MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y
COMERCIO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD
AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
INSTITUTO DEL CAFÉ DE COSTA RICA
INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORÍA MUNICIPAL
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE
COLORADO
INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO
Y EL MINISTRO DE
HACIENDA
Con fundamento en las atribuciones que les
confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de
Considerando:
1º—Que
2º—Que por medio del oficio DGAC-DG-OF-830-2011 del 13 de junio de
2011, el Presidente del Consejo Técnico de Aviación Civil y el Ministro de
Obras Públicas y Transportes solicitaron incrementar el gasto presupuestario
máximo de esa institución en ¢14.040.000.000,00 (catorce mil cuarenta millones
de colones exactos), para el 2011, con el fin de atender proyectos de inversión
y gastos asociados a los mismos, así como los servicios de extinción de
incendios en los aeropuertos. Que de dicho monto, corresponde ampliar de
conformidad con la metodología vigente por la vía de decreto ejecutivo el monto
de ¢13.560.000.000,00 (trece mil quinientos sesenta millones de colones
exactos), pues el resto se ampliará por medio de oficio STAP, según lo
dispuesto en el artículo 1° del Decreto Ejecutivo Nº 35821-H, publicado en
3º—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 35821-H citado, se emitieron
las Directrices Generales de Política Presupuestaria para el año 2011,
estableciéndose en el artículo 1° del citado Decreto, el gasto presupuestario
del año 2011 para las entidades cubiertas por el ámbito de
4º—Que del monto solicitado por
5º—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 32452-H, publicado en
6º—Que el artículo 7° del decreto citado en el considerando anterior,
dispone que los recursos de financiamiento que provienen de vigencias
anteriores -superávit libre- son parte del patrimonio de los órganos y las
entidades y pueden utilizarlos en períodos subsiguientes para financiar gastos
que se refieran a la actividad ordinaria de éstas, con los cuales se atienda el
interés de la colectividad, el servicio público y los fines institucionales
siempre que no tengan el carácter permanente o generen una obligación que
requiera financiarse a través del tiempo, como la creación de plazas para
cargos fijos, o cualquier otro compromiso de la misma naturaleza.
7º—Que el artículo 9° del Decreto Ejecutivo Nº 32452-H citado, en
relación con el superávit específico, posibilita la utilización de éste, para
el pago de gastos definidos en los fines establecidos en las disposiciones
especiales o legales aplicables a tales recursos.
8º—Que por lo anterior, resulta necesario ampliar el gasto
presupuestario máximo fijado a
Decretan:
Artículo 1º—Amplíese para
Artículo 2º—Es responsabilidad de la administración activa de
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El
Ministro de Hacienda a. í., José Luis Araya Alpízar—1 vez.—O. C. Nº
2208.—Solicitud Nº 48161.—C-42920.—(D36677-IN2011057916).
Y EL MINISTRO DE
COMERCIO EXTERIOR
De conformidad con las facultades y atribuciones
que les conceden los artículos 50, 140 incisos 3), 8), 18) y 20); y 146 de
Considerando:
I.—Que la participación del país en los procesos de
inserción en el comercio exterior debe darse en un ambiente de seguridad,
confiabilidad y transparencia, en forma tal que, por medio del comercio
exterior, la sociedad pueda beneficiarse en su conjunto, procurando las mejores
y mayores oportunidades para que los sectores productivos aprovechen al máximo
sus relaciones comerciales con el resto del mundo y que los consumidores puedan
obtener mayores opciones para satisfacer sus necesidades.
II.—Que es interés del Estado que el ordenamiento jurídico-positivo
provea el mayor grado de certeza y claridad posible para los administrados y
para la misma Administración Pública, en aras de una adecuada aplicación de las
normas jurídicas, razón por la cual el Estado debe procurar la máxima
congruencia y adaptación de las disposiciones reglamentarias con el propósito
de que éstas correspondan con las necesidades institucionales y la realidad social,
así como para el adecuado cumplimiento de los objetivos contenidos en la
legislación vigente y los compromisos adquiridos por el país en los diferentes
convenios, tratados y acuerdos comerciales internacionales.
III.—Que en virtud del Principio de Autotutela y Coordinación del
Estado, el cual se deriva del artículo 140 incisos 8) y 18) de
IV.—Que algunas de las funciones encomendadas a
V.—Que asimismo, la función contemplada por el inciso e) del artículo
19 del Decreto Ejecutivo N° 28471-COMEX, Reglamento Orgánico del Ministerio de
Comercio Exterior, según la cual corresponde a
VI.—Que de acuerdo con las consideraciones anteriores y en aras de la
consecución del interés público y el cumplimiento de los objetivos del Estado,
al amparo de los Principios de Autoorganización de
Decretan:
MODIFICACIÓN
DE LOS ARTÍCULOS 18 Y 19 DEL
REGLAMENTO ORGÁNICO DEL
MINISTERIO
DE
COMERCIO EXTERIOR, DECRETO EJECUTIVO
N°
28471-COMEX DEL 14 DE FEBRERO DE 2000
Artículo 1º—Modifíquense los artículos 18 y
19 del Reglamento Orgánico del Ministerio de Comercio Exterior, Decreto
Ejecutivo N° 28471-COMEX del 14 de febrero de 2000, publicado en el Diario
Oficial
“Artículo 18.—
Artículo 19.—
a) Mantener
actualizada en sus archivos y por los medios adecuados, la información relativa
al comercio internacional, como exportaciones, importaciones y flujos de
inversión extranjera directa hacia Costa Rica, entre otros; de forma tal que
pueda dar seguimiento a su evolución y generar los insumos y proveer la
información necesaria que sea requerida por
b) Elaborar y publicar, reportes que incluyan una síntesis de los
flujos de comercio y de inversión referidos en el inciso a) de este artículo.
c) Elaborar, de oficio o a petición de
d) Recopilar y analizar cualquier otra información que le sea
solicitada por
Para efectos de cumplir con las funciones
señaladas en este artículo,
Artículo 2º—Rige a partir de su publicación
en el Diario Oficial
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El
Ministro a. í., de Comercio Exterior, Fernando Ocampo Sánchez.—1
vez.—OC. Nº 122388.—Sol. Nº 44972.—C-60320.—(D36678-IN2011057876).
Y
Considerando:
I.—Que
II.—Que
III.—Que el artículo 2 incisos a), b) y g)
de
En uso de las facultades y atribuciones que les
confieren los artículos 140 incisos 3), 10), 12), 18) y 20) y 146 de
Decretan:
Artículo 1º—La ratificación de
Artículo 2º—Rige a partir del 2 de junio de 2011.
Dado en
Publíquese.—LAURA
CHINCHILLA MIRANDA.—
288-P
En uso de las facultades que le
confiere el artículo 47, de
ACUERDA:
Artículo 1º—Nombrar al
señor Rowland Espinoza Howell, cédula de identidad 1-836-177, como Viceministro
de Hacienda, encargado de ingresos.
Artículo 2º—Rige a partir del trece de
junio del dos mil once.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—Solicitud Nº
10640.—C-7180.—(IN2011057153).
N° 302 - P
EL PRIMER VICEPRESIDENTE EN EJERCICIO
DE
Con fundamento en lo dispuesto
en el artículo 139 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al
señor Fernando Herrero Acosta, Ministro de Hacienda, con cédula de identidad
número uno-cuatrocientos siete-mil cuatrocientos ochenta y dos, para que
participe en las Reuniones de Gobernadores del Banco Centroamericano de
Integración Económica, a celebrarse en Honduras-Tegucigalpa del 22 de junio del
2011 al 25 de junio del 2011.
Artículo 2º—Todos los gastos por
concepto de estadía, manutención y otros, e impuestos o cánones, transporte de
taxis, seguro de vida, que se deban pagar en las terminales de transporte
aéreo, serán cubiertos con recursos de la subpartida 10504 por un monto
aproximado de $600 y los gastos por concepto de tiquete aéreo por un monto
aproximado de $900 será cubierto por la subpartida 10503, Internet será
cubierto con recursos de la subpartida 10204 del programa 132 Administración
Superior, del título 206 Ministerio de Hacienda.
Artículo 3º—En tanto dure la ausencia
del señor Fernando Herrero Acosta, se nombra como Ministro a. í. al señor
Rowland Espinosa Howell, Viceministro de Ingresos, cédula número uno
ochocientos treinta y seis-ciento setenta y siete, desde las 12:00 horas del 22
de junio del 2011 hasta las 14:57 horas del 25 de junio del 2011.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige
desde las 12:00 horas del 22 de junio del 2011 hasta las 14:57 horas del 25 de
junio del 2011.
Dado en
ALFIO PIVA MESÉN.—1 vez.—O. C. Nº 11332.—Solicitud Nº 10639.—C-17920.—(IN2011057155).
Nº 310-P
Con fundamento en el artículo 139, inciso 1) de
ACUERDA:
Artículo 1º—Dejar sin efecto el Acuerdo 286-P del 6 de junio del
2011, que autorizaba al señor Teófilo de
Artículo 2º—Rige a partir del 13 de junio del 2011.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 13294.—Solicitud Nº 3006.—C-9020.—(IN2011057859).
N° 312-P
De conformidad con lo que establece el artículo 26 inciso b) de
Considerando:
I.—Que por Acuerdo Ejecutivo Nº 241-P del 05 de abril de 2011, se designa a la
señora Anabel González Campabadal, Ministra de Comercio Exterior, para que
viaje en Delegación Oficial a Guatemala, partiendo a las 06:15 horas del 14 de
abril y hasta las 17:45 horas del mismo día. Ello con el objeto de participar
en la reunión del Consejo de Ministros de Integración Económica Centroamericana
(COMIECO), asimismo se le encargó la cartera al señor Luis Liberman Ginsburg,
Segundo Vicepresidente de
II.—Que la señora Ministra de Comercio
Exterior, no llegó a efectuar el viaje al exterior a que se refiere el
considerando primero del presente acuerdo. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Dejar sin efecto el Acuerdo Ejecutivo Nº 241-P del 05 de
abril de 2011.
Artículo 2º—Rige a partir del 14 de abril de 2011.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 122388.—Solicitud Nº 44970.—C-11720.—(IN2011057880).
Nº 032
Martha
Monge Marín
Secretaria
del Consejo de Gobierno
Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y
tres de
Que el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que
consta en el artículo tercero del Acta de la sesión ordinaria número Cincuenta
y Nueve, celebrada el veintiocho de junio del dos mil once, tomó el acuerdo que
literalmente dice: “a) Tener por conocida la renuncia que presenta el
señor Óscar Núñez Calvo, a partir del 28 de junio del 2011, al cargo que ha
venido ejerciendo como Presidente Ejecutivo del Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados (ICAA). Acuerdo declarado firme por
unanimidad.”
Martha Monge Marín, Secretaria del Consejo de
Gobierno.—1 vez.—O. C. Nº
10970.—Solicitud Nº 037.—C-8120.—(IN2011057878).
Nº 113-PE
De conformidad con lo que establecen los artículos 140 inciso 20) y 146 de
ACUERDA
1º—Autorizar a
2º—Los gastos de transporte serán cubiertos por los funcionarios.
3º—Rige a partir del 5 al 12 de junio de 2011.
Dado en el Despacho Ministerial, seis de junio de
dos mil once.
Gloria Abraham Peralta, Ministra de Agricultura y
Ganadería.—1 vez.—O. C. Nº
001-2011.—Solicitud Nº 39018.—C-10820.—(IN2011057529).
N° 056-MEIC
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos
25 inciso 1), y 28 acápite b) de
Considerando:
I.—Que es de interés del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC)
asistir al curso denominado: “Programa de Mejoramiento de Capacidad de
II.—Que dicho evento, se llevará a cabo en
la ciudad de Nueva Delhi,
III.—Que es de interés para el Ministerio de
Economía, Industria y Comercio participar en dicha actividad, con el objetivo
de fortalecer los conocimientos en materia de Comercio Exterior y Defensa
Comercial; además de crear nexos de cooperación con los organismos participantes. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1°—Autorizar a la señorita Johanna González Zúñiga,
portadora de la cédula de identidad número 1-1291-0291, funcionaria del
Despacho del Viceministro Marvin Rodríguez Durán, para que participe en el
curso denominado: “Programa de Mejoramiento de Capacidad de
Artículo 2°—Los gastos por concepto de transporte aéreo, hospedaje y
alimentación, serán financiados por el Gobierno de
Artículo 3°—Rige a partir del 27 de julio y hasta su regreso el día
16 de agosto de 2011.
Dado en el Ministerio de Economía, Industria y
Comercio, el día primero de julio del año dos mil once.
Publíquese.—Mayi
Antillón Guerrero, Ministra de Economía, Industria y Comercio.—1
vez.—O. C. Nº 11419.—Solicitud Nº
43465.—C-13520.—(IN2011057857).
N° 132-AC-MEP
Y EL MINISTRO DE
EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en los artículos 140, incisos 3),
18) y 20) y 146 de
Considerando:
I.—Que el Gobierno de
II.—Que con el fin de que se brinde el mayor
apoyo a la organización de estas actividades cívicas y haya la mayor
participación, es necesario que el Gobierno de
ACUERDAN:
1°—Conceder licencia con sueldo el día martes 26 de julio del 2011,
al personal docente y administrativo de los centros de enseñanza de todos los
niveles -primer y segundo ciclo, tercer ciclo, educación diversificada- diurnos
y nocturnos, de la provincia de Guanacaste, que hayan participado de una u otra
forma en las actividades cívico culturales conmemorativas del 187° Aniversario
de
2°—Conceder permiso para no asistir a clases el día martes 26 de
julio del
3°—Corresponde a cada una de las instancias administrativas de las
citadas Instituciones verificar que con la implementación de esta licencia no
se afecten los servicios esenciales de los centros de enseñanza involucrados.
4°—Rige el día 26 de julio de 2011.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El
Ministro de Educación Pública, Leonardo Garnier Rímolo.—1 vez.—O.
C. Nº 10851.—Solicitud Nº 13969.—C-15770.—(IN2011057533).
Nº MCJ/0079/2011
EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD
Con fundamento en el artículo 28
inciso 1) de
Considerando:
1º—Que la señora Karina
Bolaños Picado, Viceministra de
2º—Que la participación de la señora
Karina Bolaños Picado en la actividad, responde a las funciones que realiza
como Viceministra de
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a la
señora Karina Bolaños Picado, cédula Nº 108470021, Viceministra de
Artículo 2º—Los gastos de transporte
internacional, hospedaje y alimentación, serán cubiertos por los organizadores.
Artículo 3º—Rige del 6 al 8 de julio
del 2011.
Dado en el Ministerio de Cultura
y Juventud, a los 5 días del mes de julio del 2011.
Manuel Obregón López, Ministro de Cultura y Juventud.—1 vez.—O. C. Nº 11175.—Solicitud Nº 26687.—C-15680.—(IN2011057403).
Nº MCJ/0077/2011
EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD
Con fundamento en el artículo 28
inciso 1) de
Considerando:
1º—Que la señora Karina
Bolaños Picado, Viceministra de
2º—Que su participación en esta
actividad es de importancia para este Ministerio, por responder su
participación a sus funciones como Viceministra de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la
señora Karina Bolaños Picado, cédula Nº 108470021, para que participe en el VIII
Foro de Ministros Encargados de Políticas de Desarrollo Social, que se
realizará el 11 y 12 de julio del 2011, en San Salvador, El Salvador. Cabe
señalar que por asuntos de itinerario la señora Bolaños Picado debe salir del
país el 10 de julio y regresar el 13 de julio del 2011.
Artículo 2º—Los gastos de transporte
internacional, el hospedaje y la alimentación serán cubiertos por los
organizadores.
Artículo 3º—Que del 10 al 13 de julio
del 2011, en que se autoriza la participación de la señora Bolaños Picado, en
esta actividad, devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 10 al 13 de julio
del 2011.
Dado en el Ministerio de Cultura
y Juventud, a los 5 días del mes de julio del 2011.
Manuel Obregón López, Ministro de Cultura y Juventud.—1 vez.—O. C. Nº 11175.—Solicitud Nº 27686.—C-15680.—(IN2011057404).
SERVICIOS
FITOSANITARIO DEL ESTADO
DEPARTAMENTO
DE INSUMOS AGRÍCOLAS
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
DIA-R-E-269/2011.—El señor
Victoriano Julio Vega Castro, cédula Nº 2-0168-0812, en calidad de
representante legal de la compañía: Importaciones Vega S. A., cuyo domicilio
fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, Grecia, Altos de Peralta,
solicita la inscripción del equipo, marca: Forest A Garden, tipo: bomba
pulverizadora de espalda de motor, modelo: PG-826, fabricante: High Hope
Int’ Lgroup Jiangsu Native Produce And Export Corp. Ltd - China. Conforme
a lo que establece
DIA-R-E-268/2011.—El señor Victoriano Julio Vega Castro, cédula
Nº 2-0168-0812, en calidad de representante legal de la compañía: Importaciones
Vega S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela,
Grecia, Altos de Peralta, solicita la inscripción del equipo, marca: Forest A
Garden, tipo: bomba de espalda radial de motor, modelo: PG-843, fabricante:
High Hope Int’ Lgroup Jiangsu Native Produce And Export Corp. Ltd -
China. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-267-2011.—El señor Victoriano Julio Vega Castro,
cédula Nº 2-0168-0812, en calidad de representante legal de la compañía:
Importaciones Vega S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de
Alajuela, Grecia, Altos de Peralta, solicita la inscripción del equipo, marca:
Forest A Garden, tipo: bomba pulverizador/fumigador manual de espalda, modelo:
PM-620, fabricante: High Hope Int’ Lgroup Jiangsu Native Produce And
Export Corp. Ltd - China. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-265-2011.—El señor Victoriano Julio Vega Castro,
cédula Nº 2-0168-0812, en calidad de representante legal de la compañía:
Importaciones Vega S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de
Alajuela, Grecia, Altos de Peralta, solicita la inscripción del equipo, marca:
Forest A Garden, tipo: bomba pulverizadora manual de presión, modelo: PP-415,
fabricante: High Hope Int’ Lgroup Jiangsu Native Produce And Export Corp.
Ltd - China. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-266-2011.—El señor Victoriano Julio Vega Castro,
cédula Nº 2-0168-0812, en calidad de representante legal de la compañía:
Importaciones Vega S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de
Alajuela, Grecia, Altos de Peralta, solicita la inscripción del equipo, marca:
Forest A Garden, tipo: bomba pulverizadora/fumigadora manual de presión, modelo:
PP-505, fabricante: High Hope Int’ Lgroup Jiangsu Native Produce And
Export Corp. Ltd - China. Conforme a lo que establece
PUBLICACIÓN DE una VEZ
DIA-R-E-141-2011.—El señor Eduardo Dada
Hutt, cédula 8-0062-0594 en calidad de Representante Legal de la compañía
Orgánicos Ecogreen S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de
San José, solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial Ecogreen
Zeroestres compuesto a base de sílice- potasio- polisacáridos. Conforme a lo
que Establece
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 80, título N° 727, emitido por el Liceo de
Belén, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de González Navarro
Seidy Lorena. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 16,
título N° 36, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Guatuso, en el año
mil novecientos noventa y dos, a nombre de Murillo Gutiérrez Dianey. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 98,
título N° 466, emitido por el Colegio Isaac Martín, en el año dos mil siete, a
nombre de Trejos Cubillo Leonardo. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 32,
título N° 343, emitido por el Liceo de Costa Rica, en el año mil novecientos
noventa y uno, a nombre de Vega Fallas Víctor Eduardo. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 61,
título N° 883, emitido por el Liceo de Alajuelita, en el año dos mil dos, a
nombre de Vega Salazar Michael Jesús. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a fa reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 181,
asiento N° 1264, emitido por el Instituto de Guanacaste, en el año dos mil dos,
a nombre de Córdoba Castañeda Carlos. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 8, título N° 68, emitido por el Liceo
Emiliano Odio Madrigal, en el ano dos mil cuatro, a nombre de Altamirano Mora
Yendry Vanessa. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 22, título N° 598 y del Título de Técnico
Medio en
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 17, título Nº 104, emitido por el Liceo
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 102, título Nº 1001, emitido por el
Instituto Clodomiro Picado Twight, en el año mil novecientos noventa y siete, a
nombre de Astorga Aguilar Laura. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 05, título N° 18, emitido por el Colegio
Técnico Profesional de Platanares de Pérez Zeledón, en el año mil novecientos
ochenta y nueve, a nombre de Vargas Guerrero Julio César. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud
de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada,
“Rama Académica” Área de Ciencias, inscrito en el tomo 1, folio 57,
título N° 834, emitido por el Liceo Nocturno Juan Santamaría, en el año mil
novecientos ochenta y siete, a nombre de Siles Siles Ana María. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original y por cambio de
apellidos, cuyos nombres y apellidos correctos son: Peña Siles Ana María. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo i, folio 79, título Nº 432, emitido por el Liceo de Chacarita, en el
año dos mil, a nombre de Granja Espinoza José Ángel. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada Rama
Académica. Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 31, asiento
Nº 491, emitido por el Liceo Nocturno de Liberia, en el año mil novecientos
ochenta, a nombre de Mairena Bermúdez Carmen. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 27,
título Nº 111, emitido por el Liceo Nocturno Pacífico Sur, en el año mil novecientos
noventa y siete, a nombre de Segura Matamoros Kathia. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 3, folio 135,
título Nº 1837, emitido por el Liceo Elías Leiva Quirós, en el año dos mil
cinco, a nombre de Navarro Ortega María Fernanda. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Bachillerato en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 135, título
Nº 608 y del Título de Técnico Medio en Contabilidad y Finanzas, inscrito en el
tomo 1, folio 049, título Nº 589, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio
Técnico Profesional de Nandayure, en el año dos mil ocho, a nombre de Esquivel
Cortés Virginia María. Se solicita la reposición de los títulos indicado por
pérdida de los título originales. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, Rama
Académica, Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 67, título
Nº 1192, emitido por el Liceo Académico de Puriscal, en el año mil novecientos
ochenta y seis, a nombre de Vargas Vargas Gerardo. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 127,
título N° 958, emitido por el Colegio Nocturno de Limón, en el año dos mil dos,
a nombre de Sánchez Castrillo Greivin José. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
DEPARTAMENTO
DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
De conformidad con la
autorización extendida por
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
De conformidad con la
autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social,
este Registro ha procedido a la inscripción de la organización social denominada:
Unión Nacional de Trabajadores Migrantes en
Costa Rica, siglas: UNITRAMCO, aprobada en asamblea celebrada el 16 de marzo
del 2011. Expediente Nº 916-SI. Habiéndose cumplido con lo dispuesto en el
artículo 344 del Código de Trabajo y 349 de
Secretario
general: Carlos
Guzmán Membreño
Secretario de Organización Gerald Valverde Santos
Secretaria de Divulgación
Actas y correspondencia Silvia Porras Zamora
Secretaria de Formación Sindical Jéssica Martínez Calderón
Secretario de Finanzas Otto Durán Vega
Fiscalía Daniela Muñoz
Solano
San José, 21 de junio del 2011.—Lic. Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2011057152).
