MINISTERIO DE
GOBERNACIÓN Y POLICÍA
MINISTERIO DE
SEGURIDAD PÚBLICA
MINISTERIO DE
EDUCACIÓN PÚBLICA
MINISTERIO DE
CULTURA Y JUVENTUD
MINISTERIO DE
COMERCIO EXTERIOR
MINISTERIO DE
CULTURA Y JUVENTUD
ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
BANCO POPULAR Y DE
DESARROLLO COMUNAL
CAJA COSTARRICENSE
DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO DE
DESARROLLO AGRARIO
BANCO POPULAR Y DE
DESARROLLO COMUNAL
CAJA COSTARRICENSE
DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE
DE ACUEDUCTOS
PATRONATO NACIONAL
DE LA INFANCIA
INSTITUTO NACIONAL
DE APRENDIZAJE
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
INSTITUTO COSTARRICENSE ACUEDUCTOS
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
DEL DISTRITO PAQUERA-PUNTARENAS
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
DE
DECRETA:
ADICIÓN DEL ARTÍCULO 26 BIS A
LEY
DE ARMAS Y EXPLOSIVOS, DE 10 DE JULIO
DE
1995, Y SUS REFORMAS
ARTÍCULO ÚNICO.-
Adiciónase el artículo 26 bis a
“Artículo
26 bis.-
Prohibición del uranio
Se prohíbe el uso, comercio,
trasiego, tránsito, producción, distribución o almacenamiento del uranio,
enriquecido o empobrecido, así como cualquier otro tipo de uranio industrial u
otros materiales radioactivos donde el uranio sea parte del compuesto, cuando
ello tenga un fin armamentista, bélico o militar, o bien, sean utilizados en
perjuicio de la vida humana, la sociedad o el medio ambiente, en el territorio
nacional, de conformidad con los artículos 5 y 6 de
Las autoridades nacionales
competentes encargadas de autorizar y fiscalizar el ingreso y el uso conforme
de estos materiales, cuando tengan información o indicios relativos al ingreso
irregular o detecten la presencia de materiales que contengan uranio,
enriquecido o empobrecido, así como cualquier otro tipo de uranio industrial en
el territorio nacional, o exista sospecha de que los fines que se le darán a
esos materiales se encuentran dentro de los prohibidos en el párrafo anterior,
procederán al decomiso de estos y lo comunicarán al Centro de Investigación en Ciencias
Atómicas, Nucleares y Moleculares (Cicanum) de
El poseedor, tenedor,
propietario o encargado de los materiales con contenido de uranio detectado
tendrá la carga de la prueba en cuanto a los fines dispuestos para dichos
materiales.
A quien transgreda lo
preceptuado en esta norma, se le aplicará la sanción establecida en el artículo
91 de esta ley y quedará sujeto al pago de todas las reparaciones civiles que
correspondan, los costos de los análisis técnico-científicos, al pago de los
gastos de envío y depósito del material peligroso.”
Rige a partir de su publicación.
COMISIÓN LEGISLATIVA PLENA
TERCERA.-
Aprobado a los veintisiete días del mes de abril de dos mil once.
Francisco
Chacón González Luis
Alberto Rojas Valerio
PRESIDENTE SECRETARIO
ASAMBLEA LEGISLATIVA.- A los cinco días del mes de
mayo de dos mil once.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Juan Carlos Mendoza García
PRESIDENTE
José
Roberto Rodríguez Quesada Martín
Monestel Contreras
PRIMER SECRETARIO SEGUNDO SECRETARIO
Dado en
Ejecútese y publíquese
LAURA
CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Gobernación,
Policía y Seguridad Pública, Mario Zamora Cordero.—1 vez.—O. C. Nº
10912.—Solicitud Nº 1274.—C-24770.—(L8951-IN201141035).
DECLARATORIA
DE BENEMÉRITO DE
PARA EL PRESBÍTERO
FRANCISCO CALVO
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
El presente proyecto de acuerdo
legislativo tiene como objetivo declarar Benemérito de
El recordado presbítero y
capellán del ejército de Costa Rica, Francisco Calvo, nació en San José, en
1820; fue bautizado con el nombre de Francisco Ciprianoi y lo crió el
presbítero Rafael del Carmen Calvo Rosales, quien le dio su apellido. Sus
padres fueron Juan de los Santos Madriz y Cervantes y Petronila del Castillo
Villagra. Cursó estudios sacerdotales en León, Nicaragua. Se distinguió como el
capellán valeroso del ejército costarricense en la campaña de 1856 contra los
filibusteros de William Walker.
A pesar de haber llegado a ser
canónigo del Cabildo eclesiástico de San José, Francisco Calvo fue uno de los
fundadores de la masonería costarricense, en 1865, en donde se conoció con el
nombre de Ganganelli. Tuvo gran influencia durante los gobiernos de los
presidentes Tomás Guardia Gutiérrez y Próspero Fernández Oreamuno.
El padre Calvo se inició en la masonería peruana, llamada Logia Concordia
Universal del Callao; recibió el diploma de maestro masón el 8 de abril de
1858, por parte de
El presbítero Francisco Calvo fue una persona caritativa que dio ayuda y
consuelo a los menesterosos y su nombre se recuerda con cariño como uno de los
benefactores del Lazareto, donde fue capellán de los leprosos por muchos años y
a quienes sirvió con verdadera piedad. En varias ocasiones, el padre Calvo
formó parte de
Los profesionales en Estadística e Historia relatan que en los días aciagos
de la campaña del 56, el capellán Dr. Francisco Calvo: “dio ejemplo de
abnegación admirable permaneciendo en Rivas al lado de los enfermos del cólera,
mientras su permanencia fue necesaria, no obstante que el ejército y también el
Estado Mayor habían regresado precipitadamente a causa de la alarmante
propagación de la peste”.
El Padre Calvo no fue un simple cura, se graduó como doctor en Derecho
canónico y licenciado en Sagrados cánones en el Perú, antes de llegar a Costa
Rica.
Los cargos que desempeñó el padre Calvo fueron canónigo de
En virtud de los atestados mencionados, es oportuno y necesario que Costa
Rica brinde a la memoria del Dr. Calvo el justo reconocimiento a sus méritos
otorgándole a este ilustre costarricense el título de Benemérito de
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de los señores
diputados y las señoras diputadas el siguiente proyecto de acuerdo.
DE
ACUERDA:
DECLARATORIA
DE BENEMÉRITO DE
PARA EL PRESBÍTERO
FRANCISCO CALVO
ARTÍCULO
ÚNICO.- Declárase Benemérito de
Rige
a partir de su aprobación.
José Roberto Rodríguez Quesada
DIPUTADO
15 de noviembre de 2010.
NOTA: Este proyecto pasó a estudio e informe de
1 vez.—O. C. Nº
21001.—Solicitud Nº 43895—C-36020.—(IN2011042235).
Nº 254-P.
En uso de las facultades que le
confiere el artículo 26, inciso b, de
ACUERDA:
Artículo 1º—Modificar los
artículos primero y segundo del Acuerdo 242-P del veintiocho de abril del dos
mil once, para que se lean de la siguiente manera:
“Artículo 1º—Remover
al señor José María Tijerino Pacheco, cédula de identidad 1-351-661 del cargo
que ha venido desempeñando como Ministro de Seguridad Pública con recargo de la
cartera de Gobernación y Policía, a partir del primero de mayo del dos mil
once.
Artículo 2º—Remover al
señor Mario Zamora Cordero, cédula de identidad 2-449-150, del cargo que ha
venido desempeñando como Viceministro de Gobernación y Policía, a partir del
primero de mayo del dos mil once, y nombrarlo en el cargo de Ministro de
Seguridad Pública con recargo de la cartera de Gobernación y Policía, a partir
del primero de mayo del dos mil once.”
Artículo 2º—Este acuerdo
rige a partir del primero de mayo del dos mil once.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. 11196.—Solicitud Nº
31002.—C-12170.—(IN2011041391).
Nº 264-P
Con fundamento en el artículo
139, inciso 1) de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Teófilo de
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
transporte aéreo, hospedaje, alimentación, pago de seguro viajero e imprevistos
como (taxi, Internet, lavado de ropa, llamadas telefónicas, entre otros) serán
cubiertos por las Subpartida 10503, Subpartida 10504 y Subpartida 10601 del
Programa 879-Actividades Centrales. Si por fuerza mayor el rubro por concepto
de imprevisto excede al 8%, se presentarán las facturas, tiquetes o
comprobantes de pago correspondientes junto con la liquidación de viáticos, a
efecto de que sea reintegrado, según se estipula en los artículos 35, 41 y 42
del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos
(viáticos) de
Artículo 3º—En tanto dure la ausencia
del señor Ministro, se nombra Ministra a. í. a la señora Ana Lorena Guevara
Fernández, cédula de identidad número 1-0538-0559 de las 07:00 horas del día 18
de mayo hasta las 14:00 horas del 21 de mayo del 2011.
Artículo 4º—Rige a partir de las 07:00
horas del día 18 de mayo hasta las 14:00 horas del 21 de mayo del 2011.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. 12394.—Solicitud Nº
3003.—C-16220.—(IN2011041398).
N° 270-P.—06 de mayo
de 2011
De conformidad con lo que
establece el artículo 139 de
ACUERDA:
Artículo I.—Designar
a la señora Anabel González Campabadal, Ministra de Comercio Exterior,
portadora de la cédula de identidad número 1-615-367 para que viaje en
Delegación Oficial a San Francisco de California y Washington D.C., Estados
Unidos de América, partiendo a las 09:30 horas del 14 de mayo y regresando a
las 10:40 horas del 22 de mayo del presente año. Ello con el objeto de dar a
conocer las oportunidades que el país ofrece como destino de inversión
extranjera directa y presentar las ventajas que ofrece Costa Rica como destino
de inversión extranjera directa, entre diversos actores de la comunidad
empresarial y explorar oportunidades para atraer inversión de algunas compañías
para las que Costa Rica pueda ofrecer condiciones aptas y que le permitan al
país generar empleo y facilitar la transferencia de conocimiento, todo ello en
California, Estados Unidos de América, del 15 al 17 de mayo de 2011. En
Washington D. C., para estrechar alianzas con círculos políticos y
empresariales de los Estados Unidos con miras a fortalecer la posición de Costa
Rica en diversos temas de interés, explorar oportunidades para atraer inversión
de algunas compañías para las que Costa Rica pueda ofrecer condiciones aptas y
que le permitan al país generar empleo y facilitar la transferencia de
conocimiento y presentar las ventajas de Costa Rica como destino de inversión
extranjera directa entre diversos actores de la comunidad empresarial, ello del
18 al 21 de mayo de 2011. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y
hacia el lugar de destino viaja a partir del 14 de mayo y retorna a Costa Rica
el 22 de mayo de 2011.
Artículo II.—Los
gastos de viaje de la señora Ministra por concepto de impuestos, tributos o
cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y
hospedaje serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503
y 10504 del programa 792, el adelanto por ese concepto asciende a $3.261,28
(tres mil doscientos sesenta y un dólares con veintiocho centavos), sujeto a
liquidación. El transporte aéreo de ida y de regreso será cubierto con recursos
de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar
llamadas telefónicas, para hacer escala en Dallas, Chicago y Miami, Estados
Unidos de América, por conexión, para el fotocopiado y envío de documentos vía
fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior; así como para que se le
aplique diferencia de hospedaje en el evento de que proceda y reconocimiento de
gastos conexos por compra de material bibliográfico y para el pago de gastos de
representación ocasionales en el exterior, según los artículos 41, 48 y 52 del
Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos.
Artículo III.—En
tanto dure la ausencia se nombra como Ministro a. í. al señor Fernando Ocampo
Sánchez, Viceministro del Ministerio de Comercio Exterior, a partir de las
09:30 horas del 14 de mayo y hasta las 10:40 horas del 22 de mayo de 2011.
Artículo IV.—Rige
desde las 9:30 horas del 14 de mayo y hasta las 10:40 horas del 22 de mayo de
2011.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. 122388.—Solicitud Nº
44934.—C-27920.—(IN2011041369).
Nº 207-PE
EL MINISTRO DE
Con fundamento en el artículo 141 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Se designa a los señores Larry Sandí Montero, cédula de
identidad N° 1-894-991, Nidia Bonilla Valle, cédula de identidad N° 5-189-838 y
Huanelge Gutiérrez Calderón, cédula de identidad N° 1-891-757, funcionarios de
Artículo 2º—Los gastos de tiquetes aéreos, hospedaje, y alimentación
serán cubiertos por el Gobierno de los Estados Unidos de América, ente que ha solicitado
la participación de los funcionarios en dicho evento.
Artículo 3º—Del 2 de mayo al 10 de junio del 2011, días durante los
cuales se autoriza la participación de los funcionarios Sandí Montero, Bonilla
Valle y Gutiérrez Calderón, en la referida actividad devengarán el 100% de su
salario.
Artículo 4º—Rige del 1º de mayo y hasta el 12 de junio del 2011.
Dado en
Carlos Ricardo Benavides Jiménez, Ministro de
Nº 208-PE
EL MINISTRO DE
Con fundamento en el artículo 141 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Se designa a los señores Ronald Arias Huertas, cédula de
identidad N° 5-281-163, Erick Anet Ruiz, cédula de identidad N° 1-1173-673,
Jeffrey Cerdas Lobo, cédula de identidad N° 1-1115-367, Óscar Calero Potoy,
cédula de identidad N° 2-650-994, Alfredo Guzmán Monge, cédula de identidad N°
3-390-310, Franklin Vargas Hernández, cédula de identidad N° 6-311-703, Michael
Brenes Bonilla, cédula de identidad N° 3-392-52l y Elberto Guillén Marín,
cédula de identidad N° 6-273-897, funcionarios de
Artículo 2º—Los gastos de tiquetes aéreos, hospedaje, y alimentación
serán cubiertos por el Comando Sur de los Estados Unidos de América, ente que
ha solicitado la participación de los funcionarios en dicho evento.
Artículo 3º—Del 11 al 23 de junio del 2011, días durante los cuales
se autoriza la participación de los funcionarios señores Ronald Arias Huertas,
cédula de identidad N° 5-281-163; Erick Anet Ruiz, cédula de identidad N°
1-1173-673, Jeffrey Cerdas Lobo, cédula de identidad N° l-1115-367, Óscar
Calero Potoy, cédula de identidad N° 2-650-994, Alfredo Guzmán Monge, cédula de
identidad N° 3-390-310, Franklin Vargas Hernández, cédula de identidad N°
6-311-703, Michael Brenes Bonilla, cédula de identidad N° 3-392-521 y Elberto
Guillén Marín, cédula de identidad N° 6-273-897, en la referida actividad,
devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 09 de junio y hasta el 25 de junio del 2011.
Dado en
Carlos Ricardo Benavides Jiménez, Ministro de
Nº 016-2011-MGP
EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento en las
atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 2) aparte a) de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Rodolfo Cordero Herrera, cédula de identidad Nº 1-1287-0417, mayor,
soltero, Licenciado en Derecho, como Oficial Mayor del Ministerio de
Gobernación y Policía, con el Puesto Nº 001591, Código Presupuestario Nº
044-00-01-
Artículo 2º—Rige a partir del 16 de
mayo del 2011.
San José, a los dieciséis días
del mes de mayo del dos mil once.
Mario Zamora Cordero, Ministro
de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública.—1
vez.—O. C. Nº 11196.—Solicitud Nº
1280.—C-5870.—(IN2011043378).
Nº
2011-213-MSP
Creación de
Discapacidad
del Ministerio de Seguridad Pública
(CIMAD-MSP)
EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA
En uso de las facultades que les
confieren los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de
Considerando:
1º—Que los diversos
tratados internacionales sobre derechos humanos suscritos por Costa Rica
aseguran a las personas en condición de discapacidad el goce de sus derechos y
libertades fundamentales, sin discriminación de ningún tipo, lo que incluye su
acceso y participación efectiva en el trabajo, salud, educación y vida
cultural, bajo el principio de igualdad de oportunidades, en armonía con el
principio del derecho al trabajo consagrado en el numeral 56 de
2º—Que el artículo 1 de
3º—Que
4º—Que resulta de interés regular no
sólo la implementación de medidas a lo interno del Ministerio para facilitar el
desarrollo integral de las personas con discapacidad, sino también la
conformación y funcionamiento permanente de
ACUERDA:
CREACIÓN
DE
MATERIA
DE DISCAPACIDAD DEL MINISTERIO
DE SEGURIDAD PÚBLICA (CIMAD - MSP)
Artículo 1º—Creación de
Artículo 2º—Objeto.
Artículo 3º—Presupuesto.
Artículo 4º— Servicios.
Artículo 5º—Conformación.
1) El Director General Administrativo-Financiero o su representante,
quien presidirá.
2) El Secretario Técnico de
3) El Director de Recursos Humanos.
4) El Director General de
5) El Jefe del Departamento de Sanidad.
6) Un representante de las personas con
discapacidad.
Cada uno de los integrantes contará con un
suplente, el cual lo sustituirá durante las ausencias temporales, y en lo no
regulado en este Decreto, se estará a lo dispuesto en
Artículo 6º—Funciones. Las
funciones de quienes integran
1) Velar por que el Ministerio de Seguridad Pública incluya en sus
reglamentos, políticas institucionales, planes, programas, proyectos y
servicios, los principios de igualdad de oportunidades y accesibilidad para las
personas con discapacidad.
2) Coordinar la formulación, ejecución y
evaluación de las políticas institucionales en el marco de la política nacional
en discapacidad.
3) Coordinar la elaboración y evaluación del Plan
Institucional en Materia de Discapacidad y del Presupuesto Institucional de
Equiparación de Oportunidades con las diferentes instancias institucionales, y
la inclusión del primero en los Planes Anuales Operativos del Ministerio.
4) Coordinar con las instancias correspondientes
la incorporación de la temática de discapacidad y equiparación de oportunidades
en la capacitación, la divulgación y en los sistemas de información
institucionales.
5) Organizar y promover la provisión de los
servicios de apoyo y ayudas técnicas que requieran los funcionarios y usuarios
con discapacidad.
6) Asesorar y evaluar los avances de los
programas y proyectos contemplados en el Plan Institucional en Materia de
Accesibilidad y dar el debido seguimiento a las acciones y políticas
institucionales que se establezcan en la materia.
7) Velar por el cumplimiento de las disposiciones
contenidas en
8) Velar porque se incluyan las necesidades y los
derechos de accesibilidad de las personas con discapacidad en las políticas
institucionales en esta materia y en el Plan Operativo Institucional.
Para el cumplimiento de sus
funciones
Artículo 7º—Subcomisiones.
Artículo 8º—Disponibilidad de tiempo.
Los miembros de
Artículo 9º—Quejas.
Artículo 10.—Régimen
sancionatorio. El incumplimiento de las disposiciones contenidas en el
presente Reglamento será sancionado conforme a lo establecido en el Estatuto de
Servicio Civil y su Reglamento, Ley General de Policía N° 7410, Reglamento
Autónomo de Servicio del Ministerio de Seguridad Pública, Reglamento de
Servicio de los Cuerpos Policiales Adscritos al Ministerio de Seguridad
Pública, Ley Nº 7600: Igualdad de oportunidades para las personas con
discapacidad y su Reglamento y demás normativa aplicable a la materia.
Artículo 11.—Vigencia.
Rige a partir de su publicación.
Transitorio Único.—
Lic. Mario Zamora Cordero,
Ministro de Gobernación y Policía y Seguridad Pública.—1
vez.—O. C. Nº
11335.—Solicitud Nº 31005).—C-66620.—(IN2011041913).
Nº 0047-2011.—Dos de mayo del dos mil
once
Y EL
MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en los artículos
140, inciso 2) y 146 de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Despedir con
justa causa y sin responsabilidad para el Estado, al servidor Johnny Enrique De
Ge Sánchez Morera, mayor de edad, cédula de identidad Nº 01-0692-0430, quien
labora como Profesor de Enseñanza General Básica, en
Artículo 2º—El presente acuerdo rige a
partir del 10 de mayo del dos mil once.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Educación Pública, Leonardo Garnier
Rímolo.—1 vez.—OC. 11336.—Sol. 19674.—C-8120.—(IN2011041069).
Nº 0049-2011.—Nueve
de mayo del dos mil once
Y EL
MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en los artículos
140, inciso 2) y 146 de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Despedir con
justa causa y sin responsabilidad para el Estado, al servidor Édgar Josué
Gutiérrez Corea, mayor de edad, cédula de identidad Nº 01-1258-0038, quien
labora como Trabajador Calificado de Servicio Civil, en el Liceo Mauro
Fernández Acuña, de
Artículo 2º—El presente
acuerdo rige a partir del veinte de mayo del dos mil once.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Educación Pública, Leonardo Garnier
Rímolo.—1 vez.—OC. 11336.—Sol. 19679.—C-8120.—(IN2011041070).
N° 079-2011-C.—San José, 9 de mayo de 2011
Y EL MINISTRO DE CULTURA
Y JUVENTUD
Con fundamento en lo establecido por los artículos
140, inciso 2, y 146 de
ACUERDAN:
Artículo 1°—Nombrar en propiedad en el Ministerio de Cultura y
Juventud, al señor Gerardo Ramón Arias Elizondo, cédula de identidad No.
9-050-645, en el puesto de Profesional de Servicio Civil 1B, especialidad:
Administración de Negocios, número 002241, escogido de Nómina de Elegibles
número 46711, de
Artículo 2°—Rige a partir del 16 de mayo de 2011.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El
Ministro de Cultura y Juventud, Manuel Obregón López.—1 vez.—O. C.
Nº 090.—Solicitud Nº 35041.—C-6670.—(IN2011041894).
N° 103-2011
Y
Con fundamento en los artículos
140 incisos 3) y 18) y 146 de
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo
Ejecutivo Nº 144-2000 de fecha 4 de mayo del 2000, publicado en el Diario
Oficial
II.—Que
mediante documentos presentados los días 8 de noviembre de 2010 y 07 de marzo
de 2011, ante
III.—Que de conformidad con los
artículos 53 ter y 53 quáter del Reglamento a
IV.—Que la instancia interna de
V.—Que la empresa Havells Sylvania
Costa Rica S. A., rindió en su oportunidad el depósito de garantía, el cual se
encuentra vigente a la fecha.
VI.— Que se ha
cumplido con el procedimiento de Ley. Por tanto,
ACUERDAN:
1º—Aceptar la renuncia al
Régimen de Zonas Francas presentada por la empresa Havells Sylvania Costa Rica
S. A.
2º—Rige a partir de su notificación.
Comuníquese y publíquese.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—
Resolución Nº D.M. 047-2011.—Ministerio de Cultura y Juventud.—Despacho del
Ministro.—San José, a las once horas quince minutos del día 29 de marzo
del 2011. Nombramiento de la señora Carmen María Valverde Acosta, cédula de
identidad Nº 9-0140-105, corno representante de
Resultando:
1º—Que
2º—Que el artículo 4º de dicha
normativa, indica que el Centro será administrado por un Consejo Directivo,
integrado entre otros, por tres representantes de
3º—Que por Resolución Administrativa Nº
D.M. 181-2009, del 3 de noviembre del 2009, se nombró al señor Juan Carlos
Fernández Vega, cédula de identidad Nº 2-253-201, como representante de
Considerando único:
1º—Que por oficio Nº
CCEHJFF-045-2011 del 24 de febrero del 2011, la señora Rocío Mylene Ramírez
González, Directora del Centro Cultural e Histórico José Figueres Ferrer,
comunicó que la persona nombrada por la citada Fundación para fungir como
miembro de
EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD,
RESUELVE:
Artículo 1º—Agradecer los
valiosos servicios prestados por el señor Juan Carlos Fernández Vega, cédula de
identidad Nº 2-253-201, como representante de
Artículo 2º—Rige a partir del 24 de
enero del 2011 y por un período de dos años.
Manuel Obregón López, Ministro
de Cultura y Juventud.—1
vez.—(IN2011042197).
LABORATORIO COSTARRICENSE DE METROLOGÍA
Resolución Nº R-LACOMET-048-2011.—San Pedro de Montes de Oca, a las catorce horas
treinta minutos del veintiséis de mayo del año dos mil once.
