LA GACETA Nº 71 DEL 12 DE ABRIL DEL 2011

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 36481-MINAET-S

Nº 36506-H

Nº 36508-MAG

Nº 36511-MOPT

ACUERDOS

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

AGRICULTURA Y GANADERÍA

EDUCACIÓN PÚBLICA

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

PODER JUDICIAL

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

MUNICIPALIDADES

AVISOS

ADJUDICACIONES

PODER JUDICIAL

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

UNIVERSIDAD NACIONAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

AVISOS

FE DE ERRATAS

SEGURIDAD PÚBLICA

AGRICULTURA Y GANADERÍA

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

AVISOS

REGLAMENTOS

JUNTA DE ADMINISTRACIÓN PORTUARIA

Y DE DESARROLLO ECONÓMICO

DE LA VERTIENTE ATLÁN TICA

REMATES

HACIENDA

AVISOS

MUNICIPALIDADES

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS  PÚBLICOS

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

FE DE ERRATAS

JUNTA DE ADMINISTRACIÓN PORTUARIA Y DE DESARROLLO

ECONÓMICO DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA

AVISOS

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 36481-MINAET-S

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA,

EL MINISTRO DE AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

Y LA MINISTRA DE SALUD

En uso de las facultades que les confiere el artículo 140 incisos 3) y 18) de la Constitución Política, 27 y 28.2.b) de la Ley General de la Administración Pública y,

Considerando:

1º—Que mediante el acuerdo de Junta Directiva del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (A y A) Nº 96-160 del 4 de junio de 1996, se creó el Programa Bandera Azul Ecológica (PBAE), con la participación de otras entidades públicas y privadas como: Instituto Costarricense de Turismo (ICT), Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (MINAET), Ministerio de Salud (MINSA), Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AYA), Cámara Nacional de Turismo (CANATUR), con el propósito de incentivar la participación comunitaria en la protección de los recursos hídricos, el ambiente en general y la salud pública del país. Posteriormente, la iniciativa recibió el apoyo y se incorporaron otras instituciones a saber: Ministerio de Educación Pública (MEP), Asociación Red Costarricense de Reservas Privadas, Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) y la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS). Estas dos últimas instituciones se integran mediante este Decreto.

2º—Que la Constitución Política de Costa Rica establece en su artículo 50, el deber del Estado, para preservar un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, siendo su obligación garantizar, difundir y salvaguardar ese derecho.

3º—Que el Plan Nacional de Desarrollo 2011-2014 “María Teresa Obregón Zamora”, contempla el fortalecimiento del PBAE en sus objetivos y metas.

4º—Que en sus primeros 15 años de vigencia el PBAE se han creado 7 categorías mediante los Decretos Ejecutivos Nº 25636-MINAE-S (1996) –no vigente-, Nº 27010-MINAE-S (1998) –no vigente-, Nº 31648-MEP-MINAE-S-TUR (2004), Nº 31610-S-MINAE-TUR (2004), Nº 31978-MEP-MINAE-S-TUR (2004), Nº 33604-MINAE (2007), Nº 34548-MINAE (2008), Nº 34777-MINAET-S-MEP (2008) y Nº 35162-MINAET(2009).

5º—Que el PBAE se ha convertido en un instrumento práctico para incentivar y democratizar la toma de decisiones en la organización civil en beneficio del ambiente, la salud y la calidad de vida de la población y visitantes de Costa Rica.

6º—Que el éxito y empoderamiento del PBAE ha permitido expandir su filosofía o estilo de vida a otros países de la región latinoamericana.

7º—Que la Comisión Nacional del PBAE realizó el 24 de noviembre del 2006, el segundo Plan Estratégico para el período 2007-2011, en donde se fijaron nuevos objetivos y metas, entre otros la creación de nuevas categorías.

8º—Que el PBAE fue declarado, mediante el Decreto Ejecutivo Nº 33604, como “Programa de Interés Público de Bien Social”.

9º—Que es necesario adecuar algunos parámetros obligatorios y complementarios en las diferentes categorías: Playas, Comunidades, Centros Educativos, Espacios Naturales Protegidos, Microcuencas Hidrológicas, Acciones para enfrentar el Cambio Climático, Comunidad Clima Neutral y la nueva categoría “Promoción de la Salud Comunitaria”, con el propósito de optimizar la administración y operación del Programa. Asimismo, se hace necesario integrar en los aspectos normativos más relevantes, los decretos ejecutivos que regulan el PBAE. Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Objetivo del PBAE: El objetivo general del PBAE es establecer un incentivo para promover la organización de comités locales y la integralidad de los mismos, con el propósito de buscar la conservación y desarrollo, en concordancia con la protección de los recursos naturales, la implementación de acciones para enfrentar el cambio climático, la búsqueda de mejores condiciones higiénico-sanitarias y la mejoría de la salud pública de los habitantes de Costa Rica.

Artículo 2º—Categorías que se integran y finalidad: Los decretos que se pretenden integrar mediante la presente regulación son los siguientes Decretos Nº 31648-MEP-MINAE-S-TUR (Categoría: Centros educativos) del 2004, Nº 31610-S-MINAE-TUR del 2004 (Categoría: Comunidades y Categoría: Playas), Nº 31978-MEP-MINAE-S-TUR (Declaratoria de interés público PBAE) del 2004, Nº 33604-MINAE (Categoría: Espacios Naturales Protegidos) del 2007, Nº 34548-MINAE (Categoría: Acciones para enfrentar el Cambio Climático) del 2008, Nº 34777-MINAET-S-MEP (Categoría: Microcuencas hidrológicas) del 2008 y Nº 35162-MINAET (Categoría: Comunidad Clima Neutral) del 2009; así como la categoría de Promoción de la Salud Comunitaria, creada mediante la presente normativa. La finalidad de este decreto es integrar los alcances de las diferentes categorías del PBAE, creando nuevos parámetros obligatorios y complementarios de las mismas.

Artículo 3º—Creación de la categoría promoción de la salud comunitaria: Se crea la VIII categoría del PBAE, denominada “Promoción de la Salud Comunitaria”, dirigida a la organización comunal, para que con el apoyo de las autoridades de salud de la zona, realicen acciones y actividades con el propósito de mejorar la calidad de vida de la población correspondiente.

Artículo 4º—Integrantes de la Comisión Nacional del PBAE: Se crea la Comisión Nacional del PBAE (CNPBAE) la cual estará integrada por un funcionario titular y un suplente de cada una de la instituciones integrantes de la misma, que son: Instituto Costarricense de Turismo (ICT), Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (MINAET), Ministerio de Salud (MINSA), Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), Ministerio de Educación Pública (MEP), Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AYA), Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) –que se integra para la nueva categoría “Promoción de la Salud Comunitaria”-, Cámara Nacional de Turismo (CANATUR), Asociación Red Costarricense de Redes Privadas (RED DE RESERVAS). La Comisión Nacional del PBAE podrá invitar otros representantes de otras entidades públicas y privadas cuando lo considere necesario.

Artículo 5º—Deberes y potestades de la Comisión Nacional del PBAE: Los deberes y potestades de la Comisión Nacional del PBAE son:

a.  Preparar el programa de trabajo anual, el cual debe ser aprobado por consenso de la Comisión o en su lugar mayoría simple.

b.  Establecer el cronograma de reuniones con una frecuencia mensual.

c.  Elegir con una frecuencia de cada tres años, en el mes de diciembre su estructura orgánica, para lo cual se deben seleccionar en su seno los siguientes puestos Presidente y Secretario. Asimismo para los aspectos operativos, con el apoyo de las instituciones representadas en la Comisión, podrá seleccionarse un Coordinador General. También, a lo interno de la Comisión, y de los miembros representantes de la misma, podrá seleccionarse un Coordinador para cada uno de los siguientes aspectos:

-    Finanzas

-    Publicidad y Mercadeo

-    Educación y Capacitación

-    Actos anuales e Izas Locales

-    Otros que defina la Comisión

d.  Evaluar, auditar, dar seguimiento y seleccionar los comités locales ganadores del Galardón Bandera Azul Ecológica.

e.  Realizar los ajustes que sean necesarios y cuando sean requeridos a los parámetros o manuales de procedimiento de las diversas categorías.

f.   Los dictámenes o decisiones de la CNPBAE serán inapelables en materia de otorgamiento de galardones.

Artículo 6º—Conformación de los Comités Locales: Los participantes de cada categoría deben conformar Comités Locales (CLPBAE), los cuales deben formalizar su inscripción de enero a marzo de cada año ante la Comisión Nacional del PBAE, y elaborar los programas de trabajo, el cual deben presentar en Abril de cada año, brindar seguimiento a las acciones para cumplir los parámetros obligatorios y complementarios y enviar los informes anuales a la Comisión Nacional del PBAE, en el mes de diciembre del período correspondiente. La conformación de los diferentes Comités Locales de cada categoría se definirá de acuerdo con el Anexo A.

Artículo 7º—Equipos técnicos de trabajo de la CNPBAE: El CNPBAE integrará Equipos Técnicos con funcionarios de las distintas instituciones representadas en el seno de la CNPBAE, con el propósito de realizar las siguientes funciones: promoción, evaluación, seguimiento, y otras actividades de apoyo y monitoreo con los Comités Locales.

Artículo 8º—Funciones de los Comités Locales: Las funciones de los Comités Locales de cada categoría son:

a)  Sesionar al menos una vez al mes, llevando un libro de actas donde se anotarán los principales acuerdos, mejoras y actividades educativas realizadas. En el mes de diciembre de cada año, se presentará un informe de estas actividades a la CNPBAE.

b)  El CLPBAE deberá nombrar un coordinador, quien será el contacto directo con la CNPBAE y los Equipos Técnicos de Trabajo (ETPBAE).

c)  En el caso de los Centros Educativos, el comité local debe contar con el visto bueno del Director de la institución.

d)  En la primera sesión del año se debe preparar el programa de trabajo anual y enviarlo a la CNPBAE.

e)  Le corresponde al comité local designar responsables de cada actividad a realizar y dar seguimiento a las mismas.

f)   El comité mantendrá informada a la CNPBAE de todas las actividades realizadas durante su periodo de evaluación.

g)  El comité velará por el cumplimiento de cada uno de los parámetros de evaluación del programa.

h)  El comité deberá preparar un informe final de auto-evaluación en el mes de diciembre de cada año, siguiendo el orden del esquema establecido por la comisión para cada una de las 8 categorías. Además, en la elaboración del informe final, solamente podrán participar los integrantes del comité local inscrito.

i)   En aras de una democratización y mayor participación de los habitantes de un lugar en el PBAE, no se permitirá que un mismo comité se inscriba para participar en más de cuatro categorías.

j)   No podrá tener injerencia o participación un mismo miembro o representante, en más de cuatro comités locales de una misma categoría dentro del PBAE.

k)  El comité deberá estar dispuesto al auditoraje de la comisión nacional sobre la auto-evaluación planteada

l)   Nombrar dos representantes que asistan, al acto de premiación organizado por la CNPBAE, cuando el comité sea galardonado

m) En el caso de los Centros Educativos, conformar una comisión con docentes y estudiantes de hasta 5 personas para asistir al acto de premiación.

n)  El comité será el responsable de organizar el acto para izar la Bandera Azul Ecológica en su localidad inscrita.

o)  Construir el asta donde será colocada la Bandera Azul Ecológica, ubicándola en la zona pública o privada de mayor concurrencia o relevancia para el sitio ganador y velar porque la misma se mantenga ondeando constantemente.

p)  El Comité cubrirá el costo de una nueva bandera, cuando la entregada por la CNPBAE sufra deterioro o sea robada.

q)  En caso de Centros Educativos, cuando el comité local se hace acreedor de la Bandera Azul Ecológica, quedará automáticamente inscrito para el próximo año, informando a la CNPBAE si existen cambios dentro de la integración del Comité.

r)   Otras dirigidas al fortalecimiento de los comités y el PBAE, que se deriven de la presente regulación

Artículo 9º—Logo del galardón: Se mantiene el logo original del galardón, “Bandera Azul Ecológica”, incluyendo: el logo original del programa en el centro, en la esquina superior derecha el año de evaluación y en el margen inferior derecho, el símbolo de cada categoría. La bandera o galardón tendrá un largo de 1.50 metros y un ancho de 1 metro.

Artículo 10.—Requisito para participar en las categorías del PBAE: Los establecimientos, entidades, organizaciones y otros, que participen en cualquier categoría del PBAE, deben en primera instancia estar legalmente acreditados según su naturaleza jurídica ante las instituciones del Estado, cuando así sea requerido y cumplir las normativas de salud pública vigentes, en lo pertinente.

Artículo 11.—Parámetros, nota mínima y gradación de estrellas: Los parámetros obligatorios para cada categoría del PBAE se definen en el Anexo B. (adjunto). La nota mínima y la gradación de las estrellas en el galardón para cada categoría del PBAE, se presenta en el Anexo C. (adjunto)

Artículo 12.—Recursos económicos: Cada entidad pública y privada representada en la Comisión Nacional del PBAE, queda facultada para incluir en su presupuesto, los recursos económicos y humanos necesarios para asegurar la administración y operación de la Comisión Nacional y el Equipo de Trabajo del PBAE. Dichos recursos deben ser comunicados a la Comisión Nacional mediante el representante de cada entidad en el mes de setiembre de cada año. Asimismo las dependencias del sector público y privado, dentro del marco legal respectivo, podrán contribuir en la medida de sus posibilidades jurídicas y materiales, y sin perjuicio del cumplimiento de sus propios objetivos, en todas aquellas actividades que se desarrollen para el fortalecimiento y desarrollo del Programa Bandera Azul Ecológica.

Artículo 13.—Manuales de procedimientos de cada categoría: Cada categoría cuenta con su respectivo manual de procedimientos, en el cual se detallan aspectos específicos para cada una de ellas. Este manual será revisado al menos cada 4 años por la CNPBAE, para determinar si procede realizar cambios operativos que permitan agilizar y modernizar el programa.

Artículo 14.—Rige a partir de su publicación.

Dado en la ciudad de San José, a los 17 días del mes de marzo del 2011.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Salud, María Luisa Ávila Agüero.—El Ministro de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, Teófilo De La Torre Argüello.—1 vez.—O. C. Nº 011-066.—Solicitud Nº 1837.—C-708020.—(D36481-IN2011024749).

Anexo A

Conformación mínima de los Comités Locales del Programa Bandera Azul Ecológica

Categoría

Representantes de:

Constitución

mínima

Playas

Asociación desarrollo

Municipalidades

Hoteleros

Cámara turismo local

Otros líderes comunales

5 miembros

Comunidades

Sector Salud

Municipalidades

Acueducto

Cámara turismo local

Iglesia y otros

5 miembros

Centros Educativos

Educadores

Área administrativa

Padres o madres de familia

Estudiantes

Vecino de la Comunidad

5 miembros

Espacios Naturales Protegidos

Reservas

MINAET

Refugios

3 miembros

Microcuencas Hidrológicas

Municipalidades

MINAET

ONG`s

Líderes Comunales

4 miembros

Acciones para enfrentar el Cambio Climático

Gerente o Representante

Encargado Mantenimiento

Asociación, sindicato, otro

Recursos Humanos

Propietario de Finca, empleado

5 miembros

Comunidad Clima Neutral

Playa o Comunidad

Centro Educativo

Microcuenca o Espacio Natural

Empresas o Fincas

4 miembros

Promoción de la Salud Comunitaria

Comunidad

Sector Salud (1 de Áreas rectoras de salud-MINSA- y 1 de Áreas de salud-CCSS-)

Municipalidad

Cruz Roja

5 miembros

 

Anexo B

Parámetros obligatorios de los Comités Locales del Programa Bandera Azul Ecológica

 

Categoría:

Parámetro:

Valor:

Playas

- Calidad microbiológica del agua de mar

35%

 

- Calidad del agua para consumo humano

15%

 

- Calidad Sanitaria de las costas:

 

 

- Basuras y basureros

10%

 

- Vertidos industriales tratados

5%

 

- Aguas residuales tratadas

15%

 

- Educación ambiental

10%

 

- Seguridad y administración

10%

Comunidades

- Agua para consumo humano

20%

 

- Disposición de desechos sólidos

10%

 

- Disposición de desechos líquidos

15%

 

- Señalización de carreteras y lugares turísticos

10%

 

- Educación ambiental

10%

 

- Atención integral de la salud

10%

 

- Disposición y tratamiento de vertidos industriales

10%

 

- Protección de recursos hídricos

10%

 

- Seguridad policial y ambiental

5%

Centros Educativos

- Calidad del agua

10%

 

- Gestión del riesgo a desastres

20%

 

- Educación Ambiental

35%

 

- Servicios Sanitarios

15%

 

- Promoción de espacios limpios y seguros

10%

 

- Informes

10%

Espacios Naturales Protegidos

- Protección de la cobertura vegetal.

25%

 

- Conservación y uso adecuado del recurso hídrico.

25%

 

- Adopción de medidas de control y Protección Ambiental.

20%

 

- Manejo de desechos sólidos y líquidos (aguas servidas entre otros).

20%

 

- Administración del Sitio.

10%

Microcuencas Hidrológicas

- Caracterización del transepto inscrito.

16%

 

- Inventario de fuentes de contaminación del cuerpo de agua.

15%

 

- Acciones de reducción o eliminación de la contaminación dentro del transepto inscrito.

25%

 

- Motivar campañas para el mejoramiento del cuerpo de agua del transepto, aguas arriba.

18%

 

- Reforestación en zonas de influencia directa de la Micro-cuenca.

11%

 

- Educación Ambiental.

15%

Acciones para enfrentar el Cambio Climático

Variedad: Mitigación

- Reducción en el uso de combustibles fósiles.

20%

 

- Reducción en el uso de agua.

20%

 

- Reducción en el uso de energía eléctrica.

20%

 

- Impulso en el tratamiento de aguas residuales.

10%

 

- Eliminación de aerosoles causantes de aumentar los gases de efecto invernadero.

5%

 

- Reforestación y reducción del uso de papel.

10%

 

- Educación ambiental.

10%

 

- Aseo e higiene de instalaciones con compuestos orgánicos.

5%

Acciones para enfrentar el Cambio Climático Variedad: Adaptación

- Calidad de agua para uso agropecuario.

10%

 

- Manejo y conservación de suelos.

10%

 

- Uso y manejo de plaguicidas y antibióticos.

15%

 

- Gestión operativa y administrativa.

15%

 

- Disposición final de desechos sólidos y líquidos.

30%

 

- Gestión ambiental.

20%

Comunidad Clima Neutral

- Identificar con la metodología internacional del Panel Intergubernamental de Cambio Climático (IPCC), el Protocolo de Gases de Efecto Invernadero (GHE siglas en inglés), o alguna otra normativa oficial equivalente, la cantidad de emisiones de efecto invernadero como fuente de generación de energía, consumo energético, transporte terrestre, aéreo, marítimo, actividades agrícolas, pecuarias, desechos inorgánicos, cambio de uso de la tierra y otro tipo de industrias en la comunidad.

20%

 

- Participación de la Comunidad o playa en el PBAE.

10%

 

- Participación de al menos un centro educativo en el PBAE.

10%

 

- Participación de comités locales en las categorías de micro cuencas hidrológicas y/o espacios naturales protegidos.

10%

 

- Participación de al menos un 20% de las entidades públicas o privadas en la categorías número 6 del PBAE “Acciones para Enfrentar el Cambio Climático”.

15%

 

- Iniciar acciones de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero (CO2 equivalente), en toda la comunidad participante.

10%

 

- Promover actividades de adaptación como tratamiento de aguas residuales (industrial, humanas o animal) y realizar medidas de conservación de recursos hídricos, biodiversidad, recursos marino-costeros y que eviten el cambio de uso de la tierra.

5%

 

- Compensar en forma paulatina, mediante reforestación y otras actividades equivalentes, las emisiones de gases de efecto invernadero en al menos un 10% anual, con respecto a su línea base de emisiones, calculados en el parámetro 1.

20%

Promoción de la Salud Comunitaria

- Campañas de limpieza o eliminación de criaderos de mosquitos y otros vectores responsables de enfermedades como: dengue, malaria y otras.

20%

 

- Acciones para mejorar la calidad de servicio de agua para consumo humano, en la comunidad.

20%

 

- Actividades para mejorar la recolección y tratamiento de los desechos sólidos, así como el tratamiento de los desechos líquidos domésticos.

15%

 

- Actividades para fomentar la promoción de estilos de vida saludables (ejercicio, dietas, deportes, salud mental, etc.).

15%

 

- Promoción del aseo e higiene en la población y comunidad como: lavado de manos, evacuación adecuada de excretas y otros.

30%

 

Anexo C

Gradación por estrellas de los Comités Locales del Programa Bandera Azul Ecológica

Categoría:

Parámetro:

Nota mínima:

Playas

- Una estrella (A): Si el valor obtenido está entre 90% y 100%.´

90 puntos

 

- Dos estrellas (AA): Si la evaluación obtenida es del 100% y se tiene:

 

- Señalización de oleaje fuerte y corrientes marinas, así como animales peligrosos para los turistas nacionales e internacionales, en caso de que existan

 

- Vigilancia ( salvavidas) y socorrismo ( labor de primeros auxilios) en fines de semana y temporadas altas

 

- Señalización de corrientes marinas en caso de que existan y vigilancia y socorrismo en temporadas altas.

 

- Tres estrellas (AAA): Cumple con lo indicado para dos estrellas y se tiene:

 

- Duchas y servicios sanitarios públicos.

 

- Mapas de identificación de zonas especiales y servicios Turísticos.

 

- Plan Regulador o Plan de Manejo en caso de Áreas de Conservación y accesos cómodos y seguros para personas con discapacidad, duchas y servicios sanitarios públicos.

 

- Cuatro estrellas (AAAA): Cumple con lo indicado para tres estrellas y se tiene:

 

- Separación y reciclaje de residuos sólidos

 

- Acciones de limpieza de Criaderos de vectores transmisores de enfermedades.

 

- Cuente con Vigilancia (salvavidas) y socorrismo en forma permanente.

 

- Cuente con un Comité de Emergencia local.

 

- Según la ley Nº 6043 de la Zona Marítima Terrestre, cuente con el Plan Regulador que debe estar publicado en el diario oficial la Gaceta y/o un Plan de manejo aprobado en MINAET en caso de Áreas Naturales Protegidas públicas o privadas. Asimismo se debe contemplar aquellos casos de excepción que deberían estar aprobados por el ente competente.

 

 

 

- Separación y reciclaje de desechos sólidos, cuenta con vigilancia y socorrismo de forma permanente, cuenta con Comité de Emergencia Local y tenga participación en el programa “Sello de Calidad Sanitaria”; impulsado por el AyA.

 

- Cinco estrellas (AAAAA): Cumple con lo indicado para tres estrellas y se tiene:

 

- Espacios para vehículos de personas discapacitadas

 

- Rampas especiales o alfombras sintéticas y portátiles para acceso a la playa, es decir hasta la berma.

 

- Servicio de Policía Turística.

 

- Participación en el Programa Sello de Calidad Sanitaria.

Comunidades

- Una estrella (A): Si el valor obtenido está entre 90% y 100%.

90 puntos

 

- Dos estrellas (AA): Si la evaluación obtenida es del 100% y se tiene participación del acueducto en el programa “Sello de Calidad Sanitaria impulsado por el AyA”.

 

- Tres estrellas (AAA): Cumple con lo indicado para dos estrellas y se hagan acciones de limpieza de criaderos de vectores transmisores de enfermedades.

 

- Cuatro estrellas (AAAA): Cumple con lo indicado para tres estrellas y se tenga un plan de atención de emergencias y un programa de desarrollo urbano para un mínimo de cinco años plazo.

Centros Educativos

- Una estrella (A): Si el valor obtenido está entre 90% y 100%.

90 puntos

 

- Dos estrellas (AA): Si la evaluación obtenida es del 100% y se tiene:

 

a) Proyectos socio – ambientales institucionales.

 

b) inclusión del componente ambiental en el PEI.

 

- Tres estrellas (AAA): Cumple con lo indicado para dos estrellas y se tenga:

 

c) Proyectos de rescate de valores y costumbres de la comunidad

 

d) Decálogo de compromisos ambientales

 

e) Participación en el programa de escuelas saludables.

 

f) Otros proyectos socio – ambientales con proyección comunal.

 

Nota: Los proyectos en mención deberán ser sostenibles, es decir de carácter permanente en el centro educativo o comunidad, (ejemplo: Lucha contra los criaderos de vectores transmisores de enfermedades).

 

- Cuatro estrellas (AAAA): Lo requerido en la bandera con tres estrellas más:

 

g) El centro educativo realiza gestiones administrativa tendientes a ahorrar energía y agua.

 

- Cinco estrellas (AAAAA): lo requerido en la bandera de cuatro estrellas más:

 

h) El centro educativo participa activamente en al menos una de las otras categorías del Programa Bandera Azul Ecológica

Espacios Naturales Protegidos

- Una estrella (A): Si el valor obtenido está entre 90% y 100%.

90 puntos

 

- Dos estrellas (AA): aquella reserva natural que obtenga un 100% y además, cuente con un plan de atención de emergencias y programas de cooperación comunal de siembra de árboles.

 

- Tres estrellas (AAA): aquella reserva natural que obtenga lo de las dos estrellas, más un desarrollo planificado del espacio natural protegido a futuro y con acciones de proyección comunal bajo el concepto de Responsabilidad Social dirigida a comunidades y centros educativos.

Microcuencas Hidrológicas

- Una estrella (A): Si el valor obtenido está entre 90% y 100%.

90 puntos

 

- Dos estrellas (AA): Si la evaluación obtenida es del 100% y se tiene: aquella que obtenga un 100% del puntaje, más campañas para que los agricultores utilicen abonos orgánicos o reduzcan el uso de plaguicidas y realicen prácticas para reducir la erosión de suelos.

 

- Tres estrellas (AAA): Cumple con lo indicado para dos estrellas y además que dentro de la micro cuenca se participe en al menos tres categorías del Programa Bandera Azul Ecológica: Centros Educativos, Comunidades, Espacios Naturales Protegidos, Acciones para Enfrentar el Cambio Climático y Playas.

 

- Cuatro estrellas (AAAA): Cumple con lo indicado para tres estrellas y además cumpla con la presentación de los análisis biológicos y físicos químicos de la calidad de agua de su transepto; igualmente aquel transepto que abastezca de agua potable de calidad a comunidades aguas abajo.

Acciones para enfrentar el Cambio Climático Mitigación

- Una estrella (A): Si el valor obtenido está entre 90% y 100%.

90 puntos

 

- Dos estrellas (AA): Si la evaluación obtenida es del 100% y se tiene: en ejecución un proyecto de manejo adecuado de residuos sólidos, que contemple: Rechazo, Reducción, Reutilización y Reciclaje de los mismos.

 

- Tres estrellas (AAA): Cumple con lo indicado para dos estrellas y que además, estén aplicando programas institucionales de relevancia, tales como: CST con al menos tres hojas, ISO 9001, ISO 14001, Planes de Gestión de Riesgo, Programa Sello de Calidad Sanitaria (en alguna de sus diferentes variedades), o su participación en otra categoría del PBAE.

 

- Cuatro estrellas (AAAA): Cumple con lo indicado para tres estrellas y que además, determinen la “Huella de Carbono” de la organización y su respectiva mitigación y adaptación.

 

- Cinco estrellas (AAAAA): Cumple con lo indicado para cuatro estrellas y que además, ya se han certificado con Carbono Neutro.

Acciones para enfrentar el Cambio Climático

Adaptación

- Una estrella (A): Si el valor obtenido está entre 90% y 100%.

90 puntos

 

- Dos estrellas (AA): Si la evaluación obtenida es del 100% y cumpla con la Reutilización: de sus sub-productos y residuos de la cosecha, o desechos orgánicos (animal o vegetal).

 

- Tres estrellas (AAA): Cumple con lo indicado para dos estrellas y que además realice la siembra de 1000 árboles al año.

 

- Cuatro estrellas (AAAA): Cumple con lo indicado para tres estrellas y además cooperen con al menos un Centro Educativo que participante del Programa Bandera Azul Ecológica en la categoría de Centros Educativos, para que realicen buenas prácticas agropecuarias.

Comunidad Clima Neutral

- Galardón con una estrella (A): La unión de comités locales que logren un puntaje de 100 y alcancen una compensación de al menos un 20% de emisiones de gases de efecto invernadero (EGEI).

90 puntos

 

- Galardón con dos estrellas (AA): La unión de comités locales que logre una compensación de un 40% de EGEI.

 

- Galardón con tres estrellas (AAA): La unión de comités locales que logre una compensación de un 50% de EGEI.

 

- Galardón con cuatro estrellas (AAAA): La unión de comités locales que logre una compensación de un 70% de EGEI.

 

- Galardón con cinco estrellas (AAAAA): La unión de comités locales que logre una compensación de un 90% de EGEI.

 

- Galardón con seis estrellas (AAAAAA): La unión de comités locales que logre una compensación de un 100% de EGEI.

Promoción de la Salud Comunitaria

- Galardón Bandera Azul Ecológica con 1 estrella: es aquel comité local comunitario que obtenga una nota entre 90 y 100 puntos en los parámetros obligatorios.

90 puntos

 

- Galardón Bandera Azul Ecológica con 2 estrellas: es aquel comité local comunitario que obtenga 100 puntos en los parámetros obligatorios y realice una campaña de reforestación.

 

- Galardón Bandera Azul Ecológica con 3 estrellas: es aquel comité local que logre cumplir con los parámetros del punto A y B, más la disminución de un 10% de los casos o tasas de diarreas anuales, con respecto al año anterior.

 

- Galardón Bandera Azul Ecológica con 4 estrellas: para el comité local que cumpla con las 3 estrellas y además disminuya los casos de dengue y malaria en un 20% anual.

 

Nº 36506-H

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre de 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo Nº 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006 y sus reformas; la Ley Nº 2035 de 17 de julio de 1956, reformada y reproducida íntegramente por la Ley Nº 6050, Ley Orgánica del Consejo Nacional de Producción de 14 de marzo de 1977 y sus reformas; el Decreto Ejecutivo Nº 32452-H de 29 de junio de 2005 y sus reformas y el Decreto Ejecutivo Nº 35821-H de 4 de marzo de 2010 y sus reformas.

Considerando:

1º—Que la Ley Nº 2035, publicada en La Gaceta Nº 163 de 21 de agosto de 1956, reformada y reproducida íntegramente por Ley Nº 6050, Ley Orgánica del Consejo Nacional de Producción, publicada en La Gaceta Nº 71 de 15 de abril de 1977 y sus reformas, creó el Consejo Nacional de Producción (CNP) para fomentar la producción agrícola, pecuaria y marina.

2º—Que mediante el oficio GG-024-2011 de 06 de enero de 2011, suscrito por el Gerente General del Consejo Nacional de Producción, se solicita ampliar el gasto presupuestario máximo fijado para esa institución para el 2011, a fin de incorporar a su presupuesto vigente un monto de ¢4.000.000.000,00 (cuatro mil millones de colones exactos), provenientes del superávit específico del período 2010.

3º—Que del monto solicitado no se incorpora la suma de ¢555.000.000,00 (quinientos cincuenta y cinco millones de colones exactos), en razón de que actualmente, del gasto presupuestario máximo asignado a esta entidad queda un margen disponible por dicha suma, por lo que el monto a ampliar es de ¢3.445.000.000,00 (tres mil cuatrocientos cuarenta y cinco millones de colones exactos).

4º—Que los recursos serán destinados para utilizarse en el 2011, con la finalidad de financiar el proceso de Modernización y Reorganización Administrativa de la institución además para el pago de prestaciones legales.

5º—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 32452-H, publicado en La Gaceta Nº 130 de 6 de julio de 2005 y sus reformas, se emite el “Lineamiento para la aplicación del Artículo 6 de la Ley Nº 8131 de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos y la regulación de la clase de ingresos del Sector Público denominada Financiamiento”.

6º—Que en relación con el superávit específico, el numeral 9º del referido Decreto Ejecutivo Nº 32452-H, posibilita la utilización de éste, para el pago de gastos definidos en los fines establecidos en las disposiciones especiales o legales aplicables a tales recursos.

7º—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 35821-H, publicado en La Gaceta Nº 55 de 19 de marzo de 2010 y sus reformas, se emitieron las Directrices Generales de Política Presupuestaria para el 2011, estableciéndose en el artículo 1° del citado decreto, el gasto presupuestario máximo del año 2011, para las instituciones cubiertas por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria.

8º—Que con el oficio STAP-0708-2010 de 26 de abril de 2010, se le comunicó al Consejo Nacional de Producción el gasto presupuestario máximo autorizado a dicho órgano para el año 2011, el cual se fijó en ¢16.000.500.000,00 (dieciséis mil millones quinientos mil colones exactos), cifra que no contempla los gastos indicados en el presente decreto.

9º—Que la señora Ministra rectora del Sector Agropecuario, mediante oficio DM-036-11 de 13 de enero de 2011, avaló la solicitud planteada por el Consejo Nacional de Producción.

10.—Que por lo anterior, resulta necesario modificar el gasto presupuestario máximo fijado al Consejo Nacional de Producción para el año 2011, incrementándolo en la suma de ¢3.445.000.000,00 (tres mil cuatrocientos cuarenta y cinco millones de colones exactos). Por tanto;

Decretan:

Artículo 1º—Modificase para el Consejo Nacional de Producción el gasto presupuestario máximo fijado para el año 2011, establecido en el Decreto Ejecutivo Nº 35821-H, publicado en La Gaceta Nº 55 de 19 de marzo de 2010 y sus reformas, quedando el límite de gasto presupuestario máximo en la suma de ¢19.445.500.000,00 (diecinueve mil cuatrocientos cuarenta y cinco millones quinientos mil colones exactos).

Artículo 2º—Es responsabilidad de la administración activa del Consejo Nacional de Producción, el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, publicada en La Gaceta Nº 198 de 16 de octubre de 2001 y sus reformas, así como en el Decreto Ejecutivo Nº 32452-H, publicado en La Gaceta Nº 130 de 6 de julio de 2005 y sus reformas.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, a los cuatro días del mes de marzo del año dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Hacienda, Fernando Herrero Acosta.—1 vez.—(D36506-IN2011024736).

Nº 36508-MAG

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

En ejercicio de las facultades establecidas en los artículos 140, incisos 3), 8) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 02 de mayo de 1978, y

Considerando:

1º—Que con el objetivo de promover el intercambio agrocientífico, comercial y los agronegocios entre los países que se dedican al cultivo del café, así como para fortalecer los lazos de cooperación entre los actores de los países miembros de Asociación Para la Ciencia y la investigación del Café- ASIC, durante los días del 03 al 08 de octubre del 2010, se realizó en la ciudad de Bali, Indonesia la “23 Conferencia Internacional ASIC 2010.”

2º—Que el Ministerio de Agricultura y Ganadería y el Instituto del Café de Costa Rica (ICAFE), con el fin de proseguir con este proceso y tomando en consideración la necesidad de consolidar los lazos de cooperación y contar con espacios que promuevan el diálogo abierto y las capacitaciones para el sector caficultor, organizarán la celebración de la “24 Conferencia Internacional, ASIC 2012, Costa Rica”, en el territorio nacional.

3º—Que es una prioridad nacional el desarrollo de la agricultura como medio fundamental para promover el mejoramiento socioeconómico de la población y su calidad de vida.

4º—Que en el marco regulatorio de la actividad cafetalera, la Ley Nº 2762, Ley Sobre el Régimen de Relaciones entre Productores, Beneficiadores y Exportadores de Café, declara de interés público lo relativo a la producción, elaboración, mercadeo, calidad y prestigio del café de Costa Rica, para todos los efectos que señala dicha Ley.

5º—Que mediante el Acuerdo Nº 19 la Junta Directiva del Instituto del Café de Costa Rica- ICAFE-, tomado en la sesión Nº 1720, de fecha 06 de marzo de 2008, autorizó la inscripción del ICAFE a la ASIC a efectos de desarrollar y fortalecer las investigaciones del grano en todos los ámbitos científicos pertinentes.

6º—Que atendiendo a la relevancia del evento y por el gran impacto que causará éste en beneficio de la caficultura nacional, la Junta Directiva del ICAFE, mediante acuerdo Nº 7 de fecha 17 de noviembre del año 2010, solicitó que se realizaran las gestiones correspondientes, para que el evento de ASIC que se celebrará en Costa Rica en el año 2012 sea declarado de interés público.

7º—Que ASIC es la única asociación colegiada del mundo que se encarga de evaluar los conocimientos científicos y técnicos existentes sobre el café, así como del fomento e inventario de las investigaciones del grano en todos los ámbitos científicos pertinentes, con el fin de satisfacer el interés recíproco de los productores de café, comerciantes, procesadores y consumidores finales.

8º—Que el ICAFE cuenta con una serie de programas por medio de los que busca capacitar y profesionalizar el sector caficultor, procurando con esto, mejorar la producción, desarrollo y crecimiento de la actividad, dando un valor agregado a toda la agro cadena mediante capacitaciones de alto nivel, en procura de fomentar un régimen equitativo entre los productores, beneficiadores, exportadores, tostadores y comerciantes de café.

9º—Que el objetivo de la “24 Conferencia Internacional, ASIC 2012, Costa Rica” es fomentar el intercambio de conocimientos, promover la cultura de la caficultura en la región, fortalecer las estrategias comunes que mejoren la posición competitiva del sector.

Decretan:

DECLARATORIA DE INTERÉS PÚBLICO NACIONAL

DE LA “24 CONFERENCIA INTERNACIONAL

-ASIC 2012, COSTA RICA”

Artículo 1º—Se declara de interés público nacional la “24 Conferencia Internacional-ASIC 2012, Costa Rica”, a realizarse en el mes de noviembre del 2012, en Costa Rica; así como todas las actividades que realice el Gobierno de la República y el Instituto del Café de Costa Rica a partir de la emisión del presente decreto ejecutivo, relacionadas con la organización, preparación y realización del evento.

Artículo 2º—Se faculta a la Administración Pública Central, a las instituciones y empresas del Estado, así como a las empresas privadas, para que dentro de sus competencias y en estricto apego a nuestro Ordenamiento Jurídico, brinden las facilidades y cooperación requeridas para la realización de las actividades que se lleven a cabo en Costa Rica con motivo de la “24 Conferencia Internacional-ASIC 2012, Costa Rica”

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los diecisiete días del mes de marzo del año dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Agricultura y Ganadería a. í., Xinia Chaves Quirós.—1 vez.—(D36508-IN2011025159).

Nº 36511-MOPT

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

En el ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política, con fundamento en lo establecido por la Ley Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes Nº 3155, reformada mediante la Ley Nº 4786 del 5 de julio de 1971, la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres Nº 7331 del 13 de abril de 1993 y sus reformas, la Ley Orgánica del Instituto Costarricense de Ferrocarriles Nº 7001 del 19 de setiembre de 1985, la Ley Integral para la persona Adulta Mayor Nº 7935 del 25 de octubre de 1999 y en apego a las competencias establecidas por la Ley General de la Administración Pública Nº 6227 del 2 de mayo de 1978.

Considerando:

1º—Que corresponde al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, por medio del Instituto Costarricense de Ferrocarriles y el Consejo de Transporte Público, participar en el proceso de regulación, control y vigilancia del transporte colectivo remunerado de pasajeros en sus diversas modalidades.

2º—Que la Ley Integral para la persona Adulta Mayor Nº 7935, del 25 de octubre de 1999, establece una serie de modificaciones a los servicios públicos que permiten un mejor tratamiento y más eficiente servicio a la comunidad de adultos mayores, teniendo como objetivos primordiales garantizar a las personas adultas mayores la igualdad de oportunidades y una vida digna en todos los ámbitos. Determinando entre otros, en su artículo 11, beneficios inherentes a toda persona adulta mayor en el área del transporte colectivo remunerado de personas.