De conformidad con la autorización
extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social se ha procedido a
la inscripción de la organización social denominada Cooperativa de Autogestión
Comercializadora de Bienes y Servicios R. L. Siglas: COOPESERVICIOS R. L.,
acordada en asamblea celebrada 21 de mayo del 2011. 1370-CO. En cumplimiento
con lo dispuesto en el artículo 29 de
Consejo de Administración
Presidente Carlos Roberto Aguilar
Zárate
Vicepresidente Glenn Marlon Roger Rosales
Secretario Alice Roger Rosales
Vocal 1 Carlos Francisco Roger Rosales
Vocal 2 Roy Gerardo Roger Rosales
Suplente 1 Bettina Rosales Ruiz
Suplente 2 Carmen Abarca Vargas
Gerente Mitzi Connie Roger
Rosales
San
José, 21 de julio del 2011.—Lic. José Joaquín
Orozco Sánchez, Jefe de Registro.—(IN2011057156).
DIRECCIÓN NACONAL DE
PENSIONES
En sesión celebrada en San José a las 9:00 horas
del 11 de mayo del 2011, se acordó conceder Pensión de Gracia, mediante la
resolución JNPA-1527-2011, al señor Campos Sojo Luis Guillermo, cédula de
identidad 3-180-420, vecino de Limón, por un monto de noventa y cuatro mil
ochocientos setenta y cinco colones con cero céntimos (¢ 94.875,00), con un
rige a partir de la inclusión en planillas. Constituye un gasto fijo a cargo
del tesorero nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista
el contenido presupuestario correspondiente.—Dunia Madrid Acuña,
Directora Nacional.—1 vez.—RP2011248139.—(IN2011055708).
En sesión celebrada en San José a las 9:00 horas
del 11 de mayo del 2011, se acordó conceder Pensión de Gracia, mediante la
resolución JNPA-1511-2011, al señor Sánchez Morera José Ángel, cédula de
identidad 2-168-173, vecino de San José, por un monto de noventa y cuatro mil
ochocientos setenta y cinco colones con cero céntimos (¢ 94.875,00), con un
rige a partir de la inclusión en planillas. Constituye un gasto fijo a cargo
del Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista
el contenido presupuestario correspondiente.—Dunia Madrid Acuña,
Directora Nacional.—1 vez.—RP2011248165.—(IN2011055709).
En sesión celebrada en San José, a las 9:00 horas
del 11 de mayo del 2011, se acordó conceder Pensión de Gracia, mediante la
resolución JNPA-1497-2011, al señor Mondragon Montoya Hugo, cédula de identidad
1-307-297, vecino de San José, por un monto de noventa y cuatro mil ochocientos
setenta y cinco colones con cero
céntimos (¢ 94.875.00), con un rige a
partir de la inclusión en planillas. Constituye un gasto fijo a cargo del
tesorero nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el
contenido presupuestario correspondiente.—Dunia Madrid Acuña, Directora
Nacional.—1 vez.—RP2011248325.—(IN2011056068).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE
Marcas de ganado
PUBLICACIÓN DE una VEZ
Nº 2011-2404.—Guerrero Laurent María
Eugenia, cédula de identidad número 7-070-583, mayor, casada una vez, ama de
casa, con domicilio en Limón, Limón, 2000 de
Para ver imagen solo en
como marca de ganado que usará preferentemente en Limón, Limón, Limón. Se cita a terceros con
derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Ofipina, dentro de los diez
días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—San
José, 6 de julio del 2011.—Viviana Segura De
Nº 2011-2289.—Barrantes
Gutiérrez Juana Lisbeth, cédula de identidad número 5-173-881, mayor, soltera,
ama de casa, con domicilio en Castilla de Oro de Belén, Carrillo, Guanacaste,
solicita el registro de:
Para ver imagen solo en
como marca de ganado que usará preferentemente en
Guanacaste, Carrillo, Belén, Castilla de Oro, trescientos norte de la escuela
Castillo de Oro, Guanacaste. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para
hacerlos valer ante esta Oficina dentro de los diez días hábiles contados a
partir de la publicación de este edicto.—San
José, 11 de julio del 2011.—Lic. Anais Mendieta Jiménez, Registradora.—1 vez.—RP2011248605.—(IN2011056400).
Patentes de invención
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El señor Luis Esteban
Hernández Brenes, mayor, abogado, cédula 4-155-803, vecino de San José, en su
condición de apoderado especial de Anders Jonsson, de Suecia, solicita la
patente de invención denominada DISPOSITIVO DE PROTECCIÓN EMBÓLICA TEMPORAL
Y PROCEDIMIENTO MÉDICO PARA SU SUMINISTRO.
Para ver imagen solo en
Se describe un dispositivo de
protección embólica (200) y un procedimiento médico para colocar el dispositivo
en el arco o cayado de la aorta (100). La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El señor Luis Diego Castro Chavarría,
cédula 1-669-228, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado
especial de Merial Limited de E.U.A., solicita la patente de invención
denominada COMPOSICIONES QUE COMPRENDEN UN ARILPIRASOL Y/O UNA FORMAMIDINA,
MÉTODOS Y USOS DE LAS MISMAS.
Para ver imagen solo en
Composiciones para combatir
parásitos en los animales que comprenden compuestos 1-arilpirazol solos o en
combinación con compuestos de formamidina. Esta invención también proporciona
métodos mejorados para erradicar, controlar y prevenir una infestación por
parásitos en un animal que comprende la administración de las composiciones de
la invención a un animal que lo necesita. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
La señora, María de
Para ver imagen solo en
La presente invención comprende una nueva clase de
compuestos útiles para la modulación de la actividad de la enzima
beta-secretasa y para el tratamiento de las enfermedades mediadas por la
beta-secretasa, incluyendo la enfermedad de Alzheimer (AD) y las afecciones relacionados. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados,
REGISTRO
DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones
civiles
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de
Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad
denominada Asociación de Pequeños Productores Dos Ríos El Camarón, con
domicilio en la provincia de Limón. Cuyos fines entre otros serán los
siguientes: promover la mejora de calidad de vida de los productores agrícolas
de Dos Ríos El Camarón en Río Jiménez de Guácimo. Cuyo representante judicial y
extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el
presidente Tomás Muñoz Vega. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones)
y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por
quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 2011 Asiento 99832).—Curridabat, cuatro de mayo del año dos mil
once.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1
vez.—RP2011248418.—(IN2011056056).
El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha
recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Alianza
Internacional Evangélica Upumi, con domicilio en la provincia de San José,
Pavas. Sus fines, entre otros están: contribuir en la formación y
fortalecimiento de mejores valores cristianos y morales en nuestra sociedad. Su
presidente Edwin González Garro, es el representante judicial y extrajudicial
con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y demás
limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha organización, dentro de las
prescripciones establecidas en
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha
recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica
cédula: 3-002-563258, denominación: Asociación Cristiana El Nazareno
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha
recibido para su inscripción
EL Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha
recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación
Trato Animal con Respeto y Amor, con domicilio en la provincia de Cartago. Sus
fines, entre otros están: rescatar animales en riesgo social para darles un
segundo hogar responsable donde sean adoptados y minimizar la cantidad de casos
de la calle a través de la educación a la comunidad de Cartago, en busca de
evitar el maltrato animal. Su presidente Leana Romero Arce, es el representante
judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma y demás limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha organización,
dentro de las prescripciones establecidas en
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha
recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación
Jeromo para
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha
recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación
Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de San Rafael de
Paquera, con domicilio en la provincia de Puntarenas; cuyos fines principales
entre otros son los siguientes: Administrar, operar, dar mantenimiento,
desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto. Cuyo representante
judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el
estatuto lo es el presidente: Eduardo Badilla Ugalde. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de
agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con
los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la
publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite. (Tomo: 2010 Asiento: 246074, Adicionales Tomos: 2010 Asientos:
259762 y 271400 Respectivamente, Tomo 2011 Asiento: 153817).—Curridabat,
a los catorce días del mes de julio del dos mil once.—Lic. Enrique
Rodríguez Morera, Director.—1
vez.—RP2011248577.—(IN2011056421).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha
recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica
cédula: 3-002-061346, denominación: Asociación Cámara de Ganaderos de Cañas.
Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que
establece
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha
recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación
Kanimambo Costa Rica, con domicilio en la provincia de Cartago; cuyos fines
principales entre otros son los siguientes: Promover el bienestar y la
asistencia educativa de las comunidades marginales y en riesgo social. La
promoción de los valores y la educación. Cuyo representante judicial y
extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el
presidente: Daniel Salles Branco de Almeida. Por encontrarse dicha entidad
dentro de las prescripciones establecidas en
DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO
Hace Saber, que ante este despacho se ha recibido solicitud
de inscripción y habilitación para el ejercicio de la función notarial de
DIRECCIÓN DE GEOLOGÍA
Y MINAS
SOLICITUD DE EXPLOTACIÓN
DE TAJO
EDICTO
En expediente Nº 2686 el señor Marcelino Torres Avilés,
mayor, casado, empresario, vecino de San Luis de Jiménez de Pococí, pasaporte
089190740, apoderado generalísimo de Tajo
Localización
Geográfica: sito en
Hoja
Cartográfica: Hoja Guápiles, escala 1:50.000 del I.G.N.
Ubicación
Cartográfica: entre coordenadas generales: 243754.716 -
244345.69 norte y 550496.09 -550888.95 este.
Área
solicitada:
Derrotero: Coordenadas del vértice N° 1 244267.34 norte,
550507.78 este
Línea |
Azimut |
Distancia (m) |
1-2 |
73°00’ |
126.79 |
2-3 |
73°16’ |
143.34 |
3-4 |
162°28’ |
99.80 |
4-5 |
162°44’ |
100.02 |
5-6 |
163°14’ |
73.74 |
6-7 |
167°25’ |
125.79 |
7-8 |
176°41’ |
141.96 |
8-9 |
165°29’ |
23.78 |
9-10 |
261°54’ |
299.49 |
10-11 |
348°34’ |
110.32 |
11 -12 |
348°15’ |
99.81 |
12-13 |
347°51’ |
99.73 |
13-14 |
346°57’ |
99.60 |
14-15 |
345°18’ |
42.02 |
15-16 |
60°49’ |
32.57 |
16-1 |
343°17’ |
58.20 |
Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 28
de setiembre del 2008, área y derrotero aportados el 28 de setiembre del 2008.
Con quince días hábiles de término, contados a partir de la segunda
publicación, cítese a
quienes tengan derechos
mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro
Nacional Minero.—San José, 7 de julio del 2011.—Registro Nacional
Minero.—Lic. Cynthia Cavallini Chinchilla, Jefa.—(IN2011055237).
2 v. 2.
DIRECCIÓN DE AGUAS
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Expediente Nº 14721P.—Cerro Encantado Inversiones S. A., solicita
concesión de:
Expediente Nº 14139P.—Connected
Properties Ltda., solicita concesión de:
Exp. 14714P.—Inversiones Las Doce
Tablas de Piedades de Santa Ana S. A., solicita concesión de:
Exp. 7350P.—Canal Grande S. A.,
solicita concesión de:
Exp. 14713P.—San Barnaba S. A.,
solicita concesión de:
Exp. 2597P.—Inversiones Las Siete
Colinas S. A., solicita concesión de:
Exp. 14490P.—Municipalidad del
Cantón de Esparza, solicita concesión de:
Exp. 14279P.—Flor María Morera
López, solicita concesión de:
Exp. 7336A.—Gatun S. A., solicita
concesión de:
Expediente 12673P.—Laitinix S. A.,
solicita concesión de:
Exp. 7303A.—Arturo Argüello Pérez,
solicita concesión de:
Expediente Nº 11939P.—C&K
Coactive S. A., solicita aumento de la concesión de:
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Expediente Nº 14731A.—Prinz
S. A., solicita concesión de:
Expediente Nº 14716A.—Rainforest
Treks S. A., solicita concesión de:
Exp. 14727A.—Importadora
El Péndulo S. A., solicita concesión de:
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Expediente Nº 14730A.—Ecopropiedades
de
Exp. Nº 10379A.—Cloza de Alajuela
S. A., solicita concesión de:
Exp. Nº 9321A.—Santa Teresita S.
A., solicita concesión de:
Exp. Nº 6999A.—Industria
Exp. Nº 8023A.—Willian Francisco,
Quesada Araya, solicita concesión de:
Exp. Nº 9796P.—Coopemontes de Oro R.
L., solicita concesión de:
Exp. Nº 14738P.—María Eugenia,
Hernández Araya, solicita concesión de:
Exp. Nº 9680A.—Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos
de Costa Rica, solicita concesión de:
Exp. Nº 9550A.—Mario León
Villalobos solicita concesión de:
Registro Civil-Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp. Nº 3971-2011.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas treinta
y cinco minutos del veintiuno de junio del dos mil once. Diligencias de ocurso
presentadas por Dimitri Fernández Prada, mayor, divorciado, filólogo,
costarricense, cédula de identidad número uno-mil uno-ciento sesenta, vecino de
San Rafael, Oreamuno, Cartago; tendente a dejar sin efecto razón marginal
practicada mediante sello de reconocimiento en su asiento de nacimiento,
realizado por el señor Lesmes Fernández Varela, por cuanto con antelación al
precitado acto jurídico en escritura pública número cuarenta y dos emitida en
el Consulado de Costa Rica en
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Expediente Nº 41825-2010.
Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las ocho horas veinte minutos del cinco de julio
del dos mil once, José Manuel Solano Solís, mayor, divorciado, costarricense,
cédula de identidad número dos-trescientos nueve-cuatrocientos noventa y uno,
vecino de Palmares, Palmares, Alajuela; tendente a la rectificación de su
asiento de nacimiento..., en el sentido que la fecha de nacimiento de la
persona ahí inscrita es “veinticinco de diciembre de mil novecientos
cincuenta y tres”. Conforme lo señala el artículo 66 de
Expediente Nº 12683-09.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San
José, a las once horas del seis de mayo del dos mil once. Procedimiento
administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Jennifer Fabiola
Alvarado Vargas, que lleva el número trescientos ochenta y siete, folio ciento
noventa y cuatro, tomo ochocientos cuarenta y seis, de la provincia de
Alajuela, Sección de Nacimientos, como hija de “María Rosa Alvarado
Vargas, costarricense”, por aparecer inscrita como Yenifer Faviola
Alvarado Arce, en el asiento de nacimiento que lleva el número doscientos
cuarenta y cinco, folio ciento veintitrés, tomo ochocientos cuarenta y cinco,
de la provincia de Alajuela, Sección de Nacimientos, como hija de
“Randall Abraham Arce Sandoval y María Rosa Alvarado Vargas,
costarricense”. Conforme lo señala el artículo 66 de
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace saber que este Registro
en diligencias de ocurso incoadas por José Ramón Centeno Peña, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1284-2011.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San
José, a las ocho horas siete minutos del veintinueve de junio del dos mil once.
Expediente Nº 21293-2011. Resultando: 1º—..., 2º—...; Considerando:
I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no
probados:..., III.—Sobre el fondo:...; Por tanto: rectifíquese el asiento
de matrimonio de José Ramón Centeno Peña con Janett Concepción Roblero
Collado..., en el sentido que el primer nombre de la cónyuge es
“Yanett”.—Lic. Óscar Fernando Mena Carvajal, Director General
a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2011055826).
Se hace saber que este Registro
en diligencias de ocurso incoadas por Cinthya Villalobos Novo, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1385-2011.—Registro
Civil, Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las
diez horas cinco minutos del siete de julio del dos mil once. Ocurso.
Expediente Nº 9713-2011. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—...,
Considerando: I.—Hechos Probados:...,
II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:...; por tanto:
rectifíquese razón marginal consignada mediante sello de Ley de Paternidad en
el asiento de nacimiento de Andry Jimena Arias Villalobos...; en el sentido que
el segundo nombre y el primer apellido del padre de la persona ahí inscrita son
“Emiliano” y “Conejo” respectivamente.—Lic. Oscar
Fernando Mena Carvajal, Director General a.í.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN201155832).
Se hace saber que este registro en diligencias de
ocurso incoadas por Marvin Adolfo Campos Cuadra, ha dictado una resolución que
en lo conducente dice: Resolución Nº 2219-10. Registro Civil, Departamento
Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas cincuenta
minutos del veintinueve de setiembre del dos mil diez. Exp. Nº 28027-10.
Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos
Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el Fondo:....
Por Tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Nahomi Stephany Campos
Martínez..., en el sentido que el nombre del padre y el nombre de la madre...
son “Marvin Adolfo”. y “Mitchell del
Socorro”, respectivamente.— Carlos Luis Brenes Molina. Jefe.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(IN2011055841).
Se hace saber que este registro en diligencias de ocurso incoadas por Marbelly Judith Duarte, no indica otro apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 751-2011. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas y treinta minutos del cinco de mayo del dos mil once. Ocurso Exp. Nº 49433-2010. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el Fondo:..., Por Tanto: Rectifíquense el asiento de nacimiento de Ervin Antonio Amador Duarte...; en el sentido que el primer nombre y el apellido de la madre de la persona ahí inscrita son Marbelly y Duarte no indica segundo apellido, respectivamente y no como se consignaron y el asiento de nacimiento de Jeferson Steven Amador Duarte..., en el sentido que el apellido de la madre de la persona ahí inscrita es Duarte no indica segundo apellido. y no como se consignó.. Lic. Hugo Montero Hernández, Jefe a. í.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(IN2011056364).
Se hace saber al señor Hernán Castro Chavarría y a la señora Sonia Cordero Varela, que este Registro en proceso administrativo de rectificación de asiento de nacimiento, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1550-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas quince minutos del quince de julio del dos mil once. Procedimiento administrativo. Exp. N° 29563-2010. Resultando: 1... 2..., 3..., 4... Considerando: I Hechos Probados... II Hechos no Probados... III Sobre el Fondo..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Aslyc Jimena Cordero Varela, que lleva el número cero noventa y tres, folio cero cuarenta y siete, tomo mil setecientos doce de la provincia de San José, Sección de Nacimientos, en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Hernán Castro Chavarría y Sonia Cordero Varela, costarricenses”.—Lic. Óscar Fernando Mena Carvajal, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 10788.—Solicitud Nº 665-2011.—C-8075.—(IN2011057443).
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
María Angélica Solís Domínguez, mayor, soltera,
asistente de grupo, nicaragüense, cédula de residencia N° 15580016418, vecina
de San José, expediente 854-2009. Se ha presentado a este Registro a levantar
información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de
Cristel Suyen Tijerino Cano, mayor, soltera, estudiante,
nicaragüense, cédula de residencia 155811218820, vecina de San José, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
Ricardo David Peña Martínez, mayor, casado, bachiller en
contaduría, nicaragüense, cédula de residencia 155808701030, vecino de San
José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
Mónica Antonia Rosales Pichardo conocida como Mónica Antonia
Pichardo Rosales, mayor, soltera, del hogar, nicaragüense, pasaporte C1177568,
vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante
Ruth Noemí Cruz Mendoza, mayor, soltera, secretaria, nicaragüense,
cédula de residencia 155802377130, vecina de San José, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante
Luis Fernando López Jiménez, mayor, soltero, cómico, colombiano,
cédula de residencia 117000720426, vecino de San José, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante
Yongquan Feng, mayor, casado, comerciante, chino, cédula de
residencia 115600091225, vecino de Heredia, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante
Lyliette del Socorro Ramírez Vílchez, mayor, casada, optometrista,
nicaragüense, cédula de residencia 155809082435, vecina de San José, expediente
Nº 4351-2009. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de
acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de
Óscar Paúl Munkel Talavera, mayor, casado, optometrista,
nicaragüense, cédula de residencia 155809082826, vecino de San José, expediente
Nº 4349-2009. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de
acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de
Gretel Ivania Ibarra Loaisiga, mayor, soltera, vendedora,
nicaragüense, cédula de residencia 135-RE-067855-00-1999, vecina de San José,
expediente Nº 900-2008. Se ha presentado a este Registro a levantar
información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de
Lilieth Auxiliadora Urbina Andino, mayor, soltera, del hogar,
nicaragüense, cédula de residencia 155812755935, vecina de Limón, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
Expediente Nº DJ-10-2011.—
Se
encuentra firme la resolución Nº PA-36-2011 de las 16:00 horas del 13 de junio
de 2011, dictada dentro del procedimiento administrativo Nº DJ-10-2011. Dicha
resolución en el Por Tanto resuelve imponer una prohibición de ingreso o
reingreso a cargos de
Publíquese.—Lic.
Roberto Rodríguez Araica, Gerente Asociado.—1
vez.—(IN2011057043).
