LA GACETA Nº 68 DEL 6 DE ABRIL DEL 2011
MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
SERVICIO NACIONAL DE AGUAS SUBTERRÁNEAS,
INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
JUNTA DE DESARROLLO REGIONAL DE LA ZONA SUR
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
MUNICIPALIDAD DE MONTES DE ORO
MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN CENTRAL DE LIMÓN
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO
LA
PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE
SALUD
En uso de las facultades que les confieren
los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 27 y 28
de la Ley Nº 6227 de 2 de mayo de 1978 Ley General de la Administración
Pública; 1º y 2º de la Ley Nº 5395 de 30 de octubre de 1973 Ley General de
Salud.
Considerando:
I.—Que los días 24 y 25 de marzo del
2011, la Asociación Costarricense de Alergia e Inmunología, realizará el
“Curso de Actualización en Alergia e Inmunología Clínica”.
II.—Que las actividades que se realizarán durante la actividad
indicada, se consideran de importancia para el país en materia de Salud, toda
vez que reunirán a Profesionales de las Ciencias de la Salud, tanto del sector
público como del sector privado del país, así como expertos internacionales.
III.—Que los organizadores del evento han solicitado al
Ministerio de Salud la declaratoria de interés público y nacional de las
actividades citadas. Por tanto,
Decretan:
DECLARATORIA
DE INTERÉS PÚBLICO Y NACIONAL
EL “CURSO DE
ACTUALIZACIÓN EN ALERGIA
E INMUNOLOGÍA
CLÍNICA”
Artículo 1º—Se declaran de interés
público y nacional, las actividades que llevará a cabo la Asociación
Costarricense de Alergia e Inmunología, con motivo de la celebración del
“Curso de Actualización en Alergia e Inmunología Clínica”, que
tendrá lugar en nuestro país, los días 24 y 25 de marzo del 2011.
Artículo 2º—Las dependencias del Sector Público y del Sector
Privado, dentro del marco legal respectivo, podrán contribuir con recursos
económicos, en ¡a medida de sus posibilidades y sin perjuicio del cumplimiento
de sus propios objetivos, para la exitosa realización de las actividades
indicadas.
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la
República.—San José, a los diecinueve días del mes de enero del dos mil
once.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Salud, Dra. María Luisa Ávila Agüero.—1 vez.—RP2011230023.—(D36482-IN2011023996)
Nº
05-2011-MGP
EL
MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo
140, inciso 20) de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1); 28,
inciso 1) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227
del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8908 Ley del
Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio
Económico del 2011 y el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y
Transporte para Funcionarios Públicos Nº R-DC-131-2010.
Considerando:
1º—Que el “Seminario sobre
Gobierno Digital en el Sector de Seguridad” es de interés para el
Ministerio de Gobernación y Policía, porque en él se tratarán temas de
relevancia para esta cartera.
2º—Que el Taller se realizará en la Seúl, Corea, del 28 de marzo
al 1º de abril del 2011. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Mario
Zamora Cordero, cédula de identidad Nº 2-0449-150, Viceministro de Gobernación
y Policía, para que participe en el “Seminario sobre Gobierno Digital en
el Sector de Seguridad” a realizarse en Seúl, Corea del 28 de marzo al 1º
de abril del 2011.
Artículo 2º—Los gastos del señor Mario Zamora Cordero por
concepto de tiquetes aéreos, viáticos para alojamiento internos, serán
cubiertos por la Embajada de la República de Corea, impuestos, tributos o
cánones que se deban pagar en las terminales y gastos menores y de alimentación
serán cubiertos, con recursos de la subpartida 1.05.04, del Programa 044-00
Actividad Central, todo sujeto a liquidación y de conformidad con la tabla de
gastos de viáticos al Exterior publicado en La Gaceta Nº 156 del 12 de
agosto del año 2010.
Artículo 3º—Que durante los días del 28 de marzo al 1º de abril
del 2011, en que se autoriza la participación del señor Mario Zamora Cordero en
la actividad, devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 28 de marzo al 1º de abril del
2011.
San José, a los veintidós días del mes de
marzo del dos mil once.
José María Tijerino Pacheco, Ministro de Gobernación y Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. Nº 001.—Solicitud Nº 1255.—C-17120.—(IN2011023886).
N°
0022-2011
LA
PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE
COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en los artículos 140 incisos
3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo
primero, 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración
Pública; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de
1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y
de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de
octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de
2008, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo
número 368-2009 de fecha 02 de junio del 2009, publicado en el Diario Oficial La
Gaceta número 133 del 10 de julio del 2009; a la empresa Hewlett-Packard
Costa Rica Limitada, cédula jurídica número 3-102-348044, se le otorgaron los
beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas,
Ley número 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.
II.—Que mediante documentos presentados los días 13 de diciembre
del 2010 y 12 de enero del 2011, en la Gerencia de Regímenes Especiales de la
Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa
Hewlett-Packard Costa Rica Limitada, solicitó el traslado de parque industrial.
III.—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER,
con arreglo al Acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la citada Promotora
en la sesión Nº 177-2006 del 30 de octubre del 2006, conoció la solicitud de la
empresa Hewlett-Packard Costa Rica Limitada, y con fundamento en las consideraciones
técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Regímenes
Especiales de PROCOMER número 06-2011 de fecha 13 de enero del 2011, acordó
recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva modificación del Acuerdo Ejecutivo,
al tenor de lo dispuesto por la Ley Nº 7210, sus reformas y su Reglamento.
IV.—Que en virtud de las reformas legales y reglamentarias que
han operado con posterioridad al otorgamiento del Régimen de Zonas Francas a la
empresa, se hace necesario adecuar en lo conducente el Acuerdo Ejecutivo
original.
V.—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por tanto:
ACUERDAN:
1º—Modificar el Acuerdo Ejecutivo
número 368-2009 de fecha 02 de junio del 2009, publicado en el Diario Oficial La
Gaceta número 133 del 10 de julio del 2009, para que en el futuro las
cláusulas tercera, cuarta, quinta, y octava, se lean de la siguiente manera:
“3. La
beneficiaria operará en el Parque Industrial denominado B.T. Consulting and
Services S. A., ubicado en la provincia de Heredia.”
“4. La beneficiaria gozará de los incentivos y
beneficios contemplados en la Ley N° 7210 y sus reformas, con las limitaciones
y condiciones que allí se establecen y con apego a las regulaciones que al
respecto establezcan tanto el Poder Ejecutivo como PROCOMER.
Los plazos, términos y condiciones de los
beneficios otorgados en virtud de la Ley N° 7210 quedan supeditados a los
compromisos asumidos por Costa Rica en los tratados internacionales relativos a
la Organización Mundial del Comercio (OMC), incluyendo, entre otros, el Acuerdo
sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias (ASMC) y las decisiones de los
órganos correspondientes de la OMC al amparo del artículo 27 párrafo 4 del
ASMC. En particular, queda establecido que el Estado costarricense no otorgará
los beneficios previstos en la Ley N° 7210 que de acuerdo con el ASMC
constituyan subvenciones prohibidas, más allá de las prórrogas acordadas de
acuerdo con el artículo 27 párrafo 4 del ASMC a determinados países en
desarrollo.
Para los efectos de las exenciones otorgadas
debe tenerse en consideración lo dispuesto por los artículos 62 y 64 del Código
de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley N° 4755, del 3 de mayo de 1971 y
sus reformas, en lo que resulten aplicables.”
“5. De conformidad con lo dispuesto por el
artículo 20, inciso g) de la Ley de Régimen de Zonas Francas (Ley N° 7210 del
23 de noviembre de 1990 y sus reformas) la beneficiaria gozará de exención de
todos los tributos a las utilidades, así como cualquier otro, cuya base
imponible se determine en relación con las ganancias brutas o netas, con los
dividendos abonados a los accionistas o ingresos o ventas, según las
diferenciaciones que dicha norma contiene.
Dicha beneficiaria sólo podrá introducir sus
servicios al mercado local, observando rigurosamente los requisitos
establecidos al efecto por el artículo 22 de la Ley N° 7210 y sus reformas, en
particular los que se relacionan con el pago de los impuestos
respectivos.”
“8. La beneficiaria se obliga a cumplir con las
regulaciones ambientales exigidas por el Ministerio de Ambiente, Energía y
Telecomunicaciones (MINAET) y la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA)
y deberá presentar ante dichas dependencias o ante el Ministerio de Salud,
según sea el caso, los estudios y documentos que le sean requeridos. Asimismo,
la beneficiaria se obliga a cumplir con todas las normas de protección del
medio ambiente que la legislación costarricense e internacional dispongan para
el desarrollo sostenible de las actividades económicas, lo cual será verificado
por las autoridades competentes.”
2º—En todo lo que no ha sido
expresamente modificado, se mantiene lo dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo
número 368-2009 de fecha 02 de junio del 2009, publicado en el Diario Oficial La
Gaceta número 133 del 10 de julio del 2009.
3º—Rige a partir de su notificación. Comuníquese y publíquese.
Dado en la Presidencia de la
República.—San José, a los diez días del mes de febrero del dos mil once.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Comercio Exterior, Anabel González Campabadal.—1 vez.—RP2011229494.—(IN2011022819).
N° 0033-2011
LA
PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE
COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en los artículos 140 incisos
3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo
primero, 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración
Pública; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de
1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y
de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de
octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de
2008, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y
Considerando:
I.—Que el señor Rafael González
Saborío, mayor, casado una vez, abogado, portador de la cédula de identidad
número 1-788-221, vecino de Heredia, en su condición de apoderado especial con
facultades suficientes para estos efectos, de la compañía denominada Dezart S.
A., cédula jurídica número 3-012-620147, presentó solicitud para acogerse al
Régimen de Zonas Francas ante la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica
(en adelante PROCOMER), de conformidad con la Ley N° 7210, sus reformas y su
Reglamento.
II.—Que la instancia interna de la administración de PROCOMER,
con arreglo al acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la citada Promotora
en la sesión N° 177-2006 del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de la
compañía Dezart S. A., y con fundamento en las consideraciones técnicas y
legales contenidas en el informe de la Gerencia de Regímenes Especiales de
PROCOMER N° 03-2011 de fecha 19 de enero de 2011, acordó recomendar al Poder
Ejecutivo el otorgamiento del Régimen de Zonas Francas a la mencionada empresa,
al tenor de lo dispuesto por la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento.
III.—Que se ha cumplido con el procedimiento de Ley. Por
tanto:
ACUERDAN:
1º—Otorgar el Régimen de Zonas Francas
a la compañía Dezart S. A., cédula jurídica número 3-012-620147, (en adelante
denominada la beneficiaria), clasificándola como empresa comercial de
exportación y corno industria de servicios, de conformidad con los incisos b) y
c) del artículo 17 de la Ley N° 7210 y sus reformas.
2º—La actividad de la beneficiaria consistirá en exportar
servicios de administración, almacenamiento y distribución de mercancías, y
restauración de obras de arte, así como la comercialización de obras de arte.
3º—La beneficiaria operará en el Parque Industrial denominado
Flexipark Setenta y Cinco Porthos S.A., ubicado en la provincia de Alajuela.
4º—La beneficiaria gozará de los incentivos y beneficios
contemplados en la Ley N° 7210 y sus reformas, con las limitaciones y
condiciones que allí se establecen y con apego a las regulaciones que al
respecto establezcan tanto el Poder Ejecutivo como PROCOMER.
Los plazos, términos y condiciones de los beneficios otorgados en
virtud de la Ley N° 7210, quedan supeditados a los compromisos asumidos por
Costa Rica en los tratados internacionales relativos a la Organización Mundial
del Comercio (OMC), incluyendo, entre otros, el Acuerdo sobre Subvenciones y
Medidas Compensatorias (ASMC) y las decisiones de los órganos correspondientes
de la OMC al amparo del artículo 27 párrafo 4 del ASMC. En particular, queda
establecido que el Estado costarricense no otorgará los beneficios previstos en
la Ley N° 7210 que de acuerdo con el ASMC constituyan subvenciones prohibidas,
más allá de los plazos para la concesión de las prórrogas previstas en el
artículo 27 párrafo 4 del ASMC a determinados países en desarrollo.
Para los efectos de las exenciones otorgadas debe tenerse en
consideración lo dispuesto por los artículos 62 y 64 del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios, Ley N° 4755, del 3 de mayo de 1971 y sus reformas,
en lo que resulten aplicables.
5º—De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20 inciso g)
de la Ley de Régimen de Zonas Francas (Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990
y sus reformas) la beneficiaria gozará de exención de todos los tributos a las
utilidades, así como cualquier otro cuya base imponible se determine en
relación con las ganancias brutas o netas, con los dividendos abonados a los
accionistas o ingresos o ventas, según las diferenciaciones que dicha norma
contiene.
Dicha beneficiaria, en lo que se refiere a su actividad como industria
de servicios, sólo podrá introducir sus servicios al mercado local, observando
rigurosamente los requisitos establecidos al efecto por el artículo 22 de la
Ley N° 7210 y sus reformas, en particular los que se relacionan con el pago de
los impuestos respectivos. En lo que atañe a su actividad como empresa
comercial de exportación, con base en el numeral antes citado, la beneficiaria
no podrá realizar ventas en el mercado. local.
6º—La beneficiaria se obliga a cumplir con un nivel mínimo de
empleo de 01 trabajador, a más tardar el 01 de marzo de 2011. Asimismo, se
obliga a realizar y mantener una inversión nueva inicial en activos fijos de al
menos US$ 150.000,00 (ciento cincuenta mil dólares, moneda de curso legal de
los Estados Unidos de América), a más tardar el 01 de junio de 2011, así como a
realizar y mantener una inversión mínima total de al menos US $220.000,00
(doscientos veinte mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de
América), a. más tardar el 29 de noviembre de 2013. Finalmente, la empresa beneficiaria
se obliga a mantener un porcentaje mínimo de valor agregado nacional de un
85,50%.
PROCOMER vigilará el cumplimiento de los niveles de inversión nueva
inicial en activos fijos y la mínima total de la beneficiaria, de conformidad
con los criterios y parámetros establecidos por el Reglamento a la Ley de
Régimen de Zonas Francas. Tal facultad deberá ser prevista en el respectivo
Contrato de Operaciones que suscribirá la beneficiaria, como una obligación a
cargo de ésta. Consecuentemente, el Poder Ejecutivo podrá revocar el Régimen a
dicha empresa en caso de que, conforme con aquellos parámetros, la misma no
cumpla con los niveles mínimos de inversión anteriormente señalados.
7º—Una vez suscrito el Contrato de Operaciones, la empresa se
obliga a pagar el canon mensual por derecho de uso del Régimen de Zonas
Francas. La fecha prevista para el inicio de las operaciones productivas es el 01 de marzo 2011. En caso
de que por cualquier circunstancia la beneficiaria no inicié dicha etapa de
producción en la fecha antes señalada, continuará pagando el referido canon,
para lo cual la Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica, seguirá tomando
como referencia para su cálculo las proyecciones de ventas consignadas en su
respectiva solicitud.
Para efectos de cobro del canon, la empresa deberá informar a PROCOMER
de las ventas mensuales realizadas. El incumplimiento de esta obligación
provocará el cobro retroactivo del canon, para lo cual PROCOMER tomará como
referencia para su cálculo, las proyecciones de ventas consignadas en su
respectiva solicitud.
8º—La beneficiaria se obliga a cumplir con las regulaciones
ambientales exigidas por el Ministerio de Ambiente, Energía y
Telecomunicaciones (MINAET) y la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA)
y deberá presentar ante dichas dependencias o ante el Ministerio de Salud,
según sea el caso, los estudios y documentos que le sean requeridos. Asimismo,
la beneficiaria se obliga a cumplir con todas las normas de protección del
medio ambiente que la legislación costarricense e internacional disponga para
el desarrollo sostenible de las actividades económicas, lo cual será verificado
por las autoridades competentes.
9º—La beneficiaria se obliga a presentar ante PROCOMER un
informe anual de operaciones, en los formularios y conforme a las condiciones
que PROCOMER establezca, dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del
año fiscal. Asimismo, la beneficiaria estará obligada a suministrar a PROCOMER
y, en su caso, al Ministerio de Hacienda, toda la información y las facilidades
requeridas para la supervisión y control del uso del Régimen de Zonas Francas y
de los incentivos recibidos. Además, deberá permitir que funcionarios de la
citada Promotora ingresen a sus instalaciones, en el momento que lo consideren
oportuno, y sin previo aviso, para verificar el cumplimiento de las
obligaciones de la Ley de Régimen de Zonas Francas y su Reglamento.
10.—En caso de incumplimiento por parte de la beneficiaria de
las condiciones de este Acuerdo o de las leyes, reglamentos y directrices que
le sean aplicables, el Poder Ejecutivo podrá imponerle multas, suprimir, por un
plazo desde un mes hasta un año, uno o varios incentivos de los indicados en el
artículo 20 de la Ley N° 7210, o revocarle el otorgamiento del Régimen de Zona
Franca, sin responsabilidad para el Estado, todo de conformidad con lo
dispuesto en la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento. La eventual
imposición de estas sanciones será sin perjuicio de las demás responsabilidades
administrativas, civiles o penales que pudieren corresponderle a la
beneficiaria o sus personeros.
11.—Una vez comunicado el presente Acuerdo Ejecutivo, la empresa
beneficiaria deberá suscribir con PROCOMER un Contrato de Operaciones. En caso
de que la empresa no se presente a firmar el Contrato de Operaciones, y no
justifique razonablemente esta situación, PROCOMER procederá a confeccionar un
Acuerdo Ejecutivo que dejará sin efecto el que le otorgó el Régimen.
Para el inicio de operaciones productivas al amparo del Régimen, la
empresa deberá haber sido autorizada por la Dirección General de Aduanas como
auxiliar de la función pública aduanera, según lo dispuesto en la Ley General
de Aduanas y su Reglamento.
12.—Las directrices que, para la promoción, administración y
supervisión del Régimen emita PROCOMER, serán de acatamiento obligatorio para
los beneficiarios y las personas que directa o indirectamente tengan relación
con ellos o con la citada Promotora.
13.—El uso indebido de los bienes o servicios exonerados será
causa suficiente para que el Ministerio de Hacienda proceda a la liquidación de
tributos exonerados o devueltos y ejerza las demás acciones que establece el
Código de Normas y Procedimientos Tributarios en materia de defraudación
fiscal, sin perjuicio de las demás sanciones que establece la Ley N° 7210 y sus
reformas y demás leyes aplicables.
14.—La empresa beneficiaria se obliga a cumplir con todos los
requisitos de la Ley N° 7210, sus reformas y reglamentos, así como con las
obligaciones propias de su condición de auxiliar de la función pública
aduanera.
15.—De conformidad con el artículo 74 de la Ley Constitutiva de
la Caja Costarricense de Seguro Social, Ley N° 17 del 22 octubre de 1943 y sus
reformas, el incumplimiento de las obligaciones para con la seguridad social
podrá ser causa de pérdida de las exoneraciones e incentivos otorgados, previa
tramitación del procedimiento administrativo correspondiente. Asimismo, la
empresa deberá registrarse como patrono en el sistema que la Caja Costarricense
de Seguro Social disponga para ello, a partir de la fecha en que se le
notifique el ingreso al Régimen de Zonas Francas.
16.—Rige a partir de su notificación.
Comuníquese y publíquese.
Dado en la Presidencia de la
República.—San José, a los veinte días del mes de enero del dos mil once.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Comercio Exterior, Anabel González Campabadal.—1 vez.—RP2011229094.—(IN2011022820).
DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO
DE LA COMUNIDAD
AVISO
El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Legal y de Registro, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Integral de Villa Vieja, Chapernal, Pitahaya de Puntarenas. Por medio de su representante: Michael Enrique Torres Villalobos, cédula 603580925 ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, 28 de marzo 2011.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—RP2011230102.—(IN2011023994).
DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN
Y EXTRANJERÍA
ACUERDO
DE VIAJE Nº DGME 00029-2011
LA
DIRECTORA GENERAL DE MIGRACIÓN
Y EXTRANJERÍA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo
13, inciso 24) de la Ley General de Migración y Extranjería número 8764, el
criterio de la Procuraduría General de la República número C229-2009 del 25 de
agosto de 2009, los artículos 1º, 2º 7º, 31, 34 y 36 del Reglamento de Gastos
de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría
General de la República mediante resolución, R-DC-92-2009.
(R-6-2009-DC-DFOE-SAF) de las nueve horas del 19 de noviembre de 2009, así como
lo dispuesto en la Ley Nº 8790 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario
de la República para el Ejercicio Económico del 2010.
Considerando:
1º—Que la UNICEF-CR, ha girado una
cordial invitación para participar en la reunión del “Congreso
Subregional sobre Explotación Sexual Comercial de Niños, Niñas y Adolescentes:
Avances y Desafíos en Centroamérica y República Dominicana”, que se
llevará a cabo en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, a
celebrarse los días 16 al 18 marzo del 2011, el cual es de interés para la
Dirección General de Migración y Extranjería.
2º—Que para efectos de participación en la citada reunión, se ha
designado al Licenciado Freddy Mauricio Montero Mora, cédula número 1 0707
0998, en calidad de Subdirector General de Migración y Extranjería; Órgano del
Ministerio de Gobernación y Policía de conformidad con el artículo 12 de la Ley
General de Migración y Extranjería número 8764. Dicha reunión, tendrá lugar en
la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, a celebrarse los días 16 al
18 marzo del 2011. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al Licenciado
Freddy Mauricio Montero Mora, cédula número 1-0707-0998, en calidad de
Subdirector General de Migración y Extranjería, para que participe en la
reunión citada en el Considerando Primero del presente Acuerdo, que se
realizará en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, a celebrarse los
días 16 al 18 marzo de 2011.
Artículo 2º—Que se reconocerán los gastos en que incurra el
Licenciado Freddy Mauricio Montero Mora, siendo la tarifa máxima establecida
para viajar a República Dominicana, de ciento setenta y tres dólares ($173,00
USD) diarios. Por gastos diarios, para cena un 12%, correspondiendo a ($20,76
USD) veinte dólares con setenta y seis centavos diarios, un 8% para gastos
menores de viaje que corresponden a la suma de ($13,84 USD) trece dólares con
ochenta y cuatro centavos diarios; para el día 19 de marzo de 2011, se
reconocerán los siguientes gastos, para desayuno un 8%, correspondiendo a
($13,84 USD) trece dólares con ochenta y cuatro centavos y para almuerzo un
12%, correspondiendo a ($20,76 USD) veinte dólares con setenta y seis centavos.
Los gastos anteriores así como los gastos por concepto impuestos de salida, los
de transporte y gastos en tránsito si los hubiere, de Aeropuerto Hotel
Aeropuerto de los días del 15 al 19 de marzo de 2011, serán cubiertos con
recursos del Presupuesto Ordinario y Extraordinario asignados a la Dirección
General de Migración y Extranjería. Los gastos correspondientes a hospedaje, desayunos
y almuerzos para los días que corresponden a la reunión del 16 al 18 de marzo
de 2011, así como los tiquetes aéreos serán cubiertos por los organizadores del
evento.
Artículo 3º—Que durante los días en que participe el Licenciado
Freddy Mauricio Montero Mora, en la actividad a la que se refiere este acuerdo,
devengará el 100% de su salario. Asimismo, durante los días del 15 al 19 de
marzo de 2011, se pagarán los rubros correspondientes y desglosados en el
considerando anterior.
Artículo 4º—El presente Acuerdo rige del 15 al 20 de marzo de
2011.
Dado en el Ministerio de Gobernación y
Policía, el 7 de marzo de 2011.
Kathya Rodríguez Araica, Directora General.—1 vez.—O. C. Nº 001-11.—Solicitud Nº 33901.—C-32420.—(IN2011024166).
SERVICIO FITOSANITARIO
DEL ESTADO
DEPARTAMENTO DE INSUMOS AGRÍCOLAS
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA
VEZ
DIA-R-E-158/2011.—El señor Sung Kyund Kim, cédula o pasaporte: 141000026530, en calidad de representante legal de la compañía Importaciones Pamer S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de: Barreal, Heredia, Costa Rica. Solicita la inscripción del equipo, marca: Giant, tipo: pulverizadora de espalda radial de motor, capacidad 25 litros y tanque adicional de 20 litros, tres funciones: tanque para granulado, tanque adicional para líquido y polvo y accesorio para usarse como sopladora, peso 12,5 kilogramos, modelo: DMC-721 FW. Fabricante: Cheon Poong Industry Co. Ltda. Korea. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 25 de marzo de 2011.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Agr. Marco Vinicio Jiménez Salas.—RP2011229803.—(IN2011023402).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
DIA-R-E-157/2011.—El señor: Sung Kyund
Kim cédula o pasaporte: 141000026530 en calidad de: representante legal de la
compañía: Importaciones Pamer S. A. Cuyo domicilio fiscal se encuentra en la
ciudad de: Barreal, Heredia-Costa Rica. Solicita la inscripción del equipo,
Marca: Giant. tipo: pulverizadora de espalda de motor, capacidad 25 litros,
peso 9 kilogramos, modelo: 3WZ-6, fabricante: Shandong Jinao Machiner Co, Ltd., China. Conforme a lo establece la Ley de
Protección Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto 27037-MAG-MEIC. Se solicita a
terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio
Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a
partir de la última publicación de este edicto, en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, 24 de marzo del 2011.—Unidad Registro de
Agroinsumos.—Ing. Agr. Marco Vinicio Jiménez
Salas.—RP2011229801.—(IN2011023400).
DIA-R-E-159/2011.—El señor: Sung Kyund Kim cédula o pasaporte: 141000026530 en calidad de: representante legal de la compañía: Importaciones Pamer S. A. cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de: Barreal, Heredia- Costa Rica. Solicita la inscripción del equipo, marca: Giant. Tipo: Pulverizadora de espalda radial de motor, capacidad 20 litros, peso 12,5 kilogramos. modelo: KMD-850 W. Fabricante: Cheon Poong Industry Co, Ltda. - Korea. Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto 27037-MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 25 de marzo del 2011.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Agr. Marco Vinicio Jiménez Salas.—RP2011229802.—(IN2011023401).
Nº DIA-R-E-145/2011.—El señor Santos Aguilera Vargas, cédula o pasaporte Nº 9-050-693, en calidad de representante legal de la compañía: El Colono Agropecuario S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de: Guápiles, Limón, Costa Rica, solicita la inscripción del equipo: marca: Swissmex - Rapid S.A. Tipo: equipo de Aspersión Gaviota 12 de acople de tres puntos. Modelo: 891.330. Fabricante: Swissmex - Rapid S.A. de C. V. México. Conforme lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Nº 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 14:05 horas del 21 de marzo del 2011.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Agr. Marco Vinicio Jiménez Salas.—(IN2011023803).
Nº DIA-R-E-144/2011.—El señor Santos Aguilera Vargas, cédula o pasaporte Nº 9-050-693, en calidad de representante legal de la compañía: El Colono Agropecuario S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de: Guápiles, Limón, Costa Rica, solicita la inscripción del equipo: marca: Swissmex - Rapid S.A. Tipo: equipo de Aspersión Gaviota 18 de acople de tres puntos. Modelo: 905.620. Fabricante: Swissmex - Rapid S.A. de C. V. México. Conforme lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Nº 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 12:57 horas del 21 de marzo del 2011.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Agr. Marco Vinicio Jiménez Salas.—(IN2011023804).
Nº DIA-R-E-146/2011.—El señor Santos Aguilera Vargas, cédula o pasaporte Nº 9-050-693, en calidad de representante legal de la compañía: El Colono Agropecuario S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de: Guápiles, Limón, Costa Rica, solicita la inscripción del equipo: marca: Swissmex - Rapid S.A. Tipo: equipo de aspersión de acople de tres puntos. Modelo: 880.050. Fabricante: Swissmex - Rapid S.A. de C.V. México Conforme lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Nº 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 14:13 horas del 21 de marzo del 2011.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Agr. Marco Vinicio Jiménez Salas.—(IN2011023805).
Nº DIA-R-E-147/2011.—El señor Santos Aguilera Vargas, cédula o pasaporte Nº 9-050-693, en calidad de representante legal de la compañía: El Colono Agropecuario S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de: Guápiles, Limón, Costa Rica, solicita la inscripción del equipo: marca: Swissmex - Rapid S.A. Tipo: equipo de aspersión de acople de tiro con Aguilón. Modelo: 669.030. Fabricante: Swissmex - Rapid S.A. de C.V. México. Conforme lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Nº 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 14:38 horas del 21 de marzo del 2011.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Agr. Marco Vinicio Jiménez Salas.—(IN2011023806).
Nº DIA-R-E-148/2011.—El señor Santos Aguilera Vargas, cédula o pasaporte Nº 9-050-693, en calidad de representante legal de la compañía: El Colono Agropecuario S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de: Guápiles, Limón, Costa Rica, solicita la inscripción del equipo: marca: Swissmex - Rapid S.A. Tipo: equipo de Aspersión de acople de tres puntos. Modelo: 880.125. Fabricante: Swissmex - Rapid S.A. de C.V. México. Conforme lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Nº 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 14:47 horas del 21 de marzo del 2011.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Agr. Marco Vinicio Jiménez Salas.—(IN2011023807).
Nº DIA-R-E-149/2011.—El señor Santos Aguilera Vargas, cédula o pasaporte Nº 9-050-693, en calidad de representante legal de la compañía: El Colono Agropecuario S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de: Guápiles, Limón, Costa Rica, solicita la inscripción del equipo: marca: Swissmex - Rapid S.A. Tipo: equipo de aspersión Lola Huevo de acople de tres puntos. Modelo: 891.015-891.060. Fabricante: Swissmex - Rapid S.A. de C. V. México. Conforme lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Nº 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 15:00 horas del 21 de marzo del 2011.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Agr. Marco Vinicio Jiménez Salas.—(IN2011023808).
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
Nº
DIA-R-E-123-2011.—El señor
Fritz Trinler Santos, cédula Nº 1-0746-0492, en calidad de representante legal
de la compañía Trisan S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de
San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial
Terraponics-Sulfato Ferroso Heptahidratado FeSO4-7H2O,
compuesto a base de Hierro-Azufre. Conforme con lo que establece la Ley de
Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse
para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término
de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el
Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 14:00 horas del 8 de
marzo del 2011.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Marco Vinicio
Jiménez Salas, Encargado.—1 vez.—(IN2011023817).
Nº DIA-R-E-125-2011.—El señor Fritz Trinler Santos, cédula Nº 1-0746-0492, en calidad de representante legal de la compañía Trisan S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Terraponics-Cloruro de Potasio KC1, compuesto a base de Potasio. Conforme con lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 14:00 horas del 8 de marzo del 2011.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Marco Vinicio Jiménez Salas, Encargado.—1 vez.—(IN2011023818).
Nº DIA-R-E-124-2011.—El señor Fritz Trinler Santos, cédula Nº 1-0746-0492, en calidad de representante legal de la compañía Trisan S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Terraponics-Nitrato de Magnesio Soluble Mg(NO3)2-6H2O, compuesto a base de Nitrógeno-Magnesio. Conforme con lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 14:00 horas del 8 de marzo del 2011.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Marco Vinicio Jiménez Salas, Encargado.—1 vez.—(IN2011023819).
Nº DIA-R-E-117-2011.—El señor Fritz Trinler Santos, cédula Nº 1-0746-0492, en calidad de representante legal de la compañía Trisan S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Terraponics- Sulfato de Potasio Soluble K2SO4, compuesto a base de Potasio- Azufre, conforme con lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 8 de marzo del 2011.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Marco Vinicio Jiménez Salas, Encargado.—1 vez.—(IN2011023820).
Nº DIA-R-E-118-2011.—El señor Fritz Trinler Santos, cédula Nº 1-0746-0492, en calidad de representante legal de la compañía Trisan S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Terraponics- Sulfato de Magnesio Heptahidratado MgSO4 - 7H2O, compuesto a base de magnesio-azufre, conforme con lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 8 de marzo del 2011.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Marco Vinicio Jiménez Salas, Encargado.—1 vez.—(IN2011023821).
Nº DIA-R-E-119-2011.—El señor Fritz Trinler Santos, cédula Nº 1-0746-0492, en calidad de representante legal de la compañía Trisan S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Terraponics- Sulfato de Zinc Heptahidratado ZnSO4 - 7H2O, compuesto a base de Zinc- Azufre, conforme con lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 8 de marzo del 2011.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Marco Vinicio Jiménez Salas, Encargado.—1 vez.—(IN2011023822).
Nº DIA-R-E-122-2011.—El señor Fritz Trinler Santos, cédula Nº 1-0746-0492, en calidad de representante legal de la compañía Trisan S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Terraponics- Sulfato de Manganeso Monohidratado MnSO4 - H2O, compuesto a base de Manganeso-Azufre, conforme con lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 8 de marzo del 2011.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Marco Vinicio Jiménez Salas, Encargado.—1 vez.—(IN2011023823).
Nº DIA-R-E-121-2011.—El señor Fritz Trinler Santos, cédula Nº 1-0746-0492, en calidad de representante legal de la compañía Trisan S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Terraponics- Fosfato Monopotásico KH2PO4, compuesto a base de Fósforo-Potasio, conforme con lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 8 de marzo del 2011.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Marco Vinicio Jiménez Salas, Encargado.—1 vez.—(IN2011023824).
Nº DIA-R-E-120-2011.—El señor Fritz Trinler Santos, cédula Nº 1-0746-0492, en calidad de representante legal de la compañía Trisan S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Terraponics- Fosfato Monoamónico-(MAP) (NH4) H2PO4, compuesto a base de Nitrógeno- Fósforo, conforme con lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 8 de marzo del 2011.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Marco Vinicio Jiménez Salas, Encargado.—1 vez.—(IN2011023825).
Nº DIA-R-E-088-2011.—El señor Milton Pineda Chévez, cédula o pasaporte Nº 309274, en calidad de representante legal de la compañía Duwest Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Fertilizante Foliar, de nombre comercial Liquid Feed Fósforo 4-22-4 + S + E M, compuesto a base Nitrógeno Fósforo-Potasio-Azufre- Boro-Zinc, conforme con lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 14 de febrero del 2011.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Marco Vinicio Jiménez Salas, Encargado.—1 vez.—(IN2011023863).
Nº DIA-R-E-089-2011.—El señor Milton Pineda Chévez, cédula o pasaporte Nº 309274, en calidad de representante legal de la compañía Duwest Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Fertilizante Foliar, de nombre comercial Liquid Feed Potasio 2-1-24 + S + Elementos Menores, compuesto a base Nitrógeno Fósforo-Potasio-Azufre- Boro-Zinc- Cobre-Hierro-Manganeso-Molibdeno, conforme con lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 14 de febrero del 2011.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Marco Vinicio Jiménez Salas, Encargado.—1 vez.—(IN2011023864).
Nº DIA-R-E-090-2011.—El señor Milton Pineda Chévez, cédula o pasaporte Nº 309274, en calidad de representante legal de la compañía Duwest Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Fertilizante Foliar, de nombre comercial Liquid Feed Zinc 4-0-0 + 5.6 (Zn), compuesto a base de Nitrógeno -Zinc, conforme con lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 14 de febrero del 2011.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Marco Vinicio Jiménez Salas, Encargado.—1 vez.—(IN2011023865).
DIRECCIÓN
DE GESTIÓN
Y EVALUACIÓN DE
LA CALIDAD
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 45, título N° 489, emitido por el Colegio Nuestra Señora de Sion, en el año mil novecientos noventa y cuatro, a nombre de León Castro Max Alberto. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veinticuatro de marzo del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011022494).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 74, título N° 151, emitido por el Colegio Nocturno León XIII, en el año dos mil, a nombre de Sibaja Chinchilla Keilyn. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veinte días del mes de marzo del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011023758).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 28, título N° 2044, emitido por el Liceo de San José, en el año dos mil cuatro, a nombre de Méndez Téllez Pedro Enrique. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los catorce días del mes de marzo del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011023780).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 128, título N° 1172, emitido por el Liceo Santa Cruz Clímaco A. Pérez, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Rodríguez Briceño Gloria Elena. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 25 de marzo del 2011.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011023220).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, inscrito en el tomo 1, folio 25, asiento N° 689, emitido por el Colegio Ricardo Fernández Guardia, en el año mil novecientos ochenta y dos, a nombre de Zeledón Rivera Rodrigo Antonio. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 25 de enero del 2011.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011023257).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 129, título N° 499, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Guaycará, en el año dos mil ocho, a nombre de Pérez Obando Ronald Mauricio. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 25 de marzo del 2011.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011023272).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 120, título N° 604, emitido por el Colegio Nocturno Herman López Hernández de Barva, en el año dos mil ocho, a nombre de Montoya Chacón Marcela. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 22 de marzo del 2011.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011023306).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 2, título N° 5, emitido por el Liceo Nocturno Justo A. Facio, en el año mil novecientos ochenta y ocho, a nombre de Cascante Castillo Ramón E. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a .la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 22 de marzo del 2011.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011023316).
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE INVESTIGACIÓN
Y ENSEÑANZA EN
NUTRICIÓN Y SALUD
LA
DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO
COSTARRICENSE DE
INVESTIGACIÓN Y ENSEÑANZA
EN NUTRICION Y
SALUD
Con fundamento en lo que establecen el
artículo 140, inciso 2) de la Constitución Política y el artículo 12, inciso a)
del Estatuto de Servicio Civil.
ACUERDA:
Artículo 1º—Nombramiento
en propiedad de Cinthia Pérez Rodríguez, cédula de identidad 2-0600-0719, en el
puesto 402445 clasificado como Profesional de Servicio Civil 1-B, código 511.
Artículo 2º—Rige a partir del 16 de enero del 2011.
Tres Ríos, 15 de marzo
del 2011.—Dra. Lissette Navas Alvarado, Directora General.—1
vez.—RP2011229025.—(IN2011022824).
DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES
En sesión celebrada en San José, a las 9:00
horas del 15 de diciembre del 2010, se acordó conceder pensión de gracia,
mediante la resolución JNPA-8-2011, al señor Leitón Carvajal José Francisco,
cédula de identidad Nº 1-302-420, vecino de San José, por un monto de noventa y
dos mil setecientos quince colones con cero céntimos (¢ 92.715,00), con un rige
a partir de la inclusión en planillas. Constituye un gasto fijo a cargo del
Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el
contenido presupuestario correspondiente.—Dunia Madrid Acuña, Directora
Nacional de Pensiones.—1 vez.—(IN2011023783).
JUNTA ADMINISTRATIVA
DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Propiedad Industrial
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Kemly Pérez Ávila, cédula de identidad Nº 1-905-781 con domicilio en
Montes de Oca, Sabanilla, 75 metros al norte del Banco de Costa Rica, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de:
Para ver imagen solo en La
Gaceta impresa o en formato PDF
como nombre comercial, en clase: 49
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a brindar servicios de gimnasio deportivo con todas las
características que exige un centro de entrenamiento físico. Ubicado en
Heredia, del Mall Real Cariari 400 metros al norte, frente a la Zona Franca
América. Reservas: Del color gris claro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de noviembre del
2010, solicitud Nº 2010-0010727. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 14 de diciembre
del 2010.—Juan Carlos Sánchez García, Registrador.—RP2010214238.—(IN2010108116).
Marjorie Sibaja Barrantes, cédula de
identidad 1-484-207, en calidad de apoderada generalísima de Edilex Asesores
Periodísticos Sociedad Anónima con domicilio en Barrio Escalante, de la iglesia
Santa Teresita 300 metros al este, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de:
Para ver imagen solo en La Gaceta
impresa o en formato PDF
como marca de servicios en clase: 35
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de asesoría
periodística, publicidad, relaciones públicas, diseño y ejecución de
estrategias de comunicación con públicos internos y externos, manejo de la
prensa, relaciones públicas, comunicación interna, clientes. Reservas: de los
colores terracota, azul, negro. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 1º de febrero de 2011. Solicitud N° 2011-0000779. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 9 de marzo de 2011.—Carlos Rosales Picado,
Registrador.—(IN2011022143).
Patentes de invención
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de F. Hoffmann-La Roche AG, de Suiza, solicita la patente de invención denominada PIRROLIDINA-2-CARBOXAMIDAS SUSTITUIDAS.
Para ver imagen solo en La
Gaceta impresa o en formato PDF
Se proporcionan compuestos de la fórmula, en la que X, Y, R1, R2, R3, R3, R4, R5, R6 y R7 tienen los significados aquí descritos y enantiómeros y sales y ésteres farmacéuticamente aceptables de los mismos. Estos compuestos son útiles como agentes anticancerosos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es A61K 31/40, cuyos inventores son Ding, Qingjie, Jiang, Nan, Liu, Jin-Jun, Ross, Tina, Morgan, Zhang, Jing, Zhang, Zhuming. La solicitud correspondiente lleva el número 20110099, y fue presentada a las 13:40:00 del 21 de febrero de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 11 de marzo de 2011.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2011022479).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Agrium Inc, de Canadá, solicita la Patente de invención denominada COMPOSICIÓN FERTILIZANTE DE LIBERACIÓN CONTROLADA.
Para ver imagen solo en La
Gaceta impresa o en formato PDF
Se describe una composición fertilizante de liberación controlada y los métodos para producir la composición fertilizante de liberación controlada. La composición fertilizante de liberación controlada comprende un núcleo de fertilizante soluble en agua que está recubierto con una capa polimérica, una capa intermedia, y una capa de azufre. Si se desea, la capa de azufre se puede recubrir con una capa externa insoluble en agua. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es C05G 5/00, cuyos inventores son Ogle, Jeffrey Michael, Sims, Johnny Durán. La solicitud correspondiente lleva el número 20110088, y fue presentada a las 14:18:00 del 15 de febrero de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 10 de marzo de 2011.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2011022480).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Leon Engineering S.P.A., de San Marino, solicita la patente de invención denominada SISTEMA PARA REDUCIR EL ANHÍDRIDO CARBÓNICO PRESENTE EN HUMOS DE COMBUSTIÓN.
Para ver imagen solo en La
Gaceta impresa o en formato PDF
La presente invención se refiere a un sistema para reducir el anhídrido carbónico englobado en humos de combustión que comprende al menos un conducto de introducción de humos dentro de al menos una cámara operativa y al menos un conducto de expulsión de los gases tratados. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es A01G 9/18, cuyo inventor es Paolo Amadesi. La solicitud correspondiente lleva el número 20110048, y fue presentada a las 13:46:00 del 25 de enero de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de febrero de 2011.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2011022481).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor de edad, abogado, apoderado especial de Sanofi-Aventis, de Francia, solicita la patente de invención denominada 6-SUBSTITUTED ISOQUINOLINES AND ISOQUINOLINONES.
Para ver imagen solo en La
Gaceta impresa o en formato PDF
La invención se refiere a derivados de isoquina e isoquinolinona 6-sustidos de la fórmula (I) útiles para el tratamiento y/o la prevención de enfermedades asociadas con la Cinasa Rho y/o la fosforilación mediada por la Cinasa Rho de la Fosfatasa de Miosina de cadena ligera, y a composiciones que contienen dichos compuestos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es C07D 217/24, cuyos inventores son Plettenburg, Oliver, Lorenz, Katrin, Loehn, Matthias, Weston, John, Kleemann, Heinz-Werner. La solicitud correspondiente lleva el número 11830, y fue presentada a las 14:29:15 del 07 de diciembre de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 8 de marzo de 2011.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2011022482).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Glycart Biotechnology AG, de Suiza, solicita la patente de invención denominada ANTICUERPOS CD20 CON FUNCIÓN DEL EFECTOR Y AFINIDAD DE ENLACE AL RECEPTOR FC MEJORADAS. La presente invención se refiere a moléculas de enlace a antígeno (ABM). En modalidades particulares, la presente invención se refiere a anticuerpos monoclonales recombinantes, incluyendo anticuerpos quiméricos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es C07K 16/28, cuyos inventores son Pablo Umaña, Peter Brunker, Claudia Ferrara, Tobías Suter, Úrsula Puntener, Ekkehard Mossner. La solicitud correspondiente lleva el número 11848, y fue presentada a las 14:01:00 del 15 de diciembre de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de febrero de 2011.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2011022483).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Sanofi-Aventis, de Francia, solicita la patente de invención denominada USO DE DRONEDARONA PARA LA PREPARACIÓN DE UN MEDICAMENTO PARA LA PREVENCIÓN DE ICTUS O ATAQUE ISQUÉMICO TRANSITORIO. Uso de dronedarona para la preparación de un medicamento para la prevención de ictus o ataque isquémico transitorio. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es A61K 31/343, cuyos inventores son Davide Radzik, Eickels Van, Christophe Gaudin, Nacera Hamdani. La solicitud correspondiente lleva el número 20110061, y fue presentada a las 14:18:00 del 2 de febrero de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 11 de marzo de 2011.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2011022484).
La señora Giselle Reuben Hatounian, mayor, soltera, abogada, céd. 1-1055-703, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Antonio José de Jesús de San Juan Bosco Echevarría Parrs, de México, solicita la Patente de Invención denominada PROCESO Y APARATO PARA EXTRAER BIODIESEL A PARTIR DE ALGAS. La presente invención se refiere a un sistema para el crecimiento del alga, extracción de lípidos y transesterificación de los lípidos para obtener biodiesel. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es C10L 1/02, cuyo inventor es Antonio José de Jesús de San Juan Bosco Echevarría Parres. La solicitud correspondiente lleva el número 11853, y fue presentada a las 11:00:00 del 17 de diciembre de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 17 de marzo del 2011.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—RP2011228993.—(IN2011022791).
REGISTRO DE
PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones
civiles
AVISO
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Association Odyssey Two Thousand Fifty en español (Asociación Odisea Dos Mil Cincuenta), con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover la educación y la concientización sobre el cambio climático a través de la creación y divulgación de la película Odissey Two Thousand Fifty, así como promover y apoyar el desarrollo de proyectos asociados y tendientes a educar y formar la sociedad civil en el tema de cambio climático. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el Presidente: Thomas John Kennedy. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 2011, asiento 9162 adicionales tomo 2011 asiento 68680 y tomo 2011 asiento 79587).—Curridabat, 24 de marzo del 2011.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2011023312).
REGISTRO
NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR
Y DERECHOS CONEXOS
AVISO
Sara Marie Arias Delgado, cédula de identidad 1-1004-358, mayor, soltera, artista, vecina de San José, Lomas de Salitral, Desamparados, casa 202H, autora de la letra y música y productora, solicita la inscripción de los derechos morales y los derechos patrimoniales en la obra individual, artística y divulgada que se titula NADA ES IMPOSIBLE DEMO AGOSTO 2010 SARA ARIAS. Así como derechos conexos morales de interpretación a favor de Mainor Arcia Madrigal, mayor, casado, pastor, cédula de identidad 1-802-136, vecino de San Francisco de Dos Ríos, San José y Sara Marie Arias Delgado, de calidades antes indicadas sobre sus interpretaciones y ejecuciones. La obra es un fonograma, un disco compacto que contiene la letra y música de doce canciones en español de carácter religioso cristiano. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta, para que terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los 30 días hábiles siguientes a esta publicación, conforme al artículo 113 de la Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos Nº 6683. Expediente 6520.—Curridabat, 1º de marzo del 2011.—Lic. Andrés Hernández Osti, Registrador.—1 vez.—RP2011229314.—(IN2011022818).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
AVISOS
La Dirección Nacional de Notariado hace saber que ante este Despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación para el ejercicio de la función notarial de la licenciada Andrea María Villalobos Salguero, cédula de identidad 1-0856-0858, carné profesional 11879, por lo que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección, dentro de los quince días siguientes a esta publicación. Expediente 11-000192-0624-NO.—San José, 15 de marzo del 2011.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—RP2011229442.—(IN2011022816).
La Dirección Nacional de Notariado hace saber que ante este Despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación para el ejercicio del Notariado del licenciado Fabio Salas Chinchilla, portador de la cédula de identidad número 112270616, carné 18676, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección, dentro de los quince días siguientes a esta publicación. (Expediente 11-000133-0624-NO).—San José, 11 de marzo del 2011.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—RP2011229592.—(IN2011022817).
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Expediente Nº 14509P.—Merkaba Internacional S. A., solicita concesión de: 5 litros por segundo del Pozo AB-1539, efectuando la captación en finca de el mismo en San Rafael, Alajuela, Alajuela, para uso consumo humano doméstico comercial. Coordenadas 214.650/510.100 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de marzo de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011022414).
Expediente Nº 13869P.—Inversiones Colven de Liberia S.A., solicita concesión de: 5 litros por segundo del Pozo CN-700, efectuando la captación en finca de Inversiones Colver de Liberia en Nacascolo, Liberia, Guanacaste, para uso… Coordenadas 287.944/363.485 hoja Carrillo Norte. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de marzo de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011022415).
Expediente Nº 14486P.—Interplaza Siete DDD Ltda, solicita concesión de: 2 litros por segundo del Pozo AB-2473, efectuando la captación en finca de Interplaza Siete DDD Ltda., en San Antonio (Escazú), Escazú, San José, para uso consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas 212.168/518.780 hoja Salitral. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 9 de marzo de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011022417).
Expediente Nº 7403P.—Corporación Caribeña Ebi S. A., solicita concesión de: 0,50 litros por segundo del Pozo AB-1423, efectuando la captación en finca de su propiedad en Piedades, Santa Ana, San José, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 213.000/511.800 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de marzo de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011022478).
Expediente Nº 14517P.—Hacienda la Jacaranda del Este S.A., solicita concesión de: 10 litros por segundo del Pozo JU-25, efectuando la captación en finca de el mismo en San Juan (Abangares), Abangares, Alajuela, para uso consumo humano, agropecuario, riego y turístico. Coordenadas 244.580/436.035 hoja Juntas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de marzo de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011022493).
Expediente Nº 11696P.—Maison de la Vainille S. A., solicita concesión de: 9,88 litros por segundo del Pozo JU-21, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Juan, Abangares, Guanacaste, para uso agropecuario, riego, frutal, turístico, piscina, consumo humano, doméstico. Coordenadas 244.310/436.050 hoja Juntas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de marzo de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011022495).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. 14520P.—Industrial de Oleaginosas Americanas S. A., solicita concesión de: 10 litros por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de el mismo en Barranca, Puntarenas, Puntarenas, para uso industria. Coordenadas 218.362 / 456.918 hoja Barranca. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de marzo de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011023711).
Exp. 7866P.—Virmarel S. A., solicita concesión de: 5 litros por segundo del pozo BA-462, efectuando la captación en finca de su propiedad en San José, Alajuela, Alajuela, para uso consumo humano comercial, industria construcción y agropecuario riego pasto. Coordenadas 220.400 / 509.540 hoja Barva. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 9 de febrero de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011023714).
Exp. 4045A.—La Ilusión S. A., solicita concesión de: 0,25 litros por segundo de la quebrada Monge, efectuando la captación en finca de Alberto Chávez Quesada en Ángeles, San Rafael, San Rafael, Heredia, para uso agropecuario-abrevadero y agropecuario-lechería. Coordenadas 229.400 / 527.500 hoja Barva. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de marzo de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011023717).
Exp. 9591A.—Héctor y Soledad, Ballestero Herrera y Chaves Quirós, solicitan concesión de: 0,80 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Edgar Porras Rojas en Zarcero, Alfaro Ruiz, Alajuela, para uso agropecuario, riego, hortaliza. Coordenadas 240.700 / 496.500 hoja Quesada. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 15 de marzo de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011023765).
Exp. 13826P.—Villa Fire Island Diecinueve S. A., solicita concesión de: 6 litros por segundo del pozo CN-622, efectuando la captación en finca de misma finca solicitante en Palmira (Carrillo), Carrillo, Guanacaste, para uso... Coordenadas 361.750/383.150 hoja Carrillo Norte. 6 litros por segundo del pozo CN-620, efectuando la captación en finca de misma finca solicitante en Palmira (Carrillo), Carrillo, Guanacaste, para uso consumo humano y turístico. Coordenadas 362.000 / 383.350 hoja Carrillo Norte. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 28 de marzo de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011023768).
Expediente Nº 14532P.—Jean Francois Moyersoen Bouckaert, solicita concesión de: 2,8 litros por segundo del pozo CZ-158, efectuando la captación en finca de el mismo en Puerto Carrillo, Hojancha, Guanacaste, para uso consumo humano. Coordenadas 205.496/374.545 hoja Cerro Azul. 2,8 litros por segundo del pozo CZ-151, efectuando la captación en finca de el mismo en Puerto Carrillo, Hojancha, Guanacaste, para uso consumo humano. Coordenadas 205.489/374.656 hoja Cerro Azul. 1,2 litros por segundo del pozo CZ-152, efectuando la captación en finca de el mismo en Puerto Carrillo, Hojancha, Guanacaste, para uso consumo humano. Coordenadas 205.347/374.645 hoja Cerro Azul. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de marzo del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011024792).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. 5227P.—Jetan S. A., solicita concesión de: 0,5 litros por segundo del pozo AB-1163, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Rafael, Alajuela, Alajuela, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 218.105/512.970 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de marzo de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011023185).
Exp. 7003A.—Sucesión de Rafael Villegas Rodríguez, solicita concesión de: 0,1 litro por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de Rafael Villegas Rodríguez en Fortuna, San Carlos, Alajuela, para uso agropecuario abrevadero. Coordenadas 271.150 / 465.300 hoja Fortuna. 0,15 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Rafael Villegas Rodríguez en Fortuna, San Carlos, Alajuela, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 270.950 / 464.700 hoja Fortuna. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de marzo de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011023268).
Exp. 7624P.—Agropecuaria Hermanos Pacheco S. A. solicita concesión de: 0,50 litros por segundo del pozo NA-404: efectuando la captación en finca de su propiedad en Granja Palmares, Alajuela, para uso agro, industria ornamentales. Coordenadas 225.575 / 487.200 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 15 de marzo de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011023269).
Exp. 7211P.—Heliconia S. A., solicita concesión de: 0,55 litros por segundo del pozo QA-13, efectuando la captación en finca de su propiedad en Ángeles (San Ramón), San Ramón, Alajuela, para uso turístico-otro. Coordenadas 242.400 / 483.200 hoja Quesada. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 18 de marzo del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011229758.—(IN2011023398).
Exp. 7938P.—Faro Escondido Uno S. A., solicita concesión de: 2,3 litros por segundo del pozo HE-5, efectuando la captación en finca de servidumbre de paso de acueducto y de agua en Jacó, Garabito, Puntarenas, para uso turístico otro. Coordenadas 182.040 /464.302 hoja Herradura. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de marzo del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011229834.—(IN2011023399).
Exp. 9406A.—Gerardo Alberto Gómez Solís, solicita concesión de: 0,5 litros por segundo de la Quebrada Varela, efectuando la captación en finca de Aucanacua S.A. en San Rafael Vázquez de Coronado, San José, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 217.200 / 542.200 hoja Istarú. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de marzo del 2011.—Departamento de Aguas.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011023900).
Exp. 6427P.—Corporación Agrícola Del Monte S. A., solicita concesión de: 9,46 litros por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de su propiedad en Batán, Matina, Limón; para uso agroindustrial, agroproceso. Coordenadas 230.050/609.150 hoja Matina. 5,55 litros por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de su propiedad en Batán, Matina, Limón, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 229.950/609.100 hoja Matina. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 14 de diciembre del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011023902).
DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE
Y COMERCIALIZACIÓN DE COMBUSTIBLES
EDICTO
Nº DGTCC-249-2011.—San José, a los diecisiete días del mes de marzo del año dos mil once, se tiene por presentada la gestión por parte de Daniel Misael Hernández Gómez, cédula de identidad número 000693217, quien en su condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de la empresa “Petrogás S. A.”, cédula jurídica Nº 3-101-165924, solicitó autorización para la entrada en operación de los equipos de transporte de gas licuado de petróleo placas C-156613, C-156455, C-156454 y C-156614, para el transporte de gas licuado de petróleo en cilindros en todo el territorio nacional. Con fundamento en el Decreto Ejecutivo Nº 24813-MAE, se otorga un plazo de ocho días hábiles a partir de la publicación que resulte, en uno de los diarios de mayor circulación en el país y en el Diario Oficial La Gaceta, para que cualquier persona natural o jurídica, que tenga interés o pueda resultar afectada con la operación del nuevo equipo cisterna, haga llegar a esta Dirección su criterio, opinión u oposición al respecto, aportando toda la prueba que la sustente.—San José, a las diez horas del día diecisiete de marzo del dos mil once.—Lic. Carlos Barboza Villalobos, Director General a. í.—1 vez.—(IN2011023782).
Registro
Civil-Departamento Civil
OFICINA
DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
Exp. Nº 5897-08.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las trece horas diez minutos del diecinueve de setiembre del dos mil ocho. Diligencias de ocurso presentadas por Blanca Rosa Obando Redondo, mayor, divorciada, comerciante, costarricense, cédula de identidad número tres-ciento setenta y tres-ciento veintitrés, vecina de Caballo Blanco, Dulce Nombre, Cartago; tendente a la rectificación de su asiento de nacimiento... en el sentido que la fecha de nacimiento de la misma es “primero de diciembre de mil novecientos cuarenta y cinco” y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación.—Licda. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.——RP2011229252.—(IN2011022810).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Margarita Vásquez Gallo conocida como Margarita Gallo Gallo, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 192-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas del dos de febrero del dos mil once. Exp. Nº 33767-2010. Resultando: 1º—...; 2º—...; 3º—...; Considerando: I.—Hechos probados... II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo…; Por tanto: rectifíquense los asientos de nacimiento de María Celeste Soto Gallo, Shirley Vanessa Contreras Gallo, Juan David Gallo Gallo, Benjamín Gallo Gallo y Arelys Gallo Gallo, en el sentido que los apellidos de la madre de los mismos ... son “Vásquez Gallo”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2011023202).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Marlene del Socorro Jiménez Sequeira, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 131-11.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas treinta minutos del veinticinco de enero del dos mil once. Exp. Nº 39643-10.—Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Dereck Anderson Jiménez Sequeira..., en el sentido que el nombre de la madre de la persona ahí inscrita es “Marlene del Socorro”.—Lic. Óscar Fernando Mena Carvajal, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2011229775.—(IN2011023396).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por María Elena Sánchez Delcides, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3220-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas cuarenta minutos del veintidós de noviembre del dos mil siete. Exp. Nº 12235-07. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—.... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Yeiner Antonio Sánchez Delsides... en el sentido que el segundo apellido de la madre... es “Delcides”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez—RP2011229956.—(IN2011023995).
SECCIÓN
DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos
de solicitud de naturalización
Michael Antonio Zeledón Gutiérrez, mayor, soltero, bodeguero, nicaragüense, cédula de residencia 155802777619, vecino de San José, expediente 1350-2009. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, catorce de febrero del dos mil once.—Lic. Óscar Fernando Mena Carvajal, Director General a. í.—1 vez.—Nº 228986.—(IN2011022811).
Katherine Rancruel Londoño, mayor, soltera, cajera bancaria, colombiana, carné de refugiada 070COL000181901, vecina de Heredia, expediente 1249-2008. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, veintiuno de febrero de dos mil once.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—RP2011229114.—(IN2011022812).
Luz Adriana Ortiz Ortega, mayor, casada, tecnóloga de alimentos, colombiana, cédula de residencia 117000226504, vecina de Guanacaste, expediente 5146-2007. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 21 de febrero del 2011.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(IN2011023307).
Ethel María González Rojas, mayor, casada, estilista, nicaragüense, cédula de residencia 270-149187-083672, vecina de Cartago, expediente 1572-2008. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 21 de febrero del 2011.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—RP2011229854.—(IN2011023397).
