ALCANCE Nº
MODIFICACIONES
A LOS PROGRAMAS
ECONOMÍA,
INDUSTRIA Y COMERCIO
TRIBUNAL
SUPREMO DE ELECCIONES
BANCO CRÉDITO
AGRÍCOLA DE CARTAGO
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
BANCO POPULAR Y
DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA
COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
BANCO POPULAR Y
DE DESARROLLO COMUNAL
BANCO POPULAR Y
DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
LABORATORIO COSTARRICENSE DE METROLOGÍA
MODIFICACIÓN AL PLAN DE COMPRAS 2011
Master Dunia Jiménez
Fernández, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº
01-2011.—Solicitud Nº 43112.—C-4680.—(IN2011029362).
JUNTA ADMINISTRATIVA DE
SECCIÓN DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000002-99999
Contratación de una empresa que brinde los
servicios
de mensajería para
La apertura de las ofertas
será a las diez horas del día 10 de mayo del 2011.
Para mayor información
comunicarse al teléfono 2220-12-70, fax 2296-70-11.
San José, abril del 2011.—Jorge
Vargas Espinoza, Director General.—1 vez.—(IN2011029451).
LICITACIÓN PÚBLICA 2011LN-000021-99999
Compra de materia prima para la producción de pan
El cartel estará a disposición en el Sistema de Compras
Gubernamentales Comprared a partir de esta fecha, en
la dirección https://www.hacienda.go.cr/rp/ca/InformacionT ramite.aspx?TRAMIDEN=2011LN-000021-99999&TITUTRAM=1414,
sitio al cual deberán también dirigirse todas las aclaraciones.
San José, 8 de abril de 2011.—Lic. Rolando A. Chinchilla Masís, Proveedor
Institucional.—1 vez.—O. C. Nº
4033933.—Solicitud Nº 39942.—C-9000.—(IN2011029005).
LICITACIÓN ABREVIADA 2011LA-000018-99999
Compra de agroquímicos y herramientas para
la producción de productos agrícolas y pecuarios
El cartel estará a disposición en el Sistema de Compras
Gubernamentales Comprared a partir de esta fecha, en
la dirección https://www.hacienda.go.cr/rp/ca/InformacionT ramite.aspx?titutram=1414&tramiden=2011LA-000018-99999, sitio al cual deberán también
dirigirse todas las aclaraciones.
San José, 8 de abril de 2011.—Lic. Rolando A. Chinchilla Masís, Proveedor
Institucional.—1 vez.—O. C. Nº
4033933.—Solicitud Nº 39943.—C-9920.—(IN2011029006).
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2011LN-000041-85001
Compra
de equipo para TIM
San José, 14 de abril del 2011.—Proveeduría Institucional.—Lic. Allan Herrera Herrera, Proveedor.—1
vez.—O. C. Nº 10788.—C-8100.—(IN2011029356).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000012-01
Contratación para la adquisición e instalación
de dispensadores de efectivo para
empotrar en pared
Cartago, 14 de abril del
2011—Proveeduría y Licitaciones.—Lic. Ericka Granados S., Jefa.—1
vez.—O. C. Nº 8.—Solicitud Nº
37279.—C-6770.—(IN2011029420).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000010-01
Adquisición de licencias para la gestión
de la configuración de la base
del conocimiento
Cartago, 14 de abril del 2011.—Proveeduría y Licitaciones.—Lic. Ericka Granados S., Jefa.—1
vez.—O. C. Nº 7—Solicitud Nº
37278.—C-6320.—(IN2011029422).
HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000007-2101
Compra artículo para el Programa Ortodoncia
Se informa a los interesados que
está disponible la licitación Abreviada Nº 2011LA-000007-2101, compra artículo
para el Programa Ortodoncia. Fecha máxima de recepción de ofertas 20 de mayo
del
San José, 15 de abril del 2011.—Subárea de Contratación Administrativa.—Bach.
David Sánchez Valverde, Coordinador a.í.—1 vez.—(IN2011029452).
LICITACIÓN ABREVIADA 2011LA-000018-PROV
Adquisición de licencias motor de
base de datos
Sybase y componentes de replicador de base
de datos 15.0 o superior
El cartel que contiene las
especificaciones se encuentra a disposición de los interesados en nuestra
página electrónica www.jps.go.cr, contrataciones
administrativas, pueden retirarlo en el Departamento de Proveeduría, cuarto
piso, edificio central sin ningún costo o solicitarlo al Sr. Jorge Baltodano
Méndez a la dirección electrónica: jbaltodano@jps.go.cr
a partir de esta notificación.
San José, 15 de abril del 2011.—Lic. Jorge A. Villalobos Fonseca, Jefe Departamento
de Proveeduría.—1 vez.—O. C.
24830.—Sol. 37247.—C-9420.—(IN2011029456).
MUNICIPALIDAD DE POAS
LICITACIÓN ABREVIADA 2011LA-000002-ASISTA
Producción de 1907 TM de mezcla asfáltica en
caliente
para retirar en boca de planta,
con aporte de asfalto
AC-30 municipal, donado por Recope
La suscrita
Secretaria del Concejo Municipal, Roxana Chinchilla Fallas, hace constar que en
San Pedro de Poás, 15 de abril del 2011.—Roxana Chinchilla F., Secretaria Concejo
Municipal.—1 vez.—(IN2011028958).
MUNICIPALIDAD DE HEREDIA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000012-01
Contratación para servicios de georeferenciación
para
Heredia, 15 de abril del 2011.—Lic. Enio Vargas Arrieta,
Proveedor Municipal.—1 vez.—O. C. Nº
53948.—Solicitud Nº 48012.—C-5420.—(IN2011028976).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000008-02
Contratación de los servicios para
mantenimiento de compresores
El cartel respectivo puede
retirarse en el lugar mencionado previo pago en la caja de Tesorería, situada
en el primer piso del edificio, por un costo de ¢1.000,00, o bien, el mismo
está disponible en la página Web de Recope,
www.recope.com.
La visita al sitio para
explicar los alcances técnicos y demás aspectos relevantes de este concurso se
llevará a cabo el día 27 de abril del
San José, 15 de abril del 2011.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez
Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 011-040.—Solicitud Nº
39518.—C-8120.—(IN2011029331).
OFICINA
DE COMPRAS Y OAGOS
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2010LN-005041-01
Compra de cajeros automáticos con entregas por demanda,
todos con su respectivo mantenimiento
El Banco de Costa Rica comunica a los interesados en la licitación en
referencia que
Ítem |
Precio por ATM US$ |
Mantenimiento, por ATM US$ |
Máximo de ATMs |
I, opción 1 |
14.588,30 |
129,95 |
350 |
II. |
13.804,08 |
129,95 |
50 |
III. |
15.709,26 |
129,95 |
50 |
IV. |
39.098,00 |
237,30 |
50 |
V. |
37.629,00 |
237,30 |
50 |
Rodrigo Aguilar S., Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 60598.—Solicitud Nº
44059.—C-8100.—(IN2011029417).
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2011LN-000001-PCAD
Contratación
de servicios de contaduría para auditar estados
financieros del Banco Popular y sus subsidiarias
El Proceso de Contratación
Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal hace del conocimiento
de los interesados en
Despacho Lara Eduarte,
S.C. C.J. 3-104-017989-28.
Honorarios: Los honorarios para
el período terminado al 31 de diciembre de 2011, son de (¢65.439.420,00).
Para el 2012 (¢65.439.420,00) y para el 2013
(¢65.439.420,00).
Los honorarios para el período terminado al 31 de
diciembre de 2010 de Fodemipyme, son de (¢3.439.152,00),
correspondiente a doscientas dieciséis (216) horas.
Honorarios por trabajos
adicionales
Los precios por hora profesional adicional se establecen
en quince mil novecientos veintidós colones (¢15.922,00) para cada año.
Como esta contratación contiene un componente de consumo
por demanda por trabajos adicionales similares en razón de un costo unitario
por hora profesional, según lo solicitado en el apartado 1.5.3, se entiende
para todos los efectos que los pagos a realizar al Contratista no pueden superar
los ¢305.000.000,00 (trescientos cinco millones de colones) en cada tracto del
plazo contratado, es decir, como el primer tracto de este contrato considera
los estados financieros del 2010 (FODEMIPYME), 2011 y 2012, se entiende que
para este primer tracto los pagos no podrán sobrepasar el monto antes citado
considerando el monto fijo anual por el desarrollo de
Garantía de cumplimiento: el adjudicatario dispondrá de
cinco días hábiles, contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación,
para rendir la correspondiente garantía de cumplimiento del 5% del total
adjudicado para los periodos 2010 (FODEMIPYME), 2011 y 2012 y con una vigencia
mínima de veintiséis meses. En caso de acceder a la prórroga para el periodo
2013 deberá ajustar la garantía a este mismo porcentaje sobre el monto anual y
con una vigencia de 14 meses.
Demás condiciones y requisitos según lo plantea el
Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular en su recomendación de
adjudicación N° 51-2011.
San José, 15 de abril del 2011.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Jefe.—1
vez.—(IN2011029358).
GERENCIA DE LOGÍSTICA
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2010LN-000042-1142
Interferón Beta 1-a, de origen ADN recombinante,
30 μg (6 millones de UI/0.5 ml),
líquido estéril,
jeringa prellenada de vidrio de 1 ml.
El ítem único
de este concurso se adjudicó a la empresa Stendhal Américas S. A.,
representada por Stendhal Costa Rica S. A. oferta única por un monto total de
USD $1.391.985,90 (un millón trescientos noventa y un mil novecientos ochenta y
cinco dólares con noventa centavos). “Vea detalles y
mayor información en la página Web http://www.ccss.sa.cr.”