3º—Que siendo consecuente con dicho principio, en materia de transporte público colectivo modalidad autobús, el artículo 33 de la Ley Reguladora del Transporte Remunerado de Personas en Vehículos Automotores Nº 3503, reformado mediante la Ley N° 7936, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 238 del 8 de diciembre de 1999, introduce un régimen de excepción total o parcial en el pago de los pasajes en los vehículos colectivos para los adultos mayores de 65 años, según los desplazamientos efectuados por este tipo de usuarios. Régimen que esencialmente se expone en el siguiente planteamiento: “Las personas mayores de 65 años viajarán sin costo alguno en los desplazamientos que no excedan de 25 kilómetros. En los desplazamientos mayores de 25 kilómetros y menores de 50 kilómetros, pagarán el cincuenta por ciento (50%) del pasaje; en los desplazamientos mayores de 50 kilómetros, pagarán el setenta y cinco por ciento (75%) del pasaje.”

4º—Que la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, mediante resolución de las catorce horas y cuarenta y tres minutos del siete de octubre de dos mil nueve, voto N° 2009-15666, siendo consecuente con el respectivo principio en su aplicación al transporte público automotor de personas en vehículos colectivos que autoriza el Consejo de Transporte Público, determino la congruencia y necesidad de adecuar medidas de protección y garantía respecto a este importante sector poblacional, para dar contenido a la garantía dispuesta por el legislador en ocasión del servicio de transporte público colectivo remunerado de personas en la modalidad trenes.

Determinando respecto a dicho beneficio en el considerando III, de dicha sentencia: “…este Tribunal considera inadmisible que se pretenda excluir de su utilización a personas o grupos socio-económicamente vulnerables, como los adultos mayores, personas a las cuales las normas constitucionales, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y las disposiciones infraconstitucionales les han brindado y, seguramente les continuarán brindando, una protección especialísima, sobre todo, en virtud de la progresión y expansión continua de los derechos fundamentales de esta población”. Para concluir: “…inicien los trámites correspondientes a efecto de que las personas adultas mayores puedan viajar en forma gratuita en los servicios de transporte público colectivo remunerado de personas, modalidad trenes.”

5º—Que los operadores del transporte remunerado de personas solamente pueden cobrar las tarifas debidamente aprobadas por la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, mediante los mecanismos legales definidos por la ley N° 7593 y su reglamento.

6º—Que es conveniente delimitar claramente los alcances de lo dispuesto en el inciso a), del artículo 11, de la Ley Integral para la Persona Adulta Mayor Nº 7935, en la modalidad de transporte colectivo de personas, modalidad tren. Por tanto,

Decretan:

El siguiente,

Reglamento para determinar las excepciones del pago de

la tarifa del servicio de transporte colectivo regular de

personas modalidad tren, mediante un régimen de

exención total o parcial del pago de los adultos

mayores de 65 años, según los desplazamientos

que efectúan este tipo de usuarios

Artículo 1º—Para efectos de la utilización de los servicios de transporte automotor de personas en vehículos colectivos modalidad tren, que en razón de sus competencias autorice el Instituto Costarricense de Ferrocarriles, los pasajeros deberán cancelar la totalidad de las tarifas debidamente establecidas por la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, según los mecanismos establecidos por la legislación vigente aplicable, con las excepciones que adelante se dirán. Para tales efectos, las tarifas aprobadas serán eficaces a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Artículo 2º—Se exceptúan de las disposiciones establecidas en el numeral anterior:

a)  Los niños menores de tres años, quienes viajarán gratis.

b)  Las personas mayores de 65 años viajarán sin costo alguno en los desplazamientos que no excedan de 25 kilómetros. En los desplazamientos mayores de 25 kilómetros y menores de 50 kilómetros, pagarán el cincuenta por ciento (50%) del pasaje; en los desplazamientos mayores de 50 kilómetros, pagarán el setenta y cinco por ciento (75%) del pasaje.

Artículo 3º—De previo a la exoneración del pasaje prevista en el inciso b) del artículo anterior, los usuarios deberán presentar su cédula de identidad y/o el carné de ciudadano de oro, el cual será extendido por la Caja Costarricense de Seguro Social, al personal del tren encargado, ya sea en la ventanilla de cada estación que corresponda, Estación del Ferrocarril del Pacífico o la Estación del Ferrocarril del Atlántico, o la correspondiente según sea el caso, o así mismo cuando el personal del tren lo solicite al usuario, esto a efectos de demostrar que realmente son personas Adultas Mayores de 65 años.

Artículo 4º—La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, mediante los procedimientos establecidos por la legislación, establecerá los mecanismos de cuantificación tarifaria pertinentes, que permitan mantener los niveles de beneficio empresarial y el equilibrio financiero de las entidades prestatarias del transporte colectivo remunerado de personas. Dichos mecanismos se deberán actualizar periódicamente, utilizando los criterios técnicos y económicos establecidos en el modelo de fijación tarifaria.

En las resoluciones de fijaciones tarifarías realizadas por la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, se indicará con precisión, el costo del pasaje de los usuarios mayores de 65 años, información que deberá exhibirse en cada unidad de transporte, ventanilla o vagón, según sea el caso o la ruta en que sirven.

Artículo 5º—Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, para efectos de la aplicación, de las excepciones de pago establecidas, la distancia a considerar será la distancia total del desplazamiento a realizar por el adulto mayor. En caso de duda sobre la extensión total del desplazamiento, deberá utilizarse la escala menor de longitud, según los fraccionamientos tarifarios existentes.

No obstante, la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos para efectos de reconocimiento tarifario, considerará la distancia total del recorrido de la ruta. Para tales efectos, el Consejo de Transporte Público deberá disponer de un sistema de información actualizado que determine la longitud real de los desplazamientos de cada una de las rutas que componen el sistema de transporte colectivo a nivel nacional.

Artículo 6º—El Instituto Costarricense de Ferrocarriles (Incofer) deberá establecer los mecanismos de información adecuados, para poner a conocimiento de los usuarios las tarifas aprobadas por la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, así como las excepciones establecidas en la Ley, a efectos de lo cual se deberá exhibir dicha información en las terminales, unidades y demás lugares que permitan una eficiente divulgación de las medidas.

De igual forma, el Incofer, con apoyo y respaldo del Consejo Nacional de la persona Adulta Mayor (Conapam), deberá contar con vías eficientes de información, divulgación y ejercer la vigilancia del estricto cumplimiento de las presentes disposiciones.

Artículo 7º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los veintinueve días del mes de marzo del año dos mil once.

Publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Francisco J. Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 103062.—Solicitud Nº 3566.—C-55820.—(D36511-IN2011024743).

ACUERDOS

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

Nº 172-PE

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

En ejercicio de sus atribuciones Constitucionales, previstas en los artículos 140, inciso 20 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Integrar en la Comitiva Oficial que acompañará a la Señora Presidenta de la República, Laura Chinchilla Miranda, en su viaje a Panamá, el 23 de marzo de 2011, con motivo de participar en la inauguración de la “Feria Internacional EXPOCOMER”, y en entrevista con el Señor Presidente de la República de Panamá, Ricardo Martinelli, a las siguientes personas:

    Sra. Irene Pacheco Alfaro, Asesora y Asistente Personal de la Señora Presidenta.

    Sra. Emma Lizano Tracy, Directora de Prensa.

    Sr. Ludwig Sibaja Mora, Subdirector de Protocolo.

    Sr. Luis Herrera Montoya, camarógrafo.

Artículo 2º—Rige el 23 de marzo del 2011.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la Presidencia, Marco A. Vargas Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 10970.—Solicitud Nº 059-011.—C-9920.—(IN2011024744).

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA IMPRENTA NACIONAL

SECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS

San José, 1 de abril del 2011

SRH-345-2011

Señora

Karla Araya Chaves

Encargada de Tesorería

Imprenta Nacional

Estimada Señora:

Acatando lo dispuesto en el Oficio DG-132-2011 de fecha 25 de marzo del presente año, le comunico que según resolución Nº 11738, expediente Nº 15064 del Tribunal del Servicio Civil, se despide sin responsabilidad patronal a partir del 6 del abril del 2011.

Lic. Marta Porras Vega, Jefa.—1 vez.—(IN2011026380).

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS

EDICTOS

La doctora Claudia Re Huezo con número de cédula 8-0063-991, vecina de Heredia, en calidad de regente veterinario de la compañía Droguería Faryvet S.A., con domicilio en Heredia, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Creatina Microsules, fabricado por Laboratorios Microsules Uruguay S. A., con los siguientes principios activos: Cada 100 g contiene: Creatina monohidrato 80 g, dextrosa 19.46 g, y las siguientes indicaciones terapéuticas: Suplemento aminoácido para ayudar en el desarrollo y potencia muscular. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 23 de marzo del 2011.—Dirección de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Luis Zamora Chavarri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2011024740).

La doctora Claudia Re Huezo con número de cédula 8-0063-991, vecina de Heredia en calidad de regente veterinario de la compañía Droguería Faryvet S. A., con domicilio en Heredia, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Attack G, fabricado por Laboratorios Holliday Scott, S. A., de Argentina, con los siguientes principios activos: Cada 100 mg contiene: Imidacloprid 10 g y las siguientes indicaciones terapéuticas: antiparasitario externo para uso en gatos. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 28 de marzo del 2011.—Dirección de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2011024741).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN

Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 31, asiento 31, título N° 134, emitido por el I.PE.C-C.I.N.D.E.A, en el año dos mil cinco, a nombre de Reyes Amador Ana Jéssika. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 29 de marzo del 2011.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011023878).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Certificado de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, inscrito en el tomo 1, folio 34, título Nº 268, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Úpala, en el año mil novecientos ochenta y cinco, a nombre de Brawn Rodríguez Javier. Se solicita la reposición del título indicado por corrección y cambio de apellidos, cuyos apellidos y nombre correcto son: Murillo Brown Javier. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los treinta días del mes de marzo del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011024257).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 56, título Nº 4163, emitido por el Instituto Superior Julio Acosta García, en el año dos mil nueve, a nombre de Sagot Quesada Erick Gustavo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veinticuatro días del mes de marzo del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011024261).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Bachillerato Profesional, inscrito en el tomo 1, folio 351, título Nº 1189, emitido por el Colegio Vocacional Monseñor Sanabria, en el año mil novecientos setenta y cuatro, a nombre de Chinchilla Solano Francisco. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintinueve días del mes de marzo del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011024262).

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, Rama Académica, Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 62, título Nº 1572, emitido por el Liceo Roberto Brenes Mesén, en el año mil novecientos ochenta y cuatro, a nombre de Rodríguez Vargas Sergio. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veinticuatro días del mes de marzo del dos mil once.—Med. William Mora Aguilar, Jefa.—RP2011230414.—(IN2011024960).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 296, título N° 1767, emitido por el Liceo Nocturno Alfredo González Flores, en el año dos mil diez, a nombre de Rudi Antonio Mojica Cano. Se solicita la reposición del título indicado  por deterioro del título original y por corrección del nombre, cuyos nombres y apellidos correctos son Rudy Antonio Mojica Cano. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diecisiete días del mes de marzo del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011021030).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 165, título N° 2154, emitido por el Colegio Santa María de Guadalupe, en el año dos mil dos, a nombre de Molina Naranjo Cynthia María. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinticuatro días del mes de marzo del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011024399).

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, Área de Ciencia, inscrito en el tomo 1, folio 251, título Nº 17, emitido por el Colegio Académico Nocturno de Osa, en el año mil novecientos ochenta, a nombre de Alpízar Martínez María del Socorro. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veintidós días del mes de marzo del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.— MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011025151).

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 85, título Nº 831, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Limón, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de Smith Peña Daniela. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veinticuatro días del mes de marzo del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2011230677.—(IN2011025334).

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, Rama Académica, modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 75, título Nº 663, emitido por el Liceo del Sur, en el año mil novecientos setenta y nueve, a nombre de Porras Arias Rodrigo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veintidós días del mes de febrero del dos mil once.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Trino Zamora Zumbado, Jefe.—RP2011230761.—(IN2011025335).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Patente de invención

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El señor Manuel E. Peralta Volio, cédula Nº 9-012-480, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Kimberly-Clark Worldwide Inc., de EUA., solicita la Patente de Invención denominada FORMULACIONES QUE TIENEN UNA COMPATIBILIDAD MEJORADA CON SUSTRATOS NO TEJIDOS. Se divulgan aquí sustratos no tejidos y elastoméricos con formulaciones dispuestas en ellos, en los cuales las formulaciones tienen compatibilidad mejorada con el sustrato. Más particularmente, las formulaciones pueden ser aplicadas en los sustratos sin comprometer las propiedades elastoméricas y la integridad del sustrato. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es A61K 8/02, cuyos inventores son Stacy Averic Mundschau, Scott W. Wenzel, Lisa Flugge-Berendes, Debra Hartley Durrance, Jonathan Kyle Arendt, Kroy Donald Johnson. La solicitud correspondiente lleva el número 20110010, y fue presentada a las 10:07:00 del 10 de enero de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de marzo del 2011.—Lic. Rándall Abarca, Registrador.—(IN2011023916).

La señora Marianella Arias Chacón, cédula 1-679-960, mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de apoderada especial de IRM LLC, de Bermudas, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE PIRIMIDINA COMO INHIBIDORES DE CINASA. La invención proporciona novedosos derivados de pirimidina de la fórmula, composiciones farmacéuticas de los mismos, y métodos para utilizar estos compuestos.  La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es C07D 401/14, cuyos inventores son Marsilje III, Thomas H., Lu, Wenshuo, Chen, Bei, HE, Xiaohui, Lee, Christian Cho-Hua, Jiang, Songchun, Yang, Kunyong. La solicitud correspondiente lleva el número 20110028, y fue presentada a las 12:14:00 del 12 de enero del 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de marzo del 2011.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2011023917).

La señora Marianella Arias Chacón, mayor, abogada, cédula 1-679-960, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Xia, Tian, de EUA., solicita la Patente de Invención denominada MÉTODOS PARA ALIVIAR EL DOLOR Y DISPOSITIVOS PARA DISPENSAR UN MEDICAMENTO.

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Un método para dispensar medicamento tal como aquellos para aliviar el dolor en un paciente incluye introducir un inyector a través de un pasaje nasal del paciente hacia una región sustancialmente media y/o posterior y/o inferior a un ganglio esfenopalatino (SPG) del paciente; y dispensar un medicamento del inyector en forma superior y/o lateral y/o anterior hacia el SPG.  La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es A61M 11/06, cuyo inventor es Xia, Tian. La solicitud correspondiente lleva el número 20110009, y fue presentada a las 10:06:00 del 10 de enero de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de marzo del 2011.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2011023918).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El señor José Ant. Gamboa Vázquez, mayor, abogado, cédula 1-461-803, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Cipla Limited, de India, solicita la Patente de Invención denominada INHALADOR MULTIDOSIS.

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Este nuevo diseño de inhalador consiste en la forma y la configuración de un nuevo diseño de inhalador multidosis. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es 24/04, cuyos inventores son Amar Lulla, Xerses Rao. La solicitud correspondiente lleva el número 20110127, y fue presentada a las 10:18:00 del 10 de marzo de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de marzo de 2011.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—RP2011230122.—(IN2011024470).

El señor Luis Pal Hegedus, cédula 1-558-219, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Sigma Alimentos S. A. de C.V., de México, solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIÓN PARA PROMOVER EL CONTROL DE COLESTEROL TOTAL Y LDL Y/O LA PÉRDIDA DE PESO Y/O LA TERMOGÉNESIS,

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composición para promover el control de colesterol total y LDL y/o la pérdida de peso y/o la termogénesis que incluye:-extracto de té verde: 200-300 mg-extracto de guaraná: 160-260 mg-extracto de hierba maté: 100-300 mg-ácido linoleico conjugado (CLA): 700-3400 mg. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es A23C 9/20, cuyos inventores son Lavalle González, Fernando Javier, Bosques Padilla, Francisco Javier, Naranjo Modad, Sandra, Moreno Campaña, Víctor Manuel, Marín Rebolledo, Víctor. La solicitud correspondiente lleva el número 20110139, y fue presentada a las 9:51:00 del 16 de marzo de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 24 de marzo de 2011.—Lic. Rándall Abarca, Registrador.—RP2011230356.—(IN2011024471).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Cristian Calderón Cartín, cédula 1-800-402, mayor, Abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado Especial de Abbott GMBH & Co. KG, de R.F. Alemania, Abbott Laboratories, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada ANTICUERPOS CONTRA EL RECEPTOR DE PRODUCTOS FINALES DE GLICOSILACIÓN AVANZADA (RAGE) Y USOS DE LOS MISMOS. Proteínas aisladas, en particular anticuerpos monoclonales, en particular anticuerpos humanizados, con injertos de CDR, que se unen a una proteína Rage. Específicamente, estos anticuerpos tienen la capacidad de inhibir la unión de Rage a sus diversos ligandos. Los anticuerpos, o porciones de los mismos, que se describen en la presente solicitud son de utilidad para el tratamiento de una enfermedad o trastorno caracterizado por, o inducido por, ligandos fisiopatológicos de Rage, por ejemplo proteínas mal plegadas como el B amiloide y productos finales de glicosilación avanzada. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es C12N 15/12, cuyos inventores son Jijie Gu, Chung-Ming Hsieh, Zhen Wu, Enrico L. Digiammarino, Feng Luo, Gerard B. Fox, John E. Harlan, Martin Schmidt, Ralf Loebbert, Reinhold Mueller, Ulrich Ebert, Volker Nimmrich. La solicitud correspondiente lleva el número 11806, y fue presentada a las 13:54:00 del 23 de noviembre de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 4 de marzo del 2011.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—RP2011230813.—(IN2011025324).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

El Registro de la Propiedad Industrial, Sección de Patentes hace saber que por resolución de las catorce horas treinta y cinco minutos del veintisiete de enero del dos mil once, fue inscrito el Modelo Industrial denominado “CONTENEDOR” de Colgate Palmolive Company cuyo creador es Kiat-Cheong Toh, ciudadano de Singapur; se le ha otorgado el número de inscripción de Modelos Industriales 373 estará vigente hasta el día veintisiete de enero de dos mil veintiuno según prioridad reivindicada de la solicitud estadounidense número 29/278,399 del veintiocho de marzo de dos mil siete; la clasificación Internacional de Modelos Industriales es 09-01.—San José, a las nueve horas del ocho de febrero del dos mil once.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—1 vez.—RP2011230516.—(IN2011024956).

El Registro de la Propiedad Industrial, Sección de Patentes hace saber que por resolución de las ocho horas del veintisiete de enero del dos mil once, fue inscrito el Modelo Industrial denominado “CONTENEDOR” de Colgate Palmolive Company cuyos creadores son Jacques Lalanne, Cristina Bouthillon y Yves Guislain todos ciudadanos franceses; se le ha otorgado el número de inscripción de Modelos Industriales 370 estará vigente hasta el día veintisiete de enero de dos mil veintiuno según prioridad reivindicada de la solicitud comunitaria europea número 000867288 del veintitrés de enero de dos mil ocho; la clasificación Internacional de Modelos Industriales es 09-03.—San José, a las ocho horas cuarenta y ocho minutos del ocho de febrero del dos mil once.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—1 vez.—RP2011230517.—(IN2011024957).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones civiles

AVISO

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Salvando Al Adicto-Mateo Talbot-Pavas. Con domicilio en la provincia de San José, cantón Central, contiguo a la iglesia María Reina, de Pavas. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover espacios de encuentro para la atención de adictos de cualquier naturaleza, mayores de edad y de ambos sexos. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente Álvaro Camacho Orozco. El vicepresidente sustituirá al presidente en sus ausencias temporales, con iguales atribuciones y obligaciones. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2010 Asiento: 306138, Adicionales 2011-05539 y 2011-034540).—Curridabat, 15 de febrero del 2011.—Lic. Grace Lu Scott Lobo, Directora a. í.—1 vez—(IN2011024797).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Expediente Nº 7160A.—Eva Katherine Grimm de Batory solicita concesión de: 0,33 litro por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Carrillos, Poás, Alajuela, para uso consumo humano - doméstico y varios. Coordenadas 225.800/507.600, hoja Naranjo. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 2 de marzo de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011023812).

Exp. 6982A.—Desarrollos Dioria S. A., solicita concesión de: 5 litros por segundo de la quebrada Ballena, efectuando la captación en finca de Ballena Beach S. A en Cortés, Osa, Puntarenas, para uso turístico-otro. Coordenadas 123.830 / 569.578 hoja Coronado. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de marzo del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011023913).

Exp. 7783P. Hastings Investment Inc., solicita concesión de: 1 litro por segundo del pozo BA-436, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Pablo, Barva, Heredia, para uso agropecuario abrevadero, consumo humano doméstico, varios, agropecuario granja. Coordenadas 228.300 / 526.125 hoja Barva. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 18 de marzo del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011023941).

Expediente Nº 7665A.—Flora y Fauna de Monteverde Limitada, solicita concesión de: 0,57 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Monteverde, Puntarenas, Puntarenas, para uso Turístico-Hotel. Coordenadas 255.300 / 446.900 hoja Juntas. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de marzo del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011024277).

Expediente Nº 14522A.—Rancho Cabezeras Heliconias S. A., solicita concesión de: 0,3 litros por segundo del nacimiento, efectuando la captación en finca de el mismo en Quebrada Grande, Tilarán, Guanacaste, para uso agropecuario y consumo humano. Coordenadas 260.475 / 441.100 hoja Tilarán. 0,2 litros por segundo del nacimiento, efectuando la captación en finca de el mismo en Quebrada Grande, Tilarán, Guanacaste, para uso agropecuario y consumo humano. Coordenadas 260.575 / 441.050 hoja Tilarán. 0,2 litros por segundo del nacimiento, efectuando la captación en finca de el mismo en Quebrada Grande, Tilarán, Guanacaste, para uso agropecuario y consumo humano. Coordenadas 260.500 / 441.025 hoja Tilarán. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de marzo del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011024279).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Exp. 9397A.—Carlos Alberto Rojas Fuentes, solicita concesión de: 0,07 litro por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Rafael (Vázquez de Coronado), Vázquez de Coronado, San José, para uso agropecuario-lechería y consumo humano-doméstico. Coordenadas 216.900 / 542.000 hoja Istarú. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 28 de marzo de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011230135.—(IN2011024479).

Exp. 2438A.—Wálter Rodrigo Alvarado Carranza, solicita concesión de: 0,10 litro por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Cecilia Alvarado Carranza en Palmira, Alfaro Ruiz, Alajuela, para uso agropecuario-lechería y consumo humano doméstico. Coordenadas 243.600 / 493.500 hoja Quesada. 0,45 litro por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Cecilia Alvarado Carranza en Palmira, Alfaro Ruiz, Alajuela, para uso agropecuario-lechería y agropecuario-riego-pasto. Coordenadas 243.630 / 493.530 hoja Quesada. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de marzo de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011230204.—(IN2011024480).

Exp. 2438A.—Félix Alvarado Carranza solicita concesión de: 0,10 litro por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Cecilia Alvarado Carranza en Palmira, Alfaro Ruiz, Alajuela, para uso agropecuario lechería y consumo humano doméstico. Coordenadas 243.600 / 493.500 hoja Quesada. 0,45 litro por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Cecilia Alvarado Carranza en Palmira, Alfaro Ruiz, Alajuela, para uso agropecuario-lechería y agropecuario riego pasto. Coordenadas 243.630 / 493.530 hoja Quesada. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de marzo de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011230205.—(IN2011024481).

Exp. 7245A.—Follajes Fénix S. A., solicita concesión de: 3 litros por segundo de la Quebrada Pinol, efectuando la captación en finca de su propiedad Maureen Rocío Solís Bolaños en Guadalupe, Alfaro Ruiz, Alajuela, para uso agropecuario lechería, consumo humano doméstico y agropecuario-riego-pasto. Coordenadas 240.300 / 490.800 hoja Quesada. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de marzo de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011230207.—(IN2011024482).

Exp. 4578A.—Flor de María Bolaños Rojas solicita concesión de: 4,2 litros por segundo del Río Tacares, efectuando la captación en finca de María Eugenia Bolaños Rojas en Tacares, Grecia, Alajuela, para uso riego de caña. Coordenadas 226.000 / 504.900 hoja Naranjo. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de octubre de 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011230209.—(IN2011024483).

Exp. Nº 14182A.—Agrícola La Cordillera de Occidente S. A., solicita concesión de: 0,05 litros por segundo, de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de el mismo en Piedades Norte, San Ramón, Alajuela, para uso consumo humano doméstico, coordenadas 233.350/462.250, Hoja Miramar, predios inferiores Douglas Mariano Araya Moya. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de agosto del 2010.—J.M. Zeledón Calderón, Director.—RP2011230495.—(IN2011024961).

Exp. Nº 14230P.—Abonos Vivos S. A., solicita concesión de: 6 litros por segundo del Pozo IS-937, efectuando la captación en Finca de Abonos Vivos S. A., en San Nicolás, Cartago, Cartago, para uso agropecuario y agropecuario-riego, coordenadas 210.064/543.048, Hoja Istarú. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera Publicación.—San José, 14 de marzo de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011025158).

Exp. Nº 3843P.—Balneario Tropical Ltda., solicita concesión de: 1,3 litro por segundo, del pozo sin número, efectuando la captación en finca de su propiedad en Grecia centro, Grecia, Alajuela, para uso turístico-balneario, coordenadas 229.100/501.650, hoja Naranjo; 2,3 litros por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de su propiedad, en Grecia centro, Grecia, Alajuela, para uso industria-alimentaria y turístico-balneario. Coordenadas 229.110/501.650, hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de marzo del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011230745.—(IN2011025336).

Exp. Nº 6479P.—Agrícola Industrial Centroamericana S. A., solicita concesión de: 1 litros por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de su propiedad, en Sánchez, Curridabat, San José, para uso consumo humano-doméstico, coordenadas 208.250/534.650, Hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de marzo del 2011.—J.M. Zeledón Calderón, Director.—RP2011230827.—(IN2011025337).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. 9675P.—Gropo Kafepa y Inversiones S. A., solicita concesión de: 1,460 litro por segundo del pozo AB-2014, efectuando la captación en finca de su propiedad en Guadalupe, Goicoechea, San José, para uso turístico restaurante y bar. Coordenadas 214.650 / 530.900 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de marzo de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011024677).

Exp. 2104A.—Fernando López Badilla, Róger Solano Rojas y Henrry Segura Segura, solicita concesión de: 22 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Garita, Alajuela, Alajuela, para uso agropecuario, riego pasto. Coordenadas 220.000 / 504.500 hoja río Grande. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de marzo del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011024737).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil - Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Melvin Vargas Obando, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1273-08.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas y treinta minutos del diez de junio del dos mil ocho. Ocurso. Exp. N° 8153-08. Resultando: 1º—..., 2º—…, 3º—… Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados, … III.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de María Fernanda Obando Gutiérrez...en el sentido que los apellidos del padre de la persona ahí inscrita son “Vargas Obando” y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2011025511).

Eleazar Alberto Mora Tellez, mayor, soltero, misceláneo, nicaragüense, cédula de residencia 155804591500, vecino de San José, expediente 3824-2008. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, veintiuno de febrero de dos mil once.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—RP2011230780.—(IN2011025338).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

DIRECCIÓN DE PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL Nº 2011LP-000037-32702

Construcción de la ruta nacional Nº 4 sección:

Bajos de Chilamate-Vuelta de Kopper

La Dirección de Proveeduría Institucional recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 31 de mayo de 2011.

El interesado tiene el cartel sin anexos a disposición en el Sistema CompraRed en forma gratuita en la dirección: https://www.hacienda.go.cr/comprared., a partir de la presente publicación de la invitación a licitar en el Diario Oficial La Gaceta, los anexos están disponibles en disco compacto y deben ser retirados en la Dirección de Proveeduría Institucional del MOPT, sita en Plaza González Víquez, San José, Costa Rica.

En atención a que la capacidad de almacenamiento de CompraRed versión 2; es limitado para esta clase de oferta, se solicita presentar toda la documentación en CD o en un dispositivo de almacenamiento masivo.

San José, 5 de abril de 2011.—Heidy Román Ovares, Directora Proveeduría Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 12241.—Solicitud Nº 3574.—C-15770.—(IN2011026457).

CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL

LICITACIÓN ABREVIADA 2011LA-000010-00200

Contratación de una persona física o empresa jurídica para

brindar servicios profesionales para fortalecer el desarrollo

e implementación del portafolio estratégico de proyectos

de tecnología de la información (PEPTIC) y su

correspondiente plan estratégico

táctico (PETAC)

El Departamento de Proveeduría del Consejo de Seguridad Vial, a través de la Unidad de Licitaciones, recibirá ofertas hasta las 9:00 horas del día 10 de mayo del 2011 para la licitación de referencia.

El (los) interesado(s) tiene(n) el cartel a su disposición en el Sistema Compra Red en forma gratuita, en la dirección http://www.hacienda.go.cr., accesando el Link de Compra Red de Internet a partir del día hábil siguiente a esta publicación, o podrá ser retirado en el Departamento de Proveeduría en el segundo piso. La dirección es la siguiente: La Uruca contiguo a la Agencia del Banco Nacional, sin costo alguno aportando dispositivo USB (llave maya), o solicitándolo para ser enviado vía correo electrónico al teléfono 2522-0982.

San José, 6 de abril del 2011.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Alexander Vásquez Guillén, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 320.—Solicitud Nº 39169.—C-13520.—(IN2011026375).

LICITACIÓN ABREVIADA 2011LA-000009-00200

Contratación de una empresa física o jurídica para que brinde

los servicios profesionales para capacitar el personal de la

dirección de asesoría en tecnología de la información

del COSEVI y desarrollar políticas y procedimientos

relacionados con la gestión de las tecnologías

de la información

El Departamento de Proveeduría del Consejo de Seguridad Vial, a través de la unidad de licitaciones, recibirá ofertas hasta las 9:00 horas del día 9 de mayo del 2011 para la licitación de referencia.

El (los) interesado(s) tiene(n) el cartel a su disposición en el Sistema Compra Red en forma gratuita, en la dirección http://www.hacienda.go.cr, accesando el Link de Compra Red de Internet a partir del día hábil siguiente a esta publicación, o podrá ser retirado en el Departamento de Proveeduría en el segundo piso. La dirección es la siguiente: La Uruca contiguo a la Agencia del Banco Nacional, sin costo alguno aportando dispositivo USB (llave maya), o solicitándolo para ser enviado vía correo electrónico al teléfono 2522-0984.

San José, 6 de abril del 2011.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Alexander Vásquez Guillén, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 320.—Solicitud Nº 38169.—C-13520.—(IN2011026376).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000008-0DI00

Sustitución de puentes menores, Ruta Nacional

N° 249, sección: Campo Cinco-La Suerte

Se comunica a las empresas interesadas en participar en la Licitación en referencia, que mediante resolución R-DCA-159-2011 de las nueve horas del treinta y uno de marzo del dos mil once, la Contraloría General de la República, declaró sin lugar los recursos de objeción, por lo que este Consejo recibirá ofertas de conformidad con los términos cartelarios, hasta las 14:00 horas del 03 de mayo del 2011, en las oficinas de la Proveeduría, ubicadas de la rotonda de la Betania, 50 metros este y 10 metros norte, carretera a Guadalupe.

Asimismo, se informa que se encuentra disponible la Enmienda N° 1, en las oficinas de la Proveeduría, en la dirección antes citada.

San José, 6 de abril del 2011.—MBA Luis Gerardo Leiva Mora, Proveedor Institucional a. í.—1 vez.—O. C. Nº 001-011.—Solicitud Nº 30392.—C-8120.—(IN2011026487).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000022-PROV

Compra de un escáner láser tridimensional (3D)

para el Departamento de Ciencias Forenses

El Departamento de Proveeduría invita a participar en el siguiente procedimiento de contratación:

Licitación Abreviada Nº 2011LA-000022-PROV, Compra de un escáner láser tridimensional (3D) para el Departamento de Ciencias Forenses. Fecha y hora de apertura: 3 de mayo de 2011 a las 10:00 horas.

El respectivo cartel se puede obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados deben dirigirse al proceso de adquisiciones del Departamento de Proveeduría; sita en el 3 piso del edificio Anexo B, ubicado en la esquina formada entre calle 15, avenida 6, San José; o bien, obtenerlo a través de Internet, en la dirección http://poder-judicial. go.cr/proveeduria/adquisiciones/invitalic.htm.

San José, 6 de abril de 2011.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1 vez.—(IN2011026418).

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

LICITACIÓN ABREVIADA 2011LA-000015-PROV

Contratación de una empresa consultora que desarrolle e

implemente las normas ISO 9001:2008

e ISO 14001:2004 en la producción

de loterías de la Junta de

Protección Social

La Junta de Protección Social les invita a participar en la Licitación Abreviada Nº 2011LA-000015-PROV por “Contratación de una empresa consultora que desarrolle e implemente las normas ISO 9001:2008 e ISO 14001:2004 en la producción de loterías de la Junta de Protección Social”. Las ofertas se recibirán hasta las 10:00 horas del día 11 de mayo del 2011, en el Departamento de Proveeduría de la Junta de Protección Social.

El cartel que contiene las especificaciones se encuentra a disposición de los interesados en nuestra página electrónica www.jps.go.cr, contrataciones administrativas, pueden retirarlo en el Departamento de Proveeduría, cuarto piso, Edificio Central sin ningún costo o solicitarlo al Sr. Jorge Baltodano Méndez en la dirección electrónica: jbaltodano@jps.go.cr a partir de esta notificación.

San José, 6 de abril del 2011.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Jorge A. Villalobos Fonseca, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 14771.—Solicitud Nº 37244.—C-9000.—(IN2011026408).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ACOSTA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000001-03

Compra de vagoneta

La fecha límite para retirar el cartel será hasta las 16:00 horas del 15 de abril del 2011. Información con Marvin Jiménez Hidalgo, teléfono: 2410-3276. Ext. 116.

Marvin Jiménez Hidalgo, Vicealcalde.—1 vez.—(IN2011026432).

MUNICIPALIDAD DE LA UNION

SUBPROCESO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000008-01

Contratación de servicios de custodia y gestión documental

La Municipalidad de La Unión por este medio, invita a participar en la Licitación Abreviada Nº 2011LA-000008-01, e indica que recibirá ofertas hasta las 10:00 (a. m.) horas del día martes 26 de abril del 2011.

v  Contratación de servicios de custodia y gestión documental.

El cartel correspondiente puede ser retirado en forma personal o solicitado por medios electrónicos, estamos ubicados en Tres Ríos, La Unión, Cartago, costado norte del Parque Central de Tres Ríos, edificio esquinero, dos plantas, color azul; tel-fax 279-1070, correo electrónico mduran@munilaunion.go.cr.

La Unión de Tres Ríos, 4 de abril del 2011.—Marvin Durán Vega, Proveedor Municipal.—1 vez.—RP2011231446.—(IN2011026413).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000005-02

Suministro e instalación de sistema de generación eléctrica

La Dirección de Suministros de Recope invita a participar en la Licitación Abreviada Nº 2011LN-000005-02, para lo cual las propuestas deberán presentarse en el segundo piso de las Oficinas Centrales de Recope, Edificio Hernán Garrón, sita en Urbanización Tournón Norte San Francisco de Guadalupe, 50 metros al este del periódico La República, hasta las 10:00 horas del día 10 de mayo del 2011.

El cartel respectivo puede retirarse en el lugar mencionado previo pago en la caja de Tesorería, situada en el primer piso del edificio, por un costo de ¢1.000,00, o bien, el mismo está disponible en la página WEB de Recope, www.recope.com.

La visita al sitio para explicar los alcances técnicos y demás aspectos relevantes de este concurso se llevará a cabo el día 15 de abril del 2011 a las 10:00 horas en el Edificio Administrativo de la Refinería en Limón.

Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 0040.—Solicitud Nº 39514.—C-8570.—(IN2011026346).

ADJUDICACIONES

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000059-PROV

Compra de switches

Se comunica a todos los interesados en el procedimiento de contratación de referencia, que por acuerdo del Consejo Superior del Poder Judicial en sesión 31-11 celebrada el día 5 de abril de 2011, artículo IVI, se dispuso adjudicarla según el siguiente detalle:

A: AEC Electrónica S. A., cédula jurídica 3-101-151538.

Línea Nº 1:

ítem A)   17 Switches Extreme Networks Modelo Summit X450e-24 p. Precio unitario $2.540,00. Precio total $43.180,00.

ítem B)   1 Switch Extreme Networks Black Diamond 8806. Precio unitario $24.075,00.

ítem C)   Software de gestión y administración EPICenter 7.0. Precio unitario $2.225,00.

Monto total adjudicado $69.480,00

A:   Desca SYS Centroamérica S. A., cédula jurídica 3-101-147670.

Línea N° 2: 2 Router Cisco 3845, para un precio total $32.413,88.

Total adjudicado para esta licitación $101.893,88.

Demás características y condiciones según cartel.

San José, 6 de abril de 2011.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1 vez.—(IN2011026412).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

DEPARTAMENTO ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

UNIDAD DE COMPRAS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000002-01

Contratación de servicios de limpieza

Se comunica a los interesados en la Licitación Abreviada Nº 2011LA-000002-01 denominada “Contratación Servicios de Limpieza”, que en el artículo 1 de la sesión ordinaria Nº 153 del Comité de Licitaciones, celebrada el 5 de abril del 2011, se tomó el acuerdo de adjudicar el ítem único de dicha licitación al Consorcio Servintegra de Costa Rica S. A. con Servicios Integrados S. A. de CV., con un costo mensual de ¢2.119.401,92 (dos millones ciento diecinueve mil cuatrocientos un colones con 92/100), impuestos incluidos.

San José, 6 de abril del 2011.—Administración y Finanzas.—Lic. Cinthia Solano Fernández, Jefa.—Sección Administrativa.—M.Sc. Alonso Oviedo Arguedas, Jefe.—1 vez.—(IN2011026287).

UNIVERSIDAD NACIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000003-SCA

Materiales litográficos para el programa de publicaciones

e impresiones de la Universidad Nacional bajo

la modalidad de suministro según demanda

La Proveeduría Institucional de la Universidad Nacional comunica a los interesados en esta contratación, que mediante resolución Nº 315-2011, a las dieciséis horas y cincuenta y tres minutos del 31 marzo del 2011, se dispuso a adjudicar el concurso de la siguiente manera: Sergrafic S. A. cédula jurídica Nº 3-101-088564, las líneas Nos. 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 16, 17, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39. Plazo de entrega: 2 días hábiles, después de recibida la comunicación de la orden de compra. Las líneas 1, 2, 3, 4, 15 y 18 se declaran infructuosas.

Heredia, 31 de marzo del 2011.—Proveeduría Institucional.—Lic. Nelson Valerio Aguilar, Director.—1 vez.—O. C. Nº 106-011.—Solicitud Nº 40038.—C-7820.—(IN2011025863).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

   Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000129-PRI

(Readjudicación)

Compra de accesorios para laboratorio

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que mediante Resolución de Subgerencia Nº SGG-2011-130 del 31 de marzo del 2011, se readjudica la posición N. 44 de la presente licitación a la oferta Nº 9: Servicios Analíticos SASA S. A., por un monto total de $1.376,34 i.v.i.

Demás condiciones de acuerdo al cartel y la oferta respectiva.

Dirección Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 2011-0061.—Solicitud Nº 1839.—C-5870.—(IN2011026473).

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2010LN-000004-01

Consultoría experta para la dirección, coordinación, control

y ejecución de acciones necesarias y suficientes para

la implementación de sistemas de información

para los periodos del 2011 al 2014

El Instituto de Desarrollo Agrario, comunica que según acuerdo tomado por la Junta Directiva en el artículo Nº 7, de la sesión ordinaria 012-2011, celebrada 28 de marzo de 2011, la presente licitación se adjudicó a la oferta Nº 1, presentada por la empresa D.C.I. Dinámica Consultores Internacional S. A., cédula jurídica Nº 3-101-079719, por cumplir con todos los requisitos técnicos y legales del cartel.