Guido Toro Rubio, mayor, divorciado, periodista, colombiano, cédula de residencia 117000244401, vecino de San José, expediente 2597-2009. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, once de marzo de dos mil once.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(IN2011023601).
Yohana Blazquez González, mayor, divorciada, comerciante, cubana, cédula de residencia 119200304626, vecina de Heredia, expediente 600-2010, Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, quince de marzo de dos mil once.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(IN2011023617).
Luby Mariel Talavera López, mayor, soltera, comerciante, nicaragüense, cédula de residencia 155803781901, vecina de San José, expediente 2174-2008. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso. San José, dos de marzo de dos mil once.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(IN2011023671).
UNIÓN
NACIONAL DE GOBIERNOS LOCALES
PLAN
ANUAL DE ADQUISICIÓN PROYECTADO
PARA EL 2011
La Proveeduría de la Unión Nacional de
Gobiernos Locales, comunica a todos los interesados que deseen conocer el plan
anual de adquisición proyectado para el 2011, que puede ingresar desde la
pagina web de la UNGL (www.ungl.or.cr) y seleccionar la pestaña de Noticias, seleccionar
la opción de Acontecer de la UNGL, a su vez seleccionar el título que dice
“Plan Anual de Adquisición Proyectado para el 2011”.
O bien ingresar desde el siguiente vínculo
web:
http://ungl.or.cr/index.php?option=com_content&view=article&id=191:plan-anual-de-adquisicion-proyectado-para-el-2011&catid=12:
noticiasvarias<emid=8
San José, 24 de marzo del
2011.—Proveeduría.—Maureen Castillo Murillo, Encargada.—1
vez.—RP2011229586.—(IN2011022830).
PROVEEDURÍA
INSTITUCIONAL
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-000040-13801
Compra
e instalación de equipos para la gestión
del tráfico
aplicativo en alta disponibilidad
La Proveeduría Institucional del Ministerio
de Hacienda, recibirá ofertas hasta las 9:00 horas del día 5 de mayo del 2011,
para la contratación citada anteriormente, a favor del Programa Dirección
General de Informática.
El cartel se encuentra a disposición gratuitamente en el sistema
CompraRed, en la dirección www.hacienda.go.cr/comprared de Internet, un día
hábil después de publicado este aviso.
San José, 1 de abril del 2011.—M.Sc. Marco A. Fernández Umaña, Proveedor Institucional.—1 vez.—Solicitud Nº 05174.—C-8570.—(IN2011025153).
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-000115-75800
Concesión
de local para soda
La Proveeduría de este Ministerio recibirá
ofertas hasta las 09:30 horas del día 10 de mayo del 2011, para la concesión
del local para la soda del Centro Nacional de la Música. El interesado tiene el
cartel a su disposición en el sistema compraRed en forma gratuita, en la
dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de internet a partir de esta
fecha o podría obtenerlo en la recepción de la Proveeduría Institucional,
frente al Parque España, antigua Fanal, avenida 7, calles 11 y 15, San José.
San José, 1 de abril del 2011.—Lic. Jorge Rodríguez Solera, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 03-011.—Solicitud Nº 34647.—C-8100.—(IN2011025212).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2011LA-000005-CNR
Contratación
para solución completa de seguridad
para las
instalaciones del proyecto CENIBiot
El Consejo Nacional de Rectores avisa a los
interesados que se recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del 15 de abril de
2011, para la contratación para la solución completa de seguridad para las
instalaciones del proyecto CENIBiot.
Para retirar el cartel con los términos de referencia puede ingresar a
la dirección:
http://www.conare.ac.cr/transparencia/Proveeduria/contrataciones/
o bien solicitarlo al correo electrónico jchaves@conare.ac.cr.
Pavas, 29 de marzo del 2011.—Lic
Jonathan Chaves Sandoval, Proveeduría.—1 vez.—(IN2011025199).
CONTRATACIÓN
DIRECTA Nº 2011CD-000164-01
Servicios
profesionales en ingeniería o arquitectura
El Patronato Nacional de la Infancia, cédula
jurídica Nº 3-007-042039-35, a través del Departamento de Suministros, Bienes y
Servicios, invita a participar en la Contratación Directa Nº 2011CD-000164-01
Servicios Profesionales en Ingeniería o Arquitectura. El cartel con los
requisitos y detalles de la contratación podrán ser retirados de lunes a
viernes de 7:30 a. m. a 4:00 p. m. en el Departamento de Suministros, Bienes y
Servicios, Oficinas Centrales en San José, sita de la Casa de Matute Gómez 300
metros al sur, Barrio Lujan.
Las visitas técnicas se llevarán a cabo los días viernes 8 y martes 12
de abril del 2011 a las 7:30 horas, para lo cual deberán presentarse en la
Dirección Regional de San José, ubicada frente al costado norte de la Corte
Suprema de Justicia, a fin de iniciar el recorrido. La asistencia de los
oferentes a las mismas quedará bajo su responsabilidad y riesgo.
Las ofertas serán recibidas hasta las 11:00 horas del día 14 de abril
del 2011.
San José, 31 de marzo del
2011.—Departamento de Suministros, Bienes y Servicios.—Guiselle
Zúñiga Coto, Coordinadora.—1 vez.—O. C. Nº 34028.—Solicitud
Nº 48220.—C-5000.—(IN2011025179).
PROGRAMA DE GESTIÓN
INTEGRADA DEL
RECURSO HÍDRICO
(PROGIRH)
LICITACIÓN
PÚBLICA NACIONAL Nº 2011LN-000001-OC
Compra
de vehículos
Objetivo de la licitación: El objetivo de la
licitación, consiste en la compra de 19 vehículos nuevos para el Servicio
Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento.
Ubicación geográfica: San José, Costa Rica
Financiamiento: Esta licitación será financiada con recursos
provenientes del Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE),
conforme con los términos establecidos en el Contrato Préstamo No 1709,
suscrito entre el BCIE y el Gobierno de la República de Costa Rica, para la
ejecución de un Programa de Gestión Integral de Recurso Hídrico, por lo que, la
adquisición de bienes y servicios relacionados con dicho financiamiento, deberá
sujetarse a las disposiciones de la Política para la Obtención de Bienes y
Servicios Relacionados y Servicios de Consultorías del BCIE.
Organismo ejecutor: Servicio Nacional de Aguas Subterráneas,
Riego y Avenamiento (SENARA).
Entrega de documentos y recepción de ofertas: Los documentos para la
presente licitación, podrán retirarse en la Unidad de Servicios Administrativos
del SENARA, ubicado en San José, cantón Goicoechea, distrito Calle Blancos, del
puente de cinco esquinas de Tibás, 600 metros este, edificio color beige, a
partir de las 8:00 a. m. el día 8 de abril de 2011. Las ofertas deberán
entregarse en esta misma dirección, antes de las 10:00 horas del día 26 de mayo
de 2011. Cabe indicar que no se recibirán ofertas después del día y la hora
antes indica.
La autoridad competente de la aprobación y
adjudicación de la presente licitación, es la Junta Directiva del SENARA, como
la máxima autoridad del Organismo Ejecutor, con la No Objeción del BCIE.
Unidad Servicios Administrativos.—Lic. Xinia Herrera Mata, Coordinadora.—1 vez.—(IN2011025164).
REFINADORA
COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-000003-02
Suministro
de compresores
La Dirección de Suministros de Recope invita
a participar en la Licitación Pública Nº 2011LN-000003-02, para lo cual las
propuestas deberán presentarse en el segundo piso de las oficinas centrales de
Recope, Edificio Hernán Garrón, sita en Urbanización Tournón Norte, San
Francisco de Guadalupe, del periódico La República, 50 metros al este, hasta
las 10:00 horas del día 19 de mayo del 2011.
El cartel respectivo puede retirarse en el lugar mencionado previo pago
en la caja de Tesorería, situada en el primer piso del edificio, por un costo
de ¢1.000,00, o bien, el mismo está disponible en la página WEB de Recope
www.recope.com.
San José, 31 de marzo del 2011.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 011-040.—Solicitud Nº 39512.—C-5870.—(IN2011024876).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000001-01
Suministro
e instalación de sistemas de circuito cerrado
de televisión
para los ATM’S no bancarios
en distintas
localidades del país
Se comunica a los interesados de esta
licitación abreviada, que el Subcomité de Licitaciones en el artículo 3 de la
sesión ordinaria Nº 529-2011, celebrada el 28 de marzo del 2011, acordó:
declarar infructuosa dicha licitación.
La Uruca, 6 de abril del 2011.—Proveeduría General.—Lic. Erick Leitón Mora, Proveedor General a. í.—1 vez.—O. C. Nº 001-2011.—Solicitud Nº 0416.—C-5600.—(IN2011025216).
SISTEMA
DE BANCA PARA EL DESARROLLO
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000001-CR
Contratación
Servicios Profesionales para el Fortalecimiento
Organizacional
de la Secretaria Técnica del Consejo
Rector del
Sistema de Banca para el Desarrollo
La Secretaria Técnica del Consejo Rector del
Sistema de Banca para el Desarrollo informa a los interesados que la licitación
abreviada Nº 2011LA-000001-CR Contratación Servicios Profesionales para el
Fortalecimiento Organizacional de la Secretaria Técnica del Consejo Rector del
Sistema de Banca para el Desarrollo fue declarada desierta por el
Consejo Rector del Sistema de Banca para el Desarrollo mediante acuerdo
AG-678-74-2011. Mayor información en el 2248-1650 o jiglesias@sbd.fi.cr.
San José 30 de marzo de 2011.—Dirección
Ejecutiva.—MAE. Lucy Conejo Vargas, Directora Ejecutiva.—1
vez.—(IN2011025184).
DIRECCIÓN
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000036-55000
Contratación
de productos de papel, cartón e impresos
La Dirección de la Proveeduría Institucional
comunica a los interesados, la suspensión del acto de apertura programada para
el día martes 5 de abril del 2011 a las 8:00 a. m., para la contratación de
productos de papel, cartón e impresos.
La misma se reprograma para recibir ofertas el día viernes 8 de abril
del 2011, los interesados podrán pasar a retirar el cartel modificado a partir
de día siguiente de publicado, en forma gratuita en la Proveeduría
Institucional del Ministerio de Educación Pública o bien estará a disposición
en el Sistema Compra Red de Internet a partir de esta fecha en la dirección
www.hacienda.go.cr/comprared
La Proveeduría Institucional se encuentra ubicada en el edificio
Raventós 6to piso, calle 6, avenida central y 2da, San José.
San José, 1 de abril 2011—Lic. Rosario Segura Sibaja, Directora Proveeduría Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 11657.—Solicitud Nº 20964.—C-7670.—(IN2011025157).
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2010LN-000035-PROV
(Aclaraciones y/o
modificaciones Nº 2)
Construcción
de edificio para la toma de muestras
en la Ciudad
Judicial de San Joaquín de Flores
El Departamento de Proveeduría comunica a
todo potencial interesado en participar en los procedimientos de contratación
en referencia, que a partir de esta publicación se encuentran disponibles
discos compactos que contienen las aclaraciones y modificaciones dispuestas de
oficio como aquellas que responden las diversas solicitudes presentadas. Los
demás términos y condiciones permanecen invariables.
San José, 1 de abril de 2011.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1 vez.—(IN2011025201).
ÁREA
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-000003-IMAS
(Modificación Nº 1)
Concesión
de local y administración de la soda-comedor
en el edificio
central del Instituto Mixto de Ayuda Social
A los interesados en la licitación arriba
indicada, se les solicita tomar en cuenta la siguiente modificación al cartel
de la Contratación en referencia:
1. En
el punto 3 “Requisitos de Admisibilidad”, se debe agregar el
siguiente inciso: g. El oferente que desee participar deberá estar inscrito en
Tributación Directa.
2. La fecha de apertura de ofertas se traslada para el día 12 de abril
del 2011 a las 10:00 horas.
Ramón Alvarado G., Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2011024842).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2011LA-000004-PROV
(III modificación)
Contrato
de servicios de mantenimiento en los
edificios de la
Junta de Protección Social
La Junta de Protección Social les informa que
de acuerdo con resolución de la Gerencia General del día veintinueve de marzo
de dos mil once, se ha modificado el cartel para que en aquellos puntos
donde se indique la palabra empresa, se lea correctamente: persona
física o jurídica.
De igual manera se les comunica que la fecha de apertura se mantiene
para el 13 de abril de 2011 a las 10:00 horas.
Departamento de Proveeduría.—Lic. Jorge
Villalobos Fonseca, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 14803.—Solicitud Nº
37242.—C-8100.—(IN2011025211).
RADIOGRÁFICA
COSTARRICENSE S. A.
CONCURSO
DE ADQUISICIÓN Nº 2011PP-000108-DGCMRACSA
Adquisición
de elementos de fibra óptica y servicios de instalación
Radiográfica Costarricense S. A., avisa a los
participantes en la adquisición arriba indicada, que se han realizado
aclaraciones al pliego de condiciones, las cuales pueden retirar en nuestras
oficinas en horas hábiles.
La recepción de las ofertas se prorroga para el día 15 de abril hasta
las 16:00 horas en la Proveeduría Empresarial.
San José, 1 de abril del 2011.—MBA. Xavier Sagot Ramírez, Proveedor Empresarial.—1 vez.—(IN2011024867).
REFINADORA COSTARRICENSEDE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000003-02
(Prórroga Nº 2 y
Enmienda Nº 1)
Suministro
de vehículos
Les comunicamos a los interesados en participar
en el concurso en referencia, que deben pasar al primer piso de las oficinas
centrales de Recope, a retirar la enmienda Nº 1, o bien, la misma estará
disponible en la página WEB de Recope www.recope.com. Asimismo, la fecha de
apertura y recepción de ofertas se prorrogó para el día 13 de abril del 2011, a
las 10:00 horas.
San José, 31 de marzo del
2011.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales,
Directora.—1 vez.—O. C. Nº 011-040.—Solicitud Nº
39511.—C-4520.—(IN2011024879).
REGLAMENTO
DE BECAS Y DESARROLLO DEL RECURSO
HUMANO DE LA JUNTA DE DESARROLLO REGIONAL DE
LA ZONA SUR DE LA
PROVINCIA DE PUNTARENAS
(JUDESUR)
Considerando:
I.—Que la formación técnica y académica
del recurso humano, resulta de vital importancia para JUDESUR, por su especial naturaleza, los
servicios que se prestan, y como un estímulo para el desempeño eficiente de las
funciones.
II.—Que para mantener un equilibrio entre el desarrollo
tecnológico y la normal evolución del Aparato Estatal, es necesario ofrecer
posibilidades de estudio mediante la adjudicación de becas a los funcionarios
de la Institución.
III.—Que mediante acuerdo ACU-11-541-2010 de la sesión ordinaria
del 14 de mayo de 2010, se autoriza a la Dirección Ejecutiva para desarrollar
un Reglamento de Becas para los funcionarios de JUDESUR, por tanto se acuerda
el siguiente Reglamento.
REGLAMENTO
DE BECAS Y DESARROLLO DEL RECURSO
HUMANO DE LA JUNTA
DE DESARROLLO REGIONAL DE
LA ZONA SUR DE LA PROVINCIA DE PUNTARENAS
(JUDESUR)
CAPÍTULO
I
Disposiciones
Generales
Artículo 1º—Este Reglamento se estipula
en cumplimiento de lo dispuesto por el Estatuto de Servicio Civil y su
Reglamento, sobre la materia de Capacitación y Desarrollo de los Recursos
Humanos, la Ley Nº 3009 del 25 de julio de 1962 y su Reglamento Nº 15302-P del
27 de marzo de 1984 y sus reformas, el Decreto Ejecutivo Nº 25383-MP del 3 de
setiembre de 1996, y las resoluciones generales respectivas que haya emitido la
Dirección General de Servicio Civil.
Artículo 2º—El presente Reglamento regula la adjudicación de
becas para el Desarrollo del recurso humano de JUDESUR, dirigido a brindar una
eficiente prestación de servicio, el logro de los fines y objetivos para los
que JUDESUR fue creada.
CAPÍTULO
II
Definiciones
Artículo 3º—Para efectos del presente
reglamento, se entiende por:
a) Junta
Directiva: La Junta Directiva de JUDESUR.
b) Dirección Ejecutiva: La Dirección Ejecutiva de JUDESUR.
c) JUDESUR: Junta de Desarrollo Regional de la Zona Sur de la
provincia de Puntarenas.
d) Servidor: Persona nombrada, según las disposiciones del
Estatuto de Servicio Civil, su Reglamento u otras leyes conexas, y que haya
cumplido con el periodo de prueba respectivo.
e) Beneficiario: El servidor de JUDESUR, que recibe una beca.
f) Facilidades: Los beneficios u oportunidades que otorgue
JUDESUR y que contribuyan al desarrollo del recurso humano a su servicio.
Dichas facilidades pueden consistir en ayudas materiales, tiempo laboral, ayuda
económica y otros de igual naturaleza, las cuales pueden provenir de
instituciones públicas, organismos públicos o privados, nacionales o
extranjeros.
g) Beca: Beneficio económico, total o parcial, que se otorga a
un servidor de JUDESUR para que asista a actividades académicas sean éstas gestionadas a nivel
institucional o por el servidor. El Beneficio incluye el pago de matrícula,
materias y se podrá incluir en casos muy calificados a criterio de la comisión
de becas, el pago de hospedaje, transporte y alimentación. Para el otorgamiento de una beca, las
actividades deben responder a la satisfacción de necesidades institucionales de
la materia.
h) Atinencia: Grado de relación o afinidad que tiene la carrera
cubierta por la beca, con las necesidades de la institución.
i) Contrato de beca: El contrato firmado entre la Junta
Directiva de JUDESUR, y el servidor, para el aprovechamiento de becas de los
servidores públicos.
j) Comisión de becas: Comisión formada por servidores de
JUDESUR encargado de la aprobación de becas.
k) Plan anual operativo: Es el plan anual operativo de la
comisión de becas que tiene como objetivo identificar las áreas de estudio
prioritarias y de interés institucional.
CAPÍTULO
III
Del
financiamiento de las becas
Artículo 4º—Las becas podrán ser
financiadas con fondos internos o externos de JUDESUR. El financiamiento
interno se hará por medio de los fondos otorgados por el presupuesto ordinario
anual autorizado para JUDESUR, y podrá ser total o parcial. La financiación
externa podrá darse a través de otras instituciones del Estado que aprueben
dentro de sus presupuestos la erogación de dineros con fines académicos, o a
través de otras personas e instituciones privadas, nacionales o extranjeras u
organismos internacionales.
Artículo 5º—La Unidad de Recursos Humanos será el órgano
encargado de gestionar, ante las instituciones del Estado, organismos públicos
o privados, nacionales o extranjeros, la obtención de becas y facilidades
académicas. Será además el encargado de gestionar los recursos presupuestarios
destinados para las becas, las cuales estarán sujetas a contenido
presupuestario, contando para ello con la información que suministre la unidad
de presupuesto del departamento administrativo-financiero.
Artículo 6º—Las ayudas económicas para la asignación de becas
podrán otorgarse de manera total o parcial. El pago será total cuando se trate
de actividades de adiestramiento, carreras largas, carreras cortas,
parauniversitarias y técnicas de interés institucional o del gobierno para el
normal desarrollo de la Institución y de las labores que desempeña el Servidor.
La ayuda será parcial si la Comisión considera mediante resolución
razonada que las carreras no son prioritarias para la institución. El
porcentaje de la ayuda se hará conforme a los lineamientos y mecanismos
establecidos en el Plan Anual, dentro de los cuales también se considerarán
como parámetros que ya existe una dotación adecuada de funcionarios en esa
área, el número de solicitudes presentadas, el costo de la carrera, el tiempo
de duración de la misma.
CAPÍTULO
IV
De
la comisión de becas
Artículo 7º—Se crea la Comisión de
Becas, la cual fungirá como órgano decisor, contando para ello con el apoyo
técnico de la Unidad de Recursos Humanos, a fin de que ésta cumpla con las
responsabilidades derivadas de su actividad. Todos los miembros de esta
Comisión, actuarán de manera objetiva, en acuerdo con las necesidades
institucionales de formación técnica o profesional, estando conformada de la
siguiente manera:
a) El
Director Ejecutivo quien presidirá, o su representante.
b) El Encargado de la Unidad de Recursos Humanos o su representante.
c) Un Funcionario del Departamento de Becas, o su representante.
Los representantes deberán estar debidamente
acreditados con anticipación ante la Comisión.
Artículo 8º—El Encargado de la Unidad de Recursos Humanos,
fungirá como Secretario de la Comisión y le corresponderá preparar las
convocatorias cuando sea necesario, llevar el libro de actas y tramitar los
acuerdos tomados por la Comisión.
Artículo 9º—Las sesiones de la Comisión serán privadas, no
obstante ésta podrá solicitar la comparecencia de algún servidor cuando lo
estime conveniente; igualmente podrá conceder audiencia al servidor que así lo
solicite. Los acuerdos de La Comisión serán tomados por mayoría, en caso de que
en la Sesión se analicen solicitudes de becas donde se involucra a alguno de
los miembros de la Comisión, asistirá su representante.
Artículo 10.—El Secretario de la Comisión levantará un acta en
cada sesión, la cual deberá contener la nómina de las personas asistentes, el
lugar, la fecha y hora en que se celebró la sesión, los puntos de deliberación,
así como el contenido de los acuerdos.
En el acta se indicará en los casos que se presenten votos en contra,
el nombre del o los miembros de la Comisión que votaron en contra, y los
motivos que justifican el voto en contra al acuerdo adoptado, quedando en tal
caso exentos de la responsabilidad que pudiese derivarse de los acuerdos
adoptados. Las actas deben ser firmadas por los miembros presentes en la
reunión.
Artículo 11.—La Comisión tendrá las siguientes funciones:
a) Proponer
las políticas en materia del otorgamiento de becas, así como recomendar
modificaciones a la normativa vigente.
b) Conocer y dar seguimiento a las gestiones de Becas de los
servidores de JUDESUR realizadas por la Unidad de Recursos Humanos, ante las
diferentes instituciones del Estado, organismos públicos y privados.
c) Analizar, resolver, aprobar o desaprobar, las solicitudes de beca
presentadas por los servidores y emitir las recomendaciones pertinentes.
d) Ratificar el (los) candidato (s) seleccionado (s), para el
otorgamiento de becas, conforme los requisitos establecidos, por la institución
u organismos patrocinadores y los señalados en el presente Reglamento, conforme
a lo establecido en el artículo 13 del presente Reglamento.
e) Elaborar y ratificar el acuerdo con el fin de adjudicar la beca,
que será remitida a la Unidad de Recursos Humanos para el trámite respectivo.
f) El Secretario de la Comisión, será el encargado de notificar a
cada solicitante de beca, el acuerdo o acuerdos tomados en relación con su caso
específico.
g) Resolver los recursos de revocatoria derivados de las decisiones
tomadas en su seno, y remitir los recursos de apelación a la Junta Directiva,
quien deberá resolver mediante Acuerdo razonado.
h) Remitir a la Asesoría Jurídica, los presuntos casos de
incumplimiento de las obligaciones contractuales, contraídas en razón de la
beca o facilidad otorgada, por parte de los servidores de JUDESUR, con los
respectivos expedientes de beca bajo custodia de la Unidad de Recursos Humanos.
i) Llevar el control de las becas o facilidades tramitadas.
j) Rendir un informe de las funciones realizadas ante la Junta
Directiva, mínimo dos veces al año durante los meses de febrero, agosto con el
rendimiento académico de los becados.
k) Aprobar las actas de las sesiones celebradas.
Artículo 12.—La Unidad de Recursos
Humanos, como órgano de apoyo técnico y administrativo para la Comisión,
brindará a ésta toda información relativa a Becas y trámites que la Comisión le
solicite.
CAPÍTULO
V
Del
procedimiento en general
Artículo 13.—La Unidad de Recursos
Humanos será la responsable de la recepción de solicitudes de becas, conforme
se regula en el presente reglamento. Los funcionarios interesados en solicitar
becas para estudios, deberán presentar su solicitud escrita, indicando
claramente su interés en una beca para estudio, así como el costo y tiempo
estimado de la carrera.
Artículo 14.—La asignación de becas se realizará considerando
las necesidades institucionales o del gobierno, para lo cual la Comisión de
Becas, deberá emitir en el mes de junio de cada año un Plan Anual Operativo,
que definirá las políticas y las áreas prioritarias de interés institucional,
según su vinculación con las necesidades de la institución y las actividades
desarrolladas por la entidad; dicho Plan deberá ser aprobado por la Junta
Directiva.
En el Plan se detallará un inventario anual de los funcionarios
becados, además, se establecerán los lineamientos y mecanismos para el
financiamiento total o parcial de becas y se hará un análisis de los cambios
institucionales a nivel tecnológico y administrativo, que justifiquen la
asignación o no de becas en las áreas que sufran tales transformaciones,
incluso se podrán excluir áreas en las cuales se justifique que existe una
dotación suficiente de becados.
Artículo 15.—La información para participar en actividades
académicas que requieran erogación presupuestaria o de formación profesional,
serán difundidas con toda amplitud y con la mayor anticipación posible, por
parte de la Unidad de Recursos Humanos, mediante los mecanismos que considere
pertinentes. Todo servidor que esté interesado en una beca por concurso a
través de la Sección de Recursos Humanos, deberá presentar por escrito su respectiva solicitud.
Artículo 16.—La Unidad de Recursos Humanos remitirá copia de las
ofertas de becas o facilidades y demás documentos que correspondan, a los Jefes
y Encargados de Departamentos y Secciones, quienes deben hacerlo de
conocimiento de los servidores. Además de difundirlo por todos los medios
disponibles con el fin de garantizar la publicidad y divulgación. Este artículo
aplica solamente para las becas que sean financiadas mediante convenios con
instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeros.
Artículo 17.—Para que un servidor se haga acreedor de una beca,
debe cumplir con los siguientes requisitos:
a) Ser
funcionario de JUDESUR, estar nombrado en propiedad, haber prestado sus
servicios en forma ininterrumpida a JUDESUR, por un período no menor a un año.
b) No haber obtenido calificación de servicios inferior o igual a
Bueno, en los dos años anteriores a la solicitud de la beca, en caso de que el
servidor no cuente con dos años de laborar en forma ininterrumpida, quedara a
criterio de la Comisión la aprobación o no de la solicitud de Beca.
c) No haber incurrido en sanción disciplinaria (proceso
administrativo), durante el año previo a la solicitud de beca o facilidades.
d) Cumplir con todos los requisitos de la beca, estipulados en el
presente Reglamento de Becas, y leyes conexas que regulan la materia.
e) No estar disfrutando de algún otro beneficio de beca.
En el caso de los funcionarios de confianza y
la Dirección Ejecutiva, corresponde a la Junta Directiva el otorgar el
beneficio siempre que se cumpla con los requisitos, previo informe de la
comisión de Becas.
Artículo 18.—A la Unidad de de Recursos Humanos le corresponde:
a) Recibir,
verificar y analizar la información que debe presentar el interesado en cada
concurso.
b) Rendir el estudio o informe técnico respectivo de cada concurso a
la Comisión; con el objetivo que esta última verifique la información y
resuelva mediante acuerdo firme.
c) Elaborar y remitir el contrato respectivo para adjudicación de la
beca o facilidad, para la firma respectiva del Director Ejecutivo.
d) Los incisos a y b se refieren a los concursos que se promuevan en
el caso de que existan convenios con instituciones públicas, organismos
públicos o privados, nacionales o extranjeros.
Artículo 19.—Concluido el trámite de
recepción de solicitudes de participación, la Unidad Recursos Humanos,
presentará ante la Comisión, el estudio técnico de las solicitudes de cada uno
de los candidatos, el cual deberá contener como mínimo la siguiente
información:
Del funcionario:
a) Formación
Académica.
b) Experiencia específica.
c) Antigüedad en el Sector Público.
d) Puesto que tiene.
e) Calificación de servicios (máximo últimos 2 años).
f) Antecedentes disciplinarios (máximo últimos 2 años).
g) Edad.
h) Historial del funcionario en relación con el rendimiento académico
de beneficios anteriores.
De la Beca:
a) Interés
y necesidad institucional.
b) Atinencia de la beca con las funciones del solicitante.
c) Información específica del Centro de Estudios propuesto.
Artículo 20.—Los parámetros para la
selección de candidatos para becas u otras facilidades, serán definidos, de
conformidad con los siguientes criterios:
Factores a evaluar |
Puntuación |
Valor total |
Atinencia del interés
institucional con el respectivo programa que
cubre la beca o facilidad. Experiencia laboral en la Administración pública Historial disciplinario (últimos dos años) Evaluación del desempeño (últimos dos años) |
Atinencia 25% Medianamente atinente 15% Poco atinente 5% No atinente 0% de 2 hasta 4 años 15% de 4 hasta 6 años 20% de 6 años y más 25% Expediente sin sanción
disciplinaria 25% Expediente con 1 sanción
disciplinaria 15% Expediente con más de 1
sanción disciplinaria 0% Excelente 25% Muy bueno 15% Bueno 10% |
25% 25% 25% 25% |
Promedio total |
|
100% |
El promedio mínimo para la selección de
candidatos será de un 75%, en la cual la Comisión de Becas podrá definir al
candidato idóneo para el otorgamiento del beneficio de beca.
Artículo 21.—El funcionario favorecido con una beca de estudio,
ya sea financiada por JUDESUR o con un convenio de instituciones públicas,
organismos públicos o privados, nacionales o extranjeros deberá servirle a
JUDESUR en el ramo de su especialidad de la siguiente manera:
a) Bachillerato:
1 año de servicio por año becado.
b) Licenciatura: 2 años de servicio por cada año becado.
c) Maestría: 3 años de servicio por cada año becado.
CAPÍTULO
VI
De
la responsabilidad de los funcionarios
Artículo 22.—Todo servidor que obtenga
una beca o facilidad para participar en actividades académicas tendrá las
siguientes obligaciones:
a) Suscribir
el contrato de beca que establezca las condiciones bajo las cuales se le
otorgará el beneficio aprobado.
b) Cumplir con todos los compromisos derivados de la actividad
académica o facilidad concedida.
c) Rendir dentro del mes calendario siguiente a la finalización de la
beca o facilidad, un informe por escrito a la Unidad de Recursos Humanos, sobre
su participación en las mismas, acompañado por el certificado o título
correspondiente.
d) Prestar sus servicios a JUDESUR en el ramo de su especialidad, de
conformidad con lo indicado en el artículo 21 del presente reglamento.
e) Prestar sus servicios como instructor en actividades afines con la
capacitación recibida, ya sea mediante la enseñanza teórica o práctica, sin
detrimento de las funciones que normalmente realiza durante las horas
laborales.
f) Colaborar, cuando se le solicite, en la elaboración de proyectos,
procedimientos e instrumentos técnicos necesarios para una mayor eficiencia de
las funciones de JUDESUR.
g) Mantener, durante el desarrollo de la carrera, todo su empeño y
dedicación, así como una adecuada conducta ética.
h) Aprobar las materias matriculadas del período lectivo anterior y
presentar comprobante emitido por el centro de educación, certificando las
notas obtenidas, el cual quedara archivado en el expediente que la Unidad de
Recursos Humanos llevará para cada beneficiario, en caso de no presentar esta
certificación, no se girará ninguna suma de dinero para el pago del ciclo
lectivo siguiente.
i) El mínimo de materias que el beneficiario debe matricular por
período lectivo es de tres, salvo que por condiciones particulares o
circunstancias especiales, justifique ante la Comisión de Becas matricular
menos cantidad; en todo caso esta condición no puede exceder más de dos
períodos lectivos, para garantizar el avance de sus estudios.
j) En caso de que el beneficiario pierda una materia finalizado un
período lectivo, éste no perderá el beneficio de beca, sin embargo, la materia
perdida debe ser aprobada y cancelada con recursos propios, en el siguiente
período lectivo en que el centro de educación la ofrezca.
k) En caso de que el beneficiario pierda dos o más materias en un
período lectivo, la ayuda del beneficio de beca se le suspenderá, hasta tanto
apruebe las materias perdidas y pagadas con sus propios recursos económicos.
l) En caso de transcurrir dos períodos lectivos sin que el
funcionario haya aprobado la o las materias perdidas, y tampoco haya presentado
una justificación o acreditación fehaciente por escrito al efecto ante la
Comisión de Becas, se considerará como abandono de estudios, y por lo tanto
perderá automáticamente el beneficio de beca, debiendo en todo caso resarcir al
Estado los gastos incurridos.
CAPÍTULO
VII
De
las sanciones
Artículo 23.—Los funcionarios que
incumplan los compromisos derivados de las becas o facilidades obtenidas para
participar en actividades académicas, o hagan abandono sin causa justificada de
la misma, se harán acreedores de las siguientes sanciones:
a) El
incumplimiento de las obligaciones contenidas en el artículo 22 del presente
Reglamento acarreará la suspensión del servidor de toda facilidad o beneficio
de beca, hasta tanto haya cumplido con el compromiso adquirido; sin perjuicio
de las sanciones disciplinarias y responsabilidades pecuniarias que puedan
corresponder.
b) El abandono de las facilidades o becas para estudios en el país,
sin un motivo razonable que lo justifique y acredite, acarreará de seis meses a
un año de suspensión para participar en todo tipo de actividades de
capacitación, y la suspensión de dos años del beneficio de beca para cursar
carreras a nivel profesional.
c) El abandono de las facilidades o becas de estudios en el exterior,
acarreará tres años de suspensión en toda actividad de capacitación u
otorgamiento de otra facilidad.
Artículo 24.—Los funcionarios que se
declaren en incumplimiento contractual deberán reintegrar los recursos girados
a la fecha de la siguiente manera:
Montos |
Plazo (meses) |
De 1 hasta 1.000.000 colones |
24 |
De 1.000.001 hasta 5.000.000 colones |
48 |
De 5.000.001 colones en adelante |
60 |
La tasa de interés aplicable para la
recuperación de estos recursos será igual a la tasa básica pasiva vigente según
el Banco Central al momento de la declaratoria de incumplimiento.
Artículo 25.—Los servidores que en el momento de solicitar una
beca tengan financiamientos universitarios con el Departamento de Becas y se
encuentren en periodo de pago, deberán tener sus obligaciones al día.
CAPÍTULO
VIII
Disposiciones
finales
Artículo 26.—No procede la concesión de
permisos sin goce de salario mientras estén vigentes los compromisos
contractuales adquiridos por el funcionario, salvo los casos en que expresamente
se haya convenido la posibilidad de que los servicios sean prestados por aquel,
en otra dependencia del Estado, de conformidad con lo establecido por el
artículo 8 de la Ley Nº 3009, Ley de Licencias para Adiestramiento de
Servidores Públicos.
Artículo 27.—En caso de que durante el trámite de pago de
matrícula y de materias para continuar los estudios aprobados en la Beca, en el
siguiente período académico, JUDESUR se atrasara en el mismo, el servidor podrá
pagar el costo de matrícula y cursos, de su propios recursos económicos,
solicitando factura a nombre de JUDESUR, y posterior con la debida presentación
de la factura, JUDESUR le reconocerá los gastos incurridos.
Artículo 28.—A falta de disposiciones aplicables en este
Reglamento, se aplicará supletoriamente las leyes especiales que regulan la
materia y sus respectivos reglamentos.
Artículo 29.—Rige a partir de su publicación.
Este Reglamento fue aprobado por la junta
directiva de JUDESUR, según acuerdo ACU-03-583-2011 adoptado en la sesión ordinaria
N° 583-2011 del día 24 de marzo del año 2011.
24 de marzo de 2011.—Lic. Nelson Loaiza Sojo, Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2011023910).
COMISIÓN PERMANENTE DE
COOPERATIVAS
DE AUTOGESTIÓN
REFORMA
PARCIAL AL REGLAMENTO GENERAL
DE CRÉDITO DEL FONDO
NACIONAL DE AUTOGESTIÓN
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
De conformidad con el artículo Nº l del acta Nº 01 de la sesión ordinaria de plenario del 26 de enero del 2011, de la Comisión Permanente de Cooperativas de Autogestión y con fundamento en los artículos 140 y 143 de la Ley 4179 y sus reformas del 22 de agosto de 1968, se modifica el artículo 35 del Reglamento General de Crédito del Fondo Nacional de Autogestión, que dirá: artículo 35: Por razones de conveniencia y oportunidad el Directorio de la CPCA, podrá solicitar al INFOCOOP, que algún bien adjudicado o recibido en dación de pago y proveniente de operaciones financiadas por el FNA, sea conservado por la CPCA, para su propio uso o para alguno de los entes cooperativos que lo conforman, o sea otorgado en arrendamiento oneroso o simbólico a un organismo cooperativo autogestionario. Para lo cual adoptará el acuerdo respectivo y lo comunicará a la Dirección Ejecutiva del INFOCOOP. Los gastos de traspaso de estos bienes, se cubrirán con recursos del presupuesto del FNA.
Publíquese.—Freddy González Rojas.—RP2011229759.—(IN2011023406).
MUNICIPALIDAD
DE SAN CARLOS
Aprobación
en firme de Reglamento de Control
Interno de la
Municipalidad de San Carlos
El Concejo Municipal de San Carlos, comunica que en su sesión extraordinaria realizada en el salón de sesiones de esta Municipalidad, mediante acuerdo Nº 16, inciso Nº 6, acta Nº 66, celebrada el lunes 29 de octubre de 2010, y modificado mediante artículo Nº 10 del acta Nº 75 de la sesión ordinaria del sábado 11 de diciembre de 2010, de conformidad con las atribuciones que le confieren los artículos 4º, incisos a); 13, inciso c) y 43 del Código Municipal, Ley Nº 7794 del 30 de abril de 1998, acordó: Aprobar en firme el Reglamento de Control Interno de la Municipalidad de San Carlos, toda vez que ya pasaron los diez días hábiles que dicta la Ley y el mismo fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 82, del jueves 29 de abril del 2010, y no hubo objeciones a dicho proyecto.—San Carlos, 28 de marzo del 2011.—Jimmy Segura Rodríguez, Coordinador de Control Interno.—1 vez.—(IN2011023793).
MUNICIPALIDAD
DE HEREDIA
Acuerdo tomado en la sesión ordinaria N° cero
setenta y cinco-dos mil once, celebrada por el Concejo Municipal del cantón
central de Heredia, el veintiuno de marzo de dos mil once, en el artículo III,
el cual dice:
REMATE
DE 33 PATENTES DE LICORES PARA LOS
DISTRITOS DE
MERCEDES, SAN FRANCISCO Y ULLOA
Considerando:
1º—Que conforme a lo preceptuado por el
numeral 12 de la Ley de Licores, cada dos años y en los primeros quince días
del mes de diciembre, las Municipalidades determinarán el número de ventas de
licores extranjeros y del país que puedan abrirse o continuar abiertas en cada
una de las poblaciones de su jurisdicción, así como el impuesto que ha de
servir como base para el remate de los puestos.
2º—Que con base en la misma norma citada, si la población
creciere en cifra bastante para aumentar el total de establecimientos, la
Municipalidad podrá decretar en cualquier tiempo, el remate de los puestos
adicionales que quedan dentro de máximo legal, por el tiempo que falte para el
bienio en curso.
3º—Que mediante oficio 028-DSI-2011 de la Dirección de Servicios
y Gestión de Ingresos se establece la cantidad de patentes que se podrían rematar de acuerdo a
la población proyectada al 31 de diciembre del 2010 por el Instituto Nacional
de Estadísticas y Censos (INEC), en el que se establece que esta Municipalidad se encuentra en la facultad
de sacar a remate patentes de licores en los Distritos de Mercedes, San
Francisco y Ulloa.
4º—Que por tal motivo, en el ejercicio de las potestades
atribuidas por nuestro ordenamiento jurídico en recomendación de la Dirección
de Servicios y Gestión de Ingresos, pueden sacarse a remate público un total de
39 patentes de licores, distribuidas de la siguiente forma: 18 (dieciocho) para
el distrito de San Francisco, y 18 (dieciocho) para el distrito de Ulloa y 3
(tres) para el distrito de Mercedes.
5º—Que para llevar a cabo dicho remate, debe establecer el monto
base de cada una de las patentes, así como el lugar y fecha para llevar a cabo
el mismo. Por tanto:
Al amparo del artículo 12 de la Ley de
Licores, este Concejo Municipal acuerda:
1. Sacar
a remate público un total de 39 (treinta y nueve) patentes de licores,
distribuidas de la siguiente forma: 18 (dieciocho) para el distrito de San
Francisco, 18 (dieciocho) para el distrito de Ulloa y 3 (tres) para el distrito
de Mercedes).
2. Fijar en dieciocho millones de colones exactos (18.000.000,00) el
monto base para cada una de las patentes de licores a rematar en los distritos
de San Francisco y Ulloa, y de once millones novecientos
ochenta mil colones (11.980.000,00) para las patentes a rematar en el distrito
de Mercedes.
3. El remate de las patentes de licores señaladas, se llevará a cabo
el día martes 12 de abril de 2011 a las 9:00 horas en el Salón de Sesiones del
Concejo Municipal ubicado frente al costado noroeste del Parque Central de
Heredia, en el al Palacio Municipal.
4. Los interesados en adquirir alguna de las patentes de licores
citadas, deberán cumplir cabalmente con todas las disposiciones legales
establecidas al efecto, entre ellas, depositar el 30% de la base del remate (ya
sea en dinero en efectivo, cheque certificado o cheque de gerencia, emitidos
por los bancos públicos o privados domiciliados en Costa Rica), antes o en el
mismo acto del remate, siempre y cuando sea antes de su formal inicio.
5. Proceda la Administración a la debida publicación de dicho remate
público en el Diario Oficial La Gaceta, de acuerdo a las reglas
previstas en el artículo 13 de la Ley de Licores.
6. Que se dispense del trámite de Comisión y se tome acuerdo en firme.
- A
continuación se transcribe documento 028-DSI-2011 suscrito por el Lic.
Francisco Javier Sánchez Gómez, Director de Servicios y Gestión de Ingresos, el
cual dice:
En atención a la solicitud del señor MBA.
José Manuel Ulate Avendaño de realizar
estudio para ver la posibilidad de rematar nuevas patentes de licores para los
distritos de Mercedes, San Francisco y Ulloa, le indico que según cuadro adjunto se podrían rematar
patentes en estos distritos según el siguiente detalle:
DIRECCIÓN
DE SERVICIOS Y GESTIÓN DE INGRESOS
PATENTES DE LICORES
AUTORIZADAS Y CANTIDAD
PERMITIDA PARA
REMATE
Distrito |
Población
total |
Patentes
permitidas según población |
Patentes
autorizadas para funcionar |
Patentes
que se pueden rematar |
Mercedes |
20123 |
134 |
20 |
114 |
San Francisco |
54399 |
363 |
42 |
321 |
Ulloa |
39476 |
263 |
34 |
229 |
*INEC
Como se puede observar en estos distritos la
cantidad de patentes autorizadas es mucho menor a la que la ley permite que se
exploten, a pesar de poder rematar gran cantidad de patentes es
criterio de esta dirección que para
poder obtener mayores recursos en un remate y que no se dé una gran proliferación de centros que expendan licor la cantidad de patentes a
rematar se deberá limitar a 15 patentes en el distrito de San Francisco con un
precio base de 18.000.000,00 colones, 15 patentes en el distrito de Ulloa
18.000.000,00 y tres patentes en el
distrito de Mercedes con un precio base de 11.980.000,00 colones.
La razón de esta propuesta de remate es que en los distritos de San
Francisco y Ulloa se tiene una mayor demanda y existen solicitudes de parte de
propietarios de centros comerciales y restaurantes y dieciocho millones de
colones es el precio promedio de adjudicación del último remate, mientras que
en el distrito de Mercedes la demanda es menor y las solicitudes de patente vía remate son pocas y su precio se
refiere al precio base del último remate
menos un 10% ya que para este no hubo oferentes.
En el último remate el precio base fue de 13.310.000 colones para
todas las patentes y se alcanzaron precios de hasta de 21 millones en el
distrito de San Francisco ya que en este distrito existe un gran crecimiento
comercial, industrial y turístico que harán que la demanda de patentes de
licores sea mayor, mientras que en el distrito de Mercedes la demanda, tanto es
así que en el último remate no se presentó
nadie interesado en comprar patentes en este distrito. Por lo que le solicito
elevar esta propuesta al Concejo Municipal, para que se tome el acuerdo.
- Seguidamente
se transcribe Informe N° 21 de la Comisión de Gobierno y Administración.
Al ser las 17 horas del 21 de marzo de 2011,
con la presencia de los regidores, Sra.
Olga Solís, Sr. Gerardo Badilla, Sra. Hilda Ma. Barquero y Sr. Luis Baudilio
Víquez, José Alberto Garro y el Asesor Técnico Francisco Javier Sánchez, se
conoce traslado del oficio AMH-0175-2011, donde la Alcaldía Municipal presenta
moción, para el remate de patentes de licores en los Distritos de Mercedes,
Ulloa y San Francisco.
Una vez analizado esta moción así como los oficios extras que presenta
el señor Alcalde Municipal donde solicita el aumento de la cantidad de Patentes
de Licores a rematar en los distritos de San Francisco y Ulloa, acuerda esta
Comisión acoger la moción presentada por el señor Alcalde y recomendar al
honorable Concejo Municipal aprobar sacar a remate público un total de 39
(treinta y nueve) patentes de licores, distribuidas de la siguiente forma: 18
(dieciocho) para el distrito de Ulloa y 18 (dieciocho) para el distrito de San
Francisco y 3 (tres) para el distrito de Mercedes.
Fijar en dieciocho millones de colones exactos
(18.000.000,00) el monto base para cada una de las patentes de licores a
rematar en los distritos de San Francisco y Ulloa, y de once millones
novecientos ochenta mil colones (11.980.000,00) para las patentes a rematar en
el distrito de Mercedes y establecer la fecha del remate de las patentes de
licores señaladas, para el día martes 12 de abril del 2011 a las 9:00 horas en
el Salón de Sesiones del Concejo Municipal, ubicado frente al costado noroeste
del Parque Central de Heredia, en el Palacio Municipal.
Flory Álvarez Rodríguez,
Secretaria Concejo Municipal.—1 vez.—O.C. Nº 53948.—Solicitud
Nº 48006.—C-115800.—(IN2011023215).
PERIFÉRICA
DE SAN FRANCISCO DE DOS RÍOS
AVISOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El Banco Popular y de Desarrollo Comunal
(Periférica de San Francisco de Dos Ríos), hace del conocimiento del público en
general, el extravío del siguiente certificado capitalizable de ahorro a plazo
fijo a la orden de María Luisa Denninson Denninson, cédula 1-316-578.
Certificado Nº |
Monto |
Fecha vencim. |
Cupón Nº |
Monto |
Fecha vencim. |
16103060220309300 |
$10.000,00 |
18/12/2009 |
Del 01 al 06 |
$10.000,00 y $117,57 |
Del 18/07/2009 al 18/12/2009 |
Lo anterior para efectos de los artículos 708
y 709 del Código de Comercio.
San José, 24 de marzo del 2010.—Lic. Francini Picado Q., Supervisor.—RP20110230037.—(IN2011024001).
EDICTO
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
A Jacob López Rivera y Jacqueline Aguilar Molinares cc Aguilar Molinari cc Aguilar Linares, se les comunica la resolución de las 9:00 horas del 14 de marzo del 2011, donde se resuelve: se declara la incompetencia en razón del territorio de esta oficina para continuar conociendo las presentes diligencias, remitiéndose el expediente número 231-00028-2009 de las personas menores de edad: Jacob López Aguilar, Yudi Scarleth Aguilar Molinares, Alex José Aguilar Linares y José Daniel Aguilar Molinari, a la oficina local del PANI de Santa Ana, a fin de que se arrogue el conocimiento de las mismas y se fenezca el proceso conforme a derecho corresponda. Plazo: para interponer recursos de revocatoria y de apelación en subsidio, los cuales deberán de interponerse ante este Órgano Director dentro del plazo de tres días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto. Es potestativo usar ambos recursos o solo uno de ellos, pero será inadmisible el interpuesto pasados los tres días señalados.—Oficina Local de Alajuela.—Lic. Marianela Acón Chan, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 37028.—Solicitud Nº 48206.—C-18010.—(IN2011023655).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Se le comunica al señor Martires Nolasco
Quezada, la resolución dictada por la Oficina Local de San José Oeste, a las
once horas del dieciséis de marzo del dos mil once, referente a la persona
menor de edad María de los Ángeles Quezada Canales que en su parte dispositiva
expresa textualmente: “Por tanto: Se resuelve: De conformidad con lo
establecido en la directriz GT-20-2007 del 1º de octubre del dos mil siete, se
ordena remitir el presente asunto a la Oficina Local de Alajuelita por razón de
incompetencia territorial, a efecto de que se continúe con la atención y el
seguimiento de la situación.”. Expediente administrativo Nº
115-00346-2007.—Oficina Local de San José Oeste.—Lic. Rafael A.
Barrientos Ávila, Representante Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº
48204.—C-8420.—(IN2011023656).
A Omar Enrique Reyes López y Meysi Vega, mayores, demás calidades desconocidas, se les comunica la resolución administrativa de las quince horas del día catorce de marzo de dos mil once, que deja sin efecto resolución de capacitación y formación vocacional de la persona menor de edad en Fundación Glorioso Día, correspondiente a la persona menor de edad Máximo Román Reyes Vega. Indicándose que debe señalar lugar para oír notificaciones. Garantía de defensa. Procede recurso de apelación si se plantea dentro el plazo de cuarenta y ocho horas posteriores a la notificación. Se les previene a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, y tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo. Expediente Nº 115-00143-2000.—Oficina Local de San José Oeste, marzo 2011.—Lic. Kattia Vanesa Hernández Méndez, Representante Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 48204.—C-9020.—(IN2011023657).
Se le comunica a Wilson Javier Guido Lacayo y José Boanerges Baltodano Mora, la resolución dictada por la Oficina Local de San José Oeste, de las 8:00 horas de 15 de diciembre de 2010, que ubica a la persona menor de edad Kattia Salgado Duarte en la alternativa de protección privada “Casa Viva” quedando ubicada la niña con la señora Saray María Loría Brenes y el señor Estanislao Gómez Tenorio, quienes deberán apersonarse a este despacho a aceptar el cargo conferido, disponiendo además la orientación, apoyo y seguimiento a la presente situación, coordinando con dicha entidad a efecto de que la niña en mención pueda ser integrada al sistema de salud formal, denegando además a la progenitora Jessica Salgado Duarte un régimen de visitas a su hija y sus dos menores hijos Luis Enrique Baltodano Salgado y Stephany Rachel Guido Salgado por el término de la presente investigación y hasta que se resuelva lo contrario administrativa o judicialmente. Se le hace saber a dichos señores que deberán señalar lugar conocido o número de facsímile para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas, conforme aplicación supletoria del artículo 11 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales. Se les hace saber, además, que contra esta resolución procede recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente Nº 111-00128-2008.—Oficina Local de San José Oeste.—Lic. Rafael A. Barrientos Ávila, Abogado.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 48204.—C-25220.—(IN2011023658).
Al señor Gerardo Calderón Fernández, se le notifica que mediante resolución de las catorce horas del nueve de marzo del dos mil once, se resolvió: se ordenó el cuido provisional de la persona menor de edad : Hilary Calderón Rodríguez, bajo cuidados y responsabilidad del señor Randall Mora Quesada, por un plazo máximo de seis meses. Mientras no se revoque en vía administrativa o judicial. Lo anterior mientras se profundiza en la investigación psico-social y legal. Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de apelación ante la Oficina Local A quo, quien lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación. Se advierte a las partes que se debe señalar lugar o medio para atender notificaciones futuras dentro del perímetro de esta Oficina Local, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro horas. Expediente Nº 115-00033-11.—Oficina Local de Alajuelita.—Lic. Milton Gutiérrez Quesada, Representante Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 48204.—C-9620.—(IN2011023659).
A quien interese. Que este despacho dicto resolución de las diez horas con cuarenta minutos del día catorce de marzo del dos mil once, en la que se ordena declaratoria de abandono administrativa del niño Steff Hidalgo Rodríguez por parte de sus progenitores María Auxiliadora Rodríguez Chávez y Danilo Hidalgo Castillo, quienes se encuentran fallecidos. El niño Steff Hidalgo Rodríguez permanecerá bajo la responsabilidad de su tía materna señora Olga Lidia Rodríguez Chávez. Contra la presente resolución procede el recurso de apelación ante esta representación legal, sita en Llorente de Flores de Heredia, cien metros al sur de las Oficinas del Banco Nacional de Costa Rica, y setenta y cinco metros al oeste, quien lo elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la entidad ubicada en San José, antiguo edificio Dos Pinos, dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles siguientes a partir de la tercera publicación del presente edicto. Expediente Nº 431-00034-98.—Oficina Local Heredia Sur, 17 de marzo del 2011.—Lic. Marcela Ramírez Ulate, Representante Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 48204.—C-13220.—(IN2011023660).
A Wilber Francisco Chaves Berrocal, mayor, demás calidades desconocidas, se le comunica la resolución administrativa de las quince horas del día nueve de febrero de dos mil once, que ordena cuido provisional y otras, correspondiente a la persona menor de edad Wilberth Francisco Chaves Vargas. Indicándose que debe señalar lugar para oír notificaciones. Garantía de defensa. Procede recurso de apelación si se plantea dentro el plazo de cuarenta y ocho horas posteriores a la notificación. Se les previene a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, y tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo. Expediente Nº 115-0382-96.—Oficina Local de San José Oeste, marzo 2011.—Lic. Kattia Vanesa Hernández Méndez, Representante Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 48202.—C-7820.—(IN2011023661).
A Armando Pretel, se le comunica la resolución de las 13:00 horas del 14 de febrero del año 2011, mediante la cual se dictó Medida de Orientación, apoyo y seguimiento, a favor de la persona menor de edad José Gabriel Pretel Garro. Plazo: Para ofrecer Recurso de apelación 48 horas contadas a partir de la tercera publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta. También se le previene que debe señalar lugar, o fax donde recibir notificaciones, el cual debe ser viable pues se intentará la comunicación en cinco oportunidades y en caso de estar ocupado, desconectado o sin papel a la quinta vez, se consignará así en el expediente y se tendrán por notificadas las resoluciones veinticuatro horas después de dictadas. La interposición del Recurso de Apelación no suspende el acto administrativo. Expediente Nº 115-00112-2008.—Oficina Local de Desamparados.—Lic. Raquel González Soro, Representante Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 48202.—C-10220.—(IN2011023662).
Se comunica al señor Rolando José Arauz Flores, la resolución de este Despacho, de las ocho con quince minutos del día primero de marzo del dos mil once, que ordenó revocar la resolución administrativa de las trece horas del doce de noviembre del dos mil diez, que otorgó medida de protección de abrigo temporal de la persona menor de edad Ana Yancy Arauz Dávila en la alternativa de protección Albergue Casa Café y en su lugar se ordena entregar a la persona menor de edad en mención a personeros del Ministerio de la Familia de Nicaragua, bajo su entera responsabilidad. Recurso: El de apelación, señalando lugar para recibir notificaciones dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la segunda publicación de este Edicto.—Oficina Local de Santa Ana.—Lic. Olga Myriam Boza Fernández, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 48202.—C-10220.—(IN2011023663).
Al señor Abelardo Cajiao Guerrero, se le comunica la resolución administrativa de las siete horas, treinta minutos del día dieciséis de marzo del año dos mil once, dictada por este Despacho, en virtud de la cual resuelve: Dar inicio con el proceso especial de protección y se dicta una medida de protección y abrigo temporal a favor de la persona menor de edad Meilany Meliza Cajiao López y se ordena ubicar a dicha persona menor de edad en el Albergue Hogarcito Infantil de Corredores, lo anterior por incumplimiento de deberes parentales (negligencia y abandono) por parte de ambos progenitores Abelardo Cajiao Guerrero y Rebeca López Jiménez. Se notifica por medio de Edicto al progenitor Cajiao Guerrero, por motivos de que se desconoce su actual domicilio. Plazo para interponer el recurso de apelación dos días hábiles, después de la tercera publicación de éste edicto en el Periódico Oficial La Gaceta. Expediente número 642-00024-2005.—Oficina Local de Corredores, Ciudad Neily, 18 de marzo del año 2010.—Lic. Dinia Vallejos Badilla, Representante Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 48202.—C-13220.—(IN2011023664).
CONVOCA A AUDIENCIA
PÚBLICA
Para exponer sobre los aspectos técnicos,
económicos y financieros de la propuesta planteada por la empresa Transportes
Cabo Velas S. A., para ajustar las tarifas de la ruta 534, tramitadas en el
expediente ET-24-2011 y que se detallan de la siguiente manera:
Para ver imagen solo en La
Gaceta impresa o en formato PDF
El 14 de abril de 2011 a las dieciocho horas (6:00 p. m.), se llevará
a cabo la Audiencia Pública en la Escuela Matapalo, ubicada frente al EBAIS de
Cabo Velas, Santa Cruz, Guanacaste.
Se hace saber a los interesados que pueden consultar y fotocopiar el
expediente que consta en las instalaciones de la Autoridad Reguladora de los
Servicios Públicos, ubicadas en el Edificio Turrubares del Oficentro Multipark,
Guachipelín de Escazú, San José. Un extracto de la solicitud presentada por la
empresa se puede consultar además en la siguiente dirección electrónica:
www.aresep.go.cr (En Audiencias/Peticiones Tarifarias).
Todo aquel que tenga interés legítimo podrá presentar su oposición o
coadyuvancia, por escrito o en forma oral, el día de la audiencia, momento en
el cual deberá presentar cédula de identidad o documento de identificación
aceptado en el país, y consignar el lugar exacto o el número de fax, para
efectos de notificación por parte de la Autoridad Reguladora de los Servicios
Públicos. En dicha audiencia, el interesado deberá exponer las razones de hecho
y derecho, así como las pruebas que considere pertinentes.
En el caso de las personas jurídicas la oposición o coadyuvancia
deberá ser interpuesta por el representante legal de dicha entidad y aportar
certificación de personería jurídica vigente.
Las oposiciones o coadyuvancias también se pueden presentar por medio
del fax 2215-6002 hasta la hora de inicio de la respectiva Audiencia Pública.
Para información adicional, comunicarse con el Consejero del Usuario
al teléfono 2506-3200 o al correo electrónico consejero@aresep.go.cr.
Dirección General de Participación del Usuario.—Luis Fernando Chavarría Alfaro, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 5581-011.—Solicitud Nº 36184.—C-84390.—(IN2011024258).
SUPERINTENDENCIA
DE TELECOMUNICACIONES
La Superintendencia de Telecomunicaciones
hace saber que de conformidad con el expediente número SUTEL-OT-121-2010, ha
sido admitida la solicitud de autorización presentada por Information
Technology Resource ITR S. A., cédula jurídica número 3-101-422889 para brindar
servicios de telefonía IP en modalidad VOIP. De conformidad con el artículo 39
del Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones, Decreto Ejecutivo Nº
34765-MINAET, se otorga a los interesados el plazo de diez días hábiles, contados
a partir de la publicación de este edicto, para que se apersonen ante la SUTEL
a hacer valer sus derechos y presentar las objeciones que consideren
pertinentes.
San José, 23 de marzo del
2011.—Maryleana Méndez Jiménez, Presidenta SUTEL.—1
vez.—RP2011229965.—(IN2011023997).
