LA GACETA Nº 169 DEL 2 DE SETIEMBRE DEL 2011

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 36.690-MP

36724-MOPT

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

MINISTERIO DE SALUD

MINISTERIO DE AMBIENTE, ENERGÍA

Y TELECOMUNICACIONES

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE AMBIENTE, ENERGÍA

Y TELECOMUNICACIONES

DOCUMENTOS VARIOS

EDUCACIÓN PÚBLICA

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y PAZ

COMERCIO EXTERIOR

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

CULTURA Y JUVENTUD

LICITACIONES

SALUD

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

BANCO DE COSTA RICA

AVISOS

ADJUDICACIONES

SALUD

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

REMATES

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PESCA

Y ACUICULTURA

REGISTRO DE PROVEEDORES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

FE DE ERRATAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

BANCO DE COSTA RICA

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES

REGLAMENTOS

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACÍFICO

UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

MUNICIPALIDADES

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

COMISIÓN NACIONAL DE PRÉSTAMOS PARA EDUCACIÓN

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

SEGURIDAD PÚBLICA

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

MUNICIPALIDADES

FE DE ERRATAS

AVISOS

MUNICIPALIDADES

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 36.690-MP

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 118 y 140 inciso 5) y 14), de la Constitución Política.

Decretan:

Artículo 1º—Amplíase la convocatoria a sesiones extraordinarias a la Asamblea Legislativa, hecha por el Decreto Ejecutivo 36.689-MP, a fin de que se conozcan los siguientes proyectos de ley:

Expediente N° 18.024: Reforma al Código Procesal Penal, a la Ley de Justicia Penal Juvenil y a la Ley de Ejecución de Sentencias Penales Juveniles; y adición al Código Procesal Penal.

Expediente N° 17.665: Ley de mecanismos electrónicos de seguimiento en materia penal.

Expediente N° 18.139: Reforma de los Artículos 173, 173 bis y 174 y adición de los artículos 174 bis y 174 ter al Código Penal, Ley N° 4573, sobre pornografía infantil.

Artículo 2º—Rige a partir del 4 de agosto de 2011.

Dado en la Presidencia de la República, a los cuatro días del mes de agosto de dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la Presidencia, Carlos Ricardo Benavides Jiménez.—1 vez.—O.C. 10971.—(Sol. Nº 046).—C-10820.—(D36690-IN2011064411).

N° 36724-MOPT

EL SEGUNDO VICEPRESIDENTE

EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Con fundamento en las atribuciones que les confieren los incisos 3) y 18) del artículo 140 de la Constitución Política y en el artículo 3 de la Ley Nº 3155 del 5 de agosto de 1963, Ley orgánica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), reformada por la Ley Nº 4786 del 5 de julio de 1971.

Considerando:

I.—Que el artículo 84 de la Ley de Tránsito por Vías Terrestres Nº 7331 del 13 de abril de 1993 y sus reformas, establece que para comprobar la velocidad que lleva un vehículo, las autoridades de tránsito podrán utilizar, indistintamente, el radar pistola, el radar con cámara incorporada, el cronómetro, el sistema de vigilancia automática o cualquier otro sistema que establezca la Dirección General de Policía de Tránsito y que en caso de utilizarse el sistema de vigilancia automática, deben cumplirse los requisitos establecidos en el artículo 150 de esta Ley.

II.—Que el artículo 150 de la Ley de Tránsito por Vías Terrestres Nº 7331 del 13 de abril de 1993 y sus reformas, establece la posibilidad de las autoridades de tránsito de confeccionar partes impersonales, cuando el infractor no esté presente o cuando no se identifique fehacientemente.

III.—Que el artículo 150 bis de la Ley de Tránsito por Vías Terrestres Nº 7331 del 13 de abril de 1993 y sus reformas, establece que en las carreteras que determine el Ministerio de Obras Públicas y Transportes por medio de su órgano competente, podrán utilizarse equipos de registro y de detección de las infracciones contra la Ley de Tránsito vigente. Que dichos equipos de registro de infracciones podrán consistir en fotografías u otras formas de reproducción de la imagen y el sonido, que se constituyan como medios aptos para comprobar la falta. Asimismo dicho artículo señala que el Ministerio de Obras Públicas y Transportes emitirá un reglamento, que contemplará los estándares técnicos que los equipos utilizados para el registro de infracciones en sistemas electrónicos de vigilancia automática deberán cumplir en resguardo de su confiabilidad y certeza, así como las condiciones en que han de ser usados, así como quienes serán los encargados de operarlos, para que las imágenes u otros elementos de prueba que de ellos se obtengan, puedan servir de base para denunciar las infracciones contra la presente Ley de Tránsito por Vías Terrestres Nº 7331 del 13 de abril de 1993 y sus reformas.

IV.—Que existe una necesidad de extrema urgencia de asegurarse el cumplimiento de las disposiciones establecidas por la Ley de Tránsito por Vías Terrestres Nº 7331 del 13 de abril de 1993 y sus reformas con la finalidad de incrementar la seguridad vial en las vías públicas del país. Por lo tanto,

Decretan:

El siguiente:

Reglamento de las condiciones técnicas y de

uso de los equipos de registro y detección

de infracciones a la Ley de Tránsito

vigente por medio de imágenes

CAPÍTULO I

Condiciones de uso

Artículo 1°—Objeto: El objeto del presente reglamento es establecer los estándares técnicos que deberán tener los equipos de registro y detección de infracciones a la Ley de Tránsito vigente por medio de imágenes así como sus condiciones de uso.

Artículo 2°—Uso de las imágenes: De conformidad con lo establecido en la Ley de Tránsito vigente las imágenes captadas por los equipos de registro y detección de infracciones por medio de imágenes autorizadas por las autoridades de tránsito correspondientes, podrán utilizarse como medio probatorio para la acreditación de aquellas conductas catalogadas como infracciones a la Ley de Tránsito que se encuentre vigente y para las cuales sea posible demostrar la infracción mediante estas imágenes.

Artículo 3°—Registro y detección: Para el registro y detección de las infracciones a la Ley de Tránsito vigente acreditadas por las imágenes capturadas por los equipos de registro y detección de infracciones no será necesaria la presencia física de las autoridades de tránsito al momento de la infracción en el lugar donde ocurre el hecho.

Artículo 4°—Operador del sistema: La Dirección General de Tránsito será el operador de los equipos de registro y detección de infracciones por medio de imágenes, quien asimismo podrá asignar a otra entidad la instalación de los equipos y la transmisión de forma segura de las imágenes capturadas.

Artículo 5°—Identificación: Los equipos de registro y detección de infracciones a la Ley de Tránsito vigente por medio de imágenes, deben permitir la correcta identificación del vehículo que circula a una velocidad no permitida. Toda imagen que no pueda determinar fehacientemente la velocidad de circulación del vehículo objeto de la medición no será utilizada para acreditar la existencia de infracciones a la Ley de Tránsito en vigencia.

Artículo 6°—Captura de la imagen: Las imágenes capturadas por los equipos de registro y detección de infracciones a la Ley de Tránsito vigente, deberán ser capturadas por equipos que cumplan con los requerimientos técnicos establecidos por la Ley de Tránsito vigente y el presente Reglamento.

Artículo 7°—Seguridad y confidencialidad: Desde el momento de su captura, las imágenes producidas por los equipos de registro y detección que sirvan para la acreditación de una infracción, tendrán incorporadas las medidas de seguridad necesarias para que únicamente las autoridades de tránsito correspondiente tengan acceso a ellas y procedan a la generación de la infracción.

Artículo 8°—Privacidad: Las imágenes capturadas por los equipos de registro y detección de infracciones a la Ley de Tránsito vigente por medio de imágenes deberán ser captadas en respeto a la privacidad de los ocupantes del vehículo objeto de medición. Por lo tanto, deberá registrarse únicamente la información necesaria para acreditar la existencia de la infracción.

Artículo 9°—Ubicación: La autoridad de tránsito competente debe determinar la ubicación, señalización, instalación y funcionamiento de los equipos de registro y detección de infracciones a la Ley de Tránsito vigente por medio de imágenes de acuerdo a lo establecido por la Ley de Tránsito vigente y regulaciones de tránsito aplicables.

Artículo 10.—Información: El monitoreo de velocidad debe producirse en las carreteras y calles señalizadas con la velocidad máxima permitida, observando los criterios de la Dirección General de Ingeniería de Tránsito, para garantizar la seguridad vial y para informar a los conductores de los vehículos con respecto a la velocidad máxima permitida en el sitio así como de la existencia de monitoreo de velocidad por medio de los equipos de registro y detección de infracciones a la Ley de Tránsito vigente por medio de imágenes.

Artículo 11.—Ratificación de la información e identificación de la infracción: Una vez que la autoridad de tránsito correspondiente tenga acceso a las imágenes captadas por los equipos de registro y detección verificará la información que conste en las imágenes. Una vez validada la información y de ser procedente la autoridad de tránsito procederá a la identificación formal de la infracción para los fines correspondientes.

Artículo 12.—Notificación de la infracción: Al estar identificada formalmente la infracción, la autoridad de tránsito correspondiente en forma directa o a través de un tercero, procederá a la notificación de la multa al propietario registral del vehículo, según información que conste en el Registro Público de la Propiedad, mediante los medios permitidos por la Ley de Tránsito vigente. Dicha comunicación deberá incluir la información necesaria para que el propietario registral del vehículo infractor ejerza su derecho a la defensa, debiendo además indicar el lugar donde se pondrá a disposición la imagen que sirve como base para identificar la existencia de la infracción.

Artículo 13.—Registro de multas: Una vez que la multa se encuentre en firme, la autoridad de tránsito correspondiente procederá a solicitar la anotación de la misma en el asiento del propietario registral del vehículo infractor.

Artículo 14.—Almacenamiento de la información: El operador de los equipos de registro y detección de infracciones a la Ley de Tránsito vigente por medio de imágenes procederá a almacenar por un plazo de cinco años bajo las medidas de seguridad necesarias para asegurar la confidencialidad de la información, las imágenes que hayan servido de base para la creación de una multa por infracción a la Ley de Tránsito.

CAPÍTULO II

Consideraciones técnicas de los equipos de

registro y detección de infracciones

Artículo 15.—Requisitos: Los equipos de registro y detección de infracciones a la Ley de Tránsito vigente por medio de imágenes deberán cumplir con los requisitos y características mínimas establecidas en la Ley de Tránsito en vigencia así como con las especificaciones establecidas por el presente reglamento.

Artículo 16.—Capacidad del equipo: Los equipos de registro y detección de infracciones a la Ley de Tránsito vigente por medio de imágenes deben estar dotados de un dispositivo registrador de imágenes y debe permitir que la imagen producida permita la identificación del vehículo y registrar por lo menos la placa del vehículo, la velocidad del mismo en kilómetros por hora, la fecha y hora en que la imagen se captura. Asimismo las imágenes capturadas por los equipos de registro y detección de infracciones a la Ley de Tránsito vigente por medio de imágenes deberán incluir la información relacionada a la velocidad en kilómetros por hora permitida en el sitio de captura de la imagen, el sitio de captura de la imagen y la identificación del equipo de registro y detección de velocidad utilizado para la captura de la imagen.

Artículo 17.—Condiciones técnicas:

17.1    Los equipos de registro y detección de infracciones a la Ley de Tránsito vigente por medio de imágenes deberán tener la aprobación del respectivo modelo emitido por un laboratorio nacional de metrología reconocido internacionalmente, la cual debe contemplar el funcionamiento normal en las siguientes condiciones:

a)  temperatura ambiente de -10° C a 55° C.

b)  tensión eléctrica de alimentación entre -1% a +20% de la tensión nominal para corriente continua y entre -15% a +10%, para corriente alterna.

c)  descargas electrostáticas de 8KV por contacto y 15 KV por el aire y frecuencia de repetición de 0.1 Hz

d)  radiaciones electromagnéticas con intensidad de campo de 10V/m en frecuencias entre 80 MHz a 1000 MHz.

e)  picos de tensión en la línea de alimentación: para los instrumentos con alimentación eléctrica en corriente alterna será aplicado tren de pulsos, positivos y negativos con duración de 15ms en intervalo de repetición de 300ms constituido por pulsos de amplitud de 1 KV, 5ns de subida y duración 50ns con impedancia de 50Ω

f)   humedad relativa del aire entre 10% y 95%.

17.2 Condiciones técnicas:

Las siguientes serán las condiciones técnicas de los equipos:

a)  Deberán ser fabricados con materiales de resistencia adecuada y poseer características capaces de asegurar la estabilidad de esos instrumentos en condiciones normales de utilización.

b)  El valor de la división deberá ser máximo de 1 km/h.

c)  Los equipos de registro y detección de infracciones a la Ley de Tránsito vigente por medio de imágenes, deben tener dispositivo selector de velocidades que permita ajustar previamente la velocidad de control.

d)  Los equipos de registro y detección de infracciones a la Ley de Tránsito vigente por medio de imágenes, deben indicar la velocidad del vehículo controlado.

e)  Los equipos de registro y detección de infracciones a la Ley de Tránsito vigente por medio de imágenes, deben permitir la determinación de la velocidad de los vehículos de forma concomitante.

f)   Los equipos de registro y detección de infracciones a la Ley de Tránsito vigente por medio de imágenes utilizados en un lugar fijo, deben medir la velocidad de los vehículos en el sentido de su desplazamiento.

g)  Los equipos de registro y detección de infracciones a la Ley de Tránsito vigente por medio de imágenes, pueden ser proyectados para medir velocidad en ambos sentidos.

h)  Los equipos de registro y detección de infracciones a la Ley de Tránsito vigente por medio de imágenes deben tener botón prende/apaga, indicador de estabilidad de tensión y/o indicador de batería.

i)   Los equipos de registro y detección de infracciones a la Ley de Tránsito vigente por medio de imágenes, deben incorporar dispositivo que permita la simulación de una o más velocidades representativas de velocidades medidas en la práctica.

j)   Los equipos de registro y detección de infracciones a la Ley de Tránsito vigente por medio de imágenes, deben tener sellado todos los elementos de acceso que puedan provocar errores de medición.

Artículo 18.—Márgenes de tolerancia admitidos:

Los siguientes serán los márgenes de tolerancia admitidos en la apreciación técnica del modelo en condiciones de uso:

±3 km/h para valores medidos hasta 100 km/h

±3% para valores medidos superiores a 100 km/h

Artículo 19.—Calibración: Los equipos de registro y detección de infracciones a la Ley de Tránsito vigente por medio de imágenes deberán ser calibrados por una entidad acreditada por el Ente Costarricense de Acreditación de forma tal que se asegure su correcto funcionamiento de previo a su puesta en servicio. A cada equipo calibrado se le emitirá un certificado de calibración formal que reúna los requisitos internacionales sobre emisión de certificados y en el que se declaren los errores del equipo y la trazabilidad de las mediciones previo al inicio de emisión de infracciones. El laboratorio que realiza la calibración del equipo de medición colocará un marchamo en cada equipo para prevenir la manipulación no autorizada del mismo. Todos los equipos de registro y detección de infracciones a la Ley de Tránsito vigente por medio de imágenes deberán ser calibrados por lo mínimo una vez al año sin perjuicio de que los mismos sean calibrados en más ocasiones a solicitud de una autoridad de tránsito.

Artículo 20.—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintitrés días del mes de agosto del dos mil once.

LUIS LIBERMAN GINSBURG.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Francisco J. Jiménez Reyes.—1 vez.—O. C. Nº 320.—Solicitud Nº 38175.—C-119950.—(D36724-IN2011066376).

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Nº 330-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 139 inciso 1) de la Constitución Política, y 47 inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública (Nº 6227 de 2 de mayo de 1978), en la Ley Reguladora de los Gastos de Viaje y Gastos por Concepto de Transportes para todos los Funcionarios del Estado (Nº 3462 de 26 de noviembre de 1964), en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2011 (Nº 8908 de 2 de diciembre del 2010), y en el Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República (R-DC-111-2011 de 7 de julio del 2011).

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a la señora Laura Alfaro Maykall, cédula de identidad Nº 1-829-246, Ministra de Planificación Nacional y Política Económica, para que viaje y participe como expositora en el “Congreso Hacia la Integración y Promoción del Mercado Colombiano en América Latina”, organizado por la Asociación de Comisionistas de Bolsa de Colombia (ASOBOLSA), y la Bolsa de Valores de Colombia (BVC), a celebrarse en la Ciudad de Cartagena de Indias, Colombia, los días 11 y 12 de agosto del 2011.

Artículo 2º—ASOBOLSA y BVC cubrirán gastos por concepto de transporte y viáticos. El Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN) cubrirá impuestos sobre boletos de transporte, tributos o tarifas que se deban pagar en terminales de transporte y póliza de seguro por accidente (INS: Seguro Viajeros con Asistencia) con cargo al Título 217 (Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica), Programa 863 (Administración Central), Subpartidas 1.05.03 (Transporte en el Exterior), y 1.06.01 (Seguros) de la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2011.

Artículo 3º—Durante la ausencia de la señora Alfaro Maykall se encarga la cartera de Planificación Nacional y Política Económica al señor Carlos Ricardo Benavides Jiménez, cédula de identidad Nº 6-248-942, Ministro de la Presidencia.

Artículo 4º—Rige de las 10:00 horas del 11 de agosto del 2011 hasta las 17:00 horas del 13 de agosto del 2011.

Dado en la Presidencia de la República, a los veintiséis días del mes de julio del dos mil once.

Publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 12860.—Solicitud Nº 10175.—C-14420.—(IN2011064794).

Nº 331-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

En uso de las facultades que le confiere el artículo Nº 47, inciso 3) de la “Ley General de la Administración Pública”, y con fundamento en la Ley Nº 8908 “Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2011”, del 2 de diciembre del 2010, y el Capítulo IV del “Reglamento de Gastos de Viajes y de Transporte para Funcionarios Públicos”, emitido por la Contraloría General de la República, artículos Nos. 29, 31, 32 y 33.

Considerando:

1º—Que el señor Manuel Obregón López, Ministro de Cultura y Juventud, viajará del 31 de julio al 4 de agosto del 2011, a Asunción, Paraguay para asistir a la XIV Conferencia Iberoamericana de Ministros y Altas Autoridades de Cultura, y al III Foro Internacional del Bicentenario: “Ideas del Bicentenario”.

2º—Que con motivo de la ausencia del señor Ministro de Cultura y Juventud, se hace imperativo designar a un titular a. í. en esa Cartera. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Manuel Obregón López, cédula Nº 1-565-129, Ministro de Cultura y Juventud, para que asista a la XIV Conferencia Iberoamericana de Ministros y Altas Autoridades de Cultura, y al III Foro Internacional del Bicentenario: “Ideas del Bicentenario”, a realizarse los días 2 y 3 de agosto del 2011, en Asunción, Paraguay. Cabe mencionar que por motivos de itinerario el señor Obregón López debe salir del país el 31 de julio y regresar el 4 de agosto del 2011.

Artículo 2º—El transporte internacional, será cubierto por este Ministerio en el Programa 749-Actividades Centrales, Subpartida 1.05,03-Transporte en el exterior, por un monto de ¢1.244.036,70 (un millón doscientos cuarenta y cuatro mil treinta y seis colones con setenta céntimos), equivalentes a $2.370,00 (dos mil trescientos setenta dólares exactos); el hospedaje, la alimentación y el transporte interno, serán cubiertos por los organizadores y este Ministerio en el Programa 749-Actividades Centrales, Subpartida 1.05.04-Viáticos al exterior, le cubrirá los días 31 de julio, 1º y 4 de agosto, y la cena del día 3 de agosto, por un monto de ¢111.553,50 (ciento once mil quinientos cincuenta y tres colones con cincuenta céntimos), equivalentes a $212,52 (doscientos doce dólares con cincuenta y dos centavos).

Artículo 3º—En tanto dure la ausencia del señor Manuel Obregón López, nombrar al señor Iván Rodríguez Rodríguez, Viceministro de Cultura, cédula Nº 1-0626-0183, como Ministro a.í. de Cultura y Juventud.

Artículo 4º—Rige a partir de las 10:30 a. m. del día 31 de julio del 2011 hasta las 01:30 p. m. del día 4 de agosto del 2011.

Dado en la Presidencia de la República, a los veinte días del mes de julio del dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 11175.—Solicitud Nº 27689.—C-17120.—(IN2011064793).

N° 336-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos, 59 y 139 inciso 1) de la Constitución Política, 26.a) y 47.3) de la Ley General de la Administración Pública (Ley N° 6227 de 2 de mayo de 1978) y 153 siguientes y concordantes del Código de Trabajo (Ley N° 2 de 23 de agosto de 1943).

ACUERDA:

Artículo 1°—Conceder vacaciones a la señora Irene María Campos Gómez, cédula de identidad 1-645-700, Ministra de Vivienda y Asentamientos Humanos, los días 10, 11 y 12 de agosto de 2011.

Artículo 2°—Durante la ausencia de la señora Irene María Campos Gómez, nombrar como Ministro a. í. de Vivienda y Asentamientos Humanos, al señor Roy Barboza Sequeira, cédula de identidad 1-620-656, Viceministro de Vivienda y Asentamientos Humanos.

Artículo 3º—Dejar sin efecto el Acuerdo N° 319-P de 20 de julio de 2011.

Artículo 4°—Rige de las 00:00 horas del 10 hasta las 24:00 horas del 12, todas las fechas del mes de agosto de 2011.

Dado en la Presidencia de la República, a los cinco días del mes de agosto del dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O.C. 12561.—Solicitud Nº 2142.—C-9020.—(IN2011064408).

Nº 338-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 139 de la Constitución Política; artículo 47 inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, y artículos 7º párrafo final, 29 y 47 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Mario Zamora Cordero, cédula de identidad Nº 2-449-150, Ministro de Gobernación, Policía y Seguridad Pública, para que asista a la actividad denominada “Conversatorios Especializados sobre Amenazas a la Seguridad y Prevención de la Violencia en Centroamérica”, a realizarse en Guatemala, los días del 20 al 24 de junio del 2011 (incluye salida y regreso del participante).

Artículo 2º—El objetivo del viaje es brindar un soporte político internacional a la Estrategia de Seguridad de Centroamérica.

Artículo 3º—Desde las diecisiete horas treinta y cinco minutos del día veinte, hasta las catorce horas treinta y cinco minutos del día veinticuatro del mes de junio del dos mil once, en ausencia del señor Mario Zamora Cordero, se nombra como Ministro a. í., de los Ministerios de Gobernación y Policía y de Seguridad Pública, al Lic. Celso Gamboa Sánchez, Viceministro de Seguridad Pública.

Artículo 4º—El boleto aéreo será cubierto por el organismo auspiciador del evento (SICA). Asimismo el citado organismo (SICA) costeará los gastos de alimentación, hospedaje y transporte interno, durante los días 21, 22 y 23 de junio del 2011. El Ministerio de Seguridad Pública, mediante el Subprograma 089-00 Gestión Administrativa de los Cuerpos Policiales en la Subpartida 1.05.04 Viáticos en el exterior del país, cubrirá los gastos de alimentación hospedaje y transporte interno de los días 20 y 24 de junio del 2011.

Artículo 5º—Rige de las diecisiete horas treinta y cinco minutos del día veinte, hasta las catorce horas treinta y cinco minutos del día veinticuatro del mes de junio del dos mil once.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los quince días del mes de junio del dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 11335.—Solicitud Nº 31037.—C-14450.—(IN2011064792).

Nº 341-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en el artículo 26 inciso b) de la Ley Nº 6227 Ley General de la Administración Pública, lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2011, Ley Nº 8908, y el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Alfio Piva Mesén, portador de la cédula de identidad Nº 1-284-401, Primer Vicepresidente de la República, para que viaje a Honduras, del 17 al 21 de agosto del presente año, para participar en la “Primera Cumbre Mundial de Afrodescendientes”, a celebrarse en la Ciudad de La Ceiba-Honduras, del 18 al 21 de agosto del 2011.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de viáticos, impuestos, transportes, servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa en el país visitado se le cancelarán del Título 201-Presidencia de la República, Programa 021-Administración Superior, Subpartida 10503-Transporte al exterior, 10504-Viáticos al exterior.

Artículo 3º—El funcionario cede las millas otorgadas al Ministerio de la Presidencia en cada uno de los viajes realizados al exterior.

Artículo 4º—Se otorga la suma adelantada de ¢420.105,80 por concepto de viáticos sujetos a liquidación.

Artículo 5º—Rige a partir del 17 y hasta el 21 de agosto del 2011.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los nueve días del mes de agosto del dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 10970.—Solicitud Nº 050.—C-11720.—(IN2011064791).

Nº 343-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 139 inciso 1) de la Constitución Política y 47 inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública (Nº 6227 de 2 de mayo de 1978), en la Ley Reguladora de los Gastos de Viaje y Gastos por Concepto de Transportes para todos los Funcionarios del Estado (Nº 3462 de 26 de noviembre de 1964), en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2011 (Nº 8908 de 2 de diciembre del 2010), y en el Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República (R-DC-111-2011 de 7 de julio del 2011).

Considerando:

Único.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 330-P de 26 de julio del 2011, se autorizó viaje de la señora Ministra de Planificación Nacional y Política Económica, doña Laura Alfaro Maykall, para asistir al “Congreso Hacia la Integración y Promoción del Mercado Colombiano en América Latina”, a celebrarse en Colombia. Por motivos de cambio de itinerario en la ruta de regreso, la fecha indicada en el mencionado acuerdo debe ser reformada para un día anterior a la prevista.

ACUERDA:

Artículo 1º—Reformar el artículo 4º del Acuerdo Ejecutivo Nº 330-P de 26 de julio del 2011, para que en lo sucesivo se lea de la siguiente manera:

“Artículo 4º—Rige de las 10:00 horas del 11 de agosto del 2011 hasta las 17:00 horas del 12 de agosto del 2011.”

Artículo 2º—Rige a partir del día cinco del mes de agosto del dos mil once.

Dado en la Presidencia de la República, a los cinco días del mes de agosto del dos mil once.

Publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 12564.—Solicitud Nº 10177.—C-12170.—(IN2011064724).

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

Nº 243-PE

EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en el artículo 28 párrafo 1 y 2 inciso a) de la Ley 6227, Ley General de la Administración Pública, lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2011, Ley N° 8908, el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Alonso Luna Alfaro, portador de la cédula de identidad número 1-1011-243, Asesor de la Primera Vicepresidencia, para que viaje a Honduras acompañando en la Comitiva de Viaje Oficial al señor Alfio Piva Mesén, Primer Vicepresidente de la República, quien asistirá a la “Primera Cumbre Mundial de Afrodescendientes”, a celebrarse en la Ciudad de La Ceiba-Honduras del 18 al 21 de agosto del 2011.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de viáticos, impuestos, transporte, servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa en la ciudad visitada, se cancelarán del Título 201-Presidencia de la República, Programa 021-Administración Superior, Subpartida 10503-Transporte al Exterior, 10504-Viáticos al Exterior. El funcionario devengará el cien por ciento de su salario, durante la estadía fuera del territorio nacional, que corre del 17 al 21 de agosto del 2011.

Artículo 3º—El funcionario cede las millas otorgadas al Ministerio de la Presidencia en cada uno de los viajes realizados al exterior.

Artículo 4º—Se otorga la suma adelantada de ¢281.078,27 por concepto de viáticos sujetos a liquidación.

Artículo 5º—Rige del 17 al 21 de agosto del 2011.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los nueve días del mes de agosto del año dos mil once.

Carlos Ricardo Benavides Jiménez, Ministro de la Presidencia.—1 vez.—O. C. Nº 10970.—Solicitud Nº 051.—C-17120.—(IN2011064795).

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Nº 088-11 RE.DCI

VICEMINISTRA ADMINISTRATIVA

DE RELACIONES EXTERIORES

De conformidad con los artículos 140, inciso 12 y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; el artículo 55 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República y lo establecido en los artículos 7 y 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que es de interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, la participación en el Taller Regional División de Trabajo entre Cooperantes, “El Desafío La Ruta Regional”, donde se abordarán los temas acerca de la eficiencia de la cooperación regional, por realizarse en Tegucigalpa, Honduras, los días 12 y 13 de abril de 2011.

2º—Que es conveniente, la participación en este Taller de la señora Circe Milena Villanueva Monge, Directora de Cooperación Internacional, a cargo de la cooperación regional. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora, Circe Milena Villanueva Monge, cédula de identidad N° 3-248-411 para que en calidad de Embajadora en Misión Especial, participe en el Taller Regional División de Trabajo entre Cooperantes, “El Desafío La Ruta Regional”, por realizarse en Tegucigalpa, Honduras, los días 12 y 13 de abril de 2011.

Artículo 2º—Los tiquetes aéreos, alojamiento y parte de la alimentación, serán cubiertos por los organizadores. El transporte interno, impuestos aeroportuarios, llamadas internacionales, internet y gastos menores, corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, con cargo al Programa 083, subpartida 1.05.04 de viáticos. Se autoriza la suma de $188.00 diarios para un total de $752.00, todo sujeto a liquidación.

Artículo 3º—De acuerdo con el artículo 47 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, la señora, Circe Milena Villanueva Monge, estará cubierta por la póliza grupal INS viajero, con asistencia en dólares.

Artículo 4º—Rige del 11 al 14 de abril de 2011.

Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a los cuatro días del mes de abril de 2011.

Martha Núñez Madriz, Viceministra Administrativa.—1 vez.—O. C. Nº 10893.—Solicitud Nº 28623.—C-14400.—(IN2011065165).

MINISTERIO DE SALUD

Nº DM-MG-4108-11

LA MINISTRA DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública” N° 6227 del 02 de mayo de 1978.

Considerando:

1º—Que del 16 al 20 de agosto del 2011, tendrá lugar en República Dominicana, la “Primera Reunión del Grupo de Trabajo para la Vigilancia Epidemiológica de Eventos”; y este Despacho considera importante la participación de la Dra. María Ethel Trejos Solórzano, cédula Nº 4-111-109, Directora de Vigilancia de la Salud, y el Ing. Antón Zamora Ilarionov, cédula Nº 1-1398-0741, funcionario de la Unidad de Gestión Integral de la Información, en la actividad de cita. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la Dra. María Ethel Trejos Solórzano, cédula Nº 4-111-109, Directora de Vigilancia de la Salud, y al Ing. Antón Zamora Ilarionov, cédula Nº 1-1398-0741, funcionario de la Unidad de Gestión Integral de la Información, para que asistan y participen en la “Primera Reunión del Grupo de Trabajo para la Vigilancia Epidemiológica de Eventos”; que se llevará cabo en República Dominicana, del 16 al 20 de agosto del 2011.

Artículo 2º—Los gastos de la Dra. María Ethel Trejos Solórzano, y el Ing. Antón Zamora Ilarionov, por concepto de transporte, alimentación, y hospedaje, serán cubiertos por el Consejo de Ministros de Salud de Centroamérica y República Dominicana, por lo que no existe gasto a cargo del erario público.

Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de los funcionarios en la actividad, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige del 16 al 20 de agosto del 2011.

Dado en el Ministerio de Salud.—San José a los veintinueve días del mes de julio del dos mil once.

Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 10600.—Solicitud Nº 32948.—C-12170.—(IN2011064796).

MINISTERIO DE AMBIENTE, ENERGÍA

   Y TELECOMUNICACIONES

Nº 49-2011-MINAET

LA MINISTRA DE AMBIENTE, ENERGÍA

Y TELECOMUNICACIONES

En ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 140, inciso 18) de la Constitución Política, artículo 28 inciso j) de Ley General de la Administración Pública Nº 6227, publicada el dos de mayo de mil novecientos setenta y ocho; el artículo 194 de la Ley de Aguas Nº 276 del veintisiete de agosto de mil novecientos setenta y dos, y los artículos 1º y 3º del Decreto Nº 26624-MINAE, publicado el 27 de enero de 1998.

Considerando:

1º—Que el artículo 140, inciso 18) de la Constitución Política crea una reserva que reglamentará a favor del Poder Ejecutivo para organizar el régimen interno de sus despachos, con exclusión de las disposiciones de ley.

2º—Que la Ley General de la Administración Pública introduce un régimen jurídico novedoso para fortalecer la acción directiva del Gobierno introduciendo potestades y responsabilidades ministeriales para las cuales se hace necesario organizar concreta y adecuadamente el régimen interno dentro de cada ministerio.

3º—Que el artículo 194 de la Ley de Aguas Nº 276 y el Decreto Nº 26624-MINAE, publicado en La Gaceta el 27 de enero de 1998, establecen que los Inspectores Cantonales de Aguas serán nombrados por el Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, de una terna propuesta por la Municipalidad correspondiente.

4º—Que el Decreto Ejecutivo Nº 26624-MINAE establece que los Inspectores de Agua nombrados, permanecerán en su cargo hasta por un año, prorrogable automáticamente, salvo presentación de nueva terna.

5º—Que la Municipalidad de Alvarado mediante oficio DGA-00204-07-2011 del 4 de julio del 2011, ha remitido al Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones la debida terna propuesta para el nombramiento del Inspector de Aguas requerido para el Cantón de Alvarado, provincia de Cartago.

6º—Que se ha considerado la terna propuesta en relación con los requisitos legalmente establecidos para el puesto. Por tanto:

ACUERDA:

1º—Nombrar a la señora Gabriela Gómez Chacón, quien es mayor, vecina del Cantón de Alvarado, portadora de la cédula de identidad Nº 3-387-281, como Inspectora de Agua del Cantón de Alvarado, provincia de Cartago, quien ejercerá sus funciones por el resto del período a partir del día de publicación de este acuerdo, y por lo que resta del período del año 2011, prorrogable automáticamente hasta tanto la Municipalidad de Alvarado presente una nueva terna.

2º—Rige a partir de su publicación.

Dado en San José, a las once horas del veintiocho de julio del dos mil once.

Ana Lorena Guevara Fernández, Ministra de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones a. í.—1 vez.—O. C. Nº 009.—Solicitud Nº 45234.—C-19370.—(IN2011064684).

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE AMBIENTE, ENERGÍA

   Y TELECOMUNICACIONES

R-M-452-2011-MINAET.—San José, a las once horas del primero de agosto del dos mil once.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 11 de la Constitución Política, 11, 28 párrafo 2, inciso j), 89 inciso 1) y 92 de la Ley General de la Administración Pública N° 6227 del 2 mayo de 1978, Ley General de Telecomunicaciones N° 8642, Decreto Ejecutivo N° 34765 Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones y Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector de Telecomunicaciones N° 8660.