Área de Contratación y Suministros.—Rafael Fernández Bolaños, Jefe.—1 vez.—(IN2011026284).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000083-02

Contratación de los servicios de limpieza en los planteles

El Alto, La Garita, Turrialba, Barranca y Siquirres

Se informa que el concurso en referencia, fue adjudicado según oficio GG-230-2011 de la Gerencia General, con fecha del día 4 de abril del 2011, de acuerdo con el siguiente detalle:

Oferta Nº:                        seis (6)

Oferente:                         Servicios Integrales de Limpieza Marlimp S. A.

Representante legal:     Jorge Enrique Vega Granados

Monto adjudicado:          ¢60.963.060,66 anual.

Descripción:                   Contratación de los servicios de mano de obra, materiales y equipo para la limpieza en edificios e instalaciones en los siguientes planteles:

Línea Nº 1:                 Plantel El Alto

Precio mensual:        ¢4.417.895,47

Precio anual:             ¢53.014.745,60

Línea Nº 2:                 Plantel La Garita

Precio mensual:        ¢662.359,59

Precio anual:             ¢7.948.315,06

Total:                           ¢60.963.060,66

Conforme a las especificaciones del cartel y la oferta respectiva.

Forma de pago:               Mensual, mediante transferencia bancaria. RECOPE dispone de un plazo máximo de 30 días calendario, de conformidad con la verificación del cumplimiento a satisfacción de parte de RECOPE.

Plazo contractual:         Un año prorrogable por dos períodos iguales a opción y discrecionalidad de RECOPE.

__________

Oferta Nº:                        siete (7)

Oferente:                         Multinegocios Internacionales de América S. A. (MUTIASA)

Representante legal:     Adrián Madrigal Cerdas

Monto adjudicado:          ¢9.243.285,00 anual

Descripción:                   Contratación de los servicios de mano de obra, materiales y equipo para la limpieza en edificios e instalaciones en los siguientes planteles:

Línea Nº 4:                 Plantel Siquirres

Precio mensual:        ¢385.136,88

Precio anual:             ¢4.621.642,50

Línea Nº 5:                 Plantel Barranca

Precio mensual:        ¢385.136,88

Precio anual:             ¢4.621.642,50

Total:                           ¢9.243.285,00

Conforme a las especificaciones del cartel y la oferta respectiva.

Forma de pago:               Mensual, mediante transferencia bancaria. RECOPE dispone de un plazo máximo de 30 días calendario, de conformidad con la verificación del cumplimiento a satisfacción de parte de RECOPE.

Plazo contractual:         Un año prorrogable por dos períodos iguales a opción y discrecionalidad de RECOPE.

__________

Oferta Nº:                        Ocho (8)

Oferente:                         Alca K&V S. A.

Representante legal:     Ignacio Argüello Calderón

Monto adjudicado:          ¢12.623.328,00 anual.

Descripción:                   Contratación de los servicios de mano de obra, materiales y equipo para la limpieza en edificios e instalaciones en los siguientes planteles:

Línea Nº 3:                 Plantel Turrialba

Precio mensual:        ¢1.051.944,00

Precio anual:             ¢12.623.328,00

Conforme a las especificaciones del cartel y la oferta respectiva.

Forma de pago:               Mensual, mediante transferencia bancaria. RECOPE dispone de un plazo máximo de 30 días calendario, de conformidad con la verificación del cumplimiento a satisfacción de parte de RECOPE.

Plazo contractual:         Un año prorrogable por dos períodos iguales a opción y discrecionalidad de RECOPE.

A. Notas importantes:

1.  El adjudicatario dispondrá de diez (10) días hábiles contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, de conformidad con los términos establecidos en la cláusula 1.13.2 del cartel.

2.  La presente contratación se formalizará mediante la emisión respectiva del pedido, debiéndose someter a la aprobación interna ante la Dirección Jurídica solamente la adjudicación recaída a favor de Servicios Integrales de Limpieza MARLIMP S. A.

3.  Con el fin de validar jurídicamente el documento definido para formalizar la presente contratación, se deberán reintegrar las especies fiscales de ley correspondientes a un 0,5% del monto total del contrato, pagadero en su totalidad por el contratista.

4.  Será potestad de RECOPE prorrogar o no la presente contratación, para efectos del contratista se entiende que RECOPE esta efectuando el contrato por el periodo de un (1) año, por lo que la prerrogativa de prorroga no le crea ningún derecho.

San José, 6 de abril del 2011.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 0040.—Solicitud Nº 39504.—C-57170.—(IN2011026344).

FE DE ERRATAS

SEGURIDAD PÚBLICA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000100-09003

Compra de equipo para comunicación

La Dirección de Proveeduría del Ministerio de Seguridad Pública comunica a todos los interesados en la contratación arriba indicada que se están realizando las siguientes modificaciones al cartel:

Aparte 1.2 Requerimientos Técnicos

Línea 1 (Radio portátil igual o similar a Motorola XTS2250)

Donde dice:

“Ruido FM y HUM menor o igual -40dBc”

Agregar al final el siguiente texto:

“Aplica para los dos (12.5 y 25 Khz)”

Línea 2 (Radio móvil igual o similar a Motorola XTL2500)

Donde dice:

“Debe cotizarse para cada radio móvil una antena (frecuencia de operación 806 a 896) preferiblemente MYA 8063 ó 8066 con cable coaxial y conectores”

Debe leerse correctamente:

“Debe cotizarse para cada radio móvil una antena igual o superior a la modelo Max 8053 S, 806 a 896 MHz, ganancia de 3.0dB”

Todo lo demás del cartel permanece invariable.

San José, 5 de abril de 2011.—Dirección Proveeduría Institucional.—Lic. Josefina Montero Varela, Directora de Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 10912.—Solicitud Nº 0852.—C-12620.—(IN2011026385).

AGRICULTURA Y GANADERÍA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2011LN-000032-17300

Contratación del servicio de seguridad y vigilancia

La Proveeduría Institucional del Ministerio de Agricultura y Ganadería, avisa a los interesados que la apertura para este trámite ha sido reprogramada para el martes 26 de abril del 2011, hasta las 10:00 horas.

Además, se comunica hacer caso omiso de los puntos 1 y 7 del apartado VI. Garantía de participación; por cuanto el comprobante de depósito o transferencia por este concepto no debe ser presentado en formato PDF. Dicho documento se presenta como anexo a la oferta en formato físico.

Las demás condiciones sobre el proceso de licitación permanecen invariables.

San José, 4 de abril del 2011.—Proveeduría Institucional.—Lic. Blanca Córdoba Berrocal, Proveedora.—1 vez.—O. C. Nº 05-11.—Solicitud Nº 39003.—C-10370.—(IN2011025849).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2011LN-000008-32701

Adquisición de vehículos tipo pick up 4x4 y

camión con plataforma para engrase

La Dirección de Proveeduría Institucional del MOPT comunica a los potenciales oferentes de la Licitación Pública N° 2011LN-000008-32701, denominada “Adquisición de vehículos tipo pick up 4x4 y camión con plataforma para engrase”, que se suspende la fecha de apertura de ofertas hasta nuevo aviso debido a que la Contraloría General de la República está atendiendo un recurso de objeción al cartel.

San José, 5 de abril de 2011.—Dirección Proveeduría Institucional.—MSc. Heidy Román Ovares, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 12281.—Solicitud Nº 3573.—C-8120.—(IN2011026465).

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000003-0DI00

Sustitución de puentes menores, Ruta Nacional N° 247,

Sección: Campo Cinco-Puerto Lindo

Se comunica a las empresas interesadas en participar en la Licitación en referencia, que mediante resolución R-DCA-154-2011 de las once horas del veinticinco de marzo del dos mil once, la Contraloría General de la República declaró sin lugar los recursos de objeción, por lo que este Consejo recibirá ofertas de conformidad con los términos cartelarios hasta las 10:00 horas del 3 de mayo del 2011 en las oficinas de la Proveeduría, ubicadas de la rotonda de la Betania, 50 metros este y 10 metros norte, carretera a Guadalupe.

Asimismo, se informa que se encuentra disponible la Enmienda N° 1, en las oficinas de la Proveeduría, en la dirección antes citada.

Proveeduría.—MBA Luis Gerardo Leiva Mora, Proveedor Institucional a. í.—1 vez.—O. C. Nº 001-011.—Solicitud Nº 30391.—C-9020.—(IN2011026488).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000017-PCAD

(Aclaración Nº 1)

Contratación de una persona física o jurídica que brinde

servicios de acompañamiento para la revisión

y desarrollo del nuevo modelo de gestión

competitiva del Banco Popular

y de Desarrollo Comunal

Se les comunica a todos los interesados en este concurso que por error material en La Gaceta N° 69 del jueves 07 de abril del 2011, se indico como fecha de apertura las 14:00 horas del 17 de abril de 2011, siendo lo correcto las 14:00 horas del 15 de abril de 2011.

Subproceso de Gestión y Análisis Compras.—Lic. Ana Victoria Monge, Jefa.—1 vez.—(IN2011025846).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2011LN-111005-UL

(Prórroga)

Servicios profesionales en materia tributaria y fiscal

para el Instituto Nacional de Seguros

Se comunica a los interesados en el presente concurso, cuya invitación se publicó en el Diario Oficial La Gaceta N° 58 del 23 de marzo del 2011, que la fecha de apertura y recepción de ofertas se prorroga para las 9:00 horas del 12 de mayo del 2011.

Todos los demás términos y condiciones permanecen invariables.

Departamento de Proveeduría.—Msc. Francisco Cordero Fallas, Jefe a. í.—1 vez.—O. C. Nº 19180.—Solicitud Nº 0515.—C-6320.—(IN2011026475).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS

SUBGERENCIA DE TECNOLOGÍAS DE

INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000002-1150

(Aviso Nº 1)

Ampliación Plataforma de Videocomunicaciones

Se informa a los interesados, que se ha modificado el plazo de entrega indicado en el punto 9.2, capítulo 1, segunda parte del cartel de la licitación mencionada, estableciéndose en treinta días hábiles máximo. Demás condiciones del cartel se mantienen invariables.

San José, 5 de abril del 2011.—Subárea de Gestión de Compras.—MBA. Lydia Durán Jiménez, Jefa.—1 vez.—(IN2011025857).

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

Nº 2010LN-000017-1142 (Aviso Nº 3)

Tarjetas para el estudio de anticuerpos

A los oferentes interesados en participar en el concurso antes mencionado, se les comunica que ya está disponible el cartel unificado el cual podrá adquirir en la fotocopiadora ubicada en el piso comercial del Edificio Jenaro Valverde. A la vez se les informa que la fecha y hora de apertura de ofertas se prorroga para el día 27 de abril del año 2011 a las 9:00 horas. Ver detalle en http: www.ccss.sa.cr.

San José, 6 de abril de 2011.—Subárea de Carteles.— Argentina Araya Jara, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 44561.—C-7670.—(IN2011025862).

HOSPITAL MÉXICO

LICITACIÓN ABREVIADA 2011LA-000021-2104

Sets de circulación extracorpórea de adultos con tubería

Comunica que se prórroga la fecha de recepción de ofertas para el día miércoles 27 de abril del 2011, a las 9:00 horas.

Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 5 de abril del 2011.—Subárea de Contratación Administrativa.—Bach. Meriam Retana Vega, Coordinadora.—1 vez.—(IN2011026381).

CONCURSO Nº 2011LN-000001-8101 (Aviso Nº 1)

Manta de 186cm (72”)

La Dirección de Producción Industrial de la Caja Costarricense de Seguro Social les comunica a los interesados en participar en la Licitación Pública Nº 2011LN-000001-8101, por objeto de “Manta de 186cm (72”)”, con apertura para el día 18 de abril de 2011, que:

    Se prorroga la apertura para el 4 de mayo del 2011a las 2:00 p. m.

Las demás condiciones del cartel permanecen invariables. Ver detalle en http://www.ccss.sa.cr y http://www.mer-link.co.cr

San José, 5 de abril de 2011.—Dirección Producción Industrial.—Lic. Víctor Díaz Rodríguez, Jefe Unidad de Compras.—1 vez.—RP2011231463.—(IN2011026410).

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN ABREVIADA 2011LA-000069-5101

(Aviso Nº 01)

Ácido acetil salicílico

Se les informa a todos los interesados, que la apertura de ofertas se adelanta para el día 15 de abril de 2011 a las 11:00 horas; por motivos de conveniencia Institucional.

Ver detalle en http:/www.ccss.sa.cr

San José, 6 de abril de 2011.—Subárea de Carteles.—Argentina Araya Jara, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 44563.—C-6770.—(IN2011026483).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000027-1142 (Aviso Nº 25)

Pruebas bioquímicas efectivas automatizadas

Se les informa a todos los interesados, que se prorroga la fecha de apertura de ofertas del presente concurso, para el día 27 de abril de 2011 a las 13:00 horas. Se encuentra a disposición el nuevo cartel unificado, el cual se puede adquirir en la fotocopiadora ubicada en el piso comercial del edificio adjunto Jenaro Valverde (Edificio anexo).

Además se les insta apersonarse al Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios, piso 11 edificio Laureano Echandi, para que realicen un análisis integral del expediente, en especial los oficios CTNC-LAB-076-2011 y CTNC-LAB-077-2011; los cuales corresponden a la respuesta de solicitudes de aclaración.

(Debido a que la institución no ha emitido criterio referente a los días libres de Semana Santa, está Administración asume que se laborarán los primeros tres días hábiles de la Semana Santa).

Ver detalle en http:/www.ccss.sa.cr

San José, 6 de abril del 2011.—Subárea de Carteles.—Argentina Araya Jara, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1142-Solicitud Nº 44562.—C-11250.—(IN2011026484).

AVISOS

RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE S. A.

CONCURSO DE ADQUISICIONES

2011PP-000108-DGCMRACSA

Adquisición de elementos de fibra óptica

y servicios de instalación

Radiográfica Costarricense S. A., avisa a los participantes en la adquisición arriba indicada, que se han realizado un segundo conjunto de aclaraciones al pliego de condiciones, las cuales pueden retirar en nuestras oficinas en horas hábiles.

La recepción de las ofertas se mantiene para el día 15 de abril hasta las 16 horas en la Proveeduría Empresarial.

Mba. Xavier Sagot Ramírez, Proveedor Empresarial.—1 vez.—(IN2011026477).

REGLAMENTOS

JUNTA DE ADMINISTRACIÓN PORTUARIA

    Y DE DESARROLLO ECONÓMICO

        DE LA VERTIENTE ATLÁN TICA

REGLAMENTO SOBRE LA RENDICIÓN DE CAUCIONES

EN FAVOR DE LA JUNTA DE ADMINISTRACIÓN

PORTUARIA Y DE DESARROLLO ECONÓMICO

DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA

El Consejo de Administración de la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (Japdeva), de conformidad con lo estipulado en el artículo 188 de la Constitución Política y en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Nº 5337, del 11 de setiembre de 1973 publicada en el Alcance N° 120 de La Gaceta N° 170 del 11 de setiembre de 1973.

Considerando:

I.—Que el artículo 13 de la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, Nº 8131, del 18 de setiembre del 2001, dispone que “sin perjuicio de las previsiones que encargado de recaudar, custodiar o administrar fondos y valores públicos deberá rendir garantía con cargo a su propio peculio, en favor de la Hacienda Pública o la entidad respectiva, para asegurar el correcto cumplimiento de los deberes y obligaciones de los funcionarios. Las leyes y los reglamentos determinarán las clases y los montos de las garantías, así como los procedimientos aplicables a este particular, tomando en consideración los niveles de responsabilidad, el monto administrado y el salario del funcionario”. Así mismo y de conformidad con lo establecido por el artículo 120 de esta misma Ley, la falta de presentación de la respectiva garantía por parte de los funcionarios públicos obligados a ello, constituye causal para el cese en el cargo sin responsabilidad patronal.

II.—Que el artículo 110, inciso l), de esa misma Ley establece como hecho generador de responsabilidad administrativa “el nombramiento de un servidor con facultades de uso y disposición de recursos públicos, que no reúna las condiciones exigidas por el ordenamiento jurídico o los manuales y las reglamentaciones internas, o darle al servidor posesión del cargo sin rendir previamente la caución que ordena esta ley”.

III.—Que el artículo 10 de la Ley General de Control Interno, N° 8292, del 31 de julio del 2002, establece que “serán responsabilidad del jerarca y del titular subordinado establecer, mantener, perfeccionar y evaluar el sistema de control interno institucional”.

IV.—Que, asimismo, en el artículo 15, inciso b), numeral ii, también de la Ley General de Control Interno se estipula como parte de los deberes del jerarca y del titular subordinado “documentar, mantener actualizados y divulgar” internamente tanto las políticas como los procedimientos que definan claramente, entre otros asuntos “la protección y conservación de todos los activos institucionales”.

V.—Que las Normas Generales de Control Interno para el Sector Público dictadas por la Contraloría General de la República, N-2-2009-CO-DFOE, publicadas en La Gaceta N° 26 del 6 de febrero de 2009, establece en la norma 4.6.1 Control sobre la rendición de cauciones y establece “El jerarca y los titulares subordinados, según sus competencias deben establecer, actualizar y divulgar las regulaciones y demás actividades de control pertinentes para promover y vigilar el cumplimiento, en todos sus extremos, de las obligaciones relacionadas con la rendición de garantías a favor de la Hacienda Pública o de la institución por los funcionarios encargados de recaudar, custodiar o administrar fondos y valores institucionales”.

VI.—Que mediante resolución N° R-CO-10-2207, del 19 de marzo del 2007, publicada en La Gaceta N° 64, del 30 de marzo del 2007, la Contraloría General de la República emitió las directrices que deben observarse para la elaboración de la normativa interna relativa a la rendición de garantías o cauciones. Por tanto,

Acuerda emitir el siguiente:

REGLAMENTO SOBRE LA RENDICIÓN DE CAUCIONES

EN FAVOR DE LA JUNTA DE ADMINISTRACIÓN

PORTUARIA Y DE DESARROLLO ECONÓMICO

DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA

Artículo 1º—Ámbito de aplicación. Las disposiciones contenidas en este Reglamento son aplicables a todos aquellos funcionarios de la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA) que administren, recauden y custodien fondos o valores públicos o, bien, que por la naturaleza de sus funciones y responsabilidades tenga facultades de uso y disposición de recursos públicos.

Artículo 2º—Finalidad de la caución. La caución tiene como finalidad garantizar el resarcimiento de eventuales daños y perjuicios que el caucionante responsable, en el ejercicio de sus funciones, pueda producir al patrimonio de JAPDEVA, sin que ello limite la eventual responsabilidad civil.

Artículo 3º—Forma de rendir la caución. La garantía que debe rendir el funcionario obligado a ello de conformidad con los términos del presente Reglamento, podrá ser, depósitos en efectivo, certificado de depósito a plazo y póliza de fidelidad, este último suscrito con el Instituto Nacional de Seguros, o ante cualquier otra entidad o empresa aseguradora autorizada para operar en el país. En cualquiera de los casos deberá emitirse a favor de la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica.

Artículo 4º—Deber de solventar la caución. A tenor de lo establecido en el artículo 13 de la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, es deber del caucionante gestionar y sufragar de su propio peculio el costo de la garantía a favor de JAPDEVA.

Los montos de las cauciones que regula este Reglamento son mínimos, de manera que cada obligado puede voluntariamente incrementarlos a su discreción.

Cuando las condiciones de los mercados de seguros y otras garantías establezcan solo productos que obligan al caucionante a ajustar el monto de su garantía a sumas superiores, será su obligación adaptarse a esas condiciones.

Artículo 5º—Plazo de las garantías. La caución deberá permanecer vigente durante todo el tiempo en que el caucionante permanezca en el puesto sujeto a rendir la garantía. Es obligación del caucionante gestionar las medidas de renovación o actualización que correspondan para mantener vigente la caución otorgada.

Una vez resuelta la relación de empleo por cualquier concepto, el caucionante deberá mantener vigente la garantía otorgada por un lapso igual al plazo de prescripción de la responsabilidad civil establecida en el artículo 198 de la Ley General de la Administración Pública. Asimismo, deberá mantener vigente la garantía otorgada mientras se encuentre pendiente de resolver en definitiva un procedimiento administrativo por daños y perjuicios que se siga en su contra.

Artículo 6º—Momento para rendir la caución. Los funcionarios obligados a rendir caución, deberán rendirla una vez notificado el nombramiento en el puesto y haber recibido la acción de personal, que avale la designación al puesto y antes de asumirlo.

Corresponderá al Departamento de Recursos Humanos velar porque la persona obligada haya rendido la garantía correspondiente al momento de asumir el cargo, sin perjuicio de las responsabilidades que corresponden al jerarca y los titulares subordinados.

Artículo 7º—Clasificación por nivel de responsabilidad. Deberán caucionar todos aquellos funcionarios que recauden, custodien o administren fondos y valores públicos, según los siguientes niveles:

a)  Nivel A (superior).

b)  Nivel B (gerencial).

c)  Nivel C (jefaturas).

d)  Nivel D (operativo).

Los cuatro niveles tendrán como referencia el “salario base” establecido en el artículo 2º de la Ley Nº 7337, del 5 de mayo de 1993, publicado por la Corte Suprema de Justicia en el Boletín Judicial cada inicio de año.

Anualmente la Sección de Contabilidad JAPDEVA, utilizando el parámetro antes indicado, actualizará el monto a caucionar para cada nivel, actualización que será comunicada por escrito tanto a los funcionarios caucionantes como al Departamento de Recursos Humanos. Los funcionarios que deban ajustarse al nuevo monto de la caución, contarán al efecto con un plazo máximo de quince días hábiles contados a partir de la notificación de dicho comunicado.

Artículo 8º—Interinos y suplentes. Aquellos funcionarios que de manera interina o transitoria ocupen cualquiera de los puestos o cargos obligados a caucionar, deberán rendir garantía cuando su nombramiento sea mayor de un mes.

Artículo 9º—Cálculo de la caución en el nivel A. Quienes desempeñen los puestos contemplados dentro del incisos a) del artículo 13 del presente Reglamento, deberán rendir una caución equivalente a diez salarios base.

Artículo 10.—Cálculo de la caución en el nivel B. Quienes desempeñen puestos contemplados dentro de los incisos b), c), d), e), f) y g) del artículo 13 del presente Reglamento, deberán rendir una caución equivalente a ocho salarios base.

Artículo 11.—Cálculo de la caución en el nivel C. Quienes desempeñen puestos contemplados dentro de los incisos h), i), j), K) y l) del artículo 13 del presente Reglamento, deberán rendir una caución equivalente a seis salarios base.

Artículo 12.—Cálculo de la caución en el nivel D. Quienes desempeñen puestos contemplados dentro de los incisos m), n), o), p), q), r), s), t), u), v), x), y), z) y siguientes del artículo 13 del presente Reglamento, deberán rendir una caución equivalente a tres salarios base.

Artículo 13.—Sujetos obligados a rendir caución. Se entenderán como sujetos obligados a rendir caución los siguientes:

a)  El Presidente Ejecutivo y los miembros del Consejo de Administración.

b)  El Gerente General.

c)  El Gerente de la Administración Portuaria y Subgerente Portuario.

d)  El Gerente de la Administración Desarrollo.

e)  El Director Administrativo Financiero y Jefe Administrativo de Desarrollo.

f)   El Jefe de División Financiera.

g)  El Jefe de Departamento Financiero.

h)  El Jefe de Contabilidad General y Jefe de Contabilidad de Desarrollo.

i)   El Jefe de Facturación.

j)   El Administrador del Fondo de Capital y Ahorro.

k)  El Contador del Fondo de Capital y Ahorro.

l)   El Jefe de Tesorería.

m)   El Jefe de Proveeduría del Puerto y de Desarrollo.

n)  El Jefe del Departamento de Recursos Humanos.

o)  Los encargados de cajas chicas.

p)  El Jefe de Servicios Generales.

q)  El Jefe de Informática.

r)   El Jefe del Departamento de Planificación.

s)  El Jefe de Prensa y Relaciones Públicas.

t)   Jefe y Subjefe del Departamento Legal.

u)  Intendente de Limón y Moín.

v)  El Director de Ingeniería.

x)  El Jefe de División de Mantenimiento de Maquinaria y Equipo.

y)  El Jefe de Mantenimiento de Instalaciones Portuarias.

z)  El Director de Protección y Seguridad Portuaria.

El Jefe de Obras Comunales.

El Jefe de Almacén de Suministros.

Cualquier otro funcionario, no contemplado en los incisos anteriores que, en razón de su cargo, deba recaudar, custodiar o administrar fondos y valores públicos.

Para efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, el Departamento de Recursos Humanos, por resolución razonada, podrá sujetar a caución otro puesto adicional a los contemplados expresamente. Firme la resolución, el servidor contará con hasta quince días hábiles para cumplir con la respectiva obligación.

Artículo 14.—Revisión del listado de funcionarios obligados a caucionar. Una vez al año el Departamento de Recursos Humanos revisará el listado de funcionarios obligados a caucionar. Para ello deberá de considerar, entre otros aspectos:

a)  La existencia en forma separada o combinada de las funciones y actividades de administrar, custodiar o recaudar fondos y valores públicos.

b)  La confiabilidad y eficacia del sistema de control interno y el grado de riesgo de acuerdo con la valoración realizada por la Administración.

c)  El nivel de la responsabilidad, el monto administrado y el salario correspondiente al caucionante.

Artículo 15.—Simultaneidad de funciones sujetas a caución. Al funcionario que estando obligado a caucionar, se le asigne una función que genere ese mismo deber, caucionará una sola vez y por el monto mayor.

Artículo 16.—Ajuste de la caución. El caucionante que por algún motivo sea trasladado de un puesto a otro, que implique una nueva ubicación en la clasificación por niveles de responsabilidad, deberá ajustar la caución conforme a la nueva situación, para lo cual contará con un plazo máximo de quince días hábiles. El Departamento de Recursos Humanos prevendrá de la obligación de ajustar la caución al momento de nombrar al funcionario en el nuevo puesto.

Artículo 17.—Competencias de la Contabilidad General. Corresponderá a la Contabilidad General de JAPDEVA la administración general de las cauciones que se rindan a favor de JAPDEVA, para lo cual deberá:

a)  Calcular y mantener actualizados los montos que por concepto de las garantías deben rendir los caucionantes.

b)  Asesorar y recomendar a las instancias correspondientes las medidas que correspondan con el propósito de mantener los montos de garantía apropiados.

c)  Recibir, custodiar y verificar la efectividad de los documentos que comprueban la presentación de garantías por parte de los caucionantes, estableciendo para ello los controles y medidas de seguridad pertinentes.

d)  Notificar por escrito al caucionante, con un mínimo de veinte días hábiles de anticipación, del momento en que debe renovar o actualizar la caución. La ausencia de recordatorio no exime al caucionante de su deber de renovación de la caución.

e)  Informar al Departamento de Recursos Humanos y al superior jerárquico, cualquier incumplimiento observado en el proceso de caución.

f)   Apoyar a los Jerarcas de la Institución en la toma de las medidas que correspondan para el resarcimiento de daños y perjuicios producidos por el caucionante al patrimonio de JAPDEVA, cuando su responsabilidad civil haya sido declarada conforme lo establece el ordenamiento jurídico vigente.

g)  Mantener un registro actualizado de los caucionantes que, cuando menos, contenga: nombre y calidades, puesto, nivel al que pertenece, tipo de garantía y sus características, monto, emisión, vigencia y vencimiento de la garantía.

h)  Promover la actualización de la normativa interna sobre rendición de cauciones, cuando resulte necesario.

Artículo 18.—Ejecución de las garantías. La ejecución de la garantía debe ir precedida de un procedimiento administrativo tramitado conforme al Libro Segundo de la Ley General de la Administración Pública, en donde se demuestre la falta del servidor caucionante y se ordene el resarcimiento de los daños y perjuicios producidos al patrimonio de JAPDEVA, sin perjuicio de otras responsabilidades administrativas, civiles y penales que correspondan.

Artículo 19.—Responsabilidades por la no rendición de caución. El no rendir la caución, el rendirla de manera insuficiente y el no renovar la garantía dentro de los plazos previstos al efecto, originará al servidor responsabilidad administrativa.

En el caso de los funcionarios encargados de administrar y controlar la presentación de cauciones constituirá un hecho generador de responsabilidad administrativa y la aplicación del régimen sancionatorio correspondiente, el darle al servidor obligado a caucionar, posesión del cargo, sin rendir previamente la caución dispuesta.

Transitorio I.—Dentro de los quince días hábiles siguientes a la entrada en vigencia del presente Reglamento, el Departamento de Recursos Humanos de JAPDEVA prevendrá por escrito a todos los sujetos obligados a rendir caución para que la otorguen, indicándoles el monto por el cual debe rendirse. Los obligados deberán otorgar la garantía y presentar los comprobantes respectivos ante la Contabilidad General dentro de los quince días hábiles siguientes al vencimiento de plazo arriba indicado.

Transitorio II.—Los funcionarios que a la entrada en vigencia del presente reglamento mantengan garantías de caución vigentes, podrán esperar a su vencimiento, y en el momento de su renovación deberán ajustarse a la presente normativa.

Rige a partir de su publicación. Comuníquese a la Contraloría General de la República.

Limón, 30 de marzo del 2011.—Lic. Walter Anderson Salomons, Proveedor.—1 vez.—O. C. Nº 1973.—Solicitud Nº 49739.—C-148070.—(IN2011024753).

MODIFICACIÓN DEL PUNTO 15, DEL REGLAMENTO

DE OPERACIONES PORTUARIAS

Nuestro Consejo de Administración en sesión ordinaria N° 08-2011, celebrada el 24 de febrero del 2011, art. III-f, acordó:

Aprobar la modificación del punto 15 del Reglamento de Operaciones Portuarias, como sigue:

“15-  Cargas recibida fuera de manifiesto:

es el cobro que se aplica a los contenedores, a la carga de importación o exportación que se recibe en el puerto y que no aparece en la documentación oficial recibida o por la falta de entrega del manifiesto de carga, su cobro se establece por contenedor lleno o vacío, por tonelada o fracción.”

Limón, 30 de marzo del 2011.—Lic. Walter Anderson Salomons, Proveedor.—1 vez.—O. C. Nº 1973.—Solicitud Nº 49737.—C-8100.—(IN2011024755).

REMATES

HACIENDA

SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS

SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS 2011

Detalle de mercancías que se rematarán en pública subasta en forma individual en la Aduana Central a las 1:30 pm horas del día 18 del mes de mayo del 2011, en las instalaciones de la misma, sita en Calle Blancos, 300 metros al oeste de la Coca Cola, y que de conformidad con la Ley General de Aduanas Nº 7557, del 8 de noviembre de 1995, reformada mediante Ley Nº 8373 del 5 de setiembre del 2003, las mismas se encuentran en estado de abandono.

Depositario Aduanero: Los Leones, S. A. código 115, cédula jurídica: 3-101-072507-11. Dirección: Barrio San José, frente a Café Volio

Boleta Nº 427-115-2010. Consignatario: Com Betour, S. A. Documento: 213652, Movimiento de inventario: 2001-1. Descripción: 200 cartones con Bicicletas para niño marca Konda. Precio Base: ¢85.545,03. Bultos: 200. Ubicación: Depositario Fiscal Los Leones S.A.

Se informa que el costo por concepto de bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no está incluido en la base por lo tanto los interesados deberán entenderse directamente con el respectivo Depositario Aduanero.

La subasta es pública, teniendo acceso cualquier particular con las excepciones establecidas en el artículo 73, párrafo segundo de la Ley General de Aduanas Nº 7557, del 8 de noviembre de 1995, reformada mediante Ley Nº 8373 del 5 de setiembre del 2003.

Para ser postor es indispensable depositar mediante cheque certificado a favor de la Dirección General de Aduanas, la suma equivalente al 10% del precio base de las mercancías que desee adquirir antes del inicio del remate, según lo establece el artículo 198, inciso e) del Reglamento a la Ley General de Aduanas. La diferencia en relación con el monto previamente depositado deberá cancelarse inmediatamente después de la adjudicación de las mercancías.

Las condiciones son estrictamente de contado, debiendo efectuarse el pago al concretarse la venta.

Las mercancías podrán ser inspeccionadas dentro del plazo de tres días previos a la realización del remate.

Para mayor información, consultar al Depositario Aduanero donde se encuentren las mercancías y la Sección Depósito de la Aduana Central.

A los interesados en las mercancías que necesiten permisos (regulaciones no arancelarias) de otras dependencias gubernamentales, favor presentar los mismos en el momento de la subasta.

Lic. Desiderio Soto Sequeira, Director General.—Lic. Miguel Vega Segura, Subgerente Aduana Central.—1 vez.—O. C. Nº 11502.—Solicitud Nº 09590.—C-20720 .—(IN2011025771).

Detalle de mercancías que se rematarán en pública subasta en forma individual en la Aduana Central a las 9:00 am horas del día 18 del mes de mayo del 2011, en las instalaciones de la misma, sita en Calle Blancos, 300 metros al oeste de la Coca Cola, y que de conformidad con la Ley General de Aduanas Nº. 7557, del 8 de noviembre de 1995, reformada mediante Ley Nº 8373 del 5 de setiembre del 2003, las mismas se encuentran en estado de abandono

Depositario Aduanero: Almacén Fiscal y Depósito Pavas S. A.,

(ALFIDEPA), código 102, cédula jurídica:3-101-02660815, Dirección: 100 metros al sur y 100 metros al oeste de las oficinas de Pizza Hut en Pavas.

Boleta Nº 95-102-2010. Consignatario: Repuestos RA, S.A. Documento: 25548. Movimiento de inventario 443-2005. Descripción: 89 cartones con Grasa multiuso Super Help Lithium. Precio Base: ¢129.081,99. Bultos: 89. Ubicación: Depositario Fiscal ALFIDEPA S.A.

Boleta Nº 96-102-2010. Consignatario: ARISTA de Costa Rica, S.A. Documento: 06823, Movimiento de inventario 160-2005. Descripción: 1 caja con Archivo de metal. Precio Base: ¢11.240,39. Bultos: 1. Ubicación: Depositario Fiscal ALFIDEPA S.A.

Boleta Nº 97-102-2010. Consignatario: Ignorado. Documento: 06754, Movimiento de inventario 158-2005. Descripción: 6 cartones con Calentador de agua. Precio Base: ¢50.333,49. Bultos: 6. Ubicación: Depositario Fiscal ALFIDEPA S.A.

Boleta Nº 98-102-2010. Consignatario: SYLVANIA, S.A. Documento: 17482, Movimiento de inventario 391-2005. Descripción: 58 cartones con Lámparas Fluorescentes. Precio Base: ¢106.520,66. Bultos: 58. Ubicación: Depositario Fiscal ALFIDEPA S.A.

Boleta Nº 99-102-2010. Consignatario: SYLVANIA, S.A. Documento: 16692. Movimiento de inventario 385-2005. Descripción: 3 cartones con Lámpara Fluorescente. Precio Base: ¢7.357,30. Bultos: 3. Ubicación: Depositario Fiscal ALFIDEP.

Boleta Nº 100-102-2010. Consignatario: SYLVANIA, S.A. Documento: 18994, Movimiento de inventario: 403-2005. Descripción: 11 cartones con Lámpara Fluorescente. Precio Base: ¢23.492,79. Bultos: 11. Ubicación: Depositario Fiscal ALFIDEPA S.A.

Boleta Nº 103-102-2010. Consignatario: A. C. Healthcare, S.A. Documento: 22661, Movimiento de inventario: 432-2005. Descripción: 18 cartones con Artículos médicos. Precio Base: ¢312.641,92. Bultos: 18 Ubicación: Depositario Fiscal ALFIDEPA S.A.

Boleta Nº 105-102-2010. Consignatario: Technofarma, S.A. Documento: 17823, Movimiento de inventario: 399-2005. Descripción: 36 cartones con Estuche ADIDAS con cosméticos. Precio Base: ¢163.389,12. Bultos: 36. Ubicación: Depositario Fiscal ALFIDEPA S.A.

Boleta Nº 106-102-2010. Consignatario: Del Monte Fresh Produce Company. Documento: 10256. Movimiento de inventario: 213-2005. Descripción: 40 cartones con Parafina. Precio Base: ¢90.033,83. Bultos: 40. Ubicación: Depositario Fiscal ALFIDEPA S.A.

Boleta Nº 112-102-2010. Consignatario: Importaciones Exclusivas Del Oeste, S.A. Documento: 13333, Movimiento de inventario: 311-2005. Descripción: 8 cartones con Romana para baño. Precio Base: ¢26.939,54. Bultos: 8. Ubicación: Depositario Fiscal ALFIDEPA S.A.

Boleta Nº 113-102-2010. Consignatario: Electronic Security Systems, S.A. Documento: 21695, Movimiento de inventario: 422-2005. Descripción: 1 cartón con Invertidor de poder. Precio Base: ¢17.394,50. Bultos: 1. Ubicación: Depositario Fiscal ALFIDEPA S.A.

Boleta Nº 114-102-2010. Consignatario: SYLVANIA, S.A. Documento: 09608, Movimiento de inventario: 199-2005. Descripción: 15 cartones con Lámpara Fluorescente. Precio Base: ¢57.192,39. Bultos: 15. Ubicación: Depositario Fiscal ALFIDEPA S.A.

Boleta Nº 115-102-2010. Consignatario: La Nueva Samaritana, S.A. Documento: 10204, Movimiento de inventario: 212-2005. Descripción: 7 cartones con Máquinas para cortar pelo. Precio Base: ¢47.034,60. Bultos: 7. Ubicación: Depositario Fiscal ALFIDEPA S.A.

Boleta Nº 119-102-2010. Consignatario: SYLVANIA, S.A. Documento: 11046, Movimiento de inventario: 228-2005. Descripción: 6 cartones con Fluorescentes. Precio Base: ¢37.324,97. Bultos: 6. Ubicación: Depositario Fiscal ALFIDEPA S.A.

Boleta Nº 122-102-2010. Consignatario: Kativo de Costa Rica, S.A. Documento: 10486. Movimiento de inventario: 216-2005. Descripción: 3 cubetas con Solventes. Precio Base: ¢39.192,25. Bultos: 3. Ubicación: Depositario Fiscal ALFIDEPA S.A.

Boleta Nº 123-102-2010. Consignatario: Baxter Products, S.A. Documento: 09715, Movimiento de inventario: 201-2005. Descripción: 2 cartones con Gas PropaNº Precio Base: ¢3.238,68. Bultos: 2. Ubicación: Depositario Fiscal ALFIDEPA S.A.

Boleta Nº 124-102-2010. Consignatario: Raleo Design, S.A. Documento: 14533. Movimiento de inventario: 343-2005. Descripción: 1 cubeta con Solvente. Precio Base: ¢14.228,30. Bultos: 1. Ubicación: Depositario Fiscal ALFIDEPA S.A.

Boleta Nº 125-102-2010. Consignatario: General Electric, S.A. Documento: 5904, Movimiento de inventario: 147-2005. Descripción: 3 cubetas con Thinner. Precio Base: ¢15.640,22. Bultos: 3. Ubicación: Depositario Fiscal ALFIDEPA S.A.

Boleta Nº 126-102-2010. Consignatario: Servicio Nacional de Helicóptero, S. A. Documento: 06766, Movimiento de inventario: 159-2005. Descripción: 1 cubeta Limpiador de Turbina. Precio Base: ¢12.938,51. Bultos: 1. Ubicación: Depositario Fiscal ALFIDEPA S.A.

Boleta Nº 128-102-2010. Consignatario: Monge Herrera, S.A. Documento: 13988. Movimiento de inventario: 323-2005. Descripción: 2 cartones con Lavadoras Marca Denpoo. Precio Base: ¢23.881,60. Bultos: 2. Ubicación: Depositario Fiscal ALFIDEPA S. A.

Boleta Nº 132-102-2010. Consignatario: SYLVANIA, S. A. Documento: 05270, Movimiento de inventario: 139-2005. Descripción: 18 cartones con Balastros. Precio Base: ¢84.735,68. Bultos: 18. Ubicación: Depositario Fiscal ALFIDEPA S.A.

