MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
AMBIENTE, ENERGÍA Y
TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
MODIFICACIONES A LOS
PROGRAMAS
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS
SERVICIOS PÚBLICOS
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO
SOCIAL
PATRONATO NACIONAL DE LA
INFANCIA
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS
SERVICIOS PÚBLICOS
MUNICIPALIDAD DE MONTES DE
OCA
MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL
DE HEREDIA
MUNICIPALIDAD DE SANTA
BÁRBARA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO
SOCIAL
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS
SERVICIOS PÚBLICOS
DE
DECRETA:
AUTORIZACIÓN
A
PARA QUE DONE UN
BIEN INMUEBLE A LA
ASOCIACIÓN CRUZ
ROJA COSTARRICENSE
ARTÍCULO 1.-
Autorízase a
ARTÍCULO 2.-
El bien inmueble donado solamente podrá ser
destinado por
ARTÍCULO 3.-
La escritura de inscripción se formalizará
ante
Rige a partir de su publicación.
ASAMBLEA LEGISLATIVA.- Aprobado a los cinco días del mes de
setiembre de dos mil once.
COMUNÍCASE
AL PODER EJECUTIVO
Patricia Pérez Hegg
VICEPRESIDENTA EN EJERCICIO DE
José Roberto Rodríguez Quesada Martín
Alcides Monestel Contreras
PRIMER SECRETARIO SEGUNDO SECRETARIO
Dado en
Ejecútese
y publíquese
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Gobernación, Policía y Seguridad Pública, Mario Zamora Cordero.—1 vez.—O. C. Nº 32310.—Solicitud Nº 35035.—C-27020.—(L8996-IN2011083036).
Nº 45-2011-MGP
EL
MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento en lo
dispuesto en el artículo 141 de
Considerando:
1º—Que el curso “Internacional de
Migraciones”, es de interés para el Ministerio de Gobernación y Policía porque
en el se tratarán temas de relevancia para esta Cartera Ministerial.
2º—Que el curso se realizará en Sanremo, Italia, del 26 al 30 de
setiembre del 2011.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Esteban Lemus
Laporte, cédula de identidad Nº 1-1096-854, Juez del Tribunal Administrativo
Migratorio del Ministerio de Gobernación y Policía, para que participe en el
Curso Internacional de Migraciones”, a realizarse en Sanremo, Italia del día 26
al 30 de setiembre del 2011.
Artículo 2º—Los gastos del señor Esteban Lemus Laporte, por concepto
de tiquetes aéreos, hospedaje. alimentación. tributos o cánones que se deban
pagar en las terminales serán cubiertos por
Artículo 3º—Que durante los días del 24 al 30 de setiembre del 2011,
en que se autoriza la participación del señor Esteban Lemus Laporte, en la
actividad, devengará 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 24 al 30 de setiembre del 2011.
Dado en la ciudad de San José, a los
veintitrés días del mes de setiembre del dos mil once.
Mario Zamora Cordero, Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública.—1 vez.—O.C. Nº 11196.—Solicitud Nº 31190.—C-13420.—(IN2011082648).
Nº
46-2011- MGP
EL
MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento en lo
dispuesto en el artículo 141 de
Considerando:
1º—Que la “Convocatoria a Videoconferencia y
Reuniones Presenciales para los Grupos de Formulación de Proyectos y Costeo de
2º—Que la convocatoria se realizará en San Salvador, El Salvador, del
3 al 7 de octubre de 2011.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señorita Isabel
Jiménez González. cédula de identidad Nº 2-600-855, Asesora del Despacho de
Artículo 2º—Los gastos de la señorita Isabel Jiménez González, por
concepto de tiquetes aéreos, hospedaje, alimentación, tributos o cánones gastos
menores que se deban pagar en las terminales serán cubiertos en su totalidad
por el Programa 044 de
Artículo 3º—Que durante los días del 3 al 7 de octubre del 2011, en
que Se autoriza la participación de la señorita Isabel Jiménez González, en la
actividad devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 2 al 8 de octubre del 2011.