San José, 8 de setiembre de
2010.—Lic. Vilma Arias Marchena, Jefa de
GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS
DIRECCIÓN ADMINISTRACIÓN PROYECTOS ESPECIALES
LICITACIÓN PÚBLICA 2010LN-000003-4403
Recompra de equipos/CAIS Puriscal
Se informa que está disponible la
adjudicación de
San José, 15 de abril de 2011.—Subárea Gestión Administrativa y
Logística.—Lic. José Ángel Vargas Castro, Jefe a. í.—1
vez.—(IN2011029402).
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
CONCURSO: 2011LN-000001-1142
(Resolución de trámite infructuoso)
Mascarilla quirúrgica descartable, código:
2-97-01-0150
A los
interesados en el presente concurso, se les comunica que por resolución de
San José, 15 de abril de 2011.—Subárea de Carteles.—Lic. Shirley Solano Mora,
Jefa a. í.—1 vez.—O. C. Nº
1142.—Solicitud Nº 1552.—C-5870.—(IN2011029433).
DIRECCIÓN DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL Nº
2008LI-000001-PRI
Contratación de una firma consultora para
realizar el plan
maestro del uso del
recurso hídrico para el
abastecimiento de agua
potable
del Área Metropolitana
El Instituto
Costarricense de Acueductos y Alcantarillados cédula jurídica 4-000-042138,
comunica que mediante que acuerdo de Junta Directa Nº 2011-119 del 12 de abril
del 2011, se declara desierta por razones de interés público
San José, 14 de abril del 2011.—Dirección Proveeduría.—Lic. Jéniffer Fernández Guillén.—1
vez.—O. C. Nº 11-03.—Solicitud Nº
1847.—C-6320.—(IN2011029341).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2010LN-000003-02
Suministro de grúas
Se informa que
el concurso en referencia fue adjudicado según acuerdo tomado por
Oferta Nº: dos
(2)
Oferente: Tadano
América Corporation.
Representante legal: Yo Kakinuma.
Monto recomendado: €1.585.599,00
Descripción: Línea 1: una (1) grúa auto transportable,
tipo todo terreno, marca Tadano, origen alemán,
modelo ATF220G-5, incluyendo además de los dos cabrestantes instalados en la
grúa, el cabrestante adicional de repuesto igual al principal.
- Precio unitario y total:
€1.208.241,25 CPT.
- Certificado
internacional: €12.000,00
- Inscripción
del equipo: placas y marchamo. €83.732,87
- Mantenimiento
preventivo: €281.625,00 (en razón de €18.775,00 por visita y 3
visitas anuales durante 5 años).
Demás
especificaciones conforme la oferta y el cartel respectivo.
Forma de pago: mediante
carta de crédito, bajo las siguientes condiciones:
- Equipo y certificado:
80% contra presentación de documentos de embarque y del certificado
internacional, el restante 20% del valor del equipo se pagará una vez inscrito
el mismo a nombre de Recope.
- Inscripción:
100% contra el recibo a satisfacción de este requisito.
Mantenimiento
preventivo: por transferencia bancaria, contra la prestación de los servicios a
satisfacción de Recope.
Tiempo entrega equipo: doscientos
(200) días hábiles desglosados:
Embarque: ciento
cincuenta (150) días hábiles.
Arribo: cincuenta (50)
días hábiles.
Mantenimiento
preventivo: cinco (5) años.
Lugar de entrega: Almacén
de Recope en Refinería
Limón.
Garantía materiales y equipos: doce (12) meses contados a partir de la
entrada en operación de los equipos o dieciocho (18) meses posteriores a su
aceptación por parte de Recope, lo que ocurra
primero.
Línea 2: Se declara infructuosa debido a que
ninguna de las ofertas que la cotizó logró cumplir a cabalidad con los
requerimientos, ya fuera de admisibilidad legal o aceptabilidad técnica, a lo
que la unidad gestionante requiere una vez efectuados
los ajustes necesarios, se adquiera a partir de un nuevo concurso.
Notas
importantes:
• El adjudicatario dispone de quince (15) días
hábiles contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la
correspondiente garantía de cumplimiento, por un monto del cinco (5%) por
ciento del total adjudicado y con una vigencia mínima de tres (3) meses
adicionales a la fecha probable de recepción definitiva del objeto del
contrato.
• Para el presente contrato
• En lo que corresponde al porcentaje de
remesas al exterior, según el objeto contratado implica se brinde mantenimiento
preventivo el cual será facilitado por personal especializado del fabricante,
de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de
• La grúa deberá ser entregada a Recope debidamente inscrita, con las placas oficiales que
le permitan su circulación de conformidad con las disposiciones legales de
San José, 15 de abril del 2011.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez
Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 011-040.—Solicitud Nº
39520.—C-42770.—(IN2011029327).
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2010LN-000022-PCAD
Contratación de servicios para el mantenimiento
de la infraestructura de la red de negocios y
oficinas del Banco Popular en todo el país
(consumo según demanda)
El Proceso de Contratación
Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal hace del conocimiento
de los interesados, según acuerdo de
Oferta N°
1- Ing. Constancio Umaña Arroyo.
Oferta N°
4- Taller Rojas y Molina de Sabanilla S.R.L.
Oferta N°
5- Construtica Diseño y Construcción S. A.
Oferta N°
6- Consorcio Calcons-Enrique Guerra.
En vista de empates en la
calificación para efectos de establecer el respectivo rol, las posiciones 1 y 2
serán sorteadas entre las ofertas del Ing. Constancio Umaña
Arroyo y el Taller Rojas y Molina de Sabanilla S.R.L.,
mientras que las posiciones 3 y 4 entre las ofertas de Construtica
Diseño y Construcción S. A., así como del Consorcio Calcons-Enrique
Guerra, esta actividad se llevará a cabo de previo a la fase de formalización
del contrato donde se les estará convocando a una rifa en esta dependencia.
El alcance económico de esta contratación es de cuantía
inestimable.
Cada adjudicatario deberá rendir la correspondiente
garantía de cumplimiento, durante los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la
firmeza de la adjudicación del concurso, por un monto de ¢5.000.000,00 (Cinco
millones de colones 00/100) y con una vigencia mínima de veintiséis meses.
Demás condiciones, especificaciones y detalles en conformidad
con lo señalado en el pliego cartelario, la oferta y
el informe de adjudicación N° 38-2011.
San José, 15 de abril del 2011.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1
vez.—(IN2011029359).
LICITACIÓN PÚBLICA 2011LN-000136-09003
(Prórroga
de apertura)
Compra de equipo para transporte
San José, 14 de abril de 2011—Dirección
Proveeduría Institucional.—Lic. Josefina Montero
Varela, Directora.—1 vez.—O. C. Nº
005-2010.—Solicitud Nº 0863.—C-6750.—(IN2011028979).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000064-PROV
(Aviso de modificación 1)
Construcción de las salas de juicio
de los Tribunales de Justicia
de Cartago
El Departamento
de Proveeduría comunica a todo potencial interesado en participar en el
procedimiento de contratación en referencia, que a partir del 27 de abril de
2011 se encontrarán disponibles discos compactos que contienen las modificaciones
dispuestas. Los demás términos y condiciones permanecen invariables.
San José, 15 de abril del 2011.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Wilber Kidd Alvarado, Jefe.—1 vez.—(IN2011029424).
PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000003-PCAD
(Enmienda Nº 1)
Contratación de una empresa que brinde el
servicio
de mensajería y traslado de
valijas para las oficinas
del Banco ubicadas a nivel
nacional
(consumo por demanda)
Se les comunica
a todos los interesados en este concurso que el documento que contiene
La fecha para la recepción
de ofertas se traslada para el día 3 mayo del
Todas las demás condiciones
y requisitos permanecen invariables.
San José, 14 de abril del 2011.—Lic. Maykel Vargas García,
Jefe.—1 vez.—(IN2011029360).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000002-PCAD
(Aclaración
Nº 1)
Contratación de una empresa que brinde servicios de venta
y
entrega de tarjetas (débito y crédito) y servicios
asociados en todo el país
Se les informa a los interesados
en este concurso que por error material en el punto 1.1 cartel, denominado
“Invitación”, se indicó como hora y fecha de recepción de ofertas
las 14:00 horas del día 29 de abril del 2010, siendo lo correcto: las
14:00 horas del 29 de abril del 2011.
Sin embargo también se aclara que en la invitación
realizada mediante publicación en el Diario Oficial
Demás condiciones
permanecen invariables.
San José, 15 de abril del 2011.—Proceso Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Jefe.—1
vez.—(IN2011029440).
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
2011LN-000003-1142 (aviso Nº 3)
Sistema completo para instrumentación de
columna
cervical toráxica y lumbar
A los
interesados en el presente concurso se les informa que la nueva fecha de
apertura está programada para el día 2 de mayo del
San José, 15 de abril del 2011.—Argentina Araya Jara, Jefa Subárea de
Carteles.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº
44569.—C-8100.—(IN2011029428).
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000027-1142 (Aviso Nº
26)
Pruebas bioquímicas efectivas automatizadas
Se les informa
a todos los interesados, que se prorroga la fecha de apertura de ofertas del
presente concurso, para el día 20 de mayo de
San José, 15 de abril del 2011.—Subárea de Carteles.—Argentina Araya Jara,
Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº
44568.—C-6320.—(IN2011029369).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2011LN-00001-PRI
(Circular
N° 1)
Compra
de sulfato de aluminio granulado
El Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillados (AyA), cédula jurídica N° 4-000-042138, comunica a todos los interesados en
participar en la licitación arriba indicada, las siguientes modificaciones al
cartel:
Volumen N° 2 de las
Especificaciones Técnicas.
a) En el artículo N° 1, Requisitos Físicos,
párrafo N° 3, Léase correctamente: No menos
del 90% del material debe pasar la malla de abertura nominal
b) Se elimina en forma total el artículo N° 6, que hace referencia al certificado de registro de
productos químicos.
c) Artículo N° 9, punto
b), Léase correctamente:
Adicionalmente debe aportar un
Informe de Calidad de
Las demás condiciones del cartel
permanecen invariables.