Boleta Nº 135-102-2010. Consignatario: Ignorado. Documento: 05900, Movimiento de inventario: 146-2005. Descripción: 21 cartones con Copas de vidrio y platos de cerámica. Precio Base: ¢309.457,86. Bultos: 21. Ubicación: Depositario Fiscal ALFIDEPA S.A.

Boleta Nº 137-102-2010. Consignatario: Ignorado. Documento: 01546, Movimiento de inventario: 50-2005. Descripción: 5 cartones con Enfriadores sin marca. Precio Base: ¢174.578,47. Bultos: 5. Ubicación: Depositario Fiscal ALFIDEPA S.A.

Boleta Nº 141-102-2010. Consignatario: Grupo Istmo de Papagayo. Documento: 07681, Movimiento de inventario: 171-2005. Descripción: 1 cartón con 11 piezas Balastro marca Sylvania. Precio Base: ¢14.063,11. Bultos: 1. Ubicación: Depositario Fiscal ALFIDEPA S.A.

Boleta Nº 142-102-2010. Consignatario: SYLVANIA, S. A. Documento: 10121. Movimiento de inventario: 210-2005. Descripción: 2 cartones con Lámparas. Precio Base: ¢63.703,91. Bultos: 2. Ubicación: Depositario Fiscal ALFIDEPA S.A.

Boleta Nº 144-102-2010. Consignatario: Lachner & Sáenz, S.A. Documento: 05177, Movimiento de inventario: 138-2005. Descripción: 4 cartones con Termostato, bearing, bursting y juegos de cables. Precio Base: ¢21.743,50. Bultos: 4. Ubicación: Depositario Fiscal ALFIDEPA S.A.

Boleta Nº 145-102-2010. Consignatario: SYLVANIA, S. A. Documento: 03147, Movimiento de inventario: 104-2005. Descripción: 2 cartones con Balastros. Precio Base: ¢111.449,93. Bultos: 2. Ubicación: Depositario Fiscal ALFIDEPA S.A.

Boleta Nº 154-102-2010. Consignatario: Hotel Occidental Playa Nacazcol, S. A. Documento: 55142, Movimiento de inventario: 448-2005. Descripción: 50 cartones con Fluorescentes Philips. Precio Base: ¢316.370,25. Bultos: 50. Ubicación: Depositario Fiscal ALFIDEPA S.A.

Se informa que el costo por concepto de bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no está incluido en la base por lo tanto los interesados deberán entenderse directamente con el respectivo Depositario Aduanero.

La subasta es pública, teniendo acceso cualquier particular con las excepciones establecidas en el artículo 73, párrafo segundo de la Ley General de Aduanas Nº 7557, del 8 de noviembre de 1995, reformada mediante Ley Nº 8373 del 5 de setiembre del 2003.

Para ser postor es indispensable depositar mediante cheque certificado a favor de la Dirección General de Aduanas, la suma equivalente al 10% del precio base de las mercancías que desee adquirir antes del inicio del remate, según lo establece el artículo 198, inciso e) del Reglamento a la Ley General de Aduanas. La diferencia en relación con el monto previamente depositado deberá cancelarse inmediatamente después de la adjudicación de las mercancías.

En caso que exista diferencia en relación con el valor de adjudicación y el monto previamente depositado, la misma deberá cancelarse inmediatamente o a más tardar dentro del día hábil siguiente a la fecha de la adjudicación de las mercancías.

Las condiciones son estrictamente de contado, debiendo efectuarse el pago al concretarse la venta. Las mercancías podrán ser inspeccionadas dentro del plazo de tres días previos a la realización del remate.

Para mayor información, consultar al Depositario Aduanero donde se encuentren las mercancías y la Sección Depósito de la Aduana Central.

A los interesados en las mercancías que necesiten permisos (regulaciones no arancelarias) de otras dependencias gubernamentales, favor presentar los mismos en el momento de la subasta.

Lic. Desiderio Soto Sequeira, Director General.—Lic. Miguel Vega Segura, Subgerente Aduana Central.—1 vez.—O. C. Nº 11502.—Solicitud Nº 09589.—C-58520.—(IN2011025823).

AVISOS

COMPRA VENTA Y CASA DE EMPEÑO PRESTA FÁCIL

Compra Venta y Casa de Empeño Presta Fácil saca a remate al mejor postor a llevarse a cabo en Ciudad Neily contiguo a antigua Boutique Americana Taz, el tres de mayo de dos mil once a las dieciocho horas cincuenta minutos, por el precio que aquí se estima los siguientes bienes usados, listados según su número de transacción, cantidad y descripción abajo especificados en su orden y respectivamente, aceptando el oferente el estado y calidad en que se encuentren: 10306 pulsera ¢43,887; 8281 2 anillos ¢48,050; 10339 anillo ¢33,073; 10408 2 argollas ¢11,600; 10341 anillo ¢19,500; 10413 cadena, dije ¢49,300; 10353 anillo ¢13,350; 10328 2 anillos ¢27,120; 10287 anillo ¢21,327; 10321 anillo ¢13,409; 10421 2 anillos, dije ¢30,310; 7268 cadena ¢102,227; 9680 anillo, argolla, dije ¢19,760; 10331 2 anillos, cadena, dije, pulsera ¢116,013; 9674 2 anillos, cadena, dije ¢269,040; 8480 anillo ¢33,733; 10209 anillo ¢13,530; 10334 anillo ¢27,060; 9638 anillo ¢24,693; 10365 pulsera ¢20,720; 10373 cadena, 2 dijes ¢109,027; 10398 gargantilla ¢68,620; 10291 cadena ¢21,327; 10343 cadena ¢86,807; 10309 dije ¢19,673; 10050 2 anillos ¢22,600; 10047 2 anillos ¢42,187; 10004 3 anillos ¢47,533; 10330 anillo ¢42,187; 10289 pulsera, anillo ¢44,177; 10378 tobillera, 2 anillos ¢55,987; 10193 cadena, 2 dijes, pulsera ¢90,800; 9356 2 anillos, dije, pulsera ¢132,800; 10387 pulsera ¢70,400; 10323 pulsera ¢25,613; 10333 anillo ¢19,543; 10283 pulsera ¢80,913; 10267 anillo ¢19,890; 10325 anillo ¢7,533; 9287 anillo ¢16,903; 10311 cadena ¢60,533; 10282 anillo ¢13,740; 10385 anillo ¢8,800; 9039 2 cadenas, 4 argollas ¢229,500; 6445 2 anillos, cadena, pulsera ¢102,063; 7071 cadena, dije ¢121,867; 10377 anillo ¢22,100; 10327 cadena ¢66,293; 10064 cámara digital ¢29,933; 10320 sierra patín ¢27,120; 10364 esmeriladora ¢29,600; 10295 ordenador ¢83,600; 9882 máquina de soldar ¢75,167; 10372 taladro ¢14,767; 10347 taladro ¢14,933; 10368 máquina de coser ¢33,963. Los bienes en remate podrán ser cancelados antes del remate o entrar en arreglo de pago a fin de ser excluidos del acto de remate.

Hiner Segura Aguilar.—Luis Fernando Rojas Arredondo, Apoderados Tango y Cash Asesoramiento de Inversiones S. A., cédula jurídica Nº 3-101-313400.—1 vez.—RP2011231184.—(IN2011026399).

COMPRA VENTA Y CASA DE EMPEÑO TANGO Y CASH Nº 1

Compra Venta y Casa de Empeño Tango y Cash Nº 1 saca a remate al mejor postor a llevarse a cabo en Ciudad Neily contiguo a antigua Boutique Americana Taz, el tres de mayo de dos mil once a las dieciocho horas cuarenta minutos, por el precio que aquí se estima los siguientes bienes usados, listados según su número de transacción, cantidad y descripción abajo especificados en su orden y respectivamente, aceptando el oferente el estado y calidad en que se encuentren: 18475 pulsera ¢31,067; 20861 4 anillos, 2 cadenas, 3 dijes, pulsera ¢152,520; 21470 cadena, dije, pulsera ¢115,520; 21943 3 anillos ¢66,000; 22019 pulsera, anillo ¢104,767; 22100 2 argollas ¢30,400; 22231 anillo, 2 dijes ¢28,627; 22407 anillo ¢12,640; 22600 anillo ¢33,733; 22736 2 pulseras ¢61,067; 22841 anillo ¢24,640; 22985 cadena, pulsera ¢227,500; 23031 cadena ¢181,700; 23056 pulsera ¢25,067; 23106 pulsera ¢19,673; 23115 anillo, pulsera ¢49,830; 23131 anillo ¢45,000; 23170 pulsera ¢9,360; 23222 cadena ¢179,200; 23259 cadena ¢82,620; 23267anillo ¢9,180; 23277 pulsera ¢173,280; 23289 3 anillos, 2 argollas, pulsera ¢83,417; 23290 cadena, dije ¢45,400; 23292 anillo ¢7,567; 23299 2 argollas ¢9,040; 23308 2 argollas ¢22,550; 23313 pulsera ¢45,000; 23314 dije ¢13,500; 23330 cadena, pulsera, argolla, 6 dijes, 3 anillos ¢144,530; 23342 anillo ¢14,800; 23346 collar, anillo ¢121,360; 23349 5 anillos, cadena ¢51,683; 23364 anillo ¢32,120; 23367 pulsera ¢84,487; 23374 2 argollas ¢17,400; 23270 componente ¢25,953; 23284 motoguadaña ¢68,400; 23329 dvd ¢7,450; 23341 ipod ¢37,083; 23343 taladro ¢14,800. Los bienes en remate podrán ser cancelados antes del remate o entrar en arreglo de pago a fin de ser excluidos del acto de remate.

Hiner Segura Aguilar.—Luis Fernando Rojas Arredondo, Apoderados Tango y Cash Asesoramiento de Inversiones S. A., cédula jurídica Nº 3-101-313400.—1 vez.—RP2011231185.—(IN2011026402).

COMPRA VENTA Y CASA DE EMPEÑO TANGO Y CASH Nº 3

Compra Venta y Casa de Empeño Tango y Cash Nº 3, saca a remate al mejor postor a llevarse a cabo en Ciudad Neily contiguo a antigua Boutique Americana Taz, el tres de mayo de dos mil once a las dieciocho horas cincuenta y cinco minutos, por el precio que aquí se estima los siguientes bienes usados, listados según su número de transacción, cantidad y descripción abajo especificados en su orden y respectivamente, aceptando el oferente el estado y calidad en que se encuentren: 704 anillo ¢8,195; 1255 esclava, anillo ¢12,133; 1403 2 anillos, dije, cadena ¢32,409; 1469 2 anillos, cadena ¢112,177; 2603 2 anillos ¢23,733; 2619 pulsera ¢52,067; 2672 2 anillos  ¢32,340; 2776 esclava ¢18,560; 2851 3 anillos ¢52,690; 2924 2 cadenas, anillo, dije ¢63,277; 3131 2 anillos, 2 pulseras ¢114,987; 3319 anillo ¢29,200; 3426 cadena, dije, esclava ¢144,853; 3469 anillo ¢13,870; 3496 3 argollas, par aretes, pulsera ¢30,867; 3553 2 anillos ¢78,727; 3566 gargantilla, cadena, dije ¢394,377; 3618 anillo ¢23,307; 3626 4 anillos ¢58,133; 3731 esclava ¢75,000; 3733 cadena, dije ¢12,722; 3734 cadena ¢16,463; 3748 cadena ¢233,407; 3751 3 rosarios, 2 cadenas, 2 anillos, 2 dijes, esclava ¢552,160; 3792 pulsera, anillo ¢112,580; 3808 cadena ¢53,667; 3866 2 cadenas ¢164,640; 3873 2 anillos, par argollas ¢33,000; 3899 2 anillos ¢106,867; 3903 pulsera, cadena, dije ¢60,933; 3904 anillo ¢11,425; 3928 gargantilla, par argollas ¢83,620; 3929 cadena, anillo ¢125,053; 3937 anillo ¢16,537; 3948 anillo ¢13,440; 3949 cadena, dije ¢20,907; 3951 cadena ¢17,920; 3955 2 anillos ¢31,150; 3964 anillo ¢31,677; 3970 anillo ¢22,050; 3972 anillo ¢17,640; 3985 cadena ¢64,093; 3989 par aretes ¢17,400; 3990 esclava ¢40,507; 3998 cadena ¢24,537; 2810 compresor ¢22,350; 3115 3 ollas, sartén ¢150,000; 3463 cámara ¢29,200; 3547 bicicleta ¢22,550; 3570 juego cuchillos, olla ¢74,667; 3578 taladro ¢14,900; 3597 refrigeradora ¢44,200; 3627 bicicleta ¢29,067; 3779 ordenador, monitor ¢117,500; 3896 sander ¢53,433; 3905 compresor ¢45,700; 3915 microondas ¢22,750; 3921 taladro ¢18,160; 3925 caladora ¢15,133; 3926 caladora ¢15,133; 3954 tv ¢56,620; 3986 3 ollas, sartén ¢87,200; 3994 máquina soldar ¢144,667. Los bienes en remate podrán ser cancelados antes del remate o entrar en arreglo de pago a fin de ser excluidos del acto de remate.

Hiner Segura Aguilar.—Luis Fernando Rojas Arredondo, Apoderados Tango y Cash Asesoramiento de Inversiones S. A., cédula jurídica Nº 3-101-313400.—1 vez.—RP2011231186.—(IN2011026404).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

Acuerdo tomado en la sesión ordinaria Nº cero setenta y ocho-dos mil once, celebrada por el Concejo Municipal del cantón Central de Heredia, el cuatro de abril de dos mil once, en el Artículo VI, el cual dice:

Considerando:

A. Que en la sesión ordinaria Nº cero setenta y cinco-dos mil once, celebrada por el Concejo Municipal del cantón Central de Heredia, el veintiuno de marzo de dos mil once, en el Artículo III se acordó

Aprobar en todos sus extremos el informe Nº 21 de la Comisión de Gobierno y Administración, tal y como ha sido presentado.

Autorizar a la administración a sacar a remate público un total de 39 (treinta y nueve) patentes de licores, distribuidas de la siguiente forma: 18 (dieciocho) para el distrito de Ulloa y 18 (dieciocho) para el distrito de San Francisco y 3 (tres) para el distrito de Mercedes.

Fijar en dieciocho millones de colones exactos (18.000.000,00) el monto base para cada una de las patentes de licores a rematar en los distritos de San Francisco y Ulloa, y de once millones novecientos ochenta mil colones (11.980.000,00) para las patentes a rematar en el distrito de Mercedes.

Establecer la fecha del remate de las patentes de licores señaladas, para el día martes 12 de abril del 2011 a las 9:00 horas en el salón de sesiones.

Los interesados en adquirir alguna de las patentes de licores citadas, deberán cumplir cabalmente con todas las disposiciones legales establecidas al efecto, entre ellas, depositar el 30% de la base del remate (ya sea en dinero en efectivo, cheque certificado o cheque de gerencia, emitidos por los bancos públicos o privados domiciliados en Costa Rica), antes o en el mismo acto del remate, siempre y cuando sea antes de su formal inicio.

Instruir a la administración para que proceda a la debida publicación de dicho remate público en el diario oficial La Gaceta, de acuerdo a las reglas previstas en el artículo 13 de la ley de licores.

B.  Acuerdo que quedó definitivamente aprobado y en firme.

C.  Que mediante solicitud de publicación número 48006 se envió a la Imprenta Nacional, para su publicación con 18 días de anticipación este acuerdo y a la fecha este no ha sido publicado.

D. Que la Ley de licores establece que deberá ser publicado en el Diario Oficial al menos con 8 días de anticipación a la fecha del remate, los cuales ya no pudieron darse, lo que haría infructuoso el remate ya que no se cumple con lo establecido.

Por tanto:

Se acuerda modificar la fecha establecida para el remate de patente de licores tomada en el acuerdo de la sesión ordinaria Nº cero setenta y cinco-dos mil once, celebrada por el Concejo Municipal del cantón Central de Heredia, el veintiuno de marzo de dos mil once, en el Artículo III, y que esta quede definida para el miércoles 4 de mayo del 2011 a las 9 horas a celebrarse en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal, ubicado frente al costado norte del parque central de Heredia, en el Palacio Municipal. En todo lo demás el acuerdo queda bajo los mismos términos ya establecidos.

A continuación se acuerda por unanimidad:

A. Aprobar en todos sus extremos la moción presentada por el señor Alcalde Municipal, Mba. José Manuel Ulate.

B.  Modificar la fecha establecida para el remate de patente de licores tomada en el acuerdo de la sesión ordinaria Nº cero setenta y cinco-dos mil once, celebrada por el Concejo Municipal del cantón Central de Heredia, el veintiuno de marzo de dos mil once, en el artículo III, y que esta quede definida para el miércoles 4 de mayo del 2011 a las 9 horas a celebrarse en la sala de sesiones del concejo municipal, ubicado frente al costado norte del parque central de Heredia, en el Palacio Municipal. En todo lo demás el acuerdo queda bajo los mismos términos ya establecidos.

C.  acuerdo definitivamente aprobado.

Flory Álvarez Rodríguez, Secretaria Concejo Municipal.—Lic. Enio Vargas Arrieta, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2011026337).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

DIRECCIÓN CORPORATIVA DE GESTIÓN DE MEDIOS

DIRECCIÓN LOGÍSTICA DE RECURSOS MATERIALES

CAPÍTULO II

Del Manual de Comisiones

II.—Servicios de Crédito

2.33    Comisión pago anticipado programa “BN-Vehículos”

a.  Colones, fondos propios, una asignación de ¢10.000.000.000,00 (diez mil millones de colones), tasa fija por los primeros tres años, y para el resto del plazo tasa variable.

b.  Dólares, fondos propios, una asignación de $5.000.000,00 (cinco millones de dólares), tasa fija por los primeros tres años, y para el resto del plazo tasa variable.

 

Comisión

Pago anticipado

1.75%

Si la cancelación anticipada es menor 50% del saldo adeudado

2.25%

Si la cancelación anticipada es igual o mayor al 50% del saldo adeudado

La Uruca, 31 de marzo del 2011.—Lic. Erick Leitón Mora, Proveedor General a. í.—1 vez.—O. C. Nº 001-011.—Solicitud Nº 0415.—C-13520.—(IN2011024746).

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

AVISOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

La señora Leda González Porras, cédula de identidad Nº 108340280 ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el título de Ingeniera en Sistemas obtenido en la Universidad Hispanoamericana, Managua, Nicaragua. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.

Cartago, 22 de marzo del 2011.—Departamento de Admisión y Registro.—MBA William Vives Brenes, Director.—O. C. Nº 20110121.—Solicitud Nº 35542.—C-24320.—(IN2011024191).

El señor Gustavo Enrique López Yllarramendy, pasaporte venezolano Nº 0006439963 ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el título de Arquitecto obtenido en la Universidad José María Vargas, Caracas, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.

Cartago, 22 de marzo del 2011.—Departamento de Admisión y Registro.—MBA William Vives Brenes, Director.—O. C. Nº 20110121.—Solicitud Nº 35543.—C-24320.—(IN2011024192).

La señora Nora María Angulo Rocha, nicaragüense, cédula de residencia Nº 155814709107 ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el título de Ingeniero Industrial obtenido en la Universidad Nacional de Ingeniería, Nicaragua. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.

Cartago, 21 de marzo del 2011.—Departamento de Admisión y Registro.—MBA William Vives Brenes, Director.—O. C. Nº 20110121.—Solicitud Nº 35541.—C-24320.—(IN2011024193).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

A: Mayela Isabel Rodríguez López y Luis Fernando Sequeira Sandí, se les comunica que por resolución de las ocho horas del ocho de julio del dos mil diez, se dictó medida de protección a favor de las personas menores de edad Yensy Gabriela, Michael Stiff y Luis Steven todos de apellidos Sequeira Rodríguez en la cual se ordenó el cuido provisional de la primera para que permanezca ubicada a cargo de un recurso comunal y a Michael y Luis Steven para que permanezcan ubicados en una alternativa de protección. Se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien señalar correo electrónico, fax, casillero o cualquier otra forma tecnológica para oír sus notificaciones, apercibidos que si no cumpliesen lo citado en las resoluciones posteriores les quedarán notificadas en el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Contra la presente cabe recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer ante esta representación legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes después de su tercera publicación. Exp. 115-00155-04. Oficina Local de Alajuelita.—Licda. Ileana Ballard Romero, Representante Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 48212.—C-12120.—(IN2011023845).

Área de Defensa y Garantía de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, Oficina Local de Cartago comunica al señor Róger Geovanni Madrigal Hidalgo, progenitor de las personas menores de edad Yaury y Konyell ambas de apellidos Madrigal Chavarría, que por resolución administrativa de las nueve horas del diez de marzo del dos mil once, la Oficina Local de Cartago se arroga el conocimiento de la situación denunciada en relación a las citadas menores de edad por supuesta negligencia, e incumplimiento de deberes parental por parte de su progenitora. Recursos. Procede el recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva. Plazo: Tres días hábiles contados a partir de la tercera publicación de este edicto, los que deberán interponerse ante el Órgano Director de la Oficina Local de Cartago. Expediente administrativo 141-00131-2005.—Oficina Local de Cartago.—Lic. Rodolfo Jiménez Arias, Representante.—O. C. 34028.—Solicitud 48214.—C-4000.—(IN2011024268).

AUTORIDAD REGULADORA

     DE LOS SERVICIOS  PÚBLICOS

Res. 385-RCR-2011.—San José, a las 14:58 horas del 29 de marzo del dos mil once.

Conoce el Comité de Regulación la solicitud de ajuste tarifario presentada por Autotransportes Tilarán S. A. para las ruta 501 A. Expediente ET-006-2011.

Resultando:

I.—Que la empresa Autotransportes Tilarán S. A. cuenta con el respectivo título que la habilita como concesionaria para prestar el servicio público de transporte remunerado de personas en la ruta 501 A descrita como: San José-Upala por Cañas, según el artículo 3.5 de la sesión ordinaria 04-2009 de fecha 22 de enero del 2009 de la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público (CTP). Que el respectivo contrato de concesión fue refrendado por esta Autoridad Reguladora mediante resolución RRG-146-2010 del 24 de febrero del 2010 (OT-270-2008).

II.—Que mediante resolución de la Autoridad Reguladora número RRG-249-2010, del 26 de marzo del 2010, publicada en La Gaceta 72 del 15 de abril del 2010 se fijaron las tarifas vigentes para la ruta 501 A.

III.—Que el 2 de febrero del 2011 la empresa Autotransportes Tilarán S. A. presentó ante esta Autoridad Reguladora, solicitud de ajuste tarifario para la ruta 501 A (folios 01 al 92).

IV.—Que mediante oficio 139-DITRA-2011/3204 del 4 de febrero del 2011 la Dirección de Servicios de Transportes de la Autoridad Reguladora solicitó a la petente, información necesaria para el análisis de la solicitud tarifaria (folios 110 al 112).

V.—Que el 11 de febrero del 2011, la empresa aportó la información faltante solicitada en el oficio indicado en el resultando anterior (folios 95 al 109).

VI.—Que por medio del oficio 185-DITRA-2011/4445 del 18 de febrero del 2011 se solicitó a la empresa aclaración para mejor resolver el estudio tarifario (folios 125 al 126).

VII.—Que en fecha 22 de febrero del 2011 la empresa Autotransportes Tilarán S. A. aportó la información solicitada en el oficio 185-DITRA-2011 (folios 113 al 124).

VIII.—Que mediante oficio 215-DITRA-2011/5239 del 25 de febrero del 2011, la Dirección de Servicios de Transportes, otorgó la admisibilidad a la solicitud tarifaria (folio 130).

IX.—Que la convocatoria a audiencia pública se publicó en La Gaceta 51 del 14 de marzo del 2011 (folio 135).

X.—Que la audiencia pública de ley se realizó el 17 de marzo del 2011, en el Salón Multiusos de Upala, ubicado del puesto de policía, 100 metros al este, Upala, Alajuela. De conformidad con lo indicado en el informe de instrucción y el acta de la audiencia pública que corren agregados al expediente, no se presentaron posiciones.

XI.—Que según acuerdo 003-015-2010, artículo 3, de la sesión extraordinaria 015-2010, celebrada por la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, el 15 de abril de 2010, ratificada el 22 de abril en curso, se creó el Comité de Regulación. Entre las funciones de dicho comité se encuentra: “Ordenar la apertura de los expedientes tarifarios, fijar las tarifas de los servicios públicos y resolver los recursos de revocatoria que se presenten contra sus actuaciones.”

XII.—Que por medio del oficio 265-RG-2010 del 11 de octubre de 2010, el Regulador General comunicó que con base en lo dispuesto en el acuerdo 002-039-2010, artículo 2, de la sesión extraordinaria 039-2010, celebrada por la Junta Directiva de la ARESEP, se nombró a los funcionarios Mario A. Freer Valle, Álvaro Barrantes Chaves y Carlos Solano Carranza, como miembros titulares del Comité de Regulación. Las funciones del comité se detallan en el referido acuerdo de Junta Directiva.

XIII.—Que por oficio 030-RG-2011 de 28 de enero de 2011 el Regulador General indica que por acuerdo 002-039-2010, artículo 2 de la sesión extraordinaria 039-2010 del 4 de octubre de 2010 y ratificada el 6 de octubre de 2010, se nombra a Luis Fernando Chavarría Alfaro en sustitución de Luis Cubillo Herrera, como miembro suplente del Comité de Regulación.

XIV.—Que la referida solicitud fue analizada por la Dirección de Servicios de Transportes, de la Autoridad Reguladora, produciéndose el oficio 324-DITRA-2011/7188 del 28 de marzo del 2011, que corre agregado al expediente.

XV.—Que el Comité de Regulación en su sesión número 96 de las 13:30 horas del 29 de marzo de 2011, acordó por unanimidad y por acuerdo firme, proceder a emitir la presente resolución.

XVI.—Que en los procedimientos se han observado los plazos y las prescripciones de ley.

Considerando:

I.—Que del oficio 324-DITRA-2011/7188 que sirve de base para la presente resolución, conviene extraer lo siguiente:

“(…)   ANÁLISIS TARIFARIO DE LA PETICIÓN

1.  Variables Operativas

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1.1    Demanda. La empresa utiliza en sus cálculos tarifarios, una demanda neta promedio mensual de 4.035 pasajeros de acuerdo con las estadísticas de enero 2010 a diciembre 2010. De acuerdo a las estadísticas que la empresa aportó al expediente RA-156 para el mismo período, se tiene una demanda promedio de 4.010 pasajeros por mes.

Para el presente estudio se considera la demanda reportada por la empresa, esto es 4.035 pasajeros por mes, esto por cuanto este dato es mayor al dato resultante del registro de estadísticas.

1.2    Flota. Mediante artículo 7.7.45 de la sesión ordinaria 72-2009, de la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público (CTP), celebrada el 27 de octubre del 2009, se autoriza a la empresa Autotransportes Tilarán S. A. para la prestación del servicio 2 unidades para la ruta 501 A (folios 47 al 51).

Para verificar la propiedad de las mismas, se consideró la información proporcionada por el Registro de la Propiedad mediante la dirección electrónica www.registronacional.go.cr; de este análisis se determinó que la unidad GB-1788 es propiedad de la empresa y la unidad LB-1535 es propiedad de la empresa Líneas del Atlántico Limitada; en este último caso existe autorización de arrendamiento por parte del CTP y se aporta contrato de arrendamiento (folio 75).

Sobre la unidad bajo arrendamiento es importante tomar en consideración lo establecido por la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora, la cual acordó en la sesión ordinaria 32-2009 del 11 de mayo del 2009 sobre el tema de arrendamiento de unidades lo siguiente:

“ACUERDO 002-032-2009

[…]  En la estructura de cálculo del modelo para la fijación de precios del transporte remunerado de personas, modalidad autobús, se considerarán como inversión, únicamente las unidades autorizadas por el Consejo de Transportes Público y que el concesionario o permisionario acredite como su propiedad mediante certificación del Registro Público, o, sobre las que aporte un contrato de arrendamiento, fideicomiso, leasing […]

Para efectos de la fijación tarifaria que realiza la Autoridad Reguladora, respecto de aquellas unidades autorizadas por el Consejo de Transporte Público que no sean propiedad del concesionario o permisionario, se reconocerá como gasto máximo por arrendamiento o concepto equivalente, asociado con cualquier de las figuras jurídicas previstas, el importe de la depreciación más la rentabilidad asignado según los términos establecidos por el modelo, de acuerdo con la edad de dichas unidades, como si fueran propias […].”

Consecuentemente, para la unidad LB-1535 cuyo monto de alquiler es de ¢1.750.0000 por mes, tal como se indica en el contrato de arrendamiento se establece el siguiente procedimiento:

a. Se obtiene el monto total de la depreciación más la rentabilidad promedio por autobús, que corresponde a la flota arrendada como si fuera propia y se compara con el valor del alquiler mensual por bus.

b. Si el monto del alquiler es mayor se deja el costo de la unidad como si fuera propia.

c. Si el monto del alquiler es menor, implica que el valor de la unidad alquilada es igualmente menor que el valor que señala el modelo para ese tipo de unidad, por lo que en procura del servicio al costo, se busca el valor de la unidad que en forma equivalente respondería en suma de la depreciación y rentabilidad, al valor del alquiler efectivamente pagado y se retoma como el nuevo valor de las unidades en el modelo.

En este caso específico, dado que el costo del arrendamiento es mayor que la depreciación más la rentabilidad promedio se utiliza la unidad como si fuera propia de la empresa.

Como parte del análisis, las placas de la flota autorizada fueron cotejadas con los listados de placas alteradas que remitió el Registro Nacional, no encontrándose ninguna anomalía con las placas asignadas a la ruta en estudio. A su vez, se determinó que la flota autorizada no forma parte del listado de placas con servicio de estudiantes, según la base de datos del Ministerio de Educación Pública.

También se verificó el cumplimiento de la Revisión Técnica Vehicular (RTV) para la flota autorizada, encontrándose que todas las unidades tiene la revisión técnica al día.

1.3    Carreras. Esta ruta tiene autorizadas 60,87 carreras promedio mes de conformidad con el artículo 3.4.7 de la sesión ordinaria 39-2007 de la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público (folios 52 al 56). La empresa utiliza en su solicitud tarifaria 60,87 carreras mensuales, que es igual al dato autorizado; por tanto para el análisis del estudio tarifario se utilizan 60,87 carreras promedio mes.

1.4    Distancia. Para el cálculo tarifario se empleó la distancia determinada por los técnicos de la Autoridad Reguladora según acta de inspección adjunta al expediente RA-210 (folios del 108 al 111). El recorrido de la ruta 501 A, muestra una distancia de 475,87 kilómetros por carrera.

1.5    Tipo de cambio. El tipo de cambio que se empleó es de ¢505,17, que corresponde al tipo de cambio de venta del dólar vigente al día 17 de marzo del 2011, del Banco Central de Costa Rica.

1.6    Precio combustible. El precio del combustible diesel que se utilizó para la corrida del modelo es de ¢546,00 por litro, por ser el precio vigente al día de la audiencia pública, fijado mediante resolución 321-RCR-2011, publicada en La Gaceta Nº 40 del 25 de febrero del 2011.

1.7    Índice de precios al consumidor (IPC). El índice de precios al consumidor utilizado es el vigente a febrero del 2011, según el Instituto Nacional de Estadística y Censos y asciende a 539,24 teniendo como base el año 1996, el índice de transporte para el mismo período es de 675,33.

1.8    Valor del autobús. Se tomó en cuenta la actualización de los insumos requeridos para prestar este servicio público según resolución RRG-9767-2009 del 6 de mayo de 2009, publicado en La Gaceta N° 94 del 18 de mayo de 2009, se utiliza un bus interurbano largo con un valor de $175.000, el cual toma en consideración que las dos unidades cuentan con rampa.

1.9    Rentabilidad. La tasa de rentabilidad que se utilizó para la corrida del modelo es de 17,79 % según dato de los indicadores económicos del Banco Central para el día de celebración de la audiencia pública.

1.10  Edad promedio de la flota. La edad promedio de la flota que se consideró para el cálculo tarifario es de 3,5 años.

2.  Resultado de aplicación estructura general de costos. El procedimiento aplicado para la determinación de la recomendación técnica es el siguiente:

a.    Se corre el modelo econométrico y se obtiene la tarifa correspondiente, si la variación propuesta no supera el IPC interanual, se mantiene el resultado del modelo.

b.   Caso contrario, se realiza el análisis complementario de mercado. Para mantener el resultado del modelo debe darse la mayor parte de lo siguiente:

i.     El IPK (Índice de pasajeros por kilómetro) sea normal o anormal por exceso de demanda.

ii.    Ocupación media no inferior al 70% para rutas del Área Metropolitana de San José e interurbanas largas y de un 50% para otras rutas (acuerdo 2 Sesión Nº 3191 del 15 de abril de 1998).

iii.   Pasajeros por carrera normales.

iv.  Carreras y flota normales.

c.    Se realiza el análisis complementario de Tarifa Real. Para mantener el resultado del modelo econométrico, la curva tarifaria con ese resultado, debe:

i.     Estar cercana a la del índice general, si no ha habido inversión significativa en los últimos tres años (plazo en el que se amortiza la mayor parte de la inversión).

ii.    Estar en el medio de las dos curvas, si la inversión se dio hace menos de tres años, o esta no ha sido significativa.

iii.   Estar cercana al Índice de Transportes, si la inversión ha sido en este año o ha sido significativa en los tres años anteriores.

d.   En el caso de que el resultado del modelo econométrico cumpla con la mayor parte del ítem b. y con el ítem c., se acepta dicho resultado y se termina el análisis.

e.    Caso contrario, se considera que la ruta se comporta en forma especial, o bien es atípica; en este último caso se trata de rutas en los que no se presenta una proporcionalidad razonable entre las distancias, carreras, flotas y demandas, mostrándose como una ruta no rentable en relación con la cantidad de inversión y la operación que realiza.

En ambos casos, se procede a realizar el análisis complementario de costos, que es un análisis que mide la variación porcentual de los costos y la inversión considerados desde la última fijación específica (hecha con el modelo econométrico) hasta el momento de la nueva fijación.

f.    La decisión final se dará entre cualquiera de las tarifas de los análisis complementarios, considerando que el análisis de mercado contempla cuatro tarifas (máxima, media, mínima y mercado con inversión), que cumpla lo siguiente:

i.     Satisfaga el ítem c.

ii.    Se encuentre en su tarifa más alta dentro de las tarifas promedio del rango de Km. por provincia.

El resultado de la aplicación del modelo tarifario para la ruta 501 A, indica que se requiere un incremento del 11,85 % sobre las tarifas vigentes, como producto de la aplicación de la estructura general de costos. Por su parte la tasa del IPC interanual a febrero del 2011 es de un 4,6 % por lo que procede continuar con el análisis.

2.1    Análisis de mercado. Con este procedimiento, que utiliza funciones potenciales e indicadores de mercado, se analizó el conjunto de variables específicas de la ruta 501 A, dentro del contexto y comportamiento del sector del mercado, con el cual se identifica (bloque 4), llegándose a los siguientes resultados:

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Comparando las principales variables operativas de la ruta 501 A en relación con el mercado, según el procedimiento de marras, se observa que el IPK de la ruta es menor que el de mercado en un 40%; la ocupación media es del 60,3% la cual está por debajo de la aceptable para las rutas interurbanas largas, de un 70%. Los pasajeros por carrera y las carreras son normales, se presentan desviaciones en la flota (menor en un 33%). Dada la situación anterior, se puede considerar que la ruta se comporta de forma anormal por baja demanda lo cual se refleja en el nivel de ocupación media de las unidades, las cuales no alcanzan el mínimo establecido; además la ruta presenta un mayor número de kilómetros por carrera que el mercado y un 33% menos de flota.

2. 2     Análisis complementario de tarifa real. Este análisis muestra el comportamiento de la tarifa de la ruta 501 A, la cual se compara con el comportamiento de los índices general (Índice de Precios al Consumidor) y de transporte (como componente del IPC). Como se puede observar en el siguiente gráfico, de acuerdo con la recomendación dada por el modelo de estructura general de costos de un 11,85%, la línea tarifaria se encuentra entre el índice general de precios y el índice de transporte; este comportamiento se considera aceptable dado que la inversión se dio hace más de 3 años, esto dado que la edad promedio de la ruta es de 3,5 años.

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De los análisis anteriores se destaca que el mercado tiene un comportamiento anormal en las variables de demanda y kilometraje, con lo que el riesgo por asimetría aumenta. Por su parte, la curva de tarifa real está entre el índice del transporte y el IPC general, esto se considera aceptable dado que la inversión se realizó hace más tres años.

Se concluye entonces que el resultado del modelo econométrico no cumple con los supuestos del ítem b., a pesar de que cumple con el ítem c. del procedimiento de análisis del modelo econométrico a la luz de las herramientas complementarias, por lo que se procede a realizar el análisis complementario de costos.

2.3    Análisis complementario de costos. Mediante este instrumento, se analiza el comportamiento de los rubros de costo contemplados en el modelo convencional, tomando como punto de partida los parámetros usados en la fijación general de diciembre del 2001 (RRG-2466-2002), pero considerando las variaciones específicas en el precio de los insumos (salarios, llantas, etc.), y los cambios en las variables macroeconómicas, inflación y tipo de cambio que inciden directamente sobre los componentes de costo asociados a la inversión (depreciación, rentabilidad, repuestos y accesorios). En el caso de esta ruta, dicho análisis indicó que debe modificarse la tarifa en un – 7,72%.

2.4    Recomendación técnica sobre el análisis tarifario. Luego de analizar el resultado que brindan las herramientas tarifarias, destacamos que el IPK de la ruta es un 40% menor que el IPK del mercado y la ocupación media de la ruta es inferior al 70%, según lo establece el artículo 2 sesión 3191 del 15 de abril de 1998. Adicionalmente la ruta presenta mayor kilometraje que el mercado y una desviación en la flota de un 33%; estos aspectos indican que la ruta se comporta en forma especial, o bien es atípica. Adicionalmente el análisis complementario de costos señala que la tarifa vigente de la ruta está por encima de la tarifa resultante de la aplicación de la actualización de costos, lo que implica que la tarifa vigente le ha permitido a la empresa cubrir los costos operativos del servicio de febrero del 2002 a la fecha.

Con fundamento a los aspectos anteriormente indicados, esta Dirección recomienda rechazar la solicitud de fijación tarifaria propuesta por la empresa, por cuanto la ruta se presenta como una ruta especial o atípica, lo que permite rechazar la aplicación de la estructura general de costos.

3.  Evaluación de los corredores comunes. Dentro de la solicitud de revisión tarifaria la empresa Autotransportes Tilarán S. A. solicitó una fijación por corredor común para las rutas: 501 operada por la empresa Autotransportes Tilarán S. A.; 509 operada por la empresa Autotransportes de Upala S. A. y 515 operada por la empresa Transnorte de Upala S. A., por tal motivo mediante oficios 265-DITRA-2011, 266-DITRA-2011 y 267-DITRA-2011, todos de fecha 15 de marzo del 2011 se solicitó a las empresas información necesaria para ser consideradas en el ajuste por corredor común.

Que dentro del plazo otorgado solo la empresa Transnorte de Upala S. A. operadora de la ruta 515 descrita como San José-Upala por Cañas, presentó información el 17 de marzo del 2011 (folios 137 al 213), al analizar los requisitos de admisibilidad solicitados y prevenidos mediante oficio supra citado, se determinó que cumple con los mismos.

Que de conformidad con la recomendación tarifaria para la ruta 501 A, se rechaza el ajuste por corredor común para las rutas 501, 509 y 515.

