MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD
AMBIENTE, ENERGÍA Y
TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL SUPREMO DE
ELECCIONES
MODIFICACIONES A LOS
PROGRAMAS
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE
PUERTOS
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
UNIVERSIDAD NACIONAL DE
COSTA RICA
INSTITUTO NACIONAL DE
APRENDIZAJE
PATRONATO NACIONAL DE LA
INFANCIA
MUNICIPALIDAD DE MONTES DE
OCA
MUNICIPALIDAD DE SAN PABLO
DE HEREDIA
Nº 198-PE
EL
MINISTRO DE
Con fundamento en el artículo 141 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Emma Lizano Tracy, con cédula
de identidad Nº 9-0063-0910, Directora de Prensa y Asesora en Materia de
Comunicación, Imagen y Manejo de los medios de comunicación, para que viaje en
avanzada a Estados Unidos de América el 13 y 14 de mayo del 2011 y acompañando
en su Comitiva de Viaje Oficial a la señora Presidenta de
La
señora Lizano Tracy se encargará de la coordinación de la prensa nacional e
internacional en las diferentes entrevistas y foros a los cuales asistirá la
señora Presidenta.
Artículo
2º—Los gastos por concepto de viáticos, transporte, impuestos, servicio
de taxis aeropuerto-hotel y viceversa en el país visitado, llamadas oficiales
internacionales, fax y el servicio de Internet, se le cancelarán del Título
201-Presidencia de
Artículo
3º—La funcionaria cede las millas otorgadas al Ministerio de
Artículo
4º—Se le otorga la suma adelantada de ¢1.377.646,22 por concepto de
viáticos sujetos a liquidación.
Artículo
5º—Rige a partir del 13 y hasta el 22 de mayo del 2011.
Dado en
Carlos Ricardo Benavides Jiménez, Ministro de
Nº 199-PE
EL MINISTRO DE
Con fundamento en el artículo 141 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al funcionario Luis Guillermo Herrera
Montoya, cédula de identidad Nº 1-1088-0655, camarógrafo, para que viaje en
avanzada a Estados Unidos de América el 13 y 14 de mayo del 2011 y acompañando
en su Comitiva de Viaje Oficial a la señora Presidenta de
El
señor Herrera Montoya viajará con el objetivo de captar en imagen, editar y
transmitir al país los encuentros y ponencias de la señora Presidenta en las
diferentes reuniones.
Artículo
2º—Los gastos por concepto de viáticos, transporte, impuestos, servicio
de taxis aeropuerto-hotel y viceversa en el país visitado, se cancelarán del
Título 201- Presidencia de
Artículo
3º—El funcionario cede las millas otorgadas al Ministerio de
Artículo
4º—Se otorga la suma adelantada de ¢1.377.646,22 por concepto de viáticos
sujetos a liquidación.
Artículo
5º—Rige a partir del 13 y hasta el 22 de mayo del 2011.
Dado en
Carlos Ricardo Benavides Jiménez, Ministro de
Nº 249-P
Con fundamento en el artículo 139 de
Considerando:
I.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes ha recibido
formal invitación de
II.—El
Ministerio de Obras Públicas y Transportes, incluye dentro de sus planes de
acción a corto y mediano plazo, habilitar el servicio de transporte público
modalidad tren, entre las Ciudades de San José-Alajuela y San José-Cartago,
proyecto que forma parte de las medidas para mejorar el transporte público de personas
y coadyuvar con ello en la reducción de la factura petrolera; para lo cual se
hace necesario gestionar la ampliación para la adquisición de los trenes que
prestarán el servicio en los ramales indicados, con la empresa FEVE con quien
se ha negociado, a través de la cooperación bilateral, condiciones favorables
para la adquisición de los equipos requeridos; y de ser posible la donación del
Gobierno Español de dichos equipos.
III.—Se
ha considerado oportuno aprovechar que
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor Francisco Jiménez Reyes, cédula
de identidad Nº 1-493-138, Ministro de Obras Públicas y Transportes, para que
viaje a la ciudad de Madrid, España, del 13 al 18 de mayo del año en curso;
ambos inclusive, para el inicio de negociaciones con la empresa FEVE a fin de
procurar una ampliación para la adquisición de los trenes que se requieren para
la prestación del servicio entre las ciudades de San José - Alajuela y San José
- Cartago.
Artículo
2º—Autorizar al señor Francisco Jiménez Reyes, Ministro de Obras Públicas
y Transportes, para que participe en el IV Congreso Nacional de Ingeniería
Sísmica a celebrarse en
Artículo
3º—Los gastos de viaje del Señor Ministro, para los días 13 al 18 de mayo
y 21 al 22 de mayo, del año en curso, serán cubiertos a través del Ministerio
de Obras Públicas y Transportes, a través del programa 326-01-01, con cargo a
la subpartida 1.05.04, por un monto máximo de $2.485,00 dólares americanos,
monto correspondiente a los gastos de alimentación y hospedaje, la suma de
$150,00 dólares americanos para cubrir taxis (Aeropuerto-hotel y viceversa).
Se
aprueba la suma de hasta de $500,00 dólares americanos para gastos de
representación, los cuales serán cubiertos por medio de la subpartida presupuestaria
1.07.03 del programa presupuestario 326-01-01.
Artículo
4º—Los gastos de transporte al exterior y los gastos de viaje del Señor
Ministro, durante su estadía en Granada, España, serán cubiertos por
Artículo
5º—Durante la ausencia del Señor Ministro, se nombra como Ministro a. í.
al señor Luis Carlos Araya Monge, cédula de identidad 2-280-568, Viceministro
de Transporte Aéreo y Marítimo - Portuario.
Artículo
6º—Rige a partir de las 17:05 horas del día 13 de mayo y hasta las 15:05
horas del día 22 de mayo, ambos de 2011.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 11189.—Solicitud Nº 3594.—C-36470.—(IN2011038910).
N° 252-P.—San José, 14 de abril de 2011
De conformidad con las disposiciones de los artículos 139 inciso 1) de
ACUERDA:
Artículo I.—Designar a la señora Anabel González Campabadal,
Ministra de Comercio Exterior, portadora de la cédula de identidad Nº 1-615-367
para que viaje en Delegación Oficial a Lima, Perú, partiendo a las 10:30 horas
del 4 de mayo y hasta las 13:35 horas del 7 de mayo de 2011. Ello con el objeto
de participar en
Artículo
II.—Los gastos de viaje de la señora Ministra por concepto de impuestos,
tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de
alimentación y hospedaje serán cubiertos con recursos de COMEX de las
subpartidas 10501, 10503 y 10504 del programa 792, el adelanto por ese concepto
asciende a $1.025,28 (un mil veinticinco dólares con veintiocho centavos)
sujeto a liquidación. El transporte aéreo de ida y de regreso será cubierto con
recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para
realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e
Internet al Ministerio de Comercio Exterior, así como para que se le aplique
diferencia de hospedaje, en el evento de que proceda, pago de gastos de
representación ocasionales en el exterior y reconocimiento de gastos conexos
por compra de material bibliográfico, según los artículos 41, 48 y 52 del
Reglamento de Gastos de Viaje para Funcionarios Públicos.
Artículo
III.—En tanto dure la ausencia de la señora Ministra de Comercio
Exterior, se le encarga esta Cartera al señor Luis Liberman Ginsburg, Segundo
Vicepresidente de
Artículo
IV.—Rige desde las 10:30 horas del 4 de mayo y hasta las 13:35 horas del
7 de mayo de 2011.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 122388.—Solicitud Nº 44932.—C-23420.—(IN2011038908).
Nº 268-P
EL SEGUNDO VICEPRESIDENTE
EN EJERCICIO
DE
Con
fundamento en el artículo 141 de
ACUERDA:
Artículo
1º—Modificar el artículo 4º del Acuerdo de Viaje Nº 256-P a nombre del
señor Alfio Piva Mesén, cédula de identidad número 1-284-
“Artículo 4º—Se otorga la suma
adelantada de ¢173.694,46 por concepto de viáticos sujetos a
liquidación”.
Artículo
2º—Los artículos 1º, 2º, 3º y 5º, se mantienen invariables.
Artículo 3º—Rige a
partir del 14 de mayo y hasta el 22 de mayo del 2011.
Dado
en
LUIS LIBERMAN GINSBURG.—1 vez.—O. C. Nº 10970.—Solicitud Nº 017.—C-9920.—(IN2011039003).
Nº
MOPT-043
EL
MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en lo dispuesto en la “Ley General de
Considerando:
1º—Que
2º—Que
en el marco de cooperación técnica que existe entre Costa Rica y
3º—Que
para Costa Rica reviste de mucha importancia la participación del ingeniero
Hernández Chavarría para la toma de decisiones. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al ingeniero Jorge E. Hernández Chavarría,
portador de la cédula de identidad Nº 1-527-192, Director de
Artículo
2º—Los gastos de transporte aéreo, hospedaje y alimentación, serán
cubiertos por
Artículo
3º—Que durante los días en que se autoriza la ausencia del ingeniero
Jorge E. Hernández Chavarría, devengará el 100% de su salario.
Artículo
4º—Rige a partir del 22 al 27 de mayo del 2011.
Dado en el Despacho del Ministro de Obras Públicas y Transportes, a
los 6 días del mes de mayo del 2011.
Francisco J. Jiménez, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. Nº 102820.—Solicitud Nº
3599.—C-31200.—(IN2011038955).
Nº 052-MOPT
EL
MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en lo dispuesto en la “Ley General de
Considerando:
1º—Que
2º—Que
el Capitán Luis Carlos Araya Monge en su calidad de Viceministro de Transporte
Aéreo Marítimo Portuario del MOPT ha sido designado para participar en dicha
reunión, en representación de este Ministerio, en su carácter de representante
titular ante el Directorio de COCATRAM, de la cual Costa Rica es miembro. Por
tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al Capitán Luis Carlos Araya Monge, cédula
de identidad Nº 2-280-568, Viceministro de Aéreo Marítimo Portuario del MOPT,
para que participe en el “LXVII Reunión Ordinaria del Directorio”,
organizado por COCATRAM, a realizarse en
Artículo
2º—Los gastos de transporte terrestre, hospedaje, alimentación y
transporte local, serán cubiertos por COCATRAM.
Artículo
3º—Que durante los días en que se autoriza la ausencia del citado
funcionario para participar en las actividades indicadas en el Artículo 1°, devengará
el 100% de su salario.
Artículo
4º—Rige a partir del 25 de mayo del 2011.
Dado en el Despacho del Ministro de Obras Públicas y Transportes, a
los trece días del mes de mayo del 2011.
Francisco J. Jiménez, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O.C. Nº 102820.—Solicitud Nº
3597.—C-11270.—(IN2011038633).
Nº MOPT-053
EL
MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en lo dispuesto en la “Ley General de
Considerando:
1º—Que
2º—Que
el Sr. José G. Chacón Laurito, Director de
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al Sr. José G. Chacón Laurito, cédula de
identidad 1-425-300, para que asista a
Artículo
2º—El MOPT le girará por concepto de viáticos en el exterior la suma de
$620.80 con cargo a la subpartida 1.05.04 del programa 328, Actividad 01.
Adicionalmente se le reconocerá los gastos por concepto de impuestos por uso de
terminal aérea en Costa Rica y Panamá, por un monto de $26 y $20,
respectivamente y los servicios de transporte residencia-Aeropuerto residencia
en Costa Rica y Aeropuerto-Hotel-Aeropuerto en Panamá, por un monto total de
$60 dólares, con cargo a la subpartida y programa arriba citados.
Artículo
3º—Que durante los días en que se autoriza la participación del citado
funcionario en la reunión de previa cita, devengará el 100% de su salario.
Artículo
4º—Rige a partir del 25 de mayo del 2011.
Dado en el Despacho del Ministro de Obras Públicas y Transportes, a
los 16 días del mes de mayo de 2011.
Luis Carlos Araya Monge, Ministro de Obras Públicas y Transportes a. í.—1 vez.—O. C. Nº 102820.—Solicitud Nº 3599.—C-31200.—(IN2011038956).
N°
MCJ/0049/2011
EL
MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD
Con fundamento en el artículo 28 inciso 1) de
Considerando:
1º—Que la señora Karina Bolaños Picado, Viceministra de
2º—Que
la participación de la señora Karina Bolaños Picado en la actividad, responde a
las funciones que realiza como Viceministra de
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a la señora Karina Bolaños Picado, cédula
N° 1-0847-0021, Viceministra de
Artículo 2º—Los gastos de transporte
internacional serán cubiertos por este Ministerio en el Programa
749-Actividades Centrales, Subpartida 1.05.03-Transporte en el exterior, por un
monto de ¢1.052.582,13 (un millón cincuenta y dos mil quinientos ochenta y dos
colones con trece céntimos) equivalentes a $2.023,00 (dos mil veintitrés
dólares exactos), hospedaje y alimentación, serán cubiertos por los
organizadores.
Artículo
3º—Rige del 28 de mayo al 4 de junio del 2011.
Dado en el Ministerio de Cultura y Juventud, a los 13 días del mes de
mayo del año 2011.
Manuel Obregón López, Ministro de Cultura y
Juventud.—1 vez.—O.C. Nº
11175.—Solicitud Nº 27680.—C-13445.—(IN2011038626).
Nº
045-MJP
Y EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ
En uso de las facultades que le confieren los artículos 140 inciso 2)
y 146 de
ACUERDAN:
Artículo 1.—Ascender en propiedad al Lic. Heiry Esteban Alvarado
Quesada, cédula de identidad Nº 03-374-453, de Profesional de Servicio Civil 2,
puesto Nº
Artículo 2.—Cesar de ascenso interino al Lic. Arnesto Moya
Alonso, cédula de identidad Nº 01-884-748, de Procurador B, puesto Nº 057101,
código Nº 214 78100 01 0001, para ser ascendido en propiedad de Procurador A,
puesto Nº
Artículo
3.—Ascender en propiedad al Lic. Clarencio Bolaños Barth, cédula de
identidad Nº 01-411-1484, de Procurador A, puesto Nº
Artículo
4.—Ascender en propiedad a
Artículo
5.—Ascender en propiedad al Lic. Daniel Antonio Espinoza Carrillo, cédula
de identidad Nº 05-319-278, de Profesional de Servicio Civil 2, puesto Nº
Artículo
6.—Ascender en propiedad a
Artículo
7.—Cesar de nombramiento interino a
Artículo
8.—Ascender en propiedad a
Artículo
9.—Ascender en propiedad a
Artículo
10.—Ascender en propiedad a
Artículo
11.—Ascender en propiedad a
Artículo
12.—Ascender en propiedad a
Artículo
13.—Ascender en forma interina a
Artículo
14.—Ascender en forma interina a
Artículo
15.—Ascender en forma interina a
Artículo
16.—Ascender en forma interina a
Artículo
17.—Ascender en forma interina a
Artículo
18.—Ascender en forma interina a
Artículo
19.—Ascender en forma interina a
Artículo
20.—Ascender en forma interina a
Artículo
21.—Cesar de nombramiento interino a
Artículo
22.—Cesar de nombramiento interino a
Artículo
23.—Cesar de nombramiento interino a
Artículo
24.—Cesar de nombramiento interino al Lic. Arturo Hiram Cruz Volio,
cédula de identidad Nº 01-1206-846, de Profesional de Servicio Civil 1-A,
puesto Nº 100944, Código Nº 214 78100 01 0001, para ser nombrado en propiedad
de Profesional de Servicio Civil 1-A, puesto Nº 100949, Código Nº 214 78100 01 0001.
Escogido de Nómina de Elegibles Nº 345910. Rige a partir del 16 de noviembre
del 2010.
Artículo
25.—Cesar de nombramiento interino al Lic. Alfonso Sanabria Luna, cédula
de identidad Nº 03-290-437, de Profesional de Servicio Civil 3, puesto Nº
100945, Código Nº 214 78100 01 0001, para ser nombrado en propiedad en el mismo
puesto. Escogido de Nómina de Elegibles Nº 345310. Rige a partir del 16 de
noviembre del 2010.
Artículo
26.—Cesar de nombramiento interino a
Artículo
27.—Cesar de nombramiento interino a
Artículo
28.—Cesar de nombramiento interino al Sr. Carlos Luis Varela Miranda,
cédula de identidad Nº 01-513-010, de Trabajador Calificado de Servicio Civil
2, puesto Nº 016888, Código Nº 214 78100 01 0001, para ser nombrado en
propiedad en el mismo puesto. Escogido de Nómina de Elegibles Nº 004-2011. Rige
a partir del 01 de abril del 2011.
Artículo
29.—Cesar de nombramiento interino a
Artículo
30.—Cesar de nombramiento interino a
Artículo
31.—Descender en propiedad a
Artículo
32.—Nombrar en propiedad a
Artículo
33.—Nombrar en propiedad a
Artículo
34.—Nombrar en propiedad al Bach. Andrés David Pérez Ulloa, cédula de
identidad Nº 03-383-743, de Profesional en Informática 1-A, puesto Nº 036269,
Código Nº 214 78100 01 0001. Escogido de Nómina de Elegibles Nº 348310. Rige a
partir del 03 de enero del 2011.
Artículo
35.—Nombrar en propiedad a
Artículo
36.—Nombrar en forma interina al Sr. Marco Tulio Díaz Umaña, cédula de
identidad Nº 01-738-777, de Conductor de Servicio Civil 1, puesto Nº 351206,
Código Nº 214 78100 01 0001. En sustitución del Sr. Miguel Ángel Muñoz
Molina. Rige a partir del 25 de octubre
del 2010.
Artículo
37.—Cesar de nombramiento interino al Sr. Marco Tulio Díaz Umaña, cédula
de identidad Nº 01-738-777, de Conductor de Servicio Civil 1, puesto Nº 351206,
Código Nº 214 78100 01 0001. Se le agradecen los servicios prestados a las
Institución. Rige a partir del 28 de febrero del 2011.
Artículo
38.—Nombrar en forma interina a
Artículo
39.—Nombrar en forma interina a
Artículo
40.—Nombrar en forma interina al Lic. Andrés Alonso Castro Segura, cédula
de identidad Nº 06-318-899, de Profesional de Servicio Civil 2, puesto Nº
057103, Código Nº 214 78100 01 0001. En sustitución de
Artículo
41.—Nombrar en forma interina al Lic. Alejandro Cubero Lizano, cédula de
identidad Nº 01-1044-114, de Profesional de Servicio Civil 2, puesto Nº 350990,
Código Nº 214 78100 01 0001. En sustitución de
Artículo
42.—Nombrar en forma interina al Lic. Álvaro Fonseca Vargas, cédula de
identidad Nº 03-431-013, de Profesional de Servicio Civil 1-A, puesto Nº
105316, Código Nº 214 78100 01 0001. En sustitución de
Artículo
43.—Nombrar en forma interina a
Artículo
44.—Nombrar en forma interina al Lic. Alberto Herrera Porras, cédula de
identidad Nº 02-576-459, de Profesional de Servicio Civil 1-A, puesto Nº
100944, Código Nº 214 78100 01 0001. En sustitución del Lic. Luis Gerardo
Martínez Zúñiga. Rige a partir del 16 de noviembre del 2010.
Artículo
45.—Nombrar en forma interina a
Artículo
46.—Nombrar en forma interina a
Artículo
47.—Nombrar en forma interina a
Artículo
48.—Nombrar en forma interina al Lic. Daniel Zárate Matarrita, cédula de
identidad Nº 04-199-492, de Profesional de Servicio Civil 1-A, puesto Nº
076315, Código Nº 214 78100 01 0001. Puesto Vacante, Pedimento de Personal Nº
004-2011. Rige a partir del 01 de marzo del 2011.
Artículo
49.—Nombrar en forma interina al Bach. Alexánder Prendas Solís, cédula de
identidad Nº 04-198-972, de Profesional de Servicio Civil 1-A, puesto Nº
002733, Código Nº 214 78100 01 0001. En sustitución de
Artículo
50.—Nombrar en forma interina a
Artículo
51.—Nombrar en forma interina a
Artículo
52.—Nombrar en forma interina a
Artículo
53.—Nombrar en forma interina a
Artículo
54.—Nombrar en forma interina a
Artículo
55.—Nombrar en forma interina a
Artículo
56.—Aceptar la renuncia de
Artículo
57.—Aceptar la renuncia de
Artículo
58.—Aceptar la renuncia de
Artículo
59.—Aceptar la renuncia de
Artículo
60.—Cesar de nombramiento interino a
Artículo
61.—Cesar de nombramiento interino a
Artículo
62.—Cesar de nombramiento interino al Bach. Léster Domingo Ruiz Zeledón,
cédula de identidad Nº 08-080-164, de Profesional en Informática 1-A, puesto Nº
002736, Código Nº 214 78100 01 0001. Se le agradecen los servicios prestados a
Artículo
63.—Cesar de nombramiento interino a
Artículo
64.—Cesar de nombramiento interino a
Artículo
65.—Cesar de nombramiento interino a
Artículo
66.—Trasladar interinstitucionalmente a
Artículo
67.—Trasladar interinstitucionalmente a
Artículo
68.—Conceder licencia sin goce de salario a
Artículo
69.—Conceder licencia sin goce de salario a
Artículo
70.—Conceder licencia sin goce de salario a
Artículo
71.—Conceder licencia sin goce de salario a
Artículo
72.—Conceder licencia sin goce de salario a
Artículo
73.—Los anteriores movimientos rigen a partir de la fecha indicada en
cada artículo.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro
de Justicia y Paz, Hernando Alberto París R.—1 vez.—O. C. Nº
10764.—Solicitud Nº 38277.—C-216470.—(IN2011038961).
Nº 000338.—San José, a las
17:30 horas del 12 de mayo del 2011.
Se conoce oficio Nº
CS-36-11 del 04 de febrero de 2011, suscrito por la señora Maureen Bolaños
Rojas, y por
Resultando:
1º—Que el
Transitorio VIII de
“TRANSITORIO VIII.
Autorízase al Cosevi para que realice todas las
publicaciones necesarias, en el diario oficial
2º—Que
mediante Resolución Administrativa Nº 1116 de las 16:00 horas del 9 de
diciembre de 2009, modificada a través de
3º—Que
4º—Que dado que los
automotores a que refiere el Transitorio VIII se encuentran a la orden de las
Autoridades Judiciales, aún cuando dicha norma no establece en forma expresa el
camino a seguir en cuanto a este punto, resulta elemental que exista un
adecuado entendimiento y coordinación con los Jueces de Tránsito y demás
autoridades que integran
“1. Resulta
necesario que las Autoridades Judiciales que tienen a su orden cada uno de los
vehículos a que refiere el Transitorio VIII de
2. En caso
positivo, desde el punto de vista de esa Comisión, se requiere de previo la
existencia de sentencia firme que ponga fin al proceso correspondiente?
3. Dado que
previo a la promulgación de
5º—Que
con Oficio Nº CS-36-11 del 04 de febrero de 2010, suscrito por la señora
Maureen Bolaños Rojas y por
“4)
Dar respuesta al oficio 20106779 del 8 de diciembre de 2010, remitido por el
Lic. Francisco Jiménez, Ministro de Obras Públicas y Transportes, indicándole
lo siguiente: a) El proceso de donación de conformidad con el artículo 144 y
siguientes de
6º—Que
en razón de tales hechos se procede a resolver.
Considerando:
ÚNICO—Conforme se
consignó en los resultandos de la presente Resolución, mediante
Analizado el Oficio Nº
CS-36 del 04 de febrero de 2011, en el cual a los efectos de dar respuesta a
una consulta formulada por este Ministerio, se comunica el Acuerdo tomado por
“Que el proceso de donación de conformidad
con el artículo 144 y siguientes de
En
concordancia con lo anterior, es claro que de acuerdo con lo determinado por la
citada Comisión, en la cual existe representación de las Autoridades Judiciales
que tienen a su orden los vehículos detenidos a que refiere el Transitorio VIII
de
Es del interés de este
Ministerio, que las disposiciones contenidas en el Transitorio VIII se ejecuten
en forma ágil y efectiva, en una relación de coordinación y entendimiento claro
con todos los actores que deben intervenir en el proceso.
Si bien es cierto los
acuerdos que se adopten en este tipo de Comisiones no tienen efectos
vinculantes para
Así las cosas, es claro
que resulta del resorte de COSEVI, órgano con personalidad jurídica propia y
desconcentración máxima, definir las acciones a seguir una vez que las
autoridades judiciales pongan a su orden los vehículos a que refiere el
Transitorio VIII antes citado.
En razón de lo anterior,
lo procedente es dejar sin efecto lo dispuesto en las Resoluciones
Administrativas Nº 1116 de las 16:00 horas del 9 de diciembre de 2009 y Nº
000743 de las 15:21 horas del día 20 de setiembre de 2010 emitidas por este
Ministerio. Será del resorte del COSEVI, establecer los procedimientos a seguir
y definir las dependencias responsables en lo que respecta a la aplicación del
Transitorio VIII de
EL MINISTRO DE OBRAS
PÚBLICAS Y TRANSPORTES,
RESUELVE:
1º—Comunicar
al Consejo de Seguridad Vial el Oficio Nº CS-36-11 del 04 de febrero de 2010,
mediante el cual se pone en conocimiento de este Despacho el Acuerdo firme
tomado por
2º—Dejar sin efecto
lo dispuesto en las Resoluciones Administrativas Nº 1116 de las 16:00 horas del
9 de diciembre de 2009 y Nº 000743 de las 15:21 horas del 20 de setiembre de
2010, emitidas por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes.
3º—Se instruye al
Departamento Depósito de Vehículos Detenidos del MOPT, para que remita la
información que sea necesaria, a efecto de que el Consejo de Seguridad Vial
ejecute lo que estime corresponda en la materia. Lo mismo efectuarán
las distintas dependencias de este Ministerio que han tenido alguna vinculación
con este asunto.
4º—Se instruye a
Rige a partir de su
publicación.
Publíquese y notifíquese.—Francisco J.
Jiménez, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. Nº
11595.—Solicitud Nº 3596.—C-107120.—(IN2011038988).
Resolución Administrativa N° DM-020-2011.—Despacho
del Ministro.—San José, a las quince horas del día catorce de febrero de
dos mil once. Otorgamiento de Becas-Taller para el Desarrollo de Proyectos
Artístico-Culturales, para el año 2011.
Resultando:
1º—Que el artículo 9 de
Considerando:
1º—Que de conformidad con dicha ley, corresponde a
2º—Que
dicha Comisión Evaluadora en sesión Nº 002-2010 realizada a las 9:00 horas del
día jueves 21 de octubre de 2010, seleccionó las propuestas que regirán para el
año 2011. Por tanto,
EL
MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD, RESUELVE:
Artículo 1º—Otorgar las Becas-Taller para el Desarrollo de
Proyectos Artístico-Culturales del año
ÁREA DE
ARTES VISUALES:
Giacomo Coghi Morales, cédula de identidad Nº 1-0706-0042, Mauricio
Cordero Solano, cédula de identidad Nº 1-1133-0439, Daniel Guillermo Cedeño
Blanco, cédula de identidad Nº 3-0384-0565, Henry Valverde Abarca, cédula de
identidad Nº 2-0415-0265, Argelis Jesús Bonilla Hernández, cédula de identidad
Nº 7-0151-0570.
ÁREA DE ARTESANÍA:
Flor
Jamilette Blanco Jiménez, conocida como Yamileth Blanco Jiménez, cédula de
identidad Nº 7-0096-0828, Isaac Villegas Villarreal, cédula de identidad Nº
6-0155-0687, Elizabeth Gamboa Piedra, cédula de identidad Nº 3-0234-0764,
Carmen Romero Palacios, cédula de identidad Nº 9-0100-0386, Epronat Los Santos
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-488257.
ÁREA DE
DANZA:
Inés Aubert Badilla, cédula de identidad Nº 1-0970-0981, Grethel
Rodríguez Aguilar, cédula de identidad Nº 2-0428-0862, Daisy Andreína Servigna
Salazar, cédula de residencia Nº 186200126033, Luis Alfredo Sierra Chacón,
cédula de identidad Nº 1-1112-0516, Isabel Tatiana Sánchez Araya, cédula de
identidad Nº 1-1155-0030.
ÁREA DE
TEATRO:
Paula Catalina Rojas Amador, cédula de identidad Nº 1-1146-0757,
Francisco José Campos Jara, cédula de identidad Nº 1-0568-0413, Franscinie
Brenes González, cédula de identidad Nº 1-1270-0023, Greivin Vinicio Castillo
Arroyo, cédula de identidad Nº 2-0543-0918, Bernal López López, cédula de
identidad Nº 9-0013-0441.
ÁREA DE
LITERATURA:
Rafael Ángel Chavarría Gómez, cédula de identidad Nº 1-0777-0668,
Johel Cerdas Solórzano, cédula de identidad Nº 5-0095-0011, Norberto Salinas
011é, cédula de identidad Nº 1-0470-0731, José Jackson Guadamuz Guadamuz,
cédula de identidad Nº 5-0294-0304.
ÁREA DE MÚSICA:
Jorge Quirós González, cédula de identidad Nº 6-0173-0780, Carlos
Alcides Pérez Villegas, cédula de identidad Nº 5-0262-0363, Michele Zantiotis,
cédula de residencia Nº 103600001407, Gerson López Mora, cédula de identidad Nº
1-0758-0273.
PROYECTOS
INTERDISCIPLINARIOS:
Óscar Enrique Quirós Ruiz, cédula de identidad Nº 6-0125-0243, Jefrey
Francisco Ledezma Vásquez, conocido como Jefry Francisco Ledezma Vásquez,
cédula de identidad Nº 2-0569-0240, Manuel Ernesto Elizondo Alvarado, cédula de
identidad Nº 1-1374-0541, Luis Pablo Rodríguez Rojas, cédula de identidad Nº
6-0349-0824, Luis Adan Rivera Fernández, cédula de identidad Nº 1-1191-0581.
Artículo 2º—Rige a partir de la fecha y hasta el 31 de diciembre
de 2011.
Manuel Obregón López, Ministro de Cultura y
Juventud.—1 vez.—O.C. Nº
12503.—Solicitud Nº 7762.—C-25760.—(IN2011038628).
DIRECCIÓN GENERAL DE
MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA
SERVICIO, JUSTICIA Y
TRANSPARENCIA
ACUERDO
DE VIAJE Nº DGME 0043-2011
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 13 inciso 24) de
Considerando:
I.—Que mediante la resolución Nº 135-2011-195-DPI-CATECI-ebb, de
las diez horas con veinticuatro minutos, del día cuatro de abril de dos mil
once, debidamente notificada, donde se ordenó la deportación del señor de
nombre Carlos Yovanni de apellido Flores, con expediente administrativo migratorio
de
II.—Que
para efectos de ejecutar la referida deportación del señor Carlos Yovanni
Flores, mencionado en el Considerando Primero anterior, se ha designado, por
parte de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Róger Corrales Martínez, cédula
número 5-0299-0717, Oficial de
Artículo
2º—Que se reconocerán los gastos en que incurra el señor Roger Corrales
Martínez, siendo la tarifa máxima establecida para viajar a Honduras, de ciento
sesenta dólares ($160,00 USD) diarios, hasta un 60%, correspondiendo a ($96,00
USD) noventa y seis dólares diarios para hospedaje; alimentación desglosada de
la siguiente manera: hasta un 8% diario, se destinara para desayuno, para un
total de ($12,80 USD) doce dólares con ochenta centavos diarios; hasta un 12% diario
para almuerzo correspondiendo a ($19,20 USD) diecinueve dólares con veinte
centavos diarios y, hasta un 12% diario para cena, correspondiendo a ($19,20
USD) diecinueve dólares con veinte centavos diarios. Finalmente, hasta un 8%
para gastos menores de viaje que corresponden a la suma de ($12,80 USD) doce
dólares con ochenta centavos diarios, los gastos anteriores, así como los
gastos por concepto de impuestos de entrada y salida del país y los gastos de
transporte y gastos en tránsito -si los hubiere-, de Aeropuerto Hotel
Aeropuerto los días del 14 y 15 de abril del presente año, serán cubiertos con
recursos del Presupuesto Ordinario y Extraordinario asignados a
Los
tiquetes aéreos son otorgados por
Artículo
3º—Que durante los días en que participe el señor Róger Corrales
Martínez, en la actividad a la que se refiere este acuerdo, devengará el 100 %
de su salario.
