LA GACETA Nº 177 DEL 14 DE SETIEMBRE DEL 2011
ministerio DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS
BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
SERVICIO NACIONAL DE AGUAS SUBTERRÁNEAS
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO
UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
MUNICIPALIDAD DE VALVERDE VEGA
AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
CAJA COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL
Nº 20-11-12
EL DIRECTORIO LEGISLATIVO DE LA
ASAMBLEA
LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
De conformidad con la
disposición adoptada en la Sesión Ordinaria Nº 068-2011,
celebrada por el Directorio Legislativo el 04 de agosto de 2011. Se acuerda:
tomar las siguientes disposiciones:
1. Con base en el artículo 28 inciso a) de la Ley 7495,
Ley de Expropiaciones, se acuerda llevar a cabo el proceso especial de
expropiación de los siguientes inmuebles:
a) Finca Nº 11050 propiedad de Gijo Centroamericano S. A.,
cédula jurídica Nº 3-101-144352.
b) Finca Nº 145935 propiedad de
Hacienda Tinquin S. A., cédula jurídica Nº 3-101-053679.
c) Finca Nº 149504 propiedad de
Inmobiliaria Ángel de San José S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-209563.
d) Finca Nº
61025 propiedad de Productos Cristal S. A., cédula jurídica
Nº 3-101-015878.
2. Instruir al Departamento Financiero para que disponga de los
recursos presupuestarios suficientes y llevar a cabo los depósitos de
cada uno de los avalúos administrativos en el juzgado correspondiente.
3. Instruir al Departamento de
Asesoría Legal para que realice la revisión y eventualmente
subsane las etapas previas al inicio del proceso especial de
expropiación. Le corresponderá además el impulso de dicho
proceso especial y la coordinación con el Departamento Financiero del
depósito oportuno de los montos de los avalúos.
Finalmente, en caso de que los
restantes propietarios (finca Nº 60569, propiedad de Bundus S. A.,
cédula jurídica 3-101-363542 y Nº 191643, propiedad de
Cuesta de Moras S. A., cédula jurídica Nº 3-101-013130,
manifiesten su inconformidad con el avalúo realizado, se instruye a la
Administración para que proceda de la misma manera.
San José, a los 30 días del mes de agosto de dos mil once.—Juan Carlos Mendoza García, Presidente.—José Roberto Rodríguez Quesada, Primer Secretario.—Martín Monestel Contreras, Segundo Secretario.—1 vez.—O. C. Nº 21001.—Solicitud Nº 43929.—C-19820.—(IN2011068963).
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
En ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 140, incisos 3) y 18) de la Constitución Política, el artículo 15 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional, suscrito en Chicago en 1944, aprobado por Ley 877 del 4 de julio de 1947, y con fundamento en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes Nº 3155 del 5 de agosto de 1963 y sus reformas, los artículos 25.1 y 28.2.b de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227 del 2 de mayo de 1978 y sus reformas, la Ley General de Aviación Civil Nº 5150 del 14 de mayo de 1973 y sus reformas y el Decreto Ejecutivo Nº 27380-MOPT del 20 de octubre del 1998, publicado en el Alcance Nº 74 de La Gaceta Nº 203 del 20 de octubre de 1998.
Considerando:
I.—Que el Convenio sobre Aviación Civil Internacional, suscrito en Chicago el 7 de diciembre en 1944, y ratificado por Costa Rica mediante Ley Nº 877, del 4 de julio de 1947 en su artículo 15 establece:
“Corresponde a los Estados contratantes establecer los derechos aeroportuarios y otros similares para el uso de los Aeropuertos e instalaciones y servicios para la navegación aérea.”
II.—Que los artículos 10, párrafo IV y 166 de la Ley General de Aviación Civil otorgan al Consejo Técnico de Aviación Civil la potestad de conocer, resolver y fijar las tarifas relativas a toda clase de servicios y facilidades aeroportuarias propiedad del Estado y las actividades relacionadas con la aviación civil.
III.—Que en lo referente al tema de tarifas, el Contrato para la Gestión Interesada de los servicios prestados en el Aeropuerto Internacional Juan Santamaría, establece en sus cláusulas 16.1 FIJACIÓN Y REVISIÓN DE TARIFAS que:
16.1.1 Las Tarifas se dividen en Tarifas Aeronáuticas y Tarifas No Aeronáuticas. La fijación de las Tarifas es y seguirá siendo potestad exclusiva del Estado, en los siguientes términos:
(a) Conforme a la Ley Nº 7593 le corresponde a la ARESEP fijar las Tarifas Aeronáuticas con base en las propuestas del CETAC.
(b) Conforme a lo dispuesto por la LGAC, las Tarifas No Aeronáuticas son establecidas por el CETAC, y aprobadas por el GCR mediante Decreto Ejecutivo.
IV.—El Contrato de cita señala en sus
cláusulas 16.2 y 16.2.1 que:
“Cada año y como parte del Plan Anual del Gestor, este
presentara para el análisis del Órgano Fiscalizador las Tarifas
propuestas para los Servicios Aeronáuticos como para los Servicios No
Aeronáuticos”, debidamente justificadas y cumpliendo con los
requisitos legales, de este Contrato y de la ARESEP. para su análisis.
(...) Una vez recibida del Órgano Fiscalizador, el CETAC tendrá
un plazo de quince (15) días hábiles para aprobar o rechazar
dicha propuesta. (...) De conformidad con los términos del Cartel y el
Contrato. el CETAC deberá aprobar la propuesta tarifaría
presentada por el Gestor cuando se compruebe la aplicación correcta de
la Metodología para la Fijación de Tarifas establecida en este
Contrato. incluyendo la verificación de los cálculos del P
(capex), el índice de inflación en dólares. el
índice de inflación en colones, el factor X y cualquier otro
elemento establecido en el Apéndice H. (...)
V.—En el Apéndice H del Contrato se estableció en el apartado 2.4.2. el porcentaje del Factor de Eficiencia o Factor X durante un periodo de cinco años a partir del 2001, y no se previó en el mismo la aplicación de este factor para los siguientes periodos indicándose:
“Para maximizar los beneficios a los usuarios y lograr niveles de tarifas más competitivos, las tarifas serán ajustadas por un factor de eficiencia (Factor X) durante un período de cinco años, a partir del primer aniversario de la Fecha de Entrada en Vigencia. En consecuencia, a partir de la fijación de tarifas del año 2001 se aplicarán los siguientes factores de eficiencia a la fijación de tarifas del año siguiente:
|
Año 1 |
Año 2 |
Año 3 |
Año 4 |
Año 5 |
Factor X |
30% |
10% |
10% |
25% |
10% |
Año Calendario |
2002 |
2003 |
2004 |
2005 |
2006 |
De esta manera, el Factor de Eficiencia para el año 1 se aplicará para el cálculo de las tarifas propuestas en el año 2001 para el año 2002. Durante los años siguientes, al presentarse anualmente los cálculos tarifarios, se aplicará el Factor X correspondiente.”
VI.—Que en la Adenda Nº 1 al Contrato de Gestión Interesada refrendada por el ente Contralor desde 28 de Mayo del 2009, se indica lo siguiente:
Artículo IV.—Del Factor X
4.1. Por lo que resta del plazo del Contrato de Gestión Interesada, las tarifas por servicios no aeronáuticos serán afectadas por un Factor X anual fijo del 0% (cero por ciento).
4.2. A partir de la vigencia del presente Addendum se aplicará un Factor X fijo y anual del 2% (dos por ciento) sobre las tarifas por servicios aeronáuticos, hasta la completa amortización de una suma de US$4.000.000 (cuatro millones de Dólares) para el reintegro de tarifas aeronáuticas cobradas en el pasado. Una vez amortizada la suma dicha, las tarifas por servicios aeronáuticos serán afectadas por un Factor X anual fijo del 0%.
4.3. En caso de que mediante resolución administrativa, arbitral o judicial se determine una aplicación del Factor X distinta a la establecida en este Addendum: (i) antes de que se de la completa amortización de la suma de US$4.000.000 (cuatro millones de Dólares) para el reintegro de tarifas aeronáuticas cobradas en el pasado, el Gestor deberá reintegrar al CETAC la diferencia, si el Factor X del 2% (dos por ciento) de las tarifas aeronáuticas es reducido; y (ii) el CETAC deberá reintegrar al Gestor la diferencia si el Factor X de las tarifas aeronáuticas o no aeronáuticas son superiores a lo establecido en este Addendum. En ambos casos, se hará un ajuste automático e inmediato en la distribución de los Ingresos Distribuibles para reintegrar a la parte afectada.
4.4. Las evaluaciones de calidad serán consideradas por el CETAC para establecer multas cuando los parámetros de evaluación de calidad lo justifiquen, todo ello, en el marco del CGI (Apéndice M, ítem 4.3).”
VII.—Que
después del análisis realizado sobre la aplicación del
Factor de Eficiencia y el impacto en las tarifas el Órgano Fiscalizador,
determinó necesario establecer un factor de eficiencia Fijo de un 2%
para las tarifas aeronáuticas, según se consignó en la
Adenda Nº 1 al Contrato de Gestión Interesada del Aeropuerto
Internacional Juan Santamaría. Por tanto,
Decretan:
MODIFICACIÓN AL DECRETO EJECUTIVO
Nº 27380-MOPT, DEL 20 DE OCTUBRE DE 1998,
PUBLICADO EN EL ALCANCE Nº 74 DE LA GACETA
Nº 203 DEL 20 DE OCTUBRE DE 1998
Artículo 1º—Se modifica el artículo 25 del Decreto Ejecutivo Nº 27380-MOPT para que se lea así:
Artículo 25.—Aplicación del índice de calidad. Al factor de eficiencia (valor X) propuesto por el prestatario del servicio se determinará tomando en cuenta lo siguiente:
a) Evaluación de la calidad del servicio correspondiente al último año anterior a la petición. La evaluación de la calidad del servicio, se ajustará estrictamente a lo establecido en el respectivo Reglamento de Calidad del Servicio.
b) El modelo tarifario establecerá los rangos de calificación y los porcentajes bajo los cuales se premiará o castigará el factor de eficiencia según sea el resultado de las encuestas y audiencias informativa anual.
c) Este procedimiento no aplica en el caso específico del Contrato de Gestión Interesada y su Adenda No 1, en virtud de que en ella, se estableció un factor de eficiencia o (Factor X) del 2% fijo.
Artículo 2º—Se modifica el artículo 26 del Decreto Ejecutivo Nº 27380-MOPT para que se lea así:
Artículo 26.—Modo de obtener el factor “X”. Los factores X utilizados en el modelo de precios tope deberán ser los resultantes de la siguiente fórmula:
x = x1 * (1 + Ic A)
En donde:
x = Factor de eficiencia utilizado en el modelo de
precio tope.
x1 = Factor de eficiencia aprobado para el año de la revi-sión de precios.
Ic A = Precio (-) 50% o castigo (+) 50%.
Este procedimiento no aplica en el caso específico del Contrato de Gestión Interesada y su Adenda No 1, en virtud de que en ella, se estableció un factor de eficiencia o (Factor X) del 2% fijo.
Artículo 3º—Se modifica el artículo 27 del Decreto Ejecutivo Nº 27380 -MOPT para que se lea así:
Artículo 27.—Vigencia del factor de eficiencia y sus modificaciones. El factor de eficiencia (valor X) se fijará como mínimo por el término de tres años. Podrá contemplarse el reajuste de dicho factor antes del plazo fijado y siguiendo los procedimientos establecidos en este Reglamento; para garantizar los intereses de los usuarios.
Igualmente podrá reajustarse el factor al momento de llevarse a cabo el procedimiento anual ordinario por costos, establecido en el Capítulo IV del presente Reglamento. Se exceptúa de esta disposición los casos en que, mediante concurso público debidamente adjudicado, el sistema, el plazo y el procedimiento de reajuste del mencionado factor, haya sido previamente establecido, por lo que este procedimiento no aplica en el caso específico del Contrato de Gestión Interesada y su Adenda No 1, en virtud de que en ella se estableció un factor de eficiencia o (Factor X) del 2% fijo.
Artículo 4º—Se modifica el artículo 28 del Decreto Ejecutivo Nº 27380-MOPT, para que se lea así:
Artículo 28.—Variables básicas que se tomarán en cuenta para ajustar el factor de eficiencia. Solo procederán reajustes al Factor de eficiencia (valor X) en los casos en que no exista, concurso público o Contrato refrendado previo a la emisión de este Reglamento en que se establezca otra metodología de cálculo diferente para este factor.
Para los demás casos en que no exista Contrato Público, cuando proceda un reajuste del factor de eficiencia (valor X), la ARESEP deberá tomar en cuenta las siguientes cinco variables básicas:
a) Incremento del Tráfico. Deberá incluirse como proyección de ingresos por servicios aéreos en puertos nacionales, incluyendo el incremento de tráfico de pasajeros, carga y movimiento de aeronaves. Este último deberá según el tipo de aeronave y su peso máximo de despegue, factor fundamental para la determinación de algunas de las tarifas aeronáuticas.
b) Mejoras en la Eficiencia. Tanto la ARESEP, como el prestatario del servicio, deberán fijar metas razonables para la reducción de los costos de administración en cada aeropuerto.
c) Nivel de Servicios. De acuerdo con lo establecido en el Título II, Calidad del Servicio, del presente reglamento, la ARESEP tendrá la facultad de imponer ciertos niveles de calidad del servicio, de acuerdo al tamaño (volumen de pasajeros y aeronaves) y otras características, tales como el tamaño de la terminal, las pistas y el área de operaciones; a fin de evitar que el prestatario genere ganancias mediante la reducción de la calidad del servicio en los aeropuertos regulados.
d) Inversiones Proyectadas. Debe representar el valor total de las inversiones proyectadas, en el Plan Maestro del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría para los períodos tarifarios de tres años.
e) Tasa de Retorno Proyectada. La taza de retorno considerada aceptable para la ARESEP, debe estar fijada en proporción con las tasas de retorno que se alcancen en otros aeropuertos internacionales en condiciones similares de calificación y de mercado a los costarricenses, o en industrias de servicios ampliamente similares en Costa Rica.
Artículo 5º—Se modifica el artículo 44 del Decreto Ejecutivo Nº 27380-MOPT, para que se lea así:
Artículo 44.—Incumplimiento de los niveles de calidad del servicio. Los incumplimientos en los niveles de calidad del servicio serán determinados por medio de las evaluaciones de calidad, las que serán consideradas por el CETAC para establecer multas cuando los parámetros de evaluación de calidad lo justifiquen, todo ello, en el marco del CGI (Apéndice M, ítem 4.3), para el Contrato de Gestión Interesada.
Para los demás casos los incumplimientos en los niveles de calidad del servicio establecidos por la ARESEP en los respectivos Planes de Mejoramiento de la Calidad (PMC) y en el Plan Maestro del Aeropuerto, se reflejarán en el factor de eficiencia “Nivel de Servicios”. En dicho momento, el prestatario del servicio tendrá el derecho de demostrar el cumplimiento de los aspectos de calidad previamente contemplados.
En todo caso, la ARESEP estará facultada para comprobar por los medios que el ordenamiento jurídico lo permita, todos los aspectos relativos a la calidad que sean determinantes a los efectos de la revisión tarifaria.
Artículo 6º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los 24 días del mes de agosto del dos mil once.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Francisco J. Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 22018.—Solicitud Nº 48147.—C-90020.—(D36747-IN2011068209).
N° 355-P.—18 de agosto de 2011
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
De conformidad con lo que
establecen los artículos 139 de la Constitución Política;
y 47 inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública y
el Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios
Públicos emitido por la Contraloría General de la
República.
ACUERDA:
Artículo
I.—Designar a la señora Anabel González Campabadal,
Ministra de Comercio Exterior, portadora de la cédula de identidad
número 1-615-367 para que viaje en Delegación Oficial a
México, partiendo a las 18:15 horas del 21 de agosto y regresando a las
09:45 horas del 23 de agosto del presente año. Ello con el objeto de
estrechar alianzas con círculos políticos y empresariales de
México, en el marco de la visita oficial de la Presidenta de la
República Laura Chinchilla a esa nación con miras a fortalecer la
posición de Costa Rica en diversos temas de interés, el 22 de
agosto de 2011. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el
lugar de destino viaja a partir del 21 de agosto y retorna a Costa Rica el 23
de agosto de 2011.
Artículo II.—Los gastos de viaje
de la señora Ministra por concepto de impuestos, tributos o
cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de
alimentación y hospedaje serán cubiertos con recursos de Comex de
las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del programa 792, el adelanto por ese
concepto asciende a $652,96 (seiscientos cincuenta y dos con 96/100
dólares), sujeto a liquidación. El transporte aéreo de ida
y de regreso será cubierto con recursos de la subpartida 10503 del mismo
programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado
y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de
Comercio Exterior; así como para que se le aplique diferencia de
hospedaje, en el evento de que proceda, pago de gastos de representación
ocasionales en el exterior y reconocimiento de gastos conexos por compra de
material bibliográfico, según el artículo 41, 48 y 52 del
Reglamento de Gastos de Viaje para Funcionarios Públicos.
Artículo III.—En tanto dure la
ausencia se nombra como Ministro a. í. al señor Fernando Ocampo
Sánchez, Viceministro del Ministerio de Comercio Exterior, a partir de
las 18:15 horas del 21 de agosto y hasta las 09:45 horas del 23 de agosto de
2011.
Artículo IV.—Rige desde las
18:15 horas del 21 de agosto y hasta las 09:45 horas del 23 de agosto de 2011.
Dado en la Presidencia de la
República.—San José, a los dieciocho días del mes
agosto del dos mil once.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O.C. 122388.—(Solicitud Nº 44988).—C-26450.—(IN2011068265).
N° 358-P
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 139 de la Constitución Política; y el
artículo 47 inciso 3) de la Ley N° 6227, Ley General de la
Administración Pública, del 2 de mayo de 1978.
Considerando:
1º—Que se ha recibido
formal invitación por parte de la Corporación RELAB (Red
Latinoamericana de Ciencias Biológicas), para la participación
del Ministro de Ciencia y Tecnología como expositor en el Simposio:
“Desafios de la Formación de Biólogos y
Tecnólogos para el Futuro de América Latina” que se
realizará los días 29 y 30 de agosto de 2011 en Santiago, Chile.
2º—Que la participación del
señor Alejandro Cruz Molina, Ministro de Ciencia y Tecnología en
dicho simposio, es de interés para el desarrollo de la ciencia, la
tecnología, la innovación y la ejecución de
políticas a nivel nacional; así como para obtener insumos para la
promoción de políticas públicas en el ámbito
academia-empresa-gobierno. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo
1º—Autorizar al señor Alejandro Cruz Molina, cédula de
identidad tres-cero ciento noventa y dos-cero trescientos nueve, Ministro de
Ciencia y Tecnología, para que viaje a Santiago, Chile del 28 de agosto
al 1 de setiembre de 2011 para que participe en el simposio: “Desafíos
de la Formación de Biólogos y Tecnólogos para el Futuro de
América Latina”.
Artículo 2º—Los gastos de
boleto aéreo San José-Chile-San José, el costo del
hospedaje, alimentación y transporte local serán cubiertos por la
Corporación RELAB.
Artículo 3º—Durante la
ausencia del señor Ministro, se nombra Ministro a. í de Ciencia y
Tecnología al señor Keilor Rojas Jiménez, Viceministro de
Ciencia y Tecnología.
Artículo 4º—Rige a partir
de las 6:00 horas del 28 de agosto de dos mil once, hasta las 09:00 horas del 1
de setiembre de dos mil once.
Dado en la Presidencia de la
República, el día diecinueve de agosto del año dos mil
once.
Publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O.C. 11180.—(Solicitud Nº 33352).—C-9020.—(IN2011068266).
Nº 361-P
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 139 inciso 1) de la Constitución
Política, 26.a) y 47.3) de la Ley General de la Administración
Pública N° 6227 de 2 de mayo de 1978.
ACUERDA:
Artículo
1°—Conceder licencia sin goce de salario a la señora Irene
María Campos Gómez, cédula de identidad 1-645-700,
Ministra de Vivienda y Asentamientos Humanos, del 1 de setiembre al 12 de
setiembre del 2011, para que en su carácter personal participe en la
“Cuarta Convención Mundial de Ingenieros” (WEC) por sus
siglas en ingles, a realizarse en la Ciudad de Ginebra, Suiza, para el que no
se cancelaran gastos de pasajes, viáticos u otro rubro con cargo al
Erario Público.
Artículo 2°—Durante la
ausencia de la señora Irene María Campos Gómez, nombrar
como Ministro a. í., de Vivienda y Asentamientos Humanos, al señor
Roy Barboza Sequeira, cédula de identidad 1-620-656, Viceministro de
Vivienda y Asentamientos Humanos.
Artículo 3°—Rige de las
08:00 horas del 1 de setiembre hasta las 20:30 horas del 12 de setiembre ambas
fechas del 2011.
Dado en la Presidencia de la
República, a los dieciocho días del mes agosto del dos mil once.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O.C. 12561.—(Solicitud Nº 2143).—C-9020.—(IN2011068264).
N° 365-P
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Con fundamento en el
artículo 26 inciso b) de la Ley N° 6227 Ley General de la
Administración Pública.
ACUERDA:
Artículo
1º—Modificar el artículo 1º y el artículo 5 del
Acuerdo de Viaje número 341-P, mediante el cual se designa al
Señor, Alfio Piva Mesen, Primer Vicepresidente de la República,
para que viaje a Honduras del 17 al 21 de agosto del 2011, para que se lean de
la siguiente manera:
“Artículo
1º—Designar al señor Alfio Piva Mesen, portador de la
cédula de identidad número 1-284-401, Primer Vicepresidente de la
República, para que viaje a Honduras, del 17 al 18 de agosto del
presente año, para participar en la “Primera Cumbre Mundial de los
Afrodescendientes”, a celebrarse en la ciudad de la Ceiba y a El Salvador
del 19 al 20 de agosto del 2011, para participar en la “III Cumbre de Jefes
de Estado y de Gobierno SICA-CARICOM”.
“Artículo
5º—Rige a partir del 17 y hasta el 20 de agosto del 2011.”
Artículo
2º—Los artículos 2, 3, 4 no sufren ninguna
modificación.
Artículo 3º—Rige a partir
del 17 y hasta el 20 de agosto del 2011.
Dado en la Presidencia de la
República.—San José, a los veintiséis días
del mes de agosto del dos mil once.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O.C. 10970.—(Solicitud Nº 063).—C-13520.—(IN2011068492).
Nº 011-10 SE
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los artículos 140, inciso 12, y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; los artículos 19 y 20 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, y el artículo 41 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República.
ACUERDAN:
Artículo 1°—Rotar al Segundo Secretario de carrera diplomática, el señor Marcelo Roldan Sauma, cédula 1-0873-0728, de su cargo de Consejero y Cónsul en la Embajada de Costa Rica en Panamá, a ocupar un puesto en el Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo 2°—Rige a partir del 30 de abril de 2011.
Dado en la Presidencia de la República, a los catorce días del mes de enero de dos mil once.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í, Carlos Alberto Roverssi Rojas.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 8329.—C-7620.—(IN2011068635).
Nº 267-10 SE
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo
establecido en el artículo 140, incisos 8 y 12, de la
Constitución Política de la República de Costa Rica; en la
Ley Nº 8790 “Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el Ejercicio Económico 2010”, y en los
artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte
para Funcionarios Públicos,
Considerando:
1º—Que la Asamblea
General de las Naciones Unidas es el principal órgano deliberativo, de
formulación de políticas y con mayor representatividad de la
Organización de las Naciones Unidas. Además, es uno de los
principales escenarios para la representación internacional de los
Estados y, al ser Costa Rica uno de los 192 Estados Miembros de las Naciones
Unidas, es necesario tener una buena representación costarricense en el
Debate General multilateral que se celebra en la 65° Período
Ordinario de Sesiones,
2º—Que es de interés para
la Presidencia de la República y para el Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto la participación en estas sesiones del señor
Manuel Bernardo Dengo Benavides, Embajador Representante Permanente de Costa
Rica ante la Organización Europea de Naciones Unidas (OENU), con sede en
Ginebra, Suiza, a fin de que pueda brindar apoyo logístico,
asesoría técnica y coordinación en general para las
diferentes reuniones multilaterales y bilaterales que se sostendrán al
más alto nivel en el Debate General. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar al señor Manuel Bernardo Dengo Benavides,
cédula de identidad 1-0346-0860, Embajador Representante Permanente de
la Misión Permanente de Costa Rica ante la Oficina de la
Organización de las Naciones Unidas en Ginebra y demás
Organizaciones Internacionales con sede en Ginebra, Suiza, para que participe
en el 65° Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la
Organización Naciones Unidas (ONU), a celebrarse en Nueva York, Estados
Unidos de América, del 19 al 24 de setiembre de 2010.
Artículo 2º—Los gastos por
concepto de pasajes aéreos corren por cuenta del Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto, Programa 081, Dirección General de
Servicio Exterior, subpartida 1.05.03 Transporte en el Exterior y los gastos
por concepto de viáticos, transporte interno, gastos en tránsito
e impuestos aeroportuarios, corren por cuenta del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto, programa 079, Actividad Central, subpartida 1.05.04
Viáticos en el Exterior, de conformidad con el artículo 34 del
Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos.
Se autoriza lo suma de $363 diarios para un total de $2,178. Todo sujeto a
liquidación.
Artículo 3º—Rige a partir
del 19 al 24 de setiembre de 2010.
Dado en el Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto, a los nueve días del mes de setiembre del
dos mil diez.
Publíquese. René Castro Salazar, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O.C. 10865.—(Solicitud Nº 8328).—C-18820.—(IN2011068560).
Nº 353-10 SE
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los artículos 140, inciso 12) y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; el artículo 52 del Estatuto del Servicio Exterior de la República; el artículo 14 y siguientes del Reglamento al Estatuto de Servicio Exterior de la República y el artículo 5 de la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior.
Considerando:
I.—Que el fortalecimiento de las relaciones comerciales de Costa Rica en el exterior es de vital importancia para estimular el desarrollo económico y social de nuestro país.
II.—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar al desarrollo de la política internacional, recursos humanos calificados, que permitan ejecutar y promocionar el comercio exterior de Costa Rica.
III.—Que el conocimiento de esta materia, así como de las técnicas de la negociación internacional, son requisitos fundamentales para impulsar y fomentar la política de comercio exterior del país en los foros internacionales.
IV.—Que mediante Acuerdo Nº 216-03-RE, del 13 de junio de 2003, se nombró al señor Marcial Chaverri Rojas, cédula de identidad número 1-0580-0033, como Agregado Comercial de la Oficina de Promoción Comercial de Costa Rica de la Embajada de Costa Rica en República Dominicana.
V.—Que
como medida de reestructuración de las Oficinas de Promoción
Comercial, es necesario trasladar al señor Chaverri a la Oficina de
Promoción Comercial de la Embajada de Costa Rica en Chile. Por tanto:
ACUERDAN:
Artículo 1°—Trasladar al señor Marcial Chaverri Rojas, cédula de identidad número 1-0580-0033, de su cargo de Agregado Comercial de la Oficina de Promoción Comercial en la Embajada de Costa Rica en República Dominicana a ocupar el mismo cargo en la Oficina de Promoción Comercial de la Embajada de Costa Rica en Chile.
Artículo 2º—Rige a partir del 1° de enero de 2011.
Dado en la Presidencia de la República, a los quince días del mes de diciembre de dos mil diez.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René Castro Salazar.—1 vez.—O.C. Nº 10865.—Solicitud Nº 8329.—C-15620.—(IN2011068638).
Nº 354-10-SE
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los artículos 140, inciso 12) y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; el artículo 52 del Estatuto del Servicio Exterior de la República; el artículo 14 y siguientes del Reglamento al Estatuto de Servicio Exterior de la República y el artículo 5 de la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior.
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo Nº 044-09-SE, del 05 de febrero de 2009, se nombró a la señora Marisol Ibarra Valldeperas, cédula de identidad número 1-0979-0595, como Agregada Comercial de la Oficina de Promoción Comercial de Costa Rica del Consulado de Costa Rica en Los Ángeles, California, Estados Unidos de América.
II.—Que
como medida de reestructuración de las Oficinas de Promoción
Comercial, se cerró la Oficina de Promoción Comercial de Costa
Rica en Los Ángeles, California, Estados Unidos de América, desde
el 30 de noviembre de 2010, por lo que se hace necesario trasladar a Costa Rica
a la señora Ibarra Valldeperas a partir del 28 de febrero de 2011. Por
tanto:
ACUERDAN:
Artículo 1°—Cesar a la señora Marisol Ibarra Valldeperas, cédula de identidad número 1-0979-0595, a partir del 28 de febrero de 2011 del cargo de Asesora Comercial del Consulado de Costa Rica en Los Ángeles, California, Estados Unidos de América. Se le agradecen los valiosos servicios y aportes brindados durante este tiempo.
Artículo 2º—Rige a partir del 28 de febrero de 2011.
Dado en la Presidencia de la República, a los quince días del mes de diciembre de dos mil diez.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—EL Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René Castro Salazar.—1 vez.—O.C. Nº 10865.—Solicitud Nº 8329.—C-12200.—(IN2011068639).
Nº 001-11 SE
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con el artículo 140, inciso 12 y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; los artículos Nos. 8, 19 y 20 del Estatuto del Servicio Exterior de la República.
Considerando:
I.—Que es una función primordial del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto atender las necesidades del servicio, buscando la idoneidad del personal en las misiones diplomáticas, de acuerdo con la importancia de las funciones que se deben desempeñar, según la estrategia establecida en la Política Exterior de Costa Rica.
II.—Que con miras a realizar el nombramiento de Ministro Consejero y Cónsul General en la Embajada de Costa Rica en Francia, la Comisión Calificadora del Servicio Exterior, con instrucciones del señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, dio apertura al concurso interno CCSE-0257-10, con el fin de que el personal de carrera diplomática, destacado en el Servicio Interno de este Ministerio, concursara para obtener el puesto de referencia.
III.—Que el concurso interno CCSE-0257-10 se cerró el 17 de diciembre de 2010, concluyendo con una recomendación favorable para que se nombrara al señor Alexander Antonio Peñaranda Zárate, en la plaza de Ministro Consejero y Cónsul General en la Embajada de Costa Rica en Francia.
IV.—Que el
señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto acogió la
recomendación favorable de la Comisión Calificadora, de nombrar
al señor Alexander Antonio Peñaranda Zarate en la plaza de
Ministro Consejero y Cónsul General en la Embajada de Costa Rica en
Francia. Por tanto:
ACUERDAN:
Artículo 1°—Rotar al Primer Secretario de carrera, Alexander Antonio Peñaranda Zárate, cédula número 1-0809-0510, de su puesto en el servicio interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a ocupar el cargo de Ministro Consejero y Cónsul General en la Embajada de Costa Rica en Francia, al cumplir con todos los requisitos establecidos en el Reglamento del Estatuto del Servicio Exterior de la República para ejercer dicho cargo.
Artículo 2°—La persona designada en este cargo debe asumir funciones en un plazo máximo de 60 días naturales, período en el que deberá recibir la inducción respectiva, ajustándose a las normas laborales del Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo 3°—Rige a partir del 1° de enero de 2011.
Dado en la Presidencia de la República, a los cuatro días del mes de enero de dos mil once.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René Castro Salazar.—1 vez.—O.C. Nº 10865.—Sol. Nº 8329.—C-15620.—(IN2011068626).
Nº 002-11-SE
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con el artículo 140, inciso 12 y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; los artículos Nos. 8, 19 y 20 del Estatuto del Servicio Exterior de la República,
Considerando:
I.—Que es una función primordial del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto atender las necesidades del servicio, buscando la idoneidad del personal en las misiones diplomáticas, de acuerdo con la importancia de las funciones que se deben desempeñar, según la estrategia establecida en la Política Exterior de Costa Rica.
II.—Que con miras a realizar el nombramiento de Ministro Consejero en la Embajada de Costa Rica en el Reino de los Países Bajos, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ordenó la apertura del concurso interno CCSE-0257-10 del 13 de diciembre de 2010, con el fin de que el personal de carrera diplomática destacado en el Servicio Interno de este Ministerio concursara para obtener el puesto de referencia.
III.—Que el concurso interno CCSE-0257-10 se cerró el 17 de diciembre de 2010, concluyendo con una recomendación favorable para que se nombrara a la señora Ana Marcela Calderón Garbanzo, en la plaza de Ministro Consejero en la Embajada de Costa Rica en el Reino de los Países Bajos.
IV.—Que el
señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto acogió la
recomendación favorable de la Comisión Calificadora, de nombrar a
la señora Ana Marcela Calderón Garbanzo, en la plaza de Ministro
Consejero en la Embajada de Costa Rica en el Reino de los Países Bajos. Por
tanto:
ACUERDAN:
Artículo 1°º—Rotar a la Segunda Secretaria de carrera, Ana Marcela Calderón Garbanzo, cédula número 1-0790-0107, de su puesto en el servicio interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a ocupar el cargo de Ministro Consejero en la Embajada de Costa Rica en el Reino de los Países Bajos, al cumplir con todos los requisitos establecidos en el Reglamento del Estatuto del Servicio Exterior de la República para ejercer dicho cargo.
Artículo 2°—En razón de las necesidades de los usuarios, y de la oportunidad del servicio que éstos requieren, se asignan funciones consulares a la funcionaria Ana Marcela Calderón Garbanzo.
Artículo 3°—La persona designada en este cargo debe asumir funciones en un plazo máximo de 60 días naturales, período en el que deberá recibir la inducción respectiva, ajustándose a las normas laborales del Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo 4°.—Rige a partir del 1° de enero de 2011.
Dado en la Presidencia de la República, a los cuatro días del mes de enero de dos mil once.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René Castro Salazar.—1 vez.—O.C Nº 10865.—Solicitud Nº 8329.—C-15620.—(IN2011068627).
Nº 003-11 SE
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Con fundamento en lo dispuesto en el Artículo 140, inciso 12, y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; los artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República y los artículos 18 y 22 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República.
Considerando:
I.—Que es una función primordial del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto atender las necesidades del servicio, buscando la idoneidad del personal en las misiones diplomáticas, de acuerdo con la importancia de las funciones que se deben desempeñar, según la estrategia establecida en la Política Exterior de Costa Rica.
II.—Que con miras a realizar el nombramiento de Consejero con funciones consulares en la Embajada de Costa Rica en India, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ordenó la apertura del concurso interno CCSE-0062-10 del 18 de febrero de 2010, con el fin de que el personal de carrera diplomática destacado en el Servicio Interno de este Ministerio concursara para obtener el puesto de referencia.
III.—Que ningún funcionario de carrera diplomática manifestó su interés en ser nombrado en el cargo de Consejero con funciones consulares en la Embajada de Costa Rica en India, de conformidad con el concurso interno CCSE-0062-10.
IV.—Que de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 del Estatuto del Servicio
Exterior de la República, Ley Nº 3530 del 05 de agosto de 1965, el
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto puede hacer nombramientos en
comisión cuando exista inopia de los funcionarios de la carrera
diplomática o por razones de conveniencia nacional. Por tanto:
ACUERDAN:
Artículo 1°—Nombrar a la señora María de la Cruz Núñez Sandoval, cédula número 1-1200-0674, en el cargo de Consejero con funciones consulares, en comisión, en la Embajada de Costa Rica en India, quien cumple con todos los requisitos establecidos en el Reglamento del Estatuto del Servicio Exterior de la República para ejercer dicho cargo.
Artículo 2°—La persona designada en este cargo debe asumir funciones en un plazo máximo de 60 días naturales, período en el que deberá recibir la inducción respectiva, ajustándose a las normas laborales del Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo 3°—Rige a partir del 15 de enero de 2011 y hasta el 31 de mayo de 2014.
Dado en la Presidencia de la República, a los cuatro días del mes de enero de dos mil once.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René Castro Salazar—1 vez.—O.C. Nº 10865.—Solicitud Nº 8329.—C-15620.—(IN2011068628).
Nº 004-11 SE
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Con fundamento en lo dispuesto en el Artículo 140, inciso 12, y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; los artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República y los artículos 18 y 22 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República.
Considerando:
I.—Que es una función primordial del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto atender las necesidades del servicio, buscando la idoneidad del personal en las misiones diplomáticas, de acuerdo con la importancia de las funciones que se deben desempeñar, según la estrategia establecida en la Política Exterior de Costa Rica.
II.—Que con miras a realizar el nombramiento de Vicecónsul en el Consulado de Costa Rica en Chinandega, Nicaragua, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ordenó la apertura del concurso interno CCSE-0150-10 del 4 de junio de 2010, con el fin de que el personal de carrera diplomática destacado en el Servicio Interno de este Ministerio concursara para obtener el puesto de referencia.
III.—Que ningún funcionario de carrera diplomática manifestó su interés en ser nombrado en el cargo de Vicecónsul en el Consulado de Costa Rica en Chinandega, Nicaragua, de conformidad con el concurso interno CCSE-0150-10.
IV.—Que de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 del Estatuto del Servicio
Exterior de la República, Ley Nº 3530 del 05 de agosto de 1965, el
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto puede hacer nombramientos en comisión
cuando exista inopia de los funcionarios de la carrera diplomática o por
razones de conveniencia nacional. Por tanto:
ACUERDAN:
Artículo 1°—Nombrar al señor Álvaro Herrera Martínez, cédula número 9-0057-0330, en el cargo de Vicecónsul en el Consulado de Costa Rica en Chinandega, Nicaragua, en comisión, quien ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento del Estatuto del Servicio Exterior de la República para ejercer dicho cargo.
Artículo 2°—La persona designada en este cargo debe asumir funciones en un plazo máximo de 60 días naturales, período en el que deberá recibir la inducción respectiva, ajustándose a las normas laborales del Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo 3°—Rige a partir del 1° de enero de 2011 y hasta el 31 de mayo de 2014.
Dado en la Presidencia de la República, a los cuatro días del mes de enero de dos mil once.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René Castro Salazar—1 vez.—O.C. Nº 10865.—Solicitud Nº 8329.—C-15620.—(IN2011068629).
Nº 005-11 SE
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Con fundamento en lo dispuesto en el Artículo 140, inciso 12, y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; los artículos 9, 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República y los artículos 18 y 22 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República.
Considerando:
I.—Que es una función primordial del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto atender las necesidades del servicio, buscando la idoneidad del personal en las misiones diplomáticas, de acuerdo con la importancia de las funciones que se deben desempeñar, según la estrategia establecida en la Política Exterior de Costa Rica.
II.—Que con miras a realizar el nombramiento de Ministro Consejero con funciones consulares en la Embajada de Costa Rica en Jamaica, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ordenó la apertura del concurso interno CCSE-0188-10 del 12 de agosto de 2010, con el fin de que el personal de carrera diplomática destacado en el Servicio Interno de este Ministerio concursara para obtener el puesto de referencia.
III.—Que ningún funcionario de carrera diplomática manifestó su interés en ser nombrado en el cargo de Ministro Consejero con funciones consulares en la Embajada de Costa Rica en Jamaica, de conformidad con el concurso interno CCSE-0188-10.
IV.—Que a pesar de que el cargo que se ofreció en el concurso citado fue de Ministro Consejero con funciones consulares, sin indicar el recargo de Cónsul General, la Administración considera oportuno equiparar su cargo con base en el artículo 9 del Estatuto de Servicio Exterior de la República, el cual refleja las equivalencias de las categorías, y nombrarla Cónsul General, con el fin de que pueda ejercer la función notarial y habilitar el notariado consular en Jamaica, lo que requiere rango consular específico y no solamente funciones consulares.
V.—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto puede hacer nombramientos en comisión cuando exista inopia de los funcionarios de la carrera diplomática. Por tanto:
ACUERDAN:
Artículo 1°—Nombrar a la señora Tanishia Ellis Hayles, cédula número 3-0340-0572, en el cargo de Ministra Consejera y Cónsul General, en comisión, en la Embajada de Costa Rica en Jamaica, quien cumple con todos los requisitos establecidos en el Reglamento del Estatuto del Servicio Exterior de la República para ejercer dicho cargo.
Artículo 2°—La persona designada en este cargo debe asumir funciones en un plazo máximo de 60 días naturales, período en el que deberá recibir la inducción respectiva, ajustándose a las normas laborales del Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo 3º—Rige a partir del 1° de febrero de 2011 y hasta el 31 de mayo de 2014.
Dado en la Presidencia de la República, a los cuatro días del mes de enero de dos mil once.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René Castro Salazar—1 vez.—O.C. Nº 10865.—Solicitud Nº 8329.—C-15620.—(IN2011068630).
Nº 006-11-SE
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los artículos 140, inciso 12, y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; los artículos 19 y 20 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, y el artículo 41 y 45 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República.
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 235-10 SE del 25 de agosto de 2010, se rotó al Segundo Secretario de Carrera Diplomática, el señor Jorge Arturo Aguilar Castillo, cédula de identidad Nº 1-574-434, de su puesto en el Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a ocupar el cargo de Ministro Consejero con funciones consulares, con ascenso en comisión, en la Embajada de Costa Rica en Francia, a partir del 1° de setiembre de 2010. Adicionalmente, mediante el Acuerdo Ejecutivo No. 281-10 SE del 08 de octubre de 2010, se le asignó el cargo de Cónsul General.
II.—Que de conformidad con el artículo 45 del Reglamento al Estatuto de Servicio Exterior de la República, el Ministerio puede rotar a los funcionarios del Servicio Exterior al Servicio Interno de previo al cumplimiento de los dos años de servicio reglamentarios, si el funcionario lo requiere expresamente por razones graves de su salud o la de su familia.
III.—Que
el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto considera pertinente aceptar la
solicitud de rotación del señor Jorge Arturo Aguilar Castillo,
por razones graves de salud. Por tanto:
ACUERDAN:
Artículo 1°—Rotar al Segundo Secretario de Carrera Diplomática Jorge Arturo Aguilar Castillo, cédula de identidad Nº 1-574-434, de su cargo de Ministro Consejero y Cónsul General en la Embajada de Costa Rica en Francia, a ocupar un puesto en el Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo 2°—Rige a partir del 15 de enero de 2011.
Dado en la Presidencia de la República, a los cuatro días del mes de enero de dos mil once.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—EL Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René Castro Salazar—1 vez.—O.C. Nº 10865.—Solicitud Nº 8329.—C-15620.—(IN2011068631).
N° 007-11-RE
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Con fundamento en los artículos 140 inciso 12 y 146 de la Constitución Política; el artículo 8 del Reglamento para Otorgamiento de Pasaportes Diplomáticos y de Servicio, Decreto Ejecutivo N° 26951 del 06 de marzo de 1998 y el Convenio de Cooperación celebrado entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto y CINDE para el fortalecimiento de la atracción de IED a través de las representaciones diplomáticas.
Considerando:
I.—Que debido a que la inversión extranjera directa produce efectos positivos sobre la economía del país, a saber, transferencia de tecnología, nuevos sistemas administrativos, enlaces comerciales con suplidores locales, capacitación de los recursos humanos, infraestructura, mayores exportaciones.
II.—Que el éxito de la labor de promoción de inversiones está directamente relacionada con la competitividad relativa de Costa Rica, su clima de inversión y la forma en que se promueve la imagen del país en el exterior.
III.—Que de conformidad con el Convenio de Cooperación celebrado entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto y CINDE para el fortalecimiento de la atracción de IED a través de las representaciones diplomáticas, la Cancillería se compromete a acreditar un máximo de dos funcionarios designados por CINDE ante dos consulados en los Estados Unidos de América, para realizar las labores de promoción de inversiones en el extranjero, de conformidad con los artículos 52 y siguientes del Estatuto de Servicio Exterior de la República.
IV.—Que
según lo establece el artículo 8 del Reglamento para Otorgamiento
de Pasaportes Diplomáticos y de Servicio, existe la posibilidad de
designar en Misión Oficial a personas del sector privado, para que
ejerzan en el exterior funciones especiales en forma temporal, lo que le da el
derecho a esa persona de que se le otorgue un pasaporte de servicio. Por
tanto:
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar en Misión Oficial a la señora Pilar Madrigal Zamora, cédula de identidad número 1-774-004, funcionaria de la Coalición Costarricense de Iniciativas de Desarrollo (CINDE), para que viaje a la Ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, con la finalidad de promover la inversión extranjera directa, por un periodo de cuatro años.
Artículo 2—Rige a partir del 02 de diciembre del año dos mil diez hasta el 02 de diciembre del año dos mil catorce.
Dado en la Presidencia de la República, a las nueve horas del día once de enero del año dos mil once.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto a. í., Carlos Roverssi Rojas.—1
vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº
8329.—C-15620.—(IN2011068632).
Nº 009-2011-SE
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo establecido en el artículo 140, incisos 3 y 18 de la Constitución Política, los artículos 6, 11 y 27 de la Ley General de la Administración Pública, y de conformidad con lo establecido en los artículos 7 y 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.
Considerando:
I.—Que es de vital importancia dar seguimiento al proceso que culminará con la Cumbre Río + 20 sobre desarrollo sostenible, con el fin de establecer la posición de país en temas de relevancia.
II.—Que es
necesaria la participación de Costa Rica en la Reunión
Intersectorial de Alto Nivel de la Comisión de Desarrollo Sostenible, a
realizarse los días 13 y 14 de enero de 2011 en la Ciudad de
Panamá, Panamá. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Linyi Baidal Sequeira, cédula de identidad 1-0652-0618, para que conforme la Delegación de Costa Rica que participará en la Reunión Intersectorial de Alto Nivel de la Comisión de Desarrollo Sostenible, a realizarse los días 13 y 14 de enero de 2011 en la Ciudad de Panamá, Panamá.
Artículo 2º—Los gastos de pasajes, hospedaje, y alimentación corren por cuenta de las Naciones Unidas.
Artículo 3º—Rige del 13 al 15 de enero de 2011.
Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. San José, Costa Rica, doce de enero del año dos mil once.
Publíquese.—Carlos Roverssi Rojas, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 8329.—C-12550.—(IN2011068634).
Nº 009-11-SE
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL
MINISTRO DE RELACIONES
EXTERIORES
Y CULTO
De conformidad con el
Artículo Nº 140 incisos 8) y 12) de la Constitución
Política de la República de Costa Rica;
Considerando:
I.—Que mediante el Acuerdo
Ejecutivo número 003-08-SE del 4 de enero de 2008, se rotó a la
entonces Agregada de carrera diplomática, la señorita Montserrat
Vargas Solórzano, cédula de identidad 1-1089-0562, a ocupar el
cargo de Ministra Consejera, con ascenso en comisión, en la
Misión Permanente de Costa Rica ante la UNESCO, París, Francia, a
partir del 1º de febrero del 2008 hasta el 1º de febrero del 2011.
II.—Que por razones de
oportunidad y conveniencia nacional, es necesario prorrogar el nombramiento de
la señorita Montserrat Vargas Solórzano, para que no finalice en
la fecha prevista en el considerando anterior. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo
1º—Extender el nombramiento de la Tercera Secretaria de carrera
diplomática Montserrat Vargas Solórzano, cédula
1-1089-0562, en el cargo de Ministra Consejera, con ascenso en comisión,
en la Misión Permanente de Costa Rica ante la UNESCO, París,
Francia, del 1° de febrero de 2011 y hasta el 1° de febrero de 2012,
fecha en la cual se rota a ocupar un puesto en el Servicio Interno del
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo
2º—Rige a partir del 1º de febrero del 2011 y hasta el 1º
de febrero del 2012.
Dado en la Presidencia de la
República, a los catorce días del mes de enero del dos mil diez.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í., Carlos Alberto Roverssi Rojas.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 08337.—C-12550.—(IN2011068661).
