MINISTERIO DE
EDUCACIÓN PÚBLICA
MINISTERIO DE
CULTURA Y JUVENTUD
AMBIENTE, ENERGÍA
Y TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS
BANCO POPULAR Y
DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
NACIONAL DE APRENDIZAJE
AUTORIDAD
REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
BANCO POPULAR Y
DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
INSTITUTO
NACIONAL DE APRENDIZAJE
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS
SERVICIOS PÚBLICOS
CAJA COSTARRICENSE DE
SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE
FERROCARRILES
PATRONATO NACIONAL DE LA
INFANCIA
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
INSTITUTO
TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
SERVICIO NACIONAL
DE AGUAS SUBTERRÁNEAS
JUNTA DE
ADMINISTRACIÓN PORTUARIA Y DESARROLLO
ECONÓMICO DE LA
VERTIENTE ATLÁNTICA
CONCEJO MUNICIPAL
DEL DISTRITO
CONCEJO
MUNICIPAL DISTRITO DE LEPANTO
Y
De conformidad con las atribuciones que les
confieren los artículos 140, incisos 3), 8), 18) y 20) y 146 de
Considerando:
I.—Que el Poder Ejecutivo en el ejercicio de su
potestad de dirección en materia de gobierno, y como órgano rector en materia
de asignación de los recursos públicos, debe disponer de la recaudación e
inversión de las rentas nacionales y lograr una mejor distribución de los
recursos públicos.
II.—Que para lograr una sana gestión de los
recursos financieros del Estado, se requiere austeridad y la reducción del
gasto público, objetivos que se pueden alcanzar mediante la racionalización de
su uso, asignándolos con base en prioridades, para su mejor aprovechamiento, en
beneficio del desarrollo económico y social del país.
III.—Que mediante Directriz Presidencial
número 013-H, el Poder Ejecutivo, dictó medidas de austeridad y de gasto
público.
IV.—Que el Servicio Fitosanitario del Estado, cuenta en la actualidad
con un fondo de emergencia, para hacer frente a las eventuales emergencias
fitosanitarias, al cual se debe girar de manera imperativa un 10% de la
totalidad recaudada por la venta de servicios y el Transitorio 1 de
DECRETAN:
Modificar
el artículo 31 del Decreto Ejecutivo N° 30111-
MAG,
denominado “Reglamento de
Organizativa,
Técnica y Administrativa del
Servicio
Fitosanitario del Estado” del 14
de enero de 2002, publicado en el Diario
Oficial
de enero de 2002
Artículo 1º—Modifíquese el artículo 31, Del
manejo de los ingresos, del Decreto Ejecutivo N° 30111-MAG, denominado
“Reglamento de
“Artículo 31.—Del
manejo de los ingresos. El Servicio Fitosanitario del Estado gestionará la
apertura de las cuentas corrientes en el sistema bancario nacional que sean
necesarias para facilitar y brindar seguridad; cuyo destino final será el
Fideicomiso, con el nombre de Servicio Fitosanitario del Estado; en ellas se
recaudarán los fondos correspondientes a todos los ingresos, que genere la
ejecución de
Además el Fideicomiso llevará una contabilidad
separada para los recursos del Fondo de Emergencia.
De la totalidad de los ingresos que se recauden
por venta de servicios y el Transitorio 1 de
Los egresos del Fondo de Emergencia deberán estar
respaldados en el caso de la prevención de plagas con un plan aprobado por
Director Ejecutivo del Servicio Fitosanitario del Estado y para la atención de
emergencias por una declaratoria oficial de emergencia fitosanitaria.
Los fondos que se le autoriza por Ley al Servicio
Fitosanitario del Estado, podrán ser invertidos únicamente en títulos emitidos
por entidades de derecho público y conforme a los lineamientos y directrices
que emitan en el ramo de sus competencias, los órganos de
Artículo 2º—Rige a partir de su firma.
Dado en
LAURA
CHINCHILLA MIRANDA.—
N° 269-PE
EL MINISTRO DE
Con fundamento en el artículo 28
párrafo 1 y 2 inciso a) de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Jeffry Chaves Faith, cédula de identidad Nº 2-524-308, Escolta del
Segundo Vicepresidente, para que viaje a México en avanzada del 24 al 25 de
setiembre para coordinar detalles de logística de seguridad con
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
viáticos, impuestos, servicio de taxis, aeropuerto hotel y viceversa en el país
visitado, se le cancelarán del Título 201-Presidencia de
Artículo 3º—Se autoriza al funcionario
Chaves Faith a utilizar el servicio de roaming para llamadas oficiales del
teléfono celular institucional asignado a su persona. El pago se realizará al
Instituto Costarricense de Electricidad en su facturación mensual.
Artículo 4º—El funcionario cede las
millas otorgadas al Ministerio de
Artículo 5º—Se le otorga la suma adelantada
de ¢525.098,86 por concepto de viáticos, sujetos a liquidación.
Artículo 6º—Rige a partir del 24 y
hasta el 28 de setiembre del 2011.
Dado en
Carlos Ricardo Benavides Jiménez, Ministro de
Nº 043-2011-H-MEIC
Y EL
MINISTRO DE HACIENDA,
Y
INDUSTRIA
Y COMERCIO
En el ejercicio de las
facultades que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18), y 146 de
Considerando:
1º—Que entre las metas del
“Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014, María Teresa Obregón
Zamora”, se plantea como una acción estratégica aumentar la producción y
mejorar la competitividad del país mediante el fortalecimiento de las relaciones
comerciales de Costa Rica con el resto del mundo, estimulando el dinamismo de
las exportaciones y la inversión extranjera directa.
2º—Que los días 10, 11 y 12 de octubre
del 2011, Costa Rica será
3º—Que el Foro es organizado por el
Fondo Multilateral de Inversiones (FOMIN) del Banco Interamericano de
Desarrollo, en colaboración con los Ministerios de Hacienda y Economía,
Industria y Comercio.
4º—Que el FOROMIC es actualmente el evento
más importante en el área del desarrollo de las microfinanzas y microempresa en
América Latina, el cual permite que las diferentes instituciones y entidades
establezcan contactos con representantes de los sectores público, privado y
social en la región.
5º—Que mediante las sesiones que se
realizarán durante los tres días que durará el Foro se presentarán y discutirán
una variedad de temas y puntos de vista con relevancia en la actualidad, tales
como: Transparencia en microfinanzas incluyendo el monitoreo de desempeño
financiero y social, protección al consumidor y gobierno corporativo, finanzas
rurales, aspectos de desarrollo empresarial y provisión de soluciones
innovadoras para promover micro y pequeñas empresas ecológicas, así como
técnicas para mejorar el acceso a mercados para pequeñas y medianas empresas.
6º—Que durante su realización los
participantes expondrán en stands y durante las charlas, material referente a
sus instituciones y productos, todo sin valor comercial con el objetivo de
intercambiar experiencias y fortalecer alianzas.
7º—Que en razón de los temas de fondo
que comprende el presente evento, opera la declaratoria de interés público,
habida cuenta que el país requiere incrementar todos los esfuerzos necesarios
para el fortalecimiento de la micro y pequeña empresa. Por tanto:
ACUERDAN:
DECLARATORIA DE INTERÉS PÚBLICO
AL XIV
FORO INTERAMERICANO
DE
FOROMIC
2011
Artículo 1º—Se declara de
interés público la ejecución del XIV Foro Interamericano de
Artículo 2º—Se insta a todas las
dependencias del Sector Público para que en la medida de sus posibilidades y
dentro del marco legal respectivo apoyen esta actividad, para su exitosa
realización, sin perjuicio de sus propios objetivos.
Artículo 3º—Rige a partir de esta
fecha.
Dado en la ciudad de San José, a
los veintiséis días del mes de agosto del dos mil once.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro
de Hacienda a. í., José Luis Araya Alpízar, y
Nº MEP-114-2011
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140 y 146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Irvin Adrián Fernández Rojas, cédula de identidad Nº 1-955-850, Psicólogo
de
Artículo 2º—Los costos del viaje al
exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y
manutención, serán cubiertos por: Organización de Estados Americanos (OEA).
Artículo 3º—Que durante los días del 6
al 9 de julio del 2011, en que se autoriza la participación del señor Irvin
Adrián Fernández Rojas en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a
partir del 6 al 9 de julio del 2011.
Dado en el Ministerio de
Educación Pública, a los cuatro días del mes de julio del dos mil once.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de
Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 11755.—Solicitud Nº
1194.—C-9400.—(IN2011075780).
Nº MEP-115-2011
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140 y 146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la
señora Gaudy Gómez Carranza, cédula de identidad Nº 701490361, Orientadora del
Liceo Ambientalista de Llano Bonito, para que participe en el
“Intercambio de Idiomas”, que se realizará en Estados Unidos, del 8
de julio al 12 de agosto del 2011.
Artículo 2º—Los costos del viaje al
exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y
manutención, serán cubiertos por: Kimberly Shumaker.
Artículo 3º—Que durante los días del 8
de julio al 12 de agosto del 2011, en que se autoriza la participación de la
señora Gaudy Gómez Carranza en la actividad, sin goce de salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a
partir del 8 de julio al 12 de agosto del 2011.
Dado en el Ministerio de
Educación Pública, a los siete días del mes de julio del dos mil once.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de
Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 11755.—Solicitud Nº
1194.—C-9400.—(IN2011075781).
Nº MEP-116-2011
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140 y 146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a las
señoras Ana María Vargas Víquez, cédula de identidad Nº 401800026, Docente de
Educación Especial del Centro de Atención Integral de Goicoechea; Milena
Mendoza Tosso, cédula de identidad Nº 109910283, Terapeuta del Lenguaje del
Centro de Atención Integral de Goicoechea; Ericka Andrea Zúñiga Cerdas, cédula
de identidad Nº 1012490080, Docente de Educación Especial del Centro de
Atención Integral de Goicoechea, y María Alejandra Williams Guillén, cédula de
identidad Nº 105420379, Directora del Centro de Atención Integral de
Goicoechea, para que participen en el “IX Congreso Iberoamericano de
Informática y Educación Especial”, y el “Simposio SICA”, que
se realizará en Panamá, del 2 al 6 de agosto del 2011.
Artículo 2º—Los costos del viaje al
exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y
manutención, serán cubiertos por los interesados.
Artículo 3º—Que durante los días del 2
al 6 de agosto del 2011, en que se autoriza la participación de las señoras Ana
María Vargas Víquez, Milena Mendoza Tosso, Ericka Andrea Zúñiga Cerdas, y María
Alejandra Williams Guillén en la actividad, devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a
partir del 2 al 6 de agosto del 2011.
Dado en el Ministerio de
Educación Pública, a los cuatro días del mes de julio del dos mil once.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de
Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 11755.—Solicitud Nº
1194.—C-11650.—(IN2011075782).
Nº MEP-117-2011
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto
en el artículo 140 y 146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Édgar Francisco Brenes Calero, cédula de identidad Nº 1-506-047, Profesor
de Educación Musical Liceo de Gravilias, para que participe en el
“Festivales Internacionales de Manifestaciones Artísticas por medio de
Artículo 2º—Los costos del viaje al
exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y
manutención, serán cubiertos por: El interesado.
Artículo 3º—Que durante los días del 17
de julio al 8 de agosto del 2011, en que se autoriza la participación del señor
Édgar Francisco Brenes Calero en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a
partir del 17 de julio al 8 de agosto del 2011.
Dado en el Ministerio de
Educación Pública, a los siete días del mes de julio del dos mil once.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de
Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 11755.—Solicitud Nº
1194.—C-9400.—(IN2011075783).
Nº MEP-118-2011
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto
en el artículo 140 y 146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la
señora Zaida Pérez Moreno, cédula de identidad Nº 112260515, Profesora de
Educación Musical Escuela Neuropsiquiátrica Infantil, para que participe en el
“Festival de Folklore de Manifestaciones Culturales Artísticas por de
Artículo 2º—Los costos del viaje al
exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y
manutención en Italia serán cubiertos por: El interesado. Los costos del viaje
al exterior a España, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso serán
cubiertos por: El interesado, y los gastos por concepto de alojamiento y
manutención serán cubiertos por: Los Organizadores del evento.
Artículo 3º—Que durante los días del 19
de julio al 12 de agosto del 2011, en que se autoriza la participación de la
señora Zaida Pérez Moreno en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a
partir del 19 de julio al 12 de agosto del 2011.
Dado en el Ministerio de
Educación Pública, a los siete días del mes de julio del dos mil once.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de
Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 11755.—Solicitud Nº
1194.—C-9800.—(IN2011075784).
Nº
MEP-119-2011
EL
MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140 y 146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la
señora Patricia Villegas Coronas, cédula de identidad N° 105890121, Directora
de
Artículo 2º—Los costos del viaje al
exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y
manutención, serán cubiertos por la interesada.
Artículo 3º—Que durante los días del 17
al 23 de julio de 2011, en que se autoriza la participación de la señora
Patricia Villegas Coronas en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a
partir del 17 al 23 de julio de 2011.
Dado en el Ministerio de
Educación Pública, a los siete días del mes de julio del año dos mil once.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de
Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 11755.—Solicitud Nº
1194.—C-9800.—(IN2011075785).
Nº
MEP-120-2011
EL
MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículo 140 y 146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la
señora Wendy Jiménez Asenjo, cédula de identidad N° 3-338-928, Asesora de
Artículo 2º—Los costos del viaje al
exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y
manutención, serán cubiertos por: El Bachillerato Internacional (IB).
Artículo 3º—Que durante los días del 20
al 25 de julio de 2011, en que se autoriza la participación de la señora Wendy
Jiménez Asenjo en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a
partir del 20 al 25 de julio de 2011.
Dado en el Ministerio de
Educación Pública, a los siete días del mes de julio del año dos mil once.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de
Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 11755.—Solicitud Nº
1194.—C-9800.—(IN2011075786).
Nº
MEP-121-2011
EL
MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140 y 146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Gustavo Adolfo Castro Astúa, cédula de identidad Nº 1-0997-0055, docente
de matemática del Liceo de Alajuelita, para que participe en el “Festival
de Folklore de Manifestaciones Culturales Artísticas por de
Artículo 2º—Los costos del viaje al
exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y
manutención, en Italia serán cubiertos por: el interesado. Los costos del viaje
al exterior a España, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso serán
cubiertos por: el interesado y los gastos por concepto de alojamiento y
manutención serán cubiertos por: los organizadores del evento.
Artículo 3º—Que durante los días del 19
de julio al 12 de agosto de 2011, en que se autoriza la participación del señor
Gustavo Adolfo Castro Astúa en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a
partir del 19 de julio al 12 de agosto de 2011.
Dado en el Ministerio de
Educación Pública, a los doce días del mes de julio del año dos mil once.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de
Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 11755.—Solicitud Nº
1194.—C-10720.—(IN2011075787).
Nº
MEP-122-2011
EL
MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140 y 146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a los
señores Manuel Fernando Vega Torres, cédula de identidad N° 3-0367-0740,
docente educación religiosa de la escuela
Artículo 2º—Los costos del viaje al
exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, serán cubiertos por:
los interesados y los gastos por concepto de alojamiento y manutención serán
cubiertos por:
Artículo 3º—Que durante los días del 26
de julio al 10 de agosto de 2011, en que se autoriza la participación de los
señores Manuel Fernando Vega Torres, José David Bonilla Zarceño, Luis Manuel
Quirós Solano, Jorge Eduardo Díaz Garita, Eliette Rocío Zúñiga Villalobos y
María Giselle Solano Salas en la actividad, devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a
partir del 26 de julio al 10 de agosto de 2011.
Dado en el Ministerio de
Educación Pública, a los quince días del mes de julio del año dos mil once.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de
Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 11755.—Solicitud Nº
1194.—C-14350.—(IN2011075788).
Nº
MEP-123-2011
EL
MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140 y 146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la
señora Carmen María Rojas Ávila, cédula de Identidad Nº 1-537-473, directora
del liceo Virgen Medalla Milagrosa, para que participe en la “Conferencia
Iluminina-Avivanos”, que se realizará en Texas, Estados Unidos, del 25 de
julio al 2 de agosto de 2011.
Artículo 2º—Los costos del viaje al
exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y
manutención, serán cubiertos por: la interesada.
Artículo 3º—Que durante los días del 25
de julio al 2 de agosto de 2011, en que se autoriza la participación de la
señora Carmen María Rojas Ávila en la actividad, devengará el 100% de su
salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a
partir del 25 de julio al 2 de agosto de 2011.
Dado en el Ministerio de
Educación Pública, a los doce días del mes de julio del año dos mil once.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de
Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 11755.—Solicitud Nº
1194.—C-9400.—(IN2011075789).
Res. Nº D.M. 132-2011.—San
José, a las catorce horas del día catorce de setiembre del dos mil once.
Agradecer los valiosos servicios prestados por Randall Rodríguez Arce, cédula
de identidad Nº 1-732-743, ante
Resultando:
1º—Que
2º—Que el artículo 4 de la citada Ley,
indica que su Junta Directiva será nombrada por el Ministro de Cultura y
Juventud y estará integrada entre otros, por tres miembros del Sector
Artístico.
Considerando:
I.—Que por Resolución Nº
D.M. 183-2010 de las quince horas cuarenta y cinco minutos del día 8 de octubre
del 2010, se designó a Randall Rodríguez Arce, cédula de identidad Nº
1-732-743, miembro de
EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD, RESUELVE:
Artículo 1º—Agradecer los
valiosos servicios prestados por Randall Rodríguez Arce, cédula de identidad Nº
1-732-743, como representante del Sector Artístico en
Artículo 2º—Rige a partir del 23 de
agosto del 2011.
Iván Rodríguez Rodríguez, Ministro de Cultura
y Juventud, a. í.—1 vez.—O. C. Nº 276-2011—Solicitud Nº
34666.—C-12500.—(IN2011076502).
Res. Nº D.M.
133-2011.—Despacho del Ministro.—San José, a las catorce horas
cuarenta y cinco minutos del día catorce de setiembre del dos mil once.
Nombramiento del señor Steven Jack Aronson Fichter, cédula de residencia Nº
184000715623, ante
Resultando:
1º—Que
2º—Que el artículo 4º de la citada Ley,
indica que su Junta Directiva será nombrada por el Ministro de Cultura y
Juventud y estará integrada entre otros, por un Profesional en Administración.
3º—Que el señor Hans Bansbach Miller,
cédula de identidad Nº 9-0024-0306, presentó su renuncia al cargo como miembro
de
Considerando:
I.—Que es menester la
efectiva conformación del órgano colegiado del Centro Nacional de
EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD, RESUELVE:
Artículo 1º—Agradecer los
valiosos servicios prestados por el señor Hans Bansbach Miller, cédula de
identidad Nº 9-0024-0306, ante
Artículo 2º—Rige a partir del 6 de
setiembre del 2011 y por un período de cuatro años.
Iván Rodríguez Rodríguez, Ministro de Cultura
y Juventud, a. í.—1 vez.—O. C. Nº 276-2011—Solicitud Nº
34666.—C-12500.—(IN2011076500).
Res. Nº D.M. 134-2011.—San
José, a las catorce horas cincuenta y cinco minutos del día catorce de
setiembre del dos mil once. Nombramiento del señor Mauricio Álvarez Muñoz,
cédula de identidad Nº 1-585-691, como representante del Sector Artístico ante
Resultando:
1º—Que
2º—Que el artículo 4º de la citada Ley,
indica que su Junta Directiva será nombrada por el Ministro de Cultura y
Juventud y estará integrada entre otros, por tres representantes del Sector
Artístico.
3º—Que el señor Bismark Fernández
Vásquez, cédula de identidad Nº 1-692-006, quien ha fungido como uno de los
representantes del Sector Artístico, presentó su renuncia como miembro de
Considerando:
I.—Que es menester la
efectiva conformación del órgano colegiado del Centro Nacional de
EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD, RESUELVE:
Artículo 1º—Nombrar al
señor Mauricio Álvarez Muñoz, cédula de identidad Nº 1-585-691, miembro de
dicho órgano colegiado en representación del sector artístico.
Artículo 2º—Rige a partir del 18 de
agosto del 2011.
Iván Rodríguez Rodríguez, Ministro de Cultura
y Juventud, a. í.—1 vez.—O. C. Nº 276-2011—Solicitud Nº
34666.—C-12500.—(IN2011076501).
TESORERÍA NACIONAL
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Para los
efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, el señor Adonay
Enríquez Guevara, portador de la cédula de identidad número cinco-ciento
setenta y cinco-ciento cincuenta y tres, ha solicitado ante
SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL
DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
EDICTO
La señora Antonieta Campos Bogantes, con
número de cédula 2-405-625, vecina de Alajuela, en calidad de representante
legal de la compañía Oficina Tramitadora de Registros Corporación de Registros
Sanitarios Internacionales M&C, con domicilio en Alajuela, solicita el
registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Maxibiotic L.A.,
fabricado por Laboratorio Biogénesis Bagó S. A./Garín, Argentina, con los
siguientes principios activos: Cada
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el Tomo I, Folio 183, Título N° 829, emitido por el Liceo Nocturno de Santa
Cruz, en el año dos mil siete, a nombre de Pérez Sánchez Alina María. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el Tomo 1, Folio 151, Título N° 1690, emitido por el Colegio
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 2, folio 28, título N° 815, emitido por el Liceo José Joaquín Jiménez
Núñez, en el año dos mil siete, a nombre de Rodríguez González Alejandra
Isabel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación
Diversificada, “Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras,
inscrito en el tomo I, folio 17, título Nº 257, emitido por el Liceo de
Chacarita, en el año mil novecientos ochenta y seis, a nombre de Muñoz Martínez
Ana Patricia. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación
Diversificada “Rama Técnica”, inscrito en el tomo 1, folio 35,
título N° 694, y del Título de Técnico Medio en Contabilidad, inscrito en el
tomo 1, folio 37, título N° 650, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio
Técnico Profesional de Limón, en el año mil novecientos ochenta y cinco, a
nombre de Wilson Furtado Karla. Se solicita la reposición de los títulos
indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación
Diversificada Rama Técnica, inscrito en el tomo 1, folio 17, título N° 278, y
del Título de Técnico Medio en Mecánica de Precisión, inscrito en el tomo 1,
folio 19, título Nº 281, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico
Profesional de Limón, en el año mil novecientos ochenta y tres, a nombre de
Mowt Sequeira Errol. Se solicita la reposición de los títulos indicados por
pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones
a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 2, título N° 16, emitido por el Colegio María Auxiliadora, en
el año mil novecientos ochenta y ocho, a nombre de García Cordero Yamileth. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 157, asiento 14, título N° 1001, emitido
por el Colegio Técnico Profesional Umberto Melloni Campanini, en el año dos mil
cinco, a nombre de Barrientos Hernández Carolina. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo I, folio 236, título N° 3064, emitido por el Liceo Unesco, en el año
dos mil cinco, a nombre de Villegas Quesada Alexander. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
DIRECCIÓN
DE REGULACIÓN DE
De conformidad con lo establecido en el artículo 4
inciso b) de
1. En el
artículo 5. Registro, para Costa Rica mientras el Ministerio de Salud no cuente
con un laboratorio oficial, los puntos 5.1.7 y 5.1.8 no se aplicarán.
2. Con
respecto al Anexo A del RTCA 65.03.44:07 se aplicará el siguiente:
ANEXO
A
FORMULARIO
PARA REGISTRO DE PLAGUICIDAS DE USO DOMÉSTICO Y DE USO PROFESIONAL
(Este formato puede
variar según cada país, siempre y cuando se respete la información contenida en
este anexo)
Para ver imagen solo en
INSTRUCCIONES PARA
LLENAR EL FORMULARIO PARA REGISTRO DE PLAGUICIDAS DE USO DOMÉSTICO, Y DE USO
PROFESIONAL |
|
CASILLA Nº 1 CÉDULA O DOCUMENTO DE
IDENTIFICACIÓN: |
Anote el número de la cédula de identidad o
cédula jurídica o registro de comercio según corresponda, del (la)
propietario(a) del establecimiento, empresa o negocio, que solicita el
registro. |
CASILLA Nº 2 NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: |
Escriba el nombre y
apellidos del (la) registrante, si es persona física, o su nombre, razón o
denominación social, si es persona jurídica. |
CASILLA Nº 3 NOMBRE DEL ESTABLECIMIENTO: |
Nombre o denominación del
negocio, empresa o establecimiento, que está solicitando el registro (si es
diferente al anotado en la casilla Nº 2). |
CASILLA Nº 4 TIPO DE ACTIVIDAD, NEGOCIO O
EMPRESA: |
Especifique el tipo de actividad a que se dedica
la empresa o persona registrante. Por ejemplo, “ferretería”,
“importador de sustancias químicas”, “comerciante al por
mayor de productos peligrosos”, “representante y distribuidor de
casas extranjeras”, etc. |
CASILLAS Nº |
Anote, de manera clara y
precisa, la información que se le pide, de tal manera que el personal del
Ministerio de Salud pueda ubicar fácilmente el establecimiento, empresa
persona o negocio, que está registrando el producto. En las casillas 7, 8 y
9, debe anotar tanto el número como el nombre de cada lugar. |
CASILLAS Nº |
Se deben llenar únicamente si la información
solicitada difiere de la suministrada en las casillas anteriores (siempre que
el propietario del negocio sea una persona jurídica, debe aparecer el nombre
del representante legal). De no llenarse algún espacio, se sobreentenderá que
la información es la misma que se anotó en la casilla equivalente del
apartado anterior. |
CASILLA Nº |
Anote los datos de la persona que tiene a su
cargo el registro del producto. |
CASILLA Nº 25 SOBRE EL PERMISO DE
FUNCIONAMIENTO: |
Marque con una “x” la casilla que
indique el estado en que se encuentra el Permiso de Funcionamiento de la
empresa o persona registrante. |
CASILLA Nº 26 NOMBRE COMERCIAL: |
Debe indicarse el nombre con el cual la casa
fabricante identifica el producto para comercializarlo, y que está aprobado
por el Registro de |
CASILLA Nº 27 NOMBRE COMÚN: |
Nombre del ingrediente activo, aprobado por Organismo Internacional de Estandarización (ISO) por sus nombre en inglés. Por Ej.: cipermetrina, deltametrina, diclorvos, etc. |
CASILLA Nº 28 USO QUE SE LE VA A DAR: |
Anotar el uso que se le va a dar al producto que
se registra. Las demás casillas corresponden a usos que van a ser indicados
en el empaque del producto que va ser comercializado. |
CASILLA Nº 29 ORIGEN DEL PRODUCTO. |
Indicar si la sustancia es importada o fabricada
localmente. |
CASILLA Nº 30 MOTIVO DE LA SOLICITUD. |
Marcar con una
“x”, la casilla que indique la razón por la cuál se está
solicitando el registro. |
REGISTRO DEL PRODUCTO PARA |
IMPORTACIÓN DE MUESTRA: cuando se va a traer por
única vez, un producto para fines de prueba. |
EMISIÓN DE CERTIFICADO DE LIBRE VENTA PARA
EXPORTACIÓN: cuando se va a exportar un producto a un país que requiere de un
documento que indique que dicho producto es comercializado libremente en el
país. |
MODIFICACION DEL REGISTRO: cuando existe
información sobre el producto que amerita una modificación en el registro. |
RENOVACION: solicitud para continuar
comercializando un plaguicida por un nuevo período de cinco años. |
CASILLA Nº 31 CATEGORÍA DEL PLAGUICIDA. |
Para suministrar la información de estas
casillas, debe hacer uso de la clasificación de FAO/OMS vigente. |
CASILLA Nº 32 DECLARACIÓN JURADA PARA MUESTRAS. |
Esta casilla se llena, si la información que se
suministró en la casilla 30, indica que se va a importar un producto como
muestra sin valor comercial |
CASILLA Nº 33 ANOTACIÓN MARGINAL: |
Anotar aquí, la información que lleva a
modificar el registro de un producto. Por ejemplo, cambio o ampliación del
país de origen, cambio en la marca comercial del producto, etc. |
CASILLA Nº 34 DECLARACIÓN JURADA PARA
RENOVACIÓN: |
Esta casilla se llena si la información que
suministró en la casilla 30, indica que se va a renovar un registro y cuando
la información que se ha suministrado al Ministerio referente a dicho
registro, no ha perdido vigencia. |
CASILLAS Nº |
No escribir en estas casillas, ya que son para
uso exclusivo del personal del Ministerio de Salud |
Dra. María de los Ángeles Morales Vega, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 10600.—Solicitud Nº 23626.—C-218970.—(IN2011076562).
