MINISTERIO DE SEGURIDAD
PÚBLICA
MINISTERIO DE COMERCIO
EXTERIOR
MINISTERIO DE SEGURIDAD
PÚBLICA
MINISTERIO DE AMBIENTE,
ENERGÍA
AMBIENTE, ENERGÍA Y
TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL SUPREMO DE
ELECCIONES
BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE
CARTAGO
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO
SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE
APRENDIZAJE
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO
COMUNAL
UNIVERSIDAD ESTATAL A
DISTANCIA
CAJA COSTARRICENSE DE
SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE
APRENDIZAJE
PATRONATO NACIONAL DE LA
INFANCIA
INSTITUTO COSTARRICENSE DE
ELECTRICIDAD
INSTITUTO COSTARRICENSE DE
ACUEDUCTOS
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
UNIVERSIDAD ESTATAL A
DISTANCIA
CAJA COSTARRICENSE DE
SEGURO SOCIAL
PATRONATO NACIONAL DE LA
INFANCIA
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS
SERVICIOS PÚBLICOS
MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA
MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA
Nº
242-PE
EL
MINISTRO DE
Con fundamento en lo dispuesto en
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Edith Fonseca
Sandoval, portadora de la cédula de identidad número 1-803-541, Profesional del
Área de Desarrollo Estratégico de
Artículo 2º—Los gastos por concepto de viáticos y hospedaje serán cubiertos
por el Gobierno de Colombia. El tiquete aéreo se cancelará del Título 201
Presidencia de
Artículo 3º—La funcionaria cede las millas otorgadas al Ministerio de
Artículo 4º—Rige a partir del 29 de agosto y hasta el 10 de setiembre del
2011.
Dado en
Carlos Ricardo Benavides Jiménez, Ministro de
Nº
395-2011-MSP
EL
MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en las atribuciones conferidas por
los numerales 28 inciso 2) aparte a) de
Considerando:
I.—Que el artículo 28, inciso 2) aparte a) de
II.—Que corresponde a
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al Licenciado Rodrigo
Villegas Arias, cédula Nº 4-129-944, en su condición de Director General
Administrativo y Financiero de Ministerio de Seguridad Pública como encargado
de la firma y aprobación de todas las acciones tendientes a la programación y
ejecución de los recursos económicos aprobados y asignados por el Ministerio de
Hacienda y
1) Firmar
recibido conforme, en todas las facturas por compras de mercancías del Programa
Presupuestario 089, de Gestión Administrativa de los Cuerpos Policiales de
dicho Ministerio, en su calidad de Jefe del referido Programa.
2) Autorizar
con su firma las solicitudes de pedido para compras por el procedimiento de
contratación administrativa para el Programa Presupuestario 089, de Gestión
Administrativa de los Cuerpos Policiales de dicho Ministerio.
3) Autorizar
reservas de presupuesto para traslados a caja chica y compras urgentes por
medio de la caja auxiliar y gastos fijos, según tipificación del Ministerio de
Hacienda, del Programa Presupuestario 089, de Gestión Administrativa de los
Cuerpos Policiales de dicho Ministerio.
4) Firmar,
conjuntamente con los Directores Financieros o los Tesoreros del Ministerio
dicho, para la emisión de cheques para compras por caja chica y pago de
viáticos.
5) Solicitar
las modificaciones necesarias, mediante traslado de partidas y subpartidas del
presupuesto del Programa Presupuestario 089, de Gestión Administrativa de los
Cuerpos Policiales de dicho Ministerio, ante
6) Aprobar
con su firma, la programación presupuestaria anual del Programa Presupuestario
089, de Gestión Administrativa de los Cuerpos Policiales de dicho Ministerio.
7) Aprobar
las solicitudes de adelantos de viáticos y gastos de transporte y sus
liquidaciones para gastos realizados dentro y fuera del país, para personal del
Programa Presupuestario 089, de Gestión Administrativa de los Cuerpos
Policiales de dicho Ministerio.
8) Aprobar
las órdenes de publicación para el Programa Presupuestario 089, de Gestión
Administrativa de los Cuerpos Policiales de dicho Ministerio, en el Diario
Oficial
9) Aprobar
todas aquellas acciones en las que se requiera de la firma del responsable del
Programa Presupuestario 089, de Gestión Administrativa de los Cuerpos
Policiales de dicho Ministerio, para la autorización del trámite de ejecución
presupuestaria.
Artículo 2º—Que en ausencia del Licenciado Rodrigo
Villegas Arias, Director General Administrativo y Financiero, por motivo de
incapacidad, vacaciones, viaje fuera del país o bien por encontrarse fuera de
las Oficinas Centrales de
Artículo 3º—Rige a partir del primero de setiembre del dos mil once.
Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad
Pública, a los seis días del mes de setiembre del dos mil once.
Lic. Mario Zamora Cordero, Ministro de
Gobernación, Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C.
Nº 11335.—Solicitud Nº 31157.—C-33950.—(IN2011075308).
Nº DM-RM-4279-2011
Y
En uso de las facultades que les
confieren los artículos 140 incisos 1) y 20) y 146 de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Designar a
Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.
Dado en
Publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—
Nº DM-RM-4282-2011
Y
En uso de las facultades que les
confieren los artículos 140 incisos 1) y 20) y 146 de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Designar a la
licenciada. Ana Josefina Güell Durán, portadora de la cédula de identidad Nº
1-487-450, como Asesora ad honórem del Despacho de
Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.
Dado en
Publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—
Nº DM-RM-4306-2011
Y
En uso de las facultades que les
confieren los artículos 140 incisos 1) y 20) y 146 de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Designar al Dr.
Javier Contreras Rojas, portador de la cédula de identidad Nº 5-297-151, como
Asesor ad honorem del Despacho de
Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.
Dado en
Publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—
N° 0335-2011
Y
Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y
18) y 146 de
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 22-1991
de fecha 30 de abril de 1991, publicado en el Diario Oficial
II.—Que mediante documento presentado el día 10 de
agosto del 2011, en
III.—Que la instancia interna de
IV.—Que en virtud de las reformas legales y
reglamentarias que han operado con posterioridad al otorgamiento del Régimen de
Zonas Francas a la empresa, se hace necesario adecuar íntegramente el Acuerdo
Ejecutivo original.
V.—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por Tanto,
ACUERDAN:
1º—Modificar íntegramente el Acuerdo Ejecutivo
número 22-1991 de fecha 30 de abril de 1991, publicado en el Diario Oficial
“1. Otorgar el Régimen de Zonas Francas a la empresa
PHAROS DE COSTA RICA S.A., cédula jurídica número 3-101-095884 (en adelante
denominada la beneficiaria), clasificándola como Industria Procesadora de
Exportación y como Empresa Comercial de Exportación, de conformidad con los
incisos a) y b) del artículo 17 de
“2. La actividad de la beneficiaria consistirá en el ensamblaje
electrónico altamente sofisticado, la producción de sensores electrónicos y
otros de similar naturaleza, así como la comercialización de cables eléctricos
con o sin piezas de conexión, adaptadores y/o conectores, embudos, goteros,
brochas, removedores y botellas.”
“3. La beneficiaria operará en el Parque Industrial denominado
Parque Industrial Zona Franca Alajuela, ubicado en la provincia de Alajuela.”
“4. La beneficiaria gozará de los incentivos y beneficios
contemplados en
Los plazos, términos y condiciones de los
beneficios otorgados en virtud de
Para los efectos de las exenciones otorgadas debe
tenerse en consideración lo dispuesto por los artículos 62 y 64 del Código de
Normas y Procedimientos Tributarios, Ley N° 4755, del 3 de mayo de 1971 y sus
reformas, en lo que resulten aplicables.”
“5. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20 inciso g) de
Dicha beneficiaria, en lo que se refiere a su
actividad como industria procesadora de exportación, sólo podrá introducir sus
productos al mercado local previa autorización del Ministerio de Economía,
Industria y Comercio, observando rigurosamente los requisitos establecidos al
efecto por el artículo 22 de
“6. La beneficiaria se obliga a cumplir con un nivel mínimo de
empleo de 43 trabajadores. Asimismo, se obliga a realizar y mantener una
inversión de US $129,125.95 (ciento veintinueve mil ciento veinticinco dólares
con noventa y cinco centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de
América).
PROCOMER vigilará el cumplimiento del nivel de
inversión de la beneficiaria, de conformidad con los criterios y parámetros
establecidos por el Reglamento a
“7. Una vez suscrito el Contrato de Operaciones, la
empresa se obliga a pagar el canon mensual por derecho de uso del Régimen de
Zonas Francas. La fecha prevista para el inicio de las operaciones productivas
es el 10 de junio de 1991. En caso de que por cualquier circunstancia la
beneficiaria no inicie dicha etapa de producción en la fecha antes señalada,
continuará pagando el referido canon, para lo cual
Para efectos de cobro del canon, la empresa deberá
informar a PROCOMER de los aumentos realizados en el área de techo industrial y
de las ventas mensuales realizadas. El incumplimiento de esta obligación
provocará el cobro retroactivo del canon, en lo que se refiere a su actividad
como industria procesadora de exportación, a partir de la fecha de la última
medición realizada por la citada Promotora, quien tomará como base para
realizar el cálculo la nueva medida, y en lo que respecta a su actividad como
empresa comercial de exportación, PROCOMER tomará como referencia para su
cálculo, las proyecciones de ventas consignadas en su respectiva solicitud.”
“8. La beneficiaria se obliga a cumplir con las
regulaciones ambientales exigidas por el Ministerio de Ambiente, Energía y
Telecomunicaciones (MINAET) y
“9. La beneficiaria se obliga a presentar ante
PROCOMER un informe anual de operaciones, en los formularios y conforme a las
condiciones que PROCOMER establezca, dentro de los cuatro meses siguientes al
cierre del año fiscal. Asimismo, la beneficiaria estará obligada a suministrar
a PROCOMER y, en su caso, al Ministerio de Hacienda, toda la información y las
facilidades requeridas para la supervisión y control del uso del Régimen de
Zonas Francas y de los incentivos recibidos. Además, deberá permitir que
funcionarios de la citada Promotora ingresen a sus instalaciones, en el momento
que lo consideren oportuno, y sin previo aviso, para verificar el cumplimiento de
las obligaciones de
“10. En caso de incumplimiento por parte de la beneficiaria de las
condiciones de este Acuerdo o de las leyes, reglamentos y directrices que le
sean aplicables, el Poder Ejecutivo podrá imponerle multas, suprimir, por un
plazo desde un mes hasta un año, uno o varios incentivos de los indicados en el
artículo 20 de
“11. Una vez comunicado el presente Acuerdo Ejecutivo, la empresa
beneficiaria deberá suscribir con PROCOMER un Contrato de Operaciones. En caso
de que la empresa no se presente a firmar el Contrato de Operaciones, y no
justifique razonablemente esta situación, PROCOMER procederá a confeccionar un
Acuerdo Ejecutivo que dejará sin efecto el que le otorgó el Régimen.
Para el inicio de operaciones productivas al
amparo del Régimen, la empresa deberá haber sido autorizada por
“12. Las directrices que, para la promoción, administración y
supervisión del Régimen emita PROCOMER, serán de acatamiento obligatorio para
los beneficiarios y las personas que directa o indirectamente tengan relación
con ellos o con la citada Promotora.”
“13. El uso indebido de los bienes o servicios exonerados seré causa
suficiente para que el Ministerio de Hacienda proceda a la liquidación de
tributos exonerados o devueltos y ejerza las demás acciones que establece el
Código de Normas y Procedimientos Tributarios en materia de defraudación
fiscal, sin perjuicio de las demás sanciones que establece
“14. la empresa beneficiaria se obliga a cumplir con todos los
requisitos de
“15. De conformidad con el artículo 74 de
2º—Rige a partir de su notificación.
Comuníquese y publíquese.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—
Nº 2011-1959 DM.—Ministerio
de Seguridad Pública.—Despacho del Ministro, a las nueve horas del seis de
setiembre del año del dos mil once.
Considerando:
I.—Que el artículo 28 inciso 2) aparte a) de
II.—Que de conformidad con el numeral 89.-2 de
III.—Que de conformidad con el artículo 127 del
Reglamento a
IV.—Que mediante resolución N° 131-2011 DM dictada
por este Despacho a las nueve horas del treinta y uno de enero de dos mil once,
se determinó la delegación en los responsables de cada programa presupuestario,
de la firma y aprobación de todas las acciones tendientes a la ejecución del
programa asignado.
V.—Que mediante Acuerdo N° 395-2011 DM del seis de setiembre de 2011, se
designó al Licenciado Rodrigo Villegas Arias, Director General Administrativo y
Financiero, como el responsable de la firma y aprobación de todas las acciones
tendientes a la programación y ejecución de los recursos económicos aprobados y
asignados por el Ministerio de Hacienda y
VI.—Que conviene a los fines y necesidades de la institución, la oportuna
ejecución del presupuesto asignado, para lo cual se requiere agilizar los
trámites relacionados con las contrataciones que deba gestionar cada
subprograma, entre ellas las referentes a los supuestos de prescindencia de los
procedimientos ordinarios enunciados en el numeral 127 transcrito supra, por lo
que se estima pertinente la delegación de las funciones estipuladas en el
artículo 127 del Reglamento a
SE
RESUELVE:
1º—Modificar el Considerando VI de
2°—Rige a partir de su publicación.
Comuníquese y publíquese.—Lic.
Mario Zamora Cordero, Ministro de Gobernación, Policía y Seguridad Pública.—1
vez.—O. C. Nº 11335.—Solicitud Nº 31157.—C-23020.—(IN2011075307).
R-553-2011-MINAET.—San José, a las ocho horas cincuenta minutos del seis de
setiembre del dos mil once.
Delegación de firma del Ingeniero René Castro Salazar, en su condición de
Ministro de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, en el Licenciado Marcos
Montero Cruz, en su carácter de Proveedor Institucional del Ministerio de
Ambiente, Energía y Telecomunicaciones y en caso de ausencia de éste en
Resultando:
1º—Que el Decreto Ejecutivo Nº 30640-H, Reglamento para el funcionamiento de
las Proveedurías Institucionales de los Ministerios de Gobierno, publicado en
el Diario Oficial
2º—Que el artículo Primero del Decreto Ejecutivo Nº 31483-H, reforma el
artículo 5 del Decreto Ejecutivo Nº 30640-H supra indicado, establece que los
Ministros de Gobierno o máximos jerarcas de la institución, podrán delegar la
decisión final a adoptar en los diversos procedimientos de contratación
administrativa, mediante el acto de adjudicación, declaratoria infructuosa o
deserción, pedidos de compra, siguiendo al efecto las disposiciones y
observando los límites que establecen
3º—Que mediante Acuerdo Número 334-P, del veintinueve de
julio del dos mil once, se nombra al señor René Castro Salazar, portador de la
cédula de identidad número uno-quinientos dieciocho-ciento ochenta y uno, en el
cargo de Ministro de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, a partir el
primero de agosto del dos mil once.
4º—Que el Ministerio de Hacienda en su carácter de Órgano Rector del
Sistema de Administración Financiera y
5º—Que
Considerando:
I.—De conformidad con lo dispuesto en los
artículos 11 de
II.—Que se ha valorado que el delegar la firma de la adopción de los
diversos procedimientos de contratación administrativa, en una sola persona,
resulta inconveniente para los intereses de
III.—Que
IV.—Dentro de ese contexto,
V.—La presente Resolución deja sin efecto cualquier otra disposición de igual
o menor rango que se le oponga. Por tanto,
EL
MINISTRO DE AMBIENTE, ENERGIA
Y TELECOMUNICACIONES,
RESUELVE:
1º—Con fundamento en los artículos 11 de
2º—La presente Resolución deja sin efecto cualquier otra disposición de
igual o menor rango que se le oponga.
3º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial
4º—Comuníquese a
Publíquese.—Dr. René
Castro Salazar, Ministro de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones.—1 vez.—O.
C. Nº 12394.—Solicitud Nº 2022.—C-137850.—(IN2011075394).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE DESARROLLO
DE
AVISO
El Registro Público de Asociaciones de
Desarrollo de
INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL
DEPARTAMENTO DE GEODESIA Y TOPOGRAFÍA
AVISO Nº 2011-06
ZONA MARITIMA TERRESTRE
Amojonamiento de zona pública
Estero
Palo Seco
De conformidad con lo dispuesto
en el artículo 63 del Reglamento de
Sector de manglar de Estero Palo Seco:
Coordenadas Norte Este
CRTM05 1048203.87 470184.579
LAMBERT 381237.096 433365.288
(1 mojón, enumerado MAP-609243)
Los datos técnicos oficiales del
trabajo han quedado registrados con el número 75 en el Registro de
San José, 19 de setiembre de 2011.—Msc. Max
A. Lobo Hernández, Director General.—1 vez.—(IN2011074502).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Ante este departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 262, título N° 749, emitido por el Liceo José Joaquín Jiménez
Núñez, en el año dos mil siete, a nombre de Aguilar Cerna Ruth Elizabeth. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 2, folio 206, título N° 1625, emitido por el Liceo Rodrigo Facio
Brenes, en el año dos mil cinco, a nombre de Acuña Valverde Ingrid. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 188, título N° 910, emitido por el Liceo Académico Diurno de
Ciudad Neily, en el año dos mil cuatro, a nombre de Román Rodríguez Mirna. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación
Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el
tomo 1, folio 19, título Nº 99, emitido por el Colegio Saint Francis, en el año
mil novecientos setenta y cinco, a nombre de Arce Gutiérrez Pablo Antonio. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante este departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el Tomo 1, Folio 36, Título Nº 506, emitido por el Liceo Unesco, en el año mil
novecientos noventa y dos, a nombre de Heiner Mora Segura. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original y por corrección
del nombre, cuyo nombre y apellidos correctos son: Geiner Mora Segura. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 182, asiento N° 1294, emitido por el Instituto de Guanacaste,
en el año dos mil dos, a nombre de Matamoros García Minor José. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 2, folio 27, título N° 1770, emitido por el Liceo Bilingüe de Belén, en
el año dos mil ocho, a nombre de Ortiz Villanueva Ana Iveth. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación
Diversificada en Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 11, título N°
165, emitido por el Liceo San Rafael de Alajuela, en el año mil novecientos
ochenta y dos, a nombre de Cambronero Arrieta Sara Julia. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 2, folio 16, título N° 953, emitido por el Liceo Roberto Gamboa
Valverde, en el año dos mil siete, a nombre de Fallas Morales María Alejandra.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE
Marcas de ganado
Nº 2011-2791.—Soto Arroyo Ricardo, cédula de
identidad 2-292-273, mayor, casado una vez, economista, con domicilio en
Lourdes de Montes de Oca, Urbanización Collados, San José, del este, casa 37 E,
de
Para ver imagen solo en
como marca de ganado que usará
preferentemente en Alajuela, San Ramón, Piedades Sur, Bureal,
Patentes de Invención
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
La señora Ana Catalina Monge
Rodríguez, mayor, abogada, cédula Nº 1-812-604, vecina de San José, en su
condición de apoderada especial de Bayer Cropscience AG, de R.F. Alemania,
solicita
Para ver imagen solo en
La invención se refiere a nuevos
compuestos de fórmula (I), en la que W, X, Y, Z, A, B y G tienen los
significados anteriormente indicados, a varios procedimientos y productos
intermedios para su preparación y a su uso como plaguicidas y/o herbicidas. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
La señora Ana Catalina Monge Rodríguez,
cédula Nº 1-812-604, mayor, abogada, vecina de Cartago, en calidad de apoderada
especial de Bayer Animal Health GMBH, de R.F. Alemania, solicita
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
La señora Marianella Arias
Chacón, mayor, abogada, cédula de identidad Nº 1-679-960, vecina de San José,
en su condición de apoderada especial de ST. Jude Medical, Cardiology Division,
Inc, de los Estados Unidos, solicita
Para ver imagen solo en
Un dispositivo implantable para
controlar las dimensiones de pasajes anatómicos internos corrige disfunciones
fisiológicas resultantes de un lumen estructural que es o muy grande o muy
pequeño. Se divulgan implantes que emplean varios medios para ajustar y
mantener el tamaño de un orificio al cual se encuentran sujetas. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
La señora Silvia Salazar Fallas, mayor, abogada,
cédula de identidad número 1-0622-0930, vecina de Heredia, en su condición de
apoderada especial de
Para ver imagen solo en
Es una tabla para dibujo técnico
la cual sirve para trazar líneas horizontales y verticales necesarias para la
precisión de los ejes de un dibujo determinado. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
REGISTRO
DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones
civiles
El Registro de Personas Jurídicas, Registro
de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad
denominada: Asociación Iglesia de Sion, con domicilio en la provincia
Guanacaste, Liberia. Sus fines entre otros están: dar a conocer el mensaje de
Jesús. Promover el crecimiento espiritual basado en la enseñanza de las
Sagradas Escrituras. Su presidente Francisco Pizarro Machado, es el
representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo
sin límite de suma y demás limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha
organización, dentro de las prescripciones establecidas en
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la
entidad denominada: Asociación Fúnebre Solidaria de Pejivalle de Jiménez, con
domicilio en la provincia de Cartago; cuyos fines principales entre otros son
los siguientes: brindar servicios fúnebres, que comprenden suministro de ataúd,
velación, mantenimiento del cementerio. Cuyo representante judicial y
extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es
el Presidente: José Luis Rivera Campos. Por encontrarse dicha entidad dentro de
las prescripciones establecidas en
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del
estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-056415, denominación: Asociación
de
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción
DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO
Comunica que ante este Despacho la licenciada
Kareen Cambronero Montero, cédula de identidad número 4-0170-0907, carné profesional
número 18872, según expediente N° 11-000666-0624-NO, ha presentado solicitud de
inscripción y habilitación para ejercer la actividad notarial, por lo que se
solicita a las personas que conozcan hechos o situaciones que afecten la
conducta de esta profesional, lo comuniquen a esta Dependencia dentro del plazo
de quince días siguientes a esta publicación.—Curridabat, veintiséis de agosto
del dos mil once.—Lic. Roy A. Jiménez Oreamuno, Director Ejecutivo a. í.—1
vez.—RP2011258541.—(IN2011074692).
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Exp. 6863A.—Hacienda
Exp. Nº
14853P.—Souleacasa Perlas Marinas Tres Limitada, solicita concesión de:
Exp. Nº 6942A.—María
Isabel Esquivel Solís, solicita concesión de:
Exp. Nº
5386A.—Agropecuaria Rancagua S. A., solicita concesión de:
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Exp. Nº 14204A.—Horizontes del Sol S. A.,
solicita concesión de:
Exp. Nº 14418A.—Agropecuaria El Ceiba S. A.,
solicita concesión de:
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. 14219P.—
Exp. 14609P.—Inversiones Guanaranja S. A.,
solicita concesión de:
Exp. 14609P.—Inversiones Guanaranja S. A.,
solicita concesión de:
Exp. Nº 13155P.—Small Cickadee BID S. A.,
solicita concesión de:
Exp. Nº 9819A.—Eduardo Sánchez Campos,
solicita concesión de:
Exp. Nº 14852A.—Agritek Costa Rica Acori S.
A., solicita concesión de:
Exp. Nº 14851A.—Agritek Costa Rica Acori S.
A., solicita concesión de:
DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE
Y
COMERCIALIZACIÓN DE COMBUSTIBLE
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Nº 598-2011-DGTCC.—San José, a los
veinticuatro días del mes de mayo del dos mil once.—Se tiene por presentada la
solicitud por parte del señor Rodrigo Jiménez Rímolo, cédula número 1-504-185,
en su condición de representante legal de Corporación de Desarrollo Agrícola
del Monte S. A., cédula jurídica 3-101-10882, solicita cambio de titular del
tanque de autoconsumo, ubicado en Pital, cantón San Carlos, provincia de
Alajuela, expediente administrativo TA: 598, en razón de la fusión de las
empresas Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte S.A. y Frutas de
Exportación Frutex S. A., realizada según consta en los documentos aportados al
expediente, prevaleciendo la primera empresa. Lo anterior para que de ahora en adelante
se proceda al cambio de titular a nombre de Corporación de Desarrollo Agrícola
del Monte S. A., cédula jurídica 3-101-10882. Con fundamento en el Decreto
Ejecutivo 30131-MINAE-S, artículo 79, se otorga un plazo de quince días hábiles
a partir de la publicación del presente edicto, en el Diario Oficial
Nº 614-2011-DGTCC.—San José, a los trece días
del mes de setiembre del año dos mil once, se tiene por presentada la solicitud
por parte del Ingeniero Daniel Badilla Meza, en su calidad de Representante
Legal de Corporación PIPASA S.R.L., cédula de identidad número uno novecientos
diecinueve-cero cero nueve, en su condición de Apoderado General de la sociedad
denominada Corporación Pipasa Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula
jurídica 3-102-012933, solicita cambio de titular de tres tanques de
autoconsumo ubicados en: el primero de ellos en el cantón de Alajuela,
provincia de Alajuela, distrito San Rafael, expediente administrativo T.A.894;
el segundo de ellos ubicado en el cantón de Alajuela, provincia de Alajuela,
distrito Garita, expediente administrativo T.A.286; y el tercero de ellos
ubicado en el cantón de Belén, provincia de Heredia, distrito
DEL PODER JUDUCIAL,
ACUERDA
http://www.poder-judicial.go.cr/fico/Publicacion_acuerdos_de_pago.html
San José, 20 de setiembre del 2011.—Departamento
Financiero Contable.—Lic. Carlos Hidalgo Vargas.—MBA. Ana Eugenia Romero
Jenkins, Subdirectora Ejecutiva.—1 vez.—O. C. Nº
12288.—C-10920.—(IN2011075404).
Registro
Civil-Departamento Civil
OFICINA
DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Expediente Nº 43740-09.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho
horas y treinta minutos del veinticuatro de agosto del dos mil once.
Procedimiento administrativo de rectificación del asiento de nacimiento de
Francinie Andrea Aguirre Aguirre, que lleva el número cuatrocientos treinta y
nueve, folio doscientos veinte, del tomo cuatrocientos catorce, de la provincia
de Guanacaste, Sección de Nacimientos, en el sentido que la misma es hija de
“Rodrigo Orlando Jiménez Cascante y Gladys Aguirre Aguirre, costarricenses”, y
no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace saber que este Registro, en
diligencias de ocurso incoadas por Margarita del Rosario Trujillo Brenes, ha
dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº
1383-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San
José, a las nueve horas veinte minutos del siete de julio del dos mil once.
Ocurso. Exp N° 7359-2011. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—. Considerando:
I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados, … III.—Sobre el fondo:.... Por
tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Sara Segura Brenes...; en el
sentido que el nombre y los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita
son Margarita del Rosario Trujillo Brenes.—Lic. Óscar Fernando Mena Carvajal,
Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—RP2011258635.—(IN2011074684).
Registro Civil - Departamento Civil
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIÓN
Avisos de solicitud de naturalización
Yu Ho Kao, mayor, soltera, estudiante, china,
cédula de residencia 115800007716, vecina de Alajuela, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante
David Cabrera Molina, mayor, soltero,
estudiante, cubano, cédula de residencia 315-142640-003367, vecino de San José,
ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
David Gamba Ríos, mayor, soltero, estudiante,
colombiano, cédula de residencia 117001302930, vecino de San José, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
Christiam Jhovanela
Narváez Cruz, mayor, soltera, dependiente, nicaragüense, cédula de residencia
155804370302, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante
José Miguel Grossberger Villarroel, mayor,
soltero, ingeniero en telemática, boliviano, cédula de residencia 106800001815,
vecino de Cartago, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante
Sughey Rodríguez Delgado, mayor, casada,
empresaria, colombiana, cédula de residencia 117000569610, vecina de Alajuela,
ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
Martha Verónica Toribio Gutiérrez, mayor,
soltera, niñera, nicaragüense, cédula de residencia 155801321429, vecina de
Alajuela, expediente 1431-2009. Se ha presentado a este Registro a levantar
información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de
Ernaldo Aguilera Zúñiga, mayor, soltero,
vaquero, nicaragüense, cédula de residencia 155813232715, vecino de Alajuela,
ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
Clara del Socorro Santana Cruz, mayor,
soltera, asistente de pacientes, nicaragüense, cédula de residencia
155809222431, vecina de Guanacaste, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante
Laura Cano Sepúlveda, mayor, soltera, actriz
en artes escénicas, colombiana, cédula de residencia N° 117000904936, vecina de
Heredia, expediente 5290-2009. Se ha presentado a este Registro a levantar
información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de
DEFENSORÍA DE LOS HABITANTES DE
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000009-DHR
Mantenimiento de cubierta de techo, módulo central.
