LA GACETA Nº 161 DEL 23 DE AGOSTO DEL 2011

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

MINISTERIO DE SALUD

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE AMBIENTE, ENERGÍA

Y TELECOMUNICACIONES

DOCUMENTOS VARIOS

EDUCACIÓN PÚBLICA

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

RESOLUCIONES

EDICTOS

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

PODER JUDICIAL

BANCO DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

AVISOS

MUNICIPALIDADES

ADJUDICACIONES

PODER LEGISLATIVO

BANCO DE COSTA RICA

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

AVISOS

MUNICIPALIDADES

FE DE ERRATAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

JUNTA DE DESARROLLO REGIONAL DE LA ZONA

SUR DE LA PROVINCIA DE PUNTARENAS

REGLAMENTOS

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PESCA

Y ACUICULTURA

AVISOS

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

UNIVERSIDAD NACIONAL

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

MUNICIPALIDAD DE VÁZQUEZ DE CORONADO

MUNICIPALIDAD DE TURRIALBA

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DE HEREDIA

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

JUSTICIA Y PAZ

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

AVISOS

FE DE ERRATAS

MUNICIPALIDADES

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Nº 293-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

En uso de las facultades que le confiere el artículo 26, inciso b, de la Ley General de la Administración Pública,

ACUERDA:

Artículo primero: Modificar el artículo segundo del Acuerdo 288-P, del diez de junio del dos mil once, mediante el cual se nombra al señor Rowland Espinoza Howell, cédula de identidad número 1-836-177, como Viceministro de Hacienda, encargado de ingresos, para que se lea de la siguiente manera:

“Artículo segundo.—Rige a partir del dieciséis de junio del dos mil once.”

Artículo segundo.—Este acuerdo rige a partir del catorce de junio del dos mil once.

Dado en la Presidencia de la República, a los catorce días del mes de junio del dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. 11332.—Solicitud Nº 10642.—C-9420.—(IN2011060022).

316-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones que le confieren el artículo 139 de la Constitución Política de Costa Rica, el artículo 47 inciso 3) de la Ley General de Administración Pública, Ley 6227 del 02 de mayo de 1978.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a la señora Mayi Antillón Guerrero, portadora de la cédula de identidad número uno-quinientos cincuenta-quinientos treinta y cinco, Ministra de Economía, Industria y Comercio, para que encabece la delegación de Costa Rica, que viajará a la ciudad de Santiago de Chile, con el propósito de explorar la experiencia chilena respecto a las buenas prácticas en Capital Semilla y Capital de Riesgo. Asimismo, sostener reuniones de trabajo con el señor Juan Andrés Fontaine Talavera, Ministro de Economía, Fomento y Turismo de Chile y reuniones con otras autoridades con el fin de tratar temas sobre Competitividad, Mejora Regulatoria, Simplificación, Emprendedurismo y Programa de Apoyo a la Pequeña y Mediana Empresa y Defensa Efectiva del Consumidor.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, alojamiento y viáticos le serán financiados a la Ministra Antillón por el Sistema de Banca para el Desarrollo “SBD”, en calidad de Presidenta del Consejo Rector.

Artículo 3°—En tanto dure la ausencia de la señora Ministra, nombrar como Ministro a. í., al señor Luis Eduardo Álvarez, Soto, Viceministro del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, de las quince horas con cuarenta minutos del día veinticuatro de julio de dos mil once y hasta las trece horas con treinta minutos del día treinta de julio del mismo año.

Artículo 4º—Rige a partir de las quince horas con cuarenta minutos del día veinticuatro de julio de dos mil once y hasta las trece horas con treinta minutos del día treinta de julio del mismo año.

Dado en la Presidencia de la República, a los catorce días del mes de julio del dos mil once.

Publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O.C. 11419.—(Solicitud Nº 43469).—C-14340.—(IN2011060023).

321-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 139 de la Constitución Política; y el artículo 47 inciso 3) de la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978.

Considerando:

1º—Que se ha recibido formal invitación por parte de la Universidad Autónoma de Honduras, para la participación del Ministro de Ciencia y Tecnología como expositor en el Foro: “La vinculación Universidad - Estado, sectores productivos y sectores sociales: retos, oportunidades y desafíos”, que se realizará el 28 de julio de 2011 en Tegucigalpa, Honduras.

2º—Que la participación del señor Alejandro Cruz Molina, Ministro de Ciencia y Tecnología en dicho foro, es de interés para el desarrollo de la ciencia, la tecnología, la innovación y la ejecución de políticas a nivel nacional; así como para obtener insumos para la promoción de políticas públicas en el ámbito academia- empresa- gobierno. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Alejandro Cruz Molina, cédula de identidad tres-cero ciento noventa y dos-cero trescientos nueve, Ministro de Ciencia y Tecnología, para que viaje a Tegucigalpa, Honduras del 27 al 28 de julio de 2011 para que participe en el foro: “La vinculación Universidad - Estado, sectores productivos y sectores sociales: retos, oportunidades y desafíos”.

Artículo 2º—Los gastos de boleto aéreo San José - Honduras - San José, el costo del hospedaje, alimentación y transporte local serán cubiertos por la Universidad Autónoma de Honduras como organismo patrocinador.

Artículo 3º—Durante la ausencia del señor Ministro, se nombra Ministro a. í de Ciencia y Tecnología al señor Keilor Rojas Jiménez, Viceministro de Ciencia y Tecnología.

Artículo 4º—Rige a partir de las 10:00 horas del 27 de julio de dos mil once, hasta las 19:00 horas del 28 de julio de dos mil once.

Dado en la Presidencia de la República, el día quince de julio del dos mil once.

Publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. 11180.—(Solicitud Nº 33348).—C-17025.—(IN2011060024).

Nº 322-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, artículo 47 inciso 3) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978, en la Ley Nº 8908 Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2011, y los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor William Todd Mc Sam, Ministro de Deporte y Recreación, con cédula de identidad número uno-quinientos cincuenta y siete-seiscientos cincuenta y cuatro, para que participe en el seminario denominado: “La actividad física y la salud: directrices de prescripción de ejercicio. Actividad física, deporte y patología”, que forma parte del Programa Iberoamericano de Formación Técnica Especializada, PIFTE, que lleva a cabo la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), a realizarse del 26 al 29 de julio del 2011, en el Centro de Formación de La Antigua, Guatemala.

Artículo 2º—Los gastos de alojamiento y manutención durante la estadía en Antigua, Guatemala, serán cubiertos por el Centro de Formación de la AECID.

Todos los gastos por concepto de impuestos o cánones transporte de taxis, seguro de vida, que se deban pagar en las terminales de transporte aéreo será cubierto con recursos de la Subpartida 10504 denominada (Viáticos al exterior, gastos menores) por un monto aproximado de $960, y los gastos por concepto de tiquete aéreo por un monto aproximado de $820 será cubierto por la Subpartida 10503 denominada (Transporte al exterior), Internet será cubierto con recursos de la Subpartida 10204 denominada (Servicios de telecomunicación) del programa 101 Administración Superior, del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (ICODER), según convenio Nº 1168-05-2011 entre le MINAET y el ICODER, cláusula sexta.

Artículo 3º—El presente acuerdo rige desde las diecinueve horas del 25 de julio del 2011 hasta las diecisiete horas del 30 de julio del 2011.

Dado en la Presidencia de la República, a los dieciocho días del mes de julio del dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—(IN2011058767).

323-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

En uso de las facultades que le confiere el artículo 26, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública.

ACUERDA:

Artículo 1°—Conocer la renuncia del señor Teófilo De La Torre Argüello, cédula de identidad 8-016-518, del cargo que ha venido desempeñando como Ministro de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, a partir del veintiséis de julio del dos mil once.

Artículo 2°—Este acuerdo rige a partir del veintiséis de julio del dos mil once.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintidós días del mes de julio del dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. 12394.—(Solicitud Nº 3009).—C-7220.—(IN2011060026).

Nº 324-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 139 de la Constitución Política; y el artículo 47 inciso 3) de la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978.

Considerando:

1º—Que el Comité Ejecutivo del PICMET (Portland International Center for Management of Engineering and Technology) ha seleccionado al señor Alejandro Cruz Molina, Ministro de Ciencia y Tecnología para recibir la Medalla a la Excelencia PICMET 2011, en ceremonia que se realizará el 2 de agosto de 2011 en Portland, Oregon, Estados Unidos de América.

2º—Que la Medalla a la Excelencia PICMET 2011 es un galardón otorgado a aquellas personas que se han destacado por generar y diseminar el conocimiento científico tecnológico, lo que posiciona internacionalmente al Ministerio de Ciencia y Tecnología y al país. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Alejandro Cruz Molina, cédula de identidad tres-cero ciento noventa y dos-cero trescientos nueve, Ministro de Ciencia y Tecnología, para que viaje a Portland, Oregon, Estados Unidos de América del 30 de julio al 03 de agosto de 2011 para que participe en la ceremonia de entrega de la Medalla a la Excelencia PICMET 2011.

Artículo 2º—Los gastos de boleto aéreo San José – Oregon, Estados Unidos de América - San José, el costo del hospedaje, alimentación y transporte local serán cubiertos por el Portland International Center for Management of Engineering and Technology como organismo patrocinador.

Artículo 3º—Durante la ausencia del señor Ministro, se nombra Ministro a. í de Ciencia y Tecnología al señor Keilor Rojas Jiménez, Viceministro de Ciencia y Tecnología.

Artículo 4º—Rige a partir de las 6:00 horas del 30 de julio de dos mil once, hasta las 20:00 horas del 3 de agosto de dos mil once.

Dado en la Presidencia de la República, el día dieciocho de julio del dos mil once.

Publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. 11180.—(Solicitud Nº 33349).—C-17025.—(IN2011060025).

332-P.—San José, 21 julio de 2011

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

De conformidad con las disposiciones del artículo 26 inciso e) de la Ley General de la Administración Pública y el Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Anabel González Campabadal, Ministra de Comercio Exterior, portadora de la cédula de identidad número 1-615-367, para que viaje en Delegación Oficial a El Salvador, partiendo a las 17:25 horas del 26 de julio y hasta las 21:05 horas del 27 de julio de 2011. Ello con el objeto de participar en reunión del Consejo de Ministros de Integración Económica Centroamericana (COMIECO), el 27 de julio de 2011.

Artículo 2º—Los gastos de viaje de la señora Ministra por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del programa 792, el adelanto por ese concepto asciende a $274,32 (doscientos setenta y cuatro con 32/100 dólares) sujeto a liquidación. El transporte aéreo de ida y de regreso será cubierto con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior, pago de gastos de representación ocasionales en el exterior y reconocimiento de gastos conexos por compra de material bibliográfico, según los artículos 48 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos.

Artículo 3º—En tanto dure la ausencia de la señora Ministra de Comercio Exterior, se le encarga esta Cartera al señor Luis Liberman Ginsburg, Segundo Vicepresidente de la República, a partir las 17:25 horas del 26 de julio y hasta las 21:05 horas del 27 de julio de 2011.

Artículo 4º—Rige desde las 17:25 horas del 26 de julio y hasta las 21:05 horas del 27 de julio de 2011.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los veintiún días del mes de julio de dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 122388.—Solicitud Nº 44982.—C-19820.—(IN2011060547).

333-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones y facultades que le confieren los artículos 139 de la Constitución Política; 47 inciso 3) de la Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978 “Ley General de la Administración Pública”.

Considerando:

1º—Que el dictamen de la Procuraduría General de la República N° C-475-2006 del 28 de noviembre del 2006 dispone en lo conducente que “…, tanto los ministros como viceministros, tienen derecho a las vacaciones anuales remuneradas, a tenor del mencionado numeral 59 constitucional (...) y artículos 24 de la Declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, 7 literal d) del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, entre otros”.

2º—Que la Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud, ha solicitado autorización para disfrutar de cinco días de vacaciones de su período correspondiente. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a la Dra. María Luisa Ávila Agüero, con cédula de identidad Nº 1-548-463, Ministra de Salud, para que disfrute de vacaciones del 2 al 6 de agosto del 2011.

Artículo 2º—En tanto dure la ausencia de la Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud, se nombra Ministra a. í. de Salud a la Dra. Ana Cecilia Morice Trejos, Viceministra de Salud.

Artículo 3º—Rige a partir del 2 al 6 de agosto del 2011.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los veintiséis días del mes de julio de dos mil once.

Publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 10600.—Solicitud Nº 32946.—C-13500.—(IN2011060549).

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

314-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

En ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 47 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978 y en el artículo 15 del Decreto Ejecutivo 34582-MP-PLAN de 4 de junio del 2008.

Considerando:

1º—Que el Decreto Ejecutivo 34582-MP-PLAN del 04 de junio del 2008, publicado en La Gaceta N° 126 del 01 de julio del 2008, establece la potestad de la Presidenta de la República de nombrar los Viceministros Políticos y Técnicos que se requieran para el mejor funcionamiento de los Ministerios.

2º—Que la Procuraduría General de la República, ha reconocido la existencia de una práctica de diversos gobiernos de otorgar rango de ministros o viceministros a determinados funcionarios, y que la legalidad de dicha práctica ha sido confirmada en el dictamen C-216-2002 del 22 de agosto de 2002, cuya posición ha sido compartida por la Contraloría General en el oficio FOE-SOC-0141 (1955) del año 2007.

3º—Que el Ministerio de la Presidencia, entre sus primordiales funciones, se encuentra la de canalizar la comunicación entre el Gobierno y la Asamblea Legislativa, para coordinar la promulgación de los instrumentos legales necesarios para el adecuado accionar de los sectores: público, privado y sociedad en general.

4º—Que el Ministerio de la Presidencia brinda soporte político y técnico permanente a la gestión presidencial necesaria para la toma de decisiones, mediante la coordinación, definición, evaluación y seguimiento de las políticas nacionales, sirviendo de enlace entre el Gobierno y los Órganos del Poder Ejecutivo, instituciones autónomas, entes privados y sociedad civil organizada.

5º—Que el Ministerio de la Presidencia requiere de un funcionario con rango de viceministro que maximice la labor del Ministerio, brindando soporte político y técnico permanente a la gestión que se realiza.

6º—Que el otorgamiento de este rango no significará erogaciones adicionales a la administración, por cuanto el funcionario designado continuará ocupando la plaza que tiene asignada actualmente. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Otorgar al señor Gustavo Alvarado Chaves, cédula de identidad 1-938-314, Consultor Político del Ministerio de la Presidencia, como recargo al puesto que desempeña, el rango de Viceministro de la Presidencia.

Artículo 2º—Rige a partir del 3 de agosto del 2011.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a las diez horas del día 3 de agosto de dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 10971.—Solicitud Nº 034.—C-22520.—(IN2011060553).

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Nº 077

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,

Con fundamento en el artículo 140 inciso 2) de la Constitución Política, artículo 43 del Estatuto del Servicio Civil y 90 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, artículo 83 del Código de Trabajo y Resolución Nº 11764 del Tribunal de Servicio Civil de las ocho horas con treinta minutos del día diecisiete de mayo del año dos mil once.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Despedir con justa causa y sin responsabilidad para el Estado al servidor Luis Eugenio Quesada Solano, cédula de identidad número 03-164-732.

Artículo 2º—El presente acuerdo de despido rige a partir del 1º de julio del dos mil once.

Dado en la Presidencia de la República, a los veintisiete días del mes de junio del año dos mil once.

Publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Francisco J. Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 11426.—Solicitud Nº 34440.—C-9020.—(IN2011060873).

Nº 080

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,

Con fundamento en el artículo 140 inciso 1) de la Constitución Política, artículo 59 inciso e) del Reglamento de Organización y Servicio de las Autoridades de Tránsito, artículo 81 inciso ñ), artículo 88 inciso b) Ley General de Policía, artículo 81 del Código de Trabajo y Resolución Nº 000448 emitida por el Despacho del señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, de las trece horas con trece minutos del día; nueve de junio del año dos mil once.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Despedir con justa causa y sin responsabilidad para el Estado al servidor Carlos Hidalgo Quesada, cédula de identidad número 02-614-569.

Artículo 2º—El presente acuerdo de despido rige a partir del 1º de agosto del dos mil once.

Dado en la Presidencia de la República, a los cuatro días del mes de julio del dos mil once.

Publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Francisco J. Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 11426.—Solicitud Nº 34440.—C-9020.—(IN2011060872).

MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Nº 0104-2011-AC.—San José, 27 de junio del 2011

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en los artículos 140, inciso 2) y 146 de la Constitución Política de Costa Rica, 12 inciso a) del Estatuto de Servicio Civil, la Resolución Nº 11703, dictada a las ocho horas quince minutos del quince de diciembre del dos mil diez del Tribunal de Servicio Civil.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Despedir con justa causa y sin responsabilidad para el Estado, a la servidora Sarita Carmona Robles, mayor de edad, cédula de identidad Nº 02-0394-0013, quien labora como Profesora de Enseñanza General Básica en la Escuela Ramona Sosa Moreno de Alajuela.

Artículo 2º—El presente acuerdo rige a partir del once de julio del dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Educación Pública, Leonardo Garnier Rímolo.—1 vez.—O. C. Nº 11336.—Solicitud Nº 19696.—C-8570.—(IN2011060545).

Nº 0130-10-AC.—San José, 12 de julio del 2011

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en los artículo 140, inciso 2) y 146 de la Constitución Política de Costa Rica, 12 inciso a) del Estatuto de Servicio Civil, la Resolución Nº 11792, dictada a las siete horas con cuarenta minutos del siete de julio del dos mil once, por el Tribunal de Servicio Civil.

ACUERDAN

Artículo 1º—Despedir con justa causa y sin responsabilidad para el Estado, al servidor José Abel Arana Oporta, mayor de edad, cédula de identidad Nº 02-0354-0083, quien labora como Profesor de Enseñanza Media, especialidad Español en el Colegio Nocturno de Liberia.

Artículo 2º—El presente acuerdo rige a partir del veintidós de julio del dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Educación Pública, Leonardo Garnier Rímolo.—1 vez.—O. C. Nº 11336.—Solicitud Nº 19698.—C-8570.—(IN2011060546).

MINISTERIO DE SALUD

Nº DM-MG-1829-11

LA MINISTRA DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública 6227 del 02 de mayo de 1978.

Considerando:

1º—Que del 05 al 09 de julio del 2011, tendrá lugar en Ciudad de Brasilia, Brasil, la “VI Conferencia de la Red Panamericana para la Armonización de la Reglamentación Farmacéutica (Red PARF)”; y este Despacho considera importante la participación de la Dra. Marcela González Rodríguez, cédula Nº 1-799-872, funcionarla de la Dirección de Regulación de la Salud, y la Dra. Ileana Herrera Gallegos, cédula Nº 1-0479-0765, funcionaría de la Dirección de Regulación de la Salud, en la actividad de cita. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la Dra. Marcela González Rodríguez, cédula Nº 1-799-872, y la Dra. Ileana Herrera Gallegos, cédula Nº 1-0479-0765, funcionarías de la Dirección de Regulación de la Salud, para que asistan y participen en la “VI Conferencia de la Red Panamericana para la Armonixación de la Reglamentación Farmacéutica (Red PARF)”; que se llevará cabo en Ciudad de Brasilia, Brasil, del 05 al 09 de julio del 2011.

Artículo 2º—Los gastos de la Dra. Marcela González Rodríguez Vega, y la Dra. Ileana Herrera Gallegos por concepto de transporte, alimentación, y hospedaje, serán cubiertos por la Organización Panamericana de la Salud, por lo que no existe gasto a cargo del erario público.

Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de las funcionarías en la actividad, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige del 05 al 09 de julio del 2011.

Dado en el Ministerio de Salud.—San José, el primer día del mes de julio del dos mil once.

Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—O.C. 10600.—Solicitud Nº 32943.—C-13450.—(IN2011060020).

Nº DM-MG-1973-11

LA MINISTRA DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública 6227 del 02 de mayo de 1978.

Considerando:

1º—Que del 23 al 26 de julio del 2011, tendrá lugar en Ciudad de Guadalajara, México, la “X Reunión Anual de la Red de Actividad Física de las Américas (RAFA)”; y este Despacho considera importante la participación de la Dra. Margarita Claramount Garro, cédula Nº 1-585-321, funcionaria de la Dirección de Planificación Estratégica y Evaluación de las Acciones en Salud, en la actividad de cita. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la Lic. Margarita Claramount Garro, cédula Nº 1-585-321, funcionaria de la Dirección de Planificación Estratégica y Evaluación de las Acciones en Salud, para que asista y participe en la “X Reunión Anual de la Red de Actividad Física de las Américas (RAFA)”; que se llevará a cabo en Ciudad de Guadalajara, México, del 23 al 26 de julio del 2011.

Artículo 2º—Los gastos de la Lic. Margarita Claramount Garro, por concepto de transporte, alimentación, y hospedaje, serán cubiertos por el Centro para el Control y la Prevención de Enfermedades, por lo que no existe gasto a cargo del erario público.

Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaría en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige del 23 al 26 de julio del 2011.

Dado en el Ministerio de Salud.—San José, el primer día del mes de julio del dos mil once.

Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—O.C. 10600.—(Solicitud Nº 32944).—C-13500.—(IN2011060033).

Nº DM-MG-4002-11

LA MINISTRA DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública 6227 del 02 de mayo de 1978.

Considerando:

1º—Que del 25 al 29 de julio del 2011, tendrá lugar en la Ciudad de San Salvador, El Salvador, el “Taller de Vigilancia de Enfermedades Infecciosas en Centroamérica: Diseñando el Sistema de Vigilancia del Futuro”; y este Despacho considera importante la participación de la Dra. Ana Cecilia Morice Trejos, cédula Nº 1-549-251, Viceministra de Salud, y la Dra. María Ethel Trejos Solórzano, cédula Nº 4-111-109, Directora de Vigilancia de la Salud, en la actividad de cita. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la Dra. Ana Cecilia Morice Trejos, con cédula Nº 1-549-251, Viceministra de Salud, y la Dra. María Ethel Trejos Solórzano, cédula Nº 4-111-109, Directora de Vigilancia de la Salud, para que asistan y participen en el “Taller de Vigilancia de Enfermedades Infecciosas en Centroamérica: Diseñando el Sistema de Vigilancia del Futuro”; que se llevará cabo en Ciudad de San Salvador, El Salvador, del 25 al 29 de julio del 2011.

Artículo 2º—Los gastos de la Dra. Ana Cecilia Morice Trejos, y la Dr. María Ethel Trejos Solórzano, por concepto de transporte, alimentación, y hospedaje, serán cubiertos por el Comando Sur de los Estados Unidos de América, por lo que no existe gasto a cargo del erario público.

Articulo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de las funcionarias en la actividad, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige del 25 al 29 de julio del 2011.

Dado en el Ministerio de Salud.—San José a los cinco días del mes de julio del dos mil once.

Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—O.C. 10600.—(Solicitud Nº 32939).—C-13500.—(IN2011060034).

Nº DM-MG-4003-2011

LA MINISTRA DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública 6227 del 02 de mayo de 1978.

Considerando:

1º—Que los días 10 y 11 de julio del 2011, tendrá lugar en Ciudad de Guatemala, Guatemala, la “II Reunión de Enlaces Ministeriales de RIMAIS”; y este Despacho considera importante la participación del Dr. Mauricio Vargas Fuentes, cédula Nº 1-433-704, Viceministro de Salud, en la actividad de cita. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al Dr. Mauricio Vargas Fuentes, cédula Nº 1-433-704, Viceministro de Salud, para que asista y participe en la “II Reunión de Enlaces Ministeriales de RIMAIS”; que se llevará cabo en Ciudad de Guatemala, Guatemala, los días 10 y 11 de julio del 2011.

Articulo 2º—Los gastos de viaje del Dr. Mauricio Vargas Fuentes, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje, serán cubiertos por la RIMAIS, mediante el proyecto CAP/AECID, por lo que no existe gasto a cargo del erario público.

Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación del funcionario en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige para los días 10 y 11 de julio del 2011.

Dado en el Ministerio de Salud.—San José, a los cinco días del mes de julio del dos mil once.

Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—O.C. 10600.—(Solicitud Nº 32937).—C-13500.—(IN2011060035).

Nº DM-MG-4005-11

LA MINISTRA DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública 6227 del 02 de mayo de 1978.

Considerando:

1º—Que del 05 al 09 de julio del 2011, tendrá lugar en Ciudad de Buenos Aires, Argentina, la “XIX Reunión del Grupo Técnico Asesor (GTA) sobre enfermedades prevenibles por vacunación”; y este Despacho considera importante la participación del Dr. Roberto Arroba Tijerino, cédula de residencia Nº 172400116321, funcionario de la Dirección de Garantía y Acceso a los Servicios de Salud, en la actividad de cita. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al Dr. Roberto Arroba Tijerino, con cédula de residencia Nº 172400116321, funcionario de la Dirección de Garantía y Acceso a los Servicios de Salud, para que asista y participe en la “XIX Reunión del Grupo Técnico Asesor (GTA) sobre enfermedades prevenibles por vacunación”; que se llevará cabo en Ciudad de Buenos Aires, Argentina, del 05 al 09 de julio del 2011.

Artículo 2º—Los gastos del Dr. Roberto Arroba Tijerino, por concepto de transporte, alimentación, y hospedaje, serán cubiertos por la Organización Panamericana de la Salud, por lo que no existe gasto a cargo del erario público.

Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación del funcionario en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige del 05 al 09 de julio del 2011.

Dado en el Ministerio de Salud.—San José, a los cuatro días del mes de julio del dos mil once.

Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—O.C. 10600.—(Solicitud Nº 32938).—C-13500.—(IN2011060036).

Nº DM-MG-4007-11

LA MINISTRA DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 apañe segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública 6227 del 02 de mayo de 1978.

Considerando:

1º—Que del 25 al 29 de julio del 2011, tendrá lugar en la Ciudad de Panamá, el “Curso Regional de Capacitación sobre Transporte Seguro de Materiales Radioactivos”, y este Despacho considera importante la participación de la Licda. Carolin Zeledón Téllez, cédula Nº 8-078-363, funcionaria del Área Rectora de Salud Alajuela 1, a la actividad de cita. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la Licda. Carolin Zeledón Téllez, cédula Nº 8-078-363, funcionaria del Área Rectora de Salud Alajuela 1, para que asista y participe en el “Curso Regional de Capacitación sobre Transporte Seguro de Materiales Radioactivos”, que se llevará a cabo en Ciudad de Panamá, del 25 al 29 de julio del 2011.

Artículo 2º—Los gastos de la Licda. Carolin Zeledón Téllez, por concepto de transporte, alimentación, y hospedaje, serán cubiertos por el Organismo de Energía Atómica (OIEA), por lo que no existe gasto a cargo del erario público

Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaría en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige del 25 al 29 de julio del 2011.

Dado en el Ministerio de Salud.—San José, a los cuatro días del mes de julio del dos mil once.

Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—O.C. 10600.—(Solicitud Nº 32945).—C-13500.—(IN2011060038).

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE AMBIENTE, ENERGÍA

   Y TELECOMUNICACIONES

R-429-2011-MINAET.—San José a las nueve y treinta horas del veintidós de julio del dos mil once.

Considerando:

1º—Que el día nueve de mayo de dos mil once, se publicó en La Gaceta Número 88 el Decreto Ejecutivo Nº 36499-S-MINAET “Reglamento para la elaboración de Programas de Gestión Ambiental Institucional en el Sector Público de Costa Rica”, cuyo objeto es establecer los lineamientos para que todas las instituciones de la Administración Pública logren formular, actualizar e implementar un Programa de Gestión Ambiental Institucional “PGAI”.

2º—Que en el artículo 4 del reglamento citado supra señala que se conformará una Comisión Técnica Evaluadora “CTE”, encargada de la revisión y seguimiento de los PGAI.

3º—Que los artículos 9 y 13 del reglamento citado anteriormente, señalan que el MINAET, vía resolución administrativa, definirá a través de la CTE de los PGAI los lineamientos, manuales, guías y otros instrumentos con base en los cuales las instituciones de la Administración Pública elaborarán sus PGAI y sus informes de avance.