San José, 15 de abril del 2011.—Dirección de Proveeduría.—Lic. Jennifer
Fernández Guillen.—1 vez.—O.C. Nº 11-03.—Solicitud Nº 1846.—C-11720.—(IN2011029344).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000002-PROV
(Prórroga)
Desarrollo, implementación y operación de la
lotería
electrónica en línea y
tiempo real
A los
interesados en la presente licitación se les informa que se prorroga la
apertura de ofertas para las 10:00 horas del 1º de junio del 2011. Próximamente
se estarán publicando algunas modificaciones al cartel de esta licitación.
San José, 15 de abril del 2011.—Departamento de Proveeduría.—Jorge A.
Villalobos F., Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 14849.—Solicitud Nº
37248.—C-4320.—(IN2011029453).
PRECALIFICACIÓN DE OFERTAS Nº 2011PR-000001-PROV
(Prórroga)
Adquisición de sillas de ruedas manuales,
eléctricas
y sillas de ruedas tipo coche
A los
interesados en la presente contratación se les informa que se prorroga la
apertura de ofertas para las 10:00 horas del 17 de mayo del 2011.
San José, 15 de abril del 2011.—Departamento de Proveeduría.—Jorge A.
Villalobos F., Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 14848.—Solicitud Nº
37249.—C-4320.—(IN2011029454).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2010LN-000004-02
(Prorroga Nº 3 y enmienda Nº 2)
Ampliación de la terminal Portuaria Petrolera
del Atlántico
Les comunicamos
a los interesados en participar en el concurso en referencia, que la fecha de
apertura y recepción de ofertas se prorrogó para el día 9 de mayo del
San José, 15 de abril del 2011.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez
Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 011-040.—Solicitud Nº
39519.—C-5420.—(IN2011029333).
De conformidad con el artículo
239 de
Considerando:
Primero.—Que la reforma
operada mediante Ley Nº 8660 del 8 de agosto de
Segundo.—Que
Tercero.—Que
Cuarto.—Que mediante acuerdo 001-021-2009, de la
sesión 021-2009, de 19 de marzo de 2009, se aprobó por parte de esta Junta
Directiva, el Reglamento interno de organización y funciones de
Quinto.—Que mediante acuerdo
3, del acta de la sesión extraordinaria 025-2009, celebrada por
Sexto.—Que
“(…) La potestad de
autoorganización que se reconoce a todo organismo público tiene como límite la
reserva de ley en materia de potestades de imperio.//Esta potestad que
comprende la creación de órganos y la distribución interna de competencias no
puede constituir un mecanismo de creación de potestades de imperio ni de
transferencia de competencias no autorizada por el legislador. (…)
Sétimo.—Que dentro del
proceso contencioso administrativo interpuesto por el Sindicato de Ingenieros y
Profesionales del ICE contra
“(…) De inicio, debe
aclararse que estamos frente a un reglamento de organización dictado por un
ente que goza de autonomía administrativa y técnica. Desde esta perspectiva, si
bien el artículo 45 de
Octavo.—Que
mediante concurso Nº 6-2009 se promovió la “Contratación de ocho puestos
de nivel gerencial”, dentro los cuales estaban incluidos los puestos de
Superintendentes de Aguas, Energía y Transporte de
Noveno.—Que con la entrada
en funciones de la actual Junta Directiva de
Décimo.—Que mediante acuerdo 002-039-2010 de la
sesión extraordinaria 039-2010, de 4 de octubre de 2010,
Décimo primero.—Que en el
Transitorio II de dicho reglamento, se dispuso prorrogar la vigencia del Comité
de Regulación y disponer que las actuales Direcciones de Servicios de Energía,
de Servicios de Agua y Ambiente y de Servicios de Transporte asumieran las
funciones que el RIOF le asigna a las Superintendencias, con excepción de las
funciones asignadas al Comité de Regulación. Esta medida rige a partir del 9 de
octubre de 2010 y hasta por un plazo de seis meses. Esta reforma fue publicada
en
Décimo segundo.—Que
mediante acuerdo 003-043-2010 de la sesión ordinaria 043-2010, celebrada por
Décimo tercero.—Que
mediante acuerdo 004-043-2010 de la sesión ordinaria 043-2010, celebrada por
Décimo cuarto.—Que
mediante acuerdo 005-043-2010 de la sesión ordinaria 043-2010, celebrada por
“(…)
1. Ordenar el inicio de un nuevo proceso para reclutar y seleccionar
los candidatos a los puestos de Superintendentes de Aguas, Energía y
Transportes de
2. Solicitar a
3. El proceso para reclutar y seleccionar a los
Superintendentes de Aguas, Energía y Transporte de
Décimo quinto.—Que
mediante oficio 42-RG-2011, de 1 de febrero de 2011, el Regulador General emite
la decisión inicial para el procedimiento de licitación abreviada Nº
2011-LA-000003-ARESEP, para la “Contratación de Servicios Profesionales
para llevar a cabo el proceso de reclutamiento, preselección, selección y
evaluación de todos los candidatos a ocupar los puestos de Superintendentes de
Aguas, Energía y Transportes”.
Décimo sexto.—Que mediante oficio 52-RG-2011, de
fecha 4 de febrero de 2011, el Regulador General informa a
“(…) El 1 de febrero
de 2011, procedí a emitir
Cabe aclarar que dicha
instrucción no se podía girar antes de cumplir con todos los requisitos que se
derivan de la normativa presupuestaria, que exige, entre otras, la recepción
del presupuesto aprobado por parte de
Lamentablemente, de acuerdo con
los plazos que una contratación de esta naturaleza demanda, consideramos que es
posible que, para la fecha establecida de vencimiento del Transitorio II del
RIOF (Publicado en
Décimo sétimo.—Que
se hace necesario garantizar la continua y eficiente prestación del servicio
público que, por Ley está llamada a brindar
Décimo octavo.—Que el derecho transitorio es una
técnica jurídica que busca dar respuesta a los problemas de aplicación de las
normas en el tiempo, que se producen a raíz de la derogatoria y la vigencia de
otra, en la que se hace necesario adaptar las situaciones prevalecientes a la
realidad que crea la nueva norma.
Décimo noveno.—Que resulta
conveniente al interés público prorrogar transitoriamente la vigencia y las
funciones del Comité de Regulación, mientras las Superintendencias entran en
funcionamiento. Lo anterior reviste un alto grado de urgencia, ante la
inminencia del vencimiento del plazo otorgado en el Transitorio II del RIOF (9
de abril de 2011) para la implementación de las Superintendencias, así como las
justificaciones señaladas en el oficio 52-RG-2011.
Vigésimo.—Que disponer
medidas transitorias de esta naturaleza no modifica la voluntad de
RESOLVIÓ, POR MAYORÍA:
Modificar el Transitorio II del
Reglamento interno de organización y funciones de
“(…) Se prorroga la
vigencia del Comité de Regulación, creado mediante acuerdo 003-15-2010 de la
sesión 015-2010 del 15 de abril de 2010, publicado en el Diario Oficial
Dicho órgano colegiado estará
integrado por tres funcionarios titulares y un suplente nombrados por el
Regulador General.
Corresponderá al Comité de
Regulación, ejercer las siguientes funciones:
a. Ordenar la apertura de los
expedientes tarifarios, fijar las tarifas de los
servicios públicos y resolver los recursos de revocatoria que se presenten
contra sus actuaciones;
b. Ordenar la
apertura, dictar actos preparatorios y resolver lo que corresponda en materia
de quejas y denuncias y conocer en primera instancia los recursos de
revocatoria que se presenten contra sus actuaciones;
c. Ordenar la
apertura, dictar actos preparatorios y resolver los procedimientos
administrativos sancionatorios a que se refieren los
artículos 38 y 41 de
d. Coordinar los
actos preparatorios necesarios para remitir a
e. Otorgar o
denegar el refrendo de contratos de concesión de transporte remunerado de
personas en vehículos automotores, que sean remitidos para estos efectos,
f. Ratificar o no
los contratos que suscriba el Instituto Costarricense de Electricidad
destinados a la compra de energía eléctrica, que sean remitidos para estos
efectos.
Para el cumplimiento de las
funciones asignadas en el punto anterior, dicho comité contará con la asesoría
permanente de
Dichas Direcciones asumirán las
funciones que el Reglamento Interno de Organización y Funciones de
Con el fin de que no se produzca
ninguna interrupción o suspensión de las actividades ordinarias y
extraordinarias, de las funciones y de las tareas que venían ejerciendo dichas
Direcciones, éstas continuarán realizándolas durante el periodo de vigencia de
esta medida transitoria.
Una vez que entren en
funcionamiento las Superintendencias, las respectivas Direcciones pasarán a
formar parte de cada Superintendencia, según corresponda.
Esta medida transitoria rige a
partir del 9 de octubre de 2010 y hasta el 30 de setiembre del 2011.
Publíquese en el Diario Oficial
San José, 12 de abril de 2011.—Dennis
Meléndez H.—Sylvia Saborío
A.—Edgar Gutiérrez.—María Lourdes Echandi
G.—Emilio Arias R.—Alfredo Cordero Ch., Secretario.—1
vez.—O. C. Nº 5610-2011.—Solicitud Nº
36197.—C-148520.—(IN2011028957).
MUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA
El Concejo
Municipal del Cantón de Goicoechea en sesión ordinaria Nº 12-11, celebrada el
día 21 de marzo de 2011, artículo 12º, por unanimidad de los presentes aprobó
lo siguiente:
REGLAMENTO DE
FUNCIONAMIENTO DE
INTEGRAL DE SEGURIDAD CIUDADANA
Y PREVENCIÓN DEL DELITO DEL
CANTÓN DE GOICOECHEA
CAPÍTULO I
Definición y funcionamiento de
Seguridad Ciudadana del Cantón de Goicoechea
Artículo
1º—Definiciones: Para efectos del presente reglamento se entiende
por:
1) Comisión: Asociación constituida
formalmente con representantes distritales del Cantón de Goicoechea denominada
Asociación Pro Seguridad Ciudadana del Cantón de Goicoechea.
2) Fiscalía interna: representantes dentro
3) Administración activa: es la función
decisoria, ejecutiva, resolutoria, directiva u operativa de
4) Sistema de control interno: serie de
acciones ejecutadas por
- Proteger y conservar el patrimonio público
contra cualquier pérdida, despilfarro, uso indebido, irregularidad o acto
ilegal.
- Exigir confiabilidad y oportunidad en la información.
- Garantizar eficiencia y eficacia en las
operaciones.
- Cumplir con el ordenamiento jurídico y
técnico.
5) Junta Directiva: superior jerárquico de
6) Asociado: Integrante de
7) Integrante: Miembro que se integra a
Artículo
2º—Organización y conformación de
Además la integrarán dos
representantes de cada una de las Cámaras del Comercio local, según la
designación que cada una de estas presente.
Para ser integrantes de esta
Comisión, los representantes de cada distrito, podrán ser nominados por las
respectivas asociaciones comunales inscritas, que muestren interés de
participar en esta actividad, enviando un comunicado formal con el perfil y
datos de los designados a
Asimismo el Comercio local
presentara sus representantes, los que serán escogidos según sus estatutos
internos. El perfil que deben reunir estos representantes será de: ser personas
honestas, tener una actitud positiva, coraje, tolerancia, compromiso, espíritu
de servicio, poseer liderazgo y capacidad de negociación, con miras a obtener
beneficios para el cantón, fundamentalmente sin adoptar posturas que se
enmarquen en una línea definida de algún partido, ni ejercer cargos con
carácter político.
Cada distrito podrá
conformar una Comisión Distrital de seguridad, con el fin de crear subsidiarias
de
Artículo 3º—Conformación
de Comisión y Junta Directiva. Para la conformación que de origen a esta
Comisión se constituirá una Asociación con
En
La designación de Junta
Directiva de esta Comisión será mediante votación secreta entre los miembros
que representan cada distrito. Esta votación secreta se llevará a cabo en el
seno de
Tanto
Para esto un miembro de
Será responsabilidad del
Presidente y de los demás miembros establecer, mantener, y perfeccionar el
sistema de control interno de los manejos de fondos de
Para el inicio que da origen
a
Después de cumplir este
periodo, los próximos miembros serán elegidos en Asamblea General Ordinaria
convocada por
Un Presidente,
un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero, Vocal uno, Vocal dos, Vocal
tres, quienes permanecerán tres años en sus funciones.
Tanto
Para esto un miembro de
Será responsabilidad del
Presidente y de los demás miembros establecer, mantener, y perfeccionar el
sistema de control interno de los manejos de fondos de
Para el inicio que da origen
a
Después de cumplir este
periodo de conformación, los próximos miembros serán elegidos en Asamblea
General Ordinaria convocada por
Artículo 4º—Objetivos
y funciones.
1) Debe ser una Comisión organizada, ordenada,
con metas claras y un plan de labores bien programado, con el objetivo de
lograr el mejoramiento de las condiciones de las delegaciones policiales y sus
necesidades de equipo móvil.
2) Debe
coordinar de manera creativa, solidaria y efectiva acciones para mejorar el
equipo y las condiciones de las Delegaciones policiales del Cantón, coordinando
y apoyando los esfuerzos de las diferentes instituciones, grupos organizados,
cámaras comerciales, asociaciones comunales y ciudadanos en general interesados
en el tema, utilizando como herramientas el diálogo, la comunicación y el
control ciudadano efectivo.
3) Debe elaborar cada año un diagnostico de las
condiciones de delegaciones policiales en coordinación con el Jefe Policial.
4) Debe trabajar en equipo, con creatividad,
claridad, equidad y fortaleza, mediante coordinación y respeto mutuo.
5)
CAPÍTULO II
De los objetivos, competencias, deberes,
potestades
y prohibiciones
Artículo
1º—Los objetivos fundamentales de
1) En el primer mes de elegida
2) Vigilar que los responsables de salvaguardar
las actividades, bienes y derechos de
3) Determinar la razonabilidad y veracidad de la
información contable, financiera, presupuestaria y administrativa.
4)
5) Participar en el desarrollo de la
infraestructura tecnológica basado en la metodología de administración de
proyectos.
6) Elaborar un diagnostico cada dos meses sobre
las necesidades, proyectos, carencias que se vayan presentando al transcurrir
de los meses, y coordinar su avance con el Jefe de Delegación policial con el
fin de ejecutarlos en corto plazo, mediante colaboraciones, donaciones o
cualquier aporte que se reciba.
7) Integrarse a las diferentes comisiones de
trabajo comunitario de cada distrito y Municipal con el fin de lograr proyectos
conjuntos para ser desarrollados en las delegaciones policiales, según sus
necesidades.
8) Trabajar con asociaciones de desarrollo y
otras organizaciones comunales en la búsqueda de soluciones, cuando sea
necesario y oportuno.
9) Comprobar
el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias, de políticas, de
planes, acuerdos, procedimientos financieros, administrativos, informáticos y
técnicos que rigen a
10) Solicitar la rendición de cuentas
periódicamente a todas las Comisiones Distritales subsidiarias de los distritos
involucradas.
Artículo
2º—Competencias. Compete a
a) Preparar un plan anual de labores que
contemple las auditorias o estudios especiales que se propone ejecutar durante
el período, el cual debe ser congruente con el uso adecuado de los recursos.
b) Elaborar un informe anual de la ejecución del
plan de trabajo, sin perjuicio de que se elaboren informes y se presenten a
c) Mantener debidamente actualizado el reglamento
de organización y funcionamiento de
d) Las demás competencias que contemple la
normativa legal, reglamentaria y técnica aplicable, con las limitaciones
establecidas en las prohibiciones.
e) Cumplir con el ordenamiento jurídico y técnico
aplicable.
f) Administrar de manera eficaz, eficiente y
económica, los recursos de los que sean responsables.
g) Guardar la confidencialidad del caso de la
información a la que se tenga acceso.
h) Cumplir los otros deberes atinentes a su
competencia.
Artículo 3º—Fiscalía Interna. En
Artículo 4º—Deberes
de la fiscalía:
a) Libre acceso, en cualquier momento, a todos
los libros, los archivos, los valores, las cuentas bancarias y los documentos
de
Para lo
anterior tendrá libre acceso en cualquier momento a la oficina de
Solicitar a
cualquier asociado o integrante de
Solicitar a
funcionarios de cualquier nivel jerárquico de
Artículo
5º—Informes de fiscalía. Cuando los informes de
a) El asociado o miembro en un plazo
improrrogable de diez días hábiles contados a partir de la fecha de recibido el
informe, ordenará la implantación de las recomendaciones. Si discrepa de ellas,
en el transcurso de dicho plazo elevará el informe a
b) Con vista de lo anterior,
c) El acto en firme será dado a conocer a
Artículo
6º—Recomendaciones de Fiscalía a ejecutar. Cuando el informe de
Artículo 7º—Recomendación
de Junta Directiva. Firme la resolución de
CAPÍTULO III
Artículo uno: Manejo de Fondos
Presupuesto ordinario y extraordinario de
Los montos asignados de
Fondos que ingresen por diferentes justificaciones,
eventos, y donaciones:
El destino de inversión de
estos dineros será tomando en cuenta las necesidades y proyectos que presente
Artículo 2º—Cuando
algún miembro de
CAPÍTULO IV
Responsabilidades y sanciones
Artículo
2º—Sanciones y expulsión: Son deberes de los asociados activos. a)
Cumplir fielmente con lo estipulado en los presentes estatutos, Reglamentos y
las disposiciones que dictare
Serán
suspendidos por un mes los asociados que incurran en las siguientes causas:
1) Aquel
miembro de
Será motivo de
expulsión de
2) Dejar de asistir a tres sesiones consecutivas
sin causa de justificación, a las que se haya sido convocado por medio escrito,
con al menos veinticuatro horas de anticipación.
3) Incumplir injustificadamente las obligaciones
que fueren conferidas por
Estos acuerdos
de expulsión serán discutidos y tomados con mayoría de votos en reunión de
Junta Directiva, será suficiente la queja formal como tema de agenda, o
presentada por escrito del afectado, o pruebas documentales que verifiquen los
hechos de mala fe, o un testigo de los hechos acaecidos, o la queja verbal en
reunión de Junta. Para los otros actos bastaran los documentos de malos manejos
de fondos, como prueba documental, y hechos acontecidos en relación a la
conducción de su comportamiento, persiguiendo fines distintos a lo regulado en
el reglamento.
