic. Yanit Arias Herrera, Notaria.—1 vez.—(IN2011009417).
Por escritura número tres,
otorgada hoy ante mí, se constituyó la sociedad cuyo nombre será el número de
cédula jurídica que el Registro Público le asigne, con el aditamento S. A., con
domicilio en esta ciudad y plazo de cien años. Capital social suscrito y
pagado, representado por cien acciones comunes y nominativas de cien colones de
valor nominal cada una. Representante legal: el presidente de la junta
directiva, pudiendo otorgar poderes.—San José, 9 de febrero del 2011.—Lic.
Yanit Arias Herrera, Notaria.—1 vez.—(IN2011009418).
Por escritura número dos,
otorgada hoy ante mi, se constituyó la sociedad Inversiones Timbuctu de Mali
S. A., con domicilio en esta ciudad
y plazo de cien años. Capital social suscrito y pagado, representado por cien
acciones comunes y nominativas de cien colones de valor nominal cada una.
Representante legal: el presidente de la junta directiva, pudiendo otorgar
poderes.—San José, 9 de febrero del 2011.—Lic. Yanit Arias Herrera, Notaria.—1
vez.—(IN2011009419).
Se constituye
sociedad Aliados Centroamericanos Sociedad Anónima. Otorgada en San Isidro
de Alajuela, a las doce horas del día ocho de febrero del 2011.—Alajuela, 9 de
febrero del 2011.—Lic. Beatriz Saborío Álvarez, Notaria.—1 vez.—(IN2011009432).
Mediante escritura número doscientos
cuatro-doce, visible al folio ciento veintidós vuelto, del tomo doce de mi
protocolo, firmada ante esta notaría, se constituyó la compañía WLC. Trust
Sociedad Anónima. Capital totalmente suscrito y pagado.—Lic. Luis Alonso
Gutiérrez Herrera, Notario.—1 vez.—(IN2011009436).
++Por escritura número sesenta y siete-diez, otorgada
ante esta notaría, notario público Juan Manuel Godoy Pérez, a las nueve horas
del día ocho de febrero del dos mil once, se protocolizan las actas de asamblea
general extraordinaria de accionistas de las compañías (I) Construcciones
Agregados y Maderas El Lagar del Cruce S. A., cédula jurídica número
tres-ciento uno-doscientos trece mil trescientos veintiocho; (II) Materiales
ISA S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento
veintiséis mil seiscientos treinta y ocho; (III) San Blas Materiales de
Construcción y Ferretería Sacofe S. A., con cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-ciento veinte mil seiscientos cincuenta y nueve; (IV) Ferretería
y Depósito El Labrador S. A., con cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-doscientos veinte cuatro mil cuatrocientos setenta y dos; (V) Do
It Best S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-doscientos ochenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta y seis; (VI) Do
It Best Barranca BA S. A., con
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y un
mil cuatrocientos sesenta y uno; (VII) Maderas Calidad San Carlos Número
Nueve S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento
noventa y tres mil trescientos veintiocho; (VIII) Sweet Success Holding S.
A., con cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-trescientos noventa y un mil ciento cincuenta y uno y
(IX) Corporación Comercial e Industrial El Lagar CR, S. A., con cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-trescientos tres mil doscientos cuarenta y ocho; mediante la
cual todas las sociedades se fusionaron por el sistema de absorción
subsistiendo la sociedad Corporación Comercial e Industrial El Lagar CR
Sociedad Anónima.—San José, ocho de febrero de dos mil once.—Lic. Juan
Manuel Godoy Pérez, Notario.—1 vez.—(IN2011009438).
Por escritura otorgada ante
el suscrito notario, a las ocho horas del día cinco de febrero del dos mil
once, se constituyó la sociedad denominada Familia Solano Acosta A. G. G. M.