Artículo
4º—El presente acuerdo rige del 13 al 16 de mayo del año 2011.
Dado en
ACUERDO DE VIAJE Nº DGME 0044-2011
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 13 inciso 24) de
Considerando:
I.—Que mediante la resolución Nº 135-2005-1115-DPL-PEM-DMU, de
las catorce horas con diecinueve minutos, del día diez de agosto de dos mil
cinco, debidamente notificada, donde se ordenó la deportación del señor de
nombre Ángel Ever de apellidos Klinger Castillo, con expediente administrativo
migratorio de
II.—Que
para efectos de ejecutar la referida deportación del señor, Ángel Ever Klinger
Castillo, mencionada en el Considerando Primero anterior, se ha designado, por
parte de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Gladys Raudes Villalobos,
cédula número 1-1143-0650, Oficial de
Artículo
2º—Que se reconocerán los gastos en que incurra a la señora Gladys Raudes
Villalobos, siendo la tarifa máxima establecida para viajar a Colombia, de
doscientos diecinueve dólares ($219,00 USD) diarios, alimentación desglosada de
la siguiente manera: hasta un 8% diario, se destinara para desayuno, para un
total de ($17,52 USD) diecisiete dólares con cincuenta y dos centavos diarios;
hasta un 12% diario para almuerzo correspondiendo a ($26,28 USD) veintiséis
dólares con veintiocho centavos diarios y, hasta un 12% diario para cena,
correspondiendo a ($26,28 USD) veintiséis dólares con veintiocho centavos
diarios.
Finalmente,
hasta un 8% para gastos menores de viaje que corresponden a la suma de ($17,52
USD) diecisiete dólares con cincuenta y dos centavos diarios, los gastos
anteriores, así como los gastos por concepto de impuestos de entrada y salida
del país, los gastos de transporte y gastos en tránsito -si los hubiere-, de
Aeropuerto Hotel Aeropuerto del día 18 de mayo del presente año, serán
cubiertos con recursos del Presupuesto Ordinario y Extraordinario asignados a
Los
tiquetes para dicha deportación son otorgados por
Artículo
3º—Que durante los días en que participe la señora Gladys Raudes
Villalobos en la actividad a la que se refiere este acuerdo, devengará el 100 %
de su salario.
Artículo
4º—El presente acuerdo rige del 17 al 19 de mayo del año 2011.
Dado en
ACUERDO DE VIAJE Nº DGME 0045-2011
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 13 inciso 24) de
Considerando:
I.—Que mediante la resolución Nº 135-2011-188-DP-PPM, de las
catorce horas con cincuenta y ocho minutos, del día treinta de marzo de dos mil
once, debidamente notificada, donde se ordenó la deportación del señor de
nombre Edwin Antonio de apellidos Mejía de León, con expediente administrativo
migratorio de
II.—Que
para efectos de ejecutar la referida deportación del señor, Edwin Antonio Mejía
de León, mencionada en el Considerando Primero anterior, se ha designado, por
parte de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor José Rafael Bravo Benavides,
cédula Nº 4 0108 0506, Oficial de
Artículo
2º—Que se reconocerán los gastos en que incurra a la señora José Rafael
Bravo Benavides, siendo la tarifa máxima establecida para viajar a El Salvador,
de ciento ochenta dólares ($180,00 USD) diarios, alimentación desglosada de la
siguiente manera: hasta un 8% diario, se destinara para desayuno, para un total
de ($14,40 USD) catorce dólares con cuarenta centavos diarios; hasta un 12%
diario para almuerzo correspondiendo a ($21,60 USD) veintiún dólares con
sesenta centavos diarios y, hasta un 12% diario para cena, correspondiendo a
($21,60 USD) veintiún dólares con sesenta centavos diarios. Finalmente, hasta
un 8% para gastos menores de viaje que corresponden a la suma de ($14,40 USD)
catorce dólares con cuarenta centavos diarios, los gastos anteriores, así como
los gastos por concepto de impuestos de entrada y salida del país, los gastos
de transporte y gastos en tránsito -si los hubiere-, de Aeropuerto Hotel
Aeropuerto del día 18 de mayo del presente año, serán cubiertos con recursos
del Presupuesto Ordinario y Extraordinario asignados a
Los
tiquetes para dicha deportación son otorgados por
Artículo
3º—Que durante los días en que participe el señor José Rafael Bravo
Benavides en la actividad a la que se refiere este acuerdo, devengará el 100 %
de su salario.
Artículo
4º—El presente acuerdo rige del 17 al 19 de mayo del año 2011.
Dado en
ACUERDO DE VIAJE Nº DGME 0050-2011
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 13 inciso 24) de
Considerando:
1º—Que mediante la resolución número Nº
135-2011-16-DPI-CATECI-rca, de las doce horas con cincuenta y uno minutos, del
día once de enero de dos mil once, debidamente notificada, se ordenó la
deportación del señor de nombre Miguel Ángel de apellidos González Sequera, con
expediente administrativo migratorio de
2º—Que
para efectos de ejecutar la referida deportación del señor, Miguel Ángel
González Sequera, mencionada en el Considerando Primero anterior, se ha
designado, por parte de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Henry Arias Barrantes, cédula
número 4 0129 0881, Oficial de
Artículo
2º—Que se reconocerán los gastos en que incurra a la señora Henry Arias
Barrantes, siendo la tarifa máxima establecida para viajar a Venezuela, de
trescientos cuarenta y cuatro dólares ($344,00 USD) diarios, un 60%,
correspondiendo a ($206,40 USD) doscientos seis dólares con cuarenta centavos
diarios para hospedaje, alimentación desglosada de la siguiente manera: hasta
un 8% diario, se destinara para desayuno, para un total de ($27,52 USD)
veintisiete dólares con cincuenta y dos centavos diarios; hasta un 12% diario
para almuerzo correspondiendo a ($41,28 USD) cuarenta y un dólares con
veintiocho centavos diarios y, hasta un 12% diario para cena, correspondiendo a
($41,28 USD) cuarenta y un dólares con veintiocho centavos diarios. Finalmente,
hasta un 8% para gastos menores de viaje que corresponden a la suma de ($27,52
USD) veintisiete dólares con cincuenta y dos centavos diarios, los gastos
anteriores, así como los gastos por concepto de impuestos de entrada y salida
del país, los gastos de transporte y gastos en tránsito -si los hubiere-, de
Aeropuerto Hotel Aeropuerto los días 23 y 24 de mayo del presente año, serán
cubiertos con recursos del Presupuesto Ordinario y Extraordinario asignados a
Los
tiquetes para dicha deportación son otorgados por
Artículo
3º—Que durante los días en que participe el señor Henry Arias Barrantes
en la actividad a la que se refiere este acuerdo, devengará el 100 % de su
salario.
Artículo
4º—El presente acuerdo rige del 22 al 25 de mayo del año 2011.
Dado en
Kathya Rodríguez Araica, Directora General.—1 vez.—O. C. Nº 001-11.—Solicitud 33918.—C-33770.—(IN2011038916).
CONSEJO
NACIONAL DE VIALIDAD
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
Nº 011-2011.—Con fundamento en lo que establece el artículo 140,
inciso 2) de
ACUERDA:
Artículo 1º—Nombrar en propiedad en el Consejo Nacional de
Vialidad y con sujeción a las disposiciones del Régimen de Servicio Civil, al
siguiente funcionario:
Nombre |
Cédula |
Nº Puesto |
Clase puesto |
Andrés Castro Fallas |
1-1105-0663 |
500151 |
Profesional de
Servicio Civil 1-A. |
Artículo 2º—Rige a partir del 9 de febrero de 2011.
Publíquese.—San José, 11 de mayo del
2011.—Ing. Carlos Acosta Monge, Director Ejecutivo.—1 vez.—O.
C. 001-2011.—Solicitud Nº 31403.—C-8350.—(IN2011038891).
Nº
012-2011.—Con fundamento en lo que establece el
artículo 140, inciso 2) de
ACUERDA:
Artículo 1º—Nombrar en propiedad en el Consejo Nacional de
Vialidad y con sujeción a las disposiciones del Régimen de Servicio Civil, al
siguiente funcionario:
Nombre |
Cédula |
Nº Puesto |
Clase puesto |
Milagro Alvarado Cruz |
3-0380-0060 |
503533 |
Profesional de Servicio Civil 2 |
Andrea Barrantes Acuña |
1-0986-0351 |
503575 |
Profesional de Servicio Civil 2 |
Artículo 2º—Rige a partir del 16 de febrero y 16 de marzo de
2011 respectivamente.
Publíquese.—San José, 19 de mayo de
2011.—Ing. Carlos Acosta Monge, Director Ejecutivo.—1 Vez.—O.
C. 001-2011.—Solicitud Nº 31403.—C-8350.—(IN2011038892).
DIRECCIÓN
DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 190,
título N° 1513, emitido por el Liceo Ing. Manuel Benavides Rodríguez, en el año
dos mil seis, a nombre de Sandra Vanessa Amador Castro. Se solicita la
reposición del título indicado por cambio de apellido, cuyo nombre y apellidos
correctos son: Sandra Vanessa Castro Mora. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 130, título N° 1158,
emitido por el Liceo Ing. Manuel Benavides Rodríguez, en el año dos mil dos, a
nombre de Rosalina Amador Castro. Se solicita la reposición del título indicado
por cambio de apellido, cuyo nombre y apellidos correctos son: Rosalina Castro
Mora. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada
dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el
Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 64, título N° 49,
emitido por el Centro Metropolitano de Educación para Jóvenes y Adultos Ricardo
Jiménez Oreamuno, en el año dos mil siete, a nombre de Cartín Bell Jaime. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 37, asiento N° 134,
emitido por el Colegio Técnico Profesional de Turrubares, en el año dos mil
dos, a nombre de Calderón Ramírez Marilyn. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original y por corrección del nombre, cuyos
nombres y apellidos correctos son: Calderón Ramírez Maryleen de los Ángeles. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de
Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en Ciencias y Letras,
inscrito en el tomo 1, folio 264, título N° 527, emitido por el Liceo de Santa
Cruz Clímaco A. Pérez, en el año mil novecientos setenta y nueve, a nombre de
Contreras Bustos Nesmer Aquiles. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 209, título N° 4310,
emitido en el año dos mil uno y del Título de Técnico medio en
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 08, título
N° 24, emitido por el Liceo Rural El Jardín, en el año dos mil nueve, a nombre
de Gamboa Brenes Cosme Andrey. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 2, Folio 25, Título
N° 1576, emitido por el Liceo Miguel Araya Venegas, en el año dos mil cinco, a
nombre de Segura Espinoza Eida María. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento,
se ha presentado la solicitud de reposición de Conclusión de Estudios de
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 58, título N° 581, emitido por el Liceo Roberto Brenes Mesén,
en el año mil novecientos noventa y cuatro, a nombre de Artavia Juárez Tania.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
De
conformidad con la autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y
Seguridad Social, este registro ha procedido a la inscripción de la reforma que
acordó introducir a su estatuto la organización social denominada: Cooperativa
de Ahorro y Crédito Refaccionario de
De conformidad con la autorización extendida por la
señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social, este registro ha procedido a la
inscripción de la reforma que acordó introducir a su estatuto la organización
social denominada: Cooperativa de Servicios Múltiples de los Empleados del
Banco Central de Costa Rica, siglas COOPEBACEN R. L., acordada en asambleas
celebradas los días 24 de febrero del 2006 y 13 de febrero del 2009. Resolución
67. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de
Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la
reforma que acordó introducir a su Estatuto Social de
La
reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este
Registro mediante tomo: 16, folio: 93, asiento: 4608 del día 1º de abril del
2011. La reforma afecta los artículos 6, 7, 9, 10, 13, 17, 18, 21, 23, 24, 34,
40 y 42. Se crea el artículo 26 sobre los deberes y atribuciones de la
secretaria de conflictos y el artículo 44, corriéndose la numeración de los
artículos hacia arriba, se modifica el vencimiento de la junta directiva, el
cual será por dos años.
San José, 1º de abril del 2011.—Lic. José Joaquín Orozco
Sánchez, Jefe.—(IN2011038071).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
De
conformidad con la autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y
Seguridad Social se ha procedido a la inscripción de la organización social
denominada: Cooperativa Agroindustrial y de Servicios Múltiples de Productores
de Arroz del Sur R.L. siglas COOPROARROSUR R.L, acordada en asamblea celebrada
el 16 de diciembre del 2010. Resolución 1362-CO. En cumplimiento con lo
dispuesto en el artículo 29 de
Presidente |
Herman Fabrega Membreño |
Vicepresidente |
Víctor Solís Castillo |
Secretaria |
Patricia María Zamora Castro |
Vocal 1 |
Errol López Jiménez |
Vocal 2 |
Douglas Sosa Sánchez |
Suplente 1 |
Martín Giovanni Sánchez Gamboa |
Suplente 2 |
Filiberto Chaves Cedeño |
Gerente |
Juan Carlos Solera Quesada |
San José, 16 de mayo de 2011.—Lic. José
Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—RP2011238308.—(IN2011038378).
DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES
AVISO
En sesión celebrada en San José a las 9:00 horas del 24 de marzo del 2011, se acordó conceder Traspaso de
Pensión de Gracia, mediante la resolución JNPTA-905-
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE
Fusión Nº 72159
Que
Luis Esteban Hernández Brenes, cédula de identidad número 4-155-803, en calidad
de apoderado especial de Dulces Vero S. A. de C.V., solicita a este Registro se
anote la inscripción de la fusión de las empresas Productos Irsa S. A. de C.V.
y Fábrica de Dulces Ibarra Robles S. A. de C.V., con la empresa Dulces
Innovaciones S. A. de C.V., prevaleciendo esta última, presentada el 25 de
abril de 2011, bajo expediente 72159. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas:
2000-0004432 Registro Nº 130849 VEROALIENS en clase 30 Marca Mixta,
2000-0005591 Registro Nº 130856 SEMÁFORO en clase 30 Marca Mixta,
2000-0005597 Registro Nº 127083 BARQUIVERO en clase 30 Marca Mixta,
2000-0005601 Registro Nº 127080
Patente de invención
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
La
señora María del Pilar López Quirós, cédula Nº 1-1066-0601, mayor, abogada,
vecina de San José, en calidad de apoderada especial de Takeda Pharmaceutical
Company Limited, de Japón, solicita la patente de invención denominada COMPOSICIÓN
FARMACÉUTICA SÓLIDA. La presente invención se refiere a una preparación
sólida que comprende un compuesto representado por la fórmula (i) que se
muestra mas adelante, un agente de control de pH y un antagonista de calcio, el
cual es superior en estabilidad y propiedad de disolución del compuesto (i)
representado por la fórmula (i) y el antagonista de calcio. La memoria
descriptiva, reindivicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
La
señora(ita) Ana Catalina Monge Rodríguez, mayor, Abogada, cédula Nº 1-812-604,
vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Bayer Cropscience
AG, de R. F. Alemania, solicita
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones
civiles
AVISOS
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha
recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación
Cámara de Comercio Chino Centroamericana, con domicilio en la provincia de San
José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover las
relaciones comerciales, industriales y empresariales entre China y
Centroamérica, así como promover y difundir la cultura, las artes, las
costumbres, la herencia y la historia China. Cuya representante judicial y
extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderada generalísima sin
límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es la
presidenta: Chui Yuk Yung Wong. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Artesanos de
Quepos, Aguirre, Puntarenas, con domicilio en la provincia de Puntarenas,
Aguirre, Quepos, frente al Almacén El Colono. Cuyos fines principales entre
otros son los siguientes: Promover el desarrollo económico, social de sus
afiliados, capacitar a sus afiliados para mejorar su desempeño técnico en su
labor. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación, con
facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, lo es la presidenta:
Rosa Salazar Madrigal. Corresponde al vicepresidente sustituir a la presidenta
en sus ausencias temporales, con todas las facultades que le corresponden de
acuerdo a
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para
su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-116492,
denominación: Asociación Iglesia Misionera Cristo Resucitó. Por cuanto dicha
reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para
su inscripción la reforma del estatuto de la entidad denominada: Asociación de
Grupos para Familiares de Alcohólicos Al-Anon de Costa Rica, con cédula
jurídica Nº 3-002-609065. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
AVISOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp. 7868P.—Acres Verdes S. A., solicita concesión de:
Exp.
7859P.—Juanita Inés R. L., solicita concesión de:
Expediente
Nº 4513A.—Agroinvifre S. A., solicita concesión de:
Exp.
Nº 9781A.—Domingo Castro Soto, solicita concesión de:
Exp.
Nº 7635A.—Pedro Rojas González, solicita concesión de:
Exp.
14598P.—Agrícola Agromonte S. A., solicita concesión de:
Exp.
7705P.—Inmobiliaria M X M S. A., solicita concesión de:
Exp.
5774P.—Central de Servicios Químicos S. A., solicita concesión de:
Exp.
7099P.—Zayza de Belén S. A., solicita concesión de:
Exp.
14614P.—Constructora (COPT) Limitada, solicita concesión de:
Exp.
14612P.—Inversiones del Muelle de Herradura Limitada, solicita concesión
de:
Exp.
14610P.—Guapizul Limitada, solicita concesión de:
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Expediente Nº 14613P.—Compañía de
Servicios Generales Los Sueños Limitada, solicita concesión de:
Exp.
6938A.—Jorque S. A., solicita concesión de:
Exp.
14607P.—Clorox de Centroamérica S. A., solicita concesión de:
Exp.
14608P.—Clorox de Centroamérica S. A., solicita concesión de:
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp.
9713P.—Aniceto Vargas Cavaría, solicita concesión de:
Expediente
Nº 3358A.—Holcim (Costa Rica) S. A., solicita
concesión de:
Exp.
14618P.—Ernesto Antonio Ayala Molina, solicita concesión de:
Exp.
13948P.—Villas de Londres S. A., solicita concesión de:
Exp.
Nº 9188P.—Condominio Eco Residencial Villa Real S. A., solicita
concesión de:
Exp.
Nº 13592.—Aguilar y León S. A., solicita concesión de:
Exp.
Nº 13999P.—Asociación Obras del Espíritu Santo, solicita concesión de:
Exp.
Nº 7093A.—Sociedad de Usuarios de Agua de Santa Bárbara de Heredia,
solicita concesión de:
Expediente
Nº 14619.—Centro Agronómico Tropical de Inversiones y Enseñanza (CTIE),
solicita concesión de:
FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO FORESTAL
EDICTO
Ante
Solicitante |
Presolicitud |
Ubicación geográfica |
N° de plano |
Área bajo PSA |
Carlos Luis Chaves Chavarría |
SJ01012711 |
Caserío: |
SJ-017293- 1974 |
35 |
Enrique Vargas Herrera |
SJ01013111 |
Caserío: |
SJ-1159241-2007 |
30 |
Ángel Trejos Herrera Vera Arguedas Arias |
SJ01016911 |
Caserío: Zapotal Distrito: Zapotal Cantón:
San Ramón Provincia: Alajuela |
A-963752-2004 |
101 |
De
conformidad con el Reglamento a
2 v. 2
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
DGTCC-390-2011.—Que el día 10 de marzo del dos mil once, se
tiene por presentada la solicitud por parte del señor Vinicio Acuña Solís,
mayor, casado, Administrador, portador del cédula número 2-456-068, en su
condición de Representante Legal, de la empresa denominada “Acusol S.
A.”, cédula jurídica número 3-101-047097 para cambio de titularidad y
prestación de servicio público por concepto de venta de la estación de servicio
conocida como Lago Arenal, ubicada en Tilarán de Guanacaste; cuyo permisionario
de servicio público actual lo es el señor Ólger Guzmán Murillo, cédula de
identidad número 5-177-996, quien ha
manifestado que no se le tenga como prestatario del servicio público de
estación de servicio Lago Arenal por haber vendido dicho local comercial, una
vez autorizado el respectivo cambio de titular y manifiesta expresamente
traspasar a la empresa denominada Acusol S. A., todos los derechos inherentes
al negocio mercantil de estación de servicio. Se otorga un plazo de quince días
hábiles a partir de la primera publicación en el Diario Oficial
Registro
Civil - Departamento Civil
OFICINA
DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por
Nuria Bueno único apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente
dice: Resolución Nº 684-2011.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas y
diez minutos del veintiocho de abril del dos mil once. Exp. Nº 2111-11.
Resultando 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos
probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:...
Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Samantha Solano Bueno...,
en el sentido que el nombre de la madre de la persona ahí inscrita es
“Nuria”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic.
Hugo Montero Hernández, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2011038604).
Se
hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Heiner
Eduardo Salas Barrantes, ha dictado una resolución que en lo conducente dice:
Resolución Nº 505-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección
Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas diez minutos del
veintinueve de marzo del dos mil once. Ocurso. Exp. N° 41054-2010. Resultando:
1º—..., 2º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:...,
II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto,
rectifíquese el asiento de nacimiento de Gustavo Andrey Salas Barboza..., en el
sentido que el nombre del padre del mismo es “Heiner Eduardo” y no
como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora
General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—RP2011238407.—(IN2011038828).
Se
hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Xinia Vargas
Solano, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N°
3031-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos
Jurídicos.—San José, a las nueve horas y cincuenta minutos del nueve de
noviembre del dos mil siete. Ocurso. Exp. N°. 14974-07. Resultando:
1º—..., 2º—..., 3º—.... Considerando: I.—Hechos
Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:...,
Por tanto, rectifíquense los asientos de nacimiento de María Fernanda, Luis
Diego ambos de apellidos Pérez Rivera y de Allan Mauricio Rivera Solano..., en
el sentido que los apellidos de la madre de las personas ahí inscritas son
“Vargas Solano” y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro
Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond,
Jefa.—1 vez.—RP20110238419.—(IN2011038829).
Se
hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Silvia del
Carmen López, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución
Nº 2475-2010.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección
Actos Jurídicos.—San José, a las once horas y veinte minutos del dos de
noviembre del dos mil diez. Ocurso Exp. Nº 32784-2010. Resultando: 1º—...,
2º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no
Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquese el asiento
de nacimiento de Cindy Paola Suárez López ...; en el sentido que el nombre del
padre y el nombre y apellido de la madre de la persona ahí inscrita son
“Jorge David” y “Silvia del Carmen López no indica segundo
apellido”, respectivamente y no como se consignaron.—Lic. Marisol
Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina,
Jefe.—1 vez.—RP2011238439.—(IN2011038830).
Se
hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Francisco
Anastasio Mendoza Jiménez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice:
Resolución Nº 541-2011. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección
Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas dos minutos del treinta y uno
de marzo del dos mil once. Ocurso. Exp. Nº 46759-2010. Resultando:
1º—…, 2º—Considerando: I.—Hechos probados:...,
II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:...; Por tanto:
rectifíquese el asiento de nacimiento de Jairo Alexánder Mendoza Balladares...;
en el sentido que el nombre del padre de la persona ahí inscrita es
“Francisco Anastasio” y no como se consignó.—Lic. Marisol
Castro Dobles, Directora.—Lic. Carlos Luis Brenes Castro, Jefe.—1
vez.—(IN2011038890).
SECCIÓN
DE OPCIONES Y NATURALIZACIÓN
Aviso
de solicitud de naturalización
Laura Catherine Villada Zapata, mayor, soltera, estudiante,
colombiana, carné de refugiada 117000809720, vecina de Alajuela, expediente
4408-2008. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo
con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO ELÉCTRICO MUNICIPAL DE CARTAGO
PROGRAMA
DE ADQUISICIONES -PRESUPUESTO ORDINARIO-EXTRAORDINARIO
En cumplimiento del artículo 16 del Decreto MINAET-35148 que establece
el Régimen de Contratación Administrativa de
JASEC, se comunica a nuestros proveedores y público en general que el Programa
de Adquisiciones correspondiente al presupuesto ordinario 2011, se encuentra a
su disposición en el sitio web: www.jasec.co.cr.
La información esta en
El aviso de invitación y el
cartel respectivo se mostrarán oportunamente en este sitio web en: Proveeduría
Institucional - Carteles, diferenciados por el tipo de procedimiento de
concurso que corresponda.
1 |
Aceites y Lubricantes para UEN Producción |
15.451.700,00 |
may-11 |
2 |
Cable Conductor |
15.200.000,00 |
ago-11 |
3 |
Cemento, Piedra, Arcilla, Arena y Fibrolit, etc. |
46.676.160,00 |
jul-11 |
4 |
Equipo de Protección (Fusibles, Reles,
pararrayos, etc.) |
75.677.720,00 |
jun-11 |
5 |
Herramientas para Electricista. |
46.237.493,00 |
ago-11 |
6 |
Herrajes |
32.503.100,00 |
may-11 |
7 |
Lámparas para Alumbrado Público |
63.202.889,00 |
jun-11 |
8 |
Luminarias y Repuestos para Alumbrado Público |
48.483.095,00 |
jun-11 |
9 |
M. O. Instalaciones Eléctricas |
25.000.000,00 |
jun-11 |
10 |
Mano de Obra de Iluminación de Parques |
20.500.000,00 |
jul-11 |
11 |
Mantenimiento de Obras Civiles varias |
34.724.970,00 |
jul-11 |
12 |
Mantenimiento y Reparación Maquinaria Producción |
44.000.000,00 |
jun-11 |
13 |
Mejora de Instalación Eléctrica cargas
funcionamiento y Seguridad |
18.500.000,00 |
ago-11 |
14 |
Otras Instalaciones decorativas fechas festivas |
15.000.000,00 |
jun-11 |
15 |
Productos Metálicos; arandelas, clavos,
tornillos, varilla, grapas |
35.221.536,00 |
jun-11 |
16 |
Repuestos equipos varios |
86.391.000,00 |
jul-11 |
17 |
Servicio de mantenimiento y reparación de camino |
25.692.000,00 |
may-11 |
18 |
Servicios de Reparación de Mallas, Portones y puertas. Subestaciones |
17.000.000,00 |
may-11 |
19 |
Servicios Desarrollo de Sistemas Informáticos |
28.535.000,00 |
may-11 |
20 |
Suministro e Instalación de dos Generadores |
70.000.000,00 |
jul-11 |
21 |
Suministro, Instalación y Reparación Válvulas
Esféricas |
100.000.000,00 |
jul-11 |
22 |
Toner y Cartuchos, tintas y cintas |
19.902.418,00 |
may-11 |
23 |
Útiles y Materiales de Resguardo y Seguridad
ocupacional |
14.597.920,00 |
ago-11 |
24 |
Accesorios de Cómputo |
937.363,00 |
julio-11 |
25 |
Aceites , lubricantes y otros productos
automotrices |
11.525.300,00 |
junio-11 |
26 |
Ajustes de Protección En Plantas |
1.050.000,00 |
junio-11 |
27 |
Alquiler de locales |
1.537.000,00 |
agosto-11 |
28 |
Alquileres: sillas y toldos |
1.300.000,00 |
junio-11 |
29 |
Artículos Promocionales Uende Proyectos |
6.000.000,00 |
mayo-11 |
30 |
Consultoría para Asesoría en materia mecánica |
2.875.000,00 |
mayo-11 |
31 |
Asfalto y Afines (masilla ultra sostenible) |
52.500,00 |
agosto-11 |
32 |
Auditoria Externa Financiera |
6.600.000,00 |
mayo-11 |
33 |
Baterías alcalinas, recargables y otras |
826.532,00 |
junio-11 |
34 |
Binoculares |
725.800,00 |
julio-11 |
35 |
Cable especial |
15.000.000,00 |
julio-11 |
36 |
Cable de Construcción, Tubos, Conectores, Cajas,
Uniones, Etc. |
9.272.795,00 |
junio-11 |
37 |
Cajas de Cartón |
80.000,00 |
junio-11 |
38 |
Calcomanías para vehículos |
418.600,00 |
julio-11 |
39 |
Calibración de Equipos de Medición |
4.054.800,00 |
julio-11 |
40 |
Cámaras Fotográficas |
318.313,00 |
mayo-11 |
41 |
Candados, Cerraduras, Aldabas y Picaportes |
498.100,00 |
junio-11 |
42 |
Carnet para identificación de conductores |
500.000,00 |
mayo-11 |
43 |
Elaboración de Video Inducción |
4.000.000,00 |
julio-11 |
44 |
Equipo Comunicación (Radios) |
13.633.825,00 |
junio-11 |
45 |
Equipo de Cómputo |
2.700.000,00 |
mayo-11 |
46 |
Equipo de Oficina Aire acondicionado |
1.599.800,00 |
septiembre-11 |
47 |
Equipo Laboratorio: mesa de pruebas |
6.000.000,00 |
junio-11 |
48 |
Equipos de Comunicación |
771.200,00 |
julio-11 |
49 |
Escaleras: fibra y aluminio |
3.727.200,00 |
septiembre-11 |
50 |
Formularios Impresos por Block |
2.176.100,00 |
junio-11 |
51 |
Herramientas de Carpintería y Agricultura |
10.874.345,00 |
julio-11 |
52 |
Herramientas Automotrices |
2.370.800,00 |
julio-11 |
53 |
Insecticidas, Funguicidas , Herbicidas y
Similares |
4.443.320,00 |
julio-11 |
54 |
Libros NIAS 2010- Normas Internacionales de
Información |
220.000,00 |
mayo-11 |
55 |
Licencias Software |
9.000.000,00 |
mayo-11 |
56 |
Mantenimiento del Sistema de Cámaras Vigilancia |
2.600.000,00 |
junio-11 |
57 |
Mantenimiento de Edificios y Locales |
3.000.000,00 |
julio-11 |
58 |
Mantenimiento de Vallas |
700.000,00 |
agosto-11 |
59 |
Mantenimiento del Sistema Scada |
10.000.000,00 |
junio-11 |
60 |
Mantenimiento y Reparación de Equipo de
Comunicación |
2.500.000,00 |
mayo-11 |
61 |
Materiales para |
11.495.793,00 |
junio-11 |
62 |
Materiales y Productos Plásticos |
7.122.403,00 |
junio-11 |
63 |
Mobiliario de Oficina |
3.350.195,50 |
septiembre-11 |
64 |
Papelería(Cuad, Carpetas Colgantes, Folders) |
7.931.724,00 |
mayo-11 |
65 |
Persianas para oficina |
2.500.000,00 |
junio-11 |
66 |
Pinturas, Barnices , Esmaltes , diluyentes y
removedores |
8.140.570,00 |
julio-11 |
67 |
Postes, Bases y Fondos para Ancla |
4.278.000,00 |
septiembre-11 |
68 |
Productos Farmacéuticos y Medicinales |
325.540,00 |
septiembre-11 |
69 |
Productos Ferreteros |
10.436.580,00 |
agosto-11 |
70 |
Pruebas de Vibraciones |
2.153.000,00 |
agosto-11 |
71 |
Pruebas Varias Eléctricas y Mecánicas |
1.500.000,00 |
agosto-11 |
72 |
Recarga de Acetileno y de oxigeno |
1.545.000,00 |
septiembre-11 |
73 |
Reparación de Álabes Tuis |
4.000.000,00 |
octubre-11 |
74 |
Reparación de Motores de UEN Producción |
2.500.000,00 |
agosto-11 |
75 |
Reparación de Rodete de Turbinas |
9.650.000,00 |
agosto-11 |
76 |
Repuestos Automotrices |
1.090.000,00 |
julio-11 |
77 |
Repuestos de Plantas – Eléctricos |
2.800.000,00 |
junio-11 |
78 |
Mantenimiento de sistema de bombas de agua |
1.500.000,00 |
septiembre-11 |
79 |
Series Navideñas |
7.540.000,00 |
septiembre-11 |
80 |
Serv. Impres. Brochures, Catálogos,
Afiches, Folle |
4.902.935,00 |
mayo-11 |
81 |
Servicios de Amplificación de Sonido |
1.630.250,00 |
septiembre-11 |
82 |
Servicios de Fotocopiado y Empaste |
2.664.974,00 |
mayo-11 |
83 |
Servicios de Gestión y Apoyo Uen de Proyectos |
800.000,00 |
junio-11 |
84 |
Mejora de Servicios Sanitarios Barrio Fátima y
restauración Fachada |
2.800.000,00 |
julio-11 |
85 |
Servicios de mantenimiento y reparación de otros
equipos |
2.704.000,00 |
julio-11 |
86 |
Servicios de mantenimiento y reparación Hand
Held |
6.000.000,00 |
junio-11 |
87 |
Servicios de Pruebas de Transformadores |
1.201.200,00 |
junio-11 |
88 |
Servicios de seguridad por monitoreo |
2.000.000,00 |
agosto-11 |
89 |
Servicios de Transporte |
1.270.000,00 |
julio-11 |
90 |
Servicios Especializado Financiero |
1.357.943,50 |
agosto-11 |
91 |
Servicios Jurídicos Auditoría |
1.322.000,00 |
julio-11 |
92 |
Teléfonos y Faxes |
1.537.896,00 |
junio-11 |
93 |
Compra de alfombras de alto tránsito |
644.000,00 |
mayo-11 |
94 |
Uniformes |
2.000.000,00 |
junio-11 |
95 |
Útiles y Materiales de Cocina y Comedor |
50.000,00 |
agosto-11 |
96 |
Útiles y Materiales de Oficina |
4.352.212,00 |
mayo-11 |
97 |
Útiles, Materiales (Adornos Patrios y Navideños) |
152.700,00 |
agosto-11 |
98 |
Valoración Impacto Biológico |
3.000.000,00 |
julio-11 |
99 |
Vidrios, Cristales y Espejos |
1.219.000,00 |
julio-11 |
Cartago, 20 de mayo del 2011.—Proceso
Contratar Bienes y Servicios.—Lic. Abel Gómez Leandro, Coordinador.—1 vez.—O. C. Nº 5878.—Solicitud Nº
17563.—C-99650.—(IN2011038972).