Causas de
desafiliación
Cuando un
asociado incurra en alguna de las causales de desafiliación, el Secretario de
El secretario de
Artículo 3º—Responsabilidades
y deberes del Fiscal: Incurrirá en responsabilidad administrativa el Fiscal
cuando, por dolo o culpa grave, incumpla sus deberes y funciones, infrinjan la
normativa técnica aplicable o el régimen de prohibiciones referido en este
Reglamento; todo sin perjuicio de las responsabilidades que les puedan ser
imputadas civil y penalmente.
Artículo 4º—Sanciones.
Las sanciones previstas serán impuestas por
El presente reglamento debe
ser sometido a aprobación de
Departamento de Secretaría.—Zahyra Artavia Blanco,
Jefa.—1 vez.—(IN2011027486).
Resolución
401-RCR-2011.—San José, a las 11:15 horas del
siete de abril dos mil once.
Conoce el Comité de
Regulación la solicitud de ajuste tarifario presentada por Autobuses Romero S.
A., para la ruta 334. Expediente Nº ET-013-2011.
Resultando:
I.—Que Autobuses
Romero S. A., goza del respectivo permiso para prestar el servicio público de
la ruta 334 descrita como: Cartago-Caballo Blanco-Dulce Nombre y viceversa,
según resolución de
II.—Que
mediante resolución de
III.—Que
el 15 de febrero del 2011, Autobuses Romero S. A., presentó ante esta Autoridad
Reguladora, solicitud de ajuste en la tarifa de la ruta 334 arriba descrita
(folios 01-47).
III.—Que
mediante oficio Nº 184-DITRA-2011/4444, de fecha 18 de febrero del 2011,
IV.—Que
el 2 de marzo del 2011, el petente aportó la información adicional solicitada
en el oficio indicado en el resultando anterior (folios 55-70).
V.—Que mediante
oficio Nº 258-DITRA-2011/5938, de fecha 8 de marzo del 2011,
VI.—Que
la convocatoria a audiencia pública se publicó en los diarios:
VII.—Que
la audiencia pública se realizó el 24 de marzo del
VIII.—Que
de conformidad con el acta correspondiente de la audiencia Nº 033-2011, que
corre agregada al expediente, se presentaron las siguientes oposiciones, de
personas físicas o jurídicas debidamente documentadas.
1) Asociación de Desarrollo
Integral de Dulce Nombre de Cartago, representada por Arnoldo Navarro Calvo,
cédula Nº 3-150-953, expone:
a) Quiero hacer la siguiente
pregunta, porque no estoy muy claro, cuando se habla del tiquete de adulto
mayor en los autobuses. Estoy equivocado o no de que ese rubro se lo cubren a
las empresas
2) El señor Ronald Matamoros
Pereira, cédula Nº 1-886-701, manifiesta:
a) Los autobuses no siguen la
ruta establecida.
b) El aumento debe ser analizado
minuciosamente.
3) El señor Adolfo Fuentes,
cédula Nº 3-289-710, argumenta:
a) Existen inconsistencias en el
horario de las carreras de manera permanente. Durante las mañanas al usuario no
le pueden asegurar un servicio eficiente, puesto que los autobuses pasan por
las paradas a diferentes horas causando trastorno para la llegada a centros de
estudio y trabajo. Durante la noche los autobuses no salen a una misma hora,
salen en diferentes minutos que en ocasiones pueden ser más de 5, causando un
atraso más de 30 minutos para poder tomar el siguiente. Esta inconsistencia es
todos los días.
b) Falta de divulgación de los
horarios de carreras. El usuario desconoce el horario semanal del servicio,
esta es una forma ágil de auditar el servicio y generar las quejas
correspondientes en caso necesario.
c) Aumento en la frecuencia de
carreras para fin de semana y feriados. La frecuencia en el servicio durante el
fin de semana y días feriados baja considerablemente, esta decadencia provoca
un servicio mediocre con los agravantes para el usuario.
4) Señor Erick Alejandro Mora
Poveda, cédula Nº 3-378-953, manifiesta:
a) No es correcto el aumento
pretendido de casi el 100% sobre la tarifa.
b) No hay consistencia de horarios.
Se supone que tiene que estar pasando cada 15 minutos y está uno, por ejemplo,
a las 6 y 15 y el bus va pasando a veces a las 6 y 30 ó más tarde, eso de lunes
a viernes, el sábado, domingo es peor, principalmente los domingos, son cada 30
minutos o a más.
c) Los autobuses son incómodos,
y viajan demasiados llenos, la empresa debería poner 2 autobuses más a
circular.
d) Los choferes
van manejando y hablando por celular.
5) Señora Verónica Alegría
Jiménez, cédula Nº 3-439-645, presenta las siguientes oposiciones:
a) Los autobuses pasan cada
media hora después de las diecinueve horas.
b) Los autobuses en la mañana
salen 10 o 15 minutos tarde.
6) Señor Juan Pablo Ortega
Garita, cédula Nº 1-1026-312, manifiesta:
a) Solicita se cumpla con los
horarios y recorridos establecidos.
b) Solicita respeto a los
adultos mayores.
7) Señor Martín Masís, cédula Nº
3-236-907, manifiesta:
c) Deben aumentarse el número de
recorridos.
d) Los buses viajan muy sucios.
e) La empresa irrespeta los
horarios en las mañanas, haciendo que las personas lleguen tarde a su trabajo.
f) Los choferes
irrespetan a los usuarios en su trato.
8) Señor Ronald Solano Solano, cédula Nº 3-286-885, manifiesta:
a) El aumento solicitado es muy
alto y no es acorde con la inflación y el tipo de cambio.
b) Se dice que los buses no han
cumplido el 100% de
c) Es necesario incrementar el
número de unidades y de autobuses.
d) He escuchado que a la
comunidad de Blanquillo los autobuses entran cada hora y la comunidad de Dulce
Nombre ha crecido mucho y con ese servicio se desmejora la calidad del servicio
a Dulce Nombre.
e) Se debe tener mayor
consideración para el adulto mayor.
f) Creo necesario la empresa se
acerque a la comunidad para mejorar el servicio.
9) Señor Guillermo González
Mata, cédula Nº 3-182-770, argumenta:
a) Los autobuses son muy buenos.
b) La tarifa no es alta y debe
haber una ganancia para el empresario.
c) Lo que no debe ser es que, a
los usuarios se les diga que tomen taxi si van apurados.
IX.—Que la referida solicitud fue analizada por
X.—Que según acuerdo
Nº 003-015-2010, artículo 3º, de la sesión extraordinaria Nº 015-2010,
celebrada por
XI.—Que
el Regulador General por oficio Nº 265-RG-2010 del 11 de octubre del 2010, con
fundamento en lo dispuesto por
XII.—Que el Regulador
General por oficio Nº 030-RG-2011 del 28 de enero del 2011, con fundamento en
lo dispuesto por
XIII.—Que
el Comité de Regulación en su sesión Nº 100 de las 10:00 horas del 7 de abril
del 2011, acordó por unanimidad y por acuerdo firme, proceder a emitir la
presente resolución.
XIV.—Que
en los procedimientos se han observado los plazos y las prescripciones de ley.
Considerando:
I.—Que del oficio
Nº 329-DITRA-2011/7392, que sirve de base para la presente resolución, conviene
extraer lo siguiente:
“(…)
B. ANÁLISIS
TARIFARIO DE
1. Variables operativas.
Para ver imagen
solo en
1.1 Volúmenes
de pasajeros movilizados (Demanda). En el análisis de la demanda, se
utiliza la demanda presentada por la empresa, la cual es de 78 204 pasajeros
por mes.
1.2 Carreras. Las
carreras fueron autorizadas por medio del artículo 3.2.7 de la sesión Nº
31-2007 de
§ Si la empresa reporta menos carreras que las
autorizadas, se consideran solo las reportadas.
§ Si la empresa reporta más carreras que las
autorizadas, se consideran solo las autorizadas.
Para este caso,
respetando el criterio expuesto, se tomaron las carreras reportadas en las
estadísticas, por lo que para el presente análisis se consideran 1 859
carreras.
1.3 Distancia. La
distancia promedio total por carrera utilizada en el análisis tarifario es de
Se
utilizó para el cálculo tarifario la distancia que determinaron los técnicos de
1.4 Flota. La flota
autorizada por el Consejo de Transporte Público es de 6 unidades, según acuerdo
bajo el artículo 3º de la sesión ordinaria Nº 08-2001 del 1º de marzo del 2001
y el acuerdo del artículo 3.2.7 de la sesión Nº 31-2007 de
Como
parte del análisis, las placas del equipo de transporte con que cuenta la
empresa operadora, fueron cotejadas con los listados de placas alteradas que
remitió el Registro Nacional, no encontrándose ninguna anomalía con las placas
asignadas a la ruta en estudio. A su vez se determinó que las placas en
servicio, no forman parte del listado de placas con servicio de transporte
estudiantes, según
Conforme a la
información proporcionada por el Registro Nacional en la dirección electrónica www.registronacional.go.cr; se verificó la propiedad de la
flota. El resultado es que las 6 unidades están a nombre de la empresa.
Según lo indica el
transitorio VIII de
La edad promedio de la
flota que se consideró para el estudio es de 9,83 años.
1.5 Valor del autobús.
La empresa utiliza un bus ponderado cuyo costo es de $82 667, la composición de
la flota en operación es de un 16,67% de los autobuses con rampa para personas
con movilidad disminuida, por lo que el valor ponderado de la flota para el
presente estudio es de $ 82 667 que al tipo de cambio de ¢505,13 por dólar
prevaleciente el día de la audiencia, es de ¢ 41 757 413.
1.6 Tipo de cambio. El
tipo de cambio que se empleó es de ¢505,13 que corresponde al tipo de cambio de
venta con respecto al dólar vigente al día 24 de marzo del 2011, del Banco
Central de Costa Rica.