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
De conformidad con la autorización extendida
por
De conformidad con la autorización extendida
por
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE
publicación de una vez
Marcas de ganado
Nº 2011-2784.—Gómez
Zuluaga Nelson, cédula de identidad número 800960945, mayor, soltero, salonero,
con domicilio en Escazú centro,
Para ver imagen
solo en
como marca de ganado que usará
preferentemente en Limón, Guácimo, Duacarí, Duacarí 1, de la escuela, de
Nasareth,
Nº
2011-2227.—Hel Esterones Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3-101-323168, con domicilio en Guanacaste, setenta y cinco metros al sur del
parque, Nicoya, representada por el señor Caravaca Espinoza Heber, cédula Nº
5-203-278, con domicilio en Guanacaste, Nicoya, Sámara, de la escuela Esterones
un kilómetro al sur, con facultades de apoderado generalísimo, solicita el
registro de:
Para ver imagen
solo en
como marca de ganado que usará
preferentemente en Guanacaste, Nicoya, Sámara, Esterones, de la escuela un
kilómetro al sur, casa blanca con corral. Se cita a terceros con derechos a
oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días
hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—San
José, 11 de julio del 2011.—Lic. Anais Mendieta Jiménez,
Registradora.—1 vez.—RP2011259291.—(IN2011075874).
Cambio de nombre Nº 71864
Que Denise Garnier Acuña, cédula de identidad
1-487-992, en calidad de apoderada especial de Sokkia Topcon Co., Ltd.,
solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Sokkia
Company Limited por el de Sokkia Topcon Co., Ltd., presentada el día 4 de abril
de 2011 bajo expediente 71864. El nuevo nombre afecta a la siguiente marca:
1900-7352409 Registro Nº 73524 SOKKIA en clase 9 Marca Denominativa.
Publicar en
Cambio de nombre Nº 74495
Que Giselle Reuben Hatounian, cédula de
identidad 1-1055-703, en calidad de apoderada especial de Funeraria Polini
Sociedad Anónima, solicita a este Registro se
anote la inscripción de cambio de nombre de Funeraria Polini Ltda. por el de
Funeraria Polini Sociedad Anónima, presentada el día 13 de setiembre de 2011
bajo expediente 74495. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas:
1900-0783500 Registro Nº 7835 FUNERARIA POLINI en clase 49 Marca
Denominativa. Publicar en
Patentes de Invención
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
El señor Cristian Calderón
Cartín, cédula 1-800-402, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición
de apoderado especial de Glaxosmithkline LLC, de E.U.A., solicita
Para ver imagen
solo en
La presente invención se refiere
a un compuesto de fórmula (I): o una sal farmacéuticamente aceptable del mismo,
en la que R1, R2, R3, R11, R12, R13, Q, Z y p son como se han descrito en la
presente memoria. Los compuestos de la presente invención son útiles para el
tratamiento de cánceres. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados,
El señor Cristian Calderón Cartín, cédula
1-800-402, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial
de Glaxo Group Limited, de Reino Unido, solicita
El señor Cristian Calderón Cartín, mayor,
abogado, cédula 1-800-402, vecino de San José, en su condición de apoderado
especial de Glaxo Group Limited, de Reino Unido, solicita
El señor Cristian Calderón Cartín, mayor,
abogado, cédula 1-800-402, vecino de San José, en su condición de apoderado especial
de, Abbott Laboratories, de E.U.A., solicita
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Exp. 10341.—El Registro de
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones civiles
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la
entidad denominada Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado
Sanitario de Colonia del Socorro, con domicilio en la provincia de Alajuela;
cuyos fines principales entre otros son los siguientes: administrar, operar,
dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto,
de conformidad con las disposiciones y reglamentos del AyA. Cuyo representante
judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el
estatuto lo es el presidente: Jorge Murillo Chaves. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del
estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-561061, denominación: Asociación
de Fruticultores de Llano Bonito de León Cortés. Por cuanto dicha reforma se
encuentra dentro de las prescripciones que establece
El Registro de Personas Jurídicas, Registro
de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad
denominada: Asociación Hogar del Espíritu Santo para Indigentes de Tilarán, con
domicilio en la provincia de Guanacaste. Sus fines, entre otros están: procurar
el alojamiento, tratamiento y recuperación del adicto, realizar estudios,
promover conferencias, seminarios estadísticos y programas de investigación que
conduzcan a un mejor conocimiento de los diferentes tipos de adicciones. Su presidente
Luis Elquin Herrera Alfaro, es el representante judicial y extrajudicial con
facultades de apoderado generalísimo con límite de suma hasta un millón de
colones y demás limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha organización,
dentro de las prescripciones establecidas en
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
La dirección nacional de
notariado, hace saber: Que los notarios que se indican a continuación, fueron
habilitados como notarios institucionales a partir de la fecha que se consigna.
Notario Cédula Carné Rige
Luis Fernando Chaverri Rivera 1-0486-0696 3619 31 de agosto del 2011
(Compañía
Nacional
de Fuerza y Luz)
Ana Marcia Rivas Tinoco 5-0280-0963 11160 2 de agosto del
2011
(Fondo Nacional
de
Financiamiento
Forestal
(FONAFIFO)
San José, 19 de setiembre del
2011.—Lic. Roy Jiménez Oreamuno, Director a. í.—1 vez.—O. C.
Nº 2011-001.—Solicitud Nº 43222.—C-14180.—(IN2011076495).
El Ministerio de Comercio Exterior, comunica:
CONVOCATORIA
PARA PARTICIPAR EN
DE IMPORTACIÓN
TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE REPÚBLICA DOMINICANA
CENTROAMÉRICA Y ESTADOS UNIDOS
2012
Fracción arancelaria |
Descripción del producto |
Volumen
disponible año
2012 (en toneladas métricas) |
País de origen |
0701.90.00 |
Papa fresca |
336 |
Estados Unidos de América |
0703.10.11, 0703.10.12, 0703.10.13, |
Cebollas frescas |
336 |
Estados Unidos de América |
0703.10.19 |
|||
0203.11.00, 0203.12.00, 0203.19.00, 0203.21.00, 0203.22.00, 0203.29.00 |
Carne de cerdo |
1750 |
Estados Unidos de América |
0207.13.93; 0207.14.93 |
Muslos, piernas, incluso unidos |
510 |
Estados Unidos de América |
0402.10.00, 0402.21.11, 0402.21.12, 0402.21.21, 0402.21.22, 0402.29.00 |
Leche en polvo |
268 |
Estados Unidos de América |
0405.10.00, 0405.20.00 |
Mantequilla |
201 |
Estados Unidos de América |
0406.10.00, 0406.20.90, 0406.30.00, 0406.90.10, 0406.90.20, 0406.90.90 |
Quesos |
549 |
Estados Unidos de América |
2105.00.00 |
Helados |
201 |
Estados Unidos de América |
0402.99.90, Ex 2202.90.90 |
Otros productos lácteos |
188 |
Estados Unidos de América |
Bebidas
a base de leche |
|||
1006.20.00, 1006.30.10, 1006.30.90, 1006.40.00 |
Arroz pilado |
6.750 |
Estados Unidos de América |
1006.10.90 |
Arroz en granza |
57.000 |
Estados Unidos de América* |
0207.13.91; 0207.14.91 |
Pechugas de pollo |
2070 |
República Dominicana |
0402.10; 0402.21; 0402.29 |
Leche en polvo |
2200 |
República Dominicana |
La asignación se realizará de
conformidad con la reglamentación y formulario que están disponibles en la
página del Ministerio de Comercio Exterior (www.comex.go.cr). El contingente de
arroz en granza se asignará con base en el requisito de desempeño de
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Exp. 9927P.—Inversiones Stabroek S. A.,
solicita concesión de:
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Expediente Nº 13896P.—Banco Cuscatlán
de Costa Rica S. A., solicita concesión de:
Expediente Nº 13897P.—Banco Cuscatlán
de Costa Rica S. A., solicita concesión de:
Expediente Nº 9763P.—Sigifredo Bolaños
Rodríguez solicita concesión de:
Expediente Nº 14856A.—El Recreo Dos Mil
Diez Sociedad S.A., solicita concesión de:
Expediente Nº 14554P.—Tres Z S. A.,
solicita concesión de:
Expediente Nº 14730A.—Ecopropiedades de
Exp. 14222P.—Santa Luisa Catalana SL
CAT S. A., solicita concesión de:
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Expediente Nº 8319A.—
Exp. 14717-A.—Berta Meza Núñez solicita
concesión de:
Exp. 14762-A.—Flor Sandí Zúñiga
solicita concesión de:
Exp. 975-H.—Hidroeléctrica Caño Grande
S. A., solicita concesión de fuerza hidráulica para autogeneración privada:
Exp. 14210-P.—3102592003 S. R. L,
solicita concesión de:
Exp. 14073-P.—Guntter Gert, Dieter
Intelman solicita concesión de:
Nº 17-2011
EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES, ACUERDA:
De conformidad con lo dispuesto
en el párrafo segundo del artículo 110 de
San José, a las once horas con veinticinco
minutos del veinte de setiembre del dos mil once.—Luis Antonio Sobrado
González, Presidente.—Eugenia María Zamora Chavarría,
Magistrada.—Max Alberto Esquivel Faerron, Magistrado.—1
vez.—O. C. Nº 13054.—Solicitud Nº
2783.—C-6820.—(IN2011075672).
Registro
Civil-Departamento Civil
OFICINA
DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que este Registro, en
diligencias de ocurso incoadas por Ana Lisset Rodríguez Martínez, ha dictado
una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº
1539-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de
Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas y treinta minutos del quince
de julio del dos mil once. Expediente Nº 7663-2011.—Resultando:
1º—..., 2º—..., 3º—. Considerando: I.—Hechos
probados:... II.—Hechos no probados, … III.—Sobre el
fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Daniela Carolina
y de Katherinne Paola ambas de apellidos Herrera Rodríguez...; en el sentido
que el segundo apellido de la madre de las personas ahí inscritas es
“Martínez” y no como se consignó; asimismo, el asiento de
nacimiento de María Valeria Herrera Rodríguez...; en el sentido que el segundo
nombre y el segundo apellido de la madre de la persona ahí inscrita son
“Lisset” y “Martínez” respectivamente.—Lic. Óscar
Fernando Mena Carvajal, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2011075297).
Se hace saber que este Registro, en
diligencias de ocurso incoadas por Marlene Ivania Treminio Rojas, ha dictado
una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1254-10.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San
José, a las nueve horas veinte minutos del ocho de julio del dos mil diez. Exp.
Nº 7740-10. Resultando: 1º—..., 2º—.3º—.Considerando:
I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados, …
III.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento
de Keneth Emanuel Salgado Treminio..., en el sentido que el segundo apellido de
la madre de la persona ahí inscrita es “Rojas”.—Lic. Marisol
Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a.
í. Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2011075305).
Se hace saber a las partes interesadas, que
este Registro en procedimiento administrativo de rectificación del asiento de
nacimiento del menor Édgar Joel Muñoz Vargas, ha dictado una resolución que en
lo conducente dice: Resolución Nº 1652-09.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San
José, a las nueve horas del quince de octubre del dos mil nueve. Expediente Nº
32740-07. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…,
4º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos
no probados:…, III.—Sobre el fondo:… Por tanto: Procédase a
rectificar el asiento de nacimiento de Édgar Joel Muñoz Vargas… en el
sentido que la persona ahí inscrita es hija de “José Walter Elizondo
Aguilar y Floribeth Muñoz Vargas, costarricenses”. Consúltese con el
Tribunal Supremo de Elecciones para su resolución definitiva. En razón de
ignorarse el domicilio actual del señor José Walter Elizondo Aguilar, se le
notifica por este medio.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora
General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—O.
C. Nº 10788.—Solicitud Nº 859-2011.—C-10740.—(IN2011075674).
Registro Civil - Departamento Civil
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIÓN
Avisos de solicitud de naturalización
Leticia Isabel Sánchez Méndez, mayor, casada,
telefonista, nicaragüense, cédula de residencia 155807750932, vecina de
Heredia, ha presentado solicitud para obtener
la nacionalidad costarricense ante
BCR PENSIONES
MODIFICACIÓN AL PROGRAMA DE ADQUISICIONES
AÑO 2011
DESCRIPCIÓN |
FECHA ESTIMADA |
FUENTE FINAN-CIAMIENTO |
MONTO APROXIMADO |
Mantenimiento preventivo y correctivo para los sistemas de aire
acondicionado para diversas oficinas del BCR |
II Semestre |
BCR |
¢270,0 millones anuales |
Rodrigo
Aguilar Solórzano, Oficinas Compras y Pagos.—1
vez.—O. C. Nº 60598.—Sol. Nº
47249.—C-5460.—(IN2011077646).
JUNTA ADMINISTRATIVA
DE
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2011LA-000005-99999
Compra de papeles y cartulinas
La apertura de las ofertas se realizará a las
diez horas del día 17 de octubre del 2011.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000038-01
Consultoría para la confección de un análisis de impacto
al
negocio, de riesgo y de estrategias de recuperación de
desastres
para el proceso de la gestión de continuidad
del
negocio para el conglomerado BCR
El Banco de Costa Rica, recibirá
ofertas por escrito hasta las once horas con treinta minutos (11:30) del 28 de
octubre del 2011, para la licitación en referencia.
Los interesados pueden retirar
el cartel de licitación que incluye las especificaciones y condiciones
generales, en
San José, 3 de octubre del 2011.—Área
de Licitaciones.—Rodrigo Aguilar S.—1 vez.—O. C. Nº
60598.—Solicitud Nº 47250.—C-11720.—(IN2011077645).
DIRECCIÓN LOGÍSTICA DE RECURSOS MATERIALES
PROVEEDURÍA GENERAL
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2011LN-000028-01
Construcción de edificio para
Dirección
Regional Guanacaste-Puntarenas
del
Banco Nacional de Costa Rica
La visita al sitio se programó para el día
jueves 20 de octubre del 2011 del año en curso, a las 12:00 m., en el edificio
de
El cartel, planos y especificaciones técnicas
pueden ser retirados en
PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000053-PCAD
Adquisición y soporte de licencias de herramientas Oracle
Apertura: para las 14:00 horas
del día 24 de octubre del 2011, venta del cartel: cajas 23 ó 24 de lunes a
viernes de 8:15 a.m. a 4:00 p.m. Retiro del cartel: 6to piso, Proceso de
Contratación Administrativa costo: ¢2.000,00 (dos mil colones con 00/100).
San José, 3 de octubre del
2011.—Subproceso de Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana
Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2011077682).
ÁREA DE SALUD DESAMPARADOS 3
COMPRA DIRECTA Nº 2011CD-000032-2339FRO
Arrendamiento de edificio para albergar sede Ebais Patarrá
Se informa a los interesados que
está disponible
San José, 3 de octubre de 2011.—Lic.
Marjorie Chaves Anchía, Administradora.—1 vez.—(IN2011077627).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000101-01
Equipos de respaldo para sistemas de cómputo masivos
El Proceso de Adquisiciones de
Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan
Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº
48392.—C-12520.—(IN2011077684).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000094-01
Compra de motocicletas usadas para uso didáctico
El Proceso de Adquisiciones de
Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan
Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº
48392.—C-12520.—(IN2011077685).
SUPERINTENDENCIA
DE TELECOMUNICACIONES
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LA-000019-SUTEL
Adquisición
de equipo de cómputo y periféricos
Las especificaciones técnicas y las condiciones generales, que forman parte
de esta licitación pueden ser accesadas en el link de la dirección electrónica,
http://www.aresep.go.cr/cgi-bin/index.fwx?area=04&cmd=servicios&id=5590&sub=1415.
Para mayor información pueden llamar a los teléfonos 2506-3237 y 2506-3239,
o a los correos electrónicos jromero@aresep.go.cr., y fjaubert@aresep.go.cr.
San José, 29 de setiembre del
2011.—Jorge Romero Vargas, Proveedor Institucional.—1 vez.—O.
C. Nº 0367-11.—Solicitud Nº 36320.—C-14340.—(IN2011077524).
MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ
PROCESO DE PROVEEDURÍA
LICITACION PÚBLICA Nº 2011LN-000013-01
Separación y disposición final de los desechos sólidos
utilizables,
residenciales y comerciales
del
cantón de Escazú
Se invita a los potenciales
oferentes a participar en el siguiente proceso de Contratación Administrativa:
Licitación Pública N° 2011LN-000013-01 “Separación y disposición final de
los desechos sólidos utilizables, residenciales y comerciales del cantón de
Escazú.” Se recibirán ofertas hasta las ocho horas del día viernes
veintiocho de octubre de dos mil once. El pliego de condiciones solamente podrá
obtenerse en forma digital a través de la página Web www.mer-link.co.cr o en
Para mayor información comunicarse con
Cira Castro Myrie, Proveeduría.—1
vez.—(IN2011077543).
MUNICIPALIDAD DE GUATUSO
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000006-01
Compra de tierra en el Caserío de Katira
La fecha de apertura será el
día: 20 de octubre a las 10:00 a.m.
El cartel está disponible en
Guatuso, 29 de setiembre del
2011.—Proveeduría Municipal.—Shirley López Molina.—1
vez.—(IN2011077616).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000039-02
Suministro de equipo de inspección de tuberías internas de
intercambiadores de calor
El cartel respectivo puede
retirarse en el lugar mencionado previo pago en la caja de Tesorería, situada
en el primer piso del edificio, por un costo de ¢1.000,00, o bien, el mismo
está disponible en la página Web de RECOPE, www.recope.com.
Dirección de Suministros.—Ing. Norma
Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 040.—Solicitud Nº
31597.—C-17920.—(IN2011077554).
LICITACION PÚBLICA Nº 2011LN-000217-07900
Remodelación de las instalaciones eléctricas, de voz y datos
de
los edificios del Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto
Casa Amarilla, anexo (Administrativo) e
Instituto
Diplomático Manuel María de Peralta
El Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto, comunica a través de
Oferta N° 1, Proseltec Dos
Mil Dos S. A., cédula jurídica N° 3101477031, línea por adjudicar: 1. Plazo
de entrega: doscientos veinte días hábiles. Monto total adjudicar:
¢984.259.355,12 (novecientos ochenta y cuatro millones doscientos cincuenta y
nueve mil trescientos cincuenta y cinco colones con doce céntimos).
San José, 29 setiembre del 2011.—Lic.
José Ángel Soto Varela.—1 vez.—O. C. 11080.—Solicitud Nº
49098.—C-9870.—(IN2011077624).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000007-PCAD
Compra de equipo de cómputo
El Proceso de Contratación
Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal hace del conocimiento
de los interesados en
Componentes El Orbe S. A.
Cédula
jurídica Nº 3-101-111502-18
Monto adjudicado ítem 1
microcomputadora personal portátil $39.022,00, ítem 4 microcomputadora de
escritorio $39.107,21, total: $78.129,21 (setenta y ocho mil ciento veintinueve
US dólares con 21/100).
Telerad S. A.
Cédula
jurídica Nº 3-101-049635
Monto adjudicado ítem 2
impresora láser trabajo pesado $966,43 (novecientos sesenta y seis US dólares
con 43/100).
Garantía de cumplimiento para
los dos adjudicatarios. El adjudicatario deberá rendir la correspondiente
garantía de cumplimiento, durante los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la
firmeza de la adjudicación del concurso, de acuerdo a lo siguiente: la garantía
deberá rendirse por el 5% del monto total adjudicado con una vigencia de dos
meses adicionales al plazo de vencimiento de la garantía de los equipos. Una
vez entregados los equipos, se podrá devolver el 50% de esa garantía. El 50%
restante podrá devolverse en un plazo de dos meses adicionales al vencimiento
del plazo de garantía de los equipos. El ítem 3 (Microcomputadora portátil para
Sistema Operativo Macintosh) se declara infructuoso.
Demás condiciones y requisitos
según lo plantea el Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular,
en su informe de adjudicación Nº 142-2011.
San José, 30 de setiembre
de 2011.—Proceso de Contratación Administrativa.—Maykel Vargas García,
Jefe.—1 vez.—(IN2011077553).
HOSPITAL NACIONAL DE GERIATRÍA Y GERONTOLOGÍA
DR.
RAÚL BLANCO CERVANTES
SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011 LA-000003-2202
Pollo (por periodo de un año con posibilidad de tres
prórrogas
y modalidad de entrega según demanda)
Se les informa a los interesados
del presente concurso que por Resolución de
Oferente: Corporación Pipasa
S. R. L.
Cédula jurídica Nº 3-102-012933
Oferta Nº 1
Ítems Nº: del 01 al 06.
El monto total estimado de
adjudicación corresponde a ¢19.585.800,00 sin embargo por tratarse de una
licitación abreviada con modalidad de entrega según demanda prevalecen los
precios unitarios y el tope de adjudicación indicado en el expediente.
En caso de dudas, el expediente
se encuentra a su disposición en
San José, 30 de setiembre del
2011.—Área Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. José Vargas Zúñiga,
Jefe a. í.—1 vez.—(IN2011077656).
HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN NACIONAL Nº 2011LP-000010-2101
Determinación de pruebas hormonales y pruebas especiales
Empresa adjudicada: Siemens
Healthacare Diagnostics S. A.
Monto total adjudicado: $
344.130,00
Monto en letras: trescientos
cuarenta y cuatro mil ciento treinta dólares exactos.
Tiempo de entrega: entrega según
demanda, la primera entrega se realizará en el momento que se haga la
instalación de los equipos (30 días hábiles a partir del día posterior a la
notificación del contrato). El resto de entregas
Este contrato tiene una vigencia
de un año. Podrá ser prorrogado como máximo por tres períodos iguales si con
sesenta (60) días naturales de anticipación a su vencimiento el hospital, no
comunica por escrito su deseo de darlo por terminado.
Todo de acuerdo al cartel y a la
oferta presentada. Las cantidades y montos pueden aumentar o disminuir por ser
una compra según demanda. Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr
San José, 3 de octubre del
2011.—Subárea Contratación Administrativa.—Lic. Yehudi Céspedes
Quirós MSc, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2011077674).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000041-PRI
Construcción Mini Plantel Zona II
El Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados (A y A), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica
que mediante resolución de Subgerencia General Nº 2011-510 del 29 de setiembre
del 2011, se adjudica la presente licitación a
Demás condiciones de acuerdo al
cartel y la oferta respectiva.
Dirección Proveeduría.—Lic. Jennifer
Fernández Guillén.—1 vez.—O. C.
Nº 11-03.—Solicitud Nº 3279.—C-11720.—(IN2011077550).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000042-PRI
Compra
de cámaras fotográficas, discos duros, impresoras,
proyectores
multimedia, UPS y Hand Help (TPL)
El Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica
que mediante Resolución de Subgerencia General Nº 2011-501 del 30 de setiembre
del 2011, se adjudica la presente licitación de la siguiente manera:
A: Oferta Nº 2.—I.E.S.A.
La posición 12, para un monto total adjudicado de $19.871,05 dólares i.v.i.
A: Oferta Nº 3.—Arrendador
Comercial R & H S. A. La posición 14, para un monto total adjudicado de
$3.842,00 dólares i.v.i.
A: Oferta Nº 4.—C.R.
Conectividad S. A. La posición 13, para un monto total adjudicado de
$69.752,64 dólares i.v.i.
A: Oferta Nº 7.—Epson
de C.R. S. A. Las posiciones 9 y 11, para un monto total adjudicado de
$8.814,00 dólares i.v.i.
Nota:
A: Oferta Nº 10.—Carlos
Federspiel & Cia. S. A. Las posiciones 1 y 2, para un monto total
adjudicado de ¢5.260.000,05 colones i.v.i.
Nota:
A: Oferta Nº 12.—Telerad
Telecomunicaciones Radiodigitales S. A. Las posiciones 6, 7, 8 y 10, para
un monto total adjudicado de $55.183,18 dólares i.v.i.
Nota:
A: Oferta Nº 13.—Componentes
El Orbe S. A. Las posiciones 3 y 4, para un monto total adjudicado de $3.859,18
dólares i.v.i.
Nota:
A: Oferta Nº 14.—Equipos
y Componentes Industriales ECI S. A. La posición 5, para un monto total
adjudicado de $3.983,25 dólares i.v.i.
Demás condiciones de acuerdo al
cartel y la oferta respectiva.
San José, 3 de octubre del 2011.—Lic.
Jeniffer Fernández Guillén, Dirección Proveeduría.—1 vez.—O.C. Nº
11-03.—Solicitud Nº 3280.—C-44770.—(IN2011077689).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000048-01
Compra de equipo especializado para capacitación
en
electricidad
Adjudicar
• Adjudicar las líneas 2 y
• Adjudicar la línea
• Adjudicar la línea
• Declarar infructuosas las líneas 5 y 6 por
cuanto los oferentes incumplen con lo solicitado.
Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan
Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº
48392.—C-23270.—(IN2011077675).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000019-01
Compra de impresoras
Adjudicar
• Adjudicar
la línea
• Adjudicar
las líneas 1 y
• Adjudicar
la línea
Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan
Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº
48392.—C-23270.—(IN2011077676).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000034-01
Contratación de la remodelación de los servicios
sanitarios
en el Centro Regional Polivalente
de
Santa Cruz, Guanacaste
a. Adjudicar
• Adjudicar la línea
b. Declarar infructuosa la línea 2, por falta de oferentes.
Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan
Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº
48392.—C-21480.—(IN2011077677).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000067-01 (Infructuosa)
Compra de equipos de impresión digital
para
diseño y preprensa
Declarar infructuosa
• Líneas 1 y 2 por cuanto los oferentes incumplen administrativa y
técnicamente.
• Línea 3 por falta de oferentes.
Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan
Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº
48392.—C-17100.—(IN2011077678).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000036-01
Compra de muebles y equipos de metal con elementos
de
madera para uso en aulas y centros administrativos
a. Adjudicar
• Adjudicar la línea
• Adjudicar la línea
• Adjudicar la línea
b. Declarar infructuosas las líneas 3, 4, 5 y 7, ya que las ofertas
presentadas no cumplen con las especificaciones técnicas solicitadas en el
cartel.
Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan
Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº
48392.—C-25100.—(IN2011077679).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000051-01
Compra de equipo para diagnóstico de vehículos automotores
a. Adjudicar
• Adjudicar las líneas 1 y
• Adjudicar las líneas 3 y
• Adjudicar la línea
Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan
Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº
48392.—C-23270.—(IN2011077680).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000052-01
Compra de equipos de monitoreo ambiental
(riesgos
físicos y químicos)
a. Adjudicar
• Adjudicar la línea
b. Declarar infructuosas las
líneas 1, 2 y 3, porque la única oferta participante para estas líneas retiró
su oferta.
Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan
Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº
48392.—C-18100.—(IN2011077681).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000080-01
Compra de equipo fotográfico
Adjudicar
• Adjudicar las líneas 1, 2 y
Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan
Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº
48392.—C-16200.—(IN2011077683).
SUPERINTENDENCIA
DE TELECOMUNICACIONES
LICITACIÓN
ABREVIADA 2011LA-000005-SUTEL
Contratación
de servicios profesionales para la elaboración
del cartel de licitación para la contratación
de
Portabilidad Numérica
Oferta
Nº 1, Nereo Latam ECR S. A., quien cotiza lo siguiente:
Línea |
Cant. |
Cantidad y descripción |
Precio unitario $ |
Precio total $ |
1 |
1 |
Contratación
de servicios profesionales para la elaboración del cartel de licitación para
la contratación de |
188.950,00 |
188.950,00 |
Total i.v.i el precio incluye impuestos y gastos de inscripción |
|
$188.950,00 |
Plazo de entrega: según lo indicado en el cartel.
Vigencia oferta: 60 días hábiles.