Considerando:

I.—Que el artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública dispone que la Administración sólo podrá realizar lo expresamente previsto por el ordenamiento jurídico.

II.—Que el Viceministerio de Telecomunicaciones, del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, por la índole de sus funciones, tramita gran cantidad de gestiones, dentro de las que se puede señalar todo lo referente a la administración y fiscalización del Programa 899, de dicho Viceministerio.

III.—Que mediante Acuerdo N° 002-P, del ocho de mayo del dos mil diez, se nombró a la señora Hannia Vega Barrantes, cédula de identidad número 1-736-561, como Viceministra de Telecomunicaciones, correspondiéndole por su cargo, las funciones de Jefe del Programa 899.

IV.—Que por la naturaleza de las funciones de la Viceministra de Telecomunicaciones, se ha valorado el delegar en su totalidad lo correspondiente a materia de presupuesto, propiamente lo referente al Programa 899, en otra persona que se desempeñe como Responsable Financiero del citado programa presupuestario.

V.—Que resulta imperativo garantizar la continuidad de los trámites y gestiones administrativas relacionadas con la administración, ejecución, fiscalización del Presupuesto asignado al citado Programa y en general la firma de cualquier actuación, trámite o acto administrativo relacionado con el quehacer diario institucional.

VI.—Que mediante Acuerdo N° 334-P del veintinueve de julio del dos mil once, nombra al señor Rene Castro Salazar, portador de la cédula de identidad número uno quinientos dieciocho-ciento ochenta y uno, en el cargo de Ministro de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, a partir del primero de agosto del dos mil once. Por tanto,

EL MINISTRO DE AMBIENTE, ENERGÍA

Y TELECOMUNICACIONES

RESUELVE:

I.—De conformidad con lo dispuesto en los artículos 11, 89 y siguientes de la Ley General de Administración Pública, delegar en su totalidad lo referente a materia presupuestaria, específicamente lo pertinente al Programa 899 del Viceministerio de Telecomunicaciones a cargo de la Msc. Hannia Vega Barrantes, cédula 1-736-561, en su condición de Viceministra de Telecomunicaciones del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, en todo lo que corresponda, en el Lic. Giovanni Barroso Freer, cédula de identidad número 1-637-486, en su condición de Responsable Financiero del Programa 899 del Viceministerio de Telecomunicaciones del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones.

II.—Asimismo, cabe indicar que el nuevo Responsable Financiero del programa 899 del Viceministerio de Telecomunicaciones, por la naturaleza de sus funciones, podrá a su vez delegar la firma, para aquellos casos cuyo acto final es la firma de los mismos. Esto con el fin de evitar atrasos innecesarios que van en detrimento de la eficacia y celeridad que debe regir en dicha actividad, siempre y cuando sea de conformidad con los artículos 89, 92 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública, y por ende se realice la respectiva publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

III.—Rige a partir de la firma del Ministro de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones.

IV.—Publíquese.

René Castro Salazar, Ministro de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones.—1 vez.—O. C. Nº 11378.—Solicitud Nº 3028.—C-34220.—(IN2011065154).

DOCUMENTOS VARIOS

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN

DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 02, folio 187, título Nº 1725, emitido por el Colegio de Santa Ana, en el año dos mil siete, a nombre de Sandí Quesada María Eugenia. Se solicita la reposición del título indicado por cambio de apellidos, cuyos nombres y apellidos correctos son: Sandí Sandí María Eugenia. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los tres días del mes de noviembre del dos mil diez.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2011253377.—(IN2011064522).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Letras, inscrito en el tomo 1, folio 156, título N° 220, emitido por el Liceo de Costa Rica Nocturno, en el año mil novecientos setenta y cinco, a nombre de Sánchez Jiménez José Gabriel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintinueve días del mes de julio del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2011253403.—(IN2011064523).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 179, título N° 1209, emitido por el Liceo Diurno José Martí de Innovación Educativa, en el año dos mil seis, a nombre de Solórzano Pérez Edwin Andrés. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los trece días del mes de agosto del dos mil once.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Trino Zamora Zumbado, Jefe.—RP2011253423.—(IN2011064524).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada en Educación Agropecuaria, inscrito en el tomo i, folio 5, título N° 99, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Pococí, en el año mil novecientos setenta y seis, a nombre de Badilla González José Antonio. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 3 de marzo del 2011.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011064780).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 125, asiento N° 1885, emitido por el Colegio Vocacional de Artes y Oficios de Cartago Diurno, en el año dos mil uno, a nombre de Salazar Ruiz Deinier Manuel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 18 de agosto del 2011.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011064828).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 84, título Nº 422, emitido por el Colegio Nocturno Guaycará, en el año dos mil ocho, a nombre de Altamirano Barrantes Jessica. Se solicita la reposición del título indicado por deterioro del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintidós días del mes de julio del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2011253797.—(IN2011065402).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada acordada en asamblea celebrada Cooperativa Autogestionaria Ambientalista y de Desarrollo Rural R. L., siglas COOPEAMBIENTAL R. L., acordada en asamblea celebrada el 8 de diciembre del 2011. Resolución 1364-CO.

En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Consejo de Administración:

Presidente:                  Ligia Gatgens Jiménez

Vicepresidente:          Sonia González Castro

Secretario:                   Elsie Bolaños Porras

Vocal I:                        Amalia Rojas Figueroa

Vocal II:                       Ana Patricia Morales Cruz

Suplente 1:                  Johana Meléndez Morera

Suplente 2:                  Yorleny Castro Corrales

Gerente:                       Juan Luis Vargas Cervantes

San José, 22 de junio del 2011.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2011061375).

De conformidad con la autorización extendida por el Señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social la organización social denominada: Cooperativa Avícola Agroindustrial de Turrúcares R.L., siglas AVICOOP R. L., acordada en asamblea celebrada el 9 de octubre del 2010. Resolución 1327-CO.

En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente y se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

La reforma afecta el artículo 42 del Estatuto.

San José, 7 de febrero del 2011.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2011061397).

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su estatuto social de la organización social denominada Sindicato de Trabajadores del Registro Nacional Pensionados y Afines del Registro Nacional, siglas SITRARENA, acordada en asamblea celebrada el 4 de marzo del 2011. Expediente P-149. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro mediante tomo: 16, folio: 164, asiento: 4633 del día 9 de agosto del 2011. La reforma afecta el artículo 24 del estatuto.—San José, 9 de agosto del 2011.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2011065588).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

publicación de una vez

Marcas de ganado

Nº 2011-2468.—Salazar Cañas Roberto Enrique, cédula de identidad número 1-0705-0864, mayor, casado una vez, ganadero, con domicilio en Rohrmoser, de plaza mayor, 100 este y 50 norte, Condominio Villa Magna Número 10, San José, solicita el registro de:

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como marca de ganado que usará preferentemente en Alajuela, Guácima, Guácima, abajo, del Cruce de Los Reyes uno punto tres k. m. hacia Las Vueltas, Cuadras conocidas como Cuadras de Polo. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 13 de julio del 2011.—Lic. Anais Mendieta Jiménez, Registradora.—RP2011252353.—(IN2011062419).

Nº 2011-2112.—Aiza Aquin Carlos Daniel, cédula de identidad Nº 5-117-267, mayor, casado una vez, pensionado, con domicilio en San Lázaro de Nicoya, de la plaza doscientos metros al sur, solicita el registro de:

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como marca de ganado que usará preferentemente en Guanacaste, Nicoya, San Lázaro. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—San José, 30 de mayo del 2011.—Lic. Anais Mendieta Jiménez, Registradora.—1 vez.—(IN2011063217).

Nº 2011-2628.—Ganadería Manuel Cruz Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-616044, con domicilio en Limón, Pococí, Cariari, La Esperanza, de la escuela 600 metros sur, representada por el señor José Alberto Cruz Solano, cédula N° 7-111-463, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, solicita el registro de:

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como marca de ganado que usará preferentemente en Limón, Pococí, Cariari, La Esperanza, 600 metros sur de la escuela. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.San José, 8 de agosto del 2011.—Viviana Segura De La O, Registradora.—1 vez.—RP2011252834.—(IN2011063276).

Cambio de Nombre por Fusión Nº 69740

Que Ernesto Gutiérrez Blanco, cédula de identidad 1-848-886, en calidad de apoderado especial de Allied Air Enterprises Inc., solicita a este registro se anote la inscripción de cambio de nombre por fusión de Armstrong Air Conditioning Inc., domiciliada en 421 Monroe Street, Bellevue, Ohio 44811, Estados Unidos de América, por el de Allied Air Enterprises Inc., domiciliada en 215 Metropolitan Drive, West Columbia, South Carolina 29170, Estados Unidos de América, presentada el día 16 de diciembre de 2010 bajo expediente 69740. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2000-0000481 Registro Nº 122531 ARMSTRONG AIR en clase 11 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—22 de diciembre del 2010.—Adriana Broutin Espinoza, Registradora.—1 vez.—RP2011253386.—(IN2011064518).

Cambio de nombre Nº 72838

Que María del Pilar López Quirós, cédula de identidad Nº 1-1066-0601, en calidad de apoderada especial de Pandora A/S, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Pandora Holding ApS por el de Pandora A/S, presentada el día 30 de mayo del 2011, bajo expediente Nº 72838. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2009-0006897 Registro Nº 198607 PANDORA en clases 3, 9, 14, 35; 2009-0006898 Registro Nº 202098 PANDORA en clases 3, 9, 14, 35 marca mixta; 2009-0006899 Registro Nº 202094 PANDORA en clases 3, 9, 14 marca mixta. Publicar en La Gaceta Oficial por una única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 28 de junio del 2011.—Lic. Thomas Montenegro Montenegro, Registrador.—1 vez.—RP2011253537.—(IN2011064952).

Cambio de nombre Nº 72837

Que María del Pilar López Quirós, cédula de identidad Nº 1-1066-0601, en calidad de apoderada especial de Pandora A/S, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Pandora Jewelry A/S por el de Pandora A/S, presentada el día 30 de mayo del 2011, bajo expediente Nº 72837. El nuevo nombre afecta a la siguiente marca: 2008-0009899 Registro Nº 187682 LovePods en clase 14 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por una única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 28 de junio del 2011.—Lic. Thomas Montenegro Montenegro, Registrador.—1 vez.—RP2011253536.—(IN2011064953).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones civiles

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Proyección Folklórica Floreño. Con domicilio en la provincia de Heredia, cuyos fines entre otros serán los siguientes: Fomentar las tradiciones folklóricas en cantón de Flores. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente Marvin Andrés Ugalde Acuña. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 2011 Asiento 37450 y Documento Adicional Tomo 2011 Asiento 164995).—Curridabat, veinte de junio del dos mil once.—Lic. Rosa Isela Esquivel Aguilar, Directora a. í.—1 vez.—(IN2011064428).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Damas en Acción Pro-Desarrollo de Santo Domingo de San Pedro, Pérez Zeledón, con domicilio en la provincia de San José; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Impulsar proyectos agroindustriales, cuyo desarrollo productivo sea factible a través del tiempo y que permita a las asociadas mejorar su nivel socioeconómico. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Jeannette Orozco Pérez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2011 asiento: 198649, adicional tomo: 2011 asiento: 219091).—Curridabat, a los diez días del mes de agosto del dos mil once.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2011253298.—(IN2011064519).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-056152, denominación: Asociación Coalición Costarricense de Iniciativas de Desarrollo. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Dado en el Registro Nacional, a las trece horas cuarenta y seis minutos y cuarenta y un segundos, del dieciséis de agosto del dos mil once. Documento: tomo: 2011 asiento: 108217 con adicionales 2011-188516.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2011253417.—(IN2011064520).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Deportiva de Racquetball del Este, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: propagar y favorecer el desarrollo del deporte del Racquetball en la Zona Este de la provincia de San José. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente: Marcelo Gómez Pacheco. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2011, asiento: 29467, adicionales tomos: 2011, asientos: 154847 y 166822, respectivamente.—Curridabat, a los veintitrés días del mes de junio del dos mil once.—Lic. Rosa Isela Esquivel Aguilar, Directora a. í.—1 vez.—RP2011253851.—(IN2011065400).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica, cédula 3-002-478649, denominación: Asociación Iglesia Catedral del Espíritu Santo. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2011, asiento: 14688 con adicional(es): 2011-153672.—Dado en el Registro Nacional, a las doce horas cincuenta y seis minutos y diecisiete segundos del veintidós de junio del dos mil once.—Lic. Rosa Isela Esquivel Aguilar, Directora a. í.—1 vez.—RP2011253866.—(IN2011065401).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

publicación de segunda vez

Hace saber que ante esta Dirección se tramitan diligencias de reposición del folio sesenta y tres (63), del tomo número cinco (5), del protocolo de la notaria Wilma Yaluz Charpentier, carné 7423, cédula Nº 1-0833-0632 se cita a las personas interesadas, a fin de que, dentro del mes siguiente a la última publicación de este aviso, presenten a este Despacho las reproducciones de los instrumentos públicos en su poder y se apersonen para hacer valer sus derechos (artículo 64 del Código Notarial). Expediente Nº 10-000200-0624-NO.—San José, 8 de julio del dos mil diez.—Lic. Rogelio Fernández Moreno, Director Ejecutivo.—(IN2011060884)

publicación de una vez

La Dirección Nacional de Notariado hace saber: Que ante este Despacho la Licenciada Jazmín Elena Calvo Ardon, cédula de identidad número 1-1202-0790, carné profesional número 19133, según expediente 11-000600-0624-NO, ha presentado solicitud de inscripción y habilitación para ejercer la actividad notarial, por lo que se solicita a las personas que conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de esta profesional, lo comuniquen a esta Dependencia dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación.—Curridabat, veintinueve de julio del dos mil once.—Lic. Roy Jiménez Oreamuno, Director Ejecutivo a. í.—1 vez.—(IN2011061372).

COMERCIO EXTERIOR

DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO EXTERIOR

EL MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR, COMUNICA:

Convocatoria para participar en la asignación de contingentes de importación Tratado de Libre Comercio entre Costa Rica y China, año 2011.

Fracción arancelaria

Descripción del producto

Volumen disponible

Año 2011

(en toneladas métrica)

País de origen

0203.21.00, 0203.22.00, 0203.2900

Carne de cerdo congelada

250

China

0713.33.10

Frijol negro

10.000

China

1.  La asignación se realizará de conformidad con el reglamento y formulario que está disponible en la página del Ministerio de Comercio Exterior (www.comex.go.cr.). Para el caso del contingente de frijol negro, este se distribuirá entre quienes hayan registrado compras de frijol nacional en el año calendario 2010.

2.  La recepción de solicitudes se abre por diez días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la presente publicación.

3.  Para mayor información sobre el tema, comunicarse con Leonor Obando, al teléfono 2299-4924, o al correo electrónico leonor.obando@comex.go.cr.

Federico Valerio De Ford, Director General de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 122388.—Solicitud Nº 32068.—C-12970.—(IN2011067411).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. 13751A.—Municipalidad de San Carlos, solicita concesión de: 125 litros por segundo del nacimiento Los Negritos, efectuando la captación en finca de Antonio Adalberto Cubillo Ramírez, en Venecia, San Carlos, Alajuela, para uso consumo humano poblacional. Coordenadas 260.064 / 500.402 hoja Aguas Zarcas. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 5 de agosto de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011061383).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

AVISOS

Registro Civil- Departamento Civil

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Olga Lucía Ángel Ochoa, mayor, casada, empresaria, colombiana, cédula de residencia 117001109425, vecina de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.—San José, veinte de junio de dos mil once.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2011061387).

Marco Antonio Monterroza González, mayor, casado, sastre, salvadoreño, cédula de residencia 122200339920, vecino de Heredia, expediente 941-2010. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, once de mayo de dos mil once.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(IN2011061400).

Keylin Abigaíl Sequeira Vargas, mayor, soltera, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia 155810275229, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso Expediente Nº 2952-2011.—San José, 3 de agosto del 2011.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2011252057.—(IN2011062043).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

CULTURA Y JUVENTUD

TEATRO POPULAR MELICO SALAZAR

ADMINISTRACIÓN

Modificación al plan de compras 2011

Se avisa a todos los potenciales oferentes que con el fin de cumplir con lo que establece el artículo 8 de la Ley de Contratación Administrativa y artículo 7 del Reglamento General de Contratación Administrativa, que por necesidad administrativa e interés público, ha sido modificado el programa anual de adquisiciones 2011. Dicha modificación se encuentra disponible en la página del Ministerio de Hacienda-Comprared, dirección: www.hacienda.go.cr

San  José, 30 de agosto del 2011.—Lic. Gisela Lobo Hernández, Administradora.—1 vez.—(IN2011067759).

LICITACIONES

SALUD

DIVISIÓN ADMINISTRATIVA

DIRECCIÓN FINANCIERA DE BIENES Y SERVICIOS

UNIDAD DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000011-UPIMS

Sustitución de ventanería para todos los edificios del nivel

central del Ministerio de Salud, anexos y obras

complementarias Consejo Técnico de Asistencia

Médico Social (CTAMS) con fondos

del fideicomiso 872 BNCR-MS

La Unidad de Bienes y Servicios (Proveeduría Institucional) del Ministerio de Salud, por medio del presupuesto del Consejo Técnico de Asistencia Médico Social (CTAMS) con fondos del fideicomiso 872 BNCR-MS, recibirá propuestas hasta las 11:00 horas del 26 de setiembre del 2011, para contratar: sustitución de ventanería para todos los edificios del nivel central del Ministerio de Salud, anexos y obras complementarias, todo de acuerdo con las especificaciones técnicas, elaboradas por la unidad de gestión inmobiliaria. El cartel con las especificaciones técnicas y condiciones generales de dicha Contratación Administrativa, podrán retirarse por parte de los interesados, sin costo alguno, a partir de la presente publicación en la Proveeduría Institucional de este Ministerio, sita tercer piso del edificio sur, del Ministerio de Salud, ubicado en calle 16, avenidas 6 y 8. Por favor traer un dispositivo de almacenamiento masivo USB (llave maya).

San José, 26 de agosto de 2011.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 10600.—Solicitud Nº 22790.—C-12550.—(IN2011067802).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000049-72900

Adquisición: equipo automotor

Se avisa a los oferentes de esta Licitación que la resolución final de Adjudicación Nº 062-2011, estará visible en el sistema Comprared, a partir de su publicación en La Gaceta.

San José, 30 de agosto del 2011.—Proveeduría.—Lic. Hazel Calderón Jiménez, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 13079.—Solicitud Nº 35850.—C-3920.—(IN2011067769).

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000035-01

Servicio de mantenimiento de las centrales telefónicas Nortel

El Banco de Costa Rica, informa que recibirá ofertas hasta las 10:30 a. m. (diez horas con treinta minutos) del 26 de setiembre del 2011, para la contratación en referencia, las cuales deberán ser depositadas en el buzón de la Oficina de Compras y Pagos, ubicado en el tercer piso de oficinas centrales. El cartel de la Contratación que incluye las especificaciones y condiciones generales, lo pueden retirar en la misma oficina con un horario de 9:00 a. m. a 3:00 p. m.

San José, 30 de agosto del 2011.—Oficina de Compras y Pagos.—Lic. Rodrigo Aguilar S.—1 vez.—O. C. Nº 60598.—Solicitud Nº 47211.—C-16120.—(IN2011067771).

AVISOS

COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000003-CAB

Servicio de seguridad y vigilancia para el

Colegio de Abogados de Costa Rica

El Departamento de Proveeduría del Colegio de Abogados avisa a todos los interesados que ha formulado el concurso denominado Licitación Pública Nº 2011LN-000003-CAB, “Servicio de seguridad y vigilancia para el Colegio de Abogados de Costa Rica”, que tiene como objeto contratar a una empresa que brinde el servicio de seguridad y vigilancia en la sede central Colegio de Abogados de Costa Rica, ubicada en Zapote, San José. El cartel correspondiente a este proceso licitatorio podrá ser adquirido en el Módulo de Información, ubicado en el Edificio Administrativo, en Zapote, 200 m oeste y 100 m norte de la Rotonda de las Garantías Sociales, o bien acceder el documento digital, en la dirección electrónica: http://www.abogados.or.cr/info_general/licitaciones tram/licitaciones_tramite.php

Las ofertas para dicho concurso se recibirán hasta las 10:00 horas del 26 de setiembre de 2011. Cualquier consulta o información adicional puede solicitarse al tel. 2202-3627 // 2202-3668 con personal de Proveeduría.

Oficina de Proveeduría.—Lic. Merari Herrera Campos.—1 vez.—O. C. Nº 8183.—Solicitud Nº 48606.—C-11720.—(IN2011067470).

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000036-02

Contratación de los servicios de mano de obra, materiales

y equipo para el suministro e instalación de acometidas

eléctricas en la Subestación 2 de la Refinería

La Dirección de Suministros de Recope invita a participar en la Licitación Abreviada N° 2011LA-000036-02, para lo cual las propuestas deberán presentarse en el segundo piso de las oficinas centrales de Recope, edificio Hernán Garrón, sita en Urbanización Tournón Norte, San Francisco de Guadalupe, 50 metros al este del periódico La República, hasta las 10:00 horas del día 26 de setiembre del 2011.

El cartel respectivo puede retirarse en el lugar mencionado previo pago en la caja de Tesorería, situada en el primer piso del edificio, por un costo de ¢ 5.000,00, o bien, el mismo está disponible en la página Web de Recope, www.recope.com.

La visita al sitio para explicar los alcances técnicos y demás aspectos relevantes de este concurso se llevará a cabo el día 7 de setiembre del 2011 a las 10:00 horas en la entrada principal de la Refinería.

Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 06-01.—Solicitud Nº 31584.—C-20300.—(IN2011067681).

ADJUDICACIONES

SALUD

UNIDAD DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000007-UPIMS

(Infructuosa)

Sustitución de ventanería para todos los edificios del nivel

central del Ministerio de Salud, anexos y obras complementarias

Se avisa a los interesados que la Licitación en referencia y que por resolución Nº 0041-2011 de jueves 25 de agosto de 2011, a las 15:00 horas, se declara infructuosa la Licitación Pública Nº 2011LN-000007-UPIMS, para la “sustitución de ventanería para todos los edificios del nivel central del Ministerio de Salud, anexos y obras complementarias”.

San José, 26 de agosto del 2011.—Proveeduría Institucional.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora.—1 vez.—O. C. Nº 10600.—Solicitud Nº 22789.—C-7180.—(IN2011067801).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000002-2101

Reactivos varios para la determinación de citomegalivuris,

rubéola, toxoplasma y homocisteina

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital Dr. R. A. Calderón Guardia, comunica que la Dirección Administrativa Financiera, resolvió adjudicar la compra de la siguiente manera:

Empresa adjudicada: Abbott Healthcare Costa Rica S. A.

Monto total adjudicado: $98.075,00

Monto en letras: noventa y ocho mil setenta y cinco dólares con 00/100.

Tiempo de entrega: 4 entregas parciales, la primera entrega debe realizarse dentro 45 días hábiles las siguientes tres entregas cada tres meses.

Vencimiento: no menor a meses.

Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 29 de agosto del 2011.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós, Coordinador.—1 vez.—(IN2011067471).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000082-01

Compra de equipo de peluquería

La Comisión Local Central de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, en sesión Nº 22-2011, artículo VII celebrado el 25 de agosto del 2011, acuerda: declarar infructuosa la Licitación Abreviada Nº 2011LA-000082-01, para la compra de equipo de peluquería, por falta de oferentes.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº 31326.—C-10760.—(IN2011067718).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000018-01

Contratación de servicios de aseo y limpieza

para áreas de la sede central

La comisión local central de adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, en sesión Nº 22-2011, artículo IV, del día 25 de agosto del 2011, acuerda: adjudicar la Licitación en referencia, de conformidad con el informe de recomendación UCI-PA-1977-2011, el estudio técnico URMA-SG-523-2011, el estudio legal AL-1320-2011, de la siguiente manera:

    Adjudicar la línea 1, a la oferta 1 de la Empresa Servicios de Consultoría de Occidente S. A., por un monto de ¢40.975.200,00, por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable, así mismo, el contrato tendrá una vigencia de un año el cual podrá prorrogarse de manera automática año a año por cuatro (4) años para un total de cinco (5) años.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº 31326.—C-16130.—(IN2011067719).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000008-01

Contratación de servicios de elaboración de materiales

didácticos para el núcleo tecnología de materiales

La comisión local central de adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, en sesión Nº 22-2011, artículo III, del día 25 de agosto del 2011, acuerda: adjudicar la Licitación en referencia, de conformidad con el informe de recomendación UCI-PA-1980-2011, el estudio técnico NTM-PGA-316-2011, el estudio legal AL-1323-2011, de la siguiente manera;

    Adjudicar la línea 2, a la oferta 1 del señor Diego Colom García, por un monto de ¢17.751.446,00, por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable.

    Declarar infructuosas las líneas 1 y 3, por falta de oferentes.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº 31326.—C-16130.—(IN2011067720).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000049-01

Compra de equipos para la enseñanza de audio y video

La comisión local central de adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, en sesión Nº 22-2011, artículo VI, del día 25 de agosto del 2011, acuerda: adjudicar la Licitación en referencia, de conformidad con el informe de recomendación UCI-PA-1910-2011, el estudio técnico NE-PGA-392-2011 y NSCS-2304-2011, el estudio legal AL-1296-2011, de la siguiente manera:

    Adjudicar las líneas 1, 3, 5 y 7, a la oferta 1 de la empresa Sonivisión S. A., por un monto de $11.544,00, por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable.

a. Declarar infructuosas las líneas 2, 4, 6, 9, 10, 11 y 12, por falta de oferentes.

b. Declarar infructuosas las líneas 8 y 13 por incumplimientos técnicos.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº 31326.—C-16130.—(IN2011067721).

REMATES

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PESCA

   Y ACUICULTURA

REMATE PÚBLICO 01-2011

Venta de vehículos en desuso para chatarra o repuestos

La Sección de Proveeduría del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura (INCOPESCA), cédula de persona jurídica número cuatro-cero cero cero-uno cinco tres cero cero cuatro, invita a participar en el Remate Público Nº 01-2011, cuyo objeto lo constituye la “Venta de vehículos para chatarra o repuestos”, los cuales se describen a continuación:

 

Placa

Marca

Modelo

Año

Valor avalúo ¢

Estado

313-04

Nissan

D21

1995

738.294,93

Chatarra

313-05

Lada

Niva 2121

1987

118.209,16

Chatarra

313-10

Mitsubishi

L200

1994

608.976,70

Chatarra

313-12

Mitsubishi

L200

1994

610.483,52

Chatarra

313-20

Toyota

1000

1987

193.314,82

Chatarra

313-33

Toyota

Hi-Lux

1987

504.431,33

Chatarra

313-47

Toyota

Vanette

1987

519.361,54

Chatarra

313-49

Toyota

Land Cruiser

1987

746.502,14

Chatarra

El remate se llevará a cabo en el parqueo ubicado frente a las instalaciones de oficinas centrales del INCOPESCA, Barrio El Cocal de Puntarenas, a las 10:00 horas del día viernes 7 de octubre del 2011.

Los vehículos estarán en exhibición a partir de este momento en el lugar antes indicado, por lo que podrán coordinar la visita con el Ing. Miguel Alan Gamboa, Jefe de la Sección de Servicios Generales, al teléfono 2661-0748, extensión 130 o con el Lic. Eliécer Leal Gómez, Proveedor General, al teléfono 2661-3092.

El cartel con el pliego de condiciones lo puede retirar en la Sección de Proveeduría, sita 150 metros este de la Escuela Mora y Cañas, Barrio El Cocal de Puntarenas o solicitarlo en la dirección electrónica: eleal@incopesca.go.cr, también puede accesar la información desde nuestra página electrónica en la dirección www.incopesca.go.cr en el apartado Proveeduría/Remates.

Puntarenas, 29 de agosto de 2011.—MBA. Eliécer Leal Gómez, Proveedor General.—1 vez.—(IN2011067795).

REGISTRO DE PROVEEDORES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

El Ministerio de la Presidencia y Presidencia de la República les comunica a todos los Proveedores que hayan rendido garantías de participación y/o de cumplimiento en procedimientos Licitatorios durante el año 2010 o anteriores a este y que no las hayan retirado; que soliciten la devolución de dichas garantías dentro del plazo perentorio de 15 días hábiles, contados a partir de la presente publicación. En caso de no realizarse la solicitud, se procederá a trasladar los dineros a la Caja Única del Estado.

Favor consultar los requisitos para la devolución de garantía al Tel: 2207-9432 ó 2207-9334 con Guillermo Vega o Katherine Jiménez, ambos funcionarios de la Proveeduría Institucional.

San José, 18 de agosto del 2011.—Maxenette Chaves Murillo, Directora General.—1 vez.—O. C. Nº 10971.—Solicitud Nº 079-11.—C-8100.—(IN2011065148).

FE DE ERRATAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000005-0DI00

Demarcación horizontal vial de la Ruta Nacional Nº 1,

Secciones: Aeropuerto Juan Santamaría-San Ramón

y San Ramón-Barranca

Se comunica a las empresas interesadas en participar, que se encuentra disponible la Enmienda Nº 1, en las oficinas de la Proveeduría, ubicadas de la rotonda de La Betania, 50 metros este y 10 metros norte, carretera a Guadalupe.

Asimismo se ha programado una nueva fecha para la recepción de ofertas, por lo tanto este Consejo recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del 13 de setiembre de 2011, en las oficinas de la Proveeduría, ubicadas de la rotonda de La Betania, 50 metros este y 10 metros norte, carretera a Guadalupe.

San José, 29 de agosto del 2011.—Proveeduría Institucional.—MBA. Arturo Alvarado Moya, Director.—1 vez.—O. C. Nº 318.—Sol. Nº 31447.—C-15620.—(IN2011067675).

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000008-01

Contratación de profesionales

en ingeniería y arquitectura para fiscalización

de inversiones y avalúos de bienes muebles e inmuebles

El Banco de Costa Rica, comunica a los interesados en la Licitación en referencia que al cartel de la misma, se le ha hecho modificaciones, las cuales detallamos a continuación:

Se modifica el punto 2 del cartel, el cual debe leerse de la siguiente forma:

En este concurso podrán participar tanto personas físicas como personas jurídicas. Para el caso de personas jurídicas, la calificación se hará también a los profesionales en forma individual, para cada una de las plazas indicadas en el anexo 4 de este cartel, cumpliendo cada uno individualmente con las condiciones y requisitos de este cartel. La adjudicación se realizará por cada una de las plazas concursadas, por lo que en el caso de las personas jurídicas el servicio deberá ser brindado exclusivamente con el profesional que calificó y ganó la plaza. No se aceptarán propuestas de distintos oferentes que contemplen a la vez a un mismo profesional.

Se modifica el punto 12 del cartel, el cual debe leerse de la siguiente forma:

Presentar certificación original de la Caja Costarricense del Seguro Social, en la cual se haga constar que el participante se encuentra al día en las obligaciones con esa institución, o bien, que tiene un arreglo de pago aprobado por ésta, vigente al momento de la apertura de las ofertas según el artículo 65 inciso C) del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

En el caso de los oferentes, personas físicas éstos deberán encontrarse inscritos ante la Caja Costarricense del Seguro Social como trabajadores independientes y estar al día en sus obligaciones financieras con dicha institución lo cual deberán demostrar con la respectiva certificación vigente emitida por dicha entidad.

Se modifica el punto 20 del cartel, el cual debe leerse de la siguiente forma:

El banco resolverá esta contratación en un plazo de 90 días hábiles, a partir de la fecha de apertura de las ofertas.

Se modifica el punto 23 del cartel, el cual debe leerse de la siguiente forma:

Esta Licitación es complementaria de la Licitación anterior Nº 2008LN-004960-01 y los profesionales que tengan contratos de servicio vigentes amparados en dicha Licitación, solamente podrán concursar para ofrecer otros servicios diferentes a aquellos para los cuales ya tienen contrato vigente.

Se modifica el punto 43 del cartel, el cual debe leerse de la siguiente forma:

No se aceptarán propuestas de oferentes que tengan cuentas pendientes con el Banco de Costa Rica, o que se encuentren en cobro administrativo o judicial, salvo que exista un arreglo de pago con el Banco y haya sido atendido correctamente, para lo cual el oferente deberá presentar una declaración jurada. Esta condición aplica para cada uno de los profesionales propuestos por la empresa, en caso de ofertas de personas jurídicas.

Se modifica el punto 50, de la siguiente forma:

En lugar de “…viviendas de interés social”, léase: “…de acuerdo con la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda.”

Se modifica el punto 93, en el apartado 93.1, categoría 3, de la siguiente forma:

Después de “…instituciones públicas” agréguese lo siguiente: “y de otras empresas privadas no contempladas en las categorías anteriores”.

Se modifica el punto 96 del cartel, de la siguiente forma:

Después de “…puntaje máximo de”, se sustituye 10 en lugar de 8 y después de “…para un total de”, se sustituye 10 % en lugar de 8 %.

Se modifica el punto 97, en el apartado 97.1, categoría 3, de la siguiente forma:

Después de “…municipalidades” agréguese lo siguiente: “y de otras empresas privadas no contempladas en las categorías anteriores”.

En el anexo Nº 1 zonas y localización de las sedes de referencia de cada zona, la oficina BCR en Poás, provincia Alajuela, cantón Poás, distrito San Pedro se traslada de la zona 5 BCR, Alajuela; noroeste a la zona 4 BCR, Alajuela. El resto de las condiciones se mantienen invariables.

Oficina de Compras y Pagos.—Lic. Rodrigo Aguilar.—1 vez.—O. C. Nº 61258.—Solicitud Nº 47212.—C-75200.—(IN2011067772).

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000030-01

Contratación para la adquisición

e implementación de un sistema de valoración de riesgo operativo

La oficina de proveeduría y licitaciones, comunica a los interesados en participar de la Licitación supracitada, que la fecha de recepción de ofertas se prorroga hasta las 15:00 horas del día 13 de setiembre del 2011, producto del análisis de solicitud de modificaciones al cartel, las cuales se estarán comunicando posteriormente.

Gestión de Medios.—Lic. Álvaro Rivera Pereira, Director.—1 vez.—O. C. Nº 26.—Solicitud Nº 47181.—C-7820.—(IN2011067717).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICO

LICITACIÓN NACIONAL 2011LN-000017-2104

Por la adquisición de “resonancias magnéticas”

Servicio solicitante: Radiología

Por este medio les informamos a los interesados en el concurso antes mencionado, que se realizaron modificaciones al cartel, las cuales se encuentran disponibles en la fotocopiadora pública de este Hospital.

Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Merian Retana Vega, Jefe.—1 vez.—(IN2011067672).

HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS

LICITACIÓN PÚBLICA 2011LN-000017-2102

(Modificación del cartel)

Adquisición de jabón líquido para dispensador

Les informamos que se realizó una modificación al cartel licitatorio, el cual se encuentra disponible en la recepción del Área de Gestión de Bienes y Servicios del Hospital San Juan de Dios.

También indicarles que la fecha de apertura de dicho concurso se programó para el día 13 de setiembre del año en curso, a las 9:00 horas.

San José, 29 de setiembre de 2011.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Daniel Castro Vargas, Coordinador.—1 vez.—(IN2011067683).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

   Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000056-PRI

(Circular Nº 1)

Construcción de tanque elevado metálico de 150 M3

de San Cristóbal de La Rita

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la Licitación arriba indicada, que se prorroga la fecha de apertura para el día 13 de setiembre del 2011 a las 10:00 horas. Además a partir de esta publicación podrán hacer retiro de la Circular Nº 1, en la dirección de proveeduría del AyA, sita en el módulo C, piso 3 del edificio sede del AyA en Pavas, o bien, puede descargarse en la dirección electrónica www.aya.go.cr.

Dirección de Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 11-03.—Solicitud Nº 3258.—C-16130.—(IN2011067797).

INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000013-01

(Fe erratas Nº 1)

Alquiler de inmueble para ubicar la bodega institucional

A las personas o empresas interesadas en esta contratación se les informa que se amplía la fecha para recepción de ofertas, quedando de la siguiente forma: las ofertas se recibirán hasta las 10:00 a. m. del día 21 de setiembre de 2011, vencido este plazo no se recibirán más ofertas y se procederá inmediatamente con la apertura de las ofertas que se hubieren presentado.

San José, 30 de agosto del 2011.—Proveeduría.—Lic. Carlos Barquero Trigueros, Coordinador.—1 vez.—O. C. Nº 11350.—Solicitud Nº 10481.—C-14340.—(IN2011067758).

REGLAMENTOS

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACÍFICO

Que la Junta Directiva de esta Institución mediante Acuerdo Nº 2 tomado en la Sesión Nº 3722, celebrada el día 28 de julio del año en curso acordó modificar el Inciso “a” del Artículo 6 del Reglamento para el pago de kilometraje de los vehículos propiedad de los funcionarios del Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico:

a)  Que el vehículo sea de su propiedad y esté debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad de Vehículos Automotores o cuente el funcionario con un contrato de Leasing Financiero a su nombre. Para acreditar este hecho, deberá presentar la certificación correspondiente del vehículo, con no más de un mes de expedida al momento de su presentación y cuando corresponda, una copia certificada del contrato de Leasing suscrito por el funcionario.

Lic. Juan Ariel Madrigal Porras, Proveedor General.—1 vez.—O. C. Nº 25913.—Solicitud Nº 23069.—C-6735.—(IN2011065109).

UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

REGLAMENTO DE BECAS,

CAPACITACIÓN Y DESARROLLO

Se comunica que mediante el acuerdo Nº 6 de la sesión ordinaria Nº 18 del 23 de mayo del 2011, la Comisión de Conformación de la Universidad Técnica Nacional aprobó el Reglamento de Becas, Capacitación y Desarrollo, el cual se encuentra en forma completa en la página web de la Universidad Técnica Nacional. Rige a partir de su publicación.

Lic. Marcelo Prieto Jiménez, Rector.—1 vez.—(IN2011064376).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE GRECIA

Que el Concejo Municipal de Grecia, en su Sesión Ordinaria número 1403 del 13 de junio del 2011, por medio del acuerdo en el Artículo Nº III, Inciso 4), Acta Nº 090 y de conformidad con lo establecido en el párrafo segundo del artículo 43 del Código Municipal acuerda aprobar en forma definitiva el Reglamento para la Tramitación de Modificaciones Presupuestarias de la Municipalidad de Grecia, el cual rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

REGLAMENTO INTERNO PARA LA TRAMITACIÓN DE

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS DE LA

MUNICIPALIDAD DE GRECIA

Considerando:

1º—Que el artículo 7 de la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos dispone que en la formulación de los presupuestos se utilizarán las técnicas y los principios presupuestarios aceptados, con base en criterios funcionales que permitan evaluar el cumplimiento de las políticas y planes anuales, así como la incidencia y el impacto económico financiero de la ejecución.

2º—Que el artículo de dicha ley establece que los proyectos de presupuesto de los entes y órganos del sector público deberán prepararse acatando las normas técnicas y los lineamientos de política presupuestaria dictados por el órgano competente; por su parte el numeral 53 dispone que los entes y órganos cuyos presupuestos deban ser aprobados por la Contraloría General de la República, según las disposiciones constitucionales y legales, vigentes, deberán preparar sus proyectos de presupuestos ordinarios y extraordinarios y sus modificaciones, atendiendo las normas técnicas dictadas por ella.

3º—Que el artículo 91 del Código Municipal establece que en la formulación de sus presupuestos, las municipalidades utilizarán la técnica presupuestaria y contable recomendada por la Contraloría General de la República.

4º—Que mediante la resolución R-CO-67-2006 de las 9:00 horas del 28 de agosto del 2006, publicada en La Gaceta N° 170 del 5 de setiembre del 2006, la Contraloría General de la República emitió el Reglamento sobre variaciones al presupuesto de los entes y órganos públicos, municipalidades y entidades de carácter municipal, fideicomisos y sujetos privados, disposición cuyos artículos 12 y 13 estableció que las modificaciones presupuestarias no requieren ser sometidas al trámite previo de aprobación por parte de la Contraloría General de la República, correspondiéndole dicha aprobación al jerarca institucional, quien podrá asignar esa competencia a otras instancias de la institución.

5º—Que se hace necesario reglamentar las disposiciones relativas a la aprobación de las modificaciones al presupuesto de la Municipalidad. Por tanto:

RESUELVE

Emitir el siguiente:

REGLAMENTO INTERNO PARA LA TRAMITACIÓN DE

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS DE LA

MUNICIPALIDAD DE GRECIA

Artículo 1º—Objeto. El presente reglamento establece las disposiciones aplicables en el ámbito de la Municipalidad de Grecia para el trámite y aprobación de las modificaciones al presupuesto municipal.

Artículo 2º—Definiciones. Para los efectos de este Reglamento se entiende por

Autoridad Superior Administrativa: Para efectos del presente Reglamento, el Alcalde Municipal, funcionario de elección popular titular de la Alcaldía Municipal.

Aprobación presupuestaria: Proceso por medio del cual el Jerarca Superior u órgano con la competencia necesaria y/o delegada conoce y estudia el contenido del presupuesto formulado o de las variaciones que se le presenten, en función de los objetivos y metas institucionales, así como verifica el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que le son aplicables. Como resultado de este proceso, el Jerarca Superior u órgano competente emite mediante el acto administrativo establecido para el efecto, su aprobación o improbación, parcial o total, al presupuesto inicial y sus variaciones. Esta aprobación otorgará validez y eficacia jurídica, permitiendo su ejecución para el período respectivo, únicamente en aquellos casos en que no se requiera de la aprobación presupuestaria externa.

Bloque de legalidad: Conjunto de normas jurídicas, escritas y no escritas, a cuya observancia se encuentra obligada la Administración Pública, la cual comprende tanto la ley como las normas de rango superior, igual o inferior a ésta, incluidos los principios generales y las reglas de la ciencia o de la técnica.

Jerarca: Superior Jerárquico, unipersonal o colegiado del órgano o ente, quien ejerce la máxima autoridad. En este caso el Concejo Municipal.

Modificación presupuestaria: Toda aquella variación que se realice en los egresos presupuestados y que tenga por objeto disminuir o aumentar los diferentes conceptos de estos o incorporar otros que no habían sido considerados, sin que se altere el monto global del presupuesto aprobado.

Presupuesto: Instrumento que expresa en términos financieros el Plan Operativo Anual Institucional, mediante la estimación de los ingresos y egresos necesarios para cumplir con los objetivos y las metas de los programas establecidos.

Ámbito de aplicación: El presente reglamento se aplicará para el trámite y aprobación de modificaciones al Presupuesto Ordinario y/o Presupuestos extraordinarios de la Municipalidad de Grecia, aprobados por la Contraloría

Artículo 3º—Mecanismos de variación al presupuesto: Las modificaciones presupuestarias constituyen el mecanismo legal y técnico para realizar los aumentos, traslados o disminución de los montos de los egresos aprobados en el presupuesto de la institución, por parte de la instancia competente, acatando para ello el bloque de legalidad que les aplica.

Artículo 4º—Vigencia legal de las modificaciones presupuestarias. Las modificaciones presupuestarias tendrán efecto legal en el presupuesto a partir de su aprobación por parte del Concejo Municipal.

Artículo 5º—Justificación de los ajustes al presupuesto y su relación con el plan anual operativo. Las variaciones que se realicen al presupuesto mediante modificación presupuestaria, deberán estar debidamente justificadas e incorporar como parte de la información que las sustenta, la relación de las variaciones presupuestarias con el cumplimiento de los objetivos y metas establecidas en el plan anual operativo.

Artículo 6º—Responsabilidades relacionadas con la aprobación presupuestaria interna. El Concejo Municipal deberá de manera oportuna conocer, verificar y pronunciarse mediante acto razonado sobre el cumplimiento del bloque de legalidad aplicable a las modificaciones presupuestarias.

Artículo 7º—Sobre las modificaciones presupuestarias. Las modificaciones presupuestarias no requieren ser sometidas al trámite previo de aprobación por parte de la Contraloría General de la República, salvo las excepciones que dicho ente contralor llegara a establecer mediante resolución motivada de la Gerencia del Área de Desarrollo Local.

Artículo 8º—Aprobación de las modificaciones presupuestarias por parte del Jerarca. La aprobación de las modificaciones presupuestarias corresponderá al Concejo Municipal como superior jerárquico, quien mediante acto razonado y considerando la naturaleza, cuantía, origen de los recursos y el efecto de las variaciones en el cumplimiento de los objetivos y metas del Plan Anual Operativo en estricto apego a la Ley General de la Administración Pública, así como al resto del marco jurídico vigente, aprobará o improbará, total o parcialmente las modificaciones presupuestarias.

Artículo 9º—Son atribuciones del Concejo Municipal, aprobar movimientos a nivel de partida y las siguientes a nivel de subpartidas:

a)  Incorporar recursos para ajustes salariales que modifiquen la relación de puestos de sueldos para cargos fijos, jornales, servicios especiales, tales como incrementos salariales, incorporación de nuevos beneficios, cambios en la metodología del cálculo de los que ya existen y cambios en la base legal.

b)  Incorporar nuevas partidas de egresos según corresponda.

c)  Incorporar o eliminar proyectos u obras en el Programa III Inversiones.

d)  Las que utilicen recursos rebajados de la partida de cuentas especiales.

Artículo 10.—Disposiciones comunes que deben observase en el trámite de formulación, aprobación y ejecución de las modificaciones presupuestarias. El procedimiento de formulación, aprobación y ejecución de cualquier tipo de modificación presupuestaria regulado en este reglamento, deberá sujetarse a las siguientes reglas:

1.  La Administración presentará hasta un máximo de ocho modificaciones presupuestarias al año y para lo cual, deberá elaborar una justificación a cada modificación, de acuerdo a las consideraciones establecidas en el artículo Nº 5.

2.    Las modificaciones se formularán respetando la estructura presupuestaria y el clasificador de gastos establecida por la Contraloría y se presentará según corresponda, a nivel de programa, partida, grupo y subgrupo.

3.    Los traslados de asignaciones presupuestarias entre programas, así como el rebajo o aumento de estos, deberán vincularse cuando corresponda, con los objetivos y metas establecidos. En tales casos, la modificación deberá acompañarse del ajuste respectivo al plan operativo anual de la Municipalidad.

4.    Toda modificación deberá indicar, al menos sucintamente la razón que la justifica y deberá reflejar claramente los rubros presupuestarios afectados ya sea por aumento o disminución, aportando adicionalmente un detalle de origen y aplicación de recursos.

5.    Las modificaciones presupuestarias deberán ser presentadas por el Alcalde ante el Concejo y deberán ser aprobadas previo dictamen de comisión, salvo expresa exención de ese trámite, en los términos previstos por el Código Municipal.

6.    Toda modificación deberá transcribirse íntegramente en el acta correspondiente a la sesión en que fue aprobada.

7.    Las modificaciones que sean improbadas por el Concejo Municipal por razones formales, podrán ser presentadas nuevamente a su conocimiento, por medio de un nuevo documento en el que hayan sido corregidas las causas de su rechazo o improbación. En tales casos, ambos documentos se considerarán uno solo.

8.    De toda modificación presupuestaria se levantará un expediente que estará bajo custodia del Subproceso de Control Presupuestario, en el que se incluirá el documento respectivo junto con el acuerdo un acta de aprobación respectiva.

9.    Toda modificación presupuestaria deberá ser numerada en forma consecutiva, iniciando con el número uno seguido del año correspondiente.

10.  La aplicación de fondos que por ley tienen destino específico, solo podrá modificarse para cubrir gastos contemplados dentro del destino previsto por la ley.

11.  No podrán rebajarse los montos asignados para hacer frente a compromisos legales o contractuales, salvo que se acredite que estos ya han sido atendidos.

12.  Las modificaciones presupuestarias, solo podrán efectuarse cuando los programas, proyectos, partidas o subpartidas que se rebajen, tengan el contenido presupuestario necesario.

13.  No se podrán efectuar modificaciones presupuestarias para aumentar partidas o subpartidas, con el fin de dar contenido o cubrir gastos ya ejecutados.

14.  No podrá ejecutarse ninguna modificación presupuestaria, si previamente ésta no ha sido aprobada por el órgano competente, según las disposiciones de este reglamento.

15.  El cumplimiento de las limitaciones establecidas en los incisos 10, 11, 12 y 13 de este artículo, deberán hacerse constar en todos los casos en el documento que contenga la respectiva modificación y deberá acreditarse cuando corresponda, mediante constancia que emita el titular del Subproceso de Control de Presupuesto.

16.  Todas modificaciones que incluyan recursos que le sean girados a la Municipalidad de Grecia, producto de la recaudación que realiza el Gobierno de la República del impuesto único a los combustibles, según lo establece la Ley de Simplificación y Eficiencias Tributarias, Ley N° 8114, deberán adjuntar el respectivo acuerdo de la Junta Vial Cantonal.

Artículo 11.—Comunicación de las modificaciones presupuestarias. La aprobación de las modificaciones presupuestarias será comunicada por la Secretaría Municipal al Alcalde, al Director de Hacienda y a Control de Presupuesto. Esta última dependencia será la responsable de comunicar esas variaciones a los órganos encargados de ejecutar los gastos, para efectos de que éstas sean consideradas en sus acciones y en la formulación de futuros presupuestos y/o modificaciones.

Artículo 12.—Registro de modificaciones. Los medios tecnológicos y de comunicación que facilitarán el intercambio de datos y documentos con los sistemas de información presupuestaria que hayan sido establecidos por las instancias externas competentes, serán los que estas instancias establezcan, en lo particular, lo correspondiente a la Contraloría General de la República, una vez que se le hayan transcrito el acuerdo de aprobación de la modificación presupuestaria al Subproceso de Presupuesto. Este, departamento deberá digitarla en el Sistema de Información sobre Presupuestos Públicos SIPP, a más tardar cinco días hábiles contados a partir de su aprobación por parte del jerarca o del funcionario encargado de esa potestad y ser validados dentro de los tres días siguientes a su registro.

Artículo 13.—Responsabilidades. Los jerarcas y titulares subordinados intervinientes en el proceso presupuestario, serán responsables de velar por el fiel cumplimiento de este Reglamento, así como de las disposiciones legales y directrices emanadas por la Contraloría en materia presupuestaria.

Artículo 14.—Incumplimiento. El incumplimiento de las disposiciones de este Reglamento de las normas legales y directrices aplicables en la materia, será considerada como falta grave y dará mérito a la aplicación de las sanciones previstas en el Código Municipal, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, Ley General de Control Interno, Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento ilícito, Reglamento Autónomo de la Organización y Servicios de la Municipalidad y demás disposiciones concordantes.

Artículo 15.—Vigencia. El presente reglamento rige a partir de su aprobación y correspondiente publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Leticia Alfaro Alfaro, Secretaria Municipal.—1 vez.—(IN2011061515).

MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS

POLÍTICA PARA LA IGUALDAD

Y EQUIDAD DE GÉNERO

El Concejo Municipal de San Carlos en su sesión extraordinaria celebrada el jueves 8 de julio del 2010, en el Salón de Sesiones de ésta Municipalidad, mediante artículo Nº 03, acta Nº 42, acordó: Aprobar la Política para la Igualdad y Equidad de Género de la Municipalidad de San Carlos, 2010-2016 tal y como se detalla a continuación:

POLÍTICA PARA LA IGUALDAD

Y EQUIDAD DE GÉNERO

1.  Introducción. La Municipalidad de San Carlos presenta la Política para la Igualdad y la Equidad de Género, 2010-2016, cuyo proceso de elaboración inicio en el año 2007, como respuesta a los objetivos contemplados en el Plan de Desarrollo Cantonal y en el Plan de Gobierno de la Alcaldía, para promover una gestión y un desarrollo local favorable a la igualdad e integrador de la diversidad de necesidades e intereses de la ciudadanía del cantón.

     A partir de entonces se inicia un cabildeo político con el Concejo Municipal para lograr la aprobación de una moción que explicitara el interés y el compromiso con la Política. También, se realizaron una serie de actividades con el personal municipal de sensibilización, discusión y formulación de la política y su plan de acción. En esta etapa participaron alrededor de 70 personas de los diferentes departamentos y de diversos niveles jerárquicos.

     Fueron parte de este proceso, The Urban Management Group, el Instituto Nacional de las Mujeres, por medio del Área de Ciudadanía Activa, Liderazgo y Gestión Local, y por supuesto la Municipalidad de San Carlos, por medio de la Oficina de la Mujer, instancias que unieron recursos económicos y técnicos que hicieron que este proceso fuera posible.

     El propósito de esta Política es promover la transversalización del enfoque de igualdad y equidad de género en todo el quehacer municipal, para generar un acceso equitativo, de hombres y mujeres, a los recursos y servicios que brinda la Municipalidad, y de esta manera disminuir las brechas existentes.

     Esta Política obedece a que las mujeres por su condición de género no han tenido las mismas oportunidades para su desarrollo pleno, en una sociedad patriarcal caracterizada por la desigualdad de poder entre hombres y mujeres, que las ha ubicado en una posición de vulnerabilidad y de desventaja en el ejercicio de sus derechos.

     Situación de injusticia e inequidad que ha hecho necesario la implementación de una serie de medidas para lograr una disminución de las brechas o desigualdades, y para crear una cultura que no promueva la discriminación en razón del género ni de ninguna otra condición. Sino por el contrario, impulse una nueva cultura caracterizada por el respeto de los derechos humanos, por la búsqueda de la igualdad de oportunidades y por la equidad.

     Se considera que la Municipalidad es la instancia más cercana a la ciudadanía y como tal tiene la oportunidad de promover un desarrollo local que incorpore las necesidades, intereses y las propuestas de toda la población hombres y mujeres en su diversidad, para realmente cumplir con la aspiración de lograr un desarrollo local participativo, inclusivo de esa diversidad, equitativo e integral. De manera que al impulsar políticas públicas locales de forma participativa y orientadas por los principios de igualdad y equidad, se fortalezca la democracia y los procesos de gobernanza local.

     Asimismo, en el contexto nacional de la descentralización es necesaria la incorporación del enfoque de género, tal y como lo plantea la Política para la Descentralización y el Fortalecimiento del Régimen Municipal Costarricense, que tiene como uno de sus ejes la Equidad de Género. Es necesario porque es la oportunidad de fortalecer la participación ciudadana y la inclusión de las mujeres como ciudadanas activas en el diseño, apropiación y toma de decisiones sobre su comunidad. En definitiva, es un esfuerzo por construir un desarrollo con más justicia.

     Es así como, esta municipalidad, y bajo la responsabilidad de la Oficina Municipal de la Mujer, inicia un proceso para incorporar el enfoque de género en todo el quehacer municipal, por lo que se han involucrado todos los departamentos, unidades y oficinas, así como todos los niveles jerárquicos, políticos, técnicos y operativos en el proceso de reflexión y planificación. Esto con el objetivo de garantizar que todas las acciones que brinda la municipalidad se orienten a brindar servicios de calidad y que respondan a las necesidades de la población y en particular de las mujeres, bajo el principio de la igualdad y la equidad.

     Hablar de integrar la perspectiva de género implica en primer lugar, observar la realidad de manera distinta para conocer cómo afectan las situaciones de discriminación a hombres y mujeres en razón del sexo; reconocer sus necesidades e intereses a partir de sus roles de género, visibilizar los aportes de cada quien al desarrollo del cantón; conocer cuál es el impacto de las políticas y proyectos que se generan desde el municipio en materia de superación de las desigualdades para el acceso a las oportunidades y ejercicio de derechos. Además, posibilitaría una relación más cercana entre el gobierno local y las mujeres como sujetas de derechos, que permita atender la situación de discriminación de género atravesada por la clase, la etnia, la condición migratoria, la edad, entre otros.

     Este nuevo enfoque de gestión local requiere de la voluntad política y técnica para aprender a “hacer las cosas de otra manera”, y a “aprender a ponerse los lentes” que le permitan una mirada de género de la realidad. Mirada que provocará nuevas prácticas institucionales y un nuevo estilo de hacer políticas municipales.

     El nivel de éxito de esta Política requiere del compromiso y la participación de los niveles políticos, técnicos y operativos, y de la participación de la ciudadanía, en el entendido de que la eliminación de la discriminación es un asunto que le compete a la sociedad en su conjunto y no puede seguir siendo vista como un asunto sólo de mujeres.

     Explicitamos nuestro compromiso con una sociedad más justa y con el convencimiento de que no puede haber desarrollo sin democracia, y no puede haber democracia, sin la participación equitativa de las mujeres en la toma de decisiones y el acceso a las oportunidades y recursos.

2.  Marco Jurídico. El marco jurídico incluye convenciones, leyes o acuerdos a nivel internacional, nacional o local que se convierten en el marco general que impulsa y respalda el desarrollo de políticas y acciones para lograr la igualdad y la equidad entre hombres y mujeres.

     Existen varios instrumentos que protegen los derechos de las mujeres, a continuación se presentan algunos que se consideran relevantes para esta Política.

     A nivel nacional, se encuentra:

     La Política Nacional de Igualdad y Equidad de Género (PIEG 2007-2017),

     La cual se compone de seis objetivos estratégicos, siendo el objetivo N.6 el que se refiere a “El fortalecimiento de la institucionalidad a favor de la igualdad y la equidad de género”, para que las instituciones se fortalezcan en sus competencias técnicas, políticas y financieras que les permitan desarrollar políticas a favor de la igualdad de género y contribuir con el cumplimiento de los objetivos de la PIEG.

     Asimismo, la PIEG se acompaña de un Plan de Acción para el período 2008-2012, y en este Plan la municipalidad se compromete a elaborar e implementar la política para la Equidad de Género que se ha elaborado para el período 2008-2012.

     Política de Descentralización y Fortalecimiento del Régimen Municipal Costarricense IFAM (2008).

     La cual tiene como uno de sus tres ejes transversales “la Equidad de Género”, el cual señala que no puede hablarse de desarrollo local si no se parte de la incorporación y participación activa, en igualdad de oportunidades, de mujeres y hombres en las comunidades y en los gobiernos locales. Se priorizan acciones como el fortalecimiento de las Oficinas de la Mujer, recursos para alternativas de cuido, el fortalecimiento de la capacitación política y la participación ciudadana, y la implementación de modelos desarrollo económico local más incluyentes.

     Ley Nº 8976 que reforma al Código Municipal (2008).

     Esta ley establece la obligatoriedad de hacer una política para la igualdad y equidad entre hombres y mujeres en las municipalidades; así como realizar presupuestos, informes de rendición de cuentas, planes de gobierno de la alcaldía, diagnósticos y en fin otros instrumentos de planificación, que sean participativos y que tengan enfoque de género para promover un desarrollo local inclusivo y equitativo.

     A nivel local se encuentran:

     Acuerdo Municipal:

     El Concejo Municipal de San Carlos, aprobó el 5 de noviembre del año 2007, en el acta Nº 66, artículo Nº 8, la moción: “Para que el Concejo Municipal acuerde y apoye la elaboración e implementación del Plan Municipal para la Igualdad y la Equidad de Género”.

     Este acuerdo es muy importante, porque refleja el compromiso político del gobierno local de iniciar un proceso municipal de cambio y de elaboración de la Política.

     Plan de Gobierno del Alcalde:

     En el Plan de Gobierno del Alcalde 2007-2010, se presentan cuatro ejes de políticas, uno de ellos es: “Municipio con equidad social educación, seguridad, niñez y adolescencia, cultura y recreación, género, riesgo social y ambiental, prevención del uso de drogas”.

     Plan de desarrollo

     El Plan de Desarrollo Cantonal San Carlos 2008-2012, tiene una “Política de Equidad de Género”, compuesta por varios ejes que a la vez tienen una serie de objetivos. Los ejes son:

1   Formación y empleo.

2   Transporte, Urbanismo y Barreras Arquitectónicas.

3   Servicios Sociales y Salud.

4   Violencia y Seguridad.

5   Cultura y Educación.

6   Asociacionismo y Participación.

7   Deportes.

8   Investigación.

     A nivel internacional:

     Existen varias convenciones y declaraciones que Costa Rica ha ratificado en materia de derechos humanos de las mujeres. Algunas son:

     Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra las Mujeres, 1979 (CEDAW), que Costa Rica ratificó en 1984.

     Define la discriminación contra la mujer como: “toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural, civil y en cualquier otra esfera” (Art. 1).

     Asimismo, insta a los Estados a condenar la discriminación contra la mujer en todas sus formas, que ha sufrido históricamente en razón de su sexo; y a adoptar medidas apropiadas para lograr que las mujeres gocen de igualdad de derechos y oportunidades, a nivel educativo, político, cultural, económico, social, etc.

     Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, 1994 (Belén do Pará), ratificada por Costa Rica en 1995.

     Reconoce que “la violencia contra las mujeres es una ofensa a la dignidad humana y una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombre; que trasciende todos los sectores de la sociedad, independientemente de su clase, etnia, cultura, nivel educativo, edad o religión; y que la eliminación de la violencia es indispensable para su desarrollo individual y social, y su plena e igualitaria participación en todas las esferas de la vida”.

     La Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, 1995.

     La Plataforma tiene como objetivo eliminar los obstáculos que dificultan la plena participación de las mujeres en todas las esferas de la vida pública y privada. Plantea que la igualdad entre mujeres y hombres constituye una condición indispensable para el logro de la justicia social, el desarrollo y la paz. Por lo que se debe aplicar la perspectiva de género en todas las políticas y programas nacionales e internacionales.

     Presenta doce ejes o áreas de intervención, cada una con una serie de acciones o medidas a impulsar por parte de los Estados.

     Objetivos del Milenio:

     Fueron propuestos por el Sistema de Naciones Unidas, (ONU) y fueron adoptados por 189 países en el año 2000, con el objetivo de promover el desarrollo y la paz a nivel mundial. Tiene 8 objetivos y 18 metas con indicadores para medir el avance de los países. El tercer objetivo es: “Promover la equidad de género y la autonomía de la mujer”.

     Esta serie de instrumentos tanto, a nivel nacional como internacional, señalan una serie de acciones e instan a los gobiernos a establecer políticas, programas y proyectos a favor de la igualdad de género y que promuevan el empoderamiento de las mujeres.

     Declaración de la Unión Internacional de Autoridades Locales (IULA, 1993):

     Establece que el gobierno local, como parte integral de la estructura nacional del gobierno, es el ámbito más cercano a los ciudadanos y ciudadanas y que por ello disfruta de una posición ideal para involucrar a las mujeres tanto en el tema de decisiones que conciernen a sus condiciones de vida como para aprovechar sus conocimientos y capacidades en la promoción de un desarrollo sustentable.

3.  Enfoques Orientadores. Se han definido dos enfoques que sustentan los objetivos y las acciones de la Política.

     Enfoque de Derechos Humanos:

     Este enfoque plantea que los derechos humanos le pertenecen a todas las personas por su condición de ser humana, independientemente de su género, edad, cultura, nacionalidad, o cualquier otra condición. La doctrina de los derechos humanos se basa en los principios de igualdad y no discriminación. La igualdad implica dar el mismo valor a personas diversas, reconociendo como iguales a quienes pertenecen a distintos sexos, etnias, edades, clases sociales, entre otros. Y el principio de no discriminación, se refiere a la no distinción, separación o valoración negativa hacia determinados grupos o personas por sus características o condiciones, lo que viola sus oportunidades y sus derechos.

     Otro principio complementario es el de equidad, el cual reconoce las condiciones de desigualdad en que se encuentran las personas, por razones como la etnia, el sexo, la clase social, la edad, entre otros, y plantea el reto de dar respuestas diferenciadas, según las necesidades específicas, con el fin de lograr una mayor justicia.

     Los derechos le pertenecen a todas las personas, por lo que no se debería diferenciar entre los derechos de hombres y mujeres. Sin embargo, las situaciones discriminatorias que enfrentan la mayoría de las mujeres en el mundo, han puesto de manifiesto las limitaciones que afectan el goce y ejercicio pleno de los derechos humanos, sólo por ser mujeres, por los roles y los estereotipos que la sociedad ha construido, que la ubican en un lugar de desventaja y vulnerabilidad. Ante lo cual se ha hecho necesaria una protección especial de derechos, tanto a nivel internacional como nacional y que se convierte en el marco general que compromete a los gobiernos locales para promover y garantizar el ejercicio de los derechos para toda la población y en particular para las mujeres.

     Así, el enfoque de derechos debe ser un principio orientador en el desarrollo local, que coloque a las personas y sus necesidades en el centro de sus políticas. Implica el reconocimiento de la desigualdad social que existe y el respeto a la diversidad humana según edad, género, clase social, etnia, zona geográfica, prácticas socioculturales, religión, entre otros, con el fin de establecer en el municipio, relaciones caracterizadas por el respeto a esa diversidad, por la igualdad de valor de las personas diferentes y por promover la igualdad de derechos y oportunidades.

     Para lo cual, el municipio debe crear los espacios, los mecanismos y las condiciones necesarias para que todas las personas desarrollen sus potencialidades y puedan ejercer los derechos a nivel rural y urbano, en el espacio público y privado, y que considere en general, las demandas de la población y en particular las de las mujeres.

     Enfoque de Género:

     El concepto de género se refiere a los roles asignados socialmente a hombres y mujeres a partir de su sexo biológico, es decir, cada cultura establece un conjunto de atributos diferenciados que define como propios de hombres y mujeres y por tanto lo que se considera como femenino y masculino. Este conjunto de atribuciones incluye actitudes, sentimientos, valores, conductas y una serie de características políticas, psicológicas y jurídicas. Así por ejemplo, la identidad femenina señala que las mujeres son sumisas, sentimentales, débiles, dependiente de los demás, inseguras, obedientes, cuyo espacio es el hogar y la crianza de los hijos. Los hombres en cambio, son fuertes, racionales, su espacio es la vida pública y son quiénes deben desempeñarse en la vida política.

     El género, además hace referencia a que las diferencias biológicas se han convertido en desigualdades sociales, debido a que en la sociedad patriarcal, lo masculino es considerado superior, cuenta con mayores privilegios y se le otorga una posición de poder sobre lo femenino. Lo que ha provocado relaciones de desigualdad de poder entre hombres y mujeres, que ha colocado a las mujeres en una posición de desigualdad y vulnerabilidad.

     Lo cual explica que las mujeres hayan vivido históricamente una discriminación en razón de su sexo, que se manifiesta en todos los campos, a nivel de la participación política, en la educación, la cultura, el trabajo, y en general, en el acceso a los recursos, lo que ha limitado el ejercicio de sus derechos.

     El Enfoque de Género en el desarrollo local y gestión municipal implica:

§   Analizar el impacto en la vida de hombres y mujeres, de las situaciones de discriminación que se presentan en razón de las diferencias de sexo, edad, etnia, pobreza, discapacidad, entre otros.

§   Reconocer que hombres y mujeres tienen necesidades e intereses distintos y que históricamente las que corresponden a las mujeres, han sido invisibilizadas.

§   Reconocer que las mujeres han sido relegadas al espacio privado, encargadas de la reproducción social y del cuido humano, que ha sido invisibilizado, y no reconocido como trabajo remunerado, y que ha limitado la participación de las mujeres en otros espacios.

§   Reconocer que las mujeres han estado excluidas de la participación política en los puestos de toma de decisiones en el nivel local y nacional.

§   Que la Municipalidad debe asumir un compromiso activo en la erradicación de las desigualdades de género; desmitificando la idea de que es solamente a las mujeres a las que les corresponde esta tarea, sino que es una tarea conjunta entre hombres, mujeres y el Estado.

§   Que se requiere un conjunto de acciones que permitan la transformación de la cultura, prácticas y programas municipales, hacia la igualdad y equidad de género, que se concreticen en una planificación y acciones inmediatas, que deben transversar la perspectiva de género.

§   Promover la transformación de las relaciones de poder desiguales entre hombres y mujeres a nivel interno de la municipalidad como externo.

§   Establecer una nueva relación entre la municipalidad y las mujeres, para enfrentar simultáneamente la pobreza, la calidad de vida y la discriminación-subordinación de la mujer.

§   Impulsar acciones afirmativas para disminuir las brechas y las desigualdades que enfrentan las mujeres.

     Al integrar el enfoque de género la Municipalidad promueve la participación de hombres y mujeres en la planificación, administración y ejecución de políticas y planes de desarrollo; la detección de las necesidades e intereses de hombres y mujeres, así como la distribución equilibrada de los recursos económicos, humanos y materiales del cantón.

4.  La Metodología. La Política para la igualdad y equidad de género en el quehacer municipal, se visualiza como un proceso con participación y representación de las diferentes instancias municipales y de los diferentes niveles jerárquicos, con el objetivo de permear toda la Municipalidad.

     Esta política es producto de un proceso construido con la participación del personal municipal y con el acompañamiento de otros actores externos que han unido recursos económicos y técnicos, y han asumido diferentes niveles de participación para el desarrollo del mismo y en distintos momentos, ellos son: The Urban Management Group, el INAMU y la Municipalidad.

