MINISTERIO
DE AMBIENTE, ENERGÍA
AMBIENTE,
ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL
SUPREMO DE ELECCIONES
CONTRALORÍA
GENERAL DE LA REPÚBLICA
MODIFICACIONES
A LOS PROGRAMAS
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
AMBIENTE,
ENERGÍA Y TELECOMINICACIONES
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
CONSEJO
NACIONAL DE PRODUCCIÓN
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
AMBIENTE,
ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
NACIONAL DE APRENDIZAJE
PATRONATO
NACIONAL DE LA INFANCIA
JUNTA DE
ADMINISTRACIÓN PORTUARIA Y DE DESARROLLO
ECONÓMICO
DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
BANCO
POPULAR Y DESARROLLO POPULAR
INSTITUTO
TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
PATRONATO
NACIONAL DE LA INFANCIA
AUTORIDAD
REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
COMISIÓN NACIONAL
DE PRÉSTAMOS PARA EDUCACIÓN
AUTORIDAD
REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
R-E-530-2011-MINAET.—San José a las
siete horas con cinco minutos del veintinueve de agosto del dos mil once. Se
conoce recomendación de readecuación del plazo de vigencia de la concesión de
explotación en cauce de Dominio Público del Río Reventado, por un plazo de
cinco arios a la sociedad F. Mena P. S. A., Expediente minero número 66-94.
Resultando:
1º—Mediante resolución R-190-96-MINAE
de Las trece horas veinte minutos del cuatro de julio de mil novecientos noventa
y seis, el Poder Ejecutivo otorgó concesión minera para la extracción de
materiales en cauce de dominio público, en el Río Reventado, por un plazo de 5
años a la sociedad F. Mena P. S. A.
2º—Con fecha 7 de mayo del año 2001, el señor
Dagoberto Mena Loaiza en su condición de representante de la sociedad
concesionaria, presentó solicitud de prórroga de la concesión y al mismo tiempo
manifiesta su deseo de ser cubierto por el nuevo Reglamento al Código de
Minería N° 29300, según el Transitorio 11 de dicho reglamento.
3º—En resolución N° 709 de las once horas treinta minutos del
diez de setiembre del dos mil uno,
4º—Con fecha 3 de febrero del 2011, el señor Dagoberto Mena
Loaiza en su condición de representante de la sociedad concesionaria, solicitó
el reajuste al plazo de vigencia de la concesión por diez años más.
5º—Mediante memorando DGM-CM-CRC1-038-2011, de fecha 8 de abril
del 2011, la geóloga Ana Sofía Huapaya, Coordinadora Minera, una vez analizada
la solicitud de reajuste de plazo, le requirió una serie de información técnica
a la concesionaria. Dicha información fue presentada el día 30 de mayo del
2011, la cual fue aprobada en memorando DGM-CM-CRC1-067-2011 en el cual además
de indicar las recomendaciones de otorgamiento, señaló lo siguiente:
“Revisado el documento, el mismo cumple
con todo lo requerido en el memorándum DGM-CM-CRC1-038-2011 del 08 de abril del
2011. La información se presenta clara y actualizada. Así mismo se acepta el
informe sobre el Movimiento de Deslizamiento de Banderillas periodo 1
lseptiembre del 2010 al 7 de abril del 2011.
La comprobación de campo se realizó el pasado
13 de junio del año en curso, en el lugar estuvieron presentes el señor
concesionario José Dagoberto Mena y la geóloga regente María Julliet Betancur.
Por tratarse de una concesión aún con
vigencia, el día de la visita se realizaban labores de rutina tanto de
extracción como de beneficiamiento, acopio y mitigación de impactos que
originan las actividades mineras.
En el cauce se observó aterramiento por el
material del deslizamiento de Banderillas que según los estudios y monitoreo
que realiza esta concesión así como la concesión colindante (N° 1646), se
encuentra en continúo movimiento. Por esta razón se realizaban labores de
limpieza y aprovechamiento del material.
A acepción de la sección en donde se
encontraba el aterro, el río se comportaba con la dinámica usual a las observadas
en visitas anteriores de control realizadas pro funcionarios de esta Dirección.
Como se ha manifestado en otras oportunidades
esta concesión posee un área de beneficiamiento y de acopio muy pequeña; sin
embargo estas se encuentran ordenadas y delimitadas para mantener libres los
accesos utilizados por la maquinaría y vehículos, así mismo para evitar algún
accidente laboral.
En el lugar se presentaron mapas de avance,
registros de producción y bitácoras de las actividades que ahí se realizan.
Por las razones arriba mencionadas es de
criterio aprobar la solicitud de reajuste de plazo de vigencia.
RECOMENDACIONES DE OTORGAMIENTO
1. El
área de explotación es el aprobado según resolución R190-96 MINAE del 4 de
julio de 1996. Ubicación que coincide con el área solicitada para este reajuste
de plazo de vigencia.
2. De acuerdo a los cálculos presentados el área de concesión contiene
reservas para 10 años; no obstante este plazo será otorgado según a lo que
corresponda por ley.
3. Ya que se trata de una concesión en un depósito dinámico tanto del
cauce como del deslizamiento que conforma la lateral izquierda del río, es de
criterio que la tasa de extracción se recomiende para dos escenarios:
a) De
acuerdo a cálculo de reservas dinámicas y estáticas y si el deslizamiento se
encuentre totalmente estable sin movimiento, la tasa se limitará a una
extracción de
b) Para el escenario actual, es decir un deslizamiento activo, tal
como se demostró en la información técnica presentado y la comprobación de
campo, se recomienda una tasa de extracción máxima de
4. El
material que se autoriza para su extracción es exclusivamente del cauce del río
Reventado y del deslizamiento de Banderillas.
5. Los accesos a utilizarse serán los que se presentan en el mapa que
consta en el “Programa de Explotación”.
6. Deberá de respetarse la metodología propuesta en el Programa de
Explotación. La explotación está dirigida a la estabilización del área y a la
limpieza del cauce en donde se deposita el material del deslizamiento.
7. Todo cambio de metodología en cualquiera de los procesos de la
explotación deberá ser aprobado previamente por esta Dirección.
8. Se tendrá que actualizar las secciones transversales y longitudinales
del área de concesión, como mínimo cada año. En casos excepcionales
9. Presentar anualmente el análisis comparativo de los cambios
topográficos del deslizamiento de Banderillas en el sitio de la concesión,
incluyendo todos los levantamientos realizados. Reflejar los cambios en una
perspectiva transversal y longitudinal a escala. Incluir memoria de cálculo.
10. La maquinaría autorizada es la misma que se propone en el Programa
de Explotación, cualquier cambio en esta, deberá de ser comunicado. Estás
deberán de operar en perfectas condiciones, libres de fugas y emisiones de
contaminantes (grasas, aceites, humo u otros).
11. En los frentes de explotación, puede operar y permanecer
únicamente el equipo y maquinaría del proyecto.
12. No se deberá de mantener apilamientos de material dentro del cauce
del río, ni desviaciones significativas del flujo de agua que impacten
significativamente a las márgenes y a la infraestructura vial de la zona.
13. Mantener la concesión amojonada o con puntos de referencias.
14. Mantener la bitácora de actividades geológicas mineras en el
proyecto.
15. Mantener al día y en el sitio, los registros de producción, venta
y almacenamiento del material.
16. Mantener en el lugar de las actividades el plano de avances de
labores.
17. Implementar los compromisos ambientales establecidos.
18. Implementar los programas de salud ocupacional, requeridos por el
Ministerio de Salud. Señalar y rotular las áreas de trabajo.
19. Cumplimiento de la presentación de informes de labores anuales,
con la información requerida por el Código de Minería.
20. Cumplir con los pagos de los impuestos municipales y de otras
instituciones que establezca el Código de Minería.
Considerando:
1º—El Transitorio II del Reglamento al
Código de Minería señala:
“Transitorio II.—Para los
permisos y concesiones ya otorgados
Por su parte, el artículo 21 del Reglamento
al Código de Minería dispone:
“Artículo 21.—Concesión de
explotación. La concesión se otorgará por el término de hasta veinticinco
(25) años. Sin embargo, de ser procedente y a expresa solicitud del titular,
2º—En razón de lo anterior, analizado
el presente caso, se determinó que a la fecha la sociedad concesionaria F. Mena
P. S. A., ha disfrutado un total de 15 años de plazo de vigencia de la
concesión, por lo que tomando en cuenta que tiene derecho a 25 años y que
técnicamente es viable según lo indicado por la geóloga Ana Sofía Huapaya,
funcionaria de
3º—El concesionario deberá cumplir, además de los requerimientos
contemplados en el Código de Minería y su Reglamento, con las recomendaciones
dadas por la geóloga Ana Sofía Huapaya en memorando DGM-CM-CRC1-067-2011.
Asimismo, dependiendo de las reservas existentes y previo cumplimiento de las
condiciones técnicas y legales, dispuestas en el Código de Minería y su
Reglamento, podrá solicitar una prórroga de 10 años más.
4º—En razón de lo anterior, lo procedente es reajustar el plazo
de vigencia de la concesión de explotación por un periodo de 10 años más y bajo
las condiciones señaladas en el memorando DGM-CM-CRC1-067-
Y EL MINISTRO DE
AMBIENTE, ENERGÍA
Y
TELECOMUNICACIONES, RESUELVEN:
1º—Con fundamento en el artículo 21 del
Reglamento al Código de Minería, otorgar a favor de la sociedad F. Mena P. S.
A., cédula de personería jurídica número 3-101-070876, la readecuación del
plazo de vigencia de la concesión de explotación, en el cauce de Dominio
Público del Río Reventado, que corre en el expediente minero número 66-94, por
un periodo de 10 años, contados a partir de la notificación de la presente
resolución, según recomendación de
2º—La sociedad concesionaria deberá acatar las recomendaciones
dadas por la geóloga de
3º—El concesionario deberá cumplir con todas las obligaciones
que le impone el Código de Minería y su Reglamento, Decreto Ejecutivo
29300-MINAE, además de las recomendaciones que le dicte
4º—Contra la presente resolución pueden interponerse los
recursos ordinarios que se establecen en los artículos 342 y siguientes de
Notifíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro del Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, Dr. René Castro Salazar.—1 vez.—(IN2011072864).
DIRECCIÓN
GENERAL DE ADUANAS
Resolución RES-DGA-225-2011.—San José,
a las ocho horas de 31 de agosto de dos mil once.
Considerando:
I.—Que el artículo 11 de
II.—Que el artículo 6 de
III.—Que el artículo 9 de
IV.—Que el artículo 4º de
V.—Que el artículo 6º del Reglamento a
“Es competencia de
VI.—Que el artículo 7, del Reglamento a
“f. Coordinar
con los Ministerios, órganos y demás entes relacionados con el proceso aduanero
para armonizar la políticas aduaneras globales”.
“g. Velar por la aplicación de los convenios
internacionales en materia aduanera, así como las leyes, normas y requisitos
exigibles en las operaciones de comercio exterior”.
VII.—Que el artículo 18 bis del
Reglamento a
“e. Mantener
actualizados los sistemas de información y registro de auxiliares, asegurando
su adecuado control.
f. Brindar apoyo técnico a las dependencias del Servicio Nacional de
Aduanas, entidades públicas o privadas y coordinar las acciones
correspondientes en materia de su competencia”.
VIII.—Que según el artículo 21 del
Reglamento a
IX.—Que el artículo 21 bis, literal b., del Reglamento a
“e. Analizar
los decretos que se publiquen, oficios, solicitudes y otros que impliquen la
modificación del Arancel Integrado y realizar las acciones y coordinaciones que
correspondan con las dependencias competentes, para su inclusión.
g. Mantener actualizado el arancel integrado y definir las políticas,
planificar y coordinar el ingreso de la información arancelaria y normas
técnicas.
j. Brindar información sobre el arancel y normas
técnicas.”
X.—Que con
XI.—Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 22593 de fecha 12 de
noviembre de 1993, publicado en
XII.—Que con
XIII.—Que en dicho Tratado se
estableció un volumen de contingente libre de arancel para el frijol,
fracción arancelaria 0713.33.10 para un volumen de 10.000 T.M por año
calendario y para la carne de cerdo congelada de las fracciones arancelarias
0203.21.00, 0203.22.00 y 0203.29.00, con un volumen de 250 T.M por año calendario
XIV.—Que para los efectos de aplicación de contingentes
arancelarios en el ámbito de tratados de libre comercio, ha sido necesario
realizar aperturas nacionales para distinguir estas importaciones y a su vez
poder controlar el volumen de contingente que asigna el Ministerio de Comercio
Exterior para éstos casos y a su vez incluir el documento obligatorio
electrónico que emite el Ministerio de Comercio Exterior, el cual para los
contingentes con China mencionados se identificada con el número 0340 “Volumen
anual de contingente de importación al amparo del Tratado de Libre Comercio con
China, volumen asignado por el Ministerio de Comercio Exterior (COMEX)”. Por
tanto:
EL
SUBDIRECTOR GENERAL DE ADUANAS, RESUELVE:
Con base en las potestades otorgadas en
1- Realizar
las aperturas nacionales conforme se detallan a continuación:
M O V |
Partida |
Descripción |
NT |
DAI |
LEY |
CA |
PAN |
MEX |
CAFTA |
CHINA |
Doc. oblig. |
E |
0713.33.10.10 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
I |
0713.33.10.1 |
- - - A granel |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
I |
0713.33.10.11 |
- - - - Dentro de contingente con China (10.000 TM por año calendario) |
35, 265 |
30 |
1 |
--- |
--- |
-- |
-- |
0 |
0340 |
I |
0713.33.10.19 |
- - - - Los demás |
35, 265 |
30 |
1 |
0 |
0 |
0 |
31 |
0 |
0293 (CAFTA –SAE) |
I |
0203.21.00.50 |
- - - Dentro
de contingente con China (250 tm por año calendario entre los incisos 020321.00.50, 0203.22.0050 y 0203.29.00.50) |
44, 266 |
45 |
1 |
--- |
-- |
-- |
--- |
0 |
0340 |
I |
0203.22.00.50 |
- - - Dentro
de contingente con China (250 tm por año calendario entre los incisos 020321.00.50, 0203.22.0050 y 0203.29.00.50) |
44, 266 |
45 |
1 |
--- |
-- |
-- |
--- |
0 |
0340 |
I |
0203.29.00.50 |
- - - Dentro
de contingente con China (250 tm por año calendario entre los incisos 020321.00.50, 0203.22.0050 y 0203.29.00.50) |
44, 266 |
45 |
1 |
--- |
-- |
-- |
--- |
0 |
0340 |
Donde:
MOV: Movimiento
I: Inclusión
E: Eliminación
N.T.: Nota
Técnica
DAI: Derechos
Arancelarios a
LEY: Ley
de Emergencia Nº 6946
CA: Tratado
de Integración Económica Centroamericana
PAN: Tratado
de Libre Comercio Centroamérica-Panamá
MEX: Tratado
de Libre Comercio entre el Gobierno de
CAN: Tratado
de Libre Comercio Costa Rica - Canadá
CHINA: Tratado
de Libre Comercio entre
CAFTA-RD: Tratado
de Libre Comercio entre Centroamérica- República Dominicana y los Estados
Unidos
2º—La presente disposición rige a
partir de la vigencia del Tratado de Libre Comercio entre
Benito Coghi Morales, Subdirector General de Aduanas.—1 vez.—O.C. Nº 13157.—Solicitud Nº 34671.—C-102770.—(IN2011072921).
RES-DGA-197-2011.—San José, a las once
horas del día veintitrés de agosto de dos mil once.
Considerando:
I.—Que el artículo 6 de
II.—Que el artículo 9 de
III.—Que el artículo 11 de
IV.—Que le corresponde al Departamento de Procesos Aduaneros,
preparar las directrices, normas, formatos y documentos que asociados a los
procesos aduaneros estandaricen los criterios y unifiquen la aplicación de las
normas técnicas vigentes, tendientes a facilitar el comercio.
V.—Que con
VI.—Que en concordancia con lo anterior, los países
centroamericanos han venido trabajando para implementar el proyecto de
“Intercambio Electrónico de FAUCA” lo que ha propiciado ajustar el
mensaje del DUA, con el fin de capturar en el sistema aduanero los datos que contempla
el FAUCA, y así, posibilitar la transmisión electrónica de dicha información
una vez que el DUA de exportación se encuentre confirmado.
VII.—Que con la resolución RES-DGA-155-2008, del 28 de abril del
2008, publicada en el Diario Oficial
VIII.—Que con
IX.—Que una de las disposiciones reguladas en el Tratado de
Libre Comerció con
X.—Que con el fin de: implementar el proyecto de
“Intercambio Electrónico de FAUCA”; así como las disposiciones del
artículo 42 del TLC con China y mejorar el control de las salidas de las
exportaciones definitivas y temporales, fue necesario ajustar el mensaje del
DUA vigente, a efectos incluir los campos para la captura y transmisión al TICA de la información, según corresponda.
Por tanto:
Con fundamento en las consideraciones de hecho
y derecho de cita, potestades y demás atribuciones aduaneras que otorgan los
artículos 6, 9, 11, y 22 de
EL
DIRECTOR GENERAL DE ADUANAS, RESUELVE:
1º—Modificar el mensaje “FORMATO
DE MENSAJE DECLARACIÓN ÚNICA ADUANERA Versión 3.4.6”, en lo relacionado
con ampliar los campos Nombre o Razón Social del consignatario (DNOMDEST) de un
CHART de
2º—Agregar al mensaje “FORMATO DE MENSAJE DECLARACIÓN
ÚNICA ADUANERA Versión 3.4.6” en el bloque “Datos Generales
(IMPHDR01)” el campo B48 denominado “Nombre del Vapor o medio de
transporte” (NOM_VAPOR) y en el bloque “Detalle de
3º—Agregar al mensaje “FORMATO DE MENSAJE DECLARACIÓN
ÚNICA ADUANERA Versión 3.4.6” en el bloque “Detalle de
4º—El mensaje completo con las modificaciones indicadas con el
nombre FORMATO DE MENSAJE DECLARACIÓN ÚNICA ADUANERA Versión 3.4.7, estará
disponible en la siguiente dirección electrónica:
www.hacienda.go.cr/Msib21/Espanol/tica/tc_mensajes.htm
5º—Los cambios relacionados con los
campos B48 y C72 rigen a partir de la publicación en el Diario Oficial
6º—Comuníquese y publíquese en el Diario Oficial
Desiderio Soto Sequeira, Director General de Aduanas.—1 vez.—O.C. Nº 13157.—Solicitud Nº 34670.—C-42770.—(IN2011072923).
SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO
DEPARTAMENTO DE INSUMOS AGRÍCOLAS
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
DIA-R-E-339/2011.—La
señora Margaret O’Cleirigh, cédula o pasaporte: LT0048224, en calidad de:
Representante Legal, de la compañía: Ananas Export Company S. A., cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de: San Rafael de Río Cuarto, Grecia
de Alajuela. Solicita la inscripción del equipo: Marca: Farmco, tipo: Máquina
Aspersora para Piña, modelo: SM 1500-31M, fabricante: Farmco Manufactures Inc.
Estados Unidos. Conforme a lo establece
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
DIA-R-E-342-2011.—El
señor Álvaro Montero Carranza, cédula 6-066-769 en calidad de Representante
Legal de la compañía Biofertelizantes MYM S. A., cuyo domicilio fiscal se
encuentra en la ciudad de San Mateo, Alajuela, solicita inscripción del
bioestimulante de nombre comercial Biotrich, compuesto a base de cepas del
hongo del genero Trichoderma viridae. Conforme a lo que establece
DIRECCIÓN
DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
EDICTO
El señor Minor Arce Astúa con
número de cédula 3-207-566, vecino de Turrialba, en calidad de representante
legal de la compañía Droguería Vetecsa S. A., con domicilio en Turrialba,
solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3:
Vermicel Plus, fabricado por Laboratorio Andoci S. A., México, con los
siguientes principios activos: Cada tableta contiene: Ivermectina 2 mg,
prazicuantel 50 mg, y las siguientes indicaciones terapéuticas: tratamiento y
control de parásitos gastrointestinales, pulmonares y renales. Con base en el
Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de
Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse,
para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días
hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto,
en el Diario Oficial
DIRECCIÓN
DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo I, folio 70, título Nº 502, emitido por el Liceo Dr.
José María Castro Madriz, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de
Arce Delgado Junior. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de
Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad Ciencias y
Letras, inscrito en el tomo 1, folio 91, título N° 1816, emitido por el Colegio
Superior de Señoritas, en el año mil novecientos ochenta y dos, a nombre de
González Araya Nayra. Se solicita la reposición del título indicado por
deterioro del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo I, folio 27, título N° 391, y del Título de Técnico
Medio en Contabilidad, inscrito en el tomo 2, folio 149, asiento N° 3135, ambos
títulos fueron emitidos por el Colegio Vocacional de Artes y Oficios de
Cartago, diurno, en el año mil novecientos noventa y uno, a nombre de Navarro
Camacho Eduardo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 2, folio 2, título N° 2680, emitido por el Colegio
de Palmares, en el año dos mil cinco, a nombre de Céspedes Chavarría Karen
María. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 98, título N° 1350, emitido por el Colegio
Bilingüe de Palmares, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de
Vargas Vásquez Josué. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 37, título N° 105, emitido por el Liceo de
Brasilia, en el año dos mil once, a nombre de Ortiz Oporto Robert Andrés. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 101, título N° 172, emitido por el Liceo de
Purral, en el año dos mil siete, a nombre de Ortiz Téllez Rebeca de los
Ángeles. Se solicita la reposición del título indicado por corrección del
apellido, cuyo nombre y apellido correcto es: Rebeca de los Ángeles Ortiz. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 2, folio 56, título Nº 306, emitido por el Colegio
Técnico Profesional de Osa, en el año dos mil dos, a nombre de García Jiménez
Karen Rocío. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 19, título Nº 113, emitido por el Liceo
Pacífico Sur, en el año mil novecientos noventa y cuatro, a nombre de Garita
González Freddy. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 20, título N° 70, emitido por el Liceo
Experimental Bilingüe Los Ángeles, en el año dos mil siete, a nombre de Ulate
Espinoza Daniela. Se solicita la reposición del título por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 126, título Nº 821, emitido por el Centro
Educativo El Roble-Heredia, en el año dos mil seis, a nombre de Salas Cortés
Yojanny. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 286, título Nº 1822, emitido por el Liceo
Laboratorio Emma Gamboa, en el año dos mil nueve, a nombre de Montero Rodríguez
Juan Diego. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 154, título Nº 1666, emitido por el Liceo
Mauro Fernández Acuña, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de
Álvarez Fallas Rebeca Adriana. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 47, título N° 405, extendido en el año mil
novecientos noventa y seis y del Título de Técnico Medio en Contabilidad,
inscrito en el tomo segundo, folio 4, título N° 47, extendido en el año mil
novecientos noventa y cinco, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio
Técnico Profesional de Puntarenas, a nombre de Sancho Solano Óscar. Se solicita
la reposición de los títulos por pérdida de los títulos originales. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 51, título N° 866, emitido por el Instituto
de Alajuela, en el año mil novecientos noventa y cinco, a nombre de Alfaro
Badilla Evelyn. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo I, folio 84, título N° 298, emitido por el Colegio
Monserrat, en el año dos mil nueve, a nombre de Salas Loría Luis Gabriel Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de
Educación Diversificada, “Rama Académica” modalidad en Ciencias,
inscrito en el tomo 1, folio 21, título N° 210, emitido por el Colegio Nocturno
Braulio Carrillo Colina, en el año mil novecientos ochenta y tres, a nombre de
Bacca Moncada Ana Cristina. Se solicita la reposición del título indicado por
deterioro del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 5, título N° 033, emitido por el Colegio
Científicos del Atlántico, en el año dos mil cuatro, a nombre de Gómez
Gutiérrez Bayron Josué. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
DEPARTAMENTO
DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
De conformidad con la autorización
extendida por
De conformidad con la
autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social,
este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir
a su Estatuto Social la organización social denominada: Cooperativa de Productores
de Leche Tecnificados R. L., siglas COOPROTEC R. L., acordada en asamblea
celebrada el 24 de noviembre del 2010. Resolución 1289-CO. En cumplimiento con
lo dispuesto en el artículo 29 de
De conformidad con la
autorización extendida por
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
De conformidad con la
autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir
a su Estatuto Social la organización social denominada: Asociación de
Profesionales del Ministerio de Obras Publicas y Transportes, Siglas APROMOPT,
acordada en asamblea celebrada el 6 de mayo del 2011. Expediente P-169. En
cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE
Propiedad
industrial
publicación de tercera vez
Predag Crnkovic PR “Vinarija
Kiš”; Milan Petrovic PR, SZR “Podrum Petrovic”; Milan
Šijacki PR, “Vinarija Bononia”; Dražen Durdic, PR
“Vinarija Durdic”; Doo “Vinarija Dulka”; “Vinarija
Kovacevic” Doo; Predag Bajilo PR, SZR “Podrum Bajilo”;
“Vinarium” Doo; Milan Todorov PR, SZR “Vinarija Burcel
Todorov”; Aleksandar Mrdanin PR, SZR “Vinarija Mrdanin”; Stur
“Vinarija Aleks” y Doo “Vinum”, con domicilio en
Sremski Karlovci; UL. Karlovackog Mira 46, Serbia; Sremski Karlovci; UL.
Karlovackog Mira 34, Serbia; Banoštor, UL. Svetozara Markovica 3, Serbia;
Sremski Karlovci; UL. Raša 4, Serbia; Sremski Karlovci; UL. Karlovackog
Mira 18, Serbia; Irig, UL. Doke Šukundovica 85 Serbia; Sremski Karlovci;
UL. Jovana Popovica 10, Serbia; Banoštor, UL. Fruškogorska 11,
Serbia; Petrovaradin, UL. Tunislava Paunovica 6, Serbia; Sremski Karlovci; UL.
Jovan Grosa 16, Serbia; Novi Sad, UL. Paje Markovica Adamova 26, Serbia y Novi
Sad, UL. Ilije Ognjanovica 1, Serbia, solicita la inscripción de:
Para ver imagen solo en
como denominación de origen, en clase 47
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 33. Vino
aromatizado. Área de protección Viñedos Fruška Gora. Reservas: según OMPI
y con base al Tratado de Lisboa se le otorgó el siguiente número de registro
internacional 899. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de
setiembre del 2011, según solicitud Nº 2011-
Patentes
de Invención
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
La señora María del
Pilar López Quirós, cédula 1 1066 0601, mayor, abogada, vecina de Escazú, en su
condición de apoderada especial de Mag Instrument, Inc., de E.U.A., solicita
Para ver imagen solo en
Se proporciona un dispositivo de iluminación portátil, tal
como una linterna, con un interruptor mecánico de energía y múltiples modos
operativos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados,
La señora María del Pilar
López Quirós, cédula Nº 1-1066- 0601, mayor, abogada, vecina de Escazú, en su
condición de apoderada especial de Merrimack Pharmaceuticals, Inc., de E.U.A.,
solicita
La señor(a)(ita) María del
Pilar López Quirós, cédula Nº 1 1066 0601, mayor, abogada, vecina de San José,
en calidad de apoderada especial de Intermune, INC, de E.U.A., solicita
La señora Ana Catalina Monge Rodríguez,
cédula Nº 1-812-604, mayor, abogada, vecina de Cartago, en calidad de apoderada
especial de Potters Industries Inc, de E.U.A., solicita
Para ver imagen solo en
Una cantidad de gránulos retrorreflectantes incluye
miembros de vidrio, cada uno con un índice de refracción de al menos
aproximadamente 1,5. La cantidad de gránulos retrorreflectantes puede ser
parcialmente incorporada en un material aglutinante aplicado sobre la
superficie de una estructura para brindar una ayuda visual. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados,
La señora Ana Catalina Monge
Rodríguez, cédula Nº 1-812-604, mayor, abogada, vecina de Cartago, en calidad
de apoderada especial de Bayer Animal Health GMBH, de R.F. Alemania, solicita
El señor Manuel Ventura Rodríguez, mayor,
abogado, cédula Nº 1-1005-0095, vecino de Escazú, en su condición de apoderado
especial del señor Ernesto Ignacio Hidalgo Vidal, de Ecuador, solicita
Para ver imagen solo en
Se refiere la invención a métodos y sistemas de asignación,
monitoreo y acumulación de valores monetarios o ficticios en esquemas de
multinivel, en donde los usuarios acuerdan transferencias en base a posturas
abiertas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados,
El señor Manuel Enrique Lizano Pacheco,
cédula Nº 1-833-413, mayor de edad, abogado, apoderado especial de Takeda
Pharmaceutical Company Limited, de Japón, solicita
Para ver imagen solo en
Se proporcionan compuestos de la siguiente fórmula para uso
con cMET, en donde las variables son como se definieron en la presente. También
se proporcionan composiciones farmacéuticas, kits y artículos de manufactura
que comprenden dichos compuestos; métodos e intermediarios útiles para obtener
los compuestos y métodos para usar dichos compuestos. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones civiles
El Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el
estatuto de la entidad denominada Asociación Centro Misionero Luz del
Evangelio. Con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines entre otros
serán los siguientes: Promover, fomentar y difundir las promesas del Reino de
Dios a través de una sana predicación y estudio de la doctrina cristiana. Cuyo
representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas
en el estatuto, lo es el presidente Abet-Nego Arce López. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en
DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO
Se comunica que ante este
Despacho la licenciada Edda María Vega Mora, cédula de identidad Nº
2-0334-0869, carné profesional número 17155, según expediente
11-000669-0624-NO, ha presentado solicitud de inscripción y habilitación para
ejercer la actividad notarial, por lo que se solicita a las personas que conozcan
hechos o situaciones que afecten la conducta de esta profesional, lo comuniquen
a esta Dependencia dentro del plazo de quince días siguientes a esta
publicación.—Curridabat, 5 de setiembre del 2011.—Lic. Roy Jiménez
Oreamuno, Director Ejecutivo a. í.—1 vez.—(IN2011072900).
DIRECCIÓN
DE GEOLOGÍA Y MINAS
SOLICITUD
DE EXPLOTACIÓN EN CAUCE
DE DOMINIO PÚBLICO
En expediente Nº 20-2010 el señor José Rafael
Vargas Arce, mayor, casado, empresario, vecino de Pococí, cédula 2-360-089,
presenta solicitud para extracción de materiales en cauce de dominio público
sobre el Río Corinto.
Localización geográfica:
Sito en: Distrito: 01 Guápiles, cantón: 02
Pococí, provincia: 07 Limón.
Hoja cartográfica:
Hoja cartográfica Guápiles, escala 1:50.000
del I.G.N.
Localización cartográfica:
Entre coordenadas generales
244892.3800-244920.7127 norte, 549258.3231-549232.5122 este límite aguas arriba
y 246321.2605-246318.4090 norte, 550407.8737-550438.1540 este límite aguas
abajo.
Área solicitada:
Derrotero:
Coordenadas del vértice N° 1 244920.7127
Norte, 549232.5122
Línea |
Acimut |
Distancia (m) |
1-2 |
41°46’34” |
58.384 |
2-3 |
56°26’24” |
64.148 |
3-4 |
30°24’56” |
64.342 |
4-5 |
67°58’43” |
32.953 |
5-6 |
35°40’58” |
95.874 |
6-7 |
33°54’507 |
68.339 |
7-8 |
45°01’457 |
80.245 |
8-9 |
57°54’507 |
85.459 |
9-10 |
33°14’31” |
103.016 |
10-11 |
23°18’00” |
96.043 |
11-12 |
56°43’09” |
71.001 |
12-13 |
63°33’32° |
108.918 |
13-14 |
63°37’04” |
112.804 |
14-15 |
43°27’24” |
72.669 |
15-16 |
56°25’05” |
86.216 |
16-17 |
10°01’44” |
101.308 |
17-18 |
16°04’02” |
40.905 |
18-19 |
26°57’34” |
50.298 |
19-20 |
39°20’45” |
64.104 |
20-21 |
42°43’50” |
155.119 |
21-22 |
39°14’22” |
90.919 |
22-23 |
28°22’36” |
68.017 |
23-24 |
15°23’52” |
131.653 |
24-25 |
95°22’47” |
30.414 |
25-26 |
153°02’46” |
105.841 |
26-27 |
197°51’13” |
32.536 |
27-28 |
214°26’04” |
34.032 |
28-29 |
189°06’20” |
49.490 |
29-30 |
208°58’22” |
111.682 |
30-31 |
220°28’58” |
52.018 |
31-32 |
257°58’55” |
80.834 |
32-33 |
211°43’39” |
40.393 |
33-34 |
214°08’58” |
96.715 |
34-35 |
214°02’10” |
38.019 |
35-36 |
198°20’07” |
125.412 |
36-37 |
233°15’28” |
107.174 |
37-38 |
244°48’39” |
26.412 |
38-39 |
218°06’13” |
56.880 |
39-40 |
235°57’15” |
44.654 |
40-41 |
244°21’32” |
83.193 |
41-42 |
240°36’14” |
81.492 |
42-43 |
223°14’15” |
91.967 |
43-44 |
174°33’35” |
42.190 |
44-45 |
195°56’43” |
29.120 |
45-46 |
212°00’19” |
74.167 |
46-47 |
226°41’27” |
42.466 |
47-48 |
208°18’05” |
96.982 |
48-49 |
238°20’59” |
117.116 |
49-50 |
256°09’43” |
63.069 |
50-51 |
226°55’52” |
160.765 |
51-52 |
237°04’38” |
53.967 |
52-53 |
224°34’40” |
75.298 |
53-1 |
317°40’00” |
38.327 |
Edicto basado en la solicitud inicial aportada
el 9 de setiembre del 2010, área y derrotero aportados el 9 de setiembre del
2010.
Con quince días hábiles de término, contados
a partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros
que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.—San José,
30 de agosto del 2011.—Registro Nacional Minero.—Lic. Cynthya
Cavallini Chinchilla, Jefa.—(IN2011072873).
2
v. 1 Alt.
DIRECCIÓN
DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp. Nº 14846P.—Proyecto
Agroindustrial de Sixaola S. A., solicita concesión de:
Exp. Nº 6694A.—Enrique y
José Antonio, Paniagua Guerrero y Vargas Paniagua solicitan concesión de:
Exp. 3316A.—María
Eugenia Bolaños Vargas solicita concesión de:
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Exp. 6920A.—Sociedad de
Usuarios de Agua Los Encerrados, solicita concesión de:
Exp. 14848A.—Empresa de
Bienes Comerciales Ebicosa
S. A., solicita concesión de:
Exp. 7310A.—Ansata S.
A., solicita concesión de:
Exp. 9956A.—Refugio
Nuboso S. A., solicita concesión de:
Exp.
14849A.—3-101-527010 S. A., solicita concesión de:
Exp. Nº 7326A.—Tutu-Gas
S. A., solicita concesión de:
Exp. Nº 9660A.—Ana
Patricia y Hnos. Muñoz Campos, solicitan concesión de:
DIRECCION GENERAL DE
TRANSPORTE Y
COMERCIALIZACION DE COMBUSTIBLE
EDICTO
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Nº 558-2011-DGTCC.—San
José, a los veintisiete días del mes de junio del dos mil once, se tiene por
presentada la solicitud por parte del señor Rónald Vargas Quesada, cédula
2-453-922, en su condición de representante legal de Corporación de Compañías
Agroindustriales CCA Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-85278, solicita
cambio de titular de los tanques de autoconsumo a nombre de Granja Avícola
Ricura expediente TA-367 y del expediente T:A:394 a nombre de Industrias
Cárnicas Integradas Sociedad Anónima, autorizadas para el funcionamiento de
almacenamiento según resoluciones R-E-154-2011 y R-D-795-2010 respectivamente,
los cuales se encuentran a la fecha a nombre de Granja Avícola Ricura S. A. e
Industrias Cárnicas Integradas Sociedad Anónima respectivamente. Lo anterior
para que de ahora en adelante, se proceda al cambio de titular a nombre
Corporación de Compañías Agroindustriales CCA
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-85278. Con fundamento en el Decreto
Ejecutivo 30131-MINAE-S, artículo 79, se otorga un plazo de quince días hábiles
a partir de la publicación del presente edicto, en el Diario Oficial
N°
4437-M-2011.—San José, a las trece horas quince minutos del primero de
setiembre de dos mil once. Exp. 375-Z-2011.
Diligencias
de cancelación de credencial de regidora suplente de
Resultando:
1º—Por
oficio Nº SCM-SM-110824 presentado ante
2º—En el procedimiento no se notan vicios o defectos que causen nulidad o indefensión.
Redacta
Considerando:
I.—Hechos
probados: De interés para la
resolución de este asunto se tienen los siguientes: a) que la señora
Isabel Cristina Peraza Ulate fue propuesta por el partido Alianza Patriótica
como candidata a regidora suplente en
II.—Sobre la renuncia presentada: El artículo 171 de
De no aceptarse
la posibilidad de la renuncia pura y simple se atentaría contra un derecho
fundamental: la libertad, previsto no sólo en
Por ello, al
haberse acreditado que la señora Isabel Cristina Peraza Ulate, en su condición
de regidora suplente de
III.—Sustitución de la regidora suplente Isabel Cristina Peraza Ulate: Al cancelarse la credencial de la señora Isabel Cristina Peraza Ulate se produce una vacante entre los regidores suplentes del Concejo Municipal de San Mateo que es necesario suplir según las reglas que determinaron la elección. El artículo 208, párrafo segundo, del Código Electoral regula la sustitución de diputados, regidores o concejales de distrito ante circunstancias de fallecimiento, renuncia o incapacidad de éstos para ejercer el cargo, y establece que el Tribunal Supremo de Elecciones “dispondrá la sustitución llamando a ejercer el cargo, por el resto del período constitucional, a quien en la misma lista obtuvo más votos o a quien siga en la misma lista, según corresponda”. En consecuencia, este Tribunal sustituirá a los regidores suplentes que deban cesar en sus funciones, con los candidatos de la misma naturaleza (a regidores suplentes) que sigan en la lista del partido político del funcionario cesante, que no hayan resultado electos ni hayan sido designados para desempeñar el cargo.
Cabe resaltar que la citada norma del actual
Código Electoral no modifica o deroga en forma tácita la regla dispuesta en el
artículo 25 inciso d) del Código Municipal (como sí sucede respecto del inciso
c) de ese artículo, en lo atinente a los regidores propietarios) sino que más
bien la complementa, toda vez que el inciso d) del numeral 25 del Código
Municipal establece que corresponde al Tribunal Supremo de Elecciones “Completar
el número de regidores suplentes, escogiendo de entre los candidatos que no
resulten electos, a quien habría seguido según las reglas que determinaron la
elección”. Así las cosas, al haberse tenido por probado en autos que
el candidato que sigue en la nómina del Partido Alianza Patriótica, que no
resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para desempeñar el cargo,
es el señor Cesar Isidro Ramírez Ramírez, por esa razón se le designa como
regidor suplente en
Cancélese
la credencial de regidora suplente de
Voto Salvado del Magistrado Sobrado González.
El suscrito Magistrado, con el debido respeto, me aparto del criterio adoptado por la mayoría del Tribunal en lo referente a la renuncia de la señora Isabel Cristina Peraza Ulate y su respectiva sustitución, y, en ese sentido, salvo el voto por las razones que de seguido se exponen.
Conforme lo he
externado en anteriores oportunidades, una de las características de la
relación de servicio que vincula a los funcionarios con
La anterior
regla queda excepcionada en relación con los regidores municipales, debido a
que
Por su parte, el
inciso c) del artículo 24 del Código Municipal establece, como causa de pérdida
de la credencial de regidor, “La renuncia voluntaria escrita y
conocida por el Concejo”; constituyendo el anterior, uno de los
supuestos en que le corresponde al Tribunal Supremo de Elecciones decretar la
cancelación de tal credencial, en la inteligencia del inciso b) del artículo 25
de ese mismo Código. Esas disposiciones del Código Municipal deben ser interpretadas
“conforme a
El principio de
interpretación del bloque de legalidad “conforme a
“La supremacía de
Por ello y en virtud del principio de unidad del
ordenamiento, así como de la necesidad de rehuir del vacío que produce la
invalidación normativa, frente a varias interpretaciones posibles de un
precepto, ha de preferirse aquélla que salve de un potencial roce
constitucional (véase en el mismo sentido Ignacio de Otto, “Derecho
Constitucional, sistema de fuentes”, Barcelona, Ariel, 1988, pág. 80).
Igual criterio debe presidir la actividad de integración del ordenamiento, para
colmar sus insuficiencias. Con ello las normas constitucionales y los
principios que recogen adquieren un rol dominante en la concreción de los sentidos
normativos; a lo cual va aparejada una implícita prohibición para el intérprete
de recurrir a criterios hermenéuticos que conduzcan a resultados
contradictorios con dichas normas y principios.
La anterior exigencia interpretativa obliga a
entender que los citados numerales del Código Municipal únicamente autorizan a
cancelar las credenciales del regidor que renuncia a su cargo, cuando tal
renuncia se base en motivos excepcionales que razonablemente eximan al
interesado del cumplimiento de su deber constitucional, previamente valorados
por el respectivo Concejo Municipal. Sólo de esa manera es posible conciliar la
obligatoriedad del cargo, impuesta constitucionalmente, con el principio de que
nadie está obligado a lo imposible.
En el subjudice,
no habiéndose acreditado tales motivos de excepción, el suscrito Magistrado
considera que no cabe ordenar la cancelación de las credenciales de la regidora
suplente Isabel Cristina Peraza Ulate.
Luis Antonio Sobrado González.—1 vez.—O.C. Nº 1553.—Solicitud Nº 2734.—C-74270.—(IN2011072894).
N° 4516-M-2011.—San José, a las catorce horas quince minutos del cinco de setiembre de dos mil once. Exp. 362-Z-2011
Diligencias
de cancelación de credencial de regidor propietario de
Resultando:
1º—Por
oficio Nº CMLC-64-2011 remitido vía facsímil ante
2º—En el procedimiento no se notan vicios o defectos que causen nulidad o indefensión.
Redacta
Considerando:
I.—Hechos
probados: De interés para la resolución de este asunto se tienen los
siguientes: a) que el señor Jesús Antonio Garro Calvo fue propuesto por
el partido Unidad Social Cristiana como candidato a regidor propietario
en
II.—Sobre la renuncia presentada: El artículo 171 de
De no aceptarse
la posibilidad de la renuncia pura y simple se atentaría contra un derecho
fundamental: la libertad, previsto no sólo en
Por ello, al
haberse acreditado que el señor Jesús Antonio Garro Calvo, en su condición de
regidor propietario de
III.—Examen de fondo: 1) Cambio en las reglas de sustitución de regidores propietarios que establece el Código Electoral vigente: De previo a la vigencia del actual Código Electoral, las reglas de sustitución de los regidores propietarios se regían por el artículo 25 inciso c) del Código Municipal “designando a los suplentes del mismo partido político, de acuerdo con el orden de elección”. Sin embargo, el nuevo texto del Código Electoral, en el numeral 208, establece nuevas reglas para la sustitución de los regidores y concejales de distrito, las cuales son de aplicación obligatoria a partir de las elecciones nacionales de febrero de 2010 en el caso de los regidores y, a partir de las elecciones municipales de diciembre de ese mismo año, en el caso de los concejales de distrito.
En efecto, el párrafo segundo del artículo 208 del Código Electoral determina que el Tribunal Supremo de Elecciones “dispondrá la sustitución llamando a ejercer el cargo, por el resto del período constitucional, a quien en la misma lista obtuvo más votos o a quien siga en la misma lista, según corresponda”. (el subrayado no es del original).
En esta inteligencia, cuando sea necesario tramitar la sustitución de alguno de los citados funcionarios municipales de elección popular, deberá acudirse a la nomina de propietarios del mismo partido político, escogiendo de entre los que no resultaron electos ni han sido designados por este Tribunal para llenar las eventuales vacantes.
Ahora bien, sólo en caso de que la lista de candidatos a propietarios se agote, ya sea porque todos resultaron electos o bien porque todos fueron designados por este Tribunal para sustituir a propietarios y aún sea necesario realizar otra sustitución, esas vacantes se llenarán con el primer candidato a suplente (regidor o concejal, según corresponda) que resultó electo como tal, debiendo, a su vez, llenarse el vacío que deja ese suplente -ahora convertido en propietario- con el primer candidato a suplente que no haya resultado electo ni haya sido designado por este Tribunal para ocupar esa plaza.
En cuanto a la
sustitución de los regidores suplentes, el actual Código Electoral no modificó
o derogó tácitamente la regla dispuesta en el artículo 25 inciso d) del Código
Municipal, sino que más bien la complementa, ya que esa norma establece que
corresponde al Tribunal Supremo de Elecciones “Completar el número de
regidores suplentes, escogiendo de entre los candidatos que no resulten
electos, a quien habría seguido según las reglas que determinaron la
elección”.
2)
Sustitución del regidor propietario Jesús Antonio Garro Calvo: Al cancelarse la
credencial del señor Jesús Antonio Garro Calvo se produce, entre los regidores
propietarios del Unidad Social Cristiana en
Por ello, al
tenerse probado en autos que la candidata que sigue en el orden de la nómina
presentada por el citado partido que no resultó electa ni ha sido designada por
este Tribunal para desempeñar el cargo es la señora Yorleny Quesada Valverde,
lo procedente es designarla como regidora propietaria del concejo de la
referida municipalidad. La presente designación lo será por el período que va
desde su juramentación hasta el treinta de abril de dos mil dieciséis. Por
tanto:
Se cancela la credencial de regidor propietario en
Voto Salvado del Magistrado Sobrado González
El suscrito Magistrado, con el debido respeto, me aparto del criterio adoptado por la mayoría del Tribunal en lo referente a la renuncia del señor Jesús Antonio Garro Calvo y su respectiva sustitución, y, en ese sentido, salvo el voto por las razones que de seguido se exponen.
Conforme lo he
externado en anteriores oportunidades, una de las características de la
relación de servicio que vincula a los funcionarios con
La anterior
regla queda excepcionada en relación con los regidores municipales, debido a
que
Por su parte, el
inciso c) del artículo 24 del Código Municipal establece, como causa de pérdida
de la credencial de regidor, “La renuncia voluntaria escrita y
conocida por el Concejo”; constituyendo el anterior, uno de los
supuestos en que le corresponde al Tribunal Supremo de Elecciones decretar la
cancelación de tal credencial, en la inteligencia del inciso b) del artículo 25
de ese mismo Código. Esas disposiciones del Código Municipal deben ser
interpretadas “conforme a
El principio de interpretación del bloque de legalidad “conforme
a
“La supremacía de
Por ello y en virtud del principio de unidad del
ordenamiento, así como de la necesidad de rehuir del vacío que produce la
invalidación normativa, frente a varias interpretaciones posibles de un
precepto, ha de preferirse aquélla que salve de un potencial roce
constitucional (véase en el mismo sentido Ignacio de Otto, “Derecho
Constitucional, sistema de fuentes”, Barcelona, Ariel, 1988, pág. 80).
Igual criterio debe presidir la actividad de integración del ordenamiento, para
colmar sus insuficiencias. Con ello las normas constitucionales y los
principios que recogen adquieren un rol dominante en la concreción de los
sentidos normativos; a lo cual va aparejada una implícita prohibición para el
intérprete de recurrir a criterios hermenéuticos que conduzcan a resultados
contradictorios con dichas normas y principios.
La anterior exigencia interpretativa obliga a
entender que los citados numerales del Código Municipal únicamente autorizan a
cancelar las credenciales del regidor que renuncia a su cargo, cuando tal
renuncia se base en motivos excepcionales que razonablemente eximan al
interesado del cumplimiento de su deber constitucional, previamente valorados
por el respectivo Concejo Municipal. Sólo de esa manera es posible conciliar la
obligatoriedad del cargo, impuesta constitucionalmente, con el principio de que
nadie está obligado a lo imposible.
En
el subjudice, no habiéndose acreditado tales motivos de excepción, el
suscrito Magistrado considera que no cabe ordenar la cancelación de las
credenciales del regidor propietario Jesús Antonio Garro Calvo.
Luis Antonio Sobrado González.—1 vez.—O.C. Nº
13034.—Solicitud Nº 2734.—C-87320.—(IN2011072896).
Registro
Civil-Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Exp. Nº
8266-11.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las quince horas cuarenta minutos del veintisiete
de julio del dos mil once. Diligencias de ocurso incoadas ante
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. Nº
18856-03.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina de
Actos Jurídicos.—Lidieth García Baltodano, mayor, oficios del hogar,
costarricense, cédula de identidad número dos-quinientos sesenta-cero diecinueve,
vecina de San José, Upala; tendentes a la rectificación del asiento de
nacimiento de su hija Lily Mariela Aguirre García que lleva el número... en el
sentido de que la fecha de nacimiento de la persona ahí inscrita es “seis
de abril del dos mil tres” y no como se consignó. Publíquese este edicto
por tres veces en el Diario Oficial conforme lo establece el artículo 66 de
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Norma Borge Castro, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 058-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas diez minutos del once de enero del dos mil once. Exp. Nº 32713-10. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Digna de los Ángeles López Borge ...; en el sentido que el segundo apellido de la madre... es “Castro” y no como se consignó.—Lic. Óscar Fernando Mena Carvajal, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2011072801).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Pedro Juan Martínez Arcedas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 948-11.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas cincuenta minutos del veintitrés de mayo del dos mil once. Exp. Nº 3940-05. Resultando 1.-..., 2.-..., 3....; Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Hechos no Probados:..., III. Sobre el Fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Pedro Juan Martínez no indica otro apellido con Jenny Castrillo Castrillo..., en el sentido que los apellidos del cónyuge son “Martínez Arcedas” y los asientos de nacimiento de Jenny Lizeth Martin Castrillo en el sentido que el segundo nombre y los apellidos del padre de la persona ahí inscrita son “Juan” y “Martínez Arcedas” respectivamente y el de Steven David Martínez Castrillo, en el sentido que los apellidos del padre son “Martínez Arcedas”.—Lic. Óscar Fernando Mena Carvajal, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2011258130.—(IN2011073961).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Lleana Alina Palacios Pavón, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1849-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las horas del dieciocho de agosto del dos mil once. Exp. N°. 26411-2011. Resultando 1.-..., 2.-... Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Hechos no Probados:..., III. Sobre el Fondo: ..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Marvin Sabelio Reyes Quiñonez con Lleana Alina Dolmos Pavón...; en el sentido que el nombre, los apellidos del padre y el segundo apellido de la madre de la cónyuge, consecuentemente el primer apellido de la misma son “Pedro Danilo Palacios Cruz”, “D’Leo” y “Palacios·” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2011258163.—(IN2011073962).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Michelle Castillo Picado, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1624-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas cuatro minutos del veinte de julio del dos mil once. Ocurso. Exp. N° 19517-2011. Resultando 1.-..., 2.-..., Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Hechos no Probados:..., III. Sobre el Fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Sarah Guzmán Castillo...; en el sentido que el primer nombre de la madre de la persona ahí inscrita es “Michelle”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2011258172.—(IN2011073963).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Ruth Mileidy Lara Rodríguez, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1406-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas diez minutos del ocho de julio del dos mil once. Exp. Nº 14210-2011. Resultando: 1... 2...; Considerando: I-Hechos Probados... II-Hechos no Probados... III-Sobre el Fondo...; Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Sergio Josué Acevedo Lara y el de Andrew Acevedo Lara, en el sentido que el nombre de la madre de los mismos es... “Ruth Mileidy”.—Lic. Óscar Fernando Mena Carvajal, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2011258173.—(IN2011073964).