Demás condiciones: de conformidad con la oferta y
el cartel de licitación.
San José, 30 de setiembre del 2011.—Oficina de Proveeduría.—Jorge Romero Vargas,
Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 370-11.—Solicitud Nº
36321.—C-26615.—(IN2011077525).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000008-02
Suministro de grúas
Se informa que el concurso en
referencia, fue adjudicado según acuerdo tomado por nuestra Junta Directiva en
el artículo Nº 4, de la sesión ordinaria Nº 4584-137, celebrada el miércoles 28
de setiembre de 2011, de acuerdo con el siguiente detalle:
Oferente: Inversiones Geo
Chem Dos Mil S. A., Representante
Legal: Esteban Guevara Calvo.—(Oferta:
Nº 2)
Monto total: $1.923.010,00 i.v.i
(incluye: mantenimiento preventivo y entrenamiento).
Desglosados así: equipo:
$1.895.010,00 i.v.i, (tres grúas, costo unitario $559.000,00 SIV).
Entrenamiento: $28.000,00
Total: $1.923.010,00 i.v.i.
Descripción: Suministro de tres
(3) grúas autotransportables de
Capacitación precio total: $28.000,00.
Demás especificaciones conforme
el cartel y la oferta respectiva.
Forma de pago: carta de crédito pagadera en
un máximo de 30 días calendario, de la siguiente manera: 80% se cancelará
contra el recibo a satisfacción del objeto contratado, siempre y cuando el
contratista no haya incurrido en mora, previa verificación del cumplimiento a
satisfacción. 20% restante una vez que se hayan inscrito los equipos a nombre
de RECOPE y se haya brindado a satisfacción la capacitación respectiva.
Ambos pagos, en la moneda en que fue pactada
la contratación o en colones, según convenga a los intereses de RECOPE, todo de
conformidad con lo establecido en el punto 1.17.1 del cartel.
Plazo de entrega: trescientos sesenta (360)
días en el Plantel de Refinería.
Garantía: dieciocho (18) meses posteriores a
su aceptación por parte de RECOPE.
Notas importantes:
1. El adjudicatario dispondrá de diez (10) días hábiles contados a
partir de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la correspondiente
garantía de cumplimiento, de conformidad con los términos establecidos en la
cláusula 1.11.2 del cartel.
2.
3. A efectos de la legalización se deberán
reintegrar las especies fiscales de ley en razón del 0,5% del monto total del
contrato, pagadero en su totalidad por el contratista, utilizando para tal
efecto el tipo de cambio de venta que reporte el Banco Central de Costa Rica de
conformidad con lo establecido por
4. Los equipos deberán entregarse debidamente
inscritos a nombre de RECOPE ante el Registro Público de
5. El monto recomendado incluye el servicio de
mantenimiento preventivo, incluyendo repuestos, materiales y mano de obra por
un período de cinco años, a partir de la aceptación de conformidad del equipo.
Dirección de Suministros.—Ing. Norma
Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O.C. Nº 040.—Solicitud Nº
31599.—C-60880.—(IN2011077557).
MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE POÁS
Municipalidad de Poás remate de cuatro puestos
temporales
para la época navideña
La suscrita Secretaria
Municipal, hace constar que el Concejo Municipal del cantón de Poás, en sesión
ordinaria Nº 74 celebrada el 27 de setiembre del 2011, en forma unánime y
definitivamente aprobado y de conformidad con lo estipulado en
El remate se efectuará en el
salón de sesiones de
San Pedro de Poás, 28 de setiembre del
2011.—Roxana Chinchilla Fallas, Secretaria.—1
vez.—(IN2011077610).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000034-01 (Aclaraciones)
Remodelación de oficina BCR - Mall Plaza Grecia
Se les informa a todos los
interesados en la licitación de referencia, que el cartel de la licitación en
referencia tiene aclaraciones.
Los interesados pueden retirar
las aclaraciones, en
San José, 2 de octubre del
2011.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Área de Licitaciones.—1
vez.—O. C. Nº 60598.—Solicitud Nº
45811.—C-10940.—(IN2011077647).
HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2011N-000008-2101
Compra de reactivos para la determinación CD4 / CD8 / CD3
Se informa a los interesados en
participar en
San José, 3 de octubre del
2011.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Yehudi Céspedes
Quirós, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2011077533).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000001-01
Contratación de servicios de logística para la operación
del
tren urbano entre Heredia y San José
A los interesados en la
licitación indicada, se les aclara que el acuerdo de adjudicación a la empresa
Transfeco y Cía S. A., publicado el 30 de setiembre del 2011 en
San José, 3 de octubre del
2011.—Departamento de Proveeduría.—Marta E. Navarro
Sandoval.—1 vez.—O. C. Nº 10494.—Solicitud Nº
09884.—C-7820.—(IN2011077585).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000008-01
(Ampliación
en el plazo de adjudicación)
Adquisición de computadoras, impresoras y fuentes de poder
El Patronato Nacional de
San José, 30 de setiembre del
2011.—Departamento de Suministros, Bienes y Servicios.—Lic.
Guiselle Zúñiga Coto, Coordinadora.—1 vez.—O. C. Nº
34028.—Solicitud Nº 46406.—C-2420.—(IN2011077654).
CONCEJO
MUNICIPAL DE DISTRITO DE COLORADO
REGLAMENTO
DE COBRO ADMINISTRATIVO,
EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL
DEL CONCEJO
MUNICIPAL DE DISTRITO DE
COLORADO
Considerando:
I.—Que los artículos 169 y 170 de
II.—Que
III.—Que la potestad reglamentaria de las
Municipalidades y los Concejos Municipales de Distrito de aprobar reglamentos,
corresponde a los Concejos Municipales.
IV.—Que la aprobación del Reglamento para el
Procedimiento de Cobro administrativo, extrajudicial y judicial del Concejo
Municipal de Distrito de Colorado, le permite a
Este Concejo Municipal de Distrito en ejercicio de
las facultades que le confiere
CAPÍTULO
I
Disposiciones
generales
Artículo 1°—Objeto y ámbito del
Reglamento. El presente Reglamento tiene por objeto, establecer los
lineamientos y la forma de operación de
Este reglamento establece las normas que regularán el Cobro Administrativo,
extrajudicial y Judicial, de las obligaciones por parte de los contribuyentes y
sujetos pasivos. Con la máxima recuperación de las mismas siempre bajo criterio
de conveniencia y oportunidad institucional, según el análisis y
características de cada caso en particular, y de aplicación obligatoria para el
departamento de Administración Tributaria y para los abogados externos
contratados por
El ámbito de aplicación de este Reglamento corresponde a las obligaciones
de los administrados, surgidas con el Concejo Municipal de Distrito de
Colorado, en el cantón de Abangares.
Artículo 2°—Definiciones preliminares: Para efectos de este
Reglamento se entenderá por:
a) Reglamento:
El Reglamento para el procedimiento de cobro Administrativo, extrajudicial y judicial
del Concejo Municipal del Distrito de Colorado.
b) Concejo
Municipal de Distrito: Concejo Municipal de Distrito de Colorado.
c) Administración
Tributaria: Departamento de Hacienda Municipal.
d) Unidad
de Cobros: corresponde a la unidad del departamento de hacienda municipal
encargada de la función de recaudación del Concejo Municipal de Distrito de
Colorado.
e) Obligaciones
vencidas: Las obligaciones dinerarias vencidas, o bien, créditos exigibles
de plazo vencido a favor del Concejo Municipal de Distrito, por concepto de
tributos municipales cánones y arrendamientos.
f) Sujeto
Pasivo: es la persona física o jurídica que se encuentra atrasada en el
pago de sus obligaciones con el Concejo Municipal de Distrito, derivados de
impuestos, tasas, contribuciones especiales y cualquier otro tipo de adeudo
Municipal.
g) Contribuyente:
es la persona física o jurídica obligada a pagar tributos al Concejo Municipal
de Distrito, derivados de impuestos, tasas, contribuciones especiales y
cualquier otro tipo de adeudo Municipal.
h) Abogados
Externos: Los Profesionales en Derecho debidamente acreditado ante el
colegio profesional respectivo, que podrán ser personas físicas y jurídicas que
presten sus servicios profesionales a
i) Cobro
administrativo: todas las acciones que se realizan administrativamente por
parte de la hacienda municipal, con el objetivo de hacer cumplir los
calendarios de pago que garanticen la cancelación oportuna de las cuentas de
los sujetos pasivos.
j) Cobro
extrajudicial: Las acciones realizadas extrajudicialmente por los abogados
externos, para la cancelación de las obligaciones vencidas trasladadas a estos
para su respectivo cobro, previo a iniciar la gestión judicial correspondiente.
k) Cobro
judicial: Se entiende por cobro judicial el desarrollo y establecimiento de
controles tendientes al logro de la máxima recuperación de la cartera que
ejecuten los abogados contratados para tal fin por el Concejo Municipal de
Distrito; en aras de obtener la recuperación de las obligaciones vencidas, una
vez que se agoten los trámites de cobro administrativo y extrajudicial.
f) Estrategia
de cobro: es la acción por medio de la cual se establece el cómo realizar
las gestiones de cobro, para la recuperación de obligaciones tributarias y las
deudas en un periodo determinado.
g) Mora:
se define como el estado tardío en que incurre el sujeto pasivo en cualquier
forma de pago convenida. El cómputo de la mora se da a partir del día natural
siguiente a la fecha de pago pactada.
Artículo 3º—Definición de Obligación del
Sujeto Pasivo: Para los fines de este Reglamento se entiende por
obligaciones tributarias documentadas y no documentadas:
1) Aquellas
que representen deudas por concepto de impuestos nacionales y municipales bajo
administración del Concejo Municipal de Distrito, que presenten atraso en el
pago de las mismas o que se encuentren vencidas.
2) Aquellas
que representen deudas por concepto de tasas y contribuciones especiales que
presenten atraso en el pago o que se encuentren vencidas.
3) Aquellas
que representen deudas por concepto de alquileres, arrendamientos, préstamos o
créditos que se hayan otorgado a beneficiarios de programas municipales que
presenten atraso en el pago o, que se encuentren vencidas o que exista algún
tipo de incumplimiento que obligue a su vencimiento.
4) Aquellas
obligaciones que incumplan alguna de las cláusulas pactadas entre el Concejo
Municipal de Distrito y el deudor que faculten al municipio a darlas por
vencidas, en forma anticipada o con el vencimiento del plazo de la obligación,
o de la deuda, que contemplen las leyes y reglamentos aplicables y vigentes.
Artículo 4°—Ámbito de las gestiones de
cobro: Abarca todas las gestiones de cobro que realice el Departamento de
Hacienda Municipal del Concejo Municipal de Distrito de Colorado, sobre las
obligaciones tributarias o deudas que se efectuarán de conformidad con el
presente Reglamento. No implica lo anterior, imposibilidad para que el Concejo
Municipal de Distrito, por razones de conveniencia y de forma motivada, pueda
recurrir a un procedimiento de cobro más acelerado, cualquiera que este sea,
siempre que el mismo esté sujeto al debido proceso.
CAPÍTULO
II
Organización
Institucional para
Artículo 5º—Funciones de
Artículo 6º—Dependencias Involucradas: Las áreas municipales
que tienen competencia con el Departamento de Hacienda Municipal son todas
aquellas que realizan acciones vinculadas con la gestión de tributos, tasas y
servicios. Las áreas que la integran son:
• Coordinación
de Catastro y Bienes Inmuebles: su función principal es mantener actualizado la
información documental y digital de todas las propiedades que existen, así como
de incluir y traspasar fincas nuevas, y mantener actualizada el valor de los
diferentes predios en el Distrito.
• Coordinación
de Cobros y Patentes: es la encargada de realizar la recaudación de todas los
impuestos y servicios que brinda el Concejo Municipal de Distrito, así como de
regular y fiscalizar a todas aquellas personas físicas o jurídicas que
desarrollan una actividad lucrativa en el Distrito.
• Zona
Marítima Terrestre: es la encargada de administrar la zona la franja de
doscientos metros ubicados en los sectores costeros, contados a partir de la
línea de pleamar ordinaria, específicamente en las regulaciones, otorgamiento
de concesiones y permisos de uso.
• Unidad de
Inspección Municipal: es la encargada de realizar las gestiones de notificación
de todas las actuaciones a los contribuyentes y sujetos pasivos para
informarles de sus obligaciones tributarias. Adicionalmente realiza las
inspecciones requeridas por el Concejo Municipal de Distrito en el cumplimento
de todas las actuaciones que le Ley le asigna.
Artículo 7º—Organización Interna: el
Departamento de Hacienda Municipal tiene como autoridad máxima al coordinador
de hacienda municipal, el cual coordina y dirige el trabajo de las siguientes
unidades: Catastro y Bienes Inmuebles, Cobros y Patentes, Inspecciones, Zona
marítimo Terrestre. Los puestos que integran estas unidades coordinan con los
funcionarios encargados de orientar a los contribuyentes en sus consultas.
Artículo 8º—Conformación de
Artículo 9º—Naturaleza de las acciones de cobro: la unidad de
cobros realizará acciones de cobro de cuatro tipos, preventivo, administrativo,
extrajudicial y judicial.
Serán sujeto de acciones de cobro preventivo aquellas cuentas que no han
cumplido su fecha de vencimiento. De cobro administrativo las obligaciones que
se encuentren vencidas con
Para el trámite extrajudicial: solo aplicarán las cuentas que tengan al
menos dos trimestre vencido y que habiendo sido notificadas dos veces por la
unidad de cobros no pusieron su cuenta al día. Se tramitará de la siguiente
forma: los expedientes pasarán al abogado externo y este realizará una
notificación la cual va firmada por el mismo, el costo de la notificación se
trasladarán como recargo a la cuenta del sujeto pasivo, y deberán ser
recaudados por el abogado en ejercicio para tal acción, y el costo se regirá
por la tabla de honorarios del Colegio Profesional respectivo. El administrado
tendrá un plazo improrrogable de 2 días hábiles para presentarse al despacho
del abogado después de realizada la notificación. Una vez cancelado el costo de
los honorarios el contribuyente se presentará ante el municipio con el recibo
extendido por el abogado asignado de su caso. Si el plazo vence en un día
inhábil para
Para el trámite de cobro judicial las cuentas a las cuales se les realizó
todo el proceso de cobro administrativo y extra judicial y este no surtió
efecto esperado, tendrán un plazo improrrogable de cinco días hábiles después
de efectuarse la última notificación del cobro extrajudicial.
Artículo 10.—Funciones de
a. Proponer
e implementar la estrategia de cobro anual del Concejo Municipal de Distrito en
coordinación con el Jefe del Departamento de Hacienda Municipal.
b. Gestiones
preventivas de cobro. Éstas se realizarán quince días naturales antes de la
fecha de vencimiento del plazo para el pago de la obligación respectiva. Las
acciones consistirán en avisos o mensajes vía telefónica o internet, publicaciones
generales u otros que
c. Gestiones
de cobro administrativo de las cuentas morosas. Las obligaciones tributarias
municipales que pasen a encontrarse morosas, serán notificadas dos veces
administrativamente, en un plazo de quince días naturales, otorgándosele al
sujeto pasivo diez días con la primera notificación y cinco días con la
segunda, para realizar el pago respectivo; si vencido el plazo después de la
última notificación, el sujeto pasivo no se hiciere presente a cancelar, se
remitirá el expediente a los abogados externos para iniciar el cobro judicial;
La notificación indicada y los trámites descritos, se realizarán por los medios
legales correspondientes, establecidos en el presente Reglamento.
d.
e. En
caso que el atraso corresponda a la obligación del pago del impuesto a la
licencia referida en el artículo 79 del Código Municipal, y su morosidad sea
igual a dos trimestre vencido, e iniciado el tercer trimestre, una vez cumplido
ese término y realizado el proceso administrativo de cobro sin que el
respectivo pago se haya hecho efectivo, se procederá paralelamente a suspender
la licencia de conformidad con el artículo 81 bis del Código Municipal.
f. En
el caso de licencias en negocios inactivos que no estén al día con el pago de
la patente, una vez que se han cumplido los dos trimestres de vencimiento y se
ha realizado el debido proceso y no se ha recuperado la deuda, pasar la cuenta
de la licencia a una cuenta de incobrables, para ser reactivada en el momento
necesario y poder recuperar el monto con el que se congeló.
g. Entregar
una vez agotada la última gestión de cobro administrativo y extra judicial, la
documentación necesaria de las cuentas en estado de morosidad, a los abogados
designados por el Concejo Municipal de Distrito para que procedan a su cobro
por la vía judicial que corresponda.
h. Ejercer
las funciones de control y fiscalización sobre la actuación que realizan los
abogados externos, en la etapa ejecutiva de acuerdo a lo solicitado en el
capítulo VII de éste Reglamento.
i. Rendir
informes trimestrales sobre el estado de las obligaciones vencidas que se
encuentran en la etapa administrativa, señalando el número de cédula, nombre
del contribuyente, distrito de ubicación, el monto moroso, clasificándolo de
acuerdo con la antigüedad del atraso en 90 días naturales, 180 días naturales,
o más de morosidad.
j. Elaborar
un informe sobre las obligaciones vencidas que se encuentren en cobro
administrativo y extrajudicial, indicando los procedimientos de cobro
realizados, firmados, que se han enviado al contribuyente moroso y la respuesta
de pago realizada por el contribuyente.
k. Sobre
las obligaciones vencidas que se encuentren en cobro judicial, se elaborará un
informe trimestral en el que se indicará además del número de cédula y nombre,
el número de días naturales que tiene en poder del respectivo abogado el
proceso y el estado en el que está el expediente en la etapa ejecutiva.
l. Solicitar
al Coordinador de Hacienda Municipal realice las gestiones necesarias para el
establecimiento de convenios con las siguientes instituciones:
• El
Registro Nacional para tener el reporte permanente de los cambios de dueño de
las propiedades.
• Tributación
Directa para cruzar información sobre ingresos y utilidades para el caso de
Patentes.
•
• Instituto
Nacional de Seguros.
Artículo 11.—Sanciones
por Incumplimiento en caso de incumplimiento por parte de los funcionarios
en algunas de las acciones contempladas en éste Reglamento se procederá de la
siguiente manera:
• En caso de
que exista Reglamento Autónomo de Organización y Servicios, o Manual de Puestos
se procederá según lo que el mismo estipule.
• En caso de
que no exista ninguno de éstos documentos oficiales en el Concejo Municipal de
Distrito, se realiza el debido proceso según lo establece El Código Municipal,
Artículo 12.—Deberes
del Personal: El personal de
Artículo 13.—Confidencialidad de la información: La
información respecto de las bases gravables y la determinación de los
impuestos, que figuren en las bases de datos y en los demás documentos en poder
de
Artículo 14.—Horario de actuaciones:
Los funcionarios de
Artículo 15.—Documentación de
actuaciones: En todo caso, el desarrollo de las tareas llevadas a cabo por
los funcionarios de
Artículo 16.—Notificación
de las actuaciones: Todas aquellas actuaciones de
Artículo 17.—De la función de
recaudación: La función de recaudación es el conjunto de actividades que
realiza
a) En la
etapa voluntaria, el contribuyente cancelará sus obligaciones en ausencia de
acciones o respondiendo a las acciones generales de recordatorios de fechas de
pago emitidas por parte de
b) En
la etapa administrativa,
c) En
la etapa ejecutiva, la recaudación se efectúa utilizando los medios legales
establecidos y recurriendo a los órganos jurisdiccionales respectivos. Esta
etapa es la que ejecutarán los abogados contratados para este fin, en casos
calificados; puede conocerse como: c-1) Extrajudicial, que será aquella en que
el proceso se encuentre en
Artículo 18.—Cargos
por gestión de Cobro: serán sujeto de recargo a la cuenta del sujeto pasivo
las siguientes gestiones de cobro:
a. Aviso
administrativo enviado por correo certificado, sea éste carta o telegrama. En
este caso el monto será igual al monto imputado por la oficina de correos más
el 10%.
b. Aviso
administrativo enviado por fax o correo electrónico por parte de la
municipalidad.
c. Certificación
de cobro entregada por los notificadores municipales o las personas físicas o
jurídicas contratadas para éste fin.
Los cargos por gestión de cobros serán ajustados
por lo menos una vez al año y su ajuste será considerando su costo efectivo o
costo proyectado más el 10%, utilizando el mismo mecanismo establecido para la
actualización de los servicios municipales estipulado en el artículo 74 del
Código Municipal. Los avisos y recordatorios emitidos por
Artículo 19.—Limitaciones
de los Sujetos Pasivos: Los sujetos pasivos no podrán obtener los
siguientes permisos y beneficios:
a. Permisos
de Construcción.
b. Solicitudes
de patentes.
c. Registro
de proveedores.
d. Renovaciones,
traslados, traspasos de patente.
e. Cualquier
otro servicio que brinde el Concejo Municipal de Distrito.
f. Ser
Becado.
g. Ser
Funcionario Municipal.
h. Obtener
certificaciones municipales.
i. Concesionario
o permisionario de Zona Marítimo Terrestre.
Artículo 20.—Formas
de extinción de la obligación tributaria municipal: La obligación
tributaria municipal se extingue por cualquiera de los siguientes medios: Pago
efectivo, Compensación, Condonación. Prescripción.
Artículo 21.—Compensación o Saldos a
Favor: Los sujetos pasivos que tengan saldos a favor, podrán solicitar su
devolución dentro del término de ley. Los saldos a favor que hubieren sido
objeto de modificación a través del proceso de determinación oficial de los
impuestos no podrán ser objeto de solicitud de compensación o devolución, hasta
tanto, no se resuelva definitivamente sobre su procedencia. Presentada la
solicitud escrita,
Artículo 22.—Condonación:
Las deudas por obligaciones tributarias municipales solo podrán ser condonadas
por Ley previa aprobación del Concejo Municipal. Las obligaciones accesorias,
bien sea que se trate de intereses o recargos podrán ser condonadas únicamente
cuando se demuestre que éstas tuvieron como causa, error imputable a
Artículo 23.—Prescripción: La
prescripción de la obligación surge como consecuencia de la inactividad de
Artículo 24.—Informes y su Contenido:
Los informes generados por
• Número de
contribuyentes que cancelaron al día y monto recaudado.
• Cuantos
contribuyentes han cancelado en el periodo y el monto global.
• Morosidad
del periodo anterior.
• Cuanto es
el pendiente de cobro trimestral.
• Cuantos
morosos están con arreglo de pago.
• Cuantos de
lo que están en arreglo de pago están al día y se les da seguimiento.
• Cuantos
están en cobro judicial.
• Monto de
recuperación del cobro administrativo y el cobro judicial.
• Movimiento
de las cuentas por contribuyente.
• Depuración
de los sujetos pasivos por patentes y por cambio de dueños en las propiedades.
• Reporte de
morosos por antigüedad de saldos (90, 180 o más días).
Artículo 25.—Deberes
de
a. Determinar
las obligaciones vencidas que se le adeuden al Concejo Municipal de Distrito. Esas
obligaciones serán trasladadas a los abogados externos para cumplir con la
etapa ejecutiva. Las obligaciones que no sean trasladadas a los abogados
externos seguirán siendo responsabilidad de
b.
b.1 Copia
de las notificaciones de cobro administrativo realizadas al sujeto pasivo.
b.2 Certificación
del Contador Municipal que haga constar la obligación vencida que vaya a ser
remitida a cobro judicial, la cual incluirá intereses y recargos, y constituirá
el título ejecutivo para el proceso judicial respectivo, de conformidad con lo
que establece el artículo 71 del Código Municipal.
b.3 Una
actualización del valor del bien inmueble emitida por
b.4 Informe
registral del bien inmueble que constituya la garantía de la obligación
tributaria debida al Concejo Municipal de Distrito, de conformidad con lo que
establece el artículo 70 del Código Municipal. En el caso de las obligaciones
provenientes del impuesto sobre bienes inmuebles, se aplicará lo establecido
según proceda, en los artículos 166 y concordantes del Código de Normas y
Procedimientos tributarios.
b.5 Calidades
del contribuyente y domicilio, si se tratara de una persona jurídica,
indicación de las citas de la constitución de la sociedad, correspondiendo al
abogado certificar la personería jurídica correspondiente.
b.6 Personería
jurídica de
c. Asignar a
los abogados, en forma equitativa, los casos de cobro judicial, de conformidad
con el procedimiento que defina esa Unidad de Cobro, tomando en cuenta al menos
los siguientes criterios: número de casos, cuantía y fijación de un orden
rotativo.
d. Fiscalizar
la labor de los abogados externos, cuando lleven cobros judiciales, para ello
compete a esta Unidad, recibir los informes mensuales que realicen los abogados
externos de conformidad con este Reglamento, analizarlos y emitir
trimestralmente un informe sobre los mismos para conocimiento del Departamento
y
e. Solicitar
a
f. Solicitar
a
g. Llevar
un expediente de cada uno de los abogados externos, en el cual se incorporará
toda la documentación relacionada con su contratación, los procesos asignados,
los informes que éste presente y demás documentos relacionados con su actuar,
los cuales serán agregados al expediente en forma cronológica y estarán
debidamente foliados.
h. Solicitar
a
Artículo 26.—Información
del Contribuyente: Cada unidad municipal que lleve un proceso que concluya
en el cobro de un tributo o servicio, tiene la responsabilidad de levantar una
declaración jurada del Contribuyente donde establezca las formas oficiales en
que puede ser notificado o comunicado por
CAPÍTULO
III
Expediente
Administrativo
Artículo 27.—Responsable
de su confección: La persona responsable de la confección de los
expedientes administrativos de cobro es el Coordinador de Cobros y Patentes.
Artículo 28.—Contenido del Expediente:
El expediente administrativo debe contener la siguiente información:
• Datos
personales del contribuyente nombre dirección exacta números de teléfono,
correo electrónico, número de fax.
• Certificación
de deuda emitida por el contador municipal.
• Comprobante
de los avisos telefónicos, correo electrónico o Fax.
• Copia de
las notificaciones de cobro administrativo realizados.
• Copia de
la certificación literal de bienes que existen a su nombre
• Certificación
del valor del bien inmueble en la base de datos de
• Certificación
del valor de la propiedad si se traslada el expediente a la etapa ejecutiva.
Artículo 29.—Ubicación
y responsable de custodia del Expediente: los expedientes estarán ubicados
en la oficina del coordinador de cobros y patentes es responsabilidad de ésta
persona la custodia de los mismos.
CAPÍTULO
IV
Otorgamiento
y Formalización de los Arreglos de Pago
Artículo 30.—Definición
de arreglos de pago: Como tal se entiende el compromiso que asume el sujeto
pasivo con el Concejo Municipal de Distrito, de cancelar en un tiempo a
convenir de acuerdo con lo dispuesto en este Reglamento, la cuenta que adeuda. Únicamente
procederá el arreglo de pago, cuando el cobro se encuentre en la etapa
administrativa o extrajudicial. Las personas interesadas en un arreglo, deberán
presentar solicitud escrita en el formulario diseñado por el Concejo Municipal
de Distrito para tales efectos. En el caso de personas jurídicas, la solicitud
deberá ser firmada por el Representante legal o apoderado generalísimo y
aportar copia de la cédula jurídica junto con la respectiva certificación de la
personería.
Artículo 31.—Condiciones para otorgar
arreglos de pago: El arreglo de pago se otorgará por parte de
a. Motivos
de la morosidad: El contribuyente debe indicar mediante nota escrita ante
b. Monto
Mínimo adeudado. Únicamente procederá arreglo de pago cuando las obligaciones
vencidas sean por un monto igual o mayor a la décima parte del salario base del
oficinista uno al momento de efectuarse el arreglo de pago respectivo, de
conformidad con
c. De
proceder el arreglo de pago, el sujeto pasivo cancelará en forma inmediata el
equivalente al 25% de su deuda con la municipalidad y ambas partes pactarán el
monto a cancelar mensualmente, y el plazo para la cancelación total de la
obligación vencida, el cual no podrá exceder de seis meses; salvo los casos en
que el estudio socioeconómico demuestre condiciones tales, que imposibiliten en
el plazo señalado realizar el pago de lo adeudado. Toda arreglo de pago que se
formalice y no cancele el 25% de la deuda al momento de formalizar el arreglo
no tendrá validez.
d. Resolución
del arreglo de pago:
e. Formalización
del arreglo de pago: se realizará ante
o Completar
la información del formulario “Solicitud de Arreglo de Pago” que le
entrega
o Presentar
copia de la cédula física o de la cédula jurídica cuando se trate de
sociedades; en este último caso, deberán presentar certificación de la
personería jurídica, con no más de treinta días de expedida y la comprobación
de que se encuentra facultada la persona que se presenta, para realizar el
acto.
o Copia del
estudio de bienes por parte del Registro.
o Certificación
de que se encuentra al día en sus obligaciones con
Además de las anteriores el sujeto pasivo deberá
cumplir con las siguientes condiciones:
• Solicitar
arreglo de pago, sobre una obligación vencida.