Sociedad Anónima, por un plazo
social de noventa y nueve años, con un capital social de diez mil colones, su
domicilio será cien metros norte, de la escuela,
Por escritura otorgada ante
esta notaría, a las diez horas del cuatro de febrero del 2011, se constituye la
sociedad denominada Consulting Group B.C.I. Alfa Sociedad de Responsabilidad
Limitada, con un plazo social de cien años, capital suscrito y pagado y
representada por su gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite
de suma.—Lic. Renzo Alexander Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2011009447).
El suscrito notario hace
constar que ante su notaría, se constituyeron las sociedades denominadas Henry Corporation S. A., y Construcciones Glenda S.
A., y se protocolizó acta de asamblea de accionistas de la sociedad 3-101-580698
S. A.—San José, 2 de febrero del 2011.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca,
Notario.—1 vez.—(IN2011009449).
La suscrita notaria, hace
constar que ante su notaría, se constituyeron las sociedades denominadas Corporación
Dos CFHCULC S. A. y Univertica S. A.—San José, 9 de febrero del 2011.—Lic.
Hannia Ross Muñoz, Notaria.—1 vez.—(IN2011009450).
Por escritura número sesenta
y ocho del tres de febrero del dos mil once, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de la sociedad A M J Precisión del Caribe Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos sesenta y seis mil
doscientos doce. Se modifica la junta directiva.—Guápiles, 3 febrero del dos
mil once.—Lic. Guiselle Arias López, Notaria.—1 vez.—(IN2011009461).
Por escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08:15 horas del día 17 de enero del 2011, se constituyó la
entidad denominada Editorial Niños Hoy Sociedad Anónima. Presidente y
secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma,
actuando conjunta o separadamente, siendo obligatoria la participación conjunta
para compra, venta o liquidación de activos con valor mayor a US$1.000,00.
Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio
social: Heredia, Santo Isidro, urbanización Lomas Verdes, casa Nº 67-C.—San
José, 27 de enero del 2011.—Lic. Yuri Alonso Ramírez Acón, Notario.—1
vez.—(IN2011009465).
Por escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11:00 horas del día 17 de enero del 2011, se constituyó la
entidad denominada Topografía Vargas Vázquez Sociedad Anónima. Presidente
con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social:
diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio social: Heredia, Santo
Domingo,
Por escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08:30 horas del día 17 de enero del 2011, se constituyó la
entidad denominada Topografía Profesional Sociedad Anónima. Presidente
con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social:
diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio social: Heredia,
Por escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11:15 horas del día 17 de enero del 2011, se constituyó la
entidad denominada Desarrollos Prado Salazar Sociedad Anónima.
Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital
social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio social: San
José, San Sebastián, Jardines de Cascajal,
Por escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09:00 horas del día 17 de enero del 2011, se constituyó la
entidad denominada Topografía Quirós Ávila Sociedad Anónima. Presidente
con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social:
diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio social: Cartago, San
Rafael de Oreamuno,
Por escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08:00 horas del día 17 de enero del 2011, se constituyó la
entidad denominada Consultoría en Ingeniería Topográfica Sociedad Anónima.
Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital
social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio social:
Heredia, Mercedes Norte, del bar España
El suscrito notario hace
constar que ante esta notaría, se constituyó una sociedad anónima al ser las
quince horas del día cuatro de febrero dos mil once, cuya denominación social
es Aatedeco S. A., capital social totalmente suscrito y pagado. Plazo
social noventa y nueve años. Presidente y secretario con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma, debiendo actuar conjuntamente.
Domicilio social en la ciudad de Heredia.—Heredia, 7 de febrero del 2011.—Lic.
Raúl Escalante Soto, Notario.—1 vez.—(IN2011009484).
Por escritura otorgada
ante el suscrito notario, los señores Randall Villalobos Soto y la señora
Silvia Vargas Cairol, constituyen una sociedad anónima que se denominará Programa
de Asesoría para Organizaciones Sociales Pasos S. A.—San José, 9 de enero
del 2011.—Lic. Guiselle Zúñiga Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2011009485).
Por escritura otorgada
ante la suscrita notaria, el señor Carlos Alberto Meléndez Ortiz y el señor
José Pablo Romero Villalobos comparecen a constituir una sociedad anónima que
se denominará Grupo de Comunicación Katana S. A.—San José, 4 de febrero
del 2011.—Lic. Mónica Romero Piedra, Notaria.—1 vez.—(IN2011009486).
