MINISTERIO
DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS
CAJA COSTARRICENSE
DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE
DE ACUEDUCTOS
CAJA COSTARRICENSE
DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL
DE ESTADÍSTICA Y CENSOS
BANCO POPULAR Y DE
DESARROLLO COMUNAL
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO
UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
DE
DECRETA:
REFORMA
DEL TRANSITORIO I DE
NACIONAL DE EMERGENCIAS Y PREVENCIÓN
DEL RIESGO, N.º 8488, DE 22
DE NOVIEMBRE DE 2005
ARTÍCULO 1.-
Refórmase el transitorio I de
“Transitorio
I.-
Del tres por ciento (3%) establecido en el
artículo 46 de esta Ley, se destinará un dos coma cuatro por ciento (2,4%) a
a) Hasta un cero coma dos por ciento (0,2%) para
dotar al Observatorio Vulcanológico y Sismológico de Costa Rica de
b) Trasladar un cero coma dos por ciento (0,2%) a
c) El restante cero coma dos por ciento (0,2%) se
trasladará al Instituto Meteorológico Nacional para el equipamiento, la
modernización y el fortalecimiento de la red de vigilancia meteorológica, para
que esté más acorde con las necesidades del país. De existir algún remanente, se destinará a
instrumentalizar y fortalecer la investigación de los fenómenos
hidrometeorológicos para el establecimiento de sistemas de alerta temprana.”
Rige a partir de su publicación.
ASAMBLEA LEGISLATIVA.- Aprobado a los veintidós días del mes de febrero de dos mil once.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Luis Gerardo Villanueva Monge
PRESIDENTE
Edgardo Araya Pineda Carlos Luis Avendaño Calvo
PRIMER PROSECRETARIO SEGUNDO PROSECRETARIO
1 vez.—O.
C. Nº 002.—Solicitud Nº
45138.—C-29270.—(L8933-IN2011031008).
Y EL
MINISTRO DE
Con fundamento en los artículos
11, 140, incisos 3) y 8) y 146 de
Considerando:
1º—Que mediante Decreto
Ejecutivo N° 34067-MP del 23 de agosto de 2007 se emitió el Reglamento de
Organización, Funciones y Procedimientos del Tribunal de Servicio Civil, el
cual en el artículo 6, inciso c) indica:
“Artículo 6º—Atribuciones y
competencias de los miembros propietarios.
(…)
c) Del Secretario (a): Al
miembro Secretario corresponderá ejercer vigilancia sobre el personal administrativo
del Tribunal, el que actuará bajo sus órdenes y en el caso que el Presidente lo
determine, firmar la correspondencia y autorizar aquellos actos que conforme al
Reglamento Autónomo de Servicio del Tribunal le correspondan”.
2º—Que dicho numeral resulta
contrario al artículo 60 del Reglamento del Estatuto del Servicio Civil, norma
que al reglamentar una Ley prevalece sobre el Reglamento de Organización,
Funciones y Procedimientos del Tribunal de Servicio Civil, Decreto Ejecutivo N°
34067-MP.
3º—Que en procura que el inciso c) del
numeral 6 del Reglamento de Organización, Funciones y Procedimientos del
Tribunal de Servicio Civil, Decreto Ejecutivo N° 34067-MP sea conforme con la
normativa estatutaria vigente de rango superior se hace necesario modificar
dicho artículo. Por tanto;
Decretan:
Artículo 1º—Modifíquese el
artículo 6, inciso c) del Reglamento de Organización, Funciones y
Procedimientos del Tribunal de Servicio Civil, Decreto Ejecutivo N° 34067-MP
del 23 de agosto de 2007, publicado en el Diario Oficial
“Artículo 6º—Atribuciones y
competencias de los miembros propietarios.
(…)
c) Del Secretario (a): Al
miembro Secretario corresponderá ejercer vigilancia sobre el personal
administrativo del Tribunal, el que actuará bajo sus órdenes, firmar la
correspondencia y cumplir las demás funciones que le señale el Reglamento
Autónomo de Servicio del Tribunal.
Artículo 2º—Rige a partir de su
publicación en el Diario Oficial
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de
Y EL
MINISTRO DE AMBIENTE, ENERGÍA
Y
TELECOMUNICACIONES
En ejercicio de las facultades
que les confieren los artículos 50, 140, incisos 3) y 18) y 146 de
Considerando:
1º—Que el artículo 50 de
2º—Que
3º—Que
4º—Que
5º—Que el Plan Nacional de Desarrollo
2011-2014 “María Teresa Obregón Zamora”, establece como objetivos estratégicos
de interés para el país contar con una matriz energética que asegure la
sostenibilidad y competitividad para la atención de las necesidades del país
por lo que requiere un uso racional y eficiente de la energía y de los recursos
de los que se obtenga; avanzar en la gestión del “Recurso Hídrico y Manejo de
Residuos”, mediante la sensibilización y educación de la población, así como la
implementación de la “Ley para
6º—Que mediante distintos Acuerdos de Consejo
de Gobierno y Directrices, relacionadas con el ahorro, uso racional y eficiente
de la electricidad y los combustibles, se solicita a las instituciones públicas
la elaboración y ejecución de programas de ahorro y uso eficiente de la energía
en sus respectivas instalaciones.
7º—Que
8º—Que el artículo 7º inciso e) de
9º—Que
10.—Que el Poder Ejecutivo dentro de sus
facultades de dirección y coordinación, tiene la obligación de velar por que
11.—Que es necesario establecer lineamientos
estandarizados para la elaboración e implementación de los Programas de Gestión
Ambiental Institucional en el sector público que incluyan los aspectos de
gestión ambiental, gestión de residuos, cambio climático y energía, que
permitan la integración, el análisis y el seguimiento de la información. Por
tanto,
Decretan:
Reglamento para la elaboración de programas
de gestión
ambiental institucional
en el sector
público de Costa Rica
CAPÍTULO I
Programas de Gestión Ambiental Institucional
Artículo 1º—Objetivo: El presente
reglamento tiene por objeto establecer los lineamientos para que todas las
instituciones de
Artículo 2º—Definición de un Programa de
Gestión Ambiental Institucional: Un PGAI es un instrumento de planificación
que se fundamenta en los principios metodológicos de un Sistema de Gestión
Ambiental. Se parte de un diagnóstico ambiental del quehacer institucional que
considere todos los aspectos ambientales inherentes a la organización,
incluyendo los relacionados con la eficiencia energética, residuos y cambio
climático, entre otros aspectos ambientales. A partir de este diagnóstico, se
priorizan, establecen e implementan medidas de prevención, mitigación,
compensación o restauración de los impactos ambientales, ya sea a corto,
mediano o largo plazo.
Un PGAI se basa en un proceso cíclico de
planificación, implementación, revisión y mejora de los procedimientos y
acciones que lleva a cabo una institución para realizar su actividad; con el
fin de garantizar el cumplimiento de sus objetivos ambientales y por ende,
promover un mejor desempeño ambiental en todas las instituciones de
Artículo 3º—Alcance de los PGAI: Todas
las instituciones de
Artículo 4º—Comisión Técnica Evaluadora de
los PGAI: El jerarca del Ministerio de Ambiente, Energía y
Telecomunicaciones integrará una Comisión, denominada Comisión Técnica
Evaluadora “CTE”, encargada de la revisión y seguimiento de los PGAI. El
Jerarca nombrará a los integrantes de
Artículo 5º—Funciones de
a) Proponer acciones concretas para dar seguimiento y control a la
ejecución de los PGAI.
b) Establecer mecanismos estratégicos de mejora
continua para el proceso de gestión ambiental institucional.
c) Asesorar y capacitar a los Comités Institucionales
que lo requieran sobre los elementos de la política de gestión de calidad
ambiental institucional y en la elaboración e implementación de los PGAI.
d) Coordinar, cuando se considere necesario, con
otras instituciones aspectos técnicos y administrativos que fortalezcan una
mejor implementación y seguimiento del PGAI.
e) Establecer un sistema de indicadores que
permita medir el grado de avance en la implementación de los PGAI y reportar
resultados globales en el sector público.
f) Elaborar un informe anual de presentación e
implementación de los PGAI, en donde se categorice el nivel de avance de cada
organización con respecto a la implementación de su PGAI, señalando aquellas
con destacado desempeño ambiental, así como aquellas que se encuentren
incumpliendo con lo establecido en el presente reglamento. Dicho informe será
remitido al Ministro del MINAET, quien a su vez lo hará de conocimiento del
Consejo de Gobierno.
g) Realizar reuniones de verificación y
coordinación a los programas de gestión ambiental institucional.
h) Promover
mecanismos de premiación y/o reconocimiento para aquellas instituciones
que demuestren un destacado desempeño ambiental.
i) Emitir recomendaciones técnicas a los PGAI e
informes de avance presentados, con el fin de lograr un mejor desempeño
ambiental.
Artículo 6º—Elaboración,
participación y divulgación de los PGAI. La elaboración e implementación de
los PGAI deberá considerar la participación de los funcionarios, no sólo en la
aportación de ideas y sugerencias de medidas para mejorar el desempeño
ambiental, residuos, cambio climático y energético, sino también como mecanismo
de retroalimentación, aprendizaje y toma de conciencia sobre la responsabilidad
ambiental que tienen todos los funcionarios públicos y la ciudadanía en
general.
Artículo 7º—Comisión Institucional:
Cada institución de
Artículo 8º—Funciones de
a) Realizar los diagnósticos o evaluaciones necesarias para conocer el
estado en que se encuentra la organización, respecto de la gestión ambiental,
gestión de residuos, cambio
climático y eficiencia energética.
b) Formular y proponer la política ambiental
institucional incluyendo los aspectos de cambio climático, gestión de residuos,
conservación y uso racional de la energía.
c) Elaborar el PGAI y presentarlo al Jerarca para
su revisión y aprobación.
d) Elaborar y remitir los informes que solicite
el MINAET.
e) Establecer los indicadores internos
cuantificables, que permitan medir, verificar y reportar el grado de avance del
PGAI, tomando de base los instrumentos que establezca el MINAET.
f) Coordinar con las instancias internas de la
institución lo correspondiente a la elaboración, desarrollo, implementación,
divulgación de los PGAI, así como la capacitación de los funcionarios respecto
a temas de gestión ambiental inherentes al quehacer institucional.
Artículo 9º—Contenido de los
PGAI e informes de avance. El MINAET, vía resolución administrativa,
definirá a través de
Artículo 10.—Presentación
de los PGAI: Los PGAI deberán ser presentados en
Artículo 11.—Plazo de revisión de los
PGAI: El MINAET contará con un plazo de 40 días naturales, contados a
partir del día siguiente a la recepción del documento, para remitir a las
instituciones públicas que presentaron sus PGAI, una respuesta que integre los
recomendaciones emitidas por
Artículo 12.—Responsabilidad
y seguimiento: El jerarca de cada institución será el responsable del
cumplimiento del PGAI de conformidad con los artículos 98, 99 y 100 de
a) Aprobar la política de
gestión ambiental institucional y el PGAI.
b) Constituir
c) Remitir formalmente al MINAET el PGAI y
cualquier otro instrumento que se establezca.
d) Facilitar y aprobar los mecanismos necesarios
para dar a conocer el PGAI a todos sus funcionarios, así como para implementar
las medidas ambientales contenidas en el PGAI; de modo tal que se facilite el alcance
de los compromisos sobre gestión ambiental, gestión de residuos, cambio
climático y eficiencia energética.
e) Velar por que se incorpore dentro de los
Planes Anuales Operativos y sus respectivos presupuestos las acciones que
garanticen la elaboración, implementación y mejora continua del PGAI.
Artículo 13.—Mecanismo
de control: Cada organización, presentara un informe de avance semestral, a partir de la aprobación del
PGAI. Estos informes deberán contener
indicadores cuantificables que permitan visualizar el impacto del PGAI en
aspectos tales como: consumo de energía eléctrica, consumo de agua, consumo de
combustibles, consumo de papel, separación de residuos, sin perjuicio de que se
incluyan indicadores para otros aspectos ambientales inherentes al quehacer
institucional.
Los lineamientos y manuales con base en los
cuales las instituciones de la administración pública elaborarán sus PGAI y sus
informes de avance serán establecidos por parte del MINAET en la resolución
administrativa señalada en el artículo 9º del presente Decreto Ejecutivo.
Los técnicos de las dependencias que
conforman
Toda la documentación elaborada como parte
del proceso de confección del PGAI deberá ser resguardada en la institución,
por parte del encargado o coordinador de
Artículo 14.—Plazo
para presentar el PGAI. Las instituciones de
Artículo 15.—De los sistemas de gestión
ambiental: Los Programas de Gestión Ambiental Institucional indicados en
este reglamento serán equiparados con los Sistemas de Gestión Ambiental que
establece el artículo 28 de
Artículo 16.—De
los programas de residuos por parte de los generadores: Las instituciones
de
Artículo 17.—Vigencia
del PGAI: EL PGAI tendrá una vigencia de 5 años, vencido este plazo, cada
organización deberá reformular y presentar su nuevo PGAI, bajo el principio de
mejora continua, propio de un Sistema de Gestión Ambiental.
CAPÍTULO II
Responsabilidades, incentivos, derogaciones y transitorios
Artículo 18.—Responsabilidades:
El incumplimiento de lo dispuesto en este reglamento será sancionado de acuerdo
con lo establecido en los artículos 98, 99, 100 y 101 de
Artículo 19.—Incentivos y reconocimientos:
Con fundamento en el Informe anual de presentación e implementación de los
PGAI mencionado en el inciso “f” del artículo 5,
Artículo 20.—Derogatorias:
Deróguese el Decreto Ejecutivo Nº 33889-MINAE, Reglamento para
Artículo 21.—Disposiciones
Transitorias.
Transitorio I: Todas aquellas instituciones que
a la fecha de publicación del presente decreto hayan presentado
satisfactoriamente el Plan de Gestión Ambiental “PGA” según lo establecido en
el acuerdo presidencial Nº 024-MP, publicado en
Transitorio II: El MINAET y el MS tendrán un
plazo de 15 días naturales a partir de la publicación de este reglamento para
conformar
Artículo 22.—Entrada
en vigencia: Rige a partir de su publicación.
Dado en
LAURA CHICHILLA MIRANDA.—
Y EL
MINISTRO DE
Con fundamento en lo dispuesto en
los artículos 118 y 140 inciso 5) y 14), de
Decretan:
Artículo 1º—Amplíase la
convocatoria a Sesiones Extraordinarias a
Expediente N° 17.794: Creación del Premio
Nacional Alma Verde.
Expediente N° 17.855: Ley de creación del
sistema nacional de registro, selección seguimiento y evaluación de
beneficiarios de los programas sociales del Estado.
Expediente N° 17.898: Ley de creación de
centros de atención a mascotas abandonadas.
Expediente N° 18.039: Declaratoria como
Benemérito de
Expediente N° 16.971: Aprobación del segundo
protocolo del Tratado Marco del Mercado Eléctrico de América Central.
Expediente nuevo: Ley para la preservación
del uso agropecuario de los terrenos.
Artículo 2º—Rige a partir del 13 de abril de
2011.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de
Y EL
MINISTRO DE
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 118 y 140 inciso 5) y 14), de
Decretan:
Artículo 1º—Retírase del
conocimiento de sesiones extraordinarias de
Expediente N° 16.861: Ley para
establecer el derecho de jubilación anticipada de las y los trabajadores, y
reforma a
Artículo 2º—Rige a partir del 13 de abril de
2011.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de
Y EL
MINISTRO DE
En uso de las facultades y
atribuciones que les confieren los artículos 140 y 146 de
Considerando:
1º—Que Costa Rica fue escogida
por
2º—Que como parte de la organización de este importante
evento y entre las principales actividades que deben desarrollarse, Costa Rica
debe conformar un comité organizador durante los próximos meses, el cual
decidirá las sedes que se utilizarán y las inversiones que se deberán realizar.
3º—Que el principal estadio con el que cuenta
Costa Rica es el Estadio Nacional, ubicado en San José, inaugurado
recientemente, el cual cuenta con una capacidad para 35.000 aficionados, cancha
natural y considerado como el más moderno de Centroamérica.
4º—Que
5º—Que esta Copa Mundial será una excelente
oportunidad para promocionar el turismo hacia nuestro país y dar a conocer a
los visitantes de todo el mundo nuestras costumbres y riquezas naturales. Por
tanto;
Decretan:
Declaratoria de Interés Público de las actividades relacionadas
con el Mundial femenino Sub 17 del 2014,
a celebrarse en Costa Rica
Artículo 1º—Se declara de
interés público las actividades relacionadas con el Mundial femenino Sub 17 del
Artículo 2º—Conformar un comité organizador,
el cual apoyará la decisión de las sedes que se utilizarán y las inversiones
que se deberán realizar.
Artículo 3º—Las dependencias del Sector
Público y del Sector Privado, dentro del marco legal respectivo, podrán
contribuir con recursos económicos, en la medida de sus posibilidades y sin
perjuicio del cumplimiento de sus propios objetivos, para la exitosa
realización de las actividades indicadas.
Artículo 4º—Rige a partir de su
publicación.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de
Y
En ejercicio de las facultades
establecidas en los artículos 140, incisos 3), 8) y 18) y 146 de
Considerando:
1º—Que el
Ministerio de Agricultura y Ganadería en coordinación con el Instituto
Interamericano de Cooperación para
2º—Que la actividad se desarrollará bajo el
lema Innovación para una Agricultura Sostenible, Competitiva e Incluyente, con lo
cual se busca promover que la actividad agrícola se desarrolle de manera
competitiva y sustentable para las Américas.
3º—Que la actividad contará con la presencia
de treinta y cuatro Ministros de Agricultura de las Américas, así como de
conferencistas nacionales y extranjeros y expertos reconocidos por su
trayectoria en las áreas temáticas a desarrollar, así como la representación de
instituciones públicas y privadas, universidades, entre otros. Por tanto,
Decretan:
DECLARATORIA DE INTERÉS PÚBLICO Y NACIONAL
DEL
ENCUENTRO DE MINISTROS DE AGRICULTURA
DE LAS
AMÉRICAS, 2011
Artículo 1º—Se declara de
interés público y nacional el Encuentro de Ministros de Agricultura de las
Américas, 2011, que se llevará a cabo en San José, Costa Rica, del 19 al 22 de
octubre del 2011.
Artículo 2º—Las dependencias del Sector
Público y privado, dentro del marco legal respectivo, podrán contribuir con
recursos económicos, humanos y materiales, en la medida de sus posibilidades y
sin perjuicio del cumplimiento de sus propios objetivos, para la exitosa
realización de este Encuentro de Ministros de Agricultura de las Américas,
2011.
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en
LAURA
CHINCHILLA MIRANDA.—
Y EL
MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140, incisos 3), 20) y 146 de
Decretan:
Artículo 1º—Conceder asueto a
los empleados públicos del cantón de Buenos Aires de la provincia de Puntarenas
el día 29 de junio del 2011, con las salvedades que establecen las leyes
especiales, con motivo de la celebración de los festejos cívicos de dicho
cantón.
Artículo 2º—En cuanto a los funcionarios del
Ministerio de Educación Pública, será el jerarca de dicha institución el que
determine con base en el artículo 213 del Código de Educación y mediante
circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios
de esa cartera que laboren para ese cantón.
Artículo 3º—En relación a los funcionarios de
Artículo 4º—En relación con los funcionarios
del Instituto Nacional de Seguros, será el jerarca de esa Institución el que
determine con base en el artículo 6 inciso c) de
Artículo 5º—Rige el día 29 de junio de 2011.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Gobernación y Policía y Seguridad Pública,
José María Tijerino Pacheco.—1 vez.—O. C. Nº 11196.—Solicitud Nº
1258.—C-14870.—(D36560-IN2011032036).
Nº 015.—
JUSTIFICACIÓN:
1º—El proceso de juzgamiento
de faltas y las competencias de
Resulta evidente que la restitución de los
derechos violados y la reparación del daño causado, solo podría plantearse en
aquellos casos en los que la decisión adoptada por el empleador, también
constituye una infracción a las leyes de trabajo y de seguridad social, lo que
da origen al reclamo de la multa; por consiguiente, no todas las demandas
ordinarias de trabajo pueden reconducirse al proceso de infracciones.
Por otra parte, no existe norma alguna en el
ordenamiento jurídico que asigne al procedimiento ordinario de trabajo, el
conocimiento exclusivo de la restitución de los derechos violados y la
reparación del daño causado, con motivo de una infracción a las leyes de trabajo.
2º—El proceso de juzgamiento de faltas, su
naturaleza y los principios rectores de su fase de ejecución. El proceso de
juzgamiento de las faltas contra las Leyes de trabajo o de previsión social
tiene por objetivo conocer de un incumpliendo a normas preceptivas y la
imposición de una sanción.
La sanción no se limita al pago de una multa,
por más que ella sea la más visible de las consecuencias derivadas de ese
hecho.
La reforma del Código de Trabajo mediante
No podía ser de otra forma, porque la multa
es una consecuencia de la potestad sancionadora de
No obstante, la sentencia también tiene por
objeto resolver la situación del trabajador afectado, y de allí que de forma
“ineludible” se oriente a restituir los derechos violados, la reparación e
indemnización del daño causado y las medidas necesarias para que ello sea
realidad. Obsérvese en tal sentido, que independientemente de que se solicite o
no, el juez debe de ordenarlo.
3º—Las competencias asignadas a
Su mandato legal va más allá y abarca también
el darles seguimiento, a estas acciones judiciales, “hasta la ejecución de las
sentencias”, en todos aquellos casos que así lo indique el Director Nacional o
los jefes de las oficinas regionales (Nº 2.1, 2.3.1. y 2.3.2. del Manual de
Procedimientos de
Considerando:
1º—Que según lo establecido en
2º—Que
3º—Que los gobiernos
de la subregión en abril del 2005 elaboraron el documento conocido como Libro
Blanco o de: “La Dimensión Laboral en Centroamérica y la República
Dominicana. Construyendo sobre el progreso: reforzando el cumplimiento y
potenciando las capacidades”,
en el que se describen un conjunto de compromisos que forman una especie de
itinerario u hoja de ruta y se presentan recomendaciones para mejorar la
aplicación de la legislación laboral y contribuir al fortalecimiento de una
cultura de respeto de los derechos laborales.
4º—Que como parte de
los compromisos adquiridos,
5º—Que al día de hoy
sigue existiendo preocupación en cuanto al efectivo cumplimiento de las
sentencias judiciales, en los procesos de juzgamientos de faltas cometidas
contra las leyes de trabajo o de previsión social, promovidos a iniciativa de
Y EL DIRECTOR NACIONAL
E INSPECTOR GENERAL DE TRABAJO
EMITEN
La presente Directriz Institucional,
para el efectivo cumplimiento de las ejecuciones de sentencia que se refieren a
fueros de protección especial y ordenen la reinstalación del trabajador, que se
denominará en adelante:
Protocolo
sobre la verificación del efectivo cumplimiento
de las órdenes judiciales de
reinstalación de trabajadores
por acción judicial interpuesta por
Nacional de Inspección del
Trabajo
1. Del inicio del procedimiento de verificación.
1.1. Recibida la notificación de la resolución judicial en firme que
ordena la reinstalación en la oficina regional o la correspondiente de
2. Del trámite de verificación.
2.1. El Asesor Legal procede a
solicitar al Jefe Regional que le corresponda el envío del expediente
administrativo y con la ayuda de los datos de localización indicados por el
trabajador afectado, lo contacta por correo electrónico o teléfono, con el
objetivo de que se apersone a su oficina con el fin de determinar si se cumplió
con lo ordenado por el Juez y ofrecerle la asesoría que el trabajador requiera.
2.2. Cuando la localización por los medios
descritos no sea posible, el Asesor Legal le solicitará al Jefe Regional que
designe un Inspector de Trabajo para que cumpla con tal cometido en la
dirección física que hubiere suministrado el trabajador afectado.
2.3. La asesoría que podrá ofrecerse al trabajador
consistirá en indicarle verbalmente los derechos concedidos en sentencia, el
plazo, la forma y el lugar en que deberá solicitar su cumplimiento.
2.4. En aquellos casos en que no fuera posible
contactar a la persona trabajadora se procederá a realizar un informe en el que
se indicarán las gestiones realizadas y los motivos por los cuales no fue
posible la localización. El informe se agregará al expediente administrativo,
procediéndose a su archivo y remitiendo copia del informe al Juzgado de Trabajo
correspondiente.
3. De las acciones que deben adoptarse después del proceso de
verificación
3.1. Si el trabajador confirma que el patrono cumplió con lo ordenado
en la sentencia, se realiza un informe de cumplimiento que se agregará al en el
expediente administrativo y copia del cual se enviará al Juez de Trabajo
correspondiente.
3.2. Si el trabajador indica que el empleador no
cumplió con la reinstalación ordenada, el Asesor Legal se lo informará al Jefe
Regional quien asignará el caso al Inspector de Trabajo y este acudirá al
centro de trabajo para verificar si efectivamente el patrono cumplió o no con
lo establecido en la ejecución de sentencia. En caso de que el trabajador desee
ser reinstalado acudirá acompañado por el Inspector. Si con motivo de la visita
al centro de trabajo el Inspector determina que sí se cumplió con lo ordenado
por el Juez, da por concluida la visita y elabora el respectivo informe que
comunicará al Jefe Regional, quien lo agregara al expediente administrativo y
copia del cual se enviará al Juez de Trabajo correspondiente.
3.3. En los casos en los que el trabajador indica
que no desea la reinstalación y siempre que le fueren concedidos otros derechos
en sentencia, se le deberá dar el asesoramiento indicado en el apartado 2.3.,
para que determine si a pesar de no hacer valer la reinstalación, desea ver
satisfechos los demás extremos que le corresponden.
3.4. Si el trabajador manifiesta su negativa a
solicitar el cumplimiento de la sentencia, se levanta el respectivo informe y
se archiva el expediente administrativo, enviando copia del mismo al Juez de
Trabajo que corresponda.
4. Del procedimiento en caso de incumplimiento de la sentencia
judicial.
4.1. Una vez determinado que el patrono no cumplió con lo establecido
en
5. Solicitud de intervención de
5.1. Para que se cumpla con lo dispuesto en el numeral 3.2.,
6. Apoyo de
6.1. Si la reinstalación ordenada beneficia a una mujer trabajadora o a
un trabajador adolescente,
Rige a partir de su publicación.
Dado en San José, Costa Rica, a
las quince horas del día cinco de abril del año dos mil once.
Sandra Piszk Feinzilber,
Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—Rodrigo Acuña
Montero, Director Nacional e Inspector
General de Trabajo.—1 vez.—O. C. Nº 10889.—Solicitud Nº 38758.—C-73350.—(D015-IN2011029991).
Nº 216-P
Con fundamento en lo dispuesto
en el artículo 139 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor
Leonardo Garnier Rímolo, cédula de identidad Nº 1-433-621, Ministro de
Educación Pública, para que participe en el “Foro de Líderes del Sector Público
de Latinoamérica y el Caribe-Microsoft-Inspirando a
Artículo 2º—Los gastos del viaje al exterior,
por concepto de transporte aéreo de ida y regreso serán cubiertos por el Banco
Interamericano de Desarrollo-BID. Los gastos por concepto de alojamiento y
manutención serán cubiertos por el Programa Presupuestario 550-00 de la
subpartida presupuestaria 10504, por un monto de mil doscientos cincuenta y
cinco dólares con sesenta y ocho centavos de dólar ($1.255,68).
Artículo 3º—Incluye los cánones por concepto
de los traslados internos de aeropuerto-hotel y viceversa y los impuestos de
salida del país sede del evento, que serán reembolsados por
Artículo 4º—Se nombra al señor Mario Mora
Quirós, viceministro de Educación Pública, encargado del Área de Planificación
Institucional y Coordinación Regional, como Ministro a. í. del Ministerio de
Educación Pública, a partir de las 7:15 horas del 4 de abril hasta las 11:55
horas del 7 de abril de 2011.
Artículo 5º—El presente acuerdo rige a partir
de las 7:15 horas del 4 de abril hasta las 11:55 horas del 7 de abril del 2011.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 11755.—Solicitud Nº 1187.—C-19700.—(IN2011031009).
Nº
219-P
Con fundamento en el artículo 26
inciso b) de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor
Luis Liberman Ginsburg, portador de la cédula de identidad número 1-340-025,
Segundo Vicepresidente de
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
viáticos, impuestos, servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa en la
ciudad visitada, se cancelarán del Título 201-Presidencia de
Artículo 3º—En caso de que el funcionario
incurriere en gastos de representación los mismos serán cancelados contra la
presentación de las facturas en la liquidación.
Artículo 4º—El funcionario cede las millas
otorgadas al Ministerio de
Artículo 5º—Se otorga la suma adelantada de
¢211.536,04 por concepto de viáticos sujetos a liquidación.
Artículo 6º—Rige a partir del 6 y hasta el 7
de abril del 2011.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 10970.—Solicitud Nº 067-2011.—C-13520.—(IN2011031010).
N°
223-P
En uso de las facultades que le
confiere el artículo 139 inciso 1), de
Considerando:
I.—Que el señor Marco Antonio
Vargas Díaz, cédula de identidad 1-427-
ACUERDA:
Artículo 1º—Conocer la renuncia
del señor Marco Antonio Vargas Díaz, cédula de identidad 1-427-845, al cargo de
Ministro de
Artículo 2º—Nombrar al señor Carlos Ricardo
Benavides Jiménez, cédula de identidad 6-248-942, como Ministro de
Artículo 3º—Este acuerdo rige a partir del
cuatro de abril del dos mil once.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 10970.—Solicitud Nº 062-2011.—C-9920.—(IN2011031725).
N°
224-P
En virtud de las facultades y
atribuciones que le confiere
Considerando:
I.—Que según acuerdo del Consejo
de Gobierno, tomado mediante artículo segundo, de la sesión ordinaria número
cuarenta y ocho, celebrada el día cinco de abril de dos mil once, se nombró al
Señor Allan Flores Moya, cédula de identidad 1-688-769, Presidente Ejecutivo
del Instituto Costarricense de Turismo.
ACUERDA:
Artículo 1°—Otorgar el rango de
Ministro de Turismo, al Presidente Ejecutivo del Instituto Costarricense de
Turismo, señor Allan Flores Moya.
Artículo 2°—Rige a partir del cinco de abril
de dos mil once y por el resto del período legal correspondiente, que vence el
ocho de mayo de dos mil catorce.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 13858.—Solicitud Nº 12947.—C-9420.—(IN2011031727).
N°
227-P
De conformidad con lo
establecido en el artículo 140, inciso 12), de
Considerando:
I.—Que el señor Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto sostendrá reuniones de alto nivel con
representantes de
II.—Que es relevante
para la estrategia de Costa Rica que el señor Ministro de Relaciones Exteriores
y Culto se reúna con altos jerarcas de Petrobras, la empresa estatal de energía
y Electrobras, empresa de energía eléctrica, el 1° de abril en Río de Janeiro,
Brasil.
III.—Que como parte
del fortalecimiento de las relaciones bilaterales con Brasil, es fundamental
que el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto participe en reuniones
de diálogo político y cooperación con su homólogo el Canciller Antonio
Patriota, con el Presidente del Senado Federal, con el Presidente de
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor
René Castro Salazar, cédula 1-518-181, Ministro de Relaciones Exteriores y
Culto, para que viaje a Brasil del 29 de marzo al 6 de abril de 2011.