• No tener
en vigencia un arreglo de pago sobre la misma cuenta.
• No haber
incumplido por más de dos oportunidades con arreglos de pago anteriores.
• No
enfrentar al momento de hacer la solicitud para arreglo de pago, un proceso
judicial por parte del Concejo Municipal de Distrito o contra éste.
• Pagar los
gastos administrativos en que se haya incurrido para gestionar el cobro, y en
caso de existir, los honorarios del abogado.
• Dejar en
poder de
Artículo 32.—Incumplimiento en el arreglo
de pago: El incumplimiento por parte del sujeto pasivo de una sola de las
cuotas del compromiso adquirido, será suficiente para que el Concejo Municipal
de Distrito considere vencido el plazo otorgado, y proceda a pasar la cuenta a
cobro en la vía que corresponda. La persona que teniendo un arreglo de pago lo
incumpla, no tendrá derecho a pretender un nuevo arreglo de pago sobre la misma
cuenta. Quien manteniendo un arreglo de pago, descuide y ponga en condición
morosa el pago regular de sus obligaciones, dejará de inmediato sin efecto el
arreglo de pago y será enviada a cobro.
Artículo 33.—Finiquito del arreglo de
pago: El convenio de arreglo de pago se resolverá únicamente, ante el pago
total que realice el sujeto pasivo de la obligación vencida, o cuando se haya
retrasado cinco días naturales en el cumplimiento de su obligación, en cuyo
caso, vencido dicho plazo, se remitirá inmediatamente el expediente a la etapa
de cobro que corresponda.
Artículo 34.—Suspensión del arreglo de
pago: Las personas que tengan un arreglo de pago, y lo hayan cumplido
cabalmente de acuerdo con los términos consignados; si llegaran a enfrentar un
caso fortuito o de fuerza mayor, que les impida seguir pagando el arreglo en
los términos acordados, deberán presentarse ante
Artículo 35.—Sobre la documentación relacionada con los arreglos
de pago: Toda la documentación que haya sido requerida por
Artículo 36.—Inclusión de los arreglos de
pago en las certificaciones de pago de tributos municipales: Cuando un
contribuyente solicite una certificación de
CAPÍTULO
V
De
las Tasas, Tarifas e Impuestos
Artículo 37.—Servicios
e impuestos Municipales Sujetos a Cobro. Los impuestos sujetos a cobro son
todos los impuestos de Ley de competencia municipal. Los servicios municipales
sujetos a cobro son: recolección de residuos sólidos, aseo de vías, derecho de
cementerio, mantenimiento de cementerio, mantenimiento de parque y cualquier
otro que el Concejo Municipal de Distrito brinde. Además, están sujetas a cobro
las certificaciones del registro público, y las omisiones de los dueños sobre
el mantenimiento de la propiedad como limpieza de lotes, u otros establecidos
en el artículo 75 del código municipal.
Artículo 38.—Definición y Actualización de las Tarifas: Por
los servicios que preste,
Artículo 39.—Responsable de Actualización
de las Tarifas: ésta actividad corresponde al Departamento Contable del
Concejo Municipal de Distrito, por cuanto disponen de la información para
estimar el costo efectivo y por no causar conflicto de intereses con el
personal tributario en la actualización de los montos.
CAPÍTULO
VI
Estrategia
de Cobro e Incentivos
Artículo 40.—Estrategia
de Cobro: El Coordinador de Hacienda Municipal en coordinación con el
Coordinador de Cobros y Patentes establecerá anualmente la estrategia de cobro
orientada a promover el pronto pago en los contribuyentes. La estrategia debe
contemplar: política de incentivos para el pago por adelantado de los servicios
y tributos municipales, acciones de información a desarrollar sobre las fechas
de cobro, forma y calendario de ejecución de los avisos de cobro
administrativo.
Artículo 41.—Calendarización de las
acciones: el Coordinador de Cobros y Patentes en coordinación con el
Coordinador de Hacienda Municipal, establecerá un calendario anual con las
fechas en que se estará ejecutando cada una de las etapas contenidas en la
estrategia de cobro y coordinará con los puestos de trabajo que tienen
participación en la vinculación de las acciones como notificaciones, plataforma
de servicios y otras que puedan requerirse.
Artículo 42.—De los Incentivos: El
Coordinador de Hacienda Municipal someterá a consideración del Concejo
Municipal de Distrito de Colorado los incentivos a promover para el pago
oportuno entre los contribuyentes de acuerdo a lo establecido en el artículo 69
del Código Municipal.
Tanto los ingresos esperados producto del incentivo como los egresos
necesarios para publicitarlos deben estar contemplados en el Plan Operativo
Anual y Presupuesto Municipal del periodo correspondiente.
Artículo 43.—De
Artículo 44.—Seguimiento al Cumplimiento
de
CAPÍTULO
VII
Contratación
de los Abogados
Artículo 45.—De
Artículo 46.—De la designación: Los abogados externos serán
designados en virtud de concurso externo que realizará el Concejo Municipal de
Distrito para su contratación, en cumplimiento de la normativa que establece
Artículo 47.—Formalización de la contratación: Los oferentes
elegidos firmarán un contrato con el Concejo Municipal de Distrito, así como
cualquier otro documento que requiera
Artículo 48.—No sujeción a plazo. La
contratación no estará sujeta a cumplir con un plazo determinado, sino que
dependerá del plazo que dure la tramitación del proceso o procesos judiciales
asignados al abogado. Sin embargo, corresponderá a
Artículo 49.—De las obligaciones de los
abogados externos: Los abogados externos contratados por el Concejo
Municipal de Distrito para la etapa ejecutiva Judicial, estarán obligados a:
a. Realizar
el cobro extrajudicial.
b. Preparar
el poder especial judicial según corresponda.
c. Excusarse
de asumir la dirección de un proceso cuando se encuentre en alguna de las
causas de impedimento, recusación o excusa, establecidas en los artículos 49,
siguientes y concordantes del Código Procesal Civil.
d. Presentar,
dentro de los cinco días hábiles siguientes al recibo del expediente completo,
el proceso judicial respectivo ante
e. Presentar
dentro de los diez días naturales siguientes de cada mes, un informe a
e.1 Fecha
de notificación del cobro extrajudicial enviado.
e.2 Fecha
de presentación de la demanda.
e.3 Fecha
de traslado de la demanda.
e.4 Fecha
de notificación de la demanda al deudor. En caso de que no se pueda notificar
indicar las razones.
e.5 Nombre
del deudor.
e.6 Despacho
judicial que atiende la causa.
e.7 Número
de expediente judicial.
e.8 Estado
actual del proceso.
e.9 Recomendaciones.
f. Cobrar
directamente al sujeto pasivo los honorarios del proceso ejecutivo, de
conformidad con la tabla de honorarios del Colegio de Abogados de Costa Rica.
g. Asumir
todos los gastos que se presenten por la tramitación del proceso judicial
asignado a su dirección.
h. Ante
ausencias de su oficina por plazos mayores a tres días hábiles, deberá indicar
a
i. Realizar
estudios de retenciones como mínimo cada tres meses, en los procesos que estén
bajo su dirección y solicitar cuando exista sentencia firme, la orden de giro
correspondiente, a efectos de lograr el ingreso de dichos dineros a la caja
municipal.
j. Dictada
la sentencia respectiva, el abogado externo director del proceso, deberá
presentar la liquidación de costas en un plazo no mayor de quince días
naturales.
k. Comunicar
por escrito, al día hábil siguiente de
Artículo 50.—Prohibiciones:
Se prohíbe a los abogados externos incurrir en lo siguiente:
a. Realizar
ningún tipo de arreglo de pago con el contribuyente
b. Solicitar
por concepto de sus honorarios profesionales una suma mayor a la estipulada en
c. Aceptar
realizar acciones judiciales o administrativas contra
d. Recibir
pagos o abonos al principal de la deuda.
e. Contratar
a funcionarios municipales o vinculados a éstos hasta primer grado de
consanguinidad, para que le apoyen en las labores contratadas por la
municipalidad.
f. El
abogado encargado de la asesoría municipal, no podrá participar en el concurso
licitatorio para el cobro judicial.
Artículo 51.—Terminación o suspensión del
proceso judicial: Una vez que el cobro judicial haya sido iniciado, sólo
podrá darse por terminado el proceso judicial por el pago total de la suma
adeudada al Concejo Municipal de Distrito, incluyendo las costas procesales,
personales y cualquier otro gasto generado durante su tramitación o con ocasión
del mismo. También podrá darse por terminado en el caso en que se determine
fehacientemente o así se declare, la imposibilidad de cobro de la cuenta. O por
arreglo de pago siempre y cuando se paguen los honorarios del abogado y además
la suma para iniciar el arreglo de pago.
Artículo 52.—Cobro de honorarios
profesionales. El cobro de honorarios profesionales lo hará directamente el
abogado externo director del proceso, al contribuyente, en caso de que éste
pretenda cancelar previo a la terminación del proceso judicial respectivo. Dicho
cobro se realizará con base en
Artículo 53.—Condonación de honorarios.
Procederá únicamente la condonación de los honorarios profesionales cuando así
lo haya determinado el abogado director del proceso, el cual lo hará constar
mediante nota dirigida a
Artículo 54.—Pago de honorarios de abogado por parte de
Artículo 55.—Disolución automática del
contrato de servicios profesionales: Se disolverá automáticamente el
contrato por servicios profesionales cuando se den las siguientes causales:
a. El
abogado externo realice cualquier acción judicial o administrativa contra
b. Cuando
por negligencia o irresponsabilidad demostrada en el juicio, perjudique los
intereses de esta Municipalidad.
Artículo 56.—No
remisión de expedientes de cobro judicial: No se remitirán más expedientes de
cobro judicial al abogado externo que incurra en las siguientes causales:
a. A los
abogados que incumplan con su obligación de presentar dentro de los diez días
naturales siguientes de cada mes, un informe a
b. Incumplir
con su obligación de remitir copia de la demanda con su constancia de
presentación ante
c. Cuando
habiendo acaecido el remate, no comunique sobre el resultado del mismo a
Artículo 57.—Otras
sanciones:
Artículo 58.—De la contratación: Los abogados externos que por
alguna razón personal o profesional, quieran dejar de servir a
Artículo 59.—Obligaciones de los abogados externos al finalizar la
contratación: Al finalizar por cualquier motivo la contratación de
servicios profesionales, el abogado externo respectivo, deberá remitir la
totalidad de los expedientes judiciales a
CAPÍTULO
VIII
De
los Remates
Artículo 60.—Los
Remates: A fin de proteger al máximo los intereses de
a) El
departamento de Hacienda Municipal en coordinación con
Artículo 61.—El abogado está obligado a
cotejar el edicto antes y después de su publicación en el Boletín Judicial,
con los documentos que fundamentan la demanda y será responsable ante
Artículo 62.—El día hábil siguiente al
remate, el abogado deberá de informar por escrito a
CAPÍTULO
IX
Transparencia
y Rendición de Cuentas
Artículo 63.—Todo
funcionario municipal, miembro del Concejo Municipal o quien ocupe el puesto de
Artículo 64.—Elaboración de Informe Anual
del Departamento de Hacienda Municipal a
• Estrategia
General de cobro de los servicios y tributos ejecutada en el año
• Consolidado
por servicios, impuestos, y tributos del monto puesto al cobro, el monto
recaudado y el saldo moroso.
Artículo 65.—Elaboración
y Presentación del Informe Anual por parte de
• Inversiones
realizadas, contempladas en el Plan Operativo Anual-Institucional producto de
los ingresos recaudados.
• Cualquier
otro aspecto considerado de interés municipal y relacionado con el tema.
CAPÍTULO
X
Disposiciones
finales
Artículo 66.—A las materias que son objeto
del presente Reglamento, resultan aplicables las disposiciones contenidas sobre
las mismas en: el Código de Normas y Procedimientos Tributarios, el Código
Municipal, el Código Procesal Civil,
Artículo 67.—El presente Reglamento rige a
partir de su publicación en el Diario Oficial
Georgina Ortiz Isaba, Intendenta Municipal.—1 vez.—(IN2011074966).
El Honorable Concejo de
REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE AYUDAS
TEMPORALES,
SUBVENCIONES Y APORTES
CAPÍTULO I
Artículo 1º—Ayudas por
situaciones de desgracia e infortunio. Se define como desgracia e
infortunio todos aquellos acontecimientos producto de eventos naturales,
desastres naturales o desastres causados por la mano del hombre; como
huracanes, terremotos, terraplenes, inundaciones, derrumbes, incendios,
tormentas eléctricas, maremotos y trombas marinas.
Artículo 2º—Requisitos. Para ser
beneficiario, los interesados deben cumplir con lo siguiente:
a) Ser vecino del cantón.
b) Encontrase en una situación de desgracia o
infortunio.
c) Solicitar -ante la administración municipal-
una solicitud de ayuda, la que será trasladada a
d) Aportar en la solicitud los documentos que
demuestren la situación de desgracia e infortunio, así como toda aquella que se
le requiera.
Artículo 3º—Responsabilidad
Municipal
a)
b) No obstante, para resolver favorablemente la
solicitud
c)
Artículo 4º—Monto de
Artículo 5º—Plazos.
a) Toda ayuda deberá ser solicitada en plazo máximo de 30 días
posteriores a ocurrir el evento, salvo situaciones calificadas a juicio de
b)
Artículo 6º—Sanciones.
Si se comprobara, durante el trámite o posteriormente, la existencia de
datos falsos o cualquier otro elemento para hacer incurrir en error a
CAPÍTULO II
Subvenciones y aportes
Artículo 7º—
Artículo 8º—La institución, comité o
interesado deberá presentar la solicitud y justificación de uso ante
Artículo 9º—Los beneficiarios, previo a
recibir lo solicitado, deberán acreditar la personería jurídica o cédula de
identidad cuando se trate de personas físicas y comprometerse a presentar
liquidación y comprobar el correcto uso y aplicación de lo autorizado,
inmediatamente posterior a finalizar lo financiado; así como el beneficio
obtenido para los intereses del cantón.
CAPÍTULO III
Disipaciones Finales
Artículo 10.—Anualmente,
por medio de a Comisión de Asuntos Hacendarios,
El formulario que utilizará
SOLICITUD DE AYUDA TEMPORAL,
SUBVENCIONES Y APORTES (Periodo
2010-2016) Nombre del
solicitante:-------------------------------------------- Cédula:
-------------------------------- Distrito: ------------------- Dirección exacta:
--------------------------------------------------- ------------------------------------------------------------------------ Núcleo Familiar:
--------------------------------------------------- ------------------------------------------------------------------------ ------------------------------------------------------------------------ Tipo de actividad a que se
dedica la cabeza de la familia: ------------------------------------------------------------------------ Tipo de ayuda que solicita: ------------------------------------------------------------------------- ------------------------------------------------------------------------- ------------------------------------------------------------------------- Descripción:---------------------------------------------------------- ------------------------------------------------------------------------- Observación: -------------------------------------------------------------------------- -------------------------------------------------------------------------- Firma del solicitante:
--------------------- Fecha: ----------------- Recibido por:
---------------------------- Fecha: ------------------- Observación de -------------------------------------------------------------------------- |
De conformidad con el artículo
43 del Código Municipal el Concejo Municipal de Limón, publica el presente
proyecto de reforma al Reglamento y lo somete a consulta pública no vinculante
por diez días hábiles a partir de la fecha de esta publicación.
Limón, 01 de setiembre del
2011.—Departamento de Secretaría.—Francella Chacón Obando,
Secretaria del Concejo.—1 vez.—(IN2011075435).
REGLAMENTO PARA EL PAGO DE GASTOS
DE
REPRESENTACIÓN Y ATENCIÓN DE
CENTRAL
DE LIMÓN
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo 1º—El presente
Reglamento tiene como objetivo establecer las regularizaciones para el
reconocimiento de Gastos de Representación en
Artículo 2º—Para los efectos del
presente Reglamento, se entenderá por:
Actividades y eventos Oficiales: Acto determinado en el que el
Alcalde Municipal y o el Presidente Municipal determine en cumplimiento de las
actividades de interés municipal o de ejecución sustantiva el que aparece como
anfitriones o invitados.
Gastos de Representación: Constituyen una retribución
que se otorga a determinados funcionarios de nivel jerárquico superior o
cualquier otro previamente autorizado para que, con ocasión al ejercicio del
cargo, brinden atención oficial a personas representantes de instituciones
ajenas a
Liquidación: Acto por el cual el
funcionario solicita se le cancelen determinadas sumas por concepto s de gastos
de atención en actividades o eventos oficiales.
Artículo 3º—Con carácter
oficial se podrán atender también aquellos eventos que fomenten la
participación activa de la ciudadanía con carácter cultural, educativo o
deportivo, en sus diversas formas de organización, en la que intervengan
entidades públicas y órganos no gubernamentales, atreves de ferias, seminarios,
talleres, foros, seminarios de capacitación interna, así como la atención de
otros funcionarios públicos con poder determinativo institucional involucrados
en el desarrollo y ejecución de proyectos de interés para el Cantón.
Artículo 4º—Funcionarios Autorizados:
Solo está autorizado para incurrir en gastos de Representación y de atención el
Alcalde Municipal y ó el Presidente Municipal asimismo, este deberá autorizar
los gastos anteriores a aquellos regidores que el Concejo Municipal les delegue
algún tipo de representación en su nombre, en cumplimiento de sus funciones y
que los requiera para la autorización de gastos para regidores.
Artículo 5º—Disponibilidad
presupuestaria: previo a la solicitud de gastos de representación y atención,
se debe contar con la verificación de la existencia de disponibilidad de
recursos presupuestarios suficientes para tal fin y estos autorizados en la
tesorería municipal.
Los gastos por atención según el presente
reglamento, podrán ser tramitados según el monto a través del sistema de
liquidación de viáticos a caja chica, de conformidad con su Reglamento.
Artículo 6º—En ningún caso el Gasto de
Representación cubrirá el pago de bebidas alcohólicas.
Artículo 7º—El acuerdo del Concejo
Municipal que autorice la salida del país podrá también autorizar y fijar el
monto del Gasto de Representación en el exterior y establecer el tipo de
atención que el funcionario que goce de esa prerrogativa en l cumplimiento de
su misión. Dicho monto, además, de ser razonable, debe guardar la relación con
la categoría del cargo del funcionario que efectúa el gasto y con el evento que
lo origina.
Artículo 8º—Procedimiento de
liquidación y reconocimiento del gasto:
a) La liquidación de los gastos de representación y de atención dentro
del territorio nacional, estará sujeta en cada caso a la presentación de las
facturas originales, timbradas o autorizadas mediante oficio de Tributación
Directa y formalmente emitidas por la casa comercial, sin borrones ni
tachaduras. Al emitirse la factura, el ejecutante del gasto deberá verificar
que se indique: fecha, nombre de la casa comercial que la emite, estar emitida
a nombre de
b) Para la liquidación de gastos, las facturas
deberán ser acompañadas de la boleta que para tal fin se haya confeccionado.
Para la solicitud de reembolsos se debe indicar los siguientes aspectos:
1. Motivo de la atención brindada.
2. Nombre y firma del ejecutante del gasto
(Alcalde Municipal o su Delegado u otro funcionario autorizado por el Concejo
Municipal).
c) La liquidación del gasto de presentación o de atención debe
presentarse al cobro a más tardar dentro de los cinco días hábiles siguientes a
la realización del gasto, cuando fuera en el territorio nacional. En el caso de
gasto de representación fuera del territorio nacional, la liquidación deberá
efectuarse en ese mismo término, contabilizado desde el momento en que el
funcionario ingrese al territorio nacional.
d) Los informes de liquidación de gastos antes
descritos deberán quedar a la disposición d
Artículo 9º—Gastos de
Representación en el Exterior: Los gastos de representación que se realicen
en viajes al exterior, se regirán por lo dispuesto en el capítulo V del
Reglamento de Gasto de Viaje y de Transporte, aprobado por
Artículo 10.—Sanciones:
a) El ejecutante del gasto que por descuido, impericia, negligencia o
dolo incumpla las disposiciones de este Reglamento, no podrá reclamar reembolso
del mismo, debiendo en este caso correr con el gasto por su cuenta.
b) Si por dolo o culpa grave el ejecutante del
gato consignare datos falsos en la documentación relacionada con el cobro de
este tipo de gastos, se aplicara lo dispuesto en los regímenes de
responsabilidad civil, penal y disciplinaria del servidor, en cuanto resulte
aplicables.
c) El funcionario que apruebe el pago de gastos
de representación, contraviniendo las disposiciones establecida en este
Reglamento, estará sujeto a la responsabilidad civil, penal y disciplinaria que
corresponda de acuerdo con la naturaleza de la falta.
Artículo 11.—En todo lo no
previsto en el presente Reglamento, se aplicarán supletoriamente
Artículo 12.—Rige a partir de su
Aprobación por el Honorable Corporación Municipal en su Sesión Extraordinaria
Nº 59, celebrada el día miércoles 24 de agosto del 2011, bajo el artículo IV,
inciso e) y de la publicación en el Diario Oficial
San José, setiembre del 2011.—Francela
Chacón Obando Secretaria del Concejo Municipal.—1
vez.—(IN2011075436).
Ø Se
comunica que la tasa básica que rige a partir del 15 de setiembre del 2011 y
hasta nuevo aviso es: 7,50%.
San José, 21 de setiembre del
2011.—Henry Vargas Campos, Director División Económica a. í.—1
vez.—O. C. Nº 11666.—C-6260.—(IN2011076128).
VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ORI-3255-2011.—Obando Morán Carol
Andrea, R-212-2011, colombiana, documento de residente temporal Nº
ORI-3243-2011.—Cueva Buendía Luis
Alberto, R-215-2011, peruano, pasaporte número
ORI-3358-2011.—Madrigal Carballo
Sergio, R-218-2011, costarricense, cédula de identidad 1-0991-
ORI-3425-2011.—Guzmán Haeussler Jorge
Eduardo, R-227-2011, guatemalteco, pasaporte Nº
ORI-3420-2011.—Lazo
Páez Andrés, R-230-2011, costarricense, cédula 1-1119-
ORI-3380-2011.—Echeverría Beirute
Gabriel, R-232-2011, costarricense, cédula de identidad 1-1235-
ORI-3208-2011.—Muñoz Hurtado Norman
Gustavo, R-206-2011, colombiano, residente temporal:
ORI-3231-2011.—Hart Gardner Grace
Marie, R-208-2011, costarricense, cédula 7-0067-
ORI-3211-2011.—Daley Pascal Cecilia,
R-210-2011, costarricense, cédula: 9-0072-
ORI-3347-2011.—Hernández Haro Antonio
Javier, R-226-2011, mexicano, pasaporte G06598670, ha solicitado reconocimiento
del diploma de Ingeniero Civil, Universidad Nacional Autónoma de México,
México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres
del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante
esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del
tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 6 de setiembre del
2011.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera
Monge, Director.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº
38606.—C-27020.—(IN2011075805).
ORI-3257-2011.—Sánchez Medina Suleika
Elizabeth, R-211-2011, panameña, pasaporte:
ORI-3226-2011.—Blanco Barboza Viviana
Patricia, R-213-2011, costarricense, cédula de identidad 1-0969-
ORI-3247-2011.—Segovia Fuentes María
Bernarda, R-216-2011, colombiana, residente permanente libre de condición
número
ORI-3356-2011.—Arias Rodríguez Ólger
Alfonso, R-222-2011, costarricense, cédula de identidad 1-1084-
ORI-3449-2011.—Gamboa
Rodríguez Víctor Manuel R-229-2011, venezolano, Residente permanente:
ORI-3377-2011.—Reyna Pérez Víctor
Enrique, R-231-2011, cubano, cédula residente permanente libre condición
ORI-3185-2011.—Soria Fernández César,
R-205-2011, brasileño, pasaporte Nº CY456861, ha solicitado reconocimiento del
diploma de Ingeniero Químico, Universidad Federal de Río Grande del Sur,
Brasil. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres
del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante
esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del
tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 23 días del mes
de agosto del 2011.—Oficina de Registro de Información.—M.B.A José
A. Rivera Monge, Director.—O. C. 114632.—Solicitud Nº
38605.—C-27020.—(IN2011075812).
ORI-3252-2011.—Ramos Molina Carmen
Virginia, R-207-2011, venezolana, refugiada libre de condición Nº
ORI-3170-2011.—Dodd Grant Carolin June,
R-209-2011, costarricense, cédula de identidad Nº 7-0060-
ORI-3450-2011.—Piedra Vargas Ginneth
Andrea, R-233-2011, cédula Nº 7-0145-
ORI-3368-2011.—Constance White Foss,
R-217-2011, costarricense, cédula Nº 1-0786-
ORI-3353-2011.—Calderón
Arce Cindy Virginia, R-220-2011,
cédula de identidad: 3-0413-
ORI-3363-2011.—Mena Araya Aarón Eli,
R-223-2011, costarricense, cédula de identidad Nº 6-0329-
ORI-3373-2011.—Angulo Alvarado Ariana
María, R-225-2011, costarricense, cédula Nº 6-0364-
ORI-3560-2011.—Solís Marín Carlos
Alberto, R-239-2011, costarricense, cédula de identidad Nº 1-1264-
ORI-3361-2011.—Sequeira Chavarría
Filander de Los Ángeles, R-219-2011, costarricense, cédula de
identidad número 7-0172-
ORI-3365-2011.—Zamora Meléndez
Alejandro, R-221-2011, costarricense, cédula Nº 1-0786-
ORI-3355-2011.—Beltrán Imbert Yordys,
R-224-2011, residente permanente:
ORI-3405-2011.—Rodríguez Hernández
Natalia, R-228-2011 B, costarricense, cédula de identidad Nº 1-1010-
VICERRECTORÍA ACADÉMICA
PROGRAMA DE GRADUACIÓN
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante el Departamento de Registro
de
Heredia, 2 de setiembre
del 2011.—Departamento de Registro.—M.A.E. Marvin Sánchez
Hernández, Director.—(IN2011074950).
DEPARTAMENTO DE ADMISIÓN Y REGISTRO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El señor Martín David Catalán
Durán, cédula de residencia Nº
Cartago, 19 de setiembre del 2011.—MBA.
William
Vives Brenes, Director.—O. C. Nº 0121.—Solicitud Nº
35572.—C-40300.—(IN2011076114).
El señor Tabaré Rodríguez Laureani,
cédula de identidad No.
Cartago, 13 de setiembre del 2011.—MBA.
William
Vives Brenes, Director.—O. C. Nº 0121.—Solicitud Nº
35563.—C-40300.—(IN2011076130).
El señor Alexander Anchía
Vindas, cédula de identidad Nº
Cartago, 19 de setiembre del 2011.—MBA.
William
Vives Brenes, Director.—O. C. Nº 0121.—Solicitud Nº 35566.—C-40300.—(IN2011076132).