Dado en
Mario Zamora Cordero, Ministro de Gobernación, Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—O.C. Nº 11196.—Solicitud Nº 31187.—C-13420.—(IN2011082647).
Nº
MEP-147-2011
EL
MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 140 y 146 de
ACUERDA
Artículo 1º—Designar a la señora Gilda
Montero Sánchez, cédula de identidad N° 4-0145-0893, Docente de Primaria de
Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de
transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos
por: RedPEA de
Artículo 3º—Que durante los días del 18 al 24 de setiembre de 2011, en
que se autoriza la participación de la señora Gilda Montero Sánchez en la
actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 18 al 24 de
setiembre del 2011.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a
los seis días del mes de setiembre del dos mil once.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 11755.—Solicitud Nº 1197.—C-11720.—(IN201182492).
Nº MEP-148-2011
EL
MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 140 y 146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Greivin Romero
Aguilar, cédula de identidad N° 3-0356-0383, Asesor Nacional de Educación
Física de
Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de
transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos
por, Instituto Costarricense del Deporte y
Artículo 3º—Que durante los días del 31 de agosto al 15 de setiembre
del 2011, en que se autoriza la participación del señor Greivin Romero Aguilar
en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 31 de agosto al 15
de setiembre del 2011.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a
los nueve días del mes de agosto del dos mil once.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 11755.—Solicitud Nº 1197.—C-11720.—(IN201182493).
Nº MEP-149-2011
EL
MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 140 y 146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Fabio Jiménez
Castro, cédula de identidad N° 1-0996-0423, Dirección de Asuntos Internacionales
y Cooperación, para que participe en la “30º Reunión Ordinaria del Consejo de
Ministros de Educación y de Cultura de
Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de
transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos
por: CECC/SICA.
Artículo 3º—Que durante los días del 01 al 03 de setiembre del 2011,
en que se autoriza la participación del señor Fabio Jiménez Castro en la
actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 01 al 03 de
setiembre del 2011.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a
los once días del mes de agosto del dos mil once.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 11755.—Solicitud Nº 1197.—C-11720.—(IN201182494).
Nº MEP-150-2011
EL
MINISTRO DE EDUCACIÓ PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 140 y 146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Abel Enrique
Garbanzo Hernández, cédula de identidad N° 4-0136-0369, Asesor Regional de
Educación Física de
Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de
transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos
por: Ministerio de Comercio de
Artículo 3º—Que durante los días del 08 de agosto al 02 de setiembre
del 2011, en que se autoriza la participación del señor Abel Enrique Garbanzo
Hernández en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 08 de agosto al 02
de setiembre del 2011.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a
los nueve días del mes de agosto del dos mil once.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 11755.—Solicitud Nº 1197.—C-11720.—(IN201182495).
Nº MEP-151-2011
EL
MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 140 y 146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a los señores Carlos
Adolfo Méndez Bonilla, cédula de identidad Nº 7-0088-0422, Jefe Técnico del
Departamento de Seguimiento y Evaluación y Elsie Criseida Campos Díaz, cédula
de identidad Nº 5-0230-0894, Asesora del Ministro de Educación Pública, para
que participen en la “Reunión de Coordinación del Proyecto ATC21s, Evaluación
de Competencias del Siglo XXI”, que se realizará en Estados Unidos de América,
del 16 al 19 de agosto del 2011.
Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de
transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos
por: Fundación CRUSA.
Artículo 3º—Que durante los días del 16 al 19 de agosto del 2011, en
que se autoriza la participación de los señores Carlos Adolfo Méndez Bonilla y
Elsie Criseida Campos Díaz, en la actividad, devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 16 al 19 de agosto
del 2011.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a
los nueve días del mes de agosto del dos mil once.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº
11755.—Solicitud Nº 1197.—C-11720.—(IN201182496).
Nº MEP-155-2011
EL
MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 140 y 146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a los señores Keylor
Obando Solís, cédula de identidad Nº 2-0399-0153, Profesional Jefe 1 del
Instituto de Desarrollo Profesional Uladislao Gámez Solano y Maritza Isabel
Soto Calderón, cédula de identidad Nº 2-0359-0996, Jefe del Departamento de
Registros Laborales, para que participen en el “Primer Taller Anual con los
Responsables de Formación Continua de los Ministerios de Educación” que se
realizará en Guatemala, del 21 al 27 de agosto del 2011.
Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de
transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos
por: Proyecto FES/Educación.
Artículo 3º—Que durante los días del 21 al 27 de agosto del 2011, en
que se autoriza la participación de los señores Keylor Obando Solís y Maritza
Isabel Soto Calderón en la actividad, devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 21 al 27 de agosto
del 2011.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a
los dieciocho días del mes de agosto del dos mil once.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 11755.—Solicitud Nº 1197.—C-11720.—(IN201182497).
Nº MEP-156-2011
EL
MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 140 y 146 de
ACUERDA:
Artículo lº—Designar a la señora Lidiette
Mauren Beckford White, cédula de identidad N° 7-084-434, Directora de Enseñanza
General Básica 2 de
Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de
transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos
por: La interesada.
Artículo 3º—Que durante los días del 17 al 22 de agosto de 2011, en
que se autoriza la participación de la señora Lidiette Mauren Beckford White en
la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 17 al 22 de agosto
del 2011.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a
los dieciocho días del mes de agosto del dos mil once.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº
11755.—Solicitud Nº 1197.—C-11720.—(IN201182498).
Nº
MEP-174-2011
EL
MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo
140 y 146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Yancy Lineth
Garro Jiménez, cédula de identidad Nº 1-1235786, Docente de Educación
Preescolar del Centro Educativo Santa Rosa Abajo, para que participe en el
“Curso Internacional sobre Atención a
Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de
transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos
por: Agencia de Cooperación Internacional de Chile.
Artículo 3º—Que durante los días del 4 al 17 de setiembre de 2011, en
que se autoriza la participación de la señora Yancy Lineth Garro Jiménez en la
actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 4 al 17 de setiembre
de 2011.
Dado
en el Ministerio de Educación Pública a los cinco días del mes de setiembre del
dos mil once.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 11755.—Solicitud Nº 1197.—C-11720.—(IN2011082511).
Nº
MEP-176-2011
EL
MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo
140 y 146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Sandra María
Araya Acuña, cédula de identidad Nº 1-10860324, Asesora Pedagógica Regional de
Inglés de
Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de
transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos
por: Embajada de Estados Unidos de América.
Artículo 3º—Que durante los días del 24 de setiembre al 16 de octubre
de 2011, en que se autoriza la participación de la señora Sandra María Araya
Acuña en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir
del 24 de setiembre al 16 de octubre de 2011.
Dado en el Ministerio de Educación Pública a los
siete días del mes de setiembre del dos mil once.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº
11755.—Solicitud Nº 1197.—C-11720.—(IN2011082512).
Nº
MEP-177-2011
EL
MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo
140 y 146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Katherine
Picado Olivas, cédula de identidad Nº 1-1136-626, Terapeuta Física del Centro
de Atención Integral para Adultos con Discapacidad de Upala, para que participe
en la “Sesión de Capacitación de una semana en el Hospital de Rehabilitación
del Sistema de Rehabilitación Walton”, que se realizará en Estados Unidos de
América, del 14 al 25 de octubre de 2011.
Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior por concepto de
transporte aéreo de ida y regreso será cubierto por:
Artículo 3º—Que durante los días del 14 al 25 de octubre de 2011, en
que se autoriza la participación de la señora Katherine Picado Olivas en la
actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 14 al 25 de octubre
de 2011.
Dado
en el Ministerio de Educación Pública a los siete días del mes de setiembre del
dos mil once.
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº
11755.—Solicitud Nº 1197.—C-11720.—(IN2011082513).