Artículo 2º—Los tiquetes aéreos, viáticos,
transporte interno, gastos en tránsito, llamadas internacionales, gastos de
representación, corren por cuenta del Ministerio de Relaciones y Culto, de
conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de
Transporte para Funcionarios Públicos, programa 079, Despacho del Ministro,
subpartida 1.05.03 de tiquetes aéreos y subpartida 1.05-04 de viáticos en el
exterior. Se autoriza la suma de US$348,00 diarios para Brasil, para un total
de US$3.132,00. Se le autoriza la suma de US$1.000,00 para Gastos de
Representación. Se autoriza el uso de internet. Se autoriza al señor Ministro
realizar llamadas internacionales. Todo sujeto a liquidación.
Artículo 3º—De acuerdo con el artículo 47,
del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, el
funcionario estará cubierto por la póliza grupal INS viajero, con asistencia en
dólares.
Artículo 4º—Durante la ausencia del señor
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, se nombra como Ministro a.í. al
señor Carlos Alberto Roverssi Rojas, Viceministro de Relaciones Exteriores y
Culto.
Artículo 5º—Rige a partir de las 12:00 horas
del 29 de marzo a las 12:00 horas del 06 de abril de 2011.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 11398.—Solicitud Nº 13686.—C-23290.—(IN2011031728).
N°
228-P
Con fundamento en el artículo
139, inciso 1) de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor
Teófilo de
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
transporte aéreo, hospedaje, alimentación e imprevistos serán cubiertos por
Artículo 3º—En tanto dure la ausencia del
señor Ministro, se nombra Ministro a. i. al señor Andrei Bourrouet Vargas,
cédula de identidad número 1-0672-0652 de las 17:25 horas del día 13 de abril
hasta las 21:05 horas del 16 de abril del 2011.
Artículo 4º—Rige a partir de las 17:25 horas
del día 13 de abril hasta las 21:05 horas del 16 de abril del 2011.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 10801.—Solicitud Nº 22173.—C-9920.—(IN2011031729).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 2, folio 56, título Nº 1869, emitido en el año dos
mil nueve, y del Título de Técnico Medio en Agro-Ecología, inscrito en el tomo
2, folio 106, título Nº 1569, emitido en el año dos mil ocho, ambos títulos
fueron extendidos por el Colegio Técnico Profesional Padre Roberto Evans
Saunders de Siquirres, a nombre de Monge Suárez José Alfredo. Se solicita la
reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller
en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 28, título Nº 658, emitido
por el Liceo Otilio Ulate Blanco, en el año dos mil siete, a nombre de
Benavides Arce Juan José. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de
Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad Ciencias
y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 10, título Nº 109, emitido por el
Colegio Salesiano Don Bosco, en el año mil novecientos setenta y seis, a nombre
de Giró Amador Rodrigo. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Ciencias,
inscrito en el tomo 1, folio 140, título N° 412, emitido por el Colegio San
Luis Gonzaga, en el año mil novecientos setenta y uno, a nombre de Solano
Moncada Gabriela Andrea. Se solicita la reposición del título por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 35, título N° 163,
emitido por el Colegio Técnico Profesional Regional de San Carlos, en el año
mil novecientos noventa y seis, a nombre de Barrera Rodríguez Lorena. Se
solicita la reposición del título indicado por deterioro del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 15, título N° 15,
emitido por el Colegio San Basilio, en el año dos mil uno, a nombre de Manrique
Osorio Andrea. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 256, título N° 2184,
emitido en el año dos mil cinco, y del Título de Técnico Medio en Secretariado,
inscrito en el tomo 2, folio 183, título N° 4120, emitido en el año dos mil
cuatro, ambos títulos fueron extendidos por el Colegio Técnico Profesional de
San Sebastián, a nombre de Chaves Solano Jenny Milena. Se solicita la
reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se
pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de
Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Técnica”, inscrito en
el tomo 1, folio 15, título N° 225, y del título de Técnico Medio en
Secretariado Comercial, inscrito en el tomo 1, folio 17, título N° 135, ambos
títulos fueron emitidos en el año mil novecientos ochenta y cuatro por el Liceo
Regional de Flores, a nombre de Víquez Alfaro Elsy María. Se solicita la
reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se
pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 123, título N° 1433,
emitido por el Liceo Dr. Vicente Lachner Sandoval, en el año mil novecientos
noventa y nueve, a nombre de Villalta Solano Alberth. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 100, título Nº 1777,
emitido por el Liceo de Escazú, en el año dos mil cinco, a nombre de Guevara
Rivera Joelsy Margarita. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 224, título Nº 2142,
emitido por el Colegio de Naranjo, en el año dos mil cinco, a nombre de
Corrales Jiménez Sujein. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 65, título Nº 571,
emitido por el Liceo José Joaquín Vargas Calvo, en el año mil novecientos
noventa y cinco, a nombre de Jiménez Chavarría Francisco. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de
Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, inscrito en el tomo 1, folio
44, título Nº 344, emitido por el Liceo de Abangares, en el año mil novecientos
ochenta y dos, a nombre de Gutiérrez Calvo Iris. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original y por cambio de apellido, cuyo
nombre y apellidos correctos son: Iris Ocampo Gutiérrez. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de
Conclusión de Estudios de
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 65, título Nº 1759,
emitido por el Colegio Bilingüe San Judas Tadeo, en el año dos mil siete, a
nombre de Barrientos Vásquez Diana Carolina. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 91, título Nº 319 y
el Título de Técnico Medio en
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
De conformidad con la
autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir
a su Estatuto Social de la organización social denominada: Sindicato de
Trabajadores del Banco Popular, Siglas Sibanpo, acordada en asamblea celebrada
el 25 de febrero del 2011. Expediente T-45. En cumplimiento con lo dispuesto en
el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE
Cambio de Nombre Nº 68063
Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad
1-335-794, en calidad de apoderado especial de Pernod Ricard USA, LLC, solicita
a este registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Pernod Ricard
USA, LLC (Indiana) por el de Pernod Ricard USA, LLC (Delaware), domiciliada en
100 Manhattanville Road, Purchase, Nueva York 10577, Estados Unidos de América,
presentada el día 13 de setiembre de 2010 bajo expediente 68063. El nuevo
nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-0525433 Registro Nº 5254 SEAGRAM
en clase 33 Marca Mixto, 1900-0620333 Registro Nº 6203 SEAGRAM’S SEVEN 7 CROWN
en clase 33 Marca Mixto, 1900-4612300 Registro Nº 46123 SEAGRAM’S DE COSTA
RICA S. A. en clase 49 Marca Denominativa, 1900-4946933 Registro Nº 49469 STARS
& STRIPES en clase 33 Marca Denominativa, 1993-0004203 Registro Nº
85757 SEAGRAM’S en clase 32 Marca Mixto, 1993-0004205 Registro Nº 85416 SEAGRAM’S
en clase 32 Marca Mixto, 1993-0004207 Registro Nº 85839 SEAGRAM en clase
32 Marca Mixto, 1993-0007518 Registro Nº 86867 SEAGRAM’S en clase 33
Marca Mixto y 1995-0001429 Registro Nº 93515 SEAGRAM’S en clase 32 Marca
Mixto. Publicar en
Cambio de Nombre por Fusión Nº 71587
Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad
1-335-794, en calidad de apoderado especial de Symrise AG, solicita a este Registro
se anote la inscripción de cambio de nombre por fusión de Symrise GmbH &
Co. KG por el de Symrise AG, presentada el 22 de marzo de 2011 bajo expediente
71587. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2004-0002652 Registro Nº
170370 en clase 1 Marca Figurativa, 2004-0002653 Registro Nº 155221 en clase 3
Marca Figurativa, 2004-0002655 Registro Nº 149158 SYMRISE en clase 3
Marca Denominativa y 2006-0012005 Registro Nº 169021 SYMRISE en clase 1
Marca Denominativa. Publicar en
Cambio de Nombre por Fusión Nº 71425
Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad
1-335-794, en calidad de apoderado especial de Oracle America, Inc., solicita a
este Registro se anote la inscripción de la fusión de compañías Oracle USA, Inc,
con Sun Microsystems, Inc., para formar Oracle America, Inc, con domicilio en
500 Oracle Parkway, Redwood Shores, California 94065, Estados Unidos de
América, presentada el 14 de marzo de 2011 bajo expediente 71425. La fusión
afecta a las siguientes marcas: 1994-0004096 Registro Nº 89525 SOLARIS
en clase 9 Marca Denominativa, 1995-0000157 Registro Nº 91882 NETRA en
clase 9 Marca Denominativa, 1995-0007136 Registro Nº 96164 JAVA en clase
9 Marca Denominativa, 1995-0007137 Registro Nº 96165 JAVA en clase 42
Marca Denominativa, 1996-0003573 Registro Nº 98495 JAVASCRIPT en clase
42 Marca Denominativa, 1996-0003574 Registro Nº 98496 JAVASCRIPT en
clase 9 Marca Denominativa, 1999-0003735 Registro Nº 117575 SUN RAY en
clase 9 Marca Denominativa, 2000-0008900 Registro Nº 134754 SUN en clase
9 Marca Denominativa, 2003-0007736 Registro Nº 146386 en clase 9 Marca
Figurativa, 2003-0007737 Registro Nº 146387 en clase 42 Marca Figurativa,
2003-0007738 Registro Nº 146388 en clase 38 Marca Figurativa y 2008-0008841
Registro Nº 187189 SUN en clase 9 Marca Mixta. Publicar en
Cambio de Nombre Nº 69708
Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad
1-335-794, en calidad de apoderado especial de Basf Construction Chemicals
Europe AG, solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre
de Basf Construction Chemicals (Schweiz) AG, por el de Basf Construction
Chemicals Europe AG, presentada el 15 de diciembre de 2010 bajo expediente
69708. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas; 1999-0008874 Registro Nº
120247 GLENIUM en clase 1 Marca Denominativa. Publicar en
Cambio de Nombre Nº 71535
Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad
1-335-794, en calidad de apoderado especial de Gruner + Jahr AG & Co KG,
solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de
Gruner+Jahr Aktiengesellschaft & Co., por el de Gruner + Jahr AG & Co
KG, presentada el 21 de marzo de 2011, bajo expediente 71535. El nuevo nombre
afecta a la siguiente marca: 1900-5784316 Registro Nº 57843 en clase 16 Marca
Figurativa. Publicar en
Cambio de Nombre Nº 71053
Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad
1-335-794, en calidad de apoderado especial de LTB S. A., solicita a este
Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de L.T.B. Les Tabacs
Boutiques S. A., por el de LTB S. A., domiciliada en 34 Rue Plantamour, 1201
Ginebra, Suiza, presentada el 23 de febrero
de 2011, bajo expediente 71053. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas:
1900-7217034 Registro Nº 72170 GERARD PERE ET FILS en clase 34 Marca
Mixto. Publicar en
Cambio de Nombre Nº 63494
Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad
1-335-794, en calidad de apoderado especial de General Motors LLC, solicita a
este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de General Motors
Company por el de General Motors LLC, presentada el 11 de diciembre de 2009 bajo
expediente 63494. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-0002547
Registro Nº 2547 PONTIAC en clase 12 Marca Mixto, 1900-0068712 Registro
Nº 687 CHEVROLET en clase 12 Marca Denominativa, 1900-0142106 Registro
Nº 1421 GENERAL MOTORS en clase 6 Marca Denominativa, 1900-0142107
Registro Nº 1421 GENERAL MOTORS en clase 7 Marca Denominativa,
1900-0142111 Registro Nº 1421 GENERAL MOTORS en clase 11 Marca
Denominativa, 1900-0142112 Registro Nº 1421 GENERAL MOTORS en clase 12
Marca Denominativa, 1900-0261612 Registro Nº 2616 BUICK en clase 12
Marca Mixto, 1900-0261712 Registro Nº 2617 CADILLAC en clase 12 Marca
Mixto, 1900-0339309 Registro Nº 3393 DELCO-REMY en clase 9 Marca
Denominativa, 1900-0431712 Registro Nº 4317 en clase 12 Marca Figurativa, 1900-0470907
Registro Nº
Cambio de Nombre Nº 67723
Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad
1-335-794, en calidad de apoderado especial de MHCS, solicita a este Registro
se anote la inscripción de cambio de nombre de France Champagne, domiciliada en
8, rue de Bernon - 51200 Epernay, Francia, por el de Champagne Ruinart,
domiciliada en 4, rue des Crayeres - 51100, Reims, Francia, presentada el 17 de
agosto de 2010 bajo expediente 67723. El nuevo nombre afecta a las siguientes
marcas: 1900-6632133 Registro Nº 66321 MOET & CHANDON en clase 33
Marca Denominativa, 1900-6632233 Registro Nº 66322 DOM PERIGNON en clase
33 Marca Denominativa, 1900-6733533 Registro Nº 67335 H. MERCIER en
clase 33 Marca Denominativa, 1900-7467033 Registro Nº 74670 DOM PERIGNON
en clase 33 Marca Mixto, 1900-7689333 Registro Nº 76893 BRUT IMPERIAL MOET
& CHANDON en clase 33 Marca Mixto, 1991-0000516 Registro Nº 76493 en
clase 33 Marca Figurativa, 1992-0006164 Registro Nº 82751 MOET en clase
33 Marca Denominativa, 1992-0006165 Registro Nº 83454 CHANDON en clase
33 Marca Denominativa, 1999-0007947 Registro Nº 122063 MOET & CHANDON
en clase 33 Marca Mixto, 2008-0005875 Registro Nº 181947 CHANDON ROSE en
clase 33 Marca Mixto, 2008-0009264 Registro Nº 186083 187 CHANDON en
clase 33 Marca Denominativa y 2008-0012318 Registro Nº 191911 MOËT IMPERIAL
en clase 33 marca denominativa. Publicar en
Cambio de Nombre por fusión No. 69707
Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad
1-335-794, en calidad de apoderado especial de Basf Construction Chemicals
(Schweiz) AG, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de
nombre de Basf Construction Chemicals (Europe) AG., por el de Basf Construction
Chemicals (Schweiz) AG, presentada el 15 de diciembre de 2010 bajo expediente
69707. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1999-0008874 Registro Nº
120247 GLENIUM en clase 1 Marca Denominativa. Publicar en
Cambio de Nombre Nº 69704
Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad
1-335-794, en calidad de apoderado especial de Basf Construction Chemicals
(Europe) AG, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de
nombre de Degussa Construction Chemicals (Europe) AG., por el de Basf
Construction Chemicals (Europe) AG, presentada el 15 de diciembre de 2010 bajo
expediente 69704. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1999-0008874
Registro Nº 120247 GLENIUM en clase 1 Marca Denominativa. Publicar en
Cambio de Nombre Nº 69703
Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad
1-335-794, en calidad de apoderado especial de Degussa Construction Chemicals
(Europe) AG, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de
nombre de MBT Holdings AG., por el de Degussa Construction Chemicals (Europe)
AG, presentada el 15 de diciembre de 2010 bajo expediente 69703. El nuevo
nombre afecta a las siguientes marcas: 1999-0008874 Registro Nº 120247 GLENIUM
en clase 1 Marca Denominativa. Publicar en
Cambio de Nombre Nº 70829
Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad
1-335-794, en calidad de apoderado especial de Barry Callebaut Nederland B.V.,
solicita a este registro se anote la inscripción de cambio de nombre de B.V.
V/H Fabrieken C.J. Van Houten & Zoon por el de Barry Callebaut Nederland
B.V., presentada el 9 de febrero de 2011 bajo expediente 70829. El nuevo nombre
afecta a las siguientes marcas; 1900-1236630 Registro Nº 12366 VH en
clase 30 Marca Mixto. Publicar en
Patentes de invención
PUBLICACIÓN DE TERCERA
VEZ
El señor Michael Bruce Esquivel,
mayor de edad, con cédula de identidad Nº 1-943-799, apoderado especial de
Bruce, L. Bruso, de E.U.A., solicita
Para
ver imagen solo en
Un método para procesamiento de carbón
para remover azufre y otros contaminantes al mezclar carbón en una solución de
amoniaco acuoso que tiene un rango de concentración seleccionado de amoniaco a
agua (rango preferido de 3%-5%) en un recipiente de reacción. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El señor Rafael Ángel Quesada Vargas,
cédula 1-0994-0112, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado
especial de Targeted Delivery Technologies Limited, de Malta, solicita la
patente de invención denominada MÉTODOS PARA ADMINISTRAR FORMULACIONES
ANTIFÚNGICAS TÓPICAS PARA EL TRATAMIENTO DE ENFERMEDADES FÚNGICAS. La
presente invención se relaciona con formulaciones tópicas de un antifúngico que
comprende uno o más antifúngicos, un lípido y un tensoactivo, y usos de los
mismos para el tratamiento de infecciones fúngicas de la piel y las uñas. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El
señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula 1-669-228, mayor, abogado, vecino de
San José, en calidad de apoderado especial de Laboratorios Senosiain S. A. de
C. V., de México, solicita la patente de invención denominada COMPOSICIÓN
FARMACÉUTICA PARA EL USO EN EL TRATAMIENTO DE INFECCIONES DE TRANSMISIÓN SEXUAL.
La presente invención se refiere a una composición farmacéutica oral sólida que
comprende fluconazol, tinidazol y clindamicina o una sal farmacéuticamente
aceptable de los mismos, donde el contenido de excipientes farmacéuticamente
aceptables es significativamente menor que el contenido que los principios
activos, el uso de dicha composición para la administración oral con actividad
terapéutica para el tratamiento de infecciones de transmisión sexual. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El
señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula 1-669-228, mayor de edad, vecino de
San José, en calidad de apoderado especial de Leo Pharma A/S, de Dinamarca,
solicita
Para
ver imagen solo en
La invención se relaciona con
compuestos de la formula I, en donde W, D, E, G, J, L, R1, R2, R3, R4, R5 e Y
son según definido en la presente, y sales, hidratos, o solvatos de los mismos
farmacéuticamente aceptables, para ser usados solos o en combinación con uno o
más compuestos activos farmacéuticamente en
terapia. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados,
El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula 1-669-228, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Surge Suppression Incorporated, de E.U.A., solicita la patente de invención denominada CIRCUITO ELÉCTRICO ENCAPSULADO CON AISLAMIENTO PROTECTOR.
Para
ver imagen solo en
Un circuito eléctrico
encapsulado colocado dentro de una carcaza que tiene una primera y segunda capa
de fibra de vidrio que se coloca sobre una superficie superior de un circuito
eléctrico encapsulado. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados,
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El señor Néstor Morera Víquez,
cédula Nº 1-1018-975, mayor, abogado, vecino de Heredia, en calidad de
apoderado especial de Tanques de Fibra Tanfisa S. A., de Costa Rica, solicita
Para
ver imagen solo en
Novedoso dispositivo ajustable de almacenamiento de sustancias líquidas con
baja polaridad en cantidades industriales a base de resinas naturales o
sintéticas, fibra de vidrio, polímeros o materiales similares. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El
señor Ernesto Gutiérrez Blanco, cédula Nº 1-848-886, mayor de edad, vecino de
San José, abogado, apoderado especial de Fresh Express Incorporated, de E.U.A.,
solicita
Para
ver imagen solo en
Se proporcionan métodos y composiciones
para tratar productos agrícolas para controlar microorganismos. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
El Registro de
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones civiles
AVISO
El Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto
de la entidad denominada Asociación Comité Organizador X Juegos Deportivos
Centroamericanos San José 2013, con domicilio en la provincia de San José.
Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Dirección,
coordinación, organización, supervisión, promoción y todo lo relacionado con la
organización de los X Juegos Deportivos Centroamericanos San José, dos mil
trece, de acuerdo con sus propios estatutos y reglamentos, y los estatutos de
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
AVISO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Expediente Nº 14143P.—El Amirez S. A., solicita concesión de:
Expediente
Nº 13641P.—Three Crazy Monkeys on de Fharn S. A.,
solicita concesión de:
Expediente
Nº 7915P.—Santafico S. A., solicita concesión de:
Expediente
Nº 5509P.—Derivados de Maíz Alimenticio S. A.,
solicita concesión de:
Exp.
2839A.—Agroforestal Bayco S. A., solicita concesión
de:
Exp.
7143A.—Sociedad de Usuarios de Agua
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA
VEZ
Exp. 7136P.—Liquidación
y Disolución de
Exp.
7128P.—El Lago Dorado S. A., solicita concesión de:
Exp.
6503P.—Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte S.
A., solicita concesión de:
Exp.
6403P.—Bananera El Esfuerzo S. A., solicita concesión
de
Exp.
3921A.—Agrícola Hernández Monge S. A., solicita
concesión de:
Exp.
14561A.—Fabián Corrales Peña, solicita concesión de:
Exp
14555P.—San José Garni S. A., solicita concesión de
Exp
10111P.—Corporación Piave S. A., solicita concesión de
Exp.
14539A.—Municipalidad de Alajuela, solicita concesión de
Exp
2482P.—Escuela de Agricultura de
Exp
1712A.—Escuela de Agricultura, de
Registro Civil - Departamento Civil
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIÓN
Aviso de solicitud de naturalización
Jhon Humberto González Álvarez,
mayor, casado, empresario, colombiano, cédula de residencia 117000712104,
vecino de Heredia, expediente 3754-2008. Se ha presentado a este Registro a
levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de
HOSPITAL DE
UNIDAD PROGRAMÁTICA 2503
Modificación al plan anual de compras 2011
Nicoya, 3 de mayo del 2011.—Subárea de Planificación y Contratación
Administrativa.—Yorleny Zúñiga Ramírez, Coordinadora.—1 vez.—(IN2011033007).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000269-09003
Compra de alimento para animales
(equino y canino) según demanda
San José, 2 de mayo del 2011.—Proveeduría Institucional.—Lic. Josefina Montero Varela,
Directora.—1 vez.—O. C. Nº 10912.—Solicitud Nº
0877.—C-8120.—(IN2011033351).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000010-PROV
Compra de toner y tintas bajo la modalidad
de entrega según demanda
El Departamento de Proveeduría
invita a participar en el procedimiento de contratación de referencia. El
respectivo cartel se puede obtener sin costo alguno a partir de la presente
publicación. Para ello, los interesados deben descargarlo a través de Internet,
en la dirección:
http://poder-judicial.go.cr/proveeduria/adquisiciones/invitalic.htm
Fecha y
hora de apertura: 8 de junio de
San José, 4 de mayo de 2011.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Ana Iris Olivares
Leitón, Jefa Proceso de adquisiciones.—1
vez.—(IN2011033378).
OFICINA DE COMPRAS Y PAGOS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000009-01
Mantenimiento de pintura para edificios
y oficinas del BCR, en un radio de
Se les
informa a los interesados que el Banco de Costa Rica recibirá ofertas por
escrito hasta las once horas con treinta minutos (11:30 a. m.) del día 30 de mayo
del 2011, para la licitación en referencia.
El cartel de la licitación que incluye las
especificaciones y condiciones generales, lo pueden retirar de 9:00 a. m. a
3:30 p. m. en la oficina de Compras y Pagos del Banco de Costa Rica, situado en
el tercer piso de oficinas centrales, entre avenida central y segunda, calles 4
y 6.
Área de Licitaciones.—Rodrigo Aguilar Solórzano.—1 vez.—O. C. Nº 60598.—Solicitud Nº 44073.—C-7220.—(IN2011033388).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000024-PRI (Convocatoria)
Compra de cajas de protección de hidrómetros y accesorios,
para diámetros de
El Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica
que se recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del día 23 de mayo del 2011,
para la “Compra de cajas de protección de hidrómetros y accesorios, para
diámetros de
El archivo que conforma el cartel podrá
accesarse en la página www.aya.go.cr, o bien adquirirse previo pago de ¢500,00,
en
San José, 3 de mayo del 2011.—Dirección Proveeduría.—Lic. Iris Patricia Fernández
Barrantes.—1 vez.—O. C. Nº 11-03.—Solicitud Nº
1858.—C-8120.—(IN2011033385).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000021-PROV
Contratación de una empresa que realice un
estudio para medir
el impacto del programa de transferencias de recursos a
organizaciones de bienestar social
El cartel que contiene las especificaciones
se encuentra a disposición de los interesados en nuestra página electrónica
www.jps.go.cr, contrataciones administrativas, pueden retirarlo en el
Departamento de Proveeduría, cuarto piso, edificio central sin ningún costo o
solicitarlo al Sr. Jorge Baltodano Méndez en la dirección electrónica:
jbaltodano@jps.go.cr a partir de esta notificación.
San José, 4 de mayo del 2011.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Jorge Villalobos
Fonseca, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 14881.—Solicitud Nº
40607.—C-10370.—(IN2011033349).
DEFENSORÍA DE LOS HABITANTES DE
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000003-DHR
Compra de equipo de cómputo
Se avisa a todos los interesados
en esta licitación que por resolución de las 16:00 horas del día 2 de mayo del 2011
se procedió a la adjudicación de la presente licitación, de la siguiente
manera:
Intersoft St de Latinoamérica S.
A., cédula jurídica número 3-101-337399
Línea
Nº 1: 10 Unidades de lector/quemador
de DVD, marca Samsung, modelo external Slim, externas, portables, conector USB
2.0, doble capa.
Precio
unitario: $46,26
Precio
total
de
la línea: $462,60
Línea Nº 4: Un escáner de alto
rendimiento marca Fujitsu, Scan Snap S1500, velocidad de escaneo 20ppm, incluye
los cables correspondientes de alimentación eléctrica, paralelo y USB. Incluye
CD/DVD con todo el software unitario, manual de instrucciones, documento de
puesta en marcha y documento de garantía.
Precio total
de la línea: $525,00
Monto
total
adjudicado: $987,60
Plazo de entrega: Un día
hábil después de recibida la orden de compra.
Garantía: Para la línea Nº 1: 24
meses.
Para
la línea Nº 4: 36 meses.
AEC Electrónica S. A., cédula
jurídica 3-101-151538
Línea
Nº 3: Un switch marca Extreme Summit
X450a-48t, capa 3, inteligente de 48 puertos.
Precio total
de
la línea: $10.500,00
Línea
Nº 5: Un dispositivo de respaldo marca
Barrucada Networks Backup Server 190.
Precio
total
de
la línea: $2.875,00
Monto
total
adjudicado: $13.375,00
Plazo de entrega: 20 días hábiles después de recibida la orden de
compra
Garantía:
Para la línea Nº 3: 36
meses.
Para la línea Nº
5: 24 meses.
Corporación Font S. A., cédula
jurídica 3-101-008736
Línea
Nº 6: 20 UPS marca Centralion, modelo
Centra Max 700, de 700va.
Precio
unitario: $42,50.
Precio
total
de la línea: $850,00
Monto total
adjudicado: $850,00.
Plazo de entrega: 30 días naturales a partir de
recibido de la orden de compra.
Garantía: 24 meses.
Se resuelve declarar desierta la
línea Nº 2 por razones de disponibilidad presupuestaria y razones técnicas.
Todo de acuerdo a los términos
del cartel y la oferta.
Departamento de Proveeduría y
Servicios Generales.—Roxana Hernández Cavallini,
Jefa.—Dirección Administrativa.—Lic. Ronald Retana Pérez, Director
Administrativo.—1 vez.—O. C. Nº 15001.—Solicitud Nº
30041.—C-23420.—(IN2011033343).
COLEGIO UNIVERSITARIO DE CARTAGO
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2011CD-000007-01
Contratación para el mantenimiento de zonas verdes, cancha
de fútbol del campus institucional y antiguas oficinas
del Colegio Universitario de Cartago
Se comunica la adjudicación al
procedimiento de contratación directa Nº 2011CD-000007-01, “Contratación para
el mantenimiento de zonas verdes, cancha de fútbol del campus institucional y
antiguas oficinas del Colegio Universitario de Cartago”.
Monto del
contrato: ¢350.000,00
(trescientos cincuenta mil colones con 00/100 mensuales).
Plazo contrato: Doce meses.
Adjudicatario: Carlos Enrique Segura
Rodríguez
Cartago, 2 de mayo del 2011.—Lic. Ligia Amador Brenes, Proveedora.—1
vez.—RP2011235171.—(IN2011033009).
HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000003-2101
Prótesis tumoral
Empresa
adjudicada Ortopédica
Biomet Costa Rica S. A.
Monto total adjudicado: $110.000,00
Monto en letras: ciento diez mil dólares con
00/100.
Tiempo de entrega: cinco días hábiles.
Garantía: 12 meses
contra defectos de fabricación.
Ver detalles en
http://www.ccss.sa.cr
San José, 3 de mayo del 2011.—Subárea de Contratación Administrativa.—Bach. David
Sánchez Valverde, Coordinador a. í.—1
vez.—(IN2011033248).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000001-01
Instalación e implementación de un sistema informático
para las unidades del Área Administrativa Financiera
Unidad de Proveeduría.—Lic. Mario Madriz Quirós, Coordinador.—1
vez.—(IN2011033402).
INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTE
Y
CONCURSO: LICITACIÓN ABREVIADA
Nº
2011LA000014-01
Objeto de contrato: Servicios extra-hospitalarios para los
Juegos Deportivos Nacionales San José 2011
Presupuesto:
¢25.000.000,00 (veinticinco millones de colones)
Se comunica a todos los
interesados en este concurso que en la invitación se indico erróneamente
que se recibirían ofertas a las 14:00 horas del 14 de mayo del 2011, siendo
lo correcto a las 14:00 horas del 16 de mayo del 2011, en
San José, 4 de mayo del 2011.—Proveeduría Institucional.—Lic. Roberto Solano Venegas,
Director Nacional a. í.—1 vez.—(IN2011033368).
PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000002-PCAD
(Enmienda
Nº 1)
Contratación de una empresa que brinde los servicios de venta
y entrega de tarjetas (débito y crédito) y servicios
asociados en todo el país
Se les comunica a todos los
interesados en este concurso que el documento que contiene la enmienda Nº 1 de
oficio al cartel, puede ser retirado en el Proceso de Contratación
Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, ubicado en el sexto
piso de la sede central, en avenidas 2 y 4, calle 1, San José, en un horario de
lunes a viernes de 9:00 a. m. a 4:30 p. m.
San José, 3 de mayo del 2011.—Lic. Maykel Vargas García, Jefe.—1
vez.—(IN2011033396).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000023-PRI
(Circular
Nº 1)
Ampliación del alcantarillado sanitario en cantón de Cañas
El Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados (AyA) cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica a
todos los interesados en participar en la licitación arriba indicada, que se
efectúan las siguientes aclaraciones y modificaciones al Cartel:
A 1- Aclaraciones ante consultas de un proveedor:
Opción 2: Tubería
y Accesorios de PVC Doble Pared Estructural.
Consulta: Se
indica en el cartel se puede cotizar tubería Nº 3 y accesorios según norma
internacional (ASTM F949), norma INTECO INTE 16-10-07-2010 y que también
cumplan con la norma internacional ASTM D 3034, F679 Y F794 (RTCR 304:1997) y
norma INTECO INTE 16-03-01-2007. Por lo que no existe concordancia entre las
tuberías y los accesorios.
Por otro lado se solicita
tuberías de
Por lo anterior se solicita
aclarar si se puede ofrecer las tuberías y accesorios que se fabrican bajo la
norma internacional (ASTM F949), norma INTECO INTE 16-10-07-2010.
Respuesta: Se aclara que la tubería de PVC de doble pared estructural que se
permitirá utilizar corresponde a las normas INTE 16-10-07:2010 o
B 1 Modificaciones al cartel:
Por tanto, en el capítulo 2 de escala de precios y cantidades
correspondiente a la tubería de PVC de doble pared estructural (página 23 del
cartel), deben de leerse los rubros y escala de precios y cantidades de
la siguiente manera:
Existente (clase 41 ) |
A corregir (Clase 35) |
||
Rubro |
Descripción |
Rubro |
Descripción |
505.001 |
Clase 41, |
505.002 |
Clase 35, |
505.003 |
Clase 41, 150mm DN |
505.004 |
Clase 35, |
505.005 |
Clase 41 , |
505.006 |
Clase 35, |
Para ver imagen solo en
A 2- Aclaraciones ante consultas de un proveedor:
Opción Nº 3: Tubería y Accesorios de PEAD.