Resultando:
Único.—Que
mediante el artículo 12 inciso b) de
Bajo tales disposiciones, mediante el acta de
la sesión Nº 59 de
Considerando:
1º—Que el artículo 8º de
2º—Que el inciso b) del artículo 9 de
3º—Que el inciso b) del artículo 12 de
4º—Que el artículo 15 de
5º—Que el artículo 12 inciso a) de
DE
METROLOGÍA, RESUELVE:
1º—Publicar las tarifas de los servicios metrológicos de cursos
de capacitación a nivel intermedio y avanzado, aprobadas en el artículo segundo
de la sesión Nº 59 de
Cursos de Capacitación |
||
|
|
Precio USD |
Curso de
Presión-Esfigmomanómetros (8 horas) |
200 |
|
Curso Intermedio de Masas (20
horas) |
500 |
|
Curso Intermedio de Volumen
(20 horas) |
500 |
|
Curso Intermedio de Presión
(40 horas) |
1000 |
|
Curso Intermedio de
Temperatura (40 horas) |
1000 |
|
Curso Avanzado de Temperatura
(40 horas) |
1000 |
Las Tarifas indicadas para los
cursos de capacitación en Curso de Presión-Esfigmomanómetros, Curso Intermedio
de Masas, Curso Intermedio de Volumen, Curso Intermedio de Presión, Curso
Intermedio de Temperatura, Curso Avanzado de Temperatura serán cobradas a razón
de en veinticinco dólares por hora (25,00 USD) por persona por curso.
2º—Los demás precios publicados en
3º—Rige a partir de su publicación.
Publíquese.—San
José, 26 de mayo del 2011.—Ileana Hidalgo López, Directora.—1
vez.—O. C. Nº 001-011.—Solicitud Nº
43118.—C-29270.—(IN2011041914).
SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO
DEPARTAMENTO DE INSUMOS AGRÍCOLAS
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
DIA-R-E-185/2011.—El señor Renieri Núñez Medina, cédula o pasaporte Nº
134000008312, en calidad de representante legal de la compañía: Agroindustrial
Piñas del Bosque S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de
Guachipelín de Escazú, San José, solicita la inscripción del equipo, marca:
Farmco, tipo: Maquinaria Aspersora, modelo: SM 1500-
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
DIA-R-E-210-2011.—El señor
Fritz Trinler Santos, cédula 1-0746-0492, en calidad de representante legal de
la compañía Trisan S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de
San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Coda-Vit
compuesto a base de Hierro-Cobre-Manganeso-Zinc. Conforme a lo que establece
DIA-R-E- 214-2011.—El señor Fritz
Trinler Santos, cédula 1-0746-0492, en calidad de representante legal de la
compañía Trisan S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San
José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Codasal Plus
2000, compuesto a base de calcio. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-213-2011.—El señor Fritz
Trinler Santos, cédula 1-0746-0492, en calidad de representante legal de la
compañía Trisan S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San
José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Codamin B-Mo
compuesto a base de Boro-Molibdeno-Aminoácidos Libres. Conforme a lo que
establece
DIA-R-E-212-2011.—El
señor Fritz Trinler Santos, cédula 1-0746-0492, en calidad de representante
legal de la compañía Trisan S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la
ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial
e-Codahort compuesto a base de
Magnesio-Boro-Cobre-Hierro-Manganeso-Molibdeno-Zinc. Conforme a lo que
establece
DIA-R-E-211-2011.—El señor Fritz
Trinler Santos, cédula 1-0746-0492, en calidad de representante legal de la
compañía Trisan S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San
José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Codasting
compuesto a base de Nitrógeno-Aminoácidos Libres. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-238-2011.—El
señor Luis Alonso Pasapera Vargas, cédula 1-0981-0430 en calidad de
representante legal de la compañía Industrias Biológicas S. A. (Inbiosa), cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Guápiles, solicita inscripción
del Bioestimulante de nombre comercial Tricho-Aid compuesto a base de
Trichoderma Harzianum. Conforme a lo que establece
SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL
DIRECCIÓN
DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
EDICTO
El señor Esteban Montero Coto
número de cédula 3-338-765, vecino de
Cartago, en calidad de apoderado generalísimo de la compañía Inversiones
Monteco de Cartago S. A., con domicilio en Cartago, solicita el registro del
siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Eprimec Zero Pour On, fabricado
por Laboratorios Servicio, Manufactura y Acabados S.A.S.(SMASAC), para
Agrovetmarket S. A., con los siguientes principios activos: cada 100 ml
contiene: eprinomectina
Heredia, 1º de junio del 2011.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1
vez.—(IN2011042215).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 25, título N° 192, emitido por el Colegio
Monterrey, en el año mil novecientos noventa y uno, a nombre de López Vargas
Mónica. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 142, título N° 1133, emitido por el Liceo de Moravia, en el
dos mil uno, a nombre de Chaves Zamora Nancy María. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 4, título N° 16, emitido por el CINDEA
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación
Diversificada, “Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras,
inscrito en el tomo 1, folio 13, título Nº 241, emitido por el Colegio de Santa
Ana, en el año mil novecientos ochenta, a nombre de Morales Elizondo Carmen. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 62, título N° 899, y del Título de Técnico Medio en
Contabilidad, inscrito en el tomo 1, folio 94, título N° 2393, ambos títulos
fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de Educación Comercial y de
Servicios, en el año mil novecientos noventa y tres, a nombre de Serrano Moya
María Isabel. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de
los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 127, título N° 624, emitido por el Liceo Nocturno de
Desamparados, en el año dos mil cinco, a nombre de Mora Castro Giovanni. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 2, folio 187, título N° 1257, emitido por el Liceo de Alajuelita, en el
año dos mil seis, a nombre de Chacón Arias Karolain Rebeca. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Bachillerato en Educación Media, inscrito en el
tomo 1, folio 162, título N° 1572, y del Título de Técnico Medio en
Secretariado Comercial, inscrito en el tomo 1, folio 39, título N° 643, ambos
títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de Ingeniero Mario
Quirós Sasso, en el año dos mil, a nombre de Sánchez Fernández Karen Irene. Se
solicita la reposición de los títulos indicados por deterioro. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 15, título Nº 42, emitido por el Colegio Técnico Industrial
Puerto Jiménez, en el año mil novecientos ochenta y ocho, a nombre de Saavedra Quintero
María Isabel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 76, título Nº 377, emitido por el Colegio Técnico Profesional
Agropecuario del Valle de
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 4, título Nº 10, emitido por el Colegio Técnico Profesional
Agropecuario de Santa Rosa, en el año mil novecientos noventa, a nombre de
Bolaños Montero Ana Ligia. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 152, título N° 1311, emitido por el Liceo Miguel Araya
Venegas, en el año dos mil tres, a nombre de López Toruño Cindy María. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
DIRECCIÓN DE
REGULACIÓN DE
JUNTA DE VIGILANCIA DE
DROGAS ESTUPEFACIENTES
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
Patente de invención
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El señor Michael Bruce Esquivel,
cédula 1-0943-0799, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado
especial de Ecoflora S. A., de Colombia, solicita
El señor Michael Bruce Esquivel, cédula
1-943-799, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial
de Mul-T-Lock Technologies Ltd., de Israel, solicita
Para
ver imagen solo en
Un dispositivo de llave para
usar con más de una cerradura, dispositivo de llave que incluye una porción de
árbol, y por lo menos un elemento de combinación de llave móvil sujetado dentro
de la porción de árbol y que incluye primera y segunda porciones adyacentes
entre si. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El señor Rafael A. Oreamuno Blanco, cédula
2-387-850, mayor de edad, abogado, apoderado especial de Colgate Palmolive
Company, de E.U.A., solicita
El señor Cristian Calderón Cartín, mayor,
abogado, cédula Nº 1-800-402, vecino de San José, en su condición de apoderado
especial de MP Biomedicals Asia Pacific Pte Ltd., de Singapur, solicita
El señor É dgar Rohrmoser Zúñiga, cédula Nº
1-617-586, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, apoderado especial
de Biotest AG, de R. F. Alemania, solicita
El señor Édgar Rohrmoser Zúñiga, cédula Nº
1-617-586, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, en calidad de
apoderado especial de Biotest AG, de R. F. Alemania, solicita
El señor Edgar Rohrmoser Zúñiga, cédula Nº
1-617-586, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, en su condición de
apoderado especial de Biotest AG, de R.F. Alemania, solicita
El señor Edgar Rohrmoser Zúñiga, mayor,
abogado, cédula Nº 1-617-586, vecino de San José, en su condición de apoderado
especial de American Sterilizer Company, de E.U.A., solicita el Modelo
Industrial denominado DISPOSITIVO DE LIBERACIÓN DE QUÍMICA DE UN CONTENEDOR
DE QUÍMICA.
Para ver imagen
solo en
La invención hace referencia a
un modelo industrial de un dispositivo para liberar un compuesto químico de un
contenedor de sustancias químicas, con características especiales y diferentes
a las ya conocidas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados,
El señor Edgar Rohrmoser Zúñiga, cédula Nº
1-617-586, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, en su condición de
apoderado especial de American Sterilizer Company, de E.U.A., solicita el
Modelo Industrial denominado DISPOSITIVO QUE LIBERA QUÍMICA DE UN CONTENEDOR
SUSTANCIAS QUÍMICAS.
Para ver imagen
solo en
Dispositivo para liberar un
compuesto químico de un contenedor de sustancias químicas, con características
especiales y diferentes a las ya conocidas. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El señor Edgar Rohrmoser Zúñiga, mayor,
abogado, cédula de identidad Nº 1-617-586, vecino de San José, en su condición
de apoderado especial de Biotest AG, de R. F. Alemania, solicita el Modelo de
Utilidad denominado AGENTES DIRIGIDOS A CD138 Y SUS USOS. Lo divulgado
es un anticuerpo murino quimérico el cual retiene sustancialmente la región de
fijación del antígeno de su contraparte murina y muestra afinidades mejoradas
de fijación al antígeno y/o mayor fijación homogénea a las células a las que se
dirige. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados,
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
La señora María de
Para ver imagen
solo en
Disipador de energía sísmica
para una estructura resistente primaria de una construcción que se puede
instalar en una estructura como una barra diagonal convencional. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
clasificación internacional de patentes novena edición es E04H 9/02, cuyo
inventor es Benavent Climent, Amadeo. La solicitud correspondiente lleva el
número 20110125, y fue presentada a las 14:56:00 del 7 de marzo de 2011.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial
El señor Néstor Morera Víquez, cédula 1-1018-975,
mayor, abogado, vecino de Heredia, en calidad de apoderado especial de Ardea
Biosciences, Inc, de E.U.A., solicita
El señor Néstor Morera Víquez, mayor,
abogado, cédula número 1-1018-975, vecino de Heredia, en su condición de
apoderado especial de Bayer Schering Pharma Aktiengesellschaft, de R.F.
Alemania, solicita la patente de invención denominada DERIVADOS DE
ANILINA-PIRIMIDINA SUSTITUIDOS CON SULFOXIMINA COMO INHIBIDORES DE QUINASAS
DEPENDIENTES DE CICLINA (CDK), PRODUCCIÓN Y USO DE LOS MISMOS COMO PRODUCTOS
MEDICINALES.
Para ver imagen
solo en
Derivados de anilina-pirimidina sustituidos con
sulfoximina de la fórmula, métodos de producción de los mismos y su uso como
medicación para el tratamiento de diversas enfermedades. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
clasificación internacional de patentes novena edición es C07D 239/47, cuyos
inventores son Lücking, Ulrich, Jautelat, Rolf, Siemeister, Gerhard, Schulze,
Julia, Lienau, Philip. La solicitud correspondiente
lleva el número 20110210, y fue presentada a las 14:23:13 del 25 de abril de
2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a
la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
diario oficial
El señor Néstor Morera Víquez, mayor,
abogado, cédula número 1-1018-975, vecino de Heredia, en su condición de
apoderado especial de Merck Sharp & Dohme Corp., de E.U.A., solicita la patente
de invención denominada INHIBIDORES DE
Para ver imagen
solo en
Compuestos inhibidores de la integrasa del
VIH e inhibidores de replicación del VIH, donde x1, x2, Y, R1A, R1B, R2 y R3.
Los compuestos son útiles para la profilaxis o tratamiento de una infección por
el VIH y la profilaxis, tratamiento o retardo en la aparición o progresión del
SIDA. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la clasificación internacional de patentes novena edición es C07D
487/04, cuyos inventores son Isaacs, Richard, C. A., Thompson, Wayne, J.,
Williams, Peter, D., SU, Dai-Shi, Venkatraman, Shankar, Embrey, Mark, W.,
Fisher, Thorsten, E., Wai, John, S., Dubost, David, C., Ball, Richard, G.,
Choi, Eric, J., Pei, Tao, Trice, Sarah, L. La solicitud correspondiente lleva
el número 20110184, y fue presentada a las 14:02:00 del 6 de abril de 2011.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
diario oficial
El señor Néstor Morera Víquez, cédula
1-1018-975, mayor, abogado, vecino de Heredia, en calidad de apoderado especial
de Astrazeneca AB, de Suecia, solicita la patente de invención denominada COMPUESTOS
HETEROAROMÁTICOS ESPIROCÍCLICOS FUSIONADOS PARA EL TRATAMIENTO DE INFECCIONES
BACTERIANAS.
Para ver imagen
solo en
La presente invención se refiere a compuestos
de la fórmula I, a sales farmacéuticamente aceptables de estos, a métodos de
utilización de estos para tratar infecciones bacterianas y métodos para su
preparación. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la clasificación internacional de patentes novena edición es C07D
471/22, cuyos inventores son Barvian, Kevin, Basarab, Gregory, Steven,
Gowravaram, Madhusudhan, Reddy, Hauck, Sheila, Irene, Zhou, Fei. La solicitud
correspondiente lleva el número 20110195, y fue presentada a las 14:35:00 del
14 de abril de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el diario oficial
PUBLICACIÓN DE PRIMERA
VEZ
El señor Édgar Rohrmoser Zúñiga, cédula
1-617-586, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado
especial de Philip Morris Products S. A, de Suiza, solicita
Para ver imagen solo en
Se provee un método y aparato para
identificar artículos fabricados en contenedores. Cada contenedor es apto para
contener dos p más unidades. El método incluye los pasos de asociar cada unidad
con el identificador de unidad único, identificando de manera única cada
unidad, ubicando dos o más unidades por ser contenidas en cada contenedor. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El señor Édgar Rohrmoser Zúñiga, cédula
1-617-586, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, en calidad de
apoderado especial de Newfrey LLC, de E.U.A., solicita el Modelo Industrial
denominada BLANCO PARA UNA LLAVE.
Para ver imagen
solo en
El diseño ornamental del blanco para una
llave tal como se aprecia y se describe. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula
1-669-228, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de Apoderado Especial
de Array Biopharma Inc., de E.U.A., solicita la patente de invención denominada
COMPUESTOS PIRAZOLO [1,5-a] PIRIMIDINA SUSTITUIDA COMO INHIBIDORES DE TRK CINASA.
Para ver imagen
solo en
Compuestos de la fórmula I, en
donde R1, R2, R3, X, Y y n tienen las definiciones que se dieron en la memoria
descriptiva, son inhibidores de las Trk cinasas y son útiles en el tratamiento
de enfermedades que se pueden tratar con un inhibidor de Trk cinasa. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El señor Federico Rucavado Luque, mayor,
abogado, cédula 1-839-188, vecino de San José, en su condición de apoderado
especial de Eli Lilly And Company, de E.U.A., solicita
Para ver imagen
solo en
La presente invención provee
antagonistas de
El señor Federico Rucavado Luque, cédula
1-839-188, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial
de Eli Lilly And Company, de E.U.A., solicita la patente de invención
denominada INHIBIDORES DE CINASA AKT Y P70 S6.
Para ver imagen
solo en
La presente invención se refiere
a inhibidores de cinasa p70 S6 y AKT de la fórmula. La presente invención
también proporciona composiciones farmacéuticas que comprenden compuestos de
Fórmula I, usos de compuestos de Fórmula I y métodos para usar compuestos de
Fórmula I. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados,
El señor Federico Rucavado Luque, mayor,
Abogado, cédula 1-839-188, vecino de San José, en su condición de apoderado
especial de Eli Lilly And Company, de E.U.A., solicita
El señor Néstor Morera Víquez, mayor,
abogado, cédula Nº 1-1018-975, vecino de Heredia, en su condición de apoderado
especial de Novartis AG, de Suiza, Astex Therapeutics Ltd., de Reino Unido,
solicita
Para
ver imagen solo en
Los compuestos que se dan a
conocer se relacionan con tratamientos y terapias para trastornos asociados con
la cinasa de proteína. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados,
El señor Harry Wohlstein Rubinstein, mayor, abogado,
Céd. 1-341-287, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de
Genentech Inc, de E. U. A., solicita la patente de invención denominada PIRAZOLOPIRIMIDINA
INHIBIDOR JAK COMPUESTOS Y MÉTODOS.
Para ver imagen
solo en
La invención proporciona inhibidores de JAK
quinasa de Fórmula Ia, enantiómeros, diastereómeros o sales farmacéuticamente
aceptables de los mismos, donde R1, R2, R7 y Z se definen aquí, una composición
farmacéutica que incluye un compuesto de Fórmula Ia y un portador, adyuvante o
vehículo farmacéuticamente aceptable y métodos para tratar o disminuir la
gravedad de una enfermedad o condición que responde a la inhibición de la
actividad de una JAK quinasa en un paciente. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones
civiles
AVISOS
El Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el
estatuto de la entidad denominada: Asociación de Kendo Daigo Tsuji, con
domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son
los siguientes: Preservar el arte del kendo como legado histórico, cultural.
Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas
en el estatuto lo es el Presidente: Alberto París Lucovich. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8
de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con
los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Tomo: 2011 Asiento: 66105, adicional 2011-102632.—Curridabat,
veintisiete de abril del dos mil once.—Lic. Enrique Rodríguez Morera,
Director.—1
vez.—RP2011239986.—(IN201141186).
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la
entidad denominada: Asociación Metamorfosis Los Santos, con domicilio en la
provincia de San José; cuyos fines principales entre otros son los siguientes:
Promover la capacitación en relación con las técnicas actuales en el abordaje
de la adicción en sus distintas modalidades. Cuyo representante judicial y
extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el
presidente: Ronald Rivas Guillén. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de
Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales,
se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2011
asiento: 9907).—Curridabat, a los trece días del
mes de abril del dos mil once.—Lic. Rosa Isela Esquivel Aguilar,
Directora a. í.—1
vez.—RP2010240065.—(IN2011041600).
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del
estatuto de la persona jurídica cédula Nº 3-002-354073, denominación:
Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Targuases
distrito primero, cantón Central provincia Alajuela. Por cuanto dicha reforma
se encuentra dentro de las prescripciones que establece la ley Nº 218 del 8 de
Agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con
los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento tomo: 2011 asiento: 5674 con Adicional: 2011-35044.—Dado en el Registro Nacional, a las diez horas
treinta y cinco minutos y veintisiete segundos, del dieciocho de mayo del dos
mil once.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1
vez.—RP2011240100.—(IN2011041601).
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del
estatuto de la entidad denominada Asociación Mariana de Acción Social, con cédula
jurídica 3-002-071636. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la
entidad denominada Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado
Sanitario de Bajo Pacuare, con domicilio en la provincia de Cartago, cuyos
fines principales entre otros son los siguientes: Administrar, operar, dar
mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto. Cuyo
representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas
en el estatuto lo es el presidente: Claudio Calderón Elizondo. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8
de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con
los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la
publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite. (Tomo: 2011, asiento: 4400).—Curridabat,
a los veintiún días del mes de febrero del dos mil once.—Lic. Grace Lu
Scott Lobo, Directora a. í.—1 vez.—
RP2011240397.—(IN2011041978).
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la
entidad denominada Asociación B’nai B’rith Costa Rica, con
domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son
los siguientes: Basados en los principios del judaísmo los fines son de
carácter filantrópico y con profunda orientación hacia los derechos humanos, la
tarea de cultivar sus más elevados ideales y los de toda la humanidad. Cuyo
representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en
el estatuto lo es el presidente: Pedro Marcelo Burman. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en
El Registro de Personas Jurídicas, Registro
de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad
denominada: Asociación de Estudiantes de Las Carreras de Bibliotecología de
DIRECCIÓN
DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Expediente Nº 14631P.—Finca
Expediente Nº 9826P.—Bernardo
Miller Kekeisen, solicita concesión de:
Expediente: 12750P.—Servicios
Hoteleros del Rincón S. A., solicita concesión de:
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. 7810P.—Follajes Las Lomas S. A.,
solicita concesión de:
Exp. 8060A.—Inversiones
Policromía S. A., solicita concesión de:
Exp. 4714A.—Juan
Ma. Omar López Carranza solicita concesión de:
Exp. Nº 5319A.—Flor
de María Vives Pereira, solicita concesión de:
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. 7756P.—Karwal
S. A., solicita concesión de:
Expediente Nº 14632P.—Caletas
Lirio S. A., solicita concesión de:
Exp. Nº 14634P.—Centurión
Real Estate S. A., solicita concesión de:
Exp. 7430A.—Sociedad
de Usuarios Agua de San Luis de Bolívar de Grecia, solicita concesión de:
Expediente Nº 13529P.—Tres
Erres de Belén S. A., solicita concesión de:
Expediente Nº 13486P.—Elisa
Chaves Rojas, Aurelio Viques Chaves y Héctor Víquez Barrantes, solicitan
concesión de:
Expediente Nº 14064P.—Picante
Verde S. A., solicita concesión de:
Expediente Nº 14489P.—Santorius,
Playoust, Solon y Monnet S. A., solicita concesión de:
Expediente Nº 14488P.—El
Tremedal S. A., solicita concesión de:
Expediente Nº 14201P.—Herocer
Hermanos S. A., solicita concesión de:
Expediente Nº 14375P.—JMG
Construcciones, solicita concesión de:
Expediente Nº 14611P.—Cielo Grande de
Venado S. A., solicita concesión de:
Expediente Nº 14601P.—Third
Comdeccio Limitada, solicita concesión de:
Expediente Nº 13538P.—Saura
Amaral S. A., solicita concesión de:
Exp. 14636A.—Horca
de Cabro Muco S. A., solicita concesión de:
Exp. 14637A.—Horca
de Cabro Muco S. A., solicita concesión de:
FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO FORESTAL
AVISOS
Ante
SOLICITANTE |
Nº PRESOLICITUD |
UBICACIÓN GEOGRÁFICA |
Nº DE PLANO |
ÁREA BAJO PSA |
Barrantes Méndez Alfredo |
PO01001111 |
San Valentín, Guápiles-Santa Cruz, Pococí-Turrialba, Limón-Cartago |
L-653499-2000 |
300.0 |
De conformidad con el Reglamento
a
El expediente con la ubicación, plano
catastrado y otros, podrán consultarse en
Unidad de Proveeduría y
Servicios Generales.—Lic. Elizabeth Castro
Fallas, Encargada.—O. C. Nº
0138.—Solicitud Nº 35576.—C-27720.—(IN2011041809). 2
v 2.
Ante
SOLICITANTE |
N° PRESOLICITUD |
UBICACIÓN GEOGRÁFICA |
N° DE PLANO |
ÁREA BAJO PSA (ha) |
Indian Rose S. A. |
LM01001911 |
Caserío: Aguas Zarcas Distrito: 4 Matama Cantón: 1 Limón
Provincia: 7 Limón |
L-1187178-2007 |
210.8 |
Asoc. de Org. del
Corredor Biológico Talamanca Caribe |
LM01005611 |
Caserío: Carbón Dos Distrito:
3 Cahuita Cantón: 4 Talamanca Provincia: 7 Limón |
L-582554-1999 |
9.1 |
Asoc. de Org. del Corredor Biológico Talamanca Caribe |
LM01005811 |
Caserío: Gandoca Distrito: 2
Sixaola Cantón: 4 Talamanca Provincia: 7 Limón |
L-673740-2000 |
11.9 |
Asoc. San Migueleña para y Desarrollo |
LM01005911 |
Caserío: Mata Limón Distrito:
2 Sixaola Cantón: 4 Talamanca Provincia: 7 Limón |
L-493151-1998 |
38.2 |
Olivier Rodríguez Corrales |
LM01009911 |
Caserío: San Cecilio
Distrito: 4 Matama Cantón: 1 Limón Provincia: 7
Limón |
L-298490-1996 |
44.9 |
De conformidad con el Reglamento a
El expediente con la ubicación, plano
catastrado y otros, podrán consultarse en
Unidad de Proveeduría y
Servicios Generales.—Lic. Elizabeth Castro
Fallas, Encargada.—O. C. Nº 141.—Solicitud
Nº 35578.—C-40580.—(IN2011041811). 2
v. 2.