4º—Que en la Reunión Ordinaria Número Uno-Acta 01-2011 de la CTE de los PGAI, se validó la conformación de ésta, y se acordó a proceder con la aprobación y oficialización de la Guía y los instrumentos necesarios para la elaboración de Programas de Gestión Ambiental en el Sector Público de Costa Rica. Por tanto,

El MINISTRO DE AMBIENTE, ENERGÍA

Y TELECOMUNICACIONES

RESUELVE:

1º—Oficializar la Guía y los instrumentos necesarios para la elaboración de los Programas de Gestión Ambiental en el Sector Público de Costa Rica, de acuerdo a lo consignado en los artículos 9 y 13 del Decreto Ejecutivo Nº 36499-S-MINAET “Reglamento para la elaboración de Programas de Gestión Ambiental Institucional en el Sector Público de Costa Rica”.

2º—La anterior guía estará publicada en el sitio www.digeca.go.cr.

3º—Comuníquese y publíquese esta resolución en el Diario Oficial La Gaceta.

Ing. Teófilo de la Torre Argüello, Ministro de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones.—1 vez.—O. C. Nº 12394.—Solicitud Nº 2014.—C-19820.—(IN2011064017).

DOCUMENTOS VARIOS

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 8, título 21, emitido por el Centro Educativo Adventista de Costa Rica, en el año mil novecientos noventa, a nombre de Fonseca Villalobos Boris Borthel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 26 de julio del 2011.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011057877).

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Ciencias, inscrito en el tomo 1, folio 43, título Nº 398, emitido por el Colegio Nocturno Miguel Obregón Lizano, en el año mil novecientos ochenta y uno, a nombre de Barquero Vargas Carlos. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintiocho días del mes de julio del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011058682).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 93, título Nº 5, emitido por el Colegio Sagrado Corazón, en el año mil novecientos setenta y cuatro, a nombre de Alfaro Salas Ligia. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintiocho días del mes de julio del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011058708).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo I, folio 18, título Nº 93, emitido por el Liceo de Miramar, en el año mil novecientos noventa y dos, a nombre de Benavides Jiménez Elvis. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diecisiete días del mes de marzo del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011058714).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 4, folio 84, título Nº 1765, emitido por el Colegio Metodista, en el año dos mil siete, a nombre de Serrano López Allechar. Se solicita la reposición del título indicado por corrección del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dos días del mes de marzo del dos mil nueve.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(IN2011058732).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 53, título Nº 253, emitido por el Instituto Agropecuario Costarricense, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de Rodríguez Sandoval José Luis. Se solicita la reposición del título indicado por deterioro del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintiséis días del mes de julio del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011058740).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 125, título 2554, y del Título de Técnico Medio en Contabilidad y Finanzas, inscrito en el tomo 1, folio 195, título Nº 4092, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de Educación Comercial y de Servicios, en el año dos mil cinco, a nombre de Aguilar Ruiz Denis. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, al primer día del mes de junio del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011059150).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Letras, inscrito en el tomo 1, folio 58, título 1848, emitido por el Liceo Nocturno Lic. Alfredo González Flores, en el año mil novecientos ochenta y cuatro, a nombre de Ruiz Ruiz Ana Virginia. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintiocho días del mes de julio del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011059207).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 34, título 163, emitido por el Liceo de Innovación Tecnológica de Sabanillas, en el año dos mil seis, a nombre de Arauz Salazar Carmen Yaneth. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 3 de agosto del 2011.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011059951).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Stichting Solidaridad C/ Pepsi-Cola Mexicano S. de R. L., de C. V. Documento: cancelación por falta de uso. Número y fecha: anotación/2-69137 de 15/11/2010. Expediente: 1994-0002901, registro número 117663 O´KEY, en clase 32, marca denominativa. Registro de la Propiedad Industrial, a las 15:54:04 del 21 de junio de 2011.—Conoce este Registro, la solicitud de cancelación interpuesta como defensa, promovida por el Lic. José Pablo Sánchez Hernández, como apoderado de la empresa Stichting Solidaridad, contra el registro de la marca de fábrica “O’KEY”, Registro Nº 117663, para proteger y distinguir: “Bebidas sin alcohol, especialmente refrescos”, en clase 32 internacional, cuya titularidad es de la empresa Pepsi-Cola Mexicana S. de R. L. de C.V.

Resultando:

I.-  Que por memorial recibido el 15 de noviembre del 2010, el Lic. José Pablo Sánchez Hernández, como apoderado de la empresa Stichting Solidaridad, interpuso solicitud de cancelación por falta de uso en contra el registro de la marca de fábrica “O’KEY”, Registro Nº 117663, para proteger y distinguir “bebidas sin alcohol, especialmente refrescos” en clase 32 internacional, cuya titularidad es de la empresa Pepsi-Cola Mexicana S. de R. L. de C. V.

(Folio 1 a folio 5 y del 13 al 18).

II.-  Que mediante resolución de las 13:50:56 del 7 de diciembre de 2010, el Registro de Propiedad Industrial procede a dar traslado al titular del distintivo marcario a efecto de que se pronuncie respecto a la solicitud de cancelación presentada. (Folio 19).

III.-  Que la resolución de traslado fue notificada al solicitante del procedimiento el 13 de diciembre del 2010 (F. 19 v) y la empresa titular del distintivo marcario quedó debidamente notificada el 29 de abril del 2011. (Folios 31-32-33).

IV.-  Que no consta en el expediente contestación al traslado de la cancelación por no uso.

V.-  En el procedimiento no se notan defectos ni omisiones capaces de producir nulidad de lo actuado.

Considerando:

I.-  Sobre los hechos probados.

   Que en este Registro de la Propiedad Industrial se encuentra inscrita desde el 2 de noviembre del 1999, marca de fábrica “O’KEY”, Registro Nº 117663, para proteger y distinguir “Bebidas sin alcohol, especialmente refrescos” en clase 32 internacional, cuya titularidad es de la empresa Pepsi-Cola Mexicana S. de R. L. de C. V.

   Que en este Registro de Propiedad Industrial se constata que bajo el expediente 2010-008376 se encuentra con suspenso la solicitud de inscripción del signo Para ver imagen solo en Gaceta impresa o en formato PDF, en clases 29-30-32 de la nomenclatura internacional.

II.-     Sobre los hechos no probados. Ninguno relevante para la resolución del presente asunto.

III.-  Legitimación para actuar. Analizado el poder administrativo que consta en el expediente y que es visible a folios 6-7-8, se tiene por debidamente acreditada la facultad para actuar en este proceso del Lic. José Pablo Sánchez Hernández, como apoderado de la empresa Stichting Solidaridad.

IV.-  Sobre los elementos de prueba. Este Registro ha tenido a la vista para resolver las presentes diligencias lo manifestado por la parte promovente en su escrito de solicitud de cancelación por falta de uso; en cuanto al titular de distintivo al no contestar el traslado no se aporta prueba al expediente.

V.-  En cuanto al Procedimiento de Cancelación. El Reglamento de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo 30233-J, establece que una vez admitida a trámite la solicitud de cancelación por no uso, se dará audiencia al titular del distintivo por el plazo de un mes, el cual rige a partir del día siguiente a la notificación de la resolución mediante la cual se le da traslado de la solicitud de cancelación de marca; lo anterior, de conformidad con el artículo 49 en concordancia con el numeral 8 del Reglamento en cita. Analizado el expediente se observa que se intentó notificar al titular del signo en forma personal, la resolución mediante la cual se dio traslado de las diligencias de cancelación, ello por los medios que constaban en el expediente. Debido a que dicha gestión fue infructuosa, se le previno al solicitante de las presentes diligencias, que publicara dicha resolución de traslado por tres veces consecutivas; publicaciones que se efectuaron los días 27-28-29 de abril del 2011 (F. 31 a 33), sin embargo a la fecha, el titular del distintivo marcario no ha contestado dicho traslado.

VI.-  Contenido de la solicitud de cancelación. A.- De la solicitud de cancelación por no uso interpuesta, en síntesis se desprenden los siguientes alegatos: 1) Que la marca registrada no ha sido utilizada en Costa Rica por su titular. 2) Que con esta inactividad la titular de la marca, está faltando a su obligación principal de uso sobre la marca registrada y con dicho accionar está bloqueando la posibilidad de registro de la marca de su representada. 3) Que su representada pretende la inscripción del distintivo Para ver imagen solo en Gaceta impresa o en formato PDF en clase 29-30-32 de la nomenclatura internacional, lo que demuestra un interés directo y legítimo en lograr el registro de la marca para ofrecerla al público consumidor.

VII.-   Sobre el fondo del asunto: Para la resolución de las presentes diligencias de cancelación de marca por falta de uso es de gran importancia recalcar lo dispuesto por el Tribunal Registral Administrativo en el Voto Nº 333-2007, de las diez horas treinta minutos del quince de noviembre de dos mil siete, que señala respecto al artículo 42 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos lo siguiente:

“Como ya se indicó supra, el artículo 39 que específicamente se refiere a la cancelación del registro por falta de uso de la marca, establece que la cancelación de un registro por falta de uso de la marca, también puede pedirse como defensa contra: “un pedido de declaración de nulidad de un registro de marca”. Pues bien, el Artículo 42 que establece que la carga de la prueba del uso de la marca corresponderá a quien alegue la existencia de la nulidad, se refiere específicamente a esa causal, cuya marca desde su origen contiene vicios que contraviene en lo que corresponda los supuestos de los artículos 7 u 8 citados, cuya carga probatoria corresponde a quien alega esa causal.

Por lo anterior, de modo alguno ese precepto normativo puede ser interpretado en el sentido que lo hizo el Registro, ya que cada norma cumple una función pero desde una integración de ella con el resto del Ordenamiento Jurídico. No es posible para el operador jurídico y en el caso concreto analizar la norma 42, sin haber analizado la 39 que como se estableció, es indicativa de varios supuestos para cancelar el registro de una marca por falta de uso y ese precepto del 42, se refiere solo a uno de ellos, por lo que lleva razón el apelante al decir que: “su solicitud es cancelación por no uso y no nulidad por vicios en el proceso de inscripción.” En tal sentido este Tribunal por mayoría, concluye que la carga de la prueba le corresponde en todo momento al titular de la marca.

Solucionado lo anterior, entramos a otra interrogante: ¿Cómo se puede comprobar el uso de una marca? La normativa costarricense establece en el segundo párrafo del ya citado artículo 42, que cualquier medio de prueba admitido por la ley es suficiente, mientras que compruebe ese uso real y efectivo. En ese sentido, esa prueba puede ir desde la comprobación de publicidad, de la introducción en el mercado de los productos o servicios mediante los canales de distribución, estudios de mercadeo, facturas, en fin todo aquello que solo el titular del derecho sabe cómo y cuándo se han realizado”.

En virtud de esto, en el caso de las cancelaciones por falta de uso la carga de la prueba corresponde al titular marcario, en este caso a Healthco Limited, que por cualquier medio de prueba debió de haber demostrado la utilización de su signo.

Ahora bien, una vez estudiados los argumentos del solicitante de las presentes diligencias de cancelación de marca por falta de uso, analizadas las actuaciones que constan en el expediente, se tiene por cierto que la empresa Stichting Solidaridad demuestra tener legitimación y un interés directo para solicitar la cancelación por falta de uso, ya que de la solicitud de inscripción de la marca  Para ver imagen solo en Gaceta impresa o en formato PDF  se desprende que son competidoras y que el registro 117663 es un obstáculo para la inscripción de la misma.

En cuanto al uso, es importante resaltar que el artículo 40 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos señala: “Se entiende que una marca registrada se encuentra en uso cuando los productos o servicios que distingue han sido puestos en el comercio con esa marca, en la cantidad y del modo que normalmente corresponde, tomando en cuenta la dimensión del mercado, la naturaleza de los productos o servicios de que se trate y las modalidades bajo las cuales se comercializan. También constituye uso de la marca su empleo en relación con productos destinados a la exportación a partir del territorio nacional o con servicios brindados en el extranjero desde el territorio nacional. (...)”

Es decir, el uso de la marca debe de ser real, la marca debe necesariamente ser utilizada en el comercio y los productos a los que la misma distingue, deberán encontrarse fácilmente en el mercado, además deben estar disponibles al consumidor; sin embargo, si por causas que no son imputables al titular marcario ésta no puede usarse de la forma establecida no se procederá a la cancelación del registro respectivo.

Visto el expediente se comprueba que el titular de la marca inscrita bajo el registro que hoy se pretende cancelar, al no contestar el traslado, ni señalar argumentos y aportar prueba que indicara a este Registro el uso real y efectivo en el mercado costarricense de su marca, tales como, pero no limitados a, facturas comerciales, documentos contables o certificaciones de auditoría, incumple los requisitos establecidos por los artículos 39 y 40 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos. En razón de lo anterior, dicho titular en su momento oportuno pudo haber aportado la prueba correspondiente para demostrar que cumple con los requisitos que exige este ordenamiento para que su marca no sea cancelada, siendo el requisito subjetivo: que la marca es usada por su titular o persona autorizada para dicho efecto; el requisito temporal: el uso real durante cinco años y el requisito material: que este uso sea real y efectivo.

Siendo la figura de la cancelación un instrumento que tiene el Registro de Propiedad Industrial que brinda una solución al eliminar el registro de aquellos signos que por el no uso (real, efectivo y comprobable) generan obstáculos para el ingreso de nuevos competidores, descongestionando el registro de marcas no utilizadas aproximando de esta forma la realidad formal (del registro) a la material (del mercado) se procede a cancelar por no uso el registro de del signo “O’KEY”, Registro Nº 117663, para proteger y distinguir “bebidas sin alcohol, especialmente refrescos” en clase 32 internacional, cuya titularidad es de la empresa Pepsi-Cola Mexicana S. de R. L. de C. V.

IX.- Sobre lo que debe ser resuelto. Analizados los autos del presente expediente, queda demostrado que el titular del signo distintivo “O’KEY”, Registro Nº 117663, al no contestar el traslado otorgado por ley no comprobó el uso real y efectivo de su marca, por lo que para efectos de este Registro y de la resolución del presente expediente, se tiene por acreditado el no uso de la misma, procediendo a su correspondiente cancelación. Por tanto,

Con base en las razones expuestas y citas de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos 7978 y de su Reglamento, se declara con lugar la solicitud de cancelación por falta de uso, interpuesta por el señor por el Lic. José Pablo Sánchez Hernández, como apoderado de la empresa Stichting Solidaridad, contra el registro de la marca de fábrica “O’KEY”, Registro Nº 117663, para proteger y distinguir “bebidas sin alcohol, especialmente refrescos” en clase 32 internacional, cuya titularidad es de la empresa Pepsi-Cola Mexicana S. de R. L. de C. V. Se ordena la publicación integra de la presente resolución por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta de conformidad con lo establecido en los Artículos 241 siguientes y concordantes y 334 todos de la Ley General de Administración Pública; así como el Artículo 86 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos y el 49 de su Reglamento, a costa del interesado y se le advierte que hasta tanto no sea publicado el edicto correspondiente y su divulgación sea comprobada ante esta oficina mediante el aporte de los documentos que así lo demuestren, no se cancelará el asiento correspondiente. A manera de excepción y solo en la eventualidad de que al titular del signo distintivo se le haya podido notificar legalmente la presente resolución o el mismo se haya apersonado al procedimiento, la publicación integra de la presente resolución deberá hacerse por una sola vez en el Diario Oficial. Comuníquese esta resolución a los interesados, a efecto de que promuevan los recursos que consideren oportunos, sea el de revocatoria y/o apelación, en el plazo de tres días hábiles y cinco días hábiles, respectivamente, contados a partir del día siguiente a la notificación de la misma, ante esta Autoridad Administrativa, quien en el caso de interponerse apelación, si está en tiempo, la admitirá y remitirá al Tribunal Registral Administrativo, conforme lo dispone el artículo 26 de la Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual, 8039. Notifíquese.—Lic. Cristian Mena Chinchilla, Subdirector.—(IN2011058334).

Patente de Invención

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El señor Manuel E. Peralta Volio, mayor,  abogado, cédula 9-012-480, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de, Novartis AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada POLIMORFOS DE N-HIDROXI-3-[4-[[[2-(2-METIL-1H-INDOL-3-YL) ETIL]AMINO]METIL]FENIL]2E-2-PROPENAMID A. Se preparan por varios procedimientos formas polimórficas de base libre de N-hidroxi-3-[4-[[[2-(2-metil-lH-indol-3-il) etil]amino]-metil]fenil]-2E-2-propenam ida y sales de la misma. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 209/00, cuyos inventores son Acemoglu, Murat, Bajwa, Joginder S, Piotr Karpinski, Joel Slade, Frank Stowasser, Dimitris Papoutsakis. La solicitud correspondiente lleva el número 10440, y fue presentada a las 08:49:25 del 13 de noviembre de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 28 de julio del 2011.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2011059204).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

DIRECCIÓN DE AGUA

AVISOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Expediente Nº 7509P.—Eaton Eléctrica S. A., solicita concesión de: 4 litros por segundo del pozo AB-1585, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Vicente (Moravia), Moravia, San José, para uso industria-otro. Coordenadas: 216.370 / 531.350, hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de julio del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011058717).

Exp. 8500A.—Coop. Agroindustria Productores de Palma Aceitera S.R.L, solicita concesión de: 10 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en La Cuesta, Corredores, Puntarenas, para uso consumo humano doméstico agro. Industria otro. Coordenadas 265.950 / 579.450 hoja Laurel. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 08 de julio del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011250070.—(IN2011059077).

Exp. 6766P.—Coop. Agroindustria Productores de Palma Aceitera S.R.L, solicita concesión de: 10 litros por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de su propiedad en La Cuesta, Corredores, Puntarenas, para uso Agro. Industria otro. Coordenadas 47.936 / 652.735 hoja Laurel. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 08 de julio del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011250069.—(IN2011059078).

Exp. 14272P.—Condominio Horizontal Comercial Residencial Arenal Maleku, solicita concesión de: 3 litros por segundo del Pozo AR-30, efectuando la captación en finca de él mismo en Santa Rosa (Tilarán), Tilarán, Guanacaste, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 279.539/428.756 hoja Arenal. 3 litros por segundo del pozo AR-28, efectuando la captación en finca de él mismo en Santa Rosa (Tilarán), Tilarán, Guanacaste, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 279.336/428.683 hoja Arenal. 3 litros por segundo del Pozo AR-29, efectuando la captación en finca de él mismo en Santa Rosa (Tilarán), Tilarán, Guanacaste, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 279.065/428.691 hoja Arenal. 3 litros por segundo del Pozo AR-31, efectuando la captación en finca de él mismo en Santa Rosa (Tilarán), Tilarán, Guanacaste, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 279.234 / 428.847 hoja Arenal. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 01 de julio del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011250026.—(IN2011059079).

Exp. 974-H.—Residencial El Manantial H y C S. A., solicita concesión de 127 litros por segundo del río Platanar, efectuando la captación en finca de su propiedad. Sita en Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela para uso fuerza hidráulica generación eléctrica para autoconsumo. Coordenadas 254.255 / 492.493 hoja Quesada. Caída neta (metros) 6,7 m. Potencia teórica (Kw) 8,34 kw Propietarios de terrenos aguas abajo de la toma. No se indican. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del término de un mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de julio del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011059161).

Exp. 8939-P.—Junta General de la Iglesia del Nazareno, solicita concesión de: 1,5 litros por segundo del pozo sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Ipís, Goicoechea, San José, para uso consumo humano doméstico y riego. Coordenadas 216.850/532.970 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 27 de julio del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011059953).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

RESOLUCIONES

3983-M-2011.—San José, a las catorce horas treinta minutos del veintiséis de julio de dos mil once. Exp. 283-Z-2011.

Diligencias de cancelación de credenciales de miembro suplente del Concejo Municipal de Distrito de Cervantes, cantón Alvarado, provincia Cartago, que ostenta la señora María del Milagro Vega Camacho.

Resultando:

1º—Mediante oficio Nº SMC-113-2011 presentado ante la Secretaría de este Tribunal el 27 de junio de 2011, la señora Thais Araya Aguilar, Secretaria del Concejo Municipal de Distrito de Cervantes, comunica el acuerdo adoptado por ese concejo, en el artículo Nº 1, Capítulo III, de la sesión ordinaria Nº 12 del 22 de marzo del 2011, en el que conoció la renuncia de la señora María del Milagro Vega Camacho al cargo de concejal suplente del distrito Cervantes, cantón Alvarado, provincia Cartago (folios 1 al 3).

2º—En el procedimiento no se observan defectos que causen nulidad o indefensión.

Redacta la Magistrada Zamora Chavarría; y,

Considerando:

I.—Hechos probados: como tales y de relevancia para la resolución del presente asunto se tienen los siguientes: a) que la señora María del Milagro Vega Camacho es miembro suplente del Concejo Municipal de Distrito de Cervantes, cantón Alvarado, provincia Cartago, según consta en la “Declaratoria de Elección de Intendentes, síndicos propietarios y suplentes y miembros propietarios y suplentes de los Concejos Municipales de Distrito correspondientes a los distritos Peñas Blancas, Tucurrique, Cervantes, Colorado, Lepanto, Paquera, Monte Verde y Cóbano, para el período legal comprendido entre el siete de febrero de dos mil once y el treinta de abril de dos mil dieciséis” (resolución n.° 746-E11-2011 de las 13:00 horas del 24 de enero de 2011 visible a folios 5 al 13 del expediente); b) que la señora Vega Camacho fue propuesta por el partido Unión Agrícola Cartaginés (véase nómina de candidatos a folio 4); c) que el Concejo Municipal de Distrito de Cervantes conoció de la renuncia presentada por la señora Vega Camacho en el artículo Nº 1, Capítulo III, de la sesión ordinaria Nº 12 del 22 de marzo del 2011 (folios 1 al 3); d) que el candidato a concejal suplente que sigue en la nómina del partido Unión Agrícola Cartaginés que no resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para completar el número de miembros suplentes de ese Concejo Municipal de Distrito es el señor Luis Fernando Orozco Brenes (nómina de candidatos e integración del Concejo Municipal de Distrito de Cervantes visibles a folios 4 y 14 del expediente).

II.—Sobre la renuncia de la señora María del Milagro Vega Camacho como concejal municipal suplente: La Ley General de Concejos Municipales de Distrito regula el tema de la renuncia y sustitución de los concejales municipales de distrito así como la normativa aplicable a sus integrantes. De esta manera el artículo 6° de ese cuerpo legal establece:

“Los concejos municipales de distrito estarán integrados, como órganos colegiados, por cinco concejales propietarios y sus respectivos suplentes, todos vecinos del distrito; serán elegidos popularmente en la misma fecha de elección de los síndicos y por igual período. Asimismo, tanto los concejales propietarios como los suplentes se regirán bajo las mismas condiciones y tendrán iguales deberes y atribuciones que los regidores municipales. Uno de los miembros será el síndico propietario del distrito, quien presidirá y será sustituido por el síndico suplente. En ausencia del síndico propietario y del suplente, el concejo será presidido por el miembro propietario de mayor edad.”.

Los concejales devengarán dietas por sesión cuyos montos no sean superiores a los contemplados para los regidores en el Código Municipal.”.

En el presente caso, dado que la señora María del Milagro Vega Camacho renunció voluntariamente a su cargo como miembro suplente del Concejo Municipal de Distrito de Cervantes, cantón Alvarado, y que su renuncia fue conocida por ese concejo municipal, lo que procede es cancelar su credencial y designar a quien corresponda.

III.—Sobre la sustitución de la vacante que deja la señora Vega Camacho: Al cancelarse la credencial de la señora María del Milagro Vega Camacho se produce una vacante entre los miembros suplentes del concejo municipal de distrito ya mencionado que es necesario suplir según las reglas que determinaron la elección. Como ha indicado reiteradamente este Tribunal, el párrafo segundo del artículo 208 del Código Electoral regula la sustitución de los funcionarios municipales de elección popular (dentro de los que se incluyen los concejales municipales de distrito) ante circunstancias de fallecimiento, renuncia o incapacidad de éstos para ejercer el cargo, y establece que el Tribunal Supremo de Elecciones “dispondrá la sustitución llamando a ejercer el cargo, por el resto del período constitucional, a quien en la misma lista obtuvo más votos o a quien siga en la misma lista, según corresponda”. En consecuencia, este Tribunal sustituirá a los concejales municipales suplentes que deban cesar en sus funciones con los candidatos de la misma naturaleza (concejales municipales suplentes) que sigan en la lista del partido político del servidor cesante, que no hayan resultado electos ni hayan sido designados para desempeñar el cargo.

Así las cosas, al haber tenido por probado en autos que, el candidato que sigue en la nómina del partido Unión Agrícola Cartaginés, que no resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para desempeñar el cargo de concejal municipal suplente del distrito Cervantes, cantón Alvarado, es el señor Luis Fernando Orozco Brenes, se le designa para ocupar dicho cargo. El señor Orozco Brenes deberá ser juramentado para que integre el citado concejo municipal de distrito a la mayor brevedad. La presente designación lo será por el período que va desde su juramentación hasta el treinta de abril de dos mil dieciséis. Por tanto:

Se cancela la credencial de miembro suplente del Concejo Municipal de Distrito de Cervantes, cantón Alvarado, provincia Cartago, que ostenta la señora María del Milagro Vega Camacho. Para sustituir la vacante se designa al señor Luis Fernando Orozco Brenes. La anterior designación rige a partir de la juramentación y hasta el treinta de abril de dos mil dieciséis, fecha en que finaliza el presente período legal. Publíquese en el Diario Oficial. Notifíquese a la señora Vega Camacho, al señor Orozco Brenes y al Concejo Municipal de Distrito de Cervantes.—Luis Antonio Sobrado González.—Eugenia María Zamora Chavarría.—Max Alberto Esquivel Faerron.—1 vez.—O.C. 13034.—(Solicitud Nº 2121-2011).—C-52220.—(IN2011060021).

EDICTOS

Registro Civil-Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Marilú del Socorro Cruz López, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1133-11.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del primero de junio del dos mil once. Expediente Nº 13336-11. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Lisbeth Anai Moreno Cruz..., en el sentido que el nombre de la madre de la misma es “Marilú del Socorro”, y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2011058748).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Martha Irene Martínez Rojas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1525-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas cuarenta minutos del catorce de julio del dos mil once. Expediente Nº 4540-11. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Steven Eliécer Ramírez Torres…, en el sentido que el nombre y el primer apellido de la madre de la persona ahí inscrita son “Martha Irene” y “Martínez” respectivamente.—Lic. Óscar Fernando Mena Carvajal, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2011058752).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Marcos Antonio Gaitán Flores, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1258-11.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas quince minutos del veintidós de junio del dos mil once. Expediente Nº 12460-10. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquense el asiento de matrimonio de José Antonio Sáenz Flores con Dassy Tejada Batista..., en el sentido que el nombre y los apellidos del cónyuge son “Marcos Antonio Gaitán Flores, hijo de Dolores Gaitán Flores, no indica nacionalidad”, así como el nombre de la cónyuge y el nombre de la madre de la misma son “Daisy” y “Eudocia” respectivamente, asimismo, hágase constar al margen del precitado asiento de matrimonio, que el cónyuge es portador de la cédula de identidad número “ocho-cero cuarenta y tres-setecientos setenta”; el asiento de nacimiento de Elba María Gaitán Tejada…, y el de Rosa María Gaitán Tejada, en el sentido que el nombre de la madre es “Daisy”; el de Javier Enrique Gaitán Tejada…, en el sentido que el primer nombre y el segundo apellido del padre son “Marcos” y “Flores” respectivamente; el de José Eliécer Gaitán Tejada…, en el sentido que el nombre y el segundo apellido del padre son “Marcos Antonio” y “Flores” respectivamente; el de Víctor Antonio Gaitán Tejada…, en el sentido que el nombre del padre y el nombre de la madre son “Marcos Antonio” y “Daisy” respectivamente; el de Leonardo Gaitán Tejada…, en el sentido que la nacionalidad del padre es “costarricense”; el asiento de naturalización de Rosa María Gaitán Tejada…, en el sentido que el nombre de la madre es “Daisy”, y el asiento de defunción de Javier Enrique Gaitán Tejada…, en el sentido que el primer nombre y el segundo apellido del padre son “Marcos” y “Flores” respectivamente. Se deniega en cuanto a los otros extremos de la petición.—Lic. Óscar Fernando Mena Carvajal, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2011058840).

