LA GACETA Nº 123 DEL 27 DE JUNIO DEL 2011

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 36636-MOPT

Nº 36637-MTSS

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ

MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

AGRICULTURA Y GANADERÍA

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

EDUCACION PÚBLICA

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

CULTURA Y JUVENTUD

COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

LICITACIONES

PODER JUDICIAL

UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

AVISOS

ADJUDICACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

BANCO DE COSTA RICA

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

VARIACIÓN DE PARÁMETROS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

REGISTRO DE PROVEEDORES

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

FE DE ERRATAS

PODER LEGISLATIVO

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

BANCO DE COSTA RICA

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS

SERVICIOS PÚBLICOS

REGLAMENTOS

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

MUNICIPALIDADES

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

AVISOS

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

MUNICIPALIDAD DE MORA

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

MUNICIPALIDAD DE ATENAS

MUNICIPALIDAD DE NARANJO

MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE

MUNICIPALIDAD DE AGUIRRE

CONCEJO MUNICIPAL DE LEPANTO

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y PAZ

INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO

AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

AVISOS

MUNICIPALIDADES

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 36636-MOPT

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

En el ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 140, incisos 3) y 18) de la Constitución Política, artículos 28.1 y 28.2.b de la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978 Ley de la Administración Pública, Reforma a la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes Nº 3155 del 5 de agosto de 1963 y sus reformas, Ley Nº 7969 del 22 de diciembre de 1999. “Ley Reguladora de Servicio Público de Transporte Remunerado de Personas en Vehículos en la Modalidad Taxi y sus reformas”.

Considerando:

I.—Ley Nº 7969 del 22 de diciembre de 1999 publicada en La Gaceta Nº 20 del 28 de enero del 2000 denominada “Ley Reguladora de Servicio Público de Transporte Remunerado de Personas en Vehículos en la modalidad de Taxi”, se creó el Consejo de Transporte Público, como órgano de desconcentración máxima adscrito al Ministerio de Obras Públicas y Transportes con personalidad jurídica instrumental.

II.—Que el artículo 9 de la citada Ley, regula el procedimiento de conformación e integración del Consejo de Transporte Público, nombramiento que será por un plazo máximo equivalente al del nombramiento del Presidente de la República, pudiendo ser reelegidos.

III.—Que mediante Decreto Ejecutivo No. 36179 del 03 de agosto de 2010, fue integrada la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público.

IV.—Que de conformidad con el Acuerdo No. 261-P con rige a partir del 01 de junio de 2011 se nombra como Viceministro de Transporte Terrestre y Seguridad Vial al Licenciado Rodrigo Rivera Fournier, portador de la cédula de identidad 1-467-303.

V.—Que conforme al inciso a) del artículo 8 de la Ley 7969, Ley Reguladora del Servicio Público de Transporte Remunerado de Personas en Vehículos en la Modalidad de Taxi, el Ministro de Obras Públicas será quien presidirá dicho Consejo.

VI.—Que el señor Víctor Calderón Mayorga, portador de la cédula de identidad Nº 1-0479-0070 presenta su renuncia como Director del Consejo de Transporte Público a partir del 30 de mayo de 2011.

VII.—Que mediante oficio DMOPT- 3251-11 de fecha 30 de mayo del año 2011, del Despacho del Ministro de Obras Públicas y Transportes, se designa a la persona con experiencia en materias relacionadas con el Consejo de Transporte Público, al señor Rodrigo Rivera Fournier. Por tanto,

DECRETAN:

Artículo 1º—Se conforma la integración del Consejo de Transporte Público, de la siguiente manera:

a)  Francisco J. Jiménez Reyes, portador de la cédula de identidad Nº 1-493-138, en su condición de Ministro de Obras Públicas y Transportes, quien presidirá la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público.

b)  Rodrigo Rivera Fournier, portador de la cédula de identidad Nº 1-467-303, en su condición de Viceministro de Transporte Terrestre y Seguridad Vial, en razón de su experiencia y conocimiento en las materias relacionadas con el Consejo de Transporte Público, designado por el Ministro de Obras Públicas y Transportes.

c)  Andrei Bourrouet Vargas, portador de la cédula de identidad Nº 1-672-652, representante del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, designado por el Ministro del Ramo.

d)  Jorge Arturo Herrera Ocampo, portador de la cédula de identidad Nº 2-306-544, representante del Sector Empresarial de Transporte Remunerado de Personas en Vehículos Automotores, Buses, Microbuses o Busetas.

e)  Gilberth Ureña Fonseca, portador de la cédula de identidad Nº 3-208-649, representante del Sector Empresarial de Transporte Remunerado de Personas en Vehículos Automotores en la Modalidad de Taxi.

f)   Alberto Camacho Pereira, portador de la cédula de identidad Nº 3-183-124, representante de la Unión Nacional de Gobiernos Locales.

g)  Sara Corrales Corrales, portadora de la cédula Nº 1-396-541, representante de los usuarios.

Artículo 2º—Se deroga el Decreto Ejecutivo Nº 36179, quedando el mismo sin valor ni efecto alguno; así como el Decreto Ejecutivo 36037-MOPT.

Artículo 3º— Rige a partir del 14 de junio de 2011 y hasta el 30 de abril del 2014.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los 31 días del mes de mayo del dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—EL Ministro de Obras Públicas y Transportes, Francisco J. Jiménez.—1 vez.—O.C. Nº 11189.—Solicitud Nº 34405.—C-24300.—(D36636-IN2011048445).

Nº 36637-MTSS

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

En ejercicio de las potestades conferidas en el artículo 140, incisos 3) y 18) de la Constitución Política y la Ley Nº 832 del 4 de noviembre de 1949 y sus reformas.

Considerando:

I.—Que el Consejo Nacional de Salarios, en el ejercicio de las potestades conferidas en la Ley Nº 832 del 4 de noviembre de 1949 y el Reglamento a dicha ley, publicado en el Decreto Nº 25619 y sus reformas, aprobó mediante acta Nº 5163 del 20 de junio del 2011, la modificación al Decreto Nº 36292-MTSS publicado en La Gaceta Nº 238 del 8 de diciembre del 2010, determinación de Salarios Mínimos que entran a regir a partir del 1º julio del año 2011. Por tanto,

Decretan:

FIJACIÓN DE SALARIOS MÍNIMOS PARA EL SECTOR

PRIVADO QUE REGIRÁN A PARTIR

DEL 1º DE JULIO DE 2011

Artículo 1º—Fíjanse los salarios mínimos que regirán en todo el país a partir del 1º de julio del 2011:

1a    AGRICULTURA (Por jornada ordinaria)

        AGRICULTURA, (Subsectores: Agrícola, Ganadero, Silvícola, Pesquero), EXPLOTACIÓN DE MINAS Y CANTERAS, INDUSTRIAS MANUFACTURERAS, CONSTRUCCIÓN, ELECTRICIDAD, COMERCIO, TURISMO, SERVICIOS, TRANSPORTES Y ALMACENAMIENTOS.

        Trabajadores no calificados                                    ¢ 7.641,58

        Trabajadores semicalificados                                  ¢ 8.320,06

        Trabajadores calificados                                          ¢ 8.480,55

        Trabajadores especializados                                  ¢10.163,83

        A los trabajadores que realicen labores ya reconocidas como pesadas, insalubres o peligrosas y las que llegasen a ser determinadas como tales por el organismo competente, se les fijará un salario por hora equivalente a la sexta parte del salario fijado por jornada para el trabajador no calificado.

        Las ocupaciones en Pesca y Transporte acuático, cuando impliquen imposibilidad para el trabajador de regresar al lugar de partida inicial al finalizar su jornada ordinaria, tienen derecho a la alimentación.

1b-   GENÉRICOS (por mes)                                                      ¢

        Trabajadores no calificados                                   228.057,56

        Trabajadores semicalificados                                 245.660,64

        Trabajadores calificados                                         258.465,61

        Técnicos medios de educación diversificada      275.220,00

        Trabajadores especializados                                  294.933,19

        Técnicos de educación superior                            339.178,37

        Diplomados de educación superior                      366.325,30

        Bachilleres universitarios                                       415.499,60

        Licenciados universitarios                                      498.616,60

        En todo caso en que por disposición legal o administrativa se pida al trabajador determinado título académico de los aquí incluidos, se le debe pagar el salario mínimo correspondiente, excepto si las tareas que desempeña están catalogadas en una categoría ocupacional superior de cualquier capítulo salarial de este Decreto, en cuyo caso regirá el salario de esa categoría y no el correspondiente al título académico.

     Los salarios para profesionales aquí incluidos rigen para aquellos trabajadores debidamente incorporados y autorizados por el Colegio Profesional respectivo, con excepción de los trabajadores y profesionales en enfermería, quienes se rigen en esta materia por la Ley Nº 7085 del 20 de octubre de 1987 y su Reglamento.

     Los profesionales contratados en las condiciones señaladas en los dos párrafos anteriores, que estén sujetos a disponibilidad, bajo los límites señalados en el artículo 143 del Código de Trabajo, tendrán derecho a percibir un 23% adicional sobre el salario mínimo estipulado según su grado académico de Bachilleres o Licenciados universitarios.

1c-   RELATIVO A FIJACIONES ESPECÍFICAS                   ¢

        Recolectores de café (por cajuela)                                727,60

        Recolectores de coyol (por kilo)                                      23,92

        Servicio doméstico (por mes)                                 135.270,67

        Trabajadores de especialización superior[1]            15.773,24

        Periodistas contratados como tales (incluye

        el 23% en razón de su disponibilidad)

        (por mes)                                                                     614.095,22

        Estibadores: ¢ 1,05 por caja de banano

           ¢64,91 por tonelada                                                                              ¢276,85 por movimiento

        Los portaloneros y los wincheros devengan un salario mínimo de un 10% más de estas tarifas.

     Taxistas en participación, el 30% de las entradas brutas del vehículo. En caso de que no funcione o se interrumpa el sistema en participación, el salario no podrá ser menor de nueve mil doscientos un colones con setenta y nueve céntimos (¢9.201,79) por jornada ordinaria.

     Agentes vendedores de cerveza, el 2,45% sobre la venta, considerando únicamente el valor neto del líquido.

     Circuladores de periódicos, el 15% del valor de los periódicos de edición diaria que distribuyan o vendan.

Artículo 2º—Por todo trabajo no cubierto por las disposiciones del artículo 1ª- de este Decreto, todo patrono pagará un salario no menor al de Trabajador no Calificado del artículo 1ª- de este Decreto.

Artículo 3º—Los salarios mínimos fijados en este Decreto, son referidos a la jornada ordinaria de acuerdo con lo estipulado en el Capítulo Segundo del Título Tercero del Código de Trabajo, con excepción de aquellos casos en los que se indique específicamente que están referidos a otra unidad de medida.

Cuando el salario esté fijado por hora, ese valor se entiende referido a la hora ordinaria diurna. Para las jornadas mixta y nocturna, se harán las equivalencias correspondientes, a efecto de que siempre resulten iguales los salarios por las respectivas jornadas ordinarias.

Artículo 4º—El título “Genéricos”, cubre a las ocupaciones indicadas bajo este título, en todas las actividades, con excepción de aquellas ocupaciones que estén especificadas bajo otros títulos. Los salarios estipulados bajo cada título cubren a los trabajadores del proceso a que se refiere el título respectivo, y no a los trabajadores incluidos bajo el título Genéricos.

Para la correcta ubicación de las ocupaciones de las distintas categorías salariales de los Títulos de los Capítulos del Decreto de Salarios, se deberá aplicar lo establecido en los Perfiles Ocupacionales, que fueron aprobados por el Consejo Nacional de Salarios y publicados en La Gaceta Nº 233 del 5 de diciembre 2000.

Artículo 5º—Este Decreto no modifica los salarios que, en virtud de contratos individuales de trabajo o convenios colectivos, sean superiores a los aquí indicados.

Artículo 6º—Los salarios por trabajos que se ejecuten por pieza, a destajo o por tarea o a domicilio, ya sea en lugares propiedad del empleador o bien en el domicilio del trabajador, no podrán ser inferiores a la suma que el trabajador hubiera devengado laborando normalmente durante las jornadas ordinarias y de acuerdo con los mínimos de salarios establecidos en el presente Decreto.

Artículo 7º—Regulación de formas de pago: si el salario se paga por semana, se debe de pagar por 6 días, excepto en comercio en que siempre se deben pagar 7 días semanales en virtud del artículo 152 del Código de Trabajo. Si el salario se paga por quincena comprende el pago de 15 días, o de 30 días si se paga por mes, indistintamente de la actividad que se trate. Los salarios determinados en forma mensual en este Decreto, indican que es el monto total que debe ganar el trabajador, y si se paga por semana, siempre que la actividad no sea comercial, el salario mensual debe dividirse entre 26 y multiplicarse por los días efectivamente trabajados.

Artículo 8º—Rige a partir del 1º de julio del 2011.

Dado en la Presidencia de la República, a los veintiún días del mes de junio del 2011.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Trabajo y Seguridad Social, Sandra Piszk Feinzilber.—1 vez.—O. C. Nº 10889.—Solicitud Nº 38799.—C-45920.—(D36637-IN2011048339).

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Nº 266-P

EL SEGUNDO VICEPRESIDENTE EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

En uso de las facultades que le confiere el artículo Nº 47, inciso 3), de la “Ley General de la Administración Pública” y con fundamento en la Ley 8908 “Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico del año 2011”, del 2 de diciembre de 2010, y el Capítulo IV del “Reglamento de Gastos de Viajes, y de Transporte para Funcionarios Públicos” emitido por la Contraloría General de la República, artículos Nos. 29, 31, 32 y 33.

Considerando:

1º—Que el señor Manuel Obregón López, viajará del 15 al 23 de mayo de 2011, a Seúl, Corea, para asistir a la Reunión con Autoridades del Ministerio de Cultura de Corea, para invitar al Gobierno de la República de Corea como país de Honor en el Festival Internacional de las Artes (FIA) 2012.

2º—Que con motivo de la ausencia del señor Ministro de Cultura y Juventud, se hace imperativo designar a un titular a. í. en esa Cartera. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Manuel Obregón López, cédula Nº 1-565-129, Ministro de Cultura y Juventud, para que asista a la Reunión con Autoridades del Ministerio de Cultura de Corea, para invitar al Gobierno de la República de Corea como el país de Honor en el Festival Internacional de las Artes (FIA) 2012, a realizarse del 17 al 21 de mayo de 2011, en Seúl, Corea. Cabe señalar que por asuntos de itinerario el señor Obregón López debe salir del país el 15 de mayo y regresar el 23 de mayo del presente año.

Artículo 2º—El transporte internacional será cubierto por los organizadores, el hospedaje, la alimentación y el transporte interno serán cubiertos por este Ministerio en el Programa 749-Actividades Centrales, Subpartida 1.05.04-Viáticos al exterior, por un monto de ¢427.465,44 (cuatrocientos veinte siete mil cuatrocientos sesenta y cinco colones con cuarenta y cuatro céntimos), equivalentes a $813,60 (ochocientos trece dólares con sesenta centavos).

Artículo 3º—En tanto dure la ausencia del señor Manuel Obregón López, Ministro de Cultura y Juventud, nombrar a la señora Karina Bolaños Picado, Viceministra de Juventud, cédula Nº 1-0847-0021, como Ministra a. í. de Cultura y Juventud.

Artículo 4º—Rige a partir de las 5:25 p. m. del día 15 de mayo de 2011 hasta las 9:35 a. m. del día 23 de mayo de 2011.

Dado en la Presidencia de la República, a los 18 días del mes de mayo del año 2011.

LUIS LIBERMAN GINSBURG.—1 vez.—O. C. Nº 11175.—Solicitud Nº 27677.—C-16577.—(IN2011047239).

Nº 283-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en el artículo 139, inciso 1) de la Constitución Política y el artículo 47, inciso 3) de la Ley Nº 6227 de 2 de mayo de 1978, y la Ley General de la Administración Pública.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Teófilo de la Torre Argüello, cédula de identidad número 8-0016-0518, Ministro de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, para que viaje a Panamá del día 8 al 11 de junio del 2011. El propósito del viaje es participar en la reunión PLATTS 14th Annual.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, hospedaje, alimentación e imprevistos serán cubiertos por PLATTS 14th Annual.

Artículo 3º—En tanto dure la ausencia del señor Ministro de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, se nombra Ministra a. í. a la señora Ana Lorena Guevara Fernández, cédula de identidad número 1-0538-0559 de las 15:09 horas del día 8 de junio hasta las 19:01 horas del 11 de junio del 2011.

Artículo 4º—Rige a partir de las 15:09 horas del día 8 de junio hasta las 19:01 horas del 11 de junio del 2011.

Dado en la Presidencia de la República, a los veintisiete días del mes de mayo del año dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 12394.—Solicitud Nº 3004.—C-10820.—(IN2011047234).

Nº 284-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47, inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227.

Considerando:

1º—Que se ha recibido convocatoria de la Comisión para el Desarrollo Científico y Tecnológico de Centroamérica (CTCAP), Panamá y República Dominicana, para la participación del Ministro de Ciencia y Tecnología en la LXII Asamblea Ordinaria de la CTCAP que se realizará el 10 de junio del 2011 en la ciudad de Tegucigalpa, Honduras.

2º—Que es de interés para el desarrollo de la ciencia, la tecnología, la innovación y la ejecución de políticas a nivel nacional, la participación del señor Alejandro Cruz Molina, Ministro de Ciencia y Tecnología en dicha Asamblea Ordinaria. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Alejandro Cruz Molina, cédula de identidad 3-0192-0309, Ministro de Ciencia y Tecnología, para que viaje a la ciudad de Tegucigalpa, Honduras del 9 al 11 de junio del 2011, para que participe en la LXII Asamblea Ordinaria de la Comisión para el Desarrollo Científico y Tecnológico de Centroamérica, Panamá y República Dominicana.

Artículo 2º—Los gastos de boleto aéreo San José-Tegucigalpa-San José, el costo del hospedaje, alimentación y transporte local serán cubiertos por el Banco Interamericano de Desarrollo como organismo patrocinador.

Artículo 3º—Durante la ausencia del señor Ministro de Ciencia y Tecnología, de las 6:00 horas del 9 de junio del 2011 hasta las 10:00 horas del 11 de junio del 2011, se nombra Ministro a. í. de Ciencia y Tecnología al señor Rowland Espinoza Howell, cédula de identidad 1-0836-0177, Viceministro de Ciencia y Tecnología.

Artículo 4º—Rige a partir de las 6:00 horas del 9 de junio del 2011, hasta las 10:00 horas del 11 de junio del 2011.

Dado en la Presidencia de la República, San José, el día dos de junio del año dos mil once.

Publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 11180.—Solicitud Nº 33340.—C-18920.—(IN2011047236).

Nº 285-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, y el artículo 47 inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227.

Considerando:

1º—Que se ha recibido formal invitación por parte de la División Ciencia y Tecnología del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), para la participación del Ministro de Ciencia y Tecnología en la reunión del Diálogo Regional de Políticas del BID, que se realizará el 6 y 7 de junio del 2011 en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, como ponente sobre el tema “Incentivos para la inversión privada en I+D y en innovación empresarial”.

2º—Que es de interés para el desarrollo de la ciencia, la tecnología e innovación; y la ejecución de políticas a nivel nacional, la participación del señor Alejandro Cruz Molina, Ministro de Ciencia y Tecnología en dicha reunión, concretamente en la sesión: “Las subvenciones y los créditos fiscales a la inversión en I+D”. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Alejandro Cruz Molina, cédula de identidad 3-0192-0309, Ministro de Ciencia y Tecnología, para que viaje a la ciudad de Washington DC, Estados Unidos de América, del 5 al 7 de junio del 2011 para que participe en el Diálogo Regional de Políticas del BID.

Artículo 2º—Los gastos de boleto aéreo San José-Washington DC-San José, el costo del hospedaje, alimentación y transporte local serán cubiertos por el Banco Interamericano de Desarrollo como organismo patrocinador.

Artículo 3º—Durante la ausencia del señor Ministro de Ciencia y Tecnología, de las 7:00 horas del 5 de junio del 2011 hasta las 20:00 horas del 7 de junio del 2011, se nombra Ministro a. í. de Ciencia y Tecnología al señor Rowland Espinoza Howell, cédula de identidad 1-0836-0177, Viceministro de Ciencia y Tecnología.

Artículo 4º—Rige a partir de las 7:00 horas del 5 de junio del 2011 hasta las 20:00 horas del 7 de junio del 2011.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, el día primero de junio del año dos mil once.

Publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 11180.—Solicitud Nº 33339.—C-18920.—(IN2011047235).

Nº 289-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 139 inciso 1) de la Constitución Política, y 47 inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública (Nº 6227 de 2 de mayo de 1978),en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2011 (Nº 8908 de 2 de diciembre de 2010), en la Ley Reguladora de los Gastos de Viaje y Gastos por concepto de Transportes para todos los Funcionarios del Estado (Nº 3462 de 26 de noviembre de 1964), en el Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República (R-DC-131-2010 de 27 de julio de 2010) y en el Dictamen de la Procuraduría General de la República Nº C-475-2006 de 28 de noviembre de 2006.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a la señora Laura Alfaro Maykall, cédula de identidad número 1-829-246, Ministra de Planificación Nacional y Política Económica, para que viaje y participe en la actividad denominada “II Encuentro Regional de Latinoamérica del Fondo UN-España para el Logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio”, organizado por el Fondo para el Logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio UN-España (FODM), a celebrarse en Cartagena de Indias, Colombia, del 7 al 9 de junio de 2011.

Artículo 2º—El organizador del evento cubrirá gastos por concepto de transporte y viáticos. MIDEPLAN cubrirá gastos por concepto de impuestos sobre boletos de transporte, tributos o tarifas que se deban pagar en terminales de transporte, póliza de seguro por accidente (DNS: Seguro Viajeros con Asistencia) y otros gastos menores (como llamadas telefónicas, servicio de fax e Internet) con cargo al Título 217 (Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica), Programa 863 (Administración Central), Subpartidas 1.05.03 (Transporte en el Exterior), 1.05.04 (Viáticos en el Exterior) y 1.06.01 (Seguros) de la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2011 .

Artículo 3º—El día 10 de junio de 2011 la señora Alfaro Maykall lo tomará de vacaciones y los días 11 y 12 de junio de 2011 disfrutará de su descanso semanal. Los gastos por concepto de viáticos y transporte de esos días serán asumidos bajo su responsabilidad, sin que exista cargo alguno al Erario Público.

Artículo 4º—Durante la ausencia de la señora Alfaro Maykall, se nombra como Ministra a. í. a la señora Melania Núñez Vargas cédula de identidad número 1-881-275.

Artículo 5º—Rige de las 17:37 horas del 7 de junio 2011 hasta las 19:01 horas del 12 de junio de 2011.

Dado en la Presidencia de la República, a los tres días del mes de junio del año dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 11086.—Solicitud Nº 10169.—C-18470.—(IN2011047238).

ACUERDO 291-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en la Constitución Política, artículo 139, y la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública, artículo 47 inciso 3) del 2 de mayo de 1978.

Considerando:

1º—Que resulta necesaria la participación de la señora Gloria Abraham Peralta, como panelista el día 15 de junio del 2011, en la Reunión denominada “Diálogo Intersectorial Centroamericano de Políticas para Hacer Frente al Alza y Volatividad en los Precios de los Alimentos: Desafíos y Oportunidades” a realizarse en San Salvador, El Salvador, saliendo del país el 14 de junio del 2011 y regresando el 15 de junio del 2011.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a la señora Gloria Abraham Peralta, portadora de la cédula de identidad número 1-416-056, Ministra de Agricultura y Ganadería, para que participe como panelista el día 15 de junio del 2011, en la Reunión denominada “Diálogo Intersectorial Centroamericano de Políticas para hacer frente al alza y volatividad en los precios de los aumentos: Desafíos y Oportunidades” a realizarse en San Salvador, El Salvador, saliendo del país el 14 de junio del 2011 y regresando el 15 de junio del 2011.

Artículo 2º—Los gastos correspondientes a este viaje serán sufragados por parte de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación.

Artículo 3º—Se nombra Ministra a. í. a la señora Xinia Chaves Quirós, con cédula de identidad Nº 1-468-752, de las diecisiete horas con veinticinco minutos del 14 de junio del 2011 y hasta las veintiún horas con cinco minutos del 15 de junio del 2011.

Artículo 4º—Rige a partir de las diecisiete horas con veinticinco minutos del 14 de junio del 2011 y hasta las veintiún horas con cinco minutos del 15 de junio del 2011.

Dado en la Presidencia de la República, a los nueve días del mes de junio del dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 11660.—Solicitud Nº 40222.—C-15770.—(IN2011047237).

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

Nº 193-PE

EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política, artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas de la Organización de los Estados Americanos (CICAD/OEA) y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), invitan a dos funcionarios a participar en el Taller de Capacitación para la Evaluación de los Programas de Prevención del Consumo de Drogas.

2º—Que el objetivo de este taller es capacitar a los responsables en materia de drogas sobre cómo desarrollar las evaluaciones de los programas de prevención. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a los señores Humberto Elizondo Salazar, cédula número uno-seiscientos tres-quinientos cuarenta y tres; y Beatriz Eugenia Murillo Paz, cédula número uno-setecientos treinta-quinientos noventa y cinco, funcionarios del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD), para que participen en el Taller de Capacitación para la Evaluación de los Programas de Prevención del Consumo de Drogas, el cual se llevará a cabo en la ciudad de Antigua, Guatemala, del 9 al 13 de mayo de 2011. La salida de estos funcionarios se efectuará el día 8 y su regreso será el 14 de mayo de 2011.

Artículo 2º—Los gastos de transporte del señor Elizondo Salazar serán pagados por el Instituto Costarricense sobre Drogas, lo correspondiente a la alimentación y el hospedaje será cubierto por la CICAD/OEA. El alojamiento, la manutención y el transporte terrestre de la señora Murillo Paz serán cancelados por la AECID, el tiquete aéreo será pagado por la CICAD/OEA. Los funcionarios devengarán el cien por ciento de su salario, durante la estadía fuera del territorio nacional, que corre del 8 al 14 de mayo de 2011.

Artículo 3º—Rige a partir del 8 y hasta el 14 de mayo de dos mil once.

Dado en la Presidencia de la República, a los ocho días del mes de abril dos mil once.

Carlos Ricardo Benavides Jiménez, Ministro de la Presidencia.—1 vez.—O. C. Nº 12-2011.—Solicitud Nº 25260.—C-18920.—(IN2011047182).

Nº 205-PE

EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política.

Considerando:

1º—Que la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas de la Organización de los Estados Americanos (CICAD/OEA) convoca a las Misiones Permanentes ante esta Organización a la XXXII Reunión de Subgrupos de Trabajo del Grupo de Expertos para el Control del Lavado de Activos, en Decomiso y en Coordinación e Integración entre Unidades de Inteligencia Financiera y Organismos de Investigación Criminal.

2º—Estas reuniones tienen como finalidad dar seguimiento a las recomendaciones acordadas en la última reunión del Grupo de Expertos-LAVEX XXXI, la cual se realizó en setiembre de 2010 en San José, Costa Rica; y la última reunión de los Subgrupos de Trabajo en Decomiso y Coordinación e Integración entre Unidades de Inteligencia Financiera y Organismos de Investigación Criminal, que se llevó a cabo en mayo de 2010 en Washington, D.C. de los Estados Unidos de América.

3º—Asimismo, el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos los invita al Servicio de Alguaciles de ese país y a ese Departamento para conocer la administración de bienes decomisados que utilizan ahí. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a los señores Engels Jiménez Padilla, cédula número uno-ochocientos treinta y dos-quinientos cincuenta y dos; y Xiomara Cordero Artavia, cédula número uno-novecientos diez-setecientos cincuenta y seis, funcionarios del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD), para que participen en la XXXII Reunión de Subgrupos de Trabajo del Grupo de Expertos para el Control del Lavado de Activos, en Decomiso y en Coordinación e Integración entre Unidades de Inteligencia Financiera y Organismos de Investigación Criminal, la cual se llevará a cabo en Washington, D.C. de Los Estados Unidos de América, del 25 al 27 de mayo de 2011 . Además, visitar el Servicio de Alguaciles y el Departamento del Tesoro de ese país los días 23 y 24 de mayo. La salida de estos funcionarios se efectuará el día 22 y su regreso será el 28 de mayo de 2011.

Artículo 2º—Los gastos de transporte, la alimentación y el hospedaje del 22 al 23 de mayo serán cancelados por la Oficina de Asistencia Técnica del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos. Lo correspondiente a la alimentación y el hospedaje del 24 al 28 de mayo será cubierto por la Secretaría Ejecutiva de la CICAD/OEA. Los funcionarios devengarán el cien por ciento de su salario durante la estadía fuera del territorio nacional, que corre del 22 al 28 de mayo de 2011.

Artículo 3º—Rige a partir del 22 y hasta el 28 de mayo de dos mil once.

Dado en la Presidencia de la República, a los veintiocho días del mes de abril del dos mil once.

Carlos Ricardo Benavides Jiménez, Ministro de la Presidencia.—1 vez.—O. C. Nº 12-2011.—Solicitud Nº 25260.—C-26120.—(IN2011047181).

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Nº MTSS-026-2011

LA MINISTRA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25 inciso 2 y 28 inciso 1 de la Ley General de la Administración Pública y en los artículos 7, 31, 34 y concordantes, del Reglamento de Gastos de Viajes y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que se ha recibido invitación por parte de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), para que participe en el taller técnico titulado: “Necesidades de información para apoyar la implementación de acuerdos bilaterales sobre migración laboral”, el cual se realizará entre los días 22 y 23 de junio de 2011, en la ciudad de Bogotá, Colombia.

2º—Que dicha actividad es de gran interés para el Gobierno de Costa Rica y en especial para el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, debido a que tiene como objetivo principal promover un intercambio de mejores prácticas entre las autoridades y los países beneficiarios, en torno a la migración laboral y los sistemas de información sobre el mercado laboral.

3º—Que la participación del señor Edgar Vinicio Cascante Zúñiga, portador de la cédula número 1-0826-0729, en este evento, responde a las funciones de Asesor en el Departamento de Asuntos Internacionales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Edgar Vinicio Cascante Zúñiga, cédula número 1-826-0729, Asesor en el Departamento de Asuntos Internacionales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, participe en el taller técnico titulado: “Necesidades de información para apoyar la implementación de acuerdos bilaterales sobre migración laboral”, el cual se realizará entre los días 22 y 23 de junio de 2011, en la ciudad de Bogotá, Colombia.

Artículo 2º—Los gastos del señor Edgar Vinicio Cascante Zúñiga, cédula número 1-826-0729, Asesor en el Departamento de Asuntos Internacionales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por concepto de hospedaje, alimentación, tiquete aéreo, serán asumidos por Organización Internacional para las Migraciones (OIM) y la Comisión Europea.

Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza al señor Edgar Vinicio Cascante Zúñiga, cédula número 1-0826-0729, Asesor en el Departamento de Asuntos Internacionales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, participe en el taller técnico titulado: “Necesidades de información para apoyar la implementación de acuerdos bilaterales sobre migración laboral”, el cual se realizará entre los días 22 y 23 de junio de 2011, en la ciudad de Bogotá, Colombia, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige del 21 al 24 de junio de 2011.

Dado en el Despacho de la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social, a los 15 días del mes de junio del 2011.

Sandra Piszk, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—1 vez.—O. C. Nº 10889.—Solicitud Nº 38789.—C-20720.—(IN2011047590).

Nº MTSS-027-2011

LA MINISTRA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25 inciso 2 y 28 inciso 1 de la Ley General de la Administración Pública y en los artículos 7, 31, 34 y concordantes, del Reglamento de Gastos de Viajes y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que se ha recibido invitación por parte de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), para que participe en el taller técnico titulado: “Necesidades de información para apoyar la implementación de acuerdos bilaterales sobre migración laboral”, el cual se realizará entre los días 22 y 23 de junio de 2011, en la ciudad de Bogotá, Colombia.

2º—Que dicha actividad es de gran interés para el Gobierno de Costa Rica y en especial para el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, debido a que tiene como objetivo principal promover un intercambio de mejores prácticas entre las autoridades y los países beneficiarios, en torno a la migración laboral y los sistemas de información sobre el mercado laboral.

3º—Que la participación del señor Hirlander Rojas Rojas, portador de la cédula número 2-311-586, en este evento, responde a las funciones de Jefe de la Inspección Región Chorotega del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Hirlander Rojas Rojas, cédula número 2-311-586, Jefe de la Inspección Región Chorotega del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, participe en el taller técnico titulado: “Necesidades de información para apoyar la implementación de acuerdos bilaterales sobre migración laboral”, el cual se realizará entre los días 22 y 23 de junio de 2011, en la ciudad de Bogotá, Colombia.

Artículo 2º—Los gastos del señor Hirlander Rojas Rojas, cédula número 2-311-586, Jefe de la Inspección Región Chorotega del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por concepto de hospedaje, alimentación, tiquete aéreo, serán asumidos por Organización Internacional para las Migraciones (OIM) y la Comisión Europea.

Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza al señor Hirlander Rojas Rojas, cédula número 2-311-586, Jefe de la Inspección Región Chorotega del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, participe en el taller técnico titulado: “Necesidades de información para apoyar la implementación de acuerdos bilaterales sobre migración laboral”, el cual se realizará entre los días 22 y 23 de junio de 2011, en la ciudad de Bogotá, Colombia, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige del 21 al 24 de junio de 2011.

Dado en el Despacho de la Señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social, a los 15 días del mes de junio de 2011.

Sandra Piszk, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—1 vez.—O. C. Nº 10889.—Solicitud Nº 38792.—C-20720.—(IN2011047592).

Nº MTSS-028-2011

LA MINISTRA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25 inciso 2 y 28 inciso 1 de la Ley General de la Administración Pública y en los artículos 7, 31, 34 y concordantes, del Reglamento de Gastos de Viajes y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que se ha recibido invitación por parte de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), para que participe en el taller técnico titulado: “Necesidades de información para apoyar la implementación de acuerdos bilaterales sobre migración laboral”, el cual se realizará entre los días 22 y 23 de junio de 2011, en la ciudad de Bogotá, Colombia.

2º—Que dicha actividad es de gran interés para el Gobierno de Costa Rica y en especial para el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, debido a que tiene como objetivo principal promover un intercambio de mejores prácticas entre las autoridades y los países beneficiarios, en torno a la migración laboral y los sistemas de información sobre el mercado laboral.

3º—Que la participación del señor Carlos Mauricio Corrales Alvarado, portador de la cédula número 1-651-528, en este evento, responde a las funciones Investigador del Observatorio del Mercado Laboral de Costa Rica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Carlos Mauricio Corrales Alvarado, portador de la cédula número 1-651-528, Investigador del Observatorio del Mercado Laboral de Costa Rica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, participe en el taller técnico titulado: “Necesidades de información para apoyar la implementación de acuerdos bilaterales sobre migración laboral”, el cual se realizará entre los días 22 y 23 de junio de 2011, en la ciudad de Bogotá, Colombia.

Artículo 2º—Los gastos del señor Carlos Mauricio Corrales Alvarado, portador de la cédula número 1-651-528, Investigador del Observatorio del Mercado Laboral de Costa Rica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por concepto de hospedaje, alimentación, tiquete aéreo, serán asumidos por Organización Internacional para las Migraciones (OIM) y la Comisión Europea.

Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza al señor Carlos Mauricio Corrales Alvarado, portador de la cédula número 1-651-528, Investigador del Observatorio del Mercado Laboral de Costa Rica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, participe en el taller técnico titulado: “Necesidades de información para apoyar la implementación de acuerdos bilaterales sobre migración laboral”, el cual se realizará entre los días 22 y 23 de junio de 2011, en la ciudad de Bogotá, Colombia, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige del 21 al 24 de junio de 2011.

Dado en el Despacho de la Señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social, a los 15 días del mes de junio de 2011.

Sandra Piszk, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—1 vez.—O. C. Nº 10889.—Solicitud Nº 38791.—C-20720.—(IN2011047591).

MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ

Nº 011-2011

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 140 inciso 1) y 146 de la Constitución Política; artículos 53 inciso a) y 65 de la Ley General de Policía (Ley Nº 7410) y los Artículos 115 y 117 del Reglamento General de la Policía Penitenciaria (Decreto Ejecutivo Nº 26061-J).

Considerando:

I.—Que los servidores que se dirán cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 65 de la Ley General de Policía y en los artículos 21, 115 y 117 del Reglamento General de Policía Penitenciaria; ocupando actualmente puestos en propiedad en la Policía Penitenciaria.

II.—Que tales servidores aprobaron satisfactoriamente el curso Básico Policial, de conformidad con los artículos 117 y 119 del Reglamento General de la Policía Penitenciaria.

III.—Que en las Sesiones número: 18-2009 del 25-06-2009, 003-2010 del 04-02-2010, 05-2010 del 04-03-2010 y 06-2010 del 18-03-2010; del Consejo de Personal de la Policía Penitenciaria refrendaron la Elegibilidad de los siguientes funcionarios.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Incluir dentro del Régimen del Estatuto Policial a los siguientes funcionarios:

Funcionario                                                       Nº de cédula

Aguilar Jara Kenneth                                        1-1250-0832

Alfaro Elizondo Juan Gabriel                            1-1484-0321

Arias Abarca Nelson                                         1-1375-0648

Barrantes Stewart Oscar                                   6-0161-0941

Barrantes Villegas Mario                                  2-0638-0018

Blandon Ruiz Andrea                                        7-0138-0583

Brenes Núñez Greivin                                        6-0349-0004

Briceño Molina Wendolyn                               5-0384-0532

Casares Jiménez Karol                                       1-1085-0346

Céspedes Blanco José Emmanuel                   6-0355-0802

Delgado Jiménez Cesar                                     1-1323-0201

Díaz Rojas Alban Gerardo                                1-1410-0148

Fallas Barboza Grace                                         1-1383-0651

Funcionario                                                       Nº de cédula

Fallas Ramírez Yeimy Adriana                          7-0183-0445

Fernández Fernández Ronald                           2-0486-0133

Fernandez Retana Noemy Marcela                 1-1338-0161

Fuentes Castro Jimmy Andrés                         1-1304-0613

Gamboa García Carlos David                            1-1456-0071

García Porras Evelyn Tatiana                           1-1452-0607

Godínez Godínez Abigaíl                                  1-1462-0678

Hernández Salazar Cindy                                  1-1447-0213

Huete Alvarado María de los Ángeles           2-0530-0164

Jiménez Briones Ángel Odalier                        5-0356-0798

López Aguirre Cristian Javier                           5-0367-0437

López Elizondo Rosibel                                     7-0141-0550

López Morales Leandro                                    6-0354-0329

Mendieta Sibaja Adrián Alberto                     1-1123-0427

Molina González Royner Leonardo                 7-0155-0114

Montero Valerio Oliver                                     3-0373-0419

Mora Picado Arellys Patricia                           7-0116-0740

Navarro Elizondo Francini                                1-1315-0543

Orozco Ugarte Vilma Yadira                             6-0126-0390

Pérez Rojas Richard Esteban                            6-0375-0096

Picado Aguilar Maricela                                   2-0548-0356

Ramírez Solano Yevery Darío                           2-0641-0910

Retana Rodiguez James Gerardo                     1-1207-0359

Rodríguez Varela Elías                                       1-1201-0373

Rojas Bonilla Andrés                                        3-0443-0698

Rojas Mora Magaly                                           1-1146-0233

Saint-Pere Zabarburu Luis Alejandro             8-0088-0004

Sánchez Jiménez César                                      1-1205-0810

Sánchez Román Esteban Alejandro                1-2030-0816

Segura García Cesar                                           3-0393-0418

Sibaja Valverde Juan Pablo                              1-1435-0867

Trejos Ortega Heisel Iveth                               6-0348-0615

Ulate Orozco Jonathan                                      2-0602-0075

Valverde Azuola Yanin                                     6-0272-0195

Zúñiga Núñez Aarón                                         7-0183-0002

Zúñiga Vargas Edwin Emanuel                        7-0200-0050

Artículo 2º—Rige a partir de la fecha de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los cuatro días del mes de febrero del dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Justicia y Paz, Hernando París R.—1 vez.—O. C. Nº 12288.—Solicitud Nº 16696.—C-53920.—(IN2011047240).

Nº 064-MJP

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley Nº 338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo Nº 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar al señor Raúl de Jesús García Jiménez, cédula de identidad Nº 1-0674-0710, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Comunidad Cristiana Familias para Cristo, cédula jurídica Nº 3-006-624861, inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su respectiva inscripción,

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, el día doce de abril del dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Justicia y Paz, Hernando París R.—1 vez.—O.C. Nº 10601.—Solicitud Nº 1044.—C-11655.—(IN2011046248).

N° 071

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ

En el ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, los artículos 25, párrafo 1), 27, párrafo 1) y 28, párrafo 2), inciso b) de la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública, de 2 de mayo de 1978 y sus reformas, la Ley N° 5695, Ley de Creación del Registro Nacional, de 28 de mayo de 1975 y sus reformas, el Decreto Ejecutivo N° 5188-G, de 1 de setiembre de 1975 y el Decreto Ejecutivo N° 34803-J, de 5 de setiembre de 2008.

Considerando:

1º—Que conforme a la Ley N° 5695, Ley de Creación del Registro Nacional, publicada en La Gaceta N° 106 de 7 de junio de 1975 y sus posteriores reformas corresponde a éste órgano, facilitar al usuario la información de sus Bases de Datos Públicos.

2º—Que el Decreto Ejecutivo N° 34803-J, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 205 de 23 de octubre de 2008, el cual rige a partir de su publicación, autorizó al Registro Nacional a celebrar convenios de desconcentración de servicios con todo tipo de órganos y entidades públicas, sean éstas de carácter estatal o no estatal, así como empresas de servicio que se constituyan en Sociedades Mercantiles o cualquier otra figura de derecho privado, cuyo capital social sea cien por ciento del Estado, a fin de que las mismas brinden los servicios de emisión de certificaciones de la información de todas las Bases de Datos del Registro Nacional.

3º—Que el artículo 3 del citado decreto, dispone que le corresponde al Ministerio de Justicia y Gracia (a ese momento), hoy denominado Ministerio de Justicia y Paz, conforme la letra del Decreto Nº 8771, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 197 de fecha nueve de octubre del año dos mil nueve, nombrar mediante acuerdo y con carácter de certificadores auxiliares Ad Honórem del Registro Nacional, a los funcionarios de las diferentes entidades encargadas de dar el servicio de información y emisión de certificaciones de las Bases de Datos Públicos del Registro Nacional.

4º—Que dicho decreto, derogó los Decretos Ejecutivos números 21037-J, publicado en La Gaceta N° 42 de 28 de enero de 1992, 26515-J, publicado en La Gaceta N° 244 de 18 de diciembre de 1997, y 28940-J, publicado en La Gaceta N° 186 de 28 de setiembre de 2000.

5º—Que en fecha veintiocho de abril del año dos mil once, se suscribió el Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad de Corredores y la Junta Administrativa del Registro Nacional, a fin que la primera, brinde el servicio de información y emisión de certificaciones respecto la Información contenida en las Base de Datos del Registro Nacional. Por tanto:

ACUERDA;

Artículo 1º—Nombrar como certificadores auxiliares del Registro Nacional en forma ad honórem a las siguientes personas:

-    Yamileth Martínez Serrano, cédula 6-125-912.

-    Róger Fletes Obando, cédula 6-187-597.

-    Yolanda Pérez Pizarro, cédula 6-147-003.

Funcionarios todos de la Municipalidad de Corredores.

Artículo 2º—Dichos certificadores auxiliares deben cumplir con las obligaciones señaladas en la Ley N° 5695, Ley de Creación del Registro Nacional, publicada en La Gaceta N° 106 de 7 de junio de 1975, su respectivo Reglamento, así como lo que al efecto se disponga en los convenios respectivos.

Artículo 3º—El presente acuerdo deja sin efecto cualquier otro nombramiento anterior de certificadores.

Artículo 4º—Rige a partir de la fecha de su publicación.

Dado en el Ministerio de Justicia y Paz, al ser las once horas del veintiocho de abril de dos mil once.

Publíquese.—Hernando París R., Ministro de Justicia y Paz.—1 vez.—O. C. Nº 11-0024.—Solicitud Nº 29856.—C-31520.—(IN2011046283).

N° 074

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ

En el ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, los artículos 25, párrafo 1), 27, párrafo 1) y 28, párrafo 2), inciso b) de la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública, de 2 de mayo de 1978 y sus reformas, la Ley N° 5695, Ley de Creación del Registro Nacional, de 28 de mayo de 1975 y sus reformas, el Decreto Ejecutivo N° 5188-G, de 1 de setiembre de 1975 y el Decreto Ejecutivo N° 34803-J, de 5 de setiembre de 2008.