Ante
SOLICITANTE |
N° PRESOLICITUD |
UBICACIÓN GEOGRÁFICA |
N° DE PLANO |
ÁREA BAJO PSA |
Marcos Rodríguez Rojas |
SC0 1000611 |
San Bosco, (Distrito 3°)
Buenavista, (Cantón 10°) San Carlos, (Provincia 2°) Alajuela |
A-855438-2003 |
|
Flor María Barrientos Lizano |
SC0 1002611 |
Las Nubes, (Distrito 01°)
Quesada, (Cantón 10°) San Carlos, (Provincia 2°) Alajuela. |
A-014371-1976 |
|
Flor María Barrientos Lizano |
SC0 1003411 |
Las Nubes, (Distrito 01°)
Quesada, (Cantón 10°) San Carlos, (Provincia 2°) Alajuela. |
A-014044-1975 |
|
Jorge Eduardo Morales Chacón |
SC0 1006711 |
Chamorrito, (Distrito 11º)
Cutris, (Cantón 10°) San Carlos, (Provincia 2°) Alajuela. |
A-760726-1988 |
|
Ronald Vargas Víquez |
SC01012811 |
Las Cuevas, (Distrito 03º) El
Amparo, (Cantón 14°) Los Chiles, (Provincia 2°) Alajuela. |
A-665313-1987 |
|
Helibertt Huertas Rodríguez |
SC01013911 |
Toro Amarillo, (Distrito 03°)
Toro Amarillo, (Cantón 12°) Valverde Vega, (Provincia 2°) Alajuela. |
A-635180-2000 |
|
Silvia María Vargas Víquez |
SC01014611 |
Las Cuevas, (Distrito 03°) El
Amparo, (Cantón 14°) Los Chiles, (Provincia 2°) Alajuela. |
A-665312-1987 |
|
De conformidad con el Reglamento
a
El expediente con la ubicación, plano
catastrado y otros, podrán consultarse en
Unidad de Proveeduría y
Servicios Generales.—Lic. Elizabeth Castro
Fallas, Encargada.—O. C. Nº
0139.—Solicitud Nº 35577.—C-53000.—(IN2011041812). 2
v. 2.
Registro Civil - Departamento Civil
OFICINA
ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Elyethe Nadir Solano Bermúdez, ha dictado
una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 587-2011.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas y
cuarenta y cinco minutos del siete de abril del dos mil once. Ocurso. Exp. Nº
49265-2010. Resultando: 1º—..., 2º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no
Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., por tanto, rectifíquese el asiento
de nacimiento de Greivin José López Solano ...; en el sentido que el nombre de
la madre de la persona ahí inscrita es “Elyethe Nadir” y no como se
consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2011041889).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Yasmina Esther Mendoza Amador, ha dictado
una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 855-2011.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas treinta
y seis minutos del doce de mayo del dos mil once. Ocurso. Exp. N° 8957-2011.
Resultando: 1º—..., 2º—.... Considerando: I.—Hechos
Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:...,
Por tanto, rectifíquese el asiento de nacimiento de Yolanda Elibeth Dávila
Mendoza...; en el sentido que el nombre del padre y el nombre de la madre de la
persona ahí inscrita son “Alcadio” y “Yasmina Esther”,
respectivamente.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2011041892).
Se hace saber que este Registro, en diligencias
de ocurso incoadas por Judith de los Ángeles Ibarra, no indica segundo
apellido, en Exp. N° 1747-
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIÓN
Avisos de solicitud de naturalización
Yen Flores Pazos, mayor, casada, vendedora, cubana, cédula de residencia
119200031220, vecina de San José, expediente 970-2009. Se ha presentado a este
Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos
11 y 12 de
Eilyn Dagnesses Lezcano, mayor, casada,
comerciante, cubana, cédula de residencia 119200018826, vecina de Alajuela,
expediente 1222-2009. Se ha presentado a este Registro a levantar información,
de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 11 y 12 de
William Alfredo Moreno Mora, mayor, casado,
auxiliar de contabilidad, nicaragüense, cédula de residencia Nº
270-177271-102662, vecino de San José, expediente Nº 2731-2008. Se ha
presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto
por los artículos 11 y 12 de
Pablo Cipriano Saldarriaga Vieira, mayor,
casado, ganadero, colombiano, cédula de residencia 117000474033, vecino de San
José, expediente 3882-2008. Se ha presentado a este Registro a levantar
información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de
DIRECCIÓN DE PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000121-32701
Adquisición de hierro y acero
San José, 1º de junio del 2011.—Heidy Román Ovares, Directora.—1 vez.—O.
C. Nº 103382.—Solicitud Nº 34409.—C-3920.—(IN2011043326).
OFICINA DE COMPRAS Y PAGOS
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000007-01
Contratación de servicios profesionales de notarios externos
para oficinas del BCR, en las zonas de Aguas Zarcas,
Pococí,
Ciudad Neilly y Heredia
Se les informa a los interesados
que el Banco de Costa Rica recibirá ofertas por escrito hasta las diez horas
del día 7 de julio del 2011, para la licitación en referencia.
El cartel de la contratación que incluye las
especificaciones y condiciones generales, lo pueden retirar de 9:00 a. m. a
2:00 p. m. en
San José, 6 de junio del 2011.—Área de Licitaciones.—Rodrigo Aguilar
Solórzano.—1 vez.—O. C. Nº 60598.—Solicitud Nº
1418.—C-7180.—(IN2011043332).
SUBPROCESO DE GESTIÓN DE
ANÁLISIS DE COMPRAS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000008-PCAD
Suministro e instalación de sistema de aire acondicionado
para oficinas del Banco Popular en Alajuela,
Nicoya
y Ciudad Neily
Apertura: Para las 11:00 horas
del día 27 de junio del 2011.
Venta del cartel: Cajas 23 ó 24 de lunes a
viernes de 9:00 a. m. a 4:30 p. m.
Retiro del cartel: 6º piso, Proceso de
Contratación Administrativa.
Costo: ¢ 2.500,00 (dos mil quinientos colones
con 00/100).
San José, 6 de junio del 2011.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic.
Maykel Vargas García, Jefe.—1
vez.—(IN2011043381).
GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS
SUBGERENCIA DE TECNOLOGÍAS
DE
INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000005-1150
Desarrollo del módulo de devolución y ajuste de cuotas
y aportes obrero patronales en SICERE y SIGI
Se informa a los interesados que
está disponible el cartel de
San José, 6 de junio del 2011.—Subárea Gestión de Compras.—MBA. Lydia Durán
Jiménez, Jefa.—1 vez.—(IN2011043281).
El Instituto de Desarrollo
Agrario comunica la apertura de los siguientes procesos de contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000015-02
Construcción de dos aulas adosadas entre sí y un comedor
escolar en la escuela del asentamiento Campesino
Flaminia,
Dirección Región Heredia, Oficina
Subregional
Sitio
de la construcción: Puerto Viejo, Sarapiqui.
Fecha y hora de apertura
de la licitación: 28
de junio del
__________
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000016-02
Diseño y construcción de puente de concreto
en el asentamiento Campesino Nazareth,
Dirección
Huetar Atlántica, Oficina
Subregional
Cariari
Sitio
de la construcción:
Fecha y hora de apertura
de la licitación: 28 de junio del
__________
LICITACIÓN ABREVIADA 2011 LA-000017-02
Diseño y construcción de puente de concreto en el asentamiento
Campesino
Huetar
Norte, Oficina Subregional Santa Rosa
Sitio
de la construcción: El Pavón de Los Chiles.
Fecha y hora de apertura
de la licitación: 28 de junio del
Los carteles están a disposición
en las Oficinas Centrales del IDA, ubicadas en Moravia, Residencial Los
Colegios, frente al IFAM, Área de Infraestructura, previa cancelación de
¢2.000,00 (dos mil colones) en el Área de Tesorería.
Área de Contratación y
Suministros.—Rafael Fernández Bolaños.—1
vez.—(IN2011043352).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA 2011LN-000203-09003
Objeto de compra: textiles y vestuarios
modalidad: entrega según demanda
1) Adjudicar la posición N° 1 de la siguiente manera:
Empresa: Industrias MH S. A.
cédula jurídica: 3-101-049032 .—Oferta N° 3
Pos |
Descripción |
Precio unitario |
1 |
Tela para
uniformes policiales Rip Stop, 65% Polyester, 35% algodón, ancho mínimo |
$4.08 |
Vigencia de la oferta: 90 días
naturales a partir de la fecha de apertura de ofertas.
Lugar para entrega: Almacén Institucional.
Pavas.
Plazo de entrega: 30 días hábiles a partir de
la notificación de la respectiva orden de compra, a través de Compr@red.cr.
Forma de pago: Usual de Gobierno.
Garantía del producto: 12 meses contados a
partir del recibido a satisfacción de los bienes, contra eventuales fallas o
desperfectos de fabricación bajo las condiciones óptimas de almacenaje,
manipulación y uso.
Los interesados pueden ver la resolución de
esta Licitación en CompraRed a partir de la fecha de esta publicación.
Todo de acuerdo con los términos del cartel y
de la oferta.
San José, 8 de junio del 2011.—Proveeduría Institucional.—Lic. Josefina
Montero Varela, Directora.—1 vez.—O.C. Nº
10912.—Solicitud Nº 31014.—C-14060.—(IN2011042907).
UNIDAD DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011 LN-000002-UPIMS
Remodelación ampliación y equipamiento del Área
Rectora
de Salud de Santa Cruz, Guanacaste
Se avisa a los interesados en la
licitación arriba indicada, que en acta de recomendación de las 9:30 horas del
día 2 de junio del 2011, la comisión acordó declararla infructuosa.
San José, 2 de junio de 2011.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora
Institucional.—1 vez.—O. C. Nº
10600.—Solicitud Nº 22759.—C-5420.—(IN2011043340).
DIRECCIÓN LOGÍSTICA DE
RECURSOS MATERIALES
LICITACIÓN ABREVIADA N°
2010LA-000052-01
Contratación de una
firma de asesores tributarios
Se comunica a los interesados de esta Licitación
Pública Nacional, que el Subcomité de Licitaciones en el artículo 7 de la
sesión ordinaria N° 537-2011, celebrada el 24 de mayo del 2011, acordó
modificar acuerdo de adjudicación SCOM-0069-2011:
Adjudicar
Todo conforme lo estipulado en el pliego de condiciones de marras y la
oferta presentada que consta en el expediente administrativo y que forma parte
integral de la presente contratación.
MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ
PROCESO PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2011LA-000008-01
Contratación de instructores para
• A la persona física Alexander Esteban Mora Delgado, cédula
de identidad N° 1-1504-0012, las líneas N° 1 y N° 6 por un monto total
adjudicado de ¢2.144.000,00.
• A la persona física Isaac Felipe Vargas
Zeledón, cédula de identidad N° 1-1494-0584, la línea N° 3 por un monto
total adjudicado de ¢1.040.000,00.
• A la persona física Juan Carlos Espinoza
Mora, cédula de identidad N° 1-1446-0377, la línea N° 5 por un monto total
adjudicado de ¢896.000,00.
• A la persona física Silvia Catarina
Schneegans Protz, número de identificación 321203188, la línea N° 7 por un
monto total adjudicado de ¢1.120.000,00.
• A la persona física Jasón Rodríguez
Orozco, cédula de identidad N° 4-191-638, la línea N° 5 por un monto total
adjudicado de ¢3.584.000,00.
• A la persona física Enmanuel Barquero
Jiménez, cédula de identidad N° 1-1287-0258, la línea N° 8 por un monto
total de ¢672.000,00.
• Se declaran infructuosas las líneas N° 2 y
N° 4 por cuanto no se presentaron ofertas elegibles para esas líneas, así
consta en el análisis de esta contratación visible en folio N° 299 del
expediente de esta licitación. Lo anterior, con fundamento en los artículos N°
15 y N° 86 del Reglamento a
Se advierte que de conformidad
con las disposiciones de
Cira Castro Myrie, Proveeduría.—1 vez.—O.C. Nº 32294.—Solicitud Nº
35026.—C-12480.—(IN2011042905).
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
CONTRATACIÓN DIRECTA 2011CD-000185-01
Contratación de servicio de cable
Lic. Johanna Madrigal Vindas,
Proveedora.—1 vez.—(IN2011043248).
SUBPROCESO DE GESTIÓN DE
ANÁLISIS DE COMPRAS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000035-PCAD
(Prórroga
Nº 1)
Compra de vehículos
Se les comunica a los
interesados que se prorroga por la atención de recurso la fecha y hora para la
apertura de ofertas de este concurso para el día 24 de junio de
Todas las demás condiciones y requisitos
permanecen invariables.
San José, 6 de junio del 2011.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic.
Maykel Vargas García, Jefe.—1
vez.—(IN2011043379).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-00004-PCAD
(Enmienda
Nº 1)
Mantenimiento preventivo y correctivo al equipo
de captura de datos y digitalización de imágenes
El Proceso de Contratación
Administrativa, les comunica a los interesados la enmienda Nº 1 de oficio al
cartel:
1. En el punto 2.5.4 del cartel
ü Que poseen 12 meses de estar laborando para la empresa, para cual
deberá presentar una certificación emitida por el representante legal de la
empresa o por el Jefe del Departamento de Recursos Humanos, con suficiente
poder para ese acto.
2. Todas las demás condiciones, requisitos se
mantienen invariables.
San José, 31 de mayo del 2011.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic.
Maykel Vargas García, Jefe.—1
vez.—(IN2011043382).
HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA
Se informa a los interesados que
Por error se consignó con la
siguiente numeración: 2011LA-000002-2101. Siendo lo correcto: 2011LN-000002-2101.
Las demás condiciones se
mantienen igual. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 1º de junio del 2011.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic.
Yehudi Céspedes Quirós, Coordinador a. í.—1
vez.—(IN2011043320).
Se informa a los interesados que
Por error se consignó con la
siguiente numeración: 2011LA-000005-2101. Siendo lo correcto: 2011LN-000005-2101.
Las demás de condiciones se
mantienen igual. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 1º de junio del 2011.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic.
Yehudi Céspedes Quirós, Coordinador a. í.—1
vez.—(IN2011043321).
Se informa a los interesados que
Por error se consignó con la
siguiente numeración: 2011LA-000006-2101. Siendo lo correcto: 2011LN-000006-2101.
Las demás de condiciones se
mantienen igual. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 1º de junio del 2011.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic.
Yehudi Céspedes Quirós, Coordinador a. í.—1
vez.—(IN2011043323).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000029-PRI
(Circular
Nº 1)
Compra de llantas
El Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados, en adelante AyA o el Instituto, cédula jurídica
Nº 4-000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la
licitación arriba indicada, lo siguiente:
1) Se prorroga la fecha para recepción de ofertas hasta las 10:00
horas del día 15 de junio de 2011.
2) Se modifica el punto 3 de las Especificaciones
Generales del cartel, para que se lea de la siguiente manera:
“Los oferentes deben
garantizar que las llantas fabricadas en el país cumplan con la norma INTECO y
que las llantas que son importadas cumplan con las normas ISO y DOT”.
Demás condiciones del cartel
permanecen invariables.
Dirección Proveeduría.—Lic. Jéniffer Fernández Guillén.—1
vez.—O. C. Nº 2011-03.—Solicitud Nº
1880.—C-9020.—(IN2011043364).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000002-01 (Prórroga)
Contratación del servicio de limpieza para las oficinas
administrativas del
Patronato Nacional de
el albergue de varones la garita, el albergue de
mujeres Barrio San José y la
aldea Arthur Gough
El Patronato Nacional de
San José, 6 de junio del 2011.—Departamento de Suministros, Bienes y
Servicios.—Lic. Guiselle Zúñiga Coto, Coordinadora.—1
vez.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 3378.—C-4420.—(IN2011043360).
PROCESO DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000017-01
(Modificación
y prórroga)
Compra de muebles de madera y sus derivados,
pasa uso en oficinas y centros administrativos
El Proceso de Adquisiciones del
Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en
participar en
Las especificaciones técnicas de
MUEBLE ESTILO
LIBRERO DE 2050MM DE ALTURA X 2300MM ANCHO CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS:
MUEBLE PARA
ARCHIVO Y ALMACENAJE DE DOCUMENTOS, CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS:
- MEDIDAS-
- MUEBLE FABRICADO EN TABLERO
DE MADERA AGLOMERADA DE 17MM DE ESPESOR CON REVESTIMIENTO DE MELANINA POR AMBAS
CARAS DE ALTA DENSIDAD, INCLUYE RESPALDO DE TABLERO DE MELANINA NO MENOR A
- DISTRIBUCIÓN DE ESPACIOS;
TRES DIVISIONES VERTICALES DISTRIBUIDAS DE
- TODOS LOS TABLEROS
ENSAMBLADOS CON ELEMENTOS ESPECIALES PARA ESTE MATERIAL, TIPO TORNILLO MINI
FIX. (NO SE ACEPTARÁ TORNILLO CORRIENTE PARA MADERA). LOS ELEMENTOS DE
ENSAMBLADO DEBEN GARANTIZAR
- CADA COMPARTIMIENTO DEBE
LLEVAR SU RESPECTIVO LLAVÍN DE SEGURIDAD. LAS AGARRADERAS DE LAS GAVETAS Y
PUERTAS DEBEN SER DE METAL DE PRIMERA CALIDAD A ESCOGER POR EL USUARIO. EL
COLOR DEL MATERIAL DEL MUEBLE A ESCOGER POR EL USUARIO. DETERMINAR ASPECTOS DE
CONFORMIDAD Y FUNCIONALIDAD CON INTERESADOS.
El resto de especificaciones y
condiciones del cartel se mantiene invariable.
Debido a lo anterior, la fecha de apertura de
esta licitación se prorroga para el próximo 16 de junio del
San José, 6 de junio del 2011.—Unidad de Compras Institucionales.—Ana Luz
Mata Solís, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº
24785.—C-21620.—(IN2011043371).
MUNICIPALIDAD DE
ESCAZÚ
PROCESO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA N°
2011LN-000005-01
Separación y
disposición final de los materiales,
valorizables, dispuestos por el sector residencial
y comercial del cantón de Escazú
Con respecto a la licitación de marras se comunica
que se prorroga el tiempo de adjudicación hasta el quince de julio del presente
año. Según el artículo N° 45 de
Asimismo, se solicita a todos los oferentes ampliar la vigencia de la
oferta presentada hasta el día quince de julio del presente año. Aplicando lo
indicado en el artículo N° 45 de
Proveeduría.—Cira Castro Myrie.—1 vez.—O. C. Nº 32294.—Solicitud Nº 35025.—C-6260.—(IN2011042904).
MUNICIPALIDAD DE TILARÁN
PROCESO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000002-01
Se comunica a los proveedores
interesados en este proceso la nueva fecha para recepción de ofertas:
Procedimiento |
Detalle |
Nueva fecha apertura |
Hora |
Licitación Abreviada Nº 2011LA-000002-01 |
“Construcción
ascensor, ducto y rampas para discapacitados, edificio municipal” |
24 de junio del 2011 |
10:00 a. m. |
Mayores detalles al 2695-5051, extensión 104.
Tilarán, 2 de junio del 2011.—Lic. Shirley Ramírez Méndez, Proveedora.—1 vez.—O. C.
473-2011.—C-5870.—(IN2011043286).
MUNICIPALIDAD DE OROTINA
El Concejo Municipal de Orotina
en el artículo IV, aparte 1 aprueba:
REGLAMENTO INTERNO CONTRA EL HOSTIGAMIENTO
SEXUAL
EN EL EMPLEO Y
MUNICIPALIDAD
DE OROTINA
CAPÍTULO I
Artículo 1º—Principios.
Este Reglamento se inspira en principios inherentes de los Derechos Humanos; en
especial, los de respeto a la libertad, igualdad, dignidad e integridad de la
persona, contenidos en
Artículo 2º—Definición
2.1. Hostigamiento sexual. Se entiende por hostigamiento sexual
toda conducta sexual indeseada por quien la recibe, en forma reiterada y que
provoque efectos perjudiciales en los siguientes casos:
a. Condiciones materiales de empleo o de docencia.
b. Desempeño y cumplimiento laboral o educativo.
c. Estado general de bienestar personal.
También se considera
hostigamiento sexual la conducta grave que, habiendo ocurrido una sola vez,
perjudique a la víctima en cualquiera de los aspectos indicados.
CAPÍTULO II
Artículo 3º—Objetivo.
Establecer las medidas tendientes a prevenir, prohibir, investigar y sancionar
el hostigamiento sexual, como práctica discriminatoria por razón de sexo,
contra la dignidad de las mujeres y los hombres en las relaciones laborales en
Artículo 4º—Ámbito de aplicación. Comprende
las disposiciones de aplicación general, para todos aquellos (as) servidores
(as) públicos (as) que presten servicios en
Artículo 5º—Manifestaciones del
hostigamiento sexual. Con sustento en lo establecido en el Artículo 4, de
5.1 Faltas leves: se tienen como faltas leves, el uso de
palabras de naturaleza sexual, escritas u orales, que
resulten hostiles, humillantes y que resulten ofensivas para quien las reciba.
5.2 Faltas graves: se tiene como faltas
graves, los acercamientos corporales u otras conductas físicas de naturaleza sexual,
indeseados y que resulten ofensivos para quien los reciba.
5.3 Faltas gravísimas: se tienen como
faltas gravísimas, todos aquellos requerimientos de favores sexuales que
impliquen:
• Promesa implícita o expresa, de un trato preferencial, respecto
de la situación, actual o futura, de empleo de quien la reciba.
• Amenazas implícitas o expresas, físicas o
morales, de daños o castigos, referidos a la situación actual o futura, de
empleo o de estudio de quien las reciba.
• Exigencia de una conducta cuya sujeción o
rechazo sea, en forma implícita o explícita, condición para el empleo o el
estudio.
Artículo 6º—De las
sanciones: De conformidad con el Artículo 25, de
a.
b.
c.
A la funcionaria o funcionario
que en
Artículo 7º—De la calificación y
agravamiento de la falta. Para calificar la falta e imponer la sanción, se
considerarán, entre otros aspectos, los contenidos en el numeral 213 de
a) Rango jerárquico.
b) Naturaleza de las funciones.
c) Impacto en el servicio.
e) Reincidencia
CAPÍTULO III
Disposiciones generales
Artículo 8º—De la no
conciliación. La denuncia por hostigamiento sexual, por atentar contra la
dignidad de la persona, es inconciliable entre las partes. Una vez recibida la
denuncia,
Artículo 9º—De la normativa
supletoria. Todo lo referente al procedimiento disciplinario se
desarrollará y tramitará, en lo que no se le oponga, con apego a la normativa
vigente en la institución.
En ausencia de norma específica se aplicará,
en forma supletoria:
a) Ley contra el hostigamiento sexual en el empleo y la docencia (sus
reformas)
b) Ley General de
c) Código de Trabajo.
d) Código Procesal Civil.
e) Los Principios Generales del Derecho.
Artículo 10.—De
la abstención y de la recusación. La aplicación de la abstención y de la
recusación a los (las) participantes en el procedimiento disciplinario, se
regirá por el proceso establecido en los numerales 230 “siguientes y
concordantes” de
Artículo 11.—De
los recursos. Las partes tienen derecho a recurrir los actos
administrativos, conforme a la indicado en el Código Municipal (artículos 153,
156, 161 y 162), donde se otorgan 5 días para la presentación de los recursos.
Artículo 12.—De
la confidencialidad y privacidad del procedimiento. El expediente y la
información en él contenida es confidencial, excepto
para las partes involucradas, las cuales tendrán libre acceso a todos los
documentos y pruebas que lo conformen.
Además con base en el artículo 24 de
CAPÍTULO IV
Artículo 13.—De
la prevención.
Artículo 14.—De
la divulgación.
CAPÍTULO V
Sobre el procedimiento
Artículo 15.—De
la denuncia. La administración deberá actuar de oficio o a instancia de
parte o por denuncia de un tercero. Este último participará como denunciante,
únicamente; y
Artículo 16.—Del
recibo de la denuncia y su presentación.
Cuando se interponga verbalmente, de lo
manifestado, se levantará un acta, que suscribirá la persona supuesta ofendida,
junta con quien recibe la denuncia.
Artículo 17.—De
la subsanación de defectos. Los defectos u omisiones que pudiera Contener
la denuncia, no darán lugar para su rechazo, por lo que pueden ser requeridos
posteriormente por quien recibe la denuncia.
Artículo 18.—De
la información a
La comunicación indicará lo siguiente:
a) Asunto: Denuncia por hostigamiento sexual, con base en
b) Nombre y apellidos del (de la) denunciado(a) y
ofendido(a)
c) Nombre y apellidos del (de la) denunciante.
d) Lugar de trabajo o departamento al que
pertenece el (la) denunciado(a)
e) Lugar en donde se dieron los hechos.
f) Fecha de inicio del procedimiento.