AVISOS

Registro Civil-Departamento Civil

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Suyen Carolina Jarquín Hurtado, mayor, soltera, dependiente, nicaragüense, cédula de residencia 155804386525, vecina de Cartago, expediente 4178-2010. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, dieciocho de mayo de dos mil once.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(IN2011058231).

Lina Marcela Gómez Gómez, mayor, soltera, psicóloga, colombiana, cédula de residencia Nº 117000300606, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 2812-2011.—San José, veintiséis de julio del dos mil once.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2011058834).

Margarita Lisseth Selva Pérez, menor, soltera, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia 155809554924, vecina de Guanacaste, expediente 800-2010. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, once de mayo de dos mil once.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(IN2011058882).

Manuela Zenaida López Martínez conocida como Manuela Zenaida López, mayor, casada, miscelánea, nicaragüense, cédula de residencia 155808254227, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 4790-2009.—San José, veintisiete de junio de dos mil once.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2011058894).

Ayda Liz Obando Torres, mayor, soltera, comerciante, colombiana, cédula de residencia 117000162114, vecina de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.4306-2009.—San José, veintinueve de junio de dos mil once.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe de la Sección de Opciones y Naturalizaciones.—1 vez.—(IN2011060914).

Orlando Artunduaga Guzmán, mayor, casado, comerciante, colombiano, cédula de residencia 117001490534, vecino de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 2978-2011.—San José, cinco de agosto de dos mil once.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe de la Sección de Opciones y Naturalizaciones.—1 vez.—(IN2011060920).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

El Departamento de Proveeduría invita a todos los potenciales proveedores interesados a participar en los siguientes procedimientos:

LICITACIÓN PÚBLICA 2011LN-000020-PROV

Alquiler de local para alojar a la Defensa Pública de Heredia

Fecha y hora de apertura: 23 de setiembre de 2011, a las 10:00 horas.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000026-PROV

Alquiler de local para alojar a la Defensa Pública de Tarrazú

Fecha y hora de apertura: 21 de setiembre de 2011, a las 9:30 horas.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000063-PROV

Adquisición y actualización de programas informáticos para

el personal de la Sección de Delitos Informáticos del OIJ

Fecha y hora de apertura: 21 de setiembre de 2011, a las 10:00 horas.

Los respectivos carteles se pueden obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados deben dirigirse al Proceso de Adquisiciones del Departamento de Proveeduría; sita en el 3° piso del edificio Anexo B, ubicado en la esquina formada entre calle 15, avenida 6, San José; o a los correos electrónicos kmoralesq@poder-judicial.go.cr (los carteles de las licitaciones 2011LN-000020-PROV y 2011LA-000026-PROV) y mvenegas@poder-judicial.go.cr (el cartel de la licitación 2011LA-000063-PROV) o bien, obtenerlos a través de Internet, en la dirección: http://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria/adquisiciones/invitalic.htm.

San José, 18 de agosto del 2011.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa, Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—(IN2011064018).

BANCO DE COSTA RICA

OFICINA DE COMPRAS Y PAGOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000033-01

Remodelación de local para traslado temporal

de la oficina de Limón

El Banco de Costa Rica, informa que recibirá ofertas hasta las 10:30 a.m. (Diez horas con treinta minutos) del 6 de setiembre del 2011, para la contratación en referencia, las cuales deberán ser depositadas en el buzón de la Oficina de Compras y Pagos, ubicado en el tercer piso de oficinas centrales.

El cartel de la contratación que incluye las especificaciones y condiciones generales, lo pueden retirar en la misma oficina con un horario de 09:00 a.m. a 03:00 p.m.

San José, 18 de agosto del 2011.—Rodrigo Aguilar S., Área de Licitaciones.—1 vez.—OC. 60598.—Sol. 47205.—C-6770.—(IN2011064336).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA

LICITACIÓN ABREVIADA 2011LA-000016-2101

Mantenimiento preventivo y correctivo a 18 equipos médicos

Se informa a los interesados que está disponible la Licitación Abreviada 2011LA-000016-2101. Mantenimiento preventivo y correctivo a 18 equipos médicos. Fecha máxima de recepción de ofertas 13 de setiembre del 2011 a las 10:00 a. m. El cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital, por un costo de ¢500. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 18 de agosto del 2011.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós, MSc. Coordinador de la Subárea de Contratación Administrativa.—1 vez.—(IN2011064029).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000020-2101

Catéter varios tipos

Se informa a los interesados que está disponible la Licitación Abreviada 2011LA-000020-2101, catéter varios tipos. Fecha máxima de recepción de ofertas 13 de setiembre del 2011 a las 9:00 a. m. El cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital, por un costo de ¢500. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 18 de agosto del 2011.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós, MSc. Coordinador de la Subárea de Contratación Administrativa.—1 vez.—(IN2011064030).

HOSPITAL MÉXICO

ADMINISTRACIÓN-SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

Por la adquisición de “insumos para

procedimientos endovasculares

Estimados Proveedores: Se les invita a la audiencia previa para el día el 29 de agosto 2011 a las 9:00 a. m. horas en la Sala de Reuniones del Área de Gestión de Bienes y Servicios del Hospital México.

San José, 18 de agosto del 2011.—Lic. Meriam Retana Vega, Jefa.—1 vez.—(IN2011064338).

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

SUBÁREA DE CARTELES

CONCURSO 2011LA-000183-5101

Se informa a los interesados que está disponible el cartel de la Licitación Abreviada 2011LA-000183-5101, para la adquisición de:

Ítem único:

496.000 TU Óxido de Zinc compuesto. Crema. Tubo de 60 GM.

Apertura de ofertas para el día 21 de setiembre del 2011, a las 08:30 horas. Vea detalles y mayor información en la Página Web http://www.ccss.sa.cr.

San José 18 de agosto del 2011.—Argentina Araya Jara, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 32653.—C-6285.—(IN2011064383).

CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN

FÁBRICA NACIONAL DE LICORES

LICITACIÓN ABREVIADA 2011LA-000015-PV

Compra de cajas de cartón

La Fábrica Nacional de Licores, por medio de su Proveeduría comunica que se recibirán ofertas por escrito para el siguiente concurso:

Descripción: Compra de cajas de cartón.

Tipo de Concurso: Licitación Abreviada 2011LA-000015-PV.

Fecha de apertura: 13 de setiembre del 2011, a las 10:00 horas.

Se invita a los interesados a que retiren el cartel en las oficinas de la Sección de Proveeduría, ubicadas en Rincón de Salas de Grecia, en horarios de lunes a viernes de 7:30 a. m. a 3:30 p. m., sin costo alguno. Se puede acceder al cartel por medio de la página www.fanal.co.cr. El acto de apertura de las ofertas se realizará en la oficina de la Proveeduría.

18 de agosto del 2011.—Área Departamento Administrativo.—MBA. Francisco Merino Carmona, Coordinador.—1 vez.—(IN2011064332).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

   Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL Nº 2011LI-000003-PRI

Adquisición camión hidrovaciador y servicios conexos

para el Instituto Costarricense de Acueductos

y Alcantarillados (AyA)

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del 5 de octubre de 2011, para la adquisición camión hidrovaciador y servicio conexos para el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA).

Los documentos que conforman el cartel, pueden ser retirados en la Proveeduría del AyA sita en el Módulo C, piso 3 del edificio sede del AyA, ubicado en Pavas, previa cancelación de ¢500,00 o en el Web www.aya.go.cr. Link Proveeduría, Expediente Digital.

San José, 19 de agosto del 2011.—Lic. Jennifer Fernández Guillén, Dirección Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 11-03.—Solicitud Nº 3245.—C-7220.—(IN2011064023).

LICITACIÓN ABREVIADA 2011LA-000056-PRI

Construcción de tanque elevado metálico

de 150 m3 de San Cristóbal de La Rita

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del día 6 de setiembre del 2011, para “Construcción de Tanque Elevado Metálico de 150 m3 de San Cristóbal de La Rita.

Asimismo, se les comunica que el día 26 de agosto del 2011 a las 10:30 a. m., en las Oficinas AyA en Guápiles, Pococí, Limón se llevará a cabo una reunión con los posibles oferentes para aclarar dudas y terminada la misma se realizará un recorrido por el sitio del proyecto, también, se puede contactar a la UEN-AP a los teléfonos 2242-5296 o 2242-5300, el propio día de la reunión.

Los documentos que conforman el cartel, pueden ser retirados en la Proveeduría del AyA sita en el módulo C, piso 3 del edificio sede del AyA, ubicado en Pavas, previa cancelación de ¢500,00 o en el Web www.aya.go.cr, link Proveeduría.

Dirección Proveeduría.—Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 11-03.—Solicitud. Nº 3244.—C-8970.—(IN2011064025).

INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL

LICITACIÓN PÚBLICA 2011LN-000007-IMAS

Contratación de servicios de seguridad y vigilancia

El Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), recibirá ofertas hasta las diez horas del día 14 de setiembre del 2011, para la licitación en referencia, previo pago de mil colones (¢ 1.000,00), en la caja general, podrán retirar el CD con el cartel respectivo conteniendo las especificaciones. El retiro del CD será en la Proveeduría del IMAS, sita: barrio Francisco Peralta, de pollos Kentucky 75 metros sur, primer piso, edificio central, San José. Las modificaciones y aclaraciones al cartel estarán disponibles en la página www.imas.go.cr.

San José, 17 de agosto del 2011.—Área de Proveeduría Institucional.—MBA. Ramón Alvarado G., Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2011064379).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

DEPARTAMENTO DE SUMINISTROS, BIENES Y SERVICIOS

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2011CD000584-01

Servicios profesionales para el registro de datos en SIAP

El Patronato Nacional de la Infancia, cédula jurídica 3-007-042039-35, a través del Departamento de Suministro de Bienes y Servicios, invita a participar en la Contratación Directa Nº 2011CD000584-01: “Servicios profesionales para el registro de datos en SIAP”.

El pliego de condiciones podrá ser retirado a partir de la publicación de este anuncio, de 7:30 a. m. a 4:00 p. m. en el Departamento de Suministro de Bienes y Servicios, oficinas centrales en San José, sita de la Casa de Matute Gómez 300 metros al sur, Barrio Luján.

Las ofertas serán recibidas hasta las 11:00 horas del día 26 de agosto del 2011.

San José, 18 de agosto del 2011.—Lic. Guiselle Zúñiga Coto, Coordinadora.—1 vez.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 48504.—C-2620.—(IN2011064380).

AVISOS

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO

ELÉCTRICO MUNICIPAL DE CARTAGO

UEN DE APOYO

CONTRATACIÓN 2011CD-0000269-01

Adquisición de máquina para rebobinar, cortar

y almacenar diferentes tipos de cables

La Junta Administrativa del Servicio Eléctrico Municipal de Cartago, avisa a todos los interesados, que en nuestra página Web www.jasec.co.cr. Prov. Institucional pueden obtener el cartel de la Contratación 2011CD-0000269-01 “Adquisición de máquina para rebobinar, cortar y almacenar diferentes tipos de cables” a partir del próximo lunes 29 de agosto del 2011. De conformidad con el artículo 48 del Decreto Ejecutivo MINAET 35148, que establece el régimen de contratación administrativa de la JASEC, la invitación formal a concurso se realiza mediante publicación en el medio señalado.

Cartago, 18 de agosto del 2011.—Contratar Bienes y Servicios.—Lic. Abel Gómez L., Coordinador.—1 vez.—O. C. Nº 5078.—Solicitud Nº 17571.—C-8970.—(IN2011064286).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD VÁZQUEZ DE CORONADO

LICITACIÓN PÚBLICA 2011LN-000001-01

Compra de dos camiones recolectores nuevos

de 19 m3 y una vagoneta de volteo

Con base en el acuerdo 2011-069-013, se invita a participar en el proceso de Licitación Pública Nº 2011LN-000001-01, para compra de dos camiones recolectores y una vagoneta de volteo para el servicio de recolección de desechos sólidos del cantón.

Las ofertas se recibirán hasta las nueve horas del día diecinueve de setiembre del año dos mil once, el costo del cartel es de ¢2.000,00 y podrá ser retirado en la Oficina de Proveeduría previo pago del mismo.

Vázquez de Coronado, 18 de agosto del 2011.—Walter Méndez Méndez, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2011064337).

ADJUDICACIONES

PODER LEGISLATIVO

DEFENSORÍA DE LOS HABITANTES DE LA REPÚBLICA

LICITACIÓN ABREVIADA 2011LA-000008-DHR

Compra de una herramienta de software antivirus,

computadoras portátiles y gabinete de piso

para instalación de equipos

Se avisa a todos los interesados en esta licitación, que por resolución de las 14:00 horas del día 17 de agosto del 2011, se procedió a la adjudicación de la siguiente manera:

I.S. Costa Rica S. A., cédula jurídica Nº 3-101-034791

Línea Nº 1

Una herramienta antivirus corporativo Panda Cloud Office Protection (tipo SaaS). Incluye: 175 paquetes de licencias para 175 estaciones de trabajo Windows, 5 paquetes de licencias para 5 servidores Windows, consola Web hosteada directamente por el fabricante, licencias electrónicas por 24 meses de servicios actualizaciones.

Monto total adjudicado $3.600,00

Plazo de entrega: 1 día hábil después de recibida la orden de compra,

Norteo Consulting S. A., cédula jurídica Nº 3-101-402651

Línea Nº 2:

16 Computadoras portátiles marca Lenovo modelo SL410, procesador Intel Core 2 Duo T6670 / 2.2 Ghz (Dual Core), memoria RAM 3GB, disco duro 500 GB- Serial ATA-300-7200 rpm.

Precio unitario $724,00.

Monto total adjudicado $11.584,00

Plazo de entrega: 1 día hábil después de recibida la orden de compra.

Garantía: 36 meses

CN Negocios S. A., cédula jurídica Nº 3-101-235985

Línea Nº 3

Un gabinete marca NCERTONIC, código NCE-S02-8047-M, de piso, puerta malla 800x1000x2277 mm, color negro. Incluye 2 patch panel marca Quest, código NPP-2024, CAT 6, 24 puertos, una regleta marca Quest, código MV-4738, multitoma vertical 220V Nema 6-20R G, industrial, un rack de 4 postes, dos organizadores verticales y un kit de ventilación de 4 abanicos.

Monto total adjudicado ¢ 587.680,23

Plazo de entrega: 5 días hábiles después de recibida la orden de compra.

Garantía: 24 meses contra defectos de fábrica.

Todo de acuerdo a los términos del cartel y a la oferta.

Departamento de Proveeduría y Servicios Generales.—Roxana Hernández Cavallini, Jefa.—Dirección Administrativa.—Lic. Ronald Retana Pérez, Director Administrativo.—1 vez.—O. C. Nº 15001.—Solicitud Nº 30056.—C-15620.—(IN2011064370).

BANCO DE COSTA RICA

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2011CD-000184-01

Contratación del mantenimiento de las plantas de generación

eléctrica de emergencia del BCR en Aranjuez

El Banco de Costa Rica informa que la Gerencia de División de Desarrollo de Sistemas y la Gerencia de Soporte Administrativo en Tecnología, en forma conjunta acordaron declarar infructuosa la contratación en referencia. Agradecemos su participación.

San José, 17 de agosto del 2011.—Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar S., Área de Licitaciones.—1 vez.—O.C. 60598.—Solicitud Nº 47203.—C-6770.—(IN2011064335).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

LICITACIÓN PÚBLICA 2011LN-000008-PCAD

Adquisición y renovación de licencias de herramientas

de seguridad informática

El Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal hace del conocimiento de los interesados, según resolución adoptada por la Comisión de Aprobación de Licitaciones Públicas la cual consta en Acta 554-2011 del día 11 de agosto del 2011, que se adjudicó la presente licitación de la siguiente forma:

Grupo 1- Retnetsos Consultores S. A., C. J. 3-101-230144. Monto total adjudicado: $1.480,00 (un mil cuatrocientos ochenta dólares exactos).

Grupo 2- Sistemas de Computación Conzultek de Centroamérica S. A., C. J. 3-101-295878.

Monto total adjudicado: $84.630,00 (ochenta y cuatro mil seiscientos treinta dólares exactos).

Grupo 3- Axcom de Costa Rica S. A., C. J. 3-101-206456.

Monto total adjudicado: $103.740,00 (ciento tres mil setecientos cuarenta dólares exactos).

Grupo 4 y 6- Diseño en Infraestructura Tecnológica Ditec S. A., C. J. 3-101-308885.

Monto adjudicado grupo 4 $61.000,00 (sesenta y un mil dólares exactos). Monto adjudicado grupo 6 $291.600,00 (doscientos noventa y un mil seiscientos dólares exactos).

Grupo 5- Grupo Computación Modular Avanzada S. A., C.J. 3-101-073308.

Monto adjudicado: $7.498,29 (siete mil cuatrocientos noventa y ocho dólares con veintinueve centavos).

Grupo 7 y 9- Consulting Group Chami Centroamericana S. A., C. J. 3-101-105396.

Monto adjudicado grupo 7 $61.933,00 (sesenta y un mil novecientos treinta y tres dólares exactos). Monto adjudicado grupo 9 $5.493,47 (cinco mil cuatrocientos noventa y tres dólares con cuarenta y siete centavos).

Grupo 8- Sistemas Eficientes S. A., C. J. 3-101-341623.

Monto adjudicado: $50.640,00 (cincuenta mil seiscientos cuarenta dólares exactos).

Garantía de cumplimiento: Cada adjudicatario deberá rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, durante los cinco días hábiles siguientes a la firmeza de la adjudicación del concurso por un monto del cinco por ciento (5%) del monto total adjudicado, según corresponda, y con una vigencia mínima de catorce (14) meses.

Demás condiciones, especificaciones y detalles en conformidad con lo señalado en el pliego cartelario, cada oferta y el informe de adjudicación 140-2011.

San José, 16 de agosto del 2011.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Jefe.—1 vez.—(IN2011064024).

PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN ABREVIDADA Nº 2011LA-000027-PCAD

Contratación de servicios de una empresa para el monitoreo de

vulnerabilidades de direcciones IP’s públicas del Banco

El Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal hace del conocimiento de los interesados en la Licitación Abreviada 2011LA-000027-PCAD que la Comisión de Licitaciones Abreviadas, mediante Acta 261-2011 del 11 de agosto del 2011, resolvió adjudicar la presente licitación a: Deloitte & Touche S. A. cédula jurídica Nº 3-101-020162. Monto adjudicado. ¢7.600.000,00 (siete millones seiscientos mil colones 00/100).

Garantía de cumplimiento. Por un monto de ¢760.000,00 en un plazo de 5 (cinco) días hábiles siguientes a la firmeza de la adjudicación del concurso y con una vigencia mínima de catorce meses.

Demás condiciones y requisitos según lo plantea el Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular en su informe de adjudicación 130-2011.

16 de agosto de 2011.—Lic. Maykel Vargas García, Jefe Proceso de Contratación Administrativa.—1 vez.—(IN2011064026).

UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000002-UTN

Concesión de local para brindar servicio de soda sede Atenas

El Consejo Universitario de la Universidad Técnica Nacional, en sesión ordinaria Nº 5, acuerdo Nº 4, del 29 de agosto de 2011, decidió adjudicar la Licitación Pública 2011LN-000002-UTN, “Concesión de local para brindar servicio de soda sede Atenas” a la señora Jéssica Salazar Guerrero, cédula Nº 2-0558-0844, canon mensual ¢ 750.000,00 (setecientos cincuenta mil colones netos).

Atenas, 16 de agosto del 2011.—Dirección de Proveeduría Institucional.—Lic. Miguel A. González Matamoros, Director.—1 vez.—(IN2011064377).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL SAN VITO

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000001-2705

Suministro de frutas, verduras y

legumbres para el Hospital San Vito

El suscrito MBA. Elías J. Villalobos Villalobos, en calidad de Director Administrativo Financiero del Hospital San Vito, de la Caja Costarricense de Seguro Social, teniendo a la vista el expediente de la Contratación Nº 2011LA-000001-2705 por frutas verduras y legumbres, resuelve: Declarar desierta en todos sus ítemes, por no ajustarse las condiciones del cartel licitario.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 29 de la Ley de Contratación Administrativa y 86 de su Reglamento.

San Vito, 8 de agosto del 2011.—MBA. Elías J. Villalobos Villalobos, Director Administrativo Financiero.—1 vez.—(IN2011064343).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

LICITACIÓN PÚBLICA 2011LN-000003-05

Contratación de servicios de aseo y limpieza con criterios

ambientales para el Centro Regional Polivalente de

Limón, Centro de Formación de Limón, Centro

de Formación de Talamanca y Centro

Regional de Guácimo

La Comisión Local de Adquisiciones de la Unidad Regional Huetar Atlántica del Instituto Nacional de Aprendizaje, en acta Nº 02-2011, del 17 de agosto del 2011, acuerda adjudicar la licitación en referencia de acuerdo a estudios Técnico y Legal de la siguiente forma:

Adjudicar el trámite a la empresa Multiasa, motivo a que de acuerdo a estudios Técnico y Legal cumple con todas las condiciones y especificaciones técnicas solicitadas en el cartel de licitaciones. Además de que fue la empresa que obtuvo el mayor puntaje con respecto a los elementos de adjudicación y metodología de comparación de ofertas según se detalla en oficio URMA-SG-500-2011, por un monto total ¢59.028.460,92 para los Centros Regional Polivalente de Limón de Guácimo, Centro de Formación Taller Público de Limón, Centro de Formación de Talamanca y Centro Regional Polivalente de Limón.

 

Edificios

Total mensual ¢

Centro Regional Polivalente de Limón

913.470,11

Centro de Formación Taller Público de Limón

913.470,11

Centro de Formación de Talamanca

913.470,11

Centro Regional Polivalente de Limón

2.178.628,08

Total mensual

4.919.038,41

Total anual

59.028.460,92

Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº 31229.—C-12870.—(IN2011064329).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000019-02

(Notificación de adjudicación)

Suministro de tubos para caldera

Se informa que el concurso en referencia fue adjudicado según oficio GRE-293-2011 de la Gerencia de Refinación de la empresa, con fecha del día 16 de agosto del 2011, de acuerdo con el siguiente detalle:

     Oferta Nº: Tres (3).

     Oferente: Zebol S. A.

     Representante legal: Hugo Rodríguez Orozco.

     Monto adjudicado: $112.557,00 exento impuesto de venta.

     Descripción: Suministro de tubos para caldera, marca Babcock & Wilcox, Repuestos Genuinos.

     Línea Nº 1:

-    Setenta y cinco (75) tubos de 50.8 mm (2”) de diámetro 3.76 mm (0.148”) de espesor y 6.096 m (20’) de largo, ASTM A192.

-    Setenta y ocho (78) tubos de 63.5 mm (2 ½”) de diámetro, 3.76 mm (0.148”) de espesor y 6.096 m (20’) de largo, ASTM A192, con aleta de 9.52 x 24.63 mm (3/8” x 3/4”) al lado izquierdo del tubo y aleta de 9.52 x 6.35 mm (3/8” x ¼”) al lado derecho.

-    Veintinueve (29) tubos de 50.8 mm (2”) de diámetro 3.76 mm (0.148”) de espesor y 6.096 m (20’) de largo, ASTM A192.

-    Ochenta y ocho (88) tubos de 50.8 mm (2”) de diámetro 3.76 mm (0.148”) de espesor y 6.096 m (20’) de largo, ASTM A192.

     Precio total: $112.557,00

Forma de pago: Mediante carta de crédito; RECOPE dispone de un plazo máximo de treinta (30) días calendario, previa verificación del cumplimiento a satisfacción de lo indicado en los documentos.

El pago se efectuará en la moneda en que fue pactada la contratación o en colones, según convenga a los intereses de RECOPE. Tratándose de moneda extranjera será facultativo realizar los pagos en colones, en cuyo caso se utilizará el tipo de cambio de venta que reporta el Banco Central de Costa Rica para las operaciones del sector público no bancario, al momento de hacerse efectivo el pago.

Tiempo de entrega: Veintitrés (23) semanas.

Lugar de entrega: Almacén de RECOPE Refinería-Limón.

Garantía: Dieciocho (18) meses posteriores a la recepción por parte de RECOPE.

     Notas importantes:

1.    El adjudicatario dispondrá de diez (10) días hábiles, contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, de conformidad con los términos establecidos en la cláusula 1.11.2.

2.    La presente contratación se formalizará mediante la emisión respectiva del pedido, el cual debe ser aprobado internamente por la Dirección Jurídica de la empresa.

3.    Con el fin de validar jurídicamente el documento definido para formalizar la presente contratación, se deberán reintegrar las especies fiscales de ley correspondientes a un 0,5% del monto total del contrato, pagadero en su totalidad por el contratista. Para las ofertas extranjeras la aportación de las especies fiscales deberá rendirse al tipo de cambio de venta que reporte el Banco Central de Costa Rica.

4.    El presente concurso se encuentra exento del pago del impuesto sobre las ventas, según acuerdo adoptado en el oficio Nº 10-219-2010 del Ministerio de Hacienda, vigente hasta el 31 de diciembre del 2011, por lo que en la factura el adjudicatario debe incluir esta leyenda.

San José, 18 de agosto del 2011.—Departamento de Contratación de Bienes y Servicios.—Ing. Johnny Gamboa Ch., Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 2011-040.—Solicitud Nº 31574.—C-32670.—(IN2011064281).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE NARANJO

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA 2011LN-000001-PM

Contratación de servicios de recolección, transporte,

tratamiento y disposición final de los desechos

sólidos del cantón de Naranjo

Se comunica a todos los interesados en el procedimiento de contratación de referencia, que por acuerdo del Concejo Municipal SO-32-374-2011, en sesión ordinaria Nº 32, celebrada el 8 de agosto del 2011, se dispuso declarar infructuoso el ítem Nº 1, fundamentados en que la única oferta incumple con lo establecido en el punto 2.10. Capítulo 1 del cartel de la licitación arriba indicada. Así mismo se declara desierto el ítem Nº 2 fundamentados en que el monto de la única oferta recibida sobrepasa lo contemplado por la institución afectando de esta manera el interés público.

Naranjo, 18 de agosto del 2011.—Olger Alpízar Villalobos, Proveedor.—1 vez.—(IN2011064318).

FE DE ERRATAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000012-0DI00

Diseño y construcción del puente sobre Quebrada Seca,

Ruta Nacional Nº 126, Sección: Heredia-Barva

Se comunica a las empresas interesadas en participar, que dos días hábiles después de esta publicación estará disponible la Enmienda Nº 1, en las oficinas de la Proveeduría, ubicadas de la rotonda de la Betania, 50 metros este y 10 metros norte, carretera a Guadalupe.

Asimismo se ha programado una nueva fecha para la recepción de ofertas, por lo tanto este Consejo recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del 8 de setiembre de 2011, en las oficinas de la Proveeduría, ubicadas de la rotonda de la Betania, 50 metros este y 10 metros norte, carretera a Guadalupe.

San José, 17 de agosto del 2011.—MBA Arturo Alvarado Moya.—1 vez.—O. C. Nº 318.—Solicitud Nº 31442.—C-7820.—(IN2011064278).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000001-0DI00

Diseño y construcción del puente peatonal sobre la Ruta

Nacional Nº 2, Autopista Florencio del Castillo, frente

a urbanización El Cedro, Tres Ríos

Se comunica a las empresas interesadas en participar, que dos días hábiles después de esta publicación estará disponible la Enmienda Nº 1, en las oficinas de la Proveeduría, ubicadas de la rotonda de la Betania, 50 metros este y 10 metros norte, carretera a Guadalupe.

Asimismo se ha programado una nueva fecha para la recepción de ofertas, por lo tanto este Consejo recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del 7 de setiembre de 2011, en las oficinas de la Proveeduría, ubicadas de la rotonda de la Betania, 50 metros este y 10 metros norte, carretera a Guadalupe.

San José, 17 de agosto del 2011.—MBA Arturo Alvarado Moya, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 318.—Solicitud Nº 31441.—C-6650.—(IN2011064279).

LICITACIÓN PÚBLICA 2011LN-000020-0DI00

Sustitución del puente sobre el río Nacaome y el puente

sobre el río Pueblo Viejo, Ruta Nacional Nº 18,

provincia de Guanacaste

Se comunica a las empresas interesadas en participar, que dos días hábiles después de esta publicación estará disponible la Enmienda Nº 1, en las oficinas de la Proveeduría, ubicadas de la rotonda de La Betania, 50 metros este y 10 metros norte, carretera a Guadalupe.