Consulta: Se
indica en el cartel se puede cotizar tuberías PEAD con junta hermética y
accesorios de las norma internacional AASTHO M 252 norma INTECO INTE
16-05-04-2011, norma internacional Especificación Estándar CPPA norma INTECO
INTE 16-05-07-1998, pero como se puede ver las tuberías de la norma
internacional AASTHO M 252 y norma INTECO INTE 16-05-04-2011 son específicas
para utilizarse en alcantarillados pluviales. Por lo que se debería indicar o
solicitar que los accesorios y las tuberías sean específicas
para utilizarse en alcantarillado sanitario y al menos que cumpla con las
especificaciones de la norma internacional Especificación Estándar CPPA norma
INTECO INTE 16-05-07-1998.
Respuesta: La tubería de polietileno de alta densidad que se permitirá utilizar
es la que se utiliza con aplicaciones para alcantarillado sanitario,
correspondiente a la norma INTE 16-05-07-1998.
B 2- Modificaciones al cartel:
Por lo tanto, en el volumen 2
descripción del proyecto y especificaciones técnicas especiales (página 46 del
cartel) deben de leerse de la siguiente manera:
Materiales
de Tuberías para Alcantarillado Sanitario
Material |
Tipo de Tubería |
Norma INTECO |
Correspondencia |
Tipo de Unión |
PVC |
Tubería tipo PSM Poli Cloruro de Vinilo PVC para alcantarillado sanitario y accesorios. |
INTE 16-01 -02:2009 |
ASTM D 3034-08 |
Junta con
empaque de hule. |
PVC Doble Pared Estructural |
Tubería de PVC de pared estructurada con interior
liso para alcantarillado y sus accesorios. |
INTE 16-10-07:2010 |
ASTM F949-09 |
Junta con empaque de hule. |
|
Tubería de PVC rígida con pared
estructurada para la conducción de agua con presiones hasta 0,5 bar. |
INTE 16-03-01:2007 |
ASTM D3034, ASTM F679, ASTM F794 |
Junta con
empaque de hule. |
PEAD |
Tubería de polietileno de alta densidad para aplicaciones en alcantarillado sanitario. |
INTE 16-05-07:1998 |
Especificación estándar CPPA para tubería
sanitaria de polietileno corrugado para aplicaciones de alcantarillado sanitario |
Junta con empaque de hule. |
Demás condiciones quedan
invariables.
San José, 3 de mayo del 2011.—Dirección Proveeduría.—Lic. Iris Fernández Barrantes.—1 vez.—O. C. Nº 011-03.—Solicitud Nº
1856.—C-133820.—(IN2011033387).
Se acuerda reformar el Reglamento
Interno de Contratación Administrativa, N° 3720-A, aprobado por la junta
directiva, en la sesión ordinaria 3720, artículo segundo, inciso 3.4),
celebrada el 1º de octubre de 2008, de la siguiente forma:
1º—Modifíquese el artículo 1°,
agregándose la siguiente definición:
“Contratación administrativa
de servicios profesionales y técnicos: Medio legal para atender necesidades
que tengan el carácter de ocasionales, a plazo fijo, que estén referidas a un
objeto o trabajo específico que difiere de las actividades ordinarias y que no
es posible de ser realizado por el personal regular disponible en
2º—Agréguese, una Sección Quinta
al Capítulo Segundo que se nominará: “Contratación de servicios profesionales y
técnicos”, corriéndose el resto de la numeración. Los textos dirán:
“Artículo 31.—Procedencia.
Para contratar servicios técnicos o profesionales a cargo de personas físicas o
jurídicas,
Procederá la contratación de
aquellos servicios técnico-profesionales especializados de los que no disponga
Para este tipo de contratación
se estará acorde con lo dispuesto en el artículo 163 del Reglamento a
Cuando las condiciones del
mercado, así como la alta y frecuente demanda de servicios lo recomienden, se
podrá pactar el compromiso de suplir los servicios, según las necesidades
puntuales que se vayan dando durante un período determinado. Las cotizaciones
se harán sobre la base de precios unitarios formulados con fundamento en una
proyección de los costos y eventuales demandas del servicio. El cartel deberá
definir con toda claridad, entre otros: el plazo de la contratación, el cual no
podrá ser superior a cuatro años, las reglas sobre la eventual exclusividad, la
metodología de ejecución del contrato y demás asuntos pertinentes.
Artículo 32.—Requisitos.
Toda solicitud de pedido, por concepto de contratación de servicios técnico
profesionales, debe cumplir con los requisitos señalados en los artículos 5° y
6° de este Reglamento.
Artículo 33.—No
relación de empleo público: La contratación de servicios técnicos o
Profesionales no originara relación de empleo público entre el INFOCOOP y el contratista, y deberá
remunerarse conforme a las respectivas tarifas, cuando los servicios se
encuentren regulados por aranceles obligatorios, esto al tenor del Art. 163 del
Reglamento a
Artículo 34.—Seguro
y póliza de riesgos profesionales: En ningún caso, el INFOCOOP asumirá responsabilidad alguna
por concepto de seguro o por riesgos profesionales. Para este último efecto, el
contratista se obliga a adquirir por su cuenta una póliza de seguro contra
riesgos del trabajo, que cubra el monto de los honorarios y el período total de
la contratación. Será obligación del contratista acreditar dicha póliza ante el
INFOCOOP, de previo a iniciar la prestación de servicios.
Artículo 35.—Términos
de referencia. Los términos de referencia para la contratación de servicios
profesionales y técnicos serán elaboradas por los Departamentos solicitantes, y
deben contener el objeto de la contratación, que sea diferente a las labores
que realizan los funcionarios de las diferentes dependencias de
Artículo 36.—Idoneidad
de los oferentes.
Aprobado en sesión de junta directiva
N° 3824, artículo 2°, inciso 2.4) del 12 de abril de 2011.
27 de abril del 2011.—Lic. Martín Robles Robles, Director Ejecutivo.—Lic. Eliécer Ureña Quirós, Gerente.—1
vez.—O. C. Nº 32460.—Solicitud Nº 35924.—C-52220.—(IN2011031682).
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA
REGLAMENTO PARA
DE
EGRESOS DE
CANTÓN
DE ALAJUELITA
Debidamente aprobado mediante
acuerdo tomado en la sesión N° 39 Ordinaria celebrada por el Concejo Municipal
de Alajuelita el día 25 de enero del año en curso y de conformidad con lo
establecido en los artículos 169 y 170 de
CAPÍTULO I
De la autorización de los egresos
Artículo 1º—El Alcalde Municipal
podrá autorizar egresos por gastos fijos y la adquisición de bienes y
servicios, tal como lo señala el artículo 17, inciso h) del Código Municipal,
hasta por el monto que establece la legislación vigente para el procedimiento
de Contratación Directa, según el Presupuesto Ordinario de
Artículo 2º—Corresponderá al Concejo
Municipal por la vía de acuerdo municipal que se emane al efecto y con base en lo
dispuesto en el articulo 13 inciso e) del Código Municipal, autorizar los
egresos de
Artículo 3º—Los montos consignados en los
artículos anteriores, se incrementaran conforme se produzca las modificaciones a
los umbrales de la contratación administrativa, de conformidad con la
legislación vigente.
Artículo 4.—Tanto en
el caso de los egresos autorizados por el Alcalde Municipal, según lo señalado
en el artículo 1 de este Reglamento, como de los autorizados por el Concejo
Municipal según lo dispuesto en el artículo 2 de este Reglamento, los pagos
deberán ser ordenados por el Alcalde Municipal, o la persona en quien el
delegue, conforme a lo establecido en el artículo I de este Reglamento y el
funcionario responsable del Departamento Financiero
CAPÍTULO II
De la forma en que deben hacerse los pagos
Artículo 5º—Los pagos por los
egresos contemplados, en los artículos anteriores se efectuaran por medio de
cheque , extendido por el Contador con la firma del Tesorero y al menos con la
de otro funcionario autorizado al efecto de conformidad con lo establecido en
los artículos 17 inciso b) y 109 del Código Municipal y lo dispuesto en este
reglamento.
Artículo 6º—Todo pago por concepto de órdenes
de compra y pagos de servicios, se efectuaran mediante cheque, excepto aquellos
que se realicen por medio de Caja Chica, de acuerdo con las normas que dicte,
la municipalidad a través del reglamento, que emita al efecto, según con
consignado en el artículo 109 del código Municipal.
Artículo 7º—Todo pago que se ordene debe
hacerse contra la documentación de respaldo orden de compra u orden de pago por
servicios) y en ella se deberá acreditar el nombre del funcionario que lo
ordeno e insertar de la firma del mismo como respaldo del egreso ordenado:
según lo establecido en los artículos 109 y 110 del Código Municipal.
Artículo 8º—Serán responsables solidariamente
con la firma y autorización de cheque, según lo establecido en el párrafo
segundo del artículo 109 del Código Municipal, los funcionarios que autoricen
los egresos contemplados en los artículos 1 y 2 de este Reglamento, cuando por
omisión, culpa o dolo comprometan en perjuicio de la municipalidad los fondos
de ‘esta, por autorizar las erogaciones al margen de los señalado en este
reglamento, en el Código Municipal y leyes conexas.
Artículo 9º—Todo pago deberá hacerse con
cargo a la partida presupuestaria respectiva y en ajuste a lo contemplado en
los artículos 101 y 103 del Código Municipal: para estos efectos el
Departamento de Contabilidad deberá hacer constar de previo y por escrito, que
existe el respectivo contenido presupuestario en relación con el pago de que se
trate.
Artículo 10.—El Tesorero Municipal no hará
pago alguno sin orden escrita: acuerdo del Concejo Municipal, resolución de
Alcaldía, pago por servicio, orden de compra o cualquier otro tipo de
disposición emitida, por el órgano municipal competente que lo autorice al
efecto, so pena de que se le, apliquen las sanciones consignadas en el artículo
110 del Código Municipal.
Artículo 11.—Los
cheques municipales que se emitan, serán puestos a disposición de los
administrados para que lo retiren en un plazo de tres semanas. Vencido dicho
termino, la tesorería Municipal procederá a anularlos y ante ello, deberá el
administrado gestionar nuevamente la emisión del cheque que corresponda. Este
trámite podrá negarlo la municipalidad, en caso de prescripción y según plazo
que al efecto establezca la legislación para la obligación de que se trate.
CAPÍTULO III
De la vigencia de este reglamento
Artículo 12.—Rige
a partir de su publicación en el Diario Oficial
Artículo 13.—Derogatoria.
El presente Reglamento deroga cualquier otra disposición interna relevante a
esta manera.
Alajuelita, 3 de febrero del
2011.—Gerardo Chavarría Jiménez, Secretario
Municipal.—1 vez.—(IN2011031006).
SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ENTIDADES FINANCIERAS
Publicación de
Cuadro Nº 1 - BANCOS DEL ESTADO
BALANCES
DE SITUACIÓN
Al 28
de febrero del 2011
-miles de colones-
Cuentas |
BANCO
CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO |
BANCO DE COSTA RICA |
BANCO
NACIONAL DE COSTA RICA |
TOTAL |
ACTIVOS |
|
|
|
|
Disponibilidades |
58.205.175 |
384.810.537 |
505.465.118 |
948.480.831 |
Efectivo |
3.310.606 |
38.889.430 |
38.280.384 |
80.480.421 |
Banco Central |
52.679.569 |
314.982.874 |
417.276.431 |
784.938.874 |
Entidades financieras del país |
640.649 |
1.909.744 |
2.526.860 |
5.077.252 |
Entidades financieras del exterior |
557.792 |
18.767.583 |
22.195.917 |
41.521.292 |
Otras disponibilidades |
1.016.559 |
10.260.906 |
25.185.527 |
36.462.992 |
Productos por cobrar |
0 |
0 |
0 |
0 |
Inversiones en instrumentos financieros |
279.599.625 |
369.019.070 |
660.870.185 |
1.309.488.881 |
Mantenidas para negociar |
0 |
15.205.391 |
0 |
15.205.391 |
Disponibles para la venta |
266.280.952 |
319.750.403 |
622.786.213 |
1.208.817.567 |
Mantenidas al vencimiento |
10.720.945 |
30.631.272 |
30.631.230 |
71.983.447 |
Instrumentos financieros derivados |
0 |
0 |
0 |
0 |
Productos por cobrar |
2.597.728 |
3.432.005 |
8.262.951 |
14.292.684 |
(Estimación por deterioro) |
0 |
0 |
-810.208 |
-810.208 |
Cartera de Créditos |
221.467.534 |
1.485.340.845 |
2.000.252.355 |
3.707.060.733 |
Créditos vigentes |
197.147.687 |
1.389.059.478 |
1.841.266.050 |
3.427.473.214 |
Créditos vencidos |
23.324.212 |
85.311.729 |
126.031.768 |
234.667.708 |
Créditos en Cobro Judicial |
3.164.777 |
22.007.327 |
48.855.084 |
74.027.188 |
Productos por cobrar |
2.414.571 |
13.043.506 |
15.567.714 |
31.025.791 |
(Estimación por deterioro) |
-4.583.713 |
-24.081.194 |
-31.468.261 |
-60.133.168 |
Cuentas
y comisiones por cobrar |
803.625 |
4.108.554 |
323.263 |
5.235.442 |
Comisiones por cobrar |
50.109 |
305.337 |
95.627 |
451.073 |
Cuentas
por cobrar por operaciones bursátiles |
0 |
0 |
0 |
0 |
Cuentas
por cobrar por operaciones con partes relacionadas |
11.548 |
13.867 |
147.932 |
173.346 |
Impuesto
de renta diferido e impuesto de renta por cobrar |
209.884 |
1.992.799 |
22.223 |
2.224.906 |
Otras cuentas por cobrar |
714.939 |
2.583.298 |
1.598.176 |
4.896.413 |
Productos por cobrar |
0 |
0 |
7.421 |
7.421 |
(Estimación por deterioro) |
-182.856 |
-786.746 |
-1.548.115 |
-2.517.717 |
Bienes realizables |
524.997 |
6.537.573 |
28.822.290 |
35.884.859 |
Bienes
y valores adquiridos en recuperación de créditos |
3.115.622 |
12.107.742 |
46.635.486 |
61.858.851 |
Otros bienes realizables |
94.914 |
25.211 |
2.698 |
122.824 |
(Estimación
por deterioro y por disposición legal) |
-2.685.540 |
-5.595.381 |
-17.815.895 |
-26.096.816 |
Participaciones
en el capital de otras empresas (neto)
|
812.494 |
48.439.175 |
55.892.055 |
105.143.724 |
Inmuebles,
mobiliario y equipo (neto) |
12.513.310 |
76.213.613 |
137.243.244 |
225.970.167 |
Inversiones en propiedades |
0 |
0 |
0 |
0 |
Otros activos |
2.211.890 |
33.853.696 |
13.728.995 |
49.794.580 |
Cargos diferidos |
492.700 |
2.836.465 |
2.248.218 |
5.577.383 |
Activos Intangibles |
997.540 |
7.084.855 |
1.276.200 |
9.358.595 |
Otros activos |
721.650 |
23.932.376 |
10.204.577 |
34.858.602 |
TOTAL DE ACTIVOS |
576.138.649 |
2.408.323.062 |
3.402.597.505 |
6.387.059.217 |
PASIVOS Y PATRIMONIO |
|
|
|
|
PASIVOS |
|
|
|
|
Obligaciones con el público |
295.990.952 |
1.969.258.131 |
2.732.439.103 |
4.997.688.185 |
A la vista |
69.714.219 |
1.108.745.236 |
1.650.418.551 |
2.828.878.006 |
A Plazo |
224.342.776 |
853.731.061 |
1.072.185.770 |
2.150.259.607 |
Otras
obligaciones con el público |
0 |
208.487 |
0 |
208.487 |
Cargos financieros por pagar |
1.933.958 |
6.573.348 |
9.834.781 |
18.342.086 |
Obligaciones
con el Banco Central de Costa Rica |
0 |
0 |
298.909 |
298.909 |
A la vista |
0 |
0 |
0 |
0 |
A plazo |
0 |
0 |
296.639 |
296.639 |
Cargos financieros por pagar |
0 |
0 |
2.270 |
2.270 |
Obligaciones con entidades |
224.167.752 |
70.641.517 |
162.618.533 |
457.427.802 |
A la vista |
216.936.376 |
24.157.031 |
28.972.189 |
270.065.595 |
A plazo |
7.205.474 |
46.255.668 |
132.200.315 |
185.661.457 |
Otras obligaciones con entidades |
0 |
0 |
0 |
0 |
Cargos financieros por pagar |
25.902 |
228.819 |
1.446.030 |
1.700.751 |
Cuentas
por pagar y provisiones |
9.550.508 |
71.054.973 |
122.781.313 |
203.386.794 |
Cuentas
por pagar por servicios bursátiles |
0 |
0 |
0 |
0 |
Impuesto
sobre la renta diferido |
2.225.985 |
5.361.400 |
11.707.329 |
19.294.714 |
Provisiones |
438.891 |
27.729.769 |
68.490.923 |
96.659.583 |
Otras
Cuentas por pagar diversas |
6.885.632 |
37.963.804 |
42.583.061 |
87.432.497 |
Cargos financieros por pagar |
0 |
0 |
0 |
0 |
Otros pasivos |
537.991 |
19.553.358 |
23.872.353 |
43.963.702 |
Ingresos diferidos |
19.514 |
600.025 |
1.952.461 |
2.572.000 |
Estimación
por deterioro de créditos contingentes
|
6.609 |
653.556 |
345.526 |
1.005.691 |
Otros pasivos |
511.869 |
18.299.777 |
21.574.366 |
40.386.011 |
Obligaciones subordinadas |
0 |
0 |
0 |
0 |
Obligaciones subordinadas (261) |
0 |
0 |
0 |
0 |
Cargos financieros por pagar (268) |
0 |
0 |
0 |
0 |
Obligaciones convertibles en capital |
0 |
0 |
0 |
0 |
Obligaciones convertibles en capital (271) |
0 |
0 |
0 |
0 |
Cargos financieros por pagar (278) |
0 |
0 |
0 |
0 |
Obligaciones preferentes |
0 |
0 |
0 |
0 |
Obligaciones preferentes a plazo (281) |
0 |
0 |
0 |
0 |
Cargos financieros por pagar (288) |
0 |
0 |
0 |
0 |
TOTAL DE PASIVOS |
530.247.203 |
2.130.507.980 |
3.042.010.210 |
5.702.765.393 |
Cuadro Nº 1 - BANCOS DEL ESTADO
BALANCES DE SITUACIÓN
Al 28 de febrero del 2011
-miles de colones-
Cuentas |
BANCO
CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO |
BANCO DE COSTA RICA |
BANCO
NACIONAL DE COSTA RICA |
TOTAL |
PATRIMONIO |
|
|
|
|
Capital social |
14.039.119 |
96.571.590 |
67.384.406 |
177.995.116 |
Aportes patrimoniales no capitalizados |
9.400 |
0 |
0 |
9.400 |
Ajustes al patrimonio |
6.447.333 |
26.367.521 |
54.864.305 |
87.679.158 |
Reservas patrimoniales |
16.293.782 |
131.265.362 |
155.654.530 |
303.213.674 |
Resultados acumulados de
ejercicios anteriores |
6.859.774 |
14.855.949 |
70.202.678 |
91.918.401 |
Resultado del período |
1.086.122 |
3.858.673 |
5.886.994 |
10.831.789 |
Intereses minoritarios |
0 |
0 |
0 |
0 |
Patrimonio del Fondo de Financiamiento
para el Desarrollo |
1.155.916 |
4.895.989 |
6.594.382 |
12.646.287 |
TOTAL DEL PATRIMONIO |
45.891.446 |
277.815.083 |
360.587.295 |
684.293.824 |
TOTAL DEL PASIVO Y PATRIMONIO |
576.138.649 |
2.408.323.062 |
3.402.597.505 |
6.387.059.217 |
ACTIVOS DE LOS FIDEICOMISOS |
644.297.952 |
545.079.244 |
608.563.924 |
1.797.941.120 |
PASIVOS DE LOS FIDEICOMISOS |
-1.983.010 |
-286.387.973 |
-92.882.214 |
-381.253.197 |
PATRIMONIO DE LOS FIDEICOMISOS |
-642.318.644 |
-247.944.790 |
-518.239.290 |
-1.408.502.724 |
RESULTADO DE LOS FIDEICOMISOS |
3.702 |
-10.746.481 |
2.557.579 |
-8.185.199 |
CUENTAS CONTINGENTES DEUDORAS |
14.939.913 |
182.788.239 |
314.605.626 |
512.333.778 |
OTRAS CUENTAS DE ORDEN
DEUDORAS |
|
|
|
|
Por cuenta propia deudoras |
1.481.776.431 |
751.657.386 |
3.239.600.941 |
5.473.034.758 |
Por cuenta terceros deudoras |
3.882.080 |
136.441.904 |
500.259.250 |
640.583.235 |
Por cuenta propia por
actividad de custodia |
0 |
0 |
369.915.916 |
369.915.916 |
Por cuenta de terceros por
actividad custodia |
0 |
2.745.320.018 |
3.441.200.231 |
6.186.520.248 |
Notas:
1. Esta publicación se realiza
en acatamiento de lo dispuesto en el artículo 19 de
2. Para consultar los estados
financieros de períodos anteriores, así como de otras entidades supervisadas
por
Cuadro Nº 2 - BANCOS CREADOS POR LEYES ESPECIALES
BALANCES DE SITUACIÓN
Al 28 de febrero del 2011
-miles de colones-
Cuentas |
BANCO
HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA |
BANCO
POPULAR Y DE
DESARROLLO COMUNAL |
TOTAL |
ACTIVOS |
|
|
|
Disponibilidades |
968.482 |
46.774.575 |
47.743.056 |
Efectivo |
1.750 |
31.590.951 |
31.592.701 |
Banco Central |
694.668 |
9.277.267 |
9.971.935 |
Entidades financieras del país |
272.064 |
3.100.194 |
3.372.258 |
Entidades financieras del exterior |
0 |
0 |
0 |
Otras disponibilidades |
0 |
2.806.162 |
2.806.162 |
Productos por cobrar |
0 |
0 |
0 |
Inversiones en instrumentos financieros |
4.984.680 |
297.738.642 |
302.723.322 |
Mantenidas para negociar |
0 |
60.583.707 |
60.583.707 |
Disponibles para la venta |
4.970.557 |
233.496.098 |
238.466.655 |
Mantenidas al vencimiento |
0 |
0 |
0 |
Instrumentos financieros derivados |
0 |
0 |
0 |
Productos por cobrar |
14.122 |
3.658.838 |
3.672.960 |
(Estimación por deterioro) |
0 |
0 |
0 |
Cartera de Créditos |
63.829.060 |
1.042.533.676 |
1.106.362.736 |
Créditos vigentes |
63.450.254 |
867.899.571 |
931.349.825 |
Créditos vencidos |
0 |
173.029.742 |
173.029.742 |
Créditos en Cobro Judicial |
0 |
20.591.954 |
20.591.954 |
Productos por cobrar |
552.743 |
17.228.823 |
17.781.566 |
(Estimación por deterioro) |
-173.937 |
-36.216.413 |
-36.390.350 |
Cuentas y comisiones por cobrar |
2.511.151 |
2.204.140 |
4.715.291 |
Comisiones por cobrar |
0 |
0 |
0 |
Cuentas por cobrar por
operaciones bursátiles |
0 |
0 |
0 |
Cuentas por cobrar por
operaciones con partes relacionadas |
0 |
93.317 |
93.317 |
Impuesto de renta diferido e
impuesto de renta por cobrar |
0 |
395.066 |
395.066 |
Otras cuentas por cobrar |
4.143.127 |
2.618.274 |
6.761.402 |
Productos por cobrar |
0 |
0 |
0 |
(Estimación por deterioro) |
-1.631.976 |
-902.518 |
-2.534.494 |
Bienes realizables |
0 |
5.139.754 |
5.139.754 |
Bienes y valores adquiridos en
recuperación de créditos |
546.210 |
6.733.360 |
7.279.570 |
Otros bienes realizables |
0 |
0 |
0 |
(Estimación por deterioro y
por disposición legal) |
-546.210 |
-1.593.606 |
-2.139.816 |
Participaciones en el capital
de otras empresas (neto) |
1.662.081 |
30.772.141 |
32.434.222 |
Inmuebles, mobiliario y equipo
(neto) |
1.422.325 |
34.721.977 |
36.144.301 |
Inversiones en propiedades |
0 |
0 |
0 |
Otros activos |
1.107.737 |
20.385.365 |
21.493.102 |
Cargos diferidos |
0 |
281.732 |
281.732 |
Activos Intangibles |
77.695 |
2.543.912 |
2.621.607 |
Otros activos |
1.030.042 |
17.559.722 |
18.589.764 |
TOTAL DE ACTIVOS |
76.485.516 |
1.480.270.269 |
1.556.755.785 |
PASIVOS Y PATRIMONIO |
|
|
|
PASIVOS |
|
|
|
Obligaciones con el público |
4.249.306 |
964.535.013 |
968.784.319 |
A la vista |
0 |
217.711.483 |
217.711.483 |
A Plazo |
4.208.078 |
732.618.998 |
736.827.076 |
Otras obligaciones con el
público |
0 |
0 |
0 |
Cargos financieros por pagar |
41.228 |
14.204.533 |
14.245.761 |
Obligaciones con el Banco
Central de Costa Rica |
222.712 |
0 |
222.712 |
A la vista |
0 |
0 |
0 |
A plazo |
211.492 |
0 |
211.492 |
Cargos financieros por pagar |
11.220 |
0 |
11.220 |
Obligaciones con entidades |
23.165.188 |
141.851.042 |
165.016.230 |
A la vista |
0 |
21.271.797 |
21.271.797 |
A plazo |
22.850.987 |
114.398.911 |
137.249.898 |
Otras obligaciones con entidades |
0 |
4.649.489 |
4.649.489 |
Cargos financieros por pagar |
314.201 |
1.530.844 |
1.845.045 |
Cuentas por pagar y
provisiones |
859.021 |
66.593.646 |
67.452.667 |
Cuentas por pagar por
servicios bursátiles |
0 |
0 |
0 |
Impuesto sobre la renta diferido
|
0 |
3.224.159 |
3.224.159 |
Provisiones |
295.278 |
24.365.104 |
24.660.382 |
Otras Cuentas por pagar
diversas |
563.743 |
39.004.384 |
39.568.127 |
Cargos financieros por pagar |
0 |
0 |
0 |
Otros pasivos |
21.684 |
11.073.924 |
11.095.607 |
Ingresos diferidos |
0 |
1.783.222 |
1.783.222 |
Estimación por deterioro de
créditos contingentes |
21.250 |
87.591 |
108.841 |
Otros pasivos |
434 |
9.203.110 |
9.203.544 |
Obligaciones subordinadas |
0 |
0 |
0 |
Obligaciones convertibles en capital |
0 |
0 |
0 |
Obligaciones preferentes |
0 |
0 |
0 |
TOTAL DE PASIVOS |
28.517.911 |
1.184.053.624 |
1.212.571.535 |
Cuadro Nº 2 - BANCOS CREADOS POR LEYES ESPECIALES
BALANCES DE SITUACIÓN
Al 28 de febrero del 2011
-miles de colones-
Cuentas |
BANCO
HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA |
BANCO
POPULAR Y DE
DESARROLLO COMUNAL |
TOTAL |
PATRIMONIO |
|
|
|
Capital social |
43.124.987 |
130.000.000 |
173.124.987 |
Aportes patrimoniales no capitalizados |
1.000.000 |
45.883.610 |
46.883.610 |
Ajustes al patrimonio |
1.157.809 |
15.905.826 |
17.063.634 |
Reservas patrimoniales |
0 |
793.840 |
793.840 |
Resultados acumulados de
ejercicios anteriores |
2.223.757 |
91.146.737 |
93.370.494 |
Resultado del período |
461.052 |
8.677.894 |
9.138.946 |
Intereses minoritarios |
0 |
0 |
0 |
Patrimonio del Fondo de
Financiamiento para el Desarrollo |
0 |
3.808.738 |
3.808.738 |
TOTAL DEL PATRIMONIO |
47.967.605 |
296.216.645 |
344.184.250 |
TOTAL DEL PASIVO Y PATRIMONIO |
76.485.516 |
1.480.270.269 |
1.556.755.785 |
ACTIVOS DE LOS FIDEICOMISOS |
0 |
10.706.883 |
10.706.883 |
PASIVOS DE LOS FIDEICOMISOS |
0 |
-3.896.806 |
-3.896.806 |
PATRIMONIO DE LOS FIDEICOMISOS |
0 |
-6.733.733 |
-6.733.733 |
RESULTADO DE LOS FIDEICOMISOS |
0 |
-76.345 |
-76.345 |
CUENTAS CONTINGENTES DEUDORAS |
4.250.000 |
62.709.840 |
66.959.840 |
OTRAS CUENTAS DE ORDEN
DEUDORAS |
|
|
0 |
Por cuenta propia deudoras |
675.462.672 |
2.181.145.411 |
2.856.608.083 |
Por cuenta terceros deudoras |
0 |
0 |
0 |
Por cuenta propia por
actividad de custodia |
0 |
207.428.295 |
207.428.295 |
Por cuenta de terceros por
actividad custodia |
0 |
603.844.768 |
603.844.768 |
Notas:
1. Esta publicación se realiza
en acatamiento de lo dispuesto en el artículo 19 de
2. Para consultar los estados
financieros de períodos anteriores, así como de otras entidades supervisadas
por
Cuadro Nº 3 - BANCOS PRIVADOS
BALANCES DE SITUACIÓN
Al 28 de febrero del 2011
-miles de colones-
Cuentas |
BANCO
BAC SAN JOSE S. A. |
BANCO
GENERAL (COSTA RICA) S. A. |
BANCO BCT S. A. |
BANCO
CATHAY DE COSTA RICA S.