Artículo 19.—De
las medidas cautelares: En caso de que la persona denunciante, considere
necesario su reubicación temporal en otra dependencia de
Como mecanismo de protección,
Artículo 20.—De
la aplicación de medidas cautelares. El máximo jerarca podrá ejercer su
potestad excepcional de separar temporalmente a la persona denunciada de su
puesto de trabajo con goce de salario, como una medida cautelar, o proceder a
su traslado a un lugar diferente al sitio donde normalmente desempeña sus
funciones.
Si el (la) denunciante solicita la aplicación
de esa medida cautelar, corresponderá de igual forma al jerarca, resolver dicha
petición.
Si se deniega la petición deberá razonar a su
vez, su posición y cabrán contra ésta los recursos ordinarios que el derecho
público prevé.
Podrá ser también parte de las medidas
cautelares, la permuta y la prevención al (a la) denunciado(a) de no acercarse
ni comunicarse, en modo alguno, con el (la) denunciante y ofendido(a) ni con
los testigos. La aplicación de la última medida cautelar no excluye las
anteriores.
En caso de que el (la) denunciante con
carácter de ofendido(a) considere necesario su traslado temporal a otra
dependencia dentro de
Toda medida cautelar deberá ser debidamente
fundamentada y motivada.
Artículo 21.—De
las garantías procesales: En el procedimiento se garantizará el debido
proceso y se guardará total confidencialidad en el trámite del mismo hasta que
se dé la resolución correspondiente en el caso.
Cualquier infidencia de un integrante del
Órgano Director y de los testigos, con la que se viole la confidencialidad y el
secreto del proceso, se considerará como falta grave, la cual será debidamente
acreditada y evidenciada para proceder con el despido sin responsabilidad.
Artículo 22.—De la instalación del
órgano: En el plazo de tres días hábiles siguientes a la denuncia, el
jerarca o la persona designada por éste, procederá a la integración e
instalación del órgano director del procedimiento, que tramitará el
procedimiento administrativo y disciplinario, informando a las personas
integrantes su nombramiento.
El Órgano, estará conformado por las
siguientes personas: (1) Abogado o Abogada, quien lo presidirá; un (1)
Psicólogo o (a) o Trabajador o (a) Social y un (1) representante del Despacho
del Alcalde. Ningún miembro del Órgano, puede ser testigo de ninguna de las
partes.
En el supuesto de que alguna de las personas
que integran el órgano sea el hostigador, o la hostigadora, o tengan parentesco
hasta el tercer grado de consanguinidad, afinidad o colateral, con cualquiera
de las partes, éste (a) deberá inhibirse de formar parte del mismo y será
sustituido por otro miembro.
Para efectos de la investigación que deberá
hacer el citado órgano, éste contará con un plazo máximo de tres meses, para
emitir ante el Alcalde Municipal, por la razón del Principio de
Confidencialidad y por la especialidad de la materia, el informe con las
conclusiones.
Artículo 23.—De
la resolución inicial. El Órgano Director, debidamente juramentado por el
Alcalde Municipal o el Concejo, dictará y notificará el acto administrativo de
inicio del procedimiento (resolución inicial) dentro de un plazo máximo de 5
días hábiles posteriores al recibo del expediente.
La resolución inicial debe comunicarse
personalmente o por los medios señalados a las partes (sea, al denunciado(a) y
denunciante), este(a) último(a) con carácter de ofendido(a).
Si vencido el plazo, salvo por causas válidas
que justifiquen la actuación; el acto de inicio del procedimiento
administrativo disciplinario no se hubiere dictado ni notificado, el o los
funcionarios (as) responsables podrán hacerse acreedores de la consecuencia
disciplinaria que se les pudiera atribuir, sin embargo, lo anterior no impide
el curso del procedimiento.
En la resolución inicial, el Órgano Director
informará a las partes, que el término de duración de la investigación, no
podrá exceder los tres meses y que, para efectos labores, si no ha finalizado
el procedimiento en el tiempo indicado, deberá
Artículo 24.—De
los requisitos mínimos en la resolución inicial.
24.1. Traslado de cargos:
a. Identificación de la dependencia o jefatura que ordena el inicio del
procedimiento.
b. Nombre del (la) o de los (las) implicados (as)
en el asunto.
c. Carácter y fin del procedimiento.
d. Desglose, de los hechos.
e. Intimación.
24.2. Derechos de las partes:
a. Ofrecer prueba, incluso durante la celebración de la comparecencia.
b. Hacerse presente en la audiencia con un (a)
abogado(a), agente técnico, o un (a) representante sindical, debidamente
acreditados (as) ante el órgano director del procedimiento.
c. Abstenerse a declarar, sin que ello implique
presunción de culpabilidad en su contra. En caso de abstenerse, puede declarar
en el momento que lo considere oportuno.
d. Recurrir la resolución inicial, de conformidad
con lo establecido en el articulado de éste reglamento.
e. Acceder al expediente del procedimiento y a
obtener fotocopias del mismo; a ese efecto, se le indicará, en forma detallada,
la sede del Órgano Director.
24.2. Prevenciones:
a. El deber de señalar lugar o medio para oír notificaciones.
La omisión de señalar lugar, no
impedirá el curso del procedimiento, por lo que las demás resoluciones se le
tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas.
Artículo 25.—Del
traslado de cargos. El órgano director del procedimiento deberá notificar a
las partes, en forma personal y privada, el traslado de cargos por medio de la
resolución inicial. Tal notificación se hará mediante un acta, en la que deberá
consignarse la hora, la fecha y la firma del (de la) denunciante. Asimismo, se
le dará audiencia por el término de cinco días hábiles, sobre el contenido de
la denuncia y sobre las pruebas ofrecidas por las partes, con el fin de que
manifieste, por escrito, su descargo, y ofrezca la prueba que considere
oportuna; además, se le prevendrá para que señale lugar para atender
notificaciones.
Artículo 26.—De
la citación a la comparecencia. El órgano director citará a las partes a un
única comparecencia, oral y privada, en el plazo máximo de diez días hábiles,
posterior a la notificación de la resolución inicial. Podrá excepcionalmente el
Órgano Director, ampliar este plazo, solamente si media justificación para
ello, solicitando la autorización ante el jerarca, antes del acaecimiento de
dicho plazo.
Artículo 27.—Del
(de la) denunciante con carácter de ofendido(a). Se considerará parte en el
procedimiento, con todos los derechos inherentes, además de
El denunciante con carácter de ofendido(a),
tendrá los siguientes derechos como parte activa en el procedimiento:
a) Ofrecer la prueba que considere conveniente.
b) Asistir a la recepción de la prueba
testimonial y pericial, con derecho a formular las repreguntas que fueren pertinentes.
c) Hacerse presente con un abogado(a), como
agente técnico, (psicólogo) y un(a) representante sindical, debidamente
acreditados (as) ante el órgano director del procedimiento.
d) Ser notificado(a) de las resoluciones que se
dicten, en el lugar señalado al efecto.
e) Recurrir los actos administrativos y
resoluciones.
Artículo 28.—De
la prueba. Serán medios de prueba todos aquellos permitidos y necesarios
para determinar la verdad real de los hechos, conforme con el ordenamiento
jurídico.
El Órgano Director deberá adoptar todas las
medidas probatorias y necesarias, aunque no hayan sido propuestas por las
partes.
Artículo 29.—De
la valoración de la prueba y de la importancia de las presunciones e indicios.
El Órgano Director del procedimiento deberá evaluar todas las circunstancias
que rodearon el hecho denunciado.
Ante la carencia de fundamento probatorio
directo, deberá recurrirse a la prueba indiciaria, pero sin valorarse en forma
aislada, con observancia del indubio pro víctima, lo que implica que en caso de
duda, se interpretará en favor de la víctima.
Cualquier valoración sobre la vida personal
de la persona denunciante será improcedente, por ende queda prohibido
considerar antecedentes del ejercicio sexual de dicha persona.
Artículo 30.—Del
deber de colaboración de las diferentes dependencias Municipales. Las
dependencias municipales, cuya colaboración sea solicitada por el órgano
director, para la investigación de una denuncia por hostigamiento sexual, están
en la obligación de prestarla. La negativa injustificada será considerada como
una falta grave.
Artículo 31.—De
la presentación del alegato de conclusiones. Transcurrido el plazo para
evacuar la prueba, en la misma audiencia oral y privada el órgano director
concederá de forma inmediata espacio para el alegato oral de conclusiones.
Artículo 32.—Del
informe final del Órgano Director. Posterior a la audiencia oral y privada,
el órgano director analizará el expediente y remitirá el informe respectivo al
jerarca, en un plazo de 12 días hábiles.
Dicho informe contendrá el detalle de la
prueba conocida en el procedimiento y las conclusiones del mismo. Deberá
omitirse cualquier recomendación respecto de las acciones a seguir. El informe
se notificará a las partes involucradas, en el lugar señalado para atenderlas,
en estricta confidencialidad.
Artículo 33.—De
la improrrogabilidad de los plazos. Los plazos establecidos para realizar
el procedimiento, por parte del órgano director, son improrrogables, salvo
disposición en contrario. Cualquier prórroga se solicitará al jerarca, con
anterioridad al vencimiento del plazo principal, debidamente justificada y
motivada.
CAPÍTULO V
El acto final del procedimiento
Artículo 34.—De
la valoración del órgano decisor-Jerarca. El Alcalde o Alcaldesa Municipal,
tendrá cinco días naturales para resolver en definitiva sobre el caso, conforme
a la lógica, la experiencia y la sana crítica, el expediente del procedimiento
disciplinario, con el fin de determinar si procede o no una sanción. La
decisión deberá ser razonada y justificada; y, además, notificarse a las
partes.
Artículo 35.—De los recursos contra
la resolución: La resolución final, tendrá Recurso de Reconsideración ante
el Alcalde o Alcaldesa Municipal, que deberá ser interpuesto dentro de los tres
días hábiles siguientes a la notificación de la resolución.
Resuelto en Recurso de Reconsideración, se
tiene por agotada la vía administrativa, pudiendo el o la trabajador (a) acudir
a la sede jurisdiccional, si lo considera necesario.
Artículo 36.—De
la comunicación del acto final a
CAPÍTULO VI
Disposiciones finales
Artículo 37.—De
la derogatoria. El presente Reglamento deroga todas las disposiciones
reglamentarias de la municipalidad de Orotina que se le opongan.
Artículo 38.—Modificaciones.
Cualquier modificación en este Reglamento, será presentada ante el Concejo
Municipal en aplicación del artículo 13 inciso C) del Código Municipal, la que
posteriormente a su aprobación, será publicada.
Artículo 39.—Vigencia.
El presente Reglamento regirá a partir de la publicación, y de conformidad con
lo establecido en el Artículo 43, del Código Municipal, procédase a la
publicación.
Orotina, 25 de mayo del 2011.—Kattia María Salas Castro, Secretaria del
Concejo.—MBA Margoth Montero Jiménez, Alcaldesa Municipal.—1
vez.—O. C. 000578.—C-186770.—(IN2011041088).
MUNICIPALIDAD DE SAN MATEO
San Mateo, 2 de junio del 2011.—Administración Tributaria, Heiner Miranda.—1
vez.—(IN2011043226).
Se comunica que la tasa básica
que rige a partir del 26 de mayo del 2011 y hasta nuevo aviso es: 7,25%.
San José, 30 de mayo del 2011.—División Económica.—Róger Madrigal López,
Director.—1 vez.—O. C. Nº
11666.—C-5480.—(IN2011041425).
PROVEEDURÍA GENERAL
DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSFORMACIÓN
Y GESTIÓN DE MEDIOS
DIRECCIÓN LOGÍSTICA DE RECURSOS MATERIALES
Capítulo VIII.—Del
Manual de Comisiones
VIII Intermediarios Financiero
8.8 Comisión por cambio de Pin y Desbloqueo de tarjeta de firma digital
Comisión $3.00.
VICERRECTORÍA DE VIDA
ESTUDIANTIL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ORI-1467-2011.—Velázquez
Rosales Rodrigo Andrés, R-086-2011, costarricense, cédula de identidad 1-1217-
ORI-1600-2011.—Trejos Picado Leonardo Martín, R-090-2011,
costarricense, cédula 1-1098-
ORI-1469-2011.—Solé
Bastida María, R-084-2011, española, pasaporte AAA853579, ha solicitado
reconocimiento del diploma de Licenciada en Bioquímica, Universidad Autónoma de
Barcelona, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y
costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser
presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 7 de abril del 2011.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº
114632.—Solicitud Nº 38097.—C-13520.—(IN2011040727).
ORI-1622-2011.—Alepuz
Vilano Héctor Miguel, R-082-2011, cubano, pasaporte número B499003, ha
solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina, Instituto Superior
de Ciencias Médicas, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la
vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser
presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 27 de abril del 2011.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº
114632.—Solicitud Nº 38097.—C-13520.—(IN2011040728).
ORI-1449-2011.—Santamaría
Quesada Carlos Manuel, R-080-2011, costarricense, cédula de identidad número
1-0992-
ORI-1739-2011.—Camacho
Rodríguez Andrés, R-101-2011, costarricense, cédula de identidad 4-0191-
ORI-1750-2011.—Alarcón
Díaz Douglas Cristhofer, R-102-2011, ecuatoriano, cédula de residente permanente:
ORI-1599-2011.—Zorrilla
Campbell Santiago, R-091-2011, panameño, pasaporte:
VICERRECTORÍA ACADÉMICA
REPOSICIÓN DE TÍTULO
AVISO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante el Departamento de Registro
de
Heredia, 25 de mayo del 2011.—Departamento Registro.—M.A.E. Marvin Sánchez
Hernández, Director.—RP2011239893.—(IN2011041197).
CONSEJO DIRECTIVO
Considerando:
En esas condiciones, el Instituto
Costarricense de Electricidad necesita establecer una servidumbre, necesaria
para el paso de
La propiedad mide
A solicitud del Proyecto de Transmisión
Central Norte, para
De acuerdo con los estudios técnicos
realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente
probada y demostrada la utilidad pública, así como la importancia para el
Sistema Nacional Interconectado de constituir este derecho de servidumbre, con
base en el artículo 45 de
1º—Apruébense las
presentes diligencias en la suma de ¢9.747.893,80 (nueve millones setecientos
cuarenta y siete mil ochocientos noventa y tres colones con ochenta céntimos)
según avalúo administrativo número 1189-2010 y comuníquese.
2º—De no ser aceptado por los
propietarios, el respectivo avalúo, constitúyase sobre la finca anteriormente
mencionada y descrita, un derecho de servidumbre propiedad de Ivannia Patricia
Segura Picado.
El Instituto Costarricense de Electricidad
establecerá un derecho de servidumbre de líneas eléctricas y de paso sobre una
franja de terreno propiedad de Ivannia Patricia Segura Picado, para
El ancho de la servidumbre en este tramo es
de
La servidumbre ingresa por el colindante este
con Ivannia Patricia Segura Picado, con un azimut de 232º4’3”, el
cual conserva hasta salir por el lindero sur con Arnoldo Picado Ramírez y por
el oeste con calle pública. La servidumbre pasa por un sector de pasto con
monte, la topografía es muy accidentada.
Respecto a los linderos: norte, resto de la
finca; sur, Arnoldo Picado Ramírez; este, Ivannia Patricia Segura Picado, y al
oeste, calle pública.
Los propietarios deberán limitar el uso de
esta franja, no se permitirá, la construcción de casas de habitación, oficinas,
comercios, instalaciones educativas, deportivas o agropecuarias, la siembra de
caña de azúcar o cultivos similares que deban quemarse periódicamente.
No podrán sembrarse cultivos anegados,
permanencia de vegetación (árboles o cultivos), que en su desarrollo final se aproximen
a cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando estos se encuentren
en condiciones de carga máxima o contingencia.
Movimientos de tierra, que por su acumulación
se eleven, o alteren el nivel natural del suelo. Almacenamiento de materiales
inflamables o explosivos. Acumulación de materiales u otros objetos que se
aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos.
Por razones de seguridad, en el caso de
realizar excavaciones en la cercanía de la misma, antes deberá consultársele al
ICE. Deberán permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción y
mantenimiento de la obra.
3º—La constitución de el derecho de
servidumbre descrito se establecerá en favor de la finca del partido de San
José, inscrita en el Registro Público, Folio Real 1-498563-000, que es terreno
de potrero y maíz, situada en el distrito segundo Tarbaca, cantón sexto Aserrí;
mide
4º—Continúese con los trámites de
rigor.
5º—Se declara firme el presente
acuerdo, tomado en sesión número 5947, celebrada el 26 de abril de 2011.
6º—Publíquese en el Diario Oficial.
San José, 17 de mayo de 2011.—Lic. Erick Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—(IN2011041874).
En esas condiciones, el Instituto
Costarricense de Electricidad requiere el establecimiento de un derecho de
servidumbre y un sitio de poste para
Este inmueble según Registro Público mide
A solicitud de
De acuerdo con los estudios técnicos
realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente
probada y demostrada la utilidad pública, así como la urgencia de constituir
este derecho de servidumbre y un sitio de poste, por lo que con base en el
artículo 45 de
1º—Apruébense las
presentes diligencias en la suma de ¢5.609.304,10 (cinco millones seiscientos
nueve mil trescientos cuatro colones con diez céntimos), según avalúo
administrativo Nº 056-2011 y comuníquese.
2º—De no ser aceptado por el
propietario este avalúo, constitúyase sobre la finca anteriormente mencionada y
descrita, un derecho de servidumbre y un sitio de poste.
El ICE establecerá un derecho de paso sobre
una franja de terreno propiedad de Luis Alberto Mora Quirós y Gerardo Emilio
Mora Quirós.
La longitud total sobre la línea del centro
es de
La línea de transmisión atraviesa la
propiedad en la sección suroeste, sobre un área dedicada a potrero arbolado de
topografía plana.
La línea de transmisión atraviesa la
propiedad, ingresa por la colindancia sur con Carlos María Vargas Barrantes,
con un azimut de 335º22’28”, hasta el sitio de poste P-47, se
desvía con un azimut de 335º22’31”, hasta salir finalmente por la
colindancia oeste con Rolando Abarca Picado.
Al llevar a cabo la construcción de la línea
de transmisión, se hace necesario establecer un sitio de poste para el soporte
y elevación de los conductores.
El sitio de poste P-47, según croquis
elaborado por el Departamento de Topografía del Proyecto de Líneas de
Transmisión de
En cuanto a los linderos de la servidumbre:
norte, Rolando Abarca Picado; sur, Carlos María Vargas Barrantes, y este y
oeste, resto de la propiedad.
El propietario deberá limitar el uso de esta
franja, no se permitirá, la construcción de casas de habitación, oficinas,
comercios, instalaciones educativas, deportivas o agropecuarias, la siembra de
caña de azúcar o cultivos similares que deban quemarse periódicamente.
No podrán sembrarse cultivos anegados,
permanencia de vegetación (árboles o cultivos), que en su desarrollo final se
aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando estos se
encuentren en condiciones de carga máxima o contingencia. Movimientos de
tierra, que por su acumulación se eleven, o alteren el nivel natural del suelo.
Almacenamiento de materiales inflamables o explosivos. Acumulación de
materiales u otros objetos que se aproximen a cinco metros de los cables conductores
más bajos, cuando éstos se encuentren en condiciones de carga máxima o de
contingencia.
Por razones de seguridad, en el caso de
realizar excavaciones en la cercanía de la misma, antes deberá consultársele al
ICE. Deberán permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción y
mantenimiento de la obra.
Todo con fundamento en
3º—La constitución de derecho de
servidumbre descrita se establecerá a favor de la finca del partido de
Alajuela; inscrita en el Registro Público, Folio Real 2-410593-000, que es
terreno de potrero, sito en el distrito 14 Sarapiquí del cantón 01 Alajuela de
!a provincia de Alajuela; mide 14328,59 y linda: al norte, Ganadera de
4º—Continúese con los trámites de
rigor.
5º—Se declara firme el presente
acuerdo, tomado en sesión Nº 5947, del 26 de abril del 2011.
6º—Publíquese en el Diario Oficial.
San José, 17 de mayo de 2011.—Lic. Erick Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—(IN2011041875).
En esas condiciones, el Instituto
Costarricense de Electricidad necesita establecer un derecho de servidumbre y
un sitio de torre, necesaria para el paso de
El uso del suelo es terreno sembrado de
limones. Dicho inmueble colinda: al norte, calle pública y Joseph Michael; al
sur, calle pública; al este, calle pública, y oeste, calle pública y Joseph
Michael.
A solicitud de
De acuerdo con los estudios técnicos
realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente
probada y demostrada la utilidad pública, así como la importancia para el
Sistema Nacional Interconectado de constituir este derecho de servidumbre y un
sitio de torre, con base en el artículo 45 de
1º—Apruébense las
presentes diligencias en la suma de ¢12.275.220,15 (doce millones doscientos
setenta y cinco mil doscientos veinte colones con quince céntimos), según
avalúo administrativo Nº 1065-2010, y comuníquese.
2º—De no ser aceptado por el
propietario, el respectivo avalúo, constitúyase sobre la finca anteriormente
mencionada y descrita, un derecho de servidumbre y un sitio de torre, sobre una
franja de terreno en propiedad de First West Pioneer Company S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-286510, cuyo representante judicial y extrajudicial con
carácter de apoderado generalísimo sin límite de suma es: Arnoldo André Tinoco,
cédula Nº 1-545-969, empresario, vecino de
El frente está dividido en tres sectores: uno
de
La propiedad cuenta con acceso a
electricidad, agua potable, teléfono residencial, cobertura celular, alumbrado
público, recolección de basura y transporte público. El terreno es de uso
agrícola. No existen construcciones afectadas por el paso de la línea.
El Instituto Costarricense de Electricidad
establecerá un derecho de servidumbre eléctrica y de paso sobre una franja de
terreno propiedad de First West Pioneer Company S. A. La longitud total sobre
la línea de centro es de
Durante el establecimiento del sitio de torre
en la propiedad, se afectará un sector del cultivo de piña. El resto del
recorrido de la línea es sobre el cultivo de piña. La servidumbre atraviesa por
el sector oeste del inmueble posteriormente una parte de la mitad de la franja
de servidumbre pasa por el lindero noreste de la propiedad.
La topografía es ondulada durante todo el
recorrido. Dicha servidumbre se dirige en forma paralela a la colindancia
norte. De acuerdo con el croquis elaborado por topografía se tiene que los
linderos de la servidumbre son: al norte, Joseph Michael y resto; al sur, calle
pública y resto de la propiedad; al este, resto de la propiedad, y oeste, resto
de la finca y Joseph Michael.
Los propietarios deberán limitar el uso de
esta franja, no se permitirá, la construcción de casas de habitación, oficinas,
comercios, instalaciones educativas, deportivas o agropecuarias, la siembra de
caña de azúcar o cultivos similares que deban quemarse periódicamente.
No podrán sembrarse cultivos anegados,
permanencia de vegetación (árboles o cultivos), que en su desarrollo final se
aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando estos se
encuentren en condiciones de carga máxima o contingencia.
Movimientos de tierra, que por su acumulación
se eleven, o alteren el nivel natural del suelo. Almacenamiento de materiales
inflamables o explosivos. Acumulación de materiales u otros objetos que se
aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos. Por razones de
seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la cercanía de la misma,
antes deberá consultársele al ICE. Deberán permitir el acceso a funcionarios
encargados de la construcción y mantenimiento de la obra.
Todo con fundamento en
3º—La constitución de derecho de
servidumbre descrito se establecerá en favor de la finca del partido de
Alajuela, inscrita en el Registro Público, matrícula número cuatrocientos diez
mil quinientos noventa y tres-cero cero cero, que es terreno de potrero.
Situada: en el distinto catorce Sarapiquí del cantón primero Alajuela, de la
provincia de Alajuela. Mide: catorce mil trescientos veintiocho metros con
cincuenta y nueve decímetros cuadrados, y linda: al norte, con Ganadera de
4º—Continúese con los trámites de
rigor.
5º—Se declara firme el presente
acuerdo, tomado en sesión Nº 5947, celebrada el 26 de abril del 2011.
6º—Publíquese en el Diario Oficial.
San José, 26 de mayo del 2011.—Lic. Erick Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—(IN2011041876).