Asimismo se ha programado una nueva fecha para la recepción de ofertas, por lo tanto este Consejo recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del 9 de setiembre del 2011, en las oficinas de la Proveeduría, ubicadas de la rotonda de La Betania, 50 metros este y 10 metros norte, carretera a Guadalupe.

San José, 17 de agosto del 2011.—MBA. Arturo Alvarado Moya, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. 318.—Solicitud Nº 31443.—C-7820.—(IN2011064280).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

LICITACIÓN ABREVIADA 2011LA-000066-01

(Modificación y prórroga)

Compra de equipos de cómputo, servidores y

periféricos para laboratorio de telemática

El Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en participar en la Licitación Abreviada 2011LA-000066-01, “Compra equipos de cómputo, servidores y periféricos para laboratorio de telemática”, que el cartel de la supramencionada licitación se modifica de la siguiente manera:

Especificaciones técnicas:

Línea 1:

Donde se indica:

“Los equipos multipunto deben tienen la capacidad de administrar hasta 4 sitios como mínimo”, debe leerse correctamente: “Soporte multipunto con la capacidad de administrar hasta 4 sitios como mínimo en ISDN E IP”.

Se eliminan todas las especificaciones a partir del párrafo que inicia con lo siguiente: “El equipo multipunto debe funcionar accorde como un procesador...”.

El resto de las especificaciones y condiciones del cartel en general, se mantiene invariable.

Debido a lo anterior la fecha de apertura de esta licitación se prorrogó para el próximo 30 de agosto del 2011, a las 8:00 horas.

San José, 18 de agosto del 2011.—Proceso de Adquisiciones.—Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O.C. Nº 21083.—Solicitud Nº 31229.—C-12870.—(IN2011064330).

JUNTA DE DESARROLLO REGIONAL DE LA ZONA

   SUR DE LA PROVINCIA DE PUNTARENAS

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA 2011LN-000001-JUDESUR

(Modificación 1 al cartel)

Concesión de derechos para el servicio de acarreo externo de

mercaderías adquiridas en los locales comerciales del

Depósito Libre Comercial de Golfito

Se comunica a los interesados en la Licitación Pública 2011LN-00001-JUDESUR, que en el punto 6 del cartel; en lo referente a la adjudicación deberá leerse de la siguiente manera:

6. ADJUDICACIÓN

6.1   La adjudicación de esta Licitación Pública recaerá en aquella oferta que resulte con el mayor puntaje de conformidad con el Sistema de Evaluación de este cartel.

6.2   Haya cumplido con todos los requisitos establecidos en el presente cartel.

Las demás condiciones se mantienen invariables.

Lic. Roy Alvarado Gamboa, Proveedor a. í.—1 vez.—(IN2011064266).

REGLAMENTOS

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PESCA

    Y ACUICULTURA

A.J.D.I.P./266-2011.—Puntarenas, a los un día del mes de julio de 2011.

Considerando:

1º—Que en razón de los hechos suscitados con el barco de bandera extranjera Wang Yia Men, en el cual pese a no constituir ni tipificar delito alguno, presenta y conlleva para la Administración un alto riesgo en cuanto a la violación de las ordenanzas establecidas por Costa Rica en cuanto a cumplimiento en todo tiempo del Código de Conducta para la Pesca Responsable establecido por la FAO y ratificado por nuestro país.

2º—Que en esa dirección y a efecto de normar, dentro del espectro legal competente que nos asiste como país soberano; en franco asocio y respeto del derecho internacional del mar; el Sr. Presidente Ejecutivo a.i., presenta a consideración de ésta Junta Directiva, propuesta del “Reglamento para la suspensión del inicio de la descarga de productos pesqueros provenientes de embarcaciones de bandera extranjera en la Terminal Pesquera del Incopesca, Barrio El Carmen, Puntarenas.”

3º—Que analizada la propuesta presentada por el Sr. Director Álvaro Moreno Gómez, Presidente Ejecutivo a. í; la Junta Directiva, por tanto:

ACUERDA:

1.  Aprobar el siguiente “Reglamento para la suspensión del inicio de la descarga de productos pesqueros provenientes de embarcaciones de bandera extranjera en la Terminal Pesquera del Incopesca, Barrio El Carmen, Puntarenas.”

Artículo 1º—En aquellos casos en que el propietario o representante legal de una embarcación de bandera extranjera, después de haber sido recibido por las autoridades nacionales, y una vez autorizado por ellas, su intención de descargar los productos pesqueros y que la embarcación se encuentre atracada en la Terminal Pesquera del Incopesca en Puntarenas y que por alguna razón decida suspender el inicio de dicha acción, estará obligado a presentar los siguientes requisitos:

1.  Solicitud dirigida al Incopesca indicando las razones por las cuales decidió suspender la descarga de los productos pesqueros.

2.  Oficio emitido por la Dirección General de Aduanas de conformidad con la Ley General de Aduanas y su Reglamento, mediante el cual se acepta el desistimiento de la declaración aduanera, de conformidad con la Ley N° 7557; Ley General de Aduanas.

3.  Oficio emitido por el Servicio Nacional de Guardacostas, mediante el que se indique que como autoridad policial de nuestro país, han procedido a realizar una inspección de la embarcación conjuntamente con funcionarios del Incopesca sobre la procedencia de su solicitud y como resultado de esa acción, no han encontrado algún tipo de situación contraria a nuestro ordenamiento jurídico.

4.  Presentar Zarpe Internacional emitido por la Capitanía de Puerto del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, mediante el cual se autoriza la partida de la embarcación.

Artículo 2º—Cumplidos los requisitos anteriores el Incopesca procederá a emitir la autorización correspondiente para el desatraque de la embarcación del muelle del Incopesca. Lo anterior sin detrimento, de la autorización de salida que debe de emitir la autoridad aduanera una vez cumplidos todas las formalidades y los requisitos aduaneros y no hubiere algún otro impedimento legal.

Artículo 3º—Antes de la salida de la embarcación el Incopesca en coordinación con las autoridades de la Dirección General de Aduanas y el Servicio Nacional de Guardacostas, procederán a asegurar precintos o marchamos, en cada una de las neveras en las que se almacenen productos pesqueros, para lo cual deberán levantar un Acta en donde se consignen todos los hechos.

Artículo 4º—Los precintos o marchamos no podrán ser retirados ni deteriorados, deberán permanecer intactos y las neveras cerradas en caso de que la embarcación reingrese por cualquier motivo a un puerto nacional, sin que hubiese arribo a otro puerto que se haya señalado en el zarpe anteriormente indicado como destino, de conformidad con el artículo 1.4 ya citado, o similar. Para poder descargar su producto, deberá realizar todos los trámites ante las autoridades nacionales como si fuera la primera vez que ingrese al país y descargará únicamente en los puertos autorizados para tales efectos.

Artículo 5º—Por la infracción dolosa a la presente disposición eventualmente será acusado el capitán de la nave como su armador por desobediencia a la autoridad y violación de sellos, sin perjuicio de accionar otras normas punitivas según lo disponga la legislación vigente, de conformidad con los artículos 307, 312 Código Penal.

Artículo 6º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Puntarenas, 13 de julio del 2011.—Luis Dobles Ramírez, Presidente Ejecutivo.—Lic. Guillermo Ramírez Gätjens, Jefe Secretaría Junta Directiva.—1 vez.—(IN2011058263).

AVISOS

SISTEMA DE BANCA PARA EL DESARROLLO

El Consejo Rector del Sistema de Banca para el Desarrollo mediante acuerdo AG 724-79-2011 conoce y aprueba el Reglamento sobre las cauciones que deben rendir los funcionarios del Consejo Rector del SBD, los Encargados de recaudar, custodiar o administrar Fondos, cuya finalidad es garantizar el resarcimiento de eventuales daños y perjuicios que el caucionante responsable pueda producir al patrimonio del Consejo Rector del SBD, sin que ello limite la eventual responsabilidad civil, que se leerá de la siguiente manera:

REGLAMENTO SOBRE LAS CAUCIONES QUE DEBEN

RENDIR LOS FUNCIONARIOS DEL CONSEJO RECTOR

DEL SISTEMA DE BANCA PARA EL DESARROLLO,

ENCARGADOS DE RECAUDAR, CUSTODIAR O

ADMINISTRAR FONDOS

Artículo 1º—Objetivo. El presente reglamento tiene como objeto regular lo atinente a las garantías que deben rendir los funcionarios del Consejo Rector del Sistema de Banca para el Desarrollo, encargados de recaudar, custodiar o administrar fondos y valores públicos, para asegurar el correcto cumplimiento de sus deberes y obligaciones. Lo anterior conforme a lo dispuesto en el numeral 13 de la Ley Nº 8131 “Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos”, así como la norma 4:20 del Manual de normas generales de control interno para la Contraloría General de La República y las entidades y órganos sujetos a su fiscalización que señala: “La administración deberá velar porque los funcionarios encargados de recaudar, custodiar o administrar fondos y valores propiedad de la institución, rindan de su peculio las garantías que procedan, a favor de la Hacienda Pública o la institución respectiva, de conformidad con las disposiciones legales y técnicas vigentes.” Así como la Directriz D-1-2007-CO emitida por la Contraloría General de La República, publicada en el Diario oficial La Gaceta, número 64 del 30 de marzo del 2007, “El jerarca respectivo deberá establecer, las medidas que aseguren la promulgación de la respectiva normativa interna dentro de los seis meses siguientes a la publicación de estas Directrices”. Todo sin perjuicio de las previsiones que deba tomar la Administración.

Artículo 2º—Finalidad de la caución: tiene como finalidad garantizar el resarcimiento de eventuales daños y perjuicios que el caucionante responsable pueda producir al patrimonio del Consejo Rector del Sistema de Banca para el Desarrollo, sin que ello limite la eventual responsabilidad civil.

Artículo 3º—Ámbito de aplicación del Reglamento: Los funcionarios que deben rendir la garantía, indiferentemente del número del puesto o nomenclatura de la plaza, ya sea que ostenten un nombramiento interino o en propiedad, son los que ocupen o lleguen a ocupar los siguientes cargos: Miembros del Consejo Rector, Dirección Ejecutiva, Encargado de fondo de caja chica.

Artículo 4º—La caución es a favor del Consejo Rector del Sistema de Banca para el Desarrollo, solo podrá ser admitida mediante la constitución de un seguro o póliza de fidelidad suscrita con el Instituto Nacional de Seguros o cualquier otra entidad aseguradora autorizada por ley, la cual será con cargo a su propio peculio a favor del Consejo Rector del Sistema de Banca para el Desarrollo.

Artículo 5º—Momento para rendir la caución: la caución deberá de ser rendida, cuando así corresponda, una vez conocido por la persona su nombramiento en el puesto y antes de asumir el cargo deberá previamente haber rendido dicha caución y documentarlo mediante prueba idónea para que sea incorporado en su respectivo expediente personal.

Artículo 6º—Información del caucionante: el caucionante se obliga a remitir el Encargado designado por la Dirección Ejecutiva la información y documentación que pruebe la caución realizada de los términos del presente Reglamento. El Encargado designado por la Dirección Ejecutiva deberá mantener un expediente actualizado con toda la información y foliado para cada uno de los caucionantes.

Artículo 6º—Clasificación por nivel de responsabilidad. Deberán caucionar todos aquellos funcionarios que recauden, custodien o administren fondos y valores públicos, según los siguientes niveles:

a.  Nivel A - Superior

b.  Nivel B - Gerencial

c.  Nivel C - Operativo

También deberán rendir la respectiva caución los funcionarios que suplan por ausencias a dichos niveles durante un plazo igual o mayor a un mes. La obligación de caucionar se mantiene aún cuando la nomenclatura del puesto varíe, siempre que las funciones se mantengan análogas. Por resolución razonada, previo estudio o informe técnico que al respecto elaboren de manera conjunta la Dirección Ejecutiva y el Encargado designado por la Dirección Ejecutiva, podrá sujetar a caución otro puesto o función adicional a los ya contemplados. En caso de ser necesario se podrá crear por medio de este estudio técnico un nuevo nivel de caucionante, si los actuales no se integran adecuadamente a la realidad Institucional. El estudio técnico deberá contemplar entre otros aspectos: el nivel de responsabilidad del funcionario, monto de los recursos que maneja el funcionario, salario del funcionario, el nivel de riesgo vrs las medidas de control implantadas y su efectividad y el costo-beneficio entre otros. Firme la resolución, el funcionario contará con un máximo de treinta días hábiles para cumplir con la respectiva obligación

Artículo 7º—Caucionantes del nivel A. En este nivel deben rendir caución para el ejercicio de sus cargos, los Miembros del Consejo Rector durante todo el tiempo de su nombramiento.

Artículo 8º—Caucionantes del nivel B. En este nivel deben rendir caución para el ejercicio de sus cargos, el Director Ejecutivo durante todo el tiempo de su nombramiento.

Artículo 9º—Caucionantes del nivel C. En este nivel debe rendir caución quien desempeñe el cargo de Fondos de Caja Chica durante todo el tiempo de su designación.

Artículo 10.—Revisión del listado de funcionarios obligados a caucionar. Una vez al año o cuando se cambio de personal, el Encargado designado por la Dirección Ejecutiva revisará el listado de funcionarios obligados a caucionar, para lo cual deberá de considerar, entre otros, los siguientes aspectos:

a.  La existencia, en forma separada o combinada de las funciones y actividades de administrar, custodiar o recaudar fondos y valores públicos.

b.  La confiabilidad y eficacia del sistema de control interno y el grado de riesgo de acuerdo con la valoración realizada por la Administración, en su Autoevaluación de Control Interno anual.

c.  El nivel de la responsabilidad y el monto o bienes a cargo o administrado por el funcionario.

En caso que se compruebe que algún funcionario que no ocupa alguno de los puestos mencionados anteriormente, realiza una o varias de las funciones previstas en el artículo 13 de la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, esto es, la de recaudar, custodiar o administrar fondos y valores públicos, deberá rendir la respectiva caución en favor del Consejo Rector, previo requerimiento escrito. l EL Encargado designado por la Dirección Ejecutiva informará los casos en que ello proceda, a partir de las funciones definidas en el correspondiente Manual de Puestos de la Institución, informando a la Dirección Ejecutiva para que se tomen las acciones correspondientes El encargado correspondiente dejará evidencia de la revisión anual realizada por medio de un informe que remitirá a la Dirección Ejecutiva con copia a la Auditoría Interna.

Artículo 11.—Simultaneidad de funciones sujetas a caución. Al funcionario que estando obligado a caucionar, se le asigne una función que genere ese mismo deber, caucionará una sola vez y por el monto mayor.

Artículo 12.—Ajuste de la caución. El caucionante que por algún motivo sea trasladado de un puesto a otro, que implique una nueva ubicación en la clasificación por niveles de responsabilidad, deberá ajustar la caución conforme a la nueva situación, para lo cual contará con un plazo máximo de veinte días hábiles.

Artículo 13.—La póliza de fidelidad debe ser suscrita según el nivel de responsabilidad, de la siguiente forma:

    Cálculo de la caución en el nivel A. Quienes desempeñen puestos clasificados dentro del nivel A, deberán rendir una caución de cuatro salarios base.

    Cálculo de la caución en el nivel B. Quienes desempeñen puestos clasificados dentro del nivel B, deberán rendir una caución de tres salarios base.

    Cálculo de la caución en el nivel C. Quienes desempeñen puestos clasificados dentro del nivel C, deberán rendir una caución de un salario base.

Artículo 14.—Las garantías ofrecidas deberán mantenerse vigentes mientras ocupen sus cargos, así como por el lapso de prescripción de la responsabilidad civil y/o mientras se encuentre pendiente un procedimiento administrativo por daños y perjuicios, el responsable designado por la Dirección Ejecutiva deberá llevar el control de la vigencia de las garantías,

Artículo 15.—Competencia. Competerá al Encargado designado por la Dirección Ejecutiva la administración general de las cauciones que se rindan a favor del Consejo Rector del Sistema de Banca para el Desarrollo. Para ello deberá:

a.  Calcular y mantener actualizados los montos, que por concepto de las garantías deben rendir los caucionantes.

b.  Asesorar y recomendar a las instancias correspondientes las medidas que correspondan con el propósito de mantener montos de garantía apropiados.

c.  Comunicar a cada funcionario a nombrar en alguno de los cargos que señala el artículo 3 de este reglamento, la obligación de rendir de previo la garantía correspondiente.

d.  Recibir, custodiar y verificar la efectividad de los documentos que comprueban la presentación de garantías por parte de los caucionantes, estableciendo para ello los controles y medidas de seguridad pertinentes.

e.  Recordar por documento escrito o medio electrónico al caucionante, con un mínimo de veinte días hábiles de anticipación, cuando deba renovar o actualizar la caución. La ausencia de recordatorio no exime al caucionante de su deber de renovar la caución.

f.   Informar a la Dirección Ejecutiva para que se tomen las medidas adicionales que le correspondan para el resarcimiento de daños y perjuicios irrogados por el caucionante al patrimonio del Consejo Rector del Sistema de Banca para el Desarrollo, cuando la responsabilidad del caucionante haya sido declarada conforme lo establece el ordenamiento jurídico vigente.

g.  Mantener un registro actualizado (expediente) de los Caucionantes que contenga al menos: nombre, puesto, tipo de garantía, número de póliza, grupo al que pertenece, monto desglosado de la prima, impuesto de ventas, monto asegurado, fecha de emisión y vencimiento de la garantía y estado actual en cuanto a su vigencia y cualquier otra documentación necesaria.

Artículo 16.—Supervisión. Le corresponde al Encargado designado por la Dirección Ejecutiva supervisar que todos los funcionarios obligados a rendir la garantía, que a la entrada en vigencia del presente reglamento ostenten el nombramiento respectivo, suscriban la correspondiente póliza de fidelidad conforme las disposiciones de este reglamento, y que la mantengan vigente.

Artículo 17.—Renovación. La responsabilidad de renovar la póliza de fidelidad corresponderá a cada funcionario, quien será notificado por el Encargado designado por la Dirección Ejecutiva sobre su deber de renovarla, por lo menos con un mes de antelación a su vencimiento.

La omisión por parte del Encargado designado por la Dirección Ejecutiva en efectuar tal comunicación, no exime al funcionario de su deber de mantener vigente la póliza de fidelidad respectiva.

Artículo 18.—Sanción del funcionario que incumple su deber de rendir caución. En el caso que el funcionario que se encuentre obligado a rendir la garantía no suscribiere la póliza de fidelidad, o no la tuviere vigente por el período que esté obligado a hacerlo, constituirá causal para el cese en el cargo sin responsabilidad patronal si corresponde, todo conforme lo dispuesto en el artículo 120 de la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos y siguiendo las reglas del debido proceso. En el caso de los integrantes del Consejo Rector se aplicar el procedimiento ordinario previsto en la Ley General de la Administración Pública.”

Artículo 19.—Publicación. Rige a partir de su publicación.

Transitorio único.—Los funcionarios que a la fecha de entrada en vigencia de este Reglamento estén obligados a caucionar, contarán con un plazo de un mes calendario para gestionar la caución y presentar la información y documentación correspondiente al Encargado designado por la Dirección Ejecutiva.

Dado en San José, a las once horas del día siete de febrero de dos mil once.

San José, 08 de junio de 2011.—Dirección Ejecutiva.—MAE. Lucy Conejo Vargas, Directora Ejecutiva.—1 vez.—(IN2011055836).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

PERIFÉRICA PLAZA GONZÁLEZ VÍQUEZ

AVISO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El Banco Popular y de Desarrollo Comunal de este domicilio, hace del conocimiento del público la pérdida del siguiente Certificado de Depósito a Plazo Fijo a la orden de Rey Bermúdez Manuel, cédula de identidad 01-0353-0538.

                                                     Monto                                Fecha

         Certificado                     en colones                       vencimiento

16106660210298614             22.060,000.00                      18-10-2011

          Cupón

             002                               694.890,00                        18-10-2011

Lo anterior para efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

San José, 05 de agosto del 2011.—Lic. Jorge Delgado A., Supervisor.—(IN2011060969).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ORI-2250-2011.—Pérez Martínez Alexis, R-041-2011 B, cubano, cédula de refugiado libre condición Nº 119200345816, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciado en Química, Universidad de La Habana, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 28 de julio del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38555.—C-13520.—(IN2011060496).

ORI-2827-2011.—Cruz Aguilar Pamela, R-180-2011, mexicana, pasaporte Nº 04430038520, ha solicitado reconocimiento del diploma de Médico Cirujano, Universidad Autónoma de Tamaulipas, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 20 de julio del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38555.—C-13520.—(IN2011060497).

ORI-2822-2011.—Oropeza Muñoz Job, R-179-2011, mexicano, pasaporte Nº G02703422, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciado en Derecho, Universidad Iberoamericana, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 19 de julio del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38555.—C-13520.—(IN2011060498).

ORI-2820-2011.—Guzmán Lizano Ingrid, R-174-2011, costarricense, cédula de identidad Nº 1-1277-0567, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciada en Ciencias Económicas y Administrativas, Mención Hotelería y Turismo, Universidad de Las Américas, Ecuador. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 19 de julio del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38555.—C-13520.—(IN2011060499).

ORI-2816-2011.—Mena Mena Rosa Amanda, R-181-2011, costarricense, cédula Nº 8-0047-0991, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Ciencias Homeopáticas, Universidad Cristiana Internacional Harvard, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 18 de julio del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38555.—C-13520.—(IN2011060500).

ORI-2818-2011.—Solano Gómez Carmen María, R-178-2011, costarricense, cédula Nº 1-0464-0284, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Ciencias Homeopáticas, Universidad Cristiana Internacional Harvard, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 18 de julio del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38555.—C-13520.—(IN2011060501).

ORI-2796-2011.—Durán Herrera José Esteban, R-175-2011, costarricense, cédula Nº 1-0814-0372, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Filosofía, Universidad de Columbia Británica Vancouver Canadá, Canadá. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 18 de julio del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38555.—C-13520.—(IN2011060502).

ORI-2797-2011.—Zúñiga Chanto Fernando, R-024-2005-B, costarricense, cédula Nº 1-0986-0680, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Artes Musicales Música, University Of Arizona, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 18 de julio del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38555.—C-13520.—(IN2011060503).

ORI-2735-2011.—Fuentes Lievano María Alexandra, R-161-2011, colombiana, cédula de residente permanente Nº 117001178622, ha solicitado reconocimiento del diploma de Psicóloga, La Fundación Universitaria Konrad Lorenz, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 14 de julio del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38555.—C-13520.—(IN2011060504).

ORI-2778-2011.—Rodríguez Barrios Juan Humberto, R-173-2011, guatemalteco, cédula de residencia permanente Nº 132000124533, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales, Universidad Rafael Landívar, Guatemala. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 18 de julio del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38555.—C-13520.—(IN2011060505).

ORI-2815-2011.—González Delgado Andrea Carolina, R-177-2011, venezolana, pasaporte Nº 041756375, ha solicitado reconocimiento del diploma de Odontólogo, Universidad Santa María, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 19 de julio del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38555.—C-13520.—(IN2011060506).

ORI-2683-2011.—Fujiwara De Medeiros Simone, R-164-2011, brasileña, pasaporte Nº CZ474562, ha solicitado reconocimiento del diploma de Cirujana-Dentista, Universidad Federal de Río Grande del Norte, Brasil. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 8 de julio del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38555.—C-13520.—(IN2011060507).

ORI-2680-2011.—Ibarra Rojas Juan Emilio, R-167-2011, costarricense, cédula Nº 1-0410-0220, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría en Ciencias Tecnología Industrial Universidad del Este de Kentucky, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 8 de julio del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38555.—C-13520.—(IN2011060508).

ORI-2681-2011.—Mora Zeledón Isaac, R-165-2011, costarricense, cédula Nº 1-1223-0285, ha solicitado reconocimiento del diploma de Máster Universitario en Física Biomédica, Universidad Complutense de Madrid, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 8 de julio del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38555.—C-13520.—(IN2011060509).

ORI-2679-2011.—Vargas Arroyo Mariángela, R-166-2011, costarricense, cédula Nº 1-1191-0754, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestra en Ciencias con Especialidad en Biotecnología, Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 8 de julio del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38555.—C-13520.—(IN2011060510).

ORI-2762-2011.—Wang Yong Min, R-158-2011, koreano, pasaporte Nº HU0052287, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Filosofía, Universidad de Texas en Austin, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 15 de julio del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38555.—C-13520.—(IN2011060511).

ORI-2743-2011.—Herrera Gálvez Alex, R-160-2011, peruano, pasaporte Nº 3790675, ha solicitado reconocimiento del diploma de Profesional Técnico en Técnica en Laboratorio Clínico, Instituto Superior Tecnológico Privado “Franklin Roosevelt”, Perú. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 14 de julio del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38555.—C-13520.—(IN2011060512).

ORI-2758-2011.—Batalla Garrido Mariano, R-159-2011, costarricense, cédula de identidad Nº 1-1228-0378, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría en Derecho y Diplomacia, Universidad de Tufts, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 15 de julio del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38555.—C-13520.—(IN2011060513).

UNIVERSIDAD NACIONAL

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante el Departamento de Registro de la Universidad Nacional se ha presentado solicitud de reposición de diploma, por: extravío. Correspondiente al título de Bachillerato en Economía. Grado académico: Bachillerato, registrado en el libro de títulos bajo: tomo: 90, folio: 103, asiento: 0. Con fecha: 13 de julio de 1990. A nombre de: Laureano Enrique Montero Romero, cédula de identidad Nº 1-0734-870. Se publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.—Heredia, 27 de julio del 2011.—Departamento de Registro.—M.A.E. Marvin Sánchez Hernández, Director.—(IN201159978).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE SALUD DE CORONADO

En atención a lo dispuesto por la Contraloría General de la República se procede a realizar la ejecución de los extremos impuestos en la resolución R-DC-115-2011, celebrada el 13 de julio del 2011, la sanción de amonestación escrita contra el señor José Baltodano Agüero, originada en el procedimiento tramitado en División Jurídica de la Contraloría General de la República, bajo el expediente número DJ-60-2010. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.

San Isidro de Coronado, 4 de agosto del 2011.—Dr. Zeirith Rojas Cerna, Director General.—1 vez.——(IN2011060913).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Se le comunica a Anthony Curtis Curtis, Raquel María Jiménez Cordero y Cristpher Marín Chinchilla, que por resolución de la representación legal de esta oficina local, de 12:09 horas de 28 de julio del 2011, se inició proceso de protección administrativa a favor de las personas menores de edad Malcom Michael Curtis Jiménez y Reishly Mohysha Marín Jiménez, por presunto incumplimiento de los deberes parentales; y se arrogó la representación legal del joven Malcom Michael Curtis Jiménez. Además, delegó la continuación de la atención en la oficina local del PANI en Puntarenas, dado que el citado joven y sus guardadores de hecho residen en Chacarita, Puntarenas, para que esa oficina conozca y trámite legalmente la solicitud de los señores Miguel Jiménez Cordero y Aracelly Cruz Zeledón, tendente a que se lleve a cabo el proceso de declaratoria de abandono de su sobrino, con fines de adopción, y se les confiere al depósito de éste. Se les confiere audiencia por tres días hábiles, para que presenten los alegatos de su interés y ofrezcan las pruebas que estimen necesarias, y se les advierte que tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su disposición en la oficina local de Puntarenas, en días y horas hábiles, ubicada en Puntarenas centro, 150 metros sur del Mercado Municipal. Deberán señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme la Ley de Notificaciones Judiciales. Se les hace saber, además, que contra la indicada resolución procede recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta Institución, el cual deberán interponer ante la Representación Legal de la oficina local de Puntarenas dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Exp. 631-00004-2002.—Oficina Local de San José Oeste.—Roberto Calderón Barrantes, Asistente de la Representación Legal.—O. C. Nº 34028. —Solicitud Nº 48468.—C-24020.—(IN2011059636).