JUNTA
DIRECTIVA
El Servicio Nacional de Aguas Subterráneas Riego y Avenamiento, SENARA,
comunica el acuerdo número 4202, tomado por
Considerando:
I.—Que de acuerdo con
II.—Que el SENARA es el organismo ejecutor
del Programa de Gestión Integrada de Recursos Hídricos (PROGIRH), financiado
por medio del contrato de préstamo número 1709, suscrito entre el Gobierno de
III.—Que dentro del Programa de Gestión
Integrada de Recursos Hídricos está el componente de Producción Agrícola con
Riego, el cual contempla
IV.—Que
V.—Que de conformidad con el diseño comunicado mediante oficio
PROGIRH-CS-059-2011, y estudios topográficos realizados por los funcionarios
del Distrito de Riego Arenal-Tempisque del SENARA para
VI.—de satisfacer el interés público, razón
para haber solicitado se proceda a adquirir la misma por el procedimiento legal
que corresponda.
VII.—La faja de terreno que se requieren por
SENARA se describen así: terreno a adquirir. Terreno destinado a canal de riego
y caminos de acceso operación y mantenimiento, situado en la provincia de
Guanacaste, cantón sexto, distrito tercero (San Miguel), linderos: norte: Canal
de Riego del SENARA, sur: Canal de Riego de SENARA, este: Finca Madre, oeste:
Finca Madre, mide
VIII.—Que conforme lo establece el artículo
3 inc f) de
IX.—Que el Ministerio de Hacienda, Dirección General de Tributación,
Administración Tributaria de Puntarenas, procedió a realizar la valoración
pericial de la faja de terreno que SENARA pretende adquirir, y al efecto emitió
el Avalúo Administrativo número 159-2009, fechado treinta de noviembre de dos
mil nueve, el cual concluye valorando los bienes por adquirir de la siguiente manera:
Valor del terreno:
5229.16m2 x ¢1350,00 c/m2 ¢7.059.350,00
Valor de las mejoras: ¢281.050,00
Valor total: ¢7.340.400,00
Valor total en letras: siete millones trecientos
cuarenta mil cuatrocientos colones netos.
Por
tanto:
Con fundamento en el artículo 45 de
DECRETA:
Se declara de interés y utilidad pública, y por lo
tanto se acuerda la adquisición de una faja de terreno la cual es parte de la
finca inscrita en el Registro Nacional, Sección Propiedad, Partido de
Guanacaste, matrícula de Folio Real número cincuenta y un mil quinientos setenta-cero
cero uno, situada en
Asimismo se aprueba el Avalúo Administrativo número 159-2009, fechado
treinta de noviembre de dos mil nueve, elaborado por el Ministerio de Hacienda,
Dirección General de Tributación, Administración Tributaria de Puntarenas, el
cual concluye que el monto que SENARA debe pagar por
Valor del terreno:
5229.16m2 x ¢1350,00 c/m2 ¢7.059.350,00
Valor de las mejoras: ¢281.050,00
Valor total: ¢7.340.400,00
Valor total en letras: siete millones trecientos
cuarenta mil cuatrocientos colones netos.
Se autoriza a
Unidad Servicios Administrativos.—Lic. Xinia Herrera Mata, Coordinadora.—1
vez.—O. C. 166-11.—Solicitud
43029.—C-161120.—(IN2011075734).
El Servicio Nacional de Aguas Subterráneas Riego y
Avenamiento, SENARA, comunica el acuerdo número 4203, tomado por
Acuerdo Nº 4203
Considerando:
I.—Que de acuerdo con
II.—Que el SENARA es el organismo ejecutor
del Programa de Gestión Integrada de Recursos Hídricos (PROGIRH), financiado
por medio del contrato de préstamo número 1709, suscrito entre el Gobierno de
III.—Que dentro del Programa de Gestión
Integrada de Recursos Hídricos está el componente de Producción Agrícola con
Riego, el cual contempla
IV.—Que
V.—Que de conformidad con el diseño comunicado mediante oficio
PROGIRH-CS-059-2011, y estudios topográficos realizados por los funcionarios
del Distrito de Riego Arenal-Tempisque del SENARA para
VI.—propiedad), cédula de identidad dos-cero tres uno nueve- cero
cuatro nueve nueve, Carlos Rodríguez Salas, (Dueño de un tercio en la nuda propiedad)
cédula de identidad dos-cero tres uno nueve-cero cinco cero cero, Berta Lía
Rodríguez Salas, (Dueño de un tercio en la nuda propiedad), cédula dos- cero
dos siete ocho-cero cero tres uno, Ángel Rodríguez Murillo, (Dueño de usufructo
sobre la finca) cédula dos-cero uno cinco tres-cero cinco ocho tres, por lo que
tratándose de un sistema de riego por gravedad es evidente la utilidad y
necesidad pública de la adquisición de dicha faja de terreno, a fin de
satisfacer el interés público, razón para haber solicitado se proceda a
adquirir la misma por el procedimiento legal que corresponda.
VII.—La faja de terreno que se requieren por
SENARA se describen así: TERRENO A ADQUIRIR Terreno destinado a canal de riego
y caminos de acceso operación y mantenimiento, situado en
VIII.—Que conforme lo establece el artículo
3 inc f) de
IX.—Que el Ministerio de Hacienda, Dirección General de Tributación,
Administración Tributaria de Puntarenas, procedió a realizar la valoración
pericial de la faja de terreno que SENARA pretende adquirir, y al efecto emitió
el Avalúo Administrativo número 166-2009, fechado treinta de noviembre de dos
mil nueve, el cual concluye valorando los bienes por adquirir de la siguiente
manera:
Valor del terreno:
8051m2. x ¢725.00 c/m2 ¢5.836.699,50
Valor de las mejoras: No
hay
Valor total: ¢5.836.699,50
Valor total en letras: cinco millones ochocientos
treinta y seis mil seiscientos noventa y nueve colones con cincuenta céntimos. Por
tanto:
Con fundamento en el artículo 45 de
DECRETA:
Se declara de interés y utilidad pública, y por lo
tanto se acuerda la adquisición de una faja de terreno la cual es parte de la
finca inscrita en el Registro Nacional, Sección Propiedad, Partido de
Guanacaste, matrícula de Folio Real número ciento once mil cuatrocientos
cincuenta y uno-cero cero dos, cero cero tres y cero cero cuatro, situada en
Asimismo se aprueba el Avalúo Administrativo número 184-2009, fechado
treinta de noviembre de dos mil nueve, elaborado por el Ministerio de Hacienda,
Dirección General de Tributación, Administración Tributaria de Puntarenas, el
cual concluye que el monto que SENARA debe pagar por
Valor del terreno:
8051m2. x ¢725.00 c/m2 ¢5.836.699,50
Valor de las mejoras: No
hay
Valor total: ¢5.836.699,50
Valor total en letras: cinco millones ochocientos
treinta y seis mil seiscientos noventa y nueve colones con cincuenta céntimos.
Se autoriza a
Unidad Servicios Administrativos.—Lic. Xinia Herrera Mata, Coordinadora.—1
vez.—O. C. Nº 166-11.—Solicitud Nº
43029.—C-146800.—(IN2011075774).
Balance de Situación Consolidado Comparativo
Del 01 de Enero al 31 de Diciembre del Año 2009 - 2010
(En millones de colones)
Descripción de la Cuenta |
PERIODO |
PERIODO |
Variación |
|
|
2009 |
2010 |
Absoluta |
Relativa |
|
|
|
|
|
Activo Corriente |
|
|
|
|
Caja y Banco Cajero |
3.706,70 |
1.367,94 |
-2.338,76 |
-63,10% |
Caja y
Banco – Fondos Especiales |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Cuentas por Cobrar |
1.338,27 |
1.124,64 |
-213,63 |
-15,96 |
Menos: Provisión Cobranza Dudosa |
-2,40 |
-4,43 |
-2,03 |
84,58 |
Existencias |
2.960,84 |
2.926,50 |
-34,34 |
-1,16 |
Menos : Provisión Existencias |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Mercancías en Tránsito |
605,04 |
358,19 |
-246,85 |
-40,80 |
Gastos Pagados por Anticipado |
100,63 |
69,26 |
-31,37 |
-31,17 |
Inversiones Corto Plazo |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Total Activo Corriente |
8.709,08 |
5.842,10 |
-2.866,98 |
-32,92% |
|
|
|
|
|
Activo No Corriente Fijo |
|
|
|
|
Documentos
por Cobrar Largo Plazo |
19,49 |
9,02 |
-10,47 |
-53,72 |
Cuentas
por Cobrar Largo Plazo |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Menos: Provisión Cobranza Dudosa |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Total
Activo no Corriente Fijo |
19,49 |
9,02 |
-10,47 |
-53,72 |
|
|
|
|
|
Activos Financieros |
|
|
|
|
Préstamos |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Menos: Provisión Cobranza Dudosa |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Adquisición de Valores |
26,66 |
0,00 |
-26,66 |
-100,00 |
Otros Activos Financieros |
0,10 |
0,00 |
-0,10 |
-100,00 |
Total Activos Financieros |
0,10 |
0,00 |
-26,76 |
-100,00 |
|
|
|
|
|
Activos no Financieros |
|
|
|
|
Bienes Duraderos |
|
|
|
|
Maquinaria, Equipo y Mobiliario |
29.942,70 |
54.997,48 |
25.754,78.% |
88,07.% |
Menos: Depreciación Acumulada |
-9.486,89 |
-12.395,47 |
-2.908,58 |
30,66 |
Construcciones, Adiciones y Mejoras |
18.430,04 |
34.813,24 |
16.383,20 |
88,89 |
Menos: Depreciación Acumulada |
-1.065,86 |
-3.413,11 |
-2.347,25 |
220,22 |
Bienes Preexistentes |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Terrenos |
1.549,23 |
1.549,23 |
0 |
0,00 |
Edificios |
895,12 |
3.734,31 |
2.839,19 |
317,19 |
Menos: Depreciación Acumulada |
-237,20 |
-445,95 |
-208,75 |
88,01 |
Otras Obras |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Menos: Depreciación Acumulada |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Bienes Duraderos Diversos |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Semovientes |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Menos: Amortización y Agotamiento |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Piezas
y Obras de Colección |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Bienes de Uso Público |
|
|
|
|
Activos Intangibles |
|
|
|
|
Patentes |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Derechos |
9,28 |
35,94 |
26,66 |
287,28% |
Depósitos |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Licencias |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Decomisos |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Total bienes duraderos |
39.336,42 |
78.875,67 |
39.539,25 |
100,52% |
|
|
|
|
|
Total Activos No Corriente |
39.382,67 |
78.884,69 |
39.502,02 |
100,30% |
|
|
|
|
|
TOTAL ACTIVOS |
48.091,75 |
84.726,79 |
36.635,04 |
76,18% |
|
|
|
|
|
Pasivo y Patrimonio |
|
|
|
|
Pasivo Corriente |
|
|
|
|
Cuentas por pagar |
797,51 |
797,62 |
0,11 |
0,01% |
Retenciones Por Pagar |
813,18 |
799,30 |
-13,83 |
-1,71 |
gastos acumulados por pagar |
1.074,01 |
1.217,42 |
143,41 |
0,00 |
Endeudamiento Corto Plazo |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Endeudamiento
a Largo Plazo - Porción Corriente (monto a pagar en el periodo) |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Provisiones |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Total Pasivo Corriente |
2.684,70 |
2.814,34 |
129,64 |
4,83% |
|
|
|
|
|
Pasivo No Corriente |
|
|
|
|
Cuentas
por pagar Largo Plazo |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Endeudamiento Largo Plazo |
2.471,97 |
1.797,68 |
-674,29 |
-27,28 |
Provisiones para Benef. Sociales |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Ingresos Cobrados por Anticipado |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Jubilaciones |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Otras Cuentas del Pasivo |
66,95 |
59,54 |
-7,41 |
-11,07% |
Total Pasivo No Corriente |
2.538,92 |
1.857,22 |
-681,70 |
-26,85% |
|
|
|
|
|
TOTAL PASIVO |
5.223,62 |
4.671,56 |
-552,06 |
-10,57% |
|
|
|
|
|
Patrimonio |
|
|
|
|
Hacienda Pública |
803,73 |
803,73 |
0,00 |
0,00% |
Reservas |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Resultados Acumulados |
43.301,19 |
85.399,68 |
42.098,49 |
97,22 |
Resultados del periodo |
-1.236,79 |
-6.148,18 |
-4.911,40 |
397,11 |
Total Patrimonio |
42.868,14 |
80.055,23 |
37.187,10 |
86,75% |
|
|
|
|
|
TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO |
48.091,76 |
84.726,79 |
36.635,04 |
76,18% |
|
|
|
|
|
Ingresos Corrientes: |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Ingresos Tributarios |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Contribuciones Sociales |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Ingresos No Tributarios |
26.663,96 |
26.238,50 |
-425,45 |
-1,60 |
Transferencias Corrientes y Capital |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Total Ingresos Corrientes |
26.663,96 |
26.238,50 |
-425,45 |
-1,60 |
|
|
|
|
|
Gastos Corrientes |
|
|
|
|
Remuneraciones |
17.725,77 |
19.720,28 |
1.994,51 |
11,25 |
Servicios |
2.389,29 |
2.228,37 |
-160,82 |
-6,74 |
Materiales y Suministros |
1.244,17 |
1.235,72 |
-8,45 |
-0,68 |
Intereses, Multas y Comisiones |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Transferencias Corrientes y Capital |
3.240,04 |
3.252,16 |
12,12 |
0,37 |
Cuentas Especiales |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Total Gastos Corrientes |
24.599,27 |
26.436,53 |
1.837,26 |
7,47% |
|
|
|
|
|
Superávit ( Déficit ) Corriente |
2.064,69 |
-198,03 |
-2.262,71 |
-109,59% |
|
|
|
|
|
Otros Ingresos y Gastos: |
|
|
|
|
Otros Ingresos |
|
|
|
|
Ganancias
en Venta, Cambio o Retiro de Activos Fijos |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Diferencias
Positivas Tipo de Cambio |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Ganancia
por Reclasificación de Activos Fijos |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Otros Ingresos No Presupuestarios |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Total Otros Ingresos |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
|
|
|
|
|
Otros Gastos |
|
|
|
|
Pérdida
en Venta, Cambio o Retiro de Activos Fijos |
4,10 |
0,45 |
-3,65 |
-100,00% |
Diferencias
Negativas Tipo de Cambio |
387,29 |
344,10 |
-43,19 |
-11,15 |
Gastos
de Depreciación y Agotamiento |
2.905,55 |
5.548,97 |
2.643,42 |
90,98 |
Gastos Diferidos de Intangibles |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Pérdidas
por Reclasificaciones de Activos Fijos |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Pérdidas por Cuentas Incobrables |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Pérdidas en Existencias |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Otros Gastos No Presupuestarios |
4,53 |
56,63 |
4,53 |
56,63 |
Total Otros Gastos |
3.301,47 |
5.950,15 |
-2.648,68 |
80,23. % |
|
|
|
|
|
Superávit
( Déficit ) Otros Ingresos y Gastos |
-3.301,47 |
-5.950,15 |
-2.648,68 |
80,23. % |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Impuesto de Renta |
0,00 |
0,00 |
|
|
Reservas |
0,00 |
0,00 |
|
|
Superávit
( Déficit ) Neto del Periodo |
-1.236,78 |
-6.148,18 |
-4.911,39 |
397,11.% |
|
|
|
|
|
Elaborado por:
MBA. Carlos Londoño Arias.
San José, 23 de setiembre del
2011.—Contabilidad Limón.—Carlos Londoño Arias, Jefe.—1
vez.—O. C. Nº 1973.—Solicitud Nº 49743.—C-243430.—(IN2011075392).
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
Ana Rosa Ramírez Bonilla,
Secretaria del Concejo Municipal, certifica: Que en la sesión número ciento
siete, del 20 de setiembre del 2011, se conoce el artículo 03, inciso 01), 02)
en mención que literalmente dice:
Artículo 03: Se conoce el
Informe de
Artículo 01: Analizado el
documento presentado por el Ingeniero Omar Chavarría, en relación al Estudio
Tarifario Servicio de Agua Potable y dado que los ¢1000 millones que hacían
referencia al préstamo del río Naranjo no incidían en las tarifas, además
corregido el mismo esta Comisión recomienda al Concejo Municipal aprobar la
propuesta del aumento de tarifas quedando de la siguiente manera:
Tarifa fija
Domiciliaria
¢ Ordinaria Reproductiva Preferencial Gobierno
¢ ¢ ¢ ¢
3.902 7.804 11.707 3.902 5.853
Tarifa medida
Bloques
de Domiciliaria Ordinaria Reproductiva Preferencial Gobierno
consumo, m3 ¢ ¢ ¢ ¢ ¢
De
De
De
De
De
De
De
Más de 120 143 286 780 260 390
Publíquese en el Diario Oficial
Las tasas descritas supra, entrarán a regir
treinta días después de publicadas en el Diario Oficial
Según Ley Nº 7794, artículo Nº 8
Paraíso, 21 de setiembre del 2011.—Ing.
Omar Chavarría Cordero, Proveeduría Municipal.—1
vez.—(IN2011074906).
El Concejo Municipal del
Distrito de Paquera, en sesión Nº 629, celebrada el 1º de setiembre del 2011,
artículo 8, inciso A: acuerda comunicar al público en general el traslado de
las oficinas al nuevo edificio municipal, ubicado
Paquera, 20 de setiembre del 2011.—Iris
Flores López Asistente Administrativa.—1 vez.—(IN2011075300).
Acuerdo tomado por el Concejo
Municipal de Distrito de Lepanto, según el texto del capítulo VIII, artículo 9
de la sesión ordinaria 488-2011 celebrada el 8 de setiembre del 2011.
ACUERDO Nº 4
El Concejo Municipal de Distrito
de Lepanto, acuerda con cuatro votos y en cumplimiento del artículo 17, inciso
1) de
En esta se expondrá los resultados de los
estudios socioeconómicos, ambientales (IFAS, y sus componentes),
infraestructura y servicios, así como las propuestas y sus reglamentos.
Se convoca a toda la comunidad interesada el
día martes, 25 de octubre del
Jicaral, 28 de setiembre del
2011.—Kattya Montero Arce, Secretaria a. í.—1
vez.—(IN2011077373).
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
PANAMERICAN WOODS (PLANTATIONS) S. A.
Se convoca a los socios de
Panamerican Woods (Plantations) S. A.,
cédula de persona jurídica número 3-101-
1. Lectura y aprobación del acta de
2. Presentación y discusión del informe de
3. Presentación y discusión del informe del
Fiscal
4. Discusión y en su caso, aprobación del informe
sobre los resultados del ejercicio económico del último período
5. Discusión y en su caso, aprobación de la
propuesta de
6. Nombramiento de Junta Directiva para el
período 2012
7. Nombramiento de Fiscal para el período 2012
8. Informe sobre el Proyecto de desarrollo
inmobiliario en Carrillo
9. Discusión y en su caso, aprobación de la
propuesta de
10.Asuntos varios
que los accionistas deseen someter a
De no haber quórum a la hora señalada, la
asamblea se efectuará a las 8:00 horas del mismo día con cualquier número de
acciones representadas.—San José, 19 de setiembre del 2011.—Dr.
Néstor Baltodano Vargas, Primer Vicepresidente.—(IN2011076537).
PANAMERICAN
WOODS (INDUSTRY) S. A.
Se convoca a los socios de Panamerican Woods
(Industry) S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-
1. Lectura y aprobación del acta de
2. Presentación y discusión del informe de la
administración.
3. Presentación y discusión del informe del
Fiscal.
4. Discusión y en su caso, aprobación del informe
sobre los resultados del ejercicio económico del último período.
5. Nombramiento de Junta Directiva para el
período 2012.
6. Nombramiento de Fiscal para el período 2012.
7. Asuntos varios que los accionistas deseen
someter a la asamblea.
De no haber quórum a la hora señalada, la
asamblea se efectuará a las 11:00 horas del mismo día con cualquier número de
acciones representadas.—San José, 19 de setiembre del 2011.—Dr.
Néstor Baltodano Vargas, Presidente.—(IN2011076540).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
FUNDACIÓN CENTRO DE DERECHOS
SOCIALES
DEL INMIGRANTE S. A.
ASOCIACIÓN DE AYUDA AL EGRESADO
ALCOHÓLICO
DESAMPARADOS
Se convoca a los interesados a Asamblea
General de
SOPORTE TÉCNICO S O S SOCIEDAD ANÓNIMA
Se convoca a Asamblea General Ordinaria y
Extraordinaria de socios de Soporte Técnico S O S Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-
PLAYA COLORADA SOCIEDAD ANÓNIMA
De conformidad con lo establecido en la
cláusula sétima del pacto social de Playa Colorada S. A., cédula de persona
jurídica número 3-101-022506, la suscrita María Luisa Crespo Varela, mayor,
divorciada una vez, médico veterinario, vecina de San José, Escazú, de
ARLO PACÍFICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Arlo Pacífica Sociedad Anónima,
convoca a asamblea general extraordinaria de accionistas, que se celebrará el
día 28 de octubre del 2011, la cual dará inicio a las 08:00 horas. en primera
convocatoria, y una hora después en segunda convocatoria con los accionistas
presentes. La asamblea se llevará a cabo en
Orden del día:
A. Verificación del quórum.
B. Lectura del orden del día.
C. Presentación de informe de asuntos legales.
D. Otorgamiento de poderes especiales y especiales
judiciales, según se determine., para dotar de representación a la compañía en
aquellos procesos judiciales o administrativos en que mantenga interés o que
sea parte.
E. Cierre de la asamblea.
NOTA: De conformidad con el artículo 163 del Código
de Comercio, sólo se conocerán los asuntos para los cuales fue convocada la
asamblea.
San José, 26 de setiembre del
2011.—Cristóbal López, Presidente.—1 vez.—(IN2011077490).
ARLO
PACÍFICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Arlo Pacífica Sociedad Anónima, convoca a asamblea
general ordinaria de accionistas, que se celebrará el día 28 de octubre de
2011, la cual dará inicio a las 10:00 horas en primera convocatoria, y una hora
después en segunda convocatoria con los accionistas presentes. La asamblea se
llevará a cabo en
Orden
del día:
A. Verificación del quórum.
B. Lectura del orden del día.
C. Presentación de informe sobre administración y
el estado económico de la empresa.
D. Revocación del nombramiento del secretario de
E. Aprobación para ejercer acción de
responsabilidad contra el señor John David Luce, designación de encargado y
otorgamiento de poder para entablarla.
F. Cierre de la asamblea.
San José, 26 de setiembre del 2011.—Cristóbal López, Presidente.—1
vez.—(IN2011077492).
AGRÍCOLA
MIREYA DATIZAL SOCIEDAD ANÓNIMA
Se convoca a los socios de Agrícola Mireya
Datizal S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-
LIFELAB LABORATORIES S. A.
Se convoca a asamblea general
ordinaria y extraordinaria de socios de Lifelab Laboratories S. A., a
celebrarse el día treinta y uno de octubre del dos mil once, en San José,
avenida seis, calles veintiséis y veintiocho, Barrio Don Bosco, Centro
Corporativo Internacional, cuarto piso, a las dieciséis horas en primera
convocatoria y a las diecisiete horas en segunda convocatoria. La asamblea se
llevará a cabo con el quórum de ley presente en la segunda convocatoria.
Asuntos a tratar:
a) Discutir y aprobar o improbar el informe sobre los resultados del
ejercicio anual que presenten los administradores, y tomar sobre él las medidas
que juzgue oportunas.
b) Acordar en su caso la distribución de las
utilidades conforme lo disponga la escritura social.
c) En su caso, nombrar o revocar el nombramiento
de los administradores y de los funcionarios que ejerzan vigilancia.
d) Otros asuntos de carácter extraordinario, como
cesiones y modificaciones al pacto social.
San José, 27 de setiembre del
2011.—Mario Segnini Boza Presidente.—1 vez.—(IN2011077530).
ARENA Y BRISA DE LIMÓN SOCIEDAD ANÓNIMA
En cumplimiento de la cláusula
décimo primera de los estatutos, se convoca a los accionistas de Arena y Brisa
de Limón S. A., a asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas en
la oficina de Pacheco, Odio & Alfaro S. A. (edificio torre
1. Tomar acuerdos sobre disposición y venta de bienes inmuebles de la
compañía.
2. Modificación de la cláusula quinta del capital social.
3. Análisis de estados financieros de la compañía.
4. Modificación de
5. Otorgamiento de poderes generalísimos sin límite de suma a favor de
cualquier persona que los socios estimen conveniente.
Si a la hora señalada no estuviera presente
el quórum de Ley, se dará inicio a la asamblea con los accionistas presentes
una hora después de la señalada.—28 de setiembre del 2011.—Elías
Trey Mannix, Presidente.—1 vez.—(IN2011077589).
HACIENDA DESARROLLOS EL CARIBE
SOCIEDAD
ANÓNIMA
En cumplimiento de la cláusula
décimo primera de los estatutos, se convoca a los accionistas de Hacienda
Desarrollos El Caribe S. A., a asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas en la oficina de Pacheco, Odio & Alfaro S. A. (edificio torre
1. Tomar acuerdos sobre disposición y venta de bienes inmuebles de la
compañía.
2. Modificación de la cláusula quinta del capital
social.
3. Análisis de estados financieros de la compañía.
4. Modificación de
5. Otorgamiento de poderes generalísimos sin
límite de suma a favor de cualquier persona que los socios estimen conveniente.
Si a la hora señalada no estuviera presente
el quórum de ley, se dará inicio a la asamblea con los accionistas presentes
una hora después de la señalada.—28 de setiembre del 2011.—Elías
Trey Mannix, Presidente.—1 vez.—(IN2011077591).
CONDOMINIO GALICIA
Condominio Galicia, cédula jurídica Nº
3-109-116857, convoca a los condóminos a asamblea ordinaria el día 23 de
octubre del 2011, primera convocatoria a las 14:00 horas, segunda convocatoria
a las 14 horas treinta minutos, tercera convocatoria a las 15:00
horas.—Lic. Aurea Elena Padilla Gutiérrez, Notaria.—1
vez.—(IN2011077612).
COLEGIO DE PERIODISTAS DE COSTA RICA
1. Apertura de la asamblea general ordinaria.
2. Inicio de las votaciones para elegir
3. Cierre de las votaciones a las dieciocho
horas.
4. Dieciocho horas inicio de la sesión plenaria
en el auditorio Rogelio Fernández Güell, para conocer:
• Informe de
• Informe de
• Informe de
• Informe del Consejo
Administrativo del Fondo de Mutualidad.
• Informe de
• Informe de
• Liquidación parcial del
presupuesto del año 2011.
• Plan Operativo y
Presupuesto para el año 2012.
• Modificación al
Reglamento Jorge Vargas Gené/Óscar Cordero Rojas.
• Modificación del artículo
Nº 21 del estatuto del Fondo de Mutualidad.
• Informe y ratificación
del resultado de la elección de Junta Directiva.
De acuerdo con lo dispuesto por
el artículo sexto de
Los documentos de la asamblea
estarán disponibles en la página www.colper.or.cr
San José, 27 de setiembre del
2011.—Raúl Silesky Jiménez, Presidente.—Luis Gerardo Chávez
Rodríguez, Secretario.—Claribet Morera Brenes, Directora
Ejecutiva.—1 vez.—(IN2011077629).
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
TRANSPORTES ROBLES CHAVES SOCIEDAD ANÓNIMA
Transportes Robles Chaves Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-296481, solicita ante
DESARROLLOS
ISKATZU SOCIEDAD ANÓNIMA
Desarrollos Iskatzu Sociedad Anónima, la cual
cuenta con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta
y seis mil ciento noventa y dos, solicita ante
GRUPO MUTUAL ALAJUELA -
De conformidad con lo estipulado por los
artículos 708 y 709 del Código de Comercio, el señor Rafael Ángel Araya
Hernández cédula
Gonzalo Zayas- Bazan Mendoza, mayor casado
una vez, vecino de Escazú, San José, cédula de identidad número uno-
cuatrocientos- ciento noventa y cinco, solicita ante
MOTOCICLETAS BAVARIAN S. A.
Motocicletas Bavarian Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica Nº 3-101-37802, solicito ante
MIRABELLI
JIMÉNEZ S. A.