CONSEJO DE TRANSPORTE PÚBLICO
Modificación
/ADEMDUM de Plan de Compras 2011
ID_MINIST. |
ID_PROG. |
ID_SUBPROG. |
CÓDIGO DE MERCANCÍA |
DESCR_GENÉRICA |
UNIMED |
EMP. |
FUENTE |
PERIODO |
Cantidad total a comprar |
||
EQUIPO DE COMUNICACIÓN |
|||||||||||
1.1.1.1.591.209 |
01 y 02 |
0 |
50103 |
5 |
110 |
TELÉFONO CELULAR GSM |
Unid |
0 |
1 |
II Sem |
7 |
1.1.1.1.591.209 |
01 y 02 |
0 |
50103 |
5 |
10 |
TELÉFONO INALÁMBRICO |
Unid |
0 |
1 |
II Sem |
9 |
1.1.1.1.591.209 |
01 y 02 |
0 |
50103 |
15 |
1 |
FAX |
Unid |
0 |
1 |
II Sem |
2 |
1.1.1.1.591.209 |
01 y 02 |
0 |
50103 |
35 |
600 |
PROYECTOR DE VIDEO |
Unid |
0 |
1 |
II Sem |
2 |
1.1.1.1.591.209 |
01 y 02 |
0 |
50199 |
310 |
300 |
CÁMARA DIGITAL FOTOGRÁFICA |
Unid |
0 |
1 |
II Sem |
1 |
1.1.1.1.591.209 |
01 y 02 |
0 |
50103 |
900 |
1900 |
AUDÍFONO |
Unid |
0 |
1 |
II Sem |
3 |
EQUIPO DE MOBILIARIO |
|||||||||||
1.1.1.1.591.209 |
01 y 02 |
0 |
50104 |
25 |
5 |
CALCULADORA GRAFICA PORTÁTIL (SIMILAR A HP 50G) |
Unid |
0 |
1 |
II Sem |
1 |
1.1.1.1.591.209 |
01 y 02 |
0 |
50104 |
900 |
260 |
ESTANTERÍA |
Unid |
0 |
1 |
II Sem |
4 |
1.1.1.1.591.209 |
01 y 02 |
0 |
50104 |
15 |
300 |
MESA MODULAR (Escritorio) |
Unid |
0 |
1 |
II Sem |
5 |
1.1.1.1.591.209 |
01 y 02 |
0 |
50104 |
1 |
5000 |
ARCHIVERO RODANTE Y/O AÉREO |
Unid |
0 |
1 |
II Sem |
4 |
1.1.1.1.591.209 |
01 y 02 |
0 |
50104 |
65 |
60 |
RELOJ MARCADOR ELECTRÓNICO |
Unid |
0 |
1 |
II Sem |
1 |
1.1.1.1.591.209 |
01 y 02 |
0 |
50199 |
900 |
6200 |
DISPENSADORES DE AGUA Y AIRE |
Unid |
0 |
1 |
II Sem |
1 |
1.1.1.1.591.209 |
01 y 02 |
0 |
50101 |
230 |
300 |
MAQUINA LAMINADORA DE DOCUMENTOS |
Unid |
0 |
1 |
II Sem |
1 |
1.1.1.1.591.209 |
01 y 02 |
0 |
50104 |
20 |
800 |
SILLA EJECUTIVA |
Unid |
0 |
1 |
II Sem |
1 |
EQUIPO DE CÓMPUTO |
|||||||||||
1.1.1.1.591.209 |
01 y 02 |
0 |
50105 |
115 |
1 |
DISCO DURO |
Unid |
0 |
1 |
II Sem |
2 |
1.1.1.1.591.209 |
01 y 02 |
0 |
50105 |
90 |
10 |
MICROCOMPUTADOR PENTIUM D |
Unid |
0 |
1 |
II Sem |
12 |
1.1.1.1.591.209 |
01 y 02 |
0 |
50105 |
95 |
760 |
IMPRESORA LÁSER |
Unid |
0 |
1 |
II Sem |
1 |
1.1.1.1.591.209 |
01 y 02 |
0 |
50105 |
100 |
1 |
SOFTWARE PARA SISTEMA DE ACTAS |
|
0 |
1 |
II Sem |
1 |
1.1.1.1.591.209 |
01 y 02 |
0 |
50105 |
100 |
1 |
SOFTWARE PARA SOLUCIÓN DE VIRTUALIZACIÓN |
|
0 |
1 |
II Sem |
1 |
1.1.1.1.591.209 |
01 y 02 |
0 |
50105 |
100 |
10 |
LICENCIA PARA SOFTWARE (MS office 2010) |
Unid |
0 |
1 |
II Sem |
6 |
1.1.1.1.591.209 |
01 y 02 |
0 |
50105 |
100 |
2040 |
PAQUETE DE SOFTWARE DE ANTIVIRUS |
Unid |
0 |
1 |
II Sem |
1 |
1.1.1.1.591.209 |
01 y 02 |
0 |
50105 |
130 |
25 |
LLAVE MAYA |
Unid |
0 |
1 |
II Sem |
2 |
1.1.1.1.591.209 |
01 y 02 |
0 |
50105 |
185 |
1 |
UNIDAD CENTRAL DE PROCESO -CPU- |
Unid |
0 |
1 |
II Sem |
2 |
Aprobado: Lic. Marvin Salas,
Director Administrativa Financiero.—1
vez.—O. C. Nº. 1742—Solicitud Nº. 32204.—C-45830.—(IN2011058878).
HOSPITAL MÉXICO
ÁREA DE GESTIÓN BIENES Y SERVICIOS-
SUBÁREA
DE PLANIFICACIÓN Y CONTROL
LAS MODIFICACIONES AL PLAN ANUAL
DE
COMPRAS 2011
Pueden ser
consultadas en la página web http://www.ccss.sa.cr
26 de julio del 2011.—Bach. Marcelo Jiménez Umaña, Coordinador.—1 vez.—(IN2011059049).
SISTEMA
NACIONAL DE RADIO Y TELEVISIÓN S. A.
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO Nº 03-2011
Código |
Concepto |
Monto |
Trimestres |
||
1 |
00 |
00 |
SERVICIOS |
325.441.000,00 |
I, II, III y IV |
1 |
01 |
00 |
Alquileres |
120.292.400,00 |
I, II, III y IV |
1 |
01 |
01 |
Alquiler
de edificios, locales y terreno |
2.850.000,00 |
I, II, III y IV |
1 |
01 |
02 |
Alqui.
de maq., equipo y mobiliario |
114.305.400,00 |
I, II, III y IV |
1 |
01 |
99 |
Otros alquileres |
3.137.000,00 |
I, II, III y IV |
1 |
02 |
00 |
Servicios Básicos |
30.900.000,00 |
I, II, III y IV |
1 |
02 |
01 |
Servicio
de agua y alcantarillado |
1.800.000,00 |
I, II, III y IV |
1 |
02 |
02 |
Servicio de energía eléctrica |
23.600.000,00 |
I, II, III y IV |
1 |
02 |
04 |
Servicio de telecomunicaciones |
5.500.000,00 |
I, II, III y IV |
|
|
|
|
|
|
1 |
03 |
00 |
Serv. Comerciales y Financieros |
76.263.000,00 |
I, II, III y IV |
1 |
03 |
01 |
Información |
1.000.000,00 |
I, II, III y IV |
1 |
03 |
02 |
Publicidad y propaganda |
37.267.000,00 |
I, II, III y IV |
1 |
03 |
03 |
Impresión, encuadernación y otros |
2.196.000,00 |
I, II, III y IV |
1 |
03 |
04 |
Transporte de bienes |
400.000,00 |
I, II, III y IV |
1 |
03 |
05 |
Servicios Aduaneros |
1.600.000,00 |
I, II, III y IV |
1 |
03 |
06 |
Comisiones y Gastos p/Serv. Financ. |
33.800.000,00 |
I, II, III y IV |
|
|
|
|
|
|
1 |
04 |
00 |
Servicios
de Gestión y Apoyo |
31.025.000,00 |
I, II, III y IV |
1 |
04 |
04 |
Servicios
en Cienc. Econ. Sociales |
5.000.000,00 |
I, II, III y IV |
1 |
04 |
06 |
Servicios Generales |
1.200.000,00 |
I, II, III y IV |
1 |
04 |
05 |
Servicios Informáticos |
1.000.000,00 |
I, II, III y IV |
1 |
04 |
99 |
Otros
Servicios de Gestión y Apoyo |
23.825.000,00 |
I, II, III y IV |
|
|
|
|
|
|
1 |
05 |
00 |
Gastos
de Viaje y de Transporte |
26.600.000,00 |
I, II, III y IV |
1 |
05 |
01 |
Transporte
dentro |
2.600.000,00 |
I, II, III y IV |
1 |
05 |
02 |
Viáticos dentro |
18.000.000,00 |
I, II, III y IV |
1 |
05 |
03 |
Transporte en el exterior |
2.000.000,00 |
I, II, III y IV |
1 |
05 |
04 |
Viáticos en el exterior |
4.000.000,00 |
I, II, III y IV |
|
|
|
|
|
|
1 |
07 |
00 |
Capacitación y Protocolo |
2.400.000,00 |
I, II, III y IV |
1 |
07 |
02 |
Actividades Protocolarias y Sociales |
2.400.000,00 |
I, II, III y IV |
|
|
|
|
|
|
1 |
08 |
00 |
Mantenimiento y Reparación |
8.300.000,00 |
I, II, III y IV |
1 |
08 |
01 |
Manten.
de edificios y locales |
3.000.000,00 |
I, II, III y IV |
1 |
08 |
05 |
Manten.
y repar. equipo transp. |
2.500.000,00 |
I, II, III y IV |
1 |
08 |
06 |
Manten.
y repar. equipo comun. |
2.000.000,00 |
I, II, III y IV |
1 |
08 |
07 |
Manten.
y repar. equipo mob.
oficina |
300.000,00 |
I, II, III y IV |
1 |
08 |
08 |
Manten. y rep. eq.cómp y sist. infor. |
200.000,00 |
I, II, III y IV |
1 |
08 |
99 |
Manten.
y rep. de otros equipos |
300.000,00 |
I, II, III y IV |
|
|
|
|
|
|
1 |
09 |
00 |
Impuestos |
2.000.000,00 |
I, II, III y IV |
1 |
09 |
99 |
Otros Impuestos |
2.000.000,00 |
I, II, III y IV |
|
|
|
|
|
|
1 |
99 |
00 |
Servicios Diversos |
27.660.600,00 |
I, II, III y IV |
1 |
99 |
05 |
Deducibles |
1.000.000,00 |
I, II, III y IV |
1 |
99 |
99 |
Otros Servicios No Especificados |
26.660.600,00 |
I, II, III y IV |
|
|
|
|
|
|
2 |
00 |
00 |
MATERIALES Y SUMINISTROS |
53.000.000,00 |
I, II, III y IV |
2 |
01 |
00 |
Productos Químicos y Conexos |
17.100.000,00 |
I, II, III y IV |
2 |
01 |
01 |
Combustibles y lubricantes |
15.000.000,00 |
I, II, III y IV |
2 |
01 |
02 |
Productos farmac. y medicinales |
500.000,00 |
I, II, III y IV |
2 |
01 |
04 |
Tintas, pinturas y diluyentes |
1.000.000,00 |
I, II, III y IV |
2 |
01 |
99 |
Otros productos químicos |
600.000,00 |
I, II, III y IV |
|
|
|
|
|
|
2 |
02 |
00 |
Alimentos y Productos |
4.000.000,00 |
I, II, III y IV |
2 |
02 |
03 |
Alimentos y bebidas |
4.000.000,00 |
I, II, III y IV |
|
|
|
|
|
|
2 |
03 |
00 |
Mat.
y Prod. de uso en la Const. |
8.600.000,00 |
I, II, III y IV |
2 |
03 |
01 |
Materiales y productos metálicos |
1.000.000,00 |
I, II, III y IV |
2 |
03 |
02 |
Materiales
y prod. miner. y asfálticos |
900.000,00 |
I, II, III y IV |
2 |
03 |
04 |
Materiales
y prod. eléct. telef. y
cómp. |
3.900.000,00 |
I, II, III y IV |
2 |
03 |
05 |
Materiales
y productos de vidrio |
400.000,00 |
I, II, III y IV |
2 |
03 |
06 |
Materiales
y productos de plástico |
1.400.000,00 |
I, II, III y IV |
2 |
03 |
99 |
Otros
mater. y prod.de uso en la cons. |
1.000.000,00 |
I, II, III y IV |
|
|
|
|
|
|
2 |
04 |
00 |
Herramientas, repuestos y accesorios |
3.500.000,00 |
I, II, III y IV |
2 |
04 |
02 |
Repuestos y accesorios |
3.500.000,00 |
I, II, III y IV |
|
|
|
|
|
|
2 |
99 |
00 |
Útiles, materiales y suministros |
19.800.000,00 |
I, II, III y IV |
2 |
99 |
01 |
Útiles
y mater. de oficina y cómputo |
7.600.000,00 |
I, II, III y IV |
2 |
99 |
03 |
Productos
de papel, cartón e impresos |
4.100.000,00 |
I, II, III y IV |
2 |
99 |
04 |
Téxtiles y vestuarios |
1.000.000,00 |
I, II, III y IV |
2 |
99 |
05 |
Útiles
y mater. de limpieza |
500.000,00 |
I, II, III y IV |
2 |
99 |
06 |
Útiles
y mater. de resg., y seguridad |
400.000,00 |
I, II, III y IV |
2 |
99 |
07 |
Útiles
y mater. de cocina y comedor |
200.000,00 |
I, II, III y IV |
2 |
99 |
99 |
Otros
útiles, materiales y suministros |
6.000.000,00 |
I, II, III y IV |
|
|
|
|
|
|
5 |
00 |
00 |
BIENES DURADEROS |
7.510.000,00 |
I, II, III y IV |
5 |
01 |
00 |
Maquinaria, equipo y mobiliario |
7.510.000,00 |
I, II, III y IV |
5 |
01 |
03 |
Equipo de comunicación |
1.510.000,00 |
I, II, III y IV |
5 |
01 |
04 |
Equipo
y mobiliario de oficina |
1.000.000,00 |
I, II, III y IV |
5 |
01 |
05 |
Equipo
y programas de cómputo |
5.000.000,00 |
I, II, III y IV |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
TOTAL |
385.951.000,00 |
|
Departamento Financiero.—Yorleny
Vargas Villalobos, Jefa.—1 vez.—(IN2011059051).
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE
PROOVEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA 2011LA-000037-PROV
Contratación
de mantenimiento preventivo y correctivo
para dos ascensores ubicados en el edificio de los
Tribunales de
Justicia de Grecia
Fecha y hora de apertura: 02 de setiembre de
Los respectivos carteles se pueden obtener sin costo alguno a partir de la
presente publicación. Para ello, los interesados deben dirigirse al Proceso de
Adquisiciones del Departamento de Proveeduría; sita en el 3° piso del edificio
Anexo B, ubicado en la esquina formada entre calle 15 avenida 6, San José; o
bien, obtenerlos a través de Internet, en la dirección:
http://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria/adquisiciones/invitalic.htm.
San José, 29 de julio de 2011.—Proceso
de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1
vez.—(IN2011058830).
DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS
DE SALUD CENTRAL NORTE
LICITACIÓN
PÚBLICA 2011LN-000001-2299
(entrega según demanda)
Suministro
leche y productos lácteos
Se establece como fecha límite
para la recepción de ofertas el 26 de agosto del
Para ver más detalles y corroborar
información accesar la siguiente dirección: http://www.ccss.sa.cr
Unidad Regional de Contratación
Administrativa.—Lic. Mercedes Apolo Matarrita.—1 vez.—(IN2011058861).
DIRECCIÓN PRODUCCIÓN INDUSTRIAL
LICITACIÓN PÚBLICA 2011LN-000007-8101
(Apertura
de ofertas)
Adquisición de dos ítemes por delantales cirujanos
Se informa a los interesados en
participar en el presente concurso que está disponible el cartel para la
adquisición de dos ítemes por delantales cirujanos, promovido mediante
Licitación Pública 2011LN-000007-8101, el mismo se encuentra disponible en la
fotocopiadora del edificio Genaro Valverde Marín de
Fecha de apertura 29 de agosto del
Cantidad ítem 01: 5.000 ud delantal cirujano talla Nº 2.
Cantidad
ítem 02: 13.000 ud delantal cirujano talla Nº 3.
San José, 27 de julio de 2011.—Lic. Víctor
Díaz Rodríguez, Jefe, Unidad de Compras.—1
vez.—RP2011249023.—(IN2011059047).
HOSPITAL DR. MAX TERÁN VALLS
SUBÁREA DE PLANIFICACIÓN
Y
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2011LN-000003-2308
Objeto contractual: artículos para labores de oficina
El cartel puede ser retirado en
Quepos, 19 de julio del 2011.—Lic. Ana Lissette Acuña Vargas, Coordinadora.—1 vez.—(IN2011059171).
HOSPITAL
DR. MAX TERÁN VALLS
SUBÁREA
DE PLANIFICACIÓN Y
CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN
PÚBLICA NACIONAL Nº 2011LN-000004-2308
Productos
para uso enteral
Quepos, 19 de julio del 2011.—Lic.
Ana Lissette Acuña Vargas, Coordinadora.—1
vez.—(IN2011059172).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2011LA-000054-PRI
Contratación
de diseño, suministro, instalación y puesta
en marcha de los equipos del sistema electromecánico
Planta Rincón Verde
II, San Pablo, Heredia (TPL)
El Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se
recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del día 19 de agosto del 2011 para
El archivo que conforma el cartel podrá accesarse en la página
www.aya.go.cr., o bien adquirirse previo pago de ¢500.00, en
San José, 29 de julio de 2011.—Dirección
Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1
vez.—O. C. Nº 11-03.—Solicitud Nº
3223.—C-8600.—(IN2011058837).
ÁREA DE
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-000004-IMAS
Adquisición
de implementos escolares destinados a estudiantes
de escuelas Promecum, territorios indígenas y algunas
unidocentes. Modalidad: entrega según demanda
El Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) recibirá
ofertas hasta las 14:00 horas del 26 de agosto del 2011, para la licitación de
referencia.
A los interesados en participar en la licitación de cita, deben retirar el
cartel con las especificaciones técnicas y requisitos en el Área de Proveeduría
Institucional, ubicada en Barrio Francisco Peralta, San Pedro de KFC
San José, 29 de julio del 2011.—MBA.
Ramón Alvarado Gutiérrez, Proveedor General.—1
vez.—(IN2011059174).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2010LN-000004-IMAS
Adquisición de papelería, suministros de oficina y de
cómputo
para el IMAS (Modalidad: entrega según demanda)
Se comunica a los interesados
en la licitación en referencia que mediante Acuerdo del Consejo Directivo Nº
318-2011 del 4 de julio del 2011, se readjudica la línea 59 correspondiente a
papel higiénico jumbo a la empresa Kem de Centroamérica S. A.
27 de julio del 2011.—MBA. Ramón Alvarado G., Proveedor General.—1 vez.—(IN2011059175).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000006-IMAS
Adquisición de vehículos para el IMAS
El Instituto Mixto de Ayuda
Social (IMAS), recibirá ofertas hasta las diez horas del día 30 de agosto del
2011, para la licitación en referencia, previo pago de mil colones (¢1.000,00),
en
Las modificaciones y aclaraciones al cartel estarán
disponibles en la página www.imas.go.cr
San José, 29 de julio del
2011.—MBA. Ramón Alvarado Gutiérrez, Proveedor General.—1 vez.—(IN2011059176).
FUNDACIÓN AMOR Y ESPERANZA
COMPRA DIRECTA FUNDAE 02-2011
Adquisición de equipo para fisioterapia
El objeto del presente
anuncio es invitar a cotizar para participar como proveedores de
Las condiciones
generales establecidas para la presentación de ofertas deberán ser recogidas en
la dirección indicada, sin ningún costo, el día martes 16 de agosto de 8:00
a.m. a 12:00 m.d.
Plazo de recepción de
las cotizaciones para
Lugar de entrega del
cartel y recepción de cotizaciones: Oficinas de
Msc.
Shirley Pereira Badilla, Presidenta.—1
vez.—(IN2011058891).
Adquisición de sillas de ruedas manuales
adaptadas y
eléctricas
El objeto del presente anuncio es invitar a
cotizar para participar a las empresas dedicadas a la venta de sillas de
ruedas, como proveedores de
Las condiciones generales establecidas para
la presentación de ofertas deberán ser recogidas en la dirección indicada, sin
ningún costo, el día martes 16 de agosto de 8:00 a.m. a 12:00 m.d.
Plazo de recepción de las cotizaciones para
* Exposición
de muestras: miércoles 31 de agosto, hora: 9:00 a. m., la participación en la
exposición de muestras de los productos ofertados por parte de la empresa ante
representantes de
Lugar de entrega del cartel, recepción de cotizaciones
y exposición de muestras: oficinas de
Msc. Shirley Pereira Badilla,
Presidenta.—1 vez.—(IN2011058893).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
LICITACIÓN
PÚBLICA 2011LN-000006-00100
Licitación
Pública Nº 06-2011 Actualización de
Tecnológica y
Desarrollo del Aplicativo para el Sistema del
Registro Inmobiliario
del Registro Nacional
Adjudicar
a- Ítem Nº
1. Actualización de
San José, 27 de julio de 2011.—Lic.
Mauricio Madrigal Calvo, Proveedor.—1
vez.—O. C. Nº 11-507.—Solicitud Nº
29904.—C-13520.—(IN2011058859).
PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000016-PCAD
Adquisición de kioscos interactivos publicitarios
El Proceso de Contratación
Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, hace del conocimiento
de los interesados en
Adjudicar a Color Visión S.
A., cédula jurídica 3-101-013798. 20 Unidades Kioscos Autoservicio. Total a
pagar $218.542,00 ivi.
Garantía de cumplimiento. Plazo:
5 días hábiles a partir de la firmeza; monto: $2,186; vigencia: 14 meses.
Demás condiciones y requisitos según Informe
de Adjudicación Nº 112-2011.
28 de julio del 2011.—Subproceso Gestión y Análisis de Compras.—Lic.
Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2011059219).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000034-PCAD
Suministro de tarjetas inteligentes
El Proceso de Contratación
Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, hace del conocimiento
de los interesados en
Demás condiciones y requisitos según lo
plantea el Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular en su
informe de Infructuosidad N° 139-2011.
San José, 28 de julio del 2011.—Subproceso de Gestión y Análisis de
Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1
vez.—(IN2011059221).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2011LA-000025-PCAD
Contratación
de los servicios de abastecimiento, confección
y suministro de uniformes (consumo por demanda)
El Proceso de Contratación Administrativa del
Banco Popular y de Desarrollo Comunal, hace del conocimiento de los interesados
en
Creaciones Niza S. A., C. J. 3-101-144830.
1 1-17-05-0002 Pantalones de army americano ¢
9.605,00
2 1-17-12-0008 Juego de uniforme para
Técnico
en Seguridad y
Vigilancia
(hombre).