A Santiago Orlando Álvarez Álvarez, quien es mayor de edad, cédula de identidad número cinco-doscientos tres-cuatrocientos cincuenta y siete y de dirección desconocida, se le hace saber las resoluciones de las once horas treinta minutos del quince de julio del dos mil once, por medio de la cual, se ordena el ingreso de Jeison y Jeferson ambos Álvarez López en Ciudad de los Niños en Agua Caliente de Cartago. Recurso: Apelación ante esta oficina local quien lo elevará a la Presidencia Ejecutiva en San José. Plazo: Cuarenta y ocho horas después de la ultima publicación de este edicto. Expediente administrativo Nº 541-00052-2011.—Santa Cruz, 26 de abril del 2011.—Lic. Germán Morales Bonilla, Representante Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 48468.—C-9000.—(IN2011059637).

AUTORIDAD REGULADORA

    DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

De conformidad con el artículo 53 de la Ley 7593 y sus reformas, la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, por Artículo 5, de la sesión ordinaria 043-2011, celebrada el 6 de julio de 2011, ratificada el 20 de julio del 2011,  dispone:

Considerando:

I.—Que el artículo 27 de la Ley 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, establece que la Autoridad Reguladora tramitará, investigará y resolverá, de acuerdo con los procedimientos administrativos establecidos en la Ley General de la Administración Pública, cualquier queja relativa a la prestación de los servicios públicos regulados por dicha ley.

II.—Que para el ejercicio de esas competencias, por queja, abonado y usuario o cliente, debe entenderse:

Queja: Es aquella relacionada con la efectiva prestación de un servicio público, es decir, que se refieren exclusivamente a situaciones o problemas derivados de la actividad de prestación de un servicio público de los regulados en la Ley 7593, que exponen los usuarios o  abonados reclamando algo para sí.

Abonado: Persona física o jurídica a cuyo nombre aparece registrado el servicio que le brinda el prestador y que cumple con las exigencias técnicas y reglamentarias para disfrutar de este.

Usuario o cliente: Persona física o jurídica que recibe el servicio brindado por un prestador de servicio público.

III.—Que la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora,  mediante acuerdo 9-256-2001, adoptado en sesión 256-2001 del 11 de julio del 2001, aprobó el Manual de procedimientos para el trámite de quejas, el cual incluía los requisitos para plantear una queja ante la Autoridad Reguladora.

IV.—Que la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora, mediante acuerdo 3-65-2003, adoptado en sesión 65-2003 del 28 de octubre del 2003, determinó trasladar al Despacho de la Reguladora General de ese entonces el oficio 1638-DAU-2003 remitido por la entonces Dirección de Atención al Usuario referente a la solicitud de modificación del acuerdo 9-256-2001, para que se dé el trámite que corresponda.

V.—Que en La Gaceta Nº 246, del 22 de diciembre del 2003, la Dirección de Atención al Usuario de la Autoridad Reguladora, publicó los requisitos para plantear una queja.

VI.—Que en La Gaceta Nº 45, del 3 de marzo de 2006, se publicó la resolución RRG-5418-2006, mediante la cual la entonces Reguladora General estableció los requisitos generales para plantear una queja.

VII.—Que posterior a la determinación de los requisitos generales para plantear una queja, se ha promulgado normativa  que hace necesaria la actualización de dichos requisitos, tales como son la Ley Nº 8454, la Ley de certificados, firmas digitales y documentos electrónicos publicada en La Gaceta Nº 197, del 13 de octubre de 2005 y la Ley Nº 8687, Ley de Notificaciones Judiciales publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero de 2009 y entró a regir el 1 de marzo de 2009.

VIII.—Que la Dirección General de Participación del Usuario de la Autoridad Reguladora, mediante oficio 1873-DGPU-2010, solicitó al Regulador General, la modificación de los requisitos de admisibilidad para presentar las quejas incorporando la posibilidad de presentar quejas vía correo electrónico, siempre que contenga una firma digital certificada, al amparo de la Ley 8454, así como actualizar los requisitos que se habían establecido en la resolución RRG-5418-2006, de 10 de febrero de 2006, publicada en La Gaceta Nº 45, del 3 de marzo de 2006.

IX.—Que mediante oficio 288-RG-2010, de 1º de noviembre de 2010, el Regulador General sometió a conocimiento de la Junta Directiva la modificación de los requisitos de admisibilidad para presentar las quejas vía correo electrónico.

X.—Que el artículo 6 inciso 4), subinciso e) punto d), del Reglamento interno de organización y funciones de la Autoridad Reguladora y sus órganos desconcentrados, establece como una función de la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora: “Emitir  las directrices necesarias para facilitar a los administrados el ejercicio de su derecho de petición, así como la participación ciudadana en la fiscalización de la prestación de calidad de los servicios públicos y los que reciben de la Autoridad Reguladora.”

XI.—Que la Junta Directiva conoció la propuesta de modificación de requisitos para la presentación de quejas en sesión ordinaria 055-2010, celebrada el 08 de diciembre de 2010,  ratificada el 19 de enero de 2011 y se sometió a consulta pública por el término de 10 días, según publicación de La Gaceta Nº 40 del 25 de febrero de 2011.

XII.—Que el 24 de febrero de 2011, mediante oficio 152-DEN-2011, la Dirección de Servicios de Energía de la Autoridad Reguladora, emitió sus observaciones a la propuesta y el 8 de marzo de 2011, se recibió oficio CONAPAM-DE-322-O-2011, mediante el cual el Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor emitió sus observaciones a la propuesta. Dichas observaciones. Dichas propuestas fueron analizadas por la Dirección General de Participación del Usuario, mediante oficio 569-DGPU-2011, del 7 de abril de 2011.

XIII.—Que en la sesión ordinaria 33-2011, de 18 de mayo de 2011, la Junta Directiva conoció el oficio 569-DGPU-2011 y dispuso solicitar a la Dirección General de Asesoría Jurídica y Regulatoria, que conjuntamente con la Dirección General de Participación del Usuario, ajuste la propuesta de “Requisitos de Admisibilidad para plantear una queja en la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, tomando en cuenta los comentarios y observaciones formulados en esta oportunidad.

XIV.—Que de conformidad con los considerandos que preceden, lo procedente es establecer los requisitos de admisibilidad para presentar una queja en la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, tal  y como se dispone. Por tanto:

RESUELVE:

Con fundamento en las facultades conferidas en la Ley 7593 y sus reformas, en la Ley General de la Administración Pública y en el Reglamento Interno de Organización y Funciones de la Autoridad Reguladora y sus Órganos Desconcentrados:

I.   Establecer como requisitos de admisibilidad para tramitar una queja ante la Autoridad Reguladora, los siguientes:

1.  Estar dirigida a la Autoridad Reguladora y presentarse por alguna de las siguientes formas:

a)  Por escrito original, firmada por el petente y presentada en las oficinas de la Autoridad Reguladora o remitida vía correo a las oficinas de la Autoridad Reguladora.

b)  Por escrito, firmada por el petente y presentada vía fax al número que al efecto designe la Dirección General de Participación del Usuario y que se publicará en el Diario Oficial. De dicha publicación se avisará en un diario de circulación nacional y se tendrá esta publicación a disposición del público en un lugar visible dentro de la institución y en la página en Internet de la Autoridad Reguladora.

c)  Por escrito, firmado por el petente y presentado por correo electrónico, a la dirección que al efecto designe la Dirección General de Participación del Usuario y que se publicará en el Diario Oficial. De dicha publicación se avisará en un diario de circulación nacional y se tendrá esta publicación a disposición del público en un lugar visible dentro de la institución y en la página en Internet de la Autoridad Reguladora.

d)  Por escrito, firmada digitalmente por el petente, según lo establece la Ley 8454 y presentada vía internet, utilizando el formulario diseñado  al efecto y disponible en el portal electrónico de la institución.

e)  De forma verbal, de lo cual se levantará un acta que será suscrita por un funcionario de la Autoridad Reguladora y firmada por el petente en las oficinas de la Autoridad Reguladora.

2.  Presentarse en idioma español o con su debida traducción oficial, y conforme al Sistema Internacional de Unidades de Medidas.

3.  El escrito inicial debe contener el nombre y apellidos, lugar de residencia, copia de la cédula de identidad por ambos lados, cédula de residencia o pasaporte,  lugar o medio para recibir notificaciones (fax o correo electrónico), de la parte y de quien la representa. Si es posible, indicar un número telefónico.

4.  En el caso que el petente sea una persona jurídica, deberá aportarse certificación registral o notarial de su personería, o copia de ella en la que el funcionario de la Autoridad Reguladora que recibe la queja, hará constar que verificó su autenticidad con vista del original; mediante la cual acredite su vigencia y las facultades de su representante para actuar a su nombre. Dicha certificación deberá tener una vigencia máxima de tres meses contados a partir de la fecha de emisión del documento.

5.  Cuando la queja sea presentada por un usuario, sin ser éste el abonado, debe presentar una carta suscrita por éste último, autorizándolo para tramitar la queja, con copia de la cédula de identidad del abonado por ambos lados. Cuando exista imposibilidad material por parte del usuario para obtener la autorización del abonado, deberá presentarse en la Autoridad Reguladora a rendir declaración jurada ante un funcionario de la Dirección General de Participación del Usuario, donde indique los fundamentos de tal imposibilidad, o bien, presentar declaración jurada debidamente protocolizada que acredite tal imposibilidad.

6.  Señalar su pretensión, con indicación clara de la queja que se plantea, sus fundamentos de hecho y prueba correspondiente.

7.  Copia de los comprobantes, recibos o facturas del servicio público de interés, si los hubiere.

II.    Disponer que en el caso de que la queja sea interpuesta por una persona adulta mayor o bien con alguna discapacidad, la ARESEP brindará atención preferencial, y otorgará las facilidades necesarias que demanda ese sector de la población, para la realización del trámite.

III.   Derogar las siguientes disposiciones: 1) Apartados 4-1 y 4-2 del Manual de procedimientos para el trámite de quejas, aprobado por la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora mediante acuerdo 09-256-2001, adoptado en la sesión 256-2001 de 11 de julio de 2001 y ratificada el 18 del mismo mes y año, 2) Requisitos para plantear una queja, emitidos por la Dirección de Atención al Usuario y publicados en La Gaceta Nº 246 del 22 de diciembre de 2003 y 3) La resolución  RRG-5418-2006, de 10 de febrero de 2006, publicada en La Gaceta Nº 45, del 3 de marzo de 2006.

IV.   Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. De dicha publicación avísese en un diario de circulación nacional. Téngase esta resolución a disposición del público en un lugar visible dentro de la institución y en la página en Internet de la Autoridad Reguladora.

San José, 12 de agosto del 2011.—D. Meléndez H.—S. Saborío A.—E. Gutiérrez.—A. Cordero Ch., Secretario.—1 vez.—O.C. Nº 5861-2011.—Solicitud Nº 36261.—C-69520.—(IN2011063569).

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

El Instituto Nacional de Estadística y Censos, avisa que el índice de Precios al Consumidor (IPC), base julio 2006 correspondiente a julio 2011 es de 147,561 el cual muestra una variación porcentual mensual de 0,34 y una variación porcentual acumulada del primero de agosto del 2010 al treinta y uno de julio del 2011 (12 meses) de 5,19.

Esta oficialización se hace con base en estudios realizados en el Instituto Nacional de Estadística y Censos.

San José, a los tres días de agosto de dos mil once.—Jaime Vaglio Muñoz, Gerente.—1 vez.—O. C. Nº 3241.—Solicitud Nº 20755.—C-10760.—(IN2011060843).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

NOMBRAMIENTO INTERINO DEL ALCALDE

El Concejo Municipal del Cantón Central de San José, acuerda que del 18 al 31 de agosto de 2011, ambos días inclusive asumirá de manera interina las funciones en el cargo del señor Alcalde, la señora Sandra García Pérez, Vicealcaldesa, en vista de que el señor Johnny Araya Monge, Alcalde titular de San José, se encuentra cumpliendo con labores pertinentes a su cargo fuera del país.

Acuerdo definitivamente aprobado, 1, Artículo IV, de la sesión ordinaria 66, celebrada el 3 de agosto del 2011.

San José, 4 de agosto de 2011.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa Departamento de Comunicación.—1 vez.—O. C. Nº 127208.—Sol. 5136.—C-6320.—(IN2011061426).

MUNICIPALIDAD DE VÁZQUEZ DE CORONADO

La Municipalidad Vázquez de Coronado comunica a la señora María del Carmen Alonso Cortinas, propietaria del inmueble 380696-000, que por encontrarse en mal estado los árboles que se encuentran en su propiedad, proceda con la tala de los mismos en un plazo de veinte días hábiles.

28 de julio del 2011.—Departamento Legal.—Lic. Kattia Martínez Ramírez, Abogada Adjunta.—1 vez.—(IN2011058858).

MUNICIPALIDAD DE TURRIALBA

La Municipalidad de Turrialba, comunica: Que en la sesión ordinaria Nº 65-2011 celebrada por el Concejo Municipal de Turrialba, el día martes 26 de julio del 2011, inciso 9) del artículo cuarto, ratificó el aumento de las tarifas en el Servicio del Cementerio y Aseo de Vías y Sitios Públicos, las cuales fueron conocidas en la sesión extraordinaria Nº 30-2011 del día jueves 30 de junio del 2011, en esta forma:

Tarifa aseo de vías y sitios públicos por metro lineal:

Tasa mensual:                                                                                  ¢210,60

Tarifa del cementerio:

Servicio mantenimiento por metro cuadrado (mensual)            ¢362,00

Derecho de arrendamiento (única vez)                                   ¢19.000,00

Derecho de exhumación (única vez)                                       ¢12.308,00

Derecho inhumación (única vez)                                             ¢12.308,00

Conforme al artículo 74 de la Ley Nº 7794, las tasas y tarifas indicadas entrarán en vigencia treinta días después de ser publicadas en La Gaceta.

Turrialba, 27 de julio del 2011.—Noemy Chaves Pérez, Secretaria Municipal.—1 vez.—(IN2011058828).

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DE HEREDIA

CONCEJO MUNICIPAL

El Concejo Municipal de San Isidro de Heredia, en sesión ordinaria 45-2011, del 18 de julio del 2011, mediante acuerdo Nº 823-2011, por unanimidad, con  dispensa de trámite de Comisión, acordó: Por tanto: Aprobar que a partir del segundo semestre del 2011 el porcentaje de interés por atraso en el pago de impuestos, tasas y servicios corresponde a un 17% basado en el artículo 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.

San Isidro de Heredia, 29 de julio del 2011.—Zeidy Aguilar Vindas, Secretaria.—1 vez.—(IN2011058875).

AVISOS

CONVOCATORIAS

IMPORTACIONES LÍNEA MÉDICA S.A.A

Se convoca a los socios de Importaciones Línea Médica S.A.A, cédula jurídica 3-101-288588, a la asamblea general extraordinaria de socios a realizarse en primera convocatoria a las 8:00 horas y las 9:00 horas en segunda convocatoria del 7 de setiembre del 2011, en su actual domicilio, sita en San José, La Uruca, de la Rotonda del Puente Juan Pablo II, 100 metros sur. Agenda: Reforma cláusula de domicilio. Cambio de Junta Directiva y reforma de cláusula sexta de administración.—San José, 17 de agosto del 2011.—Luis Soto Carvajal, Secretario.—1 vez.—(IN2011064019).

ASOCIACIÓN DE AUTORES DE OBRAS LITERARIAS

ARTÍSTICAS Y CIENTÍFICAS DE COSTA RICA

Por este medio, se convoca a todos los miembros legalmente inscritos de la Asociación de Autores de Obras Literarias Artísticas y Científicas, cédula jurídica Nº 3-002-51802, a asamblea general extraordinaria el día sábado 27 de agosto del presente año 2011, en el Museo Rafael Ángel Calderón Guardia, Barrio Aranjuez, a las dos de la tarde en primera convocatoria y a las tres en segunda convocatoria, en caso de no haber quórum de ley, en la primera, con la siguiente agenda:

1)  Verificación del quórum legal, conforme los Estatutos de la Asociación.

2)  Elección de una junta directiva provisional para que realice un proceso de reorganización, consolidación jurídica de la Asociación y realización de las labores estatutarias correspondientes. Su vigencia será hasta por un máximo de un año a partir de su inscripción en el Registro de Asociaciones.

3)  Nombramiento de los representantes de la Asociación en los Jurados de Premios Nacionales que por ley correspondan.

San José, 8 de agosto del 2011.—Jorge Trejos Valverde, Vocal 1 en ejercicio de la Presidencia.—1 vez.—(IN2011064277).

COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA

El Tribunal de Elecciones Internas del Colegio de

Abogados de Costa Rica convoca a elecciones

El Tribunal de Elecciones informa que en cumplimiento de los artículos 5º, 6º, 7º y 8º del Reglamento de Elecciones del Colegio de Abogados de Costa Rica, en la sesión ordinaria Nº 01 celebrada el 16 de agosto del 2011, se acordó lo siguiente:

a)  Convocar a asamblea general ordinaria, el sábado 3 de diciembre del 2011, para la elección de los puestos de Presidente (a), Vicepresidente (a), Secretario (a), Tesorero (a), Vocal I y Fiscal.

b)  La elección se realizará de las nueve a las diecisiete horas en la Sede Central del Colegio y en las siguientes Sedes Regionales:

   Sede Alajuela                              Sede Ciudad Neily

   Sede Grecia                                  Sede Liberia

   Sede Pérez Zeledón                    Sede Turrialba

   Sede Santa Cruz                          Sede Limón

   Sede Guápiles                              Sede Heredia

   Sede Puntarenas                         Sede San Carlos

c)  El término de inscripción de candidaturas vencerá el 30 de setiembre próximo a las dieciséis horas.

d)  Recordar a los candidatos(as) la necesidad de tener disponibilidad de tiempo para asistir a las sesiones de Junta Directiva y comisiones, estudiar proyectos, elaborar informes y cumplir con las funciones propias del cargo.

e)  Informar a los candidatos(as) que los puestos no son remunerados, salvo el de Fiscal, en razón de su naturaleza que requiere mayor dedicación de tiempo, inclusive en horas hábiles.

Lic. Eladio González Solís Presidente.—Lic. Mariana Arguedas Vargas, Secretaria.—Lic. José Luis Meneses Rímola.—1 vez.—O. C. Nº 8163-Solicitud Nº 48603.—C-21520.—(IN2011064361).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

GRUPO MUTUAL ALAJUELA-LA VIVIENDA

De conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, la señora María Adelicia Miranda Alfaro, cédula 201290537 ha presentado ante esta entidad, solicitud de reposición de su(s) certificado(s) certificado de participación hipotecaria número 112-301-803301176328 por ¢ 500.027.77 y con fecha de vencimiento del 14 de agosto del 2011.—Sarchí, 26 de julio del 2011.—Iván Alfaro Vargas, Jefe del Centro de Negocios.—(IN2011059886).

GRUPO MUTUAL ALAJUELA-LA VIVIENDA

De conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, la señora Maribel Zapata Romero, cédula 701170741 ha presentado ante esta entidad, solicitud de reposición de su certificado CII 119 302 803301178359 por ¢ 1,000,000.00 con intereses depositados a CTA de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda y con fecha de vencimiento del 28-05-2011.—Elia Delgado, Jefa del Centro de Negocios.—(IN2011059887).

CONDOMINIO HORIZONTAL RESIDENCIAL GARZAS DEL SOL

Condominio Horizontal Residencial Garzas del Sol, cédula jurídica 3-109-494156, solicita ante el Registro Nacional, Dirección de Bienes Inmuebles, Departamento de Propiedad Horizontal la reposición del siguiente libro: Actas de Asamblea de Propietarios libro número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Departamento de Propiedad Horizontal, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Mystic Jaguar Internacional S. A., 3-101-500931 Condómino.—José Pablo Masís Artavia, Notario.—(IN2011059896).

POLLOS CAPORAL SOCIEDAD ANÓNIMA

Yo, Calixto Chaves Zamora, representante legal de Pollos Caporal Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-063173, solicita a la Municipalidad de Heredia la reposición del certificado de patente de licores extranjero Nº 30 del distrito 01, la cual se encuentra en estado inactiva. Lo anterior por motivo a extravío de la misma.—3 de agosto del 2011.—Sr. Calixto Chaves Zamora, Representante Legal.—(IN2011059927).

Yo, Roger Villalobos Agüero, cédula 7-130-421, solicito ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances todos número 1; quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Oficina de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Zona Norte, San Carlos; dentro del término de 8 días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—04 de agosto del 2011.—Roger Villalobos Agüero.—(IN2011060343).

IINTERNETTWORKK CORPORACIÓN DE SERVICIOS

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Iinternettworkk Corporación de Servicios Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica número 3-102-187610, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del Libro de Registro de Cuotistas Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 20 de julio del 2011.—Cecilia Cook Perera, Apoderada.—(IN2011060346).

I.D.B. INTERNACIONAL SOCIEDAD

DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

I.D.B. Internacional Sociedad de Responsabilidad Limitada con cédula de persona jurídica número 3-102-183771, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del Libro de Registro de Cuotistas Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José 20 de julio del 2011.—Cecilia Cook Perera, Apoderada.—(IN2011060348).

PREDIOS DE COSTA RICA SOCIEDAD

DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Predios de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-cero cinco dos cuatro ocho ocho, nueve,  solicita ante la Dirección Administrativa de Tributación la reposición de los siguientes libros: Libros de Actas de Asamblea General y Libro de Actas de Registro de Accionistas número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José oeste, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso el día veinticuatro de junio de dos mil once se constituyó la sociedad.—San José, diecinueve de julio de dos mil once.—Lic. Ihara González Medina, Notaria.—(IN2011060429).

CALLE DEL SOL S. A.

Yo, Mario Gennaro Giaccio, cédula de residencia 138000114108, en mi condición de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la compañía Calle del Sol S. A., cédula jurídica 3-101-119551, solicito a la Dirección General de Tributación Directa, Administración Tributaria San José Este, la reposición de los libros número uno de Actas de Asamblea General, Junta Directiva y Registro de Accionistas y los libros número uno de Diario, Mayor, Inventarios y Balances, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a cualquier interesado para oír objeciones.—San José, 6 de julio del 2011.—Lic. Wilbert Garita Mora, Notario.—(IN2011060453).

GRUPO BM ESTRELLAS DE LIMÓN SOCIEDAD ANÓNIMA

Grupo BM Estrellas de Limón Sociedad Anónima, con cédula de personería jurídica número tres-uno cero uno-tres cero uno nueve cuatro cero, domiciliada en Limón, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Asamblea de Socios, Actas de consejo de administración y Actas de registro de socios, todos son número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Limón, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Jermaine Cruickshak Edwards, Notario.—(IN2011060480).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

AGROPECUARIA EL LAUREL DEL NORTE S. A.

Emilia María Leiva Vargas, mayor, divorciada una vez, Licenciada en Educación, con cédula 5-351-930, apoderada generalísima sin límite de suma de Agropecuaria El Laurel del Norte S. A., con cédula 3-0170-0885, solicitan a la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros todos números uno de Diario, Inventario y Balances, Mayor, Registro de Accionistas, el de Asamblea de Accionistas y Junta Directiva de su representada, citando a todo aquel que se considere afectado a dirigir su oposición al Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) de la Administración Regional de Liberia, en el término, de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación de este aviso.—Filadelfia, 08 de julio del 2011.—Emilia María Leiva Vargas, Presidenta.— RP2011251016.—(IN2011060655).

GRUPO MUTUAL ALAJUELA - LA VIVIENDA

De conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, la señora: Patricia Jiménez Díaz, cédula 108030721, ha presentado ante esta Entidad, solicitud de reposición de su certificado CPH 143 301 803301207756, por un monto de ¢370.000,00 y dos cupones de ¢1.593,06, ambos con fecha de vencimiento del 29 de agosto del 2011.—Puriscal, 01 de agosto del 2011.—Marco V. Chávez, Representante.—(IN2011060831).

Yo, Adriana Hoyos Gutiérrez, cédula 11700977709, solicitante del Giro Internacional Bank of America Nº 015351, por el monto de $3,000 moneda de los Estados Unidos de Norteamérica, extendido a la orden de Wes Money, emitido por el Banco Nacional de Costa Rica, oficinas Oficentro Ejecutivo La Sabana, con fecha de emisión del 25 de abril del dos mil once. Solicito reposición de este documento por causa de extravío. Se publica este anuncio por tres veces para oír reclamos de terceros, por el término de 15 días.—San José, a las ocho horas del dos de agosto del dos mil once.—Adriana Hoyos Gutiérrez.—(IN2011060887).

LA FERIA DE LA CERÁMICA GLL S. A.

La Feria de la Cerámica GLL S. A., cédula jurídica número 3-101-326973, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario Nº 1, Mayor Nº 1 e Inventarios y Balances Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José Sector Oeste, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 05 de agosto del 2011.—Gerardo León Laurent, cédula 2-282-433, Representante Legal.—(IN2011060889).

INXCELL WIRELESS SOCIEDAD ANÓNIMA

Inxcell Wireless Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-358533, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Registro de Socios número dos y Asamblea de Socios número dos. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José Este, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Giorgio Carneade.—Lic. Pamela Quesada Venegas, Notaria.—RP2011251392.—(IN2011061159).

OVNI WIRELESS SOCIEDAD ANÓNIMA

Ovni Wireless Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-500963, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro: Asamblea de Socios número dos. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José este, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Giorgio Carneade.—Lic. Pamela Quesada Venegas, Notaria.—RP2011251393.—(IN2011061160).

NEXXUS TECHNOLOGY SOCIEDAD

DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Nexxus Technology Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-568347, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Registro de Socios número dos y Asamblea de Socios número dos. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José este, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Giorgio Carneade.—Lic. Pamela Quesada Venegas, Notaria.—RP2011251394.—(IN2011061161).

Juan Carlos Gómez Solano, cédula 1-609-380, solicito ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros, Diario número uno, Mayor número uno, Inventarios y Balances numero uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de Cartago, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—5 de agosto del 2011.—Juan Carlos Gómez Solano.— RP2011251433.—(IN2011061162).

FUNERARIA SAN JOSÉ S. A.

Funeraria San José S. A., cédula jurídica 3-101-121404, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Tomo uno de Actas de Junta Directiva, Tomo uno de Actas de Asambleas Generales y Tomo uno de Actas de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Plataforma de Servicios de la Administración Tributaria de San José, Sector Oeste en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Jorge Joaquín Rojas Díaz, Presidente.—RP2011251546.—(IN2011061163).

AGROPECUARIA LOS LEPEROS

SOCIEDAD ANÓNIMA

Agropecuaria Los Leperos Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-224291, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Asambleas General número uno y Actas de Registro de Accionistas número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—(IN2011061346).

Quintanilla López Belky Marcela, cédula número 7-191-295, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor e Inventarios y Balances, todos número 1). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Belky Marcela Quintanilla López.—(IN2011061371).

Gisella Mora Castrillo cédula 1-0804-0059 solicita a la Dirección General de Tributación Directa, la reposición del libro Registro de Compras Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de información y Asistencia al Contribuyente, Administración Tributaria de Limón, dentro del término de ocho días hábiles a partir de esta publicación.—San José, 08 de agosto del 2011.—Gisella Mora Castrillo.—(IN2011061431).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

COMPAÑÍA INVERSORA OIKÍA SOCIEDAD ANÓNIMA

Compañía Inversora Oikía Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-catorce mil sesenta, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances y Actas de Consejo de Administración, todos ellos libros número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, cuatro de agosto de dos mil once.—Lic. Manuel Antonio Porras Vargas, Notario.—(IN2011060929).

PROTECCIÓN TOTAL AGENCIA DE SEGUROS S. A.

Protección Total Agencia de Seguros S. A., cédula jurídica número 3-101-210933, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición de los libros de Actas de Consejo de Administración, Acta de Asamblea de Socios y Registro de Socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 3 de agosto del 2011.—Roberto Francisco León Gómez, Presidente.—RP2011251035.—(IN2011060656).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES EN

LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES

A las siguientes personas se les comunica que, según nuestros registros al 30 de abril del 2011, se encuentran morosos. Transcurridos diez días hábiles contados a partir de la fecha en que sus nombres aparezcan publicados en el diario oficial La Gaceta, de no cancelar la suma adeudada o firmar un arreglo de pago, se iniciará el proceso administrativo o judicial, según corresponda. Al mismo tiempo se les recuerda que este trámite tiene como consecuencia la inhabilitación para el ejercicio legal de la profesión.