Sesiones
extraordinarias de abril
El Concejo Municipal del Cantón Central de
San José, con base en el artículo 35, del Código Municipal y 10 del Reglamento
interno de debates; se proceda a señalar las fechas para la realización de las
sesiones extraordinarias del mes de abril de 2011, los días 4 y 25 de abril, al
ser las diecisiete horas.
A su vez se traslada la sesión que debía realizarse el martes 19 de
abril del presente año, para el miércoles 6 de abril de 2011, empero iniciando
a las 17:00 horas.
El resto de las sesiones ordinarias del mes sea: 5, 12 y 26 de abril,
se realizarán en horario normal (18:00 horas).
Acuerdo definitivamente aprobado: 1, artículo IV, de la sesión
ordinaria 48, celebrada por el Concejo Municipal del Cantón Central de San
José, el 28 de marzo de 2011.
San José, 31 de marzo de 2011.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 127208.—Solicitud Nº 4850.—C-8120.—(IN2011025202).
Acuerdo
Nº 521-2011, tomado en la sesión ordinaria
Nº 46 del 14 de
marzo del 2011
En virtud de que en el mes de abril coinciden
dos sesiones ordinarias del Concejo en días feriados, se acuerda modificar
únicamente las fechas de la siguiente forma: 11 de abril, para el martes 12 de
abril en el horario normal 7:00 p. m; 18 de abril para el martes 26 de abril en
el horario normal 7:00 p. m. Acuerdo definitivamente aprobado.
Moravia, 25 de marzo del 2011.—Jorge Mesén Solórzano, Proveedor Municipal a. í.—1 vez.—(IN2011023213).
Acuerdo SO-12-153-2011. Modificar el acuerdo
SO-08-095-2011.
Se presenta dictámenes de la Comisión de
Asuntos Jurídicos
a) Acuerdo
SO-12-153. “Modificación del acuerdo municipal SO-08-095-2011 sobre recolección
de basura, tasa propuesta”
“Apruébese y tómese acuerdo en
referencia a dictamen al dictamen número 4-CAJ-11 de la Comisión de Asuntos
Jurídicos, suscritos por los miembros: el señor Ruiz, la señora Alfaro y el
señor Alfaro, que dice:
Considerando:
1º—Debido a la Sentencia número
20100014531 de las diez horas y dieciséis minutos del treinta y uno de agosto
del dos mil diez, en cual se le ordena al señor Alcalde Municipal y el señor
Presidente del Concejo Municipal de la Municipalidad de Naranjo, adoptar
medidas inmediatas que garanticen la recolección de basura en todo el cantón de
Naranjo.
2º—Que la Municipalidad solicitó ante el Tribunal Constitucional
prórroga del plazo debido a la insuficiencia financiera para atender la demanda
de todo el cantón, ello por los altos costos operativos y que no se contaba con
el presupuesto necesario para la compra de una flotilla de camiones y más
personal para atender todo el servicio en el cantón de Naranjo. Y qué mediante
la Sentencia número 2011001973 de la Sala Constitucional de fecha de las
dieciséis horas y dos minutos del quince de febrero del año dos mil once,
declara sin lugar el pedido por la Municipalidad, y notificándole que el plazo
fijado por la anterior sentencia es improrrogable por los derechos a la salud y
al medio ambiento, situación que no está la Municipalidad en oposición.
3º—Que mediante acuerdo SO-08-095-2011 en la sesión ordinaria 8
del 21 de febrero del 2011 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta
número 47 del martes 8 de marzo del 2011, dispone aprobar en firme las nuevas
tasas de los servicios de recolección de basura, mantenimiento de parques y
aseo de vías y sitios públicos. De conformidad del estudio técnico que incluida
la compra de un nuevo recolector para el servicio de recolección de basura
mediante un préstamo del IFAM y que dicho estudio técnico solo era para la zona
que atiende la Municipalidad y no para aquellas otras donde el servicio no se
por parte del ente municipal.
4º—Que mediante al artículo 58, inciso a) de la Ley Nº 8839,
“Ley para la Gestión Integral de Residuos”, se reforma el artículo
74 del Código Municipal, Ley Nº 7794 del 30 de abril de 1998 y sus reformas, en
el fondo se modifica mecanismo tanto para las inversiones futuras para lograr
la gestión de los residuos como la aprobación de las Tasas de los Servicios
Municipales. Por tanto,
ESTA
COMISIÓN RECOMIENDA
Artículo 1º—Modificar el acuerdo
SO-08-095-2011 solo en el ítem segundo “Servicio de Recolección de Basura
y tasa propuesta” se deroga y deja sin efecto el cobro de las tasas por
Recolección de Basura tipo domestico, gobierno y religiosos, Comercial e
Industrial 1, 2, 3, 4, y 5 de acuerdo al Estudio de Costos y Estimación de
Tasas de fecha 21 de febrero del 2011. Por orden de nuestro máximo Tribunal
Constitucional cambió todo el panorama diseñado por la Municipalidad para el
servicio de recolección de la basura de la zona atendida.
Artículo 2º—A corto plazo se requiere iniciar con los
procedimientos para concesionar el servicio, realizando los concursos públicos
para la “Contratación de los servicios, transporte, recolección y
disposición final de los desechos sólidos ordinarios de los ocho distritos del
cantón de Naranjo”. Y para ello, debe realizar un nuevo estudio técnico
estableciendo un sistema diferenciado, que incluya los costos, inversiones
futuras, recargos, mecanismos de incentivos y sanciones, con el fin de promover
que las personas usuarias separen, clasifiquen y entreguen adecuadamente sus
residuos ordinarios de conformidad como lo que dispone la Ley Nº 8839,
“Ley para la Gestión Integral de Residuos” y el artículo 74 del
Código Municipal.
Artículo 3º—Para el servicio de Recolección de Basura tipo
domestico, gobierno y religiosos, Comercial e Industrial 1, 2, 3, 4, y 5 se
cobrará las tasas vigentes antes del acuerdo y la publicación supracitada.
Artículo 4º—Que todos aquellos ciudadanos que interpusieron en
tiempo y forma las impugnaciones al acuerdo municipal supra, los mismos se
deben declaran con lugar sin motivar el acto por tratarse de una acción innecesaria
debido a lo aquí acordado.
Una vez leído el Dictamen el Concejo
Municipal acuerda en firme el siguiente acuerdo:
Acuerdo SO-12-153-2011. Modificar el acuerdo
SO-08-095-2011, solo en el ítem segundo “Servicio de Recolección de
Basura y tasa propuesta” se deroga y deja sin efecto el cobro de las
tasas por recolección de basura tipo domestico, gobierno y religiosos,
Comercial e Industrial 1, 2, 3, 4, y 5 de acuerdo al estudio de costos y
estimación de tasas de fecha 21 de febrero del 2011. Por orden de nuestro
máximo Tribunal Constitucional cambió todo el panorama diseñado por la
Municipalidad para el servicio de recolección de la basura de la zona atendida.
Acuerdo definidamente aprobado y en Firme.
Publíquese. Rige a partir de su publicación.
Naranjo, 23 de marzo del 2011.—Olga Marta Corrales Sánchez, Alcaldesa Municipal.—Margarita González Arce, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—(IN2011023799).
AVISA:
Que el Concejo Municipal en sesión
extraordinaria del miércoles 16 de marzo del 2011, acta Nº 18, artículo Nº 03,
acordó trasladar la sesión ordinaria correspondiente al sábado 23 de abril,
para el
lunes 25 de abril del año en curso, iniciando a las
05:00 p. m. Votación unánime. Acuerdo definitivamente aprobado.
Lic. Alejandra Bustamante Segura, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—(IN2011023795).
El Concejo Municipal de Montes de Oro, mediante inciso Nº 44, capítulo V, de la sesión ordinaria Nº 12-2011, celebrada por esta Corporación Municipal el día 21 de marzo del 2011, acordó en forma definitiva trasladar la sesión ordinaria del día lunes 11 de abril 2011, para el día martes 12 de abril 2011 y la sesión ordinaria del día lunes 18 de abril del 2011, para el día miércoles 27 de abril del 2011, ambas con el mismo horario.—Juanita Villalobos Arguedas, Secretaria Municipal.—1 vez.—(IN2011023204).
DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMO TERRESTRE
EDICTO
Sociedad de Recreo Playa Esterillos Este S.
A., cédula jurídica número 3-101-180806, representada por el señor Bernardo
Córdoba Esquivel, mayor, casado una vez, costarricense, ingeniero, vecino de
Aserrí, cédula Nº 2-0303-0068, en su condición de presidente, con facultades de
representante legal, con base en la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre Nº
6043 del 2 de marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo Nº 7841-P del 16 de diciembre
de 1977, solicita en concesión una parcela de terreno localizada en playa
Esterillos, distrito Parrita, cantón Parrita, provincia de Puntarenas. Mide:
761,00 m2, de conformidad al plano de catastro P-1459574-2010,
terreno para dedicarlo al uso Residencial Turística de conformidad al Plan
Regulador aprobado. Linderos: norte, zona de protección al manglar; sur, calle
pública; este, Pecho Amarillo S. A., y al oeste, Estudios de la Casa Amarila S.
A. Se advierte que la presente publicación no otorga derecho alguno y la misma
se realiza sin perjuicio de que las disposiciones del plan regulador aprobado
en este sector de playa, afecten el uso actual de la parcela, se conceden
treinta días para oír oposiciones las cuales deberán venir acompañadas de dos
copias, parcela ubicada entre los mojones, frente a costa números 160 y 162 del
Instituto Geográfico Nacional.
Parrita, 3 de marzo del 2011.—Sección de Arrendamientos.—Marvin Mora Chinchilla, Jefe.—1 vez.—(IN2011023809).
Se hace saber que ante el Departamento de
Rentas de la Municipalidad de Limón, la sociedad Howden del Caribe Sociedad
Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-4741594, presentó formal solicitud de
traspaso de la patente de Licores Nacionales y Extranjeros N° 218, según cesión
autenticada por el Lic. Juan José Picado Herrera, notario, en la cual le fue
cedida por el señor Alberto Núñez Solano, cédula 7-055-222 dicha patente de
licores. Publíquese por única vez en La Gaceta y se concede un plazo de
ocho días hábiles para escuchar oposiciones que deben dirigirse por escrito
ante esta oficina.
Nota: el presente edicto anula el anterior, publicado en La Gaceta
Nº 206 del lunes 25 de octubre del 2010.
Limón, 9 de marzo del 2011.—Departamento de Rentas.—Lic. Kemerly Taylor Barnes, Jefa.—1 vez.—RP2011229443.—(IN2011022827).
ADHESIÓN
AL MANUAL DE VALORES BASE
UNITARIOS POR
TIPOLOGÍA CONSTRUCTIVA
El Departamento de Administración Tributaria
de la Municipalidad de Pococí, informa que mediante Acuerdo N° 384 de la sesión
ordinaria N° 19 del 14 de marzo de 2011, la Municipalidad de Pococí ha acordado
adherirse a las disposiciones del Manual de Valores Base Unitarios por
Tipología Constructiva, emitido por el Órgano de Normalización Técnica del
Ministerio de Hacienda y publicado en el Alcance Digital N° 12 de La Gaceta
N° 30 del viernes 11 de febrero de 2011. Este Manual servirá como herramienta
de aplicación para la valoración de las construcciones, instalaciones y obras
complementarias fijas y permanentes sujetas al Impuesto Sobre Bienes Inmuebles.
Rige a partir de su publicación.
Departamento de
Administración Tributaria.—Solón Armando Murillo Cruz, Administrador.—1
vez.—RP2011229293.—(IN2011022828).
El Departamento de Administración Tributaria
de la Municipalidad de Pococí, informa que en cumplimiento de lo establecido en
el numeral 30 de la Ley de Impuestos Municipales del cantón de Pococí, N° 8582
del 6 de marzo de 2007, se ha fijado un tipo de interés de 16,67% (dieciséis
coma sesenta y siete por ciento) como recargo por multas e intereses por el
pago de tributos, realizado fuera del término de ley. Esta disposición regirá
durante los seis meses siguientes a la publicación de este acto.
Departamento de
Administración Tributaria.—Solón Armando Murillo Cruz,
Administrador.—1 vez.—RP2011229294.—(IN2011022829).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL CEMENTERIO DE OBRERO
DE LA CIUDAD DE SAN
JOSÉ
El Presidente de la Junta Administrativa del
Cementerio de Obrero de la Ciudad de San José, convoca a los propietarios de
bóvedas a la asamblea general ordinaria, a realizarse el día 8 mayo 2011, en
las oficinas administrativas, sita avenida 10, frente al Cementerio.
Primera convocatoria 9:00 a. m., segunda convocatoria 10:00 a. m.,
iniciando con el quórum presente.
Agenda:
A. Comprobación
del quórum
B. Informe del presidente
C. Informe del tesorero
D. Elección de la nueva Junta Directiva
E. Mociones
William García Chavarría, Presidente.—1
vez.—RP2011230774.—(IN2011025192).
SOCIEDAD
GANADERA LAS CAMELIAS
ANG SOCIEDAD
ANÓNIMA
Asamblea general extraordinaria de la
Sociedad Ganadera Las Camelias Ang Sociedad Anónima, que se celebrará el día
diez de mayo de dos mil once, en el domicilio social en Las Juntas de
Abangares, siete kilómetros al norte de La Irma camino a Higuerilla .La primera
convocatoria será a las ocho de la mañana del día señalado y la segunda
convocatoria a las nueve de la mañana del mismo día. Los libros estarán a
disposición de los accionistas en el domicilio social. El orden del día de la
asamblea será: 1) aprobación del orden del día; 2) aprobación de los gastos de
administración y mejoras realizadas en los predios de la sociedad a partir del
año dos mil cuatro; 3) aprobación de los ingresos recibidos a partir del año
2004; 4 ) elección del secretario de la sociedad. 5) aprobación de la deuda
pendiente con el señor Armando Neira Sepúlveda y sus intereses; 6) Informe de
contratos; 7) Modificación del pacto social.—Liberia, 29 de marzo de
2011.—1 vez.—RP2011230793.—(IN2011025193).
SOCIEDAD
CABINAS LA ARBOLEDA S. A.
Sociedad Cabinas La Arboleda S. A. cédula
3-101-081429 con fundamento en el numeral 164 del Código de Comercio, hace
formal convocatoria a asamblea extraordinaria a celebrarse en el domicilio
fiscal, San José, avenida 16 entre calles tres y cinco edificio Santander,
segundo piso, el 11 de mayo del 2011, en primera convocatoria a las 17 horas y
en segunda convocatoria a las 18 horas.
Agenda:
Elección de nueva Junta Directiva y
modificación del pacto constitutivo en cuanto a la representación legal y la
integración de la junta directiva.—Dorelia Barahona, Presidenta.—1
vez.—(IN2011025214).
PUBLICACION DE TERCERA VEZ
EDWRI S. A.
Edwri S. A., cédula jurídica Nº 3-101-067269, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Asambleas Generales, Actas de Junta Directiva y Registro de Accionistas todos número uno de esa sociedad, por haberse extraviado los mismos. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 23 de marzo de 2011.—Lic. Jorge Edwin Rivera Quirós, Apoderado.—(IN2011022380).
TIAN COM S. A.
Tian Com S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos dieciséis mil novecientos dieciséis, anteriormente denominada Yaroom de Flamingo S. A., solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Consejo de Administración, Asamblea General y Registro de Socios todos número uno, de dicha sociedad. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso.—San José, veintidós de marzo de dos mil once.—Edgar Rosales Rodríguez.—(IN2011022401).
PARQUEO PÚBLICO EL PIQUE SOCIEDAD ANÓNIMA
Parqueo Público El Pique Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-170250, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario número uno, Mayor número uno, Inventario y Balances número uno, Actas de Consejo de Administración número uno, Actas de Asambleas de Socios número uno y Registro de Socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar ante el Área de Información y asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—(IN2011022421).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
COSTA RICA COUNTRY CLUB S.
A
Para efectos de reposición, yo Benito Artiñano Arechavala, portador de la cédula Nº 8035175 en mi calidad de propietario de la acción Nº 1095 del Costa Rica Country Club S. A., hago constar que he solicitado la reposición de dicha acción y su respectivo título de capital por haberse extraviado los mismos. Por el término de ley, las oposiciones podrán dirigirse al Costa Rica Country Club S. A. Departamento de Secretaría de Junta Directiva, en San Rafael de Escazú y transcurrido el mismo se procederá a la reposición solicitada.—San José 23 de marzo de 2011.—Benito Artiñano Arechavala.—RP2011229620.—(IN2011023407).
CLUB PLAYA JACÓ
Se comunica que Gabriela Bruno Arroyo, cédula 1-976-836 como albacea provisional de Sonia Bruno Ramírez, cédula 9-060-512, ha iniciado gestiones de reposición del certificado número 1301, por una acción del Club Playa Jacó S. A., por haberse extraviado. Quien se considere afectado en esta gestión debe dirigirse a las oficinas del club para hacer valer sus derechos, en el plazo indicado en el artículo 709 del Código de Comercio.—San José, 25 de marzo de 2011.—Lic. Gabriela Bruno Arroyo.—RP2011229864.—(IN2011023408).
INVERSIONES DOS IGUAL A CINCO S. A. SOCIEDAD ANÓNIMA
Inversiones Dos Igual a Cinco S. A. Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento veintidós mil setecientos treinta y tres-veinticinco, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, libros de Actas de Junta Directiva, libro de Actas de Asambleas General, libro de Actas de Registro de Accionistas, tomo uno respectivamente. Quien considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San Pedro, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 25 de marzo de 2011.—Lic. Marco Mora Campos, Notario.—RP2011229631.—(IN2011023409).
EDUARDO MADRIGAL Y COMPAÑÍA S. A.
Eduardo Madrigal y Compañía S. A., cédula jurídica
número 3-101-292751, ha solicitado ante la Dirección General de la Tributación,
la reposición de los siguientes libros contables: Diario, Mayor, Inventarios y
Balances, número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición
ante el Área de Información y Asistencia del Contribuyente de la Administración
Tributaria de Cartago, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la
publicación de este aviso.—Cartago, 25 de marzo del 2011.—Eduardo
Madrigal Zúñiga, Representante Legal.—RP2011229757.—(IN2011023410).
CONDOMINIO FERROL CINCO ESSANCA
SOCIEDAD ANÓNIMA
Condominio Ferrol Cinco Essanca Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cincuenta y ocho mil ochocientos diez, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario libro número uno, Mayor libro número uno, Inventarios y Balances libro número uno, Actas de Consejo de Administración libro número uno, Actas de Asamblea de Socios libro número uno, Registro de Socios libro número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Nicole Preinfalk Lavagni, Notaria.—RP2011229849.—(IN2011023411).
AUTO TRANSPORTES LA VILLA
S. A.
Auto Transportes La Villa S. A., cédula jurídica 3-101-238841, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Libro de Actas de Consejo de Administración número uno, Libro de Actas Asamblea de Socios número uno y Libro de Registro de Socios número Uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Ciudad Quesada, San Carlos, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Mario Alberto Rodríguez Vargas, Notario.—RP2011229872.—(IN2011023412).
CORPORACIÓN B.R.S.G. SOCIEDAD ANÓNIMA
Corporación B.R.S.G. Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos seis mil seiscientos cuarenta y tres, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros legales denominados: Actas de Asamblea General de socios número uno y Actas de Registro de Accionistas número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación del aviso.—San José, 28 de marzo del 2011.—Tammy Roitman Lerner, Representante Legal.—(IN2011023627).
FLAMINGO COVE PLATEADO A CINCO SOCIEDAD ANÓNIMA
Flamingo Cove Plateado A Cinco Sociedad Anónima, cédula jurídica numero: tres-ciento uno-cuatro uno ocho cinco ocho tres, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: libro uno de Registro de Accionistas, libro uno de Actas de Asamblea de Socios, libro uno de Actas de Consejo de Administración, libro uno Mayor, libro uno de Inventarios y Balances, libro uno de Diario. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Subgerencia de Servicio al Contribuyente de la Administración Tributaria de Guanacaste, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—(IN2011023631).
INVERSIONES MARYROCI SOCIEDAD
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inversiones Maryroci Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de personería jurídica número tres-uno cero dos-uno cuatro uno cinco ocho ocho, misma que se encuentra inscrita y vigente en el Registro Mercantil, solicita ante la Dirección de General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Cuotistas, Actas de Asamblea, Mayor, Diario e Inventarios y Balances todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término del ocho días a partir de la publicación del presente aviso.—San José, trece de marzo del dos mil once.—Lic. Manuel Hernández Ceciliano, Notario.—(IN2011023679).
CONDOMINIO SAN RAFAEL
Por haberse extraviado el libro de Actas de Asamblea del Condominio San Rafael con número de cédula jurídica 9-109-098194, solicito al Registro Nacional su reposición.—Nino Castro Carboni, cédula 1-841-384.—(IN2011023754).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
SAN JOSÉ INDOOR CLUB S. A.
El San José Indoor Club S. A., tramita la reposición de la Acción Nº 2110, a nombre de Carlos Enrique Umaña Quirós, cédula de identidad Nº 1-387-980, por haberse extraviado. Cualquier persona que se considere con derechos deberá apersonarse ante el San Jose Indoor Club S. A., en sus oficinas sitas en Curridabat, dentro del plazo indicado en el artículo 709 del Código de Comercio.—San José, 9 de marzo del 2011.—Lic. Cristian Calderón M., Gerente General.—RP2011229454.—(IN2011022831).
CENTRO CAMPERO LOS REYES S. A.
Rodrigo Cordero Padilla, cédula de identidad número 1-712-231, solicita la reposición de la acción N° A-912 de Centro Campero Los Reyes S. A., que está a mi nombre, por extravío de la misma. Se escuchan oposiciones en el plazo de ley mediante el fax 2283-0425 o al email rodrigo.cordero@mit-cr.com.—Lic. Rodrigo Cordero Padilla, Notario.—RP2011229616.—(IN2011022832).
PIXEL
DESIGN COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Pixel Design Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-390820, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Registro de Accionistas, número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Berny Argentina Delgado Hernández, Notaria.—RP2011228972.—(IN2011022834).
CONDOMINIO BETANIA
El Condominio Betania, con cédula de persona jurídica número 3-109-301824, está gestionando ante el Registro Nacional, la reposición del Libro Legal número Uno de “Caja”. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la “Sección de Propiedad en Condominio del Registro Público de la Propiedad”, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación hecha en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 17 de marzo del 2011.—María Gabriela Salazar Donadio, Administradora.—RP2011228973.—(IN2011022835).
LABORATORIO
DE PATOLOGÍA
BIOCITOLAB SOCIEDAD
ANÓNIMA
Laboratorio de Patología Biocitolab Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno- dos cuatro dos siete nueve dos, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros: Consejo de Administración dos, Actas de Asamblea de Socios dos, Registro de Socios dos, Diario dos, Mayor dos e Inventario y Balances dos. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de información y asistencia al contribuyente Legalización, Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación.—Lic. Tatyana Brenes Bonilla, Notaria.—RP2011229030.—(IN2011022836).
EMPRESA
DE MANEJO DE
ACTIVOS SOCIEDAD
ANÓNIMA
Empresa de Manejo de Activos Sociedad Anónima, cédula 3-101-dos ocho dos ocho cero uno, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro: libro número dos de actas de Asamblea de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de información y asistencia al contribuyente, Legalización Administración regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación.—Lic. Tatyana Brenes Bonilla, Notaria.—RP2011229036.—(IN2011022837).
CRIADERO
TERIYAKI SOCIEDAD ANÓNIMA
Criadero Teriyaki Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-150447, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Consejo de Administración, Asamblea de Socios y Registro de Socios, todos tomo número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de información y asistencia al contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. María Isabel Blanco Morales, Notaria.—RP2011229210.—(IN2011022838).
ASOCIACIÓN DE
PADRES DE FAMILIA DEL COLEGIO
SEMINARIO
DE SAN JOSÉ
Yo, María Isabel Blanco Morales, cédula de identidad 1-386-473, en mi calidad de Presidenta y representante legal de la Asociación de Padres de Familia del Colegio Seminario de San José, cédula jurídica 3-002-092451; solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas, la reposición de los libros Acta de Asamblea General, Actas de Junta Directiva, Inventarios y Balances, todos número 2, los cuales fueron extraviados, se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones, ante el Registro de Asociaciones.—San José, 14 de marzo del 2011.—Lic. María Isabel Blanco Morales, Notaria.—RP2011229211.—(IN2011022839).
FINCA DE LOLO SOCIEDAD ANÓNIMA
Finca de Lolo Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y tres mil ciento cincuenta y cuatro, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: A) Libros de Actas de Asambleas de Socios número uno y B) Libro de Registro de Socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de la Zona Norte, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Fabricio José Quirós Corrales, Notario.—RP2011229213.—(IN2011022840).
CORPORACIÓN
A.CS. SABANILLA SOCIEDAD ANÓNIMA
Corporación A.CS. Sabanilla Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-100509-15, anteriormente denominada A.C.S. Computadores Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-100509-15, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: Inventarios y Balances, y Actas de Consejo de Administración. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación de éste aviso.—Lic. Gustavo Arián Sánchez Masís Notario.—RP2011229272.—(IN2011022841).
GRUPO
LA CONDESA HOTELES
Y RESORTS G.L.C
SOCIEDAD ANÓNIMA
Grupo La Condesa Hoteles y Resorts G.L.C Sociedad Anónima, cedula jurídica 3-101-363294 solicita a la Dirección General de Tributación, la reposición de sus seis libros legales número uno, a saber de Actas de Asamblea General, de Registro de Accionistas, de Junta Directiva, de Diario, Mayor e Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 10 de marzo del 2011.—Lic. Eric Romero Jara, Notario.— RP2011229325.—(IN2011022842).
AGUIBOL
SOCIEDAD ANÓNIMA
Aguibol Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cincuenta y tres mil novecientos catorce, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: libro de Actas de Junta Directiva número uno, libro de Actas de Asamblea General número uno y libro de Actas de Registro de Accionistas número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Kattya Marcela Mejías Villalobos, Notaria.—RP2011229391.—(IN2011022843).
MELCAMA
DEL POÁS SOCIEDAD ANÓNIMA
Melcama del Poás Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos sesenta y nueve mil quinientos treinta y uno, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios, Actas de Registro de Socios, Diario, Mayor e Inventario y Balances, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Servicio al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Mauricio Alberto Moya Arrieta.—(IN2011023265).
INVERSIONES DE UVE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA
Inversiones de Uve Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-245005, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas Consejo de Administración, Actas Asambleas de Socios, Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Heredia, 29 de marzo del 2011.—Lic. José Francisco Protti Chaves, Notario.—(IN2011023323).
CENTRAL
AMERICA PHARMA
SUPPLY SOCIEDAD
ANÓNIMA
Central America Pharma
Supply Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos
veintisiete mil setenta y uno, solicita ante la Dirección General de
Tributación, la reposición de los siguientes libros contables: Diario Número
Uno, Mayor Número Uno, Inventarios y Balances Número Uno. Quien se considere
afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia
al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del
término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este
aviso.—San José, 24 de marzo del 2011.—Lic. Mario Alberto Ortiz
Mazza, Notario.—RP2011229716.—(IN2011023330).
JIMENA
DE JESÚS SOCIEDAD ANÓNIMA
Jimena de Jesús Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta mil seiscientos veintitrés, solicita a la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes Libros: Actas de Junta Directiva, Actas de Asamblea de Socios, Registro de Socios, Mayor, Diario, Inventario y Balances; el número de libro a reponer en todos los casos es el número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Hugo Sánchez Castillo, Notario.—(IN2011023883).
VALLE
DE LUMAS SOCIEDAD ANÓNIMA
Valle de Lumas Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos seis mil seiscientos siete, solicita a la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes Libros: Actas de Junta Directiva, Actas de Asamblea de Socios, Registro de Socios, Mayor, Diario, Inventario y Balances; el número de libro a reponer en todos los casos es el número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Hugo Sánchez Castillo, Notario.—(IN2011023884).
GRUPO
MUTUAL ALAJUELA-LA VIVIENDA
De conformidad con lo
estipulado por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, el señor Óscar
Alfredo Pérez Arguedas, cédula 2 0239 0906, le ha solicitado al Grupo Mutual
Alajuela-La Vivienda, la reposición por motivo de pérdida del cheque Nº 11364
por un millón de colones, del Banco Crédito Agrícola de Cartago, cuya
beneficiaria es Irene Pérez Quesada y, fue emitido el 5 de marzo del
2011.—Óscar Alfredo Pérez
Arguedas.—RP20110229908.—(IN2011023999).
UNIVERSIDAD
FIDÉLITAS
Ante el Departamento de Registro de la Universidad Fidélitas se ha presentado solicitud de reposición de diploma, por cambio de apellido. Correspondiente al título de: Licenciatura en Psicología, registrado en el libro de títulos de la Universidad en el tomo: VI, folio: 52, asiento: 5012 e inscrito en el CONESUP tomo: 12, folio: 285, asiento: 5965, a nombre de Christina Bárbara Almera, nacida en Bergisch- Gladbach, Alemania el día 23 de agosto de 1966, con fecha 17 de mayo del 2008. Siendo el nombre actual Christina B. Junge. Se publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.—San José, 28 de marzo del 2011.—Departamento de Registro.—M.Sc. Emilia Gazel Leitón, Directora.—RP2011230033.—(IN2011024000).
El suscrito Martín Rodríguez Villalobos, mayor, casado una vez, comerciante, vecino de San Pablo de Heredia, urbanización La Estrella, portador de la cédula de identidad número: cuatro-uno cero siete-seis ocho cero, en mi condición de vendedor del establecimiento comercial denominado Licorera Crystal Liquor Stores, ubicada en el centro Comercial Plaza del Mar, local número 1, Playa Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste, de acuerdo con el artículo cuatrocientos setenta y nueve del Código de Comercio, hago de conocimiento público, el traspaso, mediante contrato de compra-venta, del establecimiento mercantil anteriormente descrito, con la única finalidad de instar a cualquier acreedor o interesado, que se presente dentro del término de quince días a partir de la primera publicación de este edicto, a las oficinas de P&D Abogados en Playa Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste, contiguo al hotel Pasatiempos, a hacer valer cualquier derecho que considerare que legítima y vigentemente tuviere a su favor. Es todo.—Martín Rodríguez Villalobos.—RP2011230101.—(IN2011024002).
UNIVERSIDAD
DE CIENCIAS EMPRESARIALES
UCEM SOCIEDAD
ANÓNIMA
Universidad de Ciencias Empresariales UCEM Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos sesenta y un mil quinientos veinticuatro, solicito ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas de Consejo de Administración, Actas de Registro de Socios, todos número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Servicio al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta.—Juan Salvador Velázquez Castillo.—RP2011229974 .—(IN2011024003).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
La suscrita, secretaria de la junta directiva nacional, de la Asociación de Guías y Scouts de Costa Rica, hace del conocimiento público, que en la XXXVIII asamblea nacional, ordinaria de esta asociación, celebrada en el Campo Escuela Nacional Iztarú, situado cerro La Carpintera, Tres Ríos, Cartago, el 12 de marzo del 2011, fueron electos por un período de dos años a partir del 1 de abril del 2011, las siguientes personas: presidente Walter Romero Bolaños, cédula 1-0787-0515, prosecretaria María Gabriela Jiménez Coto, cédula 1-1254-0304, vocal Rafael Jiménez Picado, cédula 1-0606-0049, fiscal Mario Francisco Piedra Díaz, cédula 1-1061-0970, por lo tanto la junta directiva nacional queda conformada de la siguiente manera: presidente Walter Romero Bolaños, cédula 1-0787-0515, vicepresidente Geovanni Rojas Bolaños, cédula 2-0417-0510, vicepresidenta Silvia Campos Monge, cédula 7-0074-0630, tesorero Mauricio Castro Monge 1-0420-0310, secretaria Sianey Parra Salazar, cédula 1-0895-0767, prosecretaria María Gabriela Jiménez Coto, cédula 1-1254-0304, vocal Rafael Jiménez Picado, cédula 1-0606-0049, fiscal Mario Francisco Piedra Díaz, cédula 1-1061-0970. Lo anterior para los efectos de los artículos 18 y 19 de la Ley Nº 5894.—San José, 24 de marzo del 2011.—Sianey Parra Salazar, Secretaria Junta Directiva Nacional.—1 vez.—(IN2011022466).
SOCIEDAD
DE SEGUROS DE VIDA DEL MAGISTERIO NACIONAL
Publicación de liquidaciones de póliza
aprobadas por la Junta Directiva.
Febrero-11
Nombre |
Número identificación |
Fecha defunción |
Fecha aprobado |
Monto aprobado |
Deducciones |
Monto beneficiarios |
Abarca Valverde Flora |
302110277 |
15/11/2010 |
02/02/2011 |
18.000.000,00 |
3.752.500,00 |
14.247.500,00 |
Achi Corrales Omar Enrique |
104760258 |
08/01/2011 |
23/02/2011 |
18.000.649,00 |
2.030.888,00 |
15.969.761,00 |
Bornemisza Steiner Elemer |
800010648 |
30/12/2010 |
16/02/2011 |
18.000.000,00 |
0,00 |
18.000.000,00 |
Brenes Aguilar José Bernardo |
301610156 |
12/12/2010 |
02/02/2011 |
18.000.000,00 |
0,00 |
18.000.000,00 |
Canales Álvarez José Manuel |
500330768 |
30/12/2010 |
16/02/2011 |
18.000.000,00 |
1.867.026,00 |
16.132.974,00 |
Castillo Briceño Reinere |
500850566 |
28/12/2010 |
16/02/2011 |
18.017.256,00 |
1.185.000,00 |
16.832.256,00 |
Chacon Ramírez Isidro María |
101930200 |
19/12/2010 |
16/02/2011 |
18.000.000,00 |
2.108.859,00 |
15.891.141,00 |
Cordero Paniagua María Isabel |
202410836 |
07/11/2010 |
02/02/2011 |
18.008.198,00 |
3.584.019,00 |
14.424.179,00 |
Delgado Mora Gerardo |
103160946 |
20/12/2010 |
10/02/2011 |
18.000.000,00 |
1.500.000,00 |
16.500.000,00 |
Duarte Duarte Celina |
500299484 |
04/01/2011 |
02/02/2011 |
18.028.546,00 |
1.546.017,00 |
16.482.529,00 |
Espinoza Peraza Luis Eduardo |
501400701 |
05/11/2010 |
23/02/2011 |
18.000.000,00 |
1.385.000,00 |
16.615.000,00 |
Ferris Iglesias Randall de Jesús |
700170082 |
25/11/2010 |
02/02/2011 |
18.000.000,00 |
0,00 |
18.000.000,00 |
García Cortés Rafael Ángel |
400630012 |
11/01/2011 |
02/02/2011 |
18.000.000,00 |
30.000,00 |
17.970.000,00 |
Godínez Madrigal Aracelly |
102430316 |
04/12/2010 |
16/02/2011 |
18.000.000,00 |
8.845,00 |
17.991.155,00 |
Guerrero Mora Clemencia |
101440761 |
08/11/2010 |
16/02/2011 |
18.000.000,00 |
0,00 |
18.000.000,00 |
Gutiérrez Monjarres Guillermina |
500850606 |
01/12/2010 |
16/02/2011 |
18.016.058,00 |
1.733.412,00 |
16.282.646,00 |
Hernández Salas Gerardo Enrique |
301500778 |
25/11/2010 |
02/02/2011 |
18.000.000,00 |
0,00 |
18.000.000,00 |
Herrera Centeno Armenia |
400680638 |
10/12/2010 |
02/02/2011 |
18.000.000,00 |
2.313.812,00 |
15.686.188,00 |
Jiménez Umaña Iriabel |
202260194 |
01/12/2010 |
10/02/2011 |
18.000.000,00 |
295.000,00 |
17.705.000,00 |
Juárez Juárez María Félix |
500450145 |
19/12/2010 |
23/02/2011 |
18.002.853,00 |
8.818.187,00 |
9.184.666,00 |
Lacayo González Guerin |
501480637 |
16/01/2011 |
10/02/2011 |
18.000.000,00 |
2.274.250,00 |
15.725.750,00 |
Lara Tomas Manrique |
102270929 |
16/02/2007 |
02/02/2011 |
12.000.000,00 |
0,00 |
12.000.000,00 |
Mc Lean Pérez Roberto Enrique |
103780999 |
19/01/2011 |
23/02/2011 |
18.178.105,00 |
4.689.248,00 |
13.488.857,00 |
Meza Venegas Adalberto |
500670373 |
31/12/2010 |
02/02/2011 |
18.000.000,00 |
0,00 |
18.000.000,00 |
Mora Pérez Zoraida |
300435766 |
26/11/2010 |
10/02/2011 |
18.001.663,00 |
1.084.779,00 |
16.916.884,00 |
Morales Jiménez Elieth |
102400044 |
26/12/2010 |
23/02/2011 |
18.002.893,00 |
2.128.422,00 |
15.874.471,00 |
Murillo Alvarado Virginia |
400840081 |
21/12/2010 |
23/02/2011 |
18.000.000,00 |
495.000,00 |
17.505.000,00 |
Núñez Saborío María Elena |
201300877 |
27/12/2010 |
23/02/2011 |
18.000.000,00 |
464.000,00 |
17.536.000,00 |
Obando Cambronero Flora Isabel |
301910491 |
30/12/2010 |
16/02/2011 |
18.003.202,00 |
4.734.686,00 |
13.268.516,00 |
Ortiz Aguilar Manuel |
301930498 |
31/08/2010 |
02/02/2011 |
18.004.422,00 |
0,00 |
18.004.422,00 |
Quirós Cambronero María Teodor |
600420597 |
11/01/2011 |
23/02/2011 |
18.000.000,00 |
1.370.150,00 |
16.629.850,00 |
Ramírez Ramírez Elvia |
302110657 |
21/11/2010 |
10/02/2011 |
18.000.000,00 |
0,00 |
18.000.000,00 |
Reyes Reyes Margarita |
600410499 |
05/12/2010 |
10/02/2011 |
18.000.000,00 |
10.146.482,00 |
7.853.518,00 |
Rivera Valverde Isabel Cristina |
701600148 |
02/01/2011 |
16/02/2011 |
18.004.422,00 |
457.800,00 |
17.546.622,00 |
Rodríguez Cabezas Engracia |
400392444 |
22/11/2010 |
17/02/2011 |
18.000.000,00 |
7.125.051,00 |
10.874.949,00 |
Rodríguez Sandoval Jenny |
202200796 |
21/12/2010 |
16/02/2011 |
18.007.853,00 |
3.633.516,00 |
14.374.337,00 |
Rodríguez Venegas José |
102550004 |
17/12/2010 |
16/02/2011 |
18.000.000,00 |
1.860.716,00 |
16.139.284,00 |
Rojas Rodríguez Hermelinda |
400480675 |
24/12/2010 |
10/02/2011 |
18.000.000,00 |
1.692.050,00 |
16.307.950,00 |
Ruiz Obando Ana Lucía |
600860832 |
28/11/2010 |
02/02/2011 |
18.000.000,00 |
586.700,00 |
17.413.300,00 |
Sáenz Umaña Xinia María |
203560155 |
01/12/2010 |
16/02/2011 |
18.000.000,00 |
1.359.999,00 |
16.640.001,00 |
Salazar Sandoval Damian Javier |
501070618 |
09/12/2010 |
02/02/2011 |
18.000.000,00 |
1.086.281,00 |
16.913.719,00 |
Sánchez Ruphuy Rodrigo |
400720148 |
28/10/2010 |
02/02/2011 |
18.000.000,00 |
5.600.000,00 |
12.400.000,00 |
Solano Zúñiga Leda |
301080507 |
27/11/2010 |
10/02/2011 |
18.000.000,00 |
8.031.808,00 |
9.968.192,00 |
Soto Araya Dunnia |
302490104 |
07/06/2010 |
02/02/2011 |
18.000.000,00 |
1.775.000,00 |
16.225.000,00 |
Vanegas Barrios Georgina Tomas |
800390768 |
14/12/2010 |
02/02/2011 |
18.031.477,00 |
9.271.196,00 |
8.760.281,00 |
Vargas Fernández Blanca Rosa |
301100416 |
30/11/2010 |
16/02/2011 |
18.000.118,00 |
4.405.937,00 |
13.594.181,00 |
Villalobos Espinoza Rafael Arnu |
400850334 |
20/11/2010 |
02/02/2011 |
18.008.350,00 |
1.913.700,00 |
16.094.650,00 |
Villalobos Valle Teresita |
104020845 |
25/12/2010 |
10/02/2011 |
18.000.000,00 |
0,00 |
18.000.000,00 |
|
|
|
|
858.316.065,00 |
108.345.336,00 |
749.970.729,00 |
San José, 11 de marzo del 2011.—Hecho por: Angie García Mora, Analista Seguro Mutual.—Revisado por: Sra. Guiselle Varela Bolaños, Jefa Seguro Mutual a. í.—Lic. Sergio Roldán Roldán, Director de Operaciones.—1 vez.—(IN2011023750).
COLEGIO
DE ABOGADOS DE COSTA RICA
LISTA
DE ABOGADOS (AS) HABILITADOS (AS)
POR HABER SIDO
SUSPENDIDOS POR MOROSIDAD
El
Colegio de Abogados de Costa Rica, informa que en sesión de Junta Directiva Nº
08-06 de fecha 6 de marzo del 2006, y ratificada el 13 de marzo de 2006, se
acordó realizar la publicación de los (as) abogados (as), que han cancelado las
cuotas pendientes de colegiatura con sus respectivas multas. Por lo cual los
(as) siguientes abogados (as) quedan habilitados para el ejercicio de la
profesión. Dicha lista tiene corte a 28 de febrero de 2011.
Código |
Completo |
Susp. hasta |
1812 |
Vargas Pagán Carlos Eduardo |
04-Feb-11 |
3535 |
Calderón Vargas José Antonio |
24-Feb-11 |
3967 |
Quirce Rodríguez José Carlos |
25-Feb-11 |
4561 |
Arcia Fernández Leonardo José |
22-Feb-11 |
4982 |
Acuña Navarro Zulma Linnette |
08-Feb-11 |
4983 |
Castro Salas Rolando |
08-Feb-11 |
5652 |
Ondoy Cantillo Patricia |
07-Feb-11 |
5991 |
Segura Gutiérrez María Luisa |
24-Feb-11 |
8313 |
Saborío Calderón Jenny |
24-Feb-11 |
9268 |
Arce Sibaja Manuel Alfonso |
28-Feb-11 |
9448 |
Alejandre Sáenz Gabriela |
16-Feb-11 |
10168 |
Martínez Gallo Paulina |
03-Feb-11 |
11615 |
Mendoza Mendoza Jimmy |
28-Feb-11 |
11971 |
Monge Romero Manuel Enrique |
24-Feb-11 |
13157 |
Calderón Solís Cinthia Mireya |
24-Feb-11 |
13830 |
Lara Herrera Maykol Vinicio |
25-Feb-11 |
13989 |
Alvarado Muñoz Yesenia |
03-Feb-11 |
14728 |
Guillén Godínez Ana Marlen |
25-Feb-11 |
14862 |
Villalta Solano Javier |
11-Feb-11 |
15449 |
Romero Mora José Manuel |
25-Feb-11 |
4005 |
Rizo Browin Enrique Alberto |
25-Feb-11 |
14872 |
Álvarez Álvarez Kenia |
25-Feb-11 |
9869 |
Serrano Quintero Yorleny |
28-Feb-11 |
Comuníquese al Consejo Superior de la Corte Suprema de Justicia y a la Dirección Nacional de Notariado.—Oficina de Proveeduría.—Lic. Merari Herrera Campos, Proveedora General.—1 vez.—O. C. Nº 008002.—Solicitud Nº 39322.—C-25280.—(IN2011023887).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante mí Héctor Rolando Vargas Sánchez, notario público con oficina en Heredia en escritura otorgada a las diez horas del diez de marzo del dos mil once, se realizó la venta de la empresa Corporación Multiservicios CCC Capricornio E.I.R.L., cédula jurídica número tres-ciento cinco-quinientos ochenta y siete mil cuatrocientos sesenta y tres, empresa domiciliada en Heredia Centro, contiguo a la Funeraria del Magisterio Nacional por lo cual se cita a los acreedores e interesados para que se presenten del término de quince días a partir de la primera publicación a hacer valer sus derechos.—10 de marzo del 2011.—Lic. Rolando Vargas Sánchez, Notario.—RP2011226861.—(IN2011018773).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
La suscrita notaria Irene Arrieta Chacón, hago constar que ante mi notaría se constituyó la sociedad denominada Aitona X.D Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital social: cien mil colones. Domicilio: Alajuela, cantón: Atenas, distrito primero, trescientos metros este de la iglesia de Los Ángeles al final a mano izquierda.—Puntarenas, veinte de marzo del dos mil once.—Lic. Irene Arrieta Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2011228476.—(IN2011021568).
La suscrita notaria Irene Arrieta Chacón, hago constar que ante mi notaría se constituyó la sociedad denominada Eventos Especiales del Pacífico V.I.P. Sociedad Anónima, capital social: cien mil colones. Domicilio: Puntarenas, cantón primero distrito quince Roble, cincuenta metros al norte de la comisaría.—Puntarenas, veinte de marzo del dos mil once.—Lic. Irene Arrieta Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2011228477.—(IN2011021569).
La compañía 3-101-622082 sociedad anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-seiscientos veintidós mil ochenta y dos, sustituye a su fiscal nombrando para ese puesto al señor Óscar Castro Sullivan y además autoriza a los representantes para actuar conjunta o separadamente.—Lic. Jenny María Ramos González, Notaria.—1 vez.—RP2011228479.—(IN2011021570).
Por otorgada ante esta notaría a las 21:00 horas del 17 de marzo del 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios cuotistas de la sociedad Inversiones Libra Limitada, se reforma cláusula segunda de los estatutos sociales.—San José, 17 de marzo del 2011.—Lic. Fernanda Linner de Silva, Notaria.—1 vez.—RP2011228480.—(IN2011021571).
Ante el suscrito notario Melvin Araya Rojas, se constituyó la sociedad denominada Construcciones Alvarado y Borbón Limitada.—Sabalito, Coto Brus, a las once horas del diecisiete de marzo del dos mil once.—Lic. Melvin Araya Rojas, Notario.—1 vez.—RP2011228482.—(IN2011021572).
Ante este notaría se protocolizó la sociedad Empresa Agrícola Ganadera Santa Cecilia Sociedad Anónima.—Guápiles, Pococí, ocho de marzo del dos mil once.—Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario.—1 vez.—RP2011228484.—(IN2011021573).
Por la escritura número ciento diecinueve otorgada ante esta notaría, a las 16 horas del 23 de febrero del 2011, se constituyó la sociedad: Grupo A.T.N. Internacional Sociedad de Responsabilidad Limitada. Plazo social: 100 años. Domicilio social: provincia de Alajuela, Atenas Guisaro un kilómetro al suroeste de la casa pastoral.—San José, 18 de marzo del 2011.—Lic. Slawomir Wiciak G, Notario.—1 vez.—RP2011228485.—(IN2011021574).
Por la escritura número ciento veintiséis otorgada ante esta notaría, a las trece horas del once del mes de marzo del dos mil once, se constituyó la sociedad: Plantaciones Maderables Costarricenses del Pacífico Sociedad Anónima. Plazo social: cien años. Domicilio social: Alajuela, La Garita, quinta Hennerbichler, frente a Restaurante Ticoland. Presidente: Harald Reindl.—San José, 18 de marzo del 2011.—Lic. Slawomir Wiciak, Notario.—1 vez.—RP2011228486.—(IN2011021575).
El suscrito notario hace constar que por medio de la escritura número veinte otorgada a las nueve horas del 11 de marzo del 2011, se protocolizó el acta número uno de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la firma Inversiones Maaquia de Guanacaste Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas segunda y sétima de los estatutos sociales.—San José, 11 de marzo del 2011.—Lic. Alonso Andreé Núñez Quesada, Notario.—1 vez.—RP2011228490.—(IN2011021576).
El suscrito notario hace constar que por medio de la escritura número diecinueve otorgada a las ocho horas treinta minutos del 11 de marzo del 2011, se protocolizó el acta número tres de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la firma El Velero de Mar Azul Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula sexta de los estatutos sociales.—San José, 11 de marzo del 2011.—Lic. Alonso Andreé Núñez Quesada, Notario.—1 vez.—RP2011228491.—(IN2011021577).
El suscrito notario hace constar que por medio de la escritura número dieciocho otorgada a las ocho horas del 11 de marzo del 2011, se protocolizó el acta número tres de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la firma Montamino Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas segunda y sexta de los estatutos sociales.—San José, 11 de marzo del 2011.—Lic. Alonso Andreé Núñez Quesada, Notario.—1 vez.—RP2011228492.—(IN2011021578).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del 18 de marzo del 2011, se constituyó la sociedad Pikima Ltda.; nombrándose agente residente, fondo de reserva legal, junta directiva y capital social, domiciliada en Heredia. Representación el presidente y vicepresidente.—San José, 21 de marzo del 2011.—Lic. Emmanuel Naranjo Pérez, Notario.—1 vez.—RP2011228493.—(IN2011021579).
En esta notaría a las 8:00 horas del 21 de marzo del 2011, se protocoliza la reforma de la cláusula segunda de los estatutos de la sociedad denominada: Inversiones R Y E del Norte S. A., apoderado: Eddie Chaverri Jenkins.—San José, 21 de marzo del 2011.—Lic. Teresita Monge Díaz, Notaria.—1 vez.—RP2011228494.—(IN2011021580).
El suscrito, José Luis Marín Quirós, notario público con oficina en Heredia, Horquetas de Sarapiquí centro, da fe que en escritura número ciento cincuenta y uno del tomo quinto de mi protocolo, a las diez horas del diez de febrero del dos mil once, se constituyó en mi notaría por los señores Roy e Isabel ambos Abarca Gutiérrez la compañía denominada Sistemas J.R.J.C. Sociedad de Responsabilidad Limitada, pudiendo abreviarse su aditamento como S.R.L., la que tendrá su domicilio en Heredia, San Francisco, urbanización Aries, casa número ciento ochenta y cinco, figurando con las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con la representación judicial y extrajudicial su socio y presidente el señor Roy Abarca Gutiérrez.—Lic. José Luis Marín Quirós, Notario.—1 vez.—RP2011228497.—(IN2011021581).
Marilyn June Palma, estadounidense, pasaporte 208120866, y Olga Marta Zamora Zamora, cédula 6-122-899, constituyen Monkey Creek Ranch Sociedad Anónima. Domicilio: Santa Cruz, Guanacaste, Playa Grande, barrio Las Salinitas, 25 este pulpería El Punto. Objeto: venta de artesanías y comercio. Plazo: 99 años. Capital: ¢1.000,00 representados por 1000 acciones comunes y nominativas de ¢1 cada una, suscritas y pagadas. Junta directiva de tres miembros: presidente, secretario y tesorero. La representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, corresponden al presidente. Un fiscal. Directivos y fiscal duran en su cargo el plazo social. Disolución conforme artículo 201 Código Comercio. Otorgada en Santa Cruz, Guanacaste, a las doce horas del quince de marzo del dos mil once, mediante escritura 285, visible a folio 176-frente del tomo 3 del protocolo de la notaria Ana Gabriela Arroyo Fonseca.—Lic. Ana Gabriela Arroyo Fonseca, Notaria.—1 vez.—RP2011228501.—(IN2011021582).
Por medio de escritura número doscientos sesenta y nueve, otorgada el ocho de marzo del dos mil once, tomo veintidós del notario Orlando Rodríguez Arguedas, se constituye una sociedad cuya denominación será regida por el decreto número tres tres uno siete uno-J, reglamento para la constitución de empresas comerciales, cuya denominación social su número de cédula jurídica, para el periodo previsto en la constitución se nombra gerente a la señora: Marisol Fernández Guadamuz, con cédula dos-cuatro seis seis-tres dos siete.—San Carlos, diecinueve de marzo del dos mil once.—Lic. Orlando Rodríguez Arguedas, Notario.—1 vez.—RP2011228499.—(IN2011021583).
Por escritura otorgada hoy ante mí, Natalia Bonilla Pérez y Hannia Pérez Morais, constituyen la sociedad Casa Tejas Sociedad Anónima, domiciliada en Lomas de Granadilla, Curridabat, para la promoción y venta de bienes raíces y asesorías y servicios en ese ramo. Presidenta la primera con facultades de apoderada generalísima, plazo: 99 años.—San José, 3 de marzo del 2011.—Lic. César Fallas Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2011228504.—(IN2011021584).
Ante esta notaría por escritura pública número cuarenta y nueve, visible a folio 64 vuelto del tomo sexto, a las 10:00 horas del 17 de marzo del 2011; se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionista de la sociedad I R S Inversiones Rojas Solano Sociedad Anónima, donde se realizó nuevo nombramiento de junta directiva y fiscal, y se realizó cambio de domicilio social y se modifica la representación legal. Presidente: Andrés Rojas Solano. Secretario: Andrés Blanco Corrales.—Lic. María Auxiliadora Alfaro Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2011228509.—(IN2011021585).
Por escritura 67-10 otorgada ante mí, se constituyó MSK López & Acosta Sociedad Anónima. Capital social: doce mil colones. Presidente con facultades del artículo 1253 del Código Civil. Domicilio: Puntarenas, Paquera, contiguo a la Guardia Rural.—Puntarenas, 4 de marzo del 2011.—Lic. Elizabeth Mora Arguedas, Notaria.—1 vez.—RP2011228510.—(IN2011021586).
Representaciones Comerciales Ureña Oses, titular de la cédula jurídica: tres-ciento uno-trescientos diecinueve mil cuatrocientos cincuenta y cinco, reforma pacto constitutivo mediante acta protocolizada.—Alajuela, 17 de marzo del 2011.—Lic. Yamileth Rodríguez Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2011228513.—(IN2011021587).
Ante esta notaría se constituyó Empresa Golber Sociedad Anónima, capital social suscrito y pagado. Domicilio: Río Incedio, Laurel, Corredores, Puntarenas, al costado sur del Abastecedor Sandi. Presidente y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente, cuya representación judicial y extrajudicial, señores: Allan Méndez Álvarez y Ericka María Valverde Zapata, respectivamente.—La Cuesta, 13 de marzo del 2011.—Lic. Marbiodal Saavedra Ramírez, Notaria.—1 vez.—RP2011228514.—(IN2011021588).
El suscrito Alejandro Campos Henao, notario público con oficina en San José, del Teatro Melico Salazar, ciento veinticinco metros al norte, edificio Coisol, tercer piso; hace constar que a las diecinueve horas del tres de marzo del dos mil once, ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Bolavi del Este Sociedad Anónima, pudiéndose abreviar Bolavi del Este S. A.—San José, a las ocho horas del veintiuno de marzo del dos mil once.—Lic. Alejandro Campos Henao, Notario.—1 vez.—RP2011228516.—(IN2011021589).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 14 horas del 17 de marzo del 2011, protocolizo actas de asamblea extraordinaria de socios de Irlanda S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas del domicilio y plazo social.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2011228517.—(IN2011021590).
Por escritura pública otorgada a las catorce horas del dieciocho de marzo dos mil once, se constituyó la sociedad anónima Inversiones C Y V Sociedad Anónima, con domicilio en Escazú, con capital social diez mil colones. Presidenta: Tatiana Cubillo Bermúdez.—San José, diecinueve de marzo de dos mil once.—Lic. Luis Gonzalo Cortes Enríquez, Notario.—1 vez.—RP2011228518.—(IN2011021591).
Francisco José Castro Quirós, notario público de Cartago, avisa que en escritura pública cuarenta y siete-diecisiete, otorgada ante mí, a las nueve horas del dieciocho de marzo del año en curso, se constituye la entidad denominada Seguridad Gigante M & B S. A. Apoderados generalísimos sin límite de suma: presidente y secretario. Domicilio: Occidental, primero, Cartago. Capital social: cien mil colones, dividido en cien acciones nominativas y comunes. Objeto: seguridad privada, defensa personal, y custodia de bienes y personas.—Cartago, 18 de marzo del 2011.—Lic. Francisco José Castro Quirós, Notario.—1 vez.—RP2011228519.—(IN2011021592).
Por escritura número doscientos veintinueve-once, otorgada ante el suscrito notario en conotariado con el notario Rolando Clemente Laclé Zúñiga el diecisiete de marzo del dos mil once, he protocolizado el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento uno-quinientos ochenta y cuatro mil novecientos treinta y cinco sociedad anónima, en que se reforma las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo.—San José, diecisiete de marzo del dos mil once.—Lic. Manuel Salas Raven, Notario.—1 vez.—RP2011228520.—(IN2011021593).
Por escritura número doscientos treinta-once, otorgada ante el suscrito notario en conotariado con el notario Rolando Clemente Laclé Zúñiga el diecisiete de marzo del dos mil once, he protocolizado el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento uno-quinientos ochenta y cuatro mil ochocientos cincuenta y seis sociedad anónima, en que se reforma las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo.—San José, diecisiete de marzo del dos mil once.—Lic. Manuel Salas Raven, Notario.—1 vez.—RP2011228522.—(IN2011021594).
Por escritura otorgada ante mí, al ser las 17:00 horas del 18 de marzo de 2011, se constituyó la sociedad Materiales de Construcción La Regional S. A., capital social cien mil colones. Plazo social: 99 años. Presidente: Walter Shlesinger Joglar, domicilio: San José.—San José, a las 8 horas del 21 de marzo de 2011.—Lic. Gustavo Argüello Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2011228523.—(IN2011021595).
La suscrita notaria hace consta que en su notaría se constituyó la empresa denominada Grupo Ferretero Fermax Sociedad Anónima, con un capital social de dos millones de colones totalmente suscrito y pagado.—Lic. Rosannette Naranjo Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2011228525.—(IN2011021596).
Hoy día he protocolizado acta de la sociedad Naxos Patroklos Inc Sociedad Anónima, modificando la cláusula primera.—Desamparados, San José, diecisiete de marzo del dos mil once.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—RP2011228527.—(IN2011021597).
Por escritura pública número ocho del tomo número dos otorgada a las trece horas del tres de setiembre del año y adicional número noventa, del tomo número dos otorgada a las diecisiete horas con treinta minutos del diecinueve de marzo del año en curso, se constituyó la sociedad Estevelyn G.E.O. Sociedad Anónima, ante la suscrita notaria la cual da fe.—San José, veintiuno de marzo del dos mil once.—Lic. Fanny Arce Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2011228528.—(IN2011021598).
Ante esta notaría, en la ciudad de San José, al ser las ocho horas quince minutos del dieciocho de febrero de dos mil once, mediante escritura número trescientos cincuenta y tres del tomo dos del protocolo de la licenciada Flor de María García Solano, se constituyó la sociedad denominada Eco Takara Sociedad Anónima, plazo social: noventa y nueve años, capital social: doce mil colones. Presidente y vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, dieciocho de marzo de dos mil once.—Lic. Flor de María García Solano, Notaria.—1 vez.—RP2011228533.—(IN2011021599).
Los señores Fernando Humberto Quirós Brenes y Francisco José Bustillos Ortega, constituyen la sociedad Inmobiliaria Feyjo Ltda. Domicilio en provincia de Cartago. Plazo: 99 años, a partir del 4 de marzo del 2011. Capital social: ¢10.000,00. Junta directiva: gerente y subgerente.—Cartago, 4 de marzo del 2011.—Lic. Gaudy Milena Pereira Pérez, Notaria.—1 vez.—RP2011228534.—(IN2011021600).