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
MODIFICACIÓN
AL PROGRAMA ANUAL
DE ADQUISICIONES 2011
De conformidad con lo estipulado en el artículo Nº 6 de
Descripción |
Monto
equivalente según vigencia del contrato |
Cuatrimestre |
Vigencia del contrato |
Contratación
de servicios profesionales (ingeniería y arquitectura) para realizar estudios
preliminares, anteproyecto, diseño
de planos constructivos, especificaciones
técnicas y presupuesto detallado para la demolición del edificio actual y construcción de la sede del Instituto Nacional
de Seguros en la provincia de Liberia |
¢58.175.000,00 |
II al III |
Única vez |
Mantenimiento preventivo y correctivo al sistema de agua helada,
control inteligente, sistemas de aire acondicionado y equipo complementario
en diferentes zonas del país |
¢213.380.000,00 |
II al III |
48 meses |
Msc. Francisco Cordero Fallas, Jefe a. í.—1 vez.—O. C. Nº 19180.—Solicitud Nº 0313.—C-26300.—(IN2011039770).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000032-PCAD
Contratación
de servicios de desarrollo, mantenimiento
y soporte del sistema de cuentas
corrientes Impacs
(modalidad consumo por demanda)
Apertura: para las 14:00 horas del día
14 de junio del 2011
Venta y retiro
del cartel: lunes a viernes de 9:00 a. m. a 4:30 p. m.
Costo: ¢1.500,00
(mil quinientos colones con 00/100).
San José, 24 de mayo del 2011.—Proceso
de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Jefe.—1 vez.—(IN2011039713).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000027-PCAD
Contratación
de servicios de una empresa para el monitoreo de
vulnerabilidades de direcciones
IP’S públicas del banco
Apertura: para las 10:00 horas del día 14 de junio del 2011.
Venta y retiro
del cartel: lunes
a viernes de 9:00 a. m. a 4:30 p. m.
Costo: ¢2.000,00
(dos mil colones con 00/100).
San José, 24 de mayo del 2011.—Proceso
de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Jefe.—1 vez.—(IN2011039714).
PROVEEDURÍA
INSTITUCIONAL
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-000001-SCA
Concesión
de instalación pública para prestar el servicio
de soda comedor de
y
Los
interesados en esta contratación podrán solicitar el cartel a los correos
electrónicos wjime@una.ac.cr, o cmurillo@una.ac.cr o en la siguiente dirección:
www.una.ac.cr/proveeduria/, en los documentos electrónicos propiamente información
para proveedores, carteles.
Heredia, 23 de mayo del 2011.—Proveeduría
Institucional.—Lic. Nelson Valerio Aguilar, Director.—1
vez.—O. C. Nº 171-2011.—Solicitud Nº
40043.—C-11270.—(IN2011039832).
PRECALIFICACIÓN
Nº 1
FONDOS
BID
Adquisición
de dos SCADA/EMS para el
Centro Nacional Control de
Energía
El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en
la licitación antes mencionada, que recibirá expresiones de interés hasta las
10:00 horas del día 28 de junio del 2011, en la ventanilla única de
Requerimiento:
Adquisición de dos SCADA/EMS para el Centro Nacional Control de
Energía.
Se les informa además que se pondrán a disposición las condiciones y
formularios en nuestro sitio web: https://www.grupoice.com/PEL.
San José, 25 de mayo de 2011.—Proveeduría
Corporativa.—Luis Fernando Araya Montero, Coordinador Licitaciones.—1
vez.—O. C. Nº 356441.—Solicitud Nº
40671.—C-9020.—(IN2011039416).
MUNICIPALIDAD
DE SAN PABLO DE HEREDIA
CONTRATACIÓN
DIRECTA Nº 2011CD-000050-01
Contratación
de servicios de capacitación en lenguaje
lesco nivel I para personal municipal
en el
cantón de San Pablo de Heredia
San Pablo de Heredia, 25 de mayo del 2011.—Yael
Solano Méndez, Proveeduría Municipal.—1 vez.—(IN2011039700).
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº
2011CD-000053-01
Contratación
de abogado externo para que instituya como
ejecutor de un órgano director
de procedimiento administrativo disciplinario contra
un funcionario municipal
San Pablo de Heredia, 25 de mayo de 2011.—Yael
Solano Méndez, Proveeduría Municipal.—1 vez.—(IN2011039701).
RADIOGRÁFICA
COSTARRICENSE S. A.
PROCEDIMIENTO
POR ESCASA
CUANTÍA 2011PP-000071-DGCMRACSA
Soporte
fabricante Sun Microsystem y Software Periférico
para el
Centro de Interacción con el cliente CIC-CRM de Racsa
Radiográfica Costarricense S. A. se permite invitar a los interesados
en participar en el procedimiento arriba indicado, retirando el respectivo
pliego de condiciones en
San José, 25 de mayo del 2011.—MBA. Xavier Sagot Ramírez,
Dirección Administrativa Financiera.—1
vez.—(IN2011039752).
PROCESO
DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
SUBPROCESO
GESTIÓN Y ANÁLISIS DE COMPRAS
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000013-PCAD
Contratación
de servicios para mantenimiento preventivo
y atención
de averías para equipos de aire acondicionado
tipo VRV en
los edificios Metropolitano y San Pedro
del Banco Popular y de
Desarrollo Comunal
El Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de
Desarrollo Comunal hace del conocimiento de los interesados en la licitación
abreviada Nº 2011LA-000013-PCAD “Contratación de servicios para
mantenimiento preventivo y atención de averías para equipos de aire
acondicionado tipo VRV en los edificios Metropolitano y San Pedro del Banco
Popular y de Desarrollo Comunal” que
Centro
Cars S. A., cédula jurídica Nº
3-101-009339-13.
Ítem: 1.
Mantenimiento preventivo: $1.590.00.
Monto trimestral: averías $23.00 i.v.i.
Reubicación: $910.00
i.v.i.
Se estima un promedio anual de ¢20.187.499,99, para el ítem 1 (según
estimación visible al folio 16 del expediente administrativo).
Garantía de cumplimiento: El adjudicatario
dispondrá de cinco días hábiles, contados a partir de la firmeza del acto de
adjudicación, para rendir la correspondiente garantía de cumplimiento por monto
de ¢1.500.000,00, con una vigencia de catorce meses.
Ecoaire
S. A., cédula jurídica Nº 3-101-536983
Ítem: 2
Precio
Visita mant. Prev. trimestral: $2.650.00 i.v.i.
Reubicación: $1.600.00
i.v.i
Averías: $24.00
Se estima un promedio anual de ¢60.562.499,99, para el ítem 2 (según
estimación visible al folio 14 del expediente administrativo).
Garantía de cumplimiento: El adjudicatario
dispondrá de cinco días hábiles, contados a partir de la firmeza del acto de
adjudicación, para rendir la correspondiente garantía de cumplimiento por monto
de ¢1.500.000.00, con una vigencia de catorce meses.
Condición
para ambos ítemes: Los pagos asociados a los servicios y repuestos contratados,
durante la vigencia de esta contratación, incluyendo todas las posibles
prórrogas, no deberán exceder el tope máximo de las licitaciones abreviadas
¢322.999.999,99.
Demás condiciones y requisitos según lo plantea el proceso de
Contratación Administrativa del Banco Popular en su informe de adjudicación Nº
075-2011.
San José, 24 de mayo del 2011.—Subproceso de Gestión y Análisis
de Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1
vez.—(IN2011039712).
GERENCIA
DE LOGÍSTICA
ÁREA DE
ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2010LN-000005-1142
Pruebas
para la identificación automatizada
y semiautomatizada de
Microorganismos
y determinación de PSA
El ítem uno de este concurso se adjudicó a la empresa Tecno
Diagnóstica S. A., por un monto total de USD $4.408.000,00 (cuatro millones
cuatrocientos ocho mil dólares exactos).
El ítem
dos de este concurso se adjudicó a la empresa Capris S. A., por un monto
total de USD $2.760.000,00 (Dos millones setecientos sesenta mil dólares
exactos).
Vea detalles y mayor información en la página Web http://www.ccss.sa.cr.
San José, 24 de mayo de 2011.—Subárea de
Adjudicaciones.—Lic. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—O. C.
Nº 1142.—Solicitud Nº 37045.—C-5870.—(IN2011039420).
SUBGERENCIA DE TECNOLOGÍAS DE
INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000001-1150
Contratación
de servicios para Plataforma Citrix
Se informa a los interesados que se resolvió adjudicar el presente
concurso a la oferta única, CR Conectividad S. A., monto adjudicado:
$205.000,00. Ver mayores detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 25 de mayo del 2011.—Subárea Gestión de
Compras—MBA. Lydia Durán Jiménez, Jefa.—1
vez.—(IN2011039698).
HOSPITAL MÉXICO
LICITACIÓN
NACIONAL Nº 2011LN-000016-2104
Por la
adquisición de: Natilla, jalea y gelatina
Empresa adjudicada: Industrias Centroamericanas Romero S. A.
Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr
San José, 25 de mayo del 2011.—Subárea de Contratación
Administrativa.—Bach. Meriam Retana Vega, Coordinadora.—1
vez.—(IN2011039725).
LICITACIÓN NACIONAL Nº 2010LN-000017-2104
Por la
adquisición: Bolsas para basura plásticas
Empresa adjudicada: Corporación
Inyco S. A., Plásticos Puente S. A., Corporación Industrial Tauro
S. A.
Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr
San José, 25 de mayo del 2011.—Subárea de Contratación
Administrativa.—Bach. Meriam Retana Vega, Coordinadora.—1
vez.—(IN2011039726).
LICITACIÓN NACIONAL Nº 2011LN-000008-2104
Bisturís
varios
Empresa adjudicada: Multiservicios
Electromédicos S. A.
Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr
San José, 25 de mayo del 2011.—Subárea de Contratación
Administrativa.—Bach. Merian Retana Vega, Coordinadora.—1
vez.—(IN2011039727).
PROCESO
DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN
PÚBLICA 2010LN-000001-07
(Readjudicación)
Contratación de servicio de seguridad y vigilancia para
el Centro
Regional Polivalente de Puntarenas,
Centro
Cutuart de Desmontes de San Mateo,
Centro de Formación Profesional
de Orotina,
Centro de
Formación Profesional
de
Puntarenas y Buque
Escuela
Solidaridad
• Readjudicar
la línea 1, 2, 3 y
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Ana Luz Mata Solís, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº
24781.—C-81210.—(IN2011039767).
1º—El Instituto de Desarrollo Agrario comunica la adjudicación
de los siguientes procesos de contratación:
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000009-02
Construcción
de caminos en el asentamiento campesino
Génesis (etapa I y II),
Dirección Huetar Atlántica,
Oficina Subregional Cariari
Adjudicar a favor de la oferta presentada por el consorcio de las
empresas Alquileres Valverde S. A., cédula jurídica 3-101-168406 e Inversiones
y Alquileres Valverde Construcciones S. A., cédula jurídica 3-101-213319,
por la suma de ¢29.160.300,00 (veintinueve millones ciento sesenta mil
trescientos colones con 00/100), con un plazo de ejecución total de 50 días
naturales, según acuerdo de Junta Directiva Nº 3 sesión extraordinaria 015-2011,
del 24 de mayo de 2011.
__________
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000010-02
Construcción de puente tipo caja de concreto en el Asentamiento
Campesino
Génesis, Dirección Huetar Atlántica,
Oficina
Subregional Cariari
Adjudicar a favor de la oferta presentada por la empresa Grupo
Roading Consulters S. A., cédula jurídica 3-101-449436, por la suma de
¢23.423.092,15 (veintitrés millones cuatrocientos veintitrés mil noventa y dos
colones con 15/100), con un plazo de ejecución total de 50 días naturales,
según acuerdo de Junta Directiva Nº 3 sesión extraordinaria 015-2011, del 24 de
mayo de 2011.
__________
LICITACIÓN
ABREVIADA 2011LA-000011-02
Construcción
de caminos en el Asentamiento Campesino
Bella Luz, Dirección Región Huetar Atlántica,
Oficina Subregional Cariari
Adjudicar a la empresa Rigoberto Rivera López y Hermanos S. A.,
cédula jurídica 3-101-052942 por la suma de ¢60.000.100,00 (sesenta
millones cien colones con 00/100), con un plazo de ejecución total de 70 días
naturales, según acuerdo de Junta Directiva Nº 3 sesión extraordinaria
015-2011, del 24 de mayo de 2011.
Rafael Fernández Bolaños.—Área de
Contratación y Suministros.—1 vez.—(IN2011039432).
MUNICIPALIDAD
DE POÁS
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000002-ASISTA
Producción de 1907 TM de mezcla asfáltica en caliente para
retirar en
boca de planta, con aporte de asfalto AC-30 Municipal
La suscrita Roxana Chinchilla Fallas, Secretaria del Concejo Municipal
de
San Pedro de Poás, 25 de mayo del 2011.—Roxana
Chinchilla Fallas, Secretaria Concejo Municipal.—1
vez.—(IN2011039395).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO ELÉCTRICO
MUNICIPAL DE CARTAGO
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000001-01
Venta
de equipos y materiales en desuso
lotes: luminarias, medidores,
cable,
postes, transformadores y bateas
Oferta Nº 1: presentada por la empresa Reciclub Logística S. A.;
por un monto total $62.500,00 (sesenta y dos mil quinientos con 00/100
dólares).
Tiempo
de entrega: Para el retiro de la totalidad de los materiales y equipos
en desuso el plazo será de 20 días naturales máximo y éste empezará a correr a
partir del día siguiente de la confirmación por parte de JASEC del recibo de
pago.
Lugar
de entrega: Almacén Central JASEC ubicado en Barrio Fátima.,
Forma
de pago: El precio de la venta deberá depositarlo el contratista en
cuentas de JASEC anticipado por el 110% del precio pactado a más tardar 3 días
después de notificada la adjudicación por parte del Proceso Contratar Bienes y
Servicios.
Cartago, 25 de mayo del 2011.—Contratar Bienes y
Servicios.—Lic. Abel Gómez L., Coordinador.—1
vez.—O. C. Nº 5078.—Solicitud Nº
17565.—C-9920.—(IN2011039790).
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-000004-0BCCR
Servicio
de hospedaje para equipos de procesamientos
de datos para el Banco Central
de Costa Rica
Se avisa a todos aquellos interesados en participar en esta
contratación que al cartel se le realiza la siguiente aclaración:
En los puntos 2.3.2.1, 2.3.4.1.1 y 2.3.4.1.2 del cartel donde se
indica como requisito cumplir con los requerimientos del “Código Sísmico
de Costa Rica
“Se debe cumplir con los requisitos del Código Sísmico de Costa
Rica vigente a la fecha de construcción del inmueble, considerando el Código
Sísmico del año 1986 como mínimo.”
Todo lo demás permanece invariable.
San José, 24 de mayo del 2011.—José A.
Rodríguez C., Director División Administrativa.—1 vez.—O. C. Nº
11674.—Solicitud Nº 1714.—C-5870.—(IN2011039379).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000027-01
(Aclaración Nº 3)
Remodelación
oficina BCR-Mall Multiplaza del Este
Se informa a los interesados en la licitación en referencia, que se
modifica el plazo de apertura de las ofertas para el día 06/06/2011, a las
catorce horas con treinta minutos (2:30 p. m.).
Asimismo,
a partir del día 30/05/2011 deben retirar modificaciones al cartel en
San José, 25 de mayo del 2011.—Oficina
de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar S.—Área de
Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 60598.—Solicitud Nº
1402.—C-5420.—(IN2011039749).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000020-PCAD
(Enmienda Nº 1)
Contratación
del servicio de mantenimiento y soporte al
sistema integrado de
contratación administrativa
(modalidad consumo según
demanda)
El Proceso de Contratación Administrativa, les comunica a los
interesados la siguiente enmienda Nº 1 de oficio al cartel:
1. El
punto 2.4.1 inciso i) Emergentes, se enmienda para que se lea de la siguiente
forma: i) Emergentes: Estos casos se categorizarán de urgencia y están
referidos mayoritariamente a la atención de eventos derivados de registros
incorrectos o de fallas de operación del aplicativo durante un proceso
concursal. Para estos casos, el tiempo máximo para atender un reporte en sitio,
a partir de reportada la falla por el Banco, será de una hora y media. Para lo
anterior, el contratista deberá suministrar el número de teléfono, la dirección
de correo electrónico o cualquier otro medio por el cual sea posible reportar
la falla, para su atención en el tiempo indicado, brindando la solución del
caso, aportando los scripts requeridos para su solución o corrección. Al
respecto dicho reporte se atenderá según lo dispuesto en el último párrafo del
punto 2.3 de este cartel.
2. El punto 2.4.2.6 se enmienda para que se lea de la siguiente forma:
2.4.2.6 El tiempo máximo para atender un reporte en sitio, en los casos
emergentes será de una hora y media a partir de reportada la falla por el
Banco. Salvo los plazos definidos en los mantenimientos, soportes y desarrollos
normales y que deriven de cronogramas de previo aprobados por las partes.
3. El primer párrafo del punto 4.7 cláusula penal, se enmienda para
que se lea de la siguiente forma:
En el caso de atraso en la prestación de los
servicios, según el plazo indicado en el punto 2.4.2.6 de los niveles de servicio,
o el plazo indicado en el punto 2.5 de garantía, el contratista deberá pagar al
Banco Popular y de Desarrollo Comunal el 2.5% del monto total de horas
aprobadas, por cada hora o día natural de atraso, según corresponda
respectivamente, hasta un máximo del 25%. La suma que corresponda por concepto
de la aplicación de esta cláusula, será rebajada del pago que se le haga al
contratista.
4. Todas las demás condiciones, requisitos se mantienen invariables.
San José, 24 de mayo del 2011.—Proceso de Contratación
Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Jefe.—1
vez.—(IN2011039715).
ÁREA DE
ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2009LN-000027-1142
(Aviso Nº 28)
Pruebas
bioquímicas efectivas automatizadas
Se les informa a todos los interesados, que se prorroga la fecha de
apertura de ofertas de este concurso, para el día 28 de junio de
Ver detalle en http:/www.ccss.sa.cr
San José, 25 de mayo de 2011.—Subárea de Carteles.—Lic.
Shirley Solano M., Jefa.—1 vez.—O. C. Nº
1142.—Solicitud Nº 44586.—C-6770.—(IN2011039419).
GERENCIA DE LOGÍSTICA
DIRECCIÓN
DE APROVISIONAMIENTO
DE BIENES Y SERVICIOS
ÁREA DE
ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
CONCURSO
Nº 2010LN-000017-1142
(Aviso Nº 17)
Tarjetas
para el estudio de anticuerpos
El Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios, les comunica a los
oferentes interesados en participar en
1. Según
Ley Nº 7293 artículo 4 del 31 de marzo de 1992, Ley Reguladora de Exoneraciones
Vigentes, Derogatorias y Excepciones, señala que se exonera de: “todo
tributo y sobretasas, la importación y compra local de las mercancías y
servicios que requiera
Toda oferta es libre de
impuestos y si la mercadería es del exterior se deberá de indicar desde la
oferta su exoneración. El beneficio se aplica cuando el contratista tenga en su
poder los documentos que respaldan la importación de los bienes los cuales deberá
de presentar en
La exoneración abarca el
impuesto general sobre las ventas (IVA), Ley 6879 (reformada mediante Ley 6946)
creando Impuesto 1% Valor Aduanero Mercancías Importadas, Selectivo de Consumo
y los derechos arancelarios a la importación cuando así correspondan.
Además, se les previene que pueden presentarse en nuestras oficinas
ubicadas en oficinas centrales CCSS, piso 11, edificio Laureano Echandi, con el
propósito de analizar integralmente el expediente administrativo.
Subárea de Carteles.—Shirley Solano Mora, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 44587.—C-16220.—(IN201139792).
MUNICIPALIDAD
DE HEREDIA
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000012-01
Contratación
para servicios de Georeferenciación
para
Heredia, 25 de mayo del 2011.—Lic. Enio Vargas Arrieta,
Proveedor Municipal.—1 vez.—O. C. Nº
53948.—Solicitud Nº 48014.—C-7820.—(IN2011039680).
Que
REGLAMENTO
DE ARCHIVO CENTRAL INSTITUCIONAL
DEL INSTITUTO COSTARRICENSE
DE PUERTOS DEL PACÍFICO
INTRODUCCIÓN
La adecuada gestión documental de una Institución, es determinante
para la conservación de la memoria documental institucional en la cual nos
encontramos laborando; máxime cuando se trata de una entidad del Sector
Público, ya que existe un marco jurídico riguroso y de obligatorio cumplimiento
que rige la actividad archivística desde producción del documento hasta su
destinación final.
La
gestión archivística se refiere al conjunto de actividades relacionadas con la
totalidad del quehacer archivístico, que comprende desde la elaboración del
documento hasta su eliminación o conservación permanente.
Objetivo.
Contar con los procesos que permitan identificar y registrar información
confiable, relevante, pertinente y oportuna el sistema de archivo institucional a fin de
atender de una manera eficiente y eficaz los requerimientos de información
solicitados por los usuarios, considerando las disposiciones emanadas en
CAPÍTULO
I
Disposiciones
generales
Artículo 1º—El Archivo Central es una dependencia de
Artículo
2º—Para efecto del presente reglamento se entiende por:
1) Archivos de Gestión: Son todos aquellos documentos
producidos por las diferentes unidades administrativas de
2) Archivos Centrales: Son aquellos que conforman el Sistema
Nacional de Archivos y su responsabilidad es reunir todos los documentos
producidos por los Archivos de Gestión de
3) Archivos Históricos o Finales: Son aquellos que mantienen
custodiados documentos que tengan como mínimo 20 años de antigüedad y sean de
valor científico-cultural. De previo deben contar con la autorización de
4) Comité Institucional de Selección y Eliminación de Documentos:
Órgano interno encargado de evaluar y determinar la vigencia administrativa y
legal de los documentos. Si no existieran Tablas de Plazos aprobadas, éste
solicitará a
5) Comisión Nacional de Selección y Eliminación de Documentos:
Órgano que se encarga de dictaminar las normas sobre la selección y eliminación
de documentos, conservación de aquellos que tengan valor científico-cultural,
la aprobación de las Tablas de Plazos de Conservación que presenten las
diferentes instituciones y aquellas otras funciones que le asignen las leyes y
reglamentos.
6) Dirección General del Archivo Nacional: Es la entidad de
servicio público que funciona como órgano desconcentrado del Ministerio de
Cultura Juventud y Deportes. Vela por el cabal cumplimiento de
7) INCOP: Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico.
8) Tabla de Plazos de Conservación: Es un instrumento en el que
constan todos los tipos documentales producidos o recibidos en una oficina o
institución, en el cual se anotan todas sus características y se fija el valor
administrativo – legal, que debe estar avalada por el comité
Institucional de Selección y Eliminación de Documentos.
CAPÍTULO
II
De la
definición y funcionabilidad
Artículo 3º—Se denomina Archivo Central a
Artículo
4º—Funcionará bajo la administración y coordinación preferiblemente, de
un archivista graduado de un Centro de Educación Superior, un Profesional en
Administración de Empresas o Negocios con conocimientos en el Área
Archivística, o un funcionario del mismo nivel académico debidamente
capacitado, quien dependerá directamente de
Artículo
5º—El Archivo Central del Instituto Costarricense de Puertos del
Pacífico, tendrá, entre otras, las siguientes funciones:
a) Centralizar todo el acervo documental de las dependencias y
oficinas de
b) Coordinar con
c) Reunir, conservar, clasificar, ordenar, describir, seleccionar,
administrar y facilitar el acervo documental de
d) Elaborar los instrumentos y auxiliares descriptivos necesarios para
aumentar la eficiencia y eficacia en el servicio público.
e) Velar por la aplicación de políticas archivísticas y asesorar
técnicamente al personal de
f) Velar que las Tablas de Plazos aprobadas sean sometidas a una
revisión, tanto del Comité Institucional, como de
g) Colaborar en la búsqueda de soluciones para el buen funcionamiento
del Archivo Central y de los archivos de gestión del INCOP.
h) Los archivistas que laboren en el Archivo Central deberán asistir a
la asamblea general de archivistas, cada año.
i) Solicitar asesoramiento técnico a
j) Integrar el Comité a que se refiere el artículo 33 de
k) Solicitar a
l) Rendir un informe anual a
m) Entregar a
n) Cualquier otra por disposición de
o) Solicitar a cada Encargado de Unidad, las Tablas de Plazos de
Conservación o Eliminación, para una adecuada selección técnica de los
documentos.
p) Reunir por medio de listas de remisión, los documentos producidos y
recibidos como producto de las actividades de
q) Mantener técnicamente organizados todos los documentos, pueden ser
textuales, gráficos, audiovisuales, materiales, cartográficos y legibles por
máquina.
r) Poner a disposición del personal de
s) Establecer en coordinación con
t) Presentar a
u) Cuando se pretenda eliminar cualquier tipo de documento, éstos deberán
ser registrados en actas elaboradas por la unidad del Archivo Central y
refrendadas por los miembros de
Artículo 6º—Sin perjuicio de lo que establece
a) Reunir, conservar, clasificar, ordenar, describir, seleccionar,
administrar y facilitar la documentación de
b) Coordinar con el Archivo Central la ejecución de las políticas
archivísticas de
c) Las jefaturas deben colaborar en la elaboración de las Tablas de
Plazos de sus respectivas unidades administrativas, de conformidad con los
lineamientos del Comité Institucional.
d) Coordinar y ejecutar la transferencia hacia el Archivo Central de
los documentos que hayan cumplido su vigencia administrativa de conformidad con
los plazos establecidos en las Tablas de Plazos.
e) Solicitar el asesoramiento necesario al Encargado de Archivo
Central cuando así lo requieran.
f) Otras labores atinentes a su cargo.
CAPÍTULO
III
Del
edificio e instalaciones
Artículo 7º—El local del Archivo Central deberá reunir las
condiciones necesarias que garanticen la conservación óptima de los documentos,
tomando en cuenta el grado de humedad relativa del aire, temperatura, luz e
insectos. Además deberá contar con las medidas técnicas para la extinción y
prevención de incendios y robos. No obstante,
Artículo
8º—El Archivo Central tendrá tres áreas definidas, a saber: Área
Administrativa, Área de Consulta y Área de Depósito.
CAPÍTULO
IV
Del
ingreso de documentos al archivo central
Artículo 9º—Las oficinas deben enviar los documentos al Archivo
Central debidamente clasificados, ordenados, numerados y acompañados por la
respectiva lista de remisión por duplicado. La lista de remisión debe llenarse
correctamente acompañada de una copia. La original será firmada y sellada como
recibida, la copia se devolverá a la oficina remitente una vez que se haya
comprobado que lo descrito en ella, fue lo que ingresó al Archivo Central, caso
contrario, toda la documentación será devuelta para que se corrija la lista de
remisión.
En el
caso de toda la documentación que se produzca relacionada con las concesiones
otorgadas por el INCOP,
Artículo
10.—A la lista de remisión se le llenará la columna de signatura del
Archivo Central, antes de ser devuelta a la oficina remitente.
Artículo
11.—El Archivista o persona Encargada del Archivo Central, establecerá
las fechas en que se recibirán documentos de cada oficina y deberá comunicarlo
por escrito a los Encargados de Archivos de Gestión.
CAPÍTULO
V
De la
consulta y préstamo de documentos
Artículo 12.—El préstamo de documentos se hará a funcionarios y
usuarios, siempre y cuando el documento no se haya declarado de consulta
restringida.
Artículo
13.—La documentación solicitada por usuarios externos, no podrá salir de
Artículo
14.—Para el préstamo de documentos a las oficinas productoras, éstas
elaborarán una boleta de Préstamo de Documentos que será firmada, tanto por el
funcionario que recibe como el que entrega, además deberán anotar el número de
cédula correspondiente.
Artículo
15.—El plazo máximo de permanencia sobre documentación solicitada fuera
del Archivo Central, será de diez (10) días hábiles a partir de la fecha de
entrega. Cumplido el período, los documentos deberán ser devueltos. En caso de
ser requeridos por más tiempo, la unidad interesada, solicitará una prórroga
conforme lo dispuesto en el formulario, que para tal fin existe en el Archivo
Central.
Artículo
16.—El Archivo Central contará con un Registro de Firmas debidamente
actualizado, por medio del cual, solamente suministrará documentos, a aquellos
funcionarios que se encuentren autorizados en dicho registro.
Artículo
17.—Cualquier ciudadano interesado en consultar documentos deberá hacer
la solicitud por escrito indicando con toda claridad el objetivo de su
investigación, llenará la boleta de Préstamo de Documentos y, además, deberá
identificarse con su cédula de identidad, pasaporte o carné de estudiante,
según sea el caso.
Los
usuarios externos no podrán sacar los documentos del edificio del Archivo
Central, el estudio y revisión de los documentos solicitados lo efectuarán en
el local de consulta destinada para los usuarios.
Artículo
18.—Los usuarios particulares o internos deberán hacer silencio en el
local de consulta, no rayar los documentos, no ingerir alimentos o bebidas.
Asimismo, se prohíbe fumar en cualquiera de las áreas del Archivo Central.
Además, queda terminantemente prohibida la permanencia de personas ajenas a ese
recinto.
Artículo
19.—En caso de que los documentos sean consultados por historiadores o
con el fin de elaborar investigaciones importantes y a juicio del archivista,
éste solicitará una copia del trabajo realizado que pasará a formar parte del
patrimonio documental del Archivo Central del Instituto Costarricense de
Puertos del Pacífico.