 

Nombre

Cédula

Abarca Gómez Kimberly Vanessa

603560639

Allen Stevenson Arlene

700501137

Campos Gamboa Gerardo

202870043

Campos Montoya Marvin

701100064

González Moreira Mariana

113660437

Ugalde Araya Karen Alejandra

603690427

Umaña González Tatiana Paola

701210990

Valerio Valerio Mary Helen

111550509

Vásquez Díaz Ervin

602650647

Junta Directiva.—M.Sc. Félix Ángel Salas Castro, Presidente.—M.Sc. Magda Rojas Saborío, Secretaria.—1 vez.—(IN2011058871).

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Por escritura otorgada a las once horas del veinticuatro de junio del dos mil once, se reformó la cláusula quinta de los estatutos de la sociedad Prologística RJR Sociedad Anónima, disminuyendo el monto de su capital social. Capital: suscrito y pagado.—Lic. Mario Enrique Pacheco Loaiza, Notario.—RP2011250586.—(IN2011059844).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Mediante escritura otorgada ante esta notaría número 240-17, de las 16:00 horas del 6 de julio de 2011, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Cadena de Detallistas San José S. A., se disminuye el capital social y se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo. Es todo.—San José, 21 de julio de 2011.—Lic. William Sequeira Solís, Notario.—RP2011250959.—(IN2011060678).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Por escritura número ciento cuarenta y ocho-tres otorgada a las 16:00 horas del primero de agosto del año dos mil once, se constituyó la sociedad Abarca Soluciones G. E. I. Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años.—Lic. Mario Cisneros Herrera, Notario.—1 vez.—RP2011251065.—(IN2011060737).

Presente en mi bufete el señor Adolfo Centeno Centeno, mayor, soltero, cédula seis-doscientos treinta y seis-cero noventa, comerciante, vecino de Parismina de Guácimo, de la parada de buses doscientos metros al oeste y dice que constituye sociedad anónima llamada Distribuidora El Guarumo S. A., con domicilio social igual al primero, recayendo sobre el, la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—Guácimo, diez horas del cuatro de agosto del 2011.—Lic. Elsa Azofeifa Méndez, Notaria.—RP2011251069.—(IN2011060738).

Los señores Randall Rodríguez Segura e Idis Marcela Zamora Marín, constituyen la sociedad Rozdman Sociedad Anónima. Domicilio en provincia de San José. Plazo: 99 años, a partir del 05 de julio del 2011. Capital social: ¢10.000.00, junta directiva: gerente.—Cartago, 05 de julio del 2011.—Lic. Gaudy Milena Pereira Pérez, Notaria.—1 vez.—RP2011251070.—(IN2011060739).

Por escritura otorgada ante esta Notaria, a las quince horas del tres de agosto del dos mil once, se protocoliza acta de asamblea de la sociedad Los Faroles Negros Sociedad de Responsabilidad Limitada. Se acuerda transformar la sociedad a sociedad anónima, modificando todo el pacto social y nombrando junta directiva.—San José, cuatro de agosto del dos mil once.—Lic. Ana Guiselle Barboza Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2011251071.—(IN2011060740).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas del día cuatro de agosto del dos mil once, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada 3-101-632069 s. a. Donde se acuerda modificar las cláusulas primera y sexta de los estatutos.—San José, cuatro de agosto del dos mil once.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2011251072.—(IN2011060741).

Mediante escritura número ciento diecinueve otorgada ante la suscrita notaria, en la ciudad de Alajuela a las diecisiete horas treinta minutos del quince de julio del año dos mil once, se constituyó una sociedad denominada Comercializadora Industrial del Caribe S. R. L. Es todo.—San Rafael de Alajuela, a las quince horas del tres de agosto del año dos mil once.—Lic. Andrea Cordero Montero, Notaria.—1 vez.—RP2011251077.—(IN2011060742).

Por escritura otorgada ante la notaría, de Willy Curling Rutishsauser y María Elena Sandoval a las 12:00 horas del 15 de abril 2011, se constituyó sociedad anónima que tendrá como razón social Minato S. A.—Lic. Willy Curling Rutishsauser, Notario.—1 vez.—RP2011251078.—(IN2011060743).

Por escritura otorgada en mi notaría a las dieciocho horas del tres de agosto del dos mil once, se constituye la sociedad denominada Vela Cañera Sociedad Anónima pudiendo abreviarse S. A. Capital social: treinta mil colones. Presidente: Rodrigo Chavarría Lavagni con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. José Ángel Acon Wong, Notario.—1 vez.—RP2011251079.—(IN2011060744).

Por escritura otorgada en mi notaría a las siete horas del treinta y uno de julio del dos mil once, se constituye la sociedad denominada Diosa del Adriático Sociedad Anónima pudiendo abreviarse S. A. Capital social: diez mil colones. Presidenta: Adriana Álvarez Murillo con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.—Lic. Viviana Álvarez Barquero, Notaria.—1 vez.—RP2011251080.—(IN2011060745).

Javier Arturo Blanco Sánchez y Laura Bolaños Álvarez, constituyen la sociedad anónima denominada Ocho de Marzo S. A. Escritura otorgada en Grecia a las 16:00 horas del día 03 de agosto del año 2011.—Lic. Wálter Cambronero Miranda, Notario.—1 vez.—RP2011251085.—(IN2011060746).

En escritura otorgada ante el suscrito notario, número ciento setenta y nueve de las doce horas del veintinueve de julio del dos mil once, visible al folio noventa y tres al noventa y cuatro del tomo dieciséis del protocolo del suscrito notario, se constituye la sociedad denominada Keysi Tours Tortuguero Sociedad Anónima. Presidente: Willies Rankin Gutiérrez<Wilson. Capital social: diez mil colones.—Lic. Marcos Fernández Herrera, Notario.—1 vez.—RP2011251089.—(IN2011060747).

En escritura otorgada ante el suscrito notario, número ciento noventa y dos de fecha tres de agosto del dos mil once, visible desde folio ciento tres al ciento cuatro del tomo dieciséis del protocolo del suscrito notario, se constituye la sociedad anónima cuyo nombre será asignado por el Registro Mercantil de conformidad con decreto ejecutivo número 33171-J. Presidente: Carlos Luis Navarro Fuentes. Capital social: diez mil colones.—Lic. Marcos Fernández Herrera, Notario.—1 vez.—RP2011251090.—(IN2011060748).

En escritura otorgada ante el suscrito notario, número ciento cuarenta y cuatro de fecha trece de julio del dos mil once, visible al folio setenta y dos frente y vuelto del tomo dieciséis del protocolo del suscrito notario, se constituye la sociedad de responsabilidad limitada cuyo nombre será asignado por el Registro Mercantil de conformidad con decreto ejecutivo número 33171-J. Gerente: Nidia Ramírez Mora. Capital social: un millón de colones.—Lic. Marcos Fernández Herrera, Notario.—1 vez.—RP2011251091.—(IN2011060749).

Por escritura Nº 132 otorgada ante esta notaría a las 15:00 horas del 10 de junio del 2011, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Fedali S. A. Presidente y tesorero con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, con capital social de diez mil colones. Guácimo de Limón.—Lic.  Ólger Vargas Campos, Notario.—1 vez.—RP2011251092.—(IN2011060750).

Por escritura pública número 342, otorgada en mi notaría a las 9:00 horas, del día 1 de agosto del año 2011, procedí a protocolizar acta número 3 de asamblea general extraordinaria de asociados de Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Nuevo Colón, distrito Sardinal, cantón Carrillo, provincia de Guanacaste. Se modificó cláusula de la administración. Se nombró nuevo presidente.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—RP2011251093.—(IN2011060751).

Ante esta notaría mediante la escritura número ciento veintiocho-treinta y ocho, otorgada a las diez horas del veintinueve de julio del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Importadora del Futuro Sociedad Anónima.—San José, primero de agosto del dos mil once.—Lic. Carlos Alberto Ramírez Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2011251097.—(IN2011060752).

Por escritura número 36 del tomo 3 de mi protocolo, otorgada a las 11:00 horas del 12 de julio del 2011, protocolicé constitución de sociedad anónima denominada Cosal Consulting Group Sociedad Anónima.—Lic. Andrés Morales Castrillo, Notario.—1 vez.—RP2011251095.—(IN2011060753).

Por escritura otorgada en Heredia a las veintiún horas del veintinueve de agosto del año dos mil once, ante esta notaría, se constituye la sociedad denominada Jardines Mana H Y J Sociedad Anónima, administración: será administrada por el presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Heredia, 2 de agosto del año 2011.—Lic. Silvia Gabriela Meza Navarro, Notaria.—1 vez.—RP2011251096.—(IN2011060754).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día veintinueve de julio del año dos mil once. Se constituyó la sociedad Inversiones Taksuko Sociedad Anónima. Notario: Marvin Velásquez Aguilar, carné número diez mil trescientos setenta y nueve.—La Unión de Cartago, cuatro de agosto del dos mil once.—Lic. Marvin Velásquez Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2011251099.—(IN2011060755).

El suscrito notario hago constar y dejo constancia del edicto respectivo de Protección Intelectual Sociedad Anónima, constituida en escritura treinta y tres, visible a folio once vuelto, del tomo octavo de mi protocolo. Es todo.—Santa Ana, doce horas del primero de agosto del dos mil once.—Lic. Carlos Luis Guerrero Salazar, Notario.—1 vez.—RP2011251102.—(IN2011060756).

El suscrito notario Gabriel Andrés Segura Corrales, publica el edicto de la constitución de la sociedad Dos Arfa Sociedad Anónima, constituida ante esta notaría en Cartago, a las doce horas del día veintinueve de julio del año dos mil once, con domicilio: Cartago, cuatrocientos metros al sur del Colegio Miravalle. Plazo social: noventa y nueve años a partir de hoy. Capital social: diez mil colones.—Lic. Gabriel Andrés Segura Corrales, Notario.—1 vez.—RP2011251103.—(IN2011060757).

Ante esta Notaría, se constituyó la empresa denominada Oliveira Representaciones O.R. Sociedad Anónima, mediante escritura otorgada a las once horas del día veinte de mayo del año dos mil once, por un plazo de noventa y nueve años y un capital social de diez mil colones, sociedad domiciliada en la provincia de San José. Presidente de la sociedad Mauro Sergio de Oliveira.—San José, 20 de mayo de 2011.—Lic. Gunnar Núñez Svanholm, Notario.—1 vez.—RP2011251107.—(IN2011060758).

Ante esta Notaría, a las doce horas del ocho de diciembre del año dos mil diez, se constituyó la empresa denominada Repuestos y Accesorios San Antonio A & B Sociedad Anónima. Es todo.—En la ciudad de San José, cuatro de agosto del dos mil once.—Lic. José Aparicio Guillén Herrera, Notario.—1 vez.—RP2011251108.—(IN2011060759).

Por escritura de protocolización de acta de asamblea general extraordinaria, de socios de la empresa Foxx Internacional S. A., otorgada a las 7:00 horas del día 1 de agosto del 2011, se reformó las cláusulas, segunda domicilio, sétima administración, se nombra junta directiva y fiscal.—Belén, Heredia, 1 de agosto del 2011.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2011251110.—(IN2011060760).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 09:00 horas del día 3 de agosto del 2011, se constituyó la empresa denominada, Ferrer y Forga S. A., domiciliada en Santa Ana, San José, residencial Montana, casa número 75. Presidente: Alexis Manuel Ferrer Gutiérrez, ciudadano venezolano, cédula de residencia 186200163112, capital social cien mil colones.—Belén, Heredia, 3 de agosto del 2011.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2011251111.—(IN2011060761).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del día 3 de agosto del 2011, se constituyó la empresa denominada, Rockpet Company S. A., domiciliada en San Antonio de Belén, Heredia, Calle Flores, 75 metros al oeste de restaurante Ecléctico. Presidente: Kenneth Piedra Rodríguez, cédula 1-640-048, capital social cien mil colones.—Belén, Heredia, 3 de agosto del 2011.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2011251112.—(IN2011060762).

Por escritura otorgada ante esta Notaría a las ocho horas del día cuatro de agosto del dos mil once, se constituyó la sociedad Sabor Morera López del Oeste Sociedad Anónima, capital social diez mil colones, plazo social noventa y nueve años, el presidente, secretario y tesorero tienen la representación judicial y extrajudicial.—San José, cuatro de agosto del dos mil once.—Lic. Dunnia Monge Torres, Notaria.—1 vez.—RP2011251113.—(IN2011060763).

Ante esta notaría por medio de escritura pública número 24-V, otorgada en Guanacaste a las 17:00 horas del 01 de agosto del año 2011, se protocolizó el acta número dos de la sociedad Envirovision S. A., en la cual se tomaron los siguientes acuerdos primero: se reforma la cláusula cuarta del pacto constitutivo. Segundo: Se remueve junta directiva, fiscal y agente residente. Tercero: por unanimidad de votos se realizan los siguientes nombramientos: presidente: Calin Ionescu, secretario: Cristian Ionescu, tesorero: Catalin Ionescu, fiscal: Valeria Cherim.—Guanacaste, 01 de agosto del 2011.—Lic. Laura Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2011251114.—(IN2011060764).

Por escritura número setenta y uno-once, otorgada ante la notaria Tatiana Saborío Marín, a las quince horas del primero de agosto del dos mil once, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Desarrollos Mapima P & H Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos veinticuatro mil ciento treinta y siete, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y octava del pacto constitutivo.—San José, primero de agosto del dos mil once.—Lic. Tatiana Saborío Marín, Notaria.—1 vez.—RP2011251115.—(IN2011060765).

Ante esta Notaría por medio de escritura pública número 25-V, otorgada en Guanacaste a las 17:30 horas del 01 de agosto del año 2011, se protocolizó el acta número cuatro de la sociedad Magical Experience Investment Limitada, en la cual se tomaron los siguientes acuerdos primero: se reforma la cláusula octava del pacto constitutivo. Segundo: se remueve los puestos de gerente general uno y dos. Tercero: por unanimidad de votos se realizan los siguientes nombramientos: Gerente General uno: Calin Ionuscu, Gerente General dos: Cristian Ionescu, Gerente General tres: Catalin Ionescu.—Guanacaste, 01 de agosto del 2011.—Lic.  Laura Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2011251116.—(IN2011060766).

Ante esta notaría por medio de escritura pública número 23-V, otorgada en Guanacaste a las 16:00 horas del 01 de agosto del año 2011, se protocolizó el acta número dos de la sociedad El Sueño de Ocotal en Guanacaste S. A., en la cual se tomaron los siguientes acuerdos Primero: se reforma la cláusula cuarta del pacto constitutivo. Segundo: se remueve junta directiva, fiscal y agente residente. Tercero: por unanimidad de votos se realizan los siguientes nombramientos: Presidente: Calin Ionescu, secretario: Cristian Ionescu, tesorero: Catalin Ionescu, fiscal: Valeria Cherim.—Guanacaste, 01 de agosto del 2011.—Lic. Laura Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2011251117.—(IN2011060767).

Escritura ciento ochenta otorgada ante la notaria Gladys Rozo Quevedo a las quince horas del veintisiete de julio del dos mil once, se constituyó la sociedad Apache Logistics Sociedad Anónima. Presidente: Rodrigo Martín Fernández, mayor, casado una vez, empresario, cédula de identidad número uno-cero cuatrocientos dieciocho-cero trescientos sesenta, vecino de Curridabat, barrio Pinares, condominio Las Villas número tres. Es todo.—Dada en San José, tres de agosto del dos mil tres.—Lic. Gladys Rozo Quevedo, Notaria.—1 vez.—RP2011251118.—(IN2011060768).

Inversiones Treinta de Mayo S. A., cédula jurídica 3-101-532811, reforma cláusula sexta del pacto constitutivo y nombra nuevo tesorero de junta directiva.—Puerto Viejo, Sarapiquí, veintiocho de julio de dos mil once.—Lic. Gabriela Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2011251119.—(IN2011060769).

Corporación Gasolineras del Norte S. A., cédula jurídica 3-101-055205, reforma cláusula tercera del pacto constitutivo y prorroga plazo social.—Puerto Viejo, Sarapiquí, veintiocho de julio de dos mil once.—Lic. Gabriela Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2011251120.—(IN2011060770).

Los señores Luis Ángel Urbina Álvarez y Maritza Esperanza Garache Reyes, constituyen sociedad anónima denominada Seguridad Keys Sociedad Anónima, otorgada al ser las diez horas del veintinueve de julio del dos mil once, mediante escritura número doscientos noventa y siete, visible e iniciada al folio ciento treinta y siete frente del tomo noveno del protocolo del suscrito notario Reynaldo Arias Mora.—Lic. Reynaldo Arias Mora, Notario.—1 vez.—RP2011251123.—(IN2011060771).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Farmarc Inversiones Sociedad Anónima; mediante la cual se reforman las siguientes cláusulas del pacto social: cláusula décima primera - lugar donde se celebran las asambleas y la cláusula décima octava- las sesiones de junta directiva, periodicidad y convocatoria- y se nombra nuevo fiscal de la compañía, escritura número sesenta y siete, otorgada a las quince horas del dos de junio del dos mil once.—Lic. Ana Sáenz Beirute, Notaria.—1 vez.—RP2011251124.—(IN2011060772).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía tres-ciento uno- quinientos cincuenta y ocho mil ciento catorce sociedad anónima, en la cual se reforma segunda: del domicilio social y octava- de la administración. Escritura otorgada a las doce horas del tres de agosto del dos mil once.—Lic. Claudio Murillo Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2011251125.—(IN2011060773).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Pfizer Sociedad Anónima. Mediante la cual se reforma la cláusula tercera: del domicilio. Escritura otorgada a las quince horas del veintiocho de julio del dos mil once.—Lic. Brizza Mena Segura, Notaria.—1 vez.—RP2011251126.—(IN2011060774).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Pfizer Zona Franca Sociedad Anónima. Mediante la cual se reforma la cláusula segunda: del domicilio. Escritura otorgada a las quince horas treinta minutos del veintiocho de julio del dos mil once.—Lic. Brizza Mena Segura, Notaria.—1 vez.—RP2011251127.—(IN2011060775).

Por escritura otorgada ante mí a las 8:00 horas del 31 de julio del 2011, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios QDR Filial Cuarenta y Tres Laurel S. A., en la que se nombra nuevo presidente de la junta directiva.—San José, 31 de julio del 2011.—Lic. Laura Mena Saborío, Notaria.—1 vez.—RP2011251130.—(IN2011060776).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las 18:30 horas del día 1 de agosto de 2011, se acordó lo siguiente: constituir la sociedad Fresh Food Exports S.P.A.S. S. A.—San José, 4 de agosto del 2011.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2011251132.—(IN2011060777).

Los socios Johanna Ortega Quirós y Ana Cecilia Quirós Martínez, constituyen sociedad anónima denominada Inversiones Creativas de Pococí Sociedad Anónima. Es todo.—Cariari, Pococí al ser las trece horas treinta y cinco minutos del veintiocho de julio del dos mil once.—Lic. Juan Alexis Barillas Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2011251135.—(IN2011060778).

Los socios Ge Yu Zhang y Aidaly Chavarría Vega, constituyen sociedad anónima denominada Universal Trade Consultants Co. Sociedad Anónima. Es todo.—Cariari, Pococí al ser las nueve horas del veintiocho de julio del dos mil once.—Lic. Juan Alexis Barillas Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2011251137.—(IN2011060779).

Ante mi notaría, modificó la junta directiva de la entidad denominada: Corporación Matoma M.H S. A., con la cédula jurídica número 3-101-246783. Siendo que su secretaria será la señorita Paula María Torres Marín, cédula 7-216-890.—Guápiles, 03 de agosto del 2011.—Lic. Sonia Carrillo Ugalde, Notaria.—1 vez.—RP2011251139.—(IN2011060780).

Ante mi notaría, modificó la junta directiva de la entidad denominada: Central de Monitoreo Cisa S. A., con la cédula jurídica número 3-101-288111. Siendo que su secretaria será la señorita Paula María Torres Marín, cédula 7-216-890.—Guápiles, 03 de agosto del 2011.—Lic. Sonia Carrillo Ugalde, Notaria.—1 vez.—RP2011251140.—(IN2011060781).

Por escritura otorgada ante Lic. Ernesto Azofeifa Cedeño, número 158 del protocolo 5 del notario Azofeifa Cedeño, a las 13:00 horas del 04-05-2011, se nombró junta directiva de la sociedad International Logistics Solutions J & E Sociedad Anónima, domicilio Heredia, presidente Fernando Adolfo Cabal Olave.—04 de agosto del dos mil once.—Lic. Ernesto Azofeifa Cedeño, Notario.—1 vez.—RP2011251143.—(IN2011060782).

Ante mi notaría, modificó la junta directiva de la entidad denominada: Seguridad y Vigilancia para Guanacaste P:Z: S. A., con la cédula jurídica número 3-101-44508. Siendo que su presidente lo será el señor Mario Torres Marín, cédula 3-303-867.—Guápiles, 03 de agosto del 2011.—Lic. Sonia Carrillo Ugalde, Notaria.—1 vez.—RP2011251141.—(IN2011060783).

Luis Diego Chacón Bolaños, notario público, hace constar que hoy en mi notaría, se constituyó Cross Futures Continental S. A., siendo su presidente apoderado generalísimo sin límite de suma y con un capital del 10 mil colones.—San José, 4 de agosto del 2011.—Lic. Luis Diego Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2011251145.—(IN2011060784).

Luis Diego Chacón Bolaños, notario público, hace constar que en mi notaría, se constituyó Swing Une Trading S. A., siendo su presidente apoderado generalísimo sin límite de suma y con un capital de 10 mil colones.—San José, 04 de agosto del 2011.—Lic. Luis Diego Chacón Bolaños, Notario.—RP2011251146.—(IN2011060785).

Luis Diego Chacón Bolaños, notario público, informa que el día 28 de julio del 2011, en mi notaría, se constituyó JM Soluciones Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones y siendo su presidente apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 03 de agosto del 2011.—Lic. Luis Diego Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2011251147.—(IN2011060786).

En esta notaría a las 10:00 horas del 29 de junio del 2011, se constituyó la compañía Clickbox C R S. A. Apoderado: Carlos Eloy Rojas Pineda.—San José, 4 de agosto del 2011.—Lic. Doris Monge Díaz, Notaria.—1 vez.—RP2011251148.—(IN2011060787).

En esta notaría a las 15:00 horas del 4 de agosto del 2011, se constituyó la compañía Kerbero Systems S. A. Apoderado: Pablo Esteban López Fallas.—San José, 4 de agosto del 2011.—Lic. Doris Monge Díaz, Notaria.—1 vez.—RP2011251149.—(IN2011060788).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Publiaereo S. A., cuya actividad es el comercio en general, el plazo social es de cien años, cuyos representantes son Sebastián Fontana Salinas y Justin Christopher Lachner Castro y fue constituida el tres de agosto del dos mil once.—Lic. Wálter Solís Amen, Notario.—1 vez.—RP2011251150.—(IN2011060789).

El suscrito, Lic. Andrés Vargas Valverde, notario público de San José, protocolizo asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Periódico Cariari News S. A. Escritura número ciento sesenta y cuatro. Otorgada en la ciudad de San José, a las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de julio del año dos mil once.—Lic. Andrés Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—RP2011251151.—(IN2011060790).

Por escritura otorgada ante esta Notaría a las 08:00 horas del 04 de agosto del 2011, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Gavia Sociedad Anónima, donde se reforma la cláusula sétima y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 04 de agosto del 2011.—Lic. Cynthia Wo Ching Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2011251152.—(IN2011060791).

El día 29 de julio de 2011, por escritura Nº 37 del tomo 9 de mi protocolo, se constituyó Inversiones Lord Veintiuno Cero Siete S. A. Plazo social: 99 años. Representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma: Jennifer de los Ángeles Arce Montes.—Lic. Carlota Eugenia Chaves Mora, Notaria.—1 vez.—RP2011251153.—(IN2011060792).

Por escritura otorgada a las 11:00 horas del día de hoy, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de la compañía Asesoría Técnica Agropecuaria A T A Sociedad Anónima por la cual se reforma la cláusula segunda de los estatutos sobre el domicilio social.—San José, cuatro de agosto del 2011.—Lic. Luis Paulino Salas Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2011251155.—(IN2011060793).

Por escritura número ciento cuarenta y tres-cinco, en Palmares de Alajuela al ser las ocho horas del día cuatro de agosto del dos mil once, ante esta notaría, se procedió a protocolizar acta donde se aumenta el capital social, se modifican estatutos y se nombra nueva junta directiva de la sociedad anónima denominada, Quebradores y Materiales del Pacífico QUEMAPA Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-doscientos setenta y nueve mil novecientos noventa y tres.—San José, cuatro de agosto del dos mil once.—Lic. Guido Mora Camacho, Notario.—1 vez.—RP2011251161.—(IN2011060794).

Mediante escritura número ciento tres-quince de las quince horas del veintinueve de julio del año dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y cinco mil setecientos sesenta sociedad anónima, mediante la cual se modificaron las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo. Se publica el presente edicto para los efectos de ley.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—RP2011251164.—(IN2011060795).

Luis Marino Castillo López y Luis Marino Castillo Herrera, constituyen una sociedad anónima que se denomina Lufidi Maderas Sociedad Anónima, domiciliada en San José, cantón central, distrito Pavas. Escritura número 154 otorgada a las 15:30 horas del 03 de agosto del 2011, ante la notaria Marta Cecilia Jiménez Chaves.—3 de agosto del 2011.—Lic. Marta Cecilia Jiménez Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2011251165.—(IN2011060796).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 15:00 horas del 3 de agosto del 2011, se constituyó Repuestos Sacasa S. A. Presidenta y secretario con facultades de apoderados generalísimos: Rosibel Salas Carvajal y Luis Alberto Salas Carvajal.—Lic. Hugo Retana Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2011251166.—(IN2011060797).

Mediante escritura número ciento cincuenta, visible al folio ciento treinta dos frente, del protocolo uno del licenciado Sergio Mena Díaz, se constituyó la sociedad denominada Surf Training Nosara Limitada, en fecha tres de agosto de dos mil once.—Lic. Sergio Mena Díaz, Notario.—1 vez.—RP2011251168.—(IN2011060798).

Por escritura otorgada en San José, de las nueve horas del cuatro de agosto del dos mil once, se reforman cláusulas de pacto constitutivo sociedad Distribución Interactiva de Costa Rica S. A. Presidente: Gonzalo Berrocal Brenes.—Lic. Consuelo Méndez Marchena, Notaria.—1 vez.—RP2011251171.—(IN2011060799).

El suscrito notario hace constar y da fe que: (i) mediante escritura pública número 150-45 otorgada ante mí a las 8:00 horas del día 16 de junio de 2011, se reformaron las cláusulas 1 y 2 del pacto constitutivo de la sociedad denominada Crusader Casino Ltda; y, (ii) mediante escritura pública número 150-45 otorgada ante mí a las 8:00 horas del día 16 de junio de 2011, se reformaron las cláusulas 1, 2 y 6 del pacto constitutivo de la sociedad denominada Port Royal Casino Ltda. Es todo.—San José, 4 de agosto de 2011.—Lic. Alonso J. Lara Tomas, Notario.—1 vez.—RP2011251172.—(IN2011060800).