Mirabelli Jiménez S. A., cédula jurídica
3-101-230914, solicita ante
INVESTMENT ORISAU DOS MIL SIETE
SOCIEDAD
ANÓNIMA
Investment Orisau Dos Mil Siete Sociedad
Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-495385, solicita ante
ALFARO Y POVEDA SOCIEDAD ANÓNIMA
Alfaro y Poveda Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-060695, solicita ante
REPRESENTACIONES MICROSCOPIOS
IROSCOPE
DE COSTA RICA S. A.
Representaciones Microscopios Iroscope de
Costa Rica S.A., cédula jurídica Nº 3-101-323693, solicita ante
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
MULTINEGOCIOS VALE Y ARCA
SOCIEDAD
ANÓNIMA
Multinegocios Vale y Arca Sociedad Anónima,
cédula jurídica Nº 3-101-183994, solicita ante
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CENTRO AMÉRICA
Ante el Registro de
Mediante escritura número 096-04, del tomo IV
del protocolo del suscrito notario público, se disminuye el capital social y
consecuentemente se reforma la cláusula V de la escritura constitutiva de la
sociedad denominada Latin American Exchange (Latinex) Casa de
Cambio Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a
las 16 horas del 27 de setiembre del 2011.—Lic. Mauricio López Elizondo,
Notario.—(IN2011076172).
PUblicación de una vez
Por
escritura número trece, otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del día
catorce de setiembre del año dos mil once, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de socios de la sociedad Grupo Santillana de Yamural
S. A., mediante la cual se transformó la empresa de sociedad anónima en
sociedad limitada. Capital social: doce mil colones, representado por doce
cuotas de mil colones cada una. Representación judicial: gerente.—San
José, 14 de setiembre del 2011.—Lic. Eugenio Hernández R.,
Notario.—1 vez.—(IN2011074223).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09:00 horas del 31 de agosto del
2011, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de la sociedad Universal Élite Asociados Sociedad Anónima,
donde se modificó la cláusula segunda del pacto social.—San José, 22 de
setiembre del 2011.—Lic. Laura Granera Alonso, Notaria.—1
vez.—RP2011259212.—(IN2011075639).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las 08:30 horas del 31 de agosto del
2011, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de la sociedad Compañía Agrícola Río Javillos Sociedad Anónima,
donde se modificó la cláusula segunda del pacto social.—San José, 22 de
setiembre del 2011.—Lic. Laura Granera Alonso, Notaria.—1
vez.—RP2011259213.—(IN2011075640).
Se
constituye ante
Mediante
escritura pública otorgada a las ocho horas del veintidós de setiembre del dos
mil once, se constituyó la sociedad de esta plaza que se denominará Caribbean
Jay CJC Company Sociedad de Responsabilidad Limitada. Las últimas palabras
podrán abreviarse S.R.L. Capital social: diez mil colones. Gerente: Edward
Fuller Morgan.—Lic. Daniel Salazar Araya, Notario.—1
vez.—RP2011259218.—(IN2011075642).
El
suscrito Notario hace constar, que mediante escritura número treinta y ocho del
protocolo décimo primero, otorgada a las 13:00 horas del 21 de setiembre del
2011, ante este notario, se constituyó la sociedad denominada Grupo Zeraus
S. A. Capital social: diez mil colones. Presidente con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma.—Monterrey de San Carlos,
Alajuela, 21 de setiembre del 2011.—Lic. Johanny Esquivel Hidalgo,
Notario.—1 vez.—RP2011259219.—(IN2011075643).
Mediante
escritura pública se constituye Bernardita y Mercy Sociedad Anónima.
Escritura número ciento cincuenta y ocho-doce del tomo doce del protocolo de
Ante
mí, Licda. Norma Sheyla Sotela Leiva, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de la entidad denominada Licorera Esparcena Bombis S. A.,
mediante escritura número doscientos veintiuno visible al folio ciento treinta
y cuatro vuelto del tomo tercero de mi protocolo, al ser las doce horas del
veintitrés de setiembre del año dos mil once. Se nombra nueva junta directiva y
fiscal. Representación judicial y extrajudicial del presidente, secretaria y
fiscal.—Lic. Norma Sheyla Sotela Leiva, Notaria.—1
vez.—RP2011259221.—(IN2011075645).
He
protocolizado acta de la empresa Propiedades Quitirri PQ S. A., en la
cual se modifica la cláusula sétima de la administración.—San José, 23 de
setiembre del 2011.—Lic. Jurgen Kinderson Roldán, Notario.—1
vez.—RP2011259223.—(IN201107646).
La
empresa Ferretería Santa Rita Sociedad Anónima, cédula jurídica número
3-101-573030, nombra secretario a Marvin Salas Arguedas, cédula de identidad
4-123-594, tesorera a Yorleny Matarrita Reyes, cédula de identidad número
5-199-454 y fiscal a Luis Fernando Barrantes Gómez, cédula
de identidad número
2-275-106.—Santa Rita de Río Cuarto, Grecia, 22 de setiembre del
2011.—Lic. Marjorie Otoya Chaves, Notaria.—1
vez.—RP2011259227.—(IN2011075647).
Por
escritura autorizada en esta Notaría, a las 15 horas de hoy, protocolicé acta
de asamblea de Junta Administrativa de Fundación Galileo, en que se
reformó cláusula segunda de estatutos, correspondiente al domicilio.—San
José, 16 de setiembre del 2011.—Lic. Alfonso Herrera V., Notario.—1
vez.—RP2011259228.—(IN2011075648).
Por
escritura otorgada en Palmares, a las ocho horas del día veintitrés de
setiembre del año dos mil once, se reforma la cláusula tercera del pacto
constitutivo de la sociedad denominada Inversiones Alba Sol Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos treinta mil seiscientos veintidós.
Es todo. Palmares, veintitrés de setiembre del dos mil once.—Lic.
Francisca Rojas Carranza, Notaria.—1
vez.—RP2011259229.—(IN2011075649).
Ante
esta notaría, por escritura otorgada a las diecisiete horas diez minutos del
día veintidós de agosto del dos mil once, donde se protocolizan acuerdos de
asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Diamond Planet SRL.
Donde se acuerda modificar la cláusula sexta del pacto constitutivo.—San
José, veintiuno de setiembre del dos mil once.—Lic. Rafael Manzanares
Murillo, Notario.—1 vez.—RP2011259231.—(IN2011075650).
Por
escritura otorgada en mi notaría, a las ocho horas treinta minutos del 22 de
setiembre del año dos mil once, se cambia nombre de Sociedad de
Responsabilidad Limitada de Pro Media Central a Pro Central Media.
Gerente apoderado generalísimo.—23 de setiembre del dos mil
once.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1
vez.—RP2011259236.—(IN2011075651).
Por
escritura otorgada en mi notaría, a las ocho horas del 23 de setiembre del año
dos mil once, se constituyó Sociedad de Responsabilidad Limitada Four
Friends SL. Gerente: apoderado generalísimo.—23 de setiembre del
2011.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1
vez.—RP2011259237.—(IN2011075652).
Por
escritura otorgada en mi notaría, a las ocho horas del 23 de setiembre del año dos
mil once, se constituyó Sociedad de Responsabilidad Limitada Enjoytogether
SL. Gerente: apoderado generalísimo.—23 de setiembre del
2011.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1
vez.—RP2011259239.—(IN2011075653).
Por
escritura otorgada en mi Notaría, a las 15 horas del 3 de agosto del 2011, se
constituyó Repuestos Salacarva S. A. Presidenta y secretario con
facultades de apoderados generalísimos: Rosibel Salas Carvajal y Luis Alberto
Salas Carvajal.—Lic. Hugo Retana Hidalgo, Notario.—1
vez.—RP2011259240.—(IN2011075654).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas cuarenta y nueve
minutos del ocho de agosto del año dos mil once, se protocolizó el acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas número uno de la empresa Grupo
Azteca de Orientación Académica Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-doscientos sesenta mil doscientos sesenta y ocho, y se acordó
modificar la cláusula tercera en cuanto al plazo social. Es todo.—San
José, veintitrés de setiembre del dos mil once.—Lic. Julissa Sánchez
Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2011259241.—(IN2011075655).
Hago
constar que el día veintidós, protocolicé Acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de socios de la sociedad Agam Segol Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-seis dos cinco dos dos ocho, en virtud de la
cual se reforma la cláusula sétima de la administración y la junta directiva de
la sociedad antes mencionada, se nombra nuevo presidenta a la señora Ronit
Cohen Habib, mayor, divorciada una vez, diseñadora, cédula de identidad número
ocho-cero setenta y cinco- doscientos diecinueve, vecina de San Rafael, cantón
de Escazú, provincia de San José, setecientos metros oeste del cruce de San
Rafael, contiguo a Te con Te, como secretario se nombra al señor Dan (nombre)
Tamir - Milo (apellidos), mayor, divorciado una vez, de nacionalidad Israelí,
administrador de empresas, pasaporte de su país número uno tres ocho tres cero
nueve cinco tres, vecino de San Rafael, cantón de Escazú, provincia de San
José, setecientos metros oeste del cruce de San Rafael, contiguo a Te con Te.
Como tesorero se nombra al señor Gil (nombre) Samuel (apellido), mayor,
soltero, único apellido en razón de su nacionalidad israelí, estudiante,
pasaporte de su país número uno cuatro cuatro nueve uno cuatro cuatro dos,
vecino de Rehov Eliahu Hakim nueve, Ramat Aviv, Tel Aviv, Israel.—San
José, veintitrés de setiembre del dos mil once.—Licda. Guiza Pinchanski
Binderoski, Notaria.—1 vez.—RP2011259242.—(IN2011075656).
Por escritura
otorgada en San José, ante esta notaría, a las nueve horas del veintitrés de
setiembre del dos mil once, se reforma la cláusula quinta de la sociedad de
esta plaza denominada Representaciones Durcant Sociedad Anónima.—San
José, 23 de setiembre del 2011.—Lic. Nelson Navarro González,
Notario.—1 vez.—RP2011259243.—(IN2011075657).
La
sociedad Olmeca Stereo del Caribe Inc S. A., cédula jurídica número
3-101-634573, en asamblea general extraordinaria número uno, modifica la
cláusula tercera en cuanto a la representación judicial y extrajudicial y
reforma la junta directiva. Acta protocolizada por el notario José Ramón Chaves
Castillo, escritura 114 visible al folio 58, tomo 20.—Lic. José Ramón
Chaves Castillo, Notario.—1 vez.—RP2011259244.—(IN2011075658).
Por
escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del veintidós de setiembre de
dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Inversiones Ritmo
Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento
uno-ciento seis mil novecientos cincuenta y seis, en la cual se modificó
integralmente los estatutos sociales. Es todo.—San José, veintidós de
setiembre de dos mil once.—Lic. Roberto José Esquivel Cerdas,
Notario.—1 vez.—RP201125259248.—(IN2011075659).
Por
escritura número ciento setenta y tres, se nombra nueva junta directiva en
sociedad denominada Monterrosa & Vali Sociedad Anónima. Presidenta:
Rosa Emilia Valle López.—San José, veintidós de setiembre del dos mil
once.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notaria.—1
vez.—RP2011259249.—(IN2011075660).
Por
escritura otorgada ante mí, a las quince horas del veintiuno de setiembre del
dos mil once, se constituyó la sociedad anónima Fit For Earth. Capital:
suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio: provincia de
San José, cantón Santa Ana, distrito Pozos, Residencial Parque Valle del Sol,
casa número doscientos sesenta y seis.—21 de setiembre del
2011.—Lic. Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, Notario.—1
vez.—RP2011259268.—(IN2011075661).
Por
escritura otorgada en esta fecha, protocolizo acta de asamblea general
extraordinaria de socios de Montaña Zacarías y Teodoro Zacatenflor S.
A., mediante la cual se reforma la cláusula cuarta del pacto
social.—San José, 22 de setiembre del 2011.—Lic. Carlos Salvatierra
Ramos, Notario.—1 vez.—RP2011259274.—(IN2011075662).
La
suscrita notaria Rosaura Carmiol Yalico, hace constar que el día de hoy, se
constituyó la sociedad denominada Soluciones Empresariales Inteligentes SEI
S. A., con domicilio social en San José, central, Pavas. Recae en el
presidente y secretario las facultades de apoderados generalísimos sin límite
de suma actuando conjunta o separadamente.—San José, veintitrés de
setiembre del dos mil once.—Lic. Rosaura Carmiol Yalico, Notaria.—1
vez.—RP2011259279.—(IN2011075663).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18:30 horas del 21 de setiembre del
2011, se constituyó la sociedad Inversiones Tournon Lote Cuarenta y Siete
ING Sociedad Anónima. Capital social: debidamente suscrito y pagado por los
socios. Domicilio: Cartago. Plazo: noventa y nueve años.—Cartago, 21 de
setiembre del 2011.—Lic. Jorge Enrique Monge Sánchez, Notario.—1
vez.—RP2011259284.—(IN2011075664).
Por
escritura dieciocho-cuatro, otorgada en San José, a las siete horas cuarenta
minutos del veintiséis de setiembre del dos mil once, se modificó el domicilio
social de la entidad Desarrollos Montescala Sociedad Anónima, cédula
tres-ciento uno-tres tres ocho cero tres siete, para que en adelante sea en
Heredia, Santa Bárbara, Santo Domingo, de Carrizal de Alajuela, dos kilómetros
carretera Vara Blanca, del mojón diecisiete tres kilómetros al norte. Finca:
Guillermo Escalante.—San José, veintiséis de setiembre del dos mil once.—Lic.
José Bernardo Soto Calderón, Notario.—1 vez.—(IN2011075705).
Por
escritura dieciocho-cuatro, otorgada en San José, a las siete horas treinta y
cinco minutos del veintiséis de setiembre del dos mil once, se modificó el
domicilio social de la entidad El Paso de Los Quetzales S J C R Sociedad
Anónima, cédula tres-ciento uno-tres uno cero dos cero tres, para que en
adelante sea en Heredia, Santa Bárbara, Santo Domingo, de Carrizal de Alajuela,
dos kilómetros carretera Vara Blanca, del mojón diecisiete tres kilómetros al
norte, finca Guillermo Escalante.—San José, veintiséis de setiembre del
dos mil once.—Lic. José Bernardo Soto Calderón, Notario.—1
vez.—(IN2011075706).
Por
escritura diecisiete-cuatro, otorgada en San José, a las siete horas del
veintiséis de setiembre del dos mil once, se modificó el domicilio social de la
entidad Lácteos Romero Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-uno uno
cero dos tres uno. Para que en adelante sea en Heredia, Santa Bárbara, Santo
Domingo, de Carrizal de Alajuela, dos kilómetros carretera Vara Blanca, del
mojón diecisiete tres kilómetros al norte, finca Guillermo Escalante.—San
José, veintiséis de setiembre del dos mil once.—Lic. José Bernardo Soto
Calderón, Notario.—1 vez.—(IN2011075707).
Por
escritura dieciocho-cuatro, otorgada en San José, a las siete horas treinta
minutos del veintiséis de setiembre del dos mil once, se modificó el domicilio
social de la entidad
Constitución
de la sociedad B G Trust Sociedad Anónima. Capital social: 10.000
colones. Representación: presidente y secretario.—San José, 26 de
setiembre de 2011.—Lic. Laura Carvajal Ramírez, Notaria.—1
vez.—(IN2011075711).
Por
escritura Nº 121 de las 18:00 horas del 23-09-2011, en protocolo 23, se
constituyó la sociedad denominada Casamola X Cinco S. A.—26 de
setiembre del dos mil once.—Lic. Edmundo Arias Rosales, Notario.—1
vez.—(IN2011075719).
En mi
notaría, por escritura de las once horas del veintidós de setiembre del dos mil
once, constituí G E M Inversionistas Exportando Corp. Inc. Sociedad Anónima;
capital, diez mil colones; domicilio: San José, representante legale
presidente.—Lic. Víctor Zárate Leitón, Notario.—1
vez.—(IN2011075724).
Por
escritura número ochenta y siete-trece, del tomo número seis de mi protocolo,
otorgada en la ciudad de San José, a las doce horas y quince minutos del día
veintiséis de setiembre del año dos mil once, Jorge Guzmán Calzada y Jessica
Ward Campos, constituyeron dos sociedades limitadas denominadas Global
Educators Services CR Ltda. y Resources for Eduacation Ltda.—Lic.
Sebastian Jiménez Monge, Notario.—1 vez.—(IN2011075737).
Por
escritura número ochenta y ocho-trece, del tomo número seis de mi protocolo,
otorgada en la ciudad de San José, a las doce horas y treinta minutos del día
veintiséis de setiembre del año dos mil once, Jorge Guzmán Calzada y Jessica
Ward Campos, constituyeron tres sociedades anónimas denominadas Sees K-Doce
CR S. A., Inmobiliaria Académica CR S. A. y Academic Estates S.
A.—Lic. Sebastián Jiménez Monge, Notario.—1
vez.—(IN2011075738).
El
suscrito notario hace constar, que ante esta notaría, se constituyó una
sociedad anónima al ser las catorce horas del día cinco de junio dos mil diez,
cuya denominación social es Badilla y Baltodano S. A., capital social:
totalmente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente
con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Domicilio social:
en San José.—26 de setiembre de 2011.—Lic. Raúl Escalante Soto,
Notario.—1 vez.—(IN2011075745).
Ante
mi notaría, a las diez horas del veintiséis de setiembre del año dos mil once,
se constituyó la sociedad denominada: nombre comercial AWC Inversiones
Sociedad Anónima y nombre de fantasía: AWC Metal S. A., cuyo
presidente es el señor Johnny Martín Arroyo Fonseca. El capital está suscrito y
cancelado.—Lic. Juan Carlos Castillo Quirós, Notario.—1
vez.—(IN2011075746).
Ante
mí, se constituyó la sociedad denominada Jumer e Hijos Limitada. Plazo:
cien años. Capital: doce mil colones. Domicilio: Heredia, Costa Rica.
Representación judicial y extrajudicial: gerente uno, gerente dos y gerente
tres. Es todo.—Heredia, veintiséis de setiembre del dos mil once.—Lic.
Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—(IN2011075754).
Francisca
Rojas Carranza notaria con oficina en Palmares de Alajuela, constituí la
sociedad denominada Kapamar J P A Sociedad Anónima, con un capital
social de quinientos mil colones y un plazo social de noventa y nueve años. Es
todo.—Palmares, veinticuatro de setiembre del año dos mil
once.—Lic. Francisca Rojas Carranza, Notaria.—1
vez.—(IN2011075758).
Por
escritura número doscientos ocho-uno otorgada a las trece horas treinta minutos
del catorce de julio del año dos mil once, ante el notario Juan Pablo Gamboa
Amador, se constituye la sociedad que se denominará Atlantika Costa Rica
Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma. Es todo.—San José, treinta de agosto del dos mil
once.—Lic. Juan Pablo Gamboa Amador, Notario.—1
vez.—(IN2011075761).
Por
escritura otorgada ante mí, la sociedad 3-101-613076 s. a., protocoliza
acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios.—Belén,
Heredia, 26 de setiembre del dos mil once.—Lic. Juan Manuel Ramírez
Villanea, Notario.—1 vez.—(IN2011075763).
Por
escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad Marbella
Por
escritura número ciento ochenta y cuatro-cuarenta y seis, otorgada ante los
notarios Juvenal Sánchez Zúñiga, Alberto Sáenz Roesch y Jorge González Roesch,
actuando en el protocolo del primero a las ocho horas del día veintiséis de
setiembre del dos mil once, se reforman las cláusulas segunda, quinta y novena
del pacto constitutivo, se revoca el agente residente, se nombra tesorero de la
sociedad
Mediante
escritura número 209 otorgada ante esta notaría a las 15:00 horas del 23 de
setiembre del 2011, se constituyó la sociedad Inmobiliaria Durán &
Sanabria S. A. Presidente: Elmer Durán Jara, cédula de identidad 3-302-529.
Es todo.—San José, 26 de setiembre del 2011.—Lic. José Francisco
Protti Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2011075775).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del día veintiséis de
setiembre del dos mil once, se constituyó la sociedad Ecosat Group S. A.
Plazo: noventa y nueve años.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1
vez.—(IN2011075833).
Por
escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veintiséis de setiembre del
dos mil once, se constituyeron cinco sociedades de responsabilidad limitada
denominadas Weeping Willow Limitada, Mahogany Trunk Limitada, Clover
Twig Limitada y dos con el número de cédula jurídica que le sea asignado al
momento de su inscripción limitada. Domicilio: San José, Barrio Don Bosco, cien
metros este de
Ante
esta notaría a las quince horas de día cinco de setiembre del año dos mil once,
se constituyó la sociedad denominada Capitza del Norte Sociedad Anónima.—Upala,
veintitrés de setiembre del año dos mil once.—Lic. Carlos Luis Ramírez
Badilla, Notario.—1 vez.—RP2011259286.—(IN2011075915).
Ante
esta notaría a las 10:00 horas del día 23 de setiembre del 2011, se constituye Citysuper
S. A. Domicilio: San José. Capital: totalmente suscrito y pagado.
Presidente y secretario, apoderados generalísimos sin límite de suma.—San
José, 23 de setiembre del 2011.—Lic. Manuel Fernando Anrango Bonilla,
Notario.—1 vez.—RP2011259288.— (IN2011075916).
Hannia
Natalia Velez Rodríguez y María Lourdes Barquero Granados, constituyen Natylu’s
Garden Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José a las 12:00 horas
del veintitrés de setiembre del 2011. Presidenta: Hannia Natalia Velez
Rodríguez.—Lic. Emma Cousin Picado, Notaria.—1
vez.—RP2011259293.—(IN2011075917).
Por
escritura de las 18:00 horas de hoy, protocolicé acta de la compañía Condominio
Parrita para Ti Ltda., por la cual se reforman las cláusulas segunda y
novena del pacto constitutivo, y se nombran gerente y subgerentes.—Montes
de Oca, 23 de setiembre del 2011.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba,
Notario.—1 vez.—RP2011259294.—(IN2011075918).
Por
escritura otorgada ante la notaria pública Claudia Eugenia Reyes Silva de las
diez horas del ocho de abril de dos mil diez, Ericka Pastrana Bermúdez y Yenier
Vallejo Cordero, constituyen sociedad anónima en la que se faculta al Registro
de Personas Jurídicas del Registro Nacional para que como denominación social
de la sociedad establezca el número de cédula de persona jurídica que le sea
asignado al momento de su inscripción. La referencia a tal número deberá
seguirse con el aditamento sociedad anónima, el cual podrá abreviarse S. A.—San
José, veintitrés de setiembre de dos mil once.—Lic. Claudia Eugenia Reyes
Silva, Notaria.—1 vez.—RP2011259295.—(IN2011075919).
La
notaria Tatiana Zeledón Castro informa que en su oficina se modificó junta de Consultora
Grano de Oro S. A.—19 de setiembre del 2011.—Lic. Tatiana
Zeledón Castro, Notaria.—1 vez.—RP2011259296.—(IN2011075920).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del veintitrés de
setiembre del año dos mil once, se protocolizó acta de asamblea para
modificación de estatutos y nombramiento de junta directiva de la sociedad Soluciones
Informáticas Internacionales Sociedad
Anónima.—Veintiséis de setiembre del año dos mil once.—Lic.
Óscar Enrique Chinchilla Mora, Notario.—1
vez.—RP2011259297.—(IN2011075921).
Se
hace constar que mediante escritura número 172-9 de las 15:00 horas del 23 de
setiembre del 2011, se protocoliza acta de Conduktiva S. A., que es
reforma de cláusula VII de los estatutos.—Lic. Adrián Antonio Brenes
Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2011259298.—(IN2011075922).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, de las ocho horas del día veintitrés de
setiembre año dos mil once, se protocoliza acta de asamblea de Elixir Mega
Live Sociedad Anónima y se modifica el domicilio.—Heredia, veintitrés
de setiembre del año dos mil once.—Lic. Rubén Rojas Castillo,
Notario.—1 vez.—RP2011259300.—(IN2011075923).
Por
escritura pública número doscientos sesenta y tres otorgada ante mi notaría, a
las once horas y veinticuatro minutos del veinte de setiembre del dos mil once,
se protocoliza acta número seis de la sociedad Consultoría Logística
Transoceánica S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cuarenta
mil setecientos cuarenta, mediante la cual se acuerda el cambio de junta
directiva de dicha sociedad.—Lic. Adolfo Manuel Pineda Morales,
Notario.—1 vez.—RP2011259301.—(IN2011075924).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19:00 horas del 15 de setiembre del
2011, se constituyó la sociedad denominada Corporación Vasquez y Asociados
Limitada. Domicilio social: Heredia, Barreal, Lagunilla, doscientos
cincuenta metros noroeste de la antigua cantina
Ronald
Vargas Corrales y Vinicio Eduardo Solís Alpízar, constituyen la sociedad
denominada ATR Repuestos Usados del Atlántico Sociedad Anónima.
Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma, el señor Ronald Vargas
Corrales. Escritura otorgada en Heredia,
a las dieciocho horas del veintidós de setiembre del dos mil once.—Lic.
Mauricio Bolaños Argueta, Notario.—1
vez.—RP2011259304.—(IN2011075926).
Ante
esta notaría mediante escritura número doscientos cuarenta y ocho-tres, de las
dieciséis horas del veinticinco de setiembre del dos mil once, se protocolizó
escritura de constitución de sociedad anónima denominada Ticoticket S. A.—Atenas,
26 de setiembre del dos mil once.—Lic. Cristian Alejandro Chaverri
Acosta, Notario.—1 vez.—RP2011259305.—(IN2011075927).
Por la
escritura 069-51 del tomo 51 del protocolo del notario Casimiro Vargas Mora,
otorgada en esta ciudad a las 09:00 horas del 23 de setiembre del 2011, la
sociedad costarricense 3-102-618673 sociedad de responsabilidad limitada,
cédula tres-ciento dos-seiscientos dieciocho mil seiscientos setenta y tres,
modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, 23 de setiembre del
2011.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1
vez.—RP2011259307.—(IN2011075928).
Por
escritura 070-51 del tomo 51 del protocolo del notario público Casimiro Vargas
Mora, otorgada en esta ciudad a las 11:00 horas del 23 de setiembre del 2011,
la sociedad costarricense High Plains INC S. A., con cédula jurídica
número tres-ciento uno-trescientos treinta y seis mil novecientos setenta y
cinco, modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, 23 de setiembre
del 2011.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1
vez.—RP2011259308.—(IN2011075929).
Inversiones
Hermanos Vásquez Núñez F V G Sociedad Anónima, mediante acta número tres de asamblea
general extraordinaria de accionista, reforma la cláusula sexta de sus
estatutos.—Liberia, 22 de setiembre del 2011.—Lic. Ana Isabel
Campos Sáenz, Notaria.—1 vez.—RP2011259309.—(IN2011075930).
Ante
mí, licenciado Javier Carvajal Portuguez a las diez horas del doce de setiembre
del dos mil once, la sociedad Inversiones Panter Sociedad Anónima,
modificó la cláusula de la junta directiva.—San José, veintiséis de
setiembre del dos mil once.—Lic. Javier Carvajal Portuguez,
Notario.—1 vez.—RP2011259310.—(IN2011075931).
Protocolización
de acuerdos de la sociedad Castro Caminones y Repuestos Sociedad Anónima.
Por la cual se reforma la cláusula sétima, de los estatutos y se nombra nueva
junta directiva, por medio de la escritura otorgada ante el notario Walter
Retana Madriz. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las diez horas
del veintidós de setiembre del dos mil once. Presidente: Carlos Castro
Ávila.—San José, veintitrés de setiembre dos mil once.—Lic. Walter
Retana Madriz, Notario.—1 vez.—RP2011259311.—(IN2011075932).
Por
escritura de las catorce horas del veintidós de setiembre del dos mil once,
mediante escritura número ciento cuarenta y seis se constituyó la sociedad Tecnoediciones
Zurquí Sociedad Anónima.—San José, veintitrés de setiembre del dos
mil once.—Lic. Silvia Marcela Chaves Delgado, Notaria.—1
vez.—RP2011259312.—(IN2011075933).