A. |
ACTIVOS |
|
|
|
|
Disponibilidades |
191.217.557 |
6.477.849 |
24.613.923 |
8.476.736 |
Efectivo |
32.452.747 |
215.481 |
1.783.825 |
449.077 |
Banco Central |
118.992.271 |
5.088.518 |
18.621.744 |
6.609.462 |
Entidades financieras del país |
1.359.438 |
55.143 |
267.888 |
327.722 |
Entidades financieras del exterior |
27.885.305 |
960.213 |
1.454.462 |
304.808 |
Otras disponibilidades |
10.527.796 |
158.494 |
2.486.004 |
785.667 |
Productos por cobrar |
0 |
0 |
0 |
0 |
Inversiones en instrumentos financieros |
91.136.479 |
7.046.015 |
15.876.144 |
7.361.304 |
Mantenidas para negociar |
0 |
0 |
2.162.126 |
3.410.222 |
Disponibles para la venta |
88.391.043 |
7.036.538 |
13.281.851 |
3.895.932 |
Mantenidas al vencimiento |
1.740.731 |
0 |
0 |
0 |
Instrumentos financieros derivados |
0 |
0 |
0 |
0 |
Productos por cobrar |
1.004.706 |
9.477 |
432.168 |
56.275 |
(Estimación por deterioro) |
0 |
0 |
0 |
-1.125 |
Cartera de Créditos |
802.269.879 |
51.469.366 |
101.379.553 |
27.990.459 |
Créditos vigentes |
784.122.159 |
51.221.291 |
100.144.276 |
25.689.605 |
Créditos vencidos |
23.127.077 |
160.090 |
2.992.343 |
2.230.432 |
Créditos en Cobro Judicial |
3.238.659 |
97.198 |
0 |
76.865 |
Productos por cobrar |
2.588.869 |
133.102 |
390.647 |
185.441 |
(Estimación por deterioro) |
-10.806.886 |
-142.316 |
-2.147.713 |
-191.882 |
Cuentas
y comisiones por cobrar |
5.114.862 |
8.133 |
1.581.167 |
40.984 |
Comisiones por cobrar |
22.686 |
0 |
25 |
2.523 |
Cuentas
por cobrar por operaciones bursátiles |
0 |
0 |
1.322.597 |
0 |
Cuentas
por cobrar por operaciones con partes relacionadas |
1.388.764 |
1.158 |
52 |
16.811 |
Impuesto de renta diferido e
impuesto de renta por cobrar |
901.285 |
0 |
1.492 |
1.858 |
Otras cuentas por cobrar |
2.879.500 |
7.200 |
268.656 |
50.284 |
Productos por cobrar |
0 |
0 |
0 |
0 |
(Estimación por deterioro) |
-77.373 |
-226 |
-11.655 |
-30.492 |
Bienes realizables |
813.389 |
0 |
0 |
331.783 |
Bienes y valores adquiridos en
recuperación de créditos |
909.891 |
0 |
0 |
372.136 |
Otros bienes realizables |
290.780 |
0 |
0 |
0 |
(Estimación por deterioro y
por disposición legal) |
-387.282 |
0 |
0 |
-40.354 |
Participaciones en el capital de
otras empresas (neto) |
5.526 |
0 |
0 |
0 |
Inmuebles, mobiliario y equipo
(neto) |
7.240.839 |
2.893.966 |
351.633 |
402.076 |
Inversiones en propiedades |
0 |
0 |
0 |
0 |
Otros activos |
14.963.671 |
361.506 |
452.693 |
955.347 |
Cargos diferidos |
2.996.165 |
133.022 |
59.298 |
250.411 |
Activos Intangibles |
2.322.519 |
178.110 |
28.156 |
117.512 |
Otros activos |
9.644.987 |
50.375 |
365.239 |
587.424 |
TOTAL DE ACTIVOS |
1.112.762.202 |
68.256.835 |
144.255.112 |
45.558.688 |
PASIVOS Y PATRIMONIO |
|
|
|
|
PASIVOS |
|
|
|
|
Obligaciones con el público |
806.367.852 |
20.035.423 |
114.876.878 |
33.089.083 |
A la vista |
448.667.030 |
5.389.974 |
41.333.791 |
9.513.921 |
A Plazo |
353.909.454 |
14.466.662 |
70.239.516 |
23.322.199 |
Otras obligaciones con el
público |
0 |
0 |
2.610.720 |
0 |
Cargos financieros por pagar |
3.791.369 |
178.787 |
692.851 |
252.963 |
Obligaciones con el Banco
Central de Costa Rica |
0 |
0 |
0 |
0 |
A la vista |
0 |
0 |
0 |
0 |
A plazo |
0 |
0 |
0 |
0 |
Cargos financieros por pagar |
0 |
0 |
0 |
0 |
Obligaciones con entidades |
151.488.297 |
30.706.740 |
7.383.239 |
2.804.363 |
A la vista |
8.470.779 |
1.722.205 |
0 |
15.046 |
A plazo |
99.994.390 |
28.877.180 |
5.817.873 |
2.691.293 |
Otras obligaciones con entidades |
42.484.382 |
0 |
1.550.705 |
88.477 |
Cargos financieros por pagar |
538.745 |
107.354 |
14.662 |
9.546 |
Cuentas por pagar y
provisiones |
24.756.236 |
288.742 |
2.208.867 |
579.568 |
Cuentas por pagar por
servicios bursátiles |
0 |
0 |
1.418.683 |
0 |
Impuesto sobre la renta
diferido |
357.057 |
0 |
25.360 |
14.415 |
Provisiones |
961.583 |
27.956 |
0 |
5.061 |
Otras Cuentas por pagar
diversas |
23.437.596 |
260.786 |
764.824 |
560.091 |
Cargos financieros por pagar |
0 |
0 |
0 |
0 |
Otros pasivos |
10.122.039 |
249.243 |
2.509.148 |
219.396 |
Ingresos diferidos |
9.142.016 |
195.591 |
804.500 |
172.852 |
Estimación por deterioro de
créditos contingentes |
211.719 |
0 |
74.657 |
9.803 |
Otros pasivos |
768.304 |
53.652 |
1.629.991 |
36.741 |
Obligaciones subordinadas |
0 |
0 |
0 |
0 |
Obligaciones convertibles en capital |
0 |
0 |
0 |
0 |
Obligaciones preferentes |
0 |
0 |
0 |
0 |
TOTAL DE PASIVOS |
992.734.424 |
51.280.149 |
126.978.133 |
36.692.410 |
Cuadro Nº 3 - BANCOS PRIVADOS
BALANCES DE SITUACIÓN
Al 28 de febrero del 2011
-miles de colones-
Cuentas |
BANCO
BAC SAN JOSE S. A. |
BANCO
GENERAL (COSTA RICA) S. A. |
BANCO BCT S. A. |
BANCO
CATHAY DE COSTA RICA S.
A. |
PATRIMONIO |
|
|
|
|
Capital social |
77.200.000 |
16.716.012 |
12.000.000 |
8.510.093 |
Aportes patrimoniales no capitalizados |
560.000 |
0 |
1.250.000 |
0 |
Ajustes al patrimonio |
1.929.856 |
25.408 |
55.692 |
-53.436 |
Reservas patrimoniales |
12.291.010 |
130.304 |
1.418.840 |
68.527 |
Resultados acumulados de
ejercicios anteriores |
25.366.522 |
72.740 |
2.345.281 |
331.118 |
Resultado del período |
2.680.390 |
32.222 |
207.166 |
9.977 |
Intereses minoritarios |
0 |
0 |
0 |
0 |
TOTAL DEL PATRIMONIO |
120.027.778 |
16.976.686 |
17.276.980 |
8.866.279 |
TOTAL DEL PASIVO Y PATRIMONIO |
1.112.762.202 |
68.256.835 |
144.255.112 |
45.558.688 |
ACTIVOS DE LOS FIDEICOMISOS |
3.556.135 |
0 |
33.153.424 |
606.555 |
PASIVOS DE LOS FIDEICOMISOS |
-7.089 |
0 |
-358.006 |
-174.049 |
PATRIMONIO DE LOS FIDEICOMISOS |
-3.547.086 |
0 |
-32.736.792 |
-499.453 |
RESULTADO DE LOS FIDEICOMISOS |
-1.960 |
0 |
-58.626 |
66.948 |
CUENTAS CONTINGENTES DEUDORAS |
63.233.725 |
1.984.616 |
21.908.100 |
12.545.422 |
OTRAS CUENTAS DE ORDEN
DEUDORAS |
|
|
|
|
Por cuenta propia deudoras |
3.456.151.337 |
66.745.563 |
366.655.437 |
412.363.448 |
Por cuenta terceros deudoras |
27.142.031 |
48.844.268 |
1.517 |
0 |
Por cuenta propia por
actividad de custodia |
28.554.674 |
0 |
1.894.503 |
0 |
Por cuenta de terceros por
actividad custodia |
231.955.651 |
0 |
325.131.002 |
0 |
Notas:
1. Esta publicación se realiza
en acatamiento de lo dispuesto en el artículo 19 de
2. Para consultar los estados
financieros de períodos anteriores, así como de otras entidades supervisadas
por
Cuadro Nº 3 - BANCOS PRIVADOS
BALANCES DE SITUACIÓN
Al 28 de febrero del 2011
-miles de colones-
Cuentas |
BANCO
CMB (COSTA RICA) S.
A. |
BANCO
CITIBANK DE COSTA RICA S. A. |
BANCO
HSBC (COSTA RICA) S. A. |
BANCO
DE SOLUCIONES BANSOL DE COSTA RICA S.
A. (Antes Financiera Acobo
S. A.) |
BANCO IMPROSA S. A. |
ACTIVOS |
|
|
|
|
|
Disponibilidades |
40.417.394 |
49.003.177 |
100.679.317 |
8.233.963 |
20.919.354 |
Efectivo |
1.739.010 |
7.123.815 |
10.420.312 |
57.872 |
442.295 |
Banco Central |
21.492.842 |
31.107.261 |
71.132.049 |
7.370.414 |
17.455.358 |
Entidades financieras del país |
1.044.321 |
3.745.247 |
132.748 |
729.968 |
347.337 |
Entidades financieras del exterior |
15.772.194 |
4.700.691 |
15.696.874 |
50.627 |
1.811.528 |
Otras disponibilidades |
369.027 |
2.326.162 |
3.297.334 |
25.082 |
862.837 |
Productos por cobrar |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
Inversiones en instrumentos financieros |
76.544.077 |
46.767.086 |
105.077.334 |
5.685.618 |
26.564.969 |
Mantenidas para negociar |
19.248.930 |
9.638.901 |
3.032.599 |
0 |
4.490.762 |
Disponibles para la venta |
56.570.410 |
36.561.492 |
100.917.149 |
5.652.520 |
20.080.981 |
Mantenidas al vencimiento |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
Instrumentos financieros derivados |
0 |
0 |
0 |
0 |
1.722.000 |
Productos por cobrar |
724.737 |
566.694 |
1.127.586 |
33.097 |
271.225 |
(Estimación por deterioro) |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
Cartera de Créditos |
21.029.946 |
197.070.129 |
419.539.494 |
46.555.566 |
127.537.123 |
Créditos vigentes |
21.243.710 |
173.095.040 |
384.219.724 |
43.628.111 |
119.521.472 |
Créditos vencidos |
1.832 |
22.734.233 |
34.998.007 |
2.462.161 |
8.020.006 |
Créditos en Cobro Judicial |
0 |
2.658.637 |
7.072.408 |
255.093 |
1.775.949 |
Productos por cobrar |
3.906 |
3.769.614 |
3.080.255 |
492.069 |
821.897 |
(Estimación por deterioro) |
-219.502 |
-5.187.394 |
-9.830.902 |
-281.867 |
-2.602.201 |
Cuentas
y comisiones por cobrar |
301.158 |
993.094 |
619.764 |
13.201 |
3.099.523 |
Comisiones por cobrar |
623 |
4.825 |
104.405 |
0 |
47.619 |
Cuentas
por cobrar por operaciones bursátiles |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
Cuentas
por cobrar por operaciones con partes relacionadas |
69.376 |
175.325 |
142.223 |
2.109 |
1.844.056 |
Impuesto
de renta diferido e impuesto de renta por cobrar |
129.333 |
174.204 |
116.308 |
0 |
111.678 |
Otras cuentas por cobrar |
101.826 |
767.158 |
294.650 |
13.009 |
1.125.124 |
Productos por cobrar |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
(Estimación por deterioro) |
0 |
-128.418 |
-37.822 |
-1.918 |
-28.954 |
Bienes realizables |
0 |
2.867.707 |
5.979.072 |
255.428 |
4.408.037 |
Bienes
y valores adquiridos en recuperación de créditos |
0 |
6.153.332 |
7.692.918 |
370.428 |
4.695.344 |
Otros bienes realizables |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
(Estimación
por deterioro y por disposición legal) |
0 |
-3.285.625 |
-1.713.846 |
-115.000 |
-287.306 |
Participaciones
en el capital de otras empresas (neto)
|
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
Inmuebles,
mobiliario y equipo (neto) |
279.308 |
7.977.371 |
3.062.837 |
1.833.656 |
5.767.249 |
Inversiones en propiedades |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
Otros activos |
662.332 |
4.549.952 |
6.933.031 |
848.848 |
3.182.302 |
Cargos diferidos |
8.182 |
427.197 |
2.503.411 |
29.726 |
52.666 |
Activos Intangibles |
5.163 |
776.130 |
787.496 |
122.399 |
805.557 |
Otros activos |
648.987 |
3.346.625 |
3.642.123 |
696.722 |
2.324.078 |
TOTAL DE ACTIVOS |
139.234.215 |
309.228.517 |
641.890.849 |
63.426.280 |
191.478.558 |
PASIVOS Y PATRIMONIO |
|
|
|
|
|
PASIVOS |
|
|
|
|
|
Obligaciones con el público |
110.833.474 |
198.335.198 |
473.164.467 |
50.745.318 |
103.281.107 |
A la vista |
106.045.814 |
92.442.697 |
216.019.936 |
4.998.435 |
27.485.385 |
A Plazo |
4.771.968 |
104.847.641 |
254.017.747 |
45.414.679 |
74.687.391 |
Otras
obligaciones con el público |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
Cargos financieros por pagar |
15.693 |
1.044.860 |
3.126.784 |
332.204 |
1.108.331 |
Obligaciones
con el Banco Central de Costa Rica |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
A la vista |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
A plazo |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
Cargos financieros por pagar |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
Obligaciones con entidades |
7.460.588 |
36.474.919 |
69.551.983 |
2.438.487 |
54.040.168 |
A la vista |
3.460.088 |
2.545.374 |
4.056.198 |
0 |
0 |
A plazo |
4.000.000 |
33.521.206 |
62.421.616 |
2.418.240 |
10.169.038 |
Otras obligaciones con entidades |
0 |
281.305 |
2.982.895 |
0 |
43.299.060 |
Cargos financieros por pagar |
500 |
127.034 |
91.275 |
20.248 |
572.069 |
Cuentas por pagar y provisiones |
2.592.696 |
6.784.883 |
13.536.826 |
542.011 |
824.717 |
Cuentas por pagar por
servicios bursátiles |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
Impuesto sobre la renta
diferido |
57.254 |
147.007 |
142.073 |
88.212 |
19.237 |
Provisiones |
302.219 |
104.883 |
2.220.634 |
2.071 |
87.762 |
Otras Cuentas por pagar
diversas |
2.233.222 |
6.532.993 |
11.174.119 |
451.728 |
717.718 |
Cargos financieros por pagar |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
Otros pasivos |
135.654 |
5.424.982 |
9.080.596 |
585.834 |
764.140 |
Ingresos diferidos |
82.222 |
913.846 |
2.248.578 |
69.442 |
312.749 |
Estimación por deterioro de
créditos contingentes |
53.432 |
83.197 |
447.715 |
29 |
44.020 |
Otros pasivos |
0 |
4.427.939 |
6.384.304 |
516.363 |
407.371 |
Obligaciones subordinadas |
0 |
0 |
0 |
0 |
7.665.131 |
Obligaciones convertibles en capital |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
Obligaciones preferentes |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
TOTAL DE PASIVOS |
121.022.412 |
247.019.982 |
565.333.872 |
54.311.651 |
166.575.263 |
Cuadro Nº 3 - BANCOS PRIVADOS
BALANCES DE SITUACIÓN
Al 28 de febrero del 2011
-miles de colones-
Cuentas |
BANCO
CMB (COSTA RICA) S.
A. |
BANCO
CITIBANK DE COSTA RICA S. A. |
BANCO
HSBC (COSTA RICA) S. A. |
BANCO
DE SOLUCIONES BANSOL DE COSTA RICA S.
A. (Antes Financiera Acobo
S. A.) |
BANCO IMPROSA S. A. |
PATRIMONIO |
|
|
|
|
|
Capital social |
10.916.969 |
40.846.874 |
57.597.284 |
8.273.328 |
18.443.187 |
Aportes patrimoniales no capitalizados |
0 |
0 |
182.884 |
0 |
0 |
Ajustes al patrimonio |
81.896 |
1.556.259 |
620.488 |
147.623 |
2.243.041 |
Reservas patrimoniales |
1.168.694 |
3.145.838 |
7.066.595 |
92.382 |
2.700.840 |
Resultados
acumulados de ejercicios anteriores |
5.466.270 |
16.481.858 |
10.564.431 |
500.793 |
1.518.061 |
Resultado del período |
577.975 |
177.706 |
525.295 |
100.503 |
-1.835 |
Intereses minoritarios |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
TOTAL DEL PATRIMONIO |
18.211.804 |
62.208.535 |
76.556.976 |
9.114.629 |
24.903.295 |
TOTAL
DEL PASIVO Y PATRIMONIO |
139.234.215 |
309.228.517 |
641.890.849 |
63.426.280 |
191.478.558 |
ACTIVOS DE LOS FIDEICOMISOS |
0 |
140.183.078 |
4.862.436 |
96.000 |
1.642.966.667 |
PASIVOS DE LOS FIDEICOMISOS |
0 |
-29.419 |
-1.556.025 |
0 |
-2.340.595 |
PATRIMONIO DE LOS FIDEICOMISOS |
0 |
-140.177.904 |
-3.297.804 |
-96.000 |
-1.648.550.560 |
RESULTADO DE LOS FIDEICOMISOS |
0 |
24.245 |
-8.606 |
0 |
7.924.487 |
CUENTAS CONTINGENTES DEUDORAS |
7.311.418 |
140.452.436 |
146.445.967 |
2.773.779 |
23.108.890 |
OTRAS
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS |
|
|
|
|
|
Por cuenta propia deudoras |
67.314.379 |
1.051.515.184 |
2.772.242.881 |
71.702.666 |
1.254.843.533 |
Por cuenta terceros deudoras |
0 |
5.378.815 |
7.689 |
9.289.886 |
196.604.194 |
Por
cuenta propia por actividad de custodia |
0 |
0 |
11.506.259 |
0 |
2.952.761 |
Por
cuenta de terceros por actividad custodia |
0 |
0 |
144.610.128 |
0 |
1.347.905 |
Notas:
1. Esta publicación se realiza
en acatamiento de lo dispuesto en el artículo 19 de
2. Para consultar los estados
financieros de períodos anteriores, así como de otras entidades supervisadas
por
Cuadro Nº 3 - BANCOS PRIVADOS
BALANCES DE SITUACIÓN
Al 28 de febrero del 2011
-miles de colones-
Cuentas |
BANCO LAFISE S. A. |
BANCO
PROMERICA DE COSTA RICA S. A. |
SCOTIABANK
DE COSTA RICA S. A. |
TOTAL |
ACTIVOS |
|
|
|
|
Disponibilidades |
21.159.428 |
45.451.455 |
118.249.785 |
634.899.938 |
Efectivo |
863.524 |
3.154.201 |
11.927.472 |
70.629.631 |
Banco Central |
15.868.549 |
34.766.168 |
97.664.930 |
446.169.566 |
Entidades financieras del país |
466.628 |
677.095 |
297.445 |
9.450.981 |
Entidades financieras del exterior |
2.396.347 |
3.094.793 |
2.144.273 |
76.272.115 |
Otras disponibilidades |
1.564.379 |
3.759.198 |
6.215.665 |
32.377.645 |
Productos por cobrar |
0 |
0 |
0 |
0 |
Inversiones en instrumentos financieros |
22.318.895 |
42.033.914 |
83.711.692 |
530.123.527 |
Mantenidas para negociar |
200.000 |
7.402.663 |
18.278.340 |
67.864.543 |
Disponibles para la venta |
21.884.283 |
34.108.067 |
64.703.226 |
453.083.493 |
Mantenidas al vencimiento |
0 |
0 |
0 |
1.740.731 |
Instrumentos financieros derivados |
0 |
0 |
0 |
1.722.000 |
Productos por cobrar |
234.613 |
523.184 |
730.125 |
5.713.886 |
(Estimación por deterioro) |
0 |
0 |
0 |
-1.125 |
Cartera de Créditos |
106.426.503 |
172.405.841 |
701.562.012 |
2.775.235.872 |
Créditos vigentes |
102.559.560 |
163.898.024 |
635.277.001 |
2.604.619.973 |
Créditos vencidos |
4.734.074 |
7.165.262 |
63.822.042 |
172.447.559 |
Créditos en Cobro Judicial |
826.937 |
1.257.801 |
11.102.948 |
28.362.494 |
Productos por cobrar |
639.327 |
2.354.643 |
3.154.661 |
17.614.430 |
(Estimación por deterioro) |
-2.333.395 |
-2.269.888 |
-11.794.640 |
-47.808.585 |
Cuentas y comisiones por
cobrar |
800.898 |
225.007 |
7.013.951 |
19.811.741 |
Comisiones por cobrar |
2.098 |
0 |
176.365 |
361.170 |
Cuentas por cobrar por
operaciones bursátiles |
0 |
0 |
0 |
1.322.597 |
Cuentas por cobrar por operaciones
con partes relacionadas |
255 |
10.410 |
287.475 |
3.938.013 |
Impuesto de renta diferido e
impuesto de renta por cobrar |
77.998 |
22.449 |
58.826 |
1.595.431 |
Otras cuentas por cobrar |
864.641 |
300.360 |
7.059.445 |
13.731.853 |
Productos por cobrar |
0 |
0 |
0 |
0 |
(Estimación por deterioro) |
-144.094 |
-108.212 |
-568.159 |
-1.137.323 |
Bienes realizables |
1.381.993 |
1.316.369 |
6.594.236 |
23.948.015 |
Bienes y valores adquiridos en
recuperación de créditos |
1.538.039 |
3.004.521 |
9.838.348 |
34.574.957 |
Otros bienes realizables |
0 |
0 |
0 |
290.780 |
(Estimación por deterioro y
por disposición legal) |
-156.046 |
-1.688.151 |
-3.244.112 |
-10.917.722 |
Participaciones en el capital de
otras empresas (neto) |
15.000 |
0 |
3.951 |
24.476 |
Inmuebles, mobiliario y equipo
(neto) |
1.126.476 |
2.919.940 |
9.845.324 |
43.700.677 |
Inversiones en propiedades |
0 |
0 |
0 |
0 |
Otros activos |
1.576.090 |
4.263.795 |
2.791.362 |
41.540.928 |
Cargos diferidos |
308.553 |
1.091.145 |
95.295 |
7.955.070 |
Activos Intangibles |
365.062 |
637.335 |
18.556 |
6.163.995 |
Otros activos |
902.475 |
2.535.315 |
2.677.512 |
27.421.863 |
TOTAL DE ACTIVOS |
154.805.283 |
268.616.322 |
929.772.314 |
4.069.285.175 |
PASIVOS Y PATRIMONIO |
|
|
|
0 |
PASIVOS |
|
|
|
0 |
Obligaciones con el público |
99.472.682 |
194.693.086 |
669.428.669 |
2.874.323.236 |
A la vista |
43.744.654 |
53.979.215 |
222.031.746 |
1.271.652.598 |
A Plazo |
54.684.091 |
138.839.061 |
444.479.602 |
1.583.680.009 |
Otras obligaciones con el
público |
619.966 |
0 |
0 |
3.230.686 |
Cargos financieros por pagar |
423.971 |
1.874.810 |
2.917.321 |
15.759.943 |
Obligaciones con el Banco Central
de Costa Rica |
0 |
0 |
0 |
0 |
A la vista |
0 |
0 |
0 |
0 |
A plazo |
0 |
0 |
0 |
0 |
Cargos financieros por pagar |
0 |
0 |
0 |
0 |
Obligaciones con entidades |
36.007.469 |
37.658.937 |
143.224.553 |
579.239.742 |
A la vista |
100.295 |
0 |
461.066 |
20.831.050 |
A plazo |
34.286.554 |
37.318.684 |
139.035.261 |
460.551.336 |
Otras obligaciones con entidades |
1.354.821 |
54.294 |
3.143.377 |
95.239.317 |
Cargos financieros por pagar |
265.798 |
285.959 |
584.849 |
2.618.040 |
Cuentas por pagar y
provisiones |
2.254.374 |
3.456.947 |
8.849.839 |
66.675.707 |
Cuentas por pagar por
servicios bursátiles |
844.609 |
0 |
0 |
2.263.292 |
Impuesto sobre la renta
diferido |
39.696 |
3.382 |
847.882 |
1.741.576 |
Provisiones |
103.413 |
85.122 |
981.456 |
4.882.161 |
Otras Cuentas por pagar
diversas |
1.266.657 |
3.368.442 |
7.020.502 |
57.788.678 |
Cargos financieros por pagar |
0 |
0 |
0 |
0 |
Otros pasivos |
459.808 |
3.224.534 |
567.923 |
33.343.299 |
Ingresos diferidos |
346.451 |
1.595.117 |
60.476 |
15.943.841 |
Estimación por deterioro de
créditos contingentes |
113.357 |
52.353 |
196.102 |
1.286.385 |
Otros pasivos |
0 |
1.577.064 |
311.344 |
16.113.073 |
Obligaciones subordinadas |
3.915.730 |
6.565.185 |
0 |
18.146.045 |
Obligaciones convertibles en capital |
0 |
0 |
0 |
0 |
Obligaciones preferentes |
0 |
0 |
0 |
0 |
TOTAL DE PASIVOS |
142.110.062 |
245.598.689 |
822.070.983 |
3.571.728.030 |
Cuadro Nº 3 - BANCOS PRIVADOS
BALANCES DE SITUACIÓN
Al 28 de febrero del 2011
-miles de colones-
Cuentas |
BANCO LAFISE S. A. |
BANCO
PROMERICA DE COSTA RICA S. A. |
SCOTIABANK
DE COSTA RICA S. A. |
TOTAL |
PATRIMONIO |
|
|
|
0 |
Capital social |
10.157.706 |
18.688.689 |
64.314.222 |
343.664.363 |
Aportes patrimoniales no capitalizados |
0 |
0 |
19.779.037 |
21.771.922 |
Ajustes al patrimonio |
-17.146 |
50.584 |
3.887.562 |
10.527.826 |
Reservas patrimoniales |
805.572 |
1.763.738 |
6.874.583 |
37.526.922 |
Resultados
acumulados de ejercicios anteriores |
1.734.936 |
2.050.725 |
13.409.569 |
79.842.304 |
Resultado del período |
14.152 |
463.897 |
-563.642 |
4.223.808 |
Intereses minoritarios |
0 |
0 |
0 |
0 |
TOTAL DEL PATRIMONIO |
12.695.220 |
23.017.633 |
107.701.330 |
497.557.145 |
TOTAL
DEL PASIVO Y PATRIMONIO |
154.805.283 |
268.616.322 |
929.772.314 |
4.069.285.175 |
ACTIVOS DE LOS FIDEICOMISOS |
173.445 |
1.762.716 |
183.413.801 |
2.010.774.256 |
PASIVOS DE LOS FIDEICOMISOS |
0 |
-142.800 |
-3.305.825 |
-7.913.807 |
PATRIMONIO DE LOS FIDEICOMISOS |
-172.872 |
-1.647.042 |
-178.160.845 |
-2.008.886.359 |
RESULTADO DE LOS FIDEICOMISOS |
-573 |
27.126 |
-1.947.131 |
6.025.910 |
CUENTAS CONTINGENTES DEUDORAS |
45.103.312 |
110.078.616 |
118.501.902 |
693.448.183 |
OTRAS
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS |
|
|
|
0 |
Por cuenta propia deudoras |
2.752.359.327 |
1.146.260.380 |
5.645.177.705 |
19.063.331.839 |
Por cuenta terceros deudoras |
22.382.982 |
0 |
84.674.689 |
394.326.070 |
Por
cuenta propia por actividad de custodia |
4.164.168 |
0 |
0 |
49.072.365 |
Por
cuenta de terceros por actividad custodia |
111.601.500 |
0 |
0 |
814.646.187 |
Notas:
1. Esta publicación se realiza
en acatamiento de lo dispuesto en el artículo 19 de
2. Para consultar los estados
financieros de períodos anteriores, así como de otras entidades supervisadas
por
Lic. José Armando Fallas
Martínez, Intendente General.—1 vez.—O. C. Nº
9430.—C-1050020.—(IN2011031694).
AGENCIA DE OFICENTRO
AVISO
PUBLICACIÓN
DE tercera VEZ
Yo, Efraín Monge Quesada, mayor, casado una vez, empresario,
portador de la cédula de identidad número 1-728-044, vecino de Santa Ana, en mi
condición de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma de la empresa Meditek Services S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-190164,
empresa solicitante de los certificados de depósito a plazo, emitidos por el
Banco Nacional de Costa Rica, en la agencia de Oficentro
CDP VENCIDOS MEDITEK
SERVICES S. A.
CDP |
Monto capital |
Fecha de emisión |
Fecha vencimiento |
400-02-087-014892-5 |
$ 6.000,00 |
18-08-08 |
30-12-08 |
400-02-142-003764-4 |
$ 1.520,00 |
26-07-05 |
27-02-06 |
400-02-142-003771-7 |
$ 1.020,00 |
10-08-05 |
12-12-05 |
400-02-142-003843-3 |
$ 2.520,00 |
21-10-05 |
21-04-06 |
400-02-142-003855-7 |
$ 4.000,00 |
01-11-09 |
30-06-06 |
400-02-142-003861-1 |
$ 2.210,00 |
11-11-09 |
12-02-07 |
400-02-142-004050-0 |
$ 13.500,00 |
14-08-06 |
02-01-08 |
400-02-142-004108-6 |
$ 2.895,00 |
07-11-06 |
31-05-07 |
400-02-142-004119-1 |
$ 1.703,00 |
17-11-06 |
31-07-07 |
400-02-142-004130-2 |
$ 5.985,00 |
28-11-06 |
30-07-07 |
400-02-142-004139-6 |
$ 2.843,00 |
11-12-06 |
31-10-07 |
400-02-142-004248-1 |
$ 3.792,00 |
14-05-07 |
14-05-08 |
400-02-142-004325-9 |
$ 2.652,00 |
29-10-07 |
01-09-08 |
400-02-142-004330-5 |
$ 1.000,00 |
06-11-07 |
30-04-09 |
400-02-142-004386-0 |
$ 17.500,00 |
09-05-08 |
12-11-08 |
400-02-142-004398-0 |
$ 40.000,00 |
20-06-08 |
28-11-08 |
400-02-142-004403-4 |
$ 17.050,00 |
10-07-08 |
01-12-08 |
400-02-142-004404-2 |
$ 1.498,50 |
10-07-08 |
30-10-08 |
400-02-142-004421-2 |
$ 14.500,00 |
22-08-08 |
30-04-09 |
400-02-185-000081-2 |
$ 10.000,00 |
08-03-07 |
31-08-07 |
400-02-185-000188-6 |
$ 9.000,00 |
30-06-08 |
30-12-08 |
400-02-185-000194-0 |
$ 14.154,00 |
23-07-08 |
01-12-08 |
400-02-185-000195-9 |
$ 5.600,00 |
23-07-08 |
30-12-08 |
400-02-185-000200-9 |
$ 3.000,00 |
13-08-08 |
30-10-08 |
400-02-185-000214-9 |
$ 6.690,00 |
27-10-08 |
27-04-09 |
400-02-208-218387-9 |
$ 2.176,00 |
03-07-08 |
30-06-08 |
400-02-142-004397-6 |
$ 2.295,00 |
18-03-09 |
30-09-09 |
Los títulos descritos fueron
emitidos a la orden. Solicito en nombre de Meditek Services S. A., la reposición
de los presentes certificados por causa de extravío. Se publica este anuncio
por tres veces consecutivas para oír reclamos de terceros, por el término de
quince días.
San José, 30 de marzo del 2011.—Por
Meditek Services S. A.—Efraín Monge Quesada.—RP2011233282.—(IN2011029759).
BANCRÉDITO
TRES RÍOS
AVISO
PUBLICACIÓN
DE tercera VEZ
Se les comunica que hemos
recibido aviso del señor: Norman Serrano Angulo, cédula 03-0271-0138, de la
sustracción sufrida en un asalto del siguiente Certificado de Depósito a Plazo
en colones:
Certificado de
Depósito a Plazo:
Inversión |
Fórmula |
Monto |
Tasa Int. % |
Apertura o Renovación |
Vencimiento |
502-304-5027466 |
907004 |
¢2.500.000,00 |
5.05% |
18-04-2011 |
18-08-2011 |
Cupones:
Inversión |
Fórmula |
Monto |
Vencimiento |
502-304-5027466 |
907005 |
¢42.083,33 |
18-08-2011 |
A favor de Norman Serrano Angulo, cédula
03-0271-0138 al 5.05% anual a un plazo de 120 días, lo anterior para efectos de
la publicación respectiva, según lo establecido en los artículos 708 y 709 del
código de Comercio.