     Para su elaboración se contemplaron varias fases que se detallan a continuación:

a.  Planificación y formalización:

     Se plantea desde la Oficina de la Mujer la necesidad de elaborar una política para la igualdad y equidad de género, propuesta que es negociada con la Alcaldía. Luego se presenta esta propuesta al Concejo Municipal, el cual tomó un acuerdo que refleja su respaldo y compromiso con la elaboración de esta política.

     Como parte del proceso se invita a participar a otras instituciones para el acompañamiento técnico y se definen los compromisos que cada instancia asumiría.

     The Urban Management Group, la cual asumió el compromiso de desarrollar el proceso de sensibilización al personal municipal.

     El Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU), por medio del Área de Ciudadanía Activa, Liderazgo y Gestión Local, asumió los siguientes compromisos:

1.   Brindar asesoría técnica y acompañamiento en el proceso de elaboración de la Política.

2.   Participar en los procesos de sensibilización con la población seleccionada.

3.   Apoyar la elaboración de los diseños metodológicos de las diferentes actividades.

4.   Participar en las reuniones establecidas con la comisión coordinadora.

     Por su parte la Municipalidad de San Carlos asumió los compromisos de:

1.   Coordinar, aprobar y dar seguimiento al proceso a través de la Comisión Coordinadora.

2.   Organizar la logística de las diferentes actividades.

3.   Aportar el presupuesto para el desarrollo de las actividades.

4.   Realizar las contrataciones específicas que se requieran.

5.   Coordinar el proceso de diseño y planificación del proceso.

6.   Publicación del Plan de Acción.

7.   Ejecutar las fases de seguimiento y evaluación del Plan de Acción.

     Posteriormente se hizo la identificación de recursos, el diseño metodológico de todo el proceso, y la identificación participantes.

b.  Sensibilización:

     The Urban Management Group, asumió, el proceso de sensibilización dirigido a las jefaturas de la Municipalidad, que consistió en 6 talleres sobre los temas de: derechos humanos, género, masculinidad, desarrollo local y planificación con enfoque de género.

     En esta etapa también se realizó un diagnóstico participativo con el personal municipal sobre el quehacer de la Municipalidad en materia de género.

     Asimismo, contempló conversatorios con todos los departamentos sobre el tema de género y sobre posibles acciones a desarrollar. En estos conversatorios participaron las jefaturas, el personal técnico, administrativo y operativo.

     También, se realizó un intercambio de experiencias con la Municipalidad de Belén, debido a que esta ya estaba ejecutando un plan para la equidad en su municipalidad. En este intercambio se compartieron las actividades realizadas, los logros y retos.

     Al finalizar esta etapa, se conformó una comisión coordinadora para liderar todo el proceso, con representantes de las siguientes instancias:

     Alcaldía Municipal.

     La Comisión de la Condición de la Mujer.

     La Dirección de Planificación.

     La Dirección de Desarrollo Social.

     La encargada de la Oficina Municipal de la Mujer.

     Auditoría.

     Departamento de Servicios Públicos.

     Departamento de Tecnologías de la Información.

     Departamento de Recursos Humanos.

     Departamento de Enlace Comunal.

c.  Diagnóstico:

     Se realizaron dos diagnósticos, uno a nivel externo para identificar las brechas de género que existen en el cantón en diferentes áreas a nivel de salud, educación, trabajo, participación política, pobreza, entre otros. Este se realizó a partir de fuentes secundaria, de información brindada por las instituciones y por el Sistema de Información Municipal.

     Otro diagnóstico fue a nivel interno, el cual se realizó por medio de encuestas para conocer el nivel de información y la percepción con relación al tema de género, así como para conocer las características del personal y la existencia de políticas para la igualdad y equidad de género. Se hicieron tres tipos de encuestas, una dirigida a las jefaturas, otra a todo el personal y una para la Dirección de Recursos Humanos.

d.  Elaboración de la política y del plan de acción:

     A partir de los diagnósticos se definieron siete “problemas o nudos” que se convirtieron en los ejes de la política, luego se definieron los objetivos y las acciones estratégicas para cada uno de los ejes. Simultáneamente se fue definiendo un plan de acción por departamento con el objetivo de identificar acciones a desarrollar para incorporar el enfoque de género en cada macro proceso de la municipalidad, y lograr así el objetivo de transversalizar el enfoque de género en todo el quehacer institucional. Para esta tarea se realizaron reuniones bilaterales con los diferentes departamentos a partir de una matriz que contenía las siguientes variables: situación actual, objetivo, meta, actividad, indicador y responsable. A partir de estas discusiones, los trabajos individuales y grupales se concluye la Política que se compone de siete ejes y 40 acciones estratégicas.

     Finalmente, se realizó una sesión de validación con la participación de la Alcaldía y las jefaturas de los diferentes departamentos para dar a conocer la propuesta final y realizar los ajustes que se consideraran necesarios.

e.  Seguimiento y evaluación:

     Esta política tiene un carácter estratégico porque pretende promover cambios, en el mediano y largo plazo, en las condiciones socioculturales que mantienen la discriminación contra las mujeres, y cualquier otro tipo de discriminación en el nivel local. Es una apuesta a fortalecer la democracia local y a generar condiciones que permiten el desarrollo pleno de todas las personas, el respeto a la diversidad y el ejercicio de los derechos de hombres y mujeres en el cantón.

     La Política contempla los ejes, los objetivos estratégicos, las acciones estratégicas, las metas, los indicadores, responsable y el cronograma. Para su implementación es necesario la conformación de comisiones interdepartamentales para la elaboración de planes de trabajo que permitan concretar las acciones.

     Su implementación, además, requiere de un seguimiento y acompañamiento por parte de un equipo técnico que pueda coordinar el proceso y facilitar herramientas para la aplicación del enfoque de género en los diferentes procesos que desarrolla la Municipalidad. Para lograr este objetivo, se conformará una comisión interna que asumirá este proceso.

     Además, se realizarán balances anuales sobre el nivel de ejecución de los compromisos aquí planteados, que permitan identificar los obstáculos y los cambios que se requieren hacer para cumplir con los objetivos.

     Finalmente, se realizará una evaluación de resultados, al cabo de los cinco años, que permita conocer el nivel de cumplimiento de los objetivos, los resultados alcanzados y los retos o desafíos pendientes.

     La Política para la igualdad y equidad entre hombres y mujeres 2010-2014

     Objetivo estratégico:

     “Incorporar el enfoque de género en todo el quehacer municipal para promover la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, en el acceso a los recursos y servicios municipales, para construir un desarrollo local que sea democrático, equitativo, inclusivo y solidario”.

     Ejes:

1.  Eje: Cultura institucional

     Objetivo estratégico:

     Promover una cultura institucional respetuosa de los derechos humanos de las personas en su diversidad, que contribuya con la eliminación de estereotipos y prácticas discriminatorias en razón del sexo, la edad, la etnia, género, nacionalidad y cualquier otra condición.

     Acciones estratégicas:

1.1     Diseño de una estrategia de promoción, comunicación e información sobre la gestión municipal y el desarrollo local,- a nivel interno y externo, y en diferentes medios locales radiales y escritos- basada en valores relacionados con la igualdad y la equidad de género, la tolerancia, el respeto a los derechos humanos y la diversidad.

1.2.    Desarrollo de un programa de capacitación y sensibilización que contribuya a promover cambios en la cultura y clima organizacional que transforme los patrones socioculturales, prejuicios y actitudes que discriminan a las mujeres solo por su género, que contribuya a generar relaciones más igualitarias y solidarias entre hombres y mujeres.

1.3.    Elaboración de un manual para el uso del lenguaje inclusivo y con directrices para la elaboración de materiales para que no se reproduzcan estereotipos sexistas, racistas, xenofóbicos, entre otros, en los documentos, comunicados, campañas, afiches, desplegables e informes que elabore la Municipalidad, a nivel gráfico, digital o impreso.

1.4.    Desarrollo de procesos de capacitación continua a las jefaturas sobre la planificación con enfoque de género que brinde herramientas técnicas para incorporar este enfoque en todo el quehacer municipal.

2.  Eje: Recursos Humanos

     Objetivo estratégico:

     Impulsar una política de recursos humanos que contribuya con el fortalecimiento de las capacidades y habilidades del personal, a favor de la igualdad y la equidad entre hombres y mujeres.

     Acciones estratégicas:

2.1     Promoción de políticas de selección, contratación, remuneración y promoción que favorezcan la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

2.2.    Revisión del manual de puestos para introducir un lenguaje inclusivo y eliminar los estereotipos por razones de género que existan en la definición de los perfiles.

2.3.    Creación e implementación de un programa de capacitación técnica que promueva la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, y de sensibilización en el tema de sexo-género, feminidad, masculinidad, violencia, sexualidad, alcoholismo, entre otros, que promueva la eliminación de estereotipos sexistas y favorezca una cultura respetuosa de la diversidad, que contribuya con el mejoramiento de las relaciones interpersonales.

2.4.    Desarrollo de actividades de celebración como día del padre, la madre, del personal municipal, entre otros, que no reproduzcan los estereotipos sexistas.

2.5.    Impulso de un programa para sobrellevar la vida laboral con la vida familiar y de corresponsabilidad entre hombres y mujeres del trabajo doméstico y de cuido con participación de la empresa privada, la municipalidad y la familia.

2.6.    Desarrollo de programas recreativos y culturales para el mejoramiento de la calidad de vida del personal municipal que responda a las necesidades de hombres y mujeres, según el ciclo de vida.

2.7.    Elaboración de un programa de salud ocupacional con enfoque de género.

2.8.    Creación e implementación de un reglamento municipal para prevenir y sancionar el hostigamiento sexual, y promover relaciones laborales de respeto y no discriminación.

3.  Eje: Gestión y Servicios Municipales

     Objetivo estratégico:

     Promover una gestión municipal eficiente y posicionar a la municipalidad y al gobierno local como impulsores de un desarrollo local con una visión estratégica, inclusiva de la diversidad de la población, integral, equitativa, democrática y solidaria.

     Acciones estratégicas:

3.1.    Implementación de un sistema de información municipal que brinde estadísticas desagregadas por sexo en los reportes que se requieren a nivel de los diferentes procesos: catastro, patentes, plataforma de servicios, entre otros.

3.2.    Incorporación de temas relativos a la igualdad y equidad de género en la página Web y en la intranet de la Municipalidad.

3.3.    Incorporación del enfoque de género en todo el proceso de planificación municipal, tanto en la planificación estratégica como en los planes operativos, para permear con este enfoque todo el quehacer municipal y lograr un desarrollo local que sea integral, con identidad local, que impulse la inclusión social de los grupos excluidos, con equidad de género, seguro y en armonía con el medio ambiente.

3.4.    Impulso de una atención de calidad a la ciudadanía, que no reproduzca estereotipos sexistas, racistas, xenofóbicos, entre otros, que promueva el respeto de los derechos humanos y que responda a las necesidades de hombres y mujeres en su diversidad.

3.5.    Implementación de una estrategia para informar, prevenir y sancionar la explotación sexual infantil y juvenil en los comercios del cantón.

3.6.    Desarrollo de fiestas cívicas, basadas en los lineamientos de la Política para la igualdad y equidad de género, que no promueva la discriminación por razones de sexo, edad, etnia, género, entre otros.

3.7.    Implementación de una estrategia de rendición de cuentas, con participación de los diferentes departamentos municipales, sobre el uso de los recursos y sobre los avances en materia de igualdad y equidad entre hombres y mujeres en el municipio.

3.8.    Diseño y ejecución de una estrategia de información y difusión sobre los servicios y trámites municipales, que no reproduzca estereotipos sexistas y que sea accesible para la ciudadanía en general y para las mujeres en particular.

3.9.    Desarrollo de un programa de sensibilización y capacitación dirigido al personal municipal sobre el enfoque de género y la gestión municipal.

3.10.  Desarrollo de una estrategia para promover la participación de las mujeres empresarias del cantón en el registro de proveeduría de la Municipalidad.

3.11.  Asegurar que los procesos de licitación de los diferentes servicios que se contratan en la Municipalidad no sean discriminatorios y excluyan la participación de las mujeres.

3.12.  Desarrollo de programas culturales, recreativos y deportivos que promuevan la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, y no reproduzcan estereotipos sexistas.

4.  Eje: Normativa institucional

     Objetivo estratégico:

     Incorporación del enfoque de género en la normativa municipal, de manera que el conjunto de normas que guían el quehacer municipal contribuyan a eliminar las desigualdades por razones de género.

     Acciones estratégicas:

4.1.    Incorporación del enfoque de género en los convenios, reglamentos, la convención colectiva, directrices y demás instrumentos existentes en la municipalidad.

4.2.    Asesoría al Concejo Municipal para que los acuerdos municipales y proyectos tengan un enfoque de género.

4.3.    Integración de comisiones, órganos y juntas directivas, que conforme el Concejo Municipal, bajo un criterio de paridad y proporcionalidad entre hombres y mujeres.

5.  Eje. Empoderamiento de las mujeres

     Objetivo estratégico:

     Promover el empoderamiento de las mujeres para una mayor incidencia en la toma de decisiones, que contribuya a posicionar sus necesidades e intereses en la agenda pública, para mejorar su calidad de vida tanto en el espacio público como privado, y el ejercicio de una ciudadanía activa.

     Acciones estratégicas:

5.1.    Desarrollo de un programa de capacitación para el fortalecimiento de la organización, la articulación y el liderazgo de las mujeres para una mayor incidencia en las instancias de toma de decisiones y en las políticas municipales para que respondan a sus necesidades e intereses.

5.2.    Desarrollo de un programa para el fortalecimiento de la empresariedad de las mujeres, por medio de la capacitación técnica, el acompañamiento y la asesoría, para el ejercicio de su ciudadanía económica y el mejoramiento de sus condiciones de vida.

5.3.    Atención, orientación, capacitación y referencia a las mujeres en los diferentes momentos del ciclo de la violencia intrafamiliar.

5.4.    Desarrollo de campañas de promoción, divulgación y apropiación de los derechos humanos por parte de las mujeres para mejorar su calidad de vida, y el disfrute una ciudadanía activa.

5.6.    Desarrollo de campañas a nivel comunitario para impulsar cambios en los patrones socioculturales y promover relaciones libres de violencia.

5.7.    Desarrollo de un programa de capacitación en el tema de masculinidad, dirigido, tanto a los funcionarios municipales, como a los hombres del cantón, para el mejoramiento de su calidad de vida.

6.  Eje: Desarrollo Urbano:

     Objetivo estratégico:

     Promover el acceso de todas las personas, sin distinción de sexo, etnia, edad, intereses políticos, nacionalidad, discapacidad u otras condiciones, a los recursos básicos del cantón y a los procesos de toma de decisión sobre el desarrollo urbano, en los campos de educación, empleo, salud, cultura, deporte, recreación, vivienda, agua, saneamiento básico y servicios sociales, para construir un cantón más inclusivo y democrático.

     Acciones estratégicas:

6.1.    Construcción de obras de infraestructura y espacios públicos de calidad en las comunidades, que favorezcan el encuentro social, la calidad de vida y que respondan a las necesidades de hombres y mujeres en su diversidad, considerando alternativas para la niñez, adolescencia, juventud, personas adultas, y adultas mayores.

6.2.    Promoción de un desarrollo urbano que incluya la participación equitativa de hombres y mujeres en el proceso de diagnóstico, diseño para garantizar la incorporación de sus necesidades y aportes al diseño del cantón.

6.3.    Creación de un plan de ordenamiento territorial que tenga incorporado el enfoque de género y ambiental, para optimizar y ordenar las inversiones y el desarrollo cantonal.

7.  Eje: Participación ciudadana:

     Objetivo estratégico:

     Promover una participación activa y equitativa entre hombres y mujeres en los procesos de toma de decisiones que tienen que ver con el desarrollo local, para el fortalecimiento de la democracia, la equidad y la gobernanza local.

     Acciones estratégicas:

7.1     Desarrollo de un programa de capacitación para fortalecer las organizaciones de mujeres y organizaciones mixtas, y promover su incidencia, ejercicio de un liderazgo transformador y la elaboración de proyectos con enfoque de género.

7.2     .Impulso de mecanismos para lograr una participación equitativa de hombres y mujeres en las diferentes instancias comunales y consultas ciudadanas que realiza la municipalidad.

7.3     Realización de una campaña sobre los deberes y derechos de la ciudadanía, que permita un mayor acercamiento de la población en general y de las mujeres en particular, a la municipalidad y el ejercicio de una ciudadanía activa.

 

Política para la Igualdad y la Equidad de Género

Plan de Acción

1.  Eje: Cultura institucional

     Objetivo estratégico:

     Promover una cultura institucional respetuosa de los derechos humanos de las personas en su diversidad, que contribuya con la eliminación de estereotipos y prácticas discriminatorias en razón del sexo, la edad, la etnia, nacionalidad y cualquier otra condición.

 

ACCIONES ESTRATÉGICAS

META

CRONOGRAMA

INDICADOR

RESPONSABLE

 

 

2010

2011

2012

2016

 

 

1.1. Diseño de una estrategia de promoción, comunicación e información sobre la gestión municipal y el desarrollo local,- a nivel interno y externo, y en diferentes medios locales radiales y escritos- basada en valores relacionados con la igualdad y la equidad de género, la tolerancia, el respeto a los derechos humanos y la diversidad.

Una Municipalidad, posicionada como una institución promotora de los derechos humanos y de la igualdad y la equidad social y de género en el nivel local.

 

x

 

 

 

Estrategia elaborada e implementada

Relaciones Públicas, Alcaldía.

Oficina de la Mujer

1.2.  Desarrollo de un programa de capacitación y sensibilización que contribuya a promover cambios en la cultura y clima organizacional que transforme los patrones socioculturales, prejuicios y actitudes que discriminan a las mujeres solo por su género, que contribuya a generar relaciones más igualitarias y solidarias entre hombres y mujeres.

Una cultura institucional que no sea sexista y que se base en los valores de equidad, respeto, tolerancia y amistad.

x

X

x

x

Programa desarrollado

Relaciones públicas, Recursos Humanos, Desarrollo Social.

1.3.  Elaboración de un manual para el uso del lenguaje inclusivo y con directrices para la elaboración de materiales, para la eliminación de estereotipos sexistas, racistas, xenofóbicos, etc, en todos los documentos, comunicados, campañas, afiches, desplegables e informes que elabora la Municipalidad, a nivel gráfico, digital o impreso.

Una Municipalidad que utiliza lenguaje inclusivo y no discriminatorio en todos sus comunicados.

x

X

 

 

Manual elaborado y utilizado.

Relaciones públicas, Oficina de la Mujer

1.4.   Desarrollo de procesos de capacitación continua a las jefaturas sobre la planificación con enfoque de género que brinde herramientas técnicas para incorporar este enfoque en todo el quehacer municipal.

Una planificación estratégica y operativa que incorpora el enfoque de género.

x

X

 

 

Capacitación realizada.

Desarrollo Social, Oficina de la Mujer, Planificación.

 

2.  Recursos Humanos

     Objetivo estratégico:

     Impulsar una política de recursos humanos que contribuya con el fortalecimiento de las capacidades y habilidades del personal a favor de la igualdad y la equidad entre hombres y mujeres.

 

ACCIONES ESTRATÉGICAS

META

CRONOGRAMA

INDICADOR

RESPONSABLE

 

 

2010

2011

2012

2016

 

 

2.1. Promoción de políticas de selección, contratación, remuneración y promoción que favorezcan la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

Aumento de mujeres contratadas en puestos no tradicionales en el marco de la política de Recursos Humanos para la equidad e igualdad entre hombres y mujeres.

x

X

x

x

Número de mujeres en los puestos de jefatura.

Recursos Humanos

2.2. Creación e implementación de un programa de formación y actualización profesional que promueva la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, y de sensibilización en el tema de sexo-género, feminidad, masculinidad, etc, que promueva la eliminación de estereotipos sexistas y favorezca una cultura respetuosa de la diversidad, que contribuya con el mejoramiento de las relaciones interpersonales.

Hombres y mujeres con igualdad de oportunidades para capacitarse y mejoramiento del clima institucional y de las relaciones interpersonales.

x

X

x

x

Programa de capacitación diseñado y ejecutado

Recursos Humanos

2.3.   Desarrollo de actividades de celebración como día del padre, la madre, del personal municipal, etc. que no reproduzcan los estereotipos sexistas.

Un cambio cultural sobre los roles tradicionales y los estereotipos sexistas.

 

X

x

x

Número de actividades realizadas

Recursos Humanos

Dirección de Desarrollo Social

Relaciones Públicas.

2.4. Revisión del manual de puestos para introducir un lenguaje inclusivo y eliminar los estereotipos por razones de género que existan en la definición de los perfiles.

Una manual de puestos que no discrimina por razones de género.

x

X

 

 

Manual revisado y actualizado

Recursos Humanos

Desarrollo Social

2.5.  Impulso de un programa para sobrellevar la vida laboral con la vida familiar y de corresponsabilidad entre hombres y mujeres del trabajo doméstico y de cuido con participación de la empresa privada, la municipalidad y la familia.

El personal municipal cuenta con opciones para conciliar el trabajo y la familia, aunado a un cambio cultural que favorece que el cuido y el trabajo doméstico sea compartido y asumido como responsabilidad de hombres y mujeres.

 

 

x

x

Un programa diseñado

Recursos Humanos.

Alcaldía.

Desarrollo Social

2.6.  Desarrollo de programas recreativos y culturales para el mejoramiento de la calidad de vida del personal municipal que responda a las necesidades de hombres y mujeres, según el ciclo de vida.

Un mejoramiento de la calidad de vida de los hombres y las mujeres de acuerdo a sus necesidades según el ciclo de vida.

x

X

x

x

Programa diseñado y ejecutado.

 

Recursos Humanos.

Relaciones Públicas

Alcaldía

2.7. Promover un programa de salud ocupacional que tenga enfoque de género.

 

x

X

 

 

Programa ejecutado

Comisión de Salud Ocupacional

Recursos Humanos

2.8 Creación e implementación de un reglamento municipal para prevenir y sancionar el hostigamiento sexual, y promover relaciones laborales de respeto y no discriminación por razones de género.

 

x

 

 

 

Reglamento aprobado.

Recursos Humanos.

Dirección de Servicios Jurídicos.

Desarrollo Social/ OFIM

 

3.  Eje: Gestión y Servicios Municipales

     Objetivo estratégico:

     Posicionar a la municipalidad y al gobierno local como impulsores de un desarrollo local con una visión estratégica, inclusiva, integral, equitativa y democrática que brinda servicios de calidad de acuerdo a las necesidades de hombres y mujeres en su diversidad.

 

ACCIONES ESTRATÉGICAS

META

CRONOGRAMA

INDICADOR

RESPONSABLE

 

 

2010

2011

2012

2016

 

 

3.1 Implementación de un sistema de información municipal que brinde estadísticas desagregadas por sexo en los reportes que se requieren a nivel de los diferentes procesos: catastro, patentes, plataforma de servicios, cobros, entre otros

Un sistema de información que permita realizar un análisis de género de la información desagregada por sexo, para que sea una herramienta eficaz en la toma de decisiones.

x

 

 

 

 

 

 

Diseño de reporte

 

 

 

Departamento de tecnologías de la información

3.2. Incorporación de temas relativos a la igualdad y equidad de género en la Página WEB y en la intranet de la Municipalidad.

Una página Web y una intranet con información relativa a la igualdad y la equidad de género que es accesible a la ciudadanía.

x

 

 

 

Página Web diseñada

Departamento de tecnologías de la información.

Oficina de la Mujer

3.3. Incorporación del enfoque de género en todo el proceso de planificación municipal, tanto en la planificación estratégica como en la operativa, para pernear con este enfoque todo el quehacer municipal y lograr un desarrollo local que sea integral, con identidad local, que impulse la inclusión social de los grupos excluidos, con equidad de género, seguro y en armonía con el medio ambiente

Una planificación municipal orientada a promover la igualdad y equidad entre hombres y mujeres.

x

X

 

 

Plan de desarrollo cantonal y

Plan Anual Operativo.

Dirección de Planificación.

3.4.  Promoción de un servicio a la ciudadanía que sea de calidad y que responda al principio de igualdad y equidad entre los géneros, que no reproduzca estereotipos sexistas, racistas, xenofóbicos, entre otros, que promueva el respeto de los derechos humanos y que responda a las necesidades de hombres y mujeres en su diversidad.

Una ciudadanía satisfecha con la calidad de la atención que brinda la Municipalidad en los diferentes servicios.

x

X

 

 

Encuesta realizada a la ciudadanía sobre la percepción de los servicios municipales.

Auditoría.

Plataforma de Servicios.

3.5. Implementación de una estrategia para informar, prevenir y sancionar la explotación sexual infantil y juvenil en los comercios del cantón.

Lugares comerciales respetuosos de los derechos de la niñez y la juventud.

x

 

 

 

Reglamento elaborado.

Informe de la Sección de Patentes.

Patentes.

Dirección de Servicios Jurídicos

3.6.  Desarrollo de fiestas cívicas, basadas en los lineamientos de la Política para la igualdad y equidad de género, que no promueva la discriminación por razones de sexo, edad, etnia, etc.

Fiestas cívicas basadas en valores de encuentro familiar, igualdad, solidaridad y no explotación sexual de las mujeres.

x

X

x

x

Número y tipo de actividades novedosas que respondan a valores de encuentro familiar, igualdad, solidaridad y no explotación sexual.

Comisión de cultura, Relaciones Públicas,

Oficina de la Mujer

3.7. Implementación de una estrategia de rendición de cuentas, con participación de los diferentes departamentos municipales, sobre el uso de los recursos y sobre los avances en materia de igualdad y equidad entre hombres y mujeres en el municipio.

Una ciudadanía informada sobre la distribución de los recursos en materia de igualdad y equidad.

x

X

 

 

Informe de rendición de cuentas

Alcaldía

3.8. Diseño y ejecución de una estrategia de información y difusión sobre los servicios y trámites municipales, que no reproduzca estereotipos sexistas y que sea accesible para la ciudadanía en general y para las mujeres en particular.

Una ciudadanía y las mujeres informadas sobre el quehacer, los diferentes trámites municipales y sus deberes y derechos.

x

X

 

 

Estrategia desarrollada con: desplegables distribuidos, afiches, entre otros

Relaciones públicas,

Plataforma de servicios,

Cobros

3.9 Desarrollo de un programa de sensibilización y capacitación dirigido al personal municipal sobre el enfoque de género y la gestión municipal

Personal municipal sensibilizado que brinda una atención a la ciudadanía con enfoque de género.

x

X

 

 

Programa de sensibilización desarrollado.

Recursos Humanos,

Planificación,

Oficina de la Mujer.

 

 

2010

2011

2012

2016

 

 

3.10. Desarrollo de una estrategia para promover la participación de las mujeres empresarias del cantón en el registro de proveeduría de la Municipalidad.

Mujeres informadas sobre los requisitos y trámites par ingresar al registro de proveeduría de la Municipalidad.

x

 

 

 

Un aumento del 25 % de mujeres en el registro de proveeduría.

Proveeduría,

Oficina de la Mujer

3.11. Asegurar que los procesos de licitación de los diferentes servicios que se contratan en la Municipalidad no sean discriminatorios y excluyan la participación de las mujeres.

Procesos de contratación no discriminatorios de la participación de las mujeres.

x

X

 

 

Tipo de carteles de licitación publicados.

 

Dirección Administrativa.

Proveeduría

3.12. Desarrollo de programas culturales, recreativos y deportivos que promuevan la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, y no reproduzcan estereotipos sexistas.

Programas recreativos que promuevan la igualdad de oportunidades.

x

X

x

x

Programa desarrollado.

Dirección de Desarrollo Social y Económico.

Relaciones Públicas

 

4.  Eje: Normativa institucional

     Objetivo estratégico:

     Incorporación del enfoque de género en la normativa municipal, de manera que el conjunto de normas que guían el quehacer municipal contribuyan a eliminar las desigualdades por razones de género.

 

ACCIONES ESTRATÉGICAS

META

CRONOGRAMA

INDICADOR

RESPONSABLE

 

 

2010

2011

2012

2016

 

 

4.1. Incorporación del enfoque de género en los convenios, reglamentos, la convención colectiva, directrices y demás instrumentos existentes en la municipalidad.

Normativa municipal con enfoque de género.

x

X

x

x

Número de instrumentos jurídicos con enfoque de género.

Dirección de Servicios Jurídicos

4.2.   Asesoría al Concejo Municipal para que los acuerdos municipales y proyectos tengan un enfoque de género

Acuerdos municipales y proyectos aprobados por el Concejo que tienen incorporado el enfoque de género.

x

X

 

 

Número de asesorías brindadas al Concejo Municipal.

Número de acuerdos aprobados con enfoque de género

Dirección de Servicios Jurídicos.

Oficina de la Mujer

Secretaría

4.3. Conformación de comisiones, órganos y juntas directivas del Concejo Municipal bajo un criterio de paridad y proporcionalidad entre hombres y mujeres.

Una participación paritaria y proporcional entre hombres y mujeres en las diferentes comisiones.

x

X

 

 

Número de comisiones conformadas con el criterio de paridad o proporcionalidad

Dirección de Servicios Jurídicos

Secretaría

 

5.  Eje. Empoderamiento de las mujeres

     Objetivo estratégico:

     Promover el empoderamiento de las mujeres para una mayor incidencia en la toma de decisiones, que contribuya a posicionar sus necesidades e intereses en la agenda pública, para mejorar su calidad de vida tanto en el espacio público como privado, y el ejercicio de una ciudadanía activa.

 

ACCIONES ESTRATÉGICAS

META

CRONOGRAMA

INDICADOR

RESPONSABLE

 

 

2010

2011

2012

2016

 

 

5.1.  Desarrollo de un programa de capacitación para el fortalecimiento de la organización, la articulación y el liderazgo de las mujeres para una mayor incidencia en las instancias de toma de decisiones y en las políticas municipales para que respondan a sus necesidades e intereses.

Organizaciones de mujeres capacitadas y fortalecidas, que ejercen un liderazgo transformador y con mayor

incidencia local.

x

X

 

 

Programa de capacitación ejecutado.

Oficina de la Mujer.

Enlace Comunal

 

 

2010

2011

2012

2016

 

 

5.2. Desarrollo de un programa para el fortalecimiento de la empresariedad de las mujeres y la comercialización de sus productos, por medio de la capacitación técnica, el acompañamiento y la asesoría, para el ejercicio de su ciudadanía económica y el mejoramiento de sus condiciones de vida.

Fortalecidos los emprendimientos de mujeres y sus productos son posicionados en el mercado local.

x

 

 

 

Programa ejecutado

Oficina de la Mujer

5.3.   Desarrollo de una estrategia de apoyo a la inserción laboral de las mujeres, por medio de la capacitación técnica en áreas no tradicionales y que respondan a las necesidades del mercado laboral.

Mujeres con empleos de mejor calidad y mayor remuneración.

x

X

 

 

Estrategia desarrollada

Oficina de la Mujer

5.4. Desarrollo de un programa para la orientación, capacitación, referencia y atención, de las mujeres en los diferentes momentos del ciclo de la violencia intrafamiliar, en coordinación con la Red Interinstitucional de Violencia Intrafamiliar.

Mujeres fortalecidas y con mayores herramientas para prevenir, denunciar y enfrentar la violencia intrafamiliar.

x

 

 

 

Número de mujeres atendidas

Oficina de la Mujer

5.5.   Desarrollo de campañas de promoción, divulgación y apropiación de los derechos humanos por parte de las mujeres para mejorar su calidad de vida, y el disfrute una ciudadanía activa.

Mujeres informadas de sus derechos y con conocimiento de los mecanismos para defenderos y disfrutarlos.

x

X

 

 

Número de campañas realizadas

Desarrollo Social

Oficina de la Mujer

Relaciones públicas

5.6. Desarrollo de campañas a nivel comunitario para impulsar cambios en los patrones socioculturales y promover relaciones libres de violencia.

Un cantón con relaciones más saludables entre hombres y mujeres.

x

X

 

 

Número de campañas realizadas

Oficina de la Mujer

Relaciones Públicas

5.7. Desarrollo de un programa de capacitación en el tema de masculinidad, dirigido, tanto a los funcionarios municipales, como a los hombres del cantón, para el mejoramiento de su calidad de vida.

Un programa ejecutado para el fortalecimiento de los hombres y la promoción de relaciones no violentas.

x

 

 

 

Programa ejecutado

Desarrollo Social

Oficina de la Mujer

6.  Eje: Desarrollo Urbano:

     Objetivo estratégico:

     Promover el acceso de todas las personas, sin distinción de sexo, etnia, edad, intereses políticos, nacionalidad, discapacidad u otras condiciones, a los recursos básicos del cantón y a los procesos de toma de decisión sobre el desarrollo urbano, en los campos de educación, empleo, salud, cultura, deporte, recreación, vivienda, agua, saneamiento básico y servicios sociales, para construir un cantón más inclusivo y democrático.

 

ACCIONES ESTRATÉGICAS

META

CRONOGRAMA

INDICADOR

RESPONSABLE

 

 

2010

2011

2012

2016

 

 

6.1. Promoción de un desarrollo urbano que incluya la participación equitativa de hombres y mujeres en el proceso de diagnóstico y diseño de los espacios públicos para garantizar la incorporación de sus necesidades y aportes al diseño del cantón

Un desarrollo urbano participativo que responde a la igualdad y la equidad de género.

x

X

x

 

x

Procesos de consulta

Dirección de Infraestructura.

Desarrollo. Urbano,

Gestión Vial.

6.2.   Construcción de obras de infraestructura y espacios públicos de calidad en las comunidades, que favorezcan el encuentro social, la calidad de vida y que respondan a las necesidades de hombres y mujeres en su diversidad, considerando alternativas para la niñez, adolescencia, juventud, personas adultas, y adultas mayores.

Creación de obras de infraestructura que responden a un criterio de igualdad y equidad social y de género.

 

 

X

 

x

 

Número de obras construidas con criterio de equidad.

Dirección de Infraestructura.

Desarrollo. Urbano,

Gestión Vial.

 

 

2010

2011

2012

2016

 

 

6.3.  Creación de un plan de ordenamiento territorial que tenga incorporado el enfoque de género y ambiental, para optimizar y ordenar las inversiones y el desarrollo cantonal.