1.7 Combustible. El
precio del combustible que se utilizó para la corrida del modelo es de ¢546 por
litro de diesel, precio vigente al día de celebración de la audiencia pública.
1.8 Índice de precios al
consumidor (IPC). El índice de precios al consumidor utilizado es el
vigente febrero 2011, según el Instituto Nacional de Estadística y Censos y asciende
a 539,24 teniendo como base el año 1996, el índice de transporte para el mismo
período es de 675,33.
1.9 Edad promedio de la
flota. La edad promedio de la flota que se consideró para el cálculo
tarifario es de 9,83 años.
2. Análisis del modelo estructura
general de costos. El procedimiento para analizar este resultado a la luz
de las herramientas complementarias es el siguiente:
a. Se corre el modelo
econométrico y se obtiene la tarifa correspondiente, si la variación propuesta
no supera el IPC interanual, se mantiene el resultado del modelo.
b. Caso contrario, se realiza el
análisis complementario de mercado, que es un análisis del contexto operativo
del mercado de la ruta, mediante una técnica de comparación (conocido en el
ámbito de
i. El IPK (Índice de
pasajeros por kilómetro) sea normal o anormal por exceso de demanda.
ii. Ocupación media no inferior al 70% para rutas del Área Metropolitana
de San José e interurbanas largas y de un 50% para otras rutas (acuerdo 2
sesión Nº 3191 del 15 de abril de 1998).
iii. Pasajeros por carrera normales.
iv. Carreras y flota normales.
c. Se realiza el análisis
complementario de Tarifa Real, que es un análisis basado en los índices General
y de Transportes. Para mantener el resultado del modelo econométrico, la curva
tarifaria con ese resultado, debe:
i. Estar cercana a la del
Índice General, si no ha habido inversión significativa en los últimos tres
años (plazo en el que se amortiza la mayor parte de la inversión).
ii. Estar en el medio de las dos curvas, si la inversión se dio hace
menos de tres años, o esta no ha sido significativa.
iii. Estar cercana al Índice de Transportes, si la inversión ha sido
en este año o ha sido significativa en los tres años anteriores.
d. En el caso de que el
resultado del modelo econométrico cumpla con la mayor parte del ítem b. y con
el ítem c., se acepta dicho resultado y se termina el análisis.
e. Caso contrario, se considera
que la ruta se comporta en forma especial, o bien es atípica; en este último
caso se trata de rutas en los que no se presenta una proporcionalidad razonable
entre las distancias, carreras, flotas y demandas, mostrándose como una ruta no
rentable en relación con la cantidad de inversión y la operación que realiza.
En ambos casos, se procede a realizar el Análisis Complementario de Costos, que
es un análisis que mide la variación porcentual de los costos y la inversión
considerados desde la última fijación específica (hecha con el modelo
econométrico) hasta el momento de la nueva fijación.
f. La decisión final se dará
entre cualquiera de las tarifas de los análisis complementarios, considerando
que el análisis de mercado contempla cuatro tarifas (máxima, media, mínima y
mercado con inversión), que cumpla lo siguiente:
i. Satisfaga el ítem c.
ii. Se encuentre en su tarifa más alta dentro de las tarifas
promedio del rango de km. por provincia.
El resultado de la
aplicación del modelo tarifario para la ruta 334 indica como resultado 82,49%.
De acuerdo con el
procedimiento indicado al tratarse de una diferencia mayor al IPC interanual,
que es del 4,6% a la fecha, debe continuarse con el análisis de las
herramientas complementarias para validar dicha recomendación.
2.1 Análisis del mercado.
Para ver imágenes solo
en
Comparando las
principales variables operativas de la ruta 334 en relación con el mercado, se
observa lo siguiente:
a. El IPK (Índice de pasajeros
por kilómetro) es mayor que el del mercado en un 20%.
b.
c. Pasajeros por carrera de la
ruta son menores que el valor del mercado en un 17%.
d. Las carreras por mes son un 10% mayores que el valor del mercado.
e. La flota es menor en un 36%
que el valor del mercado.
f. La distancia que recorre la
ruta por viaje es menor en un 31% que el valor del mercado.
Se concluye del análisis
de mercado que la ruta presenta múltiples asimetrías.
2.2 Análisis complementario
de tarifa real. En el gráfico siguiente se muestra el comportamiento
comparativo de la tarifa de la ruta 334 respecto a los índices general (Índice
de precios al consumidor y de transporte). Como se puede ver, si se considera
la opción de aumento que muestra el modelo estructura general de costos, o sea,
el aumento de la tarifa de un 82,49% la línea tarifaria sobrepasa el índice de
precios y el índice de transporte.
Para ver imagen
solo en
2.3 Análisis
complementario de costos. Mediante este instrumento, se analiza el
comportamiento de los rubros de costos contemplados en el modelo convencional,
tomando como punto de partida los parámetros usados en las fijaciones generales,
considerando las variaciones específicas en el precio de los insumos (salarios,
llantas, etc.), y los cambios en las variables macroeconómicas, inflación y
tipo de cambio que inciden directamente sobre los componentes de costos
asociados a la inversión (depreciación, rentabilidad, repuestos y accesorios).
La última fijación individual para esta empresa fue el 8 de setiembre del 2006
mediante resolución Nº RRG-5967-2006.
Este análisis está
basado en la actualización de las variables de costo que inciden en el
crecimiento de los gastos operativos y administrativos de la actividad de
transporte remunerado, tomando como punto de partida para este caso en
particular, las variables usadas en el modelo de la fijación y las variables a
la fecha de la audiencia, sea el 24 de marzo del 2011. De esta forma el
análisis indica un ajuste del 0,54%, que es el ajuste que da por
reconocer a las variables citadas.
2.4 Recomendación técnica
sobre el análisis tarifario. Luego de analizar el resultado que brindan las
herramientas tarifarias, destacamos que existen problemas de asimetría de
información, lo que genera como resultado de la estructura general de costos,
una modificación tarifaria poco razonable. Por otro lado, ninguna de las
herramientas complementarias determina que sea necesaria una variación
tarifaria.
C. EVALUACIÓN
DE
En consulta con
la base de datos de la empresa RITEVE S y C, S. A., (22 de octubre deL 2007,
Decreto Ejecutivo Nº 30184-MOPT) y en comparación con la información suministrada
por la empresa, sobre el estado mecánico de las unidades con que se brinda el
servicio, se determinó que la revisión técnica de cada las unidades, indica la
condición de “Favorable con defecto leve”.
II.—Que en relación con lo manifestado por los opositores,
debe indicarse lo siguiente:
1) A los señores Ronald
Matamoros Pereira, Erick Alejandro Mora Poveda, Ronald Solano Solano, y Guillermo González Mata.
Sobre el incremento
tarifario.
A
Finalmente, aun cuando
2) A los señores Arnoldo Navarro
Calvo, Juan Pablo Ortega Garita Martín Masís y Ronald Solano Solano y Guillermo González Mata.
Sobre el trato a los
usuarios, adultos mayores y personas con capacidades disminuidas y sobre quien
subsidia la tarifa del adulto mayor.
En lo relativo a sus diferentes
quejas se les indica que para tramitar una denuncia o una queja esta se debe
presentar a
Denuncias propias y
correspondientes al MOPT se pueden plantear a
Sobre maltrato al adulto
mayor recurrir al Consejo Nacional de
La tarifa del adulto mayor
la pagan todos los usuarios ya dentro de la tarifa se hace un ajuste sobre el
porcentaje de adultos mayores, que viajan en la ruta Por lo tanto para
3) A los señores Ronald Matamoros
Pereira, Adolfo Fuentes, Erick Alejandro Mora Poveda, Verónica Alegría Jiménez,
Juan Pablo Ortega Garita, Martín Masís, Ronald Solano Solano.
Sobre la calidad del
servicio; buses sobrecargados, irrespeto a los horarios y recorridos, necesidad
de mayores horarios y flota, suciedad de los autobuses.
El Ministerio de Obras
Públicas y Transportes (MOPT) es el órgano que tiene la competencia para
conocer de todos aquellos asuntos relacionados con la definición de los
términos y condiciones de las concesiones y permisos: establecimiento de
itinerarios, horarios y paradas, flota con que se debe prestar el servicio, y
cambio de rutas; que hacen propiamente a la prestación del servicio. En ese
sentido, esta Autoridad Reguladora trasladará a dicho ente rector, todas
aquellas deficiencias, excesos o anomalías informadas por los usuarios y
opositores, a fin de que se les brinde la debida consideración, y se tomen las
acciones correctivas pertinentes. Al igual
III.—Que de conformidad con los resultandos y
considerando que preceden y de acuerdo con el mérito de los autos, lo
procedente es rechazar la solicitud de ajuste tarifario para la ruta 334
descrita como: Cartago-Caballo Blanco-Dulce Nombre y viceversa y que opera
Autobuses Romero S. A., tal y como se dispone: rechazar el ajuste tarifario
para el ramal Cartago-Dulce Nombre y autorizar la siguiente nueva tarifa para
el ramal Cartago-Blanquillo. Por tanto:
Con fundamento
en las facultades conferidas en
EL COMITÉ DE REGULACIÓN,
RESUELVE:
I.—Rechazar la
solicitud de ajuste tarifario para la ruta 334 descrita como: Cartago-Caballo
Blanco-Dulce Nombre y viceversa que opera Autobuses Romero S. A., y mantener
las tarifas fijadas según resolución Nº RRG-127-2010, del 22 de febrero del
2010, publicada en
DESCRIPCION RUTA 334: CARTAGO-CABALLO BLANCO-DULCE NOMBRE Y
VICEVERSA |
Tarifas (en colones) |
|
Tarifa |
Adulto Mayor |
|
CARTAGO-DULCE NOMBRE |
125 |
0 |
CARTAGO-BLANQUILLO |
125 |
0 |
II.—Indicar a Autobuses Romero S. A., que:
1. En un plazo máximo de veinte
días hábiles, debe dar respuesta a cada uno de los opositores participantes en
el proceso de audiencia pública, cuyos lugares o medios para notificación
constan en la presente resolución, con copia al expediente Nº ET-013-2011 y al
Consejo de Transporte Público, acerca de todos aquellos argumentos que ellos
expusieron, relacionados con el incumplimiento de los términos y condiciones a
que les obliga su condición de permisionaria.