El
juego incluye: 2 sacos
y 3 pantalones ¢
135.600,00
3 1-17-05-0005 Pantalón de mezclilla ¢
10.057,00
4 1-17-07-0002 Camisas ¢
7.684,00
5 1-17-07-0004 Camisa para personal
de seguridad (oficiales,
técnicos, supervisores
y técnicos de alarmas). ¢
8.475,00
6 1-17-07-0007 Camisetas tipo Polo ¢
6.215,00
7 1-17-08-0002 Gabacha ¢
8.136,00
8 1-17-08-0003 Gabacha ¢
8.475,00
9 1-17-10-0001 Enagua ¢
11.526,00
10 1-17-11-0001 Blusa de seda ¢
11 865,00
11 1-17-12-0001 Juego de uniformes
para Oficiales de
Seguridad
(hombre).
El
juego incluye: 2 sacos,
3
pantalones y 2 corbatas ¢
143.510,00
12 1-17-12-0007 Juego de uniforme para
Supervisor
de Seguridad
y Vigilancia (hombre).
El
juego incluye: 2 sacos
y 3 pantalones ¢
135.600,00
13 1-17-05-0003 Pantalón de mujer ¢
16.950,00
Plazo de entrega
A partir de la recepción de las solicitudes que se
le presenten, el contratista dispondrá de 80 días naturales como máximo para suministrar
debidamente acabados, las diferentes prendas que se pudieron haber solicitado
en el primer mes del año.
Plazo de prestación contractual
El plazo del contrato será de un año, con
posibilidades de prórroga por tres periodos iguales adicionales, hasta un
máximo de cuatro años, siempre y cuando ninguna de las partes manifieste lo
contrario con al menos 2 meses de anticipación al vencimiento del contrato.
La estimación anual de esta contratación es de ¢.8.000.000,00 (ocho millones de colones 00/100), el límite económico máximo
al que podría ascender la demanda de servicios objeto de esta contratación
durante un año sería la suma de ochenta millones setecientos cuarenta y nueve
mil novecientos noventa y nueve con 75/100 (¢.80.749.999,75),
límite que se obtiene de dividir el límite económico máximo de la licitación
abreviada (trescientos veintidós millones novecientos noventa y nueve mil
novecientos noventa y nueve colones con 99/100 (¢.322.999.999,99)
entre cuatro años, que es el tiempo máximo de duración de este contrato y
además es la base de estimación que establece el artículo 31 de
Garantía de cumplimiento
El adjudicatario deberá de rendir la
correspondiente garantía de cumplimiento, durante los 5 (cinco) días hábiles
siguientes a la firmeza de la adjudicación del concurso, por un monto de ¢.800.000,00 (ochocientos mil colones 00/100) y con
una vigencia mínima de catorce meses.
Demás condiciones y requisitos según lo plantea el Proceso de Contratación
Administrativa del Banco Popular en su recomendación de Adjudicación N°
125-2011, visible en el expediente administrativo.
San José, 28 de julio del 2011.—Subproceso
Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2011059222).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000040-PCAD
Servicio de soporte técnico a clientes del Banco Popular
que adquirieron tarjetas inteligentes y su lector
El Proceso de Contratación
Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, hace del conocimiento
de los interesados en
Demás condiciones y requisitos según lo
plantea el Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular en su
informe de Infructuosidad Nº 138-2011.
28 de julio del 2011.—Subproceso Gestión y Análisis de Compras.—Lic.
Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2011059223).
LICITACIÓN ABREVIADA 2011LA-000008-PCAD
Suministro e instalación de aires acondicionados para oficinas
del Banco Popular y de Desarrollo Comunal en Alajuela,
Nicoya
y Ciudad Neilly
El Proceso de Contratación
Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal hace del conocimiento
de los interesados en
Constructora, Consultora y
Desarrolladora Ecoaire S. A., cédula jurídica 3-101-536983
Monto adjudicado. $426.726,00
(cuatrocientos veintiséis mil setecientos veintiséis US dólares 00/100).ivi.
Líneas 1, 2 y 3.
Plazo de entrega: Los proyectos adjudicados
serán entregados en un plazo de 90 días naturales (instalación incluida).
Garantía de cumplimiento: Ecoaire S. A., debe
rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, 5 (cinco) días hábiles
siguientes a la firmeza de la adjudicación del concurso, por un monto del 5%
(cinco) por ciento del total adjudicado y con una vigencia mínima de dos meses
adicionales al plazo máximo de la instalación.
Demás condiciones y requisitos según lo
plantea el Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular en su
recomendación de Adjudicación N° 124-2011, visible en el expediente administrativo.
28 de julio del 2011.—Subproceso Gestión y Análisis de Compras.—Lic.
Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1
vez.—(IN2011059224).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000002-01
Contratación del servicio de limpieza para las oficinas
administrativas del Patronato Nacional de
el Albergue de Varones
Mujeres
Barrio San José, y la
Aldea
Arthur Gough
El Patronato Nacional de
Empresa |
Línea adjudicada |
Monto total anual |
Compañía de
Servicios Múltiples Masiza S. A. |
15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 25, 26, 27, 30, 31, 32 y 33 |
¢55.251.839,70 |
Asimismo, se acuerda declarar
infructuosas las líneas Nos. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 10, 11, 12, 13, 14, 24,
28, 29, 34, 35, 36, 37, 38, 39 y 40.
Se concede el plazo que establece
San José, 28 de julio del 2011.—Departamento de Suministros, Bienes y
Servicios.—Lic. Guiselle Zúñiga Coto, Coordinadora.—1
vez.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº
48462.—C-4620.—(IN2011059197).
COMPRA DIRECTA Nº 2011CD-000050-03
Compra gas propano
Se adjudica según acta Nº
044-2011, realizada por el Ing. Giovanni Sancho Bolaños, Encargado de Proceso
de Adquisiciones de
Al oferente Nº 1, Gaz Tomza
de Costa Rica S. A., se le adjudican las líneas Nos. 1 y 2, por un monto
total de ¢7.235.020,80, por cumplir con lo solicitado en el cartel según
informe técnico oficio CTMEJ-0197-11, de fecha 11 de julio del 2011, y oficio
NMM-PGA-191-2011.
San José, 29 de julio del 2011.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan
Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº
21083.—Solicitud Nº 31218.—C-7670.—(IN2011059192).
ASAMBLEA LEGISLATIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000016-01
(Modificación
N° 2)
Servicio de reparación muebles
http://www.asamblea.go.cr/Centro
de informacion/proveeduria
Lo anterior acorde a lo que
establece el artículo 60 del Reglamento a
San José, 29 de julio del 2011.—Mba. Melvin Laines Castro, Director.—1 vez.—O. C. Nº 2001.—Solicitud Nº 35638.—C-8120.—(IN2011058892).
DIRECCIÓN
GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA
GESTIÓN
DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-000067-05401
Construcción
y adquisición de mobiliario y equipos para
Humanos de
Migración y
Extranjería
Se avisa a todos los interesados en esta
licitación para
a) En el apartado
1.3. Detalle de las Posiciones, en posición Nº 1.1. y
en el Formulario Nº 10 de 10 de Oferta Económica, posición Nº 1.1., se deben
omitir las palabras “en Peñas Blancas”, puesto que se
entiende que la construcción de las Gestiones de Proveeduría Institucional y de
Recursos Humanos, se realizará en el Subproceso de Abastecimiento y
Distribución, en Oficinas Centrales de
Todo lo demás permanece invariable.
San José, 27 de julio del 2011.—MBA.
Erika García Díaz, Gestora de Proveeduría.—1
vez.—O. C. Nº 001-11.—Solicitud Nº
33947.—C-9920.—(IN2011059180).
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE
PROOVEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA
2011LN-000008-PROV
(Modificación
N° 1)
Contratación de
servicios de fotocopiado, así como venta
de discos para reproducción en formato de CD y DVD,
llaves maya de 1 GB y escaneo de documentos,
para el Juzgado de Tránsito del Primer
Circuito Judicial de
San José
El Departamento de Proveeduría avisa a todo el
potencial interesado a participar en el procedimiento de contratación en
referencia, que existen modificaciones, las cuales estarán disponibles a partir
del momento de esta publicación.
Los demás términos y condiciones permanecen inalterables.
San José, 29 de julio de 2011.—Proceso
de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1
vez.—(IN2011058831).
PROVEEDURÍA GENERAL
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2011LN-000016-01
(Modificación
Nº 1)
Compra e instalación de plantas eléctricas trifásicas de 30, 50,
80
y 100 KVA, diesel, con entregas por demanda, para un
período de cuatro años, para sustitución por
obsolescencia o instalación en oficina nueva
Se comunica a los interesados en
En el apartado A. Objeto de
“…Estas
especificaciones deberán ser efectivas para una altura de 1200 msnm, y una temperatura
ambiente de
En el apartado B. Condiciones
especiales para todos los ítemes, Cláusula 5. Personal solicitado, sub punto
5.1, se deberá leer de la siguiente manera:
5.1 “El oferente debe indicar el personal
que se dedicará durante el cumplimiento de las labores ofertadas. El oferente
podrá indicar el mismo personal técnico y profesional para todos los ítemes,
como mínimo deberá contar con un (01)
profesional y cuatro (4) técnicos con experiencia en la o las plantas
eléctricas ofertadas para brindar el servicio de soporte técnico, instalación y
atención de fallas durante el periodo de garantía, los cuales pueden cumplir
con los siguientes requisitos: ”
En el apartado B. Condiciones
especiales para todos los ítemes, Cláusula 8 Fórmula para detectar variaciones
en el precio, inciso 8.1, se deberá leer de la siguiente manera:
8.1. El Banco podrá ajustar el precio hacia abajo para los equipos que
serán requeridos en las nuevas solicitudes, para lo cual, se utilizará el
siguiente procedimiento:
Dentro de la semana siguiente a la
firma del contrato con la empresa adjudicataria, el Banco procederá a tomar
tres precios de referencia de distintas empresas en el mercado local para el
modelo y con la configuración adjudicada y calculará un precio promedio; en el caso de empresas que posean la credencial de
distribuidor exclusivo, se tomará el precio de referencia en la página oficial
del fabricante. Se procederá a calcular el porcentaje de diferencia entre
el precio adjudicado y el (precio promedio o
precio WEB), esto con el propósito de tener una referencia para futuras
solicitudes y su respectiva revisión del precio. A este porcentaje lo
conoceremos en la fórmula como PD (Porcentaje Diferencia).
PD = (PAD - PP) / PAD
En donde:
PD =
Porcentaje diferencia.
PAD = Precio adjudicado.
PP = Precio Promedio o Precio WEB.
De igual forma, el valor inicial de la
variable PV Precio Vigente, es igual al valor de la variable PAD Precio
Adjudicado.
PV = PAD
Cada vez que se dé un cambio en el
modelo del equipo a entregar. El Banco procederá a revisar el precio en el
mercado, para lo cual, obtendrá tres (3) precios de referencia de empresas para
el modelo del equipo a entregar y calculará un precio promedio; en el caso de empresas que posean la credencial de
distribuidor exclusivo, se tomará el precio de referencia en la página oficial
del fabricante. Todo esto, con la finalidad de obtener el precio vigente a
la fecha de la solicitud. Este nuevo precio, lo conoceremos en la fórmula como NP (Nuevo Precio).
PDS = (PV - NP) / PV
En donde:
PDS =
Porcentaje diferencia para la solicitud.
PV = Precio vigente en la solicitud.
NP = Nuevo precio.
PV = Precio vigente.
Si el factor PD, descrito en el punto
8.1. (Porcentaje Diferencia) es menor que el factor PDS (Porcentaje diferencia
para la solicitud), se le solicitará al adjudicatario una propuesta de mejora,
la cual puede ser económica o tecnológica que compense la diferencia
encontrada. El Banco procederá a realizar un estudio de razonabilidad para
aprobar o rechazar ésta propuesta.
En el apartado B. Condiciones
especiales para todos los ítemes, Cláusula 8 Fórmula para detectar variaciones
en el precio, inciso 8.1, se deberá leer de la siguiente manera:
9. Es necesario aclarar a todos los oferentes
que el objeto de la contratación es la compra de plantas eléctricas de: 30 KVA
ítem I, 50KVA ítem II, 80KVA ítem III y 100KVA ítem IV, pero bajo ninguna
circunstancia el Banco queda obligado a comprar una cantidad determinada de
plantas eléctricas. Para todos los ítemes, la cantidad de plantas eléctricas de
cada pedido puede variar desde una (01) hasta cinco (05).
Las demás condiciones se
mantienen invariables.
PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000009-PCAD
(Prórroga
Nº 2)
Contratación de transportadora
de remesas en todo el país
Se les comunica a los
interesados que se prorroga de oficio, la fecha y hora para la apertura de
ofertas de este concurso para el día 22 de agosto del
Todas las demás condiciones y requisitos
permanecen invariables.
26 de julio del 2011.—Subproceso de Gestión y Análisis de
Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1
vez.—(IN2011059220).
HOSPITAL
NACIONAL DE GERIATRÍA Y GERONTOLOGÍA
DR. RAÚL
BLANCO CERVANTES
ÁREA DE
GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA
2011LA-000002-2202
Arroz
corriente por período de un año con posibilidad de tres
prórrogas y modalidad de entrega según demanda
Las bases del concurso están a disposición de los oferentes en
El cartel tiene un costo de ¢250,00 (doscientos cincuenta colones exactos).
San José, 28 de julio del 2011.—Subárea
de Contratación Administrativa.—Lic. José Vargas Zúñiga, Jefe a. í., Área
Gestión de Bienes y Servicios.—1
vez.—(IN2011058852).
HOSPITAL SAN VICENTE DE PAÚL
SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA 2011LA-000004-2208
(Modificación
Nº 1)
Mantenimiento preventivo y correctivo
para el sistema de gases médicos
Las modificaciones al cartel se
encontrarán a disposición en
http://portal.ccss.sa.cr/portal/page/portal/Portal/Transparencia/Licitaciones/UP-2208.
Heredia, 29 de julio del 2011.—Msc. Óscar Montero Sánchez, Director
Administrativo.—1 vez.—(IN2011058883).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2011LA-000044-PRI
(Circular N° l
Actualización
del plan de aseguramiento de procesos
y contingencia informática
El Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillados, en adelante AyA o el Instituto, cédula jurídica N° 4000-042138
comunica a todos los interesados en participar en la licitación arriba
indicada, lo siguiente:
1. Se
prorroga la fecha para recepción de ofertas hasta las 10:00 horas del día 16
agosto de 2011.
2. Volumen
Nº 1 del cartel:
Se modifica el artículo Nº 15, quedando de la siguiente manera:
Adjudicación:
Artículo Nº 18:
El plazo para el estudio y la
adjudicación de esta licitación será de 30 días hábiles, contados desde la
fecha de apertura de las ofertas.
Demás condiciones del cartel permanecen
invariables.
San José, 29 de julio de 2011.—Dirección
Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1
vez.—O. C. Nº 11-03.—Solicitud Nº
3224.—C-6650.—(IN2011058839).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000002-01
Contratación del servicio de limpieza para las oficinas
administrativas del Patronato Nacional de
el Albergue de Varones
Mujeres
Barrio San José, y
El Departamento de Suministros
Bienes y Servicios comunica a los interesados que se deja sin efecto la publicación
del acto final de
San José, 28 de julio del 2011.—Departamento de Suministros Bienes y
Servicios.—Guiselle Zúñiga Coto, Coordinadora.—1 vez.—O. C.
Nº 34028.—Solicitud Nº 48460.—C-3020.—(IN2011059199).
MUNICIPALIDAD
DE ESCAZÚ
MODIFICACIÓN
AL CARTEL N° 2011LN-000009-01
Limpieza
y mantenimiento de parques municipales
Se comunica a los potenciales oferentes a
participar en el proceso de contratación administrativa Licitación Pública
Modalidad de Entrega por Demanda N° 2011LN-000009-01 Limpieza y mantenimiento
de parques municipales, con sustento en el artículo 60 del Reglamento a
• El
oferente o potencial adjudicado deberá garantizar un rendimiento de
Todas las demás condiciones permanecen
invariables.
Proceso de Proveeduría, Cira Castro Myrie.—1 vez.—O. C. Nº 32294.—Solicitud Nº 35047.—C-6770.—(IN2011058841).
REGLAMENTO PARA
CAPÍTULO I
Finalidades y objetivos de la compra del almácigo
Artículo 1º—El presente
Reglamento tiene como finalidad constituir el registro de elegibles de
proveedores de almácigo de café, aplicando un sistema de precalificación
alternativo y cumplir con el objetivo de normar la compra de este, para
contribuir y promover los siguientes aspectos:
a) Renovación de plantaciones agotadas bajo el
esquema autorizado por
b) Sustitución de variedades no autorizadas por
el ICAFE.
c) Nuevas áreas de siembra.
Artículo 2º—El presente
Reglamento se emite al amparo de lo dispuesto en el numeral 2, bis inciso c) de
Artículo 3º—Para los efectos de este
Reglamento, así como para los términos empleados en él, se entenderá por:
a) Almácigo de café: Planta de café de
seis a doce meses de edad, producida bajo criterios técnicos de reproducción
masiva y con semilla certificada o autorizada
b) Auditoría Interna: Dependencia que
funciona bajo la responsabilidad y dirección inmediata del Auditor Interno.
c) Dirección Ejecutiva: Dependencia
directamente a cargo del Director Ejecutivo y del Subdirector Ejecutivo del
ICAFE.
d) Gerencia Técnica: Área administrativa
del ICAFE que agrupa las unidades técnicas de investigación, transferencia,
desarrollo y servicios que brinda el ICAFE y que se constituirá como la
dependencia fiscalizadora de la orden de compra.
e) ICAFE: Instituto del Café de Costa
Rica.
f) Oficinas Regionales: Unidades técnicas
descentralizadas del Instituto del Café de Costa Rica cuya función principal es
la representación del ICAFE a nivel de la región de influencia, así como
ejercer las funciones de investigación, transferencia de tecnología y
prestación de servicios al sector cafetalero regional.
g) Orden de Compra: Formulario en el cual
se plasman las condiciones generales de la contratación de bienes o servicios a
ejecutarse, así como las obligaciones del contratista respecto al ICAFE, es por
ello que, de igual forma, cumple la función de contrato y orden de inicio de la
contratación.
h) Productor de café: Toda persona física
o jurídica, que posea con derecho a explotar por cualquier título legítimo, una
plantación de café.
i) Programa
Nacional de Renovación Cafetalera: Es una iniciativa del ICAFE, para
contribuir con la caficultura nacional, a efectos de renovar las plantaciones
agotadas, la sustitución de variedades no autorizadas, la siembra de nuevas
áreas de café.
j) Proveedor: Cualquier persona física o
jurídica, que produce almácigo y que se encuentra inscrito en el registro de
proveedores, con capacidad de suplir los requerimientos indicados en este
Reglamento.
k) Registro de Proveedores: Instrumento
idóneo en el que se inscriben las personas físicas o jurídicas que desean
participar en los procesos de compra de almácigo, y que los mismos se
encuentren avalados por
l) Declaración Jurada de experiencia:
Documento suscrito por el proveedor en el que consigna bajo fe de juramento los
siguientes aspectos:
1. Experiencia mínima de cuatro años en la
producción de almácigo.
2. Su condición patronal ante
3. Estar al día en sus impuestos.
4. Su capacidad para contratar con el ICAFE.
m) Solicitud de Bienes y Servicios (SBS):
Documento emitido por
n) Técnicos: Funcionario del ICAFE que
cuenta con su respectiva titulación como Ingeniero agrónomo o técnico medio en
agronomía.
ñ) Unidad de Contratación Administrativa:
Es la dependencia encargada de la conducción y fiscalización de los procesos de
contratación administrativa, así como de velar para que los mismos sean
óptimos, oportunos, estandarizados, y cumplan con todos los requisitos de la ley.
o) Unidad Contable Financiera: Unidad
administrativa encargada de ejecutar el proceso contable y presupuestario,
además debe velar por la gestión de cobro y pago administrativo y por el
correcto uso de los fondos.
p) Gerencia de Administración y Finanzas:
Área funcional, que depende directamente de
q) Unidad de Asuntos Jurídicos:
Dependencia de
r) Unidad de Estudios Económicos y Mercado:
Dependencia de apoyo y asistencia para
CAPÍTULO II
Registro de Proveedores
Artículo 4º—El ICAFE
mediante publicación en el Diario Oficial
Artículo 5º—Posterior a la invitación a
la que refiere el artículo anterior, los potenciales proveedores tendrán un
plazo de diez días hábiles contados a partir de la publicación en
CAPÍTULO III
Requisitos del Proveedor de Almácigo
Artículo 6º—El sistema de
selección que se aplicará para conformar el Registro de Proveedores de Almacigo
se realizara a través de dos fases, a saber:
Fase 1 Administrativa
La dependencia encargada de la
fase Administrativa será
a) Solicitud por medio de una solicitud formal para
la inscripción en el registro de proveedores del ICAFE, indicando el medio
idóneo para recibir comunicaciones.
b) Copia de la cédula de identidad.
c) Factura del año en curso, de la compra de
semilla certificada o autorizada por
d) Experiencia mínima de cuatro años en la
producción de almácigos de café en la zona donde se van a requerir las plantas.
e) Contar con el seguro ante
f) Declaración Jurada de no estar inhibido para
contratar con el ICAFE de conformidad con el artículo 22 y 22 Bis de
g) Estar al día con el pago de impuestos
nacionales.
h) Ser propietario o arrendatario del área para producir
almácigo de café, con disponibilidad a agua para riego, acceso por vía pública
en forma directa o por medio de servidumbre, misma que deberá de probar
mediante la presentación de documentos idóneos.
En el caso de personas
jurídicas:
a) Estar debidamente inscrito en el Registro
Publico, en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social según corresponda.
b) Personería jurídica debidamente emitida por
Notario Público, en papel de seguridad y con los timbres de ley o bien emitida
por el Registro correspondiente misma que deberá ser expedida con un plazo no
mayor a tres meses.
c) Copia de cédula de identidad del representante
legal.
Una vez realizado el respectivo análisis
CAPÍTULO IV
Conformación del Registro de Proveedores
Fase II
Artículo 7º—
Zona: Este factor considera el
espacio geográfico del productor, ya que de acuerdo con este criterio, se puede
determinar las condiciones de clima, suelo, y características de cada región,
mismos que se deberán consignar en el informe técnico de visita al sitio.