CAPÍTULO
VI
De los
procedimientos
Artículo 20.—El Archivista o Encargado será quien elabore las
Normas y Procedimientos para la organización del Archivo. La aplicación de
éstas, se hará extensiva para los Archivos de Gestión, además, será quien
coordine las políticas archivísticas del Instituto Costarricense de Puertos del
Pacífico.
Artículo
21.—Los Encargados de cada Unidad serán los responsables de que en su
oficina se ordenen y archiven correctamente los documentos, siguiendo la
normativa establecida por el Archivo Central. Asimismo, será el responsable de
que se envíen correctamente las listas de remisión.
Artículo
22.—En el Archivo Central no se conservará más de un ejemplar de cada
documento, con la salvedad que sea autorizado por el Encargado del Archivo
cuando el caso así lo amerite.
Artículo
23.—El Archivo Central contará anualmente con un presupuesto para la
adquisición de materiales necesarios para el buen ejercicio de sus funciones.
CAPÍTULO
VII
De la
conservación o eliminación de documentos
Artículo 24.—El proceso de conservación o eliminación de
documentos del Archivo Central será regulado internamente por el Comité
Institucional, integrado por los siguientes funcionarios:
a) Director Administrativo Financiero o su representante.
b) Asesor Legal o su representante
c) Encargado del Archivo Central
Artículo 25.—La autorización final para eliminar documentación,
previa consulta, será extendido por
Artículo
26.—Para la adecuada selección de documentos que serán eliminados o
remitidos al Archivo Central, los Encargados de cada unidad se deberán guiar
por
CAPÍTULO
VIII
De la
clasificación documental
Artículo 27.—El sistema de clasificación documental que se
implementará a escala institucional, estará basado principalmente en
Artículo
28.—Los Encargados de cada unidad, velarán para que la dependencia a su
cargo, realice todos los procesos o lineamientos archivísticos que establezca
Artículo
29.—Para el adecuado seguimiento del plan o sistema de clasificación, los
Encargados de la correspondencia ó Secretarias, según corresponda deberán
seguir el mismo procedimiento en cada unidad donde fueran designadas.
Artículo
30.—El Archivista o Encargado del Archivo Central, inspeccionará
regularmente los Archivos de Gestión a fin de controlar la adecuada ejecución
del Plan General de Archivo confeccionado por el Encargado del Archivo.
CAPÍTULO
IX
De la
funcionalidad e integración del Comité Institucional
de Selecciona y Eliminación de
Documentos
Artículo 31.—
Artículo
32.—Los funcionarios indicados en artículo anterior podrán delegar en
otros, siempre y cuando cuenten con las mismas condiciones profesionales. Entre
ellos se elegirá un Presidente y un Secretario, electos por mayoría absoluta y
durarán un año en el cargo pudiendo ser reelectos. El Comité implantará las
normas de trabajo y fecha de reuniones.
Artículo
33.—El Comité Institucional tendrá la potestad de integrar miembros
adicionales, según los objetivos trazados y en busca del óptimo desempeño de la
labor archivística.
Artículo
34.—Las funciones del Comité Institucional serán las siguientes:
a) Evaluar y determinar la vigencia administrativa y legal de sus
documentos.
b) Consultar a
CAPÍTULO
X
Uso de
papel y tinta
Artículo 35.—El INCOP deberá acatar
Artículo
36.—Entre los documentos que el INCOP considerará de valor científico-cultural
están:
▪ Actas
de
▪ Balances
Anuales.
▪ Contratos
importantes para el logro de los objetivos del INCOP.
▪ Convenios.
▪ Informes
contables.
▪ Informes
de labores.
▪ Libros
contables legalizados.
▪ Liquidaciones
presupuestarias anuales.
▪ Memorias.
▪ Presupuestos
generales.
▪ Plan
Anual Operativo.
▪ Plan
Anual de Trabajo.
▪ Reglamentos.
▪ Cualquier
otro que así lo dictamine
CAPÍTULO
XI
Documentos
producidos por medios automáticos
Artículo 37.—El INCOP deberá acatar
Artículo
38.—El encargado del archivo Institucional de acuerdo con la directriz
anteriormente mencionada deberá establecer las políticas y los procedimientos
institucionales para la creación, organización, utilización y conservación de
los documentos en cualquier soporte, y estas son de acatamiento obligatorio
para todos los funcionarios del INCOP.
Artículo
39.—Para cumplir con el artículo anterior, el encargado del archivo
institucional debe coordinar con el encargado de Tecnologías de Información a
fin de diseñar y desarrollar las aplicaciones informáticas que respondan a
necesidades reales de información. Para ello, presentarán un Plan a
Artículo
40.—El encargado del archivo institucional deberá realizar un informe a
Artículo
41.—En todo caso se debe garantizar que los documentos electrónicos
almacenados en su versión final no puedan ser modificados. Además,
Artículo
42.—En materia del uso del correo electrónico, INCOP se regirá mediante
las disposiciones reglamentarias que establecen el Archivo Nacional de Costa
Rica y
Artículo
43.—La oficina que produce un documento por medios electrónicos, tiene la
responsabilidad de producirlo y resguardarlo en el Archivo de gestión, en el
momento que concluya su vida administrativa, enviarlo al Archivo Central para
su debida conservación.
Disposiciones
finales
Artículo 44.—El presente Reglamento estará sujeto a cambios que
pudieran suscitarse en
Artículo
45.—Las disposiciones incluidas son de acatamiento obligatorio por todos
los usuarios, tanto internos como externos. Caso contrario, los problemas
internos podrían ser sancionados según lo dispuesto en el Reglamento Autónomo
de Servicio del Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico y la
legislación vigente en el campo archivístico.
Artículo
46.—Este Reglamento deroga el anterior aprobado por
Rige a
partir de su publicación en el Diario Oficial
Lic. Juan Ariel Madrigal Porras, Proveedor General.—1 vez.—O. C. Nº 25658.—Solicitud Nº 23059.—C-162020.—(IN2011039020).
FEDERACIÓN METROPOLITANA
DE MUNICIPALIDADES
REGLAMENTO
DE
PARA EL OTORGAMIENTO DE PERMISOS
Y LICENCIAS
DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS
DE TELECOMUNICACIONES
Considerando:
1º—Que dentro del marco regulatorio existente,
2º—Que
complemento esencial a
CAPÍTULO
I
Disposiciones
generales
Artículo 1º—Este Reglamento tiene como objeto establecer los
requisitos y procedimientos para optar por certificados de uso del suelo,
permisos de construcción y licencias comerciales en telecomunicaciones en el
territorio del cantón de Moravia, en resguardo del espacio urbano-ambiental.
Artículo
2º—Se establecen como sus objetivos específicos:
1. Asegurarse de que las estructuras de antena sean realizadas de
conformidad con las especificaciones técnicas bajo las cuáles fueron
autorizadas.
2. Propiciar razonablemente la minimización del impacto visual y
ambiental sin perjuicio de la legislación nacional vigente.
3. Asegurarse de que las actividades desplegadas se enmarquen dentro
de las regulaciones existentes en materia de patentes, de acuerdo al artículo
79 del Código Municipal y
Artículo 3º—Están sometidas al presente Reglamento en la
jurisdicción del cantón, todas las personas físicas o jurídicas, públicas o
privadas, que requieran o soliciten licencias municipales, en condición de
operador, proveedor de infraestructura, proveedor, o en cualquier condición
similar, independientemente de las áreas donde se encuentren instaladas, ya sea
de dominio público, acceso público o dominio privado o áreas privadas.
Artículo
4º—Para los efectos de la presente normativa se adoptan las siguientes
definiciones:
1. Bienes de Dominio Público: Son aquellos que por voluntad
expresa del legislador o disposición municipal, tienen un destino especial de
servir a la comunidad o al interés público.
2. Canon por utilización de espacio público municipal: Es el
monto a cancelar por la utilización de los espacios públicos municipales, de
conformidad con el artículo 79 de
3. Estructura de antena: Es aquella estructura que incluye el
sistema de radiación y/o recepción de una antena y equipos utilizados para la
transmisión inalámbrica en los servicios de telecomunicaciones, sus estructuras
de soporte y todos los accesorios montados sobre la misma.
4. Finca del área de antena: Es aquella
finca registral con linderos establecidos donde se colocará una estructura de
antena.
5. Licencia de construcción: La autorización expedida por
6. Licencia Comercial: La autorización expedida por
7. Operador: Persona física o jurídica, pública o privada, que
explota redes de telecomunicaciones con la debida concesión o autorización, las
cuales podrán prestar o no servicios de telecomunicaciones disponibles al
público en general.
8. Patente: Impuesto a pagar por la realización y explotación
de una actividad comercial, industrial o de servicios dentro de la jurisdicción
del cantón, de conformidad con
9. Propietario de estructura de antena: Persona física o
jurídica, pública o privada que ejerce cualquier título de dominio sobre una
estructura de antena de telecomunicaciones. Independientemente de cualquier
acuerdo entre el propietario de la estructura de antena y el propietario
registral del inmueble, el primero será el responsable por el cumplimiento de
las disposiciones del presente Reglamento.
10. Proveedor: Persona física o jurídica, pública o privada, que
proporciona servicios de telecomunicaciones disponibles al público sobre una
red de telecomunicaciones con la debida concesión o autorización, según
corresponda.
11. Proveedor de infraestructura: Es aquel intermediario, persona
física o jurídica ajeno a la figura del proveedor u operador de servicios de
telecomunicaciones que regula
CAPÍTULO
II
Atribuciones
y facultades municipales
Artículo 5º—Con las atribuciones y facultades conferidas por la
normativa vigente corresponde a la administración municipal, conocer, valorar,
fiscalizar y resolver las solicitudes de las Licencias Municipales.
Artículo
6º—Le corresponde a
1. Dictar las medidas necesarias para el cumplimiento de este
Reglamento con el objeto de que, toda estructura de antena, instalación,
ampliación y modificación a las estructuras de antena, reúna las condiciones
técnicas, de seguridad, conservación y de integración al contexto
urbano-ambiental del cantón.
2. Regular, otorgar, registrar, inspeccionar, denegar, anular y
ejercer cualquier facultad sancionatoria en relación con las Licencias
Municipales.
3. Ordenar la suspensión, clausura o demolición de las nuevas
estructuras de antena, en caso de no sujetarse a lo dispuesto en este
Reglamento salvo que se cuente con
4. Otorgar el certificado de uso del suelo como uso conforme, cuando
cumpla con los requisitos y condiciones establecidas en el capítulo siguiente.
5. Considerar y solicitar los criterios y lineamientos técnicos que
6. Crear mecanismos de resolución alternativa de conflictos, propios u
otros que legalmente procedan.
Artículo 7º—
Artículo 8º—
CAPÍTULO
III
Del
uso del suelo
Artículo 9º—Se otorgará el certificado de Uso de Suelo como uso
conforme en cualquier área de la zonificación del cantón, siempre y cuando
cumpla con los requisitos y condiciones establecidos en este capítulo.
Artículo
10.—Para la obtención del certificado de Uso de Suelo los solicitantes
deberán presentar los siguientes requisitos:
1. La altura de la estructura de antena, cuyo mínimo se establece en
2. Georreferenciación de la ubicación del centro de la estructura de
antena con coordenadas de longitud y latitud en formatos CRTM05 y WGS84.
3. El plano catastrado debidamente visado.
4. Copia de la cédula identidad de personas físicas o certificación de
personería jurídica cuando se trata de personas jurídicas de la persona natural
o jurídica solicitante.
5. Estudio de suelos de la finca del área de la antena con no más de
tres meses de expedido.
6. Croquis de la estructura de antena.
7. Autorización de
Artículo 11.—Las fincas del área de las antenas tendrán las
dimensiones mínimas que exige el Plan Regulador de Moravia. Los accesos se
regularán conforme a las disposiciones del Plan Vial del Plan Regulador de
Moravia, salvo aquellos casos de accesos existentes antes de entrar en vigencia
el plan regulador.
Artículo
12.—Los retiros mínimos en todas las colindancias de la estructura de
antena serán los siguientes:
Artículo
13.—Como excepción a lo dispuesto en los artículos anteriores, un
solicitante de Uso de Suelo podrá justificar la necesidad de parámetros
distintos a los establecidos en dichas normas, debiendo presentar los estudios
técnicos que así lo justifiquen. En este caso se otorgará el uso del suelo
conforme pero la construcción quedará condicionada al cumplimiento de los
requisitos y condiciones del capítulo V de éste Reglamento.
Artículo
14.—No se otorgará la certificación del uso de suelo conforme en áreas de
protección de ríos, monumentos públicos, zonas de protección
histórico-patrimonial y donde sea expresamente prohibido por la legislación
nacional.
Artículo
15.—Una vez presentada completa la solicitud de certificación de uso del
suelo ante
CAPÍTULO
IV
Obligaciones
de los interesados
Artículo 16.—Es obligación de las personas físicas o jurídicas,
públicas o privadas, que soliciten Licencias Municipales, estar al día con el
pago de impuestos y tributos Municipales.
Artículo
17.—Para garantizar la responsabilidad civil por daños y perjuicios a
terceros, incluyendo a la propia municipalidad, será necesario que el
propietario de la estructura de antena, suscriba y exhiba póliza de seguro como
garantía expedida por una compañía autorizada para la emisión de las mismas,
por un monto mínimo equivalente a trescientas (300) veces el salario mínimo
mensual de un trabajador no calificado genérico establecido por el Ministerio
de Trabajo y Seguridad Social de Costa Rica. Esta garantía cubrirá la totalidad
de las obras que se desarrollen en la jurisdicción cantonal, deberá ajustarse,
mantenerse vigente mientras existan estructuras de antenas en el cantón y
responderá por daños parciales o totales causados a
Artículo
18.—Son obligaciones además para los propietarios de las estructuras de antenas,
las siguientes:
1. Colocar desde el inicio del proceso constructivo y mantener
actualizado durante la vida útil de la estructura, un rotulo visible en la
finca del área de la estructura de antena, con una dimensión mínima de 0,45 x
a) Nombre, denominación o razón social.
b) Número de Licencia de Construcción.
c) Números telefónicos de contacto en caso de emergencias y para el
mantenimiento de la estructura de antena.
La
colocación del rótulo no será necesaria en los casos en que por resolución de
la municipalidad o del Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio
Cultural, se determine que dicha rotulación impactará negativamente a una zona
declarada de interés arquitectónico-histórico.
2. Mantener en buen estado físico y en condiciones de seguridad las
estructuras de antena.
3. Cumplir con las disposiciones de torres de
4. Pagar y mantener al día la póliza de seguro por responsabilidad
civil a terceros.
5. Notificar y solicitar al proceso de Ingeniería de
6. Presentar en un plazo máximo de ocho días hábiles posteriores a la
conclusión de la construcción de la estructura de antena el informe del
profesional responsable, en el que se acredite la ejecución conforme al
proyecto, así como el cumplimiento estricto de las condiciones técnicas de Ley,
medidas correctivas y condiciones establecidas e impuestas en
7. Acatar las normas nacionales constructivas aplicables, las
reglamentaciones y demás lineamientos emitidos tanto por
8. Contar con los alineamientos nacionales o locales cuando se
requieran conforme a
9. Contar con
Artículo 19.—El propietario de la estructura de antena será
responsable de cualquier daño directo o indirecto que ésta o éstas puedan
causar a persona físicas, o a los bienes municipales o privados, relevando de
cualquier responsabilidad a
CAPÍTULO
V
Licencias
Municipales
Artículo 20.—Para la obtención de
1. Una declaración jurada, otorgada ante Notario Público, con las especies
fiscales de Ley, donde se haga constar que no existe una estructura de antena
de telecomunicaciones de telefonía móvil a una distancia mínima de
a) Las estructuras de antenas existentes del ICE a la entrada en
vigencia de este Reglamento.
b) Estructuras de antenas que no tengan la capacidad de soportar
equipos o antenas adicionales.
c) Cuando las antenas se ubiquen en postes, azoteas o vallas
existentes.
d) Cuando una estructura de antena inferior a
2. Declaración jurada, otorgada ante Notario Público con las especies
fiscales de Ley, donde se haga constar que la estructura de antena se
construirá para ser compartida por un mínimo de tres emplazamientos de antenas
y equipos, conforme a lo establecido por el artículo 77 de
3. Documentación que acredite el derecho de uso, goce y disfrute del
inmueble respectivo, en la cual debe hacerse constar consentimiento del
propietario cuando se pretenda establecer una estructura de antena en un
inmueble propiedad de un tercero que no sea el solicitante de
4. Certificado de uso del suelo conforme.
5. Copia de la cédula de persona física o del representante legal y
personería jurídica cuando se trate de persona jurídica de la persona natural o
jurídica solicitante.
6. Presentación de planos constructivos que cumplan con la normativa
constructiva aplicable, firmados por el profesional responsable y visado por el
Colegio de Ingenieros y Arquitectos (CFIA).
7. La viabilidad ambiental otorgada por
8. Estar al día con los impuestos municipales.
Las Municipalidades se reservan la facultad de comprobar por cualquier
medio la veracidad de la información contenida en las declaraciones juradas.
Artículo
21.—El Municipio no otorgará una Licencia de Construcción en los
siguientes casos:
1. Que la altura de la estructura de antena sea menor a
2. Que exista una Licencia de Construcción previamente otorgada para
una estructura de antena ubicada a una distancia menor a
3. Que no permita el uso compartido o coubicación. Tanto con respecto
a lo dispuesto en el artículo 13 de este Reglamento como en otros supuestos en
los que el solicitante alegue razones técnicas para la instalación de
estructuras de antenas con requisitos técnicos distintos a los indicados, la
corporación municipal o el interesado podrán solicitar el criterio técnico
debidamente motivado por parte de
La
distancia mínima indicada en el inciso 2) de este artículo, no aplica en los
siguientes casos:
(a) Las estructuras de antenas existentes del ICE.
(b) Estructuras de antenas que no tengan la
capacidad de soportar equipos o antenas adicionales.
(c) Cuando las antenas se ubiquen en postes,
azoteas o vallas existentes.
(d) Cuando la estructura de antena sea inferior a
Artículo 22.—
Artículo
23.—En caso de ampliación o modificación de una estructura de antena se
deberá cumplir nuevamente con los trámites de Licencia de Construcción
señalados en este Reglamento.
Artículo
24.—El pago por concepto de Licencia de Construcción se calculará
conforme al artículo 70 de
Artículo
25.—Una vez presentada completa la solicitud de Licencia de Construcción
la administración tendrá treinta días naturales para emitir la resolución
final. El interesado contará con la posibilidad de impugnar ésta resolución,
mediante los recursos previstos en el Código Municipal.
Artículo
26.—El pago por concepto de patente se fijará de acuerdo a los porcentajes
establecidos en
CAPÍTULO
VI
Transitorios
Transitorio primero.—Las solicitudes de uso de suelo y licencia
de construcción que se hayan presentado ante
(a) Una vez presentados los requisitos faltantes según corresponda,
En caso que dos o más solicitudes de permiso de construcción coincidan
dentro del radio de la distancia mínima establecida en el artículo 20 numeral
1,
Transitorio
segundo.—Las estructuras de antenas existentes solo requerirán la debida
Licencia Comercial. En caso de la modificación o ampliación de una estructura
de antena existente se deberá cumplir con lo establecido en el artículo 20 de
este Reglamento. Asimismo los propietarios deberán comunicar e informar a
El
presente Reglamento rige a partir de su publicación.
Juan Antonio Vargas Guillén.—1
vez.—(IN2011038660).
AVISOS
PUBLICACIÓN
DE tercera VEZ
Eladio Zárate Hernández,
costarricense, cédula número 1-
0340-0439, solicita ante el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU)
la reposición del cheque Nº 0146869 del Banco Nacional de Costa Rica. Quien se
considere afectado puede manifestar su oposición ante el INVU dentro de los
ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 17
de mayo de 2011.—Eladio Zárate Hernández.—Lic. Marianela Fonseca
Rivera, Notaria.—RP2011237669.—(IN2011037597).
AVISO
PUBLICACIÓN
DE segunda VEZ
Yo, Mauricio Reyes Espinal, cédula de
residencia Nº 122200173805, solicitante del giro internacional Citibank N.A. Nº
386241035, extendido a la orden de National Western Life, emitido por el Banco
Nacional de Costa Rica, oficinas centrales, con fecha de emisión del 7 marzo
2011. Solicito reposición de este (os) documentos (s) por causa de extravío. Se
publica este anuncio por tres veces para oír reclamos de terceros, por el
término de quince días.
San José, 18 de mayo del 2011.—Plataforma de Servicios, O.P.—Minor
Arce Solís, Jefe.—(IN2011038104).
SUCURSAL
CENTRO DE NEGOCIOS
AVISO
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
El Banco de Costa Rica, sucursal Centro de Negocios
Certificado N° Monto Fecha de vencimiento
62603226 ¢810.000,00 25-02-2011
Lo anterior para efectos de los artículos 708 y 709 del Código de
Comercio.
PROGRAMA DE GRADUACIÓN
REPOSICIÓN DE TÍTULO
AVISO
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Ante el Departamento de Registro de
Heredia, 3 de marzo del 2011.—Departamento de
Registro.—M.A.E. Marvin Sánchez Hernández,
Director.—(IN2011038595).
Resolución.—Instituto Nacional de
Aprendizaje.—Presidencia Ejecutiva.—San José, a las once horas del
23 de mayo del 2011.
Se
delega en la titular de
Resultando:
I.—Que el articulo 9º de
II.—Que
de conformidad con ese artículo, corresponde al Presidente Ejecutivo la representación
legal del Instituto Nacional de Aprendizaje. Que mediante el acuerdo de
III.—Que
el artículo 89 de
IV.—Que
por medio del acuerdo Nº 63-2010-JD, tomado por la junta Directiva del
Instituto Nacional de Aprendizaje en la sesión Nº 4438 del 5 de mayo del 2010,
se designó a
Considerando:
I.—Que en razón del cargo y previa autorización de
II.—Que
además de la autorización expresa prevista en el artículo 9 de
- Delegar
en la doctora Shirley Benavides Vindas, cédula 1-697-276. Titular de
1. La
firma de contratos que deba suscribir el INA como producto de procedimientos de
contratación administrativa.
2. La firma de resoluciones finales dictadas en procedimientos
disciplinarios seguidos en contra de los funcionarios institucionales.
3. La firma de resoluciones dictadas en recursos de reposición,
revocatoria o apelación, cuyo conocimiento corresponda a
4. La firma de informes dirigidos a
Comuníquese mediante publicación en el Diario Oficial
Dr. Olman Segura Bonilla, Presidente Ejecutivo.—1
vez.—O. C. Nº
21083.—Solicitud Nº 32588.—C-19150.—(IN2011039785).
Instituto Nacional de Aprendizaje.—Presidencia Ejecutiva.—San José, al ser las
nueve horas del día dieciséis de mayo del dos mil once. Se constituye
Resultando:
I.—Que el inciso 16 del capítulo segundo de la circular de
- Que
la autorización para trabajar jornada adicional, emanare del superior
jerárquico de la institución, preferiblemente por escrito.
- Que debían observarse en esa materia, los lineamientos generales
de política salarial y empleo, emitidos por
- Que en los órganos de
II.—Que al amparo de esa normativa, mediante el oficio PE
-608-98 del 5 de octubre del 2010,
III.—Que
desde su constitución, la referida comisión ha estado integrada por la persona
titular de
IV.—Que
la autorización para el pago de tiempo extraordinario, lo hace la citada
comisión, con base en las “normas para la autorización y pago
extraordinario en el Instituto Nacional de Aprendizaje”, aprobadas en su
seno en el acta Nº 07-99.
V.—Que
de conformidad con los incisos a y b) del articulo 102 de
Considerando:
Que si bien la base jurídica que sirvió de sustento a la denominada
“Comisión de Tiempo extraordinaria” que funciona en el INA, ha sido
derogada, lo cierto es que su funcionamiento, de hecho ha constituido un
mecanismo eficaz de control de gasto en dicha partida, en la medida de que !a
centralización de esa función en un único órgano, ha permitido verificar que la
autorización y el pago de horas extras, se produzca únicamente en casos en que
ello resulte procedente de acuerdo con las normas del Código de Trabajo y las
disposiciones presupuestarias vigentes.
En ese
orden de ideas, estima necesaria esta Presidencia Ejecutiva, normar la
constitución y funcionamiento de la comisión indicada, para lo cual se emite la
presente resolución.
POR TANTO
1º—Constituir la “Comisión de Tiempo Extraordinario del
Instituto Nacional de Aprendizaje”, corno órgano adscrito a
2º—Integrar
dicha Comisión de la siguiente manera:
a) La
persona titular de
b) Una persona representante de Unidad de Recursos Humanos designada
por el encargado de esa Dependencia.
c) Una persona representante de
3º—Designar al Proceso de Soporte Administrativo de
4º—Instruir
a dicha comisión para que el reconocimiento de horas extras a funcionarios
institucionales, se haga con estricto apego a las normas jurídicas que regulan
la materia, los lineamientos vigentes en la institución para la autorización y
pago de tiempo extraordinario y a los fijados por la jurisprudencia laboral y
administrativa relacionada con ese tema.
Comuníquese por publicación en el Diario Oficial
Dr. Olman Segura Bonilla, Presidente Ejecutivo.—1
vez.—O. C. Nº
21083.—Solicitud Nº 32588.—C-19150.—(IN2011039851).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA
VEZ
Al ser las quince con cincuenta minutos del tres de mayo
del dos mil once. Se le comunica a Edwin Agüero Abarca, José Francisco Navarro
Calderón y María de los Ángeles Fernández Porras el proceso especial de
protección, tramitado por medio del expediente administrativo 644-00045-2007,
dentro del cual se ordenó, medidas de tratamiento psicológico, seguimiento
apoyo y orientación para la familia y abrigo temporal, medida tratamiento
psiquiátrico a la madre y por medio de la resolución de las dieciséis horas con
cincuenta minutos del dos de mayo del dos mil once y mediante resolución de las
quince horas del tres de mayo del dos mil once, se revocó medida de abrigo
temporal y se dictó medida de cuido provisional a favor de las personas menores
de edad Ángel Daniel Navarro Fernández y María José Agüero Fernández. Notifíquese
la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de
habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para
recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir
aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido
que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la-comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se
les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de
A Arnoldo Leal Cortés,
se le comunica la resolución de este despacho de las 11:00 horas del 12 de mayo
del 2011, por medio de la cual se ordenó revocar la resolución de ingreso a
centro de la joven Silvia Leal Barrantes, en el centro del PANI, Albergue para
Mujeres de
Al señor José Tomás
Martínez García, identificación, domicilio y calidades desconocidas por esta
Oficina Local, se le notifica la resolución administrativa Nº 79-2011 de las
diez horas del doce de mayo de dos mil once, que dicta abrigo temporal a favor
del niño José Tomás Martínez Solano, ubicándolo en albergue institucional por
el plazo de seis meses prorrogables judicialmente. Asimismo remite legajo de
expediente al Área Psicosocial de esta Oficina para que realicen intervención
correspondiente y definan condición sociolegal del niño. Plazo para oposiciones
cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de este Edicto,
mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante esta Oficina Local, en forma
verbal o escrita; Oficina que lo elevará ante
A Humberto Barrera
Galeano se le comunica la resolución administrativa de las ocho horas del doce de mayo
del dos mil once, que ordenó medida de protección de inclusión a un programa de
rehabilitación para personas con problemas de adicción a favor de su hija
Yulibeth María Barrera Miranda, quien permanece en Centro Renacer. Plazo para
interponer el recurso de apelación tres días hábiles a partir de la tercera
publicación de este aviso.—Oficina Local de Sarapiquí.—Lic.
Gabriela Salazar Calderón, Representante Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº
3342.—C-4800.—(IN2011038193).
Se le comunica
formalmente al señor Mainor Anchía Castro, portador de la cédula de identidad
número 6-259-452, la resolución de las once horas del día doce de mayo del dos
mil once, mediante la cual se ordenó como medida especial de protección en
beneficio de su hijo Minor Anchía Artavia, su ingreso a Hogar Crea para Niños y
Adolescentes de Birrisito de Cartago, para tratamiento integral por problemas
de consumo de drogas. Se ordenó además seguimiento a nivel social de la
situación del adolescente. Garantía de defensa: se le hace saber que tiene
derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su
elección, a tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo
que en lo concerniente existe en la oficina local. Recurso: se hace saber a las
partes que contra esta resolución procede el recurso de apelación si se
interpone ante este despacho o ante la presidencia ejecutiva dentro de las
cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. En
caso de interponer recurso de apelación debe señalar lugar para atender
notificaciones futuras de lo contrario las resoluciones que se dicten se
tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas siguientes.—
Puntarenas, 12 de mayo del 2011.—Oficina Local de Puntarenas.—Lic.
Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Representante Legal.—O. C. Nº
34028.—Solicitud Nº 3342.—C-12620.—(IN2011038194).
Se comunica al señor:
Giovanni de Jesús Chavarría Rodríguez, conocido como Geovanny Chavarría
Rodríguez, mayor de edad, costarricense, casado, portador de la cédula de
identidad número 2-397-073, de domicilio y demás calidades desconocidas,
progenitor de la persona menor de edad Yorjana Francinie Chavarría Oviedo, la
resolución administrativa de esta oficina de las quince horas con cuarenta y
cinco minutos del diecisiete de marzo de dos mil once, en la cual se dictó
medida de protección de cuido provisional, y se ubica a la persona menor de edad
en el hogar de la señora Rosa Elieth Chavarría Rodríguez, conocida como Rosita
Chavarría Rodríguez. Recurso: el de apelación, señalando lugar para oír
notificaciones dentro del perímetro judicial de
Se comunica a la señora:
Karen González Paguagua, mayor de edad, costarricense, soltera, portadora de la
cédula de identidad número 1-1272-341, de domicilio y demás calidades
desconocidas, progenitura de la persona menor de edad Yeikel González Paguagua,
la resolución administrativa de
A Luis Sánchez Figueroa, se le comunica
la resolución administrativa de las dieciséis horas del cuatro de mayo del dos
mil once, que ordenó medida de protección de abrigo temporal a favor de su hija
Daisy Sánchez Urbina, quien permanece en el Hogar Divina Providencia en
Guápiles, plazo para interponer el recurso de apelación tres días hábiles a
partir de la tercera publicación de este aviso.—Oficina Local de Sarapiquí.—Lic. Gabriela Salazar Calderón,
Representante Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº
3342.—C-6020.—(IN2011038197).
A José Víctor Solano
Salas, se le comunica la resolución de las 13:00 horas del 12 de abril del
2011, mediante la cual se dictó medida cuido provisional, a favor de la persona
menor de edad Alejandra Patricia Solano Brenes. Plazo: Para ofrecer recurso de
apelación 48:00 horas contadas a partir de la tercera publicación de este
edicto, en el Diario Oficial
A: Eugenio Obando
Tellez, se le comunica la resolución del Patronato Nacional de
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Se comunica al señor Félix Manuel Muñoz
Centeno, la resolución de este Despacho de las nueve horas del día cuatro de
abril del dos mil once, que ordena otorgar abrigo temporal de la persona menor
de edad Johannia Manuela Muñoz Hernández, en la alternativa de protección
institucional, Albergue Casa Blanca, como medida de protección de la misma.