El
señor Gustavo Alonzo Montero Campos, cédula 1-0923-0777, vecino de Siquirres,
constituye la sociedad Baloncesto del Caribe E.I.R.L. Capital social:
una acción de cinco mil colones. Domicilio: Siquirres centro, en el hotel
Alcema. Gerente: Gustavo Alonzo Montero Campos.—Lic. Francisco Izaguirre
García, Notario.—1 vez.—RP2011259322.—(IN2011075934).
Por
escritura otorgada a las once horas del día de hoy, en esta notaría, se
constituyó la compañía domiciliada en San Rafael de Escazú denominada Transatlantic
Development and Realty Limitada. Plazo: noventa años. Objeto: la industria,
el comercio, la agricultura, la ganadería en general. Capital: íntegramente
suscrito y pagado.—Escazú, veintiuno de setiembre de dos mil
once.—Lic. Harold Chamberlain Bolaños, Notario.—1
vez.—RP2011259324.—(IN2011075935).
Por
escritura de diez horas cinco minutos en esta ciudad, protocolicé acta de
asamblea de socios de Tinka S. A. En la cual reforma sus estatutos
acortando su plazo social.—San José, 23 de setiembre de 2011.—Lic.
Patricia Rivero Breedy, Notaria.—1
vez.—RP2011259325.—(IN2011075936).
Por
escritura de las quince horas del diecinueve de setiembre del dos mil once, se
constituyó Desarrolladora de Energías Renovables de Centro América Deca S.
A. Plazo: noventa y nueve años. Capital: suscrito y pagado. Objeto: el
comercio, la industria, la ganadería y servicios. Representantes: presidente y
secretario. Domicilio. Sabanilla de Montes de Oca.—San José, 19 de
setiembre del 2011.—Lic. Marco Tulio Calderón Badilla, Notario.—1
vez.—RP2011259326.—(IN2011075937).
Por
escritura número treinta y seis, del tomo número cinco de mi protocolo,
otorgada en la ciudad de San José, a las ocho horas con cuarenta y cinco
minutos del día seis de setiembre del año dos mil once, se constituyó la
sociedad anónima denominada Soluciones y Servicios SITCO Sociedad Anónima.—Lic.
Gabriel Lizama Oliger, Notario.—1
vez.—RP2011259328.—(IN2011075938).
La
suscrita notaria hace constar que el día de hoy, ante esta notaría, se
reformaron las cláusulas segunda y cuarta, del pacto social de la compañía de
esta plaza Desarrollo Integral Equipo JN S. A.—San José, catorce
de setiembre de dos mil once.—Lic. Ma. Gabriela Sancho Carpio,
Notaria.—1 vez.—RP2011259329.—(IN2011075939).
Por
escritura pública otorgada en esta notaría, a las dieciocho horas del
veinticuatro de setiembre del dos mil once, Marco Vinicio Vásquez Cabezas y
Víctor Manuel Bolaños Delgado, constituyen la sociedad denominada Veterinaria
Por
escritura pública otorgada en esta notaría, a las diecisiete horas del
veinticuatro de setiembre del dos mil once, Wilberth Morera Araya y Eric Riba
Sibaja, constituyen la sociedad denominada Gente Pequeña Grandes Ideas
Sociedad Anónima.—Alajuela, 26 de setiembre del 2011.—Lic.
Yamileth Rodríguez Alfaro, Notaria.—1
vez.—RP2011259331.—(IN2011075941).
Mediante
escritura noventa y cinco otorgada ante este notario a las 8 horas 13 minutos
del 23 de setiembre del 2011, se modifica la cláusula octava, de la sociedad Avatar
Productions Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-588017; y a partir de ahora
la sociedad será representada por un gerente general.—Playas del Coco,
Guanacaste, 23 de setiembre del 2011.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez,
Notario.—1 vez.—RP2011259334.—(IN2011075942).
Ante
esta notaría, por escritura otorgada en
En mi
notaría a las 14:00 horas del 23 de setiembre del 2011, se constituyó la
sociedad Quebrador Nova Sociedad Anónima; domicilio:
La
sociedad 3-101-557.687 S. A., modifica cláusulas segunda y octava del
pacto constitutivo, se nombra junta directiva y fiscal. Protocolización 12:00
horas del 25-9-2011.—Lic. Johnny Pérez Vargas, Notario.—1
vez.—RP2011259338.—(IN2011075945).
La
sociedad A C Logistics S. A., cédula jurídica 3-101-604.009 modifica
cláusula sétima del pacto constitutivo, se nombra presidente y secretario.
Protocolización 13:00 horas del 25-9-2011.—Lic. Johnny Pérez Vargas,
Notario.—1 vez.—RP2011259340.—(IN2011075946).
Sara
Sandí Monge y Jeffrey Alejandro Álvarez Sandí, constituyen la sociedad Alsan
Impresiones S. A. Protocolización 19:00 horas del 13-9-2011.—Lic.
Johnny Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011259341.—(IN2011075947).
Por
escritura otorgada por el infrascrito notario, a las doce horas del día de hoy,
protocolicé el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad de esta plaza Monte Nuevo Sociedad Anónima, en la que se
reformaron las cláusulas segunda (domicilio social) y sexta (administración)
del pacto constitutivo y se nombraron nuevos secretario de la junta directiva y
agente residente.—San José, veintitrés de setiembre del año dos mil
once.—Lic. José Alberto Pinto Monturiol, Notario.—1
vez.—RP2011259342.—(IN2011075948).
Que
mediante escritura de las diez horas del veintidós de setiembre del dos mil
once, se constituyó Servicios Técnicos y Profesionales Enmanuel S. A.,
capital social: diez mil colones.—San José, veintidós de setiembre del
dos mil once.—Lic. Roxana Jara Tenorio, Notaria.—1
vez.—RP2011259345.—(IN2011075949).
Por
escritura otorgada ante este notario a las quince horas y treinta minutos del
veintidós de setiembre de dos mil once, se constituye sociedad anónima denominada
Comercial Ledamás S. A. Representada por su presidente y secretario, con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma debiendo actuar en
forma conjunta o separada, domiciliada en la ciudad de Alajuela cantón San
Ramón de
Por
escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad Grupo Majal Limitada.
Plazo: cien años. Capital: diez mil colones. Domicilio: Centro Corporativo
Plaza Roble, Escazú, San José, Costa Rica. Representación judicial y
extrajudicial: gerentes. Es todo.—San José, 23 de setiembre del
2011.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1
vez.—RP2011259348.—(IN2011075951).
Por
escritura otorgada ante esta notaría el día 23 de setiembre del
Por
escritura otorgada ante esta notaría el día 23 de setiembre del
Por
escritura otorgada ante esta notaría el día 26 de agosto del
Por
escritura número 85 de las 11:00 horas de hoy,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de 3-101-554200
S. A. Que modifica segunda y tercera.—San José, 23 de setiembre del
año dos mil once.—Lic. Carlos Manuel Hernández Alvarado, Notario.—1
vez.—RP2011259352.—(IN2011075955).
Por
escritura número 87 de las 14:00 horas de hoy, protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de 3-101-554136 S. A. Que modifica segunda y
tercera.—San José, 23 de setiembre del año dos mil once.—Lic.
Carlos Manuel Fernández Alvarado, Notario.—1
vez.—RP2011259353.—(IN2011075956).
Por
escritura otorgada en San José, a las once horas treinta minutos del veintiuno
de setiembre de dos mil once, se constituyó la sociedad Por Amor a Badu S.R.L.—San
José, 21 de setiembre de 2011.—Lic. Ana María Faeth Mena,
Notaria.—1 vez.—RP2011259354.—(IN2011075957).
Por
escritura número 85 de las 12:00 horas de hoy, protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de 3-101-554172 S. A. Que modifica segunda y
tercera.—San José, 23 de setiembre del año dos mil once.—Lic.
Carlos Manuel Fernández Alvarado, Notario.—1
vez.—RP2011259355.—(IN2011075958).
Se
traspasa la totalidad del capital social y se nombra nuevo gerente en Bien
Único Gemma E.I.R.L. Gerente: Igrane Chacón Mora.—Lic. Vera Garro
Navarro, Notaria.—1 vez.—RP2011259356.—(IN2011075959).
Por
escritura número noventa y siete, otorgada en mi notaría, a las dieciocho horas
del cinco de setiembre del 2011, se concluyó la sociedad Lawson Goldman
Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—Heredia, veintiséis de
setiembre del dos mil once.—Lic. Manuel Arguedas Barrantes,
Notario.—1 vez.—RP2011259357.—(IN2011075960).
Álvaro
Moreira Alvarado, con cédula número 2-457-451 y otros constituyen S. A., con un
capital de ¢90.000 colones, con domicilio en Las Armenias de Upala, Alajuela,
seiscientos metros al norte de la escuela del lugar, de nombre El Mirador de
Las Armenias Sociedad Anónima, mediante escritura número 2-052, visible al
folio número 033 frente del tomo 2 del notario Lic. Jorge Alberto Ramos
Arrieta.—Fortuna de Bagaces, Guanacaste, 26 de setiembre del año
2011.—Lic. Jorge Alberto Ramos Arrieta, Notario.—1
vez.—RP2011259359.—(IN2011075961).
Por
escritura otorgada ante mí, la sociedad WWW.Costa Rica Investors Group.Com
Sociedad Anónima, reforma cláusulas segunda y undécima del pacto
constitutivo. Se nombra junta directiva, fiscal y agente residente.—San
José, veintiséis de setiembre del dos mil once.—Lic. Ricardo Sossa Siles,
Notario.—1 vez.—RP2011259363.—(IN2011075962).
Por
escritura otorgada ante mí, la sociedad 3-101-583192 sociedad anónima,
reforma cláusulas primera y sétima del pacto constitutivo. Se nombra
presidente.—San José, veintiséis de setiembre del dos mil
once.—Lic. Ricardo Sossa Siles, Notario.—1
vez.—RP2011259364.—(IN2011075963).
Por
escritura otorgada ante mí, a las trece horas del veintidós de febrero, se
constituyó una sociedad anónima que llevará la cédula jurídica que el Registro
de Personas Jurídicas le asigne en el momento de su inscripción, con un plazo
social de noventa y nueve años y un capital social de diez mil
colones.—San José, veintidós de febrero del dos mil nueve.—Lic.
Anaclara Vargas Rodríguez, Notaria.—1
vez.—RP2011259371.—(IN2011075964).
Por
escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del veintidós de setiembre del
dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Despacho Legal y Económico Irazú S. A., en la cual se
modifica el pacto constitutivo.—San José, 22 de setiembre del
2011.—Lic. Mario Peña Chacón, Notario.—1
vez.—RP2011259373.—(IN2011075965).
Por
escritura otorgada ante mí, a las doce horas del veintidós de setiembre del dos
mil once, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas
de QDR Filial Treinta y Siete Hortensia S. A., en la cual se modifica la
cláusula primera del pacto constitutivo para que en lo sucesivo se llame RPYF
de Coronado Sociedad Anónima, y la cláusula segunda del pacto
constitutivo.—San José, 22 de setiembre del 2011.—Lic. Jorge Arturo
Valverde Retana, Notario.—1
vez.—RP2011259374.—(IN2011075966).
Mediante
escritura número cien-once, otorgada el día veintidós de setiembre del dos mil
once, ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad Asistencias
Manoderca S. A., con domicilio en la provincia de San José, cantón
Desamparados, distrito San Antonio, exactamente en San Antonio cincuenta metros
sur de la iglesia católica. Plazo social: 99 años. La representación judicial y
extrajudicial de la sociedad recae en el presidente y secretario. Capital:
30.000,00 colones.—San José, veintidós de setiembre de dos mil
once.—Lic. Roberto Romero Mora, Notario.—1
vez.—RP2011259375.—(IN2011075967).
A las
dieciocho horas del veintidós de setiembre del año dos mil once, ante la
notaría de la licenciada Ana Yancy Fuentes Porras, se constituyó la sociedad
denominada Orange Real State Sociedad Anónima.—Alajuela, veintidós
de setiembre del año dos mil once.—Lic. Ana Yancy Fuentes Porras,
Notaria.—1 vez.—RP2011259376.—(IN2011075968).
Ante
esta notaría, se reformó la cláusula quinta de los estatutos de la sociedad
denominada Suplidora Nails Items Sociedad Anónima, con cédula jurídica
3-101-556839. Es todo.—San José, 26 de setiembre de 2011.—Lic. Ana
María Avendaño Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2011259377.—(IN2011075969).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de la empresa
denominada Triada del Sol S. A., en la cual se acuerda reformar la
cláusula primera, segunda, tercera, quinta, sétima, correspondiente a la
denominación social, domicilio social, objeto, capital social, se hacen nuevos
nombramientos de junta directiva.—San José, 23 de setiembre de
2011.—Lic. Ricardo González Fournier, Notario.—1
vez.—RP2011259378.—(IN2011075970).
Ante
esta notaría al ser las once horas cincuenta minutos del veinte de junio de dos
mil once, se reforman las cláusulas primera y segunda del pacto constitutivo de
la sociedad Biopharma Research Institute S. A.—San José,
veintiséis de setiembre de dos mil once.—Lic. Guillermo Chacón Muñoz,
Notario.—1 vez.—RP2011259379.—(IN2011075971).
Por
escritura número nueve otorgada a las doce horas del tres de agosto del dos mil
once, se constituyó la empresa denominada uno cero seis cinco siete cuatro
tres sociedad anónima, cuyo presidente es Colin William
Wyndham.—Guanacaste, Playas del Coco.—Lic. Natalia López Quirós,
Notaria.—1 vez.—RP2011259380.—(IN2011075972).
Por
escritura otorgada en Liberia, a las quince horas treinta minutos del ocho de
abril del dos mil once, se constituyó la sociedad Gastroguanacaste Sociedad
Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio: Liberia, distrito y
cantón primeros de la provincia de Guanacaste.—Liberia, 8 de abril del
2011.—Lic. Orietta Baltodano Chamorro, Notaria.—1
vez.—RP2011259381.—(IN2011075973).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, Apollonia Morena S. A., cédula
jurídica 3-101-540905, reforma cláusula segunda del pacto social y nombra nueva
junta directiva.—San José, 21 de setiembre del 2011.—Lic. Botho
Steinvorth Koberg, Notario.—1
vez.—RP2011259383.—(IN2011075974).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las 9:00 horas del día de hoy, se
constituyó la sociedad
Por
escritura otorgada ante mí, a las quince horas del veintitrés de setiembre del
dos mil once, se modifica la cláusula tercera del objeto de la sociedad Colima
Verde Sociedad Anónima.—San Ramón, veintitrés de setiembre de dos mil
once.—Lic. María Mercedes González Jiménez, Notaria.—1
vez.—RP2011259385.—(IN2011075976).
Por
escritura pública, otorgada a las nueve horas del veintiuno de setiembre del
dos mil once, ante el notario público Msc. Renato Ortiz Álvarez, se protocoliza
acuerdo de asamblea de asociados de
Por
escritura de las 19:00 horas del 18 de febrero del 2011, ante esta notaría,
Griselda Martínez Rodríguez, presidenta de GM Grimar Cartaginesa S. A.,
protocolizó acta de aumento capital
social de la citada empresa a tres millones de colones.—Cartago,
setiembre del dos mil once.—Lic. Danilo Durán Collado, Notario.—1
vez.—RP2011259387.—(IN2011075978).
Escritura
otorgada: a las 11:30 horas del 2 setiembre del dos mil once, se constituyó Compañía
Inversionista Barrantes Sanlucas Sociedad Anónima, domicilio social: San
José.—23 de setiembre 2011.—Lic. Gerardo Chaves Cordero,
Notario.—1 vez.—RP2011259391.—(IN2011075979).
Escritura
otorgada: a las 8:30 horas del 2 setiembre del dos mil once, se constituyó Inversiones
Alvapla Sociedad Anónima. Domicilio social: San José.—23 de setiembre
de 2011.—Lic. Gerardo Chaves Cordero, Notario.—1
vez.—RP2011259392.—(IN2011075980).
Escritura
otorgada a las 13:30 horas del 23 setiembre del dos mil once, se constituyó Inversiones
Falina S. A., domicilio social: Cartago,
Por
escritura otorgada en esta notaría a las 15:00 horas del día 24 de setiembre
del año 2011, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de Transportes
Acero Plata Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento
uno-uno ocho nueve cinco cinco cinco, celebrada al ser las diecisiete horas del
doce de setiembre del año dos mil once, mediante la cual hacen nuevos
nombramientos de fiscal y secretario de la junta directiva.—Cartago, 26
de setiembre del 2011.—Lic. Evelyn Jara Cascante, Notaria.—1
vez.—RP2011259394.—(IN2011075982).
El día
diez de setiembre del año dos mil once, ante esta notaría, se protocolizó acta
de la sociedad Publicaciones Ruta Veintiuno L S H Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-quinientos noventa y ocho mil doscientos quince, en
la cual se modifica la cláusula número siete y se hacen nombramientos de junta
directiva.—Cartago, diez de setiembre del año dos mil once.—Lic.
Rodolfo Camacho Rojas, Notario.—1
vez.—RP2011259399.—(IN2011075983).
Yo
Ingrid Brown Sequeira, hago constar que ante mi notaría, constituí la sociedad
denominada M & M Mochitos del Este S. A. Domicilio: Cartago.
Capital: cien mil colones. Objeto: el comercio en general. Presidente: Marvin
Rodríguez Aguilar. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 14:30
p.m. del 19 de agosto 2011.—Lic. Ingrid Brown Sequeira, Notaria.—1
vez.—RP2011259403.—(IN2011075984).
Por
escrituras otorgadas en la ciudad de San José a las 16:15, 15:30, 16:45 y 17:00
del 20 de setiembre del 2011, protocolizo actas de asambleas extraordinarias de
socios de las sociedades Aflac Incorporated Ltda., Pinacle
Investments Incorporated Ltda., Segure Link Ltda. y Strictly Biz
Ltda. Mediante las cuales reforman la cláusula tercera de su pacto social
del domicilio. Nuevo domicilio: San Rafael de Escazú, Oficentro Plaza Roble,
edificio Las Terrazas, oficina 505.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro,
Notario.—1 vez.—RP2011259404.—(IN2011075985).
En
esta notaría Mauren Fernández Benavides y Estefanía Castillo Fernández,
constituyen sociedad anónima cuya denominación se ajusta al artículo 2) de
Decreto Ejecutivo 33171-J. Capital: suscrito y pagado totalmente.—San
José, 24 de setiembre de 2011.—Lic. William Chaves Villalta,
Notario.—1 vez.—RP2011259405.—(IN2011075986).
Protocolización
el acuerdo tercero de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de la
sociedad denominada Farmarc Inversiones S. A. En la cual se acuerda
reformar las cláusulas trigésima, trigésima primera, trigésima segunda.
Escritura otorgada a las ocho horas cuarenta minutos del día veintiséis de
setiembre de dos mil once.—Lic. Brizza Mena Segura, Notaria.—1
vez.—RP2011259406.—(IN2011075987).
Ante
la notaría de Ilse Arguedas Chaverri, mediante escritura número treinta y ocho,
visible al folio ciento diecisiete vuelto del tomo veinticinco varió la
cláusula sexta de la administración la sociedad anónima denominada 3101-556-1924.
Se nombró nueva junta directiva de la sociedad anónima. Es todo.—Dada en
Heredia, a las diez horas del veintiséis de setiembre del dos mil
once.—Lic. Ilse Arguedas Chaverri, Notaria.—1
vez.—RP2011259407.—(IN2011075988).
Por
escritura otorgada ante mi notaría, a las diecinueve horas treinta minutos del
seis de setiembre del año dos mil once, se constituyó la compañía denominada City
Sport Center Paintball Sociedad Anónima, domiciliada en San José,
Goicoechea, Mata de Plátano. Presidente y vicepresidente con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: totalmente
suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 23 de setiembre
de 2011.—Lic. Noilly Vargas Esquivel, Notaria.—1
vez.—RP2011259409.—(IN2011075989).
Ante
esta notaría pública al ser las ocho horas cuarenta y cinco minutos del día
doce de setiembre del año dos mil once, se constituyó la sociedad anónima Steval
ST Sociedad Anónima. Presidenta: María Eugenia Dinarte Aguirre, cédula de
identidad 9-081-275.—San José, 26 de setiembre del 2011.—Lic.
Sergio José Solano Montenegro, Notario.—1 vez.—RP2011259410.—(IN2011075990).
Ante
la notaría del Lic. Ramón Guillermo Fallas Mora, se constituyó la sociedad Ifaca
Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Presidente: representante
judicial y extrajudicial con la facultad de apoderado generalísimo sin límite
de suma.—Aserrí, 22 de setiembre del 2011.—Lic. Ramón Guillermo
Fallas Mora, Notario.—1 vez.—RP2011259412.—(IN2011075991).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, al ser las diecisiete horas treinta
minutos del día veintiuno de setiembre del año dos mil once, la señora María
Inés Gaviria Rocha y la señora Marcela Becerra, constituyen la sociedad anónima
deportiva de esta plaza New Concept Sports Sociedad Anónima Deportiva.
Plazo social: cien años. Capital social: doce mil colones. Presidenta: María
Inés Gaviria Rocha.—San José, 21 de setiembre del 2011.—Lic. Jorge
Ross Araya, Notario.—1 vez.—RP2011259413.—(IN2011075992).
Que
mediante escritura número veinticinco, ante mí notaría, se reforma la cláusula
cuarta de la sociedad Mi Belela Linda Sociedad Anónima.
Es todo.—San José, veintiséis de setiembre de dos mil once.—Lic.
Yannory Triunfo Otoya, Notaria.—1
vez.—RP2011259414.—(IN2011075993).
Por
escritura número: doscientos diecisiete se protocolizó acta número dos de
asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada: Falcon Marketing
Services Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento
uno-quinientos catorce mil setecientos cuarenta y ocho. Se revoca el cargo del
secretario y se modifica por completo cláusula sexta del pacto constitutivo. Es
todo.—Jacó, Garabito, Puntarenas, ocho de setiembre del dos mil
once.—Lic. Gerardo Calderón León, Notario.—1
vez.—RP2011259419.—(IN2011075994).
Por
escritura otorgada ante mí, a las diez horas del veinte de setiembre del dos
mil once, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de
la compañía de esta plaza, Ojeda Centroamérica S. A. En
que se reforman las cláusulas cuarta y sexta del pacto social y se nombra
gerente y fiscal.—Lic. Harry Castro Carranza, Notario.—1
vez.—RP2011259423.—(IN2011075995).
Ante
el notario, Piero Vignoli Chessler, se constituyeron cinco sociedades anónimas,
las cuales se denominarán: I) Valman Rojo MNO Sociedad Anónima. II) Valman
Plateado PQR Sociedad Anónima. III) Valman Anaranjado STU Sociedad Anónima.
IV) Valman Morado VZA Sociedad Anónima. V) Valman Gris WBC Sociedad
Anónima. Capital social veinte mil colones. Dicho capital está dividido en
veinte acciones comunes y nominativas de mil colones.—San José, 26 de
setiembre dos mil once.—Lic. Piero Vignoli Chessler, Notario.—1
vez.—RP2011259433.—(IN2011075997).
Por
escritura otorgada en esta notaría, a las dieciocho horas del día catorce de
setiembre del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Soluciones
Centelco Sociedad Anónima.—San José, veintidós de setiembre del dos
mil once.—Lic. José Rojas Méndez, Notario.—1
vez.—RP2011259437.—(IN2011075998).
Por
escritura de protocolización de acta otorgada por la suscrita notaria a las
16:00 horas de hoy, en San José, se protocolizó acta de la sociedad Mecanismos
Industriales Mohida S. A. Se reforman las cláusulas quinta, octava y
décima primera de los estatutos. Se designa nueva junta directiva y
fiscal.—San José, 23 de setiembre del 2011.—Lic. Ana Cecilia Castro
Calzada, Notaria.—1 vez.—RP2011259438.—(IN2011075999).
Por
escritura de protocolización de acta otorgada por la suscrita notaria a las
15:00 horas de hoy, en San José, se protocolizó acta de la sociedad Compu
Center S. A. Se reforman las cláusulas quinta y sexta de los
estatutos, se designa nueva junta directiva y fiscal.—San José, 23 de
setiembre del 2011.—Lic. Ana Cecilia Castro Calzada, Notaria.—1
vez.—RP2011259439.—(IN2011076000).
Por
escritura pública número: 153 otorgada en Grecia, se constituyó la sociedad Rova
El Mirador Responsabilidad Limitada. Escritura otorgada en Grecia, a las
11:20 horas del día 29 de agosto del año 2011, gerente: Iris Rodríguez
Vásquez.—Lic. José Guillermo Bolaños Hidalgo, Notario.—1
vez.—RP2011259444.—(IN2011076001).
Ante
esta notaría, por escritura otorgada a las veinte horas quince minutos del día
veintidós de setiembre del dos mil once, donde se protocolizan acuerdos de
asamblea de cuotistas de la sociedad denominada 3-102-605024 srl. Donde
se acuerda modificar la cláusula novena de los estatutos.—San José,
veintitrés de setiembre del dos mil once.—Lic. Magally María Guadamuz
García, Notaria.—1 vez.—RP2011259445.—(IN2011076002).
Mediante
escritura otorgada ante esta misma notaría a las 12:00 horas del día 26 de
setiembre del dos mil once, protocolice el acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Motos Varadero Sociedad Anónima,
mediante la cual se reformó la cláusula segunda del pacto constitutivo y cambio
de la junta directiva.—San José, 26 de setiembre del dos mil
once.—Lic. Vinicio Rojas Arias, Notario.—1
vez.—RP2011259446.—(IN2011076003).
Por
escritura número noventa y nueve, otorgada ante mí a las trece horas del
veinticuatro de setiembre del dos mil once, se constituyó la siguiente
sociedad: Clínica Monte Alto Sociedad Anónima, presidente y secretario
con plenas facultades, domiciliada en San José, San Juan de Tibás, capital
íntegramente suscrito y pagado mediante letras de cambio.—San José,
veintiséis de setiembre del dos mil once.—Lic. Juan José Quirós Meléndez,
Notario.—1 vez.—RP2011259447.—(IN2011076004).
Mediante
escritura número trescientos cincuenta de las once horas del dieciséis de
agosto del dos mil once, otorgada ante la notaria Jéssica Rodríguez Jara, se
constituyó la sociedad Inversiones Rohemo Yaroso S. A.,
y su presidente es el señor Rodolfo Herrera Mora.—San Rafael de Poás
veinticuatro de setiembre del dos mil once.—Lic. Jéssica Rodríguez Jara,
Notaria.—1 vez.—RP2011259448.—(IN2011076005).
Por
escritura número tres-ocho, otorgada ante esta notaría a las diez horas del
veintiséis de setiembre del dos mil once, se protocolizó acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de la sociedad tres-ciento
dos-seiscientos treinta y un mil trescientos noventa y nueve ltda, mediante
la cual se reformaron las cláusulas primera, razón social, segunda, domicilio
social y se nombró nuevo gerente.—San José, veintiséis de agosto del dos
mil once.—Lic. Jorge Federico Baldioceda Baltodano, Notario.—1
vez.—RP2011259451.—(IN2011076006).
Por
escritura número cuatro-ocho, otorgada ante esta notaría a las doce horas del
veintiséis de setiembre del dos mil once, se protocolizó acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de la sociedad tres-ciento
dos-seiscientos treinta y un mil trescientos noventa y ocho ltda, mediante
la cual se reformaron las cláusulas segunda domicilio social, sexta
representación y se nombraron gerentes uno y dos.—San José, veintiséis de
agosto del dos mil once.—Lic. Jorge Federico Baldioceda Baltodano,
Notario.—1 vez.—RP2011259452.—(IN2011076007).
Por escritura
otorgada ante esta notaría a las 10:00 horas del 23 de setiembre de 2011, se
constituyó la sociedad Sinergia Consultoría Mecánica y Eléctrica Sociedad
Anónima, nombrándose agente residente, fondo de reserva legal, junta
directiva y capital social, domiciliada en Heredia, Barreal, de la estación de
Riteve cuatrocientos metros oeste y quinientos metros norte, condominio
Flor
María Delgado Zumbado, comunica que ante su notaría se constituyó la sociedad
denominada Casa Santiago de Río Negro Sociedad Anónima, para dedicarse a
toda clase de negocio lícito.—Belén, veinte de setiembre del dos mil
once.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1
vez.—RP2011259456.—(IN2011076009).