Experiencia: Esta variable se evalúa a través de la
presentación de una declaración jurada en la cual el proveedor indicará como
mínimo los cuatro años de experiencia que posee en la producción de almácigo.
Evaluación de calidad:
Anexo Nº 1
Para ver
imagen solo en |
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Día |
Mes |
Año |
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Oficina Regional ________________ |
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Formulario Evaluación de almacigales. |
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Teléfono: |
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Nombre del Productor: |
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Cantón: |
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Distrito: |
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Número de plantas: |
Caturra: |
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Bolsa: |
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Catuaí: |
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Poda: |
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Alta |
Media |
Baja |
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Porcentaje de incidencia |
> 10% |
> 5 <10 |
< 5 |
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Enfermedades |
Mal de Talluelo: |
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Chasparria: |
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Derrite: |
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Otra:___________ |
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Plagas |
Cochinilla: |
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Nemátodos: |
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Otra:___________ |
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Estado Nutricional: |
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Vías de Acceso: |
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Sí |
No |
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Se recomienda como proveedor |
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Observaciones: |
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Funcionario de ICAFE |
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Artículo 8º—Los proveedores que cumplan
con los requisitos de inscripción integrarán un registro de proveedores
elegibles.
Artículo 9º—Cuando el potencial
proveedor no cumpla con los requisitos formales y/o con los estándares
requeridos por
De ser rechazado el recurso de revocatoria,
el proveedor podrá interponer el recurso de apelación respectivo ante
Artículo 10.—El
plazo para resolver la inscripción de proveedores de almacigo no podrá ser
mayor de treinta días hábiles a partir del día de la publicación de la
invitación en el Diario Oficial
La vigencia de la inscripción en el registro
de proveedores será de dos años a partir de debida inscripción ante el ICAFE.
CAPÍTULO V
Pliego de Condiciones y Adjudicación
Artículo 11.—
- Cantidad de plantas de almácigo de café que
se requiere por región
- La variedad
- Tipo de almácigo
- Plazo de entrega
- Vigencia de la oferta
- Forma de pago
- Criterio de adjudicación
- Especies fiscales
- Retención de la renta
- Multas aplicables
- Garantías a rendir por el proveedor
Los requisitos de las plantas a
entregar por parte del Proveedor serán los siguientes:
- De
- En bolsa o al suelo con poda de raíz.
- La planta de almácigo deberá contar mínimo
con 1 horqueta para almácigo de seis meses y mínimo de 5 horquetas para
almácigo de doce meses.
- La planta deberá tener dos ejes.
- El almácigo deberá tener una altura mínimo de
- Libre de enfermedades y plagas, sin
deficiencias nutricionales y fisiológicas.
- Las plantas se deberán entregar entre los
meses mayo- agosto del respectivo año.
- Los almacigales deberán estar en lugar que
cuente con acceso para el retiro de las plantas cuando así se requiere.
- Se podrán hacer entregas parciales.
- Toda entrega se deberá realizar con la
presencia del funcionario del ICAFE asignado para tal efecto.
Artículo 12.—El pliego de
condiciones será comunicado a los proveedores que conforman el Registro de
Proveedores elegibles en el lugar señalado como idóneo para recibir
notificaciones señalado en la solicitud que hace referencia el artículo 6º,
inciso a). Asimismo el ICAFE a través de sus Oficinas Regionales comunicará a
todos los proveedores inscritos.
CAPÍTULO V
Oferta
Artículo 13.—Los
proveedores a quienes se les notifique el pliego de condiciones deberán remitir
una oferta, en el plazo de cinco días hábiles después de la notificación, en la
que indiquen para la respectiva compra de almácigo.
- Cantidad de plantas que ofrece
- La variedad
- Tipo de almácigo
- Plazo de entrega
- Precio unitario de las plantas
- Vigencia de la oferta
CAPÍTULO VI
Adjudicación
Artículo 14.—El
factor determinante para la adjudicación de la compra de almácigo será el
precio unitario más bajo.
Se considerará el costo promedio del año o
cosecha anterior, al cual deberá de realizársele un incremento de acuerdo al
índice de precios o la inflación, adicionalmente se tomará como referencia el
estudio de costos que realizará
Artículo 15.—
Artículo 16.—La
resolución de adjudicación otorgará un plazo de dos días hábiles posteriores a
la notificación de la resolución para adquirir firmeza, período en el cual el
proveedor que no resultarse adjudicado podrá interponer recurso de revocatoria
que será resuelto por
CAPÍTULO VII
Aprobación interna y orden de compra
Artículo 17.—
Artículo 18.—Una
vez otorgada la aprobación interna,
CAPÍTULO VII
Ejecución, fiscalización contractual y recepción de bienes
Artículo 19.—Dada
la naturaleza del objeto, es decir una planta que requiere de tratamiento
especial, el proceso de fiscalización se realizará en el momento de la venta o
entrega del proveedor al ICAFE. Dicho momento será coordinado previamente con
el proveedor para que sea simultanea la entrega por parte del ICAFE a los
productores beneficiarios.
Artículo 20.—La recepción definitiva
del almácigo será extendida por el personal técnico designado por
• De
• En bolsa o al suelo con poda de raíz.
• Mínimo 1 horqueta para almácigo de seis
meses y mínimo de 5 horquetas para almácigo de doce meses.
• Dos ejes
• Mínimo de
• Almácigo libre de enfermedades y plagas, sin
deficiencias nutricionales y fisiológicas.
• Las plantas se deberán entregar entre los
meses mayo- agosto del respectivo año.
• Los almacigales deberán contar con acceso
para el retiro de las plantas cuando así se requiere.
• La programación de entregas estará a cargo
de la respectiva Oficina Regional, previa confirmación al proveedor.
• Se podrán hacer entregas parciales.
• Toda entrega se deberá realizar con la
presencia del funcionario del ICAFE asignado para tal efecto.
Todo pago a cargo del ICAFE se
realizará luego de la recepción definitiva de los bienes y servicios de acuerdo
al plazo establecido en el pliego de condiciones.
Artículo 21.—El
personal técnico designado como fiscalizador, deberá mantener los controles
necesarios cuando así se requiera para el resguardo del almácigo e informar
mediante un informe de control de las actividades realizadas.
Artículo 22.—En caso de incumplimientos
graves y evidentes,
Como alternativa,
CAPÍTULO VIII
Otras disposiciones
Artículo 23.—Conforme lo
que dispone
Artículo 24.—La vigencia de este
reglamento será por el plazo de dos años establecido por
Artículo 25.—El presente Reglamento
podrá ser reformado total o parcialmente por acuerdo de
Aprobado por
Rige a partir de su publicación
en el Diario Oficial
San José, 19 de julio del 2011.—Dirección Ejecutiva.—Ing. Ronald Peters
Seevers, Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2011056275).
“REGLAMENTO PARA
DE LOS
BIENES MUEBLES INSTITUTO
DE FOMENTO
Y ASESORÍA MUNICIPAL
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º—Objetivo.
El presente Reglamento tiene como propósito establecer las normas y los
procedimientos de las operaciones patrimoniales (recepción, registro,
inscripción, asignación, traslado, control, préstamo, reparación, reposición,
alta y baja de bienes muebles), relativas a la administración de los bienes
muebles del IFAM, su preservación y uso racional, la actualización de los
inventarios y el régimen de responsabilidad que se derive de este proceso para
los sujetos que intervienen en él.
Artículo 2: Alcance. Las disposiciones de
este Reglamento son de acatamiento obligatorio para todos los funcionarios del
Instituto de Fomento y Asesoría Municipal-IFAM, así como para aquellos que se
encuentren comprendidos en los supuestos de este Reglamento.
CAPÍTULO II
Definiciones
Artículo 3º—Para los
efectos del presente Reglamento se definen los siguientes términos:
Bienes muebles: son los equipos,
mobiliario, obras de arte, la maquinaria, el equipo, herramientas y cualquier
otro bien que sea objeto sujeto de control de inventario mediante placa
numerada, adquiridos por el IFAM a título oneroso o gratuito, o bien,
producidos internamente por una unidad administrativa, que resultan útiles para
la ejecución de las funciones y actividades de la institución o que cumplen
función social como patrimonio artístico estatal en el caso de las obras de
arte. No se incluyen dentro de esta definición aquellos bienes semejantes
regulados por normativa propia, tales como, el material bibliográfico
específico de
Bienes muebles en desuso: son aquellos
obsoletos o faltos de repuestos, previa calificación que rindan los técnicos de
mantenimiento de Servicios Generales, del Departamento de Administración
Interna o de la dependencia que corresponda, así como los que por el costo de
su reparación convenga al interés institucional considerarlos en desuso.
Bienes muebles en mal estado: aquellos que en
virtud de su estado no tengan utilidad alguna, previa calificación que rindan
los técnicos de mantenimiento de Servicios Generales, del Departamento de
Administración Interna o de la dependencia que corresponda.
Usuario: Funcionario de la institución a quien
se le ha hecho entrega de un bien, para el desempeño de sus funciones y
custodia, mediante el formulario correspondiente.
Formulario para entrega de activos:
Formulario con numeración consecutiva, mediante el cual
Formulario para traslado de activo:
Formulario mediante el cual se hace traslado de bienes muebles. Al firmarlo, el
usuario recibe y acepta la responsabilidad de la custodia y el buen uso de los
bienes que le son asignados.
CAPÍTULO III
De la asignación de bienes
Artículo 4º—
Artículo 5º—Todo funcionario tiene
derecho a que se le suministre por tiempo indefinido, en buenas condiciones de
funcionamiento y conservación, los activos necesarios para el cumplimiento de
sus labores. El empleado asume la responsabilidad de hacer un uso adecuado de
esos bienes y velar porque se mantengan en buen estado.
Artículo 6º—Los bienes muebles de uso
individual asignados a cada usuario, son para uso institucional. En el caso de
equipos de cómputo,
Los bienes de uso general, tales como
archivadores, teléfonos, y otros, serán asignados al Jefe de la unidad
Administrativa en que se encuentren localizados.
Artículo 7º—En caso de vacaciones, licencias
o permisos especiales, los funcionarios (as) que tengan asignado equipo
portátil, deberán entregarlos a la jefatura inmediata. Excepto que cuenten con
autorización de
Artículo 8º—
Artículo 9º—En los casos en que
Artículo 10.—Los
otros bienes (herramientas, engrapadoras, perforadoras, y otros) serán
asignados a cada funcionario y de ellos se llevarán los controles respectivos.
Artículo 11.—Antes
de comprar un activo,
Artículo 12.—
Artículo 13.—Es
responsabilidad de cada usuario firmar el correspondiente formulario al recibir
un activo, previa verificación de que los bienes anotados están en las
condiciones que se indica y que todas las casillas contengan la información
correcta.
CAPÍTULO IV
Del trámite para compra de mobiliario y equipo
Artículo 14.—Toda
dependencia interesada en adquirir un bien, debe asegurarse de contar con el
contenido presupuestario suficiente, así como que este activo haya sido
presupuestado de antemano, o en su caso, disponer de la autorización respectiva
para el cambio de la compra de un activo.
Artículo 15.—Toda dependencia
interesada en solicitar la adquisición de un bien, y cumpliendo con el artículo
anterior, debe presentar la solicitud de Bienes y Servicios, a
Artículo 16.—Una vez recibida la
solicitud, según lo indicado en los artículos anteriores,
Artículo 17.—Una
vez recibido el activo por
CAPÍTULO V
Del registro y control de activos
Artículo 18.—
Artículo 19.—
a. Número de placa del activo
b. Descripción del activo
c. Número de orden de compra
d. Fecha de compra
e. Número de boleta de entrega del activo
f. Localización según boleta de entrega
g. Nombre del Proveedor
h. Costo del activo
i. Remitir el informe de boletas de
“Entrega de activos” y de “Traslado de activos” a las secciones
de Servicios Generales y de Contabilidad y Finanzas
Artículo 20.—
a. El número de cheque o el número de caja chica
por medio del cual se canceló la compra.
b. La indicación de los fondos utilizados para la
compra
c. La anotación del departamento (código
contable) que corresponde según la localización.
d. Variación del código contable indicado anteriormente
si lo que registra es una boleta de traslado de activo.
e. Indicar el porcentaje de depreciación de cada
activo según lo estipulado por el Ministerio de Hacienda. Según el porcentaje
los años de uso (vida útil del activo)
f. Conciliar los informes del inventario físico
(realizado y conciliado con el sistema por
g. Imprimir en forma trimestral, para registro
contable, los informes de depreciación.
Artículo 21.—
a. Realizar un levantamiento de inventario físico
al menos una vez al año para verificar que los bienes asignados a cada
Departamento sean realmente los existentes.
b. Conciliar el resultado del inventario físico
con los datos consignados en el sistema de activos.
c. Llevar el control de activos en desuso.
d. Preparar las actas de entrega de activos por
donaciones.
e. Registrar en el sistema de activos todas las
salidas por pérdida de activos, donación o por obsolescencia, así como lo
relacionado con los traslados de activos y remitir esos datos a
Artículo 22.—Una
vez realizado el inventario físico,
Artículo 23:
Artículo 24.—
Artículo 25.—
Artículo 26.—Serán
capitalizables las erogaciones, por reparaciones adiciones y mejoras, que por
su monto y características prolonguen la vida útil del bien. Lo anterior según
las Normas Internacionales de Contabilidad para el sector Público.
Artículo 27.—
Artículo 28.—
Artículo 29.—En
caso de robo la persona a quien está asignado el activo, será la encargada de
presentar la denuncia ante los órganos externos y presentar los documentos
correspondientes para que
CAPÍTULO VI
De la responsabilidad de los usuarios y jefaturas
Artículo 30.—Responsabilidad.
De conformidad con lo dispuesto en materia de responsabilidad disciplinaria,
civil y penal en
Artículo 31.—Deber
de los funcionarios. Es deber de todo funcionario colaborar con
Artículo 32.—Todo
usuario asume plena responsabilidad por el uso y custodia de los bienes muebles
y otros bienes que reciba.
Artículo 33.—Los
usuarios, a quienes se les haya asignado los bienes, son los responsables de
que éstos estén ubicados en el lugar correspondiente y deberán responder, a los
funcionarios encargados de realizar los inventarios, por aquellos que no sean
localizados en su sitio.
Artículo 34.—Todo
funcionario debe responder por el equipo a su cargo. Cuando sea trasladado a
ocupar otro cargo en diferente Dirección o Sección, está en la obligación de
entregar a su jefe inmediato el equipo que tuvo asignado o solicitar la
anuencia de éste para trasladarlo a la nueva unidad. En este caso, debe llenar
los formularios de traslado de activos correspondientes. Igual responsabilidad
tendrá el jefe inmediato del funcionario que sea trasladado de que se lleven a
cabo las formalidades del caso. La responsabilidad de mantener actualizado el
inventario de activos así como el recibo y traslado de los mismos asignados a
los jerarcas y titulares subordinados corresponderá a
Artículo 35.—Cuando
a un funcionario se le otorgue una licencia con goce de salario o sin él, que
exceda de un mes, cuando sea separado de su cargo por renuncia despido o
pensión, debe devolver los activos que le habían sido asignados. Si la
jefatura, por olvido u otra razón, omitiere este requisito asume la
responsabilidad por los faltantes y daños que posteriormente se encuentren.
Artículo 36.—En caso de pérdida, daño,
hurto o robo de algún bien, el usuario responsable de los bienes, deberá
informar por escrito, en un plazo de dos días hábiles siguientes, lo sucedido
al jefe inmediato, dando las explicaciones del caso. El superior inmediato es
quien debe analizar la situación y tomar las acciones necesarias dentro de un
plazo de cinco días hábiles a efectos de:
a. Si
b. En los casos donde
c. Si
d. En caso de denuncia judicial
Artículo 37.—Cuando
un funcionario no haya reportado, en el tiempo establecido, la pérdida de un
activo y éste es detectado como faltante en un inventario, se procederá de
oficio al cobro según el valor de reposición.
Artículo 38.—En
caso de que se produzca la desaparición de bienes por casos fortuitos como
robo, hurto e incendio de las unidades administrativas afectadas, deberán
comunicar en el plazo de cinco días hábiles a
Artículo 39.—Para proceder al traslado
de un activo de una dependencia a otra se hará mediante el formulario
“Traslado de Activo”, enviando el original a
Artículo 40.—Ninguna
Jefatura podrá ordenar el traslado de un activo, sin antes cumplir con lo
estipulado en el artículo anterior.
Artículo 41.—Es
responsabilidad de las Jefaturas velar porque las solicitudes de mobiliario y
equipo, obedezcan a las necesidades del personal a su cargo, para el desempeño
de sus funciones.
Artículo 42.—El
Jefe de cada dependencia debe velar porque los activos bajo su responsabilidad,
estén debidamente asignados a un funcionario por medio del respectivo
formulario.
Artículo 43.—El
control administrativo de los activos asignados a una Dirección o Unidad
Administrativa, corresponde a las jefaturas correspondientes. Deberá establecerlo
según su criterio asumiendo toda responsabilidad al respecto.
Artículo 44.—Cuando
alguna Unidad Administrativa traslada un activo a otro usuario o, en su caso a
la bodega en desuso por estar descompuesto y no tener reparación o cuando ya no
lo requiera, debe obtener la firma de quien lo recibe.
Artículo 45.—Los
Directores y Jefes de Sección, en el mes de noviembre de cada año, informarán a
Artículo 46.—En el caso de activos que
no estén en uso, el funcionario lo comunicará al jefe inmediato para su
respectiva reasignación o comunicará a
CAPÍTULO VII
De las prohibiciones
Artículo 47.—Se
prohíbe el uso de activos de la institución para fines que no sean propios de
los objetivos del IFAM.
Artículo 48.—Queda
prohibido tomar bienes para ser movilizados sin permiso del funcionario a quien
están asignados y sin haber confeccionado antes el formulario de
“traslado de activo”.
CAPÍTULO VIII
De las sanciones
Artículo 49.—Cualquier
incumplimiento a las obligaciones y deberes de las jefaturas y usuarios
contenidos en este Reglamento será sancionado de acuerdo con lo que dispone el
Reglamento Autónomo de organización y Funcionamiento de IFAM.
Artículo 50.—Reposición
de bienes muebles. Si luego de un proceso instaurado al efecto, se determina
que un funcionario es responsable por pérdida, extravío, hurto o robo de un
bien mueble que le había sido asignado, este deberá restituirlo o realizar el
pago según el valor de reposición del bien, previa resolución del Tribunal que
así lo establezca.
Artículo 51.—Sanciones
aplicables. Las jefaturas, usuarios, funcionarios de
CAPÍTULO IX
De la salida de los bienes de
Artículo 52.—En los casos
de activos que por su estado no estén sujetos de donación y tengan que ser
desechados, el Director de Administración Interna solicitará a Junta Directiva
su autorización, comunicando de inmediato a las Secciones de Servicios
Generales, Proveeduría y Contabilidad y Finanzas, para que sean retirados de
sus registros.
Artículo 53.—De
existir equipo dañado en una Dependencia y se requiera su reparación,
Artículo 54.—Cuando
los bienes deban salir temporalmente de las instalaciones del IFAM para ser
objeto de reparación,
Artículo 55.—Reparado
el mobiliario o el equipo,
Artículo 56.—De
considerarse que el activo dañado no puede ser reparado,
CAPÍTULO X
Otras disposiciones
Artículo 57.—Los bienes
que ingresen a las instalaciones del IFAM, por contrato de alquiler o en
calidad de préstamo, propiedad de empresas, Organismos del Estado u otros
Organismos no Gubernamentales que vayan a realizar algún trabajo, deben ser
reportados inmediata y obligatoriamente a
Artículo 58.—Los
bienes que ingresen o se encuentren en el IFAM que sean propiedad de los
funcionarios, deben ser reportados inmediatamente a
Artículo 59.—Cuando el IFAM por
cualquier circunstancia modifique su organigrama, ya sea total o parcialmente, los
encargados de tal acción deberán comunicar oportunamente a las Secciones de
Servicios Generales, Proveeduría y Contabilidad y Finanzas los cambios por
efectuar, con el propósito de hacer los ajustes correspondientes y mantener
actualizada la base de datos de Control de Bienes.
Artículo 60.—Los
activos que se encuentran totalmente depreciados y no estén siendo utilizados,
podrán ser donados, de acuerdo con el Reglamento que existe para tal efecto.
Artículo 61.—
Para entregar activos en calidad de préstamo a otras instituciones, se deberá
realizar mediante acuerdo de
CAPÍTULO XI
Excepciones
Artículo 62.—Se exceptúa
de lo dispuesto en estas normas a todos los vehículos automotores del IFAM de
uso general y discrecional, por estar consignados a
Artículo 63.—Se exceptúan de estas
disposiciones los libros, folletos, diccionarios, manuales técnicos y demás
documentos propiedad del IFAM, que han sido adquiridos por las diferentes
Unidades Administrativas para su uso, por estar a cargo de
Artículo 64.—Casos
no previstos en este reglamento. Los casos no previstos en este Reglamento se
resolverán conforme a
Artículo 65.—Este
Reglamento deroga los anteriores.
Artículo 66.—Rige
a partir de la publicación en el Diario Oficial
Moravia, 18 de julio 2011.—Dirección Ejecutiva.—Dionisio Miranda
Rodríguez, Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2011056651).
COLEGIO DE MÉDICOS Y CIRUJANOS DE COSTA RICA
COMUNICA
El estudio de modificación del
Reglamento de Especialidades en referencia a la separación de las
especialidades de Alergología e Inmunología Clínica, que en el Reglamento de
Especialidades Médicas se encuentran unidas en el artículo 11.
La propuesta de separación de estas
especialidades nace en la asamblea general Nº 13-99, celebrada la segunda
convocatoria en la sede del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica, el
cuatro de noviembre de 1999, en donde quedaron estas especialidades de la
siguiente manera:
Inmunología Clínica:
√ Dos años en un programa académico en Medicina
Interna y ser Pediatría en Centro Universitario reconocido y,
√ Dos años en un programa académico en
Inmunología Clínica en Centro Universitario reconocido, el cual incluye
rotación por adultos y niños.
Alergología:
√ Dos años en un programa académico en medicina
interna o ser pediatra.
√ Entrenamiento en un programa de Alergología
en un centro Universitario Reconocido que incluya al menos seis meses en niños
o en adultos.