Considerando:

1º—Que conforme a la Ley N° 5695, Ley de Creación del Registro Nacional, publicada en La Gaceta N° 106 de 07 de junio de 1975 y sus posteriores reformas corresponde a éste órgano, facilitar al usuario la información de sus Bases de Datos Públicos.

2º—Que el Decreto Ejecutivo N° 34803-J, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 205 de 23 de octubre de 2008, el cual rige a partir de su publicación, autorizó al Registro Nacional a celebrar convenios de desconcentración de servicios con todo tipo de órganos y entidades públicas, sean éstas de carácter estatal o no estatal, así como empresas de servicio que se constituyan en Sociedades Mercantiles o cualquier otra figura de derecho privado, cuyo capital social sea cien por ciento del Estado, a fin de que las mismas brinden los servicios de emisión de certificaciones de la información de todas las Bases de Datos del Registro Nacional.

3º—Que el artículo 3 del citado decreto, dispone que le corresponde al Ministerio de Justicia y Gracia (a ese momento), hoy denominado Ministerio de Justicia y Paz, conforme la letra del Decreto Nº 8771, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 197 de fecha nueve de octubre del año dos mil nueve, nombrar mediante acuerdo y con carácter de certificadores auxiliares Ad Honórem del Registro Nacional, a los funcionarios de las diferentes entidades encargadas de dar el servicio de información y emisión de certificaciones de las Bases de Datos Públicos del Registro Nacional.

4º—Que dicho decreto, derogó los Decretos Ejecutivos números 21037-J, publicado en La Gaceta N° 42 de 28 de enero de 1992, 26515-J, publicado en La Gaceta N° 244 de 18 de diciembre de 1997, y 28940-J, publicado en La Gaceta N° 186 de 28 de setiembre de 2000.

5º—Que en fecha veintiocho de abril del año dos mil once, se suscribió el Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad de Orotina y la Junta Administrativa del Registro Nacional, a fin que la primera, brinde el servicio de información y emisión de certificaciones respecto la Información contenida en las Base de Datos del Registro Nacional. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Nombrar como certificadores auxiliares del Registro Nacional en forma ad honórem a las siguientes personas:

-    Ángela Jeanina Rodríguez Castro , cédula 1-1043-483

-    Angie Marcela Álvarez Monge, cédula 2-591-042

-    Warner de Jesús Rojas Arias, cédula 2-497-808

Funcionarios todos de la Municipalidad de Orotina.

Artículo 2º—Dichos certificadores auxiliares deben cumplir con las obligaciones señaladas en la Ley N° 5695, Ley de Creación del Registro Nacional, publicada en La Gaceta N° 106 de 07 de junio de 1975, su respectivo Reglamento, así como lo que al efecto se disponga en los convenios respectivos.

Artículo 3º—El presente acuerdo deja sin efecto cualquier otro nombramiento anterior de certificadores.

Artículo 4º—Rige a partir de la fecha de su publicación.

Dado en el Ministerio de Justicia y Paz, al ser las trece horas del veintiocho de abril de dos mil once.

Publíquese.—Hernando París R., Ministro de Justicia y Paz.—1 vez.—O. C. Nº 11-0024.—Solicitud Nº 29856.—C-36920.—(IN2011046285).

Nº 075

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ

En el ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, los artículos 25, párrafo 1), 27, párrafo 1) y 28, párrafo 2), inciso b) de la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública, de 2 de mayo de 1978 y sus reformas, la Ley N° 5695, Ley de Creación del Registro Nacional, de 28 de mayo de 1975 y sus reformas, el Decreto Ejecutivo N° 5188-G, de 1 de setiembre de 1975 y el Decreto Ejecutivo N° 34803-J, de 5 de setiembre de 2008.

Considerando:

1º—Que conforme a la Ley N° 5695, Ley de Creación del Registro Nacional, publicada en La Gaceta N° 106 de 07 de junio de 1975 y sus posteriores reformas corresponde a éste órgano, facilitar al usuario la información de sus Bases de Datos Públicos.

2º—Que el Decreto Ejecutivo N° 34803-J, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 205 de 23 de octubre de 2008, el cual rige a partir de su publicación, autorizó al Registro Nacional a celebrar convenios de desconcentración de servicios con todo tipo de órganos y entidades públicas, sean éstas de carácter estatal o no estatal, así como empresas de servicio que se constituyan en Sociedades Mercantiles o cualquier otra figura de derecho privado, cuyo capital social sea cien por ciento del Estado, a fin de que las mismas brinden los servicios de emisión de certificaciones de la información de todas las Bases de Datos del Registro Nacional.

3º—Que el artículo 3 del citado decreto, dispone que le corresponde al Ministerio de Justicia y Paz, nombrar mediante acuerdo y con carácter de certificadores auxiliares Ad Honórem del Registro Nacional, a los funcionarios de las diferentes entidades encargadas de dar el servicio de información y emisión de certificaciones de las Bases de Datos Públicos del Registro Nacional.

4º—Que dicho decreto, derogó los Decretos Ejecutivos números 21037-J, publicado en La Gaceta N° 42 de 28 de enero de 1992, 26515-J, publicado en La Gaceta N° 244 de 18 de diciembre de 1997, y 28940-J, publicado en La Gaceta N° 186 de 28 de setiembre de 2000. No obstante el artículo 6 del Decreto Ejecutivo N° 34803, dejó vigentes todos los convenios suscritos por el Registro Nacional, que se celebraron al amparo de los decretos derogados.

5º—Que en fecha catorce de abril del año dos mil once, se suscribió el Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad de Naranjo y la Junta Administrativa del Registro Nacional, a fin que la primera brindara el servicio de Certificar la Información contenida en las Base de Datos del Registro Nacional. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Nombrar como certificadores auxiliares y consultantes de las Bases de Datos del Registro Nacional en forma ad honórem a las siguientes personas:

-    Omar Ureña Ulate, cédula de identidad número 202700751.

-    María Elena Gonzalo Villalobos, cédula de identidad 202940332

-    Elena Ma. Chacón Agüero, cédula de identidad 900470633

-    Mario Mora Araya, cédula de identidad 204070542

-    José Humberto Ruiz Morera, cédula de identidad, 109100537

-    Manuel Segura Quesada, cédula de identidad, 204420304

-    José Luis Rojas Villalobos, cédula de identidad 202841103

Funcionarios todos de la Municipalidad de Naranjo.

Artículo 2º—Dichos certificadores auxiliares deben cumplir con las obligaciones señaladas en la Ley N° 5695, Ley de Creación del Registro Nacional, publicada en La Gaceta N° 106 de 07 de junio de 1975, su respectivo Reglamento, así como lo que al efecto se disponga en los convenios respectivos.

Artículo 3º—Se deja sin efecto cualquier otro nombramiento anterior de certificadores.

Artículo 4º—Dicho acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

Dado en el Ministerio de Justicia, al ser las trece horas del tres de mayo de dos mil once.

Publíquese.—Hernando París R., Ministro de Justicia y Paz.—1 vez.—O.C. Nº 11-0024.—Solicitud Nº 29856.—C-33320.—(IN2011046287).

Nº 093

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ

En el ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, los artículos 25, párrafo 1), 27, párrafo 1) y 28, párrafo 2), inciso b) de la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública, de 2 de mayo de 1978 y sus reformas, la Ley N° 5695, Ley de Creación del Registro Nacional, de 28 de mayo de 1975 y sus reformas, el Decreto Ejecutivo N° 5188-G, de 1 de setiembre de 1975 y el Decreto Ejecutivo N° 34803-J, de 5 de setiembre de 2008.

Considerando:

1º—Que conforme a la Ley N° 5695, Ley de Creación del Registro Nacional, publicada en La Gaceta N° 106 de 07 de junio de 1975 y sus posteriores reformas corresponde a éste órgano, facilitar al usuario la información de sus Bases de Datos Públicos.

2º—Que el Decreto Ejecutivo N° 34803-J, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 205 de 23 de octubre de 2008, el cual rige a partir de su publicación, autorizó al Registro Nacional a celebrar convenios de desconcentración de servicios con todo tipo de órganos y entidades públicas, sean éstas de carácter estatal o no estatal, así como empresas de servicio que se constituyan en Sociedades Mercantiles o cualquier otra figura de derecho privado, cuyo capital social sea cien por ciento del Estado, a fin de que las mismas brinden los servicios de emisión de certificaciones de la información de todas las Bases de Datos del Registro Nacional.

3º—Que el artículo 3 del citado decreto, dispone que le corresponde al Ministerio de Justicia y Paz, nombrar mediante acuerdo y con carácter de certificadores auxiliares Ad Honórem del Registro Nacional, a los funcionarios de las diferentes entidades encargadas de dar el servicio de información y emisión de certificaciones de las Bases de Datos Públicos del Registro Nacional.

4º—Que dicho decreto, derogó los Decretos Ejecutivos números 21037-J, publicado en La Gaceta N° 42 de 28 de enero de 1992, 26515-J, publicado en La Gaceta N° 244 de 18 de diciembre de 1997, y 28940-J, publicado en La Gaceta N° 186 de 28 de setiembre de 2000. No obstante el artículo 6 del Decreto Ejecutivo N° 34803, dejó vigentes todos los convenios suscritos por el Registro Nacional, que se celebraron al amparo de los decretos derogados.

5º—Que en fecha cinco de mayo del año dos mil once, se suscribió el Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad de Grecia y la Junta Administrativa del Registro Nacional, a fin que la primera brindara el servicio de Certificar la Información contenida en las Base de Datos del Registro Nacional. Por tanto:

ACUERDA

Artículo 1º—Nombrar como certificadores auxiliares del Registro Nacional en forma ad honórem a las siguientes personas:

-    Damaris Solano Rojas, cédula de identidad 2-353-705.

-    Zenen Hidalgo Arias, cédula de identidad 2-376-060.

-    Marta Alfaro Bolaños, cédula de identidad 2-328-494.

-    Yuliana Rojas Jiménez, cédula de identidad 1-1222-892.

Para consultar únicamente las Bases de Datos del Registro Nacional, y no para la emisión de certificaciones, se autoriza a las siguientes personas:

-    Alina Irene Álvarez Arroyo, cédula identidad, 2-433-546.

-    Vilma Rodríguez Rodríguez, cédula identidad, 2-314-164.

-    José Rolando Miranda Villegas, cédula identidad, 1-1044-349.

-    Yesenia Alfaro Barrantes, cédula de identidad, 2-481-0013.

-    Ana Laura Hernández Núñez, cédula identidad, 2-480-439.

-    Susana Ma. Rodríguez Chaverri, cédula identidad, 2-620-298.

-    Kathia Vanessa Moya Mora, cédula identidad, 2-515-589.

-    Geofrey Hidalgo Bonilla, cédula identidad, 2-486-951.

-    Paola Sofía Sisfontes Hidalgo, cédula de identidad, 2-635-720.

-    Maricela Vargas Herrera, cédula de identidad, 2-660-090.

-    Yuliana Ma. Rodríguez Solís, cédula de identidad 1-1406-318.

-    Jennifer Vásquez Siles, cédula de identidad, 2-620-559.

-    Juan Diego Jiménez García, cédula de identidad 2-525-981.

-    Joham Barrantes Rodríguez, cédula de identidad 2-579-983.

-    Carlos Bolaños Iñiguez, cédula de identidad 2-500-037.

-    Jorge Luis Hidalgo Castillo, cédula de identidad 2-244-818.

-    María Antonieta Segnini Barrantes, cédula de identidad, 5-222-992.

-    Luis Enrique Corrales Ramírez, cédula de identidad, 1-679-020.

-    Randall Enrique Corella Jiménez, cédula de identidad, 1-836-565.

-    Sehidy Monge Barrantes, cédula de identidad, 2-419-143.

-    Ingrid Patricia Moya Miranda, cédula de identidad, 2-591-431.

Funcionarios todos de la Municipalidad de Grecia.

Artículo 2º—Dichos certificadores auxiliares deben cumplir con las obligaciones señaladas en la Ley N° 5695, Ley de Creación del Registro Nacional, publicada en La Gaceta N° 106 de 07 de junio de 1975, su respectivo Reglamento, así como lo que al efecto se disponga en los convenios respectivos.

Artículo 3º—Se deja sin efecto cualquier otro nombramiento anterior de certificadores.

Artículo 4º—Dicho acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

Dado en el Ministerio de Justicia, al ser las trece horas del diecisiete de mayo de dos mil once.

Publíquese.—Hernando París R., Ministro de Justicia y Paz.—1 vez.—O. C. Nº 11-0024.—Solicitud Nº 29858.—C-46820.—(IN2011046301).

MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

N° 018-2011-MICIT

EL MINISTRO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

En uso de las facultades que le confiere el artículo 140 de la Constitución Política.

Considerando:

1º—Que mediante Acuerdo 036-2010-MICIT, del 18 de noviembre del 2010, se autorizó al señor Viceministro de Ciencia y Tecnología para que viajara del 27 de noviembre al 01 de diciembre del 2010, a efecto de que participara en la “Primera Mesa Redonda para América Latina del Programa Intel Aprender”.

2º—Que el señor Viceministro no participó en la citada actividad. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Dejar sin efecto el Acuerdo N° 036-2010-MICIT del 18 de noviembre del 2010, mediante el cual se autorizó al señor Viceministro de Ciencia y Tecnología para que viajara del 27 de noviembre al 1º de diciembre del 2010, a efecto de que participara en la “Primera Mesa Redonda para América Latina del Programa Intel Aprender”.

Artículo 2º—Rige a partir del 27 de noviembre y hasta el 1º de diciembre del 2010.

Dado en el Ministerio de Ciencia y Tecnología, el día dos de junio del año dos mil once.

Alejandro Cruz Molina, Ministro de Ciencia y Tecnología.—1 vez.—O. C. Nº 11180.—Solicitud Nº 33342.—C-13520.—(IN2011046203).

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO

DE LA COMUNIDAD

AVISOS

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Legal y de Registro, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Integral de Linda Vista de San Vito de Coto Brus, Puntarenas. Por medio de su representante: Uribe Barrantes González, cédula 501310238 ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, 14 de junio del 2011.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—RP2011242932.—(IN2011046410).

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Legal y de Registro, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Integral de Las Marías de Pittier de Coto Brus, Puntarenas, por medio de su representante: Fulidier Rafael Ramo Rubí Vega, cédula 106040389 ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, 14 de junio del 2011.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa, Departamento de Registro.—1 vez.—RP2011242933.—(IN2011046411).

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Legal y de Registro, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Integral de La Unión Arriba de Sabalito de Coto Brus, Puntarenas. Por medio de su representante: Jesús Antonio Bonilla Morales, cédula 602040481 ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, 14 de junio del 2011.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa, Departamento de Registro.—1 vez.—RP2011242929.—(IN2011046412).

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad del Dirección Legal y de Registro, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Específica para Mantenimiento de los Caminos Vecinales de Fila Pinar de San Vito de Coto Brus, Puntarenas. Por medio de su representante: William Ledezma Alvarado, cédula 602540336 ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, 14 de junio del 2011.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa, Departamento de Registro.—1 vez.—RP2011242935.—(IN2011046413).

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Integral de Cajón de Bolívar de Grecia, Alajuela. Por medio de su representante: Jorge Antonio Salas Barrantes portador de la cédula de identidad N° 2-311-996 ha hecho solicitud de inscripción de la siguiente reforma al estatuto: Artículos Nº 17 para que en adelante se lea así:

Artículo Nº 17:

La junta directiva es el órgano encargado de dirigir y orientar la marcha de la Asociación, atendiendo a las reglas establecidas en este estatuto y los acuerdos de las asamblea generales, estará integrada por nueve miembros, a saber un presidente, un vicepresidente, un secretario, un tesorero y dos vocales que serán nombrados en el seno de la asamblea general en votación secreta individual y por mayoría de votos, durarán dos años en sus funciones y podrán ser reelectos consecutivamente por una sola vez y en forma alterna indefinidamente.

Dicha reforma es visible a folio 53 del tomo I del expediente de la organización comunal en mención que se encuentra en el Departamento de Registro de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, asimismo, dicha modificación fue aprobada mediante asamblea general ordinaria de afilados celebrada el día 08 de abril del 2011.

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley 3859 “Sobre Desarrollo de la Comunidad” que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección Legal y de Registro.—San José, trece horas y treinta minutos del día quince de junio del 2011.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa, Departamento de Registro.—1 vez.—RP2011242983.—(IN2011046414).

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad del Dirección Legal y de Registro, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Específica para Caminos y Ayuda Social de Barrio Naranjito, San Antonio, Puriscal. Por medio de su representante: Zaida Lorena Quesada Acuña, cédula 900770666 ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, 15 de junio del 2011.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—RP2011243002.—(IN2011046415).

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Especifica Pro Cencinai y Bienestar Comunal de Barva de Heredia. Por medio de su representante: Shirley María Ubach Marín portadora de la cédula de identidad N° 1-597-803 ha hecho solicitud de inscripción de la siguiente reforma al estatuto: Artículo N° 18 para que en adelante se lea así:

Artículo N° 18:

La Junta Directiva es el órgano encargado de dirigir y orientar la marcha de la asociación, atendiendo a las reglas establecidas en este estatuto y los acuerdos de las asambleas generales, estará integrada por nueve miembros, a saber un presidente, un vicepresidente, un secretario, un tesorero y tres vocales que serán nombrados en el seno de la asamblea general de forma individual y por mayoría de votos, durarán dos años en sus funciones y podrán ser reelectos por periodos consecutivos y en forma alterna en diferentes puestos indefinidamente. Se permite el nombramiento de cuatro suplentes, ellos sustituirán cualquier plaza vacante en la Junta Directiva y fiscalía excepto al presidente quien sería sustituido por el vicepresidente”.

Dicha reforma es visible a folio 53 del tomo I del expediente de la organización comunal en mención que se encuentra en el Departamento de Registro de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, asimismo, dicha modificación fue aprobada mediante asamblea general ordinaria de afilados celebrada el día 08 de abril del 2011. En cumplimiento de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley 3859 “Sobre Desarrollo de la Comunidad” que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección Legal y de Registro.

San José, a las 13:30 horas del día diez de junio del dos mil once.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua.—Jefa.—1 vez.—(IN2011046822).

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIOS FITOSANITARIO DEL ESTADO

DEPARTAMENTO DE INSUMOS AGRÍCOLAS

EDICTOS

DIA-R-E-233-2011.—El señor Óscar Garro Rojas, cédula 6-0145-0838 en calidad de representante legal de la compañía Fórmulas Estratégicas, S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Guápiles, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial For-Est llenado compuesto a base de fósforo-potasio-magnesio-boro. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 9:00 horas del 23 de mayo del 2011.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Luis Aguilar Zeledón, Encargado.—1 vez.—RP2011243342.—(IN2011046903).

DIA-R-E-232-2011.—El señor Óscar Garro Rojas, cédula 6-0145-0838 en calidad de representante legal de la compañía Fórmulas Estratégicas, S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Guápiles, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial For-est raíz compuesto a base de nitrógeno-fósforo-potasio. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 9:00 horas del 23 de mayo del 2011.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Luis Aguilar Zeledón, Encargado.—1 vez.—RP2011243343.—(IN2011046904).

DIA-R-E-237-2011.—El señor Óscar Garro Rojas, cédula número 6-0145-0838 en calidad de representante legal de la compañía Fórmulas Estratégicas S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Guápiles, solicita inscripción de la fertilizante de nombre comercial For-Est Npk compuesto a base de nitrógeno-fósforo-potasio-magnesio-calcio-hierro-zinc-azufre. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 9:00 horas del 23 de mayo del 2011.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Luis Aguilar Zeledón, Encargado.—1 vez.—RP2011243344.—(IN2011046905).

DIA-R-E-236-2011.—El señor Óscar Garro Rojas, cédula número 6-0145-0838 en calidad de representante legal de la compañía Fórmulas Estratégicas S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Guápiles, solicita inscripción de la fertilizante de nombre comercial For-Est Ca-B compuesto a base de calcio-magnesio-boro-zinc. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 9:00 horas del 23 de mayo del 2011.— Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Luis Aguilar Zeledón, Encargado.—1 vez.—RP2011243346.—(IN2011046906).

DIA-R-E-234-2011.—El señor Óscar Garro Rojas, cédula número 6-0145-0838 en calidad de representante legal de la compañía Fórmulas Estratégicas S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Guápiles, solicita inscripción de la fertilizante de nombre comercial For-Est All compuesto a base de nitrógeno-fósforo-potasio-magnesio-calcio-zinc-hierro-manganeso-molibdeno-boro-silicio. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 9:00 horas del 23 de mayo del 2011.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Luis Aguilar Zeledón, Encargado.—1 vez.—RP2011243347.—(IN2011046907).

SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS

EDICTOS

La señora Antonieta Campos Bogantes con número de cédula 2-405-625, vecina de Alajuela, en calidad de representante legal de la compañía Oficina Tramitadora de Registros Corporación de Registros Sanitarios Internacionales M&C, con domicilio en Alajuela, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: DI Heptarine S, fabricado por Laboratorio Vetanco S. A., de Argentina, con los siguientes principios activos: Cada 100 g contienen: Silimarina fosfátido 16 g y las siguientes indicaciones terapéuticas: Terapia y prevención de alteraciones hepáticas de diverso origen, en pollos de engorde y reproductores. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, dos de junio del dos mil once.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2011046573).

La señora Antonieta Campos Bogantes con número de cédula 2-405-625, vecina de Alajuela en calidad de representante legal de la compañía Oficina Tramitadora de Registros Corporación de Registros Sanitarios Internacionales M&C, con domicilio en Alajuela, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Neobact 30%, fabricado por Laboratorio Vetanco S. A., de Argentina, con los siguientes principios activos: Cada 100 g contienen: Sulfato de neomicina USP equivalente a Neomicina base 30 g y las siguientes indicaciones terapéuticas: Para el tratamiento de la enteritis de las aves causados por bacterias sensibles a la neomicina. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 2 de junio del 2011.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2011046574).

La doctora María de Los Ángeles Troyo con número de cédula 1-677-844, vecina de San José en calidad de regente veterinario de la compañía Oficina Tramitadora de Registros Rebexa Group S. A., con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Uniciclina 200 L.A., fabricado por Laboratorio Unipharm S. A., de Guatemala, con los siguientes principios activos: Cada ml contienen: Oxitetraciclina clorhidrato equivalente a 200 mg de oxitetraciclina base y las siguientes indicaciones terapéuticas: Prevención y tratamiento de enfermedades causadas por bacterias sensibles a la oxitetraciclina. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 15 horas del día 30 de mayo del 2011.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—RP2011243297.—(IN2011046902).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Nº 013-2011.—San José, 6 de junio del 2011

Con Fundamento en lo que establece el artículo 140, inciso 2) de la Constitución Política y 2 del Estatuto de Servicio Civil.

ACUERDA:

Artículo 1º—Nombrar en propiedad en el Consejo Nacional de Vialidad y con sujeción a las disposiciones del Régimen de Servicio Civil, al siguiente funcionario:

Nombre                               Cédula            Nº Puesto       Clase puesto

Jinneth Varela Delgado        3-0386-0219        503557       Profesional de

                                                                                           Servicio Civil 2.

Esteban Coto Corrales         1-1166-0807        503613       Profesional de

                                                                                           Servicio Civil 2.

Francisco Gómez Vega        3-0339-0228        503620       Profesional de

                                                                                           Servicio Civil 1-A.

Alexis Hernández Murillo    1-0785-0629        503612       Profesional de

                                                                                           Servicio Civil 2.

Nombre                               Cédula            Nº Puesto       Clase puesto

Jason Pérez Anchía             1-1160-0069        503541       Profesional de

                                                                                           Servicio Civil 1-B.

Eugenia Sequeira Rovira      1-0999-0736        503615       Profesional de

                                                                                           Servicio Civil 1-B.

Melissa Ulate Loría             3-0423-0200        503551       Oficinista de

                                                                                           Servicio Civil 2.

Artículo 2º—Rigen a partir del 01, 16 de marzo, 01, 16 de abril de 2011 respectivamente.

Publíquese.—Ing. Carlos Acosta Monge, Director Ejecutivo.—1 vez.—O. C. Nº 001-2011.—Solicitud Nº 31413.—C-14980.—(IN2011046575).

EDUCACION PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN

DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Técnica” Modalidad Agropecuaria Educación Familiar y Social, inscrito en el tomo 1, folio 54, título Nº 320, emitido por el Colegio Técnico Profesional Agropecuario de Corredores, en el año mil novecientos ochenta y seis, a nombre de Rojas Durán Ronald. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 8 de junio del 2011.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011045716).

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 24, título N° 371 y del Título de Técnico Medio en Contabilidad, inscrito en el tomo 1, folio 64, título N° 1673, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de Educación Comercial y de Servicios, en el año mil novecientos noventa, a nombre de Vargas Cruz Grettel María. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los ocho días del mes de junio del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011045742).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 4, asiento N° 17, título N° 034, emitido por el Colegio Técnico Profesional San Isidro Daniel Flores, Pérez Zeledón, en el año mil novecientos ochenta y ocho, a nombre de Ugalde Rodríguez Roy. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, ocho de junio del dos mil once.— Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011045834).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 13, título N° 255, y del Título de Técnico Medio en Ciencias Agropecuarias, inscrito en el tomo 1, folio 23, título N° 222, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional Agropecuario de Liberia, en el año mil novecientos ochenta, a nombre de Morales Castro René. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, catorce de junio del dos mil once.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa Departamento de Evaluación Académica y Certificación.— (IN2011046250).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 172, título Nº 1257, emitido por el Colegio Nocturno Pbro. Enrique Menzel, en el año dos mil tres, a nombre de Palma Madriz Sugey. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los quince días del mes de junio del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN201146585).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 32, título n° 193, emitido por el Liceo San Roque, en el año dos mil cinco, a nombre de Solís Porras María Yadira. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los quince días del mes de junio del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011046713).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 20, título N° 1988, emitido por el Instituto de Guanacaste, en el año dos mil nueve, a nombre de Campos Bermúdez Erick Alexánder. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintinueve días del mes de setiembre del dos mil diez.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Trino Zamora Zumbado, Jefe.—(IN2011046836).

CENTRO EDUCATIVO ESCUELA GRANO DE ORO

EDICTO

Se hace conocimiento que la Junta de Educación de la Escuela Grano de Oro, con cédula de persona jurídica 3-008-066899, ha solicitado a la Procuraduría General de la República, la inscripción del bien inmueble sin inscribir, ubicado en la provincia de Cartago, cantón Turrialba, distrito Chirripó, terreno donde se localiza el Centro Educativo Escuela Grano de Oro. Linda: al norte, con Moisés Jiménez Méndez; al sur, con calle pública; al oeste, con Comité de Deportes Grano de Oro; y al este, Asociación de Desarrollo Grano de Oro, que cuenta con plano catastrado número C-872245-1990, cuya medida es 5 835,45 metros cuadrados; dicha inscripción se realiza según el artículo 27 de la Ley 5060 Ley General de Caminos Públicos. En dicho inmueble se ha mantenido en posesión la Junta de Educación, en forma quieta, pública pacífica sin interrupción y a título de dueña. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber en el plazo de un mes a partir de la publicación del presente edicto, en la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo del Ministerio de Educación Pública o bien a la Procuraduría General de la República, Notaría del Estado en la cual se están realizando las presentes diligencias.—San José, 17 de junio de 2011.—Dirección Escuela Grano de Oro.—Arnoldo Calderón Rojas.—1 vez.—(IN2011046833).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Marcas de ganado

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Nº 2011-2032.—Arias Astúa Etelgive, cédula de identidad número 1-360-348, mayor, divorciada, empresaria, con domicilio en Escazú Centro, de la Violeta, doscientos metros norte casa color crema, solicita el registro de:

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como marca de ganado que usará preferentemente en San José, Acosta, San Jerónimo, Chirrica. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—San José, 2 de junio del 2011.—Viviana Segura de la O, Registradora.—1 vez.—(IN2011047604).

Cambio de nombre Nº 72068

Que Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 1-679-960, en calidad de apoderada especial de Caesars Interactive Entertainment Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Harrah’s Interactive Entertainment, Inc. por el de Caesars Interactive Entertainment Inc., presentada el día 13 de abril de 2011 bajo expediente 72068. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2005-0000548 WORLD SERIES OF POKER en clase 41 Marca Denominativa, 2005-0000550 Registro Nº 154174 WSOP en clase 28 Marca Denominativa, 2005-0000551 Registro Nº 158512 WSOP en clase 41 Marca Denominativa, 2009-0000948 Registro Nº 192665 WORLD SERIES OF POKER en clase 28 Marca Mixto y 2009-0000949 Registro Nº 192666 WORLD SERIES OF POKER en clase 41 Marca Mixto. Publicar en La Gaceta oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 15 de abril del 2011.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—1 vez.—(IN2011047207).

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

DIRECTRIZ ADMINISTRATIVA DRPI-05-2011

DE:               Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez

                     Director

                     Registro de la Propiedad Industrial

PARA:         Funcionarios y usuarios del Registro de Propiedad Industrial.

ASUNTO:   Corrección y Limitación de un Registro.

FECHA:       30/05/2011

La Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, N° 7978, en lo que interesa establece:

“Artículo 23.—El titular de un registro podrá pedir, en cualquier momento, que el registro se modifique para corregir algún error. No se admitirá la corrección, si implica un cambio esencial en la marca o una ampliación de la lista de productos o servicios cubiertos por el registro.

El titular de un registro podrá pedir, en cualquier momento, que se reduzca o limite la lista de productos o servicios cubiertos por el registro (...)”.

Aunado a lo anterior y tomando en cuenta el derecho que posee el titular de un registro para modificar o corregir el mismo, debe aclararse, que respecto al pago de la tasa aplicable, se establece lo siguiente:

1.  Que la Ley de Aranceles del Registro Público. Ley Nº 4564 de 29 de abril de 1970 en su artículo 2 establece:

Cálculos del arancel a) Los documentos sujetos a inscripción o anotación pagarán un mínimo de dos mil colones (2.000,00), salvo que le corresponda pagar una suma mayor según el presente arancel o esté exento del pago de derechos de Registro.

2.  Que la Ley de Marcas en su artículo 94 inciso g), especifica:

Por cada reposición o duplicado de un certificado de Registro de Renovación o de cualquier otro documento semejante: veinticinco dólares estadounidenses (US$25,00)”.

De conformidad con las normas supra citadas, se procede a establecer los siguientes lineamientos:

1)  Tratándose de corrección o limitación en el Registro, éste procederá siempre y cuando se ajuste a lo establecido en el artículo 23 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos y acredite el pago mínimo del arancel correspondiente a dos mil colones (2.000 colones) establecido en el artículo 2 de la Ley de Aranceles del Registro Público.

2)  Así mismo en caso de requerirse el certificado de inscripción donde conste la corrección o limitación hecha, deberá acreditar el pago de la tasa correspondiente (US$25,00), establecido en el art. 94 inciso g) de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos.

Se recuerda que las disposiciones contenidas en esta Circular son de acatamiento obligatorio.

Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—O.C. Nº 0011-024.—Solicitud Nº 26622.—C-24320.—(IN2011046277).

Patentes de invención

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El señor Ernesto Gutiérrez Blanco, cédula 1-848-886, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de SCA Hygiene Productos Gmbh, de R.F. Alemania, solicita la patente de invención denominada APARATO Y MÉTODO PARA UNIÓN DE CAPAS ASÍ COMO PRODUCTO DE MÚLTIPLES CAPAS.

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Aparato para unir por lo menos dos capas (13, 14) de una malla fibrosa, que comprende un primer rodillo (10) que tiene una periferia externa, por lo menos una protuberancia de relieve que se provee en la periferia externa; y un segundo rodillo (20) que tiene una periferia externa y que es elástica por lo menos en una dirección radial. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes novena edición es B31F 1/07, cuyos inventores son Sauter, Jürgen, Harlacher, Harald, Leonhardt, Joachim, Heilemann, Thomas. La solicitud correspondiente lleva el número 20110083, y fue presentada a las 11:41:00 del 14 de febrero de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 5 de mayo de 2011.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—RP2011242576.—(IN2011045965).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El señor Édgar Zurcher Gurdián, cédula Nº 1-532-390, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Institute for Research in Biomedicine, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada ANTICUERPOS NEUTRALIZANTES DE CITOMEGALOVIRUS HUMANO Y USO DE LOS MISMOS. La presente invención se refiere a anticuerpos neutralizantes, y fragmentos de anticuerpos de los mismos, que tienen alta potencia en la neutralización del hCMV. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es C07K 16/08, cuyo(s) inventor(es) es(son) Lanzavecchia, Antonio, Macagno, Annalisa. La solicitud correspondiente lleva el número 20110091, y fue presentada a las 14:08:20 del 16 de febrero de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 26 de mayo del 2011.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—RP2011242625.—(IN2011045966).

La señor(a)(ita) María del Pilar López Quirós, mayor, abogada, cédula Nº 1-1066-0601, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Sica S.P.A, de Italia, solicita la Patente de Invención denominada MÁQUINA ACAMPANADORA DE TUBOS DE MATERIAL TERMOPLÁSTICO, QUE MODELA CAMPANAS DE EXTREMIDAD PROVISTAS DE UNA JUNTA INTEGRADA. Máquina acampanadora que modela campanas de extremidad provistas de una junta entegrada en tubos de material temoplástico con un mandril de modelado sobre el cual previamente ha sido colocada. La memoria descriptiva, reindivicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es B29C/, cuyo(s) inventor(es) es(son) Tabanelli, Giorgio, Altini, Patrik. La solicitud correspondiente lleva el número 20110164, y fue presentada a las 13:45:00 del 24 de marzo de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 10 de mayo del 2011.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—RP2011242627.—(IN2011045967).

El señor Édgar Zurcher Gurdián, mayor, abogado, cédula Nº 1-532-390, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Laboratorios Liconsa S. A., de España, solicita la Patente de Invención denominada PARTÍCULAS INHALABLES QUE COMPRENDEN TIOTROPIO.

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La presente invención se refiere a partículas inhalables que comprenden una forma amorfa de tiotropio estabilizada con un agente estabilizante. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es A61K   9/00, cuyo(s) inventor(es) es(son) Amighi, Karim, Sereno Guerra, Antonio. La solicitud correspondiente lleva el número 20110227, y fue presentada a las 13:59:10 del 29 de abril de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de mayo del 2011.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—RP2011242629.—(IN2011045968).

El señor Édgar Zurcher Gurdián, cédula Nº 1-532-390, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Mars, Incorporated, de E.U.A., solicita el Diseño Industrial denominada DISEÑO CELEBRACIONES DE EMPAQUE DE CAJA DE REGALO.

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Un empaque de caramelos en forma cuadrada de una caja desplegable, la cual posee un borde perforado de cierre y forma una cobertura sobre las cajas para colocar los dulces en las formas correspondientes. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Octava Edición es 01/01, cuyo(s) inventor(es) es(son) Bruce Hannat, Tom Oliver, Chris Weston. La solicitud correspondiente lleva el número 20110058, y fue presentada a las 08:18:00 del 01 de febrero de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de mayo del 2011.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—RP2011242632.—(IN2011045969).

La señor(a)(ita) Giselle Reuben Hatounian, cédula 1-1055-703, mayor, abogada, vecina de Santa Ana, en su condición de apoderada especial de The Board Of Regents Of The University Of Texas System, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada PEPTIDOS DE SEÑALIZACION DE LA CRKL. Se proporcionan métodos y composiciones para señalizar selectivamente la CRKL a través del uso de péptidos de señalización. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es C07K    7/08, cuyo(s) inventor(es) es(son) Wadih Arap, Paul J. Mintz, Renata Pasqualini. La solicitud correspondiente lleva el número 20110034, y fue presentada a las 09:46:00 del 20 de enero de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de junio del 2011.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—RP2011242739.—(IN2011045970).

El señor Néstor Morera Víquez, mayor, abogado, cédula 1-1018-975, vecino de Heredia, en su condición de apoderado especial de Wyeth LLC, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada 1-(ARILSULFONIL)-4-(PIPERAZIN-1-IL)-1H-BENZIMIDAZOLES COMO LIGANDOS DE 5-HIDROXITRIPTAMINA-6. La invención se refiere a compuestos 1-(arilsulfoni1)-4-(piperazin-l-i1)-1H-benzimidazol de la fórmula I o un tautómero, estereoisómero o una sal farmacéuticamente aceptable de éste, en donde las variables constitutivas son como se definen en la presente, composiciones que comprenden los compuestos y métodos para preparar y usar los compuestos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es C07D 235/22, cuyo(s) inventor(es) es(son) Andrae, Patrick M., Haydar, Simon N., Robichaud, Albert J., Yun, Heedong. La solicitud correspondiente lleva el número 20110247, y fue presentada a las 12:30:00 del 11 de mayo de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 12 de mayo del 2011.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—RP2011242785.—(IN2011045971).

El señor Néstor Morera Víquez, cédula Nº 1-1018-975, mayor, abogado, vecino de Heredia, en calidad de apoderado especial de Merck Sharp & Dohme Corp., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada ANTAGONISTAS DEL RECEPTOR DE OREXINA DE ISONICOTINAMIDA. La presente invención se refiere a compuestos de isonicotinamida que son antagonistas de los receptores de orexina y que son útiles en el tratamiento o prevención de transtornos y enfermedades neurológicas y psiquiátricas en las que están implicados los receptores de orexina. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es C07D 213/81, cuyo(s) inventor(es) es(son) Bergman, Jeffrey, M., Coleman, Paul, J., Mattern, Mamio Christa, Mercer, Swati, P., Reger, Thomas, S., Roecker, Anthony, J. La solicitud correspondiente lleva el número 20110228, y fue presentada a las 14:26:00 del 29 de abril de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 2 de mayo del 2011.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—RP2011242786.—(IN2011045972).

El señor Néstor Morera Víquez, mayor, abogado, cédula Nº 1-1018-975, vecino de Heredia, en su condición de apoderado especial de Wentworth Laboratories Inc, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada TARJETAS DE PUNTA DE PRUEBA QUE INCLUYEN SONDAS DE NANOTUBOS Y MÉTODOS DE FABRICACIÓN.

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Se divulgan métodos para fabricar una variedad de sondas de paquetes de nanotubos de carbono en un sustrato. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es G21K 7/00, cuyo inventor es Brandorff, Alexander. La solicitud correspondiente lleva el número 20110229, y fue presentada a las 14:26:15 del 29 de abril de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 2 de mayo de 2011.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—RP2011242787.—(IN2011045973).

El señor Néstor Morera Víquez, cédula Nº 1-1018-975, mayor, abogado, vecino de Heredia, en calidad de apoderado especial de Board of Regents, The University of Texas System, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada NOVEDOSOS INHIBIDORES DE LA PROLIFERACIÓN Y ACTIVACIÓN DE TRANSDUCTORES DE SEÑAL Y ACTIVADORES DE TRANSCRIPCIÓN (STATS).

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Compuestos de piridina efectivos para modular la activación de STAT3 y/o STAT5, con la condición de que sean útiles en la prevención y el tratamiento de enfermedades y condiciones proliferativas que incluyen cáncer, inflamación y transtornos proliferativos de la piel. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es C07D 211/34, cuyo(s) inventor(es) es(son) Priebe, Waldemar, Skora, Stanislaw, Madden, Timothy, Fokt, Izabela, Conrad, Charles. La solicitud correspondiente lleva el número 20110074, y fue presentada a las 13:13:30 del 8 de febrero de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 10 de mayo del 2011.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—RP2011242789.—(IN2011045974).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Federico Ureña Ferreto, cédula Nº 1-0901-0453, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Azuna, LLC, de E. U. A., solicita la Patente de Invención denominada MÉTODO Y MONTAJE PARA PRODUCTOS TRI-DIMENCIONALES. Se presentan métodos para fabricar un producto que tiene una superficie tridimensional. El método incluye obtener un material base, producir una capa adhesiva y colocar la capa adhesiva con respecto al material base. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es B44B 1/00, cuyos inventores son Sacks, Andrew, B., Lee, John, W., Chung, Hyunin. La solicitud correspondiente lleva el número 20110087, y fue presentada a las 13:29:20 del 15 de febrero de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 6 de junio de 2011.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2011046716).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones civiles

EDICTOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Federación Herediana de Vivienda. Con domicilio en la provincia de Heredia. Cuyos fines entre otros serán los siguientes: Gestionar ante organismos públicos y privados, la sesión de terrenos que permita dotar de vivienda digna a las familias de la provincia de Heredia. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente Luis Froilán Salazar González, Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 2010 asiento 219481).—Curridabat, 8 de diciembre del 2010.—Lic. Grace Lu Scott Lobo, Directora a. í.—1 vez.—(IN2011046804).

REGISTRO INMOBILIARIO

Se hace saber al señor Jorge Darien López, cédula de identidad 3-0161-963, en su condición de beneficiario de habitación familiar en la finca del partido de Cartago 156345, que en este Registro se ventila Diligencias Administrativas bajo expediente 2011-120-RIM. Con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 14:00 horas del 01 de junio del año 2011, se autorizó la publicación por una vez de un edicto para conferirle audiencia a la sociedad mencionada en la persona de su representante, por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la última publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presenten los alegatos que a sus derechos convenga. Y se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar medio, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, todo de conformidad con los artículos 22 y 26 del Reglamento Organizacional del Registro Inmobiliario, Decreto Ejecutivo N° 35509-J; bajo apercibimiento de que, de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se les tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencias se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 22 y 26 del Reglamento de la materia y 11 de la Ley Nº 8687 (que es Ley de Notificaciones Judiciales). Notifíquese. (Ref. Exp. (2011-120-RIM), Registro Inmobiliario, División Registral).—Curridabat, 6 de julio del 2010.—Lic. Joe Herrera Carvajal, Asesor Jurídico.—1 vez.—O. C. Nº 11-0024.—Solicitud Nº 0960.—C-9920.—(IN2011046280).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. Nº 8019P.—Programa Integral de Mercadeo Agropecuario, solicita concesión de: 11,5 litros por segundo del pozo AB-843, efectuando la captación en finca de su propiedad en Ulloa (Barreal), Heredia, Heredia, para uso agroindustrial - otro y consumo humano-doméstico. Coordenadas 218.460 / 519.220 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 8 de junio del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011045672).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Exp. 5208A.—Hacienda La Holanda S. A., solicita concesión de: 3,5 litros por segundo del Río Virilla, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Rafael (Vázquez de Coronado), Vázquez de Coronado, San José, para uso agropecuario, abrevadero, agropecuario, riego, pasto, agropecuario, lechería y agropecuario, riego, pasto. Coordenadas 218.800 / 541.400 hoja Abra. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de junio de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011242578.—(IN2011045984).

Expediente 14652P.—Marvin López Madrigal solicita concesión de: 5 litros por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de Marvin López Madrigal en Mansión, Nicoya, Guanacaste, para uso consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas 232.155 / 392.401 hoja Matambú. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 7 de junio de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.— IN2011046253).

Expediente 7967P.—Robert y Zulema, Lynn Schroeder y Logan Román solicitan concesión de: 0,31 litros por segundo del pozo RG-364, efectuando la captación en finca de su propiedad en Concepción, Atenas, Alajuela, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 218.430/498.740 hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 9 de junio de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011046273).

Exp. Nº 9395P.—Inversiones Rodimajo Limitada, solicita concesión de: 0,10 litros por segundo del pozo NA-527, efectuando la captación en finca de su propiedad en Buenos Aires, Palmares, Alajuela, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 227.750 / 488.025 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 15 de junio de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011242950.—(IN2011046405).

Exp. Nº 9506A. Fantasía del Paraíso S. A., solicita concesión de: 0,04 litros por segundo del río Tuzo, efectuando la captación en finca de Edmond Arthur Benech, en Paquera, Puntarenas, Puntarenas, para uso consumo humano doméstico y turístico piscina. Coordenadas 193.500 / 422.300 hoja Río Ario. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 12 de mayo de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011242956.—(IN2011046406).

Exp. Nº 4676A.—Coop. Prod. Agrop. Serv. Mult. Trabajadores Bananeros del Sur R. L., solicita concesión de: 265 litros por segundo del Río Colorado, efectuando la captación en finca de Grajales Morales Alberto, en La Cuesta, Corredores, Puntarenas, para uso agropecuario-riego-banano. Coordenadas 54.997 / 655.570 hoja Canoas. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 7 de junio de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.— RP2011242977.—(IN2011046407).

Exp. Nº 3829A.—Cafetalera Bellavista S. A., solicita concesión de: 15 litros por segundo del Río Tiribí, efectuando la captación en finca de su propiedad en Dulce Nombre, La Unión, Cartago, para uso agroindustrial beneficiado. Coordenadas 211.100 / 538.200 hoja Istarú. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 23 de febrero de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.— RP2011243102.—(IN2011046408).