Reparación
de tres bodegas internas, módulos 1 y 3
del
edificio de
Las condiciones y términos de
referencia se podrán retirar desde las 8:00 horas y hasta las 15:50 horas de
lunes a viernes en el Departamento de Proveeduría y Servicios Generales sin
costo alguno.
Sita Barrio México, de los
Bomberos
San José, 27 de setiembre del
2011.—Proveeduría y Servicios Generales.—Roxana Hernández Cavallini, Jefa.—Lic.
Ronald Retana Pérez, Director Administrativo.—1 vez.—O. C. Nº 15001.—Solicitud
Nº 30057.—C-21500.—(IN2011076531).
CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2011LN-000005-0DI00
Contratación de administradores viales para la conservación
en
Se comunica a las empresas
interesadas en la licitación en referencia, que este Consejo recibirá ofertas,
de conformidad con los términos cartelarios, hasta las 10:00 horas del día 25
de octubre del 2011, en las oficinas de
Los interesados en participar en este
concurso deberán adquirir el cartel de licitación en las oficinas de
San José, 28 de setiembre de 2011.—MBA. Luis
Gerardo Leiva Mora, Proveedor Institucional a. í.—1 vez.—O.C. Nº 318.—Solicitud
Nº 47650.—C-17160.—(IN2011076564).
SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS
DE
INVERSIÓN S. A. (SAFI)
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000002-11
Contratación des técnicos especializados
para
el análisis, desarrollo y mantenimiento
de
BCR SAFI
El Banco de Costa Rica, recibirá
ofertas por escrito hasta las once horas con treinta minutos (11:30 a.m.), del
18 de octubre del 2011, para la licitación en referencia.
Los interesados pueden retirar
el cartel de licitación que incluye las especificaciones y condiciones
generales en
San José, 28 de setiembre del 2011.—Oficina
de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar S. Área de Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº
60598.—Solicitud Nº 47244.—C-16200.—(IN2011076514).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000037-01
Contratación para la adquisición e implementación
de
una solución informática del sistema
archivístico
institucional documental
Proveeduría y
Licitaciones.—Catherine Espinoza R.—1 vez.—O. C. Nº 29.—Solicitud Nº
47185.—C-17920.—(IN2011076534).
HOSPITAL SAN VITO
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000002-2705
Suministro de frutas, verduras y legumbres
para
el Hospital San Vito
Se informa a los interesados que
El Área de Gestión de Bienes y
Servicios del Hospital San Vito, promueve y recibirá ofertas para este concurso
hasta las 14:00 horas del 18 de octubre del 2011.
El cartel de licitación debe
retirarlo en la oficinas del Área de Gestión de Bienes y Servicios del Hospital
San Vito, Barrio Tres Ríos, San Vito, Coto Brus.
San Vito, Coto Brus, 3 de octubre del 2011.—
Dirección Administrativa Financiera.—MBA. Elías J. Villalobos Villalobos,
Director.—Área de Gestión de Bienes y Servicios, Pedro Castillo Espinoza,
Jefe.—1 vez.— (IN2011076512).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000099-01
Compra de automóviles nuevos para uso didáctico
El Proceso de Adquisiciones de
Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan
Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº 48390.—C-10140.—(IN2011076507).
MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000011-ALMU
Contratación para la elaboración del inventario
de
la red vial cantonal de Nandayure
Los interesados podrán adquirir el Cartel en
las Oficinas del Proveedor Municipal. Informes al teléfono 2657-7081 / 2657-7500
Ext. 113.
Nandayure, 27 de setiembre del 2011.—Msc.
Carlos Arias Chaves, Alcalde.—1 vez.—(IN2011076176).
MUNICIPALIDAD DE BAGACES
PROVEEDURÍA MUNICIPAL
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000008-P02
Compra de terreno para EBAIS de Pijije
Luis A. Rojas Madrigal, Alcalde.—1
vez.—RP2011259533.—(IN2011076444).
MUNICIPALIDAD DE TALAMANCA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000010-01
Compra de un vehículo cooperativa COOPETSIOLA, doble
tracción
con capacidad para dos pasajeros
Licitación abreviada Nº
2011LA-000010-01 “Compra de un vehículo cooperativa COOPETSIOLA, doble tracción
con capacidad para dos pasajeros” se informa a los oferentes que el cartel se
encuentra a la venta en las oficinas de
Melvin Cordero Cordero, Alcalde.—1
vez.—(IN2011076492).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000009-01
Compra de vehículo para uso de los diferentes distritos doble tracción
con capacidad para cinco pasajeros
Licitación Abreviada Nº 2011LA-000009-01 Compra de vehículo para uso
de los diferentes distritos, doble tracción con capacidad para cinco pasajeros,
se informa a los oferentes que el cartel se encuentra a la venta en las
oficinas de
Melvin Cordero Cordero, Alcalde.—1 vez.—(IN2011076494).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000049-PCAD
Servicio de soporte técnico a clientes del Banco Popular
que
adquirieron tarjetas inteligentes y su lector
(Consumo según demanda)
El Proceso de Contratación
Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, hace del conocimiento
de los interesados, según resolución adoptada por
Ítem Único: Network Communications S. A.
C.J. 3-012-573848
Precio unitario oferta alternativa $0.90
(noventa centavos de US. Dólar)
La estimación anual establecida por el área
solicitante de esta contratación es de ¢30.800.000.00 (treinta millones
ochocientos mil colones) el límite económico máximo al que podría ascender la
demanda de servicios objeto de esta contratación durante un año sería la suma
de ochenta millones setecientos cincuenta mil colones con 00/100
(¢80.750.000,00), límite que se obtiene de dividir el límite económico máximo
de la licitación abreviada (Trescientos veintidós millones novecientos noventa
y nueve mil, novecientos noventa y nueve colones con 99/100 (¢322,999.999,99)
entre cuatro años, que es el tiempo máximo de duración de este contrato y
además es la base de estimación que establece el artículo 31 de
Garantía de Cumplimiento:
durante los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la firmeza de la adjudicación
del concurso, por un monto de ¢1.500.000.00 (un millón quinientos mil colones
00/100), con una vigencia de 14 meses.
Demás condiciones y requisitos
según lo plantea el Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular en
su informe de Adjudicación Nº 187-2011.
San José, 27 de
setiembre del 2011.—Proceso de Contratación Administrativa.—Maykel Vargas
García, Jefe.—1 vez.—(IN2011076532).
OFICINA DE SUMINISTROS
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000015-UADQ
Concesión temporal de un local para la prestación de servicios
de
alimentación en el recinto de Grecia
A los interesados en
Concesionario: Gufre Catering
Service S. A., cédula jurídica Nº 3-101-479066.
Canon mensual: ¢30.000,00
Precios establecidos para el servicio de almuerzo y merienda (mañana y
tarde) son los siguientes:
Tipo |
Precio |
Almuerzo |
¢1.450,00 |
Merienda (mañana y tarde) |
¢1.150,00 |
Sabanilla de Montes de Oca, a
los veintisiete días del mes de setiembre del 2011.—Unidad de
Adquisiciones.—MBA. Rosibel González Cordero, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº
114632.—Solicitud Nº 3431.—C-22660.—(IN2011076174).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000010-99999
RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN Nº 111
Compra de solución de almacenamiento
Avalar la recomendación de
I. Dejar fuera de concurso la oferta presentada por la empresa
Componentes El Orbe S. A., por cuanto, no atendió en tiempo y forma la
prevención de subsanar aspectos sustantivos de la contratación.
II. Adjudicar
A. A la empresa Storage Solutions S. A., lo siguiente:
Ítem Único: una solución de almacenamiento y respaldo de información,
la cual incluye lo siguiente:
Descripción |
Prec. Unitario |
Licencias Nuevas |
$17.133,94 |
Renovación de licencias existentes |
$ 3.485,89 |
Switch Fibre Channel |
$9.651,71 |
Sistemas de almacenamiento en disco |
$28.778,56 |
Dispositivo librería automatizada de cintas LTO 5 y medios |
$12.177,50 |
Implementación de solución |
$ 2.400,00 |
Capacitación 40 horas |
$ 2.400,00 |
Precio Total ofertado:
$76.027,60
Monto Total adjudicado
$76.027,60
Plazo de entrega: 30 días
naturales.
Sabanilla, 27 de setiembre del 2011.—Oficina
de Contratación y Suministros.—MAG. Yirlania Quesada Boniche, Jefa.—1
vez.—(IN2011076491).
HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS
LICITACIÓN NACIONAL Nº 2011LN-000020-2102
Objeto: Fulvestran 250 MG
A los interesados en el presente
concurso se les hace saber dicho concurso se adjudica a favor de:
Distribuidora Farmanova S. A. (Prorrogable) según demanda.
San José, 26 setiembre del 2011.—Área de
Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. Daniel Castro Vargas.—1
vez.—(IN2011076442).
HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA
ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN NACIONAL Nº 2011LN-000009-2101
Carga recolección, trasporte, tratamiento y disposición
final
de desechos de productos químicos del Hospital
San José, 28 de setiembre de 2011.—Subárea de
Contratación Administrativa.—Lic. Alejandro Molina Fonseca, Profesional 1.—1
vez.—(IN2011076493).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000011-04
Contratación de servicio de seguridad y vigilancia
para
las instalaciones del Centro Nacional
Especializado
en Agricultura
Bajo
Riego-La Soga
Adjudicar
Adjudicar la línea
Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan
Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº 48398.—C-14060.—(IN2011076508).
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2011CD-000555-01
Ejecución de curso en materia de Hostigamiento Laboral
El Patronato Nacional de
Departamento de Suministros, Bienes y
Servicios.—Lic. Guiselle Zúñiga Coto, M.B.A. Coordinadora.—1 vez.—O. C. Nº
34028.—Solicitud Nº 46402.—C-3200.—(IN2011076513).
MUNICIPALIDAD DE EL GUARCO
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000006-PROV
Contratación de servicios de recarpeteo de calle Guayabal, distrito de
El Tejar
Proveeduría.—Lic. José Manuel González
Molina, Proveedor.—1 vez.—(IN2011076463).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000005-PROV
Contratación de servicios de construcción de obras
de
infraestructura y recarpeteo de calle de Super
Divi
hacia el Liceo Elías Leiva Quirós,
Distrito
de El Tejar
Proveeduría.—Lic. José Manuel González
Molina, Proveedor.—1 vez.—(IN2011076464).
APROBACIÓN PRECALIFICACIÓN DE EMPRESAS Nº 1
Adquisición de 2 SCADA/EMS para el Centro Nacional
de
Control Energía Costa Rica
(Fondos BID Préstamo Nº 1908/OC-CR-BID)
El Instituto Costarricense de
Electricidad avisa a los interesados en
Empresas precalificadas:
ABB, INC.
Siemens Energy Inc.
General Electric Management Services Inc.
Todo de acuerdo con las
condiciones y requisitos del cartel y los términos de las ofertas de interés.
San José, 28 de setiembre del
2011.—Proveeduría Corporativa.—Luis Fernando Araya Montero, Licitaciones.—1
vez.—O. C. Nº 356441.—Solicitud Nº 47480.—C-17920.—(IN2011076539).
Estudio de mercado para la adquisición e implementación de una
plataforma tecnológica de banca por internet para el segmento de banca de
personas y banca de empresas
El Banco de Costa Rica, comunica
a los interesados en el estudio de mercado en referencia, que la fecha para
presentar la documentación, se ha trasladado para el lunes 10 de octubre del
San José, 28 de setiembre del 2011.—Oficina
de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar S., Área de Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº
60598.—Solicitud Nº 47245.—C-13500.—(IN2011076567).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000011-SCA
Construcción del edificio de la escuela de informática,
en
Campus Benjamín Núñez, Lagunilla de Heredia
Heredia, 27 de setiembre del
2011.—Proveeduría Institucional.—Nelson Valerio Aguilar, Director.—1 vez.—O. C.
Nº 353-11.—Solicitud Nº40072.—C-14340.—(IN2011076165).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000013-SCA
Compra de equipo de laboratorio, sanitario y de investigación
Heredia, 26 de setiembre del
2011.—Proveeduría Institucional.—Lic. Nelson Valerio Aguilar, Director.—1
vez.—O. C. Nº 356-11.—Solicitud Nº 40069.—C-10760.—(IN2011076166).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000060-PRI
(Circular
Nº 1)
Compra de dispensadores de pastillas de Hipoclorito de Calcio
El Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados (A y A), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica
a todos los interesados en participar en
1. Se prórroga la fecha para recepción de ofertas hasta las 10:00
horas del día 11 de octubre del 2011.
2. Se modifica el artículo Nº 19, del Volumen Nº 1 del cartel,
quedando de la siguiente manera:
Adjudicación:
Artículo Nº 19:
El plazo para el estudio y la
adjudicación de esta Licitación será de 32 días
hábiles, contados desde la fecha de apertura de las ofertas.
Las demás condiciones permanecen
invariables.
Dirección Proveeduría.—Lic. Jennifer
Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 11-03.—Solicitud Nº
3274.—C-21500.—(IN2011076423).
MUNICIPALIDAD
DE
REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO
DE
FONDOS DE CAJA CHICA DE LA
MUNICIPALIDAD
DE
El Concejo Municipal del cantón
de
CAPÍTULO PRIMERO
Disposiciones generales
Artículo 1°—Definiciones:
Cuando en este Reglamento se empleen los términos y definiciones, debe dárseles
las acepciones que se señalan a continuación:
a. Arqueo de Caja Chica: Verificación del cumplimiento de la
normativa y reglamentación que rige
b. Caja Chica: Fondo autorizado por el
Concejo Municipal, para la adquisición de bienes yo servicios catalogados como
gastos menores, indispensables o urgentes.
c. Caso fortuito: Se entiende por caso
fortuito aquella acción del ser humano que no puede preverse, ni puede
resistirse.
d. Fuerza mayor: Es aquel evento de la
naturaleza, que pudiendo preverse no puede resistirse.
e. Encargado de Caja Chica: Tesorero
Municipal.
f. Liquidación: Rendición de cuentas que
efectúa el funcionario responsable del vale de caja chica, mediante
presentación de los comprobantes originales que sustentan los bienes y/o
servicios adquiridos.
g. Municipalidad:
h. Reintegro de Fondos: Solicitud de
reintegro de dinero al respectivo fondo, el mismo lo realiza
i. Gastos menores indispensables y urgentes.
Concepto. Se consideraran Gastos Menores indispensables y urgentes aquellos
que no excedan el monto máximo fijado de conformidad con lo indicado en el
artículo 3°, que se requieren para cubrir una necesidad de manera rápida, cuya
solución no puede esperar la dilación en tiempo y trámites que requieren otros
procedimientos de compra, y además, que corresponden a adquisiciones que se
efectúen de manera excepcional por medio de este Fondo. Además, entre los
denominados Gastos Menores se consideran los gastos por viáticos y transportes.
j. Régimen Simplificado: Este régimen
considera a todos aquellos comerciantes (personas físicas y jurídicas), que
cuenten con alguna de las actividades que detallan más adelante, cuyas compras
anuales no excedan de los límites y condiciones establecidos por
Ø Bares, cantinas, tabernas y
similares
Ø Comercio
minorista
Ø Estudios
fotográficos
Ø Fabricación
artesanal de calzado
Ø Fabricación
de muebles y accesorios
Ø Fabricación
de objetos de barro, loza, cerámica y porcelana
Ø Fabricación
de productos metálicos estructurales
Ø Floristerías
Ø Panaderías
Ø Restaurantes,
cafés, sodas y otros establecimientos que vendan comidas, bebidas o ambos
Ø Pescadores
artesanales en pequeña escala
Ø Pescadores
artesanales medios.
CAPÍTULO SEGUNDO
Del funcionamiento
Artículo 2º—El fondo de caja
chica estará bajo supervisión y responsabilidad del Tesorero Municipal, funcionará
con una cuenta para la adquisición de bienes yo servicios, las compras se
efectuarán con dinero en efectivo u otro medio aceptado en el comercio local,
Artículo 3º—El monto total del fondo de caja
chica y el monto de pago máximo por vale lo fijará el Concejo Municipal previa
solicitud del Alcalde Municipal, será utilizado para el pago de gastos menores
y urgentes.
Artículo 4º—Los formularios para el trámite
de vales, deben emitirse en original y copia, debidamente pre-numerado en forma
consecutiva. Para realizar trámites por este medio, es necesario que cumplan
con todos los requerimientos establecidos en la respectiva fórmula.
El Departamento de Tesorería, es la
dependencia que facilita dichos documentos a los usuarios que realizan compras.
Artículo 5º—Los formularios para el trámite
de vales deberá firmarlo el Alcalde, el Tesorero y el funcionario interesado,
corresponde al funcionario que realiza la compra velar porque los bienes o
servicios beneficien en precio y calidad a
Artículo 6º—
Artículo 7º—
Artículo 8º—Este reglamento y los
funcionarios que involucra, quedan sujetos a las disposiciones dadas por
CAPÍTULO TERCERO
De la liquidación
Artículo 9º—Los vales de caja
chica para la adquisición de bienes y servicios, deberán ser liquidados a más
tardar el día hábil siguiente al retiro del dinero, salvo aquellos casos en
donde por razones de caso fortuito o fuerza mayor, el funcionario que lo retira
no pueda hacerlo en el plazo establecido, cuando esto suceda se deberá
justificar y documentar la razón del mismo.
Artículo 10.—Cuando por algún motivo la
compra no se lleve a cabo, el funcionario que ha recibido el dinero del vale,
deberá hacer el reintegro inmediato del dinero entregado para tales efectos,
aportando una justificación escrita, avalada con la firma de la jefatura
superior inmediata.
Artículo 11.—Las facturas o recibos de las
adquisiciones efectuadas con fondos de
a) Ser documentos originales, estar timbrados o dispensados del mismo
por
b) Especificar claramente el detalle de la compra
o servicio recibido, la cual deberá ser igual o posterior a la fecha en la que
se entrega el efectivo del vale. Por ningún motivo, deben contener tachaduras
ni borrones.
d) Si la factura no tiene logotipo por pertenecer
el proveedor al régimen simplificado, debe indicarse el nombre, el número de
cédula de la persona física o jurídica que suministra el bien o servicio y sus
especificaciones, así como el número de resolución otorgado por
Artículo 12.—El monto de lo
gastado, no podrá exceder el monto autorizado en el vale de caja chica. De presentarse
esta situación, el funcionario a nombre de quien se giró el vale debe asumir el
gasto diferencial resultante, sin que
Artículo 13.—Para el trámite de compra por el
fondo de caja chica, el funcionario que lo gestione para la adquisición de
bienes y servicios, deberá solicitar ante el encargado del fondo municipal, un
comprobante de exoneración de pago del impuesto de ventas o en su defecto la
proveeduría municipal confeccionará el documento respectivo.
No se reconocerá el importe por concepto de
impuesto de ventas, cuando éste sea cancelado por el usuario del vale, ya que
Artículo 14.—No se entregará un segundo vale
de caja chica, a funcionarios que tengan pendiente la liquidación del primero.
Artículo 15.—La liquidación del vale queda
formalizada, cuando el responsable de la caja chica, revisa todos los
requisitos y estampa su sello de recibido conforme.
Artículo 16.—Los formularios que se
utilizarán para realizar compras por el fondo de caja chica, estarán
pre-numerados.
CAPÍTULO CUARTO
De los arqueos
Artículo 17.—Se procederá a
realizar arqueos al fondo fijo de caja chica, con el propósito de verificar,
supervisar y controlar la aplicación de las normas y principios de auditoría
vigentes y de las sanas prácticas de administración.
Artículo 18.—Si realizado el arqueo, se
determinara un faltante de dinero, éste deberá reponerse de inmediato al fondo
fijo y si fuera un sobrante de dinero deberá depositarse a la cuenta general de
Artículo 19.—Todo arqueo de caja chica se
realizará en presencia del tesorero municipal y podrán realizarse tanto por el
Director Financiero o por el Auditor Municipal.
CAPÍTULO QUINTO
De los reintegros
Artículo 20.—Los egresos de caja
chica, se tramitarán a través del correspondiente reintegro en original y
copia.
Artículo 21.—Se confeccionarán reintegros de
caja chica, cuando se haya gastado por lo menos un 60% y no más del 80% del
fondo fijo, con el propósito de darle la rotación óptima a los recursos y mantener
la liquidez del fondo.
CAPÍTULO SEXTO
De las prohibiciones
Artículo 22.—Por ningún motivo
se podrá variar el objetivo inicial de una compra. Ni se pagarán aquellos
bienes y servicios que fueron adquiridos previo a la autorización de un vale de
caja chica.
Artículo 23.—El fondo de caja chica no podrá
ser utilizado para el cambio de cheques personales, ni disponerse para
actuaciones distintas a las autorizadas por ley, o establecidas en este
reglamento.
Artículo 24.—Los encargados de las cajas
chicas, no podrán guardar documentos, efectivo o cheques de propiedad
particular, en los lugares destinados para la custodia del dinero del fondo y
por ningún motivo podrán suplir con su dinero, compras o pagos que correspondan
a
CAPÍTULO OCTAVO
De la derogatoria y vigencia
Artículo 25.—El presente
reglamento deroga cualquier disposición de la misma naturaleza que haya emitido
esta Municipalidad.
Artículo 26.—Rige a partir de su publicación.
Acuerdo firme Nº 4-12, de la
sesión ordinaria Nº 26-2011, celebrada por el Concejo Municipal del cantón de
Carlos Matías Gonzaga Martínez, Alcalde
Municipal.—1 vez.—RP2011258580.—(IN2011074698).
REGLAMENTO PARA
Y EL
PAGO DE EGRESOS DE LA
MUNICIPALIDAD
DE
De conformidad con lo
establecido en los artículos 169 y 170 de
CAPÍTULO I
De la autorización de los egresos
Artículo 1º—El Alcalde Municipal
podrá autorizar egresos por gastos fijos y la adquisición de bienes y
servicios, tal y como señala el artículo 17 inciso h del Código Municipal hasta
por la suma de quince millones cincuenta mil colones, que es el límite que
establece la legislación vigente para el Procedimiento de Contratación Directa,
según el presupuesto ordinario de esta Municipalidad: pudiendo delegar el
Alcalde en otro funcionario de la administración y según lo establecido en el
artículo 17 inciso b) del citado código la autorización de egresos y gastos
fijos y la adquisición de bienes y servicios hasta por la suma de ocho millones
de colones.
Artículo 2º—Corresponderá al Concejo
Municipal por la vía de acuerdo Municipal que se emane al efecto y con base en
lo dispuesto en el artículo 13 inciso e) del Código Municipal, autorizar los
egresos de
Como excepción a lo dispuesto en el párrafo
anterior, corresponderá al Alcalde Municipal por medio de resolución razonada
autorizar los egresos de
Artículo 3º—Los montos consignados en los
artículos anteriores se incrementarán conforme se produzcan las modificaciones
a los umbrales de la contratación administrativa por la legislación vigente en
la materia.
Artículo 4º—Tanto en el caso de los egresos
autorizados por el Alcalde Municipal según lo señalado en el artículo 1 de este
Reglamento como los autorizados por el Concejo Municipal según lo dispuesto en
el artículo 2 de este Reglamento los pagos deberán ser ordenados por el
artículo 1 de este Reglamento y el funcionario responsable del Área Financiera.
De igual manera, será potestad del señor
Alcalde declarar desiertos o infructuosos los procedimientos de contratación
administrativa según corresponda; de conformidad con lo establecido en el
artículo 29 de
CAPÍTULO II
De la forma en que se deben hacer los pagos
Artículo 5º—Los pagos por los
egresos contemplados en los artículos anteriores se efectuarán por medio de
cheque extendido por el Contador con la firma del Tesorero y al menos con la de
otro funcionario autorizado al efecto de conformidad con lo establecido en el
artículo 17 inciso b) y 109 del Código Municipal y lo dispuesto en este
Reglamento
Artículo 6º—Todo pago por concepto de órdenes
de compra y pagos que se realicen a través de Caja Chica de acuerdo con las
normas que dicte
Artículo 7º—Todo pago que se ordene debe
hacerse contra la documentación de respaldo: orden de compra u orden de pago
por servicios y en ella se deberá acreditar el nombre del funcionario que lo
ordenó e insertarse la firma del mismo como respaldo del egreso ordenado según
lo establecido en los artículos 109 y 110 del Código Municipal.
Artículo 8º—Serán responsables solidariamente
por la firma y autorización de cheques según lo establece el párrafo segundo
del artículo 109 del Código Municipal los funcionarios que autoricen los
egresos contemplados en los artículos 1 y 2 de este Reglamento cuando por
omisión, culpa o dolo comprometan en perjuicio de
Artículos 9º—Todo pago deberá de hacerse con
cargo a la partida presupuestaria respectiva y en ajuste a lo contemplado en
los artículos 101 y 103 del Código Municipal; para estos efectos el
Departamento de Tesorería deberá de hacer constar de previo y por escrito que
existe el respectivo contenido presupuestario en relación con el pago de que se
trate.
Artículo 10.—El (la) Tesorero(a) Municipal no
hará pago alguno sin orden escrita, acuerdo Municipal, resolución del Alcalde,
pago por servicio, orden de compra o cualquier otro tipo de disposición emitida
por el órgano municipal competente que lo autorice al efecto so pena de que se
le apliquen las sanciones consignadas en el artículo 110 del Código Municipal.
Artículo 11.—Los cheques municipales que se
emitan serán puestos a disposición de los administrados para que los retiren en
un plazo de tres meses, vencido dicho término de Tesorería Municipal procederá
a anularlos y ante ello deberá el administrado gestionar nuevamente la emisión
del cheque que corresponda. Este trámite podrá negarlo
CAPÍTULO III
De la vigencia de este reglamento
Artículo 12.—Rige a partir de su
publicación en el Diario Oficial
Aprobado según acuerdo Nº 3-8,
de
Carlos Miguel Duarte Martínez, Secretario del
Concejo Municipal.—1 vez.—RP2011258582.—(IN2011074699).
Para ver imágenes solo en
San José, 19 de setiembre del 2011.—Departamento de Contabilidad.—Rodrigo Madrigal Fallas,
Director.—1 vez.—O. C. Nº 11731.—Solicitud 1609.—C-1890020.—(IN2011074117).
AVISO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
A quien interese, hago constar
que el Certificado de Depósito a plazo del Banco de Costa Rica:
Certificado Nº Monto Plazo Emitido Vence Tasa
63002669 $8.212.80 60 días 20/07/2011 20/09/2011 0.30%
Certificado emitido a la orden
de Víctor Manuel Alfaro Cervantes, cédula Nº 3-202-260. Emitido por
San José, 21 de setiembre del 2011.—Víctor
Manuel Alfaro Cervantes, Solicitante.—(IN2011074538).
VICERRECTORIA
EJECUTIVA
DIRECCIÓN
DE ASUNTOS ESTUDIANTILES
AVISO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Daniel Boirivant De
Sabanilla, 22 de agosto
del 2011.—Comisión de Reconocimiento de Estudios.—Lic. Susana S. Álvarez,
Coordinadora.—(IN2011074520).
ÁREA DE SALUD MORA PALMICHAL
Se informa a todos los posibles
interesados que el Área de Salud Mora Palmichal contempla el alquiler de un
local de aproximadamente
San José, Ciudad Colón, 12 de setiembre del
2011.—Lic. Ricardo Monge Rivera.—1 vez.—(IN2011074544).