En cumplimiento
de lo que ordena el artículo 245 de
El recurso de revocatoria y
el de apelación deberán interponerse en el plazo de tres días contados a partir
del siguiente a la notificación; el de revisión, dentro de los plazos señalados
en el artículo 354 de la citada ley.
Publíquese y notifíquese.—Comité
de Regulación.—Mario Freer Valle.—Luis Fernando Chavarría
Alfaro.—1 vez.—O. C. Nº 5609-2011.—Solicitud Nº
36196.—C-672020.—(IN2011028955).
CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA
Para exponer sobre los aspectos
técnicos, económicos y financieros de la propuesta tarifaria de oficio para el
servicio de Transporte Remunerado de Personas Modalidad Autobús a Nivel
Nacional, tramitada bajo el expediente ET-57-2011, la cual se detalla de la
siguiente manera:
Para ver imagen
solo en
Si por motivo de fuerza
mayor o caso fortuito la audiencia pública no se puede realizar por el sistema
de video-conferencia, ésta se celebrará en forma presencial en cada una de las
sedes señaladas al efecto.
Se hace saber a los
interesados que pueden consultar y fotocopiar el expediente que consta en las
instalaciones de
La información que sustenta
esta propuesta se pueden consultar además en la siguiente dirección
electrónica: www.aresep.go.cr (En Audiencias/
Peticiones Tarifarias).
Todo aquel que tenga interés
legítimo podrá presentar su oposición o coadyuvancia, por escrito o en forma
oral, el día de la audiencia, momento en el cual deberá presentar cédula de
identidad o documento de identificación aceptado en el país, y consignar el
lugar exacto o el número de fax, para efectos de notificación por parte de
En el caso de las personas
jurídicas, la oposición o coadyuvancia deberá ser interpuesta por el
representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería
jurídica vigente. Las oposiciones o coadyuvancias
también se pueden presentar por medio del fax 2215-6002 hasta la hora de inicio
de la respectiva Audiencia Pública.
Para información adicional,
comunicarse con el Consejero del Usuario al teléfono 2506-3200 o al correo
electrónico consejero@aresep.go.cr.
Dirección
General de Participación del Usuario.—Luis
Fernando Chavarría Alfaro.—1 vez.—O. C. Nº 5613-2011.—Solicitud
Nº 36198.—C-45610.—(IN2011028959).
CONVOCA A CONSULTA PÚBLICA
Se invita a los
interesados a presentar sus oposiciones o coadyuvancias
sobre la propuesta de ajuste extraordinario de los precios de los combustibles
para el respectivo análisis y fijación por parte de
Para ver imagen
solo en
El plazo máximo
para presentar sus oposiciones o coadyuvancias vence
el 3 de mayo de
Las oposiciones o coadyuvancias se pueden presentar mediante el fax 2215-6002
o de forma personal en las oficinas de
Las oposiciones o coadyuvancias deben estar debidamente firmadas y consignar
el lugar exacto, correo electrónico o el número de fax, para efectos de
notificación por parte de
Se hace saber a los
interesados que esta consulta pública se realiza conforme al voto número
2007-11266 de
Asimismo se
indica que la información que sustenta esta propuesta (con el detalle de la
estructura de los precios de los combustibles) se puede consultar en la página web: www.aresep.go.cr en
Audiencias/ Peticiones tarifarias, y en el expediente que se encuentra
disponible en
Para
información adicional, comunicarse con el Consejero del Usuario al teléfono
2506-3200 o al correo electrónico consejero@aresep.go.cr.
Luis Fernando
Chavarría Alfaro, Dirección General de Participación del Usuario.—1 vez.—O. C. Nº 5615-011.—Solicitud Nº
36200.—C-37410.—(IN2011029437).
SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
INFORMA
CONTRATOS DE ACCESO E INTERCONEXIÓN
1. Industrias Domana
Internacional y el ICE para terminación de tráfico internacional. Expediente Nº
SUTEL-OT-038-2011.
El mismo podrá
ser consultado en las oficinas de
San José, 15 de abril del 2011.—Maryleana Méndez Jiménez,
Presidenta.—1 vez.—O. C. Nº 260-011.—Solicitud Nº
40681.—C-5480.—(IN2011029455).
CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO PAQUERA PUNTARENAS
El Concejo
Municipal del Distrito de Paquera, comunica a los
interesados en participar en los siguientes concursos externos:
1)- Concurso Externo Nº 2011-01 Plaza para
Encargado de Zona Marítimo Terrestre.
2)- Concurso Externo Nº 2011-02: Plaza para
Inspector de Zona Marítimo Terrestre.
Favor
comunicarse al teléfono Nº 2641-00-25 o al fax 2641-0015, para retirar el
respectivo cartel o mayor información, con
Paquera, 12 de abril del 2011.—Iris Flores López, Encargada de Recursos
Humanos.—1 vez.—(IN2011029007).
PRODUCTORA AGRÍCOLA EL COMÚN S. A.
Se convoca a los accionistas de la sociedad
Productora Agrícola El Común S. A., cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-cero cincuenta y dos mil quinientos noventa y siete, con
domicilio social en Alajuela, Atenas, Concepción, doscientos metros al este de
la pulpería Campos y Porras, a la asamblea extraordinaria de accionistas, que
se celebrará el día 7 de mayo de 2011, en Alajuela, Atenas, Concepción,
trescientos metros al norte de la cantina y bar Cos. La asamblea sesionará en
virtud de primera convocatoria a las nueve horas del día indicado y de no estar
presente el quórum de Ley a la hora señalada, la asamblea se instaurará por
virtud de segunda convocatoria una hora después. Se les recuerda a las personas
que asisten a la asamblea en representación de los accionistas, que deberán
acreditar su poder en el mismo acto de la asamblea. La asamblea se convoca para
conocer los siguientes puntos: Reforma cláusula sétima de los estatutos
sociales (Monto de transacciones). Reforma cláusula octava de los estatutos
sociales (información de la empresa). Reforma modo de convocatoria a las
asambleas ordinarias y extraordinarias de accionistas. Propuesta de venta de la
empresa (acuerdo, precio, plazo y forma de pago).—Junta
Directiva.—Ronald Vargas Bejarano, Presidente.—Jorge Alfaro Vargas,
Secretario.—1 vez.—(IN201129446).
El día de hoy el suscrito notario
público, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de 3-101-590470
s.a., celebrada a las siete horas del día diecinueve de febrero del año dos
mil once, mediante la cual se reforman las cláusulas del pacto social en cuanto
a domicilio social y administración, además se nombra junta directiva y fiscal.—San José, treinta de marzo del año dos mil
once.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1
vez.—RP2011231602.—(IN2011027001).
Mediante escritura pública número
70-4, otorgada ante esta notaría, en Cartago, a las 08:00 horas del 4 de abril
de 2011, iniciada al folio 051, frente del tomo cuarto del protocolo del
suscrito notario, se ha constituido la sociedad denominada Transmole
S. A., capital social totalmente suscrito y pagado por los
socios.—Cartago, 6 de abril de 2011.—Lic. Oscar Rodríguez Bonilla,
Notario.—1
vez.—RP2011231603.—(IN2011027002).
El día de hoy el suscrito notario
público, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de 3-101-558809
s.a., celebrada a las siete horas del día catorce de diciembre del año dos
mil diez, mediante la cual se reforman las cláusulas del pacto social en cuanto
a domicilio social y administración, además se nombra junta directiva y fiscal.—San José, primero de febrero del año dos mil
once.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1
vez.—RP2011231604.—(IN2011027003).
El día de hoy el suscrito notario
público, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de 3-101-558689
s.a., celebrada a las siete horas del día veintiocho de enero del año dos
mil once, mediante la cual se reforman las cláusulas del pacto social en cuanto
a domicilio social y administración, además se nombra junta directiva y fiscal.—San José, primero de febrero del año dos mil
once.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1
vez.—RP2011231605.—(IN2011027004).
El día de hoy el suscrito notario
público, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de
3-101-560525 s.a., celebrada a las diez horas del día veintiocho de enero
del año dos mil once, mediante la cual se reforman las cláusulas del pacto
social en cuanto a domicilio social y administración, además se nombra junta
directiva y fiscal.—San José, primero de febrero
del año dos mil once.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—RP2011231606.—(IN2011027005).
El día de hoy el suscrito notario
público, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de 3-101-560733
s.a., celebrada a las dieciséis horas del día catorce de marzo del año dos
mil once, mediante la cual se reforman las cláusulas del pacto social en cuanto
a domicilio social y administración, además se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 4 de abril del año dos mil
once.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1
vez.—RP2011231607.—(IN2011027006).
El día de hoy el suscrito notario
público, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de 3-101-560592
S.A., celebrada a las nueve horas del día primero de febrero del año dos
mil once, mediante la cual se reforman las cláusulas del pacto social en cuanto
a domicilio social y administración, además se nombra junta directiva y fiscal.—San José, primero de febrero del año dos mil
once.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1
vez.—RP2011231608.—(IN2011027007).