Exp. Nº 8437P.—Beneficio Bella Vista S. A., solicita concesión de: 0,1 litros por segundo del pozo IS-79, efectuando la captación en finca de su propiedad en Dulce Nombre (La Unión), La Unión, Cartago, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 211.600 / 538.350 hoja Istarú. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 9 de junio de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011243103.—(IN2011046409).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. 12829P.—Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte, solicita concesión de: 6 litros por segundo del Pozo AF-74, efectuando la captación en finca de Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte S. A., en Duacari, Guácimo, Limón, para uso agroindustrial e industria. Coordenadas 258.000 / 575.950 hoja Agua Fría. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 07 de junio del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011046704).

Exp. 14675P.—Inversiones Rosales de Heredia S. A., solicita concesión de: 5 litros por segundo del Pozo BA-920, efectuando la captación en finca de Inversiones Rosales de Heredia S. A., en Llorente, Flores, Heredia, para uso industria. Coordenadas 220.270 / 518.050 hoja San Antonio. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de junio del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011046706).

Expediente Nº 14673P.—Mal País Business Administration S. A., solicita concesión de: 0,5 litro por segundo del pozo CY-106, efectuando la captación en finca de Mal País Business Administration S. A. en Cóbano, Puntarenas, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 176.553/411.948 hoja Cabuya. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 15 de junio del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2010046740).

Exp. 9722P.—El Gamarron de Coyunda S. A., solicita concesión de: 0,1 litros por segundo del pozo RG-509, efectuando la captación en finca de su propiedad en Guácima (Alajuela), Alajuela, Alajuela, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 214.600 / 507.010 hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de junio de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011243219.—(IN2011046895).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil - Departamento Civil

OFICINA ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que este registro en diligencias de ocurso incoadas por Maryori Auxiliadora Portobanco Bogantes, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 168-2008.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas cincuenta minutos del dieciocho de enero del dos mil ocho. Exp. 31026-2007. Resultando: 1º—...2º—...3º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Josefat Alberto Corea Portabanco... en el sentido que el primer apellido de la madre es “Portobanco” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—RP2011242856.—(IN2011046416).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Julia Salomé Barrera Cáceres, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 319-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas veinticinco minutos del dieciocho de febrero del dos mil once.—Expediente Nº 36123-2010. Resultando: 1º—...; 2º—...; 3º—...; Considerando: I.—Hechos probados... II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo… Por tanto: Rectifíquense el asiento de nacimiento de Wiston Rafael Barrera Galea y el asiento de nacimiento de Gustavo Alonso Guzmán Barrera en el sentido que el segundo apellido de la madre de las personas ahí inscritas es “Cáceres” y no como se consignó.—Lic. Óscar Fernando Mena Carvajal, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2011046789).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Yuqun Cen único apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 831-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas y diez minutos del once de mayo del dos mil once.—Expediente Nº 6732-2011. Resultando: 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Yuqun Cen no indica otro con Natalia Elizabeth López Núñez ...; en el sentido que el nombre del padre y el nombre y el apellido de la madre del cónyuge son “Shuxing” y “Shijian He, no indica segundo apellido” respectivamente y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2011046820).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Hermenegildo Alexis González González, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 759-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las once horas y cuarenta minutos del cinco de mayo del dos mil once. Ocurso. Exp. Nº 46580-2010. Resultando: 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos Probados:…, II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el Fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Anthony Gabriel González Jiménez...; en el sentido que el nombre del padre de la persona ahí inscrita es “Hermenegildo Alexis” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Hugo Montero Hernández, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2011046824).

AVISOS

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Claudia María Carrillo Reyes, mayor, divorciada, obrera textil, nicaragüense, cédula de residencia 155800890800, vecina de San José, expediente 2430-2010. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, primero de abril del dos mil once.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(IN2011046711).

Javier Eduardo Rodríguez Gutiérrez, mayor, soltero, cantinero, colombiano, cédula de residencia 117000137608, vecino de Heredia, expediente 1064-2008. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 7 de abril del 2011.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(IN2011046762).

Po Jen Hsiao Hsiao conocido como Gustavo Hsiao Chen, mayor, casado, comerciante, chino, cédula de residencia 115800031612, vecino de San José, expediente 1051-2008. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, cinco de abril de dos mil once.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—RP2011243293.—(IN2011046899).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

CULTURA Y JUVENTUD

MUSEO DE ARTE Y DISEÑO CONTEMPORÁNEO

3 era. Modificación al plan de compras para el año 2011

De conformidad con las modificaciones a la Ley de Contratación Administrativa, publicaciones en el Diario Oficial La Gaceta Nº 128 del 4 de julio del 2006, y de acuerdo al artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa, se informa que el plan anual de compras para el año 2011, se encuentra a disposición de los interesados en la página oficial del Ministerio de Cultura y Juventud www.mcjd.go.cr así como en comprared, en la dirección https://www.hacienda.go.cr./comprared.

San José, 22 de junio del 2011.—Fiorella Resenterra Quirós, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 108-11.—Solicitud Nº 3155.—C-5420.—(IN2011048291).

COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS

DE SALUD REGIÓN HUETAR NORTE

UNIDAD PROGRAMÁTICA 2499

Presupuesto 2011

En cumplimiento con la Ley de Contratación Administrativa y su reglamento, se informa que la modificación Nº 5 al presupuesto anual 2011, correspondiente a nuestra unidad, se encuentra publicado en la página Web de la Caja Costarricense de Seguro Social. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr

Ciudad Quesada, 21 de junio del 2011.—Lic. Bolívar Hidalgo Navarro, Administrador.—1 vez.—(IN2011047988).

HOSPITAL DE LA ANEXIÓN

ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

UNIDAD PROGRAMÁTICA 2503

Modificación al Plan Anual de Compras 2011

La Subarea de Planificación y Contratación Administrativa, en cumplimiento con el artículo 6° de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 7° de su reglamento, informa que las modificaciones al programa anual de compras 2011, se encuentran publicadas en la página Web de la Caja Costarricense de Seguro Social. Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr.

Nicoya, 14 de junio del 2011.—Subárea de Planificación y Contratación Administrativa.—Yorleny Zúñiga Ramírez, Coordinadora.—1 vez.—(IN2011048371).

LICITACIONES

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000039-PROV

Compra de kits de comunicación para la

plataforma de información policial

Fecha y hora de apertura: 3 de agosto de 2011, a las 10:00 horas.

A partir de esta publicación, el respectivo cartel se puede obtener a través de Internet en la dirección http://poder-judicial.go.cr/proveeduría/adquisiciones/invitalic.htm. Para más información dirigirse al Departamento de Proveeduría; sita en el piso 3° del edificio anexo B, ubicado en San José, calle 15 avenida 6; o bien, a los teléfonos 2295-3136/ 3295 / 3623.

San José, 21 de junio de 2011.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1 vez.—(IN2011047998).

UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA000003-UTN

Adquisición de tres laboratorios para idiomas

La Proveeduría Institucional de la Universidad Técnica Nacional recibirá ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del miércoles 27 de julio de 2011, para la compra de tres laboratorios para idiomas.

El cartel debe ser solicitado al siguiente correo electrónico: vcascante@utn.ac.cr.

Para consultas al mismo correo.

__________

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN 000004-UTN

Adquisición de equipo de cómputo

La Proveeduría Institucional de la Universidad Técnica Nacional recibirá ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del viernes 29 de julio de 2011, para la compra de equipo de cómputo.

El cartel debe ser solicitado al siguiente correo electrónico: jperez@utn.ac.cr.

Para consultas al mismo correo.

__________

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000005-UTN

Adquisición Laboratorios de Neumática

y Laboratorio de Hidráulica

La Proveeduría Institucional de la Universidad Técnica Nacional recibirá ofertas por escrito hasta las 15:00 horas del viernes 29 de julio de 2011, para la compra de un Laboratorio de Neumática y un Laboratorio de Hidráulica.

El cartel debe ser solicitado al siguiente correo electrónico: vcascante@utn.ac.cr.

Para consultas al mismo correo.

Alajuela, 22 de junio del 2011.—Dirección de Proveeduría Institucional.—Lic. Miguel González Matamoros, Director.—1 vez.—(IN2011048361).

CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN

DIVISIÓN FÁBRICA NACIONAL DE LICORES

SECCIÓN PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000010-PV

Compra de línea para envasado de licores

La Fábrica Nacional de Licores, por medio de su Proveeduría comunica que se recibirán ofertas por escrito para el siguiente concurso:

Descripción:            Compra de línea para envasado de licores.

Tipo de Concurso:  Licitación Abreviada Nº 2011LA-000010-PV.

Fecha de apertura:  20 de julio del 2011, 10:00 horas.

Se invita a los interesados a que retiren el cartel en las oficinas de la Sección de Proveeduría, ubicadas en Rincón de Salas de Grecia, en horarios de lunes a viernes de 7:30 a. m. a 3:30 p. m., sin costo alguno. Se puede acceder al cartel por medio de la página www.fanal.co.cr. El acto de apertura de las ofertas se realizará en la Oficina de la Proveeduría.

Alajuela, 22 de junio del 2011.—Luis Alberto Herrera Rodríguez, Profesional 1-Proveeduría.—Departamento Administrativo.—MBA. Francisco Merino Carmona, Coordinador Área.—1 vez.—(IN2011048338).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

   Y ALCANTARILLADOS

DIRECCION PROVEEDURIA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000039-PRI

Rehabilitación de subcolector en Villas de Ayarco

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 11:00 horas del día 11 de julio del 2011, para la “rehabilitación de subcolector en Villas de Ayarco”

Los documentos que conforman el cartel, pueden ser retirados en la proveeduría del A y A sita en el módulo C, piso 3 del edificio sede del A y A, ubicado en Pavas, previa cancelación de ¢500,00 o en el Web www.aya.go.cr, Link Proveeduría, Expediente Digital.

22 de junio del 2011.—Lic. Jennifer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 011-03.—Solicitud Nº 1899.—C-7220.—(IN2011048390).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000006-01

Adquisición e instalación de aires acondicionados

El Patronato Nacional de la Infancia, cédula jurídica Nº 3-007-042039-35, a través del Departamento de Suministros, Bienes y Servicios, sita de la casa de Matute Gómez 300 metros al sur, Barrio Lujan, invita a participar en la Licitación Abreviada Nº 2011LA-000006-01 “adquisición e instalación de aires acondicionados” El cartel con los requisitos y detalles de la licitación podrá ser retirado de lunes a viernes de 7:30 a. m. a 4:00 p. m., en el Departamento de Suministros, Bienes y Servicios. Las ofertas serán recibidas hasta las 9:00 horas del día 26 de julio del 2011, inmediatamente se procederá con la apertura.

San José, 21 de junio del 2011.—Departamento de Suministros, Bienes y Servicios.—Lic. Guiselle Zúñiga Coto, Coordinadora.—1 vez.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 47002.—C-3220.—(IN2011048257).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000023-02

Suministro e instalación de sistema

de protección catódica en tanques de refinería

La Dirección de Suministros de RECOPE invita a participar en la Licitación Abreviada Nº 2011LA-000023-02, para lo cual las propuestas deberán presentarse en el segundo piso de las oficinas centrales de RECOPE, edificio Hernán Garrón, sita en urbanización Tournón Norte, San Francisco de Guadalupe; 50 metros al este, del Periódico La República, hasta las 10:00 horas del día 18 de julio del 2011. El cartel respectivo puede retirarse en el lugar mencionado previo pago en la caja de tesorería, situada en el primer piso del edificio, por un costo de ¢ 1.000,00, o bien, el mismo está disponible en la página Web de RECOPE, www.recope.com.

La visita al sitio para explicar los alcances técnicos y demás aspectos relevantes de este concurso se llevará a cabo el día 30 de junio del 2011, a las 10:00 horas en la entrada principal de la refinería.

San José, 22 de junio del 2011.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 11-040.—Solicitud N 31501.—C-8120.—(IN2011048260).

ADJUDICACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000001-99999

Servicios de seguridad y vigilancia para

la Dirección General de Aviación Civil

El Consejo Técnico de Aviación Civil y la Dirección General de Aviación Civil, a través de la Proveeduría Institucional, avisa a los interesados en esta licitación pública que por acuerdo número octavo tomado en sesión ordinaria número 43-2011, celebrada por el Consejo Técnico de Aviación Civil el día 16 de junio del 2011, se adjudica la Licitación Pública denominada “Servicios de seguridad y vigilancia para la Dirección General de Aviación Civil”

Seguridad y Limpieza Yale Sociedad Anónima,

cédula jurídica número 3-101-132088

Línea 1:    contrato servicio de seguridad y vigilancia para las Oficinas Centrales de la Dirección General de Aviación Civil, por un período de un año prorrogable por períodos iguales hasta un máximo de 4 años a criterio de la Administración.

                  Monto mensual                                                 ¢9.733.220,00

                  Monto anual                                                  ¢116.798.640,00

                  Garantía de cumplimiento                                          5%

San José, 22 de junio del 2011.—Proveeduría Institucional.—Lic. José Alberto Cascante Torres, Proveedor.—1 vez.—O. C. Nº 21978.—Solicitud Nº 32451.—C-9655.—(IN2011048393).

BANCO DE COSTA RICA

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2011CD-000097-01

Transporte, instalación, desinstalación

de materiales publicitarios

La Dirección de Servicios Corporativos y la Gerencia de Contratación Corporativa acordaron declarar infructuoso el concurso 2011CD-000097- “Transporte, instalación, desinstalación de materiales publicitarios”

San José, 22 de junio del 2011.—Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar S., Área de Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 60598.—Solicitud Nº 1443.—C-5420—(IN2011048364).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA DE ADMINISTRACIÓN

OFICINA DE SUMINISTROS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000001-UADQ

Contratación servicios de limpieza para sector

1 de las unidades de la U. C. R.

Adjudicar la Licitación Pública Nº 2011LN-000001-UADQ, titulada “contratación servicios de limpieza para sector 1 de las unidades de la U. C. R.”, de la siguiente manera:

A: Multinegocios Internacionales América S. A., cédula jurídica Nº 3-101-098063

Renglón único:

Servicio de limpieza para varias unidades de la U. C. R.

Vigencia:     un año a partir de la orden de inicio emitida por la oficina de servicios generales, dicho contrato podrá prorrogase anualmente por un período similar por 3 años, para un total de 4 años, previo acuerdo entre las partes, por escrito, un mes antes del vencimiento del período contratado o de sus prórrogas.

Forma de pago: contra servicios prestados 30 días naturales siguientes a la presentación de la factura, previa aprobación de la Sección de Servicios Contratados de la Oficina de Servicios Generales.

           Monto mensual: ¢ 8.110.479,92

Monto total adjudicado: ¢ 91.891.737,53

San José, 22 de junio del 2011.—Unidad de Adquisiciones.—Lic. Rosibel González Cordero, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 3412.—C-10820.—(IN2011047987).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE LOGÍSTICA

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2010LN-000022-1142

Pruebas para la cuantificación de carga viral por HIV

El ítem único de este concurso se adjudicó a la empresa Equitron S. A., por un monto total de USD $869.100,00 (ochocientos sesenta y nueve mil cien dólares exactos). Vea detalles y mayor información en la página Web http://www.ccss.sa.cr.

San José, 22 de junio de 2011.—Subárea de Adjudicaciones.—Lic. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 37049.—C-3620.—(IN2011048397).

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000016-PROV

Contrato de servicios de mensajería

en la Junta de Protección Social

A los interesados en la presente licitación se les informa que con fundamento en el artículo 13, inciso p) del Reglamento Orgánico de la Institución, la Gerencia General mediante acta del 14 de junio del 2011 procedió a adjudicar la licitación abreviada Nº 2011LA-000016-PROV por “contrato de servicios de mensajería en la Junta de Protección Social”, de la siguiente manera:

A: Servicios Técnicos Viachica S. A., cédula jurídica Nº 3-101-081440

 

Descripción

 

Monto mensual del contrato

 

Contrato de servicios de mensajería en los edificios de la Junta de Protección Social por 12 meses. Incluye 3 personas para el servicio

¢1.090.761,32

Monto anual del contrato

¢13.089.135,84

Plazo de entrega: Rige a partir de la fecha que indique la institución por período de un año

Todo de acuerdo con los términos del cartel y oferta respectiva.

Al adjudicatario se le indica que debe rendir una garantía de cumplimiento equivalente a un 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado, dentro de los tres días hábiles siguientes a la firmeza del acto de adjudicación. Esta garantía debe estar vigente por dos meses adicionales al año de servicio.

San José, 21 de junio del 2011.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Jorge Villalobos Fonseca, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 15025.—Solicitud Nº 40627.—C-13454.—(IN2011048310).

VARIACIÓN DE PARÁMETROS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN TÉCNICA DE BIENES Y SERVICIOS

ÁREA DE PLANIFICACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

COMUNICA

a)  Requisitos para Medicamentos que requieren Bioequivalencia. Acuerdo Comité Central de Farmacoterapia, Sesión 2011-20, artículo XXVI: Requisitos de Bioequivalencia.

Recopilación y actualización -con nueva enumeración- de los:

“Acuerdos adoptados por el Comité Central de Farmacoterapia en Sesiones 2009-09, 2009-10, 2010-26, 2010-42 y 2011-16 en relación a los medicamentos a los cuales se les debe de solicitar estudios de Bioequivalencia in-vivo por parte de la Caja Costarricense de Seguro Social para demostrar la Intercambiabilidad en condiciones de eficacia, seguridad.

1)  Medicamentos a los cuales se les solicita estudios de bioequivalencia in-vivo:

o   Carbamacepina tabletas 200 mg

o   Ciclosporina solución oral 100 mg/mL

o   Digoxina tabletas ranuradas 0.25 mg

o   Fenitoína (Difenilhidantoína Sódica) cápsulas 100 mg

o   Lamotrigina tabletas masticables dispersables 100 mg.

o   Levotiroxina sódica tabletas 0.025 mg y 0.10.mg

o   Micofenolato de Mofetilo cápsulas de 250 mg

o   Tacrólimus cápsulas 0.5 mg y 1 mg.

o   Valproato Semisódico (equivalente a 250 mg de Ácido Valproico) tabletas con cubierta entérica

o   Warfarina Sódica tabletas de 1 mg y 5 mg.

o   Clopidogrel

o   Carvedilol

Estos requisitos se solicitarán en la ficha técnica respectiva de cada medicamento y así se informará en las instancias propias del proceso. Todos estos fármacos fueron analizados y se definió que cuentan con condiciones especiales que los hace acreedores de la exigencia de la bioequivalencia, por lo cual en todos los casos cuentan con una o varias condiciones de riesgo: la presentación farmacéutica es oral, o bien las características biofarmacéuticas son especiales, tienen un margen terapéutico estrecho (relación de la concentración terapéutica y la concentración tóxica muy cercana), sus efectos tóxicos tienen relación casi directa con la concentración, medicamentos para ser utilizados en un padecimiento grave, o cuya farmacocinética es especial por las características físico químicas del mismo.

2)  De acuerdo a lo anterior y a fin de garantizar la eficacia y seguridad de los medicamentos que la Caja Costarricense de Seguro Social pone a disposición de los usuarios, es que el Comité Central de Farmacoterapia como Ente Asesor de la Gerencia Médica y la delegación que este le confiere, en referencia al Análisis de requisitos de Bioequivalencia para Medicamentos, acordó:

a-  Que para efectos de inscribirse en el Registro de Oferentes de la Institución, el proveedor deberá obligatoriamente con la presentación de su solicitud presentar ante el Laboratorio de Normas y Control de Medicamentos los requisitos procedentes para el caso, con lo cual probará que su medicamento es bioequivalente, con equivalencia terapéutica e intercambiable al medicamento de referencia comparador comercializado en el país, definido ya por el Ministerio de Salud de Costa Rica según la edición de La Gaceta N° 118 del 19 de junio de 2008 y Alcance N° 54 a La Gaceta N° 246 del 19 de diciembre del 2008.

3)  En los fármacos que así se estipule en la Ficha Técnica debe aportar como documentos oficiales:

b-  Presentará Certificación Oficial de bioequivalencia in vivo y serán aceptadas las emitidas por: la FDA (E.E.U.U), Canadá, países miembros de la Comunidad Económica Europea (C.E.E): España, Francia, Alemania, Italia, Bélgica, Holanda, Dinamarca, Suecia, Noruega, Finlandia y Suiza, Colombia (INVIMA), Argentina (ANMAT), Brasil (ANVISA) y Cuba (CECMED). La documentación será consularizada.

b-  Presentará cuando la Institución lo indique en la Ficha Técnica, los Perfiles de Disolución (bioequivalencia in vitro), los que serán comparados con el medicamento de referencia editado en La Gaceta N° 118 del 19 de junio de 2008) que se comercializa en Costa Rica.

c-  Presentará Carta de libre venta del producto que afirme que se comercialice en el país de origen (con una vigencia no mayor de 2 años). La documentación presentada será consularizada.

4)  Lo anterior será de acatamiento obligatorio para los medicamentos del listado anteriormente anotado y así se informará a los involucrados en el proceso. Posteriormente se continuará según lo procedente a instancias del Ministerio de Salud, según sus Decretos y sus plazos.

5)  Por lo tanto se comunicará al equipo de información del Área de Medicamentos y Terapéutica que proceda inmediatamente a revisar las Fichas Técnicas que habían sufrido modificaciones y que no corresponden a los medicamentos anotados para que se deje sin efecto de momento estos requisitos que aún no son vigentes para ellos y notificarlos a los involucrados en el proceso.

6)  Informar que se respetará específicamente los oferentes que tienen el Registro de comercialización emitido por el Ministerio de Salud vigentes para fines de participación (y que no estén en la Lista Institucional de Bioequivalencia) hasta que esta caduque o que el Ministerio se pronuncie con alguna condición específica atendible.

La presente recopilación viene a reemplazar y actualizar lo que había sido publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 229 del 25 de noviembre del 2009.

17 de junio del 2011.—Lic. William Vargas Chávez, Mass, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 2112.—Solicitud Nº 37131.—C-33770.—(IN2011047579).

REGISTRO DE PROVEEDORES

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

COMISIÓN NACIONAL DE PREVENCIÓN

DE RIESGOS Y ATENCIÓN DE EMERGENCIAS

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

 Auto de apertura

EXPEDIENTE Nº 2011-DPI-03-CD/LA RESOLUCIÓN Nº DPI-RES-1675-2011

Se le comunica a los representantes legales de la empresa Arkytectura Consultores S. A., cédula jurídica número: tres-ciento uno-uno seis ocho ocho tres seis, señores: Roxana María Salas Arce, portadora de la cédula de identidad número dos-cuatrocientos cuarenta y dos-novecientos veinticuatro y Carlos José Bresciani Quirós, portador de la cédula de identidad número dos-cuatrocientos cuarenta y dos-novecientos veinticuatro, que se ha incoado procedimiento de inhabilitación contra la empresa antes mencionada, mismo que se tramita en la Proveeduría Institucional de la Comisión Nacional de Emergencias, sita en San José, Pavas, frente al Aeropuerto Tobías Bolaños por: “presuntamente introducir hechos falsos en su oferta, al no estar inscrito el profesional responsable del proyecto en el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica y haber elaborado éste, planos, fiscalizado y haber recibido conforme la obra contratada al margen de lo que indica la reglamentación de dicho colegio profesional; así mismo por ejecutar en apariencia, la ampliación de la contratación directa Nº 207-04: “Contratación de una consultoría en el proyecto de remodelación de oficinas en el Edificio de Servicios Generales de la CNE” estando la empresa inhabilitada y por último, por una supuesta deficiente supervisión del proyecto.” En razón de lo anterior se les invita a presentarse a la Proveeduría Institucional de la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias, para lo cual se les otorga el plazo improrrogable de tres días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de la publicación, para que retiren el auto de apertura del procedimiento. La presente publicación se realizará dos veces por este medio, por lo que una vez ocurrido el plazo operará la notificación automática.

Departamento Proveeduría.—Lic. Guido Marín Quirós, Proveedor Institucional.—O. C. Nº 14772.—Solicitud Nº 49887.—C-33320.—(IN2011047189).

                                                                                                                                                           2 v. 1

FE DE ERRATAS

PODER LEGISLATIVO

DEFENSORÍA DE LOS HABITANTES DE LA REPÚBLICA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000007-DHR

Compra de equipo para sistema de grabación y cámaras

para circuito cerrado de televisión

Se avisa a todos los interesados en esta licitación, la cual fue publicada el día viernes 17 de junio en La Gaceta Nº 117 que se realiza la siguiente aclaración:

Línea única.

En la sección: Requerimientos del sistema, léase correctamente.

-Sistema de grabación híbrido para 24 entradas de video, preferiblemente con 24 entradas de audio, con capacidad de expansión A 64 cámaras IP o análogas en el mismo servidor, igual o similar a Horus Sentinelle H Y B.

Sección: especificaciones técnicas del sistema de grabación, léase correctamente.

-Preferiblemente 24 canales análogos de audio.

Las marcas y modelos se dan a título de referencia, sin que represente preferencia alguna en el momento del análisis y resolución de adjudicación.

Lo demás permanece invariable.

San José, 21 de junio el 2011.—Departamento de Proveeduría y Servicios Generales.—Roxana Hernández Cavallini, Jefa.—Lic. Luis Fallas Acosta, Defensor Adjunto.—1 vez.—O. C. Nº 15001.—Solicitud Nº 30050.—C-9920.—(IN2011048359).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

PROVEEDURIA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2010LN-000050-32900

(Aclaracion a la resolución de declaratoria de insubsistencia y

readjudicación Nº 051-2011)

Compra de llantas

La Dirección de la Proveeduría Institucional del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, avisa a los interesados que con fundamento en el artículo Nº 157 de la Ley General de la Administración Pública, se procede a realizar una serie de aclaraciones a la resolución de cita, todo en aras de la claridad y transparencia. El interesado tiene las modificaciones a su disposición en el Sistema CompraRed en forma gratuita en la dirección:

https://www.hacienda.go.cr/comprared, a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

San José, 20 de junio de 2011.—Heidy Román Ovares, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 12420.—Solicitud Nº 34417.—C-9417.—(IN2011048255).

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000007-01

Contratación de servicios profesionales de notarios externos

para oficinas del BCR, en las zonas de Aguas Zarcas,

Pococí, Ciudad Neily y Heredia

Se informa a los interesados en la contratación en referencia, que la recepción de las ofertas se ha trasladado para las diez horas del jueves 11 de agosto del 2011.

El resto del cartel se mantiene igual.

San José, 22 de junio del 2011.—Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Área de Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 60598.—Solicitud Nº1444.—C-5420—(IN2011048366).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000001-11

Contratación de una empresa calificadora

de riesgo para la calificación de los fondos

de inversión que administra BCR-SAFI

BCR-Sociedad Administradora de Fondos de Inversión (BCR-SAFI), le comunica a los interesados en la licitación en referencia que la fecha de apertura se traslada para las diez horas con treinta minutos (10:30 a. m.) del 12 de julio del 2011.

El resto de condiciones se mantiene invariables.

Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 60598.—Solicitud Nº 1445.—C-5420—(IN2011048368).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000016-PCAD

(Enmienda Nº 1)

Adquisición de kioscos de autoservicio

Se les comunica a todos los interesados en este concurso que el documento que contiene la enmienda Nº 1 de oficio al cartel, puede ser retirado en el Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, ubicado en el sexto piso de la sede central, en avenidas 2 y 4, calle 1, San José, en un horario de lunes a viernes de 9:00 a. m. a 4:30 p. m.

Todas las demás condiciones y requisitos permanecen invariables.

San José, 22 de junio del 2011.—Proceso Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Jefe.—1 vez.—(IN2011048391).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA

ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000009-2101

Apósitos, geles y accesorios varios para curaciones

de úlceras por presión

El hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, comunica a todos los interesados en participar en el concurso señalado que se realizan modificaciones y aclaraciones al cartel de compra, mismas que podrán ser obtenidas en la administración del hospital, sin costo alguno.

La fecha de apertura permanece invariable para el 28 de junio de 2011, a la 1:00 p. m. (según La Gaceta Nº 109 del martes 7 de junio de 2011).

San José, 22 de junio del 2011.—Subárea Contratación Administrativa.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós, Coordinadora.—1 vez.—(IN2011048351).

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000027-1142 (Aviso Nº 29)

Pruebas bioquímicas efectivas automatizadas

Se les informa a todos los interesados, que se prorroga la fecha de apertura de ofertas del presente concurso, para el día 7 de julio de 2011, a las 11:00 horas. Se encuentra a disposición el nuevo cartel unificado, el cual se puede adquirir en la fotocopiadora ubicada en el piso comercial del edificio adjunto Jenaro Valverde (edificio anexo).

Mediante oficio SACA-2011-0911 (folios 2965 al 2960), se dio respuesta a solicitud de aclaración y las modificaciones, realizadas por dicha solicitud, se encuentran dentro del nuevo cartel unificado, además se les insta apersonarse al Área de adquisiciones de bienes y servicios, piso 11, edificio Laureano Echandi, para que realicen un análisis integral del expediente.

Ver detalle en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 22 de junio de 2011.—Subárea de Carteles.—Argentina Araya Jara, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 32602.—C-9020.—(IN2011048392).

GERENCIA DIVISIÓN DE LOGÍSTICA

DIRECCIÓN DE APROVISIONAMIENTO DE BIENES Y SERVICIOS

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000009-5101

(Aviso Nº 04)

Suministro de paclitaxel 6mg/ml solución estéril

A los interesados en participar en este concurso, se les comunica que se prorroga la fecha de apertura de ofertas para el próximo 14 de julio 2011 a las 11:00 a. m.

El resto del cartel permanece invariable.

San José, 22 de junio de 2011.—Subárea de Carteles.—Argentina Araya Jara Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 32603.—C-3620.—(IN2011048396).

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS

   SERVICIOS PÚBLICOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000002-ARESEP

(Prórroga)

Contratación de servicios profesionales para llevar a cabo la

adopción e implementación de las normas contables

En La Gaceta Nº 115, del miércoles 15 de junio del 2011, salió publicada la invitación en participar en la licitación de referencia, donde la Proveeduría Institucional, hace del conocimiento que el plazo para la recepción de ofertas se prorroga, hasta las 14:00 horas del 7 de julio del 2011.

Las demás condiciones del cartel de licitación se mantienen invariables.

San José, 22 de junio del 2011.—Jorge Romero Vargas, Proveedor.—1 vez.—O. C: Nº 5740-11.—Solicitud Nº 36204.—C-7627.—(IN2011048267).

REGLAMENTOS

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

JUNTA DIRECTIVA

MODIFICACIÓN AL ARTÍCULO 25 DEL REGLAMENTO

DE FONDOS ROTATIVOS DE CAJA CHICA DEL INA

En la sesión Nº 4489, celebrada el 20 de junio de 2011, la junta directiva tomó el acuerdo Nº 090-2011-JD, según consta en el acta de esa sesión, artículo V, indicando lo siguiente:

Considerando:

1º—Que mediante acuerdo de Junta Directiva Nº 180-2010-JD, con fecha 30 de noviembre de 2010, se aprobó el “Reglamento fondo rotativos de caja chica del Instituto Nacional de Aprendizaje”, el cual fue publicado en La Gaceta Nº 3, del 5 de enero del 2011.

2º—Que mediante el oficio SGA-326-2011, la Subgerencia Administrativa, remite para conocimiento y eventual aprobación de la Junta Directiva, la propuesta de modificación al artículo 25 del Reglamento en cita.

3º—Que la propuesta de modificación al artículo 25, se plantea con fundamento en el artículo 129 de la Constitución Política, al existir una necesidad institucional en la ampliación del plazo de vigencia, para implementar resultados del plan piloto y demás medida administrativas necesarias para su ejecución a nivel nacional, reduciendo así el riesgo de desabastecimiento de material en los servicios de capacitación y formación profesional y atención de las necesidades generales de la Administración en su normal funcionamiento, en apego al principio de legalidad.

4º—Que los señores Arturo Gutiérrez Ballard y Rodolfo Benavides Ramírez, funcionarios de la Subgerencia Administrativa, exponen ante los miembros de Junta Directiva la propuesta de modificación al artículo 25 del Reglamento de Fondos Rotativos de Caja Chica del INA.

5º—Que los señores directores y directoras conocen y analizan la propuesta de modificación, y luego de realizar las observaciones y consideraciones correspondientes manifiestan su anuencia.

6º—Que de conformidad con el artículo 7º, inciso d), de la Ley Nº 6868, y al haberse sometido el presente Reglamento al conocimiento de la Junta Directiva, se acuerda, por tanto:

Aprobar la modificación al artículo 25 del “Reglamento fondos rotativos de caja chica del Instituto Nacional de Aprendizaje”, publicado en La Gaceta Nº 3, del 5 de enero 2011. para que en adelante disponga:

Artículo 25.—Vigencia. El presente Reglamento entrará a regir el día 31 de diciembre de 2012.

San José, 22 de junio del 2011.—Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Ana Luz Mata Solís, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº 32590.—C-20605.—(IN2011048297).

MODIFICACIÓN AL ARTÍCULO 22 DEL REGLAMENTO

DE FONDOS ROTATIVOS DE TRABAJO DEL INA

En la sesión Nº 4489 celebrada el 20 de junio de 2011, la junta directiva tomó el acuerdo Nº 091-2011-JD, según consta en el acta de esa sesión, artículo V, indicando lo siguiente:

Considerando:

1º—Que mediante acuerdo de Junta Directiva Nº 179-2010-JD, con fecha 30 de noviembre de 2010, se aprobó el “Reglamento fondos rotativos de trabajo del Instituto Nacional de Aprendizaje”, el cual fue publicado en La Gaceta Nº 3, del 05 de enero del 2011.

2º—Que mediante el oficio SGA-326-2011, la Subgerencia Administrativa, remite para conocimiento y eventual aprobación de la Junta Directiva, la propuesta de modificación al artículo 22 del Reglamento en cita.

3º—Que la propuesta de modificación al artículo 22, se plantea con fundamento en el artículo 129 de la Constitución Política, al existir una necesidad institucional en la ampliación del plazo de vigencia, para implementar resultados del plan piloto y demás medidas administrativas necesarias para su ejecución a nivel nacional, reduciendo así el riesgo de desabastecimiento de material en los servicios de capacitación y formación profesional y atención de las necesidades generales de la Administración en su normal funcionamiento, en apego al principio de legalidad.

4º—Que los señores Arturo Gutiérrez Ballard y Rodolfo Benavides Ramírez, funcionarios de la Subgerencia Administrativa, exponen ante los miembros de Junta Directiva la propuesta de modificación al artículo 22 del Reglamento de Fondos Rotativos de Trabajo del INA.

5º—Que los señores directores y directoras conocen y analizan la propuesta de modificación, y luego de realizar las observaciones y consideraciones correspondientes manifiestan su anuencia.

6º—Que de conformidad con el artículo 7º, inciso d), de la Ley Nº 6868, y al haberse sometido el presente Reglamento al conocimiento de la Junta Directiva, se acuerda, por tanto:

Aprobar la modificación al artículo 22, del “Reglamento fondos rotativos de trabajo del Instituto Nacional de Aprendizaje”, publicado en La Gaceta Nº 3, del 5 de enero 2011, para que en adelante disponga:

Artículo 22.—Vigencia. El presente Reglamento entrará a regir el día 31 de diciembre de 2012.

San José, 22 de junio del 2011.—Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Ana Luz Mata Solís, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº 32590.—C-20605.—(IN2011048298).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SAN RAMÓN

El Concejo Municipal, avisa que en sesión ordinaria Nº 79 del 26 de abril de 2011, mediante acuerdo Nº 05, se aprobó en forma definitiva el siguiente Proyecto de Reglamento General para Licencias Municipales en Telecomunicaciones de la Municipalidad de San Ramón, el cual se somete a consulta pública no vinculante, por un plazo de diez días hábiles contados a partir de la publicación del mismo.

PROYECTO DE REGLAMENTO GENERAL

PARA LICENCIAS MUNICIPALES

EN TELECOMUNICACIONES

CAPÍTULO 1

Disposiciones generales

Artículo 1º—Este Reglamento tiene como objeto establecer los requisitos y procedimientos para optar por la Licencia de Construcción y la Licencia Comercial en telecomunicaciones, de ahora en adelante referidas como “Licencias Municipales” y regular las condiciones de las Obras Constructivas, en resguardo del espacio urbano-ambiental.

Artículo 2º—Se establecen como sus objetivos específicos:

1.  Asegurar que las obras constructivas sean realizadas de conformidad con las especificaciones técnicas bajo las cuales fueron autorizadas.

2.  Propiciar razonablemente la minimización del impacto visual y ambiental sin perjuicio de la legislación nacional vigente

3.  Verificar que las actividades desplegadas se enmarquen dentro de las regulaciones existentes en materia de patentes, de acuerdo al artículo 79 del Código Municipal y la Ley de Patentes de la Municipalidad, o la normativa legal vigente.

Artículo 3º—Están sometidas al presente Reglamento en la jurisdicción del cantón, todas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que requieran o soliciten Licencias Municipales, en condición de Operador, Proveedor de Infraestructura, Proveedor, o en cualquier condición similar, independientemente de las áreas donde se encuentren instaladas, ya sea de dominio público, acceso público o dominio privado o áreas privadas.

Artículo 4º—Para los efectos de la presente normativa se adoptan las siguientes definiciones:

1.  Ampliación y modificación de la Obra Constructiva: Cualquier cambio a la Obra Constructiva autorizada por la municipalidad en la Licencia de Construcción.

2.  Bienes de dominio público: Son aquellos que por voluntad expresa del legislador o disposición municipal, tienen un destino especial de servir a la comunidad o al interés público.

3.  Canon por utilización de espacio público municipal: Es el monto a cancelar por la utilización de los espacios públicos municipales, de conformidad con el artículo 79, de la Ley Nº 7593 “Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos”,

4.  Municipalidad: Municipalidad del cantón de San Ramón.

5.  Licencia de construcción: la autorización expedida por la Municipalidad para la construcción instalación, ampliación o modificación de la Obra Constructiva.

6.  Licencia comercial: la autorización expedida por la Municipalidad para la explotación comercial de las obras constructivas y los servicios prestados por las mismas.

7.  Obra Constructiva: torre y su obra civil relacionada, que sirven para satisfacer los requerimientos de instalación de antenas y equipos utilizados para la transmisión inalámbrica en los servicios de telecomunicaciones, ubicados dentro de un predio.

8.  Operador: Persona física o jurídica, pública o privada, que explota redes de telecomunicaciones con la debida concesión o autorización, las cuales podrán prestar o no servicios de telecomunicaciones disponibles al público en general.

9.  Patente: Impuesto a pagar por la realización y explotación de una actividad comercial, industrial o de servicios dentro de la jurisdicción del cantón, de conformidad con la ley de patentes vigente y su reglamento.

10.   Proveedor: Persona física o jurídica, pública o privada, que proporciona servicios de telecomunicaciones disponibles al público sobre una red de telecomunicaciones con la debida concesión o autorización, según corresponda.

11.   Proveedor de infraestructura: Es aquel intermediario, persona física o jurídica ajeno a la figura del proveedor u operador que regula la ley, que provee Obras Constructivas a terceros.

CAPÍTULO II

Atribuciones y facultades municipales

Artículo 5º—Con las atribuciones y facultades conferidas por la normativa vigente corresponde a la administración Municipal, conocer, valorar, fiscalizar y resolver las solicitudes de las Licencias Municipales.

Artículo 6º—Le corresponde a la Municipalidad:

1.  Dictar las medidas necesarias para el cumplimiento de este Reglamento con el objeto de que, toda Obra Constructiva, instalación, ampliación y modificación a las Obras Constructivas, reúna las condiciones técnicas, de seguridad, conservación y de integración al contexto urbano-ambiental y de salud del cantón.

2.  Regular, otorgar, registrar, inspeccionar, denegar, anular y ejercer cualquier facultad sancionatoria en relación con las Licencias Municipales.

3.  Ordenar la suspensión, clausura o demolición de las nuevas obras constructivas, en caso de no sujetarse a lo dispuesto en este Reglamento salvo que se cuente con la Licencia de Construcción a la entrada en vigencia del mismo.

4.  Otorgar el certificado de uso del suelo como uso conforme, cuando cumpla con los requisitos y condiciones establecidas para tales fines.

5.  Considerar y solicitar los criterios y lineamientos técnicos que la SUTEL establezca en ejercicio de su competencia, con el propósito de coordinar y procurar un adecuado equilibrio entre los intereses nacionales de desarrollo del servicio de las telecomunicaciones y los intereses locales representados por la Municipalidad.

Artículo 7º—La Municipalidad tendrá un registro, actualizado y disponible al público que incluya la siguiente información: (1) nombre del solicitante; (2) georeferenciación en coordenadas de longitud y latitud en formatos Proyección Lamberth, WGS84 y/o CRTM05; (3) certificado de Uso de Suelo (4) Licencia de Construcción (5) Patente Municipal

Artículo 8º—La Municipalidad podrá autorizar obras constructivas en inmuebles públicos, inscritos, siempre y cuando no se perjudique su destino público final, sujeto ello al pago del canon correspondiente. La municipalidad podrá utilizar los instrumentos de gestión autorizados por el Código Municipal para procurar la utilización de los inmuebles inscritos y públicos en el desarrollo de las telecomunicaciones, entre los que se encuentran los mecanismos asociativos, empresariales, u otros legalmente autorizados.

CAPÍTULO III

Del uso del suelo

Artículo 9º—Se otorgará el Certificado de Uso de Suelo como uso conforme solo en las áreas permitidas por la zonificación del cantón y cuando se cumpla con los requisitos y condiciones establecidos en este Capítulo.

Artículo 10.—Para la obtención del Certificado de Uso de Suelo los solicitantes deberán presentar conjuntamente con el formulario pertinente los siguientes requisitos:

1-  La altura de la torre, cuyo mínimo se establece en 30 metros.

2-  Georeferenciación de la ubicación del centro de la torre con coordenadas de longitud y latitud en los formatos Proyección Lamberth, WGS84 y/o CRTM05;

3-  Copia del plano catastrado visado del inmueble donde se ubicará el predio respectivo;

4-  Copia de la cédula identidad de personas físicas o certificación de personería jurídica cuando se trata de personas jurídicas, de la persona natural o jurídica solicitante.

Artículo 11.—El predio donde se pretenda ubicar e instalar la Obra Constructiva deberá tener como área mínima la cantidad 200 metros cuadrados, con un mínimo de 10 metros de frente; salvo mejor criterio según Plan Regulador vigente; los accesos se regularán conforme a la Ley de Construcciones, y a los reglamentos nacionales o locales de construcción y fraccionamiento, sin perjuicio de las disposiciones propias de la Municipalidad.

Artículo 12.—Se deberá mantener una franja de amortiguamiento mínima alrededor de una Obra Constructiva del veinte por ciento (20%) de la altura de la torre de telecomunicaciones, medida desde el centro de la base de la misma. Se establece sin embargo, que la torre de telecomunicaciones no se coloque adyacente a la colindancia del predio en cuestión, esto como una medida de seguridad para las construcciones aledañas, y debiendo facilitar el tránsito del personal necesario para la conservación y mantenimiento de la Obra Constructiva.

Artículo 13.—No se otorgará la certificación del uso de suelo conforme en áreas de protección de ríos, monumentos públicos, zonas residenciales, zonas de protección histórico-patrimonial y donde sea expresamente prohibido por la legislación nacional y local, según Ley Forestal Nº 7575 en su artículo 33.

Artículo 14.—Una vez presentada completa la solicitud de certificación de uso del suelo ante la Municipalidad, la administración tendrá un plazo máximo de diez días hábiles para emitir este documento, contando el interesado con la posibilidad de impugnarlo mediante los recursos previstos en el Código Municipal, en el plazo de cinco días hábiles.

CAPÍTULO IV

Obligaciones de los interesados

Articulo 15.—Es obligación de las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que soliciten Licencias Municipales, estar al día con el pago de impuestos y tributos Municipales.

Artículo 16.—Para garantizar la responsabilidad civil por daños y perjuicios a terceros, incluyendo a la propia Municipalidad, será necesario que el propietario de la Obra Constructiva, suscriba y exhiba póliza de seguro como garantía expedida por una compañía autorizada para la emisión de las mismas, por un monto mínimo equivalente a trescientas (300) veces el salario mínimo mensual de un trabajador no calificado genérico establecido por el Poder Judicial de Costa Rica. Esta garantía cubrirá la totalidad de las obras que se desarrollen en la jurisdicción cantonal, deberá ajustarse, mantenerse vigente mientras existan obras constructivas en el cantón y responderá por daños parciales o totales causados a la Municipalidad y a terceros en sus bienes o en personas, requisito sin el cual no se otorgará Licencia de Construcción.