AVISOS
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Oficina Local de Buenos Aires, al ser las
dieciséis horas del veinte de julio del dos mil once. Se le comunica a los
señores Eder Villanueva Barrantes y Juan Pablo Valverde Román, la resolución de
las dieciséis horas del veinte de julio del dos mil once, que da inicio al
Proceso Especial de Protección en Sede Administrativa y dictado de medidas de
protección a favor de las personas menores de edad Yandelyn Villanueva Cordero
y Yeiron Valverde Cordero. Notifíquese la anterior resolución a las partes
interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les
advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o
bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que
pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la
presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán
interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho
horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de
recurso será de conocimiento de
Oficina Local de Buenos Aires, al ser las
quince del doce de setiembre del dos mil once. Se le comunica a Mario Alberto
Ortiz Figueroa, la resolución de las catorce horas del doce se setiembre del
dos mil once, que ordena el inicio del proceso especial de protección,
tramitado por medio del expediente administrativo 645-00082-
Oficina Local de Buenos Aires, al ser las
quince del nueve de setiembre del dos mil once. Se le comunica a Norberto López
Velázquez y Luis Enrique Segura Córdoba, el inicio del proceso especial de
protección, tramitado por medio del expediente administrativo 645-113-
Se le comunica a la señora Francis Acuña
Mendoza y al señor Jeiner Bermúdez Mora las resoluciones administrativas de las
doce horas once minutos del veintidós de febrero del dos mil once y de las
trece horas cincuenta y cinco minutos del veintidós de febrero del dos mil once mediante las cuales
esta Oficina Local procedió a modificar la alternativa de protección de abrigo
temporal a cuido provisional con respecto a la persona menor de edad Jeanpool
Acuña Mendoza da inició un proceso especial de protección bajo la modalidad de
cuido provisional a favor de las personas menores de edad Dylan Bermúdez Acuña
y Nazareth Acuña Mendoza respectivamente. En contra de la presente resolución
procede el recurso de apelación para ante el superior en grado, dentro de un
plazo de cuarenta y ocho horas después de notificada. Deberá además señalar
lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro
de ésta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto, incierto o el medio
ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el sólo
transcurso de veinticuatro horas después de dictada. Exp.
113-00058-2008.—Oficina Local de
A Wilbert Carvajal Ugalde, se le comunica la
resolución de las once horas del nueve de setiembre del dos mil once, que
ordenó el inicio del proceso especial de protección en beneficio de las
personas menores de edad Lindseay Carvajal Picado, Eunice Picado Jiménez y
Bryan Alonso Picado Jiménez. Notifíquese la anterior resolución a las partes
interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les
advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o
bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que
pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare
a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el recurso será de conocimiento de
A Randall Mauricio Araya Segura se le
comunica la resolución de las diez horas cuarenta minutos del dieciséis de
setiembre del dos mil once, que ordenó el inicio del proceso especial de
protección en beneficio de las personas menores de edad Emerson Rashid Badilla
Arguedas, Reyner Mauricio Araya Arguedas, Michel Dariela Arguedas Espinoza y
Britany Sachel Arguedas Espinoza. Notifíquese la anterior resolución a las
partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les
advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o
bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que
pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después -de dictadas. Se les hace saber además, que contra
la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán
interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho
horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el recurso
será de conocimiento de
A Norvin Alberto Zamora Rodríguez, se le
comunica la resolución de las dieciséis horas del dieciséis de agosto del dos
mil once, que ordenó medida especial de protección de cuido provisional en
familia sustituta, en el hogar del señor Steven José Salguera Jarquín, quien es
tío materno, en beneficio de la niña Juniet Yuliana Zamora Solano. Notifíquese
la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de
habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para
recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir
aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido
que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el recurso será de conocimiento de
Se le comunica a María del Carmen Ávila
Navarro que por resolución de la representación legal de esta oficina local, de
10:05 horas de 10 de agosto del 2011, se inició proceso de protección
administrativa a favor del niño Anthony Adolfo Ávila Navarro, y el PANI le
otorgó abrigo temporal en un albergue de esta institución y ordenó remitir la
situación al Ministerio Público por el delito de abandono del niño por parte de
sus responsables. Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que
presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime
necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar
por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las
piezas del expediente, que permanecerá a su disposición en esta oficina local,
en días y horas hábiles, ubicada en San José, Paseo Colón, avenidas 0 y 2,
calle 38. Deberá señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus
notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24
horas después de dictadas, conforme
SUPERINTENDENCIA
DE TELECOMUNICACIONES
EDICTO
San José, 13 de setiembre del 2011.—Maryleana
Méndez Jiménez, Presidenta.—1 vez.—(IN2011075702).
EDICTO
Nº 029-2011.—Para los fines consiguientes el
Departamento de Patentes de
San Pedro de Montes de Oca, 21 de julio del
2011.—Departamento de Patentes.—Liliana Barrantes E., Jefa a. í.—Melania Solano
C.—1 vez.—RP2011258686.—(IN2011074694).
CONCEJO MUNICIPAL
El Concejo Municipal de San
Rafael de Heredia, en sesión ordinaria Nº 113-2011, celebrada el lunes 19 de
setiembre del 2011, acordó por unanimidad y en firme: Como medida cautelar y en
atención al principio precautorio, prorrogar la suspensión de la aplicación del
Reglamento de Licencias de Telecomunicaciones por un plazo de quince días
hábiles a partir de la firmeza de este acuerdo, e igualmente se prorrogue la
suspensión del otorgamiento de cualquier permiso de construcción de antenas que
se encuentre en trámite, con el fin de continuar con la revisión de dicho
Reglamento.
San Rafael de Heredia, 20 de setiembre del
2011.—Damaris Ruiz Rojas, Secretaria.—1 vez.—(IN2011074505).
El Concejo Municipal mediante el acuerdo N°
1244-2011, tomado en la sesión extraordinaria N° 54-2011 celebrada en el salón
de sesiones a las diecisiete horas con quince minutos del día 07 de setiembre
del 2011, aprueban la nueva tarifa para el servicio de agua potable, desglosado
en las siguientes tasas mensuales por categoría.
TARIFA
PARA EL SERVICIO DE AGUA POTABLE
PLIEGO TARIFARIO
PRECIOS MENSUALES
(Colones)
Bloques |
Dom. |
Ord. |
Repr. |
Pref. |
Gob. |
Serv. fijo |
4.500.00 |
7.200.00 |
10.800.00 |
3.600.00 |
5.400.00 |
Serv. medido |
|
|
|
|
|
Base |
2.200.00 |
4.200.00 |
6.300.00 |
2.100.00 |
3.150.00 |
16- |
225.00 |
174.00 |
322.50 |
195.00 |
195.00 |
26- |
337.50 |
270.00 |
322.50 |
195.00 |
195.00 |
41- |
337.50 |
270.00 |
322.50 |
195.00 |
195.00 |
61- |
506.25 |
450.00 |
322.50 |
195.00 |
195.00 |
81- |
506.25 |
450.00 |
322.50 |
472.50 |
472.50 |
101- |
742.50 |
547.50 |
322.50 |
472.50 |
472.50 |
Más de |
742.50 |
547.50 |
322.50 |
472.50 |
472.50 |
Nota: A partir del bloque 16-25 el monto a cobrar
es por m3.
Condiciones generales:
1.1 Lastre compactado ¢6.667,00
1.2 Tratamiento superficial ¢12.876,26
1.3 Pavimento asfáltico ¢13.803,99
2. Costo nueva conexión serv. medido ¢67.080,27
3. Costo por reconexión ¢6.077,98
Barva de Heredia, 22 de setiembre del 2011.—Mercedes Hernández Méndez, Alcaldesa.—1 vez.—
(IN2011074613).
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
Por unanimidad acuerdan: El
Concejo Municipal de
Tasa Nueva |
|
|
¢490,00 |
Metro Lineal |
|
|
|
Laura Martínez Leal, Secretaria Municipal a.
í.—1 vez.—RP2011258583.—(IN2011074695).
Por unanimidad acuerdan: El
Concejo Municipal de
Tipo de unidad |
Nueva tasa |
RESIDENCIAL |
|
Categoría 1 |
¢4.675 |
COMERCIAL - INDUSTRIAL |
|
Categoría 1 |
¢9.350 |
Categoría 2 |
¢23.370 |
Categoría 3 |
¢46.740 |
INSTITUCIONAL |
|
Categoría 1 |
¢4.675 |
Categoría 2 |
¢23.370 |
Laura Martínez Leal, Secretaria Municipal a.
í.—1 vez.—RP2011258584.—(IN2011074696).
Por unanimidad acuerdan: El
Concejo Municipal de
Cementerio Municipal de
Tipo de unidad |
Nueva tasa |
|
|
Tasa anual por
mantenimiento cementerio |
¢7.240,00 |
|
|
Tipo de unidad |
Monto a pagar cada 5 Años |
|
|
Alquiler de lote |
¢12.512,50 |
|
|
Laura Martínez Leal, Secretaria Municipal a.
í.—1 vez.—RP2011258585.—(IN2011074697).
COLEGIO DE GEÓLOGOS DE COSTA RICA
El Colegio de Geólogos de Costa
Rica, convoca a todos sus agremiados a la asamblea general ordinaria Nº 64, el
próximo viernes 14 de octubre del
1. Reconocimiento a los miembros colegiados con 30 años de
incorporación al Colegio de Geólogos de Costa Rica
2. Comprobación de quórum.
3. Informe de la presidenta, tesorero y fiscal.
4. Aprobación del presupuesto del período fiscal
2011-2012.
5. Elección del presidente(a)
6. Elección del secretario(a)
7. Elección del vocal I
8. Elección del vocal III
9. Elección del fiscal
10. Brindis.
Msc. Enid Gamboa Robles,
Presidenta.—Geól. Magdalena Monge Cordero, Secretaria.—Lic. Jorge Herrera
Ocampo, Director Ejecutivo.—(IN2011075387). 2 v. 2.
COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS
DE
COSTA RICA
Asamblea general extraordinaria 195
20
de octubre del 2011
De conformidad con el artículo
18 de
Orden del Día
Asamblea General Extraordinaria
I- Recuento del quórum y apertura de
II- Entonación del Himno Nacional y del Himno del Colegio.
III- Aprobación del Orden del Día.
IV- Apertura y lectura de informe de
V- Discusión y acuerdos a disponer sobre dicho informe
VI- Solicitud a
VIII- Elección de
miembro de
IX- Recursos de Apelación en materia de Admisión
X- Informe Comisión Especial de Revisión del Proyecto de Reglamento
de Asambleas Generales
XI- Comunicación del acto final dentro de
procedimiento administrativo tramitado en
XII- Conocimiento y aprobación de opción de aumento
en
XIII- Clausura de
Se les recuerda que para
participar en ambas asambleas es requisito obligatorio estar al día en el pago
de las cuotas ordinarias y extraordinarias al 30 de setiembre del 2011.
San José, 22 de setiembre del 2011.—Dirección
Financiera-Administrativa.—Lic. Jorge Masís Montenegro.—(IN2011075726).
2 v. 1.
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
AMALFI S. A.
Se convoca a Asamblea General Ordinaria y
Extraordinaria de Amalfi S. A., cédula jurídica 3-101-
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
FUMIGADORA Y TRANSPORTADORA
AÉREA
COSTARRICENSE
Fumigadora y Transportadora Aérea Costarricense
(Futraacsa) S.A., cédula jurídica 3-101-055946, solicita ante
UNIVERSIDAD DE SAN JOSÉ
Ante esta Rectoría, se ha presentado la
solicitud de reposición del Diploma de Licenciatura en Derecho, anotado por
CONESUP en sus libros de actas, tomo: V, folio: 23, Nº 248, emitido por
INVERSIONES
CARTAGINESAS
QUISA SOCIEDAD ANÓNIMA
Inversiones Cartaginesas Quisa Sociedad
Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-setenta y cuatro mil seiscientos
setenta y tres, solicita ante
FCF FERCAFA SOCIEDAD ANÓNIMA
FCF Fercafa Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno- doscientos setenta y siete mil setecientos cuatro, solicita
ante
AGROPECUARIA
EL LAUREL DEL NORTE S. A
Emilia María Leiva
Vargas, mayor, divorciada una vez, Licenciada en Educación, con cédula
5-351-930, apoderada generalísima sin límite de suma de Agropecuaria El Laurel
del Norte S. A., con cédula 3-0170-0885, solicitan a
TAPICERÍA JIMÉNEZ JEBAGE S. A.
Tapicería Jiménez Jebage S. A. cédula
jurídica Nº 3-101-103282, anteriormente denominada Auto Tapicería Jiménez
Jebage S. A. solicita ante
TOMATES Y CHILES FRESCOS DE CARTAGO S.R.L
Por este medio, nosotros Tomates y Chiles
Frescos de Cartago S. R. L, con cedula jurídica Nº 3-102-294592, solicita ante
INDUSTRIAS ALIMENTICIAS & INVERSIONES
W.C.
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Industrias Alimenticias & Inversiones
W.C., Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-588709,
solicita ante
MUTUAL
DE AHORRO Y PRÉSTAMO (MUCAP)
El señor
Eladio Brenes Brenes, cédula
CENTRO DE FORMACIÓN E INVESTIGACIÓN
SOCIEDAD
ANÓNIMA
Centro de Formación e Investigación Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta y dos mil
doscientos ochenta y cinco, solicita ante
INVERSIONES HERMANOS SALAS GONZÁLEZ S. A
Inversiones Hermanos Salas Gonzáles S. A.,
cédula jurídica 3-101105965-01 solicita ante
COMUNICACIONES TRONCALIZADAS
DE
COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Comunicaciones Troncalizadas de Costa Rica
Sociedad Anónima, con cédula jurídica número: tres-ciento uno-ciento cincuenta
mil novecientos seis solicita ante
DIGITAL TRONCALIZADAS DIGITRON
SOCIEDAD
ANÓNIMA
Digital Troncalizadas Digitron Sociedad
Anónima, con cédula jurídica número: tres-ciento uno-ciento sesenta y un mil
ochocientos dieciocho, solicita ante
GRUPO REDES INC SOCIEDAD ANÓNIMA
Grupo Redes Inc Sociedad
Anónima, con cédula jurídica número: tres-ciento uno-doscientos treinta y tres
mil quinientos treinta y cinco, solicita ante
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
IMPORTACIONES
COMPUFAX DE COSTA RICA S. A.
Importaciones Compufax de Costa Rica S. A.,
cédula jurídica número 3-101-156606, solicita ante
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
AIBRUBUS SOCIEDAD ANÓNIMA
Aibrubus Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-330538, solicita ante
PUblicación de una vez
El suscrito notario hace constar, que
mediante escritura número 19 del protocolo décimo primero, otorgada a las 13:00
horas del 03 de setiembre del 2011, ante este notario se constituyó la sociedad
El Rancho
El suscrito notario Rodrigo Aguilar Sandoval
hace constar y da fe que el día veintiséis de agosto del dos mil once, se
constituyó
A las siete horas y treinta minutos del
dieciséis de setiembre del dos mil once, por estar debidamente autorizada
protocolicé el acta número doce de la asamblea general extraordinaria de socios
de empresa Mardel Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-doscientos diez mil setecientos ochenta y seis, donde se reforman las
cláusulas tercera, sétima y octava del pacto constitutivo y se nombra nueva
junta directiva, el fiscal y el agente residente.—San José, a las ocho horas
del dieciséis de setiembre del dos mil once.—Lic. Luz Mery Rojas Rojas,
Notaria.—1 vez.—RP2011258069.—(IN2011073162).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad
denominada A G Dos M Inversiones Sociedad, cuyo presidente es el señor
Adrián Gutiérrez Arguedas.—San José, catorce de setiembre del dos mil
once.—Lic. Esteban Esquivel Zúñiga, Notario.—1
vez.—RP2011258070.—(IN2011073163).
Por escritura otorgada ante mí, a las 13:00
horas del día 12 de julio del 2011, se constituye la compañía que se denominará
Bajoimperial Sociedad Anónima. Presidente: Guido Ángel Cordero
Acosta.—Lic. Arturo González Montero, Notario.—1
vez.—RP2011258071.—(IN2011073164).
Ante esta notaría se constituyó
Ante esta notaría a las 20:00 horas del 12 de
setiembre del año 2011, se protocoliza actas de la asamblea extraordinaria de
accionistas de Técnica del Futuro S. A., donde se reforma cláusula
segunda del domicilio de la sociedad.—Lic. José Pablo Arce Sánchez, Notario.—1
vez.—RP2011258074.—(IN2011073166).
Ante la notaría de la licenciada Vanessa de
Paul Castro Mora, se constituyó la sociedad denominada Wall Paint Asesoría
de Colores Sociedad Anónima. Capital social diez mil colones.—San
José, 16 de setiembre del 2011.—Lic. Vanessa de Paul Castro Mora, Notaria.—1
vez.—RP2011258075.—(IN2011073167).
Mediante escritura Nº 144-12 de las 18:00
horas del 30 de agosto de 2011, otorgada ante esta misma notaría se constituye
una sociedad anónima cuya razón social será Par de Cincos del Fénix S. A.
Se nombra junta directiva y fiscal. Plazo social: 99 años. Capital social: cien
mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma. Presidenta Nuria Araya Chaverri.—Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1
vez.—RP2011258077.—(IN2011073168).
Ante esta notaría, se protocolizó acta
asamblea general extraordinaria de 3-101-552.545 S. A. Se reforma
cláusula segunda del domicilio.—16 de setiembre del 2011.—Lic. Fernando
Calderón Salazar, Notario.—1 vez.—RP2011258078.—(IN2011073169).
En esta notaría se constituyó Suministros
en Electromecánica S. A., plazo 100 años, capital social: cien mil colones,
administración: presidente Rónald Calderón Zamora, domicilio: Heredia, objeto:
comercio, industria, agricultura y ganadería. En fe de lo anterior, firmo en la
ciudad de Heredia, a los doce días de setiembre del dos mil once.—Lic. Ana
Gabriela Moya Salas, Notaria.—1 vez.—RP2011258079.—(IN2011073170).
Mediante escritura otorgada en esta notaría a
las ocho horas del quince de setiembre del año dos mil once. Se modifica la
cláusula sexta de la administración y se nombran nuevo gerente general y
subgerente general de la sociedad denominada tres-ciento dos-seiscientos
treinta y siete mil setecientos noventa y seis sociedad responsabilidad
limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-seiscientos
treinta y siete mil setecientos noventa y seis. Es todo.—San José, doce horas
del quince de setiembre del dos mil once.—Lic. Felipe Calvo Argeñal, Notario.—1
vez.—RP2011258080.—(IN2011073171).
Por escritura otorgada por el suscrito
notario Adrián Lizano Pacheco a las 12:00 horas del día 9 de setiembre del dos
mil once protocolicé acuerdos del acta de asamblea extraordinaria de socios de
la sociedad 3-101-481847 s. a. la cual en adelante se denominará Three
Amigo Investments Thirteen Zero Once Pacífico S. A., donde se modifican las
cláusulas primera y segunda de su pacto social.—Playas del Coco, 14 de
setiembre de dos mil once.—Lic. Adrián Lizano Pacheco, Notario.—1
vez.—RP2011258081.—(IN2011073172).
Por escritura otorgada por el suscrito
notario Adrián Lizano Pacheco a las 8:00 horas del día 9 de setiembre del dos
mil once protocolicé acuerdos del acta de asamblea extraordinaria de socios de
la sociedad 3-101-481846 s. a. la cual en adelante se denominará Lote
Ochenta y Nueve Pacífico S. A., donde se modifican las cláusulas primera y
segunda de su pacto social.—Playas del Coco, 14 de setiembre de dos mil
once.—Lic. Adrián Lizano Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2011258082.—(IN2011073173).
Por escritura otorgada por el suscrito
notario Adrián Lizano Pacheco a las 9:00 horas del día 13 de setiembre del dos
mil once protocolicé acuerdos del acta de asamblea extraordinaria de socios de
la sociedad 3-102-635582 s.r.l la cual en adelante se denominará Jungle
Juice S.R.L donde se modifican las cláusulas primera, segunda y octava de
su pacto social.—Playas del Coco, 14 de setiembre del dos mil once.—Lic. Adrián
Lizano Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2011258083.—(IN2011073174).
Por escritura otorgada por el suscrito
notario Omar Jalil Ayales Aden a las once horas del día diez de agosto del dos
mil once protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de
la sociedad denominada Verde Limón Verde DJRB S. A. por lo que se
reforma la cláusula cuarta de su pacto constitutivo.—Playas del Coco, diez de
agosto del dos mil once.—Lic. Omar Ayales Aden, Notario.—1
vez.—RP2011258084.—(IN2011073175).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 16:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Arce Pérez
Consultores Financieros Sociedad Anónima.—San José, seis de setiembre del
2011.—Lic. Gabriela Valverde Mena, Notaria.—1
vez.—RP2011258086.—(IN2011073176).
Ante mi notaría a las nueve horas del día
siete de setiembre del año dos mil once, se cambió la junta directiva de la
sociedad denominada Oropesa Caribeña Sociedad Anónima, presidenta la
señora Marjal Dawari Strauss, capital suscrito y pagado.—San José, a las doce
horas del dieciséis de setiembre del dos mil once.—Lic. Leonardo Díaz Rivel,
Notario.—1 vez.—RP2011258087.—(IN2011073177).
Mediante escritura número ochenta y siete del
tomo dieciocho de mi protocolo, se constituyó la sociedad denominada Seguridad
Farmacéutica de Avanzada Sociedad Anónima. Presidente con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma, ostenta la representación judicial
o extrajudicial de la misma.—Cartago, dieciséis de setiembre del dos mil
once.—Lic. René Gustavo Granados Monge, Notario.—1
vez.—RP2011258089.—(IN2011073178).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se
protocoliza acta de asamblea extraordinaria de Civilcom Ingeniería S. A.,
se reforma la cláusula novena del pacto constitutivo.—Heredia, trece de
setiembre del dos mil once.—Lic. Mauricio Ramírez Murillo, Notario.—1
vez.—(IN2011073742).
Ante esta notaría, se constituyó la
denominada Wahrmann & Asociados Sociedad de Responsabilidad
Limitada. Capital: suscrito y pagado.—Heredia, dieciséis de setiembre del
dos mil once.—Lic. Mauricio Ramírez Murillo, Notario.—1 vez.—(IN2011073743).
Ante esta notaría, se constituyó la
denominada Inversiones Espeal Sociedad de Responsabilidad Limitada.
Capital: suscrito y pagado.—Heredia, dieciséis de setiembre del dos mil
once.—Lic. Mauricio Ramírez Murillo, Notario.—1 vez.—(IN2011073744).
Ante esta notaría, se constituyó la
denominada Costa Rica Dental Advisors Sociedad de Responsabilidad
Limitada. Capital: suscrito y pagado.—Heredia, dieciséis de setiembre del
dos mil once.—Lic. Mauricio Ramírez Murillo, Notario.—1 vez.—(IN2011073745).
Ante esta notaría se constituyó la denominada
Servicios y Más Navarro Sociedad de Responsabilidad Limitada, suscrito y
pagado.—Heredia, dieciséis de setiembre del dos mil once.—Lic. Mauricio Ramírez
Murillo, Notario.—1 vez.—(IN2011073746).
Por escritura número ciento ochenta y cuatro
de las quince horas del nueve de setiembre del dos mil once, otorgada en mi
notaría Cruceros Bena Sociedad Anónima, modifica las cláusulas E, F, H
de su pacto social.—Heredia, 19 de setiembre del 2011.—Lic. Walter Acosta
Campos, Notario.—1 vez.—(IN2011073774).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario, a las 13:00 horas del 05 de setiembre del 2011, se protocolizó acta de
la sociedad denominada Quesada y Rodríguez S. A., cédula jurídica número
3-101-030413-17, en la cual se reforma la cláusula sétima de los
estatutos.—Sarchí, 16 de setiembre del 2011.—Lic. Francisco Rodríguez
Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2011073776).
A las 08:00 horas del día 19 de setiembre del
año 2011, se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad Rorcual
Tropical S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos dos mil
quinientos ochenta y tres, mediante la cual se modificó la cláusula octava del
pacto constitutivo y se revocaron los nombramientos de presidente, secretario y
tesorero.—San José, 19 de setiembre del 2011.—Lic. Allan Guerrero Vargas,
Notario.—1 vez.—(IN2011073778).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las diez horas del diecinueve de setiembre del año dos mil once, se constituyó
la sociedad Publicaciones y Ediciones Porras Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, Desamparados, diecinueve de setiembre del dos mil
once.—Lic. Óscar Enrique Chinchilla Mora, Notario.—1 vez.—(IN2011073793).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las ocho horas del dieciséis de setiembre del dos mil once, se protocolizó acta
de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Merelisa
Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo y
se acepta la renuncia de toda la junta directiva y se hacen nuevos
nombramientos.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1
vez.—(IN2011073795).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las ocho horas del catorce de setiembre del dos mil once, se protocolizó acta
de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Hubco
Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula cuarta del pacto
constitutivo.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1
vez.—(IN2011073796).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las diecisiete horas del catorce de setiembre del dos mil once, se protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad
denominada Frunsal Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula segunda del
pacto constitutivo y se acepta la renuncia del secretario, tesorero y fiscal y
se hacen nuevos nombramientos.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2011073798).
En escritura otorgada ante esta notaría al
ser las 9:00 horas del 19 de setiembre
del 2011, se constituyó Anderson & Perna Inversiones S.R.L.
Domicilio en San José. Objeto: genérico. Plazo: 100 años. Capital social:
12.000 colones. Corresponde al gerente la representación judicial y
extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.
Gerente: Christine Anderson.—San José, 19 de setiembre del 2011.—Lic. Andrea
Ovares López, Notario.—1 vez.—(IN2011073815).
Por escritura pública se constituyó la
sociedad S.S.T. Global Management S.R.L. Gerente y subgerente
apoderados. Domicilio: San José, Curridabat. Es todo.—San José, diecinueve de
setiembre del dos mil once.—Lic. Víctor Hugo Fernández Mora, Notario.—1
vez.—(IN2011073816).
Hoy día he protocolizado acta de la sociedad
de esta plaza cuya razón social es Inversiones Terranova de Costa Rica ITCR
S. A., en la cual se conoce la renuncia del señor presidente de la junta
directiva, y se nombra en el mismo acto al señor Jorge Arturo Guardia Víquez,
portador de la cédula número uno-cero nueve uno dos-cero ocho ocho cinco.—San
José, 16 de setiembre del 2011.—Lic. Steve Miguel Monge González, Notario.—1
vez.—(IN2011073831).
Por escritura número 86-6 del tomo número 6
de mi protocolo, otorgada en la ciudad de San José, a las 8:30 horas del 14 de
setiembre del 2011, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general de
accionistas de la sociedad Real de Punta Leona S. A., mediante los
cuales se reformó la cláusula sétima del pacto social y se nombró junta
directiva. Agente residente y fiscal. Carné Nº 13405.—Lic. Sebastián Jiménez
Monge, Notario.—1 vez.—(IN2011073846).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, a
las quince horas del catorce de setiembre del año dos mil once, se reformaron
la cláusula cuarta de la administración y se nombra nuevo secretario de la
sociedad Kionaikoan S. A. Presidente: Naoki Fujita.—Alajuela, catorce de
setiembre del dos mil once.—Lic. Ernesto Mora Alfaro, Notario.—1
vez.—(IN2011073849).
Importadora Mil Novecientos Treinta Sociedad
Anónima, con
cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos diecisiete mil cuatrocientos
ochenta y tres. Domiciliada en Alajuela, distrito y cantón primero, modifica la
cláusula cuarta del pacto constitutivo, en cuanto al plazo social.—Alajuela, 16
de setiembre del 2011.—Lic. Maruja Fernández R., Notaria.—1
vez.—(IN2011073862).
En esta Notaría, al ser las once horas, del
día dos de setiembre del dos mil once, se constituyó la empresa Mensajería
Beraca Sociedad Anónima. Es todo.—San José, dos de setiembre del dos mil
once.—Lic. José Gonzalo Saavedra Brenes, Notario.—1 vez.—(IN2011073878).