Por escrituras otorgadas a las
8:30 y 8:15 horas y 8:30 horas del 5 de abril de 2011, se constituyeron,
respectivamente, las sociedades denominadas Embotrade
SRL, Brewing CO Services
Inc SRL y Three
Sixty Strategic Consulting Ltda, en todas
plazo: 99 años, objeto: producción industrial, comercialización, servicio al
cliente, los bienes raíces, el turismo, el comercio, importación y exportación,
representante legal el gerente, capital social suscrito y pagado.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2011231609.—(IN2011027008).
Por escritura otorgada ante el
notario César Augusto Mora Zhaner, a las ocho horas
del veintiocho de marzo del año dos mil once, se protocolizó acta de la
sociedad tres-ciento dos-quinientos noventa mil cuatrocientos setenta y
cinco limitada, reformando su cláusula primera y nombrando nuevo gerente. Es
todo.—Jacó, cuatro de
abril del dos mil once.—Lic. César Augusto Mora Zahner,
Notario.—1
vez.—RP2011231610.—(IN2011027009).
Por escritura otorgada ante el
notario César Augusto Mora Zahner, a las nueve horas
del veintitrés de marzo del año dos mil once, se protocolizó acta de la
sociedad tres-ciento dos-quinientos ochenta y tres mil seiscientos treinta
limitada, reformando su cláusula primera y nombrando nuevo gerente. Es todo.—Jacó, cuatro de abril del
dos mil once.— Lic. César Augusto Mora Zahner,
Notario.—1
vez.—RP2011231611.—(IN2011027010).
Mediante escritura pública número
ciento cuarenta, otorgada ante ésta notaría, en la ciudad de Santa Cruz,
Guanacaste, ciento setenta y cinco metros al sur de la municipalidad, a las
diez horas del cuatro de febrero del año dos mil once, se protocolizó acta
mediante la cual se nombra nueva tesorera de la junta directiva de la sociedad Lucero
Siete Siete Sociedad Anónima.—Santa
Cruz, Guanacaste, cuatro de abril del año dos mil once.—Lic. Alicia Esquivel Carranza, Notaria.—1
vez.—RP2011231612.—(IN2011027011).
En esta notaría, se constituyó la
sociedad cuya denominación es de conformidad con el Decreto 33171-J, del 29 de
mayo del 2006, con el aditamento S. A., domiciliada en Playa Junquillal de Santa Cruz de Guanacaste.—Santa Cruz, 5
de abril del 2011.—Lic. María Cristina Arrieta Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—RP2011231613.—(IN2011027012).
Mediante escritura pública número
ciento cincuenta y dos-tres, otorgada a las quince horas y treinta minutos del
veinticinco de marzo de dos mil once, ante esta notaría, se reformó totalmente
la cláusula segunda y la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Sótano
Oculto Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, cinco de abril
de dos mil once.—Lic. Eduardo José Zuñiga Brenes, Notario.—1
vez.—RP2011231616.—(IN2011027013).
En esta notaría, a las 9:00 horas
del 5 de abril del 2011, se protocoliza la reforma de las cláusulas segunda y
octava de los estatutos de la sociedad denominada Inmobiliaria Josoma S. A., apoderado Marvin
Oviedo Solano.—San José, 5 de abril del dos mil once.—Lic. Teresita
Monge Díaz, Notaria.—1
vez.—RP2011231617.—(IN2011027014).
Ante el suscrito notario, han
comparecido Guillermo Alonso Rivera Rodríguez, cédula 1-0916-0210 y María Elena
Cañas Rivera, cédula 8-0073-0829, para solicitar la constitución de una
sociedad anónima acogida al Decreto número 33171-J, se cita a las personas que
se vean afectadas con esta constitución a presentarse ante la oficina del
suscrito, sea Desamparados, Higuito, residencial Santa Bárbara, casa
A las doce horas del cuatro de
abril de dos mil once, en mi notaría, se constituyó sociedad de esta plaza cuya
denominación social, los socios facultan al Registro Público para consignarle
el número de cédula jurídica que este le asigne de conformidad con lo dispuesto
en el artículo dos, del Decreto número tres tres uno
siete uno-J, se elige junta directiva y fiscal, plazo noventa y nueve años.—Cartago, cinco de abril del dos mil once.—Lic.
Oscar Vargas Jiménez, Notario.—1
vez.—RP2011231628.—(IN2011027016).
A las once horas cuarenta minutos
del cuatro de abril de dos mil once, en mi notaría, se constituyó sociedad de
esta plaza cuya denominación social, los socios facultan al Registro Público
para consignarle el número de cédula jurídica que éste le asigne, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo dos, del Decreto número tres tres uno siete uno-J, se elige junta directiva y fiscal,
plazo noventa y nueve años.—Cartago, cinco de
abril del dos mil once.—Lic. Oscar Vargas Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2011231629.—(IN2011027017).
A las once horas treinta minutos
del cuatro de abril de dos mil once, en mi notaría se constituyó sociedad de
esta plaza cuya denominación social, los socios facultan al Registro Público
para consignarle el número de cédula jurídica, que éste le asigne de
conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto número tres tres uno siete uno-J, se elige junta directiva y fiscal,
plazo noventa y nueve años.—Cartago, cinco de
abril del dos mil once.—Lic. Oscar Vargas Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2011231630.—(IN2011027018).
Que mediante escritura otorgada
ante mí, a las dieciocho horas del cuatro de abril del dos mil once, se
constituyó la sociedad MMW Desarrollos Sociedad de Responsabilidad Limitada,
con domicilio será la ciudad de San Pedro de Montes de Oca, Barrio Dent, veinticinco metros este del hotel Tairona,
gerente con facultades de apoderado generalísimo.—San
José, 5 de abril del 2011.—Lic. Ana Lorena Coto Esquivel,
Notaria.—1
vez.—RP2011231634.—(IN2011027019).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las quince horas del día treinta de marzo de dos mil once, se
protocolizan acuerdos tomados en asamblea general de accionistas de la sociedad
denominada First Fénix House
S. A., se hace nombramiento de junta directiva.—Lic. Amancio Cerdas
Fernández, Notario.—1
vez.—RP2011231635.—(IN2011027020).
Escritura otorgada a las 17:00
horas del 17 de enero del dos mil once, se constituyó Runa tres Sociedad
Anónima, domicilio social: Escazú, 3 de abril 2011.—Lic.
Gerardo Chaves Cordero, Notario.—1
vez.—RP2011231636.—(IN2011027021).
Ante ésta notaría, por escritura
número doscientos treinta y cinco, del tomo seis, de ésta notaría, se modificó
cláusula sétima del pacto social de la sociedad Abajo Drive S. A. y se
nombró nueva junta directiva.—San José, 6 de
abril del 2011.—Lic. Nidia Shadid Gamboa,
Notaria.—1
vez.—RP2011231640.—(IN2011027022).
Ante ésta notaría, por escritura
número doscientos treinta y cinco, del tomo seis, de ésta notaría, se modificó
cláusula cuarta del pacto social de la sociedad Succesful
Business Corporation S.A.,
y se nombró nueva junta directiva.—San José, 6
de abril del 2011.—Lic. Nidia Shadid Gamboa,
Notaria.—1
vez.—RP2011231641.—(IN2011027023).
Ante ésta notaría, por escritura
número doscientos treinta y cuatro, del tomo seis, de ésta notaría, se modificó
cláusula cuarta del pacto social de la sociedad Aristocrat
Premium Hall S. A. y se nombró nueva junta directiva.—San
José, 6 de abril del 2011.—Lic. Nidia Shadid
Gamboa, Notaria.—1 vez.—RP2011231642.—(IN2011027024).
Mediante escritura de las nueve
horas del cinco de abril de dos mil once, otorgada ante la notaria Ana Grettel
Coto Orozco, se constituyó la sociedad Mocagra
Farmacia Veterinaria El Granero Sociedad Anónima, la representación
judicial y extrajudicial estará a cargo del presidente y secretario, quienes
tendrán las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo
actuar conjunta o separadamente.—San José, cinco
de abril de dos mil once.—Lic. Ana Grettel Coto Orozco, Notaria.—1 vez.—RP2011231643.—(IN2011027025).
En mi notaría hoy, he
protocolizado acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Corporación
Niebla Boreal S. A., se nombra junta directiva, fiscal y agente residente y
se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo.—San José, 5 de abril del 2011.—Lic. Ronald Blair Houston Mahon,
Notario.—1
vez.—RP2011231644.—(IN2011027026).
En mi notaría hoy, he
protocolizado acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Mounts Scarlet Enterprises S. A., se nombra junta directiva, fiscal y
agente residente y se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto
constitutivo.—San José, 21 de marzo del
2011.—Lic. Maximiliano Arias Sancho, Notario.—1
vez.—RP2011231645.—(IN2011027027).
CLÍNICA DR. SOLÓN NÚÑEZ FRUTOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Procedimiento Administrativo Disciplinario Nº 003-2011. Resolución ampliación.
Traslado de cargos y traslado. Citación a comparecencia oral y privada.
Jefatura de Enfermería. Hatillo, al ser las doce horas cuarenta minutos del
diecisiete de marzo del dos mil once. Debidamente constituido como Órgano
Director del Procedimiento y de conformidad con los artículos 239, 248 al 254,
y 308 siguientes y concordantes de
PUBLICACIÓN DE una VEZ
DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
Por ignorarse el domicilio actual del
patrono: Servicios Profesionales en Educación Seprode
S. A. Número patronal 2-03101343513 001 001, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del “Reglamento para
Verificar el Cumplimiento de