Los señores Fernando Humberto Quirós Brenes y Francisco José Bustillos Ortega, constituyen la sociedad Constructora Busqui S. A. Domicilio en provincia de Cartago. Plazo: 99 años a partir del 8 de febrero del 2011. Capital social ¢10.000,00. Junta directiva: presidente, secretario y tesorero.—Cartago, 8 de febrero del 2011.—Lic. Gaudy Milena Pereira Pérez, Notaria.—1 vez.—RP2011228535.—(IN2011021601).
Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del 16 de marzo del 2011, se modificó las cláusulas primera, cuarta y sétima del pacto social de la sociedad denominada Smart Group C R Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco siete cuatro seis cuatro uno.—Alajuela, 21 de marzo del 2011.—Lic. Lenin Solano González, Notario.—1 vez.—RP2011228536.—(IN2011021602).
Por medio de escritura otorgada en San José, al ser las 9 horas del 21 de marzo del 2011, se constituyó sociedad de responsabilidad limitada de denominación numérica. Gerentes: Denny Elena Mora Morales y Lisa Sharron Sloley. Agente residente: Lic. María Laura Rosales Cavallini. Capital social: 10.000,00 colones. Domicilio: Sardinal, Carrillo, Guanacaste.—Lic. María Laura Rosales Cavallini, Notaria.—1 vez.—RP2011228540.—(IN2011021603).
El suscrito notario público Jorge Moncrieffé Santana, hace constar que ante esta Notaría, se constituyó la sociedad denominada: Kokos Store Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, a las catorce horas veinte minutos del dieciocho de marzo del dos mil once. Escritura número cuarenta y nueve visible al folio treinta y uno vuelto al treinta y tres frente del tomo quinto de mi protocolo.—Lic. Jorge Moncrieffé Santana, Notario.—1 vez.—RP2011228541.—(IN2011021604).
Por asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios, protocolizada por esta notaría a las 10 horas del 4 de febrero del 2011, se reforman los estatutos y se nombra junta directiva de la empresa Servicios e Inversiones Díaz de Nicoya Servidini S. A., ahora Servicios e Inversiones Jiménez Aguirre de Nicoya S. A. Domicilio: Guanacaste, Nicoya, barrio Los Ángeles, cien este, y setenta sur del bar Los Molinos. Presidente: Álvaro Jiménez Aguirre.—San José, 4 de febrero del 2011.—Lic. Elizabeth Núñez Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2011228543.—(IN2011021605).
Por asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios, protocolizada por esta notaría a las 10:00 horas del día de hoy, se reforman las cláusulas segunda y octava y se elimina la cláusula décima de los estatutos de la empresa GM Gusmary Dos Mil Nueve S. A. Se nombra nueva junta directiva. Domicilio: San José, Desamparados, San Antonio, costado norte de la Iglesia Católica. Presidente: German Alejandro Chaves Acuña.—San José, 10 de marzo del 2011.—Lic. Elizabeth Núñez Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2011228544.—(IN2011021606).
Ante esta notaría mediante escritura número doscientos uno, se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Pídale a Beto S. A., mediante la cual se modifica la Administración de los estatutos sociales.—San José, diez de marzo de dos mil once.—Lic. Marco Aurelio Odio Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2011228545.—(IN2011021607).
Ante esta notaría mediante escritura número doscientos dos se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Servicios Administrativos del Este S. A., mediante la cual se modifica la administración de los estatutos sociales.—San José, diez de marzo de dos mil once.—Lic. Marco Aurelio Odio Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2011228546.—(IN2011021608).
Ante esta notaría mediante escritura número doscientos tres se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Servicios Transaccionales Contemporáneos S. A., mediante la cual se modifica la administración de los estatutos sociales.—San José, diez de marzo de dos mil once.—Lic. Marco Aurelio Odio Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2011228547.—(IN2011021609).
Ante esta notaría mediante escritura número doscientos, se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Arrendamientos de Maquinaria S. A., mediante la cual se modifica la administración de los estatutos sociales.—San José, diez de marzo de dos mil once.—Lic. Marco Aurelio Odio Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2011228548.—(IN2011021610).
Escritura otorgada a las once horas del dieciocho de marzo del dos mil once, se constituye la empresa de esta plaza Sheney Forbes Sociedad Anónima, Capital social: cien mil colones. Representación: presidente. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, dieciocho de marzo del dos mil once.—Lic. José Luis Ureña Díaz, Notario.—1 vez.—RP2011228549.—(IN2011021611).
Por escrituras otorgadas ante mí, se han constituido las firmas One Turquoise Car S. A. y One Violet Car S. A., con un capital social de diez mil colones cada una, ambas domiciliadas en San José de las cuales su presidente es el señor George Schwarzenbach. Fecha de otorgamiento de ambas, 8 de marzo del 2011.—Lic. Giovanni Bruno Guzmán, Notario.—1 vez.—RP2011228550.—(IN2011021612).
Por escritura de las 11 horas de hoy, se constituyó sociedad Distribuidora
Médica MA Sociedad Anónima. Capital íntegramente suscrito y pagado.
Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma.—San José, 18 de marzo del 2011.—Lic. Bernal Chavarría
Herrera, Notario.—1
vez.—RP2011228555.—(IN2011021613).
Se hace del conocimiento público que ante mí, por escritura número seis-noventa y tres otorgada en La Unión, a las 14:00 horas del 5 de marzo del 2011; se protocoliza cambio de junta directiva y cambio de domicilio de la sociedad denominada Primera Gala Sociedad Anónima, se realiza nombramiento de junta directiva, y fiscal.—Lic. Kattia Lorena Molina Masís, Notaria.—1 vez.—RP2011228558.—(IN2011021614).
Por escritura otorgada, ante mí, se constituyó Alianza Anguvar S. A., para dedicarse por noventa y nueve años a partir de su constitución al comercio, la industria, el turismo, la agricultura y la ganadería. Capital social totalmente suscrito y pagado. El presidente y secretario, son los apoderados generalísimos sin límite de suma.—Alajuela, veintiuno de marzo del dos mil once.—Lic. Marco Tulio Araya Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011228562.—(IN2011021615).
Por escritura otorgada a las once horas del día de hoy, en esta notaría se constituyó la compañía domiciliada en San Rafael de Escazú denominada Duckpence Investments Limitada. Plazo: noventa años. Objeto: la industria, el comercio, la agricultura, la ganadería en general. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—Escazú, 3 de marzo del 2011.—Lic. Harold Chamberlain Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2011228563.—(IN2011021616).
Por escritura otorgada en Heredia el diecisiete de marzo del dos mil once, ante esta notaría se constituyó Bisiness Engineers Specialized in Technologies Resource Company Sociedad Anónima, domicilio: Heredia, San Pablo. Siboney número cuatro f. Administración: presidente: Edward Novillo Espin, cédula residencia uno dos uno ocho cero cero cero seis cero dos dos ocho con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Heredia, veintiuno de marzo del dos mil once.—Lic. Andrea Alvarado Sandí, Notaria.—1 vez.—RP2011228574.—(IN2011021617).
En esta notaría Alonso Baltodano Juárez,
Rolando Aguilar Matamoros y Roy Bernal Garro Muñoz, constituyen sociedad
anónima cuya denominación se ajusta al artículo 2) de Decreto Ejecutivo
33171-J, capital suscrito y pagado totalmente.—San José, 29 de marzo de
2011.—Lic. William Chaves Villalta, Notario.—1
vez.—RP2011228952.—(IN2011022126).
Cosimo (nombre) Ciaccia (apellido) y Cecilia
Eugenia Rodríguez Segura, constituyen C & G Italia Sociedad de
Responsabilidad Limitada, capital social: 10 mil colones; domicilio social:
San José, avenida diez bis, calle veintitrés bis, número de casa, dos tres ocho
cinco, todo mediante escritura otorgada en San José, al ser las 15:00 horas del
14 de marzo de 2011. Ante la notaria pública Laura Inés Castro
Conejo.—Lic. Laura Inés Castro Conejo, Notaria.—1
vez.—RP2011228957.—(IN2011022127).
Por escritura número sesenta, de las catorce
horas del nueve de marzo del dos mil once, ante notaria pública Rosaura Carmiol
Yalico, se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo de la
sociedad denominada Lava S. A.—Heredia, nueve de marzo del dos mil
once.—Lic. Rosaura Carmiol Yalico, Notaria.—1 vez.—RP2011228958.—(IN2011022128).
La suscrita, Sandra Leticia Mora Venegas,
notaria pública, con oficina abierta en San José, portadora de la cédula de
identidad número siete-ciento diecisiete-quinientos treinta y nueve, carné
número trece mil cuatrocientos noventa y cuatro, solicito se publique el
siguiente edicto: por escritura otorgada ante mí, el día 28 de febrero del
2011, a las quince horas, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de la sociedad Don Gerardo Sociedad Anónima, mediante la
cual se acuerda reformar la cláusula segunda (domicilio) de su pacto
social.—San José, veinte de marzo del dos mil once.—Lic. Sandra
Mora Venegas, Notaria.—1 vez.—RP2011228959.—(IN2011022129).
La empresa Comercializadora Toños
Sociedad Anónima, por medio de asamblea general extraordinaria celebrada en
su domicilio a las dieciocho horas del primero de marzo del dos mil once, se
reforman las cláusulas segunda, quinta, sétima y octava de los estatutos y se
nombra nueva junta directiva. Presidente: Luis Keylor González
Alvarado.—Lic. Óliver Alpízar Salas, Notario.—1
vez.—RP2011228960.—(IN2011022130).
Se constituyó la sociedad denominada Consorcio
Bolaños Espinoza Sociedad Anónima, ante esta notaría, mediante la escritura
número ochenta y cuatro-nueve de las 15:00 horas del 14 de marzo del 2011.
Presidente: Guido Bolaños Espinoza.—Lic. Óliver Alpízar Salas,
Notario.—1 vez.—RP2011228961.—(IN2011022131).
Ante la suscrita notaria, los señores Leoncio
Ramón Espinoza Ulloa y Antonia Basilia Ortiz Ortiz, constituyeron Lemon S.
A. Capital social: ¢100.000.00, presidente Leoncio Ramón Espinoza Ulloa,
tesorera Antonia Basilia Ortiz Ortiz, secretario Jerónimo Ramón Espinoza
Tijerino.—Lic. María Teresa Mora Ramírez, Notaria.—1
vez.—RP2011228962.—(IN2011022132).
Que los señores Cliff y Stephanie, de
apellido Rogers, comparecieron ante este notario, para constituir una sociedad
de responsabilidad limitada, que se regirá por su número de cédula jurídica,
así mismo por asamblea de condóminos, de el condominio denominado Condominio
Loma Verde Carrillo, cédula jurídica número tres-ciento nueve-trescientos
treinta y dos mil novecientos cincuenta y dos, se nombró nuevo administrador.
Es todo.—San José, 22 de marzo del año dos mil once.—Lic. Mario
Alberto Vargas Arias, Notario.—1
vez.—RP2011228964.—(IN2011022133).
Mediante escritura número 193, de las 12:00
horas del 21 de marzo del dos mil once, ante la notaría del licenciado Luis
Alberto Álvarez Muñoz, se constituye protocolizar cambio de director externo de
la junta directiva de la entidad Comidas Centroamericanas S. A.—Heredia,
22 de marzo del 2011.—Lic. Luis Alberto Álvarez Muñoz, Notario.—1
vez.—RP2011228965.—(IN2011022134).
Ante el suscrito notario, por escritura
número uno-ciento setenta, otorgada a las ocho horas del primero de marzo del
dos mil diez, se reformaron las cláusulas primera y cuarta de la sociedad IHSI
M.Q y Q.L, variándose su domicilio y la composición de la junta directiva,
queda integrada por los cargos de presidente, secretaria y tesorero.—San
José, 14 de marzo del 2011.—Lic. Cristian Roy Cortés Vargas,
Notario.—1 vez.—RP2011228967.—(IN2011022135).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las catorce horas, del día dieciséis de febrero del año dos mil
once, se constituyó la sociedad denominada MC Desarrollos de Innovaciones
Tecnológicas Sociedad Anónima, capital social suscrito y pagado, presidente
Jorge Mario Monge Jiménez, plazo noventa y nueve años.—San José,
miércoles, 23 de marzo de 2011.—Lic. Ángel Valdivia Sing,
Notario.—1 vez.—(IN2011022138).
El suscrito notario, hace constar que ante su
notaría, se constituyeron las sociedades
denominadas TVSA Tesoro Verde S. A. y Alarma VI de San José S.
A.—San José, 22 de marzo del 2011.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca,
Notario.—1 vez.—(IN2011022144).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las nueve horas del veintidós de marzo de dos mil once, se reforma la cláusula
cuarta del pacto constitutivo de la sociedad de esta plaza WNS BPO Services
Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, veintidós de marzo de dos mil
once.—Lic. Leonora Granados Sancho, Notaria.—1
vez.—(IN2011022146).
Por escritura pública número 371 de las 09:00
horas del 17 de febrero del 2011 otorgada en conotariado en el protocolo del notario Ernesto Tulio Perlaza Rojas, se
constituyó la sociedad Corporación Inmobiliaria P Y P S. A., plazo 99
años, presidente Ronnie José, González Valverde.—San José, 10 de marzo
del 2011.—Lic. Jessica María Hernández Quesada, Conotaria.—1
vez.—(IN2011022157).
Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00
horas del 21/03/2011, se constituyó la sociedad Casa Hesed Ltda.,
domicilio San José, plazo 100 años, objeto genérico, capital social suscrito y
pagado, un gerente como apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic.
Guido Alberto Soto Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2011022159).
Hoy protocolicé acuerdos tomados en asamblea
extraordinaria de accionistas de HH
Comercializadora Directa S. A., celebrada a las 08:00 horas del 23 de
febrero del 2011, mediante los cuales se modificó la cláusula V de los
estatutos sociales.—San José, 12:00 horas del 1º marzo del
2011.—Lic. Rubén Hernández Valle, Notario.—1
vez.—(IN2011022164).
Mediante escritura otorgada el día de hoy en
mí notaría, se constituyó la sociedad denominada Novamérica Logistcs
Sociedad Anónima.—San José, 10 de marzo de 2011.—Lic. Ana Lucía
Espinoza Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2011022165).
Que en esta notaría, se protocolizó el acta
de asamblea general extraordinaria de Ingenieros de Centroamérica S.R.L.,
se realiza cambio de gerente.—San José, 21 de marzo del dos mil once.—Lic.
Géraldine Marie Gené Barrios, Notaria.—1 vez.—(IN2011022166).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se
constituyó Proyecto Cincuenta y Cuatro CR Sociedad Anónima. Capital
social: cien mil colones.—San José, veintitrés de marzo de dos mil once.—Lic.
Rafael Francisco Mora Fallas, Notario.—1 vez.—(IN2011022182).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó Proyecto Sesenta y Dos
Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones.—San José,
veintitrés de marzo de dos mil once.—Lic. Rafael Francisco Mora Fallas,
Notario.—1 vez.—(IN2011022187).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se
protocolizaron acuerdos de Benedetto Sociedad Anónima, se reforman
cláusulas y se hacen nombramientos.—San José, 18 de marzo de
2011.—Lic. Rafael Francisco Mora Fallas, Notario.—1
vez.—(IN2011022191).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se
constituyó Representaciones Universales CR Sociedad Anónima.
Capital social: cien mil colones.—San José, veintiuno de febrero de dos
mil once.—Lic. Gerardo Valderrama González, Notario.—1
vez.—(IN2011022192).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las doce horas del dieciocho de marzo la compañía de esta plaza Grupo Jorli
Carso Sociedad Anónima, modifica las cláusulas quinta y sexta de su pacto
constitutivo. Notario: Rodolfo José Quirós Campos. Es todo.—San José,
dieciocho de marzo del dos mil once.—Lic. Rodolfo José Quirós Campos,
Notario.—1 vez.—(IN2011022196).
El suscrito Lic. Otto Giovanni Ceciliano
Mora, hago constar que ante esta notaría, al ser las dieciséis horas del
veintidós de febrero del dos mil once, se constituyó Publiestructuras
Sociedad Anónima.—Lic. Otto Giovanni Ceciliano Mora, Notario.—1
vez.—(IN2011022205).
A las 12:00 horas del 22 de marzo del 2011,
se constituyó Sistemas de Seguridad Integral Limitada, gerente Georgina
Quesada Salazar.—Lic. Liggia León Marín, Notaria.—1
vez.—(IN2011022207).
Ante
la notaría del suscrito, al ser las diecisiete horas del diecisiete de marzo
del año dos mil once, se constituyó la sociedad que se denominada Inversiones
Fabrik Sociedad Anónima, empresa domiciliada en San Francisco de Heredia,
con un capital social de veinte mil colones. Es todo.—Heredia, al ser las
ocho horas treinta minutos del veintidós de marzo del dos mil once.—Lic.
Roberto Villalobos Conejo, Notario.—1 vez.—(IN2011022209).
Reforma y modificación de la cláusula del
capital social de la sociedad anónima denominada Inversiones Polomed
Sociedad Anónima.—San José, 23 de marzo del 2011.—Lic. Laura
Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2011022224).
Constitución de la sociedad anónima
denominada Mercadeo Asertivo Sociedad Anónima, capital social cien mil
colones, representación judicial y extrajudicial presidente y
secretario.—San José, 23 de marzo del 2011.—Lic. Laura Carvajal
Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2011022225).
Constitución de la sociedad anónima
denominada Ju Gomi Sociedad Anónima, capital social: cien mil colones,
representación judicial y extrajudicial presidente y secretario.— San
José, 23 de marzo del 2011.—Lic. Laura Carvajal Ramírez, Notaria.—1
vez.—(IN2011022226).
Ante la notaria, Carmen María Bolaños Vargas,
se procedió a protocolizar el día 23 de marzo del presente año, bajo escritura
número 70, el cambio de presidente de la sociedad de esta plaza denominada tres
ciento uno quinientos veintiún mil sesenta y tres s. a.—San José, 23
de marzo del 2011.—Lic. Carmen María Bolaños Vargas, Notaria.—1
vez.—(IN2011022227).
Ante la notaria, Carmen María Bolaños Vargas,
se constituyó el día 3 de marzo, bajo escritura número 67, la sociedad de
responsabilidad limitada denominada Fasa Uriel Ltda.—San José, 23
de marzo del 2011.—Lic. Carmen María Bolaños Vargas, Notaria.—1
vez.—(IN2011022228).
Ante la notaria, Carmen María Bolaños Vargas,
se constituyó el día 23 de marzo, bajo escritura número 69, la sociedad de
responsabilidad limitada denominada Crosa Ltda.—San José, 23 de
marzo del 2011.—Lic. Carmen María Bolaños Vargas, Notaria.—1
vez.—(IN2011022229).
El día 19 de marzo, ante la notaria Carmen
María Bolaños Vargas, se constituyó una sociedad anónima, utilizando por nombre
el número de cédula jurídica, que se le asigne como denominación social, según
decreto número tres tres uno siete uno-J, reglamento para la inscripción de la
constitución de empresas comerciales, utilizando únicamente el número de cédula
de persona jurídica como denominación social, publicado en La Gaceta uno,
cuatro de junio del dos mil seis.—Atenas, 24 de marzo del
2011.—Lic. Carmen María Bolaños, Notaria.—1
vez.—(IN2011022231).
Constitución de la sociedad anónima,
denominada Arkhitekton Sociedad Anónima, capital social: cien mil
colones, representación judicial y extrajudicial presidente.—San José, 23
de marzo del 2011.—Lic. Laura Carvajal Ramírez, Notaria.—1
vez.—(IN2011022232).
Ante la notaria, Carmen María Bolaños Vargas,
se procedió a protocolizar el día 23 de marzo del presente año, bajo escritura
número 69, el aumento de capital social de la sociedad de esta plaza denominada
Cabinas Los Manglares S. A.—San José, 23 de marzo del
2011.—Lic. Carmen María Bolaños Vargas, Notaria.—1
vez.—(IN2011022233).
Por escritura otorgada el día de hoy ante
esta notaría, Análisis y Estructuración de Esquemas Pedagógicos Limitada,
modificó las cláusulas número dos y siete de su pacto constitutivo, por su
orden del domicilio y de la administración.—San José, 22 de marzo de dos
mil once.—Lic. Esteban Alfonso Chacón Solís, Notario.—1
vez.—(IN2011022234).
Por escritura otorgada, ante mí hoy, se
constituyó Alianza Ceciliano S. A., para dedicarse por noventa y nueve
años, a partir de su constitución al comercio, la industria, el turismo, la
agricultura y la ganadería, capital social totalmente suscrito y pagado. El
presidente y secretario, son los apoderados generalísimos sin límite de
suma.—Alajuela, veintidós de marzo del dos mil once.—Lic. Marco
Tulio Araya Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2011022235).
Por escritura número cuarenta y nueve-siete,
otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticinco de noviembre del
año dos mil diez, se constituyeron diez sociedades de responsabilidad limitada,
cuyas denominaciones sociales, serán los números de cédula jurídica asignados a
cada una, más el aditamento limitada, todas las sociedades se describen así:
domicilio San José, Mata Redonda, barrio Niza, del plantel Anonos de la
Compañía Nacional de Fuerza y Luz, trescientos metros al oeste y ciento
cincuenta metros al sur. Capital social: diez mil colones. Objeto: comercio,
agricultura, ganadería, industria y en general, cualquier tipo de actividad
lícita, gerente Guillermo Esquivel Herrera, cédula 1-977-022.—San José,
cinco de marzo del año dos mil diez.—Lic. Jorge Federico Baldioceda
Baltodano, Notario.—1 vez.—(IN2011022246).
Por escritura otorgada ante el notario
público, Alfredo Álvarez Quirós, se reforma la representación de la sociedad Mckanzie
Blue Lake S. A., presidente Guadalupe Arias Sandino.—Lic. Alfredo
Álvarez Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2011022247).
Por escritura número cincuenta y siete de las
diecisiete horas del diecisiete de marzo del año dos mil once, los señores Omer
Bora Ozbek y Marco Leonardo Vargas Brenes, constituyen la sociedad El Rincón
Turco Sociedad Anónima. Capital social: 10.000,00 colones. Representación:
presidente y secretario, domicilio San José.—San José, 17 de marzo del
2011.—Lic. José Pablo Fernández N., Notario.—1 vez.—(IN2011022248).
Por escritura ciento trece-dos, otorgada ante
la notario público Alonso Rodríguez Vargas, a las trece horas del día doce de
marzo del año dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Servicios
de Avalancha Sociedad Anónima.—Heredia, doce de marzo del año dos mil
once.—Lic. Alonso Rodríguez Vargas, Notario.—1
vez.—(IN2011022249).
Por escritura otorgada ante mí, a las
diecisiete horas del veintidós de marzo de dos mil once, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Many Happy
Returns Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-quinientos treinta y tres mil quinientos doce, de las quince horas del
veintiuno de marzo de dos mil once, mediante la cual se reforman las cláusulas
primera, segunda y sexta de los estatutos sociales.—Lic. Eugenio Vargas
Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2011022270).
Ante esta notaría, al ser las nueve horas
veinte minutos del día veintitrés de marzo del dos mil once, se ha
protocolizado un acta de Ático Victoriano Cuatro S. A., cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos treinta y tres mil ciento
diecisiete, en la cual se reforma la cláusula sexta, y se nombran nuevos
personeros de junta directiva. Dado en esta capital, el día veintitrés de marzo
del dos mil once.—Lic. Vanessa Solano Zúñiga, Notaria.—1
vez.—(IN2011022272).
Mediante escritura otorgada a las 10:00 horas
de hoy, se constituyó Los Días Dorados S. A., capital íntegramente
suscrito y pagado. Presidente y tesorero apoderados generalísimos sin límite de
suma, actuando conjunta o separadamente.—San José, 22 de marzo del
2011.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario.—1
vez.—(IN2011022277).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho
horas del veintiuno de marzo del dos mil once, se constituye la sociedad
denominada ADS Marketing Solutions Sociedad Anónima.—Lic. Olga
Doris Torres Navarro, Notaria.—1 vez.—(IN2011022285).
Por escrituras otorgadas ante mí, se
constituyó la sociedad ZAGG S. A., presidente con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma y protocolicé asamblea extraordinaria
de socios de la sociedad Corporación Baraka S. A., se reforma cláusula
segunda y sexta del pacto social y se nombra junta directiva y
fiscal.—Lic. Francisco Hernán Barth Villalobos, Notario.—1
vez.—(IN2011022319).
Se protocoliza acta de asamblea general
extraordinaria de la entidad Villa Edith Ltda. Escritura otorgada en
Grecia, a las 08:00 horas del 11 de marzo del 2011.—Lic. Carlos Eduardo
Rojas Castro, Notario.—1 vez.—(IN2011022320).
Arsenio Gerardo Rodríguez Rojas, Ronald
Gerardo, Joselito y Mariela los tres Rodríguez Salazar, constituyen la entidad Inversiones
Gerardo Carmona e Hijos Limitada. Escritura otorgada en Grecia, a las 16:00
horas del 26 de octubre de 2010.—Lic. Carlos Eduardo Rojas Castro, Notario.—1
vez.—(IN2011022323).
Los señores Claribel Rodríguez Zamora, María
del Carmen Rodríguez Zamora, William Rodríguez Zamora, Luz Marina Rodríguez
Zamora, Geiner Rodríguez Zamora, Ana Lucía Rodríguez Zamora, Olga Rodríguez
Zamora, Marlene Rodríguez Zamora, y Rafael Ángel Rodríguez Zamora, constituyen
la sociedad Juan Copo Carmen e Hijos Limitada. Escritura otorgada en
Grecia, a las nueve horas treinta minutos del día veintiuno de febrero del
2011.—Lic. Fabio Evencio Rodríguez Bastos, Notario.—1 vez.—(IN2011022324).
Luz Marina Barrantes Quesada, María Dinia
Murillo Barrantes, Miguel Ángel Murillo Barrantes, María Nela Murillo Hidalgo y
Nidia Aderith Hidalgo Castro, constituyen la entidad Inversiones Miguel y
Nela Murillos Ltda. Escritura otorgada en Grecia, a las 20 horas del 1 de
marzo de 2011.—Lic. Fabio Evencio Rodríguez Bastos, Notario.—1
vez.—(IN2011022325).
Por escritura otorgada ante mí, a las 16:08
horas del día 8 de marzo de 2011, Ana Celia Gómes de Sousa y María Lourdes
Osborne, constituyen importaciones Ana’s Fashion Sociedad Anónima,
duración 99 años, capital diez mil colones, presidenta Ana Celia Gómes de
Sousa.—San José, 22 de marzo de 2011.—Lic. Fernando Berrocal Soto,
Notario.—1 vez.—(IN2011022330).
Por escritura otorgada hoy, ante el suscrito
notario, se protocolizó un acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de accionistas de la sociedad Torre Roble Sabana Norte S. A., mediante
la cual se acuerda modificar la cláusula sétima del estatuto.—San José, 9
de marzo de 2011.—Lic. Farid José Ayales Bonilla, Notario.—1
vez.—(IN2011022338).
El suscrito notario, hace constar que en
escritura número doscientos treinta, visible al folio inicial ciento treinta y
uno vuelto, del tomo primero de mi protocolo, otorgada al ser las dieciséis
horas del veintidós de marzo del dos mil once, se modificó el pacto
constitutivo de la sociedad La Pieza Especial de Jacó Sociedad Anónima.—Garabito,
veintidós de marzo del dos mil once.—Lic. Wilber Jiménez Jiménez,
Notario.—1 vez.—(IN2011022343).
El suscrito notario, hace constar que en escritura número doscientos veintinueve, visible al folio inicial ciento treinta y uno frente, del tomo primero de mi protocolo, otorgada al ser las quince horas del veintidós de marzo del dos mil once, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad Nakop Sociedad Anónima.—Garabito, veintidós de marzo del dos mil once.—Lic. Wilber Jiménez Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2011022344).
Bakkar y El Haig S. A., en asamblea general extraordinaria de socios celebrada en su domicilio social, modificó las cláusulas segunda, quinta, y sétima del pacto constitutivo y se eliminó la cláusula décimo quinta, además se revocó el nombramiento de todos los miembros de la junta directiva, mediante escritura Nº 328-04, otorgada a las 11:00 horas del 23 de marzo del 2011, ante las notarias Ana Heitman Ardón y Yasmín Herrera Mahomar.—San José, 23 de marzo del 2011.—Lic. Yasmín Herrera Mahomar, Notaria.—1 vez.—(IN2011022362).
Ricardo Portuguez Oviedo y Mario Portuguez Oviedo, constituyen una sociedad anónima, que será denominada conforme con el número de cédula jurídica que el registro le asigne, domiciliada en San José, Coronado. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años. Escritura número 249, otorgada a las 13:00 horas del 17 de marzo de 2011, ante los notarios Luis Marino Castillo López y Yasmín Herrera Mahomar.—San José, 22 de marzo de 2011.—Lic. Yasmín Herrera Mahomar, Notaria.—1 vez.—(IN2011022363).
Munir Miguel Bendeck Miguel y Jorge Herrera Mahomar, constituyen la sociedad anónima M. I. G. Miguel Investmente Group S. A., domiciliada en San José. Escritura número 327-4 otorgada a las 09:00 horas del 23 de marzo del 2011, ante las notarias Ana Heitman Ardon y Marta Cecilia Jiménez Chaves.—San José, 23 de marzo del 2011.—Lic. Marta Cecilia Jiménez Chaves, Notaria.—1 vez.—(IN2011022364).
Por escritura número ciento ochenta y dos de las quince horas del dieciséis de marzo del dos mil once, se constituyó la empresa Agrovolio S. A., con domicilio en Volio de San Ramón de Alajuela, del bar Safiro, un kilómetro al este. Presidente: Luis Mariano Chaves Arias, cédula dos-trescientos sesenta y nueve-trescientos treinta. Capital social: cuatro millones de colones.—Lic. Marianela González Fonseca, Notaria.—1 vez.—(IN2011022366).
Que por escritura otorgada ante la notaría, de la licenciada Martha Eugenia Araya Chaverri, a las once horas del día diecisiete de marzo del año dos mil once, se protocoliza acta de la compañía Nossa Visión S. A., donde se reforman las cláusulas segunda y novena de los estatutos y se nombra secretario, tesorero, fiscal y agente residente.—San José, veintiuno de marzo del dos mil once.—Lic. Martha Eugenia Araya Chaverri, Notaria.—1 vez.—(IN2011022368).
Que por escritura otorgada ante la notaría, de la licenciada Martha Eugenia Araya Chaverri, a las diez horas del día diecisiete de marzo del año dos mil once, se protocoliza acta de la compañía Reypra S. A., donde se reforman las cláusulas segunda y sétima de los estatutos y se nombra secretario, tesorero, fiscal y agente residente.—San José, veintiuno de marzo del dos mil once.—Lic. Martha Eugenia Araya Chaverri, Notaria.—1 vez.—(IN2011022369).
Por escritura otorgada a las doce horas del día de hoy, ante el notario Rándall Salas Alvarado. Se constituyen las sociedades Retonos Múltiples Solares del Periodo Ancestral Sociedad Anónima, Universos Tornasol del Proceso Polar Sociedad, plazo noventa y nueve años, a partir de su constitución.—San José, veintitrés de marzo del dos mil once.—Lic. Rándall Salas Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2011022371).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veinticuatro de marzo de dos mil once, se modificó el pacto social, en su inciso h) en cuanto a que la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, recae sobre el presidente y al tesorero las facultades de apoderado general de la sociedad con el número de cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos veintiún mil trescientos sesenta y seis, situado en San José, Escazú, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Denis de Jesús Zamora Fuentes, Notario.—1 vez.—(IN2011022372).
Ante mí, María Isabel Bonilla Arroyo, notaria pública de Heredia, se constituyó cuatro sociedades cuyos nombres los asignará el Registro Nacional, de conformidad con el decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, en su artículo dos, cláusula primera, cuyo presidente es Heishmatolah Agahi Pizarro, con un total de capital social de cada sociedad por la suma de diez mil colones, sus domicilios sociales serán en Heredia, Flores, San Joaquín, barrio La Trinidad, frente al restaurante La Casona del Cerdo, sus plazos sociales serán de noventa y nueve años, otorgada en Heredia, a las diecisiete horas del veintidós de marzo del dos mil once. Es todo.—Heredia, veinticuatro de marzo de dos mil once.—Lic. María Isabel Bonilla Arroyo, Notaria.—1 vez.—(IN2011022373).
Lic. Zaira Salazar Castro, notaria pública de San José, hace constar que mediante escritura número doscientos cuarenta y dos, se constituyó la sociedad denominada Tiro y Retiro y Mas Sociedad Anónima, su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Wilberth Gerardo Castro Agüero, cédula número 2-403-923.—San José, 23 de marzo de 2011.—Lic. Zaira Salazar Castro, Notaria.—1 vez.—(IN2011022374).
Por escritura número trescientos noventa y tres, se constituye la sociedad denominada de acuerdo al decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Presidenta: Elena Patricia Mora de Tapia. Capital social: veinte mil colones.—San José, dieciocho de marzo del dos mil once.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—RP2011228418.—(IN2011022379).
Ante esta notaría, Gerard O Elsner Limitada, modifica cláusula cuarta del plazo.—Lic. Marcia Vanessa Matarrita Varela, Notaria.—1 vez.—(IN2011022382).
Ante esta notaría, por escritura número 230-3, de las 11:20 horas del 15 de marzo del 2011, se constituyó la sociedad Inversiones Hidalgo & Loría Sociedad Anónima, plazo será de cien años, presidente Héctor Hidalgo Loría.—San José, cuatro de marzo del dos mil once.—Lic. Leda Carvajal Oviedo, Notaria.—1 vez.—(IN2011022393).
Por escritura número veintidós-trece, del tomo número trece de mi protocolo, otorgada en la ciudad de San José, a las diez horas del día veintitrés de marzo del año dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Vanama Inversiones Limitada.—Lic. Jorge Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.—(IN2011022394).
Por escritura número 115, del tomo 4, otorgada en esta notaría, a las 18:00 horas del 22 de marzo del 2011, se constituyó Inversiones Acun S. A., domicilio ciudad de Alajuela, plazo 99 años, capital social: ¢1.000.000 suscrito y pagado, representación judicial y extrajudicial presidente y secretario.—Lic. Xiomara Solís Murillo, Notaria.—1 vez.—(IN2011022412).
Ante esta notaría, otorgada a las dieciséis horas cuarenta minutos del día veintidós de setiembre del año dos mil ocho, se modificó la cláusula de la administración del pacto constitutivo de la sociedad Vayol para Centroamérica V.P.CA. Sociedad Anónima.—San José, veinticuatro de marzo de dos mil once.—Lic. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1 vez.—(IN2011022424).
Ante esta notaría, otorgada a las diez horas del día trece de abril del año dos mil nueve, se modificó la cláusula de la administración del pacto constitutivo de la sociedad Mayena Oceanside Proerties M.OS.P. Sociedad Anónima.—San José, veinticuatro de marzo de dos mil once.—Lic. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1 vez.—(IN2011022426).
Ante esta notaría, otorgada a las quince horas veinte minutos del día nueve de octubre del año dos mil ocho, se modificó la cláusula de la administración del pacto constitutivo de la sociedad Donerak Ventures DR. VT. Sociedad Anónima.—San José, veinticuatro de marzo de dos mil once.—Lic. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1 vez.—(IN2011022427).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 11:00 horas del 23 de marzo del 2011, se protocoliza acta de la compañía Agrológica S. A., en la cual se amplían los poderes del presidente.—23 de marzo del 2011.—Lic. Mario Morales Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2011022430).
Por escritura otorgada ante esta notaría, el día 23 de marzo del 2011, a las 12:00 horas, la sociedad Eco Directa Sociedad Anónima, protocolizó acuerdos en que se modifica la cláusula sétima del pacto social.—23 de marzo del 2011.—Lic. Melania Calzada Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2011022432).
Escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la compañía Alromani N&M Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Alromani N&M S. A., presidente Alberto José Robles Fernández. Objeto: la importación, exportación compra y venta y distribución de bienes muebles e inmuebles, industria, intermediación, ganadería, agricultura, turismo, servicios, exportación e importación de productos, etc., domicilio Filadelfía, Carrillo, Guanacaste del cruce de Chalaco, entrada a San Blas, contiguo al taller Torelli, capital diez mil colones totalmente suscrito y pagado.—San José, veinticuatro de marzo de dos mil once.—Lic. Juan Miguel Paniagua Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2011022433).
Por escritura número cuatrocientos cuarenta y cuatro, otorgada ante mí, a las diecisiete horas del veintitrés de marzo de este año, se constituyó Muebles Nana INC Sociedad Anónima.—Lic. Rónald Fernando Rojas Zamora.—San José, veintitrés de marzo del dos mil once.—Lic. Rónald Fernando Rojas Zamora, Notario.—1 vez.—(IN2011022436).
Por escritura número cuatrocientos cuarenta y tres, otorgada ante mí, a las dieciséis horas del veintitrés de marzo de este año, se constituyó Ecomaderas Internacionales INC Sociedad Anónima.—San José, veintitrés de marzo del dos mil once.—Lic. Rónald Fernando Rojas Zamora, Notario.—1 vez.—(IN2011022437).
La suscrita notaria, Gina Zúñiga Castro, hace constar que la sociedad anónima denominada El Tiempo Lo Dirá Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-303141, cambió su nombre a Tabusch & Asociados Sociedad Anónima.—San José, veinte de marzo del dos mil once.—Lic. Gina Zúñiga Castro, Notaria.—1 vez.—(IN2011022438).
Ante mí, Pablo Arias González, notario público con oficina en Atenas, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Cougar Beware Limitada, a las quince horas del veintiuno de marzo del dos mil once. Gerente con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, quien tendrá las facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.—Atenas, veintiuno de marzo del dos mil once.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2011022439).
Ante mí, Pablo Arias González, notario público con oficina en Atenas, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Unstoppable Vision for Life Limitada, a las dieciséis horas del veintiuno de marzo del dos mil once. Gerente con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, quien tendrá las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Atenas, veintiuno de marzo del dos mil once.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2011022441).
Ante el suscrito notario, al ser las ocho horas del veintitrés de marzo del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada MBJM SCHENA LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada, con un capital social suscrito y pagado de doce mil colones, donde se nombra como gerente, Michael Anthony Schena y como subgerente Beth Armando Schena.—San José, 23 de marzo del 2011.—Lic. Javier Francisco Chaverri Ross, Notario.—1 vez.—(IN2011022444).
Por escritura pública otorgada en mi notaría,
a las 18:00 horas del 23 de marzo del 2011, Carlos Villanueva Martínez y Nilo
Arturo Ramos Rojas, constituyeron la compañía Nueva Inmaculada Sociedad
Anónima.—Lic. Nairy Ulate Molina, Notaria.—1
vez.—(IN2011022447).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las
18:15 horas del 23 de marzo del 2011, Carlos Villanueva Martínez y Nilo Arturo
Ramos Rojas, constituyeron la sociedad Inversiones Unibienes Dos Mil Once
Sociedad Anónima.—Lic. Nairy Ulate Molina,
Notaria.—1 vez.—(IN2011022448).
Por escritura otorgada ante esta notaria, a
las ocho horas con cincuenta minutos del día veintidós de febrero del año dos
mil once, horas del veintiuno de febrero del año dos mil once, se reforma la
cláusula segunda de la sociedad Materiales San José S. A.—San
José, veintitrés de marzo de 2011.—Lic. Luis Esteban Hernández Brenes,
Notario.—1 vez.—(IN2011022451).
Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00
horas del 24 de marzo del 2011, se constituyó la sociedad Maribega Sociedad
Anónima. Capital social: diez mil colones, íntegramente suscritos y
pagados, domicilio San José, San Sebastián, veinticinco metros al sur, de la
plaza de deportes de esa localidad. Plazo social: 99 años, a partir de la fecha
de constitución. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite
de suma.—San José, 24 de marzo del año 2011.—Lic. Sonia Rebeca
Montealegre Pérez, Notaria.—1 vez.—(IN2011022454).
Por escritura número 17 otorgada ante mí, a
las 11:30 horas de hoy, se protocoliza acta mediante la que Servicios
Inversiones Internacionales Jacamva S. A., modifica la cláusula 2, en
cuanto al domicilio, 10 en cuanto a la administración.—Alajuela, 22 de
marzo de 2011.—Lic. Mónika Valerio De Ford, Notaria.—1
vez.—(IN2011022459).
Por escritura número 16 otorgada ante mí, a
las 11:00 horas de hoy, se protocoliza acta mediante la que Overseas
Marketing Corporation S. A., modifica la cláusula 2, en cuanto al
domicilio, 10, en cuanto a la administración.—Alajuela, 22 de marzo de
2011.—Lic. Mónika Valerio De Ford, Notaria.—1
vez.—(IN2011022460).
Que mediante escritura número 182; otorgada a
las 19:15 horas del 23 de marzo del año 2011, visible al folio 193 frente, del
tomo Nº 4, de mi protocolo; se constituyó la sociedad anónima, cuya
denominación será asignada de oficio por el Registro Público de personas
jurídicas, de conformidad con lo establecido en Decreto Ejecutivo 33171-J,
publicado en La Gaceta Nº 114, del 14 de junio del año dos mil seis,
domiciliada en La Asunción de Belén, Heredia, Ciudad Cariari.—Alajuela,
24 de marzo del año dos mil once.—Lic. Luis Ángel Rodríguez León,
Notario.—1 vez.—(IN2011022461).
Que mediante escritura número 181, otorgada a
las 19:00 horas del 23 de marzo del año 2011, visible al folio 190 vuelto, del
tomo Nº 4 de mi protocolo, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación
será asignada de oficio por el Registro Público de personas jurídicas, de
conformidad con lo establecido en Decreto Ejecutivo 33171-J, publicado en La
Gaceta Nº 114, del 14 de junio del año dos mil seis, domiciliada en La
Asunción de Belén, Heredia, Ciudad Cariari.—Alajuela, 24 de marzo del año
dos mil once.—Lic. Luis Ángel Rodríguez León, Notario.—1
vez.—(IN2011022462).
Por escritura número 15 otorgada ante mí, a
las 10:30 horas de hoy, se protocoliza acta mediante la que Servicios
Internacionales Caytre S.I.C. S. A., modifica la cláusula
décima de los estatutos en cuanto a la administración y hace nombramientos por
el resto del periodo.—Alajuela, 22 de marzo de 2011.—Lic. Mónika
Valerio De Ford, Notaria.—1 vez.—(IN2011022463).
Por escritura número 14 otorgada ante mí, a
las 10:00 horas de hoy, se protocoliza acta mediante la que Inversiones
Jacama de La Garita S. A., modifica la cláusula décima de los estatutos en
cuanto a la administración y hace nombramientos por el resto del
periodo.—Alajuela, 22 de marzo de 2011.—Lic. Mónika Valerio De
Ford, Notaria.—1 vez.—(IN2011022464).
Por escritura número 256, de las 10 horas del
16 de agosto de 2010, se constituyó Vivazo M. & R. S. A., su
presidente Alejandro Eugenio Camacho Gould, cédula 1-833-524, domicilio Tres
Marías de Esparza, contiguo a Abastecedor 3-M. Toda oposición al Fax:
2635-0294.—Lic. Iveth Emilia Quesada Ugalde, Notaria.—1
vez.—(IN2011022465).
Ante esta notaria, al ser las nueve horas
cincuenta minutos del día veinticuatro de marzo del dos mil once, se ha
protocolizado el acta número dos de la sociedad Multiservicios Roxser
Sociedad Anónima, donde se reforma la cláusula sexta de la representación,
siendo el presidente y el secretario los apoderados generalísimos sin límite de
suma y se nombra nueva junta directiva por todo el plazo social. Dado en esta
capital, el día veinticuatro de marzo del dos mil once.—Lic. Vanessa
Solano Zuñiga, Notaria.—1 vez.—(IN2011022467).
Ante mí, Johnny Alberto Marín Artavia, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad tres-ciento
uno-quinientos cincuenta y seis mil setecientos cincuenta y ocho sociedad
anónima, celebrada a las nueve horas y cincuenta minutos del veintiuno de
marzo del dos mil once, en donde se reforma la cláusula sétima. Es
todo.—San José, veinticuatro de marzo del dos mil once.—Lic. Johnny
Alberto Marín Artavia, Notario.—1 vez.—(IN2011022470).
Por escritura número ciento setenta y ocho,
otorgada ante esta notaría, a las trece horas del catorce de febrero del dos
mil once, se protocolizó acta de la asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Lomasol S. A., se modifica la cláusula cuarta
del pacto constitutivo administración y personeros.—San José, diecisiete
de febrero del dos mil once.—Lic. Federico Balma Zumbado,
Notario.—1 vez.—(IN2011022476).
Por escritura número ciento setenta y siete,
otorgada ante esta notaría, a las doce horas del catorce de febrero del dos mil
once, se protocolizó acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas
de la sociedad Narragansett S. A. se modifica la cláusula cuarta del
pacto constitutivo: administración y personeros.—San José, diecisiete de
febrero del dos mil once.—Lic. Federico Balma Zumbado, Notario.—1
vez.—(IN2011022477).
Por escritura otorgada a las 11:30 horas del
17 de marzo del 2011, se constituye Zarcero Green Foods Sociedad
Anónima.—Lic. Luis Carlos Acuña Jara, Notario.—1
vez.—(IN2011022487).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario, en Alajuela, a las quince horas del veintitrés de junio del año dos
mil diez, se ha constituido la sociedad denominada Corporación Wilmar de
Targuaces Sociedad Anónima.—Alajuela, 23 de marzo del dos mil
once.—Lic. Mario Morales Villalobos, Notario.—1
vez.—(IN2011022490).
La Asociación Administradora del Acueducto
Rural de la Mellizas de Sabalito Coto Brus, cédula jurídica número: tres-cero
cero dos-doscientos un mil setecientos setenta y seis, solicita reposición del
libro de Actas de Registro de Asociados número uno, el cual se extravió, se
emplaza a cualquier interesado para que en término de ocho días hábiles a
partir de la presente publicación realice cualquier reclamo u oposición a la
presente solicitud.—Marixenia Guadamuz Sandí.—1
vez.—RP2011229364.—(IN2011022833).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Registro de la Propiedad Industrial.—A
las 12:06:13 del 24 de agosto de 2010.—Conoce este Registro, la solicitud
de cancelación por falta de uso, promovida por Jorge Tristán Trelles, cédula de
identidad 1-392-470, en calidad de apoderado especial de Laboratorio Maver,
Ltda., contra el registro del signo distintivo MEDIKEM, Registro Nº 130140, el
cual protege y distingue: productos farmacéuticos, veterinarios e higiénicos;
productos dietéticos para niños y enfermos, emplastos, material para vendajes;
materiales para empastar dientes y para improntas dentales; desinfectantes;
preparaciones para destruir las malas hierbas y los animales dañinos, en clase
5 internacional, propiedad de Laboratorio Maver Ltda.
Considerando:
Conforme a lo previsto en los artículos 38/39
de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del
Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº
30233-J; se procede a trasladar la solicitud de Cancelación por falta de uso al
titular citado, para que en el plazo de un mes contados a partir del día hábil
siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la
misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime
convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a
disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el
señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al
titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la
notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado
permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará
notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran
veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y
34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de
que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La
Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el
respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo
dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General de
la Administración Pública. Por tanto:
Con base en las razones expuestas y citas de ley respectivas se resuelve: trasladar la solicitud de Cancelación por falta de uso al titular del signo distintivo mencionado, para que en el plazo de un mes contado a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estima convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Notifíquese.—Bernal Chinchilla Ruiz, Asesor Jurídico.—RP2011229048.—(IN2011022823).
GERENCIA
FINANCIERA
DIRECCIÓN
DE COBROS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
1) La suscrita Jefe de la subárea de Cobro
Administrativo a Patronos de la Dirección de Cobros, Oficinas Centrales de la
Caja Costarricense de Seguro Social, mediante el presente edicto se procede a
efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos incluidos en el cuadro que se detalla, de
conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración
Pública. La Institución le concede 5
días hábiles, para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el
adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de
cobro judicial; tanto en la vía civil como penal, según corresponda. Se pueden contemplar períodos que ya poseen
firmeza administrativa. El monto de la
deuda se refleja a las fechas indicadas en el listado.
2)
3) MONTO
DE LA DEUDA AL 01-03-2011
4 N°
Patronal Nombre Monto
¢
5 3101469242 3-101-469242 S. A. 4.134.038,00
6 3101494923 3-101-494923 S. A. 1.352.663,00
7 3101497831 3-101-497831 S. A. 2.915.737,00
8 3101504908 3-101-504908 S. A. 107.655.521,00
9 3101505910 3-101-505910 S. A. 42.681.312,00
10 3101203926 A J SEG. PREVENTIVA S. A. 5.210.599,00
11 3101300950 ABALO DE BRASIL BOUTIQUE S. A. 67.603,00
12 3101260808 ACRELU S. A. 63.398,00
13 16680294 ADEMAR ARANDO BORBON 3.113.287,00
14 3101311237 ADIPROCO S. A. 32.405.078,00
15 3101168977 AG. INTER. DE INVESTIGACION DE
SIST. AIIS S. A. 22.239.539,00
16 3101018372 AGROINDUSTRIA LEOFER S. A. 255.171,00
17 3101124826 ALARMAS Y CONTROL ELECTRONICO S. A. 971.375,00
18 401170995 ALBERTO ALAN ALVARADO 283.248,00
19 3101566557 ALCANCE URBANO PUBLICITARIO S. A. 533.707,00
20 106570169 ALEXANDER GUTIERREZ TORUÑO 1.410.721,00
21 3101257401 ALFARO BEJARANO Y ASOC S. A. 419.058,00
22 107510295 ALFARO CARRAL ANA LORENA 17.742,00
23 3101493084 ALPHA LEARNING CR S. A. 2.266.018,00
24 3101540724 ALVA S. A. 11.776.000,00
25 108470576 AMALIA MARIA FERNANDEZ GONZALEZ 504.587,00
26 3101303542 AMERICAN LASER CENTER S. A. 3.541.564,00
27 3101463281 AMERICAN PRECIOUS WOODS S. A. 2.371.788,00
28 104530710 ANA ELENA TREJOS DENT 350.879,00
29 102870547 ANA ISABEL DE LA VEGA CHAN 448.154,00
30 103940338 ANA ISABEL DELGADO FUENTES 15.530,00
31 104430811 ANA LORENA CORDOBA RAMIREZ 140.790,00
32 303370228 ANA LUCIA DIAZ ARIAS 305.164,00
33 109490558 ANA MARIA ORTIZ VALDELOMAR 733.333,00
34 104470476 ANA MARINA LYON POWE 499.630,00
35 2720097186 ANA TAMSUT SZWARCBORT 766.980,00
36 701450248 ANDREA NATALIA ARAYA HERNANDEZ 1.559.920,00
37 3101436883 ANEMOS INVESTMENTS D A S TRECE
CINCO S. A. 1.907.889,00
38 17181772 ANGEL ALFONSO VELASQUEZ
VELASQUEZ 1.352.211,00
39 104600761 ANGELA DURAN DEL VALLE 191.767,00
40 3101263227 APLICACIONES ELECTROMECANICAS
APLICANICA S. A. 666.713,00
41 108990354 ARTURO BARZUNA LACAYO 29.826,00
42 3101274486 ASERRADERO CR S. A. 7.496.584,00
43 3002130482 ASOC. CRISTIANA CTRO. EVANGELISTICO
LEON XIII 163.803,00
44 3002328196 ASOC. CULTURAL ADOPTE UNA ESCUELA 4.179.584,00
45 3002182035 ASOC. MISIONERAS PARROQUIALES DEL
INMACULADO
CORAZON
DE MARIA 108.788,00
46 3101074336 AUTO REPUESTOS FLORES S. A. 1.556.914,00
47 3101477393 AVANZA DE CTRO. AMERICA S. A. 4.093.718,00
48 3101507058 AVG-ESQ ABOGADOS S. A. 373.687,00
49 3102304292 BAKTAG LTDA. 758.098,00
50 103990577 BEATRIZ DOBLES JIMENEZ 173.195,00
51 3101171764 BEL S. A 7.166.765,00
52 3101456196 BENELUX HOLDING S. A. 889.754,00
53 26123804 CAROLINE ANDREA WAGNER
NOINDICAOTRO 922.439,00
54 3101432357 CARTORIOS SIGLO VEINTIUNO S. A. 888.926,00
55 3101419521 CASA AYARCO DEL ESTE F.A.H.M S. A. 801.295,00
56 3101255955 CASA ISRAEL RESIDENCIA GERIATRICA
S. A. 6.599.669,00
57 3101427036 CASTRO GAZEL S. A. 7.659.500,00
58 3101536986 CENTRAL AMERICA BIO DIESEL S. A. 7.696.421,00
59 3101129782 CTRO. DE ASESORIA Y ESTUDIOS
LEGALES Y TURISTICOS S. A. 67.236,00
60 3102411228 CTRO. DE PINTURAS Y ACABADOS N Y F
LTDA 5.994.816,00
61 113690138 CHAVARRIA CAMPOS ESTEBAN ANDRES 1.687.986,00
62 3101405925 CHENICE BEVERLY HILLS C. R S. A. 4.045.296,00
63 279758627 CHIN ISAI MING 65.234,00
64 107020612 CHINCHILLA BADILLA MARIA CRISTINA
62.966,00
65 3101283396 CLUB DALLAS INVESTMENTS 9.637.235,00
66 3102218416 COMANDO DE VIGILANCIA A Y C LTDA. 7.572.199,00
67 162919002 COMIDAS PODEROSO S A 102.005,00
68 3101196250 CIA. INTER. PRIMERO DE OCTUBRE S. A 2.466.971,00
69 3101006007 CIA. TEXTIL CTRO. AMERICANA S. A. 294.838.355,00
70 3101130666 COMPLEMENTOS DEL OESTE S. A. 305.256,00
71 3101137132 CONCEPTOS ARQUITECTONICOS S. A. 7.129.150,00
72 3101171074 CONEXSA S. A. 754.265,00
73 3101539752 CONFORT AIR CO S. A 2.544.420,00
74 3101244766 CONPAT S. A 1.200.102,00
75 3101365591 CONSTRUCCIONES E INVERSIONES TZION
S. A. 16.103.493,00
76 3101571979 CONST. BECKLES & HERNANDEZ S.
A. 4.933.055,00
77 3101073984 CONST. C Y M S. A 146.323.089,00
78 3101281083 CONST. FEMEG S. A. 4.123.180,00
79 3101083221 CONST. SACC DE CR S. A. 999.927,00
80 3101302427 CONST. SANTOS S. A. 19.936.140,00
81 3101134900 CONSULTORIA TECNO ECONOMICA Y
AMBIENTAL S. A. 1.297.783,00
82 3101255507 CORP. B I B SERV. S. A. 2.108.105,00
83 3101076191 CORP. BARNEL INTER. S. A. 47.742.790,00
84 3101077481 CORP. COSTARRICENSE DE ABOGADOS M J
Y B S. A. 248.024,00
85 3101273516 CORP. DE DESARROLLO URBS. A. CORUBA
S. A. 18.208.090,00
86 3101328501 CORP. DE INVERSIONES CDI DOS MIL
DOS DE CR S. A. 250.567,00
87 3101239000 CORP. DE INVERSIONES NATASHA S. A. 269.213,00
88 3101285920 CORP. DE SEG. MONGE Y CARRILLO S.
A. 166.813,00
89 3101141775 CORP. NOVENTA Y TRES W & C S. A. 308.392,00
90 3101309487 CORP. R E A S A S. A. 2.249.665,00
91 3101250380 CORP. SCRUM S. A. 178.136,00
92 3101286881 CORP. SUEÑO VIVO S. A. 3.174.263,00
93 3101081807 CORP. T C S. A. 40.199.018,00
94 3102057206 CORP. VALENTINA ALVAREZ LTDA. 3.143.033,00
95 3101205172 CORP. YAN INTER. S. A 486.124,00
96 3101079108 COTUR S. A. 38.413.849,00
97 600980085 CRISTINA CAYETANA DEL CARMEN
MONTOYA MORA 117.066,00
98 3102319093 CUIDADO PERFECTO LTDA 241.219,00
99 601078732 DANIA ROSALIA BADIA MADRIZ 1.884.407,00
100 3101231462 DARUMA ( E N) S. A. 137.274,00
101 111460257 DAVID JOSUE HIDALGO BORBON 916.672,00
102 800000215 DAVID KERZEMBERG FAINZILBER 791.728,00
103 3101359708 DELI GOURMET MEDIDA EXACTA S. A. 233.578,00
104 102680877 DELMA SILVA LOAIZA 119.695,00
105 3101052769 DEPORTES CORTES S. A. 818.184,00
106 3101237234 DESARROLLO Y PLANIFICACION DEPLASA
S. A. 9.526.145,00
107 3101304350 DESARROLLOS INMOBILIARIOS NANI S.
A. 4.933.381,00
108 3101145064 DESPACHO CARVAJAL Y CONSULTORES
ASOC S. A. 7.262.923,00
109 14180061 DIETER
KURT WERNER ECK 63.461,00
110 3101291645 DIST.
CTRO. AMERICANA
DE LICORES DISCEL S. A. 319.462,00
111 3101097016 DIST. DE ESCAYOLAS S. A 200.514,00
112 3101070060 DIST. DE PEGAMENTO UNIVERSAL FLORES
Y FERNANDEZ S. A. 499.859,00
113 3101106910 DIST.
LANCETTI S. A 249.639,00
114 3101043164 DIST.
MARGARITA S. A. 385.460,00
115 3101379784 DO
IT ON LINE WITH US S. A. 502.446,00
116 3101063735 ECOTEC CONSULTORIA ECOLOGICA Y TEC.