Informa a la administración pública, los órganos parlamentarios, los sujetos pasivos de su fiscalización y la ciudadanía en general:
De conformidad
con lo dispuesto en el artículo 29 de
San José, 14 de setiembre de 2011.—División Jurídica.—Lic. Luis Diego Ramírez González, Gerente.—1 vez.—(IN2011075331).
CENTRO
NACIONAL DE
Modificación
al plan anual de compras 2011
De conformidad con las Modificaciones a
San José, 23 de setiembre del 2011.—Proveeduría Institucional.—Jorge Rodríguez Solera, Proveedor.—1 vez.—O. C. Nº 11-2011.—Solicitud Nº 34664.—C-15235.—(IN2011075373).
ASAMBLEA
LEGISLATIVA
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000019-01
Compra
de estantería metálica
Se invita a todos los proveedores inscritos
en el Registro de Proveedores de
El plazo para recibir ofertas vence el día 20
de octubre de
San José, 23 de setiembre de 2011.—Departamento de Proveeduría.—MBA. Melvin Laines Castro, Director.—1 vez.—O. C. Nº 21003.—Solicitud Nº 35647.—C-7220.—(IN2011074975).
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
El Departamento de Proveeduría, invita a
todos los potenciales proveedores interesados en participar en los siguientes
procedimientos:
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000070-PROV
Compra
de micrófono direccional para la plataforma
de información
Fecha y hora de apertura: 27 de octubre de
———
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000074-PROV
Impermeabilización
de fachadas y pintura de fachadas
del edificio de
Fecha y hora de apertura: 27 de octubre de
———
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000076-PROV
Compra
de cámaras de video para el Organismo
de Investigación
Judicial
Fecha y hora de apertura: 27 de octubre de
Los respectivos carteles se pueden obtener
sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los
interesados deben dirigirse al Proceso de Adquisiciones del Departamento de
Proveeduría; sita en el 3º piso del edificio anexo B, ubicado en la esquina
formada entre calle 15 avenida 6, San José; o bien, obtenerlos a través de
Internet, en la dirección htttp://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria, o
solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la
siguiente dirección: ivalerio@poder-judicial.go.cr, respectivamente. En este
último caso, de no atenderse su solicitud en las 24:00 horas hábiles siguientes
a su requerimiento, deberá comunicarse tal situación a los teléfonos 2295-3623.
San José, 23 de setiembre de 2011.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1 vez.—(IN2011075363).
HOSPITAL
DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN
PÚBLICA NACIONAL Nº 2011LN-000016-2101
Compra
oxidronato o medronato para la preparación
de inyección
tecnecio
Se informa a los interesados que está
disponible
San José, 23 setiembre del 2011.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós, Coordinador.—1 vez.—(IN2011075289).
LICITACIÓN
PÚBLICA NACIONAL Nº 2011LN-000017-2101
Compra
sestamibi para preparación de inyección de tecnecio
Se informa a los interesados que está
disponible
San José, 23 setiembre del 2011.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós, Coordinador.—1 vez.—(IN2011075291).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000034-PROV
Contratación
de servicios profesionales de auditoria externa
para la
evaluación de la calidad (validación independiente)
en la auditoría
interna de
El cartel que contiene las especificaciones se encuentra a disposición
de los interesados en nuestra página electrónica www.jps.go.cr, Contrataciones
Administrativas, pueden retirarlo en el Departamento de Proveeduría, cuarto
piso, edificio central sin ningún costo o solicitarlo al Sr. Jorge Baltodano
Méndez en la dirección electrónica: jbaltodano@jps.go.cr, a partir de esta
notificación.
Departamento Proveeduría.—Lic. Mary Valverde Vargas, Subjefa.—1 vez.—O. C. Nº 15355.—Solicitud Nº 32517.—C-17920.—(IN2011075358).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO
ELÉCTRICO
MUNICIPAL DE CARTAGO
Para los próximos treinta días
LICITACIONES
2011LA-000024-0 Adquisición
de repuestos para equipos eléctricos de
las plantas generadoras
de
2011LA-000025-0 Adquisición
de repuestos de plantas para equipos
hidráulicos y
electromecánicos de la
UEN Producción. ¢27.575.000,00
20111A-000026-0 Remodelación
de la sala de servidores ubicada
en el edifico central
JASEC, ¢93.500.000,00
2011LA-000027-0 Dispositivos
y materiales para aislamiento y protección
de la red eléctrica
(cobertores, tubos aislantes
y dispositivos
antiescalamiento). ¢25.725.000,00
20111A-000028-0 Adquisición
de repuestos de plantas hidroeléctricas ¢82.541.000,90
2011LA-000029-0 Suministro, supervisión de montaje y
puesta Presupuesto
en marcha de válvula
esférica planta Birrís 1 por
definir
2011LA-000030-0 Construcción
puente acceso al proyecto
hidroeléctrico Tuis ¢45.000.000,00
2011LA-000031-0 Útiles y materiales de resguardo
y seguridad ocupacional ¢25.000.000,00
2011LA-000032-0 Mano de
obra instalaciones eléctricas ¢14.597.920,00
Los carteles de otras contrataciones menores
podrán consultarse en la página web mencionada.
Contratar Bienes y Servicios.—Lic. Abel Gómez Leandro, Coordinador.—1 vez.—O.C. Nº 5078.—Solicitud Nº 11173.—C-24970.—(IN2011075336).
Para los próximos treinta días
CONTRATACIONES
DIRECTAS
2011CD-000303-0 Adquisición
de oxígeno y acetileno
para
2011CD-000304-0 Contratación de servicios para
calibración de equipos
de medición de
2011CD-000305-0 Adquisición de equipo de cómputo. ¢6.079.000,00
2011CD-000306-0 Adquisición de pintura y barniz para la
UEN producción ¢4.000.000,00
2011CD-000307-0 Reparación de máquina lavadora de
aislamiento
en líneas energizadas. ¢11.000.000,00
2011CD-000308-0 Diagnóstico de la seguridad estructural y
operativa
de la casa de máquinas,
antecámaras y caminos de
acceso de las plantas barro ¢7 000.000,00
2011CD-000309-0 Adquisición de mesa de pruebas para el
taller
de alumbrado público, ¢6.000.000,00
2011CD-000310-0 Servicios de transporte ¢1.270.000,00
2011CD-000311-0 Desarrollar e implementar el sistema
de transportes JASEC ¢10.200.000,00
Los carteles de otras contrataciones menores
podrán consultarse en la página web mencionada.
Contratar Bienes y Servicios.—Lic. Abel Gómez Leandro, Coordinador.—1 vez.—O.C. Nº 5078.—Solicitud Nº 11174.—C-24970.—(IN2011075339).
MUNICIPALIDAD
DE MONTES DE ORO
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-0000005-01
Señalamiento
vertical y horizontal para las comunidades
de Miramar,
Linda Vista y Tamarindo
de San Isidro,
Puntarenas
Las ofertas se recibirán hasta las nueve horas del día 20 de octubre
del 2011, en la oficina de
Montes de Oro, 23 de setiembre del 2011.—Álvaro Jiménez Cruz, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2011075356).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-0000006-01
Adquisición
de un vehículo nuevo para el acueducto
de
Las ofertas se recibirán hasta las once horas del día 20 de octubre
del 2011, en la oficina de
Montes de Oro, 23 de setiembre del 2011.—Álvaro Jiménez Cruz, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2011075357).
SISTEMA
NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-000119-01100
Servicio
vigilancia
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-000109-01100
Compra
de vehículos
El Sistema Nacional de Áreas de Conservación,
a través de
Proveeduría.—Lic.
Marietta Tencio Olivas, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 25329.—Solicitud Nº
47502.—C-10920.—(IN2011074957).
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
Se comunica a todos los interesados en los
procedimientos de Contratación, que se dirán, que por acuerdos del Consejo
Superior del Poder Judicial, en sesión 81-11 del 22 de setiembre de 2011,
artículos III, IV y V respectivamente, se dispuso adjudicarlos de la forma
siguiente:
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000039-PROV
Compra
de Kits de comunicación para la plataforma
de información
policial
Línea 1: A
Motorola Solutions INC., cédula jurídica 3-012-209316, por un monto de
$16.585,33.
Línea 3: A
Provideo S. A., cédula jurídica 3-101-148691, por un monto de $2.220,22.
Líneas 2 y 4: se declaran infructuosas.
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000015-PROV
Compra
de máquina de Rayos X
A Tecnología Acceso & Seguridad TAS S.
A., cédula jurídica 3-101-283684, por un monto de $28.900,00.
Al propio tiempo se dispuso declarar
infructuoso el siguiente procedimiento.
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000047-PROV
Alquiler
de local para alojar al Juzgado de Tránsito de Cartago
Demás características y condiciones según
carteles respectivos.
San José, 23 de setiembre de 2011.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1 vez.—(IN2011074976).
OFICINA
DE COMPRAS Y PAGOS
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-000001-01
Adquisición
de infraestructura empresarial
para la
protección de datos
El Banco de Costa Rica, comunica a los
interesados en el presente concurso que, el Comité Ejecutivo en Reunión: 23-11
CE, 24/08/11 acordó adjudicar esta licitación a la empresa DESCA S. A.,
por un monto de $1.128.340,48, según los siguientes lineamientos:
Precio de la oferta |
$1,128,340.48 |
Periodo de garantía incluida |
1 año |
|
|
Mantenimiento 1er año post-garantía |
$48,645.00 |
Mantenimiento 2º año post-garantía (Renovación Nº 1) |
$48,645.00 |
Mantenimiento 3º año post-garantía (Renovación Nº 2) |
$48,645.00 |
Mantenimiento 4º año post-garantía (Renovación Nº 3) |
$48,645.00 |
|
|
Precio total adquisición + mantenimiento 4 años |
$1,322,920.48 |
Rodrigo Aguilar S., Licitaciones—1 vez.—O. C. Nº 60598.—Solicitud Nº 47241.—C-15620.—(IN2011075345).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000032-01
Actualización
del licenciamiento y contrato de soporte
preventivo correctivo
del sistema TRM-SAP
Nos permitimos informarles que
Plazo de inicio de labores: el contratista
deberá iniciar la prestación del servicio una vez que el Banco comunique sobre
la formalización y aprobación del contrato.
Vigencia del contrato: la actualización del
licenciamiento y el soporte técnico preventivo y correctivo tendrán una
vigencia de 1 año, a partir de la aprobación y comunicación del contrato.
Garantía de buen funcionamiento: si ocurre un
error correspondiente a una solución de la presente contratación en los
siguientes 6 meses desde su aceptación a satisfacción por el Banco, el
contratista debe realizar la corrección de errores de programación y
configuración sin costo alguno para el Banco.
Este contrato podrá ser prorrogado hasta por
un año adicional, previa evaluación del servicio recibido por parte de
Esta licitación se formalizará mediante dos
contratos.
San José, 23 de setiembre del 2011.—Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar S., Área de Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 60598.—Solicitud Nº 47239.—C-23420.—(IN2011075348).
HOSPITAL
NACIONAL DE NIÑOS
“DR.
CARLOS SÁENZ HERRERA”
CENTRO
DE CIENCIAS MÉDICAS CCSS
ÁREA
DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2010LN-000005-2103
Contratación
de servicios de cirugía mayor ambulatoria
Oferente:
Cooperativa Autogestionaria de Servidores para
Monto adjudicado: ¢377.637.500,00
Ítem: Único
Todo de acuerdo con las condiciones y
requisitos del cartel y los términos de la oferta adjudicada.
San José, 22 de setiembre de 2011.—Subárea Contratación Administrativa.—Lic. Yajaira Quesada Godínez, Coordinadora a. í.—1 vez.—(IN2011075352).
FÁBRICA
NACIONAL DE LICORES
SECCIÓN
PROVEEDURÍA
LICITACIÓN
ABREVIADA 2011LA-000009-PV
Contratación
de servicios de construcción y trámites ante
el MINAET, para
los tanques de autoconsumo
de combustibles
de
de Licores
Por lo anterior, se invita al adjudicatario a
que deposite la garantía de cumplimiento por el 5% del monto adjudicado, con
los siguientes requisitos:
• Esta
garantía deberá contar con una vigencia mínima de 60 días adicionales de la
fecha de recepción definitiva del contrato.
• Presentar declaración jurada en donde se indique que la empresa
se encuentra al día en el pago de los impuestos nacionales.
• Adjuntar un timbre deportivo de ¢5,00 (cinco colones).
• Aportar una certificación extendida por
Todo lo anterior deberá presentarse en la
oficina de la proveeduría, dentro de los cinco días hábiles siguientes contados
a partir de la fecha en que quede en firme la adjudicación. El depósito deberá
emitirse a favor del Consejo Nacional de Producción, en la tesorería de FANAL,
en Rincón de Salas, Grecia. A los demás oferentes se les invita a retirar la
garantía de participación.
22 de setiembre del 2011.—Departamento Administrativo.—MBA. Francisco Merino Carmona, Coordinador Área.—1 vez.—(IN2011075340).
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-000001-PV
Compra
de 7.000.000 envases pet 365 ml
Por lo anterior, se invita al adjudicatario a
que deposite la garantía de cumplimiento por el 5% del monto adjudicado, con
los siguientes requisitos:
• Esta
garantía deberá contar con una vigencia mínima de 60 días adicionales de la
fecha de recepción definitiva del contrato.
• Presentar
declaración jurada en donde se indique que la empresa se encuentra al día en el
pago de los impuestos nacionales.
• Adjuntar
un timbre deportivo de ¢ 5,00 (cinco colones).
• Aportar
una certificación extendida por
Todo lo anterior deberá presentarse en
22 de setiembre del 2011.—Departamento Administrativo.—MBA. Francisco Merino Carmona, Coordinador Área.—1 vez.—(IN2011075341).
LICITACIÓN
PÚBLICA NACIONAL Nº 2010LN-000021-PRI (Readjudicación)
Suministro
e instalación de hidrantes
El Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillados, cédula jurídica 4-000-042138, comunica que mediante Acuerdo de
Junta Directiva No. 2011-254 del 20 de
setiembre del 2011, se readjudica
Oferta Nº 9: Fernández Vaglio Constructora S.
A.
1 |
2 |
3 |
4 |
5 |
6 |
7 |
8 |
9 |
|
POSICIÓN |
DIÁMETRO DE DERIVACIÓN |
TIPO DE HIDRANTE |
PRECIO UNITARIO POR SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE HIDRANTES |
||||||
COMPONENTE FIJO |
COMPONENTE VARIABLE POR TIPO DE SUPERFICIE |
||||||||
(precio por hidrante, válvulas y accesorios de interconexión) |
(precio por metro de tubería de interconexión) |
||||||||
|
Asfalto |
Lastre |
Concreto |
Adoquín |
|||||
Nº 1 |
Sector
Acueducto Metropolitano Acueducto Metropolitano (Ciudad Colón, Santa Ana, Escazú, San José,
Tibás, Alajuelita, Curridabat, Montes de Oca, |
Derivación en 100mm |
Barril húmedo |
2.300.000,00 |
60.000,00 |
40.000,00 |
61.200,00 |
57.600,00 |
|
Derivación en 150mm |
Barril húmedo |
2.410.000,00 |
60.000,00 |
40.000,00 |
61.200,00 |
57.600,00 |
|||
Derivación en 200mm |
Barril húmedo |
2.710.000,00 |
60.000,00 |
40.000,00 |
61.200,00 |
57.600,00 |
|||
Derivación en 250mm |
Barril húmedo |
2.860.000,00 |
60.000,00 |
40.000,00 |
61.200,00 |
57.600,00 |
|||
Derivación en 300mm |
Barril húmedo |
2.640.000,00 |
60.000,00 |
40.000,00 |
61.200,00 |
57.600,00 |
|||
Derivación en 350mm |
Barril húmedo |
2.640.000,00 |
60.000,00 |
40.000,00 |
61.200,00 |
57.600,00 |
|||
Derivación en 400mm |
Barril húmedo |
2.672.000,00 |
60.000,00 |
40.000,00 |
61.200,00 |
57.600,00 |
|||
Derivación en 450mm |
Barril húmedo |
2.672.000,00 |
60.000,00 |
40.000,00 |
61.200,00 |
57.600,00 |
|||
Derivación en 500mm |
Barril húmedo |
2.690.000,00 |
60.000,00 |
40.000,00 |
61.200,00 |
57.600,00 |
|||
Derivación en 600mm |
Barril húmedo |
2.700.000,00 |
60.000,00 |
40.000,00 |
61.200,00 |
57.600,00 |
|||
Derivación en 700mm |
Barril húmedo |
2.740.000,00 |
60.000,00 |
40.000,00 |
61.200,00 |
57.600,00 |
|||
Derivación en 900mm |
Barril húmedo |
2.760.000,00 |
60.000,00 |
40.000,00 |
61.200,00 |
57.600,00 |
|||
Nº 8
|
Sector Central Acueducto
de San Ramón y Acueductos de Palmares, Acueductos del Pasito de Alajuela y Acueductos de
Atenas Acueductos de Los Chiles Acueductos de Puriscal y acueductos de Turrubares Acueductos San Ignacio de Acosta. |
Derivación en 100mm |
Barril húmedo |
2.300.000,00 |
60.000,00 |
40.000,00 |
61.200,00 |
57.600,00 |
|
Derivación en 150mm |
Barril húmedo |
2.410.000,00 |
60.000,00 |
40.000,00 |
61.200,00 |
57.600,00 |
|||
Derivación en 200mm |
Barril húmedo |
2.710.000,00 |
60.000,00 |
40.000,00 |
61.200,00 |
57.600,00 |
|||
Derivación en 250mm |
Barril húmedo |
2.860.000,00 |
60.000,00 |
40.000,00 |
61.200,00 |
57.600,00 |
|||
Demás condiciones de acuerdo al cartel y la
oferta respectiva.
Oferta Nº 10: Constructora Montero S.A.
1 |
2 |
3 |
4 |
5 |
6 |
7 |
8 |
9 |
||||
POSICIÓN |
DIÁMETRO DE DERIVACIÓN |
TIPO DE HIDRANTE |
PRECIO UNITARIO POR SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE HIDRANTES |
|||||||||
COMPONENTE FIJO |
COMPONENTE VARIABLE POR TIPO DE SUPERFICIE |
|||||||||||
(precio por hidrante, válvulas y accesorios de interconexión) |
(precio por metro de tubería de interconexión) |
|||||||||||
|
Asfalto |
Lastre |
Concreto |
Adoquín |
||||||||
Nº 4 |
Sector Brunca Sur Acueductos de Río Claro, Acueductos del Cantón de Corredores,
Acueductos de Golfito, Acueductos del Cantón de Osa, Acueductos del Cantón de
Coto Brus Acueducto de Puerto Jiménez. |
Derivación en 100mm |
Barril húmedo |
$ 6.472,94 |
$ 246,46 |
$ 169,84 |
$ 145,93 |
$ 110,76 |
||||
Derivación en 150mm |
Barril húmedo |
$ 6.976,18 |
$ 246,46 |
$ 169,84 |
$ 145,93 |
$ 110,76 |
||||||
Derivación en 200mm |
Barril húmedo |
$ 7.164,28 |
$ 246,46 |
$ 169,84 |
$ 145,93 |
$ 110,76 |
||||||
Demás condiciones de acuerdo al cartel y la oferta respectiva.
Oferta Nº 8: Consorcio Intec –Sogeosa
1 |
2 |
3 |
4 |
5 |
6 |
7 |
8 |
9 |
||||
POSICIÓN |
DIÁMETRO DE DERIVACIÓN |
TIPO DE HIDRANTE |
PRECIO UNITARIO POR SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE HIDRANTES |
|
||||||||
COMPONENTE FIJO |
|
COMPONENTE VARIABLE POR TIPO DE SUPERFICIE |
||||||||||
(precio por hidrante, válvulas y accesorios de interconexión) |
|
(precio por metro de tubería de interconexión) |
||||||||||
COLONES |
DÓLARES |
Asfalto |
Lastre |
Concreto |
Adoquín |
|||||||
Nº 5 |
Sector Huetar Acueductos de Limón, Acueductos de Siquirres, Acueductos de Cahuita, Acueductos de Talamanca y Acueductos de Matina Acueductos de Guápiles y Acueductos de Guácimo. |
Derivación en 100mm |
Barril húmedo |
1.510.000,00 |
$ 4.145,02 |
25.784,86 |
18.184,86 |
27.874,86 |
17.464,86 |
|||
Derivación en 150mm |
Barril húmedo |
1.510.000,00 |
$ 4.365,89 |
25.784,86 |
18.184,86 |
27.874,86 |
17.464,86 |
|||||
Derivación en 200mm |
Barril húmedo |
1.510.000,00 |
$ 4.579,90 |
25.784,86 |
18.184,86 |
27.874,86 |
17.464,86 |
|||||
Derivación en 250mm |
Barril húmedo |
1.510.000,00 |
$ 4.603,30 |
25.784,86 |
18.184,86 |
27.874,86 |
17.464,86 |
|||||
Nº 6 |
Sector Pacífico Acueductos de Puntarenas, Acueductos de San Mateo y Acueductos de Esparza |
Derivación en 100mm |
Barril húmedo |
1.595.000,00 |
$ 4.145,02 |
25.784,86 |
18.184,86 |
27.874,86 |
17.464,86 |
|||
Derivación en 150mm |
Barril húmedo |
1.595.000,00 |
$ 4.365,89 |
25.784,86 |
18.184,86 |
27.874,86 |
17.464,86 |
|||||
Derivación en 200mm |
Barril húmedo |
1.595.000,00 |
$ 4.579,90 |
25.784,86 |
18.184,86 |
27.874,86 |
17.464,86 |
|||||
Derivación en 250mm |
Barril húmedo |
1.595.000,00 |
$ 4.603,30 |
25.784,86 |
18.184,86 |
27.874,86 |
17.464,86 |
|||||
Derivación en 300mm |
Barril húmedo |
1.595.000,00 |
$ 4.625,40 |
25.784,86 |
18.184,86 |
27.874,86 |
17.464,86 |
|||||
Nº 7 |
Sector Pacífico Central Acueductos de Parrita, Acueductos de Jacó y Acueductos de Quepos |
Derivación en 100mm |
Barril húmedo |
1.600.000,00 |
$ 4.145,02 |
25.784,86 |
18.184,86 |
27.874,86 |
17.464,86 |
|||
Derivación en 150mm |
Barril húmedo |
1.600.000,00 |
$ 4.365,89 |
25.784,86 |
18.184,86 |
27.874,86 |
17.464,86 |
|||||
Derivación en 200mm |
Barril húmedo |
1.600.000,00 |
$ 4.579,90 |
25.784,86 |
18.184,86 |
27.874,86 |
17.464,86 |
|||||
Derivación en 250mm |
Barril húmedo |
1.600.000,00 |
$ 4.603,30 |
25.784,86 |
18.184,86 |
27.874,86 |
17.464,86 |
|||||
Demás condiciones de acuerdo al cartel y la oferta respectiva.
San José, 23 de setiembre del 2011.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén, Dirección de Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 11-03.—Solicitud Nº 3272.—C-254170.—(IN2011075408).
FUNDACIÓN
AMOR Y ESPERANZA
RESOLUCIÓN
COMPRA DIRECTA FUNDAE Nº 01-2011
Adquisición
de sillas de ruedas manuales,
adaptadas y
eléctricas
MSC. Shirley Pereira Badilla, Presidenta.—1 vez.—(IN2011075302).
RESOLUCIÓN
COMPRA DIRECTA FUNDAE Nº 02-2011
Adquisición
de equipo para fisioterapia
MSC. Shirley Pereira Badilla, Presidenta.—1 vez.—(IN2011075304).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO ELÉCTRICO
MUNICIPAL DE CARTAGO
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-000003-03
Adquisición
de transformadores de distribución
La junta administrativa del Servicio
Eléctrico Municipal de Cartago, por medio de
Cartago, 23 de setiembre del 2011.—Área Contratar Bienes y Servicios.—Unidad Ejecutora.—Lic. Héctor Tabarez De Tolentino.—1 vez.—O. C. Nº 5094.—Solicitud Nº 31604.—C-14060.—(IN2011075335).
SISTEMA DE PRECALIFICACIÓN ALTERNATIVO
DE CORREDORES DE BIENES PARA
DE BIENES INMUEBLES ADQUIRIDOS
Se
informa a los interesados en integrar el registro de elegibles señalado en la
referencia, que el reglamento con los requisitos que deben cumplir los
corredores fue publicado en el Diario Oficial
Adicionalmente,
en el caso de requerirlo, el documento está disponible en
La información
debe ser depositada en el buzón para contrataciones, de
San José, 21 de setiembre del 2011.—Gerencia de División de Operaciones Comerciales.—Luis Rojas Orozco.—1 vez.—O. C. Nº 60598.—Solicitud Nº 47237.—C-14060.—(IN2011074576).
SISTEMA
NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-000182-01100
Consolidación
de servicios corporativos
(solución de
servidores, unidad
de
almacenamiento y unidad
de respaldo)
Se avisa a todos aquellos interesados en
San José, 22 de setiembre del 2011.—Proveeduría.—Lic. Marietta Tencio Olivas, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 25329.—Solicitud Nº 47504.—C-10940.—(IN2011074958).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000037-01
Contratación
del mantenimiento evolutivo del sistema
de
administración de pólizas (SAP)
El Banco de Costa Rica, comunica a los
interesados en
El punto 22.1 debe leerse de la
siguiente forma:
22.1 Los
servicios requeridos en esta contratación será de 1 año (prorrogable hasta dos
veces adicionales, previa evaluación del banco), para un total de 3 años; contado
a partir de la comunicación formal del contrato por parte de
El resto de condiciones se mantienen
invariables.
Oficina de Compras y
Pagos.—Rodrigo Aguilar, Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 60598.—Solicitud Nº
47240.—C-11720.—(IN2011075346).
HOSPITAL
DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA
ÁREA
DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN
PÚBLICA NACIONAL Nº 2011N-000008-2101
Compra
de reactivos para la determinación CD4/CD8/CD3
Se informa a los interesados en participar en
San José, 23 de setiembre del 2011.—Subárea Contratación Administrativa.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2011075288).
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-000012-01
Construcción
del Centro de Formación de Upala
El Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional
de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en participar en
Además, se solicita a los proveedores que ya
compraron el cartel, pasar al proceso de adquisiciones, sede central del INA,
para retirar un CD rotulado que contiene información sobre las láminas O2 y O3
del plano de construcción, que el CD inicial no permite plotear.
Proceso de adquisiciones.—Allan Altamirano Díaz.—Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº 48388.—C-13280.—(IN2011075351).
CONTRATACIÓN
DIRECTA DE ESCASA CUANTÍA Nº 2011CD-000555-01
Curso
en materia de hostigamiento laboral
El Patronato Nacional de
San José, 19 de setiembre de 2011.—Departamento de Suministros, Bienes y Servicios.—Lic. Guiselle Zúñiga Coto, Coordinadora.—1 vez.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 48594.—C-2820.—(IN2011075350).
Se avisa a los interesados en el concurso que
se detalla a continuación, que se amplía el plazo para la recepción y apertura
de ofertas de la:
Nº LICITACIÓN
PÚBLICA |
DESCRIPCIÓN |
AMPLIACIÓN
FECHA DE APERTURA |
2011LN-000001-01 |
“Concesión de la prestación del servicio de carga, descarga, estiba, desestiba y manejo de mercancías en las terminales portuarias actuales de Limón y Moín”. |
31
octubre, |
Limón, setiembre, 2011.—Proveeduría Administración Portuaria.—Lic. Wálter Anderson Salomons, Proveedor.—1 vez.—O. C. Nº 1973.—Solicitud Nº 49744.—C-11720.—(IN2011075360).
COMPAÑÍA
NACIONAL DE FUERZA Y LUZ S. A.
CONCURSO
DE ADQUISICIÓN Nº 2011PP-000017-PROV
Unidades
turbogeneradores hidráulicos con su
equipamento
electromecánico
Les indicamos que para este concurso, se ha
realizado la aclaración Nº 1, la cual pueden pasar a retirar en nuestras
oficinas de la proveeduría.
Proveeduría.—José Antonio Salas Monge, Proveedor.—1 vez.—(IN2011075000).
MUNICIPALIDAD
DE VÁZQUEZ DE CORONADO
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-00001-01
(Enmienda Nº 1)
Compra
de dos camiones recolectores nuevos y una vagoneta
de volteo para
el servicio de recolección de desechos
sólidos del
cantón
Vázquez de Coronado, 22 de
setiembre del 2011.—Wálter Méndez Méndez, Proveedor.—1
vez.—(IN2011075379).
MUNICIPALIDAD DE CARTAGO
PROYECTO
DE REGLAMENTO INTERNO DE
CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA DE LA
MUNICIPALIDAD DEL
CANTÓN
CENTRAL DE CARTAGO
En cumplimiento del acuerdo definitivamente
aprobado contenido en el artículo 16° del acta 99-11, de sesión celebrada por el
Concejo Municipal de Cartago el día 6 de setiembre del 2011, tomado conforme a
las potestades conferidas en los artículos 4, inciso a), 13, incisos c) y e) y
17, incisos a) y h) del Código Municipal, ley N° 7794 y el artículo 170 de
PROYECTO
DE REGLAMENTO INTERNO DE
CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA DE LA
MUNICIPALIDAD DEL
CANTÓN
CENTRAL DE CARTAGO
TÍTULO
I
Aspecto
Generales
Artículo 1º—Objeto: El presente
Reglamento regulará lo relativo a la adquisición de bienes y servicios que
requieran cualquiera de los órganos o unidades que integran la estructura
administrativa de
Artículo 2º—Alcance: Este Proyecto de Reglamento será
aplicable sin excepción a todos los procedimientos de contratación
administrativa que promueva
Artículo 3º—Definiciones: Para efectos de este Proyecto
de Reglamento se entiende por:
Concejo: Concejo de
CGR: Contraloría General de
Unidades Solicitantes: Departamentos o unidades municipales que
integran la estructura administrativa de
Dirección Financiera Administrativa: Dirección de Área Municipal que está a
cargo de
SIAC: Sistema Integrado de
LCA: Ley de Contratación Administrativa. Ley Nº 7494.
RLCA: Reglamento a
El Código: El Código Municipal. Ley Nº 7794.
RRCAP: Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de
Artículo 4º—Principios rectores: La contratación
administrativa se encuentra regulada por una serie de principios que orientan y
regulan sus procedimientos en acatamiento a las normas que los han definido y
que se indican a continuación:
• Eficiencia:
Todo procedimiento debe tender a la selección de la oferta más conveniente para
el interés público e institucional, a partir de un correcto uso de los recursos
públicos. En las distintas actuaciones prevalecerá el contenido sobre la forma.
• Eficacia: La contratación administrativa estará orientada
al cumplimiento de los fines, metas y objetivos de la entidad, en procura de
una sana administración.
• Publicidad: Los procedimientos de contratación se darán a
conocer por los medios correspondientes a su naturaleza. Se debe garantizar el
libre y oportuno acceso al expediente, informes, resoluciones u otras
actuaciones.
• Libre competencia: Se debe garantizar la
posibilidad de competencia entre los oferentes. No deben introducirse en el
cartel restricciones técnicas, legales o económicas que injustificadamente
limiten la participación de potenciales oferentes.
• Igualdad: En un mismo concurso los participantes deben ser
tratados y examinados bajo reglas similares.
• Buena fe: Las actuaciones desplegadas por la
entidad contratante y por los participantes se entenderán en todo momento de
buena fe, admitiendo prueba en contrario.
TÍTULO
II
Estructura
y competencias en
en Contratación
Administrativa
SECCIÓN
I
Concejo
Municipal
Artículo 5º—Superior jerárquico:
El Concejo Municipal es el superior jerárquico en materia de contratación
administrativa, consecuencia de ello, es la instancia competente para dictar el
acto de adjudicación de las licitaciones públicas y las abreviadas, que
promueva esta Municipalidad, así como aquellos procesos de adquisición de
bienes y servicios excluidos de los procedimientos ordinarios de contratación y
aquellas contrataciones que sean autorizados por
SECCIÓN
II
Dirección
Financiera Administrativa
Artículo 6º—Definición funcional de
SECCIÓN
III
Artículo 7º—Definición funcional de
Todas las unidades administrativas de
Artículo 8º—Funciones de Proveeduría: Las funciones
específicas de Proveeduría son:
1) Integrar,
mantener y actualizar el registro de proveedores, custodiando todos los
documentos que lo conformen y estableciendo los mecanismos administrativos
técnicos e informáticos para que este funcione óptimamente.
2) Administrar y supervisar eficiente y eficazmente los procesos de
contratación administrativa desde el ingreso de la solicitud (orden de pedido),
confección de la orden de compra, hasta el finiquito de la obra o entrega del
bien o servicio.
3) Solicitar las cotizaciones de precios para la compra de bienes y
servicios solicitados.
4) Seleccionar según corresponda, con base en las ofertas y
cotizaciones recibidas, al oferente que cumple con las especificaciones y
condiciones técnicas y legales de la contratación según el puntaje obtenido en
la tabla de evaluación, que resulte más conveniente a los intereses de
5) Elaborar, revisar y publicar los carteles o pliegos de condiciones
en coordinación con
6) Recibir las ofertas y proceder a su apertura haciendo constar en el
acta respectiva las principales incidencias.
7) Verificar el día de la apertura de las ofertas en que los oferentes
se encuentren al día con sus obligaciones ante
8) Custodiar y mantener actualizado el expediente administrativo de
las contrataciones que lleve a cabo
9) Coordinar con
10) Dirigir el proceso para la liberación o ejecución de garantías de
participación y de cumplimiento en coordinación con
11) Elaborar informe de recomendación sobre la resolución final de
adjudicación o de re adjudicación cuando corresponda, así como la recomendación
de declaratoria de infructuosa, declaratoria de insubsistencia o declaración de
desierto en un concurso, cuando así proceda de conformidad con el RLCA.
12) Elaborar y actualizar el plan de adquisiciones de
13) Gestionar el plan de compras ante cada unidad administrativa
municipal, que le permita consolidar un programa de compras municipal.
14) Promover la utilización de medios electrónicos y digitales en los
procesos de compra administrativa.
15) Registrar los procesos de compra administrativa para cumplir con
los requisitos de
16) Suministrar información confiable para la consolidación de estados
financieros de
17) Consolidar y actualizar el plan de adquisiciones de
18) Adjudicar compras directas de escasa cuantía, según los límites
presupuestarios establecidos por
19) Ejecutar los procedimientos de remate, actuando como coordinador
del procedimiento establecido por RLCA para dichos fines.
20) Elaborar y actualizar el Manual de Procedimientos de
SECCIÓN
IV
Artículo 9º—Definición funcional de
SECCIÓN
V
Almacén
Municipal
Artículo 10.—Definición funcional
del Almacén Municipal: El Almacén Municipal será la dependencia municipal
adscrita a
Artículo 11.—Funciones del Jefe(a) del Almacén Municipal: las funciones del
Jefe(a) del Almacén Municipal son:
1) Velar
por el cumplimento de la entrada, registro, custodia y distribución de los
bienes, suministros y activos institucionales así como de su control.
2) Recibir órdenes de compra y registros sobre la adquisición de
bienes, suministros y activos.
3) Participar en la elaboración y actualización del plan de
adquisiciones de
4) Promover la utilización de medios electrónicos y digitales en los
procesos de recepción, registro, almacenamiento, distribución de bienes,
suministros y activos, así como para levantamiento y administración del
inventario.
5) Suministrar información confiable para la consolidación de estados
financieros de
6) Suministrar información confiable a la administración sobre
faltantes detectados y las razones que originan los faltantes.
7) Establecer calendarios de entrega y recepción de bienes,
suministros y activos.
8) Establecer los procedimientos de solicitud y entrega de bienes,
suministros y activos a las unidades solicitantes.
9) Previa recepción y registro en el Almacén Municipal, plaquear los
activos para su debida entrega a las unidades solicitantes.
10) Elaborar y actualizar el Manual de Procedimientos del Almacén
Municipal, su personal se ajustará en forma rigurosa a las disposiciones que
contenga dicho Manual.
SECCIÓN
VI
Coordinador(a)
del Contrato
Artículo 12.—Definición funcional
del Coordinador(a) del Contrato: Será el Titular de
En su función debe velar por la correcta ejecución del contrato, gestionar
prórrogas correspondientes, además de gestionar ante
En caso de partidas específicas y de obra pública
SECCIÓN
VII
Sobre
el Catálogo de Bienes y Servicios
Artículo 13.—Objetivo. El
Catálogo de Bienes y Servicios (Registro de Imputaciones) de
Artículo 14.—Composición del Catálogo de Bienes y Servicios:
El Catálogo de Bienes y Servicios estará constituido por el nombre del bien o
servicio, el código y la partida presupuestaria.
Artículo 15.—Ámbito de aplicación y uso: El Catálogo de
Bienes y Servicios será de uso obligatorio en los procedimientos de
Contratación Administrativa que se realicen en
El código de clasificación debe ser utilizado en concordancia con el
registro de proveedores para señalar los bienes y los servicios que el
Proveedor(a) puede ofrecer a
Para la confección del cartel,
Artículo 16.—Información que contiene el Catálogo de Bienes
de Servicios: El Catálogo de Bienes y Servicios contiene información
técnica detallada para identificar de manera única, mediante el uso de
atributos comunes e individuales, los bienes y los servicios de acuerdo con las
características y particularidades del producto o servicio.
Artículo 17.—Administración del Catálogo de Bienes y
Servicios: Corresponderá a
Las unidades solicitantes serán responsables de velar por la calidad
de la información del Catálogo y de solicitar ante
Artículo 18.—Solicitud de inclusión, modificación o exclusión:
Las unidades solicitantes y los proveedores registrados tienen la
responsabilidad de solicitar la inclusión, la modificación o la exclusión de
bienes o servicios en el Catálogo, para lo cual deberán utilizar los
formularios y los procedimientos establecidos para tal fin.
Artículo 19.—Procedimiento de inclusión, modificación o
exclusión: Una vez recibida la solicitud de inclusión, modificación o
exclusión de bienes o servicios en el Catálogo de
Artículo 20.—Actualización de la información del Catálogo de
Bienes y Servicios: Con el propósito de garantizar la calidad de la
información disponible en el Catálogo de Bienes y Servicios,
Es obligación de las unidades solicitantes comunicar las
actualizaciones de los bienes y los servicios que afecten los datos del
Catálogo.
SECCIÓN
VIII
Sobre
el Registro de Proveedores
Artículo 21.—Registro de Proveedores:
Artículo 22.—Información del Registro de Proveedores: El
Registro de Proveedores deberá contener la información básica de los
proveedores y deberá consignar al menos la siguiente información:
a) Nombre,
razón o denominación social, según corresponda.
b) Número de cédula física, jurídica, residencia o identificación en
el caso de proveedores extranjeros, según corresponda.
c) Nacionalidad de la persona física, y país de constitución en el
caso de personas jurídicas.
d) Domicilio electrónico permanente (dirección de correo electrónico).
e) Números telefónicos, número de fax, apartado postal y dirección
física.
f) Actividad a la que se dedica.
g) Bienes y/o servicios que ofrece.
h) Información del representante legal o apoderado incluyendo las
facultades y limitaciones del mandato.
i) Fecha de inscripción y fecha de expiración de la persona jurídica.
j) Número y tipo de acciones.
k) Monto de las acciones o cuotas, ya sea nominal o real.
l) Propiedad y distribución del capital (titulares y distribución).
El oferente registrado será responsable de mantener actualizada dicha
información.
m) Indicar si es proveedor directo o intermediario; si está registrado
como PYME, debe señalar el número de registro y su categoría, así como el país
de origen del bien o servicio que ofrece.
Artículo 23.—Garantizar la
actualización y mantenimiento del Registro de Proveedores:
Artículo 24.—Uso y rotación del Registro de Proveedores:
Artículo 25.—Uso de la información: La información
presentada por los interesados y que se incorpore en el Registro de Proveedores
podrá ser utilizada en cualquiera de los procedimientos de adquisidores que
lleve a cabo
Artículo 26.—Aprobación de solicitud para formar parte del
Registro de Proveedores:
Artículo 27.—Actualización de la información: Es
obligación del interesado mantener actualizada la información aportada en el
Registro de Proveedores en caso de cambios. Para lo cual debe presentar los
documentos que respalden dichas modificaciones, en formato escrito, electrónico
o digital.
Artículo 28.—Exclusión de Registro de Proveedores: La
exclusión en el Registro de Proveedores se regirá de acuerdo a la normativa
vigente en la materia de contratación administrativa, artículo 124 del RLCA.
TÍTULO
III
De
la ejecución del procedimiento de
contrataciones
administrativas
SECCIÓN
I
Sobre
el Plan de Adquisiciones
Artículo 29.—Plan de Adquisiciones:
El Plan de Adquisiciones de
El Plan de Adquisiciones debe incluir al menos la siguiente
información:
a. Tipo de bien, servicio u obra por contratar.
b. Proyecto o programa dentro del cual se realizará la contratación.
c. Monto estimado de la compra.
d. Período estimado del inicio de los procedimientos de contratación.
e. Fuente de financiamiento.
f. Estudios de Presupuesto.
g. Cualquier otra información complementaria que contribuya a la
identificación del bien o servicio.
Artículo 30.—El Procedimiento para
la elaboración del plan de adquisiciones: El Proveedor(a) Municipal tomando
como insumo el Presupuesto Ordinario aprobado y tomando el código
presupuestario y la partida específica preparará el Plan de Adquisiciones
municipal en el mes de diciembre.
Artículo 31.—Publicación del Plan de Adquisiciones: El
Plan de Adquisiciones debe ser dado a conocer el primer mes de cada periodo
presupuestario, sin embargo su publicación no implica el compromiso de la
adquisición, se divulgará en el Diario Oficial
Artículo 32.—Modificaciones o inclusiones al Plan de Adquisiciones:
El Plan de Adquisiciones podrá ser modificado cuando surja una necesidad
administrativa o ante la aprobación de presupuesto extraordinario o sus
modificaciones. O bien cuando el bien o servicio incluido en el Plan de
Adquisiciones ya no sea requerido, las modificaciones o inclusiones podrán ser
publicadas cuando
Artículo 33.—Modificaciones de montos estimados en el Plan de
Adquisiciones: La estimación del monto podrá ser modificada en el Plan,
dado que son meras expectativas que pueden darse o no, en caso de determinarse
que dicho monto requiere ajustes podrán realizarse las modificaciones con la
debida aprobación de la jefatura del área de
Artículo 34.—Evaluación del Plan de Adquisiciones: Al
finalizar el periodo presupuestario el Proveedor(a) Municipal en conjunto con
el Director(a) Financiero Administrativo, el (la) Jefe de Almacén, el
Encargado(a) de
SECCIÓN
II
De
las solicitudes de contratación y requisitos previos
Artículo 35.—Solicitud de bienes y
servicios: Los procedimientos para la compra de bienes o la contratación de
servicios, se originarán con la solicitud de necesidades presentadas por las
Unidad Solicitante a
a) Unidad
solicitante.
b) Código de Departamento.
c) Justificación de la necesidad a satisfacer (continuidad en el
servicio o fin público).
d) Monto estimado del bien o servicio solicitado.
e) Cantidad solicitada.
f) Descripción completa del bien o servicio requerido.
g) Las especificaciones técnicas del bien o términos de referencia del
servicio, aprobadas por el profesional responsable, según corresponda a cada
área.
h) Fecha probable del consumo del bien.
i) Duración probable del consumo del bien y/o servicio.
j) Estar contemplado en el Plan de Adquisiciones.
Artículo 36.—Formalidades del pedido: El respectivo
formulario de Solicitud para
Artículo 37.—Agrupación de pedidos:
Artículo 38.—Requisitos previos: Previo a la decisión
inicial de contratación,
Artículo 39.—Trámite para la satisfacción de necesidades
particulares: Para atender una necesidad calificada o de naturaleza
particular, se podrá iniciar el procedimiento de contratación sin contar con
los recursos presupuestarios suficientes, previa aprobación de
Artículo 40.—Inicio del procedimiento: Una vez que se
cuente con la solicitud de compra o pedido debidamente confeccionado, con las
especificaciones técnicas o términos de referencia aprobados y el contenido
presupuestario correspondiente aprobado,
Artículo 41.—Estimación del contrato y determinación de
procedimiento: La estimación del contrato y la determinación del
procedimiento a seguir para su celebración será responsabilidad de
Artículo 42.—Conformación del expediente: Una vez que se
adopte la decisión de iniciar el procedimiento de contratación se formará un
expediente, al cual se le incorporarán los estudios previos que motivaron el
inicio de éstos cuando corresponda y todas las actuaciones internas o externas
relacionadas con la contratación.
SECCIÓN
III
Aspectos
generales para
ordinarios de
Contratación Administrativa
Artículo 43.—El cartel o pliego de
condiciones: Cuando por la naturaleza del procedimiento de contratación se
tenga que elaborar un cartel o pliego de condiciones, los mismos contendrán las
condiciones generales de la contratación y las especificaciones técnicas y
legales. Su contenido establecerá como mínimo los requisitos establecidos en el
RLCA.
Artículo 44.—Responsable de la elaboración del cartel o
pliego de condiciones: El Proveedor(a) será el encargado de elaborar los
carteles de licitación respectivos y de contratación directa cuando se
requiera. Dicho cartel debe además contar con el aval de la dependencia
solicitante del bien y/o servicio.
Artículo 45.—Criterios de evaluación:
Artículo 46.—Invitación a participar:
a) En
caso de Licitación Pública, la invitación a participar, las modificaciones al
cartel y el acto de adjudicación entre otros, se publicarán en el Diario
Oficial
b) Cuando
c) En caso de Licitaciones Abreviadas
Cuando el número de proveedores inscritos sea
igual o superior a cinco,
d) En caso de contratación directa de escasa cuantía,
Artículo 47.—Modificaciones y
prórrogas al cartel o pliego de condiciones: Las modificaciones a las
condiciones y especificaciones del cartel o pliego de condiciones, serán
divulgadas por los mismos medios utilizados para cursar la invitación, con al
menos tres días hábiles de anticipación al vencimiento del plazo para recibir
ofertas, siempre que estas modificaciones no cambien el objeto de la
contratación ni constituyan una variación fundamental en la concepción original
del mismo. Cuando se trate de simples aclaraciones pedidas o acordadas de
oficio, que no impliquen modificación en los términos de referencia,
Artículo 48.—Recepción de las ofertas: Las ofertas
deberán presentarse en el lugar, fecha, hora y forma señaladas en el cartel,
así como por los medios autorizados, físicos o electrónicos, debidamente
firmados por quien tenga poder para ello, la oferta deberá consignar al menos,
número y nombre del concurso para el cual se está ofertando, así como el nombre
o razón social de la persona física o jurídica que presenta la propuesta.
Deberá estar acompañada de los demás documentos y atestados solicitados por el
cartel respectivo y deberá ser presentada en un documento original y dos
copias. Toda oferta debe incluir al menos los siguientes requisitos:
a) Declaración
jurada de que se encuentra al día en el pago de los impuestos nacionales.
b) Declaración jurada de que el oferente no está afectado por ninguna
causal de prohibición.
c) Certificación de que el oferente se encuentra al día en el pago de
las obligaciones obrero patronales con
Artículo 49.—Vigencia de la oferta:
La oferta se presume vigente por todo el plazo estipulado en el cartel o, en su
defecto, durante el plazo máximo para disponer el acto de adjudicación.
Artículo 50.—Apertura de la oferta: Se tendrá por cerrado
el plazo para recepción de ofertas a la hora y fechas señaladas en el cartel,
acto seguido
Artículo 51.—Acta de la apertura: De la apertura, se
levantará un acta a cargo de
Artículo 52.—Subsanación y aclaraciones de las ofertas:
Dentro del plazo previsto por el RLCA, definido como cinco días hábiles
siguientes al acto de apertura,
Artículo 53.—Estudio y calificación de ofertas:
Artículo 54.—La recomendación de adjudicación: La
recomendación de adjudicación será elaborada por el Proveedor(a) y será firmada
por el Director(a) Financiero Administrativo, el Proveedor(a) y el Subproveedor(a).
Dicha recomendación debe contener al menos lo siguiente: resumen del objeto de
la contratación y enumeración de las ofertas recibidas, una síntesis del
estudio técnico y el estudio legal, recomendación de aquella o aquellas ofertas
que de conformidad con lo dispuesto en el cartel respectivo resulten ganadoras
de las contrataciones promovidas, contendrá además las principales condiciones
que regirán en un eventual contrato. La recomendación será remitida por
Artículo 55.—Recepción y valoración de ofertas mediante
procedimiento de Contratación Directa: En lo referente a
Artículo 56.—Órganos competentes para la adjudicación: La
competencia de adjudicación entre los distintos órganos se distribuirá de
acuerdo a los parámetros establecidos en artículo 27 de LCA y límites
presupuestarios establecidos por
a)
b) Concejo Municipal adjudicará las contrataciones generadas por
Licitación Pública y Licitación Abreviada, así como la adquisición de bienes y
servicios que sean adquiridos mediante procesos excluidos de los procedimientos
ordinarios de contratación, cuyo monto de adjudicación supere los límites
económicos definidos para Contratación Directa o aquellas contrataciones
directas que sean autorizadas por CGR.
Artículo 57.—Comunicación:
SECCIÓN
IV
Licitación
Pública
Artículo 58.—Licitación Pública:
• En
los supuestos previstos en el artículo 27 de
• En toda venta o enajenación de bienes, muebles o inmuebles, o en el
arrendamiento de bienes públicos, salvo si se utiliza el procedimiento de
remate.