En esas condiciones, el Instituto
Costarricense de Electricidad necesita la adquisición de terreno, necesaria
para el paso de
Cuyo poseedor es Alicio Núñez Salas, mayor,
casado, agricultor, cédula de identidad Nº 9-0047-0935, vecino de
El área por segregar es de
A solicitud de
De acuerdo con los estudios técnicos
realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente
probada y demostrada la utilidad pública, así como la importancia para el
Sistema Nacional Interconectado de constituir esta adquisición de terreno, con
base en el artículo 45 de
1º—Apruébense las
presentes diligencias en la suma de ¢4.796.899,85 (cuatro millones setecientos
noventa y seis mil ochocientos noventa y nueve colones con ochenta y cinco
céntimos), según avalúo administrativo Nº 1264-2010, y comuníquese.
2º—De no ser aceptado por el
propietario, el respectivo avalúo, constitúyase sobre la finca anteriormente
mencionada y descrita, una adquisición de terreno inscrita en F. R.
4-117616-000, plano catastrado Nº H-1380730-2009, es propiedad de Bayerische
Hypotheken Und Wechsel Bank Aktiengesellschaf, con cédula jurídica Nº
3-012-084785, entidad mercantil organizada y vigente de acuerdo con las leyes
de
Cuyo poseedor es Alicio Núñez Salas, mayor,
casado, agricultor, cédula de identidad Nº 9-0047-0935, vecino de
La propiedad a adquirir en posesión y se
ubica
La propiedad posee un frente en el sector
oeste a calle pública de lastre de
La colindancia norte y sur, se encuentran
cercadas con postes muertos, siendo la primera de ellas una colindancia con una
servidumbre de paso que ingresa de oeste a este hacia la casa de habitación de
la señora Jeannette Oses. Para acceder a la propiedad internamente se ingresa
por el frente de la misma, por calle pública. La propiedad se ubica
aproximadamente en las coordenadas latitud 270 380 y longitud 523 821 según
hoja cartográfica “Río Cuarto” escala 1:50 000.
La propiedad presenta una forma regular, su
uso actual es de repastos con árboles aislados de frutales en pequeña cantidad,
se puede indicar que la propiedad tiene potencial constructivo por su ubicación
y topografía. La capacidad de uso de este suelo es del tipo A que son tierras
agropecuarias aptas para cultivos y pastos.
La propiedad cuenta con previstas de servicio
eléctrico, agua y servicio telefónico. Las colindancias están definidas por
cercas. El lote a valorar se encuentra frente a calle pública y posee plano
catastro registrado a la fecha del avalúo, así mismo la valoración se hace
mediante el área referida en el plano la cual es de
La topografía es plana sin accidentes
topográficos e hidrológicos que limiten su potencial constructivo.
Todo con fundamento en
3º—Continúese con los trámites de
rigor.
4º—Se declara firme el presente
acuerdo, tomado en sesión Nº 5947, celebrada el 26 de abril del 2011.
5º—Publíquese en el Diario Oficial.
San José, 30 de mayo del 2011.—Lic. Erick Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—(IN2011041877).
En esas condiciones, el Instituto
Costarricense de Electricidad necesita establecer un derecho de servidumbre y
dos sitios de torre, necesaria para el paso de
El inmueble está inscrito en Folio Real Nº
3-54259-000, plano catastrado Nº C-76631-1992, propiedad de Constructora Civo
S. A., cédula jurídica Nº 3-101-227892, está domiciliada en Tibás, de
La propiedad mide
A solicitud del Proyecto de Transmisión
Central Norte, para
De acuerdo con los estudios técnicos
realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente
probada y demostrada la utilidad pública, así como la importancia para el
Sistema Nacional Interconectado de constituir este derecho de servidumbre y dos
sitios de torre, con base en el artículo 45 de
1º—Apruébense las presentes
diligencias en la suma de ¢38.084.899,45 (treinta y ocho millones ochenta y
cuatro mil ochocientos noventa y nueve colones con cuarenta y cinco céntimos),
según avalúo administrativo Nº 001-2011, y comuníquese.
2º—De no ser aceptado por el propietario,
el respectivo avalúo, constitúyase sobre la finca anteriormente mencionada y
descrita, un derecho de servidumbre y dos sitios de torre, propiedad de
Constructora Civo S. A., cédula jurídica Nº 3-101-227892, está domiciliada en
Tibás, de
El Instituto Costarricense de Electricidad
establecerá un derecho de servidumbre de líneas eléctricas y de paso sobre una
franja de terreno propiedad de Constructora Civo S. A., para
La servidumbre ingresa por el colindante
noreste con calle pública, con un azimut de 223º24’; el cual conserva
hasta el sitio de torre R17E, a partir de ahí continua con un azimut de
217º11’ hasta salir por el lindero sur con camino público. El área
afectada es un sector de plantación de ciprés, de topografía accidentada.
Al llevar a cabo la construcción de la línea
de transmisión se hace necesario establecer sitios de torre para el soporte y
elevación de los conductores. En este caso se establecerán dos sitios de torre,
el Nº R17E que se ubicará a
La forma del inmueble es irregular; según el
plano catastrado Nº C-76631-1992, tiene una distancia frente a calle de
No podrán sembrarse cultivos anegados,
permanencia de vegetación (árboles o cultivos), que en su desarrollo final se
aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando estos se
encuentren en condiciones de carga máxima o contingencia. Movimientos de
tierra, que por su acumulación se eleven, o alteren el nivel natural del suelo.
Almacenamiento de materiales inflamables o explosivos. Acumulación de
materiales u otros objetos que se aproximen a cinco metros de los cables
conductores más bajos. Por razones de seguridad, en el caso de realizar
excavaciones en la cercanía de la misma, antes deberá consultársele al ICE.
Deberán permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción y
mantenimiento de la obra.
Todo con fundamento en
3º—La constitución de derecho de
servidumbre descrito se establecerá en favor de la finca del partido de San
José, inscrita en el Registro Público, matrícula número cuatrocientos noventa y
ocho mil quinientos sesenta y tres-cero cero cero, que es terreno de potrero y
maíz. Situada: en el distrito segundo Tarbaca, cantón sexto Aserrí. Mide:
setenta y siete mil doscientos dos metros con veinte decímetros cuadrados, y
linda: al norte, con calle pública con un frente de
4º—Continúese con los trámites de
rigor.
5º—Se declara firme el presente
acuerdo, tomado en sesión Nº 5947, celebrada el 26 de abril del 2011.
6º—Publíquese en el Diario Oficial.
San José, 25 de mayo del 2011.—Lic. Erick Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—(IN2011041878).
N° 2011-151
Asunto: Convenio de delegación Asada El Limbo de Guácimo.
Conoce esta Junta Directiva de
Resultando:
1º—Que de conformidad con
el artículo 50, 129 de
2º—Que de conformidad con los artículos
11, 21, 129 y 169 de
3º—Que de conformidad con los artículos
1, 2, 3, 4, 5, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de
Considerando:
1º—Que la participación de
la comunidad o sociedad civil, constituye uno de los instrumentos eficaces para
lograr la consecución del desarrollo sostenible en Costa Rica, por lo que A y
A, desde
2º—Que la comunidad de El Limbo con
aporte de la comunidad, de A y A y del Estado, se ha construido un sistema de
acueductos comunales, para el abastecimiento de una población de habitantes.
3º—Que en Asamblea General de vecinos,
dispusieron constituir la organización y solicitar al A y A, que delegue la
administración de los sistemas en dicha organización.
4º—Que por las características del
sistema, es procedente delegar la administración en la organización comunal
constituida al efecto, denominada Asociación Administradora de Acueducto y
Alcantarillado Sanitario de El Limbo, cédula jurídica tres-cero cero
dos-seiscientos trece mil doscientos setenta y nueve, que se encuentra
debidamente inscrita en el Registro de Asociaciones del Registro Nacional bajo
el tomo dos mil diez, asiento número uno uno tres cinco cinco cinco.
5º—Que para los efectos de lo dispuesto
en el Reglamento,
6º—Que mediante el
dictamen legal N° PRE-J-SD-2011-59 del 09 de mayo del 2011,
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 11, 21, 18, 50, 129, 169 y 188 de
ACUERDA:
1º—Otorgar la delegación
de la administración del acueducto de Asociación Administradora de Acueducto y
Alcantarillado Sanitario de El Limbo, cédula jurídica tres-cero cero
dos-seiscientos trece mil doscientos setenta y nueve.
2º—Autorizar
3º—Disponer que
4º—Aprobado el Convenio, Notifíquese a
todos los usuarios del sistema y vecinos de la respectiva comunidad, por medio
de publicación en el diario oficial
Comuníquese y publíquese.
Rige a partir de su publicación. Publíquese
en el diario oficial
Lic. Karen Naranjo Ruiz, Secretaria General.—1 vez.—O. C. 11-03.—Solicitud Nº 1873.—C-65120.—(IN2011041096).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Patronato Nacional de
Patronato Nacional de
Se notifica mediante el presente edicto a los
señores Gilberto Sibaja Godínez y Fanny Alfaro Vargas la resolución
administrativa de las doce horas del día veintiuno de febrero del año dos mil
once, dictada a favor de la persona menor de edad Fanny Esther Sibaja Alfaro,
la cual en su parte resolutiva dispone lo siguiente: I.—En vista de que
es obligación del Estado proteger a las personas menores de edad de todas las
formas de malos tratos perpetrados por sus progenitores o cualquier otra
persona responsable de su cuidado y establecer medidas preventivas y de
tratamiento al respecto es que se procede a iniciar Proceso de Protección en
Sede Administrativa con el fin de que la adolescente Fanny Esther Sibaja Alfaro
sea ingresada en el Hospital Nacional Psiquiátrico a fin de que se le brinde el
respectivo tratamiento psiquiátrico para lograr estabilizarla y que la misma
posea una mejor salud mental. II.—Remítase el presente proceso
administrativo a la funcionaria Karla Mora Blanco a fin de proceder a la
búsqueda de una alternativa de protección institucional que se adecúe al perfil
de Fanny Esther para que esta sea ingresada en el momento en que finalice el
tratamiento psiquiátrico requerido. III.—Comuníquese
y notifíquese la presente resolución conforme a
A Mildred Granera (único apellido conocido).
Se le comunica la resolución de las 16:00 horas del 18 de mayo del 2011 donde
se resuelve: I) Dar inicio al Proceso de Protección en sede administrativa
regulado por las disposiciones del artículo 128 y siguientes del Código de
Les comunico el acuerdo adoptado
por el Concejo Municipal, en la sesión ordinaria 56, Acta 83 del 23 de mayo del
2011, que indica lo siguiente:
Acuerdo AC-217-11: “Se
acuerda: con dispensa de trámite de comisión: con fundamento en lo dispuesto
por el artículo 13 de
Escazú, 30 de mayo del 2011.—Lic. Ana Parrini Degl Saavedra, Secretaria Municipal.—1 vez.—O. C. 32310.—Solicitud Nº
35008.—C-11720.—(IN2011041318).
ASUNTO: Transcripción del acuerdo 2º del artículo
XII.
Lunes 25
de julio Trasladar la sesión para
martes 26 de julio.
Lunes 15 de agosto Trasladar la sesión para martes 16 de agosto.
Lunes 17 de
octubre Trasladar la sesión para
martes 18 de octubre.
Mes de diciembre: Se sesionará
los días lunes 5, jueves 8, lunes 12, y miércoles 14 de diciembre.
Publíquese en el Diario Oficial
Ciudad de Juan Viñas, 19 de
abril del 2011.—Nuria Estela Fallas Mejía,
Secretaria del Concejo.—1 vez.—(IN2011042181).
E1 Concejo Municipal de Paquera en sesión
ordinaria Nº 608, celebrada el 26 de mayo del 2011, artículo 7, inciso A,
acuerda: extender el plazo de condonación de intereses sobre el impuesto de
bienes inmuebles, hasta el 10 de agosto del 2011, según Ley Nº 8818, artículo
2. Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial
Paquera, 1 de junio del 2011.—Iris
Flores López, Encargada de Proveeduría.—(IN2011041794).
ASOCIACIÓN DE CONCESIONARIOS DEL DEPÓSITO
LIBRE
COMERCIAL DE GOLFITO (ACODELGO)
En
cumplimiento con lo previsto en los estatutos de
Se realizará en primera convocatoria a las
dieciocho horas (6:00 p. m.) De no contarse con el quórum correspondiente se
efectuará en segunda convocatoria una hora después, con los asociados
presentes.
Se conocerán los siguientes
puntos:
1. Comprobación del quórum
2. Lectura y ratificación de los acuerdos de la
asamblea extraordinaria anterior
3. Acciones tomadas y pendientes de ejecutar a
partir de la lectura del informe del fiscal de fecha 12 de abril del 2011, en
la asamblea general extraordinaria Nº 52 del 12 de abril del 2011
4. Informe del asesor legal de ACODELGO, Dr. Enrique Rojas Franco del
Bufete Rojas Franco & Asociados
Agradecemos su puntualidad y
asistencia a esta importante Asamblea.
Lic. Eddie González Fallas, MBA.
Secretario.—1 vez.—(IN2011042744).
ARJUNA LLC LTDA.
Convocatoria de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Arjuna LLC Limitada. Por
este medio Ray Alan Coker, portador del pasaporte de los Estados Unidos de
América 459249476, en mi condición de gerente de la entidad Arjuna LLC Ltda.,
con cédula de persona jurídica número: 3-102-411865 realizo a todos los socios
de la citada entidad formal convocatoria de asamblea general extraordinaria de
socios de la sociedad Arjuna LLC Limitada que se celebrará a las trece horas
(1:00 p. m.) del día veintisiete de junio del dos mil once. En el domicilio
social de la entidad sea este San José, Sabana Oeste, cien metros sur de Canal
Siete torre Vista del Parque tercer piso. Oficinas de la licenciada Vanessa
Calvo, para discutir y aprobar los siguientes asuntos: Orden del día: 1)
Verificación del quórum de los presentes; 2) Lectura de la agenda; 3)
Ratificación de los registros de la sociedad Arjuna LLC Limitada y finca Las
Brisas originalmente firmados por todos los socios el veintidós de junio del
dos mil seis; 4) Discusión de limitación a poderes de representantes legales de
esta entidad; 5) Discusión del registro de
CONDOMINIO RESIDENCIAL LAS PUERTAS
Se convoca a los propietarios
del Condominio Residencial Las Puertas, a la asamblea general extraordinaria
del condominio, a celebrarse en la casa del Centro Campero Los Reyes,
Ciudad-Hacienda Los Reyes,
Los temas a tratar y a resolver
serán los siguientes:
1 Verificación de poderes y quórum;
2 Nombramiento de presidente y secretario de la
asamblea;
3 Modificar el acuerdo de la asamblea general
ordinaria del 22 de enero del 2011 de tal manera que el artesonado de todas las
fincas filiales se cubra con barniz entintado;
4 Establecer el color del barniz entintado a
utilizar;
5 Aprobar el presupuesto para el barnizado del artesonado
de todas las fincas filiales;
6 Aprobar una cuota extraordinaria para la
realización del trabajo indicado en el punto anterior considerando los recursos
económicos aprobados en la asamblea general ordinaria del 22 de enero del 2011,
los gastos incurridos en este trabajo y el uso de los fondos de la reserva
indicados en el artículo 35 del Reglamento de Administración y Funcionamiento
del Condominio;
7 Definir la fecha de inicio del barnizado
indicado anteriormente;
8 Aprobar una norma que regule la instalación
de recubrimiento sobre la losa de concreto en las cocheras de las fincas
filiales;
9 Aprobar la compra de mobiliario para del área
común destinada a actividades sociales (ranchito), definir un presupuesto para
su adquisición, establecer la forma de obtener los recursos y crear un comité
para la selección de los mismos.
Se les recuerda los requisitos
de representación en
Convocatoria asamblea general ordinaria
y extraordinaria de
socios
El suscrito, Peter Ossenbach
Kroeschel, en mi condición de presidente de la sociedad de esta plaza
denominada
a) Conocer, discutir, aprobar o improbar el informe sobre los
resultados de los ejercicios anuales que presenten los administradores y el
señor fiscal;
b) Conocer, discutir, aprobar o improbar los
estados financieros de la empresa del periodo 2010-2011;
c) Cambiar domicilio social de la empresa;
d) Rectificar las partidas que conformaron el
aumento de capital aprobado en la asamblea general de socios celebrada en el
año 2010, así como el monto consignado en libros en dicha oportunidad y
ratificar el acuerdo una vez hechas las correcciones dichas.
San José, 19 de mayo de 2011.—Peter Ossenbach Kroeschel, Presidente.—1
vez.—(IN2011043313).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
SAN JOSÉ INDOOR CLUB S.
A.
El San José Indoor Club S. A., tramita la reposición de la acción Nº
RUFINO JEZCHA Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANÓNIMA
Rufino Jezcha y Asociados Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-559486, solicita ante
PROTECCIÓN DE ACTIVOS ALREDEDOR
DEL MUNDO WAP SOCIEDAD
ANÓNIMA
Protección de Activos Alrededor del Mundo WAP
Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-ciento setenta y dos
mil cuatrocientos ochenta y uno, solicita ante
PROSEGURO PROTECCIÓN Y SEGURO
SOCIEDAD ANÓNIMA
Proseguro Protección y Seguro Sociedad Anónima,
cédula jurídica número: tres-ciento uno-ciento setenta y dos mil cuatrocientos
ochenta y uno, solicita ante
SOCIEDAD DIPALUCE SOCIEDAD ANÓNIMA
3-101-502965 S. A.
La sociedad 3-101-502965 S. A., con cédula
jurídica 3-101-502965, solicita ante
ARAYA CHAVES SOCIEDAD ANÓNIMA
Araya Chaves Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-042509, solicita ante
INMOBILIARIA LOS JARDINES S. A.
Para efectos de reposición yo, Lilian (nombre)
Schnog (apellido), de un solo apellido en razón de mi nacionalidad Holandesa,
cédula de residente permanente uno cinco dos ocho cero cero cero uno dos cinco
cero nueve, mayor, viuda una vez, ama de casa, vecina de Heredia, en mi
condición de esposa y heredera del señor Berend Adriaan (nombres) Nagtegaal
(apellido), de un solo apellido en razón de su nacionalidad que es Holandesa,
propietario de la acción y título cinco ocho seis, hago constar que he
solicitado a Inmobiliaria Los Jardines S. A., la reposición de los mismos por
haberse extraviado. Por el término de ley se atenderán oposiciones en el
Departamento Secretaría de Junta Directiva, en Cariari Country Club, San
Antonio de Belén, Heredia y transcurrido el mismo se procederá a la reposición.—Heredia, 9 de mayo del 2011.—Lilian
Schnog.—RP2011239766.—(IN2011040888).
SU GRUPO CONSULTOR INTERNACIONAL
SGC
SOCIEDAD ANÓNIMA
Su Grupo Consultor Internacional
SGC Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-181833, solicita ante
DESARROLLOS HIERBA BUENA DE PAVONES
SOCIEDAD
ANÓNIMA
Gerardo Mora Aguilar cédula de
identidad Nº 6-130-115, en mi carácter de apoderado generalísimo sin límite de
suma de la sociedad denominada: Desarrollos Hierba Buena de Pavones Sociedad
Anónima, con cédula de persona jurídica Nº 3-101-229102, solicita ante
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
TALLER BOMBA DE SANTA RITA SOCIEDAD ANÓNIMA
Taller Bomba de Santa Rita
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-292337, solicita ante
HONEYBURGER SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Honeyburger Sociedad de Responsabilidad
Limitada, sociedad que anteriormente se denominaba Tres-Ciento
Dos-Quinientos Veintiún Mil Quinientos Noventa y Uno Sociedad de
Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica tres-ciento dos-quinientos
veintiún mil quinientos noventa y uno; solicita ante
MUTUAL ALAJUELA DE AHORRO Y PRÉSTAMO
De conformidad con lo estipulado
por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio,
Alice Alfaro, Representante.—(IN2011041365).
SUPER SAN RAFAEL SOCIEDAD ANÓNIMA
Súper San Rafael Sociedad
Anónima, con cédula jurídica número: tres-ciento uno-cero cincuenta y tres mil
doscientos siete, solicita ante
HOSPITAL SAN JOSÉ S. A.
Roberto Castro Arias, mayor,
casado una vez, administrador de negocios, vecino de San José, Sabana Sur,
cédula número: uno-cuatro cuatro dos-dos seis tres, por extravío del original,
he solicitado la reposición del certificado de acciones emitido por Hospital
San José S. A. Se emplaza a cualquier interesado para que, dentro del plazo que
establece el artículo 689 del Código de Comercio, manifiesten su oposición
dirigida a: “San José, Barrio Tournón, diagonal al estacionamiento del
“Centro Comercial El Pueblo”, Edificio Facio & Cañas, atención
al Lic. Manuel A. González Sanz”.—Roberto
Castro Arias.—(IN2011041431).
AGRONOMÍA AVANZADA SOCIEDAD ANÓNIMA
Agronomía Avanzada Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-107712,
solicita ante
SEGURIDAD CRUZ Y ASOCIADOS
Seguridad Cruz y Asociados S. A., cédula jurídica
3-101-423956, solicita ante
COMPAÑÍA CONSTRUCTORA INGESUR SOCIEDAD ANÓNIMA
Compañía Constructora Ingesur
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero veinte mil novecientos
veintiséis, solicita ante
N. I. A. COMERCIAL SOCIEDAD ANÓNIMA
N. I. A. Comercial Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta
mil ciento sesenta y cuatro, solicita ante
AGROPECUARIA
Agropecuaria
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
COODEPAS
R. L.
El Consorcio Cooperativo para el Desarrollo
Sostenible y Protección del Medio Ambiente del Pacífico Sur R. L., siglas
Coodepas R. L., cédula jurídica 3-004-
Milena Campos Alfaro, cédula Nº 2-506-813,
solicita ante
CLUB CAMPESTRE JOSÉ MARTÍ
La que suscribe, Rita Batan
Gutiérrez, con cédula Nº 8-0052-0511, en calidad de hija, solicita la
reposición de la acción de socio fundador que estaba a nombre de Constantino
Batan Quintana ya fallecido, dueño de la acción Nº 28 del Club Campestre José
Martí, ubicado en Guachipelín de Escazú, San José, por haberse extraviado la
misma.—San José, 1º de junio del
2011.—Rita Batan Gutiérrez.—(IN2011041872).
EMERGENCIAS DE
Emergencias de
INVERSIONES BAES SERVITRANS S. A.
Inversiones Baes Servitrans S.
A., cédula jurídica 3-101-397533, solicita a
TRES-CIENTO UNO-CUATROCIENTOS SESENTA
Y DOS
MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y UNO
SOCIEDAD
ANÓNIMA
Tres-Ciento Uno-Cuatrocientos
Sesenta y Dos Mil Ochocientos Treinta y Uno Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y dos mil ochocientos treinta y
uno, solicita ante
La suscrita María de los Ángeles Salas
Valverde, mayor, casada una vez, comerciante, vecina de Ciudad Quesada, barrio
Los Ángeles, trescientos metros al oeste de la iglesia católica, San Carlos,
con cédula de identidad número dos-trescientos treinta y tres-trescientos
treinta y cuatro, ante
PUBLICACIÓN DE
PRIMERA VEZ
SUMINISTROS PORCINOS DE AVANZADA
SOCIEDAD
ANÓNIMA
Suministros Porcinos de Avanzada
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-141077, solicita ante
TECNOLOGÍA Y GENÉTICA PORCINA TEGEPOR
SOCIEDAD
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Tecnología y Genética Porcina
Tegepor Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-295789,
solicita ante
Ángel Aurelio Conejo Pereira, cédula de
identidad número nueve-cero setenta y siete-doscientos noventa y cuatro,
solicita ante
DEPORTIVO CARTAGENA S. A.
Joaquín Gamboa Zavaleta, mayor,
casado una vez, empresario, con cédula Nº 1-351-930 y Víctor Rizo Álvarez,
mayor, casado dos veces, empresario, con cédula Nº 6-099-1401, vecino de Huacas
de Santa Cruz, presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de
suma de Deportivo Cartagena S. A., con cédula Nº 3-101-528274, solicitan a
NOVAQ SOCIEDAD ANÓNIMA
Novaq Sociedad Anónima, cédula
jurídica Nº 3-101-205327, solicita ante
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
INSTITUTO INTERAMERICANO DE DERECHOS HUMANOS
El Instituto
Interamericano de Derechos Humanos, creado en virtud del Convenio Constitutivo
entre
ASOCIACIÓN COSTARRICENSE DE INGENIEROS
EN
CONSTRUCCIÓN
Gabriela Morales Madriz, cédula
3-347-666, en mi condición de presidenta de
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
En escritura otorgada, ante esta notaría, a
las nueve horas cinco minutos del doce de abril de dos mil once Erial B Q
Sociedad Anónima, reduce capital social y otorga poder.—Lic.