Nº 010-11-SE
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con el artículo 140, incisos 8 y 12, y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica.
Considerando:
I.—Que mediante el Acuerdo Ejecutivo Nº 008-08-SE del 11 de enero de 2008, se rotó a la Consejera de carrera diplomática, la señora Irinia María Elizondo Delgado, cédula de identidad 1-0611-0556, a ocupar el cargo de Ministra Consejera y Cónsul General, en la Embajada de Costa Rica en Roma, Italia, a partir del 1° de febrero del 2008 hasta el 1° de febrero del 2011.
II.—Que
por razones de oportunidad y conveniencia nacional, es necesario prorrogar el
nombramiento de la señora Irinia María Elizondo Delgado, para que
no finalice en la fecha prevista en el considerando anterior. Por tanto:
ACUERDAN:
Artículo 1°—Extender el nombramiento de la Consejera de carrera diplomática, la señora Irinia María Elizondo Delgado, cédula 1-0611-0556, en el cargo de Ministra Consejera y Cónsul General en la Embajada de Costa Rica en Roma, Italia, del 1° de febrero de 2011 y hasta el 1° de diciembre de 2011, fecha en la cual se rota a ocupar un puesto en el Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo 2º—Rige a partir del 1° de febrero de 2011 y hasta el 1° de diciembre de 2011.
Dado en la Presidencia de la República, a los catorce días del mes de enero de dos mil once.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—EL Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í, Carlos Alberto Roverssi Rojas—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 8329.—C-12520.—(IN2011068633).
Nº 012-11 SE
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con el artículo 140, inciso 12, y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Cosía Rica y los artículos 8, 19 y 20 del Estatuto del Servicio Exterior de la República.
Considerando:
I.—Que es una función primordial del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto atender las necesidades del servicio, buscando la idoneidad del personal en las misiones diplomáticas, de acuerdo con la importancia de las funciones que se deben desempeñar, según la estrategia establecida en la Política Exterior de Costa Rica.
II.—Que con miras a realizar el nombramiento de Ministro Consejero con funciones consulares en la Embajada de Costa Rica en Alemania, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ordenó la apertura del concurso interno CCSE-0262-10 del 23 de diciembre de 2010, con el fin de que el personal de carrera diplomática destacado en el Servicio Interno de este Ministerio concursara para obtener el puesto de referencia.
III.—Que el concurso interno CCSE-0262-10 se cerró el 10 de enero de 2011, concluyendo con una recomendación favorable para que se nombrara a la señora Marianela Álvarez Blanco, en la plaza de Ministro Consejero con funciones consulares en la Embajada de Costa Rica en Alemania.
IV.—Que el
señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto acogió la
recomendación favorable de la Comisión Calificadora de nombrar a
la señora Marianela Álvarez Blanco, en la plaza de Ministro
Consejero con funciones consulares en la Embajada de Costa Rica en Alemania. Por
tanto:
ACUERDAN:
Artículo 1°—Rotar a la Agregada en período de prueba de la carrera diplomática, la señora Marianela Álvarez Blanco, cédula número 2-0562-0423, de su puesto en el Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a ocupar el cargo de Ministra Consejera con funciones consulares en la Embajada de Costa Rica en Alemania.
Artículo 2°—La persona designada en este cargo debe asumir funciones en un plazo máximo de 60 días naturales, período en el que deberá recibir la inducción respectiva, ajustándose a las normas laborales del Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo 3°—Rige a partir del 1 ° de febrero de 2011.
Dado en la Presidencia de la República, a los diecisiete días del mes de enero de dos mil once.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í, Carlos Alberto Roverssi Rojas.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 8329.—C-15620.—(IN2011068636).
Nº 013-11 SE
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con el artículo 140, inciso 12, y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica y los artículos 8, 19 y 20 del Estatuto del Servicio Exterior de la República.
Considerando:
I.—Que es una función primordial del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto atender las necesidades del servicio, buscando la idoneidad del personal en las misiones diplomáticas, de acuerdo con la importancia de las funciones que se deben desempeñar, según la estrategia establecida en la Política Exterior de Costa Rica.
II.—Que con miras a realizar el nombramiento de Ministro Consejero con funciones consulares en la Embajada de Costa Rica en Bélgica, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ordenó la apertura del concurso interno CCSE-0262-10 del 23 de diciembre de 2010, con el fin de que el personal de carrera diplomática concursara para obtener el puesto de referencia.
III.—Que el concurso interno CCSE-0262-10 se cerró el 10 de enero de 2011, concluyendo con una recomendación favorable para que se nombrara al señor Sergio Antonio Vinocour Fornieri, en la plaza de Ministro Consejero con funciones consulares en la Embajada de Costa Rica en Bélgica.
IV.—Que el
señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto acogió la
recomendación favorable de la Comisión Calificadora de nombrar al
señor Sergio Antonio Vinocour Fornieri, en la plaza de Ministro
Consejero con funciones consulares en la Embajada de Costa Rica en
Bélgica. Por tanto:
ACUERDAN:
Artículo 1°—Nombrar al Segundo Secretario de carrera diplomática, Sergio Antonio Vinocour Fornieri, cédula 1-718-306, en el cargo de Ministro Consejero con funciones consulares en la Embajada de Costa Rica en Bélgica.
Artículo 2°—La persona designada en este cargo debe asumir funciones en un plazo máximo de 60 días naturales, período en el que deberá recibir la inducción respectiva, ajustándose a las normas laborales del Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo 3°—Rige a partir del 1° de febrero de 2011.
Dado en la Presidencia de la República, a los diecisiete días del mes de enero de dos mil once.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í, Carlos Alberto Roverssi Rojas.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 8329.—C-15620.—(IN2011068637).
Nº 024-11 SE
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los
artículos 140, inciso 12), y 146 de la Constitución
Política de la República de Costa Rica; los artículos 19 y
20 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, y el
artículo 41 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la
República,
ACUERDAN:
Artículo
1º—Rotar a la Agregada de carrera diplomática, la
señorita Beatriz Eugenia Serrano Pérez, cédula
1-1084-0581, de su cargo de Consejera con funciones consulares en la Embajada
de Costa Rica en Cuba, a ocupar un puesto en el Servicio Interno del Ministerio
de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo 2º—Rige a partir
del 17 de marzo de 2011.
Dado en la Presidencia de la
República, a los ocho días del mes de febrero de dos mil once.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René Castro Salazar.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 8330.—C-8500.— (IN2011068719).
Nº 025-11 SE
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los
Artículos 140, inciso 12), y 146 de la Constitución
Política de la República de Costa Rica; el Artículo 55 del
Reglamento del Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa
Rica y el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte
para Funcionarios Públicos.
Considerando:
I.—Que el Gobierno de la
República realiza una búsqueda constante de cooperación
internacional en diversos temas. En materia de seguridad, la cooperación
preferiblemente debe implicar un refuerzo de las capacidades nacionales para
enfrentar los retos internos, regionales, hemisféricos e internacionales
en la lucha contra el crimen organizado y otras formas de delito internacional;
II.—Que el
Gobierno de Canadá ha demostrado interés en explorar la
posibilidad de asistir a Costa Rica en el fortalecimiento del sistema de
seguridad, y para ello, se ha identificado el programa de cooperación
canadiense: “Programa de Fortalecimiento de Capacidades para Combatir el
Crimen: Hacia una Mayor Seguridad en las Américas”, como una
alternativa factible para lograr la facilitación de los recursos;
III.—Que dicho Programa de “Fortalecimiento
de Capacidades para Combatir el Crimen: Hacia una Mayor Seguridad en las
Américas”, incluye como objetivo apoyar a las naciones en la
prevención y respuesta ante la amenaza de actividades tales como el
tráfico de drogas, la prevención de la delincuencia, los delitos
transnacionales, entre otros;
IV.—Que en virtud del Programa
mencionado en el considerando anterior, funcionarios canadienses
visitarán Costa Rica del 13 al 15 de febrero de 2011, por lo que resulta
necesario llamar en consulta al Embajador de Costa Rica en Canadá,
señor Luis Carlos Delgado Murillo, para que viaje a Costa Rica asista y
participe en dichas reuniones; sea el enlace y coordinador en el Estado
receptor de brindar el seguimiento a los acuerdos y proyectos que se logren, y
realice las gestiones que permitan alcanzar los resultados pertinentes, en
coordinación con las entidades nacionales encargadas de preparar los
perfiles de proyectos. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo
1º—Llamar en consulta al señor Luis Carlos Delgado Murillo,
cédula de identidad Nº 1-0449-0811, Embajador Extraordinario y
Plenipotenciario de Costa Rica en Canadá, para que viaje a Costa Rica.
Artículo 2º—Los pasajes
aéreos serán cubiertos por cuenta del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto, Programa 081-Servicio Exterior, subpartida 1.05.03
Transporte en el Exterior.
Artículo 3º—Rige a partir
del 12 al 21 de febrero de 2011.
Dado en la Presidencia de la
República, a los nueve días del mes de febrero de dos mil once.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René Castro Salazar.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 8330.—C-32220.— (IN2011068720).
Nº 026-11 RE
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Con fundamento en lo dispuesto
en el artículo 140 incisos 8), 12), 20) y artículo 146 de la
Constitución Política de Costa Rica; artículos 48 y 49 del
Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa Rica, ley N°
3530 del 5 de agosto de 1965 y a los artículos 15,18 y 26 de su
Reglamento, Decreto Ejecutivo N° 29428-RE del 30 de marzo de 2001.
Considerando:
I.—Que es labor del
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, buscar la excelencia y la
idoneidad del personal, de acuerdo con las necesidades del servicio y la
importancia de las funciones que se deben desempeñar de acuerdo con la
estrategia establecida en la Política Exterior de Costa Rica.
II.—Que el Poder Ejecutivo propone
incorporar en la mayor medida posible, al desenvolvimiento de la
Política Internacional, recursos humanos calificados para promover una
Política Exterior adecuada.
III.—Que la Administración
fundamenta su actuar en razones objetivas y que el Ministerio basa su proceder
en el principio de continuidad orgánica de la Administración y en
el principio de eficiencia consagrado en el artículo 4 de la Ley General
de Administración Pública.
IV.—Que el señor Raúl
Francisco Arias Sánchez, cédula 1-0551-0069, ha demostrado tener
las condiciones suficientes para desarrollar las actividades que demanda el
cargo en el cual se le está nombrando; todo lo cual garantiza que el
país esté dignamente representado en las funciones que se le
asignen con el cargo y que con ello se potenciará los intereses de la
Nación. Por tanto:
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar
al señor Raúl Francisco Arias Sánchez, cédula
1-0551-0069, como funcionario en comisión en el cargo de Embajador
Interno.
Artículo 2º—Rige a partir
del primero de febrero del dos mil once y hasta el 7 de mayo del dos mil
catorce.
Dado en la Presidencia de la
República a los veintisiete días del mes de enero del dos mil
once.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René Castro Salazar.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 8330.—C-18800.— (IN2011068721).
Nº 027-11-RE
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL
MINISTRO DE RELACIONES
EXTERIORES
Y CULTO
Con fundamento en lo dispuesto
en el artículo 140 incisos 8, 12, 20 y artículo 146 de la
Constitución Política de Costa Rica; artículos 48 y 49 del
Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa Rica, ley N°
3530 del 5 de agosto de 1965 y a los artículos 15,18 y 26 de su
Reglamento, Decreto Ejecutivo N° 29428-RE del 30 de marzo de 2001.
Considerando:
1º—Que es labor del
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, buscar la excelencia y la
idoneidad del personal, de acuerdo con las necesidades del servicio y la
importancia de las funciones que se deben desempeñar de acuerdo con la
estrategia establecida en la Política Exterior de Costa Rica.
2º—Que el Poder
Ejecutivo propone incorporar en la mayor medida posible, al desenvolvimiento de
la Política Internacional, recursos humanos calificados para promover
una Política Exterior adecuada.
3º—Que la
Administración fundamenta su actuar en razones objetivas y que el
Ministerio basa su proceder en el principio de continuidad orgánica de
la Administración y en el principio de eficiencia consagrado en el
artículo 4 de la Ley General de Administración Pública.
4º—Que la
señora María de los Ángeles Cob Prendas, cédula
1-0398-1131, ha demostrado tener las condiciones suficientes para desarrollar
las actividades que demanda el cargo en el cual se le está nombrando;
todo lo cual garantiza que el país esté dignamente representado
en las funciones que se le asignen con el cargo y que con ello se potenciará
los intereses de la Nación. Por tanto,
ACUERDAN
Artículo
1º—Nombrar a la señora María de los Ángeles Cob
Prendas, cédula 1-0398-1131, como funcionaría en comisión
en el cargo de Tercer Secretario Interno.
Artículo
2º—Rige a partir del primero de febrero del dos mil once y hasta el
07 de mayo del dos mil catorce.
Dado en la Presidencia de la
República, a los veintisiete días del mes de enero del dos mil
once.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René Castro Salazar.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 08337.—C-12550.—(IN2011068662).
Nº 27-11 SE
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los
artículos 140, incisos 8) y 146 de la Constitución
Política de la República de Costa Rica, los artículos 54 y
55 del Estatuto del Servicio Exterior de la República y el
artículo 16 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la
República,
Considerando:
I.—Que es necesario
nombrar personal administrativo de apoyo para realizar las labores de manejo de
archivo, teléfono, agenda, presupuesto, informes financieros de
gestión, inventarios y -cualquier otra actividad administrativa en el
ejercicio del cargo secretarial en general, en el Consulado de Costa Rica en
Managua, Nicaragua.
II.—Que el Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto considera oportuno nombrar en el cargo de Asistente
Administrativa en el Consulado de Costa Rica en Managua, Nicaragua, a una funcionaría
del Servicio Civil del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, la
señora Virginia Monge Gómez, de identidad Nº 1-481-077. Por
tanto;
ACUERDAN:
Artículo
1º—Nombrar a la señora Virginia Monge Gómez,
cédula de identidad Nº 1-481-077, en la plaza de Asistente
Administrativo en el Consulado de Costa Rica en Managua, Nicaragua.
Artículo 2º—Rige a partir
del 16 de febrero del 2011.
Dado en la Presidencia de la
República, a los dieciocho días del mes de febrero de dos mil
once.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René Castro Salazar.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 8330.—C-14320.— (IN2011068722).
Nº 028-11-RE
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Con fundamento en lo dispuesto
en el artículo 140 incisos 8), 12), 20) y artículo 146 de la
Constitución Política de Costa Rica; artículos 48 y 49 del
Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa Rica, Ley N°
3530 del 5 de agosto de 1965 y a los artículos 15, 18 y 26 de su
Reglamento, Decreto Ejecutivo N° 29428-RE del 30 de marzo de 2001.
Considerando:
I.—Que es labor del
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, buscar la excelencia y la
idoneidad del personal, de acuerdo con las necesidades del servicio y la
importancia de las funciones que se deben desempeñar de acuerdo con la
estrategia establecida en la Política Exterior de Costa Rica.
II.—Que el Poder Ejecutivo propone
incorporar en la mayor medida posible, al desenvolvimiento de la
Política Internacional, recursos humanos calificados para promover una
Política Exterior adecuada.
III.—Que la Administración
fundamenta su actuar en razones objetivas y que el Ministerio basa su proceder
en el principio de continuidad orgánica de la Administración y en
el principio de eficiencia consagrado en el artículo 4º de la Ley
General de Administración Pública.
IV.—Que el señor Esteban Alonso
Porras Zúñiga, cédula número 4-0186-0675, ha
demostrado tener las condiciones suficientes para desarrollar las actividades
que demanda el cargo en el cual se le está nombrando; todo lo cual
garantiza que el país esté dignamente representado en las
funciones que se le asignen con el cargo y que con ello se potenciará
los intereses de la Nación. Por tanto:
ACUERDAN:
Artículo
1º—Nombrar al señor Esteban Alonso Porras
Zúñiga, cédula 4-0186-0675, como funcionario en
comisión en el cargo de Agregado Interno.
Artículo 2º—Rige a partir
del primero de febrero del dos mil once y hasta el 7 de mayo del dos mil
catorce.
Dado en la Presidencia de la
República, a los veintisiete días del mes de enero del dos mil
once.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René Castro Salazar.—1 vez.—O.C. 10865.—Sol. 8330.—C-16220.—(IN2011068723).
Nº 068-11-SE
EL SEGUNDO VICEPRESIDENTE EN EJECICIO
DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los artículos 140, inciso 12 y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; el artículo 19 del Estatuto del Servicio Exterior de la República y el artículo 51 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República,
ACUERDAN:
Artículo 1°º—Trasladar al Primer Secretario de carrera diplomática, Edwin Arias Chinchilla, cédula de identidad número 6-0205-0386, Ministro Consejero, con ascenso en comisión, en la Embajada de Costa Rica en la República de Nicaragua; a ejercer el cargo de Ministro Consejero, con ascenso en comisión, en la Embajada de Costa Rica en los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 2°—Rige a partir del 1° de junio de 2011.
Dado en la Presidencia de la República, a los dieciséis días del mes de mayo de dos mil once.
LUIS LIBERMAN GINSBURG.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René Castro Salazar.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 8333.—C-12550.—(IN2011068700).
Nº 069-11-SE
EL SEGUNDO VICEPRESIDENTE EN EJERCICIO
DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los artículos 140, inciso 12 y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; el artículo 19 del Estatuto del Servicio Exterior de la República y el artículo 51 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República.
ACUERDAN:
Artículo 1°—Trasladar al Agregado de carrera diplomática, David Yifong Li Fang, cédula de identidad número 1-1048-0028, Ministro Consejero, con ascenso en comisión, en la Misión Permanente de Costa Rica ante la Organización de Estados Americanos, con sede en Washington D.C., Estados Unidos de América; a ejercer el cargo de Ministro Consejero, con ascenso en comisión, en la Embajada de Costa Rica en la República de Singapur.
Artículo 2°—Rige a partir del 1° de junio de 2011.
Dado en la Presidencia de la República, a los dieciséis días del mes de mayo de dos mil once.
LUIS LIBERMAN GINSBURG.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René Castro Salazar.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 8333.—C-12550.—(IN2011068699).
Nº 070-11-SE
EL SEGUNDO VICEPRESIDENTE EN EJERCICIO DE LA
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los artículos 140, inciso 12 y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; el artículo 19 del Estatuto del Servicio Exterior de la República y el artículo 51 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Trasladar al Tercer Secretario de carrera diplomática, Jairo Francisco López Bolaños, cédula de identidad número 1-0778-0777, Consejero con funciones consulares, con ascenso en comisión, en la Embajada de Costa Rica en República Dominicana; a ejercer el cargo de Consejero y Cónsul, con ascenso en comisión, en la Embajada de Costa Rica en la República de Corea.
Artículo 2º—Rige a partir del 1° de junio de 2011.
Dado en la Presidencia de la República, a los dieciséis días del mes de mayo de dos mil once.
LUIS LIBERMAN GINSBURG.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René Castro Salazar.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 8333.—C-12550.—(IN2011068690).
Nº 073-11-SE
EL SEGUNDO VICEPRESIDENTE EN EJERCICIO
DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los artículos 140, inciso 12 y 146 de la Constitución Política de la República de Cosía Rica y el artículo 55 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa Rica.
Considerando:
Único.—Que
el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto considera necesaria la presencia
en Costa Rica del señor Óscar Umaña Castro, cédula
de identidad número 1-585-664, Tercer Secretario y Vicecónsul en
el Consulado General de Costa Rica en Managua, Nicaragua; con el fin de que
capacite y brinde apoyo técnico a los funcionarios del Departamento de
Recursos Humanos institucional en la elaboración del presupuesto del Ministerio,
dada la experiencia acumulada que tiene en esta materia, y dado que los
funcionarios actualmente encargados de ese tenia en dicho Departamento,
incluido el Jefe, han asumido recientemente sus funciones. Por tanto:
ACUERDAN:
Artículo 1°—Llamar en consulta al señor Óscar Umaña Castro, cédula de identidad numero 1-585-664, Tercer Secretario y Vicecónsul en el Consulado General de Costa Rica en Managua, Nicaragua, para que viaje a Costa Rica.
Artículo 2°—Los pasajes aéreos serán cubiertos por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Programa 081- Servicio Exterior, subpartida, 1.05.03 Transporte en el Exterior.
Artículo 3º—En virtud de que el costo de los tiquetes de viaje será asumido por parle del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, de conformidad con la Circular Nº DGAVCA-NP-1035-201 y la Resolución Nº 078-10 del Ministerio de Hacienda, Tesorería Nacional y la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, el funcionario deberá ceder el millaje generado por el viaje a favor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo 4°—Rige a partir del 24 de mayo al 7 de junio de 2011.
Dado en la Presidencia de la República, veinte de mayo de dos mil once.
LUIS LIBERMAN GINSBURG.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í, Carlos Alberto Roverssi Rojas.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 8333.—C-20600.—(IN2011068697).
Nº 74-11-SE
LA VICEMINISTRA ADMINISTRATIVA DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los Artículos 140, inciso 12 y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos.
Considerando:
I.—Que en el marco de la celebración de los cincuenta años del establecimiento de relaciones diplomáticas entre las Repúblicas de Corea y Costa Rica, el Primer Vicepresidente de la República, Dr. Alfio Piva Tracy, realizará una visita oficial a la República de Corea, del 15 al 21 de mayo de 2011.
II.—Que en
virtud de las múltiples actividades previstas en la agenda del Primer
Vicepresidente Dr. Alfio Piva Tracy, resulta necesario reforzar el personal de
la Embajada de Costa Rica en la República de Corea durante el
período de la visita oficial. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor Rodolfo Solano Quirós, cédula de identidad número 1-0639-0573, Ministro Consejero y Cónsul General, en comisión, de la Embajada de Costa Rica en Japón, para que viaje a la ciudad de Seúl, República de Corea, del 15 al 20 de mayo de 2011.
Artículo 2º—Los gastos por conceptos de pasajes aéreos corren por cuenta del señor Rodolfo Solano. Los gastos por concepto de viáticos y transporte interno corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, por medio de la subpartida de gastos de oficina de la Embajada de Costa Rica en Corea, de / conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos. Se autoriza la suma de $181 diarios para un total de $1.086. Todo sujeto a liquidación.
Artículo 3º—Rige a partir del 15 al 20 de mayo de 2011.
Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a los veinte días del mes de mayo de dos mil once.
Marta Núñez Madriz, Viceministra Administrativa de Relaciones y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 8333.—C-19700.—(IN2011068696).
Nº 075-11-SE
LA VICEMINISTRA ADMINISTRATIVA DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo
establecido en el artículo 140, inciso 12, de la Constitución
Política de la República de Costa Rica y el artículo 34
del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios
Públicos,
Considerando:
1º—Que el
Cuadragésimo Primer Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea
General de la Organización de los Estados Americanos, se
celebrará en San Salvador, El Salvador, del 05 al 07 de junio de 2011,
bajo el tema central de la “Seguridad Ciudadana en las
Américas”.
2º—Que es necesario que varios
funcionarios costarricenses acreditados en la Misión Permanente de Costa
Rica ante la Organización de los Estados Americanos, con sede en
Washington D.C., Estados Unidos de América, viajen a la ciudad de San
Salvador, El Salvador, para participar en las diferentes reuniones y foros
temáticos que se organizarán en el marco de la Asamblea General,
mencionada en el artículo anterior. Así como para participar en
las reuniones que se celebrarán en el mismo lugar, el día 08 de
junio de 2011, con posterioridad al cierre de la Asamblea General, las cuales
están relacionadas con el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Por
tanto,
ACUERDA
Artículo
1º—Autorizar al señor Embajador Enrique Castillo Barrantes,
cédula de identidad número 1-0399-0937, Representante Permanente
de Costa Rica ante la Organización de los Estados Americanos, para que
viaje a El Salvador del 4 al 9 de junio de 2011.
Artículo 2º—Los gastos por
concepto de pasajes aéreos corren por cuenta del Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto, Programa 081, Dirección General de
Servicio Exterior, subpartida 1.05.03 Transporte en el Exterior. Los gastos por
concepto de viáticos y transporte interno corren por cuenta del
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, por el programa 082,
Dirección General de Política Exterior, subpartida 1.05.04,
viáticos al exterior, de conformidad con el artículo 34 del
Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos.
Se autoriza la suma de $212 diarios para un total de $1272. Todo sujeto a
liquidación.
Artículo 3º—En virtud de
que el costo de los tiquetes de viaje será asumido por parte del
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, de conformidad con la Circular
Nº DGAVCA-NP-1035-201 y la Resolución Nº 078-10 del Ministerio
de Hacienda, Tesorería Nacional y la Dirección General de
Administración de Bienes y Contratación Administrativa, el
funcionario deberá ceder el millaje generado por el viaje a favor del
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo 4º—Rige del 4 al 9
de junio de 2011.
Dado en el Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto, a los veinticuatro días del mes de junio
del dos mil once.
Marta Núñez Madriz, Viceministra Administrativa de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 08337.—C-16130.—(IN2011068663).
N° 075-11-RE
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 incisos 8, 12, 20 y artículo 146 de la Constitución Política de Costa Rica; artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa Rica, Ley N° 3530 del 5 de agosto de 1965; y artículos 2 inciso 20), 15 y 18 de su Reglamento, Decreto Ejecutivo N° 29428-RE del 30 de marzo de 2001.
Considerando:
I.—Que de conformidad con la resolución 11253-2003 de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, ha sido necesario liberar códigos, a efecto de crear las plazas necesarias para proceder a nombrar a los integrantes de la lista de elegibles.
II.—Que al
efecto de lo señalado en el considerando anterior se hace necesario
ascender en comisión al personal de carrera, creándose con ello
una cadena de ascensos en comisión, que permitirá disponer de las
plazas vacantes necesarias y suficientes para ser ocupadas por los elegibles en
su período de prueba. Por tanto:
ACUERDAN:
Artículo 1—Ascender en comisión de conformidad con el inciso 20) del artículo 2° del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República, al Ministro Consejero de carrera, Alfaro Solano Istvan, cédula 2-420-581, nombrándolo en la plaza de Embajador Interno.
Artículo 2º—Rige a partir del 16 de febrero del 2011.
Dado en la Presidencia de la República a los dieciséis días del mes de febrero del dos mil once.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René Castro Salazar.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 8333.—C-15700.—(IN2011068695).
Nº 076-11 SE
LA VICEMINISTRA ADMINISTRATIVA DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo establecido en el artículo 140, inciso 12, de la Constitución Política de la República de Costa Rica y el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos.
Considerando:
I.—Que el Cuadragésimo Primer Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos, se celebrará en San Salvador, El Salvador, del 05 al 07 de junio de 2011, bajo el tema central de la “Seguridad Ciudadana en las Américas”.
II.—Que es
necesario que varios funcionarios costarricenses acreditados en la
Misión Permanente de Costa Rica ante la Organización de los
Estados Americanos, con sede en Washington D.C., Estados Unidos de
América, viajen a la ciudad de San Salvador, El Salvador, para
participar en las diferentes reuniones y foros temáticos que se
organizarán en el marco de la Asamblea General, mencionada en el
artículo anterior. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a la señora Embajadora Rita Hernández Bolaños, cédula de identidad 1-506-578, Representante Alterna en la Misión Permanente de Costa Rica ante la Organización de Estados Americanos (O.E.A.), para que viaje a El Salvador del 04 al 08 de junio de 2011.
Artículo 2º—Los gastos por
concepto de pasajes aéreos corren por cuenta del Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto, Programa 081, Dirección General de
Servicio Exterior, subpartida 1.05.03 Transporte en el Exterior. Los gastos por
concepto de viáticos y transporte interno corren por cuenta del
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, por el programa 082,
Dirección General de Política Exterior, subpartida 1.05.04,
viáticos al exterior, de conformidad con el artículo 34 del
Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos.
Se autoriza la suma de $212 diarios para un total de $1060. Todo sujeto a
liquidación.
Articulo 3º—En virtud de que el costo de los tiquetes de viaje será asumido por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, de conformidad con la Circular Nº DGAVCA-NP-1035-201 y la Resolución No. 078-10 del Ministerio de Hacienda, Tesorería Nacional y la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, la funcionaría deberá ceder el mitlaje generado por el viaje a favor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo 4º—Rige del 04 al 08 de junio de 2011.
Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a los veinticinco días del mes de junio de dos mil once.
Marta Núñez Madriz, Viceministra
Administrativa.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº
8333.—C-18820.—(IN2011068691).
Nº 077-11-SE
LA VICEMINISTRA ADMINISTRATIVA DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo establecido en el artículo 140, inciso 12, de la Constitución Política de la República de Costa Rica y el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos,
Considerando:
I.—Que el Cuadragésimo Primer Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos, se celebrará en San Salvador, El Salvador, del 5 al 7 de junio de 2011, bajo el tema central de la “Seguridad Ciudadana en las Américas”.
II.—Que es necesario que varios funcionarios costarricenses acreditados en la Misión Permanente de Costa Rica ante la Organización de los Estados Americanos, con sede en Washington D.C., Estados Unidos de América, viajen a la ciudad de San Salvador, El Salvador, para participar en las diferentes reuniones y foros temáticos que se organizarán en el marco de la Asamblea General, mencionada en el artículo anterior. Así como para participar en las reuniones que se celebrarán en el mismo lugar, el día 8 de junio de 2011, con posterioridad al cierre de la Asamblea General, las cuales están relacionadas con el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor Danilo González Ramírez, cédula de identidad: 1-0725-0696, Ministro Consejero en la Misión Permanente de Costa Rica ante la Organización de los Estados Americanos, para que viaje a El Salvador del 4 al 9 de junio de 2011.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de pasajes aéreos corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Programa 081, Dirección General de Servicio Exterior, subpartida 1.05.03 Transporte en el Exterior. Los gastos por concepto de viáticos y transporte interno corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, por el programa 082, Dirección General de Política Exterior, subpartida 1.05.04, viáticos al exterior, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos. Se autoriza la suma de $180 diarios para un total de $1080. Todo sujeto a liquidación.
Artículo 3º—En virtud de que el costo de los tiquetes de viaje será asumido por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, d0 conformidad con la Circular Nº DGAVCA-NP-1035-201 y la Resolución Nº 078-10 del Ministerio de Hacienda, Tesorería Nacional y la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, el funcionario deberá ceder el millaje generado por el viaje a favor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo 4º—Rige del 4 al 9 de junio de 2011.
Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a los veinticuatro días del mes de junio de dos mil once.
Marta Núñez Madriz, Viceministra Administrativa de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 8333.—C-18820.—(IN2011068689).
Nº 78-11-SE
LA VICEMINISTRA ADMINISTRATIVA DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los Artículos 140, inciso 12 y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos.
Considerando:
I.—Que es relevante para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto participar, a través de la Embajada de Costa Rica en Brasil, en la Cumbre del Etanol que se realizará en Sao Paulo, Brasil, del 05 al 08 de junio de 2011, como parte del seguimiento de las conversaciones sostenidas por el Gobierno de Costa Rica en materia de suministro y diversificación energética y uso de biocombustibles de segunda generación (etanol). Así como para fomentar la cooperación en la-exploración de energías alternativas, considerando la meta costarricense de carbono neutral y la necesidad de mejorar los sistemas de transporte.
II.—Que el
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto considera necesario autorizar el
viaje del señor Víctor Manuel Monge Chacón, cédula
de identidad 3-196-264, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Costa
Rica en la República Federativa de Brasil, a la ciudad de Sao Paulo,
Brasil, del día 05 al 08 de junio de 2011. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor Víctor Manuel Monge Chacón, cédula de identidad 3-196-264, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Costa Rica en la República Federativa de Brasil, a viajar a la ciudad de Sao Paulo, Brasil, del día 05 al 08 de junio de 2011.
Artículo 2º—Los gastos por conceptos de pasajes aéreos y viáticos corren por cuenta de gastos de oficina mediante la partida extraordinaria enviada para cubrir los gastos de las embajadas estratégicas. De conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, se autoriza la suma de $290 diarios para un total de $1160. Todo sujeto a liquidación.
Artículo 3º—En virtud de que el costo de los tiquetes de viaje será asumido por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, de conformidad con la Circular Nº DGAVCA-NP-1035-201 y la Resolución Nº 078-10 del Ministerio de Hacienda, Tesorería Nacional y la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, el funcionario deberá ceder el millaje generado por el viaje a favor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo 4º—Rige a partir del 05 al 08 de junio de 2011.
Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a los veintiséis días del mes de mayo de dos mil once.
Marta Núñez Madriz, Viceministra
Administrativa.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº
8333.—C-19700.—(IN2011068694).
Nº 79-11-SE
LA VICEMINISTRA ADMINISTRATIVA DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los Artículos 140, inciso 12 y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos.
Considerando:
I.—Que es de interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto participar, a través de la Embajada de Costa Rica en Belice, en la Tercera Reunión de la Comisión Ejecutiva del Proyecto Mesoamérica, a celebrarse el 27 de mayo de 2011, en Cayo Ambergris, San Pedro, Belice, ya que se analizará su estrategia de trabajo y se aprobarán los documentos administrativos para el funcionamiento de la Dirección Ejecutiva.
II.—Que en
virtud de lo anterior, resulta necesario que la señora Ingrid Herrmann
Escribano, cédula de identidad Nº 1-529-001, Embajadora
Extraordinaria y Plenipotenciaria de Costa Rica en Belice, asista a la
reunión señalada. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1°—Autorizar a la señora Ingrid Herrmann Escribano, cédula de identidad Nº 1-529-001, Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de Costa Rica en Belice, para que participe en la Tercera Reunión de la Comisión Ejecutiva del Proyecto Mesoamérica, a celebrarse en Cayo Ambergris, San Pedro, Belice, el día 27 de mayo de 2011.
Artículo 2°—Los gastos por conceptos de pasajes aéreos y viáticos corren por cuenta de los gastos de oficina de la Embajada de Costa Rica en Belice. De conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, se autoriza la suma de $245 diarios para un total de $490. Todo sujeto a liquidación.
Artículo 3°—En virtud de que el costo de los tiquetes de viaje será asumido por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, de conformidad con la Circular Nº DGAVCA-NP-1035-201 y la Resolución Nº 078-10 del Ministerio de Hacienda, Tesorería Nacional y la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, la funcionaría deberá ceder el millaje generado por el viaje a favor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo 4°—Rige del 26 al 27 de mayo de 2011.
Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, el veintiséis de mayo de dos mil once.
Publíquese.—Marta Núñez Madriz, Viceministra Administrativa.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 8333.—C-19700.—(IN2011068693).
Nº 083-11 SE
LA VICEMINISTRA ADMINISTRATIVA DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo establecido en el artículo 140, inciso 12, de la Constitución Política de la República de Costa Rica y en el artículo 28, párrafos 1) y 2), inciso a) de la Ley General de la Administración Pública.
ACUERDA:
Artículo 1°—Autorizar a la señora Sylvia Úrsula Poll Ahrens, cédula número 8-0064-0388, Embajadora Representante Alterna de la Misión Permanente de Costa Rica ante la Oficina de la Organización de las Naciones Unidas en Ginebra y demás Organizaciones Internacionales con sede en Ginebra, Suiza, para que en su calidad de medallista olímpica viaje, a una sesión organizada por el Comité Olímpico Internacional (COI), la cual se realizará del 21 al 27 de junio de 2011, en Olympia, Grecia. Ésta es una excelente oportunidad que permitirá un mayor acercamiento con las autoridades del Comité Olímpico Internacional, Federaciones Internacionales y además otros medallistas olímpicos, lo que propiciará relaciones y contactos que en el futuro próximo puedan beneficia a deportistas costarricenses.
Artículo 2°—Los pasajes aéreos, transporte interno y viáticos serán cubiertos por cuenta del Comité Olímpico Internacional de Costa Rica.
Artículo 3°—Rige del 21 al 27 de junio de 2011.
Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a los siete días del mes de junio de dos mil once.
Marta Núñez Madriz, Viceministra
Administrativa.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº
8333.—C-15250.—(IN2011068692).
Nº 084-11-SE
LA VICEMINISTRA ADMINISTRATIVA DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo establecido en el artículo 140, inciso 12, de la Constitución Política de la República de Costa Rica y en el artículo 28, párrafos 1) y 2), inciso a) de la Ley General de la Administración Pública.
ACUERDA:
Artículo 1°—Autorizar a la señora Sylvia Úrsula Poll Ahrens, cédula número 8-0064-0388, Embajadora Representante Alterna de la Misión Permanente de Costa Rica ante la Oficina de la Organización de las Naciones Unidas en Ginebra y demás Organizaciones Internacionales con sede en Ginebra, Suiza, para que viaje, a la “World Youth Peace Summit 2011”, a realizarse del 01 al 03 de julio de 2011, en Connecticut, Estados Unidos. Este evento es una excelente oportunidad para establecer relación y contactos con autoridades vinculadas a los temas de deporte, juventud y la paz., lo que propiciará beneficios en esos campos, en Costa Rica.
Artículo 2°—Los pasajes aéreos, transporte interno y viáticos serán cubiertos por cuenta de los organizadores del evento.
Artículo 3°—Rige del 01 al 03 de julio de 2011.
Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a los siete días del mes de junio de dos mil once.
Marta Núñez Madriz, Viceministra Administrativa de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 8336.—C-12550.—(IN2011068698).
Nº 110-11-SE
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL
MINISTRO DE RELACIONES
EXTERIORES
Y CULTO
De conformidad con los
artículos 140, inciso 12) y 146 de la Constitución
Política de la República de Costa Rica; el artículo 19 del
Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa Rica y el
artículo 41 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la
República,
ACUERDAN
Artículo
1º—Rotar a la Segunda Secretaria de carrera diplomática, la
señora Ingrid Picado Monge, cédula de identidad 1-0661-0378, del
cargo de Consejera, con ascenso en comisión, en la Embajada de Costa
Rica en los Estados Unidos Mexicanos; a ocupar un puesto en el Servicio Interno
del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo 2º—Rige a partir
del 31 de agosto del 2011.
Dado en la Presidencia de la
República, a los siete días del mes de julio del dos mil once.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René Castro Salazar.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 08334.—C-10760.—(IN2011068670).
Nº 112-11-SE
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL
MINISTRO DE RELACIONES
EXTERIORES
Y CULTO
De conformidad con los
artículos 140, inciso 12) y 146 de la Constitución
Política de la República de Costa Rica; el artículo 19 del
Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa Rica y el
artículo 41 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la
República,
Considerando:
1º—Que mediante el
Concurso para la rotación del Servicio Interno al Servicio Exterior de
la República, Número CCSE-0007-11 del 17 de febrero de 2011, se
sacó a concurso interno la plaza de Ministro Consejero ante la
Misión Permanente de Costa Rica ante la Organización de las
Naciones Unidas, con sede en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de
América.
2º—Que en virtud de la Directriz
013-H del Ministerio de Hacienda, del 16 de febrero del 2011, publicada el 4 de
marzo de 2011, referente a las medidas que debe adoptar el Sector
Público para hacerle frente a la reducción de gasto
público y a la austeridad en la Hacienda Pública, se dejó
en suspenso la asignación de la plaza indicada en el considerando
anterior.
3º—Que de conformidad con el
criterio de la Dirección General de Servicio Civil, los funcionarios
amparados al Régimen de Servicio Exterior quedan excluidos de la
aplicación de la Directriz 013-H del Ministerio de Hacienda.
4º—Que el señor Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto acoge la recomendación de la
Comisión Calificadora del Servicio Exterior, referente a la
asignación del cargo de Ministro Consejero ante la Misión Permanente
de Costa Rica ante la Organización de las Naciones Unidas, con sede en
la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, a la señora
Paula María Coto Ramírez, cédula 1-1022-0646, funcionaria
de carrera diplomática. Por tanto,
ACUERDAN
Artículo
1º—Nombrar a la Segunda Secretaria de carrera diplomática,
señora Paula María Coto Ramírez, cédula
1-1022-0646, en el cargo de Ministra Consejera ante la Misión Permanente
de Costa Rica ante la Organización de las Naciones Unidas, con sede en
la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, a partir del 01 de
enero del 2012.
Artículo 2º—La persona
designada en este cargo debe asumir funciones en un plazo máximo de 60
días naturales, período en el que deberá recibir la
inducción respectiva, ajustándose a las normas laborales del
Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo 3º—Rige a partir
del 1º de enero del 2012.
Dado en la Presidencia de la
República, a los siete días del mes de julio del dos mil once.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René Castro Salazar.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 08334.—C-18820.—(IN2011068669).
Nº 114-11-SE
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL
MINISTRO DE RELACIONES
EXTERIORES
Y CULTO
De conformidad con los
artículos 140, inciso 12) y 146 de la Constitución
Política de la República de Costa Rica; el artículo 19 del
Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa Rica y el
artículo 41 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la
República,
Considerando:
1º—Que mediante el
Concurso para la rotación del Servicio Interno al Servicio Exterior de
la República, Número CCSE-0011-11 del 25 de febrero de 2011, se
sacó a concurso interno la plaza de Cónsul General de Costa Rica
en la ciudad de Atlanta, Estados Unidos de América.
2º—Que en virtud de la Directriz
013-H del Ministerio de Hacienda, del 16 de febrero del 2011, publicada el 4 de
marzo de 2011, referente a las medidas que debe adoptar el Sector
Público para hacerle frente a la reducción de gasto público
y a la austeridad en la Hacienda Pública, se dejó en suspenso la
asignación de la plaza indicada en el considerando anterior.
3º—Que de conformidad con el
criterio de la Dirección General de Servicio Civil, los funcionarios
amparados al Régimen de Servicio Exterior quedan excluidos de la
aplicación de la Directriz 013-H del Ministerio de Hacienda.
4º—Que el señor Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto acoge la recomendación de la
Comisión Calificadora del Servicio Exterior, referente a la
asignación del cargo de Cónsul General de Costa Rica en la ciudad
de Atlanta, Estados Unidos de América, a la señora Gabriela
Sánchez Arrieta, cédula 2-0520-0498, funcionaría de
carrera diplomática. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo
1º—Nombrar a la Segunda Secretaria de carrera diplomática,
Gabriela Sánchez Arrieta, cédula 2-0520-0498, en el cargo de
Cónsul General de Costa Rica en la ciudad de Atlanta, Estados Unidos de
América, con ascenso en comisión, a partir del 1º de agosto
del 2011.
Artículo 2º—La persona
designada en este cargo debe asumir funciones en un plazo máximo de 60
días naturales, período en el que deberá recibir la
inducción respectiva, ajustándose a las normas laborales del
Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo 3º—Rige a partir
del 1º de agosto del 2011.
Dado en la Presidencia de la
República, a los siete días del mes de julio del dos mil once.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René Castro Salazar.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 08334.—C-18820.—(IN2011068668).
Nº 118-11-SE
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL
MINISTRO DE RELACIONES
EXTERIORES
Y CULTO
De conformidad con los
artículos 140, inciso 12) y 146 de la Constitución
Política de la República de Costa Rica; el artículo 19 del
Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa Rica y el
artículo 41 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la
República,
Considerando:
1º—Que mediante el
Concurso para la rotación del Servicio Interno al Servicio Exterior de
la República, Número CCSE-0007-11 del 17 de febrero de 2011, se
sacó a concurso interno la plaza de Cónsul en Houston, Texas,
Estados Unidos de América.
2º—Que en virtud de la Directriz
013-H del Ministerio de Hacienda, del 16 de febrero del 2011, publicada el 04
de marzo de 2011, referente a las medidas que debe adoptar el Sector
Público para hacerle frente a la reducción de gasto
público y a la austeridad en la Hacienda Pública, se dejó
en suspenso la asignación de la plaza indicada en el considerando
anterior.
3º—Que de conformidad con el
criterio de la Dirección General de Servicio Civil, los funcionarios
amparados al Régimen de Servicio Exterior quedan excluidos de la
aplicación de la Directriz 013-H del Ministerio de Hacienda.
4º—Que el señor Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto acoge la recomendación de la
Comisión Calificadora del Servicio Exterior, referente a la
asignación del cargo de Cónsul en Houston, Texas, Estados Unidos
de América, a la señora Carolina Molina Barrantes, cédula
1-0861-0481, funcionaria de carrera diplomática. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo
1º—Nombrar a la Segunda Secretaria de carrera diplomática,
señora Carolina Molina Barrantes, cédula 1-0861-0481, en el cargo
de Cónsul de Costa Rica en Houston, Texas, Estados Unidos de
América, con ascenso en comisión, a partir del 1º de enero
de 2012.
Artículo 2º—La persona
designada en este cargo debe asumir funciones en un plazo máximo de 60
días naturales, período en el que deberá recibir la
inducción respectiva, ajustándose a las normas laborales del
Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo 3º—Rige a partir
del 1º de enero de 2012.
Dado en la Presidencia de la República,
a los siete días del mes de julio del dos mil once.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René Castro Salazar.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 08334.—C-18820.—(IN2011068667).
Nº 119-11-SE
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL
MINISTRO DE RELACIONES
EXTERIORES
Y CULTO
Con fundamento en lo dispuesto
en el artículo 140 incisos 8, 12, 20 y artículo 146 de la
Constitución Política de Costa Rica; artículos 48 y 49 del
Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa Rica, Ley N°
3530 del 5 de agosto de 1965; y artículos 2 inciso 20), 15 y 18 de su
Reglamento, Decreto Ejecutivo N° 29428-RE del 30 de marzo de 2001.
Considerando:
1º—Que de conformidad
con la resolución 11253-2003 de la Sala Constitucional de la Corte
Suprema de Justicia, ha sido necesario liberar códigos, a efecto de
crear las plazas necesarias para proceder a nombrar a los integrantes de la
lista de elegibles.
2º—Que al efecto de
lo señalado en el considerando anterior se hace necesario ascender en
comisión al personal de carrera, creándose con ello una cadena de
ascensos en comisión, que permitirá disponer de las plazas
vacantes necesarias y suficientes para ser ocupadas por los elegibles en su período
de prueba. Por tanto,
ACUERDAN
Artículo
1º—Ascender en comisión de conformidad con el inciso 20) del
artículo 2° del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la
República, a la Primer Secretario de carrera, Solano Cabalceta
Alejandra, cédula 1-857-246, nombrándola en la plaza de Embajador
Interno.
Artículo 2º—Rige a partir
del 16 de febrero de 2011.
Dado en la Presidencia de la
República, a los dieciséis días del mes de febrero del dos
mil once.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René Castro Salazar.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 08334.—C-12550.—(IN2011068666).
Nº 120-11-RE
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL
MINISTRO DE RELACIONES
EXTERIORES
Y CULTO
Con fundamento en lo dispuesto
en el artículo 140 incisos 8, 12, 20 y artículo 146 de la
Constitución Política de Costa Rica; artículos 48 y 49 del
Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa Rica, ley N°
3530 del 5 de agosto de 1965 y a los artículos 15,18 y 26 de su
Reglamento, Decreto Ejecutivo N° 29428-RE del 30 de marzo de 2001.
Considerando:
1º—Que es labor del
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, buscar la excelencia y la
idoneidad del personal, de acuerdo con las necesidades del servicio y la
importancia de las funciones que se deben desempeñar de acuerdo con la
estrategia establecida en la Política Exterior de Costa Rica.
2º—Que el Poder
Ejecutivo propone incorporar en la mayor medida posible, al desenvolvimiento de
la Política Internacional, recursos humanos calificados para promover
una Política Exterior adecuada.
3º—Que la
Administración fundamenta su actuar en razones objetivas y que el
Ministerio basa su proceder en el principio de continuidad orgánica de
la Administración y en el principio de eficiencia consagrado en el artículo
4 de la Ley General de Administración Pública.