• En la concesión de instalaciones públicas.
• En las contrataciones de cuantía inestimable.
• En los casos de compra de suministros cuando se trate de la
modalidad de entrega según demanda y ejecución por consignación.
• En los convenios marco regulados en el presente Proyecto de
Reglamento.
Artículo 59.—Procedimiento para la
adquisición de bienes y servicios mediante Licitación Pública: La
adquisición de bienes y servicios mediante Licitación Pública se realizará en
estricto apego al Manual de Procedimientos que
SECCIÓN
V
Licitación
Abreviada
Artículo 60.—Licitación Abreviada:
a) Para
la determinación del procedimiento se debe tomar en cuenta el monto del
presupuesto de
b) Se invita a participar a todos los oferentes del bien o servicio
acreditados en el registro correspondiente, el número de invitados deberá ser
como mínimo cinco.
c) Cuando el número de oferentes del bien o servicio es mayor o igual
a cinco se podrá invitar a participar en la licitación mediante publicación en
el diario oficial
d) Cuando el número de oferentes sea menor de cinco se deberá invitar
a través de publicación en el diario oficial
Artículo 61.—Procedimiento para la
adquisición de bienes y servicios mediante Licitación Abreviada: La
adquisición de bienes y servicios mediante Licitación Abreviada se realizará en
estricto apego al Manual de Procedimientos que
Artículo 62.—Licitación Pública o abreviada bajo modalidad de
“Entrega según demanda”:
En este supuesto
SECCIÓN
VI
Las
contrataciones excluidas de los procedimientos
ordinarios de
contratación
Artículo 63.—Las contrataciones
excluidas de los procedimientos ordinarios de contratación:
Se excluyen de los procedimientos ordinarios de la contratación las
siguientes actividades:
a) La
actividad ordinaria de la municipalidad.
b) Actividad contractual desarrollada entre entes públicos.
c) La actividad contractual que por su naturaleza no pueda ser
sometida a concurso público porque solo existe un solo proveedor o por razones
de seguridad.
d) Las compras realizadas con caja chica que no excedan los límites
dispuestos por el Reglamento de Caja Chica de esta Municipalidad.
Artículo 64.—Contratación directa
por montos de escasa cuantía: Las contrataciones de bienes y servicios que
por su limitado volumen y cuyo monto sea igual o inferior al “Monto de
Artículo 65.—Procedimiento para la adquisición de bienes y
servicios mediante Contratación Directa de Escasa Cuantía: Para llevar a
cabo la adquisición de bienes y servicios en
Artículo 66.—Contratación por Caja Chica: Las compras de
Caja Chica se ejecutarán según lo dispuesto en el reglamento específico que
apruebe
SECCIÓN
VII
Remate
Artículo 67.—Remate: Los
procedimientos de remate estarán regulados por los artículos 101 y 102 del
RLCA, y puede ser utilizado para la venta o arrendamiento de bienes muebles o
inmuebles con valor comercial.
Artículo 68.—Procedimiento para llevar a cabo remates en
• Solicitar
avaluó ante
• Girar invitación a participar en el Diario Oficial
• Preparar todos los requisitos que sean requeridos previo al acto
de remate, dichos requisitos son los siguientes: avaluó y descripción sobre las
características del bien a rematar: precio base, lugar y fecha en que podrán
ser examinados, así como asegurar que los bienes estarán disponibles para ser
examinados por los interesados.
• Presidir el acto de adjudicación del remate, con el apoyo de
• Elaborar y firmar el acta que determine el resultado del acto de remate,
será facultativo determinar si formalizará el acto mediante contrato o
escritura pública.
Artículo 69.—Procedimiento para
llevar a cabo remates: El procedimiento para llevar a cabo remates se
realizará en estricto apego al Manual de Procedimientos que
Artículo 70.—Del Arrendamiento de bienes (leasing):
Cuando resulte efectivo y conveniente para los intereses de
SECCIÓN
VIII
Sobre
las garantías
Artículo 71.—Disposiciones sobre
garantías de participación: En las licitaciones públicas y abreviadas y en
los demás procedimientos que
Los documentos aportados como Garantía de Participación deben ser
presentados en el Departamento de Tesorería Municipal, antes de la hora de
apertura de las ofertas.
Es competencia de
Artículo 72.—Disposiciones sobre garantías de cumplimiento:
Las garantías de cumplimiento respaldan la correcta ejecución del contrato se
deben presentar en las licitaciones públicas y abreviadas obligatoriamente, y
en los demás procedimientos que defina
Artículo 73.—Formas de rendir las garantías: La forma de
rendir garantías será indicada en el cartel y podrán rendirse mediante las
siguientes formas:
• Depósito
de bono de garantía de instituciones aseguradoras reconocidas en el país, o de
uno de los Bancos del Sistema Bancario Nacional o el Banco Popular y de
Desarrollo Comunal; Certificados de depósito a plazo, bonos del Estado o de sus
instituciones, cheques certificados o de gerencia de un banco del Sistema
Bancario Nacional.
• Dinero en efectivo mediante depósito a la orden de un Banco del
mismo sistema, presentando la boleta respectiva o mediante depósito en
• Las garantías pueden rendirse en cualquier moneda extranjera o
bien en su equivalente en moneda nacional, al tipo de cambio de referencia para
la venta, calculado por el Banco Central de Costa Rica, vigente al día anterior
a la presentación de la oferta o la suscripción del contrato, según
corresponda.
TÍTULO
IV
Recursos
SECCIÓN
I
Recurso
objeción al cartel
Artículo 74.—Objeción Licitación Pública:
Los recursos de objeción al cartel serán presentados ante
Artículo 75.—Objeción Licitación Abreviada: Cuando el
recurso de objeción se refiera a una Licitación Abreviada la interposición del
recurso procederá ante
SECCIÓN
II
Recurso
apelación
Artículo 76.—Recurso de apelación:
En el caso de recursos de apelación deberán presentarse ante
SECCIÓN
III
Recurso
de revocatoria
Artículo 77.—Recurso de revocatoria
en caso de Licitación Pública y Abreviada: Tratándose del Recurso de
Revocatoria contra el acto de Adjudicación, estos serán presentados ante el
Concejo Municipal con copia a
TÍTULO
V
Formalización
y ejecución de la contratación
SECCIÓN
I
Formalización
Artículo 78.—Formalización
contractual: Los contratos se formalizarán en instrumento público o privado
de conformidad con los requerimientos legales y cartelarios aplicables. Por
Artículo 79.—Dependencia encargada de la elaboración de los
contratos: La dependencia encargada de elaborar contratos, cuando así se
requiera, será
Artículo 80.—Otras modalidades de formalización: Esta
formalización podrá omitirse si de la documentación originada por el respectivo
procedimiento de contratación, resultan indubitables los alcances de los
derechos y las obligaciones contraídas por las partes, en este caso, el
documento de ejecución presupuestaria denominado orden de compra, constituirá
instrumento idóneo para continuar con los trámites e informar al oferente
adjudicado, así como el pago respectivos, todo bajo la responsabilidad del
funcionario que la emite.
Artículo 81.—Orden de compra: La orden de compra es el
documento que emite
• Lugar
y fecha de emisión del documento.
• Nombre del oferente adjudicado.
• Cédula jurídica o física del oferente adjudicado.
• Número de contratación.
• Descripción del bien o servicio.
• Cantidad, precio unitario y monto total.
• Tiempo y lugar de entrega.
• Partida de presupuesto afectada.
• Firma de los responsables del trámite.
Artículo 82.—Firmas en la orden de
compra: La competencia para firmar órdenes de compra estará definida según
el monto de la orden de compra, para ello
• Las
órdenes de compra por el monto con el límite inferior o más bajo al monto
establecido por la administración, deberán ser firmadas por el Tesorero(a), el
Proveedor(a) y el Director(a) Financiero Administrativo.
• Las órdenes de compra por el monto que excede el límite inferior
establecido por
Artículo 83.—Sistema Integrado de
Artículo 84.—Orden de inicio de contrato: Para efectos de
la ejecución del contrato será
SECCIÓN
III
De
la recepción provisional o definitiva
Artículo 85.—Recepción provisional:
Se podrá realizar recepción provisional de bienes y servicios, previa
coordinación con el contratista, para ello el funcionario(a) de
Artículo 86.—Recepción definitiva: Una vez vencido el
plazo para corregir fallas o inconsistencia en los bienes y servicios
recibidos, se procederá a la recepción definitiva, para ello el Almacén
Municipal cuando proceda y
Artículo 87.—Recepción de obras y bienes: La recepción de
bienes y obras, deberá quedar consignada en un acta u oficio, la cual será
levantada para cada procedimiento de contratación por separado. El departamento
u órgano técnico responsable de su levantamiento deberá llevar un control
consecutivo de las recepciones que realiza durante cada año calendario. En lo
relativo a bienes, la dependencia encargada del levantamiento de las actas u
oficio será el(a) Jefe del Almacén, según corresponda, quien dependiendo de la
naturaleza del objeto contratado, deberá contar con la colaboración de los
funcionarios(as) especializados que sean necesarios, a efecto de proteger
debidamente los intereses de la institución en el acto de recepción.
Para la recepción de obras, el encargado(a) de realizar el
levantamiento de las actas u oficio respectivos será el funcionario(a)
designado como órgano técnico responsable de la misma. Al igual que para la
recepción de bienes, las actas deberán llevarse de forma consecutiva para cada
procedimiento de contratación adjudicado. La numeración consecutiva deberá
responder al trabajo que se realice durante cada año calendario. Todas las
actas originales se deberán remitir a
Artículo 88.—Recepción de bienes: Para la recepción de
bienes el Almacén Municipal será el responsable del levantamiento del acta y oficio
respectivo, en la cual deberá consignarse como mínimo: cantidades, calidades,
características y naturaleza de los bienes. Adicionalmente, se dejará
constancia de cualquier otra información que se estime necesaria o pertinente
para el adecuado respaldo de los intereses de la institución. El acta u oficio
deberá ser suscrita por el encargado(a) de recepción y despacho del Almacén
Municipal y por el contratista o el representante que este haya designado. Si
la cantidad de bienes a recibir es muy alta y variada, bastará con un acta
resumen, que haga referencia a los documentos principales del expediente que
especifican la cantidad, calidad y naturaleza de los bienes respectivos. Cuando
deban recibirse bienes, cuya naturaleza requiera de la valoración de técnicos(as)
especializados para el adecuado respaldo de los intereses de la institución, el
Almacén Municipal deberá coordinar con
Artículo 89.—Recepción de servicios contratados:
Tratándose de la contratación de servicios, dada la periodicidad con que los
mismos serán recibidos,
Artículo 90.—Recepción de obras: Previa revisión de la
obra el coordinador(a) del contrato a cargo elaborará un acta de recepción,
donde se indicará cómo se desarrolló el proceso constructivo y la condición de
una eventual sanción, resolución o rescisión del contrato. La frecuencia con
que deban elaborarse dichos informes dependerá de la modalidad fijada para la
prestación del servicio y deberán enviarse a
Artículo 91.—Vicios ocultos, responsabilidad disciplinaria:
El hecho de que el bien, servicio u obras sean recibida a satisfacción en el
acto de recepción oficial, no exime a la contratista de su responsabilidad por
vicios ocultos. En caso de obra el contratista asumirá responsabilidad por
vicios ocultos si estos afloran durante los diez años posteriores a la fecha de
la recepción definitiva. Por otra parte,
Artículo 92.—Finiquito: En el finiquito de contrato en
caso de obra
El acta de finiquito debe contener, al menos, las cualidades de los
representantes legales tanto de
SECCIÓN
IV
Modificaciones
a las contrataciones
Artículo 93.—Modificaciones a los
contratos:
Artículo 94.—Contrato adicional: Cuando
Artículo 95.—Prórrogas para los plazos de entrega: La
prórroga en la ejecución de los contratos se regirá por lo dispuesto en el
artículo 198 del RLCA. La valoración y aprobación de ésta, la efectuarán
conjuntamente el superior de la unidad solicitante y
SECCIÓN
V
Precio
y pago
Artículo 96.—Sobre los precios
cotizados: Los precios cotizados deberán ser firmes, definitivos e
invariables durante el periodo de vigencia de la oferta; expresados en números
y letras coincidentes. En caso de discrepancia, prevalecerá lo expresado en
letras. Los precios podrán cotizarse en colones costarricenses o en la moneda
definida en el cartel, en caso que la oferta sea presentada en moneda
extranjera se deberá utilizar como referencia el tipo de cambio establecido por
el Banco Central de Costa Rica vigente al momento de la confección del cheque o
medio de pago definido.
Artículo 97.—Desglose de precios: El oferente deberá
presentar el desglose de la estructura del precio junto a un presupuesto
detallado y completo con todos los elementos que lo componen.
Artículo 98.—Forma de pago: La forma de pago se indicará
en el cartel, los pagos a oferentes y a los arrendatarios se harán contra la
prestación del servicio, recepción de bienes o avance de la obra, a entera
satisfacción de
Artículo 99.—Trámite de pago: Los bienes se pagarán
treinta días posteriores a la presentación para el cobro de la factura en
SESIÓN
VI
Reajuste
de precios
Artículo 100.—Reajuste de precios
por contratos: Salvo cuando se estipulen, expresamente, parámetros
distintos en los términos del cartel respectivo, en los contratos de obra,
servicios y suministros,
Artículo 101.—Periodicidad de reajuste de precios por
contratos: Los reajustes se calcularán sobre estimaciones mensuales, con
base en los precios de la oferta y los índices correspondientes al mes de la
apertura de las ofertas, en estricto apego el precio presentado en la oferta
los cuales deberán presentarse en un presupuesto completo, desglosado en todos
los elementos que los componen y detallando junto con la estructura del precio
con todos los precios que los componen. En las restantes contrataciones, cuando
se produzcan variaciones en los costos estrictamente relacionados con el objeto
del contrato, podrán establecerse los mecanismos necesarios de revisión de
precios, para mantener el equilibrio económico del contrato.
Artículo 102.—Procedimiento para el reajuste de precios:
El contratista deberá acudir al Departamento de Proveeduría, responsable de dar
gestión al trámite de reajuste de precios, y ante el cual debe presentar las
facturas por avance de obras o servicios, el análisis y el cálculo realizado
para el reajuste de precios, de acuerdo a lo establecido en el cartel de
licitación. Recibida la documentación
TÍTULO
VII
Sanciones
Artículo 103.—Sanciones: Las
sanciones que apliquen al incumplimiento de este Proyecto de Reglamento estarán
reguladas por
TÍTULO
VIII
Disposiciones finales
Artículo 104.—Vigencia: En apego
al artículo 43 del Código Municipal este Proyecto de Reglamento, por
disposición del Concejo Municipal será publicado el Diario Oficial
Eduardo Alfonso Castillo Rojas, Jefe Departamento de Secretaría General.—1 vez.—O. C. Nº 39784.—Solicitud Nº 32305.—C-600320.—(IN2011072950).
considerando que:
1.
2. La variación interanual del Índice de Precios al Consumidor, a
diciembre del 2010, fue de 5,8% y la variación del PIB real, en el 2010, fue de
4,3%.
3. Las condiciones económicas mundiales, principalmente en varios
países europeos y en los Estados Unidos, muestran signos de debilidad que
eventualmente afectarían el desempeño del sistema financiero internacional.
4. El ajuste en el nivel de capital mínimo de las entidades
financieras contribuye a mejorar la capacidad del sistema financiero para
afrontar perturbaciones ocasionadas por tensiones financieras o económicas.
5. El más reciente acuerdo de capital del Comité de Basilea (Basilea
III) presenta, entre otras cosas, una estrategia que conduce a la reducción del
apalancamiento financiero, mediante mayores requisitos de capital regulatorio.
6. Los riegos que regularmente enfrenta cualquier entidad financiera
(riesgo crediticio, de liquidez, cambiario, tasas de interés, otros), la
protección al depositante y la estabilidad de las entidades de intermediación
financiera deberán abordarse, mediante la regulación y la supervisión que
realizan el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (CONASSIF) y
dispuso:
Modificar el capital mínimo de la banca
privada, en el 2011, de la siguiente forma:
a. Incrementar
el capital mínimo de los bancos privados, tomando como consideración la
variación interanual del Índice de Precios al Consumidor a diciembre del 2010
(5,8%) y la variación del PIB real del 2010 (4,3%). De acuerdo con ese
parámetro, el capital mínimo de los bancos privados se ubicará en ¢9.305
millones.
b. La presente disposición rige a partir de su publicación en el
Diario Oficial
c. En lo referente a las empresas financieras de carácter no bancario,
regirán las siguientes disposiciones:
i.- Aquellas
empresas financieras no bancarias que inicien operaciones a partir de la fecha
de publicación de estas disposiciones en el Diario Oficial
Las empresas financieras no bancarias
inscritas y en funcionamiento, así como aquellas cuyas licencias de operación
estuvieran siendo estudiadas por
ii.- El
capital mínimo de los bancos cooperativos y el de los bancos solidaristas
deberán ser ajustados a los montos y en las fechas que corresponda, de tal
manera que, en ningún caso, sea inferior al 50% del capital mínimo que rija
para los bancos comerciales privados. Los bancos cooperativos y solidaristas no
están autorizados a distribuir dividendos, en el tanto no hubiesen cumplido con
el calendario previsto para los bancos comerciales privados.
Lic. Jorge Monge Bonilla, Secretario General.—1 vez.—O.C. Nº 11869.—Solicitud Nº 090.—C-74305.—(IN2011072930).
SUCURSAL
SAN ANTONIO DE BELÉN
AVISOS
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
El Banco Nacional de Costa Rica, Sucursal de
San Antonio de Belén, avisa a
Nombre Identificación Fecha apertura
Cecilia
Barrera Torres 117001334406 14-12-2010
Favor de presentarse a esta sucursal y/o comunicarse
al telf. 2239-0247, ext. 4762.
San Antonio de Belén, 13 de setiembre del
2011.—Carlos López Brenes, Director de Operaciones.—(IN2011071997).
OFICINA PERIFÉRICA DE TIBÁS
AVISO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA
VEZ
Extravío
del certificado de Ahorro a Plazo Fijo a la orden de: César Augusto Jarquín
Núñez, cédula 09-0059-0727, según el siguiente detalle:
Certitic. Nº |
Monto |
Fecha vencimiento |
Cupón Nº |
Monto |
Fecha vencimiento |
001000140000189 |
¢15.500.000 |
29-01-2011 |
N.A. |
N.A. |
N.A. |
001000140000246 |
¢14.000.000 |
13-02-2011 |
N.A. |
N.A. |
N.A. |
Lo anterior para efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.
San José, 12 de setiembre del 2011.—Lic. Guido Campos Ávila, Supervisor.—RP2011257975.—(IN2011073038).
EDICTO
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El
señor José Antonio García Martínez, cédula de identidad Nº
Cartago, 7 de setiembre del 2011.—Departamento de Admisión y Registro.—MBA William Vives Brenes, Director.—O. C. Nº 1012.—Solicitud Nº 35562.—C-16220.—(IN2011072760).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Al
señor Fernando Ramón Barboza Mora, se le notifica que mediante resolución de
las diez horas del cinco de setiembre del dos mil once, se resolvió: ordenar el
cuido provisional de las personas menores de edad Jeffry Barboza Hernández,
bajo cuidados y responsabilidad de la tía materna señora Shirley Ramos Zúñiga,
cédula 1-884-329. Lo anterior por un periodo máximo de seis meses, mientras se
profundiza en la intervención institucional, y mientras no sea revocado en vía
administrativa o judicial. Contra la presente resolución podrá interponerse
recurso de apelación ante
A la
señora Guiselle Aguilar Urbina, se le notifica que mediante resolución de las
ocho horas del cinco de setiembre del dos mil once, se resolvió: ordenar el
cuido provisional de las personas menores de edad Carlos Charityn Ortega
Aguilar, bajo cuidados y responsabilidad de la señora Heminia Azucena Ortega
Obando, cédula residencia 1558051210. Lo anterior por un periodo máximo de seis
meses, mientras se profundiza en la intervención institucional, y mientras no
sea revocado en vía administrativa o judicial. Lo anterior por un periodo
máximo de seis meses mientras se profundiza en la intervención institucional, y
mientras no sea revocado en vía administrativa o judicial. Contra la presente
resolución podrá interponerse recurso de apelación ante
A
Ivania Patricia Álvarez Delgado y Rodolfo Álvarez Mena, se les comunica la
resolución de las catorce horas del diecinueve de agosto del dos mil once,
donde se resuelve como medida de protección de abrigo temporal de la niña
Álvarez Álvarez Yendry María en el albergue del Patronato Nacional de
A
Tomasa Sevilla Pérez y Menardo Bron Gracia se les comunica la resolución del
Patronato Nacional de
A la
señora Damaris Molina Cáseres domicilio y demás calidades desconocidas por esta
Oficina Local y a quien interese se les comunica la resolución de las catorce
horas del veinticinco de agosto del año dos mil once que declaró la
incompetencia territorial del proceso administrativo en relación a la persona
menor de edad Brandon Daniel Molina Cáseres remitiendo el expediente a
Al
señor Donadl Arroyo Bravo, se le comunica la resolución de este Despacho de las
doce horas del día dieciocho de julio del dos mil once, que ordenó la medida de
cuido provisional de los niños Sinaí, Isaac y Saúl Arroyo Alfaro en el hogar de
la señora Olga Rodríguez Loría. Se previene a las partes señalar lugar para
futuras notificaciones en el perímetro de esta Oficina Local, de lo contrario
las resoluciones posteriores quedarán notificadas con solo el transcurso de
veinticuatro horas después de ser dictadas. Plazo para oposiciones: tres días a
partir de la tercera publicación de este edicto. Recurso de apelación el cual
deberá interponerse ante
A la
señora Katherine Solís Araya, cédula número uno-quinientos
veinticinco-quinientos cuarenta, domicilio actual y demás calidades
desconocidas por esta Oficina Local, se le notifica resolución de las ocho
horas del veinte de julio del dos mil once, que da por finalizado proceso
especial de protección tramitado a favor de Sharon Andrade Solís, en forma
positiva luego de haber recibido la terapia correspondiente como madre. Plazo
para oposiciones: cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de
este edicto, mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante
A los
señores Kimberly Roo Meoño, menor de edad; Melisa Meoño Solano, cédula Nº
1-047-686 y Geiner Roo Brown, cédula número siete-ciento veintiocho-doscientos veinticinco,
todos de domicilio actual conocido, visto que se indica no habitan en la
dirección que consta en el expediente, se les notifica la resolución de las
diez horas del veinte de julio del dos mil once, que dicta la finalización del
proceso especial de protección en sede administrativa, siendo que la joven se
reincorporó al hogar de sus padres de manera satisfactoria. Plazo para
oposiciones: cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de este
edicto, mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante esta
Oficina Local, en forma verbal o escrita; Oficina que lo elevará ante
A los
señores Laura Zamora Vargas, cédula número cuatro-ciento setenta y
seis-novecientos trece; José Alfredo Jiménez Alvarado, cédula número
dos-cuatrocientos cuarenta-trescientos cuarenta y ocho, y Miguel Gómez Zamora,
cédula desconocida, todos de domicilio actual y demás calidades desconocidas
por esta Oficina Local, se les notifica resolución de las once y treinta horas
del veinte de julio del dos mil once, que da por finalizado proceso especial de
protección tramitado a favor de Carlos Gómez Zamora, Yerali Arce Zamora,
Francini y José Pablo ambos Jiménez Zamora, en forma positiva. Plazo para
oposiciones: cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de este
edicto, mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante las
Oficina Local de Heredia Norte, en forma verbal o escrita; Oficina que lo
elevará ante
Al
señor Luis Miguel Rodríguez Fernández, mayor, vecino de Pocora, pero se
desconoce su domicilio exacto, se le comunica la resolución de cuido
provisional que se dicta el seis de setiembre del dos mil once, por un plazo de
dos meses y que ubica a la niña Caroline Catrey Rodríguez Mora en el hogar de
la abuela Teresa Fernández Méndez mientras
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
A la señora Olga Rodríguez Solano, cédula
número cuatro-doscientos noventa-setecientos noventa, domicilio y demás
calidades desconocidas por esta Oficina Local, se le notifica la resolución
administrativa Nº 163-2011 de las quince horas del veintiséis de agosto del dos
mil once, que dicta cuido provisional por dos meses a favor de la niña Milagros
Rodríguez Solano, mientras el expediente se traslada a
A la
señora María Elizabeth Lara Zapata, se le comunica las resoluciones
administrativa de las nueve horas treinta minutos del día doce de agosto del
dos mil once, dictada por este Despacho, en virtud de la cual se resuelve
medida de protección de cuido provisional, a favor de las personas menores de
edad Kenneth y Jonathan ambos de apellidos Mora Lara, en la que se ordena
ubicar a la persona menor de edad en el hogar solidario comunal de la señora
Teresita Marín Valverde, a fin de que se les brinde estabilidad y todos los
cuidados que requieren. Se le notifica por medio de edicto a la progenitora por
cuanto se desconoce el paradero de la misma. Plazo para interponer recurso de
apelación: dos días hábiles, después de la segunda publicación de éste edicto
en el Diario Oficial
A
Fernando Portuguez Arroyo, portador de la cédula de identidad Nº 1-649-997, de
domicilio y demás calidades desconocidas, en su calidad de progenitor de la
persona menor de edad Ashlyn Jimena Portuguez Barquero, de seis años de edad,
nacida el día
veintidós de julio
del dos mil seis, bajo las citas: 1-1992-623, hija de Ericka Barquero
Ríos, vecina de Aserrí, San José, se les comunica la resolución de las trece
horas con treinta minutos del día siete de julio del dos mil once, de
Se le
comunica formalmente a los señores Maricela Lanza Cordero y Marcelo Molina
Lobo, la resolución de las 12:00 horas del día 31 de agosto del 2011, mediante
la cual se ordenó como medida especial de protección el cuido provisional de su
hija María Fernanda Molina Lanza, bajo la responsabilidad de la abuela materna
Deyanira Cordero Badilla, por espacio de seis meses, que vence el día 28 de
febrero del 2012. Se ordenó seguimiento psicosocial de la adolescente en el
hogar recurso. Garantía de defensa: se le hace saber que tiene derecho a
hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho de su elección, a
tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo
concerniente existe en
A
Moisés Daniel Venegas Ramírez y Prisly Soto Arias, se les comunica la
resolución de las 14: 00 horas del 1º de setiembre del 2011, donde se resuelve:
I) Dar inicio al proceso de protección en sede administrativa regulado por las
disposiciones del artículo 128 y siguientes del Código de
Se le
comunica a Isabel Díaz Pérez, la resolución de las catorce horas del siete de
setiembre de dos mil once, que ubica a Ángel Isabel y Kisha ambas Díaz Pérez,
al lado de Mario Hernández Jirón. Esta medida es hasta por seis meses. En
contra de la presente resolución procede el recurso de apelación para ante el
Superior en grado, dentro de un plazo de 48 horas después de notificada. Deberá
además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro
del perímetro de esta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto o
incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por
notificada con el sólo transcurso de 24 horas después de dictada. Exp.
112-00109-2011.—Oficina Local de Guadalupe.—Lic. Roberto Marín
Araya, Representante Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº
48582.—C-12020.—(IN2011072953).
A la
señora Sieglinde Langmeier Salazar y a quien interese: se comunica la
resolución del Patronato Nacional de
SUPERINTENDENCIA DE
TELECOMUNICACIONES
EDICTO
San José, 13 de setiembre del 2011.—Maryleana Méndez Jiménez, Presidenta.—1 vez.—(IN2011074554).
El Consejo Directivo reunido en sesión Nº 34-09-2011 con fecha 06 de setiembre de 2011 acordó:
Publicar en el
Diario Oficial
BALANCE DE SITUACIÓN COMBINADO AL 30 DE JUNIO 2011
Efectivo |
|
|
|
132.319.331,09 |
Inversiones Transitorias |
|
|
|
10.527.000.000,00 |
Cuentas por Cobrar |
|
|
|
47.191.968,40 |
Intereses por Cobrar |
|
|
|
167.281.632,85 |
Préstamos al Cobro a Corto Plazo (1) |
3.869.533.511,71 |
|
|
|
Menos: Estimación para incobrables (3) |
25.798.542,06 |
|
3.843.734.969,65 |
|
|
|
|
|
|
TOTAL ACTIVO CIRCULANTE |
|
|
|
14.717.527.901,99 |
OTROS ACTIVOS |
|
|
|
|
Préstamos al Cobro a Largo Plazo |
33.714.039.117,82 |
|
|
|
Menos: Estimación para Incobrables (3) |
224.841.052,24 |
|
33.489.198.065,58 |
|
Préstamos en Ejecución a Largo Plazo |
79.823.722.393,55 |
|
|
|
Menos: Prestamos en Proceso de Desembolso (2) |
29.926.593.701,68 |
|
|
|
Préstamos en Ejecución Neto |
|
49.897.128.691,87 |
|
|
Menos: Estimación para Incobrables (3) |
332.736.549,35 |
|
49.564.392.142,52 |
|
Préstamos en Cobro Judicial |
|
647.115.348,87 |
|
|
Menos: Estimación para Incobrables (3) |
4.289.962,58 |
|
642.825.386,29 |
|
Terreno |
|
|
|
483.117.859,57 |
Edificios e Instalaciones |
|
239.809.885,11 |
|
|
Menos: Depreciación Acumulada |
83.447.504,20 |
|
156.362.380,91 |
|
Mobiliario y Equipo de Oficina |
|
105.713.482,26 |
|
|
Menos: Depreciación Acumulada |
64.612.369,97 |
|
41.101.112,29 |
|
Vehículo |
|
32.695.482,00 |
|
|
Menos: Depreciación Acumulada |
18.349.995,90 |
|
14.345.486,10 |
|
Equipo para Comunicaciones |
|
50.851.437,61 |
|
|
Menos: Depreciación Acumulada |
15.638.566,60 |
|
35.212.871,01 |
|
Equipo Electrónico |
|
423.574.138,06 |
|
|
Menos: Depreciación Acumulada |
251.582.148,71 |
|
171.991.989,35 |
|
Equipo Educacional y Recreativo |
1.237.625,00 |
|
|
|
Menos: Depreciación Acumulada |
1.237.578,00 |
|
47,00 |
|
Equipo Médico y de Laboratorio |
|
928.847,60 |
|
|
Menos: Depreciación Acumulada |
385.092,50 |
|
543.755,10 |
|
Maquinaria y otros Equipos |
|
53.290.738,11 |
|
|
Menos: Depreciación Acumulada |
17.998.218,05 |
|
35.292.520,06 |
|
Depósitos en Garantías |
|
|
|
1.258.230,00 |
TOTAL OTROS ACTIVOS |
|
|
|
84.635.641.845,78 |
TOTAL ACTIVO |
|
|
|
99.353.169.747,77 |
|
|
|
|
|
PASIVO Y PATRIMONIO |
|
|
|
|
PASIVO A CORTO PLAZO |
|
|
|
|
Cuentas por Pagar (4) |
|
|
|
21.875.072,40 |
Retenciones por Pagar |
|
|
|
882.904,54 |
Cuentas por Pagar Diversas |
|
|
|
28.571.503,29 |
Amortizaciones de Crédito por Clasificar |
|
|
21.410.234,47 |
|
TOTAL PASIVO A CORTO PLAZO |
|
|
72.739.714,70 |
|
|
|
|
|
|
OTROS PASIVOS |
|
|
|
|
Fondos en Administración |
|
|
|
1.251.144,06 |
TOTAL OTROS PASIVOS |
|
|
|
1.251.144,06 |
|
|
|
|
|
TOTAL PASIVOS |
|
|
|
73.990.858,76 |
|
|
|
|
|
PATRIMONIO |
|
|
|
|
Superávit Asignado (5) |
|
|
|
78.047.341.832,29 |
Superávit No Asignado (6) |
|
|
|
12.945.278.492,11 |
Superávit por Revaluación de Terrenos |
|
|
405.583.325,00 |
|
Superávit por Revaluación de Edificios |
|
|
86.410.601,31 |
|
Superávit Devengado Bancos |
|
|
|
36.150.987,87 |
|
|
|
|
|
TOTAL PATRIMONIO |
|
|
|
91.520.765.238,58 |
|
|
|
|
|
Excedente del periodo |
|
|
|
7.758.413.650,43 |
|
|
|
|
|
TOTAL PASIVO MAS PATRIMONIO |
|
|
99.353.169.747,77 |
NOTAS A LOS ESTADOS
FINANCIEROS AL 30 DE JUNIO 2011
ACTIVO
1. Los préstamos por Cobrar a Corto Plazo para el periodo se estimaron en ¢8.514.000.000,00 de los cuales se han recuperado ¢4.644.466.488.29.
2. Los Préstamos en Proceso de Desembolso, son compromisos adquiridos con los prestatarios, a los que se les ha otorgado un préstamo para estudios, el cual ha sido formalizado por medio de un Contrato de Estudios.
Los desembolsos se realizan por períodos según el centro de estudios, con base al Plan de Desembolsos que presentó cada estudiante en la solicitud de crédito.
Al 30 de junio de 2011, CONAPE mantiene compromisos financieros con los estudiantes por ¢29.926.593.701.68 respaldados por las Inversiones Transitorias.
3. El Consejo Directivo en la sesión N° 5-2-2008 documento N° 16-5-2008 “Reserva para Incobrables”, acordó fijar a partir del primer semestre de 2008, la estimación para incobrables en un 100% de la cartera de cobro judicial, porcentaje que se encuentra vigente.
PASIVO
4. En
las Cuentas por Pagar a partir del mes de marzo de 2010, se incluye el monto
por ¢9.586.282.00 correspondiente al Aporte Patronal del exfuncionario Mario
Zaldívar Rivera; solicitado por el Consejo Directivo de CONAPE a
PATRIMONIO
5. Superávit Asignado
Corresponde
a
6. Superávit No Asignado
Corresponde al Superávit Libre y al Superávit Específico, los cuales se reflejan en la liquidación presupuestaria, más los intereses devengados por las Inversiones y los devengados por los Préstamos en Ejecución.
a. Superávit Libre
Corresponde
a todos aquellos Recursos Financieros que eventualmente se pueden utilizar para
atender gastos originados en la gestión administrativa de CONAPE, inversión y
desembolsos a estudiantes. Esto obedece a que en el artículo 20 de
b. Superávit Específico
Corresponde a todos aquellos Recursos Financieros que hayan ingresado a CONAPE para uso exclusivo en la atención del Crédito Educativo y cuyo origen se fundamenta en una Ley, alguna disposición especial o Convenio realizado con alguna entidad estatal o internacional.
El
Superávit No Asignado, lo constituyen mayoritariamente las Inversiones
Transitorias y sirve de respaldo a los compromisos financieros de los
estudiantes con préstamos formalizados. Además, de acuerdo con la
disponibilidad de recursos permite a
Superávit
al 30 de junio de 2011
Superávit Asignado |
¢78.047.341.832.29 |
Superávit No Asignado *** |
12.945.278.492.11 |
Superávit por Revaluación de Terrenos |
405.583.325.00 |
Superávit por Revaluación de Edificios |
86.410.601.31 |
Superávit Devengado Bancos |
36.150.987.87 |
Total |
¢91.520.765.238.58 |
*** De este Superávit No Asignado por la suma de ¢ 12.945.278.492.11 existen compromisos por préstamos aprobados en la fase de desembolsos a estudiantes por un monto de ¢29.926.593.701.68
7. De conformidad
con lo dispuesto por
ESTADO DE EXCEDENTES Y PERDIDAS (COMBINADO) DEL 01 DE ENERO AL 30 DE JUNIO 2011
INGRESOS |
|
|
|
|
|
Intereses y Comisiones s/Operaciones Crediticias |
3.194.328.375,84 |
|
|||
|
|
|
|
|
|
TOTAL INGRESOS |
|
|
|
|
3.194.328.375,84 |
|
|
|
|
|
|
GASTOS |
|
|
|
|
|
Administración General |
|
|
910.317.858,21 |
|
|
Depreciación |
|
|
|
39.368.427,18 |
|
Operaciones Crediticias Incobrables |
|
35.970.290,75 |
|
||
|
|
|
|
|
|
TOTAL GASTOS |
|
|
|
|
985.656.576,14 |
|
|
|
|
|
|
Excedentes de Operación |
|
|
|
2.208.671.799,70 |
|
|
|
|
|
|
|
INGRESOS CORRIENTES |
|
|
|
|
|
Venta de Otros Servicios Financieros y Seguros |
|
151.711.079,65 |
|
||
Intereses Gobierno Central (LP) |
|
|
760.885.169,03 |
|
|
Intereses Gobierno Central (CP) |
|
|
6.090.680,55 |
|
|
Intereses Instituciones Públicas (CP) |
|
0,00 |
|
||
Intereses Gobierno Central (Fondo de Garantía) |
|
6.545.393,40 |
|
||
Intereses Gobierno Central (Fondo BID) |
|
3.720.733,35 |
|
||
Otras Rentas Act. Financ Cuentas Ctes Bancos Estatales |
2.132.925,22 |
|
|||
Otros Varios No Específicos |
|
|
5.657.846,23 |
|
|
Otros Reintegros en Efectivo (INS) |
|
|
159.946.404,29 |
|
|
Transferencias Corrientes Sector Público |
|
2.360.577.400,90 |
|
||
Transferencias Corrientes Sector Privado |
|
2.092.474.218,11 |
|
||
TOTAL INGRESOS CORRIENTES |
|
|
|
5.549.741.850,73 |
|
|
|
|
|
|
|
Excedente del Periodo |
|
|
|
7.758.413.650,43 |
|
|
|
|
|
|
|
EXCEDENTE TOTAL DEL PERIODO |
|
|
7.758.413.650,43 |
MBA. Adrián Blanco Varela, Secretario Ejecutivo.—Lic. Marianela Brenes Q., Auditora Interna a. í.—1 vez.—(IN2011073181).
INSTITUTO
DE NORMAS TÉCNICAS DE COSTA RICA
Somete a consulta pública los siguientes
proyectos de norma:
INTE/ISO 6284:2011, “Dibujos de construcción. Indicación
de las desviaciones límites”.
INTE 06-11-07:2011, “Método de Prueba para
INTE/IEC 60840:2011, “Los cables de transmisión con el
aislamiento sacado y sus accesorios para los voltajes clasificados sobre 30
kilovoltios (Um = 36 kilovoltios) hasta 150 kilovoltios (Um = 170 kilovoltios)
- pruebe los métodos y los requisitos”.
Se recibirán observaciones al anterior
proyecto de norma hasta el 19 de noviembre del 2011.
Para mayor información, comuníquese con
Carlos E. Rodríguez L., Director Ejecutivo.—1 vez.—RP2011257758.—(IN2011072709).
COMPAÑÍA
GAISKA DE MADRID S. A.
Se convoca
a los socios
de Compañía Gaiska de Madrid S. A., cédula jurídica 3-101-
INVERSIONES
RAMARLENDRA S. A.
Se convoca a los socios de
Inversiones Ramarlendra S. A., cédula jurídica 3-101-
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
INMOBILIARIA
TREJOS FONSECA SOCIEDAD ANÓNIMA
Inmobiliaria Trejos Fonseca Sociedad Anónima,
cédula jurídica: 3-101-281.297, solicita ante
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diecisiete horas cuarenta y cinco minutos del día nueve de setiembre del dos mil once, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Kani Mil Novecientos Uno Sociedad Anónima. Donde se acuerda reformar la cláusula quinta del pacto social en el cual se disminuye el monto.—San José, nueve de setiembre del dos mil once.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—RP2011257212.—(IN2011071832).
Mediante escritura pública número cuatro-cuatro, otorgada a las quince horas del veintidós de agosto de dos mil once, ante esta notaría se modificó la cláusula del capital social de la sociedad Pacífico Development Coco PDC Limitada.—San José, siete de setiembre de dos mil once.—Lic. Sylvia Montero Gamboa, Notaria.—RP2011257230.—(IN2011071837).
INVERSIONES
JORDI DE HEREDIA SOCIEDAD ANÓNIMA
Inversiones Jordi de Heredia Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-184259, solicita ante
VIMALI
LIMITADA
Vimali Limitada, cédula jurídica 3-102-112015,
solicita ante
CASASERVE REFUGIO VERDE
LIMITADA
Ileana
Cabalceta Román, cédula número 1-486-795, solicita ante
COMPAÑÍA ELECTESOME
SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo
Rafael Ángel Vargas Calderón, portador de la cédula de identidad número
tres-ciento cincuenta y nueve-ciento cuarenta y siete, en mi condición de presidente
con facultades apoderado generalísimo sin límite de suma de Compañía Electesome
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ochenta y
nueve mil ciento setenta y uno-catorce, solicito ante
SAN
JOSÉ INDOOR CLUB S. A.
El San José Indoor Club S. A., tramita la
reposición de
Jorge Alberto Pérez Jiménez, portador de la
cédula de identidad tres-doscientos noventa y cinco-trescientos setenta y uno,
solicita ante
ORO
VERDE QUINTAMANI SOCIEDAD ANÓNIMA
Oro Verde Quintamani Sociedad Anónima, cédula
jurídica número 3-101-343620, solicita ante
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
SERVICIO DE COMIDAS
ROSAN SOCIEDAD ANÓNIMA
Servicio de Comidas Rosan Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-284099, solicita ante
MADERAS
Y MATERIALES SAN ROQUE
DE BARVA SOCIEDAD
ANÓNIMA
Se está solicitando ante
F Y
F CONSTRUCTORA DEL VALLE S. A
La empresa F y F Constructora del Valle S.
A., cédula Jurídica número tres-ciento uno-doscientos sesenta y dos mil
ochocientos cincuenta y nueve, con domicilio en Barrio
ACUSTOMAGNETICA
SOCIEDAD ANÓNIMA
Acustomagnetica Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-396287, solicita ante
EMEYE
ESTUDIO SOCIEDAD ANÓNIMA
Emeye Estudio Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-234354, solicita ante
Eduardo Antonio Badilla Calderón, por régimen
simplificado ante
DISTRIBUIDORA
MONTOYA RETANA S. A.
Distribuidora Montoya Retana Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-233290, solicita ante
ADRINKA
SOCIEDAD ANÓNIMA
Adrinka Sociedad Anónima, la cual cuenta con
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuatro mil
quinientos ochenta y cinco, solicita ante
ORTIZ
ARQUITECTURA S. A.
Ortiz Arquitectura S. A., una entidad con
cédula jurídica número tres-ciento uno-uno seis uno siete cinco cuatro,
solicita ante
Por
este medio se hace constar que el señor Francisco Llobet Rodríguez, de
nacionalidad costarricense, mayor, casado, portador de la cédula número
2-270-211, es dueño de las acciones números 137, 138, 298, 304, y quiere hacer
su publicación por extravío de las mismas. Quedando de la siguiente manera.
Para efectos del artículo 689 del Código de Comercio, Rafael Ángel Alfaro
Vargas representante legal de
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
CORPORACIÓN
JOSANZU S. A.
Corporación Josanzu S. A., con
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y dos mil
trescientos treinta y cinco, solicita ante
MARITIME
CONTAINER SERVICES S. A.
Maritime Container Services S.
A., cédula jurídica 3-101-542605, solicita ante
INVERSIONES REALES
SEAR S.R.L.
Inversiones Reales Sear
S.R.L., cédula 3-102-229216, solicita ante
PACIFIC
SUNSET VISTA S. A.
La suscrita Bersabeth López Rosales, con cédula de identidad Nº 5-0119-0309, vecina de Matapalo de Santa Cruz, Guanacaste, representante legal con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de la compañía Pacific Sunset Vista S. A., con cédula jurídica número 3-101-486408, con domicilio social en Barrio Escalante, San José, actuando mi representada en este acto como girador de los cheques de Gerencia en dólares números 143767-3, 143768-1, 143769-6 y 143770-4, cada uno por la suma de $9.000,00 (nueve mil dólares americanos), emitidos por el Banco BCT S. A., Liberia, a favor de Julia Yadira Molina Gómez, como tenedora y beneficiaria, con cédula de identidad número cinco- cero ciento treinta y seis- mil doscientos setenta y dos, solicito la reposición de los mismos, en razón de haberse extraviado. Lo anterior para efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.—San José, 16 de setiembre del 2011.—Berzabeth López Rosales, representante legal.—(IN2011072938).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Por escritura otorgada en la ciudad de San José, al ser las ocho horas
del día dieciséis de setiembre del dos mil once, se traspaso el establecimiento
mercantil denominado Farmacia
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por escritura otorgada a las once horas del
nueve de setiembre del dos mil once, ante esta notaría, se constituyó la
siguiente sociedad: Envases Múltiples Comerciales del Oeste SRL.—San
José, nueve de setiembre del dos mil once.—Lic. Ana Karine Niño
Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—(IN2011071722).
Por escritura número cuarenta y cuatro,
otorgada a las diez horas del treinta de mayo del dos mil once, se constituyó
la sociedad anónima Migo de Costa Rica, y el presidente tiene facultades
de apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo.—San José, 7 de
setiembre del 2011.—Lic. Marcela Gurdián Cedeño, Notaria.—1
vez.—(IN2011071752).
Ante esta notaría, se protocoliza acta de
asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada El Manú S. A.,
cédula jurídica número tres ciento uno noventa y cinco mil cuatrocientos once,
en la cual se modifica la cláusula sétima de la administración. Es
todo.—San José, 12 de setiembre del 2011.—Lic. Lourdes Ruiz
Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2011257190.—(IN2011071825).
Por escritura otorgada ante mí, al ser las
nueve horas del diez de setiembre del dos mil once, se constituyó la sociedad
denominada Transportes Amador Cerdas Sociedad Anónima. Presidente, con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Domicilio:
Por escritura otorgada ante mí, a las quince
horas cuarenta y tres minutos del seis de setiembre del dos mil once, la
sociedad Contables Q Y Q Sociedad Anónima, modificó la cláusula segunda
de sus estatutos.—San José, siete de setiembre del dos mil
once.—Lic. Mauricio Quirós González, Notario.—1
vez.—RP2011257193.—(IN2011071827).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las
ocho horas del ocho de setiembre del dos mil once, se protocoliza acta mediante
la cual
En mi notaría, en escritura número:
quinientos noventa y uno-tres, de las trece horas del veintiocho de junio del
dos mil once, se tramita la disolución de la sociedad Sanitario El Canal S.
A. Domiciliada: cien metros al este y setenta y cinco metros al sur del
Liceo Miguel Araya Venegas, en Cañas, Guanacaste. Por acuerdo unánime de todos
los socios: Elizabeth Ruiz Jiménez, cédula Nº 5-0100-0254; Oldemar Brizuela
Vargas, cédula Nº 5-0121-0572, ambos con la representación judicial y
extrajudicial de la sociedad, cédula Nº 5-0121-0572 y Liseth Brizuela Ruiz.—Cañas,
veintiséis de agosto del dos mil once.—Lic. Ana Judith Porras Bolívar,
Notaria.—1 vez.—RP2011257196.—(IN2011071829).
Mediante escrituras otorgadas ante esta
notaría, a las 15:00 horas del 4 de setiembre del 2011, se constituyó RFGDT
C.O.R.P. Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Capital social: diez mil
colones. Presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma.—San José, 9 de setiembre del 2011.—Lic. Andrés Mora Carli,
Notario.—1 vez.—RP2011257197.—(IN2011071830).
Por escritura número doscientos cuarenta y
ocho-cuarenta y dos, otorgada ante mi notaría, a las quince horas del nueve de
setiembre del dos mil once, se protocolizó acuerdos de asamblea general
extraordinaria de accionistas de Luz Art S.AS., mediante la cual se
cambia al fiscal, y se reforma la cláusula segunda.—San José, nueve de
setiembre del dos mil once.—Lic. Dora María Fernández Rojas,
Notaria.—1 vez.—RP2011257198.—(IN2011071831).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a
las diecisiete horas treinta minutos del día nueve de setiembre del dos mil
once, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad denominada Kani Mil Novecientos Uno Sociedad
Anónima. Donde se acuerda reformar la cláusula quinta del pacto
social.—San José, nueve de setiembre del dos mil once.—Lic. Magally
María Guadamuz García, Notaria.—1
vez.—RP2011257219.—(IN2011071833).
Por escritura número 10-6, otorgada a las
7:20 del 8 de setiembre del 2011, ante esta notaría, Diana Elke Pinchanski
Fachler, se acuerda constituir 1 sociedad de responsabilidad limitada
denominada Longevity Institute International Limitada con domicilio
social en provincia de San José, Santa Ana, centro empresarial Vía Lindora,
cuarto piso, radial Santa Ana, San Antonio de Belén, kilómetro
tres.—Puntarenas, 8 de setiembre del dos mil once.—Lic. Diana Elke
Pinchanski Fachler, Notaria.—1
vez.—RP2011257227.—(IN2011071834).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a
las quince horas del día nueve de setiembre del dos mil once, donde se
protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada 3-102-474861
S R L. Donde se acuerda transformar la compañía en una sociedad
anónima.—San José, nueve de setiembre del dos mil once.—Lic.
Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2011257228.—(IN2011071835).
El suscrito notario hace constar, que
mediante escritura otorgada a las quince horas con treinta minutos del día de
hoy, protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios
de Urbanizadora Los Olmos S. A. en que se modifica la cláusula tercera,
relativa al domicilio y la sexta relativa a la administración, se remueve la
junta directiva y se nombran sustitutos.—San José, nueve de setiembre del
dos mil once.—Lic. Ricardo Guardia Vázquez, Notario.—1 vez.—RP2011257229.—(IN2011071836).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las trece horas del treinta de agosto del dos mil once, se constituyeron de
conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil
ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, cinco sociedades
anónimas, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el
Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social de diez
mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma.—San José, 8 de setiembre del 2011.—Lic. Manfred Pino
Sbravatti, Notario.—1 vez.—RP2011257231.—(IN2011071838).
Por escritura otorgada ante mí, a las 15
horas del día de hoy se constituyó la sociedad anónima: Inversiones
Familiares Sago S. A. Plazo: 100 años. Objeto: comercio en general.
Capital: totalmente suscrito y pagado. Presidente y vicepresidente con todas
las facultades.—San José, 17 de agosto del 2011.—Lic. Kenneth
Vargas Cárdenas, Notario.—1 vez.—RP2011257232.—(IN2011071839).