Dr. Alexis Castillo Gutiérrez,
Presidente.—Dr. Marco Antonio Herrera Rodríguez,
Secretario.—1 vez.—(IN2011056732).
VICERRECTORÍA
DE VIDA ESTUDIANTIL
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
ORI-2623-2011.—Umaña Castro
Rodolfo, R-162-2011, costarricense, cédula de identidad Nº 1-1121-
ORI-1612-2011.—Sánchez Díaz Yoandy,
R-095-2011, costarricense, cédula Nº 8-0095-
ORI-2640-2011.—Ruiz Esquivel
Giovanni, R-169-2011, costarricense, cédula de identidad Nº 5-0210-
ORI-2701-2011.—Reyes Carmona Jessie
Fabiola, R-148-2011-C, costarricense, cédula de identidad Nº 1-1036-
ORI-2638-2011.—Peinador Roldán
María del Rocío, R-168-2011, costarricense, cédula de identidad Nº 1-0755-
ORI-2678-2011.—Maldonado Vargas
Ingrid Nohemy, R-163-2011, venezolana, residente permanente Nº
ORI-2642-2011.—Gamboa Salazar Josué
Andrés, R-170-2011, costarricense, cédula de identidad Nº 1-1284-
ORI-2646-2011.—Celis Granados
Esperanza, R-172-2011, costarricense, cédula de identidad Nº 8-0092-
ORI-2644-2011.—Arroyo Artavia
Estiven, R-171-2011, costarricense, cédula de identidad Nº 1-1195-
ORI-2656-2011.—Quesada Pinel
Arturo, costarricense, cédula Nº 1-0810-
ORI-2654-2011.—Meza Pineda Leonor, hondureña, pasaporte C390457, ha solicitado reposición del título de Magíster Scientiae en Sociología. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, siete de julio del dos mil once.—Oficina de Registro e Información.—MBA José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38015.—C-11720.—(IN2011057420).
ORI-2653-2011.—Jacobowitz Gering
David, costarricense, cédula 1-0412-
ORI-2652-2011.—Gamboa Araya Ligia,
costarricense, cédula 1-0545-
CONSEJO DIRECTIVO
Considerando:
En esas condiciones, el
Instituto Costarricense de Electricidad (I.C.E.) requiere establecer un derecho
de servidumbre y tres sitios de torre, para
El uso del suelo es de
naturaleza terreno de pastos y agricultura. Los linderos del inmueble son al
norte: Calle pública al sur: Río Ario, al este: Calle pública y al oeste: Río
Ario, Cleto Chavarría, sin Río Cleto Chavarría Alvarado, Río Cerital y Faustino
Jiménez Rodríguez.
A solicitud del Director
del Proyecto Línea de Transmisión Santa Rita - Cóbano del ICE, esta valoración
de servidumbre y tres sitios de torre fueron valorados, en la suma de
¢16.355.715,85 (dieciséis millones trescientos cincuenta y cinco mil
setecientos quince colones con ochenta y cinco céntimos) según avalúo
administrativo Nº 090-2011.
Al tenor de los estudios
técnicos realizados por el ICE, está suficientemente probada y técnicamente
demostrada la utilidad pública de establecer esta valoración de servidumbre y
tres sitios de torre, por lo que con base en el artículo 45 de
1º—Apruébense las
presentes diligencias por la suma de ¢16.355.715,85 (Dieciséis millones
trescientos cincuenta y cinco mil setecientos quince colones con ochenta y
cinco céntimos) según avalúo administrativo Nº 090-2011 y comuníquese.
2º—De no ser aceptado por el
propietario, el respectivo avalúo, exprópiese el derecho de servidumbre y tres
sitios de torre, sobre una franja de terreno en propiedad de Corylus Maritime
Company S. A., cédula jurídica 3-012-293752 otorgan poder especial a Eddie
Gómez Vindas, cédula de identidad 1-626-604, mayor, soltero, empresario, vecino
de San José.
El Instituto Costarricense de Electricidad
establecerá un derecho de servidumbre de paso para línea de transmisión
eléctrica de alta tensión y tres sitios de torre, sobre una franja de terreno
propiedad de Corylus Maritime Company S. A., con una longitud total sobre la
línea de centro de
La franja de servidumbre tiene una
orientación de norte a sur, ingresa al inmueble por el sector norte colindante
con calle pública. La servidumbre ingresa con un azimut de
174º25’58” y continúa con la misma dirección hasta salir por el
lindero al sur, colindando con la propiedad de Rafael Chavarría.
Sobre la propiedad se ubicarán tres sitios de
torre, todas de suspensión, la primera (TS - Nº 139), se encuentra a
La servidumbre se localiza dentro del
inmueble en el sector noreste, la servidumbre tiene forma regular, similar a un
trapecio, cuya base mayor es de
El recorrido de la franja de servidumbre es
sobre un área que en el momento de la inspección se encontraba en regeneración
natural, tacotal, bosque y plantaciones forestales, con una pendiente aproximada
de 15%. El área total de al servidumbre corresponde a un 0,51%, aproximadamente
del área total de la finca.
La finca es de forma irregular, según plano
catastro P-1108253-2006, el inmueble tiene dos frentes a calle pública, uno al
este con
La plantación en esta propiedad está
establecida en dos bloques, divididos por un bosque secundario. El primer
bloque de norte a sur es atravesado por
Los linderos de la servidumbre fueron
obtenidos con base al plano código PTCH-01-05-123 de
El propietario deberá limitar el uso de esta
franja. Por razones de seguridad y requerimientos de operación y mantenimiento
de la línea no será posible la construcción de casas de habitación, oficinas,
comercios, instalaciones educativas, deportivas o agropecuarias, la siembra de
caña de azúcar o cultivos similares que deban quemarse periódicamente.
No podrán sembrarse cultivos anegados como
arroz, permanencia de vegetación (árboles o cultivos) que en su desarrollo
final se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando
éstos se encuentren en condiciones de carga máxima o contingencia.
Movimientos de tierra, que por su acumulación
se eleven, o alteren el nivel natural del suelo. Almacenamiento de materiales
inflamables o explosivos. Acumulación de materiales u otros objetos que se
aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos. Por razones de
seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la cercanía de las
estructuras de soporte de las líneas de transmisión, deberá antes consultársele
al ICE. Deberá permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción
y mantenimiento de la obra.
Todo con fundamento en
3º—La constitución del derecho de
servidumbre descrito se establecerá a favor de la finca del Partido de
Guanacaste, inscrita en el Registro Público matrícula ciento seis mil
trescientos setenta y cuatro-cero cero cero, propiedad del ICE, naturaleza:
terreno para agricultura, situada en el distrito Dos Santa Rita, cantón nueve
Nandayure de la provincia de Guanacaste, linderos: norte, Digna María Carrillo
Aguirre; sur, Luis Diego y Orlando Carrillo Ugalde; este, calle pública con
4º—Continúese con
los trámites de rigor.
5º—Se declara
firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 5951 del 07 de junio del
2011.
6º—Publíquese en
el Diario Oficial.
San José,
19 de julio, 2011.—Lic. Erick Picado Sancho,
Apoderado General Judicial.—1 vez.—(IN2011057143).
Considerando:
En esas condiciones, el
Instituto Costarricense de Electricidad necesita establecer un derecho de
servidumbre, necesaria para el paso de
El inmueble está
inscrito en Folio Real 3-40802-000, propiedad de Guido Vicente Navarro Fallas,
cédula de identidad 3-0146-0075, mayor, casado, la propiedad está en posesión
de Ramiro Romero Jiménez, cédula 3-171-0671, mayor, casado, vecino de
El uso del suelo del
inmueble es de naturaleza terreno dedicado a potrero y montaña. Dicho inmueble
colinda al norte, Heriberto Díaz, Gabriel Fallas y Ángel Rivera; al sur, Carlos
Jiménez, María Jiménez y Socorro Jiménez y Quebrada en medio Francisco
Hernández; al este, Ángel Gabriel Fallas y yurro en medio y al oeste, Carlos
Jiménez, Heriberto Díaz, quebrada en medio Francisco Hernández.
A solicitud del Proyecto
de Transmisión Central Norte, para
De acuerdo con los
estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad,
está suficientemente probada y demostrada la utilidad pública, así como la
importancia para el Sistema Nacional Interconectado de constituir este derecho
de servidumbre, con base en el artículo 45 de
1º—Apruébense
las presentes diligencias en la suma de ¢12.946.127,85 (doce millones
novecientos cuarenta y seis mil ciento veintisiete colones con ochenta y cinco
céntimos) según avalúo administrativo número 062-2011 y comuníquese.
2º—De no ser
aceptado por el propietario, el respectivo avalúo, constitúyase sobre la finca
anteriormente mencionada y descrita, un derecho de servidumbre, en la propiedad
de Guido Vicente Navarro Fallas, cédula de identidad 3-0146-0075, mayor,
casado, en posesión de Ramiro Romero Jiménez, cédula 3-171-0671, mayor, casado,
vecino de
La forma del inmueble es
irregular, medianera, con un frente de
El terreno tiene una
topografía accidentada con una pendiente promedio del 20% y una inclinación
descendiente hacia el oeste de la propiedad. Tiene acceso al servicio básico de
electricidad, pero no a líquido abastecido por cañería, el agua del terreno es
provista con captación de nacientes. En cuanto a los servicios complementarios,
no cuenta ni con acera o cordón y caño. En cuanto al tipo de linderos, todas
las colindancias están definidas por cercas vivas y alambre de púas.
El Instituto
Costarricense de Electricidad establecerá sobre la propiedad en posesión de
Ramiro Romero Jiménez, el derecho de servidumbre para el paso de
La servidumbre atraviesa
la propiedad con un azimut de 271º18,1’, ingresa a la finca por la
colindancia este con Ronald Hernández Navarro, se desplaza por la parte central
de la propiedad hasta salir con el mismo azimut por la colindancia oeste con
Cecilio Hernández Fallas en medio quebrada.
Los linderos de la
servidumbre son al norte, resto de finca; al sur, resto de finca; al este,
Ronald Hernández Navarro y oeste, Cecilio Hernández Fallas en medio quebrada.
Los propietarios deberán
limitar el uso de esta franja, no se permitirá, la construcción de casas de
habitación, oficinas, comercios, instalaciones educativas, deportivas o
agropecuarias, la siembra de caña de azúcar o cultivos similares que deban
quemarse periódicamente.
No podrán sembrarse
cultivos anegados, permanencia de vegetación (árboles o cultivos), que en su
desarrollo final se aproximen a cinco metros de los cables conductores más
bajos, cuando estos se encuentren en condiciones de carga máxima o
contingencia.
Movimientos de tierra,
que por su acumulación se eleven, o alteren el nivel natural del suelo.
Almacenamiento de materiales inflamables o explosivos. Acumulación de
materiales u otros objetos que se aproximen a cinco metros de los cables
conductores más bajos.
Por razones de seguridad,
en el caso de realizar excavaciones en la cercanía de la misma, antes deberá
consultársele al ICE. Deberán permitir el acceso a funcionarios encargados de
la construcción y mantenimiento de la obra.
Todo con fundamento en
3º—La constitución
de derecho de servidumbre descrito se establecerá en favor de la finca del
partido de San José, inscrita en el Registro Público, matrícula cuatrocientos
noventa y ocho mil quinientos sesenta y tres - cero cero cero, que es terreno
de potrero y maíz, situada en el distrito segundo Tarbaca, cantón sexto Aserrí;
mide setenta y siete mil doscientos dos metros con veinte decímetros cuadrados,
y linda al norte, con calle pública con un frente de
4º—Continúese con
los trámites de rigor.
5º—Se declara firme
el presente acuerdo, tomado en sesión número 5951, celebrada el 07 de junio del
2011.
6º—Publíquese en el
Diario Oficial.
San José, 19
de julio del 2011.—Lic. Erick Picado Sancho,
Apoderado General Judicial.—1
vez.—(IN2011057144).
Considerando:
En esas condiciones, el
Instituto Costarricense de Electricidad (I.C.E.) requiere establecer un derecho
de servidumbre y 4 sitios de torre, para
El uso del suelo es de
naturaleza terreno de montaña y repastos. Los linderos del inmueble son al
norte, Faustino Jiménez Rodríguez, Hernán Quesada Chavarría y Orlando Toruño,
al sur, camino público a San Jorge y Ario, Platino y Acero Sociedad Anónima; al
este, Hernán Quesada Chavarría, camino a Río Frío y al oeste, Faustino Jiménez
Rodríguez.
A solicitud del Director
del Proyecto Línea de Transmisión Santa Rita - Cóbano del ICE, esta valoración de
servidumbre y cuatro sitios de torre fueron valorados, en la suma de
¢29.250.988,10 (veintinueve millones doscientos cincuenta mil novecientos
ochenta y ocho colones con diez céntimos) según avalúo administrativo Nº
089-2011.
Al tenor de los estudios
técnicos realizados por el ICE, está suficientemente probada y técnicamente
demostrada la utilidad pública de establecer esta valoración de servidumbre y
cuatro sitios de torre, por lo que con base en el artículo 45 de
1º—Apruébense
las presentes diligencias por la suma de ¢29.250.988,10 (veintinueve millones
doscientos cincuenta mil novecientos ochenta y ocho colones con diez céntimos)
según avalúo administrativo Nº 089-2011 y comuníquese.
2º—De no ser
aceptado por el propietario, el respectivo avalúo, exprópiese el derecho de
servidumbre y cuatro sitios de torre, sobre una franja de terreno en propiedad
de Corylus Maritime Company, S. A., cédula jurídica 3-012-293752 otorgan poder
especial a Eddie Gámez Vindas, cédula de identidad 1-626-604, mayor, soltero,
empresario, vecino de San José.
El Instituto
Costarricense de Electricidad establecerá un derecho de servidumbre de paso
para línea de transmisión eléctrica de alta tensión y cuatro sitios de torre,
sobre una franja de terreno propiedad de Corylus Maritime Company, S. A., con
una longitud total sobre la línea de centro de
La franja de servidumbre
tiene una orientación de norte a sur, ingresa al inmueble por el sector norte
colindante con la propiedad de Linda Vista Rojas e Hijos. La servidumbre
ingresa con un azimut de 174º25’58” y continúa con la misma
dirección hasta salir por el lindero al sur, colindando con calle pública.
Sobre la propiedad se
ubicarán cuatro sitios de torre, todas de suspensión, la primera (TS-Nº 135D),
se encuentra a
La servidumbre se
encuentra dentro del inmueble en el sector este, la servidumbre tiene forma
regular, similar a un trapecio, cuya base mayor es de
La finca es de forma
irregular, según plano catastro P-205077-1994 el inmueble tiene dos frentes a
calle pública, uno al este con
La topografía del
inmueble es accidentada, con una pendiente promedio de 15% aproximadamente. Los
linderos de la servidumbre fueron obtenidos con base al plano código
PTCH-01-05-122 de
El propietario deberá
limitar el uso de esta franja. Por razones de seguridad y requerimientos de
operación y mantenimiento de la línea no será posible la construcción de casas
de habitación, oficinas, comercios, instalaciones educativas, deportivas o
agropecuarias, la siembra de caña de azúcar o cultivos similares que deban quemarse
periódicamente. No podrán sembrarse cultivos anegados como arroz, permanencia
de vegetación (árboles o cultivos) que en su desarrollo final se aproximen a
cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando éstos se encuentren en
condiciones de carga máxima o contingencia.
Movimientos de tierra,
que por su acumulación se eleven, o alteren el nivel natural del suelo.
Almacenamiento de materiales inflamables o explosivos. Acumulación de
materiales u otros objetos que se aproximen a cinco metros de los cables
conductores más bajos. Por razones de seguridad, en el caso de realizar
excavaciones en la cercanía de las estructuras de soporte de las líneas de
transmisión, deberá antes consultársele al ICE. Deberá permitir el acceso a
funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra.
Todo con fundamento en
3º—La
constitución del derecho de servidumbre descrito se establecerá a favor de la
finca del Partido de Guanacaste, inscrita en el Registro Público matrícula
ciento seis mil trescientos setenta y cuatro – cero cero cero, propiedad
del ICE, naturaleza: terreno para agricultura, situada en el distrito dos Santa
Rita, cantón nueve Nandayure de la provincia de Guanacaste, linderos: norte,
Digna María Carrillo Aguirre; sur, Luis Diego y Orlando Carrillo Ugalde; este,
calle pública con
4º—Continúese con
los trámites de rigor.
5º—Se declara firme
el presente acuerdo, tomado en sesión número 5951 del 07 de junio del 2011.
6º—Publíquese en el
Diario Oficial.
San José, 19
de julio del 2011.—Lic. Erick Picado Sancho,
Apoderado General Judicial.—1
vez.—(IN2011057145).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
A la señora Andrea Paola García Bolaños, se le notifica que
mediante resolución de las ocho horas del diecinueve de abril del dos mil once,
se ordena el cuido provisional de la persona menor de edad Jeremy Andrés Masís
García, bajo responsabilidad de la señora Anabelle Bolaños Arias. Lo anterior
por el plazo máximo de seis meses. Contra la presente resolución podrá
interponerse recurso de apelación ante
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se le comunica al señor Hugo Carvajal Guido, la
resolución administrativa de las diez horas del veinticinco de mayo del dos mil
once mediante la cual
Se les comunica a la señora
Katherine Adams Mora y al señor Wei Yang, la resolución administrativa de las
quince horas veinte minutos del seis de mayo del dos mil once con la que se
inicia el Proceso Especial de Protección en Sede Administrativa dictando Medida
de Protección de Cuido Provisional a favor de las personas menores de edad
Jordan, Denilson y Dominic todos de apellidos Adams Mora y Nataniel Yang Adams,
ubicándolo en el recurso familiar de la señora Lorena Adams Mora: el plazo de
la resolución es de seis meses contados a partir del dictado del acto
administrativo. En contra de la presente resolución procede el recurso de
apelación para ante el superior en grado, dentro de un plazo de cuarenta y ocho
horas después de notificada. Deberá además señalar lugar o medio electrónico
para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de ésta Oficina Local, si
el lugar señalado fuere inexacto, incierto o el medio ineficaz, las
resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el sólo transcurso de
veinticuatro horas después de dictadas. Expediente 342-00012-2010.—Oficina Local de
Se le comunica a Stephanie
Pamela Arias Hernández, la resolución de las 10:00 horas del 20 de julio de
2011, que declara la adoptabilidad de la persona menor de edad Maikol Osvaldo
Arias Hernández. En contra de la presente resolución proceden los recursos de
revocatoria con apelación en subsidio para ante el Superior en grado, dentro de
un plazo de tres días después de notificada. El de revocatoria lo resolverá el
órgano que dictó la resolución y el de apelación se elevará ante el Jerarca
Institucional. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus
notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si el lugar señalado
fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se
tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24 horas después de dictada.
10082-2011.—Oficina Local de Guadalupe, 21 de
julio del 2011.—Lic. Roberto Marín Araya, Representante Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº
48450.—C-10820.—(IN2011057934).
Artículo IV, de la sesión
ordinaria Nº 054, celebrada el día 24 de mayo del 2011, tomado por
Artículo IV.—“El
Concejo Municipal del cantón de Dota acuerda aprobar y publicar en el Diario
Oficial
El Concejo Municipal acuerda dispensar el
trámite de Comisión para la aprobación de la actualización de
El mapa de valores de terrenos por zonas
homogéneas que dio origen a esta matriz y la misma, se encuentra a disposición
del público en general, en
Para ver imágenes solo
en
J, Arturo Vargas Ríos, Secretario Municipal.—1 vez.—(IN2011056677).
SECRETARÍA DEL CONCEJO
MUNICIPAL
Acuerdo definitivamente aprobado en la sesión Nº 24 del 13 de junio de
2011:
Artículo 1°—Publicado en
Artículo 2°—Ante
Los usuarios situados en los lugares donde
A partir de su publicación contarán con un plazo de sesenta días naturales,
los propietarios o poseedores, de acuerdo a la cantidad de unidades
habitacionales, patentados o entes estatales, ubicados dentro de la propiedad,
cancelar mensualmente por los servicios prestados en las cajas recaudadoras
municipales o cualquier otro recaudador autorizado, aunque no demuestren interés
en tales servicios.
Los usuarios del servicio de recolección de basura deben separar,
recolectar o acumular, para el transporte y la disposición final, los desechos
sólidos provenientes de las actividades personales, familiares, públicas y
comunales, o provenientes de operaciones agrícolas, ganaderas, industriales,
comerciales y turísticas.
El organizador de actividades especiales y de carácter esporádico, como son
ferias, turnos, fiestas comunales o patronales y otras actividades similares,
que generen desechos sólidos, deberá cancelar el monto del cobro según la
clasificación que determine
Artículo 3°—En cumplimiento de lo que ordena los artículos 156, 157 y
163 del Código Municipal, se indica que contra este acuerdo caben los recursos
ordinarios de revocatoria y de apelación y el extraordinario de revisión. El de
revocatoria interponerse ante el Concejo Municipal; el de apelación para ante
el Tribunal Superior Contencioso-Admimstrativo. Si la revocatoria con apelación
subsidiaria no se resuelve transcurridos ocho días desde la sesión en que debió
haberse conocido y el expediente no ha llegado a la autoridad que deberá
conocer la apelación, el interesado o interesada podrá pedirle que ordene el
envío y será prevenido de las sanciones del artículo 191 del Código Procesal
Contencioso-Administrativo. El de revisión, dentro de los plazos señalados en
el artículo 157 del Código Municipal.
Naranjo, 8 de julio del 2011.—Lic.
Gabriela López Vargas, Secretaria Interina.—Lic.
Olga Marta Corrales Sánchez, Alcaldesa.—1
vez.—O. C. Nº 6648.—Solicitud Nº
47051.—C-24980.—(IN2011057914).
El Concejo Municipal acuerda SO-28-331-2011, en la sesión Nº 28 del 11 de
julio de 2011.