DE CR S. A. 4.135.224,00
117 3101382923 ECRUZARQ EMPRESA CONST. S. A. 491.797,00
118 108550040 EDUARDO ANTONIO SANCHEZ GUEVARA 343.289,00
119 501540095 EDUARDO LATINO FONSECA 4.442.328,00
120 104380372 EDWIN MANUEL VARGAS VIQUEZ 2.598.161,00
121 3101320109 EL FORTIN CALZADILLA S. A 28.688.486,00
122 900570941 ELISEO ANTONIO RODRIGUEZ CONEJO 6.254.041,00
123 102910933 ELIZABETH RAMIREZ GOMEZ 992.982,00
124 800850841 ELKIN GENIFFER ALONSO GARCIA 129.719,00
125 104560062 ELMIS JIMENEZ SOLORZANO 11.581.263,00
126 101790562 EMILCE DELGADO AMADOR 80.078,00
127 3101313192 EMP
DE SEG. PROF. DE VIG. PRIVADA HERNANDEZGUTIERREZ
Y
ASOC S. A. 4.592.306,00
128 3101547997 EMPIRE INTER. W & F S. A. 913.935,00
129 101620049 ENRIQUE OBREGON VALVERDE 948.099,00
130 112820190 ERICK ANDRES MORA MARIN 3.891.228,00
131 109490726 ERICKA VANESS. A. MUÑOZ RAMIREZ 211.813,00
132 105870372 ESCALANTE BETTONI FIORELLA 195.333,00
133 109050485 ESTEBAN VILLALOBOS CECILIANO 514.592,00
134 3101484581 FABRI KAAR S. A. 623.912,00
135 105270757 FEDERICO CASTRO LINES 1.289.939,00
136 104640994 FERNANDEZ RODRIGUEZ CARLOS RAMON 5.302.171,00
137 3101103038 FIBRO MUEBLES DE CR S. A. 2.512.800,00
138 105720288 FLOR MONTERO VILLALOBOS 433.511,00
139 302030884 FRANCISCO AGUILAR MORA 2.213.812,00
140 203980204 FRANCISCO JAVIER ROJAS SOTO 405.100,00
141 16524738 FRANCISCO TERAN GUERRA 496.600,00
142 3101270001 FUMERSA S. A. 30.714.238,00
143 3006185693 FUNDACION PANECITOS Y PECES 557.211,00
144 3006211653 FUNDACION UNIVERSIDAD PEDAGICA DE
C. R 517.040,00
145 106410182 GERARDO ANTONIO BERMUDEZ UMAÑA 48.746,00
146 601700223 GILBERT NUÑEZ NUÑEZ 669.634,00
147 104620041 GILBERTO FALLAS QUESADA 1.039.925,00
148 3101512150 GOLDEN TRAVEL C.R. S. A. 730.563,00
149 101930317 GONZALO HOFFMAISTER TORRES 306.087,00
150 203880844 GONZALO MENA PEREZ 1.175.720,00
151 3101426943 GRUPO VISION DE CTRO. AMERICA S. A. 3.485.239,00
152 401490178 GUSTAVO ADOLFO HERNANDEZ AVILES 139.918,00
153 3101067224 H Y D HERBERT DIAZ S. A. 967.508,00
154 3,5605E+10 HACIENDA GONSAL S. A. 48.215,00
155 111163004 HACIENDA PARAISO S. A. 13.512,00
156 3101063781 HACIENDAS MONTE BELLO DEL SUR S. A. 10.239.558,00
157 3102442180 HALIB DAHLAK INVESTMENTS LTDA. 16.488.032,00
158 3102008322 HERSAN LTDA. 956,00
159 3101065409 I B Y T S. A. 214.147,00
160 3101472737 ICOFARMA S. A. 557.799,00
161 3101395127 IEMINA S. A. 1.273.428,00
162 3101274699 IMPACTO PROFUNDO S. A. 56.794.849,00
163 3101287481 IMPORTACION Y DISTRIBUCION PRAVA S.
A. 9.119.617,00
164 3101478526 IMPORTACIONES HOYMA H.M.G. S. A. 286.100,00
165 3101082421 IMPRENTA ARNULFO PIEDRA S. A. 572.654,00
166 3101020046 INDUSTRIA CTRO. AMERICANA DE
CONFECCIONES S. A. 52.224,00
167 3101012415 INDUSTRIA NACIONAL DE CORTINAS
ARROLLABLES S. A 1.367.163,00
168 3101243091 INFO C. R S. A. 7.025.768,00
169 3101223263 INNOVACIONES TECNOLOGICAS INTEC S. A. 299.062,00
170 3101511546 INTERNET
IDEAS INTERNATIONAL S. A. 101.220.020,00
171 3101349005 INVERSIONES COMERCIALES VALLES DEL
CARIBE S. A 446.279,00
172 3101581590 INVERSIONES FAMILIARES
MIRALARA S. A. 147.693,00
173 3101237654 INVERSIONES GASTRONOMICAS OCAMPO Y
CAMBRONERO S. A. 1.228.204,00
174 3101147448 INVERSIONES JIMENEZ Y CARVAJAL DE
HATILLO S. A. 7.084.987,00
175 3101082472 INVERSIONES MADRIGAL CASTRO S. A. 2.109.179,00
176 3101289925 INVERSIONES MASTEHLI S. A. 3.374.000,00
177 3101240574 INVERSIONES MILLENNIUM I Y M S. A. 4.788.276,00
178 3101219121 INVERSIONES MORAVCOM S. A. 1.511.082,00
179 3101308414 INVERSIONES OCHO DE ABRIL S. A. 746.372,00
180 3101104491 INVERSIONES PICADILLY S. A. 458.659,00
181 3101307054 INVERSIONES RENGAR DE CTRO. AMERICA
S. A. 1.478.752,00
182 107550788 IRENE LEV SCHTIRBU 111.308,00
183 3101434195 J
& C NETWORK SOLUTIONS S. A. 5.007.014,00
184 3101356245 JAQUELINE
CAROL C.R S. A. 53.458.684,00
185 1820100272 JAVIER ENRIQUE RODRIGUEZ
NOINDICAOTRO 275.449,00
186 102800385 JESUS MARIA JIMENEZ PORRAS 85.032,00
187 202450050 JIMENEZ VILLALOBOS FRANCISCO NAIN
18.298,00
188 302990277 JIMENEZ VINDAS SILVIA 37.832,00
189 104880080 JIMMY ALBERTO CRUZ AGUERO 3.273.772,00
190 3,3924E+10 JOMAFERMA S A 40.761,00
191 201500304 JOSE JOAQUIN OVARES SOLANO 89.327,00
192 15019640 JOSE MANUEL MARTINEZ BERMUDEZ 783.797,00
193 102070899 JOSE MIGUEL CASTRO ECHEVERRIA 504.294,00
194 3101029739 JOYERIA ALHAJA S. A. 2.999.162,00
195 3101426713 JRF
TELEMARKETING & GROUP S. A. 1.011.131,00
196 105650452 JUAN CARLOS QUESADA SUAREZ 2.524.474,00
197 1770099998 JUAN RAMON VIDEA RODRIGUEZ 7.441.916,00
198 105420086 JUAREZ BRENES MARIA HERMINIA 26.941,00
199 800840030 JULIA DE JESUS MESTIZO MESTIZO 234.056,00
200 102390753 JULIO CESAR ARROYO GARCIA 340.116,00
201 103700890 JULIO ENRIQUE OBANDO RODRIGUEZ 117.128,00
202 104850600 JULIO SOLIS HERRERA 53.761,00
203 401890009 KARLA VANESSA CASTRO AGUILAR 1.941.623,00
204 800840324 KATTYA ALVARADO CORDOVA 931.588,00
205 3101145383 LA ULTIMA LUNA S. A. 4.700.953,00
206 16600463 LEOPOLDO ESCALA CASTILLO 14.838.943,00
207 108980074 LIZETH QUIROS MEDINA 365.362,00
208 3101527197 LLANTON S. A. 6.322.988,00
209 105400339 LOREN VIRGINIA ROJAS BARRANTES 807.433,00
210 3101111116 LOS PLATEADOS CORP. DE INVERSIONES
S. A. 277.594,00
211 3101481131 LPG SOLUCIONES INTEGRALES S. A. 2.402.927,00
212 3101309189 MANO DE OBRA PACIFICO CENTRAL S. A. 8.020.165,00
213 3101367630 MAR & DAR S. A. 15.383.453,00
214 110540609 MARCO VINICIO PEARSON ARIAS 3.502.072,00
215 3101140107 MARCOBI INTER. S. A. 2.295.346,00
216 600700272 MARIA CARVAJAL MENDEZ 3.886.668,00
217 800500604 MARIA EDY COSSIO BETANCOURT 70.598,00
218 301950354 MARIA EVELIA MURILLO RAMIREZ 1.180.920,00
219 105320551 MARIA FELICIA ZAMORA ALVARADO 927.073,00
220 800580036 MARIA LILLIAM MORALES PEDROZA 736.618,00
221 28221188 MARIBEL AMAYA AMAYA 277.327,00
222 110140763 MARLON CESAR CORTES SEGURA 147.274,00
223 107650043 MARVIN FLORES GARBANZO 2.287.010,00
224 501660925 MARVIN JIMENEZ LEON 168.789,00
225 17018562 MAURICIO ARAGON URBINA 642.956,00
226 103320961 MAYRA CHAVARRIA HERNANDEZ 1.328.951,00
227 3101422495 MECAMP CARROCERIA Y PINTURA S. A. 285.985,00
228 3101039834 MECANICA VILLALOBOS S. A. 17.984.015,00
229 3101313091 MEGA VIDEO DE SAN PEDRO S. A. 2.306.484,00
230 3101139589 MILY DE CTRO. AMERICA S. A. 5.129.496,00
231 3101454487 MOBIUS
SOFTWARE S. A. 49.923.492,00
232 26824703 MONICA
LACHANCE NOINDICAOTRO 237.514,00
233 111760035 MONICA MARQUEZ JIMENEZ 252.901,00
234 3101544697 MONTAJES ARSI S. A. 972.509,00
235 3101614536 MSCR
MARKET SOLUTIONS S. A. 1.429.659,00
236 3101196722 MULTISERV.
XIBA S. A. 7.361.368,00
237 3102441219 NEXT
BLUE LTDA. 863.270,00
238 3101575419 NICHOS ALTERNATIVE MEDIA S. A. 617.009,00
239 3101555177 OCEAN
GROUP S. A. 2.623.393,00
240 3101494802 OCEAN
SIDE REAL ESTATE OF TAMARINDO S. A.. 3.737.095,00
241 3101566634 OKEANIS
INTERNATIONAL GROUP S. A. 1.210.789,00
242 3101278211 ONCOPROBE
INC DE C. R S. A. 172.080,00
243 3101116150 ORNAMENTALES DEL OESTE S. A. 560.382,00
244 26361800 PATRICIA PEREA CANDELO 135.161,00
245 3101354544 PDF CONSULTING OF CR S. A. 3.783.567,00
246 3101576547 PINTURAS TRICOLOR S. A. 668.605,00
247 3101380713 PLANETA DE MASCOTAS S. A. 2.568.472,00
248 3101174493 PORTONES Y REPARACIONES PYRESA S.
A. 10.552.282,00
249 3102556518 PRODUCCIONES URBANAS BEN LTDA. 3.958.063,00
250 3101076798 QUADRA Y CIA. S. A. 557.936,00
251 105500113 RAFAEL JESUS GUEVARA ZUÑIGA 3.134.297,00
252 105620004 RAMIRO ANTONIO SABORIO CASTRO 359.966,00
253 603160410 RAQUEL HERRERA CONSUMI 180.416,00
254 3101266615 RECONS. DE EQUIPOS PESADOS
ESPECIALES DE CR REPE S. A. 32.271.567,00
255 108630511 RICARDO MARTIN CHAVES MORA 129.163,00
256 203970225 RIGOBERTO CORRALES SANCHEZ 1.866.316,00
257 13380660 ROBERT BENTON BENTON 1.216.969,00
258 16924044 RODOLFO RICARDO DESTARAC PORRES 180.942,00
259 107300863 ROGER FRANCISCO MARTINEZ MONTERO 2.713.159,00
260 3101188677 ROPIJUCA UNO S. A. 2.673.160,00
261 107050740 ROY MARTIN CASTRO QUESADA 536.810,00
262 3101346357 S S T SERV. SERVITODO SA 2.612.545,00
263 24915699 SARA VIRGINIA DE COSSIO DE
JANSEN 226.626,00
264 3101313847 SEG.
SEM C R SA 142.825.277,00
265 3101232195 SEG. TEK SA 66.738.677,00
266 3101155434 SELLO CREATIVO SA 4.431.839,00
267 3101181466 SEMYTEL
SA 553.866,00
268 3101241635 SERVICIO MECANICO ESPECIALIZADO
SEMESA SA 391.435,00
269 3101131200 SERV. ADMINISTRATIVOS DE SODAS DE
MAQUILA INTER.ES SA 45.392.711,00
270 3101269287 SERV. DE CONSULTORIA ANSA SA 150.463,00
271 3101446165 SERV. GASTRONOMICOS LA VENUS SA 3.486.191,00
272 3101135210 SERV. MEDICOS SANTAFE SA 1.677.580,00
273 3101294913 SERV. PROFESIONALES DE ALIMENTOS
VINDAS SERPROAVI SA 109.710,00
274 3101543575 SERV. PROFESIONALES DE
MANTENIMIENTO SEPROMA SA 391.552,00
275 3101328574 SERVIPRO
SA 10.364.788,00
276 800680183 SIHENG
LIN CHENG 647.614,00
277 3101257087 SIST.
CONSTRUCTIVOS COVINTEC SA 3.219.532,00
278 3101363596 SIST.
DE CODIFICACION
COMERCIAL SA 457.110,00
279 3101124036 SISTEMOVIL DOS MIL SA 549.812,00
280 3101563841 SOCIEDAD CREATIVA RUJOSA SA 966.847,00
281 3101210480 SOCIEDAD DE ARTE CULINARIO S A C SA 302.303,00
282 3101324131 SOFIALI
SERV. MULTIPLES SA 2.847.268,00
283 3101324563 SOFTDIAL
SA 3.419.404,00
284 102230705 SOLANO GARITA FRANCISCO 379.731,00
285 800720490 SOLER PEÑA JORGE VICTOR 296.190,00
286 106130748 SONIA YALILE MORA GUERRERO 583.342,00
287 3101238276 SUAIRE DEL PACIFICO SA 17.933.949,00
288 3101108030 TALLER
AUTOMOTRIZ EN GENERAL MONGE SA 2.721.964,00
289 3101334882 TALLER
DE JOYERIA IVET SA 307.110,00
290 111240142 TANIA
MARIA CORRALES CHACON 55.489,00
291 3101153923 TECH
INTER. SA 149.841,00
292 3101276800 TECNOLOGIA DEL NUEVO MILENIO
SIDERAL TECNI MILENIO SA 2.853.977,00
293 3101445297 THE
GRIMNIR DEVELOPMENTS T.G.D. SA 313.913,00
294 3101477343 THE
LAKES VILLAGE SA 302.646,00
295 3101432835 THE
SPANISH ZONE SA 820.464,00
296 3101297435 TICOTACO ALIMENTOS SA 111.612,00
297 3101099030 TIENDA Y DIST. MARIOS SA 342.256,00
298 17327470 TOMMY EARL MC BANE NOINDICAOTRO 2.091.232,00
299 3101145320 TRANSACCIONES VICTORIA SA 499.785,00
300 3101307153 TRIANGULAR
SA 421.948,00
301 3101483170 TRIMILENIUM
HUMAN RESOURCES 636.375,00
302 3101357163 TV
SHOPPING INTER. SA 33.330.595,00
303 3101333462 V A A L INVERSIONES INTER.ES SA 179.880,00
304 3101293643 V Y B SEGUNDO MILENIO SA 317.870,00
305 3102463852 VDS BUSINESS DEVELOPMENT SRL 794.973,00
306 204180810 VERA LUCIA SALAS SUAREZ 202.890,00
307 3101268664 VERY CLEAN SA 281.616.019,00
308 3101399440 VIDEOROCOLAS TICAS SA 5.865.510,00
309 3101263930 VILA SALON SA 3.994.747,00
310 3101498588 VILL Y VILL CAR SOLUCIONES
AUTOMOTRICES SA 528.400,00
311 3109167319 VILLAS JADE CONDOMINIO 396.347,00
312 3102231234 VINOS Y LICORES VILICORILTDA. 112.984,00
313 3101151060 VIVALDI PASTELERIA Y CAFETERIA SA 15.937.824,00
314 14714265 WAYNE
JOHN OVERBY NOINDICAOTRO 192.858,00
315 3101360649 WEB
EXPERTS SA 6.723.453,00
316 3101320307 WENTWORTH
DRAKE LLP GROUP SA 313.488,00
317 3101332625 WET
& DRY SA 426.524,00
318 3101106511 XTEK
SIST. Y
TECNOLOGIAS SA 1.585.459,00
319 26821339 YANLING HU NOINDICAOTRO 1.279.382,00
320 109640561 YEIMY PATRICIA MORA SEGURA 1.155.507,00
321 800680775 YUK CHEUNG LUI LI 581.924,00
322 MONTO
DE LA DEUDA AL 02-03-2011
323 3101468953 3-101-468953 S. A. 5.610.529,00
324 3101497847 3-101-497847 S. A. 2.249.124,00
325 3101562124 3-101-562124 S. A. 38.292.970,00
326 3101607504 3-101-607504 S. A. 2.182.009,00
327 3101249129 A D COMUNICACIONES S. A. 604.892,00
328 3101325494 A
D NET REAL TECHNOLOGYS S. A. 374.783,00
329 3101199879 ABARCA Y ASOC VIGILANCIA PRIVADA S.
A. 5.244.427,00
330 3101091424 ACEITES MINERALES DE CR S. A. 2.139.934,00
331 3101199240 ACM CONSULTORES MEDICOS S. A. 3.081.695,00
332 3102567387 ADMINISTRADORA DEL PLATA LTDA. 1.652.143,00
333 501590018 ADRIAN ALFONSO DUARTE RUIZ 51.214,00
334 108410827 ADRIANA BARRANTES SIBAJA 1.194.862,00
335 3101036570 ADUANEROS ARAL S. A. 37.063.112,00
336 3101284777 AG. CRISTIANA DE SERV. GENERALES Y
SEG. GETSEMANI S. A. 375.905,00
337 3101052021 AG. DE VIAJES TICO TOURS S. A. 3.541.481,00
338 3101313751 AG. FREEDOM MODELS S. A. 1.690.406,00
339 3101343233 AGROCULTIVOS J E C D S. A. 1.708.482,00
340 3101399486 AGUILA EXPRESS S. A. 721.866,00
341 102910676 AGUILAR RIVERA IVONNE 29.449,00
342 301360980 AIZA MARIA ARIAS ARTAVIA 513.183,00
343 16726954 ALBERTO J VILLAREAL CASTRO 64.865,00
344 17121010 ALEXANDER JOSE HERNANDEZ
SANCHEZ 1.548.853,00
345 27024277 ALEXANDRA PIA VERGARA MARULANDA 71.873,00
346 3101511703 ALFA-ZULU ASESORES EN SEGUROS S. A. 47.906,00
347 400380915 ALICIA JUANA OFELIA MATAMOROS
MUÑOZ 350.783,00
348 17381273 ALIREZA MOHAJERI GHAHJAGHEHI 30.462,00
349 3101538202 ALLIANCE SECURITY JWL S. A. 816.780,00
350 3101186053 ALQUILER DE AUTOS EXCELENTE INTER.
S. A. 11.117.142,00
351 3101076848 ALQUILER DE VEHICULOS MEIR S. A. 7.485.446,00
352 3101491073 ALTA RESOLUCION DIGITAL S. A. 192.593,00
353 102760187 ALVARO DELGADO MORALES 184.081,00
354 301920856 ALVARO MORALES MONGE 802.448,00
355 301620324 ALVARO PICADO BARRIENTOS 735.454,00
356 101007708 AMALIA ALVAREZ OROZCO 99.552,0357
203530533 ANA DELIA ZAMORA ARIAS 37.794,00
358 108520326 ANA ISABEL CORDERO SEGURA 1.290.771,00
359 110620085 ANDREA DURAN SANABRIA 496.818,00
360 3101363184 ANKA ESTETICA C.A.M. S. A. 2.367.284,00
361 203310036 ANTONIO GERARDO BLANCO VILLEGAS 19.383.165,00
362 107800558 ANTONIO MORALES SAENZ 101.560,00
363 3101339588 APUESTAS DEPORTIVAS ELECTRONICAS
ALFA S. A. 14.769.526,00
364 3101121230 ARENA CONSULTORES S. A. 347.511,00
365 503400321 ARIANA ALVARADO ARAYA 760.114,00
366 3101148034 ARQPRO S. A. 1.430.132,00
367 3101525992 ARRANCADOS DEL SUR S. A. 1.163.531,00
368 3101142904 ASESORES AGRICOLAS LATINOAMERICANOS
S. A. 154.308,00
369 3101564969 ASESORIA DIRECTA DE COMUNICACION S.
A. 1.899.480,00
370 3101243872 ASESORIA SUMINISTRO E INFORM. SOBRE
BEBIDAS Y ALIM.
ASSIBA
S. A. 10.087.134,00
371 3102361524 ASESORIAS PUNTO AZUL LTDA. 610.353,00
372 3101430897 ASISTENCIA INTEGRAL DE RECLAMOS
A.I.R. S. A. 1.004.401,00
373 205200000 ASOC DE VECINOS DE BO MONTEALEGRE 1.289.630,00
374 3002045271 ASOC. CAMARA NACIONAL DE ARTESANIA
Y PEQUEÑA
INDUSTRIA
DE CR 2.376.902,00
375 3002051543 ASOC. CTRO. DE ORIENTACION FAMILIAR 391.768,00
376 3002095485 ASOC. CTRO. MATERNO INFANTIL MI TIA 29.174.809,00
377 3002056662 ASOC. COMITE ECUMENICO PRO DERECHOS
HUMANOS 358.822,00
378 3002061072 ASOC. DE CARIDAD DE LA RENOVACION
CATOLICA 18.074,00
379 3002114604 ASOC. DEPORTIVA UNIVERSIDAD INTER.
LAS AMERICAS U I A 2.230.246,00
380 3002071364 ASOC. SOLIDARISTA DE EMPLEADOS DEL
COLEGIO METODISTA 795.204,00
381 104330395 ASTRID VARGAS VERA 40.792,00
382 3101321878 ATM LOGISTICS S. A. 10.749.141,00
383 3102473596 AUDIOCINEMA TALLER Y SERV.
DIGITALES LTDA. 1.604.000,00
384 3101042806 AURIGA S. A. 1.908.156,00
385 3101266446 AUTOREPUESTOS USADOS LA LORITA S.
A. 1.480.881,00
386 3101377803 AUTOXTRA DE CTRO. AMERICA A D C S.
A. 7.938.021,00
387 3101127573 AVENTURAS DEL SOL S. A. 9.252.816,00
388 3101249795 AVENTURAS TURISTICAS S. A. 525.957,00
389 3101197014 AVISA DE OCCIDENTE S. A. 5.806.031,00
390 3106497098 AZUL Y BLANCO SOCIEDAD CIVIL 8.325.824,00
391 60310113 B HAARLEM MARTHA 181.001,00
392 106440161 BERNAN LUIS SALAZAR UREÑA 1.302.722,00
393 3101583239 BLACKROSE
GAMES AND ENTERTAINMENT S. A. 118.356,00
394 900390331 BLANCA LUZ FONSECA ARGUELLO 1.074.954,00
395 3101137934 BOMBAS PARA AGUA EDUARDO AVILA S.
A. 1.401.984,00
396 3101326292 BORODIEZNOVENTA S. A. 71.748.438,00
397 3101585786 BOSQUES DE CASTALIA CR SOCIEDAD
ANNONIMA 718.349,00
398 3101478838 BRAVO SUN TOURS S. A. 574.708,00
399 17881543 BRENDAN J REIDY NOINDICAOTRO 14.016,00
400 3101185576 BUFETE DE TRADUCTORES ASOC S. A. 428.686,00
401 3101259099 BUFETE JURADO MARTINEZ Y ASOC S. A 1.917.002,00
402 16800524 BUSTOS ANGEL FRANCISCO 2.338.834,00
403 3101312328 C H S SEG. Y BIENESTAR S. A. 8.639.099,00
404 3101341735 C.R STAR QUALITY FOODS S. A. 231.513,00
405 900500992 CARLOS ALBERTO DELGADO ROJAS 150.237,00
406 106330701 CARLOS ALFONSO AVILA AGUILAR 682.673,00
407 107160692 CARLOS LUIS MORA ELIZONDO 950.966,00
408 13980690 CARLOS PAGANI LUCIANO ENRICO 70.335,00
409 3101197783 CARMEN INTER. S. A. 3.584.923,00
410 109860708 CAROLINE
WOODBRIDGE SOTO 578.028,00
411 3101532875 CASA BRAMOSALE S. A 954.723,00
412 3101097240 CASUALET S. A. 2.648.867,00
413 3101479092 CAZU SECURITY CORPORATION 2.324.823,00
414 3101189307 CEHN DEL VALLE S. A. 152.419,00
415 3101591891 CEMA CONST. ELECTROMECANICA Y
MANTENIMIENTO S. A 3.227.473,00
416 3101428001 CENFOTEC IT LEARNING CENTER 983.759,00
417 3101282192 CENTRAL AMERICA MACHINERY
CORPORATION S. A 14.250.832,00
418 3101361584 CTRO. DE EDUCACION ESPECIALIZADO
MAGAMA S.G. S. A. 18.231.977,00
419 3101125599 CTRO. EDUCATIVO NUESTRA SEÑORA DE
FATIMA S. A. 1.861.873,00
420 3101028101 CTRO. LINGUISTICO CONVER S. A 2.273.290,00
421 204220925 CHACON CAMPOS ROGER 1.000.040,00
422 173339004 CHARLIE MORENO S A 1.553.172,00
423 109720087 CHRISTIAN ACOSTA MARIN 2.693.600,00
424 3101542286 CIRUJANOS VASCULARES DE CR S. A 814.654,00
425 109440780 CLACHAR SERAVALLI ERIKA 95.568,00
426 501670492 CLAUDIO GERARDO ALVARADO ALVARADO 198.449,00
427 101770314 CLEMENCIA ACUÑA CHAVES 99.469,00
428 3101560143 CLINICA INTER. LOS YOSES S. A. 626.195,00
429 3102102643 CLUB TURISTICO MILANO SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LTDA 475.945,00
430 3101154447 CLUB VICTORIA 534.996,00
431 3101208826 COMANDO EL PUMA S. A 285.255,00
432 3101195105 COMANDOS OPERATIVOS ESPECIALES
PRIVADOS S. A. 3.703.432,00
433 3101335697 COMEFEX CR S. A. 525.439,00
434 3101059549 COMERCIAL VEINTITRES DE JUNIO S. A. 271.334,00
435 3101254538 COMERCIALIZADORA TICHE S. A 1.190.997,00
436 3101170275 COMEX AZUL S. A. 71.922,00
437 184524000 COMISARIATO CENTRAL MEGA S. A. 350.438,00
438 3101282827 CIA. ADMINISTRADORA DE TERRENOS S.
A. 87.527.369,00
439 3101162344 CIA. DIST. CODI S. A 88.225,00
440 3101276962 COMPLEJO EDUCATIVO SAN MARTIN S. A. 5.544.071,00
441 3101296242 COMPRAMERICA
CR S. A. 14.391.776,00
442 3101277459 COMPUTER
TECHNOLOGIES S. A. 738.973,00
443 3109239019 CONDOMINIO RESIDENCIAL MILDURA 1.934.519,00
444 3101109935 CONEMEC S. A. 67.277.034,00
445 3101270973 CONSORCIO JURIDICO ARAYA BRENES Y
MONTT S. A. 46.654,00
446 3101179151 CONSTRUCCIONES LIZANO Y ARTAVIA S.
A 3.445.009,00
447 3101323449 CONST. ARTAVIA Y ALVAREZ S. A. 13.143.962,00
448 3101262435 CONST. CERRO REAL S. A. 88.772.236,00
449 3101227162 CONST. EL BOSQUE S. A 956.323,00
450 3101513254 CONST. PIEDRAS DEL MACHUCA PIMA S.
A. 11.930.421,00
451 3101151496 CONST. THOMAS & RODRIGUEZ S. A. 567.786,00
452 3101264179 CONSULTORIAS CECADE A C S. A. 690.750,00
453 3004061154 COOP. DE AHORRO Y CRED. DE LOS
FUNC. DE LA FEDER. NAC.
DE
COOP. DE AHORRO Y CRED. R L 430.859,00
454 3004126143 COOP. DE AHORRO Y CRED. DE
EMPLEADOS MUNICIPALES R L 5.330.536,00
455 3004045921 COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DE
ENTIDADES
EVANGELICAS
R L 57.394,00
456 3101114381 COPIAS CORTES S. A. 263.740,00
457 3101169667 COPIAS SERV. URS. A.S GOMES CAMPOS
SOCIEDAD S. A.N 425.050,00
458 3102505657 CORPAMER LTDA. 203.313,00
459 3101123409 CORP. CALTICO S. A. 4.292.263,00
460 3101207224 CORP. ALGORI S. A. 372.137,00
461 3101386575 CORP. ALVARACO S. A. 2.257.683,00
462 3101499422 CORP. ANTARES AZUL S. A. 665.198,00
463 3101109195 CORP. COCAVI HUMPHREY S. A. 95.253,00
464 3101438197 CORP. DE SERV. DE CUIDADO INTEGRAL
AGO S. A. 169.622,00
465 3101433450 CORP. DE VACACIONES INTER.ES PARA
CR S. A. 1.509.655,00
466 3101517087 CORP. DESIGN LAB DCA S. A. 1.509.068,00
467 3101315552 CORP. EVENTOS DEPORTIVOS INTER.ES
S. A 657.617,00
468 3101438198 CORP. INMOBILIARIA DEL NOROESTE
N.R.O S. A. 2.237.208,00
469 3102082337 CORP. JURIDICO COMERCIAL LTDA. 388.890,00
470 3101162053 CORP. JURIDICOS INTER.ES CJI S. A. 114.468,00
471 3101229540 CORP.
KAMPVILE S. A. 78.495,00
472 3101120237 CORP.
META DORADA S.
A. 9.196.489,00
473 3101090050 CORP. NACIONAL DE VIGILANCIA
PRIVADA S. A. 13.669.209,00
474 3101180495 CORP. RADIO VIVA S. A. 315.947,00
475 3101525379 CORP. ROCAVECAS R.C.S. S. A. 21.989.850,00
476 3101287057 CORP. SPEDESA S. A. 10.845.916,00
477 3101040331 CORP. STOVSKY S. A 456.909,00
478 3101167227 CORP. SUMMY M E R J INTER. S. A. 1.602.569,00
479 3101007480 CORTIJO SAN JORGE SOCIEDAD S. A.NI 7.971.198,00
480 3101506216 CR POOLS DREZNER BUILDING COMPANY
S. A. 16.885.362,00
481 3101167154 CREACIONES ILUCRI S. A. 667.675,00
482 3101559977 CREAR ARQUITECTURA S. A 125.708,00
483 3101170084 CREARTE INTER. S. A. 11.459.662,00
484 3101533631 CREDIT
BUREAU EXPERTS C.R S. A. 3.213.823,00
485 3101576766 CROMOS Y CAFE S. A. 582.944,00
486 3101146964 CUENCA DEL RIO TUIS S. A. 567.512,00
487 3101494016 D.I.G.I.T.A.L.A.G.U.N.A. S. A. 220.382,00
488 107320121 DAGOBERTO MADRIGAL MESEN 66.402,00
489 3101207610 DAHER SOLUCIONES CONTABLES S. A. 461.864,00
490 16224324 DANIEL ENRIQUE DIAZ JUAN 253.843,00
491 106100089 DANILO GABRIEL ABARCA HIDALGO 2.991.002,00
492 3101350651 DARIEN DE REYES S. A. 2.116.088,00
493 111070134 DARLENE YOANKA CUENCA MENDOZA 4.278.456,00
494 3101144422 DAYCA CONSULTORIA Y CONSTRUCCION S.
A. 1.645.723,00
495 3101396821 DECORACIONES DE INTERIORES SAN
MIGUEL S. A. 20.564.932,00
496 3101153901 DECORAL DEL ESTE S. A. 746.543,00
497 28680241 DEISY OSORIO CAICEDO 120.805,00
498 3012229930 DEKALB GENETICS CORPORATION 4.201.364,00
499 3101488168 DELICAT INVERSIONES S. A. 247.414,00
500 3101465724 DENIM STORE S. A. 39.877,00
501 3101058759 DEPORTES ODIR S. A. 2.115.151,00
502 3101344119 DESARROLLADORA E IMPORTADORA F M S.
A. 6.401.832,00
503 3101263307 DESARROLLOS HABITACIONALES DECOVA
S. A. 6.725.795,00
504 3101252935 DESARROLLOS RUTAS DEL OLIMPO S. A. 52.975,00
505 107120584 DIEGO GONZALO VILLA MADRIGAL 94.129,00
506 800540422 DIETER SCHULTZ CLARKE 290.435,00
507 3101146565 DIFIESTA S. A. 5.439.726,00
508 3101137053 DIFUSIONES CONTINENTAL S. A. 532.509,00
509 3101107985 DILUI S. A. 258.694,00
510 3101047649 DISCOMOVIL DOS MIL UNO S. A 646.685,00
511 3101413567 DISEÑOS E IMPORTACIONES SYKES S. A. 1.009.962,00
512 3101099259 DISPROKO DIST. DE PRODUCTOS KORES.
A.S S. A. 112.237,00
513 3101181128 DIST. CANAAN S. A. 116.984,00
514 3101083541 DIST. COMERCIAL ALMAU S. A. 349.393,00
515 3101604194 DIST. DE CARNES Y MARISCOS M &
D SOCIEDAD S. A.N 1.479.483,00
516 3101485366 DIST.
DE SOFTWARE Y AFINES CYBERNET S. A 285.562,00
517 3101069180 DIST. FRANCISCO HERNANDEZ S. A. 121.154,00
518 3101210619 DIST. INDUSTRIAL ELECTRICA DIESA S.
A. 15.793.633,00
519 3101060663 DIST. J M S. A. 415.011,00
520 3101077031 DIST. MADRIGOSA DEL ESTE S. A. 1.062.079,00
521 3101129494 DIST. MAGENTA TRESCIENTOS CUARENTA
Y TRES S. A. 358.185,00
522 3101182784 DIST. OSBORNE QUIROS S. A. 4.675.497,00
523 3101079996 DIST. REYES OCHOA S. A. 528.603,00
524 3101343973 DIST. TECNICA FERRETERA S. A. 541.103,00
525 3101406290 DIST. TORRE DE LA MORA S. A. 2.776.940,00
526 3101112780 DIST. Z Y R S. A. 301.441,00
527 3102277240 DIZZULTEX LTDA. 506.263,00
528 302510324 DORA ESMIRNA PICADO BARQUERO 331.551,00
529 103940251 EDGAR MANUEL ALFARO PINEDA 1.296.800,00
530 104121137 EDUARDO ARTAVIA CORRALES 3.552.029,00
531 302060717 EDUARDO NAVARRO BAGNARELLO 418.677,00
532 601680725 EDWIN GARRO AGUILAR 401.498,00
533 3101058345 EL TOQUE MODERNO S. A. 17.216.668,00
534 3101268251 ELECTRONICA TELECOMUNICACIONES
HETELCOM S. A. 2.665.733,00
535 204310341 ELISA MARIA THUEL AGUILAR 124.766,00
536 109970433 ELIZONDO BARRANTES ERICKA ESTER 813.167,00
537 201060615 ELSIE ARAYA ARIAS 209.089,00
538 103820810 EMILIA MARIA LIZANO CRUZ 5.612.988,00
539 3101229887 EMPRESA DE SEG. SERVI VIG S. A. 15.738.014,00
540 102460744 ENRIQUE GRANADOS HERRERA 60.154,00
541 3101305407 EQUIPO ESPECIAL DE REACCION Y SEG.
S. A 806.601,00
542 106350770 ERIC ALVAREZ SANCHEZ 16.698.776,00
543 16819991 ERVIN ANTONIO CORDOBA MUÑOZ 293.081,00
544 104580568 ESCALANTE CASTRO JENNY 874.198,00
545 3101271521 ESDIA S. A. 573.554,00
546 103720385 ESPERANZA RAMIREZ BARBOZA 403.408,00
547 27719332 ESTHER MARIELA LARA FLETES 148.952,00
548 3101503307 ESTRUCTURAS METALICAS JIREH S. A. 5.234.350,00
549 3101106350 EURA MAXBE S. A. 174.664,00
550 3101233841 EXPORTADORA TARPAN S. A. 1.452.843,00
551 3101547477 EXTRAVAGANT TRAVELS. A. 1.366.334,00
552 501780120 FABIO ORTEGA CORTES 370.037,00
553 3101119732 FARMACIA LEO S. A. 2.341.072,00
554 16527415 FELIX KARL AFFENTRANGER
NOINDICAOTRO 2.618.835,00
555 17000976 FENG BING YE 52.670,00
556 3101022041 FEOLI Y QUESADA S. A. 389.449,00
557 17026024 FERLAND
BRUNO JEAN MARIE 673.653,00
558 103280046 FERNANDEZ
MARIN SANTIAGO 4.914.259,00
559 107720879 FERNANDO ALBERTO VEGA MENDEZ 629.077,00
560 3101018572 FIESTA TOURS S. A. 495.997,00
561 201410916 FILIBERTO SAENZ ALVAREZ 26.057,00
562 202670945 FLORA ISABEL PIEDRA GAMBOA 1.099.911,00
563 400850243 FONSECA TORTOS JORGE 5.662.621,00
564 3101441 FRAMBUESAS ROJAS DEL CAMPO
VERDE S. A 22.634.209,00
565 900800105 FRANCO YAMIL CORTES CHACON 1.094.665,00
566 700940237 FREDDY BATISTA PEREZ 142.162,00
567 295571381 FREDERIKA HOUTKOOPER HOUTKOOPER 48.076,00
568 3101067793 FRUTAS Y VERDURAS E H S. A. 148.301,00
569 3101174314 FT COMERCIO INTER. S. A. 1.094.990,00
570 3101269985 FUDISA S. A. 3.318.803,00
571 3101009528 FUNDACION CATOLICA DE LAS AMERICAS
S. A. 5.470.018,00
572 3006136241 FUNDACION CIA. NACIONAL DE TEATRO 480.305,00
573 800460192 FUSTER ALFARO FRANCISCO RICARDO 1.481.603,00
574 106530964 GABRIEL ANTONIO MURILLO ALPIZAR 2.891.352,00
575 17326045 GABRIEL MENESES JONES 829.039,00
576 17228023 GAETANO SALERNO NOINDICAOTRO 75.891,00
577 107540577 GAMBOA ELIZONDO HENRY 3.387.970,00
578 603510433 GARCIA ARAYA CARLOS DAVID 2.891.197,00
579 3101467943 GASTRONOMIA TERRA I MAR S. A. 2.720.933,00
580 3101083205 GAUCHOS SUREÑOS S. A. 7.891.091,00
581 3101560596 GENESIS VIGILANCIA INTEGRAL S. A. 1.255.017,00
582 302120279 GERARDO MARTIN ARTAVIA ARIAS 1.887.178,00
583 900370181 GERARDO RUIN CESPEDES 127.092,00
584 3101405892 GESTIONADORA DE INVERSIONES
MOTOMARE S. A. 5.086.656,00
585 3101369755 GET USED COMPANY S. A. 824.021,00
586 105910222 GILBERTO ANTONIO MARIN LOAIZA 2.270.539,00
587 106000610 GISELLE BRENES MASIS 3.860.302,00
588 3101549557 GLOBAL VENTAS POR CATALOGO G.V.C.
S. A. 5.082.406,00
589 3101565464 GLOMA S. A. 392.641,00
590 3102121952 GONZALEZ RODRIGUEZ E HIJOS S R L 10.511.236,00
591 3101110404 GOQUE INTER. C. R S. A. 1.190.869,00
592 3101565427 GRUPO CLIMA FRIO DEL ESTE S. A. 1.431.492,00
593 3101361416 GRUPO EDUCATIVO SAN ELIAS S. A. 36.554.286,00
594 3101486127 GRUPO NAKAMA ORIENTAL S. A. 2.652.833,00
595 3101134148 GRUPO PROMOTOR DE DESARROLLOS
PRODESA S. A. 197.665,00
596 3101410948 GRUPO TECNICO DE SEG. PRIVADA S. A. 1.877.811,00
597 16727801 GUERREIRO MARRERO ROBERTO 889.594,00
598 201570889 GUEVARA FULTON MIGUEL 43.023,00
599 3101226879 GUGARIN S. A. 189.643,00
600 301930994 GUIDO RODOLFO CORDERO NARANJO 1.638.793,00
601 27325365 GUIDUGLI CARNEIRO FABIANA 39.062,00
602 108480329 GUILLERMO FEDERICO HOPPE PACHECO 2.035.337,00
603 108690330 GUSTAVO ALFONSO VEGA VARGAS 2.059.878,00
604 3101574278 GUSTO Y SABOR S. A. 344.466,00
605 104180475 GUTIERREZ ESPELETA JORGE 611.078,00
606 3101114938 H I INMUEBLES SANTA ANA S. A. 25.068,00
607 3101569022 HAIR
DESING DE C.R S. A. 128.255,00
608 3101267483 HANLEY QUIROPRACTICA S. A. 493.868,00
609 932174003 HAYNES WARD ROBERTA 32.456,00
610 3,1011E+10 HECSA DEL ESTE S. A. 660.370,00
611 902479007 HENDERSON CONLEY DAVID 25.664,00
612 110680778 HENRY EDUARDO BOGARIN BRENES 64.649,00
613 16623673 HENRY VILA VERANO 317.516,00
614 105500991 HERBERTH EDUARDO SAENZ ZUÑIGA 2.824.013,00
615 3102033244 HERMANOS JAIKEL GAZEL LTDA. 2.167.798,00
616 109390392 HERNANDEZ GRANADOS ESTEBAN 30.500,00
617 203310220 HERRERA GONZALEZ JESUS JORGE 149.990,00
618 3101095481 HIDRO TERRA S. A. 79.400,00
619 27421664 HILDA MARIA ALMANZA LACAYO 135.331,00
620 3101032838 HILOS DE C.R S. A. 97.633,00
621 3101391440 HOGAR Y SALUD HOGASA S. A. 1.827.108,00
622 191489007 HOSPEDAJE INTER. S. .A. 279.990,00
623 3101196720 HOSPEQ EQUIPOS HOSPITALARIOS S. A. 137.659,00
624 177780008 HUGNU MORENO 610.888,00
625 3101154833 HULE TECNICA UNIVERSAL HUTEUSA S. A 399.055,00
626 3101081489 I T L A (C.R S A) 164.306,00
627 108830555 IBARRA JARA DIEGO 58.224,00
628 3101500953 IKON
FOOD SERVICE S. A. 3.294.418,00
629 3101297102 IMACK DE CTRO. AMERICA S. A. 6.104.237,00
630 3101493726 IMAGE
DATA SERVICES SYSTEMS S. A. 156.895,00
631 3101228384 IMPORTACIONES EYAL A P S. A. 90.136,00
632 3,1316E+10 IMPORTACIONES ORYCUAJO S A 475.769,00
633 3102139048 IMPORTADORA ABADE INTER. LTDA 86.903,00
634 3101400376 IMPORTADORA FLOMER S. A. 19.490.069,00
635 3101315839 IMPORTADORA INTER. DEL PACIFICO
JUCAR S. A. 9.251.051,00
636 3101122251 IMPORTADORA K G S. A. 448.597,00
637 3101235927 IMPORTADORA KIKI DEL NORTE S. A 2.039.367,00
638 3,0101E+10 INDUST SOLORZANO Y BARAHONA S A 430.647,00
639 3101018710 INDUSTRIA DE BOMBAS PARA AGUA SA 506.497,00
640 3101074713 INDUSTRIAS D JORIELI S. A 220.591,00
641 3101183286 INDUSTRIAS INTER.ES APEX S. A. 123.168,00
642 3101029412 INDUSTRIAS Y RECAMBIOS PARA
VEHICULOS S. A. 9.073.308,00
643 3101277919 ING CONSTRUCCION Y ARQUITECTURA
SALAZAR SEGURA S. A. 82.725,00
644 2,0925E+10 ING TOTAL S A 1.049.511,00
645 3101079116 ING. FORESTALES DE C.R ASESORES Y
CONSULTORES S. A. 165.522,00
646 3101133270 INGENIERIA ODIO Y VENEGAS S. A. 27.822.638,00
647 3101240531 INGENIERO CONSULTORES ROCA S. A. 973.277,00
648 3101404645 INMOBILIARIA CONDOMINIO VILLA
TERRANOVA NUMERO UNO S. A. 5.219.999,00
649 3102233132 INMOBILIARIA DE RECOLETOS LTDA. 764.413,00
650 3101281500 INMOBILIARIA GARPO S. A. 3.908.592,00
651 3101060530 INMOBILIARIA JOPANA NAHE S. A. 104.927,00
652 3101289779 INMOBILIARIA MONTE ALTO S. A. 6.270.953,00
653 3101419481 INMOCEL S. A. 2.452.323,00
654 3101555459 INNOVACIONES EN LINEA S. A. 603.215,00
655 3101465813 INNOVATION
TECHNOLOGY GROUP C.R S. A. 2.030.987,00
656 3101106460 INS LATINOAM DE COMPUTACION
PARAUNIVERSITARIO S. A. 8.542.094,00
657 3101123046 INSPECCIONES MARITIMAS DE C.R S. A. 116.273,00
658 3101341579 INSTITUTO DE ENSEÑANZA DE
COMPUTACION RENAULD S. A. 2.714.109,00
659 3101168328 INSTITUTO TECNOLOGICO DE ENSEÑANZA
S. A. 465.485,00
660 3101525973 INTER GLOBAL CONSULTORES &
AUDITORES IGCA S. A. 440.325,00
661 3012063321 INTER PRESS SERVICE TERCER MUNDO S. A. 485.327,00
662 3101300518 INTERDESINGN I D INC S. A. 4.781.982,00
663 3101231429 INTEREXPORT
IMP S. A. 21.251,00
664 3101516740 INTER.
MOTOR SPORTS I.M.S. OF C.R S. A 432.037,00
665 3101268526 INTER.ES
DE LUBRICANTES I L S S. A. 186.366,00
666 3101328550 INTERNATIONAL
AUTOMOTIVE GROUP S. A. 3.115.581,00
667 3101456803 INV RECREATIVAS F M I S A 218.388,00
668 4680242017 INV Z Y W SA 91.333,00
669 3101451304 INVERSIONES AGUIMER DE
MERCURIO S. A. 1.815.945,00
670 3101349295 INVERSIONES C R C CUATRO MIL DE
SABANA S. A. 484.379,00
671 3101239126 INVERSIONES CARJEY S. A. 483.805,00
672 3101181517 INVERSIONES CINTELA C.R S. A. 747.774,00
673 3101256675 INVERSIONES COPILCO S. A. 3.801.103,00
674 3101148588 INVERSIONES DANAE S. A. 5.558.477,00
675 3101204959 INVERSIONES EXTRANJERAS A Y A
Y S. A. 1.432.233,00
676 3101048639 INVERSIONES GONVAR S. A. 518.992,00
677 3101298662 INVERSIONES INTER.ES RONARE S. A. 2.358.803,00
678 3101566541 INVERSIONES KIDO S. A. 182.071,00
679 3101132035 INVERSIONES KIKAR DEL OESTE S. A. 522.315,00
680 3101025523 INVERSIONES LA CASTILLA S. A. 126.071,00
681 3101463004 INVERSIONES LOVE SECRET S. A. 2.323.751,00
682 3,1011E+10 INVERSIONES N Y N DEL PERU S A 79.521,00
683 3101397248 INVERSIONES OBABO S. A. 632.027,00
684 3,101E+10 INVERSIONES PROGRAMADAS S. A. 25.328,00
685 3,1011E+10 INVERSIONES SERGIO ADRIANO S A 761.459,00
686 3101429119 INVERSIONES UMANCON DEL ORIENTE S.
A. 3.403.086,00
687 3101383073 INVERSIONES
ZHENG WU CHANG S. A. 757.835,00
688 27227291 IRENE ALICIA KAMANN DEL VALLE 1.306.654,00
689 110790598 IVY RODRIGUEZ VALENZUELA 13.453.890,00
690 3101302292 J L & CE ELECTROMECANICA S. A. 508.193,00
691 3101511032 J.F. MESALLES DE LA MESETA S. A. 770.438,00
692 17526901 JAIMES GARCIA NICOLAS 212.548,00
693 1720100438 JAMES MONTAÑO NOINDICAOTRO 178.322,00
694 928172006 JAN HURWITCH 177.240,00
695 27912684 JAZMIN SANCHEZ RODRIGUEZ 31.391,00
696 203180379 JIMENEZ HERNANDEZ FRANCISCO 5.978.781,00
697 108540765 JIMENEZ LEON JOSE MANUEL 3.018.958,00
698 113780897 JIMENEZ ROSTRAN ADRIANA DEL
SOCORRO 111.914,00
699 104350554 JIMENEZ SAENZ MARGARITA 900.462,00
700 109280365 JOHMILY SAGOT RAMIREZ 4.441.033,00
701 204330803 JOHNNY FERNANDO CERDAS LOGAN 1.927.334,00
702 108680875 JOHNNY GERARDO MORA ARGUEDAS 460.464,00
703 92521405 JONATHAN FINE MICHAEL 46.824,00
704 401230024 JORGE EDUARDO MADRIGAL SOLIS 4.766.382,00
705 202260851 JOSE FRANCISCO MANZANARES
CHINCHILLA 130.882,00
706 103720686 JOSE MOLINA ESQUIVEL 659.360,00
707 103720413 JOSE SALOMON VARGAS MONDRAGON 555.209,00
708 3101053100 JOTA Y EME TALLER DE COSTURA S. A 387.691,00
709 15834199 JOU
JAMSHID RAHIMI 251.376,00
710 3101091410 JOWISA
S. A 294.877,00
711 204100788 JUAN ALEX CHACON ALFARO 2.673.698,00
712 1810101319 JUAN CARLOS MENDOZA MARADIAGA 1.350.169,00
713 900010653 JUAN IGNACIO POZUELO MARIN 97.170,00
714 103150666 JUAN JOSE HIDALGO CHAVARRIA 438.423,00
715 105470417 JULIO VALERIO DORMOND 3.503.706,00
716 800800756 JUNLIN FENG WU 2.672.934,00
717 3101423778 JUSINRE DE HORIZONTES PLATEADOS S.
A. 703.946,00
718 3101343767 JUST DO IT COMUNICACION CELULAR S.
A. 3.463.940,00
719 3101257733 K & M ASESORES PUBLICITARIOS S.
A. 4.047.324,00
720 3101466475 K C SANDWICH PANEL S. A. 5.001.548,00
721 3101132426 K Y B SIST. DE C.R S. A. 180.090,00
722 109680673 KAREN MONGE ARIAS 10.775.730,00
723 602250274 KAREN MORENO FLORES 701.872,00
724 107680882 KAREN RAMIREZ CHINCHILLA 264.671,00
725 3101289641 KARIBIK GESELLSCHAFT S. A. 350.440,00
726 3101102246 KARSYL INTER. S. A. 2.651.801,00
727 2710099076 KATHERINE VERONICA ESPINOZA CORDERO 152.899,00
728 203990650 KATIA MARIA MARIN HOFFMAN 277.856,00
729 111780198 KATTIA SUAREZ MARIN 4.925.250,00
730 602330346 KATTY MIRANDA MENA 61.493,00
731 108870053 KEMLY MENDEZ CAMACHO 54.411,00
732 14715587 KENTON
STUART BROWN 107.102,00
733 3101293339 KESENKO
S. A. 639.869,00
734 3101281148 KNICKKNACS
S. A. 11.235.697,00
735 3101011019 KOCI
S. A. 273.011,00
736 800570414 KWOK SING MAN CHENG 616.047,00
737 3101299822 L C M SOLUCIONES DE MERCADEO
EXPRESS S. A. 1.798.933,00
738 3101260601 LA ARABELLA DE SACRAMENTO A DE S S.
A. 3.987.243,00
739 3101114105 LA CORONA T S. A. 354.050,00
740 3101409171 LA NONNA ROSA S. A. 24.455.083,00
741 3101151117 LA PRIMAVERA Y ASOC S. A. 6.264.883,00
742 3101418004 LABORATORIOS CLINICOS LARA S. A. 117.747,00
743 3101094635 LABORATORIOS SUPER DIEZ S. A. 923.866,00
744 3101327171 LABRADOS DEL ERIAL S. A. 4.283.074,00
745 3101378636 LAFIE INTERNAC. S. A. 1.643.371,00
746 3101433015 LANDMARK CONSTRUCCION &
CONSULTORIA S. A. 75.367.630,00
747 3101224370 LANSA CONSULTORES S. A. 3.559.889,00
748 900580607 LARRY ROLAND JIMENEZ PASQUIER 158.174,00
749 3101337590 LAS DOCE HORAS DE MOUNTAIN BIKE S.
A. 433.945,00
750 104150863 LAURA COLLADO SOBRADO 87.586,00
751 3101498508 LAV-A-LOT
S. A. 1.360.384,00
752 3101169807 LAWDI
S. A. 464.383,00
753 3101354798 LE
BAYOU S. A. 1.376.320,00
754 106010553 LEDA EUGENIA AVILA CORTES 391.271,00
755 109300523 LELIA REDONDO GONZALEZ 65.947,00
756 17126708 LEONARD HURTADO PETER 424.394,00
757 104061094 LEONIDAS MONTERO FONSECA 514.257,00
758 3101095805 LIBRERIA BUENA PRENS. A. CATOLICA
S. A. 10.317.175,00
759 201590889 LILINA GARCIA ESTRADA 161.409,00
760 3101380845 LINAFER DEL OESTE S. A. 2.105.252,00
761 3101491365 LINOS Y TEXTILES B.B.M S. A. 952.499,00
762 3101014274 LOPEZ MONTERO S. A. 20.932.859,00
763 3101296626 LORI HOLDINGS S. A. 932.504,00
764 27914727 LOURDES SUCAYAN YUSAL 1.183.316,00
765 111510810 LUIS DIEGO JIMENEZ GUEVARA 671.069,00
766 601580398 LUIS FERNANDO CESPEDES MESEN 2.087.683,00
767 16427172 LUIS GERARDO AREVALO RUBIO 33.058,00
768 3101535194 LUNA REALTY GROUP S. A. 77.773,00
769 3101180918 M.O. CONSULTORES INMOBILIARIOS S.
A. 68.258,00
770 3101354017 MAGICUM ARMATURA S. A. 5.961.260,00
771 3101374786 MANEJO INTEGRADO DE PLAGAS
-M.I.P.-S. A. 15.615.234,00
772 3101544490 MANEJO INTEGRAL DE SUMINISTROS S.
A. 3.334.754,00
773 106350847 MANFRED CLAUSEN GUTIERREZ 108.255,00
774 107800658 MANFRED JARA SOLIS 2.340.985,00
775 107670315 MARCELA GUTIERREZ SOLERA 429.636,00
776 202050497 MARCELLO BROSEGHINI BROSEGHINI 1.951.756,00
777 302510616 MARCOS ROGELIO CORRALES CASTRO 168.170,00
778 105600470 MARGARITA MORA SOLANO 1.940.270,00
779 111310802 MARGIE ANGELICA TAYLOR BERMUDEZ 331.987,00
780 104090799 MARIA CECILIA BATISTA GONZALEZ 641.483,00
781 301200537 MARIA CECILIA GONZALEZ BRENES 155.182,00
782 201920420 MARIA DE LOS ANGELES COTO
CORONADO 411.053,00
783 103921376 MARIA DE LOS ANGELES MONGE ROJAS 326.715,00
784 26324318 MARIA DEL CARME BELTRAN DE
RODRIGUEZ 34.223,00
785 104670050 MARIA DEL PILAR VENTURA ARAGON 1.753.601,00
786 601180211 MARIA EUGENIA SOTO CASTILLO 219.939,00
787 104420619 MARIA FURMEN SALAZAR ELIZONDO 1.893.763,00
788 26919197 MARIA NOEMY MELENDEZ CAÑENGUEZ 135.435,00
789 22304766 MARIA TERESA RIVEROLL CARMONA 413.227,00
790 102340380 MARIA VIRGINIA BLANCO BONILLA 32.349,00
791 107430918 MARIO ALEXIS MONTERO SOLIS 180.573,00
792 103040058 MARIO WALTER BONILLA BOLAÑOS 2.313.276,00
793 17480012 MARMOLEJO NUÑEZ JOSE ELIVER 98.987,00
794 601130533 MARTIN VILLACHICA GONZALEZ 684.387,00
795 104530248 MAURICIO VENTURA ARAGON 60.350,00
796 3101031436 MEDICOS GENERALES S. A. 55.063,00
797 304010408 MELISS. A. ALEJANDRA PRADO CASTRO 14.520.227,00
798 3101277086 MERCURIO CERO OCHO SOLUCIONES
COMPUTACIONALES S. A. 272.488,00
799 634504 MICHEL
BERNIER RAYNALD 131.717,00
800 3101453236 MICROTECHNOLOGY
GROUP C. R S. A. 738.508,00
801 17380994 MIGUEL ANGEL LEGARDA
CASTAGNETTO 313.953,00
802 107420882 MIGUEL ANGEL MARTINEZ MIRANDA 1.064.378,00
803 16561246 MIGUEL ANGEL OSORNO OSORNO 542.966,00
804 3101375793 MIRABILIS MARKETING
PROMOCIONAL S. A. 3.662.719,00
805 102130218 MIRIAM ROJAS PHILLIPS 80.721,00
806 502130774 MIRNA LORENA DE LA CONCEPCION
MORA LOPEZ 523.671,00
807 3102562393 MISTER ENTREGA SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LTDA. 3.805.735,00
808 3101361852 MODA CANASE S. A. 3.473.627,00
809 3101407431 MODA MAFOR S. A. 901.372,00
810 3101131928 MOTOIMPORT
DE C.R S. A. 6.150.641,00
811 3101399195 MOVIENTOS DE TIERRA S. A.KAL S. A. 3.886.882,00
812 3101296583 MUEBLES CANELLA S. A. 1.442.725,00
813 3101381724 MUEBLES DECORATIVOS VALMAR S. A. 105.929,00
814 3101157826 MUFOSA CTRO. AMERICANA S. A. 2.860.539,00
815 3101229266 MULTISERV. SATURNO S. A. 10.991.081,00
816 3101459428 MUSICA PROFESIONAL RUAVA S. A. 858.475,00
817 3101367557 N Y W INMOBILIARIA Y VALORES S. A. 2.162.853,00
818 16528372 NANG CHUNG CHOCK NOINDICAOTRO 712.628,00
819 110370089 NATALY YAJAIRA CRUZ CAMPOS 58.694,00
820 15525404 NATTHEW ARMOR RICE RICE 15.919.727,00
821 3101379014 NEGOCIADORA PRIJORMA S. A. 7.586.159,00
822 3101362675 NIRA MARMOLES Y GRANITOS S. A. 14.271.723,00
823 202630533 NOEMY JIMENEZ MORA 970.574,00
824 18014911 NOHE FERNANDEZ PEREZ 2.600.369,00
825 3101599037 NOVA STUDIO SALON S. A. 1.138.287,00
826 601570924 NUBIA ORDOÑEZ UGALDE 131.239,00
827 106900612 NURIA GUILLEN PORRAS 1.374.425,00
828 3101331379 O S OPEN SYSTEMS S. A. 333.012,00
829 3101472821 OIFMA OPERADORA INTERNAC. DE
FRANQUICIAS MARIDOS
DE
ALQUILER S. A. 1.805.349,00
830 3101528602 OMNIMUSIC PRODUCCIONES INTERACTIVAS
S. A. 1.335.262,00
831 3101367819 OPCIONES L A F S. A. 71.625.656,00
832 3101416599 OPERA DE CAMARA DE CR S. A. 586.006,00
833 3101350237 OPERACIONES SE SEG. RESCATE UNO S.
A. 677.505,00
834 800740069 ORESTES LIZANO SAN MARTIN 104.398,00
835 602330648 ORLANDO CORRALES UGALDE 130.260,00
836 102970345 ORLANDO VARGAS RODRIGUEZ 53.282,00
837 104550310 OSCAR HUMBERTO FLORES FLORES 148.128,00
838 3101321371 OUTCODING
SERV. DE INTERNET S. A. 3.927.679,00
839 3101503408 OVERSEAS HOTEL MANAGEMENT DE CR S.