Por escritura otorgada ante este notario, a
las doce horas del nueve de setiembre del dos mil once, se protocolizó el acta
de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía The
White Lemur Corp S. A., mediante la cual se modifican las cláusulas primera
y novena de los estatutos sociales.—San José, nueve de setiembre del dos
mil once.—Lic. Alfredo Gallegos Villanea, Notario.—1
vez.—RP2011257233.—(IN2011071840).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario, a las 10:00 horas del 1º de setiembre del 2011, protocolicé acuerdos
de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad El
Recio S. A. donde se reforman las cláusulas segunda, sétima del pacto
social, se nombra nueva junta directiva y se otorga poder general de
administración sin limitación.—San José, 1 de setiembre del
2011.—Lic. Adolfo A. García Baudrit, Notario.—1
vez.—RP2011257235.—(IN2011071841).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario, a las 10:00 horas del 1º de setiembre del 2011, protocolicé acuerdos
de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Compañía
Minera del Guanacaste S. A. donde se reforman las cláusulas segunda, novena
del pacto social, se nombra nueva junta directiva y se otorga poder general de administración
sin limitación.—San José, 1º de setiembre del 2011.—Lic. Adolfo A.
García Baudrit, Notario.—1 vez.—RP2011257236.—(IN2011071842).
Ante esta notaría se constituye sociedad de
responsabilidad limitada denominada Semana CR S. R. L. Escritura otorgada
a las doce treinta horas del nueve de setiembre del dos mil once.—Lic.
Elena Murillo Agüero, Notaria.—1
vez.—RP2011257239.—(IN2011071843).
El suscrito notario hace constar que hoy he
protocolizado acta de asamblea de la sociedad Coromandel del Barreal,
donde se modificó la cláusula segunda.—San José, 9 de setiembre del
2011.—Lic. Sebastián David Vargas Roldán, Notario.—1
vez.—RP2011257242.—(IN2011071844).
Ante esta notaría, por escritura pública
otorgada a las 16 horas del 2 de agosto del 2011, se procede a protocolizar en
lo conducente, los acuerdos firmes de la asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad: Satelital Web Costa Rica S. A.,
con cédula jurídica número: 3-101-522907, celebrada en su domicilio social, a
las 12 horas del 20 de octubre del 2010, en la que se acuerda modificar la
cláusula quinta del pacto social y se procede a nombrar nuevo fiscal de la
sociedad.—San José, 6 de setiembre del 2011.—Lic. José R. Estrada
Hernández, Notario.—1 vez.—RP2011257244.—(IN2011071845).
Licenciada María Teresa Urpí Sevilla, notaria
pública. Mediante escritura número setenta y cinco, de las nueve horas del ocho
de setiembre del año dos mil once, ante la suscrita notaria se protocolizó acta
de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Juego
Floral Inversiones S. A. cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos
dos mil treinta y tres, en la cual se reforma la cláusula segunda de los
estatutos sociales.—San José, ocho de setiembre de dos mil
once.—Lic. María Teresa Urpí Sevilla, Notaria.—1
vez.—RP2011257245.—(IN2011071846).
Por escritura número trescientos cinco,
otorgada a las ocho horas del cinco de agosto de dos mil once, en mi notaría se
protocoliza acta de la sociedad Técnica Financiera S. A., en la cual se
modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo para que se lea: la
sociedad se denominará BPO Técnica Fácil Sociedad Anónima.—Lic.
Mayra Centeno Mejía, Notaria.—1
vez.—RP2011257246.—(IN2011071847).
Por escritura número trescientos diecinueve-cuatro,
a las 9 horas del 2 de setiembre del 2011, la sociedad Inversiones
Heliconias Chen Wei Sociedad Anónima, reforma cláusula de la
administración, nombra nueva junta directiva y fiscal. Es todo.—San José,
9 de setiembre del 2011.—Lic. Francisco Javier Madrigal Acosta,
Notario.—1 vez.—RP2011257247.—(IN2011071848).
Por escritura otorgada ante esta misma
notaría a las 15:00 horas del 7 de setiembre del 2011, se protocolizó el acta
número 2 de asamblea general extraordinaria de Agrícola Rogo del Arenal S.
A., en la cual se aumenta el capital social.—Lic. Manuel Francisco
Jones Chacón, Notario.—1 vez.—RP2011257249.—(IN2011071849).
Por escritura otorgada ante mí, hoy a las
11:00 horas se constituyó la sociedad de esta plaza Inversiones So Pretty
Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Inversiones So Pretty S. A.,
Domicilio: San José, Pozos de Santa Ana, capital: diez mil colones,
íntegramente suscrito y pagado, objeto: el ejercicio del comercio, la
industria, la agricultura en general.—San José, 29 de agosto del
2011.—Lic. Jorge Mario Marín Barquero, Notario.—1
vez.—RP2011257250.—(IN2011071850).
En mi notaría, se constituyó la sociedad
anónima denominada Markefood Sociedad Anónima.—San José, nueve de
setiembre del dos mil once.—Lic. Irene Aguilar Monge, Notaria.—1
vez.—RP2011257252.—(IN2011071851).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario se constituyó la sociedad Bienes y Propiedades Gamama S. A.
Capital debidamente suscrito y pagado.—San José, 12 de setiembre del
2011.—Lic. Leonardo Ugalde Cajiao, Notario.—1
vez.—RP2011257254.—(IN2011071852).
Por acta de asamblea general extraordinaria
de socios, celebrada a las 10:00 horas del 18 de agosto de 2011, la firma: Joli
de Oriente Sociedad Anónima, modifica cláusulas segunda y novena de su
pacto constitutivo y nombra tesorero y fiscal.—Ciudad Quesada, siete de
setiembre del dos mil once.—Lic. Olger Solís Hernández, Notario.—1
vez.—RP2011257258.—(IN2011071853).
Por acta de asamblea general extraordinaria
de socios, celebrada a las 10:00 horas del 18 de junio del 2011, la firma: Agropecuaria
San Pedro Sociedad Anónima, modifica cláusulas segunda y sexta de su pacto
constitutivo y nombra secretaria, tesorero y fiscal.—Ciudad Quesada,
siete de setiembre del dos mil once.—Lic. Olger Solís Hernández,
Notario.—1 vez.—RP2011257259.—(IN2011071854).
Ante mi notaría pública, se constituye la
sociedad Tarimas R & R Sociedad Anónima. Plazo social noventa y
nueve años, capital social suscrito y pagado.—Once de setiembre del dos
mil once.—Lic. Elisa María Herrera Morera, Notaria.—1
vez.—RP2011257261.—(IN2011071855).
La suscrita notaria hace constar y da fe con
vista en la matriz, escritura trescientos cuarenta y siete visible al folio
ciento cincuenta y dos frente del tomo tercero del protocolo de la suscrita
notaria. Se constituyó la sociedad denominará de conformidad con el Decreto
Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las dieciséis horas treinta minutos del ocho de setiembre de dos mil once, se
constituyó Sociedad Anónima, con domicilio en San José, Curridabat, del San
José Indoor Club trescientos metros este, diagonal a estación de servicio Servi
Indoor, edificio gris, cuarto piso, oficinas de T&L Consultores. El capital
social es la suma de diez mil colones. Presidente: Javier Nieto Abad. Plazo
social de noventa y nueve años.—San José, ocho de setiembre de dos mil
once.—Lic. Fernando Salazar Portilla, Notario.—1
vez.—RP2011257265.—(IN2011071857).
Por escritura otorgada ante mí el día de hoy
protocolicé reforma de cláusulas segunda y tercera del pacto constitutivo de la
empresa Logística Tercerizada de Costa Rica S. A. y se nombra nueva
junta directiva y fiscal.—San José, 18 de marzo del 2011.—Lic.
Loana Leitón Porras, Notaria.—1
vez.—RP2011257265.—(IN2011071858).
Por escritura otorgada ante esta notaría en
la ciudad de San José, a las diecisiete horas del ocho de septiembre de dos mil
once, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
socios de la sociedad de esta plaza Consultoría Inmobiliaria Golfo de Thuantepec
Epec Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatro
dos cinco cinco cinco nueve, en la cual se modificaron la cláusulas
“primera” “segunda”, “cuarta”
“quinta” y “sexta” de los estatutos, respectivamente
relativas a razón social, domicilio social, objeto, capital social y
administración de
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve
horas del ocho de setiembre del dos mil once, los señores Russell Ray Sutton
Jr., Robert Kirk Nowery, y Leonard Bradford Cook Steike constituyen Monolith
de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, doce de
setiembre del dos mil once.—Lic. Marcela Murillo Quirós, Notaria.—1
vez.—RP2011257267.—(IN2011071860).
Por escritura otorgada ante mí el día de hoy,
se constituyó la empresa Ori-Fem MM S. A. Capital social totalmente
suscrito y pagado; acciones comunes y nominativas; plazo noventa y nueve años.
Domicilio en San José. Presidente y vicepresidente con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma.—San José, 1º de setiembre del
2011.—Lic. Esteban Herbert Rodríguez López, Notario.—1
vez.—RP2011257271.—(IN2011071861).
Por escritura otorgada ante mí el día de hoy,
se constituyó la empresa SPI Uniformes D.M. S. A. Capital social
totalmente suscrito y pagado; acciones comunes y nominativas. Plazo noventa y
nueve años. Domicilio en San José. Presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma.—San José, 27 de mayo del
2011.—Lic. José Milton Morales Ramírez, Notario.—Lic. Esteban
Rodríguez López, Notario.—1
vez.—RP2011257272.—(IN2011071862).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las catorce horas del ocho de setiembre del año dos mil once, se constituyó
ante esta notaría la sociedad denominada Pilot Commander S. A.—San
José, Desamparados, ocho de setiembre del año dos mil once.—Lic. Óscar
Enrique Chinchilla Mora, Notario.—1
vez.—RP2011257274.—(IN2011071863).
Mediante escritura número ciento setenta y
dos, otorgada ante mí, a las diez horas del treinta de julio del dos mil once,
los señores Alexander Gerardo Guzmán Obando y Natalia Moya Trejos constituyen
la sociedad Club Café Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse su
aditamento en “S. A.” Está conformada por un capital social de cien
mil colones. La representación judicial y extrajudicial, está a cargo del
Presidente, quien tendrá facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma.—Turrialba, 12 de agosto del 2011.—Lic. Otoniel Díaz Flores,
Notario.—1 vez.—RP2011257275.—(IN2011071864).
Protocolización de acta de asamblea general
extraordinaria de Inversiones A & S Aguisol de Escazú S. A., en la
que se realizó cambio de junta directiva. Escritura otorgada en la ciudad de
Heredia trece horas del siete de setiembre del dos mil once.—Lic. Jennie
Morera Esquivel, Notaria.—1
vez.—RP2011257276.—(IN2011071865).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las 11:00 horas del día de hoy, se adiciona el documento presentado a
Por escritura otorgada en San José a las
nueve horas del siete de septiembre del dos mil once, ante el Notario José
Ramón Zúñiga Salazar, se constituyó la sociedad anónima Constructora Víquez
y Avilés Sociedad Anónima, con un capital de cien mil colones, representado
por cuatro acciones comunes y nominativas de veinticinco mil colones cada una,
cuya representación judicial y extrajudicial corresponden al presidente y al
vicepresidente cargos que ostentan, respectivamente los señores Errol Víquez
Estrada, y María Avilés Ramírez. Es todo.—San José, nueve de setiembre
del dos mil once.—Lic. José Ramón Zúñiga Salazar, Notario.—1
vez.—RP2011257279.—(IN2011071867).
Por escritura otorgada en San José a las
quince horas treinta minutos del siete de setiembre del dos mil once, ante
Por escritura otorgada en San José a las
nueve horas del doce de setiembre del dos mil once, ante la notaria Laura
Avilés Ramírez, se acuerda la disolución de la sociedad Pastelería y
Panadería Doña Ena S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos
treinta y un mil cuatrocientos diecisiete. Es todo.—San José, doce de
setiembre del dos mil once.—Lic. Laura Avilés Ramírez, Notaria.—1
vez.—RP2011257281.—(IN2011071869).
Mediante escritura otorgada ante el suscrito
a las quince horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de socios de Corporación Escalera de Gloria
Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula segunda del
pacto social, se revoca el nombramiento de presidente, secretario y agente residente
y se nombra sustitutos.—San José, nueve de setiembre de dos mil
once.—Lic. Jaime Amador Hasbun, Notario.—1
vez.—RP2011257285.—(IN2011071870).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las 8:00 horas del 3 de agosto del 2011, se constituyó la sociedad Costa
Rica Green Volunteers S. A. con domicilio en Montes de Oca. Capital social
doce mil colones. Presidente, secretario y tesorero como apoderados
generalísimos sin límite de suma, actuando de forma individual.—San José,
3 de agosto del 2011.—Lic. Alexander Soto Guzmán, Notario.—1
vez.—RP2011257287.—(IN2011071871).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las
16:00 horas del 2 de setiembre del 2011, se constituyó la sociedad: U W
Telecom Inc. Sociedad Anónima. Domicilio: San Antonio
de Escazú. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Presidente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 5 de
setiembre del 2011.—Lic. Marlene Bustamante Hernández, Notaria.—1
vez.—RP2011257288.—(IN2011071872).
Ante este notario mediante escritura número
ciento seis otorgada a las quince horas diez minutos del treinta y uno de
agosto del dos mil once, se reforma la cláusula quinta y octava de la sociedad
de esta plaza Little People School L. P. S. Sociedad Anónima.—San
José, treinta y uno de agosto del dos mil once.—Lic. Ignacio Miguel
Beirute Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2011257289.—(IN2011071873).
Por escritura número 14-52, otorgada en esta
notaría a las 15:00 horas del 1 de setiembre de 2011, se constituye la sociedad
denominada Constructora
En esta notaría se disolvió por acuerdo de
socios de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d)
del Código de Comercio de
A las diecisiete horas del ocho de agosto del
dos mil once, se protocolizó en mi notaría acta de asamblea general
extraordinaria de la sociedad anónima: Finca Gracias de Dios Sociedad
Anónima, en la que se reforma la cláusula sétima del pacto
constitutivo referentes a la administración.—Tilarán, veintinueve de
agosto del dos mil once.—Lic. Ingrid Solano Álvarez, Notaria.—1
vez.—RP2011257292.—(IN2011071876).
A las diez horas treinta y cinco minutos del
dos de junio del dos mil once, se protocolizó en mi notaría acta de asamblea
general extraordinaria de la sociedad anónima: Techno Tres Sociedad
Anónima, en la que se reforma la cláusula tercera del pacto constitutivo
referente al plazo social.—Tilarán, veintinueve de agosto del dos mil
once.—Lic. Ingrid Solano Álvarez, Notaria.—1
vez.—RP2011257293.—(IN2011071877).
Ante esta notaría, mediante la escritura
número ciento sesenta otorgada a las dieciséis horas del día cinco de setiembre
del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Grupo Burguera
& Asociados (Grupo B&A) Sociedad Anónima.
Domicilio: San José, cantón octavo Goicoechea, distrito segundo San Francisco
Barrio Tournón (frente al parqueo del Centro Comercial El Pueblo, Edificio
Fació & Cañas). Representación: presidente, secretario y tesorero como
apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando individualmente. Capital
social: diez mil colones, representados por diez mil acciones comunes y
nominativas de un colón cada una.—San José, siete de setiembre del dos
mil once.—Lic. Alexander Araya Zúñiga, Notario.—1
vez.—RP2011257295.—(IN2011071878).
Astrid Binns Rodríguez, notaria pública,
domiciliada en Turrialba, aviso, por medio de escritura número ciento noventa,
otorgada a las diez horas del veintinueve de agosto del dos mil once, visible a
folios ciento once frente y ciento doce frente y vuelto del tomo veintidós del
protocolo de la suscrita notaria, se constituyó la sociedad Zacatillo Verde
S. A., con un capital social de un millón de colones y representada por
su presidente y secretario.—Turrialba, diez de setiembre del dos mil
once.—Lic. Astrid Binns Rodríguez, Notaria.—1
vez.—RP2011257296.—(IN2011071879).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las catorce horas cuarenta y cinco minutos, del nueve de setiembre del dos mil
once, se constituyó
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las catorce horas treinta minutos del nueve de setiembre del dos mil once, se constituyó
El Valle y El Volcán de Shangri-
Por escritura número 451 de las quince horas
del tres de agosto anterior, otorgada por el suscrito, se protocoliza reforma a
la cláusula sétima del pacto social de American Capital Management Sociedad
Anónima cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos
setenta y ocho mil doscientos, ochenta y cuatro. Es todo.—Firmo en
Grecia, 8 de setiembre del 2011.—Lic. Óscar Salas Porras,
Notario.—1 vez.—RP2011257300.—(IN2011071882).
Por escritura otorgada, a las trece horas del
nueve de setiembre del dos mil once, ante esta notaría, se reforman cláusulas
segunda, quinta y novena del pacto constitutivo de Mapuche Sociedad Anónima.
Capital totalmente suscrito y pagado. Presidente, Rodolfo Antonio Valerio
Madriz.—Cartago, trece de setiembre del dos mil once.—Lic. Kattya
Acuña Remón, Notaria.—1 vez.—RP2011257302.—(IN2011071883).
Por escritura de las 10:00 horas del 7 de
setiembre del 2011, se constituyó la compañía Saboriosa Caribe Sociedad
Anónima. Domicilio: San José, San Pedro de Montes de Oca, Barrio Yoses,
setenta y cinco metros al sur del Automercado, edificio San Ignacio. Capital
social: cien mil colones. Plazo: cien años a partir del 7 de setiembre del
2011. Presidenta: Ileana Sossa Ballestero.—San José, 12 de setiembre del
2011.—Lic. Magally Herrera Jiménez, Notaria.—1
vez.—RP2011257303.—(IN2011071884).
Por escritura cuarenta y seis, otorgada en la
notaría de la licenciada Marlly Condega Sánchez, se modifica la junta directiva
y remueve el agente residente de la sociedad tres - ciento uno - seis cero
tres nueve uno ocho s. a.—Es todo.—San José, nueve de setiembre
del dos mil once.—Lic. Marlly Condega Sánchez, Notaria.—1
vez.—RP2011257304.—(IN2011071885).
Por escritura número cincuenta y siete, se
constituye en la notaría de
Por medio de escritura otorgada en San José,
a las 10:00 horas del 11 de agosto del 2011, se constituyó la sociedad
denominada Distribuidora Corporativa Centroamericana CNG Limitada.—San
José, 11 de agosto del 2011.—Lic. Óscar Mata Muñoz, Notario.—1
vez.—RP2011257306.—(IN201171887).
El suscrito Marino Muñoz Elizondo, notario
público, hace constar que ante esta notaría, se ha constituido la sociedad
Servaca Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, presidente Roberto Luis
Cartín Víquez, cédula 6-290-
Por escritura 7-18; se constituyó Josnel e
Hijos S. A.; presidenta Nelsi María Garita Montero, capital suscrito y
pagado.—San José, 12 de setiembre del 2011.—Lic. Xinia Mayela
Campos Campos, Notaria.—1 vez.—RP2011257312.—(IN201171889).
Por escritura otorgada en esta notaría, de
las ocho horas del primero de setiembre del dos mil once, se modifica la junta
directiva de la sociedad denominada Sol Rojo Plantas S. A. Con cédula
jurídica numero tres-ciento uno-trescientos cuatro mil seiscientos cincuenta y
nueve y se sustituye al secretario.—Naranjo, primero de setiembre del dos
mil once.—Lic. Gregorio José Chaves Vargas, Notario.—1
vez.—RP2011257315.—(IN2011071890).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, a
las 14:00 horas treinta minutos del 22 de marzo del año 2011, se constituyó la
sociedad de esta plaza cuya denominación social es Byblos Número Once S. A.
Capital social totalmente suscrito y pagado, plazo: cien años, domicilio:
Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste. Objeto: Comercio en
general.—Guanacaste, 5 de setiembre del 2011.—Lic. Ismene Arroyo
Marín, Notaria.—1 vez.—RP2011257318.—(IN2011071891).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, a
las 14:00 horas treinta minutos del 22 de marzo del año 2011, se constituyó la
sociedad de esta plaza cuya denominación social es Byblos Número Ocho S. A.
Capital social totalmente suscrito y pagado, Plazo: cien años, domicilio:
Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste. Objeto: Comercio en
general.—Guanacaste, 5 de setiembre del 2011.—Lic. Ismene Arroyo
Marín, Notaria.—1 vez.—RP2011257319.—(IN2011071893).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, a
las 14:00 horas treinta minutos del 22 de marzo del año 2011, se constituyó la
sociedad de esta plaza cuya denominación social es Byblos Número Nueve S. A.
Capital social totalmente suscrito y pagado, plazo: cien años, domicilio:
Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste. Objeto: Comercio en
general.—Guanacaste, 5 de setiembre del 2011.—Lic. Ismene Arroyo
Marín, Notaria.—1 vez.—RP2011257320.—(IN2011071895).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, a
las 14:00 horas treinta minutos del 22 de marzo del año 2011, se constituyó la
sociedad de esta plaza cuya denominación social es Byblos Número Diez S. A.
Capital social totalmente suscrito y pagado, Plazo: cien años, domicilio:
Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste. Objeto: Comercio en
general.—Guanacaste, 5 de setiembre del 2011.—Lic. Ismene Arroyo
Marín, Notaria.—1 vez.—RP2011257321.—(IN2011071897).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, a
las 14:00 horas treinta minutos del 22 de marzo del año 2011, se constituyó la
sociedad de esta plaza cuya denominación social es Byblos Número Seis S. A.
Capital social totalmente suscrito y pagado, plazo: cien años, domicilio:
Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste. Objeto: Comercio en
general.—Guanacaste, 5 de setiembre del 2011.—Lic. Ismene Arroyo
Marín, Notaria.—1 vez.—RP2011257322.—(IN2011071899).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 14:00 horas treinta minutos del 22 de marzo del año 2011, se constituyo la
sociedad de esta plaza cuya denominación social es Byblos Número Siete S. A.
Capital social totalmente suscrito y pagado, plazo: cien años, domicilio:
Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste. Objeto: Comercio en general.—Guanacaste,
5 de setiembre del 2011.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1
vez.—RP2011257323.—(IN201171901).
Mediante escritura del día de hoy, se
protocolizó acta de la sociedad de esta plaza denominada Llanes de Mar
L.L.M. S. A., mediante la cual se reforma el pacto social en la cláusula
sétima de la administración, presidente con facultades de apoderado
generalísimo, cláusula segunda del domicilio, San José, Sabana, Condominios
Brisas del Oeste, número 4-8-F.—San José, 12 de setiembre del 2011.—Lic.
Agnes Fajardo Jirón, Notaria.—1
vez.—RP2011257324.—(IN2011071903).
Por escritura otorgada a las 9:00 horas de
hoy, se constituye la sociedad anónima, domiciliadas en San José, Administradora
Riga Ltda., representantes los dos gerentes, capital suscrito y
pagado.—San José, 6 de setiembre del 2011.—Lic. Juan José Rímolo
Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2011257325.—(IN2011071904).
Se hace constar que ante la notaría de Víctor
Hugo Castillo Mora, mediante escritura número ciento ochenta y dos otorgada a
las ocho horas del treinta y uno de julio del dos mil once, se protocolizó
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Cala de Mar
Sol Dos Sociedad Anónima. Y mediante escritura número ciento ochenta y tres
otorgada a las nueve horas del treinta y uno de julio del dos mil once, se
protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía LHS
Oftalmología Sociedad Anónima. En ambas se reforma la cláusula quinta de
dichas sociedades.—San José, doce de setiembre del año dos mil
once.—Lic. Víctor Hugo Castillo Mora, Notario.—1
vez.—RP2011257326.—(IN2011071905).
Por escritura pública número: setenta y
cuatro-siete, otorgada a las diecinueve horas del veinticuatro de agosto del
dos mil once, ante el notario José Manuel Villegas Rojas, se constituyó la
sociedad anónima denominada Cañones y Cataratas Azul Sociedad Anónima.—
Por escritura pública número setenta y
siete-siete, otorgada en
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas del cinco de setiembre del dos mil once, se constituye Nature’s Secrets RB Sociedad Anónima.—San José, cinco de setiembre del dos mil once.—Lic. Ricardo Javier Hidalgo Murillo, Notario.—1 vez.—RP2011257333.—(IN2011071908).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las dieciséis horas veinte minutos del 8 de setiembre de 2011, los señores Allan Antonio Romero Mora, cédula 1-0851-0855, y Jennifer Chaves Rodríguez, cédula 1-1220-0945, constituyeron la sociedad Auto Fix Sociedad Anónima, capital social diez mil colones.—San José, 8 de setiembre de 2011.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—RP2011257334.—(IN2011071909).
Por escritura número 88, otorgada ante mi notaría a las 11 horas 10 minutos del 8 de setiembre de 2011, los señores Orlando Castellón Navarro, cédula 1-0637-0193 y María García Pérez, cédula 2-477-396, constituyeron la sociedad Automotores A.V. Sociedad Anónima, capital social diez mil colones.—San José, 8 de setiembre de 2011.—Lic. Norman Mory Mora, Notario.—1 vez.—RP2011257336.—(IN2011071910).
Por escritura número 37 otorgada ante mi notaría, a las trece horas del 8 de setiembre de 2011, los señores Daniel Chaves Dubón, cédula 1-0784-0320, y Bernal Gerardo Valerio Quirós, cédula 1-0955-0995, constituyeron la sociedad Property Management Provider Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital social diez mil colones.—San José, 8 de setiembre de 2011.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—RP2011257337.—(IN2011071911).
Por escritura número ciento noventa y cinco, otorgada ante el notario público Carlos Ricardo Perera Salazar, a las diez horas del quince de junio del dos mil once, se constituye sociedad de esta plaza denominada Yo Puedo y lo he Logrado Sociedad Anónima, capital social diez mil colones. Presidente: Elzbieta Malinowski Gajda.—San José, cinco de setiembre del dos mil once.—Lic. Ricardo Perera Salazar, Notario.—1 vez.—RP2011257339.—(IN2011071912).
Por escritura otorgada ante mí, en la ciudad de Monteverde, a las 8:00 horas del 26 de agosto de 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Panadería Jiménez Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos veintinueve mil seiscientos catorce, donde se reforma la cláusula sétima del pacto social.—Monteverde, 10 de setiembre de 2011.—Lic. Luis Lacayo Monge, Notario.—1 vez.—RP2011257340.—(IN2011071913).
Nosotros Dennis Eduardo Zúñiga Aguilar y Sergio Rodríguez Garita, notarios, hacemos del conocimiento público que Mayela Sánchez Zúñiga y Kathia Loria Tosi, constituyeron la sociedad Casa de Adoración Remanemte de Vida Sociedad Anónima, con domicilio, en Guayabo de Mora, capital social cien mil colones, plazo social de noventa y nueve años.—San José, 9 de setiembre del 2011.—Lic. Sergio Rodríguez Garita, Notario.—1 vez.—RP2011257341.—(IN2011071914).
Ante el notario público José Antonio Reyes Villalobos, mediante escritura número cuarenta y siete otorgada en San José, a las doce horas del día viernes dieciocho de marzo de dos mil once, se constituyó la sociedad de esta plaza Huskerican Sociedad Anónima. Es todo.—San José, a las once horas del día viernes dieciocho de marzo de dos mil once.—Lic. José Antonio Reyes Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2011257342.—(IN2011071915).
Se modifica la cláusula quinta de la sociedad Creaciones Elluany S. A.—San José, 11 de agosto del 2011.—Lic. Geovanny Jiménez Chacón, Notario.—1 vez.—RP2011257344.—(IN2011071916).
Se modifica la cláusula quinta de la sociedad Bufalo Stake House & Grill S. A.—San José, 11 de agosto del 2011.—Lic. Geovanny Jiménez Chacón, Notario.—1 vez.—RP2011257346.—(IN2011071917).
Se modifica la cláusula quinta de la sociedad Inversiones Love Secret S. A.—San José, 11 de agosto del 2011.—Lic. Geovanny Jiménez Chacón, Notario.—1 vez.—RP2011257347.—(IN2011071918).
Por escritura otorgada ante mí, el día siete de setiembre del dos mil once a las diez horas, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación social es Mi Navegante Tica Número Uno Limitada; representada por el gerente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma.—San José, siete de setiembre del año dos mil once.—Lic. Leonardo Crespo Valerio, Notario.—1 vez.—RP2011257348.—(IN2011071919).
Por escrituras otorgadas en Cartago el día doce de setiembre del dos mil once, se reforma la cláusula tercera de las sociedades Casa Furlac S. A., Constructora Valle del Guarco Paraíso C&S S. A. y Corporación Casa Salama S. A.—Cartago, doce de setiembre del dos mil once.—Lic. Laura Cordero Zamora, Notaria.—1 vez.—RP2011257349.—(IN2011071920).
Ante mi notaría por escritura pública número cincuenta y cinco de
fecha 2 de setiembre del 2011, se constituye la sociedad Funerales
Costarricenses
Por escritura otorgada en Cartago, a las ocho horas del doce de setiembre del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Urantia Coffe Export S. A. Presidente: David Solano Leandro. Plazo: noventa y nueve años.—Cartago, 12 de setiembre del 2011.—Lic. Laura Cordero Zamora, Notaria.—1 vez.—RP2011257351.—(IN2011071922).
Mediante escritura otorgada en esta notaría a las 12:00 horas del 10 de setiembre del 2011, y estando presente la totalidad del capital social de la empresa Villas Mediterráneo Finestrat-Sesenta y Uno Sociedad Anónima, se reforma la cláusula del domicilio y junta directiva.—San José, 10 de setiembre del 2011.—Lic. Laura Hernández Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2011257352.—(IN2011071923).
Mediante escritura otorgada en esta notaría, a las 10:00 horas del 10 de setiembre del 2011 y estando presente la totalidad del capital social de la empresa Villas Mediterráneo Benidorm-Sesenta Sociedad Anónima, se reforma la cláusula del domicilio y junta directiva.—San José, 10 de setiembre del 2011.—Lic. Laura Hernández Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2011257353.—(IN2011071924).
Mediante escritura otorgada en esta notaría, a las 11:00 horas del 10 de setiembre del 2011, y estando presente la totalidad del capital social de la empresa Villas Mediterráneo Nova-Dos Sociedad Anónima, se reforma la cláusula del domicilio y junta directiva.—San José, 10 de setiembre del 2011.—Lic. Laura Hernández Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2011257354.—(IN2011071925).
Mediante escritura otorgada en esta notaría, a las 9:00 horas del 10 de setiembre del 2011, y estando presente la totalidad del capital social de la empresa Villas Mediterráneo Torrevieja-Setenta Sociedad Anónima, se reforma la cláusula del domicilio y junta directiva.—San José, 10 de setiembre del 2011.—Lic. Laura Hernández Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2011257355.—(IN2011071926).
Por medio de la escritura número doscientos veinte de la notaria Liliana Alfaro Rojas, comunica asamblea general extraordinaria de la sociedad Excursiones Culturales y Religiosas Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-sesenta y cuatro mil quinientos veintidós; en la que se toman los acuerdos de cambio de junta directiva, cambio de la razón social la cual será: Terrum Soluciones Constructivas S. A., cambio de domicilio social: San José, Rohrmoser de Plaza Mayor, trescientos metros oeste, contiguo a parque del Club de Leones. Además se amplía el objeto social de la sociedad para que en adelante se agregue, se dedicará además a actividades relacionadas con construcción, diseños y otros relacionados en el campo de la edificación, urbanizaciones, propiedad horizontal. Es Todo.—Seis de agosto del dos mil once.—Lic. Liliana Alfaro Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2011257356.—(IN2011071927).
Ante esta notaria pública se protocoliza
modificación de objeto de constitución de: Desarrollo Constructivo Pilar de
Valle Dos S. A.—San José, 8 de setiembre.—Lic. Lidia E. Rivera
Camacho, Notaria.—1 vez.—RP2011257357.—(IN2011071928).
Por escritura número ciento treinta y tres
tomo tres otorgada el día ocho de setiembre del dos mil once, en mi notaría, se
constituyó la sociedad Patng Sociedad Anónima. Con un plazo social de
noventa y nueve años. Capital social: debidamente suscrito y pagado,
administrada por una junta directiva, donde el presidente ejerce la función de
apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 08 de setiembre del
2011.—Lic. Seanny Jiménez Alfaro, Notaria.—1
vez.—RP2011275358.—(IN2011071929).
Que ante esta notaría, se reforma el pacto
constitutivo de Concopro Consultores S. A., Villas Ana Ligia SRL,
Villas de El General EIRL.—San osé, 12 de setiembre del
2011.—Lic. Vanessa Cubillo Arguedas, Notaria.—1
vez.—RP2011257360.—(IN2011071930).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las
15:00 horas del 02 de abril del 2011, Cándida Duarte Chaves y Ovidio Montoya
Madrigal, constituyen la sociedad San Gabriel Esfuerzos y Lucha Sociedad
Anónima. Capital social: ¢100.000,00. Domicilio en Las Nubes de Caracol,
Corredores, Puntarenas quinientos metros oeste del acueducto. Administración:
junta directiva.—Lic. Elián Jiménez Céspedes, Notario.—1
vez.—RP2011257362.—(IN2011071931).
Que mediante la escritura número setenta y
siete-dos, otorgada a las diez horas del día veintiuno de agosto del dos mil
once, visible al folio cincuenta y tres vuelto al folio cincuenta y cinco
frente del tomo dos del protocolo de
Por escritura otorgada en mi notaría, a las
once horas de hoy, se nombra presidente de la sociedad Franzen-Invesment de
Costa Rica Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma pudiendo actuar separadamente. Presidente:
Óscar Araya Chinchilla.—San José, quince de agosto del dos mil
once.—Lic. Carlos Isidro Rojas Solano, Notario.—1
vez.—RP2011257365.—(IN2011071933).
Por protocolización del acta de asamblea
general extraordinaria de las 16:00 horas del 6 de setiembre del 2011, se
reformó la cláusula 4ta del pacto constitutivo de Inversiones y
Servicios Dos Mil Veintiséis S. A.—San José, 08 de setiembre del
2011.—Lic. María Virginia Méndez, Notaria.—1
vez.—RP2011257366.—(IN2011071934).
La suscrita Notaria hace constar y da fe que
mediante la escritura número ciento veintinueve-dos, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de cuotista de la sociedad 3-102-603941
Ltda., en la cual se acordó modificar la cláusula segunda y la cláusula
sétima del pacto constitutivo. Es todo.—San José, 09 de setiembre del
2011.—Lic. Gueneth Marjorie Williams Mullins, Notaria.—1
vez.—RP2011257367.—(IN2011071935).
Mediante la escritura otorgada ante mí, en la
ciudad de San José, las 11:30 horas del día ocho de setiembre del dos mil once,
se constituye la sociedad Diderot Corp. Sociedad Anónima.—Lic.
María de los Ángeles Montero Álvarez, Notaria.—1
vez.—RP2011257369.—(IN2011071936).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó
Gato Murillo e Hijos. Plazo social de noventa y nueve años. Capital
social: setenta mil colones suscrito y pagado. Representada por su presidente,
notario Ricardo Reyes Cálix.—Monterrey de San Carlos, Alajuela, quince
horas del ocho de setiembre del dos mil once.—Lic. Ricardo Reyes Cálix,
Notario.—1 vez.—RP2011257370.—(IN2011071937).
Mediante la escritura otorgada ante mí, en la
ciudad de San José, las 11:30 horas del día ocho de setiembre dos mil once, se
constituye la sociedad Balzac Sociedad Anónima.—Lic. María de los
Ángeles Montero Álvarez, Notaria.—1
vez.—RP2011257371.—(IN2011071938).
Mediante la escritura otorgada ante mí, en la
ciudad de San José, las 11:30 horas del día ocho de setiembre dos mil once, se
constituye la sociedad Voltaire Internacional Sociedad Anónima.—Lic.
María de los Ángeles Montero Álvarez, Notaria.—1
vez.—RP2011257372.—(IN2011071939).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó
Percha del Eden S. A. Plazo social de noventa y nueve años. Capital
social: doscientos mil colones suscrito y pagado. Representada por su
presidente, notario Ricardo Reyes Cálix.—Monterrey de San Carlos,
Alajuela, quince horas del ocho de setiembre del dos mil once.—Lic.
Ricardo Reyes Cálix, Notario.—1 vez.—RP2011257373.—(IN2011071940).
Mediante escritura pública número trescientos
sesenta y siete del tomo veintiuno del protocolo de la notaria Carmen Lidia
Elizondo Vásquez, actuando en conotariado con el notario José Manuel Vásquez
Elizondo, se constituyen sociedad anónima, denominada Coorporación
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó
Heymar S. A. Plazo social de noventa y nueve años. Capital social:
doscientos mil colones suscrito y pagado. Representada por su presidente y
secretario.—Monterrey de San Carlos, Alajuela, quince horas del ocho de
setiembre del dos mil once.—Lic. Ricardo Reyes Cálix, Notario.—1
vez.—RP2011257375.—(IN2011071942).
Por escritura otorgada ante mí, se modificó
la cláusula quinta en cuanto al capital social del pacto constitutivo de, Finca
Jenkins S. A.—Monterrey de San Carlos, Alajuela, quince horas del
ocho de setiembre del dos mil once.—Lic. Ricardo Reyes Cálix,
Notario.—1 vez.—RP2011257376.—(IN2011071943).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó
Luyema Inversiones M L S. A. Plazo social de noventa y nueve años.
Capital social: setenta mil colones suscrito y pagado. Representada por su
presidente y secretario.—Monterrey de San Carlos, Alajuela, quince horas
del ocho de setiembre del dos mil once.—Lic. Ricardo Reyes Cálix,
Notario.—1 vez.—RP2011257377.—(IN2011071944).
En escritura autorizada por el suscrito
notario a las nueve horas cinco minutos del veintinueve de enero del dos mil
diez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de tres-ciento
uno-cinco ocho cinco seis dos dos sociedad anónima mediante el cual se
reforma la cláusula primera del pacto constitutivo, para que se lea Eco del
Pacífico Sociedad Anónima, nombre de fantasía, pudiendo abreviarse las dos
últimas palabras en S. A. Es todo.—Puntarenas, seis de setiembre del dos
mil once.—Lic. Víctor Rafael Herrera Flores, Notario.—1
vez.—RP2011257378.—(IN2011071945).
Ante esta notaría comparecen Héctor Arturo
Aguilera Jiménez y Alberto Ruiz Pardo, quienes constituyen la sociedad de
responsabilidad limitada denominada TICORCR Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cuyo capital ha sido totalmente suscrito y pagado.—San
José, ocho de setiembre del dos mil once.—Lic. Luis Alberto Pereira
Brenes, Notario.—1 vez.—RP2011257390.—(IN2011071946).
Mediante asamblea extraordinaria de socios
celebrada el día 22 de setiembre del 2010, se tomó el acuerdo firme y unánime
de disolución de las siguientes sociedades anónimas: Edificaciones
Por escritura otorgada ante esta Notaría a las once horas del día de hoy, Omar José Galeano Acevedo y Lidia Esther Blandón Acevedo, constituyen la sociedad denominada Vigilancia y Seguridad Gali Sociedad Anónima. Plazo: cien años. Objeto: vigilancia y seguridad privada y el comercio en general. Capital: diez mil colones. Presidente el socio Omar José Galeano Acevedo.—San José, 12 de setiembre del 2011.—Lic. Marcela Núñez Troyo, Notaria.—1 vez.—RP2011257406.—(IN2011071955).
Ante esta Notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Electromecánica Industrial, cédula 3-101-111.483. Se reforma cláusulas segunda del domicilio, y sétima de la administración. Se adicionan cláusulas trece y catorce se nombra junta directiva y fiscal.—Alajuelita, 9 de setiembre del 2011.—Lic. Fernando Calderón Salazar, Notario.—1 vez.—RP2011257407.—(IN2011071956).
Hoy protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Paseo Metrópoli S. A., mediante los que se reforma las cláusulas 1 y 2 del pacto social.—San José, 19 de agosto del 2011.—Lic. Armando Céspedes Abarca, Notario.—1 vez.—(IN2011071962).
Por escritura otorgada ante el suscrito Notario, al ser 9:00 horas del día 5 de setiembre del 2011, se reforma la cláusula 2 del pacto social en cuanto al domicilio social de la compañía, se revoca poder y otorga nuevo poder de Savino del Bene Costa Rica S. A.—San José, 12 de setiembre del 2011.—Lic. Alfredo Fournier Beeche, Notario.—1 vez.—(IN2011071989).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del doce de
setiembre del dos mil once, Freddy José Vallejo Cortés y Laura Sánchez
Villalobos, constituyen Novost Green Solutions Sociedad Anónima.
Presidente: Freddy José Vallejo Cortés. Domicilio social: San Francisco de
Heredia
Por escritura otorgada ante mí, se constituye la sociedad MQA Americas Costa Rica S. A. Plazo: 99 años, Capital: 10.000.00 colones. Representación: el presidente de la junta directiva. Escritura otorgada a las 08:00 horas del día 10 de setiembre del 2011.—Lic. Osvaldo Antonio Villalta Campos, Notario.—1 vez.—(IN2011071991).
Por escritura número 202 otorgada ante esta Notaría a las 14:30 horas del 12 de setiembre del 2011, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la entidad 3-101-556334 s. a., cédula jurídica 3-101-556334, por medio de la cual se reformaron los estatutos en su cláusula segunda: el domicilio. Asimismo se revocan todos los nombramientos de junta directiva y el fiscal y se nombran nuevos.—San José, 12 de setiembre del 2011.—Lic. José Francisco Protti Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2011071993).
Por escritura autorizada ante esta notaría, a las 09:45 horas del 2 de setiembre del dos mil once, se constituyó la empresa Distribuidora de Petróleos DIPSA Costa Rica Sociedad Anónima. Domiciliada en la ciudad de Curridabat, San José. Capital social suscrito y pagado. Representante con facultad de apoderado generalísimo sin limitación de suma, el presidente de la junta directiva, señor Asdrúbal Mora Amador.—San José, 3 de setiembre del 2011.—Lic. Paúl Murillo Miranda, Notario.—1 vez.—(IN2011071995).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día doce de setiembre del dos mil once, se constituyó la sociedad Proveduría Especializada en Recursos Humanos Klaus Sociedad Anónima se designa presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, doce de setiembre del dos mil once.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1 vez.—(IN2011071998).
Por escritura otorgada en San José, a las 8:00 del 12 de setiembre
de 2011, se constituyó la sociedad denominada Titán Bike S. A.,
capital diez mil colones, objeto: industria y comercio en general, plazo 99
años. Domicilio:
Ante mí, Carlos Manuel Segura Quirós, notario público de Escazú, San
José se constituye la siguiente sociedad: Inversiones
Por escritura otorgada ante mí, a las 15:30 horas del 12 de setiembre del 2011, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Propiedad Tagore Doscientos Siete S. A.—San José, 12 de setiembre del 2011.—Lic. Federico Balma Zumbado, Notario.—1 vez.—(IN2011072010).
Ante mi notaría, a las quince horas del doce de setiembre del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Sueño Dorado Sociedad Anónima, cuyo presidente es el señor Randall Pérez Castillo. El capital está suscrito y cancelado.—Lic. Juan Carlos Castillo Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2011072021).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, se protocolizó una acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de RKR Guanacaste Verde S. A., mediante la cual se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo.—San José, 11:00 horas del 13 de setiembre del 2011.—Lic. Carlos Alfredo Umaña Balser, Notario.—1 vez.—(IN2011072044).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del trece de setiembre del dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea general de la sociedad The Night Circus Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma las cláusulas primera del nombre y sétima de la administración del pacto social.—Lic. Melania Dittel Sotela, Notaria.—1 vez.—(IN2011072045).
Por escritura otorgada ante esta Notaría el día veintinueve de agosto del dos mil once, se protocolizó acta de constitución de la sociedad Clínica Fisintegral Sociedad Anónima S. A. Capital social: diez mil colones. Presidente: Yildi Yamile Aristizabal Cardona.—San José, al ser doce horas del día trece de setiembre del dos mil once.—Lic. Óscar Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2011072050).
Por escritura ciento sesenta y tres-cuarenta y seis, otorgada ante los notarios Juvenal Sánchez Zúñiga, Jorge González Roesch y Alberto Sáenz Roesch, actuando en el protocolo del primero a las ocho horas treinta minutos del día ocho de setiembre del dos mil once, se reforman las cláusulas segunda, quinta, sexta de los estatutos, se nombra junta directiva de la compañía Punta Sol S. A.—San José, 9 de setiembre del 2011.—Lic. Jorge González Roesch, Notario.—1 vez.—(IN2011072053).
Por escritura ciento sesenta y seis-cuarenta y seis, otorgada ante los notarios Juvenal Sánchez Zúñiga, Jorge González Roesch y Alberto Sáenz Roesch, actuando en el protocolo del primero a las nueve horas quince minutos del día ocho de setiembre del dos mil once, se reforma la cláusula sétima, se nombran gerentes de la compañía Gold Coast Ventures B.L.V. Limitada.—San José, 9 de setiembre del 2011.—Lic. Jorge González Roesch, Notario.—1 vez.—(IN2011072055).
Por escritura ciento sesenta y cinco-cuarenta y seis, otorgada ante los notarios Juvenal Sánchez Zuñiga, Jorge González Roesch y Alberto Sáenz Roesch, actuando en el protocolo del primero a las nueve horas del día ocho de setiembre del dos mil once, se reforman la cláusula sétima, se nombran gerentes de la compañía Beachline Ventures B.L.V. Limitada.—San José, 9 de setiembre del 2011.—Lic. Jorge González Roesch, Conotario.—1 vez.—(IN2011072058).
Por escritura ciento sesenta y dos-cuarenta y seis, otorgada ante los notarios Juvenal Sánchez Zuñiga, Jorge González Roesch y Alberto Sáenz Roesch, actuando en el protocolo del primero a las ocho horas quince minutos del día ocho de setiembre del dos mil once, se reforman la cláusula segunda de los estatutos, se adiciona una cláusula décimo primera, se nombra tesorero de la junta directiva y agente residente de la compañía Proyectos Iguana Sol S. A.—San José, 9 de setiembre del 2011.—Lic. Jorge González Roesch, Conotario.—1 vez.—(IN2011072059).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a las diez horas del trece de setiembre del dos mil once, se protocolizó acta de asamblea de socios de tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta mil cuatrocientos ochenta y cuatro s. a., mediante la cual se reformó la cláusula novena, se revocaron cargos y nombraron nuevos miembros de la junta directiva.—San José, trece de setiembre del dos mil once.—Lic. Ana Karine Niño Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—(IN2011072060).
Que por el instrumento público número doscientos ochenta y cinco de las once horas del trece de setiembre del dos mil once, la sociedad de esta plaza denominada Corporación Oviedo Álvarez Sociedad Anónima, modificando la cláusula número tercera del pacto social constitutivo.—Lic. Juan Carlos Gutierrez Morales, Notario.—1 vez.—(IN2011072068).
Que por el instrumento público número doscientos ochenta y seis de
las doce horas del trece de setiembre del dos mil once, se constituyó
Cerdos El Cerro Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos
ochenta y cinco mil quinientos cuarenta y ocho, reforma su cláusula quinta
referente al capital social. Escritura protocolizada ante el Notario Max Alonso
Víquez García el día 12 de setiembre del 2011.—San Lorenzo de Flores, 13
de agosto del 2011.—Lic. Max Alonso Víquez García, Notario.—1
vez.—(IN2011072082).
Por escritura número ciento ochenta-tres,
otorgada en mi notaría, a las diez horas del doce de agosto de dos mil once, se
constituye AGM Consultoría y Desarrollo Global CR Sociedad Anónima,
nombre de fantasía. Capital social diez mil colones. Presidente: Álvaro
Alexander Góchez Murillo, con facultades independientes de apoderado
generalísimo sin límite de suma. Domicilio social, San José,
Por escritura otorgada ante mí, a las 16:30
horas del día 12 de setiembre del 2011, se protocoliza acta de revocamiento de
junta directiva de la compañía Corquisdosmilocho Sociedad Anónima.—Lic.
Arturo González Montero, Notario.—1 vez.—(IN2011072099).
En esta notaría, por escritura pública 178-13
otorgada a las 11:00 horas del 13 de setiembre del 2011, se constituyó Clínica
AMN S. A., capital social 10.000,00 colones. Presidente con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma.—Heredia, 13 setiembre del
2011.—Lic. Antonella Da Re Masís, Notaria.—1
vez.—(IN2011072101).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario, a las 13:30 horas del día 1º de agosto del 2011, se constituyó la
sociedad denominada Vision Quest Costa Rica Sociedad Anónima, capital
social suscrito y pagado y con un plazo social de noventa y nueve años a partir
de su constitución.—Es todo.—San José, 5 de setiembre del
2011.—Lic. José Abundio Gutiérrez Antonini, Notario.—1
vez.—(IN2011072116).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario, a las 10:30 horas del día 8 de agosto del año 2011, se constituyó la
sociedad denominada Peris Sociedad Anónima, capital social suscrito y
pagado y con un plazo social de noventa y nueve años a partir de su
constitución.—Es todo.—San José, 5 de setiembre del
2011.—Lic. José Abundio Gutiérrez Antonini, Notario.—1 vez.—(IN2011072117).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario, a las 12:00 horas del día 28 de julio del 2011, se protocolizó el Acta
de Asamblea General Extraordinaria de Socios de la sociedad: Corporación
Aeromar de Servicios Aduanales Sociedad Anónima, según la cual se modifica
la cláusula novena de los estatutos sociales, y se nombra nueva junta directiva
y fiscal.—Es todo.—San José, 1º de agosto del 2011.—Lic. José
Abundio Gutiérrez Antonini, Notario.—1 vez.—(IN2011072118).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario, a las 11:30 horas del día 28 de julio del 2011, se protocolizó el Acta
de Asamblea General Extraordinaria de Socios de la sociedad: Almacén de
Depósito Fiscal y General Colima Sociedad Anónima, según la cual se
modifica la cláusula novena de los estatutos sociales, y se nombra nueva junta
directiva y fiscal.—Es todo.—San José, 1º de agosto del
2011.—Lic. José Abundio Gutiérrez Antonini, Notario.—1
vez.—(IN2011072119).
Por escritura otorgada ante el suscrito
Notario al ser las 10:00 horas del día 1º de junio del 2011, se protocolizó el
Acta de Asamblea General Extraordinaria de socios de la sociedad denominada Condominio
Cerro Alto Lote Cuarenta y Cinco GVR Sociedad Anónima, según la cual se
modificaron las cláusulas quinta y octava de los estatutos sociales. Es
todo.—San José, 26 de julio del 2011.—Lic. José Abundio Gutiérrez
Antonini, Notario.—1 vez.—(IN2011072120).