Por escritura otorgada hoy ante esta notaría,
Terapin Hlding J. N. B. Sociedad Anónima, protocoliza acuerdos de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas, modificando la
cláusula segunda del domicilio. Se revocan nombramientos de junta directiva y
se hacen nuevos nombramientos.—San José, diecinueve de setiembre de dos mil
once.—Lic. Marco Antonio Fernández López, Notario.—1 vez.—(IN2011073882).
Ante mí, María del Rocío Montero Vílchez,
notaria pública con oficina en Heredia, en escritura otorgada a las nueve horas
del diecinueve de setiembre del dos mil once, se constituyó la empresa
individual de responsabilidad limitada denominada Seguridad Grupo El
Faro E. I. R. L., cuyo gerente es el señor Allan Rodrigo Guevara
Valenciano, su capital empresarial se encuentra totalmente suscrito y pagado,
empresa domiciliada en la ciudad de Heredia.—Diecinueve de setiembre del dos
mil once.—Lic. María del Rocío Montero Vílchez, Notaria.—1 vez.—(IN2011073883).
Mediante escritura otorgada a las quince
horas del siete de setiembre del año en curso, se constituyó la sociedad Yo
Costa Rica S. A., con un plazo de noventa y nueve años. Es todo.—San José,
diecinueve de setiembre de dos mil once.—Lic. Carlos Víquez Jara, Notario.—1
vez.—(IN2011073894).
Por escritura otorgada por mí, el día
dieciséis de setiembre del dos once, a las nueve horas, se protocolizó acta de Inversiones
Bosques del Sol S. A., mediante la cual se acuerda reformar la
cláusula segunda del pacto social. Se nombra junta directiva y fiscal.—Lic.
Leonardo Crespo Valerio, Notario.—1 vez.—(IN2011073902).
Ante mi notaría, se protocolizó mediante
escritura número veintisiete, visible al folio dieciséis vuelto del tomo cuarto
de mi protocolo, la asamblea general extraordinaria de socios número cinco de
la sociedad Romaos R. M. O Sociedad Anónima, en la cual se
modificó la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad referente al
capital social de la indicada sociedad, cédula jurídica número: tres-ciento
uno-ciento setenta y siete mil veintidós, en el cual se amplía el capital
social en la suma de cien millones de colones.—Atenas, diecinueve de setiembre
del dos mil once.—Lic. Luis Antonio Ugalde Ramos, Notario.—1
vez.—(IN2011074115).
Por escritura número 204 otorgada ante esta
notaría a las 9 horas 45 minutos del 19 de setiembre del 2011, protocolicé acta
de asamblea general extraordinaria de accionistas de la entidad Clavo y Cruz
S. A., cédula jurídica 3-101-545359, por medio de la cual se reformaron los
estatutos en su cláusula primera: El nombre, cláusula segunda: El domicilio.
Asimismo se aceptó la renuncia de los miembros de junta directiva y el fiscal y
se hicieron los nuevos nombramientos.—San José, 19 de setiembre del 2011.—Lic.
José Francisco Protti Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2011074118).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las
once horas del diecinueve de setiembre del dos mil once. Se modifica la junta
directiva de la asociación denominada Asociación de Danza Folklórica Alma
Tica. Se modifica las cláusulas sexta del estatuto y la décimo cuarta.—San
José, 19 de setiembre del 2011.—Lic. Lucrecia Campos Delgado, Notario.—1
vez.—(IN2011074126).
Por escrituras pública número ciento sesenta
otorgada a las 10:00 horas del 20 de setiembre de 2011 ante et notario Jorge
Manuel Chacón Mora, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de
la sociedad Firts B.R.C. S. A., por la cual se reforma la cláusula
novena de los estatutos, se nombra presidente secretario y tesorero de la junta
directiva, nuevo fiscal y se autoriza una nueva emisión de acciones.—San José,
20 de setiembre del 2011.—Lic. Jorge Manuel Chacón Mora, Notario.—1
vez.—(IN2011074127).
Tres-ciento uno-quinientos sesenta mil
seiscientos noventa y uno s. a., cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta mil
seiscientos noventa y uno, protocoliza acta: modifica domicilio social y
fiscal; modifica administración; revoca nombramientos de junta directiva y
fiscal; y nombra junta directiva, fiscal por el resto del plazo social.
Escritura cuarenta y ocho-diecinueve del tomo número diecinueve, otorgada a las
quince horas del diecinueve de setiembre del dos mil once.—Lic. Ananías
Matamoros Carvajal y Juan Carlos Matamoros Carvajal, Notarios.—1
vez.—(IN2011074132).
Por escritura de las 8:00 horas del 17 de
agosto 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Brinca
Fiesta del Oeste S. A., cédula jurídica: 3-101-590287. Se modifican el domicilio
y administración, revocatoria y nombramiento de directores.—Lic. Bárbara Nechbi
Durán Avilés, Notaria.—1 vez.—(IN2011074133).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad
denominada Joy & Joy Sociedad Anónima, domiciliada en San José.
Capital social: ¢100.000. Presidenta: Bárbara Linardi. Escritura de las 8:00
horas del 14 de setiembre de 2011.—Lic. Bárbara Nechbi Durán Avilés, Notaria.—1
vez.—(IN2011074134).
Condominio Los Itabos Filial Cincuenta y Uno
Manganeso S. A.,
cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos treinta y dos mil
cuatrocientos veinticuatro, protocoliza acta: modifica domicilio social y
fiscal; modifica administración; revoca nombramientos de junta directiva y
fiscal; y nombra junta directiva, fiscal por el resto del plazo social.
Escritura cuarenta y siete-diecinueve del tomo número diecinueve, otorgada a
las catorce horas del diecinueve de setiembre del dos mil once.—Lic. Juan
Carlos Matamoros Carvajal y Ananías Matamoros Carvajal, Notarios.—1
vez.—(IN2011074135).
Por escritura 312 otorgada en esta notaría, a
las 16:00 horas del 19 de setiembre del 2011, se constituyó la sociedad: Los
Ángeles de Charlie S. A., Capital social de ¢10.000,00, representada por el
presidente.—Lic. Ilem Tatiana Rojas Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2011074136).
Condominio Los Itabos Filial Cuarenta y Ocho
Iridio S.A.,
cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos treinta y dos mil
cuatrocientos diecisiete, protocoliza acta: modifica domicilio social y fiscal;
modifica administración; revoca nombramientos de junta directiva y fiscal; y
nombra junta directiva, fiscal por el resto del plazo social. Escritura
cuarenta y seis-diecinueve del tomo número diecinueve, otorgada a las trece
horas del diecinueve de setiembre del dos mil once.—Lic. Juan Carlos Matamoros
Carvajal y Ananías Matamoros Carvajal, Notarios.—1 vez.—(IN2011074137).
Ante mí, Gonzalo Víquez Carazo, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Vistas
de Mankato Trece Sociedad Anónima, celebrada al ser las trece horas y
veinte minutos del día cinco de agosto del dos mil once, en donde se reforma la
cláusula segunda. Es todo.—San José, ocho de agosto del dos mil once.—Lic.
Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—(IN2011074164).
Ante mí, Gonzalo Víquez Carazo, se protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Alturas de
Mapleton Catorce Sociedad Anónima, celebrada al ser las trece horas y cinco
minutos del día cinco de agosto del dos mil once, en donde se reforma la
cláusula segunda. Es todo.—San José, ocho de agosto del dos mil once.—Lic.
Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—(IN2011074166).
Mediante escritura pública número trescientos
sesenta del dieciséis de agosto del dos mil once, otorgada en Alajuela a las
ocho horas ante la notaria Catalina Rojas Ramírez, se protocoliza acta de
asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Cawboys Security
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-519959, en donde se reforma la
cláusula décima cuarta: en cuanto a la junta directiva donde renuncian al cargo
de secretario el señor Carlos Hernández Arroyo, cédula 1-954-529 y en su lugar
entra la señora Cintia Esquivel Chan, cédula 6-325-905 como secretaria. Es
todo.—Alajuela, 20 de setiembre del dos mil 2011.—Lic. Catalina Rojas Ramírez,
Notaria.—1 vez.—(IN2011074174).
Mediante escritura número ochenta y
cuatro-cinco de las trece horas del dieciséis de setiembre dos mil once,
protocolicé el acta de asamblea general de cuotistas de la sociedad denominada tres-ciento
dos-seiscientos treinta y cuatro mil doscientos cuarenta y tres sociedad de
responsabilidad limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento
dos-seiscientos treinta y cuatro mil doscientos cuarenta y tres, celebrada en
San José, Santa Ana, Pozos, Centro Empresarial Fórum, edificio C, oficina uno C
uno, al ser las nueve horas del catorce de setiembre de dos mil once por medio
de la cual se reformaron las cláusulas primera y cuarta del pacto social de la
sociedad.—San José, 19 de setiembre del 2011.—Lic. Vicente Aurelio Lines
Fournier, Notario.—1 vez.—(IN2011074179).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las
trece horas de hoy, se constituyó la sociedad Recicladora R Y R de Santa
Cruz Sociedad Anónima, capital: íntegramente suscrito y pagado. Plazo:
noventa y nueve años. Presidente y tesorero con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar separadamente. Presidente:
Rudis Elicia Vega Vega, secretario: Roberto Carlo Solano Alvarado. Sin fecha
límite.—Heredia, dieciocho de agosto del año dos mil once.—Lic. Rodrigo Alberto
Herrera Fonseca, Notario.—1 vez.—(IN2011074183).
Por escritura 40-20 otorgada ante el suscrito
notario, a las nueve horas y treinta minutos del veinte de setiembre del 2011,
la sociedad Porvenir Maximus E Y A S. A., cambia la cláusula vigésimo
segunda, nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 20 de setiembre del
2011.—Lic. Juan Carlos Esquivel Favareto, Notario.—1 vez.—(IN2011074189).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
el día 19 de setiembre de 2011, se protocolizó el acta Nº 01 de la asamblea
general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad Velzyland
North Shore Limitada, en la cual se procedió a reformar la cláusula octava
del pacto social.—San José, 19 de setiembre del 2011.—Lic. George De Ford
González, Notario.—1 vez.—(IN2011074192).
Mediante escritura número noventa y nueve,
otorgada ante esta notaría, a las diez horas y treinta minutos del 20 de
setiembre de 2011, se constituyó la sociedad Honokahua Off Shore Ltda.—San
José, 20 de setiembre del 2011.—Lic. George De Ford González, Notario.—1
vez.—(IN2011074193).
Protocolización de acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de la sociedad tres-ciento dos-seiscientos veintinueve
mil doscientos cincuenta y seis, misma cédula jurídica que su denominación
social. Se modifican el domicilio, se revoca y se nombran nuevos
administradores, se modifican facultades.—San José, 20 de setiembre del año
2011.—Lic. Sonia Rebeca Montealegre Pérez, Notaria.—1 vez.—(IN2011074194).
Por escritura otorgada ante mí, en San José a
las dieciocho horas del diecinueve de setiembre del dos mil once, los señores
Mayra Rodríguez Guardia, Celina Contreras Pérez y Sergio Giorgio Latini
constituyen una sociedad anónima denominada Arandas del Río Azul Sociedad
Anónima, capital íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: Escazú, San
Rafael, urbanización Los Anonas, trescientos metros norte y cincuenta al este
de la entrada principal, casa número veintiocho. Objeto: el ejercido del
comercio e industria en general. Plazo: de noventa y nueve años a partir de
hoy.—San José, 19 de setiembre del 2011.—Lic. Marcela Miranda Montero,
Notaria.—1 vez.—(IN2011074197).
Por escritura otorgada ante esta notaría, el
día veinte de setiembre del dos mil once, se protocolizó acta de constitución
de la sociedad Epokagroup Sociedad Anónima. Capital social diez mil
colones. Presidente: Felipe Reyes Newman.—San José, al ser doce horas cincuenta
minutos del día 20 de setiembre del 2011.—Lic. Óscar Lizano Quesada, Notario.—1
vez.—(IN2011074203).
Por escritura otorgada ante esta notaría, al
ser 13:00 horas del día veinte de setiembre del dos mil once, se protocolizó
acta asamblea de tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil cincuenta
y seis sociedad anónima, que reforma pacto social y cambia junta directiva.
Presidenta: Nancy Melissa Vargas Rojas.—San José, al ser trece horas diez
minutos del día 20 de setiembre del 2011.—Lic. Óscar Lizano Quesada, Notario.—1
vez.—(IN2011074205).
El día de hoy, ante esta notaría, se
protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Boca Térraba Sociedad Anónima, mediante los cuales se reforman
totalmente los estatutos de la empresa y se nombra nueva junta directiva y
fiscal.—San José, 19 de setiembre del 2011.—Lic. Román Esquivel Font,
Notario.—1 vez.—(IN2011074212).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario, a las 9:00 horas del catorce de setiembre de dos mil once, se
constituyó la sociedad denominada MSL Group Sociedad Anónima. Asimismo
hago constar que el capital social se encuentra suscrito y pagado.—Es todo.—San
José, 14 de setiembre del 2011.—Lic. Douglas Ruiz Gutiérrez, Notario.—1
vez.—(IN2011074218).
Jenson Vega Rodríguez, y Kimberly Arias
Bello, constituyen sociedad anónima. Escritura número ciento ochenta y seis, a
las siete horas del día veinte de agosto del año dos mil once. Se denominará de
acuerdo a su cédula jurídica, capital social diez mil colones.—Lic. Mauren
Catalina Bustos Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2011074224).
Allan Joseph Artavia Ramírez y Magaly Andrea
Bermúdez Quesada, constituyen sociedad anónima, escritura número ciento ochenta
y siete, a las ocho horas quince minutos del día veinte de agosto del año dos
mil once. Se denominará de acuerdo a su cédula jurídica, capital social diez
mil colones.—Lic. Mauren Catalina Bustos Jiménez, Notaria.—1
vez.—(IN2011074225).
Raúl Rodríguez Aguirre y Raúl Rodríguez
Zamora, constituyen sociedad anónima. Escritura número ciento ochenta y ocho, a
las nueve horas quince minutos del día veinte de agosto del año dos mil once.
Se denominará de acuerdo a su cédula jurídica, capital social diez mil
colones.—Lic. Mauren Catalina Bustos Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2011074226).
Mediante escritura numero tres, otorgada ante
esta notaría, a las 16:00 horas del 9 de setiembre del 2011, se constituyó la
sociedad de nombre F&F Networks Flores Sociedad Anónima. Plazo
social 99 años a partir del momento de su constitución. Capital social
íntegramente suscrito y pagado mediante letras de cambio. Presidente. Fabián
Flores Soto.—San José, 20 de setiembre del dos mil once.—Lic. Eugenio Vargas
Chavarría, Notario.—1 vez.—(IN2011074234).
Por escritura otorgada a las 8:00 horas del
día diez de agosto del dos mil once, la sociedad Condominios del Cielo Azul
Catorce Gris S. A. Modifica las cláusulas tercera y octava de su
pacto constitutivo y nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 21 de
setiembre del dos mil once.—Lic. Lázaro Natan Broitman Feinzilber, Notario.—1
vez.—(IN2011074236).
Por escritura otorgada a las 8:00 horas del
día de hoy, se constituye la sociedad Predios de Oro de Barrio México S. A.
donde corresponde al presidente y al secretario de la junta directiva la
representación judicial y extrajudicial de la misma con facultades de
apoderados generalísimos sin limite de suma actuando en forma individual.—San
José, 21 de setiembre del 2011.—Lic. Lázaro Natan Broitman Feinzilber,
Notario.—1 vez.—(IN2011074237).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 9:00 horas del diecinueve de setiembre del dos mil once se, constituyó la
sociedad de acuerdo con el decreto ejecutivo número 33171-J del catorce de
junio del 2006, con un plazo social de noventa y nueve años y representada por
su presidente con facultades de generalísimo sin límite de suma.—Lic. Olman
Martínez Picado, Notario.—1 vez.—RP2011258290.—(IN2011074314).
Que por escritura número 109, visible a folio
145 vuelto se constituyó la empresa representada por el gerente Lyle Meller
(nombres) Anderson (apellido) denominada MMVXI El Ojo de
Por escritura otorgada ante esta notaría, al
ser las 10:00 horas del 16 de setiembre del 2011, se protocolizó acta de
asamblea de la empresa Concentrados de El General S. A., cédula jurídica
3-101-72117. Acuerdo reformar la cláusula quinta del pacto constitutivo.—San
Isidro, Pérez Zeledón 20 de setiembre del 2011.—Lic. Geovanny Cordero Jiménez,
Notario.—1 vez.—RP2011258293.—(IN2011074316).
Por acta protocolizada por el suscrito
notario se constituyó la sociedad Alelsada Sociedad Anónima, nombró
nueva secretaria.—San José, 19 de setiembre del 2011.—Lic. Rolando Angulo
Gatgens, Notario.—1 vez.—RP2011258294.—(IN2011074317).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario se constituyó la sociedad denominada Inversiones Yaxzuc Sociedad
Anónima, por un plazo de noventa y nueve años. Representación presidente
con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 19 de
setiembre del 2011.—Lic. Rolando Angulo Gatgens, Notario.—1 vez.—RP2011258295.—(IN2011074318).
El día de hoy, yo, Maylin Brenes Solera,
notaria pública con oficina en San José, protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de socios de Esmeralda Producciones EP S. A. Se
modifica cláusula sexta de los estatutos.—San José, 14 de setiembre del
2011.—Lic. Maylin Brenes Solera, Notaria.—1 vez.—RP2011258296.—(IN2011074319).
A las 9:00 horas de hoy protocolicé un acta
de Inversiones Ame S. A., mediante la cual se modifican las cláusulas
del domicilio y de la administración. Domicilio San José, San Pedro.
Representación: Presidente.—Lic. Carlos Serrano Castro, Notario.—1
vez.—RP2011258298.—(IN2011074320).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 15:50 horas, del día 16 de setiembre del año 2011, los señores: Ronald Enrique
Esquivel Ramírez y Viria Roxana Solano Vindas, constituyeron RVRP Turrubares
Sociedad Anónima, utilizando RVRP, como nombre de fantasía,
domiciliada en Curridabat, San José.—San José, 16 de setiembre del año
2011.—Lic. Lilia María Coghi Corrales, Notaria.—1
vez.—RP2011258299.—(IN2011074321).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 15:20 horas, del día 16 de setiembre del año 2011, los señores: Ronald
Enrique Esquivel Ramírez y Viria Roxana Solano Vindas, constituyeron RVRP
Vehículos Sociedad Anónima, utilizando RVRP, como nombre de
fantasía, domiciliada en Curridabat, San José.—San José, 16 de setiembre del
2011.—Lic. Lilia María Coghi Corrales, Notaria.—1
vez.—RP2011258300.—(IN2011074322).
El suscrito notario William Rodríguez Umaña,
hago constar que he protocolizado el cambio de junta directiva, domicilio
social y aumento de capital social de Bernetz It Services S. A.,
escritura otorgada en la ciudad de San José, a las trece horas del dieciséis de
setiembre del dos mil once. Es todo.—San José, 16 de setiembre del 2011.—Lic.
William Rodríguez Umaña, Notario.—1 vez.—RP2011258302.—(IN2011074323).
Constitución de Agropecuaria Cascante
Fallas e Hijos S.A. Apoderado generalísimo sin límite de suma: Eligio
Cascante Chinchilla, cédula 1-654-862. Capital social veinte mil colones
distribuido en veinte acciones comunes y nominativas de mil colones cada
una.—Lic. Sergio Vidal Zúñiga López, Notario.—1
vez.—RP2011258304.—(IN2011074324).
A las nueve horas veinte minutos del 2 de
setiembre del 2011, la sociedad 3-101-638455 sociedad anónima, modifico
la cláusula primera de sus estatutos, cláusula que en adelante se leerá de la
siguiente forma: Primera: se denominará: Bisgrup Joand Osand Sociedad
Anónima siendo las palabras Bisgrup Joand Osand de fantasía y pudiendo
abreviarse sus dos últimas siglas S.A., se comisionó al notario Alexander
Quesada Venegas para protocolizar el acta respectiva.—Lic. Alexander Quesada
Venegas, Notario.—1 vez.—RP2011258306.—(IN2011074325).
Por escritura otorgada el día de hoy ante mí,
Msc Frank Herrera Ulate, se otorga poder generalísimo sin límite de suma de
forma conjunta limitado a doscientos mil dólares, a Luis Castro, Ariel
Aengelsztajn en la empresa Intcomex Costa Rica Mayorista en equipo de
Cómputo S. A.—San José, 19 de setiembre del 2011.—Msc. Frank Herrera Ulate,
Notario.—1 vez.—RP2011258307.—(IN2011074326).
Por escritura otorgada el día de hoy ante mí,
Msc Frank Herrera Ulate, se otorga aumenta capital en la empresa Intcomex
Costa Rica Mayorista en equipo de Cómputo S. A.—San José, 19 de setiembre
del 2011.—Lic. Frank Herrera Ulate, Notario.—1
vez.—RP2011258308.—(IN2011074327).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 14:00 horas del 8 de setiembre del 2011, se constituyó la sociedad
denominada Dadima Sociedad Anónima. Domicilio social: San José,
Curridabat, del Centro Comercial Plaza del Sol, quinientos metros sur y setenta
y cinco metros este.—Veinte de setiembre del dos mil once.—Lic. Francisco
Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—RP2011258309.—(IN2011074328).
Por escritura otorgada el día de hoy ante mí,
Luis Felipe Martínez Obando, en la empresa Intcomex Costa Rica Mayorista en
Equipo de Cómputo S. A. se otorga poder general judicial a Frank Herrera
Ulate.—San José, 19 de setiembre del 2011.—Lic. Luis Felipe Martínez,
Notario.—1 vez.—RP2011258310.—(IN2011074329).
Por escritura otorgada ante el notario
público Carlos Lizano Lépiz, a las diecinueve horas del diecinueve de setiembre
del año dos mil once, se constituyó la sociedad anónima España Santa María
Sociedad Anónima, cuyo capital se encuentra totalmente suscrito y
pagado.—Heredia, 19 de setiembre del 2011.—Lic. Carlos Lizano Lépiz, Notario.—1
vez.—RP2011258311.—(IN2011074330).
Por asamblea de las 16:00 horas del
diecisiete de setiembre del dos mil once, se constituyó la compañía H- Quimo
Sociedad Anónima. Domicilio San José, Moravia, Presidenta: Hannia de Los
Ángeles Quirós Mora.—San José, 19 de setiembre del 2011.—Lic. Jorge Fernando
Calvo Mora, Notario.—1 vez.—RP2011258312.—(IN2011074331).
Por escritura otorgada ante mí a las 11:00
horas del 12 setiembre 2011, se constituyó Distribuidora Segpro Sociedad
Anónima, domicilio San José. Presidente, secretario y tesorero apoderados
generalísimos forma conjunta.—Lic. Gabelo Rodríguez Quesada, Notario.—1
vez.—RP2011258313.—(IN2011074332).
Por escritura pública número doscientos
dieciocho-cinco del tomo quinto otorgada ante la suscrita notaria pública, se
protocoliza la creación de la sociedad YUGI Sociedad Anónima.—San José,
dos de setiembre del dos mil once.—Lic. Andrea Ruiz Castillo, Notaria.—1
vez.—RP2011258314.—(IN2011074333).
En mi notaría se ha modificado el pacto
constitutivo de la sociedad Corporación Costarricense de Mercadeo
Internacional y de Desarrollo COMIDE Sociedad Anónima. Presidente: el socio
Orlando Castro Murillo. En Guadalupe, a las doce horas del dos de setiembre del
año dos mil once.—Lic. Andrea Ruiz Castillo, Notaria.—1
vez.—RP2011258315.—(IN2011074334).
Por escritura otorgada ante esta notaría el
día de hoy, se constituyó la compañía Inversora Pedroso de Vendaval Sociedad
Anónima. Capital social: diez mil colones.—San José, 16 de setiembre del
2011.—Lic. Alejandro Marín Pacheco, Notario.—1
vez.—RP2011258317.—(IN2011074335).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a
las once horas veinte minutos del día diecinueve de setiembre del dos mil once,
donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de accionistas de la sociedad denominada Cafetalera Transcaribe S. A.
Donde se acuerda reformar la cláusula tercera del pacto social.—San José,
diecinueve de setiembre del dos mil once.—Lic. Magally María Guadamuz García,
Notaria.—1 vez.—RP2011258319.—(IN2011074336).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a
las trece horas treinta minutos del día diecinueve de setiembre del dos mil
once, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general de cuotistas de la
sociedad denominada Kataimo Modata KMK Ltda. Donde se acuerda reformar
la cláusula novena del pacto constitutivo.—San José, diecinueve de setiembre
del dos mil.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1
vez.—RP2011258320.—(IN2011074337).
Se hace constar que mediante escritura
pública número quince del tomo tercero de esta notaría, se protocolizó acta de
asamblea general de accionistas de la sociedad Garnier Desarrollos
Corporativos Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento
uno-treinta mil cuatrocientos noventa y nueve, mediante la cual se reforman las
cláusulas segunda y octava de los estatutos en cuanto al domicilio y cambios en
su representación.—San José, catorce de setiembre del dos mil once.—Lic.
Marianela Carvajal Carvajal, Notaria.—1 vez.—RP2011258322.—(IN2011074338).
Por escritura número ciento cuatro otorgada
ante esta notaría, a las quince horas del cinco de setiembre de dos mil once,
se constituye la compañía de esta plaza denominada Corporación R V A de
Costa Rica Sociedad Anónima. Capital social: íntegramente suscrito y
pagado. La representación social la ostentarán el presidente y el secretario
con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar
conjunta o separadamente.—Ciudad Quesada, 19 de setiembre de 2011.—Lic. Olga
Lydia Guerrero Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2011258323.—(IN2011074339).
Mediante escritura otorgada a las 13:00 horas
del 19 de setiembre de 2011, se constituyó la sociedad Albuks Sociedad
Anónima. Domicilio: San José, capital social: diez mil colones, objeto:
comercio e industria en todas sus manifestaciones, plazo: noventa y nueve
años.—San José, 20 de setiembre del 2011.—Lic. Ivannia Zúñiga Vidal, Notaria.—1
vez.—RP2011258324.—(IN2011074340).
Mediante escritura número treinta, visible al
folio dieciocho vuelto del tomo décimo tercero del protocolo del notario José
Álvaro Bonilla Rojas, se constituyó la sociedad denominada Ryty Renraw
Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, San Carlos, dieciséis de setiembre del dos mil once.—Lic.
José Álvaro Bonilla Rojas, Notario.—1 vez.—RP2011258325.—(IN2011074341).
Por escritura otorgada ante mí, a las doce
horas del dieciséis de setiembre de dos mil once, se protocoliza acta de
asamblea extraordinaria de socios de Quirós y Hernández Sociedad Anónima,
mediante la cual se modifica cláusula del pacto constitutivo.—Ciudad Quesada,
16 de setiembre de 2011.—Lic. David Rogelio Jiménez Zamora, Notario.—1
vez.—RP2011258326.—(IN2011074342).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad MC
Mayorga S.A., capital social veinte mil colones, plazo social
cien años. Representación: el presidente y secretario con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 16 de setiembre del
2011.—Lic. Sonia Montero Briceño, Notaria.—1 vez.—RP2011258332.—(IN2011074343).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad
Por escritura otorgada ante esta notaría en
San José, a las once horas del día ocho de setiembre del dos mil once, se
modificó el domicilio de tres-ciento uno-seis tres siete siete cero siete
s.a.—San José, diecinueve de setiembre del dos mil once.—Lic. José Antonio
Saborío Carrillo, Notario.—1 vez.—RP2011258335.—(IN2011074345).
Ante esta Notaría, por escritura otorgada a
las trece horas del día nueve de setiembre del dos mil once, se constituye Mercadeo
Planificado Mercaplan Sociedad Anónima.—San José,
dieciséis de setiembre del dos mil once.—Lic. Ricardo Javier Hidalgo Murillo,
Notario.—1 vez.—RP2011258338.—(IN2011074346).
Yo, Ingrid Brown Sequeira, hago constar que
ante mi Notaría constituí la sociedad denominada: Mochitos S. A.