4º—Que la
señora María de los Ángeles Cob Prendas, cédula
1-0398-1131, ha demostrado tener las condiciones suficientes para desarrollar
las actividades que demanda el cargo en el cual se le está nombrando; todo
lo cual garantiza que el país esté dignamente representado en las
funciones que se le asignen con el cargo y que con ello se potenciará
los intereses de la Nación. Por tanto,
ACUERDAN
Artículo
1º—Nombrar a la señora María de los Ángeles Cob
Prendas, cédula 1-0398-1131, como funcionaria en comisión en el
cargo de Ministro Interno.
Artículo
2º—Rige a partir del 16 de febrero del 2011.
Dado en la Presidencia de la
República, a los dieciséis días del mes de febrero del dos
mil once.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René Castro Salazar.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 08334.—C-12550.—(IN2011068664).
Nº 121-11-SE
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL
MINISTRO DE RELACIONES
EXTERIORES
Y CULTO
De conformidad con los
artículos 140, inciso 12 y 146 de la Constitución Política
de la República de Costa Rica; el artículo 19 del Estatuto del
Servicio Exterior de la República de Costa Rica y el artículo 41
del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República,
Considerando:
1º—Que mediante el
Concurso para la Rotación del Servicio Interno al Servicio Exterior de
la República, Número CCSE- 0007-11 del 17 de febrero de 2011, se
sacó a concurso interno la plaza de Cónsul General en Los
Ángeles, California, Estados Unidos de América.
2º—Que en virtud de
la Directriz 013-H del Ministerio de Hacienda, del 16 de febrero del 2011,
publicada el 04 de marzo de 2011, referente a las medidas que debe adoptar el
Sector Público para hacerle frente a la reducción de gasto
público y a la austeridad en la Hacienda Pública, se dejó
en suspenso la asignación de la plaza indicada en el considerando
anterior.
3º—Que de conformidad
con el criterio de la Dirección General de Servicio Civil, los
funcionarios amparados al Régimen de Servicio Exterior quedan excluidos de
la aplicación de la Directriz 013-H del Ministerio de Hacienda.
4º—Que el
señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto acoge la
recomendación de la Comisión Calificadora del Servicio Exterior,
referente a la asignación del cargo de Cónsul General en Los
Ángeles, California, Estados Unidos de América, a la
señora Sylvia Elena Ugalde Fernández, cédula 1-0757-0249,
funcionaria de carrera diplomática. Por tanto,
ACUERDAN
Artículo
1º—Nombrar a la Segunda Secretaria de carrera diplomática,
señora Sylvia Elena Ugalde Fernández, cédula 1-0757-0249,
en el cargo de Cónsul General de Costa Rica en Los Ángeles,
California, Estados Unidos de América, con ascenso en comisión, a
partir del 1º de enero de 2012.
Artículo 2º—La persona
designada en este cargo debe asumir funciones en un plazo máximo de 60
días naturales, período en el que deberá recibir la
inducción respectiva, ajustándose a las normas laborales del
Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo 3º—Rige a partir
del 1º de enero de 2012.
Dado en la Presidencia de la
República, a los siete días del mes de julio del dos mil once.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René Castro Salazar.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 08334.—C-18820.—(IN2011068665).
Nº 286-2011-MSP
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en las atribuciones conferidas por los artículos 140 inciso 2) y 146 de la Constitución Política y oficio 4293-2011-DRH, del 17 de junio de 2011, suscrito por el Lic. José Adrián Delgado Mora, Asesor Legal de Recursos Humanos, y Oficio 183-06-2011-IA-DDL del 14 de junio de2011, suscrito por el Lic. Maylor Umaña Rodríguez, Apoderado Especial y Judicial del Ministerio de Gobernación, Policía y Seguridad Publica, donde informa que ha adquirido firmeza la resolución N° 11770-2011-de las ocho horas treinta y cinco minutos del veinticinco de mayo de dos mil once del Tribunal de Servicio Civil y de conformidad con los artículos 14 inciso a), 190 inciso a), del Estatuto de Servicio Civil y 63 inciso a) de su Reglamento.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Despedir sin Responsabilidad Patronal, por causa justificada al señor Luis Guillermo Cordero Molina, cédula de identidad número 3-285-779.
Artículo 2º—Rige a partir del 4 de julio de 2011.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintisiete días del mes de junio del dos mil once.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Gobernación y Policía y Seguridad Pública.—Lic. Mario Zamora Cordero.—1 vez.—O. C. Nº 11335.—Solicitud Nº 31120.—C-11200.—(IN2011068688).
N° 287-2011-MSP
EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en las
atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General
de la Administración Pública, artículo 7 del Reglamento de
Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.
Considerando:
1º—Que mediante
Acuerdo N° 283-2011-MSP, del veintitrés de junio del dos mil once,
se autorizó a la Señora Nadia Bermúdez Ramírez,
cédula 1-1083-626, para asistir a la actividad denominada “Taller
preparatorio de Propuestas de Formación Policial” en El Salvador,
los días del 26 de junio al 02 de julio del 2011 (incluye salida y
regreso de la participante).
2º—Que de conformidad
con e! oficio N° DCD-2082-2011-SB de fecha 24 de junio de 2011, suscrito
por la Licda. Patricia Herrera Madrigal, Sección Becas, Departamento
Capacitación y Desarrollo, Dirección Recursos Humanos, solicita
modificar el acuerdo N° 283-2011-MSP, en lo conducente al artículo
2, para que se lea según se dirá. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo
1º—Modifíquese el artículo 2 del Acuerdo N°
283-2011-MSP, del veintitrés de junio del dos mil once, para que en
donde dice: “Los costos de boletos aéreos, alojamiento y
alimentación serán auspiciados con el fondo SICA-ESPAÑA,
se lea correctamente “Los costos de boletos aéreos, alojamiento y
alimentación serán auspiciados con el fondo SICA-ESPAÑA.
El Ministerio de Seguridad Pública cubrirá el pago de los
impuestos correspondientes mediante el programa 090-02, subpartida 1.05.04 de
Gastos de Viáticos al Exterior”.
Artículo
2º—Todos los demás aspectos autorizados en el acuerdo
283-2011-MSP, se mantienen incólume.
Dado en el Despacho del Ministro
de Seguridad Pública, a los veinticuatro días del mes de junio
del dos mil once.
Celso Gamboa Sánchez, Ministro de Gobernación y Policía y Seguridad Pública a. í.—1 vez.—O. C. 005-11.—Solicitud Nº 31118.—C-12950.—(IN2011068249).
Nº 290-2011 MSP
EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículo 7 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.
Considerando:
1º—Que se ha recibido cordial invitación para que varios funcionarios de este Ministerio asistan a la actividad denominada “II Reunión Regional de Unidades de Estadísticas de Policía”, a realizarse en Perú, del 18 al 21 de julio de 2011 (incluye salida y regreso del participante).
2º—Que el objetivo del viaje es incrementar las capacidades institucionales, a través de intercambio de metodologías de análisis de la violencia y la delincuencia, donde la experiencia y conocimiento de cada organismo policial sean compartidos y mejorados colectivamente.
3º—Que
dado el objetivo del curso, es de interés para este Ministerio contar
con varios funcionarios en dicha Reunión. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor Esteban Quirós Valverde, cédula 1-1211-045, Rodrigo Campos Cordero, cédula 1-856-885, para que asistan a 1a actividad denominada “II Reunión Regional de Unidades de Estadísticas de Policía”, por realizarse en Perú, del 18 al 21 de julio de 2011 (incluye salida y regreso de los participantes).
Artículo 2º—Los organizadores de la actividad cubrirán los gastos por concepto de tiquete aéreo, impuestos, hospedaje y alimentación.
Artículo 3º—Que durante los días del 18 al 21 de julio del 2011, en que se autoriza la participación de los funcionarios en dicha Reunión, devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 18 al 21 de julio de 2011.
Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad Pública, a los veintiocho días del mes de junio del dos mil once.
Lic. Mario Zamora Cordero, Ministro de Gobernación, Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. Nº 11335.—Solicitud Nº 31117.—C-14340.—(IN2011068683).
Nº 291-2011-MSP
EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículo 7 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.
Considerando:
1º—Que se ha recibido cordial invitación para que un funcionario de este Ministerio asista a la actividad denominada “Conferencia sobre los sistemas informáticos CNIES y CENTRIX”, a realizarse en Bogotá, Colombia, del 17 al 23 de julio de 2011 (incluye salida y regreso del participante).
2º—Que el objetivo del viaje es proveer un foro para el diálogo productivo entre profesionales de las comunicaciones para establecer cooperación hemisférica, interoperabilidad y futuras iniciativas de intercambio de información que fomenten la cooperación regional.
3º—Que dado el objetivo del viaje, es de interés para este Ministerio contar con un funcionario en dicha Conferencia. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor Leslie Marín Gómez, cédula 2-421-603, para que asista a la actividad denominada “Conferencia sobre los sistemas informáticos CNIES Y CENTRIX”, por realizarse en Bogotá, Colombia, del 17 al 23 de julio de 2011 (incluye salida y regreso del participante).
Artículo 2º—El Comando Sur costeará los gastos de alimentación, transportación y alojamiento.
Artículo 3º—Que durante los días del 17 al 23 de julio de 2011, en que se autoriza la participación del funcionario en dicha Conferencia, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 17 al 23 de julio de 2011.
Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad Pública, a los veintiocho días del mes de junio del dos mil once.
Lic. Mario Zamora Cordero, Ministro de Gobernación y Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. Nº 11335.—Solicitud Nº 31120.—C-11445.—(IN2011068687).
Nº 293-2011 MSP
EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículo 7 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.
Considerando:
1º—Que se ha recibido cordial invitación para que dos funcionarios de este Ministerio asistan a la actividad denominada “Curso de Equipo Especial de Reacción” a realizarse en la Base Lackland, Texas, Estados Unidos de América, del 11 de julio al 2 de setiembre de 2011 ((incluye salida y regreso de los participantes). La asignación se realizó en Sesión Extraordinaria N° 13-2011-CB de la Comisión de Becas, celebrada el 1º de julio del 2011.
2º—Que el objetivo del curso es aprender las tácticas del equipo especial de reacción, inclusive la forma adecuada de responder a incidentes de alto riesgo, familiarización con cinco sistemas de armamento diferentes con énfasis en la seguridad y las técnicas correctas para el manejo de armas.
3º—Que
dado el objetivo del curso, es de interés para este Ministerio contar
con dos funcionarios en dicho evento. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a Allan Villalobos Pérez, cédula 02-0651-0677 y Cesar Quirós Quirós, cédula 05-0388-0233, funcionarios de la Unidad Especial de Apoyo, para asistir a la actividad denominada “Curso de Equipo Especial de Reacción” a realizarse en la Base Lackland, Texas, Estados Unidos de América, del 11 de julio al 02 de setiembre de 2011 (incluye salida y regreso del participante.)
Artículo 2º—El Comando Sur de los Estados Unidos de América, costeará todos los gastos por concepto de transporte, alojamiento y alimentación de los participantes.
Artículo 3º—Que durante los días del 11 de julio al 02 de setiembre del 2011, en que se autoriza la participación los funcionarios en la actividad, devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 11 de julio del 2011.
Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad Pública, al primer día del mes de julio del dos mil once.
Lic. Mario Zamora Cordero, Ministro de Gobernación, Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. Nº 10912.—Solicitud Nº 31115.—C-14340.—(IN2011068682).
N° 294-2011-MSP
EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en las
atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso I) de la Ley General
de la Administración Pública, artículos 7 del Reglamento
de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.
Considerando:
1º—Que se ha recibido
cordial invitación para que dos funcionarios de este Ministerio asistan
a la actividad denominada “Curso de Especialización de Capitanes a
realizarse en WHINSEC, Fort Benning, Georgia, Estados Unidos, del 07 de julio
al 08 de diciembre de 2011 ((incluye salida y regreso del participante). La
asignación se realizó en Sesión Extraordinaria N°
13-2011-CB de la Comisión de Becas, celebrada el 01 de julio del 2011.
2º—Que el objetivo del curso es
impartir adiestramiento especializado y de alto nivel oficiles de plana mayor
para asumir funciones de mando y liderazgo.
3º—Que dado el objetivo del curso,
es de interés para este Ministerio contar con dos funcionarios en dicho
evento. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo
1º—Autorizar a Omar Chavarría Castrillo,
cédula 5-0313-0732 Jefe Policía Proximidad de Liberia y Jorge
Castillo Sánchez, cédula 5-0287-0832 Jefe Policía
Proximidad de Zarcero, para que asistan a la actividad denominada “Curso
de Especialización de Capitanes a realizarse en WHINSEC, Fort Benning,
Georgia, Estados Unidos, del 7 de julio al 08 de diciembre de 2011 (incluye
salida y regreso de los participantes).
Artículo 2º—El Comando Sur
de los Estados Unidos de América, correrá con los gastos de
transporte, alojamiento y alimentación de los participantes.
Artículo 3º—Que durante los
días del 7 de julio al 8 de diciembre del 2011, en que se autoriza la
participación de los funcionarios en la actividad, devengarán el
100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir
del 7 de julio del 2011.
Dado en el Despacho del Ministro
de Seguridad Pública, al primer día del mes de julio del dos mil
once.
Lic. Mario
Zamora Cordero, Ministro de Gobernación y Policía y Seguridad
Pública.—1 vez.—O. C. 005-11.—Solicitud Nº 31112.—C-13450.—(IN2011068248).
Nº 297-2011 MSP
EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículo 7 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.
Considerando:
1º—Que se ha recibido cordial invitación para que tres funcionarios de este Ministerio asista a la actividad denominada “Curso de Operaciones Antinarcóticos Comando de Jungla” a realizarse en Colombia, del 10 de julio al 19 de noviembre de 2011 (incluye salida y regreso del participante). La asignación se realizó en Sesión Extraordinaria N° 13-2011-CB de la Comisión de Becas, celebrada el 1º de julio del 2011.
2º—Que el objetivo del curso es enseñar las destrezas necesarias para desarrollar con éxito operaciones antinarcóticos de alto riesgo o de amenazas en zonas rurales remotas.
3º—Que dado el objetivo del curso, es de interés para este Ministerio contar con tres funcionarios en dicho evento. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a Mauricio Gutiérrez Montiel, cédula 6-0325-0412, Randall Castro Ramírez, cédula 1-1348-0548 (suplente) Adrián Chinchilla Jordan, cédula 1-1376-0457 (suplente) funcionarios de la Unidad Especial de Apoyo, para que asistan a la actividad denominada “Curso de Operaciones Antinarcóticos Comando de Jungla” a realizarse en Colombia, del 10 de julio al 19 de noviembre de 2011 (incluye salida y regreso de los participantes).
Artículo 2º—El Gobierno de los Estados Unidos de América y el Gobierno de Colombia, correrán con los gastos de transporte, alojamiento y alimentación, seguro médicos y gastos misceláneos de los participantes.
Artículo 3º—Que durante los días del 10 de julio al 19 de noviembre del 2011, en que se autoriza la participación de los funcionarios en la actividad, devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 10 de julio del 2011.
Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad Pública, al primer día del mes de julio del dos mil once.
Lic. Mario Zamora Cordero, Ministro de Gobernación, Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. Nº 10912.—Solicitud Nº 31115.—C-14340.—(IN2011068681).
Nº 298-2011-MSP
EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículo 7 del Reglamento de Gastos de Viajes y de Transportes para Funcionarios Públicos.
Considerando:
1º—Que mediante Acuerdo Nº 272-2011-MSP, de diecisiete de junio del dos mil once, se autorizó al señor Walter Navarro Romero, cédula 1-512-957, para asistir a la actividad denominada “XIII Congreso Nacional y IV Internacional de Servicios Públicos y TIC”, a realizarse en Medellín, Colombia, del 22 al 25 de junio de 2011.
2º—Que mediante oficio Nº DC-2126-2011-SB de 1º de julio 2011, del Departamento de Capacitación y Desarrollo, y Nº 739-2011 DV-CT de Despacho de Viceministro, se solicitó modificar el Acuerdo 272-2011-MSP, en lo conducente al artículo 2, para que se lea según se dirá. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Modificar el artículo 2 del Acuerdo 272-2011-MSP, para que se lea correctamente: “Los gastos por tiquete aéreo y hospedaje serán cubiertos por los organizadores. Los gastos por concepto de alimentación, transporte interno y demás gastos, serán cubiertos por el Ministerio de Seguridad Pública por el programa 089-Gestión Administrativa en la Sub-partida “10503” de transporte en el Exterior y la subpartida 1-05-04 de viáticos en el exterior”.
Artículo 2º—Todos los demás conceptos autorizados en el Acuerdo 272-2011-MSP, se mantienen incólumes.
Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad Pública, a los cuatro días del mes de julio del dos mil once.
Lic. Mario Zamora Cordero, Ministro de Gobernación y Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. Nº 11335.—Solicitud Nº 31120.—C-11445.—(IN2011068686).
N ° 306-2011-MSP
El MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en las
atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General
de la Administración Pública, artículo 7 del Reglamento de
Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.
Considerando
1º—Que se ha recibido
cordial invitación para que una funcionaría de este Ministerio
asista a la actividad denominada “Curso proyectos municipales para la
Seguridad Ciudadana”, a realizarse en Israel, del 08 de julio al 04 de
agosto de 2011 (incluye salida y regreso de la participante).
2º—Que el objetivo
del viaje es capacitar a los municipios como sujetos de seguridad ciudadana,
otorgándole los instrumentos que le permitan construir modelos a
través de la formación de alianzas con la Policía y muy
especialmente la policía comunitaria.
3º—Que dado el
objetivo del viaje, es de interés para este Ministerio contar con una
funcionaria en dicha Conferencia. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo
1º—Autorizar a la señora Ester Fonseca Sandoval,
cédula 7-100-105, para que asista a la actividad denominada “Curso
proyectos municipales para la Seguridad Ciudadana”, por realizarse en
Israel, del 08 de julio al 04 de agosto de 2011 (incluye salida y regreso de la
participante).
Artículo 2º—El
Gobierno de Israel cubrirá el hospedaje, la alimentación,
aranceles de estudio, giras profesionales, traslados, seguro médico y
servicio de lavandería. El costo del boleto aéreo será
cubierto por la participante.
Artículo
3º—Que durante los días del 08 de julio al 04 de agosto de
2011, en que se autoriza la participación de! funcionario en dicha
Conferencia, devengará el 100% de su salario.
Artículo
4º—Rige a partir del 08 de julio al 04 de agosto de 2011.
Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad
Pública, a los siete días del mes de julio del dos mil once.
Lic. Mario
Zamora Cordero, Ministro de Gobernación y Policía y Seguridad
Pública.—1 vez.—O. C. 005-11.—Solicitud Nº
31118—C-12950.—(IN2011068250).
Nº 308-2011 MSP
EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículo 7 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.
Considerando:
1º—Que se ha recibido cordial invitación para que una funcionaria de este Ministerio asista a la actividad denominada “Congreso de Medicina Aeroespacial”, a realizarse en Quito, Ecuador, del 11 al 16 de julio de 2011 (incluye salida y regreso de la participante).
2º—Que el objetivo del congreso es adquirir los últimos conocimientos en el campo de Medicina Aeroespacial, intercambiar experiencias e investigaciones en el ámbito aeronáutico de los países latinoamericanos, y acrecentar la seguridad aérea en todas nuestras naciones.
3º—Que dado el objetivo del viaje, es de interés para este Ministerio contar con una funcionaria en dicha Congreso. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a la señora Fiorella Segura Villalobos, cédula 4-155-633, para que asista a la actividad denominada “Congreso de Medicina Aeroespacial”, por realizarse en Quito, Ecuador del 11 al 16 de julio de 2011 (incluye salida y regreso de la participante).
Artículo 2º—Los gastos de viaje serán asumidos por la participante.
Artículo 3º—Que durante los días del 11 al 16 de julio de 2011, en que se autoriza la participación del funcionario en dicha Conferencia, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 11 al 16 de julio de 2011.
Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad Pública, a los siete días del mes de julio del dos mil once.
Mario Zamora Cordero, Ministro de Gobernación, Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. Nº 11335.—Solicitud Nº 31120.—C-11445.—(IN2011068684).
N° 321-2011-MSP
EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en las
atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General
de la Administración Pública, artículo 7 del Reglamento de
Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos,
Considerando:
1º—Que se ha recibido
cordial invitación para que un funcionario de este Ministerio asista a
la actividad denominada “28 Conferencia Anual de Oficiales de D.A.R.E.
Internacional”, a realizarse en Nashville, Tennessee, Estados Unidos de
América, del 24 al 30 de julio de 2011 (incluye salida y regreso del
participante).
2º—Que el objetivo de la
conferencia es presentar temas como parte del seguimiento en el área de
capacitación que se brinda anualmente a los oficiales DARE de diferentes
países.
3º—Que dado el objetivo del viaje,
es de interés para este Ministerio contar con un funcionario en dicha
Conferencia. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo
1º—Autorizar al señor Franklin Ruiz Rojas, cédula
5-232-690, para que asista a la actividad denominada “28 Conferencia
Anual de Oficiales de D.A.R.E. Internacional”, por realizarse en
Nashville, Tennessee, Estados Unidos de América, del 24 al 30 de julio
de 2011 (incluye salida y regreso del participante).
Artículo 2º—Los gastos de
hospedaje, alimentación, tiquetes de avión y transporte interno,
serán cubiertos por los organizadores de D.A.R.E, América.
Artículo 3º—Que durante los
días del 24 al 30 de julio de 2011, en que se autoriza la
participación del funcionario en dicha Conferencia, devengará el
100% de su salario.
Artículo
4º—Rige a partir del 24 al 30 de julio de 2011.
Dado en el Despacho del Ministro
de Seguridad Pública, a los catorce días del mes de julio del dos
mil once.
Lic. Mario
Zamora Cordero, Ministro de Gobernación y Policía y Seguridad
Pública.—1 vez.—O. C. 005-2011.—Solicitud Nº
31123—C-11220.—(IN2011068256).
N ° 322-2011-MSP
EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en las
atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General
de la Administración Pública, artículo 7 del Reglamento de
Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.
Considerando:
1º—Que se ha recibido
cordial invitación para que varios funcionarios de este Ministerio
asistan a la actividad denominada “Curso Subregional sobre Entrenamiento
en Intercepción de Pasajeros”, a realizarse en Santo Domingo,
República Dominicana, del 14 al 20 de agosto de 2011 (incluye salida y
regreso de los participantes).
2º—Que el objetivo del viaje es brindar
a los participantes capacitación de reconocimiento de pasajeros,
técnicas de inspección de equipaje, recolección y
manutención de evidencia, reconocimiento de documentos fraudulentos,
análisis de inteligencia y técnicas de entrevista.
3º—Que dado el objetivo
del viaje, es de interés para este Ministerio contar con varios
funcionarios en dicha actividad. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo
1º—Autorizar al señor Víctor Brizuela Cascante,
cédula 1-652-644, Glen Pacheco Araya, cédula 2-541-608, Jorge
Arturo García Zúñiga, cédula 2-436-071, para que
asistan a la actividad denominada “Curso Subregional sobre Entrenamiento
en Intercepción de Pasajeros”, por realizarse en Santo Domingo,
República Dominicana, del 14 al 20 de agosto de 2011 (incluye salida y
regreso de los participantes).
Artículo 2º—La
Secretaría del CICTE cubrirá los gastos de hotel, los pasajes
aéreos, viáticos para la cena y gastos terminales.
Artículo
3º—Que durante los días del 14 al 20 de agosto de 2011, en
que se autoriza la participación de los funcionarios en dicha actividad,
devengarán el 100% de su salario.
Artículo
4º—Rige a partir del 14 al 20 de agosto de 2011.
Dado en el Despacho del Ministro
de Seguridad Pública, a los catorce días del mes de julio del dos
mil once.
Lic. Mario
Zamora Cordero, Ministro de Gobernación y Policía y Seguridad
Pública.—1 vez.—O. C. 0055-11.—Solicitud Nº
31118—C-11220.—(IN2011068257).
N° 322-2011 MSP
EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en las
atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General
de la Administración Pública, artículo 7 del Reglamento de
Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.
Considerando:
1º—Que se ha recibido
cordial invitación para que varios funcionarios de este Ministerio
asistan a la actividad denominada “Curso Subregional sobre Entrenamiento
en Intercepción de Pasajeros”, a realizarse en Santo Domingo,
República Dominicana, del 14 al 20 de agosto de 2011 (incluye salida y
regreso de los participantes).
2º—Que el objetivo
del viaje es brindar a los participantes capacitación de reconocimiento
de pasajeros, técnicas de inspección de equipaje,
recolección y manutención de evidencia, reconocimiento de
documentos fraudulentos, análisis de inteligencia y técnicas de
entrevista.
3º—Que dado el
objetivo del viaje, es de interés para este Ministerio contar con varios
funcionarios en dicha actividad. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo
1º—Autorizar al señor Víctor Brizuela Cascante,
cédula 1-652-644, Glen Pacheco Araya, cédula 2-541-608, Jorge
Arturo García Zúñiga, cédula 2-436-071, para que
asistan a la actividad denominada “Curso Subregional sobre Entrenamiento
en intercepción de Pasajeros”, por realizarse en Santo Domingo,
República Dominicana, del 14 al 20 de agosto de 2011 (incluye salida y
regreso de los participantes).
Artículo 2º—La
Secretaría del CICTE cubrirá los gastos de hotel, los pasajes
aéreos, viáticos para la cena y gastos terminales.
Artículo
3º—Que durante los días del 14 al 20 de agosto de 2011, en
que se autoriza la participación de los funcionarios en dicha actividad,
devengarán el 100% de su salario.
Artículo
4º—Rige a partir del 14 al 20 de agosto de 2011.
Dado en el Despacho del Ministro
de Seguridad Pública, a los catorce días del mes de julio del dos
mil once.
Mario
Zamora Cordero, Ministro de Gobernación, Policía y Seguridad
Pública.—1 vez.—O. C. 005-2011.—Solicitud Nº
31111—C-12550.—(IN2011068258).
Nº 327-2011 MSP
EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículo 7 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.
Considerando:
1º—Que se ha recibido cordial invitación para que un funcionario de este Ministerio asista a la actividad denominada “Visita de Trabajo con sus homólogos de la Policía Nacional de Panamá”, a realizarse en Panamá, del 30 de julio al 6 de agosto de 2011 (incluye salida y regreso del participante).
2º—Que el objetivo del curso es dar seguimiento y potencializar el proyecto denominado COMPSTAT y Policía Comunitaria, basado en Planes de Trabajo y rendición de cuentas.
3º—Que dado el objetivo del viaje, es de interés para este Ministerio contar con un funcionario en dicha Conferencia. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor Leslie Marín Gómez, cédula 2-421-603, para que asista a la actividad denominada “Visita de Trabajo con sus homólogos de la Policía Nacional de Panamá”, por realizarse en Panamá, del 30 de julio al 6 de agosto de 2011 (incluye salida y regreso del participante).
Artículo 2º—El costo de los boletos-aéreos, alimentación, alojamiento, seguro médico básico y gastos misceláneos serán cubiertos por el Gobierno de los Estados Unidos de América.
Artículo 3º—Que durante los días del 30 de julio al 06 de agosto de 2011, en que se autoriza la participación del funcionario en dicha Conferencia, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 30 de julio al 6 de agosto de 2011.
Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad Pública, a los catorce días del mes de julio del dos mil once.
Mario Zamora Cordero, Ministro de Gobernación, Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. Nº 11335.—Solicitud Nº 31120.—C-13445.—(IN2011068685).
N° 329-2011 MSP
EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en las
atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General
de la Administración Pública, artículo 7 del Reglamento de
Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.
Considerando:
1º—Que se ha recibido
cordial invitación para que varios funcionarios de este Ministerio
asistan a la actividad denominada “Visita de Trabajo con sus
homólogos de la Policía Nacional de Panamá”, a
realizarse en Panamá, del 24 al 30 de julio de 2011 (incluye salida y
regreso de los participantes).
2º—Que el objetivo
del curso es dar seguimiento y potencializar el proyecto denominado Compstat y
Policía Comunitaria, basado en planes de trabajo y rendición de
cuentas.
3º—Que dado el
objetivo del viaje, es de interés para este Ministerio contar con varios
funcionarios en dicha actividad. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo
1º—Autorizar al señor Manuel Cartín Sequeira,
cédula 1-872-436, Elvis Vega Araya cédula 3-405-555, Olga
Gómez Quirós, cédula 3-322-046, para que asistan a la
actividad denominada “Visita de Trabajo con sus homólogos de la
Policía Nacional de Panamá”, por realizarse en
Panamá, del 24 al 30 de julio de 2011 (incluye salida y regreso de los
participantes).
Artículo 2º—El
costo de los boletos aéreos, alimentación, alojamiento, seguro médico
básico y gastos misceláneos serán cubiertos por el
Gobierno de los Estados Unidos de América.
Artículo
3º—Que durante los días del 24 al 30 de julio de 2011, en que
se autoriza la participación de los funcionarios en dicha actividad,
devengarán el 100% de su salario.
Artículo
4º—Rige a partir del 24 al 30 de julio de 2011.
Dado en el Despacho del Ministro
de Seguridad Pública, a los diecinueve días del mes de julio del
dos mil once.
Mario
Zamora Cordero, Ministro de Gobernación, Policía y Seguridad Pública.—1
vez.—O. C.
00511.—Solicitud Nº 31118—C-11220.—(IN2011068259).
N° 333-2011 MSP
EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en las
atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General
de la Administración Pública, artículo 7 del Reglamento de
Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.
Considerando:
1º—Que se ha recibido
cordial invitación para que un funcionario de este Ministerio asista a
la actividad denominada “II Foro Regional de atención y
prevención de la corrupción en las Instituciones
Policiales”, a realizarse en Panamá, del 24 al 27 de julio de 2011
(incluye salida y regreso del participante).
2º—Que el objetivo
del curso es compartir experiencias entre homólogos en el Foro de
atención y prevención de la corrupción en las
instituciones Policiales.
3º—Que dado el
objetivo del viaje, es de interés para este Ministerio contar con un
funcionario en dicha actividad. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo
1º—Autorizar al señor Roberto Moya Rucavado, cédula
1-893-374, para que asista a la actividad denominada “II Foro Regional de
atención y prevención de la corrupción en las
Instituciones Policiales, por realizarse en Panamá, del 24 al 27 de
julio de 2011 (incluye salida y regreso del participante).
Artículo 2º—La
República de Panamá financiará el alojamiento y la
alimentación. El Ministerio de Seguridad Pública cubrirá
el tiquete aéreo por medio del programa 090-03 Seguridad Ciudadana en la
subpartida 1.05.03 “Transporte al exterior”, y para gastos menores
e impuestos de salida y entrada por la subpartida 1.05.04
“Viáticos al exterior del País”.
Artículo
3º—Que durante los días del 24 al 27 de julio de 2011, en que
se autoriza la participación del funcionario en dicha actividad,
devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige
a partir del 24 al 27 de julio de 2011.
Dado en el Despacho del Ministro
de Seguridad Pública, a los veintiún días del mes de julio
del dos mil once.
Mario
Zamora Cordero, Ministro de Gobernación, Policía y Seguridad
Pública.—1 vez.—O. C. 005-11.—Solicitud Nº
31118—C-12550.—(IN2011068260).
Nº 114-PE
LA MINISTRA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
De conformidad con lo que
establecen los artículos 140, inciso 20) y 146 de la Constitución
Política, la Ley Nº 8562 del 7 de diciembre del 2006, la Ley
Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración
Pública y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes
de la Contraloría General de la República.
ACUERDA:
1º—Autorizar a la
MSc. Giovanna Valverde Stark, cédula Nº 1-618-129, Asesora de la
Sra. Ministra, para que participe en la “Global Research Aliance on
Greenhouse Gases Ministerial Summit y en la sesión plenaria de la 37ava
Conferencia de la FAO” que se realizarán en Roma, Italia del 24 de
junio al 2 de julio de 2011.
2º—Los viáticos y
transporte terrestre serán cubiertos por el Despacho de la Ministra.
3º—Rige a partir del 23 de junio
al 2 de julio de 2011.
Dado en el Despacho Ministerial,
el ocho de junio del año dos mil once.
Gloria Abraham Peralta, Ministra de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—O. C. Nº 11660.—Solicitud Nº 40237.—C-10820.—(IN2011068965).
Nº 148-PE
LA MINISTRA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
De conformidad con lo que establecen los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, la Ley N° 8562 del 07 de diciembre del 2006, La Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.
ACUERDA:
1º—Autorizar al Ing. Edwin Orozco Barrantes, cédula número 2-313-547, funcionario del Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria (INTA), para que participe en el “Taller de inicio para la planificación del primer año del Proyect: Diseño de Sistemas Silvopastoriles como Estrategia para la Adaptación y Mitigación al Cambio Climático de los Sistemas Ganaderos en el Trópico Centroamericanos”, que se realizará en Panamá el 11 y 12 de julio de 2011.
2º—Los gastos serán cubiertos por la organización del evento.
3º—Rige a partir del 10 al 13 de julio de 2011.
Dado en el Despacho Ministerial el seis de julio del año dos mil once.
Gloria Abraham Peralta, Ministra de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—O. C. Nº 252.—Solicitud Nº 25040.—C-9920.—(IN2011068647).
Nº 158-PE
LA MINISTRA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
De conformidad con lo que establecen los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, la Ley N° 8562 del 07 de diciembre del 2006, La Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.
ACUERDA:
Modificar el acuerdo de viaje 126-11-PE, el cual debe leerse:
Dado en el Despacho Ministerial el diecisiete de junio del año dos mil once.
Gloria Abraham Peralta, Ministra de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—O. C. Nº 252.—Solicitud Nº 25040.—C-6320.—(IN2011068649).
Nº 198-PE
LA MINISTRA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
De conformidad con lo que
establecen los artículos 140, inciso 20) y 146 de la Constitución
Política, la Ley Nº 8562 del 7 de diciembre del 2006, la Ley
Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración
Pública y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes
de la Contraloría General de la República.
ACUERDA:
1º—Autorizar a la
MSc. Giovanna Valverde Stark, cédula Nº 1-618-129, Directora de
Cooperación Internacional, para que participe en: “PNUD en la mesa
redonda como parte de las actividades paralelas a la Asamblea General de la Organización
de las Naciones Unidas, sobre las plataformas público-privadas para el
Crecimiento Sostenible e Inclusivo, para que exponga sobre el proyecto de
Plataforma Nacional de Producción y Comercio Responsable de Piña
en Costa Rica, y el 22 de setiembre se realizará el Sexagésimo
quinto período de sesiones de la Asamblea General de la ONU (66AGNU),
que se realizará en Nueva York, Estados Unidos del 17 al 23 de setiembre
de 2011.
2º—Los gastos de boletos
aéreos y viáticos, así como transporte terrestre serán
cubiertos por el Presupuesto Ordinario del Despacho de la señora
Ministra.
3º—Rige a partir del 16 al 24 de
setiembre de 2011.
4º—De acuerdo con el oficio
Circular D.A.F. PROVEE. 194-2011 del 31 de marzo de 2011 de la
Proveeduría Institucional y siguiendo directrices de la Dirección
General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa
del Ministerio de Hacienda, el millaje generado por este viaje debe cederse al
Ministerio de Agricultura y Ganadería.
Dado en el Despacho Ministerial,
el veinticuatro de agosto del dos mil once.
Gloria Abraham Peralta, Ministra de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—O. C. Nº 11660.—Solicitud Nº 40238.—C-15320.—(IN2011068961).
N° 108
El MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140 inciso 20 y 146 de la Constitución
Política, artículos 25 inciso 1, 28 inciso 1 acápite b) de
la Ley General de la Administración Pública o Ley No 6227 del 2
de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley N° 8908 o Ley del
Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio
Económico del año 2011 y el artículo 34 del Reglamento de
Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que es de
Interés para el Ministerio de Obras Públicas y Transportes el
“XVI Congreso Internacional del CLAD sobre la Reforma del Estado y de la
Administración Pública”, en el cual se abordarán
temas muy relevantes en la Administración Pública aplicables a
las funciones que ejerce el funcionario.
2º—Que la participación del
funcionario Lic. Manuel Arce Jiménez, Subdirector General
División Administrativa , será de provecho para la
División Administrativa, así como para el resto de la Institución,
en el tanto se abordarán temas como la modernización
institucional, reorganización de la Administración Pública
en América Latina, entre otros; dadas las respectivas funciones que
realiza el servidor, además como miembro de la Comisión de
Implementación de la Reorganización Institucional, y por ser
parte de los requerimientos de capacitación y actualización
profesional. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo
Primero.—Designar al Licenciado Manuel Arce Jiménez, cedula
1-546-506 Subdirector General de la División Administrativa, para que
participe en el “XVI Congreso Internacional del CLAD sobre la Reforma del
Estado y de la Administración Pública”, mismo que se
llevará a cabo del 07 al 11 de noviembre del 2011, en la ciudad de
Asunción, Paraguay.
Artículo Segundo.—Los gastos de
alimentación y hospedaje del funcionario Manuel Arce Jiménez,
durante los días del 06 al 12 de noviembre del 2011, serán
cubiertos con recursos del MOPT en el programa 326-05-01 y en la subpartida
10504, por un monto de $809.12 dólares americanos, lo cual incluye los
gastos de alimentación y hospedaje, taxis (Aeropuerto-hotel y
viceversa), impuestos de salida de Costa Rica e impuestos de salida y tarjeta
de turismo en Paraguay.
Por la subpartida 10503, se reconocerá
para el funcionario el boleto Aéreo y otros cargos por una suma
máxima de $1400.
Los gastos de inscripción al Seminario
serán de $160 dólares americanos, los cuales serán
cubiertos por medio de la subpartida presupuestaria 1.07.01 del programa
presupuestario 326-05-01.
Artículo Tercero.—Que durante
los días hábiles laborales del 07 al 11 de noviembre del
año 2011, en que se autoriza la participación del funcionario,
Manuel Arias Jiménez, en la actividad denominada “XVI Congreso
Internacional del CLAD sobre la Reforma del Estado y de la
Administración Pública”, en la ciudad de
Asunción-Paraguay, devengarán el 100% de su salario.
Artículo Cuarto. Rige a partir del 06
de noviembre y hasta su regreso et día 12 de noviembre del 2011.
Dado en el Ministerio de Obras
Públicas y Transportes a los diez días del mes de agosto del
2011.
Francisco J. Jiménez, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O.C. 11426.—(Solicitud Nº 34454).—C-30170.—(IN2011068531).
Nº 116
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140 inciso 20 y 146 de la Constitución
Política, artículos 25 inciso l,28 inciso 1) acápite b) de
la Ley General de la Administración Pública o Ley Nº 6227
del 02 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8908 o
Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del año 2011 y el artículo 34 del
Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la
República.
Considerando:
I.—Que es de
interés para el Ministerio de Obras Públicas y Transportes el
tema Liderazgo Público en la Próxima Década: Gobernanza y
Habilidades Directivas 2011-2020, que auspicia la Asociación Dominicana
Egresados INAP España (ADEINAPE).
II.—Que la participación de la
Máster en Administración Pública, Cynthia Céspedes
Espinoza, será de provecho para el mejoramiento de la capacidad de
dirección de una de las dependencias de la División
Administrativa, en el tanto se tratarán temas vinculados al liderazgo
basado en valores, el concepto de lo público para la nueva
década, el déficit en la elaboración,
implementación y evaluación de las políticas
públicas en América Latina, la gestión con calidad y la
mejora continua de los servicios públicos. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar a la MAP. Cynthia Céspedes Espinoza,
cédula Nº 1-773-015, Subdirectora de Servicios Generales y Control
de Transportes de este Ministerio, para que participe en el XV Congreso
Internacional de la Federación de Antiguos Alumnos del INAP, el cual
tendrá lugar en Punta Cana, República Dominicana, del 10 al 14 de
octubre del 2011.
Artículo 2º—Los gastos de
de viaje de la funcionaría Céspedes Espinoza, que alcanzan la
suma de serán de $1.093,36 dólares americanos, serán
cubiertos con recursos de la subpartida 1-05-04 del Programa 326-05-07 por
concepto de de Viáticos al Exterior.
Los gastos por Transportes en el Exterior
serán cubiertos con cargo a la subpartida 1-05-03 del Programa
326-05-07, por un monto total de de la siguiente forma $720,00 dólares
americanos, lo cual incluye impuestos y otros cargos, aquí se
reconocerán los impuestos de salida de Costa Rica por la suma de $26,00,
los impuestos por uso de terminal aérea en República Dominicana
por un monto de $40,00, así como el traslado de la funcionaria en Costa
Rica y en República Dominicana para lo cual hace necesario efectuar el
traslado mediante transporte terrestre del Aeropuerto Internacional de las
Américas en Santo Domingo hasta Punta Cana Sede del Congreso y viceversa
para lo que se requiere un monto de $65, y el traslado de -casa de habitación-aeropuerto
y viceversa por un monto de $80.00 dólares americanos, para un total de
$1.813,36 en esta subpartida.
Los gastos de inscripción al congreso
hasta por un monto de $50.00 (cincuenta dólares americanos),
serán cubiertos con recursos de la subpartida 1-07-01 del Programa
326-05-07.
Artículo 3º—Que durante los
días en que se autoriza la participación de la funcionaria
Céspedes Espinoza, en el XV Congreso Internacional de la
Federación de Antiguos Alumnos del INAP, que se celebrará del 10
al 14 de octubre en Punta Cana, República Dominicana devengará el
100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir
del 09 de octubre y hasta su regreso el día 15 de octubre del 2011.
Dado en el Ministerio de Obras
Públicas y Transportes, 03 de agosto del 2011.
Francisco J. Jiménez Reyes, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O.C. 11426.—(Solicitud Nº 34452).—C-30170.—(IN2011068532).
N° 117
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución
Política, artículos 25 inciso 1), 28 inciso 1) acápite b)
de la Ley General de la Administración Pública o Ley Nº 6227
del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley N° 8908 ó
Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del año 2011 y el artículo 34 del
Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la
República.
Considerando:
1º—Que es de
Interés para el Ministerio de Obras Públicas y Transportes el
“XVI Congreso Internacional del CLAD sobre la Reforma del Estado y de la
Administración Pública”, en el cual se abordarán
temas muy relevantes en la Administración Pública aplicables a
las funciones que ejerce la funcionaria.
2º—Que la participación de
la funcionaria Lic. María Luisa Aguirre Murillo, Subejecutora del
Programa 326, será de provecho para el Programa, así como para el
resto de la Institución, en el tanto se abordarán temas como la
modernización institucional, reorganización de la
Administración Pública en América Latina, entre otros;
dadas las respectivas funciones que realiza la servidora y por ser parte de los
requerimientos de capacitación y actualización profesional. Por
tanto:
ACUERDA:
Artículo
Primero.—Designar a la Licenciada María Luisa Aguirre Murillo,
Cédula 1-1209-0119 Subejecutora del Programa 326 Administración
Superior, para que participe en el “XVI Congreso Internacional del CLAD
sobre la Reforma del Estado y de la Administración
Pública”, mismo que se llevará a cabo del 07 al 11 de
noviembre del 2011, en la ciudad de Asunción, Paraguay.
Artículo Segundo.—Los gastos de
alimentación y hospedaje de la funcionaría María Luisa
Aguirre Murillo, durante los días del 06 al 12 de noviembre del 2011,
serán cubiertos con recursos del MOPT en el programa 326-01-01 y en la
subpartida 10504, por un monto de $809.12 dólares americanos, lo cual
incluye los gastos de alimentación y hospedaje, taxis (Aeropuerto-hotel
y viceversa), impuestos de salida de Costa Rica e impuestos de salida y tarjeta
de turismo en Paraguay.
Por la subpartida 10503, se reconocerá
para la funcionaría el boleto Aéreo y otros cargos por una suma
máxima de $1400.
Los gastos de inscripción al Seminario
serán de $160 Dólares americanos, los cuales serán
cubiertos por medio de la subpartida presupuestaria 1.07.01 del programa
presupuestario 326-01-01.
Artículo Tercero.—Que durante
los días hábiles laborales del 07 al 11 de noviembre del
año 2011, en que se autoriza la participación de la
funcionaría, María Luisa Aguirre Murillo, en la actividad denominada
“XVI Congreso Internacional del CLAD sobre la Reforma del Estado y de la
Administración Pública”, en la ciudad de
Asunción-Paraguay, devengarán el 100% de su salario.
Artículo Cuarto.—Rige a partir
del 06 de noviembre y hasta su regreso el día 12 de noviembre del 2011.
Dado en el Ministerio de Obras
Públicas y Transportes, a los veinticuatro días del mes de agosto
del 2011.
Francisco J. Jiménez, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O.C. 11426.—(Solicitud Nº 34453).—C-30170.—(IN2011068533).
Nº 145-MJP
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL
MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ
En uso de las facultades
conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la
Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N°
5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto
Ejecutivo N° 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.
ACUERDAN:
Artículo
1º—Nombrar a la señora Anaclara Vargas Rodríguez,
cédula de identidad Nº 1-1194-0133, como representante del Poder
Ejecutivo en la Fundación Costa Rica Recovery, cédula
jurídica N° 3-006-632303, inscrita en la Sección de Personas
de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.
Artículo
2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán
protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Sección de
Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su respectiva
inscripción.
Artículo 3º—Rige a partir
de su publicación.
Dado en la Presidencia de la
República, el día cuatro de agosto del dos mil once.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Justicia y Paz, Hernando París Rodríguez.—1 vez.—O. C. Nº 10601.—Solicitud Nº 31651.—C-10820.—(IN2011068060).
Nº 146-MJP
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL
MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ
En uso de las facultades conferidas
por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución
Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de
agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo N° 36363-JP
del cinco de noviembre del dos mil diez.
ACUERDAN:
Artículo
1º—Nombrar a la señora Sui Yen Ramírez Villegas,
cédula de identidad N° 1-0928-0675, como representante del Poder
Ejecutivo en la Fundación Amigos de la Investigación
Científica, cédula jurídica N° 3-006-634186, inscrita
en la Sección de Personas de la Dirección de Personas
Jurídicas del Registro Nacional.
Artículo
2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán
protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Sección de
Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su respectiva
inscripción.
Artículo 3º—Rige a partir
de su publicación.
Dado en la Presidencia de la
República, San José, el día cuatro de agosto del dos mil
once.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Justicia y Paz, Hernando París R.—1 vez.—O. C. Nº 10601.—Solicitud Nº 31651.—C-10820.—(IN2011068064).
N° 0259-2011
LA PREDIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL
MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en los
artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución
Política; los numerales 25, 27 párrafo primero, 28 párrafo
segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración
Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; la Ley de Régimen
de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas;
la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora
del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996
y el Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto del 2008 y sus
reformas, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas,
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo
Ejecutivo Nº 094-2007 de fecha 26 de marzo del 2007, publicado en el
Diario Oficial La Gaceta Nº 120 del 22 de junio del 2007; a la
empresa Laboratorios Dentales de Zona Franca S. A., cédula jurídica
Nº 3-101-141801, se le otorgaron los beneficios e incentivos contemplados
por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley Nº 7210 del 23 de
noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.
II.—Que mediante documentos presentados
los días 13 y 20 de junio del 2011, en la Gerencia de Regímenes
Especiales de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante
Procomer, la empresa Laboratorios Dentales de Zona Franca S. A.,
solicitó la ampliación de la actividad y la doble clasificación
de la compañía, para que en adelante, en adición a la
actual clasificación como industria procesadora de exportación,
además se le considere empresa de servicios, así como
también requirió la modificación del nivel mínimo
total de inversión y su fecha de cumplimiento, del nivel mínimo
total de empleo y su fecha de cumplimiento, y del porcentaje de valor agregado
nacional.