Por escritura otorgada ante el suscrito
Notario, a las 13:00 horas del día 28 de julio del 2011, se protocolizó el Acta
de Asamblea General Extraordinaria de Socios de la sociedad: Airtec Sociedad
Anónima, según la cual se modifica la cláusula octava de los estatutos
sociales, y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Es todo.—San
José, 1º de agosto del 2011.—Lic. José Abundio Gutiérrez Antonini,
Notario.—1 vez.—(IN2011072121).
Que por escritura pública otorgada ante esta
notaría, al ser las trece horas del catorce de setiembre del año dos mil once,
se reformaron los estatutos de Belgrade International Holdings, Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-544494.—Es todo.—San José, 14 de setiembre
del 2011.—Lic. Andrea Héctor Vargas, Notaria.—1
vez.—(IN2011072123).
Que por escritura pública otorgada ante esta
notaría, al ser las dieciséis horas del trece de setiembre del año dos mil
once, se reformaron los estatutos de Monticello Asset Company Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-544565.—Es todo.—San José, 13 de
setiembre del 2011.—Lic. Andrea Héctor Vargas, Notaria.—1
vez.—(IN2011072124).
Que por escritura pública otorgada ante esta
notaría, al ser las diez horas del catorce de setiembre del año dos mil once se
reformaron los estatutos de Yellowstone Asset Company, Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-544365.—Es todo.—San José, 14 de setiembre
del 2011.—Lic. Andrea Héctor Vargas, Notaria.—1
vez.—(IN2011072125).
Que por escritura pública otorgada ante esta
notaría, al ser las trece horas del trece de setiembre del año dos mil once se
reformaron los estatutos de Cambridge International Holdings, Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-548443.—Es todo.—San José, 13 de
setiembre del 2011.—Lic. Andrea Héctor Vargas, Notaria.—1
vez.—(IN2011072126).
Que por escritura pública otorgada ante esta
notaría, al ser las diez horas del trece de setiembre del año dos mil once, se
reformaron los estatutos de Wellington Capital Holdings Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-548310. Es todo.—San José, 13 de setiembre del
2011.—Lic. Andrea Héctor Vargas, Notaria.—1
vez.—(IN2011072127).
Al ser las quince horas del nueve de
setiembre de dos mil once, procedo a protocolizar el Acta general de asamblea
general extraordinaria de Hotel El Cerro Liberiano Gte Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y ocho mil
ochocientos setenta y dos, en la cual se reforma la cláusula sétima: de la
representación.—Liberia, 9 de setiembre del 2011.—Lic. Seidy
Vanessa Ibarra Lanza, Notaria.—1
vez.—RP2011257409.—(IN2011072206).
Al ser las dieciséis horas del ocho de
setiembre de dos mil once, se hacen presentes en mi notaría, los señores Jaime
Enrique Hernández Castro y Alejandro José Vidal Villalobos, para constituir la
sociedad anónima denominada Autorepuestos Liberia Sociedad Anónima, con
domicilio en Guanacaste, Liberia, Liberia, Centro Comercial Veinticinco de
Julio, oficina catorce.—Liberia, 8 de setiembre del 2011.—Lic.
Seidy Vanessa Ibarra Lanza, Notaria.—1
vez.—RP2011257410.—(IN2011072207).
Al ser las diecisiete horas treinta minutos
del ocho de setiembre del dos mil once, procedo a protocolizar el acta de
Asamblea General Extraordinaria de Piedra Coral de Guanacaste Sociedad
Anónima, cédula jurídica numero tres-ciento uno-quinientos sesenta y un mil
doscientos cincuenta y dos, en la cual se reforma la cláusula: Sétima: de la
representación.—Liberia, 8 de setiembre del 2011.—Lic. Seidy
Vanessa Ibarra Lanza, Notaria.—1
vez.—RP2011257411.—(IN2011072208).
Geovanny Cambronero Garita y otros,
constituyen Sociedad Anónima, cuya identificación será la numeración
correspondiente a la que el Registro Público Sección Personas pueda asignarle,
escritura otorga ante la licenciada Cintya Barrantes Vargas, número ciento
setenta, visible al folio ochenta y cuatro vuelto del tomo dos de la misma
notaría, otorgada a las doce horas del diez de enero del año dos mil once, cuyo
capital social está íntegramente, suscrito y pagado.—Lic. Cintya
Barrantes Vargas, Notaria.—1
vez.—RP2011257414.—(IN2011072209).
Mediante escritura número trescientos
cincuenta de las once horas del dieciséis de agosto del año dos mil once,
otorgada ante
Por escritura otorgada ante esta notaría al
ser las 16:20 horas del 9 de setiembre del 2011, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Ferretería Rodríguez
y Esquivel S. A., cédula jurídica 3-101-008585. Acuerdos: nombramiento de
nueva junta directiva.—San Isidro, Pérez Zeledón 9 de setiembre del
2011.—Lic. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1
vez.—RP2011257418.—(IN2011072211).
Por escritura 063-051 del tomo 51 del
protocolo del notario público Casimiro Vargas Mora, otorgada en esta ciudad a
las 10:00 horas del 12 de setiembre del 2011, la sociedad costarricense Nueve
Felices Monos Cariblanca de Dominical S. A., con cédula jurídica
tres-ciento uno-cuatrocientos catorce mil cincuenta y siete. Modifica sus
estatutos.—San Isidro de El General, 12 de setiembre del 2011.—Lic.
Casimiro Vargas Mora, Notario.—1
vez.—RP2011257419.—(IN2011072212).
Por escritura 063-051 del tomo 51 del
protocolo del notario público Casimiro Vargas Mora, otorgada en esta ciudad a las
10:00 horas del 12 de setiembre del 2011, la sociedad costarricense Matapalo
Two Flying Monkeys S. A. con cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos
catorce mil quinientos treinta y ocho. Modifica sus estatutos.—San Isidro
de El General, 12 de setiembre del 2011.—Lic. Casimiro Vargas Mora,
Notario.—1 vez.—RP2011257421.—(IN2011072213).
Por escritura 063-051 del tomo 51 del
protocolo del notario público Casimiro Vargas Mora, otorgada en esta ciudad a
las 10:00 horas del 12 de setiembre del 2011, la sociedad costarricense Bavaria
del Atardecer Esmeralda I S. A., con cédula jurídica tres-ciento
uno-cuatrocientos catorce mil cuatrocientos cuarenta y cinco. Modifica sus
estatutos.—San Isidro de El General, 12 de setiembre de 2011.—Lic.
Casimiro Vargas Mora, Notario.—1
vez.—RP2011257422.—(IN2011072214).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las 11:00 horas del 12 de setiembre del 2011, se modificó la cláusula novena de
los estatutos de la empresa Finca Los Árboles de Pinilla Sociedad Anónima.—San
José, 12 de setiembre del 2011.—Lic. Ronald Hidalgo Vega,
Notario.—1 vez.—RP2011257425.—(IN2011072215).
Por escritura otorgada en esta notaría a las
catorce horas del día doce de setiembre del año dos mil once, se constituyó la
sociedad denominada Agroservicios T.C. Sociedad Anónima.—San
Isidro de Coronado, a los doce días del mes de setiembre del año dos mil
once.—Lic. Carlos Alberto Reynolds Vargas, Notario.—1
vez.—RP2011257429.—(IN2011072216).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las trece horas del día treinta de abril dos mil diez se nombra junta
directiva, fiscal y agente residente, y modifica la cláusula décima del pacto
constitutivo de la sociedad Duwest Costa Rica S. A.—Lic. Gonzalo
Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—RP2011257434.—(IN2011072217).
Roberto Amador Almanza y Rosa Adilia Martínez
Sánchez, constituyen la sociedad RAAM Soluciones Integrales S. A.
Domiciliada en San José. Escritura Nº 254 otorgada el 12 de setiembre del 2011,
ante la notaria Marta Cecilia Jiménez Chaves.—San José, 12 de setiembre
del 2011.—Lic. Marta Cecilia Jiménez Chaves, Notaria.—1
vez.—RP2011257437.—(IN2011072218).
Mediante escritura autorizada por la suscrita
notaria, a las diez de hoy, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad Elvissa Internacional S. A.,
por la cual se reforma la cláusula sexta de los estatutos.—San José, 12
de setiembre del 2011.—Lic. Jéssica Salas Arroyo, Notaria.—1
vez.—RP2011257439.—(IN2011072219).
Mediante escritura autorizada por la suscrita
notaria, a las diez de hoy, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones Sánchez Monge S. A.,
por la cual se reforma la cláusula sexta de los estatutos.—San José, 12
de setiembre del 2011.—Lic. Jessica Salas Arroyo, Notaria.—1
vez.—RP2011257440.—(IN2011072220).
Mediante escritura autorizada por el suscrito
notario, a las diez horas del día nueve de setiembre del dos mil once, se
protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas
de Corporación Cinematográfica Sureña M & C S. A., mediante la cual
se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad.—San
José, 9 de setiembre del 2011.—Lic. Jessica Salas Arroyo,
Notaria.—1 vez.—RP2011257441.—(IN2011072221).
Mediante escritura autorizada por la suscrita
notaria, a las diez de hoy, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad Cítricos Bella Vista S. A., por la cual se reforma la cláusula
quinta de los estatutos.—San José, 12 de setiembre del 2011.—Lic.
Jessica Salas Arroyo, Notaria.—1
vez.—RP2011257442.—(IN2011072222).
Por escritura otorgada a las nueve horas de
este día, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de
Llanura El Tarquezal S. A., mediante la cual se reforma la cláusula
quinta de los estatutos.—San José, 12 de setiembre del 2011.—Lic.
Arnoldo López Echandi, Notario.—1
vez.—RP2011257443.—(IN2011072223).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve
horas treinta minutos del dieciocho de agosto del año dos mil once, Reginald
Anthony Williams Jr y Michelle Méndez, constituyen una sociedad de
responsabilidad limitada, cuyo nombre será Alternative Med Yes Limitada,
pudiendo abreviarse la última palabra por las iniciales Ltda. Su domicilio San
Isidro de El General, Pérez Zeledón. Gerente: Reginald Anthony Williams Jr y
Michelle Méndez. Capital social: Diez mil colones. Plazo: Noventa y nueve
años.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, doce de setiembre del dos
mil once.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1
vez.—RP2011257444.—(IN2011072224).
Por escritura autorizada a las veinte horas
de hoy protocolizamos acta de asamblea general extraordinaria de socios de Cafepi
Sociedad Anónima, en que se reforman las cláusulas segunda de sus estatutos,
en cuando al domicilio de la sociedad; sétima en cuanto a la administración; y
novena, en cuanto a la vigilancia de la sociedad; se reorganiza la junta
directiva, se nombra fiscal, se confieren poderes general y generalísimo y se
elimina el agente residente. Notarios: Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz y Juan
Carlos Céspedes Chaves.—San José, doce de setiembre del año dos mil
once.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1
vez.—RP2011257445.—(IN2011072225).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve
horas del primero de setiembre del año dos mil once, Adrián Ceciliano
Altamirano y Gloriana Loría Espinoza constituyen una sociedad de
responsabilidad limitada, cuyo nombre será Gaia Divina Inc. Limitada,
pudiendo abreviarse la última palabra por las iniciales Ltda. Su domicilio San
Isidro de El General, Pérez Zeledón. Gerente: Stephen Klein y Sandrine Klein.
Capital social: Diez mil colones. Plazo: Noventa y nueve años.—San
Isidro, de El General, Pérez Zeledón, nueve de setiembre del dos mil once.—Lic.
Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1
vez.—RP2011257446.—(IN2011072226).
Por escritura autorizada a las diecinueve
horas de hoy protocolizamos acta de asamblea general extraordinaria de socios
de Punta Fina Sociedad Anónima, en que se reforman las cláusulas segunda
de sus estatutos, en cuando al domicilio de la sociedad, y sétima en cuanto a
la administración; se ratifica en sus cargos a los directores, se nombra
fiscal, se confieren poderes general y generalísimo y se elimina el agente
residente. Notarios: Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz y Juan Carlos Céspedes
Chaves.—San José, doce de setiembre del año dos mil once —Lic. José
Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1
vez.—RP2011257447.—(IN2011072227).
Por escritura autorizada a las diecisiete
horas de hoy protocolizamos acta de asamblea general extraordinaria de socios
de Auto Subarú de Costa Rica Sociedad Anónima, en que se reforman las
cláusulas segunda de sus estatutos, en cuando al domicilio de la sociedad, y
sétima en cuanto a la administración; se reorganiza la junta directiva, se
nombra fiscal, se revoca poder, se confiere poder generalísimo y se elimina el
agente residente.—San José, doce de setiembre del año dos mil
once.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz y Lic. Juan Carlos Céspedes
Chaves, Notarios.—1 vez.—RP2011257448.—(IN2011072228).
Por escritura otorgada ante mí a las
dieciséis horas del ocho de setiembre del año en curso se constituyó Turmaline
Ltda. Gerente con facultades independientes de apoderado generalísimo sin
límite de suma.—San José, 12 de setiembre del 2011.—Lic. Rodolfo
Loría Sáenz, Notario.—1 vez.—RP2011257450.—(IN2011072229).
La compañía denominada Desarrollos
Turísticos del Pacífico Vargas S. A., con cédula de persona jurídica número
3-101-348940, nombra como presidente a Carlos Alberto Mora Solano, secretaria a
Leila Solano Mata, tesorero: Manuel Antonio Mora Solano.—San José, 1º de
agosto del 2011.—Lic. Gerardo Vargas Rojas, Notario.—1
vez.—RP2011257454.—(IN2011072230).
Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00
horas del día 2 de setiembre del 2011, se constituyó la sociedad anónima
A las 10:30 horas del 12 de setiembre del
2011, se reformó cláusula quinta del pacto social referente a junta directiva y
representación, en la sociedad denominada Nahogy de Poás Sociedad Anónima.—Lic.
Ademar Soto Alpízar, Notario.—1
vez.—RP2011257456.—(IN2011072232).
El suscrito, Alberto Sandoval Fajardo,
notario público de Puntarenas, hace saber que mediante escritura número ciento
noventa y seis-cuatro, visible a folios ciento ochenta y nueve frente y vuelto,
del tomo cuatro de mi protocolo, fue constituida la sociedad Grupo Consultor
L.A.M de Seguridad y Protección del Pacífico Sociedad Anónima, a las
diecisiete horas del siete de setiembre del dos mil once, fungiendo como su
presidente: Luis Alfonso Aguirre Marchena. Se emplaza a los eventuales
interesados por el término de ley.—Lic. Alberto Sandoval Fajardo,
Notario.—1 vez.—RP2011257457.—(IN2011072233).
Ante la notaría de
Por medio de escritura otorgada al ser las
nueve horas del día doce de agosto del dos mil once, ante el notario público
Esteban Chérigo Lobo, por medio de protocolización de acta de asamblea
ordinaria y extraordinaria de socios, se acordó reformar las cláusulas primera
y sexta de la sociedad de esta plaza Monticello Real Limited Corporation LCC
Sociedad Anónima, la cual de ahora en adelante pasa a denominarse Hawkins
Costa Rica Properties WHH LLC Sociedad Anónima.—San José, doce de
setiembre del dos mil once.—Lic. Esteban Chérigo Lobo, Notario.—1
vez.—RP2011257460.—(IN2011072235).
Hoy se constituyó ante esta notaría, la
sociedad de esta plaza Expoherb Intenational S. A. Capital social: diez
mil colones. Domicilio: San José. Representantes: presidente y
secretario.—San José, doce de setiembre del dos mil once.—Lic.
María Gabriela Mora Valverde, Notaria.—1
vez.—RP2011257462.—(IN2011072236).
Mediante escritura otorgada el día de hoy, en
mí notaría, se reforman las cláusulas quinta y sexta del pacto social de Montemármol
Internacional S. A.—San José, 12 de setiembre del 2011.—Lic.
Ana Lucía Espinoza Blanco, Notaria.—1
vez.—RP2011257466.—(IN2011072237).
En mi notaría, a las 08:00 horas del 9 de
setiembre del 2011, se reforma la cláusula segunda; se nombra presidente.
Además se nombra fiscal de la sociedad denominada Arquitectos del Caribe
Sociedad Anónima.—San Diego de
El suscrito notario hace constar que el día
de hoy, protocolicé dos actas de asamblea general extraordinaria de las
siguientes dos sociedades denominadas: 3-101-617523 s. a., y 3-101-617522
s. a., en las cuales se reforma la cláusula segunda de los estatutos
sociales.—San José, 1º de setiembre del 2011.—Lic. José Ramón
Chavarría Saxe, Notario.—1 vez.—RP2011257475.—(IN2011072239).
Por escritura otorgada ante mí, a las 22:00
horas del 12 de setiembre del 2011, se protocolizó acta de asamblea
extraordinaria de
Por escritura otorgada ante este notario público,
el día 12 de setiembre del
Se ha modificado la cláusula del capital
social de la empresa Distribuidora de Filtros Automotrices Sthe y Mar
Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las dieciocho horas del
doce de setiembre del dos mil once.—Lic. Tatyana Brenes Bonilla,
Notaria.—1 vez.—RP2011257480.—(IN2011072242).
En mi notaría, por escritura de las 08:00
horas del 6 de setiembre de los corrientes, se constituye la sociedad Saro
Container Maintenance Service S. A. Domicilio: provincia Heredia, Santo
Domingo, San Miguel, de Autos Villalobos, cuatrocientos norte y doscientos
cincuenta este. Capital social: la suma de diez mil colones. Presidente y
tesorero de la junta directiva, con las facultades de apoderados generalísimos
sin límite de suma, conjunta o separadamente.—San José, 6 de setiembre
del 2011.—Lic. Luis Diego Valdelomar Esquivel, Notario.—1
vez.—RP2011257481.—(IN2011072243).
Por escritura de las 08:00 horas del día de
hoy, protocolicé acuerdos de la asamblea general extraordinaria de socios de Kalinda
Pacífica S. A., celebrada a las 11:00 horas del 11 de agosto del 2011, por
los cuales se reforma la cláusula segunda del domicilio.—San José, 11 de
setiembre del 2011.—Lic. Aurora Hernández Fuentes, Notaria.—1
vez.—RP2011257482.—(IN2011072244).
Ibo Cedeño Chavarría, mayor, casado una vez,
comerciante, portador de la cédula de identidad número seis-cero uno cuatro
cuatro cero siete dos ocho, vecino de Limón, barrio
Se constituyó la sociedad anónima Funeraria
Se modificó la cláusula cuarta de la sociedad
Agroindustrial
Ante el suscrito notario, se constituye la
compañía Meliteca Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones
exactos, representados por cien acciones comunes y nominativas. Presidente:
José German Ortiz Morales.—Ciudad Neily, siete de setiembre del dos mil
once.—Lic. Hiner Fernando Segura Aguilar, Notario.—1
vez.—RP2011257492.—(IN2011072248).
Por escritura otorgada a las 08:00 horas del
9 de setiembre del 2011, se modificó la cláusula de la razón social de la
sociedad que se llamará Tekboard Costa Rica, y el domicilio.—San
José, 9 de setiembre del 2011.—Lic. Yorleny Campos Oporta,
Notaria.—1 vez.—RP2011257493.—(IN2011072249).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las catorce horas del siete de setiembre del dos mil once, se modifican las
cláusulas segunda y octava de la sociedad Guska Sociedad Anónima,
asimismo se revocan nombramientos y se nombran junta directiva y fiscal.—San
José, siete de setiembre del dos mil once.—Lic. José Joaquín Soto
Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2011257494.—(IN2011072250).
Por escritura otorgada hoy, se protocolizaron asambleas generales extraordinarias de las sociedades Productos de Perfumería y Cosméticos del Pacífico S. A., El Monasterio Amatista M.A. S. A. y Luismay del Norte S. A., por medio de las cuales las dos primeras se fusionan con la tercera, prevaleciendo esta última, se reforma la cláusula quinta de Luismay del Norte S. A.—San José, 14 de agosto del 2011.—Lic. Marco Antonio Lizano Monge, Notario.—1 vez.—RP2011257495.—(IN2011072251).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada como su cédula jurídica, cuyo presidente es el señor Esteban Francisco Espinoza Miralles y su capital social es la suma de diez mil colones. Es todo.—San José, veintitrés de agosto del dos mil once.—Lic. Vera Violeta Arguedas Molina, Notaria.—1 vez.—RP2011257498.—(IN2011072252).
Mediante escritura otorgada en esta notaría, a las ocho horas del trece de setiembre del año dos mil once, se modifica la cláusula primera del pacto constitutivo de la razón social de la sociedad Estrellas Azules Verdes y Moradas Dos Mil Doce Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica tres-ciento dos-seiscientos treinta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y uno. Es todo.—San José, a las nueve horas del trece de setiembre del dos mil once.—Lic. Felipe Calvo Argeñal, Notario.—1 vez.—RP2011257503.—(IN2011072253).
Constitución de la sociedad Jus Lauviah CE Sociedad de Responsabilidad Limitada, gerente: Daniela Rodríguez Hernández, subgerente: Tatiana Hernández Alvarado. Otorgada en Alajuela el día ocho de setiembre año dos mil once, en escritura número treinta y dos, visible al folio veintiuno frente del tomo trece del protocolo de la notaria Doris Céspedes Elizondo.—San José, nueve de setiembre del año dos mil once.—Lic. Doris Céspedes Elizondo, Notaria.—1 vez.—RP2011257505.—(IN2011072254).
Mediante escritura número tres, otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 9 de setiembre del 2011, se constituyó la sociedad de nombre F&F Networks Sociedad Anónima. Plazo social 99 años a partir del momento su constitución. Capital social íntegramente suscrito y pagado mediante letras de cambio. Presidente. Fabián Flores Soto.—San José, trece de setiembre del dos mil once.—Lic. Eugenio Vargas Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2011257506.—(IN2011072255).
Mediante escritura otorgada a las doce horas con treinta minutos del doce de setiembre del dos mil once, ante esta notaría se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de Kortech Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-uno cero dos-dos siete cuatro dos tres cinco, mediante la cual se cambia el domicilio, se modifica pacto social y se nombran nuevos directores.—Grecia, trece de setiembre del dos mil once.—Lic. Luis Alonso Madrigal Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2011257507.—(IN2011072256).
Por escritura número ciento cincuenta y cinco otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día trece de setiembre del dos mil once, se constituyó la sociedad Inloso Costa Rica Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Costa Rica, frente a la entrada principal a Cinemark de Multiplaza de Escazú, Atrium Centro Corporativo, cuarto piso, bufete Daremblum & Herrera Abogados. Plazo: 99 años. Capital social, el capital social es la suma de cien mil colones exactos, representados por cinco acciones comunes y nominativas de veinte mil colones exactos cada una, se nombra presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma.—San José, trece de setiembre de año dos mil once.—Lic. Yuri Herrera Ulate, Notario.—1 vez.—RP2011257509.—(IN2011072257).
En esta notaría a las 14:00 horas del 8 de setiembre del 2011, se constituyó la sociedad denominada: Miss Uñas S. A. Apoderado: Rodolfo Antonio Mora Murillo.—San José, 13 de setiembre del 2011.—Lic. Teresita Monge Díaz, Notaria.—1 vez.—RP2011257510.—(IN2011072258).
En mi notaría al ser las diez horas del día treinta de agosto del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Club Atlético Pablo Durán “Talo Sociedad Anónima Deportiva, con un capital de diez mil colones suscrito y pagado.—Cartago, once de setiembre del dos mil once.—Lic. Carmen María Chavarría Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2011257511.—(IN2011072259).
Mediante escritura otorgada ante mí el 10 de febrero de 2011, se
constituye Sponkis SRL. Capital social: un millón de colones. Gerente:
apoderado generalísimo sin límite de suma. Domicilio:
Mediante protocolización de acta de asamblea general de socios otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 26 de agosto de 2011, se hacen nombramientos de junta directiva y fiscal, se modifica la razón social siendo ahora Multiservicios Financieros y Comerciales Full House Sociedad Anónima, y se modifica la representación legal de Inversiones Moreira y Chacón Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-529033.—Barva, 12 de setiembre de 2011.—Lic. Isaac Montero Solera, Notario.—1 vez.—RP2011257514.—(IN2011072261).
José Enrique Gómez Gómez, mayor, casado una vez, pensionado, con cédula 3-209-064, y Róger Humberto Gómez Bermúdez, mayor, bínubo, empresario, con cédula 1-749-370, ambos vecinos de San Antonio de Desamparados, San José, constituyen la sociedad Nida de San Antonio S. A., según escritura 135, ante el notario público Daniel Ángel Fernández Zamora, a las 18:00 horas del 29 de marzo del 2011.—1º de abril del 2011.—Lic. Daniel Ángel Fernández Zamora, Notario.—1 vez.—RP2011257515.—(IN2011072262).
En mi notaría se ha protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de Jemupe S. A., donde se modifica directiva y cláusula sétima.—Lic. Misael Chacón Corrales, Notario.—1 vez.—RP2011257516.—(IN2011072263).
En mi notaría se ha protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de Taller Electromecánico Acosta T. E. A. S. A., donde se modifica directiva y cláusula octava.—Lic. Misael Chacón Corrales, Notario.—1 vez.—RP2011257517.—(IN2011072264).
Ante la suscrita notaría, se constituyó la sociedad denominada Greenland and MCS Sociedad Anónima, otorgada mediante la escritura pública número trescientos treinta y tres, iniciada a folio ciento cuarenta y cinco vuelto del tomo tercero de mi protocolo, de fecha ocho horas del veintinueve de agosto de dos mil once. Presidente: Lenworth Linval Greenland; capital social: diez mil colones. Domiciliada en El Porvenir de Desamparados, Condominios Marianela, casa A treinta y tres, plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Susan Iveth Soto Barboza, Notaria.—1 vez.—RP2011257519.—(IN2011072265).
Ante el suscrito notario, se constituyó el día de hoy Cimpla LLC S.R.L. Gerente con facultades de apoderado generalísimo, plazo: noventa y nueve años, domicilio: San José.—San José, veintitrés de agosto del dos mil once.—Lic. William Richard Philps Moore, Notario.—1 vez.—RP2011257520.—(IN2011072266).
Ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad denominada Bienes Inmuebles Costa Rica Premium Sociedad Anónima, otorgada mediante escritura pública número ciento setenta y ocho, visible a folio setenta y siete vuelto del tomo trece de fecha quince horas del primero de setiembre del dos mil once. Presidente José Ramón Sosa Domínguez, capital social: cien mil colones, domiciliada en San José, Pavas, avenida principal, ciento cincuenta metros este de Demasa, casa color verde y blanco mano derecha, planta baja, plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Jorge Mario Piedra Arias, Notario.—1 vez.—RP2011257521.—(IN2011072267).
Por escritura otorgada ante mí a las doce horas del seis de setiembre del dos mil once, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Jacobill CR S. A., por la que se acuerda reformar la cláusula segunda del domicilio, la cláusula vigésimo segunda del pacto social. Además, acuerda revocar los nombramientos de los miembros de la junta directiva y del agente residente y se hace un nuevo nombramiento.—San José, seis de setiembre del dos mil once.—Lic. Raquel Quirós Mora, Notaria.—1 vez.—RP2011257522.—(IN2011072268).
Por escritura otorgada a las ocho horas treinta minutos del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad S.D.C. Southwest Development Corporation S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas segunda, tercera, quinta, sexta y se adicionan al pacto social las décima cuarta, décima quinta, décima sexta, décima sétima y décima octava. Asimismo se nombra nueva junta directiva.—San José, 7 de setiembre del 2011.—Lic. Adrián Fernández Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2011257523.—(IN2011072269).
Por escritura de esta notaría, otorgada a las catorce horas del ocho de setiembre del dos mil once, se protocoliza acta de la sociedad anónima Armonía Natural A y B Sociedad Anónima, se nombra nueva junta directiva.—Lic. Silvia María Valdivia Aloma, Notaria.—1 vez.—RP2011257526.—(IN2011072270).
A las doce horas de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Inversiones Mariavella Sociedad Anónima, en donde se reforma la cláusula sexta de la administración.—San José, 12 de setiembre del 2011.—Lic. Giovanni Enrique Incera Segura, Notario.—1 vez.—RP2011257528.—(IN2011072271).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las doce horas cinco minutos del día doce de setiembre del dos mil once, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada GVP Participaciones S. R. L. Donde se acuerda reformar parcialmente el pacto constitutivo.—San José, doce de setiembre del dos mil once.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2011257529.—(IN2011072272).
Ante esta notaría a las 10 horas del día 13 de setiembre del 2011, se constituye Carrillo Medina S. A. Domicilio: San José, capital totalmente suscrito y pagado. Presidente y secretaria, apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 13 de setiembre del 2011.—Lic. Manuel Fernando Anrango Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2011257532.—(IN2011072273).
Mediante escritura número ciento setenta y tres de las trece horas del doce de setiembre del año dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Conferta Sociedad Anónima, mediante la cual se modificaron las cláusulas quinta y novena del pacto constitutivo. Se publica el presente edicto para los efectos de ley.—Lic. Rodrigo Montenegro Fernández, Notario.—1 vez.—RP2011257533.—(IN2011072274).
Mediante escritura número ciento sesenta y nueve de las once horas del doce de setiembre del año dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Río Agres del Oeste Dos Sociedad Anónima, mediante la cual se modificaron las cláusulas quinta y sexta del pacto constitutivo. Se publica el presente edicto para los efectos de ley.—Lic. Rodrigo Montenegro Fernández, Notario.—1 vez.—RP2011257534.—(IN2011072275).
Mediante escritura número ciento setenta de las once horas treinta minutos del doce de setiembre del año dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Río Agres del Oeste Ocho Sociedad Anónima, mediante la cual se modificaron las cláusulas quinta y sexta del pacto constitutivo. Se publica el presente edicto para los efectos de ley.—Lic. Rodrigo Montenegro Fernández, Notario.—1 vez.—RP2011257535.—(IN2011072276).
Mediante escritura número ciento setenta y uno de las doce horas del doce de setiembre del año dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Río Agres del Oeste Trece Sociedad Anónima, mediante la cual se modificaron las cláusulas quinta y sexta del pacto constitutivo. Se publica el presente edicto para los efectos de ley.—Lic. Rodrigo Montenegro Fernández, Notario.—1 vez.—RP2011257536.—(IN2011072277).
Mediante escritura número ciento setenta y dos de las doce horas treinta minutos del doce de setiembre del año dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Paco El Valiente Sociedad Anónima, mediante la cual se modificaron las cláusulas quinta y sétima del pacto constitutivo. Se publica el presente edicto para los efectos de ley.—Lic. Rodrigo Montenegro Fernández, Notario.—1 vez.—RP2011257537.—(IN2011072278).
En mi notaría al ser las nueve horas del doce de setiembre del año dos mil once, se reformó la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad tres-ciento uno-quinientos veintiséis mil ciento cincuenta sociedad anónima.—San José, doce de setiembre del año dos mil once.—Lic. Gonzalo Gutiérrez Acevedo, Notario.—1 vez.—RP2011257539.—(IN2011072279).
Por
escritura otorgada ante mí, el día 7 de setiembre del
Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad G&U Servicios Fiduciarios Sociedad Anónima. Mediante la cual se reforma la cláusula sexta de la representación y la administración, y la cláusula sétima de la asamblea de accionistas-sesiones de junta directiva. Escritura otorgada a las once horas un minuto del doce de setiembre del dos mil once.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2011257542.—(IN2011072281).
Protocolización de acuerdos de asamblea ordinaria y extraordinaria de accionistas de Proyecto Urbanístico Villas Kohen Sigma S. A., en la cual se reforma la cláusula sexta de la administración. Escritura otorgada a las dieciséis horas cuarenta y un minutos del seis de setiembre del 2011.—Lic. Claudio Murillo Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2011257543.—(IN2011072282).
Mediante escritura número ciento cuarenta-tres, de las doce horas treinta minutos del doce de setiembre del dos mil once, se reforma la cláusula segunda del domicilio, cuarta de la administración de la sociedad Inversiones Matiguas Sociedad Anónima.—San José, trece de setiembre del dos mil once.—Lic. Diorella Ugalde Maxwell, Notaria.—1 vez.—RP2011257546.—(IN2011072283).
Mediante escritura número treinta y cuatro-quince, de las quince horas del diecinueve de agosto del dos mil once, se constituyó la sociedad Inmobiliaria Woky del Pacífico Sociedad Anónima con un plazo social de noventa y nueve años. Se nombra presidente, secretario y tesorero.—San José, trece de setiembre del dos mil once.—Lic. Juan Carlos Segares Lutz, Notario.—1 vez.—RP2011257547.—(IN2011072284).
Ante esta notaría se presentaron las sociedades Brian Ealr James Sociedad Anónima. Sean Michael Cosgrove Sociedad Anónima. Evan William Hunt Sociedad Anónima, visibles en las escrituras iniciadas al folio cincuenta y dos frente al cincuenta y tres vuelto cincuenta y seis vuelto al cincuenta y ocho cincuenta y cuarenta cuatro vuelto cincuenta y seis frente del tomo primero del notario constituidas en San José, el nueve de setiembre del dos mil once.—Lic. Douglas Araya Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2011257548.—(IN2011072285).
Conforme a la escritura ciento noventa y tres, del tomo sexto del protocolo del licenciado Máximo Rojas López, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Lizano L Y Q S. A., en fecha cuatro de julio del dos mil once, con domicilio en Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, con diez acciones comunes y nominativas, cuya representación en general la ejerce el presidente.—Ciudad Quesada, cinco de setiembre del dos mil once.—Lic. Máximo Rojas López, Notario.—1 vez.—RP2011257549.—(IN2011072286).
Por escritura otorgada el día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Representaciones y Mercadeo M y A S. A. por medio de la cual se modificó cláusula tercera en cuanto al plazo social, del pacto constitutivo.—San José, 13 de setiembre del 2011.—Lic. Francisco Quijano Quirós, Notario.—1 vez.—RP2011257551.—(IN2011072287).
Por escritura otorgada el día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Havana Pearl S. A. por medio de la cual se modificó cláusula tercera en cuanto al plazo social, del pacto constitutivo.—San José, 13 de setiembre del 2011.—Lic. Francisco Quijano Quirós, Notario.—1 vez.—RP2011257552.—(IN2011072288).
Por
escritura número 250, de la notaria Celina González Ávila, de 8:00 horas del 4
de setiembre de 2011, se modifica junta directiva de
Ante esta notaría, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la tres-ciento uno-quinientos setenta y nueve mil ciento setenta y uno sociedad anónima, nombrándose como presidenta a la señora Marcela Córdoba Álvarez, cédula de 1558007759406.—Lic. Shirley Sánchez Bustamante, Notaria.—1 vez.—RP2011257557.—(IN2011072290).
Ante esta notaría, por instrumento público
otorgado a las catorce horas del diez de setiembre del dos mil once, se
protocoliza acta número dos de asamblea general extraordinaria de Quelala
S.A., cédula jurídica 3-101-289969. Se modifican las cláusulas segunda y
quinta del pacto constitutivo. Se nombra consejo de administración y
fiscal.—Lic. Flor de María López Guido, Notaria.—1
vez.—RP2011257571.—(IN2011072291).
Debidamente autorizado al efecto protocolicé
a las 7:00 horas de hoy, acta de asamblea general extraordinaria de accionistas
de Cerca del Cielo Valencia Cincuenta y Seis S. A., mediante la cual se
nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 13 de setiembre del
2011.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario.—1
vez.—RP2011257572.—(IN2011072292).
Por escritura autorizada a las dieciocho
horas de hoy protocolizamos acta asamblea general extraordinaria de socios de Servicios
y Repuestos Subarú Sociedad Anónima, en que reforman las cláusulas segunda
de sus estatutos, en cuanto al domicilio de la sociedad y sétima en cuanto a la
administración, se reorganiza la junta directiva, se nombra fiscal, se confiere
poder generalísimo y se elimina el agente residente.—San José, doce de
setiembre del dos mil once.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz y Lic. Juan
Carlos Céspedes Chaves, Notarios.—1 vez.—RP2011257575.—(IN2011072293).
Por escritura 183-7, otorgada ante esta
notaría, a las 11:30 horas del 15 de agosto del 2011, se protocolizó el acta
número uno, de la sociedad tres-ciento uno-quinientos mil cuatrocientos
treinta y cuatro sociedad anónima, cédula jurídica 3-101-500434, donde se
reformó la cláusula sétima y se modificó la junta directiva.—Sarchí,
setiembre del 2011.—Lic. Máximo Corrales Vega, Notario.—1
vez.—RP2011257577.—(IN2011072294).
En mi notaría a las 9:00 horas del día 9 de
setiembre del 2010, se constituyó Bussiness of Live Misalexis RV Occidental
S. A. Presidente: Misael Alexis Rojas Vargas, cédula: 2-570-814, como
apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: un millón de
colones.—San Ramón, 12 de setiembre del 2011.—Lic. Isel Robles
Villalobos, Notaria.—1 vez.—RP2011257582.—(IN2011072295).
Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario
público con oficina en Atenas, se constituyó la sociedad de responsabilidad
limitada denominada Finca ZCTL Limitada, a las diez horas del seis de
setiembre del dos mil once. Gerente uno y gerente dos con la representación
judicial y extrajudicial de la sociedad, quienes tendrán las facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma.—Atenas, trece de setiembre
del dos mil once.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1
vez.—RP2011257583.—(IN2011072296).
Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario
público, con oficina en Atenas, se constituyó la sociedad anónima denominada Activist
Post S. A., a las once horas del treinta de agosto del dos mil once. Presidente,
vicepresidente, secretario y tesorero con la representación judicial y
extrajudicial de la sociedad, quienes tendrán las facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma.—Atenas, trece de setiembre del dos mil
once.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1
vez.—RP2011257585.—(IN2011072297).
Por escritura de las 9:00 horas del 9 de
setiembre de 2011, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la compañía Savi San José de Alajuela S. A. Se aumenta el
capital social y se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo.—13
de setiembre de 2011.—Lic. Magally Herrera Jiménez, Notaria.—1
vez.—RP2011257587.—(IN2011072298).
Por escritura de las 8:00 horas del 13 de
setiembre de 2011, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la compañía Amanecer del Cielo Occidental Cinco E S. A.
Se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo. Nombre Eventica
Montajes JM S. A. Se nombra presidenta y secretario. Presidenta: Ana
Lucrecia Chinchilla Mata.—13 de setiembre de 2011.—Lic. Diego Moya
Meza, Notario.—1 vez.—RP2011257588.—(IN2011072299).
Por escritura número setenta del tomo once de
mi protocolo, se ha protocolizado una acta de asamblea de socios de la sociedad
Mardiesel S. A., mediante la cual se acordó reformar la cláusula segunda
y novena del estatuto social, se revocó el nombramiento del presidente,
secretario y tesorero y se efectuaron nuevos nombramientos.—San José,
trece de setiembre del dos mil once.—Lic. Miguel Antonio Elizondo Soto,
Notario.—1 vez.—RP2011257590.—(IN2011072300).
Javier González Sandí e Isabel Sandí Arroyo,
constituyen la sociedad Delicias del Abuelo S. A. Escritura
otorgada en la ciudad de San José, a las once horas del día doce de setiembre
del dos mil once.—Lic. Wendy María Garita Ortiz, Notaria.—1
vez.—RP2011257591.—(IN2011072301).
Ante el Licenciado Juan Federico Arias
Chacón, se reforma las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo de la
sociedad The Embroidery Factory Sociedad Anónima, cédula jurídica
numero: 3-101-325437. Plazo social 99 años.—Lic. Juan Federico Arias
Chacón, Notario.—1 vez.—RP2011257593.—(IN2011072302).
Por escritura número veintiséis, otorgada
ante mí, a las ocho horas del día doce de setiembre del dos mil once, se
modificó las cláusulas quinta y octava la sociedad denominada Wiklei Bawo
Sociedad Anónima.—Heredia, trece de setiembre del dos mil
once.—Lic. Carolina Ulate Zárate, Notaria.—1
vez.—RP2011257598.—(IN2011072303).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se
constituyó la sociedad Grupo Facela Costa Rica Sociedad Anónima, con
autorización de uso en la razón social de “Facela” por parte de
Industrias Facela S. A. de CV. Domicilio: en San José, capital suscrito y
pagado.—San José, nueve de setiembre del dos mil once.—Lic. Luis Paul
Hegedus, Notario.—1 vez.—RP2011257602.—(IN2011072304).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se
constituyó la sociedad Logis de Centroamérica Costa Rica S. A.
Domicilio: en San José, capital, suscrito y pagado.—San José, nueve de
setiembre del dos mil once.—Lic. Luis Pal Hegedus, Notario.—1
vez.—RP2011257603.—(IN2011072305).
Mediante escritura número doscientos ochenta
y siete de las catorce horas con treinta minutos del veintisiete de julio de
dos mil once, visible al folio ciento setenta y uno vuelto del tomo tercero del
protocolo de la notaria, Carolina Méndez Zamora, se hace constar que se
protocolizó el acta constitutiva de la sociedad Corporación Quipú QR
Sociedad Anónima.—Paraíso, treinta y uno de agosto dos mil
once.—Lic. Carolina Méndez Zamora, Notaria.—1
vez.—RP2011257604.—(IN2011072306).
Mediante escritura número setenta y siete de
las diez horas del treinta y uno de agosto de dos mil once, visible al folio
treinta y nueve vuelto del tomo quinto del protocolo de la notaria, Paula Durán
Quirós, se hace constar que se protocolizó el acta constitutiva de la sociedad Corporación
de Seguridad Álvarez y Rojas Sociedad Anónima.—Paraíso,
treinta y uno de agosto dos mil once.—Lic. Paula Durán Quirós,
Notaria.—1 vez.—RP2011257605.—(IN2011072307).
Por escritura número 111 de las 8:00 horas
del día doce de setiembre del 2011, ante el notario, Francisco Vargas Solano,
los señores, Pablo Rojas Walsh, Sandra Walsh Araya, Kimberly Fernández
Benavides, Sharlyn Rojas Walsh, constituyeron Servicios Universales en Refrigeración
Sursa Sociedad Anónima, con capital social de doce mil colones. Plazo
social: noventa y nueve años. Presidente, Pablo Rojas Walsh.—13 de
setiembre del 2011.—Lic. Francisco Javier Vargas Solano, Notario.—1
vez.—RP2011257611.—(IN2011072308).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las nueve horas de doce de setiembre de 2011, se protocolizó acta de la
asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Ocean Buzz Estates
Limitada, mediante la cual se reforma cláusula segunda en cuanto al
domicilio y cláusula octava, en cuanto a la administración y se hacen los
siguientes nombramientos: gerente general uno: David Capers Ogletree, gerente
general dos: Kendall Revel Sanborn y agente residente: Andrés Montejo
Morales.—San José, doce de setiembre del 2011.—Lic. Andrés Montejo
Morales, Notario.—1 vez.—RP2011257612.—(IN2011072309).
Ante esta notaría, se protocolizó el acta de
asamblea extraordinaria de accionistas de la compañía Importadora de Quesos
Europeos Sociedad Anónima, mediante la cual se aumenta el capital social de
la compañía y se reforma la cláusula cuarta del pacto social.—San José,
ocho de setiembre del dos mil once.—Lic. Wendy Solórzano Vargas,
Notaria.—1 vez.—RP2011257613.—(IN2011072310).
Ante esta notaría, el día 7 de setiembre de
2011, se reformó la cláusula primera del pacto de Tamayo Obando &
Asociados S. A. Capital: suscrito y pagado.—San José, 13 de
setiembre del 2011.—Lic. David Rivera Villegas, Notario.—1
vez.—RP2011257614.—(IN2011072311).
Por las escrituras números, 18, 19, 20 y 21,
todas del primero de setiembre del dos mil once, se modifican las cláusulas
quinta, sexta, novena, sétima y décima, de los pactos constitutivos de las
empresas Cel Internacional S. A., Ojeda Vivanco S. A., Adriana
Ojeda L. R. S. A., Rafael y Adrina e Hijos S. A. y Chapultepec
del Monte S. A.—Alajuela, 12 de setiembre del 2011.—Lic. Johnny
Hernández González, Notario.—1
vez.—RP2011257615.—(IN2011072312).
Ante mi notaría, a las 15:00 horas del día 7
de setiembre del 2011, se protocolizó acta de asamblea de socios de la entidad Prima
Seguros S. A. Se reforman las cláusulas primera y octava.—San
José, 13 de setiembre del 2011.—Lic. Randall Tamayo Oconitrillo,
Notario.—1 vez.—RP2011257616.—(IN2011072313).
Ante nosotros, Kattia Bermúdez Montenegro y
Ángel Edmundo Solano Calderón, notarios públicos, en escritura pública número
setenta y uno, se protocoliza acta de la sociedad que se denomina Pharus
Consultores H. B. S. A., se modifica la cláusula sexta, la representación
judicial le corresponderá al presidente, secretario.—Lic. Kattia Bermúdez
Montenegro, Notaria.—1 vez.—RP2011257618.—(IN2011072314).
Hans Aparicio Molina y César Barahona Molina,
constituyen la sociedad Sensormarket Electronic Sociedad Anónima.
Domicilio: San José, San Lorenzo de Damas de Desamparados, de
Ante esta notaría por medio de escritura
pública número 17-II, otorgada en Guanacaste a las 90:00 horas del 9 de
setiembre del año 2011, se protocolizó el acta número uno de la sociedad Spectacular
Ocean an Natural View Limitada, cédula jurídica 3-102-475709, en la cual se
tomaron los siguientes acuerdos primero: se reforma la cláusula segunda del
pacto constitutivo segundo: se reforma la cláusula sétima del pacto
constitutivo. Tercero: se remueve al gerente y subgerente. Cuarto: por
unanimidad de votos se realizan los siguientes nombramientos: gerente general
uno: Scott Christopher Calkins, gerente general dos: Janice G.
Calkins.—Guanacaste, 9 de setiembre del 2011.—Lic. Laura Coto
Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2011257620.—(IN2011072316).
Ante esta notaría por medio de escritura
pública número 18-II, otorgada en Guanacaste a las 11:00 horas del 9 de
setiembre del año 2011, se protocolizó el acta número cinco del Condominio
Horizontal Residencial Monte Bello, cédula jurídica 3-109-420476 en la cual
se tomaron los siguientes acuerdos primero: se acuerda retirar sin inscribir el
acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria número
cuatro.—Guanacaste, 9 de setiembre del 2011.—Lic. Laura Coto Rojas,
Notaria.—1 vez.—RP2011257622.—(IN2011072317).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad
anónima Corp Tesoro de Desamparados S. A. Presidente Marco Tulio Delgado
Zúñiga. Escritura 256, tomo II del Licenciado, Carlos Humberto Rojas Venegas.
Otorgada en San José, a las 12:00 horas del 8 de julio del 2011.—Lic.
Carlos Humberto Rojas Venegas, Notario.—1
vez.—RP2011257623.—(IN2011072318).
Por escritura otorgada ante esta notaría, en
fecha doce de agosto del dos mil once, a las once horas la sociedad Empapel
Sociedad Anónima, modifica estatutos del pacto social y sustituye
secretaria de junta directiva y fiscal de la sociedad. Es todo.—Lic.
Jorge Bonilla Peña, Notario.—1
vez.—RP2011257624.—(IN2011072319).
Mediante la escritura número trescientos
setenta y cuatro, otorgada ante el notario, Roy Alberto Ramírez Quesada, se
constituyó la compañía denominada igual que su número de cédula
jurídica.—Ciudad Quesada, trece de setiembre del dos mil once.—Lic.
Roy Alberto Ramírez Quesada, Notario.—1
vez.—RP2011257628.—(IN2011072320).
Ante esta notaría, comparecieron Giovanni
Bernini Esquivel, cédula uno-ochocientos ochenta y cuatro-ciento setenta y uno,
y Wilmar Orozco Raffo, cédula cinco-cero setenta y seis-setecientos cuarenta y
tres, para constituir la sociedad denominada Herenico Sociedad Anónima,
con domicilio en Nicoya, Guanacaste, ciento veinticinco metros al oeste, de la
casa cural, con objeto de comercio y con un plazo de noventa y nueve
años.—Nicoya, ocho de setiembre del dos mil once.—Lic. Jenny María
Ramos González, Notaria.—1 vez.—RP2011257631.—(IN2011072322).
Por escritura otorgada el día de hoy, ante el
suscrito notario, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Vulcano Sociedad Anónima, mediante la cual se
modifica el pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva.—San
José, trece de setiembre del dos mil once.—Lic. Gavridge Pérez Porras,
Notario.—1 vez.—(IN2011072331).
En esta notaría, al ser las siete horas del
ocho de setiembre del dos mil once, se constituyó la empresa Applied Medical
Precision Sociedad de Responsabilidad Limitada. Gerente: Marcus William
Rosenberg y Marco Solano Gómez. Capital: cien mil colones. Domicilio: San
José.—San José, catorce de setiembre del dos mil once.—Lic. Esteban
Agüero Guier, Notario.—1 vez.—(IN2011072370).
Por escritura número 14, tomo 7 de mi protocolo,
otorgada a las 10:00 horas del 31 de agosto de 2011, se modificó el pacto
constitutivo de Corporación J. M. D. Delta S. A., y se nombró nuevo
presidente y secretario de la junta directiva por todo el resto del plazo
social. Presidente: Franco Parmigiani Moschiano.—San José, 31 de agosto
del 2011.—Lic. Rodolfo Alfaro Pineda, Notario.—1
vez.—(IN2011072371).
Ante esta notaría, por escritura número
sesenta y tres otorgada a las diez horas del día trece de setiembre del dos mil
once, se constituyó la sociedad denominada Condominio Vivendis Abeto Blanco
I Sociedad Anónima.—Alajuela, trece de setiembre del dos mil
once.—Lic. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1
vez.—(IN2011072379).
Por escritura número nueve otorgada ante esta
notaría, a las catorce horas del nueve de setiembre del dos mil once, se
constituyó la sociedad Dbcorptraining Sociedad Anónima. Capital social:
diez mil colones. Presidente: David Stuart Blake.—San José, trece de
setiembre del dos mil once.—Lic. Sindy Priscilla González Chacón,
Notaria.—1 vez.—(IN2011072380).
Ante esta notaría, por escritura número
sesenta y cuatro, otorgada a las diez horas diez minutos del día trece de
setiembre del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Condominio
Vivendis Acacia de Baile II Sociedad Anónima.—Alajuela, trece de
setiembre del dos mil once.—Lic. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1
vez.—(IN2011072381).