Artículo 17.—Son obligaciones además para los propietarios de las obras constructivas, las siguientes:

a.  Colocar desde el inicio del proceso constructivo y mantener actualizado durante la vida útil de la Obra Constructiva, un rótulo visible en la entrada al predio correspondiente, con una dimensión mínima de 0,45 x 0,60 metros, de cualquier material resistente, que contenga los siguientes datos: a) Nombre, denominación o razón social.

b.  Número de Licencia de Construcción.

c.  Números telefónicos de contacto en caso de emergencias y para el mantenimiento de la Obra Constructiva,

d.  Domicilio y/o medio para recibir notificaciones

e.  Mantener en buen estado físico y en condiciones de seguridad las Obras Constructivas.

f.   Cumplir con las disposiciones de torres de La Dirección General de Aviación Civil.

g.  Restringir el ingreso de terceros no autorizados a los predios donde se instalen las Obras Constructivas.

h.  Pagar y mantener al día la póliza de seguro por responsabilidad civil a terceros.

i.   Notificar y solicitar cualquier cambio constructivo que varíe la Obra Constructiva y obtener la autorización correspondiente.

j.   Presentar en un plazo máximo de ocho días hábiles posteriores a la conclusión de las Obras Constructivas el informe del profesional responsable, en el que se acredite la ejecución conforme al proyecto, así como el cumplimiento estricto de las condicione s técnicas de Ley, medidas correctivas y condiciones establecidas e impuestas en la Licencia de Construcción otorgada.

k.  Acatar las normas nacionales constructivas aplicables, las reglamentaciones y demás lineamientos emitidos tanto por la SUTEL, autoridades nacionales competentes en la materia, así como las emitidas por la Municipalidad.

l.   Contar con los alineamientos nacionales o locales cuando se requieran conforme a la Ley.

m.  Contar con la Patente al día por el giro de sus actividades en el cantón, e indicar medio donde o como recibir notificaciones.

Artículo 18.—El propietario de las Obras Constructivas será responsable de cualquier daño directo o indirecto que ésta o éstas puedan causar a los bienes municipales, privados o a terceros, relevando de cualquier responsabilidad a la Municipalidad.

CAPÍTULO V

Licencias Municipales

Artículo 19.—Para la obtención de la Licencia de Construcción, los solicitantes deberán presentar conjuntamente con el formulario correspondiente de este Reglamento los siguientes requisitos:

1.  Declaración jurada protocolizada otorgada ante Notario Público, con las especies fiscales de Ley, donde se haga constar que no existe una torre de telecomunicaciones a una distancia mínima de 1.500 metros desde el centro de la torre propuesta.

2.  Declaración jurada y protocolizada otorgada ante Notario Público, con las especies fiscales de ley, donde se haga constar que la Obras Constructivas se construirán para ser compartidas por un mínimo de tres emplazamientos de antenas y equipos, conforme a lo establecido por el artículo 77 de la Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector Telecomunicaciones, Ley Nº 8660 del 8 de agosto de 2008.

3.  Documentación que acredite el derecho de uso, goce y disfrute del inmueble respectivo, en la cual debe hacerse constar de manera expresa el consentimiento del propietario cuando se pretenda establecer las Obras Constructivas en inmuebles propiedad de un tercero que no sea el solicitante de la Licencia de Construcción.

4.  Certificado de uso del suelo conforme.

5.  Copia de la cédula de persona física o del representante legal y personería jurídica por tres meses su certificación cuando se trate de persona jurídica, de la persona natural o jurídica solicitante.

6.  Certificación del plano catastrado visado del inmueble donde se ubicará el predio respectivo, con los alineamientos correspondientes (Alineamiento del MOPT si el terreno enfrenta Ruta Nacional, del ICE, si el terreno está afectado por el paso de líneas eléctricas, del INVU si el terreno está afectado por un río, quebrada o acequia, nacientes, lagos, embalses naturales o artificiales y acuíferos, entre otros similares).

7.  Certificación, registral o notarial del inmueble.

8.  Presentación registral del inmueble de mínimo dos juegos de los planos constructivos que cumplan con fa normativa constructiva aplicable, firmados por el profesional responsable y visados por el Colegio de ingenieros y Arquitectos (CFIA), así como del Área Rectora de Salud local.

9.  Copia del contrato de consultoría de servicios profesionales ante el CFA.

10.   Copia del recibo de la Póliza de Riesgos de construcción del propietario del terreno o solicitante autorizado (previa solicitud de boleta para Póliza en el municipio). Conjuntamente, la Constancia correspondiente extendida donde se indique ubicación de proyecto, costo del mismo y vigencia de la Póliza.

11.   Viabilidad Ambiental otorgada por la Secretaría Nacional Técnica Ambiental (SETENA-MINAET), o resolución de vialidad ambiental

12.   Estar al día con el pago de los impuestos municipales y con la Declaración de Bienes Inmuebles presentada en la oficina correspondiente de este municipio.

13.   Constancia del cumplimiento de las responsabilidades obrero patronales actualizada, con la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) por parte del propietario del inmueble y de la empresa concesionaria.

14.   Autorización de la Dirección General de Aviación Civil.

15.   Documento con la Georeferenciación de la ubicación del centro de la torre con coordenadas de longitud y latitud en formatos Lamberth, CRTMO5 y WGS84.

La Municipalidad se reserva la facultad de comprobar por cualquier medio la veracidad de la Información contenida en las declaraciones juradas.

Artículo 20.—La Municipalidad verificará el cumplimiento de los requisitos indicados en el artículo 19, y dará por admitida la Licencia de Construcción. Una vez otorgada la Licencia de Construcción, el solicitante tendrá derecho de preferencia para construir la Obra Constructiva dentro de un plazo de 180 días naturales. Transcurrido dicho plazo, sin que el solicitante haya concluido la Obra Constructiva, caducará la Licencia de Construcción y la Municipalidad podrá otorgar otra Licencia de Construcción dentro del área preferencial, en orden de presentación de las solicitudes que reúnan todos los requisitos establecidos.

Artículo 21.—En caso de ampliación o modificación de las Obras Constructivas se deberá cumplir nuevamente con los trámites de Licencia de Construcción señalados en este Reglamento.

Artículo 22.—El pago por concepto de Licencia de Construcción se calculará conforme al artículo 70 de la Ley de Planificación Urbana.

Artículo 23.—Una vez presentada completa la solicitud de Licencia de Construcción y que haga constar de manera expresa el consentimiento del propietario y en el contrato de arrendamiento protocolizado, la administración tendrá treinta días hábiles para emitir la resolución final. El interesado contará con la posibilidad de impugnar ésta resolución, mediante los recursos previstos en el Código Municipal.

Artículo 24.—La Municipalidad podrá incorporar a este Reglamento las reformas que considere pertinentes de acuerdo con su autonomía.

Artículo 25.—El pago por concepto de patente se fijará de acuerdo a los parámetros establecidos en la respectiva Ley de Patentes de la Municipalidad, conforme al artículo 79 del Código Municipal, tanto para los Operadores, Proveedores de Infraestructura, Proveedores de servicio, o en cualquier condición similar, mediante la información suministrada para estos efectos por el administrado.

CAPÍTULO VI

Transitorios

Transitorio primero.—Mientras no esté en vigencia el plan regulador cantonal, se aplicará la normativa vigente con respecto al otorgamiento de permisos de uso de suelos de la Municipalidad de San Ramón.

Transitorio segundo.—Las Obras Constructivas existentes solo requerirán la debida Licencia Comercial. En caso de la modificación o ampliación de un Obra Constructiva existente se deberá cumplir con lo establecido en este Reglamento relacionado con Licencias de Construcción.

Asimismo, los propietarios deberán comunicar e informar a la Municipalidad la altura de las torres existentes e indicar la georeferenciación de la ubicación del centro de la torre con coordenadas de longitud y latitud en formatos Proyección Lamberth, CRTMO5 y WGS84 con el fin de que la Municipalidad mantenga un registro actualizado de Obras Constructivas en el cantón. Para ambos efectos se les dará un plazo de seis meses, contados a partir de la fecha de publicación de este Reglamento en el Diario Oficial La Gaceta.

Transitorio tercero.—En virtud de que el ente encargado (SUTEL) debe fijar la base imponible de las licencias de patentes no ha definido los montos ni publicado en el Diario Oficial La Gaceta, el artículo 25 del presente Reglamento no se aplicará.

Transitorio cuarto.—En caso de conflicto por ubicación, y distancias mínimas de las torres para antenas de telecomunicaciones, y al no contar la Municipalidad con personal técnico idóneo, se solicitará a la SUTEL, el criterio técnico respectivo.

Transitorio quinto.—Tanto con lo expuesto en el artículo 2, 6 y 11 de este Reglamento y como en otros supuestos de los que el solicitante alegue razones técnicas para la instalación de infraestructura (torres) por requisitos distintos a los indicados en esta norma, la corporación municipal podrá solicitar el criterio técnico del ente motivado por parte de SUTEL.

Artículo 26.—Rige a partir de la finalización de 10 días hábiles posteriores a su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

San Ramón, 14 de junio de 2011.—Silvino Sánchez Ortiz, Secretario Concejo Municipal.—1 vez.—(IN2011047824).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ORI-1906-2011.—Abarca Fedullo Mónica, costarricense, cédula 3-0337-0353, ha solicitado reposición del Título de Bachiller en Francés. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los dieciséis días del mes de mayo del año dos mil once.—Oficina de Registro de Información.—MBA José Rivera Monge, Director.—O. C Nº 114632.—Solicitud Nº 38014.—C-13520.—(IN2011046586).

ORI-1907-2011.—Blanco Quesada Marta Eugenia, costarricense, cédula 1-0686-0167, ha solicitado reposición del Título de Licenciada en Ciencias de la Educación con Énfasis en Administración Educativa. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los dieciséis días del mes de mayo del año dos mil once.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38014.—C-13520.—(IN2011046587).

ORI-1909-2011.—Rodríguez Castañeda Dagoberto, costarricense, cédula 1-0812-0704, ha solicitado reposición del Título de Bachiller en Ingeniería Agronómica con Énfasis en Fitotecnia. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los dieciséis días del mes de mayo del año dos mil once.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38014.—C-13520.—(IN2011046588).

ORI-1914-2011.—Burgués Arrea Gabriela, costarricense, cédula 1-1006-0133. Ha solicitado reposición de los Títulos de Licenciada en Derecho y Notario Público. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil once.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38014.—C-13520.—(IN2011046589).

ORI-1915-2011.—Fernández Barrantes Hernán, costarricense, cédula 1-1149-0469. Ha solicitado reposición del Título de Licenciatura en Medicina y Cirugía. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. .—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil once.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38014.—C-13520.—(IN2011046590).

ORI-1916-2011.—Ruiz Benavides Guido Alberto, costarricense, cédula 1-0737-0359. Ha solicitado reposición del título de Licenciado en Ingeniería Civil. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil once.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38014.—C-13520.—(IN2011046591).

ORI-1968-2011.—Lanzoni Mejía Liany Marlen, costarricense, cédula 1-0639-0302. Ha solicitado reposición del título de Licenciada en Administración de Negocios con Énfasis en Contaduría Pública y el Énfasis en Dirección de Empresas y Finanzas. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los veinte días del mes de mayo del año dos mil once.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38014.—C-13520.—(IN2011046592).

ORI-2018-2011.—Sandí Rojas Jeannette, R-115-2011, costarricense, cédula de identidad número 2-0304-0944, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Especialista en Sistemas de Información Geográfica, Universidad Distrital Francisco José de Caldas, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 31 de mayo del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.Sc. Wilfridio Mathieu Madrigal, Director a. í.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38102.—C-13520.—(IN2011046593).

ORI-2025-2011.—Sánchez Garita Vera Aurora, R-116-2011, costarricense, cédula de identidad número 1-0456-0397, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Magister Scientiae en Ciencias Agropecuarias y de Los Recursos Naturales Renovables, en la especialidad de manejo integrado de plagas, Centro Agronómico Tropical de Investigación y Enseñanza (C. A. T. I. E.), Costa Rica. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 31 de mayo del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.Sc. Wilfridio Mathieu Madrigal, Director a. í.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38102.—C-13520.—(IN2011046594).

ORI-2119-2011.—Ramírez Sánchez Ramiro Arturo, R-134-2011, costarricense, cédula de identidad número 1-0622-0761, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Maestría en Música, Especialización Música Aplicada, Universidad Estatal de Michigan, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 31 de mayo del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.Sc. Wilfridio Mathieu Madrigal, Director a. í.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38102.—C-13520.—(IN2011046595).

ORI-2134-2011.—Paéz Arroyo Paola, R-131-2011, costarricense, cédula: 1-0930-0206, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Doctora de Filosofía con Especialidad en Servicios de Alimentación y Gestión de Alojamiento, Universidad Estatal de Iowa de Ciencia y Tecnología, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 31 de mayo del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.Sc. Wilfridio Mathieu Madrigal, Director a. í.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38102.—C-13520.—(IN2011046596).

ORI-2150-2011.—Mastroianni Pascual, R-085-2011, italiano, cédula de residente rentista 138000142329, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Médico Cirujano, Universidad de Zulia, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 1 de junio del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.Sc. Wilfridio Mathieu Madrigal, Director a. í.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38102.—C-13520.—(IN2011046597).

ORI-2114-2011.—Maitin Noguera María Valentina, R-l33-2011, venezolana, pasaporte número 005926550, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Médica Cirujana, Universidad Central de Venezuela, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 31 de mayo del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.Sc. Wilfridio Mathieu Madrigal, Director a. í.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38102.—C-13520.—(IN2011046598).

ORI-2178-2011.—Guevara de Molina Wendy Noemy, R-l35-2011, salvadoreña, residente temporal: 122200458006, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Doctora en Medicina, Universidad de El Salvador, El Salvador. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 3 de junio del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.Sc. Wilfridio Mathieu Madrigal, Director a. í.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38102.—C-13520.—(IN2011046599).

ORI-2137-2011.—Chavarría Morera Heidy, R-128-2011, costarricense, cédula: 2-0534-0371, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Máster en Ciencias y Tecnologías con Énfasis en Biología Integrativa y Fisiología, Especialidad Biología y Fisiología de Los Organismos, Universidad de París VI, Francia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 31 de mayo del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.Sc. Wilfridio Mathieu Madrigal, Director a. í.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38102.—C-13520.—(IN2011046600).

ORI-2133-2011.—Chacón Soto Fiorella, R-132-2011, costarricense, cédula: 1-1038-0099, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Máster (MA), Énfasis Principal: Identificación y Promoción de La Excelencia, Ludwig-Maximilians-Universität-München, Alemania. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 31 de mayo del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.Sc. Wilfridio Mathieu Madrigal, Director a. í.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38102.—C-13520.—(IN2011046601).

ORI-2139-2011.—Báez Alvarado Eric Joan, R-127-2011, venezolano, pasaporte: 044331670, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Médico Cirujano, Universidad Central de Venezuela, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 31 de mayo del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.Sc. Wilfridio Mathieu Madrigal, Director a. í.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38102.—C-13520.—(IN2011046602).

ORI-2180-2011.—Sánchez Morgan José Guillermo, R-140-2011, costarricense, cédula de identidad 8-0079-0456, ha solicitado reconocimiento del Ingeniero Mecánico, Instituto Superior Politécnico “José Antonio Echeverría”, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 3 de junio del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.Sc. Wilfridio Mathieu Madrigal, Director a. í.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38103.—C-13520.—(IN2011046603).

ORI-2177-2011.—Rodríguez Calderón Ana Yesenia, R-l36-2011, costarricense, cédula: 1-1208-0832, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Máster en Derecho (en Tributación Internacional), Universidad de Nueva York, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 3 de junio del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.Sc. Wilfridio Mathieu Madrigal, Director a. í.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38103.—C-13520.—(IN2011046604).

ORI-2044-2011.—Ortíz Mesen Allan, R-125-2011, costarricense, cédula de identidad 1-0894-0929, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Máster en Ciencias con Especialidad en Servicios de Alimentación y Gestión de Alojamiento, Universidad Estatal de Iowa de Ciencia y Tecnología, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 31 de mayo del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.Sc. Wilfridio Mathieu Madrigal, Director a. í.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38103.—C-13520.—(IN2011046605).

ORI-2138-2011.—Muñoz Ureña Hugo Alfonso, R-288-2009-C, costarricense, cédula: 1-0973-0871, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Doctor de La Universidad de Nantes, Disciplina: Derecho, Especialidad: Derecho Privado, Universidad de Nantes, Francia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 31 de mayo del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.Sc. Wilfridio Mathieu Madrigal, Director a. í.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38103.—C-13520.—(IN2011046606).

ORI-2043-2011.—León Guzmán Marlen, R-300-2009-B, costarricense, cédula de identidad 1-0970-0693, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Doctor, Especialidad Derecho Privado, Universidad de Nantes, Francia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 31 de mayo del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.Sc. Wilfridio Mathieu Madrigal, Director a. í.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38103.—C-13520.—(IN2011046607).

ORI-2190-2011.—Hidalgo Sanpedro Anais del Carmen, R-138-2011, venezolana, pasaporte: 036275102, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Licenciado en Psicología Mención Clínica, Universidad Arturo Michelena, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 6 de junio del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.Sc. Wilfridio Mathieu Madrigal, Director a. í.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38103.—C-13520.—(IN2011046608).

ORI-2184-2011.—González Gelvez Ismary Rosalba, R-139-2011, venezolana, cédula de refugiado 186200191119, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Ingeniero Civil, Universidad Central de Venezuela, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 3 de junio del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.Sc. Wilfridio Mathieu Madrigal, Director a. í.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38103.—C-13520.—(IN2011046609).

ORI-2200-2011.—Espinoza Espinoza Karla Alexandra, R-142-2011, nicaragüense, cédula de residente permanente: 155804464133, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Licenciada en Economía, Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Nicaragua. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 6 de junio del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.Sc. Wilfridio Mathieu Madrigal, Director a. í.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38103.—C-13520.—(IN2011046610).

ORI-2201-2011.—Alfaro Ureña Alonso, R-141-2011, costarricense, cédula de identidad: 1-1192-0653, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Maestría, Énfasis Economía, Universidad de Pennsylvania, U.S.A. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 6 de junio del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.Sc. Wilfridio Mathieu Madrigal, Director a. í.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38103.—C-13520.—(IN2011046611).

ORI-2176-2011.—Aguinalde González Cristina, R-137-2011, española, pasaporte: BE600894, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Licenciada en Derecho, Universidad Complutense de Madrid, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 3 de junio del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.Sc. Wilfridio Mathieu Madrigal, Director a. í.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38103.—C-13520.—(IN2011046612).

ORI-2035-2011.—Álvarez Peña Adan Ismael, R-122-2011, nicaragüense, residente permanente 155812018416, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciado en Contaduría Pública y Finanzas, Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Nicaragua. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 31 de mayo del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.Sc. Wilfridio Mathieu Madrigal, Director a. í.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38104.—C-13520.—(IN2011046613).

ORI-2038-2011.—Arteaga Monge Miriam Idania, R-123-2011, costarricense, cédula de identidad 8-0081-0357, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Magíster en Gestión y Políticas Públicas, mención en Dirección Institucional, Universidad de Chile, Chile. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso .—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 31 de mayo del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.Sc. Wilfridio Mathieu Madrigal, Director a. í.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38104.—C-13520.—(IN2011046614).

ORI-2031-2011.—Cordero Ureña Adrián, R-117-2011, costarricense, cédula de identidad número 1-1153-0567, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Ingeniero Industrial y de Sistemas, Universidad del Valle de México, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 31 de mayo del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.Sc. Wilfridio Mathieu Madrigal, Director a. í.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38104.—C-13520.—(IN2011046615).

ORI-2030-2011.—Gaitán Hidalgo Clara Inés, R-121-2011, colombiana, pasaporte CC52561765, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Contador Público, Universidad Santo Tomás, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 31 de mayo del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.Sc. Wilfridio Mathieu Madrigal, Director a. í.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38104.—C-13520.—(IN2011046616).

ORI-2135-2011.—Pérez Pérez Marlon Iván, R-130-2011, costarricense, cédula: 6-0270-0010, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Máster en Letras, Universidad del Norte de Iowa, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 31 de mayo del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.Sc. Wilfridio Mathieu Madrigal, Director a. í.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38104.—C-13520.—(IN2011046617).

ORI-2034-2011.—Rojas Alvarado Carlos Alonso, R-118-2011, costarricense, cédula de identidad número 1-0939-0868, ha solicitado reconocimiento del Diploma Grado de Doctor de Filosofía, Especialidad Biología, Universidad de Arkansas, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 31 de mayo del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.Sc. Wilfridio Mathieu Madrigal, Director a. í.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38104.—C-13520.—(IN2011046618).

ORI-2024-2011.—Sifuentes Zegarra Diego Alonso, R-120-2011, venezolano, pasaporte V-13.292.394, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Licenciado en Administración de Empresas Turísticas, Universidad Nueva Esparta, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 31 de mayo del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.Sc. Wilfridio Mathieu Madrigal, Director a. í.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38104.—C-13520.—(IN2011046619).

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

VICERRECTORÍA EJECUTIVA

DIRECCIÓN DE ASUNTOS ESTUDIANTILES

EDICTO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Castro Monge Édgar Antonio, de nacionalidad costarricense, cédula Nº 1-573-156, ha solicitado reconocimiento y equiparación del título de Doctor, Integración Económica, Competitividad y Entorno Institucional, obtenido en la Universidad de Oviedo de España. Cualquier persona interesada en comunicar oposiciones a dicho reconocimiento del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado a la Oficina de Registro, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.

Sabanilla, 8 de junio del 2011.—Oficina de Registro.—Lic. Susana Saborío Alvarez, Jefa.—(IN2011045722).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

A Héctor Fabio Méndez Álvarez se le comunica la resolución de las 13 horas del 6 de junio del 2011, de cuido provisional por un plazo de seis meses, de sus hijos Keit Daneissa y Keil Israel, ambos Méndez Zárate. En contra de dicha resolución solo procede el recurso de apelación, presentado verbalmente o por escrito en las siguientes 48 horas a la última publicación de estos tres edictos, ante la oficina de La Unión, Cartago y quien elevara a la Presidencia Ejecutiva de la entidad en San José, señalando lugar para notificaciones o fax. Expediente Nº 112-0027-201.—Oficina Local de Guadalupe..—Lic. Gerardo Sánchez Rodríguez, Representante Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 3390.—C-7220.—(IN2011045662).

Se le comunica formalmente al señor Wen Ching Lin la resolución de las quince horas del día dos de junio del dos mil once, mediante la cual se eleva ante la Presidencia Ejecutiva del PANI el recurso de apelación interpuesto por la señora Marta Lorena Mora Jiménez, contra la resolución de las 8:00 horas del día 25 de abril del dos mil 2011, la cual ordenó como medida especial de protección el cuido provisional de su hijo Ching Lin Mora bajo la responsabilidad de la señora Ana Lisseth Sánchez Mora, por el plazo de seis meses. Se ordenó además seguimiento psico-social del niño, la familia recurso y los progenitores. Garantía de defensa: se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la Oficina Local. Recurso: Se hace saber a las partes que contra esta resolución procede el recurso de apelación si se interpone ante este Despacho o ante la Presidencia Ejecutivo dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. En caso de interponer recurso de apelación debe señalar lugar para atender notificaciones futuras de lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas siguientes. Expediente N° 631-00006-2011.—Oficina Local de Puntarenas, 2 de junio del 2011.—Lic. Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Represente Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 3390.—C-15020.—(IN2011045663).

A Gustavo Fernández Rivera, mayor, demás calidades desconocidas, se le comunica la resolución administrativa de las catorce horas del dieciséis de diciembre de dos mil diez y de las diez horas del treinta y uno de mayo de dos mil once, que dicta cuido provisional en familia sustituta e incompetencia a la Oficina de Desamparados, respectivamente, correspondiente a la persona menor de edad Karina Fernández Delgado. Indicándose que debe señalar lugar para oír notificaciones. Garantía de defensa: procede recurso de apelación si se plantea dentro el plazo de cuarenta y ocho horas posteriores a la notificación. Se les previene a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, y tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo. Expediente Nº 111-00340-11.—Oficina Local de San José Oeste, mayo 2011.—Lic. Kattia Vanesa Hernández Méndez, Representante Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 3390.—C-9620.—(IN2011045664).

A Héctor Miguel Jiménez Estevez, mayor, demás calidades desconocidas, se le comunica la resolución administrativa de las nueve horas del veintitrés de diciembre del dos mil diez y de las quince horas del ocho de junio del dos mil once, que dicta cuido provisional en familia sustituta e incompe Kender José Jiménez Peña. Indicándose que debe señalar lugar para oír notificaciones. Garantía de defensa: procede recurso de apelación si se plantea dentro el plazo de cuarenta y ocho horas posteriores a la notificación. Se les previene a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, y tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo. Expediente Nº 241-0036-1999.—Oficina Local de San José Oeste, junio 2011.—Lic. Kattia Vanesa Hernández Méndez, Representante Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 3390.—C-8420.—(IN2011045665).

Se comunica a José Jonathan Vega Fernández, la resolución de las 10 horas del 24 de mayo del 2011, que declara la adoptabilidad de Ian Alonso Vega Navarro. En contra de la presente resolución proceden los recursos de revocatoria y de apelación para ante el Superior en grado, dentro de un plazo de tres días después de notificada. El de revocatoria será resuelto por la Representación Legal de la Oficina Local, y elevará el de apelación al Jerarca Institucional. Es potestativo el uso de uno o ambos recursos, pero será inadmisible el interpuesto pasados los tres días señalados. Deberán además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24 horas después de dictada. Expediente Nº 111-00092-2010.—Oficina Local de Guadalupe, 8 de junio del 2011.—Lic. Roberto Marín Araya, Representante Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 3390.—C-9620.—(IN2011045666).

A Charles Miranda Obando, se le comunica la resolución de las 14 horas del 23 de mayo del 2011, mediante la cual se dictó medida cuido provisional, a favor de la persona menor de edad Taylor Isaac Miranda Cisneros. Plazo: para ofrecer recurso de apelación 48 horas contadas a partir de la tercera publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta. También se le previene que debe señalar lugar, o fax donde recibir notificaciones, el cual debe ser viable pues se intentará la comunicación en cinco oportunidades y en caso de estar ocupado, desconectado o sin papel a la quinta vez, se consignará así en el expediente y se tendrán por notificadas las resoluciones veinticuatro horas después de dictadas. La interposición del recurso de apelación no suspende el acto administrativo. Expediente N° 116-00040-2011.—Oficina Local de Desamparados.—Lic. Raquel González Soro, Representante Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 3390.—C-9620.—(IN2011045667).

A Luis Joaquín Solano Loría, se le comunica la resolución de las 15 horas del 25 de abril del 2011, mediante la cual se dictó medida cuido provisional, a favor de la persona menor de edad Isaac Gabriel Solano Mairena. Plazo: para ofrecer recurso de apelación 48 horas contadas a partir de la tercera publicación de este Edicto, en el Diario Oficial La Gaceta. También se le previene que debe señalar lugar, o fax donde recibir notificaciones, el cual debe ser viable pues se intentará la comunicación en cinco oportunidades y en caso de estar ocupado, desconectado o sin papel a la quinta vez, se consignará así en el expediente y se tendrán por notificadas las resoluciones veinticuatro horas después de dictadas. La interposición del recurso de apelación no suspende el acto administrativo. Expediente Nº 116-00042-2011.—Oficina Local de Desamparados.—Lic. Raquel González Soro, Representante Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 3390.—C-9620.—(IN2011045668).

Se comunica a la señora Andreina Tatisns Benamburg Agüero, la resolución de este Despacho de las trece horas del día veinticinco de mayo del dos mil once, que ordenó otorgar medida de protección, abrigo temporal de la persona menor de edad Emmanuel Benamburg Agüero en la alternativa de protección, Hogar Infantil de Pavas, como medida de protección. Recurso: el de apelación, señalando lugar para recibir notificaciones en los alrededores de la Presidencia Ejecutiva en San José, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. Expediente Nº 118-0043-2011.—Oficina Local de Santa Ana.—Lic. Olga Myriam Boza Fernández, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 3390.—C-9620.—(IN2011045669).

A Martina Picado González se le comunica la resolución administrativa de las nueve horas con treinta minutos del dieciocho de mayo del dos mil once, que ordenó medida especial de protección de abrigo temporal a favor de su hijo Pablo José Andrade Picado, quien permanece en el Albergue El Ángel. Plazo para interponer el recurso de apelación tres días hábiles a partir de la tercera publicación de este aviso.—Oficina Local de Sarapiquí.—Lic. Gabriela Salazar Calderón, Representante Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 3390.—C-6020.—(IN2011045670).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

A la señora Esmeralda Mariela Zeledón Mondragón y Rogelio Castillo Cancio, se le comunica la resolución administrativa de las once horas del cuatro de febrero del dos mil once, que dicta medida de protección de cuido provisional, en beneficio de la persona menor de edad bajo responsabilidad de la señora María de los Ángeles Mondragón Vargas, además se ordenó tramitar a la brevedad posible, proceso judicial ante el Juzgado de Niñez y Adolescencia, medidas con un plazo máximo de 6 meses. Garantía de defensa: se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, y tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la Oficina Local. Recurso: procede apelación, si se interpone ante este Despacho, dentro de las 48 horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. Expediente PANI: 115-00044-09.—Oficina Local de Alajuelita.—Lic. Milton Gutiérrez Quesada, Representante Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 3392.—C-17420.—(IN2011046684).

Se le comunica formalmente al señor Freddy Chaves Mesén portador de la cédula de identidad número 6-256-352, la resolución de las once horas treinta minutos del día diez de junio del dos mil once, mediante la cual se ordenó como medida especial en beneficio de su hijo Freddy Gerardo Chaves Steller que el Departamento de Trabajo Social y Psicología del PANI brinde orientación, apoyo y seguimiento a la situación del adolescente y su familia. Se ordenó a IAFA iniciar valoración y tratamiento del joven por su problema de adicción a las drogas. Se ordenó además seguimiento a nivel social de la situación del adolescente. Garantía de defensa: se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la Oficina Local. Recurso: Se hace saber a las partes que contra esta resolución procede el recurso de apelación si se interpone ante este despacho o ante la Presidencia Ejecutiva dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. En caso de interponer recurso de apelación debe señalar lugar para atender notificaciones futuras de lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas siguientes.—Oficina Local de Puntarenas.—10 de junio del 2011.—Lic. Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Represente Legal.—O. C. 34028.—Solicitud Nº 3392.—C-17420.—(IN2011046685).

Se notifica a María Johana Tenorio Rugama, de calidades y domicilio actual desconocido, resolución administrativa de las diez horas doce minutos del veinte de mayo del dos mil once, en la cual se dictó medida de protección de abrigo temporal de la persona menor de edad María Jesús Tenorio Rugama. Se advierte que deberá señalar lugar o medio para atender notificaciones, bajo apercibimiento que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto, o llegare a desaparecer, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Pueden contar con la asesoría y hacerse representar por un abogado de su elección, así como tener acceso y revisar el expediente administrativo. Procede recurso de apelación el cual deberá interponerse dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a partir de la tercera publicación de esta comunicación, ante la Representación Legal de la Oficina Local de Pococí del Patronato Nacional de la Infancia. Nº 743-00024-2011.—Oficina Local de Pococí.—Lic. Liseth Patricia Carvajal Sanders, Representante Legal.—O. C. 34028.—Solicitud Nº 3392.—C-13220.—(IN2011046686).

Se le comunica a la señora María Alejandra Martínez Vásquez, la resolución de las diez horas treinta minutos del día veinte de mayo del dos mil once, en la que resuelve declarar la adoptabilidad administrativa de la persona menor de edad Dylan Matías Martínez Vásquez. Notifíquese lo anterior a la interesada, de conformidad con la Ley de Notificaciones vigente. En contra de la presente resolución procede los recursos de revocatoria ante le mismo órgano que emitió la resolución y recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución, presentando verbalmente o escrito entre los siguientes tres días hábiles siguientes de esta notificación. Los recursos podrán presentarse ante el mismo órgano que dictó la resolución. La interposición del recurso no suspende la ejecución de lo aquí resuelto. Deben señalar lugar o medio para el recibo de notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina. En caso de que el lugar señalado fuese incierto o no existiere, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24 horas después de dictadas, igual efecto se producirá si el medio electrónico informado no fuese eficaz en su transmisión. Expediente Administrativo 113-000251-10.—Oficina Local de Tibás.—Lic. Kryssia Abigail Miranda Hurtado, Representante Legal.—O. C. 34028.—Solicitud Nº 3392.—C-17420.—(IN2011046687).

Se les comunica a la señora María Alejandra Martínez Vásquez, la resolución de las diez horas treinta minutos del día veinte de mayo del dos mil once, en la que resuelve declarar la adoptabilidad administrativa de la personas menor de edad Dylan Matías Martínez Vásquez. Notifíquese lo anterior a la interesada, de conformidad con la Ley de Notificaciones vigente. En contra de la presente resolución procede los recursos de revocatoria ante le mismo órgano que emitió la resolución y recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución, presentando verbalmente o escrito entre los siguientes tres días hábiles siguientes de esta notificación. Los recurso podrá presentarse ante el mismo órgano que dictó la resolución. La interposición del recurso no suspende la ejecución de lo aquí resuelto. Deben señalar lugar o medio para el recibo de notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina. En caso de que el lugar señalado fuese incierto o no existiere, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24 horas después de dictadas, igual efecto se producirá si el medio electrónico informado no fuese eficaz en su transmisión. Expediente administrativo 113-000251-10.—Oficina Local de Tibás.—Lic. Kryssia Abigail Miranda Hurtado, Representante Legal.—O. C. 34028.—Solicitud Nº 3392.—C-17420.—(IN2011046688).

Se les comunica a los señores Ilene Barrantes Esquivel y Greivin David Garita Calderón, la resolución de las nueve horas treinta minutos del dieciséis de febrero del dos mil once, en la que resuelve dictar medida de Protección administrativa de Cuido provisional en Familia Sustituta en beneficio de la persona menor de edad Jader David y Juan, ambos Garita Barrantes ubicándolos en el Hogar de la señora María Luisa Calderón Araya. Notifíquese lo anterior a la interesada, de conformidad con la Ley de Notificaciones vigente. En contra de la presente resolución procede los recursos de revocatoria ante le mismo órgano que emitió la resolución y recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución, presentando verbalmente o escrito entre los siguientes tres días hábiles siguientes de esta notificación. Los recurso podrá presentarse ante el mismo órgano que dictó la resolución. La interposición del recurso no suspende la ejecución de lo aquí resuelto. Deben señalar lugar o medio para el recibo de notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina. En caso de que el lugar señalado fuese incierto o no existiere, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24 horas después de dictadas, igual efecto se producirá si el medio electrónico informado no fuese eficaz en su transmisión Expediente administrativo 113-00168-10.—Oficina Local de Tibás.—Lic. Kryssia Abigail Miranda Hurtado, Representante Legal.—O. C. 34028.—Solicitud Nº 3392.—C-17420.—(IN2011046689).

Se les comunica a los señores Fermina Aragón Mendoza y Antonio González Calero, la resolución de las trece horas del treinta de mayo del dos mil once, en la que resuelve dictar medida de Protección administrativa de Abrigo temporal en beneficio de la persona menor de edad Jazmín González Aragón ubicándola en un Albergue Institucional. Notifíquese lo anterior a la interesada, de conformidad con la Ley de Notificaciones vigente. En contra de la presente resolución procede los recursos de revocatoria ante le mismo órgano que emitió la resolución y recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución, presentando verbalmente o escrito entre los siguientes tres días hábiles siguientes de esta notificación. Los recurso podrán presentarse ante el mismo órgano que dictó la resolución. La interposición del recurso no suspende la ejecución de lo aquí resuelto. Deben señalar lugar o medio para el recibo de notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina. En caso de que el lugar señalado fuese incierto o no existiere, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24 horas después de dictadas, igual efecto se producirá si el medio electrónico informado no fuese eficaz en su transmisión. Expediente administrativo 113-00057-11.—Oficina Local de Tibás.—Lic. Kryssia Abigail Miranda Hurtado, Representante Legal.—O. C. 34028.—Solicitud Nº 3392.—C-17420.—(IN2011046690).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

A José Luis Urrutia García se le comunica la resolución de las once horas del veintisiete de mayo del presente año mediante la cual se declaró el inicio del proceso especial de protección e ingreso en una alternativa de protección de las personas menores de edad Bianca y José Luis ambos Urrutia Jaime. Plazo para ofrecer recurso de apelación cuarenta y ocho horas a partir de la tercera publicación de este edicto.—Oficina Local de Desamparados.—Lic. María Elena Roig Vargas, Representante Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 3396.—C-4800.—(IN2011047228).

A Manrique Cruz Barrantes. Se le comunica la resolución de este despacho de las 15:00 horas del 31 de mayo del 2011, por medio de la cual se ordenó revocar el cuido provisional de Jorge Enrique Cruz Cuadra, con la señora María Castro Chávez, se le prohíbe a la señora Cuadra agredir a sus hijos de cualquier forma, se le ordena mantenerlos integrados en el sistema educativo y cumplir con el tratamiento de su hijo Jorge Enrique. Se ordenó seguimiento por cinco meses. Recurso: Apelación. Plazo: dos días hábiles siguientes al de la tercera publicación. Ante la oficina local de San Ramón, debiendo señalar lugar para notificaciones futuras en San Ramón y de alzada en San José, pudiendo señalar número de fax, para tal fin, de lo contrario las resoluciones que se dicten, se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas. Expediente Nº 244-00111-06.—Oficina Local de San Ramón, 13 de junio del 2011.—Lic. Ana Lorena Fonseca Méndez, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. Nº 3396.—Solicitud Nº 34028.—C-9020.—(IN2011047230).

La Oficina Local de Paquera, mediante resolución de las diez horas del veinticuatro de marzo de dos mil once, inicia Proceso Especial de Protección, mediante el cual se dictó medida de cuido provisional en familia sustituta, en favor de las personas menores de edad Alejandro Gabriel, Carolina del Mar, Erick Jesús y Eddy Lorenzo, todos de apellidos Valle Obregón. Se le notifica a la señora Carolina Obregón Solano, cédula 6-284-250. Se le advierte que debe señalar lugar conocido para recibir notificaciones dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina Local, la cual se encuentra situada en Paquera de Puntarenas, doscientos metros al sur de la Escuela Julio Acosta o bien señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieran practicarse por este medio en el entendido de que de no hacerlo, o si el lugar señalado es inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas. Contra la presente resolución cabe Recurso de Apelación ante la Presidencia Ejecutiva de esta Institución, el cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación en el entendido que de no hacerlo en dicho término, el recurso deviene en inadmisible. Expediente Nº 647-00017-2006.—Oficina Local de Paquera.—Lic. Maribel Calderón Jiménez, Directora del Procedimiento.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 3396.—C-12020.—(IN2011047232).

La Oficina Local de Paquera, mediante resolución de las siete horas cincuenta minutos del veintitrés de mayo de dos mil once, inicia Proceso Especial de Protección, mediante el cual se dictó medida de cuido provisional en familia sustituta, en favor de la persona menor de edad Kendall Geovanni López Sánchez. Se le notifica al señor Kendall López Bonilla, cédula 6-327-221. Se le advierte que debe señalar lugar conocido para recibir notificaciones dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina Local, la cual se encuentra situada en Paquera de Puntarenas, doscientos metros al sur de la Escuela Julio Acosta o bien señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieran practicarse por este medio en el entendido de que de no hacerlo, o si el lugar señalado es inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas. Contra la presente resolución cabe recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de esta Institución, el cual deberá interponer ante esta representación legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación en el entendido que de no hacerlo en dicho término, el recurso deviene en inadmisible. Expediente Nº 647-00006-2006.—Oficina Local de Paquera.—Lic. Maribel Calderón Jiménez, Directora del Procedimiento.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 3396.—C-12020.—(IN2011047233).

Se comunica a Elvia Zepeda Rivera, la resolución de las 9:00 horas del 10 de junio de 2011, que ubica a Alondra Zepeda Rivera al lado de Manuel Brenes Alvarado y Ángela Padilla Ruiz. En contra de la presente resolución procede el recurso de apelación para ante el Superior en grado, dentro de un plazo de 48 horas después de notificada. La interposición del recurso no suspende la ejecución de lo aquí resuelto. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24 horas después de dictada. Exp. 112-0070-2011.—Oficina Local de Guadalupe, 10 de junio del 2011.—Lic. Roberto Marín Araya, Representante Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 3398.—C-7200.—(IN2011047249).

Se le comunica a Anthony Bernard Hall, la resolución de las 12:30 horas del 20 de mayo de 2011, que ubica a Nathan, Joshua y Jeremy todos Bernard Rodríguez al lado de la señora Yamileth Picado Chinchilla. En contra de la presente resolución procede el recurso de apelación para ante el Superior en grado, dentro de un plazo de 48 horas después de notificada. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificada con el sólo transcurso de 24 horas después de dictada. Exp. 112-00084-2011.—Oficina Local de Guadalupe, 14 de junio del 2011.—Lic. Roberto Marín Araya, Representante Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 3398.—C-7200.—(IN2011047250).

Se le comunica a Roy Fonseca Jiménez, la resolución de las 12:10 horas del 7 de noviembre de 2010. En contra de la presente resolución procede el recurso de apelación para ante el Superior en grado, dentro de un plazo de 48 horas después de notificada. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificada con el sólo transcurso de 24 horas después de dictada. Exp. 112-000201-2007.—Oficina Local de Guadalupe, 14 de junio del 2011.—Lic. Roberto Marín Araya, Representante Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 3398.—C-7200.—(IN2011047251).

AUTORIDAD REGULADORA

   DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES

EDICTO

La Superintendencia de Telecomunicaciones hace saber que de conformidad con el expediente número SUTEL-OT-168-2010, ha sido admitida la solicitud de autorización de Grupo Profesionales de Centro América S. A., cédula jurídica número 3-101-577902, para brindar servicios de transferencia de datos, acceso a Internet y telefonía IP. De conformidad con el artículo 39 del Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones, Decreto Ejecutivo N° 34765-MINAET, se otorga a los interesados el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, para que se apersonen ante la SUTEL a hacer valer sus derechos y presentar las objeciones que consideren pertinentes.

San José, 30 de mayo del 2011.—Maryleana Méndez Jiménez, Presidenta.—1 vez.—(IN2011047265).