Marco Vinicio Solano Gómez, Notario.—RP2011239906.—(IN2011041225).
Mediante asamblea general de accionistas,
celebrada a las quince horas del diecinueve de mayo del dos mil once, Grupo
Desyfin S. A., acordó la absorción de pérdidas, y en consecuencia reformar
sus estatutos en lo referente al capital social disminuyéndolo. Se publica este
edicto para los efectos del artículo treinta y uno del Código de Comercio.—San José, veintitrés de mayo del dos mil
once.—Lic. Silvio Lacayo Lacayo, Presidente.—RP2011240189.—(IN2011041702).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por escritura autorizada a las
diez horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria
de la sociedad 3-101-618570 Sociedad Anónima, en que se reforman las
cláusulas primera, segunda y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, treinta de mayo del dos mil
once.—Lic. Manuel Enrique Zúñiga Urrutia, Notario.—1
vez.—RP2011240072.—(IN2011041641).
Protocolización de acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Neolítica Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-doscientos cincuenta y
nueve mil cuatrocientos once. Se acuerda reformar la cláusula segunda del pacto
social de la sociedad. Se acuerda revocar el nombramiento del presidente,
secretario y tesorero de la junta directiva y se nombran nuevos miembros de la
compañía.—San José, 30 de mayo del
2011.—Lic. Andrés Eduardo Calvo Herra, Notario.—1
vez.—RP2011240075.—(IN2011041642).
Ante esta notaría por escritura otorgada a
las catorce horas treinta minutos del día veintitrés de mayo de dos mil once,
Alexandra Kissling Jiménez, Karla González Carvajal y Gabriela Flores Ortiz,
constituyen una fundación, la cual se denominará Fundación Unidas Para
Crecer.—San José, treinta de mayo de dos mil once.—Lic. Magally
María Guadamuz García, Notaria.—1
vez.—RP2011240076.—(IN2011041643).
La suscrita notarIa, hago constar que por
escritura número sesenta y nueve catorce, otorgada en San José, a las 11:00
horas del 22 de noviembre del dos mil diez, se acordó modificar el artículo cuarto
del pacto constitutivo, para que en adelante se lea que los negocios serán
administrados por una junta directiva, compuesta por tres miembros, socios o
no, que serán presidente, secretario y tesorero, a los cuales les corresponde
la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma, pudiendo actuar separadamente cuando
se trate del presidente y en ausencia del primero de forma conjunta el
secretario y tesorero.—San José, 9 de febrero del 2011.—Msc.
Marzuneth Víquez Soto, Notaria.—1
vez.—RP2011240082.—(IN2011041644).
Por escritura pública otorgada en esta
notaría, al ser las diez horas del diecisiete de mayo del año dos mil once, los
señores Iván Vargas González y Maribel Alvarado Salas, constituyeron, Grupo
Alvar Sociedad Anónima.—Alajuela, Naranjo, treinta y uno de mayo del
dos mil once.—Lic. Analive Matamoros López, Notaria.—1
vez.—RP2011240095.—(IN2011041645).
Por escritura pública otorgada en esta
notaría, al ser las nueve horas del veintisiete de noviembre del año dos mil
diez, se constituyó la sociedad
denominada, Grupo Facoque de Naranjo Sociedad Anónima.—Alajuela,
Naranjo, treinta y uno de mayo del dos mil once.—Lic. Analive Matamoros
López, Notaria.—1
vez.—RP2011240096.—(IN2011041646).
La suscrita notaria, hace constar que al ser
las diez horas con treinta minutos del treinta de mayo del dos mil once, se
constituyó sociedad anónima denominada Grupo BRKS Fedesa Sociedad Anónima.
Presidenta: Graciela Bonilla Trujillo. Capital social: cien mil colones,
íntegramente suscrito y pagado.—San José, 31 de
mayo del 2011.—Lic. Evelyn María Obando Pradella, Notaria.—1 vez.—RP2011240097.—(IN2011041647).
Los señores Gerardo y Maribel Zúñiga Arce,
constituyen la sociedad denominada Aqua Fitness S. A. Plazo: noventa y
nueve años. Escritura otorgada en San José, a las dieciséis horas del día 18 de
mayo del dos mil once.—Lic. Jimmy León Madrigal,
Notario.—1
vez.—RP2011240098.—(IN2011041648).
Ante mi notaría, mediante escritura de las
once horas del trece de mayo del dos mil once, número doscientos cuatro, tomo
primero de mi protocolo, se constituyó la sociedad Inversiones Mi Novita S.
A. Domicilio Social: San José, veinticinco metros norte de la esquina
noreste de
Por escritura pública número ciento uno otorgada ante mi notaría, a las catorce horas del día treinta de mayo del dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea general de accionistas de Grupo Peeme Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos veintiséis mil cuarenta, mediante la cual se reformó la cláusula quinta de la administración y facultades de los administradores, del pacto social.—San José, treinta de mayo de dos mil once.—Lic. Andrea Hütt Fernández, Notaria.—1 vez.—RP2011240101.—(IN2011041650)
Amin Majchel Piszk y David Jiménez Ramírez,
constituyen Servicios Administrativos Outsourcing Costa Rica Sociedad
Anónima. Escritura otorgada en San José, a las 13:00 horas del 16 de mayo
del 2011. Presidente: Amin Majchel Piszk.—Lic.
Edwin Bogantes Jiménez, Notario.—1
vez.—RP2011240102.—(IN2011041651).
Por escritura veintiuno-doce, celebrada en el
tomo doce del protocolo del suscrito notario José Joaquín Herrera Arias, a las
trece horas del veintiuno de mayo del dos mil once, se protocolizó el cambio de
junta directiva de la sociedad denominada Inmobiliaria Cerro Verde Sociedad
Anónima. Es todo.—Alajuela, Carrillos de
Poás, veinticinco de mayo del dos mil once.—Lic. José Joaquín Herrera
Arias, Notario.—1
vez.—RP2011240103.—(IN2011041652).
Por escritura veintitrés-doce, celebrada en
el tomo doce del protocolo del suscrito notario, José Joaquín Herrera Arias, a
las nueve horas del veintisiete de mayo del dos mil once, se protocolizó la
constitución de la sociedad denominada Rancho Ecológico Sahíno Verde
Sociedad Anónima, pudiéndose abreviar Rancho Ecológico Sahíno Verde S.
A., en la que se nombra junta directiva, así mismo se solicita la cédula
jurídica.—Lic. José Joaquín Herrera Arias,
Notario.—1 vez.—RP2011240104.—(IN2011041653).
Se constituye sociedad denominada AFI
Asesores Financieros Internacional Sociedad Anónima, con domicilio en San
Pedro de Montes de Oca, plazo noventa y nueve años, presidente con facultades
de apoderado generalísimo sin límite de suma, capital cien mil colones.
Escritura 98-7 otorgada ante la notaria, María Gabriela Zeledón Ching, Notaria.—1 vez.—RP2011240106.—(IN2011041654).
Por asamblea de socios, la sociedad
denominada Rain Maker and Miracle Man Sociedad Anónima, se
modificó la cláusula tercera, así mismo por asamblea de socios de la sociedad
denominada Westside Hangout W.H Sociedad de Responsabilidad
Limitada, se modificó la cláusula tercera, así mismo por asamblea de socios
de la sociedad denominada Miracle Man Consulting Sociedad de Responsabilidad
Limitada, se modificó la cláusula tercera, así mismo por asamblea de socios
de la sociedad denominada tres-ciento dos-quinientos veintiún mil
ochocientos cincuenta y cinco sociedad de responsabilidad limitada, se
modificó la cláusula tercera, así mismo los señores Marco Antonio Gómez
Castillo y Ernesto Gómez Saborío, comparecieron ante este notario para
constituir la sociedad anónima, misma que se denominará Diesel Turbotech CR
Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 30 de
mayo del 2011.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1
vez.—RP2011240107.—(IN2011041655).
Por escritura otorgada en la ciudad de San
José, a las 14:00 horas del 27 de mayo del 2011, protocolizo acta de asamblea
extraordinaria de cuotistas de White Water Way LLC Ltda, mediante
la cual se reforman las cláusulas sexta y sétima de la administración.—Lic. Fernan Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2011240108.—(IN2011041656).
Mediante escritura autorizada por mí, a las
nueve horas treinta minutos del treinta de mayo del dos mil once, se constituyó
la compañía Sixth Hole Esplendida LLC Limitada, con un capital
social de treinta mil colones.—San José, treinta
de mayo del dos mil once.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—RP2011240109.—(IN2011041657).
Por escritura otorgada a las 18 horas y
quince minutos del 26 de mayo de 2011, ante esta notaría, se constituyó la
sociedad Tatooine Investments Limitada, con domicilio en Alajuela.
Capital social íntegramente suscrito y pagado.—San
José, 30 de mayo del 2011.—Lic. Jorge Arce Lara, Notario.—1 vez.—RP2011240110.—(IN2011041658).
Mediante escritura pública, se constituyó Distribuidora
S&S
La suscrita notaria da fe que, en esta
notaría, al ser las dieciocho horas del veintisiete de mayo del dos mil once,
se constituyó la sociedad Mágico Esplendor Sociedad Anónima, con capital
social de diez mil colones. Domicilio social: San José, Escazú, distrito San
Antonio de
Ante esta notaría, se constituyó la empresa
denominada Grupo Star S. A., mediante escritura otorgada a las
nueve horas del veinticuatro de mayo del dos mil once, por un plazo de noventa
y nueve años y un capital social de diez mil colones, sociedad domiciliada en
la provincia de San José. Presidente de la sociedad Arturo Sudasassi Furniss.—San José, treinta de mayo de 2011.—Lic. Ana
Cristina Mata Colombari, Notaria.—1
vez.—RP2011240117.—(IN2011041661).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario a las 16 horas y 20 minutos del 30 de mayo del 2011, se constituyó una
sociedad anónima cuyo nombre o razón social corresponderá al mismo número de
cédula jurídica. Lo anterior con fundamento en artículo 2 del Decreto 33171-J.
Presidente José Antonio Solano Castro. Capital: diez mil colones (¢10.000,00.).
Domicilio: distrito primero Grecia, del cantón tercero Grecia de la provincia
de Alajuela,
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario a las 16 horas y 10 minutos del 30 de mayo del 2011, se constituyó una
sociedad anónima cuyo nombre o razón social corresponderá al mismo número de
cédula jurídica. Lo anterior con fundamento en artículo 2 del Decreto 33171-J.
Presidente José Antonio Solano Castro. Capital: diez mil colones (¢10.000,00.).
Domicilio: distrito primero Grecia, del cantón tercero Grecia de la provincia
de Alajuela,
En escritura número ciento cincuenta y seis
del tomo cuarto de mi protocolo, visible al folio ciento sesenta y dos frente,
otorgada a las diecisiete horas y treinta minutos del diecinueve de mayo del
dos mil once, se constituyó la sociedad Taller Eloy Alfaro C. E Hijos
Sociedad Anónima.—San José, diecinueve de mayo del dos mil
once.—Lic. Cynthia Rodríguez Chacón, Notaria.—1
vez.—RP2011240121.—(IN2011041664).
Mediante escritura otorgada ante el suscrito
notario, se constituyó sociedad denominada Raptor Systems Inc Limitada.
Capital social: diez mil colones. Gerente: José Daniel Vindas Moreira.
Domicilio:
Por escritura autorizada a este notario, a
las 15:00 horas del 26 de mayo del año 2011, se constituyó la sociedad Finca
Anicca Sociedad Anónima. Domicilio: San Isidro de El General, Pérez
Zeledón, 75 oeste, de Disco Centro. Presidente Yarrow Jedediah Ivy.—26 de mayo del 2011.—Lic. Rodolfo Herrera
García, Notario.—1
vez.—RP2011240123.—(IN2011041666).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas treinta minutos del veintisiete de mayo del dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Prynton Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo, se acepta la renuncia de toda la junta directiva y fiscal y se hacen nuevos nombramientos. Se nombra apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—RP2011240124.—(IN2011041667)
El día de hoy ante esta notaría, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de tres-ciento
uno-seiscientos veintidós mil quinientos cincuenta y seis s. a., en la que
se cambia el domicilio social.—San José, treinta
y uno de mayo del dos mil once.—Lic. Manfred Clausen Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2011240126.—(IN2011041668).
Por escritura otorgada el 30 de mayo del
2011, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Séptima
Torre Sociedad Anónima, se reforma cláusula quinta del capital social.—Lic. Bernarda Cerdas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2011240127.—(IN2011041669).
Por escritura otorgada el 30 de mayo del
2011, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Ideal
Colectivo Sociedad Anónima, se reforma cláusula quinta del capital social.—Lic. Bernarda Cerdas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2011240128.—(IN2011041670).
Ante esta notaría, a las 10:30 horas del 20
de mayo del año dos mil once. Mediante escritura 41 del tomo 15 se constituyó
la sociedad Zuluma S. A. Presidenta: Zulay Ramos Alfaro.—Lic. Yamilett Fernández Sandí, Notaria.—1 vez.—RP2011240129.—(IN2011041671).
Mediante escritura 6-10, de las 11:00 horas
del 25 mayo, protocolice reforma de
estatutos de Marbar de Playa Grande O.C.R. Sociedad
anónima.—Tamarindo, 25 de mayo del dos mil
once.—Lic. Ricardo Cañas Escoto, Notario.—1
vez.—RP2011240130.—(IN2011041672).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las doce horas treinta minutos del tres de mayo de dos mil once, se constituyó InfoShare
Sociedad Anónima, con domicilio en San José, Escazú. El capital social es
de diez mil colones. Presidente: Carlos Luis Murillo Blanco. Plazo social: cien
años.—San José, treinta de mayo de dos mil
once.—Lic. Fernando Salazar Portilla, Notario.—1
vez.—RP2011240134.—(IN2011041673).
Por escritura otorgada ante mí, se adiciona
constitución de sociedad para inscribirla como The Costa Rica Experience S.
A. Capital social: 10.000 colones. Domicilio Herradura, Garabito,
Puntarenas, Condominio del Mar Uno G. Representante legal: Marcela Inés Lourdes
Laborde.—Orotina, a las 10:00 horas, 27 de mayo
2011.—Lic. Johan Castillo Umaña, Notario.—1
vez.—RP2011240135.—(IN2011041674).
Por escritura otorgada ante mí, a las 13:00
horas del día 24 de marzo del 2011, se constituyó la empresa que se denomina Nueve
Cero Siete Alka S. A. Capital social totalmente suscrito y pago. Gerente y
subgerente.—San José, 24 de marzo del
2011.—Lic. Loana Leitón Porras, Notaria.—1
vez.—RP2011240138.—(IN2011041675).
Se ha modificado el nombre de la empresa tres-ciento
uno-seis uno dos ocho seis cero sociedad anónima, escritura otorgada en San
José, a las once horas del dieciocho de mayo de dos mil once y se ha constituido
la empresa Inversiones Hermanas Cordero de Moravia Sociedad Anónima.
Escritura otorgada en San José, a las diez horas del tres de diciembre de dos
mil diez.—Lic. Tatyana Brenes Bonilla, Notaria.—1 vez.—RP2011240140.—(IN2011041676).
Por escritura número dieciocho autorizada en
esta notaría, a las trece horas del treinta de mayo de dos mil once, se
protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas
de la compañía Helo Internacional Sociedad Anónima, en la que se
reforman las cláusulas segunda y quinta del pacto constitutivo y se hacen
nuevos nombramientos.—San José, treinta de mayo
de dos mil once.—Lic. Alfredo Pizarro Campos, Notario.—1
vez.—RP2011240144.—(IN2011041677).
Yo Ericka Masís Calderón, notaria pública,
hace constar que se constituyó la sociedad anónima Awamar de Costa Rica,
con su domicilio social en San José, San Antonio de Desamparados, ciudadela
Damas, casa cuarenta y nueve, con un plazo social de noventa y nueve años a
partir de su constitución, siendo sus apoderados judiciales y extrajudiciales,
los señores Rafael Ángel Marín Rojas y Sebastián Awan Espinoza, con un capital
social de diez mil colones representado por diez acciones comunes y
nominativas. Es todo.—San José, a las diez horas
del 30 de enero del 2011.—Lic. Ericka Masís Calderón, Notaria.—1 vez.—RP2011240145.—(IN2011041678).
Ante esta notaría, mediante escritura pública
número cien, otorgada al ser las dieciocho horas del día veintiséis de mayo del
dos mil once, los señores Sergio Ignacio Carranza Quesada y Gelen Xiomara Mora
Lanuza, constituyen una sociedad anónima denominada Construcciones Sercaza,
con un capital de diez mil colones, correspondiendo al presidente la
representación judicial y extrajudicial sin límite de suma. Es todo.—San José, 27 de mayo del dos mil once.—Lic.
Kenneth Arce Fernández, Notario.—1
vez.—RP2011240146.—(IN2011041679).
Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Grupo Diriá S. A. Domicilio: San José. Plazo: cien años. Capital social: cien mil colones.—San José, 30 de mayo del 2011.—Lic. Alonso Vargas Araya, Notario.—1 vez.—RP2011240150.—(IN2011041680)
Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00
horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de Grupo Diriá S. A., mediante la cual se reformó la
cláusula de la denominación social.—San José, 30
de mayo del 2011.—Lic. Alonso Vargas Araya, Notario.—1
vez.—RP2011240151—(IN2011041681).
Se comunica a los interesados que visible al
folio ciento dieciséis vuelto, del tomo siete, del protocolo del licenciado
Wagner Acevedo Picado, aparece la escritura número ciento sesenta y uno, donde
los socios: Michael Chunkyu Park, y Brian Chongho Park, constituyen la entidad Park
Propiedades Internacional Sociedad Anónima, la cual se dedicará al comercio
en general.—Esparza, 30 de mayo del
2011.—Lic. Wagner Acevedo Picado, Notario.—1
vez.—RP2011240155.—(IN2011041682).
Que mediante escritura número ciento
cincuenta y siete-siete, a folio: ciento catorce frente del tomo siete del
protocolo del notario: Wagner Acevedo Picado de las once horas del veinticinco
de mayo de este año, domiciliada en Esparza, Puntarenas, doscientos norte y
cincuenta oeste de FerroEsparza, se constituyó la sociedad denominada por el
número de cédula que el Registro le asigne seguida de la abreviatura S. A., por
Jorge Luis Santin Cáseres, cédula: ocho-cero ochenta y tres-doscientos cuarenta
y tres, y Ricci Catalina Fernández Hidalgo, cédula: uno-mil ochenta y
cuatro-novecientos.—Esparza, treinta de mayo de dos mil once.—Lic.
Wagner Acevedo Picado, Notario.—1
vez.—RP2011240156.—(IN2011041683).
Ante mi notaría se constituyó en el día de
hoy la compañía denominada: Four Pixeles Sociedad Anónima. Capital:
¢120.000, Presidente; Edwin Antonio Porras Sánchez. Domicilio: San José. Plazo:
99 años.—San José, treinta de mayo del dos mil
once.—Lic. Fernando Alonso Castro Esquivel, Notario.—1
vez.—RP2011240157.—(IN2011041684).
Ante mi notaría a las ocho horas del treinta
y uno de mayo del dos mil once; se constituyó la sociedad denominada E&EPL
Creaciones Libertad Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Coronado, de
Pollos Tatoo, ciento cincuenta sur, setenta y cinco oeste y veinticinco metros
sur; con un capital social de diez mil colones, cuyo plazo será de noventa y
nueve años. Presidenta y secretaria corresponden las facultades de apoderadas
generalísimas sin límite de suma y la representación judicial y extrajudicial
por su orden María Eugenia Naranjo Mora y Paula Vásquez Naranjo. Es todo.—San José, 31 de mayo del 2011.—Lic. Carlos
Alberto Vargas Chavarría, Notario.—1
vez.—RP2011240158.—(IN2011041685).
Por escritura número ciento noventa y nueve,
de las doce horas del veintisiete de mayo del dos mil once; se constituyó Rojeca
Sociedad Anónima. Jessica Villalta Frindell, presidenta.—Lic.
Cynthia Corrales Mairena, Notaria.—1
vez.—RP2011240161.—(IN2011041686).
Por escritura número trescientos cincuenta y
seis de las dieciocho horas con cuarenta minutos del treinta de mayo del dos
mil once; se constituyó sociedad anónima cuyo nombre será asignado por su
cédula jurídica. Ricardo Umaña Zúñiga, presidente.—Lic.
Cynthia Corrales Mairena, Notaria.—1
vez.—RP2011240162.—(IN2011041687).
Mediante escritura pública número treinta y
cuatro-veintisiete, otorgada por el notario Ademar Soto Alpízar, a las diez
horas del siete de abril del dos mil once, se constituyó la sociedad anónima
cuya denominación social de la nueva empresa se hace de conformidad con lo
dispuesto en el artículo dos del decreto ejecutivo número: treinta y tres mil
ciento setenta y uno-J. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma el señor Luis Amado Hernández Rodríguez. Capital suscrito y pago
en su totalidad.—San Pedro de Poás, Alajuela,
treinta de mayo del dos mil once.—Lic. Ademar Soto Alpízar, Notario.—1 vez.—RP2011240164.—(IN2011041688).
Ante la suscrita notaria, se constituye la
sociedad que se denominará con el número de cédula de persona jurídica que el
Registro Público, Sección Mercantil de oficio le asigne al momento de su
inscripción, con el aditamento sociedad anónima. Capital social: diez mil
colones exactos, representado por diez acciones de mil colones cada una.
Domicilio social: Morete, Pérez Zeledón, San José, mil quinientos metros al sur
de la escuela de la localidad. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente:
Natanael Zúñiga Retana, cédula número: uno-mil doscientos-novecientos cuarenta
y siete. Es todo.—Treinta y uno de mayo del dos
mil once.—Lic. María Vita Monge Granados, Notaria.—1
vez.—RP2011240165.—(IN2011041689).
Por escritura Nº 185 de las 11:00 horas del
01/04/2011, se reforman cláusulas segunda, sétima, octava, se otorga poder
generalísimo sin límite de suma, se nombra junta directiva, fiscal y agente
residente de Muebles Soto Sociedad Anónima.—Lic.
José Balbino Cruz Menjivar, Notario.—1
vez.—RP2011240172.—(IN2011041691).
Por escritura número 7, se protocolizó
asamblea extraordinaria de
Protocolización de acta de asamblea general
extraordinaria de la sociedad anónima denominada: Casa Olmo Condominio Residencial
Guaria Morada de San Pablo S. A., celebrada en su domicilio social a las 17
horas del 20 de mayo de 2011, en la que se nombró nueva junta directiva y se
modifican las cláusulas sétima y segunda del pacto constitutivo. Escritura
otorgada ante el notario Warner Castro Mathieu, a las diecinueve horas del
veinticinco de mayo de dos mil once.—San José,
25 de mayo del 2011.—Lic. Warner Castro Mathieu, Notario.—1 vez.—RP2011240178.—(IN2011041693).
Por escritura de las doce horas del
veintiséis de mayo del año en curso, se constituyó ante mí Subliart Sociedad
Anónima, plazo: noventa y nueve años a partir de su constitución.
Representación: presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite
de suma. Capital: diez mil colones, representado por diez acciones de mil
colones cada una íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: San José.—San José, 31 de mayo del 2011.—Lic. Jorge
Arturo Valverde Retana, Notario.—1
vez.—RP2011240180.—(IN2011041694).
Por escritura número 224 otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas del 17 de marzo del 2011, se modifica las cláusulas
segunda, sexta de la sociedad denominada Quarks Digital Sociedad Anónima,
modificando el domicilio social ahora en San José, Calle Blancos, Goicoechea,
de la carnicería
Ante esta notaría se constituyó la sociedad Cayroca
Sociedad Anónima, plazo: cien años. Presidente: Fernando Alberto
Castro Chacón.—San José, 29 de mayo de
2011.—Lic. Ramón Badilla González, Notario.—1
vez.—RP2011240183.—(IN2011041696).
Por escritura número 65, otorgada ante esta
notaría a las 10:00 horas del 22 de mayo del 2011, se constituyó la sociedad
denominada: Esgom Internacional S.R.L.; con domicilio social en la
provincia de Heredia, cantón Heredia, distrito Heredia,
Por escritura número 64, otorgada ante esta
notaría a las 10:00 horas del 20 de mayo del 2011, se constituyó la sociedad
denominada: Maquinaria de Calidad S. A.; con domicilio social en
Heredia, San Rafael, Getsemaní, cien metros al sur del taller de buses. Capital
social: diez mil colones. Plazo: 99 años. Presidente: Juan Carlos Rodríguez
Alvarado.—Heredia, 20 de mayo del
2011.—Lic. María Auxiliadora Alfaro Chacón, Notaria.—1
vez.—RP2011240185.—(IN2011041698).