4.   Corrección de error material. La empresa en su petición de revisión tarifaria solicita corrección de error material contenido en la resolución RRG-249-2010, en la cual se consignaron erróneamente las tarifas de Adulto Mayor en los tramos San José-Upala por Cañas y Cañas-San José. Que luego de revisar la información pertinente se establece que efectivamente existe un error en el monto de la tarifa de Adulto Mayor para esos tramos, esto con base en el kilometraje de los mismos; por lo que se recomienda rectificar el error material contenido en la resolución RRG-249-2010 para que se consignen las siguientes tarifas:

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II.—Que de conformidad con los resultandos y considerandos que preceden y de acuerdo con el mérito de los autos, lo procedente es rechazar la solicitud de fijación tarifaria presentada por la empresa Autotransportes Tilarán S. A. para la ruta 501 A descrita como: San José-Upala por Cañas; y consecuentemente rechazar la fijación de tarifas por corredor común para las rutas 501, 509 y 515, tal y como se dispone. Por tanto:

Con fundamento en las facultades conferidas en la Ley 7593 y sus reformas, los artículos 3°, siguientes y concordantes de la Ley 3503, el Decreto Ejecutivo 29732-MP, que es el Reglamento a la Ley 7593, y los artículos correspondientes de la Ley General de la Administración Pública, y el acuerdo 003-015-2010 de la Sesión Extraordinaria 015-2010 de la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora, celebrada el 15 de abril de 2010 y ratificada el 22 de abril de 2010, publicado en La Gaceta 34 del 3 de mayo de 2010,

EL COMITÉ DE REGULACIÓN, RESUELVE:

I.—Rechazar la solicitud de fijación tarifaria para la ruta 501 A descrita como: San José-Upala por Cañas, operada por la empresa Autotransportes Tilarán S. A.

II.—Rechazar la solicitud de ajuste tarifario por corredor común para las rutas 501, 509 y 515.

III.—Corregir el error material contenido en la resolución RRG-249-2010, en la tarifas de Adulto Mayor para la ruta 501 A en los tramos: San José-Upala por Cañas y Cañas-San José de la siguiente manera:

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En cumplimiento de lo que ordena el artículo 245, en concordancia con el artículo 345 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra esta resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria y de apelación y el extraordinario de revisión. El de revocatoria podrá interponerse ante este Comité de Regulación, a quien corresponde resolverlo; el de apelación y el de revisión, podrán interponerse ante la Junta Directiva, a la que corresponde resolverlos.

El recurso de revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el plazo de tres días contados a partir del siguiente a la notificación; el de revisión, dentro de los plazos señalados en el artículo 354 de la citada ley.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 34 de la ley 7593 y sus reformas, las tarifas fijadas rigen a partir del día natural siguiente a su publicación.

Notifíquese y publíquese.—Comité de Regulación.—Mario Freer Valle.—Álvaro Barrantes Chaves.—Luis Fernando Chavarría Alfaro.—1 vez.—O. C. 5589-2011.—Solicitud Nº 36191.—C-289520.—(IN2011025721).

CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA

Para exponer sobre los aspectos técnicos, económicos y financieros de la propuesta planteada por la Cooperativa de Electrificación Rural de Alfaro Ruiz R. L., con el fin de que se le ajusten las tarifas de los servicios de Alumbrado Público y de Distribución, que se detallan de la siguiente manera:

 

I. Sobre la solicitud de incremento de las tarifas del sistema de alumbrado público que se tramita en el expediente ET-025-2011:

Un incremento del 12,46% sobre la tarifa vigente para la tarifa del servicio de alumbrado público, pasando de ¢2,81/kWh a ¢3,16kWh. La solicitud tarifaria solicitada entraría a regir el 1 de junio del 2011.

II. Sobre la solicitud de incremento de las tarifas del sistema de distribución de servicio eléctrico que se tramita en el expediente ET-027-2011:

Tipo de Tarifa

Tarifa Vigente

Tarifa Propuesta

Variación Absoluta

Variación Porcentual

T-RE Residencial

 

 

 

 

Primeros 200 Kwh

¢61,00

¢65,00

¢4,00

6,56%

Kwh adicional

¢83,00

¢88,00

¢5,00

6,02%

T-GE Servicio General e Industrial

 

 

 

 

GENERAL

 

 

 

 

Primeros 30 Kwh

¢2.670,00

¢2.820,00

¢150,00

5,62%

Kwh adicional

¢89,00

¢94,00

¢5,00

5,62%

Industrial, menos de 3.000 Kwh/mes

 

 

 

 

Primeros 30 Kwh

¢2.670,00

¢2.820,00

¢150,00

5,62%

Kwh adicional

¢89,00

¢94,00

¢5,00

5,62%

Para consumos de 3.000 a 20.000 Kwh/mes

 

 

 

 

Cargo por demanda

 

 

 

 

Primeros 15 Kw

¢125.625,00

¢133.215,00

¢7.590,00

6,04%

Kw adicional

¢8.375,00

¢8.881,00

¢506,00

6,04%

Cargo por energía

 

 

 

 

Primeros 3.000 kWh

¢159.000,00

¢168.000,00

¢9.000,00

5,66%

Kwh adicionales

¢53,00

¢56,00

¢3,00

5,66%

Para consumos de más de 20.000 Kwh/mes

 

 

 

 

Cargo por demanda

 

 

 

 

Primeros 15 Kw

¢125.625,00

¢133.215,00

¢7.590,00

6,04%

Kw adicional

¢8.375,00

¢8.881,00

¢506,00

6,04%

 

 

 

 

 

Cargo por energía

 

 

 

 

Primeros 3.000 kWh

¢159.000,00

¢168.000,00

¢9.000,00

5,66%

Kwh adicionales

¢53,00

¢56,00

¢3,00

5,66%

Un incremento del 6,04% en las tarifas vigentes para las diferentes categorías o clasificaciones de precios de energía y potencia de todos los servicios que suministra.

La solicitud tarifaria solicitada entraría a regir el 1 de junio del 2011.

El 3 de mayo de 2011 a las diecisiete horas (5:00 p. m.), se llevará a cabo la Audiencia Pública en el Liceo de Alfaro Ruiz, ubicado al frente del cementerio de Zarcero, Zarcero centro, Alajuela.

Se hace saber a los interesados que pueden consultar y fotocopiar el expediente que consta en las instalaciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, que se ubican en el Edificio Turrubares del Oficentro Multipark, Guachipelín de Escazú, San José.

La información que sustenta esta propuesta se puede consultar además en la siguiente dirección electrónica: www.aresep.go.cr (En Audiencias/ Peticiones Tarifarias).

Todo aquel que tenga interés legítimo podrá presentar su oposición o coadyuvancia, por escrito o en forma oral, el día de la audiencia, momento en el cual deberá presentar cédula de identidad o documento de identificación aceptado en el país, y consignar el lugar exacto o el número de fax, para efectos de notificación por parte de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos. En dicha audiencia, el interesado deberá exponer las razones de hecho y derecho, así como las pruebas que considere pertinentes.

En el caso de las personas jurídicas la oposición o coadyuvancia deberá ser interpuesta por el representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente.

Las oposiciones o coadyuvancias también se pueden presentar por medio del fax 2215-6002 hasta la hora de inicio de la respectiva Audiencia Pública.

Para información adicional, comunicarse con el Consejero del Usuario al teléfono 2506-3200 o al correo electrónico consejero@aresep.go.cr.

Luis Fernando Chavarría Alfaro, Dirección General de Participación del Usuario.—1 vez.—O. C. Nº 5590-2011.—Solicitud Nº 36192.—C-67180.—(IN2011025719).

Para exponer sobre los aspectos técnicos, económicos y financieros de la propuesta planteada por la empresa Autotransportes Desamparados S. A., para ajustar las tarifas de las rutas 70-71-73 descritas como San José-Desamparados y ramales y, 119 descrita como San José-Desamparados-La Capri, tramitadas en el expediente Nº ET-33-2011, y que se detallan de la siguiente manera:

DESCRIPCIÓN RUTAS

Tarifas (en colones)

Incremento Regular

Vigentes

Propuestas

Regular

Adulto Mayor

Regular

Adulto Mayor

Absoluto (¢)

Porcentual

Rutas 70-71-73: San José-Desamparados y ramales

 

 

 

 

 

 

San José-Desamparados-San Rafael

195

0

210

0

15

7,69%

San José-Desamparados-Monte Claro

195

0

210

0

15

7,69%

San José-Desamparados-Loma Linda

195

0

210

0

15

7,69%

San José-Desamparados-Villa Nueva

195

0

210

0

15

7,69%

San José-Desamparados-Porvenir

195

0

210

0

15

7,69%

San José-Desamparados-Dos Cercas

195

0

210

0

15

7,69%

San José-Porvenir-Dos Cercas

195

0

210

0

15

7,69%

San José-Desamparados-Calle Fallas

195

0

210

0

15

7,69%

Ruta 119: San José-Desamparados-La Capri

 

 

 

 

 

 

San José-Desamparados-La Capri

195

0

210

0

15

7,69%

El 25 de abril del 2011, a las diecisiete horas (05:00 p. m.), se llevará a cabo la Audiencia Pública en el Auditorio de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, que se ubica en el Edificio Turrubares del Oficentro Multipark, Guachipelín de Escazú, San José.

Se hace saber a los interesados que pueden consultar y fotocopiar el expediente que consta en las instalaciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos. Un extracto de la solicitud presentada por la empresa puede ser consultada en la siguiente dirección electrónica: www.aresep.go.cr (En Audiencias/Peticiones Tarifarias).

Todo aquel que tenga interés legítimo podrá presentar su oposición o coadyuvancia, por escrito o en forma oral, el día de la audiencia, momento en el cual deberá presentar cédula de identidad o documento de identificación aceptado en el país, y consignar el lugar exacto o el número de fax, para efectos de notificación por parte de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos. En dicha audiencia, el interesado deberá exponer las razones de hecho y derecho, así como las pruebas que considere pertinentes.

En el caso de las personas jurídicas la oposición o coadyuvancia deberá ser interpuesta por el representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente.

Las oposiciones o coadyuvancias también se pueden presentar por medio del fax: 2215-6002 hasta la hora de inicio de la respectiva Audiencia Pública.

Para información adicional, comunicarse con el Consejero del Usuario al teléfono: 2506-3200 o al correo electrónico: consejero@aresep.go.cr.

Dirección General de Participación del Usuario.—Luis Fernando Chavarría Alfaro.—1 vez.—O. C. Nº 5590-2011.—Solicitud Nº 36192.—C-42640.—(IN2011025720).

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES

EDICTOS

La SUTEL de conformidad con el expediente SUTEL-OT-026-2011 admite la solicitud de autorización presentada por Joaquín Gerardo Vega Víquez, cédula de identidad número 3-421-850, para brindar el servicio de café Internet en Tierra Blanca, Cartago. Se otorga el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, para que los interesados se apersonen ante la SUTEL a hacer valer sus derechos.

San José, 23 de marzo del 2011.—Maryleana Méndez Jiménez, Presidenta.—1 vez.—(IN2011025544).

La SUTEL hace saber que de conformidad con el expediente SUTEL-OT-148-2010 y en cumplimiento del artículo 42 del Reglamento a la Ley 8642 se publica extracto de la resolución RCS-007-2011 de las 10:10 horas del 05 de enero del 2011 que otorga título habilitante SUTEL-TH-98 a Grupo B. L Assistek S. A., cédula jurídica 3-101-373026. 1) Servicios autorizados: telefonía IP. 2) Plazo de vigencia: diez años a partir de la publicación en La Gaceta 3) Zonas geográficas: todo el territorio nacional. 4) Sobre las condiciones: Debe someterse a lo dispuesto en la citada resolución.

Maryleana Méndez Jiménez, Presidenta.—1 vez.—O. C. Nº 0253-2011.—Solicitud Nº 36189.—C-3620.—(IN2011025649).

La SUTEL hace saber que de conformidad con el expediente SUTEL-OT-172-2010 y en cumplimiento del artículo 42 del Reglamento a la Ley 8642 se publica extracto de la resolución RCS-014-2011 de las 10:05 horas del 9 de febrero del 2011 que otorga título habilitante SUTEL-TH-99 a OBCR Orange Business Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-619832. 1) Servicios autorizados: transferencia de datos, Telefonía IP, Redeé privadas virtuales, Acceso a Internet, Videoconferencia. 2) Plazo de vigencia: diez años a partir de la publicación en La Gaceta 3) Zonas geográficas: todo el territorio nacional. 4) Sobre las condiciones: debe someterse a lo dispuesto en citada resolución.

Maryleana Méndez Jiménez, Presidenta.—1 vez.—O. C. Nº 0253-2011.—Solicitud Nº 36189.—C-3620.—(IN2011025650).

La SUTEL hace saber que de conformidad con el expediente SUTEL-OT-114-2010 y en cumplimiento del artículo 42 del Reglamento a la Ley Nº 8642, se publica extracto de la resolución Nº RCS-031-2011 de las 09:30 horas del 23 de febrero del 2011, que otorga título habilitante SUTEL-TH-100 a San Carlos Wireless S. A., cédula jurídica Nº 3-101-604394. 1) Servicios autorizados: acarreador de telefonía IP, transferencia de datos, acceso a Internet, canales punto a punto y punto multipunto, y VPN. 2) Plazo de vigencia: diez años a partir de la publicación en La Gaceta. 3) Zonas geográficas: provincia de Alajuela, cantones de San Carlos, Upala, Los Chiles y Guatuso, y en la provincia de Guanacaste, cantón de Tilarán. 4) Sobre las condiciones: debe someterse a lo dispuesto en la citada resolución.

Maryleana Méndez Jiménez, Presidenta.—1 vez.—O. C. Nº 0253-2011.—Solicitud Nº 36189.—C-3620.—(IN2011025651).

La SUTEL hace saber que de conformidad con el expediente SUTEL-OT-107-2010 y en cumplimiento del artículo 42 del Reglamento a la Ley Nº 8642, se publica extracto de la resolución Nº RCS-032-2011 de las 09:35 horas del 23 de febrero del 2011, que otorga título habilitante SUTEL-TH-101 a Interactiva Televisión Nacional S. A., cédula jurídica Nº 3-101-474438. 1) Servicios autorizados: IPTV y acceso a Internet. 2) Plazo de vigencia: diez años a partir de la publicación en La Gaceta. 3) Zonas geográficas: provincia de San José, cantones Central, Escazú, Desamparados, Goicoechea, Santa Ana, Alajuelita, Vázquez de Coronado, Tibás, Moravia, Montes de Oca y Curridabat; y en la provincia de Cartago, cantón La Unión. 4) Sobre las condiciones: debe someterse a lo dispuesto en la citada resolución.

Maryleana Méndez Jiménez, Presidenta.—1 vez.—O. C. Nº 0253-2011.—Solicitud Nº 36189.—C-3620.—(IN2011025652).

Contratos de acceso e interconexión

La Superintendencia de Telecomunicaciones hace saber que las siguientes empresas han firmado Contrato de Acceso e Interconexión de conformidad con el Reglamento de Acceso e Interconexión de Redes de Telecomunicaciones:

1.  ICE - RACSA por intercambio de tráfico telefónico IP/TDM. Expediente SUTEL-OT-20-2011.

2.  ICE - INTERPHONE S. A., por originación de tráfico de larga distancia internacional (LDI). Expediente SUTEL-OT-32-2011.

Los mismos podrán ser consultados en los expedientes indicados, disponibles en las oficinas de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, Oficentro Multipark en Guachipelín de Escazú, cuyo horario de atención es de lunes a viernes de 08:00 a las 16:00 horas. De conformidad con el artículo 63 del Reglamento de Acceso e Interconexión de Redes de Telecomunicaciones, se otorga a los interesados un plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este aviso para que presenten sus objeciones ante la SUTEL por escrito y con una copia en soporte magnético.

San José, 31 de marzo del 2011.—Maryleana Méndez Jiménez, Presidenta.—1 vez.—O. C. Nº 0253-2011.—Solicitud Nº 36189.—C-9920.—(IN2011025653).

Contratos de acceso e interconexión

La Superintendencia de Telecomunicaciones hace saber que las siguientes empresas han firmado Contrato de Acceso e Interconexión de conformidad con el Reglamento de Acceso e Interconexión de Redes de Telecomunicaciones:

1.  Contrato de servicios de acceso para terminación de tráfico telefónico LDI entre el ICE y Central American Telecom Services S.R.L. Expediente SUTEL-OT-165-2010.

El mismo podrá ser consultado en el expediente indicado, disponible en las oficinas de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, Oficentro Multipark en Guachipelín de Escazú, cuyo horario de atención es de lunes a viernes de 08:00 a las 16:00 horas. De conformidad con el artículo 63 del Reglamento de Acceso e Interconexión de Redes de Telecomunicaciones, se otorga a los interesados un plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este aviso para que presenten sus objeciones ante la SUTEL por escrito y con una copia en soporte magnético.

San José, 31 de marzo del 2011.—Maryleana Méndez Jiménez, Presidenta.—1 vez.—O. C. Nº 0253-2011.—Solicitud Nº 36189.—C-9920.—(IN2011025654).

La SUTEL hace saber que en cumplimiento del artículo 42 del Reglamento a la Ley Nº 8642 otorgó autorización para la prestación de los servicios de Acceso a Internet y telefonía IP a la persona que se detalla:

 

Expediente Nº

Persona autorizada

Número

identificación

Dirección punto

de prestación del servicio

Número

resolución

de autorización

SUTEL-OT-179-2010

CORPORACIÓN MASAKO BUSINESS S. A.

3-101-492536

100 metros oeste y 150 sur de Oficinas de Correos, distrito Central de Heredia

RCS-05-2011

SUTEL-OT-319-2009

ROBERTO WILLIAN OROZCO SOLIS

1-685-964

Frente Colegio de Señoritas, avenidas 4 y 6, calle 3, distrito Catedral, San José

RCS-28-2011

SUTEL-OT-010-2011

IRENE BRENES MOLINA

7-066-805

60 metros sur del Colegio Nocturno, distrito Central de Guácimo, Limón

RCS-38-2011

 

Asimismo otorgó autorización para la prestación del servicio de Acceso a Internet a las siguientes personas:

Expediente Nº

Persona autorizada

Número

identificación

Dirección punto

de prestación del servicio

Número

resolución

de autorización

SUTEL-OT-171-2010

JEFFRY RUIZ BERMÚDEZ

5-355-347

Frente al Ministerio de Agricultura y Ganadería, distrito Central de Tilarán, Guanacaste

RCS-551-2010

SUTEL-OT-162-2010

LOURDES VENEGAS ZÚÑIGA

3-378-570

(i) contiguo a Coopesantos R.L., Barrio Santa Cecilia, San Marcos, Tarrazú, San José y (ii) 100 metros este Plaza de Deportes, Santa Cruz de León Cortés, San José

RCS-03-2011

SUTEL-OT-178-2011

EDUARDO VINICIO PORRAS CISNEROS

6-355-368

Lote 20G en Ciudadela Calderón Guardia, Espíritu Santo, Esparza, Puntarenas

RCS-04-2011

SUTEL-OT-169-2010

BRENDA LORENA GALLEGOS ARCHER

159-100250919

25 oeste del edificio de Registro de la UNA (calles 7 y 9, avenida 0), distrito Central de Heredia

RCS-06-2011

SUTEL-OT-180-2010

FLOR EUGENIA LORÍA VARGAS

3-246-457

Frente a Escuela de Llano Grande, cantón Central de Cartago

RCS-13-2011

SUTEL-OT-01-2011

GUILLERMO ALB. MORALES SERRANO

1-1339-0425

75 metros sur Farmacia Central, Tres Ríos, La Unión, Cartago

RCS-27-2011

SUTEL-OT-175-2010

ISAAC CHAVES  GUZMÁN

1-1364-0061

100 metros este de Escuela Líder El Carmen, distrito Central de Tilarán, Guanacaste

RCS-29-2011

SUTEL-OT-027-2010

HÉCTOR RODRIGUEZ ROSALES

4-209-177

Edificio Mural, costado oeste de la Plaza de Deportes, San Antonio de Belén, Heredia

RCS-37-2011

SUTEL-OT-0183-2010

MARÍA YAMILETH AVALOS CISNEROS

1-660-444

Frente al costado norte del Liceo de Pocora, Guácimo, Limón

RCS-43-2011

Cada uno de los autorizados deberá someterse a los términos y condiciones que se detallan en las respectivas resoluciones.

Maryleana Méndez Jiménez, Presidenta.—1 vez.—O. C. Nº 0253-2011.—Solicitud Nº 36189.—C-55640.—(IN2011025655).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

En acuerdo tomado en la sesión ordinaria número cero setenta y siete-dos mil once, celebrada por el Concejo Municipal del cantón central de Heredia, el veintiocho de marzo del dos mil once, en el Artículo VI , se aprueba:

A) Respecto del procedimiento de presupuesto participativo con perspectiva de género y accesibilidad universal:

1)  Modificar en el último punto de las Políticas de Asignación de Recursos del procedimiento original, donde dice “Los recursos que no fueron asignados por medio de este proceso, una vez realizada la selección y priorización por parte del Concejo de Distrito”, para que se lea “Los recursos que no fueron asignados por medio de este proceso, una vez realizada la selección y priorización por parte de la comunidad”.

2)  Eliminar la frase “a la Sesión Ampliada” en el punto Nº 1 de las Políticas para la etapa de aprobación proyectos juntas Administrativas y de Educación del procedimiento original.

3)  Eliminar la frase” la cual será una recomendación para el Concejo de Distrito” del punto Nº 5 de las Políticas para la etapa de presentación proyectos al Concejo de distrito del Procedimiento Original.

B) Se aprueban de forma definitiva las reformas reglamentarias publicadas como proyecto en La Gaceta Nº 48 del miércoles 9 de marzo del 2011:

Primero: Realizar las siguientes reformas al Procedimiento de Presupuesto Participativo con Perspectiva de Género: Modificar el nombre del procedimiento para se que lea correctamente: “PROCEDIMIENTO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO CON PERSPECTIVA DE GÉNERO Y ACCESIBILIDAD UNIVERSAL”.

Y modificar las políticas del procedimiento de presupuesto participativo de la siguiente manera:

1)  Políticas de asignación de recursos

Sustituir los puntos 1 y 2 por los siguientes puntos: 1.- Asignar proyectos cada año, por medio del Procedimiento de Presupuesto Participativo de la siguiente manera: a). En el Presupuesto Ordinario, cuyo monto será calculado sobre el 23% del Presupuesto del Programa de Inversiones del año anterior asignado a obras. b). En el Presupuesto del Comité Cantonal de Deportes cuyo monto será calculado sobre el 20% del Presupuesto total del año anterior asignado al Comité Cantonal de Deportes. 2.- Del monto asignado en el Presupuesto Ordinario, el 70% será propuesto por la comunidad de acuerdo a la prioridad establecida por medio del Procedimiento, la cual no podrá ser variada por el Concejo de Distrito, salvo en aquellos casos en que el proyecto no cumpla con alguno de los requisitos establecidos en el Procedimiento. 3.- El 30% restante que se asigne en el Presupuesto Ordinario, será asignado por el Concejo de Distrito en proyectos de interés distrital o en proyectos que hayan quedado fuera de la priorización, cuyos perfiles serán aprobados en el seno del Concejo de Distrito y ejecutados por la Administración. Adicionalmente el Concejo de Distrito podrá presentar proyectos al Concejo Municipal de acuerdo a lo que establece el artículo Nº 57 del Código Municipal, con la finalidad de que se valore su inclusión en el Presupuesto Ordinario. Todos los proyectos presentados por el Concejo de Distrito deben de cumplir con los requisitos establecidos en el Perfil de Proyectos. 4.- Los proyectos de Infraestructura deportiva o implementos deportivos que fueron propuestos por la comunidad mediante el Procedimiento de Presupuesto Participativo serán ejecutados por medio del Comité Cantonal de Deportes a través del 20% que será asignado dentro del Presupuesto de ese Comité.

Eliminar El Punto 7, sobre las Políticas de Asignación de Recursos del procedimiento vigente.

Eliminar del último punto de estas políticas la frase”, o bien, si existe un proyecto de impacto para el distrito podrá ser sometido a consideración de la comunidad en la Sesión Ampliada”.

2)  Políticas para etapa de la Asamblea de las Asociaciones:

1.- Adicionar al final del punto Nº 1 lo siguiente: “, en la cual deberán invitar a todas la Juntas Administrativas y de Educación que se encuentren dentro de su jurisdicción territorial, misma que será convocada con al menos un mes de anticipación, por parte de la Junta Directiva, indicando la fecha para recepción de proyectos”. 2 Agregar en el punto Nº 2 después de la frase “LA COMUNIDAD DE CADA SECTOR” lo siguiente: “y las Juntas Administrativas y de Educación que pertenezcan a la jurisdicción territorial de la Asociación” 3.- Cambiar en el punto Nº 6 que la convocatoria de las y los delegados a la capacitación la realizará la Oficina de Planificación utilizando la lista presentada por la Asociación de Desarrollo en el acta de recepción de proyectos.

3)  Políticas para la etapa de aprobación Proyectos de Juntas Administrativas y de Educación:

1.- Adicionar al final del punto Nº 2 lo siguiente: “en la asamblea que efectuará la Asociación de Desarrollo de su sector” 2.- Adicionar después del punto Nº 2, lo siguiente: “La Junta de Educación o Administrativa, deberá elegir a un representante para que presente los proyectos en la Asamblea que realizará la Asociación de Desarrollo de su Sector y participe de la priorización de proyectos.

4)  Políticas para la etapa de presentación de proyectos al Concejo de Distrito:

1.- Sustituir en el punto Nº 1 la palabra “ASAMBLEA” por la palabra “SESIÓN”. 2.- Agregar en el punto Nº 3 al inicio la frase “EN LA SESIÓN AMPLIADA” y al final la frase “ Y ADEMÁS DEBERÁN DE ENTREGAR LAS COPIAS DE LAS ACTAS DE LAS JUNTAS ADMINISTRATIVAS Y DE EDUCACIÓN CUANDO EN LA ASAMBLEA SE HAYAN PRESENTADOS PROYECTOS POR PARTE DE ELLOS”. 3.- Agregar entre paréntesis la palabra “DELEGADO” después de la palabra representante en los puntos 3 y 5.

5)  Políticas para la etapa de aprobación de proyectos por parte del Concejo de Distrito:

1.- Sustituir los puntos 1 y 2 por los siguientes: a.- En la semana siguiente a la Sesión Ampliada los Concejos de Distrito realizarán una reunión en la cual revisaran el cumplimiento de los requisitos reglamentarios establecidos para los proyecto presentados por la comunidad excluyendo los que no cumplan con todos los requerimientos. Los proyectos que no cumplan con los requisitos establecidos en el proceso y en el Perfil del proyecto quedarán fuera del proceso y no se otorgará plazo para subsanar los requisitos pendientes. b.- Adicionalmente el Concejo de Distrito asignará los proyectos de interés distrital, de acuerdo a los recursos indicados en el punto Nº 3 de las Políticas de Asignación de recursos. Proyectos que serán ejecutados por la Administración. c.- Durante la primera semana de julio los Concejos de Distrito, deberán remitir al Concejo Municipal el acuerdo mediante el cual se indiqué la lista de proyectos que participaron de la priorización en la Sesión Ampliada y que han cumplido con los requisitos establecidos en el procedimiento, adjuntando copia de la Sesión Ampliada. d.- Asimismo los Concejos de Distrito deben de presentar al Concejo Municipal en la primera semana de julio el acta mediante el cual indiquen la lista de proyectos propuestos por el Concejo de Distrito.

Sustituir en el punto Nº 3 la palabra “APROBACIÓN”, por la frase “REVISIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS”.

Sustituir el punto 4 para que se lea de la siguiente forma: Los Concejos de Distrito remitirán a la Administración por medio de la Oficina de Planificación los originales de los perfiles de proyectos priorizados por la comunidad, que cumplieron con todos los requisitos establecidos en el procedimiento y los perfiles de los proyectos propuestos por el Concejo de Distrito, adjuntando copia de las actas de las Asambleas de las Asociaciones de Desarrollo Integral o Específicas y acuerdos de las Juntas Administrativas y de Educación, copia del acta de verificación de requisitos y de asignación de proyectos distritales de parte del Concejo de Distrito y copia del acta de la Sesión Ampliada.

6)  Modificación del detalle del procedimiento de la siguiente forma: Presupuesto Participativo

Nº PASO

RESPONSABLE

Fecha

DESCRIPCIÓN

DOCUMENTO

1

Administración

Enero

Establece la propuesta de capacitación (contenidos, cronograma) y se analiza situaciones que se deben de reforzar o subsanar del proceso anterior.

Definición de contenidos de capacitación y cronograma de actividades.

2

Administración

Febrero-Marzo

Convoca y realiza un taller con las Organizaciones y a la comunidad en general para explicar la metodología que se utilizará para la asignación de recursos por medio del Presupuesto Participativo.

 

3

Asociaciones de Desarrollo

Marzo

Replican la capacitación a sus comunidades sobre la metodología y la elaboración proyectos, con asesoría del personal municipal.

Perfiles de proyectos, acta priorización y aprobación proyectos y elección de delegados.

4

Juntas Administrativas y Educación

Abril

Realizan una reunión donde se aprueben y prioricen los proyectos y se elija el representante, que presentará los proyectos en la en la Asamblea que realice la Asociación de su sector.

Perfiles de proyectos, acta priorización, aprobación proyectos y elección representante.

5

Asociaciones de Desarrollo

Mayo

Realizan una asamblea con la comunidad y representantes de las Juntas Administrativas y de Educación, donde se expongan y prioricen los proyectos y eligen los delegados que participarán en la Sesión Ampliada que realizará el Concejo de Distrito.

 

6

Concejos de Distrito

Junio

Convocan y realizan una Sesión Ampliada en la primera semana del mes de junio, donde participan los delegados de cada Asociación para que presenten los Perfiles de los Proyectos, los expongan y se realice la priorización a nivel de distrito.

Perfiles de proyectos, acta aprobación cada asociación y acuerdo Juntas Administrativas y De Educación y acta de Sesión Ampliada.

7

Concejos de Distrito

Junio

Realizan una reunión en la cual revisaran el cumplimiento de los requisitos reglamentarios establecidos para los proyectos presentados por la comunidad excluyendo los que no cumplan con todos los requerimientos.

Acta de revisión del cumplimiento de requisitos.

8

Concejos de Distrito

Junio

Asignará los proyectos de interés distrital, de acuerdo a los recursos indicados en el punto No.3 de las Políticas de Asignación de recursos.

Perfil de proyectos de interés distrital

9

Concejos de Distrito

Primera semana Julio

Remitirán al Concejo Municipal el acuerdo mediante el cual se indiqué la lista de proyectos que participaron en la priorización y que han cumplido con los requisitos establecidos en el procedimiento.

Copia del acta de verificación de los requisitos de los proyectos.

10

Concejos de Distrito

Primera semana de Julio

Presentarán al Concejo Municipal el acta mediante el cual indiquen la lista de proyectos propuestos por el Concejo de Distrito.

Acta proyectos propuestos por el Concejo de Distrito.

11

Concejos de Distrito

Julio

Remitirán copia del acta de revisión de los requisitos de los proyectos a todas las organizaciones que participaron del proceso.

 

12

Concejo de Distrito

Julio

Remite a la Administración por medio de la Oficina de Planificación los perfiles originales de proyectos priorizados por la comunidad y los propuestos por el Concejo de Distrito, para que sean incorporados en el POA y presupuesto del año siguiente.

Fin del Proceso.

Perfiles originales, actas asambleas y acuerdos de Juntas Administrativas y de Educación, Acta Sesión Ampliada y acta de revisión requisitos de los proyectos y acuerdo de proyectos asignados por el Concejo de Distrito

 

Segundo: Acordar que sin excepción las Asociaciones de Desarrollo Integral o Especificas y las Juntas Administrativas y de Educación que tengan partidas pendientes de liquidar al 15 de mayo de cada año no podrán presentar proyectos en la sesión ampliada que realiza el Concejo de Distrito”.

Tercero: Adicionar al artículo 44 del capítulo ix del Reglamento Autónomo de Organización y Funcionamiento del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Heredia, para que después del párrafo segundo se lea lo siguiente: “Asignar cada año dentro del Presupuesto del Comité Cantonal de Deportes y Recreación, la suma que corresponda a un 20% del Presupuesto Total del año anterior fijado al comité para que sea asignado en proyectos de infraestructura deportiva, implementos o materiales deportivos, establecidos por la comunidad mediante el Procedimiento de Presupuesto Participativo que realiza la Municipalidad de Heredia , los cuales serán ejecutados por el Comité Cantonal de Deportes.

Lic. Enio Vargas Arrieta, Proveedor Municipal.—1 vez.—O. C. Nº 53948.—Solicitud Nº 48009.—C-180620.—(IN2011025746).

AVISOS

CONVOCATORIAS

COLEGIO DE FARMACÉUTICOS DE COSTA RICA

La Junta Directiva del Colegio de Farmacéuticos de Costa Rica, conforme a lo acordado en sesión realizada el 23 de marzo de 2011, acuerdo adicionado en sesión extraordinaria N° 07-2011 realizada el 31 de marzo de 2011, convoca a todos los miembros activos de este Colegio a la asamblea general extraordinaria que se celebrará el 4 de mayo del 2011, a las 18 horas en primera convocatoria y a las 19 horas en segunda convocatoria en la sede del Colegio, para tratar la siguiente agenda:

1.  Establecer el procedimiento a seguir para conocer y resolver incidente de recusación interpuesto contra los miembros del Tribunal de Honor y de la Junta Directiva del Colegio de Farmacéuticos de Costa Rica, en proceso disciplinario que se tramita bajo el expediente número 02-2010.

2.  Conocer y resolver sobre el incidente de recusación interpuesto contra los miembros del Tribunal de Honor y de la Junta Directiva en proceso disciplinario que se tramita bajo el expediente número 02-2010.

3.  Si la asamblea general acogiere el incidente de recusación, designar en el mismo acto un órgano ad hoc encargado de la tramitación del proceso disciplinario bajo el expediente número 02-2010.

4.  Declarar en firme los acuerdos tomados en esta asamblea general extraordinaria.

San José, 1º de abril del 2011.—Dra. María A. Monge Monge, Vicepresidenta.—Dra. Ginette Castro Murillo, Secretaria.—(IN2011025531).                                                                                    2 v .1.

CENTRO EDUCATIVO PRIVADO DE CAÑAS S. A.

Convoca a asamblea general ordinaria, fecha de convocatoria: Jueves  12 de mayo 2011. Primera convocatoria: 5 p. m., segunda convocatoria: 6 p. m. Lugar: Casa de las Damas Voluntarias, 75 m sur Mercado Municipal, Cañas, Guanacaste.

Agenda:

1-  Verificación de asistencia de accionistas.

2-  Informe del Presidente.

3-  Informe del Tesorero.

4-  Asuntos varios.

NOTAS:      Los accionistas deberán presentar las acciones o los documentos que los acrediten como tales, cada acción es un voto.

Los representantes de compañías deberán aportar certificaciones de la cantidad y numeración de las acciones, así como la certificación de personería jurídica.

Para ostentar la representación de otro accionista deberá aportar certificación notarial de la cantidad y números de las acciones, copia de la cédula de identidad o jurídica, así como la debida autorización.—Ronald Apuy Alfaro.—1 vez.—(IN2011025706).

PROYECTOS NÁUTICOS SOCIEDAD ANÓNIMA

Se convoca a los accionistas de la entidad Proyectos Náuticos Sociedad Anónima, cédula jurídica numero 3-101-390778, a la asamblea general ordinaria y extraordinaria que se celebrará en su domicilio social en San José, San Rafael de Escazú, frente a la Panadería Merayo, en primera convocatoria a las 17:00 horas del 29 de abril del 2011. De no haber quórum a la hora señalada la asamblea se realizará en el mismo lugar en segunda convocatoria una hora después con cualquier número de acciones representadas. Los puntos a conocer son los siguientes: 1) Cumplir con los extremos del artículo 155 del Código de Comercio. 2) Conocer el estado del proceso de Convenio Preventivo presentado ante el Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas, y autorizar su desistimiento conjunto con los acreedores en caso de que se llegare a suscribir un acuerdo por todos ellos con ese fin al amparo de lo dispuesto por la Ley de Resolución Alterna de Conflictos y de Promoción de la Paz Social o en su defecto, las acciones pertinentes. 3) Conocer y aprobar en su caso la firma del Acuerdo de reestructuración entre Proyectos Náuticos S. A., Florianópolis S.A., Banco de Costa Rica, Banco Lafise S. A., Banco Lafise Panamá y Banco Crédito Centroamericano. 4) Conocer y aprobar en su caso el contrato de crédito sindicado entre Fabio Augusto Lemos Mejía, Proyectos Náuticos S. A., Banco de Costa Rica, Banco Lafise S. A., Banco Lafise Panamá, Bancentro y Lafise Bank Limited. 5) Conocer y aprobar en su caso la modificación del fideicomiso de garantía que dará respaldo a la operación de crédito mencionada en el punto 2) de la Agenda. 6) Autorizar las cesiones de acciones existentes entre socios, y a su vez la cesión en garantía fiduciaria de las acciones que le correspondan, una vez aprobadas las cesiones indicadas antes, al socio Lemos Mejía. 7) autorizar en su caso la futura capitalización de deudas existentes con empresas relacionadas directa o indirectamente con los accionistas de esta sociedad anónima, y en su caso, la cesión en garantía de las acciones representativas del nuevo capital social, todo ello una vez reestructurado el pasivo de la empresa con los acreedores bancarios y no bancarios y dado por terminado el convenio preventivo en curso. 8) Conocer y aprobar en su caso la firma de cualesquiera otros documentos referentes a los acuerdos con los acreedores. Publíquese en La Gaceta con quince días de anticipación de acuerdo con el artículo 158 del Código de Comercio.—San José, 4 de abril del 2011.—Fabio Lemos Mejía, Presidente.—1 vez.—(IN2011025841).

LISAN S. A.

Se convoca a asamblea general extraordinaria de la empresa Lisan S. A., cédula jurídica 3-101-039877, a celebrarse a las nueve horas del veintiocho de abril del presente año, en primera convocatoria, así como a las diez horas del mismo día en segunda convocatoria en su domicilio social, para hacer cambios en el domicilio social en los estatutos sociales, nombramiento de nueva junta directiva y fiscal. De no haber quórum de ley en primera convocatoria, la asamblea se realizará en segunda convocatoria con los votos presentes.—San José, 6 de abril del 2011.—Rodolfo Carboni Escalante, Presidente.—1 vez.—(IN2011025855).

DESARROLLOS ICOM S. A.

Se convoca a los Accionistas de Desarrollos Icom S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y cuatro mil trescientos cuatro, a la Asamblea General Extraordinaria de accionistas, a celebrarse en San José, Barrio Escalante, de la Iglesia Santa Teresita, doscientos metros al este y cien metros al sur, casa número dos mil quinientos setenta y cinco Bufete Castro Garnier y Asociados, el día nueve de mayo del dos mil once, a las diez horas en primera convocatoria y una hora después en segunda convocatoria con el número de socios presentes. En la Asamblea se tratará el siguiente orden del día: A) Otorgar poder especial al señor Francisco José Soto Azofeifa, portador de la cédula de identidad número uno-setecientos noventa y tres-cuatrocientos treinta y uno, para que en nombre de esta sociedad realice el siguiente acto: firme el cuarto addendum al contrato de fideicomiso identificado como Castro Garnier-González Montero-Uribe y Chavarría, correspondiente a la novación de deudor y la novación de la garantía en dicho contrato, B) Otorgar poder especial al señor Francisco José Soto Azofeifa, portador de la cédula de identidad número uno-setecientos noventa y tres-cuatrocientos treinta y uno, para que en nombre de esta sociedad realice el siguiente acto: comparezca ante notario de su escogencia y otorgue escritura de la devolución de la finca del Partido de San José, matricula de Folio Real número ciento quince mil setecientos setenta y cuatro-cero cero cero, patrimonio del contrato de fideicomiso identificado como Castro Garnier-González Montero-Uribe y Chavarría a favor de Desarrollos Icom S. A. y C) Otorgar Poder Especial al señor Francisco José Soto Azofeifa, portador de la cédula de identidad número uno-setecientos noventa y tres-cuatrocientos treinta y uno, para que en nombre de esta sociedad realice el siguiente acto: Comparezca ante Notario de su escogencia y otorgue Escritura de Compra Venta de la Finca del Partido de San José, matrícula de Folio Real número ciento quince mil setecientos setenta y cuatro-cero cero cero, a favor de la sociedad Costa Rica Financial Group Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta mil ciento treinta y seis, en las condiciones que estime convenientes el apoderado. Francisco José Soto Azofeifa, Presidente.—San José, 6 de abril del 2011.—Lic. Leonel Alvarado Zumbado, Notario.—1 vez.—(IN2011026377).