Recurso: El de apelación, señalando lugar para recibir notificaciones dentro
del perímetro judicial de
Al señor Cristian Moisés
Paz Largaespada, se le comunica la resolución administrativa de las trece horas
del veintitrés de marzo del dos mil once, dictada por
Al señor Minor Enrique
Gómez Monge, se le hace saber la resolución de las nueve horas con treinta
minutos del veintiocho de abril del dos mil once, en la que se ordenó que la
niña Johana María Gómez Casasola, permanezca bajo la figura de abrigo temporal
por espacio de seis meses, en un albergue de la institución. Contra la presente
resolución procede el recurso de apelación ante esta representación legal, sita
en Llorente de Flores de Heredia, cien metros al sur de las Oficinas del Banco
Nacional de Costa Rica, y setenta y cinco metros al oeste, quien lo elevará
ante
Al señor Aldo Humberto Tovar Lazo, peruano, pasaporte N° 0688218, padre
registral de Daleysha Dayana Tovar Herrera, Chellsy Cristina Tovar Herrera y
Cristhofer Josué Tovar Herrera, se le comunica la resolución de las 15:00 horas
del 27 de abril de 2011, que ordenó como medida de protección el cuido
provisional en familia sustituta del citado grupo de hermanos. Para interponer
recurso de apelación de manera verbal o por escrito, tiene plazo de cuarenta y
ocho horas a partir de la tercera publicación de este edicto lo cual debe hacer
ante
A Marjorie Castro
Arredondo, quien es mayor de edad, cédula de identidad número
dos-quinientos-quinientos cuarenta, soltera, ama de casa y de dirección
desconocida, se le hace saber las resoluciones de las quince horas veinte
minutos del catorce de abril y de las once horas cincuenta minutos del
veintiséis de abril ambas del presente año, por medio de las cuales, en el caso
de la primera se ubicó a las niñas Merry Jeans y María Valeria, ambas Collado
Castro, en el alberque Osito Pequitas y la segunda que ordena el egreso de las
mismas de la alternativa de protección institución y por el contrario se ubican
con su progenitor señor Edwin Collado Téllez, vecino de Pueblo Viejo de
Sarapiquí. Recurso: Apelación ante esta oficina local quien lo elevará a
JUNTA
DE EDUCACIÓN DE
Se hace conocimiento que
San José, 24 de mayo del 2011.—Juan Carlos Mora Salas,
Director.—1 vez.—(IN2011039013).
Para los fines consiguientes el Departamento de Patentes de
San Pedro de Montes de Oca, 20 de mayo del 2010.—Departamento
de Patentes.—Melania Solano Coto.—Johnny Walsh Agüero.—1
vez.—(IN2011038981).
Concejo Municipal de San Pablo de Heredia, sesión extraordinaria
09-11-E celebrada el once de mayo del
Este
Concejo acuerda: Que
San Pablo de Heredia, 23 de mayo del 2011.—Concejo
Municipal.—Adriana Benavides Vargas, Secretaria.—1
vez.—(IN2011038937).
Quepos, 17 de mayo del 2011.—Departamento
de Recursos Humanos.—Germán Guerra Vargas, Director.—1
vez.—(IN2011038940).
Se
convoca a todos los accionistas de la compañía denominada
1. Revisión
de quórum presente.
2. Nombramiento de presidente y secretario ad-hoc para dirigir la
asamblea.
3. Aprobación o rechazo de la reposición de los libros legales y
contables de la empresa.
4. Autorización para la protocolización del acta y sus acuerdos.
Alfredo Núñez Gamboa, Apoderado Generalísimo.—1
vez.—(IN2011039685).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
PETERS
& PETERS SOCIEDAD
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Peters & Peters Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula
jurídica Nº 3-102-485002, solicita ante
Jairo Rubén Herrera Gómez, portador de la cédula de residencia Nº
155806023131; solicito ante
CENTRAL
AZUCARERA TEMPISQUE S. A.
El suscrito Antonio Sánchez Gutiérrez, portador de la cédula de
identidad Nº 4-0073-0835, tramita por extravío, la reposición de los títulos
definitivo de acciones número
TRES-CIENTO
UNO-CUATROCIENTOS SESENTA
Y UN MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA
Y UNO SOCIEDAD ANÓNIMA
Quien suscribe, José Pablo Montoya Dobles en su condición de apoderado
generalísimo sin límite de suma y con facultades suficientes para este acto de
la compañía tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y un mil cuatrocientos
cincuenta y uno Sociedad Anónima, entidad con cédula de persona jurídica Nº
3-101-461451, solicita ante
CENTRAL F
& L S. A.
Para efectos de reposición
la sociedad denominada Central F & L S. A., cédula jurídica Nº
3-101-330602, en la condición de propietarios de la acción y título Nº 1384,
hace constar que hemos solicitado a Inmobiliaria Los Jardines S. A., la
reposición de los mismos por haberse extraviado. Por el término de ley, se
atenderán oposiciones en el Departamento Secretaría de Junta Directiva, en el
Cariari Country Club, San Antonio de Belén, Heredia, y transcurrido el mismo se
procederá a la reposición solicitada.—San José, abril del
2011.—Myung Chal Kim, Representante Legal.—(IN2011038287).
COCOHOLO
ZTG CUATROCIENTOS CINCO S. A.
Cocoholo ZTG Cuatrocientos Cinco S. A., cédula jurídica tres-ciento
uno-quinientos doce mil ochocientos sesenta, solicita ante
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
NOVAQ
SOCIEDAD ANÓNIMA
Novaq Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-255327, solicita ante
FRAGATA
INGLESA SOCIEDAD ANÓNIMA
Fragata Inglesa Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-ciento nueve mil cuatrocientos veinticinco, solicita ante
SISTEMA
DE PROTECCIÓN Y
TRANSMISIÓN ELÉCTRICA PROTEL S.
A.
Sistema de Protección y Transmisión Eléctrica Protel Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos noventa mil quinientos cincuenta y
nueve, solicita ante
UNIC DE
COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Por haberse extraviado se hace del conocimiento público que la cédula
hipotecaria de primer grado por la suma de catorce millones de colones exactos,
moneda de
UNIVERSIDAD
SANTA PAULA
Por medio de la presente
LST VISTA
UNO SOCIEDAD ANÓNIMA
LST Vista Uno Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-397714, solicita
ante
GRUPO
MUTUAL ALAJUELA -
De conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del
Código de Comercio, la señora Anabelle Sánchez Garro, cédula Nº
María Elena Segura
Bolaños, cédula Nº 2-0312-0620, solicita ante
ONCE DE
MAYO SOCIEDAD ANÓNIMA
La sociedad Once de Mayo Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-
ciento uno- ciento veintiocho mil ciento cuarenta y seis, realiza la reposición
de los siguientes libros: Diario 1, Mayor 1, Inventarios y Balances 1, Libro de
Actas de
HECHIZO
DEPORTIVO SOCIEDAD ANÓNIMA
Hechizo Deportivo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-veinticuatro sesenta y uno dieciocho, solicita ante
FINCAFÉ SOCIEDAD ANÓNIMA
Fincafé Sociedad Anónima,
con cédula jurídica número tres-ciento uno-treinta y dos mil novecientos
cincuenta y nueve, solicita ante
PUEBLO DE BAHÍA LORA SOCIEDAD ANÓNIMA
Pueblo
de Bahía Lora Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento
treinta y ocho mil ciento veinte, solicita ante
FINCA CHIRRITALES LIMITADA
Finca
Chirritales Ltda, con cédula de persona jurídica número 3-102-082601, solicita ante
MARAÑONES INDUSTRIALES DEL
PACÍFICO SOCIEDAD ANÓNIMA
Marañones
Industriales del Pacífico Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica
tres-ciento uno-sesenta y cuatro mil
doscientos cincuenta y cuatro, solicito con todo respeto la reposición de los
seis libros de mi representada, a saber: Diario, Mayor, Balance, Actas de
Accionistas, Actas de Asamblea de Consejo de Administración y de Actas de
Asamblea General. Quien se considere afectado dirigir su oposición a
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
SAN JOSE
INDOOR CLUB S. A.
El San José Indoor Club S. A., tramita la reposición de la acción Nº
VEINTE
DIEZ SETENTA Y NUEVE SOCIEDAD ANÓNIMA
Veinte Diez Setenta y Nueve Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-uno cero uno-dos seis cuatro siete cinco dos uno siete (3-101-126475217),
solicita ante
INMOBILIARIA
ROSELA R & L SOCIEDAD ANÓNIMA
Inmobiliaria Rosela R & L Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-331905, solicita ante
Carlos Luis Quesada Matarrita, cédula Nº 2-0427-0528, solicita ante
HOLCIM
(COSTA RICA) S. A.
Holcim (Costa Rica) S. A., (antes Industria Nacional de Cemento S.
A.), comunica que la señora Sandra Ma. Bacca Aguilar, cédula de identidad Nº
5-0249-0057; ha solicitado la reposición de los títulos Nº 723 Serie A por
14,481 acciones; Nº 2730 Serie A por 4,344 acciones; Nº 2278 Serie B por 1,882
acciones; Nº 1720 Serie C por 1,648 acciones; Nº 1715 Serie D por 4,471
acciones; Nº 1675 Serie E por 16,566 acciones; Nº 1634 Serie F por 10,414
acciones; Nº 1547 Serie G por 11,331 acciones; los cuales fueron extraviados.
Si hubiese alguna persona interesada en que no se haga esta reposición, favor
hacerlo saber en las oficinas del emisor en los treinta días siguientes a esta.—28 de abril del 2011.—Departamento de Tesorería.—Marcela Sánchez
V.—(IN2011038973).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
ASOCIACIÓN DE MOTOCICLISMO
COYOTES 1994
Yo, Eliécer Vargas Ugalde, cédula de identidad 1-396-1380,
en mi calidad de presidente y representante legal de
COLEGIO
DE OPTOMETRISTAS DE COSTA RICA
Informa que los siguientes miembros de este Colegio han sido
suspendidos en el ejercicio de la profesión por atraso en cinco cuotas
mensuales o más de colegiatura, esta suspensión se mantendrá mientras no hagan
el debido pago.
|
Código |
Colegiado |
1 |
066-244 |
Aguilar Boza Marcia |
2 |
066-459 |
Alba Arauz Iris Itzel |
3 |
066-206 |
Alvarado García Andrés |
4 |
066-188 |
Alvarado Rojas Karla Marcela |
5 |
066-266 |
Alvarado Sancho Melissa |
6 |
066-372 |
Arce López Priscila |
7 |
066-101 |
Arias Porras Edna Ruth |
8 |
066-374 |
Arias Zúñiga Gaudy |
9 |
066-150 |
Ávila De Benedictis Manrique |
10 |
066-397 |
Barrantes Ruiz |
11 |
066-138 |
Bejarano García Jefftey |
12 |
066-030 |
Berrocal Cruz Manuel |
13 |
066-210 |
Bonilla Garita Esteban |
14 |
066-265 |
Borbón Vargas Cristina |
15 |
066-155 |
Brito García Yolanda |
16 |
066-224 |
Cabrera Soto Leonel |
17 |
066-412 |
Calderón Carpió Sofía Alejandra |
18 |
066-350 |
Castrillo Vargas Mauricio |
19 |
066-320 |
Castro Morales Andrea |
20 |
066-427 |
Charpentier Gamboa Christhian |
21 |
066-449 |
Chavarría Álvarez Alexis Roberto |
22 |
066-321 |
Chavarría Chacón Gina |
23 |
066-463 |
Chaves Quesada Lupita |
24 |
066-428 |
Colé Quirós Jerry |
25 |
066-044 |
Coto Cabalceta Femando |
26 |
066-106 |
Coto Madrigal Femando |
27 |
066-148 |
Coto Yglesias Catalina |
28 |
066-286 |
Cubero Abarca Nancy |
29 |
066-395 |
Cubillo Arce Tatiana |
30 |
066-222 |
Daley Easy Maureen |
31 |
066-429 |
Daviey Williams Tanasha Indira |
32 |
066-092 |
Del Pino Guerra Judith |
33 |
066-262 |
Delgado Rodríguez Nora V. |
34 |
066-245 |
Duran Herrera Natalia |
35 |
066-387 |
Espinoza Cordero Angie P. |
36 |
066-345 |
Fernández Jiménez Noelia |
37 |
066-312 |
Gelvez Espinel Sonia |
38 |
066-216 |
Gómez Jiménez Adriana |
39 |
066-390 |
Gómez Jiménez Pablo |
40 |
066-450 |
Gutiérrez Cambronera Grettel |
41 |
066-433 |
Gutiérrez Ruiz Manrique Eduardo |
42 |
066-170 |
Herrera Vargas Ana Marcela |
43 |
066-084 |
Hidalgo González Silvana |
44 |
066-466 |
Hidalgo Taylor Raúl |
45 |
066-226 |
Jiménez Acevedo María L. |
46 |
066-247 |
Jiménez Araya Andrea |
47 |
066-368 |
Jiménez Cárdenas Patricia |
48 |
066-380 |
Jiménez Ramos Justhing |
49 |
066-107 |
Levi Ortiz Roxana |
50 |
066-207 |
Llorca Castro Marco Ant. |
51 |
066-139 |
López Leiva Midyala |
52 |
066-198 |
López Padilla Krissya |
53 |
066-149 |
Madrigal Ugalde Jorge |
54 |
066-351 |
Mairena Tijerino Dalila |
55 |
066-143 |
Marín Carmona Paula |
56 |
066-128 |
Marín Carmona Rafael E. |
57 |
066-062 |
Marín Ríos Adriela |
58 |
066-529 |
Martínez Baltodano Carolina |
59 |
066-223 |
Miles Ramsey Suey Hian |
60 |
066-134 |
Millan Fong Lidice |
61 |
066-007 |
Monge Vargas Fernando |
62 |
066-208 |
Mora Gamboa Carolina |
63 |
066-438 |
Mora Montero Edgar Andrés |
64 |
066-183 |
Mora Paniagua Catalina |
65 |
066-453 |
Morales Elizondo Lissette |
66 |
066-227 |
Munkel Aldana Jorge |
67 |
066-109 |
Murillo De Diego Teresita |
68 |
066-009 |
Murillo Martínez Jorge Luis |
69 |
066-130 |
Murillo Quesada Juan Ignacio |
70 |
066-421 |
Navarrete Durán Adriana |
71 |
066-305 |
Navarrete Obregón Lindsay |
72 |
066-415 |
Orozco Delgado Jennifer M. |
73 |
066-056 |
Orozco Morera Angélica |
74 |
066-329 |
Padilla Juárez Adriana |
75 |
066-136 |
Pereira García Idania |
76 |
066-152 |
Pereira Salazar Verónica |
77 |
066-292 |
Pérez Marín Irma |
78 |
066-307 |
Pire Santamarina Esther |
79 |
066-261 |
Pochet Fonseca Karta |
80 |
066-407 |
Porras Carrillo Angélica |
81 |
066-352 |
Porras Corrales Arnaldo |
82 |
066-330 |
Porras Sandoval Natalia |
83 |
066-289 |
Quesada Gómez Erica |
84 |
066-202 |
Quesada Rodríguez Luis Diego |
85 |
066-271 |
Rey Rincón Martha Deysi |
86 |
066-455 |
Rodríguez Centeno Francis A. |
87 |
066-335 |
Rodríguez Garro Mónica |
88 |
066-189 |
Rodríguez Sánchez Gladis |
89 |
066-358 |
Rojas Godoy Alexandra |
90 |
066-470 |
Rojas Medina María Carolina |
91 |
066-184 |
Román Segura Andrea |
92 |
066-027 |
Ruiz Binns Marlene |
93 |
066-229 |
Sáenz Peck Karen Lorena |
94 |
066-124 |
Salas Fernández Claudio |
95 |
066-331 |
Salas Fernández Marianela |
96 |
066-373 |
Salas Gonzáles Ana |
97 |
066-129 |
Salas Núñez Carlos |
98 |
066-191 |
Salas Solano Jefrey |
99 |
066-367 |
Sánchez Bótanos Daniela |
100 |
066-344 |
Sánchez Porras Franciry |
101 |
066-063 |
Sancho Juárez Ligia María |
102 |
066-285 |
Serrano Leandro Keyna |
103 |
066-471 |
Siles López Arellys |
104 |
066-225 |
Sing Vargas Paola Bettina |
105 |
066-038 |
Sing Zeledón Carlos L. |
106 |
066-151 |
Solano Esquivel Paola |
107 |
066-065 |
Solano Villaverde Carmen |
108 |
066-158 |
Solórzano Valdes Balsinde |
109 |
066-333 |
Soto Herrera Juan José |
110 |
066-115 |
Vargas Rodríguez Catalina |
111 |
066-419 |
Vargas Sequeira Henry |
112 |
066-192 |
Vásquez Rodríguez Viviana |
113 |
066-174 |
Villalobos Lacayo Gabriela |
114 |
066-338 |
Vives Rojas Alicia |
115 |
066-098 |
Zarama de la Espriella Miguel |
116 |
066-513 |
Zumbado Rodríguez Mónica |
117 |
066-444 |
Zúñiga Arce Gerardo |
San José, 20 de mayo del 2011.—Dra. Ana Rita Aguilar Wallen, Tesorera.—1 vez.—(IN2011038909).
PUBLICACIÓN DE TERCERA
VEZ
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 9:00 horas del 4 de mayo del 2011, protocolicé acta de asamblea general de
cuotistas de Blessington Ltda., mediante la cual se reduce el capital
social de la compañía y se reforma la cláusula cuarta del pacto
social.—San José, 4 de mayo del 2011.—Lic. Dan Alberto Hidalgo
Hidalgo, Notario.—RP2011235438.—(IN2011033638).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
En escritura otorgada a las 10:00 horas del
21 de mayo del 2011, se constituyó la sociedad Inversiones Sherman ACC.
Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos.—San
José, 21 de mayo del 2011.—Lic. Aurora Marcela Saravia Torres,
Notaria.—1 vez.—(IN2011038881).
En escritura otorgada a las 9:00 horas del 21
de mayo del 2011, se constituyó la sociedad Grupo Kevari S. A.
Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos.—San
José, 21 de mayo del 2011.—Lic. Aurora Marcela Saravia Torres,
Notario.—1 vez.—(IN2011038882).
En escritura otorgada a las 8:00 horas del 21
de mayo del 2011, se constituyó la sociedad Grupo Amakest S. A.
Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos.—San
José, 21 de mayo del 2011.—Lic. Aurora Marcela Saravia Torres,
Notario.—1 vez.—(IN2011038883).
El suscrito notario Jorge Julián Ortega
Volio, carné número 15401, hace constar que mediante escritura número
catorce-tres, de las diecinueve horas del día diecinueve de mayo del dos mil
once, protocoliza acta de la sociedad Costa Esterillos Estates Matico
Trescientos Sesenta Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-460545,
modifica administración y cambio de junta directiva.—Diecinueve de mayo
del dos mil once.—Jorge Julián Ortega Volio, Notario.—1
vez.—(IN2011038885).
Constitución de Imazul Sociedad Anónima.
Presidenta y secretaria apoderadas generalísimas, Margarita Gallegos Gutiérrez,
Lucía Araujo Gallegos, otorgada en San José a las 8 horas del 23 de mayo del
2011. Escritura ciento dos de la notaria pública. Licenciada Martha Eugenia
Villarreal Castillo. Oficina en San José, avenida 10 calles 21 y 23.—Lic.
Martha Eugenia Villarreal Castillo, Notaria.—1 vez.—(IN2011038894).
Constitución de Mariquita Zava Sociedad
Anónima. Presidenta y secretaria apoderadas generalísimas, Denia Zamora
Vargas y Yeny Zamora Vargas, otorgada en San José, a las 8 horas del 23 de mayo
del 2011. Escritura noventa y cinco de la notaria pública. Licenciada Margarita
Gallegos Gutiérrez, oficina Sabana Sur del antiguo A.M. P.M
Por escritura otorgada en mi notaría, a las
16:00 horas del 20 de mayo del dos mil once, se constituye la sociedad con
domicilio en Heredia; denominada Comercio Electrónico J & O Sociedad
Anónima. Presidente y vicepresidente con facultades de apoderados
generalísimos.—Alajuela, 20 de mayo del 2011.—Lic. Carlos Martínez
Ocampo, Notario.—1 vez.—(IN2011038900).
Por escritura otorgada a las nueve horas del
veinte de mayo del dos mil once, se protocolizó el acta de la sociedad Talento
Empresarial Sociedad Anónima, modificándose la representación, eliminándose
el cargo de agente residente y nombrándose nueva junta directiva y fiscal.
Presidente: Eduardo Solano Ramírez.—San José, veinte de mayo del dos mil
once.—Lic. Adriana María Garita Calvo, Notaria.—1
vez.—(IN2011038901).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 12:00 horas del 18 de mayo del 2011, se protocoliza acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Zagopar
Consultores S. A., donde se reforman la cláusula de la representación y se
nombra presidente y secretario de la junta directiva.—San José, 18 de
marzo del 2011.—Lic. José Pablo Rojas Benavides, Notario.—1
vez.—(IN2011038917).
Por escritura otorgada, a las 8:00 horas del
23 de mayo del 2011, protocolicé la asamblea general ordinaria y extraordinaria
de la sociedad Corporación WLC del Oeste Limitada, cédula Nº
3-102-387051, en que se modificó las cláusulas segunda, sexta y se nombra
gerente.—San José, 23 de mayo del 2011.—Lic. Alfredo Antonio López
Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2011038920).
Esteban Eduardo Valverde Alfaro y María Gabriela
Royo Ferrufino: Conforman
Por escritura número noventa y ocho, otorgada
ante la notaria Laura Fernández Castro, a las once horas, del veinte de mayo
del dos mil once, se constituyó la sociedad Pineso Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, veinte de mayo del dos mil
once.—Lic. Laura Fernández Castro, Notaria.—1
vez.—RP2011238554.—(IN2011038924).
Ante mí, a las 8:30 horas del día de hoy, se
constituyó Carrión y Morales Limitada.—San José, 20 de mayo del
2011.—Lic. Juan Diego Soto Suárez, Notario.—1
vez.—RP2011238559.—(IN2011038925).
Ante esta notaría por escritura número
trescientos setenta y siete, otorgada a las dieciséis horas del dieciocho de
mayo del dos mil once, se constituyó la sociedad anónima Guabata Vehículos
Privados S. A. Presidente: Timoth Virgil (nombre) Hewes (apellido). Capital
social: diez mil colones.—Lic. Mario Morales Arroyo, Notario.—1
vez.—RP2011238562.—(IN2011038926).
Ante esta notaría por medio de escritura pública
número 230-IV, otorgada en Guanacaste, a las 12:00 horas del 17 de mayo del
2011, se protocolizó el acta número ocho de la sociedad Monte Bello Lote 32
SRQ S. A., cédula jurídica Nº 3-101-370463 en la cual se tomaron los
siguientes acuerdos: Primero: se acuerda remover al presidente, secretario y
tesorero de la junta directiva. Segundo: por unanimidad de votos se realizan
los siguientes nombramientos: presidente: Mary Jane Hauser, secretario: Richard
John Hauser, tersorero: Karla Rachelle Carlson, agente residente: Laura Coto
Rojas.—Guanacaste, 17 de mayo del 2011.—Lic. Priscilla Solano
Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2011238563.—(IN2011038927).
Por escritura tres uno tres otorgada, a las
nueve horas del nueve de abril del dos mil once, en esta notaría, protocolicé
asamblea extraordinaria de Jimenz Chavarría J.L.W.L.M.L. Sociedad Anónima, para reforma y cambio de junta
directiva, colones. San Ramón.—Lic. José Manuel Vargas Paniagua,
Notario.—1 vez.—RP2011238564.—(IN2011038928).
Óscar Bogantes Hidalgo y Vera María Campos
Barrantes, constituyen sociedad anónima, el nombre será el número de cédula
jurídica que el Registro Mercantil le asigne al momento de su inscripción.
Escritura otorgada en Heredia, a las 10:00 horas del 20 de mayo del
2011.—Lic. Keyco Chango González, Notaria.—1
vez.—RP2011238565.—(IN2011038929).
Ante mi notaría por escritura número ciento
cuarenta y dos a las diecisiete horas del nueve de mayo del dos mil once,
visible al folio sesenta y cuatro vuelto del tomo cuatro se modificó la junta directiva
de la sociedad Halcón Dorado del Pacífico Sociedad Anónima, domiciliada
en Playas del Coco Sardinal Carrillo Guanacaste, cincuenta metros al sur del
Hotel Flor de Itabo, Bufete Barahona Campos. David James Reynolds apoderado
generalísimo.—Lic. Marianela Moreno Paniagua, Notaria.—1
vez.—RP2011238569.—(IN2011038930).
Esteban Gabriel Granados Brenes y Geovanny
Gómez Navarro constituyen Eco-Transportes GM Sociedad de Responsabilidad
Limitada. Escritura otorgada en la ciudad de San José a las 14:30 horas del
12 de mayo de 2011.—Lic. Ivonne Patricia Redondo Vega, Notaria.—1
vez.—RP2011238570.—(IN2011038931).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve
horas del diecinueve de mayo del dos mil once, se constituyó la sociedad: Panda
To Go Sociedad Anónima. Capital social totalmente suscrito y
pagado.—Cartago,
Por escritura número 129-4 de las 14:00 horas
del 16 de mayo de 2011, se protocolizó acta general extraordinaria de socios de
Albina Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-62319 y que adiciona
nuevo acuerdo para reformar el domicilio para que en adelante se lea: San José,
San Antonio, Desamparados, trescientos metros al norte de
Por escritura catorce-veintinueve otorgada
ante el suscrito notario a las nueve horas del dieciocho de mayo del mil once,
se constituyó una sociedad anónima de nombre Meldian Corp. Sociedad Anónima,
en connotaria con Maribel Robles Macaya.—San José, 18 de mayo del
2011.—Lic. Federico Carlos Alvarado Aguilar, Notario.—1
vez.—(IN2011038951).
Por escritura 158-4 otorgada ante el suscrito
notario a las 17 horas 30 minutos del 28 de marzo de 2011, se constituyó una
sociedad anónima de conformidad con el Decreto Ejecutivo número
33171-J.—San José, 13 de mayo del 2011.—Lic. Federico Carlos
Alvarado Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2011038952).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario
en San José a las 14 horas de hoy, he procedido a protocolizar el acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de Riviera del Mar Azul Yzy Inc.
Sociedad Anónima, celebrada en San José a las 11:00 horas del 10 de mayo
del 2011, mediante la cual se acordó reformar la cláusula segunda del pacto
social y nombrar nuevo secretario de la junta directiva.—San José, 20 de
mayo del 2011.—Lic. Alejandro Montealegre Isern, Notario.—1
vez.—(IN2011038959).
Se hace constar, que por escritura número 181
del tomo 12 del protocolo del notario Marvin Díaz Briceño, otorgada a las 6:00
horas del día 6 de abril del año 2010, se protocolizan acuerdos de la sociedad Producciones
Alimenticios Bien Me Sabe Limitada, por medio del cual se reforma la
cláusula sexta de la administración, y se nombra nuevo gerente y
subgerente.—San José, 21 de mayo de 2011.—Lic. Marvin Díaz Briceño,
Notario.—1 vez.—(IN2011038960).
Ante la notaría del licenciado Ernesto
Desanti González, a las diez horas del veintitrés de mayo del año dos mil once,
se cambio junta directiva de la sociedad Xafrop S. A.,
domiciliada en Escazú, San José. Presidente: Franz Xaver Laengmueller
Gross.—San José, 23 de mayo del 2011.—Lic. Ernesto Desanti
González, Notario.—1 vez.—(IN2011038963).
Ante la notaría del licenciado Ernesto
Desanti González, a las ocho horas del veintitrés de mayo del año dos mil once,
se cambio junta directiva de la sociedad Los Sueños de Popo S. A.,
domiciliada en Escazú, San José. Presidente: Allan Chavarría
Castañeda.—San José, 23 de mayo del 2011.—Lic. Ernesto Desanti
González, Notario.—1 vez.—(IN2011038964).
Ante la notaría del licenciado Ernesto
Desanti González, a las nueve horas del veintitrés de mayo del año dos mil
once, se cambio junta directiva de la sociedad Inversiones M.M.
Apolima S. A., domiciliada en Escazú, San José. Presidenta: María de
los Ángeles Madriz De Mezzerville.—San José, 23 de mayo del
2011.—Lic. Ernesto Desanti González, Notario.—1
vez.—(IN2011038965).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario, a las 8:00 horas del 17 de mayo del 2011, se protocoliza el acta de
reunión extraordinaria de socios de la sociedad Omega Institute of Costa
Rica OICR S. A., con cédula jurídica 3-101-358983, en la cual se reforma la
cláusula del capital social.—San Rafael de Heredia, 17 de mayo del
2011.—Lic. Thomas Burke Maessen, Notario.—1
vez.—(IN2011038976).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario, a las 9:00 horas del 17 de mayo del 2011, se protocoliza el acta de
reunión extraordinaria de socios de la sociedad Omega International Nosara
S. A., con cédula jurídica 3-101-440217, en la cual se reforma la cláusula
del capital social.—San Rafael de Heredia, 17 de mayo del
2011.—Lic. Thomas Burke Maessen, Notario.—1
vez.—(IN2011038977).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario, a las 10:00 horas del 17 de mayo del 2011, se protocoliza el acta de
reunión extraordinaria de socios de la sociedad Wildsun Holdings Ltda.,
con cédula jurídica 3-102-441695, en la cual se reforma la cláusula del capital
social y se nombran nuevos gerentes.—San Rafael de Heredia, 17 de mayo
del 2011.—Lic. Thomas Burke Maessen, Notario.—1
vez.—(IN2011038978).
Por escritura otorgada ante mí, Floribeth
Araya Madrigal y Doris Cecilia Vargas Vargas constituyen Inversiones Jorca
Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Inversiones Jorca S. A.
Domicilio social: Guápiles, Limón. Plazo: noventa y nueve años. Capital social:
diez mil colones. Objeto: comercio. Presidente: Juan Carlos Gamboa
Barrantes.—Heredia, 23 de mayo del 2011.—Lic. Hazel Sancho
González, Notaria.—1 vez.—(IN2011038979).
CRF Inversiones del Sur Sociedad Anónima reforma
pacto constitutivo. Escritura otorgada en Santa Ana, a las 14:45 horas del 19
de mayo del dos mil once.—Lic. Maritza Quintanilla Jiménez,
Notaria.—1 vez.—(IN2011038996).
Ante esta notaría la sociedad Proyecto Noventa y Ocho S.A., reforma
las cláusulas tercera y novena del pacto social. Escritura otorgada a las 13:30
horas del 16 de mayo de 2011 ante la notaria Rosa Isabel Prieto Pochet.—Alajuela, 16 de mayo de 2011.—Lic. Rosa Isabel
Prieto Pochet, Notaria.—1
vez.—(IN2011038998).
Ante esta notaría la sociedad Corporación Vigar S. A., reforma las
cláusulas tercera, segunda, cuarta, quinta y sétima del pacto social. Escritura
otorgada a las 14:30 horas del 17 de mayo de 2011 ante la notaria Rosa Isabel
Prieto Pochet.—Alajuela, 17 de mayo de
2011.—Lic. Rosa Isabel Prieto Pochet, Notaria.—1
vez.—(IN2011038999).
Ante esta notaría la sociedad Palmacafé S. A., reforma las cláusulas
cuarta, sexta, y octava del pacto social. Escritura otorgada a las 16:00 horas
del 17 de mayo de 2011 ante la notaria Rosa Isabel Prieto Pochet.—Alajuela, 17 de mayo de 2011.—Lic. Rosa Isabel
Prieto Pochet, Notaria.—1
vez.—(IN2011039000).
Ante mi notaría, en fecha veintiuno de mayo dos mil once, por medio de la
escritura número doscientos cuatro se constituye la sociedad cuya denominación
social será el número de cédula jurídica que le asigne el Registro Público más
el aditamento S. A., con capital social de diez mil colones, domicilio en
Esparza, Puntarenas, cien norte de las oficinas del MAG, plazo: noventa y nueve
años, representante legal presidente y secretario.—San
José, veintiuno de mayo del dos mil once.—Lic. Luis Morales León, Notario.—1 vez.—(IN2011039006).