III.—Que la instancia interna de la
Administración de Procomer, con arreglo al acuerdo adoptado por la junta
directiva de la citada Promotora en la sesión Nº 177-2006 del 30 de
octubre del 2006, conoció la solicitud de la empresa Laboratorios
Dentales de Zona Franca S. A., y con fundamento en las consideraciones
técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de
Regímenes Especiales de Procomer Nº 65-2011 de fecha 29 de junio de
2011, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva
modificación del Acuerdo Ejecutivo, al tenor de lo dispuesto por la Ley
Nº 7210, sus reformas y su Reglamento.
IV.—Que en virtud de las reformas
legales y reglamentarias que han operado con posterioridad al otorgamiento del
Régimen de Zonas Francas a la empresa, se hace necesario adecuar en lo
conducente el Acuerdo Ejecutivo original.
V.—Que se han observado los
procedimientos de Ley. Por tanto,
ACUERDAN:
1º—Modificar el
Acuerdo Ejecutivo Nº 094-2007 de fecha 26 de marzo del 2007, publicado en
el Diario Oficial La Gaceta Nº 120 del 22 de junio del 2007; para
que en el futuro las cláusulas primera, segunda, cuarta, quinta, sexta y
séptima, se lean de la siguiente manera:
“1. Otorgar el Régimen de Zonas
Francas a la empresa LABORATORIOS DENTALES DE ZONA FRANCA S. A., cédula jurídica
número 3-101-141801 (en adelante denominada la beneficiaría),
clasificándola como Industria Procesadora de Exportación y como
Empresa de Servicios, de conformidad con los incisos a) y c) del
artículo 17 de la Ley N° 7210 y sus reformas.”
“2. La actividad de la beneficiaria
consistirá en la producción de prótesis dentales, que
incluyen puentes fijos de cerámica y porcelana, coronas e implantes,
así como en brindar servicio al cliente, y diseño de
prótesis dentales.”
“4. La beneficiaria gozará de
los incentivos y beneficios contemplados en la Ley N° 7210 y sus reformas,
con las limitaciones y condiciones que allí se establecen y con apego a
las regulaciones que al respecto establezcan tanto el Poder Ejecutivo como PROCOMER.
Los
plazos, términos y condiciones de los beneficios otorgados en virtud de
la Ley N° 7210 quedan supeditados a los compromisos asumidos por Costa Rica
en los tratados internacionales relativos a la Organización Mundial del
Comercio (OMC),
incluyendo, entre otros, el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias
(ASMC) y las decisiones de los
órganos correspondientes de la OMC al amparo del artículo
27 párrafo 4 del ASMC. En particular, queda establecido que el
Estado costarricense no otorgará los beneficios previstos en la Ley
N° 7210 que de acuerdo con el ASMC constituyan subvenciones
prohibidas, más allá de los plazos para la concesión de
las prórrogas previstas en el artículo 27 párrafo 4 del ASMC a determinados países en
desarrollo.
Para
los efectos de las exenciones otorgadas debe tenerse en consideración lo
dispuesto por los artículos 62 y 64 del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios, Ley N° 4755, del 3 de mayo de 1971 y sus
reformas, en lo que resulten aplicables.”
“5. De conformidad con lo dispuesto por
el artículo 20 inciso g) de la Ley de Régimen de Zonas Francas
(Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas), la
beneficiaría gozará de exención de todos los tributos a
las utilidades, así como cualquier otro, cuya base imponible se
determine en relación con las ganancias brutas o netas, con los
dividendos abonados a los accionistas o ingresos o ventas, según las
diferenciaciones que dicha norma contiene.
Dicha
beneficiaria sólo podrá introducir sus productos y sus servicios
al mercado local, observando rigurosamente los requisitos establecidos al
efecto por el artículo 22 de la Ley N° 7210 y sus reformas, en
particular los que se relacionan con el pago de los impuestos
respectivos.”
“6. La beneficiaria se obliga a
realizar y mantener un nivel mínimo de empleo de 160 trabajadores, a
partir del 12 de diciembre del 2008, así como a realizar y mantener un
nivel mínimo total de empleo de 190 trabajadores, a más tardar el
15 de junio del 2013. Asimismo, se obliga a mantener una inversión de al
menos US $882.380,00 (ochocientos ochenta y dos mil trescientos ochenta
dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América),
a partir del 01 de junio del 2007, así como a realizar y mantener una
inversión nueva adicional de al menos US$195.000,00 (ciento noventa y
cinco mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de
América), a más tardar el 12 de diciembre del 2008, y de
US$121.666,00 (ciento veintiún mil seiscientos sesenta y seis
dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América),
a más tardar el 15 de junio del 2013. Por lo tanto, la beneficiaria se
obliga a realizar y mantener un nivel de inversión total de al menos US
$1.199.046,00 (un millón ciento noventa y nueve mil cuarenta y seis
dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América).
Finalmente, la empresa beneficiaría se obliga a mantener un porcentaje
mínimo de valor agregado nacional del 69,05%.
PROCOMER vigilará el cumplimiento
de los niveles de inversión antes indicados, de conformidad con los
criterios y parámetros establecidos por el Reglamento a la Ley de
Régimen de Zonas Francas. Tal facultad deberá ser prevista en el
respectivo Contrato de Operaciones que suscribirá la beneficiario, como
una obligación a cargo de ésta. Consecuentemente, el Poder
Ejecutivo podrá revocar el Régimen a dicha empresa en caso de
que, conforme con aquellos parámetros, la misma no cumpla con los
niveles mínimos de inversión anteriormente
señalados.”
“7. Una vez suscrito el Contrato de
Operaciones, la empresa se obliga a pagar el canon mensual por derecho de uso
del Régimen de Zonas Francas. La fecha prevista para el inicio de las
operaciones productivas es el 01 de junio del 2007. En caso de que por
cualquier circunstancia la beneficiaría no inicie dicha etapa de
producción en la fecha antes señalada, continuará pagando
el referido canon, para lo cual la Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica
seguirá tomando como referencia para su cálculo, en lo que
atañe a su actividad como industria procesadora de exportación,
las proyecciones de área de techo industrial, y en lo que concierne a su
actividad como empresa de servicios, las proyecciones de ventas, consignadas en
su respectiva solicitud.
Para efectos de cobro del canon,
la empresa deberá informar a PROCOMER de los aumentos realizados en
el área de techo industrial y de las ventas mensuales realizadas. El
incumplimiento de esta obligación provocará el cobro retroactivo
del canon, en lo que se refiere a su actividad como industria procesadora de
exportación, a partir de la fecha de la última medición
realizada por la citada Promotora, quien tomará como base para realizar
el cálculo la nueva medida, y en lo que respecta a su actividad como
empresa de servicios, PROCOMER tomará como referencia para su
cálculo, las proyecciones de ventas consignadas en su respectiva
solicitud,”
2º—En todo lo que no
ha sido expresamente modificado, se mantiene lo dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo
Nº 094-2007 de fecha 26 de marzo del 2007, publicado en el Diario Oficial La
Gaceta Nº 120 del 22 de junio del 2007.
3º—Rige a partir de su
notificación.
Comuníquese y
publíquese.
Dado en la Presidencia de la
República. San José, a los quince días del mes de julio
del año dos mil once.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Comercio Exterior a. í., Fernando Ocampo Sánchez.—1 vez.—(IN2011068273).
DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO
DE
LA COMUNIDAD
AVISO
El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Legal y de Registro, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Específica para el Saneamiento Ambiental del Triunfo de las Comunidades de Santa Ana, San José. Por medio de su representante: Isaac Ramos González, cédula 800610734, ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, 31 de agosto del 2011.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa—1 vez.—RP2011255376.—(IN2011068354).
SERVICIO FITOSANITARIO
DEL ESTADO
DEPARTAMENTO DE INSUMOS AGRÍCOLAS
EDICTOS
DIA-R-E-294-2011.—El señor: Salomé Artavia Barquero, cédula 1-963-996 en calidad de representante legal de la compañía Soluciones Agrícola Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Silicalmag Río Claro. Compuesto a base de silicio, fósforo, magnesio, calcio. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 15:45 horas del 3 de agosto del 2011.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Luis Aguilar Zeledón, Encargado.—1 vez.—(IN2011068078).
DIA-R-E-295-2011.—El señor: Salomé Artavia Barquero, cédula 1-963-996 en calidad de representante legal de la Compañía Soluciones Agrícola Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Viosil. Compuesto a base de silicio, potasio. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 11:43 horas del 4 de agosto del 2011.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Luis Aguilar Zeledón, Encargado.—1 vez.—(IN2011068079).
DIA-R-E-260-2011.—La señora Salomé Artavia Barquero, cédula 1-0963-0996 en calidad de representante legal de la Compañía Soluciones Agrícolas Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial GSA 12-24-12-8(S). Compuesto a base de nitrógeno-fósforo-potasio-azufre. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 9:30 horas del 27 de junio del 2011.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Luis Aguilar Zeledón, Encargado.—1 vez.—(IN2011068083).
DIA-R-E-168-2011.—El señor Rigoberto Brenes Vega, cédula 2-0307-0517 en calidad de representante legal de la compañía Químicos para la Industria y la Agricultura S. A. (QUINAGRO), cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San Pedro de Poás, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Quinagro Foscu 0-25-0-5 compuesto a base de fósforo-cobre-aminoácidos-polisacáridos-ácidos húmicos. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664, se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 11:00 horas del 31 de marzo del 2011.—Ing. Marco Vinicio Jiménez Salas, Encargado Unidad Registro de Agroinsumos.—1 vez.—RP2011255769.—(IN2011068794).
El señor Pablo Alexis Hernández Herrera, pasaporte número: 002275866, en calidad de apoderado general de la compañía Fertica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Ureamon, compuesto a base de nitrógeno-magnesio-calcio-boro. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 29 de agosto del 2011.—Unidad Registro de Agroinsumos.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Encargado a. í.—1 vez.—(IN2011068951).
SERVICIO NACIONAL DE
SALUD ANIMAL
EDICTO
El doctor Javier Molina Ulloa, número de cédula 1-543-142, vecino de Heredia, en calidad de regente veterinario de la Oficina Tramitadora de Registros Molimor JS SRL, con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: dexametasona VF, fabricado por Laboratorio Von Franken S.A.I.C., Argentina, con los siguientes principios activos: Cada 100 ml contiene: Dexametasona 0,20 g y las siguientes indicaciones terapéuticas: Antiinflamatorio esteroide. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 15 horas del 16 de agosto del 2011.—Dirección de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2011068606).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE LA
CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, Rama Académica Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 24, título Nº 191, emitido por el Colegio Mario Quirós Sasso, en el año mil novecientos setenta y seis, a nombre de Calderón Villalobos Marcos. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los ocho días del mes de agosto del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Liliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2011254945.—(IN2011067525).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, Rama Académica Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 18, título Nº 246, emitido por el Liceo Miguel Araya Venegas, en el año mil novecientos setenta y ocho, a nombre de Ortiz Isaba Georgina. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dieciocho días del mes de agosto del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Liliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2011255045.—(IN2011067526).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 148, título N° 424, emitido por el Cindea Santa Cruz, en el año dos mil nueve, a nombre de Jiménez Solano Evelyn Priscilla. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los treinta días del mes de agosto del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011067690).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 47, título N° 669, emitido por el Liceo San Pedro de Pérez Zeledón, en el año dos mil ocho, a nombre de Rojas Segura Bryan. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los treinta días del mes de agosto del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, JefA.—(IN2011067711).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 10, título N° 250, emitido por el Colegio Isaac Martin, en el año dos mil tres, a nombre de Iturrino Soto Daniel Francisco. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, diecinueve de mayo del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2011255314.—(IN2011067923).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 162, título N° 1272, emitido por el Colegio El Carmen, en el año dos mil cinco, a nombre de Vargas Villalobos María Carolina. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en San José, al primer día del mes de julio del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011068077).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 25, título Nº 72, emitido por el Liceo Boca de Arenal, en el año dos mil ocho, a nombre de Bonilla Chacón María Yinela. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en San José, a los treinta y un días del mes de agosto del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011068112).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, Rama Académica Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 99, título N° 431, emitido por el Colegio de Bagaces, en el año mil novecientos ochenta y cinco, a nombre de Ordóñez Jiménez Elizabeth. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en San José, a los treinta y un días del mes de agosto del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011068114).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 180, título N° 3221, emitido por el Instituto de Alajuela, en el año dos mil cinco, a nombre de Ortiz León César Rodolfo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 29 de agosto del 2011.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011068167).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 95, título N° 141, emitido por el Colegio Cristiano Asambleas de Dios, en el año dos mil siete, a nombre de Picado Mesen Jessica Alejandra. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, dieciséis de mayo del dos mil once.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—RP2011255537.—(IN2011068351).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 18, título Nº 71, emitido por el Liceo Nicolás Aguilar Murillo, en el año dos mil ocho, a nombre de Pastran Palacios Greivin Gerardo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, al primer día del mes de setiembre del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011068555).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 53, título Nº 176, emitido por el Instituto Profesional Femenino de Pavas, en el año dos mil, a nombre de Solano Cordero Ana Patricia. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los once días del mes de octubre del dos mil diez.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Liliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011068578).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 41, título Nº 180, emitido por el Colegio Ambientalista de Pejibaye, en el año dos mil seis, a nombre de Solano Mora Juan Carlos. Se solicita la reposición del título indicado por deterioro del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintiséis días del mes de julio del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Liliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011068601).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 289, título N° 5649, y del Título de Técnico Medio en la Especialidad de Contabilidad y Finanzas, inscrito en el tomo 2, folio 420, título N° 10697, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Vocacional Monseñor Sanabria, en el año dos mil cinco, a nombre de Sibaja Castro Karen Susana. Se solicita la reposición del título por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los siete días del mes de setiembre del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011070448).
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social la organización social denominada: Sindicato de Trabajadores de la Industria del Cartón y Afines, siglas S.T.I.C.A., acordada en asamblea celebrada el 2 de julio del 2011. Expediente I-31. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su publicación el Diario Oficial La Gaceta. La reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Departamento mediante tomo 16, folio 248, asiento 4637 del 25 de agosto del 2011. La reforma afecta los artículos 21 y 25 del Estatuto.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2011067687).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
De conformidad con la
autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y
Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la
organización social denominada: Sindicato de Trabajadores Municipales de
la Municipalidad de Pérez Zeledón, siglas: SITRAMUPZ, aprobada en
asamblea celebrada el 12 de mayo del 2011. Expediente Nº 918-SI. Habiéndose
cumplido con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de
Trabajo y 349 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social, se procede a la inscripción correspondiente. La
organización ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto
lleva este Registro visible tomo 16, folio 105, asiento 4634 del 24 de agosto
del 2011.
La Junta Directiva se
formó de la siguiente manera:
Presidente: Lauro
Espinoza Vargas
Vicepresidente Vianey
Unaña Segura
Secretario de actas Óscar
Bonilla Castro
Secretario de Conflitos Lorena
Godínez Cascante
Tesorero Rosa
María Ceciliano Fallas
Vocal 1 Laura
Morales Vargas
Vocal 2 Ricardo
Marín Valverde
Fiscal 1 Carlos
Acuña Fernández
Fiscal 2 Sindy
Navarro Vidal
24 de junio del 2011.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2011068105).
De conformidad con la
autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y
Seguridad Social se ha procedido a la inscripción de la
organización social denominada acordada en asamblea celebrada
Cooperativa de Producción de Servicios Agro-Turísticos de
Isla Venado R. L. siglas COOPEISLAVENADO R. L.,
acordada en asamblea celebrada el 24 de marzo del 2011. Resolución
Nº 1372-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de
la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del
Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se
envía un extracto de su inscripción para su publicación en
el Diario Oficial.
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
Presidente: Damaris
Peralta Matarrita
Vicepresidente Roberto
Bolívar Barahona
Secretario Olga
Salas Matarrita
Vocal 1 Víctor
Barrios Alvarado
Vocal 2 Agustín
Bolívar Bolívar
Suplente 1 Clara
Elena Solano Salas
Suplente 2 Leticia
Salas Rodríguez
Gerente Yamileth
Álvarez Campos
San José, 24 de agosto del 2011.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2011068139).
JUNTA ADMINISTRATIVA
DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Patentes de invención
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El señor Gustavo Adolfo
Herrera Ledezma, de Costa Rica, solicita el Diseño Industrial denominado
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COMPOSTERA CON MECANISMO ROTATORIO INTERNO DE
VOLTEO. El presente modelo
industrial es una compostera con mecanismo interno de volteo, que permite
revolver los materiales agregados, de manera que los mismos se puedan oxigenar
ocasionalmente. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de
Dibujos y Modelos Industriales Novena
Edición es 99/00, cuyo inventor es Gustavo Adolfo Herrera Ledezma. La
solicitud correspondiente lleva el número 20110426, y fue presentada a
las 13:12:11 del 9 de agosto de 2011. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario
Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 10 de agosto de 2011.—Lic. Melissa
Solís Zamora, Registradora.—Nº
RP2011254794.—(IN2011067146).
La señor(a) (ita) Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula 1-812-604, mayor, abogada, vecina de Tres Ríos, en su condición de apoderada especial de Bayer Schering Pharma Aktiengesellschaft, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada FORMA DE DOSIFICACIÓN FARMACÉUTICA QUE COMPRENDE NIFEDIPINO O NISOLDIPINO Y UN ANTAGONISTA DE ANGIOTENSINA II Y/O UN DIURÉTICO. La invención se refiere a una forma de dosificación farmacéutica que comprende una combinación de ingredientes activos de nifedipino o nisoldipino y al menos un antagonista de angiotensina II y/o al menos un diurético, caracterizada porque se libera nifedipino o nisoldipino en el organismo de una manera controlada y el antagonista de angiotensina II y/o el diurético se liberan rápidamente, y además a procedimientos para su preparación, a su uso como medicamentos y a su uso para la profilaxis, profilaxis secundaria o tratamiento de enfermedades. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es A61K 9/28, cuyo(s) inventor(es) es (son) Kuhl, Alexander, Brendel, Erich, Bröcker, Frank, Funke, Adrian, OHM, Andreas, Kvesic, Dennis, Volkmer, Thomas. La solicitud correspondiente lleva el número 20110260, y fue presentada a las 13:18:05 del 16 de mayo de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 17 de mayo de 2011.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—RP2011255254.—(IN2011067917).
La señor(a) (ita) Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula 1-812-604, mayor, abogada, vecina de Cartago, en calidad de apoderada especial de Bayer Shering Pharma Aktiengesellschaft, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada COMPUESTOS DE ARILO CON SUSTITUYENTES HETEROCÍCLICOS COMO INHIBIDORES HIF. La presente solicitud se refiere a compuestos de arilo novedosos con sustituyentes heterocíclicos, a procedimientos para su preparación, a su uso para el tratamiento y/o la prevención de enfermedades y a su uso para la preparación de medicamentos para el tratamiento y/o la prevención de enfermedades, en particular para el tratamiento y/o la prevención de enfermedades hiperproliferativas y antiangiogénicas y para aquellas enfermedades que surgen de la adaptación metabólica a estados hipóxicos. Tales tratamientos se pueden llevar a cabo como monoterapia o también en combinación con otros medicamentos o medidas terapéuticas adicionales. La memoria descriptiva, reivindicaciones resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es C07D 413/04, cuyos inventores son Harter, Michael, Beck, Harmut, Ellinghaus, Peter, Berthoerster, Kerstin, Greschat, Susanne, Thierauch, Karl-Heinz, Sussmeier, Frank. La solicitud correspondiente lleva el número 20110248, y fue presentada a las 13:21:13 del 11 de mayo de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 13 de mayo de 2011.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—RP2011255255.—(IN2011067918).
La señor(a) (ita) Ana Catalina Monge
Rodríguez, cédula 1-812-604, mayor, abogada, vecina de Cartago,
en calidad de apoderada especial de Bayer Cropscience AG, de R.F. Alemania,
solicita la patente de invención denominada
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NUEVOS COMPUESTOS HALOSUSTITUÍDOS. La invención se refiere a compuestos
de fórmula general (I), en la que los restos Al, A2, A3, A4, Lm, Q, R1,
T y T poseen el significado dado en la descripción, así como al
uso de los compuestos para combatir plagas animales. Además, la invención
se refiere a procedimientos e intermedios para la preparación de
compuestos según la fórmula (I). La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es C07D
213/81, cuyos inventores son Maue, Michael, Adelt, Isabelle, Giencke, Wolfgang,
Heil, Markus, Jeschke, Peter, Krüger, Bernd-Wieland, Mühlthau,
Friedrich August, Sudau, Alexander, Raming, Klaus, Ebbinghaus-Kintscher,
Ulrich, Adamczewski, Martin, Voerste, Arnd, Görgens, Ulrich, Kapferer,
Tobias, Drewes, Mark Wilhelm, Becker, Angela, Franken, Eva-Maria. La solicitud
correspondiente lleva el número 20110233, y fue presentada a las
14:11:15 del 04 de mayo de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse
dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La
Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 11 de mayo de 2011.—Lic. Randall Abarca,
Registrador.—RP2011255256.—(IN2011067919).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El señor Francisco
Guzmán Ortiz, cédula 1-434-595, mayor de edad, vecino de San
José, abogado, apoderado especial de Ferrari S.P.A., de Italia, solicita
el Diseño Industrial denominado
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CARRO DE JUGUETE. El diseño ornamental para un
vehículo/carro de juguete tal cual se muestra y se describe. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Novena
Edición es 21/01, cuyo inventor es Casoni, Massimiliano. La solicitud
correspondiente lleva el Nº 20110363, y fue presentada a las 11:34:15 del
24 de junio de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los
tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez
en un periódico de circulación nacional.—San José,
10 de agosto del 2011.—Lic. Fabián Andrade Morales,
Registrador.—RP2011255355.—(IN2011068338).
El señor Francisco
Guzmán Ortiz, mayor, abogado, cédula número 1-434-595,
vecino de San José, en su condición de apoderado especial de
Ferrari S.p.A., de Italia, solicita el Diseño Industrial denominado
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solo en La Gaceta impresa o en
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VEHÍCULO. El diseño
ornamental para un vehículo/carro de juguete tal cual se muestra y
describe. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos
Industriales Novena Edición es 12-08 cuyo inventor es Nikolaos Tombazis.
La solicitud correspondiente lleva el número 2011-0392, y fue presentada
a las 14:14:30 del 19 de julio de 2011. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario
Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 28 de julio del 2011.—Lic. Hellen
Marín Cabrera, Registradora.—RP2011255357.—(IN2011068339).
El señor Francisco
Guzmán Ortiz, cédula 1-434-595, mayor, abogado, vecino de San
José, en calidad de apoderado especial de Ferrari S.P.A., de Italia,
solicita el Diseño Industrial denominado
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CARRO DE JUGUETE. El diseño ornamental para un
vehículo/carro de juguete tal cual se muestra y describe. La memoria
descriptiva, reivindicaciones resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales
Sétima Edición es 21/01, cuyo inventor es Nikolaos Tombazis. La
solicitud correspondiente lleva el número 20110393, y fue presentada a
las 14:15:50 del 19 de julio de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse
dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La
Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 28 de julio del 2011.—Lic. Randall
Abarca, Registrador.—RP2011255358.—(IN2011068340).
El señor Francisco
Guzmán Ortiz, mayor, abogado, cédula 1-434-595, vecino de San
José, en su condición de apoderado especial de Ferrari S.P.A., de
Italia, solicita el Modelo Industrial denominada
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solo en La Gaceta impresa o en
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VEHÍCULO. El diseño ornamental para un
vehículo/carro de juguete tal cual se muestra y describe. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Novena
Edición es 12/08, cuyo inventor es Casoni, Massimiliano. La solicitud
correspondiente lleva el número 20110362, y fue presentada a las
11:34:00 del 24 de junio de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse
dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La
Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 9 de agosto del 2011.—Lic. Melissa
Solís Zamora, Registradora.—RP2011255359.—(IN2011068341).
El señor Federico
Rucavado Luque, 1-839-188, mayor de edad, vecino de San José, abogado,
apoderado especial de Eli Lilly and Company, de EUA, solicita la Patente de
Invención denominada
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INHIBIDORES DE PROTEÍNA
CINASA. La presente
invención se refiere a un compuesto de fórmula (I); o una sal del
mismo farmacéuticamente aceptable la cual es útil en el
tratamiento de enfermedades proliferativas celulares. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes Edición 2011.01, es/, cuyos
inventores son Coates, David, Andrew, De Dios Magana, Alfonso, De Prado
Gonzales, Ana, Del Prado Catalina, Miriam Filadelfa, García Paredes,
María, Cristina, Gelbert, Lawrence, Mark, Knobeloch, John, Monte,
Martín De La Nava, Eva, María, Martín Ortega Finger,
María, Dolores, Martínez Pérez, José, Antonio,
Mateo Herranz, Ana, Isabel, Pérez
Martínez, Carlos, Sánchez Martínez, Concepción. La
solicitud correspondiente lleva el número 20110343, y fue presentada a
las 13:53:50 del 17 de junio de 2011. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario
Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 19 de agosto del 2011.—Lic.
Fabián Andrade Morales,
Registrador.—RP2011255503.—(IN2011068342).
El señor Federico
Rucavado Luque, mayor, abogado, cédula 1-839-188, vecino de San
José, en su condición de apoderado especial de Eli Lilly and
Company, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada
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COMPUESTOS CICLOPROPILO. Un compuesto de la fórmula y
composiciones farmacéuticas para el tratamiento de diabetes. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes Edición 2011.01, es C07D
277/46, cuyos inventores son Bueno Melendo, Ana, Belén,
Agejas-Chicharro, Francisco, Javier. La solicitud correspondiente lleva el
número 20110342, y fue presentada a las 13:53:15 del 17 de junio de 2011.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes
a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres
días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 19 de
agosto del 2011.—Lic. Melissa Solís Zamora,
Registradora.—RP2011255504.—(IN2011068343).
El señor Federico
Rucavado Luque 1-839-188, mayor, Abogado, vecino de San José, en su
condición de apoderado especial de Eli Lilly And Company, de E.U.A.,
solicita la Patente de Invención denominada
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COMPUESTOS PURINA. Un compuesto de la fórmula y
composiciones farmacéuticas para el tratamiento de dolor. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes Edición 2011.01, es C07D
473/34, cuyos inventores son Peter Charles Astles, Rossella Guidetti, Sean
Patrick Hollinshead, Michael Wade Tidwell. La solicitud correspondiente lleva
el número 20110340, y fue presentada a las 13:52:40 del 17 de junio de
2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses
siguientes a la tercera publicación de este aviso.. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez
en un periódico de circulación nacional.—San José,
12 de agosto de 2011.—Lic. Hellen Marín Cabrera,
Registradora.—RP2011255505.—(IN2011068344).
El señor Federico Rucavado Luque 1-839-188, mayor de edad, abogado, apoderado especial de Unilin, BVBA, de Bélgica, solicita la Patente de Invención denominada COMPUESTOS ÚTILES PARA INHIBIR CHK1. La presente invención se refiere a un compuesto aminopirazol, o una sal del mismo farmacéuticamente aceptable o un solvato de la sal, que inhibe a Chk1 y es útil en el tratamiento de cáncer. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Edición 2011.01, es C07D 403/12, cuyos inventores son Farouz, Francine, S., Holcomb, Ryan, Coatsworth, Kasar, Ramesh, Myers, Steven, Scott. La solicitud correspondiente lleva el número 20110339, y fue presentada a las 13:52:10 del 17 de junio de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de agosto de 2011.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2011255506.—(IN2011068345).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace saber que el titular Eric Javier Hidalgo Valverde, solicita se inscriba el traspaso por cesión de derechos de la solicitud de la Patente de Invención, denominada TARJETA ESCALONADA PARA IDENTIFICACIÓN DE BILLETES DE BANCO, expediente número 9338, a favor de la Universidad de Costa Rica aportando documento de cesión de derechos; de conformidad con los documentos aportados el siete de julio de dos mil once.—San José, a las doce horas doce minutos del dieciséis de agosto de dos mil once.—Lic. Melissa Solís Z., Registradora.—1 vez.—O.C. 114632.—(Solicitud Nº 26504).—C-8600.—(IN2011068245).
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones civiles
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-359614, denominación: Federación Unida de Triatlón de Costa Rica. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 54 minutos y 18 segundos, del 18 de agosto del 2011. Documento tomo: 2011, asiento: 213266.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez—RP2011255369.—(IN2011068346).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Costarricense de Defensa Animal ACODA. Con domicilio en la provincia de San José, Curridabat, carretera vieja a Tres Ríos, costado norte del Hipermás, Condominio Higuerón, numero nueve. Cuyos fines principales son los siguientes: realizar charlas informativas acerca de agresión y maltrato animal. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, lo es la Presidenta: Ana Lorena Saprissa Ortega. El Vicepresidente sustituirá al Presidente en sus ausencias temporales con iguales atribuciones y obligaciones que este cuando lo sustituye. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2011, Asiento: 187529, Adicionales Tomo: 2011 Asiento: 201058 y Tomo: 2011, Asiento: 212665).—Curridabat, tres de agosto del dos mil once.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2011255431.—(IN2011068347).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Centro de Restauración Mana. Con domicilio en la provincia de Limón. Cuyos fines entre otros serán los siguientes: Gestionar y luchar por el mejoramiento social, económico, cultural, educativo, organizativo y productivo de sus miembros y la comunidad. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente Darley Carrillo Arroyo. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo 2011 Asiento 186384.—Curridabat, primero de agosto del dos mil once.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2011255435.—(IN2011068348).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Cristiana Dios Con Nosotros, Biolley, Buenos Aires, con domicilio en la provincia de Puntarenas; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: fomentar la fe cristiana mediante actividades que involucren a todos sus asociados. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Freddy Elizondo Beita. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2011 Asiento: 186242.—Curridabat, 26 de julio del dos mil once.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2011255456.—(IN2011068349).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Iglesia Bautista Misionera Jerico. Con Domicilio en la Provincia de San José. Goicoechea, El Carmen de Guadalupe, Urbanización La Carmelina, contiguo al Video. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Predicar y promover la práctica del Evangelio de Cristo y demás enseñanzas. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la Asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma lo es el Presidente: Errol Francisco Solís Umaña. Corresponde al Vicepresidente sustituir al Presidente en sus ausencias temporales, con todas las facultades que le corresponden de acuerdo a la Ley y Estatutos. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2010 Asiento: 120868, sin adicionales).—Curridabat, a los veintisiete días del mes de abril del dos mil once.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2011255535.—(IN2011068350).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
La Dirección Nacional de Notariado hace saber que ante este despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación para el ejercicio de la función notarial, del licenciado Mario Valverde Brenes, cédula de identidad número 3-0241-0103, carné de abogado número 18895. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección dentro de los quince días siguientes a esta publicación. Expediente 11-000685-624-NO.—San José, 22 de agosto del 2011.—Lic. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno, Director.—1 vez.—RP2011255410.—(IN2011068360).
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Exp. 9831P.—Luis Ángulo Brenes solicita concesión de: 0,65 litros por segundo del Pozo NA-628, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Juan, San Ramón, Alajuela, para uso consumo humano-doméstico y agropecuario riego ornamentales. Coordenadas 231.625 / 486.000 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de agosto del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011255059.—(IN2011067527).
Exp. 14816P.—Consalfa Limitada, solicita concesión de: 0,1 litro por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de el mismo en Cutris, San Carlos, Alajuela, para uso consumo humano. Coordenadas 297.806/490.092 hoja Infiernito. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de agosto del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011255060.—(IN2011067528).
Exp. 14819P.—Auto Repuestos Halcon S. A., solicita concesión de: 0,1 litro por segundo del Pozo TAL-230, efectuando la captación en finca de el mismo en Nicoya, Nicoya, Guanacaste, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 239.140 / 377.400 hoja Matambú. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de agosto del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011255061.—(IN2011067529).
Exp. 14804P.—Agropecuaria Tangarra S. A., solicita concesión de: 1,8 litros por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de el mismo en El Amparo, Los Chiles, Alajuela, para uso agroindustrial. Coordenadas 313.744 / 475.029 hoja Medio Queso. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 23 de agosto de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011067780).
Exp. 14746-P.—Piña Pavón S. A., solicita concesión de: 3 litros por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de el mismo en El Amparo, Los Chiles, Alajuela, para uso industria. Coordenadas 312.800/468.000 Hoja Medio Queso. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 21 de julio del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011067783).
Exp. 14747-P.—B Y Jiménez 2003 S. A., solicita concesión de: 1,25 litros por segundo del pozo sin nombre, efectuando la captación en finca de el mismo en Pital, San Carlos, Alajuela, para uso industria. Coordenadas 275.600/505.700 Hoja Tres Amigos. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 21 de julio del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011067786).
Exp. 14802-P.—B Y Jiménez Dos Mil Tres S. A., solicita concesión de: 4,5 litros por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de el mismo en El Amparo, Los Chiles, Alajuela, para uso agroindustrial Coordenadas 311.100 / 473.300 Hoja San Jorge. 2,75 litros por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de el mismo en El Amparo, Los Chiles, Alajuela, para uso agroindustrial. Coordenadas 310.900 / 473.100 Hoja San Jorge. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 23 de agosto del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011067790).
Exp. 3035P.—Municipalidad de Belén, solicita concesión de: 15 litros por segundo del pozo AB-1276, efectuando la captación en finca de su propiedad en Asunción, Belén, Alajuela, para uso consumo humano-poblacional. Coordenadas 218.450/517.900 hoja Abra. 10 litros por segundo del pozo AB-885, efectuando la captación en finca de su propiedad en La Ribera, Belén, Heredia, para uso consumo humano poblacional. Coordenadas 219.400/517.300 hoja Abra. 10 litros por segundo del pozo AB-1234, efectuando la captación en finca de su propiedad en La Ribera, Belén, Heredia, para uso consumo humano-poblacional. Coordenadas 219.600/517.370 hoja Abra. 26 litros por segundo del pozo AB-1711, efectuando la captación en finca de su propiedad en Asunción, Belén, Heredia, para uso consumo humano-poblacional. Coordenadas 218.390/518.290 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de agosto de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.— (IN2011067841).
Exp. 13892P.—Aquacorporación Internacional S. A., solicita concesión de: 15 litros por segundo del pozo CÑ-160, efectuando la captación en finca de Aquacorporacion Internacional S. A., en Cañas, Cañas, Guanacaste, para uso industrial. Coordenadas 266.411 / 409.970 hoja Cañas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 05 de agosto de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011067854).
Exp. 14348A.—Inversiones Rojas y Calvo S. A., solicita concesión de: 2,62 litros por segundo del nacimiento La Vicenta, efectuando la captación en finca de Inversiones Rojas y Calvo S. A., en Bagaces, Bagaces, Guanacaste, para uso agropecuario y consumo humano. Coordenadas 284.774 / 405.210 hoja Tierras Morenas. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de noviembre de 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011067856).
Exp. Nº 2481A.—Los Choreques S. A., solicita concesión de: 0,0,35 litros por segundo de la Quebrada Piedras, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Isidro, Vázquez de Coronado, San José, para uso agropecuario-abrevadero y agropecuario-lechería. Coordenadas 218.500/535.800 hoja Abra. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de agosto de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011255189.—(IN2011067924).
Exp. Nº 7148A.—Eliomar Vargas Rodríguez, solicita concesión de: 0,5 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Municipalidad de Zarcero en Palmira Alfaro Ruiz, Alajuela, para uso agropecuario-abrevadero, consumo humano doméstico, agropecuario lechería abrevadero. Coordenadas 245.800/498.800 hoja Quesada. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de agosto de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011255276.—(IN2011067925).
Exp. Nº 7147A.—Ólger Vargas Rodríguez solicita concesión de: 0,5 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Municipalidad de Zarcero en Palmira (Alfaro Ruiz), Alfaro Ruiz, Alajuela, para uso agropecuario-abrevadero, consumo humano-doméstico, agropecuario-lechería. Coordenadas 245.800 / 498.800 hoja Quesada. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de agosto de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011255277.—(IN2011067926).
Exp. Nº 7146A.—Nelson Alejandro y Lisbeth Varela Cubillo, solicita concesión de 0,5 litro por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Municipalidad de Zarcero en Palmira, Alfaro Ruiz, Alajuela, para uso agropecuario-abrevadero, consumo humano-doméstico, agropecuario-lechería. Coordenadas 245.800/498.800 hoja Quesada. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de agosto de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011255278.—(IN2011067927).
Exp. Nº 7145A.—Félix Alvarado Carranza, solicita concesión de: 0,5 litro por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Municipalidad de Zarcero en Palmira, Alfaro Ruiz, Alajuela, para uso agropecuario-abrevadero, consumo humano-doméstico, agropecuario-lechería . Coordenadas 245.800/498.800 hoja Quesada, predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de agosto de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011255279.—(IN2011067928).
Exp. Nº 9017A.—Félix Alvarado Carranza, solicita concesión de: 0,25 litro por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Óscar Rojas Rojas en Palmira (Alfaro Ruiz), Alfaro Ruiz, Alajuela, para uso agropecuario-lechería y consumo humano-doméstico. Coordenadas 246.800/498.400 hoja Quesada. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de agosto de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011255280.—(IN2011067929).
Exp. Nº 3652A.—Félix Alvarado Carranza, solicita concesión de: 1 litro por segundo del Río Catarata, efectuando la captación en finca de Alvarado Carranza José Luis en Palmira, Alfaro Ruiz, Alajuela, para uso agropecuario, consumo humano doméstico, agropecuario abrevadero, y agropecuario-riego-hortaliza. Coordenadas 244,700/497,600 Hoja Quesada. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de agosto de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011255281.—(IN2011067930).
Exp. Nº 8224A.—Walter Rodrigo Alvarado Carranza, solicita concesión de: 1 litro por segundo del Río Catarata, efectuando la captación en finca de su propiedad en Palmira Alfaro Ruiz, Alajuela, para uso agropecuario-abrevadero, consumo humano doméstico agropecuario-riego-hortaliza, agropecuario-lechería, hortaliza. Coordenadas 244,700/497,600, predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de agosto de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011255282.—(IN2011067931).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. 14789-A.—Diego Alfonso Madrid Figueroa, solicita concesión de: 1,01 litros por segundo del río La Paz, efectuando la captación en finca de el mismo en Piedades Norte, San Ramón, Alajuela, para uso agropecuario abrevadero, lechería piscicultura y agropecuario riego. Coordenadas 238.018 / 476.314 Hoja Miramar. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de agosto del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011068162).
Exp. 14543P. Inversiones Calvi S. A., solicita concesión de: 0,5 litros por segundo del pozo BC-939, efectuando la captación en finca de Inversiones Calvi S. A., en Jaco, Garabito, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 204.009 / 464.680 hoja Barranca. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de agosto de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011255490.—(IN2011068352).
Exp. 14597P.—La Patrona S. A., solicita concesión de: 1 litros por segundo del pozo RS-98, efectuando la captación en finca de La Patrona S. A., en Rita, Pococí, Limón, para uso agropecuario-riego. Coordenadas 257.912/553.996 hoja río Sucio. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de agosto de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011255491.—(IN2011068353).
Exp. Nº 14827P.—Altamira Pineapple S. A., solicita concesión de: 7,5 litros por segundo del Pozo TA-14, efectuando la captación en finca de el mismo en Aguas Zarcas, San Carlos, Alajuela, para uso consumo humano doméstico y agropecuario-riego. Coordenadas 276.260/495.630 hoja Tres Amigos. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 1º de setiembre de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011068610).
Exp. 6799A.—Alberto Sánchez Soto, solicita concesión de: 0,5 litros por segundo de la Quebrada Cidra, efectuando la captación en finca de Juan Carlos Brenes Fernández en Santiago, Paraíso, Cartago, para uso agropecuario riego hortaliza. Coordenadas 206.500 / 557.750 hoja Istarú. Predios inferiores: Juaquín Sánchez Masís. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de julio de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011255767.—(IN2011068793).
N° 16-2011
EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES, ACUERDA:
De conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza a la señora María Isabel Calvo Barrantes, cédula de identidad número uno-cero ochocientos treinta y nueve-cero setecientos ochenta y tres, Coordinador de Apoyo en la Oficialía Mayor del Departamento Civil, para que firme certificaciones y constancias que se expidan en el citado Departamento, a partir de la respectiva publicación en el Diario Oficial.—San José, a las trece horas del veinticinco de agosto de dos mil once.—Luis Antonio Sobrado González, Presidente.—Max Alberto Esquivel Faerron, Magistrado.—Ovelio Rodríguez Chaverri, Magistrado.—1 vez.—O. C. Nº 13034.—Solicitud Nº 2445-01.—C-8120.—(IN2011068169).
Nº
4314-M-2011.—Tribunal Supremo de Elecciones.—San José, a las
catorce horas, treinta minutos del veinticinco de agosto de dos mil once.
Expediente Nº 102-SJ-2011.
Diligencias de cancelación de credenciales de concejal suplente del Concejo de Distrito de Salitrillos, cantón Aserrí, provincia San José, que ostenta la señora María Eugenia Sánchez Quesada.
Resultando:
1º—En oficio Nº SMA-049-11 remitido vía fax a la Secretaría de este Tribunal el 3 de febrero del año en curso, la Secretaría del Concejo Municipal de Aserrí, comunicó el acuerdo Nº 02-40 de la sesión ordinaria Nº 40 del 31 de enero del 2011, en el que conoció la renuncia de la señora María Eugenia Sánchez Quesada al cargo de concejal suplente del distrito Salitrillos, cantón Aserrí, provincia San José (folio 1).
2º—En virtud de que, conforme al artículo 100 de la Constitución Política, el nombramiento del Magistrado Mario Seing Jiménez cesó a partir del 5 de marzo del 2011, el presente expediente, mediante resolución de las 13:29 horas del 7 de marzo del 2011, se returnó al Magistrado Luis Antonio Sobrado González (folio 8).
3º—A través de auto de las 9:30 horas del 31 de marzo de 2011, el Magistrado Instructor previno a la Secretaría del Concejo Municipal de Aserrí para que remitiera original o copia certificada de la carta de renuncia de la señora Sánchez Quesada, del acuerdo del concejo municipal en que se conoció la citada renuncia, así como la dirección exacta donde puede ser notificada (folio 14).
4º—Mediante auto de las 15:40 horas del 9 de junio de 2011, se previno por segunda vez al Concejo Municipal de Aserrí, para que remitiera la documentación solicitada en el resultando anterior (folio 17).
5º—En auto de las 13:10 horas del 4 de agosto de 2011, se previno por última vez al Presidente del Concejo Municipal de Aserrí, para que remitiera los documentos anteriormente solicitados, bajo advertencia de que en caso de incumplimiento se procedería a archivar la presente gestión (folio 19).
6º—Por
oficio n.° DJ-079-08-11 del 16 de agosto de 2011, la señora Leticia
Castro Moreno, Presidenta del Concejo Municipal de Aserrí,
cumplió con la prevención formulada (folios 21 al 25).
7º—En el procedimiento no se observan defectos que causen nulidad o indefensión.
Redacta el Magistrado Sobrado González; y,
Considerando:
I.—Hechos probados: De relevancia para la resolución del presente asunto se tienen los siguientes: a) que la señora María Eugenia Sánchez Quesada es concejal suplente del Concejo de Distrito de Salitrillos, cantón Aserrí, provincia San José, postulada en su momento por el Partido Acción Ciudadana (resolución de este Tribunal número 0249-E11-2011 de las 8:25 horas del 11 de enero de 2011 visible a folios 27 al 33); b) que el Concejo Municipal de Aserrí en el acuerdo Nº 02-40 de la sesión ordinaria Nº 40 del 22 de marzo del 2011, conoció la renuncia formulada por la señora María Eugenia Sánchez Quesada, al mencionado cargo (folio 1); c) que el candidato a concejal suplente que sigue en la nómina del Partido Acción Ciudadana que no resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para ejercer el cargo en ese concejo de distrito es el señor Davis Alberto López Jiménez (ver nómina de candidatos e integración del Concejo de Distrito de Salitrillos visibles a folios 16 y 26 respectivamente).
II.—Sobre la renuncia de la señora María Eugenia Sánchez Quesada como concejal suplente: El artículo 56 del Código Municipal regula el tema de la renuncia y sustitución de los concejales de distrito, estableciendo que:
“Para ser miembro de un Concejo de Distrito se deben reunir
los mismos requisitos señalados en el artículo 22 del
código para ser regidor municipal, excepto el referente a la vecindad
que, en este caso, deberá ser el distrito correspondiente. En cualquier
momento, los miembros de los Concejos de Distrito podrán renunciar a sus
cargos; en tal caso, corresponderá al Tribunal Supremo de Elecciones
reponer a los propietarios cesantes en el cargo, con los suplentes del mismo
partido político, siguiendo el orden de elección”.
En el presente caso, dado que la señora María Eugenia Sánchez Quesada renunció voluntariamente a su cargo como concejal suplente del distrito Salitrillos, cantón Aserrí, y que su renuncia fue conocida por el Concejo Municipal de ese cantón, lo que procede es cancelar su credencial y designar a quien corresponda.
III.—Sobre la sustitución de la vacante que deja la señora Sánchez Quesada: Al cancelarse la credencial de la señora María Eugenia Sánchez Quesada se produce una vacante entre los concejales suplentes de la municipalidad ya mencionada que es necesario suplir según las reglas que determinaron la elección. El artículo 208 párrafo segundo del Código Electoral regula la sustitución de diputados, regidores o concejales de distrito ante circunstancias de fallecimiento, renuncia o incapacidad de éstos para ejercer el cargo, y establece que el Tribunal Supremo de Elecciones “dispondrá la sustitución llamando a ejercer el cargo, por el resto del período constitucional, a quien en la misma lista obtuvo más votos o a quien siga en la misma lista, según corresponda”. En consecuencia, este Tribunal sustituirá a los concejales suplentes que deban cesar en sus funciones con los candidatos de la misma naturaleza (concejales suplentes) que sigan en la lista del partido político del servidor cesante, que no hayan resultado electos ni hayan sido designados para desempeñar el cargo.
Así las
cosas, al haber tenido por probado en autos que el candidato que sigue en la
nómina del Partido Acción Ciudadana, que no resultó electo
ni ha sido designado por este Tribunal para desempeñar el cargo de
concejal suplente del distrito Salitrillos, cantón Aserrí, es el
señor Davis Alberto López Jiménez, se le designa para
ocupar dicho cargo. La presente designación lo será por el
período que va desde su juramentación hasta el treinta de abril
de dos mil dieciséis. Por tanto,
Se cancela la credencial de concejal suplente del Concejo de Distrito de Salitrillos, cantón Aserrí, provincia San José, que ostenta la señora María Eugenia Sánchez Quesada. Para sustituir la vacante que deja la señora Sánchez Quesada se designa al señor Davis Alberto López Jiménez. La anterior designación rige a partir de la juramentación y hasta el treinta de abril de dos mil dieciséis. Publíquese en el Diario Oficial. Notifíquese a la señora Sánchez Quesada, al señor López Jiménez y al Concejo Municipal de Aserrí.—Luis Antonio Sobrado González.—Max Alberto Esquivel Faerron.—Ovelio Rodríguez Chaverri.—1 vez.—O. C. Nº 13034.—Solicitud Nº 2459-11.—C-56270.—(IN2011068205).
Nº 4331-M-2011.—Tribunal Supremo de Elecciones.—San José, a las nueve horas del veintiséis de agosto de dos mil once. Expediente Nº 308-E-2011.
Diligencias de cancelación de credencial de concejal propietario del distrito Guápiles, cantón Pococí, provincia Limón, que ostenta el señor Marlon Araya Sánchez.