REQUETÉN DEL SUR S. A.

Se convoca a los socios accionistas de la empresa Requetén del Sur S. A., a la asamblea general ordinaria que se celebrará a las dieciséis horas del próximo martes 26 de abril de 2011 en su domicilio social en San Rafael de Escazú (250 metros sur de Tiendas Carrión Multiplaza Escazú, Edificio Bufete Chamberlain), a fin de conocer los asuntos que señala el artículo ciento cincuenta y cinco del Código de Comercio. De no haber quórum a la hora señalada, la Asamblea se reunirá una hora después con cualquier número de socios presentes.—Escazú, 29 de marzo de 2011.—Luuc Van Wezel, Presidente.—1 vez.—RP2011230933.—(IN2011026393).

GLOBAL PROJECT SOLUTIONS S. A.

3-101-621761

Cita a asamblea general extraordinaria de socios, a celebrarse en su domicilio Social, en San José, Zapote, Barrio Córdoba, setenta y cinco metros al este de la Iglesia de Ujarrás, casa blanco con negro, mano derecha, el día lunes 9 de mayo del 2011, con el objetivo de conocer de los siguientes asuntos:

Punto único: Aprobación de aumento de capital social.

La primera convocatoria será a las 15:00 horas y la segunda una hora después.—San José, 1º de abril del 2011.—Néstor Zúñiga Arias, Presidente Junta Directiva.—1 vez.—RP2011231469.—(IN2011026414).

LACR LATIN AMERICA CONTINENTAL RESOURCES S. A.

3-101-302887

Cita a asamblea general extraordinaria de socios, a celebrarse en su domicilio Social, en San José, Curridabat, Pinares, cuatrocientos veinticinco metros al norte de Grupo Bursátil Aldesa, el día lunes 9 de mayo del 2011, con el objetivo de conocer de los siguientes asuntos:

Punto único: aprobación de aumento de capital social.

La primera convocatoria será a las 15:00 horas y la segunda una hora después.—San José, 5 de abril del 2011.—Edgar Del Valle Monge, Presidente Junta Directiva.—1 vez.—RP2011231471.—(IN2011026415).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

GUISE IMPORTADORA LIMITADA

Guise Importadora Limitada, cédula jurídica 3-102-068421-26, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Asamblea de Socios, Registro de Socios, todos correspondientes al número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Ralph Ostaszynski, Representante Legal.—(IN2011023936).

CORPORACIÓN ANDRE INTERNACIONAL

SOCIEDAD ANÓNIMA

Corporación Andre Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos nueve mil trescientos setenta y ocho, solicito ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarío y Balances, Actas de Registro de Socios, todos número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Servicio al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta.—Luis Velázquez Alvaray.—RP2011229976.—(IN2011024004).

HACIENDA SIERRA PACÍFICO N.P. SOCIEDAD ANÓNIMA

Hacienda Sierra Pacífico N.P. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y seis mil seiscientos diecisiete, solicito ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Consejo de Administración, Actas de Asambleas de Socios y Actas de Registro de Socios, todos número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Servicio al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta.—Luis Velázquez Alvaray.—RP2011229977.—(IN2011024005).

TONAFEA SOCIEDAD ANÓNIMA

Yo, Víctor Solís Castillo, mayor, divorciado una vez. abogado y notario, vecino de Palmar Sur, Osa, Puntarenas, antigua Zona Americana, contiguo a las piscinas, cédula de identidad número seis-ciento ochenta y siete-doscientos veintisiete, solicito ante la Administración de Tributación Directa, la reposición del siguiente libro: libro de Junta Directiva número uno, de la empresa Tonafea Sociedad Anónima cédula de personería jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta y ocho mil cuatrocientos noventa y seis. Quien se considere afectado puede presentar su oposición ante la Oficina de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del plazo de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Es todo.—Víctor Solís Castillo, Notario.—RP2011230019.—(IN2011024006).

MODAS MAYE SOCIEDAD

DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Modas Maye Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-049253 solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas Asamblea de Socios y Registro de Socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Servicio al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—RP20110230059.—(IN2011024007).

HIDROESTRATO SOCIEDAD ANÓNIMA

Hidroestrato Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-223948, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventario y Balances, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Servicio al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—RP20110230060.—(IN2011024008).

SOMERSET DIECIOCHO SOCIEDAD ANÓNIMA

Somerset Dieciocho Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos setenta y un mil trescientos dos, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro: libro número uno de Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 28 de marzo del 2011.—Lic. Lucrecia Agüero Guier, Notaria.—(IN2011024288).

ASESORAMIENTO FITOSANITARIO LABORATORIO

DEL DOCTOR OBREGÓN SOCIEDAD ANÓNIMA

Asesoramiento Fitosanitario Laboratorio del Doctor Obregón Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-uno cero uno-cuatro tres seis cinco nueve nueve, solicita ante la Tributación General de Tributación de Heredia, la reposición de cada uno de los libros de Actas, Junta Directiva, Actas, Asambleas de Socios, Inventarios y Balances, Mayor y Diario. En todos los casos se solicita reponer los libros número uno que al efecto lleva la sociedad. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y asistencia al contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación de este aviso.—Heredia, treinta de marzo del dos mil once.—Miguel Ángel Obregón Gómez, Presidente.—(IN2011024293).

INMOBILIARIA VITAL ESCAZÚ S. A.

Yo William José Vega Protti, portador de la cédula de identidad número 1-502-345, mayor de edad, casado, presidente de Inmobiliaria Vital Escazú S. A., vecino de San Ramón de Tres Ríos ha solicitado al Banco CMB (Costa Rica) S. A., la reposición de los cheques Nº 26243-8 y 26017-8, a nombre de Inmobiliaria Vital de Escazú S. A., ambos por un monto de mil dólares ($1.000,00), los cuales fueron extraviados. Se publica este aviso para efectos del artículo 709 del Código de Comercio.—San José, 25 de marzo del 2011.—William José Vega Protti, Presidente.—(IN2011024911).

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

FIBRAVIDRIO RETANA SOCIEDAD ANÓNIMA

Fibravidrio Retana Sociedad Anónima, cédula número 3-101-127765, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventario y Balances, Registro de Accionistas, Asambleas Generales y Junta Directiva todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación de este aviso.—IN2011024361).

EL AMANECER DE GIBRALTAR CR SOCIEDAD ANÓNIMA

El Amanecer de Gibraltar CR Sociedad Anónima que tiene la cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y cinco mil novecientos ochenta y cinco, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro Registro de Accionistas número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Manfred Pino Sbravatti, Notario.—(IN2011024379).

DINÁMICA DE DESARROLLO DIDE

SOCIEDAD ANÓNIMA

Dinámica de Desarrollo Dide Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-081621 solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas Consejo de Administración y Actas Asamblea de Socios, todos número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Servicio al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Naranjo, 29 de marzo del 2011.—Carlos Adrián Padilla Bonilla, Presidente.—(IN2011024389).

HOTELERA PLAYA FLAMINGO S. A.

Hotelera Playa Flamingo S. A., Certificados de Libre Alojamiento 1574 y 1681 a nombre de Robert E. Reiman and Jean S. Reiman. Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 690, 691, 692, 708 y 709 del Código de Comercio. Se avisa que se procederá a reponer las acciones aludidas, si transcurrido un mes a partir de la publicación del último aviso no se hubiera presentado oposición al respecto.—San José, 23 de marzo del 2011.—Arturo Salazar Calvo, Contralor General.—RP2011230118.—(IN2011024490).

HOTELERA VICTORIA S. A.

Hotelera Victoria S. A., cédula jurídica número 3-101-124690, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del Libro de Actas de Asambleas Generales de Accionistas Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 8 de febrero del 2011.—Ricardo Adolfo Jiménez Montealegre, Presidente.—RP2011230151.—(IN2011024491).

SERVICIOS DE FLOTILLA DE J C LIMITADA

Servicios de Flotilla de J C Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-doscientos ocho mil quinientos ochenta y ocho, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: Libros de Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Libro de Registro de Accionistas y Libro de Asamblea General de Accionistas, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del plazo de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Oscar Funes Orellana, Notario.—RP2011230160.—(IN2011024492).

FINCA EL TAMARINDO SOCIEDAD ANÓNIMA

Finca El Tamarindo Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuarenta y siete mil setecientos, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Acta de Concejo de Administración número uno, Registro de Socios número uno, Acta de Asamblea de Socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Guanacaste dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Alejandra Larios Trejos, Notaria.—RP2011230161.—(IN2011024493).

KUNG TSE INSTITUTO ORIENTAL SOCIEDAD ANÓNIMA

Kung Tse Instituto Oriental Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta mil ochocientos noventa y siete, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición de los libros siguientes: libros números uno: Diario (DI), Mayor (MY), Inventarios y Balances (IB), Actas de Consejo de Administración (ACA), Actas de Asambleas de Socios (AAS), Registro de Socios (RS), por haberse extraviado. Quién se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Nidia Cordero Padilla, Notaria.—RP2011230169.—(IN2011024494).

SENDEROS BM DEL PACÍFICO CENTRAL S. A.

Senderos BM del Pacífico Central S. A., cédula Nº 3101374095, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de el libro de actas de Asamblea de Socios número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de Información y Asistencia al Contribuyente, (legalización de libros). Administración tributaria de Puntarenas, en el término de 8 días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Huber Anthony Masís Chavarría, Representante Legal.—(IN2011024872).

UNIVERSIDAD LATINA

Ante el CONESUP, se ha presentado la solicitud de reposición de Título de Bachillerato en Publicidad con Énfasis en Estrategia Publicitaria, emitido por la Universidad Interamericana de Costa Rica, bajo el tomo I, folio 17 número 521, e inscrito en el CONESUP, bajo tomo 43, folio 276, número 10298, el 29 de setiembre del año 2008, a nombre de Ariana Lidiette Herrera Loría, número de cédula 1-1584-0362. Se solicita la reposición de título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para escuchar oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 1 de abril del 2011.—Departamento de Registro.—Ariana Herrera Loría, solicitante.—(IN2011024875).

EL ARRIERO SOCIEDAD ANÓNIMA

El Arriero Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-103220, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro: (Registro de Socios Número 1), quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de Servicio al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Beatriz Saborío Álvarez, Notaria.—(IN2011024894).

La suscrita Elizabeth Fallas Ceciliano, mayor, soltera, abogada, vecina de San José, Montes de Oca, Mercedes, carretera principal a Sabanilla, frente al Banco de Costa Rica, portadora de la cédula de identidad número uno-mil ciento cincuenta y tres-cero cero quince, y del carné de abogada, número diecisiete mil doscientos veintiocho, solicita por extravío ante el Colegio de Abogados de Costa Rica, la reposición de su Título de Abogada. Quienes lo consideren oportuno pueden dirigir sus observaciones a la oficina de incorporaciones del Colegio de Abogados.—San José, a las catorce horas con cuarenta minutos del veintiocho de marzo de dos mil once.—Lic. Elizabeth Fallas Ceciliano, Notaria.—RP2011230397.—(IN2011024970).

QUÍMICOS VEGETALES QUIVEL SOCIEDAD ANÓNIMA

Químicos Vegetales Quivel Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-229065, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro: (Registro de Socios número 1) Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Area de Servicio al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Pía Picado González, Notaria.—RP2011230427.—(IN2011024971)

Juan Carlos Mejías Espinoza, mayor, casado una vez, electromecánico, cédula de identidad número uno-mil cuarenta y dos-seiscientos cincuenta, vecino de Liberia,  Guanacaste, dirección exacta: Barrio Corazón de Jesús, casa número C nueve, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario número uno, Mayor número uno, Inventarios y Balances número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la subgerencia de Servicio al Contribuyente de la Administración Tributaria de  Guanacaste, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Jessica Abarca Guzmán, Notaria.—RP2011230543.—(IN2011024972).

FARMACIAS DE LIMÓN FARDELI SOCIEDAD ANÓNIMA

Yo, Gustavo Adolfo Méndez Núñez, mayor, soltero, farmacéutico, con cédula de identidad número 1-607-933, vecino de Limón, en mi condición de presidente, hago constar que hemos iniciado la reposición de los libros contables Mayor, Inventarios y Balances y Diario, todos números uno, de mi presentada Farmacias de Limón Fardeli Sociedad Anónima, sociedad con cédula de persona jurídica número 3-101-363501, inscrita en El Registro Nacional, al tomo 529, asiento 4111. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Limón, en el término de ocho días hábiles a partir de este aviso.—Lic. Gustavo Adolfo Méndez Núñez, Presidente.—RP2011230556.—(IN2011024973).

INVERSIONES DE TIERRA Y CONDOMINIO

SOCIEDAD ANÓNIMA

Inversiones de Tierra y Condominio Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-489838, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Asamblea General de Socios 1, Registro de Accionistas 1 y Actas de Junta Directiva 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Agnes Fajardo Jirón, Notaria.—RP2011230585.—(IN2011024974).

CONSULTORA EL GRANO DE ORO SOCIEDAD ANÓNIMA

Consultora El Grano de Oro Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-491059, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Consejo de Administración 1, Registro de Socios 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de Información y Asistencia al Contribuyente, de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días habites a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Agnes Fajardo Jirón, Notaria.—RP2011230587.—(IN2011024975).

CONDOMINIOS CR CINCUENTA COCOMAR

SOCIEDAD ANÓNIMA

Condominios CR Cincuenta Cocomar Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-318273, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Asamblea General de Socios 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Agnes Fajardo Jirón, Notaria.—RP2011230590.—(IN2011024976).

CORPORACIÓN DE INVERSIONES PIRÁMIDE
SOCIEDAD ANÓNIMA

Corporación de Inversiones Pirámide Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-42641, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: actas Junta Directiva, Diario 1, Mayor 1, Inventarios y Balances 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de Información y Asistencia al Contribuyente, de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Luis Fernando Longan Phillips, Notario.—RP2011230592.—(IN2011024977).

ABASTECEDORES DEL NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA

Abastecedores del Norte Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-028456, solicita ante la Dirección General de Tributación, al reposición de los siguientes libros: actas Junta Directiva, Registro de Socios 1, Diario, Mayor, Inventarios y balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de Información y Asistencia al Contribuyente, de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Luis Fernando Longan Phillips, Notario.—RP2011230593.—(IN2011024978)

SERVICIOS TÉCNICOS DE CONTROL DE AGUAS SOCIEDAD ANÓNIMA

Servicios Técnicos de Control de Aguas Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-171071, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: actas Junta Directiva, Diario, Mayor y Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de Información y Asistencia al Contribuyente, de la administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Luis Fernando Longan Phillips, Notario.—RP2011230594.—(IN2011024979)

H J B ASESORES SOCIEDAD ANÓNIMA

H J B Asesores Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-184091, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas de Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios y Registro de Socios, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. María Auxiliadora Alfaro Chacón, Notaria.—(IN2011025145)

CENTRO VACACIONAL BANCOSTA S. A.

Hace constar que revisado el libro de Accionistas, aparece como socio, Jorge Arturo Ovares Naranjo, cédula Nº 1-490-433, con la acción 590, la que se reporta como extraviada, por lo que solicita su reposición.—San José, treinta y uno de marzo 2011.—Raúl Trejos Sánchez.—(IN2011025260).

DESARROLLO LA COSTA S. A.

Desarrollo La Costa S. A. comunica a los interesados y público en general que por haberse extraviado el título de capital Nº 1961, correspondiente a la semana fija, Nº 32, propiedad de Mora González Raúl Fernando, portador de la cédula de identidad Nº 1-0422-0601, se procederá a su reposición dentro del término de Ley. Cualquier interesado deberá hacer valer sus derechos dentro de este plazo.—Departamento Servicio al Cliente.—Ing. Arturo Ulate Vargas, Jefe.—RP2011230798.—(IN2011025342).

Grupo de Inversión Guápiles Dos Mil S. A., titular de la cédula jurídica número 3-101-359235, comunica que mediante asamblea general de socios, celebrada el 27 de marzo 2011, en segunda convocatoria, se aprobó disminución del capital y modificación de la división de acciones, se disminuyó el capital existente de doce mil seiscientos colones a ocho mil doscientos colones.—Randall Fernández Ortega, Presidente Junta Directiva.—RP2011230775.—(IN2011025344).

CONSULTORA COSTARRICENSE PARA PROGRAMAS DE DESARROLLO SOCIEDAD ANÓNIMA

Consultora Costarricense para Programas de Desarrollo Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-026507, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario 1, Mayor 1, Inventarios y Balances 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Area de Información y Asistencia al Contribuyente, de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Luis Fernando Longan Phillips, Notario.—RP2011230787.—(IN2011025500).

RIKMAR SOCIEDAD ANÓNIMA

Rikmar Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-028454, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: actas junta directiva 1, registro de socios 1, Diario 1, Mayor 1, Inventarios y Balances 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Luis Fernando Longan Phillips, Notario.—RP2011230788.—(IN2011025501).

CAMPAÑA SOCIEDAD ANÓNIMA

Campaña Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-036240, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas Junta Directiva 1, Diario 1, Mayor 1, Inventarios y Balances 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Luis Fernando Longan Phillips, Notario.—RP2011230799.—(IN2011025502).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Por escritura número ciento diez, otorgada ante la suscrita Notaria Institucional Karol Angulo Hernández, a las doce horas del día veinticuatro de marzo del dos mil once, se protocoliza en lo conducente el acuerdo visible en el acta número setenta y dos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Popular Valores Puesto de Bolsa Sociedad Anónima, del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, sesión celebrada a las nueve horas con veintiún minutos del jueves tres de marzo del dos mil once, en su Sala de Sesiones, ubicada en las oficinas centrales del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, sito en San José, calle uno, avenidas dos y cuatro, en virtud del cual se acordó modificar la cláusula quinta: del capital social, del pacto constitutivo de dicha sociedad, de manera que quede constituido en la suma de cinco mil novecientos millones de colones exactos. Es todo.—San José, veinticinco de marzo del dos mil once.—Licda. Karol Angulo Hernández, Notaria.—RP2011229812.—(IN2011023413).

Por escritura pública número: doscientos noventa y nueve-seis, otorgada a las dieciocho horas y treinta minutos del cuatro de febrero del dos mil once, ante el Notario José Manuel Villegas Rojas, visible al tomo seis, folio ciento sesenta y tres de su protocolo, se realizó el traspaso de la Agencia de Viajes denominada Agencia de Viajes Receptiva Los Lagos, aprobada por resolución dictada por la Gerencia General del Instituto Costarricense de Turismo, número: G-uno uno dos nueve-dos mil, de fecha veinticuatro de mayo del dos mil, propiedad de Jungla y Senderos Los Lagos Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-ciento dos mil seiscientos ochenta y tres, inscrita al tomo: quinientos ochenta y ocho, Folio: cincuenta y ocho, Asiento: cincuenta y seis. Domiciliada en San José, San José, Edificio Primavera, tercer piso, Avenida Central, calles cinco y siete, pasando la misma a propiedad exclusiva de Agencia de Viajes Los Lagos Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres-ciento uno-trescientos ochenta y dos mil ciento setenta y ocho, inscrita en Mercantil al Tomo: quinientos cuarenta y uno, Asiento: mil seiscientos noventa y dos, consecutivo: cero uno. Domiciliada en Alajuela, San Carlos, La Fortuna, seis kilómetros oeste de la iglesia católica. Se emplaza a todos los acreedores e interesados para que se apersonen dentro del término de quince días a partir de la primera publicación, a hacer valer sus derechos. Lo anterior a efectos de trámites de aprobación de cambio de propietario ante el ICT.—La Fortuna de San Carlos, veintitrés de marzo del dos mil once.—Lic. José Manuel Villegas Rojas, Notario.—RP2011229668.—(IN2011023414).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

El día de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Inversiones Lapislazuli Marino S. A. Se modifica cláusulas segunda, tercera, sexta de los estatutos.—San José, veintitrés de marzo del dos mil once.—Licda. Lorena Montt Villacura, Notaria.—1 vez.—RP2011229529.—(IN2011023116).

Ante esta notaría, mediante escritura número setenta y dos, de las once horas del once de marzo del dos mil once, se constituye la sociedad denominada Green Power Group GPG S. A., con capital social suscrito y pagado. Presidente: Thomas Fees.—San José, veintitrés de marzo del dos mil once.—Lic. Adalid Otoya Quirós, Notario.—1 vez.—RP2011229530.—(IN2011023117).

Ante esta Notaría, mediante escritura número cincuenta y siete-dos, otorgada al ser las ocho horas diez minutos del día dieciséis de marzo del dos mil once, los señores Randall Denis Monge Bejarano y Paula Vanessa Cordero Rojas, constituyeron A.M.G. Abogados & Notarios S. A., con un capital social de doscientos mil colones, correspondiendo a su presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial sin limitación de suma. Es todo.—San José, 24 de marzo del dos mil once.—Lic. Adrián Montero Granados, Notario.—1 vez.—RP2011229531.—(IN2011023118).

Por escritura número ciento cincuenta y tres, otorgada ante el suscrito notario, a las doce horas treinta minutos del nueve de marzo del dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Arikey Sociedad Anónima, se reelige toda la junta directiva.—San José, 21 de marzo del 2011.—Lic. Froilán Alvarado Pereira, Notario.—1 vez.—RP2011229532.—(IN2011023119).

Mediante escritura número ciento cincuenta y dos, otorgada ante el suscrito notario, a las doce horas del nueve de marzo del dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Luwianta Sociedad Anónima, se reelige toda la junta directiva.—San José, 21 de marzo del 2011.—Lic. Froilán Alvarado Pereira, Notario.—1 vez.—RP2011229533.—(IN2011023120).

Mediante  escritura  pública  número  85-6  de  las  08  horas 00 minutos del 09 de marzo del 2011, se constituye la sociedad Wi-Tek Sociedad Anónima.—Lic. Alejandro Rodríguez Castro, Notario.—1 vez.—RP2011229535.—(IN2011023121).

A las ocho horas treinta minutos del veintiuno de febrero del dos mil once, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Frutos Selectos de la Unión Sociedad Anónima. Domicilio: Cartago. Capital: suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. Representación: Luis Diego Cervantes Ramírez, apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Mónica Mora Peralta, Notaria.—1 vez.—RP2011229539.—(IN2011023122).

Por escritura otorgada ante mí, a las 15:30 horas del 22 de marzo del 2011, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de 3-102-487517 srl. Se reforman las cláusulas segunda y sexta de los estatutos. Se nombran gerentes, se revocan y otorgan poderes.—San José, 22 de marzo del 2011.—Lic. Manrique Rojas Ibarra, Notario.—1 vez.—RP2011229540.—(IN2011023123).

Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del 22 de marzo del 2011, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de 3-102-487531 srl. Se reforman las cláusulas segunda y sexta de los estatutos. Se nombran gerentes, se revocan y otorgan poderes.—San José, 22 de marzo del 2011.—Lic. Manrique Rojas Ibarra, Notario.—1 vez.—RP2011229541.—(IN2011023124).

Por escritura otorgada ante mí, a las 14:30 horas del 22 de marzo del 2011, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de 3-102-487530 srl. Se reforman las cláusulas segunda y sexta de los estatutos. Se nombran gerentes, se revocan y otorgan poderes.—San José, 22 de marzo del 2011.—Lic. Manrique Rojas Ibarra, Notario.—1 vez.—RP2011229542.—(IN2011023125).

Por escritura otorgada ante mí, a las 14:00 horas del 22 de marzo del 2011, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de 3-102-487524 srl. Se reforman las cláusulas segunda y sexta de los estatutos. Se nombran gerentes, se revocan y otorgan poderes.—San José, 22 de marzo del 2011.—Lic. Manrique Rojas Ibarra, Notario.—1 vez.—RP2011229543.—(IN2011023126).

Por escritura otorgada ante mí, a las 13:30 horas del 22 de marzo del 2011, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de 3-102-487526 srl. Se reforman las cláusulas segunda y sexta de los estatutos. Se nombran gerentes, se revocan y otorgan poderes.—San José, 22 de marzo del 2011.—Lic. Manrique Rojas Ibarra, Notario.—1 vez.—RP2011229544.—(IN2011023127).

Por escritura otorgada ante mí, a las 13:00 horas del 22 de marzo del 2011, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de 3-102-487525 srl. Se reforman las cláusulas segunda y sexta de los estatutos. Se nombran gerentes, se revocan y otorgan poderes.—San José, 22 de marzo del 2011.—Lic. Manrique Rojas Ibarra, Notaria.—1 vez.—RP2011229545.—(IN2011023128).

Por escritura otorgada ante mí, a las 12:50 horas del 22 de marzo del 2011, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de 3-102-487523 srl. Se reforman las cláusulas segunda y sexta de los estatutos. Se nombran gerentes, se revocan y otorgan poderes.—San José, 22 de marzo del 2011.—Lic. Manrique Rojas Ibarra, Notario.—1 vez.—RP2011229546.—(IN2011023129).

Por escritura otorgada ante mí, a las 12:30 horas del 22 de marzo del 2011, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Perla Escondida Nosara Ltda. Se reforman las cláusulas segunda y sexta de los estatutos. Se nombran gerentes, se revocan y otorgan poderes.—San José, 22 de marzo del 2011.—Lic. Manrique Rojas Ibarra, Notario.—1 vez.—RP2011229547.—(IN2011023130).

En escritura otorgada ante el notario Mauricio José Garro Guillén, a las 16:00 horas del 09 de marzo del 2011, se constituye Tierra Prometida Sociedad Anónima. Capital social: ¢10.000 representados por cinco acciones. Domicilio: San José. Presidente: Fausto González Sibaja.—San José, 09 de marzo del 2011.—Lic. Mauricio J. Garro Guillén, Notario.—1 vez.—RP2011229548.—(IN2011023131).

En escritura otorgada ante el notario Mauricio José Garro Guillén, a las 16 horas treinta minutos del 09 de marzo del 2011, se constituye Egonzasi Sociedad Anónima. Capital social: ¢10.000 representados por cinco acciones. Domicilio: Alajuela. Presidenta: Ericka González Sibaja.—San José, 09 de marzo del 2011.—Lic. Mauricio J. Garro Guillén, Notario.—1 vez.—RP2011229549.—(IN2011023132).

En escritura otorgada ante el notario Mauricio José Garro Guillén, a las 16:00 horas del 17 de febrero del 2011, se constituye Pielenplata Sociedad Anónima. Capital social: ¢10.000 representados por diez acciones. Domicilio: San José. Presidenta: Silvia Elena Moreno Regueyra.—San José, 17 de febrero del 2011.—Lic. Mauricio José Garro Guillén, Notario.—1 vez.—RP2011229550.—(IN2011023133).

Por escritura otorgada a las 15:00 horas del día 22 de marzo del 2011, ante la notaría de la Licenciada Jeannette Salazar Araya, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Latinoamericanas Alpha Sociedad Anónima.—San José, 22 de marzo del 2011.—Lic. Jeannette Salazar Araya, Notaria.—1 vez.—RP2011229552.—(IN2011023134).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las once horas del veintiuno de febrero del 2011, se constituyó la sociedad denominada Zaymo Uno Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo noventa y nueve años a partir de su constitución. Domicilio en la ciudad de San José. Capital: suscrito y pagado.—San José, 24 de marzo del 2011.—Lic. Randall Vargas Pérez, Notario.—1 vez.—RP2011229556.—(IN2011023135).

Ante esta notaría, se constituye la sociedad anónima Civil Works Consulting CR S. A.—San José, veintitrés de marzo del dos mil once.—Lic. Laura Mónica Zamora Ulloa, Notaria.—1 vez.—RP2011229559.—(IN2011023136).

Ante esta notaría, se constituye la sociedad anónima Grupo Sirtecomcr Inversiones S. A.—San José, veintitrés de marzo del dos mil once.—Lic. Laura Mónica Zamora Ulloa, Notaria.—1 vez.—RP2011229560.—(IN2011023137).

Adriana García Monterroso, cédula de identidad número 1-930-659 y Rosamalia Monterroso Marín, cédula de identidad número 1-397-101, constituyen Montegar A.G.M. Sociedad Anónima. Apoderado generalísimo sin límite de suma, el presidente. Capital social: mil colones. Domicilio social: San José, Paseo Colón, Edificio Torre Mercedes, Bufete FSV Abogados. Escritura otorgada en San José, a las doce horas del once de marzo del dos mil once.—Lic. Anaclara Vargas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2011229561.—(IN2011023138).

El Notario, Rafael Alberto López Campos, por el presente medio, hago constar, que por escritura pública número cincuenta y cinco, iniciada a folio cincuenta vuelto del tomo treinta y cuatro de mi protocolo, otorgada en Atenas, a las doce horas del veintidós de marzo del dos mil once, se protocolizó acta de asamblea de socios de Vista Atenas Cinco Sociedad Anónima, por la cual se modificó las cláusulas del domicilio y la administración del pacto social.—Atenas, veintidós de marzo del dos mil once.—Lic. Rafael Alberto López Campos, Notario.—1 vez.—RP2011229563.—(IN2011023139).

Ante mí, Carlos Manuel Arroyo Rojas, se reformó la cláusula octava del pacto de constitución de la sociedad Río La Ceiba de San Carlos S. A.—Ciudad Quesada, veintidós de marzo del dos mil once.—Lic. Carlos Manuel Arroyo Rojas, Notario.—1 vez.—RP2011229564.—(IN2011023140).

Por escritura número 124-45, otorgada ante el notario Gonzalo Alfonso Monge Corrales, en Ciudad Quesada, a las 17:00 horas del 22 de marzo del 2011, se constituyó la entidad jurídica denominada Hijos de Alberto Ramírez Sociedad Anónima. Presidente: Alberto Ezequiel Ramírez Solano. Capital social: ¢1.000.000.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1 vez.—RP2011229566.—(IN2011023141).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del veintiuno de marzo de dos mil once, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de Picadelic Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican cláusulas del pacto constitutivo. Ciudad Quesada, 22 de marzo del 2011.—Lic. David Rogelio Jiménez Zamora, Notario.—1 vez.—RP2011229567.—(IN2011023142).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del veintiuno de marzo de dos mil once, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de Comercial Merfil de San Carlos S.A., mediante la cual se nombra nueva junta directiva.—Ciudad Quesada, 22 de marzo del 2011.—Lic. Heylen Zamora Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2011229568.—(IN2011023143).

Ante mi notaría al ser las 18:00 horas del 22 de marzo del 2011, mediante escritura número 4 del protocolo número 11 de la suscrita notaria, se constituyó la firma denominada Inversiones Cerma de Peñas Blancas S. A. Domiciliada en el Invu de Peñas Blancas, San Ramón, Alajuela. Capital social: cien mil colones. Presidente: Gerardo Antonio Cerdas Solano, cédula: 2-412-758.—Lic. Viviana Villalobos Campos, Notaria.—1 vez.—RP2011229569.—(IN2011023144).

Ante mí, Lic. Anthony Fernández Pacheco, por acta protocolizada en esta Notaría, mediante la escritura número treinta y ocho del tomo once de mi protocolo, de las diecisiete horas y treinta minutos del veintidós de marzo del dos mil once, la compañía Agroecológica Mcnally Palm Beach County S. A., modifica las cláusulas primera, segunda y octava de su pacto constitutivo.—Lic. Anthony Fernández Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2011229571.—(IN2011023145).

R Y S Consultores S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cero siete cero cero tres nueve, comunica que modificó la cláusula del capital social del acta constitutiva.—Belén, veintitrés de marzo del dos mil once.—Licda. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—RP2011229572.—(IN2011023146).

Ante mí, Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria Pública, escritura número ochenta, folio sesenta y cuatro frente, tomo doce, se protocoliza acta de asamblea de la sociedad tres-ciento uno-seiscientos quince mil novecientos treinta y cinco s. a. Se modifica la cláusula primera se denominará J&M Investors Sociedad Anónima.—Licda. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—1 vez.—RP2011229573.—(IN2011023147).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 8 de febrero del 2011, se constituyó la sociedad Ivecar Inmobiliaria Sociedad Anónima. Presidenta: Marjorie Arguedas Monge.—Lic. Wilber Barquero Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2011229574—(IN2011023148).

Por escritura otorgada a las 8:30 horas del 25 de febrero del 2011, ante esta notaría, se constituyó la fundación denominada Fundación Cívica y de Paz Social de Moravia. La representación legal judicial y extrajudicial le corresponde al presidente de la Junta Administrativa con facultades de apoderado general sin límite de suma. Plazo a perpetuidad. Patrimonio: cien mil colones. Domicilio en San José, Moravia, San Vicente, Residencial La Guaria, de la escuela Saint Joseph, cien metros al oeste.—San José, 24 de marzo del 2011.—Lic. Rodrigo Gutiérrez Schwanhäuser, Notario.—1 vez.—RP2011229579.—(IN2011023149).

Ante esta Notaría, mediante escritura otorgada a las catorce horas del veintitrés de marzo del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Manantiales Naturales El Bosque V G Sociedad Anónima.—Grecia, al ser las catorce horas quince minutos del veintitrés de marzo de dos mil once.—Lic. Emanuell Alfaro Umaña, Notario.—1 vez.—RP2011229580.—(IN201123150).

Por escritura número 104 del tomo 7 de mi protocolo, otorgada las 10:10 horas del 23 de marzo del año 2011, el suscrito Notario protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas número treinta y dos, de la sociedad Río Birris S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-048150, mediante la cual se reforma la cláusula octava de los estatutos sociales.—San José, 23 de marzo del 2011.—Lic. Julio Enrique Zelaya Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2011229581.—(IN2011023151).

Por escritura número 103 del tomo 7 de mi protocolo, otorgada a las 10:00 horas del 23 de marzo del año 2011, el suscrito Notario, protocolicé el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas número uno-dos mil diez de la sociedad  La Boa Ltda.,  con  cédula  de  persona  jurídica  número 3-102-007451, mediante la cual se reforma la cláusula sexta de los estatutos sociales.—San José, 23 de marzo del 2011.—Lic. Julio Enrique Zelaya Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2011229582.—(IN2011023152).

Por escritura número 102 del tomo 7 de mi protocolo, otorgada a las 16:10 horas del 22 de marzo del año 2011, el suscrito Notario, protocolicé el acta de asamblea extraordinaria de accionistas número doce de la sociedad Isgamaca S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-023296, mediante la cual se reforman las cláusulas cuarta y novena de los estatutos sociales.—San José, 23 de marzo del 2011.—Lic. Julio Enrique Zelaya Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2011229583.—(IN2011023153).

Mediante escritura número 277 otorgada a las 08 horas con 30 minutos del 17 de marzo del dos mil once, ante la Notaria Pública Marieta Rodríguez Retana, se constituyó la sociedad denominada D’ Lucy Pastelería Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones y un plazo social de cien años.—San José, 23 de marzo del dos mil once.—Lic. Marieta Rodríguez Retana, Notaria.—1 vez.—RP2011229585.—(IN2011023154).

Mediante escritura número 278 otorgada a las 09:00 horas del 17 de marzo del dos mil once, ante la Notaria Pública Marieta Rodríguez Retana, se constituyó la sociedad denominada Microclean Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones y un plazo social de cien años.—San José, 23 de marzo del dos mil once.—Lic. Marieta Rodríguez Retana, Notaria.—1 vez.—RP2011229587.—(IN2011023155).

Por escritura otorgada en esta notaría se constituyó la sociedad denominada Estructuras HP Cuarenta y Cuatro Sociedad Anónima, cuyo capital social es la suma de diez mil colones. La representación judicial y extrajudicial le corresponde al presidente de la junta directiva.—San José, tres de marzo del dos mil once.—Lic. Cindy Paula Hidalgo Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2011228196.—(IN2011021190).

Por escritura otorgada en San José, a las 11:00 horas del 24 de marzo del 2011, se constituyó ante esta notaría, la empresa que llevará por denominación social el número de cédula jurídica que de oficio le asigne el Registro Mercantil. Presidenta: María Cecilia Bonilla  López.  Plazo:  99 años. Capital social: cien mil colones.—San José, 24 de marzo del 2011.—Licenciado Jaime Echeverría Villafranca, Notario.—1 vez.—RP2011229588.—(IN2011023156).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas, del día 28 de febrero del 2011, se acuerda reformar cláusulas del pacto constitutivo de la sociedad: Exportadora de Frutas Frescas Pavaca S. A.—San José, 24 de marzo del 2011.—Lic. Ana María Flores Garbanzo, Notaria.—1 vez.—RP2011229589.—(IN2011023157).

Por escritura número cincuenta y uno, del tomo quinto de mi protocolo, otorgada a las nueve horas del veintitrés de marzo del año dos mil once, protocolicé la asamblea general extraordinaria de accionistas número uno, de Canis Fortis Validus S. A., en la cual se modifica su razón social a Petshop El Refugio S. A., se modifican las cláusulas primera y segunda del pacto constitutivo referentes a la razón social y al domicilio, y se nombra junta directiva y fiscal.—San Rafael de Heredia, veintitrés de marzo del año dos mil once.—Lic. Frescia Benavides Ulate, Notaria.—1 vez.—RP2011229590.—(IN2011023158).

Por escritura otorgada a las 12:00 horas del 22 de marzo del 2011, se reforma la junta directiva y domicilio de Condominio Valle de Eucaliptos D.I.E.Z. C S. A. Presidente Meng Tsung Lan.—San José, veintidós de marzo del dos mil once.—Lic. Julio Rojas Paniagua, Notario.—1 vez.—RP2011229593.—(IN2011023159).

Mediante la escritura otorgada ante mí, en la ciudad de San José, a las 14:30 horas del día veinticuatro de febrero del dos mil once, se constituye la sociedad G B Interiores Sociedad Anónima.—Lic. Manuel Emilio Montero Anderson, Notario.—1 vez.—RP2011229594.—(IN2011023160).

Por escritura otorgada a las 12 horas del 22 de marzo del 2011, se reforma la junta directiva y domicilio de Condominio Valle de Eucaliptos Tres C R Y L S. A. Presidente Meng Tsung Lan.—San José, veintidós de marzo del dos mil once.—Lic. Julio Rojas Paniagua, Notario.—1 vez.—RP2011229595.—(IN2011023161).

Ante la suscrita notaria María de los Ángeles Angulo Gómez, las señoras María Fernanda Meneses Cerdas, cédula Nº 3-369-473, Marianella Meneses Cerdas, cédula Nº 3-376-694 y Marta Emilia Cerdas Araya, cédula Nº 3-276-801, constituyeron la sociedad Inversiones M.M.F. Sociedad Anónima, con un capital social de un millón de colones.—Veintiuno de marzo del dos mil once.—Lic. María de los Ángeles Angulo Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2011229596.—(IN2011023162).

Por escritura número veintidós-ochenta y seis, otorgada ante esta notaría, notario público: Rolando Clemente Laclé Zúñiga, a las ocho horas del veinticuatro de marzo del dos mil once, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Nueva Ilusión Occidental S. A., mediante la cual se modifica el pacto constitutivo en la cláusula sétima.—San José, veinticuatro de marzo de dos mil once.—Lic. Rolando Clemente Laclé Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2011229597.—(IN2011023163).