Ante mi notaría en fecha veintiuno de mayo dos mil once, por medio de la
escritura número doscientos cuatro, se constituye la sociedad cuya denominación
social será el número de cédula jurídica que le asigne el Registro Público más
el aditamento S. A., con capital social de diez mil colones, domicilio en Esparza,
Puntarenas, cien norte de las oficinas del MAG, plazo: noventa y nueve años,
representante legal presidente y secretario.—San
José, veintiuno de mayo del dos mil once.—Lic. Luis Morales León, Notario.—1 vez.—(IN2011039007).
Ante mi notaría, en fecha diecinueve de mayo dos mil once, por medio de la
escritura número doscientos dos-uno se constituye la sociedad cuya denominación
social será Importaciones Bemegu S. A., con capital social de
diez mil colones. Domicilio en San José, Goicoechea, Ipis, cincuenta este
veinticinco sur de la antigua Lonatica. Plazo: cincuenta años. Representante
legal: presidente, secretario y tesorero.—San
José, veintiuno de mayo del dos mil once.—Lic. Luis Morales León, Notario.—1 vez.—(IN2011039009).
Por escritura ante mí otorgada hoy, se constituyó la compañía Inversiones
P A Tres- Trescientos Nueve Sociedad Anónima. Capital
social: diez mil colones. Presidente, vicepresidente, secretario y tesorero son
apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo social: 99 años.—San José, dieciocho de mayo del dos mil
once.—Lic. Lizbeth Becerril Cambronero, Notaria.—1
vez.—(IN2011039011).
Por escritura otorgada en Grecia a las quince horas del veintiuno de mayo
del dos mil once, comparecieron: Corinne Visser y Pablo Alfaro Chaves y
constituyeron Tecnoconsolas de Grecia Sociedad Anónima. Objeto: la compra y venta de
productos tecnológicos. El presidente Corinne Visser, con todas las
facultades.—Grecia, 23 de mayo del 2011.—Lic. Giovanni Barrantes
Barrantes, Notario.—1 vez.—(IN2011039015).
Por escritura número cincuenta y seis-cuarenta y seis, otorgada ante los
Notarios Juvenal Sánchez Zúñiga, Alberto Sáenz Roesch y Jorge González Roesch,
actuando en el protocolo del primero a las doce horas del día diecisiete de
mayo del dos mil once, se reforma las cláusulas cuarta, sétima, se nombran
gerente uno y gerente dos de la sociedad tres-ciento dos-seiscientos
veintiséis mil ciento cuarenta y nueve srl.—San
José, 17 de mayo del 2011.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Conotario.—1 vez.—(IN2011039026).
Por escritura número treinta y dos otorgada ante mí el día de hoy, se
constituyó una sociedad de responsabilidad limitada que se denominará de
conformidad con lo establecido en el artículo dos del Reglamento para
Por escritura número cincuenta y ocho-cuarenta y seis, otorgada ante los
Notarios Juvenal Sánchez Zúñiga, Alberto Sáenz Roesch y Jorge González Roesch,
actuando en el protocolo del primero a las dieciséis horas del día diecinueve
de mayo del dos mil once, se reforma la cláusula sétima se nombran gerente y
agente residente de la sociedad tres-ciento dos-seiscientos
veintiséis mil ciento cuarenta y cuatro srl.—San
José, 20 de mayo del 2011.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Conotario.—1 vez.—(IN2011039028).
Por escritura número cincuenta y
nueve-cuarenta y seis, otorgada ante los Notarios Juvenal Sánchez Zúñiga,
Alberto Sáenz Roesch y Jorge González Roesch, actuando en el protocolo del
primero a las dieciséis horas quince minutos del día diecinueve de mayo del dos
mil once, se reforma la cláusula sétima se nombran gerente uno, gerente dos y
gerente tres de la sociedad tres-ciento dos-quinientos
cincuenta y siete mil trescientos noventa y cuatro srl.—San
José, 19 de mayo del 2011.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Conotario.—1
vez.—(IN2011039029).
Por escritura otorgada hoy, 23 de mayo del
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las diez horas del veintitrés de mayo del dos mil once, los señores Marcela
Morales Chavarría y Gustavo Adolfo Molano Ortiz, constituyeron la sociedad Sport
Body Gym. Sociedad Anónima. Capital social: diez millones de colones.
Domicilio: San Miguel de Desamparados, San José. Presidente y secretaria, con
facultades de apoderados generalísimos.—San José, 23 de mayo del
2011.—Lic. Carlos Alberto Vargas Campos, Notario.—1
vez.—(IN2011039037).
El suscrito notario, German Hernández Zamora,
hace constar que ante esta notaría, se ha constituido la sociedad S T P Agro
Sociedad Anónima. Presidente, secretario y tesorero, con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma son: José Manuel Cordero Vega,
cédula Nº 2-441-651; Enrique de Jesús Izaguirre, pasaporte Nº 452064693, y
Jorge Luis Francisco, pasaporte Nº 482125301, y cuyo domicilio social será
Alajuela, cantón Central, Condominio Botánica, casa 69.—Alajuela, a las
diez horas del veintitrés de mayo del dos mil once.—Lic. German Hernández
Zamora, Notario.—1 vez.—(IN2011039039).
Por escritura número trescientos setenta-dos,
otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas treinta minutos del día
veintidós de mayo del dos mil once, se constituyó la sociedad Centro
Generador de Negocios Kinesis Santa Marta Sociedad Anónima. Es
todo.—Alajuela, veintitrés de mayo del dos mil once.—Lic. Róger
Sánchez Araya, Notario.—1 vez.—(IN2011039043).
La notaria Tatiana Zeledón Castro, informa
que en su oficina, se constituyó Transportes Gerardo Ramón e Hijos INC S. A.—18
de mayo del 2011.—Lic. Tatiana Zeledón Castro, Notaria.—1
vez.—RP2011238574.—(IN2011039122).
La notaria Tatiana Zeledón Castro, informa
que en su oficina, se constituyó Transportes Tinoco Cardoza INC S. A.—Heredia,
17 de mayo del 2011.—Lic. Tatiana Zeledón Castro, Notaria.—1
vez.—RP2011238575.—(IN2011039123).
La notaria Tatiana Zeledón Castro, informa
que en su oficina, se constituyó Transportes Tattis S. A.—Heredia,
17 de mayo del 2011.—Lic. Tatiana Zeledón Castro, Notaria.—1
vez.—RP2011238576.—(IN2011039124).
La notaria Tatiana Zeledón Castro, informa
que en su oficina, se constituyó Transprotes Guillén Cordero Inc S. A.—Flores,
13 de abril del 2011.—Lic. Tatiana Zeledón Castro, Notaria.—1
vez.—RP2011238577.—(IN2011039125).
Mega Autos Adriana S. A., modifica cláusula: sexta,
acepta renuncia de secretaria y tesorero, nombra nuevos secretario y
tesorero.—Flores, 20 de mayo del 2011.—Lic. Nidia Arias Vindas,
Notaria.—1 vez.—RP2011238578.—(IN2011039126).
Alma de Turista S. A., modifica cláusulas: segunda,
sexta, acepta renuncia de presidente y secretario, nombra nuevos presidente y
secretario.—Flores, 20 de mayo del 2011.—Lic. Nidia Arias Vindas,
Notaria.—1 vez.—RP2011238579.—(IN2011039127).
El día de hoy, protocolicé en connotaria,
acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Taher
Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula décima del pacto
constitutivo.—San José, 17 de mayo del 2011.—Lic. William Buckley
Buckley, Notario.—1 vez.—RP2011238580.—(IN2011039128).
Albrecht Alexander Lagier y Kattia María Carvajal
Gutiérrez, ante mi notaría, a las diecisiete horas del dos de mayo del dos mil
once, constituyeron la sociedad de responsabilidad limitada: Costa Alemana
Empresa de Responsabilidad Limitada. Capital: suscrito y pagado.—Lic.
Gabriela Muñoz Vargas, Notaria.—1
vez.—RP2011238583.—(IN2011039129).
Protocolización de acuerdos de la asamblea
extraordinaria de accionistas de la compañía Arcadio Sur Plata Sociedad
Anónima, por medio de la cual se reforma la cláusula sexta del pacto
constitutivo.—San José, veinte de mayo del dos mil once.—Lic. Anna
Lía Volio Elbrecht, Notaria.—1
vez.—RP2011238585.—(IN2011039130).
Ante esta notaría, al ser las diez horas del
tres de marzo del dos mil once, se constituyó la empresa Grupo Eca
Electromecánica S. A. Se designa como presidente, al señor José Antonio
Morales Gómez.—San José, 19 de mayo del 2011.—Lic. Ericka María
Esquivel Quirós, Notaria.—1
vez.—RP2011238586.—(IN2011039131).
Protocolización de acta de asamblea general
extraordinaria de tres-ciento dos-quinientos veinticinco mil treinta y dos
sociedad de responsabilidad limitada. Escritura otorgada en San José, a las
diecisiete horas del diecinueve de mayo del dos mil once. Se modifica la
cláusula primera sobre el nombre el cual será Fountainhead Holdings Sociedad
de Responsabilidad Limitada; se modifica la cláusula segunda sobre el
domicilio social el cual será en San José, Rohrmoser cincuenta metros al norte
del edificio de Alta Tecnología Franklin Chang, se revoca el nombramiento del
gerente y subgerente actuales, y en su lugar se nombra al señor: Donal Eugene
Panoz.—San José, 19 de mayo del 2011.—Lic. Leonardo Salazar
Villalta, Notario.—1 vez.—RP2011238589.—(IN2011039132).
Mediante escritura 2-10, de las 11:00 horas del 17 de mayo, protocolicé
reforma de estatutos de KoreCR Dos Limitada.—Tamarindo,
17 de mayo del 2011.—Lic. Ricardo Cañas Escoto, Notario.—1
vez.—RP2011238590.—(IN2011039133).
Andrés Gerardo Cruz Murillo y María José Porras Murillo, constituyen Inversiones
Crumasa-CP Sociedad Anónima, en San Pedro de Poás, Alajuela a las
diecinueve horas del once de mayo del dos mil once.—Lic.
Aura Céspedes Ugalde, Notaria.—1
vez.—RP2011238594.—(IN2011039134).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 07:30 horas del 23 de mayo
del 2011, se constituyó Multiservicios F & Z del Caribe S. A.,
capital social: ¢10.000,00, plazo social: 100 años, domicilio Limón; presidenta
Rosa María Aguilar Alvarado.—San José 23 de mayo
del 2011.—Lic. Northon Allen White, Notario.—1
vez.—RP2011238603.—(IN2011039135).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 19:00 horas del 10 de mayo
del 2011, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de
la sociedad Haciendas de
Por escritura otorgada ante esta notaria, a las 20:00 horas del 10 de mayo
del 2011, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de
la sociedad tres-ciento uno -cuatrocientos cincuenta mil novecientos noventa
y ocho sociedad anónima, se nombra miembros de la junta directiva, se
modifica cláusula de administración. Es todo.—San
José, diez de mayo del dos mil once.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena,
Notario.—1
vez.—RP2011238605.—(IN2011039137).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 10 de mayo
del 2011, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de
la sociedad tres-ciento uno-quinientos ochenta y nueve mil setecientos
setenta y tres sociedad anónima, se nombra miembros de la junta directiva,
se modifica cláusula de administración, cláusula del nombre, y se modifica
cláusula segunda de domicilio. Es todo.—San
José, diez de mayo del dos mil once.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena,
Notario.—1
vez.—RP2011238606.—(IN2011039138).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 09:00 horas del 19 de mayo
del 2011, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de
la sociedad Molik M Y M Sociedad Anónima, se nombra miembros de la junta
directiva, se modifica cláusula de administración. Es todo.—San
José, diecinueve de mayo del dos mil once.—Lic. Francisco Arturo Arias
Mena, Notario.—1
vez.—RP2011238607.—(IN2011039139).
Por escruura otorgada ante esta
notaría, a las 10:00 horas del 28 de febrero del 2011, se procede a protocolizar
acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad tres-ciento
uno-quinientos ochenta y nueve mil novecientos setenta y siete sociedad anónima,
se nombra miembros de la junta directiva. Es todo.—San
José, veintiocho de febrero del dos mil once.—Lic. Francisco Arturo Arias
Mena, Notario.—1
vez.—RP2011238608.—(IN2011039140).
Por escritura otorgada ante este notario, a las doce horas del diecisiete
de mayo del dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria
y extraordinaria de socios de la compañía Espíritus Tropicales Sociedad
Anónima, mediante la cual se incluye en los estatutos sociales la cláusula
décima segunda bis.—San José, veintitrés de mayo
del dos mil once.—Lic. Alfredo Gallegos Villanea, Notario.—1 vez.—RP2011238609.—(IN2011039141).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 19 de enero
del 2011, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de
la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y un mil seiscientos
noventa y seis sociedad anónima, se nombra miembros de la junta directiva. Es
todo.—San José, diecinueve de enero del dos mil
once.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1
vez.—RP2011238610.—(IN2011039142).
Por escritura otorgada ante esta notaría, del Lic. Rubén Rojas Castillo, de
las ocho horas del día veintiuno de mayo dos mil once, se cambia nombre
International Machines a Elixir Mega Live Sociedad Anónima, y se
modifica el domicilio. Presidente y secretario con facultades de apoderados
generalísimos, José Troyano Hernández y Mayu Lis Pérez Castañeda.—Heredia, veintiuno de mayo del dos mil
once.—Lic. Rubén Rojas Castillo, Notario.—1
vez.—RP2011238611.—(IN2011039143).
Speedbox Group Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-578012, modifica su junta directiva para que
en adelante se lea: la junta directiva será conformada por presidente Leiman
Céspedes Agüero, cédula 1-1005-398, secretario Rafael Céspedes Agüero, cédula
1-1192-0927 y tesorero Wagner Céspedes Agüero, cédula 1-953-0027; escritura
número
Mediante escritura número quince otorgada a las quince horas del dieciocho
de mayo de dos mil once, en el tomo diez del protocolo del conotario Marvin
José Villagra López, se constituye una sociedad anónima, la cual se denominará Inmobiliaria
Montezuma Sociedad Anónima, la representación judicial y extrajudicial de
esta sociedad corresponde al presidente y secretario, pudiendo actuar de manera
conjunta o separada.—San José diecinueve de mayo de dos mil
once.—Walter Gerardo Gómez Rodríguez, Notario.—1
vez.—RP2011238616.—(IN2011039145).
Por escritura número ciento siete-tres, otorgada ante esta notaría, notario
público Juan Manuel Cordero Esquivel, a las ocho horas quince minutos del día
diecinueve de mayo del dos mil once, se protocoliza el acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de la sociedad Compañía Inmobiliaria Arias Quirós
S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento doce mil
trescientos treinta y tres; mediante la cual se reforma la cláusula
sexta.—San José, diecinueve de mayo del dos mil once.—Lic. Juan
Manuel Cordero Esquivel, Notario.—1
vez.—RP2011238617.—(IN2011039146).
Por escritura autorizada a las doce horas de hoy, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de socios de Glotonbertos Sociedad Anónima,
en que se reforma la cláusula segunda de sus estatutos, en cuanto al domicilio
de la sociedad, y se nombran directores y fiscal.—San
José, veinte de mayo del dos mil once.—Lic. Manuel Enrique Zúñiga
Urrutia, Notario.—1
vez.—RP2011238618.—(IN2011039147).
Por escritura número ciento ocho-tres, otorgada ante esta notaría, notario
público Juan Manuel Cordero Esquivel, a las ocho horas treinta minutos del día
diecinueve de mayo del año dos mil once, se protocoliza al acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Centro de Servicio Arnau
S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y
nueve mil setecientos ochenta y cuatro, mediante la cual se reforma la cláusula
sexta.—San José, diecinueve de mayo del dos mil once.—Lic. Juan
Manuel Cordero Esquivel, Notario.—1
vez.—RP2011238619.—(IN2011039148).
Por escritura número ciento nueve-tres: otorgada ante esta notaría, notario
público Juan Manuel Cordero Esquivel, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos
del día diecinueve de mayo del dos mil once, se protocoliza el acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Ferretería Digital S. A.,
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos treinta mil
trescientos trece; mediante la cual se reforma la cláusula sexta.—San
José, diecinueve de mayo del dos mil once.—Lic. Juan Manuel Cordero
Esquivel, Notario.—1 vez.—RP2011238620.—(IN2011039149).
Por escritura número ciento seis-tres, otorgada ante esta notaría, notario
público Juan Manuel Cordero Esquivel, a las ocho horas del día diecinueve de
mayo del ano dos mil once, se protocoliza el acta de asamblea general ordinaria
y extraordinaria de la sociedad Transportes del Agro S. A., cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y ocho mil setecientos
setenta y seis mediante la cual se reforma la cláusula novena.—San
José, diecinueve de mayo del dos mil once.—Lic. Juan Manuel Cordero
Esquivel, Notario.—1
vez.—RP2011238621.—(IN2011039150).
Por escritura número ciento catorce-tres: otorgada ante esta notaría,
notario público Juan Manuel Cordero Esquivel, a las diez horas quince minutos
del día veinte de mayo del año dos mil once, se protocoliza el acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Abonos Agro S. A.,
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero cero dos mil setecientos
cuarenta y nueve; mediante la cual se reforma la cláusula sexta.—San José, veinte de mayo del dos mil
once.—Lic. Juan Manuel Cordero Esquivel, Notario.—1
vez.—RP2011238623.—(IN2011039151).
Escritura otorgada: a las 12:30 horas del 20 de mayo del dos mil once, en
asamblea general ordinaria y extraordinaria de Exclusividades Jerocol
Sociedad Anónima, cédula 3-101-587048, se reforma la cláusula quinta del
pacto social en relación al capital, aumento de capital.—San
José, 20 de mayo 2011.—Lic. Gerardo Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—RP2011238624.—(IN2011039152).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del diecinueve
de mayo del dos mil once, se protocolizó acta de la sociedad Inmobiliaria
Monte Azul S. A., se reforma el domicilio social, y la cláusula sexta de la
administración.—Lic. Roxana Herrera Peña,
Notaria.—1
vez.—RP2011238625.—(IN2011039153).
El día diecisiete de mayo del año dos mil once, se protocolizó acta y
mediante el cual se nombran gerentes y se modifica la administración de la
sociedad tres-ciento dos-quinientos cuarenta y siete mil cuatrocientos
cuarenta y nueve.—Palmares, diecinueve de
mayo del dos mil once.—Lic. Edgar Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—RP2011238626.—(IN2011039154).
Por escritura otorgada ante mí a las diecisiete horas del trece de mayo del
dos mil once, se constituyó la empresa Liga Deportiva Estrella Rojas
Sociedad Anónima Deportiva, con domicilio social en el distrito tercero,
Buenos Aires del cantón Palmares de la provincia de Alajuela, capital social:
cien mil colones exactos, con plazo social de noventa y nueve años. Presidente
Juan Carlos Barrantes Avendaño.—Lic. Fernando
Ávila González, Notario.—1
vez.—RP2011238627.—(IN2011039155).
La sociedad tres-ciento uno-quinientos doce mil quinientos setenta y
siete sociedad anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos doce mil
quinientos setenta y siete; a reformado la cláusula
octava del estatuto constitutivo, para que en adelante se lea: octava, la
sociedad será administrada por una junta directiva compuesta por tres miembros
socios o no, con los cargos de presidente, secretario y tesorero. La elección
de los directivos se regirá por sistema de voto simple. Corresponde al
presidente y secretario, pudiendo actuar conjunta o separadamente, la
representación judicial y extrajudicial de la compañía con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma, conforme al artículo mil
doscientos cincuenta y tres del Código Civil. Podrán sustituir o delegar sus
poderes en todo o en parte, reservándose o no su ejercicio, revocar dichas
sustituciones o delegaciones y a efectuar otras de nuevo.—Liberia,
Guanacaste, veinte de mayo del año dos mil once.—Lic. Olga Matarrita
Rojas, Notaria.—1
vez.—RP2011238630.—(IN2011039156).
Por escritura otorgada ante esta notaría, el
día dieciocho de mayo del dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad Automóviles Eminent
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-trescientos
treinta y dos mil quinientos seis, en la que se modificó la cláusula segunda
del domicilio social de la empresa.—San José,
diecinueve de mayo del dos mil once.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza,
Notario.—1 vez.—RP2011238631.—(IN2011039157).
Por escritura otorgada ante mí, a las trece
horas del diecinueve de mayo del año dos mil once, protocolicé acuerdos tomados
en asamblea general extraordinaria de accionistas de Amarynthus S. A.,
en que se reformaron las cláusulas segunda y sétima del pacto social.—San
José, diez horas del dos mil once.—Lic. Ernesto Gutiérrez Blanco,
Notario.—1 vez.—RP2011238635.—(IN2011039160).
Por escritura otorgada ante este notario, a
las nueve horas treinta minutos del diecinueve de mayo del dos mil once, se
protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de
la compañía Tres-Ciento Dos-Seiscientos Treinta y Un Mil Treinta y Uno
Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual se reforma la
cláusula primera del pacto social.—San José, diecinueve de mayo del dos
mil once.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1
vez.—RP2011238637.—(IN2011039161).
Ante mi notaría pública, se constituye la
sociedad Grupo Dcuba Sociedad Anónima. Plazo social noventa y nueve
años, capital social suscrito y pagado.—Veintitrés de mayo del dos mil
once.—Lic. Elisa María Herrera Morera, Notaria.—1
vez.—RP2011238638.—(IN2011039162).
Ante esta notaría comparecieron Yoel Atala
Lorenzo, Sonia Lorenzo González, constituir sociedad Transporte Atala
Sociedad Anónima. Presidente Yoel Atala Lorenzo.—23 de mayo del
2011.—Lic. Sandra Obando Juárez, Notaria.—1
vez.—RP2011238639.—(IN2011039163).
Se constituye la empresa Agrícola Graqui
del Caribe Sociedad Anónima, compuesta por el capital social la suma de
diez mil colones, mediante diez acciones comunes y nominativas del mil colones
cada una, con domicilio en Siquirres, presidente Melvin Gipson
Sandí.—Lic. Silvia Delgado Montero, Notaria.—1
vez.—RP2011238640.—(IN2011039164).
Se constituye la empresa Mediprac Sociedad
Anónima, con domicilio en Siquirres, capital social la suma de diez mil
colones, representada por diez acciones comunes y nominativas del mil colones
cada una, presidente, Pedro Manuel Morales Pérez.—Lic. Krisbell Ríos
Myrie, Notaria.—1 vez.—RP2011238642.—(IN2011039165).
Mediante escritura número setenta y
cuatro-tres otorgada ante esta misma notaria, a las 7:00 horas del 16 de mayo
del 2011, se constituye la sociedad denominada Cabañas Maldonado Sociedad
Anónima.—San José, 19 de mayo del 2011.—Lic. Maricruz Villasuso
Morales, Notaria.—1 vez.—RP2011238645.—(IN2011039166).
En esta notaría, a las 10:00 horas del 18 de
mayo del 2011, se constituyó la compañía Inversiones Taramundy S. A..
Apoderado: Tai-Ping Chen.—San José, 19 de mayo del 2011.—Lic.
Teresita Monge Díaz y Doris Monge Díaz, Notarias.—1
vez.—RP2011238646.—(IN2011039167).
En esta notaría a las 15:00 horas del 20 de
mayo del 2011, se constituyó la compañía con fundamento con el Decreto
Ejecutivo número 33171-J, del artículo segundo, publicado en
Ante esta notaría se constituyó Grupo Con
Ce Altamirano Sociedad Anónima, capital social suscrito y pagado. Domicilio
Vereh de Laurel, Corredores, Puntarenas, quinientos metros sur de la escuela.
Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite
de suma con representación judicial y extrajudicial, Roy Alban Castillo
Altamirano y Allan Castillo Altamirano respectivamente.—
Por escritura otorgada en San José, ante el
suscrito notario, de las catorce horas del día de hoy, se protocolizó, acta de
asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad denominada Four
Ranger S. A., mediante la cual se reformó las cláusulas segunda y sexta de
los estatutos, se revocó el nombramiento del gerente y del subgerente y se
nombró nuevos.—San José, 19 de mayo del 2011.—Lic. Cristián
Villegas Coronas, Notario.—1
vez.—RP2011238649.—(IN2011039170).
Por escritura otorgada en San José, ante esta
notaría, de las doce horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada GPS Express S. A.,
mediante la cual se reforma las cláusulas segunda y sétima de los estatutos, se
revoca el nombramiento del presidente y se nombra nuevo.—San José,
diecinueve de mayo del 2011.—Lic. Vera Denise Mora Salazar,
Notaria.—1 vez.—RP2011238650.—(IN2011039171).
Por escritura otorgada en San José a las once
horas del día de hoy, se constituyó la empresa Toch Mobile Internacional
Sociedad Anónima pudiendo abreviarse su aditamento en S. A. Plazo social:
cien años. Capital social: suscrito y pagado de diez mil colones. Representada
por su presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma.—San José, 21 de mayo del 2011.—Lic. Vera Denise Mora Salazar,
Notaria.—1 vez.—RP2011238651.—(IN2011039172).
Por escritura otorgada en San José, a las
ocho horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria
de accionistas de la sociedad Elwood Inc S. A. mediante la cual se
reformó la cláusula primera de los estatutos, y se otorgó poder generalísimo
sin límite de suma.—San José, 22 de mayo del 2011.—Lic. Cristián
Villegas Coronas, Notario.—1
vez.—RP2011238652.—(IN2011039173).
Ante esta Notaría a las doce horas del
dieciocho de marzo del dos mil once, se constituyó la sociedad de esta plaza
denominada Arye G.M. Sociedad Anónima, cuyo presidente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor José
Armando Mejías Arias. Domicilio: Bagaces, Guanacaste, Costa Rica de Palí
doscientos metros al oeste. El objeto de esta sociedad es el comercio en
general. El capital social será la suma de diez mil colones.—Liberia,
Guanacaste, dieciocho de marzo del dos mil once.—Lic. Doris Monestel
Pizarro, Notaria.—1 vez.—RP2011238653.—(IN2011039174).
Ante esta Notaría, por escritura de las diez
horas con veinticinco minutos del día doce de mayo de dos mil once, se
constituyó la sociedad Soluciones Plásticas y Más Sociedad Anónima.
Presidente: Alejandro Quesada Jiménez.—San José, veinte de mayo de dos
mil once.—Lic. Luis Francisco Vega Miranda, Notario.—1
vez.—RP2011238655.—(IN2011039175).
Distribuidora Vigor S. A., modifica el pacto social en
asamblea general extraordinaria, celebrada en su domicilio Desamparados de
Alajuela en Rosales,
Por escritura otorgada en esta notaría en San
José, a las dieciséis horas del día dieciséis de mayo del dos mil once, se
constituyó la sociedad denominada Lombardi CR Sociedad de
Responsabilidad Limitada. Gerente uno y gerente dos con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 20 de mayo del
2011.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1
vez.—RP2011238660.—(IN2011039177).
Se informa que la sociedad Beatros S.
A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-treinta y dos mil
ciento veinticuatro, reforma su domicilio, para establecerlo en San José, San Rafael de Escazú, del centro
comercial Paco, cuatrocientos metros oeste y cien metros sur.—Santa Ana,
veintitrés de mayo del dos mil once.—Lic. Ana Isabel Fallas Aguilar,
Notaria.—1 vez.—RP2011238661.—(IN2011039178).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó
Industrias Inmobiliarias O & M Sociedad Anónima. Plazo social de
noventa y nueve años. Capital social: ciento sesenta mil colones totalmente
suscrito y pagado. Representada por su presidente y secretario.—Monterrey
de San Carlos, Alajuela, dieciséis horas del veinte de mayo de dos mil
once.—Lic. Ricardo Reyes Calix, Notario.—1
vez.—RP2011238662.—(IN2011039179).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó
la sociedad Inversiones Crismar Mil Novecientos Sesenta y Nueve Sociedad
Anónima, abreviada en su aditamento S. A. Plazo noventa y nueve
años, capital suscrito y pagado. Presidenta: María Cristina Vargas
Álvarez.—Lic. Roberto Sossa Sandí, Notario.—1
vez.—RP2011238686.—(IN2011039190).
Mediante escritura que autoricé a las 17
horas de hoy, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Comercializadora Las Alturas Colaltu S. A. Se reforman
las cláusulas primera, segunda tercera y décima del pacto constitutivo,
referentes al nombre, al domicilio, al objeto social, y a la administración de
la compañía (que en adelante se denominará Johnny Villalobos y Asociados CBR
S. A.). Asimismo, se revocan nombramientos y se designan nuevos
directores.—San José, 18 de mayo de 2011.—Lic. Guillermo Rojas
Paniagua, Notario.—1 vez.—RP2011238688.—(IN2011039191).
Por escritura otorgada ante mí, a las 8:40
horas del 20 de mayo del 2011 protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de Inversiones Voces Anónimas Ltda. Se reforman
totalmente los estatutos y se transforma a S. A. Se hacen nuevos
nombramientos.—San José, 20 de mayo del 2011.—Lic. Manrique Rojas
Ibarra, Notario.—1 vez.—RP2011238689.—(IN2011039192).
Por escritura número noventa y nueve-seis
otorgada ante el suscrito notario, en San José, a las 8 horas del día 14 de
mayo de 2011, se protocoliza acuerdos de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad LLG Notariado Sociedad Anónima,
reformando pacto social.—San José, 17 de mayo del 2011.—Lic. Óscar
Guillermo Barrantes Chacón, Notario.—1
vez.—RP2011238690.—(IN2011039193).
Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00
horas del 20 de mayo del 2011 protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de Nocturnal Landscape Ltda. Se reforman totalmente los
estatutos y se transforma a S. A. Se hacen nuevos
nombramientos.—San José, 20 de mayo del 2011.—Lic. Alonso Vargas
Araya, Notario.—1 vez.—RP2011238691.—(IN2011039194).
Por escritura otorgada ante mí, a las 8:40
horas del 20 de mayo del 2011 protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de Special Treat Business Ltda. Se reforman totalmente
los estatutos y se transforma a S. A. Se hacen nuevos
nombramientos.—San José, 20 de mayo del 2011.—Lic. Sergio Pérez
Quirós, Notario.—1 vez.—RP2011238692.—(IN2011039195).
Por escritura otorgada ante mí, el día de
hoy, se constituye la compañía Guioma GMG Sociedad Anónima. Domicilio:
San José. Plazo: veinticinco años prorrogables hasta completar cien. Capital:
suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma.—San José, 3 de marzo del dos mil
once.—Lic. Arnoldo Soley Soler, Notario.—1 vez.—RP2011238693.—(IN2011039196).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las
doce horas del veintiuno de mayo del dos mil once, se constituye la sociedad Comercializadora
Ovares y Aguilar Sociedad Anónima. Presidente: Jeffry Ovares Granados,
domicilio: Coronado, San José.—Doce horas del 21 de mayo del dos mil
once.—Lic. Efrén Rivera Garbanzo, Notario.—1
vez.—RP2011238695.—(IN2011039197).
Por escritura otorgada ante mí, a las 8:30
horas del 20 de mayo del 2011 protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de Nativos de Hierro Ltda. Se reforman totalmente los
estatutos y se transforma a S. A. Se hacen nuevos
nombramientos.—San José, 20 de mayo del 2011.—Lic. Alonso Vargas
Araya, Notario.—1 vez.—RP2011238694.—(IN2011039198).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las
quince horas del veintiuno de mayo del dos mil once, se modifica cláusula de
administración del pacto constitutivo de la sociedad Lubricentro Colima
Sociedad Anónima así como que se revoca y se nombra cargo de
tesorero.—Quince horas del 21 de mayo del dos mil once.—Lic. Efrén
Rivera Garbanzo, Notario.—1
vez.—RP2011238696.—(IN2011039199).