NOTIFICACIONES

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO INMOBILIARIO

Se hace saber a: I- Paul Seiler Kirmser, cédula de identidad número 8-31-1129, a través de su albacea el señor Pablo Seiler Briceño, cédula 1-583-684, según poder citas 496-9423-1-1, en su condición de propietario de la finca de San José matrícula 221292. Que en este Registro se iniciaron Diligencias Administrativas de oficio, porque según el escrito, de la señora registradora Lic. Esther Martínez Cerdas, registradora número 52 del Grupo 4, del cual se desprende la posible existencia de una duplicidad del plano SJ-16013-1973, que involucra a los inmuebles de la provincia de San José, matrículas 221292 y 221314, el cual manifiesta textualmente en lo que interesa: “(...) Me correspondió el trámite del documento presentado al Diario de este Registro bajo el asiento 144642 del tomo 2011 que se refiere a la afectación a donación de la finca del partido de San José, matrícula 221314, y al realizar el estudio correspondiente, determiné que el plano catastrado que se indica en dicho testimonio número 1-16013-1973, se encuentra publicitado también en la finca de dicho partido número 221292. (...)”. En virtud de lo denunciado esta Asesoría, mediante resolución de las 8:50 horas del 22 de junio del 2011, ordenó consignar nota de advertencia administrativa sobre las fincas 221292 y 221314 de San José y con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 10:30 horas del 20 de julio del dos mil once, se autorizó la publicación por una única vez de un edicto para conferirle audiencia a la persona mencionada, por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la última publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presente los alegatos que a sus derechos convenga y se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar facsímil o correo electrónico, conforme el artículo 26 del Reglamento de Organización del Registro Inmobiliario, que es Decreto Ejecutivo 35509-J, del 13 de setiembre, publicado en La Gaceta N° 198, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 20 y 21 de la Ley Sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas, el artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 vigente a esta fecha, en correlación con el artículo 185 del Código Procesal Civil. Notifíquese. (Referencia Exp. 2011-608 RIM).—Curridabat, 20 de julio del 2011.—Lic. Mónica Mora Apuy, Asesora Jurídica.—1 vez.—O. C. Nº 11-0507.—Solicitud Nº 26100.—C-19820.—(IN2011061376).

Se hace saber a.—1. Nelly Mesén Montes, cédula de identidad 1-383-068, en su condición de gerente con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de Los Clavelones de Quepos Limitada, cédula jurídica 3-102-490676, titular registral del inmueble de Puntarenas número 59067-000.—2. Federico Ramírez Muñoz, cédula de identidad 4-088-874, titular registral de los derechos bajo la submatrícula 001 en los inmuebles de Puntarenas número 63880 y 82164, y del inmueble del mismo partido número 42475-000.—3. Silvia Fernández Tinoco, cédula 1-414-1095, en su condición de presidente con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de Bosco Inmobiliaria S. A., cédula jurídica 3-101347210; titular registral del inmueble de Puntarenas número 26712-000.—4. Kenneth Miller, de único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, pasaporte de su país número 17512889701113, titular registral del inmueble de Puntarenas número 127157-000.—5. Frank Russell Ambler Henkins, cédula de identidad 8-093-129, en su condición de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de Blue Runner S. A., cédula jurídica 3-101-508320, titular registral del inmueble de Puntarenas número 57104-000.—6. Alfredo Joyel Díaz, de nacionalidad salvadoreña, pasaporte número 0062996, titular registral de los inmuebles de Puntarenas números 24796-000 y 64505-000.—7. Paúl Edwuard Lambert Nixon, cédula 8-0088-269, en su condición de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de International Boat of Prayer I B O P S. A., cédula jurídica 3-101-331251, titular registral de los inmuebles de Puntarenas número 55743-000 y 56025-000.—8. Juan Carlos Porras Guzmán, cédula 5-308-380, en su condición de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de Taller Industrial Sama S. A., cédula jurídica 3-101-350810, titular registral de los inmuebles de Puntarenas números 142351-000 y 60978-000.—9. Brian Douglas Backman, de un único apellido en razón de su nacionalidad canadiense, cédula de residencia número 125-0187539-001201, en su condición de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de B & P and The Monkey Business S. A., cédula jurídica 3-101-355180, titular registral del inmueble de Puntarenas número 134112-000.—10. Herederos de quien en vida fuera Manuel Antonio Ramírez Muñoz, cédula de identidad 4-079-420, titular registral de los derechos bajo las submatrícula 003 en los inmuebles de Puntarenas número 63880 y 82164, y del inmueble del mismo partido número 64227-000; a quienes se les notificará por medio de una publicación en el Diario Oficial La Gaceta, por no haber sido localizados en el domicilio indicado en la información que consta en los respectivos asientos regístrales los nueve primeros y en el caso de los herederos del señor Ramírez Muñoz por no constar albaceazgo inscrito que represente legítimamente los intereses de dicha sucesión: que en este Registro se iniciaron diligencias administrativas de oficio según el informe presentado el día 5 de mayo de 2009 a la Dirección General y recibido en este Registro el día 11 del mismo mes, suscrito por el señor Olman Rojas Rojas, Coordinador General a. i. del Programa de Regularización de Catastro y Registro (folios 01 a 43 del tomo I), por medio del cual advierte de una eventual sobreposición de los inmuebles del Partido de Puntarenas matrículas de folios reales números ciento treinta y cuatro mil ciento doce (134112), ciento treinta mil doscientos ochenta y dos (130282), ciento doce mil quinientos ochenta y nueve (112589), ciento cuarenta y cinco mil ciento veintiocho (145128), ciento diecinueve mil ochocientos dieciocho (119818), ciento dieciocho mil setecientos siete (118707), ciento treinta y cinco mil cuatrocientos dieciocho (135418), ochenta y un mil ciento noventa y cuatro (81194), sesenta y tres mil ochocientos ochenta (63880) y cincuenta y nueve sesenta y siete (59067) con el inmueble del partido de Puntarenas ciento sesenta y cuatro mil cuatrocientos ocho (164408) propiedad de El Estado según resolución de apertura y consignación de medida cautelar en los referidos inmuebles de las doce horas treinta minutos del primero de junio del dos mil nueve, expediente de gestión administrativa 2009-295-BI, ampliada en lo concerniente a los inmuebles objeto de medidas cautelares mediante resoluciones de las catorce horas dieciocho minutos del veinticinco de noviembre del dos mil nueve con relación a la propiedad también de Puntarenas número veinticinco mil cuatro (25004) y mediante resolución de las once horas doce minutos del treinta de marzo del dos mil once con relación a los inmuebles de Puntarenas números veintiséis mil setecientos doce (26712), cuarenta y dos mil cuatrocientos setenta y cinco (42475), cincuenta y cinco mil quinientos siete (55507), ochenta y dos mil ciento sesenta y cuatro (82164), cincuenta y siete mil ciento cuatro (57104), veinticuatro mil setecientos noventa y seis (24796), cincuenta mil ochocientos once (50811), sesenta y cuatro mil doscientos veintisiete (64227), cincuenta y cinco mil setecientos cuarenta y tres (55743), cincuenta y seis mil veinticinco (56025), sesenta y cuatro mil quinientos cinco (64505), ciento cuarenta y dos mil trescientos cincuenta y uno (142351), sesenta mil novecientos setenta y ocho (60978) y ciento veintisiete mil ciento cincuenta y siete (127157); en virtud de los informes técnicos suscritos por la Ing. Yenory Jara Vásquez, Registradora y el Ing. Ricardo Loria Sáenz, Coordinador General; de la División Catastral de este Registro de fecha 29 de junio del 2010 (folios 375 a 390 del tomo II), la corrección de dicho informe efectuada mediante Oficio sin número de fecha 2 de octubre del año anterior (folios 402 a 406 del tomo II) y la ampliación del informe inicial de fecha 25 de enero de 2011 (folios 441 a 448 del tomo II). Con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 09:07 horas del 27 de julio de 2011 se ordenó la publicación por una única vez de un edicto para conferirle la audiencia de rigor a los referidos interesados, por el término de quince días hábiles a partir del día siguiente de su publicación, con el objetivo que presenten los alegatos que a sus derechos convengan y se les previene que dentro del término establecido para la audiencia, deben señalar número de facsímil o correo electrónico, donde atender futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 34 en relación con el numeral 26 del Reglamento de Organización del Registro Inmobiliario que es Decreto 35509-J del 30 de setiembre de 2009, publicado en La Gaceta N° 198 del 13 de octubre de 2009, en relación con los numerales 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley 8687, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se les tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 de la citada ley y artículo 27 del Reglamento de la materia. Para efectos de consultar el presente expediente, el horario para solicitar fotocopias es de lunes a viernes de ocho a diez de la mañana. Notifíquese.—Curridabat, 27 de julio del 2011.—Gabriela Carranza Araya, Asesora Jurídica.—1 vez.—O. C. Nº 11-0507.—Solicitud Nº 26082.—C-58520.—(IN2011061377).

Se hace saber a Álvaro Murillo Castillo, titular registral del plano número P-1431-1973; Carlos Chacón Marín, cédula de identidad número 1-320-445, titular registral del plano número P-815484-1989; Édgar Cambronero Herrera, cédula de identidad número 3-134-932, titular registral del plano P-521444-1988; Amelia Campos Vargas, cédula de identidad 6-038-258, titular registral del plano P-756452-1988; Ana Belle Orozco Blanco, cédula de identidad 1-424-212, titular registral del plano P-756451-1988; Zelmira Villarreal Villarreal, cédula de identidad 5-158-792, titular registral de los planos números P-678424-1988, P-3053-1991, P-920520-1990 y P552115-1984; Jorge Ernest Campos, cédula de identidad 3-077-094, titular registral del plano P-365554-1979 y Joaquín Sánchez Marín, cédula de identidad 2-159-713, titular registral del plano P-742771-1988; a quienes se les notificará por medio de una publicación en el Diario Oficial La Gaceta, por no constar su domicilio en la Información que consta en los asientos regístrales: que en este Registro se iniciaron diligencias administrativas de oficio expediente 2010-1575-RIM según se ordeno en la resolución de las 11:10 horas del 09 de noviembre pasado en el expediente de gestión administrativa 2009-295-BI, en virtud del informe técnico rendido mediante Oficio sin número de fecha 29 de junio pasado, por la Ing. Yenory Jara Vásquez, Registradora y el Ing. Ricardo Loria Sáenz, Coordinador General de la División Catastral de este Registro, el cual en lo de interés refiere en los cuadros identificados con los números 2 y 3 los planos catastrados que eventualmente podrían encontrarse sobrepuestos con la propiedad de El Estado inscrita en el partido de Puntarenas número 164408-000 y que al día de hoy no han generado ningún asiento en la División Registral de este Registro. La Asesoría Jurídica del Registro Inmobiliario mediante resoluciones de las 12:13 horas del 16 de noviembre del 2010 y 09:40 horas de 24 de mayo de 2011, ordenó consignar nota de advertencia administrativa sobre los referidos planos catastrados. Con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 9:07 horas del 28 de junio de 2011 se ordenó la publicación por una única vez de un edicto para conferirle la audiencia a los referidos interesados, por el término de quince días hábiles a partir del día siguiente de su publicación, con el objetivo  que presenten los alegatos que a sus derechos convengan y se les previene que dentro del término establecido para la audiencia, deben señalar número de facsímil o correo electrónico, donde atender futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 34 en relación con el numeral 26 del Reglamento de Organización del Registro Inmobiliario que es Decreto 35509-J del 30 de setiembre de 2009, publicado en La Gaceta N° 198 del 13 de octubre de 2009, en relación con los numerales 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley 8687, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se les tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 de la citada ley y artículo 27 del Reglamento de la materia. Para efectos de consultar el presente expediente, el horario para solicitar fotocopias es de lunes a viernes de ocho a diez de la mañana. Notifíquese.—Curridabat, 28 de junio del 2011.—Gabriela Carranza Araya, Asesora Jurídica.—1 vez.—O. C. Nº 11-0507.—Solicitud Nº 26081.—C-26120.—(IN2011061381).

Se hace saber a: 1) Christopher Nash, número de pasaporte 105327711, como Apoderado Generalísimo de Agropecuaria Corozal Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-031305, en calidad de concesionario del plano catastrado P-964253-2004. 2) Que la Subdirección Catastral del Registro Inmobiliario, se realizó apertura de Diligencias Administrativas del expediente administrativo 0038-2011 debido a un presunto traslape entre los planos catastrados P-964253-2004 y P-1471031-2011. Mediante resolución de las 14:00 horas del 27/01/2010 se procedió a dar apertura del expediente administrativo y consignar advertencia administrativas sobre los planos citados. Mediante resolución de las 9:00 hrs. del 11-05-2011, se brindo audiencia de ley a las partes, siendo que fue devuelto el certificado de correos RR032158512CR* dirigido a Christopher Nash, número de pasaporte 105327711, como apoderado generalísimo de Agropecuaria Corozal Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-031305, en calidad de concesionario del plano catastrado P-964253-2004, con la indicación de “domicilio desconocido”, con el fin de cumplir con el Debido Proceso, por resolución de las 11:00 horas del 21/07/2011, se autorizó la publicación por única vez. para conferirle audiencia a la persona indicada, contados a partir del día siguiente de la última publicación del edicto en el Diario Oficial “La Gaceta”; a efecto de que dentro del dicho término presente los alegatos que a sus derechos convenga y se le previene: que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar facsímil o correo electrónico, conforme el artículo 26 del Reglamento de Organización del Registro Inmobiliario, que es Decreto Ejecutivo Nº 35509-J, del 13 de setiembre publicado en La Gaceta Nº 198, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 20 y 21 de la Ley Sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público Nº 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas, el artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 vigentes a esta fecha, en correlación con el artículo 185 del Código Procesal Civil. (Referencia Exp. 2011-0038-RIM). Notifíquese.—Curridabat, 27 de julio del 2011.—Lic. Ruth Espinoza Miranda, Asesora Jurídica.—1 vez.—O. C. Nº 11-0507.—Solicitud Nº 0981.—C-19820.—(IN2011061382).

Se hace saber a: Concepción Delgado Segura, cédula 1-0328-0480, a sus herederos, albacea o posibles interesados en su sucesión, como poseedor del plano catastrado número L-542144-1999, así como a los señores Carlos Luis Gutiérrez López, cédula 5-0088-0188 y Bolívar Osorno Cubillo, cédula 5-0091-0148, los dos últimos como poseedores del plano catastrado número L-357016-1979, que en este Registro se iniciaron Diligencias Administrativas de oficio, relacionadas con la sobreposición parcial que ocurre entre las áreas graneadas por esos plano catastrado, y su traslape con vía pública. En virtud de lo denunciado esta Asesoría, mediante resolución de las 12:00 horas del 17/12/2010, ordenó consignar Advertencia Administrativa sobre los planos catastrados aludidos, y con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 10:35 horas del 21/07/2011, se autorizó la publicación por una única vez de un edicto para conferirle audiencia, por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la publicación del edicto en el Diario Oficial “La Gaceta”; a efecto de que dentro de dicho término presenten los alegatos que a su derecho convenga. Se les previene que dentro del término establecido para la audiencia, deben señalar facsímil, conforme los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público de la Propiedad de Bienes Inmuebles, que es Decreto Ejecutivo 26771-J, del 18 de febrero de 1998, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 20 y 21 de la Ley Sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público 3883, el artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 vigente a esta fecha, en correlación con el artículo 185 del Código Procesal Civil. (Referencia Exp. 2010-1731-RIM). Notifíquese.—Curridabat, 21 de julio del 2011.—Lic. Federico Jiménez Antillón, Asesor Jurídico.—1 vez.—O. C. Nº 11-0507.—Solicitud Nº 0980.—C-15320.—(IN2011061385).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

SUCURSAL EN GUADALUPE

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El suscrito Administrador de la Sucursal en Guadalupe, Caja Costarricense del Seguro Social, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, se procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos incluidos en el cuadro que se detalla, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Publica. En el cuadro se indica el numero patronal ,nombre de la razón social y monto de la deuda al 18 de julio de 2011.La institución le concede 5 días hábiles para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedara firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial, tanto en la vía civil como penal, los periodos notificados anteriormente que ya poseen firmeza administrativa y aparecen en este aviso de cobro deben ser tomados a efectos de referencia de la deuda.

 

RAZÓN SOCIAL

Nº PATRONAL

MONTO ADEUDADO ¢

ACUÑA CORDERO WENDY

303520006

1.438.346

ADUANEROS PABLO CHINCHILLA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101028371

506.375

ALFUCORI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101148329

21.060

ALMACÉN LÍNEA ACTIVA C Q SOCIEDAD ANÓNIMA

3101394217

18.761.272

ANA LEIDY FERNÁNDEZ BARBOZA

106610409

125.785

ARAYA CHAVARRÍA MAURICIO

111340560

181.508

ARAYA CHAVARRÍA MAURICIO

111340560

181.452

ARAYA ROJAS YENORY

105320902

29.987

BADIMOR E HIJOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101513613

1.269.307

BARBOZA COTO DENEY

103780472

17.074

BEJARANO Y SANABRIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101316762

2.900.449

BOLAÑOS MÉNDEZ MANRIQUE JOSÉ

108920322

1.109.725

CABO DE LOS VIENTOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101311274

5.507.112

CARAZO QUESADA JOSÉ PABLO

106130371

1.703.242

CARILLANCA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101104500

2.463.426

CARMONA FALLAS JUAN CARLOS

107730267

2.172.016

CARR TARJETAS DE FELICITACIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101085311

102.753

CARROCERÍA Y PINTURA LOMON E I R L

3105179667

2.455

CARVAJAL SOTO CARLOS ELIMBER

204340549

278.665

CASA PROPIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101014500

4.149.118

CASTILLO FAJARD HORACIO JOSÉ

109940227

6.976.476

CASTRO UGALDE GERMAN EDUARDO

103911132

6.017.754

CENTRO DE COMPRAS GRUPO DORADO SA

3101049546

83.091

CENTRO INTEGRAL AUTOMOTRIZ MATA & BRENES S A

3101325591

4.228.490

CERRAJERÍA GUADALUPE LIMITADA

3102034209

5.385.053

CÉSPEDES MESEN LUIS FERNANDO

601580398

2.421.460

CHACON ELECTROMECÁNICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101198845

3.776.843

CHAVARRÍA CAMACHO JOSÉ LUIS

105150540

621.608

CHINCHILLA DÍAZ WILLIAM

107710102

282.440

COMPAÑÍA DE SEGURIDAD INTERCEPTE SA

3101193186

3.670.905

COMPUTER SOLUTIONS CS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101555607

1.355.992

CONSTRUCTORA BOJORGE Y ABELLÁN SA

3101495668

2.341.677

CONSTRUCTORA EL TARTU VELOZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101439233

1.066.044

CONSTRUCTORA GARITA Y ASOCIADOS SA

3101363147

2.581.581

CONSTRUMUEBLES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101514807

2.044.194

CONSULTORIA PROFESIONAL ROGUER S.A

3101365667

1.060.522

CONSULTORIA PROFESIONAL ROGUER SA

3101365667

798.492

COOPERATIVA AUTOGESTIONARIA EL PUNTO R.L.

3004467803

227.679.360

CÓRDOBA SOLANO GERARDO ENRIQUE

302870525

551.146

CORPORACIÓN ARAUCARIA NATIVA A N SA

3101312317

309.664

COSECA CONSTRUCCIONES VERDES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101541347

598.103

CR VIDEOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

3102312217

9.654.036

DEBRINEY DOS MIL UNO S. A.

3101296039

8.787.836

DISTRIBUIDORA LACAYO Y CASTRO SA

3101105920

394.555

ECHANDI ECHEVERRIA FERNANDO

103440269

2.835.239

EL TALLER DE DANIEL Y ADRIÁN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101503071

1.109.840

EL TOBOGÁN T N SOCIEDAD ANÓNIMA

3101124905

4.066.823

ESPECTROMAC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101268221

204.984

ESPINOZA SÁNCHEZ RAFAEL FERNANDO

107010429

346.791

ESQUIVEL PORRAS JORGE VÍCTOR

602270062

1.874.792

FAGO DOS MIL QUINIENTOS CUATRO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101604221

327.147

FARMACIA EXPRESS R X LIMITADA

3102371705

5.565.832

FERENC NO INDICA OTRO FABIO DARÍO

16864730

667.793

FERRARO CASTRO GABRIEL

109300660

1.365.320

FLORIA MARÍA ROSSI LARA

106810391

33.979

FOPROM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101407678

17.479

GARCÍA CHACON BERNARDO

202710891

212.153

GÓMEZ CASTRO FRANCISCO LEONEL

104000592

82.932

GONZÁLEZ CAMACHO ERIC

203260328

928.420

GONZÁLEZ RUBÍ CINDY

108960323

704.184

GREGORY PAUL TARBELL

15925105

196.485

GRUPO COQUETERÍAS S.A

3101148840

119.194

GRUPO EXDA INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101197768

105.729

GRUPO GALAXY EMPRESARIAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101605450

272.366

GUILLEN VARGAS EDUARDO

106300387

599.736

HERRERA ARCE ANABELLE

106240561

1.814.542

HIGHTRIB INVESTMENTS LIMITADA

3102382438

3.001.739

IGSA INDUSTRIAS GRAFICAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101020089

148.805

IMPORTACIÓN Y VENTA DE AUTOS SAN KIM SA

3101258031

8.036.296

IN YOUR FACE CD S.A.

3101607926

1.599.503

INDUSTRIAS TEXTILES N A SA

3101144455

2.345.744

INMOBILIARIA ROBLE DEL PACIFICO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101292280

1.621.470

INNOVACIONES GRUPO COBRA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101343472

805.514

INVERSIONES ENAPIO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101112666

6.515

INVERSIONES ESTRATÉGICAS MARBELLA IEM SA

3101361719

1.985.422

INVERSIONES MORA Y COMPAÑIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101101589

4.071.279

JIMÉNEZ CÓRDOBA RANDALL

109750026

647.612

JIMÉNEZ LEITÓN WILLIAM GIOVANNI

205520664

51.642

JIMÉNEZ MUÑOZ GLORIA JEANNETTE

107520782

2.367.187

JIMÉNEZ MUÑOZ RAINIERY

108360312

436.356

JOHNSON UNIVERSITY OF ENGINEERING AND HIGH TECHNOLOGY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101264625

56.286

JONZEH INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101077545

6.789

JOSÉ CASTRO LORIA

602580893

725.169

JUAN CARLOS BARQUERO BARAHONA

303860467

6.882.653

L BRISSE DU PARIS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101367481

1.345.948

LABORATORIO CIF SOCIEDAD ANÓNIMA

3101082998

33.020

LIZANO VARGAS FABIO

102210425

505.890

LÓPEZ MORA DORA

601520315

1.121.974

LUXRED GRUPO CONSULTOR LUX SOCIEDAD ANÓNIMA

3101447633

1.379.331

M.S ELECTRÓNICA REPARACIÓN DE EQUIPO REFRIGERADO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101378325

259.640

MARBANICAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101361874

4.682.704

MARKETING AND SALES TECHNOLOGIES SA

3101478276

2.881.723

MARTINA QUESADA GONZÁLEZ

105000102

69.049

MATARRITA SÁNCHEZ WILKYN

110570691

943.100

MAXIMILIANO LIZARME ALARCÓN

14550246

7.485

MÉNDEZ ARROYO MARVIN

106130612

100.720

MERCEDES MORALES RÍOS

601220129

33.176

MIPSA HEREDIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101403381

1.280.697

MONTERO ROSAS GIOVANNY

108230136

762.122

MORA MORA OLIVIER

502150223

30.289

MORALES CHINCHILLA BRAULIO DANIEL

113710198

333.207

MUEBLES QUERCUS J.L.A. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101572556

5.599.208

MUEBLES VISO DE COSTA RICA MVCR SA

3101473562

2.767.392

NÉSTOR OCTAVIO UMAÑA REYES

15720504

61.078

OBANDO VIZCAÍNO REYNIER

107860063

1.129.193

OPERACIONES TÁCTICAS ESPECIALIZADAS O T E SA

3101248082

1.563.127

PRODUCTORA DE CERTÁMENES PARA RADIO Y TELEVISIÓN PRÓCER TV SOCIEDAD ANÓNIMA

3101408573

636.838

PUBLIMPRESOS DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101230958

1.318.782

R & E MULTIPINTURAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101499968

1.493.098

R & M MEDICAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101589101

385.560

RED DE DESARROLLOS TURÍSTICOS REDETUR SA

3101406218

4.497.194

RETANA LEITÓN ROBERTO

108720397

10.555

RIVERA QUESADA JAIRO

108070529

558.842

ROBERTO ALDECOBA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101094456

30.764

RODRÍGUEZ CAMACHO MANUEL

302310547

591.199

ROSALES AUTOMOTRIZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101555603

1.001.603

S&B SERVICIOS Y CAPACITACIÓN PROFESIONAL SA

3101538565

2.837.600

SALAZAR VILLAR MARÍA ELENA

101540375

1.052.234

MESHNUN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101100099

26.849

SEGURIDAD INTEGRAL INSEG SOCIEDAD ANÓNIMA

3101362126

289.812

SEGURIDAD Y VIGILANCIA PROVICSA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101426523

1.133.982

SERVICIOS TÉCNICOS INDUSTRIALES E Y P SA

3101258439

886.601

SOLANO VINDAS JORGE MARIO

104660998

884.631

SOLÍS CALVO GERARDO ALBERTO

108530970

4.154.008

SOMARRIBA CHAVARRÍA DAYANA

110980280

495.753

STEPHANIE HARDWICK MILLER

27022790

142.896

SÚPER TRANSMISIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101142567

796.052

SUS IMPRESOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101069675

3.796.069

TALLER DE CARROCERÍA Y MECÁNICA EN GENERAL SAN ANTONIO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

3102181629

4.998.473

TÉCNICAS EN MERCADEO C M SOCIEDAD ANÓNIMA

3101318562

152.087

TECNOVIVIENDA LA RIVIERA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101245287

57.013

TELEMOVIL DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101080972

29.341

TEXTILES DEL FUTURO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101119572

123.930

THERMAL TECH INGENIERÍA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101552426

4.353.038

TRANSPORTES INTERNACIONALES H B G DEL NORTE SA

3101344819

568.830

TRANSPORTES KENNETH MATA GAMBOA SA

3101425787

297.522

UNIFORMES ORIGINALES M.C.K. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101434995

1.477.375

URIBE LÓPEZ KAROL

109940841

361.894

VALVERDE LEÓN ASDRÚBAL

108250244

446.275

VARGAS JIMÉNEZ EDGAR ENRIQUE

106490154

1.674.448

VARGAS OBANDO MIUREL PATRICIA

109010199

334.547

VEGA CALVO ODALI

108250949

657.667

VELAZQUEZ ARAYA JOHAN

110170214

3.422.957

VIDRIOS EL VALLE S.A

3101271360

430.727

WASHINGTON MADDE IRWIN OWEN

701350937

1.168.062

YANKICHA C N K SA

3101211916

81.846

YENER INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101243539

3.221.337

Z GRAPHICS DE CENTROAMÉRICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101525674

784.990

ZAMORA CÉSPEDES DAVID

601790330

1.672.792

ZELEDÓN SÁNCHEZ PATRICIA

105360945

102.465

ZONA COMERCIAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101262066

4,185.885

 

Lic. Juan Carlos Delgado Cabalceta, Jefe Administrativo.—(IN2011057503).

SUCURSAL EN DESAMPARADOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El suscrito Lic. Johel Sánchez Mora, Administrador de la Sucursal en Desamparados, Caja Costarricense de Seguro Social, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos y trabajadores independientes incluidos en el cuadro que se detalla, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. En el cuadro, se indica el número patronal, nombre de la razón social y monto de la deuda al mes 07 del 2011. La institución le concede 5 días hábiles, para que se presenten a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. Los periodos notificados anteriormente que ya poseen firmeza en Sede Administrativa por tanto; en caso de aparecer en este aviso de cobro deben ser tomados a efectos de referencia de la deuda.