Domicilio Cartago, capital cien mil colones, objeto el comercio en general.
Presidente Marvin Rodríguez Aguilar. Escritura otorgada en la ciudad de San
José, a las 14:30 horas del 19 de agosto 2011.—Lic. Ingrid Brown Sequeira,
Notaria.—1 vez.—RP2011258339.—(IN2011074347).
Por escritura número treinta y uno, otorgada
a las doce horas del diecinueve de setiembre del dos mil once, protocolicé acta
de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Costa
Montaña Estates Rosa Cero Diez S. A., en la cual se reforma la
cláusula octava del pacto constitutivo.—Lic. Arnaldo Bonilla Quesada,
Notario.—1 vez.—RP2011258340.—(IN2011074348).
Por escritura de trece horas de hoy, en esta
ciudad protocolicé acta de asamblea de socios de Arquitectura e
Ingeniería S. A., en la cual reforma sus estatutos.—San José, 19 de
setiembre del 2011.—Lic. Patricia Rivero Breedy, Notaria.—1
vez.—RP2011258343.—(IN2011074349).
Por escritura otorgada ante mí, a las once
horas del diecinueve de setiembre del dos mil once, la sociedad Moky Bodegas
S. A., realiza nombramiento de nuevo presidente, tesorero, fiscal y
agente residente, además modifica la cláusula novena referente a la
administración.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, diecinueve de
setiembre del dos mil once.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1
vez.—RP2011258344.—(IN2011074350).
Yo, Shirley Duarte Duarte, en escritura 264
de las 9:00 horas del 14 setiembre 2011, se constituye sociedad con número de
cédula jurídica. Presidente: Juan Manuel Rodríguez Rodríguez. Domicilio:
Goicoechea, Mata de Plátano, capital 10.000 colones.—San José, 19 de setiembre
del 2011.—Lic. Shirley Duarte Duarte, Notaria.—1
vez.—RP2011258345.—(IN2011074351).
Por escritura otorgada en esta ciudad a las
13:00 horas de hoy, ante la suscrita notaria pública, se protocolizó acta de Abuelita
Mochis S. A., en la que se reformó la cláusula cuarta de los
estatutos acortándose el plazo de la sociedad.—San José, 14 de setiembre del
2011.—Lic. Irene Lobo Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2011258346.—(IN2011074352).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las nueve horas del dieciséis de setiembre del dos mil once, se protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad
denominada Anyo Internacional Sociedad Anónima, según la cual se acepta
la renuncia del presidente y secretario de la junta directiva y se hacen nuevos
nombramientos.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1
vez.—RP2011258348.—(IN2011074353).
Por escritura otorgada a las 18:30 horas del
13 de setiembre de 2011, ante esta notaría, se constituyó la sociedad A.F.P.
Inversiones y Representaciones S. A. Capital social: íntegramente suscrito
y pagado.—San José, 13 de setiembre del 2011.—Lic. Jorge Arturo Arce Lara,
Notario.—1 vez.—RP2011258349.—(IN2011074354).
En escritura número siete-ciento treinta y
cuatro, otorgada a las 10:00 horas del 19 de setiembre de 2011, tomo 7 del
protocolo de esta notaría, se constituyó la sociedad Ovee Dominios de
Internet S.R.L.—San José, 19 de setiembre de 2011.—Lic. Andrea Fernández
Cruz, Notaria.—1 vez.—RP2011258350.—(IN2011074355).
Por escritura otorgada ante mí, el 15 de
marzo del 2011, se constituyó la sociedad
Asesorías Mercadológicas Managment
J M S. A., capital social de ¢100.000,00 colones totalmente suscrito
y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de
suma.—Lic. Andrea Fernández Bonilla, Notaria.—1
vez.—RP2011258351.—(IN2011074356).
Por escritura número ciento cuarenta y
nueve-uno, otorgada ante esta notaría: notario público Adrián Álvarez Orellana,
a las nueve horas treinta minutos del catorce de setiembre de dos mil once, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Grupo Especializado de Asistencia Gea de Costa Rica S. A.,
cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos treinta y siete mil noventa y
cuatro, mediante la cual se reforma la cláusula quinta del capital social de
los estatutos sociales.—San José, catorce de setiembre de dos mil once.—Lic.
Adrián Álvarez Orellana, Notario.—1 vez.—RP2011258353.—(IN2011074357).
Por escritura otorgada ante los notarios Raymundo
Bolaños Calvo y Wady Espinoza Hernández, se constituyó la empresa Collecting
Waste C.W. Inc Sociedad Anónima. Capital: totalmente suscrito y
pagado.—Lic. Wady Espinoza Hernández, Notario.—1
vez.—RP2011258354.—(IN2011074358).
Ante esta notaría se reforman las cláusulas
segunda y vigésima del pacto constitutivo de la sociedad Inversiones
Por escritura otorgada ante los notarios
Raymundo Bolaños Calvo y Wady Espinoza Hernández, se protocolizó acta en
segunda convocatoria con el sesenta por ciento de los asistentes de la empresa Tuanix-Com
Sociedad Anónima, según el cual se cambió el domicilio social y se
revocaron poderes conferidos.—Lic. Wady Espinoza Hernández, Notario.—1
vez.—RP2011258356.—(IN2011074360).
Hoy a las diez horas, se constituyó ante mí la
sociedad Sendero del Armadillo S. A.—San José, 16 de setiembre de
2011.—Lic. Rómulo Pacheco Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2011258357.—(IN2011074361).
La suscrita Kattia Quirós Chévez, notaria
pública con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el diecinueve de
setiembre del dos mil once, protocolicé actas de las empresas Muar de
Heredia S. A., Grupo Dinosamuvi S. A. y Maquinaria Industrial
Timsa S. A., por los cuales se acuerda la fusión de dichas sociedades,
prevaleciendo Maquinaria Industrial Timsa S. A.—San José, diecinueve de
setiembre del dos mil once.—Lic. Kattia Quirós Chévez, Notaria.—1
vez.—RP2011258359.—(IN2011074362).
Por escritura otorgada en la ciudad de San
José, al ser las ocho horas del día doce de abril del año dos mil diez, se
constituyó la fundación denominada Salud y Bienestar Funsabien.—Lic.
José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2011258360.—(IN2011074363).
Por escritura número doscientos cincuenta y
dos de las catorce horas del doce de setiembre del dos mil once, protocolizo
acta de asamblea general extraordinaria de socios de Equilibrio del Norte S.
A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento sesenta mil cuatrocientos ocho,
que modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo sobre la
administración.—Lic. Clara Isabel Loría Martínez, Notaria.—1
vez.—RP2011258361.—(IN2011074364).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las nueve horas del día diecinueve de setiembre del año dos mil
once, se constituyó: Cemg Consulting Services Sociedad Anónima. Representación
judicial: presidente en forma individual. Plazo social: noventa y nueve años.
Capital social: debidamente suscrito y pagado. Es todo.—San José, 19 de
setiembre del 2011.—Lic. Gabriela Coto Esquivel, Notaria.—1
vez.—RP2011258363.—(IN2011074365).
La suscrita notaria hago constar que a las 7
horas del día 19 de setiembre del 2011, bajo la escritura número 52-5, realicé
protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de Blue
Magic Ocean Sociedad Anónima, donde se nombran nuevo presidente y
tesorero.—San José, 19 de setiembre del 2011.—Lic. Paola Arias Marín,
Notaria.—1 vez.—RP2011258364.—(IN2011074366).
Por escritura pública número doscientos trece
otorgada ante esta notaría, a las quince horas del día dieciocho de setiembre
del año dos mil once, se protocolizó acta de la empresa Madriz Consultores
TI & Asociados Sociedad Anónima, en donde se reformó la cláusula
segunda de los estatutos.—Lic. Carlos Luis Rojas Céspedes, Notario.—1
vez.—RP2011258365.—(IN2011074367).
Ante mí, Denia Vázquez Pacheco notaria
pública, en escritura número cien, se constituyó la sociedad Hermanas
Miranda Morales de Chachagua Sociedad Anónima; domicilio: en Chachagua,
Peñas Blancas, San Ramón, Alajuela, cien metros al sur del Súper Comisariato
Chachagua. Presidenta: Josefina Morales Salas.—Fortuna, San Carlos, dieciséis
de setiembre del dos mil once.—Lic. Denia Vázquez Pacheco, Notaria.—1
vez.—RP2011258369.—(IN2011074368).
Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00
horas del 17 de setiembre de 2011, se constituyó la compañía denominada Grupo
Corporativo ZM S. A., con capital social de catorce millones de
colones.—San José, 17 de setiembre de 2011.—Lic. Bayardo Ávalos Sequeira,
Notario.—1 vez.—RP2011258372.—(IN2011074369).
En escritura número ciento setenta y uno del
tomo cuarto de mi protocolo, visible al folio ciento setenta y cinco vuelto,
otorgada a las once horas y treinta minutos del trece de setiembre del dos mil
once, se reformó el pacto social de Iloga Colochos Sociedad Anónima.—San
José, veinte de setiembre del dos mil once.—Lic. Cynthia Rodríguez Chacón,
Notaria.—1 vez.—RP2011258376.—(IN2011074370).
A las 11:00 horas del 20 de setiembre del
2011, Emilio José Ferro Rodríguez y José Manuel Méndez Fernández, constituyen Ferro
Group Sociedad Anónima. Capital social: cinco millones trescientos mil
colones, representado por cinco mil trescientas acciones comunes y nominativas
de mil colones cada una. Plazo social 99 años a partir de la fecha de la
escritura. Domicilio: En provincia de San José, cantón San José, distrito El
Carmen, exactamente en Paseo Colón, octavo piso del edificio Torre
Mercedes.—Lic. Fabiana Gutiérrez León-Páez, Notaria.—1
vez.—RP2011258383.—(IN2011074371).
A las 11:30 horas del 20 de setiembre del
2011, Emilio José Ferro Rodríguez y José Manuel Méndez Fernández, constituyen Ferro
Mayor Sociedad Anónima. Capital social: cinco millones trescientos mil
colones, representado por cinco mil trescientas acciones comunes y nominativas
de mil colones cada una. Plazo social: 99 años a partir de la fecha de la
escritura. Domicilio: la provincia de San José, cantón San José, distrito El
Carmen, exactamente en Paseo Colón, octavo piso del edificio Torre
Mercedes.—Lic. Fabiana Gutiérrez León-Páez, Notaria.—1
vez.—RP2011258384.—(IN2011074372).
Por escritura otorgada ante mí a las ocho
horas del catorce de setiembre del dos mil once, se reformó la cláusula décima
segunda de los estatutos de la sociedad Fomento de Inversiones, Negocios y
Arrendamientos Pelícano (FINANPESA) Sociedad Anónima. Es todo.—San José,
catorce de setiembre de dos mil once.—Lic. Alfredo Pizarro Campos, Notario.—1
vez.—RP2011258385.—(IN2011074373).
Por escritura otorgada ante mí a las nueve
horas del catorce de setiembre del dos mil once, se reformó la cláusula décima
segunda de los estatutos de la sociedad Disagro Maquinaria Sociedad Anónima.
Es todo.—San José, catorce de setiembre del dos mil once.—Lic. Alfredo Pizarro
Campos, Notario.—1 vez.—RP2011258386.—(IN2011074374).
Ante esta notaría, en la escritura otorgada
al ser las diecisiete horas del diecinueve de setiembre del dos mil once, se
constituyó la sociedad con el nombre Inversiones
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad
denominada Pura Voces Limitada. Capital suscrito y pagado mediante
letras de cambio. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite
de suma.—Tilarán, catorce de setiembre del dos mil once.—Lic. Eitel Eduardo
Álvarez Ulate, Notario.—1 vez.—RP2011258388.—(IN2011074376).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad
denominada Pura Soluciones Limitada. Capital suscrito y pagado mediante
letras de cambio. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite
de suma.—Tilarán, catorce de setiembre del año dos mil once.—Lic. Eitel Eduardo
Álvarez Ulate, Notario.—1 vez.—RP2011258389.—(IN2011074377).
Por escritura otorgada ante mi notaría, en
Cartago, a las 15:00 horas del 19 de setiembre del 2011, se constituyó la
sociedad: Modalé S. A. Plazo: 100 años, capital social: ¢10.000,00.
Giro: comercio en general, etc. Domicilio: el domicilio social será: Cartago,
Por escritura Nº 202 visible a folio 100 fte,
tomo 8, de las 9:00 horas del 18 de setiembre del 2011; se reforman cláusulas 2
del domicilio social, 5 sobre capital social y 7 del pacto social, nombrándose
nuevo consejo de administración y fiscal de Servimed Tales de Mileto S. A.,
3-101-404222. Presidenta: Ruth Sosa Jiménez, 1-884-421, apoderada generalísima
sin limitación de suma. Capital social: diez mil colones. Domicilio social:
Heredia, Barva, urbanización Puente de Piedra, casa 34B.—Santa Ana, 19
setiembre 2011.—Lic. Jorge Luis Porras Aguilar, Notario.—1
vez.—RP2011258394.—(IN2011074379).
Por escritura otorgada ante mí número: 170 de
las 9:00 horas del 21 de julio del año 2011, se modificó la cláusula novena de
la sociedad anónima denominada Inversiones y Propiedades Alas de Águila
Sociedad Anónima.—San José, 3 de agosto del 2011.—Lic. María Luisa Segura
Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—RP2011258396.—(IN2011074380).
Por escritura otorgada ante mí, el día de
hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de CRP
Corp. Limitada. Se modifica cláusula segunda del pacto constitutivo.—San
José, veinte de setiembre de 2011.—Lic. Fernando Montero López, Notario.—1
vez.—RP2011258401.—(IN2011074381).
Por escritura otorgada ante mí, el día de
hoy, se constituye la sociedad, se denominará la sociedad Costanera
Enterprises LLC de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, su
domicilio será San José, avenida ocho, calles nueve y once, número novecientos
sesenta y tres.—San José, veinte de setiembre del dos mil once.—Lic. Fernando
Montero López, Notario.—1 vez.—RP2011258402—(IN2011074382).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se
constituyó la empresa Desagua Sociedad Anónima. Plazo noventa y nueve
años. Escritura otorgada en San José a las quince horas del día catorce de
setiembre del dos mil once.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1
vez.—RP2011258403.—(IN2011074383).
Ante esta notaría, por escritura pública
número 40 visible a folio 44 vuelto del tomo 03, otorgada a las 8: 00 horas,
del día 16 de setiembre del 2011, se protocolizó acta de asamblea
extraordinaria de El León y su Lucha S. A. donde se modificó la cláusula
segunda del pacto constitutivo y se nombró nuevo presidente. Presidente: Carlos
Alberto Monge Rojas.—San José, 16 de setiembre del 2011.—Lic. María Isabel
García Campos, Notaria.—1 vez.—RP2011258404.—(IN2011074384).
Por escritura trescientos nueve de las 12
horas del 29 de agosto protocolicé acta de asamblea general de Sakina de
Oriente Limitada. Se aumenta el capital social.—San José, 29 de agosto del
2011.—Lic. Lucila de Pedro Fernández, Notaria.—1
vez.—RP2011258411.—(IN2011074385).
Por escritura otorgada en Palmares ante la
notaria María de los Ángeles González Fernández a las ocho horas del diecinueve
de setiembre del dos mil once se constituyó la sociedad Muebles de Lujo VEC
Sociedad Anónima con un capital de cien mil colones y un plazo social de
noventa y nueve años.—Palmares, 20 de setiembre del 2011.—Lic. María de los
Ángeles González Fernández, Notaria.—1 vez.—RP2011258414.—(IN2011074386).
Mediante escritura número ciento setenta y
seis de las diez horas del diecinueve de setiembre del año dos mil once se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Alta Vista
Mediante escritura número ciento setenta y
siete de las diez horas treinta minutos del diecinueve de setiembre del año dos
mil once se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Estancia
de San Isidro Sociedad Anónima, mediante la cual se modificaron las
cláusulas segunda, quinta y cuarta del pacto constitutivo. Se publica el
presente edicto para los efectos de ley.—Lic. Rodrigo Montenegro Fernández, Notario.—1
vez.—RP2011258416.—(IN2011074388).
Por escritura otorgada ante mí: Colby
Grupo Inmobiliario Sociedad Anónima, modifica estatutos y nombra junta
directiva y fiscal. Escritura otorgada en Heredia a las dieciocho horas del
diecinueve de setiembre del dos mil once.—Lic. Carlos Sánchez Carballo,
Notario.—1 vez.—RP2011258417.—(IN2011074389).
Por asamblea general extraordinaria de
socios, protocolizada por esta notaría a las 20:00 horas del 19 de setiembre
del 2011 se reforman los estatutos de la empresa Lusida S. A., se cambia
su razón social a Grupo Alveja de Nicoya Sociedad Anónima. Se nombra
nueva junta directiva, presidenta Vera Cecilia Masís Vargas.—Nicoya, 19 de
setiembre del 2011.—Lic. Elizabeth Núñez Chacón, Notaria.—1
vez.—RP2011258418.—(IN2011074390).
Por escritura otorgada ante esta notaria, a
las ocho horas del veinte de setiembre del dos mil once, se protocoliza acta de
asamblea de la sociedad Los Lirios del Pacífico Sociedad Anónima. Se
acuerda modificar la cláusula quinta del capital social.—San José, veinte de
setiembre del dos mil once.—Lic. Ana Giselle Barboza Quesada, Notaria.—1
vez.—RP2011258419.—(IN2011074391).
Mediante escritura otorgada ante el notario
Federico Vargas Brenes, número uno del tomo dos de su protocolo, de fecha 17 de
setiembre de 2011 se disuelve Programática Internacional Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-088952. Motivo: imposibilidad de cumplimiento del fin
social y acuerdo de socios. Maryleana Méndez Jiménez.—Lic. Federico Vargas
Brenes, Notario.—1 vez.—RP2011258420.—(IN2011074392).
El suscrito Adrián Granados Monge, hago
constar que mediante escritura número cuarenta y tres, visible al folio
cincuenta y ocho del tomo treinta y uno de mi protocolo, se constituyó la
sociedad denominada Jardín Infantil San Francisco de Asís Sociedad Anónima.—Cartago,
dieciséis de setiembre del dos mil once.—Lic. Adrián Granados Monge, Notario.—1
vez.—RP2011258421.—(IN2011074393).
Protocolización de acuerdos de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad Filial Treinta y Tres
Magnetita Fuerte Ventura Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la
cláusula segunda del domicilio, la cláusula novena de la administración.
Escritura otorgada a las diez horas del dieciséis de setiembre del dos mil
once.—Lic. Brizza Mena Segura, Notaria.—1 vez.—RP2011258432.—(IN2011074394).
Por escritura número cuarenta y cinco-uno,
otorgada a las 11:45 horas del 19 de setiembre del dos mil once, se constituyó
la sociedad que se denominará por el número de cédula jurídica que le asigne el
Registro Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del
Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Plazo social: 99 años.—Lic. Grettel Cisneros
Arce, Notaria.—1 vez.—RP2011258433.—(IN2011074395).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 9:00 horas del 19 de setiembre del 2011, se protocolizó acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Inmunolab Costa Rica
Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas sexta y
sétima del pacto constitutivo, se revocan nombramientos de junta directiva y se
nombran sustitutos.—San José, 19 de setiembre del 2011.—Lic. Dan Alberto
Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2011258434.—(IN2011074396).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve
horas treinta minutos del cinco de setiembre de dos mil once, protocolicé acta
de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Pink Peony
Limitada, con número de cédula de persona jurídica tres-ciento
dos-seiscientos treinta y siete mil setecientos cuarenta y ocho, de las ocho
horas del cinco de setiembre del dos mil once, mediante la cual se reforma la
cláusula sexta de los estatutos y se nombra nuevo gerente.—Lic. Eugenio Vargas
Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2011258435.—(IN2011074397).
Por escritura otorgada ante mí, a las
dieciséis horas del veintiséis de agosto del dos mil once, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Asher Pacific
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-trescientos noventa mil treinta y ocho, de las quince horas cuarenta y
cinco minutos del veintiséis de agosto de dos mil once, mediante la cual se
reforman las cláusulas segunda y sexta de los estatutos y se nombra nueva junta
directiva.—Lic. Rolando González Calderón, Notario.—1
vez.—RP2011258436.—(IN2011074398).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 9 horas del 19 de setiembre del 2011, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
El Parque Quinientos Cuatro A Sociedad Anónima, capital totalmente suscrito
y pagado. Presidente y tesorero con la representación judicial y
extrajudicial.—San José, 19 de setiembre del 2011.—Lic. Giovanni Peraza
Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2011258437.—(IN2011074399).
Por escritura 284 bis-02, otorgada ante esta
notaría, a las 10:00 horas del 5 de agosto de 2011, se modifica la cláusula
sexta de los estatutos de la sociedad Edjo E&J Bienes Raíces de San José
S. A., para que en adelante se lea: la representación y facultades del
artículo 1253 del Código Civil le corresponde en forma conjunta al presidente y
al tesorero.—San José, 5 de setiembre de 2011.—Lic. Pedro Dávila Álvarez,
Notario.—1 vez.—RP2011258441.—(IN2011074400).
Por escritura otorgada ante mí, a las 12:00
horas del 26 de agosto del 2011, se constituyó sociedad anónima denominada Mana
Internacional I.N.T.L. Sociedad Anónima, con domicilio en San José,
Por escritura otorgada ante mí, número: 198a
de las 17:00 horas del 8 de setiembre del 2011, se constituyó sociedad anónima
denominada Inversiones Ivosa Sociedad Anónima, con domicilio en San
Antonio de Desamparados, cuyos apoderados generalísimos son: Salvador Recinos
Jiménez e Ivonne Gutiérrez Vargas.—San José, 12 de setiembre del 2011.—Lic.
María Luisa Segura Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—RP2011258443.—(IN2011074402).
Por escritura número doscientos otorgada ante
esta notaría, a las nueve horas del catorce de setiembre del dos mil once, se
protocolizó acta de la sociedad tres-ciento dos-seiscientos treinta y ocho
mil quinientos cincuenta y cinco ltda, se reforman las cláusulas primera,
segunda, quinta y sexta del pacto social y se nombran nuevos gerentes y
subgerentes. Gerente: Hugo Chaves Arce.—San José, catorce de setiembre del dos
mil once.—Lic. Marianne Lierow Dundorf, Notaria.—1
vez.—RP2011258444.—(IN2011074403).
Hoy ante mí, se constituyó la empresa Inversiones
Nes y Jiménez Sociedad Anónima. Domicilio: Filadelfia. Objeto: comercio.
Plazo: 99 años. Representación: presidente.—Filadelfia, 2 de setiembre del
2011.—Lic. Luis Roberto Paniagua Vargas, Notario.—1
vez.—RP2011258450.—(IN2011074404).
La suscrita Marta Emilia Rojas Carranza,
notaria pública, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de la sociedad denominada Alvarado Rojas Ingeniería y
Servicios Técnicos Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-346854, para
reformar cláusulas primera y segunda del pacto constitutivo y nombramiento de
nueva junta directiva y fiscal. Es todo.—Palmares, veinte de setiembre del dos
mil once.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1
vez.—RP2011258452.—(IN2011074405).
El suscrito notario hace constar que por
escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del día tres de agosto del dos
mil once, en San José, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria
de accionistas de la sociedad con domicilio en San José, denominada empresa
Luciérnagas y Carbuncos S.R.L., titular de la cédula de persona jurídica
número tres-ciento dos-quinientos cuarenta y dos mil trescientos nueve,
mediante la cual se cambia la razón social a E-Business Distribution Costa
Rica S.R.L.—San José, a las trece
horas quince minutos del nueve de agosto del año dos mil once.—Lic. José
Antonio Giralt Fallas, Notario.—1 vez.—RP2011258454.—(IN2011074406).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce
horas del catorce de setiembre del año dos mil once, se protocoliza acta de
asamblea general de socios de Crantar Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-ciento sesenta y siete mil ochocientos ochenta y cinco,
mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y novena de la escritura
constitutiva, se fija como nuevo domicilio social la ciudad de Aguas Zarcas de
San Carlos, Alajuela, y se nombra nueva junta directiva.—Lic. María Eugenia
Porras Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2011258456.—(IN2011074407).
Ante mi notaría se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de socios de Estructuras Metálicas y
Desarrollos Jima Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Santa Ana de
En escritura 30 otorgada de las 20 horas del
31 de agosto del 2011, protocolicé asamblea extraordinaria de 3-102-639900
sociedad de responsabilidad limitada, se reforma cláusula de
representación.—San Ramón.—Lic. José Manuel Vargas Paniagua, Notario.—1
vez.—RP2011258462.—(IN2011074409).
En escritura 22 otorgada de las 11:00 horas
del 31 de agosto del 2011, protocolicé asamblea extraordinaria de Muslake S.
A., se reforma cláusula de representación.—San Ramón.—Lic. José Manuel
Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—RP2011258464.—(IN2011074410).
Que Marvin Antonio Sevilla Ochoa y Yader Noé
Sevilla Ochoa, constituyeron la sociedad denominada Constructora Construsev
de Occidente S. A. y que es nombre de fantasía. Duración: noventa y nueve
años. Presidente: Marvin Antonio Sevilla Ochoa. Domicilio: San Juan, San Ramón,
Alajuela, cien metros al oeste del Colegio Nuestra Señora de los Ángeles.—Lic.
José Francisco Barahona Segnini, Notario.—1 vez.—RP2011258465.—(IN2011074411).
Por escritura otorgada ante esta notaría el
día de hoy, la sociedad denominada Kangel Setenta y Dos S. A., reforman
las cláusulas primera y segunda de sus estatutos y se nombra nueva junta
directiva.—Palmares, 13 de enero del 2010.—Lic. Olivier Rojas Fernández,
Notario.—1 vez.—RP2011258466.—(IN2011074412).
Ante la notaría del Lic. José Daniel Alvarado
Vásquez, mediante escritura número ocho de las trece horas del doce de
setiembre del dos mil doce, se acuerda la inscripción de Taste Buds
Corporation Sociedad Anónima, domiciliada en Jacó, Puntarenas, oficina
Alvarado y Vásquez Abogados en el edificio Picasso, presidente: James Lee con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, portador de pasaporte
número W setenta ocho ocho dos dos.—Diecinueve de setiembre del 2011.—Lic. José
Daniel Alvarado Vásquez, Notario.—1 vez.—RP2011258467.—(IN2011074413).
Ante la notaría del Lic. José Daniel Alvarado
Vásquez, mediante la escritura número cuatro de las quince horas del seis de
setiembre del dos mil once, se acuerda disolver la sociedad International
Corporación Katmai Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos noventa y cuatro mil quinientos seis, domiciliada en Jacó,
Puntarenas. Presidente: Claudio Vit con facultades de apoderado generalísimo
sin límite de suma, portador del pasaporte número F ocho ocho uno siete cuatro
cero.—Diecinueve de setiembre del dos mil once.—Lic. José Daniel Alvarado
Vásquez, Notario.—1 vez.—RP2011258468.—(IN2011074414).
Ante mi notaría, a las 10:00 horas del 19 de
setiembre de 2011, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de Distribuidora
Palaco Sociedad Anónima, se modifica junta directiva.—San José, 19 de
setiembre de 2011.—Lic. Germán Obando Mena, Notario.—1
vez.—RP2011258469.—(IN2011074415).
Ante la notaría del Lic. José Daniel Alvarado
Vásquez, mediante la escritura número cinco de las quince horas treinta minutos
del seis de setiembre del dos mil once, se acuerda disolver la sociedad Royal
Victorian Garden Development Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-cuatro nueve cuatro cinco cero seis, domiciliada en Jacó,
Puntarenas. Presidente: Miguel García Hidalgo, con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma, portador de la cédula de identidad número dos
cinco cuatro siete siete seis cero.—Diecinueve de setiembre del dos mil once.—Lic.
José Daniel Alvarado Vásquez, Notario.—1 vez.—RP2011258470.—(IN2011074416).
En mi notaría al ser las trece horas del
diecinueve de setiembre del dos mil once, se reformaron las cláusulas segunda y
novena del pacto constitutivo de la sociedad Megara Internacional Sociedad
Anónima.—San José, 20 de setiembre del 2011.—Lic. Gonzalo Gutiérrez
Acevedo, Notario.—1 vez.—RP2011258471.—(IN2011074417).