1º—Que el artículo 74 del Código Municipal
dispone que por los servicios que preste, la municipalidad cobrará
tasas y precios que se fijarán tomando en consideración su costo más un diez
por ciento (10%) de utilidad para desarrollarlos. Una vez fijados, entrarán en
vigencia treinta días después de su publicación en
2º—Se acoge y se aprueba por votación calificada el Estudio Tarifario
para el Acueducto Administrado por
3º—Se aprueba el incremento de las tarifas para el Acueducto
Municipal de acuerdo al Estudio Tarifario aprobado, según el siguiente detalle:
Municipalidad de Naranjo
PLIEGO TARIFARIO
PRECIOS MENSUALES
Bloques |
Dom. |
Ord. |
Repr. |
Pref. |
Gob. |
Serv. Fijo |
3.600.00 |
7,200.00 |
10,800.00 |
3,600.00 |
5,400.00 |
Serv. Medido ¢
Base |
2.200.00 |
4,400.00 |
6,600.00 |
2,200.00 |
3,300.00 |
16- |
205.00 |
237.80 |
440.75 |
266.50 |
266.50 |
26- |
307.50 |
369.00 |
440.75 |
266.50 |
266.50 |
41- |
307.50 |
369.00 |
440.75 |
266.50 |
266.50 |
61- |
461.25 |
615.00 |
440.75 |
266.50 |
266.50 |
81- |
461.25 |
615.00 |
440.75 |
645.75 |
645.75 |
101- |
676.50 |
748.25 |
440.75 |
645.75 |
645.75 |
Más de |
676.50 |
748.25 |
440.75 |
645.75 |
645.75 |
Condiciones generales:
1. Costo nueva conexión medida: ¢82.400,00.
4º—Acuerdo definitivamente aprobado, remítase
a su publicación en el Diario Oficial
Naranjo, 18 de julio del 2011.—Lic.
Gabriela López Vargas, Secretaria Interina.—Lic.
Olga Marta Corrales Sánchez, Alcaldesa.—1
vez.—O. C. Nº 6448.—Solicitud Nº 47051.—C-29520.—(IN2011057915).
El Concejo Municipal del cantón
de Upala, publica para lo que proceda, acuerdo tomado en sesión ordinaria
correspondiente al día lunes cuatro de julio año dos mil once, según acta Nº
32-2011, artículo VI, inciso 8), que contiene lo siguiente:
El Concejo Municipal acuerda en
definitiva y en firme, no realizar la sesión ordinaria correspondiente al día
lunes veinticinco (25) de julio 2011 por tratarse de día feriado y la traslada
para el día martes veintiséis (26) del mismo mes a la hora ya establecida. Se
autoriza a
Upala, 5 de julio del 2011.—Thomás Alemán Solano, Secretario Concejo.—1
vez.—(IN2011055614).
DEPARTAMENTO DE ZONA MARÍTIMO TERRETRE
EDICTO
El Departamento de Zona Marítimo
Terrestre del Concejo Municipal de distrito de Colorado de Abangares,
Guanacaste, comunica que el señor Pedro Moraga Rojas, mayor, casado, cédula de
identidad número 6-0072-0700, vecino de San Buenaventura de Colorado de
Abangares, 200 oeste, 150 sur y 500 oeste del Bar
Colorado de Abangares,
Guanacaste.—Heiner Carmona Vargas,
Inspector.—1 vez.—RP2011248192.—(IN2011055711).
CONDOMINIO HORIZONTAL RESIDENCIAL
BRISAS
DEL BOSQUE
Convocatoria a asamblea de
condóminos, se convoca a los condóminos del Condominio Horizontal Residencial
Brisas del Bosque, cédula de persona jurídica número 3-109-
Orden del día:
1) Informe de la administración.
2) Aprobación del presupuesto.
3) Ratificación de medidas, disposiciones y
acuerdos tomados por la administradora de hecho, así como en reuniones
anteriores.
4) Nombramiento del administrador.
5) Modificación al artículo 25 del Reglamento del
Condominio referente a las convocatorias a asamblea, de forma que puedan ser
convocadas vía email.
6) Medidas y sanciones a aplicar a condóminos
morosos.
7) Modificación al artículo 14 del Reglamento del
Condominio referente al incumplimiento de obligaciones a cargo de los
propietarios y sanciones.
8) Modificación al artículo 15 del Reglamento del
Condominio referente al incumplimiento de obligaciones pecuniarias de los
propietarios con el Condominio y sanciones.
Se les solicita a los condóminos
y sus representantes presentar certificación de su personería jurídica o poder
especial el día de la asamblea.—Miguel Castro
Badilla, Administrador.—Andrea Rojas González, Administradora de
Hecho.—1 vez.—(IN2011058815).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
IMPORTACIONES COMPUFAX DE COSTA RICA S. A.
Importaciones Compufax de Costa
Rica S. A., cédula jurídica número 3-101-156606, solicita ante
DISTRIBUIDORA CARLOS PALMA S. A.
Distribuidora Carlos Palma S.
A., cédula jurídica tres-ciento uno-setenta y dos mil doscientos setenta y
cuatro solicita ante
MOCHI DEL SUR A. G. SOCIEDAD ANÓNIMA
La sociedad Mochi del Sur A. G.
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos tres mil
quinientos cuarenta y uno, solicita ante
DISTRIBUIDORA ROJAS SOCIEDAD ANÓNIMA
Distribuidora Rojas Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-veintinueve mil ciento cincuenta y
seis, solicita ante
INVERSIONES ANA CECILIA S. A.
Inversiones Ana Cecilia Sociedad
Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-036334, solicita ante
AMÉRICA CENTRAL INFLABLES S. A.
América Central Inflables
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-1779, solicita ante
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
MUTUAL
CARTAGO DE AHORRO Y PRÉSTAMO
El señor Allan Gerardo Vega Gamboa, cédula
Cartago, 14 de julio del 2011.—Sección
Apoyo Operativo a
PANADERÍA EL CHANTE DE
Panadería El Chante de
FLINT
INK COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Flint INK Costa Rica Sociedad Anónima, cédula
jurídica numero 3-101-191689, representada en este acto por su gerente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma señor Carlos Rolando
Romero Mendoza, solicita la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor,
Inventarios y Balances, números dos, en razón de haberse extraviado, quien se
considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y
Asistencia del Contribuyente de
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
CORPORACIÓN
TRICHOLAB INT SOCIEDAD ANÓNIMA
Corporación Tricholab INT Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-345537, solicita ante
FINCA SANTA MARTA SOCIEDAD ANÓNIMA
Finca Santa Marta Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-081095, solicita ante
GRUPO ROCA INTERNACIONAL GRI
SOCIEDAD
ANÓNIMA
Grupo Roca Internacional GRI
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-471602, solicita ante
ROJCAS
PALTAVERDE SOCIEDAD ANÓNIMA
Rojcas Paltaverde Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-316842, solicita ante
AFASCA
DE TARRAZÚ SOCIEDAD ANÓNIMA
Afasca de Tarrazú Sociedad Anónima,
anteriormente denominada inversiones M y M de Tarrazú Sociedad Anónima, número
de cédula jurídica 3-101-069184, solicita ante
INVERSIONES MATA ACUÑA SOCIEDAD
DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inversiones Mata Acuña Sociedad
de Responsabilidad Limitada antes, actualmente Inversiones Mata Acuña Sociedad
Anónima, cédula jurídica antes 3-102-083953, actualmente 3-101-083953, solicita
ante
QUALITY INVESTMENTS SOCIEDAD ANÓNIMA
Mediante escritura otorgada ante
mí, a las diez horas del ocho de julio del año dos mil once, la sociedad
Quality Investments Sociedad Anónima, cuya cédula de persona jurídica es
tres-ciento uno-doscientos sesenta y tres mil cuatrocientos ochenta y dos,
solicita a
ASOCIACIÓN
SOLIDARISTA DE EMPLEADOS DE
COOPEAGROPAL R. L.
El suscrito, Carlos Hugo Garbanzo Aguilar, cédula
de identidad número uno-ocho siete tres-nueve nueve cuatro, en mi condición de
presidente y representante legal de la asociación denominada Asociación
Solidarista de Empleados de COOPEAGROPAL R. L., cédula de persona jurídica
número tres-cero cero dos-uno cinco seis cuatro siete dos, solicito al
Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición
de los libros: número dos de Registro de Asociados, número dos de Libro de
Mayor, número dos de Inventarios y Balance y número dos de Libro de Diario, los
cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la
publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de
Asociaciones.—Catorce de julio del dos mil
once.— Carlos Hugo Garbanzo Aguilar, Presidente.—1
vez.—RP2011248339.—(IN2011056080).
CENTRO
DE RECREACIÓN
Hernández Murillo Karen /109670474 / 5983827 / 433 |
Araya Agüero Hilda María / 202350676 /15770588 /1063 |
Darcia Solano Rander /107870506 /17874540 / 233 |
Eduarte Chaves Sergio /108570269 / 3818353 / 310 |
López Ugalde Jorge / 303880485 / 7498554 / 2345 |
Marchena Mendoza José Vidal / 602330594 /13538709 / 3120 |
Chacón Ruiz Randall /108940642 / 6092543 / 349 |
Morera Argüello Gerardo / 602470962 /11088620 / 3152 |
González Zamora Luivin / 502540839 / 6202677 / 2763 |
Jiménez Acuña Avimelek /111050784 / 7577900 / 599 |
Ferreto Gómez Manuel / 900930271 / 8792678 / 3699 |
Ortiz López Freddy / 501110866 / 20035551 / 2686 |
|
Mora Morales Edwin / 205940863 / 6464018 /1921 |
Solano Sánchez Olga / 204200224 / 4222514 /1287 |
Ugalde Picado Henry/205120212 /10257191 /1574 |
Cantillano Paladino Luis Ángel / 206180944 / 4434675 / 2022 |
|
Vargas Solera Danilo / 204120413 /11408302 /1273 |
Fernández Saravia Ervin /155808314329 /10712327 / 916 |
Cáceres Rodríguez José Rubén /135018565 / 8016878 / 955 |
Salas Mena Gabriel / 603060525 / 5243195 / 3282 |
|
Montiel Delgado José Alberto / 503460665 / 5105219 / 2926 |
Flores Espinoza Andreína / 503530741 /1802482 / 2942 |
González Vargas Rafael Ángel / 600660512 / 18923127 / 2972 |
Habiendo sido verificado que en el Registro de
Accionistas no existen registrados traspasos a terceros, ni anotaciones de
embargo u otros gravámenes sobre las acciones de los solicitantes, se informa a
terceros cuyos derechos pudiesen verse afectados con la reposición, que cuentan
con un plazo de un mes contado a partir de la última publicación que de este
aviso se haga, para plantear oposiciones, en el domicilio social de la compañía
en Heredia, Belén, San Antonio, del Balneario de Ojo de Agua
CASCO ORO DIEZ JJJ
SOCIEDAD ANÓNIMA
Casco Oro Diez JJJ Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-cuatrocientos treinta y ocho mil ochocientos sesenta y dos, solicita ante
EQUIPOS
ACUARIUM SOCIEDAD ANÓNIMA
Equipos Acuarium Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-cero tres nueve tres seis seis, solicita ante
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
LIGA AGRÍCOLA INDUSTRIAL DE
1º—De conformidad con los
incrementos en
2º—Que
3º—Que
4º—Que, por lo anterior,
5º—Que las producciones
reales, firmes y definitivas de todos los ingenios para la zafra 2010-2011
fueron, en términos de azúcar de 96º de polarización, las siguientes:
Ingenio |
Cuota individual de
producción de azúcar 96° de
dolarización |
Atirro |
182.075,1 |
Juan Viñas |
381.538,4 |
|
138.389,4 |
Porvenir |
96.344,8 |
Providencia |
139.203,9 |
|
422.428,9 |
Cutris |
369.851,0 |
Quebrada Azul |
364.774,1 |
El Palmar |
458.163,3 |
CATSA |
1.176.842,6 |
El Viejo |
1.223.636,1 |
Taboga |
1.472.022,9 |
El General |
670.862,3 |
Total |
7.096.132,8 |
Edgar Herrera Echandi, Junta Directiva.—1 vez.—(IN2011056318).
COLEGIO DE INGENIEROS QUÍMICOS
Y
PROFESIONALES AFINES
Ingenieros Químicos/Ingenieros en Metalurgia/Ingenieros
en Materiales
y Ciencia de los Materiales/Tecnólogos
de
Alimentos/Ingenieros en Maderas
COMUNICADO
En sesión ordinaria Nº 06-2011
se tomó el acuerdo de “suspender” la colegiatura a los
profesionales abajo indicados, por tener un atraso de más de seis cuotas de
colegiatura, perdiendo así su condición de miembro activo del Colegio y por
tanto no podrán ejercer su profesión en el territorio nacional.
Lo anterior en apego a lo
establecido en los artículos 14, inciso 2.d) y 16 de
Apellido 1 |
Apellido 2 |
Nombre |
Profesión |
Cédula Nº |
N_A_ |
Elizondo |
Lobo |
Fray Andrés |
Tecnólogo de Alimentos |
2-0575-0548 |
2497 |
Mairena |
Calvo |
Benjamin |
Ingeniero Químico |
7-0170-0318 |
2565 |
Los colegiados recuperarán su
acreditación como colegiados al pagar la deuda y la multa correspondiente.
Además, según acuerdo de sesión ordinaria
Nº 06-2011, los profesionales abajo listados, han recuperado sus derechos de
Colegiatura y por lo tanto agradece a las autoridades y a la ciudadanía
costarricense el apoyo a los colegiados en el ejercicio de su profesión.
Apellido 1 |
Apellido 2 |
Nombre |
Profesión |
Cédula Nº |
N_A_ |
Corrales |
Ureña |
Julio H. |
Tecnólogo de Alimentos |
1-1089-0299 |
2064 |
Salazar |
Salazar |
Leonardo |
Ingeniero en Materiales |
1-1213-0449 |
2512 |
También, según acuerdo de la misma sesión ordinaria Nº 06-2011, el
profesional abajo listado, fue declarado con la condición de miembro ausente y
por tanto no podrá ejercer su profesión en el territorio nacional.
Apellido 1 |
Apellido 2 |
Nombre |
Profesión |
Cédula Nº |
N_A_ |
Ruiz |
Delgado |
Hernán |
Ingeniero Químico |
2-0435-0668 |
1112 |
Ing. José Rafael Navarro Segura,
Director Administrativo.—1
vez.—(IN2011056696).
COLEGIO DE MÉDICOS Y CIRUJANOS DE COSTA RICA
COMUNICA
1. Incluir a
2. Establecer los siguientes requisitos
específicos para la inscripción en la misma.
Medicina de Emergencias Pediátricas
a. Estar debidamente inscrito y acreditado como
Especialista en Pediatría o como Especialista en Medicina de Emergencias, ante
el Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica.
b. Aprobación y acreditación de dos (2) años en
un programa de estudios de posgrado (residencia médica) en
3. Establecer de carácter obligatorio para los
médicos que soliciten la inscripción en
Dr. Alexis Castillo Gutiérrez,
Presidente.—Dr. Marco Antonio Herrera Rodríguez,
Secretario.—1 vez.—(IN2011056729).
Distribuidora de Alimentos Herrera
y Quirós Sociedad de Responsabilidad Limitada, nombra gerente por el resto del plazo
social a Elsa Roxana González Ramos, viuda una vez, del hogar, cédula
uno-cuatrocientos setenta y nueve-cuatrocientos noventa y seis. Escritura número
66, folio 34, tomo 13, de las dieciséis horas del diecinueve de julio año 2011.—Lic. Rubén Ramírez Quirós, Notario.—1
vez.—(IN2011056648).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las
11:00 horas del 15 de julio del 2011 se protocolizó acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Empresa de
Seguridad y Vigilancia Almora S. A. cédula jurídica
3-101-390965, donde se reforma parcialmente las cláusulas segunda y octava del
pacto constitutivo, cambiándose la dirección del domicilio social y
confiriéndole también a la secretaria de la junta directiva de la sociedad las
facultades de apoderada generalísima sin límite de suma. Igualmente se nombra a
nueva secretaria y fiscal.—Lic. Roberto Villegas
Espinoza, Notario.—1 vez.—RP2011248913.—(IN2011056950).
Ante esta notaría otorgada a las catorce horas del
día veintitrés de abril del dos mil nueve, se modificó la cláusula de la
administración del pacto constitutivo de la sociedad Kingdom Cats KD.C. S. A.—San José, diecinueve de julio de dos mil
once.—Lic. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1
vez.—RP2011248914.—(IN2011056951).
Por escritura número doscientos diecinueve, se
constituye la sociedad anónima denominada Creaciones Tecnológicas S. A.
constituida el 18 de julio del dos mil once, representación social corresponde
al presidente.—San José, veinte de julio del dos mil once.—Lic.
Derroy Jeiner Navas Beita, Notario.—1
vez.—RP2011248915.—(IN2011056952).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las
10:00 horas del 18 de julio de 2011, se constituyó la sociedad AB Sports
S. A., nombrándose agente residente, fondo de reserva legal, junta
directiva y capital social, domiciliada en San José, San Antonio de
Desamparados, residencial El Boulevard, Condominios Vallarta, apartamento
uno.—San José, 18 de julio del 2011.—Lic. Rafael Ángel Quesada
Vargas, Notario.—1
vez.—RP2011248918.—(IN2011056953).
Ante esta notaría por escritura otorgada a las
quince horas del doce de julio del dos mil once, se constituyó la sociedad
denominada Centro de Formación Profesional Parauniversitario C.F.P. Sociedad
Anónima. Presidente: Carlos Gerardo Zúñiga Naranjo.—San
Marcos de Tarrazú, quince de julio del dos mil once.—Lic. Ana Graciela
Zúñiga Gamboa, Notaria.—1
vez.—RP2011248926.—(IN2011056954).
El suscrito Luiggi Villalobos Chaves, mayor,
soltero, consultorías, vecino de San Isidro de Heredia, cédula
uno-ochocientos-novecientos cincuenta y seis, en su condición de apoderado
generalísimo sin límite de suma de la empresa denominada Luvich Software
Sociedad Anónima, solicita al diario la cancelación del respectivo
edicto.—San Isidro de Heredia, al ser las nueve horas 27 de junio del
2011.—Lic. Álvaro Retana Carmona, Notario.—1
vez.—RP2011248945.—(IN2011056965).
Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas
del 1º de julio del 2011, se constituyó la sociedad denominada Integrados
Christian Network Sociedad Anónima.—Alajuela,
1º de julio del 2011.—Lic. Lenin Solano González, Notario.—1 vez.—RP2011248947.—(IN2011056966).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría, a
las 10 horas con 30 minutos del 9 de julio del 2011, se constituyó sociedad que
se denominará Eventos y Alquileres Jean Carlo Dos
Mil Once Sociedad Anónima. Playa Brasilito.—Lic.
Einar José Villavicencio López, Notario.—1
vez.—RP2011248948.—(IN2011056967).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis
horas treinta minutos del día siete de julio del dos mil once, José Adolfo
Cañas López y Kari Lynn Arthur, constituyen una sociedad anónima. Capital
social: diez mil colones. Duración: noventa y nueve años. Corresponde al
presidente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San
José, 7 de julio del 2011.—Lic. Juan Luis Mora Cascante, Notario.—1 vez.—RP2011248949.—(IN2011056968).
Ante esta notaría se protocolizó acta de Asamblea
General de Socios, de la sociedad Textiles Romabe Sociedad Anónima,
con cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos veintiún mil novecientos
diecisiete. Se reformó la cláusula cuarta del pacto constitutivo.—Palmares, 18 de julio del 2011.—Lic. Fernando
Ávila González, Notario.—1
vez.—RP2011248950.—(IN2011056969).
La suscrita Lic. Marta Emilia Rojas Carranza,
notaria pública con oficina abierta en Palmares de Alajuela, constituí la
sociedad denominada Inducoci Sociedad Anónima, con un capital social de
cien mil colones y un plazo social de noventa y nueve años. Es todo.—Palmares, diecinueve de julio del dos mil
once.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1
vez.—RP2011248951.—(IN2011056970).
En mi Notaría, mediante escritura Nº 75-6,
otorgada en San Ramón, Alajuela, a las 18:00 horas del 15 de julio del 2011, se
constituyó una sociedad anónima Eliari Sociedad Anónima. Plazo: noventa
y nueve años. Objeto: actividades de comercio, servicios profesionales, industriales
y agropecuarios. Presidenta: Elizabeth Toro Ramírez.—San
Ramón, Alajuela, 19 de julio del 2011.—Lic. Carolina Muñoz Solís, Notaria.—1 vez.—RP2011248953.—(IN2011056971).
Publíquese constitución de sociedad denominada Los
Cuatro Ases S. A., constituida mediante escritura Nº 355, ante
La suscrita, Kattia Quirós Chévez, Notaria Pública
con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día veinte de julio
del dos mil once, protocolicé acta de la empresa denominada tres-ciento
uno-quinientos treinta mil trescientos cuarenta y uno Sociedad Anónima.—San
José, veinte de julio del dos mil once.—Lic. Kattia Quirós Chévez,
Notaria.—1
vez.—RP2011248960.—(IN2011056973).
Ante mi notaría, modifico la junta directiva de la
entidad denominada: Transportes Samba S. A., con la cédula jurídica número
3-101-607884, siendo que el presidente en adelante será el señor Luis Ángel
Sánchez Durán, cédula 2-350-320.—Guápiles,
11-02-2010.—Lic. Sonia Carrillo Ugalde, Notaria.—1
vez.—RP2011248963.—(IN2011056974).
Por escritura otorgada por este notario, se constituyó
el día dieciocho de julio del dos mil once, la sociedad denominada Preciosa
Paba Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse en su aditamento S. A.,
que es nombre de fantasía; cual tiene un capital social por la suma de cien mil
colones y un plazo de noventa y nueve años. Es todo.—Guápiles,
18 de julio del 2011.—Lic. Lenin Segura Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2011248965.—(IN2011056975).
Mediante acta de asamblea general extraordinaria
de accionistas de Inversiones Avenidas Las Américas S. A.,
protocolizadas ante el notario público Manuel Salas Raven en conotariado con
David Arturo Campos Brenes, en escritura pública número ciento sesenta y
siete-doce, de las nueve horas del diecinueve de julio del dos mil once, se
reforma las cláusulas primera y sexta del pacto constitutivo.—Lic.
Manuel Salas Raven, Notario.—1
vez.—RP2011248969.—(IN2011056976).
Por escritura número 80 otorgada ante el suscrito
notario a las 15:00 horas del día 7 de julio del 2011 se constituyó Autodecoración
del Caribe Ramsa Sociedad Anónima. Capital social: 90.000 colones
íntegramente suscritos y pagados. Domicilio social: será en Limón, Siquirres,
doscientos metros al oeste de la radial a Turrialba. Plazo social: 99 años.