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

ÁREA DE ESTADÍSTICAS CONTINUAS

UNIDAD ÍNDICES DE PRECIOS

El Instituto Nacional de Estadística y Censos, avisa que los Índices de Precios de los Insumos Básicos de la Industria de la Construcción, correspondientes al mes de mayo, son los siguientes:

Índices de Precios de los Insumos Básicos de la Industria de la Construcción

Mayo 2011

Índices de Precios de Insumos para la Construcción de Edificios y Vivienda

Base Enero 1976=100

                                                                                          Abr 2011                 May 2011       Variación (%)

Edificios                                                                       21 817,30                 21 871,71                    0,25

Vivienda                                                                       22 756,27                 22 793,65                    0,16       

Índices de Precios de Mano de Obra para la Construcción de Edificios y Vivienda

Base Enero 1976=100

                                                                                          Abr 2011                 May 2011       Variación (%)

Mano de Obra en Edificios                                      23 080,92                 23 080,92                    0,00

Mano de Obra en Vivienda                                      22 822,73                 22 822,73                    0,00       

Índices de Precios de Actividades para la Construcción de Urbanizaciones

Base Enero 1984=100

Rama de actividad                                                    Abr 2011                 May 2011       Variación (%)

Tubería aguas pluvial                                                  2 670,43                   2 670,43                    0,00

Tubería aguas negras pvc                                           2 642,74                   2 658,85                    0,61

Tubería aguas negras concreto                                  2 085,74                   2 085,74                    0,00

Tubería agua potable                                                   3 277,80                   3 316,92                    1,19

Prevista aguas negras pvc                                          2 771,51                   2 784,17                    0,46

Prevista aguas negras concreto                                2 689,81                   2 689,81                    0,00

Prevista agua potable                                                  2 842,63                   2 895,38                    1,86

Tragantes                                                                         3 198,25                   3 207,03                    0,27

Pozos                                                                               3 463,87                   3 475,43                    0,33

Cajas de sifón                                                                 2 644,21                   2 678,05                    1,28

Cordón y caño                                                               3 649,35                   3 664,98                    0,43

Aceras                                                                              3 752,55                   3 773,25                    0,55

Desfogue                                                                         3 709,87                   3 722,78                    0,35

Cuneta media caña                                                        3 172,94                   3 173,20                    0,01

Cabezales para pasos por acera                                 3 645,88                   3 651,71                    0,16

Pasos por acera                                                              3 616,32                   3 627,19                    0,30

Válvulas h. f.                                                                   1 180,12                   1 192,39                    1,04

Hidrantes                                                                        1 699,75                   1 708,53                    0,52

Limpieza y desenraice                                                 1 024,45                   1 029,61                    0,50

Corte de tierra                                                                1 212,57                   1 219,88                    0,60

Relleno y compactación                                              1 692,74                   1 695,02                    0,13

Sub-base, base y conf. subrasante                            3 136,86                   3 254,76                    3,76

Carpeta asfáltica                                                            2 254,49                   2 263,44                    0,40       

Índices de Precios para la Construcción de Acueductos

Base Enero 1983=100

Rama de actividad                                                    Abr 2011                 May 2011       Variación (%)

Tubería pvc 150 mm                                                     3 223,18                   3 300,10                    2,39

Tubería pvc 200 mm                                                     3 905,74                   4 040,91                    3,46

Tubería pvc 250 mm                                                     4 345,21                   4 498,15                    3,52

Tubería pvc 300 mm                                                     4 378,88                   4 534,49                    3,55

Prevista 12 mm                                                              3 767,83                   3 887,59                    3,18

Hidrante                                                                          2 800,31                   2 824,36                    0,86

Promedio tubos y prevista                                         3 761,21                   3 869,77                    2,89

Sin costo tubo 150 mm                                                2 585,20                   2 593,53                    0,32

Tubo 200 - 500 mm                                                       2 532,16                   2 550,87                    0,74

Promedio                                                                         2 570,93                   2 581,79                    0,42

Índice General de Acueductos                                  3 037,96                   3 199,85                    5,33       

Índices de Precios para la Construcción de Alcantarillados

Base Enero 1983=100

Rama de actividad                                                    Abr 2011                 May 2011       Variación (%)

Tubería pvc 150 mm                                                     2 629,46                   2 678,46                    1,86

Tubería pvc 200 mm                                                     2 018,96                   2 033,79                    0,73

Tubería pvc 250 mm                                                     1 888,28                   1 902,33                    0,74

Tubería pvc 300 mm                                                     1 884,02                   1 911,12                    1,44

Prevista 100 mm                                                            1 958,04                   1 969,38                    0,58

Promedio pvc                                                                 2 058,52                   2 086,93                    1,38

Tubo de concreto 300 mm                                           3 396,23                   3 401,25                    0,15

Tubo de concreto 610 mm                                           3 316,17                   3 321,11                    0,15

Tubo de concreto 910 mm                                           3 503,28                   3 508,18                    0,14

Promedio de concreto                                                  3 432,42                   3 437,39                    0,14

Cajas de registro                                                           3 286,06                   3 294,51                    0,26

Cajas de sifón                                                                 2 648,47                   2 667,70                    0,73

Prom. cajas registro y sifón                                        3 171,11                   3 181,53                    0,33

Reposición de carpeta                                                 2 871,32                   3 087,54                    7,53

Índice General de Alcantarillados                           2 915,64                   3 008,40                    3,18       

Índices de Precios de Elementos para la Construcción de Carreteras y Puentes

Base Julio 1990=100

Elementos                                                                     Abr 2011                 May 2011       Variación (%)

Acero estructural                                                      918,75491               918,75491            0,00000

Acero postensión                                                     378,84463               381,32607            0,65500

Acero refuerzo                                                        1 616,26413            1 616,26413            0,00000

Acetileno                                                                 5 199,79124            5 505,90658            5,88707

Aditivo retardante /acel                                      1 124,53153            1 124,53153            0,00000

Alambre de púas                                                    2 498,63006            2 498,63006            0,00000

Alambre eléctrico                                                      275,40105               275,40105            0,00000

Alambre negro                                                        1 122,57240            1 122,57240            0,00000

Arena                                                                        1 418,95414            1 449,14268            2,12752

Asfalto 85/100                                                       1 996,28510            2 190,92110            9,74991

Barras o barrenos                                                      607,51573               607,51573            0,00000

Broca 3’’ diam                                                           548,14954               551,73993            0,65500

Búnker                                                                      2 856,65146            3 051,92899            6,83589

Cemento                                                                   2 102,62400            2 114,03811            0,54285

Clavos                                                                      1 863,31570            1 826,93903          - 1,95225

Colchoneta 4 * 2 * 1,23 * 3,2 m                           404,27794               406,92597            0,65500

Costo de posesión                                                    678,07570               682,51711            0,65500

Diesel                                                                       2 479,24976            2 586,66495            4,33257

Dinamita                                                                      280,00439               280,00439            0,00000

Elemento viga pretensada/guardacamino       1 860,07736            1 860,07736            0,00000

Emulsión asfáltica                                                 1 520,06629            1 661,46075            9,30186

Epoxy p/marcadores                                                 802,59503               807,85204            0,65500

Flanger 12 * 65                                                         607,71506               611,69560            0,65500

Fulminante                                                                  291,68477               291,68477            0,00000

Gavión 2,4 m 2 * 1 * 0,5 malla 8 * 10             1 701,79419            1 701,79419            0,00000

Gavión 2,4 m 2 * 1 * 1,0 malla 8 * 10             1 550,90802            1 550,90802            0,00000

Gasolina                                                                  1 919,25280            2 031,99566            5,87431

Grapas p/alambre                                                   1 053,80061            1 053,80061            0,00000

Lámina de aluminio liso Nº 16                             953,08824               954,62005            0,16072

Liquido para cura                                                  1 201,47120            1 257,50030            4,66337

Llantas                                                                         778,48865               781,02444            0,32573

Lubricantes                                                             2 083,86165            2 083,86165            0,00000

Madera contrachapada (plywood)                    1 572,80869            1 572,80869            0,00000

Madera especial para baranda                                261,73000               261,73000            0,00000

Madera formaleta                                                    3 448,57019            3 448,57019            0,00000

Malla ciclón                                                            1 293,94075            1 293,94075            0,00000

Mangueras comp. 600 c.c.                                   1 388,00281            1 389,43675            0,10331

Mano de obra                                                          1 436,40271            1 436,40271            0,00000

Marcador pavimento (ref. 1 cara)                           528,02762               531,48621            0,65500

Marcador pavimento (ref. 2 caras)                         514,52621               517,89636            0,65500

Marco y rejilla metal 18” * 23”                             261,99202               261,99202            0,00000

Marco y tapa de metal                                              250,34793               250,34793            0,00000

Material p/sellado juntas                                       159,65079               159,65079            0,00000

Material reflectante señales                                    207,84323               207,84323            0,00000

Media caña 36 cm * 1 m                                           872,69180               872,69180            0,00000

Oxígeno industrial                                               6 308,35175            6 680,60930            5,90103

Piedra bruta                                                            1 190,85489            1 207,88079            1,42972

Piedra quebrada                                                     1 184,62698            1 201,56383            1,42972

Pilote acero estructural 12 * 12 * 53”                605,88975               609,85834            0,65500

Pilote acero estructural 12 * 12 * 74”                595,17712               599,07554            0,65500

Pilote hormigón pretensado 30 * 30               2 305,19811            2 305,19811            0,00000

Pilote hormigón pretensado 35 * 35               2 594,36500            2 594,36500            0,00000

Pilote hormigón reforzado                                  3 283,67167            3 283,67167            0,00000

Elementos                                                                     Abr 2011                 May 2011       Variación (%)

Pintura p/estructuras                                           1 677,66575            1 678,73220            0,06357

Pintura y esferas p/vías                                       1 738,73605            1 744,10493            0,30878

Poste de viga galvanizada                                     538,36438               541,89068            0,65500

Poste pretensado/guardacamino                       3 316,15169            3 316,15169            0,00000

Poste p/cerca de alambre                                     4 894,12193            4 894,12193            0,00000

Poste p/señal vertical                                              870,81619               870,81619            0,00000

Repuestos                                                                1 155,36691            1 166,27451            0,94408

Soldadura                                                                1 430,82186            1 430,82186            0,00000

Table estaca acero mp (116)                                   539,14910               542,68054            0,65500

Tela de fibra sintética                                               980,21047            1 108,06401          13,04348

Terminal galvanizado p/guardacamino               527,60806               531,06390            0,65500

Terminal viga p/guardacamino                          1 928,63161            1 928,63161            0,00000

Tinta de serigrafía                                                     218,34162               218,34162            0,00000

Tipo de cambio                                                          548,12554               551,71577            0,65500

Tornillos galvanizados                                           350,83479               350,83479            0,00000

Tub. acero corrugado 1,07 m cal. 16                    504,11827               507,42025            0,65500

Tub. acero corrugado 1,37 m cal. 16                    542,50173               546,05513            0,65500

Tub. acero corrugado 1,83 m cal. 12                    475,94408               479,06152            0,65500

Tub. acero corrugado 2,59 m cal. 12                    475,94408               479,06152            0,65500

Tub. acero corrugado 2,90 m cal. 12                    515,49338               518,86987            0,65500

Tub. acero corrugado 3,35 m cal. 12                    520,28800               523,69590            0,65500

Tub. acero corrugado 3,51 m cal. 12                    517,68523               521,07608            0,65500

Tub. acero corrugado 3,96 m cal. 12                    515,29506               518,67026            0,65500

Tub. hormigón clase iii 0,61 m diam.               1 408,23127            1 408,23127            0,00000

Tub. hormigón clase iii 0,76 m diam.               1 394,20910            1 394,20910            0,00000

Tub. hormigón clase iii 0,91 m diam.               1 421,58766            1 421,58766            0,00000

Tub. hormigón clase iii 1,07 m diam.               1 275,24099            1 275,24099            0,00000

Tub. hormigón clase iii 1,22 m diam.               1 644,24712            1 644,24712            0,00000

Tub. hormigón clase iii 1,37 m diam.               1 368,89999            1 368,89999            0,00000

Tub. hormigón clase iii 1,52 m diam.               1 443,04657            1 443,04657            0,00000

Tub. hormigón clase iii 1,83 m diam.               1 433,61198            1 433,61198            0,00000

Tub. hormigón clase iii 2,13 m diam.               1 505,83397            1 505,83397            0,00000

Tub. hormigón clase iii 2,90 m diam.               1 626,51220            1 626,51220            0,00000

Tub. hormigón clase iv 0,61 m diam.                   933,71558               933,71558            0,00000

Tub. hormigón clase iv 0,76 m diam.                   629,30415               629,30415            0,00000

Tub. hormigón clase iv 0,91 m diam.                   958,29465               958,29465            0,00000

Tub. hormigón clase iv 1,07 m diam.                   836,84757               836,84757            0,00000

Tub. hormigón clase iv 1,22 m diam.                   949,53751               949,53751            0,00000

Tub. hormigón clase iv 1,37 m diam.                   987,03367               987,03367            0,00000

Tub. hormigón clase iv 1,52 m diam.                   956,16178               956,16178            0,00000

Tub. hormigón clase iv 1,83 m diam.                   950,23656               950,23656            0,00000

Tub. hormigón clase iv 2,13 m diam.                   954,85075               954,85075            0,00000

Tub. hormigón clase iv 2,90 m diam.                   863,69085               863,69085            0,00000

Tub. hormigón clase v 0,61 m diam.                     957,90322               957,90322            0,00000

Tub. hormigón clase v 0,76 m diam.                     624,87163               624,87163            0,00000

Tub. hormigón clase v 0,91 m diam.                     959,38424               959,38424            0,00000

Tub. hormigón clase v 1,07 m diam.                     795,53380               795,53380            0,00000

Tub. hormigón clase v 1,22 m diam.                     956,05073               956,05073            0,00000

Tub. hormigón clase v 1,37 m diam.                     951,30070               951,30070            0,00000

Tub. hormigón clase v 1,52 m diam.                     954,72535               954,72535            0,00000

Tub. hormigón clase v 1,83 m diam.                     948,72611               948,72611            0,00000

Tub. hormigón clase v 2,13 m diam.                     954,27767               954,27767            0,00000

Tub. hormigón clase v 2,90 m diam.                     914,30793               914,30793            0,00000

Tub. hormigón perforado 10 cm                            442,46334               442,46334            0,00000

Tub. hormigón perforado 15 cm                            426,29981               426,29981            0,00000

Tub. hormigón perforado 20 cm                            426,74916               426,74916            0,00000

Tub. sin refuerzo c-14 10 cm                                  803,58682               803,58682            0,00000

Tub. sin refuerzo c-14 15 cm                                  746,91743               746,91743            0,00000

Tub. sin refuerzo c-14 20 cm                               1 052,03739            1 052,03739            0,00000

Tub. sin refuerzo c-14 25 cm                                  951,67393               951,67393            0,00000

Tub. sin refuerzo c-14 30 cm                               1 060,54843            1 060,54843            0,00000

Tub. sin refuerzo c-14 38 cm                               1 240,24362            1 240,24362            0,00000

Tub. sin refuerzo c-14 46 cm                                  607,20628               607,20628            0,00000

Tub. sin refuerzo c-14 53 cm                               1 082,84602            1 082,84602            0,00000

Tub. sin refuerzo c-14 61 cm                               1 160,72248            1 160,72248            0,00000

Tub. sin refuerzo c-14 76 cm                                  628,35713               628,35713            0,00000

Tub. sin refuerzo c-14 91 cm                               1 161,29036            1 161,29036            0,00000

Viga galvanizada                                                      483,66186               486,82986            0,65500

Water stop 6”*3/16”                                               383,75534               383,75534            0,00000       

San José, 17 de junio del 2011.—Jaime Vaglio Muñoz, Gerente.—1 vez.—O. C. Nº 3241.—Solicitud Nº 20750.—C-161180.—(IN2011047547).

AVISOS

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO

ELÉCTRICO MUNICIPAL DE CARTAGO

La Junta Administrativa del Servicio Eléctrico de Cartago, comunica, que en artículo Nº 2, de la sesión ordinaria Nº 4.567, celebrada el día catorce de junio del 2011, nuestra Junta Directiva con las potestades que le confiere la Ley Nº 7799 y

Considerando:

1º—Que la Junta Administrativa del Servicio Eléctrico Municipal de Cartago, JASEC, conforme a las leyes Nº 7799 del 30 de abril de 1998 y 8345 del 20 de febrero del 2003, presta el servicio público de electricidad en la región central de la provincia de Cartago, conforme a su área de concesión.

2º—Que conforme fue contemplado en el programa de obras del contrato de préstamo con el Banco Centroamericano de Integración Económica Nº 1772 “Programa de Fortalecimiento y Modernización de los Servicios Eléctricos de Cartago” la Subestación Reductora Tejar tiene como objetivo principal garantizar los niveles de calidad y la disponibilidad en la prestación del servicio de manera eficiente y de acuerdo a las expectativas y necesidades de los diferentes segmentos de clientes; de forma que, se cuente con disponibilidad de energía de calidad de estándares internacionales, en los próximos diez años.

3º—Que el proyecto en mención es de importancia estratégica para JASEC, ya que la fuente actual de energía del Sistema Nacional Interconectado (SNI) tiene una capacidad limitada de 90 MVA desde la Subestación Reductora Cóncavas, que de acuerdo a la estimación del crecimiento de la demanda del sistema de JASEC, se saturará dentro de dos años, periodo requerido para la construcción de la subestación de marras.

4º—Que con la construcción de la Subestación se consolida otro alimentador del Sistema Nacional Interconectado (SNI) de Transmisión a partir de otro circuito de Transmisión, por lo que con la redundancia obtenida, la operación del Sistema de Distribución será más versátil. Adicionalmente, asumiendo el acelerado crecimiento del sector industrial en la zona suroeste de la ciudad de Cartago y su consecuente aumento poblacional.

5º—Que con el proyecto de referencia, se persigue aumentar los niveles de calidad actuales del servicio prestado a los clientes industriales según sus expectativas, cuyos requerimientos responden a estándares internacionales, y al mismo tiempo brindar un respaldo adicional de suministro de energía para el sistema de distribución de la JASEC.

6º—Que resulta de interés público para el suministro de electricidad en el área geográfica de cobertura de JASEC, la adquisición de dos nuevos sitios de torre que son necesarios para la construcción de la línea de transmisión de la subestación propiamente con la línea de transmisión Río Macho-El Este, las cuales, se ubican en franjas de derechos de servidumbre ya adquiridos.

7º—Que sin la construcción de las obras civiles necesarias para dar el tratamiento integral a las aguas superficiales de la microcuenca, se continuaría con las inundaciones continuas a los vecinos, y se pone en riesgo el funcionamiento óptimo de la Subestación en una eventual inundación en la zona por lo que se hace necesario la adquisición de esta propiedad para solucionar el problema existente de continuas inundaciones.

8º—Que de conformidad con el artículo 18 de la Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995, debe de precederse con la declaratoria de interés público para la adquisición de la finca que se dirá y que se encuentra situada en la provincia de Cartago, cantón El Guarco, distrito San Isidro.

Por lo tanto, se acuerda: de manera unánime y en firme.

1.  Declarar de interés público la finca del partido de Cartago matrícula de folio real número 121954-000, plano de catastro número C-616098-1986, la cual mide 258,07 metros cuadrados. Propietario: Inmobiliaria Josaramar A & N Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-459550.

Ordénese el mandamiento de anotación provisional ante el Registro Público de la Propiedad sobre la finca matrícula de folio real del Partido de Cartago: Nº 121954-000.

2.  Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta la declaratoria de interés público de la propiedad citada.

3.  Precédase con la confección del avalúo de la finca del Partido de Cartago Nº 121954-000.

4.  Proceda la Gerencia General a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de la de propiedad en mención, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo establecido por la Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995.

Georgina Castillo Vega, Asistente Administrativa Junta Directiva.—1 vez.—O. C. Nº 5064.—Solicitud Nº 18628.—C-39170.—(IN2011047172).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

ACTUALIZACIÓN DEL PRECIO DEL SERVICIO

DE MONITOREO DE ALARMAS

El Proceso de Tasación de esta Municipalidad, da a conocer la nueva actualización del precio del Servicio de Monitoreo de Alarmas, el cual entra a regir 30 días después de la presente publicación.

 

TARIFA MENSUAL 2011

 

Detalle

Tasa propuesta

Servicio de monitoreo sin alarma

¢13.080,00

Servicio de monitoreo con alarma

¢16.060,00

Acuerdo definitivamente aprobado. 3, Artículo IV, de la sesión ordinaria 58, celebrada por el Concejo Municipal del cantón Central de San José, el 7 de junio de 2011.

San José, 13 de junio de 2011.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 127208.—Solicitud Nº 5110.—C-13890.—(IN2011047253).

DEROGATORIA DE PERMISO

El Honorable Concejo Municipal de San José, acuerda derogar irrevocablemente el permiso otorgado al señor Carlos Hidalgo Valverde, establecido en el Acuerdo 22, de la Sesión 148, del 24 de febrero de 2009. Procédase a notificarlo al señor Hidalgo Valverde en cumplimiento del debido proceso. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.

Acuerdo definitivamente aprobado. 5, Artículo IV, de la sesión ordinaria 59, celebrada por el Concejo Municipal del Cantón Central de San José, el 14 de junio de 2011.

San José, 17 de junio de 2011.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 127208.—Solicitud Nº 5113.—C-8075.—(IN2011047255).

MUNICIPALIDAD DE MORA

Por este medio la Corporación Municipal del cantón de Mora le transcribe acuerdo tomado en la sesión ordinaria Nº 24-2011, celebrada el 13 de junio de 2011, que textualmente dice: Se acuerda por motivo del inicio de la realización de los Juegos Nacionales 2011, trasladar la sesión ordinaria del lunes 4 de julio 2011 que es el día de la inauguración de los mismos, para celebrarla el viernes 01 de julio de 2011, a las 17:00 horas en el salón de sesiones del Concejo Municipal de Mora. Acuerdo firme, dispensado del trámite de comisión.

Ciudad Colón, 14 de junio del 2011.—Rosaura Cascante Cascante, Secretaria Municipal.—1 vez.—(IN2011046778).

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

EDICTO

Nº DCI-322-2011.—Para los fines consiguientes el Departamento de Captación de Ingresos de la Municipalidad de Montes de Oca, hace saber que la señora Delgado Agüero María Teresa, cédula de identidad Nº 1-0174-0770; ha presentado escritura pública formalizada ante la notaria Tatiana Fernández Mora, en la que cede y traspasa el derecho de arrendamiento sencillo, fosa 012, bloque 5, Cementerio de San Pedro, a Porras Delgado Ronald, cédula de identidad Nº 1-0488-0789; quien acepta que éste quede inscrito a su nombre con las obligaciones que de ello se deriva. La Municipalidad de Montes de Oca queda eximida de toda responsabilidad y brindará un plazo de 8 días hábiles a partir de esta publicación para oír objeciones.

San Pedro de Montes de Oca, 27 de mayo del 2011.—Departamento Captación de Ingresos.—Lic. Alejandro Villalobos M., Jefe.—1 vez.—RP2011243055.—(IN2011046418).

MUNICIPALIDAD DE ATENAS

El Concejo Municipal de la Municipalidad de Atenas en sesión extraordinaria Nº 82, celebrada el 27 de abril del año 2011, en el artículo único inciso 2. Aprueba la Tarifa del Servicio de Aseo de Vías y Sitios Públicos según se detalla:

Servicio de aseo de vías y sitios públicos

Tasa trimestral

Por metro lineal de frente

787,64

Rige a partir de su publicación.

Atenas, 3 de mayo de 2011.—Proveeduría.—Maura Herrera Morera.—1 vez.—(IN2011047100).

MUNICIPALIDAD DE NARANJO

Acuerdo SO-24-295-2011.—Una vez analizado el Estudio de Costos y Estimación de Tasas del Servicio Recolección de Basura, el Concejo Municipal de Naranjo acuerda aprobar las siguientes tasas mensuales y se autoriza a la Alcaldesa Municipal mandarlo a publicar al Diario La Gaceta. Acuerdo definitivamente aprobado en la sesión N° 24 del 13 de junio del 2011,

Servicio de recolección de basura

Servicio doméstico                                                           3.360,10

Servicio de gobierno y religiosos                                  5.040,15

Servicio comercial e industrial 1.                                    6.720,20

Servicio comercial e industrial 2.                                  10.080,29

Servicio comercial e industrial 3.                                  20.160,59

Servicio comercial e industrial 4.                                  30.240,88

Servicio comercial e industrial 5.                                  40.321,17

Servicio de recolección de basura no tradicional

Servicio doméstico                                                         13.440,39

Servicio de gobierno y religiosos                                16.800,49

Servicio comercial e industrial                                      50.401,46

Naranjo, 15 de junio del 2011.—Lic. Gabriela López Vargas, Secretaria Interina.—Lic. Olga Marta Corrales Sánchez, Alcaldesa.—1 vez.—O. C. Nº 6614.—C-13975.—(IN2011046720).

MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE

El Concejo Municipal de Nandayure en sesión ordinaria Nº 58 celebrada el día 8 de junio de 2011, acordó: dejar sin efecto temporalmente el acuerdo tomado en la sesión ordinaria Nº 50 celebrada el 13 de abril de 2011, según el inciso 23) del artículo XI, y proceder a estudiar y analizar detenidamente la Tabla de Valores de Terrenos en el Cantón de Nandayure, publicada en La Gaceta Nº 105 del primero de junio del presente año y así determinar si es necesario ajustar las tarifas a la realidad o si se mantiene la publicación realizada en La Gaceta antes mencionada.

Nandayure, 10 de junio del 2011.—Rebeca Chaves Duarte, Secretaria Municipal.—1 vez.—(IN2011046627).

MUNICIPALIDAD DE AGUIRRE

ZONA MARÍTIMO TERRESTRE

La Municipalidad del Cantón de Aguirre comunica a la población en general, que en aplicación de los artículos 12 y 13 de la Ley de Zona Marítimo Terrestre y 22 de su Reglamento, esta Administración procedió a eliminar mediante remoción plantaciones ilegales de Teca ubicadas en la Zona Marítimo Terrestre del sector conocido como Playa Linda, distrito Savegre, con la finalidad de restaurar en lo posible el entorno natural de la zona, afectado gravemente con el cultivo de una especie exótica que alteró el frágil equilibrio ambiental de esta zona costera que forma parte integral del demanio público en administración municipal. La madera producto del decomiso generado por la infracción cometida ha sido trasladada a instalaciones municipales para proceder, conforme a derecho, a la disposición de estos bienes con fines públicos. Dada la imposibilidad de mantener prolongadamente estos bienes en las instalaciones municipales por razones de seguridad y salud pública, la Municipalidad de Aguirre emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a aquellas personas -sean físicas o jurídicas- que crean tener algún derecho sobre este decomiso y las invita para que en este plazo perentorio se presenten al Departamento Legal de esta Municipalidad a presentar documento(s) idóneo(s) que demuestre(n) el sustento jurídico de sus pretensiones.

Quepos, Puntarenas, 15 de junio del 2011.—Lutgardo Bolaños Gómez, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2011046703).

CONCEJO MUNICIPAL DE LEPANTO

En atención a lo dispuesto por el Concejo Municipal de Lepanto me permito transcribir a usted, el texto del capítulo VIII, artículo Nº 9 inciso i de la sesión ordinaria 469/2011 celebrada el día 26 de mayo del 2011, que literalmente dice.

ACUERDO

i)   El Concejo Municipal de Distrito de Lepanto, acuerda con tres votos realizar cambio de horario de las sesiones municipales de los días jueves de 4 p. m. a los días jueves a la 1 p. m. A partir de su publicación.

Lepanto, 10 de junio del 2011.—Heilyn Baltodano Barrantes, Secretaria Municipal.—1 vez.—(IN2011046724).

AVISOS

CONVOCATORIAS

MULTIPAGOS INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

Multipagos Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-607169, convoca a asamblea general extraordinaria de socios a celebrarse en Heredia, Santo Domingo, calle dos, avenidas 6 y 8, casa Nº 37, el día 7 de julio del 2011, a las 11:00 horas. La segunda convocatoria se celebrará en el mismo lugar una hora después, y en caso de no haber quórum, quórum que en dicho caso se constituirá con el número de socios presentes. Orden del día: a) Acuerdo para liquidar la sociedad.—San José, 16 de junio del 2011.—Marvin Marín Navarro, cédula 1-964-317.—1 vez.—RP2011243835.—(IN2011048084).

GRUPO CORPORATIVO SARET SOCIEDAD ANÓNIMA

Se convoca a todos los accionistas de la sociedad Grupo Corporativo Saret Sociedad Anónima, con domicilio en Alajuela y con la cédula jurídica número tres-ciento uno-cero sesenta y cuatro mil doscientos veintiuno, a asamblea extraordinaria de socios a celebrarse el día veintidós de julio del año dos mil once, sita en Alajuela, del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría un kilómetro quinientos metros este, parque industrial Zona Franca Alajuela, edificio B uno, a las trece horas, siendo el único punto de la agenda la autorización para otorgar garantía corporativa en relación con el proyecto denominado Pantasma.—22 de junio de dos mil once.—Lic. Marco L. López Castro.—1 vez.—(IN2011048328)

FUNDACIÓN SER Y CRECER

Se convoca a asamblea general extraordinaria de Fundación Ser y Crecer, cédula jurídica 3-006-112587-23, a celebrarse el 4 de julio del 2011, en sus oficinas ubicadas en Montes de Oca, Mercedes, del supermercado La Cosecha 200 metros norte y 75 oeste. La asamblea se realizará a las once horas en primera convocatoria y si no hay quórum una hora después con quienes estén presentes. Orden del día: presentación de renuncia de la Directora en el cargo de secretaria-tesorera, elección de director y varios.—San José, 21 de junio de 2011.—Lic. Roxana Rojas Cernas, Presidenta.—Lic. Damaris Alvarado Cañas, Vicepresidenta.—1 vez.—(IN2011048372).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

SERVICIOS ODONTOLÓGICOS CUBERO

NÚÑEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

Servicios Odontológicos Cubero Núñez Sociedad Anónima, cédula 3101314436, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros Diario, Mayor, Inventarios y Balances todos número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Subgerencia de Servicio al Contribuyente de la Administración Tributaria de Puntarenas, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Selena Cubero Guardiola.—(IN2011045900).

PRODUCTOS NATURIS DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA

Productos Naturis del Sur Sociedad Anónima, con cédula de personería jurídica número 3-101-171707, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición del libro: Registro de Accionistas, Nº 1, quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de la Dirección General de Tributación Directa de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Eric Quesada Arce, Notario.—RP2011242603.—(IN2011045988).

LLANTAS Y ACCESORIOS SOCIEDAD ANÓNIMA

Llantas y Accesorios Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-129434, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas de Consejo de Administración, Actas de Asambleas de Socios y Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, dentro del término de ocho días hábiles a partir de publicación de este aviso.—Lic. Luis Bernardo Parini Segura, Notario.—RP2011242665.—(IN2011045989).

GANADERA IRAZÚ S. A.

Ganadera Iraza S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos veinticinco mil novecientos setenta y cinco, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros siguientes: un libro de Diario, un libro de Mayor, un libro de Inventario y Balances, un libro de Actas de Consejo de Administración, un libro de Actas de Asamblea de Socios, un libro de Actas de Registro de Socios, todos reposición del libro número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de Cartago, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Cartago, trece de junio del dos mil once.—Lic. Maribel Castillo Masís, Notaria.—RP2011242772.—(IN2011045990).

GANADERA PALMIRA S. A.

Ganadera Palmira S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos diecisiete mil trescientos veintiuno, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros siguientes: un libro de Diario, un libro de Mayor, un libro de Inventario y Balances, un libro de Actas de Consejo de Administración, un libro de Actas de Asamblea de Socios, un libro de Actas de Registro de Socios. (Todos reposición del libro número uno). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de Cartago, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Cartago, trece de junio del dos mil once.—Lic. Maribel Castillo Masís, Notaria.—RP2011242773.—(IN2011045991).

INVERSIONES BABILONIA S. A.

Inversiones Babilonia S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos dieciséis mil quinientos cinco, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros siguientes: un libro de Diario, un libro de Mayor, un libro de Inventario y Balances, un libro de Actas de Consejo de Administración, un libro de Actas de Asamblea de Socios, un libro de Actas de Registro de Socios. (Todos reposición del libro número uno). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de Cartago, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Cartago, trece de junio del dos mil once.—Lic. Maribel Castillo Masís, notaria.—RP2011242774.—(IN2011045992).

INVERSIONES UKRANIA G.C.J S. A.

Inversiones Ukrania G.C.J S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos treinta y dos mil quinientos noventa y cinco, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros siguientes: un libro de Diario, un libro de Mayor, un libro de Inventario y Balances, un libro de Actas de Consejo de Administración, un libro de Actas de Asamblea de Socios, un libro de Actas de Registro de Socios. (Todos reposición del libro número uno). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de Cartago, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Cartago, trece de junio del dos mil once.—Lic. Maribel Castillo Masís, Notaria.—RP2011242775.—(IN2011045993).

INVERSIONES I C DE CARTAGO S. A.

Inversiones I C de Cartago S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos dieciséis mil quinientos cuatro, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros siguientes: un libro de Diario, un libro de Mayor, un libro de Inventario y Balances, un libro de Actas de Consejo de Administración, un libro de Actas de Asamblea de Socios, un libro de Actas de Registro de Socios. (Todos reposición del libro número uno). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de Cartago, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Cartago, trece de junio del dos mil once.—Lic. Maribel Castillo Masís, notaria.—RP2011242776.—(IN2011045994).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

SOLUCIONES EMPRESARIALES FDEZO

SOCIEDAD ANÓNIMA

Soluciones Empresariales FDEZO Sociedad Anónima, cédula Jurídica Nº 3-101-463634, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros número 1: Actas de Registro de Socios, número 1: Actas de Consejo Administración, número 1: Actas de Asamblea de Socios, número 1: Diario, número 1: Mayor, número 1: Inventario y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al contribuyente de la Administración Tributaria de San José, Oeste dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Es todo.—Santa Ana, 8 de junio del 2011.—Lic. Carlos Luis Guerrero Salazar, Notario.—RP2011242911.—(IN2011046420).

COMERCIALIZADORA CONEJO

ELIZONDO SOCIEDAD ANÓNIMA

Comercializadora Conejo Elizondo Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos veintiocho mil doscientos once, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario número uno, Mayor número uno, Inventario y Balances número uno, Acta de Registro de Socios número uno, Acta de Asamblea de Socios número uno, y Acta de Consejo de Administración número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Pérez Zeledón, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. María Vita Monge Granados, Notaria.—RP2011242915.—(IN2011046421).

LA CATIRA DE LA BAJURA SOCIEDAD ANÓNIMA

La Catira de La Bajura Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-251084, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Asambleas número uno, Registro de Socios número uno, Actas de Consejo de Administración número uno, Diario número uno, Mayor número uno e Inventarios y Balances número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, Sector Oeste, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 15 de junio del 2011.—Lic. Hugo Gerardo Cavero Araya, Notario.—RP20112436010.—(IN2011046422).

MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRÉSTAMO

La señora Olga Orozco Ramírez, cédula 3-097-827, ha solicitado a la MUCAP la reposición de los títulos valores Nº 112 312 406284 por un monto de ¢377.825,34 y el Nº 112 312 406285, por un monto de ¢2.124.762,49 los cuales fueron emitidos a su orden el día 2 de mayo del 2007. Se emplaza a los interesados a manifestarse dentro del plazo de 15 días naturales posteriores a la última publicación.—San José, 17 de mayo del 2011.—Lic. Carlos Orozco Ramírez, Notario.—RP2011243759.—(IN2011047705).

ARRENDAMIENTOS ROMÁN JARA SOCIEDAD ANÓNIMA

Arrendamientos Román Jara Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-026596, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Consejo de Administración, Actas de Asamblea y Registro de Socios, todos Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José Este, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Carlos Manuel Venegas Gómez, Notario.—(IN2011047901).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

INMOBILIARIA V M DEL ESTE SOCIEDAD ANÓNIMA

Inmobiliaria V M del Este Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-188272, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de sus libros de Actas de Consejo de Administración número uno, Actas de Asambleas de Socios número uno y Registro de Socios número uno, por haberse extraviado. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José Este, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 15 de junio del 2011.—Lic. Leonel Alvarado Zumbado, Notario.—(IN2011046712).

CASA AMISTAD REAL DE SANTA ANA

SOCIEDAD ANÓNIMA

Casa Amistad Real de Santa Ana Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-415966, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de sus libros de Actas de Consejo de Administración número uno, Actas de Asambleas de Socios número uno y Registro de Socios número uno, por haberse extraviado. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José Este, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 15 de junio del 2011.—Lic. Leonel Alvarado Zumbado, Notario.—(IN2011046714).

UNIVERSIDAD LATINA DE COSTA RICA

Por medio de la presente la Universidad Latina de Costa Rica certifica que ante este Registro se ha presentado solicitud de reposición del título de Bachillerato en Administración de Negocios, emitido por la Universidad Latina de Costa Rica a nombre de Nicida Murillo Picado, cédula número 2-0351-0607, inscrito en el Libro de la Universidad en el Tomo I, Folio 113, Asiento 3081. Se solicita la reposición, por motivo que el estudiante extravió el original del título. Se publica éste edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial. Se extiende la presente a solicitud del interesado en el día y lugar de la fecha.—San José, 12 de mayo del 2011.—José Prado Arroyo, Director de Registro.—(IN2011046733).

Yo, María Isabel Castillo Vargas, cédula física número 2-0385-0709 solicito ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros: Diario 1, Mayor 1, Inventario y Balance 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de María Isabel Castillo Vargas dentro del término de 8 días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—María Isabel Castillo Vargas.—(IN2011046785).

LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENSES S. A.

Para los efectos del artículo 689 Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA), hace constar a quien interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá los siguientes certificados de acciones:

                   Certificado Nº                Acciones                   Serie

                             887                                67                             B

                             886                               600                           A

Nombre del accionista: Bienes Ana Patricia S. A., folio número 1284.

Norma Naranjo M., Gerente de Accionistas.—(IN2011046813).

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CENTRO AMÉRICA

Ante el registro de la Universidad Autónoma de Centro América se ha presentado la solicitud de reposición del título de: Licenciatura en Enfermería, emitido por esta casa de estudios el día 25 de agosto de 2007, inscrito en el tomo II-6734, a nombre de Laura Brenes Vega, con cédula de identidad número 1-1120-0225. Se solicita la reposición por haberse extraviado el original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la publicación en el Diario Oficial. Campus J. Guillermo Malavassi V.—Cipreses, Curridabat, 6 de agosto del 2010.—Roxinia Castillo Córdoba, Registradora.—RP2011243355.—(IN2011046908).

BANCO PROMÉRICA DE COSTA RICA S. A.

Por este medio Banco Promérica de Costa Rica S. A., hace constar que Alejandro José Zumbado Mora, cédula de identidad uno-novecientos cuarenta y ocho-ciento cincuenta y cuatro, es el único propietario y beneficiario de los siguientes documentos: uno) certificado de inversión, número nueve cuatro nueve nueve siete, por un monto de doscientos cincuenta mil doscientos setenta y cuatro colones con nueve céntimos; dos) cupón de intereses número noventa y cuatro mil novecientos noventa y siete, fecha de vencimiento diez de setiembre dos mil diez. Por lo cual para efectos de cobro no tienen ninguna validez.

San José, nueve de junio del dos mil once.—Luis Carlos Rodríguez Acuña.—RP2011243196.—(IN2011046909).

Por este medio Banco Promérica de Costa Rica S. A., hace constar que Darren Arthur Oeschler, cédula de residente rentista: uno ocho cuatro cero cero uno cero dos seis tres tres dos, es el único propietario y beneficiario de los siguientes documentos: uno) certificado de inversión, número nueve cero siete siete cuatro, por un monto de un mil dólares exactos, moneda de los Estados Unidos de América; dos) cupón de intereses número nueve cero siete siete cuatro-uno, fecha de vencimiento once de julio del dos mil diez. Por lo cual para efectos de cobro no tienen ninguna validez.

San José, nueve de junio del dos mil once.—Luis Carlos Rodríguez Acuña.—RP2011243197.—(IN2011046910).

ASOCIACIÓN PROYECTOS ALTERNATIVOS PARA

EL DESARROLLO SOCIAL, PROAL

Yo Osvaldo Durán Castro, cédula de identidad 1-637-0047, en mi calidad de presidente y representante legal de la Asociación Proyectos Alternativos para el Desarrollo Social, PROAL, cédula jurídica: 3-002-177104, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición de los libros Actas de Asamblea General Nº 2, Actas Junta Directiva Nº 2, Registro de asociados Nº 2, Diario Nº 2, Mayor Nº 2 e inventario y balances Nº 2, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado con el fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—14 de junio del 2011.—Dr. Osvaldo Durán Castro, Presidente.—1 vez.—RP2011243206.—(IN2011046911).

ASOCIACIÓN DEPORTIVA POCOSOL

Yo, Álvaro Castro Esquivel, cédula de identidad número dos-seis cero uno-ocho cinco dos, en mi calidad de representante legal de la Asociación Deportiva Pocosol, cédula jurídica número 3-002-205666, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídica la reposición de los libros, diario, mayor, inventarios y balances y actas, números uno, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de asociaciones.—Catorce de junio del dos mil once.—Lic. Orlando Rodríguez Arguedas, Notario.—1 vez.—RP2011243151.—(IN2011046912).

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Por escritura otorgada ante mi Notaría, a las trece horas del seis de junio de dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Inversiones Valle Sur Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó la disolución de la sociedad de conformidad con lo dispuesto por el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—Lic. Andrés A. Pérez González, Notario.—(IN2011044487).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Que por escritura otorgada ante mí, a las once horas del nueve de junio del dos mil once, se constituyó la sociedad Priority Lift Sociedad Anónima, con un capital de ciento veinte mil colones. Se nombra junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, trece de junio del dos mil once.—Lic. Sergio Cortés Rosabal, Notario.—1 vez.—(IN2011045743).

La suscrita notaria Irene Arrieta Chacón, hago constar que ante mi notaría se constituyó la sociedad de Responsabilidad Limitada sin nombre, bajo el decreto tres tres uno siete uno-J SRL, cuyo capital social es de cien mil colones. Gerentes: Eduardo Lizano Botazzi y Johana Zenobia Villarreal Vargas.—Puntarenas, 14 de junio del 2011.—Lic. Irene Arrieta Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2011242668.—(IN2011046070).

La suscrita notaria Irene Arrieta Chacón, hago constar que ante mi notaría se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada sin nombre, bajo el decreto tres tres uno siete uno-J SRL, cuyo capital social es de cien mil colones. Gerentes: Xavier Aizpurua Bustos y David Alejandro del Burgo Chicco.—Puntarenas, 14 de junio del 2011.—Lic. Irene Arrieta Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2011242669.—(IN2011046071).

La suscrita notaria hago constar que ante esta notaría, a las 12 horas y 30 minutos del día 13 de junio del 2011, se constituyó en la escritura 26-5 el ente jurídico Primavera Feliz Sociedad Anónima, con un capital social de 100.000 colones, siendo el apoderado generalísimo de suma el presidente José Antonio Rojas Rodríguez.—San José, 13 de junio del 2011.—Lic. Paola Arias Marín, Notaria.—1 vez.—RP2011242671.—(IN2011046072).

La suscrita notaria hago constar que ante esta notaría a las 13:00 horas del día 13 de junio del 2011, se constituyó en la escritura 27-5 el ente jurídico Whitman Ciento Noventa y Cinco Sociedad Anónima, con un capital social de 100.000 colones, siendo el apoderado generalísimo de suma el presidente Alberto Tenorio Díaz.—San José, 13 de junio del 2011.—Lic. Paola Arias Marín, Notaria.—1 vez.—RP2011242672.—(IN2011046073).

Ante este notario, mediante escritura número ciento uno de las nueve horas treinta minutos del catorce de junio del dos mil once, se reformó la cláusula sexta de la sociedad Aceros Carazo S. A. Es todo.—San José, catorce de junio del dos mil once.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2011242676.—(IN2011046074).

Ante este notario, mediante escritura número ochenta y ocho de las quince horas del diez de junio del dos mil once, se reformó la cláusula sexta de la sociedad Paseo del Prado Laurel Cuatro S. A. Es todo.—San José, trece de junio del dos mil once.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2011242677.—(IN2011046075).

Ante este notario, mediante escritura número noventa y nueve de las doce horas del trece de junio del dos mil once, se constituyó la sociedad BDA-Autos S. A. Es todo.—San José, trece de junio del dos mil once.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2011242678.—(IN2011046076).

Ante este notario, mediante escritura número noventa y seis de las nueve horas del trece de junio del dos mil once, se constituyó la sociedad Corporación Nicté S. A. Es todo.—San José, trece de junio del dos mil once.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2011242679.—(IN2011046077).

Ante este notario, mediante escritura número noventa y ocho de las diez horas del trece de junio del dos mil once, se constituyó la sociedad Corporación Lumice S. A. Es todo.—San José, trece de junio del dos mil once.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2011242680.—(IN2011046078).

Ante este Notario, mediante escritura número noventa y cinco de las ocho horas del trece de junio del dos mil once, se constituyó la sociedad Inversiones Sérzaké S. A. Es todo.—San José, trece de junio del dos mil once.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2011242681.—(IN2011046079).

Mediante escritura número cuarenta y uno otorgada a las doce horas del nueve de junio de dos mil once, en el tomo diez del protocolo del conotario Marvin José Villagra López, se constituye una sociedad anónima numérica. La representación judicial y extrajudicial de esta sociedad corresponde al presidente y secretario, pudiendo actuar de manera conjunta o separada.—San José, trece de junio del dos mil once.—Lic. Marvin José Villagra López, Notario.—1 vez.—RP2011242721.—(IN2011046101).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veintiocho de mayo del dos mil once, se constituyó Águila de la Bajura Sociedad de Responsabilidad Limitada. Plazo noventa y nueve años. Capital social suscrito y pagado. Gerente y subgerente con las facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma.—Liberia, trece de junio del dos mil once.—Lic. Luis Diego Delgado Coronado, Notario.—1 vez.—RP2011242724.—(IN2011046102).

Por escritura número treinta y dos-veintidós, otorgada ante los notarios Jorge González Roesch y Alberto Sáenz Roesch, actuando en el protocolo del primero, a las quince horas treinta minutos del día trece de junio del dos mil once, se reforma la cláusula sexta, se nombran junta directiva y fiscal y se modifica la cláusula primera para que la compañía tres-ciento uno-seiscientos veinte mil seiscientos noventa y uno s. a. en adelante se denomine Green Data Services G.D.S. Sociedad Anónima.—San José, 13 de junio del 2011.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.—RP2011242725.—(IN2011046103).