Por escritura número trescientos treinta y
dos del tomo segundo, otorgada ante el notario que se dirá, a las once horas
con treinta minutos del veinticuatro de mayo de dos mil once, se constituye la
sociedad denominada Corporación Naparoro S. A., se nombra al presidente
apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo social: cien años. Capital
social: diez mil colones.—Lic. Walter Rodríguez
Rodríguez, Notario.—1
vez.—RP2011240186.—(IN2011041699).
Por escritura número trescientos cincuenta y
tres del tomo segundo, otorgada ante el notario que se dirá, a las diez horas
del treinta de mayo de dos mil once, se constituye la sociedad denominada Inversiones
Famsa S. A., se nombra al presidente apoderado generalísimo sin límite de
suma. Plazo social: cien años. Capital social: cien mil colones.—Lic. Walter Rodríguez Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2011240187.—(IN2011041700).
Por escritura otorgada hoy ante mí, a las
quince horas del veintiséis de mayo de dos mil once, se protocolizó acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas Transportes
C.B.M. Dos Mil Once Sociedad Anónima, se modifican las cláusulas primera,
quinta, octava y novena de los estatutos, se acepta la renuncia del tesorero de
la junta directiva, se hacen nuevos nombramientos.—San
José, 26 de mayo de 2011.—Lic. Ana Victoria Mora Mora, Notaria.—1 vez.—RP2011240188.—(IN2011041701).
Mediante la escritura ciento doce-uno,
otorgada ante la notaria Claudia Minerva Domínguez Rojas, se protocoliza acta
de asamblea general extraordinaria, según la cual se reforma la cláusula
segunda del pacto constitutivo, en cuanto al domicilio, de la compañía de esta
plaza denominada Solafer Sociedad Anónima, y asimismo se nombra nuevo
fiscal por todo el plazo de la sociedad.—Lic. Claudia Minerva Domínguez
Rojas, Notaria.—1
vez.—RP2011240190.—(IN2011041703).
Por escritura otorgada ante esta notaria, a
las ocho horas del treinta y uno de mayo del dos mil once, se protocoliza el
acta de
Mediante escritura número 91, otorgada ante
las notarias Alejandra Montiel Quirós y Carla Baltodano Estrada, a las 9:00
horas del 30 de mayo del 2011, se constituyó la sociedad Overseas Logistics
Operations Sociedad Anónima, con un plazo que vence al cierre del periodo
fiscal del dos mil treinta y un, capital social de diez mil dólares.—San José, treinta de mayo del dos mil
once.—Lic. Carla Baltodano Estrada, Notaria.—1
vez.—RP2011240193.—(IN2011041705).
Mediante escritura del día de hoy, se
protocolizó acta de la sociedad de esta plaza denominada AOAchavi S. A.,
mediante la cual se reforma el pacto social en la cláusula sexta de la
administración, presidente con facultades de apoderado generalísimo.—San José, 30 de mayo del 2011.—Lic. Agnes
Fajardo Jirón, Notaria.—1
vez.—RP2011240194.—(IN2011041706).
Por escritura otorgada el 26-5-2011, se
constituyó Costa Rica Folio S. A., domicilio San José, presidente y
secretario apoderados generalísimos, plazo 99 años, capital, diez mil colones.—Lic. Jimmy Solano Ulloa, Notario.—1
vez.—RP2011240195.—(IN2011041707).
Por escritura número ciento veinte-once,
otorgada ante mí, a las diecisiete horas del diecisiete de mayo del dos mil
once, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de
la sociedad denominada Real Quepos Dev Eopment S. A. por la que se acuerda
modificar la cláusula segunda del domicilio y sétima de la administración.
Además, se conoce, aprueba y acepta la renuncia presentada por el presidente,
vicepresidente, secretario, tesorero, fiscal y agente residente y se hace un
nuevo nombramiento.—San José, 17 de mayo del
2011.—Lic. Glorielena Alvarado Orozco, Notaria.—1
vez.—RP2011240196.—(IN2011041708).
Por escritura número treinta y cinco-seis
otorgada ante esta notaría a las once horas con veinte minutos del día tres de
mayo del dos mil once, se protocolizó acta número uno de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza denominada Metropolitan
Tower Nivel Cinco Número Cuatro Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos once mil ciento setenta y ocho. Se reformó cláusula segunda del
pacto constitutivo de la empresa, misma que se refiere al domicilio, el cual
será en la provincia de San José, cantón San José, distrito
Guillermo Enrique Badilla Padilla y Martine
Renckens, constituyen la sociedad: Belco Terra Sociedad Anónima.
Domicilio: San José, de Matute Gómez, ciento diez metros al oeste, avenida
diez, frente agencia del Banco Nacional, número uno siete siete uno. Capital
social: mil colones. Objeto: sin limitación alguna el comercio en general.
Plazo: noventa y nueve años. Presidente: Guillermo Enrique Badilla Padilla.
Escritura otorgada a las once horas del treinta de mayo del dos mil once.—Lic. Karla Vanessa Brenes Siles, Notaria.—1 vez.—RP2011240198.—(IN2011041710).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad
limitada denominada Villa Valentina VSM Ltda. Capital social diez mil
colones. Domiciliada en San Rafael Abajo de Desamparados frente agencia del
Banco de Costa Rica, condominio Monte Carlo, casa número ciento veintisiete.
Gerente Luis Esteban Morera Alfaro.—San José,
treinta de mayo el dos mil once.—Lic. Guisella Rojas Marín, Notaria.—1 vez.—RP2011240199.—(IN2011041711).
Mediante escritura número doscientos ochenta
y uno, protocolo veintidós, se constituyó la sociedad Carrocerías Vargas
Independientes R.V. Sociedad Anónima, presidente: Roy Gerardo Vargas
Bejarano.—Tres Ríos, 31 de mayo del
2011.—Lic. Rolando Rojas Navarro, Notario.—1
vez.—RP2011240200.—(IN2011041712).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad
limitada denominada Inversiones Vasanti VSM Ltda. Capital social diez
mil colones. Domiciliada en San Rafael Abajo de Desamparados frente agencia del
Banco de Costa Rica, condominio Monte Carlo, casa número ciento veintisiete.
Gerente Luis Esteban Morera Alfaro.—San José,
treinta de mayo del dos mil once.—Lic. Guisella Rojas Marín, Notaria.—1 vez.—RP2011240201.—(IN2011041713).
Que en esta notaría, mediante escritura
número noventa del tomo primero de mi protocolo, se constituyó la sociedad
anónima denominada Inversiones Inmobiliarias Holmes y Zamora Sociedad
Anónima, con capital social de un millón de colones y con domicilio social
en San José, Desamparados.—San José, treinta de mayo de dos mil
once.—Lic. Alonso Armando Tencio Rivera, Notario.—1
vez.—RP2011240208.—(IN2011041714).
Mediante escritura otorgada ante esta misma
notaría a las 10:00 horas del día 27 de mayo del 2011, se constituyó la
sociedad Inversiones Chrisca S. A. Capital social diez mil colones.—San José, 27 de mayo del dos mil once.—Lic.
Juan Carlos Villasuso Morales, Notario.—1
vez.—RP2011240209.—(IN2011041715).
En mi notaría, el 11/05/2011, se constituyó
la sociedad Inversiones Rojas Rojas y Compañía S. A., plazo social
noventa y nueve años. Capital social diez acciones comunes y nominativas de mil
colones cada una, de las cuales el socio Fausto Rojas Rojas, suscribe y paga
cinco acciones y la socia Bolivia Carvajal López, suscribe y paga cinco
acciones. Representantes judicial y extrajudicial son Fausto Rojas Rojas y
Bolivia Carvajal López, quienes son nombrados apoderados generalísimos sin
límite de suma. Es todo.—Palmares de Pérez
Zeledón, veintiocho de mayo de dos mil once.—Lic. Mayra Vindas Ureña,
Notaria.—1
vez.—RP2011240211.—(IN2011041716).
Hoy ante mí, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de Del Valle & Chase S. A. Se nombra nueva
junta directiva, fiscal y agente residente.—Cartago,
treinta de mayo del dos mil once.—Lic. Juan Pablo Navarro Solano, Notario.—1 vez.—RP2011240213.—(IN2011041717).
Miguel Ángel Ruiz Castrillo, Teresa García
Ramos, Kattia, Soledad, Cindia y Gabriela todas Ruiz García constituyen Inversiones
Ruigar S. A. Presidente y vicepresidente con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma. Plazo social 99 años. Escritura otorgada en
El infrascrito notario público hace constar
que ante mi notaría se protocolizó por vencimiento del plazo, integración de
nueva junta directiva de sociedad denominada Ares de Greica Sociedad Anónima,
por el resto del plazo social para los cargos de presidente, vicepresidente,
secretario, tesorero y vocal así como también el cargo de fiscal, mediante
escritura número seis, iniciada al folio cuatro vuelto del tomo segundo de mi
protocolo, al ser las dieciocho horas diez minutos del ocho de marzo de dos mil
ocho.—San Roque de Grecia, 12 de marzo del 2011.—Lic. Luis Alfonso
Rodríguez Valverde, Notario.—1
vez.—RP2011240217.—(IN2011041719).
Por escritura número trescientos treinta y
uno, de las quince horas del veintisiete de mayo del dos mil once, ante el
notario Jesús Díaz Viales, se
constituye la sociedad anónima Murmor V. K. S. Sociedad Anónima.—Liberia,
27 mayo del 2011.—Lic. Jesús Díaz Viales, Notario.—1
vez.—RP2011240219.—(IN2011041720).
Mediante la escritura otorgada ante mí, en la
ciudad de San José, a las 9:00 horas del día treinta de mayo dos mil once, se
modifican las cláusulas primera y décima de los estatutos.—Lic.
Manuel Emilio Montero Anderson, Notario.—1
vez.—RP2011240223.—(IN2011041721).
Por escritura otorgada ante mí, a las once
horas cuarenta y cinco minutos del veintisiete de mayo del dos mil once, los
Pinkos Lukowiecky Gotfrid y otros, constituyen sociedad anónima denominada Apartamento
Trescientos Veintiuno Sociedad Anónima. Presidente: Alfredo Gerardo Rojas
Visconti.—San José, veintisiete de mayo del dos
mil once.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís, Notario.—1
vez.—RP2011240224.—(IN2011041722).
Por escritura otorgada ante mí, a las once
horas treinta minutos del veintisiete de mayo del dos mil once, los Pinkos
Lukowiecky Gotfrid y otros, constituyen sociedad anónima denominada Apartamento
Trescientos Doce Sociedad Anónima. Presidente: Alfredo Gerardo Rojas
Visconti.—San José, veintisiete de mayo del dos
mil once.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís, Notario.—1
vez.—RP2011240225.—(IN2011041723).
Por escritura otorgada ante mí, a las doce
horas del veintisiete de mayo del dos mil once, los Pinkos Lukowiecky Gotfrid y
otros, constituyen sociedad anónima denominada Apartamento Trescientos
Veintidós Sociedad Anónima. Presidente: Alfredo Gerardo Rojas Visconti.—San José, veintisiete de mayo del dos mil
once.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís, Notario.—1
vez.—RP2011240226.—(IN2011041724).
En esta notaría a las dieciséis horas del
dieciocho de abril del dos mil once, se constituyó la sociedad Terafama
Sociedad Anónima. Capital totalmente suscrito y pagado.—Lic.
Alejandro Villalobos Hernández, Notario.—1 vez.—RP2011240228.—(IN2011041725).
Ante mi notaría por escrituras número
veintitrés y cuarenta y uno se constituyen las sociedades anónimas Telecom
Solutions Movistar T-L-M-S y Berkland Industries B-K-I, ambas
sociedades anónimas debidamente constituidas en fechas, al ser las ocho horas
del veintisiete de abril del dos mil once y la segunda al ser las ocho horas
quince minutos del veintisiete de mayo del dos mil once. Es todo.—San José, 30 de mayo del 2011.—Lic. Karolina
Meléndez Gamboa, Notaria.—1 vez.—RP2011240232.—(IN2011041726).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad
Publicidad Aérea S. A., donde se modifican las cláusulas segunda y
novena de sus estatutos.—San José, 30 de mayo
del año 2011.—Lic. Hoover González Garita, Notario.—1
vez.—RP2011240233.—(IN2011041727).
El suscrito notario hace constar que, según
escrituras doscientos setenta y siete-seis, folio ciento setenta y uno vuelto,
doscientos ochenta y dos-seis, folio ciento setenta y cinco vuelto y doscientos
ochenta y cuatro-seis, folio ciento setenta y siete frente, todas del tomo seis
de mi protocolo, se han constituido, respectivamente, las sociedades limitadas
denominadas Grupo Altercom D F Costa Rica Limitada, S O S Comercializadora F
C V Limitada y S O S Importadora D M V Limitada, todas domiciliadas
Cartago, Urbanización Garabito, casa veintiséis D, Quircot, en las cuales
figura como gerente Delia María (nombre) Moreno (apellido), de nacionalidad
canadiense, número de pasaporte WB dos cuatro siete ocho cinco
cero.—Cartago, treinta de mayo de dos mil once.—Lic. Allan Salazar
López, Notario.—1
vez.—RP2011240234.—(IN2011041728).
Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario
con oficina en Atenas, hago constar que el día trece de mayo del dos mil once,
a las ocho horas en Los Ángeles de Atenas se realizó asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad Servicios Profesionales de Atenas J
Q B Sociedad Anónima, en la cual se reforman las cláusulas quinta y sexta
del pacto constitutivo.—Atenas, veinte de mayo
del dos mil once.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—RP2011240235.—(IN2011041729).
Por escritura otorgada ante esta notaría en
el día de hoy, se constituye la sociedad Sarjoma DCR Limitada. Capital
social: diez mil colones. Gerente y subgerente con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma actuando conjunta o separadamente. Domiciliada
en Santo Domingo de Heredia.—Santo Domingo de
Heredia, veintisiete de mayo de dos mil once.—Lic. Mary Ann Drake
Rodríguez, Notaria.—1
vez.—RP2011240241.—(IN2011041730).
En escritura otorgada ante el suscrito
notario, número cuatro, con fecha veinticinco de mayo del dos mil once,
iniciada a folio ciento cincuenta y ocho vuelto y ciento cincuenta y nueve frente
del tomo dieciséis del protocolo del suscrito notario, se constituye la
sociedad denominada Transfruit of Costa Rica & Exporting Solutions
Sociedad Anónima que traducido al idioma español significa Transporte de
Frutas de Costa Rica y Soluciones de Exportación Sociedad Anónima.
Presidente: William Vargas Taylor. Capital social: Diez mil colones.—Lic. Marcos Fernández Herrera, Notario.—1 vez.—RP2011240243.—(IN2011041731).
Mediante escritura número treinta y cinco otorgada
ante mi notaría a las nueve treinta horas del veinticinco de mayo del año en
curso, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
socios de la compañía Centro de Distribución y Comercio SVG de Costa Rica S.
A., por virtud de la cual se reforman las cláusulas quinta, octava y se
elimina la cláusula décima cuarta del pacto constitutivo y se nombran
presidente, secretario y tesorero.—Grecia, 26 de
mayo del 2011.—Lic. Kerby Rojas Alfaro, Notario.—1
vez.—RP2011240248.—(IN2011041732).
En escritura número treinta y dos otorgada
ante mí, a las ocho horas del veinticinco de mayo del dos mil once, se
constituyó la compañía que utilizará como denominación social el número de
cédula jurídica que se le asigne, además de las palabras sociedad de
responsabilidad limitada, plazo social noventa y nueve años; capital social
cien mil colones; gerentes con facultades de apoderados generalísimos sin
límite de suma.—Grecia, 26 de mayo del
2011.—Lic. Kerby Rojas Alfaro, Notario.—1
vez.—RP2011240249.—(IN2011041733).
Mediante escritura número cuarenta y dos
otorgada ante mi notaría, a las once horas del treinta de mayo del año en
curso, se constituyó la compañía Producciones Color Limitada, cuyo plazo
social es de noventa y nueve años; capital social ciento veinte mil colones; un
gerente y dos subgerentes con facultades de apoderados generalísimos sin límite
de suma.—Grecia, 31 de mayo del 2011.—Lic.
Kerby Rojas Alfaro, Notario.—1
vez.—RP2011240250.—(IN2011041734).
Mediante escritura número treinta y tres otorgada
ante mi notaría, a las nueve horas del veinticinco de mayo del año en curso,
protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la
compañía Industrias del Petróleo Canadiense S. A., por virtud de la cual
se reforma las cláusula quinta, octava y se elimina la cláusula décima cuarta
del pacto constitutivo y se nombran presidente, secretario, tesorero y fiscal.—Grecia, 26 de mayo del 2011.—Lic. Kerby Rojas
Alfaro, Notario.—1
vez.—RP2011240252.—(IN2011041735).
Mediante escritura número treinta y cuatro
otorgada ante mi notaría, a las nueve quince horas del veinticinco de mayo del
año en curso, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de socios de la compañía Lubricantes de las Américas del Petróleo S. A.,
por virtud de la cual se reforma las cláusula quinta, octava y se elimina la
cláusula décima cuarta del pacto constitutivo y se nombran presidente,
secretario y tesorero.—Grecia, 26 de mayo del
2011.—Lic. Kerby Rojas Alfaro, Notario.—1
vez.—RP2011240253.—(IN2011041736).
La suscrita notaria informa que en escritura
25-5 del tomo 5 de mi protocolo se protocolizó la asamblea general
extraordinaria de socios de Marine Paradise S. A., con cédula jurídica
3-101-493653, donde se reforma las cláusulas 8 y 9 del pacto constitutivo y se
nombra vicesecretaria. Es todo.—31 de enero del
2011.—Lic. Paola Arias Marín, Notaria.—1
vez.—RP2011240291.—(IN2011041757).
Se modifica la cláusula cuarta y novena del
pacto social y se nombra junta directiva de la sociedad Propaganda Radial S.
A.—San
José, 24 de mayo del 2011.—Lic. Geovanny Jiménez Chacón, Notario.—1 vez.—RP2011240292.—(IN2011041758).
Michel Paulin y Carlos Arias Porras,
constituyen la sociedad que tendrán como su razón social el número que se le
asigne a su cédula jurídica, seguido de la abreviatura S. A. de conformidad con
lo establecido en el artículo segundo del Decreto Ejecutivo tres tres uno siete
uno-J, con domicilio en San José, Condominio Las Américas, primer piso, según
escritura otorgada en San José, a las doce horas del dieciocho de mayo del dos
mil once.—Lic. Francisco Javier Vega Guzmán,
Notario.—1
vez.—RP2011240293.—(IN2011041759).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las
doce horas quince minutos del treinta y uno de mayo del dos mil once, protocolizo
acta de la sociedad anónima Volesc MMIV S. A, mediante la cual se nombra
nueva junta directiva y fiscal.—Tres Ríos, 31 de
mayo del 2011.—Lic. Grettel Zúñiga Tortós, Notaria.—1
vez.—RP2011240294.—(IN2011041760).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario
a las 13:00 horas del 9 de mayo de 2011, se protocolizó acta de la sociedad
denominada Inversiones Ávila y Céspedes Limitada, en la cual se modifica
cláusula sexta de estatutos.—Sarchí, 30 de mayo
de 2011.—Lic. Francisco Rodríguez Rodríguez, Notario.—1
vez.—RP2011240295.—(IN2011041761).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario a las 8:00 horas del 12 de noviembre de 2010, se protocolizó acta de la
sociedad denominada Gecheyda Limitada, en la cual se modifica la
cláusula sexta de los estatutos.—Sarchí, 31 de mayo de 2011.—Lic.
Francisco Rodríguez Rodríguez, Notario.—1
vez.—RP2011240296.—(IN2011041762).
Por escritura otorgada por mí, el día 26 de
mayo del 2011 se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios
de Trade And Investment of Santa Ana S. A., con cédula jurídica número
3-101-508360 en la que se hacen nuevos nombramientos y se reforma la cláusula
sexta.—San José, 21 de mayo del 2011.—Lic. Renato Jiménez Rojas,
Notario.—1
vez.—RP2011240297.—(IN2011041763).
Por escritura número ochenta y cuatro, tomo
tres, otorgada el día veinticuatro de mayo de dos mil once, ante
Ante mí, a esta hora y fecha se modificó la
sociedad Transportes Privados Hermanos Zamora Sociedad Anónima, y el
domicilio actual es ciento cincuenta metros sur del Área Rectora del Ministerio
de Salud, y el capital social de la compañía aumentó en un millón de colones,
12:00 horas del 31 de mayo del 2011.—Lic. Jonathan Barrantes Alfaro,
Notario.—1
vez.—IN2011240299.—(IN2011041765).
Por escritura otorgada el día de hoy ante mí ,se protocoliza acta de asamblea general de accionistas
de la compañía Real Corteza Seis Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y cinco mil ciento
cincuenta y dos. Mediante la cual se reforman los estatutos sociales en cuanto
a la administración, se nombra nueva junta directiva y se otorga poder.—San José, treinta de mayo de dos mil
once.—Lic. Steve Miguel Monge González, Notario.—1
vez.—RP2011240301.—(IN2011041766).
Por escritura número sesenta y dos, otorgada
ante esta notaría, a las once horas del tres de mayo de dos mil once, se
constituyó Grupito Neco Sociedad Anónima y Grupito Génesis Sociedad
Anónima. Es todo, firmo conforme en San José, treinta de mayo del dos mil
once.—Lic. Juan Ernesto Martínez Fuentes,
Notario.—1
vez.—RP2011240302.—(IN2011041767).
Hoy protocolicé acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía de este domicilio Leonanet
Sociedad Anónima, modificando el pacto social y haciendo nuevos
nombramientos de secretario y tesorero de la junta directiva de la sociedad y
fiscal de la sociedad.—San José, 30 de mayo del
2011.—Lic. Jorge Castro Olmos, Notario.—1
vez.—RP2011240303.—(IN2011041768).
Mediante escritura número veinte del tomo
ocho del notario Milton González Vega, se modificó la cláusula tercera del
pacto constitutivo de la sociedad denominada, World Group Holdings Sociedad
Anónima, que posee el número de cédula jurídica tres-ciento
uno-cuatrocientos treinta y seis mil cuatrocientos setenta. Es todo.—San José, dieciocho horas del primero de junio del
dos mil once.—Lic. Milton González Vega, Notario.—1
vez.—(IN2011041770).
Por escritura otorgada ante este notario, a
las once horas del día veinticinco de mayo del dos mil once, se protocolizó
acta de asamblea de socios de la sociedad Alimentos Jack’s de
Centroamérica S. A., cédula jurídica 3-101-008739, en la que se reformaron
las cláusulas quinta y sexta del pacto constitutivo y se realizaron
nombramientos de junta directiva y fiscal. Es todo.—San
José, doce horas del día veinticinco de mayo del dos mil once.—Lic. José
Rafael Fernández Quesada, Notario.—1
vez.—(IN2011041775).
Por escritura trescientos sesenta, otorgada
ante mí, a las nueve horas del primero de junio del dos mil once, se constituyó
sociedad anónima conforme al número de inscripción registral, con un plazo
social de noventa y nueve años a partir de su constitución, y con un capital
social de diez mil colones.—San José, primero de junio de 2011—Lic.
Óscar Murillo Castro, Notario.—1
vez.—(IN2011041778).
Ante esta notaría la sociedad QH S. A.,
reforma las cláusulas quinta, sexta, octava y décima primera del pacto social.
Escritura otorgada a las 17:00 horas del 31 de mayo de 2011 ante la notaria
Rosa Isabel Prieto Pochet.—Alajuela, 31 de mayo
de 2011.—Lic. Rosa Isabel Prieto Pochet, Notaria.—1
vez.—(IN2011041788).
Ante esta notaría, la sociedad José
Chorotega S. A., reforma las cláusulas cuarta, quinta, sexta, sétima y
décima primera del pacto social. Escritura otorgada a las 15:00 horas del 31 de
mayo del 2011, ante la notaria Rosa Isabel Prieto Pochet.—Alajuela,
31 de mayo del 2011.—Lic. Rosa Isabel Prieto Pochet, Notaria.—1 vez.—(IN2011041789).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las
diez horas de hoy, José Rodríguez Gayoso, cédula de residencia número ocho mil
cuatrocientos cuarenta y siete, disuelve la sociedad Llogregas Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y tres mil
novecientos dos. No hay activos ni pasivos que distribuirse entre los socios.—San José, veinte de mayo del dos mil
once.—Lic. Álvaro Carvajal Fernández, Notario.—1
vez.—(IN2011041791).