Por escritura número ocho otorgada ante esta
notaría, a las catorce horas del seis de setiembre del dos mil once, se constituyó
la sociedad Comedy Palace DRM Sociedad Anónima. Capital social: diez mil
colones. Presidente: Dan Robinson Martínez.—San José, trece de setiembre
del dos mil once.—Lic. Sindy Priscilla González Chacón, Notaria.—1
vez.—(IN2011072382).
Ante esta notaría por escritura número
sesenta y cinco otorgada a las diez horas veinte minutos del día trece de
setiembre del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Condominio
Vivendis Árbol de Los Dioses III Sociedad Anónima.—Alajuela, trece de
setiembre del dos mil once.—Lic. Melba Pastor Pacheco,
Notaria.—(IN2011072384).
Ante esta notaría por escritura número
sesenta y seis otorgada a las diez horas treinta minutos del día trece de
setiembre del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Condominio Vivendis
Pino de Panamá IV Sociedad Anónima.—Alajuela, trece de setiembre del
dos mil once.—Lic. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—(IN2011072385).
Ante esta notaría, se constituyó Jiménez
Chaves Ltda, con un capital social de cien mil colones netos.—8 de
julio de 2011.—Lic. Andrei Francisco Brenes Suárez,
Notario.—(IN2011072386).
Ante esta notaría por escritura número
sesenta y siete otorgada a las diez horas cuarenta minutos del día trece de
setiembre del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Condominio
Vivendis Araucacia V Sociedad Anónima.—Alajuela, trece de setiembre
del dos mil once.—Lic. Melba Pastor Pacheco,
Notaria.—(IN2011072387).
Ante esta notaría por escritura número
sesenta y ocho otorgada a las diez horas cincuenta minutos del día trece de
setiembre del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Condominio
Vivendis Madroño de Grecia VI Sociedad Anónima.—Alajuela, trece de
setiembre del dos mil once.—Lic. Melba Pastor Pacheco,
Notaria.—(IN2011072388).
Ante esta notaría, por escritura número
sesenta y nueve otorgada a las once horas del día trece de setiembre del dos
mil once, se constituyó la sociedad denominada Condominio Vivendis Árbol de
Neen VII Sociedad Anónima.—Alajuela, trece de setiembre del dos mil
once.—Lic. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1
vez.—(IN2011072389).
La suscrita, abogada y notaria, hago constar
que el veintiuno de julio del dos mil once, en asamblea general extraordinaria
se constituyó la sociedad... Puntanaranjada Sociedad Anónima. Capital
social: de diez mil colones. Plazo social: de noventa y nueve años, corresponde
al presidente y secretaria, la representación judicial y extrajudicial,
apoderados generalísimos, sin límite de suma.—Heredia, catorce de
setiembre del dos mil once.—Lic. Sara Castillo Salazar, Notaria.—1
vez.—(IN2011072390).
Ante esta notaría, por escritura número
setenta otorgada a las once horas diez minutos del día trece de setiembre del
dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Condominio Vivendis Árbol
De Las Orquídeas VIII Sociedad Anónima.—Alajuela, trece de setiembre
del dos mil once.—Lic. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1
vez.—(IN2011072392).
Ante esta notaría, por escritura número
setenta y uno otorgada a las once horas veinte minutos del día trece de
setiembre del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Condominio
Vivendis Eucalipto Aromarico IX Sociedad Anónima.—Alajuela, trece de
setiembre del dos mil once.—Lic. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1
vez.—(IN2011072393).
Ante esta notaría, por escritura número
setenta y dos otorgada a las once horas treinta minutos del día trece de
setiembre del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Condominio
Vivendis Gonero de
Ante esta notaría, por escritura número
setenta y tres, otorgada a las once horas cuarenta minutos del día trece de
setiembre del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Condominio
Vivendis Higuero Africano XI Sociedad Anónima.—Alajuela, trece de
setiembre del dos mil once.—Lic. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1
vez.—(IN2011072395).
Ante esta notaría, por escritura número
setenta y cuatro, otorgada a las once horas cincuenta minutos del día trece de
setiembre del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Condominio
Vivendis Laurel de Las Indias XII Sociedad Anónima.—Alajuela, trece
de setiembre del dos mil once.—Lic. Melba Pastor Pacheco,
Notaria.—1 vez.—(IN2011072396).
Ante esta notaría, por escritura número
setenta y cinco, otorgada a las doce horas del día trece de setiembre del dos
mil once, se constituyó la sociedad denominada Condominio Vivendis Fresno
del Mana XIII Sociedad Anónima.—Alajuela, trece de setiembre del dos
mil once.—Lic. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1
vez.—(IN2011072398).
La sociedad Evolución Natural y Ecológica
S. A., modifica su pacto social en las cláusulas segunda, décimo cuarta y
décimo quinta.—San José, catorce de setiembre del 2011.—Lic. Laura
Mónica Zamora Ulloa, Notaria.—1 vez.—(IN2011072399).
Ante esta notaría, por escritura número
setenta y seis, otorgada a las doce horas diez minutos del día trece de
setiembre del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Condominio
Vivendis Raigon del Canadá XIV Sociedad Anónima.—Alajuela, trece de
setiembre del dos mil once.—Lic. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1
vez.—(IN2011072400).
Ante esta notaría por escritura número
setenta y siete otorgada a las doce horas veinte minutos del día trece de
setiembre del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Condominio
Vivendis Nogal Negro XV Sociedad Anónima.—Alajuela, trece de
setiembre del dos mil once.—Lic. Melba Pastor Pacheco,
Notaria.—(IN2011072401).
Ante esta notaría por escritura número setenta
y ocho otorgada a las doce horas treinta minutos del día trece de setiembre del
dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Condominio Vivendis Cedro
Blanco XVI Sociedad Anónima.—Alajuela, trece de setiembre del dos mil
once.—Lic. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—(IN2011072402).
Ante esta notaría por escritura número
setenta y nueve otorgada a las doce horas cuarenta minutos del día trece de
setiembre del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Condominio
Vivendis Catalapa de Bola XVII Sociedad Anónima.—Alajuela, trece de
setiembre del dos mil once.—Lic. Melba Pastor Pacheco,
Notaria.—(IN2011072403).
Ante esta notaría por escritura número
ochenta otorgada a las doce horas cincuenta minutos del día trece de setiembre
del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Condominio Vivendis
Cedro Plateado XVIII Sociedad Anónima.—Alajuela, trece de setiembre
del dos mil once.—Lic. Melba Pastor Pacheco,
Notaria.—(IN2011072405).
Ante esta notaría por escritura número
ochenta y uno otorgada a las trece horas del día trece de setiembre del dos mil
once, se constituyó la sociedad denominada Condominio Vivendis Alnecina XIX
Sociedad Anónima.—Alajuela, trece de setiembre del dos mil
once.—Lic. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—(IN2011072406).
Ante esta notaría, por escritura número
ochenta y dos otorgada a las trece horas diez minutos del día trece de
setiembre del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Condominio
Vivendis Árbol de Katsura XX Sociedad Anónima.—Alajuela, trece de
setiembre del dos mil once.—Lic. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1
vez.—(IN2011072407).
Ante esta notaría, por escritura número
ochenta y tres otorgada a las trece horas veinte minutos del día trece de
setiembre del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Condominio
Vivendis Ciprés de Notka XXI Sociedad Anónima.—Alajuela, trece de
setiembre del dos mil once.—Lic. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1
vez.—(IN2011072409).
Ante esta notaría, por escritura número
ochenta y cuatro otorgada a las trece horas treinta minutos del día trece de
setiembre del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Condominio
Vivendis Árbol de Alcanfor XXII Sociedad Anónima.—Alajuela, trece de
setiembre del dos mil once.—Lic. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1
vez.—(IN2011072410).
Ante esta notaría, por escritura número
ochenta y cinco otorgada a las trece horas cuarenta minutos del día trece de
setiembre del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Condominio
Vivendis Uva del Mar XXIII Sociedad Anónima.—Alajuela, trece de
setiembre del dos mil once.—Lic. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1
vez.—(IN2011072411).
Por escritura pública otorgada ante la
suscrita notaria, a las diez horas del día treinta de agosto de dos mil once,
se constituye The Coffee Lounge Sociedad Anónima.—Lic. Alejandra
Hevia Portocarrero, Notaria.—1 vez.—(IN2011072412).
Ante esta notaría, por escritura número
ochenta y seis, otorgada a las trece horas cincuenta minutos del día trece de
setiembre del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Condominio
Vivendis Olivo de Bohemia XXIV Sociedad Anónima.—Alajuela, trece de
setiembre del dos mil once.—Lic. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1
vez.—(IN2011072413).
La sociedad Dobomoloe S. A., nombra
como presidenta a María del Rocío Loría Bolaños. Secretaria: Mayra Cecilia
Loría Bolaños. Tesorera: María de Los Ángeles Loría Bolaños. Fiscal: Andrea
Álvarez Loría.—San Juan de Santa Bárbara de Heredia.—Lic. Zoraida
Moreira Araya, Notaria.—1 vez.—(IN2011072414).
Ante esta notaría, por escritura número
ochenta y siete, otorgada a las catorce horas del día trece de setiembre del
dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Condominio Vivendis
Espino Blanco XXV Sociedad Anónima.—Alajuela, trece de setiembre del
dos mil once.—Lic. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1
vez.—(IN2011072415).
Por escritura otorgada hoy ante nosotros a
las trece horas, se protocolizó el acta de Pajuila de San Carlos S. A.
Se nombra nuevo presidente de junta directiva. En Alajuela, diecisiete de
agosto de dos mil once. Notarios María de Los Ángeles Loría Bolaños, Mario
Antonio Naranjo López.—Lic. Mario Antonio Naranjo López, Notario.—1
vez.—(IN2011072416).
Por escritura otorgada ante mí, Luis Javier Blandino Herrera, notario con oficina en Alajuela, el día de hoy se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Monte Boleto Número Dos S. A. Domiciliada Escazú, en la cual se nombra nueva secretaria de junta directiva. Escritura otorgada en Alajuela, a las nueve horas del catorce de setiembre del dos mil once.—Lic. Luis Javier Blandino Herrera, Notario.—1 vez.—(IN2011072421).
Ante esta notaría se protocolizó acta que reformó la cláusula segunda y sexta del pacto constitutivo de la sociedad denominada Callaha Internacional Sociedad Anónima, referente al domicilio social y la administración.—Carrillos de Poás, 14 de setiembre del 2011.—Lic. Vera Solórzano Arias, Notaria.—1 vez.—(IN2011072428).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Yaco’s Bar y Restaurante Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones.—Carrillos de Poás, Alajuela, 12 de setiembre del 2011.—Lic. Vera Solórzano Arias, Notaria.—1 vez.—(IN2011072429).
En asamblea general extraordinaria de la sociedad Servicios Kinpos Sociedad Anónima, realizada en el domicilio social, a las nueve horas del día diecisiete de agosto del dos mil once, se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo de la sociedad Servicios Kinpos Sociedad Anónima, para que en lo sucesivo se lea así: primera: la sociedad se denominará Servicios Kinpos Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Servicios Kinpos S. A. que es nombre de fantasía, su domicilio social será: San José, Escazú, centro, doscientos metros al norte del Banco Nacional del Costa Rica, Centro Comercial Plaza Real, local número nueve.—San José, 14 de setiembre del 2011.—Lic. Rosaura López Guevara, Notaria.—1 vez.—(IN2011072431).
Ante esta notaría, otorgada a las catorce horas treinta minutos del día nueve de setiembre de dos mil once, se modificó la cláusula del domicilio de la sociedad TSD Realty For Latinoamérica TSD.R.L. Sociedad Anónima.—San José, doce de setiembre de dos mil once.—Lic. Ariana Azofeifa Vaglio, Notaria.—1 vez.—(IN2011072447).
Por escritura otorgada ante mi Notaría a las once horas del día catorce de setiembre del dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de T.M.G. Logística Sociedad de Responsabilidad Limitada, en donde se nombra nuevo gerente, y se hace nuevo nombramiento.—Alajuela, catorce de setiembre del dos mil once.—Lic. Lisidia Villalobos Loría, Notaria.—1 vez.—(IN2011072456).
Ante esta Notaría, se protocolizó acta de Misión Empleo Ltda., se nombra nuevo gerente.—San José, 14 de setiembre de 2011.—Lic. Andrei Francisco Brenes Suárez, Notario.—1 vez.—(IN2011072461).
Mediante escritura número diecinueve del tomo dos, otorgada el día 14 de setiembre de 2011, ante el suscrito notario, se protocolizó el acta número uno y dos de la sociedad Top Cell Costa Rica Sociedad Anónima, donde se modifica la cláusula décima y cláusula décimo segunda del pacto constitutivo. Se otorga poder generalísimo limitado a la suma de cincuenta y cinco mil dólares moneda en curso de los Estados Unidos de América.—San José, catorce de setiembre de dos mil once.—Lic. Michael Bruce Esquivel, Notario.—1 vez.—(IN2011072466).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se modifica el domicilio de la compañía Inmobiliaria Copacabana Sociedad Anónima.—San José, 14 de setiembre del 2011.—Lic. Gustavo Adolfo Esquivel Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2011072469).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se modifica el domicilio de la compañía Duo Investments Sociedad Anónima.—San José, 14 de setiembre del 2011.—Lic. Gustavo Adolfo Esquivel Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2011072471).
Por escritura otorgada hoy ante el suscrito notario, se protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Quirós y Compañía S. A., mediante los cuales, se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad.—San José, 13 de setiembre del 2011.—Lic. Farid José Ayales Bonilla, Notario.—1 vez.—(IN2011072472).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se modifica
el domicilio de la compañía Jensen Investments Sociedad Anónima.—San José, 14 de setiembre del 2011.—Lic. Gustavo Adolfo
Esquivel Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2011072473).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se modifica el domicilio de la compañía Inversiones Delfino Sociedad Anónima.—San José, 14 de setiembre del 2011.—Lic. Gustavo Adolfo Esquivel Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2011072475).
Por escritura número ciento ochenta y seis de esta notaría, se reformó pacto constitutivo de la sociedad denominada Finca Gran Valery S. A.—San José, catorce de setiembre del dos mil once.—Lic. Carolina Mora Solano, Notaria.—1 vez.—(IN2011072478).
El suscrito notario hago constar que hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa tres-ciento uno-seis tres ocho cero uno cuatro s. a., cédula jurídica 3-101-638014 se modifica estatutos y se nombra junta directiva.—San José, tres de agosto del 2011.—Lic. Annette Tapia Zumbado, Notaria.—1 vez.—(IN2011072492).
Por escritura otorgada ante esta notaría se protocolizaron acuerdos de la sociedad Residencias Estudiantiles Sociedad Anónima, se revocaron y se hicieron nombramientos.—San José, dieciséis de setiembre del dos mil once.—Lic. Rafael Francisco Mora Fallas, Notario.—1 vez.—(IN2011072503).
Por escritura autorizada a las catorce horas de hoy, en mi notaría, protocolicé acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la compañía tres-ciento uno-seiscientos cuatro mil quinientos siete s. a., celebrada a las 17:00 horas del 13 de setiembre de 2011, mediante la cual se modifican: la cláusula primera, del nombre según la cual el nuevo nombre será: Artesanía Alimentaria S. A., la cláusula segunda, del domicilio, se otorga un poder general y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Grecia, 14 de setiembre de 2011.—Lic. Tatiana Mayela Corella Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2011072504).
Mediante escritura número treinta y seis-quince, de las ocho horas treinta minutos del trece de setiembre del dos mil once, se constituyó la sociedad Vilyluidug Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años. Se nombra presidente, secretario y tesorero.—San José, trece de setiembre del dos mil once.—Lic. Juan Carlos Segares Lutz, Notario.—1 vez.—(IN2011072520).
Ante esta Notaría, a las trece horas con cuarenta minutos del diecisiete de agosto del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Alva & Cruz Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Upala, doce de setiembre del dos mil once.—Lic. Yadriela Rodríguez Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2011257632.—(IN2011072525).
En mi Notaría, a las nueve horas del doce de agosto de dos mil once,
se constituyó la sociedad Purgavial Sociedad Anónima. Con
domicilio en San José, cantón de Moravia, cuatrocientos metros al oeste y
setenta y cinco metros al sur de
Por escritura otorgada ante mí, a las 17:30
horas del 21 de julio del 2011, se constituyó la sociedad
Por escritura otorgada, el día de hoy ante
mí, se constituye la compañía: Lugus International S. A.—San Pablo
de Heredia, 13 de setiembre del 2011.—Lic. Edgardo Campos Espinoza,
Notario.—1 vez.—RP2011257637.—(IN201172528).
Por escritura número 187, otorgada ante la
notaria Liliana García Vega, a las 10:00 horas del 23 de junio del año en curso
hoy se modificaron las cláusulas segunda, sétima y octava de los estatutos
sociales de la firma El Arrullo de los Cipreses S. A.—San José, 12
de setiembre del 2011.—Lic. Liliana García Vega, Notaria.—1
vez.—RP2011257638.—(IN201172529).
Por escritura otorgada ante mí, a las once
horas del trece de setiembre del dos mil once, se protocoliza acta de asamblea
extraordinaria de accionistas de la sociedad Hume y Cerdas Sociedad Anónima,
por medio de la cual se modifican las cláusulas segunda y sétima de los
estatutos.—Lic. Orlando Calzada Miranda, Notario.—1
vez.—RP2011257639.—(IN2011072530).
Por escritura otorgada ante mí, el día de
hoy, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de SGM
Creative Design Sociedad Anónima, por la cual se reforma la cláusula
primera.—San José, 13 de setiembre del 2010.—Lic. Jorge Sánchez
Chacón, Notario.—1 vez.—RP2011257641.—(IN201172531).
Por escritura número 69 de las 10:00 horas de
hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de 3-102-639562
Ltda., que modifica cláusula tercera del domicilio.—San José, 12 de
setiembre del año 2011.—Lic. Carlos Manuel Fernández Alvarado,
Notario.—1 vez.—RP2011257643.—(IN2011072532).
Por escritura número 71, de las 8:00 horas de
hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de 3-102-639498
Ltda., que modifica cláusula tercera de domicilio.—San José, 14 de
setiembre del año dos mil once.—Lic. Carlos Manuel Fernández Alvarado,
Notario.—1 vez.—RP2011257644.—(IN2011072533).
Por escritura número 68 de las 11:00 horas de
hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de 3-102-639563
Ltda., que modifica cláusula tercera del domicilio.—San José, 12 de
setiembre del año dos mil once.—Lic. Carlos Manuel Fernández Alvarado,
Notario.—1 vez.—RP2011257645.—(IN2011072534).
Ante mí, José Luis Herrera Zúñiga, notario
público con oficina en Puriscal, en escritura número 145, visible al folio 124
frente del tomo 88 de mi protocolo Importaciones Danilo Alpízar El Gallo más
Gallo Sociedad Anónima, modifica la cláusula novena del pacto
social.—Puriscal, 13 de setiembre del 2011.—Lic. José Luis Herrera
Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2011257647.—(IN2011072535).
Mediante escritura número ochenta y dos, he
protocolizado el acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la
sociedad Comunicaciones Sin Frontera M Y J Limitada, mediante la cual se
reforma su plazo social.—Catorce de setiembre de dos mil once.—Lic.
Marco Vinicio Durante Calvo, Notario.—1
vez.—RP2011257649.—(IN201172536).
Mediante escritura número ochenta y tres, he
protocolizado el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Rock River Investments S. A., mediante la cual se reforma su
plazo social.—Catorce de setiembre del dos mil once.—Lic. Marco
Vinicio Durante Calvo, Notario.—1
vez.—RP2011257650.—(IN201100072537).
Por escritura pública, se constituyó la
sociedad denominada Los Zaguates de Garza S.R.L., domicilio San José,
gerente y subgerente apoderados. Asimismo por asamblea de socios las sociedades
Lodge Las Ranas S.R.L., se modifica la cláusula sexta y tres-ciento
dos-quinientos veintiún mil quinientos treinta y dos S.R.L., se modifica la
cláusula sexta y se nombra nuevo gerente. Es todo.—San José, 13 de
setiembre del año dos mil once.—Lic. Víctor Hugo Fernández Mora,
Notario.—1 vez.—RP2011257651.—(IN2011072538).
Por asamblea de socios las sociedades Hec
Ocho El Rubí de Garza VIII S. A., Hec Nueve
Ante esta notaría, mediante escritura
otorgada a las catorce horas del doce de setiembre del dos mil once, se
constituyó la sociedad F.E.T.A. Finanzas Estructuradas Torre Alto Sociedad
Anónima.—San José, doce de setiembre del dos mil once.—Lic.
Ignacio Miguel Beirute Gamboa, Notario.—1
vez.—RP2011257655.—(IN2011072540).
La suscrita notaria hace constar que ante mí,
se constituyó Karojest S.R.L. Domicilio: Ciudad de San José, Alajuelita,
trescientos metros al este del Megasuper, frente a Residencial
Ante mí se constituyó Grupo Transernaga S.
A., capital suscrito y pagado, plazo 99 años.—San José, trece de
setiembre del dos mil once.—Lic. José Ramón Sibaja Montero,
Notario.—1 vez.—RP2011257658.—(IN2011072542).
La suscrita notaria, hace constar que ante mí
se protocolizó el acta número diecinueve de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la compañía Centro Plaza de Liberia L B E Sociedad Anónima,
mediante la cual se aprobó el proyecto de fusión con Porta Faenza Sociedad
Anónima, prevaleciendo la primera; se modificaron las cláusulas segunda
(del domicilio social) y novena (de la junta directiva), y se nombró nueva
junta directiva.—San José, trece de setiembre de dos mil once.—Lic.
Ana Cecilia Salazar Segura, Notaria.—1
vez.—RP2011257659.—(IN2011072543).
La suscrita notaria, hace constar que ante mí
se protocolizó el acta número seis de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la compañía Porta Faenza Sociedad Anónima, mediante la
cual se aprobó el proyecto de fusión con Centro Plaza de Liberia L B E
Sociedad Anónima, prevaleciendo esta última.—San José, trece de
setiembre de dos mil once.—Lic. Ana Cecilia Salazar Segura,
Notaria.—1 vez.—RP2011257660.—(IN2011072544).
La notaria Tatiana Zeledón Castro, informa
que en su oficina se constituyó Transportes Córdoba Moreira Inc S. A.—9
de setiembre del 2011.—Lic. Tatiana Zeledón Castro, Notaria.—1
vez.—RP2011257661—(IN2011072545).
Ante mí, Roy Zumbado Ulate, notario público
se constituye la sociedad denominada Inversiones Esgace Barveña Sociedad
Anónima. Capital social diez mil colones. Presidente Martín Gabriel Zárate
Sancho.—Heredia, 14 de setiembre del 2011.—Lic. Roy Zumbado Ulate,
Notario.—1 vez.—RP2011257662.—(IN2011072546).
La notaria Tatiana Zeledón Castro, informa que en su oficina se constituyó Transportes Monsa Inc S. A.—9 de setiembre del 2011.—Lic. Tatiana Zeledón Castro, Notaria.—1 vez.—RP2011257663.—(IN2011072547).
Por escritura otorgada en San José, a las ocho horas del doce de setiembre del dos mil once, el notario Iván Lewin Salas, protocolizó acta de asamblea extraordinaria de la compañía tres uno cero uno cuatro siete nueve siete seis cero sociedad anónima, donde se modifican los artículos tercero y sexto del pacto constitutivo. Es todo.—San José, doce de setiembre del dos mil once.—Lic. Iván Lewin Salas, Notaria.—1 vez.—RP2011257664.—(IN2011072548).
La notaria Tatiana Zeledón Castro, informa que en su oficina se constituyó Transportes Granados Inc S. A.—23 de agosto del 2011.—Lic. Tatiana Zeledón Castro, Notaria.—1 vez.—RP2011257665.—(IN2011072549).
Ante mi notaría, sita en Purral Abajo, Guadalupe del cantón de Goicoechea, Urbanización Las Lomas, cuarenta D, se ha constituido la sociedad mercantil denominada Macrocosmos Sociedad Anónima. Presidente: Chien (un solo apellido en razón de su nacionalidad Taiwanesa) Kuo-Chen (nombre), domicilio en San José, calle cinco, avenida diez. Plazo 99 años. Se avisa a terceros interesados, para los fines consiguientes.—Lic. Édgar Gerardo Ardón Retana, Notario.—1 vez.—RP2011257666.—(IN2011072550).
Por razón notarial otorgada hoy ante mí, se indica leer correctamente la cláusula primera de la siguiente manera: Clausula primera: del nombre: la sociedad se denominará Transportes RM de Guanacaste Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, pudiendo abreviarse las dos últimas palabras en S. A. y no como por error se indicó en el testimonio.—Filadelfia, Guanacaste, veinticinco de agosto de dos mil once.—Lic. Miriam Medina Espinoza, Notaria.—1 vez.—RP2011257674.—(IN2011072551).
Por escritura otorgada ante mí, el 8 de julio de 2011, Minera Oceánica Sociedad Anónima, cambió su nombre a Garcilaw.com Sociedad Anónima.—San José, 12 setiembre del 2011.—Lic. Luis Felipe Martínez Obando, Notario.—1 vez.—RP2011257676.—(IN2011072552).
En esta notaría al ser las ocho horas del veinticinco de julio del dos mil once, se constituyó la empresa denominada Bavarian Motor World-Costa Rica Club Limitada. Gerente: Alejandro Cordero Ugalde, domicilio San José, capital doce mil colones.—San José, veinticinco de julio del dos mil once.—Lic. Álvaro Aguilar Saborío, Notario.—1 vez.—RP2011257678.—(IN2011072553).
La suscrita notaria Rosa María Corrales Villalobos, hace constar que se modifica a Y Y Inversiones Sociedad Anónima, la junta directiva y fiscal, y se reforma el domicilio social en la ciudad de San José, a las once horas y treinta minutos del doce de agosto del dos mil once.—Lic. Rosa María Corrales Villalobos, Notaria.—1 vez.—RP2011257679.—(IN2011072554).
Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy se protocoliza acta de la compañía Nueces Confitadas Sociedad Anónima, en inglés Frosted Nuts S. A., mediante la cual se reforma la cláusula sexta de los estatutos sociales.—San José, 29 de agosto del 2011.—Lic. Arnoldo Soley Soler, Notario.—1 vez.—RP2011257681.—(IN2011072555).
Por escritura número treinta y siete que se encuentra al tomo duodécimo de mi protocolo, se protocolizó acta de asamblea de socios de tres-ciento uno-seiscientos ocho mil ochocientos ochenta y cinco sociedad anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas primera, segunda, quinta, octava y se crea la vigésimo primera, se hacen nombramientos.—San José, 13 de setiembre del 2011.—Lic. Fabio Arturo Guerrero Díaz, Notario.—1 vez.—RP2011257684.—(IN2011072556).
Ante esta notaría por escritura catorce-cuatro, otorgada a las ocho horas del trece de setiembre de dos mil once, la compañía Tesorero Inmobiliario Sociedad Anónima, se modificó las cláusulas octava y décima primera de su pacto social sobre la composición de la junta directiva y la representación judicial y extrajudicial. Es todo.—San José, trece de setiembre del dos mil once.—Lic. Juan Manuel Cordero Esquivel, Notario.—1 vez.—RP2011257685.—(IN2011072557).
Michael Campos González y Óscar Rodríguez González, constituyen Constructora Roca y MCG Estructuras Sociedad Anónima, domiciliada en San José, San José, Pavas, carretera al aeropuerto Tobías Bolaños, condominio Navarra, casa número veintisiete. Escritura otorgada en San José, a las veintidós horas del doce de setiembre del dos mil once ante la notaria pública Flora Virginia Alvarado Desanti.—Lic. Flora Virginia Alvarado Desanti, Notaria.—1 vez.—RP2011257686.—(IN2011072558).
Mediante escritura autorizada por la suscrita notaria, a las diez de hoy, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Teléfonos Portables Los Lagos Cuatro B.H.I. S. A., por la cual se reforma la cláusula sexta de los estatutos.—San José, 12 de setiembre del 2011.—Lic. Jessica Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2011257690.—(IN2011072559).
Mediante escritura de las trece horas del día siete de setiembre del dos mil once, otorgada ante esta notaría se modifican las cláusulas primera y cuarta de la denominación social y domicilio de la sociedad y de la representación de la sociedad denominada Profi Concept JRLS S. A., la cual se denominará Hacienda Vasca S. A.—San José, 7 de setiembre de 2011.—Lic. Alvis González Garita, Notario.—1 vez.—RP2011257691.—(IN2011072560).
Por razón notarial se modifica nombre de sociedad a Inversiones Ferosa R.F.—San José, trece de setiembre del dos mil once.—Lic. Mario Saborío Valverde, Notario.—1 vez.—RP2011257693.—(IN2011072561).
Ante esta notaría, se reforma cláusula sétima de la administración de la sociedad Rio Miño Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos ocho mil ochocientos sesenta y siete. Presidente: José María Peña Jiménez, cédula uno-cuatrocientos sesenta y cuatro-setecientos noventa y nueve.—Lic. Lissette Susana Ortiz Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2011257694.—(IN2011072562).
Por escritura otorgada ante mí, en San José a las doce horas del ocho de setiembre de dos mil once, se constituye la sociedad denominada Distribuidora de Mariscos Barac Yireh Sociedad Anónima.—Lic. Juan Luis Calvo Calderón, Notario.—1 vez.—RP2011257695.—(IN2011072563).
Por escritura que autoricé hoy, se constituyó la sociedad Namzug Sociedad Anónima, con domicilio en San José, Zapote, se dedicará al comercio en general y cualquier otra actividad lucrativa. Plazo: 99 años a partir de hoy.—San José, 7 de setiembre del 2011.—Lic. Marta Isabel Alvarado Granados, Notaria.—1 vez.—RP2011257697.—(IN2011072564).
Protocolización de acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad tres-ciento uno-seiscientos treinta y ocho mil trescientos doce s. a., celebrada en su domicilio social. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 15:45 horas del 8 de setiembre del 2011.—Lic. Evelyn Miranda Mora, Notaria.—1 vez.—RP2011257698.—(IN2011072565).
Protocolización de acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad tres-ciento uno-seiscientos treinta y ocho mil cuatrocientos trece s. a., celebrada en su domicilio social. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 15:00 horas del 8 de setiembre del 2011.—Lic. Evelyn Miranda Mora, Notaria.—1 vez.—RP2011257699.—(IN2011072566).
Ante la notaría de Jacqueline Villalobos Durán, se protocolizó acta número uno de la sociedad 3-101-586906 S. A., donde se cambia domicilio social, miembros de junta directiva y cesión de acciones. Otorgada en la cuidad de San José, escritura número 305 de las 15:00 horas del 8 de setiembre del 2011.—San José, 13 de setiembre de 2011.—Lic. Jacqueline Villalobos Durán, Notaria.—1 vez.—RP2011257701.—(IN2011072567).
El día de hoy, yo Lorena Montt Villacura, notaria pública con oficina en San José, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Lilies of the Valley S. A., se aumenta el capital social, se modifica domicilio.—San José, nueve de setiembre del dos mil once.—Lic. Lorena Montt Villacura, Notaria.—1 vez.—RP2011257704.—(IN2011072568).
El día de hoy ante mí, Lorena Montt Villacura, notaria pública con oficina en San José, se constituyó Opalo Producciones OP S. A. Presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, primero de setiembre del dos mil once.—Lic. Lorena Montt Villacura, Notaria.—1 vez.—RP2011257705.—(IN2011072569).
Por escritura pública número: ciento doce, otorgada ante mí a las dieciséis horas del cinco de setiembre del dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Playa Grande Jaguar Sixteen Sociedad Anónima, por medio de la cual se transforma en limitada.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2011257710.—(IN2011072570).
Ante la notaría del licenciado Mauricio Calderón Solís, con oficina en San José, edificio Rodó, calle dos, entre avenidas tres y cinco, se constituye la sociedad denominada Tecniden del Sur Sociedad Anónima.—San José, ocho de setiembre del dos mil once.—Lic. Mauricio Calderón Solís, Notario.—1 vez.—RP2011257711.—(IN2011072571).
Por escritura número cinco otorgada ante esta notaría, a las once horas del trece de setiembre del dos mil once, se modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos cuarenta y cinco mil novecientos dieciséis sociedad anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta y cinco mil novecientos dieciséis.—San José, 13 de setiembre del 2011.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—RP2011257712.—(IN2011072572).
Por escritura número cuatro otorgada ante esta notaría, a las diez horas del trece de setiembre del dos mil once, se modificó la cláusula novena del pacto constitutivo de la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos ochenta y nueve mil seiscientos catorce sociedad anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos ochenta y nueve mil seiscientos catorce.—San José, 13 de setiembre del 2011.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—RP2011257713.—(IN2011072573).
Mediante escritura otorgada ante mi notaría, a las 8:00 horas del 14 de setiembre del 2011, se protocoliza acta de Ronsom Uno Sociedad Anónima, se reforma la cláusula segunda del acta constitutiva y se nombra nuevo presidente, secretaria y tesorero.—Ciudad Colón, Mora, a las 9:00 horas del 14 setiembre del 2011.—Lic. José Aurelio Aguilar Sandí, Notario.—1 vez.—RP2011257714.—(IN2011072574).
Ante esta notaría por medio de protocolización de acta escritura
doscientos noventa y dos de las diecisiete horas del diecisiete de setiembre
del año dos mil once, visible a folio ciento treinta y tres vuelto y ciento
treinta cuatro frente del tomo siete de protocolo, se disolvió sociedad
denominada Autorepuestos del Pony del Sur Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno-quinientos ochenta y ocho mil doscientos
ochenta y cuatro, domiciliada en Heredia, San Francisco, de
Ante esta notaría, se eliminó el cargo de agente residente del pacto constitutivo de la sociedad denominada Corporación Zumar C. Z. S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta y nueve mil ciento doce, ocupado por la licenciada Viviana Martín Salazar. Es todo.—San José, al ser las ocho horas del catorce de setiembre del año dos mil once.—Lic. Kerly Masís Beita, Notaria.—1 vez.—RP2011257716.—(IN2011072576).
Por escritura otorgada ante mí, a las 9 horas del 14 de setiembre del 2011, constituyéndose Inversiones Alma Araya Herrera de Café S. A. Presidente y secretaria con la representación judicial y extrajudicial. Domicilio: Santa Bárbara, Heredia. Capital socia íntegramente suscrito y pagado.—San José, 14 de setiembre del 2011.—Lic. Óscar Navarro Mondragón, Notario.—1 vez.—RP2011257717.—(IN2011072757).
Elke Joanne y James Stward ambos Moya Carpio, constituyen la sociedad anónima denominada Tecno Servicio Solución Total Sociedad Anónima, con capital de 10.000,00 colones. Escritura otorgada en San José, a las 15 horas del 06 de setiembre del 2011.—Lic. Álvaro Eduardo Mata Bustamante, Notario.—1 vez.—RP2011257719.—(IN2011072578).
Denia A. Cruz Morera, notaria pública comunica por medio de la
escritura 259, visible al folio 133v a
Mediante escritura número 412 del tomo 15 del notario Arturo Méndez Jiménez, de fecha 12 de setiembre de 2011; se protocoliza acta número cuatro de asamblea general extraordinaria de la sociedad Aventureros del Mar Sociedad Anónima, acta mediante la cual se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo de dicha sociedad, reforma del domicilio.—San Vito de Coto Brus, 12 de setiembre de 2011.—Lic. Arturo Méndez Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2011257723.—(IN2011072580).
Se constituye Servicios Empresariales Lucano S. A., capital diez mil colones, totalmente suscrito y pagado, presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Domicilio social provincia de Guanacaste, cantón Santa Cruz, distrito Santa Cruz, de la sucursal del Banco Nacional, ciento setenta y cinco metros al oeste y ciento veinticinco metros al sur.—San José, nueve de setiembre del dos mil once.—Lic. Diana Cristina Moraga Vásquez, Notaria.—1 vez.—RP2011257724.—(IN2011072581).
Por escritura otorgada a las 15 horas del día de hoy, se constituyó MB Soluciones del Norte Sociedad Anónima. Presidente apoderado generalísimo. Domicilio: Puerto Viejo, Sarapiquí, Heredia.—San José, 30 de agosto del 2011.—Lic. Manuel E. Badilla Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2011257726.—(IN2011072582).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las 9 horas del día de hoy
se constituyó sociedad numeraria. Presidenta: apoderada generalísima.
Domicilio:
Por escritura ciento treinta y siete-tres, se procedió a modificar la cláusula 2 de Metacomet S. A.—San José, a las ocho horas veinte minutos del nueve de setiembre de dos mil once.—Lic. Altamirano Atencio, Notario.—1 vez.—RP2011257734.—(IN2011072584).
Por escritura otorgada ante mí, Daniel Eduardo Muñoz Herrera, a las
once horas treinta minutos del trece de setiembre de dos mil once, se acuerda
reformar la cláusula primera del pacto constitutivo de la sociedad denominada Beam
Beliefs Sociedad Anónima, para que en adelante se denomine así
Por escritura otorgada ante el suscrito notario público Carlos Alberto Monge Morales, a las quince horas del nueve de febrero de dos mil once, se acuerda reformar la cláusula sétima de la administración del pacto constitutivo de la sociedad denominada Condominio Belén Cuatro I Milán Sociedad Anónima.—San José, trece de setiembre del dos mil once.—Lic. Carlos Alberto Monge Morales, Notario.—1 vez.—RP2011257739.—(IN2011072586).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario público Carlos Alberto Monge Morales, a las dieciséis horas del diez de setiembre de dos mil once, Ricardo José Murillo Varela y Cheryl Mayleen Picado Prado, constituyen Murillo & Picado Sociedad Anónima.—San José, trece de setiembre del dos mil once.—Lic. Carlos Alberto Monge Morales, Notario.—1 vez.—RP2011257740.—(IN2011072587).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy; Javier Enrique Brenes Alfaro, Aníbal Coto Cortez, Sebastián Badilla Carvajal, constituyeron la sociedad que llevará por Satius Developments S. A. Domicilio: la sociedad tendrá por domicilio, la ciudad de San José, Escazú, Bello Horizonte, setecientos metros sur de la distribuidora Bárbara; capital social doce mil colones, suscritos y pagados. Plazo: noventa y nueve años. El objeto de la sociedad será en general, el ejercicio del comercio, la industria, la ganadería, la agricultura. Presidente: Javier Enrique Brenes Alfaro.—San José, 14 de setiembre del 2011.—Dr. Herman Mora Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011257741.—(IN2011072588).
En mi notaría por escritura a las 11:00 horas del 2 de setiembre del 2011, se protocolizó acta de la sociedad Arenal Geiser S. A., por la cual se aumentó el capital social y se modifica el domicilio de la sociedad, por lo que modifican las cláusulas segunda y cuarta del pacto constitutivo.—Ciudad Quesada, dos de setiembre del dos mil once.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1 vez.—RP2011257744.—(IN2011072589).
Ante esta notaría, comparecen Lastenia María Bonilla Sandoval, mayor, cédula de identidad número: 3-209-542 y Carlos Bonilla Sandoval, mayor, cédula de identidad número 3-199-730, y dicen que han convenido constituir sociedad anónima que se denominará Universidad UIC Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 13 de setiembre del 2011.—Lic. Asdrúbal Vega Castillo, Notario.—1 vez.—RP2011257746.—(IN2011072590).
Por escritura pública número doscientos cuarenta y seis de las ocho horas del veintitrés de agosto del año dos mil once, Benigno Aguilar Álvarez y Ana Isabel Ávalos Dittel, constituyen la sociedad denominada Construcciones y Acabados Aguilar Ávalos Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—Lic. Rodrigo Arauz Figueroa, Notario.—1 vez.—RP2011257749.—(IN2011072591).
Ante esta notaría a las catorce horas treinta minutos del dieciocho de mayo del dos mil once, se constituyó la sociedad Amapola de Villamar Villa Número Tres Sociedad Anónima. Presidente, secretario y tesorero apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social íntegramente suscrito y pagado.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2011257754.—(IN2011072592).
Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Empresa Lycama Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula sétima de la administración. Escritura otorgada a las catorce horas del trece de setiembre del dos mil once.—Lic. Bernardo Gómez Salgado, Notario.—1 vez.—RP2011257757.—(IN2011072593).
Ante la suscrita notaria pública, Adriana Varela Solís, se constituyó la sociedad anónima Republika Independiente Agencia Digital Sociedad Anónima. Presidente: Mauricio Fallas Mora. Es todo.—San José, 14 de setiembre del 2011.—Lic. Adriana Varela Solís, Notaria.—1 vez.—RP2011257759.—(IN2011072594).
Por escritura pública otorgada en San José, a las 15:00 horas del 5 de setiembre de 2011, el suscrito notario Juan Antonio Casafont Odor, protocolizó acta de asamblea extraordinaria de Caledonia Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-010583, en la que se reforma la cláusula 2 de los estatutos, en cuanto al domicilio.—San José, 6 de setiembre de 2011.—Lic. Juan Antonio Casafont Odor, Notario.—1 vez.—RP2011257760.—(IN2011072595).
Por escritura número doscientos cincuenta y ocho de las diez horas
treinta minutos del diez de setiembre del dos mil once otorgada ante mi
notaría, se constituyó la sociedad denominada Corporación Daroga S. A.
Capital: noventa mil colones. Plazo social: noventa y nueve años a partir de su
constitución. Domicilio San José, San Antonio Coronado, doscientos norte Bar
Se constituye sociedad denominada Trece
Veintidós Moda Sociedad Anónima, plazo social noventa y nueve años, capital
social cien mil colones, constituido con diez acciones comunes y nominativas de
diez mil colones cada una, tendrá su domicilio social exacto, en Cartago, Tejar
de El Guarco, ciento cincuenta metros sur del parque de la localidad,
representación judicial conjuntamente presidente y tesorero. Constituido en la
notaría de
.Por escritura otorgada el día 2 de setiembre
dos mil once, ante esta notaría, se reforman estatutos de la sociedad anónima Fiduciaria
RFI del Valle Sociedad Anónima.—San José, 14 de setiembre del 2011.—Dr. Fernando Zamora
Castellano, Notario.—1 vez.—RP2011257765.—(IN2011072598).
Por escritura número ciento sesenta y dos, se
nombra nueva junta directiva de la sociedad denominada: Shinavi Sociedad
Anónima.—San José, 13 de setiembre del 2011.—Lic. José
Manuel Mojica Cerda, Notario.—1
vez.—RP2011257767.—(IN2011072599).
En esta notaría, al ser las 10:30 horas del
12 de setiembre del 2011, se procedió a protocolizar acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de socios de Chelips Sociedad Anónima, cédula
jurídica número 3-101-596099. Se modifican las cláusulas cuatro y siete del
pacto constitutivo y se revocan y hacen nuevos nombramientos. Presidenta:
lleana Vásquez Rojas.—Naranjo, 12 de setiembre de 2011.—Lic. Emilia
María Pacheco Morera, Notaria.—1
vez.—RP2011257768.—(IN2011072600).
Por escritura número ciento sesenta y tres,
se nombra nueva junta directiva de la sociedad denominada: Confecciones
Mayeyro Sociedad Anónima.—San José, 13 de setiembre del
2011.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1
vez.—RP2011257769.—(IN2011072601).
Por escritura número cincuenta y seis, Kerigma
Comunicación Gráfica S. A., reforma cláusula quinta del pacto constitutivo
aumentando capital social. Escritura otorgada en San José, en conotariado: Lic.
Rosalio Ortega Hegg y Mayra Centeno Mejia, Notarios.—Lic. Mayra Centeno
Mejia, Notaria.—1 vez.—RP2011257770.—(IN2011072602).
Por escritura número 01, otorgada a las 18
horas del 26 de agosto del 2011, ante esta notaría, Laura Renteria Moreno,
pasaporte G06429433 y Carlos Eduardo Cortés Tapia pasaporte G06429431 ambos de
nacionalidad Mexicana, constituyen la sociedad denominada Cortés y Renteria
S.R.L., capital social 10.000 colones. Plazo 99 años.—San Ramón 13 de
setiembre del 2011.—Lic. Marvin Vargas Paniagua, Notario.—1
vez.—RP2011257771.—(IN2011072603).
En la notaría de
Se hace constar que mediante escritura
pública número catorce del tomo tercero de esta Notaria, se protocolizó acta de
asamblea general de accionistas de la sociedad Garnier Global Developments
Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos
treinta y tres mil quinientos treinta, mediante la cual se reforma la cláusula
segunda referente al domicilio social del pacto social y se hacen nuevos
nombramientos de la junta directiva.—San José, 9 de setiembre del
2011.—Lic. Marianela Carvajal Carvajal, Notaria.—1
vez.—RP2011257780.—(IN2011072605).
Se hace constar que mediante escritura
pública número trece del tomo tercero de esta notaría, se protocolizó acta de
asamblea general de accionistas de la sociedad Garnier y Amador Inmobiliaria
Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos
ochenta mil noventa y tres, mediante la cual se reforma la cláusula segunda
referente al domicilio social del pacto social.—San José, 9 de setiembre
del 2011.—Lic. Marianela Carvajal Carvajal, Notaria.—1
vez.—RP2011257781.—(IN2011072606).
Ante esta notaría, en la escritura otorgada
al ser las 12:00 horas del seis de setiembre del dos mil once, se constituyó la
sociedad con el nombre Glocom S. A., capital social de cien mil colones,
suscrito y debidamente cancelado.—Es todo.—San José, 14 de setiembre
del 2011.—Lic. Jorge Enrique Rojas Villarreal, Notario.—1
vez.—RP2011257788.—(IN2011072607).
Ante esta notaría, a las 16:00 horas, del 8
de agosto 2011, se constituyó la sociedad Muebles ABC Mil Novecientos
Cincuenta Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social:
¢100.000,00. Plazo 4 años. Domicilio: San José, Barrio Santa Rita, del Albergue
de Ancianos, veinticinco metros sur, cien metros este.—Es todo.—San
José, 25 de agosto 2011.—Lic. Mario Alberto Piña Líos, Notario.—1
vez.—RP2011257789.—(IN2011072608).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las
quince horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Alternative Fuels
Costa Rica AFA-CR. Limitada.—San José, 9 de setiembre del
2011.—Lic. Alejandro Batalla Bonilla, Notario.—1
vez.—RP2011257790.—(IN2011072609).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Distribuidora
Clean Service H Y F S. A., cuya actividad es el comercio en general, el
plazo social es de cien años, cuyos representantes son Fabián Murillo Granados
y Henry Álvarez Duarte y fue constituida el 4 de julio del 2011.—Lic.
Wálter Solís Amen, Notario.—1
vez.—RP2011257793.—(IN2011072610).
Ante mí, Maricela Alpízar Chacón, escritura
4-147 otorgada a 17:00 horas, 13 de setiembre 2011, constituyen Monaco &
Europe Group CO S. A., capital: cien mil colones, plazo: 99 años,
domicilio: San José, Mata Redonda, Sabana Oeste del Balcón Verde trescientos
norte, edificio esquinero dos pisos.—San José, 14 setiembre del
2011.—Lic. Maricela Alpízar Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2011257798.—(IN2011072611).
Ante mí, Maricela Alpízar Chacón, escritura
4-147 otorgada a 17:00 horas, 13 de setiembre 2011, constituyen Morado CR
Group CO S. A., capital: cien mil colones, plazo: 99 años, domicilio: San
José, Mata Redonda, Sabana Oeste del Balcón Verde trescientos norte, edificio
esquinero dos pisos.—San José, 14 setiembre del 2011.—Lic. Maricela
Alpízar Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2011257799.—(IN2011072612).
Se protocoliza, en lo conducente acta de
asamblea general extraordinaria Nº 1 y Nº 2 de socios de la compañía 3-101573873,
por el notario: Eric Quesada Arce a las 15:00 horas del 8 de setiembre del
2011.—Tres Ríos, 14 de setiembre del 2011.—Lic. Eric Quesada Arce,
Notario.—1 vez.—RP2011257801.—(IN2011072613).
Por escritura pública número 373, otorgada en
mi notaría, a las 11:00 horas, del día 12 de setiembre del año 2011, procedí a
protocolizar acta número 7 de asamblea general extraordinaria de accionistas de
Agro-Mercantil Joymo Sociedad Anónima. Se nombró nuevo tesorero y nuevo
fiscal.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1
vez.—RP2011257802.—(IN2011072614).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó
la sociedad de esta plaza denominada Oriente Gopal Sociedad Anónima.
Capital: suscrito y pagado, duración noventa y nueve años.—San José, 14
de setiembre del 2011.—Lic. José Zeledón Colombari, Notario.—1
vez.—RP2011257805.—(IN2011072615).
Ante la notaría, de Augusto Boirivant Arce,
en connotariado con Eduardo Arroyo Boirivant, Pablo Josué Mora Mesén y María
del Rocío Cordero Fallas, constituye una sociedad anónima; la denominación
social de la nueva empresa se hace de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Es todo.—San José, 14 de
setiembre del 2011.—Lic. Eduardo Arroyo Boirivant, Notario.—1 vez.—RP2011257808.—(IN2011072616).
Por escritura número 76, otorgada ante esta
notaría a las 10:00 horas del 12 de setiembre del 2011, se constituyó una
sociedad de responsabilidad limitada cuyo nombre será el número de cédula
jurídica que se le asigne. Domicilio social: provincia de Heredia, cantón San
Pablo, distrito San Pablo, de la esquina noroeste de la iglesia católica
Por escritura ocho, se constituyó la firma de
esta plaza Servi Aduana JCB Internacional Sociedad de Responsabilidad
Limitada. Capital social doce mil colones. Gerentes: María Aurelia Castillo
Blanco y Juan Castillo Blanco. Domicilio: centro, Alajuela. Fecha de
otorgamiento: Diez de setiembre del dos mil once, San José, Costa
Rica.—Lic. Francisco Li González, Notario.—1
vez.—RP20110257810.—(IN2011072618).
Por escritura otorgada en San José, a las
nueve horas del catorce de setiembre del dos mil once, se modifican cláusulas
del pacto constitutivo de la sociedad Hazor Car S. A. Presidente: Edgar
Argüello Galbraith.—Lic. Consuelo Méndez Marchena, Notaria.—1
vez.—RP20110257811.—(IN2011072619).
Por escritura de las 18:00 horas del 12 de
setiembre del año 2011, se constituyó la sociedad anónima que llevará por razón
social el número de cédula jurídica. Domicilio: San José. Presidente: Manuel
Calderón Alvarado.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1
vez.—RP20110257812.—(IN2011072620).