A las 9:00 horas del día 9 de junio del 2011, se constituyó la sociedad denominada Restaurante y Cafetería Bites Mordiscos con Sabor S. A. Domicilio. Será la ciudad de San José, cantón primero, distrito Mata Redonda, de la provincia de San José, del Costa Rica Tenis Club, ciento cincuenta metros al sur. Capital social: íntegramente suscrito y pagado; Plazo social: será de noventa y nueve años contados a partir de la fecha de constitución. Presiente y el secretario, tendrán la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con las facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma, actuando conjuntamente.—San José, 9 de junio del 2011.—Lic. Allan Guerrero Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011242728.—(IN2011046104).

Ante esta notaría, se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Carroeclipse Sociedad Anónima, que modifica la cláusula primera del pacto constitutivo, procediéndose a modificar la razón social de la sociedad. Es todo.—San José, 12 de junio del dos mil once.—Lic. Carlos Alberto Ramírez Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2011242730.—(IN2011046105).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las veinte horas del día trece de junio del dos mil once, Adrián Prada Prada y Blanca Rosa Rodríguez Ruiz, constituyen Yeya La Bella Ltda.—San José, catorce de junio del dos mil once.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2011242734.—(IN2011046106).

La suscrita licenciada Ana Marcela Picado Vásquez, notaria pública con oficina en San Ramón de Alajuela, trescientos cincuenta metros oeste de la esquina suroeste de la Escuela Jorge Washington, y actuando en la ciudad de Palmares de Alajuela, constituí la sociedad denominada: Grupo Ecoplast Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones y un plazo social de noventa y nueve años. Es todo.—Palmares, nueve de junio del dos mil once.—Lic. Ana Marcela Picado Vásquez, Notaria.—1 vez.—RP2011242735.—(IN2011046107).

En asamblea general ordinana-extraordinaria, la empresa Studio Audiovisual S. A., modifica cláusula sexta del pacto constitutivo y nombra nueva secretaria, tesorera y fiscal de la empresa.—Heredia, 14 de junio del 2011.—Lic. Neftalí Madrigal Chaverri, Notario.—1 vez.—RP2011242737.—(IN2011046108).

Por escritura otorgada ante notaría, a las diez horas del once de junio del dos mil once, se reforman cláusulas primera, segunda y décimo primera del pacto social y se nombra junta directiva y fiscal de la entidad Jacobo y Solís Compañía S. A., que cambia razón social a: Brenes y Brenes Compañía Constructora S. A. Jorge Brenes González, Presidente.—Lic. José Enrique Brenes Montero, Notario.—1 vez.—RP2011242743.—(IN2011046109).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del trece de junio del dos mil once, se reforma cláusula primera del pacto social de Maderas Cartago J Y H S. A., y se otorga poder general sin límite de suma.—Lic. José Enrique Brenes Montero, Notario.—1 vez.—RP2011242744.—(IN2011046110).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del día 8 de junio del 2011, se constituyó la compañía denominada Transportes Valverde González Sociedad Anónima, domiciliada en Los Ángeles de La Fortuna de San Carlos, Alajuela. Misma fecha.—Lic. Manuel Francisco Jones Chacón, Notario.—1 vez.—RP2011242745.—(IN2011046111).

German Mora Arias, mayor de edad, casado una vez, técnico en construcción y telecomunicaciones, con cédula de identidad número dos-cuatrocientos catorce-novecientos noventa y ocho, vecino de Atenas de Grecia, setenta y cinco metros al este de pulpería San Antonio, Alajuela; María de Los Ángeles Mora Arias conocida como Marielos Mora Arias, mayor de edad, soltera, ama de casa, con cédula de identidad número dos-cuatrocientos sesenta y seis-quinientos cincuenta y dos y Rolando Mora Arias, mayor de edad, soltero, agricultor, con cédula de identidad número dos-cuatrocientos treinta y tres-setecientos cuatro, los dos últimos vecinos de Tournón, quinientos metros al este de la Escuela, La Rita, Pococí, Limón, el primero en su condición de presidente y todos dueños de la totalidad del capital social de la sociedad denominada Palmitera Hermanos Mora Arias Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos setenta y dos mil setecientos cuarenta y ocho, domiciliada en Tournón, quinientos metros al este de la Escuela, La Rita, Pococí, Limón, se conoce de la cesión de acciones, de la renuncia de socios y del nombramiento de directivos.—Cariari, 14 de junio del 2011.—Lic. Alfredo Calderón Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2011242780.—(IN2011046131).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó sociedad anónima denominada Olimansil de Tres Ríos Sociedad Anónima. Capital social: veinte mil colones. Plazo social: cien años. Presidente: Manfred Antonio Salas Garita.—Lic. Elsa María Vásquez Calderón, Notaria.—1 vez.—RP2011242784.—(IN2011046132).

Que mediante escritura de las 18:00 horas del 6 de mayo del 2011, Carlos Esteban Delgado Naranjo, cédula 1-1051-224, y Carmen Leticia Umaña Cedeño, cédula 1-1098-553, constituyen Muebles Umaña & Delgado de San José S. A. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Objeto: comercio en general. Domicilio: Sabanilla, de la Iglesia 250 metros al este. Presidente: Carlos Esteban Delgado Naranjo.—San José, 2 de junio del 2011.—Lic. Jorge Armando Cartín Estrada, Notario.—1 vez.—RP2011242788.—(IN2011046133).

Por escritura número sesenta y seis, visible al folio treinta y uno vuelto del tomo seis de mi protocolo, otorgada en Guadalupe, Goicoechea, a las once horas del trece de junio del dos mil once, protocolice acta de asamblea general extraordinaria de la entidad Wireless Engineering de Costa Rica Sociedad Anónima.—Lic. Franklin González Cubero, Notario.—1 vez.—RP2011242790.—(IN2011046134).

La suscrita notaria solicito publicación del edicto, en asamblea extraordinaria de accionistas de 3-101-602879 sociedad anónima, se reforma cláusula del plazo.—San José, 8 de junio del 2011.—Lic. Deyanira Chichilla Mora, Notaria.—1 vez.—RP2011242791.—(IN2011046135).

Por escritura otorgada el día de hoy, ante mí, se constituyó la compañía Four Living Sociedad Anónima, le corresponde al presidente y tesorero la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente.—San José, 8 de junio de 2011.—Lic. Aldomar Ulate Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011242792.—(IN2011046136).

Por escritura otorgada el día de hoy, ante mí, se constituyó la compañía Servicios Médicos Yodesa S.R.L., siendo el gerente el apoderado generalísimo sin límite de suma, S. R. L.—San José, 9 de junio de 2011.—Lic. Aldomar Ulate Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011242793.—(IN2011046137).

Por escritura otorgada ante la notaria Giselle María Flores Monge, la sociedad Tres-Ciento Uno-Quinientos Cuatro Mil Novecientos Setenta S. A., cédula jurídica Nº 3-101-504970, realiza cambios de estatutos.—Guápiles, 14 de junio del 2011.—Lic. Giselle María Flores Monge, Notaria.—1 vez.—RP2011242811.—(IN2011046148).

Ante esta notaría, se protocolizo asamblea general extraordinaria de la entidad jurídica Tres-Ciento Uno-Quinientos Noventa y Tres Mil Trescientos Sesenta y Nueve Sociedad Anónima. Donde se cambió la razón social por Premium Consolidaciones y Logística PCL Sociedad Anónima, y se nombró como representante legal al señor Gino Renzi Víquez. Por escritura otorgada en San José a las doce horas del seis de junio del dos mil once.—Lic. Tatiana Martínez Salas, Notaria.—1 vez.—RP2011242812.—(IN2011046149).

Por escritura otorgada a las catorce horas del dos de junio del dos mil once, se constituyó la sociedad Bertram Investment Corporation Sociedad Anónima. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma la señora Judy Alexandra Pirie Waid.—San José, 14 de junio del 2011.—Lic. Bernal Chavarría Soley, Notario.—1 vez.—RP2011242813.—(IN2011046150).

En esta notaria, los señores Julia María Ardón Morera, Eric Elías Marín Lara y Dora María Araya Rodríguez, constituyen la sociedad Somos de Maíz Sociedad Anónima, con domicilio en Río Segundo de Alajuela, del Súper Santiago, trescientos cincuenta metros noroeste. Presidenta Julia María Ardón Morera. Plazo social: cien años. Capital social: quince mil colones.—Alajuela, 30 de mayo del 2011.—Lic. Jesika Alfaro Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2011242815.—(IN2011046151).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las doce horas treinta minutos del catorce de junio del dos mil once, se modifica la cláusula novena del acta constitutiva de la sociedad Fracción Clavel Ocho Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y tres mil trescientos cincuenta y dos y se nombra nueva junta directiva.—San José, 14 de junio del 2011.—Lic. Serguei Swirgsde González, Notario.—1 vez.—RP2011242820.—(IN2011046152).

Mediante escritura 236-2 del notario David Gerardo Arrieta Carvajal, notario público con oficina abierta en Heredia centro, frente a la Bomba Total. Protocolizo: asamblea extraordinaria de cuotistas de la sociedad MDB Miro de Bacelona Limitada, cédula 3-102-475981: Se modificó cláusula 1, 2 y 6 del pacto constitutivo. Celebrada a las 8 horas del 24 de setiembre 2008.—Lic. David Gerardo Arrieta Carvajal, Notario.—1 vez.—RP2011242821.—(IN2011046153).

Por escritura otorgada hoy en mi notaría, se constituyó la sociedad Auto Mercantil P Y P Sociedad Anónima, domiciliada en San José.—San José, trece de junio de dos mil once.—Lic. Michelle Leñero Sanou, Notaria.—1 vez.—(IN2011046156).

Por escritura otorgada hoy en mi notaría, se constituyó la sociedad Auto Finanzas Sociedad Anónima, domiciliada en San José.—San José, trece de junio de dos mil once.—Lic. Michelle Leñero Sanou, Notaria.—1 vez.—(IN2011046159).

En mi notaría por medio de escritura pública otorgada a las once horas del trece de junio del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Corporación de Seguridad Kalibrada de Responsabilidad Limitada. Capital social: veinte mil colones. Domicilio: Puntarenas, Palma del Río. Plazo: noventa y nueve años.—Lic. Andrés Esteban Ávalos Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2011046171).

Por escritura 5 otorgada en esta notaría, a las 8:00 horas del 9 de junio del 2011, se constituyó la sociedad Rex Logística Sociedad Anónima, capital social ¢100.000,00, apoderado el Presidente.—Lic. German José Víquez Zamora, Notario.—1 vez.—(IN2011046194).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del día quince de junio del año dos mil once, se modificó el pacto constitutivo de la entidad denominada tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y siete mil trescientos treinta y tres sociedad anónima, en cuanto a la cláusula del domicilio y la cláusula de la representación, así mismo se nombra presidente, secretario, tesorero y fiscal.—Alajuela, 15 de junio del 2011.—Lic. Hernán Fernando León Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2011046197).

Ante mí Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día catorce de junio del dos mil once, a las diez horas en Atenas se realizó asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad M V G Seguridad en las Lomas Limitada, se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo y se nombra gerente uno y gerente dos de la sociedad.—Atenas, catorce de junio del dos mil once.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2011046200).

Lic. Ana Isabel Fallas Aguilar, notaria pública, con oficina abierta en Santa Ana, del Palí, cien metros al este y cincuenta metros al norte, da fe que en asamblea general extraordinaria de accionistas de Rancho Hatuey Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y siete mil seiscientos cuarenta y cinco, se modifica la cláusula segunda: del domicilio para que en adelante se lea: segundo: el domicilio social será en la provincia de San José, cantón Escazú, distrito Guachipelín, exactamente: mil ochocientos metros al norte de B.A.C. San José, sin embargo podrá tener sucursales en cualquier parte del territorio nacional o fuera de él.—San José, 15 de junio del 2011.—Lic. Ana Isabel Fallas Aguilar, Notaria.—1 vez.—(IN2011046208).

Por medio de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Valle Verde Oliva S. A., celebrada a las 8:00 horas del día 2 de junio del 2011, se acordó modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo de la compañía, en cuanto al domicilio social y eliminar la cláusula décima quinta referente al agente residente. Asimismo, se nombra nuevos miembros de junta directiva y fiscal.—Tamarindo, 2 de junio de 2011.—Lic. Paúl Oporta Romero, Notario.—1 vez.—(IN2011046209).

En esta notaría, al ser las 17:00 horas del 29 de octubre del 2010; se constituyó la sociedad anónima laboral denominada Labor Anka Sociedad Anónima Laboral.—San Antonio de Belén, 1º de junio del 2011.—Lic. Ignacio Leandro Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2011046214).

En esta notaría, al ser las 16:00 horas del 25 de mayo del 2011; se protocolizó acta de la sociedad denominada Academic Teaching M.N.O Ltda.—San Antonio de Belén, 10 de junio del 2011.—Lic. Bárbara van Nierop, Notaria.—1 vez.—(IN2011046215).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría al ser las 11:30 horas del 15 de junio del 2011, se constituyó Corporación Campo Floreciente Sociedad de Responsabilidad Limitada, domicilio en San José, objeto genérico, plazo 100 años, capital social 12.000 colones. Corresponde al gerente la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Gerente: Mario Alberto Solís Zamora.—San José, 15 de junio del 2011.—Lic. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—(IN2011046216).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría al ser las 10:30 horas del 15 de junio del 2011, se constituyó Inversiones Gran Valle Fresco Sociedad de Responsabilidad Limitada, domicilio en San José, objeto genérico, plazo 100 años, capital social 12.000 colones. Corresponde al gerente la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Gerente: Mario Alberto Solís Zamora.—San José, 15 de junio del 2011.—Lic. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—(IN2011046217).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría al ser las 10:00 horas del 15 de junio del 2011, se constituyó Desarrollos Belleza Natural Sociedad de Responsabilidad Limitada, domicilio en San José, objeto genérico, plazo 100 años, capital social 12.000 colones. Corresponde al gerente la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Gerente: Mario Alberto Solís Zamora.—San José, 15 de junio del 2011.—Lic. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—(IN2011046218).

Por escritura otorgada ante mí hoy a las 14:00 horas, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas modificando la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Zamora Bolaños - Zabo S. A.—Santo Domingo de Heredia, 15 de junio del 2011.—Msc. Helberto Moreira González, Notario.—1 vez.—(IN2011046222).

Por escritura de las 14:00 horas del trece de junio del año 2011, se constituye la sociedad denominada Markatica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, quince de junio del 2011.—Lic. Manuel Porras Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2011046252).

Marvin José Gómez Leiva e Isidro Jesús Hernández Morán, constituyen Gaviones y Desarrollos Constructivos M Y G S.A. En San José, a las quince horas del tres de enero del dos mil once.—Lic. Luis Marino Castillo López, Notario.—1 vez.—(IN2011046254).

Hoy día se ha protocolizado el acta número dos de la sociedad cuya razón social es BE CA Costa Rica Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-seis tres cuatro cero uno dos. Donde por acuerdo unánime, de todo el capital social de la empresa, se elimina la cláusula décima primera del pacto constitutivo.—Ciudad de Alajuela, ocho horas del diez de junio del dos mil once.—Lic. Maximiliano Vargas Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2011046269).

Por escritura autorizada por el notario público Fernando Fallas Amador, se protocolizó artículo de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Bavarian Motors CR S. A. celebrada el día 15 de mayo del 2011, por el cual se modificó la cláusula quinta del pacto social aumentándose el capital social.—Lic. Fernando Fallas Amador, Notario.—1 vez.—(IN2011046270).

Por escritura número 282, otorgada a las 16:00 horas del día de hoy, ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad K&D Enterprises Sociedad Anónima, con domicilio en San José, La Uruca. Representada por su presidente y secretario con facultades conjuntas de apoderados generalísimos sin límite de suma. Con plazo social de cien años.—San José, 14 de junio de 2011.—Lic. Carlos Alberto Riba Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(IN2011046272).

Por medio de escritura número ciento treinta y cuatro, del tomo quinto del protocolo de la notaria Maricruz Sánchez Carro, se constituyó la sociedad Glen Fruin Sociedad Anónima, cuya representante es Laura Alexandra Lyle. Dicha sociedad tiene un capital social de cien mil colones y un plazo social de noventa y nueve años.—Alajuela, diecisiete de junio del dos mil once.—Lic. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1 vez.—(IN2011046278).

Ante mi notaría de constituye la sociedad denominada Inversiones LSQ Sociedad Anónima.—San José, 10 de mayo del 2011.—Lic. Ferdinand von Herold, Notario.—1 vez.—(IN2011046300).

Por escritura número setenta-dos, otorgada ante el suscrito notario publico a las diez horas del día catorce de junio del año dos mil once, se constituyó la sociedad anónima denominada Transportes Adrián Brenes de Costa Rica Sociedad Anónima, domiciliada en Cartago, Paraíso, presidente: Adrián Brenes Loría.—Tres Ríos, 14 de junio del 2011.—Lic. Edgar Fernández Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2011242831.—(IN2011046423).

Por escritura otorgada a las diez horas del catorce de junio de dos mil once, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea ordinaria de la sociedad denominada Inversiones Oro Gaal S. A., en virtud de la cual se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 15 de junio de 2011.—Lic. Orlando Baltodano Valdelomar, Notario.—1 vez.—RP2011242845.—(IN2011046424).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciséis horas del día catorce de junio de dos mil once, Larp Associates S. A., y Yellow Innovative Lands S. A., constituyen quince sociedades de responsabilidad limitada, las cuales se denominarán de acuerdo al número de cédula jurídica asignado.—San José, catorce de junio de dos mil once.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2011242857.—(IN2011046425).

Por escritura en mi notaría en Heredia, a las 18 horas del 14 de junio del 2011, se constituyó la sociedad Inversiones Señaliza S. A. Capital suscrito y pagado, acciones comunes y nominativas. Domicilio Heredia. Agricultura, industria y comercio en general.—Lic. Rafael Ángel Barahona Melgar, Notario.—1 vez.—RP2011242859.—(IN2011046426).

Por escritura otorgada ante mí, a las 15:16 hrs. del 14 de junio del 2011, se reformó las cláusulas primera, segunda, cuarta y octava del pacto constitutivo, de la sociedad Inversiones Dalila R & N San Carlos S. A., y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Ciudad Quesada, 14 de junio del 2011.—Lic. Ivannia Barboza Carvajal, Notaria.—1 vez.—RP2011242860.—(IN2011046427).

Por escritura otorgada ante mí, a las 16:15 horas del 14 de junio del 2011, se constituyó la sociedad denominada Veinticinco de Enero del Ochenta y Dos Sociedad Anónima, cuyo capital se encuentra suscrito y pago. Ciudad Quesada, 14 de junio del 2011.—Lic. Ivannia Barboza Carvajal, Notaria.—1 vez.—RP2011242861.—(IN2011046428).

Ante esta notaría, se realizó la asamblea general extraordinaria de la sociedad Gabi Montajes y Distribución S. A., cédula jurídica 3-101-376874, mediante la cual se modificó las cláusulas segunda y sétima de los estatutos y se nombró nueva junta directiva, cuya acta fue protocolizada el día de hoy.—Pérez Zeledón, treinta y uno de mayo del dos mil once.—Lic. Rosaura Madrigal Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2011242862.—(IN2011046429).

Por escritura otorgada ante  mí, a las 16:00 horas del 14 de junio del 2011, se constituyó  la sociedad denominada  G E O N O V A Ingenieros Consultores Sociedad Anónima, cuyo capital se encuentra suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 14 de junio del 2011.—Lic. Ivannia Barboza Carvajal, Notaria.—1 vez.—RP2011242863.—(IN201146430).

Mediante escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad denominada Muebles Para Vida S. A., el día de hoy. Capital social enteramente suscrito y pagado.—Pérez Zeledón, 7 de junio del 2011.—Lic. Rosaura Madrigal Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2011242864.—(IN2011046431).

Ante esta notaría se realizó la asamblea general extraordinaria de la sociedad Centro de Servicios y Repuestos Victoria R. L., cédula jurídica 3-102-627759, mediante la cual se modificó la cláusula sexta de los estatutos, cuya acta fue protocolizada el día de hoy.—Pérez Zeledón, veinticinco de mayo del dos mil once.—Lic. Rosaura Madrigal Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2011242865.—(IN2011046432).

Por escritura otorgada ante mí, a las 18:00 horas del 10 de junio del 2011, se constituyó la sociedad Alquiler de Menajes para Eventos Sociedad Anónima, cuyo capital social se encuentra totalmente suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 13 de junio del 2011.—Lic. Evelyn Loaiza Blanco, Notaria.—1 vez.—RP2011242866.—(IN2011046433).

Por escritura otorgada ante mí, a las 18:30 horas del 10 de junio del 2011, se constituyó la sociedad Alimentos de Cocina Sociedad Anónima, cuyo capital social se encuentra totalmente suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 13 de junio del 2011.—Lic. Evelyn Loaiza Blanco, Notaria.—1 vez.—RP2011242868.—(IN2011046434).

Por protocolización del acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de las 11:30 horas del 9 de junio del 2011, se reformó la cláusula primera del pacto constitutivo de Asesoría Orientada a los Negocios A.O.N S. A.—San José, 14 de junio del 2011.—Lic. María Virginia Méndez Ugalde, Notaria.—1 vez.—RP2011242869.—(IN2011046435).

Por protocolización del acta de asamblea general ordinaria de accionistas de las 16:00 horas del 06 de junio del 2011, se reformó la cláusula novena del pacto constitutivo de Metodologías de Administración de Riesgos y Consultoría en Seguros CIRM Sociedad Anónima.—San José, 14 de junio del 2011.—Lic. María Virginia Méndez Ugalde, Notaria.—1 vez.—RP2011242870.—(IN2011046436).

Por escritura Nº 152, tomo 37 de mi protocolo, otorgada a las 14:50 horas del 11 de junio de 2010. Se constituyó sociedad que tendrá por nombre el número de cédula jurídica que el Registro Público de Personas Jurídicas le asigne más el aditamento limitada. Domicilio. San José, Sabanilla Mercedes Residencial Alma Mater calle D, casa Nº 21. Capital social: suscrito y pagado por doce mil colones. Gerente y 2 subgerentes representantes legales, actuando separadamente.—San José, 11 de junio de 2011.—Lic. Rolando Tellini Duarte, Notario.—1 vez.—RP2011242871.—(IN2011046437).

Por escritura otorgada, a las quince horas treinta minutos del día trece de junio del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Servicios Especializados en medio de Pago Electrónico (SEEMPE) Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. La representación legal le corresponderá al presidente y secretario.—Lic. Lency Jhannory Salas Araya, Notaria.—1 vez.—RP2011242872.—(IN2011046438).

Por escritura otorgada ante mí, a las 18:40 horas del 10 de junio del 2011, se constituyó la sociedad Productos Preparados Sociedad Anónima, cuyo capital social se encuentra totalmente suscrita y pago.—Ciudad Quesada, 13 de junio del 2011.—Lic. Evelyn Loaiza Blanco, Notaria.—1 vez.—RP2011242876.—(IN2011046439).

Por escritura otorgada ante mí, a las 18:45 horas del 10 de junio del 2011, se constituyó la sociedad I.N.D.I.G.O. Sociedad Anónima, cuyo capital social se encuentra totalmente suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 13 de junio del 2011.—Lic. Evelyn Loaiza Blanco, Notaria.—1 vez.—RP2011242877.—(IN2011046440).

Por escritura otorgada ante mí, a las 19:15 horas del 10 de junio del 2011, se constituyó la sociedad C.Ú.R.C.U.MA. Sociedad Anónima, cuyo capital social se encuentra totalmente suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 13 de junio del 2011.—Lic. Evelyn Loaiza Blanco, Notaria.—1 vez.—RP2011242878.—(IN2011046441).

Por escritura otorgada ante mí, a las 19:40 horas del 10 de junio del 2011, se constituyó la sociedad E.S.T.E.L.A.R. Sociedad Anónima, cuyo capital social se encuentra totalmente suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 13 de junio del 2011.—Lic. Evelyn Loaiza Blanco, Notaria.—1 vez.—RP2011242880.—(IN2011046442).

Por escritura otorgada ante mí, a las 19:45 horas del 10 de junio del 2011, se constituyó la sociedad C.A.M.A.R.U. Sociedad Anónima, cuyo capital social se encuentra totalmente suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 13 de junio del 2011.—Lic. Evelyn Loaiza Blanco, Notaria.—1 vez.—RP2011242881.—(IN2011046443).

El día diez de junio del año dos mil once, se otorgó escritura de constitución de sociedad Familia Dayaan S. A. Capital social: cien mil colones.—Palmares, once de junio del dos mil once.—Lic. Édgar Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—RP2011242882.—(IN2011046444).

Ante mi notaría al ser las once horas del treinta y uno de mayo del dos mil once, se constituyó la sociedad La Tormenta de Nosara Sociedad Anónima, cuyo presidente es Randall Enrique Matarrita García, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Nicoya, Guanacaste, treinta y uno de mayo del dos mil once.—Lic. Hamrin Abadía Briceño, Notario.—1 vez.—RP2011242883.—(IN2011046445).

Yo Sergio Rodríguez Garita, notario público con oficina en San José, hago el conocimiento público que por escritura otorgada ante mí y el notario Dennis Eduardo Zúñiga Aguilar y el señor José Darío Villalobos Rodríguez y la señora Jenny Leal Murillo, constituyeron la sociedad Villa Leal S. A., con un plazo social de noventa y nueve años, un capital social de cien mil colones, domiciliada en Heredia, Residencial Monte Bello, Mercedes Norte.—13 de junio del 2011.—Lic. Sergio Rodríguez Garita, Notario.—1 vez.—RP2011242885.—(IN2011046446).

Yo Dennis Zúñiga Aguilar, notario, hago del conocimiento público que Kelvin Rojas Cerna y Cecilia Llobet Estrada, constituyeron la sociedad Dos Mil Dos BM Sociedad Anónima, con domicilio en San José, avenida segunda, calle catorce, estación esquinera, capital social cien mil colones, plazo social de noventa y nueve años.—13 de junio del 2011.—Lic. Dennis Zúñiga Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2011242886.—(IN2011046447).

Por escritura otorgada a las ocho horas del diez de junio del dos mil once, ante el notario Andrés Elliot Sule, los señores Luis Diego Chinchilla Roverssi y Ana Ortega Pastor, constituyeron la sociedad denominada Masvida Sociedad Anónima. Presidente: Luis Diego Chinchilla Roverssi.—San José, trece de junio del dos mil once.—Lic. Andrés Elliot Sule, Notario.—1 vez.—RP2011242887.—(IN2011046448).

Mediante escritura número trescientos sesenta y cinco al ser las quince horas del diez de junio del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Pensiones CPM Siglo Dos Uno S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo social: cincuenta años. Capital social suscrito y pagado.—Lic. Arlene Valverde Valverde, Notaria.—1 vez.—RP2011242889.—(IN2011046449).

Por escritura otorgada ante mí, a las 19:50 horas del 10 de junio del 2011, se constituyó la sociedad A.M.A.C.U.R.O. Sociedad Anónima, cuyo capital social se encuentra totalmente suscrita y pago.—Ciudad Quesada, 13 de junio del 2011.—Lic. Evelyn Loaiza Blanco, Notaria.—1 vez.—RP2011242891.—(IN2011046450).

Ante mí, Lorena Montt Villacura, notaria pública con oficina en San José, se constituyó Lifelab S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, secretario y tesorero de forma conjunta.—San José, diez de junio del dos mil once.—Lic. Lorena Montt Villacura, Notaria.—1 vez.—RP2011242892.—(IN2011046451).

Por medio de la escritura número ciento cuatro del tomo tercero de mí protocolo, otorgada en mi notaría en Cartago, a las doce horas del trece de marzo de dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Los Hidalgo de Toro Amarillo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Cartago, quince de marzo de dos mil once.—Lic. Federico Calvo Pérez, Notario.—1 vez.—RP2011242894.—(IN2011046452).

Chien Fa Chen Hsieh, con cédula número ocho-cero ocho nueve-ciento cincuenta y seis; Tai Ping Chen, con cédula de residencia en razón de su nacionalidad Taiwanés número uno uno cinco ocho cero cero cero cinco nueve dos tres cinco; Chien Hsin Chen Hsien, con cédula número ocho-cero noventa-cero treinta y tres y vecino de cincuenta metros sur y Chien Chih Chen Chen, con cédula número ocho-cero noventa y cuatro-cuatrocientos cincuenta y dos, constituyen una sociedad de responsabilidad limitada denominada así: Mi Formosa Limitada, en escritura número veintiséis del tomo veinticuatro del protocolo del notario público Alexis Cervantes Barrantes.—Lic. Alexis Cervantes Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2011242896.—(IN2011046453).

Chien Fa Chen Hsieh, con cédula número ocho-cero ocho nueve-ciento cincuenta y seis; Tai Ping Chen, con cédula de residencia en razón de su nacionalidad Taiwanés número uno uno cinco ocho cero cero cero cinco nueve dos tres cinco; Chien Hsin Chen Hsien, con cédula número ocho-cero noventa-cero treinta y tres y vecino de cincuenta metros sur y Chien Chih Chen Chen, con cédula número ocho-cero noventa y cuatro-cuatrocientos cincuenta y dos, constituyen una sociedad de responsabilidad limitada denominada así: Pro Nature Chen Limitada, en escritura número veinticinco del tomo veinticuatro del protocolo del notario público Alexis Cervantes Barrantes.—Lic. Alexis Cervantes Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2011242897.—(IN2011046454).

Eliette María Torres Lumbi, cédula siete-cero seis tres-cero nueve tres; Hellen María Bonilla Torres, cédula siete-uno dos cuatro-dos uno ocho; Kendall Javier Rodríguez Torres, cédula tres-cuatro dos cero-cinco seis uno y Kyara Paola Rodríguez Torres, cédula siete-uno nueve siete-nueve cero seis; constituyen Servicios K. R. F Limitada, a las dieciséis horas treinta minutos del veintiséis de febrero del dos mil diez, ante el notario Alexis Cervantes Barrantes.—Lic. Alexis Cervantes Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2011242898.—(IN2011046455).

Por escritura otorgada ante mí, a las 20:00 horas del 10 de junio del 2011, se constituyó la sociedad C.A.R.R.I.C.O.C.H.E. Sociedad Anónima, cuyo capital social se encuentra totalmente suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 13 de junio del 2011.—Lic. Evelyn Loaiza Blanco, Notaria.—1 vez.—RP2011242901.—(IN2011046456).

Por escritura otorgada ante mí, a las 20:10 horas del 10 de junio del 2011, se constituyó la sociedad L.U.N.U.L.A. Sociedad Anónima, cuyo capital social se encuentra totalmente suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 13 de junio del 2011.—Lic. Evelyn Loaiza Blanco, Notaria.—1 vez.—RP2011242902.—(IN2011046457).

Se constituye la sociedad que se denominará por su número de cédula jurídica. Capital social diez mil colones. Domicilio: San José, Aserrí, Barrio Mercedes, trescientos cincuenta metros sur de Cinco Esquinas, se realizan los nombramientos de junta directiva, mediante escritura pública número setenta y nueve del tomo once del protocolo del conotario Lic. José Pablo Bedoya Giütta, a las nueve horas y cuarenta minutos del veinticinco de mayo del dos mil once.—Lic. Laura Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—RP2011242903.—(IN2011046458).

Por asamblea general extraordinaria, celebrada a las nueve horas del diecinueve de mayo del dos mil once, Bernuti Sociedad Anónima, modifica cláusula sexta, se revocan nombramientos de presidente y secretario y se nombran nuevas personas en dicho puesto y se modifica cláusula segunda.—Liberia, al ser las nueve horas veinticinco minutos del veintisiete de mayo del dos mil once.—Lic. Eric Badilla Córdoba, Notario.—1 vez.—RP2011242904.—(IN2011046459).

Ante esta notaría pública se constituye la sociedad anónima autoclubes.com Sociedad Anónima. Capital social diez mil colones.—San José, 9 de junio del 2011.—Lic. Sergio Eduardo Víquez Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2011242905.—(IN2011046460).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del ocho de junio del dos mil once, se constituyó la firma denominada Ubasa Sociedad Anónima, capital íntegramente suscrito y pagado, plazo noventa y nueve años, domicilio: Cañas, Guanacaste.—Cañas, ocho de junio del dos mil once.—Lic. Ligia Marta Chavarría Lavagni, Notaria.—1 vez.—RP2011242906.—(IN2011046461).

Por escritura otorgada el 27 de mayo del 2011, a las 11:00 horas, se constituyó la sociedad anónima denominada Pacayu Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial: presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, catorce de junio del año dos mil once.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—RP2011242907.—(IN2011046462).

Por escritura otorgada por mí, el trece de junio del dos once, a las ocho horas se protocolizó acta de Huizucar S. A., mediante la cual se acuerda reformar la junta directiva y la cláusula sexta de la administración.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—RP2011242908.—(IN2011046463).

Ante esta notaría se modificó la cláusula primera de la sociedad anónima denominada Macus Macrum, por lo consiguiente la sociedad anónima se llamará Nazacop, se modifica la cláusula segunda y se hacen nuevos nombramientos en la junta directiva, siendo su actual presidenta y representante judicial y extrajudicial la señora: Mónica Sandí Elizondo, mayor, casada una vez, ejecutiva del hogar, cédula número seis-doscientos setenta y cinco-cero treinta y cinco, vecina de La Cuesta, Corredores, Puntarenas, contiguo a Pulpería San José.—La Cuesta, 8 de junio del 2011.—Lic. Marbiodal Saavedra Ramírez, Notaria.—1 vez.—RP2011242914.—(IN2011046464).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas, del nueve de junio del dos mil once se constituyó la sociedad: Costa Rica Green Transportation Limitada. Capital social totalmente suscrito y pagado.—Cartago, La Unión, catorce de junio del dos mil once.—Lic. André Wells Downey, Notario.—1 vez.—RP2011242917.—(IN2011046465).

Por escritura autorizada por los Notarios Gineth Garita Medrano y Mario Alberto Ramírez Quesada, a las 18:00 horas del 23 de mayo de 2011, protocolizamos acta de asamblea general extraordinaria de Familia Villalobos Niño Limitada, mediante la cual se modificó la cláusula correspondiente al capital social, el cual se aumentó a la suma de veinticinco millones de colones.—Lic. Mario Alberto Ramírez Quesada, Notario.—1 vez.—RP2011242918.—(IN2011046466).

Por escritura de las 14:00 horas del 13 de junio de 2011, se constituye la sociedad Los Legados de Don Manuel Sociedad Anónima. Capital íntegramente suscrito y pagado.—San José, 13 de junio de 2011.—Lic. Dannia Mayela Rodríguez Astorga, Notaria.—1 vez.—RP2011242919.—(IN2011046467).

Por escritura de las 13:00 horas del 13 de junio de 2011, se constituye la sociedad Hyperoffice Costa Rica Sociedad Anónima. Capital íntegramente suscrito y pagado.—San José, 13 de junio de 2011.—Lic. Johnny Alberto Vargas Carranza, Notario.—1 vez.—RP2011242920.—(IN2011046468).

Ante la notaría de Jacqueline Villalobos Durán, se protocolizó acta de la sociedad anónima 3-101-577077 Sociedad Anónima S. A., donde se modificó junta directiva. Otorgada en la cuidad de San José, escritura número 260 de las 9:10 horas del 9 de junio del 2011.—San José, 9 de junio de 2011.—Lic. Jacqueline Villalobos Durán, Notaria.—1 vez.—RP2011242921.—(IN2011046469).

Ante la notaría de Jacqueline Villalobos Durán, se protocolizó acta de la sociedad anónima 3-101-576416 Sociedad Anónima S. A., donde se modificó junta directiva. Otorgada en la cuidad de San José, escritura número 259 de las 8:00 horas del 9 de junio del 2011.—San José, 9 de junio de 2011.—Lic. Jacqueline Villalobos Durán, Notaria.—1 vez.—RP2011242922.—(IN2011046470).

Por escritura número, otorgada ante los notarios públicos Rolando Laclé Castro y David Arturo Campos Brenes, a las diecisiete horas del día ocho de junio del dos mil once, se protocoliza el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Almacenes El Colono DMC Sociedad Anónima; cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero ochenta y dos mil novecientos sesenta y nueve, mediante la cual se reforman las cláusulas quinta y octava de los estatutos sociales.—San José, nueve de junio del dos mil once.—Lic. Rolando Laclé Castro, Notario.—1 vez.—RP2011242923.—(IN2011046471).

Por escritura número dieciséis-noventa y tres, otorgada ante los notarios públicos: Rolando Laclé Castro y David Arturo Campos Brenes, a las diecisiete horas del día ocho de junio del dos mil once, se protocolizan las actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de las compañías (i) El Colono de Aguas Zarcas Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta y seis mil novecientos noventa y nueve; (ii) El Colono de Pocora Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero setenta y tres mil setecientos cincuenta y cinco; (iii) El Colono de Sarapiquí Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento dieciocho mil novecientos treinta y seis; y (iv) Almacenes El Colono DMC Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero ochenta y dos mil novecientos sesenta y nueve; mediante la cual todas las sociedades se fusionaron por el sistema de absorción subsistiendo la sociedad Almacenes El Colono DMC Sociedad Anónima.—San José, ocho de junio del dos mil once.—Lic. Rolando Laclé Castro, Notario.—1 vez.—RP2011242924.—(IN2011046472).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Latino América Fútbol Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones.—San José, catorce de junio de dos mil once.—Lic. Ignacio Miguel Beirute Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2011242925.—(IN2011046473).

Por escritura otorgada a las 8:00 horas del 3 de junio del 2011, Jorge Murillo Caldera y Ana Lorena Vega Guzmán constituyen la sociedad Datoscr Punto Net S. A. Domicilio: Tibás. Capital: diez mil colones. Presidente el socio Jorge Murillo Caldera.—San José, 14 de junio del 2011.—Lic. Leonel Sanabria Varela, Notario.—1 vez.—RP2011242931.—(IN2011046474).

Por escritura otorgada ante este Notario a las quince horas del día siete de junio del dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Global Jacks Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-266858, en la que se reformó las cláusulas décima y décima segunda del pacto constitutivo, y se realizaron nombramientos de junta directiva y fiscal. Es todo.—San José, 13 de junio del dos mil once.—Lic. Rolando Romero Obando, Notario.—1 vez.—RP2011242936.—(IN2011046475).

Por escritura otorgada ante este Notario a las quince horas veinte minutos del día siete de junio del dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Commercial Trust Services Limitada, cédula jurídica 3-102-421363, en la que se reformó la cláusula sexta del pacto constitutivo. Es todo.—San José, 13 de junio del dos mil once.—Lic. Rolando Romero Obando, Notario.—1 vez.—RP2011242937.—(IN2011046476).

Por escritura pública número doce-siete, otorgada ante mi notaría, a las trece horas y treinta minutos del diez de junio de dos mil once, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la empresa Nosara Sunset Limitada, y se acordó reformar la cláusula segunda del domicilio social. Es todo.—San José, trece de junio del dos mil once.—Lic. Ignacio Esquivel Seevers, Notario.—1 vez.—RP2011242946.—(IN2011046477).

Por escritura número noventa y uno otorgada ante mi, se constituye la empresa Explorando Costa Rica Guía de Viaje Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial de la compañía.—Tres de mayo dos mil once.—Lic. Kattya Villegas Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2011242949.—(IN2011046478).

Por escritura otorgada ante mí a las 16:00 horas del 8 de junio de 2011, se constituyó la compañía denominada Excavaciones TDC S. A., con capital social de cien mil colones.—Ciudad Quesada, San Carlos, 8 de junio de 2011.—Lic. Ballardo Ávalos Sequeira, Notario.—1 vez.—RP2011242951.—(IN2011046479).

Por escritura otorgada ante mí a las 11:00 horas del 8 de junio del 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas número uno de la compañía Costa Rican’s Frut S. A., cédula jurídica 3-101-568005, en la que se modifican las cláusulas primera y décima del pacto constitutivo.—Ciudad Quesada, San Carlos, 8 de junio de 2011.—Lic. Ballardo Ávalos Sequeira, Notario.—1 vez.—RP2011242952.—(IN2011046480).

Por escritura otorgada ante mí a las 12:00 horas del 10 de junio del 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas número uno de la compañía Corporación Agrícola Green Paradaise S. A., cédula jurídica 3-101-586765, en la que se modifica la cláusula primera del pacto constitutivo.—Ciudad Quesada, San Carlos, 10 de junio de 2011.—Lic. Ballardo Ávalos Sequeira, Notario.—1 vez.—RP2011242953.—(IN2011046481).

Ante mi notaría por escritura de las diez horas del nueve de junio del dos mil once, se constituyó la sociedad Gagisa S. A. Capital suscrito y pagado.—Santa Ana, diez de junio del dos mil once.—Lic. Sergio Fdo. Jiménez Guevara, Notario.—1 vez.—RP2011242957.—(IN2011046482).

La suscrita notaria hace constar que mediante escritura número trescientos del tomo primero de mi protocolo, fue constituida la sociedad en plaza denominada Bencino Corporation S. A. Presidente: Gai Ben Gera. Es todo.—San José, catorce de junio del dos mil once.—Lic. Raquel Reyes Arias, Notaria.—1 vez.—RP2011242958.—(IN2011046483).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy se nombra nueva junta directiva y fiscal de Tres-ciento uno-quinientos quince mil quinientos sesenta y tres S. A.—San José, 3 de junio del 2011.—Lic. Gustavo A. Esquivel Quirós, Notario.—1 vez.—RP2011242959.—(IN2011046484).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas con treinta minutos del catorce de junio del dos mil once, se constituyó la sociedad Córsica del Oeste Uno Sociedad Anónima.—San José, catorce de junio del dos mil once.—Lic. Anaclara Vargas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2011242960.—(IN2011046485).

Por escritura otorgada ante mí a las catorce horas del catorce de junio del dos mil once, se constituyó la sociedad MRAF Sociedad Anónima.—San José, catorce de junio del dos mil once.—Lic. Anaclara Vargas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2011242962.—(IN2011046486).

Por escritura número doscientos setenta y cuatro, otorgada ante mi notaría a las once horas del ocho de junio del año dos mil once; se constituyó la sociedad anónima denominada Altiplano Pintoresco de Guanacaste Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones, plazo social: noventa y nueve años, domicilio social: Bosque Don José, Nicoya, Guanacaste, setecientos metros al este de la entrada principal de Bosque Don José.—Nicoya, ocho de junio del dos mil once.—Lic. Kenia Pereira López, Notaria.—1 vez.—RP2011242963.—(IN2011046487).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se protocolizó Acta de la empresa Chitos Vending Sociedad Anónima, en donde se reforman las cláusulas primera, segunda y sétima de los estatutos sociales. Escritura otorgada en San José, a las once horas del día catorce de junio de dos mil once.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—RP2011242967.—(IN2011046489).

En esta notaría se constituyó la compañía Desarrollos de la Bajura Cole Sociedad Anónima, por un plazo social de noventa y nueve años, con los cargos de Presidente el señor Jorge Eduardo Espinoza Obando, cédula de identidad número cinco-doscientos sesenta y cuatro-cuatrocientos noventa y dos; Secretaria Yensy Nellis Medina Medina cédula número cinco-trescientos catorce-ciento siete, siendo el presidente el representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma: con domicilio social en Santa Cruz, Guanacaste, trescientos metros oeste y veinticinco metros sur de la Municipalidad. Es todo.—Santa Cruz, dos de junio del dos mil once.—Lic. Andrea Melissa Ruiz Juárez, Notaria.—1 vez.—RP2011242968.—(IN2011046490).

Ganadera Patastillo S. A., domiciliada en Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, contiguo al Seguro Social, cédula jurídica número tres-ciento uno-veintisiete mil setecientos setenta, modifica cláusula sexta de los estatutos y cambia junta directiva, a las diez horas del día trece de junio del año dos mil once.—Lic. Freddy A. Rojas López, Notario.—1 vez.—RP2011242969.—(IN2011046491).

Por escritura número ochenta y siete-setenta y tres, otorgada en mi notaría a las dieciséis horas del día once de junio del año dos mil once, María Gabriela Murillo Agüero,, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Alajuela, La Guácima, urbanización Los Príncipes, cien metros sur de la Ferretería Los Príncipes, cédula de identidad número uno-seiscientos veintiséis-ciento setenta y cinco, constituyó la sociedad cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, que es nombre de fantasía. El plazo será de noventa y nueve años, el capital social de diez mil colones. Su domicilio social será en Alajuela, La Guácima, urbanización Los Príncipes, cien metros sur de la ferretería Los Príncipes. El presidente tendrá las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Freddy Antonio Rojas López, Notario.—1 vez.—RP2011242970.—(IN2011046492).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó una acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Afronitro S. A., mediante la cual se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo.—San José, 12:00 horas del 13 de junio del 2011.—Lic. Carlos Alfredo Umaña Balser, Notario.—1 vez.—RP2011242972.—(IN2011046493).