A. 998.557,00
840 107240496 OVIDIO EDUARDO PEREZ GOMEZ 4.263.440,00
841 3101413844 P
& T TRANSPORT AND SECURITY S. A. 4.185.466,00
842 3101485253 PACIFIC
WEST DEVELOPMENT GROUP S. A. 1.324.148,00
843 3012201859 PANALINE
INC S. A. 17.110.109,00
844 3101123481 PAPELCO
S. A. 68.957,00
845 3101249180 PAQUIDENT
S. A. 408.460,00
846 16927305 PARK
DAE YOUNG 2.837.326,00
847 3101050432 PASTELERIA LA LIMEÑA S. A. 2.218.903,00
848 15925224 PEDRO ANTONIO VALDIVIA ALOMA 4.941.360,00
849 3102567622 PERIODISMO ALTERNATIVO SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LTDA. 244.632,00
850 3102244356 PHILANA
LTDA. 2.095.469,00
851 3101209162 PHILLCAS
S. A. 2.048.952,00
852 3102043017 PICCOLO ARTESANIAS Y MUEBLES DE
MADERAS FINAS LTDA. 553.737,00
853 3101486272 PINTURAS Y MULTISERV. ACA S. A. 747.048,00
854 113250691 PRINCESS ELIZABETH WILSON SHAW 1.203.352,00
855 110860541 PRISCILLA MENESES ARAYA 418.171,00
856 3101401880 PROALUM S. A. 1.123.048,00
857 3101100440 PRODUCTOS ESPECIALES DE ALIMENTOS
S. A. 25.647.805,00
858 3101512440 PRORROCOMER CTRO. S. A. 212.087,00
859 3101540868 PROSAS DE CR S. A. 873.003,00
860 3101334496 PROYECTOS DE MERCADEO Y SERV.
ADJUNTOS GOLFO ROMEO S. A 2.346.282,00
861 3101358101 PUROS DAWA HB S. A. 73.093,00
862 3101429508 QUESADA Y BAZAEZ S. A. 10.789.684,00
863 700240951 R S A INTERFLEX DE C 2.757.913,00
864 102850713 RAFAEL ANGEL MESEN FALLAS 350.294,00
865 302240035 RAFAEL ANGEL RAMIREZ QUIROS 665.875,00
866 3101339725 RALF POOL PLACE S. A. 5.953.964,00
867 109090737 RAMIREZ RODRIGUEZ JOSE PABLO 1.235.378,00
868 3101365827 RAPIMENSAJEROS METROPOLITANOS S. A. 23.852.407,00
869 16122442 RAUL MONTANO TELLO 443.789,00
870 3101248389 RECTIFICACION UNIVERSAL R U S. A. 147.219,00
871 3101357604 RELIEVE CTRO. AMERICA S. A. 6.750.709,00
872 111690572 REY BARRANTES GUTIERREZ 294.435,00
873 110090894 RICARDO AGUERO FUENTES 1.593.971,00
874 800810771 RICARDO ALEXIS DUARTE ACEVEDO 1.412.100,00
875 105600355 RICARDO ALONSO BRENES FIGUEROA 20.308,00
876 3101466837 RICOVIDA OPERATIONS S. A. 567.489,00
877 102170094 RIGOBERTO CHINCHILLA CHAVES 334.376,00
878 105050278 RODOLFO ANTONIO MOLINA ANCHIA 7.590.234,00
879 800420521 RODOLFO ESPINOZA ESPINOZA 20.926.275,00
880 102680803 RODOLFO MONTIEL MONTIEL 111.317,00
881 102000908 RODRIGO ALTMANN ORTIZ 144.563,00
882 104340612 RODRIGO ARREA GRONBLAD 470.274,00
883 106120304 RODRIGO PERALTA LIZANO 207.934,00
884 1790100037 RODRIGO TAMAYO MUÑOZ 3.089.694,00
885 200960984 RODRIGO VASQUEZ UGALDE 255.684,00
886 109650573 ROLANDO LUGO PORRAS 700.389,00
887 27280196 ROMINA MARIELA VALENTE
NOINDICAOTRO 177.397,00
888 602880432 RONALD ANCHIA ALVARADO 1.346.143,00
889 303200679 RONALD MENDEZ MONTOYA 2.816.256,00
890 110880188 RONNY ALBERTO HERRERA HIDALGO 88.115,00
891 107230472 RONNY ROJAS CISNEROS 177.443,00
892 3101306563 ROTHEMBURGO RCH S. A. 6.849.066,00
893 3102321248 RUYSO LTDA. 1.620.306,00
894 3101339401 SALPICON LUCY SA 58.214,00
895 3101399366 SANTAS DEL ESTE I.E.C. SA 1.667.585,00
896 3101197522 SAUL CALVO CASTRO & ASOC DE
CTRO. AMERICA SA 50.510,00
897 3101285430 SEETECH SOPORTE ELECTRONICO
ESPECIALIZADO TECH SA 661.745,00
898 3101196065 SEG. INTEGRAL AGUILA REAL SA 206.584,00
899 3101385058 SEG. INTER. C.V. LAS AGUILAS SA 16.339.277,00
900 3101141487 SEG. TRES D SA 76.520.387,00
901 3102232700 SEG. VISUAL K & C SRL 2.534.827,00
902 3101086081 SEG. Y TELECOMUNICACIONES SYTEL SA 4.456.502,00
903 3101481156 SELVAS Y MARES DEL PACIFICO TURISMO
DE AVENTURA SA 2.844.312,00
904 3101102013 SERADFIN
DE GUADALUPE SA 6.493.570,00
905 3102003120 SERVICE
PARTS COMPANY LTD 10.421.906,00
906 3101357063 SERV. CONTABLES CASTRO &
ASESORIA R A C T SA 1.571.820,00
907 3101253561 SERV. CORPAL SA 998.130,00
908 3101261321 SERV. DE MERCADEO FIORELLA SA 1.286.076,00
909 3101319614 SERV. DE VIGILANCIA PRIVADA A M SA 3.758.042,00
910 3101253555 SERV. DE VIGILANCIA TRESCIENTOS
OCHENTA SA 1.063.155,00
911 3101325077 SERV. DIGITALES DE COBRO SA 456.812,00
912 3101290201 SERV. EN CONSTRUCCION PARA CTRO.
AMERICA SA 60.063,00
913 3101258272 SICAPITAN SA 88.201,00
914 3102410064 SILENT CRISTAL SRL 2.768.761,00
915 83989255 SIMMONS ARCADIA PAGAN 1.264.930,00
916 3101069404 SIST. ADVOS Y DE COMPUTACION DOS
MIL CINCUENTA SA 157.563,00
917 3101293951 SIST.
UNION BEDU SA 2.603.054,00
918 3101351295 SKYLYNX
COMMUNICATIONS DE C. R SA 2.948.388,00
919 3101319563 SOL
MAS PUBLICIDAD SA 528.481,00
920 3101176199 SOLCOM
SA 7.250.814,00
921 3101041361 SOLDADURAS Y ALEACIONES DE C. R SA 1.176.270,00
922 3101182437 SOLEIBE
CO SA 3.299.836,00
923 3101425006 SOLEL
BONEH CR SA 11.209.618,00
924 3101250651 SOLERA OSBORNE SA 452.806,00
925 3101324504 SOLUCIONES ACADEMICAS DE
APRENDIZAJE SA 9.632.999,00
926 3101378255 SOLUCIONES ADMINISTRATIVAS
INTEGRALES S. A. I. SA 1.909.484,00
927 3101317557 SOLUCIONES ARPO SA 26.944.426,00
928 3101584482 SOLUCIONES DE PROTECCION Y SEG.
INTEGRADA L & E SA 251.733,00
929 3101102444 SOLUCIONES ECONOMICAS DE SAN JOSE
SA 25.057.059,00
930 3101318956 SOLUCIONES ERA COMPUTACION SA 247.499,00
931 3101543340 SOLUCIONES TECNOLOGICAS COMPUCEL SA 1.041.779,00
932 3101463592 SOLUTIONS
ON TARGET SA 371.889,00
933 103570020 SONIA
MARIA SALAZAR JIMENEZ 611.320,00
934 3101237269 SPOKAM
SA 7.807.366,00
935 3101251892 STAR
MOTORS CORPORATION SA 191.395,00
936 2720096996 STEPHANIE
GERTRAUD FEUERSTEIN NOINDICAOTRO 255.998,00
937 3101137129 SUPERFICIES
Y METALES SA 179.647,00
938 3101562867 SUPERMOVIL
CAR WASH G.L.B. SA 172.714,00
939 3101339819 SUPLIDORA
DE BELLEZA EL DIAMANTE SA 276.537,00
940 3101346870 SUSHI
Y ESSENTIA SA 5.878.072,00
941 3101339349 SYNERGY
SPORTS PARTNERS SA 2.026.032,00
942 3102296355 T H VIDRIO DECORATIVO SRL 6.853.977,00
943 3101244660 TALLER DE SERVICIO AUTOMOTRIZ G L
SA 136.396,00
944 3101282053 TALLER MECANICO AUTOMOTRIZ VISTA DE
ORO SA 1.672.719,00
945 3101220941 TALLER METALMECANICA J H SA 173.588,00
946 3101138850 TALLER REZAVAL SA 298.924,00
947 3101443708 TALLER TAC ENDEREZADO Y PINTURA SA 1.772.901,00
948 3101250365 TECNOSILI SA 476.482,00
949 3101404556 TECNOTELECOMUNICACIONES CASTILLO
RUIZ SA 2.293.135,00
950 3101230873 TELEGESTION INTER. SA 5.357.155,00
951 102070540 TERESA ASTORGA VINDAS 225.782,00
952 3101275161 THE SUSTAINABILITY FUND SA 14.396.601,00
953 3101458886 TICO RACING IMPORTS SA 242.546,00
954 3101402188 TICO SERVER OF LATIN AMERICA SA 1.323.589,00
955 3101160260 TICOSHOPPER COM SA 85.794,00
956 3101437790 TIERRAS MORENAS DE MONTES DE OCA SA 4.002.855,00
957 3101371009 TIFOSI MERCHANDISING SA 451.028,00
958 3101121606 TRANSACCIONES COMERCIALES AYESCRI
SA 7.969.442,00
959 3101067079 TRANSPORTES DE SOLA SA 2.822.221,00
960 3101478508 TRANSPORTES EL MUDO UNO A B C SA 3.704.869,00
961 3102463305 TRANSPORTES EXCLUSIVOS DE
COMBUSTIBLE F & L LTDA 604.492,00
962 3101308277 TRANSPORTES OVIEDO ROJAS SA 875.727,00
963 3101122556 TRANSPORTES ROMAN CARRANZA SA 167.756,00
964 3101151057 TRASPASADORA NACIONAL DE VEHICULOS
SA 1.047.922,00
965 3101456069 TRES CABEZAS SA 2.148.900,00
966 3101428432 TRIGONA HOSTING SA 5.938.784,00
967 3101375062 UNIODONTO DE C.R SA 2.036.810,00
968 3101254975 UNION PUBLICITARIA EGA DE C. R SA 407.699,00
969 3101302618 VADENU TECNOLOGIAS SA 2.819.794,00
970 106990968 VANESA MARIA NUÑEZ QUESADA 63.507,00
971 13980714 VARANDA FRANCISCO MA DUARTE
DINIZ 1.817.859,00
972 106830572 VERANIA
WARD WITTINGHAM 452.435,00
973 3101468793 VERITAS
MINING CR SA 19.425.054,00
974 109380295 VICTOR HUGO VILLALTA ORTEGA 56.293,00
975 602950790 VICTOR PEREZ NUÑEZ 14.687.501,00
976 3101326419 VIDRIALES VALLE SANTA ANA SA 730.410,00
977 3101118816 VIGILANCIA VIGA SA 4.327.234,00
978 3101165492 VILROLO DE TURRUCARES SA 3.963.152,00
979 1740100304 VINICIO ESTUARDO AVILA LIGORRIA 18.552,00
980 3101119845 VISION
INTER. SA 1.007.149,00
981 3101362768 VITA
AIRES Y SERV. SA 4.614.300,00
982 601320830 VIVIAN PATRICIA CONEJO TORRES 402.523,00
983 17914971 WALTER
JOSEPH VALVERDE SUAREZ 3.664.882,00
984 701647923 WARD
BINGHAM ANTHONY 292.788,00
985 106160577 WEBB
CHOISEUL FEDERICO 1.602.185,00
986 700511365 WILLIAM
GLENFORD BUCKLEY BUCKLEY 3.096.269,00
987 108660434 YANNID QUIROS MONTENEGRO 726.600,00
988 3101531866 YAZ CLUB SA 1.066.936,00
989 109000782 YERLIN ARLENE MONTERO MOLINA 363.546,00
990 800860009 YONGHONG ZHEN ZHEN 832.512,00
991 151876045 YOUNG HENDRICKS MARTHA 414.561,00
992 3101202057 Z & E ASESORIAS SA 407.857,00
993 3101164590 ZEBUCON
DE SAN JOSE SA 157.424,00
994 3101134315 ZUAT
INTER. SA 4.865.734,00
995 MONTO
DE LA DEUDA AL 03-03-2011
996 3101484223 3-101-484223 S. A. 12.851.076,00
997 3101521234 3-101-521234 S. A. 2.661.921,00
998 3101528301 3-101-528301 S. A. 191.649,00
999 3101531087 3-101-531087 S. A. 2.761.720,00
1000 3101532180 3-101-532180 S. A. 453.355,00
1001 3101566925 3-101-566925 S. A. 969.832,00
1002 3101316795 ABISAMBRA DEL OESTE S. A. 13.427.942,00
1003 3101011556 ACARREOS Y SERV. S. A. 6.244.311,00
1004 3101527173 ACCSSES
COASTAL VACATIONS A.C.V. S. A. 2.217.201,00
1005 3101426615 AEROCAFE S. A. 2.037.207,00
1006 3101545421 AFID S. A. 153.394,00
1007 3101003575 AG.S EXTRANJERAS S. A. 1.432.755,00
1008 3101251655 AGRICOLA PUNTO VERDE S. A. 323.172,00
1009 3101006586 AGROPECUARIA TROPICAL S. A. 19.700.247,00
1010 3101258182 AGUILSA SUMINISTROS S. A. 1.605.933,00
1011 3101016455 ALEACIONES METALICAS S. A. 1.501.178,00
1012 103720770 ALEJANDRO CASASOLA ARRIETA 3.814.797,00
1013 16928578 ALEJANDRO DAVID MIRANDA FERRER 539.125,00
1014 113340008 ALEJANDRO JIMENEZ FALLAS 485.487,00
1015 16721908 ALEX ABELINO FLORES RUEDA 2.235.674,00
1016 108750467 ALEXANDER QUIROS SAENZ 403.003,00
1017 601770327 ALEXANDER SALVADOR MORALES
MIRANDA 7.327.737,00
1018 16525210 ALEXIS ENRIQUE JIMENEZ CASTRO 313.506,00
1019 3101274922 ALIMENTOS SANTANA SIGLO VEINTIUNO
S. A. 632.516,00
1020 3101473503 ALLY GIRL S. A. 732.837,00
1021 3101540441 ALTAR DE KNOSSOS S. A. 583.004,00
1022 3101353963 ALTRONIC CR S. A. 1.733.330,00
1023 800880338 ALVARO ANDRES RAMIREZ RENGIFO 192.756,00
1024 106090889 ALVARO ARCE MORA 2.713.345,00
1025 302240936 ALVARO BARQUERO ROJAS 257.516,00
1026 104130751 ALVARO GERARDO MARTINEZ MONTANDON 111.628,00
1027 112170758 AMADA MARIA SIBAJA MATA 214.853,00
1028 3101557559 AMERICO VESPUCCIO S. A. 953.015,00
1029 103390517 ANA ISABEL MUÑOZ BERMUDEZ 3.371.658,00
1030 24050551 ANA MARIA BAIRNAILS MORENO 823.885,00
1031 102720889 ANA MARIA CHACON RODRIGUEZ 341.133,00
1032 204160065 ANA ROCIO PRADILLA RODRIGUEZ 588.714,00
1033 109760975 ANA YANCY CALVO GUTIERREZ 102.160,00
1034 16426569 ANDRES
MARTIN RUIZ 3.801.780,00
1035 107680224 ANGULO
SANCHEZ GILBERT 1.441.480,00
1036 202540115 ARMANDO CRUZ VARGAS 163.413,00
1037 13208103 ARNIM BONNEMANN NOINDICAOTRO 60.272,00
1038 3102014640 ARQUECO LTDA. 15.125.480,00
1039 3101486340 ARQUITECTURA CREATIVA DE
ARQUITECTOS E INGENIEROS SOC S. A. 588.321,00
1040 3101501684 ART
& BLESSING PROJECT S. A. 420.647,00
1041 101510037 ARTURO ROMERO CHAVES 1.048.321,00
1042 3102003647 ASERRADERO SAN SEBASTIAN LTDA. 1.838.150,00
1043 3101395011 ASESORES COMERCIALES DE MERCADEO
INTEGRADO ACME S. A. 26.005.224,00
1044 3102342095 ASESORES LATINOAMERICANOS EN FOREX
LTDA. 407.079,00
1045 3002434320 ASOC. CONSTRUYENDO OPORTUNIDADES 990.357,00
1046 3002434320 ASOC. CONSTRUYENDO OPORTUNIDADES 990.357,00
1047 3002066075 ASOC. HOGAR INFANTIL NUEVO
HORIZONTE 40.409,00
1048 3002361672 ASOC. INTER. PASION POR LAS ALMAS 14.933.917,00
1049 900500869 AUDILIO DOMINGO ASTUA CHINCHILLA 1.687.803,00
1050 3101300015 AUDIO SIST. ORTIZ S. A. 933.857,00
1051 3101505931 AUTHENTIC
ECO TOURS CRUISERS S. A. 4.888.557,00
1052 3101287107 AUTO LAVADO HATILLO S. A. 471.220,00
1053 3101044490 AVILES HERMANOS S. A. 80.478,00
1054 500910583 AYZADEE NIDIA DE LAS PIEDADES
QUIROS PANIAGUA 106.310,00
1055 3101584328 BABY
GEPHELANT S. A. 395.291,00
1056 25119217 BARBEL
KOCH KOCH 1.935.652,00
1057 103670813 BERNAL PERAZA DIAZ 447.885,00
1058 3101527152 BINNS IQ S. A. 110.077,00
1059 3101447676 BMNY CAPITAL CORPORATION S. A. 13.483.639,00
1060 2490090910 BODIL PAABY NOINDICAOTRO 198.700,00
1061 3101224971 C.R VERDE Y AZUL HERCER S. A. 202.759,00
1062 3101504935 CACHET GOURMET S. A. 2.890.325,00
1063 105450941 CALVO VARGAS FRANCISCO JOSE 8.363.424,00
1064 15119101 CAMILO ALFREDO ORTIZ MARTINEZ 148.518,00
1065 3101252074 CAPAS Y ACCESORIOS A T J S. A. 5.090.582,00
1066 3101282048 CARBAR DE LA SIERRA S. A. 62.022,00
1067 3101322238 CARIBBEAN GREEN GOLD GROUP S. A. 21.273.154,00
1068 1500099499 CARLOS DE LA LUZ MEND SANDOVAL 1.501.287,00
1069 106820015 CARLOS EDUARDO SANABRIA RETANA 76.044,00
1070 205540039 CARLOS LUIS BOLANDI CALVO 238.164,00
1071 107030485 CARLOS LUIS DURAN CARRILLO 211.991,00
1072 104230156 CARLOS LUIS OROCU CORDERO 543.262,00
1073 3101291071 CARO DIST. DE BELLEZA 22.288.492,00
1074 3101154014 CEGUM S. A 105.628,00
1075 3101290632 CELULARES Y ACCESORIOS MONTEALEGRE
Y CARTIN S. A. 1.934.838,00
1076 3101046730 CENFOTEC
IT LEARNING CENTER S. A. 11.783.402,00
1077 3101575111 CENTRAL AMERICA LIFE FLIGHT S. A. 392.488,00
1078 3101210443 CTRO. DE ESTUDIOS LA NUEVA
PERSPECTIVA S. A. 852.887,00
1079 3101127665 CTRO. EDUCATIVO SANTA PAULA DE
MONTAL E INSTITUTO
E IDIOMAS S. A 38.794.136,00
1080 3012084623 CTRO. EVANGELICO LATINOAMERICS. A.
DE ESTUDIOS ASTORALES INC 64.648,00
1081 3101157554 CGM
CONSULTING S. A 558.138,00
1082 111000669 CHAVES
CHAVES JUMLYAR MARTIN 780.195,00
1083 204690447 CHAVES
MORALES LAURA 1.136.288,00
1084 3101546061 CHOEI.CO S. A. 344.701,00
1085 108960787 CHRISTIAN GUSTAVO SANDI SANABRIA 1.133.205,00
1086 3101549839 CIMA GROUP 365.744,00
1087 3101179977 CINCO T DEL NORESTE 6.291.780,00
1088 3101542286 CIRUJS. A.S VASCULARES DE CR S. A. 814.511,00
1089 3101143549 CLAUDIA DE LAS COLINAS S. A. 17.085.234,00
1090 502030554 CLEVER VILLALOBOS SOLIS 99.854,00
1091 3101062108 CLINICAS PARA LA SALUD DE LA
FAMILIA S. A. 5.906.864,00
1092 3102577910 COCOBOLOS TAMBOR SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LTDA. 197.153,00
1093 3101532282 COMANDO DEFENSA Y TACTICA FUERZA
ELITE S. A 92.802,00
1094 3102411593 COMANDOS BOINAS NEGRAS LTDA. 421.253,00
1095 3101563004 COMERCIA EXPRESS CR S. A. 246.841,00
1096 3101043041 COMERCIAL ACENA S. A. 21.017.935,00
1097 3101074685 COMERCIAL INTER. HALSA S. A. 709.665,00
1098 3101099564 COMERCIAL TECNICA ARALF S. A. 491.028,00
1099 3101193786 COMERCIALIZADORA EZER S. A. 26.732.088,00
1100 3,1021E+10 COMODISIMO TODO LTDA 134.815,00
1101 3101129556 CIA. CONST. HERMS. A.S SOLERA S. A. 383.748,00
1102 3101377765 CIA. PERSONALIZADA DE OPTICA S. A. 2.533.027,00
1103 3101304593 CIA. PROCESADORA DE MADERAS
SANCARLEÑAS S. A. 2.937.088,00
1104 3101105690 COMPUTACION MUNDIAL J N S. A. 196.836,00
1105 3101380497 CONDOMINIO HACIENDA GREGAL LOTE
VEINTICUATRO QRS S. A. 125.336,00
1106 3109418817 CONDOMINIO RESIDENCIAL LA BOTANICA 818.950,00
1107 3101431981 CONDOMINIO VISTA DEL VALLE CELESTE
CVVC S. A. 2.225.210,00
1108 3101054575 CONFECCIONES V F SOCIEDAD ANONI 20.669.126,00
1109 3102509621 CONSTRUCCIONES ESPIRITUALES ROJAS
ESPINOZA LTDA. 55.565,00
1110 3101278896 CONSTRUCCIONES WILLIAM CARBALLO
& CIA. S. A. 117.703,00
1111 3101159747 CONST.
METAGYP S. A. 54.926.291,00
1112 3101257883 CONST.
POOLMAXX S. A 3.039.540,00
1113 3101300378 CONST.
Q & Q J M S. A. 340.621,00
1114 3101462520 CONST. VALVERDE V Y B S. A 1.495.115,00
1115 3102519576 CONSTRUCTORES COMERCIALES SANTA ANA
RJL SOCIEDAD
DE
RESPONSABILIDAD LTDA. 1.427.284,00
1116 3101569246 CONSULMEDICA CR S. A. 89.147,00
1117 3004045224 COOP. DE SERV. MULT. DE LOS EMP.
DEL INS. NACIONAL
DE
SEGUROS R L 18.227.643,00
1118 3004045530 COOPERATIVA DE CURTIDORES R L 3.139.266,00
1119 3004084208 COOPERATIVA DE SERV. MULTIPLES CLUB
RESIDENCIAL R L 70.800,00
1120 3101337231 COPICTRO. PASEO COLON P C S. A. 7.888.020,00
1121 302670109 CORDERO VARGAS JUAN LUIS 552.427,00
1122 3101325441 CORESAN CORDERO & SANCHEZ S. A 24.796.836,00
1123 3101362822 CORJURIN AG S. A 3.818.055,00
1124 3101388721 CORP. BIG BURGER S. A. 210.857,00
1125 3101278737 CORP. CARRABE Y ASOC S. A. 409.904,00
1126 3101059078 CORP. DE DESARROLLOS E INVERSIONES
INTER.ES S. A. 412.576,00
1127 3101152246 CORP. DE INVERSIONES BREGA DEL ESTE
S. A. 447.845,00
1128 3101567922 CORP. DE INVERSIONES WZAMORA S. A. 1.058.492,00
1129 3101224463 CORP. DE REDES LHAYERR S. A. 409.367,00
1130 3101337917 CORP. DE SEG. PRIVADA ARGUELLO Y
ASOC S. A. 1.804.418,00
1131 3101278309 CORP. DE SERV. INTEGRADOS C S I S.
A. 70.354,00
1132 3101330225 CORP. DE VIGILANCIA ARCIA &
FLORES S. A. 495.139,00
1133 3101098114 CORP. DOBLE L DE TIBAS S. A. 1.008.614,00
1134 3101079664 CORP. DOVIPOR CTRO. AMERICANA S. A. 220.580,00
1135 3101403135 CORP. E INVERSIONES QUIRGON S. A.. 279.066,00
1136 3101528993 CORP.
EXOTIK T T S. A. 215.965,00
1137 3101114170 CORP. EXPORTADORA INTER. GOLFO DEL
CARIBE S. A. 277.038,00
1138 3101126886 CORP. GEA S. A. 8.904.219,00
1139 3101077762 CORP. GIMA S. A. 7.108.177,00
1140 3101360329 CORP. GREICO C Y G INTER. S. A. 6.826.310,00
1141 3101144815 CORP. HORNER DE SAN JOSE S. A. 1.104.164,00
1142 3101219374 CORP. LERNEX S. A. 689.717,00
1143 3101184871 CORP. MAIKOP S. A 973.178,00
1144 3101293229 CORP. MGVB CASTIN BAZZAR S. A. 388.856,00
1145 3101402016 CORP. MONDIAL CTRO. AMERICANA S. A. 2.811.622,00
1146 3101410145 CORP. MUSICAL LA CASA DEL SONIDO S.
A. 1.973.329,00
1147 3101207097 CORP. PANES Y MAS S. A. 469.723,00
1148 3101126573 CORP. QUIMICA COSMETICA HAYA S. A. 639.539,00
1149 3101152224 CORP. TICO PLAN S. A. 906.070,00
1150 3101260283 CORP. VOLCANITO S. A. 173.379,00
1151 3101098286 CORP. WEZERH S. A. 10.707.300,00
1152 3102513205 CORP. Y PROYECTOS DE DESARROLLO
CATATUMBO LTDA. 232.126,00
1153 3101178172 CORTE Y SERIGRAFIA MAO S. A. 6.155.036,00
1154 3101462538 COSTA VISTA LAND S. A. 1.015.623,00
1155 3101504464 CREACIONES MARY MARTA S. A. 122.927,00
1156 3101173188 CREPERIA EL ARTE FRANCES S. A. 184.206,00
1157 205030829 CRISTIAN ZAMORA ARCE 335.539,00
1158 108090271 CRISTIANE JARA MENA 733.279,00
1159 3101130871 CUSTODIA Y PROTECCION PROFESIONAL
S. A. 547.164,00
1160 3101015642 CYFATICA S. A. 521.012,00
1161 3101097453 CYRUS INTER. S. A 493.690,00
1162 3101108920 D AGUSTINI Y ASOC S. A. 1.750.757,00
1163 3101542580 D LIZIAS BY VANE S. A. 1.000.057,00
1164 3101525282 DA HAUS S. A. 4.578.662,00
1165 3101521564 DACTIV SOFTWARE S. A. 2.095.688,00
1166 3101444887 DAMA
GROUP INVESTMENTS S. A. 5.344.069,00
1167 700460502 DANIEL
AUGUSTUS MC LEAN MC LEAN 81.624,00
1168 27125941 DE
YEVIET AUDI SIMON DU BUIC 73.336,00
1169 3101043423 DECORAMA S. A 769.400,00
1170 3101139245 DEL BOSQUE PRODUCE S. A. 183.360,00
1171 105830827 DENNIS RUBIE CASTRO 298.594,00
1172 3102185729 DEPYLIA DEL NORTE LTDA. 1.491.993,00
1173 3101515693 DESARROLLADORA TURISTICA SERVITUR G
Y C S. A. 2.054.456,00
1174 3101404720 DESARROLLO ACTIVO TRES RIOS S. A. 21.825.147,00
1175 3101181479 DESARROLLOS E INVERSIONES C Y L S.
A. 341.009,00
1176 3101295750 DESARROLLOS MONTE SINAI M Y F S. A. 1.532.162,00
1177 3101442686 DETALLES EXCLUSIVOS Y ACABADOS
RESIDENCIALES
DE
CTRO. AMERICA S. A. 30.275.615,00
1178 3101223921 DICOGRAF PRE PRENSA S. A 456.257,00
1179 401570657 DIEGO RAMIREZ JIMENEZ 317.451,00
1180 3101216775 DIEZ MIL TRES S. A. 516.117,00
1181 3101596926 DIGITAL MEDIALAB S. A. 189.963,00
1182 3101073263 DISCOTECA KALUA S. A 561.711,00
1183 3101015362 DISEÑO INGENIERIA Y ESTUDIOS S. A. 202.401,00
1184 3101132975 DISEÑOS INUSUALES S. A. 42.217,00
1185 3101134765 DISJASA COSTARRICENSE S. A 219.719,00
1186 3101133034 DIST. AUTOMOTRIZ SANTA ANA DASA S.
A. 3.959.727,00
1187 3101452483 DIST. BAMBITTO DE C. R S. A. 258.088,00
1188 3101135305 DIST. CHINANDEGA S. A. 1.406.512,00
1189 3101005471 DIST. COMERCIAL S. A. 190.878,00
1190 3101104731 DIST. DE BATERIAS INTER.ES DIBISA
S. A. 345.867,00
1191 3102049024 DIST. DE CARNES FASABA LTDA. 2.356.536,00
1192 3101072476 DIST. DE JOYAS DE PLATA S. A. 375.070,00
1193 3101204576 DIST. DE MOTORES Y AUTOBUSES S. A. 7.174.084,00
1194 3101325786 DIST. DE SOLUCIONES MEDICAS DE
CTRO. AMERICA DISOME S. A. 870.230,00
1195 3101088309 DIST. EL PROGRESO S. A. 1.293.639,00
1196 3101342986 DIST. GADEL S. A. 123.671,00
1197 3101364227 DIST. GEMINNI AZUL INTER. DIVISION DE CTRO. AMERICA S. A. 1.180.833,00
1198 3101434455 DIST. LOS SAUCES S. A. 265.372,00
1199 3101310118 DIST. MONTES FONSECA S. A. 1.547.601,00
1200 3101079798 DIST. NACIONAL DE ALIMENTOS S. A. 310.606,00
1201 3102388876 DIST.
PARKER DAVIS LTDA. 5.144.165,00
1202 3101247521 DIST.
POOLMAXX S. A. 12.219.068,00
1203 3101099588 DIST.
QUATREAT S. A. 216.630,00
1204 3101124825 DIST. SAMER S. A 4.396.286,00
1205 3101345843 DIST. TECNICA DE SEG. D T S S. A. 294.854,00
1206 3101297103 DIST. Y COMERCIALIZADORA ROFE S. A. 69.780,00
1207 3101052308 DIVERSIFICACIONES TROPICALES DE SAN
JOSE S. A. 1.215.669,00
1208 3101466347 DMC MIL S. A. 1.488.784,00
1209 3101378029 DOGOWEB S. A 7.973.017,00
1210 3101366582 DOMERICA DESARROLLOS S. A. 1.174.470,00
1211 3101430833 DON VINAGRE S. A 719.539,00
1212 600700140 DORA ROJAS CAMARENO 171.496,00
1213 107410667 DORIS MARIA RODRIGUEZ PETERS 480.897,00
1214 23909212 DOROTHY
BOONE BOONE 84.269,00
1215 3101093541 DRASELLE
S. A. 21.096.681,00
1216 3101597774 DREAM
TRAVELS S. A. 615.529,00
1217 3101293882 DRINKING
TROUGH S. A. 2.111.518,00
1218 3101585920 DS CONTROL SOLUTIONS CTRO.
AMERICANA S. A. 262.147,00
1219 3101414533 DULCIMER
INVESTMENTS S. A. 555.040,00
1220 3101452200 DUNHILL
DIGITAL GROUP S. A. 3.011.884,00
1221 3101059585 DUPLICADORAS DE C. R S. A. 2.601.561,00
1222 3101273455 ECOPRINTERS DE CTRO. AMERICA S. A. 42.149,00
1223 301740031 EDGAR ERNESTO DURAN MORA 134.172,00
1224 3101560031 EL V S. A. 337.254,00
1225 105190249 ELIZABETH LESCANO MORA 340.876,00
1226 106720449 ESTHER PATRICIA AVILA ESQUIVEL 274.394,00
1227 3101488304 ESTRELLA DE LA COMUNICACION
BAUSCH S. A. 37.771.734,00
1228 600460999 ETERGIVE MORA ELIZONDO 459.437,00
1229 401300394 EUGENIA ARGUEDAS SOLERA 173.206,00
1230 2650099192 EUN MI KIM 84.622,00
1231 3101247094 F E P DERIVADOS S. A 3.569.712,00
1232 109440502 FABIAN OVARES BARBOZA 5.565.173,00
1233 3101484377 FALCON INVERSIONES DE OCCIDENTE
C.R. S. A 721.118,00
1234 3101584524 FARDO SECURITY CORP S. A. 7.249.329,00
1235 3101059476 FARMACIA DOS MIL S. A 930.944,00
1236 14614667 FAVIO VELASQUEZ MEJIA 7.968.920,00
1237 3101601081 FC NEGOCIOS S. A. 459.894,00
1238 3002116993 FEDERACION COSTARRICENSE PARA LA
CONSERVACIO DEL AMBIENTE 1.994.405,00
1239 3004099889 FEDERACION NACIONAL COOP. DE
TAXISTAS COSTAR R. RL (FENATCO RL) 62.400,00
1240 102700751 FERNANDO CAMPOS SOTO 98.454,00
1241 110870466 FERNANDO CORTES ECHEVERRIA 185.784,00
1242 3101537077 FEROGA DELIVERY S. A. 300.864,00
1243 25481930 FERRAND ZAVALA JEANNINE MARIA 403.808,00
1244 3101126115 FINCA LA CARRUCHA DE CARRIZAL S. A. 292.853,00
1245 3101300223 FINES FIDUCIARIA S. A. 1.235.668,00
1246 3101326510 FITZGERALD S. A. 1.749.093,00
1247 3101254512 FLAMINGO LINK S. A. 501.546,00
1248 106510849 FONSECA CRUZ ABELARDO 5.792.448,00
1249 108150714 FRANCISCO ANTONIO JIMENEZ ZUÑIGA 539.579,00
1250 16281731 FRANCISCO BERMUDEZ REYES 2.262.156,00
1251 101930519 FRANCISCO PEREIRA GARCIA 2.055.977,00
1252 800480757 FRANCOIS ETIENNE RIVIER SUTER 153.722,00
1253 105220590 FRANKLIN MANUEL CONTRERAS GOYEZ 356.556,00
1254 108970006 FREDDY ALONSO VILLALOBOS CRUZ 450.296,00
1255 3101121117 FRUTAS MOMBASI DEL TROPICO S. A. 2.874.791,00
1256 3101406469 FRUTAS SANAS DE C. R S. A 5.387.405,00
1257 3101424102 FULL S. A. 2.461.244,00
1258 3101020850 FUMIHOGAR S. A. 507.963,00
1259 3006099266 FUNDACION NIÑOS EN NUESTRAS MANOS 524.738,00
1260 3101416056 FUZZION DESARROLLOS COMERCIALES E
INVERSION DE SAN PEDRO S. A. 5.750.180,00
1261 3102140991 G N C LTDA. 5.364.864,00
1262 3101452853 GABINETE DE COMUNICACION E IMAGEN
CORPORATIVA J&C S. A. 150.019,00
1263 3101144644 GAMBOA Y MORA ASESORES FINANCIEROS
S. A. 216.370,00
1264 602110489 GARCIA SALAZAR LUIS ALBERTO 97.325,00
1265 1770100829 GARCIA VELASQUEZ FREDY ALFONSO 710.982,00
1266 800740344 GARZA GARZA REBECA GLORIA 35.708,00
1267 3101441775 GASTRONOMIA Y PASTELERIA ZABARIN
C.L. S. A. 7.467.614,00
1268 3101500824 GASTRONOMICA DE BAVIERA S. A. 662.911,00
1269 3101422192 GAVIONES BEKAERT DE CTRO.
AMERICA S. A. 4.543.328,00
1270 3101137262 GAZEL BALTODANO ACCESORIOS S. A. 27.401.861,00
1271 3101582511 GENOMA DE C.R S. A. 553.402,00
1272 3101514993 GEOGRAFIA Y ORDENAMIENTO
TERRITORIAL AMBIENTAL
Y
SOCIAL GOTAS S. A. 432.168,00
1273 16661877 GEORGES
FRANCOIS LEFEBVRE 126.232,00
1274 3101587073 GESTIOCAT
S. A. 306.819,00
1275 401060932 GILBERT GARCIA ARCE 233.149,00
1276 104620381 GILBERTO CORDERO ALFARO 218.168,00
1277 109390853 GINA BONILLA ROMANINI 592.132,00
1278 15117711 GIORA STERZER STERZER 277.847,00
1279 105190988 GISELLE CHACON ARAYA 258.348,00
1280 107920875 GISELLE CHARPENTIER BARRIERE 167.199,00
1281 104330882 GISELLE MORA VARGAS 62.253,00
1282 3101294612 GLOBAL DIGITAL SERVICES S. A. 467.644,00
1283 3101497072 GLOBAL LOGISTIC CORPORATION S. A. 1.556.359,00
1284 3102613203 GLOBAL ONE VENTURES SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LTDA. 578.480,00
1285 103360892 GONZALEZ JIMENEZ ENRIQUE 1.040.607,00
1286 3101157692 GPO
S. A. 61.557.471,00
1287 103660485 GRACE MARIA MUÑOZ GUZMAN 1.283.605,00
1288 3101149093 GRAN AEROPUERTO S. A. 772.917,00
1289 3101341108 GRAVITY S. A. 10.339.562,00
1290 3101370116 GREEN HOUSE S. A. 1.688.408,00
1291 104670572 GRETHEL OBANDO SANCHO 1.021.263,00
1292 3101421194 GRUPO ACCESADOS COMERCIAL S. A. 320.109,00
1293 3102524984 GRUPO ASEMPRO G & S SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDADLTDA. 212.967,00
1294 3101559854 GRUPO DE INVERSIONES W & H S. A. 2.007.148,00
1295 3101074895 GRUPO ESPARTANO S. A. 1.216.259,00
1296 3101486535 GRUPO INMOBILIARIO ADCO S. A. 1.054.965,00
1297 3101472829 GRUPO JT INTERAMERICANOS S. A. 2.219.498,00
1298 3101397395 GRUPO MODA SPORT INTER. S. A. 131.449,00
1299 3101127630 GRUPO S. A. 10.343.314,00
1300 3101243730 GUANARITO NORTE G N S. A. 32.099,00
1301 105960963 GUEVARA GONZALEZ GEORGINA 155.873,00
1302 3101074723 GUEVARA Y BARRIENTOS S. A. 2.216.121,00
1303 301450224 GUILLERMO ENRIQUE IGLESIAS
PACHECO 63.421,00
1304 109550797 GUILLERMO LUIS MEDRANO TIJERINO 138.420,00
1305 105780670 GUISELLE CRUZ MADURO 125.195,00
1306 107230066 GUSTAVO ADOLFO VALERIO VIQUEZ 2.062.146,00
1307 3101039617 HACIENDA SANTA ELENA S. A. 30.901,00
1308 3101083009 HACIENDA SANTA MARTA S. A. 368.285,00
1309 3102037052 HACIENDAS LAS PITAS LTDA. 111.423,00
1310 3101469038 HADCORE OSVAR S. A. 891.511,00
1311 3101171272 HAMMBURGER S. A. 504.832,00
1312 199442008 HAN CHUNG KYO 70.984,00
1313 175631004 HARMEYER FREDERICK 18.392,00
1314 109050731 HAZEL ALFARO BADILLA 7.876.184,00
1315 3101282617 HEALER SPRITE S. A. 1.747.571,00
1316 3101015244 HECORO S. A. 6.407.579,00
1317 500520093 HECTOR ZAMORA BRICEÑO 2.809.792,00
1318 1,8627E+10 HELADOS REINA S A 44.674,00
1319 3101022964 HELIOCOPIAS S. A. 534.846,00
1320 105710334 HENRY GOMEZ PANA 81.096,00
1321 102780551 HERBERT MORA VALVERDE 129.286,00
1322 102660858 HERNAN CORDERO ANGULO 63.488,00
1323 110770036 HERNANDEZ RUIZ NATALIA 1.011.309,00
1324 105570353 HERNANDEZ TENORIO OLGA YADIRA 27.812,00
1325 201300961 HERRA CARTIN GLORIA 70.124,00
1326 204060778 HERRERA GUZMAN MARGARITA 3.387.749,00
1327 109020421 HIDALGO CARDENAS GRETTEL
JACQUELINE 1.390.057,00
1328 106370188 HIDALGO MADRIGAL JAVIER 80.250,00
1329 203080409 HIDALGO RODRIGUEZ MAGDA 2.232.987,00
1330 104060885 HILDA MARIA ARTAVIA CASTRO 283.656,00
1331 3101475370 HORIZONTES MERCANTILES DE CTRO.
AMERICA S. A. 695.618,00
1332 3101302998 HOSPITAL CLINICA SANTA MARIA S. A. 328.297.585,00
1333 3101106982 HOTEL EL REY DE PLATA S. A. 261.722,00
1334 3101355486 HOTEL RESIDENCIAL LA VILLA DEGLI
SCACCHI S. A. 676.676,00
1335 3101332193 HRZ OROSOL TREINTA S. A. 1.013.047,00
1336 3101352423 I I T S SEG. Y VIGILANCIA TICA S.
A. 30.563.228,00
1337 3101166549 I P A DE CTRO. AMERICA S. A. 1.580.640,00
1338 105270227 IGNACIO ARTIÑANO ORTIZ 773.251,00
1339 302740070 ILEANA FERNANDEZ GARITA 50.682,00
1340 3101323866 IMAGINE
DIVISION SOFTWARE S. A. 33.556,00
1341 3102279911 IMP Y DISTRI A K S SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LTDA. 2.111.159,00
1342 3101293175 IMPERIAL ADVISORY CORPORATION S. A. 3.712.430,00
1343 3101412464 IMPLEMENTOS MEDICOS BETA S. A. 365.567,00
1344 3101109763 IMPORTACIONES T & C S. A. 419.806,00
1345 3101261647 IMPORTACIONES TEXTILES ALI DE
ORIENTE S. A. 305.552,00
1346 3101142224 IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES
ARBOCAR S. A. 72.121,00
1347 3101165573 IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES ROMO
S. A. 497.086,00
1348 3101165810 IMPORTADORA AZUCAR S. A. 438.998,00
1349 3101079271 IMPORTADORA DE MAQUINARIA JUM S. A 278.964,00
1350 3101134126 IMPORTADORA DINAMICA DEL CARIBE S.
A. 1.204.248,00
1351 3101081207 IMPORTADORA ELECTRONICA HEREDIANA
S. A. 683.915,00
1352 3101490090 IMPRESOS FOTORAMA S. A. 3.073.092,00
1353 3101237702 IMPRESOS LA DORA DE C. R S. A. 73.509.081,00
1354 3101525586 IN DESIGN GRUPO S. A. 69.356,00
1355 3012449887 INAFI LA ASOC. CIVIL 5.028.061,00
1356 3101109251 INCIN (C. R) S. A. 80.206,00
1357 3101082082 IND ECOLOGICAS DE CTRO. AM S A 4.915,00
1358 3101003826 INDUSTRIA TEXTIL S. A. 82.487,00
1359 3102043728 INDUSTRIAS CASSAN LTDA. 247.924,00
1360 3101048089 INDUSTRIAS COSMOS S. A 100.711,00
1361 3101067483 INDUSTRIAS DE OREAMUNO S. A. 120.988,00
1362 3101325182 INDUSTRIAS ESQUINSA S. A. 1.320.514,00
1363 3101005616 INDUSTRIAS FOTOGRAFICAS S. A. 38.682.693,00
1364 3101195550 INDUSTRIAS G B Q S. A. 1.064.112,00
1365 3101002518 INDUSTRIAS QUIMICAS S. A. 392.471,00
1366 3101188887 INFORMACION ECONOMICA DE AMERICA S.
A. 41.566.396,00
1367 3101082141 INFOTU S. A. 2.098.172,00
1368 3101362220 INGENIERIA TECNICA DE PAVIMENTOS I
T P S. A. 8.745.969,00
1369 3101458165 INGENIERIA Y DESARROLLOS CORRALES
S. A. 118.756,00
1370 108660477 INGRID ALFARO MURCIA 1.422.239,00
1371 3101447034 INMOBILIARIA EXPO TERRAMAX S. A. 519.378,00
1372 3101274630 INMOBILIARIA TABASCO S. A. 3.354.117,00
1373 3101081232 INMOBILIARIA Y AGROPECUARIA
BARBASTRO S. A. 442.656,00
1374 3101512888 INSTALACIONES
ELECTRICASJIMENEZ S. A. 4.070.856,00
1375 3101484271 INSTITUTO DE EDUCACION CONTINUA
IDECON S. A. 3.062.040,00
1376 3101285469 INSTITUTO PEDAGOGICO AMERICA IPEA S.
A. 101.473,00
1377 3101434156 INTELLIMATICA I N C DE C. R S. A. 377.538,00
1378 3101372474 INTER. CTRO. AMERICANA SANDOS S. A. 196.102,00
1379 3101285568 INTERNATIONAL
ENTERTAINMENT S. A.GROUP 310.273,00
1380 3101280505 INTERNATIONAL
TRANSPORT SERVICE I T S S. A. 194.056,00
1381 3101132973 INVERSIONES ACETAE S. A. 2.431.205,00
1382 3,1011E+10 INVERSIONES COSTARRICENSES N A S.
A. 43.665,00
1383 3101132995 INVERSIONES DIALEFIANA S. A. 367.188,00
1384 3101582181 INVERSIONES DL & DS S. A. 188.654,00
1385 3101279775 INVERSIONES EL VENADILLO
SALTARIN S. A. 397.677,00
1386 3101510045 INVERSIONES FARMACEUTICAS
FARMATOTAL S. A. 2.217.362,00
1387 3101594836 INVERSIONES J.G.C. DE CR S. A. 631.559,00
1388 3101144421 INVERSIONES KAKARE S. A. 604.662,00
1389 3101073867 INVERSIONES LACRI S. A. 377.645,00
1390 3101230715 INVERSIONES LITOGRAFICAS ROSOBA S.
A. 27.468.012,00
1391 3101368985 INVERSIONES NANCIONALES INTUNA S.
A. 8.477.672,00
1392 3101072172 INVERSIONES RIO ODER S. A. 463.578,00
1393 3101279325 INVERSIONES SANTA FE MCMB S. A. 1.248.668,00
1394 3101345692 INVERSIONES SANTANITA Y ASOC ISA S.
A. 1.359.839,00
1395 3101387200 INVERSIONES SPANKY & DAFFY S. A 400.949,00
1396 3101153098 INVERSIONES TELEMERCADEO DEL ESTE
S. A. 370.130,00
1397 3,101E+10 INVERSIONES TROTAMUNDO S. A. 156.847,00
1398 3101446402 INVERSIONES VILULI V L L S. A. 545.554,00
1399 3101081654 INVERSIONES YANA S. A. 551.677,00
1400 3101322469 INVESTIGACIONES TECNICAS PRIVADAS
GELEA S. A. 401.521,00
1401 107540256 IRENE AZOFEIFA PRADO 61.608,00
1402 3101349520 ITECORISA S. A. 442.542,00
1403 107740744 IVANNIA MARIA PEREZ DIAZ 262.691,00
1404 108770893 IVONNE RODRIGUEZ RODRIGUEZ 96.800,00
1405 3101109274 J D HIRAM S. A. 387.975,00
1406 3101245397 J D M K CONSULTORIA S. A. 2.707.676,00
1407 3101107496 J L ASESORES S. A. 135.511,00
1408 5,2526E+10 J.A S. A. 355.171,00
1409 106190532 JAIME DIEN CHUEN 73.449,00
1410 3101159139 JALOR DE SAN JOSE S. A. 14.576.059,00
1411 916595007 JARQUIN CALDERON AUGUSTA MARINA 65.943,00
1412 107180389 JEHANINA MARIA FALLAS GONZALEZ 3.313.983,00
1413 3101103595 JEMOGA S. A. 454.231,00
1414 701380222 JENNEFER ROHANNY HERRERA CHAVES 1.311.828,00
1415 106280435 JENNY VON SCHROTER FALLAS 8.019.188,00
1416 107030021 JETTY HANY CORDERO MONTERO 2.537.718,00
1417 105290357 JIMENEZ CARRANZA EDUARDO ENRIQUE
DE JESUS 234.136,00
1418 3102093129 JIMENEZ Y PHILLIPS LTDA 379.398,00
1419 3101307626 JJR PFV CONSTRUCCIONES S. A. 3.999.972,00
1420 929204009 JOHN ORDMAN 18.472,00
1421 110010184 JOHNNATAN CONTRERAS MOLINA 1.948.379,00
1422 3101069124 JOMA DEL NORTE S. A. 388.265,00
1423 928056004 JONATHAN MARK SLAVIN 94.515,00
1424 3102514873 JORCAD CONSULTORES LTDA. 407.910,00
1425 501350928 JORGE EDUARDO DE LOS ANGELES DIAZ
GONZALEZ 381.639,00
1426 3101048167 JORGE FALLAS Y ASOC S. A. 1.201.904,00
1427 102640622 JORGE ISAAC ARRIETA HERNANDEZ 107.374,00
1428 303380086 JORGE LUIS BRENES RODRIGUEZ 749.710,00
1429 104650047 JORGE LUIS ZAMORA VARELA 3.494.018,00
1430 106200173 JOSE ALBERTO MUÑOZ ALVARADO 2.186.177,00
1431 110660521 JOSE ALEXANDER VARGAS ARIAS 157.555,00
1432 800750404 JOSE DOMINGO MAIRENA ABARCA 1.623.969,00
1433 108970788 JOSE ENRIQUE ROJAS HERRERA 77.256,00
1434 102610871 JOSE FRANCISCO ARGUEDAS TROYO 773.802,00
1435 102490200 JOSE MARIA GONZALEZ ARAYA 252.762,00
1436 3,0081E+10 JTA EDUC ESC V ESPERANZA PAVAS 535.566,00
1437 107680342 JUAN CARLOS ORDOÑEZ GUTIERREZ 1.953.431,00
1438 17568460 JUAN GABRIEL CHAVES BARAHONA 909.560,00
1439 109110683 JUAN PABLO CORDOBA CALDERON 7.440.739,00
1440 3101570976 JUANDAS S. A. 1.059.393,00
1441 16722615 JULIO CESAR TALAVERA CORDOBA 1.840.763,00
1442 106410406 JULIO MARIA STRADI GRANADOS 122.002,00
1443 701410064 KARLA MARIELA SALAZAR GONZALEZ 174.855,00
1444 107170141 KATTIA RIVERA SOLORZANO 334.782,00
1445 27423287 KATTIA YAMILETH REYES MIDENCE 265.733,00
1446 110320818 KENNETH MAURICIO HERNANDEZ
PADILLA 128.129,00
1447 3101208648 KIREPU S. A. 17.208.334,00
1448 3101546240 L S C ELECTRONICA S. A. 1.236.509,00
1449 3101368363 LA CAS. A. DEL UNIFORME LACUS. A.
S. A. 8.025.469,00
1450 3101360754 LABORATORIO CLINICO CARRILLO &
CARRILLO S. A. 3.397.713,00
1451 3101328083 LABORATORIO OPTILAB S. A. 7.322.693,00
1452 3101283452 LAFER CR MULTIMEDIA S. A. 2.473.899,00
1453 3101569847 LAS CARTERAS DE CAMTEYE S. A. 301.517,00
1454 3101038182 LAS HADAS S. A. 3.347.948,00
1455 3101030716 LAS TRES K S. A. 2.834.409,00
1456 110110853 LAURA PATRICIA PASAPERA BRAVO 6.431.750,00
1457 3101324638 LAVANDERIAS RACHI S. A. 60.943,00
1458 3101384350 LAW
SERVICES CORPORATION S. A. 128.087,00
1459 3101100326 LECHERIA SANTA TERESITA S. A. 1.582.059,00
1460 3101571279 LIFE
PRODUCTIONS S. A. 867.142,00
1461 3101575867 LIFE
SPA S. A. 529.187,00
1462 105090266 LILIANA PACHECO MENDEZ 608.931,00
1463 3101565822 LINDOTEX DE C.R S. A. 1.701.824,00
1464 105390452 LOPEZ AZOFEIFA JUAN CARLOS 711.381,00
1465 3101212213 LOPEZ VALVERDE E HIJOS S. A. 1.770.637,00
1466 3101289349 LR INTERNATIONAL S. A. 923.339,00
1467 104440548 LUIS ALBERTO OROZCO BARRANTES 4.455.774,00
1468 302720806 LUIS ENRIQUE QUIROS CHACON 648.169,00
1469 103280435 LUIS JIMENEZ ARIAS 1.140.793,00
1470 3101542719 LUMBERMAX CONSORCIO MADEDERO S. A. 350.676,00
1471 601700192 LUZ MARINA GONZALEZ ACOSTA 1.598.435,00
1472 3101379086 M G DISEÑOS Y DESARROLLOS S. A. 11.204.700,00
1473 3101307143 M PER INGENIROS Y CONSTRUCTORES CALIFICADOS
S. A 29.364.142,00
1474 3101358967 M R V LA PIAMONTESA S. A. 882.004,00
1475 3101320522 M S A RISK CONSULTORS S. A. 22.449.231,00
1476 3101561953 MAN IN BLACK SECURITY.COM S. A. 20.060.784,00
1477 3101446311 MANO DE OBRA DEL VALLE S. A. 16.725.747,00
1478 105720099 MANUEL GERARDO DELGADO MESEN 783.842,00
1479 28080703 MARCELA DEL SOCORRO MORENO
FRANCO 459.877,00
1480 105600150 MARCO VINICIO BRENES SOLANO 762.186,00
1481 111310304 MARCO VINICIO MORA ZUÑIGA 15.145.461,00
1482 3101312202 MARCOSOFT S. A. 14.381.332,00
1483 25856247 MARGARITA ALVAREZ ECHEVERRI 43.899,00
1484 26021954 MARIA ALICIA MONTERREY MEDINA 685.416,00
1485 24311548 MARIA ANGELICA BECK LANAS 59.526,00
1486 800680542 MARIA AUXILIADORA ROSALES
HERNANDEZ 994.969,00
1487 25550575 MARIA VIRGINIA RIVERA BARAHONA 566.064,00
1488 102750327 MARINO CORRALES MORA 101.112,00
1489 601960588 MARIO ALBERTO CHAN JIMENEZ 81.060,00
1490 103160324 MARIO GUTIERREZ SANDI 857.728,00
1491 25719725 MARTHA CECILIA BARON GALLO 1.094.205,00
1492 105210317 MARVIN MARIO CERDAS BADILLA 8.350.037,00
1493 3101220742 MATECO MATERIALES Y TECHOS PARA LA
CONSTRUCCION S. A. 14.301.945,00
1494 106930772 MAX GUSTAVO CRUZ GRAÑA 528.060,00
1495 3101132772 ME ARQUITECTURA Y CONSTRUCCION S.
A. 8.956.376,00
1496 3101255246 MEMO S Y COMPÑIA S. A. 1.166.325,00
1497 3101142715 MERCADOTECNIA E B S. A. 169.014.635,00
1498 108280625 MICHELLE DUSSAULT UMAÑA 98.729,00
1499 107400926 MINOR FRANCISCO VILCHEZ VARGAS 187.019,00
1500 106120672 MIRANDA ANGULO JACQUELINE 574.580,00
1501 3101114169 MIS LARES S. A. 1.066.210,00
1502 3101470755 MISION PACK DE C. R S. A. 77.065,00
1503 900700406 MITZI DE LEON MURDOCH 93.763,00
1504 3101177049 MORZU DEL NORTE S. A. 1.594.783,00
1505 3101110113 MS. A.S CARGA INTERNAC. S. A. 1.378.349,00
1506 3101021019 MULTIDISCIPLINAS S. A. 1.234.340,00
1507 3101598172 MULTIGRUPO OUTSOURCING SOCIEDAD
ANONINA 1.010.231,00
1508 3101328062 MULTINATIONAL DATA PROCESSING S. A. 2.529.115,00
1509 3101256137 MULTIPAK DE CTRO. AMERICA S. A. 167.605,00
1510 3101427281 MULTISERV.
MONSERRAT TRIPLE A S. A. 2.695.238,00
1511 3101486501 MUSICAL VIOLIN S. A. 17.215.119,00
1512 103960892 NAHUN DURAN ARIAS 439.933,00
1513 28371846 NATALIA TEHELEN TAMAYO 486.492,00
1514 3101354035 NCR NAEX CR S. A. 11.764.973,00
1515 1640099545 NELS HJALMAR HJORTBLAD NOINDICAOTRO 189.335,00
1516 600590434 NELSY RAFAELA SALAS CARBALLO 74.323,00
1517 602770460 NOILY VILLEGAS ACUÑA 444.183,00
1518 3101411040 NORTHERN
SOLUTIONS S. A. 261.518,00
1519 3101029058 NOVEDADES
MARISOL S. A. 13.479.570,00
1520 3101433327 NUEVO ORDEN RELACIONES PUBLICAS S.
A. 1.857.856,00
1521 900930959 NUMA POMPILIO GUILLEN CORVERA 569.699,00
1522 700570329 NURIA MARIA VILLALOBOS ARIAS 63.484,00
1523 3101290295 O L GYPSUM S. A. 1.762.332,00
1524 3101100409 OFICINA DE COMPUTO Y ANALISIS
POLITICO S. A. 120.129,00
1525 3101489552 ORBIS
GLOBAL SOLUTIONS CR S. A. 24.941.797,00
1526 3101023695 ORTIGARRI S. A. 499.028,00
1527 3101254377 OSESJE S. A. 1.208.239,00
1528 800300535 OTTO JARQUIN PFAEFFLE 1.454.021,00
1529 107780719 OTTO PEÑA VARGAS 634.231,00
1530 3101191995 PALMAS DE PIÑUELA S. A. 482.666,00
1531 3101036277 PANADERIA LA SALUD S. A. 4.390.495,00
1532 111580734 PAOLA URBINA QUIROS 385.018,00
1533 3101446959 PAPELES CLASICOS Y MAS ALSO S. A. 117.247,00
1534 3101517513 PASO A PASO TELECOMUNICACIONES
TELEPAS S. A. 6.340.637,00
1535 9735582 PATRICIA ARTIMANA MIESCHER 23.151,00
1536 601220856 PATRICIA JIMENEZ VALLADARES 318.577,00
1537 109480207 PATRICIA MOLINA LOPEZ 609.234,00
1538 104150992 PATRICIA VICTORIA MUROLO VARGAS 99.794,00
1539 1640099088 PAUL ANDREW RADEMAKER NOINDICAOTRO 327.475,00
1540 3101019714 PENTAGRAMA S A 843.945,00
1541 3101445078 PILGRIM RESTORATIONS TLC S. A. 904.369,00
1542 3101496491 PINTURAS COREA S. A. 7.860.953,00
1543 3101309749 POLIMEROS INTER.ES POLIMIN S. A. 340.130,00
1544 3101356171 PORTONES ESTRELLA S. A. 2.473.547,00
1545 3101327769 PRODUBE S. A. 4.921.967,00
1546 3101373055 PROMOTORES UNIDOS AZULES S. A. 1.145.534,00
1547 3101069032 PROPIEDADES MEROSEN S. A. 366.949,00
1548 3101324143 PROPIEDADES OCEANO AZUL L&G S.