Resultando:
1º—Mediante escrito fechado 7 de julio de 2011, recibido en la Secretaría de este Tribunal ese mismo día, el señor Marlon Araya Sánchez formuló renuncia a su puesto de concejal propietario del distrito Guápiles, cantón Pococí, provincia Limón (folio 01).
2º—En auto de las 15:50 horas del 15 de julio de 2011, de previo a resolver lo correspondiente, el Magistrado Instructor del expediente dispuso efectuar prevención al Concejo Municipal de Pococí, en los siguientes términos: “(…) para que, dentro del plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente a aquél de la notificación de esta prevención, remita a este Tribunal lo siguiente: 1) el original o copia certificada del acuerdo municipal en que se conoció y acogió la indicada renuncia y; 2) la dirección exacta en donde puede ser notificado el citado servidor. En el caso de que el señor Araya Sánchez no haya presentado su renuncia ante ese despacho se pone en conocimiento de los documentos presentados por él ante esta sede para que, en el mismo plazo, se pronuncie sobre ésta y lo haga del conocimiento de este Tribunal remitiendo el original o copia certificada del acuerdo municipal correspondiente.” (los destacados pertenecen al original) (folio 03).
3º—Mediante oficio Nº 032-11 del 20 de julio de 2011, remitido por fax ese mismo día y cuyo original fue presentado ante la Contraloría de Servicios de este Tribunal el 4 de agosto de 2011, el señor Guillermo Delgado Orozco, Secretario del Concejo Municipal de Pococí, comunicó que el señor Araya Sánchez no había presentado renuncia ante ese Concejo por lo que no existía ningún acuerdo (folios 06, 07, 20 y 21).
4º—Mediante el auto de las 11:00 del 29 de julio de 2011 el Magistrado Instructor del expediente dispuso efectuar nueva prevención al Concejo Municipal de Pococí, a fin de que conociera y se pronunciara sobre la carta de renuncia presentada ante esta Sede por parte del señor Araya Sánchez y emitiera el pronunciamiento respectivo (folio 08).
5º—Mediante oficio Nº SMP 1170-11 del 8 de agosto de 2011, remitido por fax ese mismo día y cuyo original fue presentado ante la Secretaría de este despacho el día 10 de ese mismo mes y año, el señor Delgado Orozco, en su condición de Secretario, puso en conocimiento el acuerdo Nº 1253, del artículo II de la sesión ordinaria Nº 54, celebrada el 3 de agosto de 2011, en el que el Concejo Municipal citado dispuso informar a este Tribunal que el señor Araya Sánchez no había presentado renuncia ante ese Concejo (folios 11 a 19).
6º—Mediante memorial recibido por fax el 17 de agosto de 2011 y cuyo original fue presentado el día 24 de ese mismo mes y año, el señor Delgado Orozco remitió certificación del acuerdo Nº 1322, contenido en el artículo IV de la sesión ordinaria Nº 58, celebrada el 16 de agosto de 2011, en el que el Concejo Municipal de Pococí conoció y acogió la renuncia presentada (folios 22 a 27).
7º—En el procedimiento se han observado las prescripciones legales y no se notan defectos que causen nulidad o indefensión.
Redacta el Magistrado Esquivel Faerron; y,
Considerando:
I.—Hechos probados: De interés para la resolución del presente asunto se tienen los siguientes: a) que el señor Marlon Araya Sánchez es concejal propietario del distrito Guápiles, cantón Pococí, provincia Limón, en virtud de que fue designado para ese cargo por este Tribunal, según resolución 0549-E11-2011 de las 09:50 horas del 19 de enero de 2011 (folios 29 a 35); b) que el señor Araya Sánchez fue propuesto por el partido Liberación Nacional (nómina de candidatos visible a folio 28); c) que el señor Araya Sánchez renunció a su cargo como concejal propietario (folio 01); d) que el Concejo Municipal de Pococí, en el acuerdo Nº 1322, contenido en el Artículo IV de la sesión ordinaria Nº 58, celebrada el 16 de agosto de 2011, conoció y acogió la renuncia presentada (folios 22 a 27) y, e) que el candidato que sigue en la nómina de concejales propietarios por el partido Liberación Nacional, que no resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para desempeñar el cargo, es el señor Yohan Valerio López (folios 28 y 36).
II.—Sobre la renuncia del señor Marlon Araya Sánchez como concejal propietario. Como preámbulo y para una adecuada comprensión y análisis del presente asunto, resulta indispensable señalar que el artículo 208 del Código Electoral vigente integra reglas generales y aplicables para la sustitución de los funcionarios municipales de elección popular, cuya aplicación resulta preceptiva a partir de las elecciones nacionales de febrero de 2010 en el caso de los regidores y, a partir de las elecciones municipales de diciembre de ese mismo año, en el caso de los concejales de distrito. El numeral citado dispone literalmente:
“Artículo 208.—Muerte, renuncia o incapacidad
del candidato antes de la elección. Si después de la
inscripción de las candidaturas y antes de la votación para los
cargos de diputados, regidores o concejales de
distrito, ocurre la renuncia, el
fallecimiento o la incapacidad de alguno de los candidatos, su lugar se
tendrá como vacante y se llenará ascendiendo,
automáticamente, al candidato de la misma lista que esté colocado
en el puesto inmediato inferior.
Si tales circunstancias son
posteriores a la votación, el Tribunal dispondrá la
sustitución llamando a ejercer el cargo, por el resto del período
constitucional, a quien en la misma lista obtuvo más votos o a quien
siga en la misma lista, según corresponda.
En caso de muerte, renuncia o incapacidad sobreviniente de los candidatos o las candidatas a la Presidencia o Vicepresidencias de la República debidamente designadas, ocurrida antes del cierre del período de inscripción de las candidaturas, la reposición se hará según lo dispongan los estatutos del respectivo partido o, en su defecto, según lo acuerde la asamblea nacional. Concluido este período y, únicamente para los casos de muerte o incapacidad sobreviniente, la vacante se llenará por ascenso, en su orden, de los candidatos a la Vicepresidencia. Las mismas reglas regirán para los alcaldes y los síndicos.” (el subrayado no pertenece al original).
Esta norma introduce cambios sustanciales en las reglas relativas a la sustitución de los miembros propietarios dado que, previo a la reforma, las sustituciones se rigieron por lo dispuesto en el artículo 56 del Código Municipal, según el cual correspondía al Tribunal Supremo de Elecciones “reponer a los propietarios cesantes en el cargo, con los suplentes del mismo partido político, siguiendo el orden de elección.”.
En consecuencia, al amparo de la normativa vigente, contenida en el artículo 208 de cita, corresponde a este Tribunal sustituir a los concejales propietarios, que deban abandonar sus funciones, remplazándolos por el candidato de igual naturaleza que siga en la nómina propuesta por el mismo partido político y que no hayan resultado electos ni hayan sido designados para desempeñar el cargo.
Cabe indicar que sólo en caso de que la lista de candidatos a propietarios se agote, ya sea porque todos resultaron electos o bien porque todos fueron designados por este Colegiado para sustituir a propietarios y aún sea necesario realizar otra sustitución, esas vacantes se llenarán con el primer candidato a suplente que resultó electo, debiendo, a su vez, llenarse el vacío que deja ese suplente -ahora convertido en propietario- con el primer candidato a suplente que no haya resultado electo ni haya sido designado por este Tribunal para ocupar esa plaza (ver en ese sentido, resolución 2079-M-2011 de las 10:45 horas del 15 de abril de 2011).
Así las cosas, dado que el señor Marlon Araya Sánchez renunció voluntariamente a ese cargo y que su renuncia fue conocida por el Concejo Municipal del cantón correspondiente, lo que procede es cancelar su credencial.
III.—Sobre la sustitución de vacante que deja el señor Marlon Araya Sánchez: De conformidad con lo señalado en el considerando anterior y al haberse tenido por probado en autos que el candidato que sigue en la nómina de propietarios propuesta por el partido Liberación Nacional, que no resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para ejercer el cargo, es el señor Yohan Valerio López, lo procedente es designarlo para ocupar dicho cargo a fin de que sea juramentado como concejal propietario a la mayor brevedad. Por tanto,
Se cancela la credencial de concejal propietario del distrito Guápiles, cantón Pococí, provincia Limón, que ostenta el señor Marlon Araya Sánchez. En su lugar se designa al señor Yohan Valerio López como concejal propietario, quien ocupará el último puesto de la respectiva fracción partidaria. Esta designación rige a partir de la juramentación y hasta el 30 de abril de 2016, fecha en que finaliza el presente período legal. Publíquese en el Diario Oficial. Notifíquese al señor Araya Sánchez, al señor Valerio López y al Concejo Municipal de Pococí.—Luis Antonio Sobrado González.—Max Alberto Esquivel Faerron.—Ovelio Rodríguez Chaverri.—1 vez.—O. C. Nº 13034.—Solicitud Nº 2459-11.—C-67520.—(IN2011068206).
Registro
Civil-Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS
JURÍDICOS
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Kattia Vanessa Soto Arroyo, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1346-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas ocho minutos del seis de julio del dos mil once. Ocurso. Exp. N° 10018-2011. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquese el asiento de nacimiento de Justin Andrey Rojas Arroyo...; en el sentido que el primer apellido de la madre de la persona ahí inscrita es “Soto”.—Lic. Óscar Fernando Mena Carvajal, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2011068149).
Exp. Nº 22411-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas cuarenta minutos del veintiséis de julio del dos mil once. Procedimiento administrativo de reposición de acta de reconocimiento, realizado por señor Jairo Alberto Sandoval Jiménez a favor de Soydell Shaddai Acuña Castillo, realizado ante la Sección de Actos Jurídicos de este Registro Civil a las trece horas con diecinueve minutos del día dieciséis de julio del dos mil siete. Repóngase el acta de reconocimiento número veintidós mil cuatrocientos once-dos mil siete, para fundar en esta, de proceder, la respectiva anotación marginal en el asiento de nacimiento de la precitada menor que lleva número novecientos noventa y cuatro, folio cuatrocientos noventa y siete, tomo mil novecientos noventa y cinco, de la provincia de San José, Sección de Nacimientos. Se confiere audiencia por ocho días al señor Jairo Alberto Sandoval Jiménez y a la señora Ani Yohana Acuña Castillo, con el propósito que se pronuncien en relación con estas diligencias. Asimismo publíquese este auto en el Diario Oficial La Gaceta, para que dentro del mismo plazo señalado a partir de la publicación, las partes interesadas hagan valer sus derechos.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 10788.—Solicitud Nº 810-11.—C-8120.—(IN2011068168).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Laura Zúñiga Chaves, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 875-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas seis minutos del trece de mayo del dos mil once. Ocurso. Exp. N° 5753-2011. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Laura Zúñiga Chaves...; en el sentido que los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita son “Padilla Chaves” y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2011255516.—(IN2011068357).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Ana Lucía Fernández Mena, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1324-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas treinta minutos del cinco de julio del dos mil once. Ocurso. Exp. N° 6931-2011. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Sharon Dayana Agüero Mena...; en el sentido que los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita son “Fernández Mena”.—Lic. Óscar Fernando Mena Carvajal, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2011255550.—(IN2011068358).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Víctor Hugo Carrillo Jiménez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1305-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas diez minutos del cuatro de julio del dos mil once. Expediente Nº 33890-2010. Resultando 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:.., III.—Sobre el Fondo:..., Por Tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Víctor Hugo Gerardo Rafael Carrillo Jiménez..., en el sentido que el año de nacimiento de la persona ahí inscrita es “mil novecientos cincuenta y uno”.—Lic. Óscar Fernando Mena Carvajal, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe—1 vez.—(IN2011068582).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Noely Geraldine Hernández Gómez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 464-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas veinte minutos del diecisiete de marzo del dos mil once. Ocurso. Expediente Nº 44336-2010. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos Probados..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el Fondo:..., Por Tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Mariana Raquel Quirós Gómez ...; en el sentido que el primer apellido de la madre de la persona ahí inscrita es “Hernández”, y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil.—Lic Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2011068605).
Registro Civil – Departamento Civil
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIÓN
Avisos de solicitud de naturalización
Augusto César Antunez Ferrera, mayor, casado, ingeniero químico industrial, hondureño, cédula de residencia 134000065113, vecino de San José, expediente 5180-2010. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 5 de abril del 2011.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez—RP2011252363.—(IN2011062942).
Gustavo Alberto Ospina Sánchez, mayor, casado, comerciante, colombiano, cédula de residencia 117001224005, vecino de San José, expediente 5350-2009. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, quince de junio de dos mil once.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(IN2011068059).
Norely Díaz Rubio, mayor, soltera, comerciante, colombiana, cédula de residencia 117000220605, vecina de Puntarenas, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 095-2008.—San José, veintiséis de agosto de dos mil once.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2011068065).
Clorinda Elvira Velásquez Espíritu, mayor, casada, servidora doméstica, peruana, cédula de residencia 160400183832, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 2474-2007.—San José, 26 de agosto del 2011.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2011068181).
Claudia Carolina Martínez González, mayor, soltera, demostradora, nicaragüense, cédula de residencia 155803514124, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 5016-2010.—San José, veinticuatro de agosto de dos mil once.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2011255539.—(IN2011068359).
Tung Sheng Hsueh, mayor, soltero, comerciante, chino, cédula de residencia 115800052903, vecino de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 3282-2011.—San José, veintinueve de agosto de dos mil once.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2011068588).
Santos Reynaldo Díaz López, mayor, soltero, técnico en redes, nicaragüense, cédula de residencia 135-RE-052857-00-1999, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 2250-2008.—San José, primero de setiembre de dos mil once.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2011068611).
Daria Shembel Perminova, mayor, soltera, comerciante, rusa, cédula de residencia 164300016911, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 3346-2011.—San José, primero de setiembre de dos mil once.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2011068648).
William Herbert Brockway Halsten, mayor, soltero, comerciante, estadounidense, cédula de residencia 184000060123, vecino de San José, expediente 5001-2009. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, veintiséis de abril de dos mil once.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—RP2011255630.—(IN2011068795).
María Isabel Pineda Gutiérrez, mayor, soltera, empleada doméstica, nicaragüense, cédula de residencia 155815004519, vecina de Cartago, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 3296-2011.—San José, treinta de agosto de dos mil once.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2011255671.—(IN2011068796).
Dora Mendoza García, mayor, soltera, dependiente, nicaragüense, cédula de residencia 155809877810, vecina de Alajuela, expediente 1084-2009. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, once de mayo de dos mil once.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—RP2011255696.—(IN201168797).
Danessa del Carmen Gutiérrez Vargas, mayor, soltera, comerciante, nicaragüense, cédula de residencia 155807844014, vecina de Limón, expediente 4130-2010. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, diez de mayo del dos mil once.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(IN2011068946).
Cairo José Castillo Rivas, mayor, soltero, especialista en aviación, nicaragüense, cédula de residencia 155804237504, vecino de Alajuela, expediente 1882-2008. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, veintisiete de octubre del dos mil nueve.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(IN2011068959).
Magaly del Socorro Vega García, mayor, soltera, profesora, nicaragüense, cédula de residencia 155813033632, vecina de Limón, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 5857-2010.—San José, veinticinco de agosto de dos mil once.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2011068962).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES 2011
La Dirección de
Proveeduría Institucional les informa a todos los interesados que a
partir de esta fecha se ha publicado Modificación al Plan Anual de
Adquisiciones del Ministerio de Gobernación correspondiente al siguiente
programa presupuestario 044 Administración Central, el cual se encuentra
a su disposición en la dirección electrónica
www.hacienda.go.cr. En el link de COMPRARED.
San José 19 de agosto de 2011.—Lic. Josefina Montero Varela, Directora.—1 vez.—O.C. Nº 11196.—Solicitud Nº 31099.—C-6750.—(IN2011071211).
CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000025-00100
Compra
de baterías para radares y alcohosensores
El Departamento de
Proveeduría del Consejo de Seguridad Vial, a través de la Unidad
de Licitaciones, recibirá ofertas hasta las 09:00 horas del día
29 de setiembre del 2011, para la licitación de referencia.
El (los) interesado(s) tiene(n) el cartel a
su disposición en el Sistema Compra Red en forma gratuita, en la dirección
http://www.hacienda.go.cr. accesando el Link de Compra Red de Internet a partir
del día hábil siguiente a esta publicación, o
solicitándolo para ser enviado vía correo electrónico al
teléfono 2522-0981. Código Compra Red Nº 1476628785.
San José, 8 de setiembre del 2011.—Lic. Alexánder Vásquez Guillén, Proveedor Institucional.—1 vez.—O.C. 320.—(Solicitud Nº 38179).—C-8120.—(IN2011070856).
DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000002-99999
Venta de vehículos para chatarra o repuestos
El Consejo Técnico de
Aviación Civil y la Dirección General de Aviación Civil, a
través de la Proveeduría Institucional, recibirá ofertas
en sobre cerrado para la venta de vehículos para chatarra o repuestos
hasta las 11:00 horas del día 6 del mes de octubre 2011.
Las bases de esta licitación
están a su disposición en el sistema de compras gubernamentales
compr@red, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared o
podrá obtenerlo en la Secretaría de la Proveeduría
Institucional de la Dirección General de Aviación Civil, sita en
la Uruca, San José, contiguo a la Dirección General de
Migración y Extranjería, por medio de dispositivo
electrónico “llave Maya”.
Se establece como fecha única para la
revisión de los vehículos objeto de esta contratación el
día 22 de setiembre del 2011 a las 10:00 a. m. Lugar: parqueo de
funcionarios de la Dirección General de Aviación Civil, sita en
La Uruca, San José, contiguo a la Dirección General de
Migración y Extranjería.
San José, 8 de setiembre del 2011.—Lic. José A. Cascante Torres, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 21978.—Solicitud Nº 32460.—C-17920.—(IN2011071177).
CONSEJO NACIONAL DE REHABILITACIÓN
Y
EDUCACIÓN ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000001-99999
Remodelación del edificio de la Sede
Huetar
Atlántica del CNREE
El Área de Bienes y
Servicios del Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación
Especial, invita a participar en la Licitación Pública
2011LN-000001-99999, “Remodelación del edificio de la Sede Huetar
Atlántica del CNREE”.
Los interesados podrán adquirir el
cartel de licitación, las especificaciones arquitectónicas,
eléctricas, mecánicas, de voz y datos y del sistema de
detección de incendios así como los planos arquitectónicos,
eléctricos y mecánicos en el sistema Comprared de forma digital,
o bien pueden ser solicitados al Área de Bienes y Servicios del CNREE,
en formato digital, mediante un dispositivo USB aportado por el interesado,
ubicada 200 metros norte de Jardines del Recuerdo, La Valencia, carretera a
Heredia.
Las ofertas deberán ser presentadas en
sobre cerrado en el Área de Bienes y Servicios, hasta las 10:00 horas
del día 7 de octubre del 2011, o bien presentar en forma digital
mediante COMPRARED V2.
Los interesados deberán asistir a la
visita al sitio, programada para el 22 de setiembre del 2011, a las 10:00 a.m.,
en la Sede Huetar Atlántica, ubicada en Puerto Limón, barrio
Veracruz, 175 metros oeste de la pulpería Arrecife. (Requisito de
admisibilidad).
ÁREA DE BIENES Y
SERVICIOS
Consejo Nacional de
Rehabilitación y Educación Especial, ubicado 200 metros norte de
Jardines del Recuerdo, La Valencia, carretera a Heredia, Heredia, Costa Rica.
Analista de contratación: Lic. Adriana Quesada Pelekáno,
aquesada@cnree.go.cr. Teléfonos: 2562-3120, 2562-3100, fax: 2260-1985.
Heredia, 9 de setiembre del 2011.—Lic. Jorge Sánchez Morales, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2011071238).
FUNDACIÓN MUNDO DE OPORTUNIDADES
CENTRO
NACIONAL DE RECURSOS PARA
LA
EDUCACIÓN INCLUSIVA
CONCURSO N° 2011PP-000013-01
Concurso selección de empresa para la contratación de
servicios
de diseño, diagramación e impresión de tres
mil
calendarios pirámide de escritorio 2012 y mil
planificadores
2012 para el Centro Nacional de
Recursos
para la Educación Inclusiva
-CENAREC-
El CENAREC recibirá
ofertas hasta las diez horas del 29 de setiembre de 2011, para contratar lo
antes indicado. El Cartel puede ser retirado, sin costo alguno, a partir de la
presente publicación en nuestras oficinas, ubicadas 100 metros al este
del Cementerio de Guadalupe, Goicoechea.
San José, setiembre de 2011.—Departamento Administrativo, Lic. Iván Quesada Granados, Jefe.—1 vez.—(IN2011071255).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA 2011LA-000051-PROV
Compra de extintores
El Departamento de
Proveeduría invita a participar en el siguiente procedimiento de
contratación: Licitación Abreviada 2011LA-000051-PROV, compra de
extintores
Fecha y hora de apertura: 13 de octubre de 2011,
a las 10:00 horas
El respectivo cartel se puede
obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello,
los interesados deben dirigirse al Proceso de Adquisiciones del Departamento de
Proveeduría; sita en el 3° piso del edificio Anexo B, ubicado en la
esquina formada entre calle 15 avenida 6, San José; o bien, a
través de Internet, en la dirección:
http://poder-judicial.go.cr/proveeduria/adquisiciones/invitalic.htm, o
solicitarlo en la dirección de correo electrónico
kpiedra@poder-judicial.go.cr.
San José, 9 de setiembre del 2011.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1 vez.—(IN2011071218).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000036-01
Compra e instalación de 6 equipos para el conteo,
revisión
y clasificación
de billetes, para trabajo mediano, con al
menos
cinco receptores (incluyendo el rechazo y
alimentación)
para tesorerías regionales
El Banco de Costa Rica,
recibirá ofertas por escrito hasta las diez horas con treinta minutos
(10:30 a. m.) del 6 de octubre del 2011, para la licitación en
referencia.
Los interesados pueden retirar el cartel de
licitación que incluye las especificaciones y condiciones generales en
la Oficina de Compras y Pagos del Banco de Costa Rica, ubicada en el tercer
piso de Oficinas Centrales, con un horario de 9:00 a. m. a 3:00 p. m.
San José, 8 de setiembre del 2011.—Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar S., Área de Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 60598.—Solicitud Nº 47233.—C-11720.—(IN2011071208).
LICITACIÓN ABREVIADA 2011LA-000007-01
El Banco Hipotecario de la
Vivienda a través de la Gerencia General, resolvió dar apertura a
la Licitación Abreviada 2011LA-000007-01, para la Contratación de
una empresa (persona jurídica) para la adquisición de un paquete
de software para la Gestión de Riesgos Operacionales que cumpla a
cabalidad con las Directrices Generales para el Establecimiento y
Funcionamiento del Sistema Específico de Valoración del Riesgo
Institucional (SEVRI) D-3-2005-CO-DFOE-Contraloría General de la
República, el Acuerdo SUGEF 2-10-Reglamento para la
Administración Integral de Riesgos y los requerimientos de usuario
definidos por la Unidad de Riesgos del BANHVI.
Los interesados pueden acceder al cartel que
regirá este procedimiento de contratación a partir del 14 de
setiembre 2011, en la página oficial del Banco Hipotecario de la
Vivienda, sita www.banhvi.fi.cr sección Publicaciones, Área de
Proveeduría, Contrataciones.
La fecha límite para recibir ofertas
será el jueves 6 de octubre del 2011 a las 10:00 horas, fecha y hora en
que se procederá a realizar el acto de apertura de ofertas, en las
instalaciones del BANHVI ubicado en Barrio Dent, San Pedro de Montes de Oca, de
la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, 300 metros oeste y 100
metros norte.
Margoth Campos Barrantes, Directora Administrativa.—1 vez.—(IN2011070868).
LICITACIÓN ABREVIADA 2011LA-00064-PRI
Contratación de
horas de servicio para soporte de
infraestructuras Microsoft y Mcafee
El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 11:00 horas del día 29 de setiembre del 2011, para la contratación de horas de servicio para soporte de infraestructuras Microsoft y Mcafee.
El archivo que conforma el cartel podrá accesarse en la página www.aya.go.cr o bien, adquirirse en la Dirección de Proveeduría de AyA, previo pago de ¢500,00, sita en el módulo C, piso 3 del Edificio Sede del AyA en Pavas.
San José, 9 de setiembre de 2011.—Dirección de Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 11-03.—Solicitud Nº 3263.—C-17920.—(IN2011070879).
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2011LN-000003-08
Contratación de
servicios de capacitación y formación
profesional en el Subsector de Idiomas,
según demanda
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Brunca del Instituto Nacional de Aprendizaje, estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 10 de octubre del 2011. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito en el Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Brunca, sita 250 metros sur del Supermercado Coopeagri R.L., en Barrio Villa Ligia, distrito Daniel Flores, cantón Pérez Zeledón o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr. /consultacarteles.
San José, 9 de setiembre del 2011.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº 48383.—C-12550.—(IN2011071180).
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2011LN-000001-07
Contratación de
servicios de capacitación y
formación profesional en el
Subsector de
Informática, según
demanda
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Pacífico Central del Instituto Nacional de Aprendizaje, estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 10 de octubre del 2011. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢500,00 en el Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Pacífico Central, sita en Barranca, Puntarenas contiguo a Inolasa o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº 48383.—C-12550.—(IN2011071181).
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2011LN-000002-08
Contratación de
servicios de capacitación y
formación profesional en el
Subsector
de Informática, según
demanda
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Brunca del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 14:00 horas del 10 de octubre del 2011. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito en el Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Brunca, sita 250 metros sur del Supermercado Coopeagri R.L., en Barrio Villa Ligia, distrito Daniel Flores, cantón Pérez Zeledón o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº 48383.—C-12550.—(IN2011071182).
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2011LN-000002-07
Contratación de
servicios de capacitación y
formación profesional en el
Subsector
de Idiomas, según demanda
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Pacífico Central del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 14:00 horas del 10 de octubre del 2011. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢500.00 en el Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Pacífico Central, sita en Barranca, Puntarenas contiguo a Inolasa o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº 48383.—C-12550.—(IN2011071183).
El Instituto de Desarrollo Agrario comunica la apertura de los siguientes procesos de contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA 2011LA-000022-02
Construcción de
dos aulas escolares independientes y una
batería sanitaria en el
Asentamiento Campesino
Los Jasminez, Dirección
Región Huetar Norte,
Oficina Subregional Upala
Sitio de la construcción Colonia Puntarenas-Upala.
Fecha y hora de apertura de la licitación: 23 de setiembre del 2011, a las 9:00 horas.
———
LICITACIÓN ABREVIADA 2011LA-000023-02
Construcción de
pasos de alcantarilla y cabezales en el
Asentamiento
Campesino La Piragua, Dirección Región
Chorotega, Oficina Subregional Santa
Cruz
Sitio de la construcción Río Cañas de Carrillo.
Fecha y hora de apertura de la licitación: 23 de setiembre del 2011, a las 10:00 horas.
———
LICITACIÓN ABREVIADA 2011LA-000026-02
Construcción de
dos aula escolares adosadas entre si y
rehabilitación
de la instalación eléctrica de la Escuela del
Asentamiento
Campesino Sara, Dirección Huetar Atlántica,
Oficina Subregional Batan
Sitio de la construcción Sara de Batan.
Fecha y hora de apertura de la licitación: 23 de setiembre del 2011, a las 11:00 horas.
———
LICITACIÓN ABREVIADA 2011LA-000029-02
Construcción de
caminos y revestimiento de canal en el
Asentamiento Campesino La Julieta,
Dirección
Región Brunca, Oficina
Subregional Río Claro
Sitio de la construcción Kilómetro 37 de Guaycará de Golfito.
Fecha y hora de apertura de la licitación: 23 de setiembre del 2011, a las 13:00 horas.
———
LICITACIÓN ABREVIADA 2011LA-000034-02
Construcción de
caminos en el Asentamiento Campesino
Mollejones, Dirección
Pacífico Central, Oficina
Subregional Orotina
Sitio de la construcción Coyolar-Orotina.
Fecha y hora de apertura de la licitación: 23 de setiembre del 2011, a las 14:00 horas.
———
LICITACIÓN ABREVIADA 2011LA-000035-02
Construcción de
puente tipo caja de concreto de dos celdas
en el Asentamiento Campesino La Soga, Dirección
Chorotega, Oficina Subregional
Cañas
Sitio de la construcción Bagaces.
Fecha y hora de apertura de la licitación: 23 de setiembre del 2011, a las 15:00 horas.
Los carteles están a disposición en las oficinas centrales del IDA ubicadas en Moravia, residencial Los Colegios, frente al IFAM, Área de Infraestructura, previa cancelación de ¢2.000 (dos mil colones) en el Área de Tesorería.
Área de Contratación y Suministros.—Rafael Fernández Bolaños.—1 vez.—(IN2011071166).
DEPARTAMENTO DE SUMINISTROS,
BIENES
Y SERVICIOS
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2011CD000648-01
Servicios profesionales para organización y ejecución de
foro
regional
juvenil, el cual deberá incluir alimentación,
desarrollo
de actividades socio-educativas
El Patronato Nacional de la
Infancia, cédula jurídica Nº 3-007-042039-35, a
través del Departamento de Suministro de Bienes y Servicios, invita a
participar en la contratación directa Nº 2011CD000648-01:
“Servicios profesionales para organización y ejecución de
foro regional juvenil, el cual deberá incluir alimentación,
desarrollo de actividades socio-educativas”.
El pliego de condiciones podrá ser
retirado a partir de la
publicación de este anuncio,
de 7:30 a.m. a 4:00 p.m. en el Departamento de Suministro de Bienes y
Servicios, Oficinas Centrales en San José, sita de la Casa de Matute
Gómez 300 metros al sur, Barrio Luján.
Las ofertas serán recibidas hasta las
11:00 horas del día martes 20 de setiembre del 2011.
Lic.
Guiselle Zúñiga Coto, Coordinadora.—1 vez.—O. C. Nº 34028.—Solicitud
Nº 48572.—C-3620.—(IN2011071257).
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2011CD000647-01
Contratación de servicios de alimentación, transporte y
local
para
ejecución de campamento en el cantón de Pococí, como
parte
del Proyecto de la Gerencia Técnica
El Patronato Nacional de la
Infancia, cédula jurídica Nº 3-007-042039-35, a
través del Departamento de Suministro de Bienes y Servicios, invita a
participar en la Contratación Directa Nº 2011CD000647-01:
“Contratación de servicios de alimentación, transporte y
local para ejecución de campamento en el cantón de Pococí, como parte del
Proyecto de la Gerencia Técnica”.
El pliego de condiciones podrá ser
retirado a partir de la
publicación de este anuncio, de 7:30 a. m. a 4:00 p.m. en el Departamento
de Suministro de Bienes y Servicios, Oficinas Centrales en San José,
sita de la Casa de Matute Gómez 300 metros al sur, Barrio Luján.
Las ofertas serán recibidas hasta las
13:00 horas del día martes 20 de setiembre del 2011.
Lic. Guiselle Zúñiga Coto, Coordinadora.—1 vez.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 48568.—C-3020.—(IN2011071259).
SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000010-SUTEL
Adquisición de un software para la predicción de
cobertura
de
Sistemas de Radiofrecuencia
La Superintendencia de
Telecomunicaciones, cédula jurídica Nº 3-007-506209,
recibirá ofertas hasta las 10:00 horas, del 6 de octubre del 2011, para
la compra de un software para la predicción de cobertura de sistemas de
radiofrecuencia.
Las Especificaciones Técnicas y las
Condiciones Generales, que forman parte de esta Licitación, pueden ser
accesadas en el link de la dirección electrónica:
http://www.aresep.go.cr/cgi-bin/index.fwx?area=04&cmd=servicios&id=3787
Para mayor
información pueden llamar al teléfono 2506-3237 y 2506-3239, o a
los correos electrónicos jromero@aresep.go.cr, fjaubert@aresep.go.cr.
San José, 8 de setiembre del 2011.—Jorge Romero Vargas, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 343-2011.—Solicitud Nº 36293.—C-17920.—(IN2011071249).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000011-SUTEL
Compra de cuatro Sistemas de Alimentación Ininterrumpida
(UPS)
para la Superintendencia de Telecomunicaciones
La Superintendencia de
Telecomunicaciones, cédula jurídica Nº 3-007-506209,
recibirá ofertas hasta las 14:00 horas, del 6 de octubre del 2011, para
la compra de cuatro Sistemas de Alimentación Ininterrumpida (UPS) para
la Superintendencia de Telecomunicaciones.
Las Especificaciones Técnicas y las
Condiciones Generales, que forman parte de esta Licitación, pueden ser
accesadas en el link de la dirección electrónica:
http://www.aresep.go.cr/cgi-bin/index.fwx?area=04&cmd=servicios&id=3787
Para mayor
información pueden llamar al teléfono 2506-3237 y 2506-3239, o a
los correos electrónicos jromero@aresep.go.cr, fjaubert@aresep.go.cr.
San José, 8 de setiembre del 2011.—Jorge Romero Vargas, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 342-2011.—Solicitud Nº 36292.—C-17920.—(IN2011071250).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000012-SUTEL
Compra de equipo de cobertura móvil para la evaluación
de
las redes de telefonía móvil de los nuevos operadores
La Superintendencia de
Telecomunicaciones, cédula jurídica Nº 3-007-506209,
recibirá ofertas hasta las 10:00 horas, del 7 de octubre del 2011, para
la compra de equipo de cobertura móvil para la evaluación de las
redes de telefonía móvil de los nuevos operadores.
Las Especificaciones Técnicas y las
Condiciones Generales, que forman parte de esta Licitación, pueden ser
accesadas en el link de la dirección electrónica:
http://www.aresep.go.cr/cgi-bin/index.fwx?area=04&cmd=servicios&id=3787
Para mayor
información pueden llamar al teléfono 2506-3237 y 2506-3239, o a
los correos electrónicos jromero@aresep.go.cr, fjaubert@aresep.go.cr.
San José, 8 de setiembre del 2011.—Jorge Romero Vargas, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 341-2011.—Solicitud Nº 36291.—C-17920.—(IN2011071251).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000014-SUTEL
Contratación de una consultoría para el diseño de
un sistema
de
monitoreo de espectro y localización de emisiones
La Superintendencia de
Telecomunicaciones, cédula jurídica Nº 3-007-506209,
recibirá ofertas hasta las 10:00 horas, del 10 de octubre del 2011, para
la contratación de una consultoría para el diseño de un sistema
de monitoreo de espectro y localización de emisiones.
Las Especificaciones Técnicas y las
Condiciones Generales, que forman parte de esta Licitación, pueden ser
accesadas en el link de la dirección electrónica:
http://www.aresep.go.cr/cgi-bin/index.fwx?area=04&cmd=servicios&id=3787
Para mayor
información pueden llamar al teléfono 2506-3237 y 2506-3239, o a
los correos electrónicos jromero@aresep.go.cr, fjaubert@aresep.go.cr.
San José, 8 de setiembre del 2011.—Jorge Romero Vargas, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 344-2011.—Solicitud Nº 36294.—C-17920.—(IN2011071252).
MUNICIPALIDAD DE NARANJO
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2011LN-000002-PM
Contratación de servicios de recolección y transporte
de
desechos sólidos del cantón de Naranjo
La Proveeduría de la
Municipalidad de Naranjo recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del
viernes 7 de octubre del 2011, para la contratación arriba indicada. El
cartel de licitación se puede obtener a partir de esta publicación
en la Proveeduría Institucional de esta Municipalidad, ubicada en
Naranjo centro, costado norte del templo católico.
El cartel tendrá un valor
de ¢10.000,00.
Naranjo, 9 de setiembre del 2011.—Ólger Alpízar Villalobos, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2011071192).
MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS
CONTRATACIÓN DIRECTA 2011CD-000362-01
Coordinar la participación de bandas locales, nacionales,
e
internacionales, servicio de alojamiento, transporte,
alimentación
y servicio de sonido para el festival
de
bandas en el marco de celebración
del
cantón de San Carlos
El Departamento de
Proveeduría de la Municipalidad de San Carlos, promueve y
recibirá ofertas para este concurso hasta las 10:00 horas del 19 de
setiembre del 2011.
El Cartel de Contratación Directa debe
retirarlo en la oficina del Departamento de Proveeduría de la
Municipalidad de San Carlos, primer piso del Palacio Municipal, costado sur del
parque de Ciudad Quesada o vía fax o correo electrónico, mediante
solicitud por escrito que puede enviarse al fax 2460-2556 o al correo
electrónico miguelvh@munisc.go.cr
9 de
setiembre del 2011.—Luis Miguel Vargas Hernández, Auxiliar de
Compras Directas.—1 vez.—(IN2011070850).
CONTRATACIÓN DIRECTA 2011CD-000363-01
Servicio
de producción, logística y realización del desfile
de
boyeros celebración del centenario
del
cantón de
San Carlos
El Departamento de
Proveeduría de la Municipalidad de San Carlos, promueve y
recibirá ofertas para este concurso hasta las 10:00 horas del 21 de
setiembre del 2011.
El cartel de Contratación Directa debe
retirarlo en la oficina del Departamento de Proveeduría de la
Municipalidad de San Carlos, primer piso del Palacio Municipal, costado sur del
parque de Ciudad Quesada o vía fax o correo electrónico, mediante
solicitud por escrito que puede enviarse al fax 2460-2556 o al correo
electrónico miguelvh@munisc.go.cr
9 de setiembre del 2011.—Luis Miguel Vargas Hernández, Auxiliar de Compras Directas.—1 vez.—(IN2011070851).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000011-PCAD
Compra de cajeros automáticos, dispensadores para lobbie
y
módulos de aceptación de depósitos de efectivo
para
cajeros automáticos
El Proceso de
Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal
hace del conocimiento de los interesados en la Licitación Pública
Nº 2011LN-000011-PCAD, que la Comisión de Licitaciones
Públicas, mediante Acta Nº 557-2011 del 7 de setiembre del 2011,
resolvió declarar infructuosa la presente licitación.
San José, 9 de setiembre del 2011.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Jefe.—1 vez.—(IN2011071247).
LICITACIÓN ABREVIADA 2011LA-000012-RCH
Reconstrucción de 45.00 km de drenajes
subdistritos
Piedras y Cabuyo
El Servicio Nacional de Aguas
Subterráneas, Riego y Avenamiento, SENARA, comunica el acuerdo N°
4190, tomado por la Junta Directiva de SENARA, en sesión ordinaria
Nº 603-11, celebrada el día 5 de setiembre de 2011.
Acuerdo N° 4190: Con base en
el análisis técnico DDRAT-837-11 y DDRAT-990-11, y
análisis legal DJ-263-2011, se adjudica la Licitación Abreviada
Nº 2011LA-000012-RCH, Reconstrucción de 45.00 km de drenajes,
subdistritos Piedras y Cabuyo, a la empresa Corporación Fairuza S. A.,
por un monto total de ¢19.998.000,00 (Diecinueve millones novecientos
noventa y ocho mil colones con 00/100), con un plazo de entrega de 60
días naturales, contados a partir de la fecha en que el SENARA de la
orden de inicio. Lo anterior por cuanto esta oferta cumple con todos los
requisitos legales, técnicos y financieros de la contratación y
obtuvo la mayor calificación. Acuerdo firme.
Unidad Servicios Administrativos.—Lic. Xinia Herrera Mata, Coordinadora.—1 vez.—(IN2011071210).
DEPARTAMENTO DE SUMINISTROS,
BIENES
Y SERVICIOS
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2011CD-000608-01
Servicios de alimentación, transporte y local
para
ejecución de campamento
El Patronato Nacional de la
Infancia, cédula jurídica No. 3-007-042039-35, a través del
Departamento de Suministro de Bienes y Servicios comunica que mediante
Resolución Nº 000553-2011 se declaró infructuosa la
Contratación Directa Nº 2011CD-000608-01: “Servicios de
alimentación, transporte y local para ejecución de
campamento”.
De conformidad con lo que establece el
artículo 136 del Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa, contra el presente acto, se podrá interponer recursos de
revocatoria, dentro de los dos días hábiles siguientes a su publicación.
Lic. Guiselle Zúñiga Coto, Coordinadora.—1 vez.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 48570.—C-3020.—(IN2011071258).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO ELÉCTRICO
MUNICIPAL
DE CARTAGO
CONTRATACIÓN DIRECTA N° 2011CD-000269-01
Adquisición máquina para rebobinar, cortar
y
almacenar diferentes tipos de cables
La Junta Administrativa del
Servicio Eléctrico Municipal de Cartago, avisa a todos los interesados
en la Contratación Directa arriba mencionada que la Junta de
Adquisiciones de JASEC mediante oficio N° UEN-A AME-380-2011, acordó
adjudicarla de la siguiente manera:
Ø A
la única oferta presentada por la empresa Isotex de Centro
América S. A., cédula jurídica N° 3-101-10128887,
por un monto total de ¢14.240.000,00.
Tiempo de entrega: 60
días hábiles contados a partir de la notificación de la
Orden de Compra.
Lugar de la instalación: El lugar de
la instalación será en el Almacén Central de Materiales en
una sola entrega.
Garantía: 12 meses una vez recibida la
máquina rebobinadora de cable a satisfacción de parte de JASEC.
Forma de pago: Transferencia bancaria a 30
días plazo.
Lic. Abel Gómez Leandro, Contratar Bienes y Servicios.—1 vez.—O. C. Nº 5078.—Solicitud Nº 11170.—C-15235.—(IN2011071178).
COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ S. A.
CONCURSO DE ADQUISICIÓN Nº 2011PP-000004-PROV
Suministro del diseño y entrega de los materiales para el
montaje
electromecánico de una línea de transmisión
semiaislada
para 34,5 kV, capacitación y supervisión
para
el montaje electromecánico y herramientas
para
el montaje de la línea
Les comunicamos que la Gerencia
General, acordó la adjudicación del concurso en referencia de la
siguiente manera:
A: Enersys MVA Costa Rica S.
A.—(Oferta Nº 2).
Artículo Nº 1.
US$807.770,13.
José Antonio Salas Monge, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2011071207).
REMATE Nº 1-2011
El Instituto Nacional de Fomento
Cooperativo avisa a todos los interesados del remate que se celebrará a
las 10:00 horas del 30 de setiembre
de 2011, en el Auditorio de su
Edificio Central (tercer piso),
sita 400 metros al norte del Hospital de Niños (calle 20 avenidas 5 y
7), de las siguientes propiedades inmuebles, inscritas al Folio Real, libres de
gravámenes.
Fincas en primer remate
1. Finca inscrita al Folio Real 2-261606-000
A) Situación: provincia 2º Alajuela, cantón 10º
San Carlos, distrito 1º Ciudad Quesada.
B) Dirección: Urbanización Coopeurvi
R. L. aproximadamente a 1 kilómetro al sureste del centro de Ciudad
Quesada, lote al final de calle sin salida.
C) Características del inmueble: Es terreno
para construir, mide según Registro 633.11 metros cuadrados y según plano catastrado Nº
A-0975888-1991 mide 633.11 metros cuadrados. Colindantes norte, Lote Nº 6;
sur, Roberto González Hidalgo; este, calle pública con un frente
de 18.99 metros; oeste, Coop. Urbanización y Vivienda R. L. El lote se
ubica en la cuadra al final de una calle sin salida, cuenta con cordón y
caño, no tiene acera, la calle pública está asfaltada y en
muy buena condición, La topografía del terreno es quebrada y
plana en la parte de abajo, con respecto al nivel de la calle se encuentra a 3
metros abajo aproximadamente y puede ser afectada por la cercanía con una quebrada que pasa cerca del lindero sur; el lote
es de forma regular.
Cuenta con
prevista de agua potable en el lindero este, frente a la calle pública. El
sector donde se encuentra la propiedad cuenta con el servicio de alumbrado
público y cableado eléctrico para futura conexión,
también cuenta con el servicio telefónico para futura
conexión. No soporta gravámenes hipotecarios ni anotaciones. Los impuestos se
encuentran al día.
D) Examen de la propiedad: Las personas
interesadas podrán examinar la propiedad el día 21 de setiembre de 2011, a partir de las
10 horas, para lo cual podrán coordinar la visita al teléfono
2256-2944, extensión 2655.
E) Base de referencia: ¢9.813.205
(nueve millones ochocientos trece mil doscientos cinco colones exactos)
2. Finca inscrita al Folio Real 2-339739-000
A) Situación: provincia: 2º Alajuela, cantón
02º San Ramón, distrito 07º San Isidro.
B) Dirección: 600 metros al este del centro de la ciudad de San
Ramón en el barrio El Progreso.
C) Características del inmueble: Es terreno
para la agricultura con una construcción, mide según Registro
20,966.88 metros cuadrados y según plano catastrado Nº
A-252627-1995 mide 20,966.88 metros cuadrados. Colindantes: norte, Rafael
Bogantes Granados; sur, calle pública con un frente de ciento ochenta y seis
metros con veintiséis centímetros; este, Coopecafira R. L.;
oeste, Rafael Bogantes Granados. Esta propiedad es un terreno con un frente de
186.26 metros a la calle pública de lastre. No cuenta con servicios
públicos como electricidad, alumbrado, cañería y
teléfono (aunque estos están presentes en la zona). Tiene una
pendiente de un 45% en el frente de la calle, y luego es plana donde se ubica
un planché de concreto, afectada por la Ley Nº 7575 Ley Forestal,
en el límite con el Río Grande en el extremo noreste de la propiedad.
Dentro de propiedad hay una
construcción de un planché de losa de concreto de unos 902 m2
, con 6 columnas centrales cuadradas de concreto de 80 cm de ancho por unos 6 m
de alto y otras 20 columnas cuadradas de 28 cm, con diferentes alturas desde
1.12 m hasta 0.60 cm, donde se soportaba un techado y cerchas. No soporta
gravámenes hipotecarios ni
anotaciones. Los impuestos que le afectan se encuentran al día.
D) Examen de la propiedad: Las personas
interesadas podrán examinar la propiedad el 20 de setiembre de 2011, a
partir de las 8 horas, para lo cual podrán coordinar la visita al
teléfono 2256-2944, extensión 2655.
E) Base de referencia: ¢77.332.640,00
(setenta y siete millones trescientos treinta y dos mil seiscientos cuarenta
colones exactos).
3. Finca inscrita al Folio Real 2-107614-000
A) Situación: Provincia 2º Alajuela, cantón 2º
San Ramón, distrito 04º Piedades Norte.
B) Dirección: Aproximadamente 5 km. al
oeste de la sede de la Universidad de Costa Rica en San Ramón. (100
metros al oeste del puesto sobre el Río Barranca) a mano izquierda.
C) Características del inmueble: Es terreno
para construir, mide según Registro 22,929.28 metros cuadrados y según plano catastrado Nº
A-0600004-1999 mide 22,929.28 metros cuadrados. Colindantes norte, calle
pública; sur, Río Barranca; este, Mario Matamoros Rojas; oeste,
Río San Pedro. La calle pública está asfaltada y en muy
buena condición. Presenta una topografía plana y suave en los primeros
40 metros hacia el fondo, con pendiente leve de norte a sur, luego la pendiente se pasa
a más del 30% hasta el límite del Río Barranca, terrero
que sólo debe ser para protección de la ladera. En el extremo
oeste y con acceso por la vía pública tiene un galerón
construido en perfil de hierro a una agua, y en el frente se ubica otra
estructura que es un recibo para café en fruta, con medidas de 7 metros
de largo por 8 de ancho y 2.46 metros de alto, con acera en el frente donde se
recibe el café, y dos portones de malla ciclón, sobre tubos de 4
cm de diámetro, tiene cubierta a una agua de hierro galvanizado Nº
26, montado sobre “perling” de 10 cm por 5 cm. Por el desnivel con
respecto a la calle esta construcción se soporta sobre un muro de retención de 3 metros de
altura, tiene pisos de concreto y no posee cielos, se encuentra en buen estado.