Por escritura número cincuenta y seis-cinco, otorgada ante la notaria Ingrid Marcela Fallas Barrantes, a las diez horas del diez de junio del dos mil once, se reforman la cláusula sexta de los estatutos de la sociedad de este domicilio denominada Inversiones Saint Patrick S. A.—San José, 10 de junio del 2011.—Lic. Ingrid Marcela Fallas Barrantes, Notaria.—1 vez.—RP2011242973.—(IN2011046494).

Se hace constar que ante la presente notaría se constituye la sociedad con la denominación social Toshey Sociedad Anónima, misma con un plazo de 99 años a partir de su constitución.—San José, 14 de junio de 2011.—Lic. Jorge Antonio Arias Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2011242974.—(IN2011046495).

Mediante escritura otorgada el día de hoy en mi notaría se protocolizó acta de la compañía denominada Guizaro Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula tercera de los estatutos en cuanto al objeto.—San José, 15 de junio del 2011.—Lic. Douglas Castro Peña, Notario.—1 vez.—RP2011242975.—(IN2011046496).

La suscrita notaria hace constar que mediante escritura número doscientos noventa, fue modificada el acta constitutiva de la sociedad denominada Condominio Catorce Quince S. A. Presidenta Rita Badilla Navarro.—San José, quince de junio del dos mil once.—Lic. Raquel Reyes Arias, Notaria.—1 vez.—RP2011242976.—(IN2011046497).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 7:00 horas del 4 de junio del 2011 se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Perconst C.T.R.P Dos Mil Seis Sociedad Anónima. Se reformaron cláusulas primera y segunda de los estatutos sociales.—San José, 15 de junio del 2011.—Lic. Fernanda Linner de Silva, Notaria.—1 vez.—RP2011242978.—(IN2011046498).

Por escritura número veintiocho, otorgada en Ciudad Neily, trece horas cuarenta minutos del nueve de junio del dos mil once, ante el suscrito notario se constituyó Ekkagata Sociedad Anónima. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, presidente Nichote Lynn Kerle; tesorero Michael Richard Kerle.—Ciudad Neily, trece de junio del dos mil once.—Lic. Roy F. Jiménez Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2011242979.—(IN2011046499).

Se revoca el nombramiento del tesorero y del fiscal de la sociedad denominada: Markar de Guanacaste Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cuarenta y cuatro mil ochocientos treinta y ocho por renuncia de los anteriores.—Liberia, trece de junio del dos mil once.—Lic. José Fernando Cordero Pérez, Notario.—1 vez.—RP2011242982.—(IN2011046500).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas treinta minutos del día treinta de mayo del año dos mil once, se constituyó la sociedad denominada BIO-Systems de Costa Rica Sociedad Anónima. Presidente: Manfred de los Ángeles Chacón Badilla.—Lic. Didier Mena Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2011242984.—(IN2011046501).

A las nueve horas y cinco minutos del día tres de junio del año dos mil once, ante esta notaría, se constituyó la sociedad anónima Seflore S. A., ya que será su nombre de fantasía para que le asigne el Registro, donde la presidenta Francisca Reyes Reyes, será quien representará la sociedad con facultad de apoderada generalísima sin límite de suma. Que el capital social es la suma de quinientos mil colones y el plazo es de noventa y nueve años.—Limón, tres de junio del dos mil once.—Lic. Elena Espinoza Jonathan, Notaria.—1 vez.—RP2011242986.—(IN2011046502).

Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón a las once horas con treinta y cinco minutos del día seis de junio del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Playa Hatillo Sociedad Anónima, por medio de la cual se transforma la presente sociedad a una sociedad de responsabilidad limitada y en virtud de lo anterior se acuerda modificar totalmente los estatutos, se acuerda otorgar un poder generalísimo sin límite de suma y se revocan poderes otorgados.—San Isidro de Pérez Zeledón, seis de junio del año dos mil once.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—RP2011242992.—(IN2011046503).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Bico Internacional de Costa Rica Sociedad Anónima. Mediante la cual se reforma la cláusula primera del nombre: se denominará: Carvajal Educación Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las trece horas del catorce de junio del dos mil once.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2011242993.—(IN2011046504).

Ante la suscrita notaria pública Emilia Ulloa Corrales, se constituyó hoy, la sociedad anónima Transportes Segura Herrera Osma Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Transportes Segura Herrera Osma S. A. Domiciliada: en Barrio Jesús de Abangares, cien metros norte y cincuenta oeste del Bar Laguito, Abangares, Guanacaste. Capital social: representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Plazo: será 100 años. Presidente: Óscar Segura Navarro.—Abangares, 10 de junio del 2011.—Lic. Emilia Ulloa Corrales, Notaria.—1 vez.—RP2011242994.—(IN2011046505).

Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las once horas con cuarenta y cinco minutos del día seis de junio del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Playa Mata Palo Sociedad Anónima, por medio de la cual se transforma la presente sociedad a una sociedad de responsabilidad limitada, y en virtud de lo anterior se acuerda modificar totalmente los estatutos, se acuerda otorgar un poder generalísimo sin límite de suma y se revocan poderes otorgados.—San Isidro de Pérez Zeledón, seis de junio del dos mil once.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—RP2011242995.—(IN2011046506).

Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las once horas con veinticinco minutos del día seis de junio del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Empresa Hotelera Dominical Sociedad Anónima, por medio de la cual se transforma la presente sociedad a una sociedad de responsabilidad limitada, y en virtud de lo anterior se acuerda modificar totalmente los estatutos, se acuerda otorgar un poder generalísimo sin límite de suma y se revocan poderes otorgados.—San Isidro de Pérez Zeledón, seis de junio del dos mil once.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—RP2011242996.—(IN2011046507).

Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las catorce horas del día diez de junio del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de La Gatita Pintada Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica la cláusula sexta del pacto social, se revoca el nombramiento de presidente, secretaria y tesorero de la junta directiva, se nombra nuevo presidente, secretario y tesorero de la junta directiva, se revoca el nombramiento del fiscal, se nombra nuevo fiscal.—San Isidro de Pérez Zeledón, trece de junio del dos mil once.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—RP2011242997.—(IN2011046508).

Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las once horas con quince minutos del día seis de junio del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Empresa Dieciocho Veintiuno Sociedad Anónima, por medio de la cual se transforma la presente sociedad a una sociedad de responsabilidad limitada, y en virtud de lo anterior se acuerda modificar totalmente los estatutos, se acuerda otorgar un poder generalísimo sin límite de suma y se revocan poderes otorgados.—San Isidro de Pérez Zeledón, seis de junio del dos mil once.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—RP2011242998.—(IN2011046509).

Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las catorce horas con diez minutos del día diez de junio del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Momentos Inolvidables Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica la cláusula sexta del pacto social, se revoca el nombramiento de presidente, secretaria y tesorero de la junta directiva, se nombra nuevo presidente, secretario y tesorero de la junta directiva, se revoca el nombramiento del fiscal, se nombra nuevo fiscal.—San Isidro de Pérez Zeledón, trece de junio del dos mil once.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—RP2011242999.—(IN2011046510).

Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las catorce horas con veinte minutos del día diez de junio del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Noviembre Sin Ti Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica la cláusula sexta del pacto social, se revoca el nombramiento de presidente, secretaria y tesorero de la junta directiva, se nombra nuevo presidente, secretario y tesorero de la junta directiva, se revoca el nombramiento del fiscal, se nombra nuevo fiscal.—San Isidro de Pérez Zeledón, trece de junio del dos mil once.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—RP2011243000.—(IN2011046511).

Por medio de escritura otorgada en San Isidro de Pérez Zeledón, a las doce horas del día trece de junio del dos mil once, se protocolizó el acta número dos, acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la compañía denominada Inversiones Passión de la Colonia de Uvita Sociedad Anónima, mediante la cual se: a) Modifican las cláusulas primera, cuarta, quinta y sexta del pacto social. b) Se nombran nuevo fiscal, vicepresidente y agente residente. Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón, trece de junio del dos mil once.—Lic. Fabián Jiménez Valverde, Notario.—1 vez.—RP2011243003.—(IN2011046512).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Facormo Limitada. Plazo social: de noventa años. Capital social: cuarenta mil colones, totalmente suscrito y pagado. Representada por su gerente: Marlene Monge Calderón.—Ciudad Quesada, trece de junio del dos mil once.—Lic. Edwin Humberto Quesada Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2011243004.—(IN2011046513).

Por escritura número ciento noventa y uno-uno-cero cinco, otorgada ante mí, se constituyó Soluciones Maja Limitada. Plazo social: de noventa años. Capital social: cien mil colones, totalmente suscrito y pagado. Representada por su gerente: Jacqueline Ramírez Richmond.—Ciudad Quesada, catorce de junio del dos mil once.—Lic. Edwin Humberto Quesada Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2011243005.—(IN2011046514).

Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las catorce horas con treinta minutos del día diez de junio del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Villa La Fiesta de los Osos Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica la cláusula sexta del pacto social, se revoca el nombramiento de presidente, secretaria y tesorero de la junta directiva, se nombra nuevo presidente, secretario y tesorero de la junta directiva, se revoca el nombramiento del fiscal, se nombra nuevo fiscal.—San Isidro de Pérez Zeledón, trece de junio del dos mil once.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—RP2011243006.—(IN2011046515).

Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las catorce horas con cuarenta minutos del día diez de junio del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Volando Hacia Las Nubes Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica la cláusula sexta del pacto social, se revoca el nombramiento de presidente, secretaria y tesorero de la junta directiva, se nombra nuevo presidente, secretario y tesorero de la junta directiva, se revoca el nombramiento del fiscal, se nombra nuevo fiscal.—San Isidro de Pérez Zeledón, trece de junio del dos mil once.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—RP2011243007.—(IN2011046516).

Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las once horas con cincuenta y cinco minutos del día seis de junio del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Punta Dominical Sociedad Anónima, por medio de la cual se transforma la presente sociedad a una sociedad de responsabilidad limitada, y en virtud de lo anterior se acuerda modificar totalmente los estatutos, se acuerda otorgar un poder generalísimo sin límite de suma y se revocan poderes otorgados.—San Isidro de Pérez Zeledón, seis de junio del dos mil once.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—RP2011243008.—(IN2011046517).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del día 9 de junio del 2011, se constituyó la compañía denominada Transportes Vicente García Brenes Sociedad Anónima. Domiciliada: en El Tanque de La Fortuna de San Carlos, Alajuela. Misma fecha.—Lic. Manuel Francisco Jones Chacón, Notario.—1 vez.—RP2011243011.—(IN2011046518).

Ante mi notaría, a las nueve horas del treinta y uno de mayo del dos mil once, constituyeron la sociedad Wild Eagles Sociedad Anónima, su traducción al español es Águilas Salvajes Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—Lic. Gabriela Muñoz Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2011243016.—(IN2011046519).

Por medio de la escritura número ciento treinta y siete, del tomo tercero de mi protocolo, otorgada en mi notaría en Cartago, a las veinte horas treinta minutos del catorce de junio del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Agrocomercial Cafetalera S. A.—Cartago, catorce de junio del dos mil once.—Lic. Federico Calvo Pérez, Notario.—1 vez.—RP2011243018.—(IN2011046520).

Mediante escritura número doscientos cincuenta y tres, de las once horas con treinta minutos del veintisiete de mayo del dos mil once, visible al folio ciento sesenta frente del tomo tercero de la notaria Carolina Méndez Zamora, se hace constar que se protocolizó el acta constitutiva de la sociedad Norocos Sociedad Anónima.—Paraíso, primero de junio del dos mil once.—Lic. Paula Durán Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2011243020.—(IN2011046521).

Por escritura número sesenta y seis, de las diecisiete horas del día catorce de junio del dos mil once, otorgada en esta notaría, se modifica el pacto constitutivo de la empresa Consultora Agro Jurídica JAF E.I.R.L.—Lic. José Alberto Fonseca D’Avanzo, Notario.—1 vez.—RP2011242021.—(IN2011046522).

Mediante escritura otorgada por la notaria pública Mariela Solano Obando, a las 8:30 horas del día 13 de junio del 2011, se protocoliza asamblea general ordinaria y extraordinaria de la compañía Los Prados P Once Kiev S. A., donde se reforma la cláusula novena del pacto social relativo en cuanto a la administración de la compañía.—San José, 13 de junio del 2011.—Lic. Mariela Solano Obando, Notaria.—1 vez.—RP2011243022.—(IN2011046523).

Mediante escritura número siete, de las diecisiete horas del catorce de junio del dos mil once, visible al folio cuatro frente del tomo quinto de la notaria Paula Durán Quirós, se hace constar que se protocolizó el acta de nombramiento en los cargos presidente y tesorero de la junta directiva y de fiscal, y se modificó la cláusula sexta del pacto constitutivo, de la sociedad Boa Colección de Cartago Sociedad Anónima.—Paraíso, catorce de junio del dos mil once.—Lic. Paula Durán Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2011243023.—(IN2011046524).

Por escritura número diez-uno, otorgada ante la notaria Bernarda Cerdas Rodríguez, a las dieciocho horas del seis de abril del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Motores Armados La Uruca S. A. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente y secretaria, en forma conjunta o individual, capital social: diez mil colones.—Quince de junio del dos mil once.—Lic. Bernarda Cerdas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2011243024.—(IN2011046525).

El suscrito notario hace constar que el día de hoy, ante esta notaría y mediante escritura pública de las ocho horas cinco minutos del siete de junio del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Transportes Alsejo Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado, presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar solo de manera conjunta.—Cartago, siete de junio del dos mil once.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—RP2011243025.—(IN2011046526).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 10:00 horas del 14 de junio de 2011, Inmobiliaria Gapo Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-101591, reforma cláusula segunda del pacto social.—San José, 14 de junio de 2011.—Lic. Carolina Gallegos Steinvorth, Notaria.—1 vez.—RP2011243027.—(IN2011046527).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 10:30 horas del 14 de junio de 2011, Inversiones Treinta y Dos Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-063042, reforma cláusulas segunda y sétima del pacto social.—San José, 14 de junio de 2011.—Lic. Carolina Gallegos Steinvorth, Notaria.—1 vez.—RP2011243028.—(IN2011046528).

Constitución de la sociedad denominada Rojud Telecomunicaciones S. A., constituida mediante escritura Nº 308, otorgada, a las 13:30 horas del 10 de junio de 2011, en el protocolo Nº 1 de la notaria Marianela Fonseca Rivera.—San José, 15 de junio del 2011.—Lic. Marianela Fonseca Rivera, Notaria.—1 vez.—RP2011243037.—(IN2011046529).

Constitución de la sociedad denominada DYS Inversiones S.A., constituida mediante escritura Nº 304, otorgada a las 11:30 horas del 10 de junio de 2011, en el protocolo Nº 1 de la notaria Marianela Fonseca Rivera.—San José, 15 de junio del 2011.—Lic. Marianela Fonseca Rivera, Notaria.—1 vez.—RP2011243038.—(IN2011046530).

Constitución de la sociedad denominada Inversiones Multiplay DN S. A., constituida mediante escritura Nº 305, otorgada, a las 12:00 horas del 10 de junio de 2011 en el protocolo Nº 1 de la notaria Marianela Fonseca Rivera.—San José, 15 de junio del 2011.—Lic. Marianela Fonseca Rivera, Notaria.—1 vez.—RP2011243039.—(IN2011046531).

Constitución de la sociedad denominada Lauval Telecomunicaciones S. A., constituida mediante escritura Nº 307, otorgada, a las 13:00 horas del 10 de junio de 2011 en el protocolo Nº 1 de la notaria Marianela Fonseca Rivera.—San José, 15 de junio del 2011.—Lic. Marianela Fonseca Rivera, Notaria.—1 vez.—RP2011243040.—(IN2011046532).

 Constitución de la sociedad denominada JJV Comunicaciones S. A., constituida mediante escritura Nº 306, otorgada, a las 12:30 horas del 10 de junio de 2011 en el protocolo Nº 1 de la notaria Marianela Fonseca Rivera.—San José, 15 de junio del 2011 San José, 15 de junio del 2011.—Lic. Marianela Fonseca Rivera, Notaria.—1 vez.—RP2011243041.—(IN2011046533).

Por escritura otorgada a las quince horas del catorce de junio del año dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad NET People Tica C.R. Sociedad Anónima, en la que se reforma la cláusula primera y se nombra presidente de junta directiva.—San José, catorce de junio dos mil once.—Lic. Hernán Sánchez Guevara, Notario.—1 vez.—RP2011243049.—(IN2011046534).

Por escritura número ciento seis, otorgada a las dieciséis horas del día primero de junio del año dos mil once. Se constituyó Inmobiliaria Core Edujibe Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital 10.000.00 colones, domicilio Potrero Cerrado de Oreamuno, Cartago, trescientos metros norte, de la iglesia católica. Objeto: comercio general.—Cartago quince del junio del dos mil once.—Lic. Alejandro Solano Fallas, Notario.—1 vez.—RP2011243050.—(IN2011046535).

Por escritura ante esta notaría, a las trece horas del primero de julio del dos mil diez, se constituye la sociedad Bribri Compañía de Importación y Exportación Sociedad Anónima y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidente Salvador Sorroche Pérez. Capital totalmente suscrito y pagado.—Lic. Jorge Luis Ruiz Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2011243051.—(IN2011046536).

Ante mí, Luis Mariano Vargas Mayorga, notario, se constituyó Corporación Criosan S. A.—San José, 15 de junio 2011.—Lic. Luis Mariano Vargas Mayorga, Notario.—1 vez.—RP2011243052.—(IN2011046537).

Mediante las escrituras, cuarenta y tres, cuarenta y cuatro, cuarenta y cinco, cuarenta y seis, cuarenta y siete, cuarenta y ocho, cuarenta y nueve, cincuenta, cincuenta y uno, cincuenta y dos, cincuenta y tres, y cincuenta y cuatro, otorgadas el catorce de junio de dos mil once, ante esta notaría, se constituyó una sociedad anónima en cada escritura que se denominará conforme al número de cédula jurídica que les asigne el Registro Nacional. Capital social de cien mil colones en cada una.—San José, 15 de junio de 2011.—Lic. Ernesto Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2011243053.—(IN2011046538).

Acta de la asamblea general extraordinaria de socios, de fecha nueve horas diez de mayo del dos mil once, Sociedad Círculo Zeta S. A., cédula jurídica 3-101-038479, modifica plazo social por noventa y nueve años, desde esta fecha. Protocolizada por escritura otorgada en San José, a las ocho horas del catorce de junio del año dos mil once, Presidente: Juan Fajardo Rojas.—Lic. Álvaro Eduardo Leandro Hernández, Notario.—1 vez.—RP2011243054.—(IN2011046539).

Por medio de la escritura número noventa, de mi protocolo cincuenta y cuatro, se protocolizó acta de la sociedad Inversiones St John de Playa Palma S. A., se modificó cláusula sétima y se nombró nuevo presidente.—San José, quince de junio del 2011.—Lic. Esther Valverde Mora, Notaria.—1 vez.—RP2011243058.—(IN2011046540).

GIAN de Tres Ríos Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-092925, modifica cláusulas segunda y sétima del Pacto Constitutivo. Notario Johnny Pérez Vargas. Protocolización 10:00 horas del 15 de junio de dos mil once.—Lic. Johnny Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011243060.—(IN2011046541).

Ernesto Salazar Arguedas, cédula de identidad cinco-doscientos ochenta y cinco-trescientos cincuenta, y Johana Miranda Jiménez, con la cédula de identidad número: dos-quinientos ochenta y ocho-trescientos uno, ambos vecinos de Poasito de Sabanilla de Alajuela, quinientos metros al norte de la subdelegación de la Guardia Rural. Constituyen Inversiones Jajim Sociedad de Responsabilidad Limitada. Escritura otorgada a las catorce horas del dieciocho de mayo del dos mil once.—Lic. Javier Brenes Sáenz, Notario.—1 vez.—RP2011243061.—(IN2011046542).

Emresa de Detallistas Unidas Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento-uno-trescientos cincuenta y tres mil ochocientos cincuenta y ocho, reforma pacto constitutivo mediante acta protocolizada a las catorce horas del trece de junio del dos mil once.—Lic. María del Milagro Ugalde Víquez, Notaria.—1 vez.—RP2011243062.—(IN2011046543).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 8:00 horas del 14 de junio del 2011, se constituyó la sociedad: Trans-JP S. A. Con domicilio en San José, San Antonio de Coronado, de Pulpería Asturiana; ciento cincuenta al sur. Pdte. Johnny Palma Jiménez.—San José, 14 de junio del 2011.—Lic. Francisco Salinas Alemán, Notario.—1 vez.—RP2011243063.—(IN2011046544).

 El suscrito notario, hace constar que por escritura otorgada a las doce horas del día catorce de junio del año dos mil once, en Puntarenas, ante mí, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada con domicilio en Puntarenas, denominada Tamarindo Fusión Culinaria Limitada. Plazo: noventa y nueve años a partir del día catorce de junio del año dos mil once. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Gerente: Ernesto Saavedra Gracias, subgerente: Eunice Gracias Espinal.—Catorce de junio, a las trece horas del año dos mil once.—Lic. Álvaro Masís Montero, Notario.—1 vez.—RP2011243064.—(IN2011046545).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:30 horas del 14 de junio del 2011, se constituyó la sociedad: TRANS-SUAREZ S. A., con domicilio en San José, El Carmen de Guadalupe, residencial Las Hortensias casa uno seis seis. Pdte. José Manuel Suárez Moya.—San José, 14 de junio del 2011.—Lic. Francisco Salinas Alemán, Notario.—1 vez.—RP2011243065.—(IN2011046546).

El suscrito notario, hace constar que por escritura otorgada a las doce horas treinta minutos del día catorce de junio del año dos mil once, en Puntarenas, ante mí, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada con domicilio en Heredia, en la cual los socios autorizan al Registro Público para que como denominación social de la sociedad, se establezca el número de cédula de persona jurídica que de oficio se le asigne al momento de su inscripción, de conformidad con el Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, añadiendo como aditamento la palabra limitada. Plazo: noventa y nueve años a partir del día catorce de junio del año dos mil once. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Gerente: Meter Soumalias.—Catorce de junio, a las trece horas diez minutos del año dos mil once.—Lic. Álvaro Masís Montero, Notario.—1 vez.—RP2011243066.—(IN2011046547).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 27 de mayo del 2011, mediante la escritura número 194-2, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Inmobiliaria Florencia del Norte JP S. A., mediante la cual se reforma la cláusula octava del pacto social.—San José, 15 de junio del dos mil once.—Lic. Eduardo Eladio Guardia Rouillon, Notario.—1 vez.—RP2011243067.—(IN2011046548).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del quince de junio del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Sputnik Films Sociedad Anónima. Capital social integrante suscrito y pagado. Presidente con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—Lic. Flory Durán Valverde, Notaria.—1 vez.—RP2011243070.—(IN2011046549).

Ernesto Alonso Bruno Alpízar, cédula 1-1211-591, William Gustavo Loría Coreas, cédula 1-1139-134, constituyen W & B Business Solution Sociedad Anónima. Escritura 354 de las 19:00 horas del 13 de junio del 2011, folio 17 vuelto, tomo trece.—Lic. Rubén Ramírez Quirós, Notario.—1 vez.—RP2011243071—(IN2011046550).

En esta notaría, se constituyó la sociedad Tekmas Soluciones de Costa Rica Limitada, al ser las trece horas con treinta minutos del día nueve de abril del año dos mil once, con un capital social de diez mil colones, capital suscrito y pagado.—San José, quince de junio del dos mil once.—Lic. Violeta Arias Chavarría, Notaria.—1 vez.—RP2011243072.—(IN2011046551).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, en San José, a las 12:00 horas del 9 de junio de 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Pico Matterhorn S. A., donde se reforma la cláusula segunda; se revocan nombramientos de fiscal y agente residente y se nombran nuevos.—Lic. Jorge Granados Moreno, Notario.—1 vez.—RP2011243073.—(IN2011046552).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, en San José, a las 10:00 horas del 09 de junio de 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Inversiones Inasupu-Huadra S. A., donde se reforma la cláusula segunda; se revocan nombramientos de fiscal y agente residente y se nombran nuevos.—Lic. Jorge Granados Moreno, Notario.—1 vez.—RP2011243074.—(IN2011046553).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario en Guanacaste, a las 12:00 horas del 10 de junio de 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Junal S. A., donde se reforman las cláusulas segunda y sexta; se agrega nueva cláusula y se nombra agente residente.—Lic. Iván Granados Fishel, Notario.—1 vez.—RP2011243075.—(IN2011046554).

Mediante escritura de las once horas del quince de junio del año del dos mil once, Carlos Guillermo Rojas Montero y Clara Isabel Barboza Cordero, constituyen la sociedad Inversiones Barroca Cuatro S. A. Presidente el primero. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social cien mil colones representado por cien acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Objeto: la industrialización de materiales para la construcción en general, el ejercicio del comercio, la industria, la agricultura y la ganadería en general etc.—Guadalupe, quince de junio del dos mil once.—Lic. Miguel Ángel Alfaro Muñoz, Notario.—1 vez.—RP2011243076.—(IN2011046555).

Mediante escritura de las diez horas del quince de junio del año del dos mil once, Carlos Guillermo Rojas Montero y Clara Isabel Barboza Cordero, constituyen la sociedad Agregados San Rafael Cuatro S. A. Presidente el primero. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones representado por cien acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Objeto: la industrialización de materiales para la construcción en general, el ejercicio del comercio, la industria, la agricultura y la ganadería en general etc.—Guadalupe, quince de junio del dos mil once.—Lic. Miguel Ángel Alfaro Muñoz, Notario.—1 vez.—RP2011243077.—(IN2011046556).

Por escritura otorgada hoy ante esta notaría, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Corporación Luis Arturo Murillo Salas y Asociados S. A., en la cual se modifican cláusulas y se cambia domicilio social.—San José, 10 horas del 15 de .junio del 2011.—Lic. Raúl Álvarez Muñoz, Notario.—1 vez.—RP2011243080.—(IN2011046557).

Por escritura Nº 346 de las 14:00 horas del día 10 de mayo del 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Meca Corporación de Inversiones Sociedad Anónima, donde se modificó pacto social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2011243082.—(IN2011046558).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Capacitaciones Interdisciplinarias y Servicios Profesionales Cispro Sociedad Anónima, capital totalmente suscrito y pagado. Presidente: Jorge Alfredo Campos Mora.—San José, 13 de junio de 2011.—Lic. Manuel Ortiz Coronado, Notario.—1 vez.—RP2011243085.—(IN2011046559).

Por escritura otorgada ante esta notaría, en San José, a las doce horas del diez de junio del dos mil once, se constituyó sociedad anónima con el número de cédula jurídica que le sea asignado como razón social. Capital social totalmente suscrito y pagado.—Lic. Margarita Arias Formoso, Notaria.—1 vez.—RP2011243086.—(IN2011046560).

Por escritura otorgada en San José, a las 11:00 horas del 13 de mayo del 2001, se nombra nueva junta directiva de Carlos El Sur Sociedad Anónima.—San José, quince de junio del dos mil once.—Lic. Alejandra Fallas Valerio, Notaria.—1 vez.—RP2011243087.—(IN2011046561).

Mediante escritura número cincuenta, otorgada en mi notaría, a las 14:00 horas de hoy, se protocolizó acta de la compañía El Monasterio de Arcilla MDA S. A., en la cual se reformó la cláusula segunda de los estatutos de la sociedad, trasladándose el domicilio social a Salitral de Santa Ana, San José, condominio El Monasterio, número 28.—Guadalupe, San José, catorce de junio del dos mil once.—Lic. Mario Alberto Solórzano Sandoval, Notario.—1 vez.—RP2011243088.—(IN2011046562).

En mi notaría, por escritura pública 45-9, de las 13:00 horas del 6/6/2011, sustituye al presidente y al tesorero de compañía Mayorista BPC S. A.—San José, 14/06/2011.—Lic. Luis Diego Hidalgo Rivera, Notario.—1 vez.—RP2011243089.—(IN2011046563).

En mi notaría, por escritura pública 47-9, de las 15:00 horas del 6/6/2011, se sustituye al presidente y al secretario de Central del Disco G.L. S. A.—San José, 14/06/2011.—Lic. Luis Diego Hidalgo Rivera, Notario.—1 vez.—RP2011243090.—(IN2011046564).

Mediante escritura número cuarenta y ocho otorgada en mi notaría a las 10:00 horas de hoy, se constituyó la compañía SMP Medical Sociedad Anónima, domiciliada en Guadalupe, Goicoechea, San José. Capital social: diez mil colones; presidente: con facultades de apoderado generalísimo.—Guadalupe, San José, diez de junio del dos mil once.—Lic. Mario Alberto Solórzano Sandoval, Notario.—1 vez.—RP2011243091.—(IN2011046565).

En mi notaría, por escritura pública 46-9, de las 14:00 horas del 6/6/2011, se sustituye al presidente de Grupo Informático Costarricense INCO S. A.—San José, 14 de junio del 2011.—Lic. Luis Diego Hidalgo Rivera, Notario.—1 vez.—RP2011243092.—(IN2011046566).

 Mediante escritura número cuarenta y nueve otorgada en mi notaría, a las 10:30 horas de hoy, se constituyó la compañía Inversiones VXC Noventa Limitada, domiciliada en Guadalupe, Goicoechea, San José. Capital social: diez mil colones; gerente con facultades de apoderado generalísimo.—Guadalupe, San José, diez de junio del dos mil once.—Lic. Mario Alberto Solórzano Sandoval, Notario.—1 vez.—RP2011243093.—(IN2011046567).

Ante esta notaría, se ha presentado la disolución de la sociedad anónima denominada Fábrica de Hielo San Paulo de Cinco Esquinas Sociedad Anónima. Se lleva a cabo esta publicación para los fines pertinentes.—San José, quince de junio del dos mil once.—Lic. Mario Zamora Mata, Notario.—1 vez.—RP2011243098.—(IN2011046568).

Mediante escritura número ochenta y dos, otorgada a las nueve horas y cuarenta y ocho minutos del día seis de junio del año dos mil once, visible al folio sesenta y seis vuelto del tomo quinto de mi protocolo, se constituyó la sociedad MADDOXCR XXI Sociedad Anónima. Es todo.—San José, quince de junio del año dos mil once.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—1 vez.—RP2011243100.—(IN2011046569).

Por escritura otorgada ante mi notaría, en Tres Ríos, a las 8:00 horas del 25 de mayo del 2011, se constituyó la sociedad anónima, que se denominará Corporación J. T. B. A. C S. A., plazo: 100 años. Capital social: ¢10.000,00. Domicilio: Cartago, La Unión, Tres Ríos. Presidente: Joaquín Tinoco Brenes.—Lic. Eduardo Sanabria Rojas, Notario.—1 vez.—RP2011243101.—(IN2011046570).

Ante el Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo, de la sociedad tres-uno cero uno-seis dos nueve cero cero dos sociedad anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-seis dos nueve cero cero dos.—Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2011243105.—(IN2011046571).

En mi notaría, se constituye CECROPIA Consultorías Socioambientales S. A., siendo su apoderado generalísimo sin límite de suma Francisco Naranjo Aguilar, cédula uno-novecientos cincuenta y ocho-ciento noventa y cinco.—Cartago, 14 de junio del 2011.—Lic. Henrich Moya Moya, Notario.—1 vez.—RP2011243108.—(IN2011046572).

Marilyn Cristina Valverde y Katherine Clarita Valverde Trejos constituyen la sociedad Velásquez y Calderón de Costa Rica Sociedad Anónima. Domiciliada en San José. Plazo social: 99 años. Capital social íntegramente suscrito y pagado por los socios. Presidenta Nancy Calderón Trejos.—San José a las diecisiete horas y diez minutos, a los doce días del mes de mayo del año 2011.—Lic. Carlos Enrique Salazar Velásquez, Notario.—1 vez.—(IN2011046578).

Por instrumento público otorgado ante esta notaría, a las quince horas del día siete de junio del 2011, se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Jiménez y Tanzi S. A., con cédula jurídica número 3-101-006463, en la que se modificó la cláusula quinta (del capital social).—San José, trece de junio de 2011.—Lic. Cristina Acosta Páez, Notaria.—1 vez.—(IN2011046579).

Por instrumento público otorgado ante esta notaría, a las diez horas del 13 de junio del 2011, se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Shotz de Costa Rica S. A., con cédula jurídica número 3-101-206335, en la que se modificó la cláusula novena (de la administración).—San José, 13 de junio de 2011.—Lic. Cristina Acosta Páez, Notaria.—1 vez.—(IN2011046580).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas con treinta minutos del tres de junio del dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea general de la sociedad Bosque de Majagua Limitada, mediante la cual se reforma el domicilio de la sociedad y se nombra gerente y agente residente.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(IN2011046624).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas con veinte minutos del quince de junio del dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea general de la sociedad Plaza Diamante Sociedad Anónima, mediante la cual se transforma la sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada.—Lic. Juan Manuel Aguilar Víquez, Notario.—1 vez.—(IN2011046625).

El suscrito notario hace constar que en esta fecha se ha protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de la compañía Sol Central S. A., se reforman las cláusulas dos y ocho y se nombra nueva junta directiva.—San José, 15 de junio del 2011.—Lic. Luis Echeverri Trujillo, Notario.—1 vez.—(IN2011046648).

Ante esta notaría por escritura número treinta y tres, otorgada a las 17:00 horas del 6 de junio del 2011, se constituyó la sociedad denominada VMF Desarrollos Inmobiliarios Sociedad Anónima.—Alajuela, 15 de junio del 2011.—Lic. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1 vez.—(IN2011046668).

Mediante escritura otorgada a las 18:00 horas del 15 de junio del 2011, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una sociedad anónima cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Objeto: comercio y la industria en todas sus formas.—Alajuela, quince de junio del dos mil once.—Lic. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1 vez.—(IN2011046669).

Mediante escritura de las dieciocho horas del veintitrés de abril, se constituyó Apartamentos Luna Pacificacon, un capital social de diez mil colones y su presidente es el señor Ricardo Luna Álvarez.—Lic. Maureen Catalina Bustos Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2011046682).

Ante la notaría del licenciado German Salazar Santamaría, se constituyeron dos sociedades que serán denominadas la primera con su número de cédula de persona jurídica que le sea asignado al momento de su inscripción, y la segunda Inversiones Techmanía Costa Rica Limitada. Capital social: diez mil colones cada una.—San José, 14 de junio del 2011.—Lic. German Salazar Santamaría, Notario.—1 vez.—(IN2011046695).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las quince horas del quince de junio del dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Saps Sociedad Anónima, en donde se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo, y se revoca el nombramiento de secretaria y fiscal, y se hacen nuevos nombramientos.—Alajuela, dieciséis de junio del dos mil once.—Lic. Lisidia Villalobos Loría, Notaria.—1 vez.—(IN2011046698).

Por escritura otorgada hoy ante mi notaría, se constituyó la sociedad mercantil Elegualareyo Sociedad de Responsabilidad Limitada, que en lenguaje Yoruba en Talamanca, Costa Rica, significa Espíritu que Abre los Caminos, pudiendo abreviarse su aditamento. Plazo social: noventa y nueve años contados a partir de su fundación.—Puntarenas, 1° de junio del 2011.—Lic. Luis Enrique Wong Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2011046705).

Por escritura otorgada hoy ante mi notaría, se constituyó la sociedad mercantil de esta plaza Si´ Diwo Sociedad de Responsabilidad Limitada, que en lenguaje Bribrí, significa Luna y Sol, pudiendo abreviarse el aditamento. Plazo social: noventa y nueve años contados a partir de su fundación.—Puntarenas, 1° de junio del 2011.—Lic. Luis Enrique Wong Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2011046707).

Por escritura otorgada hoy ante mi notaría, se constituyó la sociedad mercantil Yawé Kerwa Sociedad de Responsabilidad Limitada, que en lenguaje Bribrí, significa Tierra Sagrada, pudiendo abreviarse su aditamento. Plazo social: noventa y nueve años contados a partir de su fundación.—Puntarenas, 1° de junio del 2011.—Lic. Luis Enrique Wong Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2011046708).

Ante mí notaría, se protocolizó acta número uno de asamblea de socios de la sociedad Inversiones R.W.P Sociedad Anónima, mediante la cual modifican cláusulas segunda y novena del pacto constitutivo, a la vez se nombra nueva junta directiva.—Sarchí Norte de Valverde Vega, a las diez horas del 16 de junio del 2011.—Lic. Rolando Espinoza Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2011046709).

Por escritura otorgada hoy ante mi notaría, se constituyó la sociedad mercantil de esta plaza Advocacy Sociedad de Responsabilidad Limitada, que es nombre de fantasía, pudiendo abreviarse el aditamento. Plazo social: noventa y nueve años contados a partir de su fundación.—Puntarenas, 1° de junio del 2011.—Lic. Luis Enrique Wong Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2011046710).

Por escritura otorgada el 7 de junio del 2011, ante mí, Msc Frank Herrera Ulate, se nombra presidente, secretario, tesorero y fiscal de la sociedad Villa La Patacona de Valencia S. A.—San José, 15 de junio del 2011.—Msc. Frank Herrera Ulate, Notario.—1 vez.—(IN2011046719).

El suscrito notario Ernesto Alfaro Conde, carné número 15884, hace constar que mediante escritura número ciento ochenta y cuatro de las nueve horas del quince de junio del dos mil once, se constituye la sociedad anónima denominada: AD Innovative International. Es todo.—San José, 16 de junio del 2011.—Lic. Ernesto Alfaro Conde, Notario.—1 vez.—(IN2011046722).

En esta notaría al ser las doce horas del día de hoy, en escritura número ciento cinco del tomo tres de mi protocolo, se constituyó la sociedad que se denominará conforme a su número de cédula jurídica según decreto 33170-J del 14 de junio de 2006, con un capital social de cien mil colones debidamente suscrito y pagado. Plazo social de noventa y nueve años.—San José, 13 de junio de 2011.—Lic. Seanny Jiménez Alfaro, Notaria.—1 vez.—(IN2011046723).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas del quince de junio del dos mil once, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad: Landerij Investering Sociedad Anónima, donde se acuerda reformar la cláusula octava del pacto social, se conocen renuncias y se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, dieciséis de junio del dos mil once.—Lic. Ligia María González Leiva, Notaria.—1 vez.—(IN2011046726).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria totalitaria de accionistas de Transporte Orva Sociedad Anónima, presidente: Melvin Ortega Mata, plazo noventa y nueve años. Capital social diez acciones de mil colones cada una.—Buenos Aires de Puntarenas, treinta de mayo del año dos mil once.—Lic. Alejandra González Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2011243113.—(IN2011046920).

Al ser las diez horas quince minutos del día catorce de junio del año dos mil once, mediante escritura otorgada ante esta notaría se constituye la sociedad anónima Azul del Mar del Paraíso Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Azul del Mar del Paraíso S. A. Notaría del licenciado Jorge Luis Zúñiga Elizondo. Teléfono: 2771-8052.—Pérez Zeledón, catorce de junio del año dos mil once.—Lic. Jorge Luis Zúñiga Elizondo, Notario.—1 vez.—RP2011243114.—(IN2011046921).

Que por escritura número 10, visible a folio 9 vuelto se constituyó la empresa representada por el gerente Yannick Louis Marie (nombres) Daviau (apellido), denominada abreviarse MMXI Miss Caraibe S.R.L., el motivo de este edicto es la constitución de la empresa indicada. Todas visibles en el tomo 18 del protocolo del suscrito notario público, licenciado Eduardo Abarca Vargas carné 9005. Teléfono 2771-5855.—Uvita de Osa, a las 7:00 horas del 16 de junio del año 2011.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011243115.—(IN2011046922).

Se hace constar que mediante escritura pública número doscientos siete del tomo segundo de esta notaria, se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de la sociedad Inversiones Inmobiliarias Lomas de Playa Grande I.I.L.P.G Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y cinco mil novecientos quince, mediante la cual se reforma la cláusula quinta de los estatutos en cuanto al capital social.—San José, veinticinco de abril del dos mil once.—Lic. Marianela Carvajal Carvajal, Notaria.—1 vez.—RP2011243116.—(IN2011046923).

Ante el suscrito notario se protocolizó el acta de la asamblea de socios de la sociedad Inversiones Payiba Sociedad Anónima en la cual se cambia presidente y tesorero de la junta directiva.—Alajuela siete de mayo del dos mil once.—Lic. Jaime Flores Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2011243118.—(IN2011046924).

Ante el suscrito notario se protocolizó el acta de la asamblea de socios de la sociedad Grupo Nanda Sociedad Anónima en la cual se cambia secretario de la junta directiva.—Alajuela, 7 de mayo del 2011.—Lic. Jaime Flores Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2011243119.—(IN2011046925).

Por escritura otorgada por el notario licenciado Felipe Gómez Rodríguez, a las 15:30 horas del 8 de junio del 2011, se constituyó la sociedad Ulate y Alvarado Lucy Matmay Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Ulate y Alvarado Lucy S. A. Presidente: con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, la señor Rosalina Ulate Alvarado. Capital: suscrito y pago en su totalidad. Firmo en la ciudad de Grecia, el día del dieciséis de junio del dos mil once.—Lic. Felipe Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2011243120.—(IN2011046926).

Ante mI notaría al ser las 13:00 horas del día 15 de junio de 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria número uno de las 12:00 horas del día 15 de junio de 2011, realizada en su domicilio social, de la empresa denominada Limsa Laboratorio de Ingeniería de Materiales y Pavimentos S. A. en la que se modificó la cláusula segunda del nombre para que en adelante se denomine Laboratorio de Ingeniería de Materiales y Pavimentos S. A. Es todo.—San Isidro, quince de junio de 2011.—Lic. Carlos Castro Mora, Notario.—1 vez.—RP2011243122.—(IN2011046927).

Que en mI notaría se reformaron estatutos de la sociedad The House of the Butterfly S. A. a las 16: 00 horas del 15 de abril de 2011. Presidente: Roxan Castillon de único apellido Ongi.—Lic. Minor Zamora Castellón, Notario.—1 vez.—RP2011243123.—(IN2011046928).

Que en mi notaría se reformaron estatutos de la sociedad Road To The Virgen Mountain S. A. a las 16:20 horas del 15 de abril de 2011. Presidente. Roxan Castillon de único apellido Ongi.—Lic. Minor Zamora Castellón, Notario.—1 vez.—RP2011243124.—(IN2011046929).

Ante el suscrito notario, se constituyó por escritura número 72 de las 15:00 horas del día 14 de junio del 2011, la sociedad de esta plaza denominada Shaira Seguridad S. A. Plazo: 99 años. Capital social: 10 mil colones. Su presidenta es la señora Cinthya Paniagua Gómez, quien tiene las facultades de apoderada generalísima sin límite de suma. Es todo.—Lic. Ramón Badilla González, Notario.—1 vez.—RP2011243136.—(IN2011046940).

Ante esta notaría, se ha modificado el pacto constitutivo y se nombra secretario de la junta directiva de la sociedad Actividades de Belleza S. A., con cédula jurídica número 3-101-165963.—San José, 15 de junio del 2011.—Lic. Óscar Sáenz Ugalde, Notario.—1 vez.—RP2011243137.—(IN2011046941).

Mediante escritura pública número 105-4, otorgada ante esta notaría, en Paraíso de Cartago, a las 11:00 horas del 15 de junio de 2011, visible al folio 073 vuelto del tomo cuarto del protocolo del suscrito notario, se ha constituido la sociedad denominada Inversiones Las Tres A S. A. Capital social totalmente suscrito y pagado por los socios.—Cartago, 15 de junio de 2011.—Lic. Óscar Rodríguez Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2011243138.—(IN2011046942).

Por escritura número treinta y cuatro-veinte otorgada en San José, a las doce horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de junio de dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de accionistas de Desarrolladora Ibérica L y M Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos cincuenta y nueve mil ochocientos noventa y nueve, que reforma la cláusula sexta de la administración, para que en adelante sea administrada por una junta directiva integrada por tres miembros que serán presidente, secretario y tesorero.—San José, quince de junio del dos mil once.—Lic. Ana Isabel Salas Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2011243139.—(IN2011046943).

Por escritura número treinta y dos-veinte otorgada en San José, a las doce horas y quince minutos del catorce de junio de dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de accionistas de Importadora J. L. Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y cuatro mil setecientos veintidós, que reforma la cláusula décima de la administración, para que en adelante sea administrada por una junta directiva integrada por tres miembros que serán presidente, secretario y tesorero.—San José, quince de junio de dos mil once.—Lic. Ana Isabel Salas Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2011243140.—(IN2011046944).

Por escritura número treinta y uno-veinte otorgada en San José, a las doce horas del catorce de junio de dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de accionistas de Global Fuel Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cincuenta y ocho mil novecientos noventa y ocho, que reforma la cláusula sexta de la administración, para que en adelante sea administrada por una junta directiva integrada por tres miembros que serán presidente, secretario y tesorero.—San José, quince de junio de dos mil once.—Lic. Ana Isabel Salas Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2011243141.—(IN2011046945).