Según escritura número ciento dieciocho,
otorgada hoy ante mí, se constituyó la sociedad Gomelast de Costa Rica S. A.
Plazo: cien años a partir de hoy. Capital: un millón de colones, totalmente
suscrito y pagado.—San José, 20 de mayo del
2011.—Lic. Eduardo Alfaro Ramos, Notario.—1
vez.—(IN2011041799).
Que mediante asamblea general extraordinaria
de accionistas de la compañía Divina Investments And Holdings Sociedad
Anónima, celebrada en su domicilio social, a las 15:00 horas del día 31 de
mayo del 2011, se acordó modificar la cláusula segunda del domicilio social.—San José, 31 de mayo del 2011.—Lic. Pablo
Ugalde Argüello, Notario.—1
vez.—(IN2011041803).
Por escritura otorgada en la ciudad de San
José, al ser las dieciséis horas del dieciocho de mayo del dos mil once, se
constituyó la sociedad denominada Security Zone M.P. Sociedad Anónima.—San
José, treinta de mayo del dos mil once.—Lic. José Eduardo Flores
Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2011041814).
Por escritura otorgada ante esta notaría, al
ser las 19:00 horas del día 31 de mayo del 2011, se constituye la sociedad
denominada JCLC Food Services S. A. Presidente: Jeanelie Canonigo
Rubia.—San José, 31 de mayo del 2011.—Lic. Sindy Marcelle Monteil
Vidal, Notaria.—1 vez.—(IN2011041821).
Ante mí, Tatiana Moncada Rojas, notaria
pública con oficina en Atenas, a las diez horas del primero de febrero del dos
mil once, se constituyó sociedad anónima donde la cláusula primera de la constitución
de la presente sociedad debe leerse de la siguiente manera: Primera: en cuanto
a la razón social los otorgantes solicitan que la misma sea asignada de oficio
por el Registro de Personas Jurídicas de conformidad con lo establecido por el
Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno, publicado en
Por escritura otorgada a las once horas del
día veintiocho de mayo del dos mil once, ante el notario: Víctor Julio Víquez
Arias, se constituyó una sociedad anónima que llevará como denominación su
número de cédula jurídica, con domicilio en Alto Guizaro de Atenas, distrito
primero, cantón quinto, de la provincia de Alajuela. Plazo: de noventa y nueve
años. Capital social: cien mil colones, suscrito y pagado. Su objeto: el
comercio en general. Presidenta: James Murray Fernández, con facultades de
apoderada generalísima sin límite de suma. Agente residente: Lic. Víctor Julio
Víquez Arias.—Atenas, veintiocho de mayo del dos
mil once.—Lic. Víctor Julio Víquez Arias, Notario.—1
vez.—(IN2011041837).
Mediante escritura pública número cuarenta y
nueve-tres, otorgada a las diecisiete horas del veinticinco de mayo del dos mil
once, ante esta notaría, se constituyó la sociedad anónima Think Big
Publishing Sociedad Anónima.—Lic. Sylvia Montero Gamboa, Notaria.—1 vez.—(IN2011041839).
Mediante escritura pública número ciento
cuarenta y dos-tres, otorgada a las diecisiete horas cincuenta minutos del
cuatro de mayo del dos mil once, ante esta notaría, se constituyó la sociedad
anónima The Rocket Launcher Sociedad Anónima.—Lic. Sylvia Montero
Gamboa, Notaria.—1 vez.—(IN2011041840).
Por escritura otorgada en San José, a las
catorce horas del primero de junio del dos mil once, se modificaron las
cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo concerniente al domicilio y a
la administración, respectivamente de la sociedad tres-ciento
uno-cuatrocientos setenta y cinco mil ochocientos treinta y siete sociedad
anónima, y se hicieron nombramientos nuevos de junta directiva.—San
José, primero de junio del dos mil once.—MSc. Andrea María Quesada
Méndez, Notaria.—1 vez.—(IN2011041852).
Por escritura otorgada a las 11:00 horas del
27 de mayo del 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
la empresa Gapo Neptu GNU S. A., cédula jurídica Nº 3-101-495085,
mediante la cual se reformó las cláusulas segunda y novena del pacto
constitutivo de la sociedad, y se nombra nuevo presidente y agente residente.
Es todo.—San José, 27 de mayo del
2011.—Lic. Carlos Roberto López Madrigal, Notario.—1
vez.—(IN2011041853).
Por escritura otorgada a las once horas del
primero de junio del dos mil once, se constituyó la sociedad Muflicentro
Nirod Sociedad Anónima. Capital: diez mil colones. Presidente y tesorero,
con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Alajuela,
1º de junio del 2011.—Lic. Braulio Murillo Segura, Notario.—1 vez.—(IN2011041870).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las ocho horas del primero de junio del dos mil once, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de la sociedad Apparitions Of a Melody
Sociedad Anónima, en la que se reforman la cláusulas segunda y sexta del
pacto social, y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San
José, 1º de junio del 2011.—Lic. Carlos Alberto Vargas Campos, Notario.—1 vez.—(IN2011041893).
Por escritura autorizada por el notario
público Fernando Solano Rojas, en San José, a las 13:00 horas del 31 de mayo
del 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas
de Picana Veintiséis S. A., reformándose la cláusula sexta del pacto
social y nombrándose nueva junta directiva.—San
José, 1º de junio del 2011.—Lic. Fernando Solano Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2011041902).
Ante mí, Roy Zumbado Ulate, se constituye la
sociedad Eventos Prime S. A. Capital social: la suma de diez mil
colones. Presidenta: Karol Ginette Sancho Araya.—Santa
Bárbara de Heredia, 31 de mayo del 2011.—Lic. Roy Zumbado Ulate, Notario.—RP2011240306.—(IN2011041994).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve
horas diez minutos del dieciocho de mayo del año dos mil once, la sociedad Tres-Ciento
Uno-Seiscientos Treinta y Un Mil Seiscientos Sesenta y Ocho Sociedad Anónima,
revoca el nombramiento del presidente, secretario, tesorero y fiscal, además
realiza reforma de la cláusula sétima referente a la representación.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, treinta y
uno de mayo del año dos mil once.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—RP2011240307.—(IN2011041995).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve
horas del dieciocho de mayo del año dos mil once, la sociedad Tres-Ciento
Uno-Seiscientos Treinta y Un Mil Seiscientos Sesenta y Nueve Sociedad Anónima,
revoca el nombramiento del presidente, secretario, tesorero y fiscal, además
realiza reforma de la cláusula sétima referente a la representación.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, treinta y
uno de mayo del año dos mil once.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—RP2011240308.—(IN2011041996).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho
horas del ocho de abril del año dos mil once, la sociedad
Por escritura otorgada ante mí, a las
dieciséis horas, diez minutos del quince de abril del año dos mil once, la
sociedad Paz Botanical Gardens Sociedad Anónima, revoca el nombramiento
del presidente, secretario, tesorero y fiscal, además realiza reforma de la
cláusula sétima referente a la representación, la segunda referente al
domicilio, e igualmente incorpora la cláusula octava bis referente a la
existencia de un agente residente.—San Isidro de El General, Pérez
Zeledón, treinta y uno de mayo del año dos mil once.—Lic. Ana Patricia
Vargas Jara, Notaria.—RP2011240310.—(IN2011041998).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve
horas del seis de mayo del año dos mil once, Michael David Reeves y Janice
Eileen Reeves constituyen una sociedad de responsabilidad limitada, cuyo nombre
será asignado por el Registro Nacional de conformidad con el artículo dos del
Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J. Su domicilio San Isidro de
El General, Pérez Zeledón. Gerente en la sociedad: Michael David Reeves y
Janice Eileen Reeves. Capital social: diez mil colones, representado por cien
cuotas nominativas de cien colones cada una, íntegramente suscritas y pagadas.
Plazo: cien años.—San Isidro de El General,
Pérez Zeledón, treinta y uno de mayo del año dos mil once.—Lic. Ana
Patricia Vargas Jara, Notaria.—RP2011240311.—(IN2011041999).
Por escritura otorgada ante mí, a las once
horas, diez minutos del doce de mayo del año dos mil once, Adrián Ceciliano
Altamirano y Gloriana Loría Espinoza, constituyen una sociedad de
responsabilidad limitada, cuyo nombre será Familia Paraíso Tinamastes Limitada,
pudiendo abreviarse la última palabra por las iniciales Ltda. Su
domicilio San Isidro de El General, Pérez Zeledón. Gerente en la sociedad: John
Scott Herman y Elizabeth Fagan. Capital social: diez mil colones, representado
por diez cuotas nominativas de mil colones cada una, íntegramente suscritas y
pagadas. Plazo: noventa y nueve años.—San Isidro
de El General, Pérez Zeledón, treinta y uno de mayo del año dos mil
once.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—RP2011240312.—(IN2011042000).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve
horas treinta minutos del dieciocho de mayo del año dos mil once, Adrián
Ceciliano Altamirano y Gloriana Loría Espinoza constituyen diez sociedades,
cuyos nombres serán asignados por el Registro Nacional. Su domicilio estará en
San José, Pérez Zeledón, San Isidro de El General, exactamente frente al
costado oeste del parque, en el Bufete del Licenciado Olman Vargas. Presidente:
Adrián Ceciliano Altamirano. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y
nueve años.—Pérez Zeledón, treinta y uno de mayo
del año dos mil once.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—RP2011240313.—(IN2011042001).
Por escritura otorgada ante mí, a las once
horas veinticinco minutos del trece de mayo del año dos mil once, Adrián
Ceciliano Altamirano y Gloriana Loría Espinoza constituyen una sociedad de
responsabilidad limitada, cuyo nombre será Babylon Sisters Limitada,
pudiendo abreviarse la última palabra por las iniciales Ltda. Su
domicilio San Isidro de El General, Pérez Zeledón. Gerente en la sociedad: Rhys
Joseph Wilson y Margaret Fagan Wilson. Capital social: diez mil colones,
representado por diez cuotas nominativas de mil colones cada una, íntegramente
suscritas y pagadas. Plazo: noventa y nueve años.—San
Isidro de El General, Pérez Zeledón, treinta y uno de mayo del año dos mil
once.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—RP2011240314.—(IN2011042002).
Por escritura de las 17:00 horas de hoy,
protocolicé acta de la compañía Johnny Cash S. A., por la cual se
modifica la denominación social por Johnny Cash, Money Flash S. A.,
reformándose la cláusula primera del pacto constitutivo; e igualmente, se
nombra tesorera y se deja sin efecto el nombramiento del agente residente.—Montes de Oca, 31 de mayo del 2011.—Lic. Fabio
Alberto Arias Córdoba, Notario.—RP2011240316.—(IN2011042003).
Ante mi notaría, por escritura setenta y
cuatro, tomo octavo, folio cuarenta frente, aumento de capital de la sociedad Desarrollo
Comercial del Sureste (DECOSURE) S. A.—San José, treinta de mayo del dos mil
once.—Lic. Juan Ernesto Martínez Fuentes, Notario.—RP2011240318.—(IN2011042004).
Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00
horas del 24 de mayo del 2011, protocolicé acta de la sociedad Motores del
Ártico Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas 2ª del
domicilio, 11ª de la administración, se revoca nombramientos de secretario de
junta directiva y se nombra.—Lic. Leda Di Nápoli Perera, Notaria.—RP2011240319.—(IN2011042005).
La suscrita Milena Acuña Ugalde, notaria
pública con oficina en Ciudad Colón, hace constar que a las 9:00 horas del día
25 de mayo del 2011, se ha constituido la sociedad con el número de cédula
jurídica como razón social según Decreto Nº 33171-J-2006. Con un plazo social
de 99 años. Siendo su presidente el señor Lai Wan Chan Tjeo.—Lic.
Milena Acuña Ugalde, Notaria.—RP2011240320.—(IN2011042006).
Protocolización asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad Secofina S. A., donde se
modifican las cláusulas primera y quinta del pacto constitutivo, referidas al
domicilio social y la junta directiva compuesta por cuatro miembros:
presidente, vicepresidente, secretario y tesorero. Otorgada en Heredia, a las
9:00 horas del 16 de febrero del 2011.—Lic.
Carlos Lizano Lépiz, Notario.—RP2011240321.—(IN2011042007).
El día de hoy el suscrito notario público
protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones
Plata y Zafiro S. A., celebrada a las diez horas del día dieciocho de mayo
del año dos mil once, mediante la cual se reforman las cláusulas del pacto
social en cuanto a la administración; se nombra junta directiva y fiscal. Se
deja vacante cargo de agente residente.—San
José, treinta y uno de mayo del año dos mil once.—Lic. Orlando Araya
Amador, Notario.—RP2011240323.—(IN2011042008).
El día de hoy, la suscrita notaria pública
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Flamingo
Rent a Car S. A., celebrada a las catorce horas del día veintiocho de marzo
del año dos mil once, mediante la cual se reforman las cláusulas del pacto
social en cuanto a domicilio social y administración; además se nombra
secretario de la junta directiva y fiscal.—San
José, once de mayo del año dos mil once.—Lic. Lorena Montt Villacura,
Notaria.—RP2011240324.—(IN2011042009).
Daniel Velásquez Arango, nacionalidad
colombiano, cédula residencia número ciento diecisiete-cero cero cero
ochocientos cuarenta y cinco mil novecientos cinco, y Yorlenny Julieta
Hernández Soto, cédula identidad número uno-novecientos cuarenta y
seis-cuatrocientos ochenta y nueve, constituyen la sociedad domiciliada en san
José, denominada Lluvia de Éxitos Y.H.S. Sociedad Anónima. Escritura
otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del treinta y uno de mayo del
2011.—Lic. Kattia Gamboa Víquez, Notaria.—RP2011240327.—(IN2011042010).
En asamblea general extraordinaria de
accionistas de sociedad Jabes Comercial Interamericana Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cinco mil ciento ochenta y
cinco. Domiciliada en Heredia, a las dieciséis horas del cinco de mayo del dos
mil once, se acuerda reformar las cláusulas segunda, quinta y novena. Escritura
otorgada ante esta notaría, a las siete horas, treinta minutos del diez de mayo
del dos mil once.—Lic. Uriel Ortega Hegg,
Notario.—RP2011240328.—(IN2011042011).
Por asamblea general ordinaria y
extraordinaria de socios de Código de Notas S. A., cédula jurídica
tres-ciento uno-quinientos cuarenta y tres mil trescientos dieciséis, celebrada
a las diez horas del dos de mayo del dos mil once, protocolizada por el suscrito
notario, se modifican las cláusulas sétima y segunda del pacto social y se
nombran presidente, secretario y tesorero.—Lic. Guillermo Guerrero
Corrales, Notario.—RP2011240329.—(IN2011042012).
Protocolización de acuerdos de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad Tres-Ciento
Uno-Quinientos Cincuenta y Ocho Mil Ochocientos Cincuenta y Ocho Sociedad
Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del domicilio,
octava de la administración. Escritura otorgada a las nueve horas del treinta y
uno de mayo del dos mil once.—Lic. Cristian
Calderón Cartín, Notario.—RP2011240330.—(IN2011042013).
Protocolización de acuerdos de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento
uno-quinientos sesenta y cinco mil cuatrocientos Sociedad Anónima, mediante
la cual se reforma la cláusula segunda del domicilio, octava de la
administración. Escritura otorgada a las ocho horas del treinta y uno de mayo
del dos mil once.—Lic. Cristian Calderón Cartín,
Notario.—1 vez.—RP2011240332.—(IN2011042014).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Por no haber sido posible
notificarle en el domicilio conocido por la administración, se ordena la
notificación por medio de edictos por tres veces consecutivas en
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Por no haber sido posible notificarle en el
domicilio conocido por la administración, se ordena la notificación por medio
de edictos por tres veces consecutivas en
Por no haber sido posible notificarle en el
domicilio conocido por la administración, se ordena la notificación por medio
de edictos por tres veces consecutivas en
Por no haber sido posible notificarle en el
domicilio conocido por la administración, se ordena la notificación por medio
de edictos por tres veces consecutivas en
SUCURSAL
DE CIUDAD QUESADA
ANTIGUO
HOSPITAL SAN CARLOS, CENTRO
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
En
virtud de no haberse podido notificar administrativamente el aviso de cobro a
los patronos morosos abajo indicados, por este medio se le pone en conocimiento
el adeudo pendiente ante
Número Patronal |
Razón social |
Periodos |
Montos |
|
3101203382-002-001 |
TALLER TRES ERRES DEL
NORTE S. A |
08-09/2006 |
89..976,00 |
|
3101183408-001-001 |
ARTESANÍA BRIBRI S. A. |
11-12/2004 |
328.792,00 |
|
3101455845-001-001 |
AGRÍCOLA JUVIMAR C. M. O. J S. A. |
04/2007 |
736.634,00 |
|
202870096-001-001 |
ALFARO JIMÉNEZ WILLIAM |
04-05-08-/2005 09/2006 |
1.137.326,00 |
|
202761399-001-001 |
SEGURA GAMBOA GILBERT |
02-03-10-11-12/2008 03/2009 |
1.218.288,00 |
|
3101367529-002-001 |
CAMBALACHE VILLA DORADA S. A. |
01-02-03-04-05/2008 |
5..318.679,00 |
|
602350305-999-001 |
OROZCO LÓPEZ CARLOS LUIS |
12/2009, 01-02-03-04-05-06-07-08-09-10-11-12/2010, 01-02-03-04-05/2011 12/2009 |
322.323,00 |
|
602350305-001-001 |
OROZCO LÓPEZ CARLOS LUIS |
12/2009 |
253.422,00 |
|
401140867-001-001 |
RAMÍREZ SALAS RIGOBERTO |
04-05-06-07-08/2005 |
257.079,00 |
|
205630013-001-001 |
GRANADOS MENA RONNY ÚS |
10/2008 01/2010 |
139.502,00 |
|
204320919-999-001 |
NAVARRO ARAYA GERARDO |
02-04-05-06-07-08-10-11-12/2009, 02-04-05-06-07-09-10-11-12/2010, 01-02-03-04-05/2011 |
295.667,00 |
|
3101208633-002-001 |
JORYOLI DEL NORTE S. A. |
12/2004 |
6.053,00 |
|
3101485291-002-001 |
SPECIRIUS S. A. |
09-10/2008 |
2.349.578,00 |
|
3101123587-001-001 |
SERVICIOS DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA SIASA
S. A. |
12/2000 |
20.436,00 |
|
3101234648-001-001 |
SUPER HIELO BLANCO DEL
NORTE S. A. |
11-12/2003 01-03/2004 |
173.850,00 |
|
3101188940-001-001 |
PIME DE SAN CARLOS S. A. |
10-11-12/2005 01-02-03/2006 |
215.928,00 |
|
106730430-001-001 |
QUESADA MORALES ROGER |
01-02-03/2005 |
187.139,00 |
|
3101124529-001-001 |
NORTRONICA S. A. |
06-07-08-09-10-11-12/2002 01-02-03-04/2003 |
557.607,00 |
|
203910156-003-001 |
MARÍN GONZÁLEZ SEIDY LORENA |
03-04-05-06/2009 01/2010 |
655.663,00 |
|
203910156-999-001 |
MARÍN GONZÁLEZ SEIDY ENA |
02-03-04-05/201 1 |
72.908,00 |
|
205320664-001-001 |
JIMÉNEZ ROJAS RONALD |
06/2004 04/2005 |
245.656,00 |
|
3102047257-001-001 |
TIENDA SAUMA Y ARROYO LIMITADA |
07-08-09-10-11-12/2001 01-02/2002 |
1.299.868,00 |
|
3101157480-001-001 |
PASAMANERÍAS ALBANY S. A. |
12/2000 01-02-03-04-05-06-07-08/2001 04/2001 |
302.505,00 |
|
900850497-001-001 |
REINA MENA JULIA |
09/2006 08/2007 |
1.158.032,00 |
|
3101403281-001-001 |
RÓTULOS ZONA NORTE S. A. |
11-12/2005 01/2006 01/2006 |
1.125.669,00 |
|
3101116120-001-001 |
TEXTILES DEL NORTE S. A. |
02-03-04/2005 04/2005 |
1.025.109,00 |
|
3101215397-001-001 |
AGROCOSTA MUELLE S. A. |
05-06-07-08-09-10-11-12/2001 01-02-03-04-05-06/2002 |
932.949,00 |
|
204140595-001-001 |
GUEVARA RAMÍREZ WILLIAM |
04-05/1999 |
24.244,00 |
|
204480733-001-001 |
ROJAS CASTRO RONNY EDELMAR |
09/2007 A 07/2010 y 01-02-03-04/2011 |
2.177.245,00 |
|
204480733-999-001 |
ROJAS CASTRO RONNY EDELMAR |
05/2007 A 09/2010 y 02-03-04-05//2011 |
771.338,00 |
|
205350746-001-001 |
RAMÍREZ SOLIS ILEANA |
12/2009 A 04/2011 |
955.142,00 |
|
3101296832-002-001 |
BANANAS ENTREPRISE |
01-03-04-05-10/2008 y 06/2010 |
2.311.987,00 |
|
3101544317-001-001 |
O. REPUBLIK DOS CERO OCHO SOCIEDAD ANÓNIMA |
03-04-05-06-10/2010 |
1.968.021,00 |
|
3101072313-002-001 |
REFORESTACIONES INDUSTRIALES OCCIDENTE S. A. |
06/2010 A 04/2011 |
1.113.809,00 |
|
3101253939-001-001 |
MUEBLES RODRÍGUEZ E HIJOS DE SARCHI S. A. |
04/2000 a 09/2002, 10/2003 A 05/2004 y 03/2006 |
612.154,00 |
|
110080871-001-00 |
VARGAS CASTILLO JUAN PABLO |
06/2010 A 04/20 11 |
3.100.890,00 |
|
3102182533-001-001 |
ESQUIVEL Y SÁNCHEZ LIMITADA |
11/2010 |
5.227.691,00 |
|
Ciudad Quesada, 20 de mayo del 2011.—Olivier Steller Guzmán, Jefe
Administrativo.—(IN2011041329).
COLEGIO
FEDERADO DE INGENIEROS
Y DE
ARQUITECTOS DE COSTA RICA
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
27 de
abril, del 2011
Nº 0861-2011-DRD
Señores:
Alexa Valerio Molina
Salvador Albaladejo Martínez
Representantes Legales
Salvalex del Sur, S. A.
Estimados señores:
El Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica y el Departamento de Régimen
Disciplinario, han decidido realizar una investigación previa, por queja
interpuesta por la señora María Eugenia Ortiz Serrano, la cual se tramita bajo
el Nº 040-11.
En virtud de lo anterior, se le concede 5
días hábiles contados a partir de la fecha de recibida esta nota, para que se
refiera al caso y al contenido de la documentación existente.
En caso de considerarse necesaria una visita
de inspección al inmueble o proyecto, con el fin de adjuntar elementos
probatorios a la investigación, este Departamento procederá a programarla, en
el momento conveniente.
La presente investigación previa se tramita
de conformidad con el Manual para Regular
El alcance del procedimiento administrativo
de instrucción o investigación previa, únicamente conlleva a dirimir la
existencia o no de presuntas violaciones al Código de Ética Profesional de este
Colegio Federado y no podrá dilucidar conflictos de orden patrimonial, los que
sí podrán ventilarse en el Centro de Resolución de Conflictos o bien ante la
autoridad judicial competente.
A efecto de lo anterior, proceda a señalar un
número de fax o dirección electrónica para remitirle las notificaciones al
respecto, las mismas deberán permanecer habilitadas para esos efectos, ya que
en caso contrario se tendrá por notificado con solo el transcurso de 24 horas
después de emitido el oficio. Si usted ya las indicó, favor hacer caso omiso de
esta solicitud.
Le informo que en el caso Nº 040-11, consta
documentación que puede ser consultada en nuestras oficinas por su persona o
representante autorizado.—Departamento de
Régimen Disciplinario.—Arq. Carlos Murillo Gómez; Jefe.—O.
C. Nº 398-2011.—Solicitud Nº 37853.—C-40520.—(IN2011041400).
MUNICIPALIDAD DE SANTA BÁRBARA
En
Léase correctamente: Publicado en el Alcance Nº 12
del Diario Oficial
Santa Bárbara de Heredia, 26 de
mayo del 2011.—Beana C. Cubero Castro,
Secretaria del Concejo.—1 vez.—(IN2011043358).