Un plan regulador participativo y con enfoque de género.

x

X

 

 

Plan regulador aprobado

 

Desarrollo

Urbano

 Planificación

Gestión Ambiental

7.  Eje: Participación Ciudadana:

     Objetivo estratégico:

     Promover una participación activa y equitativa entre hombres y mujeres en los procesos de toma de decisiones que tienen que ver con el desarrollo local, para el fortalecimiento de la democracia, la equidad y la gobernanza local.

 

ACCIONES ESTRATÉGICAS

META

CRONOGRAMA

INDICADOR

RESPONSABLE

 

 

2010

2011

2012

2016

 

 

7.1. Desarrollo de un programa de capacitación para fortalecer las organizaciones de mujeres y organizaciones mixtas, y promover su incidencia, ejercicio de un liderazgo transformador y la elaboración de proyectos con enfoque de género.

Organizaciones capacitadas y fortalecidas, desarrollando proyectos con enfoque de género.

 

 

 

X

 

 

Programa de capacitación realizado.

Número de organizaciones capacitadas.

Oficina de la Mujer. Enlace Comunal.

Gestión Vial.

Desarrollo Social

7.2. Impulso de mecanismos para lograr una participación equitativa de hombres y mujeres en las diferentes instancias comunales y consultas ciudadanas que realiza la municipalidad.

Una mayor participación de las mujeres en las instancias y proyectos comunales.

 

x

 

 

x

 

 

Composición de las diferentes juntas, comités, entre otros, equitativa por sexo.

Enlace Comunal.

Gestión Vial

7.3.   Realización de una campaña sobre los deberes y derechos de la ciudadanía, que permita un mayor acercamiento de la población, en general y de las mujeres en particular, a la municipalidad y el ejercicio de una ciudadanía activa.

Una ciudadanía informada, activa y le.

 

 

 

 

X

 

 

Campaña realizada

Relaciones públicas

Planificación.

Desarrollo Social

Gestión Vial

 

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

SUCURSAL NICOYA

AVISO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Gloria Fonseca Carrillo, casada una vez, pensionada, de Guanacaste, Nicoya, barrio Los Ángeles, del bar El Molino l00 este, 25 al sur, cédula 5-041-0523, solicita ante el Banco Popular y de Desarrollo Comunal, Sucursal Nicoya, la reposición, por haber sido extraviado, de certificado a plazo número 16100360210289019, por la suma de nueve millones trescientos cuarenta y ocho mil quinientos colones (9.348.500), emitido el 15 de febrero 2007, vencido 15 de diciembre del 2007. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Gerencia de indicado Banco, dentro del término de quince días hábiles a partir de la publicación de este aviso.

Gloria Fonseca Carrillo.—RP2011253930.—(IN2011065422).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

edictos

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

A Angie Loaiza Coto, se le comunica la resolución de las 13:00 horas del 29 de julio del 2011, donde se resuelve: I) Se sustituye la medida de protección en cuanto al abrigo temporal de la niña Arini Valeska Loaiza Coto hecho en el albergue del Patronato Nacional de la Infancia para niños y niñas de Naranjo y en su lugar se ordena el abrigo temporal de la niña en la Asociación Hogar Metodista, sito en Coronado, San José. II) Se ordena la suspensión de las visitas a la niña Arini Valeska Loaiza Coto por parte de su progenitora Angie Loaiza Coto. III) Se da por concluido el proceso de intervención por parte del Área Social de Atención Integral de esta Oficina y se remite el expediente a la Oficina Local del Patronato Nacional de la Infancia de Guadalupe para que se inicie la judicialización del proceso respectivo. IV) Se declara la incompetencia de esta Oficina en razón del territorio para continuar conociendo las presentes diligencias y se remite el expediente administrativo número 231-00105-2010 a la Oficina Local del Patronato Nacional de la Infancia de Guadalupe para que se arrogue el conocimiento de las presentes diligencias y fenezca el proceso conforme a derecho corresponda. V) Comuníquese la presente resolución al Juzgado de Familia del I Circuito Judicial de Alajuela. Plazo: para interponer recurso de apelación 48 horas; señalando lugar para atender notificaciones dentro del perímetro administrativo de la oficina local del PANI de Guadalupe, contados a partir de la tercera publicación de este edicto. Publíquese tres veces consecutivas. Exp. Nº 231-00105-2010.—Lic. Marianela Acón Chan.—Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 48490.—C-21620.—(IN2011063930).

A Alexander Gómez Trejos, se le comunica la resolución de las 15:00 horas del 26 de julio del 2011, donde se resuelve: I) medidas cautelares. Se ordena el abrigo temporal del adolescente Alexander Gerardo Gómez Mejía en un Albergue del Patronato Nacional de la Infancia de acuerdo a sus necesidades, reubicándose provisionalmente en el Albergue de adolescentes varones de Rosales de Alajuela. Se advierte a las partes que la presente Medida de Protección tiene una vigencia de hasta seis meses en tanto no se modifique en vía administrativa o judicial, pudiéndose prorrogar en vía judicial. Asimismo se les informa que les asiste el derecho de acceso del expediente administrativo para su estudio y revisión, pudiendo hacerse asesorar y representar por un profesional en derecho. II) Se Advierte a los señores Alexander Gómez Trejos y Yadira del Carmen Mejía Pérez su deber de integrarse a un grupo de crecimiento personal de educación a padres de los que imparte Trabajo Social de la Clínica Marcial Rodríguez y/o Trabajo Social del Hospital San Rafael de Alajuela, y lo grupo a fin de su comunidad, debiendo rendir informes de avance periódicamente a esta oficina, para lo cual se les concede un plazo improrrogable de treinta días. III) Remítase el expediente al Área Integral de esta oficina con énfasis en Trabajo Social, a fin de que se rinda el informe respectivo. IV) Comuníquese esta resolución al Juzgado de Familia de Alajuela. Plazo: Para interponer recurso de apelación 48 horas; señalando lugar para atender notificaciones dentro del Perímetro Administrativo de esta oficina, contados a partir de la tercera publicación de este edicto. Publíquese tres veces consecutivas. Exp. Nº 231-00195-2011.—Oficina de Alajuela.—Lic. Marianela Acón Chan,  Órgano Director del Procedimiento.—O. C. 34028.—Solicitud Nº 48490.—C-19820.—(IN2011063931).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Se le comunica a Luis Juan José Villalobos Picado, la resolución de las 08:00 horas del 08 de agosto de 2011, que remite a programas de apoyo a la familia y de inclusión al sistema educativo de las personas menores de edad Brandon y John Villalobos Rojas. En contra de la presente resolución procede el recurso de apelación para ante el Superior en grado, dentro de un plazo de 48 horas después de notificada. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificada con el sólo transcurso de 24 horas después de dictada.—Oficina Local de Guadalupe.—08 de agosto de 2011.—Lic. Roberto Marín A, Representante Legal.—O.C. 34028.—(Solicitud Nº 48490).—C-10020.—(IN2011063932).

Se le comunica a la señora Yobana Melina Mendoza Lazo que por resolución de la representación legal de esta oficina local, de la ocho horas del ocho de agosto del dos mil once, se dicto revocatoria de medida de abrigo temporal, de la persona menor de edad María José Mendoza Lazo, y se dispuso Revocar la resolución dictada por este despacho, a las doce horas y treinta minutos del veinticinco de abril del año en curso, únicamente en cuanto le otorgó el abrigo temporal de la niña María José Mendoza Lazo en un albergue de estas institución. Retorne dicha niña al lado y bajo la responsabilidad directa de su tía materna, la señora Yobana Mendoza Lazo. Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezcan las pruebas que estimen necesarias, y se le advierte que tienen el derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, en días y horas hábiles, ubicada en San José, de la Casa Matute Gómez, cien metros sur. Deberá señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme aplicación supletoria del artículo 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales y el contenido del Voto N° 11302-2002, de 15:41 horas de 27 de noviembre de 2002, de la Sala Constitucional. Se le hace saber, además, que contra dicha resolución proceden los recursos de revocatoria y de apelación en subsidio, los que deberá interponer dentro de los tres días hábiles siguientes, contados a partir de la última notificación a las partes, siendo competencia de esta oficina local resolver el de revocatoria, el de apelación corresponderá a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Es potestativo usar uno o ambos recursos, pero será inadmisible el interpuesto pasado los tres días señalados.— Expediente N° 112-0161-2006.—Oficina Local de San José Este.—MSc. Alma Nuvia Zavala Martínez, Representante Legal.—O.C. 34028.—(Solicitud Nº 48490).—C-19820.—(IN2011063933).

Se le comunica a los señores William Wilfredo Flores González y Karen Durán Pérez que por resoluciones de la representación legal de esta oficina local, de ocho horas y treinta minutos de primero de agosto del dos mil once, se dicto declaratoria de adoptabilidad de la persona menor de edad Adriel Rolando Flores Durán, y se dispuso su declaración de adaptabilidad y se ordenó iniciar el proceso judicial para la declaratoria de estado de abandono, con fines de adopción. Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezcan las pruebas que estimen necesarias, y se le advierte que tienen el derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, en días y horas hábiles, ubicada en San José, de la Casa Matute Gómez, cien metros sur. Deberán señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme aplicación supletoria del artículo 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales y el contenido del Voto N° 11302-2002, de 15:41 horas de 27 de noviembre de 2002, de la Sala Constitucional. Se le hace saber, además, que contra dicha resolución proceden los recursos de revocatoria y de apelación en subsidio, los que deberá interponer dentro de los tres días hábiles siguientes, contados a partir de la última notificación a las partes, siendo competencia de esta oficina local resolver el de revocatoria, el de apelación corresponderá a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Es potestativo usar uno o ambos recursos, pero será inadmisible el interpuesto pasado los tres días señalados. Expediente N° 118-007-2004.—Oficina Local de San José Este.—MSc. Alma Nuvia Zavala Martínez, Representante Legal.—O.C. 34028.—(Solicitud Nº 48490).—C-19820.—(IN2011063934).

Se le comunica a la señora Seidy Romero Campos que por resolución de la representación legal de esta oficina local, de trece horas y treinta minutos del veintisiete de julio del dos mil once, se dicto declaratoria de adoptabilidad de la persona menor de edad Josué Romero Campos, y se dispuso su declaración de adaptabilidad y se ordenó iniciar el proceso judicial para la declaratoria de estado de abandono, con fines de adopción. Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezcan las pruebas que estimen necesarias, y se le advierte que tienen el derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, en días y horas hábiles, ubicada en San José, de la Casa Matute Gómez, cien metros sur. Deberá señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme aplicación supletoria del artículo 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales y el contenido del Voto N° 11302-2002, de 15:41 horas de 27 de noviembre de 2002, de la Sala Constitucional. Se le hace saber, además, que contra dicha resolución proceden los recursos de revocatoria y de apelación en subsidio, los que deberá interponer dentro de los tres días hábiles siguientes, contados a partir de la última notificación a las partes, siendo competencia de esta oficina local resolver el de revocatoria, el de apelación corresponderá a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Es potestativo usar uno o ambos recursos, pero será inadmisible el interpuesto pasado los tres días señalados. Expediente N° 143-00099-07.—Oficina Local de San José Este.—MSc. Alma Nuvia Zavala Martínez, Representante Legal.—O. C. 34028.—(Solicitud Nº 48490).—C-19820.—(IN2011063935).

Se le comunica a la señora Ana Lilliam Campos Pérez que por resolución de la representación legal de esta oficina local, de trece horas y treinta minutos del veinte de julio del dos mil once, se dictó declaratoria de adoptabilidad de la persona menor de edad José Pablo Campos Pérez, y se dispuso su declaración de adaptabilidad y se ordenó iniciar el proceso judicial para la declaratoria de estado de abandono, con fines de adopción. Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezcan las pruebas que estimen necesarias, y se le advierte que tienen el derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, en días y horas hábiles, ubicada en San José, de la Casa Matute Gómez, cien metros sur. Deberá señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme aplicación supletoria del artículo 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales y el contenido del Voto N° 11302-2002, de 15:41 horas de 27 de noviembre de 2002, de la Sala Constitucional. Se le hace saber, además, que contra dicha resolución proceden los recursos de revocatoria y de apelación en subsidio, los que deberá interponer dentro de los tres días hábiles siguientes, contados a partir de la última notificación a las partes, siendo competencia de esta oficina local resolver el de revocatoria, el de apelación corresponderá a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Es potestativo usar uno o ambos recursos, pero será inadmisible el interpuesto pasado los tres días señalados. Expediente N° 113.00139-97.—Oficina Local de San José Este.—MSc. Alma Nuvia Zavala Martínez, Representante Legal.—O. C. 34028.—(Solicitud Nº 48490).—C-19820.—(IN2011063936).

A: Geovanny Arguedas Fernández, se le comunica la resolución de este despacho de las 07:30 horas del 26 de julio de 2011, por medio de la cual se ordenó Medida de Protección de Inclusión en Programas Oficiales o Comunitarios de auxilio a la Familia y a las personas menores de edad a favor de Johanna Arguedas Castillo. Recurso: apelación. Plazo: dos días hábiles siguientes al de la tercera publicación. Ante este Órgano Director. Se le previene además, señalar lugar o medio para atender notificaciones futuras bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, o si el lugar señalado fuere impreciso o incierto, o si ya no existiere o fuera imposible la comunicación electrónica por circunstancias no imputables a la Institución, las resoluciones futuras que se dicten se tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas.—Oficina Local en Alajuela.—julio 2011.—Lic. Hazel Oreamuno Sánchez, Representante Legal.—O. C. 34028.—(Solicitud Nº 48496).—C-10820.—(IN2011063937).

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES

INFORMA

CONTRATO DE ACCESO E INTERCONEXIÓN

La Superintendencia de Telecomunicaciones, hace saber que RACSA y Promitel Costa Rica S. A., han firmado un contrato de acceso e interconexión, el cual podrá ser consultado y reproducido en el expediente SUTEL-OT-122-2011 disponible en las oficinas de la SUTEL ubicadas en el Oficentro Multipark, edificio Tapantí, Escazú, San José, cuyo horario de atención es de lunes a viernes de 8:00 a las 16:00 horas. De conformidad con el artículo 63 del Reglamento de Acceso e Interconexión de Redes de Telecomunicaciones, se otorga a los interesados un plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este aviso, para que presenten sus objeciones ante la SUTEL por escrito y con una copia en soporte magnético.

San José, 22 de agosto del 2011.—Maryleana Méndez Jiménez, Presidenta.—1 vez.—O. C. Nº 328-11.—Solicitud Nº 36274.—C-5480.—(IN2011066632).

La Superintendencia de Telecomunicaciones hace saber que de conformidad con el expediente número SUTEL-OT-041-2011, ha sido admitida la solicitud de autorización de Movilice S. A., cédula jurídica 3-101-557278, para brindar servicios de operador móvil virtual (revendedor). De conformidad con el artículo 39 del Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones, Decreto Ejecutivo Nº 34765-MINAET, se otorga a los interesados el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, para que se apersonen ante la SUTEL a hacer valer sus derechos y presentar las objeciones que consideren pertinentes.

San José, 18 de agosto del 2011.—Maryleana Méndez Jiménez, Presidenta.—1 vez.—(IN2011067058).

COMISIÓN NACIONAL DE PRÉSTAMOS PARA EDUCACIÓN

El Consejo Directivo reunido, en sesión Nº 15 del 26 de abril de 2011, acordó encargar a la Administración publicar en el Diario Oficial La Gaceta el Balance de Situación y el Estado de Excedentes y Pérdidas al 31 de diciembre de 2010, de Comisión Nacional de Préstamos para Educación.

BALANCE DE SITUACIÓN COMBINADO

AL 31 DE DICIEMBRE 2010

ACTIVO

ACTIVO CIRCULANTE

Efectivo                                                                                                                                                                                                        181.707.000,16

Inversiones Transitorias                                                                                                                                                                       12.807.000.000,00

Cuentas por Cobrar (4)                                                                                                                                                                                 50.133.938,58

Intereses por Cobrar                                                                                                                                                                                   467.095.400,20

Préstamos al Cobro a Corto Plazo (1)                                                                                                                         0,00

Menos: Estimación para Incobrables (3)                                                                                                                   0,00                                         0,00

TOTAL ACTIVO CIRCULANTE                                                                                                                                                   13.505.936338,94

OTROS ACTIVOS

Préstamos al Cobro a Largo Plazo                                                                                                       31.519.665.433,71

Menos: Estimación para Incobrables (3)                                                                                                 222.943.120,39                  31.296.722.313,32

Préstamos en Ejecución a Largo Plazo                                                                                               75.773.141 026,90

Menos: Prestamos en Proceso Desembolso (2)                                                                                29.855.865.378,24

Préstamos en Ejecución Neto                                                                                                              45.917.275.648,66

OTROS ACTIVOS

Menos: Estimación para Incobrables (3)                                                                                                 324.773.150,35                  45.592.502.498,31

Préstamos en Cobro Judicial                                                                                                                     683.085.639,62

Menos: Estimación para Incobrables (3)                                                                                                     4.806.952,04                       678.278.687,58

Terreno                                                                                                                                                                                                         483.117.859,57

Edificios e Instalaciones                                                                                                                            239.809.885,11

Menos: Depreciación Acumulada                                                                                                              79.781.254,60                       160.028.630,51

Mobiliario y Equipo de Oficina                                                                                                                 103.607.483,36

Menos: Depreciación Acumulada                                                                                                              60.476.793,27                         43.130.690,09

Vehículo                                                                                                                                                         32.695.482,00

Menos: Depreciación Acumulada                                                                                                              17.177.225,40                         15.518.256,60

Equipo para Comunicaciones                                                                                                                     49.943.096,38

Menos: Depreciación Acumulada                                                                                                              11.019.717,04                         38.923.379,34

Equipo Electrónico                                                                                                                                     420.645.408,86

Menos: Depreciación Acumulada                                                                                                            229.090.985,89                       191.554.422,97

Equipo Educacional y Recreativo                                                                                                                1.237.625,00

Menos: Depreciación Acumulada                                                                                                                1.237.578,00                                       47,00

Equipo Médico y de Laboratorio                                                                                                                    928.847,60

Menos: Depreciación Acumulada                                                                                                                   345.136,70                              583.710,90

Maquinaria y otros Equipos                                                                                                                       53.194.575,11

Menos: Depreciación Acumulada                                                                                                              14.754.355,85                         38.440.219,26

Depósitos en Garantías                                                                                                                                                                                  1.270.730,00

TOTAL OTROS ACTIVOS                                                                                                                                                           78.540.071.445,45

TOTAL ACTIVO                                                                                                                                                                              92.046.007.784,39

PASIVO Y PATRIMONIO

PASIVO A CORTO PLAZO

Cuentas por Pagar (5)                                                                                                                                                                                   19.586.071,91

Retenciones por Pagar                                                                                                                                                                                   6.009.208,63

Cuentas por Pagar Diversas                                                                                                                                                                        23.248.142,09

Amortización de Crédito por Clasificar                                                                                                                                                      11.291.895,22

TOTAL PASIVO A CORTO PLAZO                                                                                                                                                   60.135.317,85

OTROS PASIVOS

Fondos en Administración                                                                                                                                                                            1.251.144,06

TOTAL OTROS PASIVOS                                                                                                                                                                      1.251.144,06

TOTAL PASIVO                                                                                                                                                                                      61.386.461,91

PATRIMONIO

Superávit Asignado (4)                                                                                                                                                                         78.047.341.832,29

Superávit No Asignado (5)                                                                                                                                                                  13.409.134.576,01

Superávit por Revaluación de Terrenos                                                                                                                                                  405.583.325,00

Superávit por Revaluación de Edificios                                                                                                                                                    86.410.601,31

Superávit Devengado Bancos                                                                                                                                                                    36.150.987,87

TOTAL PATRIMONIO                                                                                                                                                                   91.984.621.322,48

TOTAL PASIVO MÁS PATRIMONIO                                                                                                                                        92.046.007.784,39

NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE 2010

ACTIVO

1-  Los préstamos por Cobrar a Corto Plazo para el periodo se estimaron en ¢9.487.000.000,00 de los cuales se recuperaron ¢10.909.080.933.93, cifra que supera la estimación en términos absolutos en ¢1.422.080.933,93 y porcentualmente en un 15%.

2-  Los Préstamos en Proceso de Desembolso, corresponden a aquellos compromisos adquiridos con los prestatarios, a los que se les ha otorgado un préstamo para estudios, el cual ha sido formalizado por medio de un Contrato de Estudios.

Los desembolsos se realizan por períodos según el centro de estudios, con base al Plan de Desembolsos que presenta cada estudiante en la solicitud de crédito.

Al 31 de diciembre de 2010, CONAPE mantiene compromisos financieros con los estudiantes por ¢29.855.865.378,24 respaldados por las Inversiones Transitorias.

3-  El Consejo Directivo en la sesión N° 5-2-2008 documento N° 16-5-2008 “Reserva para Incobrables”, acordó fijar a partir del primer semestre de 2008, la estimación para incobrables en un 100% de la cartera de cobro judicial, porcentaje que se encuentra vigente.

PASIVO

4-  Asimismo, la Subpartida “Cuentas por Cobrar Funcionarios”, refleja a partir del mes de Junio de 2010, un monto de ¢90.000,00, correspondiente a un eventual cobro de deducible pagado al INS por CONAPE, producto de la colisión de un vehículo de la Institución y ¢4.000,00 en Cuentas por cobrar cajero correspondiente a una suma cobrada de menos.

5-  El renglón de la Subpartida “Cuentas por Pagar Otros”, refleja a partir del mes marzo de 2010 un monto de ¢9.586.282,00, correspondiente al Aporte Patronal del funcionario Mario Zaldívar Rivera, solicitado por el Consejo Directivo de CONAPE a la Asociación Solidarista de Empleados de CONAPE, según acuerdo de la Sesión Nº 8-2-2010 de fecha 23 de febrero de 2010.

PATRIMONIO

6-  Superávit Asignado

Corresponde a la Liquidación de los ingresos por recuperaciones e intereses sobre préstamos y egresos de la Institución por desembolsos realizados, además de los gastos que no requieren efectivo, como la depreciación, estimaciones y retiro de bienes, así como la capitalización de activos.

7-  Superávit No Asignado

Corresponde al Superávit Libre y al Superávit Específico, los cuales se reflejan en la liquidación presupuestaria, más los intereses devengados por las Inversiones y los intereses devengados por los Préstamos en Ejecución.

a.  Superávit Libre

Corresponde a todos aquellos Recursos Financieros que eventualmente se pueden utilizar para atender gastos originados en la gestión administrativa de CONAPE, inversión y desembolsos a estudiantes. Esto obedece a que en el artículo 20 de la Ley de creación de CONAPE no se estableció un destino específico para su aplicación.

b.  Superávit Específico

Corresponde a todos aquellos Recursos Financieros que ingresaren a CONAPE para uso exclusivo en la atención del Crédito Educativo y cuyo origen se fundamentare en una Ley, alguna disposición especial o Convenio realizado con alguna entidad estatal o internacional.

El Superávit No Asignado, lo constituyen mayoritariamente las Inversiones Transitorias y sirve de respaldo a los compromisos financieros de los estudiantes con préstamos formalizados. Además, de acuerdo con la disponibilidad de recursos permite a la Institución programar las nuevas colocaciones o nuevos préstamos.

Superávit al 30 de diciembre de 2010

Superávit Asignado

¢78.047.341.832,29

Superávit No Asignado ***

13.409.134.576,01

Superávit por Revaluación de Terrenos

405.583.325,00

Superávit por Revaluación de Edificios

86.410.601,31

Superávit Devengado Bancos

36.150.987,87

Total

¢91.984.621.322,48

*** Este monto del Superávit No Asignado por la suma de ¢13.409.134.576,01, respalda actualmente un 45% de los compromisos por desembolsar en los próximos periodos, cuya cifra asciende a ¢29.855.865.378,24.

Con base en las recomendaciones incluidas en el informe de Auditoría Interna Nº AI-C 109-2010, se efectuaron ajustes al Superávit por un monto de ¢184.049.152,92 por concepto de recuperaciones, capitalización de activos intangibles (derechos telefónicos), fluctuaciones patrimoniales, siendo el ajuste más significativo una reclasificación de intereses recuperados por un monto de ¢183.602.719,82.

8-  De conformidad con lo dispuesto por la Contraloría General de la República, el Superávit Presupuestario tiene el respaldo financiero en las correspondientes cuentas del Balance de Situación.

ESTADO DE EXCEDENTES Y PÉRDIDAS (COMBINADO)

DEL 1º DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE 2010

INGRESOS

Intereses y Comisiones s/Operaciones Crediticias                                                                            5.113.847.270,06

TOTAL INGRESOS                                                                                                                                                                           5.113.847.270,06

GASTOS

Administración General                                                                                                                          1.937.243.337,81

Depreciación                                                                                                                                                  67.122.242,51

Operaciones Crediticias Incobrables                                                                                                       254.270.900,89

TOTAL DE GASTOS                                                                                                                                                                         2.258.636.481,21

Excedente de Operación                                                                                                                                                                     2.855.210.788,85

INGRESOS CORRIENTES

Venta Otros Servicios Financieros y Seguros                                                                                        259.384.211,80

Intereses Gobierno Central (LP)                                                                                                            2.764.655.263,08

Intereses Gobierno Central (Fondo de Garantía)                                                                                     18.887.366,51

Intereses Gobierno Central (Fondo BID)                                                                                                  17.044.737,65

Otras Rentas Act. Financ Cuentas Ctes. Bancos Estatales                                                                     2.775.025.21

Otros Varios no Específicos                                                                                                                        26.550.396,09

Otros Reintegros en efectivo (INS)                                                                                                                            0,00

Transferencias Corrientes Sector Público                                                                                            1.971.757.642,04

Transferencias Corrientes Sector Privado                                                                                           2.698.490.778,54

TOTAL INGRESOS CORRIENTES                                                                                                                                                7.759.545.420,92

EXCEDENTE TOTAL DEL PERIODO                                                                                                                                         10.614.756.209,77

Lic. Adrián Blanco Varela, Secretario Ejecutivo.—Lic. Flora E. Villalobos Astúa, Auditora Interna.—1 vez.—(IN2011061771).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ

Avalúos de Bienes Inmuebles

La Municipalidad de Escazú de acuerdo con las facultades que le confieren los Artículos N° 17, 19, 36 de la Ley de Bienes Inmuebles N° 7509, reformas y reglamento, del Artículo N° 137 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, se notifica por este medio a los siguientes sujetos pasivos, por haber agotado este Municipio los medios previos de notificación o porque no quisieron recibir la notificación, o por no existir dirección o la misma inexacta, los Avalúo que se indican a continuación.

Valoración finca matriz 1001048-M Condominio San Ángel de Escazú (filiales 20565-F-000, 20567-F-000) Provincia: San José cantón: Escazú Distrito: Centro: Cálculo de Terreno (Factores utilizados para ajustar valor): Zona valor: Z01-U02 TIPO VÍA: 3 Servicios 1: Acera-Cordón-caño Servicios 2: Cañería-electricidad-alcantarillado-teléfono-alumbrado Frente: 51,17 Nivel: 0,5 Topografía: 10,00% Ubicación; Medianero Coor. norte; 1.097.007,70 Coor. este; 483.510,61 Regularidad; 0,85 Área de Catastro (m2): 3.610,11 Área de avalúo(m2): 3.610,11 Valor m2: ¢40.670,00 Valor Total: ¢146.819.106,70 Construcciones e instalaciones(factores utilizados para ajustar el valor): Tipología: VC-06 Edad años: 14 Vida útil: 60 Área Total m2: 2.121,50 Valor m2: ¢229.500,00 Factor depreciación: 0,85 Valor total: ¢486.884.250,00 Tipología: SA-01 Edad años: 14 Vida útil: 30 Área Total m2: 738,25 Valor m2: 6.270,00 Factor depreciación: 0,66 Valor total: ¢4.628.827,50 Tipología: OV-03 Edad años: 14 Vida útil: 30 Área Total m2: 264,15 Valor m2: 6.600,00 Factor depreciación: 0,66 Valor total: ¢1.743.390,00 Tipología: TP-03 Edad años: 14 Vida útil: 30 Área Total m2: 145,10 Valor m2: 16.500,00 Factor depreciación: 0,66 Valor total: ¢2.394.150,00 Tipología: VJ-01 Edad años: 14 Vida útil: 30 Área Total m2: 51,17 Valor m2: 19.140,00 Factor depreciación: 0,66 Valor total: ¢979.393,80 Tipología: PT-01 Edad años: 14 Vida útil: 40 Área Total m2: 6,25 Valor m2: ¢121.600,00 Factor depreciación: 0,66 Valor total: ¢760.000,00 Valor total de construcciones e instalaciones: ¢497.390.011,30 Valor total del Inmueble: ¢644.209.118,00

AVO-VAL 10812/2010 Provincia: San José cantón: Escazú Distrito: Centro: Finca: 20565-F-000 Porcentaje: 100,00 Propietario: Corporación Tauzina S. A. cédula jurídica: 3101181381 % de Condominio: 10,60 Valor Terreno Filial: ¢15.562.825,31 Valor total de construcciones: ¢52.227.592,16 Valor total del Inmueble: ¢67.790.417,47

AVO-VAL 10814/2010 Provincia: San José cantón: Escazú Distrito: Centro: Finca: 20567-F-000 Porcentaje: 100,00 Propietario: San Angel Seis S. A. cédula jurídica: 3101196510 % de Condominio: 9,60 Valor Terreno Filial: ¢14.094.634,24 Valor total de construcciones: ¢47.658.705,90 Valor total del Inmueble: ¢61.753.340,14

Valoración finca matriz 1001175-M Condominio Villas Malibu (Filial 22548-F-000) Provincia: San José cantón: Escazú Distrito: San Rafael: Cálculo de Terreno (Factores utilizados para ajustar valor): Zona valor: Z03-U21 TIPO VÍA: 3 Servicios 1: Acera-Cordón-caño Servicios 2: Cañería-electricidad-alcantarillado-teléfono-alumbrado Frente: 94,05 Nivel: -1 Topografía: 5,00% Ubicación; Medianero Coor. norte; 1.101.118,19 Coor. este; 481.352,11 Regularidad; 0,85 Área de registro(m2): Área de Catastro (m2): 23.556,36 Área de avalúo(m2): 23.556,36 Valor m2: ¢12.710,00 Valor Total: ¢299.401.335,60 Construcciones e instalaciones(factores utilizados para ajustar el valor): Tipología: VC-05 Edad años: 11 Vida útil: 60 Área Total m2: 7.679,33 Valor m2: ¢195.800,00 Factor depreciación: 0,89 Valor total: ¢1.503.612.814,00 Tipología: IQ-02 Edad años: 11 Vida útil: 40 Área Total m2: 89,40 Valor m2: 102.500,00 Factor depreciación: 0,82 Valor total: ¢9.163.500,00 Tipología: PT-01 Edad años: 11 Vida útil: 40 Área Total m2: 15,34 Valor m2: 131.200,00 Factor depreciación: 0,82 Valor total: ¢2.012.608,00 Tipología: TP-02 Edad años: 11 Vida útil: 30 Área Total m2: 295,26 Valor m2: 18.750,00 Factor depreciación: 0,75 Valor total: ¢5.536.125,00 Tipología: LO-03 Edad años: 11 Vida útil: 30 Área Total m2: 3.869,11 Valor m2: 9.000,00 Factor depreciación: 0,75 Valor total: ¢34.821.990,00 Tipología: PI-01 Edad años: 11 Vida útil: 25 Área Total m2: 18,62 Valor m2: ¢125.800,00 Factor depreciación: 0,68 Valor total: ¢2.342.396,00 Tipología: BO-01 Edad años: 11 Vida útil: 50 Área Total m2: 5,72 Valor m2: 111.800,00 Factor depreciación: 0,86 Valor total: ¢639.496,00 Tipología: PI-01 Edad años: 11 Vida útil: 30 Área Total m2: 457,59 Valor m2: 138.750,00 Factor depreciación: 0,75 Valor total: ¢63.490.612,50 Tipología: BO-01 Edad años: 11 Vida útil: 50 Área Total m2: 18,26 Valor m2: 111.800,00 Factor depreciación: 0,86 Valor total: ¢2.041.468,00 Tipología: BO-01 Edad años: 11 Vida útil: 50 Área Total m2: 59,02 Valor m2: 111.800,00 Factor depreciación: 0,86 Valor total: ¢6.598.436,00 Tipología: IT-01 Edad años: 11 Vida útil: 30 Área Total m2: 653,78 Valor m2: 22.500,00 Factor depreciación: 0,75 Valor total: ¢14.710.050,00 Valor total de construcciones e instalaciones: ¢1.644.969.495,50 Valor total del Inmueble: ¢1.944.370.831,10

AVO-VAL 10820/2010 Provincia: San José cantón: Escazú Distrito: San Rafael: Finca: 22548-F-000 Porcentaje: 100,00 Propietario: Inmobiliaria Flor y Piedra S. A. cédula jurídica: 3101243836 % de Condominio: 4,348 Valor Terreno Filial: ¢13.017.449,37 Valor total de construcciones: ¢71.520.412,85 Valor total del Inmueble: ¢84.537.862,22

AVO-VAL 10854/2010 Provincia: San José cantón: Escazú Distrito: San Antonio: Finca: 483252-000 Porcentaje: 100,00 Propietario: Hugo Enrique Sibaja Campos cédula: 0104840078 Cálculo de Terreno (Factores utilizados para ajustar valor): Zona valor: Z02-U59 Tipo vía: 7 Servicios 2: Cañería-electricidad-teléfono-alumbrado Frente: 4,00 Nivel: 0 Topografía: 0,00% Ubicación; En servidumbre Coor. norte; 1.095.178,62 Coor. este; 484.676,03 Regularidad; 0,70 Área de registro(m2): 275,90 Área de Catastro (m2): 275,90 Área de avalúo(m2): 275,90 Valor m2: ¢4.440,00 Valor Total: ¢1.224.996,00 Construcciones e instalaciones(factores utilizados para ajustar el valor): Tipología: VC-02 Edad años 10 Vida útil: 40 Área Total m2: 50,00 Valor m2: ¢101.400,00 Factor depreciación: 0,12 Valor total: ¢5.070.000,00 Tipología: VC-01 Edad años: 25 Vida útil: 40 Área Total m2: 56,00 Valor m2: ¢47.250,00 Factor depreciación: 0,55 Valor total: ¢2.646.000,00 Valor total de construcciones e instalaciones: 7.716.000,00 Valor total del Inmueble: ¢8.940.996,00