A. 273.637,00
1549 3101439711 PROYECTOS DE CONSTRUCCION Y
MANTENIMIENTO INDUSTRIAL
PROCOMAN
S. A. 1.196.952,00
1550 3101182414 PUBLICACIONES Y DISEÑOS C Q G S. A. 129.239,00
1551 3101486187 PUPPY INTERNAC. S. A. 234.576,00
1552 3101425685 QUIONIA MERIDIONAL S. A. 6.039.474,00
1553 3101566038 RADIOPERIODICOS RCR NOTICIAS S. A. 1.431.520,00
1554 3101160559 RADTEC CR S. A. 7.057.589,00
1555 3101258225 RALEO DESIGN S. A. 204.439.493,00
1556 108980356 RANDALL CHING HERNANDEZ 4.822.274,00
1557 3101559128 RECETAS INTER.ES LMJG S. A. 698.698,00
1558 3101226021 REPRESENTACIONES S P C YUK MAYY S.
A. 550.315,00
1559 3101579593 REPUESTOS AUTOMOTRICES FAMBERMU S.
A. 472.380,00
1560 109040944 RICARDO ALBERTO ARAYA MENDEZ 1.667.399,00
1561 3102421005 RILOMA DIST. DE ROPA R L MLTDA. 353.055,00
1562 900120928 RODOLFO BRENES VARGAS 1.434.496,00
1563 101980090 RODOLFO VIQUEZ BONTEMPO 92.785,00
1564 104350623 ROGELIO ALVARADO CERVANTES 253.190,00
1565 103290689 ROGELIO SOLANO CHINCHILLA 153.071,00
1566 501110069 ROLANDO DEL SOCORRO MURILLO NUÑEZ 623.099,00
1567 108110281 ROXANA ALFARO CONTRERAS 446.933,00
1568 107980318 ROXANA ZAMORA RODRIGUEZ 450.952,00
1569 109290864 ROY ALBERTO POVEDA CALVO 4.606.946,00
1570 104130638 RUTH NICOLAAS ZAMORA 3.561.898,00
1571 3101138027 SAENZ Y ESPINOZA INGENIEROS SA 923.907,00
1572 3101426575 SALSA
RECORD SA 1.170.783,00
1573 400870438 SANCHEZ
CARVAJAL JOSE ENRIQUE 605.148,00
1574 107210746 SANDRA ALVAREZ CUBILLO 500.934,00
1575 3101314000 SANDRA MAGDALENO CTRO. DE ESTETICA
INTEGRAL SA 7.349.993,00
1576 104320015 SANDRA MARIA VALERIN MARTINEZ 157.105,00
1577 3101280352 SECURITY ARMY SA 154.798,00
1578 3101113129 SEG. PRINCIPE REAL SA 93.005.418,00
1579 3101373151 SEG. PRIVADA ROCOLIO SA 5.029.234,00
1580 3101348723 SEG. SEFECSA SA 23.282.972,00
1581 3101366464 SEG. Y MAS CRUZ GUZMAN SA 3.402.410,00
1582 3101108138 SEGUROS BANCRECEN SA 141.783,00
1583 3101211012 SERVICIO DE BANQUETE ARCA SA 767.746,00
1584 3101541633 SERV.
AUTOMOTRICES TAYACAN SA 1.151.712,00
1585 3101052120 SERV.
CINCO CERO CINCO
SA 93.738.996,00
1586 3101400891 SERV. DE MERCADEO INTER. SERMERINT
SA 795.655,00
1587 3101227076 SERV. DE SEG. K A SA 87.825.092,00
1588 3101243014 SERV. ECONOMICOS Y SOCIALES SA 277.356,00
1589 3101283716 SERV. GASTRONOMICOS INTER. SAVARIN
S G I S SA 17.668.413,00
1590 3101302392 SERVIPROF ESPECIALISTAS SA 349.936,00
1591 27480103 SHANGMEI LI NOINDICAOTRO 64.291,00
1592 3101483257 SHOTENTOR SA 1.109.202,00
1593 3101324123 SIMULACIONES TECNOLOGICAS SIMULATEC
SA 62.634,00
1594 3011084638 SINDICATO NACIONAL DE CONSERJES
(SINAC) 2.558.114,00
1595 3101259873 SIST. AUTOMATICOS DE CR SA 1.868.968,00
1596 3101088895 SIST. Y CONSTRUCCIONES M Y E SA 13.271.137,00
1597 3101456629 SM
LAW CONSULTANTS SA 862.931,00
1598 3101499230 SMALL
WORLD PRODUCTIONS SA 1.849.799,00
1599 3101304232 SOCHU DE ESCAZU S D E SA 2.921.087,00
1600 3101295359 SOCIEDAD MEDICINA ESTETICA DE C. R
SA 126.344,00
1601 3101165757 SOLTEC SOLUCIONES TECNOLOGICAS DE
COMUNICACION SA 86.404,00
1602 3101370447 STEAM CLEAN INCORPORATED SA 1.287.988,00
1603 17224576 STEVEN DEMAAYER DEMAAYER 253.039,00
1604 109390142 SUS. A.N GABRIELA MORALES MUÑOZ 1.258.139,00
1605 603070342 SUSANA FALLAS SOTO 2.266.838,00
1606 17200029 TAE YANG KIM NOINDICAOTRO 10.705.243,00
1607 3101190403 TECNOLOGIA LATINOAMERICANA SA 321.979,00
1608 63852002 TENG CHENG CHANG MAN 109.343,00
1609 102130392 TERESITA SIVERIO XIRINACH 60.612,00
1610 3101465164 TIEMPO DIGITAL SA 249.655,00
1611 3101511401 TIERRA AZUL SIL Y ASOC SA 6.565.138,00
1612 3101581296 TING
DENMARK DE C. R SA 1.170.768,00
1613 3101560781 TODO LO SOLUCIONA C.R. SA 178.016,00
1614 3101209970 TORRE
DE MARFIL SA 75.999,00
1615 3101395075 TOTAL
DENT SERV. ODONTOLOGICOS
C. R. C. S. A. 14.152.520,00
1616 3101212291 TRANSFERENCIAS CTRO. AMERICANAS
RAPIENVIOS SA 106.152,00
1617 3101363005 UNIMATHE
BUSINESS SA 10.795.730,00
1618 107440575 VANESSA
PACHECO ACUÑA 463.262,00
1619 3101326226 VEINTITRES
PICTURES SA 2.225.813,00
1620 3101292740 VENOM
DE C. R SA 14.368.532,00
1621 3101048846 VETSA ELECTRICIDAD Y TELECOMUNICACIONES
SA 68.068.865,00
1622 3101019296 VIAJES RECEPTIVOS SA 12.359.568,00
1623 3101567091 VICTOR MONTERO ARQUITECTOS SA 625.388,00
1624 3101253475 VIENTO DEL PANTANO SA 154.303,00
1625 3101173175 VIENTO FRESCO DE GUANACASTE SA 3.585.383,00
1626 103290495 VIRGINIA
VILLALOBOS TORRENS 1.033.521,00
1627 3101267601 VIRTUAL
INTERACTIVE SOLUTIONS INC SA 329.535,00
1628 3101186846 VISTA ARENAS DEL CARIBE SA 6.495.464,00
1629 102830826 VITA
MARIA FALLAS AGUILAR 553.663,00
1630 3101417148 WHITE
FORREST VIEW SA 550.941,00
1631 3101505777 WHOOPS
STREETWEAR SA 1.418.422,00
1632 17617172 WILLINGTON
ORTIZ MURILLO 222.587,00
1633 3101298737 WORLD
TECHNICAL SOLUTIONS WTS SA 3.857.140,00
1634 105810310 XINIA MARIA MESEN MURILLO 1.160.259,00
1635 3101264838 YASCAMAL IMPEX SA 5.960.945,00
1636 28917841 YONGSHI
CHEN NOINDICAOTRO 699.487,00
1637 106180413 YVONNE
DIEKE CLAUSSEN 38.960,00
1638 800690629 ZHUJING
LI ZHENG 719.434,00
1639 3101453446 ZOPAPO
SA 1.171.032,00
1640 MONTO
DE LA DEUDA AL 04-03-2011
1641 3101492959 3-101-492959 S. A. 168.225,00
1642 3101557757 3-101-557757 S. A. 165.861,00
1643 3101559194 3-101-559194 S. A. 657.736,00
1644 3101564255 3-101-564255 S. A. 1.623.526,00
1645 3101596218 3-101-596218 S. A. 1.135.023,00
1646 3101370105 A C INSTALACIONES ELECTROMECANICAS
S. A. 45.483.017,00
1647 3101291577 A O M MEPROINSA S. A. 2.294.714,00
1648 3101522526 A RUDIN FINANCIAL GROUP S. A. 6.109.204,00
1649 3101171654 A. A. M. INVERSIONES DE CR S. A. 8.920.228,00
1650 3101426750 A.S.E. ASESORES DE SEG. EMPRESARIAL
S. A.. 12.259.801,00
1651 3101500415 ACUÑA LETT ARQUITECTOS S. A. 931.177,00
1652 3101469962 ADMINISTRADORA LA MAURA DEL SUR S.
A. 4.642.540,00
1653 3101400153 ADONAY YIREH S. A. 305.323,00
1654 109210709 ADRIANA GINETTE PALMA CHACON 222.536,00
1655 3101226321 AG. DE CARGA M C S. A. 102.010,00
1656 3102003150 AG.S AMERICANAS DE TURISMO LTDA. 3.911.146,00
1657 3101173963 AGREX DEL NORTE S. A. 39.392,00
1658 3101033227 AGRICOLA ANA CATALINA S. A. 4.510.106,00
1659 3101331743 AGRICOLA DE FRUTAS Y ORNAMENTALES
AFO SANTA ANA S. A. 14.779.133,00
1660 3101160243 AGROPECUARIA SAN RAFAEL S. A. 111.062.041,00
1661 3101220089 AGUILUCES
S. A. 148.720,00
1662 3101347562 AIR
CR VIP TRAVEL S. A. 7.938.218,00
1663 17816211 ALFONSO ENRIQUE VALDERRAMA
ORTIZ 52.334,00
1664 204190118 ALFONSO SOTO ROJAS 435.997,00
1665 16827930 ALI REZA MANOUCHEHRIAN
NOINDICAOTRO 1.920.806,00
1666 3101414212 ALIMENTOS EL CERDITO S. A. 274.097,00
1667 3101489652 ALQUILERES DEL VALLE S. A. 66.818.781,00
1668 101740866 ALVARO COLLADO MONTEALEGRE 92.100,00
1669 104180683 ALVARO JOSE BONILLA ECHEVERRIA 376.199,00
1670 3101126424 AMBOLETA S. A. 11.706.680,00
1671 302380187 ANA BALBINA ALFARO MENDEZ 20.867,00
1672 106540817 ANA CAROLINA ACUÑA JARQUIN 4.045.962,00
1673 105220959 ANA CECILIA JIMENEZ RODRIGUEZ 713.275,00
1674 106510894 ANA CECILIA ZUÑIGA PEREZ 7.772.229,00
1675 107560405 ANIBAL ZELEDON LEAL 191.644,00
1676 3101142229 ARDICO S. A. 2.039.757,00
1677 2660100203 ARGENIS RINCON MORALES 4.556.753,00
1678 3101479249 ARROZ DE LA A A LA Z S. A. 685.780,00
1679 3101414004 ART
& MUSIC IQ MANAGEMENT S. A. 43.859,00
1680 106630174 ARTURO MORA CHAVARRIA 351.142,00
1681 3101278105 ASESOR MULTIDISIPLINARIAS MUN S A 468.942,00
1682 3101215749 ASESORES INFORMATICOS R & H S.
A. 3.695.999,00
1683 3101477401 ASESORES PREVENCIONISTAS EN
AMBIENTES LABORALES
ASPRAL
S. A. 65.419,00
1684 3101212825 ASESORIAS PROFESIONALES LOPEZ
AMADOR S. A. 6.042.406,00
1685 3108136482 ASISTENCIA CONTABLE Y FISCAL ASCOFI
BALTODANO MADRIGAL
MORA 3.518.942,00
1686 3002071640 ASOC. COSTARRICENSE DE GIMNASIA Y
AFINES 1.680.091,00
1687 3002514462 ASOC. DE TRANSPORTISTAS DE
ESTUDIANTES SIGLO VEINTIUNO 513.914,00
1688 3002197099 ASOC. DE VETERANOS DE GUERRA ESCAZU
DIEZ 54.411,00
1689 3002051857 ASOC. DESARROLLO INTEGRAL DE PAVAS
SAN JOSE 1.793.653,00
1690 3101309092 AUTOS SALOMON DE CINCO ESQUINAS S.
A. 195.343,00
1691 3101317286 AVANCES TECNOLOGICOS DE C. R
AVANTEC S. A. 34.223.237,00
1692 3101098688 B A LEITON S. A. 2.012.248,00
1693 16125477 BAIETTO GIANNI GIANNI 30.019,00
1694 3101538980 BANNANA FASHION STORE S. A. 968.334,00
1695 3101389687 BARNATRADE S. A. 41.636,00
1696 3101162190 BASES SÓLIDAS DE C. R S. A. 2.097.346,00
1697 3101139199 BAUFER
S. A. 937.453,00
1698 3101203992 BEAT
COMPANY S. A. 407.427,00
1699 3101408738 BEAUTY SUPPLY M.E. SOCIEDAD ANOMIMA 2.823.400,00
1700 3101031941 BEJUCO INVERSIONES S. A. 253.336,00
1701 16927951 BINGMAO FENG NOINDICAOTRO 2.339.934,00
1702 3101368310 BUCOLICA
S. A. 203.872,00
1703 3101194882 C
T C CORP. DE
TRANSPORTES DE CARGA S. A. 347.492,00
1704 3101351912 C Y C SERV. PORTUARIOS L. A. S. A. 4.082.395,00
1705 2700099304 CABREJOS MEJIA GABRIELLA ANDREA 332.933,00
1706 3101112256 CALZADO INFANTIL DE LUJO S. A. 35.748.509,00
1707 3101113088 CAPACITACION Y ASESORIA TECNICA
PROFESIONAL OBANDO S. A. 1.496.599,00
1708 106530284 CARLA MARIA DE ABATE YGLESIAS 3.665.406,00
1709 104790823 CARLOMAGNO DELGADO FLORES 118.157,00
1710 106960823 CARLOMAN VARGAS MIRANDA 522.185,00
1711 107820288 CARLOS ALBERTO FONSECA SOLIS 535.947,00
1712 107100668 CARLOS EDUARDO GUILLEN UREÑA 1.178.654,00
1713 202570138 CARLOS GERARDO JIMENEZ MURILLO 782.790,00
1714 104320644 CARLOS LUIS DIAZ MORALES 498.312,00
1715 3101290854 CDG
ENVIRONMENTAL ADVISORS S. A 12.187.266,00
1716 3101507553 CELULAR
DEVELOPMENT CR S, A. 766.823,00
1717 3101134122 CENTRAL DE LICORES CELI S. A 2.634.077,00
1718 3101330602 CENTRAL F & L S. A 1.223.686,00
1719 3101159194 CTRO. DE APOYO FINANCIERO S. A 3.664.420,00
1720 3101498242 CTRO. DE DESARROLLO HABITACIONAL E
INVESTIGACION
º SOCIAL CEDHIS S.
A. 7.672.674,00
1721 3101336237 CTRO. DE ESTUDIOS CLINICOS CIMA DEL
OESTE S. A. 759.440,00
1722 3101179602 CTRO. EDUCATIVO SAN VALENTIN S. A 1.241.345,00
1723 3101591948 CTRO. TECNICO DE CERTIFICACION
SANTA MONICA S. A. 216.799,00
1724 1390100075 CHARLES JOHN MALOUF NOINDICAOTRO 354.441,00
1725 103680359 CHAVES CHAVARRIA MARLENE 131.763,00
1726 3101088229 CHICAGO PERROS CALIENTES S. A. 1.359.076,00
1727 3101310142 CHOCOTEJAS S. A 670.237,00
1728 109340635 CHRISTIAN EDUARDO OBANDO SALAZAR 2.280.707,00
1729 27421655 CHRISTINE VASCONCELLOS
DICSLEITE 86.860,00
1730 103560552 CLARA MARIA MARIN ZELEDON 1.234.935,00
1731 104990299 CLAUDIO GERARDO JIMENEZ PARIS 99.022,00
1732 3101540691 CLC ENLACES VACACIONALES 2.486.605,00
1733 3101415097 CLUB NOOSA S. A 13.265.214,00
1734 3101300175 CLUBES
C R VISION S. A 17.148.430,00
1735 3101413863 CMC
INTERNATIONAL CAREER MANAGEMENT CONSULTANTS S. A 133.242,00
1736 800620485 COLOMBO FUENTES ALVAREZ 1.228.896,00
1737 3101467208 COMANDO DE LA VIGILANCIA PRIVADA
COVIPSA S. A. 3.946.727,00
1738 3101256374 COMANDO DE VIGILANCIA DEL PRADO Y
ASOC S. A. 1.406.481,00
1739 3101107921 COMERCIAL KAOMA 622.884,00
1740 3101115835 COMERCIAL PRIBEL 417.667,00
1741 3101289142 COMERCIAL ROMAGO R A G S. A. 13.455.466,00
1742 3101172469 COMERCIAL ZUME DE TIBAS S. A 323.510,00
1743 3101554490 COMERCIALIZADORA RAMIREZ Y VASQUEZ
CORAVA S. A. 207.715,00
1744 3101086316 CIA. AMERICANA DE COLOCACIONES Y
SERV. MULTIPLES
ALFEREZ
BERMUDEZ ALBER S. A. 27.310.238,00
1745 3101258149 CIA. CONST. OCCIDENTAL R R S. A 98.813.191,00
1746 3101275561 CIA. DE SEG. JAES S. A. 736.311,00
1747 3101277843 CIA. DE SEG. TICA S. A. 263.408.271,00
1748 3101590055 CIA. MZF S. A. 1.177.457,00
1749 3109125980 CONDOMINIO CASABELLA 1.036.869,00
1750 3109232597 CONDOMINIO SITIO REAL 725.582,00
1751 3101189971 CONSORCIO JURIDICO INTER. S. A. 5.108.515,00
1752 3102489558 CONSTRUCCION Y ACABADOS
METROPOLITS. A.S LTDA. 3.343.561,00
1753 3101288276 CONSTRUCT
SYSTEMS S. A. 7.612.519,00
1754 3101501655 CONST.
WALTER CASTILLO
& ARAGON S. A 11.683.333,00
1755 3101305449 CONSULTORIA Y ASESORIA MI TRUENO S.
A 5.553.441,00
1756 3101501257 CONTROL PREVENTIVO TOTAL S. A. 3.646.789,00
1757 3004117693 COOP AUTOGESTIONARIA DE SERV. DE
TIENDA R L 348.864,00
1758 3004087493 COOPERATIVA DE TRANSPORTES DE SERV.
PUBL. Y SERV.
MULTIPLES
R L 187.267,00
1759 3101269745 CORONAS Y ZUÑIGA S. A. 1.552.882,00
1760 3101459835 CORP. & REPRESENTACIONES EGO
MODA SOCIEDAD S. A.NIA 375.676,00
1761 3101296860 CORP. AGADES S. A. 17.705.059,00
1762 3101255587 CORP. CONSULTORA NUEVO MILENIO MJG
S. A. 3.827.070,00
1763 3101104782 CORP. DAR DE CTRO. AMERICA S. A. 97.893,00
1764 3101467366 CORP. DE SEG. HERRERA S. A 1.437.576,00
1765 3101211539 CORP. DE SERV. CAPACITACION Y
ASESORIA DE PUNTARENAS S. A. 206.340,00
1766 3101363711 CORP. DE SERV. PROFESIONALES DE
PERSONAL S.P.P. S. A. 1.373.143,00
1767 3101168819 CORP. DIAMANTE DEL OESTE O C R S.
A. 371.214,00
1768 3101370612 CORP. DOBLE SIRIOS DE CR S. A. 2.155.747,00
1769 3101007827 CORP. ELECTRONICA S. A. 17.974.413,00
1770 3101215040 CORP. IMPERIO SANGALL S. A. 3.653.810,00
1771 3101197973 CORP. MAXTRON INTER. S. A. 439.613,00
1772 3101274576 CORP.
PIPO S DOG S. A. 4.911.090,00
1773 3101082343 CORP. PRINCIPE AMERICS. A. DE C. R
S. A. 844.815,00
1774 3101011617 CORP. REUBEN SOTO S. A. 591.551,00
1775 3101450596 CORP. TRANSCAR DEL ESTE S. A. 180.081,00
1776 108100806 CRISTINA BATALLA BONILLA 375.814,00
1777 3101418389 CSI CIA. DE SEG. E INVESTIGACION S.
A. 606.699,00
1778 800410499 DANIEL ABEA CASTILLO 210.193,00
1779 3101111855 DAYTONA QUINIENTOS S. A. 480.437,00
1780 3101292407 DE
JAIR FINE ARTS S. A. 1.211.149,00
1781 3101070037 DECO FORMA S. A 230.736,00
1782 3101362008 DECOR CENTER D C DE C. R S. A. 5.484.664,00
1783 3101145294 DELICES DUQUESNE S. A. 427.676,00
1784 3101448407 DESARROLLADORA DEGUSA S. A. 4.699.470,00
1785 3101243222 DESARROLLOS CORPORATIVOS INPAGE S.
A. 499.619,00
1786 3101404922 DESARROLLOS INMOBILIARIOS SECA S.
A. 603.027,00
1787 800880277 DESIREE DEL SOCORRO AYON LACAYO 3.135.875,00
1788 102800480 DETLEF HEINRICH ACOSTA 40.126,00
1789 3101319268 DIMEZA DIST. DE MUEBLES Y
ELECTORDOMESTICOS DE ZAPOTE S. A 337.579,00
1790 106940311 DIMITRIOS PAGONAS MEZA 2.122.807,00
1791 3101018926 DISCO EXITO S. A. 450.528,00
1792 3101320890 DISEÑO ARQUITECTURA URBANISMO Y
PLANIFICACION DAUPLAN S. A. 364.922,00
1793 3101341317 DISEÑOS INDUSTRIALES A & B
DINSA S. A. 146.133,00
1794 3101124307 DISIMP S. A. 642.815,00
1795 3101048267 DISMU S. A. 3.076.851,00
1796 601010300 DISNEY RAUL RODRIGUEZ BARRANTES 2.159.068,00
1797 3101046767 DISTRIBUCIONES ELECTRONICAS DE SAN
JOSE S. A. 818.865,00
1798 3101016521 DIST.
ALAR S. A 883.868,00
1799 3101048306 DIST.
ALEM S. A. 453.454,00
1800 3101423684 DIST.
BLIME MJ S. A. 14.791.963,00
1801 3101105306 DIST. COFICO S. A 863.526,00
1802 3101359528 DIST. COMERCIAL VERMAR SANTA ANA S.
A. 2.082.741,00
1803 3101297980 DIST.
PIOLIN TOC 619.397,00
1804 3101534092 DIST.
TAE OK KIM S. A. 1.629.221,00
1805 3101154066 DIST. TEGA ESCAZU S. A. 1.163.686,00
1806 3101085962 DIST. VIAL S. A. 1.090.076,00
1807 3101281492 DIVERSIONES Y PESAJES ELECTRONICOS
S. A 159.422,00
1808 3101339451 DOBLE ALTURA S. A. 984.488,00
1809 3101208003 DOCTOR COMPUTO S. A. 29.663.431,00
1810 900120065 DORA MARTA ESQUIVEL SANDOVAL DORA
MARTA 1.538.737,00
1811 3101124651 DRACMA CTRO. AMERICANA S. A 291.986,00
1812 106170586 EDGAR ROHRMOSER ZUÑIGA 46.452,00
1813 3101472448 EL TESORO DEL PIRATA GYM PARTY S. A. 1.375.713,00
1814 14856918 FABRIZIO GHELARDI NOINDICAOTRO 64.058,00
1815 3102501806 FARO ADVERTISING ABCLTDA. 2.276.027,00
1816 102700524 FERNANDO BARQUERO SALAZAR 641.146,00
1817 3101232841 FIGURELLA S. A. 2.038.887,00
1818 3101210487 FISIOTERAPIA INTEGRAL S. A. 6.036.482,00
1819 3101089533 FLORES Y PALMERAS S. A. 3.118.088,00
1820 3101507686 FONDA Y PIZZERIA TATTA S. A 2.374.030,00
1821 200620261 FRANCISCO URBINA GONZALEZ 937.117,00
1822 3101169388 FRUTOS DE MI TIERRA COLOMBIANA S.
A. 3.459.284,00
1823 3101382499 FUERZA CENTINELA INTER. FCI S. A. 65.614.934,00
1824 3101150084 FUMIGADORA BAYTEX DE CTRO. AMERICA
S. A. 2.239.257,00
1825 3006173851 FUNDACION CRISTIANA MILLON DE
AMIGOS 328.684,00
1826 3101029768 FUNERARIA LA PAZ S. A. 458.869,00
1827 3101466166 FYR
LOIS CORPORATION S. A. 866.996,00
1828 3101128263 G & G SOLUCIONES Y SIST. S. A. 454.517,00
1829 3101406404 G & H CONSTRUCCIONES TECNICAS
S. A. 34.736.867,00
1830 3101506347 G P O COMUNICACION S. A. 1.779.356,00
1831 3101443761 G.A.M.
INTERNATIONAL TRADE S. A. 374.323,00
1832 3101386203 GARFER FUTCINCO S. A. 368.097,00
1833 3101373551 GARRO Y FALLAS CONSTRUCCIONES S. A. 723.285,00
1834 3101414132 GASTRONOMIA ARRECIFES S, A, 2.397.828,00
1835 3101152988 GEC S. A. 725.344,00
1836 3101230002 GESTORIA CONCESION E INGENIERIA G C
I S. A. 734.219,00
1837 102750312 GILBERT FERNANDEZ SOSA 698.091,00
1838 3101444860 GLOBAL BUSINESS GROUP S. A. 166.602,00
1839 110930991 GOMEZ ROJAS SHIRLEY PATRICIA 1.335.375,00
1840 302140724 GRACE PATRICIA CHIN VILLALOBOS 73.684,00
1841 3101445843 GREEN CHEF MJG S. A. 52.804,00
1842 3101588248 GRUPO ALCAM CAPITALES DE
LATINOAMERICA SOCIEDAD 1.148.496,00
1843 3101308410 GRUPO DESARROLLADOR TORRE FUERTE S.
A. 662.321,00
1844 3101557727 GRUPO GAVAMA J & R S. A. 445.239,00
1845 3101404204 GRUPO MOTRIZ MONZE S. A. 12.395.642,00
1846 3101355659 GRUPO MV SERV. DE ARQUITECTURA E
INGENIERIA S. A. 856.132,00
1847 3101287338 GRUPO TREVAL S. A. 821.000,00
1848 3101260742 GRUPO VERSALLES DEL NORTE S. A. 5.820.711,00
1849 102630228 GUIDO SIBAJA VEGA 3.466.429,00
1850 3102021809 GUITARRAS GUZMAN HERMANOS LTDA. 5.653.413,00
1851 27527410 GUZ ZHU LIANG NOINDICAOTRO 3.047.500,00
1852 3102057473 H Y L LTDA. 152.504,00
1853 3102009266 HACIENDA EL RETIRO LTDA. 737.476,00
1854 16326316 HAMALIAN HAMALIAN PAUL HAMLIN 1.753.562,00
1855 105620038 HANNIA PATRICIA BARRANTES SOLANO 66.073,00
1856 800080083 HANS FURST ZOBEL 1.256,00
1857 14413076 HARTLES HARTLES ROGER WALTER 202.581,00
1858 3101067433 HENCHOZ TURISMO S. A. 17.767.206,00
1859 3101255910 HERMANOS ROLAHESO S. A. 52.174.675,00
1860 105850980 HERNAN PACHECO ORFILA 284.244,00
1861 13408138 HERNANDEZ HERNANDEZ GABINO
ARMANDO 496.824,00
1862 3101194556 HGB OBRAS Y CONSTRUCCIONES S. A. 111.509,00
1863 109020525 HIDALGO CHAVES JOSE OTONIEL 9.159.471,00
1864 105480624 HIDALGO SOLANO REBECA 967.802,00
1865 105510603 HILDA FLOR AGUILAR ROJAS 29.024,00
1866 3101446336 HK UNIQUE INTERIOR DESIGNS DE C. R
S. A. 7.511.714,00
1867 3101272218 HOVERCRAFT
DE C. R S. A. 2.274.727,00
1868 929085002 HUIDOBRO LASO BEATRIZ 88.685,00
1869 3101489121 ID MEDIA S. A. 9.533.181,00
1870 3101473949 IMDI BEAUTY S. A.. 1.524.951,00
1871 3101054406 IMPORTACIONES DON CARLOS S. A. 496.729,00
1872 3101385235 IMPORTACIONES INNOVADORAS O. B. S.
A. 71.236,00
1873 3101361218 IMPORTACIONES JOAQUIN GOMEZ ARIAS
S. A. 21.006.608,00
1874 3101234345 IMPORTACIONES MUNDIALES CTRO.
AMERICANA S. A. 1.412.129,00
1875 3101102508 IMPORTACIONES OBALDIA S. A. 539.990,00
1876 3101558026 IMPORTADOR COMMART C. R S. A. 2.839.892,00
1877 3101103992 IMPORTADORA COMERCIAL ICOSA S. A. 78.002,00
1878 3101224168 IMPORTADORA DE CORBATAS S. A. 588.876,00
1879 3101089835 IMPORTADORA DE MAQUINARIA U S. A. 901.136,00
1880 3101318403 IMPORTADORA DE MARCAS MUNDIALES S.
A. 4.462.808,00
1881 3101208280 IMPORTADORA VIJO V J S. A. 3.616.254,00
1882 3101215550 IMPORTADORA ZOKA S. A. 549.324,00
1883 3101318248 IMPRESOS MOLINA Y ARTAVIA S. A. 152.164,00
1884 3102007596 IMPULSORA DE VENTAS LTDA. 108.927,00
1885 3101382463 INALMU S. A. 5.599.050,00
1886 3101210441 INDUSTRIA TABACALERA ORO DEL CARIBE 126.516,00
1887 3101178802 INDUSTRIA Y DIST. MENA E HIJOS S.
A. 103.975,00
1888 3101121216 INDUSTRIAS CONQUISTADOR S. A. 421.726,00
1889 3101157101 INDUSTRIAS DE SERV. EL MANA S. A. 692.927,00
1890 3101041519 INDUSTRIAS FRANNEL S. A. 27.536.819,00
1891 3101318691 INMOBILIARIA ABAR LA ANTIOQUEÑA S.
A. 293.720,00
1892 3101329905 INMOBILIARIA BOROVOCR S. A. 14.570.947,00
1893 3101033782 INMOBILIARIA CAMPO VERDE S. A. 401.403,00
1894 3101216126 INMOBILIARIA HABITACIONAL DEL OESTE
S. A. 8.042.678,00
1895 3101265020 INMOBILIARIA M J INTER. S. A. 36.150,00
1896 5,4702E+10 INMOBILIARIA RUKOSH S. A. 48.109,00
1897 3101098167 INMOBILIARIA SOLFRA S. A. 535.039,00
1898 3101047081 INSTITUTO BILINGUE COSTARRICENSE S.
A. 12.596.051,00
1899 3102067420 INSTITUTO CTRO. AMERICANO DE
ASUNTOS INTERN LTDA. 86.689,00
1900 3101127891 INSTITUTO DE EDUCACION COMERCIAL I
D C S. A. 5.570.845,00
1901 212770002 INSTITUTO EDUCATIVO EL BOSQUE S A 425.466,00
1902 3101125770 INSTITUTO MATERNO INFANTIL RETOÑOS
S. A 1.000.674,00
1903 3101350746 INSTITUTO NACIONAL DE IDIOMAS S Y S
S. A. 3.357.517,00
1904 3101168218 INSTRUMENTOS DE CIRUGIA Y
REPARACION S. A. 2.546.031,00
1905 3101460896 INTELLECT
INTERNATIONAL DE C.R S. A. 1.490.807,00
1906 3,1011E+10 INV SIST DE SEG S A 8.259.463,00
1907 3101225698 INVERSCI DEL ESTE S. A. 7.603.532,00
1908 3101579374 INVERSIONES ANDREW-JIMENA S. A. 334.988,00
1909 3101558176 INVERSIONES ANGELUS FONVAR S. A. 3.688.623,00
1910 3101162340 INVERSIONES BOSEGURA S. A. 65.281,00
1911 3101351682 INVERSIONES CASALOMA DE LA RIVERA
S. A. 76.983.336,00
1912 3101121854 INVERSIONES COCELMA DE C.R S. A. 164.015,00
1913 3101331398 INVERSIONES CRC ALPINAS DEL NORTE
S. A. 981.860,00
1914 3101140037 INVERSIONES CUBERO & VARGAS S.
A. 357.106,00
1915 3101371120 INVERSIONES DESANFER S. A. 14.703.556,00
1916 3101376053 INVERSIONES DOÑA SARA S. A. 1.695.759,00
1917 3101049406 INVERSIONES EUGENIN S. A. 789.227,00
1918 3101140694 INVERSIONES GUANOCO S. A. 537.125,00
1919 3101398140 INVERSIONES ISAC HERRERA E HIJOS S.
A. 228.809,00
1920 3101153175 INVERSIONES M&B DE SAN JOSE S.
A. 1.172.299,00
1921 3101121021 INVERSIONES MERCEVANA DE CR S. A. 871.935,00
1922 3102291427 INVERSIONES MILENIUM III HS LTDA. 2.661.257,00
1923 3101347505 INVERSIONES MILOKAL DE CR S. A. 4.667.527,00
1924 3101129875 INVERSIONES MONTES LLANO S. A. 232.894,00
1925 3101054162 INVERSIONES MULTINACIONALES PEPITOS
S. A 378.620,00
1926 3101364921 INVERSIONES RAMAS DE ORIENTE S. A. 2.178.046,00
1927 3101167686 INVERSIONES RAYFRE S. A. 3.562.655,00
1928 3101047703 INVERSIONES SANCHEZ DEL ORIENTE S.
A. 207.978,00
1929 3101383497 INVERSIONES SKAC DEL HORIZONTE S.
A. 72.504,00
1930 3101297283 INVERSORA JOBREN DEL NORTE S.A 334.264,00
1931 301830232 ISABEL JOSEFINA CAMPOS ESQUIVEL 107.918,00
1932 303060847 ISELA DELGADO ARAYA 591.324,00
1933 111360285 IVANNIA LOBO RAMIREZ 127.382,00
1934 3101301378 IWIBO DE SAN JOSE S. A. 528.664,00
1935 286298901 JANE JACKSON VANESSA 20.859,00
1936 107930347 JARA BERNARD RODOLFO ALBERTO 1.840.376,00
1937 204560671 JAROL ALBERTO ALFARO VARGAS 150.960,00
1938 102910628 JAVIER FRANCISCO ZELEDON
RODRIGUEZ 63.283,00
1939 3101100912 JEMAROS S. A. 80.823.706,00
1940 109640789 JENNIFER FLORENCE LIGATOR
KOPPELSON 348.429,00
1941 108090909 JIMENEZ ANCHIA JUAN GERARDO 847.074,00
1942 111110704 JIMENEZ RIVERA GRACIELA CRISTINA 259.426,00
1943 104580115 JOHNNY ALBERTO MORA CASASOLA 77.262,00
1944 107460333 JORGE ARTURO CORTES QUESADA 1.596.455,00
1945 104100225 JORGE ARTURO DEVANDAS BRENES 152.984,00
1946 104950606 JOSE ANTONIO DUNKAN CAMPOS 268.953,00
1947 601530106 JOSE ARTURO ALVARADO QUIROS 923.862,00
1948 104820368 JOSE DANIEL CHAVES GOMEZ 362.016,00
1949 300710572 JOSE JESUS ARTURO SOLANO VIQUEZ 36.697,00
1950 104550682 JOSE MIGUEL MARTINEZ MELENDEZ 887.255,00
1951 220216008 JOSE OCTAVIO CHAMORRO GONZALEZ 122.300,00
1952 501760788 JOSE RIGOBERTO CUBILLO MENA 2.299.648,00
1953 502060481 JOSE RODRIGO JACAMO MENDEZ 1.270.170,00
1954 800010510 JOSEFINA FERRER ROSES 49.983,00
1955 302960758 JOSEPH CHARLES BRECHENRIDGE
OBANDO 1.780.848,00
1956 920242004 JOYCE EWING VEACEY 202.518,00
1957 3101307727 JOYERIA ESMERALDAS BOCHIRA S. A. 644.675,00
1958 3101089841 JOYERIA SAN JUAN S. A. 1.157.623,00
1959 800400277 JUAN CARLOS CORDERO RIVAS 101.991,00
1960 105110844 JUAN CARLOS FERNANDEZ CASTRO 2.456.543,00
1961 108360178 JUAN CARLOS VARGAS CAIROL 5.446.781,00
1962 800570494 JUAN CRISTOBAL ROMERO UZEDA 2.370.979,00
1963 109450544 JUAN DIEGO SALAS GUZMAN 3.364.243,00
1964 102520636 JUAN FEYTH BRENES 3.427.076,00
1965 16825986 JUAN RAMON SOZA PEREZ 2.526.246,00
1966 3101416924 JUGUIMECA IMPORTACIONES S. A. 542.369,00
1967 201410434 JULIA BADILLA FERNANDEZ 9.175.413,00
1968 3008112362 JTA. ADMIN LICEO LUIS DOBLES
SEGREDA Y LICEO NOCTURNO
JUSTO
A FACIO 2.460.949,00
1969 108240179 KATTIA VANESSA CORRALES SANDI 328.807,00
1970 3101345741 KEY
DOWN S. A. 8.081.722,00
1971 27125712 KIMBERLY
FANCHER JACKSON NOINDICAOTR 1.257.518,00
1972 704752071 KRAUSE HANNA MANN HORST HERMANN 42.374,00
1973 3101146485 LA VILLA DEL CLUB DE LOS CACIQUES
S. A. 1.584.203,00
1974 3102006487 LABORATORIOS FARINELLI LTDA. 256.161,00
1975 3101514168 LABORES ADMINISTRATIVAS DEL OESTE
S. A. 4.742.493,00
1976 3101408206 LARA & CALDERON S. A. 9.516.213,00
1977 3101322543 LAVA AUTOS NUEVE UNO UNO S. A. 4.101.935,00
1978 3102498925 LEGENDS & MYTHS OFCR LTDA. 3.573.240,00
1979 3101145072 LENGUAJES DEL MUNDO S. A. 13.149.768,00
1980 3101235874 LENY AUTO S. A. 102.662,00
1981 110200260 LESTER OLIVAS GARRO 68.378,00
1982 3101081317 LIBRERIA Y REGALOS DEL SUR S. A. 1.628.385,00
1983 3101226007 LIBRO DE LA JUNGLA S. A. 12.361.299,00
1984 3101362940 LIBROS SOLO LIBROS S. A. 1.639.610,00
1985 800340676 LILLIAM OROCHENA CASTRO 1.974.711,00
1986 3101229851 LIMPIEZA DEL CASTILLO LICAS. A. S.
A. 735.465,00
1987 900220271 LINARES MEJIAS HERMES 316.361,00
1988 103960701 LLERY OBANDO MUÑOZ 4.789.686,00
1989 3101330918 LOGISTICA COMERCIAL G & F S. A. 641.567,00
1990 800500811 LUIS ENRIQUE PONCE RODRIGUEZ 922.930,00
1991 105370597 LUIS GERARDO ARAYA ANGULO 146.005,00
1992 501670938 LUISA CECILIA LORIA CHAVES 955.414,00
1993 800530253 LUISA KU OCAMPOS 717.028,00
1994 3101278883 LUMOTOR S. A. 1.357.038,00
1995 3101538159 M.V.H. DESARROLLOS DE INFORMACION Y
TECNOLOGIAS S. A. 1.550.639,00
1996 3101549913 MANO DE OBRA CR PUNTO COM S. A. 3.133.254,00
1997 700481475 MAR DE LUZ MORALES ALVAREZ 211.414,00
1998 110470003 MARCEL ANTONIO ARRIETA AVENDAÑO 954.621,00
1999 602960297 MARCELLE CRUZ ALVARADO 254.203,00
2000 106740099 MARCO TULIO LARA CARRILLO 2.371.287,00
2001 3101128569 MARES Y FAUNA DE C.R S. A. 2.610.246,00
2002 302110577 MARIA AURORA SALAZAR CALDERON 439.396,00
2003 602290005 MARIA DE LOS ANGELES CAMPOS
CHAVARRIA 1.594.384,00
2004 26721474 MARIA DE LOS ANGELES ROJAS
ARGUELLO 191.944,00
2005 300780828 MARIA DUVELIA DE LA TRINIDAD
ZUÑIGA FREER 2.044.484,00
2006 400430726 MARIA ISABEL DEL CARMEN CORDERO
BONILLA 98.154,00
2007 800710151 MARIA ISABEL DUBON ORELLANA 80.260,00
2008 104420388 MARIA MAGDALENA ORDEÑANA ESQUIVEL 762.826,00
2009 106490004 MARIANELA RODRIGUEZ CASCANTE 660.716,00
2010 104120820 MARIO ALBERTO COTO FERNANDEZ 203.535,00
2011 302110349 MARITZA ORTIZ BOLANGER 3.940.531,00
2012 700570383 MARLENY LEONOR SOTO ALFARO 116.820,00
2013 602170094 MARTA CECILIA PIZARRO MONTERO 5.652.920,00
2014 303770473 MAURICIO VARELA VALVERDE 1.421.480,00
2015 3101052116 MAX
THOMPSON S. A. 335.871,00
2016 3101451694 MAZAQUI
SOFT S. A. 812.841,00
2017 3101271185 MEGA COM EQUIPOS CIBERNETICOS S. A. 79.784,00
2018 3101044682 MEGALOS COMUNICACION S. A. 208.228,00
2019 202770916 MIGUEL ANGEL PORRAS GOMEZ 1.873.454,00
2020 106510161 MIGUEL ANGEL RAMIREZ BARBOZA 1.490.196,00
2021 15319647 MILTON ROLAND ASCENCIO MURCIA 211.258,00
2022 3101226918 MOBILIARIA FELARI S. A. 148.260,00
2023 3101324988 MODA DEPORTIVA Y CASUAL S. A. 2.000.285,00
2024 3101407671 MOLINA MONTES DEL OESTE S. A. 1.124.127,00
2025 3101337387 MONASTER FOOD SERVICES S. A. 228.686,00
2026 3101517764 MONTES ARGENTO S. A. 7.077.003,00
2027 758939081 MORENO HUGAN PALOMBO 30.698,00
2028 3101477593 MOTINSA MOTORES INTER.ES CR S. A. 836.645,00
2029 3101564220 MUNDO DIESEL KCR S. A. 2.978.731,00
2030 103230775 MYRIAM
CHAVES ARIAS 101.554,00
2031 3101050837 NASHVILLE
SUR S. A. 4.539.055,00
2032 3101378548 NATUREZA EL CERRO S. A. 3.591.922,00
2033 3101153726 NATURISTAS DEL PACIFICO S. A. 109.832,00
2034 3101193041 NEUROCIRUGIA DE C. R S. A. 366.441,00
2035 3101522986 NEW CENTURY INTERMEDIA SERVICES S.
A. 192.858,00
2036 3102456231 NEXT GEN AVIONICS SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LTDA. 1.133.664,00
2037 3101578404 NIPPONIA S. A. 2.663.126,00
2038 104870528 NOEMY JIMENEZ CECILIANO 653.358,00
2039 27719046 NOLASKA AUX GARAY PASQUIER 328.863,00
2040 106130095 NORMAN GUILLERMO MORA NARANJO 427.231,00
2041 901080186 NORMAN
LESLIE DE PASS IBARRA 486.501,00
2042 3101036004 NOVEDADES ROMERO S. A. 14.930.277,00
2043 301941491 NYDIA MARIA LOPEZ BRENES 955.943,00
2044 3101473269 Ñ TALLER Y GRUAS GUIVAL S. A. Ñ 65.525,00
2045 2790098530 O`NELLY DE JESUS LORENZO 1.053.345,00
2046 3101457293 OPERADORA OBS S. A. 13.013.832,00
2047 103660350 ORLANDO CORDOBA LORIA 356.581,00
2048 106500519 ORLANDO MENESES BLANCO 88.786,00
2049 3101172435 ORO PLATA INTER. S. A. 5.374.112,00
2050 202040722 OSCAR FERRARO DOBLES 88.230,00
2051 3102469579 OUTCODING GLOBAL SERVICES LTDA. 1.277.735,00
2052 3101234912 P M CONSTRUCCIONES HERNANDEZ Y ASOC
S. A. 12.583.186,00
2053 3101554411 PALMA DE MALLORCA EUROINVESTMENT S.
A. 194.657,00
2054 3101447457 PANADERIA ANTONIOS S. A. 1.948.531,00
2055 3101365291 PANAMERICAN TRADING COMPANY S. A. 8.698.901,00
2056 3101527107 PAPERINO S. A. 1.248.130,00
2057 3101453847 PARALLEL REFRIGERATION OF CR S. A. 16.303.279,00
2058 3101296066 PASO TRAVEL S. A. 2.197.619,00
2059 13307918 PATRICK JERVIS TROYA 2.073.204,00
2060 600340205 PEDRO MANUEL PARIS SEGARES 5.909.235,00
2061 3101334051 PEREZ & ROBLERO S. A. 6.539.922,00
2062 3101006287 PERFORADORA COSTARRICENSE S. A. 10.647.344,00
2063 16725238 PHILIP
AL VON SCHMELING DIRINGSHOFEN 226.665,00
2064 3101391111 PILATES FITNESS S. A. 518.948,00
2065 3101444585 PIZZA MARIANA UNO S. A. 9.533.005,00
2066 3101444888 PLOTTERRA
S. A. 1.823.128,00
2067 3101560554 POLISERV.
INTER.ES POSICLIVANAJ S. A. 1.355.007,00
2068 3101310585 PRESTIGIE
FASHION S. A. 478.530,00
2069 3101448785 PRODUCCIONES SANCHEZ S. A. 1.378.104,00
2070 3101108186 PROGRAF INTER. S. A. 191.081,00
2071 3101508470 PROINTERSEC DEL NORTE R J T S. A. 3.119.092,00
2072 3101405322 PROSEG PROTECCION Y SEG. SEKEY S.
A. 35.280.807,00
2073 3101446832 PROYECTOS DORIENTE CINCO S. A. 174.468,00
2074 3101588280 PUBLICACIONES OLC S. A. 996.923,00
2075 3101452355 PUBLIPAC S. A. 339.456,00
2076 3101433680 PUERTO AZUL CINCUENTA Y DOS
CINCUENTA S. A. 877.200,00
2077 3101304692 QUARS.
A.L MINERAL S. A. 321.967,00
2078 3101055197 QUIMICAS NACIONALES (QUINASA) S. A. 8.472.340,00
2079 203230198 RAFAEL GEOVANNY ALPIZAR OVIEDO 455.661,00
2080 900540190 RAUL ANTONIO SUAREZ CRUZ 9.277.463,00
2081 3101247690 REPRESENTACIONES ARTISTICAS KALUA
S. A. 95.345,00
2082 3102596904 RESOLUTION CONSULTING LTDA. 913.559,00
2083 15528900 RICARDO BORRERO GRIMALDOS 658.305,00
2084 14516376 RICHARD STEVEN FISHER
NOINDICAOTRO 1.030.187,00
2085 110880979 ROCIO MARCELA VILLALOBOS RUIZ 691.314,00
2086 3101179288 RODRIGUEZ Y ARCE INVERSIONES S. A. 1.278.440,00
2087 600961124 ROGER IVAN OCONITRILLO JARA 150.645,00
2088 108810450 ROLANDO FONSECA JIMENEZ 44.951,00
2089 17580304 ROMERO LAURENTE HECTOR
MARCELINO 1.110.506,00
2090 900850969 RONALDO PEÑA AGUIRRE 68.653,00
2091 109870895 ROS. A. ELENA MURILLO ARIAS 513.228,00
2092 106140708 ROSA ILEANA SANCHO GONZALEZ 1.345.225,00
2093 23708757 ROSARIO ESPERANZA VIDAL DESHANG 104.926,00
2094 3101468422 SADALTAGER
S.D.A. SA 12.184.932,00
2095 3101403664 SAGITARIO DE PLATA SA 1.920.293,00
2096 600785626 SANDRA EUGENIA ARROYO UGARTE 3.750.007,00
2097 105140463 SANDRA OVIEDO ARTAVIA 1.108.577,00
2098 3101191018 SCANLAN DE SANTA ANA SA 23.447.459,00
2099 3101406884 SEG. AUXILIAR PRIVADA DE SAN JOSE
SA 2.779.081,00
2100 3101312216 SEG. INTEGRADA C A M S SA 13.057.694,00
2101 3101258809 SEG. PROFESIONAL MORIAH J Y L SA 78.669.045,00
2102 3101544489 SEG. TACTICA Y PROFESIONAL SA 6.340.395,00
2103 3101467868 SEG. TECNICA IRAZU SETORINSA S. A. 1.089.315,00
2104 3101338379 SEG. Y MONITOREO DE ALARMAS A T D
SA 6.147.841,00
2105 3101212480 SERCORED SA 74.287,00
2106 16223069 SERGIO FABIAN BROK NOINDICAOTRO 56.838,00
2107 15627445 SERGIO SIMAO ZANARDO 60.158,00
2108 3101358393 SERV. DE ASESORIA EN SEG. YAROCA SA 2.049.741,00
2109 3101583409 SERV. DE HOSPEDAJE CORTEZA AMARILLA
SA 4.854.226,00
2110 3101190700 SERV. DE MANTENIMIENTO EN EQUIPOS
GAS SEMEG SA 132.845,00
2111 3101237218 SERV. SECRETARIALES MARVA SA 10.116.082,00
2112 3101264779 SERV. TURISTICOS LA FINA SA 538.232,00
2113 3101221672 SERVIPARABRISAS LAMINADOS Y
TEMPERADOS DEL ESTE SA 5.214.494,00
2114 26524842 SHAILEEN ROSA DAVIS
NOINDICAOTRO 136.995,00
2115 3101251908 SIST. TECNICOS E INDUSTRIALES DE C.
R S. A. 363.659,00
2116 16426546 STEPHEN
LOURENS BOWMAN BOWMAN 389.570,00
2117 3101040782 SUCURSAL
BARGUIL SA 5.108.371,00
2118 28222180 SUSANA VAZQUEZ NOINDICAOTRO 803.743,00
2119 108270752 SYLVIA TREJOS BOWDEN 475.590,00
2120 3101272816 T
& M TECNOLOGY MARQUETING SA 5.201.239,00
2121 3101205841 TA
TAI YANG SA 457.860,00
2122 3101176191 TALLER
BORDALLO DEL OESTE SA 482.476,00
2123 3101180834 TALLER
LALINDE SA 2.495.932,00
2124 3101017706 TALLERES CAME SA 1.606.381,00
2125 3101315100 TECNO MAQUINARIA C R SA 294.202,00
2126 3101144939 TECNOLOGIA Y ORGANIZACION DE SIST.
(TYOS) SA 3.038.081,00
2127 3101130920 TELEREY SA 125.540,00
2128 700540153 TERESITA FUNG LI 1.200.563,00
2129 104250816 TERESITA JARA PICADO 124.167,00
2130 3101509882 TIERRA COSMETICA SA 711.895,00
2131 3101422933 TOLWO ROJO SA 913.052,00
2132 3101328549 UMAAHOMBRE DE SAN JOSE SA 118.566,00
2133 3101254771 VARIWEB SA 80.173,00
2134 3101036333 VASCUCLINICA SA 318.726,00
2135 110390167 VERNY JOHAN PIEDRA OCAMPO 9.468.110,00
2136 3101259426 VIDEO DISCOVERY DE CR SA 9.086.472,00
2137 3101439773 VIDEO
STOP SA 2.092.672,00
2138 3101337930 VIENTO
Y AGUA FENG SHUI SA 2.655.507,00
2139 3101139961 VIENTOS
DE OESTE SA 122.196,00
2140 3101088135 WAPA
T V SA 4.323.498,00
2141 3101547546 WEB BIZ EMPRESA INTERNET SA 1.520.901,00
2142 16524715 WEIPENG TAN TAN 1.039.867,00
2143 3101555420 WELLESLEY
INTERNATIONAL GROUP (C. R) SA 37.483.237,00
2144 17326802 WILFREDO JOSE ALCOSER LOPEZ 1.716.883,00
2145 401090167 XINIA MARIA LOBO UGALDE 67.495,00
2146 105970300 XINIA SOLIS SALAZAR 178.359,00
2147 27380231 YAMILETH MUÑOZ RIOS 817.533,00
2148 602700756 YAMILETTE
SALAZAR FERRETO 160.737,00
2149 201420048 YOLANDA
MARIN SANCHEZ 386.690,00
2150 3101249147 YUNTONG
SA 58.063,00
2151 3101265724 ZED
& ZED NET UNION SOFT WARE SA 236.379,00
2152 3101021086 ZENRUS SA 21.894.216,00
2153 MONTO
DE LA DEUDA AL 07-03-2011
2154 3101585646 3-101-585646 S. A. 4.167.213,00
2155 3101329553 A V V A ABELLAN S. A. 221.151,00
2156 3101067046 ABOGADOS BANCARIOS DE CR S. A. 173.195,00
2157 3101497991 AD VALOREM PUESTO DE BOLSA DE
COMERCIO S. A. 326.260,00
2158 107440760 ADRIAN CACERES CHACON 208.522,00
2159 3101147860 AEROFINCA S. A. 863.538,00
2160 3101329978 AG. DE SEG. BULLS S. A. 429.517,00
2161 107680990 ALEGXEY SWIRGSDE GONZALEZ 525.812,00
2162 107450254 ALEX FRANCISCO MARIN SIERRA 639.667,00
2163 302970313 ALVARO ENRIQUE BONILLA OBANDO 197.866,00
2164 3101302093 AMIR CORPORATION S. A. 426.884,00
2165 27119917 ANA FRANCIS SOZA CALDERON 95.044,00
2166 3101607553 ANAUCO
S. A. 3.454.361,00
2167 601770345 ANAVELA
MORALES LEON 173.003,00
2168 3101419391 APG
ENTERPRISES CR S. A. 712.485,00
2169 111660806 ARACELLY
MATHIEW GRADIZ 1.355.303,00
2170 105890145 ARCE SALAS FREDDY 1.758.211,00
2171 3101245116 ARCHIVOS PROFESIONALES A P S. A. 3.568.077,00
2172 3101325233 ARQUICTRO. S. A. 1.040.608,00
2173 3101263572 ASECREDI F Y G S. A. 1.351.752,00
2174 3101324840 ASESORIA CONTABLE AVALOS MUÑOZ S.
A. 4.458.507,00
2175 3002103684 ASOC. COSTARRICENSE CONTRA EL
NARCOTRAFICO 531.942,00
2176 3101168346 AUDIOCINEMA S. A. 3.778.199,00
2177 3101912113 BAJURA DEL NORTE S A 20.887,00
2178 24481084 BEATRIZ COGOLLO GIRON 76.478,00
2179 110380610 BERMUDEZ ROJAS DANIEL 855.518,00
2180 800890410 BERNARDO GUASCA MORENO 135.459,00
2181 110400910 BERTI JOHN JIMENEZ TENORIO 67.085,00
2182 302030933 BLANCA NIEVES CASCANTE LEIVA 260.162,00
2183 3101534544 BLUE BUBBLES OF THE NORTH
CORPORATION SOCIE 1.006.341,00
2184 3101306785 BOHEMIA EXPRESS S. A. 11.313.226,00
2185 3101555917 BOSQUE DEL LIBANO D & S S. A. 2.590.686,00
2186 3101185985 BUFETE SEGURA & ASOC S. A. 1.480.314,00
2187 3101377918 C.
R GYM STAR S. A. 1.127.841,00
2188 3101257199 CANADIENSE DE INVERSIONES PARA
CTRO. AMERICA
Y
EL CARIBE S. A. 1.892.079,00
2189 800670701 CARLOS ALBERTO AYON LACAYO 4.549.203,00
2190 105200247 CARLOS BERNAL PEREZ CASTRO 2.560.975,00
2191 3101363402 CTRO. DE MANTENIMIENTO MOGGAR S. A 2.652.868,00
2192 3101343411 CTRO. DE PROGRAMAS EDUCATIVOS C Y B
S. A. 2.307.190,00
2193 3101322762 CTRO. INTER. DE COMPRAS EL
BENEFICIO S. A. 3.150.078,00
2194 900160973 CERVANTES UMAÑA JOSE FRANCISCO 58.345,00
2195 3101234086 CHEME X INTER. HOLDING S. A. 2.030.277,00
2196 109420504 CHEN MEOÑO SULLEN 597.075,00
2197 3101068147 CLUB OLIMPICO 1.639.281,00
2198 3101472484 CLUBES DE VIAJES PUNTO COM S. A. 1.016.038,00
2199 3101220951 COMERCIALIZADORA CRICEMO S. A. 895.950,00
2200 3101124286 COMERCIALIZADORA DE REPUESTO
COMERSA S. A. 4.720.468,00
2201 3101091386 COMP DE ASESORIA Y CONSTRUCCION
KONSTRUCTIVA S. A. 14.495.853,00
2202 3101574797 CIA. CONST. EN ESTRUCTURAS
METALICAS Y DE CONCRETO S. A. 858.878,00
2203 3101365558 CIA. DE VIGILANCIA SAN MARTIN S. A 887.475,00
2204 3101007046 CIA. NACIONAL DE INDUSTRIAS Y
COMERCIO S. A. 208.542.257,00
2205 3101426478 CONST. Y CONSULTORA BONILLA S. A 311.532,00
2206 3101589776 CONSULTORIA TOPOGRAFICA CTRO.
AMERICANA S. A. 1.922.685,00
2207 3101220833 CORP. DE ALARMAS Y VIGILANCIA
COMPUTARIZADO S. A. 382.611,00
2208 3101292945 CORP. E INVERSIONES CAPITAL C E I
S. A. 403.935,00
2209 3101044955 CORP. INTER. DE ENERGIA ELECTRONICA
S. A. 124.305,00
2210 3101276667 CORP.