Ante la suscrita notaria María de los Ángeles Angulo Gómez, los señores Rosaura Garita Córdoba, cédula Nº 3-399-761, II) Gloria Alejandra Garita Córdoba, cédula Nº 3-354-751 III) Elizabeth Vanessa Garita Córdoba, cédula Nº 3-437-523, IV) José Fernando Víquez Víquez, cédula Nº 3-421-886, constituyeron la sociedad Inversiones Garcovi Sociedad Anónima, con un capital social de un millón de colones.—24 de marzo del 2011.—Lic. María de los Ángeles Angulo Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2011229598.—(IN2011023164).

Por escritura otorgada en La Aurora de Heredia, a las diecisiete horas treinta minutos del veintitrés de marzo del dos mil once, se constituyó Segura Lara Sociedad Anónima. Plazo noventa y nueve años. Capital social treinta y seis mil colones.—Lic. Luis Fernando Fallas Marín, Notario.—1 vez.—RP2011229609.—(IN2011023165).

En esta notaría, a las dieciséis horas del cinco de junio del dos mil diez, Esteban Alfaro Bonilla y Ana Yanci Navarro Navarro, constituyen una: Sociedad Anónima. Nombran presidente al primero. Domicilio social será: San Juan de San Ramón de Alajuela, cincuenta este y veinticinco sur de la plaza de fútbol, objeto: comercio en general. Plazo: noventa y nueve años. Capital: diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Nombran agente residente.—San Ramón, 23 de marzo del 2011.—Lic. José Joaquín Arias Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2011229610.—(IN2011023166).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de Pavilos y Cordeles Hércules Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-cuarenta y tres mil trescientos ochenta y nueve, en la cual se modifica totalmente la cláusula segunda de los estatutos sociales. Escritura otorgada en Heredia, a las trece horas del veinticuatro de marzo del dos mil once.—Lic. Francisco Morera Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2011229612.—(IN2011023167).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de Inmobiliaria Hércules Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-cuarenta y tres mil trescientos ochenta y nueve, en la cual se modifica totalmente las cláusulas segunda y quinta de los estatutos sociales. Escritura otorgada en Heredia, a las diecisiete horas del veintitrés de marzo del dos mil once.—Lic. Francisco Morera Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2011229613.—(IN2011023168).

Ante el Lic. Juan Federico Arias Chacón. A) se constituyó la sociedad que se denominará “según lo dispuesto en el artículo segundo del Decreto Ejecutivo tres tres uno siete uno-J. Presidente Brendan Michael Ryan, como apoderado generalísimo sin límite de suma, capital social es de seis mil colones, plazo social noventa y nueve años. B) se reforma la cláusula sexta del pacto social constitutivo de la sociedad Corporación Lagarto Makai Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos ochenta y cinco mil novecientos setenta y ocho.—Lic. Juan Federico Arias Chacón, Notario.—1 vez.—RP2011229614.—(IN2011023169).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas cincuenta minutos del veinticinco de marzo del dos mil once, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Punta La Paz Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y cuatro mil cincuenta, de las ocho horas del veinticuatro de marzo de dos mil once, mediante la cual se reforma la cláusula primera de los estatutos.—Lic. Mariana Isabel Alfaro Salas, Notaria.—1 vez.—(IN2011023170).

Por escritura número trescientos veinticinco - dos otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día veintidós de marzo del año dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria en la que la sociedad Andamios Atlas de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres - ciento uno - trescientos ochenta y dos mil seiscientos sesenta y nueve, reforma la cláusula primera del pacto constitutivo para en delante se lea primera: del nombre: La sociedad se denominará Mega Escenarios Sociedad Anónima. Es todo.—Alajuela, a las trece horas del veintidós de marzo del dos mil once.—Lic. Róger Sánchez Araya, Notario.—1 vez.—(IN2011023182).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el día veinticinco de marzo del año dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Virtualis Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno- quinientos noventa y tres mil seiscientos cuarenta, en la que se modificó del pacto social de la empresa la cláusula octava de la Administración, además se acordó adicionar la cláusula décimo cuarta referente a las sesiones de la junta directiva y la cláusula décimo quinta referente a las funciones de la junta directiva.—San José, veinticinco de marzo del año dos mil once.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1 vez.—(IN2011023186).

Por escritura pública número uno, del tomo tercero, otorgada ante esta notaría, a las doce horas del día nueve de marzo del año dos mil once, se constituyó la sociedad Moho de la Montaña Sociedad Anónima.—San José, veinticuatro de marzo del año dos mil once.—Lic. María Verónica Riboldi López, Notaria.—1 vez.—(IN2011023188).

Que las sociedades anónimas Vistas de Fulda Sesenta y Cinco Sociedad Anónima y Sierras de Forada Sesenta y Cuatro Sociedad Anónima, se realizaron cambios en la junta directiva y modificación de las cláusulas sétimas de los pactos sociales. Escrituras número noventa y uno y noventa y dos otorgadas en San José, ocho y nueve horas del veinticinco de marzo del dos mil once.—Lic. Giovanna Barrantes Esquivel, Notaria.—1 vez.—(IN2011023189).

Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del 18 de marzo del 2011, se reformó las cláusulas 1, 2 y 7 del pacto constitutivo de Oropel Sociedad Anónima.—Lic. Vilma Alpízar Matamoros, Notaria.—1 vez.—(IN2011023191).

Por escritura otorgada hoy ante mí, a las trece horas quince minutos del veintitrés de marzo, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad tres -uno cero uno - seis uno nueve cinco tres cinco sociedad anónima, en donde se modifica la cláusula tercera del pacto constitutivo.—San Ramón, 23 de marzo del 2011.—Lic. Víctor Gamboa Campos, Notario.—1 vez.—(IN2011023193).

Ante esta notaría, a las 11:00 horas del 14 de marzo del 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Cactus Liberiano P V Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de marzo del 2011.—Lic. Wilbert Garita Mora, Notario.—1 vez.—(IN2011023195).

Por escritura pública número: cincuenta y cuatro, otorgada ante mí, a las dieciocho horas con treinta minutos del veintitrés de marzo del dos mil once, se constituyó la sociedad Constructura Holag Sociedad Anónima.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2011023199).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas de hoy, se protocoliza acta de National Surety Corporation Sociedad Anónima, donde se reforman las cláusulas segunda y décimo segunda del pacto social, y se nombra presidente y agente residente.—San José, 24 de marzo del 2011.—Lic. Nuria Rodríguez Bermúdez, Notaria.—1 vez.—(IN2011023203).

La suscrita notaria hace constar que en mi notaría, al ser las trece horas del veinticuatro de marzo del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada JDO Investments S. A., la cual tiene domicilio en San José, cantón segundo de Escazú, distrito segundo San Antonio, se dedicará al comercio en general, y su plazo social lo será noventa y nueve años.—San José, veinticuatro de marzo del dos mil once.—Lic. Karla Cerdas López, Notaria.—1 vez.—(IN2011023207).

Se revoca y se nombra junta directiva y domicilio social de la denominada Prestige Motors Int S. A., cédula jurídica 3-101-539064, mediante escritura número 180, tomo 2 del protocolo de la suscrita notaria, otorgada a las 8:00 horas del 25 de marzo del año 2011.—Alajuela, 25 de marzo del año 2011.—Lic. Ileana Sanabria Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2011023233).

Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socio de la empresa V.H. Consultores Interdisciplinarios S. A., en que se modifica el pacto constitutivo.—San José, dieciocho de marzo del año dos mil once.—Lic. Ingrid Gutiérrez Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2011023236).

Por instrumento público número 79-23, autorizada a las 10:15 horas de hoy, ante esta notaría, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Generación Incierta S. A., en la que se modifican las cláusulas segunda, cuarta, sexta, se nombra agente residente y se revoca nombramiento de tesorero.—San José, 25 de marzo del 2011.—Lic. Miguel Ruiz Herrera, Notario.—1 vez.—(IN2011023243).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad Grupo Vayco Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones.—San José, veintiocho de marzo de dos mil once.—Lic. Rafael Francisco Mora Fallas, Notario.—1 vez.—(IN2011023299).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad Residencias Estudiantiles Sociedad Anónima, se revocan y se hacen nombramientos.—San José veintiocho de marzo de dos mil once.—Lic. Rafael Francisco Mora Fallas, Notario.—1 vez.—(IN2011023300).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad Villas Marazul Sociedad Anónima, se revocan y se hacen nombramientos.—San José veintiocho de marzo de dos mil once.—Lic. Rafael Francisco Mora Fallas, Notaria.—1 vez.—(IN2011023301).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad BM Consultores y Constructores Sociedad Anónima, se revocan y se hacen nombramientos.—San José, veintiocho de marzo de dos mil once.—Lic. Rafael Francisco Mora Fallas, Notario.—1 vez.—(IN2011023302).

Por escritura otorgada en San José a las 8:00 horas del 23 de marzo del dos mil once, ante el Notario José Alberto Cabezas Dávila, se constituyó la sociedad denominada Grupo Fidusa Inmobiliaria Sociedad Anónima, domiciliada en la ciudad de San José, San Rafael de Escazú Residencial Trejos Montealegre, del Vivero Exótica 700 metros al oeste casa esquinera a mano izquierda color blanca de dos plantas. Presidente: Max Monestel Peralta. Secretario: Diego Alberto Monestel Peralta.—San José, 24 de marzo del 2011.—Lic. José Alberto Cabezas Dávila, Notario.—1 vez.—(IN2011023304).

Por escritura otorgada ante mí, a las 13:00 horas del día 21 de marzo del 2011, James Howard Penrod Oreamuno y Ana Gabriela Peralta Rojas, constituyen Inversiones Mobiliarias Penrod Peralta S. A. Duración: 99 años. Capital: diez mil colones. Presidente: James Howard Penrod Oreamuno.—San José, 25 de marzo del 2011.—Lic. Fernando Berrocal Soto, Notario.—1 vez.—(IN2011023305).

Por escritura otorgada ante el suscrito Notario, a las 8:00 horas del día 28 de marzo del 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Vargas y León S. A., por la que se varía cláusula y se hace nombramiento.—San José, 28 de marzo del 2011.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—(IN2011023308).

Por escritura otorgada ante el suscrito Notario a las 8:15 horas del día 28 de marzo del 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Corporación R.Y.T.O.N. -I.N.T. S. A., por la que se hacen nombramientos.—San José, 28 de marzo del 2011.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—(IN2011023309).

Por escritura pública número cuatro-cinco del tomo quinto otorgada ante la suscrita Notaria Pública, se protocoliza la creación de la sociedad Aleba Sociedad Anónima.—San José, 23 de marzo del dos mil once.—Lic. Andrea Ruiz Castillo, Notaria.—1 vez.—(IN2011023311).

Mediante escritura número 42 otorgada a las 07:00 horas del 28 de marzo del 2011, en el tomo treinta y nueve del Notaria Jenny Ramírez Robles, carné 2201, se modificó la representación y se cambió la junta directiva de la sociedad The King of The Hill Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-361697.—San José, 28 de marzo del 2011.—Lic. Carlos Madrigal Mora, Notario.—1 vez.—(IN2011023313).

Mediante escritura número 43 otorgada a las 08 horas del 28 de marzo del 2011, en el tomo treinta y nueve de la Notaria Jenny Ramírez Robles, carné 2201, se modificó el nombre, la representación y se cambió la junta directiva de la sociedad The Prince of The Hill Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-350435.—San José, 28 de marzo del 2011.—Lic. Carlos Madrigal Mora, Notario.—1 vez.—(IN2011023314).

Por escritura número otorgada a las 08:00 horas del 28/03/2011, se constituyó la sociedad responsabilidad limitada cuya razón social lo será el número de cédula jurídica por asignarse. Capital social: suscrito y pagado un millón de colones.—Lic. Fernando Falcón Varamo, Notario.—1 vez.—(IN2011023317).

Por escritura número otorgada a las 07:02 horas del 12/11/2010, se constituyó la sociedad Technoprint Ltda. Capital social: suscrito y pagado un millón de colones.—Lic. Fernando Falcón Varamo, Notario.—1 vez.—(IN2011023318).

Ante mi Notaría, se protocolizó el día de hoy acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria número quince de España y Asociados Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta y siete mil cuatrocientos ochenta y cinco, celebrada en su domicilio social. Mediante la cual se reforma la cláusula octava del pacto social, a las nueve horas del veintiocho de marzo del dos mil once.—Lic. Miguel Córdoba Retana, Notario.—1 vez.—(IN2011023319).

Mediante esta protocolización se hace cambio de Junta Directiva de la sociedad denominada Negocios El Oso Pardo Sociedad Anónima, cédula jurídica tres - ciento uno-cuatro ocho seis nueve seis tres. Representación: Corresponde al presidente, vicepresidente, tesorero y secretario, la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar de forma conjunta o separada.—San José, ocho horas del veintiocho de marzo del dos mil once.—Lic. Katia Vanesa Araya Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2011023320).

Por escritura otorgada ante la suscrita Notaria en la ciudad de Heredia, al ser las diecisiete horas treinta minutos del día quince de marzo de dos mil once, se constituyó la sociedad que se denominará Angie Anel Company Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: cincuenta mil colones. Plazo social: cien años, apoderado con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Heredia, 10 de marzo del 2011.—Lic. Lorena Víquez Muñoz, Notaria.—1 vez.—RP2011229619.—(IN2011023415).

Por escritura otorgada a las 11:00 horas del doce de marzo del dos mil once, la sociedad denominada con su número de cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos treinta y ocho mil quinientos veintinueve sociedad anónima, nombra nueva junta directiva y modifica las cláusulas segunda y tercera de su pacto constitutivo.—Licda. María Ester Vargas Mora, Notaria.—1 vez.—RP2011229621.—(IN2011023416).

El día de hoy, Carlos Javier Rincón Sandoval e Irene Josefina García Meza, constituyeron la sociedad denominada Transporte Ciento Cuatro S. A. Plazo: cien años. Presidente: Carlos Javier Rincón Sandoval. Capital social: cien mil colones.—San José, veintitrés de marzo del dos mil once.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—RP2011229624.—(IN2011023417).

Por escritura número 080-50 del tomo 50 del Protocolo del Notario Casimiro Vargas Mora, otorgada en esta ciudad, a las 15:30 horas del 24 de marzo del 2011, se constituye una sociedad de responsabilidad limitada, cuya denominación social lo será de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J, publicado en La Gaceta número 1144 del 14 de junio del 2006.—San Isidro de El General, 24 de marzo del 2011.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—RP2011229625.—(IN2011023418).

La sociedad Importadora Las Nenas S. A., modifica sus cláusulas: sexta de la administración: junta directiva: Presidente secretario y tesorero. Presidente con la representación judicial y extrajudicial y con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, se crean  las cláusulas décima sexta del Fondo de Reserva Legal, décima sétima del Agente Residente.—San José, veinticuatro de marzo del dos mil once.—Lic. José Joaquín Arias Segura, Notario.—1 vez.—RP2011229626.—(IN2011023419).

La suscrita Notaria hace constar que ante mí, se protocolizó el acta número dieciséis de asamblea general extraordinaria de accionistas de Consolidaciones Karpa Sociedad Anónima. Mediante la cual se reformó la cláusula cuarta del domicilio social.—San José, veinticinco de marzo del dos mil once.—Lic. Mariela Hernández Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2011229628.—(IN2011023420).

David de los Ángeles Chávez Bustos y José Adán Chávez Bustos, constitución sociedad anónima, su nombre es el número de cédula jurídica, asignado al momento de su inscripción, ante Lic. Cindy Villalobos Valverde.—Guápiles, a las quince horas del veinticuatro de marzo del dos mil once.—Lic. Cindy Villalobos Valverde, Notaria.—1 vez.—RP2011229630.—(IN2011023421).

Por escritura otorgada hoy ante mí, a las ocho horas del veintidós de marzo de dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Remodelaciones Orozco Mora Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula novena de los Estatutos. Se nombra junta directiva.—San José, 22 de marzo del 2011.—Lic. Ana Victoria Mora Mora, Notaria.—1 vez.—RP2011229632.—(IN201123422).

Por escritura otorgada ante mi Notaría, de las 11:00 horas del 24 de marzo del 2011, se constituyó la entidad social con domicilio en San Ramón de Alajuela, denominada Familiar Alfacas S. A. Presidente y apoderado generalísimo sin límite sumario: German Alfaro Ugalde. Capital social: noventa mil colones.—San Ramón, 24 de marzo del 2011.—Lic. Róger Alexis Barboza Lépiz, Notario.—1 vez.—RP2011229633.—(IN2011023423).

Por escritura otorgada ante mi notaría en San José a las 14:50 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Inversiones Latinoamericanas AFP Sociedad Anónima. Domicilio: Heredia, Zona Franca, edificio uno, piso 2.—24 de marzo del 2011.—Lic. Edward Monge Abarca, Notario.—1 vez.—RP2011229636.—(IN2011023424).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José al ser las ocho horas del día veinticuatro de marzo del año dos mil once, se constituyó la sociedad MP Global Consulting Sociedad Anónima.—San José, veinticuatro de marzo del dos mil once.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2011229637.—(IN2011023425).

El suscrito Notario, Alberto Sandoval Fajardo, Notario Público de Puntarenas, hace constar que por acuerdo de asamblea extraordinaria número tres, de Comercial Rahv Sociedad Anónima, celebrada a las diez horas del veintisiete de noviembre del dos mil diez, por unanimidad se tomaron los siguientes acuerdos: cambio de junta directiva y domicilio social de dicha sociedad. Se reforma el acta constitutiva y se nombra como tesorero al señor Olman Noé Vargas Zamora, mayor, soltero, estudiante, cédula uno-mil cuatrocientos cuarenta y cinco-trescientos cuarenta y siete, vecino de Esparza, Puntarenas, cincuenta metros al norte de Urbanización Las Tres Marías, por cuanto este puesto no existía en esta sociedad y por error no se aclaró esta modificación de acta constitutiva en la escritura adicional. Se emplaza a los interesados por el término de ley.—Puntarenas, veinticinco de marzo del dos mil once.—Lic. Alberto Sandoval Fajardo, Notario.—1 vez.—RP2011229639.—(IN2011023426).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del veinticuatro de marzo del año dos mil once, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad tres-ciento uno-seiscientos veintitrés mil setecientos cinco. Se reforman nombre de la empresa para que sea Lex Solutions Compras Estatales, junta directiva y domicilio social. Es todo.—San José, 25 de marzo del 2011.—Lic. Gloriana Montiel Zúñiga, Notaria.—1 vez.—RP2011229643.—(IN2011023427).

Que ante esta Notaría, a las 11:00 horas del 24 de marzo del año dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria de accionistas de la entidad Green Paradise Costa Rica Real Estate Corporation S. A., con cédula jurídica 3-101-597947, celebrada el 18 de marzo del 2011; en donde se modifica la cláusula quinta del pacto social, cambiando la composición accionaria, y la cláusula novena cambiando la representación de la empresa. Se reforma además la junta directiva.—San José, 25 de marzo del 2011.—Lic. Gloriana Montiel Zúñiga, Notaria.—1 vez.—RP2011229644.—(IN2011023428).

Por escritura otorgada ante mi Notaría, a las 09:00 horas del 20 de febrero del 2011, se modifica la cláusula cuarta del pacto constitutivo de Transportes Pelón Pital Sociedad Anónima, sobre el plazo social de la sociedad; y se revoca nombramiento y se nombra presidente y nuevo tesorero.—Lic. José Aníbal Cascante Soto, Notario.—1 vez.—RP2011229647.—(IN2011023429).

Por escritura otorgada por el notario Lic. Felipe Gómez Rodríguez, a las 09:00 horas del veinticuatro de marzo del 2011, se constituyó la sociedad Servitec Maroxi Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Servitec Maroxi S. A. Presidente: con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, el señor: Roy Hidalgo Siles. Capital: suscrito y pago en su totalidad. Firmo en la ciudad de Grecia, el día veinticuatro de marzo del dos mil once.—Lic. Felipe Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2011229648.—(IN2011023430).

Mediante escritura pública número cincuenta y ocho otorgada en Grecia, a las once horas del veintiuno de marzo del año dos mil once, protocolicé el acta número uno de la asamblea extraordinaria de socios de la firma Inversiones Roal de JCR Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma las cláusulas tercera y la sétima del pacto constitutivo y se nombran nuevos cargos de la Junta Directiva.—Grecia, 21 de marzo del 2011.—Lic. Enrique Alonso Vargas Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2011229649.—(IN2011023431).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las diecisiete horas del quince de noviembre del dos mil diez, los señores Ana Rosa Sánchez Chacón y Randall Campos Chanto, constituyen la sociedad anónima cuya denominación social es Pequeños de Hoy Sociedad Anónima, pudiendo su aditamento abreviarse S. A.—San José, 25 de marzo del 2011.—Lic. Flor de María García Solano, Notaria.—1 vez.—RP2011229651.—(IN2011023432).

Mediante escritura autorizada por la suscrita Notaria, a las diez horas del día dos de marzo del dos mil once, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Propiedades Dapicor Legado OCP Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula quinta y se hace aumento de capital.—San José, 24 de marzo del 2011.—Lic. Jéssica Paola Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2011229652.—(IN2011023433).

Mediante escritura autorizada por la suscrita Notaria, a las diez horas del día quince de marzo del dos mil once, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía OCP Casa Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula quinta y se hace aumento de capital.—San José, 24 de marzo del 2011.—Lic. Jéssica Paola Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2011229653.—(IN2011023434).

Mediante escritura autorizada por la suscrita Notaria, a las diez horas treinta minutos del día quince de marzo del dos mil once, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Legacy OCP Inmuebles Marpicor Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula quinta y se hace aumento de capital.—San José, 24 de marzo del 2011.—Lic. Jéssica Paola Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2011229654.—(IN2011023435).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del día veintitrés de marzo del presente año, se protocoliza acuerdos tomados en asamblea general extraordinaria de cuotistas de la compañía Interactive Online Media Entertainment Ltda., mediante el cual se reforma la cláusula tercera de los estatutos. Se hace nuevo nombramiento de gerente.—San José, 23 de marzo del 2011.—Lic. Kadir Cortés Pérez, Notario.—1 vez.—RP2011229655.—(IN2011023436).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 23 de marzo del 2011, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Consultores de Negocios y Mercadeo Regional S. A., donde se modifica la cláusula sexta del pacto social.—San José, 23 de marzo del 2011.—Licda. Sylvia Muñoz García, Notaria.—1 vez.—RP2011229656.—(IN2011023437).

Por escritura otorgada ante mí, se constituye la compañía Inversiones Marrima Sociedad Anónima. Presidente y secretario con la representación judicial y extrajudicial de la compañía. Capital social: suscrito y pagado.—San José, veintiuno de marzo del dos mil once.—Lic. Andrés Eduardo Calvo Herra, Notario.—1 vez.—RP2011229659.—(IN2011023438).

Ante esta Notaría, al ser las diecinueve horas del veinticuatro de marzo del año dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Ronazaykar Sociedad Anónima. Presidente: Ronald Meneses Chacón.—San José, 25 de marzo del 2011.—Lic. Víctor Julio Rivas Tinoco, Notario.—1 vez.—RP2011229661.—(IN2011023439).

Por escritura número cincuenta y dos-tres, otorgada ante el notario público Juan Manuel Cordero Esquivel, a las quince horas treinta minutos del día dieciséis de marzo del dos mil once, se modificó el nombre de la sociedad El Tucán Tres Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-cinco cinco uno ocho cero uno a The Sweet Cake Limitada.—San José, veintitrés de marzo de dos mil once.—Lic. Juan Manuel Cordero Esquivel, Notario.—1 vez.—RP2011229662.—(IN2011023440).

Por escritura de protocolización del acta número 96 de sesión extraordinaria de la junta administrativa de la Fundación Rahab cédula 3-006-223455, otorgada a las 10:00 horas del 24 de marzo del 2011, se modificó los estatutos de la Fundación Rahab, la cláusula segunda del domicilio.—San José, 24 de marzo del 2011.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—RP2011229663.—(IN2011023441).

Por escritura otorgada en mi Notaría el día de hoy, a las nueve horas se constituyó la sociedad denominada Productos Macaroi S. A. Escritura otorgada en la ciudad de Heredia el veinticinco de marzo del dos mil once.—Doctor Ovelio Rodríguez León, Notario.—1 vez.—RP2011229664.—(IN2011023442).

Por escritura número ciento ochenta y cuatro otorgada en mi protocolo, tomo segundo, a las nueve horas y treinta minutos del dos de marzo del dos mil once, se protocolizó asamblea general extraordinaria de Isla Brookside VI Limitada, en la cual se modificó la razón y domicilio social, se revocó el nombramiento de los actuales gerente y subgerente y se hicieron nuevos nombramientos.—San José, dos de marzo del dos mil once.—Lic. Heleen Villalobos Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2011229665.—(IN2011023443).

Por escritura número ciento ochenta y cinco otorgada en mi protocolo, tomo segundo a las diez horas del dos de marzo del dos mil once, se protocolizaron las actas de asambleas generales extraordinarias de las sociedades Hacienda Lamcol Cuatro y Maguz Sociedad Anónima, mediante las cuales se fusionaron todas las sociedades por absorción prevaleciendo la sociedad Maguz Sociedad Anónima, quien asume todos los activos y pasivos de las sociedades fusionadas.—San José, dos de marzo del dos mil once.—Lic. Guido Sánchez Canessa y Heleen Villalobos Brenes, Notarios.—1 vez.—RP2011229666.—(IN2011023444).

Ante mi Notaría a las doce horas del dieciocho de marzo del dos mil once, se protocolizó acta número cinco de la asamblea general extraordinaria de la sociedad González y Ramírez Sociedad Anónima, mediante la cual se nombró nueva presidenta por el resto del plazo social de la compañía.—San José, veinticinco de marzo del 2011.—Licda. Adriana Céspedes Camacho, Notaria.—1 vez.—RP2011229669.—(IN2011023445).

Al ser las 11:00 horas del día de hoy, los señores Randall Acuña Rosales y Mayli Patterson Rojas, constituyeron la empresa Brisa de Nipe S. A. Capital social: diez mil colones pagado en dinero en efectivo, el presidente tendrá facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, idénticas facultades tendrá el secretario, en caso de ausencia declarada o muerte del presidente. Domicilio San José, Goicoechea, Mata de Plátano, Urbanización Bruncas, casa número treinta y dos, color beige con verjas café.—San José, 28 de enero del 2011.—Lic. German Vega Ugalde, Notario.—1 vez.—RP2011229672.—(IN2011023446).

Ante esta Notaría, se constituyó sociedad de esta plaza denominada Chumaria Nosarita S. A. Presidente: Gustavo Zamora Umaña.—San José, 24 de marzo del 2011.—Lic. Bernardo Vargas Quirós, Notario.—1 vez.—RP2011229673.—(IN2011023447).

Mediante escritura pública número ciento cincuenta-tres, otorgada a las quince horas del veinticuatro de marzo del dos mil once, ante esta notaría, se reforma la cláusula segunda, la cláusula quinta y la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Cuatro Semanas Un Mes, Sociedad Anónima.—San José, veinticuatro de marzo del dos mil once.—Lic. Eduardo José Zúñiga Brenes, Notario.—1 vez.—RP2011229674.—(IN2011023448).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas del veinticuatro de marzo de dos mil once se reforma la cláusula cuarta del pacto constitutivo de la sociedad de esta plaza LCC Diseño de Costa Rica, Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, veinticuatro de marzo de dos mil once.—Lic. Leonora Granados Sancho, Notaria.—1 vez.—RP2011229675.—(IN2011023449).

Por escritura otorgada en San José a las ocho horas del veinticinco de marzo del dos mil once, el notario Iván Lewin Salas protocolizó Acta de Asamblea Extraordinaria de la compañía Consultores Informáticos Y G S Sociedad Anónima, donde se modifica el artículo sétimo del pacto constitutivo. Es todo.—San José, veinticinco de marzo del dos mil once.—Lic. Iván Lewin Salas, Notario.—1 vez.—RP2011229677.—(IN2011023450).

Constitución de la sociedad anónima Me – Or- Ca - Energy Sociedad Anónima, constituida el veintitrés de marzo, a las siete horas con un plazo social de noventa y nueve años y un capital social de mil dólares. Constituída mediante escritura número ciento noventa y seis del suscrito notario, de todo lo anterior doy fe. Se pública primera vez.—San José, veintitrés de marzo.—Lic. Henry Arroyo Villegas, Notario.—1 vez.—RP2011229679.—(IN2011023451).

Por escritura otorgada a las 16:00 horas del 24 de marzo del 2011, ante mí Lic. Ana Isabel Chavarría Corrales, se constituyó la sociedad anónima, cuya razón social será asignada de oficio por el Registro de Personas Jurídicas, con domicilio en San Rafael Abajo de Desamparados. El presidente, el secretario y tesorero, tendrán la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma conjunta o separadamente.—San José, 25 de marzo del 2011.—Lic. Ana Isabel Chavarría Corrales, Notaria.—1 vez.—RP2011229680.—(IN2011023452).

Por escritura otorgada en San José, a las nueve horas del día veinticuatro de marzo del año dos mil once, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la firma denominada Altamira Management Sociedad Anónima y se acuerda modificar su junta directiva y su domicilio social, ante la notaria Karla Chaves Mejía. Es todo.—San José, a las doce horas del veinticuatro de marzo del dos mil once.—Lic. Karla Chaves Mejía, Notaria.—1 vez.—RP2011229681.—(IN2011023453).

Por escritura otorgada en San José, a las ocho horas del día veinticuatro de marzo del año dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la firma denominada AG Dreams Sociedad Anónima y se acuerda modificar su junta directiva y su representación ante la notaria Karla Chaves Mejía. Es todo.—San José, a las doce horas del veinticuatro de marzo del dos mil once.—Lic. Karla Chaves Mejía, Notaria.—1 vez.—RP2011229682.—(IN2011023454).

Por escritura otorgada en San José, a las ocho horas del día veinticuatro de marzo del año dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la firma denominada Silencio del Mediterráneo Limitada y se acuerda modificar su junta directiva y su representación ante la notaria Nidia Guardiola Mendoza. Es todo.—San José, a las doce horas del veinticuatro de marzo del dos mil once.—Lic. Nidia Guardiola Mendoza, Notaria.—1 vez.—RP2011229683.—(IN2011023455).

Por escritura otorgada, a las nueve horas del día de hoy, en esta notaría, se constituyó la sociedad domiciliada en Escazú La Fatoria di Fabiana Limitada. Capital suscrito y cancelado en su totalidad. Gerente: Luga Barnocchi.—San José, veintidós de marzo de dos mil once.—Lic. Percy Chamberlain Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2011229685.—(IN2011023456).

En San José a las diecisiete horas del veinticuatro de marzo del año dos mil once, se constituye la sociedad denominada Tangara Tropical Travel Sociedad Anónima domicilio social en San José, Tabarcia de Mora, Barrio Cañas, frente piscina Cuela, Capital totalmente suscrito y pagado. Plazo de noventa y nueve años.—Lic. Blanca Elena Solís Marín, Notaria.—1 vez.—RP2011229688.—(IN2011023457).

En escritura número ciento sesenta y tres, de las dieciséis horas del día veintitrés de marzo del dos mil once, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de 3-101-480163 S. A. mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad, se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidente: José Antonio Salas Andrade.—San José, 23 de marzo del 2011.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—RP2011229689.—(IN2011023458).

En escritura número ciento sesenta y dos, de las quince horas del día veintitrés de marzo del dos mil once, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Condominio Hacienda Gregal Lote Cuarenta y Siete KJI S. A. mediante la cual se reforma la cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad, se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidente: Manuel Terán Jiménez.—San José, 23 de marzo del 2011.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—RP2011229691.—(IN2011023459).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 23 de marzo del 2011, se protocolizó asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada tres-ciento uno-seis cero siete siete uno tres sociedad anónima, en la cual se nombra presidente, secretario y tesorero y se reforma las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo.—San José, 23 de marzo del 2011.—Lic. Alberto Fernández López, Notario.—1 vez.—RP2011229692.—(IN2011023460).

Por escritura otorgada al ser las 15:00 horas del 24 de marzo del dos mil once, se constituye sociedad: Inversiones Shehab SRL. Gerente: Mohammad Khairallah Abdel Aziz. Es todo.—San José, 24 de marzo del 2011.—Lic. Kathya Salas Guevara, Notaria.—1 vez.—RP2011229694.—(IN2011023461).

Por escritura otorgada a las ocho horas del día veintiuno de marzo de dos mil once, se constituyó la sociedad anónima denominada Corporación Caladent Sociedad Anónima, capital social suscrito y pagado, representación presidente de la junta directiva.—San José, veintitrés de marzo de dos mil once.—Lic. William Muñoz Bravo, Notario.—1 vez.—RP2011229595.—(IN2011023462).

Por escritura pública otorgada ante mi notaría el día de hoy, se ha protocolizado acta de la sociedad Nextprods Limitada, mediante la cual se modifica la cláusula cuarta del plazo social. Escritura otorgada a las siete horas y cuarenta minutos del día veinticuatro de marzo de dos mil once.—Lic. Ana Virginia Madrigal Murillo, Notaria.—1 vez.—RP2011229696.—(IN2011023463).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del día 23 de marzo del 2011, se reformó la cláusula primera del pacto constitutivo, y se nombra nuevo presidente y secretario de la sociedad de esta plaza Cerma S. A..—San José, 23 de marzo del 2011.—Lic. Pía Picado González, Notaria.—1 vez.—RP2011229697.—(IN2011023464).

Mediante escritura número ciento setenta y cuatro otorgada a las diez horas del veintitrés de marzo de dos mil once, se protocoliza acta número cinco de la asamblea ordinaria y extraordinaria de la sociedad Editorial Legado S. A., con cédula jurídica tres ciento uno- uno uno uno seis cinco ocho- dos cuatro, se nombra apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José veinticuatro de marzo de dos mil once.—Lic. Randall Vargas Mata, Notario.—1 vez.—RP2011229698.—(IN2011023465).

Por escritura otorgada en esta notaría el día veintidós de marzo del dos mil once, a las quince horas se constituye la sociedad de nombre Inversiones Hernández/Vargas Sociedad Anónima. Presidenta: Adriana Herrera Rosales.—Lic. Álvaro Argüello Marenco, Notario.—1 vez.—RP2011229699.—(IN2011023466).

Que en esta notaría se tramita la modificación de junta directiva de la sociedad anónima Inversiones Cabina La Residencia S. A. y el domicilio social.—Marzo veinticinco de dos mil once.—Lic. José Ricardo Guevara Guevara, Notario.—1 vez.—RP2011229700.—(IN2011023467).

A esta notaría comparecen: Roy Antonio Ruiz Murillo, cédula de 2-551-045, Alejandra Delgado Cascante, cédula de identidad número 1-945-801, ambos vecinos de Canalete de Upala, Alajuela, detrás del templo católico, y dicen que vienen a constituir una sociedad anónima denominada Inversiones Rudesa de Upala Sociedad Anónima, domiciliada en Alajuela, Upala, Canalete, detrás del templo católico.—Upala, 24 de marzo del 2011.—Lic. Félix Herrera Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2011229701.—(IN2011023468).

Ante este notario comparecen: Marco Nilo Murillo Chaverri, cédula 5-146-854, vecino de Canalete, Upala, Alajuela 700 metros este del cementerio y Álvaro Eduardo Ruiz Murillo, cédula 6-244- 814, vecino de Canalete, Upala, Alajuela, 2 km al oeste del Liceo de Canalete, y dicen que vienen a constituir una sociedad anónima denominada Ganadera Emu Sociedad Anónima, domiciliada en Alajuela, Upala, Canalete, 700 metros este del cementerio.—Upala, 24 de marzo del 2011.—Lic. Félix Herrera Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2011229702.—(IN2011023469).

Por medio de escritura número 108-7 otorgada a las 15:00 horas del día 21 de marzo del año 2011, se protocolizó acta de la sociedad Lighthouse Consulting Support Services S. A., por medio de la cual se nombró tesorero de la junta directiva.—Lic. Karen Rokbrand Fernández, Notaria.—1 vez.—RP2011229704.—(IN2011023470).

Por medio de escritura número 109-7 otorgada a las 16:00 horas del día 21 de marzo del año 2011, se protocolizó acta de la sociedad Millenium Venture Investmentes MVI S. A., por medio de la cual se nombró tesorero de la junta directiva.—Lic. Karen Rokbrand Fernández, Notaria.—1 vez.—RP2011229705.—(IN2011023471).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las once horas con cuarenta y cinco minutos del dieciocho de marzo del dos mil once, se reforma estatutos y se nombra nueva junta directiva de la Asociación para el Desarrollo de la Cultura y el Ambiente de la Región Norte; cédula jurídica número tres-ciento dos-cero cincuenta y seis mil novecientos dieciséis.—Ciudad Quesada, San Carlos, dieciocho de marzo del dos mil once.—Lic. Víctor Emilio Rojas Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2011229706.—(IN2011023472).

Por medio de escritura número 110-7 otorgada a las 16:30 horas del día 21 de marzo del año 2011, se protocolizó acta de la sociedad Yitzak Investments S. A., por medio de la cual se nombró tesorero de la junta directiva.—Lic. Karen Rokbrand Fernández, Notaria.—1 vez.—RP2011229707.—(IN2011023473).

Por medio de escritura número 111-7 otorgada a las 17:00 horas del día 21 de marzo del año 2011, se protocolizó acta de la sociedad Constructora de Matapalo DCR S. A., por medio de la cual se nombró tesorero de la junta directiva.—Lic. Karen Rokbrand Fernández, Notaria.—1 vez.—RP2011229708.—(IN2011023474).

Por escritura otorgada en esta notaría hoy se constituyó la sociedad denominada Inversiones Geke Chaves Salas S. A.—San José, 24 de marzo del 2011.—Lic. Imelda Arias del Cid, Notaria.—1 vez.—RP2011229709.—(IN2011023475).

El día de hoy al ser las ocho horas protocolicé acta de la sociedad Muebles Gerba Sociedad Anónima, en donde se nombra a secretaria y tesorera de la junta directiva y se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo.—En San José, veinticinco de marzo del año dos mil once.—Lic. Alfredo Salazar Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2011229710.—(IN2011023476).

Daniel Gamboa Pereira, Notario Público, domiciliado en Turrialba, avisa que al ser las 8:00 horas del 24 de marzo del 2011, mediante escritura Nº 19, iniciada al folio 21 vuelto del tomo 62 de mi protocolo se procedió a protocolizar la modificación de la cláusula cuarta del acta constitutiva, relativa a la representación de Kilómetro Diez S. A.—Turrialba, 24 de marzo del 2011.—Lic. Daniel Gamboa Pereira, Notario.—1 vez.—RP2011229712.—(IN2011023477).

Ante mí Edin Zúñiga Bolaños, notario público se constituyó la sociedad Guapinol del Sur Sociedad Anónima. La representación judicial y extrajudicial les corresponde a Froilán Esquivel Monge, cédula Nº 3-249-646 quien ocupa el cargo de presidente y Nury Mayela Madrigal Flores, cédula Nº 9-105-583, quien ocupa el cargo de secretaria. El capital social es la suma de treinta mil colones, representados por treinta acciones comunes y nominativas de mil colones.—Golfito, 22 de marzo del 2011.—Lic. Edin Zúñiga Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2011229713.—(IN2011023478).

Por escritura número 217 otorgada ante esta notaría, a las 14:00 del 7 de marzo del 2011, se constituye la sociedad Inmuebles Villalobos & Garita Sociedad Anónima. Capital 100.000 colones totalmente suscrito y pagado. Plazo 99 años. Presidente Álvaro Villalobos Sánchez.—San José, 15 de marzo del 2011.—Lic. Gabriela Vargas Rounda, Notaria.—1 vez.—RP2011229733.—(IN2011023479).