Al ser las catorce horas del día trece de
setiembre del dos mil once, la sociedad Multiservicios Mundo Electrónico
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cinco cinco tres seis
siete cinco, celebró asamblea general extraordinaria de socios, donde se nombró
secretaria y tesorero. Se designó la representación judicial y extrajudicial
con facultades de apoderado generalísimo sin límites de suma, solamente al
presidente de la sociedad. Es todo. San José, al ser las diecisiete horas del
día trece de setiembre del dos mil once.—Lic. Jhonny González Pacheco,
Notario.—1 vez.—RP20110257815.—(IN2011072621).
En Santa Ana, San José, a las diez horas
cuarenta minutos del trece de setiembre del año dos mil once, se constituyó INCC
Ingeniería Consultoría y Construcciones Civiles Sociedad Anónima, con un
capital social de diez mil colones. Con una junta directiva de tres miembros
presidente, secretario, tesorero, y un fiscal.—Lic. Sally Madrigal
Saborío, Notaria.—1 vez.—RP20110257817.—(IN2011072622).
Ante esta notaría han comparecido los señores
José Manuel Rojas Sánchez, cédula 5-215-103 y Karol Rojas Chaverri, cédula
5-355-828, ambos vecinos de San Isidro de Aguas Claras de Upala, Alajuela,
contiguo a la parada, a constituir una sociedad anónima denominada Inversiones
Rojas Chaverri Sociedad Anónima, domiciliada en el distrito Aguas Claras,
cantón Upala, provincia Alajuela, exactamente contiguo a terminal de
buses.—Upala, 12 de setiembre del año 2011.—Lic. Félix Herrera
Álvarez, Notario.—1 vez.—RP20110257821.—(IN2011072623).
Por escritura otorgada ante mí, se
constituyeron las sociedades Kelly Valey Property, Banff Springs, Chilcout
Trail, Okanagau Estates, Kootenay Estates, todas Sociedad de
Responsabilidad Limitada. Gerente: con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma. Plazo cien años.—Lic. William Richard Philps Moore,
Notario.—1 vez.—RP20110257822.—(IN2011072624).
Ante mí, Tatiana Mayela Corella Jiménez, por
medio de escritura otorgada a las dieciséis horas del trece de setiembre del
dos mil once, se constituyó la sociedad de esta plaza cuya denominación social
es Vida Nueva Sin Estrés S. A. Plazo social: cien años. Capital social
íntegramente suscrito y pagado: doce mil colones. La representación judicial y
extrajudicial corresponde al presidente, secretario y tesorero quienes además
son apoderados generalísimos sin límite de suma.—Grecia, trece de
setiembre del dos mil once.—Lic. Tatiana Mayela Corella Jiménez,
Notaria.—1 vez.—RP20110257823.—(IN2011072625).
Mediante escritura número setenta otorgada
ante mi notaría a las doce horas del trece de setiembre del año en curso, se
constituyó la compañía Inversiones Esferasa de Oro Limitada, cuyo plazo
social es de noventa y nueve años; capital social cien mil colones; un gerente
y un subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de
suma.—Grecia, 14 de setiembre del 2011.—Lic. Carol Fabiola Murillo
Araya, Notaria.—1 vez.—RP20110257824.—(IN2011072626).
Astrid Binns Rodríguez, notaria pública,
domiciliada en Turrialba, aviso por medio de escritura número doscientos
cincuenta, otorgada a las dieciocho horas del trece de setiembre del dos mil
once, visible a folios ciento cuarenta y siete frente y vuelto del tomo
veintidós del protocolo de la suscrita notaria, se constituyó nombró nueva
junta directiva de la sociedad Agro Follajes Car del Atlántico S. A.,
representada por su presidente y secretario.—Turrialba, trece de setiembre
del dos mil once.—Lic. Astrid Binns Rodríguez, Notaria.—1
vez.—RP20110257826.—(IN2011072627).
Astrid Binns Rodríguez, notaria pública,
domiciliada en Turrialba, aviso por medio de escritura número doscientos ocho,
otorgada a las dieciséis horas del primero de setiembre del dos mil once,
visible a folios ciento veintidós vuelto y ciento veintitrés frente del tomo
veintidós del protocolo de la suscrita notaria, se constituyó nombró nueva
junta directiva de la sociedad Inversiones Núñez Soto INUSO S. A.
Representada por su presidente y secretario.—Turrialba, trece de
setiembre del dos mil once.—Lic. Astrid Binns Rodríguez, Notaria.—1
vez.—RP20110257828.—(IN2011072628).
La suscrita, Kattia Quirós Chévez, notaria
pública con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día trece de
setiembre del dos mil once, se constituyó ante mí la empresa denominada Becsol
de los Lagos Sociedad Anónima.—San José, trece de setiembre del dos
mil once.—Lic. Kattia Quirós Chévez, Notaria.—1
vez.—RP20110257830.—(IN2011072629).
Sociedad Viviendo Contento Sociedad Anónima, entidad con cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-quinientos ochenta y tres mil seiscientos noventa y uno,
comunica que mediante asamblea general extraordinaria celebrada en su domicilio
social, al ser las doce horas del primero de setiembre del dos mil once,
reforma de la cláusula tercera del pacto social, que vencerá el quince de
setiembre del dos mil once.—Barva, 12 de setiembre del 2011.—Lic.
Giovanni Ceciliano Mora, Notario.—1 vez.—RP20110257831.—(IN2011072630).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las
9:00 horas del 14 de setiembre del 2011, se modificó cláusula número sétima de
la compañía Argo Navis Escarlata Sociedad Anónima, y se nombró nueva
junta directiva.—San José, catorce de setiembre del 2011.—Lic.
Martha Elizabeth Castro Carranza, Notaria.—1
vez.—RP20110257833.—(IN2011072631).
Ante esta notaría se ha constituido la
sociedad denominada Pantallas Rossy Sociedad Anónima, a las dieciocho
horas del diecinueve de setiembre del dos mil once.—San José catorce de
setiembre del dos mil once.—Lic. Ólger Fernando Ruiz Matarrita,
Notario.—1 vez.—RP20110257834.—(IN2011072632).
El suscrito notario hace constar que el día
de hoy se ha protocolizado en mi despacho el acta número uno de la sociedad Asesores
Guillén Leiva S. A., donde se modifica la cláusula sétima del pacto
constitutivo escritura, y se cambia al presidente y fiscal en escritura numero
doscientos treinta y ocho, folio ciento cuarenta y nueve vuelto del tomo quince
de mi protocolo.—San José, catorce de setiembre del año dos mil
once.—Lic. Luis Diego Hernández Núñez, Notario.—1
vez.—RP20110257835.—(IN2011072633).
Protocolización de acta número dos de
asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Pic-Cola
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres guión ciento uno guión ciento
veintiún mil trescientos cincuenta, se toman los siguientes acuerdos reformar
las cláusulas de los estatutos. Décima, los negocios serán administrados por
una junta directiva compuesta por cinco miembros: presidente, vicepresidente,
secretario, tesorero y vocal, en lo demás queda incólume. Décima segunda: la
sociedad estará vigilada por un fiscal, que durará todo el plazo social. Décimo
cuarta: b. Se nombra el consejo de administración por el resto del plazo
social. Artículo quinto: Se nombra nueva junta directiva, por el resto del
plazo social: Presidenta: María del Carmen Vílchez Vargas, cédula 4-110-072.
Vicepresidente: William Molinari Ávila, cédula 2-175-787; tesorera: Giovanna
Molinari Vílchez, cédula 2-392-416, secretaria: Gabriela Molinari Vílchez,
1-729-632; vocal: William Román Molinari Vílchez, cédula 1-662-087; fiscal:
Erica Marie Molinari
Vílchez, cédula 1-804-135. Escritura otorgada en Heredia, a las ocho
horas del siete de julio del dos mil once.—Lic. Carlos Alberto Aguilar
Vargas, Notario.—1 vez.—RP20110257836.—(IN2011072634).
Por escritura 176-25, de las 12:00 horas del
día 17 de agosto del 2011, se constituyó Generadora Ecológica
Al ser las ocho horas del catorce de
setiembre del dos mil once, en esta notaría se protocolizó acta de asamblea
extraordinaria de socios, que reformó el pacto constitutivo de la empresa
denominada Humita de Centroamérica Sociedad Anónima.—Cartago,
catorce de setiembre del dos mil once.—Lic. Alfonso Víquez Sánchez,
Notario.—1 vez.—RP20110257839.—(IN2011072636).
Mediante escritura número 220-2 otorgada ante
esta notaría a las 15:00 horas del día 13 de setiembre del año 2011, 3-101-640420
s. a., protocoliza acta en la cual se reforma la cláusula segunda y se
nombra nueva junta directiva por el resto del plazo social.—Lic. Daniella
Segnini Díaz, Notaria.—1 vez.—RP20110257840.—(IN2011072637).
Mediante escritura número 221-2 otorgada ante
esta notaría a las 17:00 horas del día 13 de setiembre del año 2011, 3-101-628373
s. a., protocoliza acta en la cual se reforman las cláusulas segunda y
tercera, y se nombra nueva junta directiva por el resto del plazo
social.—Lic. Daniella Segnini Díaz, Notaria.—1
vez.—RP20110257841.—(IN2011072638).
Ante esta notaría, por escritura pública
número 194 visible a folio 120 vuelto del tomo IV, a las 14:00 horas del 6 de
setiembre del 2011, se protocolizó acta de asamblea general de socios donde se
modificó la junta directiva de H. R. O. Servicios de Outsourcing en Recursos
Humanos S. A. Presidenta: Andrea Lucía Quirós Villareal.—Lic.
Francisco Orlando Salinas Alemán, Notario.—1
vez.—RP20110257844.—(IN2011072639).
Ante mi notaría por escritura de las
dieciséis horas treinta minutos del treinta y uno de agosto del dos mil once,
se constituyó la sociedad Green Center Costa Rica S. A. Capital suscrito
y pagado.—Santa Ana, trece de setiembre del dos mil once.—Lic.
Sergio Fdo. Jiménez Guevara, Notario.—1
vez.—RP20110257846.—(IN2011072640).
Ante esta notaría, por escritura pública
número ciento cinco, de las 10:00 horas del trece de setiembre del 2011,
visible a folio setenta y cinco frente del tomo primero de mi protocolo, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria donde se disolvió Licorera
Hernández y Castillo Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-ciento veintiséis mil cuatrocientos once.—Lic. Marco
Vinicio Alfaro Rodríguez, Notario.—1
vez.—RP20110257849.—(IN2011072641).
Por escritura otorgada ante los suscritos
notarios públicos María González Campos y German Serrano García, al ser las ocho
horas del día 13 de setiembre de 2011, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de Auto Mercado Int Investments Corp Sociedad
Anónima. Se modifica la cláusula cuarta del pacto constitutivo y se aumenta
el capital social.—San José, 13 de setiembre de 2011.—Lic. María
González Campos y German Serrano García, Notarios.—1
vez.—RP20110257851.—(IN2011072642).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a
las 9:00 horas del día 9 de setiembre de 2011, se acordó liquidar la sociedad Transamérica
Canadiense S. A.—San José, 12 de setiembre del 2011.—Lic. Dan
Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1
vez.—RP20110257853.—(IN2011072643).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a
las 13:00 horas del día 13 de setiembre de 2011, se acordó reformar la cláusula
Nº 2 del pacto social de la sociedad Grupo Clima LMAA S. A.—San
José, 14 de setiembre del 2011.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo,
Notario.—1 vez.—RP20110257854.—(IN2011072644).
Ante esta notaría se presentaron la sociedad David
Sterling Siu Ming Chew Sociedad Anónima, visibles en las escrituras
iniciadas al folio sesenta y uno frente a la sesenta y dos vuelto del tomo
primero del notario, constituida en San José, el trece de setiembre del dos mil
once.—Lic. Douglas Araya Jiménez, Notario.—1
vez.—RP20110257856.—(IN2011072645).
El suscrito Leonardo Alonso Rojas Rodríguez,
notario público con oficina en la ciudad de Atenas, hago constar que mediante
escritura número ciento treinta, iniciada al folio noventa y cuatro frente del
tomo sexto de mí protocolo, otorgada ante mi notaría al ser las once horas del
día diez de setiembre del año en curso, se modificó la cláusula novena del
pacto social constitutivo, y se sustituyó al fiscal, y al tesorero y secretario
de la junta directiva, además se nombró a un vicepresidente, todos de la
sociedad anónima denominada Quekal de Quepos S. A.—San José, 10 de
setiembre del 2011.—Lic. Leonardo Alonso Rojas Rodríguez,
Notario.—1 vez.—RP20110257861.—(IN2011072646).
Por escritura otorgada ante mí, a las 11:30
horas del 10 de setiembre del 2011, se constituyó la sociedad denominada Brilca
Jar Sociedad Anónima.—Alajuela, 12 de setiembre del dos mil
once.—Lic. Lenin Solano González, Notario.—1
vez.—RP2011257865.—(IN2011072647).
Ante esta notaría, al ser las once horas
treinta minutos del catorce de setiembre del dos mil once, se ha constituido la
sociedad Grupo Cosiasa S. A. y Grupo PR del Caribe S. A., con
domicilio social en San José, de
Mediante escritura número doscientos cuarenta
y dos-diez, se constituyó la sociedad anónima denominada Grupo Monte Azul
CRJ S. A., domiciliada en Brisas de Zarcero, Alajuela.—Lic. Víctor
Eduardo Rodríguez Vargas, Notario.—1
vez.—RP2011257868.—(IN2011072649).
Por escritura otorgada ante esta notaría al
ser las once horas del trece de setiembre del año dos mil once, se constituyó
la sociedad de esta plaza denominada Sol de Rabat Sociedad Anónima, con
un capital social de cien mil colones, moneda del curso legal de Costa Rica,
totalmente suscrito y pagado. Distrito de Jaco, cantón de Garabito, provincia
de Puntarenas.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1
vez.—RP2011257869.—(IN2011072650).
Ante esta notaría, se protocolizó acta
asamblea general extraordinaria de F y N Modelos a Escala Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-540979. Se reforma cláusula segunda del domicilio siendo
el nuevo Mata Redonda, de
Tronadora Height Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos setenta mil ochocientos cincuenta y nueve, nombra un nuevo fiscal por el resto del plazo social, y modifica su representación legal. Es todo.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—RP2011257871.—(IN2011072652).
Mediante escritura otorgada en esta notaría, a las ocho horas del trece de setiembre del año dos mil once, se modifica la cláusula primera del pacto constitutivo de la razón social de la sociedad Estrellas Azules Verdes y Moradas Dos Mil Doce Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica tres-ciento dos-seiscientos treinta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y uno. Es todo.—San José, a las nueve horas del trece de setiembre del dos mil once.—Lic. Felipe Calvo Argeñal, Notario.—1 vez.—RP2011257503.—(IN2011072253).
Por medio de escritura otorgada en San Isidro
de El General de Pérez Zeledón, a las nueve horas del doce de setiembre del dos
mil once, se entregó un poder generalísimo sin limite de suma a Ricardo
Valenciano Caldero, de parte de la sociedad Comercializadora Oro Verde S. A.,
San Isidro de El General, lunes catorce de setiembre dos mil once. Nombre del
notario: Walter Chacón Barrantes.—Lic. Walter Chacón Barrantes,
Notario.—1 vez.—RP2011257873.—(IN2011072654).
Por escritura otorgada ante mí, a las doce
horas veinte minutos del día cinco de setiembre del dos mil once, se constituye
la sociedad Ruta Ciento Treinta y Ocho Limitada, pudiendo
abreviarse Ruta Ciento Treinta y Ocho Ltda. Domicilio: Pérez Zeledón,
Palmares, ciento cincuenta metros al este, de la antigua Ferretería Xiomara.
Capital social: cinco mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Plazo
social: noventa y nueve años a partir de la fecha de constitución. Gerente:
Kenneth Jesús Fernández Castro.—San Isidro de Pérez Zeledón, cinco de
setiembre del dos mil once.—Lic. Cintya Bustos Cordero, Notaria.—1 vez.—RP2011257874.—(IN2011072655).
El suscrito notario, hace constar que por
escritura otorgada a las dieciséis horas del día trece de setiembre del dos mil
once, en Puntarenas, ante mí, se constituyó la sociedad de responsabilidad
limitada con domicilio en Puntarenas, en la cual los socios autorizan al
Registro Público, para que como denominación social de la sociedad, se
establezca el número de cédula de persona jurídica que de oficio se le asigne
al momento de su inscripción, de conformidad con el Decreto Ejecutivo número
treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, añadiendo como aditamento la palabra
Limitada. Plazo: noventa y nueve años a partir del día trece de setiembre del
dos mil once. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Gerente: Roberto Ornelas
Jr.—Martes trece de setiembre, diecinueve horas diez minutos del dos mil
once.—Lic. Álvaro Masís Montero, Notario.—1
vez.—RP2011257875.—(IN2011072656).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las
dieciocho horas del de hoy se constituyó la compañía Sun Shine Telecom B y R
Sociedad Anónima. Domicilio: San José centro. Capital: treinta millones de
colones. Corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial
de la compañía con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma.—San José, ocho de setiembre del dos mil once.—Lic. Ana
Lidiette Solís Zamora, Notaria.—1
vez.—RP2011257876.—(IN2011072657).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las
quince horas del día de hoy, se constituyó la compañía Inversiones C.O.R.X.
Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Capital: cien mil colones.
Corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial de la
compañía con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San
José, trece de setiembre del dos mil once.—Lic. Ana Lidiette Solís
Zamora, Notaria.—1 vez.—RP2011257877.—(IN2011072658).
Por medio de escritura número ciento sesenta
y tres del tomo quinto del protocolo de la notaria Maricruz Sánchez Carro, se
modificó las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo de la sociedad Villa
Auramar del Mediterráneo Sociedad, con cédula jurídica número
tres-ciento uno-tres cuatro uno siete cuatro uno.—Alajuela, trece de
setiembre del 2011.—Lic. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1
vez.—(IN2011072782).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las nueve horas del día catorce de setiembre del dos mil once, se protocolizó
acta de tres-uno cero uno-cinco nueve cuatro cinco nueve siete s. a. En
la cual se reforma la cláusula cuarta del pacto constitutivo en cuanto al
vencimiento del plazo.—Alajuela, 14 de setiembre del 2011.—Lic.
Xinia María Sibaja Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2011072784).
Por instrumento público otorgado hoy ante mí,
a las 9:00 horas, se constituyó una sociedad anónima con domicilio en San
Joaquín de Flores, cuya denominación será el número de cédula jurídica que le
asigne el Registro Público, al inscribirla, según lo establecido en el Decreto
Ejecutivo Nº 33171-J.—Heredia, 10 de setiembre del 2011.—Lic.
Randall Barquero León, Notario.—1 vez.—(IN2011072787).
Por escritura pública otorgada ante mí, a las
dieciséis horas del trece de setiembre del dos mil once, se constituyó la
sociedad The Last Letter Limitada. Gerente: Pablo Umaña
Gambassi.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1
vez.—(IN2011072788).
Por escritura pública otorgada ante mí, a las
diecisiete horas del trece de setiembre del dos mil once, se constituyó la
sociedad The Golden Notebook Sociedad Anónima. Presidente: Bernal
Herrera Madrigal.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1
vez.—(IN2011072789).
Protocolización de acuerdos de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Sigawallstreet
Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula de la
administración. Escritura otorgada en San José, ante el notario, público
Alejandro Pignataro Madrigal, a las catorce horas del trece de setiembre del
dos mil once.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1
vez.—(IN2011072790).
Por escritura pública otorgada ante mí, a las
quince horas del trece de setiembre del dos mil once, se constituyó la sociedad
Water For Elephants Limitada. Gerente: Pablo Umaña Gambassi.—Lic.
Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2011072791).
Por escritura otorgada ante esta notaría, el
día catorce de marzo del dos mil once, se constituyó la sociedad Industrias
Avícola Gosa Sociedad Anónima, se designa presidente y secretario con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José,
catorce de setiembre del dos mil once.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza,
Notario.—1 vez.—(IN2011072794).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se
constituyó Inversiones Gravinko Sociedad Anónima. Capital social:
enteramente suscrito y pagado.—San José, a las catorce horas del catorce
de setiembre del dos mil once.—Lic. Ronald Soto Arias, Notario.—1
vez.—(IN2011072796).
Por escritura otorgada a las once horas del
día trece de setiembre del dos mil once, ante esta notaría, se reforma la
cláusula sexta del pacto social de la sociedad Hojas Verde del Norte
G&P Sociedad Anónima.—San José, trece de setiembre del dos mil
once.—Lic. Ana Karine Niño Gutiérrez, Notaria.—1
vez.—(IN2011072797).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las catorce horas del catorce de setiembre del dos mil once, se constituyó la
sociedad Vilate Sociedad Anónima. Capital social: de cien mil colones
dividido en cien acciones comunes y nominativas de mil colones cada una.
Domicilio: Alajuela, Villa Bonita, ciento cincuenta metros al oeste del Palí.
Presidente: Hilcebeth del Carmen Viales Ulate.—Alajuela, catorce de setiembre
del dos mil once.—Lic. Ernesto Mora Alfaro, Notario.—1
vez.—(IN2011072811).
Por escritura número 07 de las 18:00 horas
del 30 de agosto del 2011, se constituyó la empresa Boltic
Por escritura número 26, de las 9:00 horas
del 7 de setiembre del 2011, se constituyó la empresa Exportaciones
Costa-Nica Sociedad Anónima. Capital social íntegramente suscrito y pagado.
Es apoderado generalísimo sin límite de suma el presidente. Plazo 100 años,
domicilio Alajuela.—Lic. Johnny Hernández González, Notario.—1
vez.—(IN2011072830).
Por escritura número ciento cuarenta y nueve,
de las 11:30 horas del 17 de agosto del 2011, se protocolizó asamblea general
extraordinaria de Productos y Servicios S. A., cédula
3-101-322474, celebrada en su domicilio social en San José, a las 9:30 horas
del 8 de julio del 2011, mediante la cual por acuerdo unánime de socios se
procedió a reformar la cláusula tercera del pacto social, en cuanto al plazo
social.—San José, 17 de agosto del 2011.—Lic. Grettel Caldera
Schaubeck, Notaria.—1 vez.—(IN2011072846).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se
constituyó Mariana’s Place Sociedad Anónima, que es nombre de
fantasía, domicilio: provincia de San José, cantón 15, en Vargas Araya,
doscientos cincuenta metros este del Perimercados, pudiendo establecer agencias
o sucursales en cualquier lugar de la república o fuera de ella. Plazo social:
99 años a partir de esta fecha. Capital: totalmente suscrito y
pagado.—San José, a las 14:00 horas del 12 de setiembre del
2011.—Lic. Grettel Caldera Schaubeck, Notaria.—1 vez.—(IN2011072849).
Ante la suscrita notaria, Ana Sophia Lobo
León, a las once horas del veintinueve de agosto del dos mil once, se
protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Procaucho
S. A., en la cual se acuerda cambio de nombre siendo en adelante Tiki
Networks S. A. Es todo.—San José, catorce de setiembre del dos mil
once.—Lic. Ana Sophia Lobo León, Notaria.—1
vez.—(IN2011072854).
Por escritura pública ante esta notaría, a
las ocho horas del ocho de agosto del dos mil once, se constituyó la sociedad Tecnología
Sinfra S. A., domiciliada en Tibás centro, capital diez mil colones,
presidente Manuel de Jesús Mora Monge, con facultades de apoderado generalísimo
sin límite de suma. Plazo noventa y nueve años.—San José, catorce de
setiembre del dos mil once.—Lic. Augusto Boirivant Arce, Notario.—1
vez.—(IN2011072857).
Se realiza la publicación del cambio de
nombramientos en la junta directiva y representación de la sociedad Cyberoceánica
Sociedad Anónima.—San José, 16 de setiembre del 2011.—Lic.
Laura Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2011072859).
Protocolización del acta de la asamblea
general extraordinaria de accionistas de la empresa denominada Helvex de
Costa Rica Sociedad Anónima., en la cual se fusiona con las sociedades
tres-ciento uno-quinientos sesenta mil cuatrocientos ochenta y dos sociedad
anónima y tres-ciento uno-quinientos sesenta mil cuatrocientos ochenta y tres
sociedad anónima. Ante el notario, Roberto Romero Mora. Es todo.—San
José, al ser catorce horas treinta minutos del día trece de setiembre del dos
mil once.—Lic. Roberto Romero Mora, Notario.—1
vez.—(IN2011072860).
Protocolización del acta de la asamblea
general extraordinaria de accionistas de la empresa denominada Venus
Flamingo Once Sociedad Anónima, en la cual se acuerda modificar las
cláusulas segunda y octava, al presidente, secretario, tesorero y el fiscal de
la junta directiva de la empresa, y se nombra agente residente. Ante el
notario, Roberto Romero Mora. Es todo.—San José, al ser al ser diecisiete
horas del día trece de setiembre del dos mil once.—Lic. Roberto Romero
Mora, Notario.—1 vez.—(IN2011072861).
Por escritura número doscientos ochenta y
ocho-dos otorgada ante esta notaría, a las quince horas del catorce de
setiembre del dos mil once, se constituye la sociedad anónima denominada Corporación
AMT Doscientos Ocho de Heredia Sociedad Anónima. Presidente Guelmi Morales
Pérez.—Lic. Leonel Antonio Cruz Valverde, Notario.—1
vez.—(IN2011072880).
Por escritura número 202-6 del 6 de setiembre
del 2011, se constituyó Multiservicios de Aire Acondicionado CHM Sociedad
Anónima, ante esta notaría.—San José, 8 de setiembre del
2011.—Lic. Nicole Preinfalk Lavagni, Notaria.—1
vez.—(IN2011072897).
Denia Cruz Morera, notaria pública, comunica
por la escritura 230 de tomo 18 de mi protocolo otorgada el 2 de abril de dos
mil once, a las 12:00 horas se modifica la cláusula sétimo del pacto
constitutiva de la sociedad denominada con su cédula jurídica 3-101-494956
siendo los miembros de junta directiva y teniendo la representación judicial y
extrajudicial de la sociedad el presidente y secretario con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma actuando separadamente.—Lic.
Denia Cruz Morera, Notaria.—1 vez.—(IN2011072903).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las ocho horas del catorce de setiembre del dos mil once, se modificó las
cláusula segunda del domicilio de Filial XLI Girona BL Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y un mil ochocientos
cincuenta.—San José, catorce de setiembre del dos mil once.—Lic.
Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(IN2011072904).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las diecisiete horas del trece de setiembre del dos mil once, se modificó las
cláusula segunda del domicilio de Filial XLII Amberes BL Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y un mil quinientos
veintiséis.—San José, catorce de setiembre del dos mil once.—Lic.
Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(IN2011072906).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las doce horas del catorce de setiembre del dos mil once, se modificó las
cláusula novena de la administración de tres-ciento uno-cuatrocientos
setenta y nueve mil trescientos cinco s. a., con igual número de cédula que
su razón social.—San José, 14 de setiembre del 2011.—Lic. Jean
Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(IN2011072907).
Por escritura otorgada hoy ante el suscrito
notario, se protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad CCM Cinemas S. A., mediante los
cuales, se modifican las cláusulas segunda y quinta del pacto constitutivo de
la sociedad.—San José, 13 de setiembre del 2011.—Lic. Paulo Antonio
Doninelli Fernández, Notario.—1 vez.—(IN2011072911).
Por escritura otorgada a las catorce horas
del catorce de setiembre del dos mil once, se reformó la cláusula segunda del
domicilio de la sociedad tres-ciento uno-quinientos sesenta y un mil
ochocientos cincuenta y dos sociedad anónima. Capital suscrito y pagado.—Lic.
Mario Enrique Pacheco Loaiza, Notario.—1 vez.—(IN2011072912).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 16:00 horas del 14 de setiembre del 2011, se protocolizó acta de asamblea
extraordinaria de accionistas de DICA Desarrollos Inmobiliarios
Centroamericanos Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y cinco mil quinientos setenta y nueve,
mediante la cual se reforma la cláusula quinta del pacto social aumentando el
capital social.—San José, 14 de setiembre del 2011.—Lic. Daniel
Befeler Scharf, Notario.—1 vez.—(IN2011072917).
Fundación Santa Ana Valle de Oportunidades, nombra nueva junta administrativa.
Escritura otorgada en Santa Ana, a las 10:00 horas del 8 de setiembre del dos
mil once, ante la notaria, Maritza Quintanilla Jiménez.—Lic. Maritza
Quintanilla Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2011072922).
Ante este notario público, José Fermín
Morales Campos, se constituye escritura de la sociedad Corporación Beraca de
Costa Rica Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse su aditamento final en S.
A., inscrita en la escritura doscientos setenta y cinco iniciada en el
folio ciento cincuenta y nueve frente del tomo cinco de mi protocolo; cuyo
capital social está representado por diez acciones comunes y nominativas de mil
colones cada una. Dado en Alajuela, el dieciséis de setiembre del dos mil
once.—Lic. José Fermín Morales Campos, Notario.—(IN2011072942).
Hoy día se ha constituido la sociedad cuya
razón social es Contenido Sociedad Anónima, su domicilio social es en la
provincia de Alajuela, cantón Central distrito Río Segundo, setecientos metros
al este del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría, sobre autopista General
Cañas, Oficentro Plaza Aeropuerto, local D-seis. El presidente es su
representante legal y apoderado generalísimo sin límite de suma, pudiendo
actuar de acuerdo al mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil. Capital
social: es de cien mil colones, tiene un plazo de cincuenta años. Ciudad de
Alajuela, doce horas del dieciséis de setiembre del dos mil once.—Lic.
Maximiliano Vargas Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2011072948).
Por escritura otorgada hoy ante el suscrito
notario, las señoras Yamila Rocío Zamora Solano y Carmen María Zamora Solano,
constituyen la sociedad Inversiones Roycar Sociedad Anónima, para
dedicarse por cien años y con domicilio en la ciudad de San José, a la
industria y comercio en general. Capital social totalmente suscrito y
pagado.—San José, 10 de setiembre del 2011.—Lic. José Pablo Arauz
Villarreal, Notario.—1 vez.—(IN2011072954).
Ante esta notaría, se constituye la sociedad
de esta plaza denominada Importadora de Camiones y Repuestos M & C del
Norte Sociedad Anónima, a las trece horas del diecisiete de setiembre del
dos mil once, siendo su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma, el señor Elmer Gamboa Cordero, ante el notario Rodrigo Garita
López, en Venecia de San Carlos, Alajuela, diecisiete de setiembre del dos mil
once.—Lic. Rodrigo Garita López, Notario.—1 vez.—(IN2011072955).
Con vista en el libro de Actas de Asamblea
General de Socios de Torres Adrenalina Sociedad Anónima, cédula de
Persona Jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y dos mil
novecientos treinta y tres, al ser las quince horas del doce de setiembre del
dos mil once, se realizó la asamblea general extraordinaria, la cual estuvo
representada por la totalidad del capital social, en la cual se tomó un único
acuerdo que dice así: que por haber aumentado el capital social se acuerda
modificar la cláusula quinta del capital social.—Alajuela, San Carlos,
Florencia, 14 de setiembre del 2011.—Lic. Rodrigo Garita López,
Notario.—1 vez.—(IN2011072957).
Por escritura número ciento noventa y tres,
del tomo dos, otorgada ante el suscrito notario, a las 10:30 horas del trece de
setiembre del 2011, se protocoliza acta de modificación de las cláusulas
segunda y quinta del pacto constitutivo. Así mismo se nombra junta directiva y
fiscal de la sociedad denominada Rafael Ángel Ulloa y Compañía
Sociedad Anónima.—Lic. Eddie Alfonso Solano Redondo, Notario.—1
vez.—RP2011257908.—(IN2011073042).
Por escritura otorgada ante mí, a las doce
horas del día de hoy los señores Adrián Corrales Rodríguez y Adrián Esteban
Corrales Picado, constituyeron la sociedad Transportes Corrales Picado C. P.
Sociedad Anónima, plazo social cien años y capital social diez mil
colones.—Alajuela, 25 de agosto del 2011.—Lic. Luis Alberto Molina
Mena, Notario.—1 vez.—RP2011257878.—(IN2011073043).
Al ser las ocho horas del nueve de setiembre
del dos mil once, se celebró la asamblea general extraordinaria de la empresa Moda
Intima Sociedad Anónima, en la cual se reformaron las cláusulas quinta del
capital social y sexta de la administración y se nombra nueva junta
directiva.—San José, 14 de setiembre del dos mil once.—Lic. Willy
Hernández Chan, Notario.—1 vez.—RP2011257879.—(IN2011073044).
Al ser las nueve horas del nueve de setiembre
del dos mil once, se celebró la asamblea general extraordinaria de la empresa Bienes
Raices Las Luciérnagas Sociedad Anónima, en la cual se reformaron las
cláusulas quinta del capital social y sexta de la administración y se nombra
nueva junta directiva.—San José, 14 de setiembre del dos mil
once.—Lic. Willy Hernández Chan, Notario.—1
vez.—RP2011257880.—(IN2011073045).
Al ser las once horas del nueve de setiembre
del dos mil once, se celebró la asamblea general extraordinaria de la empresa Distribuidora
Femina Sociedad Anónima, en la cual se reformaron las cláusulas quinta del
capital social, y sexta de la administración, y se nombra nueva junta
directiva.—San José, 14 de setiembre del 2011.—Lic. Willy Hernández
Chan, Notario.—1 vez.—RP2011257881.—(IN2011073046).
Al ser las diez horas del nueve de setiembre
del dos mil once, se celebró la asamblea general extraordinaria de la empresa El
Poblado Sociedad Anónima, en la cual se reformaron las cláusulas quinta del
capital social, y sexta de la administración, y se nombra nueva junta
directiva.—San José, 14 de setiembre del 2011.—Lic. Willy Hernández
Chan, Notario.—1 vez.—RP2011257882.—(IN2011073047).
Ante mí, escritura Nº 184-7, de las 14:38
horas del catorce de setiembre del dos mil once, se modifica pacto constitutivo
de la sociedad Inversiones Alambrina de PZ S. A., cédula jurídica Nº
3-101-539253, cláusula sétima, y el nombramiento de la junta directiva.
Teléfono notaría: 2770-3341.—Pérez Zeledón, 14 de setiembre del
2011.—Lic. Paola Ramírez Acosta, Notaria.—1
vez.—RP2011257884.—(IN2011073048).
Ante esta notaría, se protocolizó la sociedad
Transportes del Atlántico Caribeño Sociedad Anónima.—Guápiles,
Pococí, catorce de setiembre del dos mil once.—Lic. José Eduardo Díaz
Canales, Notario.—1 vez.—RP2011257885.—(IN2011073049).
Sustitución y reemplazo de toda la junta
directiva de Iniciativa para el Manejo de los Bosques Tropicales S. A.
Se nombra presidente a Richard Edward Andrus.—Pérez Zeledón, 7 de
setiembre del 2011.—Lic. Édgar Fallas Martínez, Notario.—1
vez.—RP2011257886.—(IN2011073050).
Ante esta notaría, a las ocho horas del
catorce de setiembre del dos mil once, se constituye Anef Servicios
Especiales de Platanares Ltda. Capital social: es de doce mil colones. Y se
nombra gerente: Efrén Montes González. Subgerente: Anabelly Mora
Fallas.—San Isidro de Pérez Zeledón, catorce de setiembre del dos mil
once.—Lic. Édgar Fallas Martínez, Notario.—1
vez.—RP2011257887.—(IN2011073051).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce
horas del trece de setiembre del dos mil once, se protocolizaron acuerdos de
asamblea de accionistas de la sociedad Inmobiliaria Paseo del Sol Número Cuarenta
S. A., por medio de la cual se modificó la cláusula de
administración.—San José, trece de setiembre del dos mil once.—Lic.
Mónica Farrer Peña, Notaria.—1
vez.—RP2011257888.—(IN2011073052).
Por escritura otorgada en mi notaría, hoy, a
las quince horas, se constituyó la sociedad de esta plaza Hermes y Flora S.
A. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve
años, contados a partir de hoy. Objeto: inversión y participación en sociedades
mercantiles, la industria, comercio, minería, piscicultura, agricultura y
ganadería, y en todas las ramas de la ingeniería y arquitectura. En forma
especial se dedicará al diseño, construcción y mercadeo de muebles. Presidente
y primera vicepresidenta con facultades de apoderados generalísimos pudiendo
actuar conjunta o separadamente. Iguales facultades tendrán el segundo
vicepresidente, secretaria, tesorero y vocal, siempre que actúen en forma
conjunta tres cualesquiera de los cuatro.—San José, catorce de setiembre
del dos mil once.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1
vez.—RP2011257891.—(IN2011073053).
Por escritura otorgada en mi notaría, hoy, a
las catorce horas, se constituyó la sociedad de esta plaza Muebles Hermes
Alpízar S. A. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social:
noventa y nueve años, contados a partir de hoy. Objeto: inversión y
participación en sociedades mercantiles, la industria, comercio, minería,
piscicultura, agricultura y ganadería, y en todas las ramas de la ingeniería y
arquitectura. En forma especial se dedicará al diseño, construcción y mercadeo
de muebles. Presidente y primera vicepresidenta, con facultades de apoderados
generalísimos, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Iguales facultades
tendrán el segundo vicepresidente, secretaria, tesorero y vocal, siempre que
actúen en forma conjunta tres cualesquiera de los cuatro.—San José,
catorce de setiembre del dos mil once.—Lic. Álvaro Corrales Solís,
Notario.—1 vez.—RP2011257892.—(IN2011073054).
En mi notaría, se protocolizó acta de la
sociedad Asesoría Industrial Medu S. A., con cédula jurídica número
tres-ciento uno-doscientos ochenta y dos mil trescientos sesenta, en donde se
establece la fusión de la sociedad Asesoría Industrial Medu S.A., a la
sociedad S’Agaró Costa Brava Limited S. A., con cédula jurídica
número tres-ciento uno-quinientos treinta y seis mil trescientos setenta y uno,
celebrada en San José, a las once horas del ocho de setiembre del dos mil once.
Es todo.—San José, catorce de setiembre del dos mil once.—Lic.
Jorge Campabadal Herrero, Notario.—1
vez.—RP2011257893.—(IN2011073055).
En asamblea general extraordinaria de socios
de la sociedad Corporación Hotelera Luna Mágica S. A., cédula jurídica
número: tres-ciento uno-ciento veinticinco mil cuatrocientos diez, celebrada a
las nueve horas del diez de agosto del dos mil once, se acordó modificar la
cláusula de administración, así como nombrar y sustituir secretario, tesorero y
fiscal.—Lic. Juan Manuel Bustamante Herrera, Notario.—1
vez.—RP2011257894.—(IN2011073056).
Por escritura otorgada ante esta notaria, se
constituyó la firma Multiservicios Aguilar & Pérez Sociedad Anónima.
Capital: suscrito y pagado.—Guápiles, Pococí, Limón, 16 de setiembre del
2011.—Lic. Alice María Aguilar Rodríguez, Notaria.—1
vez.—RP2011257899.—(IN2011073057).
Que en esta notaría, mediante escritura
número trescientos veintiocho, folio ciento ochenta y seis frente del tomo
sétimo, se constituyó la sociedad anónima denominada Magra del Valle S.A.,
con un capital social de diez mil colones. Domiciliada: en San Isidro, Pérez
Zeledón, provincia de San José, Barrio Sinaí, setenta y cinco este del
Abastecedor Sinaí. Presidente: Alejandro Granados Vargas.—San Isidro,
Pérez Zeledón, trece de setiembre del dos mil once.—Lic. Sandra Cubillo
Díaz, Notaria.—1 vez.—RP2011257904.—(IN2011073058).
El suscrito notario, hace constar que en mi
notaría, se constituyó la entidad Salas & Hernández Sociedad de
Responsabilidad Limitada. Capital social: ochenta mil colones. Domicilio:
Heredia, Santa Bárbara, de
El suscrito notario, hace constar que en mi
notaría, se modificó los estatutos de la entidad Colinas de Miramar Sociedad
Anónima. Se modificó el capital social que es de cien millones, cláusula
cuarta.—Lic. Ronald Antonio Sánchez Trejos, Notario.—1
vez.—RP2011257906.—(IN2011073060).
Por escritura autorizada a las trece horas de
hoy, protocolizamos acta de asamblea general extraordinaria de socios de Segeléctrica
de Costa Rica C. B. C. Sociedad Anónima, en que se reforman las cláusulas
tercera de sus estatutos, en cuanto al objeto de la sociedad; sétima, en cuanto
a la administración, y novena, en cuanto a la vigilancia de la sociedad; se
reorganiza la junta directiva y se ratifica el nombramiento de
fiscal.—San José, catorce de setiembre del dos mil once.—Lic.
Manuel Enrique Zúñiga Urrutia, Notario.—1 vez.—RP2011257907.—(IN2011073061).
Por escritura número treinta, otorgada a las
doce horas del catorce de setiembre del dos mil once, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Costa
Esterillos Estates Aliaria Cero Trece S. A., en la cual se reforma la
cláusula octava del pacto constitutivo, y se nombra nueva junta
directiva.—Lic. Arnaldo Bonilla Quesada, Notario.—1
vez.—RP2011257909.—(IN2011073062).
Por escritura otorgada en San José, a las
diecisiete horas del trece de setiembre del dos mil once, ante mi notaría, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Alconstra
S. A., se reforma la cláusula novena del pacto constitutivo.—Lic.
Mauricio Villalobos Barrientos, Notario.—1
vez.—RP2011257910.—(IN2011073063).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las 12:00 horas de 6 de setiembre del 2011, se protocoliza acta de la asamblea
general extraordinaria de Stone Flo Two Thousand Five S. A., donde se
modifica cláusula sétima en cuanto a la administración. Se nombra nueva junta
directiva y fiscal.—San José, 13 de setiembre del 2011.—Lic. Pía
Picado González, Notaria.—1
vez.—RP2011257911.—(IN2011073064).
Por escritura en mi notaría de Heredia, a las
11:00 horas del 14 de noviembre del dos mil once, protocolicé acta de asamblea
de socios de Maceflor de Costa Rica S. A. Se modifica cláusula F- del
pacto social y se nombra junta directiva.—Heredia, catorce de setiembre
del dos mil once.—Lic. Rafael Ángel Barahona Melgar, Notario.—1
vez.—RP2011257914.—(IN2011073065).
En
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las
11 horas del 14 de setiembre del 2011, se protocolizó el acta de asamblea
general extraordinaria de la sociedad de esta plaza denominada Quinta Roxana
S. A., en donde se acuerda la disolución de dicha sociedad, a todos los
interesados se le comunica dicha determinación para lo que les corresponda.—San
José, 16 de setiembre del 2011.—Lic. Carlos Alberto Berrocal Arias,
Notario.—1 vez.—RP2011257917.—(IN2011073067).
Ante mí, Alexander Quesada Venegas, Abogado y
Notario a las dieciocho horas del catorce de setiembre del dos mil once, se
constituyó la sociedad anónima la cual su denominación social es su número de
cédula jurídica, se acoge al decreto tres tres uno siete uno-J, del catorce
junio del dos mil seis.—Lic. Alexander Quesada Venegas, Notario.—1
vez.—RP2011257918.—(IN2011073068).
El suscrito Notario Público, hace constar que
ante mí, se constituyó
Por escritura otorgada ante esta Notaría el
día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas
en que se reforman las cláusulas quinta y sexta, y se nombra junta directiva,
fiscal y agente residente de la sociedad Máximo Nivel Sociedad Anónima.—San
José, 09 de agosto del 2011.—Lic. Andrea Fernández Bonilla,
Notaria.—1 vez.—RP2011257921.—(IN2011073070).
Por escritura otorgada ante esta Notaría el
día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas
en que se reforma la cláusula tercera de la sociedad Infoservices Sociedad
Anónima.—San José, 06 de setiembre del 2011.—Lic. Andrea
Fernández Bonilla, Notaria.—1 vez.—RP2011257922.—(IN2011073071).
Por escritura otorgada ante mí, el veintiuno
de julio del 2011, se constituyó la sociedad Administración Condominio
Mallorquina de Esparza S. A. Capital social de 100.000,00 colones
totalmente suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin limitación de suma.—Lic. Mauricio Martínez Parada,
Notario.—1 vez.—RP2011257923.—(IN2011073072).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, el
día de hoy se constituyó la empresa denominada Loma Real J&F Asociados
Sociedad Anónima.—Heredia, 12 de setiembre del 2011.—Lic.
Natalia Alvarado Rodríguez, Notaria.—1
vez.—RP2011257924.—(IN2011073073).
Ante mí, Edin Zúñiga Bolaños, Notario
Público, se constituyó la sociedad Inversiones Mavica Sociedad
Anónima. La representación judicial y extrajudicial le corresponde a Marco
Vinicio Castillo Gamboa, cédula 2-540-925, quien ocupa el cargo de Presidente.
El capital social es la suma de treinta mil colones, representados por treinta
acciones comunes y nominativas de mil colones.—Golfito, 13 de setiembre
del 2011.—Lic. Edin Zúñiga Bolaños, Notario.—1
vez.—RP2011257926.—(IN2011073074).
Se constituye la firma de esta plaza
denominada OPB Inversiones Sociedad de Responsabilidad Limitada. Gerente:
Carlos Ossenbach Sauter, cédula de identidad número: uno-cuatrocientos
uno-ciento uno. Plazo social: cien años a partir de la fecha de su
constitución.—Alajuela, Grecia, veintinueve de agosto del dos mil
once.—Lic. Luis Alonso Madrigal Pacheco, Notario.—1
vez.—RP2011257928.—(IN2011073075).
En mi notaría el día doce de setiembre del
año del año dos mil once, se constituyó la sociedad anónima Isabelvis K. F
& E Sociedad Anónima, como presidente Elvis Brais Vallejos, cédula de
identidad seis-ciento noventa y seis-ochocientos cuarenta y tres. Capital
social: diez mil colones, diez acciones comunes y nominativas. Ante el
licenciado Pedro Farrier Brais, Notario Público en San Pablo de Nandayure,
Guanacaste frente al Cocal.—Lic. Pedro Farrier Brais, Notario.—1
vez.—RP2011257929.—(IN2011073076).
Al ser las 14:16 horas del 12 de setiembre
del 2011, mediante escritura número 130 del Protocolo número 11 de la suscrita
notaria, se protocoliza acta de la firma Villalobos Arias S.A., cédula
jurídica: 3-101-180211. Domiciliada en San Carlos, Zona Fluca, Los Ángeles de
Por escritura otorgada ante este Notario, a
las 16:00 horas del 14 de setiembre del 2011, se constituyó la sociedad que se
denominará con el número de cédula jurídica que le sea asignada por el
Registro, con domicilio en la provincia de San José, Cinco Esquinas de Tibás,
de la escuela ciento cincuenta metros al norte. Capital social: diez mil
colones. Plazo: 99 años. Presidente: Luis Alfonso Rodríguez Arias.—San
José, catorce de setiembre del dos mil once.—Lic. Sergio Gamboa Vargas,
Notario.—1 vez.—RP2011257931.—(IN2011073078).
Por escritura ciento diez otorgada ante
DYL Cobranzas Rápidas S. A., en asamblea general extraordinaria,
celebrada el día 3 de agosto del
Ante la notaría de Jacqueline Villalobos
Durán, se protocolizó acta número uno de la sociedad Mercadotecnia
Especilizada Dimo S. A., donde se da la disolución de la sociedad. Otorgada
en la ciudad de San José. Escritura número 306 de las 15:30 horas del 08 de
setiembre del 2011.—San José, 13 de setiembre del 2011.—Lic.
Jacqueline Villalobos Durán, Notaria.—1
vez.—RP2011257937.—(IN2011073081).
Ante la notaría de Jacqueline Villalobos
Durán, se protocolizó acta número uno de la sociedad Textiles de San Pedro
S. A., donde se da la disolución de la sociedad. Otorgada en la ciudad de
San José, escritura número 307 de las 15:50 horas del 08 de setiembre del
2011.—San José, 13 de setiembre del 2011.—Lic. Jacqueline
Villalobos Durán, Notaria.—1
vez.—RP2011257938.—(IN2011073082).
Ante la notaría de Jacqueline Villalobos
Durán, se constituyó la sociedad anónima Ramírez & León Consultorías S.
A., domiciliada en San José. Plazo social: 99 años. Presidente y secretario
con facultades apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social:
cien mil colones, suscrito y pagado. Otorgada en la ciudad de San José,
escritura número 308 de las 08:00 horas del 14 de setiembre del 2011.—Lic.
Jacqueline Villalobos Durán, Notaria.—1
vez.—RP2011257939.—(IN2011073083).
Por escritura otorgada en mi notaría, en la ciudad de San José, a las doce horas del día catorce de setiembre del año dos mil once, se protocoliza el acta número dos del libro de actas de la sociedad Servicios Profesionales de Información SEPROFI Sociedad Anónima, mediante la cual se modificó la cláusula cuarta de los estatutos sociales.—San José, 14 de setiembre de 2011.—Lic. Álvaro Rodrigo Mora Salazar, Notario.—1 vez.—RP2011257940.—(IN2011073084).
Por escritura número ciento cuarenta y siete, se reforma cláusula cuarta del pacto constitutivo de la sociedad denominada Dulcería Nesmy Sociedad Anónima.—San José, veinticuatro de agosto del dos mil once.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—RP2011257943.—(IN2011073085).
Por escritura número ciento cincuenta y cinco, se constituye la sociedad denominada Incoplas Sociedad Anónima. Presidente: Hugo Morales Quirós. Capital social veinte mil colones. Domicilio Coronado.—San José, catorce de setiembre del dos mil once.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—RP2011257944.—(IN2011073086).
Por escritura Nº 198 de las 9:00 horas del 12 de setiembre del 2011,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Villar
de
Por escritura Nº 323-17 de las 8 horas del 1º de setiembre del 2011, se constituye Ayita e Hijos S. A., apoderada Cyntia Jiménez Bogarín.—San José, 14 de setiembre de 2011.—Lic. Xinia Mayela Campos Campos, Notaria.—1 vez.—RP2011257946.—(IN2011073088).
Se hace constar que hoy dieciséis de junio del dos mil once, se ha constituido la sociedad ante el notario Jorge Logan Portugués, denominada Desarrollo Economía Moran Ulate Sociedad Anónima, con capital social de diez mil colones, siendo su presidente: Luis Ángel Moran Ulate, con poder generalísimo sin límite de suma, con domicilio social en Bribrí centro, frente a Municipalidad de Talamanca, Limón.—San José, dieciséis de setiembre del dos mil once.—Lic. Jorge Logan Portuguez, Notario.—1 vez.—RP2011257948.—(IN2011073089).