Se hace saber a todos aquellos interesados
que en mi notaría ubicada en la ciudad de Coronado del Servicentro El Trapiche,
trescientos metros norte y setecientos metros oeste, se protocoliza la sociedad
El Renacer Coronadeño Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse El
Renacer Coronadeño S. A., a partir
de las dieciocho horas del veintiséis de agosto del dos mil once. Bajo la
escritura pública número seiscientos setenta y uno, tomo tercero del suscrito
notario público Guillermo Méndez Rodríguez.—San José, al ser las nueve horas
del doce de setiembre del dos mil once.—Lic. Guillermo Méndez Rodríguez,
Notario.—1 vez.—RP2011258473.—(IN2011074418).
Por escritura dos, otorgada en la notaría de
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 10:45 horas del 24 de agosto del 2011, se revocan los nombramientos del
secretario y tesorero de la junta directiva y se hacen nuevos nombramientos, se
reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo en la sociedad Inversiones
Herva del Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-doscientos treinta y siete mil trescientos cincuenta.—Pérez Zeledón, 24 de
agosto del 2011.—Lic. Jeanneth Chinchilla Barrientos, Notaria.—1
vez.—RP2011258475.—(IN2011074420).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 9:00 horas del 24 de agosto del 2011, se revoca el nombramiento del
secretario, de la junta directiva y se hace nuevo nombramiento, se reforma la
cláusula quinta del pacto constitutivo en la sociedad Alimentos el Labrador
del Valle Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-trescientos veintiocho mil novecientos sesenta y seis.—Pérez Zeledón, 24 de
agosto del 2011.—Lic. Jeanneth Chinchilla Barrientos, Notaria.—1
vez.—RP2011258476.—(IN2011074421).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 10:00 horas del 24 de agosto del 2011, se revocan los nombramientos del
secretario y tesorero de la junta directiva y se hacen nuevos nombramientos, se
reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo en la sociedad Transportes
Rosela e Hijos Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos cincuenta y nueve mil ochocientos seis.—Pérez Zeledón, 24 de
agosto del 2011.—Lic. Jeanneth Chinchilla Barrientos, Notaria.—1
vez.—RP2011258478.—(IN2011074422).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 9:50 horas del 24 de agosto del 2011, se revoca el nombramiento del
secretario, de la junta directiva y se hace nuevo nombramiento, se reforma la
cláusula quinta del pacto constitutivo en la sociedad Carnes Herva Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa y ocho
mil quinientos cuatro.—Pérez Zeledón, 24 de agosto del 2011.—Lic. Jeaneth
Chinchilla Barrientos, Notaria.—1 vez.—RP2011258479.—(IN2011074423).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las
19:00 horas del 9 de setiembre del 2011, se constituye la sociedad denominada Transportes
Seazu Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Transportes Seazu S. A.
Capital: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Presidenta: María
Fernanda Hernández Seas.—Cartago, 9 de setiembre del 2011.—Lic. Edwin Arias
Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2011258480.—(IN2011074424).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se
reformó la cláusula segunda del pacto constitutivo de Fraternidad
Internacional de Hombres de Negocios del Evangelio Completo S. A.—Alajuela,
19 de setiembre del 2011.—Lic. Edwin Chavarría González, Notario.—1
vez.—RP2011258481.—(IN2011074425).
El suscrito Mario Alberto Solano Rodríguez,
en mi condición de notario público hago constar y doy fe que en el protocolo
primero en escritura número doscientos treinta y cuatro, se constituyó la sociedad
denominada con el nombre de fantasía Inversiones Sajomaro Sociedad Anónima,
pudiendo abreviarse Inversiones Sajomaro S. A. Segundo: el domicilio
social de la sociedad será en El Roble, distrito quince de la provincia de
Puntarenas, casa número novecientos veinte; constituida por Sandra Vega Godoy,
cédula 6-0129-0055, Maribel Vega Godoy, cédula 6-0163-0002, Jorge Antonio Vega
Godoy, cédula 6-0136-0094, y Roberto José Vega Godoy, cédula 6-0190-0615, todos
vecinos de El Roble, provincia de Puntarenas, casa número novecientos treinta y
cuatro.—Esparza, 13 de setiembre de 2011.—Lic. Mario Alberto Solano Rodríguez,
Notario.—1 vez.—RP2011258482.—(IN2011074426).
Protocolización de acta de asamblea general
extraordinaria de Inversiones Gericó Inc Sociedad Anónima, celebrada a
partir de las trece horas del diez de febrero del dos mil once, mediante la
cual se modifica la cláusula quinta del pacto social constitutivo, donde se
aumenta el capital social de la compañía. Escritura otorgada en San José, a las
dieciséis horas con treinta minutos del catorce de setiembre del dos mil once
ante el notario Sergio Vargas López.—Lic. Sergio Vargas López, Notario.—1
vez.—RP2011258484.—(IN2011074427).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las ocho horas del veinte de setiembre del dos mil once, se reforma cláusula
segunda del pacto social y se nombra presidente de la entidad CRF Biomédica
S. A., José Enrique Brenes Montero, presidente.—Lic. Walter Mora Cerdas,
Notario.—1 vez.—RP2011258485.—(IN2011074428).
Ante esta notaría por escritura otorgada a
las nueve horas del día veinte de setiembre del dos mil once, donde se
protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de la sociedad denominada Condominios CR Setenta y Cinco
Hoy día he constituido sociedad cuyas razón
social es Servicios y Consultorías Hergon Limitada, con domicilio en
Aserrí, San José, capital social diez mil colones. Gerente uno y gerente dos
con representación judicial y extrajudicial.—Desamparados, San José, siete de
abril del dos mil diez.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1
vez.—RP2011258487.—(IN2011074430).
Ante esta notaría, se constituyó Grupo
Oleaga García S. A. Objeto el comercio y otros. Socios: Yadeli García Monge
y Eduardo Oleaga Calvo. Presidenta la primera. Plazo social: 99 años.
Domicilio: San Felipe de Alajuelita, de la escuela 25 oeste. Capital social:
¢12.000.—Alajuelita, 19 de setiembre del 2011.—Lic. Fernando Calderón Salazar,
Notario.—1 vez.—RP2011258489.—(IN2011074431).
En mi notaría por escritura número 71,
otorgada en San José, a las 11:00 horas del 20 de setiembre del 2011 del tomo
sexto, se modificó la cláusula sexta correspondiente a la administración, de la
sociedad anónima denominada: Rio Agres del Oeste Seis S.A., domiciliada
en Santa Ana, Presidente único apoderado generalísimo sin límite de suma.—San
José, a las once horas del veinte de setiembre del dos mil once.—Lic. Alejandro
Vargas Carazo, Notario.—1 vez.—RP2011258490.—(IN2011074432).
Ante mí, Carlos Coto Madrigal, notario
público con oficina abierta en San José, Mora, se constituyó mediante escritura
número ciento setenta y ocho del tomo ocho de mi protocolo, con fecha de las
dieciséis horas del diecinueve de setiembre del año dos mil once, la empresa: Jocotes
Systems Consultants Sociedad Anónima, cuya traducción al español es Jocotes
Consultores en Sistemas Sociedad Anónima, con plazo social de cien años y
capital social de diez mil colones.—San José, veinte de setiembre del dos mil
once.—Lic. Carlos Coto Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2011258493.—(IN2011074433).
Ante mí, se reformaron las cláusulas segunda
del domicilio y sexta de la administración del pacto constitutivo de la empresa
Consolidated Costa Rica Companies S. A., con cédula jurídica número:
tres ciento uno-tres nueve uno ocho uno dos, asimismo se cambió la junta directiva.—San
José, catorce de setiembre del dos mil once.—Lic. Carlos Coto Madrigal,
Notario.—1 vez.—RP2011258495.—(IN2011074434).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las
trece horas del nueve de setiembre del dos mil once, se constituyó la sociedad Alji
Dos Mil Once Sociedad Anónima, capital íntegramente suscrito y
pagado.—Alajuela, trece de setiembre del dos mil once.—Lic. José Mario Rojas
Ocampo, Notario.—1 vez.—RP2011258496.—(IN2011074435).
Por escritura otorgada ante esta notaría el
día de hoy, se constituyó la sociedad: Hospital Celular Sociedad Anónima.
Capital social: cien mil colones. Presidente con facultades.—San José, 13 de
setiembre del 2011.—Lic. Joel Valverde Rodríguez, Notario.—1
vez.—RP2011258497.—(IN2011074436).
El suscrito notario hace constar que el día
de hoy, ante esta notaría y mediante escritura pública de las diez horas
cuarenta minutos del cinco de setiembre del dos mil once, se modifica la
cláusula segunda del pacto constitutivo referente al domicilio de la sociedad
denominada: Corporación Encuentro Octagonal Sociedad Anónima.—Cartago,
veinte de setiembre del dos mil once.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís,
Notario.—1 vez.—RP2011258498.—(IN2011074437).
Hoy 9 de setiembre del 2011, se constituye la
sociedad denominada Centro Educativo Cristiano Oasis (CECOA) Sociedad
Anónima. Presidente y secretario con la representación judicial y
extrajudicial como apoderados generalísimos, actuando conjuntamente.—Lic. Otto
Gerardo Paniagua Obando, Notario.—1 vez.—RP2011258499.—(IN2011074438).
Por escritura número ciento treinta y dos
otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día diecinueve de setiembre
del año dos mil once, se cambió el nombre a la sociedad Nace Corp Sociedad
Anónima, por el nuevo nombre de The Nace Company Sociedad Anónima.—San
José, a las nueve horas treinta minutos del día diecinueve de setiembre del año
dos mil once.—Lic. Rodolfo Jiménez Quirós, Notario.—1
vez.—RP2011258501.—(IN2011074439).
Por escritura otorgada al ser las 12:00 horas
del 7 de setiembre del 2011, se protocoliza acta de asamblea general
extraordinaria número dos de la sociedad denominada Importadora el Amanecer
Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 9 de setiembre del 2011.—Lic. Vilma
Paco Morales, Notaria.—1 vez.—RP2011258503.—(IN2011074440).
Por escritura otorgada al ser las 11:00 horas
del 7 de setiembre del 2011, se protocoliza acta de asamblea general
extraordinaria número dos de la sociedad denominada Importadora Costa C
S Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 9 de setiembre del 2011.—Lic.
Vilma Paco Morales, Notaria.—1 vez.—RP2011258504.—(IN2011074441).
Por escritura otorgada el día de hoy ante
esta notaría, la sociedad Taxissa S. A., modifica la cláusula segunda y
se nombra junta directiva y fiscal.—San José, trece de setiembre de julio de
dos mil once.—Lic. Marta Cecilia Jiménez Chaves, Notaria.—1
vez.—RP2011258505.—(IN2011074442).
Mediante escritura autorizada por el suscrito
notario, a las 17:00 horas del día diecinueve de setiembre del dos mil once, se
protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Servicios
de Maquinaria de Construcción Maco S. A., mediante la cual se
reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad.—San José, 19
de setiembre del 2011.—Lic. Jéssica Paola Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2011258557.—(IN2011074712).
Mediante escritura autorizada por el suscrito
notario, a las 16:00 horas del día diecinueve de setiembre del dos mil once, se
protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inmobiliaria
Comercial Paseo de las Flores Siete S. A., mediante la cual se reforman las
cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo de la sociedad.—San José, 19
de setiembre del 2011.—Lic. Jéssica Paola Salas Arroyo, Notaria.—1
vez.—RP2011258558.—(IN2011074713).
Mediante escritura autorizada por el suscrito
notario, a las 14:00 horas del día diecinueve de setiembre del dos mil once, se
protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Alquiler
de Equipos Para Taller Mevi S. A., mediante la cual se reforma la cláusula
octava del pacto constitutivo de la sociedad.—San José, 19 de setiembre del
2011.—Lic. Jéssica Paola Salas Arroyo, Notaria.—1
vez.—RP2011258559.—(IN2011074714).
Por asamblea ordinaria y extraordinaria de
accionistas de ASBC Academia de Ballet Clásico Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres guión ciento uno guión trescientos setenta mil setecientos
treinta y cuatro, celebrada a las 15:00 horas del dieciséis de setiembre del
dos mil once, se acordó reorganizar la junta directiva e incorporar el agente
residente.—San José, 19 de setiembre del 2011.—Lic. Jorge Antonio Rodríguez
Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2011258560.—(IN2011074715).
Mediante escritura autorizada por el suscrito
notario, a las 15:00 horas del día diecinueve de setiembre del dos mil once, se
protocolizé el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Euro
Inversiones del Pacífico Siglo XXI S. A., mediante la cual se
reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad.—San José, 19
de setiembre del 2011.—Lic. Jéssica Paola Salas Arroyo, Notaria.—1
vez.—RP2011258561.—(IN2011074716).
El suscrito notario, hago saber, que mediante
escritura pública número noventa y cinco, protocolicé acuerdos de asamblea
general extraordinaria de socios de la sociedad Centroamericana de Comercio
CENCO S. A.—San José, 20 de setiembre del 2011.—Lic. Humberto Fallas
Cordero, Notario.—1 vez.—RP2011258566.—(IN2011074717).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se
protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de
Servicentro Cerro Agrícola Limitada, en la cual se modificó la cláusula
quinta del pacto social constitutivo.—San José, 20 de setiembre del 2011.—Lic.
Luis Humberto Barahona De León, Notario.—1 vez.—RP2011258568.—(IN2011074718).
Por escritura número ciento veintisiete, tomo
dos, otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del cinco de setiembre del
2011, se constituyó M & M Beauty & Style Limitada, capital
suscrito y pagado. Gerente con facultades de apoderada generalísima sin límite
de suma.—Lic. Marlene Brenes Corrales, Notaria.—1
vez.—RP2011258571.—(IN2011074719).
Mediante escritura número 15-1, otorgada a
las 17:00 horas del 20 de setiembre de 2011, se modificó razón social de la
sociedad denominada 3-101-634146 s. a., para denominarse Corporación
Seguridad Uno Sociedad Anónima.—San José, 20 de setiembre de 2011.—Lic.
Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—RP2011258574.—(IN2011074720).
Hoy he protocolizado acta de asamblea general
extraordinaria de socios de Nuvomed Sociedad Anónima, en la cual se
acuerda reformar la cláusula segunda del pacto social y se hacen nuevos
nombramientos.—San José, 14 de setiembre del 2011.—Lic. Mario Alberto Ortiz
Mazza, Notario.—1 vez.—RP2011258576.—(IN2011074721).
Ante mi notaría, se ha protocolizado acta
número dos de la compañía Dagsa Seguridad S. A., con domicilio en
Cartago modificando la cláusula primera del nombre denominándose la compañía Dagsa
Comunicaciones S. A., Escritura número 185, folio 89 vuelto del tomo VI de
mi protocolo, con fecha de otorgamiento a las 8:00 horas del 9 de setiembre del
2011.—Lic. Nora Vanessa Chacón Jiménez, Notaria.—1
vez.—RP2011258577.—(IN2011074722).
Ante mi notaría, se ha protocolizado acta
número uno de la compañía Traideng Company Bo & Mar S. A., con
domicilio en Santa Ana, modificando la cláusula segunda del domicilio Santa
Ana, San Rafael 175 sur de
Por escritura otorgada ante este notario a
las 10:00 horas del dieciséis de setiembre de dos mil once, se constituye
sociedad anónima denominada Granados Upegui GU Proyectos S. A.
representada por su presidente y secretario, con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma debiendo actuar en forma conjunta, domiciliada
en la ciudad de San José, Rohrmoser del semáforo de Canal Siete doscientos
oeste y setenta y cinco norte. Con un capital social de diez mil colones.—Lic.
Carlos Albero Espinoza Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2011258579.—(IN2011074724).
Por medio de escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18:00 horas del 24 de agosto del 2011, se constituyó la compañía
Tatucarreta S. A., Plazo 100 años, Domicilio social: Santa Teresa
de Cóbano de Puntarenas, costado sur súper Maya, oficina del Lic. Eladio A.
Picado R. capital social ¢12.000,00. Presidente: Martín Ignacio Fontanetto.—San
José, 20 de setiembre del 2011.—Lic. Eladio Antonio Picado Ramírez, Notario.—1
vez.—RP2011258581.—(IN2011074725).
El día de hoy ante esta notaría, se
protocolizó acta de asamblea extraordinaria donde se modifica la cláusula sexta
del pacto de la
sociedad Condominio Punta del Este Filial Siete O K M S. A.
Se nombra junta directiva, fiscal.—San José, 20 de julio del 2011.—Lic. Sergio
Coto Arrieta, Notario.—1 vez.—RP2011258586.—(IN2011074726).
El suscrito abogado y notario Carlos Enrique
Devandas Artavia, hace constar a quien interese que en escritura pública número
ciento cincuenta y nueve visible al folio ciento quince vuelto del tomo cuatro
de mi protocolo se constituyó Lica Sociedad Anónima, siendo su
presidente León Enrique Fernández Marín, cédula uno-cuatrocientos treinta y
ocho-doscientos dieciséis.—San José, 20 de setiembre del 2011.—Lic. Carlos
Enrique Devandas Artavia, Notario.—1 vez.—RP2011256587.—(IN2011074727).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15:00 horas treinta minutos del veinte de setiembre del 2011, se
modifican las siguientes cláusulas; quinta y sétima, del pacto constitutivo: La
quinta: del capital social. La sétima: del consejo de administración, en la
sociedad Depósito de Materiales San Carlos Uno S. A.—San José, 20 de
setiembre del 2011.—Lic. Carlos Abarca Umaña, Notario.—1
vez.—RP2011258590.—(IN2011074728).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 16:00 horas del veinte de setiembre del 2011, se modifica la siguiente
cláusula: sétima, del pacto constitutivo: la sétima: del consejo de
administración, en la sociedad
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 15:00 horas del veinte de setiembre del 2011, se modifica la siguiente
cláusula: sétima, del pacto constitutivo: la sétima: del consejo de
administración, en la sociedad Depósito de Materiales de Construcción y
Maderas de San Carlos Número Dos H.H.R. Hermanos Hidalgo Rodríguez S. A.—San
José, 20 de setiembre del 2011.—Lic. Carlos Abarca Umaña, Notario.—1
vez.—RP2011258592.—(IN2011074730).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las catorce horas treinta minutos del veinte de setiembre del 2011,
se modifica las siguientes cláusulas: octava, novena y décima sétima del pacto
constitutivo: La octava: del traspaso de acciones. Novena: de la emisión de
acciones y certificados. Décima sétima: del consejo de administración, en la
sociedad Arroliga S. A.—San José, 20 de setiembre del 2011.—Lic.
Carlos Abarca Umaña, Notario.—1 vez.—RP2011258593.—(IN2011074731).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14:00 horas del veinte de setiembre del 2011, se modifica la
siguiente cláusula: sétima del pacto constitutivo:
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13:00 horas del veinte de setiembre del 2011, se modifica la
siguiente cláusula: sétima del pacto constitutivo: La sétima: del consejo de
administración, en la sociedad Castillos Sobre Roca Fuerte A.R. S.
A.—San José, 20 de setiembre del 2011.—Lic. Carlos Abarca Umaña, Notario.—1
vez.—RP2011258596.—(IN2011074733).
Mediante escritura otorgada a las 13:00 horas
del 20 de agosto de 2011, se constituyó la siguiente sociedad, la cual se
denominará El Salto de Liberia Número Uno S. A.; con domicilio en
Guanacaste, objeto genérico, plazo 100 años, capital social 10.000 colones;
cuyos apoderados generalísimos sin límite de suma serán el presidente,
secretario y tesorero actuando separadamente.—San José, 24 de enero del
2011.—Lic. Carlos Andrés Abarca Umaña, Notario.—1
vez.—RP2011258597.—(IN2011074734).
Por escritura otorgada ante mí, a las 17:00
horas del veinte de setiembre del año dos mil once, se creó la sociedad con
base en el artículo dos del Decreto del Reglamento para la inscripción de la
constitución de empresas comerciales, utilizando únicamente el número de cédula
de persona jurídica como denominación social, domiciliada en distrito primero
Guápiles, cantón segundo Pococí, provincia de Limón, de
Ante esta notaría, se realizço el cambio de
junta directiva de la sociedad denominada Isabel y Kachris S. A., cuyo
nuevo presidente es el señor Kalin Johann Josef. Es todo.—San José, 28 de junio
del 2011.—Lic. Vera Violeta Arguedas Molina, Notaria.—1
vez.—RP2011258603.—(IN2011074736).
Ante esta notaría, se constituyço la sociedad
denominada Rattan Palm, cuya presidenta es la señora Carmen Miralles
Ramírez y su capital social es la suma de diez mil colones. Es todo.—San José,
5 de setiembre del 2011.—Lic. Vera Violeta Arguedas Molina, Notaria.—1
vez.—RP2011258604.—(IN2011074737).
Por escritura otorgada mí, a las 15:00 horas
del 27 de junio del 2011, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la firma Villa Cagliari Sociedad Anónima,
mediante la cual se reforma la cláusula sexta y de los estatutos y se nombra junta
directiva y fiscal.—San José, 20 de setiembre del 2011.—Lic. Andrés Eduardo
Calvo Herra, Notario.—1 vez.—RP2011258605.—(IN2011074738).
Por escritura otorgada a las 14:00 horas del
2 de setiembre del 2011, protocolizo asamblea de la empresa CIEMSA, Consultoría
e Ingeniería Electro Mecánica Sociedad Anónima, donde se reforma la
cláusula octava del pacto social.—San José, 2 de setiembre del 2011.—Lic.
Silvia Quirós Campos, Notaria.—1 vez.—RP2011258608.—(IN2011074739).
Mediante escritura número setenta-cincuenta y
dos, otorgada a las 15 horas con treinta minutos del veinte de setiembre del
año dos mil once, ante el notario William Méndez Rosales, se constituyó la
sociedad denominada Importaciones Agrícolas Alvar Sociedad Anónima,
domiciliada en Pital de San Carlos, Alajuela, cuatrocientos metros oeste,
cincuenta metros norte, cincuenta metros oeste del Banco Nacional.—San José, 21
de setiembre del 2011.—Lic. William Méndez Rosales, Notario.—1
vez.—RP2011258611.—(IN2011074740).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 11:00 horas del 9 de setiembre de 2011, se constituye la sociedad Oariascorp
Sociedad Anónima, con un plazo social de 100 años. Es todo.—San José, 20 de
setiembre del 2011.—Lic. Suny Sánchez Achío, Notaria.—1
vez.—RP2011258617.—(IN2011074741).
Por escrituras otorgadas ante mí, se
protocolizaron las presentes actas de asamblea general extraordinaria de
accionistas de las sociedades Vistas del Mar Isabela TRE S. A., e
Inversiones Tijereta S. A.—30 de agosto del 2011.—Lic. Freddy
Barahona Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2011258618.—(IN2011074742).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 10:00 horas del día veintiuno de setiembre del año dos mil once, se
protocolizan acuerdos de asamblea general, acta número ocho de la sociedad
denominada Accesos Automáticos Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-ciento setenta y siete mil cuatrocientos cincuenta y seis; se
aumenta capital social, se modifican parcialmente los estatutos y se revoca el
nombramiento del agente residente.—Lic. Luis Alberto Víquez Aragón, Notario.—1
vez.—RP2011258622.—(IN2011074743).
Por escritura hoy ante mí, a las 11:00 horas
se constituyó la sociedad anónima Artevia Sociedad Anónima, su capital
social es de diez mil colones totalmente suscritas y pagadas, se dedicará
a la venta de servicios de salud y
empresariales, comercio y los servicios en general, su domicilio social será en
la ciudad de Santa Ana.—San José, 9 de setiembre del 2011.—Lic. Minorth Solís
Ulate, Notario.—1 vez.—RP2011258625.—(IN2011074744).
Ante mí, se protocolizó acta de asamblea
extraordinaria de la sociedad denominada Matsue Estetica Salon Sociedad
Anónima. Domicilio social, San Francisco de Heredia, Hacienda San Agustín,
casa cincuenta y ocho C.—Coronado, 20 de setiembre del 2011.—Lic. Ligia Mora
Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2011258626.—(IN2011074745).
Al ser las 11:00 horas del día veinte de
setiembre del dos mil once, la sociedad Corporación Rudisa Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-cinco ocho seis tres dos seis, celebró asamblea
general extraordinaria de socios, donde se nombró secretaria y tesorero.—Es
todo.—San José, al ser las 13:00 horas del día 20 de setiembre del 2011.—Lic.
Jhonny González Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2011258631.—(IN2011074746).
Mediante escritura número trece en la notaría
del Licenciado. Andrés Carrillo Rosales, otorgada a las trece horas y
veinticinco minutos del día treinta de junio del año dos mil once, se
constituyó la sociedad denominada Jogab S. A.—Lic. Andrés Carrillo
Rosales, Notario.—1 vez.—RP2011258632.—(IN2011074747).
Mediante escritura de las 11:00 horas del 13
de setiembre del 2011, se constituyó la sociedad anónima Piru Sesenta y
Nueve Sociedad Anónima. Domiciliada en Santo Domingo de Heredia, presidente
Iván Artavia Romero.—San José, 26 de setiembre del 2011.—Lic. Rolando Sánchez
Arias, Notario.—1 vez.—RP2011258634.—(IN2011074748).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó
sociedad anónima denominada Inversiones Arianna. C.V. Sociedad Anónima.
Heredia, Belén, Bosques de Doña Rosa de la cuarta rotonda cien oeste cincuenta
norte. Cuyo apoderado generalísimo es Arianna Castro Villalobos.—San José, 20
de setiembre del 2011.—Lic. María Luisa Segura Gutiérrez, Notaria.—1
vez.—RP2011258636.—(IN2011074749).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó
sociedad anónima denominada Inversiones Junny. V.G. Sociedad Anónima.
Heredia, Belén, Bosques de Doña Rosa de la cuarta rotonda cien oeste cincuenta
norte. Cuyo apoderado generalísimo es Junny Villalobos.—San José, 20 de
setiembre del 2011.—Lic. María Luisa Segura Gutiérrez, Notaria.—1
vez.—RP2011258637.—(IN2011074750).
Mediante escritura número noventa y cuatro de
las ocho horas del veinte de setiembre del dos mil once, visible al folio
cuarenta y uno vuelto del tomo cuarto del protocolo del notario Franklin
Fernández Torrentes, se constituye sociedad anónima denominada Renta Ice
Machine Sociedad Anónima.—Es todo.—San José, 20 de setiembre del 2011.—Lic.
Franklin Fernández Torrentes, Notario.—1 vez.—RP2011258638.—(IN2011074751).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las
17:00 horas del ocho de setiembre del dos mil once, se protocolizó la
constitución de D&W Tools Sociedad Anónima, domicilio Nances,
Esparza, Puntarenas, ciudadela Cima del Cielo, lote y seis, duración
indefinida. El Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos
sin límite de suma.—Esparza, 20:00 horas del 8 de setiembre del 2011.—Lic.
Katherine Benavides Rivera, Notaria.—1 vez.—RP2011258640.—(IN2011074752).
Por escritura de las 15:00 horas de hoy, ante
mi notaría, se reformó el pacto social de la empresa Ortopeck-Inc Sociedad
Anónima, mediante la cual se reforma las cláusulas de administración y la
de acciones, domicilio San José.—San José 13 de setiembre del 2011.—Lic. Miguel
Ángel Rojas Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2011258643.—(IN2011074753).
Mediante escritura número ochocientos noventa
y dos de las 13:00 horas del nueve de setiembre de dos mil once, iniciando en
folio cero cuarenta y nueve hasta cero cincuenta dos de mi protocolo, se
constituye sociedad anónima. Su presidenta y secretario son apoderados
generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar conjunta o separadamente. Es
todo.—21 de setiembre del 2011.—Lic. Lourdes Ruiz Sánchez, Notaria.—1
vez.—RP2011258645.—(IN2011074754).