AVO-VAL 10886/2010 Provincia: San José cantón: Escazú Distrito: San Rafael: Finca: 255730-001 Porcentaje: 50,00 Propietario: Shiu Chien-Sheng Hung pasaporte: 9000068155 Cálculo de Terreno (Factores utilizados para ajustar valor): Zona valor: Z03-U07 TIPO VÍA: 3 Servicios 2: Cañería-electricidad-teléfono-alumbrado Frente(m): 16,00 Nivel(m): 0 Topografía: 55,00% Ubicación; Medianero Coor. norte; 1.097.096,88 Coor. este; 485.564,65 Regularidad; 1,00 Área de registro(m2): 951,18 Área de Catastro (m2): 951,18 Área de avalúo(m2): 951,18 Valor m2: ¢32.560,00 Valor Total: ¢30.970.420,80 Valor total del Inmueble: ¢15.485.210,40

AVO-VAL 10886/2010 Provincia: San José cantón: Escazú Distrito: San Rafael: Finca: 255730-002 Porcentaje: 50,00 Propietario: Hung Lin Siu-Ching Wu pasaporte: 9000869821 Cálculo de Terreno (Factores utilizados para ajustar valor): Zona valor: Z03-U07 TIPO VÍA: 3 Servicios 2: Cañería-electricidad-teléfono-alumbrado Frente (m): 16,00 Nivel(m): 0 Topografía: 55,00% Ubicación; Medianero Coor. norte; 1.097.096,88 Coor. este; 485.564,65 Regularidad; 1,00 Área de registro(m2): 951,18 Área de Catastro (m2): 951,18 Área de avalúo(m2): 951,18 Valor m2: ¢32.560,00 Valor Total: ¢30.970.420,80 Valor total del Inmueble: ¢15.485.210,40

AVO-VAL 10911/2010 Provincia: San José cantón: Escazú Distrito: San Antonio: Finca: 389948-001 Porcentaje: 100,00 Propietario: Marco Tulio Ramírez Araya cédula: 0101340766 Cálculo de Terreno (Factores utilizados para ajustar valor): Zona valor: Z02-U51 TIPO VÍA: 3 Servicios 2: Cañería-electricidad-teléfono-alumbrado Frente: 14,68 Nivel: 0 Topografía: 8,00% Ubicación; Medianero Coor. norte; 1.095.452,13 Coor. este; 485.615,45 Regularidad; 0,50 Área de registro(m2): 15.352,72 Área de Catastro (m2): 15.352,72 Área de avalúo(m2): 15.352,72 Valor m2: ¢2.640,00 Valor Total: ¢40.531.180,80 Construcciones e instalaciones(factores utilizados para ajustar el valor): Tipología: VC-04 Edad años: 6 Vida útil: 60 Área Total m2: 195,78 Valor m2: ¢183.300,00 Factor depreciación: 0,94 Valor total: ¢35.886.474,00 Tipología: VC-04 Edad años: 6 mes Vida útil: 60 Área Total m2: 271,29 Valor m2: ¢183.300,00 Factor depreciación: 0,94 Valor total: ¢49.727.457,00 Tipología: VC-03 Edad años: 6 Vida útil: 50 Área Total m2: 126,85 Valor m2: ¢148.800,00 Factor depreciación: 0,93 Valor total: ¢18.875.280,00 Tipología: VC-02 Edad años: 25 Vida útil: 40 Área Total m2: 127,76 Valor m2: ¢58.500,00 Factor depreciación: 0,45 Valor total: ¢7.473.960,00 Tipología: VC-03 Edad años: 6 Vida útil: 50 Área Total m2: 144,24 Valor m2: ¢148.800,00 Factor depreciación: 0,93 Valor total: ¢21.462.912,00 Tipología: VC-03 Edad años: 6 Vida útil: 50 Área Total m2: 55,11 Valor m2: ¢148.800,00 Factor depreciación: 0,93 Valor total: ¢8.200.368,00 Tipología: VC-03 Edad años: 6 Vida útil: 50 Área Total m2: 112,00 Valor m2: ¢148.800,00 Factor depreciación: 0,93 Valor total: ¢16.665.600,00 Tipología: VC-03 Edad años: 6 Vida útil: 50 Área Total m2: 64,79 Valor m2: ¢148.800,00 Factor depreciación: 0,93 Valor total: ¢9.640.752,00 Tipología: VC-03 Edad años: 6 Vida útil: 50 Área Total m2: 73,33 Valor m2: ¢148.800,00 Factor depreciación: 0,93 Valor total: ¢10.911.504,00 Valor total de construcciones e instalaciones: ¢178.844.307,00 Valor total del Inmueble: ¢219.375.487,80

AVO-VAL 11326/2010 Provincia: San José cantón: Escazú Distrito: San Rafael: Finca: 300654-000 Porcentaje: 100,00 Propietario: Luis Alejandro Abellan Li cédula: 0105650539 Cálculo de Terreno (Factores utilizados para ajustar valor): Zona valor: Z03-U14 TIPO VÍA: 3 Servicios 1: Acera-Cordón-caño Servicios 2: Cañería-electricidad-teléfono-alumbrado Frente(m): 22,70 Nivel(m): 0 Topografía: 0,00% Ubicación; Medianero Coor. norte; 1.098.932,99 Coor. este; 482.973,73 Regularidad; 0,80 Área de registro(m2): 1.103,43 Área de Catastro (m2): 1.103,43 Área de avalúo(m2): 1.103,43 Valor m2: ¢30.600,00 Valor Total: ¢33.764.958,00 Valor total del Inmueble: ¢33.764.958,00

Valoración finca matriz 1002209-M Condominio Residencial Horizontal Villas de Valencia (Filiales 49416-F-000, 49437-F-000, 49461-F-000, 49498-F-000, 49507-F-000, 49521-F-000) Provincia: San José cantón: Escazú Distrito: San Rafael: Cálculo de Terreno (Factores utilizados para ajustar valor): Zona valor: Z03-U14 TIPO VÍA: 3 Servicios 1: Acera-Cordón-caño Servicios 2: Cañería-electricidad-alcantarillado-teléfono-alumbrado Frente: 69,80 Nivel: 0 Topografía: 5,00% Ubicación; Lote Medianero con 2 frentes Coor. norte; 1.098.766,16 Coor. este; 482.748,96 Regularidad; 0,60 Área de Catastro (m2): 35.586,45 Área de avalúo(m2): 35.586,45 Valor m2: ¢10.540,00 Valor Total: ¢375.081.183,00 Construcciones e instalaciones(factores utilizados para ajustar el valor): Tipología: VC-05 Edad años: 4 Vida útil: 60 Área Total m2: 9.250,03 Valor m2: ¢212.080,00 Factor depreciación: 0,964 Valor total: ¢3.242.673.805,80 Tipología: VC-05 Edad años: 2 Vida útil: 60 Área Total m2: 14.994,33 Valor m2: ¢216.260,00 Factor depreciación: 0,983 Valor total: ¢1.961.746.362,40 Tipología: OV-03 Edad años: 4 Vida útil: 30 Área Total m2: 1.888,98 Valor m2: 9.200,00 Factor depreciación: 0,92 Valor total: ¢17.378.616,00 Tipología: SA-01 Edad años: 4 Vida útil: 30 Área Total m2: 6.358,70 Valor m2: 8.740,00 Factor depreciación: 0,92 Valor total: ¢55.575.038,00 Tipología: PI-01 Edad años: 4 Vida útil: 20 Área Total m2: 168,00 Valor m2: 162.800,00 Factor depreciación: 0,88 Valor total: ¢27.350.400,00 Tipología: PT-02 Edad años: 4 Vida útil: 40 Área Total m2: 58,94 Valor m2: ¢249.100,00 Factor depreciación: 0,94 Valor total: ¢14.681.954,00 Tipología: PT-01 Edad años: 4 Vida útil: 40 Área Total m2: 11,76 Valor m2: ¢150.400,00 Factor depreciación: 0,94 Valor total: ¢1.768.704,00 Tipología: IT-01 Edad años: 4 Vida útil: 20 Área Total m2: 595,00 Valor m2: ¢26.400,00 Factor depreciación: 0,88 Valor total: ¢15.708.000,00 Tipología: BO-01 Edad años: 4 Vida útil: 50 Área Total m2: 14,83 Valor m2: ¢124.800,00 Factor depreciación: 0,96 Valor total: ¢1.850.784,00 Tipología: BO-01 Edad años: 4 Vida útil: 50 Área Total m2: 37,53 Valor m2: ¢124.800,00 Factor depreciación: 0,96 Valor total: ¢4.683.744,00 Tipología: IQ-03 Edad años: 4 Vida útil: 50 Área Total m2: 178,07 Valor m2: ¢158.400,00 Factor depreciación: 0,96 Valor total: ¢28.206.288,00 Tipología: IQ-02 Edad años: 4 Vida útil: 40 Área Total m2: 68,89 Valor m2: ¢117.500,00 Factor depreciación: 0,94 Valor total: ¢8.094.575,00 Tipología: IQ-01 Edad años: 4 Vida útil: 40 Área Total m2: 16,89 Valor m2: ¢84.600,00 Factor depreciación: 0,94 Valor total: ¢1.428.894,00 Tipología: PI-01 Edad años: 4 Vida útil: 20 Área Total m2: 45,00 Valor m2: ¢162.800,00 Factor depreciación: 0,88 Valor total: ¢7.326.000,00 Tipología: SB-01 Edad años: 4 Vida útil: 30 Área Total m2: 721,61 Valor m2: ¢6.900,00 Factor depreciación: 0,92 Valor total: ¢4.979.109,00 Tipología: TP-03 Edad años: 4 Vida útil: 30 Área Total m2: 1.060,00 Valor m2: ¢23.000,00 Factor depreciación: 0,92 Valor total: ¢24.380.000,00 Valor total de construcciones e instalaciones: ¢5.417.832.274,20 Valor total del Inmueble: ¢5.792.913.457,20

AVO-VAL 10917/2010 Provincia: San José cantón: Escazú Distrito: San Rafael: Finca: 49416-F-000 Porcentaje: 100,00 Propietario: Villa Analcima FG de Valencia S. A. cédula jurídica: 3101411824 % de Condominio: 0,676 Valor Terreno Filial: ¢2.535.548,80 Valor total de construcciones: ¢36.160.161,84 Valor total del Inmueble: ¢38.695.710,64

AVO-VAL 10926/2010 Provincia: San José cantón: Escazú Distrito: San Rafael: Finca: 49437-F-000 Porcentaje: 100,00 Propietario: Inversiones Lagos de Pokhara S. A. cédula jurídica: 3101424294 % de Condominio: 0,694 Valor Terreno Filial: ¢2.603.063,41 Valor total de construcciones: ¢38.423.295,22 Valor total del Inmueble: ¢41.026.358,63

AVO-VAL 10941/2010 Provincia: San José cantón: Escazú Distrito: San Rafael: Finca: 49461-F-000 Porcentaje: 100,00 Propietario: Villa El Marionetari de Valencia S. A. cédula jurídica: 3101435569 % de Condominio: 0,891 Valor Terreno Filial: ¢3.341.973,34 Valor total de construcciones: ¢54.472.145,26 Valor total del Inmueble: ¢57.814.118,60

AVO-VAL 10953/2010 Provincia: San José cantón: Escazú Distrito: San Rafael: Finca: 49498-F-000 Porcentaje: 100,00 Propietario: 3101471798 S. A. cédula jurídica: 3101471798 % de Condominio: 0,716 Valor Terreno Filial: ¢2.685.581,27 Valor total de construcciones: ¢39.198.360,08 Valor total del Inmueble: ¢41.883.941,35

AVO-VAL 10958/2010 Provincia: San José cantón: Escazú Distrito: San Rafael: Finca: 49507-F-000 Porcentaje: 100,00 Propietario: 3101479958 S. A. cédula jurídica: 3101479958 % de Condominio: 0,788 Valor Terreno Filial: ¢2.955.639,72 Valor total de construcciones: ¢46.345.865,20 Valor total del Inmueble: ¢49.301.504,92

AVO-VAL 10963/2010 Provincia: San José cantón: Escazú Distrito: San Rafael: Finca: 49521F-000 Porcentaje: 100,00 Propietario: Villa Monforte de Valencia S. A. cédula jurídica: 3101435147 % de Condominio: 0,677 Valor Terreno Filial: ¢2.539.299,61 Valor total de construcciones: ¢36.846.561,96 Valor total del Inmueble: ¢39.385.861,57

Valoración finca matriz 1001150-M Condominio Lomas de Escazú (Filiales 22315-F-000, 22316-F-000) Provincia: San José cantón: Escazú Distrito: Centro: Cálculo de Terreno (Factores utilizados para ajustar valor): Zona valor: Z01-U02 TIPO VÍA: 3 Servicios 1: Acera-Cordón-caño Servicios 2: Cañería-electricidad-teléfono-alumbrado Frente: 89,85 Nivel: 1 Topografía: 10,00% Ubicación; Lote Medianero con 2 frentes Coor. norte; 1.096.798,59 Coor. este; 483.732,82 Regularidad; 0,75 Área de Catastro (m2): 7.224,52 Área de avalúo(m2): 7.224,52 Valor m2: ¢34.300,00 Valor Total: ¢247.801.036,00 Construcciones e instalaciones(factores utilizados para ajustar el valor): Tipología: VC-06 Edad años: 13 Vida útil: 60 Área Total m2: 4.174,25 Valor m2: ¢234.900,00 Factor depreciación: 0,87 Valor total: ¢980.531.325,00 Tipología: SA-01 Edad años: 13 Vida útil: 30 Área Total m2: 1.170,54 Valor m2: ¢6.555,00 Factor depreciación: 0,69 Valor total: ¢7.672.889,70 Tipología: OV-03 Edad años: 13 Vida útil: 30 Área Total m2: 383,00 Valor m2: 6.900,00 Factor depreciación: 0,69 Valor total: ¢2.642.700,00 Tipología: PI-01 Edad años: 13 Vida útil: 30 Área Total m2: 46,52 Valor m2: 127.650,00 Factor depreciación: 0,69 Valor total: ¢5.938.278,00 Tipología: TP-02 Edad años: 13 Vida útil: 30 Área Total m2: 400,00 Valor m2: 17.250,00 Factor depreciación: 0,69 Valor total: ¢6.900.000,00 Tipología: IQ-02 Edad años: 13 Vida útil: 40 Área Total m2: 38,50 Valor m2: ¢70.200,00 Factor depreciación: 0,78 Valor total: ¢2.702.700,00 Tipología: PT-01 Edad años: 13 Vida útil: 40 Área Total m2: 44,00 Valor m2: ¢124.800,00 Factor depreciación: 0,78 Valor total: ¢5.491.200,00 Valor total de construcciones e instalaciones: ¢1.011.879.092,70 Valor total del Inmueble: ¢1.259.680.128,70

AVO-VAL 11229/2010 Provincia: San José cantón: Escazú Distrito: Centro: Finca: 22315-F-000 Porcentaje: 100,00 Propietario: Developp ARA S. A. cédula jurídica: 3101238182 % de Condominio: 6,83 Valor Terreno Filial: ¢16.924.810,76 Valor total de construcciones: ¢69.129.834,53 Valor total del Inmueble: ¢86.054.645,29

AVO-VAL 11230/2010 Provincia: San José cantón: Escazú Distrito: Centro: Finca: 22316-F-000 Porcentaje: 100,00 Propietario: Inmobiliaria Solimar S. A. cédula jurídica: 3101547415 % de Condominio: 5,48 Valor Terreno Filial: ¢13.579.496,77 Valor total de construcciones: ¢55.479.420,67 Valor total del Inmueble: ¢69.058.917,44

Valoración finca matriz 1001476-M Condominio Horizontal Residencial del Vista (Filiales 30080-F-000) Provincia: San José cantón: Escazú Distrito: San Rafael: Cálculo de Terreno (Factores utilizados para ajustar valor): Zona valor: Z03-U14 TIPO VÍA: 3 Servicios 1: Acera-Cordón-caño Servicios 2: Cañería-electricidad-alcantarillado-teléfono-alumbrado Frente: 333,37 Nivel: 1,5 Topografía: 10,00% Ubicación; Medianero Coor. norte; 1.097.215,37 Coor. este; 483.740,58 Regularidad; 0,75 Área de Catastro (m2): 6.128,27 Área de avalúo(m2): 6.128,27 Valor m2: ¢24.820,00 Valor Total: ¢152.108.625,40 Construcciones e instalaciones(factores utilizados para ajustar el valor): Tipología: VC-05 Edad años: 11 Vida útil: 60 Área Total m2: 2.340,20 Valor m2: ¢195.800,00 Factor depreciación: 0,89 Valor total: ¢458.211.160,00 Tipología: AP-02 Edad años: 11 Vida útil: 50 Área Total m2: 1.301,66 Valor m2: ¢165.300,00 Factor depreciación: 0,87 Valor total: ¢215.164.398,00 Tipología: LO-02 Edad años: 11 Vida útil: 20 Área Total m2: 463,27 Valor m2: 6.750,00 Factor depreciación: 0,75 Valor total: ¢3.127.072,50 Tipología: LO-02 Edad años: 11 Vida útil: 20 Área Total m2: 323,64 Valor m2: 6.750,00 Factor depreciación: 0,75 Valor total: ¢2.184.570,00 Tipología: LO-02 Edad años: 11 Vida útil: 20 Área Total m2: 213,82 Valor m2: 6.750,00 Factor depreciación: 0,75 Valor total: ¢1.443.285,00 Tipología: OV-03 Edad años: 11 Vida útil: 30 Área Total m2: 309,35 Valor m2: ¢7.500,00 Factor depreciación: 0,75 Valor total: ¢2.320.125,00 Tipología: SB-01 Edad años: 11 Vida útil: 30 Área Total m2: 141,12 Valor m2: ¢5.625,00 Factor depreciación: 0,75 Valor total: ¢793.800,00 Tipología: PI-01 Edad años: 11 Vida útil: 30 Área Total m2: 169,56 Valor m2: ¢138.750,00 Factor depreciación: 0,75 Valor total: ¢23.526.450,00 Tipología: PT-01 Edad años: 11 Vida útil: 40 Área Total m2: 7,00 Valor m2: ¢131.200,00 Factor depreciación: 0,82 Valor total: ¢918.400,00 Tipología: TP-02 Edad años: 11 Vida útil: 30 Área Total m2: 50,04 Valor m2: ¢18.750,00 Factor depreciación: 0,75 Valor total: ¢938.250,00 Tipología: PT-01 Edad años: 11 Vida útil: 40 Área Total m2: 7,00 Valor m2: ¢131.200,00 Factor depreciación: 0,82 Valor total: ¢918.400,00 Tipología: TP-02 Edad años: 11 Vida útil: 30 Área Total m2: 44,47 Valor m2: ¢18.750,00 Factor depreciación: 0,75 Valor total: ¢833.812,50 Tipología: PI-01 Edad años: 11 Vida útil: 30 Área Total m2: 58,50 Valor m2: ¢138.750,00 Factor depreciación: 0,75 Valor total: ¢8.116.875,00 Tipología: IQ-01 Edad años: 11 Vida útil: 40 Área Total m2: 38,00 Valor m2: ¢73.800,00 Factor depreciación: 0,82 Valor total: ¢2.804.400,00 Tipología: AT-01 Edad años: 11 Vida útil: 20 Área Total m2: 4,10 Valor m2: ¢171.000,00 Factor depreciación: 0,57 Valor total: ¢701.100,00 Tipología: IQ-01 Edad años: 11 Vida útil: 40 Área Total m2: 55,00 Valor m2: ¢73.800,00 Factor depreciación: 0,82 Valor total: ¢4.059.000,00 Valor total de construcciones e instalaciones: ¢726.061.098,00 Valor total del Inmueble: ¢878.169.723,40

AVO-VAL 11244/2010 Provincia: San José cantón: Escazú Distrito: San Rafael: Finca: 30080-F-000 Porcentaje: 100,00 Propietario: Las Cucullas S. A. cédula jurídica: 3101276306 % de Condominio: 0,6666667 Valor Terreno Filial: ¢8.418.662,71 Valor total de construcciones: ¢35.591.740,17 Valor total del Inmueble: ¢44.010.402,88

Valoración finca matriz 100438-M Condominio Badimo (Filiales 6775-F-000) Provincia: San José cantón: Escazú Distrito: San Rafael: Cálculo de Terreno (Factores utilizados para ajustar valor): Zona valor: Z03-U04 TIPO VÍA: 3 Servicios 1: Acera-Cordón-caño Servicios 2: Cañería-electricidad-alcantarillado-teléfono-alumbrado Frente: 22,85 Nivel: 0,3 Topografía: 0,00% Ubicación; Medianero Coor. norte; 1.098.477,31 Coor. este; 485.301,04 Regularidad; 0,90 Área de Catastro (m2): 1.110,90 Área de avalúo(m2): 1.110,90 Valor m2: ¢32.400,00 Valor Total: ¢35.993.160,00 Construcciones e instalaciones(factores utilizados para ajustar el valor): Tipología: VC-05 Edad años: 7 Vida útil: 60 Área Total m2: 902,69 Valor m2: ¢204.600,00 Factor depreciación: 0,93 Valor total: ¢184.690.374,00 Tipología: SA-01 Edad años: 7 Vida útil: 30 Área Total m2: 171,68 Valor m2: ¢8.075,00 Factor depreciación: 0,85 Valor total: ¢1.386.316,00 Tipología: TP-03 Edad años: 7 Vida útil: 30 Área Total m2: 200,00 Valor m2: 21.250,00 Factor depreciación: 0,85 Valor total: ¢4.250.000,00 Tipología: VJ-01 Edad años: 7 Vida útil: 30 Área Total m2: 26,00 Valor m2: 24.650,00 Factor depreciación: 0,85 Valor total: ¢640.900,00 Valor total de construcciones e instalaciones: ¢190.967.590,00 Valor total del Inmueble: ¢226.960.750,00

AVO-VAL 11331/2010 Provincia: San José cantón: Escazú Distrito: San Rafael: Finca: 6775-F-000 Porcentaje: 100,00 Propietario: Menitek de Costa Rica S. A. cédula jurídica: 3101151200 % de Condominio: 16,99 Valor Terreno Filial: ¢6.115.237,88 Valor total de construcciones: ¢32.439.863,00 Valor total del Inmueble: ¢38.555.100,88

Valoración finca matriz 100914-M Condominio Terranova (filiales 17126-F-000) Provincia: San José cantón: Escazú Distrito: Centro: Cálculo de Terreno ( Factores utilizados para ajustar valor): Zona valor: Z01-U02 TIPO VÍA: 3 Servicios 1: Acera-Cordón-caño Servicios 2: Cañería-electricidad-alcantarillado-teléfono-alumbrado Frente: 46,41 Nivel: 0 Topografía: 5,00% Ubicación; Esquinero Coor. norte; 1.097.215,37 Coor. este; 483.740,58 Regularidad; 0,85 Área de Catastro (m2): 2.500,00 Área de avalúo(m2): 2.500,00 Valor m2: ¢49.490,00 Valor Total: ¢123.725.000,00 Construcciones e instalaciones(factores utilizados para ajustar el valor): Tipología: VC-06 Edad años: 15 Vida útil: 60 Área Total m2: 1.491,90 Valor m2: ¢226.800,00 Factor depreciación: 0,84 Valor total: ¢338.353.848,00 Tipología: SA-01 Edad años: 15 Vida útil: 30 Área Total m2: 334,20 Valor m2: 5.890,00 Factor depreciación: 0,62 Valor total: ¢1.968.143,50 Tipología: LO-02 Edad años: 15 Vida útil: 30 Área Total m2: 34,00 Valor m2: 5.580,00 Factor depreciación: 0,62 Valor total: ¢189.441,00 Tipología: IQ-01 Edad años: 15 Vida útil: 30 Área Total m2: 17,20 Valor m2: 66.600,00 Factor depreciación: 0,74 Valor total: ¢1.145.520,00 Tipología: PT-01 Edad años: 15 Vida útil: 30 Área Total m2: 6,00 Valor m2: 118.400,00 Factor depreciación: 0,74 Valor total: ¢710.400,00 Valor total de construcciones e instalaciones: ¢342.367.352,50 Valor total del Inmueble: ¢466.092.352,50

AVO-VAL 11238/2010 Provincia: San José cantón: Escazú Distrito: Centro: Finca: 17126-F-000 Porcentaje: 100,00 Propietario: Puerto Porlamar S. A. cédula jurídica: 3101193539 % de Condominio: 14,50 Valor Terreno Filial: ¢17.940.125,00 Valor total de construcciones: ¢49.489.110,15 Valor total del inmueble ¢67.429.235,15

AVO-VAL 10762/2010 Provincia: San José cantón: Escazú Distrito: San Antonio: Finca: 571490-000 Porcentaje: 100,00 Propietario: Faulkner Arrow S. A. cédula jurídica: 3101398690 Cálculo de Terreno (Factores utilizados para ajustar valor): Zona valor: Z02-U69 TIPO VÍA: 3 Servicios 2: Cañería-electricidad-teléfono-alumbrado Frente (m): 21,41 Nivel(m): 0 Topografía: 30,00% Ubicación; Lote Medianero con 2 frentes Coor. norte; 1.096.357,74 Coor. este; 486.378,48 Regularidad; 0,70 Área de registro(m2): 600,49 Área de Catastro (m2): 600,49 Área de avalúo(m2): 600,49 Valor m2: ¢11.500,00 Valor Total: ¢6.905.635,00 Valor total del Inmueble: ¢6.905.635,00

AVO-VAL 10763/2010 Provincia: San José cantón: Escazú Distrito: San Antonio: Finca: 571491-000 Porcentaje: 100,00 Propietario: Tasmaria LJ S. A. cédula jurídica: 3101553888 Cálculo de Terreno (Factores utilizados para ajustar valor): Zona valor: Z02-U69 TIPO VÍA: 3 Servicios 2: Cañería-electricidad-teléfono-alumbrado Frente(m): 21,41 Nivel(m): 0 Topografía: 20,00% Ubicación; Medianero Coor. norte; 1.096.374,98 Coor. este; 486.412,50 Regularidad; 0,70 Área de registro(m2): 600,44 Área de Catastro (m2): 600,44 Área de avalúo(m2): 600,44 Valor m2: ¢12.600,00 Valor Total: ¢7.565.544,00 Valor total del Inmueble: ¢7.565.544,00

AVO-VAL 10797/2010 Provincia: San José cantón: Escazú Distrito: San Antonio: Finca: 136484-000 Porcentaje: 100,00 Propietario: Starcha S. A. cédula jurídica: 3101013426 Cálculo de Terreno (Factores utilizados para ajustar valor): Zona valor: Z02-U65 TIPO VÍA: 3 Servicios 2: Cañería-electricidad-teléfono-alumbrado Frente(m): 29,72 Nivel(m): 0 Topografía: 5,00% Ubicación; Medianero Coor. norte; 1.096.217,44 Coor. este; 485.291,50 Regularidad; 1,00 Área de registro(m2): 1.172,05 Área de Catastro (m2): 1.172,05 Área de avalúo(m2): 1.172,05 Valor m2: ¢10.800,00 Valor Total: ¢12.658.140,00 Valor total del Inmueble: ¢12.658.140,00

AVO-VAL 10804/2010 Provincia: San José cantón: Escazú Distrito: San Antonio: Finca: 229995-000 Porcentaje: 100,00 Propietario: Oceana S. A. cédula jurídica: 3101014728 Cálculo de Terreno (Factores utilizados para ajustar valor): Zona valor: Z02-U69 TIPO VÍA: 3 Servicios 2: Cañería-electricidad-teléfono-alumbrado Frente(m): 6,00 Nivel(m): 0 Topografía: 7,00% Ubicación; Medianero Coor. norte; 1.096.791,58 Coor. este; 485.095,39 Regularidad; 0,60 Área de registro(m2): 383,63 Área de Catastro (m2): 383,63 Área de avalúo(m2): 383,63 Valor m2: ¢10.900,00 Valor Total: ¢4.181.567,00 Valor total del Inmueble: ¢4.181.567,00

AVO-VAL 10874/2010 Provincia: San José cantón: Escazú Distrito: San Rafael: Finca: 190361-001 Porcentaje: 24,24 Propietario: CIA Espo IMP Sol Azul S. A. cédula jurídica: 3101036045 Cálculo de Terreno (Factores utilizados para ajustar valor): Zona valor: Z03-U12 TIPO VÍA: 3 Servicios 2: Cañería-electricidad-teléfono-alumbrado Frente(m): 26,20 Nivel(m): 0 Topografía: 12,00% Ubicación; Medianero Coor. norte; 1.099.322,93 Coor. este; 483.703,10 Regularidad; 0,91 Área de registro(m2): 1.238,30 Área de Catastro (m2): 1.238,30 Área de avalúo(m2): 1.238,30 Valor m2: ¢29.280,00 Valor Total: ¢36.257.424,00 Valor total del Inmueble: ¢8.788.799,58

AVO-VAL 10874/2010 Provincia: San José cantón: Escazú Distrito: San Rafael: Finca: 190361-002 Porcentaje: 3,03 Propietario: Shui Ching Le Ching pasaporte: 9000258906 Cálculo de Terreno (Factores utilizados para ajustar valor): Zona valor: Z03-U12 TIPO VÍA: 3 Servicios 2: Cañería-electricidad-teléfono-alumbrado Frente(m): 26,20 Nivel(m): 0 Topografía: 12,00% Ubicación; Medianero Coor. norte; 1.099.322,93 Coor. este; 483.703,10 Regularidad; 0,91 Área de registro(m2): 1.238,30 Área de Catastro (m2): 1.238,30 Área de avalúo(m2): 1.238,30 Valor m2: ¢29.280,00 Valor Total: ¢36.257.424,00 Valor total del Inmueble: ¢1.098.599,95

AVO-VAL 10874/2010 Provincia: San José cantón: Escazú Distrito: San Rafael: Finca: 190361-003 Porcentaje: 18,18 Propietario: Wan Chien Liao Hsu pasaporte: 9010560844 Cálculo de Terreno (Factores utilizados para ajustar valor): Zona valor: Z03-U12 TIPO VÍA: 3 Servicios 2: Cañería-electricidad-teléfono-alumbrado Frente(m): 26,20 Nivel(m): 0 Topografía: 12,00% Ubicación; Medianero Coor. norte; 1.099.322,93 Coor. este; 483.703,10 Regularidad; 0,91 Área de registro(m2): 1.238,30 Área de Catastro (m2): 1.238,30 Área de avalúo(m2): 1.238,30 Valor m2: ¢29.280,00 Valor Total: ¢36.257.424,00 Valor total del Inmueble: ¢6.591.599,68

AVO-VAL 10874/2010 Provincia: San José cantón: Escazú Distrito: San Rafael: Finca: 190361-004 Porcentaje: 18,18 Propietario: Fei Huang Chiang Huang pasaporte: 9001016672 Cálculo de Terreno (Factores utilizados para ajustar valor): Zona valor: Z03-U12 TIPO VÍA: 3 Servicios 2: Cañería-electricidad-teléfono-alumbrado Frente(m): 26,20 Nivel(m): 0 Topografía: 12,00% Ubicación; Medianero Coor. norte; 1.099.322,93 Coor. este; 483.703,10 Regularidad; 0,91 Área de registro(m2): 1.238,30 Área de Catastro (m2): 1.238,30 Área de avalúo(m2): 1.238,30 Valor m2: ¢29.280,00 Valor Total: ¢36.257.424,00 Valor total del Inmueble: ¢6.591.599,68

AVO-VAL 10874/2010 Provincia: San José cantón: Escazú Distrito: San Rafael: Finca: 190361-005 Porcentaje: 18,18 Propietario: Wen Chi Tsai Hung pasaporte: 9001026380 Cálculo de Terreno (Factores utilizados para ajustar valor): Zona valor: Z03-U12 TIPO VÍA: 3 Servicios 2: Cañería-electricidad-teléfono-alumbrado Frente(m): 26,20 Nivel(m): 0 Topografía: 12,00% Ubicación; Medianero Coor. norte; 1.099.322,93 Coor. este; 483.703,10 Regularidad; 0,91 Área de registro(m2): 1.238,30 Área de Catastro (m2): 1.238,30 Área de avalúo(m2): 1.238,30 Valor m2: ¢29.280,00 Valor Total: ¢36.257.424,00 Valor total del Inmueble: ¢6.591.599,68

AVO-VAL 10874/2010 Provincia: San José cantón: Escazú Distrito: San Rafael: Finca: 190361-006 Porcentaje: 18,18 Propietario: Han Yeh Wang Wang pasaporte: 9001093092 Cálculo de Terreno (Factores utilizados para ajustar valor): Zona valor: Z03-U12 TIPO VÍA: 3 Servicios 2: Cañería-electricidad-teléfono-alumbrado Frente(m): 26,20 Nivel(m): 0 Topografía: 12,00% Ubicación; Medianero Coor. norte; 1.099.322,93 Coor. este; 483.703,10 Regularidad; 0,91 Área de registro(m2): 1.238,30 Área de Catastro (m2): 1.238,30 Área de avalúo(m2): 1.238,30 Valor m2: ¢29.280,00 Valor Total: ¢36.257.424,00 Valor total del Inmueble: ¢6.591.599,68

Avalúo N°: 10903/2010 Provincia: San José cantón: Escazú Distrito: Centro: Finca: 187716-000 Porcentaje: 100,00 Propietario: Flor Maria González Alvarado cédula: 0202220429 Cálculo de Terreno (Factores utilizados para ajustar valor): Zona valor: Z01-U06 Tipo vía: 3 Servicios 2: Cañería-electricidad-teléfono-alumbrado Frente(m): 6,65 Nivel(m): 0 Topografía: 0,00% Ubicación; Medianero Coor. norte; 1.096.522,17 Coor. este; 485.427,62 Regularidad; 0,95 Área de registro(m2): 89,45 Área de Catastro (m2): 103,32 Área de avalúo(m2): 103,32 Valor m2: ¢31.640,00 Valor Total: ¢3.269.044,80 Construcciones e instalaciones(factores utilizados para ajustar el valor): Tipología: VC-02 Edad años: 40 Vida útil: 60 Área Total m2: 83,82 Valor m2: ¢53.300,00 Factor depreciación: 0,59 Valor total de construcciones: ¢4.467.606,00 Valor total del Inmueble: ¢7.736.650,80

Avalúo N°: 11361/2010 Provincia: San José cantón: Escazú Distrito: San Rafael: Finca: 568370-000 Porcentaje: 100,00 Propietario: Howard Walter Hunchak pasaporte: MJ325813 Cálculo de Terreno (Factores utilizados para ajustar valor): Zona valor: Z03-U04 Tipo vía: 3 Servicios 1: Acera-Cordón-caño Servicios 2: Cañería-electricidad-teléfono-alumbrado Frente(m): 10,02 Nivel(m): 0 Topografía: 0,00% Ubicación; Esquinero Coor. norte; 1.098.468,99 Coor. este; 484.803,46 Regularidad; 0,98 Área de registro(m2): 239,52 Área de Catastro (m2): 239,52 Área de avalúo(m2): 239,52 Valor m2: ¢45.200,00 Valor Total: ¢10.826.304,00 Construcciones e instalaciones(factores utilizados para ajustar el valor): Tipología: VC-04 Edad años: 5 Vida útil: 60 Área Total m2: 140,77 Valor m2: ¢185.250,00 Factor depreciación: 0,95 Valor total de construcciones: ¢26.077.642,50 Valor total del Inmueble: ¢36.903.946,50

Los expedientes se encuentran a disposición del sujeto pasivo en nuestras oficinas, ubicadas 100 metros al norte del Palacio Municipal, frente al Correo de Escazú centro.