Tres Ríos, 18 de abril del 2011.—Luis
Enrique Mata Redondo, Coordinador de Operaciones.—RP2011234003.—(IN2011030915).
VICERRECTORÍA
EJECUTIVA
DIRECCIÓN
DE ASUNTOS ESTUDIANTILES
AVISO
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Corrales Azuola Carlos, de nacionalidad
costarricense, cédula Nº 1-849-
Sabanilla, 15 de marzo del 2011.—Comisión
de Reconocimiento de Estudios.—Lic. Susana Saborío Álvarez, Coordinadora.—RP2011234011.—(IN2011030916).
CONSEJO DIRECTIVO
Considerando:
En esas condiciones, el Instituto
Costarricense de Electricidad necesita establecer un derecho de servidumbre,
necesario para el paso de
La propiedad se encuentra inscrita bajo el
Folio Real 3-129991-000, mide
A solicitud del Proyecto de Transmisión
Central Norte, para
De acuerdo con los estudios técnicos
realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente
probada y demostrada la utilidad pública, así como la importancia para el
Sistema Nacional Interconectado de constituir este derecho de servidumbre, con
base en el artículo 45 de
1º—Apruébense las presentes diligencias
en la suma de ¢4.604.778,65 (cuatro millones seiscientos cuatro mil setecientos
setenta y ocho colones con sesenta y cinco céntimos) según avalúo
administrativo número 1294-2010 y comuníquese.
2º—De no ser aceptado por el propietario, el
respectivo avalúo, constitúyase sobre la finca anteriormente mencionada y
descrita, un derecho de servidumbre en la propiedad de Sunshine Developments
Incorporated S.A., cédula de persona jurídica 3-101-519956, cuyo
representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo
es su presidente Juan Carlos Rodríguez Sánchez, pasaporte CC93387159, de
calidades desconocidas.
La longitud total sobre la línea de centro es
de
El ancho de la servidumbre en este tramo es
de
La servidumbre ingresa por el colindante
norte con calle pública, con un azimut de 248º52´1, el cual conserva hasta
salir por el lindero oeste, con Sunshine Developments Incorporated S.A. Pasa
por un sector de bosque de regeneración y tacotal, con topografía plana.
Los linderos de la servidumbre son: norte
calle pública, sur resto de la finca, este Comercializadora
Los propietarios deberán limitar el uso de
esta franja, no se permitirá, la construcción de casas de habitación, oficinas,
comercios, instalaciones educativas, deportivas o agropecuarias, la siembra de
caña de azúcar o cultivos similares que deban quemarse periódicamente. No
podrán sembrarse cultivos anegados, permanencia de vegetación (árboles o
cultivos), que en su desarrollo final se aproximen a cinco metros de los cables
conductores más bajos, cuando estos se encuentren en condiciones de carga
máxima o contingencia.
Movimientos de tierra, que por su acumulación
se eleven, o alteren el nivel natural del suelo. Almacenamiento de materiales
inflamables o explosivos. Acumulación de materiales u otros objetos que se
aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos.
Por razones de seguridad, en el caso de
realizar excavaciones en la cercanía de la misma, antes deberá consultársele al
ICE. Deberán permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción y
mantenimiento de la obra.
3º—La constitución de derecho de servidumbre
descrito se establecerá en favor de la finca del partido de San José, inscrita
en el Registro Público, matrícula cuatrocientos noventa y ocho mil quinientos
sesenta y tres - cero cero cero, que es terreno de potrero y maíz, situada en
el distrito segundo Tarbaca, cantón sexto Aserrí; mide setenta y siete mil
doscientos dos metros con veinte decímetros cuadrados, y linda al norte con
calle pública con un frente de
4º—Continúese con los trámites de rigor.
5º—Se declara firme el presente acuerdo,
tomado en sesión número 5944, celebrada el 24 de marzo de 2011.
6º—Publíquese en el Diario Oficial.
San José, 25 de abril de 2011.—Lic. Erick Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—(IN2011030651).
Considerando:
En esas condiciones, el Instituto
Costarricense de Electricidad necesita establecer un derecho de servidumbre,
necesaria para el paso de
El inmueble tiene como uso del suelo; en la
parte noroeste, pasto y un sector reforestado con árboles de ciprés y
eucalipto, en los sectores intermedios y sur cafetal con sombra de plátano y
árboles frutales como níspero, naranja, limón y jocote. Dicho inmueble colinda al norte, Abel
Cárdenas; sur, José Quirós Carvajal; este, Mencia Cecilia Quirós y Sucesión de
Ángel Ceciliano García y al oeste, María Luisa Ceciliano Quirós.
A solicitud del Proyecto de Transmisión
Central Norte, para
De acuerdo con los estudios técnicos
realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente
probada y demostrada la utilidad pública, así como la importancia para el
Sistema Nacional Interconectado de constituir este derecho de servidumbre, con
base en el artículo 45 de
1º—Apruébense las presentes diligencias
en la suma de ¢203.896,20 (doscientos tres mil ochocientos noventa y seis
colones con veinte céntimos) según avalúo administrativo número 1281-2010 y
comuníquese.
2º—De no ser aceptado por el propietario, el
respectivo avalúo, constitúyase sobre la finca anteriormente mencionada y
descrita, un derecho de servidumbre propiedad de Héctor Luis Ceciliano Quirós y
de Cinthia Elianny Ceciliano Chaves.
El Instituto Costarricense de Electricidad
establecerá para
La servidumbre presenta una forma
irregular. La servidumbre ingresa por el
colindante este, con Zihanny Deyanira Ceciliano Chaves, con un azimut de
245º38’7”, el cual conserva hasta salir por el lindero oeste, con Yendri
Maricel Ceciliano Chaves. Pasa por un
sector de pasto y de topografía accidentada.
No dispone de los servicios básicos, no
obstante, la electricidad, el agua de acueducto y teléfono residencial llegan
aproximadamente
En cuanto a los linderos y hasta donde se
pudo observar, están definidos: el este, al oeste y al sur, están demarcados
por una hilera de plantas similares a la caña india de hojas rojas, el norte y
está delimitado por una cerca de árboles con 3 hilos de alambre de púas en
buenas condiciones.
La forma del inmueble es irregular, según el
plano catastrado Nº SJ-738349-2001, tiene un frente a servidumbre de paso, con
un ancho de
Los propietarios deberán limitar el uso de
esta franja, no se permitirá, la construcción de casas de habitación, oficinas,
comercios, instalaciones educativas, deportivas o agropecuarias, la siembra de
caña de azúcar o cultivos similares que deban quemarse periódicamente.
No podrán sembrarse cultivos anegados,
permanencia de vegetación (árboles o cultivos), que en su desarrollo final se
aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando estos se
encuentren en condiciones de carga máxima o contingencia. Movimientos de
tierra, que por su acumulación se eleven, o alteren el nivel natural del suelo.
Almacenamiento de materiales inflamables o explosivos. Acumulación de
materiales u otros objetos que se aproximen a cinco metros de los cables
conductores más bajos.
Por razones de seguridad, en el caso de
realizar excavaciones en la cercanía de la misma, antes deberá consultársele al
ICE. Deberán permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción y
mantenimiento de la obra.
Todo con fundamento en
3º—La constitución de derecho de servidumbre
descrito se establecerá en favor de la finca del partido de San José, inscrita
en el Registro Público, matrícula cuatrocientos noventa y ocho mil quinientos
sesenta y tres - cero cero cero, que es terreno de potrero y maíz, situada en
el distrito segundo Tarbaca, cantón sexto Aserrí; mide setenta y siete mil
doscientos dos metros con veinte decímetros cuadrados, y linda al norte, con
calle pública con un frente de
4º—Continúese con los trámites de rigor.
5º—Se declara firme el presente acuerdo,
tomado en sesión número 5944, celebrada el 24 de marzo de 2011.
6º—Publíquese en el Diario Oficial.
San José, 26 de abril del 2011.—Lic. Erick Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—(IN2011030652).
Considerando:
En esas condiciones, el Instituto
Costarricense de Electricidad necesita establecer una servidumbre y
un sitio de torre, necesarios para el paso de
La propiedad se encuentra inscrita bajo el
folio real 3-129990-000, mide
A solicitud del Proyecto de Transmisión
Central Norte, para
De acuerdo con los estudios técnicos
realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente
probada y demostrada la utilidad pública, así como la importancia para el
Sistema Nacional Interconectado de constituir este derecho de servidumbre y el
sitio de torre, con base en el artículo 45 de
1º—Apruébense las presentes
diligencias en la suma de y ¢11.149.676,40 (once millones ciento cuarenta y
nueve mil seiscientos setenta y seis colones con cuarenta céntimos) según
avalúo administrativo número 1369-2010 y comuníquese.
2º—De no ser aceptado por el propietario, el
respectivo avalúo, constitúyase sobre la finca anteriormente mencionada y
descrita, un derecho de servidumbre y un sitio de torre en la propiedad de de Sunshine
Developments Incorporated S.A., cédula de persona jurídica 3-101-519956,
cuyo representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado
generalísimo es su presidente Juan Carlos Rodríguez Sánchez, pasaporte
CC93387159, de calidades desconocidas.
La longitud total sobre la línea de centro es
de
El ancho de la servidumbre en este tramo es
de
La servidumbre ingresa en el fragmento “A” por
el colindante norte con Sunshine Developments Incorporated S.A.; con un azimut
de 248º52´,1, el cual conserva hasta salir por el lindero oeste, con calle
pública, nuevamente ingresa en el fragmento “B” por el lindero oeste con calle
pública, con un azimut de 193º47´.7 el cual mantiene hasta salir por el lindero
sur con Winter Flower S. A. En ambos fragmentos pasa al frente del inmueble,
por un sector de bosque de regeneración y tacotal, con topografía ondulada.
Al llevar a cabo la construcción de la línea
de transmisión se hace necesario establecer sitios de torres para el soporte y
elevación de los conductores. En este caso se establecerá un sitio de torre, el
Nº R25D que se ubicará a
Los linderos de la servidumbre en el
fragmento “A” son: norte calle pública, sur resto de la finca, este Sunshine
Developments Incorporated S. A. y oeste calle pública. Y los linderos de la
servidumbre en el fragmento “B” son los siguientes: norte calle pública, sur
Winter Flower S. A., este resto de la finca y oeste calle pública.
Los propietarios deberán limitar el uso de
esta franja, no se permitirá, la construcción de casas de habitación, oficinas,
comercios, instalaciones educativas, deportivas o agropecuarias, la siembra de
caña de azúcar o cultivos similares que deban quemarse periódicamente. No
podrán sembrarse cultivos anegados, permanencia de vegetación (árboles o
cultivos), que en su desarrollo final se aproximen a cinco metros de los cables
conductores más bajos, cuando estos se encuentren en condiciones de carga
máxima o contingencia.
Movimientos de tierra, que por su acumulación
se eleven, o alteren el nivel natural del suelo. Almacenamiento de materiales
inflamables o explosivos. Acumulación de materiales u otros objetos que se
aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos.
Por razones de seguridad, en el caso de
realizar excavaciones en la cercanía de la misma, antes deberá consultársele al
ICE. Deberán permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción y
mantenimiento de la obra.
3º—La constitución de derecho de servidumbre
descrito se establecerá en favor de la finca del partido de San José, inscrita
en el Registro Público, matricula cuatrocientos noventa y ocho mil quinientos
sesenta y tres-cero cero, que es terreno de potrero y maíz, situada en el
distrito segundo Tarbaca, cantón sexto Aserrí; mide setenta y siete mil
doscientos dos metros con veinte decímetros cuadrados, y linda al norte con
calle pública con un frente de
4º—Continúese con los trámites de rigor.
5º—Se declara firme el presente acuerdo,
tomado en sesión número 5944, celebrada el 24 de marzo de 2011.
6º—Publíquese en el Diario Oficial.
San José, 25 de abril de 2011.—Lic. Erick Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—(IN2011030655).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
A Clark
Vargas Vargas y José Ángel Meza Pérez, se les comunica la resolución
administrativa del Patronato Nacional de
Oficina Local de PANI, Liberia a:
Mauricio Torres Mendoza y Edixa Gutiérrez Jiménez, en ejercicio de la patria
potestad Brechel Torres Gutiérrez y Jerry Nicolás Gutiérrez Jiménez, se les
comunica la resolución de las quince horas cincuenta minutos del cuatro de
abril del dos mil once, que ordenó el inicio del proceso especial de protección
a favor de la persona menor de edad citada, así como su cuido provisional, para
que permanezca en un hogar recurso familiar. Notifíquese la anterior resolución
a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes
se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas
notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de
no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de
A Sindulfo Emilio Martínez (único
apellido conocido). Se le comunica la resolución de las 15:00 horas del 12 de
abril del 2011 donde se resuelve: I) Dar inicio al proceso de protección en
sede administrativa regulado por las disposiciones del artículo 128 y
siguientes del Código de
Al señor George Semaan Sotera, se le
comunica la resolución administrativa de las ocho horas del nueve de marzo del
dos mil once y de las trece horas treinta minutos del catorce de abril del dos
mil once, que dicta medida de protección de abrigo temporal, en beneficio de la
persona menor de edad Anderson Joel Semaan Salazar y Brenda Jarianny Vega
Salazar. Medidas con un plazo máximo de 6 meses. Garantía de defensa: se le
hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar por un
profesional en derecho de su elección, y tener acceso al estudio y revisión del
expediente administrativo que en lo concerniente existe en
A los señores Adriana María Molina
Orozco, cédula uno-mil doscientos sesenta y tres-trescientos ochenta y uno y
Mabel del Socorro Mena Molina, cédula de identidad número seis-cero sesenta y
siete-ciento treinta y tres, se les notifica, la resolución administrativa
número cincuenta y siete-dos mil once de las catorce horas del uno de abril del
dos mil once, que dicta cuido provisional a favor de Yanitze Mena Molina y
Jeferson Alonso Molina Orozco, en el hogar de la señora Olga María López
Latino, bisabuela materna, por el plazo de seis meses prorrogables
judicialmente. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir de la
segunda publicación de este edicto, mediante recurso de apelación el cual
deberá interponerse ante esta Oficina Local, en forma verbal o escrita; Oficina
que lo elevará ante
A la señora Urania Zúñiga Hernández.
Se le comunica
Al señor Neir Chaves Orozco y
Verónica Víquez Castillo. Se le comunica
Al señor Marcos Amador López. Se le
comunica
Al señor Brainer Jesús Cascante
Barquero. Se le comunica
Se le comunica a quien interese, que
esta Institución ha dictado resolución de las veinte horas con cinco minutos
del nueve de marzo del dos mil once, mediante la cual se ubica en una
alternativa institucional al joven Bangaly Sangare, procedente de Costa de
Marfil, África, en una alternativa de protección institucional. Esta resolución
tiene un plazo de vigencia de hasta por seis meses. En contra de la presente
resolución procede el recurso de apelación para ante el Superior en grado,
dentro de un plazo de 48 horas después de notificada. Deberá además señalar
lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro
de esta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el
medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificada con el
sólo transcurso de 24 horas después de dictada. Expediente Nº 112-00046-2011.—Oficina Local de Guadalupe, 8 de abril del 2011.—Lic.
Roberto Marín A., Representante Legal.—O. C. Nº
34028.—Solicitud Nº 48244.—C-12020.—(IN2011029523).
Se comunica a los interesados que por
resolución de
Se notifica a Cindy Mariela Sibaja
Cascante, de calidades y domicilio actual desconocidos, resolución
administrativa de las catorce horas del cuatro de enero del dos mil once, en la
cual se suspende temporalmente la guarda y crianza de las personas menores de
edad Meivelline Joseth Gutiérrez Sibaja, Joshua Calet Gutiérrez Sibaja y Alma
Brigieth Gutiérrez Sibaja y en su lugar se confiere la guarda y crianza al
progenitor Manuel Antonio Gutiérrez Buzano. Se hace saber a las partes que
contra la presente resolución procede recurso de apelación ante
A Sabina Díaz Centeno, quien es mayor
de edad, cédula de identidad número cinco-doscientos setenta y
nueve-cuatrocientos noventa y dos, soltera, ama de casa y de dirección
desconocida, se le hace saber la resolución de las ocho horas cincuenta minutos
del treinta y uno de marzo del dos mil once, por medio de la cual esta oficina
local, declara el estado de adaptabilidad del niño Jeison Díaz Centeno.
Recurso: Revocatoria con apelación en subsidio los que se deberán interponer
ante esta oficina local, quien resolverá el recurso de revocatoria, mientras
que el de apelación será resuelto por
A Anabell Meneses Cruz, conocida
también como Cruz Ortiz, quien es mayor de edad, de nacionalidad nicaragüense,
de domicilio y demás calidades desconocidas, se le hace saber la resolución de
las ocho horas del veintiocho de marzo del dos mil once, por medio de la cual
esta oficina local, ubicó a la persona menor de edad Andrea Cruz Ortiz, en el
hogar de la señora Rosario Ortiz Cruz, c.c. Ortiz Ortiz. Recurso: apelación
ante esta oficina local quien lo elevará a
Se comunica al señor: Martín Coronado
Coronado, mayor de edad, costarricense, portador de la cédula de identidad Nº
5-094-175, de domicilio y demás calidades desconocidos, progenitor de la
persona menor de edad Victoria María Coronado Coronado, la resolución
administrativa de esta Oficina de las quince horas del veinte de octubre del
dos mil diez, en la cual se dictó medida de protección de abrigo temporal en el
albergue de Guácimo, y la de las ocho horas del doce de noviembre del dos mil
diez, en la que se modificó la medida de protección anterior de abrigo temporal
en cuanto a su ubicación, y se reubica a la persona menor de edad en el hogar
de su hermana Roxana Coronado Mora. Recurso: El de apelación, señalando lugar
para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
A David
Mora Agüero, se le comunica la resolución administrativa de las trece horas del
cinco de abril del dos mil once que ordenó medida de protección de cuido
provisional a favor de su hijo e hija Alison Vanessa y Joseph David ambos de apellidos
Mora Molina, quienes permanecen con la señora Maira Potoy Cruz. Plazo para
interponer el recurso de apelación tres días hábiles a partir de la tercera
publicación de este aviso.—Oficina Local de
Sarapiquí.—Lic. Gabriela Salazar Calderón, Representante Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº
48242.—C-4800.—(IN2011029528).
A Aldo Sosa
Cubillo, se le comunica la resolución administrativa de las trece horas del
cinco de abril del dos mil once, que ordenó medida de protección de cuido
provisional a favor de su hija Britanny Valeska Sosa Molina, quienes permanecen
con la señora Maira Potoy Cruz, plazo para interpone el recurso de apelación
tres días hábiles a partir de la tercera publicación de este aviso.—Oficina Local de Sarapiquí.—Lic. Gabriela Salazar Calderón,
Representante Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº
48242.—C-4800.—(IN2011029529).
Se notifica
a Rafael Cordero Rodríguez, de calidades y domicilio actual desconocidos, las
resoluciones administrativas de las ocho horas quince minutos del veintiséis de
junio del dos mil diez, en la cual se dictó abrigo temporal y la resolución de
las nueve horas con cuarenta minutos del nueve de julio del dos mil diez en la
cual se dictó cuido provisional de las personas menores de edad Yasmira Elena y
Judith Natalia de apellidos Cordero Cerdas en el hogar de la señora Daisy
Cerdas Piña. Se advierte que deberá señalar lugar o medio para atender
notificaciones, bajo apercibimiento que de no hacerlo, o si el lugar señalado
fuere impreciso, inexacto, o llegare a desaparecer, las notificaciones futuras
quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Pueden contar con la
asesoría y hacerse representar por un abogado de su elección, así como tener
acceso y revisar el expediente administrativo. Procede recurso de apelación el
cual deberá interponerse dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a
partir de la tercera publicación de esta comunicación, ante
A quien
interese. Se le avisa al señor Víctor Martínez Barahona, mayor, vecino de San
José, de domicilio exacto y demás calidades desconocidas, que en esta Oficina
Local se tramita el expediente Nº 141-00020-2011, correspondiente a medida de
protección de cuido provisional a favor de la persona menor de edad Kassandra
Paola Martínez Navarro. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que
manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias. Recursos: en contra
de lo ordenado se previene a la parte interesada que podrá interponer recurso
de apelación ante
A quien
interese. Se le avisa a la señora Roxana Pérez Chinchilla, mayor, vecina de San
José, y demás calidades desconocidas, que en esta oficina local se tramita el
expediente Nº 141-000107-2009, correspondiente a medida de protección de cuido
provisional a favor de las personas menores de edad Damián y Mairene ambos
Pérez Chinchilla. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que
manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias. Recursos: en contra
de lo ordenado se previene a la parte interesada que podrá interponer recurso
de apelación ante
A quien
interese. Se le avisa al señor Edgar Drunke Arroyo Abarca, mayor, vecino de San
José, de domicilio exacto y demás calidades desconocidas, que en esta oficina
local se tramita el expediente Nº 141-00020-2011, correspondiente a medida de
protección de cuido provisional a favor de la persona menor de edad Tiffany
Alexandra Arroyo Navarro. Se le concede el plazo de tres días naturales, para
que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias. Recursos: en
contra de lo ordenado se previene a la parte interesada que podrá interponer
recurso de apelación ante
A Ricardo
Adalberto Magaña, mayor, demás calidades desconocidas, se le comunica la
resolución administrativa de las nueve horas del día veintiocho de marzo del
dos mil once, que ordena cuido provisional y otras, correspondiente a la
persona menor de edad Génesis Nahomi Magaña Hernández. Indicándose que debe
señalar lugar para oír notificaciones. Garantía de defensa: procede recurso de
apelación si se plantea dentro el plazo de cuarenta y ocho horas posteriores a
la notificación. Se les previene a las partes, que es su derecho hacerse
asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, y tener
acceso al estudio y revisión del expediente administrativo. Expediente Nº
111-00128-11.—Oficina Local de San José Oeste, abril,
2011.—Lic. Kattia Vanesa Hernández Méndez, Representante Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº
48240.—C-5400.—(IN2011029534).
A Wilber
Fonseca Flores, mayor, demás calidades desconocidas, se le comunica la
resolución administrativa de las quince horas del cuatro de abril del dos mil
once, que ordena cuido provisional y otras, correspondiente a la persona menor
de edad Jocelyn Sidey Fonseca Sánchez. Indicándose que debe señalar lugar para
oír notificaciones. Garantía de defensa: Procede recurso de apelación si se
plantea dentro el plazo de cuarenta y ocho horas posteriores a la notificación.
Se les previene a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar
por un profesional en derecho de su elección, y tener acceso al estudio y
revisión del expediente administrativo. Expediente Nº 111-0064-11.—Oficina Local de San José Oeste, abril del 2011.—Lic.
Kattia Vanesa Hernández Méndez, Representante Legal.—O.
C. Nº 34028.—Solicitud Nº 48240.—C-5400.—(IN2011029535).
Al señor
José Martínez Vargas, se le notifica que mediante resolución de las ocho horas
del cinco de abril del dos mil once, se ordena el cuido provisional de la
persona menor de edad Arianne Lyneth Martínez Matarrita, bajo responsabilidad
de los señores Ulises Matarrita Guevara y María de Los Ángeles Retana Zúñiga.
Lo anterior por el plazo máximo de seis meses. Contra la presente resolución
podrá interponerse recurso de apelación ante
BN
CORREDORA DE SEGUROS
INFORMA
El Banco Nacional en procura de
mejorar las condiciones, términos, alcances así como requisitos en los seguros
que mantienen con nuestra institución, tiene el agrado de informar a sus
clientes que se procederá a trasladar todas las pólizas de BN Fiduciaria
suscritas bajo el número 46787, para respaldar los préstamos vigentes a una
nueva póliza Colectiva de Vida N° (18PCG05) suscrita por esta entidad con el
Instituto Nacional de Seguros.
Esta acción les brindará a
nuestros clientes los siguientes beneficios:
1. Una reducción en el costo del seguro, lo que equivale a que por
cada millón de colones el asegurado pagará por mes ¢235,36.
2. Incluye Muerte Accidental y No Accidental.
3. Se incluye por el mismo costo el beneficio de
Incapacidad Total y Permanente (Bl-l).
4. La vigencia de la cobertura para Muerte
Accidental y No Accidental es hasta que el asegurado deje de ser el deudor del
tomador de la póliza.
5. El traslado es automático y no requiere de
ninguna prueba de asegurabilidad y se mantiene la antigüedad en la póliza.
Por lo tanto en aras de
resguardar el derecho de nuestros clientes de recibir una información veraz y
adecuada, así como a la libertad de elección, y de obtener un trato equitativo,
consagrado en el artículo 46 de nuestra Constitución Política, se procede a
informar de esta gestión y se dará un plazo improrrogable de 10 días hábiles a
partir de esta publicación en el Diario Oficial
De lo contrario se procederá con el cambio de
póliza.
Para ampliar los alcances de este traslado
contáctenos a los teléfonos 2212-2000 / 2212-9970, fax 2212-9972, e-mail:
bncorredora@bncr.fi.cr.
Esteban Umaña, Director de
Operaciones.—1 vez.—(IN2011031003).
El Concejo Municipal del Cantón
de Goicoechea en sesión ordinaria N° 16-2011, celebrada el día 14 de abril de
2011, artículo 52°, con dispensa de trámite de comisión, por unanimidad y con
carácter firme se aprobó moción suscrita por el señor Julio Marenco Marenco,
Presidente Municipal:
“Someto a consideración de este
Honorable Concejo Municipal la siguiente moción de fondo:
Considerando.
I.—Que si bien es cierto el último
acuerdo del Concejo Municipal en la sesión ordinaria Nº 38-2010, celebrada el
20 de setiembre del 2010, artículo 12, se aprobó la suspensión del Proyecto de
Estacionamiento de Vehículos en las Vías Públicas del Cantón de Goicoechea, el
cual venció el 31 de diciembre del 2010. Por lo tanto,
1º—Solicito con dispensa de
trámite para que de forma inmediata el señor Alcalde proceda a gestionar la
ejecución del Proyecto de Estacionamiento de Vehículos en las Vías Públicas del
Cantón de Goicoechea, tal y como fue publicado en
2º—Se apruebe la firmeza.
3º—Envíese a publicar en el
Diario Oficial
Departamento de Secretaría.—Zahyra Artavia Blanco, Jefa.—1 vez.—(IN2011030999).
Lic. Jairo Emilio Guzmán Soto, Alcalde
Municipal.—1 vez.—(IN2011033352).
DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMA TERRESTRE
SECCIÓN DE ARRENDAMIENTO
EDICTO
Ecológica Playa Palo Seco S. A.,
cédula jurídica Nº 3-101-453877, representada por la señora Virginia Rosabal
Camarillo, mayor, casada una vez, médico psiquiatra, costarricense, vecina de
San José, Sabana Sur, del gimnasio Sitsimons 100 sur y 150 suroeste, cédula de
identidad Nº 9-071-476, en su calidad de Presidenta con facultades de apoderada
generalísima sin límite de suma. Con base en
Parrita, 27 de abril del 2011.—Marvin Mora Chinchilla, encargado.—1 vez.—(IN2011031015).
ASOCIACIÓN CÍVICA DE RESCATE DE VALORES
Y
TRADICIONES DE SAN ANTONIO
INDUSTRIAS DURO SANTÍSIMA
TRINIDAD
SOCIEDAD ANÓNIMA
Industrias Duro Santísima
Trinidad S. A., cédula jurídica número 3-101-035622, avisa la convocatoria y
convoca a asamblea general extraordinaria de socios el día 24 de mayo del 2011
en Paseo Colón, San José,
1. ratificar en todos sus extremos el nombramiento de nueva junta
directiva
2. ratificar en todos sus extremos la
modificación de plazo de la sociedad
3. ratificar en todos sus extremos la nueva
configuración accionaria de la empresa
4. ratificar la modificación de cláusula de
domicilio social
5. ratificar la modificación de la cláusula de
administración de la sociedad
6. ratificar la denuncia penal impuesta en contra
de la señora A. Muñoz Villar por cobros indebidos a nombre de la empresa sin
tener legitimidad para ello.
7. escuchar informe preliminar del estado de la
sociedad y de sus activos.
Se efectúa primera convocatoria
para las nueve horas con la totalidad del capital social y segunda convocatoria
a las 10:00 horas de la fecha antes indicada con la cantidad del capital social
presente. Quedan debidamente convocados todos los accionistas de la empresa o
quien tuviere un interés legítimo sobre la misma.—Noemi
Muñoz Moreno, Presidenta.—Nury Muñoz Villar, Secretaria.—1 vez.—(IN2011033355).
CONDOMINIO
Se convoca a Asamblea General
Extraordinaria de Condóminos del Condominio Centro Comercial
1. Verificación del quórum.
2. Instalación de la reunión en primera o segunda
convocatoria según corresponda.
3. Informes de gestiones anteriores
4. Problemática existente en las áreas comunes,
tomar medidas para sus mejoras y cuidados.
5. Nombramiento de un Administrador del
Condominio con el fin de que atienda las obligaciones del Condominio.
6. Valorar la problemática y regularización de la
situación de la servidumbre que da paso a los medidores de agua, agua pluviales
y aguas negras así como la que da paso a otras propiedades.
7. Establecimiento de una cuota general mensual
que permita atender la problemática de las áreas comunes.
8. Valorar la situación de las áreas comunes que
se están utilizando como áreas privadas por parte de algunos Condóminos.
4 de mayo del 2011.—Lic. Lissette Susana Ortiz Brenes, Notaria.—1 vez.—(IN2011033367).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
AQUAFINA DEL MONTE SOCIEDAD ANÓNIMA
El suscrito, Marco Antonio Hernández
Ballestero, casado, empresario, cédula tres-doscientos cuatro-quinientos
veintidós, vecino de San José, en mi condición de presidente con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad Aquafina del Monte
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos nueve
mil ochocientos veinticinco, domiciliada en Heredia, San Rafael, doscientos
metros al norte de la escuela Getsemaní, solicita ante
CONSTRUCBIG S. A.
Construcbig S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-414118, solicita ante
INMOBILIARIA LAS MERCEDES SOCIEDAD ANÓNIMA
Inmobiliaria Las Mercedes
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-020241, solicita ante
Wong Kam Sing, registro de
contribuyente número: 167000004529, solicita ante
INVERSIONES CALIANA SOCIEDAD ANÓNIMA
Inversiones Caliana Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-treinta y seis mil setecientos cinco,
solicita ante
FARMACIA DE ESPECIALIDADES HOSPITALARIAS S. A.
Farmacia de Especialidades
Hospitalarias S. A., cédula jurídica 3-101-250426, solicita ante
QUITICIA GAL S. A.