SION INTER. S. A. 551.714,00
2211 3101505998 CORPORATION PROAGROSOL C & G DE
C. R S. A. 454.259,00
2212 3101218572 COSETEL PALACIOS S. A. 4.153.159,00
2213 3101322492 CRMOVIE
COM S. A. 354.309,00
2214 3101368377 D
K W SERV. DE
COMUNICACION GLOBAL S. A. 13.076.741,00
2215 27521095 DANELA PATRICIA BENAVIDES MUÑOZ 1.485.858,00
2216 103660341 DANILO SOLIS DELGADO 218.257,00
2217 1740100345 DAVID
SYLVAIN PROUST NOINDICAOTRO 515.131,00
2218 3101538210 DCORT
M & N S. A 889.701,00
2219 3101317747 DECENTE SHOWTEC 1.365.153,00
2220 3101081858 DECORACIONES INTERIORES DE C. R S.
A. 1.763.754,00
2221 3102189232 DEFISA COMERCIAL S R 106.037,00
2222 3101263049 DESARROLLOS NUTRICIONALES S. A. 4.835.013,00
2223 3101233639 DESARROLLOS PUERTO CARRILLO S. A. 53.399,00
2224 28080774 DIANA ZULEIMA ZAMBRANO RUBIO 127.177,00
2225 3104164256 DIAZ SHADID & ASOC CONTADORES
PUBL. AUTORIZADOS Y CIA 236.342,00
2226 16025038 DIRK JENS MULLER MULLER 394.860,00
2227 3101093488 DIST.
BETTA S. A. 662.886,00
2228 3101359733 DIST.
DEL HOGAR CTRO.
AMERICS. A. DHOC S. A. 7.502.742,00
2229 3101068948 DIST. SOSA Y CRUZ S. A. 262.109,00
2230 200752771 DOLORES IRIAS IRIAS 466.842,00
2231 203370655 DONALD HERNANDEZ BRIZUELA 62.790,00
2232 3101219718 DOS L INSS S. A 166.477,00
2233 401240682 EDWIN MANUEL DE JESUS ALVARADO
ARCE 639.566,00
2234 3101253954 EL PUENTE DE CARLOS CUARTO S. A 1.792.079,00
2235 102021004 ELIZABETH CORDOBA RAMIREZ 26.316,00
2236 106780054 ELIZABETH FACHLER STEINBERG 250.185,00
2237 26122411 EUMELIA ARIZA MARIN 759.796,00
2238 800010237 EVA
DIMANTSZTEIN EISNER 390.145,00
2239 3101408821 EXECUTIVE
PROPERTIES INC S. A. 2.813.938,00
2240 3101504803 EYE SPY CR S. A 474.948,00
2241 3101533547 F
Y J SECURITY AND CLEANLINESS SERVICE S. A. 383.799,00
2242 3101514578 F.A.N CINCO X CINCO MOTOS S. A 161.071,00
2243 3101450622 FERIAS Y MISIONES COMERCIALES AL
ORIENTE S. A. 2.439.270,00
2244 3101316913 FILTROS PUROZONO DE CTRO. AMERICA F
P C S. A. 83.598,00
2245 3101526448 FLEXFUEL S. A. 732.252,00
2246 401150761 FLORES RODRIGUEZ ZAIDA FELICIA DE
LA TRINIDAD 121.113,00
2247 107160461 FRANCISCO JAVIER MORICE CASTRO 85.727,00
2248 601860500 GILBERT ARTURO BARBOZA FLORES 397.210,00
2249 103870378 GILBERTO ALFONSO ALVAREZ CABEZAS 996.926,00
2250 800440944 GONZALEZ CAJINA ANGELA MARIA 53.257,00
2251 3101175123 GRUPO VIMASAVI S. A. 432.965,00
2252 700500063 HAMILTON BONILLA JOSE DANIEL 5.108.002,00
2253 3101282218 HELADOS PORTOFINO S. A. 649.932,00
2254 202470370 HENRY MORA ALVAREZ 817.187,00
2255 3101333724 HIPER CELULAR S. A. 547.338,00
2256 100313662 HOLST CRITTEDEN WILLIAM 193.486,00
2257 3101515350 IDLD ARQUITECTOS S. A. 91.251,00
2258 416296 IKARASHI AKIRA AKIRA 116.237,00
2259 3101462428 IMPORTACIONES INTER.ES EL
AUDAX S. A. 588.813,00
2260 3101059195 IMPORTACIONES NACIONALES IMPORTANAL
S. A. 181.963,00
2261 3101102323 INDUSTRIAS ABRIL S. A. 2.059.538,00
2262 3101343180 INFOTURISTICA S. A. 686.182,00
2263 3101296856 INSTITUTO DE COMPUTACION BERMUDEZ
S. A. 2.375.383,00
2264 3101185677 INVERSIONES ALNUR DEL ESTE S. A. 390.122,00
2265 3101166419 INVERSIONES ARBATACH S. A. 18.995.869,00
2266 3102090888 INVERSIONES DORVIC LTDA. 750.921,00
2267 3101355407 INVERSIONES HIERRO NEGRO S. A. 3.358.527,00
2268 24613118 JANICE SEATON LINDA 53.512,00
2269 104160572 JORGE JOHANNING MORA 566.663,00
2270 203230027 JUAN DIEGO PACHECO MURILLO 297.920,00
2271 26081736 KAREN TINOCO RODRIGUEZ 368.595,00
2272 67245 KENNETH JORDAN WILLIAM 2.951.771,00
2273 3101079175 KILALI DEL NORTE S. A. 376.204,00
2274 202580722 LIDIA MUÑOZ SALAZAR 1.098.912,00
2275 601400797 LUIS BELTRAN VILLALOBOS JIMENEZ 167.623,00
2276 106660936 LUIS GUSTAVO PICADO ARROYO 1.029.799,00
2277 3101367005 MANGLE SKATE & SURF S. A. 3.475.524,00
2278 110440487 MARCO DAVID SOLANO CORRALES 406.318,00
2279 302210557 MARIA ARACELLY AGUILAR ESQUIVEL 32.250,00
2280 503030505 MARIANELA PIÑAR CASTRO 15.931.311,00
2281 102540518 MAXIMILIANO OREAMUNO BRENES 1.562.384,00
2282 800850581 MAYRA DEL SOCORRO SARAVIA ARAGON 495.317,00
2283 3101283953 MERCADEO DIGITAL S. A. 1.325.223,00
2284 601270371 MERCEDES GAMBOA VEGA 54.252,00
2285 3101534142 MOTO REPUESTOS R Y C S. A. 477.011,00
2286 3101395668 MOTOS LOS RENEGADOS DEL DOS MIL DOS
M-R-D S. A. 773.562,00
2287 3012206129 NICABUS INTER. S. A. 556.087,00
2288 3102583631 NOVAVIAJES DE C.R LTDA. 421.378,00
2289 3101592838 OBRAS CIVILES Y TELECOMUNICACIONES
O&T GROUP S. A 1.875.053,00
2290 106460262 OLDEMAR FRANCISCO SILES CENTENO 1.650.672,00
2291 3101283797 P M SAGITARIO DE PLATA S. A. 5.312.689,00
2292 3101064215 PANTEX DE SAN JOSE S. A. 2.382.540,00
2293 3101026500 PAPELANDIA S. A. 11.228.814,00
2294 3101271013 PARADISE PROCESSING S. A. 5.656.455,00
2295 3101520308 PASEO MAFINA S. A. 1.566.892,00
2296 3101226497 PAULO QUESADA SOLUCIONES
CONSTRUCTIVAS S. A. 39.679.237,00
2297 3102220187 PISCINAS ATLANTIK LTDA. 6.807.949,00
2298 3101526907 PRODUCTOS Y COMERCIALIZADORA
GOURMET PCG S. A. 257.218,00
2299 3101502436 PROMEDICS SERV. CLINICOS S. A. 235.122,00
2300 3101317701 PROMOTORA DE SERV. ALIMENTICIOS
DISCALDAS S. A 489.743,00
2301 3101335266 REPRESENTACIONES LIZANO S. A. 7.539.366,00
2302 105290251 ROBERTO ENRIQUE SALAS FONSECA 609.797,00
2303 800070177 ROMAN CORTES CHAVARRIA 128.364,00
2304 3101543999 RONIN PMI EXECUTIVE PROTECCION S.
A. 1.245.921,00
2305 3101374026 S. C. PRODUCCIONES DE EVENTOS SA 2.586.225,00
2306 202210147 SARA MARIA MORA SALAS 441.330,00
2307 26231490 SHANDA DELANEY OAKLEY
NOINDICAOTRO 285.485,00
2308 3011092534 SINDICATO NACIONAL DE ASISTENTES DE
SERV. DE
SALUD 511.017,00
2309 3101315882 SORBETES
DE C R MMII SA 27.097.830,00
2310 937501009 SPALTER CHANA CHANA 82.131,00
2311 3101055084 TALLER DE ENDEREZADO Y PINTURA
RIGOBERTO CASTILLO S. A. 4.385.267,00
2312 3101204251 TALLER ELECTROMECANICO PACHECO
SECADES SA 7.105.899,00
2313 104840659 TERESA VIRGINIA VARGAS RIVERA 218.610,00
2314 3101202311 TOPOCEN TOPOGRAFIA CTRO. AMERICANA
S. A. 6.763.958,00
2315 3101448130 TREINTA Y DOS AGUAS SA 5.780.652,00
2316 3101010225 TURINSA SA 448.777,00
2317 3101267205 TURISMO RECEPTIVO PENTA SA 915.689,00
2318 3101377833 V.T.E. VENTANERIA TECNICA EUROPEA
SA 7.232.746,00
2319 25719476 VANILCE INSFRAN SAMPAIO 2.615.908,00
2320 3101523763 VELAS DE LA CIGARRA SA 1.313.553,00
2321 3101126730 VILLA PAZ SA 90.999,00
2322 3101505205 VILLEGAS & BRIONES KAFA SA 7.428.974,00
2323 401280315 VIRGINIA VICTORIA HERNANDEZ ARIAS 71.800,00
2324 111540411 VIVIAN REBECA LOPEZ VEGA 1.928.604,00
2325 109180315 XINIA MARIA CARBALLO MORERA 1.047.347,00
2326 800710928 YING
WANG CHEN 166.594,00
2327 111190035 YOHANNA
MELISSA BENAVIDES QUESADA 438.960,00
San José, 22 de marzo del 2011.—Luis
Diego Calderón Villalobos, Director.—O. C. Nº
002-011.—C-5534240.—(IN2011023276).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
DIRECCIÓN
DE INSPECCIÓN
Por ignorarse el domicilio actual del patrono
Masajes Tropicales S. A., número patronal 2-03101262384-001-001, actividad de
peluquería y otros tratamientos de belleza, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la
Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”, de la Caja, se
procede a notificar por medio de edicto, que la Subárea de Servicios Diversos,
del Área de Aseguramiento y Fiscalización de Servicios de Inspección, dictó el
traslado de cargos que en lo que interesa indica:
La Subárea Servicios Diversos, conforme lo
dispone el articulo 10 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las
Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes, hace de su conocimiento,
que como resultado del estudio iniciado por esta dependencia, se determinó
presunto incumplimiento patronal por omisión del reporte a la Caja de la
trabajadora Delia Gazo Jiménez, en el periodo del 10 de marzo del 2008 al 30 de
octubre del 2009, que consta en la hoja de trabajo contenida en el expediente
administrativo en folios 0024 y 0025.
Total de salarios ¢4.881.216.00
Total de cuotas obrero y patronal ¢1.073.877.00
Monto L.P.T. ¢280.668.00
Se le confiere un plazo de diez días hábiles
contados a partir del quinto día de su publicación, para hacer las alegaciones
jurídicas pertinentes y ofrecer las pruebas de descargo. Se le previene que
debe señalar lugar o medio para notificaciones en el perímetro administrativo
de las oficinas centrales de la Caja, mismo que para efectos jurisdiccionales
ha establecido la Corte Suprema de Justicia en el primer circuito judicial de
San José. Si lo señalado fuese medio, no aplica la restricción relativa al
perímetro administrativo. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las
resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con
solo el transcurso de 24 horas, contadas a partir de la fecha de la resolución.
Consulta expediente: en esta oficina ubicada en el 2 piso del edificio Davinci de la C.C.S.S., Av 4, C 7 telefax 2522-30-30, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la ley. Notifíquese.—Subárea de Servicios Diversos.—Lic. Octaviano Barquero Chacón, Jefe.—1 vez.—RP2011229487.—(IN2011022821).
Por ignorarse el domicilio actual del
patrono: Compañía Corales del Mar G.A. S. A. Número patronal 2 03101409558 001
001. Comercializadora Tangrill Sociedad Anónima, Nº 2-03101354764 001 001.
Ajoje al Cuadrado Sociedad Anónima, Nº 2-03101249893 001 001. Comercializadora
Camy P y V S. A. Todas con la actividad, bares restaurantes y cantinas, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del “Reglamento para
Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de Trabajadores
Independientes”, de la Caja, se procede a notificar por medio de edicto,
que la Subárea Estudios Especiales
Servicios, del Área de Aseguramiento y Fiscalización de Servicios de
Inspección, dictó el traslado de cargos que en lo que interesa indica:
“…En virtud de todo lo expuesto,
se presume que, las personas jurídicas: Compañía Corales del Mar G A Sociedad
Anónima Nº2 03101409558 001 001 , Comercializadora Tangrill Sociedad Anónima Nº
2 03101354764 001 001, Corsel Marino Sociedad Anónima Nº 2 03101429522 001 001,
Arcos Dorados del Plata Sociedad Anónima Nº 2 03101278554 001 001,
Comercializadora Camy P y V Sociedad Anónima 2 03101355214 001 001, Corporación
Riher RHH Sociedad Anónima Nº 2 03101534515 001 001, Compañía Velo de Espacios
y Dimensiones Sociedad Anónima Nº 2 03101409942 001 001, Compañía Arboleda
Sociedad Anónima Nº 2 03101410798 001 001, Compañía Linus y Tul Sociedad
Anónima Nº 2 03101410838 001 001 y Ajoje Al Cuadrado Sociedad Anónima Nº 2
03101249893 001 001. , constituyen una unidad económica, razón por la cual procede la aplicación del
artículo 51 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social.
En consecuencia, existe presunta responsabilidad solidaria de cada uno por las
acciones u omisiones violatorias de esta Ley, cometidas por los representantes
en el ejercicio de sus
funciones…”
Se le confiere un plazo de diez días hábiles
contados a partir del quinto día de su publicación, para hacer las alegaciones
jurídicas pertinentes y ofrecer las pruebas de descargo. Se le previene que
debe señalar lugar o medio para notificaciones en el perímetro administrativo
de las oficinas centrales de la Caja, mismo que para efectos jurisdiccionales
ha establecido la Corte Suprema de Justicia en el primer circuito judicial de
San José. Si lo señalado fuese medio, no aplica la restricción relativa al
perímetro administrativo. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las
resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con
solo el transcurso de 24 horas, contadas a partir de la fecha de la resolución.
En esta oficina ubicada en San José, edificio Davinci de la C.C.S.S. piso 2, entre avenidas 2-4, C 7 telefax 2522-30-30, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la ley. Notifíquese.—Subárea Estudios Especiales Servicios.—Lic. Sergio Salazar Chavarría, Jefe.—1 vez.—RP2011229486.—(IN2011022822).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Órgano Director Del Procedimiento Ordinario
Administrativo, al ser las nueve horas veintidós minutos del quince de marzo de
dos mil once.
De conformidad con los artículos 74 y siguientes del Reglamento
Autónomo de Servicios del Instituto Nacional de Aprendizaje y 308, siguientes y
concordante de la Ley General de la Administración Pública, se inicia
procedimiento disciplinario en contra del funcionario Pedro Hernández Ruiz,
portador de la cédula de identidad número 6-076-273, quien se desempeña como
Formador para el Trabajo 1D, en el Núcleo de Comercio y Servicios.
Resultando:
1º—Mediante el oficio NSCS-0270-11 del
16 de febrero de 2011, la señora Elvira Alvarado Solano, Encargada del Proceso
de Gestión Administrativa del Núcleo de Comercio y Servicios, informó al
Encargado del Proceso de Soporte Administrativo de la Unidad de Recursos
Humanos que según información telefónica de su hijo el servidor Pedro Hernández
Ruiz, está incapacitado desde el 3 de febrero de 2011, sin embargo, al 16 de
febrero de este año no había presentado las incapacidades, ni ninguna
justificación de sus ausencias.
2º—El Encargado del Proceso de Soporte Administrativo de la
Unidad de Recursos Humanos, mediante el oficio PSA-0212-2011 de fecha 16 de
febrero de 2011, solicitó iniciar un proceso disciplinario en contra del
servidor Pedro Hernández Ruiz, a fin de determinar su responsabilidad por la presentación
extemporánea de las incapacidades que van desde el 3 hasta el 16 de febrero del
2011.
3º—Mediante oficio PSA-0303-2011 de fecha 28 de febrero de 2011
el Licenciado Luis Molina Mora, Encargado del Proceso de Soporte Administrativo
de la Unidad de Recursos Humanos, le comunicó a la Asesoría Legal que mediante
nota NSCS-318-2011 de fecha 24 de febrero de 2011, el señor Luis Morice Mora,
Jefe del Núcleo Sector Comercio y Servicios comunicó que el funcionario Pedro
Hernández Ruiz presentó las incapacidades citadas en el punto anterior hasta el
día 24 de febrero de 2011.
4º—Que mediante la resolución N° AL-NOD-020-2011 de las siete
horas cincuenta minutos del once de marzo de dos mil once, el Asesor Legal,
actuando por delegación de la Presidencia Ejecutiva y con fundamento en el
artículo 74 del Reglamento Autónomo de Servicios del INA, ordenó el inicio del
procedimiento disciplinario correspondiente y designó a la Licenciada Ingrid
Paola Quesada Zamora, cédula 2-536-073, para integrar el órgano director del
procedimiento en calidad de titular.
Considerando:
Se desprende de la documentación citada, la
comisión de actos susceptibles de lesionar la normativa que regula la relación
de servicios entre el Instituto Nacional de Aprendizaje y sus funcionarios,
atribuibles al funcionario servidor Pedro Hernández Ruiz, que consisten en la
presentación extemporánea de las incapacidades que van desde el 3 hasta el 16
de febrero del 2011, conducta que podría constituir una trasgresión a las
obligación laboral establecida en el artículo 43 inciso 29) del Reglamento
Autónomo de Servicios del INA, que podría acarrearle la aplicación de una
sanción disciplinaria de conformidad con las disposiciones de los artículos 47
y 48 del Reglamento citado.
En ese orden de ideas, se impone la necesidad de instaurar un
procedimiento disciplinario de conformidad con lo dispuesto por el artículo 74,
siguientes y concordantes del Reglamento Autónomo de Servicios del INA y 308
siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública,
mediante el cual se determine la verdad real de los hechos que su vez,
garantice el derecho fundamental de defensa del citado funcionario. Por
tanto:
EL
ÓRGANO DIRECTOR, RESUELVE:
1º—Iniciar procedimiento disciplinario
en contra del servidor Pedro Hernández Ruiz, cédula 6-076-273, quien se
desempeña como formador para el trabajo 1D en el Núcleo de Comercio y
Servicios. La finalidad de ese procedimiento es verificar la verdad real de los
hechos expuestos y determinar si resulta procedente imponer las medidas
sancionatorias previstas en los artículos 47 y 48 del Reglamento Autónomo de
Servicios, por la supuesta infracción a los artículos 43 incisos 29); y 38 del
Reglamento Autónomo de Servicios del INA, por los siguientes cargos:
“a. Que usted presentó extemporáneamente los
certificados médicos: Nº 725684, que abarca los días 3 y 4 de febrero; Nº
725691, que abarca los días del 07 al 15 de febrero y Nº 725689 que abarca
desde el 16 al 18 de febrero, todos del año en curso, extendidos por el Doctor Steven
Ting Hsienh.
b. Que usted no justificó ante su jefatura, las
razones que le impedían presentar las incapacidades a tiempo.”
II.—En razón de lo anterior, se convoca
al servidor Pedro Hernández Ruiz a una audiencia oral y privada que se
celebrará a las nueve horas del día martes veintiséis de abril del dos mil
once, en la oficina de la Asesoría Legal del Instituto Nacional de Aprendizaje,
sede de este órgano director.
III.—Se le previene al servidor Pedro Hernández Ruiz que debe
aportar todos los alegatos y prueba el día de la audiencia bajo pena de
caducidad de no hacerlo en ese momento, y que podrá hacerlo antes si a bien lo
tiene, en cuyo caso, deberá hacerlo por escrito. Que a la audiencia citada
anteriormente deberá comparecer personalmente y no por medio de apoderado, sin
perjuicio de que se haga acompañar de los abogados, técnicos o especialistas de
su elección; y que una vez notificado este acto, su ausencia injustificada a la
audiencia no impedirá que esta se lleve a cabo en la fecha y hora señalada, aún
sin su presencia, sin que ello signifique la aceptación tácita de los hechos.
IV.—Se le informa al funcionario que la Administración ha
constituido un expediente en el que consta la prueba de cargo que sirve de
fundamento a los cargos que se le atribuyen, el cual consta de 18 folios
debidamente numerados, el cual puede ser consultado en forma personal o por su
abogado, en la oficina de la Asesoría Legal del Instituto Nacional de
Aprendizaje sita en el edificio Administrativo de la Sede Central del INA en la
Uruca.
V.—Se le comunica al servidor Pedro Hernández Ruiz que deberá
señalar lugar cierto para atender notificaciones, bajo el apercibimiento que de
no hacerlo, de ser equívoco incierto el señalamiento, los actos que se dicten
dentro del presente procedimiento con posterioridad a esta resolución, le serán
notificados en la dirección que conste en el expediente administrativo por
señalamiento de la propia Administración.
VI.—Finalmente se le informa que de conformidad con los
artículos 345 y 346 de la Ley de la Administración Pública, en contra de esta
resolución son oponibles, dentro de las veinticuatro horas posteriores a su
notificación, reducidas a las que sean de despacho el día en que ese plazo
empiece a correr; los recursos ordinarios de revocatoria y apelación, los
cuales deberán ser presentados ante este órgano director y que serán conocidos
en su orden por este órgano director y por la Presidencia Ejecutiva.
Notifíquese en forma personal al interesado.—Ingrid Paola Quesada Zamora, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº 32585.—C-170120.—(IN2011021051).
Órgano Director del Procedimiento Ordinario
Administrativo, al ser las nueve horas del veintiocho de febrero del dos mil
once.
De conformidad con los artículos 74 y siguientes del Reglamento
Autónomo de Servicios del Instituto Nacional de Aprendizaje y 308, siguientes y
concordantes de la Ley General de la Administración Pública, se inicia
procedimiento disciplinario en contra del funcionario Pedro Hernández Ruiz portador
de la cédula de identidad número 6-0076-0273, funcionario del núcleo de
Comercio y Servicios.
Resultando:
1º—Que mediante el oficio NSCS-3263-10
del 5 de noviembre del 2010 suscrito por la señora Elvira Alvarado Solano
encargada del Proceso de Gestión Administrativa del Núcleo Sector Comercio y
Servicios, informó al Proceso de Soporte Administrativo de la Unidad de
Recursos Humanos que el funcionario Pedro Hernández Ruiz no se presentó a
laborar a partir del 1º de noviembre del 2010 y que a esa fecha no ha
presentado incapacidad alguna. (Folio 02).
2º—Que por medio del oficio PSA-1714-2010 de fecha 10 de
noviembre del 2010, el Proceso de Soporte Administrativo de la Unidad de
Recursos Humanos solicitó el inicio de un procedimiento disciplinario en contra
del servidor Pedro Hernández Ruiz por no haberse presentado a laborar desde el
1 de noviembre del 2010, indicando que a la fecha del oficio, sea 10 de
noviembre “…no se ha recibido en esta dependencia incapacidad que
justifique la ausencia del servidor por estos días.” (Folio 01)
3º—Que mediante el oficio PSA-1744-2010 del 15 con fecha 15 de
noviembre de 2010 y anexos, el Proceso de Soporte Administrativo de la Unidad
de Recursos Humanos adicionó el oficio PSA-1714-2010 e informó lo siguiente: (
Folios: 03 a 13)
a. Que
mediante oficio NSCS-3263-2010 de fecha 05 de noviembre de 2010, emitido por la señora Elvira Alvarado
Solano Encargada del Proceso de Gestión Administrativa del Núcleo Comercio y
Servicios, se informa sobre la inasistencia a su trabajo del funcionario
Hernández Ruiz desde 01 al 10 de Noviembre del 2010.
b. Que mediante Oficio NSCS-3246-2010 de fecha 15 de noviembre de
2010, emitido por el señor Luis Morice Mora jefe del Núcleo de Comercio y
Servicios se remite Incapacidad de médico particular a nombre del señor Pedro
Hernández Ruiz para los días 1, 2, 3 y 4 de noviembre, entregada fuera del
plazo de 2 días, según lo establece el artículo 38 del Reglamento Autónomo de
Servicios.
c. Que el funcionario Hernández Ruiz no presentó justificación para
los días comprendidos del 05 al 09 de noviembre de 2010 y que al día 15 de
Noviembre del 2010, el Señor Hernández Ruiz no gozó de algún otro permiso por
vacación o incapacidad.
4º—Que mediante certificado médico de
índole particular N° 662629 de fecha 1º de noviembre de 2010, el Dr. Ting Hsieh
Kuan Yuan extendió incapacidad al señor Hernández Ruiz para el período
comprendido desde el 1º al 4 de noviembre de 2010. (Folio: 06).
5º—Qué mediante nota sin fecha dirigida al Lic. Luis Molina
Mora, encargado del Proceso de Soporte Administrativo y recibida el 15 de
noviembre de 2010, el señor Hernández Ruiz indica que las ausencias se deben a
la enfermedad que padece.
6º—Que el señor Hernández Ruiz asistió a consulta externa en
Instituto Sobre Alcoholismo y Farmacodependencia en las siguientes fechas:
Fecha |
Entrada |
Salida |
23/08/10 |
11:30 a. m. |
3:00 p. m. |
28/9/10 |
7:30 |
8:30 a. m. |
27/10/10 |
8:00 a. m. |
9:45 a. m. |
10/11/10 |
9:00 a. m. |
11:45 a. m. |
7º—Mediante oficio ATAP/79211-2010 de
fecha 11 de noviembre 2010 el Dr. Franklin Jiménez Rojas, encargado de Proceso
de Atención a Pacientes del Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia
informó de la atención que ha recibido el señor Hernández Ruiz en esa
institución. (Folio: 09)
8º—Que mediante impresión de correo electrónico de fecha al 1º
de noviembre de 2010, la señora Xinia Solano Chacón informó al señor Luis
Morice Mora que el hijo del señor Hernández llamó, indicando que él estaba en
el EBAIS y que avisaría después. (Folio: 11)
9º—Que mediante impresión de correo electrónico de fecha 5 de
noviembre de 2010, la señora Xinia Solano Chacón informó al señor Luis Morice
Mora que don Pedro sigue mal que el lunes se presenta con todos los documentos
que respaldan sus ausencias. (Folio: 12)
11.—Que mediante impresión de correo electrónico de fecha de
fecha 9 de noviembre de 2010, el señor Mauricio Campos Rojas informó a la
señora Xinia Solano Chacón que el señor Hernández Ruiz llamó e indicó que
estaba enfermo, por lo que ese día no se
presentó a trabajar. (Folio: 10)
12.—Que mediante resolución LA-355-2010 de las 8 horas con 30
minutos del día 15 diciembre del 2010, la Presidencia Ejecutiva de la
institución ordenó el inicio del procedimiento disciplinario correspondiente y
designó al licenciado Jaime Chinchilla Chavarría, para integrar el órgano
director del procedimiento. (Folios: 014 a 018).
Considerando:
Se desprende de la documentación citada, la
existencia de actos susceptibles de lesionar la normativa que regula la
relación de servicios entre el Instituto Nacional de Aprendizaje y sus
funcionarios, atribuible al funcionario Pedro Hernández Ruiz, quien presuntamente faltó a sus deberes como servidor público: 1)
Presentó en forma tardía el certificado médico de índole particular N° 662629,
donde consta su incapacidad para el período comprendido desde el 01 al 04 de
noviembre de 2010, el cual fue recibido por la administración hasta el 15 de
noviembre del presente año y 2) Haber incurrido en ausencias sin justificar
durante los días 5, 8 y 9 de noviembre de 2010. Conductas que podrían hacerle
incurrir en incumplimiento de obligaciones y prohibiciones laborales reguladas
en los artículos 38, 43 incisos 1), 16), 18), 24) y 29 antes incisos a), l),
m), p) y u) del Reglamento Autónomo de Servicios del Instituto Nacional de
Aprendizaje, actos que podrían derivar en la aplicación de una sanción
disciplinaria de conformidad con las disposiciones de los artículos 47, 49 y 53
del Reglamento citado.
En ese orden de ideas, se impone la necesidad de instaurar un
procedimiento disciplinario de conformidad con las disposiciones de los
artículos 74, siguientes y concordantes del Reglamento Autónomo de Servicios
del INA y 308 siguientes y concordantes de la Ley general de la Administración
Pública mediante el cual se determine la verdad real de los hechos que su vez,
garantice los derechos fundamentales del debido proceso y de defensa del citado
funcionario. Por tanto:
EL
ÓRGANO DIRECTOR, RESUELVE:
I.—Iniciar un procedimiento
disciplinario contra el servidor Pedro Hernández Ruiz portador de la cédula de
identidad número 6-0076-0273, quien se desempeña como Formador para el Trabajo
ID en el núcleo de Comercio y Servicios. La finalidad de ese procedimiento es
verificar la verdad real de los hechos expuestos y determinar si resulta procedente
imponer las medidas sancionatorias previstas en los artículos 38, 43 incisos
1), 16), 18), 24) y 29), antes incisos a), l), m), p) y u) del Reglamento
Autónomo de Servicios, por la supuesta infracción a los artículos 47, 49 y 53
del Reglamento de cita y que regulan las relaciones laborales con el Instituto
Nacional de Aprendizaje, por los siguientes cargos:
1. Que
usted presentó en forma tardía el certificado médico de índole particular N°
662629, extendido por el Dr. Ting Hsieh Kuan Yuan el día 1 de noviembre de 2010
y entregado a la administración hasta el 15 de noviembre del presente año;
donde consta su incapacidad para el período comprendido desde el 01 al 04 de
noviembre de 2010, y
2. Que usted se ausentó del trabajo sin ninguna justificación durante
los días 5, 8 y 9 de noviembre de 2010.
II.—En razón de lo anterior, se convoca
al servidor Pedro Hernández Ruiz portador de la cédula de identidad número
6-0076-0273 a una audiencia oral y privada que se celebrará a las 9 horas del
día 22 de abril del dos mil once, en la oficina de la Asesoría Legal del
Instituto Nacional de Aprendizaje, sede de este órgano director.
III.—Se le previene al servidor Pedro Hernández Ruiz que debe
aportar todos los alegatos y prueba el día de la audiencia bajo pena de caducidad
de no hacerlo en ese momento y que podrá hacerlo antes si a bien lo tiene, en
cuyo caso, deberá hacerlo por escrito. Que a la audiencia citada anteriormente
deberá comparecer personalmente y no por medio de apoderado, sin perjuicio de
que se haga acompañar de los abogados, técnicos o especialistas de su elección;
y que una vez notificado este acto, su ausencia injustificada a la audiencia no
impedirá que esta se lleve a cabo en la fecha y hora señalada, aún sin su
presencia, sin que ello signifique la aceptación tácita de los hechos.
IV.—Se le informa al funcionario que la Administración ha
constituido un expediente en el que consta la prueba de cargo que sirve de
fundamento a los cargos que se le atribuyen, el cual consta de 18 folios
debidamente numerados, el cual puede ser consultado en forma personal o por su
abogado, en la oficina de la Asesoría Legal del Instituto Nacional de
Aprendizaje sita en el edificio Administrativo de la Sede Central del INA en la
Uruca.
V.—Se le comunica al servidor Pedro Hernández Ruiz que deberá
señalar lugar cierto para atender notificaciones, bajo el apercibimiento que de
no hacerlo, de ser equívoco incierto el señalamiento, los actos que se dicten
dentro del presente procedimiento con posterioridad a esta resolución, le serán
notificados en la dirección que conste en el expediente administrativo por
señalamiento de la propia Administración.
VI.—Finalmente se le informa que de conformidad con los
artículos 345 y 346 de la Ley de la Administración Pública, en contra de esta
resolución son oponibles, dentro de las veinticuatro horas posteriores a su
notificación, reducidas a las que sean de despacho el día en que ese plazo
empiece a correr; los recursos ordinarios de revocatoria y apelación, los
cuales deberán ser presentados ante este órgano director y que serán conocidos
en su orden por este órgano director y por la Presidencia Ejecutiva.
Notifíquese en forma personal al interesado.—Lic. Jaime Chinchilla Chavarría, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 2103.—Solicitud Nº 32585.—C-254870.—(IN2011021052).
Órgano Director Del Procedimiento Ordinario
Administrativo, al ser las trece horas del cuatro de marzo del dos mil once.
De conformidad con los artículos 74 y siguientes del Reglamento
Autónomo de Servicios del Instituto Nacional de Aprendizaje y 308, siguientes y
concordantes de la Ley General de la Administración Pública, se inicia
procedimiento disciplinario en contra del funcionario Francisco Picado Chacón,
mayor, portador de la cédula de identidad número 2-0307-0164, Formador para el
Trabajo 1A en el Núcleo Tecnología de Materiales; y
Resultando:
1º—Que mediante el oficio NTM -57-2011
de fecha 17 de febrero de 2011, la jefa del Núcleo Tecnología de Materiales,
informó al Proceso de Soporte Administrativo que el funcionario Francisco
Picado Chacón no se presentó a laborar desde el 16 de febrero y no realizó
justificación alguna y que la Unidad Regional Chorotega y la Unidad de
Certificación, le comunicaron que al día 15 de febrero del 2011 el servidor
Picado Chacón no entregó la documentación respectiva de los servicios
impartidos en el año 2010.
2º—Que Mediante el oficio PSA-233-2011 de fecha 18 de febrero
del 2011, el Proceso de Soporte Administrativo solicitó iniciar procedimiento
disciplinario en contra del señor Francisco Picado Chacón, por cuanto se
determinó que el día 16 de febrero del 2011 no se presentó a laborar sin que
exista justificación a su ausencia, además de que no entregó ante la Unidad
Regional Chorotega y La Unidad de Certificación, la documentación respectiva a
los servicios impartidos durante el período 2010.
3º—Que mediante el oficio NTM - 66-2011 de fecha 22 de febrero
de 2011 la jefa del Núcleo Tecnología de
Materiales reiteró que el funcionario Picado Chacón no se ha presentado a
laborar en esa sede desde el 16 de febrero del 2011 y no ha realizado
justificación alguna.
4º—Que mediante el oficio PSA-244-2011 de fecha 23 de febrero
del 2011, el Proceso de Soporte Administrativo informa a la Asesoría Legal que
el servidor Francisco Picado Chacón no asistió a laborar desde el día 16 de
febrero hasta el 22 de febrero de 2011 y que no consta permiso por vacaciones o
incapacidad.
5º—Que mediante la resolución N° AL-NOD-O13-2011 de las catorce
horas del 25 de febrero del dos mil once, El Asesor Legal actuando por
delegación de la Presidencia Ejecutiva y con fundamento en el artículo 74 del
Reglamento Autónomo de Servicios del INA, ordenó el inicio del procedimiento
disciplinario correspondiente y designó al Licenciado Jaime Chinchilla
Chavarría, cédula de identidad N° 9-0024-0209, para integrar el órgano director
del procedimiento en calidad de titular.
Considerando:
Se desprende de la documentación citada, la
comisión de actos susceptibles de lesionar la normativa que regula la relación
de servicios entre el Instituto Nacional de Aprendizaje y sus funcionarios,
atribuibles al funcionario Francisco Picado Chacón, que consisten: a) la
inasistencia a su trabajo desde el día 16 de febrero hasta el día 22 de febrero
de 2011, b) la omisión de presentar ante la Unidad Regional Chorotega y la
Unidad de Certificación, la documentación respectiva a los servicios impartidos
durante el período 2010, todo lo anterior sin justificación alguna; conducta
que podría hacer incurrir al funcionario en incumplimiento de las obligaciones
laborales reguladas en el artículo 43 incisos 1), 2), 3), 15), 24) y 32),
artículo 53 del Reglamento Autónomo de Servicios del Instituto Nacional de
Aprendizaje, que le podrían acarrear la aplicación de una sanción disciplinaria
de conformidad con las disposiciones de los artículos 47, 48, 49 y 53 del
Reglamento citado y artículo 81 inciso g) del Código de Trabajo.
En ese orden de ideas y ante los hechos expuestos, se impone la
necesidad de instaurar un procedimiento disciplinario de conformidad con las
disposiciones de los artículo 74 y siguientes del Reglamento Autónomo de
Servicios del INA, mediante el cual se determine la verdad real de los hechos y
que a su vez garantice los derechos
fundamentales al debido proceso y particularmente el de defensa del citado
funcionario. Por tanto:
EL
ÓRGANO DIRECTOR, RESUELVE:
I.—Iniciar procedimiento disciplinario
en contra de Francisco Picado Chacón, mayor, portador de la cédula de identidad
número 2-0307-0164, Formador para el Trabajo 1A en el Núcleo Tecnología de
Materiales. La finalidad de ese procedimiento es verificar la verdad real de
los hechos expuestos y determinar si resulta procedente imponer las medidas
sancionatorias previstas en los artículos 47, 48, 49 y 53 del Reglamento
Autónomo de Servicios, por la supuesta infracción a los artículos 43 incisos
1), 2), 3), 15), 24) y 32), artículo 53 del Reglamento citado y que regula las
relaciones laborales con el Instituto Nacional de Aprendizaje, por los
siguientes cargos:
1. Que
usted no asistió a su trabajo desde el día 16 de febrero hasta el día 22 de
febrero de 2011,
2. Que usted no presentó ante la Unidad Regional Chorotega y la Unidad
de Certificación, la documentación respectiva a los servicios impartidos
durante el período 2010.
II.—En razón de lo anterior, se convoca
al servidor Francisco Picado Chacón, a una audiencia oral y privada que se
celebrará a las catorce horas del día martes veintiséis de abril del dos mil
once, en la oficina de la Asesoría Legal del Instituto Nacional de Aprendizaje,
sede de este órgano director.
III.—Se le previene al servidor Francisco Picado Chacón que debe
aportar todos los alegatos y prueba el día de la audiencia bajo pena de
caducidad de no hacerlo en ese momento y que podrá hacerlo antes si a bien lo
tiene, en cuyo caso, deberá hacerlo por escrito. Que a la audiencia citada
anteriormente deberá comparecer personalmente y no por medio de apoderado, sin
perjuicio de que se haga acompañar de los abogados, técnicos o especialistas de
su elección; y que una vez notificado este acto, su ausencia injustificada a la
audiencia no impedirá que esta se lleve a cabo en la fecha y hora señalada, aún
sin su presencia, sin que ello signifique la aceptación tácita de los hechos.
IV.—Se le informa al funcionario que la Administración ha
constituido un expediente en el que consta la prueba de cargo que sirve de
fundamento a los cargos que se le atribuyen y que consta de 9 folios
debidamente numerados, el cual puede ser consultado en forma personal o por su
abogado, en la oficina de la Asesoría Legal del Instituto Nacional de
Aprendizaje sita en el edificio Administrativo de la Sede Central del INA en la
Uruca.
V.—Se le comunica al servidor Francisco Picado Chacón que deberá
señalar lugar cierto para atender notificaciones, bajo el apercibimiento que de
no hacerlo, de ser equívoco incierto el señalamiento, los actos que se dicten
dentro del presente procedimiento con posterioridad a esta resolución, le serán
notificados en la dirección que conste en el expediente administrativo por
señalamiento de la propia Administración.
VI.—Finalmente se le informa que de conformidad con los
artículos 345 y 346 de la Ley de la Administración Pública, en contra de esta
resolución son oponibles, dentro de las veinticuatro horas posteriores a su notificación,
reducidas a las que sean de despacho el día en que ese plazo empiece a correr;
los recursos ordinarios de revocatoria y apelación, los cuales deberán ser
presentados ante este órgano director y que serán conocidos en su orden por
este órgano director y por la Presidencia Ejecutiva.
Notifíquese en forma personal al interesado.—Lic. Jaime Chinchilla Chavarría, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 32585.—Solicitud Nº 21083.—C-178220.—(IN2011021053).
Resolución
LA-022-2011.—Instituto Nacional de Aprendizaje, Presidencia Ejecutiva, al ser las trece horas del diez de
marzo del dos mil once.
Conoce este Despacho diligencias disciplinarias seguidas en contra del
servidor Francisco Picado Chacón, mayor, cédula de identidad 2-0307-0164.
Resultando:
I.—Que el Núcleo de Tecnología de
Materiales, mediante oficio NTM-04-2011 del 12 de enero del 2011, informó al
Proceso de Soporte Administrativo de la Unidad de Recursos Humanos, que el
funcionario Francisco Picado Chacón no se había presentado a laborar desde el
10 de enero del 2011 a la fecha de emisión de la nota y que no realizó
justificación alguna.
II.—Que la Unidad de Recursos Humanos. mediante oficio
PSA-0020-11 del 12 de enero de 2011. Solicitó iniciar un procedimiento
disciplinario en contra del servidor Francisco Picado Chacón, a fin de
determinar su responsabilidad por no presentarse a laborar los días 10, 11 y 12
de enero del 2011 y no presentar justificación alguna ante su jefatura
inmediata dentro del plazo reglamentario.
III.—Que mediante la resolución AL-NOD-003 de las quince horas
del veinticinco de enero de dos mil once, la Asesoría Legal del INA nombró como
órgano director del procedimiento disciplinario. a la licenciada Paula Murillo
Salas.
IV.—Que mediante resolución de las once horas del veintiséis de
enero del dos mil once, notificada el 7 de febrero del 2011, el órgano director
del procedimiento realizó el traslado de cargos correspondiente, atribuyéndole
al señor Picado Chacón los siguientes cargos: 1. Que usted no se presentó a
laborar los días 10, 11 y 12 de enero del 2010. 2. Que usted no justificó ante
su jefatura inmediata y dentro del plazo reglamentario de un día, lo motivos
que le impedían presentarse a trabajar en esas fechas; y lo convocó a una
audiencia oral y privada para que ejerciera su defensa, a las 9:00 horas del 17
de febrero del 2011.
V.—Que el señor Francisco Picado Chacón no se presentó a la
referida audiencia, ni aportó por escrito sus descargos, sin que conste en el
expediente razón que le hubiese impedido el ejercicio de su defensa.
VI.—Que para el dictado de la presente resolución se han seguido
y respetado las prescripciones de ley.
Considerando:
I.—Hechos probados: Esta
Presidencia Ejecutiva tiene como demostrados en la presente resolución, los
siguientes hechos de interés:
1. Que
el funcionario Francisco Picado Chacón no se presentó a laborar los días 10, 11
y 12 de enero del 2011. (ver folio 04 al 01 del expediente administrativo).
2. Que el citado funcionario no justificó dichas ausencias. (ver folio
03 al 01 del expediente administrativo).
3. Que el funcionario Francisco Picado Chacón, cuenta con un
nombramiento interino en el puesto formador para el trabajo 1A. (ver acción de
personal Nº 287435 que consta en el expediente personal del funcionario Picado
Chacón en la Unidad de Recursos Humanos y oficio PSA-0020-2011 a folio 01 del
expediente administrativo).
II.—Hechos no probados: Esta
Presidencia Ejecutiva no tiene hecho no probados que sean de interés en el
asunto.
III.—Sobre el fondo del asunto: El presente asunto tiene
sustento en el hecho que el señor Francisco Picado Chacón no se presentó a
laborar los días 10, 11 y 12 de enero del 2011 y no presentó justificación
alguna ante su jefatura inmediata dentro del plazo reglamentario, hecho que
esta Presidencia Ejecutiva tiene por probado, en virtud de que la parte
accionada no presentó prueba en contrario, toda vez que no acudió a la
audiencia oral y privada llevada a cabo el día diecisiete de febrero del 2011:
en valoración de lo indicado por la señora Gloria Elena Acuña Navarro, Jefa
inmediata del señor Picado Chacón (visible a folio 03 del expediente
administrativo) y de lo reiterado por la Unidad de Recursos Humanos mediante
oficio PSA-0020-2011 (visible a folio 01-02 del expediente administrativo).
Los hechos expuestos constituyen, sin lugar a dudas. el incumplimiento
de la obligación que le impone el Reglamento Autónomo de Servicios,
concretamente el artículo 43, incisos 1) y 24) cuyos incumplimientos están
previstos como una falta grave a la luz del artículo 49 del citado Reglamento;
pero también del artículo 53 del reglamento indicado. que claramente estipula
que se considera como una ausencia la falta a un día completo de trabajo y que
la justificación debe presentarse a más tardar el día siguiente hábil al de la
ausencia, y que establece dos ausencias consecutivas o tres alternas
injustificadas, serán consideradas como falta grave y sancionadas con el
despido sin responsabilidad patronal. En similar sentido, el artículo 81,
inciso g) del Código de Trabajo señala que esa conducta constituye causal de
despido.
Así las cosas con base en el elenco probatorio que consta en autos.
Las consideraciones y citas legales que anteceden, y en uso de la potestad
disciplinaria que le compete, esta Presidencia Ejecutiva determina que la
sanción aplicable es el despido sin responsabilidad patronal del servidor
Francisco Picado Chacón. Por tanto,
Esta Presidencia Ejecutiva, con base en las
consideraciones de hecho y derecho expuestas;
RESUELVE:
I.—Despedir sin responsabilidad
patronal al señor Francisco Picado Chacon, de calidades conocidas en autos, por
las ausencias injustificadas presentadas los días 10, 11 y 12 de enero del
2011.
II.—Se hace saber a la parte que contra esta resolución cabe el
recurso de revocatoria señalado en el articulo 344, inciso 4) de la Ley General
de la Administración Pública, el cual se deberá presentar dentro de los tres
días siguientes contados a partir de la notificación de esta resolución, el
cual podrá presentar ante esta Presidencia Ejecutiva para su conocimiento.
Notifíquese.—Presidencia Ejecutiva.—Olman Segura Bonilla.—O.
C. Nº 21083.—Solicitud Nº 32587.—C-121520.—(IN2011023903).
Órgano Director del
Procedimiento Ordinario Administrativo, al ser las trece horas del veintidós de marzo de dos mil once.
De conformidad con los artículos 74 y siguientes del Reglamento
Autónomo de Servicios del Instituto Nacional de Aprendizaje y 308, siguientes y
concordante de la Ley General de la Administración Pública, se inicia
procedimiento disciplinario en contra del funcionario Pedro Hernández Ruiz,
portador de la cédula de identidad número 6-076-273, quien se desempeña como
Formador para el Trabajo 1D, en el Núcleo de Comercio y Servicios.
Resultando:
I.—Mediante el oficio NSCS-0450-11 del
10 de marzo de 2011, la señora Elvira Alvarado Solano, Encargada del Proceso de
Gestión Administrativa del Núcleo de Comercio y Servicios, informó al Encargado
del Proceso de Soporte Administrativo de la Unidad de Recursos Humanos, que el
servidor Pedro Hernández Ruiz no se ha presentado a trabajar desde el 7 de
marzo de 2011 hasta la fecha de emisión del documento citado, sin que haya
presentado ninguna justificación de sus ausencias.
II.—El Encargado del Proceso de Soporte Administrativo de la
Unidad de Recursos Humanos, mediante el oficio PSA-0362-2011 de fecha 10 de
marzo de 2011, solicitó iniciar un procedimiento disciplinario en contra del
servidor Pedro Hernández Ruiz, a fin de determinar su responsabilidad por las
ausencias denunciadas desde el 07 de marzo hasta el 16 de marzo de 2011.
III.—Por medio del oficio NSCS-0525-11 de fecha 16 de marzo de
2011, la señora Elvira Alvarado Solano, Encargada del Proceso de Gestión
Administrativa del Núcleo de Comercio y Servicios, le informó a esta Asesoría
que hasta la fecha antes indicada, el funcionario de marras no se ha presentado
a laborar, sin ninguna justificación.
IV.—Que mediante la resolución N° AL-NOD-024-2011 de las quince
horas del diecisiete de marzo de dos mil once, el Asesor Legal, actuando por
delegación de la Presidencia Ejecutiva y con fundamento en el artículo 74 del
Reglamento Autónomo de Servicios del INA, ordenó el inicio del procedimiento
disciplinario correspondiente y designó a la Licenciada Ingrid Paola Quesada
Zamora, cédula, para integrar el órgano director del procedimiento en calidad
de titular.
Considerando:
Se desprende de la documentación citada, la
comisión de actos susceptibles de lesionar la normativa que regula la relación
de servicios entre el Instituto Nacional de Aprendizaje y sus funcionarios,
atribuibles al funcionario servidor Pedro Hernández Ruiz, que consisten en las
ausencias a su trabajo desde el 7 hasta el 16 de marzo de 2011, sin ningún tipo
de justificación, conducta que podría constituir una trasgresión a las
obligaciones laborales establecidas en los artículos 43, incisos 1), 3) y 24)
del Reglamento Autónomo de Servicios del INA, que podría acarrearle la
aplicación de una sanción disciplinaria de conformidad con las disposiciones de
los artículos 47, 49 y 53 del Reglamento citado y 81, inciso g) del Código de
Trabajo.
En ese orden de ideas, se impone la necesidad de instaurar un
procedimiento disciplinario de conformidad con lo dispuesto por el artículo 74,
siguientes y concordantes del Reglamento Autónomo de Servicios del INA y 308
siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública,
mediante el cual se determine la verdad real de los hechos que su vez,
garantice el derecho fundamental de defensa del citado funcionario. Por
tanto,
EL
ÓRGANO DIRECTOR, RESUELVE:
I.—Iniciar procedimiento disciplinario
en contra el servidor Pedro Hernández Ruiz, cédula Nº 6-076-273, quien se
desempeña como formador para el trabajo 1D en el Núcleo de Comercio y
Servicios. La finalidad de ese procedimiento es verificar la verdad real de los
hechos expuestos y determinar si resulta procedente imponer las medidas
sancionatorias previstas en los artículos 47 y 49 del Reglamento Autónomo de
Servicios, por la supuesta infracción a los artículos 43, incisos 1), 3), 24) y
53 del Reglamento Autónomo de Servicios del INA, por los siguientes cargos:
a. Que
usted se ausentó de su trabajo del 7 al 16 de marzo de 2011.
b. Que usted no justificó ante su jefatura, las razones que le
impedían presentarse a laborar los días antes mencionados.
II.—En razón de lo anterior, se convoca
al servidor Pedro Hernández Ruiz a una audiencia oral y privada que se
celebrará a las nueve horas del día martes tres de mayo del dos mil once, en la
oficina de la Asesoría Legal del Instituto Nacional de Aprendizaje, sede de
este órgano director.
III.—Se le previene al servidor Pedro Hernández Ruiz que debe
aportar todos los alegatos y prueba el día de la audiencia bajo pena de
caducidad de no hacerlo en ese momento, y que podrá hacerlo antes si a bien lo
tiene, en cuyo caso, deberá hacerlo por escrito. Que a la audiencia citada
anteriormente deberá comparecer personalmente y no por medio de apoderado, sin
perjuicio de que se haga acompañar de los abogados, técnicos o especialistas de
su elección; y que una vez notificado este acto, su ausencia injustificada a la
audiencia no impedirá que esta se lleve a cabo en la fecha y hora señalada, aún
sin su presencia, sin que ello signifique la aceptación tácita de los hechos.
IV.—Se le informa al funcionario que la Administración ha constituido
un expediente en el que consta la prueba de cargo que sirve de fundamento a los
cargos que se le atribuyen, el cual consta de 8 folios debidamente numerados,
el cual puede ser consultado en forma personal o por su abogado, en la oficina
de la Asesoría Legal del Instituto Nacional de Aprendizaje sita en el edificio
administrativo de la sede central del INA en la Uruca.
V.—Se le comunica al servidor Pedro Hernández Ruiz que deberá
señalar lugar cierto para atender notificaciones, bajo el apercibimiento que de
no hacerlo, de ser equívoco incierto el señalamiento, los actos que se dicten
dentro del presente procedimiento con posterioridad a esta resolución, le serán
notificados en la dirección que conste en el expediente administrativo por
señalamiento de la propia Administración.
VI.—Finalmente se le informa que de conformidad con los artículos 345 y 346 de la Ley de la Administración Pública, en contra de esta resolución son oponibles, dentro de las veinticuatro horas posteriores a su notificación, reducidas a las que sean de despacho el día en que ese plazo empiece a correr; los recursos ordinarios de revocatoria y apelación, los cuales deberán ser presentados ante este órgano director y que serán conocidos en su orden por este órgano director y por la Presidencia Ejecutiva. Notifíquese en forma personal al interesado.—Ingrid Paola Quesada Zamora, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº 32587.—C-130950.—(IN2011023905).
Instituto de Desarrollo
Agrario.—Dirección Región Heredia.— Puerto Viejo, Sarapiquí, Heredia, a las catorce horas del doce
de octubre del dos mil diez.
Resultando:
I.—Con oficio OSH-0125-2007 del 14 de
marzo del dos mil siete, la Oficina Subregional de Horquetas, solicita la
apertura del procedimiento administrativo de revocatoria de adjudicación.
II.—La causal por la cual la oficina de La Virgen solicita la
apertura del procedimiento, se fundamente en el artículo 68, inciso 4 b) Ley Nº
2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas por abandono físico y material de
la parcela 28 asentamiento La Conquista
Considerando:
I.—Que mediante resolución de las nueve
horas con diez minutos del diecisiete de abril del dos mil siete, la Dirección
Regional Heredia por medio de la oficina de Asuntos Jurídicos inició las
diligencias de revocatoria de adjudicación y nulidad de titulo, contra
Marvin Gerardo Umaña
Castro, cédula número 2-336-941, sobre la parcela 28 del
Asentamiento Campesino La Conquista adjudicada y titulada mediante acuerdo de
Junta Directiva artículo XII sesión 0026-92 del 6 de abril 1992 por
incumplimiento al artículo 68, inciso 4, párrafo b) de la Ley Nº 2825, Ley de
Tierras y Colonización del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, por abandono
injustificado de la parcela.
II.—Que en virtud de tratarse de una anulación y en vista que de
que la parcela se encuentra adjudicada y titulada, se realiza el presente
proceso de revocatoria de adjudicación de propiedad, a fin de buscar la verdad
real de los hechos para proceder conforme a derecho.
III.—Que la Dirección Regional Heredia, a través de su oficina
de Asuntos Jurídicos instruyó para tales efectos el expediente Administrativo
número DRH-AJ Expediente Nº 023-007.
IV.—Que la notificación de la resolución de apertura del procedimiento
de las ocho horas, cuarenta minutos del seis de mayo del dos diez, se notificó
por edicto en La Gaceta 134 del 11 de julio del 2008 y La Gaceta
Nº 135 del 14 de julio del 2008, donde se convoca a la administrada de este
proceso a fin de que tuviere conocimiento de las diligencias incoadas en su
contra de conformidad con lo dispuesto por la Ley General de la Administración
Pública para que comparezca oralmente o por escrito en un plazo de quince días
contados a partir de la notificación, ante el Instituto de Desarrollo Agrario
aportando la prueba de descargo que tuviere en su poder con el fin de
desvirtuar los cargos imputados.
V.—Dentro del Término la adjudicataria, no se apersonó al
proceso, ni aportó prueba alguna que desvirtuara el informe presentado por la
Oficina Subregional de Horquetas, con fecha 14 de julio de 2010, la Oficina
presentó un informe donde manifiesta la parcela es habitada y trabajada por los
señores Franklin Vindas Mora y Olga Amador Godínez confirmándose el abandono
por parte de los adjudicatarios, y demostrando así el no tener interés por la
parcela.
VII.—Por todo lo anterior expuesto y las pruebas constantes en
el expediente respectivo se tiene por comprobada la violación al artículo 68,
inciso 4, párrafo b) de la Ley de Tierras y Colonización 2825 del 14 de octubre
de 1961 y sus reformas, por abandono injustificado de la parcela 28
Asentamiento Campesino La Conquista. Por tanto,
En consecuencia de conformidad con lo
dispuesto en nuestra normativa lo anterior expuesto y las pruebas constantes en
el expediente respectivo se tiene por probada la violación fragante a la Ley Nº
2825 del 14 de octubre de 1961 por incumplimiento de las obligaciones que
impone el IDA a los beneficiarios. De conformidad con todo los expuesto y
fundamento la Junta Directiva del Instituto de Desarrollo Agrario de
conformidad con el oficio DRH-AJ-125-2010 suscrito por la Asesoría Legal de la
Región Heredia Referente al artículo 44, sesión 029-2010 del 13 de setiembre
del 2010, acuerdo de Junta Directiva de revocatoria y nulidad de título de la
parcela 28 Asentamiento La Conquista, en contra de Marvin Gerardo Umaña Castro,
cédula número 2-336-941 por violación al artículo 68, inciso 4 b) de la Ley Nº
2825, Ley de Tierras y Colonización por abandono injustificado de la parcela
28.
I.—Revocar la adjudicación y
subsecuente nulidad de titulo de la parcela 28 Asentamiento Campesino La
Conquista, Sito: Horquetas, Sarapiquí, Heredia, del señor Marvin Gerardo Umaña
Castro, cédula número 2-336-941 por violación al artículo 68, inciso 4, párrafo
b) de la ley 2825, Ley de Tierras y Colonización Por abandono injustificado.
II.—Comunicar mediante exhorto al Registro Público la nulidad
del titulo de propiedad inscrito al Partido Heredia matrícula 129005-000, el
cual es terreno con la misma naturaleza, situación medida y linderos que indica
el registro público y se revierta dicha propiedad a nombre del Instituto de
Desarrollo Agrario, cédula jurídica Nº 4-000-042143-11 y se cancele el gravamen
de hipoteca, limitaciones, carta venta, exhorto de inmovilización inscritas en
el Registro Público de la propiedad con la siguiente cita
394-13877-01-0006-001, 394-13877-01-0805-001 423-09093-001 y 571-01259-001.
III.—Ordenar el desalojo del administrado Marvin Gerardo Umaña
Castro, adjudicatario de la parcela 28 Asentamiento Campesino La Conquista y
contra terceros que ocupen dicha parcela que el Instituto realice un avalúo de
mejoras y se proceda a adjudicar a quien llene los requisitos de ley.
IV.—Contra esta resolución podrá interponerse recurso de
apelación ante la Dirección Regional Heredia en Puerto Viejo, Sarapiquí, para
ante el Tribunal Superior Agrario y señalar lugar para notificaciones dentro
del perímetro Judicial, dentro del término de cinco días hábiles, a partir de
la notificación y con fundamentos en los artículos 66 y 177 de la Ley Nº 2825,
Ley de Tierras y Colonización del 14 de octubre de 1961 y sus reformas y del
artículo 12, inciso d) de la Ley Nº 6734 de Jurisdicción Agraria. Acuerdo
aprobado, comuníquese acuerdo firme. Notifíquese.
Dado en San José, a las catorce horas del
doce de octubre de dos mil diez.—Lic. Walter Ulate Calderón, Secretario
General de la Junta Directiva.—1 vez.—(IN2011023798).