N°
173-MJP
Y EL MINISTRO DE JUSTICIA
Y PAZ
En uso de las facultades conferidas por los
artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Acoger la renuncia del señor
Olger Valverde Abarca, cédula 20405-0567, como representante del Poder
Ejecutivo en
Artículo 2º—Nombrar a la señorita Yessenia Valverde Zumbado, cédula de
identidad. Nº 1-1025-0885, como representante del Poder Ejecutivo en
Artículo 3º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán
protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante
Articulo 4°—Rige a partir de su publicación.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Justicia y Paz, Hernando París R.—1 vez.—O.C. Nº 005-2011.—Solicitud Nº 31670.—C-11620.—(IN2011082909).
DIRECCIÓN
GENERAL DE TRIBUTACIÓN
Nº DGT-R-033-2011.—Dirección General de
Tributación.—San José, a las ocho horas del once de octubre del dos mil once.
Considerando:
I.—Que el artículo 99 del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios faculta a
II.—Que
III.—Que
IV.—Que el Transitorio único de
V.—Que mediante resolución Nº DGT-R-015-2011 del 5 de julio del 2011,
publicada en
VI.—Que los niveles del índice de precios al consumidor a los meses de
junio y setiembre del 2011, corresponden a 147.065 y 147.708, generándose una
variación entre ambos meses de 0.44%.
VII.—Que según la variación del índice de precios al consumidor,
corresponde ajustar el impuesto específico por cada mililitro de alcohol
absoluto, en un 0.44%. Por tanto:
RESUELVE:
Artículo 1º—Actualícense los montos de los
impuestos específicos por cada mililitro de alcohol absoluto, mediante un
ajuste del 0.44%, según se detalla a continuación:
Porcentaje
de alcohol Impuesto (colones
por mililitro
por volumen de
alcohol absoluto)
Hasta 15% 2.79
Más de 15% y hasta 30% 3.33
Más de 30% 3.87
Artículo 2º—Al entrar en vigencia la presente
resolución, se deja sin efecto la actualización efectuada mediante resolución
Nº DGT-R-015-2011 del 5 de julio del 2011, publicada en
Artículo 3º—Rige a partir del primero de noviembre del dos mil once.
Publíquese.—Francisco Villalobos Brenes, Director General.—1 vez.—O.C. Nº 11138.—Solicitud Nº 2348.—C-33135.—(IN2011082932).
SERVICIO
FITOSANITARIO DEL ESTADO
DEPARTAMENTO
DE INSUMOS AGRÍCOLAS
EDICTO
DIA-R-E-372-2011.—El señor
Santos Aguilera Vargas, cédula 9-0050-0693, en su calidad d representante legal
de la compañía El Colono Agropecuario S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra
en la ciudad de Limón, solicita la inscripción del producto coadyuvante de
nombre comercial Clarimex Carbón Activado 046, compuesto a base de Carbón
Activado. Conforme a lo que establece
SERVICIO
NACIONAL DE SALUD ANIMAL
DIRECCIÓN
GENERAL
DIRECTRIZ
SENASA-DG-D008-2011
Considerando:
1º—Que mediante Directriz SENASA-DG-D003-2011
de las quince horas del veintiuno de marzo del dos mil once publicada en el
Diario Oficial
2º—Que
3º—Que no obstante lo anterior y siendo que
DEL SERVICIO
NACIONAL DE SALUD ANIMAL
DEL MINISTERIO DE
AGRICULTURA Y GANADERÍA
Emite la siguiente Directriz:
Artículo 1º—Prorrogar por una única vez y por
un plazo de un mes calendario
Artículo 2º—Rige a partir del 7 de octubre de 2011.