Escazú, 20 de julio del 2011.—Proceso Catastro y Valoraciones.—Ing. Julián Morales Díaz.—Macro Proceso Hacendario.—Lic. Shirley Garbanzo Morelli.—1 vez.—O. C. Nº 032562.—Solicitud Nº 3918.—C-255620.—(IN2011064803).

AVISOS

CONVOCATORIAS

ASOCIACIÓN PARA EL BIENESTAR

Y AMPARO DE LOS ANIMALES

La Asociación para el Bienestar y Amparo de los Animales, por este medio se convoca a los miembros de la Asociación, a la asamblea general extraordinaria Nº 2-2011, que se celebrará el sábado 17 de setiembre del 2011, a las 16:00 horas, 16:30 horas y 17:00 horas en primera, segunda y tercera convocatoria respectivamente, en casa de la asociada María Teodolinda Yourevitch Matwee, ubicada en Barrio Pilar, Guadalupe de Goicoechea, San José, para conocer los siguientes puntos:

1.  Incorporación, exclusión y ratificación de asociados.

2.  Aprobación de reglamento interno de filiales.

3.  Conformación de filiales San Carlos y Cartago.

San José, 29 de agosto del 2011.—Juan Carlos Peralta Víquez, Presidente.—1 vez.—(IN2011067361).

SOCIEDAD BODEGAS SAN DIMAS SOCIEDAD ANÓNIMA

Los suscritos, Carlos Manuel Castro Mora, mayor, casado una vez, vecino de Paso Ancho de San José, cédula uno-quinientos cincuenta y cinco-doscientos sesenta y ocho, y Milay Castro Mora, mayor, casada, ama de casa, vecina de Barrio Santa Marta de San José, cédula de identidad número uno-trescientos noventa y seis-trescientos setenta y cinco, ambos en calidad de socios propietarios del treinta y tres por ciento del capital social, por este medio convocamos a asamblea general extraordinaria de accionistas de Bodegas San Dimas S. A., cédula de persona jurídica tres-ciento uno-ciento siete mil doscientos diecisiete, a celebrarse el dieciocho de setiembre de dos mil once, en primera convocatoria a las diez horas y en segunda convocatoria a las once horas, en el domicilio social de la misma para conocer los siguientes asuntos:

Orden del día

1)  Apertura de la asamblea y corroboración del quórum.

2)  Reforma a la cláusula sétima del pacto constitutivo para incluir el cargo de tesorero.

3)  Revocar todos los cargos de junta directiva y fiscalía.

4)  Nombramiento de nueva junta directiva y fiscal.

5)  Autorización a quien resulte electo presidente para que protocolice el acta respectiva.

6)  Declaración de firmeza de todos los acuerdos.

7)  Cierre de la asamblea.

Carlos Manuel Castro Mora, Vicepresidente y Socio.—Milay Castro Mora, Socia.—1 vez.—(IN2011067395).

CORPORACIÓN DE PATROCINADORES

DE LA FUNDACIÓN DEL LICEO DE COSTA RICA

Se convoca a asamblea general extraordinaria, de la Corporación de Patrocinadores de la Fundación del Liceo de Costa Rica, para designar dos nuevos directores de la junta administrativa, que sustituya a igual número que renunciaron, en primera convocatoria a las 18:00 horas del martes 27 de setiembre del 2011. A falta de quórum en primera convocatoria, la asamblea podrá constituirse 45 minutos después de la hora indicada, en segunda convocatoria con el número de patrocinadores que estén presentes. Lugar: San José, costado oeste del Liceo de Costa Rica, segundo piso. Junta Administrativa.—Lic. Olmedo Castro Rojas.—1 vez.—(IN2011067763).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

CONSULTORÍA EN SISTEMAS C WONG S. A.

Consultoría en Sistemas C Wong S. A., cédula jurídica número: tres-ciento uno-tres cuatro seis cuatro tres siete, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros: 1 Diario, 1 Mayor y 1 Inventarios de Balances. Quien se considera afectado, manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al contribuyente, de la Administración Tributaria Este de San José, dentro del término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso.—San José, 5 de agosto del 2011.—Lic. Rodrigo Mendieta García, Notario.—(IN2011064421).

COMPAÑÍA COSTARRICENSE DEL CAFÉ, S. A.

Compañía Costarricense del Café, S. A. (CAFESA), avisa que los certificados N° 353 serie A por 23 acciones, N° 162 serie B por 2 acciones, N° 148 serie C por 3 acciones, N° 433 serie C por 5 acciones, N° 149 serie D por 4 acciones, N° 154 serie E por 4 acciones, N° 188 serie F por 2 acciones, N° 210 serie G por 7 acciones, N° 213 serie H por 5 acciones, N° 230 serie I por 5 acciones, N° 237 serie J por 6 acciones, N° 257 serie K por 181 acciones, N° 281 serie M por 27 acciones, N° 287 serie N por 27 acciones, N° 95 serie O por 76 acciones, N° 564 serie O por 76 acciones, N° 1249 serie O por 113 acciones, N° 296 serie Q por 58 acciones, N° 318 serie R por 156 acciones y N° 1166 serie U por 301 acciones, a nombre de, Mario Gurdián Morales, fueron extraviados. Transcurridos quince días a partir de la tercera publicación de este aviso, se procederá a su reposición.—San José, 12 de agosto del 2011.—MBA. Marco Ant. Pinto Murray, Gerente General.—(IN2011064427).

SAN JOSÉ INDOOR CLUB S. A.

El San José Indoor Club S. A., tramita la reposición de la Acción Nº 1157 a nombre de Yolanda Rodríguez Rodríguez, cédula de identidad Nº 2-0092-0592 por haberse extraviado. Cualquier persona que se considera con derechos deberá apersonarse ante el San José Indoor Club S. A., en sus oficinas sitas en Curridabat, dentro del plazo indicado en el Artículo 709 del Código de Comercio.—San José, 29 de junio del 2011.—Lic. Cristian Calderón M., Gerente General.—RP2011253354.—(IN2011064537).

COSTA RICA AIMI COURIER SOCIEDAD ANÓNIMA

Costa Rica Aimi Courier Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-doscientos cincuenta y siete mil setecientos quince, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas de Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios, Registro de Socios todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de Servicio al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Francisco Stewart Satchuell, Notario.—RP2011253278.—(IN2011064540).

TRANSPORTES INTERNACIONALES JUAN RAÚL ARIAS

ARRIETA SOCIEDAD ANÓNIMA

Transportes Internacionales Juan Raúl Arias Arrieta Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-ciento sesenta mil cincuenta y uno, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas de Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios, Registro de Socios todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Francisco Stewart Satchuell, Notario.—RP2011253279.—(IN2011064541).

IB INDUSTRIAL I.B.I. SOCIEDAD ANÓNIMA

IB Industrial I.B.I. Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-313542 solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: (Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas Consejo de Administración, Actas de Asambleas de Socios y Registro de Socios todos número 1). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Servicio al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Lilliana Fernández Urpí,  Notaria.—RP2011253312.—(IN2011064542).

Aura Zulema Chaves Hernández, cédula de identidad número uno-quinientos ochenta y ocho-ciento treinta y nueve, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de el libro de Registro de Compras número Uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Subgerencia de Servicios al Contribuyente de la Administración Tributaria de Guanacaste, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este edicto.—Liberia, 4 de agosto del 2011.—Lic. Alejandra Jaen Hernández, Notaria.—RP2011253393.—(IN2011064543).

CORPORACIÓN CASCANUECES D.L.V.

SOCIEDAD ANÓNIMA

Corporación Cascanueces D.L.V. Sociedad Anónima, entidad costarricense, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta y siete mil novecientos ocho, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros contables de la compañía, que son los siguientes: Libro Diario número uno, Libro Mayor número uno, Libro Inventarios y Balances, número uno, en total tres libros. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, este dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Dora Elena Lizano Vincent, Presidenta.—RP2011253409.—(IN2011064544).

MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRÉSTAMO

La señora María Eugenia Cerdas Gamboa, cédula 1-959-304, ha solicitado a MUCAP la reposición del título valor CDP Nº 495214 por un monto de ¢327.578,30 el cual fue emitido a su orden el día 16 de abril del 2011.Se emplaza a los interesados a manifestarse dentro del plazo de 15 días naturales posterior a la última publicación.—11 de agosto del 2011.—Lic. Ericka Ortiz Solano, Analista de Crédito.—(IN2011064823).

CONDOMINIO HORIZONTAL RESIDENCIAL

LA HACIENDA DOS

Condominio Horizontal Residencial La Hacienda Dos, cédula jurídica número tres-ciento nueve-trescientos cuarenta y cinco mil ochocientos setenta, solicita ante el Área de Propiedad Horizontal del Registro Nacional, la reposición del siguiente libro: Actas de Asamblea de Condóminos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Registro Público de Bienes Inmuebles, Legalización de Libros, propiedad en Condominio Este, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este edicto.—Karolina Rodríguez. Administradora del Condominio.—(IN2011065135).

SOCIEDAD INGENIERÍA CAÑAS S. A.

Rafael Eduardo Cañas Ruiz, en mi condición de Presidente y Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la Sociedad Ingeniería Cañas S. A., cédula jurídica número 3-101-040429, y Maleny Murillo Murillo en mi condición de Secretaria de dicha sociedad, hacemos constar que nuestra representada recibió solicitud de reposición de los certificados representativos de acciones comunes y nominativas uno y dos de la serie A, pertenecientes a los accionistas Rafael Cañas Ruiz, cédula de identidad número 1-394-769, y Maleny Murillo Murillo, cédula de identidad número 5-216-282 respectivamente, por haberse extraviado los originales, de conformidad con el artículo 689 y 690 del Código de Comercio. Quien se considere afectado dirija la oposición a la Secretaria de la Junta Directiva en el transcurso de un mes contado a partir de la última publicación de este aviso. Transcurrido dicho plazo sin que se haya comunicado demanda de oposición, se expedirá el duplicado a los solicitantes.—San José, 3 de agosto del 2011.—Rafael Eduardo Cañas Ruiz, Presidente y Apoderado Generalísimo.—(IN2011065194).

SMGM INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

SMGM Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-144985, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor e Inventarios y Balances, todos Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria del Outlet Mall San Pedro, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Luis Francisco Hidalgo Picado, Representante Legal.—RP2011253974.—(IN2011065420).

COMPAÑÍA AGRÍCOLA GANADERA EL PINAR

SOCIEDAD ANÓNIMA

Compañía Agrícola Ganadera El Pinar Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-noventa y cuatro mil setecientos treinta y cinco, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor e Inventarios y Balances número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Plataforma de Servicios de la Administración Tributaria de San José-Oeste, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Geovana Vargas Vargas, Notaria.—RP2011253990.—(IN2011065421).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

ASOCIACIÓN ADMINISTRADORA DE ACUEDUCTOS

RURAL DE AGUAS CLARAS DE UPALA

Yo, Vera Casilda Calvo Alvarado, cédula de identidad número 1-1003-0859, en mi calidad de presidenta y representante legal de la Asociación Administradora de Acueductos Rural de Aguas Claras de Upala, con cédula jurídica 3-002-210633, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición de los libros: 1. Registro de asociados. 2. Asamblea de asociados. 3. Reuniones de junta directiva. 4. Diario. 5. Mayor. 6. Inventarios y balances. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de su publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—San José, 27 de julio del 2011.—Vera Casilda Calvo Alvarado, Presidenta.—1 vez.—RP2011253340.—(IN2011064539).

ASOCIACIÓN DE AYUDA AL EGRESADO

ALCOHÓLICO DESAMPARADOS

Yo, Raymond Gerardo Rojas Mora, cédula 1-0335-0178 en mi calidad de Presidente y representante legal de la Asociación de Ayuda  al  Egresado  Alcohólico  Desamparados,  cédula jurídica 3-002-264749, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas, la reposición del libro de actas de Junta Directiva número 1 el cual fue extraviado. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—18 de agosto del 2011.—Raymond Gerardo Rojas Mora, Presidente.—1 vez.—RP2011253339.—(IN2011064538).

El suscrito notario público hace constar que protocolicé el acta número diez de asamblea general extraordinaria de accionistas de CMS Construction Management Services S. A., mediante la cual se reforma la cláusula quinta (del capital social).—San José, veintidós de julio de dos mil once.—Lic. Juan Pablo Arias Mora, Notario.—RP2011253765.—(IN2011065430).  2 v. 1.

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Por escritura pública otorgada ante este notario a las trece horas del cuatro de agosto del año dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Grupo Solo Moto C.R. Sociedad Anónima, domicilio social en Cartago. Presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo.—Lic. Roberto Araya Lao, Notario.—1 vez.—(IN2011063889).

Luis Diego Chacón Bolaños, notario público. Certifica. Que en mi notaría el día de hoy se constituyó Componentes ABC Sociedad de Responsabilidad Limitada. Siendo su capital de diez mil colones representado por diez mil cuotas de un colón cada una. Su gerente es apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 17 de agosto del 2011.—Lic. Luis Diego Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—(IN2011063939).

Por escritura otorgada ante mí, Eduardo Arturo Huertas Arias, Inés Jiménez Salazar, y Neurocirugía de Costa Rica constituyen Agro Orgánicos Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Agro Orgánicos S. A. Domicilio social San Rafael, Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: quince mil colones. Objeto: comercio. Presidente: Eduardo Arturo Huertas Arias.—Heredia, diecisiete de agosto del dos mil once.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(IN2011063943).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las dieciocho horas del día cuatro de agosto del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Compusolutions Costa Rica S. A. Capital  social íntegramente suscrito y pagado. Presidente, con facultados de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Denis de Jesús Zamora Fuentes, Notario.—1 vez.—(IN2011063947).

El día de hoy se constituyó la sociedad denominada Suplehoteles y Proyectos Anadi S.R.L. Domicilio social: San José. Capital social: un millón de colones. Plazo social: cien años a partir de su constitución.—San José, 17 de agosto del 2011.—Lic. Johnny Alfaro Llaca, Notario.—1 vez.—(IN2011063973).

,Por escritura otorgada en San José a las 15:30 horas del 1º de julio del 2011 ante el notario José A. Cabezas Dávila se reforma la cláusula dos del pacto constitutivo del domicilio social ahora será la ciudad de Guanacaste. Santa Teresa de Cóbano, frente al Súper Costa Plaza Royal tercer piso y se cambia la junta directiva de la sociedad Clover Valley S. A.—San José, 8 de agosto del 2011.—Lic. José A. Cabezas Dávila, Notario.—1 vez.—(IN2011063979).

Por escritura Nº 219 de las 15:00 horas del 12 de julio del 2011, se protocoliza el acta que reforma la cláusula del capital social de la empresa Espumas y Colchones de Costa Rica S. A., el cual se aumenta de veinte a cincuenta millones de colones exactos. Capital suscrito y pagado; por lo que se emplaza a cualquier interesado por el término de ley para lo que a bien tenga manifestar.—Lic. Carlos L. Mejías A., Notario.—1 vez.—(IN2011063995).

Ante el suscrito notario público el día de hoy se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de las veinte horas del día ocho de agosto del año dos mil once; de la compañía Derivados Salinos Sociedad Anónima, por la cual se modifican las cláusulas primera, segunda y tercera del pacto social.—San José, doce horas del nueve de agosto del dos mil once.—Lic. Daniel Guillermo Fernández Morales, Notario.—1 vez.—(IN2011064001).

Yo, Adrián Echeverría Escalante, protocolicé acta de asamblea de 3-102-631075 S.R.L (La Compañía), cédula de persona jurídica número 3-102-631075; donde se modifica la cláusula de la administración, la cláusula de la representación, y se nombra gerente. San José, diecisiete de agosto del dos mil once.—Lic. Adrián Echeverría Escalante, Notario.—1 vez.—(IN2011064008).

Por escritura otorgada ante mí, a las 13:00 horas del 29 de julio del 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Asociación Comunidad Cristiana Vida Abundante del Este.—Lic. Sandra Araya Vega, Notaria.—1 vez.—RP2011253178.—(IN2011034211).

Ante esta notaría, se constituye en escritura numero ciento veinte, cuyo nombre será su número de cédula jurídica seguido de las letras Sociedad Anónima, domiciliada en el cantón de La Valencia, de la provincia de Heredia, Urbanización Puertas de Alcalá, casa número catorce. Presidenta: Teresita Rojas Marín.—San José, tres de agosto del dos mil once.—Lic. Marco Antonio Ramírez Corella, Notario.—1 vez.—RP2011253179.—(IN2011064212).

Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas del 29 de julio del 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Asociación Comunidad Cristiana Vida Abundante del Este.—Lic. Sandra Araya Vega, Notaria.—1 vez.—RP2011253180.—(IN2011064213)

Por escritura otorgada ante esta notaría, en fecha doce de agosto del dos mil once, a las nueve horas la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y dos mil trescientos tres sociedad anónima, modifica estatuto del pacto social y sustituye miembros de junta directiva y fiscal de la sociedad. Es todo.—Lic. Jorge Bonilla Peña, Notario.—1 vez.—RP2011253182.—(IN2011064214).

En esta notaría, a las 16:00 horas del 1º de agosto del 2011, se constituyó Servicios Mecánicos Ruiz de Naranjo Sociedad Anónima, con domicilio en el cantón de Naranjo de la provincia de Alajuela, 100 metros norte del Colegio Diurno de Naranjo, apoderado generalísimo presidente Mauricio Fernando Ruiz Quirós, cédula número 2-191-076, capital social 1.000.000 de colones.—Naranjo, 11 de agosto del 2011.—Lic. Wilberth Hidalgo Ledezma, Notario.—1 vez.—RP2011253183.—(IN2011064215).

Mediante escritura ciento cincuenta y cinco, otorgada ante mi notaría, a las once y cuarenta horas del dieciséis de agosto del dos mil once, se constituyó la compañía que utilizará como denominación social el número de cédula jurídica que le asigne a la misma por dicho registro además de las palabras Sociedad de Responsabilidad Limitada, todo conforme al decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Plazo social es de noventa y nueve años; capital social doscientos mil colones; dos gerentes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Grecia, 16 de agosto del 2011.—Lic. Kerby Rojas Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2011253185.—(IN2011064216).

En mi notaría, en escritura: trece, folio: diez vuelto del protocolo octavo, constituyó: AL & BI Nuevas Líneas de Comercios S. A., domicilio San José, presidenta; Alexandra Castaño Ortiz, nacional de Colombia, cédula de residencia: uno uno siete cero cero cero cinco ocho seis cuatro tres-seis. Es todo.—San José, quince de agosto del año dos mil once.—Lic. Warren Flores Castillo, Notario.—1 vez.—RP2011253187.—(IN2011064217).

Ante mi notaría, por escrituras noventa y cuatro, ciento diez y ciento trece, visibles al tomo ocho de mi protocolo, se constituyen las sociedades anónimas Aros y Llantas Universales A-Y-L-L, KKTUS K-T-U , Crem De La Crem C-R-M, Pets N VETS P-N-V, y Lácteos del Quetzal L-A-Q-U, todas sociedades anónimas que podrán abreviarse en sus dos últimas palabras a S. A. Es todo.—San José, 17 de agosto del 2011.—Lic. Karolina Meléndez Gamboa, Notaria.—1 vez.—RP2011253189.—(IN2011064218).

Ante esta notaría, se ha constituido la sociedad la cual le asignará el Registro Nacional su nombre, domiciliaria en el Caballo Blanco de Cartago, cincuenta metros al este de la iglesia, el capital social está compuesto de quince mil colones representados por quince acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Lo anterior por medio de escritura número doscientos catorce -uno, otorgada al ser las dieciocho horas del once de julio del dos mil once. Asimismo la Asociación Administradora de la Producción Agrícola y Coordinación Institucional del Asentamiento Arco Olivo Pavones, cédula jurídica número tres - cero cero dos - dos siete tres uno siete cero, solicita el cambio de junta directiva.—Nicoya, ocho de agosto del dos mil once.—Lic. Luis Gustavo Valverde Chavarría, Notaria.—1 vez.—RP2011253192.—(IN2011064219).

Por escritura número cuarenta y uno- diez, otorgada ante esta notaría, se acuerda la constitución de dos sociedades anónimas denominadas: Ramival Confecciones S. A., capital social: diez mil colones, presidente: Bryan Osvaldo Ramírez Quirós, secretaria: Mónica Valverde Hernández.—San José, 17 de agosto del 2011.—Lic. Randall Alvarado Cubillo, Notario.—1 vez.—RP2011253194.—(IN2011064220).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento sesenta y siete, de las diez horas del once de agosto del año en curso, se protocoliza acta donde se nombra nuevo presidente y fiscal, de la sociedad denominada Inversiones Nueva Segovia JHH S. A. Presidente: Alejandro Jiménez Luna.—San José, diecisiete de agosto del dos mil once.—Lic. Juan Carlos Campos Salas, Notario.—1 vez.—RP2011253196.—(IN2011034221).

Por escritura de las 18:00 horas del día de hoy, protocolicé en mi notaría, acta de asamblea de socios de la compañía Nexus Nebula Ltda S. A. Se reforma cláusulas III del pacto social.—San José, 16 de agosto del 2011.—Lic. Édgar Nassar Guier, Notario.—1 vez.—RP2011253197.—(IN2011064222).

Por escrituras de las 15:00, 16:00 y 17:00 horas del día de hoy protocolicé en mi notaría, actas de asambleas de socios de las compañía  Acme  Fun  S. A.,  Dimensión  Aeróbica S. A., y Multiestructuras Corporativas MEC S. A. Se reforma cláusula V del pacto social.—San José, 16 de agosto del 2011.—Lic. Édgar Nassar Guier, Notaria.—1 vez.—RP2011253198.—(IN2011064223).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del doce de agosto del dos mil once, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Skraeling S. A., por la que se acuerda reformar la cláusula primera del nombre por lo que la sociedad se denominará Crossfit Quinientos Seis S. A. Se acuerda revocar los nombramientos de los miembros de la junta directiva, del fiscal y se hace un nuevo nombramiento.—San José, doce de agosto del dos mil once.—Lic. Raquel Quirós Mora, Notaria.—1 vez.—RP2011253199.—(IN2011064224).

Mediante escritura otorgada ante la notaria pública Laura Bonilla Herrero, a las diez horas del día diez de agosto del año dos mil once, se constituyó la sociedad Key Point Consultants Limitada. Domicilio: Santa Ana, Centro Empresarial Fórum, Edificio A, tercer piso, pudiendo establecer agencias y sucursales o ambas en cualquier parte del país. Objeto: Comercio en general. Capital social: Diez mil colones. Plazo social: cien años. Representación: gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, quienes actuarán conjunta o separadamente.—San José, diez de agosto del dos mil once.—Lic. Laura Bonilla Herrero, Notaria.—1 vez.—RP2011253203.—(IN2011064225).

Mediante escritura otorgada, ante la notaria pública Laura Bonilla Herrero, a las diez horas treinta minutos del día diez de agosto del año dos mil once, se constituyó la sociedad North Point Consultants Limitada. Domicilio: Santa Ana, Centro Empresarial Fórum, Edificio A, tercer piso, pudiendo establecer agencias y sucursales o ambas en cualquier parte del país. Objeto: comercio en general. Capital social: Diez mil colones. Plazo social: cien años. Representación: Gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, quienes actuarán conjunta o separadamente.—San José, diez de agosto del dos mil once.—Lic. Laura Bonilla Herrero, Notaria.—1 vez.—RP2011253204.—(IN2011064226).

Ante esta notaría por escrituras otorgadas el día 1º de julio del 2011, se reforma la cláusula referente a los representantes de la sociedad  anónima  denominadas  Grupo Corrohore de Quepos S. A., y pudiendo actuar tanto el presidente como la tesorera de forma conjunta o separada.—San José, 17 de agosto del año 2011.—Lic. Emilio Arana Puente, Notario.—1 vez.—RP2011253207.—(IN2011064227).

Por escrituras números 77-12 y 80-12 de las 15:00 y 15:00 horas de los días 9 y 11 de agosto del 2011, se constituye Consultores Externos WRSM Sociedad Anónima, presidente Warner Tenorio Núñez y se protocoliza acta de la sociedad denominada Thermotrans Sociedad Anónima, nombrándose presidente a Pablo Rojas Walsh.—Lic. Francisco Vargas Solano, Notario.—1 vez.—RP2011253208.—(IN2011064228).

Por escritura otorgada hoy ante mí, protocolicé acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Terrazuceibo Tres Sociedad Anónima, en la que se modifica la cláusula vigésima de los estatutos de la empresa.—San José, a las trece horas del diez de agosto del dos mil once.—Lic. Herman Julio Kierszenson Mamet, Notario.—1 vez.—RP2011253209.—(IN2011064229).

Ante mí, se constituyó la sociedad Servicios de Seguridad Privada Almengor S.R.L., capital totalmente suscrito y pagado. La representación le corresponde al gerente de la sociedad con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Domicilio en Guápiles, Pococí, Limón.—Guápiles, 17 de agosto del 2011.—Lic. Juan Carlos Radulovich Quijano, Notario.—1 vez.—RP2011253211.—(IN2011064230).

Por asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios, protocolizada por esta notaría, a las 16:00 horas del 6 de agosto del 2011, se reforman los estatutos de la empresa Compañía Molicampo S. A. Presidenta: Xenia Campos Vargas.—San José, 17 de agosto del dos mil once.—Lic. Elizabeth Núñez Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2011253212.—(IN2011064231).

Mediante escritura otorgada,ante este notario, a las 16:00 horas del 10 de agosto del 2011, se constituye la sociedad Karnaval por Mayor KXM Sociedad Anónima, con domicilio en Guachipelín de Escazú, doscientos metros este, cincuenta metros sur del Supermercado AM-PM. Se elige junta directiva, conformada por su presidenta: Irene Álvarez Aguilar, secretario: David Vargas McCallum, tesorero: Manrique Vargas Álvarez, fiscal: Milena Vargas Álvarez, presidenta y secretario las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 10 de agosto del 2011.—Lic. Edry Herminio Mendoza Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2011253215.—(IN2011064232).

Mediante escritura 79, otorgada ante este notario, a las 9:00 horas del 17 de agosto del 2011, se modifica la cláusula primera para que en el futuro se llame Digicon Propiedades Sociedad Anónima; y la cláusula de la sociedad segunda de la sociedad tres-ciento uno-seiscientos treinta y tres mil seiscientos noventa y ocho sociedad anónima, cédula jurídica número 3-101-633698, y a partir de ahora la sociedad tendrá como domicilio en Guachipelín de Escazú, San José, SCG Business Centre, contiguo al Colegio Blue Valley. Es todo.—Playas del Coco, Guanacaste, 17 de agosto del 2011.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2011253216.—(IN2011064233).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, el día de hoy, se constituyó la sociedad; Eléctrica Dies Sociedad Anónima. Capital social cien mil colones. Presidente, con facultades.—San José, quince de agosto del dos mil once.—Lic. Joel Valverde Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2011253217.—(IN2011064234).

Al ser las diez horas del diecisiete de agosto del dos mil once, en esta notaría, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios, que reformó el pacto constitutivo de la empresa denominada Agrícola Piscis Sociedad Anónima.—Cartago, diecisiete de agosto del dos mil once.—Lic. Alfonso Víquez Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2011253218.—(IN2011064235).

A las nueve horas del día de hoy, ante esta notaría, se constituyó la empresa denominada Makako Consultores Sociedad Anónima. Capital social suscrito y pagado por los socios.—Cartago, diecisiete de agosto de dos mil once.—Lic. Alfonso Víquez Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2011253219.—(IN2011064236).

Mediante escritura número ciento cincuenta y siete, otorgada ante esta notaría, a las diez horas del veintiuno de julio del dos mil once, se constituyó la sociedad Importadora Sweida Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de julio del 2011.—Lic. Netzy Yanina Soto Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2011253222.—(IN2011064237).

A las dieciséis horas del ocho de agosto del dos mil once, se constituyó Baebo Sociedad Anónima. Domicilio en San José, Moravia, Urbanización Andalucía, del Mall Don Pancho, trescientos metros norte y veinticinco metros este, Apartamentos Ginger, número cinco. Con un plazo de cien años. Objeto: servicios de informática, publicidad y mercadeo y en general. Capital social: cien mil colones.—Lic. Alejandro Alfaro Araya, Notario.—1 vez.—RP2011253223.—(IN2011064238).

Por escritura otorgada, por este notario, se constituyó el día diez de agosto del año dos mil once, la sociedad denominada Soluciones Inmobiliarias López Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse en su aditamento S. A., que es nombre de fantasía; cual tiene un capital social por la suma de cien mil colones, y un plazo de noventa y nueve años. Es todo.—Guápiles, 10 de agosto del 2011.—Lic. Lenin Segura Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2011253224.—(IN2011064239).

NOTIFICACIONES

SEGURIDAD PÚBLICA

DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS

Ministerio de Seguridad Pública.—Dirección de Recursos Humanos.—San José, a las doce horas veinticinco minutos del día trece de agosto del dos mil once. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública en virtud de que materialmente resultó imposible localizar al encartado Wanerges G. Martínez Rodríguez c.c. Wagner Martínez Rodríguez, cédula de identidad Nº 02-470-450, funcionario de la Unidad de Intervención Policial, y por ignorarse su actual domicilio, esta Dirección procede en esta vía legal, a comunicarle a dicha persona que el Despacho del Señor Ministro de Seguridad Pública, en su condición de Órgano Decisorio, mediante la resolución Nº 2010-3289 DM, de las once horas del día once de octubre del dos mil diez, resuelve: I) Se le despide por causa justificada, por razón de haber incurrido en falta grave por comportamiento impropio de los funcionarios policiales Camacho Chacón y su persona al sustraer dos toallas del Hotel Real Internacional Costa Rica durante la visita del Presidente de la República Popular China Hu Jintao, con motivo del operativo de seguridad, realizado del 15 al 17 de noviembre del 2008. II) Ejecútese el acto de despido, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 146 y 148 de la Ley General de la Administración Pública. III) Contra la presente resolución cabe únicamente recurso de revocatoria o reposición, dentro del tercer día hábil a partir del recibo de la misma, de conformidad con los artículos 345 y 346 ambos de la Ley General de la Administración Pública. Dicho recurso debe presentarse en la Asesoría Jurídica de este Ministerio. Por lo anterior y de conformidad con el Acuerdo Ejecutivo Nº 06-2011 MSP, se le cesa a partir del 16 de febrero del 2011, no obstante, al existir imposibilidad material para ejecutar el presente despido, en virtud de que ya no labora para este Ministerio, por cuanto presentó su renuncia el día 10 de noviembre del 2009. Notifíquese.—Lic. Floribeth Castillo Canales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 10912.—Solicitud Nº 31104.—C-15320.—(IN2011064681).

Ministerio de Seguridad Pública.—Dirección de Recursos Humanos.—San José, a las diez horas del día trece de agosto del dos mil once. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública en virtud de que materialmente resultó imposible localizar a la encartada Sharon Corrales Montes, cédula de identidad Nº 01-991-439, funcionaria de la Delegación Policial de Aguirre-Puntarenas, y por ignorarse su actual domicilio, esta Dirección procede en esta vía legal, a comunicarle a dicha persona que el Despacho del Señor Ministro de Seguridad Pública, en su condición de Órgano Decisorio, mediante la resolución Nº 2011-1027 DM, de las nueve horas con treinta minutos del día dos de junio del dos mil once, resuelve: I) Se le confirma el despido por causa justificada, por ausencias laborales los días 13 y 14 de junio del 2009, de conformidad con la resolución Nº 2010-3256 DM, y Acuerdo Ejecutivo Nº 512-2010 MSP, del caso Nº 503-IP-2009-DDL, tramitado por el Departamento Disciplinario Legal, Sección Inspección Policial, y lo dispuesto en el artículo VI, acuerdo vigésimo segundo de la sesión ordinaria Nº 743 del 17 de marzo del 2010, y celebrada por el Consejo de Personal del Ministerio de Seguridad Pública. II) Se le ordena al Departamento de Compensaciones y Remuneraciones determinar si a su persona le fueron pagados salarios de más durante su ausentismo laboral, en cuyo caso se deberá instaurar las respectivas diligencias cobratorias para que reintegre al Estado el monto que por ese rubro percibió indebidamente. III) Se remite el presente expediente administrativo al Departamento de Cobros Administrativos de la Dirección Financiera de este Ministerio para que realice las diligencias de cobro necesarias si existieran sumas pagadas incorrectamente. Notifíquese.—Lic. Floribeth Castillo Canales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 10912.—Solicitud Nº 31104.—C-15320.—(IN2011064682).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

Por ignorarse el domicilio actual de  la  Empresa  Klimaire  S. A., con cédula jurídica número 3-101-180685 representante de casa Extranjera de la empresa Klimaire Internacional Inc., constando como representante con facultades suficientes el señor Ekar Hernández Moraga, número de identidad 1-785-808 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 241 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública. Se le comunica que la Gerencia de Telecomunicaciones del ICE, mediante Oficio 6000-1412-2011, ha emitido sentencia resolutoria dentro del Procedimiento Administrativo con miras a certificar un crédito líquido con carácter de título ejecutivo correspondiente incoado por el ICE en su contra. La sentencia establece literalmente en su parte dispositiva lo siguiente: “Por tanto: “Se declara como certificado el crédito liquido con carácter de título ejecutivo de deuda líquida y exigible en contra de la empresa Klimaire Internacional Inc., cédula jurídica número 3-101-180685, por un monto de $31.002,08 (treinta y un mil dos dólares con 08/100 centavos), para que el Área de Cobro Judicial de la División Jurídica Institucional pueda continuar con el proceso por el resarcimiento de daños ocasionados a la Administración”. De conformidad con el artículo 245 de la Ley General de la Administración Pública el acto final tiene los recursos ordinarios, contemplados en el artículo 343 del mismo cuerpo de Ley, que deberán interponerse ante la Gerencia respectiva dentro del plazo de tres días hábiles, a partir del día siguiente de la notificación de este acto.—Lic. Rónald Rivera Rojas, Dirección de Proveeduría.—O. C. Nº 356441.—Solicitud Nº 40677.—C-33380.—(IN2011060893).