Quiticia Gal S. A., con cédula
de persona jurídica número: tres-ciento uno-doscientos ochenta cuatrocientos
treinta y ocho, solicita ante
ECOYUMBO SOCIEDAD ANÓNIMA
Ecoyumbo Sociedad Anónima,
cédula jurídica Nº 3-101-290763, solicita ante
CORPORACIÓN M.M.C.P.V. CASAS PURA VIDA
SOCIEDAD
ANÓNIMA
Corporación M.M.C.P.V. Casas
Pura Vida Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-232931, solicita
ante
JANNY SOCIEDAD ANÓNIMA
Janny Sociedad Anónima, cédula
jurídica Nº 3-101-010828, solicita ante
PRODUCTOS
Productos
Noelia Trejos Chacón, cédula
personal 1-1381-0969, solicita ante
Maruja Chacón Torres, cédula
personal 9-0079-0103, solicita ante
PANGRAM CONSULTING SOCIEDAD ANÓNIMA
Pangram Consulting Sociedad
Anónima, cédula jurídica número 3-101-325228, informa que por haberse
extraviado el certificado de acciones número uno, y de conformidad con los artículos
689 y 690 del Código de Comercio, se avisa que se procederá con la reposición
del certificado de acciones antes indicados, una vez trascurrido un mes a
partir de la publicación del último aviso y sin que se hayan presentado
oposiciones al respecto.—Yenory Sibaja Rojas,
Presidenta.—RP2011233934.—(IN2011030517).
ESTRELLA CONSULTING ECSA SOCIEDAD ANÓNIMA
Estrella Consulting ECSA
Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-325935, informa que por haberse
extraviado el certificado de acciones número uno, y de conformidad con los
artículos 689 y 690 del Código de Comercio, se avisa que se procederá con la
reposición del certificado de acciones antes indicados, una vez transcurrido un
mes a partir de la publicación del último aviso y sin que se hayan presentado
oposiciones al respecto.—Yenory Sibaja Rojas,
Presidenta.—RP2011233935.—(IN2011030518).
QUEENSRIDGE PLACE SOCIEDAD ANÓNIMA
Queensridge Place Sociedad
Anónima, cédula jurídica número 3-101-517528, informa que por haberse
extraviado los certificados de acciones número uno y dos, y de conformidad con
los artículos 689 y 690 del Código de Comercio, se avisa que se procederá con
la reposición de los certificados de acciones antes indicados, una vez
transcurrido un mes a partir de la publicación del último aviso y sin que se
hayan presentado oposiciones al respecto.—Hilda María Oreamuno Castro,
Presidenta.—RP2011233937.—(IN2011030519).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
CAMPEÓN PARIS DAKKAR DOS
MIL
UNO SOCIEDAD ANÓNIMA
Campeón Paris Dakkar Dos Mil Uno
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-287068, solicita ante
MERCAGRO
ASESORES SOCIEDAD ANÓNIMA
Mercagro Asesores Sociedad Anónima, con cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y ocho mil ciento
ochenta y uno, misma que se encuentra inscrita y vigente Registro Mercantil,
solicita ante
AGROPECUARIA
Agropecuaria
ALUMOVI SOCIEDAD ANÓNIMA
Alumovi
Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-028445, solicita ante
LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENSES S. A.
Para los efectos del artículo
689 del Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA), hace
constar a quien interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá
los siguientes certificados de acciones:
Certificado Nº Acciones Serie
355 400 E
394
60 F
1284 340 F
656 60 G
1411 340 G
593 30 H
2107 400 H
Nombre del accionista: Marbeku
S. A., folio número 1230.
29 de marzo del 2011.—Norma Naranjo M., Gerente de Accionistas.—(IN2011030638).
El que suscribe Ángel Soriano
Hernández cédula Nº 8-0042-0628 autorizo al señor Félix Juan Rodón Hernández,
cédula 8-0045-
BUSINESS INTEGRATORS SYSTEMS LIMITADA
Business Integrators Systems
Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-381555, solicita ante
HDT ENTERPRISES S. A.
La sociedad HDT Enterprises S.
A., cédula jurídica tres-ciento uno-tres cincuenta y seis, trescientos trece,
realiza la reposición de los siguientes libros Diario 1, Mayor 1, Inventario y
Balances 1, libro de Actas de
INVERSIONES INMOBILIARIAS
BREDA
SOCIEDAD ANÓNIMA
Inversiones Inmobiliarias Breda
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-197971, solicita ante
COSTA
RICAN’S FRUT S. A.
Costa Rican’s Frut S. A., cédula jurídica
3-101-568005, solicita ante
HOTEL
PLAYA HERMOSA S. A.
Hotel Playa Hermosa S. A., cédula tres-ciento
uno-dos dos cinco nueve cinco, solicita ante
ARES
INVERSIONES VETERINARIAS S. A.
Ares Inversiones Veterinarias S. A., cédula
jurídica número: 3-101-460098, solicita ante
ALM
CONSULTORES Y ASOCIADOS S. A.
ALM Consultores y Asociados S. A., cédula jurídica
número: 3-101-127048, solicita ante
FRACCIÓN
ANTURIO DIECIOCHO SOCIEDAD ANÓNIMA
Fracción Anturio Dieciocho Sociedad Anónima, con
cédula de persona jurídica número 3-101-387042, solicita ante
El suscrito, Juan de Dios Zamora González, mayor,
divorciado una vez, portador de la cédula: cuatro-cero nueve uno-cero cinco
uno, vecino de San Luis de Santo Domingo de Heredia, comerciante, solicita ante
UNIVERSIDAD LATINOAMERICANA
DE
CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Por extravío de los títulos de
Bachillerato en Contaduría y Licenciatura en Contaduría Pública, obtenido por
Wendy Moya Alvarado, cédula de identidad uno cero novecientos setenta y nueve
cero ciento setenta y seis, el título de Bachillerato se encuentra inscrito en
el tomo 6, folio 239, asiento 5513, con fecha 21 de setiembre del año dos mil
uno y el de Licenciatura, en el tomo 6, folio 345, asiento 7845, con fecha 22
de julio del año dos mil cinco. Se expide la presente a solicitud de la
interesada y para efectos de solicitud de reposición según indica
UNIVERSIDAD
LATINOAMERICANA
DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
El Departamento de Registro, certifica que por
extravío de los títulos a nombre de Wendy Moya Alvarado, cédula de identidad
uno cero novecientos setenta y nueve cero ciento setenta y seis, en el grado
Bachillerato, inscrito en tomo 6, folio 239, asiento 5513, con fecha 21 de
setiembre del año dos mil uno, Licenciatura inscrito en tomo 6, folio 345,
asiento 7845, con fecha 22 de julio del año dos mil cinco.—Marle
Joane Barnett Marenco.—(IN2011031012).
HOTELERA
PLAYA FLAMINGO S. A.
Certificados de acciones C940 y CF941 y
certificados de libre alojamiento Nº 1461/63, 1529, 1676 y
GANADERA
CALVO PÉREZ SOCIEDAD ANÓNIMA
Ganadera Calvo Pérez Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-331371, solicita ante
TRES-CIENTO
UNO-QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SIETE SOCIEDAD ANÓNIMA
Tres-Ciento Uno-Quinientos Noventa y Cuatro Mil
Trescientos Siete Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento
uno-quinientos noventa y cuatro mil trescientos siete, solicita ante
La sociedad S&S Automation, con cédula
jurídica 3-101-389574, por este medio informa que se está llevando a cabo ante
BANCO
HSBC
El suscrito Roberto Obando Solano, cédula Nº
1-163-837, hace constar que me fue sustraído el certificado a plazo, del Banco
HSBC Nº 28414058048, por la suma de ¢6.015.500,00 (seis millones quince mil quinientos
con 00/100), con vencimiento el 5 de abril del
UNIVERSIDAD
CATÓLICA DE COSTA RICA
La estudiante María Guadalupe Ortega Miranda,
cédula 1-1113-0933, solicito el trámite de reposición del título de
Bachillerato en Psicología, emitido el 27 de mayo del 2005, registrado en la
universidad, bajo el tomo 1, folio 158, asiento 3452 y ante el CONESUP, con el
tomo 6, folio 190 y asiento 3398. Se extiende la presente, exclusivamente, para
la publicación de los edictos en el Diario Oficial
SEIRYS
SOCIEDAD ANÓNIMA
Seirys Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-291141, solicita ante
MONTEMÁRMOL
INTERNACIONAL S. A.
Montemármol Internacional S. A., cédula jurídica
3-101-155328, solicita ante
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
La suscrita, Kattia Quirós Chévez, notaria pública
con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día ocho de abril del
dos mil once, se constituyó ante mí la empresa denominada Mantenimiento y
Conserjería Mac Limitada.—San José, 8 de abril del 2011.—Lic. Kattia Quirós
Chévez, Notaria.—1 vez.—RP2011232416.—(IN2011028230).
Por escritura otorgada a las
once horas del día ocho de abril del presente año, se protocoliza acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Shtinke
Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto
constitutivo de la sociedad y se nombra nuevo tesorero y fiscal.—San José, 8 de abril del 2011.—Lic. Kattya Marcela Mejías
Villalobos, Notaria.—1 vez.—RP2011232417.—(IN2011028231).
Por escritura otorgada a las once horas treinta minutos del día
ocho de abril del presente año, se protocoliza acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Marcas Turísticas
Brand Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma las cláusulas segunda,
décima y undécima del pacto constitutivo de la sociedad y se nombra nueva junta
directiva y fiscal.—San José, 8 de abril del
2011.—Lic. Kattya Marcela Mejías Villalobos, Notario.—1
vez.—RP2011232419.—(IN2011028232).
Por escritura otorgada ante
esta Notaría, al ser las 18:00 horas del 7 de abril del 2011, se constituye la
sociedad denominada Inversiones Monte Real Prisma Sociedad Anónima.
Capital social: diez mil colones.—San José, 7 de abril
del 2011.—Lic. José Pablo Rojas Benavides, Notario.—1
vez.—RP2011232420.—(IN2011028233).
Por escritura otorgada ante
esta notaría, al ser las diecisiete horas del cinco de abril del dos mil once,
se constituyó la sociedad anónima denominada Inversiones Gencosta Sociedad
Anónima. Presidente: Óscar Alfredo Huespe con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma.—Turrialba, doce de
abril del dos mil once.—Lic. Sigifredo Brenes Dittel, Notario.—1
vez.—RP2011232422.—(IN2011028234).
En mi notaría por escritura
otorgada en la ciudad de San José, a las ocho horas del doce de abril del dos
mil once, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Condutel
Sociedad Anónima. Se nombra presidente y secretario.—San
José, 12 de abril de 2011.—Lic. Luis Fernando Jiménez Quesada, Notario.—1 vez.—RP2011232423.—(IN2011028235).
Ante esta notaría, a las
12:00 horas del diecisiete de febrero del dos mil once, se constituye sociedad
anónima, sin nombre a la espera de designación de cédula jurídica. Domicilio:
en la provincia de Guanacaste, cantón de Santa Cruz, distrito de Tamarindo,
residencial Oro del Sol, casa número diez. Capital social: el capital social
será la suma de diez mil colones exactos, representado por diez acciones
comunes y nominativas con un valor nominal de mil colones cada una,
íntegramente suscritas y pagadas íntegramente. Presidente: Joseph Keith
(nombres) Comfort (apellido) y secretario: Julie Suzanne (nombres) Racioppo
(apellido) facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma
actuando conjuntamente.—San José, 1º de abril del
2011.—Lic. Michelle Leñero Sanou, Notaria.—1
vez.—RP2011232424.—(IN2011028236).
Los suscritos José Manuel
Quiroz Gallegos y Laura María Soto Castro, han constituido la entidad J y L
Comunicación Corporativa S. A., domiciliada en San José. Capital de diez
mil colones. Asesoramiento en comunicación corporativa. Sociedad constituida en
San José, el 11 de abril de 2011.—Lic. Édgar Montero
Mejía, Notario.—1 vez.—RP2011232425.—(IN2011028237).
Ante mi, Gustavo Adolfo
Fernández Badilla, Notario Público, con oficina abierta en San José, se
constituyó la sociedad: Grupo Edfigu Sociedad Anónima, en escritura
número: ciento noventa, tomo: quinto de mi protocolo, visible al folio: ciento
diecinueve, vuelto a las ocho horas del once abril del dos mil once. Es todo.—Al ser nueve horas treinta minutos del día once de abril
del dos mil once.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Badilla, Notario.—1 vez.—RP2011232426.—(IN2011028238).
Por escritura otorgada a las
diez horas treinta minutos del día de hoy, se constituyo la sociedad Alter
Nova S. A. Presidente y secretario con la representación judicial y
extrajudicial. Capital: totalmente suscrito y pagado.—San
José, 6 de abril del dos mil once.—Lic. Adrián Fernández Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2011232428.—(IN2011028239).
Por escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16:00 horas del 6 de abril del 2011, se modifica la
cláusula quinta del pacto constitutivo en la mercantil Moto Boutique S. A.—San
José, 6 de abril del 2011.—Lic. Carlos Guillermo Alvarado Heinrich, Notario.—1 vez.—RP2011232429.—(IN2011028240).
Por escritura otorgada ante
esta notaría, a las 8:00 horas del 8 de abril, 2011, se modifican las
siguientes cláusulas del pacto constitutivo: la segunda: del domicilio. La
novena: del concejo de administración o junta directiva. Se hacen nuevos
nombramientos, en la mercantil Ruta al Sol de Oriente S. A.—San José, 8 de abril, 2011.—Lic.
Carlos Guillermo Alvarado Heinrich, Notario.—1
vez.—RP2011232430.—(IN2011028241).
Por escritura pública,
otorgada a las doce horas treinta y cinco minutos del veinticinco de marzo del
dos mil once, ante el Notario Público Msc. Renato Ortiz Álvarez, se constituyó
la fundación Maxclamar domiciliada en San Francisco de Dos Ríos, San
José.—Cartago, diez de abril del dos mil once.—Msc. Renato Ortiz Álvarez,
Notario.—1 vez.—RP2011232432.—(IN2011028242).
A las dieciocho horas del día once del mes de abril del dos mil once, mediante escritura pública otorgada ante esta Notaría, se constituyó la sociedad denominada Okahué Sociedad Anónima, con capital suscrito y pagado de diez mil colones y domicilio en Barrio México, distrito segundo Merced, cantón primero San José, provincia de San José.—San José, a los doce días del mes de abril del dos mil once.—Lic. Ana Cecilia Hurtado Leña, Notaria.—1 vez.—RP2011232436.—(IN2011028243).
El suscrito notario informo que la empresa Inversiones López y Rojas S. A., se acuerda modificar las cláusulas segunda y sétima de los estatutos. Firmo en la ciudad de San José, a los ocho días del mes de abril del dos mil once.—Lic. Rigoberto Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—RP2011232437.—(IN2011028244).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la compañía denominada Moocaste Limitada. Su plazo social es de cien años, su capital se encuentra totalmente suscrito y pagado, los dos gerentes son los representantes legales, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 5 de abril del dos mil once.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—RP2011232438.—(IN2011028245).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la compañía denominada Aka Costa Rican Investments Sociedad Anónima. Su plazo social es de noventa y nueve años, su capital se encuentra totalmente suscrito y pagado, el presidente y secretario son los representantes legales, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 1º de abril del dos mil once.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—RP2011232439.—(IN2011028246).
Por escritura otorgada en
Ante esta Notaría, se constituyó sociedad de esta plaza denominada Hobando & Asociados S. A. Presidente: Honorio Francisco Obando Mata.—San José, 2 de abril 2011.—Lic. Leyla Rita Calderón Campos, Notaria.—1 vez.—RP2011232442.—(IN2011028248).
Por escrituras de: a) 12 horas del 8 de abril del 2011, protocolicé acta de Servicios Administrativos de Riesgos Ochocientos Once S. A., donde se cambia el presidente de la junta directiva.—Lic. Patricia Araya Serrano, Notaria.—1 vez.—RP2011232443.—(IN2011028249).
Ante esta notaría comparecen los
señores José Juan Arguedas Peix, cédula de identidad 1-941-541 y Christian
Rojas López, cédula de identidad 1-890-854, constituyen Arpeix Sociedad
Anónima, domiciliada en San José, Curridabat. Capital social: cien mil
colones.—Cartago, a las 15:00 horas del 2 marzo del
2011.—Lic. Marco Cordero Gallardo, Notario.—1
vez.—RP2011232444.—(IN2011028250).
Ante mi notaría a las 15:00 horas del 28 de marzo del 2011, se
constituyó Familia S & S de
Por escritura otorgada en esta Notaría el día once de abril del dos mil a las once horas, se constituye la sociedad denominada Razón Social Sociedad Anónima. Presidente: Jorge Somarribas Esquivel.—Lic. Álvaro Argüello Marenco, Notario.—1 vez.—RP2011232446.—(IN2011028252).
Ante mi Notaría al ser las
ocho horas del nueve de marzo de dos mil once. Se constituyó la sociedad
anónima C.D.V Servicios Generales Dos Mil Cuatro Sociedad Anónima.
Su domicilio será en la provincia de San José, Desamparados, urbanización Palo
Grande cien metros norte de la parte trasera del Kinder María Jiménez, casa
J-once, el capital social será de un millón de colones, su duración será de
noventa y nueve años.—San José, ocho de abril de dos mil once.—Lic. Zulay
Estrada Zúñiga, Notaria.—1
vez.—RP2011232447.—(IN2011028253).
El día de hoy, se constituyó
la sociedad Megasa Servicios de Refrigeración y Aire
Acondicionado Sociedad Anónima, con domicilio en
Mediante escritura número
36-5 del tomo quinto del protocolo de la notaria Reyna Liz Mairena Castillo se
creó la sociedad Gonzalca S. A. Presidente: Juan Carlos Alcázar
Zumbado, quien es apoderado generalísimo sin límite de suma.—San
José, 12 de abril del dos mil once.—Lic. Reyna Liz Mairena Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2011232449.—(IN2011028255).
Mediante escritura número
40-5 del tomo quinto del protocolo de la notaria Reyna Liz Mairena Castillo se
creó la sociedad Luca”SS 05 S. A. Presidente: Luis Fernando Cortés
Murillo, quien es apoderado generalísimo sin límite de suma.—San
José, 12 de abril del dos mil once.—Lic. Reyna Liz Mairena Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2011232450.—(IN2011028256).
Por escritura otorgada ante mi a las nueve horas del día primero de abril del dos mil
once, se constituye la sociedad de este domicilio Oficentro Dent Sociedad
Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Representación: presidente y
vicepresidente.—Lic. Rafael Ángel Fernández Pérez,
Notario.—1 vez.—RP2011232451.—(IN2011028257).
Por escritura número ciento
setenta y siete-dos otorgada en mi protocolo, tomo segundo, a las once horas
del diez de febrero del dos mil once, protocolicé acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de la sociedad Dakinis Dreams Sociedad
Anónima mediante la cual se reformará la cláusula octava y se nombra
nuevo presidente.—San José, siete de abril del dos mil
once.—Lic. Heleen Villalobos Brenes, Notaria.—1
vez.—RP2011232452.—(IN2011028258).
Ante esta notaría a las 13:40
horas del 21 de marzo 2011, se constituyó, Corporación Maceli del
Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Ciudad
Neily, 12 de abril del 2011.—Lic. Luis A. Canales Cortés, Notario.—1 vez.—RP2011232453.—(IN2011028259).
Ante esta notaría, Evelyn
Villegas Montoya y Alicia Montoya Marín, constituyen Muebles Coesa Sociedad
Anónima. Presidente con facultades de apoderada generalísima sin límite de
suma. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: Santo Domingo de Heredia.
Escritura otorgada en San José a las dieciocho horas del treinta y uno de marzo
de dos mil once.—Lic. Marcela Patricia Calvo Lizano,
Notaria.—1 vez.—RP2011232455.—(IN2011028260).
El suscrito notario hace
constar que el día de hoy, protocolicé acta de asamblea de socios de United
Online Resources S. A., en la que se reforma la cláusula sexta de los
estatutos constitutivos de la sociedad.—San José, 31
de marzo del 2011.—Lic. José Ramón Chavarría Saxe, Notario.—1
vez.—RP2011232456.—(IN2011028261).
Por escritura otorgada ante
mi Notaría a las dieciséis horas del trece de agosto de dos mil diez, Víctor
Manuel Rodríguez Aguirre, cédula 6-279-601, Javier Vargas Garro, cédula
1-1052-158, Aníbal Carrillo Gómez, cédula 6-290-026, e Ilianette Canessa
Alfaro, cédula 6-304-957, constituyen la sociedad denominada Inversiones
Vivaja del Pacífico Sociedad Anónima, con domicilio en
Puntarenas, centro, cien metros al este del estadio Lito Pérez, distrito
primero, cantón primero, de la provincia de Puntarenas. La representación
judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma, la tendrá el presidente Víctor Manuel Rodríguez Aguirre, y tesorero.
Ilianette Canessa Alfaro.—Lic. German Eduardo
Contreras Alvarado, Notario.—1
vez.—RP2011232457.—(IN2011028262).
Por escritura otorgada ante mi Notaría a las doce horas del dos de
marzo del dos mil once, Luis Alfonso Aguirre Marchena, cédula 6-195-835, Amanda
del Rosario Elizondo Chinchilla, cédula 6-335-359, constituyen la sociedad
denominada Master Securty Costa Rica Sociedad Anónima, con domicilio en
Nances de Esparza,
Mediante escritura número ciento diecinueve-cuarenta y nueve, otorgada a las catorce horas con veinte minutos del siete de abril del dos mil once, ante el notario William Méndez Rosales, se constituyó la sociedad denominada Productos Alimenticios Chago Sociedad Anónima, domiciliada en Puerto Escondido de Pital de San Carlos, Alajuela, seiscientos metros oeste del cementerio, en Fábrica de Tortillas Chago.—San José, doce de abril del dos mil once.—Lic. William Méndez Rosales, Notario.—1 vez.—RP2011232463.—(IN2011028264).
Mediante escritura número ciento diecisiete-cuarenta y nueve, otorgada a las catorce del siete de abril del dos mil once, ante el notario William Méndez Rosales, se constituyó la sociedad denominada Transportes Hermanos García Chacón Sociedad Anónima, domiciliada en Puerto Escondido de Pital de San Carlos, Alajuela, seiscientos metros oeste del cementerio, en Fábrica de Tortillas Chago.—San José, doce de abril del dos mil once.—Lic. William Méndez Rosales, Notario.—1 vez.—RP2011232464.—(IN2011028265).
En mi Notaría, mediante instrumento público otorgado a las doce horas del día seis del mes de abril del dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Eje Digital Sociedad Anónima, donde se reformó el estatuto social, en sus cláusulas segunda, octava y décima, y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—San Ramón de Alajuela, 6 de abril de 2011.—Lic. Gustavo Arturo Arroyo Chaves, Notario.—1 vez.—RP2011232465.—(IN2011028266).
El suscrito Notario hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas del cuatro de abril del dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Peña Santa de Castilla Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veintisiete mil setecientos ochenta y seis, mediante la cual se reformó la cláusula segunda referente al domicilio social y la cláusula quinta relativa al capital social. Es todo.—San José, cuatro de abril del dos mil once.—Lic. Ricardo Vargas Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2011232469.—(IN2011028267).
Por escritura autorizada a este notario, a las 13:00 horas del 31
de marzo del 2011, se constituyó la sociedad S Y H Valores Sociedad
Anónima. Domicilio:
Ante esta Notaría por medio
de escritura pública número 221-IV, otorgada en Guanacaste a las 13:00 horas
del 8 de abril del año 2011, se protocolizó el acta número cuatro del Condominio
Horizontal Residencial Monte Bello, cédula jurídica 3-109-420476, donde por
unanimidad de votos se toman los siguientes acuerdos: Primero: se reforman
todos los estatutos del reglamento condominal. Segundo: se realizan los
siguientes nombramientos para la junta directiva: Presidente: Kevin Kirvida,
vicepresidente: Scott Alexander MacDougall, secretario: Jeremy Needs, tesorero:
George Hutchison.—Guanacaste, 8 de abril del
2011.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1
vez.—RP2011232472.—(IN2011028269).
Ante esta Notaría por medio
de escritura pública número 124-I, otorgada en
Guanacaste a las 11:00 horas del 30 de marzo del 2011, se constituyó la
sociedad denominada A Place to Dream Investment Co Limitada, con un
plazo social: 90 años. Domicilio: Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del
Coco, en frente del Banco Nacional, oficinas de PSC Attorneys. Capital social:
doce mil colones. Gerente General Uno: Luis Eduardo Castro Soto, Gerente
General Dos: Priscilla Solano Castillo.—Guanacaste, 30
de marzo del 2011.—Lic. Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1
vez.—RP2011232473.—(IN2011028270).
Por escritura pública
otorgada en esta notaría, a las dieciocho horas del ocho de abril del dos mil
once, Alejandro Corrales Villalobos y María Marcela Herrera Rodríguez,
constituyen la sociedad denominada Multiservicios Aldama de San
Rafael Sociedad Anónima.—Alajuela, 12 de abril del
2011.—Lic. Yamileth Rodríguez Alfaro, Notaria.—1
vez.—RP2011232478.—(IN2011028271).
En la notaría, a las nueve
horas treinta minutos del ocho de abril
del dos mil
once, se constituyó
la sociedad denominada K Y G Sociedad Anónima. Capital suscrito y
pagado, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limite de suma.—Lic. José Luis Monge Fernández, Notario.—1
vez.—RP2011232479.—(IN2011028272).
En esta Notaría, al ser las
once horas, del día primero de abril de dos mil once, se constituyó la empresa Intelicelsa
- Retail Sociedad Anónima. Es todo.—San
José, cuatro de abril de dos mil once.—Lic. Gonzalo Saavedra Brenes, Notario.—1 vez.—RP2011232480.—(IN2011028273).
En esta Notaría, al ser las
trece horas, del día primero de abril de dos mil once, protocolizó acta de
asamblea general número uno de la empresa Gráneles y Concentrados del
Pacífico Sociedad Anónima. Es todo.—San José,
cuatro de abril de dos mil once.—Lic. Gonzalo Saavedra Brenes, Notario.—1 vez.—RP2011232481.—(IN2011028274).
Por escritura otorgada ante
el notario José Antonio Silva Meneses, a las 11:20 horas del 21 de marzo del
2011, se constituyó la sociedad Ellie PT Enterprises Limitada.—Tamarindo, ocho horas con diez minutos del primero de
abril del 2011.—Lic. José Silva Meneses, Notario.—1
vez.—RP2011232482.—(IN2011028275).
Que en la asamblea
extraordinaria de la compañía Naxos Dokos Inc Sociedad Anónima, de las
diez horas del primero de abril del dos mil once, se acordó reformar la
cláusula del domicilio.—5 de abril del 2011.—Lic.
Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1
vez.—RP2011232483.—(IN2011028276).
Por escritura otorgada ante
el notario Gabriel Chaves Ledezma, a las 15:20 horas del 1 de abril del 2011,
se constituyeron las sociedades Avellanas de Conchal Uno
Limitada, Avellanas de Conchal Dos Limitada, Avellanas
de Conchal Tres Limitada, Avellanas de Conchal Cuatro
Limitada, Avellanas de Conchal Cinco Limitada, Avellanas
de Conchal Seis Limitada, Avellanas de Conchal Siete
Limitada, Avellanas de Conchal Ocho Limitada, Avellanas
de Conchal Nueve Limitada y Avellanas de Conchal Diez
Limitada.—Tamarindo, dieciséis horas con diez minutos del primero de abril
del 2011.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1
vez.—RP2011232484.—(IN2011028277).
En mi notaría, el día de hoy,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Suministros
Funerarios San Francisco Sociedad Anónima en la cual se reforma la cláusula
sétima del pacto constitutivo de la sociedad.—San
José, siete de abril de dos mil once.—Lic. Rosalío Ortega Hegg, Notario.—1 vez.—RP2011232486.—(IN2011028278).
Ante esta notaria por
escritura número uno otorgada a las quince horas del ocho de abril de dos mil
once, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria de socios de la empresa
cuya denominación social es Tres-ciento dos quinientos cuarenta mil
doscientos veintisiete S.R.L. Se nombra nuevos gerente uno y gerente dos de
la junta directiva. Es todo.—Cóbano, ocho de abril de
dos mil diez.—Lic. Patricia Francés Baima, Notaria.—1
vez.—RP2011232487.—(IN2011028279).
Ante mi Notaría, a las 15:00
horas de 7 de abril de 2011, se reformó la cláusula quinta del pacto
constitutivo la sociedad anónima denominada Almacén Fiscal del Pacífico
(ALFIPAC) S. A.—San José, 8 de abril de 2011.—Lic. Farid Breedy G.,
Notario.—1 vez.—RP2011232488.—(IN2011028280).
Por escritura otorgada a las
diecisiete horas del siete de abril del dos mil once, se constituye la sociedad
Agroiva Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—Lic.
Ivette Marie Hoffman de Pass, Notaria.—1
vez.—RP2011232490.—(IN2011028281).
A las quince horas treinta
minutos del día nueve de abril del dos mil once, ante mi notaría, por escritura
número: noventa y cuatro, del tomo: segundo, se ha constituido la sociedad Javier
Céspedes Solís & Compañía S. A. Plazo: noventa y nueve
años. Domicilio social: en Escazú. El presidente, tiene la representación
judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma.—Lic. Karys González Solano, Notaria.—1 vez.—RP2011232492.—(IN2011028282).
Ante esta
notaría, a las once horas del siete de abril del dos mil once, mediante
escritura número doscientos sesenta-tres, constituyen la sociedad denominada Quirós
Fonseca Sociedad de Responsabilidad Limitada. El domicilio social será San
Ramón de Alajuela ,cien metros este y veinticinco al
sur de la cárcel. Capital social: cien mil colones, representado por cien
cuotas nominativas de mil colones cada una.—Lic. Rocío
Chaves Quirós, Notaria.—1
vez.—RP2011232494.—(IN2011028283).
Protocolización
de acta de asamblea extraordinaria de junta directiva de
Ante esta
notaría, por escritura de las once con treinta minutos del día once de abril de
dos mil once, se constituyó la sociedad Inversiones
Tarqui It Sociedad Anónima, presidente: Lydia
Orozco Grisales.—San José, doce de abril de dos mil
once.—Lic. María Lucrecia Quesada Barquero, Notaria.—1
vez.—RP2011232497.—(IN2011028285).
Por
escritura sesenta y ocho de las once horas del siete de abril del dos mil once,
se reformó la cláusula segunda de los estatutos de Furgo Kit Sociedad
Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-quinientos cincuenta y siete
mil setecientos treinta y tres y se nombra nuevo presidente y tesorero.—San
José, doce de abril del 2011.—Lic. Rosa María Ramírez Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2011232498.—(IN2011028286).
Por
escritura otorgada ante la notaría, del licenciado José Esteban Olivas Jiménez,
ubicada en Upala, Alajuela, costado este del hospital, a las doce horas del
once de abril del dos mil once en la ciudad de Upala, Alajuela, modificación de
la cláusula primera del pacto constitutivo de la sociedad Granja Bijagua
de Las Colinas Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-629600, para que en
adelante se lea así: cláusula primera; la sociedad se denominará: Las Colinas
de Bijagua Sociedad Anónima, el cual es nombre fantasía, pudiendo
abreviarse sus dos últimas siglas: Las Colinas de Bijagua S. A.
presidente el socio Andrés Dueck Reimer. Es todo.—San José,
11 de abril del 2011.—Lic. José Esteban Olivas Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2011232499.—(IN2011028287).
Por
escritura otorgada en la notaría del licenciado José Esteban Olivas Jiménez, de
las diez horas del veintiocho de marzo del dos mil once, se protocolizó
asamblea general extraordinaria de la sociedad: Corporación Paisaje Llano
Sociedad Anónima, en la cual se modifica la cláusula quinta del pacto
constitutivo, en la cual se aumenta el capital social a la suma de veinte
millones de colones, moneda de Costa Rica. Es todo.—San
José, veintiocho de marzo del dos mil once.—Lic. José Esteban Olivas Jiménez,
Notario.—1 vez.—RP2011232500.—(IN2011028288).