Presidente: José Antonio Madrigal Vega.—Siquires,
7 de julio de 2011.—Lic. Alejandro Argüello Leiva, Notario.—1 vez.—RP2011248971.—(IN2011056977).
Por escritura número 273 otorgada ante la suscrita
notaria a las 15:45 horas del día 14 de junio del 2011 se constituyó Artes
Complementarias Leyma Sociedad Anónima. Capital social: 10.000 colones
íntegramente suscritos y pagados. Domicilio social: será en Cartago, Turrialba,
Jabillos, Barrio El Ceibo,
Por escritura número 91 otorgada ante el suscrito
notario a las 11:00 horas del día 18 de julio del 2011 se constituyó Coorporación
J J M S T Alvarado Sociedad Anónima. Capital social: 10.000
colones íntegramente suscritos y pagados. Domicilio social: será en Cartago,
San Rafael de Oreamuno
del Super Yody 2,
Ante la suscrita notaria a las 10:00 horas del 25
de junio del 2011, se constituyó la sociedad Dupla Comunicaciones S. A.
Objeto: asesoría en comunicación, periodismo e imagen corporativa, así como
cualquier otro fin lícito. Domicilio: provincia San José, Escazú, San Rafael,
250 suroeste del Centro Comercial Paco, Torres
Gemelas, Bella Vista Oeste, torre izquierda, ap. dos. Plazo social: 99 años.
Presidenta: Patricia Vásquez Castillo, con facultades de apoderada generalísima
sin límite de suma.—Lic. Georgina Castillo
Jiménez, Notaria.—1
vez.—RP2011248974.—(IN2011056980).
Por escritura número 79 otorgada ante el suscrito
Notario a las 10:00 horas del día 7 de julio del 2011, se constituyó Consultoría
Ambiental Atreus Sociedad Anónima. Capital social: 100.000 colones
íntegramente suscrito y pagado. Domicilio social: será en Limón, Siquirres,
Pacuarito, costado este de la plaza de deportes. Plazo social: 99 años.
Presidente: Alfonso Rojas Fuentes.—Siquires, 7
de julio de 2011.—Lic. Alejandro Arguello Leiva, Notario.—1 vez.—RP2011248975.—(IN2011056981).
El día de hoy, ante esta notaría y mediante
escritura número ciento noventa y dos, a las 19:00 horas del 19 de julio del
dos mil once, se llevó a cabo la constitución de la sociedad denominada CI-SW
Costa Rica Sociedad Anónima.—Lic. Francisco Salas Chaves,
Notario.—1
vez.—RP2011248976.—(IN2011056982).
Los señores Wilfredo Eliseo Calderón Sandoval y
Herwinton Roncancio Agudelo constituyen una sociedad anónima denominada Taller
Daytona CR Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las diez
horas del día seis de junio del dos mil once. Es todo.—San
José, veinte de julio del dos mil once.—Lic. Fernando José González
Medina, Notario.—1
vez.—RP2011248983.—(IN2011056983).
Por escritura otorgada en mi Notaría hoy, a las
catorce horas, se constituyó la sociedad de esta plaza Grupo J.B.Z.
S. A. Capital íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve
años contados a partir de hoy. Objeto: inversión y participación en sociedades
mercantiles, la industria, comercio, minería, piscicultura, agricultura y
ganadería, y en todas las ramas de la ingeniería y arquitectura. En especial,
se dedicará a la producción y comercialización de productos para souvenirs,
bazar, librería y ramas afines. Presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma.—San José,
diecinueve de julio del dos mil once.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—RP2011248984.—(IN2011056984).
El suscrito Notario hago saber que el 23 de junio
del 2011, Meilyn Acuña Barrias y Martha Barrias Delgado, han constituido una
sociedad anónima cuya razón social es Transportes Campos Acuña S. A.,
domiciliada en
Ante mi notaría por escritura noventa y cuatro se
constituyen las sociedades Kiss, Flowers and Chocolate K-S,
Ante esta notaría, por escritura
número ciento ochenta y tres-dos de las ocho horas del diecinueve de julio de
dos mil once se reforma la cláusulas: primera: del nombre: Choctaw S. A.,
segunda, tercera, quinta, décima primera, se nombra nueva junta directiva y
fiscal, de Intermarketing Comunications S. A., cédula jurídica
3-101-592455. Es todo.—San José, diecinueve de
julio de dos mil once.—Lic. Flor de María Martínez Marín, Notaria.—1 vez.—RP2011248990.—(IN2011056987).
Ante esta notaría, por escritura
número ciento ochenta y dos-dos otorgada a las ocho horas del catorce de julio
de dos mil once, se reforma la cláusula primera del pacto social de 3-102-623461
Ltda., cédula jurídica 3-102-623461, siendo su nuevo nombre Agua Negra
O.T.S Ltda. Es todo.—San José, trece de
julio de dos mil once.—Lic. Flor de María Martínez Marín, Notaria.—1 vez.—RP2011248991.—(IN2011056988).
Por escritura número ciento
noventa y cinco, otorgada ante el notario público Carlos Ricardo Perera
Salazar, a las diez horas del quince de junio del año dos mil once, se
constituye sociedad de esta plaza denominada Soy Feliz Sociedad Anónima,
capital social diez mil colones. Presidenta Elzbieta Malinowski Gajda.—Lic. Carlos
Ricardo Perera Salazar, Notario.—1
vez.—RP2011248992.—(IN2011056989).
Por escritura número ciento
noventa y cinco, otorgada ante el notario público Carlos Ricardo Perera
Salazar, a las diez horas del quince de junio del año dos mil once, se
constituye sociedad de esta plaza denominada Yo Puedo Sociedad Anónima,
capital social diez mil colones. Presidenta Elzbieta Malinowski Gajda.—Lic. Carlos Ricardo Perera Salazar, Notario.—1 vez.—RP2011248993.—(IN2011056990).
Por escritura ciento ochenta y
ocho-tres de las once horas del veinte de julio del dos mil once, otorgada ante
la notaria María José Chaves Cavallini, se constituyó la compañía Fotosil de
Santa Ana Sociedad de Responsabilidad Limitada, con un capital social de
diez mil colones, dividido en diez cuotas nominativas de mil colones cada una.—Santo Domingo de Heredia, veinte de julio del año
dos mil once.—Lic. María José Chaves Cavallini, Notaria.—1
vez.—RP2011248995.—(IN2011056991).
Por escritura 078-1 de 9:00
horas del 18 de julio de 2011, folio 057-1 del tomo 1 de mi protocolo se
constituyó la sociedad Lilalee S. A., con domicilio en Moravia, San José.—Lic. Álvaro Jiménez Acuña, Notario.—1
vez.—RP2011248997.—(IN2011056992).
William Mora Cascante y Sivily
María Zúñiga Montero, ante mi notaría el día dos de julio del dos mil once, a
las dieciséis horas constituyeron la sociedad, Corporación Wisi del Este
Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—Lic.
Sergio Fernando Jiménez Guevara, Notario.—1
vez.—RP2011248998.—(IN2011056993).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada el día 15 de julio de 2011 se acordó constituir la sociedad High
Vector Sociedad Anónima.—San José, 18 de
julio del 2011.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2011248999.—(IN2011056994).
Blanca Elba Girón Galindo, Juan
Carlos Rodríguez Oletta y Omar Rodríguez Girón constituyen: Inversiones El
Trigo Sociedad Anónima, capital social: doce mil colones, plazo: noventa y
nueve años a partir de hoy, objeto: comercio en general, escritura número:
ciento noventa y cuatro.—San José, 15 de julio
del 2011.—Lic. Ileana Flores Sancho, Notaria.—1
vez.—RP2011249000.—(IN2011056995).
Blanca Elba Girón Galindo, Juan
Carlos Rodríguez Oletta y Omar Rodríguez Girón constituyen: Inversiones
Santa Bárbara Sociedad Anónima, capital social: doce mil colones, plazo:
noventa y nueve años a partir de hoy, objeto: comercio en general, escritura
número: ciento noventa y cinco.—San José, 15 de
julio del 2011.—Lic. Ileana Flores Sancho, Notaria.—1
vez.—RP2011249001.—(IN2011056996).
Blanca Elba Girón Galindo, Juan
Carlos Rodríguez Oletta y Omar Rodríguez Girón constituyen: Inversiones
Oletta Sociedad Anónima, capital social: doce mil colones, plazo: noventa y
nueve años a partir de hoy, objeto: comercio en general, escritura número:
ciento noventa y seis.—San José, 15 de julio del
2011.—Lic. Ileana Flores Sancho, Notaria.—1
vez.—RP2011249002.—(IN2011056997).
Por escritura otorgada por el
suscrito notario Omar Jalil Ayales Aden, a las doce horas del día nueve de mayo
del dos mil once, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de
socios de la sociedad denominada Casa de Alquiler en Calle Ayales S.R.L,
que en adelante se denominará Residencial VDM S.R.L por lo que se
reforman las cláusulas primera y octava de su pacto constitutivo.—Playas del Coco, doce de julio de dos mil
once.—Lic. Omar Ayales Aden, Notario.—1
vez.—RP2011249006.—(IN2011056998).
Por escritura otorgada por el
suscrito notario Adrián Lizano Pacheco a las 13:00 horas del día 19 de julio
del 2011 se constituyó una sociedad anónima, la cual tendrá por razón social Wannabeesocial
Sociedad Anónima. Domicilio social: San José, Granadilla de Curridabat,
ochocientos metros al este del taller Wabe, casa a mano derecha color café.
Capital social: cien mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Representada por
una junta directiva compuesta por presidente, secretario y tesorero. El
presidente y el secretario tendrán facultades de apoderados generalísimos sin
límite de suma, actuando conjunta o separadamente.—San
José, 20 de julio del 2011.—Lic. Adrián Lizano Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2011249007.—(IN2011056999).
Por escritura otorgada por el
suscrito notario Adrián Lizano Pacheco, a las 10:00 horas del día 19 de julio
del 2011, Seiscientos Siete Mil Cuatrocientos Ochenta y Ocho S. A., por
medio de la cual se reforman las cláusulas primera, segunda y sétima de su
pacto constitutivo.—Guanacaste, Playas del Coco, 19 de julio de
2011.—Lic. Adrián Lizano Pacheco, Notario.—1
vez.—RP2011249009.—(IN2011057000).
Por escritura número: 1.784 otorgada
ante mi notaría, en Tres Ríos, a las 17:00 horas del 13 de julio del 2011,
protocolicé acta de asamblea extraordinaria de socios, de
Ante esta notaría mediante
escritura de las 9:00 horas del 20 de julio del año 2011, se constituyó la
sociedad denominada Claria de Centroamérica S. A.—San José, 20 de
julio del año dos mil once.—Lic. Carolina Argüello Bogantes, Notaria.—1 vez.—(IN2011057002).
Por escritura otorgada ante mí,
a las quince horas quince minutos del veinte de julio de dos mil once,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad
Boulevard of Happy Dreams Limitada, con número de cédula de persona
jurídica tres-ciento dos-cuatrocientos sesenta y ocho mil seiscientos ochenta y
nueve, de las ocho horas del catorce de junio del dos mil once, mediante la
cual se reforman las cláusulas segunda y sexta de los estatutos y se nombra
nuevos gerentes.—Lic. Mariana Isabel Alfaro Salas, Notaria.—1 vez.—(IN2011057008).
Por escritura otorgada ante la
suscrita notaria, a las catorce horas del día ocho de julio del año dos mil
once, se constituyó Platinum Servicios Integrales de Administración Sociedad
Anónima. Capital social suscrito y pagado, plazo noventa y nueve años.
Objeto: Comercio en general. Presidente con la representación judicial y
extrajudicial y con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Es
todo.—San José, veintiuno de julio del año dos
mil once.—Lic. Maribell Arcia Fernández, Notaria.—1
vez.—(IN2011057014).
Por escritura número cincuenta y
dos-veinte, otorgada, a las diez horas del veinte de julio del año dos mil
once, que es protocolización de acuerdos tomados en asamblea general
extraordinaria de accionistas de la compañía Corporación Mamsijo Sociedad
Anónima. Se reforma cláusula segunda: del domicilio; cláusula octava: de la
administración y junta directiva.—San José,
veinte de julio del año dos mil once.—Lic. Kathya Rojas Venegas, Notaria.—1 vez.—(IN2011057017).
Por escritura otorgada ante este
notario a las dieciséis horas treinta minutos del día quince de julio del dos
mil once, se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad Lifelong
Bussines Sociedad Anónima S. A., cédula jurídica 3-101-619305, en la que se
reformaron las cláusulas segunda y décima segunda del pacto constitutivo y se
realizaron nombramientos de junta directiva y fiscal. Es todo.—San
José, veinte de julio de dos mil once.—Lic. Mauricio Campos Brenes,
Notario.—1 vez.—(IN2011057018).
Por escritura otorgada ante este
notario, a las diecisiete horas treinta minutos del día quince de julio del dos
mil once, se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad Lorca
Trading S. A., cédula jurídica 3-101-617780, en la que se reformó la
cláusula segunda y décima segunda del pacto constitutivo y se realizaron
nombramientos de junta directiva y fiscal. Es todo.—San
José, veinte de julio de dos mil once.—Lic. Mauricio Campos Brenes,
Notario.—1 vez.—(IN2011057020).
Protocolización de acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Inmobiliaria
Bor de Costa Rica S. A., en la cual se reforma la cláusula sétima del pacto
constitutivo y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, dieciocho de
julio de dos mil once.—Lic. Giovanni Antonio Vega Cordero, Notario.—1 vez.—(IN2011057025).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario en San José a las 15:00 horas de hoy, he procedido a protocolizar el acta de asamblea general de Radiodifusoras de Costa Rica S. A., celebrada en San José a las 14:00 horas del 12 de julio del 2011, mediante la cual se acordó reformar la cláusula quinta del pacto social y nombrar nuevos directivos.—San José, 12 de julio del 2011.—Lic. Alejandro Montealegre Isern, Notario.—1 vez.—(IN2011057026).
Cambio de objeto de la sociedad anónima denominada Desarrollos Urbanísticos Bloque Sgrah Veinticinco XXX Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio de 2011.—Lic. Laura Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2011057046).
El suscrito notario hace constar, que ante su Notaria se protocolizaron actas de asamblea de accionistas de las sociedades Tatum Global Consulting Centro América S. A.; Grupo Meta Consultores Gerenciales S. A. Priscilla’s Place S. A., C.S.S. Import And Export S. A.; y C.R. Tour And Services Company S. A.—San José, 21 de julio del 2011.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca, Notario.—1 vez.—(IN2011057047).
El día de hoy, ante esta notaría, se constituyeron las sociedades Cowboy Productions Ltda. Half And Half Productions CR Ltda. y Salt Mine Productions CRC Ltda., todas con un plazo social de cien años y un capital social de cien mil colones exactos.—San José, dieciocho de julio del dos mil once.—Lic. Román Esquivel Font, Notario.—1 vez.—(IN2011057082).
Mediante escritura otorgada ante mí, a las quince horas del diecinueve de julio de dos mil once, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía denominada Revolution Nine Hundred and Nine Sociedad Anónima, mediante la cual se reformó la cláusula primera: Del nombre, del pacto constitutivo. Es todo.—San José, diecinueve de julio de dos mil once.—Lic. Roberto Facio Sáenz, Notario.—1 vez.—(IN2011057083).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría en la ciudad de San José, número ciento setenta y cinco, otorgada a las ocho horas del día diecinueve de julio del año dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada simultáneamente de las siguientes sociedades: Pricsmarlandco Sociedad Anónima y Prismar de Costa Rica Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda fusionarse por absorción prevaleciendo la sociedad Prismar de Costa Rica S. A. se reforma la cláusula quinta de los estatutos sociales.—San José, veinte de julio de dos mil once.—Lic. Rafael González Saborío, Notario.—1 vez.—(IN2011057087).
Ante el infrascrito notario por escritura número 126 otorgada a las 15:00 horas del 12 de julio del año 2011, los señores Rolando Escobar Venegas y Ricardo Salazar Venegas convinieron en la constitución de una sociedad anónima regida por lo dispuesto en el Código de Comercio, la cual se denominará Wonderland Distribution S. A.—Alajuela, 21 de julio de 2011.—Lic. Marco Lino López Castro, Notario.—1 vez.—(IN2011057088).
Por escrituras otorgadas ante este notario, a las diez horas treinta minutos, a las once horas, y a las once horas treinta minutos del veinte de julio del dos mil once, se protocolizaron las actas de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de las compañías Tres-ciento dos-quinientos dieciocho mil seiscientos sesenta y cinco sociedad de responsabilidad limitada; El Chante en Jaboncillos Limitada, Tenencias Paraiso Tropical LLC Limitada, mediante la cual se reforma la cláusula octava del pacto social; y a las doce horas treinta minutos del veinte de julio del dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria de socios de Another Day In Paradise LLC Limitada, mediante la cual se reforman las cláusulas tercera y sétima del pacto social.—San José, veinte de julio del dos mil once.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2011057111).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, número ciento setenta y uno, a las diecisiete horas del día cuatro de
julio del año dos mil once, se constituyó la sociedad anónima Centro-Automotores
CEMS Sociedad Anónima, con domicilio social en Alajuela, cien metros norte
y cincuenta metros oeste de la esquina noroeste de
Por escritura número ochenta y
nueve-diecinueve, otorgada ante el notario José Antonio Solís Sandoval, se
constituyó la sociedad Paraíso RSA S. A. Presidenta: María Guiselle
Valerio Solís.—Alajuela, 20 de junio de
2011.—Lic. José Antonio Solís Sandoval, Notario.—1
vez.—(IN2011057115).
Por escritura número ochenta y
siete-diecinueve, otorgada ante el notario José Antonio Solís Sandoval, se
constituyó la sociedad Rosova NSJM S. A. Presidente: Norman Valerio
Rodríguez.—Alajuela, 20 de junio de
2011.—Lic. José Antonio Solís Sandoval, Notario.—1
vez.—(IN2011057116).
Protocolización del acta de la
asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa denominada Grupo
Servicios Guanacaste Stephanie Sociedad Anónima, en la cual se acuerda
modificar la cláusula octava, al presidente, secretario, tesorero y el fiscal
de la junta directiva de la empresa, y se nombra agente residente. Ante el
notario Roberto Romero Mora. Es todo.—San José,
al ser trece horas treinta minutos del día veinte de julio del dos mil
once.—Lic. Roberto Romero Mora, Notario.—1
vez.—(IN2011057121).
El día de hoy la sociedad Condominios C R Cuarenta y Siete
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veinte de julio del dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada L P Inversiones Mosul Sociedad Anónima, se reforma la cláusula cuarta del pacto constitutivo.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2011057139).
Hago constar que por escrituras otorgadas ante mí, a las 14:00 horas del 21 de marzo de 2011, y a las 11:00 horas del 19 de julio de 2011, se ha constituido la compañía Servicios Financia Credit de Costa Rica S. A. Domicilio: San José. Capital social totalmente suscrito y pagado.—San José, 20 de julio de 2011.—Lic. Roberto Leiva Pacheco, Notario.—1 vez.—(IN2011057140).
Mediante escritura número ciento ochenta y siete, otorgada ante esta notaría, en la ciudad de San José, al ser las once horas del veintiuno de julio del año dos mil once, protocolicé acta de asamblea general de accionistas de la sociedad Consultores Económicos Centroamericanos Limitada, por reforma de estatutos. Es todo.—San José, dieciocho de noviembre del dos mil diez.—Lic. Hildred Román Víquez, Notaria.—1 vez.—(IN2011057157).
Ante esta notaría a las quince horas y treinta minutos del día ocho de julio del año dos mil once, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de la sociedad Soluciones e Inversiones Diversas Figuefa Limitada.—San José, 20 de julio del 2011.—Lic. María Eugenia Rodríguez Chinchilla, Notaria.—1 vez.—(IN2011057159).
Ante esta Notaría a las veinte horas del día veintiuno de junio del año dos mil once, se constituyó la sociedad anónima denominada: Grupo Comercial G Y G Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 20 de julio del 2011.—Lic. María Eugenia Rodríguez Chinchilla, Notaria.—1 vez.—(IN2011057161).
AUTO DE
APERTURA DE CAUSA
ADMINISTRATIVA
DISCIPLINARIA
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
Expediente
175-IA-2011.—Ministerio de Seguridad Pública.—Departamento
Disciplinario Legal.—Sección Inspección Policial.—San José, a las
ocho horas con cincuenta y siete minutos del día 7 de julio del 2011, de
conformidad con lo establecido en los numerales 211, 214, 218, 221, 222, 225,
308 inciso b), 309, 310, 311, 312, 313, 314, 315, 316, 317, 318, 319 de
DIRECCIÓN
NACIONAL DE PENSIONES
De conformidad con resolución RMT-1740-2011 de las
nueve horas del día 19 de mayo del 2011,
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO INMOBILIARIO
Se hace saber a la sucesión de
quien en vida fue María del Pilar Villalobos García, cédula Nº 4-042-630,
cualquier tercero con interés legítimo, albaceas o representantes legales, que
DIRECCIÓN REGIÓN CHOROTEGA
OFICINA DE ASESORÍA JURÍDICA
Expediente de Revocatoria de
Adjudicación: NUL-029-2010-OSRL-ALCH. Contra: Santos Andrés Alegría Romero y
Ana L. Torres Cerdas. Lote N° 01 del Asentamiento El Gallo.
Oficina Asuntos Jurídicos,
Región Chorotega, a las ocho horas del doce de julio del año dos mil once. Con
fundamento en las facultades que otorga
2
v.1.
CORPORACIÓN
MIX-DAN-ANI S. A.
Corporación Mix-Dan-Ani S. A., en Las Gacetas números 117, 118 y 119, de fechas 17, 20 y 21 de junio del 2011, en páginas 75, 76 y 91, respectivamente, todas con referencia IN2011039310, se publicó el aviso de reposición de los siguientes libros: Actas número uno y Registro de socios número uno y se deberá leer correctamente de la siguiente manera: Libro de Asamblea de Socios y Registro de Socios, ambos número uno.—San José, 18 de julio del 2011.—Lic. Annia Lobo Madrigal, Notaria.—1 vez.—(IN2011055891).