Por ignorarse el domicilio actual de la empresa Industria Maderera Matagua S. A. de C.V. y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 241 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública. Se le comunica que la Gerencia de Telecomunicaciones del ICE, mediante oficio 6000-1423-2011, ha emitido sentencia resolutoria dentro del Procedimiento Administrativo con miras a certificar un crédito líquido con carácter de título ejecutivo correspondiente incoado por el ICE en su contra. La sentencia establece literalmente en su parte dispositiva lo siguiente: “Por tanto: “Se declara como certificado el crédito liquido con carácter de título ejecutivo de deuda líquida y exigible en contra de la empresa Industria Maderera Matagua S. A., por un monto de $114.118,13 (ciento catorce mil ciento dieciocho con 13/100 centavos), para que el Área de Cobro Judicial de la División Jurídica Institucional pueda continuar con el proceso por el resarcimiento de daños ocasionados a la Administración”. De conformidad con el artículo 245 de la Ley General de la Administración Pública el acto final tiene los recursos ordinarios, contemplados en el artículo 343 del mismo cuerpo de Ley, que deberán interponerse ante la Gerencia respectiva dentro del plazo de tres días hábiles, a partir del día siguiente de la notificación de este acto.—Lic. Rónald Rivera Rojas, Dirección de Proveeduría.—O. C. Nº 356441.—Solicitud Nº 40678.—C-33380.—(IN2011060894).

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

ASESORÍA LEGAL REGIÓN BRUNCA

Asesoría Legal Región Brunca, San Isidro de Pérez Zeledón, a las dieciséis horas del veintinueve de julio dos mil once. Que habiéndose dictado resolución inicial dentro del procedimiento administrativo de nulidad de título, expediente número NUL-007-2011-OSCB-ALB-ME, por la causal de incumplimiento del artículo 68 inciso 4) apartados b) y d), en relación con el 66 de la Ley 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, sea abandono injustificado y explotación indirecta de la parcela 14 del Asentamiento Fila Pinar, se cita y emplaza al señor Carlos Castro Badilla, con cédula de identidad número 1-685-340, para que comparezca a una audiencia oral y privada que se realizará a las ocho horas y treinta minutos del día diecinueve de setiembre del dos mil once, en las instalaciones de la Dirección Regional Brunca del Instituto de Desarrollo Agrario en Pérez Zeledón. Se pone en conocimiento que la prueba de la administración esté contenida en el expediente que se encuentra la Asesoría Legal de la Región Brunca en la sede de la Dirección Regional del Instituto de Desarrollo Agrario en Palmares de Pérez Zeledón, el cual podrá ser consultado y fotocopiado a su costo. Debe el administrado, dentro de los tres días posteriores a la notificación de la presente, señalar o ratificar lugar para escuchar notificaciones dentro del perímetro judicial de la ciudad de San Isidro de Pérez Zeledón, o un fax que se encuentre dentro del territorio nacional, bajo apercibimiento que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere o fuese imposible la comunicación, toda resolución se tendrá por notificada con el transcurso de veinticuatro horas después de dictada. Por la trascendencia del procedimiento que se califica como ordinario se le advierte al administrado que el día de la comparecencia puede hacerse acompañar por un abogado. En caso de no presentarse sin justa causa que lo motive se procederá a resolver lo que corresponda con la prueba que obra en el expediente. Se le hace saber que máximo al día y hora de la audiencia pueden ofrecer y aportar toda la prueba que consideren oportuna en defensa de sus derechos y que en el caso de ser testimonial, su presentación corre por su cuenta y deben de comparecer a la misma fecha y hora de la audiencia señalada, para lo cual deben venir debidamente identificados. Se les hace saber que de comprobarse los hechos investigados se le revocará la asignación del terreno y como consecuencia la nulidad del título. Se informa al administrado que la presente resolución inicial no tiene recurso ordinario o extraordinario alguno. Notifíquese.—Licda. Margarita Elizondo Jiménez, Asesoría Legal.—(IN2011061379).          2 v.2.

DIRECCIÓN REGIÓN CHOROTEGA

Oficina de Asesoría Jurídica

Expediente de Revocatoria de Adjudicación: REV-021-2007-ORSC-ALCH., contra: Rosaura González Abellán. Lote N° 100 del Asentamiento La Roxana. Oficina Asuntos Jurídicos.—Región Chorotega, a las ocho horas treinta minutos del tres de agosto del año dos mil once. Con fundamento en las facultades que otorga la Ley de Tierras y Colonización número 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, el procedimiento indicado en los artículos 109 a 117 del Reglamento de Selección y Asignación de Solicitantes de Tierra vigente, publicado en La Gaceta Nº 116 del 16 de junio del año 2010, con el uso supletorio de la Ley General de la Administración Pública y el Código Procesal Civil; se inicia Proceso Administrativo Ordinario de Revocatoria de Adjudicación contra la señoras Rosaura González Abellán, cédula 5-0169-0597, adjudicataria del lote Nº 100 del Asentamiento La Roxana, que se encuentra inscrita a nombre del Instituto de Desarrollo Agrario y forma parte de las fincas inscritas en el Registro Público de la Propiedad Inmueble, Partido de Guanacaste folio real matrícula Nº 19040-000 y 9969-000. Se resuelve notificar la convocatoria a comparecencia, la cual podrá evacuarse en forma oral o por escrito (artículo 112 inciso h) del Reglamento referido) a la citada adjudicataria, para ante esta Oficina en un plazo de quince días hábiles para que se apersone por escrito, contados a partir del día siguiente a la presente notificación la cual se realizará con el fin de que hagan valer sus derechos, asimismo se señalan las nueve horas del día cinco de octubre del año dos mil once para que comparezca a audiencia oral y privada en forma personal y no por medio de apoderado, en las instalaciones del Instituto de Desarrollo Agrario ubicado en Liberia, Guanacaste, seiscientos metros norte de los semáforos, carretera a La Cruz edificio a mano derecha, a dicha audiencia la partes puede hacerse acompañar por un abogado de su libre elección. Se previene a la administrada, que en su contestación por escrito o a más tardar en la audiencia oral, debe aportar toda la prueba de descargo que obre en su poder (art. 312 i. 1-3 y 317 Ley General de Administración Pública); además debe señalar dentro del perímetro judicial de la ciudad de Liberia, lugar o medio electrónico donde recibir notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hace, se tendrán por notificadas las resoluciones que se dicten posteriormente en el término de veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere o el medio elegido no funcione, como lo dispone la Ley en estos casos (art. 112 inciso i) del Reglamento y 185 del Código Procesal Civil). A su vez se le informa que este proceso se instruye por violación a los artículos 62, 66, 67 y 68, inciso 4, párrafo b) de la Ley 2825 arriba citada, y artículos 60, 93, 109 y 112 del citado Reglamento citado, por el abandono injustificado del predio. Se le imputa dicha causal por cuanto según informe técnico de la Oficina Subregional de Santa Cruz adjunto al oficio ORSC-190-2007, de fecha 13 de marzo del año 2007, el lote se encuentra en estado de abandono, en el predio no vive ni ha vivido ninguna familia, no existen obras de infraestructuras de ningún tipo, ni ocupantes ilegales, cultivos u otro tipo de actividad que indique interés por parte de la interesada. Para lo que procede se pone en conocimiento que el citado expediente se encuentra en esta oficina para su consulta, estudio y fotocopiado, en el que constan los siguientes documentos: folio 1 y 2 oficio ORSC-190-2007 de fecha 13 de marzo de 2007 donde se solicita inicio del procedimiento, folios 3 a 6 informe técnico del lote Nº 100 del asentamiento La Roxana, folio 7 Copia de acuerdo de Junta Directiva artículo XX sesión 063-99 del 01 de setiembre de 1999, folio 8 copia de oficio ORSC-760-99 del 4 de octubre de 1999, folio 9 copia del plano catastrado G-315883-96, folio 10 acta de inspección de fecha 27 de marzo de 2007, folio 11 fotografía del lote 100 asentamiento La Roxana. Por desconocerse el domicilio de la señora Rosaura González Abellán, de conformidad con el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública y 108 inciso c) del Reglamento para la Selección y Asignación de Solicitantes de Tierras del Instituto de Desarrollo Agrario, publíquese la presente resolución por dos veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta. Se advierte a la administrada que cualquier mejora que introduzca en el predio posterior a la notificación de esta resolución podrá ser considerada como mejora de mala fe, con las consecuencias legales correspondientes, asimismo que contra esta resolución cabe únicamente recurso de revocatoria el cual deberá interponerse ante esta oficina dentro del tercer día hábil después de notificado. Notifíquese.—Licenciado Luis Diego Miranda Guadamuz, Oficina Asesor Jurídico.—(IN2011062252).                                   2 v.2.

Expediente de Nulidad de Título: N° NUL-156-2007-ORSC-ALCH, contra: William Moreno Pérez y Gehisel Navarrete González. Lote 12 del Asentamiento Cartagena. Oficina Asuntos Jurídicos Región Chorotega, a las catorce horas y cincuenta minutos del catorce de enero del dos mil diez. Con fundamento en las facultades que otorga la Ley de Tierras y Colonización número 2825 de 14 de octubre de 1961 y sus reformas, el procedimiento indicado en los artículos 106, 107 y 108 del Reglamento de Selección y Asignación de Solicitantes de Tierra del IDA con el uso supletorio de la Ley General de la Administración Pública, y el Código Procesal Civil; se inicia Proceso Administrativo Ordinario de Revocatoria con la Subsecuente Nulidad de Título que le corresponde al lote Nº 12 del Asentamiento Cartagena, contra los señores William Moreno Pérez cédula 5-0248-0769 y Gehisel Navarrete González, cédula 5-0283-0780, que corresponde a la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad Inmueble, Partido de Guanacaste del Folio Real 5-119682-001-002 propiedad de los administrados. Se resuelve notificar la convocatoria a comparecencia, la cual podrá evacuarse en forma oral o por escrito (artículo 108 del Reglamento referido) a los citados propietarios, para ante esta Oficina en un plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la presente notificación (ídem art.108) la cual se realizará con el fin de que haga valer sus derechos y se le señala para las catorce horas del día cinco de octubre del año dos mil once, para que comparezcan a audiencia oral y privada en las instalaciones del Instituto de Desarrollo Agrario ubicado en Liberia, seiscientos metros norte de los semáforos, carretera a La Cruz edificio a mano derecha, a dicha audiencia las partes pueden hacerse acompañar por un abogado. Se previene a los señores, Moreno Pérez y Navarrete González que a más tardar en su contestación deben aportar toda la prueba de descargo que obre en su poder (art.312 i. 1-3 y 317 Ley General de Administración Pública); además deben señalar dentro del perímetro judicial de esta Ciudad, lugar donde recibir notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hacen, se tendrán por notificadas las resoluciones que se dicten posteriormente en el término de veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, como lo dispone la Ley en estos casos (art. 36 del Reglamento y 185 del Código Procesal Civil); a su vez se le informa que este proceso se instruye por violación a los artículos 68, inciso 4, párrafo b), 35, 52, 88, de la Ley 2825 arriba citada, y artículos 51, 106, 107 y 108 del citado Reglamento, por incumplimiento de las obligaciones que impone el IDA a sus adjudicatarios, por abandono injustificado del lote; se le imputa dicha causal por cuanto según el informe técnico de la subregional de Santa Cruz con oficio ORSC-783-2007, este lote fue adjudicado hace 11 años aproximadamente a los señores William Moreno Pérez y Gehisel Navarrete González. Los señores han hecho abandono del lote con casa de bono y ninguno de los dos habita en el inmueble. Para lo que procede se pone en conocimiento que el citado expediente se encuentra en esta oficina para su consulta y estudio en el que constan los siguientes documento: folio 1 y 2 oficio ORSC-783-2007, folio 3 a 5 Informe técnico con oficio IT-ORSC-025-07 del 4 de setiembre de 2007, folio 6 copia de plano catastrado G-624279-2000, folio 7, 8, 9, 10, 11, y 12 Acuerdos de Junta Directiva, folios 13 a 17 estudio de registro de la propiedad partido de Guanacaste matrícula 119682-001 y 002, folio 18 constancia de estado de deuda emitida por la Sección de Ingresos, folio 19 nota de fecha 20 de julio de 2004 suscrito por la señora Navarrete González, folio 20 fotografías del lote, folios 21 a 23 resolución inicial, folio 24 acta de notificación, folio 25 copia de cédula, folio 26 acta de manifestación, folio 27 constancia, folio 28 resolución de las 15:30 horas del 7 de junio de 2010, , folio 29 acta de notificación por fax, folios 30 a 33 oficio ORSC-429-2010 del 19 de julio de 2010 y documentos adjuntos, folio 34 nota de fecha 30 de setiembre de 2010, folios 35 y 36 estudio de registro, folios 37 y 38 resolución de las 09:00 horas del 3 de agosto del 2011 y acta de notificación por fax. De ser necesario anótese en el Registro Público de la Propiedad de Inmuebles al margen de la finca mencionada, el inicio de este proceso (art 7 de Ley 6735 del 29 de marzo de 1982). Contra esta resolución solo cabe recurso de revocatoria el cual deberá interponerse ante esta oficina al tercer día después de notificada. Por desconocerse el domicilio actual de la señora Gehisel Navarrete González, de conformidad con el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública y 108 inciso c) del Reglamento para la Selección y Asignación de Solicitantes de Tierras del Instituto de Desarrollo Agrario y la resolución de las 15:30 horas del 7 de junio de 2010, publíquese por dos veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese. Licenciado Luis Diego Miranda Guadamuz, Oficina Asesoría Jurídica.—(IN2011062253).                                2 v.2.

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

Cobro Administrativo.—Montes de Oca, a las 16:00 horas del 1 de julio de 2011.—Señor Du Chen Wei Lin, cédula de identidad Nº 8-0074-0387. De conformidad con lo establecido en los artículo Nº 18, Nº 19 y Nº 20, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y Nº 241 de la Ley General de Administración Pública, se le (s) insta para que, en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto, se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido por la finca del partido de San José Nº 024795-F-000, a saber: Impuesto sobre Bienes Inmuebles por los períodos comprendidos entre tercer trimestre del 2007 al segundo trimestre del 2011, por un monto de ¢768.852,04 colones (setecientos sesenta y ocho mil ochocientos cincuenta y dos colones con 04/100); y la tasa de Servicios Urbanos por los períodos comprendidos entre el segundo trimestre del 2007 al segundo trimestre del 2011, por un monto de ¢19.832,59 (diecinueve mil ochocientos treinta y dos colones con 59/100). Según el artículo Nº 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado incrementará diariamente. Se le (s) advierte que de no cancelarse el adeudo supra citado este gobierno local podrá aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el artículo Nº 70 del Código Municipal. Notifíquese.—Captación de Ingresos.—Montes de Oca.—Bach. Karina Elizondo.—(IN2011061355).

3 v.1 Alt.

Cobro Administrativo.—Montes de Oca, a las 16:30 horas del 1º de julio del 2011.—Señor (es) sucesor (es) de quien vida fuera Jiménez Navarro Lidia, cédula de identidad Nº 1-0116-3651. De conformidad con lo establecido en los artículo Nº 18, Nº 19 y Nº 20, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y Nº 241 de la Ley General de Administración Pública, se le (s) insta para que, en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto, se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido por la finca del partido de San José Nº 122014-008, a saber: Impuesto Sobre Bienes Inmuebles por los períodos comprendidos entre primer trimestre de 1996, al segundo trimestre del 2011, por un monto de ¢141.865,06 (ciento cuarenta y un mil ochocientos sesenta y cinco colones con 06/100); y la tasa de Servicios Urbanos por los períodos comprendidos entre segundo trimestre del 2000, al segundo trimestre del 2011, por un monto de ¢529.233,50 (quinientos veintinueve mil doscientos treinta y tres colones con 50/100). Según el artículo Nº 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado incrementará diariamente. Se le (s) advierte que de no cancelarse el adeudo supra citado este gobierno local podrá aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el artículo Nº 70 del Código Municipal. Notifíquese.—Montes de Oca.—Captación de Ingresos.—Bach. Karina Elizondo.—(IN2011061356).                                                                           3 v.1 Alt.

Cobro Administrativo.—Montes de Oca, diez horas y treinta minutos del 1º de julio del 2011.—Señor Sloan Phillip Anthony, cédula de identidad Nº 7-1154-2360, presidente de Femaris A S H Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-447383. Medio para notificaciones: Publicación en el Diario Oficial La Gaceta. De conformidad con lo establecido en los artículos Nº 18, Nº 19 y Nº 20, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y Nº 241 de la Ley General de Administración Pública, se le(s) insta para que, en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto, se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido por la finca del partido de San José Nº 443973-000, a saber: Impuesto Sobre Bienes Inmuebles por los períodos comprendidos entre segundo trimestre del 2004, al cuarto trimestre del 2007, por un monto de ¢867.583,39 (ochocientos sesenta y siete mil quinientos ochenta y tres colones con 39/100), adicionalmente los períodos comprendidos entre primer trimestre del 2011, al segundo trimestre del 2011, por un monto de ¢114.788,96 (ciento catorce mil setecientos ochenta y ocho colones con 96/100). Según el artículo Nº 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios; la ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado incrementará diariamente. Se le(s) advierte que de no cancelarse el adeudo supra citado este gobierno local podrá aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el artículo Nº 70 del Código Municipal. Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre las publicaciones.—Captación de Ingresos.—Bach. Karina Elizondo.—(IN2011061359).

3 v. 1 Alt.

Cobro Administrativo.—Once horas del 1º de julio del 2011.—Señor Fumero Monge Sergio Roberto, cédula Nº 3-01380430. Presidente de Inversiones Fumeira Sociedad Anónima cédula jurídica Nº 3-101-095937. Medio para notificaciones: Publicación en el Diario Oficial La Gaceta. De conformidad con lo establecido en los artículos Nº 18, Nº 19 y Nº 20, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y Nº 241 de la Ley General de Administración Pública, se le(s) insta para que, en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto, se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido por la finca del partido de San José Nº 129580-000, a saber: Impuesto Sobre Bienes Inmuebles por los períodos comprendidos entre primer trimestre de 2009, al segundo trimestre del 2011, por un monto de ¢342.857,25 (trescientos cuarenta y dos mil ochocientos cincuenta y siete colones con 25/100); y la tasa de Servicios Urbanos por los períodos comprendidos entre primer trimestre de 2008, al segundo trimestre del 2011, por un monto de ¢943.817,37 (novecientos cuarenta y tres mil ochocientos diecisiete colones con 37/100). Según el artículo Nº 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado incrementará diariamente. Se le(s) advierte que de no cancelarse el adeudo supra citado este gobierno local podrá aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el artículo Nº 70 del Código Municipal. Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre las publicaciones.—Captación de Ingresos.—Bach. Karina Elizondo.—(IN2011061360).

3 v.1 Alt.

Cobro Administrativo.—Montes de Oca, a las 12:00 horas del 1º de julio del 2011.—Señor (es) sucesor (es) de quien vida fuera Pochet Coronado Rosa María, cédula de identidad Nº 1-0447-0905. De conformidad con lo establecido en los artículo Nº 18, Nº 19 y Nº 20, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y Nº 241 de la Ley General de Administración Pública, se le (s) insta para que, en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto, se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido por la finca del partido de San José Nº 307721-004, a saber: Impuesto Sobre Bienes Inmuebles por los períodos comprendidos entre primer trimestre del 2002, al segundo trimestre del 2011, por un monto de ¢199.293,53 (ciento noventa y nueve mil doscientos noventa y tres colones con 53/100); y la tasa de Servicios Urbanos por los períodos comprendidos entre segundo trimestre del 2005, al segundo trimestre del 2011, por un monto de ¢767.091,30 (setecientos sesenta y siete mil noventa y un colones con 30/100). Según el artículo Nº 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado incrementará diariamente. Se le (s) advierte que de no cancelarse el adeudo supra citado este gobierno local podrá aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el artículo Nº 70 del Código Municipal. Notifíquese.—Montes de Oca.—Captación de Ingresos.—Bach. Karina Elizondo.—(IN2011061361).                                                                           3 v.1 Alt.

Cobro Administrativo.—Montes de Oca, a las 13:00 horas del 1º de julio del 2011.—Señor (es) sucesor (es) de quien vida fuera Salazar Benavides Olivier, cédula de identidad Nº 2-0162-0660. De conformidad con lo establecido en los artículo Nº 18, Nº 19 y Nº 20, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y Nº 241 de la Ley General de Administración Pública, se le (s) insta para que, en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto, se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido por la finca del partido de San José Nº 174796-002, a saber: Impuesto Sobre Bienes Inmuebles por los períodos comprendidos entre cuarto trimestre del 2010, al segundo trimestre del 2011, por un monto de ¢13.325,11 (trece mil trescientos veinticinco colones con 11/100) y la tasa de Servicios Urbanos por los períodos comprendidos entre segundo trimestre del 2000, al segundo trimestre del 2011, por un monto de ¢1.285.211,30 colones (un millón doscientos ochenta y cinco mil doscientos once colones con 30/100). Según el artículo Nº 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado incrementará diariamente. Se le (s) advierte que de no cancelarse el adeudo supra citado este gobierno local podrá aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el artículo Nº 70 del Código Municipal. Notifíquese.—Montes de Oca.—Captación de Ingresos.—Bach. Karina Elizondo.—(IN2011061362).

3 v.1 Alt.

Cobro Administrativo.—Montes de Oca, a las 7:00 horas del 1º de julio del 2011. Señor Ten Brink Tabah Gerardo, cédula de residencia Nº 175773467838, Presidente de Basilea SJV Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101410002. De conformidad con lo establecido en los artículos Nº 18, Nº 19 y Nº 20, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y Nº 241 de la Ley General de Administración Pública, se le (s) insta para que, en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto, se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido por la finca del partido de San José Nº 012004-000, a saber: Impuesto Sobre Bienes Inmuebles por los períodos comprendidos entre primer trimestre de 2009 al segundo trimestre del 2011, por un monto de ¢802.649,79 (ochocientos dos mil seiscientos cuarenta y nueve colones con 79/100); y la tasa de Servicios Urbanos por los períodos comprendidos entre primer trimestre de 2009 al segundo trimestre del 2011, por un monto de ¢217.894,40 (doscientos diecisiete mil ochocientos noventa y cuatro colones con 40/100), por la finca del partido de San José Nº 053526-000, a saber: Impuesto Sobre Bienes Inmuebles por los períodos comprendidos entre primer trimestre de 1996 al segundo trimestre del 2011, por un monto de ¢82,869.93 (ochenta y dos mil ochocientos sesenta y nueve colones con 93/100); y la tasa de Servicios Urbanos por los períodos comprendidos entre cuarto trimestre de 2006 al segundo trimestre del 2011, por un monto de ¢378.926,45 (trescientos setenta y ocho mil novecientos veintiséis colones con 45/100). Según el artículo Nº 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado incrementará diariamente. Se le (s) advierte que de no cancelarse el adeudo supra citado este gobierno local podrá aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el artículo Nº 70 del Código Municipal. Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre publicaciones.—Captación de Ingresos.—Bach. Karina Elizondo.—(IN2011061364).

3 v.1 Alt.

Cobro Administrativo.—Nueve horas del 1º de julio del 2011.—Señor (es) sucesor (es) de quien vida fuera Carvajal Salazar Xinia, cédula de identidad Nº 1-0572-0953. Medio para notificaciones: Publicación en el Diario Oficial La Gaceta. De conformidad con lo establecido en los artículos Nº 18, Nº 19 y Nº 20, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y Nº 241 de la Ley General de Administración Pública, se le(s) insta para que, en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto, se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido por la finca del partido de San José Nº 415898-000, a saber: Impuesto Sobre Bienes Inmuebles por los períodos comprendidos entre primer trimestre del 1996 al segundo trimestre del 2011, por un monto de ¢479.744,39 colones (cuatrocientos setenta y nueve mil setecientos cuarenta y cuatro colones con 39/100); y la tasa de Servicios Urbanos por los períodos comprendidos entre cuarto trimestre del 1994 al segundo trimestre del 2011, por un monto de ¢1.363.211,10 colones (un millón trescientos sesenta y tres mil doscientos once colones con 10/100). Según el artículo Nº 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado incrementará diariamente. Se le (s) advierte que de no cancelarse el adeudo supra citado este gobierno local podrá aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el artículo Nº 70 del Código Municipal. Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre publicaciones.—Captación de Ingresos.—Bach. Karina Elizondo.—(IN2011061365).

3 v.1 Alt.

Cobro Administrativo.—Once horas del 1º de julio del 2011.—Señor Hidalgo Rojas Juan, cédula de identidad Nº 2-0281-1080. Medio para notificaciones: Publicación en el Diario Oficial La Gaceta. De conformidad con lo establecido en los artículo Nº 18, Nº 19 y Nº 20, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y Nº 241 de la Ley General de Administración Pública, se le(s) insta para que, en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto, se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido por la finca del partido de San José Nº 292321-000, a saber: Impuesto Sobre Bienes Inmuebles por los períodos comprendidos entre segundo trimestre del 2008 al segundo trimestre del 2011, por un monto de ¢540.023,42 colones (quinientos cuarenta mil veintitrés colones con 42/100); y la tasa de Servicios Urbanos por los períodos comprendidos entre el I trimestre del 2008 al II trimestre del 2011, por un monto de a ¢517.552,94 (quinientos diecisiete mil quinientos cincuenta y dos colones con 94/100). Según el artículo Nº 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado incrementará diariamente. Se le(s) advierte que de no cancelarse el adeudo supra citado este gobierno local podrá aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el artículo Nº 70 del Código Municipal. Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre las publicaciones.—Captación de Ingresos.—Bach. Karina Elizondo.—(IN2011061366).

3 v.1 Alt.

Cobro Administrativo.—Montes de Oca, a las 11:30 horas del 1º de julio del 2011. Señor Lobo Sandí Heriberto, cédula de identidad Nº 6-0111-0392. De conformidad con lo establecido en los artículo Nº 18, Nº 19 y Nº 20, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y Nº 241 de la Ley General de Administración Pública, se le (s) insta para que, en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto, se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido por la finca del partido de San José Nº 124472-006, a saber: Impuesto Sobre Bienes Inmuebles por los períodos comprendidos entre I trimestre del 2007 al II trimestre del 2011, por un monto de ¢104.071,14  (ciento cuatro mil setenta y un colones con 14/100); y la tasa de Servicios Urbanos por los períodos comprendidos entre el IV trimestre del 2006 al II trimestre del 2011, por un monto de ¢1.031.796,16 (un millón treinta y un mil setecientos noventa y seis colones con 96/100). Según el artículo Nº 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado incrementará diariamente. Se le (s) advierte que de no cancelarse el adeudo supra citado este gobierno local podrá aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el artículo Nº 70 del Código Municipal. Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre las publicaciones.—Captación de Ingresos.—Bach. Karina Elizondo.—(IN2011061367).

3 v.1 Alt.

Cobro Administrativo.—Montes de Oca, a las 12:30 horas del 1º de julio del 2011.—Señor (es) sucesor (es) de quien vida fuera Prego Ortega Irma, cédula de identidad Nº 8-0023-0496. De conformidad con lo establecido en los artículo Nº 18, Nº 19 y Nº 20, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y Nº 241 de la Ley General de Administración Pública, se le (s) insta para que, en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto, se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido por la finca del partido de San José Nº 005181-F-000, a saber: Impuesto Sobre Bienes Inmuebles por los períodos comprendidos entre IV trimestre de 1997 al II trimestre del 2011, por un monto de ¢518.796,21 (quinientos dieciocho mil setecientos noventa y seis colones con 21/100); y la tasa de Servicios Urbanos por los períodos comprendidos entre III trimestre del 2002 al II trimestre del 2011, por un monto de ¢508.535,08 (quinientos ocho mil quinientos treinta y cinco colones con 08/100). Según el artículo Nº 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado incrementará diariamente. Se le (s) advierte que de no cancelarse el adeudo supra citado este gobierno local podrá aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el artículo Nº 70 del Código Municipal. Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre las publicaciones.—Captación de Ingresos.—Bach. Karina Elizondo.—(IN2011061368).

3 v.1 Alt.

Cobro Administrativo.—Montes de Oca, a las 13:30 horas del 1º de julio del 2011.—Señora Sánchez Bagnarello Giselle, cédula de identidad Nº 1-0589-0401. De conformidad con lo establecido en los artículo Nº 18, Nº 19 y Nº 20, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y Nº 241 de la Ley General de Administración Pública, se le (s) insta para que, en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto, se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido por la finca del partido de San José Nº 237519-B-001, a saber: Impuesto Sobre Bienes Inmuebles por los períodos comprendidos entre II trimestre de 1998 al II trimestre del 2011, por un monto de ¢79.798,00 colones (setenta y nueve mil setecientos noventa y ocho colones con 00/100); y la tasa de Servicios Urbanos por los períodos comprendidos entre el II trimestre de 1998 al II trimestre del 2011, por un monto de a ¢899.258,65 (ochocientos noventa y nueve mil doscientos cincuenta y ocho colones con 65/100). Según el artículo Nº 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado incrementará diariamente. Se le (s) advierte que de no cancelarse el adeudo supra citado este gobierno local podrá aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el artículo Nº 70 del Código Municipal.—Notifíquese.—Montes de Oca.—Captación de Ingresos.—Bach. Karina Elizondo.—(IN2011061369).         

3 v.1 Alt.

Cobro Administrativo.—Montes de Oca, a las 14:30 horas del 1º de julio del 2011.—Señora Wu Yuexia cédula de residencia 115600125429. De conformidad con lo establecido en los artículo Nº 18, Nº 19 y Nº 20, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y Nº 241 de la Ley General de Administración Pública, se le (s) insta para que, en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto, se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido por la finca del partido de San José Nº 340724-F-000, a saber: Impuesto Sobre Bienes Inmuebles por los períodos comprendidos entre I trimestre del 2004 al II trimestre del 2011, por un monto de ¢278.733,91 colones (doscientos setenta y ocho mil setecientos treinta y tres colones con 91/100) ); y la tasa de Servicios Urbanos por los períodos comprendidos entre I trimestre del 2004 al II trimestre del 2011, por un monto de ¢1.188.292,60 colones (un millón ciento ochenta y ocho mil doscientos noventa y dos colones con 60/100). Según el artículo Nº 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado incrementará diariamente. Se le (s) advierte que de no cancelarse el adeudo supra citado este gobierno local podrá aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el artículo Nº 70 del Código Municipal. Notifíquese.—Montes de Oca.—Captación de Ingresos.—Bach. Karina Elizondo.—(IN2011061370).

3 v.1 Alt.

FE DE ERRATAS

AVISOS

POPULAR SOCIEDAD DE FONDOS DE INVERSIÓN S. A.

Sobre la publicación realizada el pasado 22 de agosto del presente año, se informa el cambio en la fecha de la asamblea así como la modificación en los temas a tratar.

Popular Sociedad de Fondos de Inversión S. A., en su condición de administradora del Fondo de Inversión denominado “Popular Inmobiliario No Diversificado (Finpo Inmobiliario)”, comunica la convocatoria a asamblea de inversionistas. La misma se efectuará el próximo 22 de setiembre del 2011, en el Salón Bruncas del Hotel Irazú, a las 8:00 a. m., en primera convocatoria. De no existir el quórum necesario, esta se realizará en segunda convocatoria, una hora después de la primera, y se realizará con el número de inversionistas que se encuentren presentes. El orden del día es el siguiente:

Temas Ordinarios:

   Bienvenida a cargo de la administración de Popular SAFI.

   Informe de gestión de Popular SAFI al 31 de diciembre del 2010.

   Informe de estados financieros auditados del fondo al 31 de diciembre del 2010.

   Presentación sobre el comportamiento del mercado inmobiliario.

Temas Extraordinarios:

A. Modificar el prospecto del Fondo de Inversión Popular Inmobiliario No Diversificado (Finpo Inmobiliario), en los siguientes aspectos:

   Autorización del cambio en la Entidad de Custodia y Agente de Pago de Popular SAFI.

   Modificar el apartado Nivel de Endeudamiento del Fondo-incorporación de contratos de crédito que utilicen fideicomisos de garantía.

B. Autorizar prórroga en relación al plazo máximo de colocación para el monto total de capital autorizado del fondo, según la normativa vigente.

Les recordamos a todos los inversionistas, que para asistir a dicha asamblea es requisito indispensable acreditarse debidamente ante esta sociedad administradora, como propietarios de los títulos de participaciones del referido Fondo de Inversión Inmobiliario. En aquellos casos en que los inversionistas se hagan representar por personeros y mandatarios, éstos deben demostrar mediante documentos idóneos, su representación. Esta acreditación se podrá realizar en las oficinas de Popular SAFI, los días 20 ó 21 de setiembre entre las 8:00 y las 17:00 horas, o bien el día de la asamblea en el lugar de celebración de la misma entre las 7:30 y 8:00 horas. El 21 de setiembre del 2011 es la fecha para determinar los inversionistas del Fondo que podrán asistir a la Asamblea con voz y voto.

San José, 24 de agosto del 2011.—Gerencia General.—Máster Alejandro Centeno Roa, Gerente General.—1 vez.—(IN2011066444).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE

El Departamento de Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de Nandayure, por este medio aclara que para efecto del trámite de concesión sobre la parcela Nº 17, sita en Playa San Miguel, Bejuco, Nandayure, a nombre de Mildred Saborio Casas, cédula 1-0218-0493, plano catastrado G-1382083-2009, se indican como correctos los linderos: Norte, calle pública, sur: zona verde; este, zona restringida de la ZMT, y oeste: Zona de parqueo para automóviles y zona de servicios básicos, por lo que se solicita a las instancias respectivas, se considere la presente, como anexo y corrección a la publicación realizada en La Gaceta N° 19 del día 28 de enero de 2010, página N° 39.—Carmona, Nandayure, 8 de agosto del 2011.—Departamento de Zona Marítimo Terrestre.—Jokcuan Aju Altamirano, Encargado a. í.—1 vez.—(IN2011064771).