Ante mí, se
constituyeron las empresas: Chaves Villalta, Quintana de Santa Ana y
Stronghair Keratin todas Sociedades Anónimas, plazo social cien
años. Domicilio Escazú, capital cien mil colones.—San José, nueve de febrero
del dos mil once.—Lic. Eugenia María Rojas Rodríguez, Notaria.—1
vez.—(IN2011009496).
Por escritura otorgada
hoy ante mí, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad
Antigua Veramonte S. A., mediante la cual se reforma las cláusulas
segunda, tercera, quinta y octava y se nombra junta directiva y fiscal.—San
José, 9 de febrero del 2011.—Lic. Juan Luis Jiménez Surcar, Notario.—1
vez.—(IN2011009501).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Registro de
Registro Nº 126104, el cual protege y
distingue “relojería, instrumentos cronométricos y accesorios de estos no
comprendidos en otra clase; joyería, bisutería” en clase 14 internacional,
propiedad de Importaciones Aristgom y Cía. Limitada.
Considerando:
Conforme a lo previsto en el artículo 39 de
Por
tanto
Con base en las razones expuestas y citas de
ley respectivas se resuelve: trasladar la solicitud de Cancelación por falta de
uso al titular del signo distintivo mencionado, para que en el plazo de un mes
contado a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a
pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al
efecto las pruebas que estima convenientes, para lo cual se comunica que el
expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro.
Notifíquese.—Bernal Chinchilla Ruiz, Asesor
Jurídico.—RP2011220352.—(IN2011008653).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
REGISTRO INMOBILIARIO
División Catastral
Se hae saber a Carlos Enríquez Alvarado,
portador de la cédula de identidad número 7-0110-0009, en su condición de titular
registral del inmueble del Partido de Cartago número 198758, Juan Antonio
Alfaro Bonilla, portador de la cédula de identidad número 1-0913-0134, en su
condición de titular registral del inmueble del partido de Cartago número
186658, derecho 001 y a Cristina Eugenia Navarro Rodríguez, portadora de la
cédula de identidad número 1-0943-0007, en su condición de titular registral
del inmueble del partido de Cartago número 186658, derecho 002 que en este
Registro se iniciaron Diligencias Administrativas de oficio, por traslape de
los planos catastrados relacionados con las fincas 3-198758 y 3-186658. En
virtud de lo informado esta Asesoría mediante resolución de las 11:00 horas del
06/10/2010, ordenó consignar advertencia administrativa sobre las fincas 3-198758
y 3-186658 y con el objeto de cumplir con el principio constitucional del
debido proceso, por resolución de las 15:00 horas del 21/12/2010, se autorizó
la publicación por una única vez de un edicto para conferirle audiencia a las
personas mencionadas, por el término de quince días contados a partir del día
siguiente de la publicación del edicto en el Diario Oficial
Se hace saber a: I.—María del Carmen Damaris
Ureña Chavarría cédula 1-400-610, propietaria del derecho 002 de la finca de
Cartago 108807, cualquier tercero con interés legítimo, albaceas o
representantes legales, que
Se hace saber a. I.—Lic. Mario Alberto Acosta
Gutiérrez cédula 2-393-082, notario autorizante del documento bajo
investigación, cualquier tercero con interés legítimo, albaceas o
representantes legales, que
HOSPITAL
DE GUÁPILES
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Se cita y emplaza al señor Vianney Robles
Sibaja, representante legal de la casa comercial Corporación Movilux V.E.P. S.
A., para que se presente el día 25 de febrero a las 11:00 a .m., para que rinda
declaración por el presunto incumplimiento en la entrega de “estantes dobles y
sencillos”, según orden de compra Nº 497, Licitación Restringida en plaza Nº
013-2004HG, en
Guápiles, 15 de febrero del 2011.—M.Sc. Lorna
Campbell Bryan.—(IN2011011109).