Eugenia Cartín Barrios y Camenza Elena García
constituyen la compañía Ebetin S. A., mediante escritura otorgada en mi
notaría, el día 20 de setiembre del 2011.—Lic. Ricardo Ananías Loaiza Morales,
Notario.—1 vez.—RP2011258646.—(IN2011074755).
Por escritura otorgada ante el notario
Roberto Calderón Solano, notario público con oficina en Turrialba, a las
dieciséis horas del ocho de setiembre del dos mil once, se constituyó la
sociedad mercantil denominada Servicios L & W Ochenta y Cinco Limitada,
domiciliada en Turrialba, provincia de Cartago. Gerente: Walter Zuñiga Rivera,
subgerente Lydia Cordero Salas.—Lic. Roberto Calderón Solano, Notario.—1
vez.—RP2011258648.—(IN2011074756).
Por escritura 117-tomo 2, otorgada en esta
notaría, a las 8:00 horas del 20 de setiembre del 2011, se protocolizó el acta
número tres del libro de asamblea de socios de la sociedad Italedil S.
A., cédula jurídica 3-101-319523. Es todo.—Heredia, 10:00 horas del 20 de
setiembre del 2011.—Lic. Jesús Osvaldo Rojas Oconor, Notario.—1
vez.—RP2011258651.—(IN2011074757).
Por escritura número cinco, otorgada ante
esta notaría, a las 13:00 horas del veinte de setiembre de dos mil once, se
reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad denominada 3-101-609287
sociedad anónima, con relación al domicilio de la compañía, que será en San
José, calles catorce y dieciséis, avenida tercera, cincuenta metros este de
Abonos Agro, pudiendo establecer agencias en cualquier lugar de
Por escritura número veinte, otorgada ante
mí, se constituye la empresa Papeles Creativos Sociedad Anónima, capital
social: diez mil colones. Corresponde al presidente y secretario la
representación judicial y extrajudicial de la compañía.—20 de setiembre del
2011.—Lic. Warner Porras Guzmán, Notario.—1 vez.—RP2011258653.—(IN2011074759).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 18:00 horas del 19 de setiembre del 2011, se constituyó la sociedad Inversiones
Presto-Ipsa Sociedad Anónima. Representantes: Presidente, secretaria,
tesorera y fiscal.—San José, 20 de setiembre del 2011.—Lic. Guillermo Solórzano
Marín, Notario.—1 vez.—RP2011258655.—(IN2011074760).
Protocolización de los acuerdos de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Proyecto
Urbanístico Villas Kohen Omega Sociedad Anónima, en la cual se acuerda reformar
la cláusula sexta de la junta directiva. Escritura otorgada a las 16:00 horas
cuarenta minutos del 6 de setiembre del 2011.—Lic. Claudio Murillo Ramírez,
Notario.—1 vez.—RP2011258656.—(IN2011074761).
En escritura número trescientos treinta y dos
del siete de setiembre de dos mil once, se protocoliza el acta número uno en la
que se disuelve la sociedad de este domicilio Librería y Bazar Alfaro S. A.
Se liquida la sociedad en el acto. Notaria: Alexandra Alfaro Céspedes, cédula
jurídica tres-ciento uno-uno tres ocho ocho ocho seis.—Lic. Alexandra Alfaro
Céspedes, Notaria.—1 vez.—RP2011258658.—(IN2011074762).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario en San José, a las 9:00 horas del 20 de setiembre de 2011, se
protocolizó acta de asamblea general de
Esta escritura número trescientos cuarenta y
nueve, de las diecisiete horas del nueve de setiembre del dos mil once,
otorgada por la notaria Haydee Patricia Chang Li, en el tomo sétimo de su
protocolo; el señor Fernando Montero Retana, quien es mayor, costarricense,
casado una vez, administrador, vecino de
Ante la notaría del licenciado Róger Antonio
Sancho Rodríguez, mediante escritura número 79-21, visible al folio 44 vuelto,
del tomo vigésimo primero del protocolo del notario público Róger Antonio
Sancho Rodríguez, otorgada a las 15:00 horas del día 13 de setiembre del 2011,
se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de la empresa
denominada Samperjo Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la
cláusula sexta de sus estatutos y se nombra nueva junta directiva.—Santo
Domingo de Heredia, 16 de setiembre del año 2011.—Lic. Róger Antonio Sancho
Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2011258664.—(IN2011074765).
Ante esta notaría por escritura otorgada a
las doce horas del día veinte de setiembre del dos mil once, donde se
protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Residencia
Turística Océanos Esmeralda SRL. Donde se acuerda modificar la cláusula
segunda de los estatutos.—San José, veinte de setiembre del dos mil once.—Lic.
Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2011258667.—(IN2011074766).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a
las once horas cuarenta y seis minutos del día veinte de setiembre del dos mil
once, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de accionistas de la sociedad denominada Specialized Protection Intelligence
S. A. Donde se acuerda transformar la presente sociedad anónima a una
sociedad de responsabilidad limitada.—San José, veinte de setiembre del dos mil
once.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1
vez.—RP2011258668.—(IN2011074767).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a
las dieciséis horas veinte minutos del día veinte de setiembre del dos mil
once, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada 3-101-632076 s. a.
Donde se acuerda modificar las cláusulas primera y sexta del pacto
constitutivo.—San José, veinte de setiembre del dos mil once.—Lic. Magally
María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2011258669.—(IN2011074768).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las doce horas del ocho de julio del dos mil once, se protocolizaron acuerdos
de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Auxiliadora
S. A., mediante los cuales se reforma el pacto social en su cláusula
segunda.—San José, ocho de julio del dos mil once.—Lic. Vinicio Zamora Chaves,
Notario.—1 vez.—RP2011258670.—(IN2011074769).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las
16:00 horas del día 19 de setiembre del 2011, se constituyó una sociedad
anónima denominada Piscinas Aqua Star Sociedad Anónima, domiciliada en
San Juan de Santa Bárbara de Heredia, urbanización San Juan, casa 30. Capital
social: 100.000 colones.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1
vez.—RP2011258675.—(IN2011074770).
Ante mi notaría mediante escritura 79 del
tomo 18, se protocolizó acta número 3 de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de Distribuidora Cintinela de Costa Rica S. A.,
modificándose estatuto. En San José, a las 12:00 horas del 19 de setiembre del
2011.—Lic. Lindy Viviana Acuña Benavides, Notaria.—1
vez.—RP2011258679.—(IN2011074771).
El día 21 de agosto del año en curso en la
escritura número 441-20, visible a folio 166 frente del tomo 20 de mi protocolo,
procedí a protocolizar el acta número uno de asamblea extraordinaria de socios,
de la sociedad Mercadeo Inteligente Forza Nova Sociedad Anónima, cédula
tres-ciento uno-trescientos cincuenta mil once, en dicha acta se reformó la
cláusula HACHE acerca de la representación.—San José, 21 de setiembre del año
2011.—Lic. Miguel Chacón Alvarado, Notario.—1
vez.—RP2011258681.—(IN2011074772).
En escritura Nº 437-20 del tomo 20 de mi
protocolo, del día 20 de setiembre del año en curso, al ser las 09:30 horas,
comparecieron los señores Andrea Carbognani, de un solo apellido en razón de su
nacionalidad italiana, pasaporte de su país YA cero tres nueve dos dos siete
uno y Sonia Patricia Rivera Fallas, cédula cinco-doscientos noventa y
cuatro-doscientos noventa y cuatro, para constituir una sociedad anónima cuya
denominación social será su número de cédula jurídica.—San José, 20 de
setiembre del año 2011.—Lic. Miguel Chacón Alvarado, Notario.—1
vez.—RP2011258682.—(IN2011074773).
El día 20 de agosto del año en curso en la
escritura número 438-20, visible a folio 164 vuelto del tomo 20 de mi
protocolo, procedí a protocolizar el acta número once de asamblea
extraordinaria de socios, de la sociedad Barrantes y Picado Sociedad Anónima,
cédula tres-ciento uno-ciento nueve mil novecientos sesenta y cuatro, en dicha
acta se reformó la cláusula segunda acerca del objeto.—San José, 21 de
setiembre del año 2011.—Lic. Miguel Chacón Alvarado, Notario.—1
vez.—RP2011258683.—(IN2011074774).
Por escritura otorgada a las dieciséis horas
del día veintiuno de junio de dos mil once, se constituyó la sociedad
denominada Sigma Farma del Norte Sociedad Anónima. Capital social:
íntegramente suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma.—Lic. Marco Aurelio Maroto Marín, Notario.—1
vez.—RP2011258684.—(IN2011074775).
Ante esta notaría, se protocoliza acta de
asamblea general extraordinaria de Indias Sociedad Anónima, cédula
tres-ciento uno-cero veintinueve mil trescientos cuarenta y uno. Se modifican cláusulas
del pacto constitutivo, se eligen junta directiva y fiscal por el resto del
plazo social.—Palmares, 20 de setiembre, 2011.—Lic. Albino Solórzano Vega,
Notario.—1 vez.—RP2011258687.—(IN2011074776).
Mediante escritura pública otorgada a las
quince horas del veinte de setiembre del dos mil once, se constituyó la
sociedad de esta plaza denominada Privatizaciones de Costa Rica Sociedad
Anónima, capital social diez mil colones. Presidente: Emil Brautigam
Ruiz.—Lic. Daniel Salazar Araya, Notario.—1 vez.—RP2011258689.—(IN2011074777).
Por asamblea de cuotistas la sociedad
denominada tres-ciento dos-quinientos veintidós mil quinientos cincuenta y
tres s.r.l., se nombró nuevo gerente. Es todo.—San José, 21 de setiembre del año dos mil once.—Lic.
Víctor Hugo Fernández Mora, Notario.—1 vez.—RP2011258690.—(IN2011074778).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las 17:00 horas del 20 de setiembre del 2011, se protocolizó el acta de sesión
de junta directiva de la sociedad Banco General (Costa Rica) Sociedad
Anónima, donde se modificó el artículo sexto del pacto social.—San José,
veintiuno de setiembre del dos mil once.—Lic. Douglas Soto Campos, Notario.—1
vez.—RP2011258692.—(IN2011074779).
Por escrituras otorgadas ante el suscrito, se
constituyó la fundación Humanidad y Salud y la sociedad Servicios de
Seguridad M.G. Internacional S. A.—Lic. Francisco Hernán Barth Villalobos,
Notario.—1 vez.—RP2011258696.—(IN2011074780).
Por escritura otorgada ante la notaría del
licenciado José Francisco Sandí Murillo a las trece horas del día cinco de
setiembre del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Cendero
Diale Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones, íntegramente
pagados mediante dos letras de cambio. Plazo social: 99 años. Domicilio en San
José, Rohrmoser final del boulevar. Presidenta: Alejandra Gamboa Flores,
secretaria Esperanza Lisbeth Gamboa Flores, tesorero Diego Rodríguez
Gamboa.—Lic. José Francisco Sandí Murillo, Notario.—1
vez.—RP2011258698.—(IN2011074781).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las ocho horas del veinte de setiembre de dos mil once, se constituyó una
sociedad de responsabilidad limitada con el nombre Cent Huit Immobilier
Sociedad de Responsabilidad Limitada. Plazo: cien años. Capital social:
diez mil colones.—San José, 21 de setiembre del 2011.—Lic. Sergio Artavia
Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2011258703.—(IN2011074782).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las nueve horas treinta minutos del veinte de setiembre de dos mil once, se
constituyó una sociedad de responsabilidad limitada con el nombre Aurore
Sociedad de Responsabilidad Limitada. Plazo: cien años. Capital social:
diez mil colones.—San José, 21 de setiembre de 2011.—Lic. Sergio Artavia
Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2011258704.—(IN2011074783).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las ocho horas treinta minutos del veinte de setiembre de dos mil once, se
constituyó una sociedad de responsabilidad limitada con el nombre Cent Huit
Auto Sociedad de Responsabilidad Limitada. Plazo: cien años. Capital
social: diez mil colones.—San José, 21 de setiembre del 2011.—Lic. Sergio
Artavia Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2011258705.—(IN2011074784).
Por escritura otorgada ante el notario
público Gonzalo Vargas Acosta, se protocolizaron acuerdos de la empresa Hacienda
Inmobiliaria Cielo Rojo C.R.C. S. A., mediante el cual se modifica la
cláusula de administración.—San José, 21 de setiembre del año 2011.—Lic.
Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—RP2011258706.—(IN2011074785).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las nueve horas del veinte de setiembre de dos mil once, se constituyó una
sociedad de responsabilidad limitada con el nombre Spirit of Jungle Sociedad
de Responsabilidad Limitada. Plazo: cien años. Capital social: diez mil
colones.—San José, 21 de setiembre de 2011.—Lic. Sergio Artavia Barrantes,
Notario.—1 vez.—RP2011258707.—(IN2011074786).
Mediante asamblea general extraordinaria de
condóminos del Condominio Zurquí, cédula 3-109-258060, se nombra
administrador. Es todo.—San José, 21 de setiembre 2011.—Lic. Mario Alberto Piña
Líos, Notario.—1 vez.—RP2011258708.—(IN2011074787).
Mediante escrituras otorgadas ante esta
notaría, por su orden, a las 9:00 horas, y las 9:30 horas, del día 7 de
setiembre de 2011; a las 10:00 horas, las 10:30 horas, las 11:00 horas y las
16:30 horas del día 8 de setiembre del 2011; a las 9:00 horas, las 9:30 horas y
a las 10:00 horas del día 9 de setiembre de 2011, se acuerda constituir las
siguientes sociedades: Essential Export S. A., Glow in the Dark S. A.,
Mangalore Force S. A., Dolphin Bay S. A., Network Stream S. A.,
Tarong Resources S. A., Ergonelynx S. A., Apollo Power S. A.—San
José, 12 de setiembre del 2011.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1
vez.—RP2011258709.—(IN2011074788).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a
las 14:00 horas del día 13 de setiembre de 2011, se acordó reformar la cláusula
6 del pacto social de la sociedad Abaco S. A.—San José, 20 de setiembre
del 2011.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1
vez.—RP2011258710.—(IN2011074789).
Por escritura número ciento veinte otorgada
ante esta notaría a las diez horas del veinte de setiembre de dos mil once, se
constituye la compañía de esta plaza denominada Corporación Ferpesa Sociedad
Anónima. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. La representación
social la ostentará el presidente con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma.—Ciudad Quesada, 20 de setiembre de 2011.—Lic. Olga Lydia
Guerrero Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2011258711.—(IN2011074790).
El suscrito notario Gonzalo Garzona Meseguer
hace saber que en mi notaría el 16 de setiembre del 2011, se constituyó la
sociedad anónima Worlwide Internet Marketing Services, su presidente es
Joseph Montero Coto, cédula Nº 1-870-677.—San José, 21 de setiembre del 2011.—Lic.
Gonzalo Garzona Meseguer, Notario.—1 vez.—RP2011258712.—(IN2011074791).
Por escritura otorgada ante mi, Edwin Chacón Bolaños, se constituyó la
sociedad Baking Solutions Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma.— San
José, veinte de setiembre del dos mil once.—Lic. Edwin Chacón Bolaños,
Notario.—1 vez.—RP2011258713.—(IN2011074792).
Ante esta notaría, se protocolizó asamblea
general extraordinaria de socios donde se reformaron las cláusulas sexta del
pacto constitutivo y se nombró tesorero de la sociedad Inversiones Salfont
del Oeste S. A.—San José, veinte de setiembre del dos mil once.—Lic. Wálter
Solís Amen, Notario.—1 vez.—RP2011258716.—(IN2011074793).
Ante esta notaría, se protocolizó asamblea
general extraordinaria de socios donde se reformaron las cláusulas octava del
pacto constitutivo y se nombraron secretario y tesorero de la sociedad Carmesal
Housings S. A.—San José, veinte de setiembre del dos mil once.—Lic. Wálter
Solís Amen, Notario.—1 vez.—RP2011258717.—(IN2011074794).
Por escritura pública, otorgada el día de hoy
ante mí, se constituyó la compañía que se denominará Horneados Industriales
S. A. Capital social de quinientos mil colones. Plazo social: cien años.
Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite
de suma, actuando conjunta o separadamente.—San José, veintiséis de agosto de
dos mil once.—Lic. Aldomar Ulate Vargas, Notario.—1
vez.—RP2011258718.—(IN2011074795).
Por escritura pública número noventa-uno,
otorgada ante el notario Óscar Corrales Valverde, a las dieciocho horas del
veinticuatro de agosto del dos mil once, se constituyó la sociedad Villares
Sociedad Anónima, como nombre de fantasía pudiendo abreviarse en su
aditamento en S. A. Con objeto social amplio y capital social debidamente
suscrito y pagado.—Lic. Óscar Corrales Valverde, Notario.—1
vez.—RP2011258720.—(IN2011074796).
Por escritura otorgada en
Mediante escritura número 14 otorgada ante
esta notaría a las 19:00 horas del día 20 de setiembre del 2011, Kattia Solano
Ortega y Adolfo Navarro Solano, constituyen una sociedad anónima que se
denominará Grupo Financiero NASOL S. A., representación presidente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Daniella Segnini
Díaz, Notaria.—1 vez.—RP2011258723.—(IN2011074798).
Por escritura otorgada a las catorce horas
del día de hoy, se constituyó la sociedad que se denominará de acuerdo al
decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno J, facultando
al Registro para que le asigne como nombre su número de cédula jurídica.
Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente con facultades de
apoderado general sin límite de suma el señor Luis Diego Mena Muñoz.—San José,
veinte de setiembre del dos mil once.—Lic. Bernal Chavarría Soley, Notario.—1
vez.—RP2011258725.—(IN2011074799).
Carlos Alberto López Calderón, Richard
Yasdany Dobson Rodríguez, Ana Carolina Castro Araya, Cira Leonor Araya Sojo,
constituyen Dobson López Sociedad Anónima. Capital social: cien mil
colones. Domicilio social: Pijije, de Bagaces, Guanacaste, cuatrocientos metros
este del bar Los Cartagos. Escritura otorgada en Liberia a las doce horas del
día seis de setiembre del año dos mil once.—Lic. Daly González Castro, Notaria.—1 vez.—RP2011258726.—(IN2011074800).
Escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó
la compañía Desarrollos Tecnológicos Teniel K L Sociedad Anónima,
pudiendo abreviarse en: Desarrollos Tecnológicos Teniel K L S. A. Presidenta:
Karla Tatiana Rojas Bojorge. Objeto: el desarrollo de proyectos de vivienda,
sin perjuicio de que pueda dedicarse al ejercicio del comercio en su forma más
amplia, la industria, la ganadería, la agricultura, el turismo, la prestación
de servicios, etc. Domicilio: Sardinal de Carrillo, Guanacaste del salón
comunal trescientos sur de
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15:00 horas del día 19 de setiembre de 2011, se protocoliza asamblea
general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Blue Click
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-152756, por
medio de la cual se modifican las cláusulas desde la primera, hasta la décimo
tercera del pacto constitutivo y se reforma la compañía a una sociedad de
responsabilidad limitada.—San José, 19 de setiembre de 2011.—Lic. Simón
Valverde Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2011258730.—(IN2011074802).
He constituido la sociedad anónima denominada
Joandeka Sociedad Anónima con un capital social de doce mil colones
exactos, por un plazo social de noventa y nueve años, en donde figura como
presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma actuando
individualmente, el señor Denis Gerardo Hernández Mata.—Puntarenas, 16 de
setiembre del 2011.—Lic. Rónal Castillo Molina, Notario.—1
vez.—RP2011258732.—(IN2011074803).
Se hace saber que mediante escrituras
otorgadas ante esta notaría el día de hoy: a) a las ocho horas se constituyó Quesos
Artesanales Ltda. y b) a las nueve horas se modificó la cláusula novena del
pacto social de Finca del Rincón del Toro C Y P Ltda.—San José, 19 de
setiembre de 2011.—Lic. Eduardo Mora Castro, Notaria.—1
vez.—RP2011258733.—(IN2011074804).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho
horas del diecinueve de setiembre del año dos mil once, Chris Marcela Pérez
Naranjo y José Armando Cruz Jiménez, constituyeron las siguientes sociedades: Abacus,
Abella, Aboleo, Absumo, Absurdus, Acastus,
Accendo, Accido, Accep, Accipio, Accomodatios,
Accumulator, Accus, Accerra, Accidus, Accingo,
Accipio, Acctor, Addmiss, Addmodum, todas Sociedad
Anónima. Es todo.—San José, catorce horas del veintiuno de setiembre del
año dos mil once.—Lic. Ernesto Gutiérrez Blanco, Notario.—1
vez.—(IN2011074805).
Por escritura pública otorgada ante esta
notaría, a las dieciséis horas del 21 de setiembre del 2011, se constituyó la
sociedad anónima: Dinared S. A., Wálter Castillo Fernández, calidades
indicadas. Todo con capital suscrito y pagado, de lo cual esta notaría da
fe.—Alajuela, 22 de setiembre del 2011.—Lic. Mariela Paniagua Camacho,
Notaria.—1 vez.—(IN2011074814).
Hoy día se ha constituido la sociedad cuya
razón social es Industrias del Pollo RB Sociedad Anónima, su domicilio
social es en la provincia de Alajuela, cantón central, distrito Río Segundo,
setecientos metros al este del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría, sobre
autopista General Cañas, Oficentro Plaza Aeropuerto, local D-dos. El
presidente, es su representante judicial y extrajudicial actuando como
apoderado generalísimo sin límite de suma de acuerdo al mil doscientos
cincuenta y tres del Código Civil, capital social es de cinco mil dólares
estadounidenses, tiene un plazo de cien años.—Ciudad de Alajuela, doce horas
veinte minutos del veinte de setiembre del dos mil once.—Lic. Maximiliano
Vargas Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2011074818).
Hoy día se ha constituido la sociedad cuya
razón social es Industrias de Pollo del Trópico CB Sociedad Anónima, su
domicilio social es en la provincia de Alajuela, cantón central, distrito Río
Segundo, setecientos metros al este del Aeropuerto Internacional Juan
Santamaría, sobre autopista General Cañas, Oficentro Plaza Aeropuerto, local
D-dos. El Presidente, es su representante judicial y extrajudicial actuando
como apoderado generalísimo sin límite de suma de acuerdo al mil doscientos
cincuenta y tres del Código Civil, capital social es de cinco mil dólares
estadounidenses, tiene un plazo de cien años.—Ciudad de Alajuela, doce horas
quince minutos del veinte de setiembre del dos mil once.—Lic. Maximiliano
Vargas Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2011074819).
Hoy día se ha constituido la sociedad cuya
razón social es Chicken Industrial Food LB Sociedad Anónima, su
domicilio social es en la provincia de Alajuela, cantón central, distrito Río
Segundo, setecientos metros al este del Aeropuerto Internacional Juan
Santamaría, sobre Autopista General Cañas, Oficentro Plaza Aeropuerto, local
D-dos. El Presidente es su representante judicial y extrajudicial actuando como
apoderado generalísimo sin límite de suma de acuerdo al mil doscientos
cincuenta y tres del Código Civil, capital social es de cinco mil dólares
estadounidenses, tiene un plazo de cien años.—Ciudad de Alajuela, doce horas
cinco minutos del veinte de setiembre del dos mil once.—Lic. Maximiliano Vargas
Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2011074820).
Hoy día se ha constituido la sociedad cuya
razón social es Alimentaria Tropical CR Sociedad Anónima, su domicilio
social es en la provincia de Alajuela, cantón central, distrito Río Segundo,
setecientos metros al este del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría, sobre
Autopista General Cañas, Oficentro Plaza Aeropuerto, local D-dos. El presidente
es su representante judicial y extrajudicial actuando como apoderado
generalísimo sin límite de suma de acuerdo al mil doscientos cincuenta y tres
del Código Civil, capital social es de cinco mil dólares estadounidenses, tiene
un plazo de cien años.—Ciudad de Alajuela, doce horas del veinte de setiembre
del dos mil once.—Lic. Maximiliano Vargas Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2011074821).
Hoy día se ha constituido la sociedad cuya
razón social es Chicken Tropical Service Sociedad Anónima, su domicilio
social es en la provincia de Alajuela, cantón central, distrito Río Segundo,
setecientos metros al este del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría, sobre
Autopista General Cañas, Oficentro Plaza Aeropuerto, local D-dos. El
Presidente, vicepresidente, secretario y tesorero son sus representantes
judiciales y extrajudiciales actuando como apoderados generalísimos sin límite
de suma de acuerdo al mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, capital
social es de diez mil dólares estadounidenses, tiene un plazo de noventa
años.—Ciudad de Alajuela, doce horas del veinte de setiembre del dos mil
once.—Lic. Maximiliano Vargas Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2011074822).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 16:25 horas del 13 de julio del 2011, se constituyó entidad denominada Hidro
Hule Sociedad Anónima; domicilio en San Pedro de Poás, Alajuela,
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
el diecinueve de setiembre de dos mil once, se constituye sociedad que tendrá
por nombre el mismo número de cédula jurídica que asigne el Registro Nacional,
de conformidad con el decreto ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y
uno-J, a las once horas, veinte minutos; con domicilio en cantón Desamparados,
distrito San Juan de Dios, de la escuela Central, doscientos metros este,
veinticinco sur, casa color crema. El objeto será administración de páginas
web. Plazo: noventa y nueve años, capital social: diez mil colones,
administración: gerente, Warner de los Ángeles Vargas Conejo.—Veintiuno de
setiembre de dos mil once.—Lic. Francisco Conejo Vindas, Notario.—1
vez.—RP2011258765.—(IN2011075127).
Maynor Alpízar Rodríguez y Ericka Herrera
Porras, constituyen la sociedad anónima denominada Ferretería A.L.H.E
Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Grecia, a las 11:00 horas del día
21 de setiembre del 2011.—Lic. Wálter Cambronero Miranda, Notario.—1
vez.—RP2011258766.— (IN2011075128).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
el diecinueve de setiembre de dos mil once, se constituye sociedad que tendrá
por nombre el mismo número de cédula jurídica que asigne el Registro Nacional,
de conformidad con el decreto ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y
uno-J, a las doce horas, cincuenta y cinco minutos, con domicilio en cantón
Montes de Oca, distrito San Pedro, de la iglesia, ciento veinticinco metros
norte, doscientos este, casa color morado. El objeto: será administración de
páginas web. Plazo: noventa y nueve años, capital social: diez mil colones,
administración, gerente, Jorge Manuel Hidalgo Vega.—Veintiuno de setiembre de
dos mil once.—Lic. Francisco Conejo Vindas, Notario.—1
vez.—RP2011258767.—(IN2011075129).
La sociedad Distribuidora Calzamundo S. A.,
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria. Escritura otorgada
en Grecia, a
las 09:00 horas
del día 21 de setiembre del 2011.—Lic. Wálter
Cambronero Miranda, Notario.—1 vez.—RP2011258768.—(IN2011075130).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
el diecinueve de setiembre de dos mil once, se constituye sociedad que tendrá
por nombre el mismo número de cédula jurídica que asigne el Registro Nacional,
de conformidad con el decreto ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y
uno-J a las doce horas, diez minutos, con domicilio en cantón Curridabat,
distrito Tirrases, del Comercial Pamela, doscientos metros sur, ciento
cincuenta este, casa color vino. El objeto: será administración de páginas web.