Flor
María Delgado Zumbado, comunica que ante su notaría se constituyó la sociedad
denominada Mi Casita en Santiago S. A., para dedicarse a toda
clase de negocio lícito.—Belén, veinte de setiembre del dos mil
once.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1
vez.—RP2011259457.—(IN2011076010).
Que
por escritura otorgada a las dieciséis horas del veinticuatro de setiembre del
dos mil once, Héctor Albert Norman (de nombres) Bocock Fernández (apellidos),
Héctor Bocock Selva, Olga Marina Fernández Selva, constituyeron Doxfort HBF
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de
setiembre del 2011.—Lic. Ulises Alberto Obregón Alemán, Notario.—1
vez.—RP2011259459.—(IN2011076011).
Al ser
las doce horas del día doce de octubre del dos mil diez, se celebró asamblea
general extraordinaria de socios de la sociedad Importadora Pax Italiana
Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cero nueve
cuatro nueve cuatro dos, donde se nombró nueva junta directiva, y se modificó
la cláusula segunda del pacto constitutivo, en cuanto el domicilio, el cual es:
ciudad de San José, San Sebastián, doscientos norte de la iglesia católica,
contiguo al Jardín Cevichero Mexicano. Es todo.—San José, al ser las once
horas del día nueve de setiembre del dos mil once.—Lic. Jhonny González
Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2011259460.—(IN2011076012).
Mediante
escritura 285-2 del notario David Gerardo Arrieta Carvajal, notario público con
oficina abierta en Heredia, centro frente a
El día
de hoy a las diez horas treinta minutos, los señores Rodrigo Blanco Romero,
Joseph Marcos, constituyeron una sociedad que se denomina RJ Enterprises
Importadora y Exportadora Sociedad Anónima.
Capital social cien mil colones. Presidente: Rodrigo Blanco Romero.—San
José a las diez horas treinta minutos del treinta de agosto del dos mil
once.—Lic. Alfredo Salazar Bonilla, Notario.—1
vez.—RP2011259463.—(IN2011076014).
Se
hace saber que en esta notaria por escritura número 14-119, de las 16:00 horas
del día 7 de setiembre del 2011. Se constituyó la sociedad anónima, cuyo
capital social es la suma de ocho millones de colones, que corresponde a 8
acciones comunes y nominativa de un millón de colones cada una.—Lic.
Mario Enrique Ulate Ulate, Notario.—1
vez.—RP2011259464.—(IN2011076015).
Mediante
escritura pública número doscientos veintiséis, iniciada al folio ciento
setenta y uno vuelto del tomo primero del protocolo de
Por
escritura otorgada ante mí, el día 26 de setiembre del
Ante
mi notaría y mediante la escritura setenta. La sociedad denominada Crisamale
S. A., cédula jurídica 3-101-121162-10 revoca el nombramiento de
presidente que se le había conferido al señor Yohan Valerio López, 6-280-329 y
en su lugar se nombra al señor Luis Ángel Valerio Quesada, con cédula 2-236-013
por el resto del plazo social. Es todo.—San José, veintiséis de setiembre
del 2011.—Lic. Fulvia María Sánchez Ballestero, Notaria.—1
vez.—RP2011259473.—(IN2011076018).
Por
escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de la sociedad Maiko Ian Sociedad
Anónima. Se nombra nueva junta directiva, se otorgan poderes y se
modifica domicilio.—San José, 26 de setiembre del dos mil
once.—Lic. Joel Valverde Rodríguez, Notario.—1
vez.—RP2011259476.—(IN2011076019).
Ante
esta notaría otorgada a las doce horas del día veintitrés de setiembre de dos
mil once, se modificó la cláusula del domicilio y de la administración de la
sociedad Desonix Desarrolladora Onix Sociedad Anónima.—San
José, veintiséis de setiembre de dos mil once.—Lic. Pier Paolo Sinigaglia
Gago, Notario.—1 vez.—RP2011259478.—(IN2011076020).
Ante
esta notaría otorgada a las dieciséis horas del día veintitrés de setiembre de
dos mil once, se modificó la cláusula del domicilio y de la administración de
la sociedad Coruby Corporación Ruby Sociedad Anónima.—San
José, veintiséis de setiembre de dos mil once.—Lic. Pier Paolo Sinigaglia
Gago, Notario.—1 vez.—RP2011259479.—(IN2011076021).
Ante
esta notaría otorgada a las catorce horas del día veintitrés de setiembre de
dos mil once, se modificó la cláusula del domicilio y de la administración de
la sociedad DEZAF Desarrolladora Zafiro Sociedad Anónima.—San
José, veintiséis de setiembre de dos mil once.—Lic. Pier Paolo Sinigaglia
Gago, Notario.—1 vez.—RP2011259480.—(IN2011076022).
Ante
esta notaría otorgada a las quince horas del día veintitrés de setiembre de dos
mil once, se modificó la cláusula del domicilio y de la administración de la
sociedad Proyama Proyecto Amatista Sociedad Anónima.—San
José, veintiséis de setiembre de dos mil once.—Lic. Pier Paolo Sinigaglia
Gago, Notario.—1 vez.—RP2011259481.—(IN2011076023).
Por
escritura número treinta y dos-doce, otorgada ante la notaria Tatiana Saborío
Marín, a las dieciséis horas del día dieciséis de setiembre de dos mil once, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Inmobiliaria
Por
medio de la escritura otorgada ante el notario Mauricio Bonilla Robert, número:
dos-tres, a las doce quince minutos del día veinte de setiembre del dos mil
once, comunica asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inmobiliaria
Coquiva S. A., con cédula de persona jurídica número: tres-ciento
uno-sesenta y ocho mil trescientos, que en el acta número uno de dicha sociedad
los socios acuerdan en cambiar el domicilio de la sociedad que de ahora en
adelante será San José, Barrio González Lahman setenta y cinco metros oeste de
Por
escritura otorgada en mi notaría a las siete horas y diez minutos del siete de
setiembre del dos mil once, se constituye la sociedad denominada S y S
A H de Guanacaste Sociedad Anónima, pudiendo
abreviarse S. A. Capital social: diez mil colones. Presidente: José Ángel Acón
Wong, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic.
Viviana Álvarez Barquero, Notaria.—1 vez.—(IN2011076032).
Por
escrituras números 27 y 28, de las 10:00 y 11:00 horas, respectivamente, ambas
del 7 de setiembre del 2011, se constituyeron las empresas El Dmax Vino
Sociedad Anónima y Umbalse de Desampa Sociedad Anónima. Capital
social íntegramente suscrito y pagado. Es apoderado generalísimo sin límite de
suma el presidente. Plazo 100 años, domicilio Alajuela.— Alajuela, 14 de
setiembre del 2011.—Lic. Johnny Hernández González, Notario.—1
vez.—(IN2011076064).
Ante
mí Henry Alonso Víquez Arias, notario con oficina en Atenas, hago constar que
el día veinticuatro de agosto del dos mil once, a las once horas en la ciudad
de San José, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Comercial
Estearia G Q B Sociedad Anónima, en la cual se
nombra nuevo presidente, secretario, tesorero y fiscal, y se reforman las
cláusulas segunda y octava del pacto constitutivo.—Atenas, veintiséis de
setiembre del dos mil once.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias,
Notario.—1 vez.—(IN2011076071).
Ante
la suscrita notaria, Ana Sophia Lobo León, a las diez horas cuarenta minutos
del veintidós de setiembre del dos mil once, se protocolizó acta de asamblea
extraordinaria de socios de la sociedad Oper Bingos de Costa Rica S.
A., en la cual se acuerda modifica la cláusula quinta y se nombra nuevo
tesorero. Es todo.—San José, veintidós de setiembre del dos mil
once.—Lic. Ana Sophia Lobo Leitón, Notaria.—1
vez.—(IN2011076082).
Por
escritura otorgada ante mi notaría a las 18:00 horas del 14 de setiembre del
2011, se constituyó la sociedad Crecer Sociedad Anónima; capital social:
íntegramente suscrito y pagado; presidente: apoderado generalísimo sin límite
de suma; domicilio: distrito segundo del cantón primero de la provincia de
Heredia, de
Mediante
escritura número uno-siete otorgada a las once horas del día de hoy, se
constituyó Dynamis-Soft SRL. Capital social diez mil
colones, administrada por dos gerente generales con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente. Plazo
social: noventa y nueve años.—San José, veinticuatro de setiembre de dos
mi once.—Lic. Sinda Vanessa Góchez Vargas, Notaria.—1
vez.—(IN2011076091).
En mi
notaría se constituye TCM Servicios Empresariales. Capital
social diez mil colones. Presidenta: Tatiana Castro Mora. Plazo social noventa
y nueve años.—San Ramón, cuatro de julio dos mil once.—Lic. Silvia
Chaves Quesada, Notaria.—1 vez.—(IN2011076096).
Mariam
Fabiana Chavarría Méndez y Henry Ocampo Vargas constituyen sociedad anónima que
se denominadará con el número de cédula jurídica que designe el Registro
Público, en escritura número doscientos veinte-dos otorgada en San José, a las
12:00 horas del 23 de setiembre del 2011 ante la notaria Nuria Gabriela Alpízar
Chaves. Es todo.—San José, 27 de setiembre del 2011.—Lic. Nuria
Gabriela Alpízar Chaves, Notaria.—1 vez.—(IN2011076133).
La
sociedad Radiodifusión Centroamericana FCN del Dial Sociedad
Anónima, transforma a sociedad de responsabilidad limitada, en escritura
número doscientos veintiuno-dos, otorgada en San José, a las quince horas del
veintitrés de setiembre del dos mil once. Ante la notaria: Lic. Nuria Gabriela
Alpízar Chaves. Es todo.—San José, 27 de setiembre del 2011.—Lic.
Nuria Gabriela Alpízar Chaves, Notaria.—1 vez.—(IN2011076134).
La
sociedad Caracosta Sociedad de Responsabilidad Limitada, cambia
junta directiva en escritura número doscientos veintidós-dos, otorgada en San José,
a las diecisiete horas del veintitrés de setiembre del dos mil once, ante la
notaria Nuria Gabriela Alpízar Chaves. Es todo.—San José, veintisiete de
setiembre del dos mil once.—Lic. Nuria Gabriela Alpizar Chaves,
Notario.—1 vez.—(IN2011076135).
Por escritura
otorgada a las 15:00 horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la entidad denominada Centro de Ortopedia y
Rehabilitación CORE S. A., en la cual se reforma el pacto social y
se nombra presidente.—San José, 26 de julio del 2011.—Lic. Javier
Camacho Granados, Notario.—1 vez.—(IN2011076143).
Por
escritura otorgada ante este notario público el día veintisiete de setiembre de
dos mil once, a las once horas y diez minutos, se protocolizó acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Metropolitan Tower
Nivel Dieciséis Número Dos Sociedad Anónima,
con cédula de persona jurídica número tres-uno cero uno-seis uno uno dos tres
cinco, donde se reforman las cláusulas tercera, sétima, novena, décima y se
crea la cláusula décima tercera del pacto constitutivo. Se nombra agente
residente.—San José, 27 de setiembre del 2011.—Lic. Javier Enrique
Pacheco Mauro, Notario.—1 vez.—(IN2011076167).
Por
escritura otorgada ante mi notaría, a las diecisiete horas del primero de
agosto del dos mil once, se protocolizó acta número nueve de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Vital Signs Sociedad
Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas segunda, del
domicilio y sexta, de la administración y se nombra junta directiva y
fiscal.—Alajuela, veintiséis de setiembre del dos mil once.—Lic.
Fabio Trujillo Hering, Notario.—1 vez.—(IN2011076171).
A las
13:00 horas del diez de setiembre del dos mil once, por voluntad de sus socios,
se disuelve ante esta notaría la sociedad Civil Alianza Inmobiliaria
Nacional, domiciliada en San Isidro de El General; cuyos socios
constituyentes lo fueron Consorcio Cooperativo Alianza Comercial R. L. y
Cooperativa de Ahorro y Crédito Alianza Comercial de Pérez Zeledón R.
L.—San Isidro de El General, 27 de setiembre del 2011.—Lic. Edgar
Jiménez Risco, Notario.—1 vez.—(IN2011076179)A las 14:00 horas del
diez de setiembre del dos mil once, por voluntad de sus socios, se disuelve
ante esta notaría la sociedad Civil Alianza Sociedad Administradora de
Fideicomisos, domiciliada en San Isidro de El General; cuyos socios
constituyentes lo fueron Consorcio Cooperativo Alianza Comercial R. L., y
Cooperativa de Ahorro y Crédito Alianza Comercial de Pérez Zeledón R.
L.—San Isidro de El General.—27 de setiembre del 2011.—Lic.
Edgar Jiménez Risco, Notario.—1 vez.—(IN2011076180).
A las
15:00 horas del diez de setiembre del dos mil once, por voluntad de sus socios,
se disuelve ante esta notaría la sociedad Civil Alianza Comercial,
domiciliada en San Isidro de El General; cuyos socios constituyentes lo fueron
Consorcio Cooperativo Alianza Comercial R. L., y Cooperativa de Ahorro y
Crédito Alianza Comercial de Pérez Zeledón R. L.—San Isidro de El
General, 27 de setiembre del 2011.—Lic. Edgar Jiménez Risco,
Notario.—1 vez.—(IN2011076181).
Por
escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del día veintisiete de setiembre
del dos mil once, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general extraordinaria
de accionistas de la sociedad denominada Solid Gambling Sociedad Anónima.
Se acordó disolver y liquidar la empresa.—Es todo.—San José, 28 de
enero del 2011.—Roberto Facio Sáenz, Notario.—1
vez.—(IN2011076183).
Mediante
escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del ocho de setiembre de dos mil
once, se constituyó la compañía denominada Quorum Desarrollos QD Sociedad
Anónima.—Es todo.—San José, 28 de setiembre del
2011.—Lic. Ignacio Esquivel Seevers, Notario.—1
vez.—(IN2011076184).
Ante
este notario por escritura número treinta y siete, otorgada a las 14:00 horas
del veintisiete de setiembre del dos mil once, se modificó la cláusula cuarta
del pacto social constitutivo de Urbanizadora Lucy Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos ocho mil ciento
ochenta y seis.—Es todo.—San José, 27 de setiembre del
2011.—Lic. Roberto Facio Sáenz, Notario.—1
vez.—(IN2011076185).
Ante
este notario por escritura número treinta y ocho otorgada a las catorce horas
con quince minutos del veintisiete de setiembre del dos mil once, se modificó
la cláusula cuarta del pacto social constitutivo, de Club Lomas del Zurquí
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-trescientos veinticuatro mil cuatrocientos treinta y nueve.—Es
todo.—San José, 27 de setiembre del 2011.—Lic. Roberto Facio Sáenz,
Notario.—1 vez.—(IN2011076186).
Ante
mí, Melvin Coto Ramos, notario público con oficina abierta en Cartago, sita
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del dieciocho de
setiembre del dos mil once, se protocolizaron actas de asamblea de accionistas
de Roma Prince S. A., y 3-102-528087 Limitada, mediante las
cuales se acuerda fusionar ambas empresas, subsistiendo Roma Prince S. A.,
quien por absorción conservará los activos, pasivos y responsabilidades de
ambas empresas. Se acuerda aumentar el capital social en la suma de trescientos
noventa y nueve millones novecientos noventa mil colones.—San José, 26 de
setiembre del 2011.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1
vez.—RP2011259488.—(IN2011076268).
Por
escritura otorgada a las 12:00 horas del día 26 de setiembre del 2011, Nº
115-3, de mi protocolo Nº 3, se constituyó
En
esta notaría, a las catorce y treinta horas del veinte de setiembre, se
constituyó Sepry S. A. Presidente: Ricardo Delgado
Fernández.—Lic. Elda Zuñiga Valenciano, Notaria.—1 vez.—RP2011259490.—(IN2011076270).
El
suscrito, Alejandro Campos Henao, notario público con oficina en San José, hace
constar que a las 12:00 horas del día veintiuno de setiembre del año dos mil
once, ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Los Adoquines
Treinta y Siete del Oeste Sociedad Anónima, pudiéndose abreviar los Adoquines
Treinta y Siete del Oeste S. A.—San José a las dieciocho horas
cinco minutos del día 26 de setiembre del 2011.—Lic. Alejandro Campos
Henao, Notario.—1 vez.—RP2011259491.—(IN2011076271).
El
suscrito, Alejandro Campos Henao, notario público con oficina en San José; hace
constar que a las 10:00 horas del día veintiuno de setiembre del año dos mil
once, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Los Adoquines Ocho
del Este Sociedad Anónima, pudiéndose abreviar Los Adoquines Ocho del
Este S. A.—San José, a las 18:00 horas del día 26 de setiembre
del 2011.—Lic. Alejandro Campos Henao, Notario.—1
vez.—RP2011259492.—(IN2011076272).
Ante
mi, Rafael Ángel Salazar Fonseca notario con oficina en Barva de Heredia, se
constituyó una sociedad cuyo nombre será el número de cédula jurídica que se le
asigne. Presidenta: Zoila María Soto Blanco.—Barva de Heredia, 26 de
setiembre del 2011.—Lic. Rafael Ángel Salazar Fonseca, Notario.—1
vez.—RP2011259494.—(IN2011076273).
Por
escritura otorgada ante mi notaría, al ser las 14:30 horas del 24 de setiembre
de 2011, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Desarrollos Inmobiliarios
Por
medio de la escritura otorgada en San Isidro de Pérez Zeledón, a las 8:00 horas
del veintiuno de setiembre del año dos mil once, se protocoliza acta de la
compañía Inversiones Siglo XXI PZ., Sociedad de
Responsabilidad Limitada. Gerente: Álvaro Méndez Jiménez.—San Isidro
de Pérez Zeledón, 22 de setiembre del 2011.—Lic. María Cecilia Cuendis
Badilla, Notaria.—1 vez.—RP2011259497.—(IN2011076275).
Por
escritura otorgada en Grecia a las 8:00 horas del 13 de setiembre del 2011, se
protocolizó acta de la compañía 3-101-629647 S. A. Se acuerda modificar
la cláusula segunda de la denominación de la compañía para que en adelante se
denomine Transportes Rodríguez Bolaños S. A., Se acuerda
modificar la cláusula sétima donde solamente le corresponderá al presidente la
representación judicial y extrajudicial de la sociedad y en caso de ausencia o
muerte el secretario tendrá las mismas facultades. Se acepta el cambio de la
junta directiva se nombra presidente y secretario.—Grecia, 23 de
setiembre del 2011.—Lic. Luis Adrián Alfaro Ramírez, Notario.—1
vez.—RP2011259498.—(IN2011076276).
Por
escritura otorgada ante mí, a las 14:00 horas del 26 de setiembre del 2011, se
nombra nuevo presidente de la junta directiva de la sociedad Aljoya L
P S. A.—Ciudad Quesada, 26 de setiembre del 2011.—Lic.
Ivannia Barboza Carvajal, Notaria.—1
vez.—RP2011259501.—(IN2011076277).
Por
escritura otorgada ante mí, a las 14:30 horas del 26 de setiembre del 2011, se
reformó la cláusula quinta del pacto constitutivo, de la sociedad Tres-Ciento
Uno Quinientos Treinta y Cinco Mil Cincuenta y Siete S. A.—Ciudad
Quesada, 26 de setiembre del 2011.—Lic. Ivannia Barboza Carvajal,
Notaria.—1 vez.—RP2011259502.—(IN2011076278).
Ante
esta notaría, mediante escritura número treinta y nueve del tomo tres se
constituyó la sociedad anónima denominada Eliamaso Sociedad Anónima,
cuyo presidente será Eliseo Amador Solís, mayor de edad, casado, comerciante,
portador de la cédula uno-trescientos ochenta y tres-cuatrocientos siete,
capital social doce mil colones, plazo social noventa y nueve años.—San
Isidro de El General, a las 14:00 horas del día 19 de setiembre del
2011.—Lic. Fausto Gutiérrez Howell, Notario.—1
vez.—RP2011259510.—(IN2011076279).
Por
escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del diecinueve de setiembre del
dos mil once, que es asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad
denominada Ditesco Azul S. A., se acuerda reformar la cláusula primera
del pacto social.—Es todo.—San José, 14:00 horas del 26 de
setiembre del 2011.—Lic. Ernesto Gutiérrez Blanco, Notario.—1
vez.—RP2011259524.—(IN2011076289).
Por
escritura número 11-7, otorgada a las 9:00 horas del 23 de setiembre del 2011,
ante esta notaria Diana Elke Pinchanski Fachler, se protocolizan acuerdos de
asamblea de cuotistas de la sociedad denominada 3 102 631054 sociedad de
responsabilidad limitada, en donde se acuerda la fusión con la sociedad Vista
del Río Sociedad Anónima, prevaleciendo 3 102 631054 sociedad de
responsabilidad limitada, y se reforma la totalidad de los estatutos de la
sociedad prevaleciente.—Puntarenas, 23 de setiembre del 2011.—Lic.
Diana Elke Pinchanski Fachler, Notaria.—1
vez.—RP2011259525.—(IN2011076290).
Por
escritura número 12-7, otorgada a las 10:00 horas del 23 de setiembre del 2011,
ante esta notaria, Diana Elke Pinchanski Fachler, se protocolizan acuerdos de
asamblea de cuotistas de la sociedad denominada 3 102 631053 sociedad de
responsabilidad limitada, en donde se acuerda la fusión con la sociedad Árboles
a
Mediante
escritura número ciento veintiuno, otorgada a las dieciocho horas y veinte
minutos del día veintiuno de setiembre del año dos mil once, visible al folio
ciento cuatro frente, del tomo quinto de mi protocolo, se modificó la cláusula
segunda de la sociedad Grupo Coremsa Comercial S. A.—Es
todo.—San José, 26 de setiembre del 2011.—Lic. Federico Ureña
Ferrero, Notario.—1 vez.—RP2011259527.—(IN2011076292).
Mediante
escritura número ciento veinte, otorgada a las dieciocho horas y diez minutos
del día veintiuno de setiembre del año dos mil once, visible al folio ciento
tres frente, del tomo quinto de mi protocolo, se cambió puesto de presidente de
la sociedad Financiera Imperial S. A.—Es todo.—San
José, 26 de setiembre del 2011.—Lic. Federico Ureña Ferrero,
Notario.—1 vez.—RP2011259528.—(IN2011076293).
Mediante
escritura número ciento diecinueve, otorgada a las 18:00 horas del día
veintiuno de setiembre del año dos mil once, visible al folio ciento dos
vuelto, del tomo quinto de mi protocolo, se modificó la cláusula segunda de la
sociedad Remodelación y Mantenimiento Corporativo Remco S. A.—Es
todo.—San José, 26 de setiembre del 2011.—Lic. Federico Ureña
Ferrero, Notario.—1 vez.—RP2011259529.—(IN2011076294).
Mediante
escritura número ciento veintidós, otorgada a las dieciocho horas y treinta
minutos del día veintiuno de setiembre del año dos mil once, visible al folio
ciento cuatro vuelto, del tomo quinto de mi protocolo, se modificó la cláusula
octava y puestos junta directiva de la sociedad Gem. Bumta S. A.—Es
todo.—San José, 26 de setiembre del 2011.—Lic. Federico Ureña
Ferrero, Notario.—1 vez.—RP2011259530.—(IN2011076295).
Ante
esta notaría, la sociedad denominada Farmacia Santísima Concepción Inc
S. A, domiciliada en Concepción Abajo de Alajuelita, cédula jurídica:
tres-ciento uno-trescientos cuarenta y siete mil cero treinta y nueve se
presenta y dice: que modifica la junta directiva y domicilio social y nombra
como presidenta a: Lizzette Jiménez Granados, cédula: tres-trescientos treinta
y dos-setecientos treinta y tres.—Es todo.—San José, 21 de
setiembre del 2011.—Lic. Laura Ceciliano Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2011259534.—(IN2011076296).
Por
escritura otorgada ante mi notaría, a las 14:00 horas del día 23 de setiembre
del 2011 se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada denominada Transportes
Trevizam Sociedad de Responsabilidad Limitada, domiciliada en Heredia,
capital social 9,000,00 colones.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez G,
Notario.—1 vez.—RP2011259537.—(IN2011076297).
Ante
mí, Alexander Quesada Venegas notario público, a las 11:00 horas del veintiséis
de setiembre del año dos mil once se constituyó la sociedad la cual su
denominación social es su número de cédula jurídica, se acogen al decreto tres
tres uno siete uno-J, del 14 junio del 2006.—Lic. Alexander Miguel
Quesada Venegas, Notario.—1 vez.—RP2011259538.—(IN2011076298).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del doce de setiembre
del dos mil once Graciela, Karine Michelle y Ricardo todos de apellidos
Steinvorth Rojas y Aida Beatriz Rojas Bolaños, constituyen Neoterra Sociedad
Anónima.—Es todo.—Cartago, 12 de setiembre del 2011.—Lic.
Jorge Bonilla Peña, Notario.—1
vez.—RP2011259539.—(IN2011076299).
Por
escritura otorgada ante el suscrito notario a las nueve horas del día de hoy,
se constituyó la sociedad CDS Nutra Sales Internacional Limitada.—San
José, 23 de setiembre del 2011.—Lic. José Antonio Jalet Brandt,
Notario.—1 vez.—RP2011259550.—(IN2011076305).
Por
escritura otorgada hoy en esta ciudad a las 11:15 horas ante el suscrito
notario las señoras Oria García-Ordas Barrera y Cristy Marín Fonseca,
constituyeron la sociedad anónima denominada Escuela Internacional de
Protocolo y Marketing Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Objeto:
comercio en general. Plazo: 99 años. Capital social: cinco millones de colones
suscritos y pagados. Presidenta: Oria García-Ordas Barrera.—San José, 26
de setiembre del 2011.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1
vez.—RP2011259551.—(IN2011076306).
Mediante
escritura número siete otorgada en esta notaría, a las doce horas con quince
minutos del 22 de setiembre de 2011, se constituye El Puerto Seguro S.
A., capital social de un millón de colones, con domicilio en San José,
San José avenida catorce calles cinco y siete, de
Mediante
escritura número ocho otorgada en esta notaría, a las doce horas treinta minutos
del 22 de setiembre de 2011, se constituye Ostra Azul del Pacífico S.
A., capital social de un millón de colones, con domicilio en San José, San
José avenida catorce calles cinco y siete, de
Mediante
escritura número nueve otorgada en esta notaría, a las 13:00 horas del 22 de
setiembre de 2011, se constituye Las Tablas de Alajuela S. A.,
capital social de un millón de colones, con domicilio en San José, San José,
avenida catorce, calles cinco y siete, de
Mediante
escritura número seis otorgada en esta notaría, a las 12:00 horas del 22 de
setiembre de 2011, se constituye El Primero de Chomes S. A.,
capital social de un millón de colones, con domicilio en San José, San José
avenida catorce calles cinco y siete, de
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO INMOBILIARIO
Se hace saber a Inversiones Majorca Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-91474, representada por Mario Arturo Barrantes
Acuña, cédula de identidad 1-099-464, en calidad de titular registral de la
finca matrícula 143059 del Partido de Puntarenas y a Wilson Padilla Fernández y
otros, de quienes no consta número de cédula ni domicilio en los asientos
regístrales, en calidad de interesados según Mandamiento de Anotación de
Demanda Penal, expedido por el Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de
San José, dentro de
En el Alcance Nº
Página
29:
Placa Cédula Boleta
CL
227573 2011505908
Página
46:
Placa Cédula Boleta
856820 2011506504
Página
46:
Placa Cédula Boleta
CL
227573 2011506491
Página
58:
Placa Cédula Boleta
308
000242 2011508455
Página
76:
Placa Cédula Boleta
661947 2011511496
Lo demás se mantiene igual.
MELENDEZ ASESORES CORPORATIVOS
SOCIEDAD
ANÓNIMA
Melendez Asesores Corporativos Sociedad
Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos nueve mil
seiscientos cincuenta y tres, solicita ante