Por única vez se cita y emplaza a los causahabientes e interesados en la indemnización
que otorga el Seguro Obligatorio para los Vehículos Automotores por muerte de:
Alfredo Castillo Ruiz |
900180801 |
|
Bartels Ureña Doris |
102730513 |
Desamparados |
Victor Enrique Vindas Robles |
112270738 |
|
Gabriel Chacón Barboza |
102970626 |
|
Valverde Sánchez Alonso |
110320896 |
|
Yahaira Stephanie Sánchez Martínez |
116020064 |
Guadalupe |
Carlos Jiménez Aburto |
701820922 |
Limón |
Guzman Muñoz Silvio |
102700335 |
Guápiles |
Gaitan Matarrita Luis Diego |
701930950 |
Guápiles |
Estribi Nuñez Einar |
604150234 |
Ciudad Neilly |
Gerardo Guevara Alfaro |
103770712 |
San Pedro |
Rojas Rodríguez Luis |
202180205 |
La |
Montero Godínez Gloria Antonia |
600630343 |
Alajuela |
León Sánchez Alberto |
105140935 |
Heredia |
León Peralta Deninson Guillermo |
117120123 |
Heredia |
Chacón Herrera Juan José |
601330607 |
|
Miguel Gerardo Vega Ramírez |
501880630 |
Heredia |
Vianca Alejandra Alfaro Alvarado |
401800168 |
Heredia |
Charlote Rojas Alvarado |
401790430 |
Heredia |
|
109220449 |
Cartago |
Juan Eli Molina Pizarro |
501460068 |
|
Mata Rivera |
301140289 |
Cartago |
Arias Sandoval Jean Paul |
115300011 |
Desamparados |
Zúñiga Fajardo Leda Maria |
105870851 |
Oficinas centrales |
Yeirel Andres Keith Chavarría |
116360903 |
Cuidad Quesada |
Salas Arce Dulcelina |
300830989 |
Cartago |
Calvo Prendas Roberto Gerardo |
205450668 |
Alajuela |
Cerda Bojorge Dennis |
201850626 |
Guápiles |
Méndez Méndez Walter |
108850764 |
Cartago |
Corrales Murillo Hugo |
201770913 |
|
Villalobos Venegas Gilberth |
204070200 |
Cuidad Quesada |
Retana Arroyo Allan Esteban |
114540385 |
Pavas |
Rivera Flores David Antonio |
12220275530 |
La |
Salas Méndez Edwin Steven |
206860710 |
Alajuela |
Varela Montero Haydee |
600530832 |
Alajuela |
Rodríguez Astorga Alexander |
204770639 |
Alajuela |
Para que dentro del término de nueve días hábiles
a partir de la publicación de este aviso, se apersonen a
MUNICIPALIDAD
DE MATINA
Acuerdo tomado por el Concejo Municipal de
Matina, según el artículo tercero, de la sesión extraordinaria celebrada el 2
de febrero del 2011 acta Nº 62/11, que dice:
Considerando:
Que en sesión extraordinaria Nº 56, celebrada
el día 5 de enero del 2011, el Concejo Municipal de Matina acordó reformar del
artículo 5° del Reglamento sobre Gastos Fijos y Adquisición de Bienes y
Servicios Competencia del Alcalde Municipal.
Que por error en la redacción de la moción se indicó que se
reformaba el artículo 5º y 6º, cuando únicamente se reforma el artículo 5º.
Que también se indicó que se reformaba el artículo
4º, siendo lo correcto que el artículo que se reforma es el artículo 5º.
Por tanto:
Acuerdo N° 3
Se acuerda publicar la fe de erratas para
subsanar el error, indicando que la reforma del Reglamento Sobre Gastos Fijos y
Adquisición de Bienes y Servicios Competencia del Alcalde Municipal lo que
verdaderamente se está reformando es el artículo 5°. Moción aprobada por
unanimidad.
Matina, 3 de febrero del 2011.—Rode Raquel
Ramírez Dawvison, Secretaria Municipal.—1 vez.—(IN2011009482).