Por
escritura del notario: Eric Quesada Arce, de las 10 horas del 25 de marzo del
2011, se protocoliza acta número uno de la compañía Constructora Melpa del
Este S. A. domiciliada en Tres Ríos, Cartago, representante con facultades
de apoderado generalísimo sin límite de suma, con cargo de presidente: Melvin
Pérez Miranda.—Lic. Eric Quesada Arce, Notario.—1 vez.—RP2011232502.—(IN2011028289).
En mi
notaría, al ser las diecisiete horas del tres de febrero del dos mil once ,se constituyó la sociedad, cuya razón social, es LM
Holding Sociedad Anónima; y la cual se dedicará al comercio en general, con
un plazo de noventa y nueve años a partir de su constitución.—San José, 12 de
abril del dos mil once.—Lic. William Alfredo Chinchilla Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2011232504.—(IN2011028290).
Mediante
escritura otorgada a las 16:05 horas del 11 del abril del 2011, ante el suscrito
notario, se nombra como presidente al señor Róger Paniagua Zamora y cambia el
domicilio social.—Lic. Diego Mendoza González, Notario.—1 vez.—RP2011232505.—(IN2011028291).
En mi
notaría, al ser las nueve horas con quince minutos del dieciocho de febrero del
dos mil once, se constituyó la sociedad, cuya razón social, es Consorcio
Villaseca Sociedad Anónima; y la cual se dedicará al comercio en general,
con un plazo de noventa y nueve años partir de su constitución.—San José, 12 de abril del dos mil once.—Lic. William
Alfredo Chinchilla Sánchez, Notario.—1
vez.—RP2011232506.—(IN2011028292).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del doce abril del dos
mil once, se constituyó CR High Performance Surfing School Sociedad Anónima.
Nombrándose como presidente: Elsy Quijada Ríos. Es Todo.—San
José, doce de abril del dos mil once.—Lic. María Verónica Méndez Reyes, Notaria.—1 vez.—RP2011232508.—(IN2011028293).
Por
escritura otorgada ante esta notaria, a las once horas treinta minutos del siete
abril del año dos mil once, se constituyó la sociedad anónima Transleska
Sociedad Anónima. Nombrándose como presidente, Léster Javier López Jiménez.
Es Todo.—San José, siete de abril del dos mil
once.—Lic. María Verónica Méndez Reyes, Notaria.—1
vez.—RP2011232509.—(IN2011028294).
Por
escritura pública otorgada por la suscrita notaria, a las 19:00 horas, del 13
de febrero del 2011, se constituyó Haras de San Francisco A A Sociedad
Anónima, representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma: presidente y secretario en forma conjunta o
separada, domicilio social: Puntarenas, Montes de Oro, Miramar, barrio Las
Delicias, contiguo al tanque del acueducto, casa color amarillo.—Miramar, Montes de Oro, Puntarenas.—Lic. Marilyn Aguilar
Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2011232510.—(IN2011028295).
Mediante
escritura otorgada a las doce horas del día ocho de abril del año mil once, se
protocolizó el acta de asamblea de socios de la sociedad 3-101-631359 S. A.,
mediante la cual se modifica la denominación a Horizonte Morado Sociedad
Anónima, se aumenta el capital social y se modifica la administración de la
sociedad.—San José, ocho de abril del dos mil
once.—Lic. Carla Baltodano Estrada, Notaria.—1
vez.—RP2011232511.—(IN2011028296).
Mediante
escritura otorgada a las 15:00 p. m., del 7 de abril 2011, ante notaria
Alejandra Montiel Quirós se constituye sociedad Zuly ZL S.R.L.—San José, 8 de abril del 2011.—Lic. Alejandra Montiel
Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2011232512.—(IN2011028297).
Por
escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del 6 de abril de 2011, se
constituye, se nombra junta directiva y fiscal de Inversiones Cárter de
Turrúcares Sociedad Anónima.—Lic. Silvia Quirós
Campos, Notaria.—1 vez.—RP2011232514.—(IN2011028298).
E Solutions
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-345491, en asamblea
ordinaria celebrada en su domicilio social, situado en Limón centro, barrio
Corales Dos, del Colegio Técnico Profesional de barrio Corales Dos, doscientos
metros al norte nombra nuevo secretario y fiscal. Fma: María Dinorah Rojas
Solórzano.—Limón, 28 de enero del 2011.—Lic. Jenny
Izquierdo Zumbado, Notaria.—1
vez.—RP2011232515.—(IN2011028299).
Mil
Ochocientos Noventa Internacional del Norte Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-233701, en asamblea ordinaria celebrada en su domicilio social, situado
en Limón centro, casa 48 barrio Trinidad, cambia su domicilio y nombra
presidente y secretario. Fma: Alexis Ramírez Izquierdo.—Limón,
18 de marzo del 2011.—Lic. Jenny Izquierdo Zumbado, Notaria.—1
vez.—RP2011232516.—(IN2011028300).
Ana Lucía
Córdoba Bejarano y Óscar Miguel Castro Torres, constituyen sociedad anónima que
usará su número de cédula como nombre, escritura otorgada en la ciudad de San
José, a las ocho horas del día doce de abril del dos mil once.—Lic.
Jimmy León Madrigal, Notario.—1
vez.—RP2011232518.—(IN2011028301).
Por
escritura otorgada a las 12:00 horas del 27 de octubre y de las 18:00 horas del
8 de diciembre ambos del año 2010, el señor Andrés Navarro Jiménez, constituye
la sociedad Productos Nacionales e Internacionales de Calidad Pronainca
Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. Domicilio Santa Cruz de
León Cortés.—San José, 4 de abril del 2011.—Lic.
Gabriela Varela Solano, Notaria.—1 vez.—RP2011232519.—(IN2011028302).
Por
escritura otorgada en San José a las nueve horas del treinta y uno de marzo del
dos mil once, se protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de
la sociedad Inmobiliaria Pofel Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-cero treinta y tres mil seiscientos noventa y tres. Se realiza
la modificación de las cláusulas primera, tercera y sétima del pacto social y
se efectúa nuevo nombramiento de la junta directiva y fiscalía.—Lic. Juan Luis Guardiola Arroyo, Notario.—1
vez.—RP2011232522.—(IN2011028303).
Por
escrituras otorgadas ante el suscrito notario se constituyen las sociedades: Tirestone
S. A., Vehículos Hidar Ltda. y se
protocoliza acta de asamblea de socios de Cielos Abiertos S. A.—Alajuela,
7 de abril del 2011.—Lic. Miguel Jiménez Calderón, Notario.—1
vez.—RP2011232524.—(IN2011028304).
Se comunica
que en la asamblea extraordinaria celebrada el veinticuatro de marzo del dos
mil once, a las diez horas, se resolvió modificar el artículo noveno del
estatuto social de la sociedad Scimva Cumi Sociedad Anónima, quedando
redactado: Novena: los negocios sociales serán administrados por una junta
directiva formada por cuatro miembros, los cuales pueden ser socios o no,
miembros que serán presidente, vicepresidente, tesorero y secretario.
Corresponde al presidente y al tesorero la representación judicial y
extrajudicial de la sociedad con facultades que indica el artículo mil
doscientos cincuenta y tres del Código Civil, pudiendo actuar conjunta o
separadamente. Los miembros de la junta directiva serán nombrados por lo que
dure el plazo social. Se cumplieron con todos los requerimientos de ley.—Dr. Carlos Salazar Velásquez, Notario.—1
vez.—RP2011232526.—(IN2011028305).
Se comunica
que en la asamblea general ordinaria y extraordinaria, celebrada el treinta de
marzo del dos mil once, a las ocho horas, se resolvió modificar el artículo
segundo del estatuto social de la sociedad Scimva Cumi Sociedad Anónima,
quedando redactado: Segundo: se acuerda cambiar el domicilio de la sociedad Musgos
y Orquídeas Sociedad Anónima a Heredia: provincia de Heredia, cantón San
Isidro, distrito San José, urbanización Lomas del Zurquí, lote D-diez. Se
cumplieron con todos los requerimientos de ley.—Lic.
Carlos Salazar Velásquez, Notario.—1 vez.—RP2011232527.—(IN2011028306).
Por
escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del 7 de abril de 2011 se
constituyó la sociedad con domicilio en Mercedes Sur de Puriscal, denominada Tres
Fernández S. A. plazo: 99 años; capital: ¢100.000,00 representado por 100
acciones comunes y nominativas de ¢1.000,00 cada una. Presidenta: Rosa Leda
Fernández Barquero.—San José, 7 de abril del
2011.—Lic. Kenneth Maynard Fernández, Notario.—1
vez.—RP2011232528.—(IN2011028307).
Ante el
licenciado Marvin Ramírez Víquez, el día 7 de abril del 2011, se modifica el
pacto Transportes Lemus Costa Rica S.A. en su cláusula octava.—7 de abril del 2011.—Lic. Marvin Ramírez Víquez, Notario.—1 vez.—RP2011232530.—(IN2011028308).
En
escritura número 88-20 del tomo 20 de mi protocolo, del día 4 de abril del año
en curso, al ser las 11:30 horas, comparecieron los señores Lisa Lean Chan,
cédula uno- ochocientos treinta y uno-cuatrocientos dos, Ban Dui Lean Ho
conocido como William Lean Ho, cédula de identidad número ocho-cero cero treinta
y nueve-cero seiscientos nueve y Sheung Kai Chan Chow, conocida como Laura Chan
Chow, cédula ocho-cero cuarenta y seis-setecientos cuarenta y cinco, para
constituir la sociedad que se denominará Inversiones Ene-G Chan Sociedad
Anónima.—San José, a los 12 días del mes de abril del 2011.—Lic. Miguel
Chacón Alvarado, Notario.—1
vez.—RP2011232531.—(IN2011028309).
Por
escritura pública número ochenta y cuatro, otorgada ante el notario público
Luis Fernando Castro Gómez, en San José, a las ocho horas del ocho de abril del
dos mil once, se reformó el capital social de la compañía: Condo Avalon
Sesenta y Uno Ciento Noventa y Cinco Limitada, cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y nueve mil trescientos cuarenta
y tres, y se procede a reformar la cláusula de la administración..—San José, 8 de abril del dos mil once.—Lic.
Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1
vez.—RP2011232549.—(IN2011028310).
A las
catorce horas diez minutos del veinticuatro de marzo del dos mil once, se
constituyó en mi notaría la sociedad anónima: Beau’s Basket Company Sociedad
Anónima se nombra junta directiva y fiscal.—Tilarán,
seis de abril del dos mil once.—Lic. Ingrid Solano Álvarez, Notaria.—1 vez.—RP2011232550.—(IN2011028311).
A las
catorce horas del veinticuatro de marzo del dos mil once, se constituyó en mi
notaría la sociedad anónima: Synchronicity Sociedad Anónima se nombra
junta directiva y fiscal.—Tilarán, seis de abril del
dos mil once.—Lic. Ingrid Solano Álvarez, Notaria.—1
vez.—RP2011232551.—(IN2011028312).
Ante esta
notaría, por escritura de las doce horas con cuarenta y cinco minutos del día
veintiocho de febrero de dos mil once, se reformó la cláusula tercera del pacto
constitutivo de la sociedad El Fortín Sociedad Anónima.—San José, doce
de abril del dos mil once.—Lic. Evelyn Jenkins Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2011232552.—(IN2011028313).
El suscrito
notario hace constar que en mi notaría, mediante escrituras números ochenta y
ocho y ochenta y nueve, del ocho de abril del dos mil once, se protocolizaron
acuerdos de asamblea general de Taqueada S. A. y de Zaratev S. A.
en donde en ambas, se reforma el pacto constitutivo.—San
José, ocho de abril del dos mil once.—Lic. Gastón Sancho Cubero, Notario.—1 vez.—RP2011232554.—(IN2011028314).
Hoy
protocolicé acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad Desarrollos
Integrales San Isidro Sociedad Anónima, mediante la cual se corrige cédula
de fiscal, se reforma las cláusulas segunda y sétima del pacto social y se
nombran tesorero y fiscal.—San José, 9 de abril del
2011.—Lic. Luis Gustavo Pereira León, Notario.—1
vez.—RP2011232555.—(IN2011028315).
Mediante
escritura otorgada el día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Tecnologías
en Ingeniería Civil y Ambiental Aplicadas TICAA S. A. Presidente y
secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.
Capital suscrito y pagado.—San José, 9 de abril del
2011.—Lic. Luis Gustavo Pereira León, Notario.—1
vez.—RP2011232556.—(IN2011028316).
Hoy
protocolicé acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad
Por
escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se constituyó la sociedad Bratia
Capital Group. Domicilio San José, avenida ocho, calles nueve y once,
número novecientos sesenta y tres. Junta directiva compuesta por presidente, secretario
y tesorero. Se nombra fiscal y agente residente. Presidente con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 4
de abril del 2011.—Lic. Álvaro Carazo Zeledón, Notario.—1
vez.—RP2011232558.—(IN2011028318).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas treinta minutos del doce
de abril del dos mil once, se constituye Logística de Negocios Altamira
Limitada. Domicilio: San José. Gerente: Karen Melissa Ramírez Hernández.
Capital social: diez mil colones.—San José, doce de
abril de 2011.—Lic. Nancy Tattiana Zúñiga Oses, Notaria.—1
vez.—RP2011232559.—(IN2011028319).
Por
escritura pública de las diez horas del veintiuno de marzo de dos mil once, se
constituyó la sociedad CGG Nadel Cirugía Pediátrica Sociedad Anónima,
con domicilio en San José, plazo social cien años, capital diez mil colones,
representación corresponde al presidente y secretario de la junta directiva
actuando en forma conjunta. Es todo.—San José, doce de
marzo del dos mil once.—Lic. Abraham Stern Feterman, Notario.—1
vez.—RP2011232561.—(IN2011028320).
Por
escritura número cinco, otorgada ante los notarios públicos Carolina Ulate
Zárate y Mario Humberto Zárate Sánchez, a las diecisiete horas del día dos
abril del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Anel Spa
Anónima. Su presidenta es la señora Ana Leticia Nuez Sancho. El capital
social es la suma de diez mil colones exactos.—Heredia,
dos de abril del dos mil once.—Lic. Mario Humberto Zárate Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2011232562.—(IN2011028321).
Por la
escritura número doscientos treinta y siete, otorgada ante la notaria Betsy
Camacho Porras, a las ocho horas del siete de abril del dos mil once, se
constituyó la sociedad anónima denominada Eco-Sales Sociedad Anónima,
junta directiva conformada por presidente, secretario, tesorero y fiscal.
Capital totalmente suscrito y pagado.—San Rafael de
Heredia, doce de abril del dos mil once.—Lic. Betsy Camacho Porras, Notaria.—1 vez.—RP2011232563.—(IN2011028322).
En mi
notaría y por escritura otorgada a las dieciséis horas y cuarenta y cinco
minutos del ocho de abril de dos mil once, número veintinueve del tomo noveno
de mi protocolo, se constituyó la sociedad Hermanos Leitón Marín S. A.,
con domicilio social en Llano Grande de Cartago, de la plaza de deportes de
barrio Los Ángeles, ochocientos metros al sur; con capital social de diez mil
colones; presidente: Greivin Leitón Marín.—Lic. Amado
Hidalgo Quirós, Notario.—1
vez.—RP2011232565.—(IN2011028323).
Que en mi
notaría se protocolizó acta número doce de
Por
escritura otorgada en mi notaría, a las 9:00 horas del 8 de abril del 2011, se
constituyó la sociedad Tech and Cell Corporation S. A. presidente y
secretario con facultades de apoderados generalísimos: Ronny Rojas Cisneros y
Gilberto Rojas Mora.—Lic. Hugo Retana Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2011232569.—(IN2011028325).
La notaria
Rosaura Carmiol Yalico, hace constar que en
asamblea general de la sociedad Asesores y Consultores del Norte AVA
S. A. cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta mil
setecientos cuarenta y seis, se modificó la razón social.—San
José, ocho de abril del dos mil once.—Lic. Rosaura Carmiol Yalico, Notaria.—1 vez.—RP2011232570.—(IN2011028326).
El
Crepúsculo del Éxito Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-uno cero uno-cinco ocho ocho ocho seis uno, reforma la cláusula segunda
del pacto social (domicilio social), escritura otorgada a las dieciocho horas
del ocho de abril del dos mil once.—Lic. Carlos
Eduardo Umaña Brenes, Notario.—1
vez.—RP2011232571.—(IN2011028327).
Por escritura
número dieciocho otorgada ante esta notaría a las catorce horas del siete de
abril del dos mil once, se modificó la cláusula novena del pacto constitutivo
de la sociedad Tres-ciento uno-quinientos ochenta y nueve mil seiscientos
cuarenta y dos S. A., cédula jurídica número 3-101-589642.—San
José, 7 de abril del 2011.—Lic. Priscilla Ureña Duarte, Notaria.—1 vez.—RP2011232572.—(IN2011028328).
Por
escritura otorgada ante mí, a las quince horas con quince minutos del seis de
abril del dos mil once, se reformó las cláusulas segunda y sexta de la sociedad
denominada Constelación Claroscuro Sociedad Anónima.—San José, ocho de
abril del dos mil once.—Lic. Milena Sanabria Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2011232573.—(IN2011028329).
Por escritura
otorgada ante mí, a las quince horas del seis de abril del dos mil once, se
reformó las cláusulas segunda y sexta de la sociedad denominada Glencanyon
Enterprises Sociedad Anónima.—San José, ocho de abril del dos mil
once.—Lic. Milena Sanabria Rodríguez, Notaria.—1
vez.—RP2011232574.—(IN2011028330).
Por
escritura otorgada en esta notaría, a las ocho horas del doce de abril del dos
mil once, se constituye sociedad denominada Betmakerz Sociedad de
Responsabilidad Limitada. Capital social: cien mil colones, íntegramente
suscrito y pagado. Gerente apoderado generalísimo sin límite de suma y
representante judicial y extrajudicial.—San José, 12
de abril del 2011.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1
vez.—RP2011232575.—(IN2011028331).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día cuatro de abril
del año dos mil once, se constituyen las siguientes sociedades: A) Inversiones
Panacea
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario en San José, a las ocho horas quince minutos del 16 de marzo
del 2011 se constituyó Inversiones Las Palmeras de Duan S. A. Objeto.
Comercio en general. Domicilio: San José. Capital: diez mil colones.
Representación: presidente y secretario con poder generalísimo sin límite de
suma.—San José, 2 de abril del 2011.—Lic. Pánfilo
Ramírez Obando, Notario.—1
vez.—RP2011232577.—(IN2011028333).
Por escritura otorgada en mi
notaría, el día 09 de abril del 2011, se constituyó Pimienta de Arenal
Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: San José. Objeto:
Comercio en general. Apoderado generalísimo: presidente y secretario, pudiendo
actuar conjunta o separadamente.—San José, 12 de abril
del 2011.—Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario.—1
vez.—RP2011232578.—(IN2011028334).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario en San José, a las 8:00 horas del 16 de marzo del 2011, se
constituyó Inversiones
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario, en San José, a las 9:00 horas del 16 de marzo del 2011 se
constituyó Fragancias de Pasqui S. A. Objeto: Comercio en general.
Domicilio: San José. Capital: diez mil colones. Representación: presidente y
secretario con poder generalísimo sin límite de suma.—San
José, 2 de abril del 2011.—Lic. Pánfilo Ramírez Obando, Notario.—1 vez.—RP2011232580.—(IN2011028336).
Por escritura otorgada en mi
notaría, el día 09 de abril del 2011, se constituyó Picante de Arenal
Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: San José. Objeto:
Comercio en general. Apoderado generalísimo: Presidente y secretario, pudiendo
actuar conjunta o separadamente.—San José, 12 de abril
del 2011.—Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario.—1
vez.—RP2011232581.—(IN2011028337).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario en San José, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del 16
de marzo del 2011 se constituyó, Inversiones Exclusivas de Jinotea S. A.
Objeto. Comercio en general. Domicilio: San José. Capital: diez mil colones.
Representación: Presidente con poder generalísimo sin límite de suma.—San José, 2 de abril del 2011.—Lic. Pánfilo Ramírez
Obando, Notario.—1 vez.—RP2011232582.—(IN2011028338).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario en San José, a las ocho horas treinta minutos del 16 de marzo
del 2011, se constituyó Aromas Especiales de Copalchi S. A. Objeto:
Comercio en general. Domicilio: San José. Capital: diez mil colones.
Representación: presidente y secretario con poder generalísimo sin límite de
suma.—San José, 2 de abril del 2011.—Lic. Pánfilo
Ramírez Obando, Notario.—1
vez.—RP2011232583.—(IN2011028339).
Por escritura otorgada a las
15:00 horas del 6 de abril del 2011, ante el suscrito notario, se protocolizó
constituyó una sociedad que llevará su número de cédula como nombre.
Presidente: René Alejandro Mora Casal.—Heredia, 8 de
abril del 2011.—Lic. Luis Antonio Álvarez Chaves, Notario.—1
vez.—RP2011232584.—(IN2011028340).
Por escritura otorgada a las
11:00 horas del 8 de abril del 2011, ante el suscrito notario, se protocolizó
constituyó una sociedad que llevará su número de cédula como nombre.
Presidente: Jorge Sánchez.—Heredia, 8 de abril del
2011.—Lic. Luis Antonio Álvarez Chaves, Notario.—1
vez.—RP2011232585.—(IN2011028341).
Por escritura otorgada en mi
notaría, a las 9:00 horas del 4 de abril del 2011, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de Zumbado y Zamora Sociedad Anónima, en la que se
reforma la cláusula 8 del estatuto y nombra junta directiva.—Heredia, 5 de
abril del 2011.—Lic. Óscar Rosabal Lizano, Notario.—1
vez.—RP2011232586.—(IN2011028342).
En mi notaría, en escritura
trescientos veintiuno, folio: ciento treinta y tres vuelto del protocolo
sétimo, se realiza asamblea extraordinaria de nombramientos y cambio de nombre
en Junta Directiva de la entidad: Promotora Bernal y Ruiz Sociedad Anónima,
cédula jurídica: tres-ciento uno-cuatro cero cuatro cero cinco cero, con
domicilio en San José. Es todo.—San José, dos de abril
del dos mil once.—Lic. Warren Alberto Flores Castillo, Notario.—1 vez.—RP2011232590.—(IN2011028343).
Real Life Corporation Grantly S.
A., con cédula
jurídica tres-ciento uno-cinco dos tres nueve siete tres, comunica que nombró
nueva junta directiva y fiscal y reformó la cláusula de la administración del
acta constitutiva.—Belén, ocho de abril del dos mil
once.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1
vez.—RP2011232595.—(IN2011028344).
Por escritura número quince, se
protocolizó acta de accionista de Myriam Sánchez e Hijos Sociedad Anónima,
se reforma la cláusula sétima y la junta directiva de los estatutos.—Liberia, 24 de marzo del 2011.—Lic. Aida María Montiel
Héctor, Notaria.—1 vez.—RP2011232597.—(IN2011028345).
Por escritura número doscientos
cincuenta y seis del tomo noveno, otorgada ante la notaria Kembly Mora Salas,
se constituyó: Smash Tennis Center Sociedad de Responsabilidad Limitada.
Gerentes son representantes y apoderados generalísimos sin límite de suma.—Naranjo de Alajuela, 12 de abril del 2011.—Lic. Kembly
Mora Salas, Notaria.—1
vez.—RP2011232598.—(IN2011028346).
Por escritura número doscientos
cuarenta y uno, se protocolizó acta de accionistas de Brisas de Salinas
Cuatro Rojo Sociedad Anónima, se reforma la junta directiva y las cláusulas
segunda y quinta de los estatutos.—Liberia, 22 de marzo del 2011.—Lic. Hugo
Zúñiga Clachar, Notario.—1 vez.—RP2011232599.—(IN2011028347).
Por asamblea general
extraordinaria de socios de las compañías de esta plaza denominadas Esposa
de Bocho S. A. y Condominio Hacienda El Cocoy Treinta y Cuatro Villa
Salinas S. A., protocolizadas ante esta notaría a las 08:00 y 08:15 horas
respectivamente de hoy, en la que se reforman estatutos.—San José, 12 de abril
del 2011.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1
vez.—RP2011232600.—(IN2011028348).
Mediante escritura otorgada ante
mí, el día de hoy se constituyó Nahum Compañía Limitada, abreviable el
aditamento Ltda. Domicilio: San José, Hatillo 8, alameda 34, casa 1450.
Capital: nueve mil colones suscrito y pagado. Plazo social: 100 años. Gerente y
subgerente apoderados generalísimos sin limitación de suma.—San
José, 04 de abril del 2011.—Lic. Greyvin Cordero Rojas, Notario.—1 vez.—RP2011232606.—(IN2011028349).
Mediante escritura otorgada a
las 15:00 horas del día 08 de abril del año dos mil once, se constituyó en mi
notaría la sociedad anónima Gecko Souvenir Shop Sociedad Anónima. Domiciliada
en San José, Goicoechea, San Francisco, Barrio
Tournón, Oficentro Torres del Campo. Capital social: íntegramente suscrito y
pagado. Corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial
con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San
José, ocho de abril del dos mil once.—Lic. Lucrecia Gómez Mora, Notaria.—1 vez.—RP2011232607.—(IN2011028350).
Diez JBC Fuente Sociedad de
Responsabilidad Limitada, reforma cláusula primera del pacto social y el nombre se cambia a
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18 horas 30 minutos del 9 de abril del 2011, se constituyó la
sociedad de esta plaza denominada Ambasar Sociedad Anónima.—San José, 12
de abril del 2011.—Lic. Laura Loaiza Elizondo, Notaria.—1
vez.—RP2011232609.—(IN2011028352).
El suscrito Notario Ernesto
Alfaro Conde, carné número 15884, hace constar que mediante escritura número
ciento cincuenta y tres, de las trece horas del día cuatro de abril del año dos
mil once, protocoliza acta de la sociedad, Inversiones Big Tuna Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-426733, modifica administración y junta
directiva.—Jacó, seis de abril del dos mil once.—Lic. Ernesto Alfaro Conde,
Notario.—1 vez.—RP2011232610.—(IN2011028353).
Por escritura otorgada el día de
hoy ante mí, se constituyó la compañía que se denominará Corporación
Interlogistic Sam e Hijos Sociedad Anónima. Capital social: cincuenta mil
colones. Plazo social: cien años. Presidente, secretario y tesorero con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San
José, cuatro de marzo del dos mil once.—Lic. José Fernando Carter Vargas,
Notario.—1 vez.—RP2011232611.—(IN2011028354).
Por escritura número doscientos
doce del tomo siete del protocolo del notario Efrén Chacón Rodríguez, se ha
protocolizado acta de la sociedad Ganadera
Por escritura número doscientos
once del tomo siete del protocolo del notario Efrén Chacón Rodríguez, se ha
protocolizado acta de la sociedad ASS Tres Amigas Limitada, cédula jurídica
tres-ciento dos-trescientos cincuenta y ocho mil trescientos cuarenta y cinco,
donde se modifica la cláusula de la administración y se nombra nuevo gerente.—San Joaquín de Flores, doce de abril del dos mil
once.—Lic. Efrén Chacón Rodríguez, Notario.—1
vez.—(IN2011028366).
Por escritura ortorgante ante
mí, se constituyó sociedad bajo el número de cédula jurídica.—San
José, 13 de abril del 2011.—Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea, Notario.—1 vez.—(IN2011028372).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 9:00 horas del 31 de marzo del 2011, se constituye la sociedad Lignum
Limitada. Domicilio: cantón de Naranjo, provincia de Alajuela, del
cementerio de Candelaria,
Por escritura 255 otorgada en
esta notaría, a las 8:00 horas del 10 de abril del 2011, se constituyó la
sociedad Corporación Tico Mex TYM S. A. Capital social de ¢8.000,00,
representada por el presidente.—Lic. Ilem Tatiana Rojas
Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2011028386).
Por escritura otorgada arte esta
notaría, el día trece de abril del año dos mil once, se protocolizó el acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Wavetec
Sociedad Anónima, con cédula jurídica: tres-ciento uno-seiscientos treinta
y dos mil trescientos diez, en la que se modificó la cláusula primera de la
denominación social y del domicilio siendo su nueva denominación Sertecna
Sociedad Anónima.—San José, trece de abril del dos
mil once.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1
vez.—(IN2011028390).
Por escritura otorgada ante esta
Notaría, a las dieciocho horas del treinta y uno de marzo del dos mil once, se
constituyó la sociedad denominada Decomurales Sociedad Anónima.
Domiciliada en San Francisco de Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Capital
cien mil colones. Presidente Hugo López Carvajal con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma.—San Pablo de Heredia,
a las ocho horas del primero de abril del dos mil once.—Lic. Juan Carlos
Martínez Araya, Notario.—1 vez.—(IN2011028394).
Por escritura otorgada ante mí,
número ochenta y cuatro-cinco a las dieciséis horas del cinco de abril del año
dos mil once, se constituye la sociedad denominada Grupo Ariasa Sociedad
Anónima.—Heredia, cinco de abril del dos mil once.—Lic. Ileana María
Rodríguez González, Notaria.—1 vez.—(IN2011028397).
Por escritura otorgada ante mí,
número ochenta y cinco-cinco, a las dieciocho horas del cinco de abril del año
dos mil once, se protocoliza acta de la sociedad denominada Almacén Fiscal y
General El Coco Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento
uno-quinientos ochenta y un mil doscientos cincuenta y siete, donde se reforma
la cláusula sétima del acta constitutiva y se nombra nuevo presidente,
secretario, tesorero y fiscal de la sociedad.—Heredia, cinco de abril del dos
mil once.—Lic. Ileana María Rodríguez González, Notaria.—1
vez.—(IN2011028399).
Por instrumento público otorgado
ante esta Notaría, a las dieciséis horas del día 12 de abril del 2011, se
protocolizó la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Unión
Flamingo Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-131196, en la
que se modificó la cláusula segunda (del domicilio) y se nombró nueva junta
directiva, fiscal y agente residente por el resto del plazo.—San
José, 12 de abril del 2011.—Lic. Cynthia Wo Ching Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2011028402).
Por instrumento público otorgado
ante esta Notaría, a las quince horas treinta minutos del día 12 de abril del 2011,
se constituyó la sociedad, que su denominación social será el número de cédula
de persona jurídica y su aditamento Sociedad Anónima al momento de su
inscripción. Capital: diez mil colones suscritos y pagados. Plazo: cien años.
Presidente: José Max Mejías Hernández, con facultades de apoderado generalísimo
sin límite de suma.—San José, 12 de abril del
2011.—Lic. Cynthia Wo Ching Vargas, Notaria.—1
vez.—(IN2011028404).
Por instrumento público otorgado
ante esta Notaría, a las quince horas treinta minutos del día 12 de abril del
2011, se constituyó la sociedad, que su denominación social será el número de
cédula de persona jurídica y su aditamento sociedad anónima al momento de su
inscripción. Capital: diez mil colones suscritos y pagados. Plazo: cien años.
Presidente: José Max Mejías Hernández, con facultades de apoderado generalísimo
sin límite de suma.—San José, 12 de abril del
2011.—Lic. Cynthia Wo Ching Vargas, Notaria.—1
vez.—(IN2011028405).
Ante esta notaría, se reforma
cláusula sexta del pacto constitutivo de Contenet Sociedad Anónima, para
que en adelante, la representación de la empresa solo recaiga sobre el
presidente. Es todo.—Alajuela, doce de abril del dos
mil once.—Lic. Roy Solís Calvo, Notario.—1
vez.—(IN2011028415).
Por escritura otorgada ante esta
Notaría, a las doce horas del día trece de abril del dos mil once, se
constituyó la sociedad Titanium Track S. A. Plazo: cien años.—Lic. Pablo
Peña Ortega, Notario.—1 vez.—(IN2011028417).