El suscrito, Carlos Mauricio Sierra Sánchez, notario público, hace constar que mediante la escritura número ciento cincuenta y ocho, del quince de junio del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Jugoterapias de La Huerta Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones siendo su presidente Anier Sandoval Vargas, con facultades de apoderado generalísimo sin limite de suma.—San José, dieciséis de junio del dos mil once.—Lic. Carlos Mauricio Sierra Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2011243142.—(IN2011046946).

El suscrito, Carlos Mauricio Sierra Sánchez, notario público, hace constar que mediante la escritura número ciento cincuenta y nueve, del quince de junio del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Fruto Salud Total Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones siendo su presidente Anier Sandoval Vargas, con facultades de apoderado generalísimo sin limites de suma.—San José, dieciséis de junio del dos mil once.—Lic. Carlos Mauricio Sierra Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2011243143.—(IN2011046947).

Por escritura número cincuenta y seis-tres, otorgada ante la notaria Paola Tatiana Rojas Segura, a las diecinueve horas del día nueve de junio del año dos mil once, se constituyó la sociedad denominada R & G Pedagogía Integral Sociedad Anónima.—San José, 10 de junio del 2011.—Lic. Paola Tatiana Rojas Segura, Notaria.—1 vez.—RP2011243148.—(IN2011046948).

Por escritura, otorgada ante mí, a las nueve horas del primero de junio del año 2011, se constituyó la sociedad agrupación L & R Dos Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, un plazo de noventa y nueve años y su domicilio en San José. Presidente Eduardo López Ruiz.—San José, 15 de junio del 2011.—Lic. Gustavo Ocampo Rojas, Notario.—1 vez.—RP2011243149.—(IN2011046949).

Al ser las diecisiete horas del seis de junio del dos mil once, ante esta notaría, se constituyó la empresa que tendrá por denominación el número de cédula jurídica que le asigne el Registro, seguido del aditamento, sociedad anónima, capital social suscrito y pagado por los socios.—Cartago, seis de junio del dos mil once.—Lic. Esteban Francisco Troyo Dittel, Notario.—1 vez.—RP2011243335.—(IN2011047060).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José, al ser las nueve horas del siete de junio del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Florsan Sociedad Anónima.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2011243336.—(IN2011047061).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las ocho horas del dieciséis de junio del año dos mil once, se modifica nombre de sociedad denominada Gaming Amazing Horizonts Sociedad de Responsabilidad Limitada, cambiando a Gaming Amazing Horizons Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: cien mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Gerente apoderado generalísimo sin límite de suma y representante judicial y extrajudicial.—San José 16 de junio del 2011.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2011243337.—(IN2011047062).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las diez horas del quince de junio del año dos mil once, se modifica nombre de sociedad denominada Gravitas Trading Corp Sociedad de Responsabilidad Limitada, cambiando a Acero San Pedro Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: cien mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Gerente apoderado generalísimo sin límite de suma y representante judicial y extrajudicial.—San José, 16 de junio del 2011.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2011243338.—(IN2011047063).

Ante la notaría, de la suscrita Lorena María Fernández Quesada, con oficina abierta en Moravia, hoy se ha protocolizado el acta número treinta y seis de la asamblea extraordinaria de la Asociación Moraviana, celebrada a las diecinueve horas y treinta minutos del veintiocho de abril de dos mil once en la que se acepta la renuncia del vicepresidente y secretario y se nombra nuevo vicepresidente y secretaria.—San José, 13 de junio de 2011.—Lic. Lorena María Fernández Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2011243339.—(IN2011047064).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las diez horas de hoy, se constituyó la sociedad Jayana Sociedad Anónima. Domicilio: Alajuela.—San José, tres de junio del dos mil once.—Lic. Damaris Ángulo Campos, Notaria.—1 vez.—RP2011243348.—(IN2011047065).

La suscrita notaria, Belzert Espinoza Cruz, notaria pública, doy fe que en mi notaría procedí a constituir sociedad denominada Reciclom Sociedad Anónima, la representación le corresponde al presidente y secretario. Es todo.—Guácimo, al ser las seis horas y seis minutos del catorce de junio del dos mil once.—Lic. Belzert Espinoza Cruz, Notaria.—1 vez.—RP2011243349.—(IN2011047066).

Por escritura de las diecinueve horas de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios Soluciones Comerciales Taga S. A. En el que se cambia junta directiva, fiscal. Reforma cláusula segunda y octava del pacto constitutivo.—San José, diez de junio del dos mil once.—Lic. Damaris Ángulo Campos, Notaria.—1 vez.—RP2011243350.—(IN2011047067).

La suscrita notaria, Belzert Espinoza Cruz, notaría pública, doy fe que en mi notaría procedí a constituir sociedad denominada Segumax Sociedad Anónima, la representación le corresponde al presidente y secretario. Es todo.—Guácimo al ser las seis horas y seis minutos del catorce de junio del dos mil once.—Lic. Belzert Espinoza Cruz, Notaria.—1 vez.—RP2011243351.—(IN2011047068).

La suscrita notaria, Belzert Espinoza Cruz, notaria pública, doy fe que en mi notaría procedí a constituir sociedad denominada Hich Tech Sociedad Anónima, la representación le corresponde al presidente y secretario. Es todo.—Guácimo, al ser las seis horas y cinco minutos del catorce de junio del dos mil once.—Lic. Belzert Espinoza Cruz, Notaria.—1 vez.—RP2011243352.—(IN2011047069).

NOTIFICACIONES

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

De conformidad con resolución RMT-553-2011 de las nueve horas del día 22 de febrero del 2011. La Ministra de Trabajo y Seguridad Social resuelve: Impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-97-2011, de sesión celebrada en San José a las 9:00 horas del 25 de enero del 2011, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Vega Villalobos María Teresa, cédula de identidad N° 2-139-121, a partir del día 17 de noviembre del 2010; por la suma de sesenta y cuatro mil novecientos colones con cero céntimos (¢64.900,00); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Sandra Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—Dunia Madrid Acuña, Directora Nacional.—1 vez.—RP2011243308.—(IN2011046900).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO INMOBILIARIO

Se hace saber a Juan Antonio Ruiz Ruiz, como poseedora del plano catastrado número P-29087-1977, que en este Registro se iniciaron Diligencias Administrativas de oficio, relacionadas con la sobreposición que ocurre entre ese plano catastrado, y la finca de Puntarenas matrícula 38702, que tiene asignado el plano P-327421-1996. En virtud de lo denunciado esta Asesoría, mediante resolución de las 9:00 horas del 10/03/2011, ordenó consignar Advertencia Administrativa sobre el plano catastrado números P-29087-1977, y con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 11:20 horas del 11/05/2011, se autorizó la publicación por una única vez de un edicto para conferirle audiencia, por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presente los alegatos que a su derecho convenga. Se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar facsímil, conforme los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público de la Propiedad de Bienes Inmuebles, que es Decreto Ejecutivo N° 26771-J, del 18 de febrero de 1998, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 20 y 21 de la Ley Sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público N° 3883, el artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 vigente a esta fecha, en correlación con el artículo 185 del Código Procesal Civil. Notifíquese. (Referencia. Exp. 2011-0313-RIM).—Curridabat, 13 de mayo de 2011.—Lic. Federico Jiménez Antillón, Asesor Jurídico.—1 vez.—O. C. Nº 11-024.—Solicitud Nº 0954.—C-13520.—(IN2011047573).

Se hace saber a cualquier tercero con interés legítimo, a 1os representantes legales o a los albaceas de la sucesión de María Isabel Montoya Cortés; cédula de identidad número 5-149-832; titular registral de las fincas del Partido de Alajuela matrículas 312820 y 314588, que: I. Que el Registro Inmobiliario ordenó la apertura de Diligencias Administrativas por resolución de las quince horas del dieciocho de mayo del año 2011, debido a una supuesta doble inmatriculación que involucra las fincas del partido de Alajuela matrículas 312820 y 314588, las cuales publicitan el mismo plano catastrado número A-287882-1995. II. Que mediante la resolución de las nueve horas del diez de junio del año 2011, se les confiere audiencia hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la publicación del presente edicto, término dentro del cual deben presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se les previene que dentro de este término deben señalar un número de fax donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 22 y 26 del Reglamento de Organización del Registro Inmobiliario, que es Decreto Ejecutivo N° 35509-J, en concordancia con los artículos 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales Ley N° 8687, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme al artículo 27 del Reglamento de cita y al artículo 11 de la Ley N° 8687. (Expediente 2011-473-RIM).—Curridabat, 10 de junio del 2011.—Lic. Stephanie Torijano Peraza, Asesora Jurídica Registral.—1 vez.—O. C. Nº 11-24.—Solicitud Nº 29274.—C-13520.—(IN2011047583).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Órgano Director. Procedimiento Ordinario Administrativo contra La Empresa Agro Sosa S. A. Propietaria de la agencia de Viajes Receptiva Natour. San José, a las nueve horas del trece de junio del dos mil once. Comunica: Que con base en el oficio DGA-3895-2011, la Gerencia General de este Instituto, según resolución G-1332-2011 del 03 de junio del 2011, motiva la presente resolución de acto final del procedimiento seguido contra la empresa Agro Sosa S. A., cédula jurídica Nº 3-101-208854, propietaria de la Agencia de Viajes Receptiva Natour, resolviendo dar por cancelada la Declaratoria Turística concedida a la citada empresa, por haber infringido el artículo 13, incisos a), d), i) y j) del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, al no cumplir con lo dispuesto en esa normativa vigente que regula su funcionamiento, toda vez que la empresa no se encuentra en operación en el domicilio aprobado en su oportunidad por este Instituto, ni ha informado a este Instituto lo sucedido con la misma. Contra esa resolución proceden los Recursos de Revocatoria y Apelación, los cuales deberán interponerse en el plazo de tres días posteriores a la tercera publicación, ante la Gerencia General de esta Institución. El Recurso de Revocatoria será resuelto por la Gerencia de este Instituto y el de Apelación por la Junta Directiva.—Lic. Pablo Valverde Madrigal, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 13858.—Solicitud Nº 12870.—C-39170.—(IN2011045434).

Órgano Director. Procedimiento Ordinario Administrativo contra la empresa Lak S. A. Propietaria del Proyecto Hotel Hacienda Lak. San José, a las diez horas del trece de junio del dos mil once. Comunica: que con base en el oficio DGA-3856-2011, la Gerencia General de este Instituto, según resolución G-1322-2011 del 1º de junio del 2011 motiva la presente resolución de acto final del procedimiento seguido contra la empresa Lak S. A., cédula jurídica N° 3-101-108357, propietaria del Proyecto Hotel Hacienda Lak, resolviendo dar por cancelada la Declaratoria Turística concedida a la citada empresa, por haber infringido el artículo 13, incisos a), j) y k) del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, al no cumplir con lo dispuesto en esa normativa vigente que regula su funcionamiento, al no haber construido el proyecto hotelero y por ende al no encontrarse en operación y al no haber comunicado a esta Institución lo sucedido con el mismo. Contra esa resolución proceden los Recursos de Revocatoria y Apelación, los cuales deberán interponerse en el plazo de tres días posteriores a la tercera publicación, ante la Gerencia General de esta Institución. El Recurso de Revocatoria será resuelto por la Gerencia de este Instituto y el de Apelación por la Junta Directiva.—Lic. Pablo Valverde Madrigal, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 13858.—Solicitud Nº 12870.—C- 39170.—(IN2011045435).

AUTORIDAD REGULADORA

   DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Resolución 490-RCR-2011.—San José, a las 10:20 horas del 31 de mayo del 2011. (Expediente Nº OT-22-2011).

Apertura de procedimiento. Investigados. Conductor: Heiner Jesús González Venegas. Dueño Registral: Kristhabel Inversiones S. A.

Considerando:

I.—Que la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Ley Nº 7593) en sus artículos 38 y 41, faculta a la Autoridad Reguladora a tramitar procedimientos ordinarios sancionatorios contra los prestadores de servicios públicos que incurra en las circunstancias ahí descritas, aplicando el procedimiento ordinario establecido en los artículos 214 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública (Ley Nº 6227).

II.—Que el 10 de febrero del 2004, la Autoridad Reguladora suscribió un convenio de cooperación con el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) con el objeto de coordinar las acciones administrativas y policiales para efectos de regular, vigilar y controlar las actividades de transporte remunerado de personas en todas sus modalidades, lo cual incluye las acciones de verificación, seguimiento, aplicación de medidas precautorias y sanción de las personas que, sin autorización del Estado, previa y válidamente obtenida, se dedican a la explotación del transporte de personas; así como la coordinación para el intercambio de información necesaria para un despliegue efectivo y eficaz de los procesos y procedimientos tendientes a lograr ese objetivo.

III.—Que mediante resolución Nº RRG-3333-2004 del 12 de febrero del 2004, publicada en La Gaceta Nº 36 del 20 de febrero del 2004, la Autoridad Reguladora facultó al MOPT para que por los medios que estime pertinentes, remueva los vehículos que se encuentren prestando el servicio público de transporte remunerado de personas, sin autorización del Estado.

IV.—Que mediante resolución Nº RRG-8287-2008 del 29 de abril del 2008, publicada en La Gaceta Nº 93 del 15 de mayo del 2008, el Regulador General emitió los lineamientos para la aplicación del dictamen vinculante de la Procuraduría General de la República C-085-2008 del 26 de marzo del 2008, en los procedimientos ordinarios por prestación no autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas modalidad taxi, en cuanto a las responsabilidades del conductor y propietario en la supuesta prestación del servicio público.

V.—Que el 14 de febrero del 2011, se recibió el oficio UTCE-2011-034, emitido el 10 de febrero del 2011, por la Dirección General de Tránsito del MOPT, por medio del cual se remite: (1) la boleta de citación Nº 2009-338143, confeccionada al señor Heiner Jesús González Venegas, cédula de identidad Nº 2-474-109, por supuesta prestación de servicio no autorizado; (2) acta de recolección de información en la que se describen los hechos que dieron base a la citada boleta; y (3) constancia del Departamento de administración de concesiones y permisos del Consejo de Transporte Público del MOPT, donde se señala que el vehículo placas 680082, no se encuentra autorizado a circular con ninguna placa de servicio público, modalidad taxi (folios 1 al 6).

VI.—Que según la boleta supra indicada, se removió como medida cautelar el vehículo placa 680082, por supuesta violación de lo establecido en el artículo 38, inciso d) de, Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (7593) (folio 3).

VII.—Que consultada la página electrónica del Registro Nacional de Costa Rica, específicamente en bienes muebles, el vehículo involucrado es propiedad de Kristhabel Inversiones Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-473138 (folios 14 al 16).

VIII.—Que mediante escrito recibido el 1º de marzo del 2011, el señor Heiner Jesús González Venegas, en calidad de conductor del vehículo involucrado, interpuso recurso de apelación contra la mencionada boleta de citación (folios 8 al 13).

IX.—Que mediante resolución Nº 489-RCR-2011, del 31 de mayo del 2011, el Comité de Regulación conoció del citado recurso de apelación, el cual fue declarado sin lugar por extemporáneo, según corre agregado a los autos.

X.—Que el Regulador General por oficio Nº 160-RG-2011/2198 del 13 de abril del 2011, con fundamento en lo dispuesto por la Junta Directiva mediante artículo 3º de la sesión Nº 021-2011, celebrada el 30 de marzo del 2011; nombró a los funcionarios Ing. Mario Alberto Freer Valle, Lic. Álvaro Barrantes Chaves y al Lic. Carlos Solano Carranza, como miembros titulares del Comité de Regulación y al Lic. Luis Fernando Chavarría Alfaro como miembro suplente. De igual forma la Junta Directiva prorrogó la vigencia del Comité hasta el 30 de setiembre del 2011. Entre las funciones de dicho comité se encuentra: “Ordenar la apertura, dictar actos preparatorios y resolver los procedimientos administrativos sancionatorios a que se refieren los artículos 38 y 41 de la Ley Nº 7593 y conocer de los recursos de revocatoria que se presenten contra sus actuaciones”.

XI.—Que el Comité de Regulación en su sesión Nº 113 de las 09:30 horas del 31 de mayo del 2011, acordó por unanimidad y con carácter de firme, dictar esta resolución.

XII.—Que para dar inicio a los procedimientos se debe nombrar al órgano director del procedimiento que ostente las competencias establecidas en la Ley Nº 6227, según criterio de la Procuraduría General de la República emanado en opinión jurídica OJ-047-2000.

XIII.—Que de conformidad con los considerandos indicados y al mérito de los autos, lo procedente es ordenar el inicio del procedimiento administrativo para que se determine la verdad real de los hechos denunciados sobre la supuesta prestación no autorizada de servicio público de transporte remunerado de personas, modalidad taxi y nombrar órgano director, tal y como se dispone.

Por tanto:

Con fundamento en las competencias otorgadas al órgano decisor del procedimiento en la Ley General de la Administración Pública.

EL COMITÉ DE REGULACIÓN, RESUELVE:

1º—Dar inicio al procedimiento administrativo contra el señor Heiner Jesús González Venegas, cédula de identidad Nº 2-474-109, en su condición de conductor y Kristhabel Inversiones Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-473138, dueña registral del vehículo involucrado en el procedimiento, que se tramitará bajo el expediente Nº OT-22-2011, con el fin averiguar la verdad real de los hechos sobre la supuesta prestación no autorizada de servicio público de transporte remunerado de personas, modalidad taxi, según la boleta antes citada.

2º—Nombrar como órgano director del procedimiento a Cristian Rodríguez León, cédula de identidad Nº 5-275-269, funcionario de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos. El órgano director debe realizar todos los actos necesarios para averiguar la verdad real de los hechos que dan base a este procedimiento, otorgar y vigilar el respeto al debido proceso y conceder el derecho de defensa al administrado, para lo cual tendrá todas las competencias otorgadas en la Ley Nº 6227. Cuando el órgano director nombrado se encuentre impedido o por cualquier razón no pueda asumir sus funciones, será suplido por Eric Chaves Gómez, cédula de identidad Nº 1-905-018, funcionario de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos.

3º—Se le previene a los investigados Heiner Jesús González Venegas y Kristhabel Inversiones Sociedad Anónima, que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de 24 horas de dictadas, incluido el acto final del procedimiento. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales, (Ley Nº 8687).

4º—Se le hace saber a los investigados que tienen derecho a hacerse representar y/o asesorar por abogado, a examinar, leer y copiar cualquier pieza del expediente, así como pedir certificación de la misma, costo que deberá cubrir el interesado. El expediente administrativo se encuentra en la Dirección General de Participación del Usuario de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, en el horario de lunes a viernes de las 08:00 a las 16:00 horas, lugar donde también podrán hacer consultas sobre el trámite del expediente. Se le indica a los investigados que toda presentación de documentos deberá hacerse en la recepción de la Autoridad Reguladora.

En cumplimiento de lo que ordena el artículo 245 y 345 de la Ley Nº 6227, se indica que contra esta resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria y apelación. El de revocatoria podrá interponerse ante el Regulador General; a quien corresponde resolverlo; el de apelación, podrá interponerse ante la Junta Directiva, a la que corresponde resolverlo.

El recurso de revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el plazo de 24 horas contadas a partir de su notificación, conforme el artículo 346 párrafo primero de la Ley Nº 6227.

Notifíquese y publíquese.—Mario Freer Valle.—Luis Fernando Chavarría Alfaro.—Álvaro Barrantes Chaves.—O. C. Nº 5702-2011.—Solicitud Nº 40714.—C-256520.—(IN2011043710).

AVISOS

COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA

FISCALÍA

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

A la Licenciada Karla Chaves Mejía, colegiada 10196, se le hace saber: Que en el proceso administrativo número 674-10, seguido en su contra se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: se inicia procedimiento administrativo disciplinario. Fiscalía del Colegio de Abogados de Costa Rica. San José, a las doce horas treinta minutos del cinco de enero del año dos mil once. La Junta Directiva del Colegio de Abogados, mediante acuerdo número 2010-43-105 Sesión Ordinaria 43-2010, celebrada el trece de diciembre del dos mil diez, dispuso trasladar el presente expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. De conformidad con las potestades que se le otorgan a esta Fiscalía, téngase por instaurado el presente procedimiento disciplinario en contra de la licenciada Karla Chaves Mejía colegiada 10196 con el fin de averiguar la verdad real de la supuesta comisión de los hechos que constan en la denuncia adjunta, los cuales consisten en: Refiere la señora Mary Marston que por referencia del señor Rolando Badilla Astúa, a finales de junio del 2009 conoció y le entregó el caso por estafa que se tramita contra el señor Dónald Thomson bajo expediente 09-200463-0591-PE, a la licenciada Karla Chaves. Para lo anterior le otorgó poder especial judicial, confeccionando la denunciada la querella el 24 de junio del 2009, cancelando por concepto de honorarios $4.950, suma que comprendía la querella y la acción civil. Debido a la confianza con la licenciada Chaves, le entregó llaves de la casa ubicada en Los Delfines y le vendió un mueble nuevo de barbeque, por el monto de $350 pero no recibió pago alguno por parte de la licenciada Chaves. En agosto del 2009 se fue para Canadá y regresó al país el 17 de setiembre del 2009, para ese momento ya habían rendido declaración ante el fiscal los señores Rolando Badilla y su primer abogado Juan Carlos Fonseca, informándole la denunciada que la fecha del juicio penal se fijó para el 28 de octubre del 2010 a la 1:00 p. m. en Puntarenas, razón por la que coordinó con Rolando pues él iría a declarar. Cerca de la fecha la licenciada Chaves le informó que no habría juicio y que el Juez decidió enviar el caso a la Comisión de Investigación del Fraude en San José, lo que implicaba esperar respuesta hasta enero del 2010 por el cierre en vacaciones, posteriormente le informó que dicha Comisión encontró culpable a Dónald Tomson, enterándose que efectivamente el caso fue remitido a San José pero que por competencia territorial fue devuelto. El 17 de noviembre regresó a Canadá, pero recibió una llamada de la licenciada Chaves para pedirle la casa, por lo que pensando que era para ella y sus hijos la autorizó, siendo que sin su autorización llevó aproximadamente entre 25 y 35 personas, según le fue informado por Rolando (Gerente General) y Lucille (Asistente de Gerencia, generando con ello que la piscina debiera ser limpiada, así como la casa, además que faltaban condimentos, galletas, mantequilla, papel artículos de plástico, sin que la denunciada cancelara nada. También fue informada por parte de la señora que vigila la casa, que en Semana Santa habían unos familiares de la licenciada Chaves quienes indicaron tener permiso, hecho que no es cierto. También le indicó la denunciada que iba a contratar a un abogado de nombre Andre para que se encargara de la acción civil. El siete de marzo recibió una llamada de Irene, secretaria de la denunciada quien le indicó que debía depositarle a la licenciada Karla Chaves $7250 y el 10 de marzo, como a las 4:00 p. m., pasó por su casa muy apresurada la denunciada, porque debía tomar el ferry de las 7:00 p. m., ya que era imperativo que fuera a hablar con el Fiscal Vernon para averiguar el porqué le estaba tomando tanto tiempo para juzgar, ya que le dijo que ella había hecho un buen trabajo y que era él quien tenía detenido el caso. Le entregó en ese momento un cheque por 5.000 y le indicó que iba a ver que podía hacer con el resto, esto porque le dijo la denunciada que sin más dinero no podía hacer nada, además que tenía los gastos del nuevo abogado. En ese momento la licenciada Chaves le entregó tres papeles que debía firmar, uno que le tradujo, que se indicaba era un nuevo poder que ocupaba debido a la participación del abogado nuevo, otro que permitía a ese nuevo abogado Andre trabajar en el caso y un tercero que no recuerda para que era. Tomó el cheque los tres papeles, le dio copia del poder y se fue. El 17 de mayo se reunió con dos amigas Gina y Yurey quienes al leer la copia del supuesto poder le indicaron que se trataba de una cesión de derechos y que la licenciada Karla Chaves tomaría posesión de los bienes que se obtuvieran en la demanda. Además al consultar al Fiscal Vernos si la denunciada había corregido el error en la querella, si había presentado el poder o si el nuevo abogado de la acción civil se apersonó y le informó que no. Posteriormente le fue informado por parte del licenciado Juan José Obando Peralta ex abogado de Dónald Tomson, le informó que al momento de estar la licenciada Karla Chaves llevándole su caso, también le trabajaba al señor Tomson, realizando varios trabajos notariales, asegurándole la denunciada que pronto quitaría la demanda, que tuviera tranquilidad. Tampoco intentó denunciar al señor Guillermo Barceló Tous, quien es el representante de la sociedad a la cual pertenece la villa, por cuanto tiene intereses comunes con él, ya que ella y su bufete ofrecen sus villas como oportunidades de inversión desde su sitio Web, ofreciendo incluso realizar bodas en ese lugar. La licenciada Chaves pese a su falta de interés por el caso y los abusos de confianza, procede a plantear un incidente privilegiado de cobro de honorarios. Los anteriores hechos pueden configurar las faltas establecidas en los artículos 14, 17, 34, 39, 44, 47 con relación a los artículos 82, 83 inciso a), e) y 84 inciso a) del Código de Deberes Jurídicos, Morales y Éticos del Profesional en Derecho, así como lo establecido en el artículo 10 incisos 3) y 6) de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados, sin perjuicio, de la calificación definitiva que deba hacerse en el acto final. Se le otorga a la parte denunciada acceso al expediente que se encuentra en la Fiscalía de este Colegio, sita en el edificio de Zapote, para que dentro del plazo de ocho días a partir de la notificación de este acto, proceda si a bien lo tiene, rendir por escrito un informe sobre los hechos que se le atribuyen, en el entendido de que la rendición o no del informe de cita, no es impedimento para continuar el procedimiento administrativo disciplinario. Se tiene por establecida esta Fiscalía como órgano director y se delega en la licenciada Maryoni Pérez Castro la instrucción del presente procedimiento, que se regirá por lo establecido en el artículo 308 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública y la normativa legal vigente del Colegio de Abogados. Sobre el ofrecimiento de prueba: se les hace saber a las partes que la admisión y evacuación de la prueba testimonial, documental o cualquier otra será en la comparecencia oral y privada, que para efecto de instruir la queja se señale, por lo que se les previene que toda prueba que tengan a bien ofrecer con relación con este asunto, deberán presentarla ante esta oficina en el mismo acto de la comparecencia oral y privada, o bien en fecha anterior, en cuyo caso deberán hacerlo por escrito, excepto las periciales e inspecciones oculares que se estimen pertinentes, las cuales se deben ofrecer antes de la realización de la comparecencia, para que de ser posible, se evacuen con antelación a la audiencia (artículo 309, párrafo segundo Ley General de la Administración Pública), lo anterior bajo pena de caducidad de ese derecho, en el entendido de no recibir ninguna prueba fuera de los plazos indicados, declarándose la misma inevacuable o inadmisible, excepto la que el órgano director, de oficio o a petición de parte, ordene recibir para mejor resolver por considerarla indispensable para el establecimiento de la verdad real. Solución alternativa del conflicto: con fundamento en los principios de economía y celeridad procesal, así como justicia pronta y cumplida, se hace saber a las partes que deben indicar en el plazo de ocho días, si están dispuestas o no a llegar a un acuerdo a efecto de citar a audiencia de conciliación. De no considerar las partes necesaria la intervención de la Fiscalía para ese efecto, el acuerdo podrán hacerlo llegar por escrito a este despacho, el cual, si es conforme a derecho, sin dilación procederá a remitir el expediente a la Junta Directiva para la homologación de convenio y el archivo del expediente. En caso que se omita indicar sobre el punto anterior se procederá con el trámite ordinario. de mero trámite: se informa a las partes que tratándose de faltas muy graves la Junta Directiva del Colegio de Abogados, en su calidad de Consejo de Disciplina, podrá denegar o limitar el acuerdo conciliatorio, tomando en consideración las circunstancias del caso. Así mismo se les recuerda a las partes que de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Código de Deberes Jurídicos, Morales y Éticos del Profesional en Derecho, una vez firme el acto final no se admitirá para su conciliación arreglo o transacción alguna. También se hace del conocimiento del denunciante que la decisión final que se tome no tendrá pronunciamiento en cuanto a daños y perjuicios, sino que estos se tomarán en cuenta para agravar o atenuar la sanción a imponer al profesional denunciado. Celebración de la comparecencia: La comparecencia será oral y privada y se realizará en base a lo estipulado en los artículos 309 al 319 de la Ley General de la Administración Pública. En esa audiencia se deberá presentar toda la prueba que no haya sido aportada al expediente bajo pena de caducidad de ese derecho, asimismo se podrán formular los interrogatorios de rigor e igualmente se expondrán los argumentos y las conclusiones que se estimen pertinentes. Se advierte que la no asistencia a la comparecencia no impedirá que esta se lleve a cabo, evacuándose la prueba que hubiese ofrecido la parte ausente con antelación y que conste en el expediente (artículo 315 Ley General de la Administración Pública). Igualmente se les informa que tienen el derecho de hacerse asistir o representar por un profesional en Derecho durante la tramitación del presente procedimiento y durante la comparecencia oral y privada. Notificaciones: Se le previene a la partes que tiene el deber de señalar un medio donde atender notificaciones, que puede ser electrónico, fax o en estrados. En cuanto al medio electrónico: se advierte a la partes que cualquier imposibilidad con la entrega final a la cuenta es su propia responsabilidad. Referente al fax: se harán los cinco intentos que señala la ley, con los intervalos establecidos, de resultar todos negativos se tiene como notificación automática. Respecto a la notificación en estrados: esta aplica en ausencia de las anteriores, siempre y cuando la parte la haya señalado como medio. La notificación en estrados se hará los días martes y jueves, mediante la exhibición de la lista de los procedimientos. Si estos días fueren inhábiles, la exhibición se hará el día hábil siguiente. Cuando no se señale medio alguno para notificación, de los indicados supra, aplica la notificación automática teniéndose por notificada veinticuatro horas después de dictada la resolución. Se informa a la partes que los únicos medios para que gestionen ante la Fiscalía de este Colegio, es a través del fax número 2283-0920 o remitido a estas instalaciones de forma escrita. Recursos: Contra esta resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria y apelación. El primero será resuelto por el suscrito fiscal y el segundo por la Junta Directiva de este Colegio constituida en Consejo de Disciplina. Estos recursos se deberán interponer dentro de las veinticuatro horas siguientes a la última comunicación a todas las partes (artículos 345 y 346 de la Ley General de la Administración Pública). El acto final que se dicte tendrá el recurso ordinario de revocatoria y se deberá interponer ante esta Fiscalía dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación del mismo, quedando su resolución a cargo de la Junta Directiva, todo de conformidad con el artículo 12 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados en relación con los artículos 345 y 346 de la Ley General de Administración Pública. La resolución del recurso interpuesto contra el acto final dará por agotada la vía administrativa. Oportunamente se designará hora y fecha para la comparecencia oral y privada. Notifíquese. Lic. Vivian Wyllins Soto. Fiscal. Se ordena notificar por edictos. Fiscalía del Colegio de Abogados de Costa Rica. Instructora del procedimiento. Zapote, San José, a las quince horas del veinticuatro de mayo del año dos mil once. Vista las constancias del notificador del Colegio de Abogados, señor Jorge Cerdas Chacón que corren incorporadas en autos a folios del 74 al 82, de las cuales se comprueba que ha sido imposible ubicar a la abogada denunciada a fin de notificarle el auto de inicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública, se ordena notificarle a la licenciada Karla Chaves Mejía el auto de inicio de las presentes diligencias mediante la publicación por tres veces en el diario oficial La Gaceta, teniéndose por hecha la notificación a partir de la última publicación. Publíquese.—Lic. Maryoni Pérez Castro, Instructora del Procedimiento.—O. C. Nº 8062.—C-302420.—(IN2011046634).

Al Licenciado Jorge Luis Corrales Fallas, colegiado 10644, se le hace saber: Que en el proceso administrativo número 638-10, seguido en su contra se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: se inicia procedimiento administrativo disciplinario. Fiscalía del Colegio de Abogados de Costa Rica. San José, a las nueve horas del tres de enero del año dos mil once. La Junta Directiva del Colegio de Abogados, mediante acuerdo número 2010-42-144 Sesión Ordinaria 42-2010, celebrada el veintinueve de noviembre del dos mil diez, dispuso trasladar el presente expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. De conformidad con las potestades que se le otorgan a esta Fiscalía, téngase por instaurado el presente procedimiento disciplinario en contra del licenciado Jorge Luis Corrales Fallas colegiado 10644 con el fin de averiguar la verdad real de la supuesta comisión de los hechos que constan en la denuncia adjunta, los cuales consisten en: Refiere el señor Carlos Alberto Umaña Sánchez que junto con la señora Karla Vanesa Alvarado Fajardo, se presentó el 30 de enero del 2010, en la oficina del licenciado Jorge Luis Corrales Fallas para que realizara un divorcio por mutuo consentimiento, el cual firmaron ese mismo día. De honorarios le canceló treinta mil colones. Que pese a múltiples llamadas y visitas el denunciado no presentó el convenio ante el Juez para que lo homologara. Que después de una llamada del licenciado Jorge López de la Fiscalía, el denunciado lo atendió, cita que era para la devolución de los documentos, sin embargo el licenciado Corrales le dijo que los iba a presentar que le cancelara diez mil colones más, pero le indicó que el pago solo lo haría si le entregaba recibo, motivo por el que el denunciado por medio de su padre le envió recibo por cuarenta mil colones que abarca los primeros treinta mil colones más diez mil colones. El 4 de octubre del 2010, llamó al licenciado Corrales para saber del avance del proceso y le indicó que estaba presentado que en quince días salía, sin embargo el 11 de octubre se apersonó al Juzgado de Familia de Desamparados para verificar la información y le indicaron que no se había presentado nada. Los anteriores hechos pueden configurar las faltas establecidas en los artículos 14, 17, 31, 34, 39 con relación al artículos 83 inciso a) y e) del Código de Deberes Jurídicos, Morales y Éticos del Profesional en Derecho, así como lo establecido en el artículo 10 inciso 6) de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados, sin perjuicio, de la calificación definitiva que deba hacerse en el acto final. Se le otorga a la parte denunciada acceso al expediente que se encuentra en la Fiscalía de este Colegio, sita en el edificio de Zapote, para que dentro del plazo de ocho días a partir de la notificación de este acto, proceda si a bien lo tiene, rendir por escrito un informe sobre los hechos que se le atribuyen, en el entendido de que la rendición o no del informe de cita, no es impedimento para continuar el procedimiento administrativo disciplinario. Se tiene por establecida esta Fiscalía como órgano director y se delega en la licenciada Maryoni Pérez Castro la instrucción del presente procedimiento, que se regirá por lo establecido en el artículo 308 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública y la normativa legal vigente del Colegio de Abogados. Sobre el ofrecimiento de prueba: Se les hace saber a las partes que la admisión y evacuación de la prueba testimonial, documental o cualquier otra será en la comparecencia oral y privada, que para efecto de instruir la queja se señale, por lo que se les previene que toda prueba que tengan a bien ofrecer con relación con este asunto, deberán presentarla ante esta oficina en el mismo acto de la comparecencia oral y privada, o bien en fecha anterior, en cuyo caso deberán hacerlo por escrito, excepto las periciales e inspecciones oculares que se estimen pertinentes, las cuales se deben ofrecer antes de la realización de la comparecencia, para que de ser posible, se evacuen con antelación a la audiencia (artículo 309, párrafo segundo Ley General de la Administración Pública), lo anterior bajo pena de caducidad de ese derecho, en el entendido de no recibir ninguna prueba fuera de los plazos indicados, declarándose la misma inevacuable o inadmisible, excepto la que el órgano director, de oficio o a petición de parte, ordene recibir para mejor resolver por considerarla indispensable para el establecimiento de la verdad real. Solución alternativa del conflicto: con fundamento en los principios de economía y celeridad procesal, así como justicia pronta y cumplida, se hace saber a las partes que deben indicar en el plazo de ocho días, si están dispuestas o no a llegar a un acuerdo a efecto de citar a audiencia de conciliación. De no considerar las partes necesaria la intervención de la Fiscalía para ese efecto, el acuerdo podrán hacerlo llegar por escrito a este despacho, el cual, si es conforme a derecho, sin dilación procederá a remitir el expediente a la Junta Directiva para la homologación de convenio y el archivo del expediente. En caso que se omita indicar sobre el punto anterior se procederá con el trámite ordinario. De mero trámite: Se informa a las partes que tratándose de faltas muy graves la Junta Directiva del Colegio de Abogados, en su calidad de Consejo de Disciplina, podrá denegar o limitar el acuerdo conciliatorio, tomando en consideración las circunstancias del caso. Así mismo se les recuerda a las partes que de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Código de Deberes Jurídicos, Morales y Éticos del Profesional en Derecho, una vez firme el acto final no se admitirá para su conciliación arreglo o transacción alguna. También se hace del conocimiento del denunciante que la decisión final que se tome no tendrá pronunciamiento en cuanto a daños y perjuicios, sino que estos se tomarán en cuenta para agravar o atenuar la sanción a imponer al profesional denunciado. Celebración de la comparecencia: La comparecencia será oral y privada y se realizará en base a lo estipulado en los artículos 309 al 319 de la Ley General de la Administración Pública. En esa audiencia se deberá presentar toda la prueba que no haya sido aportada al expediente bajo pena de caducidad de ese derecho, asimismo se podrán formular los interrogatorios de rigor e igualmente se expondrán los argumentos y las conclusiones que se estimen pertinentes. Se advierte que la no asistencia a la comparecencia no impedirá que esta se lleve a cabo, evacuándose la prueba que hubiese ofrecido la parte ausente con antelación y que conste en el expediente (artículo 315 Ley General de la Administración Pública). Igualmente se les informa que tienen el derecho de hacerse asistir o representar por un profesional en Derecho durante la tramitación del presente procedimiento y durante la comparecencia oral y privada. Notificaciones: Se le previene a la partes que tiene el deber de señalar un medio donde atender notificaciones, que puede ser electrónico, fax o en estrados. En cuanto al medio electrónico: se advierte a la partes que cualquier imposibilidad con la entrega final a la cuenta es su propia responsabilidad. Referente al fax: se harán los cinco intentos que señala la ley, con los intervalos establecidos, de resultar todos negativos se tiene como notificación automática. Respecto a la notificación en estrados: esta aplica en ausencia de las anteriores, siempre y cuando la parte la haya señalado como medio. La notificación en estrados se hará los días martes y jueves, mediante la exhibición de la lista de los procedimientos. Si estos días fueren inhábiles, la exhibición se hará el día hábil siguiente. Cuando no se señale medio alguno para notificación, de los indicados supra, aplica la notificación automática teniéndose por notificada veinticuatro horas después de dictada la resolución. Se informa a la partes que los únicos medios para que gestionen ante la Fiscalía de este Colegio, es a través del fax número 2283-0920 o remitido a estas instalaciones de forma escrita. Recursos: contra esta resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria y apelación. El primero será resuelto por el suscrito fiscal y el segundo por la Junta Directiva de este Colegio constituida en Consejo de Disciplina. Estos recursos se deberán interponer dentro de las veinticuatro horas siguientes a la última comunicación a todas las partes (artículos 345 y 346 de la Ley General de la Administración Pública). El acto final que se dicte tendrá el recurso ordinario de revocatoria y se deberá interponer ante esta Fiscalía dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación del mismo, quedando su resolución a cargo de la Junta Directiva, todo de conformidad con el artículo 12 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados en relación con los artículos 345 y 346 de la Ley General de Administración Pública. La resolución del recurso interpuesto contra el acto final dará por agotada la vía administrativa. Oportunamente se designará hora y fecha para la comparecencia oral y privada. Notifíquese. Lic. Vivian Wyllins Soto, Fiscal. Se ordena notificar por edictos. Fiscalía del Colegio de Abogados de Costa Rica. Instructora del procedimiento. Zapote, San José, a las quince horas diez minutos del veinticuatro de mayo del año dos mil once. Vista las constancias del notificador del Colegio de Abogados, señor Jorge Cerdas Chacón que corren incorporadas en autos a folios 12 al 21, de las cuales se comprueba que ha sido imposible ubicar al Abogado denunciado a fin de notificarle el auto de inicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública, se ordena notificarle al licenciado Jorge Luis Corrales Fallas el auto de inicio de las presentes diligencias mediante la publicación por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta, teniéndose por hecha la notificación a partir de la última publicación. Publíquese.—Lic. Maryoni Pérez Castro, Instructora del Procedimiento.—O. C. Nº 8062.—C-218720.—(IN2011046635).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

NOTIFICACIONES A PROPIETARIOS

La Municipalidad del cantón Central de San José, a través de su Oficina de Inspección, y con el fin de dar cumplimiento con lo estipulado en el Reglamento para el Cobro de las Tarifas por las Omisiones de los Deberes de los Propietarios de Inmuebles, localizados en este cantón, se permite notificar a las siguientes personas:

 

Propietario:

VARGAS JEUBERT MARIO

Cuenta:

102680884

Dirección:

125 oeste Transportes Delgado, Cañada Sur

Localización:

1100050005

Folio Real:

00159967 000

Distrito:

San Sebastián

Plazo:

10 días hábiles

Omisión:

Lote sucio, sin cerca y sin acera

Código:

81-82-84

 

Propietario:

BROWCOR S. A.

Cuenta:

3101300184

Dirección:

Pulpería Lilliam 200 sur y 100 oeste

Localización:

0301620021

Folio Real:

00115783 000

Distrito:

Hospital

Plazo:

10 días hábiles

Omisión:

Lote sucio, sin cerca y sin acera

Código:

81-82-84

 

Propietario:

AGYNLI S. A.

Cuenta:

3101228891

Dirección:

250 oeste de la casa presidencial Rótulo de EPA

Localización:

0500400072

Folio Real:

372043 000

Distrito:

Zapote

Plazo:

10 días hábiles

Omisión:

Lote sucio y sin cerca

Código:

81-82

 

Propietario:

YERBABUENA S. A.

Cuenta:

310101876

Dirección:

Avenida 10 Calle 0

Localización:

0300510007

Folio Real:

88427ª 000

Distrito:

Pavas

Plazo:

10 días hábiles

Omisión:

Lote sucio y sin cerca

Código:

81-82

 

Propietario:

INVERSIONES MECAFE S. A.

Cuenta:

3101026933

Dirección:

Calle 33 Avenida 9

Localización:

0101040007

Folio Real:

94402 000

Distrito:

Carmen

Plazo:

10 días hábiles

Omisión:

Lote sucio y sin cerca

Código:

81-82

 

Propietario:

ALQUILERES DEL OESTE S. A.

Cuenta:

3101378041

Dirección:

Prestaful 125 norte, La Favorita, Rohrmoser

Localización:

090075 0024

Folio Real:

0184188

Distrito:

Pavas

Plazo:

10 días hábiles

Omisión:

Lote sin acera

Código:

84

 

Propietario:

COMERCIAL KAWMA S. A.

Cuenta:

3101573653

Dirección:

Del Banco Costa Rica 170 sur

Localización:

11011 0067

Folio Real:

0612755

Distrito:

San Sebastián

Plazo:

10 días hábiles

Omisión:

Lote sucio, sin cerca

Código:

81-82

 

Propietario:

SAVIGLIANO S. A.

Cuenta:

3101489217

Dirección:

Iglesia 100 sur, esquinero mano derecha, contiguo a la Farmacia y Labor. EBAIS

Localización:

06030 027

Folio Real:

0447507

Distrito:

San Francisco

Plazo:

10 días hábiles

Omisión:

Lote sin cercar

Código:

82

 

Propietario:

CONTRATACIONES CHANTILLA S. A.

Cuenta:

3101366445

Dirección:

De la Iglesia Católica, 300 este 200 norte

Localización:

1100450420

Folio Real:

0552175

Distrito:

San Sebastián

Plazo:

10 días hábiles

Omisión:

Lote sucio, sin cerca

Código:

81-82

 

Propietario:

DIANA MARÍA ARIAS FAJARDO

Cuenta:

602470851

Dirección:

De la Iglesia Católica 300 este 200 norte

Localización:

1100450229U

Folio Real:

0375058

Distrito:

San Sebastián

Plazo:

10 días hábiles

Omisión:

Lote sucio, sin cerca

Código:

81-82

 

San José, 17 de junio de 2011.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—O. C.
Nº 127208.—Solicitud Nº 5112.—C-91760.—(IN2011047256).



[1]              De conformidad con la clasificación aprobada en Acta 4185, de 11 de diciembre de 1995, modificada en Acta 4928 de 1º de noviembre de 2006.