En esta notaría se constituyó la sociedad Hacienda
Dorado Real Sociedad Anónima. El capital social será de noventa mil
colones. Otorgada en Guápiles, a las diecisiete horas treinta minutos del
dieciocho de mayo del dos mil once, escritura número siete visible a folio
cuatro y cinco frente y vuelto y seis frente del tomo uno del protocolo de la
notaria María Mora Ramírez.—Guápiles, diecinueve de mayo del dos mil once.—Lic.
María Mora Ramírez, Notaria.—1
vez.—RP2011238697.—(IN2011039200).
Por escritura otorgada ante esta notaría en
San José, a las quince horas del dieciocho de febrero de dos mil diez, se
protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Inversiones
U S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-veintiún mil cuarenta y tres,
mediante la cual se nombra presidente, vicepresidente, secretario, tesorero,
vocal y fiscal, correspondiente al presidente la representación judicial y
extrajudicial de la sociedad.—San José, 23 de mayo 2011.—Lic. María
Cordero Díaz, Notaria.—1 vez.—RP2011238698.—(IN2011039201).
Por escritura otorgada ante esta notaría en
San José, a las doce horas del dieciocho de febrero de dos mil diez, se
protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Industrias
Salud S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trece mil novecientos noventa
y cinco, mediante la cual se nombra presidente, vicepresidente, secretario,
tesorero, vocal y fiscal, correspondiente al presidente la representación
judicial y extrajudicial de la sociedad.—San José, 23 de mayo del
2011.—Lic. María Cordero Díaz, Notaria.—1
vez.—RP2011238699.—(IN2011039202).
Por escritura otorgada ante esta notaría en
San José, a las once horas del dieciocho de febrero de dos mil diez, se
protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Hacienda
Veracruz Ltda., cédula jurídica tres-ciento dos-once mil trescientos
sesenta y ocho, mediante la cual se nombra gerente, subgerente, secretario,
tesorero, vocal y fiscal, correspondiente al gerente la representación judicial
y extrajudicial de la sociedad.—San José, 23 de mayo del 2011.—Lic.
María Cordero Díaz, Notaria.—1
vez.—RP2011238700.—(IN2011039203).
Por escritura otorgada ante esta notaría en
San José, a las ocho horas del dieciocho de febrero de dos mil diez, se
protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Beneficiadora
San Miguel Ltda., cédula jurídica tres-ciento dos-cero cero ocho mil
ochocientos, mediante la cual se nombra gerente, subgerente, secretario,
tesorero, vocal y fiscal, correspondiente al gerente la representación judicial
y extrajudicial de la sociedad.—San José, 23 de mayo del 2011.—Lic.
María Cordero Díaz, Notaria.—1 vez.—RP2011238702.—(IN2011039204).
Por escritura otorgada ante esta notaría en
San José, a las catorce horas del dieciocho de febrero de dos mil diez, se
protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Industrial
Alto Campo S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cero veintiocho mil trescientos
catorce, mediante la cual se nombra presidente, vicepresidente, secretario,
tesorero, vocal y fiscal, correspondiente al presidente la representación
judicial y extrajudicial de la sociedad.—San José, 23 de mayo del
2011.—Lic. María Cordero Díaz, Notaria.—1
vez.—RP2011238703.—(IN2011039205).
Mediante protocolización de acta de asamblea
general de socios otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 20 de mayo
de 2011, se modifica el domicilio social, se hacen nombramientos de junta
directiva y fiscal de Campos Luque Hermanos Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-561689, se modifica estatutos en cuanto a domicilio
social.—Barva, 20 de mayo del 2011.—Lic. Isaac Montero Solera,
Notario.—1 vez.—RP2011238705.—(IN2011039206).
Ante esta notaría, el señor Ramón Alberto
Coll Montero, cédula de identidad número uno-cuatrocientos ochenta y
tres-cuatrocientos treinta y seis y la señora Eugenia María Esquivel Dent,
cédula de identidad número uno-trescientos treinta y nueve-novecientos
cincuenta y cinco, han constituido una sociedad denominada Anexión TV.Com
Sociedad Anónima, capital social: Un millón de colones. Funge como
presidente el señor: Ramón Alberto Coll Montero.—Lic. Carlos Johalmo
Alvarado Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2011238708.—(IN2011039207).
En mi notaría a las 11:00 horas del 20 de
mayo del 2011, se constituyó la sociedad Corporación Sol y Luna de Atenas S.
A.; Domicilio: Mercedes, Atenas, Alajuela; capital social: cien mil
colones. Representación: corresponde al presidente de la junta directiva con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Ciudad Quesada,
20 de mayo del 2011.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales,
Notario.—1 vez.—RP2011238709.—(IN2011039208).
Ante la notaría del notario Víctor Raúl
Obando Mendoza en escritura número trescientos cinco, de mi protocolo número
diecinueve visible a folio ciento setenta y siete frente, en San José el día 16
de mayo del dos mil once, se constituye la sociedad denominada Automatización
de Proyectos Industriales A.P.I. Sociedad Anónima. Notario Víctor Raúl
Obando Mendoza. Fax: 2221-71-15, teléfono: 2222-01-41 ó 2222-01-52.—San
José, 23 de mayo del 2011.—Lic. Víctor Raúl Obando Mendoza,
Notario.—1 vez.—RP2011238713.—(IN2011039209).
Por escritura otorgada a las diez horas del
catorce de mayo del dos mil once, se presentan ante la notaria Ana Sánchez
Castillo, los señores Marco Meza Altamirano y Wendy Madrigal Bolaños, a
constituir sociedad anónima denominada Pet Style W.A.M Store Sociedad
Anónima, pudiendo abreviarse las dos últimas palabras en S. A.—San
José, 19 de mayo del 2011.—Lic. Ana Sánchez Castillo, Notaria.—1
vez.—RP2011238715.—(IN2011039210).
Mediante escritura pública número 98 otorgada
ante el notario público José Antonio Pérez Brenes a las 10:00 horas 15 minutos
del 23 de mayo del 2011, se constituyó la sociedad Corporación Internacional
de Logística del Sur KHP Ltda. Plazo social de cien años, capital social
diez mil colones, domicilio social San José, San Pedro de Montes de Oca,
Ofiplaza del Este, edifico C, oficina número doce, gerente: María de Los
Ángeles Coto Pérez y subgerente: Walter Eduardo Román Mora.—Lic. José
Antonio Pérez Brenes, Notario.—1
vez.—RP2011238716.—(IN2011039211).
Mediante escritura pública número 99 otorgada
ante el notario público José Antonio Pérez Brenes a las 11:00 horas 10 minutos
del 23 de mayo del 2011, se constituyó la sociedad Corporación KHMRK de
Suramérica Limitada. Plazo social de cien años, capital social diez mil
colones, domicilio social San José, San Pedro de Montes de Oca, Ofiplaza del
Este, edifico C, oficina número doce, gerente: María de Los Ángeles Coto Pérez
y subgerente: Walter Eduardo Román Mora.—Lic. José Antonio Pérez Brenes,
Notario.—1 vez.—RP2011238717.—(IN2011039212).
Por escritura adicional número ciento setenta
y nueve, del protocolo segundo de la notaria pública Carmen Victoria Castro
Torres, se constituye sociedad denominada Agora Asociados de Costa Rica
Sociedad Anónima, actuando como presidente Gustavo Adolfo Koutsouris
Canales, con facultad de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San
José, veintitrés de mayo del dos mil once.—Lic. Carmen Victoria Castro
Torres, Notaria.—1 vez.—RP2011238722.—(IN2011039213).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario a las 16:15 horas del día 19 de mayo del año 2011, se constituyó Machupi
VCR Sociedad de Responsabilidad Limitada, gerente y subgerente con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjunta o
separadamente. Domicilio: San José. Capital: suscrito y pagado. Plazo: 99
años.—San José, 23 de mayo del año 2011.—Lic. Gabriel Álvarez Hernández,
Notario.—1 vez.—RP2011238725.—(IN2011039214).
La suscrita notaria pública Xinia Arias Naranjo hago constar y doy fe
que ante esta notaría, se constituyeron las siguientes sociedades anónimas: IN BETWEEN TWO
OCEANS S. A., TWO PURPLE OCEANS S. A., PASTURE´S SKY S. A., SHINING AS A STAR
S. A., DEEP OCEAN OF THE PACIFIC S. A., SEA AND SKY OF THE SOUTH S. A., I DREAM
OF MY LAND S. A., SKY AT MIDDAY S. A., THE SKY IN THE OSA PENINSULA S. A., A
DOOR IN THE SKY S. A., SP ARROW OF THE MOUNTAIN S. A., THE WHITE HERON S. A.,
THE LAZY BEAR S. A., THE ANTEATER S. A., WALK TOWARD THE SUN S. A., THE JUNGLE
TRACKS S. A., A LIGHT IN THE HORIZON S. A., FLOWERS VIEWS S. A., TICA FLOWERS
S. A, TROPICAL GRASSHOPERS S. A., ROCKS OF THE SOUTH S. A., ROCKS IN THE
PACIFIC OCEAN S. A., THE FLATS OF THE PACIFIC S. A., TROPICAL HILLS S. A.,
HILLS OF THE FUTURE S. A., LAGOONS OF THE SOUTH S. A., LOOKING TOWARS THE
FUTURE S A., A LOOK TOWARDS THE HORIZON S. A., LOOKING AT THE QUIET SEA S. A.,
LOOKING AT THE FLEETING SATAR S. A., MEADOWS OF THE SOUTH S. A., A HIDDEN PORT
S. A., MOUNTAINS AND MEADOWS S. A., MEADOWS OF CHONTALES S. A., THE HIDDEN
VALLEY S. A., BREEZE IN THE MEADOOW S. A., HIDDEN PLACE S. A., GREEN MEADOWS OF
THE SOUTH S. A., CRYSTALLINE SPRING S. A., BLUE AND CRYSTAL CLEAR WATER S. A.,
DAWN ON THE SEA S. A., WANDERING BIRDS S. A., BIRD´S SIGHT S. A., TROPICAL
BIRDS S. A., BIRD’S COAST S. A., MI LITTLE COAST S. A., LANDS AND MORE
LANDS S. A., LARGE GREEN LANDS S. A., THE FIELDS OF MY LAND S. A., ROSE FIELDS
S. A., SUNNY FIELDS S. A., SUNNY MOMENTS S. A. Así mismo hago constar que se modificó el
pacto constitutivo de las siguientes sociedades anónimas: SENSITIVE TINT S. A,
INSPIRATIONAL LIVING S. A., HAPPY TURTLE S. A. Todas las anteriores con domicilio en
Ojochal, Osa, Puntarenas, ciento cincuenta metros al este del Hotel Villas
Gaia.—Ciudad Cortés, diecinueve de mayo de dos mil once.—Lic. Xinia María Arias Naranjo, Notaria.—1
vez.—RP2011238723.—(IN2011039215).
Ante el suscrito notario, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones y Desarrollos Inmobiliarios Caballo Blanco
de Aserrí Sociedad Anónima, otorgada mediante escritura pública número
ciento trece, visible a folio cuarenta y cinco vuelto, del tomo once, de fecha
once horas del veintisiete de abril del dos mil once. Presidente: Juan Luis
Mora Chavarría. Capital social: Diez mil colones. Domiciliada en San José,
Aserrí, barrio Corazón de Jesús, frente a la clínica del Seguro Social. Plazo
social: Noventa y nueve años.—Lic. Jorge Mario Piedra Arias,
Notario.—1 vez.—RP2011238726.—(IN2011039216).
Mediante escritura número 264 otorgada ante
la notaria Carla Baltodano Estrada a las 10:00 horas del 20 de mayo del 2011,
se protocolizó el acta de asamblea de socios de la sociedad Seguros Treinta
Quince Del Roble S. R. L., cédula de persona jurídica número tres-ciento
dos-cuatrocientos cincuenta y cuatro mil seiscientos ochenta y uno, mediante la
cual se modifica el nombre de la sociedad a Covalent Limitada, el
domicilio social y se modifica la cláusula de la administración de la
sociedad.—San José, 20 de mayo del año 2011.—Lic. Carla Baltodano
Estrada, Notaria.—1 vez.—RP2011238727.—(IN2011039217).
Se reforma la cláusula segunda del pacto
constitutivo de la sociedad denominada Servicios Comerciales Locabanco
Sociedad Anónima. Se modifica el nombramiento del presidente de dicha
sociedad, cédula jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y seis
mil cuatrocientos cuarenta y tres.—Liberia, veinte de mayo del dos mil
once.—Lic. Manuel Mora Ulate, Notario.—1
vez.—RP2011238729.—(IN2011039218).
Por escritura otorgada el seis de abril del
presente año, ante mi, Iriabel Campos Cordero, Derlis Alberto Chavarría Campos,
Pedro José Chavarría Campos y Laurie Cristina Chavarría Campos, constituyen
Finca Los Campos I.C.C Sociedad Anónima. Capital social: quince acciones.
Plazo: noventa y nueve años.—Guápiles, Pococí, diecinueve de mayo del dos
mil once.—Lic. Marielos Barrantes Rivas, Notaria.—1
vez.—RP2011238734.—(IN2011039219).
Por escritura otorgada ante mí, se
protocolizaron acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de
la empresa 3-101-628306 sociedad anónima. Se modificó el domicilio
social, la cláusula de la administración y se nombraron nuevos cargos para la
junta directiva. Es todo.—San José, dieciocho de mayo del
2011.—Lic. Fabiola Soler Bonilla, Notaria.—1
vez.—RP2011238735.—(IN2011039220).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 8:00 horas del 21 de mayo del 2011, se constituye sociedad anónima
denominada Servicios de Seguridad F.R.A.G. S. A., presidente: José
Francisco Gómez Urcuyo.—San José, 23 de mayo del 2011.—Lic. Álvaro
Eladio Barboza Mena, Notario.—1
vez.—RP2011238736.—(IN2011039221).
Por escritura otorgada a las dieciséis horas
del diecinueve de mayo de dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de Vas People Costa Rica S. A., en
la que se reformó el plazo social.—San José, diecinueve de mayo de dos
mil once.—Lic. Martín Hernández Treviño, Notario.—1
vez.—RP2011238737.—(IN2011039222).
Por este medio el suscrito notario hace
constar que a las veinte horas del dieciocho de mayo del dos mil once, mediante
escritura número cincuenta y seis otorgada en el tomo cuarto de mi protocolo,
se constituyó una sociedad denominada: Jireh El Proveedor RLLPS Sociedad
Anónima.—Paraíso de Cartago, veinte de mayo del dos mil
once.—Lic. Francisco Alfonso Castro Murillo, Notario.—1
vez.—RP2011238738.—(IN2011039223).
La suscrita notaria Marta Emilia Rojas
Carranza, constituí sociedad anónima, siendo su denominación social la cédula
jurídica que le otorgue el Registro Nacional, Registro de Personas Jurídicas,
ello conforme al decreto ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y uno-j,
publicado en
Ante mí, a las 8:30 horas del día de hoy, se
constituyó Complejo Deportivo L y M Limitada.—San José, 20 de mayo
de 2011.—Lic. Juan Diego Soto Suárez, Notario.—1
vez.—RP2011238757.—(IN2011039235).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las catorce horas del veinte de mayo dos mil once, se constituyó JEN VA S.
A. Domicilio en Tibás. Con un capital social de treinta mil colones.
Representa judicial y extrajudicial: Jenny Patricia Vásquez Blanco, presidenta, cédula de identidad
uno-seiscientos cincuenta y siete-seiscientos cincuenta y ocho.—San José,
23 de mayo de 2011.—Lic. María Cordero Díaz, Notaria.—1
vez.—RP2011238758.—(IN2011039236).
Mediante escritura número 57-5 del tomo
quinto del protocolo de la notaria Reyna Liz Mairena Castillo, se creó la
sociedad Coorporación DD J V del Pacífico S. A. Presidente: Didier
Jiménez Valverde, quien es apoderado generalísimo sin límite de suma.—San
José, 21 de mayo del dos mil once.—Lic. Reyna Liz Mairena Castillo,
Notaria.—1 vez.—RP2011238760.—(IN2011039237).
Mediante escritura número 26 de las 14:00
horas del 19 de mayo del 2011, se protocoliza acta de la firma Zeptoo
Soluciones S. A., se reforma estatuto en cuanto a poderes.—San José,
23 de mayo del 2011.—Lic. Víctor Joel Valverde Rodríguez,
Notario.—1 vez.—RP2011238762.—(IN2011039238).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 20:00 horas del 17 de mayo del 2011, se protocolizó el acta donde se nombra
nueva junta directiva en la sociedad Global West Investment CR Sociedad
Anónima. Representación judicial y extrajudicial corresponden al
presidente. Presidente: Philippe Brisson.—Santa María de Dota, 17 de mayo
del 2011.—Lic. Lisandro Valverde Porras, Notario.—1
vez.—RP2011238765.—(IN2011039239).
El suscrito notario hace constar que en mi
notaría, mediante escritura número treinta y cinco-doce, del diecinueve de mayo
del dos mil once, se protocolizó asamblea general de Tres Ciento
Uno-Quinientos Treinta y Tres Mil Ochocientos Sesenta Sociedad Anónima,
donde se modifica su cláusula sétima, del pacto constitutivo, relativa a su
representación, se destituye y se nombra nueva junta directiva y
fiscal.—San José, veintitrés de mayo del año dos mil once.—Lic.
Manuel Fernando Anrango Bonilla, Notario.—1
vez.—RP2011238766.—(IN2011039240).
Por escritura otorgada en esta notaría, en
San José de las nueve horas del día once de febrero del año dos mil once, se
constituyó la sociedad anónima Asesoría Integral de Desarrollo Inmobiliario
Consultores. Capital social de cien mil colones.—San José, dieciocho
de mayo del dos mil once.—Lic. Arthur Edward Beers González,
Notario.—1 vez.—RP2011238767.—(IN2011039241).
A las nueve horas del martes diecisiete de
mayo de dos mil once, la sociedad denominada Inversiones Marín y Pérez Mape
Sociedad Anónima. Nombró nuevo fiscal de junta directiva, se comisionó al
notario Manrique González Venegas para protocolizar el acta.—Lic.
Manrique González Venegas, Notario.—1
vez.—RP2011238768.—(IN2011039242).
El suscrito notario Andrés Pérez González,
hace constar que en esta notaría, se constituyó la compañía que el nombre será
el número de cédula que se le asigne en el Registro Público, pudiendo
abreviarse su aditamento S. A.—San José, veintitrés de mayo de dos mil
once.—Lic. Andrés Pérez González, Notario.—1 vez.—RP2011238769.—(IN2011039243).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las
nueve horas del veinticinco de abril del año dos mil once, se constituye
sociedad denominada Inversiones Hiberna Alkes Sociedad de Responsabilidad
Limitada. Capital social: cien mil colones, íntegramente suscrito y pagado.
Gerente apoderado generalísimo sin límite de suma y representante judicial y
extrajudicial.—San José, 23 de mayo del 2011.—Lic. Clara Alvarado
Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2011238775.—(IN2011039244).
Se hace constar que por escritura de las
siete horas del dieciséis de mayo de dos mil once, se constituyó la compañía: Asesoría
Informática F Y F Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Los
Yoses, setenta y cinco metros al sur del automercado Los Yoses, edificio San
Ignacio. Capital social: cien mil colones. Presidenta: Fanny Fallas
Vargas.—San José, 19 de mayo de 2011.—Lic. Eladio González Solís,
Notario.—1 vez.—RP2011238778.—(IN2011039245).
Por escritura pública número ciento treinta y
uno, otorgada el veinte de mayo del año dos mil once ante esta notaría, se
reformó la cláusula primera del pacto constitutivo de la sociedad Tres-Ciento
Uno-Cuatrocientos Noventa y Ocho Mil Ochocientos Noventa y Cuatro, cédula
jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y ocho mil ochocientos noventa y
cuatro para que se denomine Pink & Blue Fashion Sociedad Anónima. Se
revocan nombramientos de secretario y tesorero y se hacen nuevos
nombramientos.—Heredia, veintitrés de mayo de dos mil once.—Lic.
Marcela Abellán Rosado, Notaria.—1
vez.—RP2011238780.—(IN2011039246).
Por escritura de las 10:00 horas del día de
hoy, German Moya Rojas, Claudio Muñoz Vivas, Renato Mirabelli Biamonte y
Roberto Ledezma Ramírez adicionan escritura presentada al Diario al tomo 2011,
asiento 129441 y modifica las cláusulas 1 y 5 de la sociedad ISCHÝS Cosmos
de Costa Rica S. A.—San José, 20 de mayo de 2011.—Lic. Aurora
Hernández Fuentes, Notaria.—1
vez.—RP2011238785.—(IN2011039247).
Ante esta notaría, a las 10:00 horas del 23
de mayo del 2011, se protocolizó acta ordinaria y extraordinaria de la sociedad
U.S.P. Santa Paula Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-307886,
mediante la cual se modificó la cláusula segunda, quinta de los estatutos
sociales y se revoca agente residente.—Lic. Santos Javier Saravia Baca,
Notario.—1 vez.—RP2011238786.—(IN2011039248).
El suscrito notario hace constar que por
medio de la escritura número veintidós, otorgada a las 15:00 horas 30 minutos
del 28 de abril del 2011, se protocolizó el acta número dos de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de socios de la firma 3-101-551561 Sociedad
Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula segunda de los estatutos
sociales y se nombra nuevo presidente.—San José, 2 de mayo del
2011.—Lic. Alonso Andreé Núñez Quesada, Notario.—1
vez.—RP2011238787.—(IN2011039249).
Ante esta notaría, a las diecinueve horas
cinco minutos del diecinueve de mayo del dos mil once, se constituyó la empresa
denominada Sky Clouds Real State Sociedad Anónima. Todo. En la ciudad de
San José, diecinueve de mayo del dos mil once.—Lic. José Aparicio Guillén
Herrera, Notario.—1 vez.—RP2011238788.—(IN2011039250).
Carmen María Sánchez Camacho y Eduardo Moya
Sánchez, constituyen la sociedad de esta plaza, denominada Creaciones Famosa
Car Sociedad Anónima, con capital social de diez mil colones. Escritura
otorgada en San José, a las veintiuna horas del día dieciocho de mayo del dos
mil once.—Lic. Álvaro Eduardo Leandro Hernández, Notario.—1
vez.—RP2011238790.—(IN2011039251).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó
FJY Vargas Chaverri Sociedad Anónima. Domicilio: Upala, provincia de
Alajuela, urbanización Casa Grande, casa cuatro C. Plazo: noventa y nueve años.
Capital: íntegramente suscrito y pagado. Presidente: Juan Carlos Vargas
Guerrero.—Upala, Alajuela, a las quince horas del diecinueve de mayo del
dos mil once.—Lic. Jorge Roberto Segnini Villalobos, Notario.—1
vez.—RP2011238791.—(IN2011039252).
Las señoras Elizabeth Delgado Chaves y
Claudina Chaves Padilla, por medio de la escritura de las nueve horas del
veintiuno de mayo del dos mil once, constituye la sociedad anónima que tendrá
como denominación social el número de cédula jurídica asignado por el Registro
Nacional al momento de su inscripción.—San José, veintitrés de mayo del
dos mil once.—Lic. Federico José Vega Rodríguez, Notario.—1
vez.—(IN2011039253).
Que por escritura otorgada ante esta notaría,
a las diez horas con diez minutos del día veintitrés de mayo del dos mil once,
se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas
de la sociedad Marrake Internacional Sociedad Anónima, mediante la cual
se acordó modificar la cláusula octava del pacto constitutivo y nombrar nueva
junta directiva.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil
once.—Lic. Gavridge Pérez Porras, Notario.—1
vez.—(IN2011039260).
Que por escritura otorgada ante esta notaría,
a las diez horas del día veintitrés de mayo del dos mil once, se protocolizó
acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
sociedad Tauro del Este Nueve Sociedad Anónima, mediante la cual se
acordó modificar la cláusula sexta del pacto constitutivo y nombrar nueva junta
directiva.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil once.—Lic.
Gavridge Pérez Porras, Notario.—1 vez.—(IN2011039261).
Luis Acevedo Jiménez; Luis Diego Acevedo
Jiménez y José Roberto Acevedo Jiménez, constituyen Luimari Sociedad Anónima,
del capital social es de diez mil colones representados por diez acciones
comunes y nominativas de mil colones cada una, el presidente tendrá la
representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma. La presidencia le corresponde al
socio Luis Acevedo Jiménez; el cargo de tesorero al socio Luis Diego Acevedo
Jiménez; el puesto de secretario le corresponde al socio José Roberto Acevedo
Jiménez; y el cargo de fiscal le corresponde a la señorita María Delfina
Centeno Jiménez, mayor, soltera, secretaria, portadora de la cédula de
identidad número siete-uno nueve seis-uno ocho ocho y el agente residente le
corresponde al licenciado Jermaine Cruickshank Edwards. Escritura otorgada, a
las 14 horas del 25 de abril del 2011.—Lic. Jermaine Cruickshank Edwards,
Notario.—1 vez.—(IN2011039281).
Marvin Guevara Rojas, Reyner Scott Jiménez,
Maikol Hernández Chavarría y Jesús Montenegro Sánchez, constituyen número de
cédula jurídica sociedad anónima. Capital social: cien mil colones,
representadas por cien acciones comunes y nominativas de mil colones cada una.
Presidente Guevara Rojas tiene la representación judicial y extrajudicial con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma pudiendo actuar de
manera conjunta y separada inclusive. Escritura otorgada a las 15:20 horas 16
de mayo del 2011.—Jermaine Cruickshank Edwards, Notario.—1 vez.—(IN2011039283).
Mediante escritura número 101 otorgada a las
15:00 horas del 18 de mayo del 2011, en el tomo 39 de la notaria, Jenny Ramírez
Robles, se modificó el domicilio de la sociedad
Por escritura otorgada, ante esta notaría, el
día de hoy, la sociedad Colegio San Pablo S. A., protocoliza de la
sociedad mediante la cual se reforma la cláusula sexta de sus estatutos y se
nombra nueva junta directiva.—Palmares, 14 de abril del 2011.—Lic.
Olivier Rojas Fernández, Notario.—1 vez.—(IN2011039327).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, el
día de hoy, la sociedad Escuela Primaria San Pablo S. A., protocoliza de
la sociedad mediante la cual se reforma la cláusula sétima de sus estatutos y
se nombra nueva junta directiva.—Palmares, 14 de abril del
2011.—Lic. Olivier Rojas Fernández, Notario.—1
vez.—(IN2011039328).
Mediante escritura pública otorgada en San
José ante el notario público Allan Makhlouf Maklouf, a las 14:00 horas del día
23 de mayo del año dos mil once, se constituyó la sociedad G Model
Productions Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del año dos mil
once.—Lic. Allan Makhlouf Maklouf, Notario.—1 vez.—(IN2011039332).
Que en la asamblea ordinaria de la compañía Glen Lex Associates LLC
Limitada, de las catorce horas del quince de marzo del dos mil once, se
acordó reformar la cláusula del domicilio y administración.—11
de mayo del 2011.—Lic. José Antonio Silva Meneses, Notario.—1 vez.—(IN2011039384).
Que en la asamblea ordinaria de la compañía 3-102-623888 Limitada,
de las once horas del quince de mayo del dos mil once, se acordó reformar la
cláusula del nombre.—17 de mayo del
2011.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1
vez.—(IN2011039386).
Por escritura número ciento treinta y siete otorgada ante esta notaría, a
las ocho horas del veinticuatro de mayo de dos mil once, se constituyó la
sociedad Evebe Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones,
representación presidente y secretario de la junta directiva con facultades de
apoderados generalísimos sin limite de suma, domicilio San José, Pavas, barrio
Rohrmoser, ciento cincuenta metros norte de la segunda etapa de Plaza Mayor.—San
José, veinticuatro de mayo de dos mil once.—Lic. Raúl A. Camacho Alfaro,
Notario.—1 vez.—(IN2011039388).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 15
de mayo 2011, se constituyó la sociedad anónima Karmel S. A., de Xinia
Salas Alpízar, de calidades indicadas, todo con capital suscrito y pagado, de
lo cual esta notaría da fe.—Alajuela, 17 de mayo
del 2011.—Lic. Yessenia Delgado Aguilar, Notaria.—1
vez.—(IN2011039389).
Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Carcredito
Sociedad Anónima, en la que se modificó la cláusula quinta del pacto
constitutivo.—San José, 22 de marzo del
2011.—Lic. Edgar Cervantes Gamboa, Notario.—1
vez.—(IN2011039393).
El suscrito, Joaquín Barrantes Astúa, notario público doy fe, que ante mí,
se constituyó la sociedad Naslynore Sociedad Anónima, corresponderá al
presidente y secretaria la representación judicial y extrajudicial de la
sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma,
actuando conjunta o separadamente, escritura otorgada en la ciudad de San
Isidro de Pérez Zeledón, a las dieciséis horas del dieciocho de mayo del dos
mil once. Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón,
ocho horas treinta minutos del diecinueve de mayo del dos mil once.—Lic. Joaquín
Barrantes Astúa, Notario.—1
vez.—RP2011238798.—(IN2011039511).
Mediante escritura autorizada por mí, a las once horas veinte minutos del
veintitrés de mayo del dos mil once, se constituyó la compañía Desmond
Properties LLC Limitada, con un capital social de treinta mil colones.—San José, veintitrés de mayo del dos mil
once.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1
vez.—RP2011238812.—(IN2011039521).
Por escritura otorgada ante mí, a las 09:00 horas del 20 de mayo del 2011,
se constituyó Consorcio de Seguridad Peralta Caballero Sociedad Anónima,
pudiéndose abreviarse, Consorcio de Seguridad Peralta Caballero S. A.
Objeto: servicios profesionales, importación, exportación, vigilancia,
ganadería, minería, agricultura, industria y comercio en general. Domicilio:
San José, Costa Rica. Plazo: 99 años.—San José,
21 de mayo del 2011.—Lic. Gloria Elena Bonilla Olaso, Notaria.—1 vez.—RP2011238816.—(IN2011039522).
Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 20 de mayo del 2011,
se constituyó Blanca Responsabilidad de León Sociedad Anónima,
pudiéndose abreviar Blanca Responsabilidad de León S. A. Objeto:
servicios profesionales, importación, exportación, vigilancia, ganadería,
minería, agricultura, industria y comercio en general. Domicilio: San José,
Costa Rica. Plazo: 99 años.—San José, 21 de mayo
del 2011.—Lic. Gloria Elena Bonilla Olaso, Notaria.—1
vez.—RP2011238817.—(IN2011039523).
Saldra Baldi Alavarado y Sivlia Serrano Morales, constituyen la sociedad Tooth
Fairy S. A., mediante escritura pública ciento cincuenta y cuatro, del tomo
octavo del protocolo del Licenciado Siumin Vargas Jiménez. Es todo.—San José, veintitrés de mayo del dos mil
once.—Lic. Francisco Javier Vega Guzmán, Notario.—1
vez.—RP2011238818.—(IN2011039524).
Por escritura número siete, otorgada ante mi notaría, a las once horas del
día veintitrés de mayo del dos mil once, se constituyó la entidad denominada Xiri
Hosting Sociedad Anónima. Presidente: Diego Xirinachs Jiménez.—Heredia, veinticuatro de mayo del dos mil
once.—Lic. Jonathan Desanti Ruiz, Notario.—1
vez.—RP2011238820.—(IN2011039525).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Resolución Nº OD-005-2011.—Ministerio de
Según
lo ordenado por el señor Viceministro de
De
comprobarse la verdad real de los hechos y determinarse eventualmente la
existencia de alguna causa responsabilidad administrativa y civil por parte del
señor Jimmy Segura Sánchez, cédula de identidad Nº 1-576-223, en su calidad de
exfuncionario Proveedor Institucional del Ministerio de
Para
efectos prácticos, dentro de este procedimiento y en esta resolución, se
utilizarán las siguientes abreviaturas:
LGAP: Ley General de
LCCEI: Ley Contra
LCI: Ley de Control Interno Nº
8292.