Plazo: noventa y nueve años, capital social: diez mil colones, administración,
gerente, Keren Esther Fonseca Bustos.—Veintiuno de setiembre de dos mil
once.—Lic. Francisco Conejo Vindas,
Notario.—1 vez.—RP2011258769.—(IN2011075131).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
el diecinueve de setiembre de dos mil once, se constituye sociedad que tendrá
por nombre el mismo número de cédula jurídica que asigne el Registro Nacional,
de conformidad con el decreto ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y
uno-J a las once horas, cuarenta minutos, con domicilio en cantón Desamparados,
distrito San Juan de Dios, del bar El Ranchito, ciento cincuenta metros norte,
setenta y cinco oeste, casa L diez, color café. El objeto: será administración
de páginas web. Plazo: noventa y nueve años, capital social: diez mil colones,
administración, gerente, Luis Fernando Vargas Conejo.—Veintiuno de setiembre de
dos mil once.—Lic. Francisco Conejo Vindas, Notario.—1
vez.—RP2011258770.—(IN2011075132).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 15:00 horas de 19 de setiembre del 2011, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la entidad Sociedad Agencia de Seguros
Corporativos Coriem Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las
cláusulas primera y tercera del estatuto social.—Lic. Jorge Mario Murillo
Murillo, Notario.—1 vez.—RP2011258771.—(IN2011075133).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
el diecinueve de setiembre de dos mil once, se constituye sociedad que tendrá
por nombre el mismo número de cédula jurídica que asigne el Registro Nacional,
de conformidad con el decreto ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y
uno-j a las once horas, cincuenta y cinco minutos, con domicilio en cantón
Aserrí, distrito Aserrí, Poás, de la pulpería
Por escritura otorgada a las doce horas del
veinte de setiembre del presente año, ante la suscrita notaria, la sociedad Inversiones
Vasro Sociedad Anónima, reduce su plazo social.—San José, veinte de
setiembre de dos mil once.—Lic. Carmen Soto Montero, Notaria.—1
vez.—RP2011258773.—(IN2011075135).
Por escritura otorgada a las once horas del
veinte de setiembre del presente año, ante la suscrita notaria, la sociedad Occio
Zone Sociedad Anónima, reduce su plazo social.—San José, veinte de
setiembre de dos mil once.—Lic. Carmen Soto Montero, Notaria.—1
vez.—RP2011258774.—(IN2011075136).
Ante mi notario Felipe Barbas Jiménez, se
constituyó Servicios Múltiples Selah
Sociedad de Responsabilidad Limitada. Gerente: Hans Henrichs Umaña, constituida
por capital social de seis cuotas nominativas de mil colones.—San Isidro de El
General, 20 de setiembre del 2011.—Lic. Felipe Barbas Jiménez, Notario.—1
vez.—RP2011258776.—(IN2011075137).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
el diecinueve de setiembre de dos mil once, se constituye sociedad que tendrá
por nombre el mismo número de cédula jurídica que asigne el Registro Nacional,
de conformidad con el decreto ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y
uno-j a las quince horas, veinte minutos, con domicilio en cantón Desamparados,
distrito San Juan de Dios, de los tanques del AyA, doscientos metros norte,
doscientos veinticinco metros oeste, casa color papaya. El objeto: será
administración de páginas web. Plazo: noventa y nueve años, capital social:
diez mil colones, administración, gerente, María Isabel Conejo Calvo.—Veintiuno
de setiembre de dos mil once.—Lic. Francisco Conejo Vindas, Notario.—1
vez.—RP2011258777.—(IN2011075138).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
el diecinueve de setiembre de dos mil once, se constituye sociedad que tendrá
por nombre el mismo número de cédula jurídica que asigne el Registro Nacional,
de conformidad con el decreto ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y
uno-j a las quince horas, cinco minutos, con domicilio en cantón Desamparados,
distrito San Juan de Dios, de los tanques del AyA, trescientos metros norte,
doscientos oeste, casa color rosada. El objeto: será administración de páginas
web. Plazo: noventa y nueve años, capital social: diez mil colones,
administración, gerente, Ovidio Enrique Vargas Ulloa.—Veintiuno de setiembre de
dos mil once.—Lic. Francisco Conejo Vindas, Notario.—1
vez.—RP2011258778.—(IN2011075139).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
el diecinueve de setiembre de dos mil once, se constituye sociedad que tendrá
por nombre el mismo número de cédula jurídica que asigne el Registro Nacional,
de conformidad con el decreto ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y
uno-j a las catorce horas, cuarenta y cinco minutos, con domicilio en cantón
Curridabat, distrito Tirrases, de la primera entrada, casa H cincuenta y dos,
color verde. El objeto: será administración de páginas web. Plazo: noventa y
nueve años, capital social: diez mil colones, administración, gerente, Elsie
Yerimey Rodríguez Marchena.—Veintiuno de setiembre de dos mil once.—Lic.
Francisco Conejo Vindas, Notario.—1 vez.—RP2011258779.—(IN2011075140).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
el diecinueve de setiembre de dos mil once, se constituye sociedad que tendrá
por nombre el mismo número de cédula jurídica que asigne el Registro Nacional,
de conformidad con el decreto ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y
uno-j a las trece horas, cuarenta minutos, con domicilio en cantón Curridabat,
distrito Tirrases, del Cencinae, ciento veinticinco metros al sur, cincuenta
metros al este, casa T veinticinco, color azul
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
el diecinueve de setiembre de dos mil once, se constituye sociedad que tendrá
por nombre el mismo número de cédula jurídica que asigne el Registro Nacional,
de conformidad con el decreto ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y
uno-j a las catorce horas, treinta minutos, con domicilio en cantón Curridabat,
distrito Tirrases, del INA, ciento veinticinco metros norte y cien al este,
calle sin salida, casa amarilla. El objeto: será administración de páginas web.
Plazo: noventa y nueve años, capital social: diez mil colones, administración,
gerente Shirley de los Ángeles Solano Mena.—Veintiuno de setiembre de dos mil
once.—Lic. Francisco Conejo Vindas, Notario.—1
vez.—RP2011258781.—(IN2011075142).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
el diecinueve de setiembre de dos mil once, se constituye sociedad que tendrá
por nombre el mismo número de cédula jurídica que asigne el Registro Nacional,
de conformidad con el decreto ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y
uno-j a las quince horas, cuarenta minutos, con domicilio en cantón Curridabat,
distrito Tirrases, tercera entrada, de la pulpería J y J, doscientos metros
sur, veinticinco al este, casa W-cuarenta y siete, color vino. El objeto: será
administración de páginas web. Plazo: noventa y nueve años, capital social:
diez mil colones, administración, gerente, Elizabeth Guevara Marín.—Veintiuno
de setiembre de dos mil once.—Lic. Francisco Conejo Vindas, Notario.—1
vez.—RP2011258782.— (IN2011075143).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
el diecinueve de setiembre de dos mil once, se constituye sociedad que tendrá
por nombre el mismo número de cédula jurídica que asigne el Registro Nacional,
de conformidad con el decreto ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y
uno-j a las once horas, cinco minutos, con domicilio en cantón Desamparados,
distrito San Juan de Dios, de la soda
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
el diecinueve de setiembre de dos mil once, se constituye sociedad que tendrá
por nombre el mismo número de cédula jurídica que asigne el Registro Nacional,
de conformidad con el decreto ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y
uno-j a las catorce horas, cinco minutos, con domicilio en cantón Curridabat,
distrito Tirrases, de la iglesia Las Mercedes, ciento cincuenta metros al
oeste, casa R-cuatro, color terracota. El objeto: será administración de
páginas web. Plazo: noventa y nueve años, capital social: diez mil colones,
administración, gerente, Gerardo Vinicio Solano Mena.—Veintiuno de setiembre de
dos mil once.—Lic. Francisco Conejo Vindas, Notario.—1
vez.—RP2011258784.—(IN2011075145).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
el diecinueve de setiembre de dos mil once, se constituye sociedad que tendrá
por nombre el mismo número de cédula jurídica que asigne el Registro Nacional,
de conformidad con el decreto ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y
uno-j a las trece horas, treinta y cinco minutos, con domicilio en cantón
Curridabat, distrito Tirrases, de
Por escritura pública de las 16:00 horas del
veintiuno de agosto del 2011, protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la compañía Compras Inversas Sociedad Anónima,
reformando las cláusulas segunda, sexta y novena, de los estatutos
sociales.—San José, 21 de agosto de 2011.—Lic. Humberto Piedra Hernández,
Notario.—1 vez.—RP2011258786.—(IN2011075147).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
el diecinueve de setiembre de dos mil once, se constituye sociedad que tendrá
por nombre el mismo número de cédula jurídica que asigne el Registro Nacional,
de conformidad con el decreto ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y
uno-j a las trece horas, diez minutos, con domicilio en cantón Curridabat,
distrito Tirrases, de la escuela Quince de Agosto, ciento cincuenta metros
norte, veinticinco metros este, casa P-nueve. El objeto: será administración de
páginas web. Plazo: noventa y nueve años, capital social: diez mil colones,
administración, gerente, María del Carmen Kooper Montenegro.—Veintiuno de
setiembre de dos mil once.—Lic. Francisco Conejo Vindas, Notario.—1
vez.—RP2011258787.—(IN2011075148).
Por escritura otorgada a las 8:00 horas del
12 de setiembre del 2011, se constituye D G Soluciones Estratégicas Sociedad
Anónima. Representación: presidente y secretaria. Capital social: diez mil
colones.—Limón, 21 de setiembre del 2011.—Lic. Adrián Paniagua Gamboa,
Notario.—1 vez.—RP2011258788.—(IN2011075149).
Por escritura otorgada hoy ante mí, a las
quince horas treinta minutos del trece de setiembre de dos mil once, se protocolizó
acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Agua
Viva de Maleku Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula segunda de los
estatutos de la compañía.—San José, 13 de setiembre de 2011.—Lic. Ana Victoria
Mora Mora, Notaria.—1 vez.—RP2011258789.—(IN2011075150).
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Por no haber sido posible notificarle en el
domicilio conocido por la administración, se ordena la notificación por medio
de edictos por tres veces consecutivas en la gaceta de la siguiente Resolución
Nº 522-2010 DFCA. Ministerio de Seguridad Pública. Dirección Financiera.
Departamento de Cobros Administrativos. San José, a las nueve horas con cinco
minutos del diecisiete de setiembre de dos mil diez. Acorde con lo ordenado por
los artículos 214 y siguientes y 320 de
DIRECCIÓN
GENERAL DE TRIBUTACIÓN
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE ALAJUELA
ÁREA DE RECAUDACIÓN
Cobro Administrativo
Por desconocerse el domicilio
actual y habiéndose agotado las formas de localización posibles, para dar
cumplimiento a lo establecido en los artículos 137 y 169 del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios, se procede a notificar por edicto los saldos
deudores de los contribuyentes o responsables que a continuación se indican:
Requerimiento Nº Contribuyente Cédula Impuesto Documento Período Monto (*)
1911001648166 Importaciones Demo de Vega y Christensen S.
A. 3101211668 Ventas 1041080017266 09/2009 171.332,00
1911001648166 Importaciones Demo De Vega y Christensen S.
A. 3101211668 Ventas 1041080017433 11/2009 194.907,00
1911001648166 Importaciones Demo de Vega y Christensen S.
A. 3101211668 Ventas 1041080017327 12/2009 112.198,00
1911001648166 Importaciones Demo de Vega y Christensen S.
A. 3101211668 Ventas 1041081994662 01/2010 140.051,00
1911001648166 Importaciones Demo de Vega y Christensen S.
A. 3101211668 Ventas 1041081994522 02/2010 175.388,00
1911001648166 Importaciones Demo de Vega y Christensen S.
A. 3101211668 Ventas 1041081994513 03/2010 141.719,00
1911001648166 Importaciones Demo de Vega Y Christensen S.
A. 3101211668 Ventas 1041081994565 06/2010 102.962,00
1911001648166 Importaciones Demo de Vega Y Christensen S.
A. 3101211668 Renta 1012254525527 12/2008 592,66
1911001648166 Importaciones Demo de Vega y Christensen,
S. A. 3101211668 TEC 1261032152712 12/2008 3.000,00
1911001648166 Importaciones Demo de Vega y Christensen S.
A. 3101211668 TEC 1261034375632 12/2009 9.000,00
(*) Devenga intereses y recargos
de ley.
Se concede un plazo de quince
días a partir del tercer día hábil de esta publicación, para que los
contribuyentes arriba indicados cancelen la deuda. De no hacerlo, el caso será
trasladado a
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Registro de
Conoce este Registro, la
solicitud de Cancelación por falta de uso, promovida por el Lic. Víctor Vargas
Valenzuela, en su condición de Gestor Oficioso de la compañía Salsas de Jalisco
Cacu S. A. de C.V., contra el registro de la marca de fábrica “CHOLULA”,
Registro Nº 154330, la cual protege y distingue “Salsa Picante” en clase 30
internacional, cuya propiedad es Especialidades Médico Quirúrgicas EMEQ S. A.
Resultando:
I.—Que por memorial recibido el
27 de setiembre del 2010, el Lic. Víctor Vargas Valenzuela, en su condición de
Gestor Oficioso de la compañía Salsas de Jalisco Cacu S. A. de C.V., interpuso
solicitud de cancelación por falta de uso en contra del registro de la marca de
fábrica “CHOLULA”, Registro Nº 154330, la cual protege y distingue “Salsa
Picante” en clase 30 internacional, cuya propiedad es Especialidades Médico
Quirúrgicas EMEQ S.A. (Folio
II.—Que mediante resolución de las 10:53:50
del 17 de noviembre de 2010, el Registro de Propiedad Industrial procede a dar
traslado al titular del distintivo marcario a efecto de que se pronuncie
respecto a la solicitud de cancelación presentada. (Folio 16).
III.—Que la resolución de traslado fue
notificada al solicitante del procedimiento el 01 de diciembre del 2010 (F. 16
v) y la empresa titular del distintivo marcario quedó debidamente notificada el
29 de abril del 2011. (Folios 26-27-28-29)
IV.—Que no consta en el expediente
contestación al traslado de la cancelación por no uso.
V.—En el procedimiento no se notan defectos
ni omisiones capaces de producir nulidad de lo actuado.
Considerando:
I.—Sobre los hechos probados.
• Que en este Registro de
II.—Sobre los hechos no
probados. Ninguno relevante para la resolución del presente asunto.
III.—Legitimación para actuar. Analizado el
poder administrativo, que consta en el expediente y que es visible a folios
19-20, se tiene por debidamente acreditada la facultad para actuar en este
proceso del Lic. Víctor Vargas Valenzuela, en su condición de Gestor Oficioso
de la compañía Salsas de Jalisco Cacu S. A. de C.V.
IV.—Sobre los elementos de prueba. Este
Registro ha tenido a la vista para resolver las presentes diligencias lo
manifestado por la parte promovente en su escrito de solicitud de cancelación
por falta de uso y las certificaciones notariales por él aportadas; en cuanto
al titular de distintivo al no contestar el traslado no se aporta prueba al
expediente.
V.—En cuanto al Procedimiento de
Cancelación. El Reglamento de
VI.—Contenido de
VII.—Sobre el fondo del asunto: Para
la resolución de las presentes diligencias de cancelación de marca por falta de
uso es de gran importancia recalcar lo dispuesto por el Tribunal Registral
Administrativo en el Voto Nº 333-2007, de las diez horas treinta minutos del
quince de noviembre de dos mil siete, que señala respecto a los artículos 42 de
“Como ya se indicó supra, el
artículo 39 que específicamente se refiere a la cancelación del registro por
falta de uso de la marca, establece que la cancelación de un registro por falta
de uso de la marca, también puede pedirse como defensa contra: “un pedido de
declaración de nulidad de un registro de marca”. Pues bien, el artículo 42 que
establece que la carga de la prueba del uso de la marca corresponderá a quien
alegue la existencia de la nulidad, se refiere específicamente a esa causal,
cuya marca desde su origen contiene vicios que contraviene en lo que
corresponda los supuestos de los artículos 7 u 8 citados, cuya carga probatoria
corresponde a quien alega esa causal.
Por lo anterior, de modo alguno
ese precepto normativo puede ser interpretado en el sentido que lo hizo el
Registro, ya que cada norma cumple una función pero desde una integración de
ella con el resto del Ordenamiento Jurídico. No es posible para el operador
jurídico y en el caso concreto analizar la norma 42, sin haber analizado la 39
que como se estableció, es indicativa de varios supuestos para cancelar el
registro de una marca por falta de uso y ese precepto del 42, se refiere solo a
uno de ellos, por lo que lleva razón el apelante al decir que: “su solicitud es
cancelación por no uso y no nulidad por vicios en el proceso de inscripción.” En tal sentido este Tribunal por mayoría, concluye
que la carga de la prueba le corresponde en todo momento al titular de la marca.
Solucionado lo anterior, entramos a otra
interrogante: ¿Cómo se puede comprobar el uso de una marca? La normativa
costarricense establece en el segundo párrafo del ya citado artículo 42, que
cualquier medio de prueba admitido por la ley es suficiente, mientras que
compruebe ese uso real y efectivo. En ese sentido, esa prueba puede ir desde la
comprobación de publicidad, de la introducción en el mercado de los productos o
servicios mediante los canales de distribución, estudios de mercadeo, facturas,
en fin todo aquello que solo el titular del derecho sabe cómo y cuándo se han
realizado.”
En virtud de esto, en el caso de las
cancelaciones por falta de uso la carga de la prueba corresponde al titular
marcario, en este caso a Especialidades Médico Quirúrgicas EMEQ S. A., que por
cualquier medio de prueba debió de haber demostrado la utilización de su signo.
Ahora bien, una vez estudiados los argumentos
del solicitante de las presentes diligencias de cancelación de marca por falta
de uso, analizadas las actuaciones que constan en el expediente, se tiene por
cierto que la empresa Salsas de Jalisco Cacu S. A. de C.V. demuestra tener
legitimación y un interés directo para solicitar la cancelación por falta de
uso, ya que tal y como se desprende de la prueba que aportó el gestionante,
ambas empresas son competidoras y que el registro 117663 es un obstáculo para
los planes de expansión de la marca del gestionante.
En cuanto al uso, es importante resaltar que
el artículo 40 de
Es decir, el uso de la marca debe de ser
real, la marca debe necesariamente ser utilizada en el comercio y los productos
a los que la misma distingue, deberán encontrarse fácilmente en el mercado,
además deben estar disponibles al consumidor; sin embargo, si por causas que no
son imputables al titular marcario ésta no puede usarse de la forma establecida
no se procederá a la cancelación del registro respectivo.
Visto el expediente se comprueba que el
titular de la marca inscrita bajo el registro que hoy se pretende cancelar, al
no contestar el traslado, ni señalar argumentos y aportar prueba que indicara a
este Registro el uso real y efectivo en el mercado costarricense de su marca,
tales como, pero no limitados a, facturas comerciales, documentos contables o
certificaciones de auditoría, incumple los requisitos establecidos por los
artículos 39 y 40 de
Siendo la figura de la cancelación un
instrumento que tiene el Registro de Propiedad Industrial que brinda una
solución al eliminar el registro de aquellos signos que por el no uso (real,
efectivo y comprobable) generan obstáculos para el ingreso de nuevos
competidores, descongestionando el registro de marcas no utilizadas aproximando
de esta forma la realidad formal (del registro) a la material (del mercado) se
procede a cancelar por no uso el registro de la marca de fábrica “CHOLULA”,
Registro No. 154330, la cual protege y distingue “Salsa Picante” en clase 30
internacional, cuya propiedad es Especialidades Médico Quirúrgicas EMEQ S. A.
IX.—Sobre lo
que debe ser resuelto Analizados los autos del presente expediente, queda
demostrado que el titular del signo distintivo “CHOLULA”, Registro Nº 154330,
al no contestar el traslado otorgado por ley, no comprobó el uso real y
efectivo de su marca, por lo que para efectos de este Registro y de la
resolución del presente expediente, se tiene por acreditado el no uso de la
misma, procediendo a su correspondiente cancelación. Por tanto:
Con base en las razones expuestas y citas de
Registro de
Conoce este Registro, la solicitud de
cancelación presentada por el Lic. Víctor Vargas Valenzuela como apoderado de
la empresa Cadbury Adams USA LLC en contra de
Resultando:
I.—Que por memorial recibido el
10 de junio del 2009, el Lic. Víctor Vargas Valenzuela, en su condición de
apoderado especial de Cadbury Adams USA LLC, solicita la cancelación por falta
de uso en contra de la marca de fábrica “DUO”, Registro Nº 105517, para
proteger y distinguir “pan, pasteles, confitería, frituras de harina de maíz,
frituras de harina de trigo, galletas, café, té, cacao, azúcar, arroz, harina
de trigo, harina de maíz, golosinas, chocolates, helados comestibles, miel,
polvos para esponjar, salsas (con excepción de salsas para ensaladas), hielo,
sagú, levadura, mostaza, vinagre, pastas alimenticias, almendra confitada,
almidón para uso alimenticio, bebidas a base de chocolate, bizcochos, bombones,
buñuelos, bollos, confitería a base de cacahuates (maní), bebidas a base de
cacao, hojuelas de avena, hojuelas de maíz, gomas de mascar, maíz tostado y
abierto, macarrón (galletas inglesas), caramelos de menta, menta para la
confitería, nuez moscada, panecillos, pasta para pasteles, pizzas, budines, sándwiches,
harina de semola, tartas, tortillas de harina de maíz, tortillas de harina de
trigo, tacos de guisados, hamburguesas, quesadillas, hot-dogs, bollos rellenos
de guisados, enchiladas y empanadas rellenas con guisados”, en clase treinta
internacional y cuyo titular lo es la empresa Grupo Bimbo S.A.B. de C.V. (F
II.—Que mediante resolución de las 8:12:49
horas del 16 de junio de 2009, se da traslado por el plazo de un mes al titular
de la marca “DUO”, Registro No. 105517, cuyo titular es empresa Grupo Bimbo
S.A.B. de C.V. (F 03). Dicha resolución fue notificada al promovente el 26 de
junio del 2009, ello en forma personal. (F 03 vuelto). Que por resolución de
las 12:03:19 horas del 02 de marzo del 2010 y en virtud de la imposibilidad
material de notificar el traslado al titular del signo distintivo, se le
previno al promovente, que publicara dicha resolución de traslado mediante
edicto en el Diario
III.—En el procedimiento no se notan defectos
ni omisiones capaces de producir nulidad de lo actuado.
Considerando:
I.—Sobre los hechos probados.
i. Que en este Registro de
ii. Que en este Registro de
Para ver imagen solo en
“, con registro número 201323 y
cuyo titular lo es la empresa Cadbury Adams USA LLC, para distinguir y proteger
“productos de confitería hechos de o que contienen fresa, melón y cítricos”, en
clase 30 internacional.
iii. Que en este Registro de
Para ver imagen solo en
“, con registro número 201238 y
cuyo titular lo es la empresa CADBURY ADAMS USA LLC, para distinguir y proteger
“productos de confitería hechos de o que contienen manzana y piña”, en clase 30
internacional.
II.—Sobre los hechos no
probados. Este Registro no encuentra ninguno de importancia.
III.—Legitimación para actuar.
Analizado el poder especial al que remite el promovente, se tiene por
debidamente acreditada la facultad para actuar en este proceso del Lic. Víctor
Vargas Valenzuela, como apoderado especial de la empresa CADBURY ADAMS USA LLC,
mediante poder adjunto al registro de signo No. 52579 (folios
IV.—Sobre los elementos de prueba. No
consta en este expediente ningún tipo de prueba más que lo manifestado por la
parte promovente de la presente cancelación por falta de uso.
V.—En cuanto al Procedimiento de
Cancelación. El Reglamento de
VI.—Contenido de
1) Que se presenta a interponer cancelación de registro por falta de
uso de conformidad con el artículo 39 de
3) (SIC) La doctrina ha sido clara respecto de
aquellas empresas que registran sus marcas con un carácter meramente
proteccionista, sin interés alguno en usar sus marcas en países donde el
público no llega a identificarse con marcas que no tienen uso en el mercado
nacional. Dicha marca no ha sido usada en el mercado para los productos que
dice la marca que fue inscrita.
Solicita se declare con lugar el
presente procedimiento de cancelación por falta de uso de la marca DUO N°
105.517 y se cancele dicha inscripción en clase 30 internacional.
VII.—Sobre el fondo del
asunto:
1. En cuanto a la solicitud de
Cancelación: Analizado el expediente y tomando en cuenta lo anterior, se
procede a resolver el fondo del asunto:
De conformidad con línea de
actuación marcada por el Tribunal Registral Administrativo, descrita en el Voto
Nº 333-2007, de las diez horas treinta minutos del quince de noviembre de dos
mil siete indica lo siguiente: “Estudiando ese artículo, pareciera que
la carga de la prueba del uso de la marca, corresponde a quien alegue esa
causal, situación realmente difícil para el demandante dado que la prueba de un
hecho negativo, corresponde a quien esté en la posibilidad técnica o práctica
de materializar la situación que se quiera demostrar. Ese artículo está
incluido dentro del Capítulo VI de
En virtud de lo anterior, en el caso de las
cancelaciones por falta de uso, debido a la resolución citada la carga de la
prueba jurisprudencialmente ha sido invertida con respecto a lo preceptuado por
la ley, por lo que le corresponde al titular
marcario, en este caso a la empresa Grupo BIMBO S. A. de C. V., por
cualquier medio de prueba, debió de haber demostrado la utilización de la marca
DUO para distinguir el producto en clase 30 internacional.
Ahora bien, teniendo en cuenta lo anterior y
una vez estudiados los argumentos del solicitante de las presentes diligencias
de cancelación de marca por falta de uso, analizadas las actuaciones que
constan en el expediente, se tiene por cierto que la empresa CADBURY ADAMS USA
LLC demuestra tener legitimación y un interés directo para solicitar la
cancelación por falta de uso, debido a que por medio de sus Registros 201238 y
201323 acredita ser un competidor directo en el sector pertinente.
En cuanto al uso, es importante resaltar que
el artículo 40 de
El uso de la marca entonces debe de ser real,
la marca debe necesariamente ser utilizada en el comercio y los productos a los
que la misma distingue, deberán encontrarse fácilmente en el mercado, además
deben estar disponibles al consumidor; sin embargo, si por causas que no son
imputables al titular marcario ésta no puede usarse de la forma establecida no
se procederá a la cancelación del registro respectivo.
Visto el expediente se comprueba que el
titular de la marca DUO, sea Grupo Bimbo S. A. de C.V. al no contestar el
traslado, ni señalar argumentos y aportar prueba que indicara a este Registro
el uso real y efectivo en el mercado costarricense de su marca, tales como,
pero no limitados a, facturas comerciales, documentos contables o
certificaciones de auditoría, incumple los requisitos establecidos por los
artículos 39 y 40 de
En razón de lo anterior, dicho titular en su
momento oportuno pudo haber aportado la prueba correspondiente para demostrar
que cumple con los requisitos que exige este ordenamiento para que su marca no
sea cancelada, siendo el requisito subjetivo: que la marca es usada por su
titular o persona autorizada para dicho efecto; el requisito temporal: el uso
real durante cinco años y el requisito material: que este uso sea real y
efectivo.
El uso de una marca es
importante para su titular ya que posiciona la marca en el mercado, es de
interés para los competidores, porque les permite formar una clientela por
medio de la diferenciación de sus productos; para los consumidores, ya que
adquieren el producto que realmente desean con solo identificar el signo y para
el Estado, pues se facilita el tráfico comercial.
Por otra parte, el mantener marcas
registradas sin un uso real y efectivo constituye un verdadero obstáculo para
el comercio ya que restringe el ingreso de nuevos competidores que sí desean
utilizar marcas idénticas o similares a éstas que no se usan.
Siendo la figura de la cancelación un
instrumento que tiene el Registro de Propiedad Industrial que brinda una
solución al eliminar el registro de aquellos signos que por el no uso (real,
efectivo y comprobable) generan obstáculos para el ingreso de nuevos
competidores, descongestionando el registro de marcas no utilizadas aproximando
de esta forma la realidad formal (del registro) a la material (del mercado) se
procede a cancelar por no uso el registro N° 105517, de la marca de fábrica
“DUO”, cuyo titular lo es la empresa GRUPO BIMBO S.A.B. DE C.V.
VIII.—Sobre lo que debe ser resuelto.
Analizados los autos del presente expediente, queda demostrado que el titular
de la marca “DUO” registro número 105517, al no contestar el traslado otorgado
por ley, no comprobó el uso real y efectivo de su marca, por que para efectos
de este Registro y de la resolución del presente expediente, se tiene por
acreditado el no uso de la misma, procediendo a su correspondiente cancelación.
Por consiguiente, y de conformidad con lo
anteriormente expuesto debe declararse con lugar la solicitud de cancelación
por no uso, interpuesta por el Lic. Víctor Vargas Valenzuela, como apoderado de
la empresa Cadbury Adams Usa LLC en contra de
Con base en las razones
expuestas y citas de