Cuenta con servicios
públicos, electricidad, alumbrado público, cañería
y teléfono. No soporta gravámenes hipotecarios ni anotaciones. Los impuestos se encuentran
al día.
D) Las personas interesadas podrán examinar la propiedad el
día 20 de setiembre de 2011, a partir de las 9:30 horas, para lo cual
podrán coordinar la visita al teléfono 2256-2944,
extensión 2655.
E) Base de referencia: ¢ 85.292.480,00
(ochenta y cinco millones doscientos noventa y dos mil cuatrocientos ochenta
colones exactos).
4. Finca inscrita al Folio Real 2-343985-000
A) Situación: Provincia: 2º Alajuela, Cantón
08º Poás, distrito 02º San Juan.
B) Dirección: Urbanización Los
Chorros, un kilómetro al este y 295 metros al sur del centro de San
Pedro de Poás.
C) Características del inmueble: Es lote
21, bloque A, terreno para construir, mide según Registro 434.25 metros
cuadrados y según plano catastrado Nº A-0547210-1999 mide 434.25
metros cuadrados. Colindantes: norte, Lote 22 A; sur, Lote 20 A; este, resto
reservado y Tomás Murillo Murillo; oeste, calle pública segunda
con frente de 10 metros. La zona presenta un desarrollo habitacional de tipo
lineal con algunos, pequeños desarrollos de terrenos urbanizados, por su
cercanía con el centro de San Pedro de Poás se pueden obtener
servicios como escuela, colegio, clínica de salud, templo
católico, tiendas, ferreterías, restaurantes, servicios
profesionales, bancarios, servicio de autobús hacia la Ciudad de
Alajuela y Grecia. El inmueble es
el lote Nº 21 de la Urbanización Los Chorros, que es un lote sin
construir, con una medida 434.25 metros cuadrados, de acuerdo al plano
catastrado A-547210-1999, de forma ligeramente irregular, con un frente de
10.00 metros y de fondo 33.46 metros con acera, cordón y caño,
calle asfaltada, con topografía plana y a nivel de la vía, con
servicios de cañería, electricidad y telefonía.
D) Examen de la propiedad: Las personas
interesadas podrán examinar la propiedad el 20 de setiembre de 2011, a
partir de las 13 horas, para lo cual podrán coordinar la visita al
teléfono 2256-2944, extensión 2655.
Base de referencia:
¢17.370.000,00 (diecisiete millones trescientos setenta mil colones
exactos).
5. Finca inscrita al Folio Real 1-159417-000
A) Situación: provincia: 1º San José, cantón
01º San José, distrito 02º Merced
B) Dirección: 200 metros al sur de la Junta
de Protección Social de San José.
C) Características del inmueble: Ubicado en
el sector urbano que corresponde a
la parte oeste del cuadrante
central de la ciudad, zona de características comerciales e institucionales es
conocida como Hospital, calles de asfalto en buen estado y flujo vehicular y
peatonal significativo. La finca mide
según el plano catastrado
SJ-391647-1980, 509.21 metros cuadrados y el área según
registro es de 475.25 metros cuadrados. (El área considerada para este
remate es la indicada en el plano catastrado). Los colindantes son: norte,
Mercedes Cascante Vargas; sur, Juan Campos Quesada y otros; al este, calle
pública y otros y al oeste, Tomas Malavassi. Es un terreno medianero de
forma irregular que se encuentra a
nivel con respecto a la acera pública, cuenta con un frente a calle pública
de 8.84 metros y un fondo sobre el lindero sur de 44.50 metros un fondo por el
lindero norte de 42.56 metros y un contrafrente de 19.47 metros en el lindero
oeste. Cuenta con todos los elementos urbanísticos básicos como
son acera, cordón, caño, servicio eléctrico, de agua
potable y telefonía, recolección de aguas pluviales y servidas
mediante alcantarilla, vigilancia
policial, alumbrado público, recolección de basura, limpieza de
caños, transporte público. Construcción. El terreno cuenta
con una construcción de dos
pisos, con destino de oficinas, la fachada
cuenta con un acceso con
puertas de aluminio y vidrio a nivel de acera, la fachada combina
paños de concreto horizontales
con paños de vidrios verticales. Clase de construcción de
mampostería y muro seco, las paredes exteriores son de
mampostería, paredes interiores
son divisiones en muro seco
tipo fibrocemento principalmente, en regular estado. Entrepiso es de RT y piso
de madera laminada. El piso es mixto, cerámico, terrazo y alfombra. La
estructura está constituida por marcos estructurales con vigas y columnas de concreto. Cielo raso tipo suspendido
con piezas de fibra mineral en mal
estado. Marcos de ventanas de aluminio en mal estado. Cimientos se presume que cuenta con placas aisladas o corridas con vigas en concreto. Cubierta
de techos es en láminas de hierro galvanizado. Sistema Eléctrico
se encuentra desmantelado. Servicios sanitarios se encuentran en mal estado. La
construcción cuenta con una escalera interna de estructura de RT con piso alfombrado en deficiente
estado. El área total de la construcción es de 450.00 metros
cuadrados, con una edad aproximada de 19 años de una vida útil de
50 años y requiere de reparaciones importantes. No soporta
gravámenes hipotecarios ni
anotaciones. Los impuestos que le afectan se encuentran al día.
6. Finca inscrita al Folio Real 1-283091-000
A) Situación: Provincia 01º San José, Cantón
01º San José, Distrito 2º Merced.
B) Dirección: 200 metros al sur de la Junta
de Protección Social de San José.
C) Características del inmueble: Ubicado en
el sector urbano que corresponde a la parte oeste del cuadrante central de la
ciudad, zona de características comerciales e institucionales es
conocida como Hospital, calles de asfalto en buen estado y flujo vehicular y
peatonal significativo. La finca mide según plano catastrado
SJ-391646-1980, 273.19 metros cuadrados y el área según Registro
es de 273.19 metros cuadrados. Linderos: al norte, con Virginia Ramírez
Villalobos y otro; al sur, con Juan Campos Quesada y otro, al este, con calle
pública, al oeste, con Virginia Ramírez Villalobos y otro. Es un
lote medianero de forma rectangular, se encuentra a un (1) metro más
abajo del nivel con respecto a la acera pública. Posee un frente a calle
pública de 8.84 metros y un fondo sobre el lindero sur de 30.67 metros y
sobre el lindero norte el fondo es de 29.45 metros, un contrafrente de 8.45
metros. El terreno cuenta con una construcción de 4 pisos, se desconoce
el año de la construcción, su destino era de oficinas. Fachada: Cuenta con un acceso con
puertas de aluminio y vidrio bajo
el nivel de la acera, la fachada combina paños horizontales con
paños de vidrio verticales. Construcción: De mampostería y
muro seco. Paredes exteriores: De
mampostería. Paredes
interiores: Se combinan paredes de bloques de concreto con divisiones en muro
seco tipo fibrocemento principalmente.
Entrepiso: El entrepiso es de RT y madera laminada con enchape de piso
imitación parquet. Piso: Cuenta
con piso de cerámica, terrazo y alfombra. Estructura: La estructura
está constituida por marcos estructurales con vigas y columnas de
concreto. Cielo raso: Cuenta con
cielos en fibrocemento y cielos suspendido. Marcos de ventanas: Los marcos de las
ventanas exteriores e interiores son de madera y aluminio. Cimientos: se presume que cuenta con
placas aisladas o corridas con vigas y columnas en concreto. Cubierta de techo:
La cubierta general de la construcción es de láminas de hierro
galvanizado. Sistema eléctrico: enductado, servicio de 110 voltios en
tomacorrientes y apagadores, las luminarias en su mayoría son
lámpara fluorescentes con laminas difusoras. Servicios sanitarios: El edificio cuenta
en todos los pisos con medios baños (inodoro y lavamanos), en su
mayoría con enchapes de azulejo.
La construcción cuenta con escalera interna en el primer al
segundo nivel de concreto y el resto en RT; en la parte posterior cuenta con una
escalera de estructura metálica en RT. La edad de la construcción
se calcula en 24 años aproximadamente de una vida útil de 50
años. Estado normal. El total del área de la construcción
es de 592.00 metros cuadrados. La propiedad tiene acceso a todos los servicios
públicos existentes en la zona, como son cañería de agua
potable, alumbrado público, electricidad, telefonía,
recolección de basura y transporte público, acera, cordón
y caño. No soporta gravámenes hipotecarios ni anotaciones; los
impuestos que le afectan se encuentran al día.
D) Examen de las propiedades: Las personas
interesadas podrán examinar las propiedades el día 22 de
setiembre de 2011, a partir de las 10 horas, para lo cual podrán
coordinar la visita al teléfono 2256-2944, extensión 2655.
NOTA: La finca inscrita al Folio Real 1-159417-000 y la finca
inscrita al Folio Real 1-283091-000, serán rematadas conjuntamente en
razón de que se encuentran contiguas y existe una construcción
que abarca a ambas.
Base de referencia:
¢260.488.201,00 (doscientos sesenta millones cuatrocientos ochenta y ocho
mil doscientos un colones exactos).
El cartel, con mayores
especificaciones y condiciones generales y especiales podrá ser retirado
en el Departamento Administrativo Financiero del Edificio Central del Instituto
Nacional de Fomento Cooperativo, ubicado en San José, avenidas 5 y 7,
calle 20 norte o sea del Hospital de Niños 400 metros al norte. Cualquier duda o aclaración
pueden comunicarse con Eduardo Mestayer Cedeño y Rudy Álvarez
Valverde, al teléfono 2256-2944, extensiones 2655, 2656 y 2651.
Aprobado por la Junta Directiva en
sesión 3837, artículo 1º, inciso 2.2) del 16 de agosto de
2011.
San José, 9 de setiembre del 2011.—Lic. Eduardo Mestayer Cedeño, Proveedor.—1 vez.—O.C. Nº 32717.—Solicitud Nº 35934.—C-232720.—(IN2011071226).
LICITACIÓN PÚBLICA 2011LN-000004-CNR
Contratación de servicios para la remodelación
del CENAT etapa I
El Consejo Nacional de Rectores comunica a los interesados que existen aclaraciones y modificaciones al cartel las cuales pueden ser solicitadas a través del correo electrónico jchaves@conare.ac.cr o en la dirección: http://www.conare.ac.cr/transparencia/Proveeduria/contrataciones. La fecha de apertura se mantiene para el día 20 de setiembre de 2011 a las 10:00 horas.
Pavas, 6 de setiembre del 2011.—Proveeduría.—Jonathan Chaves Sandoval.—1 vez.—(IN2011071114).
LICITACIÓN ABREVIADA 2011LA-000006-CNR
Contratación de
servicios para la elaboración de un plan
estratégico, un estudio de
mercado y un estudio técnico-
financiero
de la entidad gestora del proyecto CENIBiot
El Consejo Nacional de Rectores avisa que mediante sesión N° 23-11 celebrada el 23 de agosto de 2011, se acuerda en firme revocar el acto de adjudicación tomado mediante acuerdo N° 22-11 del 9 de agosto de 2011 y readjudicar la licitación abreviada N° 2011LA-000006-CNR para la contratación de servicios para la elaboración del plan estratégico, un estudio de mercado y un estudio técnico-financiero para la entidad gestora del proyecto CENIBiot de la siguiente forma:
Soluciones y Estrategia ISO S. A., cédula jurídica 3-101-337657
Contratación de servicios para elaboración de un Plan Estratégico, un Estudio de Mercado y Estudio Técnico-Financiero para la entidad Gestora del Proyecto CENIBiot. Todo de acuerdo al cartel y la oferta presentada.
Total adjudicado a Soluciones y Estrategia ISO S. A. ¢38. 250.000,00.
Pavas, 8 de setiembre del 2011.—Proveeduría.—Jonathan Chaves Sandoval.—1 vez.—(IN2011071115).
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2011LN-111012-UL
(Modificación-Prórroga)
Contratación de servicios profesionales (ingeniería y
arquitectura)
para realizar estudios preliminares,
anteproyecto,
diseño de planos constructivos,
especificaciones
técnicas, presupuesto detallado
y
ejecución de la construcción para la demolición
de
la edificación actual y construcción de la
nueva
sede del Instituto Nacional de
Seguros
en sistema prefabricado
en
Guadalupe, San José
Se comunica a los interesados en
el presente concurso, cuya invitación se publicó en el Diario
Oficial La Gaceta N° 162 del 24 de agosto del 2011, lo siguiente:
I. MODIFICACIÓN:
Se realizaron modificaciones al pliego de
condiciones, motivo por el cual se solicita pasar a retirar el documento
respectivo que se encuentra disponible en el mostrador del oficial de
público del Departamento de Proveeduría de este Instituto,
ubicado en el octavo piso de sus oficinas centrales, sin costo alguno o bien
pueden ubicarlo en el sitio de Internet www.mer-link.co.cr o
www.mer-link.go.cr.
II. PRÓRROGA:
Se traslada fecha y hora de apertura de las
ofertas para las 09:00 horas del 03 de noviembre del 2011.
Asimismo, en virtud de las modificaciones
efectuadas al pliego de condiciones se programó una nueva visita que se
llevará a cabo el 19 de setiembre del 2011 a las 09:00 horas en la
propiedad del INS ubicada en Guadalupe, frente al Colegio Napoleón
Quesada y será coordinada con la Arq. Mónica Martínez,
Ing. Roberto Vargas, Arq. José Navarro e Ing. Walter Chacón,
funcionarios de la Unidad de Ingeniería del Departamento de Servicios
Generales al teléfono 2287-6000, extensión 2461.
En cuanto al contradictorio dispuesto en el
cartel, se comunica que el mismo se reprogramó para el 22 de setiembre
del 2011, a las 9:30 horas, en el Auditorio de la Sede del INS ubicada en
Cartago, 600 m sur y 100 m al oeste del Banco Nacional de Cartago.
En caso que deba extenderse la actividad, se
continuará el 23 de setiembre del 2011 a partir de las 9:30 horas, en
dicho Auditorio para concluir con la misma.
No obstante, para dar mayor dinamismo al
acto, es deseable que los oferentes remitan sus observaciones al cartel al
Departamento de Proveeduría a más tardar el 21 de setiembre del
2011. Asimismo, se requiere que para tal propósito, el día del
contradictorio los interesados hayan analizado la totalidad de los aspectos
cartelarios, con el objeto de entrar a conocer de forma puntual las inquietudes
y/o aclaraciones respectivas.
La asistencia a la visita técnica y el
respectivo contradictorio será obligatoria, por lo que no se
evaluarán las ofertas de los oferentes que no asistan a dichas
actividades.
Todos los demás términos y
condiciones permanecen invariables.
Departamento de Proveeduría.—Msc. Francisco Cordero Fallas Jefe a. i.—1 vez.—O. C. Nº 19180.—Solicitud Nº 0549.—C-35120.—(IN2011071260).
HOSPITAL MÉXICO
LICITACIÓN ABREVIADA 2011LA-000044-2104
Adquisición de monitores de signos vitales
para
cuidado general
Comunica que se prorroga la
fecha de recepción de ofertas para el día 23 de setiembre del
2011 a las 9:00 horas, de existir modificaciones se estará comunicando
por este mismo medio.
San José, 9 de setiembre del 2011.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Merian Retana Vega, Coordinadora.—1 vez.—(IN2011071212).
SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000009-SUTEL
(Prórroga)
Adquisición de equipo analizador de espectros
para
medición de enlaces de microondas
de
alta frecuencia
En La
Gaceta Nº 160, del lunes 22 de agosto del 2011, salió publicada
la invitación en participar en la Licitación de referencia, la
Oficina de Proveeduría procede a prorrogar el plazo para
recepción de ofertas hasta las 10:00 horas del 23 de setiembre del 2011.
San José, 8 de setiembre del 2011.—Jorge Romero Vargas, Proveedor General.—1 vez.—O. C. Nº 345-2011.—Solicitud Nº 36295.—C-15235.—(IN2011071248).
MUNICIPALIDAD DE LEÓN CORTÉS
El Concejo
Municipal de León Cortés, en sesión ordinaria Nº 51,
celebrada el día 25 de abril de 2011, acuerda aprobar el:
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO
DE LA AUDITORÍA INTERNA
SECCIÓN I
Aspectos generales
CAPÍTULO PRIMERO
Disposiciones generales
Artículo
1º—Objetivo del Reglamento. El objetivo del presente
Reglamento es definir las competencias, funciones y potestades de la
Auditoría Interna de la Municipalidad de León Cortés, y en
forma conjunta con la normativa aplicable vigente, establecer una guía
para el desempeño de las labores correspondientes a esta Unidad.
Artículo
2º—Ámbito de aplicación. Este reglamento aplica
sobre los profesionales que conforman la Unidad de Auditoría Interna de
la Municipalidad de León Cortés y las labores que ejecuten bajo
investidura, las relaciones profesionales que establezcan con la
Jerarquía, Administración y empleados en general de dicha
institución, así como aquellas entabladas con otras entidades
fiscalizadoras, la Contraloría General de la República y el
público en general.
SECCIÓN II
Sobre la organización de la
Auditoría Interna
CAPÍTULO SEGUNDO
Concepto de Auditoría Interna
Artículo
3º—Concepto funcional de la Auditoría. La
Auditoría Interna es parte integral del sistema de control interno de la
Municipalidad de León Cortés. Ejercerá sus funciones en
todas las dependencias de la Institución, incluyendo aquellas que son
orgánicamente dependientes del Concejo Municipal pero que poseen autonomía
de funcionamiento.
La labor de este
órgano es la actividad independiente, objetiva y asesora, que
proporciona seguridad a la Municipalidad de León Cortés, entes y
órganos adscritos, puesto que se crea para validar y mejorar sus
operaciones. Contribuye a que se alcancen los objetivos institucionales,
mediante la práctica de un enfoque sistemático y profesional para
evaluar y mejorar la efectividad de la administración del riesgo, del
control y de los procesos de dirección como entidad sujeta a la Ley
General de Control Interno. Dentro de la Institución, la
auditoría interna proporciona a la ciudadanía una garantía
razonable de que la actuación del jerarca y la del resto, de la
administración se ejecuta al marco legal y técnico y a las
prácticas sanas.
Artículo
4º—Ideas rectoras. La Auditoría Interna tendrá
la obligación de elaborar, divulgar y hacer cumplir la misión,
visión, las políticas generales que rigen el accionar de la
auditoría interna, así como el contenido de este Reglamento
conforme a la normativa legal y técnica pertinente. Revisará y
actualizará dichos enunciados normativos en forma periódica con
el fin de que sean actualizados según las circunstancias propias del
desempeño laboral y cambios en la regulación vigente.
Artículo
5º—Enunciados y códigos éticos. Los
funcionarios de la auditoría interna tendrá la obligación
de conocer y cumplir los principios éticos contemplados en el
Código de Ética del Colegio de Contadores Públicos de
Costa Rica, sus actualizaciones y reformas, así como los valores
socialmente aceptados con una conducta acorde.
CAPÍTULO TERCERO
Independencia y Objetividad
Artículo
6º—Independencia y objetividad. La actividad de
Auditoría será ejercida con total independencia funcional y de
criterio con respecto del Concejo Municipal, la Alcaldía y de los
demás órganos de la Administración. Los funcionarios de la
Auditoría Interna deberán ser objetivos en el cumplimiento de su
trabajo y de la finalidad de este.
Artículo
7º—Independencia funcional. El auditor interno
dependerá orgánicamente del Concejo Municipal, quien lo
nombrará y establecerá las regulaciones de tipo administrativo
que les serán aplicables a dicho funcionario, manteniendo la
Auditoría Interna únicamente una relación administrativa
con el jerarca como ente asesor según lo señalado por la Ley
General de Control Interno. Sin embargo en cuanto al funcionamiento en la
ejecución de sus labores tanto como la organización de las
mismas, será totalmente independiente, siendo su responsabilidad
garantizar el cumplimiento de la planificación propuesta.
Artículo
8º—Independencia de criterio. La actividad de la
Auditoría interna deberá estar libre de injerencias del Concejo
Municipal, la Alcaldía Municipal y los demás órganos de la
Administración, al determinar su planificación y su
modificaciones, al utilizar sus recursos, al desempañar su trabajo y
comunicar los resultados. Las resoluciones de carácter interno que emita
el Auditor Interno, tendrán recurso de revocatoria ante él mismo,
y si fueran declaradas sin lugar, se procederá conforme lo indicado en
la Ley General de Control Interno al respecto.
Artículo
9º—Objetividad. Los funcionarios y las funcionarias de la
Auditoría Interna, deberán tener una actitud imparcial y evitar
conflictos de intereses.
Artículo
10.—Responsabilidad anterior. Los funcionarios y las funcionarias
de la Auditoría Interna no deben ejecutar sus competencias de
asesoría y advertencia en relación con operaciones de las cuales
hayan sido previamente responsables.
Artículo
11.—Prohibiciones. El Auditor y los demás funcionarios de
la Auditoría Interna, tendrán las siguientes prohibiciones:
1. Realizar funciones y
actuaciones de la administración activa, salvo las necesarias para
cumplir con su competencia.
2. Formar
parte de un Órgano Director de un Procedimiento Administrativo.
3. Ejercer
profesiones liberales fuera del cargo, excepto para asuntos personales o en los
que su cónyuge o conviviente, sus ascendientes, descendientes y
colaterales, por consanguinidad y afinidad hasta tercer grado. Esta prohibición
abarca cualquier profesión o profesiones que tenga el funcionario o la
funcionaria. De esta prohibición, se exceptúa la docencia,
siempre que sea fuera de la jornada laboral.
4. Participar
en actividades político-lectoral, salvo la emisión del voto en las
elecciones nacionales, municipales y cualquier otra, convocada por el Tribunal
Supremo de Elecciones.
5. Revelar
información sobre las auditorías o estudios especiales de
auditoría que se estén realizando y principalmente sobre aquello
que determine una posible responsabilidad civil, administrativa o eventualmente
penal de los funcionarios o funcionarias. Esta prohibición se
mantendrá por el tiempo que dure el proceso administrativo o judicial
correspondiente.
6. Ejecutar
actos, labores, procesos, que a la luz del principio de legalidad establecido
por la normativa aplicable no le corresponden, así como aquellos
establecidos como prohibiciones en los reglamentos internos de la Municipalidad
o similares.
Artículo
12.—Comunicación de limitaciones. Antes de iniciar un
estudio el funcionario de Auditoría responsable deberá realizar
una declaración (escrito) de que no fue responsable de las operaciones a
evaluar, así como de que la independencia y objetividad no se ven
comprometidos. Si la independencia u objetividad se vieran comprometidas de
hecho o en apariencia dicha situación deberá ser comunicada de la
siguiente forma:
1) El Auditor Interno,
deberá comunicarlo adecuadamente al Concejo Municipal, y se
tendrán tres opciones:
a. Se realiza el estudio a
cargo del Auditor o Auditora Interna, y en la comunicación de resultados
se deberá de hacer la anotación de la situación
presentada.
b. En
caso de ser necesario y posible asignar el estudio a otro funcionario o
funcionaria quien deberá de desarrollar el estudio de manera
independiente del Auditor o Auditora Interna y comunicarlo directamente al
Concejo Municipal.
c. Si el
criterio y la independencia se ven muy afectados, no se realiza el estudio pero
se comunica al Concejo Municipal a fin de que esta determine si efectúa
las evaluaciones ya sea por la Administración o por contratación.
Artículo 13.—Participación
en sesiones del Concejo Municipal. El Auditor y otros funcionarios de la
Auditoría Interna podrán participar en las sesiones del Consejo
Municipal, lo cual no debe ser en forma permanente, quedando a criterio del
Auditor Interno el participar en las mismas, esto por motivo de que el
requerimiento del ente Auditor es estas reuniones debe estar apegados a asuntos
referentes a su competencia, y a su responsabilidad de asesor según lo
indicado en la ley General de Control Interno, otra normativa y criterios
establecidos por la Contraloría General de la República y otras
entidades competentes al respecto, lo cual se valorará para definir el
acudir a la convocatoria o rechazar la misma previa justificación del
motivo.
Artículo 14.—Participación
en comisiones a solicitud del Concejo Municipal. Con respecto al
requerimiento de participación de la Auditoría Interna en
comisiones nombradas por el Consejo Municipal, es necesario indicar que estas
no deben ser parte de grupos de trabajo que por razones de su funcionamiento, se
ejerzan funciones propias de la administración activa. Cuando así
lo solicite el Jerarca, se debe tener en cuenta que su participación
será exclusivamente en su función de asesor según
normativa establecida por la Contraloría General de la República
al respecto, en asuntos de su competencia y no podrá ser de
carácter permanente. Lo anterior, en resguardo de la independencia y la
objetividad de la auditoría interna.
CAPÍTULO CUARTO
Ubicación y estructura organizativa
Artículo 15.—Ubicación.
La ubicación de la Auditoría Interna dentro de la estructura
institucional corresponde a la del órgano asesor del más alto
nivel y con dependencia orgánica del Concejo Municipal, es decir se
ubica dentro del organigrama municipal como una unidad adscrita e inmediata al
órgano colegiado que representa la jerarquía máxima
institucional. Los cargos del auditor y subauditor internos se
clasificarán en un nivel de “fiscalizador superior de la Hacienda
Pública” o similar, que deberá contemplarse como
mínimo en la banda superior del grupo ocupacional actualmente denominado
Directivo o similar, siempre y cuando, éste corresponda con el cargo de
la estructura organizacional de mayor rango. En consecuencia, la
remuneración de ambos cargos debe ser acorde con las características
de tal nivel. Lo anterior en concordancia con lo indicado en Las Directrices de
Control Interno relativas a la ubicación de las auditorías
internas en la estructura organizativa y a la clasificación y funciones
de los cargos de Auditor y Subauditor en los manuales de las entidades de
carácter municipal, publicadas en La Gaceta Nº 221 del 11 de
noviembre del 2004.
Artículo 16.—Organización
interna. La Auditoría Interna se organizará y
funcionará según el presente Reglamento y lo que disponga el
Auditor Interno, quién es el responsable único de disponer para
dicha Unidad de una estructura organizativa concordante con la razón de
ser de la Municipalidad, de conformidad con las disposiciones, normas,
políticas y directrices que regulan la institución, a efecto de
garantizar, entre otros, un administración eficaz, eficiente y
económica de los recursos asignados, así como efectividad en el
cumplimiento de las obligaciones legales y técnicas encomendadas.
Artículo 17.—Estructura
organizativa. La Auditoría Interna está conformada
unipersonalmente por el Auditor Interno, sin perjuicio que a futuro y conforme
el establecimiento de necesidades se nombre un subauditor interno o personal
administrativo y de apoyo.
Artículo 18.—Áreas de
trabajo. En la medida de las posibilidades de recurso humano la
Auditoría Interna dividirá sus áreas funcionales de
trabajo de acuerdo con el quehacer institucional, a saber:
1) Financiera Contable
2) Administrativa-Operativa,
3) Técnica y de sistemas
Artículo 19.—Disciplinas.
Las distintas disciplinas que sustentan el perfil de los funcionarios y las
funcionarias de la Auditoría Interna, deberán concordar con su
estructura y con los servicios que presta la Municipalidad de León
Cortés.
Artículo
20.—Cambios en recursos. La Auditoría Interna ejecutará
sus recursos con independencia de la Administración. En caso de que
requiera realizar acciones de afectación presupuestaria para este
departamento, como modificaciones o asignación de presupuestos,
deberá contarse con autorización o aprobación por escrito
del Auditor Interno.
Artículo
21.—Competencias. Compete a la Auditoría Interna,
primordialmente lo siguiente:
1. Realizar
auditorías o estudios especiales en relación con los fondos
públicos sujetos a la competencia, incluidos, si los hubiera, fideicomisos,
fondos especiales y otros de naturaleza similar.
2. Efectuar
auditorías o estudios especiales sobre fondos o actividades privadas, de
acuerdo con los artículos 5º y 6º de la Ley Orgánica de
la Contraloría General de la República, en el tanto estos se
origines en transferencias efectuadas por componentes de su competencia
institucional.
3. Verificar
el cumplimiento, la validez y la suficiencia del sistema de control interno de
la Municipalidad de León Cortés, informar de ello y proponer las
medidas correctivas que le sean pertinentes.
4. Verificar
que la Administración Activa tome las medidas de Control Interno
señaladas en la Ley General de Control Interno, en los casos de
desconcentración de competencias, o bien en la contratación de
servicios de apoyo con terceros; asimismo examinar regularmente la
operación efectiva de los controles críticos, en esas unidades
desconcentradas o en la prestación de tales servicios.
5. Asesorar
en materia de su competencia, al Consejo Municipal del cual depende;
además advertir al resto de la Administración sobre las posibles
consecuencias de determinadas conductas o decisiones, cuando sean de su
conocimiento.
6. Autorizar,
mediante razón de apertura, los libros de contabilidad y de actas que
deba llevar la institución y otros libros, que a criterio del Auditor
Interno, sean necesarios para el fortalecimiento del sistema de control
interno.
7. Elaborar
un informe anual de la ejecución del plan de trabajo y del estado de las
recomendaciones de la Auditoría Interna, de la Contraloría
General de la República y de las Auditorías Externas.
8. Las
demás competencias que contemplen la normativa legal, reglamentaria y
técnica aplicable, con las limitaciones que establece el artículo
34 de la Ley General de Control Interno.
CAPÍTULO QUINTO
Del Auditor Interno y Subauditor Internos
Artículo
22.—Jornada laboral. El Auditor y Subauditor Internos, así
como el personal de dicha Unidad tendrán una jornada laboral a tiempo
completo, conforme el horario de atención al público de la Municipalidad
de León Cortés, el cual de lunes viernes de las siete a las trece
horas, contemplando una hora destinada para almuerzo que normalmente comprende
de las doce a las trece horas, sin perjuicio que por razones propias de las
labores pueda variarse. En casos muy calificados, el jerarca podrá
solicitar a la Contraloría General de la República una
reducción de la jornada, la cual no podrá ser inferior a medio
tiempo, para el casos de los caso de los dos primeros funcionarios mencionados,
y para lo correspondiente al restante personal de la Unidad bastará con
una decisión emitida por el Auditor Interno quien representa la jefatura
del departamento.
Artículo
23.—Nombramiento del Auditor y Subauditor Interno. El Concejo
Municipal nombrará al Auditor y Subauditor Interno con el voto favorable
de mayoría; el nombramiento será por tiempo indefinido. En el
caso del nombramiento del Subauditor se considerará el criterio del
Auditor para la escogencia, si que este signifique una intervención
definitiva para el nombramiento.
Dichos nombramientos se
realizarán mediante concurso público promovido por la entidad,
asegurándose de la selección de los candidatos idóneos
para ocupar los puestos. Con tal fin deberá elaborarse un expediente en
el cual conste todo el proceso seguido.
El expediente, con la
terna de candidatos, se entregará a la Contraloría, quien
analizará el proceso y lo aprobará o vetará. En este
último caso, la Contraloría General de la República
girará las disposiciones necesarias a la Municipalidad de León Cortés
señalando los elementos objetados para su corrección, la
administración deberá repetir el proceso a partir de la etapa
donde se gestó la objeción respectiva.
Los nombramientos
interinos serán autorizados, en forma previa y a solicitud de la
administración, por parte de la Contraloría General de la
República; en ningún caso se podrán hacer por más
de doce meses conforme lo indicado por la Ley General de Control Interno.
Artículo
24.—De la suspensión, remoción y la inamovilidad del
Auditor y Subauditor. La conclusión de la relación de
servicio, por justa causa, del Auditor y Subauditor internos, deberá ser
conforme el artículo 15 de la Ley Orgánica de la
Contraloría General de la República.
El Auditor y Subauditor
internos serán inamovibles en su puesto, sólo pudiendo
sancionarse, suspenderse o removerse de su cargo por justa causa, por
decisión emanada del Concejo Municipal por mayoría calificada,
previa formación de expediente con oportunidad de audiencia y defensa a
su favor de acuerdo con el debido proceso, así como del dictamen previo
y favorable de la Contraloría General de la República. En el caso
del puesto del Subauditor deberá además contarse con el visto
bueno del Auditor Interno.
La inobservancia del
régimen de inamovilidad establecido en la Ley mencionada será
sancionada con suspensión o destitución del o de los funcionarios
infractores, según lo determine la Contraloría General de la
República. Igualmente los funcionarios que hayan incurrido en ella serán
responsables de los daños y perjuicios causados, sin perjuicios de la
nulidad absoluta del despido irregular, la cual podrá ser declarada por
dicho Órgano Contralor directamente, de conformidad con el
artículo 28 de la mencionada normativa. En este caso, el funcionario irregularmente
removido tendrá derecho a su reinstalación, como si la
remoción no hubiere tenido lugar.
Artículo
25.—Requisitos para el nombramiento del Auditor y Subauditor Internos.
Para el nombramiento del Auditor y Subauditor Internos, la Municipalidad
deberá tener como referencia para ello los Lineamientos sobre los
requisitos de los cargos de Auditor y Subauditor internos y las condiciones
para las gestiones de nombramiento en dichos cargos, emitidos por la
Contraloría General de la República, así como lo
establecido en el Manual de Puestos Institucional.
Artículo
26.—Normas a observar en la ejecución de funciones del Auditor
y Subauditor Internos. El Auditor y Subauditor Internos para la
ejecución de sus labores, deben observar las respectivas funciones
establecidas en los manuales institucionales de cargos y clases o de
denominación similar, así como aquellas establecidas mediante
disposiciones, normas, políticas y directrices legales aplicables a
dichos puestos.
Artículo
27.—El puesto del Auditor Interno. El puesto de Auditor Interno
tiene un carácter estratégico, en consecuencia quien lo ocupe
deberá desarrollar funciones de planeación, organización,
dirección, supervisión, coordinación y de control propias
de los procesos técnicos y administrativos de la Auditoría
Interna. Le corresponderá la dirección supervisión y
administración de la auditoría interna. Entre otras:
1. Definir, establecer y
mantener actualizadas las políticas, procedimientos y prácticas
requeridas por la auditoría interna para cumplir con sus competencias,
considerando en cada caso lo relativo a los procesos de esa Unidad.
2. Definir,
establecer y mantener actualizadas las políticas, procedimientos y
prácticas de administración, acceso y custodia de la
documentación de la auditoría interna, en especial de la
información relativa a los asuntos de carácter confidencial que
estipulan los artículos 6º de la Ley General de Control Interno y
el 8º de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento
Ilícito de la Función Pública.
3. Mantener
actualizado el reglamento de organización y funcionamiento de la
auditoría interna, cumplir y hacer cumplir el reglamento.
Artículo
28.—Comunicación de los planes y requerimientos de recursos.
El Auditor Interno deberá realizar la comunicación anual de los
planes de trabajo, así como proponer al jerarca en forma oportuna y
debidamente justificados los requerimientos de recursos para llevar adelante
dicho plan incluyendo las necesidades administrativas, de conformidad con el
artículo 27 de la Ley General de Control Interno. También
notificará de las modificaciones que se hagan a dichos planes.
Todo esto lo realizará de conformidad
con los lineamientos establecidos en la norma 2.7 del Manual de normas para el
ejercicio de la auditoría interna en el sector público, emitido
por la Contraloría General de la República y publicado en La
Gaceta Nº 246 del 16 de diciembre de 2004.
Artículo 29.—Rendición
de cuentas de la gestión de Auditoría Interna. El Auditor
Interno responderá por su gestión ante el jerarca, y ante
éste presentará al menos, el informe de labores previsto en la
Ley General de Control Interno.
En este deberá informar, al menos
anualmente, al Consejo Municipal sobre la actividad desplegada por la
Auditoría Interna en lo referido a propósito y desempeño
del Plan de Trabajo. El informe anual de labores de la Auditoría Interna
deberá ser presentado a más tardar en el mes de febrero.
Podrá contener asuntos relevantes
sobre exposición al riesgo, cuestiones de control, de los procesos de
dirección y otros necesarios o requeridos para el buen funcionamiento de
la organización.
A consideración del Auditor
podrá incluirse un apartado con el criterio respecto al estado general
institucional.
Artículo 30.—Dependencia del
Subauditor. Al Subauditor interno le corresponderá apoyar al Auditor
en el descargo de sus funciones y lo sustituirá en sus ausencias
temporales y deberá responder ante él por su gestión.
Artículo 31.—Delegación
de funciones por parte del Auditor Interno. El Auditor Interno podrá
delegar en su personal sus funciones, utilizando criterios de idoneidad y
conforme lo establece la Ley General de Administración Pública.
Artículo 32.—Pericia y
cuidado profesional. El Auditor y Subauditor internos deberán
cumplir con pericia y debido cuidado profesional sus funciones, haciendo valer
sus competencias con independencia funcional y de criterio, y serán
vigilantes de que su personal responda de igual manera.
Artículo 33.—Pericia. Los
funcionarios de la Auditoría Interna deberán reunir los
conocimientos, las aptitudes y otras competencias necesarias para cumplir con
sus responsabilidades individuales y grupales.
El Auditor Interno deberá gestionar
asesoramiento competente y asistencia si su personal carece de los
conocimientos, las aptitudes y otras competencias necesarias para llevar a cabo
sus trabajos. Los funcionarios de la Auditoría Interna tendrán
suficientes conocimientos para identificar los indicadores de fraude y
corrupción, y actuar según corresponda, sin embargo no es
requisito el dominio pleno de la materia o conocimientos similares a los de que
aquellos especialistas cuya responsabilidad principal es la detección e
investigación de actos ilícitos.
También deberán poseer
conocimientos de los riesgos y controles claves en las tecnologías y
sistemas de información, así como de las técnicas de
auditorías disponibles que permitan desempeñar el trabajo
asignado. Sin embargo, no es necesario el dominio pleno de los conocimientos
que poseen los ingenieros en sistemas o auditores, cuya área de
desempeño fundamental son los estudios de tecnologías y sistemas
de información, en estos términos podrá disponer de la
contratación de especialista en la materia.
Artículo 34.—Debido cuidado
profesional. Los funcionarios y de la Auditoría Interna
realizarán su trabajo con el debido cuidado y la pericia que se esperan
de un Auditor Interno razonablemente prudente y competente. El debido cuidado
profesional no implica que se sea infalible. Al ejercer el debido cuidado profesional
los funcionarios de este departamento deberán considerar la
utilización de herramientas de auditoría asistida por el
computador y otras técnicas de análisis de datos.
Deberán estar alerta a los riesgos que
pudieran afectar los objetivos, las operaciones o los recursos de la
Institución con relación al objeto del estudio. Sin embargo, los
procedimientos de auditoría por si solos, incluso cuando se llevan a
cabo con el debido cuidado profesional, no garantizan que todos los riesgos
posibles sean identificados.
Artículo 35.—Alcances del
debido cuidado profesional. Se deberá tener el debido cuidado
profesional en los siguientes aspectos:
1) El alcance necesario para conseguir los
objetivos del estudio.
2) La relativa complejidad, materialidad o
significatividad de asuntos a los cuales se aplican procedimientos de
auditoría.
3) La adecuación y eficacia de los
procesos de valoración del riesgo, control y dirección.
4) La probabilidad de errores de
detección, materiales, irregularidades o de incumplimiento.
5) El costo de los trabajos con
relación a los potenciales beneficios.
Artículo 36.—Debido
cuidado profesional al asesorar. El Auditor Interno deberá ejercer
el debido cuidado profesional durante el trabajo de asesoría a Junta
Directiva o a otras instancias, teniendo en cuenta lo siguiente:
1) Las necesidades y expectativas del ente
asesorado, incluyendo la naturaleza, oportunidad y comunicación.
2) La complejidad relativa, la
extensión de la tarea y las fuentes de información necesarias
para cumplir con la asesoría.
3) La posibilidad de advertir o de realizar
un estudio de auditoría y la oportunidad en que eventualmente, este
último se realizará, o la oportunidad en que se hará el
seguimiento de lo actuado, en caso de ser necesario.
Artículo 37.—Debido
cuidado profesional al advertir. Las funcionarias y los funcionarios de la
Auditoría Interna deberán ejercer el debido cuidado profesional
durante un trabajo de advertencia, teniendo en cuenta lo siguiente:
1) La necesidad de considerar las fuentes
posibles que sustenten adecuadamente la advertencia.
2) La oportunidad de que emita la
advertencia.
3) La necesidad de considerar las posibles
consecuencias para la administración de no acatar la advertencia.
4) La posibilidad de profundizar en el
asunto para agregar más información que refuerce la advertencia y
las posibles consecuencias de que no se acate.
5) La posibilidad de realizar la advertencia
al superior.
6) La posibilidad de plantear oportunamente
una denuncia si no se le da la atención adecuada por parte de la
administración a los asuntos comunicados.
7) La posibilidad de efectuar un estudio de
auditoria al respecto, y la oportunidad en que eventualmente este último
se realizará.
8) La oportunidad en que se hará el
seguimiento que compruebe la atención prestada a la advertencia.
Artículo 38.—Programa
de aseguramiento de la calidad. El Auditor Interno deberá
desarrollar, aplicar, mantener y perfeccionar un programa de aseguramiento de
la calidad que cubra los aspectos de la actividad de la Auditoría Interna,
para la cual deberá considerar la cantidad de recurso humano, los
recursos con que cuenta la Auditoría Interna, así como la
oportunidad.
Este programa incluirá evaluaciones de
calidad externa, interna periódicas, y de acuerdo con el recurso humano,
supervisión interna continua.
Artículo 39.—Evaluaciones
internas. Las evaluaciones internas deben incluir:
1) Revisión continúa del
desempeño de la actividad de la Auditoría Interna.
2) Revisiones periódicas mediante la
auto-evaluación, mínimo anualmente.
Artículo 40.—Evaluaciones
externas. El Auditor Interno deberá gestionar la realización
de evaluaciones externas, tales como revisiones de aseguramiento de calidad,
conforme a los recursos disponibles, por un revisor o equipo de revisión
calificado e independiente, provenientes de fuera de la organización,
que pueden en dado caso ser funcionarias y funcionarios de otras auditorias
internas del sector público.
Artículo 41.—Informe sobre
las evaluaciones realizadas. Los resultados de las evaluaciones internas y externas
deberán contar en un informe y el Auditor Interno deberá preparar
un plan de mejora, si así lo requieren los resultados y comunicarlo al
Concejo Municipal. El Auditor será responsable de dar un seguimiento
adecuado al plan de mejora.
Artículo 42.—Tiempo para plan
de mejoras. El Auditor Interno podrá disponer de una sesión
semanal de reunión con el personal de la Auditoría para discutir
y ejecutar las mejoras que son necesarias.
Artículo
43.—Utilización de “realizado de acuerdo con las
normas”. Los funcionarios de la Auditoría Interna,
deberán informar que sus actividades fueron realizadas de acuerdo con el
Manual de Normas para la Auditoría Interna. Sólo podrán
utilizar esta declaración si las evaluaciones del programa de
mejoramiento de calidad demuestran que la actividad de la Auditoría
cumple con esas Normas.
Cuando el incumplimiento
del Manual de Normas afecte el alcance general o el funcionamiento de la
actividad de la Auditoría Interna, deberá declararse y
justificarse formalmente, así como realizar las gestiones
correspondientes.
CAPÍTULO SEXTO
Del personal de la Auditoría Interna
Artículo
44.—Disposiciones administrativas. Los funcionarios de la
Auditoría Interna estarán sujetos a las disposiciones
administrativas aplicables al resto del personal de la Municipalidad, sin
embargo, el nombramiento, traslado, la suspensión, remoción,
concesión de licencias y demás movimientos de personal,
deberán contar con la autorización del Auditor Interno; todo de
acuerdo con el marco jurídico que rige la institución.
Las regulaciones de tipo
administrativo mencionadas no deberán afectar negativamente la actividad
de la auditoría interna, la independencia funcional y de criterio; en
caso de duda, la Contraloría General dispondrá lo correspondiente.
Artículo 45.—Plazas
de Auditoría. Las plazas vacantes que por cualquier razón,
tengan lugar en los puestos de la Auditoría Interna, deberán
llenarse en un plazo máximo de tres meses, contando a partir del momento
de la vacante. El plazo podrá prorrogarse por otros tres meses, por
razones debidamente acreditadas en el expediente que se confeccione al efecto.
La disminución de
plazas por movilidad laboral u otros movimientos en la auditoría
interna, deberá ser previamente autorizada por el Auditor Interno.
Los requisitos para la
creación y ocupación de plazas de la Auditoría Interna que
definan la Autoridad Presupuestaria u otras instituciones competentes,
deberán considerarse, en todo momento, sus necesidades reales y no
podrán ser aplicados en perjuicio del funcionamiento del sistema de
control interno de la institución.
Artículo
46.—Jefatura Inmediata. Se establece como jefatura inmediata del
personal de auditoría interna al Auditor Interno, quien tiene como
deberes en cumplimiento de dicha función vigilar y tomar las decisiones
que correspondan para que estos funcionarios cumplan en el ejercicio de sus
competencias, con la normativa jurídica y técnica pertinente,
así como con las políticas, procedimientos, prácticas y
demás disposiciones administrativas tanto institucionales y como de la
unidad de auditoría interna que les sean aplicables.
CAPÍTULO SÉTIMO
Ámbito de Acción
Artículo
47.—Ámbito de acción. La Auditoría Interna
ejercerá sus funciones en todas las unidades administrativas, operativas
y demás dependencias de la Municipalidad de León Cortés,
entes y órganos adscritos, así mismo, en los sistemas, procesos,
procedimientos, en todas aquellas áreas de acción, contratos,
convenios, programas o proyectos que se lleven a cabo por la Municipalidad.
La Auditoría
Interna también ejercerá sus funciones en los casos en que haya
fondos públicos municipales sujetos a su competencia institucional,
incluidos, fideicomisos, fondos especiales y otros de naturaleza similar,
así mismo sobre fondos y actividades privadas, que se originen en
transferencias efectuadas por componentes de su competencia institucional.
CAPÍTULO OCTAVO
Relaciones y coordinaciones
Artículo
48.—Coordinaciones internas. Es obligación del Auditor
Interno establecer y regular a lo interno de la auditoría, las pautas
principales sobre las relaciones y coordinaciones de los subalternos de su
unidad con los auditados.
Artículo 49.—Coordinaciones
externas. El Auditor Interno deberá coordinar la realización
de los servicios de la actividad de auditoría con otros entes que puedan
intervenir en este proceso, con el fin de minimizar la duplicación de
esfuerzos.
Artículo
50.—Intercambio de información. El Auditor Interno
tendrá la libertad de proveer e intercambiar información con la
Contraloría General de la República, Auditorías Internas
Municipales, así como con otros entes y órganos de control y
otras que conforme a la ley correspondan y en el ámbito de sus
respectivas competencias. Sin perjuicio de la coordinación interna que
al respecto deba darse, y sin que ello implique limitación para la
efectiva actuación de la auditoría interna.
Artículo
51.—Coordinaciones para el registro presupuestario separado. El
Auditor Interno debe realizar el establecimiento de los mecanismos de
coordinación necesarios para que el responsable del control del
presupuesto institucional mantenga un registro separado del monto asignado y
aprobado a la auditoría interna, detallando por objeto del gasto, de
manera que se controlen la ejecución y las modificaciones de los recursos
presupuestarios para esa unidad.
Artículo
52.—Servicio de Asesoría Legal. Es obligación del
Administración Municipal proporcionar los recursos suficientes para que
la Auditoría Interna cuente con el oportuno y efectivo servicio de
asesoría legal, a fin de establecer adecuadamente su ámbito de
acción y atender sus necesidades de orden jurídico, conforme lo
estipula el artículo 33 inciso c) de la Ley General de Control Interno.