En asamblea general extraordinaria de Desarrollando Soluciones Inteligentes Sociedad Anónima, celebrada en San José Moravia La Trinidad a las once horas del dieciocho de noviembre del dos mil diez, se reforma la cláusula segunda en el sentido de que su domicilio social es Pavas centro, doscientos metros al norte de la Iglesia María Reina, con cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos tres mil quinientos sesenta y nueve. Acta protocolizada ante esta notaría a las 14:00 horas del 24 de marzo del 2011.—Patarrá, 24 de marzo del 2011.—Lic. Maritza Muñoz Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2011229735.—(IN2011023480).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 16:00 horas del 24 de marzo de 2011, la sociedad Comunicación, Cultura y Desarrollo Humano Hacia El Siglo Veintiuno, Sociedad Civil, reforma cláusula primera y tercera de los estatutos, para que se denomine Soluciones Sostenibles Solidarias Sociedad Civil.—Lic. Mario Alberto Marín Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2011229736.—(IN2011023481).

Por escritura pública ante esta notaría, a las diecinueve horas del siete de marzo del año dos mil once, se constituyó, la sociedad denominada Cascamoros de Heredia Sociedad Anónima. Domicilio: Heredia Mercedes Norte de Heredia, Urbanización Montebello, doscientos metros este del cementerio. Objeto: comercio en general. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Luis Diego Cascante Cruz.—San Rafael de Heredia, veintitrés de marzo del dos mil once.—Lic. Álvaro Rogelio Segura Ruiz, Notario.—1 vez.—RP2011229739.—(IN2011023482).

La sociedad Filial Cuba La Bella Oro Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-349675, domiciliada en San José, Escazú condominio River Side, sobre la carretera principal a San Antonio, apartamento 602 A, reforma su junta directiva vicepresidente René Carrillo, pasaporte 910140240. Fiscal Rachel Ten Brink Río se reforma la cláusula sétima del pacto social “La representación judicial y extrajudicial de la sociedad la ostentará el presidente de la junta directiva, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, según el artículo mil doscientos cincuenta y cuatro del código civil, quien podrá otorgar toda clase de poderes, revocarlos y otorgarlos nuevamente, reservándose su ejercicio, quedando autorizada para abrir cuentas corrientes de la sociedad, en caso de que el presidente se encuentra a causa de enfermedad imposibilitada para actuar corresponderá al vicepresidente la representación de la sociedad, previa demostración de la incapacidad del presidente. Presidenta Hilda Ten Brink.—San José a las 10 horas del 10 de marzo del 2011.—Lic. Ivannia Jesús Marín Valerio, Notaria.—1 vez.—RP2011229740.—(IN2011023483).

La sociedad Filial Cuba La Bella Diamante Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-349699, domiciliada en San José, Escazú condominio River Side, sobre la carretera principal a San Antonio, apartamento 602 A, reforma su Junta Directiva vicepresidente René Carrillo, pasaporte 910140240. Fiscal Rachel Ten Brink Río se reforma la cláusula sétima del pacto social “La representación judicial y extrajudicial de la sociedad la ostentara el presidente de la Junta Directiva, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, según el artículo mil doscientos cincuenta y cuatro del código civil, quien podrá otorgar toda clase de poderes, revocarlos y otorgarlos nuevamente, reservándose su ejercicio, quedando autorizada para abrir cuentas corrientes de la sociedad, en caso de que el presidente se encuentra a causa de enfermedad imposibilitada para actuar corresponderá al vicepresidente la representación de la sociedad, previa demostración de la incapacidad del presidente. Presidenta: Hilda Ten Brink.—San José, a las 10 horas del 21 de marzo del 2011.—Lic. Ivannia Jesús Marín Valerio, Notaria.—1 vez.—RP2011229741.—(IN2011023484).

La sociedad Filial Cuba la Bella Platino Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-349720, domiciliada en San José, Escazú condominio River Side, sobre la carretera principal a San Antonio, apartamento 602 A, reforma su Junta Directiva vicepresidente René Carrillo, pasaporte 910140240. Fiscal Rachel Ten Brink Rio se reforma la cláusula sétima del pacto social “La representación judicial y extrajudicial de la sociedad la ostentará el presidente de la junta directiva, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, según el artículo mil doscientos cincuenta y cuatro del código civil, quien podrá otorgar toda clase de poderes, revocarles y otorgarlos nuevamente, reservándose su ejercicio, quedando autorizada para abrir cuentas corrientes de la sociedad, en caso de que el presidente se encuentra a causa de enfermedad imposibilitada para actuar corresponderá al vicepresidente la representación de la sociedad, previa demostración de la incapacidad del presidente. Presidenta Hilda Ten Brink.—San José, a las 10 horas del 21 de marzo del 2011.—Lic. Ivannia Jesús Marín Valerio, Notaria.—1 vez.—RP2011229742.—(IN2011023485).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora de Alimentos La Josefina Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Plazo social: Cien años. Domicilio: Jicaral, Puntarenas, frente a Servicentro Jicaral. Presidente: Luis Diego Rojas Céspedes.—Puntarenas, veinticuatro de marzo del dos mil once.—Lic. William Herrera Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2011229743.—(IN2011023486).

El suscrito notario hace constar, que ante esta notaría en fecha veintitrés de marzo de dos mil once se constituyó la plaza de denominación: Kokos de Nosara Sociedad Anónima lo cual consta al folio ciento diez vuelto, del tomo uno del suscrito notario público. Es todo.—Veinticinco de marzo de dos mil once.—Lic. Sergio Mena Díaz, Notario.—1 vez.—RP2011229744.—(IN2011023487).

Por escritura número ciento setenta y uno, visible en el tomo sétimo del protocolo del suscrito notario, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa tres ciento uno-seiscientos veintiocho mil trescientos setenta y seis sociedad anónima, en donde se reforma la cláusula sexta del pacto social. Es todo.—San José, marzo veintitrés del año dos mil once.—Lic. Alexander Calderón Mora, Notario.—1 vez.—RP2011229745.—(IN2011023488).

Ante mí, Héctor Rolando Vargas Sánchez, notario público con oficina en Heredia en escritura otorgada a las ocho horas quince minutos del veinticinco de marzo del dos mil diez, se constituyó la empresa Cítricos del Sur E.I.R.L., siendo su gerente el señor Álvaro  Barboza Orozco.—25 de marzo del 2010.—Lic. Héctor Rolando Vargas Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2011229747.—(IN2011023489).

Por escritura otorgada ante nosotros a las 15 horas del día 22 de enero del 2011, se constituyó la sociedad de esta plaza Proyecto Trescientos V y V S. A.—San José, 23 de marzo del 2011.—Lic. Gloriana Vicarioli Guier y Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notarios.—1 vez.—RP2011229748.—(IN2011023490).

Carolina Mata Alvarado, notaria pública hace constar que en la escritura número cincuenta y tres, visible al folio treinta y siete frente, del tomo trece del protocolo de la suscrita notaria, se constituyó la sociedad Inversiones Mazupe Cero Nueve Noventa Responsabilidad Limitada.—Cartago, a las siete horas del veinticuatro de marzo del dos mil once.—Lic. Carolina Mata Alvarado, Notaria.—1 vez.—RP2011229750.—(IN2011023491).

Carolina Mata Alvarado, notaria pública hace constar que en la escritura número cincuenta y dos, visible al folio treinta y seis frente, del tomo trece del protocolo de la suscrita notaria, se constituyó la sociedad Inversiones Sanema Trece Responsabilidad Limitada.—Cartago, a las siete horas diez minutos del veinticuatro de marzo del dos mil once.—Lic. Carolina Mata Alvarado, Notaria.—1 vez.—RP2011229751.—(IN2011023492).

Carolina Mata Alvarado, notaria pública hace constar que en la escritura número cincuenta, visible al folio treinta y cuatro vuelto, del tomo trece del protocolo de la suscrita notaria cincuenta y dos, se constituyó la sociedad Inversiones PZ Dega San Isidro Responsabilidad Limitada.—Cartago, a las siete horas veinte minutos del veinticuatro de marzo del dos mil once.—Lic. Carolina Mata Alvarado, Notaria.—1 vez.—RP2011229752.—(IN2011023493).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del día veintidós de marzo del año dos mil once, se protocolizó el acta de la sociedad Grupo Ranura Sociedad Anónima, se reforma la cláusula novena.—San José, veintitrés de marzo del año dos mil once.—Lic. Eugenio Desanti Hurtado, Notario.—1 vez.—RP2011229753.—(IN2011023494).

La suscrita notaria hace constar que mediante escritura número doscientos noventa y dos del protocolo número uno de la suscrita notaria fue constituida la sociedad en plaza denominada Edu-Pharma S. A. al ser las ocho horas del veinticinco de marzo del dos mil once, Presidenta: Gracia María Alas de Girón.—Lic. Raquel Reyes Arias, Notaria.—1 vez.—RP2011229754.—(IN2011023495).

Por escritura número ciento treinta y cuatro otorgada a las nueve horas veinte minutos del veinticinco de marzo del dos mil once protocolicé el acta de asamblea general de socios, mediante la cual se modifica la cláusula octava de los estatutos de Beyco Internacional Sociedad Anónima y se otorgó poder generalísimo sin límite de suma.—Lic. Hazel Rojas Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2011229755.—(IN2011023496).

Por escritura número dos-diez, otorgada en mi notaría, a las 8:00 horas del 18 de marzo del 2011, se constituyó la compañía denominada Orecas Sociedad Anónima, domiciliada en Curridabat, capital social cien mil colones suscrito y pagado.—San José, 18 de marzo del 2011.—Lic. Mario E. Vargas Barguil, Notario.—1 vez.—RP2011229756.—(IN2011023497).

 Mediante protocolización de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la empresa Grupo Inversiones y Representaciones R y F Sociedad Anónima, se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto social. Se nombra secretario, tesorero y fiscal.—San José, 24 de marzo de 2011.—Lic. Carmen Aguilar Mora, Notaria.—1 vez.—RP2011229765.—(IN2011023498).

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del veintitrés de marzo del 2011, se constituyó la sociedad Inversiones Hakapach S. A., plazo social cien años.—San José, 25 de marzo del 2011.—Lic. Déborah Feinzaig Mintz, Notaria.—1 vez.—RP2011229766.—(IN2011023499).

Ante nuestra notaría, escritura número trescientos treinta y ocho, otorgada a las catorce horas del once de marzo del dos mil once, se constituyó la sociedad Orias de San Martín Sociedad Anónima, domicilio social: La Palma de San Carlos, capital social: un millón de colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de cien mil colones cada una, plazo social: noventa y nueve años. Objeto: comercio en general, presidente: Rolando Pérez Orias.—Nicoya, 11 de marzo de 2011.—Lic. Juan Edwin Yockchen Mora y Lic. Mario Ulloa Aiza, Notarios.—1 vez.—RP2011229767.—(IN2011023500).

Los suscritos Esther Moya Jiménez y Juan Luis León Blanco, abogados y notarios, hacen constar que con fecha 23 de marzo del 2011, se constituyó sociedad anónima Amor Producciones Sociedad Anónima, capital social de 10.000 colones, plazo social 99 años, presidenta: Mónica Luna Alvarado, apoderada generalísima.—San José, 25 de marzo de 2011.—Lic. Esther Moya Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2011229768.—(IN2011023501).

En mi conotaría, a las once horas de hoy, se nombró tesorero de Cafetalera Monte Flores S. A.—San José, 23 de marzo del 2011.—Lic. Gerardo Ruin Céspedes, Notario.—1 vez.—RP2011229769.—(IN2011023502).

Mediante escritura número 13, otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 35 minutos, del 22 de marzo de 2011, se protocolizó el acta número 3, de asamblea general extraordinaria de Depósito de Maderas y Materiales San Rafael DMM Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-426961, mediante la cual se modifica la cláusula octava de su pacto constitutivo.—San José, 22 de marzo de dos mil once.—Lic. Laura Tatiana Arroyo Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2011229772.—(IN2011023503).

Mediante escritura número 14, otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 22 de marzo de 2011, se protocolizó el acta número 4, de asamblea general extraordinaria de Suplidora de Materiales El Triniteño Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-367662, mediante la cual se modifica la cláusula quinta de su pacto constitutivo.—San José, 22 de marzo de dos mil once.—Lic. Laura Tatiana Arroyo Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2011229773.—(IN2011023504).

Mediante escritura número 12, otorgada ante esta notaría, a las 13:00 horas del 22 de marzo de 2011, se protocolizó el acta número 14, de asamblea general extraordinaria de Depósito de Maderas y Materiales El Triniteño Sociedad Anónima, cédula jurídica número: 3-101-161310, mediante la cual se modifica la cláusula octava de su pacto constitutivo.—San José, 22 de marzo de dos mil once.—Lic. Laura Tatiana Arroyo Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2011229774.—(IN2011023505).

Por escritura otorgada a las 08:00 horas del 24 de marzo del 2011, ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de 3-102-623067 s.r.l., en virtud de la cual se acordó reformar las cláusulas segunda y décimo tercera, nombrar un nuevo gerente, eliminar la cláusula décimo sexta del pacto social de la compañía y por ende revocar el nombramiento de agente residente.—San José, 24 de marzo de 2011.—Lic. José Alfredo Campos Salas, Notario.—1 vez.—RP2011229776.—(IN2011023506).

Se constituye sociedad anónima denominada Integradora de Negocio INSA Sociedad Anónima, en escritura número doscientos cincuenta, de fecha veintidós de marzo del dos mil once.—Lic. Josef Yamin Díaz Díaz, Notario.—1 vez.—RP2011229777.—(IN2011023507).

Por escritura número doscientos, de las once horas del veinticuatro de marzo del dos mil once, se constituye CENDI-TRA Sociedad Anónima.—Lic. Vilma Cecilia Paco Morales, Notaria.—1 vez.—RP2011229778.—(IN2011023508).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las diez horas del veintidós de marzo de dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Tresors de Pacifique S. A., en virtud de la cual se reformó la cláusula sétima del pacto social, se nombró nuevo presidente y secretario.—San Juan de Tibás, veintidós de marzo de dos mil once.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—RP2011229779.—(IN2011023509).

Ante el infrascrito notario por escritura otorgada a las 16:40 horas del 14 de marzo del año 2011, el señor Christophe Diaz (de nacionalidad francesa) y su esposa la señora Sandy Céspedes González, convinieron en la constitución de una sociedad  anónima,  regida  por  lo   dispuesto en  el  Código  de Comercio,   la   cual  se  denominará  Pavones  Land  Company S. A.—Alajuela, 14 de marzo de 2011.—Lic. Marco Lino López Castro, Notario.—1 vez.—RP2011229781.—(IN2011023510).

Ante mí, María Elieth Pacheco Rojas, el día tres de marzo del dos mil once, a las once horas veinte minutos, se constituyó la sociedad que se denomina Seis Hermanas Noelia Limitada, gerente Noe Molina Rodríguez.—Venecia de San Carlos, Alajuela, veinticuatro de marzo del dos mil once.—Lic. María Elieth Pacheco Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2011229782.—(IN2011023511).

Ante mí, María Elieth Pacheco Rojas, el día 21 de marzo del 2011, a las diecisiete horas, se constituyó la sociedad denominada Monte Surf Sociedad de Responsabilidad Limitada, gerente Jonathan Araya Carranza.—Venecia de San Carlos, Alajuela, 24 de marzo del 2011.—Lic. María Elieth Pacheco Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2011229783.—(IN2011023512).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 15:00 horas del 4 de marzo del 2011, José Luis Simón Gómez y María del Mar Dada Cedeño, conforme al Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, constituyen cinco sociedades anónimas, domiciliadas en la ciudad de San José, Tibás, San Juan, frente a la estación de bomberos, capital social de diez mil colones.—Lic. Roberto Villalobos Chaves, Notario.—1 vez.—RP2011229784.—(IN2011023513).

Ante esta notaría, se protocolizó el acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Corporación Metalbus Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula tercera del pacto social.—San José, veinticuatro de marzo del dos mil once.—Lic. Wendy Solórzano Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2011229790.—(IN2011023514).

Lila Esperanza Fletes Silva y Cecilia Chaverri Fonseca, acuerdan disolver Cablamasoliframa Sociedad Anónima, cualquier interesado puede hacer valer sus derechos treinta días hábiles a partir de la presente publicación. Escritura otorgada ante la notaria Lic. Yesenia Carrillo Miranda, en Liberia a las 16:00 horas del 24 de marzo del 2011.—Lic. Yesenia Carrillo Miranda, Notaria.—1 vez.—RP2011229791.—(IN2011023515).

Maikol Danny Zuñiga Rodríguez y Adela María Olsen Villegas, conforme al Decreto Ejecutivo, número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, constituyen sociedad anónima, domiciliada en la ciudad de Liberia, Guanacaste, barrio Guadalupe, Liberia Guanacaste, de la entrada a barrio El Gallo, cien metros este y ciento cincuenta norte, con un capital social de diez mil colones.—Liberia, veinticuatro de marzo de dos mil once.—Lic. María José Núñez Palma, Notaria.—1 vez.—RP2011229792.—(IN2011023516).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas quince minutos del día 24 de marzo del 2011, se modificó el pacto social  de  Los  Jarochos Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-566263, se modificó 1, cláusula octava; la representación judicial y extrajudicial la tendrá únicamente el presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limite de suma; 2, se revocaron y sustituyeron los nombramientos de presidente y secretaria de la junta directiva.—Barrio Luján, San José, 24 de marzo del 2011.—Lic. Yurly Alguera Martínez, Notario.—1 vez.—RP2011229793.—(IN2011023517).

Por medio de la escritura otorgada ante el notario público, Juan Pablo Miranda Badilla, en la cuidad de San Isidro de Pérez Zeledón, a las doce horas del día dieciocho de marzo del año dos mil once, se constituyeron las empresas denominadas Osa Mountain Hiking Tours Limitada, Osa Mountain Adventures Limitada, Osa Mountain Horseback Riding Tours Limitada y Overtco CR Limitada, 1. Plazo social: noventa y nueve años. 2. Domicilio: provincia de San José, San Isidro de Pérez Zeledón, barrio Cooperativa, urbanización Boruca, tercera entrada, veinticinco metros al oeste. 3. Representación: gerente general y subgerente. 4. Nombramientos: gerente general Duane Arlen Overturf, subgerente James Patrick Gale. 5. Capital social: cien mil colones exactos. Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón, dieciocho de marzo del año dos mil once.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1 vez.—RP2011229797.—(IN2011023518).

Por medio de la escritura pública, otorgada ante el notario Eduardo Antonio Wong Briceño, en San José, a las trece horas del día veintitrés de mayo del año dos mil diez, se constituye la sociedad anónima, que tendrá por nombre el número de cédula jurídica asignado por el Registro Nacional, Sección Mercantil. Presidenta: María Isabel García Solano.—San José, trece de marzo del año dos mil once.—Lic. Eduardo Antonio Wong Briceño, Notario.—1 vez.—RP2011229798.—(IN2011023519).

Por medio de la escritura otorgada ante el notario público Juan Pablo Miranda Badilla, en la ciudad de San Isidro de Pérez Zeledón, a las diez horas del día diecisiete de marzo del año dos mil once, se constituyó la empresa denominada Savana Gage Sociedad de Responsabilidad Limitada: 1. Plazo social: noventa y nueve años. 2. Domicilio: provincia de San José, San Isidro de Pérez Zeledón, barrio Cooperativa, urbanización Boruca, tercera entrada, veinticinco metros al oeste. 3. Representación: gerente general y subgerente. 4. Nombramientos: gerente general William Sharp Bowman Jr, subgerente Susan Gail Bowman. 5. Capital social: cien mil colones exactos. Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón, 17 de marzo del año dos mil once.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1 vez.—RP2011229799.—(IN2011023520).

Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública, en San Isidro de Pérez Zeledón, a las catorce horas con cuarenta minutos del día veintiuno de marzo del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de cuotistas de Zhu-Zha Perdidos Allá, por medio de la cual se modifica las cláusulas primera, tercera y sétima del pacto social, se revoca el nombramiento del gerente uno y gerente dos de la compañía, se nombra nuevo gerente uno y gerente dos de la compañía.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintiuno de marzo del año dos mil once.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—RP2011229800.—(IN2011023521).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 20:00 horas del 23 de marzo del 2011, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Cumbres del Miravalles S.A., mediante la cual se nombra nueva junta directiva y se modifica el artículo segundo del pacto social, del domicilio.—Alajuela, 23 de marzo del 2011.—Lic. José Arturo Fernández Ardón, Notario.—1 vez.—RP2011229805.—(IN2011023522).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 19:00 horas del 23 de marzo del 2011, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa tres-ciento uno-seiscientos quince mil setecientos cincuenta y ocho s. a., mediante la cual se nombra nueva junta directiva y modifica el artículo segundo del pacto social, del domicilio.—Alajuela, 23 de marzo del 2011.— Lic. José Arturo Fernández Ardón, Notario.—1 vez.—RP2011229806.—(IN2011023523).

En mi notaría, mediante escritura Nº 151-24, otorgada en San Ramón, Alajuela, a las 17:15 horas del 22 de marzo del año 2011, se constituyó la sociedad Proyecto Ecosoluciones de Vivienda de Costa Rica S. A., plazo noventa y nueve años, objeto: desarrollo de actividades de construcción y de servicios en general, además de agricopecuarias e industriales. Presidente Luis Alonso Céspedes Arias.—San Ramón, Alajuela, 24 de marzo del año 2011.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—1 vez.—RP2011229808.—(IN2011023524).

El suscrito notario hace constar que el día de hoy se constituyó en mi notaría, las sociedades denominadas JC Mutual Fund WGS Costa Rica Vehículos Josué Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de marzo del 2011.—Lic. Sebastián David Vargas Roldán, Notario.—1 vez.—RP2011229809.—(IN2011023525).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de la  asamblea  general  extraordinaria  de  cuotistas  de  la  sociedad La Cuesta Encantada Limitada, se acordó modificar cláusula de la administración y se revocó un nombramiento de gerente. Es todo.—San José, 24 de marzo de 2011.—Lic. Fabiola Soler Bonilla, Notaria.—1 vez.—RP2011229810.—(IN2011023526).

En Guápiles, Pococí, cambio de presidente y tesorero de la junta directiva de la sociedad denominada 3-101-588704 sociedad anónima, cédula jurídica 3-101-588704.—Guápiles, nueve de marzo del dos mil once.—Lic. Jesús Pablo Baltodano Gómez, Notario.—1 vez.—RP2011229813.—(IN2011023527).

En Guápiles, Pococí, cambio de presidente y tesorero de la junta directiva de la sociedad denominada Corporación Funeraria Acrópolis Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-460860.—Guápiles, nueve de marzo del dos mil once.—Lic. Jesús Pablo Baltodano Gómez, Notario.—1 vez.—RP2011229814.—(IN2011023528).

Por escritura otorgada ante mí, a las 18:00 horas del 24 de marzo  del  2011, protocolicé acta de la sociedad  Funeraria Montesacro Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula 10 de la administración.—Lic. Leda Di Nápoli Perera, Notaria.—1 vez.—RP2011229817.—(IN2011023529).

El día de hoy se constituyó en mi notaría, la sociedad Dimase S. A., plazo social: noventa y nueve años, capital social: diez mil colones, domicilio social: Cartago, residencial Ana Lucía, Tejar del Guarco, Cartago. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin limite de suma, pudiendo actuar en forma conjunta o separadamente.—Cartago, 25 de marzo del 2011.—Lic. Patricia Meza Meza, Notaria.—1 vez.—RP2011229818.—(IN2011023530).

Por escritura número doce de las dieciocho horas cuarenta y cinco minutos del once de febrero del año dos mil once, se constituyó la sociedad Gimnasios Damiwag Sociedad de Responsabilidad Limitada, domicilio Sarchí Sur de Valverde Vega, Alajuela, Alto Castro, en el edificio Centro Mueblero del Sur, plazo social: noventa y nueve años, capital social: noventa y nueve mil colones.—Lic. Marconi Salas Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2011229820.—(IN2011023531).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, al ser las veinte horas con cuarenta minutos del veintitrés de marzo del presente año, se constituyó la sociedad denominada Norju Capital Ltda, plazo social: cien años, capital social: doce mil colones, gerente Norlyn Rojas Calvo.—San José, 24 de marzo de 2011.—Lic. José Pablo Mata Ferreto, Notario.—1 vez.—RP2011229821.—(IN2011023532).

El día de hoy, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Impresa Manbrogu S.R.L., plazo social: noventa y nueve años, gerente y subgerente apoderados generalísimos, capital social: diez mil colones.—San José, veinticuatro de marzo del dos mil once.—Lic. Manfred Clausen Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2011229822.—(IN2011023533).

Mediante escritura pública número ciento treinta y tres-diecisiete, otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del veintiuno de marzo del dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Villa Regia Sociedad Anónima, se modifica el pacto constitutivo cláusula sétima sobre la representación judicial y extrajudicial y se cambia la junta directiva y el fiscal.—Lic. Mario Rodríguez Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2011229824.—(IN2011023534).

Por escritura de las ocho horas de hoy, se constituye la sociedad anónima Seguridad Máxima Sociedad Anónima.—Cartago, diez de marzo del dos mil once.—Lic. Luis Anselmo Solano Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011229825.—(IN2011023535).

Ante la suscrita notarua, María de Los Ángeles Angulo Gómez, los señores Trinidad Arroyo Arroyo, conocido como Orlando Chaves Arroyo, cédula 5-132-218 y Blanca Rosa Alvarado Orozco, cédula 1-620-164, constituyeron una sociedad denominada Monserrat K Tres Sociedad Anónima, con un capital social de un millón de colones.—25 de marzo del 2011.—Lic. María de Los Ángeles Angulo Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2011229827.—(IN2011023536).

Ante mi notaría, se ha constituido la sociedad denominada Máxima Mensajería de Costa Rica M. M. C. R. Sociedad Anónima, capital social: cien mil colones.—San José, veinticinco marzo dos mil once.—Lic. Gerardo Mora Protti, Notario.—1 vez.—RP2011229828.—(IN2011023537).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del día 22 de marzo de 2011, se protocoliza acta de la sociedad denominada Life in Pictures S.R.L., se reforma cláusula segunda y se revoca el nombramiento de agente residente y se nombra otro nuevo.—Lic. Iván Granados Fischel, Notario.—1 vez.—RP2011229829.—(IN2011023538).

Por escritura otorgada ante mí, a las 09:00 horas del día 22 de marzo de 2011, se protocoliza acta de la sociedad denominada Sharp Focus S.R.L., se reforma cláusula segunda y se revoca el nombramiento de agente residente y se nombra otro nuevo.—Lic. Iván Granados Fischel, Notario.—1 vez.—RP2011229830.—(IN2011023539).

Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del día 22 de marzo de 2011, se protocoliza acta de la sociedad denominada Construcciones e Inversiones Agua Azul R Y R S. A., se reforma cláusula sétima y se revocan los nombramientos de presidente, secretario y tesorero de la junta directiva y se nombran otros nuevos.—Lic. Iván Granados Fischel, Notario.—1 vez.—RP2011229832.—(IN2011023540).

Por escritura de las 16:00 horas del 21 de marzo de 2011, protocolicé acta de asamblea de accionistas de Hacienda Siloe S.A.—Lic. Carlos Enrique Cruz Loría, Notario.—1 vez.—RP2011229833.—(IN2011023541).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las diez horas del diecisiete de marzo del año dos mil once, se constituye la sociedad Nexus Global Online Sociedad Anónima S. A.—San José, veinticuatro de marzo del dos mil once.—Lic. María Gabriela Ramírez Zúñiga, Notaria.—1 vez.—RP2011229835.—(IN2011023542).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las nueve horas del veintitrés de marzo del año dos mil once, se constituye la sociedad Tamandu Marketing Group S. A.—San José, veintitrés de marzo del dos mil once.—Lic. María Gabriela Ramírez Zúñiga, Notaria.—1 vez.—RP2011229838.—(IN2011023543).

Hoy protocolicé acta de asamblea general de accionistas de Compañía Ganadera El Cortijo S. A., se modifica cláusula octava del pacto social.—San José, 25 de marzo de 2011.—Lic. Luis Gustavo Pereira León, Notario.—1 vez.—RP2011229839.—(IN2011023544).

Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de CTM Tres S. A., se modifica cláusula quinta del pacto social.—San José, 25 de marzo de 2011.—Lic. Luis Gustavo Pereira León, Notario.—1 vez.—RP2011229840.—(IN2011023545).

Que mediante escritura de las nueve horas del veinticinco de marzo del dos mil once, se constituyó Eco Construcciones A T F S. A., capital social: diez mil colones.—Coronado, a las diez horas del veinticinco de marzo del dos mil once.—Lic. Roxana Jara Tenorio, Notaria.—1 vez.—RP2011229841.—(IN2011023546).

Hoy protocolicé acta de asamblea general ordinaria de junta administradora de Fundación Grandes Esperanzas Para El Futuro, se modifica la cláusula sétima de los estatutos de la fundación.—San José, 25 de marzo de 2011.—Lic. Luis Gustavo Pereira León, Notario.—1 vez.—RP2011229842.—(IN2011023547).

Por protocolización de acta celebrada ante mí, a las quince horas treinta minutos del día veintiuno de diciembre del año dos mil diez, en el domicilio social, de la empresa Penisula Paradise Quads Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y un mil doscientos veintinueve, se reforma la cláusula novena de los estatutos en cuanto a la representación, corresponderá al presidente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 21 de diciembre del 2010.—Lic. Juan Luis Mora Cascante, Notario.—1 vez.—RP2011229843.—(IN2011023548).

Ante esta notaría, comparecen Michael Heinsohn y Martha Lucía Rodríguez Rodríguez, quienes constituyen la sociedad anónima denominada Diseño y Licencias Sociedad Anónima, cuyo capital ha sido totalmente suscrito y pagado.—San José, veinticuatro de marzo del año dos mil once.—Lic. Luis Alberto Pereira Brenes, Notario.—1 vez.—RP2011229844.—(IN2011023549).

Por escrituras otorgadas en mi notaría, se constituyeron las sociedades denominadas Agrícola Agriss Sociedad Anónima y Agrícola Pablon Sociedad Anónima, con domicilio en la ciudad de Los Ángeles de Tilarán, Guanacaste, cuyo presidente es José Pablo Salas Segura.—San José, 15 de marzo del año 2011.—Lic. Alexandro Vargas Vásquez, Notario.—1 vez.—RP2011229845.—(IN2011023550).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del veintiuno de marzo del dos mil once, se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada, que llevará la cédula jurídica que el Registro de Personas Jurídicas, le asigne en el momento de su inscripción, con un plazo social de noventa y nueve años y un capital de doce mil colones, la cual se denominará Kalon Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, veintidós de marzo del dos mil once.—Lic. Ramón María Yglesias Piza, Notario.—1 vez.—RP2011229847.—(IN2011023551).

Yo, María Gabriela Ulloa Raabe, notaria pública con oficina en San José, en conotariado con el Lic. Marco Antonio Sánchez Pereira, he protocolizado acuerdos de asamblea general de socios de  la  sociedad  General  Food  San Pedro S. A., cédula jurídica 3-101-505439, donde se modifica la cláusula segunda y del pacto social y se nombra nuevo presidente. Escritura otorgada en San José, a las 12:00 horas del 14 de marzo de 2011, en el protocolo del conotario, Sánchez Pereira.—San José, 25 de marzo de 2011.—Lic. María Gabriela Ulloa Raabe, Notaria.—1 vez.—RP2011229851.—(IN2011023552).

Yo, María Gabriela Ulloa Raabe, notaria pública, con oficina en San José, en conotariado con el Lic. Marco Antonio Sánchez Pereira, he protocolizado acuerdos de asamblea general de socios de la sociedad Hacienda Ganadera Río Molino S. A., cédula jurídica 3-101-285839, donde se modifican las cláusulas segunda y octava del pacto social y se nombra nuevo presidente. Escritura otorgada en San José, a las 11:00 horas del 14 de marzo del 2011, en el protocolo del conotario, Sánchez Pereira.—San José, 25 de marzo de 2011.—Lic. María Gabriela Ulloa Raabe, Notaria.—1 vez.—RP2011229852.—(IN2011023553).

Por escritura otorgada a las once horas del once de marzo del dos mil once, se reforma las cláusulas segunda, sexta, quinta, novena y décima primera, del pacto social de Agentes de Seguros del Oeste S. A., capital suscrito y pagado.—Lic. Ivette Marie Hoffman De Pass, Notaria.—1 vez.—RP2011229855.—(IN2011023554).

Por escritura otorgada a las catorce horas del veintitrés de marzo del dos mil once, se reformó la cláusula segunda de la sociedad Villa Ocean Hills Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.—RP2011229856.—(IN2011023555).

Por escritura otorgada ante mí; a las 08:00 horas del 18 de marzo de 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Los Cerezos de Vida Sol Ltda.—Lic. Eugenio Francisco Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2011229862.—(IN2011023556).

Ante esta notaría, mediante escritura número noventa, de las once horas cuarenta minutos del veintitrés de marzo de dos mil once, se nombra nueva junta directiva de la sociedad denominada A & E Pelágidos de Centramerica S. A., número de cédula jurídica tres-ciento uno-treinta y cuatro cero nueve setenta y nueve, nombrándose como nueva presidenta a Yesenia Barrantes Mora.—San José, 24 de marzo de dos mil once.—Lic. Adalid Otoya Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2011229857.—(IN2011023557).

Por escritura otorgada ante mí, a las 09:00 horas del 11 de marzo de 2011, se constituyó la sociedad Inversiones Villafranca S. A.—Lic. Eugenio Francisco Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2011229863.—(IN2011023558).

Por escritura otorgada ante mí, Edwin Chacón Bolaños; José Manuel Mesén Bustos y José Esteban Mesén Bustos, constituyen sociedad que el nombre sea asignado de oficio por el Registro de Personas Jurídicas, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veinticuatro de marzo del dos mil once.—Lic. Edwin Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2011229865.—(IN2011023559).

Por escritura otorgada ante mí, Edwin Chacón Bolaños; José Manuel Mesén Bustos y José Esteban Mesén Bustos, constituyen sociedad que el nombre sea asignado de oficio por el Registro de Personas Jurídicas, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veinticuatro de marzo del dos mil once.—Lic. Edwin Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2011229866.—(IN2011023560).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del veintiuno de marzo del dos mil once, se constituye la sociedad denominada Seguridad y Vigilancia Layan del Caribe Sociedad Anónima, domicilio en Limón, barrio Los Cocos, cantón central, distrito primero, provincia de Limón, plazo 99 años, objeto: servicios de seguridad, presidente Daniel Espinoza Layan y secretario Guillermo Alcides Rojas Solano, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—21 de marzo del 2011.—Lic. Sonia María Conejo Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2011229867.—(IN2011023561).

Mediante escritura 426, otorgada a las 11:00 horas del 22 de diciembre del dos mil diez, ante mí, Jorge Aquiles Brenes Martínez, se constituyó la sociedad de nombre Comtel Sociedad Anónima, apoderado generalísimo sin límite de suma el señor Renso Samuels Guthrie, será en el distrito primero, cantón central de la ciudad de Limón, ciento cincuenta metros al norte del Organismo de Investigación de Judicial, casa esquinera de dos pisos.—Limón, 22 de setiembre del 2010.—Lic. Jorge Aquiles Brenes Martínez, Notario.—1 vez.—RP2011229868.—(IN2011023562).

Ante mí, Gladys Tapia Masís, notaria con oficina en San José, mediante escritura número 123 de fecha 21 de febrero del año 2011, visible al folio 49 vuelto, del tomo dos, otorgada a las 17:00 horas, se constituye la sociedad denominada Almacén y Ferretería Ugarte Siglo Veintiuno S. A., capital cancelado mediante letras de cambio a favor de la sociedad, representantes presidente y secretario.—San José, veinticuatro de marzo del año dos mil once.—Lic. Gladys Tapia Masís, Notaria.—1 vez.—RP2011229871.—(IN2011023563).

Ante mí, Lic. Gladys Tapia Masís, notaria, con oficina en San José, mediante escritura número 199, de fecha 23 de marzo año 2011, visible al folio 84 vuelto, del tomo dos, otorgada a las 15:00 horas, se modifica junta directiva sociedad denominada Guardería y Kinder El Arca de Noé S. A.—San José, ocho de marzo del año dos mil once.—Lic. Gladys Tapia Masís, Notaria.—1 vez.—RP2011229873.—(IN2011023564).

Ante mí, Lic. Gladys Tapia Masís, notaria con oficina en San José, mediante escritura número 133, de fecha 24 de febrero año 2011, visible al folio 54 vuelto, del tomo dos, otorgada a las 15:00 horas, se constituye la sociedad denominada Inversiones Loli Sociedad Anónima, capital cancelado mediante letras de cambio a favor de la sociedad, representantes presidente y secretario.—San José, veinticuatro de marzo del año dos mil once.—Lic. Gladys Tapia Masís, Notaria.—1 vez.—RP2011229874.—(IN2011023565).

Que en mi notaría, al ser las 09:00 horas del 13 de setiembre del 2010, se constituyó la sociedad  Empresa Rodolfo Villasamudio Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse con las dos últimas palabras  Empresa Rodolfo Villasamudio S. A., presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma: Rodolfo Villalobos Samudio, con cédula de identidad número 6-200-635, el plazo de duración indefinido y su domicilio social será en Limón, barrio La Colina, sector seis, costado este de la cancha de Envaco.—Limón, 24 de marzo del 2011.—Lic. Jorge Alfredo Castro Ortiz, Notario.—1 vez.—RP2011229875.—(IN2011023566).

Mediante escritura número ciento noventa y seis, otorgada a las catorce horas del veintitrés de marzo del año dos mil once, en el tomo segundo del protocolo del notario Walter Gerardo Gómez Rodríguez, se reforma la cláusula quinta del pacto social de la sociedad denominada Promotora Griega de Bienes Raíces Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos treinta y siete mil ochocientos uno.—San José, veinticuatro de marzo del año dos mil once.—Lic. Walter Gerardo Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2011229876.—(IN2011023567).

NOTIFICACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

SUCURSAL EN GUÁPILES

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El suscrito Administrador a. í. de la Sucursal de Guápiles, Caja Costarricense de Seguro Social, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación al Patrono incluidos en el cuadro que se detalla, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. En el cuadro, se indica el número patronal, nombre de la razón social y monto de la deuda a la fecha, de las cuotas obrero patronales y Ley de Protección al Trabajador. La Institución le concede 5 días hábiles, para que se presenten a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Sucursal 150 metros oeste de la Estación de Bomberos, Guápiles, centro.

Nombre del patrono: Asesores en Limpieza DGM S. A.

Número Patronal: 2-03101414539-001-001

 

Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

 

Guápiles, 01 de abril del 2011.—Lic. Efraín M. Mata Ríos, Administrador a. í.—(IN2011025168).

FE DE ERRATAS

JUNTA DE ADMINISTRACIÓN PORTUARIA Y DE DESARROLLO

      ECONÓMICO DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA

En la publicación de La Gaceta Nº 53 del 16 de marzo del 2011, se indica:

Nuestro Consejo de Administración en sesión ordinaria N° 41-2008, celebrada el 20 de noviembre del 2008, art. III-a, acordó:

Modificación del artículo 7º Reglamento General para el Otorgamiento de Permisos y Regulación de la Operación de Actividades Privadas dentro del Área Portuaria de Limón y Moín.

Deberá leerse correctamente:

Nuestro Consejo de Administración en sesión ordinaria N° 06-2011, celebrada el 10 de febrero del 2011, art. III-a, acordó:

Aprobar la modificación del artículo 7º Reglamento General para el Otorgamiento de Permisos y Regulación de la Operación de Actividades Privadas dentro del Área Portuaria de Limón y Moín, mediante la eliminación del inciso e), cuyo texto queda de la siguiente manera:

Limón, 30 de marzo del 2011.—Lic. Walter Anderson Salomons, Proveedor.—1 vez.—O. C. Nº 1973.—Solicitud Nº 49738.—C-7670.—(IN2011024754).

AVISOS

Jorge Valverde Oñett, cédula 1-718-106 apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad Music Compact J y A Limitada, cédula jurídica 3-102-345264, informa que como complemento a los edictos de reposición de libros, publicados en La Gaceta números 22, 23 y 24 de fechas 01, 02 y 03 de febrero del 2011, quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria, sede en San José, dentro del término de 8 días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Greivin Ureña Fuentes, Notario.—1 vez.—(IN2011026474).