RRCBAC: Reglamento para el Registro y
Control de Bienes de
Reglamento
Autónomo:
Reglamento Autónomo de Organización y Servicio de
Reglamento
a
I.—Objeto del Procedimiento Ordinario Administrativo. El
presente procedimiento tiene como objetivo verificar la verdad real de los
hechos que servirán de motivo al acto final, contenidos en la resolución Nº
VPR-056-2011 emitida por el Viceministro de
II.—Acreditación
del exfuncionario dentro del Procedimiento. El señor Jimmy Segura Sánchez,
cédula de identidad Nº 1-576-223, estuvo nombrado como Proveedor Institucional
de
III.—Hechos
a Investigarse, sobre los cuales versará la comparecencia.
Hecho primero: Que mediante oficio DPA-CA-103-2010,
fechado 19 de noviembre del 2010, suscrito por el señor Ricardo Blanco
Valverde, Proveedor a. í. Institucional, informa a
Hecho
segundo: Que
mediante oficio número DG-MCH-1546-2010, fechado 21 de diciembre del 2010,
suscrito por la señora Maxenette Chaves, Directora General del Ministerio de
Hecho
tercero: Que
mediante oficio DJ-OO8-2011 fechado 5 de enero del dos mil once, suscrito por
el señor Roberto Piedra Láscarez, Director Jurídico del Ministerio de
Hecho
cuarto: Que
mediante oficio número VPR-009-FMM, fechado 27 de enero del 2011, suscrito por
el señor Viceministro Francisco Marín Monge, dirigido al señor Rigoberto
Barahona Rojas, Director de Recursos Humanos institucional, en el cual se
comisiona a éste último en su condición de Director de Recursos Humanos para
que intime al ex servidor Segura Sánchez a reintegrar las microcomputadoras HP.
(Visible a folio 0009 al folio 00011 del expediente).
Hecho
quinto: Que
mediante oficio DRH-0069-11, fechado 31 de enero de 2011, suscrito por el
Director de Recursos Humanos institucional, señor Rigoberto Barahona Rojas,
dirigido al exservidor Jimmy Segura Sánchez, en el que se le intima y se le
requiere a la reposición o el pago de las microcomputadoras HP, para que
normalice su situación al respecto en el plazo de treinta días hábiles contados
a partir de la fecha de la notificación de dicho oficio. En adición, se le
realiza la advertencia de no reintegrar o reponer estos artículos, se
continuará con el procedimiento de cobro respectivo, que pueden llevar hasta la
notificación de la deuda y el traslado a la oficina de cobros judiciales del
Ministerio de Hacienda, con el consecuente incremento por concepto de
honorarios. (Visible a folio 00012 del expediente).
Hecho
sexto: Que
mediante oficio DVP-CBQ-0122-11, fechado 04 de febrero del 2011, suscrito por
la señora Cinthya Berrocal, Directora del Despacho del Viceministerio de
Hecho
sétimo: Nota
fechada 4 de marzo del 2011 suscrita por el señor Jimmy Segura Sánchez dirigida
al señor Rigoberto Barahona Rojas, en la cual da respuesta al oficio de
DRH-0069-11 del 31 de enero del 2011, y refiere literalmente: “(…)
Conforme consta en el inventario de bienes que yo tenía a mi cargo en
Hecho
octavo: Que
mediante oficio DRH-0153-11, fechado el 7 de marzo del 2011 suscrito por
Rigoberto Barahona Rojas, Director de Recursos Humanos, oficio dirigido al
señor Francisco Marín Monge, Viceministro de
Hecho
noveno: Que
mediante oficio DVP-CBQ-0130-11 suscrito por la señora Cinthya Berrocal Quiroz,
Directora de Despacho del Viceministro de
Hecho
décimo: Que
mediante oficio DJ-195-2011 fechado 15 de marzo del 2011 suscrito por el señor
Roberto Piedra Láscarez Director Jurídico, en el cual acusa de recibo el oficio
DVP-CBQ-0130-11 de fecha 9 de marzo 2011 en relación con las manifestaciones
externadas por el señor exfuncionario Segura Sánchez. En el oficio DJ-195-2011
el director Jurídico también solicita que se remita el expediente y la
documentación respectiva de soporte en relación al caso, lo anterior para
confeccionar la recomendación al señor Viceministro. (Visible a folio 00020 del
expediente).
Hecho
décimo primero:
Que mediante oficio DPA-0184 de fecha 22 de marzo del 2011 suscrito por Ricardo
Blanco Valverde Proveedor Institucional del Ministerio de
Hecho
décimo segundo:
Que mediante oficio DJ-231-2011 del 30 de marzo del 2011 suscrito por el señor
Roberto Piedra Láscarez y dirigido al señor Francisco J. Marín Monge, Viceministro
de
Hecho
décimo tercero:
Que mediante resolución de las trece horas del día primero de abril del dos mil
once, Resolución Número VPR-056-2011, en la que se ordena la apertura de un
Procedimiento Ordinario Administrativo en contra del exfuncionario Jimmy Segura
Sánchez, asimismo se designa como Órgano Director colegiado a las licenciadas
Karol Frutos Fernández, Melissa Gutiérrez Prendas y Heidy Torres Marchena,
todas funcionarias del Ministerio de
Hecho
décimo cuarto:
Que mediante resolución número O.D. 001-2011, resolución de las ocho horas con
treinta y seis minutos del veintiséis de abril del dos mil once, el Órgano
Director del Procedimiento con fundamento en la resolución número VPR-056-2011,
hace auto de apertura del procedimiento administrativo ordinario en contra de
Jimmy Segura Sánchez, y fija la audiencia para las nueve horas del día
dieciocho de mayo del 2011 en la sede del Órgano Director. (Visible a folios
00040 al 00040).
Hecho
décimo quinto:
Que mediante resolución número O.D.002-2011 de las dieciséis horas con cuarenta
minutos del veinticinco de abril del dos mil once, se habilitan las horas de
notificación para la apertura de este procedimiento administrativo y demás
diligencias necesarias del mismo, de las seis horas a las veintidós horas.
(Visible a folios del 00052).
Hecho
décimo sexto:
Que mediante resolución número O.D.003-2011 de las nueve horas del veintinueve
de abril del dos mil once, se procede a trasladar la fecha de la audiencia oral
y privada para el día 27 de mayo del 2011, con el fin de salvaguardar el
derecho de defensa del encartado y en apego al artículo 311 de
Hecho
décimo sétimo:
Que en fecha 29 de abril del 2011 mediante oficio sin número de esa misma fecha
se notifica a
Hecho
décimo octavo:
Que mediante oficio fechado 5 de mayo del 2011, se hizo solicitud al
Departamento de Recursos Humanos de la dirección del domicilio del señor Jimmy
Segura Sánchez. (Visible a folio 00062).
Hecho
décimo noveno:
Que mediante oficio número DRH-0292-11, suscrito por
Hecho
vigésimo: Que
mediante resolución número OD-004-2011 de las quince horas nueve de mayo del
dos mil once, se resuelve notificar al encartado mediante carta certificada a
través de Correos de Costa Rica y de conformidad con el artículo 243.1 de
Hecho
vigésimo primero:
Que mediante oficio sin número, fechado 16 de mayo del 2011, el señor Jairo
Zúñiga Aguilar, del departamento de Envíos de Control, informa que el
Certificado Nº RR040450189CR, dirigido al señor Jimmy Segura Sánchez, informa
que se le realizaron dos intentos de entrega el 12 y 13 de mayo del 2011, no
obstante no hubo respuesta al cartero, dejando un aviso para el día 13 de mayo
del 2011. (Visible a folio 00067).
Hecho
vigésimo segundo:
Que mediante oficio fechado 11 de mayo del 2011 se solicita al Director del
Registro de Personas del Registro Nacional, indicar si el encartado Jimmy
Segura Sánchez ha otorgado Poder alguno de representación y en caso de ser así,
se solicita indicar nombre y dirección exacta del Apoderado. Asimismo en caso
de que la información provenga del sistema automatizado aportar copias del
documento inscrito. (Visible a folio 00070).
Hecho
vigésimo tercero:
Que mediante oficio fechado 11 de mayo del 2011, este Órgano Director solicita
a
Hecho
vigésimo cuarto:
Que mediante certificación del Ministerio de Gobernación y Policía, Dirección
General de Migración y Extranjería, Departamento de Gestión de Migraciones, se
indica que del 01/01/2001 hasta el 12/05/2011 el encartado no registra
movimientos migratorios. (Visible a folio 00072).
Hecho
vigésimo quinto:
Que mediante certificación del señor Carlos Thames Montero Certificador del
Registro Nacional, de las 12:50 horas del 16 de mayo del año en curso, el
Registro Nacional da fe que no aparece con apoderado inscrito a su nombre:
Jimmy Segura Sánchez. (Visible a folios del 00073 al 00079).
En
virtud de lo anterior este Órgano Director de conformidad con lo señalado en
los artículos 239, 240, 241, 242, 243, 244, 245, 246 y 247 de
VI.—Fundamento
de Derecho. Ley General de
Ley Contra
Ley de
Control Interno Nº 8292: artículos 8º, 10, 13 inciso a), 15 inciso b) ii, 39,
42, 43 de
Reglamento
de Ley Contra
Reglamento
Autónomo de Organización y Servicio de
Reglamento
para el Registro y Control de Bienes de
V.—Prueba documental que consta en el expediente.
1. Acta de no ubicados, Bienes Muebles y/o Equipo, firmada por el
señor Jimmy Segura Sánchez, exfuncionario de
2. Oficio DPA-CA-103-2010, de fecha 19 de noviembre 2010, suscrita por
el señor Ricardo Blanco Valverde Proveedor Institucional, dirigida a la a la
señora Maxenette Chaves Murillo, Directora General del Ministerio de
3. Oficio DVP-CBQ-0122-11 de fecha 4 de febrero 2011,suscrito por la
señora Cinthya Berrocal Quirós Directora de Despacho del Viceministro de
4. Oficio DJ-008-2011 de fecha 5 de enero 2011, suscrita por el
Director de
5. Oficio VPR-009-FMM, suscrito por el señor Francisco Marin Monge,
Viceministro de
6. Oficio DRH-0069-11 de fecha 31 de enero 2011, suscrita por el
Director de Recursos Humanos, Rigoberto Barahona Rojas, dirigida al
exfuncionario Jimmy Segura Sánchez.
7. Oficio 069-249-2010, de fecha 2010-04-28 suscrita por el ICE,
enviada al señor Jimmy Segura Sánchez exfuncionario de
8. Oficio sin número de fecha 4 de marzo del 2011, suscrito por el
señor Jimmy Segura Sánchez, dirigido al señor Rigoberto Barahona Rojas,
Director de Recursos Humanos.
9. Oficio DRH-0153-11, de fecha 7 de marzo de 2011, suscrita por el
Director de Recursos Humanos, señor Rigoberto Barahona Rojas, dirigida al
Viceministro de
10. Oficio DVP-CBQ-0130-11, suscrito por el señora Cinthya Berrocal
Quirós, Directora de Despacho del Viceministro de
11. Oficio DJ-195-2011, de fecha 15 de marzo 2011, suscrito por el
Director Jurídico, señor Roberto Piedra Láscarez.
12. Oficio DPA-0184, de fecha 22 de marzo 2011, suscrito por el señor
Ricardo Blanco Valverde, dirigido al Director de Jurídico, señor Roberto Piedra
Láscarez.
13. Oficio del Informe DJ-231-2011, de fecha 30 de marzo 2011, suscrito
por el Director Jurídico, señor Roberto Piedra Láscarez enviado al Viceministro
de
14. Resolución número VPR-056-2011 de las trece horas del 01 de abril
del 2011, suscrita por el señor Viceministro de
15. Resolución Nº O.D. 001-2011 de las ocho horas con treinta y seis
minutos del veintiséis de abril del dos mil once.
16. Oficio número Nº O.D. 002-2011 fechado 14 de abril de 2011.
17. Cert-0144-11 de los quince días del mes de abril del dos mil once,
emitida por
18. DRH-0247-11 fechado 15 de abril del 2011.
19. Resolución Nº OD-002-2011 de las dieciséis horas con cuarenta
minutos del veintiocho de abril del dos mil once.
20. Resolución Nº OD-003-2011 de las nueve horas del veintinueve de
abril dos mil once.
21. Oficio sin número fechado 29 de abril del 2011, suscrito por el
Órgano Director del Procedimiento Ordinario Administrativo, dirigido al
Teniente Andrés Méndez Meléndez, Jefe de Puesto Alajuela, Fuerza Pública.
22. Acta de corrección de numeración en folio.
23. Oficio sin número fechado 05 de mayo del 2011, suscrito por el
Órgano Director del Procedimiento Ordinario Administrativo, dirigido al señor
Rigoberto Barahona Rojas, Director de Recursos Humanos del Ministerio de
24. Oficio DRH-0292-11 fechado 09 de mayo del 2011.
25. Resolución Nº OD-004-2011 de las quince horas del nueve de mayo del
dos mil once.
26. Sobre de envío con código de barras de Correos de Costa Rica número
*RR040450189CR*.
27. Certificación fechada 16 de mayo de 2011 emitida por Correos de
Costa Rica S. A., Centro de Carteros Alajuela.
28. Recibo para envío Certificado fechado 09 de mayo de 2011 de Correos
de Costa Rica S. A., Alajuela.
29. Factura 24547 emitida por Correos de Costa Rica S. A. Alajuela.
30. Oficio sin número fechado 11 de mayo del 2011, suscrito por el
Órgano Director del Procedimiento Ordinario Administrativo, dirigido al
Director del Registro de Personas del Registro Nacional.
31. Oficio sin número fechado 11 de mayo del 2011, suscrito por el
Órgano Director del Procedimiento Ordinario Administrativo, dirigido al Jefe
del Centro de Cómputo de
32. Certificación emitida por el
33. Certificación número 29953328-2011 de fecha 16 de mayo del 2011
emitida por el Registro Nacional, Departamento de certificaciones.
VI.—Prueba testimonial y documental. Con la finalidad de
garantizar al accionado Segura Sánchez su derecho al debido proceso y legítima
defensa toda la prueba documental indicada en el apartado V de ésta resolución
se encuentra a disposición en el expediente administrativo conformado para tal efecto
para su acceso, verificación, fotocopiado o lectura de la misma. El expediente
por ser custodiado por el órgano Director se ubica en
Cuando
este Órgano Director lo considere pertinente ordenará el recibimiento de prueba
testimonial, durante la investigación, de lo cual notificará debidamente a la
parte investigada para el debido proceso. Ello no limita o prohíbe que la parte
investigada ponga de conocimiento a éste órgano la remisión de prueba
testimonial para el día de la celebración de la comparecencia oral y privada
ante
Conforme
lo dispone el artículo 300 de
VII.—Citación
para audiencia oral y privada ante la administración. Disposiciones generales
sobre la citación. Aspectos sobre los que versará la citación. A fin de determinar
la verdad real de los hechos puestos en conocimiento de este Órgano Director,
se cita al señor Jimmy Segura Sánchez, cédula de identidad número 1-576-223, en
su calidad de exfuncionario de
El
expediente del procedimiento ordinario administrativo se encuentra en la sede
del Órgano Director, consta de 00079 folios (excluyendo la presente resolución
y la solicitud de publicación respectiva) y un legajo aparte de pruebas
documental de 196 folios, en el que está agregada la prueba documental antes
indicada, documentos que se ponen a disposición del citado, pudiendo
consultarlos en el lugar indicado en horas hábiles de oficina. Las partes y sus
representantes tendrán derecho en cualquier fase del procedimiento a examinar,
leer y copiar cualquier pieza del expediente, así como a pedir certificación de
la misma. Si se desea obtener fotocopias de los documentos contenidos en el
expediente, se deberá aportar el papel correspondiente. (Artículo 272 de
Esta
resolución puede ser impugnada en el término improrrogable de veinticuatro
horas después de su notificación, mediante la debida interposición del Recurso
de Revocatoria y/o Apelación ante este Órgano Director del Procedimiento
Administrativo, al tenor de lo dispuesto por los artículos 245, 344 y 345 de
En
ausencia de disposición expresa de
Notifíquese
esta resolución al señor Jimmy Segura Sánchez, mediante edicto publicado en el
Diario Oficial
Asimismo,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6º y 12 de
DEPARTAMENTO
DISCIPLINARIO LEGAL
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Auto de apertura de causa administrativa disciplinaria
005-IP-2011.—Ministerio de Seguridad Pública, Departamento Disciplinario
Legal, Sección Inspección Policial.—San José, a las once horas del día
once de mayo del dos mil once. De conformidad con los artículos 211, 214, 218,
221, 222, 225, 308 inciso b), 309, 310, 311, 312, 313, 314, 315, 316, 317, 318,
319 de
DIRECCIÓN
GENERAL DE TRIBUTACIÓN
ADMINISTRACIÓN
TRIBUTARIA DE HEREDIA
Notificación de Cobro Administrativo.—Nº ED-DGT-AT.
007-2011.—Por desconocerse el domicilio fiscal actual y habiéndose
agotada las formas de Localización posibles, para dar cumplimiento a lo
establecido en los artículos 137 y 169 del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios, se procede a notificar por edicto los saldos deudores de los
contribuyentes que a continuación indican:
Nº Req. |
Contribuyente |
Imp. |
Documento |
Período |
Monto ¢ |
|
Requerimiento
de Pago N° 1911001618452 de fecha 05/04/2011 |
Tecni refri S.
A. Cédula 3 101 109328-11 |
sanción |
9222000325447 |
03/2009 |
139.092.00 |
|
Requerimiento
de Pago N° 1911001618452 de fecha 05/04/201 1 |
Tecni refri S.
A. Cédula 3 101 109328-11 |
sanción |
9222000325456 |
04/2009 |
161.826.00 |
|
Requerimiento
de pago N° 1911001584484 de fecha 11/10/2010 |
Moto Repuestos
Hersa S. A. Cédula 3 101 44976224 |
ventas |
1043008447153 |
10/2007 |
158.960.00 |
|
Requerimiento
de pago N° 1911001584484 de fecha 11/10/2010 |
Moto Repuestos
Hersa S. A. Cédula 3 101 44976224 |
ventas |
1043008957706 |
12/2007 |
217.636.00 |
|
Requerimiento
de pago N° 1911001584484 de fecha 11/10/2010 |
Moto Repuestos
Hersa S. A. Cédula 3 101 44976224 |
ventas |
1043009156612 |
01/2008 |
227.470.00 |
|
Requerimiento
de pago N° 1911001584484 de fecha 11/10/2010 |
Moto Repuestos
Hersa S. A. Cédula 3 101 44976224 |
ventas |
1043009404455 |
02/2008 |
197.552.00 |
|
Requerimiento
de pago N° 1911001584484 de fecha 11/10/2010 |
Moto Repuestos
Hersa S. A. Cédula 3 101 44976224 |
ventas |
1043009673307 |
03/2008 |
212.527.00 |
|
Requerimiento
de pago N° 1911001584484 de fecha , 11/10/2010 |
Moto Repuestos
Hersa S. A.. Cédula 3 101 44976224 |
ventas |
1043009858615 |
04/200/ |
266.732.00 |
|
Requerimiento
de pago N° 1911001584484 de fecha 11/10/2010 |
Moto Repuestos
Hersa S. A. Cédula 3 101 44976224 |
ventas |
1043010156754 |
05/2008 |
326.465.00 |
|
Requerimiento
de Pago para Iniciar Procedimiento Sancionador de Cierre N° 132-2010 de fecha
15/10/10 |
Moto Repuestos
Hersa S. A. Cédula 3 101 44976224 |
ventas |
1043008447153 |
10/2007 |
158.960.00 |
|
Requerimiento
de Pago para Iniciar Procedimiento Sancionador de Cierre N° 132-2010 de fecha
15/10/10 |
Moto Repuestos
Hersa S. A. Cédula 3 101 44976224 |
ventas |
1043008957706 |
12/2007 |
217.636.00 |
|
Requerimiento
de Pago >, para Iniciar Procedimiento Sancionador de Cierre N° 132-2010 de
fecha 15/10/10 |
Moto Repuestos
Hersa S. A. Cédula 3 101 44976224 |
ventas |
1043009156612 |
01/2008 |
227.470.00 |
|
Requerimiento
de Pago para Iniciar Procedimiento Sancionador de Cierre N° 132-2010 de fecha
15/10/10 |
Moto Repuestos
Hersa S. A. Cédula 3 101 44976224 |
ventas |
1043009404455 |
02/2008 |
197.552.00 |
|
Requerimiento
de Pago para Iniciar Procedimiento Sancionador de Cierre N° 132-2010 |
Moto Repuestos
Hersa S. A. Cédula 3 101 44976224 |
ventas |
1043009673307 |
03/2008 |
212.527.00 |
|
Requerimiento
de Pago para Iniciar Procedimiento Sancionador de Cierre N° 132-2010 de fecha
15/10/10 |
Moto Repuestos
Hersa S. A. Cédula 3 101 44976224 |
ventas |
1043009858615 |
04/2008 |
266.732.00 |
|
Requerimiento
de Pago para Iniciar Procedimiento Sancionador de Cierre N° 132-2010 de fecha
15/10/10 |
Moto Repuestos
Hersa S. A. Cédula 3 101 44976224 |
ventas |
1043010156754 |
05/2008 |
326.465.00 |
|
Traslado de Cargos por Aplicación de Sanción por Morosidad en el Pago. N° 240-2010 de fecha 15/10/2010 |
Moto Repuestos
Hersa S. A. Cédula 3 101 44976224 |
ventas |
1043008447153 |
10/2007 |
31.792.00 |
|
Traslado de Cargos por Aplicación de Sanción por Morosidad en el Pago. N° 240-2010 de fecha 15/10/2010 |
Moto Repuestos
Hersa S. A. Cédula 3 101 44976224 |
ventas |
1043008957706 |
12/2007 |
43.527.00 |
|
Traslado de Cargos por Aplicación de Sanción por Morosidad en el Pago. N° 240-2010 de fecha 15/10/2010 |
Moto Repuestos
Hersa S. A. Cédula 3 101 44976224 |
ventas |
1043009156612 |
01/2008 |
45.494.20 |
|
Traslado de Cargos por Aplicación de Sanción por Morosidad en el Pago. N° 240/2010 de fecha 15/10/2010 |
Moto Repuestos
Hersa S. A. Cédula 3 101 44976224 |
ventas |
1043009404455 |
02/2008 |
39.510.40 |
|
Traslado de Cargos por Aplicación de Sanción por Morosidad en el Pago. N° 240/2010 de fecha 15/10/2010 |
Moto Repuestos
Hersa S. A. Cédula 3 101 44976224 |
Ventas |
1043009673307 |
03/2008 |
42.505.40 |
|
Traslado de Cargos por Aplicación de Sanción por Morosidad en el pago. N° 240-2010 de fecha 15/10/2010 |
Moto Repuestos
Hersa S. A. Cédula 3 101 44976224 |
ventas |
1043009858615 |
04/2008 |
53.346.40 |
|
Traslado de Cargos por Aplicación de Sanción por Morosidad en el pago. N° 240-2010 de fecha 15/10/2010 |
Moto Repuestos
Hersa S. A. Cédula 3 101 44976224 |
ventas |
1043010156754 |
05/2008 |
65.293.00 |
|
TOTAL |
|
|
|
|
3.837.070.40 |
|
*Mas recargos de Ley *
Se concede un plazo de quince días a partir del tercer día hábil de
esta publicación, para que los contribuyentes arriba indicados cancelen la
deuda. De no hacerlo, el caso será trasladado a la oficina de Cobros Judiciales
para el trámite correspondiente. Publíquese.—Francisco
Villalobos Brenes, Director General.—María Elena Calvo Bolaños, Gerente
Tributario.—1 vez.—O. C. 11138.—Solicitud Nº
2303.—C-158785.—(IN2011038903).
N° ED-DGT-ATH-006/2011.—Por
desconocerse el domicilio fiscal actual y habiéndose agotada las formas de
Localización posibles, para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos
137 y 169 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, se procede a
notificar por edicto el saldo deudor de los contribuyentes que a continuación
indican:
Nº Req. |
Contribuyente |
Imp. |
Documento |
Período |
Monto ¢ |
1911001607033 |
Madrigal Lobo
Marco Aurelio Cédula N° 0109020808 |
Ventas |
9090000327807 |
09/2005 |
1.967.669,00 |
1911001607033 |
Madrigal Lobo
Marco Aurelio Cédula N° 0109020808 |
Renta |
9090000327791 |
2005 |
2.938.033,00 |
1911001607033 |
Madrigal Lobo
Marco Aurelio Cédula N° 0109020808 |
Sanción ART-81-V |
9222000314956 |
09/2005 |
1.475.751,00 |
1911001607033 |
Madrigal Lobo
Marco Aurelio Cédula N° 0109020808 |
Sanción ART-81-R |
9222000314947 |
2005 |
2.203.525,00 |
RH-SAM-015/2011 |
Madrigal Lobo
Marco Aurelio Cédula N° 0109020808 |
Mora Renta |
Traslado de
Cargos RH-SAM-015/2011 |
2005 |
587.606,60 |
RH-SAM-015/2011 |
Madrigal Lobo
Marco Aurelio Cédula N° 0109020808 |
Mora Ventas |
Traslado de
Cargos RH-SAM-015/2011 |
09/2005 |
393.533,80 |
1911001610262 |
Arrocera Cédula N° 3101029236 |
Sanción ART-80 |
9222000320181 |
2002 |
1.767.241,00 |
1911001610253 |
Spectrum Construction
S.A. Cédula N° 3101397267 |
Sanción ART.-80 |
9222000320172 |
2006 |
7.370.808,00 |
Total 8 casos |
|
|
|
|
18.704.167,00 |
*Mas recargos de Ley *
Se concede un plazo de quince días a partir del tercer día hábil de
esta publicación, para que los contribuyentes arriba indicados cancelen la
deuda. De no hacerlo, el caso será trasladado a la oficina de Cobros Judiciales
para el trámite correspondiente. Publíquese.—Francisco
Villalobos Brenes, Director General.—María Elena Calvo Bolaños, Gerente
Tributario.—1 vez.—O. C. 11138.—Solicitud Nº
2302.—C-41900.—(IN2011038904).
N° ED-DGT-ATH-005-2011.—Por
desconocerse el domicilio fiscal actual y habiéndose agotada las formas de
Localización posibles, para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos
137 y 169 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, se procede a
notificar por edicto el saldo deudor del
contribuyente que a continuación indican:
Nº Req. |
Contribuyente |
Imp. |
Documento |
Período |
Monto ¢ |
1911001608686
De fecha 14/02/2011 |
Saravia Aragón
Mayra Cédula N° 8-0085-581 |
Ventas |
1041082610854 |
03/2010 |
727.343,00 |
Traslado de
Cargos por Aplicación de Sanción por Morosidad en el pago Nº RH- SAM-034-2011 De fecha 14/02/2011 |
Saravia Aragón
Mayra Cédula N° 8-0085-581 |
Ventas Sanción ART-80 Bis |
1041082610854 |
03/2010 |
80.008,00 |
Requerimiento
de Pago para Iniciar Procedimiento Sancionador N° 021-2011 De fecha 14/02/2011 |
Saravia Aragón
Mayra Cédula N° 8-0085-581 |
Ventas |
1041082610854 |
03/2010 |
727.343,00 |
Total 3 casos |
|
|
|
|
1.534.694,00 |
*Mas recargos de Ley*
Se concede un plazo de quince días a partir del tercer día hábil de
esta publicación, para que los contribuyentes arriba indicados cancelen la
deuda. De no hacerlo, el caso será trasladado a la oficina de Cobros Judiciales
para el trámite correspondiente. Publíquese.—Francisco
Villalobos Brenes, Director General.—María Elena Calvo Bolaños, Gerente
Tributario.—1 vez.—O. C. 11138.—Solicitud Nº
2301.—C-49800.—(IN2011038905).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE PENSIONES
De conformidad con resolución RMT-557-2011 de las nueve horas del día
22 de febrero del 2011.
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Registro de
COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS
Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
San José, 29 de abril del 2011
Nº 0937-2011-DRD
Ingeniero
Jorge Sibaja Romero
Estimado ingeniero:
El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica y el
Departamento de Régimen Disciplinario, han decidido realizar una investigación
previa, por queja interpuesta por el Colegio Federado de Ingenieros y de
Arquitectos de Costa Rica, la cual se tramita bajo el Nº 050-11.
En
virtud de lo anterior, se le concede 5 días hábiles contados a partir de la
fecha de recibida esta nota, para que se refiera al caso y al contenido de la
documentación existente.
En caso
de considerarse necesaria una visita de inspección al inmueble o proyecto, con
el fin de adjuntar elementos probatorios a la investigación, este Departamento
procederá a programarla, en el momento conveniente.
La
presente investigación previa se tramita de conformidad con el Manual para Regular
El
alcance del procedimiento administrativo de instrucción o investigación previa,
únicamente conlleva a dirimir la existencia o no de presuntas violaciones al
Código de Ética Profesional de este Colegio Federado y no podrá dilucidar
conflictos de orden patrimonial, los que sí podrán ventilarse en el Centro de
Resolución de Conflictos o bien ante la autoridad judicial competente.
A
efecto de lo anterior, proceda a señalar un número de fax o dirección
electrónica para remitirle las notificaciones al respecto, las mismas deberán
permanecer habilitadas para esos efectos, ya que en caso contrario se tendrá
por notificado con solo el transcurso de 24 horas después de emitido el oficio.
Si usted ya las indicó, favor hacer caso omiso de esta solicitud.
Le
informo que en el caso Nº 050-11, consta documentación que puede ser consultada
en nuestras oficinas por su persona o representante autorizado.
Arq.
Carlos Murillo G., Jefe Departamento de Régimen Disciplinario.—O.
C. Nº 357-2011.—Solicitud Nº 37852.—C-40520.—(IN2011038262).
San José, 28 de abril del 2011
Nº 0911-2011-DRD
Ingeniero
Guillermo Rivas Aguilar
Estimado ingeniero:
El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica y el
Departamento de Régimen Disciplinario, han decidido realizar una investigación
previa, por queja interpuesta por el señor Manuel Ugarte Soto, la cual se
tramita bajo el Nº 043-11.
En
virtud de lo anterior, se le concede 5 días hábiles contados a partir de la
fecha de recibida esta nota, para que se refiera al caso y al contenido de la
documentación existente.
En caso
de considerarse necesaria una visita de inspección al inmueble o proyecto, con
el fin de adjuntar elementos probatorios a la investigación, este Departamento
procederá a programarla, en el momento conveniente.
La
presente investigación previa se tramita de conformidad con el Manual para
Regular
El
alcance del procedimiento administrativo de instrucción o investigación previa,
únicamente conlleva a dirimir la existencia o no de presuntas violaciones al
Código de Ética Profesional de este Colegio Federado y no podrá dilucidar
conflictos de orden patrimonial, los que sí podrán ventilarse en el Centro de
Resolución de Conflictos o bien ante la autoridad judicial competente.
A
efecto de lo anterior, proceda a señalar un número de fax o dirección
electrónica para remitirle las notificaciones al respecto, las mismas deberán
permanecer habilitadas para esos efectos, ya que en caso contrario se tendrá
por notificado con solo el transcurso de 24 horas después de emitido el oficio.
Si usted ya las indicó, favor hacer caso omiso de esta solicitud.
Le
informo que en el caso Nº 043-11, consta documentación que puede ser consultada
en nuestras oficinas por su persona o representante autorizado.
Arq. Carlos Murillo G., Jefe Departamento de Régimen Disciplinario.—O. C. Nº 356-2011.—Solicitud Nº 37853.—C-40520.—(IN2011038263).