 

Nombre

Patronal

Monto ¢

ARTÍCULOS DE DISTRIBUCIÓN Y SERVICIO ARDYSS SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101272039-1-1

2.788.579,00

QUIRÓS CAMPOS HUMBERTO

0-101640850-1-1

704.345,00

PUNTAS DE TRACCIÓN DELANTERA PTD SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101191040-1-1

251.049,00

AGROPECUARIA QUIRÓS SÁNCHEZ TRES MIL CUATRO SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101074883-1-1

387.667,00

PORRAS CHACON MIGUEL ÁNGEL

0-104820923-1-1

1.668.207,00

SÁNCHEZ MARIN CARLOS ENRIQUE

0-501461007-1-1

1.639.147,00

CONSULTORES FINANCIEROS Y ADMINISTRATIVOS ZAFISAL S A

2-3101189790-1-1

183.612,00

ALDIMA INTERNACIONAL COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101160073-1-1

276.718,00

CECILIA GONZÁLEZ GONZÁLEZ

0-102080765-1-1

197.300,00

MUEBLES MODULARES MAJOMI SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101283376-1-1

2.247.890,00

PROMOCIONALES Y TEXTILES PROMOTEX SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101278227-1-1

852.595,00

RUIZ CARAVACA JOSÉ OSCAR

0-500560150-1-1

11.602.416,00

MARO ROTULACIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101257425-1-1

3.187.232,00

VALLADARES CÉSPEDES ELIÉCER GERARDO

0-106360056-1-1

697.414,00

FLORES SIBILE JOSÉ ANTONIO

7-16927057-1-1

121.286,00

EVITADEO SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101271472-1-1

206.386,00

MADRIGAL BORBÓN ALEJANDRO

0-109030021-1-1

302.777,00

MORA UREÑA MARÍA EUGENIA

0-106290837-1-1

1.395.826,00

VARQUIM SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101228939-1-1

251.193,00

CORPORACIÓN OXXO SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101134299-1-1

142.678,00

NAVARRO ROJAS JUAN LUIS

0-107270948-1-1

61.292,00

COSTA RICA MAGNÉTICOS SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101113988-1-1

771.095,00

BEJARANO FERNÁNDEZ MARÍA ELENA

0-102480712-1-1

16.598,00

BRENES BRENES VÍCTOR MANUEL DE LA TRINIDAD

0-105760384-1-1

6.145.900,00

ARAUZ CHACON RAMIRO ALBERTO

0-106360484-1-1

118.211,00

LÓPEZ SERRANO SONIA

0-602290878-1-1

67.276,00

RUIZ Y MENDOZA SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101220307-1-1

451.319,00

IMPORTADORA DE PARTES AUTOMOTRICES DE CENTROAMÉRICA SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101171479-1-1

567.734,00

CASTRO CORDERO CARMEN MARÍA

0-103920372-1-1

284.507,00

FALLAS RÍOS MARÍA EUGENIA

0-105750698-1-1

33.387,00

GUERRERO RODRÍGUEZ JACQUELINE DE LOS

7-27319297-1-1

2.609.103,00

VILLAR BONILLA GARY RANDALL

0-105240854-1-1

1.127.232,00

CASA PROVEEDORA DE ALIMENTOS PROALI PROALI SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101278094-1-1

132.925,00

MUFLAS Y ACCESORIOS DE COSTA RICA M A C SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101268974-1-1

61.252,00

FAERRÓN ABURTO ARAMIS

0-501350707-1-1

2.353,00

BARAHONA MADRIGAL GEINER GÉNESIS

0-107540543-1-1

69.221,00

EL DESAMPARADEÑO SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101052622-1-1

2.863.588,00

ACUÑA ARTAVIA RANDALL ANTONIO

0-109040193-1-1

82.934,00

BONILLA ULLOA JOHANNA

0-106740433-1-1

21.343,00

CASTILLO PORRAS LUIS DIEGO

0-109990902-1-1

339.526,00

VALVERDE ARCE RAFAEL ÁNGEL

0-104860324-1-1

86.734,00

GONZÁLEZ JIMÉNEZ SATURNINO

7-17022044-1-1

827.502,00

GISELLE SALAZAR JIRÓN

0-500690190-1-1

21.686,00

CERDAS GUERRERO ANA ISABEL

0-700580146-1-1

269.800,00

FALLAS PORRAS MARCO NEY

0-107560280-1-1

27.462,00

CASTILLO MARIN PAUL JOSÉ

0-107910046-1-1

620.055,00

SALGADO MURILLO CARLOS MANUEL

0-106040868-2-1

2.955.420,00

LENS MOLINA JORGE

0-600970424-1-1

953.957,00

SUPERMERCADOS MALIBÚ SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101101192-1-1

16.148,00

AUTOMOTORES LUIGI CAR SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101282934-1-1

904.602,00

TALAVERA ALTAMIRANO ROBERTO

0-108910884-1-1

541.974,00

PANADERÍA Y PASTELERÍA SAN BOSCO SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101120599-1-1

7.053.359,00

FERRETERÍA Y SEGURIDAD MX SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101263055-1-1

250.772,00

DESARROLLOS SOFTEC DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101202149-1-1

250.772,00

HERRERA RETANA ISABEL

0-104300459-1-1

951.016,00

IMPORTACIONES COYOACÁN SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101180265-1-1

540.088,00

REPRESENTACIONES TWN SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101225402-1-1

3.715.109,00

EXCAVACIONES MARILAN SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101089324-1-1

80.212,00

GRUPO COMERCIAL ALME JEAM SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101305362-2-1

187.557,00

CONSULTORA MOYA Y NÚÑEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101076395-1-1

8.145.161,00

DISTRIBUIDORA INTERNACIONAL JORDAN SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101097953-1-1

909.687,00

GAMBOA QUIRÓS CARMEN

0-103810298-1-1

1.626.058,00

THOMAS THOMAS JEFF CLAYTON

7-16025292-1-1

36.400,00

INDUSTRIAS BELSA SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101064916-1-1

783.566,00

VARGAS GONZÁLEZ ROBERTO

0-204540828-1-1

67.412,00

CARNICERÍAS BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101251047-1-1

3.237.908,00

CHACON ULATE RODRIGO

0-202560693-1-1

1.878.930,00

HERRERA CALDERÓN MINOR

0-301700770-1-1

4.596.704,00

ABARCA ROMERO CARLOS GUILLERMO

0-302560770-1-1

342.090,00

ASOCIACIÓN COMUNIDAD ECLESIAL Y DE PROMOCIÓN HUMANA

2-3002111863-1-1

185.737,00

MORA NARANJO ANA MARGARITA DE FÁTIMA

0-501820922-1-1

342.090,00

UMAÑA ROMERO MIRIAM

0-102140200-1-1

20.178,00

NAVARRO MONGE RONI ANTONIO

0-106150247-2-1

36.118,00

ROJAS CAMARENO DORA VIRGINIA

0-600700140-2-1

199.099,00

MARTÍN GARCÍA OFELIA

0-103480526-1-1

22.911,00

DISTRIBUIDORA LUVARQUIM SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101312472-2-1

289.708,00

OMAG SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101028524-1-1

50.865,00

INVERSIONES DIVERSAS RANSSES SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101128983-1-1

79.738,00

DISTRIBUIDORA JENKINS SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101111495-1-1

2.742.010,00

ALTERNATIVAS DE FORMACIÓN A Y F SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101196649-1-1

25.003,00

MORA CRUZ HÉCTOR

0-104170919-1-1

118.600,00

VARGAS ALVARADO DORIS DE JESÚS

0-108330204-1-1

64.345,00

GREEN GREEN CAROLYN JORDAN

7-24010131-1-1

 

KOMAKY SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101139209-1-1

124.407,00

CENTRO SUMINISTROS DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101124409-1-1

4.919.196,00

BARQUERO & NAVARRO SEGURIDAD BARNA SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101312552-1-1

37.229,00

CAMPOS CAMPOS FRANCISCA

0-601010283-1-1

177.205,00

RIVERA MORA JEANNETTE

0-301971318-1-1

173.584,00

JIMÉNEZ ZAMORA GLENDA LILLIANA

0-108540385-1-1

34.615,00

SÁNCHEZ ELIZONDO MAYRA

0-700550120-1-1

201.804,00

COMERCIAL ZELEDÓN Y RUIZ SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101083525-1-1

2.811.755,00

GONZÁLEZ SOLÍS VÍCTOR MANUEL

0-601500252-1-1

1.499.892,00

POQUELINA SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101197928-1-1

3.391.230,00

GIE GRUPO INDUSTRIAL DE ESTRUCTURAS DEL ESTE SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101264996-1-1

3.401.959,00

COMPAÑÍA INDUSTRIAL DE SUELAS M J SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101140702-1-1

807.048,00

LITHOEM SMV LIMITADA

2-3102313351-1-1

2.396.036,00

LÓPEZ QUIRÓS VÍCTOR GERARDO

0-107150229-1-1

2.230.991,00

CORPORACIÓN ALVA DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101156075-1-1

1.190.800,00

DELGADO FIGUEROA JUANITA

0-106160094-1-1

986.983,00

QUESADA JIMÉNEZ MYRIAM

0-105790722-1-1

72.374,00

CANALES VALLEJOS NORBERTO

0-502520394-1-1

50.686,00

FALLAS MELÉNDEZ LUIS EDUARDO DEL SOCORRO

0-105240622-1-1

199.227,00

ASEGURADORA CONSORSE SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101315691-1-1

196.778,00

ÁVILA SALAZAR CARLOS ALBERTO

0-104430196-1-1

96.348,00

UREÑA PÁEZ JONATHAN

0-109290991-1-1

297.938,00

GÓMEZ ALVARADO JOSÉ ALBERTO

0-104550705-1-1

100.328,00

EMPRESA DE SEGURIDAD WILSON SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101244594-1-1

481.394,00

DUARTE BRIONES OLGA

0-501880141-1-1

20.616,00

MURRELL PETTERS IRMA

0-900460088-1-1

965.087,00

INVERSIONES ALCALÁ DEL ESTE SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101129648-1-1

935.005,00

MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA LA EXCELENCIA SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101315635-1-1

239.536,00

GRUPO EMPRESARIAL ACTIVO R Z SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101268040-1-1

52.066,00

OCAMPO GÓMEZ MARÍA ELENA

0-501460241-1-1

139.606,00

MUNDO DE JUEGOS FAMILIARES DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101314257-1-1

22.308,00

FONSECA GUTIÉRREZ MANFRED

0-108330934-1-1

95.609,00

ASESORES DE PROYECTOS INFORMÁTICOS A R W SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101314250-2-1

311.167,00

MONGE ABARCA LISBETH

0-106790086-2-1

29.844,00

HIDALGO SOMARRIBAS PATRICIA LORENA

0-105310189-1-1

402.613,00

RAMÍREZ LEIVA MARIANELA

0-106600085-1-1

84.389,00

VALVERDE HERNÁNDEZ GISELLE

0-108510543-1-1

250.788,00

METAL ALAJUELENSE BRESI SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101209083-1-1

5.596.714,00

MARIN VALVERDE SHIRLEY ROCÍO

0-106460373-1-1

267.580,00

MIRANDA DI GIAMBATTIS LEONARDO

0-108180150-1-1

1.137.811,00

PARRISH PARRISH DWIGHT BLAKE

7-16123134-1-1

95.054,00

CASSADY CASSADY COURTNEY LEIGH

7-28020071-1-1

28.511,00

TEXTILERA DE PAVAS B H SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101226480-1-1

21.441.435,00

SOPORTE PARA MICROCOMPUTADORAS Y REDES SMR SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101283088-1-1

938.039,00

SÚPER GRÚAS SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101254097-1-1

1.772.969,00

SOLUCIONES CREATIVAS DE SAN RAFAEL SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101165031-1-1

64.083,00

DISTRIBUIDORA SERVICAM SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101296806-1-1

35.766,00

LARIOS MURILLO ZELMA IRIS

0-401260095-1-1

1.921.648,00

LÓPEZ LÓPEZ ALBERTO

0-800400447-1-1

107.665,00

MORA MORA JOSÉ DANIEL

0-106330846-2-1

870.716,00

BOUTIQUE Y ZAPATERÍA E G S SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101329482-2-1

198.024,00

MONTERO UREÑA MANUEL ANTONIO

0-105640544-1-1

85.390,00

CONSULTORIA TÉCNICA AGRÍCOLA NAPO SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101330110-2-1

53.833,00

MARTÍNEZ CHINCHILLA FREDDY

0-105230072-5-1

5.713.586,00

KAWAS ORTEGA JOSÉ ANTONIO

0-103830103-1-1

4.256.885,00

ANGULO CUBILLO GRETTEL

0-106680015-1-1

251.976,00

ALFARO CARVAJAL SONIA MARÍA

0-106270240-1-1

104.957,00

FLORES DÍAZ JUAN BERNARDO

0-107280736-1-1

1.153.695,00

VARGAS FALLAS JORGE LUIS

0-106670870-1-1

9.732.747,00

PORRAS SÁNCHEZ OLMAN

0-107700839-1-1

56.670,00

CONSULTORA ROMERO MR SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101336693-2-1

460.968,00

HIDALGO CASTRO JOSÉ MANUEL

0-104740923-1-1

92.029,00

MONGE OBANDO MARÍA

0-104330847-1-1

7.796.064,00

VIDRIOS DESAMPARADOS VIDESA SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101226228-1-1

111.989,00

BARQUERO ROJAS CONSUELO

0-101118865-1-1

58.020,00

IGL INFORMACIÓN GLOBAL SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101305253-1-1

128.387,00

GONZÁLEZ ABELLÁN PEDRO

0-502010415-1-1

2.863.272,00

REPUESTOS Y ACCESORIOS MONTOYA SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101256454-1-1

84.737,00

PRODUCTOS AGRÍCOLAS CENTROAMERICANOS SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101230038-1-1

89.183,00

COMPAÑÍA DE SEGURIDAD UMAÑA VILLALOBOS Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101334933-2-1

340.879,00

R O S REMANUFACTURAS ORIGINALES SUPERIORES SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101264376-1-1

6.570.945,00

ARAUZ ALFARO MARTA WIDAT

0-800580253-1-1

1.827.223,00

MORALES SOLANO LEDA MARÍA

0-104061123-2-1

1.057.811,00

BUSINESS ON LINE SOCIEDAD ANONIMA

2-3101285350-1-1

293.942,00

HERNÁNDEZ FERNÁNDEZ HORACIO

0-900090751-1-1

3.286.955,00

ORTUÑO SOBRADO GASPAR

0-101650482-1-1

863.944,00

LEÓN CASTILLO SERGIO LUIS

0-202980432-1-1

770.105,00

BICICLETAS MODERNAS SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101124809-1-1

453.188,00

MONGE JIMÉNEZ RICARDO IGNACIO

0-900780238-1-1

1.353.726,00

PRADA HERNÁNDEZ MYRIAM AIDEE

0-901070826-1-1

88.482,00

CONFECCIONES H CARTÍN LIMITADA

2-3102081714-1-1

10.156,00

INDUSTRIAS ESQUINSA SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101325182-2-1

2.225.325,00

D J TRANSPORTES BRISA SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101121450-2-1

1.733.568,00

GUAN XIU RONG CHEANG SOCIEDAD ANONIMA

2-3101088877-1-1

693.971,00

CONSTRUCCIONES INNOVADORAS DE HEREDIA SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101321932-1-1

391.139,00

JOYERÍA GILBERTH CAVALLINI SALAZAR SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101063161-1-1

1.656.570,00

SEGURIDAD INVESTIGACIONES Y ASESORÍAS SIA SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101323691-2-1

2.741.940,00

RAMSA DE SAN JOSÉ SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101179211-1-1

344.759,00

PLÁSTICOS DEL SUR FLORCA SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101235073-1-1

72.388,00

CASTRO MEZA JUAN RAMÓN

0-301870084-1-1

214.092,00

CÉSPEDES NAVARRO ROSIBEL

0-900150890-1-1

804.601,00

SOLUCIONES INVENTIVAS SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101156925-1-1

369.947,00

CONSULTORES PARA LA INGENIERÍA Y EL DISEÑO B C SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101279023-1-1

42.143,00

CASTILLO VARGAS JUAN GABRIEL

0-110790247-1-1

6.536.817,00

NAVARRO ROJAS ORLANDO

0-301840933-1-1

264.786,00

STORY STORY CLIFTON WAYNE

7-16924087-1-1

44.698,00

VILLALOBOS ALFARO MELVIN

0-104680345-1-1

5.988.374,00

ROSSYLAND SOCIEDAD ANÓNIMA

2-3101351932-2-1

137.302,00

PALACIOS GÓMEZ MARIANELA

0-107280627-1-1

1.143.046,00

AGUERO CÉSPEDES MAYRA

0-103340609-1-1

62.741,00

MAZA CASTELLANO JULIO CESAR

7-13108107-1-1

712.074,00

VARGAS CAIROL ROBERTO

0-107700547-1-1

207.887,00

BERNARDO EUGENIO FLORES UREÑA

0-108920010-1-1

29.772,00

 

231.319.796,00

 

Lic. Johel Sánchez Mora.—(IN2011057998).

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

DIRECCIÓN REGIÓN CENTRAL

Se hace saber a los señores Luis Alberto Hernández Parra, cédula de identidad Nº 6-0203-0158 y Laura Calderón Jiménez, cédula de identidad Nº l-1094-0694, que se ha dictado la resolución que dice: Instituto de Desarrollo Agrario. Dirección Región Central, Cartago. Asesoría Legal. A las 2:45 horas del 27 de julio del 2011. Con fundamento en las facultades que otorga la Ley de Tierras y Colonización Nº 2825 de 14 de octubre de 1961 y sus reformas, la Ley de Creación del Instituto de Desarrollo Agrario Nº 6735 de 29 de marzo de 1982, el Reglamento para la Selección y Asignación de Solicitantes de Tierras publicado en La Gaceta Nº 116 del 16 de junio de 2010, se inicia el presente Proceso Administrativo de revocatoria de adjudicación y subsecuente nulidad de título, según expediente administrativo RV-00003-11, en su contra, como adjudicatarios del lote Nº 13 del Asentamiento Vista de Mar, sito en el distrito 09-Chires cantón 04-Puriscal de la provincia de San José. En vista de que este procedimiento se instruye por la supuesta violación del artículo 68, inciso 4), párrafo b) de la Ley de Tierras y Colonización Nº 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, es decir: “Por el abandono injustificado de la parcela...”, el domicilio de los señores Hernández Parra y Calderón Jiménez es desconocido, al no localizarse ni en la zona ni en el predio, por lo que se procede a notificarles esta resolución por publicación de dos edictos en el Diario Oficial La Gaceta, notificación que se tendrá por hecha una vez vencido el término del emplazamiento, el cual no será mayor a quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la segunda publicación. Se ha fijado para la comparecencia y recepción de prueba las 9:30 horas del día 1º de setiembre del 2011, debiendo comparecer personalmente y no por medio de apoderado, ante esta Asesoría Legal, en la Dirección Regional de Cartago, ubicada ciento setenta y cinco metros al norte de la Capilla María Auxiliadora en Cartago, a hacer valer sus derechos y ejercer defensa sobre los cargos imputados, pudiendo hacerse acompañar por un profesional en Derecho o un especialista en la materia. Vencido el emplazamiento de la publicación o vencida la hora señalada para audiencia, cualquier gestión atinente a comparecer se tendrá por extemporánea, con las consecuencias legales que se derivan de la extemporaneidad. Se les previene señalar lugar, dentro del perímetro de la ciudad de Puriscal, donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que de no hacerlo así, cualquier resolución posterior se tendrá por notificada con el solo transcurso de veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere. Para consulta y estudio se informa que el expediente por medio del cual se instruye este proceso, se encuentra en la Dirección Regional de Cartago. Notifíquese.—Lic. Ramón Luis Montero Sojo, Asesoría Legal.—(IN2011059982) 2 v. 2.

Se hace saber a la señora Ana Pérez Sánchez, cédula de identidad Nº 1-0966-0154, que se ha dictado la resolución que dice: Instituto de Desarrollo Agrario. Dirección Región Central, Cartago. Asesoría Legal. A las 3:45 horas del 27 de julio del 2011. Con fundamento en las facultades que otorga la Ley de Tierras y Colonización Nº 2825 de 14 de octubre de 1961 y sus reformas, la Ley de Creación del Instituto de Desarrollo Agrario Nº 6735 de 29 de marzo de 1982, el Reglamento para la Selección y Asignación de Solicitantes de Tierras publicado en La Gaceta Nº 116 del 16 de junio de 2010, se inicia el presente Proceso Administrativo de revocatoria de adjudicación y subsecuente nulidad de titulo, según expediente administrativo RV-00015-11, en su contra, como adjudicataria y propietaria registral del lote Nº 23 del Asentamiento Vista de Mar, inscrita al Folio Real 500586-000, sito en el distrito 09 Chires cantón 04 Puriscal de la provincia de San José. En vista de que este procedimiento se instruye por la supuesta violación del artículo 68, inciso 4), párrafo b) de la Ley de Tierras y Colonización Nº 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, es decir: “Por el abandono injustificado de la parcela...”, el domicilio de la señora Pérez Sánchez es desconocido, al no localizarse ni en la zona ni en el predio, por lo que se procede a notificarle esta resolución por publicación de dos edictos en el Diario Oficial La Gaceta, notificación que se tendrá por hecha una vez vencido el término del emplazamiento, el cual no será mayor a quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la segunda publicación. Se ha fijado para la comparecencia y recepción de prueba las 9:30 horas del día 31 de agosto del 2011, debiendo comparecer personalmente y no por medio de apoderado, ante esta Asesoría Legal, en la Dirección Regional de Cartago, ubicada ciento setenta y cinco metros al norte de la Capilla María Auxiliadora en Cartago, a hacer valer sus derechos y ejercer defensa sobre los cargos imputados, pudiendo hacerse acompañar por un profesional en Derecho o un especialista en la materia. Vencido el emplazamiento de la publicación o vencida la hora señalada para audiencia, cualquier gestión atinente a comparecer se tendrá por extemporánea, con las consecuencias legales que se derivan de la extemporaneidad. Se le previene señalar lugar, dentro del perímetro de la ciudad de Puriscal, donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que de no hacerlo así, cualquier resolución posterior se tendrá por notificada con el solo transcurso de veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere. Para consulta y estudio se informa que el expediente por medio del cual se instruye este proceso, se encuentren la Dirección Regional de Cartago. Notifíquese.—Lic. Ramón Luis Montero Sojo, Asesoría Legal.—(IN2011059983). 2 v. 2.

AVISOS

COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES EN

LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES

A las siguientes personas se les comunica que, según nuestros registros al 31 de mayo del 2011, se encuentran morosos. Transcurridos diez días hábiles contados a partir de la fecha en que sus nombres aparezcan publicados en el Diario Oficial La Gaceta, de no cancelar la suma adeudada o firmar un arreglo de pago, se iniciará el proceso administrativo o judicial, según corresponda. Al mismo tiempo se les recuerda que este trámite tiene como consecuencia la inhabilitación para el ejercicio legal de la profesión.

 

Nombre

Cédula

Agüero Chinchilla María Leila

107660210

Aguero García Javier

108080299

Aguilar Villalobos Viviana

109820777

Aguilera Ramírez Luis Roberto

303540034

Alfaro Rodríguez Ileana

109500468

Alvarado Vega Oscar Gerardo

401410223

Álvarez Vega Alonso Emilio

205740367

Apolo Matarrita María Mercedes

108350721

Araya Segura Karen Johanna

303840240

Arias Cruz Kattia Vanessa

206140342

Astorga Monge Ana Isabel

302240205

Badilla Castillo Pamela

111310517

Barrantes Segura Gilberth

400890886

Barrientos Porras Flor de Lis

202360017

Benavides Jaén Ingrid

107510452

Blanco Vásquez Diana María

206100694

Bogarín Rodríguez Ana Isabel

206000943

Bonilla Gómez Margoth

303500625

Brenes Calvo Gladys María

302980851

Brenes Mata Carolina María

304250521

Brenes Montero Milena

106450755

Calderón Barquero Gabriel

110330038

Calderón Mora Hilda Cristina

109720267

Cambronero Vega Karla María

110850311

Campos Gutiérrez Ingrid

110340884

Campos Silva Glenda

110030999

Carpio Carpio Carmen Andrea

303710527

Carranza Guzmán Osvaldo

203430647

Castillo Villalobos Marcela

204680044

Cerdas Alvarado Jeannette

110150816

Chacón Ruiz Adriana

111450860

Chavarría Castellón Adelaida

110400931

Chaves González Gunther

108740019

Chaves Villalta Mauricio

106650391

Chinchilla Aguilar Karla

108090218

Cordero Hidalgo Silvia Elena

204040932

Córdoba Jiménez Juan Carlos

110080253

Coto Murillo Paulo

110560998

Cubero Vargas Juan Gerardo

203890223

De la O Murillo Julia

401010754

Delgado Elizondo Virny

107710311

Edwards Earle Diorbette Johanna

108440393

Espinoza Álvarez Luis Diego

109820932

Espinoza Araya Otilia Jackeline

109640623

Esquivel González Evelyn María

206170659

Fernández Blanco Adán

205600892

Fonseca Castro Jenniffer Liseth

303490742

Fonseca Rodríguez Magdalena

105510758

Gómez Céspedes Auxiliadora

206110772

Gómez Hernández Stehanny

303750426

Bejarano Miranda Joselin

110430665

Gómez Murillo Alejandra Aracely

206220639

González Gutiérrez Blanca

107860499

Granados Cáseres Ana María

106910667

Henchoz Bolaños Jorge Arturo

104990323

Herrera Rodríguez Ivonne

206410308

Herrera Villalobos Ana Lorena

107350179

Huertas Solano Patricia María

105460265

Jiménez Zamora Daniela

108730489

Lanzoni Vindas Alejandro Alfonso

106570985

Loáiciga Vargas María José

303790496

López Yannarella Johnny

401290577

Madrigal Salas Silvia Irene

204700338

Mena Solano Elena

106690102

Montero Chaves Gaudy Raquel

205050832

Mora Fallas Cynthia

111670210

Morales Cascante José Alberto

206260571

Muñoz Marín Diany

112160740

Murillo Vásquez María Farina

206160162

Navarro Aguilera Isaac

301860367

Navarro Godínez Manuel Antonio

108610505

Navarro Quirós Loira

111490707

Navarro Solano Nubia María

105780754

Núñez Calderón Yadira

110930828

Pacheco Urbina Adela María

106870367

Padilla Cerdas Víctor Hugo

301870205

Pizarro Araya Susana

108230147

Pochet Cabezas Lilliana

105240032

Porras Alvarado María del Milagro

303690355

Quesada Aguilar Rebeca María

205980018

Quesada Rojas Fernando

201820627

Quirós Arias Doriana

205670180

Quirós Flores Marisol María

108560327

Ramírez Fallas Paula Jesús

111090685

Rodríguez Alfaro Yesenia

206070934

Rojas Calvo Karol

109090038

Rojas Mora Katya Patricia

107570858

Rojas Quirós Elvia Judith

103940784

Rubio Coto Isabel Cristina

108070148

Salas Calvo Nelsy Mayela

303130201

Salazar Oses Luis Ángel

202580908

Salazar Solís Andrea Melissa

112920859

Salazar Zúñiga Hazel Eugenia

105580522

Sanabria Montenegro Maureen

303540839

Sánchez Castillo Carolina María

111110669

Segura Solano Verónica

113540976

Sojo Hidalgo Fanny María

304230602

Solano Montero Rosibel María

106040374

Solano Rivera Cristian Gerardo

303590049

Solera Aguilar Diana Marcela

111650531

Solís Madriz Adriana María

304190568

Soto Morales Marión Elena

206130443

Ugalde Delgado Ana Isabel

401460167

Umaña Chavarría Adriana Marcela

112990301

Valverde Andrade Jessie Tatiana

110100155

Valverde Espinoza Arabela

108060490

Valverde Meléndez Nydia

103390256

Vargas Espinoza Laura Cristina

113450008

Vargas Guzmán Rosario

107690297

Vargas Jara Nuria

106910187

Vargas Padilla Laura

110410257

Vargas Rojas Olga Patricia

205800600

Vega Solano Yorleni

106580370

Villavicencio Mora Karen

108440738

Garita Villalobos Zeidy María

401640044

 

Junta Directiva.—M.Sc. Félix Ángel Salas Castro, Presidente.—M.Sc. Magda Rojas Saborío, Secretaria.—1 vez.—(IN2011058870).

FE DE ERRATAS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE OSA

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

En La Gaceta Nº 130 del 6 de julio del 2011, en la página Nº 52, se publicó con el siguiente título el “MATRICES DE INFORMACIÓN DEL MAPA DE VALORES DE TERRENOS POR ZONAS HOMOGÉNEAS” en el punto 2, al cual debe hacerse la siguiente corrección:

Donde dice:

“Aplicar el Manual de Valores Base Unitarios por Tipología Constructiva, publicado en La Gaceta Nº 78 del 23 de abril del 2008”.

Léase correctamente:

“Aplicar el Manual de Valores Base Unitarios por Tipología Constructiva 2011, publicado en el Alcance Digital Nº 12 de La Gaceta Nº 30 del 11 de febrero del 2011”.

Ciudad Cortés, 18 de agosto del 2011.—Alberto Cole De León, Alcalde.—1 vez.—(IN2011064388).