Artículo
53.—Servicios profesionales en campos especializados. Cuando las
circunstancias así lo requieran, el Auditor Interno tendrá la
potestad de solicitar la colaboración, de aquellos profesionales o
técnicos de diferentes disciplinas, funcionarios o no de la
institución, para que lleven a cabo labores de su especialidad en apoyo
a las auditorías que realice la auditoría interna.
SECCIÓN III
Aspectos sobre el funcionamiento de la
Auditoría Interna
CAPÍTULO NOVENO
Competencias de la Auditoría Interna
Artículo
54.—Normativa. La normativa que tutela el accionar de la
Auditoría Interna de la Municipalidad de León Cortés, se
rige por lo establecido a través de los órganos competentes y que
de manera general están contenidas en:
a) La Constitución
Política de la República de Costa Rica
b) La Ley
General de Control Interno Nº 8292
c) La Ley
Orgánica de la Contraloría General de la República Nº
7428
d) Ley
General de Administración Pública
e) El
Código Municipal Ley Nº 7794
f) Ley
Contra la Corrupción y el Enriquecimiento ilícito
g) El
Manual de Normas Generales de Control Interno y sus modificaciones
h) El
Manual de Normas Técnicas de Auditoría
i) El
Manual de Normas para el ejercicio de la Auditoría Interna en el Sector
Público
j) El
Reglamento de Organización y funcionamiento de la Auditoría
Interna de la Municipalidad de León Cortés
k) Otras
disposiciones, normas, políticas y directrices emitidas por la
Contraloría General de la República
l) Disposiciones
del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica
m) Disposiciones
del Instituto de auditores Internos de Costa Rica en lo que sea aplicable
n) En
forma complementaria se regirá por la Normas Internacionales de
Auditoría (NIA’s) emitidas por The Institute of Internal Auditors
Inc., ente internacional rector en la materia
o) Ley de
Administración Financiera y Presupuesto públicos y su Reglamento
p) Ley de
Contratación Administrativa y su reglamento
q) Las
demás competencias que contemplen la normativa legal, reglamentaria y
técnica aplicable, con las limitaciones que establece el artículo
34 de la Ley General de Control Interno
Artículo
55.—Deberes. El Auditor y Subauditor internos, tendrán los
siguientes deberes:
1) Cumplir con las
competencias asignadas por ley.
2) Cumplir
con el Ordenamiento Jurídico y Técnico.
3) Colaborar
con los estudios que la Contraloría General de la República y
otras instituciones realicen en el ejercicio de sus competencias de control o
fiscalización legalmente atribuidas.
4) Administrar de manera eficaz, eficiente y
económica, los recursos del proceso del que se es responsable.
5) No revelar a terceros información
sobre las auditorias o los estudios especiales de auditoría que se
estén realizando ni información sobre aquello que determine una
posible responsabilidad civil, administrativa o eventualmente penal de los
funcionarios y las funcionarias y órganos sujetos a la Ley General de
Control Interno.
6) Guardar la confidencialidad del caso
sobre la información a la que se tenga acceso.
7) Acatar las disposiciones y
recomendaciones emanadas por la Contraloría General de la
República; rigiéndose en caso de oposición, por lo que se
indica en el artículo 26 de la Ley Orgánica de la
Contraloría General de la República.
8) Facilitar y entregar la
información que solicite la Asamblea Legislativa en el ejercicio de sus
atribuciones que dispone el inciso 23 del artículo Nº 121 de la Constitución
Política.
9) Cumplir con los demás deberes
atinentes a su competencia asignados por el marco jurídico y
técnico y disposiciones referentes al ámbito de acción
correspondiente, incluidos los emitidos por la Contraloría General de la
República, demás instituciones de control y fiscalización
competentes.
Artículo 56.—Potestades.
El Auditor Interno y los demás funcionarios y funcionarias de la
Auditoría Interna, tendrán las siguientes potestades:
1) Libre acceso, en cualquier momento, a
todos los libros, los archivos, los valores, las cuentas bancarias y los
documentos de los entes y órganos de su competencia institucional,
así como de los sujetos privados, únicamente en cuanto
administren o custodien fondos o bienes públicos de los entes y
órganos de su competencia institucional, también tendrán
libre acceso a otras fuentes de información relacionadas con su
actividad.
2) El Auditor Interno podrá acceder
en cualquier momento, para los fines conferidos en este Reglamento y en la
Normativa vinculante, a las transacciones electrónicas que consten en
los archivos y sistema electrónicos de los entes, órganos y
sujetos de carácter privado señalados en el inciso anterior, con
los bancos y otras instituciones públicas o privados, para lo cual la
Administración deberá facilitarle los recursos que se requieran.
3) Solicitar, a cualquier funcionario o
sujeto privado que administre o custodie fondos públicos provenientes de
la Municipalidad de León Cortés, en la forma, las condiciones y
el plazo razonable, los informes, datos y documentos para el cabal cumplimiento
de sus competencias.
4) Solicitar a los funcionarios de cualquier
nivel jerárquico la colaboración, el asesoramiento, y las
facilidades que demande el ejercicio de la Auditoría Interna.
5) Las otras potestades necesarias para el
cumplimiento de su competencia de acuerdo con la Normativa y aspectos
técnicos aplicables.
CAPÍTULO DÉCIMO
Otros aspectos relativos al funcionamiento
de
la Auditoría Interna
SUBCAPÍTULO 1
Planificación de la Actividad de Auditoría
Artículo 57.—Consideraciones
sobre planificación. Al planificar el trabajo de auditoría se
deberán considerar:
1. Los objetivos de la actividad que
está siendo revisada y los medios con los cuales la actividad controla
su desempeño.
2. Los riesgos significativos de la entidad
a revisar sus objetivos, recursos, y operaciones, y los medios por los cuales
el impacto potencial del riesgo se mantienen a un nivel aceptable.
3. La adecuación y efectividad de los
procesos de la valoración del riesgo y control de la actividad,
comparadas con un modelo de control.
4. Las oportunidades de introducir mejoras
significativas en los procesos de riesgo y control de la actividad.
Artículo 58.—Planificación
de la actividad. El Auditor Interno deberá administrar efectivamente
la actividad de la Auditoría Interna, para asegurar que añada
valor a la Municipalidad de León Cortés. Deberá establecer
planes basados en criterios razonables y fundamentados, especialmente en una
valoración del riesgo, a fin de determinar las prioridades de la
actividad de la Auditoría Interna. Dichos planes deberán ser
consistentes con los objetivos de la organización.
Artículo 59.—Actividades de
planificación. Como parte de dicha planificación,
deberá llevarse a cabo las siguientes actividades:
1) Planificación
Estratégica. El Auditor deberá establecer una
planificación estratégica congruente con el universo fiscalizable
actualizado, la valoración del riesgo, los objetivos de la
organización y con el Plan Estratégico Institucional.
2) Plan Presupuesto Anual. El Auditor
deberá establecer un plan de trabajo anual (PAO) congruente con la
planificación estratégica, cuyo contenido abarque las acciones
que se requieren realizar. Dicho Plan Presupuesto Anual podrá estar
agrupado de acuerdo con los servicios que presta la Auditoría Interna.
3) Plan Anual de Trabajo. El Auditor
deberá realizar el Plan Anual de Trabajo para ser presentado en el
Concejo Municipal y la Contraloría General de la República, de
acuerdo con los Lineamientos establecidos por el Órgano Contralor. Este
plan deberá ser presentado en el mes de noviembre y será
consistente con el Plan Presupuesto Anual, pero con el detalle solicitado en
los lineamientos. El Plan Anual de Trabajo de la Auditoría Interna
deberá estar basado en un proceso de valoración del riesgo.
4) Planificación de un trabajo de
auditoría. Cuando se planifica un trabajo, el Auditor deberá
establecer las comunicaciones que sean necesarias de acuerdo con los objetivos,
el alcance, las responsabilidades, dirección de la información de
resultados y otros. Deberá evaluar si procede o no con la
comunicación a las personas sujetas a evaluación de acuerdo con
el tema a investigar, y si es necesaria la comunicación de las
potestades legales de que dispone para realizar el trabajo.
SUBCAPÍTULO 2
Estudios y Servicios de la Auditoría Interna
Artículo 60.—Servicios
de la Auditoría Interna. Los servicios de fiscalización que
realiza la Auditoría Interna conforme a sus competencias se
denominarán en este reglamento como servicios preventivos y servicios a
posteriori.
Artículo 61.—Origen de los
estudios o servicios. Los estudios o servicios de la Auditoría
Interna se podrán originar por solicitud de la Contraloría
General de la República. El Consejo Municipal, la Alcaldía, el
contenido del Plan Anual Operativo, el criterio del Auditor Interno o por medio
de una denuncia.
Artículo 62.—Explicación
de los trabajos de asesoría. A criterio del Auditor Interno, se
coordinará con el Consejo Municipal respecto de los objetivos, el
alcance, las responsabilidades respectivas, limitaciones y demás
aspectos de los servicios de asesoría que se requieran. Deberá
valorar si envía un oficio indicando estás consideraciones.
Artículo 63.—Asesoría
y advertencia sobre la marcha. Si durante la realización de un trabajo
de auditoría preventiva surgen oportunidades de realizar advertencias, a
fin de realizar la corrección oportuna e inmediata de una
situación negativa sin consecuencias totales en el momento, el
funcionario deberá comunicarlo si a su juicio las circunstancias lo
demandan o permiten.
Artículo 64.—Suficiencia del
alcance. Al valorar la realización de una asesoría o
advertencia que requiera de revisión, deberá asegurarse que el
alcance del trabajo sea suficiente para cumplir con el objetivo que se pretende.
Servicios
Preventivos
Artículo 65.—Servicios
Preventivos. Los servicios preventivos son los siguientes:
1) Servicio de legalización de
libros. La Auditoría Interna es la encargada de la apertura y cierre
de los libros contables y otros legales que deberá llevar la
institución. En este servicio también se encuentra la
fiscalización periódica de la efectividad del manejo, control de
libros o registros relevantes para el fortalecimiento del control interno.
2) Servicio de asesoría. La
Auditoría Interna deberá asesorar al Concejo Municipal en materia
de su competencia, sin perjuicio de trasladar aquellas asesorías que a
criterio del auditor, le corresponderá efectuar a otros niveles de las
Administración Activa.
3) Servicio de advertencia. La
Auditoría Interna deberá advertir a la Administración
Municipal, incluyendo al Concejo, sobre las posibles consecuencias de
determinadas conductas o decisiones, cuando sean de su conocimiento.
4) Servicio de Conversaciones de control
interno. La Auditoría Interna podrá emitir mediante los
medios internos dispuestos en la Municipalidad de León Cortés,
aquellos oficios dirigidos a todo personal, en los cuales se discutan temas de
la competencia a fin de mejorar el conocimiento general de asuntos de control
interno.
Artículo 66.—Áreas
de servicios preventivos. Los objetivos del trabajo de los servicios
preventivos podrán considerar los procesos de valoración en
áreas como el riesgo, control y de dirección de la
administración institucional.
Artículo 67.—Programas de
trabajo de los servicios preventivos. Los programas de trabajo de los
servicios preventivos podrán variar en forma y contenido, y hasta
obviarse, dependiendo de la naturaleza del trabajo.
Servicios
a Posteriori
Artículo 68.—Servicios
a posteriori. Llamados también Servicios de Auditoría. Los
servicios a posteriori son los referidos a los distintos tipos de
auditoría, incluidos los estudios especiales. Estos servicios regularmente
dan por resultados informes de auditoría y/o relaciones de hechos.
Los servicios a posteriori dependiendo de su
alcance y considerando la normativa aplicable se clasifican en Auditorias y
estudios especiales. Los estudios especiales incluyen la atención de
denuncias.
Los productos que se dan son:
1) Informes de control Interno. Su
objetivo es emitir recomendaciones para que al implementarlas la
Administración Activa mejore el Sistema de Control Interno.
2) Informes de Relación de Hechos.
Son informes en que se detalla la secuencia de hechos que podrían
eventualmente conllevar responsabilidades administrativas, civiles o penales.
3) Informes de Seguimiento de
recomendaciones. Son informes en que la Auditoría Interna le indica
a la Administración el estado de las recomendaciones u observaciones
realizadas por la Auditoría Interna, la Auditoría Externa,
así como las disposiciones emitidas por la Contraloría General de
la República, así como de otras instancias con competencia.
Artículo 69.—Planificación
del trabajo. Los funcionarios de la Auditoría Interna deberán
elaborar y registrar un plan de trabajo, que incluya el alcance, los objetivos,
el tiempo y la asignación de recursos.
Artículo 70.—Valoración
preliminar del riesgo. Los auditores durante la planificación del
trabajo deberán realizar una valoración preliminar del riesgo
pertinente a la actividad bajo revisión. Los objetivos del trabajo
deberán reflejar esa valoración.
Artículo 71.—Probabilidad de
errores e irregularidades. El funcionario de la Auditoría
deberá considerar la posibilidad de errores, irregularidades,
incumplimientos y otras exposiciones al desarrollar los objetivos del estudio.
Artículo 72.—Alcance del
trabajo. El alcance establecido deberá ser suficiente para
satisfacer los objetivos del trabajo.
Artículo 73.—Asuntos a tener
en cuenta en el alcance del trabajo. El alcance debe tener en cuenta los
sistemas, registros, equipo, materiales, el personal y la ubicación
física y otros relevantes, incluso los que se encuentren bajo control de
terceros.
Artículo 74.—Asignación
de recursos para el trabajo. El funcionario de la Auditoría Interna
encargado de un estudio deberá determinar los recursos adecuados para
lograr los objetivos del estudio. Los recursos para cada trabajo se
deberán asignar con base en la naturaleza y complejidad de cada tarea,
así como de las restricciones de tiempo.
Artículo 75.—Programa de
trabajo. Los funcionarios de la Auditoría Interna deberán
preparar un programa que cumplan con los objetivos del trabajo. Estos programas
deberán estar por escrito.
Artículo 76.—Programa de
trabajo completo y aprobado. El programa de trabajo deberán contener
los procedimientos para identificar, analizar, evaluar y registrar
información durante la tarea.
SUBCAPÍTULO 3
Procesamiento de la información
Artículo 77.—Procesamiento
de información. Los funcionarios de la Auditoría Interna
deberán identificar, evaluar y registrar suficiente información
de manera que les permita cumplir con los objetivos del trabajo. Esto no implica
que deberán revisar el 100% de las operaciones.
Artículo 78.—Cualidades de la
información. Los funcionarios de la Auditoría Interna
deberán identificar información suficiente, confiable, relevante
y útil de manera tal que les permita alcanzar los objetivos del trabajo.
Artículo 79.—Análisis
y evaluación. Los funcionarios de la Auditoría Interna
deberán basar sus hallazgos, conclusiones, recomendaciones y
demás resultados del trabajo en el adecuado análisis y
evaluaciones de la información obtenida en sus estudios.
Artículo 80.—Registro y
custodia de la información. Los funcionarios de la Auditoría
Interna deberán registrar información relevante que les permita
apoyar los hallazgos, conclusiones, recomendaciones y demás resultados
del trabajo.
1) El Auditor Interno deberá
controlar el acceso a los registros de trabajo a personas ajenas a la
Auditoría Interna, de modo que se realice sólo con su
autorización o la de quien él designe. Los archivos de trabajo
deberán estar ubicados en los lugares más seguros de la oficina
de la Auditoría Interna.
2) El Auditor deberá establecer
requisitos de custodia para los registros y documentación del trabajo.
Estos requisitos deberán ser consistentes con las regulaciones
pertinentes y otros requerimientos sobre este tema.
Artículo 81.—Supervisión
del trabajo. Los trabajos que se realicen por funcionarios del
departamento, expertos, o terceras personas, y que se refieran investigaciones
de auditoría, deben ser adecuadamente supervisados por el Auditor
Interno, para asegurar el logro de sus objetivos, la calidad del trabajo y el
desarrollo profesional del personal.
SUBCAPÍTULO 4
Comunicación de resultados
Artículo 82.—Criterios
para la comunicación de resultados. La comunicación de los
resultados deberá incluir los objetivos, el alcance, hallazgos,
conclusiones y recomendaciones y demás resultados del trabajo,
según la naturaleza.
Artículo 83.—Informes sobre
servicios a posteriori. Los informes sobre los servicios de
auditoría a posteriori versarán en los diversos asuntos de su
competencia y en los que por su naturaleza puedan derivar posibles
responsabilidades. Los primeros se denominan informes de control interno, y los
segundos Relaciones de Hechos.
Los informes de Control Interno
contendrán los hallazgos obtenidos en los estudio con las conclusiones y
recomendaciones pertinentes. Estas últimas podrán ser previamente
analizadas con la Administración Activa, en una conferencia final que
deberá promoverse. Sin embargo, cuando se trata de un estudio que
origina tanto un informe de control interno como una Relación de Hechos,
puede no darse esta conferencia final en virtud de esta situación.
Las relaciones de hechos deberán
servir para la apertura de un procedimiento administrativo de responsabilidad,
debiendo contener una relación circunstanciada de los hechos, con la
indicación de los presuntos responsables, de la normativa trasgredida y
de las posibles medidas disciplinarias aplicar, aunque sea por referencia
general. Es importante que se considere que la Relación de Hechos no sustituye
el auto de apertura, aunque puede ser sustento para este, y que la
imputación adecuada de los cargos recae en el Órgano de
Procedimiento que para tal efecto se nombre, por lo que las posibles medidas
disciplinarias se indican a método de orientación.
Artículo
84.—Comunicación sobre los resultados de los servicios
preventivos. El Auditor definirá el contenido y la forma de los
oficios u otros medios de comunicación sobre los resultados preventivos
conforme su naturaleza y criterios pertinentes.
Artículo
85.—Comunicación a entes ajenos a la Municipalidad. Cuando
se envíen resultados de un trabajo a entes ajenos a la
organización, la comunicación deberá estar sustentada en
las regulaciones atinentes.
Artículo
86.—Cualidades de la comunicación. Las comunicaciones
realizadas por la Auditoría Interna deberán ser precisas,
objetivas, lo más claras posible, concisas, constructivas y completas.
Artículo
87.—Errores y omisiones. Si una comunicación contuviera un
error u omisión significativa, el Auditor cuando lo detecte
deberá comunicar la información corregida a todas las partes que
recibieron la comunicación original.
Artículo
88.—Declaración del cumplimiento con las normas. Cuando el
incumplimiento de una norma de manual afecta a una tarea específica, la
comunicación de resultados deberá exponer:
1) Las normas con las
cuales no se cumplió totalmente.
2) Las
razones de incumpliendo.
3) El
impacto del incumplimiento.
Artículo
89.—Comunicación verbal. Cuando sea posible, el Interno
deberá disponer la discusión verbal de los resultados con las
partes correspondientes (de acuerdo con su criterio) de previo a la
comunicación oficial, excepto de los resultados relativos a las
relaciones de hechos y otros que la normativa contemple.
Artículo
90.—Comunicación oficial. El Auditor deberá
comunicar oficialmente los resultados de su trabajo, mediante informes, oficios
u otros dirigidos al Concejo Municipal, la Alcaldía, o al resto de la
administración, con competencia y autoridad para ordenar la implantación
de las respectivas recomendaciones o atender los asuntos comunicados.
Artículo
91.—Difusión de resultados. En el caso de informes de
Control Interno que tengan disposiciones para titulares subordinados,
podrá enviarse copia a cada uno de ellos, esto a criterio del Auditor.
Artículo
92.—Informes dirigidos a los titulares subordinados. Cuando los
informes de auditoría contengan recomendaciones dirigidas a los
titulares subordinados, se procederá de la siguiente manera:
1) El titular subordinado
en un plazo improrrogable de diez días hábiles contados a partir
de la fecha de recibo del informe, ordenará la implantación de
las recomendaciones. Si discrepa de ellas, en el transcurso de dicho plazo elevará
el informe de la auditoría al Concejo Municipal, con copia a la
Auditoría Interna, exponiéndole por escrito las razones por las
cuales objeta las recomendaciones y propondrá soluciones alternas para
los hallazgos detectados.
2) Con
vista de lo anterior, el Concejo Municipal deberá resolver, en el plazo
de veinte días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de
la documentación remitida por el titular subordinado; además,
deberá ordenar la implantación de recomendaciones de la
Auditoría Interna, las soluciones alternas propuestas por el titular
subordinado o las de su propia iniciativa, debidamente fundamentadas. Dentro de
los primeros días de ese lapso, el Auditor Interno podrá
apersonarse de oficio ante el jerarca, para pronunciarse sobre las objeciones o
soluciones alternas propuestas. Las soluciones que sean distintas de las
propuestas por la auditoría Interna, están sujetas, en lo
conducente, a lo dispuesto en la Ley General de Control Interno en los
artículos 37 y 38.
3) El
acto en firme será dado a conocer a la Auditoría Interna y al
titular subordinado correspondiente, para el trámite que proceda.
Artículo
93.—Informes dirigidos al jerarca. Cuando el informe de la
Auditoría Interna esté dirigido al Concejo Municipal, este
deberá ordenar al titular subordinado que corresponda, en un plazo
improrrogable de treinta días hábiles contados a partir de la
fecha de recibido del informe, la implantación de las recomendaciones.
Si discrepa de tales recomendaciones, dentro del plazo indicado deberá
ordenar las soluciones alternas que comunicarlo debidamente a la
Auditoría Interna y al titular subordinado correspondiente.
Artículo
94.—Planteamientos de conflictos ante la Contraloría General de
la República. Firme la resolución del jerarca que ordene
soluciones distintas a las recomendaciones emitidas por la Auditoría
Interna, esta tendrá un plazo de quince días hábiles,
contados a partir de su comunicación, para exponerle por escrito los
motivos de su inconformidad con lo resuelto y para indicarle que el asunto en
conflicto deberá remitirse a la Contraloría General de la
República dentro de los ocho días hábiles siguientes,
salvo que el Concejo Municipal se allane a las razones de inconformidad
indicadas.
La Contraloría
General de la República dirimirá el conflicto en última
instancia, a solicitud de de, de la Auditoría Interna o de ambas, en un
plazo de treinta días hábiles, una vez completado el expediente
que formará al efecto. El hecho de no ejecutar lo resuelto en forma por
el Órgano Contralor, dará lugar a la aplicación de las
sanciones previstas en el capítulo V de la Ley Orgánica de la
Contraloría General de la República, N° 7428, del 7 de
setiembre de 1994.
SUBCAPÍTULO 5
Admisibilidad y trámite de denuncias
Artículo
95.—Ámbito de competencia en denuncias. La Auditoría
Interna dará trámite únicamente a aquellas denuncias que
versen sobre posibles hechos irregulares o ilegales en relación con el
uso y manejo de los fondos públicos o que afecten la Hacienda
Pública, así como lo conceptuado en la Ley contra la
Corrupción y el enriquecimiento ilícito.
Artículo
96.—Confidencialidad de los denunciantes. La Auditoría
Interna deberá de asegurar la confidencialidad de los denunciantes, de
acuerdo con el artículo 6º de la Ley General de Control Interno.
Para mantener la confidencialidad de los o las denunciantes, la
Auditoría Interna utilizará los medios que considere adecuados.
Artículo
97.—Identidad del denunciante. Si el denunciante tiene
interés de que su identidad sea conocida en algún momento del
proceso, deberá hacerlo de conocimiento a la Auditoría Interna
para lo correspondiente.
Artículo
98.—Requisitos que deben reunir las denuncias que se presentan:
1) Los hechos denunciados
deberán ser expuestos en forma clara, precisa y circunstanciada,
brindando el detalle suficiente que permita realizar la investigación:
el momento y lugar en que ocurrieron los hechos y el sujeto que presuntamente
los realizó.
2) Se
deberá señalar la posible situación irregular que afecta a
la Municipalidad de León Cortés para ser investigada.
3) El denunciante
deberá indicar cuál es su pretensión en relación
con el hecho denunciado.
Artículo
99.—Información adicional. El o la denunciante
también deberá brindar información complementaria respecto
a la estimación del perjuicio económico producido a la Municipalidad
de León Cortés en caso de conocerlo, la indicación de
probables testigos y el lugar o medios para citarlos, así como la
aportación o sugerencia de otras pruebas.
Artículo
100.—Solicitud de aclaración. En caso de determinar la
Auditoría Interna que existe imprecisión de los hechos se
otorgará a la parte un plazo no menor de 10 días hábiles
para que el o la denunciante complete su información o de lo contrario
se podrá archivar o desestimar la gestión sin perjuicio de que
sea presentada con mayores elementos posteriormente, como una nueva
gestión.
Artículo
101.—Admisión de denuncias anónimas. Las denuncias
anónimas serán atendidas en el tanto aporten todos los elementos
de convicción suficientes y se encuentren sustentadas en medios
probatorios idóneos que permitan iniciar la investigación, de lo
contrario se archivará la denuncia.
Artículo
102.—Archivo y desestimación de la denuncia. La
Auditoría Interna desestimará o archivará las denuncias
cuando se presente alguna de las siguientes situaciones:
1) Si la denuncia no
corresponde al ámbito de competencia de la Auditoría Interna de
la Municipalidad de León Cortés.
2) Si la
denuncia se refiere a intereses particulares exclusivos en relación con
conductas ejercidas u omitidas por la Administración, salvo que de la
información aportada en la denuncia se logre determinar que existen
aspectos de relevancia que deban ser investigados.
3) Si los
hechos denunciados corresponde investigarlos o ser discutidos exclusivamente en
otras sedes, ya sean administrativas o judiciales.
4) Si los
hechos denunciados se refieren a problemas de índole laboral que se
presentaron entre el o la denunciante y la Administración.
5) Si el
costo aproximado de la investigación fuera superior al beneficio que se
obtendría al darle curso al asunto denunciado, esto conforme el juicio
profesional del funcionario a cargo.
6) Si el
asunto planteado a la Auditoría se encuentra en conocimiento de otras
instancias con competencias para realizar la investigación, ejercer el
control y las potestades disciplinarias. En estos casos se realizará la
coordinación respectiva.
7) Si la
denuncia presentada fuera una reiteración o reproducción de otras
denuncias similares sin aportar elementos nuevos y que se hubieran sido
resueltas por la Auditoría o que ya fueron archivadas.
8) Si
él o la denunciante omite alguno de los requisitos esenciales ya
enumerados.
Artículo
103.—Trámite de las denuncias. El Auditor Interno
deberá evaluar si le da trámite a una denuncia presentada
directamente o trasladada por la Contraloría General de la
República, para la cual deberá considerar entre otros, la
importancia o impacto del estudio, los recursos disponibles en la
Auditoría Interna.
Artículo
104.—Fundamentación del acto de desestimación o archivo
de la Denuncia. La desestimación o archivo de la denuncia se
realizará mediante un acto debidamente motivado donde se acrediten los
argumentos valorados para tomar esa decisión.
Artículo
105.—Comunicación al denunciante. El Auditor Interno
deberá comunicar al denunciante sobre el trámite que se le ha
dado a su denuncia:
1) La decisión de
desestimar la denuncia y archivarla.
2) La
decisión de trasladar la denuncia a la Administración, o al
Ministerio Público.
3) El
resultado de la investigación de la siguiente forma:
a. Cuando se admita se le
podrá informar al denunciante sobre la actuación que se le
dará.
b. Al
final de la investigación:
i. En caso de que de
la denuncia dé por resultado un Informe de Control Interno, éste
podrá ser remitido al denunciante, a su solicitud.
ii. Si la denuncia da como resultado una
Relación de Hechos, y en virtud de la confidencialidad no se
podrá entregar copia hasta que se resuelva lo correspondiente por la
instancia competente. En este caso, únicamente se le informará
que la investigación resultó en una relación de hechos.
Las
anteriores comunicaciones se realizarán en el tanto la o el denunciante
haya especificado en dicho documento su nombre, calidades y lugar de
notificaciones.
SUBCAPÍTULO 6
Aspectos sobre el seguimiento de
recomendaciones
Artículo
106.—Seguimiento de recomendaciones. El Auditor Interno
deberá establecer y mantener un sistema de seguimiento a las
recomendaciones, observaciones y demás resultantes de su gestión
para asegurarse de su oportuna, adecuada y eficaz, por parte de la
administración. Ese sistema deberá incluir los resultados de las
evaluaciones realizadas por los auditores externos, la Contraloría
General de la República y demás instituciones de control y
fiscalización que correspondan. El sistema contendrá los avances
y observaciones que haya realizado la Administración sobre la
implementación de las recomendaciones, así como las anotaciones
que realice la Auditoría Interna.
Artículo
107.—Resultados del seguimiento de recomendaciones. Con base en el
sistema de seguimiento indicado en el artículo anterior, la
Auditoría Interna emitirá un informe conteniendo los resultados
sobre el grado general de cumplimiento por parte del Jerarca y la
Administración, de las recomendaciones, observaciones y disposiciones
dirigidas a sus diferentes órganos en forma anterior mediante informes
de evaluaciones realizadas por la Auditoría Interna, los auditores
externos, la Contraloría General de la República y demás
instituciones de control y fiscalización que correspondan, cuando sean
de conocimiento y competencia de la Auditoría Interna. En el caso de las
disposiciones emitidas por la Contraloría General de la
República, es necesario que se emita un informe anual del estado de
cumplimiento de estas, el cual se realizará a más tardar en el
mes de marzo de cada año.
SECCIÓN IV
Aspectos sobre disposiciones finales
Artículo
108.—Derogatoria. Este Reglamento deroga el Reglamento anterior de
Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna de la
Municipalidad de León Cortés, así como cualquier norma de
igual o inferior rango que se le oponga.
Artículo
109.—Vigencia. Este Reglamento rige a partir de su
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Leonardo
Quesada Durán, Alcalde Municipal.—Maribel Ureña
Solís, Secretaria del Concejo Municipal.—1
vez.—(IN2011066088).
AVISOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se solicita
la reposición por extravío de los Certificados de Depósito
a Plazo a nombre de la señora Betty María Ureña Campos,
cédula de identidad Nº 3-0105-0969, confeccionados por el
“Banco Crédito Agrícola de Cartago” con las
siguientes características:
Certificado Monto Emisión Vencimiento Tasa Plazo
305-300-3053450 ¢239.129,08 09-01-2007 09-10-2007 12% 270 días
Lo anterior
para dar cumplimiento con lo que estipula nuestro Código de Comercio,
artículos 708 y 709. Transcurrido el término de quince
días hábiles de la última publicación, se
repondrá dicho documento.
San
José, 25 de agosto del 2011.—Johnny Avendaño Sanabria, Jefe
Retención y Recuperación de
Clientes.—RP2011255574.—(IN2011068802).
VICERRECTORIA EJECUTIVA
OFICINA DE REGISTRO
EDICTO
PUBLICACIÓN DE segunda
VEZ
Ante la Oficina de Registro de la Universidad
Estatal a Distancia, se ha presentado por motivo de solicitud de
reposición del diploma, correspondiente al título de Bachillerato
en Ciencias de la Educación I y II Ciclos con concentración en la
Enseñanza del Inglés, a nombre de María Luisa Blanco
Picado, cédula de identidad 0155808128322. El mismo se encuentra
registrado bajo la inscripción que se detalla a continuación:
tomo: IX, folio: 1332, asiento: 2. Se solicita la publicación del edicto
para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del
término de quince días hábiles, a partir de la tercera
publicación en La Gaceta. Dado a solicitud de la interesada en
San José, a los treinta uno del mes de agosto del dos mil
once.—Lic. Tatiana Bermúdez Vargas, Encargada de Graduación
y Certificaciones.—(IN2011068550).
EDICTO
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El señor José Antonio García
Martínez, pasaporte español Nº AAD074758, ha presentado para
el trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el
título de Arquitecto Técnico obtenido en la Universidad de
Castilla la Mancha, Ciudad Real, España. Cualquier persona interesada en
aportar información al respecto de este trámite, podrá
hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de
Admisión y Registro, dentro de los quince días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Cartago, 23 de
agosto del 2011.—Departamento de Admisión y Registro.—MBA.
William Vives Brenes, Director.—O. C. Nº 10121.—Solicitud Nº
35556.—C-18390.—(IN2011067800)
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
A la
progenitora María De Los Ángeles Fernández Porras, se le
comunica la resolución de las nueve horas del 18 de agosto del 2011
emitida por la Oficina Local de Osa, en la cual resolvió dictar
revocatoria medida especial de protección, de abrigo temporal, en sede
administrativa a favor de María José Agüero
Fernández, mientras no se resuelva otra cosa en vía administrativa
o judicial. Recurso: procede el recurso de apelación ante la Oficina
Local de Osa, la cual lo elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la
Institución, ubicada barrio Luján, antigua Cooperativa Dos Pinos,
para oír notificaciones dentro del perímetro jurisdiccional de
esta Oficina Local el cual es un kilómetro a la redonda, de lo contrario
la resolución posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro
horas después de dictadas. Plazo para oposiciones: 48 horas contadas a
partir de la publicación de este edicto.—Oficina Local de Osa,
Ciudad Cortés 18 de agosto del 2011.—Lic. Nury Barrantes Picado,
Abogada.—1 vez.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº
48544.—C-3020.—(IN2011068234).
Se le comunica a los señores
William Wilfredo Flores Gonzales y Karen Durán Pérez que por
resoluciones de la representación legal de esta oficina local, de 8:30
horas de 22 de diciembre del 2010, se le otorgó abrigo temporal al
niño Adriel Rolando Flores Durán en alternativa de
protección no gubernamental, se dispuso su declaración de
adoptabilidad y se ordenó iniciar el proceso judicial para la
declaratoria de estado de abandono, con fines de adopción. Se le
confiere audiencia por tres días hábiles, para que presente los
alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y
se les advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado
y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar
las piezas del expediente, que permanecerá a su disposición en
esta Oficina Local San José Este, en días y horas hábiles,
ubicada en San José, avenidas 0 y 2, calle 38. Deberá
señalar lugar conocido o número de facsímile para recibir
sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar
señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si e! medio
electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin
suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a
esta institución se interrumpiere la comunicación, las
resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de
dictadas, conforme aplicación supletoria del artículo 12 de la
Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales y el
contenido del Voto N° 11302-2002, de 15:41 horas de 27 de noviembre de
2002, de la Sala Constitucional. Se le hace saber, además, que contra
dicha resolución proceden los recursos de revocatoria y de
apelación en subsidio, los que deberá interponer dentro de los
tres días hábiles siguientes, contados a partir de la
última notificación a las partes, siendo competencia de esta
oficina local resolver el de revocatoria, el de apelación
corresponderá a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Es
potestativo usar uno o ambos recursos, pero será inadmisible el
interpuesto pasado los tres días señalados. Expediente Nº
118-007-2004.—Oficina Local de San José Este.—M.Sc. Alma
Nuvia Zavala Martínez, Representante Legal.—O.
C.34028.—Solicitud Nº 48540.—C-15200.—(IN2011068235).
Se le comunica al señor Fabio
Eugenio Sambati que por resoluciones de la representación legal de esta
oficina local de San José Este, de las catorce horas del cinco de julio
del dos mil once se le otorgó proceso especial de orden de tratamiento
médico, psicológico o psiquiátrico al niño Sebatian
Sambati Sánchez. Se le confiere audiencia por tres días
hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca
las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse
asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección,
así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente; que permanecerá
a su disposición en esta Oficina Local, en días y horas
hábiles, ubicada en San José, avenidas 0 y 2, calle 38.
Deberá señalar lugar conocido o número de facsímile
para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si
el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro
modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación,
las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de
dictadas, conforme aplicación supletoria del artículo 12 de la
Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales y el
contenido del Voto Nº 11302-2002, de 15:41 horas de 27 de noviembre de
2002, de la Sala Constitucional. Se le hace saber, además, que contra
dicha resolución proceden los recursos de revocatoria y de
apelación en subsidio, los que deberá interponer dentro de los
tres días hábiles siguientes, contados a partir de la
última notificación a las partes, siendo competencia de esta
oficina local resolver el de revocatoria, el de apelación
corresponderá a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Es
potestativo usar uno o ambos recursos, pero será inadmisible el
interpuesto pasado los tres días señalados Expediente N°
143-00053-2011.—Oficina Local de San José Este.—M.Sc. Alma
Nuvia Zavala Martínez, Representante Legal.—O.
C.34028.—Solicitud Nº 48590.—C- 15200.—(IN2011068236).
Se comunica a los señores
Michelle Muñoz y Dagoberto Muñoz, de único apellido en
razón de su nacionalidad, las resolución de las trece horas del
día veintisiete de junio del dos mil once, que revoca la medida de
protección de las trece horas del día veintiocho de febrero del
dos mil once, que ordena abrigo temporal de la persona menor de edad Amelia
Muñoz, de único apellido en razón de su nacionalidad, en
el Albergue Divina Providencia y en su lugar ordena cuido provisional de la
niña en mención en el hogar de su tía paterna, señora
Elmy Lily Muñoz. Y así mismo autoriza la salida del país a
fin de que pueda viajar a Guatemala en compañía de su tía
paterna. Recursos: El de apelación, señalando lugar para recibir
notificaciones dentro del perímetro administrativo de la Presidencia
Ejecutiva en San José, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a
partir de la tercera publicación del edicto.—Oficina Local de
Santa Ana.—Lic. Olga Myriam Boza Fernández, Órgano Director
del Procedimiento.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº
48548.—C-15020.—(IN2011068940).
A quien interese. Se le avisa al
señor Carlos Alfredo Martínez González, nacionalidad
nicaragüense y demás calidades desconocidas, que en esta Oficina
Local se tramita el expediente administrativo Nº 141-00064-2007,
correspondiente a depósito judicial a favor de las personas menores de
edad Pablo Daniel Torres Cordero y Steven Martínez Cordero. Se le
concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su
conformidad o se oponga en estas diligencias. Recursos: En contra de lo
ordenado se previene a la parte interesada que podrá interponer Recurso
de Apelación ante la Oficina Local de Pérez Zeledón entre
las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se le previene
a las partes señalar lugar para oír notificaciones dentro del
perímetro judicial de esta oficina local, igualmente pueden
señalar un fax en donde puedan realizarse estas notificaciones, de lo
contrario, las resoluciones posteriores quedarán notificadas por el
transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Dicho recurso se podrá
interponer en forma verbal o por escrito dentro las cuarenta y ocho horas a su
notificación, en esta oficina local quién lo elevará a la
Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en San José,
Barrio Luján antigua Dos Pinos, entre las siete horas y treinta minutos
y las dieciséis horas. Se advierte que se debe de señalar lugar
donde atender notificaciones futuras dentro del perímetro judicial de la
Presidencia Ejecutiva en San José un kilómetro a la redonda, bajo
el apercibimiento de que si no lo hiciere, o si el lugar señalado fuere
impreciso o incierto o ya no existiere, las resoluciones posteriores que se
dicten se dará por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro
horas después de dictada. La presentación del recurso no suspende
la aplicación a la medida de protección indicada.
Notifíquese. Exp. Nº 141-00064-2007.— Oficina Local de
Pérez Zeledón.—Lic. Mildred Morales Castrejón,
Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. Nº
34028.—Solicitud Nº 48548.—C-24020.—(IN2011068941).
A quien interese. Se le avisa a la
señora María Elena Cordero Cascante, mayor, cédula de
identidad 1-0743-0611, con domicilio en Las Mercedes de Cajón,
demás calidades reconocidas, que en esta Oficina Local se tramita el
expediente administrativo número 141-00064-2007, correspondiente a
depósito judicial a favor de las personas menores de edad Pablo Daniel
Torres Cordero y Steven Martínez Cordero. Se le concede el plazo de tres
días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas
diligencias. Recursos: En contra de lo ordenado se previene a la parte
interesada que podrá interponer Recurso de Apelación ante la
Oficina Local de Pérez Zeledón entre las siete horas y treinta
minutos y las dieciséis horas. Se le previene a las partes señalar
lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de
esta oficina local, igualmente pueden señalar un fax en donde puedan
realizarse estas notificaciones, de lo contrario, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas por el transcurso de veinticuatro horas de
dictadas. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por
escrito dentro las cuarenta y ocho horas a su notificación, en esta
oficina local quién lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la
Institución, ubicada en San José Barrio Lujan antigua Dos Pinos,
entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se
advierte que se debe de señalar lugar donde atender notificaciones
futuras dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San
José un kilómetro a la redonda, bajo el apercibimiento de que si
no lo hiciere, o si el lugar señalado fuere impreciso o incierto o ya no
existiere, las resoluciones posteriores que se dicten se dará por
notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas después de
dictada. La presentación del recurso no suspende la aplicación a
la medida de protección indicada. Notifíquese. Exp. Nº
141-00064-2007.—Oficina Local de Pérez Zeledón.—Lic.
Mildred Morales Castrejón, Órgano Director del Procedimiento
Administrativo.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº
48548.—C-24020.—(IN2011068942).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
A quien
interese. Se le avisa al señor Rolando Torres Cascante, cédula de
identidad 1-0806-0363, demás calidades reconocidas, que en esta Oficina
Local se tramita el expediente administrativo número 141-00064-2007, correspondiente
a depósito judicial a favor de las personas menores de edad Pablo Daniel
Torres Cordero y Steven Martínez Cordero. Se le concede el plazo de tres
días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas
diligencias. Recursos: en contra de lo ordenado se previene a la parte
interesada que podrá interponer recurso de apelación ante la
Oficina Local de Pérez Zeledón entre las siete horas y treinta
minutos y las dieciséis horas. Se le previene a las partes
señalar lugar para oír notificaciones dentro del perímetro
judicial de esta Oficina Local, igualmente pueden señalar un fax en
donde puedan realizarse estas notificaciones, de lo contrario, las resoluciones
posteriores quedarán notificadas por el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por
escrito dentro las cuarenta y ocho horas a su notificación, en esta
Oficina Local quien lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la
Institución, ubicada en San José, Barrio Luján, antigua
Dos Pinos, entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis
horas. Se advierte que se debe de señalar lugar donde atender
notificaciones futuras dentro del perímetro judicial de la Presidencia
Ejecutiva en San José, un kilómetro a la redonda, bajo el
apercibimiento de que si no lo hiciere, o si el lugar señalado fuere
impreciso o incierto o ya no existiere, las resoluciones posteriores que se
dicten se dará por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro
horas después de dictada. La presentación del recurso no suspende
la aplicación a la medida de protección indicada.
Notifíquese. Publíquese tres veces consecutivas. Exp.
141-00064-2007.—Oficina Local de Pérez Zeledón.—Lic.
Mildred Morales Castrejón, Órgano Director del Procedimiento
Administrativo.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº
48548.—C-24020.—(IN2011068943).
A: Ana Rosa Ortega López y
Monico Martínez Martínez, se le comunica la resolución del
Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Grecia, de las ocho horas
del veintiséis de julio del año en curso, en la que se resuelve:
I) Dar inicio al proceso de protección en sede administrativa regulado
por las disposiciones del artículo 128 y siguientes del Código de
la Niñez y la Adolescencia, Ley número 7739, del 3 de diciembre
de 1997, publicada en La Gaceta número 26 del viernes 6 de
febrero de 1998. II) Medidas cautelares. Se ordena que la adolescente
Concepción del Carmen Ortega Martínez, sea incluida en programas
oficiales o comunitarios de auxilio a la familia y a las personas menores de edad,
en la atención integral que brinda la Asociación Reacción
en Cadena por Nuestra Niñez Casa Luz por el tiempo que lo requiera.
Dicho centro deberá de brindar informes psico sociales de avance
periódicamente a la Oficina Local de Alajuela y reportar en forma
inmediata a ese Despacho el egreso de la adolescente en el momento en que se
dé. III) Se declara la incompetencia de esta Oficina Local por
razón del territorio, para continuar conociendo sobre la presente
situación, por desconocerse el domicilio de los padres de la joven y por
encontrarse ubicada la adolescente Concepción del Carmen Ortega
Martínez en la Asociación Reacción en Cadena por Nuestra
Niñez Casa Luz, jurisdicción que le compete a la Oficina Local de
Alajuela. IV) Remítase el expediente al Área de Atención
Integral con énfasis en trabajo social de la Oficina Local de Alajuela a
fin de que se continúe brindando seguimiento a la situación. IV)
Comuníquese esta resolución al Departamento de acreditación
de la institución a fin de que se realice el trámite pertinente.
En contra de lo ordenado se podrá interponer recurso de apelación
ante la Presidencia Ejecutiva de la institución; se podrá
interponer dentro de las 48 horas siguientes a su notificación. Se le
previene que debe señalar un lugar, casa u oficina donde recibir
notificaciones futuras, así como señalar un medio
electrónico del tipo facsímil y en el entendido que de no
hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio electrónico fuere defectuoso, estuviere
desconectado las resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después de dictadas. Exp. 245-00085-2011.—Oficina Local de Grecia,
22 de julio del 2011.—Lic. Carmen Lidia Durán Víquez, Representante
Legal del PANI,.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº
48548.—C-24020.—(IN2011068944).
A: María Auxiliadora Duarte
Mercado y René Echaverri Arias, se le comunica la resolución del
Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Grecia, de las nueve horas
del seis de julio del año en curso, en la que se resuelve: 1) Dictar
medida de protección de cuido provisional de la persona menor de edad
Olinda Auxiliadora Echaverri Duarte en el hogar de la señora Esperanza
Sandoval Pérez. 2) Brindar seguimiento psicológico a la persona
menor de edad al lado de la guardadora, según el plan de
intervención elaborado por la Msc. Guiselle González
Ávila. 3) En caso de que se conozca el domicilio de la progenitora,
señora Auxiliadora Duarte Mercado, deberá someterse a
orientación apoyo y seguimiento institucional, intervención que
va dirigida a orientar, fortalecer y apoyar técnicamente mediante un
plan de intervención interdisciplinario. 4) Se le ordena al IMAS brindar
apoyo económico a la señora Esperanza Sandoval Pérez, dada
la difícil situación económica que atraviesa en este
momento y de esta forma pueda mejorar la calidad de vida de la persona menor de
edad Olinda Auxiliadora Echaverri Duarte; quienes residen en la zona de Grecia,
La Argentina, calle El Llano, de la dispensa La Esperanza, 200 norte, casa de
cemento color café al lado atrás de una casa, teléfono
2444-4236. En contra de lo ordenado se podrá interponer recurso de
apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la institución; se
podrá interponer dentro de las 48 horas siguientes a su
notificación. Se le previene que debe señalar un lugar, casa u
oficina donde recibir notificaciones futuras, así como señalar un
medio electrónico del tipo facsímil y en el entendido que de no
hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio electrónico fuere defectuoso, estuviere
desconectado las resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después de dictadas. Exp. 245-00091-2011.—Oficina Local de Grecia,
8 de agosto del 2011.—Lic. Carmen Lidia Durán Víquez, Representante
Legal del PANI.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº
48548.—C-24020.—(IN2011068945).
Lista de Contribuyentes Morosos Municipalidad de
Curridabat Bienes Inmuebles y Servicios Municipales.
Monto
Contribuyente Cédula Finca adeudado
¢
Rivera Brizuela Ángela 101890191 141631 38.892,00
Urbanizadora
Pilón S. A. 3101083281 424962 17.066,00
Rutkowski Beate 2456327656 306843 873.112,00
Zargarpour Zargarpour
Shahrokh 800580069 269550 150.027,00
Gómez Arroyo Flor
María 546005074 Sin folio 52.291,00
Fiduciaria Las Garzas 3101355330 495125 112.824,00
Lista de Contribuyentes Morosos
Municipalidad de Curridabat Cementerio.