Por escritura número ocho-trece,
del tomo número trece de mi protocolo, otorgada en la ciudad de San José, a las
nueve horas del día trece de abril del año dos mil once, se constituyó la
sociedad denominada V-Ale Cero Uno Limitada.—Lic. Jorge Guzmán Calzada,
Notario.—1 vez.—(IN2011028422).
Por escritura otorgada en la
ciudad de San José, a las diez horas del doce de abril de dos mil once, se
protocolizó el acta de asamblea general de accionistas de la sociedad Compañía
Líbano Verde S. A., mediante la cual se reformaron las cláusulas segunda y
sexta del Pacto Social y se hicieron nombramientos de junta directiva y fiscal.—Lic. Jorge Guzmán Calzada, Notaria.—1
vez.—(IN2011028423).
El suscrito, Abogado y Notario,
hago constar que el veintiocho de marzo del dos mil once, en asamblea general
extraordinaria se constituyó la sociedad Soluciones Integrales en Ingeniería
y Salud SOIINSA Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil
colones. Plazo de noventa y nueve años, corresponde al presidente y al
secretario la representación judicial y extrajudicial y apoderados generalísimos,
actuando conjuntamente.—San José, doce de abril del
dos mil once.—Lic. Heiner Alberto Lemaitre Zamora, Notario.—1
vez.—(IN2011028424).
El suscrito Notario Ernesto
Alfaro Conde, carné número 15884, hace constar que mediante escritura número ciento
siete, de las doce horas del día ocho de octubre del año dos mil diez, se
constituye la sociedad anónima denominada Corporation J.T.G.G. of
Esterrillos Oeste. Es todo.—San José, 13 de abril
del 2011.—Lic. Ernesto Alfaro Conde, Notario.—1
vez.—(IN2011028434).
Mediante escritura pública
número tres, otorgada ante la notaría del licenciado Lorenzo Rubí Bermúdez, en
Ciruelas de Alajuela, a las catorce horas del día ocho de abril del año dos mil
once, se constituyó la sociedad anónima que ostentará como nombre: Inversiones
Villa Ciruelas Sociedad Anónima. Domicilio: Ciruelas de Alajuela. Con un
capital social de diez acciones de mil colones cada una. Capital social:
íntegramente suscrito y pagado. Plazo: cien años a partir de la fecha de su
constitución. Representación legal: únicamente del presidente, con facultad de
apoderado generalísimo sin límite de suma. Objeto principal: Asesoría comercial
y operativa para pequeñas y medianas empresas, pudiendo dedicarse a toda clase
de negocio lícito que se establecen en el pacto constitutivo.—San
José, 12 de abril del 2011.—Lic. Lorenzo Rubí Bermúdez, Notario.—1 vez.—(IN2011028435).
Por escritura pública número
ciento veinticinco, otorgada el doce de abril del año dos mil once, ante esta
notaría se reformaron las cláusulas segunda y quinta del pacto constitutivo de
la sociedad tres-ciento uno-quinientos noventa y tres mil cero doce S. A.,
cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos noventa y tres mil cero doce; se
revoca el nombramiento de fiscal y agente residente y se hacen nuevos
nombramientos.—Heredia, doce de abril de dos mil
once.—Lic. Marcela Abellán Rosado, Notaria.—1
vez.—(IN2011028438).
Por escritura pública número
ciento veintiséis, otorgada el doce de abril del año dos mil once, ante esta
notaría se revoca el nombramiento de tesorero y se hace nuevo nombramiento en
sociedad Geoservice Centroamérica y del Caribe Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-quinientos sesenta y cuatro mil ciento siete.—Heredia,
doce de abril del dos mil once.—Lic. Marcela Abellán Rosado, Notaria.—1 vez.—(IN2011028439).
SUCURSAL DE CARTAGO
EDICTO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El suscrito Jefe de Sucursal de
Cartago, Caja Costarricense de Seguro Social, mediante el presente edicto y por
no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar
la siguiente notificación por publicación a los patronos y trabajadores
independientes incluidos en el cuadro que se detalla, de conformidad con los
artículos 240 y 241 de
Número Monto
Razón social patronal adeudado
3101544394 S. A. 2-3101544394-1-1 10.788.878
Adm. de Serv. Prof. Calbar A.R. 2-3101478313-1-1 364.166
All Tile Corporation Ltda. 2-3102593653-1-1 380.655
Boratada Seis S.
A. 2-3101331284-1-2 136.075
Buenos Alimentos
de C.R. S. A. 2-3101297802-1-1 3.660.582
Calderón Pizarro Pablo 0-30359001-9-1 120.916
Coto Mora José Gerardo 0-301700464-1-1 42.416
Coto Salas Mario
Alberto 0-105800860-1-1 70.311
CS Constructora
Seibo S. A. 2-3101306081-1-1 149.620
Damazio Rivera
Augusto Paulino 0-600460669-1-1 21.159
Desarrollos
Garca de Guadalupe 2-3102212069-1-1 120.277
Esc. Bilingue Franklin de
Cartago 2-3101313972-1-1 19.806
Ferreto Monge
Rolando 0-301780528-1-1 2.131
Flora Carvajal
Luna 0-300690236-1-2 43.354
González Flores
Iván Enrique 0-303630759-9-1 333.401
Grupo Rampak S.
A. 2-3101375400-1-1 605.660
Hergama S. A. 2-3101094546-1-1 32.771
Inst. de Belleza Int. Miguel Ángel 2-3101269314-1-1 637.788
Kim S Bordado de
Cartago S. A. 2-3101126270-1-1 195.406
Leiva Calderón
Crisia 0-302950638-1-1 8.875
Leiva Martínez
María Josefa 0-300980309-1-1 62.787
León Calderón
Isaías 0-101430005-1-1 22.130
Miami Directo S.
A. 2-3101295271-1-1 1.243.125
Mejía Martínez
Evelyn 0-112350742-1-1 53.521
Méndez Gamboa
Rosaura 0-302580714-2-1 20.548
Montero Tames
José 0-302090983-1-1 18.762
Paisajes de
Pegasus
Industrail Testing Service 2-3102499340-1-1 6.053.199
Quesada Hernández
Carlos 0-106380361-2-1 82.857
Quirós Artavia
Édgar Gerardo 0-302940199-2-1 4.053.567
Ramírez Navarro
Flor María 0-302460317-1-1 95.325
Rep. de Cómputo Jorsai S. A. 2-3101403355-1-1 126.518
R Y R Servicios
de Operación Ltda. 2-3102287569-1-1 216.413
Saba Interprice
S. A. 2-3101464087-1-1 2.530.290
Servicentro Las
Ruinas S. A. 2-3101073147-1-1 1.259.260
Sistemas de
Seguridad Mario Monti 2-3101371986-1-1 3.980.915
Sociedad
Autotransportes Cartag. 2-3101003220-1-2 35.187
Steel Overseas S. A. 2-3101583662-1-1 216.850
Thermatic S. A. 2-3101121991-1-1 449.959
Transcal Diez S.
A. 2-3101507842-1-1 109.366
Valverde Fuentes
Randall 0-108880406-1-1 432.481
Vegefrescos
Gogosa S. A. 2-3101172014-1-1 239.233
Zicrom de Costa
Rica E O M R S. A. 2-3101353765-1-1 405.008
Lic. Alexis Brenes Ramírez, Jefe.—(IN2011030001).
SUCURSAL
DE HEREDIA
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El suscrito licenciado Rónald Barrios Martínez,
Administrador de
Nº Patronal |
Razón social |
Monto aviso |
2-03101556783-001-001 |
3-101556783 S A |
¢755.834,00 |
0-00109460032-999-001 |
ABARCA AGÜERO BRAYAN GERARDO |
¢531.542,00 |
2-03101017968-001-001 |
ALYSA S A |
¢1.591,00 |
0-00601770444-999-001 |
ALVAREZ BENAVIDES NANCY ISABEL |
¢1.052.340,00 |
0-00502020593-999-001 |
ARROYO RUIZ TEODORO |
¢1.192.521,00 |
0-00601460256-001-001 |
BEJARANO GRAJAL ADELA |
¢788.745,00 |
7-00016024912-999-001 |
BELTRAN ORTIZ PABLO ANTONIO |
¢1.056.384,00 |
7-00027228387-999-001 |
BETANCOURT |
¢2.028.760,00 |
7-01640099311-001-001 |
BUSTAMANTE DIEZ |
¢1.540.456,00 |
0-00106470870-999-001 |
|
¢1.056.384,00 |
0-00503060353-999-001 |
|
¢1.156.662,00 |
0-00401120903-999-001 |
|
¢1.086.849,00 |
0-00401430545-999-001 |
|
¢1.005.831,00 |
0-00107320212-999-001 |
CASTRO CHACON |
¢1.337.727,00 |
2-03101569185-001-001 |
CENTRO
MULTICULTURAL CMC SOCIEDAD ANONIMA |
¢4.653.226,00 |
2-03101347411-001-001 |
COMERCIALIZADORA
C D S ALBRERI S A |
¢4.073.514,00 |
2-03101255211-001-001 |
CORPORACION
MANUEL HIDALGO LEON SOCIEDAD ANONIMA |
¢4.316.581,00 |
0-00106630890-999-001 |
COTO COTO LUIS GERARDO |
¢1.056.384,00 |
0-00107860172-999-001 |
CUELLAR GOMEZ ROLANDO JOSE |
¢1.361.835,00 |
0-00109810822-999-001 |
CHAVES SALAZAR ROLANDO |
¢2.098.700,00 |
2-03101146989-001-001 |
DELCOR S A |
¢6.091.191,00 |
0-00700850218-001-001 |
DURAN GONZALEZ RODRIGO |
¢29.718,00 |
2-03101346638-001-001 |
DISTRIBUIDORA
A RE PA S A DE COSTA RICA S A |
¢8.063.314,00 |
2-03101341120-001-001 |
EXPORTADORA
DE CAFE DE |
¢1.384.634,00 |
2-03101136346-001-001 |
FERRETERIA
Y VIDRIOS ALCEVI SOCIEDAD ANONIMA |
¢100.657,00 |
0-00401190876-999-001 |
GAMBOA PINEDA JUAN FELIX |
¢2.813.991,00 |
0-00105870036-001-001 |
GRANDDA
SOLANO MARIA DEL ROCIO |
¢3.114.309,00 |
0-00107590615-999-001 |
HERRER CALDERON FRANCISCO ARSENIO |
¢1.374.212,00 |
0-00106700891-002-001 |
|
¢1.091.601,00 |
2-03101177911-001-001 |
INDAGRO EXPORTACIONES SOCIEDAD ANONIMA |
¢2.663.657,00 |
2-03101308813-001-001 |
INDEPA SOCIEDAD ANONIMA |
¢75.188,00 |
2-03101408680-001-001 |
INTEGRA
DESARROLLOS INDE SOCIEDAD ANONIMA |
¢1020.307,00 |
2-03101355285-001-001 |
L B J
INTUICION HEREDIANA SOCIEDAD ANONIMA |
¢279.338,00 |
0-00107940439-999-001 |
LOPEZ GONZALEZ RANDALL |
¢1.176.223,00 |
0-00203750698-999-001 |
MADRIGAL MOVELLAN FRANCISCO |
¢1.702.707,00 |
0-00401680372-999-001 |
MENDEZ |
¢1.066.919,00 |
0-00108230911-999-001 |
MENDEZ ZELEDON MANUEL ANTONIO |
¢1.068.240,00 |
0-00400730225-999-001 |
MIRANDA VIQUEZ GERMAN |
¢1.646.505,00 |
0-00106960425-999-001 |
MORA |
¢1.044.379,00 |
0-00108400170-999-001 |
MORALES BONILLA GERARDO ANTONIO |
¢1.052.545,00 |
0-00203050747-999-001 |
MORALES JARA ALBERTO AUGUSTO |
¢1.873.123,00 |
7-00028613697-999-001 |
|
¢1.503.211,00 |
0-00104790054-001-001 |
MOSCOA SOLIS OLMAN |
¢1.646.131,00 |
2-03101285561-001-001 |
MUSIGRAFICAS PRODUCCIONES SOCIEDAD ANONIMA |
¢ 977,00 |
0-00109750703-001-001 |
NARANJO ELIZONDO JUAN MANUEL |
¢1.793.526,00 |
2-03101442652-001-001 |
NIJENE
DEL SOL S A |
¢2.214.434,00 |
7-02680099425-999-001 |
PONCE GONZALEZ SABINA ISABEL |
¢510.607,00 |
7-02680099425-001-001 |
PONCE GONZALEZ SABINA ISABEL |
¢130.890,00 |
0-00400920877-001-001 |
PORFIRIO MUÑOZ HERNANDEZ |
¢519.908,00 |
7-00016625979-999-001 |
POSADA MEJIA CARLOS MARIO |
¢1.094.943,00 |
0-00107170724-999-001 |
RAMIREZ VARGAS GUSTAVO ADOLFO |
¢1.202.661,00 |
0-00204800388-999-001 |
ROJAS FIGUEREDO DAVID |
¢1.187.655,00 |
0-00106690103-999-001 |
ROJAS ROMANINI RONALD |
¢1.497.111,00 |
0-00600700637-999-001 |
ROSALES ROSALES |
¢1.310.564,00 |
7-00017673357-999-001 |
RUIZ ROSATRAN NOEL ANTONIO |
¢1.166.411,00 |
0-00109710516-999-001 |
SANCHEZ CHOW JOWHIN |
¢1.087.751,00 |
0-00400670146-001-001 |
SANCHEZ PANIAGUA SALOMON |
¢ 423.982,00 |
0-00108000524-999-001 |
|
¢7.548.718,00 |
2-03101293779-002-001 |
SERVICIOS
EMPRESARIALES F D D SOCIEDAD ANONIMA |
¢22.101.685,00 |
2-03101300061-001-001 |
SERVICIOS
PROFESIONALES HEREDIANOS S A |
¢2.545.818,00 |
2-03101384081-001-001 |
SPEEDY INTERNET S A |
¢ 221.227,00 |
2-03101259077-001-001 |
S. S.
K. VIGILANCIA Y SEGURIDAD SOCIEDAD ANONIMA |
¢72.405.220.00 |
0-00401750315-999-001 |
SOLIS BOLAÑOS JOSE ALBERTO |
¢1.394.095,00 |
0-00111220667-999-001 |
UGALDE VARGAS LUIS HUMBERTO |
¢1.725.381,00 |
7-00026221408-999-001 |
VELASQUEZ GOMEZ SONIA |
¢1.101.797,00 |
0-00400690142-001-001 |
VARGAS GONZALEZ JUAN |
¢ 46.212,00 |
0-00502400398-001-001 |
VARGAS ROSALES NOHEMY |
¢1.008.387,00 |
0-00106180706-999-001 |
VEGA ELIZONDO WILSON MELVIN |
¢1.060.082,00 |
0-00601320254-001-001 |
VENEGAS CAMACHO EDUARDO |
¢16.229,00 |
7-0015456511-001-001 |
|
¢66.424,00 |
0-00107890608-999-001 |
VIQUEZ MUÑOZ LORENA |
¢1.089.902,00 |
0-00109750578-999-001 |
|
¢1.164.946,00 |
0-00108020541-999-001 |
ZUMBADO ARIAS PEGGY MARIA |
¢83.620,00 |
Lic. Rónald Barrios Martínez, Jefe a
.í.—(IN2011030614).
DIRECCIÓN REGIÓN CENTRAL DE SUCURSALES
SUCURSAL
DE SAN JOAQUÍN DE FLORES
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
La suscrita Licenciada Rosalba Jiménez Cascante.
Administrador a de
Nº Patronal |
Razón social |
Monto |
2-03101476366-001-001 |
All State Constructions S. A. |
¢988.691,00 |
2-03101359824-001-001 |
Arbeit S. A. |
¢4.052.964,00 |
0-00105720309-999-001 |
Balmaceda Garcia Allan |
¢532.308,00 |
0-00109830408-999-001 |
Arroyo Muñoz William Gerardo |
¢806.092,00 |
0-00111640583-999-001 |
Bojorge Marin Walter Alberto |
¢547.441,00 |
0-00110910024-999-001 |
|
¢450.650,00 |
0-00103770185-999-001 |
Carranza Rivera Hernan Francisco |
¢806.092,00 |
0-00106530324-001-001 |
Chacon Sanabria Roy Martin |
¢2.364.823,00 |
2-03101197830-001-001 |
Construcciones Rogo De Belen S. A. |
¢18.960.327,00 |
2-03101493005-002-001 |
Coskim H. C.R. S. A. |
¢37.887,00 |
2-03101307676-001-001 |
C R N T Costa Rica Natural
Travel S. A. |
¢1.895.195,00 |
0-00601330563-999-001 |
Cruz Ramirez Luis Angel |
¢681.811,00 |
0-00401620586-001-001 |
Danny Garro Sanchez |
¢443.789,00 |
2-03101108096-001-001 |
Desarrollos Cristalinos S. A. |
¢5.057.283,00 |
2-03101490505-001-001 |
Eleanex S A |
¢402.678,00 |
0-00600820032-999-001 |
Escalante Vallejos Abelardo Romulo |
¢1.784.670,00 |
0-00104570172-999-001 |
Fallas Garcia Diógenes Manuel |
¢1.044.408,00 |
0-00701440625-999-001 |
Flores Clarke Julith Reynaldo |
¢623.563,00 |
0-00800550002-999-001 |
Flores Ramirez Arturo |
¢1.508.922,00 |
7-00015219576-999-001 |
Gonzalez Hernandez Jairo |
¢781.594,00 |
7-00016023709-999-001 |
Hall Noindicaotro Aaron Troy |
¢697.992,00 |
0-00502940768-999-001 |
Hernandez Sequeira Nicolas |
¢531.164,00 |
0-00602470649-999-001 |
Herra Miranda Jan Adolfo |
¢569.456,00 |
0-00204440745-999-001 |
Herrera Castro Luis Guillermo |
¢549.272,00 |
0-00602680218-999-001 |
Herrera Quiel Mainor |
¢663.956,00 |
2-03101422842-001-001 |
Hife Ingenieria y Soluciones
Integrales S. A. |
¢34.432.194,00 |
2-03101396727-002-001 |
Linea Del Sur Arquitectos S. A. |
¢28.356.710,00 |
0-00109290193-999-001 |
Núñez Muñoz Alina |
¢831.266,00 |
0-00203560853-999-001 |
Miranda Vásquez Esteban |
¢582.120,00 |
0-00105110117-999-001 |
Montero Hernández María Eugenia |
¢820.500,00 |
0-00900550457-999-001 |
|
¢667.998,00 |
2-03101388201-001-001 |
Multiservicios Crima S. A. |
¢1.051.467,00 |
7-01870101312-999-001 |
Munguia Cortez Engels Roberto |
¢528.272,00 |
2-03102528097-001-001 |
People For People S De R A |
¢3.488.858,00 |
2-03101543158-001-001 |
Prodi Repuestos Belén S. A. |
¢4.450.438,00 |
0-00108250045-999-001 |
Ramírez Vargas Mauricio |
¢785.632,00 |
0-00109810425-999-001 |
Reyes Mora Efraín Manuel |
¢606.125,00 |
0-00503160896-999-001 |
Rojas |
¢674.813,00 |
9-0023122000-001-000 |
Sánchez Arias Isabel María |
¢350.572,00 |
2-03101578852-001-001 |
Seguri-Intec Sociedad Anonima |
¢2.137.519,00 |
2-03101164017-001-001 |
Servicios Industriales Jose
Vargas S. A. |
¢6.784.218,00 |
7-02330098769-001-001 |
Smith Noindicaotro Doris Gunn |
¢62.092,00 |
2-03101492972-001-001 |
Superprefa S. A. |
¢291.001,00 |
2-03101095272-001-001 |
Trajes Internacionales de Costa
Rica S. A. |
¢179.975.798,00 |
7-00016956626-999-001 |
|
¢436.322,00 |
7-00018014138-999-001 |
Zelaya Valverde Jesús Romeo |
¢831.073,00 |
Lic. Rosalba Jiménez Cascante, Jefa a. í.—(IN2011030593).
SUCURSAL
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
El suscrito Jefe Administrativo de
Nombre patrono |
N° patronal |
Monto adeudado ¢ |
Palmeras y Marginatas de Costa Rica S.A. |
2-03101145164-001-001 |
237.818,00 |
Casa del Constructor La Cuesta S.A. |
2-03101157942-001-001 |
1.179.426,00 |
Zúñiga Cuevas Elizabeth |
0-00601660394-001-001 |
4.761.272,00 |
Inversiones Cerro Punta Ltda. |
2-03102070158-001-001 |
518.182,00 |
Mario Zúñiga S. A. |
2-03101243829-001-001 |
1.251.897,00 |
Servicios Múltiples Marcharu EIRL |
2-03105257684-001-001 |
1.461.231,00 |
Inversiones Lely del Sur S.A. |
2-03101175356-002-001 |
112.036,00 |
Caravaca Matarrita Édgar |
0-00601410811-002-001 |
314.081,00 |
Orozco Suárez Rita Eulogia |
0-00800520851-001-001 |
1.317,00 |
Sánchez Umaña Danilo |
0-00103750246-001-001 |
114.718,00 |
Juan Carlos Gómez Calderón |
0-00202921490-001-001 |
10.700,00 |
Inversiones Dixi Mar del Tamarindo S.A. |
2-03101239197-001-001 |
63.157,00 |
Rayro Corredores S.A. |
2-03101194171-001-001 |
660.113,00 |
Constructora Umaña y Vega Construve S.A. |
2-03101188164-001-001 |
72.837,00 |
Cubillo Díaz William |
0-00602010399-002-001 |
644.673,00 |
José Alberto Montero Alvarado |
0-00102330222-001-001 |
63.458,00 |
García Pérez Ángel |
0-00502070982-001-001 |
347.233,00 |
Murpasur S.A. |
2-03101262081-001-001 |
303.579,00 |
Segura Batista Alexis Ezequías |
0-00603290453-001-001 |
394.682,00 |
Olaya Oquendo Ronald José |
0-00602990582-001-001 |
1.023,00 |
Acuña Montero Luis |
0-00104290798-001-001 |
249.753,00 |
Auto Brus Sur S.A. |
2-03101141251-002-001 |
220.390,00 |
Chen Xin Hong |
9-00166197000-001-000 |
186.368,00 |
Gómez Calderón Benilda |
0-00900830418-001-001 |
182.641,00 |
Asociación Administradora del Acueducto Rural Integrado de Cenizo
Bambito y El Roble de Laurel de Corredores Puntarenas |
2-03002280075-001-001 |
121.060,00 |
Castro Mora Miguel Ángel |
0-00601790932-001-001 |
99.669,00 |
Cano González Carlos Luis |
7-00017812725-001-001 |
130.483,00 |
Sánchez Sánchez Faustino |
9-00225706002-001-000 |
108.246,00 |
Mario Leiva Sandoval |
0-00601110370-001-001 |
86.678,00 |
Jiménez Umaña Adriana |
0-00204830956-001-001 |
82.330,00 |
Elieth Campos Ugalde |
0-00600630280-002-001 |
121.660,00 |
Elieth Campos Ugalde |
0-00600630280-001-001 |
65.360,00 |
Juan Félix Arias Segura |
0-00203940269-001-001 |
55.991,00 |
Ávila Castro Pastor Gabriel del Carmen |
0-00600830638-002-001 |
25.530,00 |
Edgar Roberto Lee Morera, Área Gestión de Cobro.— (IN2011031746).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Órgano Director del
Procedimiento Ordinario Administrativo, al ser las once horas con quince
minutos del catorce de abril del dos mil once. De conformidad con los artículos
74 y siguientes del Reglamento Autónomo de Servicios del Instituto Nacional de
Aprendizaje y 308, siguientes y concordantes de
Resultando:
I.—Que mediante el oficio Nº NSCS-3263-10 del 5 de
noviembre del 2010, suscrito por la señora Elvira Alvarado Solano, Encargada
del Proceso de Gestión Administrativa del Núcleo Sector Comercio y Servicios,
informó al Proceso de Soporte Administrativo de
II.—Que por medio del oficio Nº PSA-1714-2010
de fecha 10 de noviembre del 2010, el Proceso de Soporte Administrativo de
III.—Que mediante el oficio Nº PSA-1744-2010
del 15 con fecha 15 de noviembre del 2010 y anexos, el Proceso de Soporte
Administrativo de
a. Que mediante oficio Nº NSCS-3263-2010 de fecha
5 de noviembre del 2010, emitido por la señora Elvira Alvarado Solano,
Encargada del Proceso de Gestión Administrativa del Núcleo Comercio y
Servicios, se informa sobre la inasistencia a su trabajo del funcionario
Hernández Ruiz desde 1º al 10 de noviembre del 2010.
b. Que mediante oficio Nº NSCS-3246-2010 de fecha
15 de noviembre del 2010, emitido por el señor Luis Morice Mora, Jefe del
Núcleo de Comercio y Servicios, se remite Incapacidad de médico particular a
nombre del señor Pedro Hernández Ruiz para los días 1º, 2, 3 y 4 de noviembre
entregada fuera del plazo de 2 días, según lo establece el artículo 38 del
Reglamento Autónomo de Servicios.
c. Que el funcionario Hernández Ruiz no presentó
justificación para los días comprendidos del 5 al 9 de noviembre del 2010 y que
al día 15 de noviembre del 2010, el señor Hernández Ruiz no gozó de algún otro
permiso por vacación o incapacidad.
IV.—Que
mediante certificado médico de índole particular Nº 662629 de fecha 1º de
noviembre del 2010, el Dr. Ting Hsieh Kuan Yuan extendió incapacidad al señor
Hernández Ruiz para el período comprendido desde el 1º al 4 de noviembre del
2010. (Folio: 06).
V.—Qué mediante nota sin fecha
dirigida al Lic. Luis Molina Mora, Encargado del Proceso de Soporte
Administrativo y recibida el 15 de noviembre del 2010, el señor Hernández Ruiz
indica que las ausencias se deben a la enfermedad que padece.
VI.—Que el señor
Hernández Ruiz asistió a consulta externa en Instituto sobre Alcoholismo y
Farmacodependencia en las siguientes fechas:
Fecha |
Entrada |
Salida |
23/08/10 |
11:30 a. m. |
03:00 p. m. |
28/09/10 |
07:30 |
08:30 a. m. |
27/10/10 |
08:00 a. m. |
09:45 a. m. |
10/11/10 |
09:00 a. m. |
11:45 a. m. |
VII.—Mediante
oficio Nº ATAP/79211-2010 de fecha 11 de noviembre del 2010, el Dr. Franklin
Jiménez Rojas, Encargado de Proceso de Atención a Pacientes del Instituto sobre
Alcoholismo y Farmacodependencia informó de la atención que ha recibido el
señor Hernández Ruiz en esa Institución. (Folio: 09).
VIII.—Que mediante
impresión de correo electrónico de fecha al 1º de noviembre del 2010, la señora
Xinia Solano Chacón informó al señor Luis Morice Mora que el hijo del señor
Hernández llamó, indicando que él estaba en el EBAIS, y que avisaría después.
(Folio: 11).
IX.—Que mediante
impresión de correo electrónico de fecha 5 de noviembre del 2010, la señora
Xinia Solano Chacón informó al señor Luis Morice Mora que don Pedro sigue mal
que el lunes se presenta con todos los documentos que respaldan sus ausencias
(Folio: 12).
XI.—Que mediante
impresión de correo electrónico de fecha 9 de noviembre del 2010, el señor
Mauricio Campos Rojas informó a la señora Xinia Solano Chacón que el señor
Hernández Ruiz llamó e indicó que estaba enfermo, por lo que ese día no se
presentó a trabajar. (Folio: 10).
XII.—Que mediante
resolución Nº LA-355-2010 de las ocho horas con treinta minutos del día 15
diciembre del 2010,
Considerando:
Se desprende de la documentación
citada la existencia de actos susceptibles de lesionar la normativa que regula
la relación de servicios entre el Instituto Nacional de Aprendizaje y sus
funcionarios, atribuible al funcionario Pedro Hernández Ruiz, quien
presuntamente faltó a sus deberes como servidor público: 1. Presentó en forma
tardía el certificado médico de índole particular Nº 662629, donde consta su
incapacidad para el período comprendido desde el 1º al 4 de noviembre del 2010,
el cual fue recibido por
En ese orden de ideas, se impone la necesidad
de instaurar un procedimiento disciplinario de conformidad con las
disposiciones de los artículos 74, siguientes y concordantes del Reglamento
Autónomo de Servicios del INA y 308 siguientes y concordantes de
EL ÓRGANO DIRECTOR, RESUELVE:
I.—Iniciar un procedimiento
disciplinario contra el servidor Pedro Hernández Ruiz, portador de la cédula de
identidad Nº 6-0076-0273, quien se desempeña como Formador para el Trabajo ID
en el Núcleo de Comercio y Servicios. La finalidad de ese procedimiento es
verificar la verdad real de los hechos expuestos y determinar si resulta
procedente imponer las medidas sancionatorias previstas en los artículos 38, 43
incisos 1), 16), 18), 24) y 29), antes incisos a), l), m), p) y u) del
Reglamento Autónomo de Servicios por la supuesta infracción a los artículos 47,
49 y 53 del Reglamento de cita y que regulan las relaciones laborales con el
Instituto Nacional de Aprendizaje, por los siguientes cargos:
1. Que usted presentó en forma tardía el
certificado médico de índole particular Nº 662629, extendido por el Dr. Ting
Hsieh Kuan Yuan el día 1º de noviembre del 2010 y entregado a
2. Que usted se ausentó del trabajo sin ninguna
justificación durante los días 5, 8 y 9 de noviembre del 2010.
II.—En
razón de lo anterior se convoca al servidor Pedro Hernández Ruiz, portador de la
cédula de identidad Nº 6-0076-
III.—Se le previene
al servidor Pedro Hernández Ruiz que debe aportar todos los alegatos y prueba
el día de la audiencia bajo pena de caducidad de no hacerlo en ese momento y
que podrá hacerlo antes si a bien lo tiene, en cuyo caso, deberá hacerlo por
escrito. Que a la audiencia citada anteriormente deberá comparecer
personalmente y no por medio de apoderado, sin perjuicio de que se haga
acompañar de los abogados, técnicos o especialistas de su elección; y que una
vez notificado este acto, su ausencia injustificada a la audiencia no impedirá
que esta se lleve a cabo en la fecha y hora señalada, aún sin su presencia, sin
que ello signifique la aceptación tácita de los hechos.
IV.—Se le informa al
funcionario que
V.—Se le comunica al servidor Pedro
Hernández Ruiz que deberá señalar lugar cierto para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento que de no hacerlo, de ser equívoco incierto el
señalamiento, los actos que se dicten dentro del presente procedimiento con
posterioridad a esta resolución, le serán notificados en la dirección que
conste en el expediente administrativo por señalamiento de la propia
Administración.
VI.—Finalmente se le informa que de
conformidad con los artículos 345 y 346 de
MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ
NOTIFICACIÓN A EXFUNCIONARIOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Se le previene que debe realizar la
cancelación de esta deuda en el Banco de Costa Rica, a la cuenta corriente
65350-0 del Municipio y presentar fotocopia del depósito a
Por lo anterior previamente,
deben consultar el monto por intereses el que se sumará a la deuda.
Extrabajador |
Cédula |
Suma adeudada |
Concepto |
Carmona Fernández Marvin |
113950572 |
¢160.807,30 |
Abandono labores |
Roque Castro Carmen |
113300569 |
54.667,60 |
Renuncia al puesto |
Mayorga González Javier |
107840671 |
8.026,35 |
Finalizó contrato |
Quirós Sedo Irving |
112300092 |
207.360,00 |
Despido |
San José, 25 de abril del 2011.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—O.
C. Nº 4859.—Solicitud Nº 127208.—C-36210.—(IN2011029941).