Por escritura otorgada ante este notario, a las nueve horas del doce de setiembre del dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria de socios de la compañía Buena Honda G.T.X. Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula cuarta del pacto social.—San José, doce de setiembre del dos mil once.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—RP2011257949.—(IN2011073090).
Por escritura otorgada ante este notario, a las nueve horas del doce de setiembre del dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y un mil cuatrocientos sesenta y tres sociedad anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto social.—San José, doce de setiembre del dos mil once.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—RP2011257950.—(IN2011073091).
Protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de tres-ciento uno quinientos veinticuatro mil quinientos setenta y tres s. a., se modifica la cláusula segunda del pacto social.—San José, 3 de agosto de 2011.—Lic. Álvaro Carazo Zeledón, Notario.—1 vez.—RP2011257951.—(IN2011073092).
Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza denominada El Mejor de los Discípulos S. A., titular de la cédula de persona jurídica número 3-101-432580, asamblea en la que se reformó la cláusula segunda de la escritura constitutiva y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—San José, 30 de agosto del 2011.—Lic. Álvaro Carazo Zeledón, Notario.—1 vez.—RP2011257952.—(IN2011073093).
Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza denominada tres-ciento uno-quinientos veinticuatro mil quinientos setenta s. a., titular de la cédula de persona jurídica número 3-101-524570, asamblea en la que se reformó la cláusula sétima de la escritura constitutiva y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—San José, 21 de julio del 2011.—Lic. Álvaro Carazo Zeledón, Notario.—1 vez.—RP2011257953.—(IN2011073094).
Por escritura Nº ciento cincuenta-dieciséis otorgada ante mí, a las ocho horas del 11 de agosto del 2011, se constituyó la sociedad Condominios Buen-Aire de Escazú S. A., capital social de 12.000,00 colones totalmente suscrito y pagado. Presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 16 de setiembre del 2011.—Lic. Rafael Esquivel Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2011257954.—(IN2011073095).
Sara Sandí Monge y Jeffrey Alejandro Álvarez Sandí, constituyen sociedad anónima: Jota Soluciones Sociedad Anónima. Otorgada el 13 de setiembre del 2011.—Lic. Johnny Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011257956.—(IN2011073096).
It Biz Sociedad Anónima, modifica cláusula novena del pacto constitutivo y se nombra tesorero en la junta directiva. Otorgada el 8 de setiembre del 2011.—Lic. Johnny Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011257957.—(IN2011073097).
Ante mi notaría se protocolizó acta de asamblea general ordinaria de
asociados de
Ante mi notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Tango India Security Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y cinco mil ochocientos diecisiete. Escritura otorgada en San José, a las dieciséis horas del catorce de setiembre del año dos mil once.—San José, dieciséis de setiembre del dos mil once.—Lic. Dámaso Ruiz Carrión, Notario.—1 vez.—RP2011257960.—(IN2011073099).
La suscrita notaria Virginia Umaña Segura hace constar que mediante escritura número doscientos cincuenta y dos, se constituyó sociedad anónima Facilitators Costa Rica Sociedad Anónima, nombre de fantasía traducción al español Facilitadores, por los señores Jay Calvert Cooper y Esdras Madrigal Delgado. San José, a las dieciocho horas del dos de setiembre del mil once.—San José, quince de setiembre del dos mil once.—Lic. Virginia Umaña Segura, Notaria.—1 vez.—RP2011257962.—(IN2011073100).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las quince horas y treinta minutos del catorce de setiembre de dos mil once, se constituyó la sociedad Couch Surfing Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, catorce de setiembre de dos mil once.—Lic. María del Pilar Meneses Claramunt, Notaria.—1 vez.—RP2011257964.—(IN2011073101).
Mediante escritura número ochenta y ocho de las catorce horas del veinticuatro de agosto de dos mil once, en el protocolo cuarto del notario Franklin Fernández Torrentes, se reforma razón social de la sociedad Villas Puesta del Sol Langosta S. A., para que en adelante su nombre sea Inversiones GR del Tamarindo Soleado Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 16 de setiembre del 2011.—Lic. Franklin Fernández Torrentes, Notario.—1 vez.—RP2011257965.—(IN2011073102).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día veintidós de julio del año dos mil diez, se constituyó: Core Media Design de Costa Rica Sociedad Anónima. Representación judicial: presidente en forma individual. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: debidamente suscrito y pagado. Es todo.—San José, 13 de setiembre del 2011.—Lic. Gabriela Coto Esquivel, Notaria.—1 vez.—RP2011257968.—(IN2011073103).
Se hace constar que ante la notaría de Gastón
Sancho Cubero, mediante escritura número ciento setenta otorgada en fecha del
trece de setiembre del año dos mil once, se protocolizó asamblea general en
donde se reforman las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo,
asimismo se reforma la junta directiva de la compañía El Navara Negro Dos
Mil Nueve C.T.G. Sociedad Anónima.—San José, 16 de setiembre del
2011.—Lic. Gastón Sancho Cubero, Notario.—1
vez.—RP2011258005.—(IN2011073129).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a
las 14:00 horas del día 14 de setiembre de 2011, se acordó reformar la cláusula
Nº 1 del pacto social de la sociedad Grupo Legrows Active S. A.—San
José, 14 de setiembre del 2011.—Lic.
Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1
vez.—RP2011258006.—(IN2011073130).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 9:00 horas del 1º de setiembre 2011, protocolicé acta de asamblea general
de socios de Tenedora Safat S. A., que acordó liquidar la
compañía.—San José, 14 de setiembre del 2011.—Lic. Dan Alberto
Hidalgo Hidalgo, Notario.—1
vez.—RP2011258007.—(IN2011073131).
Por escritura otorgada en San José, de las 9:00
horas del 16 de setiembre del 2011, se constituye sociedad Corporación
Sueños del Mundo S. A., Presidente: Jahnny Jackes Segura Ching.—Lic.
Consuelo Méndez Marchena, Notaria.—1
vez.—RP2011258008.—(IN2011073132).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 8:00 horas del 16 de setiembre del año dos mil once, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de Palmares de
Alajuela, denominada Z Y B Inmuebles Sociedad Anónima, se transformó la
cláusula quinta.—Lic. Lilliana Fernández Urpi, Notaria.—1
vez.—RP2011258013.—(IN2011073133).
Por escritura otorgada en esta notaría, a 13
horas del 3 de setiembre del 2010, se constituye Desarrollos Floruma
Limitada, capital social: ¢2.500.000.—Lic. Olga María Rivera Monge,
Notaria.—1 vez.—RP2011258014.—(IN2011073134).
La sociedad Distribuidora de Productos
Agropecuarios DPA S. A., cédula jurídica 3-101-0581283, reforma su cláusula
quinta del pacto constitutivo aumentando el capital social. Notarios: Lic.
Gustavo Silesky Jiménez y Lic. Mayra Centeno Mejía.—Lic. Mayra Centeno
Mejía, Notaria.—1 vez.—RP2011258015.—(IN2011073135).
Mediante escritura número ciento sesenta y
cinco otorgada ante mi notaría a las 8:00 horas del dieciséis de setiembre del
dos mil once, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de socios de la compañía Coopegrecia Agencia de Seguros S. A., por
virtud de la cual se reforma las cláusulas 2, 6, 9, 10, 11, 12, 13 y 14, y se
crea la cláusula 15 en el pacto constitutivo.—Grecia, 16 de setiembre del
2011.—Lic. Kerby Rojas Alfaro, Notario.—1
vez.—RP2011258017.—(IN2011073136).
Ante el notario Fernando Mena Alvarado,
notario público con oficina en Grecia centro, Alajuela,
En escritura otorgada ante esta notaría, a
las 18:00 horas del 8 de setiembre del 2011, se protocolizó acta de asamblea
extraordinaria de socios de Fisiospot S. A., donde se modificó cláusula
9ª del pacto social y se nombró presidente, secretario y tesorero.—Lic.
Irene María Jiménez Barletta, Notaria.—1
vez.—RP2011258019.—(IN2011073138).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las
diecisiete horas treinta minutos del catorce de setiembre de dos mil once, se
modificó el nombre de la sociedad de esta plaza denominada Seguridad
Trujillo S. A., para llamarse en adelante Sniper Professional
Security Services S. A.—San José, 14 de setiembre del
2011.—Lic. Hernán Alexis Pérez Sanabria, Notario.—1
vez.—RP2011258020.—(IN2011073139).
Por escritura número ciento sesenta y
tres-dos, de las dieciséis horas del diecisiete de agosto del dos mil once, se
constituyó la sociedad Ornituber Farms Sociedad Anónima, que es nombre
de fantasía. Duración: noventa y nueve años. Presidente: Robert Irizarry. Domicilio:
Pueblo Nuevo, Zarcero, Alajuela, quinientos metros al este de la plaza de
deportes.—Lic. José Francisco Barahona Segnini, Notario.—1
vez.—RP2011258021.—(IN2011073140).
Ante mí, José Manuel Hidalgo Barrantes,
notario público, se constituyó la sociedad
Asesorías Comerciales Rayga S. A., escritura otorgada en la ciudad de
Escazú, a las 9:40 horas del 14 de setiembre del 2011.—Escazú, 16 de
setiembre del 2011.—Lic. José Manuel Hidalgo Barrantes, Notario.—1
vez.—RP2011257022.—(IN2011073141).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 10:00 horas del día de hoy, se protocolizó un acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Lechería
Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00
horas del día seis de setiembre del dos mil once, protocolicé en lo literal
acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Hacienda Kampali XVII
Limitada, en la cual se modifica la cláusula segunda del
domicilio.—San José, 6 de setiembre del 2011.—Lic. Mario Arturo
Pacheco Coronado, Notario.—1
vez.—RP2011258030.—(IN2011073143).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince
horas del día seis de setiembre del dos mil once, protocolicé en lo literal
acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Hacienda Marrakech
VII Limitada, en la cual se modifica la cláusula segunda del
domicilio.—San José, 6 de setiembre del 2011.—Lic. Mario Arturo
Pacheco Coronado, Notario.—1
vez.—RP2011258033.—(IN2011073144).
Por escritura otorgada ante mí. a las catorce
horas del día seis de setiembre del dos mil once, protocolicé en lo literal
acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Hacienda Monrovia XX
Limitada, en la cual se modifica la cláusula segunda del
domicilio.—San José, 6 de setiembre del 2011.—Lic. Mario Arturo
Pacheco Coronado, Notario.—1
vez.—RP2011258034.—(IN2011073145).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez
horas del primero de setiembre del dos mil once, protocolicé en lo literal acta
de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Villa León
Canto del Mar LAM Veintiséis S. A., en la cual se modifica la cláusula
segunda del domicilio y se efectuó cambio de agente residente.—San José,
1º de setiembre del 2011.—Lic. Mario Arturo Pacheco Coronado,
Notario.—1 vez.—RP2011258035.—(IN2011073146).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve
horas y treinta minutos del primero de setiembre del dos mil once, protocolicé
en lo literal acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la
sociedad Villa Tauca Canto del Mar LAM Treinta y Seis S. A., en la cual
se modifica la cláusula segunda del domicilio y se efectuó cambio de agente
residente.—San José, 1º de setiembre del 2011.—Lic. Mario Arturo
Pacheco Coronado, Notario.—1
vez.—RP2011258037.—(IN2011073147).
Por escritura número veintisiete-diez
otorgada ante esta notaría, se acuerda la constitución de una sociedad anónima
denominada Distribuidora Gkiss S. A., capital social diez mil colones,
presidenta: Alejandra Rodríguez González, secretario Randall Vinicio Sánchez
Rojas.—San José, 9 de agosto del 2011.—Lic. Randall Francisco
Alvarado Cubillo, Notario.—1
vez.—RP2011258039.—(IN2011073148).
Ante mi notaría, la sociedad Tarimba del
Sol S. A., protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria número
dos, mediante los cuales se modificó la cláusula octava de la sociedad; notaria
pública: Isabel Irene Montero Mora, escritura otorgada en Naranjo a las
diecisiete horas con treinta minutos del 17 de diciembre del 2011.—Lic.
Isabel Irene Montero Mora, Notaria.—1 vez.—RP2011258047.—(IN2011073149).
Se constituye ante la notaría
del Lic. Ricardo Núñez Estrada, a las 18:00 horas del día doce de setiembre de
dos mil once, sociedad de responsabilidad limitada denominada Constructora
Campos & Marín Limitada pudiendo abreviarse Constructora Campos
& Marín Ltda, el domicilio social será en
Mediante escritura otorgada ante esta notaría en la ciudad de San José, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Accionistas celebrada simultáneamente de las siguientes sociedades: Tolsheei Business Sociedad Anónima y Paseo de Las Flores Mall Heredia Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda fusionarse por absorción prevaleciendo la sociedad Paseo de Las Flores Mall Heredia Sociedad Anónima, y se reforma la cláusula quinta de los estatutos sociales.—San José, catorce de setiembre del 2011.—Lic. Rafael González Saborío, Notario.—1 vez.—RP2011258066.—(IN2011073159).
Ante mí, León Felipe Ramos Santos, Notario
Público de Heredia, se ha constituido la sociedad anónima denominada Grupo
DIRECCIÓN
GENERAL DE TRIBUTACIÓN
Contribuyente Cédula Impuesto Documento Periodo Monto ¢ (*)
González González
Jorge Alberto 109670888 Renta 9090000331702 12/2009 5.633.755,00
Marín León Eddy
Enrique 106750214 Sanción,
Art.
83 9222000329017 12/2009 134.900,00
Cordero Astúa
Eliécer 110380551 Sanción
Art.
83 9222000329525 12/2006 539.600,00
Total 6.308.255,00
(*)
Más los recargos de ley.
Se concede un plazo de quince
días hábiles a partir del tercer día hábil de esta publicación, para que el
contribuyente arriba indicado cancele las deudas. De no hacerlo, el caso será
trasladado a
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Registro de
Conoce este Registro, la solicitud de Cancelación Interpuesta como
Defensa, promovida por la licenciada María Gabriela Arroyo Vargas, como
apoderada de la empresa Scientific Molding Corporation Ltd., contra el registro
del nombre comercial “SMG”, Registro Nº 137571, el cual protege y
distingue “un establecimiento dedicado a la fabricación de equipo médico
e instrumental médico, dedicado al ejercicio de la industria, representaciones
industriales y comerciales, comercio en general, fabricación de Equipo Médico,
pudiendo vender, prendar, gravar, hipotecar toda clase de bienes. Ubicado en
San Juan de Tibás, del Restaurante Burger King
Resultando:
I.—Que por memoriales recibidos el 7 de
diciembre del 2010 y del 26 de enero del 2011, el licenciado Jorge Tristán
Trelles y la licenciada María Gabriela Arroyo Vargas, como apoderados de la
empresa Scientific Molding Corporation Ltd., interpusieron solicitud de cancelación
por falta de uso en contra el registro del signo distintivo “SMG”,
registro 137571, propiedad de la empresa Fábrica de Equipo Instrumental Médico
SMG S. A. (Folio
II.—Que mediante resolución de las 10:25:13 horas del 2 de
febrero del 2011, el Registro de Propiedad Industrial procede a dar traslado al
titular del distintivo marcario a efecto de que se pronuncie respecto a la
solicitud de cancelación presentada. (Folio 27).
III.—Que la resolución de traslado fue notificada al solicitante
del procedimiento el 11 de febrero del 201 1 (F. 27 v) y la empresa titular del
distintivo marcario quedó debidamente notificada el 2 de junio del 2011.
(Folios
IV.—Que no consta en el expediente contestación al traslado de
la cancelación por no uso.
V.—En el procedimiento no se notan defectos ni omisiones capaces
de producir nulidad de lo actuado.
Considerando:
I.—Sobre los hechos probados.
• Que en este Registro de
• Que en este Registro de Propiedad Industrial
se constata que bajo el expediente 2010-008578 se encuentra con suspenso la
solicitud de inscripción del signo “SMC”, en clase 40 y 42 de la
nomenclatura internacional.
II.—Sobre los hechos no probados.
Ninguno relevante para la resolución del presente asunto.
III.—Legitimación para actuar. Analizado los poderes
administrativos, que consta en el expediente y que son visibles a folios
8-9-20-21 del expediente, se tienen por debidamente acreditadas la facultades
para actuar en este proceso de la licenciada María Gabriela Arroyo Vargas, y
del licenciado Jorge Tristán Trelles como apoderados de la empresa Scientific
Molding Corporation Ltd.
IV.—Sobre los elementos de prueba. Este Registro ha
tenido a la vista para resolver las presentes diligencias lo manifestado por la
parte promovente en su escrito de solicitud de cancelación por falta de uso así
como las actas de notificación infructuosas en las que se pretendía notificar
al titular del signo distintivo y que son visibles a folios 31 y 32; en cuanto
al titular de distintivo al no contestar el traslado no se aporta prueba al
expediente.
V.—En cuanto al Procedimiento de Cancelación. El
Reglamento de
VI.—Contenido de la solicitud de Cancelación. A.- De la
solicitud de cancelación por no uso interpuesta, en síntesis se desprenden los
siguientes alegatos: 1) Que el signo registrado no ha sido utilizada en Costa
Rica por su titular. 2) Que con esta inactividad la titular del signo, está
faltando a su obligación principal de uso sobre el citado nombre comercial y
con dicho accionar está bloqueando la posibilidad de registro de la marca de su
representada. 3) Que su representada pretende la inscripción del distintivo
“SMC”, en clase 40 y 42 de la nomenclatura internacional, lo que
demuestra un interés directo y legítimo en lograr el registro de la marca para
ofrecerla al público consumidor.
VII.—Sobre el fondo del asunto: Analizado el expediente y
tomando en cuenta tos alegatos y pruebas adjuntas al mismo, se procede a
resolver el fondo del asunto como una solicitud de cancelación por no uso de
nombre comercial.
El artículo 68 de
En el presente asunto se solicita la cancelación por extinción del
establecimiento comercial, por lo que además de resultar aplicable el artículo
37 de
El nombre comercial está definido en el artículo 2 de
Ahora bien, el Título VII, Capítulo I, Nombres Comerciales de
Nuestra jurisprudencia ha sido conteste en afirmar que:
“El nombre comercial es aquel signo que
identifica y distingue a una empresa o a un establecimiento comercial de
otros” (Voto 116-2006
de las 11 horas del 22 de mayo del 2006 del Tribunal Registral Administrativo)
“La protección del nombre comercial se
fundamenta en la circunstancia de que es el más sencillo, natura/ y eficaz
medio para que un comerciante identifique su actividad mercantil, permitiéndole
al público que lo reconozca fácilmente. Es eso, de manera especial, lo que
revela que el objeto del nombre comercial tiene una función puramente
distintiva reuniendo en un signo la representación de un conjunto de cualidades
pertenecientes a su titular, tales como el grado de honestidad, reputación,
prestigio, confianza, fama, calidad de los productos, entre otros, de lo que se
colige que el nombre comercial es aquel con el cual la empresa trata de ser
conocida individualmente por los compradores a efecto de captar su adhesión,
buscando con ello mantenerse en la lucha de la competencia y ser distinguida
por sobre sus rivales”
(Tribunal Registral Administrativo, Voto Nº 346-2007 de las 11:15 horas del 23
de noviembre del 2007)
Se desprende de lo anterior que, los nombres
comerciales tienen como función fundamental ser distintivos de la empresa o
establecimiento que identifican, con lo cual prestan un doble servicio; en
primer lugar, sirven al titular del derecho, ya que permite diferenciar su
empresa o establecimiento de cualesquiera otras que se encuentren dentro de su
misma región, confiriéndoles el derecho de servirse y explotar ese nombre para
las actividades que en el establecimiento se realicen y de oponerse a que
cualquier otro, lo utilice para identificar otras empresas o establecimiento de
la misma o similar industria que se encuentren en la misma región geográfica.
Por otra parte, los nombres comerciales le sirven al público para poder
identificar determinada actividad que en el establecimiento comercial o empresa
se desarrolla, sin que exista confusión.
En lo que respecta a la duración del derecho y dada la importancia de
la relación existente entre el nombre comercial y la empresa o establecimiento
que con el mismo se identifica, muchos sistemas jurídicos establecen que la
vigencia del derecho de propiedad sobre el nombre comercial se encuentra sujeto
a la duración de la empresa, es decir, su vigencia es por tiempo indefinido, en
este sentido la ley costarricense en sus artículos 64 y 67 contempla una
vigencia indefinida para la protección del nombre comercial, indicando que el derecho termina con la extinción de la empresa
o el establecimiento que lo usa.
Para la resolución de las presentes diligencias de cancelación de
signo por falta de uso es de gran importancia recalcar lo dispuesto por el
Tribunal Registral Administrativo en el Voto Nº 333-2007, de las diez horas
treinta minutos del quince de noviembre de dos mil siete, que señala respecto a
los artículos 42 de
“Como ya se indicó supra, el artículo
39 que específicamente se refiere a la cancelación del registro por falta de
uso de la marca, establece que la cancelación de un registro por falta de uso
de la marca, también puede pedirse como defensa contra: “un pedido de
declaración de nulidad de un registro de marca”. Pues bien, el artículo
42 que establece que la carga de la prueba del uso de la marca corresponderá a
quien alegue la existencia de la nulidad, se refiere específicamente a esa
causal, cuya marca desde su origen contiene vicios que contraviene en lo que
corresponda los supuestos de los artículos 7 u 8 citados, cuya carga probatoria
corresponde a quien alega esa causal.
Por lo anterior, de modo alguno ese precepto
normativo puede ser interpretado en el sentido que lo hizo el Registro, ya que
cada norma cumple una función pero desde una integración de ella con el resto
del Ordenamiento Jurídico. No es posible para el operador jurídico y en el caso
concreto analizar la norma 42, sin haber analizado la 39 que como se
estableció, es indicativa de varios supuestos para cancelar el registro de una
marca por falta de uso y ese precepto del 42, se refiere solo a uno de ellos,
por lo que lleva razón el apelante al decir que: “su solicitud es
cancelación por no uso y no nulidad por vicios en el proceso de inscripción.
“En tal sentido este Tribunal por mayoría,
concluye que la carea de la prueba le corresponde en todo momento al titular de
la marca.”
Solucionado lo anterior, entramos a otra
interrogante: ¿Cómo se puede comprobar el uso del nombre comercial? La
normativa costarricense establece en el segundo párrafo del ya citado artículo
42, que cualquier medio de prueba admitido por la ley es suficiente, mientras
que compruebe ese uso real y efectivo. En ese sentido, esa prueba puede ir
desde la comprobación de publicidad, de la introducción en el mercado del
establecimiento comercial junto con sus servicios mediante los canales de
distribución, estudios de mercadeo, facturas, patente comercial, en fin todo
aquello que solo el titular del derecho sabe cómo y cuándo se han realizado.
En virtud de esto, en el caso de las cancelaciones por falta de uso la
carga de la prueba corresponde al titular del signo, en este caso a Fábrica de
Equipo Instrumental Médico SMG S.A., que por cualquier medio de prueba debió de
haber demostrado la utilización de su signo, sin embargo al no haberse
apersonado no aportó ninguna prueba al respecto.
Por otra parte, se tiene por cierto que la empresa Scientific Molding
Corporation Ltd. demuestra tener legitimación y un interés directo para
solicitar la cancelación por falta de uso, ya que de la solicitud de
inscripción de la marca “SMC” se desprende que son competidoras y
que el registro 137571 es un obstáculo para la inscripción de la misma.
Ahora bien, una vez estudiados los argumentos del solicitante de las
presentes diligencias de cancelación de signo por falta de uso, analizadas las
actuaciones que constan en el expediente, así como las dos actas notariales
visibles a folios 5, 6 y 7, en donde se argumenta la inexistencia del local
comercial en el lugar señalado en el expediente; siendo la figura de la
cancelación un instrumento que tiene el Registro de Propiedad Industrial que
brinda una solución al eliminar el registro de aquellos signos que por el no
uso (real, efectivo y comprobable) generan obstáculos para el ingreso de nuevos
competidores, descongestionando el registro de signos no utilizadas aproximando
de esta forma la realidad formal (del registro) a la material (del mercado) y
al no haberse aportado prueba alguna que comprobara el uso del nombre
comercial, se procede a cancelar por no uso el registro de del signo
“SMG”, Registro Nº 137571, el cual protege y distingue “un
establecimiento dedicado a la fabricación de equipo médico e instrumental
médico, dedicado al ejercicio de la industria, representaciones industriales y comerciales,
comercio en general, fabricación de Equipo Médico, pudiendo vender, prendar,
gravar, hipotecar toda clase de bienes. Ubicado en San Juan de Tibás, del
Restaurante Burger King
IX.—Sobre lo que debe ser resuelto. Analizados los autos
del presente expediente, queda demostrado que el titular del signo distintivo
“SMG”, Registro Nº 137571, al no contestar el traslado otorgado por
ley no comprobó el uso real y efectivo de su SIGNO, por lo que para efectos de
este Registro y de la resolución del presente expediente, se tiene por
acreditado el no uso del mismo, procediendo a su correspondiente cancelación.
Por
tanto:
Con base en las razones expuestas y citas de
Se hace saber al señor Ricardo Marín Vargas,
cédula de identidad Nº 1-810-758, en su condición de notario cartulante de los
documentos que generaron los asientos del diario: 1317 y 28814 de los tomos:
558 y 569, respectivamente; que el Registro de Personas Jurídicas ha iniciado
diligencia administrativa a instancia del los señores Wilson Padilla Fernández,
Víctor Manuel Jiménez Hidalgo, Milton Gómez Alvarado, Nuria Rojas Rivera,
Asdrúbal Mena Vargas, Eriberto Mora Herrera, Inversiones Rojas Rodríguez a
través de su representante Marco Tulio Rojas Rodríguez, quienes manifiestan ser
poseedores de la finca número diecinueve mil quinientos trece, del partido de
Puntarenas, propiedad de Playa Florida S. A., cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-sesenta y nueve mil trescientos veinticinco, y plantean la
diligencia por considerar, entre otros, que debe anularse la inscripción del
acta de asamblea general extraordinaria de dicha entidad, con fecha seis de
enero de mil novecientos noventa y ocho, en razón de que la presidenta de la
entidad, la señora Vivian Holterman Delcore, a la fecha de dichas
modificaciones había fallecido (desde mil novecientos ochenta y ocho); no
obstante lo anterior, el notario da fe del acta con vista del libro respectivo.
También solicitan la nulidad del acta en la que posteriormente se revocan
dichos nombramientos y se hacen otros, protocolización de veinticinco de agosto
del dos mil seis. Los hechos de referencia fueron objeto de denuncia penal
según copia certificada notarialmente que consta en autos, ante
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Resolución ROD-121-2011.—San José, a las
11:40 horas del 8 de setiembre de 2011. Notificación por publicación.
Investigados: Conductor: José Joaquín Alvarado Solís. Propietario: Federico
Alberto Ramírez Cabrera. OT-336-2008
Considerando:
I.—Que por medio de la resolución
RRG-9252-2008 de las 15:10 horas del 18 de noviembre de 2008, se dictó auto de
inicio del procedimiento contra los señores José Joaquín Alvarado Solís, cédula
de identidad 2-427-685 y Federico Alberto Ramírez Cabrera, cédula de identidad
1-960-438 y se nombró Órgano Director del Procedimiento, resolviendo notificar
a los investigados por los medios que consta en el expediente. (Folios 17 al
20)
II.—Que por oficio 104-DGJR-2011, del 17 de febrero de 2011,
III.—Que por acuerdo 005-102-2011 del 27 de abril de 2011, el
Comité de Regulación, acordó sustituir al Órgano Director, nombrando como
titular del Órgano Director a la funcionaria Selene Camacho Quesada y como
suplente al funcionario Eric Chaves Gómez.
IV.—Que analizado el folio 07 del expediente administrativo
OT-336-2008, se observa que el investigado Alvarado Solís, señaló expresamente
lugar para atender notificaciones, siendo que en la dirección indicada se han
hecho intentos por notificarle la resolución RRG-9252-2008, los cuales han
resultado negativos. Además la dirección está fuera del perímetro. (Folios 07,
19 al 20, 33 y 36)
V.—Que consta en el expediente la dirección inscrita en el Registro
Público, por el señor Ramírez Cabrera, folios 21 al 25, en la cual se intentó
notificarle la resolución RRG-9252-2008, siendo que los intentos efectuados
resultaron negativos. (Folios 19, 21 al 25, 30, 33, 36, 46 al 48)
VI.—Que
VII.—Que por otra parte, las instalaciones de
VIII.—Que de conformidad con el resultando y considerando que
precede y de acuerdo al mérito de los autos, el Órgano Director, considera que
lo procedente es dictar auto de notificación por publicación de la resolución
RRG-9252-
Con fundamento en las competencias otorgadas
por el Órgano Decisor del procedimiento y
EL
ÓRGANO DIRECTOR DEL PROCEDIMIENTO
RESUELVE:
1º—Proceder a la publicación por tres
veces consecutivas, en el Diario Oficial
2º—Indicar que el expediente administrativo se encuentra en
Publíquese.—Selene Camacho Quesada, Órgano Director.—O. C. Nº 5938-11.—Solicitud Nº 36299.—C-193350.—(IN2011073731).
Resolución ROD-113-2011.—San José, a
las 13:00 horas del 30 de agosto de 2011. Notificación por publicación. Investigados:
Luis Fernando Gutiérrez
Chacón y Bienes Mobiliarios Facamo S. A. OT-165-2009
Considerando:
I.—Que por medio de la resolución
RRG-9964-2009 de las 10:00 horas del 30 de julio de 2009, se dictó auto de
inicio del procedimiento contra Luis Fernando Gutiérrez Chacón y Bienes
Mobiliarios Facamo S. A. y se nombró Órgano Director del procedimiento,
resolviendo en lo que interesa notificar a la citada empresa en la dirección
que registraba como propietaria del vehículo involucrado en la infracción que
se investiga. En tanto al investigado se le llamó telefónicamente y el mismo
por escrito señaló medio para recibir sus notificaciones. (Folios 15 al 19)
II.—Que la investigada a la fecha no ha podido ser notificada en
dicha dirección a pesar que conforme el Registro Nacional ese es su domicilio.
Además en la certificación de persona jurídica de la investigada se indica que
la misma no tiene agente residente. (Folios 28 y 29)
III.—Que
IV.—Que por otra parte, las instalaciones de
V.—Que de conformidad con el resultando y considerando que
precede y de acuerdo al mérito de los autos, el Órgano Director considera que lo
procedente es dictar auto de notificación por publicación de las resoluciones
RRG-9964-2009 y la presente a la investigada, por medio de publicación en el
Diario Oficial, tal y como se dispone. Por tanto,
Con fundamento en las competencias otorgadas
por el Órgano Decisor del procedimiento y
EL
ÓRGANO DIRECTOR DEL PROCEDIMIENTO
RESUELVE:
1º—Proceder a la publicación por tres
veces consecutivas, en el Diario Oficial
2º—Indicar que el expediente
administrativo se encuentra en
Publíquese.—Eric Chaves Gómez, Órgano Director.—O. C. Nº 5938-11.—Solicitud Nº 36299.—C-193350.—(IN2011073732).
Resolución ROD-112-2011.—San José, a
las 12:30 horas del 30 de agosto de 2011. Notificación por publicación.
Investigados: Rodrigo Hurtado Castro y David Méndez Castro. Expediente
OT-163-2009.
Considerando:
I.—Que por medio de la resolución
RRG-9895-2009 de las 11:00 horas del 8 de julio de 2009, se dictó auto de
inicio del procedimiento contra Rodrigo Hurtado Castro y David Méndez Castro y
se nombró Órgano Director del procedimiento, resolviendo en esa ocasión
notificar únicamente al investigado Hurtado Castro, a quien se le previno
además que indícase el domicilio exacto del investigado Méndez Castro, por no
constar en el expediente, ello a fin de notificarlo. (Folios 24 al 26)
II.—Que el investigado Hurtado Castro, a la fecha no ha indicado
el domicilio exacto del señor Méndez Castro. Dicha omisión ha impedido
diligenciar la notificación de la resolución citada y las posteriores.
III.—Que
IV.—Que por otra parte, las instalaciones de
V.—Que de conformidad con el resultando y considerando que
precede y de acuerdo al mérito de los autos, el Órgano Director, considera que
lo procedente es dictar auto de notificación por publicación de las
resoluciones RRG-9895-2009 y la presente al investigado, por medio de
publicación en el Diario Oficial, tal y como se dispone. Por tanto,
Con fundamento en las competencias otorgadas
por el Órgano Decisor del procedimiento y
EL
ÓRGANO DIRECTOR DEL PROCEDIMIENTO
RESUELVE:
1º—Proceder a la publicación por tres
veces consecutivas, en el Diario Oficial
2º—Indicar que el expediente administrativo se encuentra en
Resolución ROD-24-2011.—San José, al
ser las 9:08 horas del 25 de febrero de 2011. Investigados: Conductor: señor
Mario Guerrero Cerdas. Propietario: Señor Mainor Bogantes Lizano. Notificación
por publicación. Expediente OT-324-2008
Considerando:
I.—Que mediante resolución
RRG-8974-2008 de las 9:25 horas del 20 de octubre de 2008, se dictó auto de
apertura del procedimiento contra Mario Guerrero Cerdas, cédula 1-575-486, en
condición de conductor del vehículo involucrado y Mainor Bogantes Lizano,
cédula de identidad 2-494-316 en condición de propietario del vehículo
involucrado, en el expediente OT-324-2008, con el fin de averiguar la verdad
real de los hechos, por presunta prestación de servicio público no autorizado,
en la modalidad de taxi. (Folios 16 al 18).
II.—Que dicha resolución se ordenó notificar al señor Mainor
Bogantes Lizano, por medio de publicación, sin embargo por falta de contenido
presupuestario no se hizo efectiva la misma. (Folios 16 al 19).
III.—Que según consta en autos, el citado auto de inicio, se
intentó notificar al señor Bogantes Lizano, al domicilio que consta en autos en
la sección de Bienes Inmuebles del Registro Nacional, a folios 34 al 38, por
medio de la resolución ROD-306-2010, misma que fue enviada por correo
certificado, siendo que éste fue devuelto por Correos de Costa Rica,
indicándose que el domicilio era insuficiente. (Folios 39 al 49 y 56 al 58)
IV.—Que a la fecha de esta resolución no consta que el señor
Mainor Bogantes Lizano, propietario del vehículo involucrado haya sido notificado
o bien que se haya apersonado al procedimiento.
V.—Que el Órgano Director tiene competencia para ordenar e
instruir el procedimiento administrativo incluso de forma oficiosa.
VI.—Que
VII.—Que por lo anterior, este Órgano Director, considera
indispensable notificar por medio de publicación, la resolución citada y la
presente a fin de continuar con la instrucción de este procedimiento
administrativo, tal y como se dispone. Por tanto,
Con fundamento en
EL
ÓRGANO DIRECTOR DEL PROCEDIMIENTO
RESUELVE:
1º—Proceder a la publicación por tres
veces consecutivas, en el Diario Oficial
Publíquese.
Nota: se informa a los interesados en este
procedimiento que actualmente de
San José, 8 de setiembre de 2011.—Eric Chaves Gómez, Órgano Director.—O. C. Nº 5938-11.—Solicitud Nº 36299.—C-209450.—(IN2011073734).
Resolución RRG-9895-2009.—San José, a las once horas del 8 de julio de 2009. Apertura de procedimiento. Expediente OT-163-2009.
Resultando:
1º—Que mediante oficio UTCE-2009-098,
del 2 de julio de 2009 y recibido en
2º—Que la boleta 2-2009-230900268 se le confeccionó al señor
Rodrigo Hurtado Castro, documento de identidad número 873545950, el 8 de junio
2009, por supuesta prestación de servicio no autorizado. (Folio 03).
3º—Que
4º—Que el Departamento de Administración de Concesiones y
Permisos del MOPT, emitió el 2 de julio de 2009, constancia mediante la cual
señala que el vehículo placa 589928 no aparece autorizado a circular con ninguna
placa de servicio público, modalidad taxi. (Folio 06).
5º—Que según la boleta supraindicada, se retuvo como medida
cautelar el vehículo placa citado, por supuesta violación de lo establecido en
el artículo 38, inciso d) de
6º—Que consultada la página electrónica del Registro Nacional de
Considerando:
I.—Que
II.—Que mediante resolución RRG-8287-2008, emitida a las 15:00
horas del 29 de abril de dos mil ocho, el Regulador General emitió los
lineamientos para la aplicación del dictamen vinculante de
III.—Que en virtud de la jurisprudencia de
IV.—Que para dar inicio a los procedimientos se debe nombrar al
Órgano Director del procedimiento que ostente las competencias establecidas en
V.—Que conforme la resolución RRG-6753-2007 emitida a las 8:20
horas del 6 de julio de 2007, se delegó en el director de
Con fundamento en las competencias otorgadas
al Órgano Decisor del procedimiento en
EL REGULADOR
GENERAL, RESUELVE:
1º—Dar inicio al procedimiento
administrativo contra Rodrigo Hurtado Castro, documento de identidad número
873545950, en su condición de conductor, y David Méndez Castro, cédula de
identidad número 2-507-740, propietario registral del vehículo involucrado, que
se tramitará bajo el expediente número OT-163-2009, nombrando como órgano
director del procedimiento a Dilma Araya Ordóñez, cédula 9-091-832 y Eric
Chaves Gómez, cédula 1-905-018, ambos funcionarios de
2º—Notifíquese a Rodrigo Hurtado Castro, en calidad de conductor
contiguo al Mega Súper de Guápiles, Limón.
3º—Se le previene al Sr. Hurtado Castro, que debe señalar medio
para recibir sus notificaciones, y si el medio escogido imposibilitare la
notificación por causas ajenas a la administración, o bien si el lugar señalado
permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, los actos
posteriores que se emitan dentro del proceso administrativo se tendrán por
notificados con el transcurso de 24:00 horas después de dictados de conformidad
con lo establecido en el artículo Nº 11 de
4º—Se le previene al Sr. Hurtado Castro, que indique el
domicilio exacto del Sr. David Méndez Castro a la brevedad posible.
Notifíquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—O. C. Nº 5938-11.—Solicitud Nº 36299.—C-257780.—(IN2011073735).
Resolución RRG-9964-2009.—San José, a
las 10:00 horas del 30 de julio del 2009. Apertura de procedimiento. Expediente
OT-165-2009.
Resultando:
1º—Que mediante oficio UTCE-2009-106,
del 9 de julio de 2009 y recibido en
2º—Que la boleta 2008-0435870 se le confeccionó al señor Luis
Fernando Gutiérrez Chacón, cédula de identidad número 1-764-307, el 26 de junio
de 2009, por supuesta prestación de servicio no autorizado (Folio 03).
3º—Que
4º—Que el Departamento de Administración de Concesiones y
Permisos del MOPT, emitió el 9 de julio del 2009, constancia mediante la cual
señala que el vehículo placa 535484 no aparece autorizado a circular con
ninguna placa de servicio público, modalidad taxi (Folio 05).
5º—Que según la boleta supraindicada, se retuvo como medida
cautelar el vehículo placa citado, por supuesta violación de lo establecido en
el artículo 38, inciso d) de la ley 7593, Ley de
6º—Que consultada la página electrónica del Registro Nacional de
Considerando:
I.—Que
II.—Que mediante resolución RRG-8287-2008, emitida a las 15:00
horas del 29 de abril de dos mil ocho, el Regulador General emitió los
lineamientos para la aplicación del dictamen vinculante de
III.—Que en virtud de la jurisprudencia de
IV.—Que para dar inicio a los procedimientos se debe nombrar al
órgano director del procedimiento que ostente las competencias establecidas en
V.—Que conforme la resolución RRG-6753-2007 emitida a las 8:20
horas del 6 de julio del 2007, se delegó en el director de
Con fundamento en las competencias otorgadas al
Órgano Decisor del procedimiento en
EL REGULADOR
GENERAL, RESUELVE:
1º—Dar inicio al procedimiento
administrativo contra Luis Fernando Gutiérrez Chacón, cédula de identidad número
1-764-307 en calidad de conductor del vehículo involucrado y Bienes Mobiliarios
Facamo Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101445205, en su condición de
propietaria registral del vehículo involucrado, que se tramitará bajo el
expediente número OT-165-2009, nombrando como órgano director del procedimiento
a Selene Camacho Quesada, cédula de identidad número 4-160-034 y Eric Chaves
Gómez, cédula de identidad número 1-905-018, ambos funcionarios de
2º—Notifíquese a Luis Fernando Gutiérrez Chacón, cédula de
identidad número 1-764-307 en condición de conductor del vehículo involucrado
por segunda vez por medio personal para lo cual se le avisará al teléfono Nº
2257-3397.
3º—Notifíquese a Bienes Mobiliarios Facamo Sociedad Anónima
propietaria registral del vehículo involucrado al
4º—Así mismo se les previene a ambos investigados que de no
señalar medio para oír notificaciones, o si el medio escogido imposibilitare la
notificación por causas ajenas a la administración, o bien si el lugar señalado
permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, los actos
posteriores que se emitan dentro del procedimiento administrativo se tendrán
por notificados con el transcurso de 24 horas después de dictados de conformidad
con lo establecido en el artículo Nº 11 de
Notifíquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—O. C. Nº 5938-11.—Solicitud Nº 36299.—C-257780.—(IN2011073736).
Resolución RRG-8974-2008.—San José, a
las 9:25 horas del 20 de octubre de 2008. Apertura de procedimiento. Expediente
OT-324-2008
Considerando:
I.—Que el día 20 de setiembre de 2008,
al investigado Mario Guerrero Cerdas, documento de identificación número
1-575-486, se le impuso la boleta de citación número 2008-0141274, por supuesta
prestación de un servicio público sin la correspondiente autorización. (Folio
03).
II.—Que según la boleta supraindicada, se retuvo como medida
cautelar el vehículo placa 333100 por supuesta violación de lo establecido en
el artículo 38.d) de
III.—Que según consta en los autos, consulta de vehículos del
Registro Nacional, el vehículo placa 333100, es propiedad de Mainor Bogantes
Lizano, portador de la cédula de identidad 2-494-316.
IV.—Que
V.—Que mediante resolución RRG-8287-2008, emitida a las 15:00
horas del 29 de abril de dos mil ocho, el Regulador General emitió los
lineamientos para la aplicación del dictamen vinculante de
VI.—Que en virtud de la jurisprudencia de
VII.—Que para dar inicio a los procedimientos se debe nombrar al
órgano director del procedimiento que ostente las competencias establecidas en
VIII.—Que conforme la resolución RRG-6753-2007 emitida a las
8:20 horas del 6 de julio de 2007, se delegó en el director de
Con fundamento en las competencias otorgadas
al Órgano Decisor del procedimiento en
EL
REGULADOR GENERAL
RESUELVE:
1º—Dar inicio al procedimiento
administrativo contra Mario Guerrero Cerdas, documento de identificación número
1-575-486, en su condición de conductor y Mainor Bogantes Lizano, portador de
la cédula de identidad 2-494-316 como propietario registral, que se tramitará
bajo el expediente número OT-324-2008, nombrando como órgano director del
procedimiento a María Marta Rojas Chaves, cédula 1-740-756 y Shirley Alfaro
Alfaro, cédula 4-148-789, funcionarias de
2º—Notifíquese a Mario Guerrero Cerdas,
documento de identificación número 1-575-486, en su condición de conductor en
el medio que consta en autos y a Mainor Bogantes Lizano, portador de la cédula
de identidad 2-494-316 propietario registral del vehículo, por no constar
medio, notificar por publicación, a quienes se les previene para que dentro del
tercer día posterior a la notificación de este acto, señalar lugar, en las
cercanías de
Comuníquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—O. C. Nº 5938-11.—Solicitud Nº 36299.—C-236300.—(IN2011073737).
Resolución RRG-9252-2008.—San José, a
las 15:10 horas del 18 de noviembre de 2008. Apertura de procedimiento.
Expediente OT-336-2008
Considerando:
I.—Que el día 6 de octubre de 2008, al
investigado José Joaquín Alvarado Solís, documento de identificación número
2-427-685, se le impuso la boleta de citación número 2008-0089290, por supuesta
prestación de un servicio público sin la correspondiente autorización. (Folio
03)
II.—Que según la boleta supraindicada, se retuvo como medida cautelar
el vehículo placa 424937 por supuesta violación de lo establecido en el
artículo 38.d) de la ley 7593, Ley de
III.—Que según consta en los autos, consulta de vehículos del
Registro Nacional, el vehículo placa 424937, es propiedad de Federico Alberto
Ramírez Cabrera, portador de la cédula de identidad 1-960-438.
IV.—Que
V.—Que mediante resolución RRG-8287-2008, emitida a las 15:00
horas del 29 de abril del 2008, el regulador general emitió los lineamientos
para la aplicación del dictamen vinculante de
VI.—Que en virtud de la jurisprudencia de
VII.—Que para dar inicio a los procedimientos se debe nombrar al
órgano director del procedimiento que ostente las competencias establecidas en
VIII.—Que conforme la resolución RRG-6753-2007 emitida a las
8:20 horas del 6 de julio de 2007, se delegó en el director de
Con fundamento en las competencias otorgadas
al Órgano Decisor del procedimiento en
EL
REGULADOR GENERAL
RESUELVE:
1º—Dar inicio al procedimiento
administrativo contra José Joaquín Alvarado Solís, documento de identificación
2-427-685, en su condición de conductor y a Federico Alberto Ramírez Cabrera,
portador de la cédula de identidad 1-960-438 propietario registral, que se
tramitará bajo el expediente número OT-336-2008, nombrando como órgano director
del procedimiento a María Marta Rojas
Chaves, cédula 1-740-756 y Shirley Alfaro Alfaro, cédula 4-148-789,
funcionarias de
2º—Notifíquese a José Joaquín Alvarado Solís, documento de
identificación número 2-427-685, en su condición de conductor y a Federico
Alberto Ramírez Cabrera, portador de la cédula de identidad 1-960-438, en su
condición de propietario registral del vehículo involucrado a través de los
medios señalados y que constan en los autos, a quienes se les previene para que
dentro del tercer día posterior a la notificación de este acto, señalar lugar,
en las cercanías de
Comuníquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—O. C. Nº 5938-11.—Solicitud Nº 36299.—C-236300.—(IN2011073738).
Resolución RRG-8792-2008.—San José, a
las 8:20 horas del 2 de setiembre del 2008. Expediente OT-269-2008.
Auto de inicio y nombramiento de Órgano Director. Procedimiento
Administrativo contra
Considerando:
I.—Que se recibe el día 6 de noviembre
del 2007, denuncia de la señora Sidey Espinoza Gamboa, con cédula de identidad
número 1-1034-0281, la directora de Protección al Usuario, realiza un estudio
preliminar, plasmado en el oficio 1595-DPU-2008, de fecha 24 de junio del 2008,
en el cual se concluye que en las rutas 340 se cobran tarifas distintas a las
autorizadas por
II.—Que según constancia número DACP-CB-08-1148 emitida por el
Departamento de Administración de Concesiones y Permisos del Ministerio de
Obras Públicas y Transportes,
III.—Que consultada la página electrónica del Registro Público
de
IV.—
V.—Que en virtud de la jurisprudencia de
VI.—Que para dar inicio a los procedimientos se debe nombrar al
órgano director del procedimiento que ostente las competencias establecidas en
VII.—Que conforme la resolución RRG-6753-2007 emitida a las 8:20
horas del 6 de julio de 2007, se delegó en el Director de
Con fundamento en las competencias otorgadas
al Órgano Decisor del procedimiento en
EL
REGULADOR GENERAL,
RESUELVE:
1º—Dar inicio al procedimiento administrativo
contra Cooperativa de Transportistas de Paraíso R. L., que se tramitará bajo el
número OT-269-2008, nombrando como órgano director del procedimiento a María
Marta Rojas Chaves, cédula 1-740-756 y a Óscar Jiménez Alvarado, cédula
1-522-587, ambos funcionarios de
2º—Notifíquese a
Resolución ROD-120-2011.—San José, a
las 11:00 horas del 8 de setiembre del 2011. Notificación por publicación.
Investigada: Cooperativa de Transportistas de Paraíso R. L. (COOPEPAR R. L.).
Expediente OT-269-2008.
Considerando:
I.—Que por medio de la resolución
RRG-8792-2008 de las 8:20 horas del 2 de setiembre de 2008, se dictó auto de
inicio del procedimiento contra Cooperativa de Transportistas de Paraíso R. L.,
en su calidad de concesionaria de la ruta 340 y se nombró Órgano Director del
procedimiento, resolviendo notificar a la investigada por medio del fax
2574-6609 que consta en el expediente. (Folios 17 al 18, 41 al 42 y 54 al 55)
II.—Que mediante resolución 105-RCR-2010 de las 12:20 horas del
28 de julio de 2010 se sustituyó al órgano director del procedimiento
administrativo, nombrando a la funcionaria Ruth Córdoba Hernández, indicando
que cuando la misma se encuentre impedida o por cualquier razón no pueda asumir
sus funciones, será suplida por la funcionaria Selene Camacho Quesada. La
resolución se notificó a la investigada por medio del fax 2574-6609 señalado al
efecto. (Folios 59 al 62)
III.—Que por imposibilidad de la funcionaria Ruth Córdoba
Hernández, para actuar como Órgano Director en a acatamiento del reglamento
interno de organización y funciones de
IV.—Que analizados los folios 17 al 18 y 41 al 42 del expediente
administrativo OT-269-2008, se observa que la denunciada no señaló expresamente
medio para atender notificaciones, siendo que el número de fax al que fueran
notificadas las resoluciones RRG-8792-2008 y 105-RCR-2010 corresponde al
membrete de los escritos presentados por la investigada. (Folios 17 al 18 y 41
al 42)
V.—Que según certificación del Departamento de Organizaciones
Sociales de
VI.—Que la dirección inscrita de la investigada no es exacta lo
que impide diligenciar la notificación de la resolución RRG-8792-2008 y
posteriores.
VII.—Que
VIII.—Que por otra parte, las instalaciones de
IX.—Que de conformidad con el resultando y considerando que
precede y de acuerdo al mérito de los autos, el Órgano Director considera que
lo procedente es dictar auto de notificación por publicación de la resolución
RRG-8792-2008 y la presente a la investigada, por medio de publicación en el
diario oficial, tal y como se dispone. Por tanto,
Con fundamento en las competencias otorgadas
por el Órgano Decisor del procedimiento y
EL
ÓRGANO DIRECTOR DEL PROCEDIMIENTO,
RESUELVE:
1º—Proceder a la publicación por tres
veces consecutivas, en el Diario Oficial
2º—Indicar que el expediente administrativo se encuentra en la
dirección general de participación del usuario de