Monto
Contribuyente Cédula Finca adeudado
¢
Montero Moya Luis 107180925 D-4-130 139.768,00
Lacey Butler Jaime
Delano 700390864 D-080 99.979,00
Ibarra Raymundo 175128551511114 D-007 69.880,00
José Francisco
Cascante Loría 104870888 B-048 254.747,00
La Municipalidad de Curridabat hace saber a quien
interese que en el Cementerio existen los derechos antes mencionados,
pertenecientes a contribuyentes que no han honrado sus cuotas por venta de
derechos y mantenimiento. Se emplaza por 30 días a todo aquel que
pretenda tener derecho sobre el mismo para que se apersone a la Administración
del Cementerio, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario esta
Municipalidad procederá a disponer del citado derecho, con la finalidad
de recuperar el adeudo tributario existente por concepto de cuotas de
mantenimiento y derechos de venta.
Lic. Óscar Cordero Calderón,
Responsable.—1 vez.—RP2011255805.—(IN2011069260).
La Municipalidad del
cantón de León Cortés, comunica que en sesión
ordinaria Nº 57, efectuada el 6 de junio del 2011, se toma el acuerdo
Nº 1 que dice: Señores del Concejo y Señor Alcalde
Municipal, aprueban definitivamente la plataforma de valores de terrenos por
zonas homogéneas del cantón de León Cortés,
así como el informe técnico y los diferentes mapas que componen
este instrumento como un todo. Publíquese en el Diario Oficial La
Gaceta. Comuníquese al ONT.
Para ver imagenes
solo en La Gaceta impresa o en
formato PDF
Nota: Los Mapas de Valores de Terrenos por Zonas
Homogéneas que dieron origen a estas Matrices se encuentran a
disposición para consulta en la Oficina de Bienes Inmuebles de la
Municipalidad de León Cortés.
Leonardo Quesada Durán, Alcalde Municipal.—Maribel Ureña Solís, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—(IN2011066087).
SEGUNDA COTIZACIÓN
La Municipalidad del cantón de León Cortés, comunica que en Sesión Ordinaria N° 52, efectuada el 2 de mayo del 2011, se toma acuerdo N° l que dice: Se acuerda por unanimidad acogerse a la publicación del Manual de valores unitarios por tipología constructiva publicado por el Ministerio de Hacienda, Dirección General de Tributación Directa, en La Gaceta N° 30 del 11 de febrero del 2011, en su Alcance N° 12. Publíquese.
Maribel Ureña Solís, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—(IN2011066093).
El Concejo, en sesión ordinaria Nº 66 celebrada el 8 de agosto de 2011, acuerda: Que de conformidad con las atribuciones que le confiere el Código Municipal, Ley Nº 7794 del 30 de abril de 1998, aprobar las siguientes tarifas para el servicio de acueducto;
Tarifas Mensuales
(en colones)
Modalidad de servicio |
TIPO DE SERVICIO |
||||
|
Domiciliaria |
Ordinaria |
Reproductiva |
Preferencial |
Gobierno |
Servicio fijo (consumo mensual) |
6.565,00 |
13.310,00 |
19.695,00 |
6.565,00 |
9.847,50 |
|
|||||
Servicio medido (consumo mensual) |
|
|
|
|
|
0-15 m3 |
3.800,00 |
7.600,00 |
11.400,00 |
3.800,00 |
5.700,00 |
16-25 m3 |
175,00 |
203,00 |
376,25 |
227,50 |
227,50 |
26-40 m3 |
262,50 |
315,00 |
376,25 |
227,50 |
227,50 |
41-60m3 |
262,50 |
315,00 |
376,25 |
227,50 |
227,50 |
61-80 m3 |
393,75 |
525,00 |
376,25 |
227,50 |
227,50 |
81-100 m3 |
393,75 |
525,00 |
376,25 |
551,25 |
551,25 |
101-120m3 |
577,50 |
638,75 |
376,25 |
551,25 |
551,25 |
Más de 120m3 |
577,50 |
638,75 |
376,25 |
551,25 |
551,25 |
Precio conexión nueva 65.000,00
Precio reconexión 10.000,00
Tarifas reposición de
materiales para nuevas conexiones o reparaciones existentes
Por metro lineal
Carpeta asfáltica 0,025m3 5.500,00
Sub base concreto 0,075m3 12.000,00
Lastre 0,1m3 6.500,00
Tierra para compactación 0,1m3 1.000,00
Mano obra 40% del costo total del material 10.000,00
Con base en el artículo Nº 74 del Código Municipal,
estas tarifas entrarán a regir treinta días después de su
publicación. Acuerdo definitivamente aprobado.
Maribell Ureña Solís, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—(IN2011066094).
COMUNICA
Que mediante el Artículo II Inciso a) de la Sesión Ordinaria N° 68 celebrada por el Concejo Municipal el día 30 de agosto del 2011, por unanimidad, acordó: Aprobar el siguiente estudio tarifario de agua potable administrado por la Municipalidad en forma mensual de la siguiente forma:
Pliego tarifario propuesto
Precio mensual
Servicio fijo
Domiciliaria Ordinaria Reproductiva Preferencial Gobierno
5.600.00 11.200.00 16.800.00 5.600.00 8.400.00
Servicio
medido
0-15 M3, C/M 2.300.00 4.600.00 6.900.00 2.300.00 3.450.00
16-25 M3, C/M 265.00 307.40 569.75 344.50 344.50
26-40 M3, C/M 397.50 477.00 569.75 344.50 344.50
41-60 M3, C/M 397.50 477.00 569.75 344.50 344.50
61-80 M3, C/M 596.25 795.00 569.75 344.50 344.50
81-100 M3, C/M 596.25 795.00 569.75 834.75 834.75
101-120 M3, C/M 874.50 967.25 569.75 834.75 834.75
Más 120 M3, C/M 874.50 967.25 569.75 834.75 834.75
Condiciones generales:
1. Reposición de materiales:
1.1 Pavimento asfáltico ¢8.500.00
1.2 Calle de lastre 4.500.00
2 Costo por nueva conexión 60.000.00
3 Costo por reconexión 8.000.00
4 Cambio de llave detención 5.000.00
Acuerdo definitivamente aprobado
Sarchí Norte, 1º de setiembre de 2011.—Secretaría, Emiliano Castro Alfaro, Secretario.—1 vez.—(IN2011069085).
Que mediante el artículo VI, Inciso e) de la sesión ordinaria N° 66 celebrada por el Concejo Municipal el día 16 de agosto del 2011, por unanimidad, acordó: Aprobar los siguientes estudios tarifarios de servicios en forma trimestral.
Servicio
de recolección de basura:
Tarifas
aprobadas
Categorías trimestral
Domiciliaria ¢8.725.00
Comercial ¢21.812.00
Industrial ¢26.175.00
Servicio
de limpieza de vías:
Metro lineal ¢393.00
Servicio
de cementerio:
Por nicho ¢1.500,00
Alquiler ¢3.858,75
Derechos de construcción ¢20.000,00
Inhumación y exhumación ¢13.000,00
Servicio mantenimiento del parque: se cobra en todo el cantón
Metro lineal ¢80,00
Acuerdo definitivamente aprobado, publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.
Sarchí Norte, 22 de agosto del 2011.—Secretaría.—Emiliano Castro Alfaro, Secretario.—1 vez.—(IN2011069086).
AVISA
Que el Concejo Municipal de
Cartago por acuerdo contenido en el artículo 22 del acta Nº 89-11
del 19 de julio del 2011 aprobó, con dispensa de trámites de
comisión y acuerdo definitivamente aprobado, moción para dar
interpretación auténtica de los artículos 23, inciso 1),
sub incisos a) y b), y 24, inciso 2), sub inciso a), del Reglamento General
para Licencias Municipales en Telecomunicaciones, para que se entienda que las
torres de telecomunicaciones del ICE se encuentran excluidas de la
aplicación de los 250 metros para tomarlo como base para la
aprobación de una nueva torre de telecomunicaciones. Lo anterior implica
que si se está en estudio por parte de la Municipalidad una solicitud de
permiso de construcción de una torre, no se le aplicaría la
distancia de los 250 metros con respecto a una torre del ICE que está
construida anteriormente a la vigencia del Reglamento.
Departamento de Secretaría General.—Eduardo A. Castillo Rojas, Jefe.—1 vez.—(IN2011068521).
La Municipalidad del
cantón Central de Heredia, mediante acuerdo Municipal, artículo
V, dictado en la sesión ordinaria N° 107-2011, celebrada el
día lunes 22 de agosto del 2011, aprobó el siguiente reajuste del
impuesto de estacionamiento en las vías públicas modalidad
marchamo:
Tarifa por marchamo mensual
¢25.000,00
En cumplimiento al
artículo 43 del Código Municipal, se somete a consulta
pública no vinculante por el periodo de 10 a partir de su
publicación.
Heredia, 31 de agosto del 2011.—Lic. Enio Vargas Arrieta, Proveedor Municipal.—1 vez.—O.C. Nº 53948.—Solicitud Nº 48031.—C-21480.—(IN2011068653).
La Municipalidad del
cantón Central de Heredia, mediante acuerdo Municipal, artículo
V, dictado en la sesión ordinaria N° 107-2011, celebrada el
día lunes 22 de agosto de 2011, aprobó el siguiente reajuste del
impuesto de estacionamiento en las vías públicas:
Tarifa
por hora o fracción Infracción
¢500,00 ¢5.000,00
En cumplimiento al
artículo 43 del Código Municipal, se somete a consulta
pública no vinculante por el periodo de 10 a partir de su
publicación.
Heredia, 31 de agosto del 2011.—Lic. Enio Vargas Arrieta, Proveedor Municipal.—1 vez.—O.C. Nº 53948.—Solicitud Nº 48032.—C-21480.—(IN2011068654).
Que el Concejo Municipal de Belén en sesión ordinaria número 52-2011 de fecha 30 de agosto de 2011 aprueba el estudio tarifario para la tarifa de servicio de limpieza de vías, según se detalla:
Categoría |
Tasa mensual propuesta por metro lineal |
Tarifa social |
32,98 |
Residencial, inst. públicas y religiosas |
65,96 |
Zona Comercial |
164,9 |
Zona Industrial |
494,71 |
Industria Régimen Zona Franca |
791,53 |
Por lo antes expuesto se convoca a los usuarios de limpieza de vías, para que en su carácter de interesados legítimos, directos y como posibles afectados, asistan a la Audiencia Pública donde se someterá a discusión el estudio tarifario del servicio de limpieza de vías, la cual se realizará el día 21 de setiembre, a las 7:00 p. m., en la Casa de la Cultura. Podrán comparecer con el carácter de interesados legítimos y directos, todos aquellos usuarios de los servicios. Para oponerse al aumento del servicio, los interesados legítimos y directos deberán presentar, en los próximos diez días naturales a partir de la publicación en el Diario Oficial La Gaceta, un escrito ante la Alcaldía Municipal, indicando de manera clara, los motivos en que se fundamenta su oposición, acompañado del estudio técnico, jurídico, socioeconómico u otro que respalde sus criterios. Toda la información correspondiente sobre el aumento en el servicio de limpieza de vías, se encuentra disponible en la Unidad de Servicio al Cliente de la Municipalidad de Belén y podrá ser consultada entre las siete y treinta horas y las dieciséis y treinta horas, de lunes a viernes.
Belén, 2 de setiembre del 2011.—Unidad Tributaria.—Gonzalo Zumbado Zumbado, Coordinador.—1 vez.—O. C. Nº 27638.—Solicitud Nº 38881.—C-11270.—(IN2011069163).
Transcribo acuerdo de la Corporación Municipal de Buenos Aires, de sesión ordinaria 34-2011, celebrada el día 30 de agosto del año en curso, que en letra dice: se acuerda: trasladar las sesiones de los primeros y terceros martes del mes para los sábados siguientes de esa misma semana, a las 10:00 a. m., para la atención a vecinos. Realizando una sesión por semana. Rige a partir de su publicación.
Buenos Aires, 2 de setiembre de 2011.—Lic. Alban Serrano Siles, Proveedor.—1 vez.—(IN2011069077).
Transcribo acuerdo de la Corporación Municipal de Buenos Aires, de sesión ordinaria 34-2011, celebrada el día 30 de agosto del año en curso, que en letra dice:
Se acuerda: aprobar estudios de costos de operación, servicio de recolección de basura, aseo de vías y sitios públicos, Mantenimiento de parque central, aplicable para que rija a partir del Primer Trimestre del 2012, conforme el detalle:
Tarifas aprobadas |
|
Tarifa de basura |
Por Trimestre |
Residencial |
6.000,00 |
Mixto |
18.000,00 |
Comercial 1 |
16.500,00 |
Comercial 2 |
30.000,00 |
Institucional 1 |
9.000,00 |
Institucional 2 |
30.000,00 |
Aseo de vías |
|
Por metro lineal |
457,00 |
Mantenimiento de parques |
|
Por metro lineal |
28,00 |
Acuerdo unánime y definitivamente aprobado.
Buenos Aires, 1º de setiembre de 2011.—Proveeduría.—Lic. Alban Serrano Siles, Proveedor.—1 vez.—(IN2011069078).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
AGROPECUARIA DANYFA S. A.
Agropecuaria Danyfa S. A.,
cédula jurídica 3-101-040218, solicita ante la Dirección
General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes
libros: Diario Nº 1, Mayor Nº 1, Inventarios y Balances Nº 1,
Actas de Consejo de Administración Nº 1 y Registro de Socios
Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición
ante la Sugerencia de Servicio al Contribuyente de la Administración
Tributaria de Guanacaste, dentro del término de ocho días
hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic.
Edwin Gerardo Martínez Rodríguez,
Notario.—RP2011254944.—(IN2011067545).
INVERSIONES SHIATSU SOCIEDAD ANÓNIMA
Inversiones Shiatsu Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-193362, solicita ante la
Dirección General de Tributación, la reposición de los
siguientes libros: Actas de Consejo de Administración 1, Actas de
Asambleas 1, Registro de Socios 1. Quien se considere afectado puede manifestar
su oposición ante el Área de Información y Asistencia al
Contribuyente de la Administración Tributaría de San José
Este, dentro del término ocho días hábiles a partir de la
publicación de este aviso.—Lic. Irene Aguilar Monge,
Notaria.—RP2011254972.—(IN2011067546).
COSTA ESTERILLOS ESTATES BOLDO TRESCIENTOS
SETENTA
Y SEIS SOCIEDAD ANÓNIMA
Costa esterillos Estates Boldo
Trescientos Setenta y Seis Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-460179, solicita ante la Dirección General de
Tributación, la reposición de los libros: Actas de Consejo de
Administración, Acta de Asambleas de Socios, Registro de Socios, todos
número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el Área de Información y Asistencia al
Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el
término de ocho días hábiles contados a partir de la
última publicación de este aviso.—Lic. Arnaldo Bonilla
Quesada, Notario.—(IN2011067666).
COSTA
ESTERILLOS ESTATES CONVALARIA TRESCIENTOS
SETENTA Y CINCO SOCIEDAD ANÓNIMA
Costa Esterillos Estates Convalaria
Trescientos Setenta y Cinco Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-460181, solicita ante la Dirección General de Tributación,
la reposición de los libros: Actas de Consejo de Administración,
Acta de Asambleas de Socios, Registro de Socios, todos número uno. Quien
se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área
de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración
Tributaria de San José, en el término de ocho días
hábiles contados a partir de la última publicación de este
aviso.—Lic. Arnaldo Bonilla Quesada, Notario.—(IN2011067667).
GRUPO MUTUAL ALAJUELA-LA VIVIENDA
De
conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del
Código de Comercio, la señora Carolina Moya Sánchez,
cédula 402010361, ha presentado ante esta entidad, solicitud de
reposición de su(s) certificado(s) (CPH / CII) Nº
150-302-803301206146, por ¢1.228.723,51 y con fecha de vencimiento del
20-08-2011.—Randal Camacho, Jefe del Centro de
Negocios.—(IN2011067680).
DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE PUNTARENAS
La
Dirección Regional de Educación de Puntarenas, ha iniciado
proceso de Declaratoria Administrativa de Reposición de Título de
Bachiller de Noveno año del Liceo Nocturno José Martí de
Puntarenas, expediente administrativo; 01-DART-DREP-2011, a gestión de
Reyna Arguijo Arguijo, cédula 8-050-883. Se solicita a las personas
interesadas que conozcan de los hechos o situaciones que afecten la
declaratoria que se solicita, lo comuniquen a esta dependencia dentro del plazo
de quince días hábiles siguientes a esta publicación.
Expediente que podrá ser consultado en la oficina del Asesor Legal de la
Dirección Regional de Educación Puntarenas.—Puntarenas,
doce de agosto del dos mil once.—Lic. Edgar Guardiola Aguirre, Asesor
Legal.—(IN2011067706).
CENTRAL AZUCARERA TEMPISQUE S. A.
Central
Azucarera Tempisque S. A., tramita por extravío, la reposición de
los títulos definitivos de acciones número 001084 Serie A, que
ampara 5 acciones comunes y nominativas con un valor nominal de mil colones
cada una de esta sociedad; propiedad del señor Cruz Araya Roy,
cédula número 5-236-617. Quienes se consideren afectados,
podrán dirigir sus oposiciones a las oficinas de Central Azucarera
Tempisque S. A., situadas en Guardia, Liberia, Guanacaste, 6.5
kilómetros al oeste de la escuela pública de la localidad, dentro
del plazo indicado en el artículo 689 del Código de
Comercio.—25 de agosto del 2011.—Lic. Edgar Aiza Grijalva, Gerente
Financiero.—(IN2011067716).
EXPORTADORA RPK ORNAMENTALES SOCIEDAD ANÓNIMA
Exportadora
RPK Ornamentales Sociedad Anónima, cédula número
3-101-239791, solicita ante la Dirección General de Tributación,
la reposición del siguiente libro: Actas de Asamblea de Socios Nº
1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el
Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la
Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho
días hábiles a partir de la publicación de este
aviso.—Alejandro Wyllins Soto.—(IN2011067733).
COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN DE CACAO Y PALMA
DE FINCA DIEZ, ONCE Y DOCE DE PALMAR SUR R. L.
La Cooperativa de Producción de Cacao y Palma de Finca Diez, Once y Doce de Palmar Sur R. L., con cédula jurídica número tres-cero cero cuatro-cero setenta y ocho mil ciento cincuenta y cuatro, hace constar que se le perdieron los libros denominados como diario, mayor, inventarios y balances, cooperativa representada por el gerente general con facultades de representante legal, el señor Fabio Gerardo Arce Delgado, mayor, casado una vez, Ingeniero Agrónomo, vecino de Palmar Sur de Osa, cédula de identidad número dos-doscientos noventa y ocho-cuatrocientos treinta y seis.—Ciudad Cortés de Osa, Puntarenas, 29 de agosto del 2011.—Fabio Gerardo Arce Delgado.—(IN2011067735).
DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN FERNÁNDEZ SOCIEDAD
ANÓNIMA
Diseño
y Construcción Fernández Sociedad Anónima, Cédula
jurídica 3-101-396372, solicita ante la Dirección General de
Tributación, la reposición de los siguientes libros: Acta de
Asambleas Generales, Acta de Registro de Acciones, Actas de Junta Directiva,
Diario, Mayor, Inventario y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar
su oposición ante la Plataforma de Servicio de la Administración
Tributaria de San José Oeste, dentro del término de ocho
días hábiles a partir de la publicación de este
aviso.—Lic. Tatiana Rodríguez Arroyo,
Notaria.—(IN2011067765).
INVERSIONES RAMOS BIJAGUA SOCIEDAD ANÓNIMA
Inversiones Ramos Bijagua
Sociedad Anónima, una sociedad domiciliada en San José,
Goicoechea, San Francisco, Barrio Tournón, oficinas de Facio &
Cañas, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos un
mil quinientos noventa y dos, solicita ante la Dirección General de
Tributación, la reposición de los libros legales, todos
número uno: (i) Actas de Asamblea de Socios, (ii) Registro de Socios,
(iii) Actas de Junta Directiva, (iv) Diario, (v) Mayor, (vi) Inventarios y
Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante
el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la
Administración Tributaria de San José Este, dentro del
término de ocho días hábiles a partir de la
publicación de este aviso.—San José, 23 de agosto del
2011.—Dean Adams Johnson, Presidente.—Stella Chertkova,
Secretaria.—(IN2011067814).
CENTRO CAMPERO LOS REYES
Óscar
Bolaños Weston, cédula Nº 700340250, solicita la
reposición de la acción y su correspondiente título de
capital N° A-00996-A del Centro Campero Los Reyes S. A., emitidos a mi
nombre, por extravío de los mismos. Se reciben oposiciones en el plazo
de ley mediante el fax 2255-0224 o al email
gvarela@losreyescr.com.—Óscar Bolaños
Weston.—(IN2011067823).
CENTRO PLAZA DE SAN CARLOS S N Q
SOCIEDAD ANÓNIMA
Centro
Plaza de San Carlos S N Q Sociedad Anónima, cédula
jurídica N° 3-101-273970 solicita ante la Dirección General
de Tributación, la reposición del libro Actas de Asamblea de
Socios, número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el Área de Servicio al Contribuyente de la
Administración Tributaria de San José, dentro del término
de ocho días hábiles a partir de la publicación de este
aviso.—San José, treinta de agosto de dos mil once.—Lic.
Mariela Hernández Brenes, Notaria.—(IN2011067846).
HACIENDA LA JUNGLA SOCIEDAD ANÓNIMA
Hacienda La
Jungla Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3-101-009883, solicita ante la Dirección General de Tributación,
la reposición del libro Inventario y Balances, número 1. Quien se
considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de
Servicio al Contribuyente de la Administración Tributaria de San
José, dentro del término de ocho días hábiles a
partir de la publicación de este aviso.—San José, treinta
de agosto del dos mil once.—Dr. Gonzalo Fajardo Salas,
Notario.—(IN2011067847).
HACIENDA JUAN VIÑAS SOCIEDAD
ANÓNIMA
Hacienda
Juan Viñas Sociedad Anónima, cédula jurídica
Nº 3-101-002981, solicita ante la Dirección General de
Tributación, la reposición del libro inventario y balances,
número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el área de servicio al contribuyente de la
Administración Tributaria de San José, dentro del término
de ocho días hábiles a partir de la publicación de este
aviso.—San José, 30 de agosto del 2011.—Dr. Gonzalo Fajardo
Salas, Notario.—(IN2011067849).
COMERCIALIZADORA JUAN VIÑAS SOCIEDAD
ANÓNIMA
Comercializadora
Juan Viñas Sociedad Anónima, cédula jurídica
Nº 3-101-260830, solicita ante la Dirección General de
Tributación, la reposición del libro Inventario y Balances,
número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el Área de Servicio al Contribuyente de la
Administración Tributaria de San José, dentro del término
de ocho días hábiles a partir de la publicación de este
aviso.—San José, treinta de agosto del dos mil once.—Dr.
Gonzalo Fajardo Salas, Notario.—(IN2011067851).
FLORIDA ICE & FARM CO. S. A.
La
señora Hilda Mora Salas, cédula Nº 2-0128-0163, ha
solicitado la reposición del certificado de acciones Nº R 1932 por
la cantidad de 5.000 acciones del 18 de julio del 2000 de Florida Ice &
Farm Co. S. A., a su nombre, por haberse extraviado. Se publica este aviso para
efectos del artículo 689 del Código de
Comercio.—Ramón de Mendiola Sánchez, Director
General.—RP2011255167.—(IN2011067941).
CENTRO VACACIONAL BANCOSTA S. A.
Centro
Vacacional Bancosta S. A., hace constar que revisado el libro de accionistas,
aparece como socio, Andrik Montero Badilla, cédula 1-852-066 con la
acción 141, la que se reporta como extraviada, por lo que solicita su
reposición.—San José, 2 de setiembre del
2011.—Raúl Trejos
Sánchez.—RP2011255248.—(IN2011067942).
PACIFIC
JOURNEYS SOCIEDAD ANÓNIMA
Pacific Journeys Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-482134, solicita ante la Dirección
General de Tributación, la reposición de los libros número
uno de Asamblea General, Registro de Socios, Actas de Consejo de
Administración, Diario, Mayor e Inventarios y Balances. Quien se
considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de
Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración
Tributaria de la Zona Sur, dentro del término de ocho días
hábiles a partir de la última publicación de este
aviso.—Lic. Miguel Salazar Gamboa, Notario.—RP2011255145.—(IN2011067946).
EL
PRÍNCIPE NEGRO S. A.
El Príncipe Negro S. A., cédula jurídica 3-101-077765, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del Libro de Actas de Asambleas de Socios número uno. Quien se considere a afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de Cartago, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Sabino Guzmán Guzmán.—RP2011255197.—(IN2011067947).
MELÉNDEZ ASESORES CORPORATIVOS
SOCIEDAD ANÓNIMA
Meléndez Asesores Corporativos Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos nueve mil seiscientos cincuenta y tres, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros, todos número dos: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Consejo de Administración, Actas de Asamblea, Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José este, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Eugenia Jara Morúa, Notaria.—RP2011255203.—(IN2011067948).
SERVICIO AGRÍCOLA COMERCIALIZADORA
DEL
SUR SOCIEDAD ANÓNIMA
Servicio Agrícola Comercializadora del Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-doscientos cinco mil seiscientos setenta y siete, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro primero de Actas de Asambleas de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de la Zona Sur-Pérez Zeledón, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Hilario Andrey Agüero Santos, Notario.—RP2011255244.—(IN2011067949).
AGENCIA DE SEGURIDAD PRIVADA
SEQUEIRA Y VALDEZ S. A.
Agencia de Seguridad Privada Sequeira y
Valdez S. A., cédula jurídica 3-101-235661, solicita a la
Administración Regional Tributaria de Heredia, la reposición de
los libros tomos primeros: Registro de Accionistas, Junta Directiva, Asambleas
Generales, Diario, Mayor, Balances e Inventarios. Quien se considere afectado
puede manifestar su oposición, ante el Área de Información
y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de
Heredia, en el término de ocho días hábiles a partir de
este aviso.—Gustavo Ramón Valdez Sequeira.—(IN2011068153).
T J CONSULTORES SOCIEDAD ANÓNIMA
T J Consultores Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número
3-101-244876, solicita ante la Dirección General de Tributación,
la reposición de los siguientes libros: 1 Diario, 1 Mayor, 1 Inventarios
y Balances, 1 Actas de Consejo de Administración, 1 Actas de Asamblea de
Socios y 1 Registro de Accionistas. Quien se considere afectado, puede
manifestar su oposición, ante el Área de Información y
Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San
José Oeste, dentro del término de 8 días hábiles a
partir de la publicación de este aviso.—Lic. Fabio Brenes Arias,
Abogado.—RP2011256394.—(IN2011070087).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
MONTOYA MARÍN
HERMANOS SOCIEDAD ANÓNIMA
Montoya Marín Hermanos Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-214103, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas Consejo de Administración, Registro de Socios y Asamblea de Socios todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Servicio al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—4 de agosto del 2011.—Lic. Luis Carlos Acuña Jara, Notario.—RP2011255269.—(IN2011067950).
DISTRIBUIDORA LOS ÁNGELES DE MORA
SOCIEDAD ANÓNIMA
Distribuidora Los Ángeles de Mora Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-048125, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros: el tercer libro de Actas de Junta Directiva, el tercer libro de actas de Asamblea General, y el tercer libro de Actas de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia del Contribuyente de la Administración Tributaria de San José dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Mauricio J. Garro Guillén, Notario.—RP2011255290.—(IN2011067951).
COMPAÑÍA DE
TRANSPORTES TRES A SOCIEDAD ANÓNIMA
Compañía de Transportes Tres A Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-100439, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: (Actas de Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios y Registro de Socios. Todos número 1). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Servicio al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles partir de la publicación de este aviso.—Lic. María del Milagro Ugalde Víquez, Notaria.—RP2011255333.—(IN2011067952).
UNIVERSIDAD LATINOAMERICANA DE CIENCIA
Y TECNOLOGÍA
Por este medio me permito solicitarles, se realicen las tres publicaciones que indica la ley, con respecto al extravío del título en el grado y carrera de Licenciatura en Contaduría Pública, obtenido por Leydi Zúñiga Bolaños, cédula de identidad número seis cero doscientos treinta y nueve cero doscientos setenta y nueve, inscrito en el tomo: 6 folio: 205 asiento: 4736, con fecha 9 de noviembre de 2000. Se expide la presente a solicitud de la interesada y para efectos de solicitud de reposición, a los treinta días del mes de agosto de dos mil once.—María Isabel Madrigal Campos, Dirección de Registro.—(IN2011068061).
UNIVERSIDAD LATINOAMERICANA DE CIENCIA
Y TECNOLOGÍA
Por este medio me permito solicitarles, se realicen las tres publicaciones que indica la ley, con respecto al extravío del título en el grado y carrera de Bachillerato en Contaduría, obtenido por Leydi Zúñiga Bolaños, cédula de identidad número seis cero doscientos treinta y nueve cero doscientos setenta y nueve, inscrito en el tomo: 6 folio: 83 asiento: 1965, con fecha 3 de noviembre de 1998. Se expide la presente a solicitud de la interesada y para efectos de solicitud de reposición, a los treinta días del mes de agosto de dos mil once.—María Isabel Madrigal Campos, Dirección de Registro.—(IN2011068063).
EQUIPOS ACUARIUM SOCIEDAD ANÓNIMA
Equipos Acuarium Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero tres nueve tres seis seis, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Acta de Asamblea de Socios (AAS), número de libro uno y Registro de Socios (RS), número de libro uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José Este, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Esther Moya Jiménez, Notaria.—(IN2011068142).
PROMOTORA LOS PRIMOS S. A.
Promotora Los Primos S. A., con
cédula jurídica 3-101-394434, solicita ante la Dirección
General de Tributación la reposición de los siguiente libros;
Actas de Asambleas y Registro de Socios todos número uno. Quien se
considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de
Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración
Tributaría de San José, dentro del término de ocho
días hábiles a partir de la publicación de este
aviso.—San José, 26 de agosto del 2011.—Lic. Loana
Leitón Porras, Notaria.—(IN2011068199).
Álvaro Olivier Badilla
Badilla, cédula Nº 2-0253-0102, solicita ante la Dirección
General de Tributación, la reposición de los siguientes libros:
Diario Nº 1, Mayor Nº 1 e Inventarios y Balances Nº 1. Quien se
considere afectado puede manifestar su oposición ante la Subgerencia de
Servicio al Contribuyente de la Administración Tributaria de Guanacaste,
dentro del término de ocho días hábiles a partir de la
publicación de este aviso.—Álvaro Olivier Badilla Badilla.—(IN2011068272).
AGROPECUARIA ALVARADO CHAVES S. A.
Agropecuaria Alvarado Chaves S.
A., cédula jurídica 3-101-90319, solicita ante la
Dirección General de la Tributación Directa, por motivos de
extravío, la reposición de los siguientes libros: Registro de
Accionistas Tomo uno; y Actas Junta Directiva Tomo uno. Quien se considere
afectado dirigir las oposiciones a la Administración Tributaria de
Puntarenas en el término de 8 días hábiles contados a
partir de la publicación de este aviso.—Quepos, 23 de agosto del
2011.—Lic. Joaquín Sancho Mora, Notario.— (IN2011068522).
Alex Sánchez Soto
cédula 2-447-064 solicita ante la Dirección General de
Tributación la reposición de los libros Balance General, Diarios
de Mayor, Registro de Compras, Registro de Inventarios todos número 1,
quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la
Subgerencia de Servicios al Contribuyente de la Administración
Tributaria de Cuidad Quesada dentro del término de ocho días
hábiles a partir de la publicación de este aviso en el Diario
Oficial La Gaceta.—Alex Sánchez Soto.—(IN2011068576).
DESSERTT PHILLIPP ENTERPRISES SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo, Barry David Prewett, de un
solo apellido en razón de mi nacionalidad británica, mayor,
soltero, ejecutivo, vecino de Cartago, Tres Ríos, Residencial Estancia
Antigua, casa número L diez, portador de la cédula de residencia
número uno ocho dos seis cero cero cero uno uno cuatro tres tres,
secretario de Dessertt Phillipp Enterprises Sociedad Anónima, con
cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos cuarenta mil trescientos cuarenta y seis, hago constar que se
ha solicitado la reposición por extravío, de los certificados de
acciones número I y II de la sociedad. Por el término de Ley las
oposiciones podrán dirigirse a Dessertt Phillipp Enterprises Sociedad
Anónima al Bufete Facio y Cañas en San José, Barrio
Tournon, contiguo a Sistemas Analíticos. Transcurrido el mismo se
procederá a la reposición solicitada.—San José, 11
de agosto del 2011.—Barry David Prewett, Secretario.—RP2011255709.—(IN2011068803).
CONDOMINIO HORIZONTAL RESIDENCIAL
ANDALUCÍA
I ETAPA
Condominio Horizontal
Residencial Andalucía I Etapa, cédula jurídica
número 3-109-303258, solicita ante el Registro Nacional,
República de Costa Rica, Dirección de Bienes Inmuebles,
Departamento de Propiedad Horizontal, la reposición del libro legal de
actas de asamblea de propietarios. Quien se considere afectado puede manifestar
su oposición ante la oficina antes indicada dentro del término de
ocho días hábiles a partir de la publicación de este
aviso.—Lic. Ana Isabel Salas Vargas,
Notaria.—RP2011255559.—(IN2011068804).
INVERSIONES CALIANA SOCIEDAD ANÓNIMA
Inversiones Caliana Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-treinta y seis
mil setecientos cinco, solicita ante la Dirección General de
Tributación Directa, la reposición del siguiente libro: libro de
Actas de Asambleas de Socios número uno. Quien se considere afectado
puede manifestar su oposición ante el Área de Información
y Asistenta al Contribuyente de la Administración Tributaria Zona Sur,
dentro del término de ocho días hábiles a partir de la
publicación de este aviso.—Lic. Olman Martínez Picado,
Notario.—RP2011255562.—(IN2011068805).
INVERSIONES ROCASO FORESTALES SOCIEDAD
DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA
La sociedad mercantil denominada
Inversiones Rocaso Forestales Sociedad de Responsabilidad Limitada,
cédula jurídica número 3-102-162128, solicita ante la
Dirección General de Tributación, la reposición del libro
número uno de actas de Registro de Socios por extravío. Quien se
considere afectado, puede manifestar su oposición ante la
Administración Tributaria de Cartago en el término de ocho
días hábiles a partir de la publicación de este
aviso.—Lic. Luis Alfredo Otárola López,
Notario.—RP2011255597.—(IN2011068807).
INVERSIONES HERMANOS HONG LIMITADA
Inversiones Hermanos Hong
Limitada, cédula de persona jurídica número 3-102-025092,
solicita ante la Dirección General de Tributación, la
reposición de los siguientes libros: a) Actas número uno, b)
Diario número dos, c) Mayor número uno, d) Inventarios y Balances
número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el Área de Información y Asistencia al
Contribuyente de la Administración Tributaria de Limón, dentro
del término de ocho días hábiles a partir de la
publicación de este aviso.—Lic. José Adolfo Borge Lobo,
Notario.—(IN2011068952).
HONG KONG LIMITADA
Hong Kong Limitada, cédula de persona jurídica número 3-102-016526, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: a) Actas número uno, b) Diario número dos, c) Mayor número uno, d) Inventarios y Balances número tres. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Limón, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. José Adolfo Borge Lobo, Notario.—(IN2011068953).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
CONSULTORES TÉCNICOS SOCIALES
CONSULTEC
CTCS SOCIEDAD ANÓNIMA
Consultores Técnicos
Sociales Consultec CTCS Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-340374, solicita ante la Dirección General de Tributación,
la reposición del siguiente libro: Acta de Asambleas número uno.
Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la
Plataforma de Servicios de la Administración Tributaria de San
José Oeste, dentro del término de ocho días hábiles
a partir de la publicación de este aviso.—San José, 29 de
agosto del 2011.—Msc Andrea M. Quesada Méndez, Notaria.—(IN2011068497).
CONSTRUCTORA DIGITAL SOCIEDAD ANÓNIMA
Constructora Digital Sociedad
Anónima, cédula jurídica número 3-101-269322,
solicita ante la Dirección General de Tributación, la
reposición de los siguientes libros: Acta de Asambleas número
uno, Inventarios y Balances número uno, Mayor número uno, y
Diario número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante la Plataforma de Servicios de la Administración
Tributaria de San José Oeste, dentro del término de ocho
días hábiles a partir de la publicación de este
aviso.—San José, 29 de agosto del 2011.—MSc. Andrea M.
Quesada Méndez, Notaria.—(IN2011068498).
MAYOREO DE OSA SOCIEDAD ANÓNIMA
Mayoreo de Osa Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-228783, solicita ante la
Dirección General de Tributación, la reposición de los
siguientes libros: Diario uno, Inventario y Balances uno y Mayor uno. Quien se
considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de
Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración
Tributaria de la Zona Sur, dentro del término de ocho días
hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic.
Mauricio Benavides Chavarría,
Notario.—RP2011255568.—(IN2011068806).
DIEZ MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE
SOCIEDAD
ANÓNIMA
Diez Mil Doscientos Cincuenta y
Siete Sociedad Anónima, cédula jurídica: 3-101-063898,
solicita a Tributación Directa la reposición de los libros
número uno de: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas del Consejo
de Administración, Actas de Asambleas y Registro de Socios. Quien se
considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de
Información y Asistencia al contribuyente de la administración
Tributaria de San José, dentro del término de ocho días
hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic.
Vilma Solano Pérez, Notaria.—RP2011255663.—(IN2011068808).
JAICASAL SOCIEDAD ANÓNIMA
Jaicasal Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-veinticinco setenta y siete, solicita ante la Dirección
General de Tributación, la reposición de libros siguientes: Acta
de Registro de Socios (1), Diario (1), Mayor (1) e Inventario y Balances (1).
Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el
Área de información y Asistencia Tributaria de Guanacaste, en el
término de ocho días hábiles contados a partir de la
última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic.
Edry Herminio Mendoza Hidalgo,
Notario.—RP2011255666.—(IN2011068809).
ALFARO Y POVEDA SOCIEDAD ANÓNIMA
Alfaro y Poveda Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-cero sesenta seis noventa y cinco, solicita ante la Dirección
General de Tributación, la reposición de los siguientes libros:
Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Libro de Actas de la Junta Directiva,
Libro de Actas de Asamblea General y Libro de Actas de Registro de Accionistas.
Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el
Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la
Administración Tributaria de San José, dentro del término
de ocho días hábiles a partir de la publicación de este
aviso.—Lic. Esteban Calo Rodríguez,
Notario.—RP2011255672.—(IN2011068810).
TELEAUTO SOCIEDAD ANÓNIMA
Teleauto Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-122172, solicita ante la
Dirección General de Tributación, la reposición de los
siguientes tres libros Mayor número uno, Diario número uno e
Inventarios y Balances número uno. Quien se considere afectado puede
manifestar su oposición ante el área de información y
Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria del este de
San José, dentro del término de ocho días hábiles a
partir de la publicación de este aviso.—Lic. Cristina Montero
González, Notaria.—RP2011255708.—(IN2011068811).
Por asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios, protocolizada por esta notaría a las 11:45 horas del 17 de agosto del 2011, se elimina la cláusula décima de los estatutos de la empresa Pazalma Cero Seis S. A.—San José, 26 de agosto del 2011.—Lic. Elizabeth Núñez Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2011255626.—(IN2011068861).
Por asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios, protocolizada por esta notaría a las 12:15 horas del 17 de agosto del 2011, se elimina la cláusula décima de los estatutos de la empresa Aguilar Esquivel S. A.—San José, 26 de agosto del 2011.—Lic. Elizabeth Núñez Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2011255627.—(IN2011068862).
Por escritura otorgada a las 12:00 horas del día 31 de agosto del 2011. Se constituyó la sociedad denominada con el nombre: Culantros Loaiza de Cachi Sociedad Anónima. Presidente: José Rafael Meza Moya, secretario: Marvin Asdrúbal Cordero Cerdas, tesorera: Jeannette Picado Alvarado. Plazo: 99 años. Capital: ¢15.000,00. Domicilio: en Paraíso de Cartago, quinientos metros norte del mercado municipal. Objeto: el ejercicio amplio del comercio, la industria, la ganadería, la agricultura y bienes raíces.—Paraíso, 31 de agosto del 2011.—Lic. Harold Chaves Ramos, Notario.—1 vez.—RP2011255629.—(IN2011068863).
Protocolización de acta, Mecánica Arabre HLX S. A., reforma cláusula del pacto constitutivo, escritura protocolizada ante notario Rodrigo Francisco Alcázar Hernández, a las ocho horas del treinta de agosto del dos mil once en San José.—Lic. Rodrigo Alcázar Hernández, Notario.—1 vez.—RP2011255632.—(IN2011068864).
UGALDE HERMANOS Y
COMPAÑÍA LIMITADA
Ugalde
Hermanos y Compañía Limitada, cédula 3-102-013198 solicita
a la Dirección General de Tributación Directa, la
reposición de los libros Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de
Asambleas, y Registro de Socios todos número uno. Quien se considere
afectado puede manifestar su oposición ante la plataforma de Servicio de
Administración Tributaria San José Oeste, dentro del
término de ocho días hábiles a partir de esta
publicación.—San José, 2 de setiembre de
2011.—Rolando Ugalde Murillo.—(IN2011068970).
José Manrique Salazar Rodríguez, cédula
2-432-632 solicita ante la Dirección General de Tributación la
reposición de los siguientes libros: Registro de Compras Régimen
Simplificado Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante la subgerencia de servicio al Contribuyente de la
Administración Tributaria de Puntarenas dentro del término de
ocho días hábiles a partir de la publicación de este
aviso.—José Manrique Salazar
Rodríguez.—RP2011255931.—(IN2011069266).
P A C O SOCIEDAD ANÓNIMA
P
A C O Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-cero cero ocho mil ciento veintiuno, solicita ante la Dirección de
Tributación la reposición de los siguientes libros: Actas de
Asamblea General número uno y Actas de Junta Directiva número
Uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el
Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la
Administración Tributaria de Heredia dentro del término de ocho
días hábiles, a partir de la publicación de este
aviso.—Lic. Olga Cecilia Quesada Alvarado, Notaria.—RP2011255978.—(IN2011069267).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA
Que mediante sentencia número 1308-2011 de las once horas quince minutos del veinticuatro de agosto del año dos mil once, el Tribunal Contencioso Administrativo del Segundo Circuito Judicial de San José, ordenó, suspender la ejecución de la sanción disciplinaria impuesta al Lic. Olman Alvarado Cervantes, colegiado 4436, adoptada en sesión ordinaria 38-2009, acuerdo 2009-38-016; sanción que es de suspensión en el ejercicio de la profesión de abogado por el plazo de tres años y que fue publicada en el Diario Oficial La Gaceta número doscientos cuarenta y dos, del catorce de diciembre del dos mil diez. Por lo anterior, Se suspende la sanción dicha a partir del veinticuatro de agosto del dos mil once. (Expediente judicial número 11-000091-1027-CA. Expediente administrativo 125-08). Publíquese en lo conducente. Por lo anterior, la suspensión restante, publicada en La Gaceta Nº 26 del 7 de febrero del 2011, impuesta al Lic. Olman Alvarado Cervantes, colegiado 4436, de dos meses de suspensión en el ejercicio de su profesión de abogado, sesiones 22-2010 y 32-2010, acuerdos 2010-22-025 y 2010-32-038 tendrá vigencia a partir de esta publicación (expediente 532-09). Asimismo, la multa de ¢36.991 con 50/100, dictada por el Juzgado de Pensiones Alimentarias de Desamparados, se mantiene vigente desde su publicación en La Gaceta Nº 91 del 12 de mayo del 2011, mientras el Lic. Alvarado no cancele el monto antes indicado y por un máximo de doce años, (expediente 613-09).—Lic. Rosette María Morgan Asch, Fiscal.—1 vez.—(IN2011068504).
Que la Junta Directiva del Colegio de
Abogados de Costa Rica, constituida en Consejo de Disciplina, sesión
12-2011, acuerdo 2011-12-072, le impuso al Licenciado Christian Nole Quesada,
colegiado 16102, la sanción disciplinaria de tres meses de
suspensión en el ejercicio de su profesión de abogado. Rige a
partir del seis de noviembre del año dos mil once hasta el cinco de
febrero del año dos mil doce, por estar cumpliendo una sanción
anterior. (Expediente administrativo 175-10).—Lic. Rosette María
Morgan Asch, Fiscal.—1 vez.—O. C. Nº 8159.—Solicitud
Nº 40551.—C-4520.—(IN2011068612).
Que la Junta Directiva del Colegio de
Abogados de Costa Rica, constituida en Consejo de Disciplina, sesiones 20-2008
y 31-2008, acuerdos 2009-20-018 y 2008-31-006, le impuso al Licenciado
Francisco Arturo Ugalde García, colegiado 10452. La sanción
disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de su
profesión de abogado. Rige a partir de esta publicación.
(Expediente administrativo 304-07).—Lic. Rosette María Morgan
Asch, Fiscal.—1 vez.—O. C. Nº 8159.—Solicitud Nº
40551.—C-4520.—(IN2011068613).
Que la Junta Directiva del Colegio de
Abogados de Costa Rica, constituida en Consejo de Disciplina, sesión
12-2011, acuerdo 2011-12-025, le impuso al Licenciado Gerardo Mora Protti,
colegiado 10764, la sanción disciplinaria de un mes de suspensión
en el ejercicio de su profesión de abogado. Rige a partir de esta
publicación. (Expediente administrativo 365-08).—Lic. Rosette
María Morgan Asch, Fiscal.—1 vez.—O. C. Nº
8159.—Solicitud Nº 40551.—C-4520.—(IN2011068614).
Que la Junta Directiva del Colegio de
Abogados de Costa Rica, constituida en Consejo de Disciplina, en sesiones
36-2010 y 12-2011, acuerdos 2010-36-008 y 2011-12-015. Le impuso al Licenciado
Geovanny Jiménez Chacón, colegiado 11657. La sanción
disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de su
profesión de abogado. Rige a partir de esta publicación. (Expediente
Administrativo 433-09).—Lic. Rosette Morgan Asch Fiscal.—1
vez.—O. C. Nº 8159.—Solicitud Nº
40551.—C-4520.—(IN2011068615).
Que la Junta Directiva del Colegio de
Abogados de Costa Rica, constituida en Consejo de Disciplina, sesiones 32-2010
y 12-2011. Acuerdos 2010-32-045 y 2011-12-027, le impuso al Licenciado
Martín Ulate Pérez, colegiado 13975, la sanción
disciplinaria de tres meses de suspensión en el ejercicio de su
profesión de abogado. Rige a partir de esta publicación.
(Expediente administrativo 415-08).—Lic. Rosette María Morgan Asch,
Fiscal.—1 vez.—O. C. Nº 8159.—Solicitud Nº
40551.—C-4520.—(IN2011068616).
COLEGIO DE INGENIEROS QUÍMICOS
Y
PROFESIONALES AFINES
INGENIEROS QUÍMICOS/ INGENIEROS EN
METALURGIA/
INGENIEROS EN MATERIALES Y CIENCIA DE LOS
MATERIALES/ TECNÓLOGOS DE ALIMENTOS/
INGENIEROS EN MADERAS
COMUNICADO
La Junta Directiva del Colegio
de Ingenieros Químicos y Profesionales Afines comunica lo siguiente:
Según acuerdo de sesión ordinaria Nº 07-2011, los
profesionales abajo listados, han recuperado sus derechos de Colegiatura y por
lo tanto agradece a las autoridades y a la ciudadanía costarricense el
apoyo a los colegiados en el ejercicio de su profesión.
Apellido 1 |