Artículo 3º—Publíquese en el
Diario Oficial
CONSEJO
TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL
El Consejo Técnico de Aviación
Civil, de conformidad con el artículo 361 de
DIRECCIÓN
DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTOS
publicación de tercera vez
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del diploma de Conclusión de Estudios de Educación
Diversifica “Rama Académica”, modalidad de Ciencias y Letras inscrito en el
tomo 1, folio 31, título Nº 158, emitido por el Colegio María Inmaculada
Grecia, en el año mil novecientos setenta y nueve, a nombre de Víquez Álvarez
Ana Ericka. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 2, folio 42, título N° 1155, emitido por el Liceo
Diurno de Ciudad Neily, en el año dos mil siete, a nombre de Cambronero Segura
Christian Aurelio. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 2, folio 184, título N° 1369, emitido por el Liceo
del Sur, en el año dos mil ocho, a nombre de Castillo Castillo Kristin Ariana.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 48, título N° 176 emitido por el Colegio
Técnico Profesional de Puerto Viejo, en el año dos mil uno, a nombre de Sirleny
Morales Madrigal. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original y por corrección del nombre, cuyos nombres y apellidos
correctos son: Grettel Sirleni Morales Madrigal. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Titulo de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 119, título N° 922, emitido por el Colegio
Superior de Señoritas, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de
Muñoz Vargas Edith. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 2, folio 04, título N° 1645, emitido por el Liceo
Édgar Cervantes Villalta, en el año dos mil diez, a nombre de Ramírez Navarro
Esteban Eduardo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 38, título Nº 335, emitido por el Centro
Integral de Educación de Adultos, Bribri, en el año dos mil nueve, a nombre de
Aguilar Gutiérrez Darlen Johanna. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de
Educación Diversificada, “Área de Letras”, inscrito en el tomo 1, folio 152,
título Nº 133, emitido por el Liceo de Costa Rica Nocturno, en el año mil
novecientos setenta y cuatro, a nombre de Argüello Mora Rosa Isabel. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de
Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras,
inscrito en el tomo II, folio 320, título Nº 187, emitido por el Liceo
Anastasio Alfaro, en el año mil novecientos setenta y cinco, a nombre de Mc
Dermott Dobles Betty Ann. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Ciencias,
inscrito en el Tomo 1, Folio 54, Asiento N° 269, emitido por el Liceo del Sur,
en el año mil novecientos setenta y dos, a nombre de Montero Vargas Gustavo Adolfo.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 60, título N° 521, emitido por el Liceo
Diurno José Martí, en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de Walsh
Pizarro Eric. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante este departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Ciencias,
inscrito en el tomo 1, folio 1, título N° 12, emitido por el Colegio Metodista,
en el año mil novecientos sesenta y ocho, a nombre de León Bermúdez María
Cristina. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada
dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el
Diario Oficial
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 3, folio 17, asiento N° 15, y del Título de Técnico
Medio en
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 2, folio 8, título N° 195, emitido por el Colegio Nocturno
Herman López Hernández de Barva, en el año mil novecientos noventa y ocho, a
nombre de Solís Solano Juan Carlos. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 5, título N° 60, emitido por el Liceo
Roberto Brenes Mesén, en el año mil novecientos ochenta y nueve, a nombre de
Gómez Pereira Vanessa Cristina. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Certificado de Conclusión de Estudios
de Educación Diversificada, Área de Letras, inscrito en el tomo 1, folio 10,
título Nº 79, emitido por el Colegio Nocturno de Gravilias, en el año mil
novecientos ochenta y uno, a nombre de Carvajal Mora Juan Bosco. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de
Educación Diversificada, Área de Ciencias, inscrito en el tomo 1, folio 32,
título Nº 245, emitido por el Liceo Nocturno de Desamparados, en el año mil
novecientos setenta y seis, a nombre de Carvajal Mora Lucrecia. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 2, folio 29, título N° 1734, emitido por el Colegio Nocturno
San Carlos, en el año dos mil ocho, a nombre de Chacón Picado Joanna María. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de
Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Letras, inscrito en el
tomo 1, folio 73, asiento N° 1410, emitido por el Colegio Nocturno José Martí,
en el año mil novecientos ochenta y cinco, a nombre de Moraga Berrocal Marvin.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE INVESTIGACIÓN
Y ENSEÑANZA EN
NUTRICIÓN Y SALUD
(INCIENSA)
ACUERDA:
Artículo 1º—Nombramiento en propiedad de
Gabriela Chavarría Richmond, cédula de identidad 1-924-335, en el puesto 409077
clasificado como Profesional Jefe de Servicio Civil 1, código 511.
Artículo 2º—Rige a partir del 1º de octubre del 2011.
Tres Ríos, 3 de octubre del 2011.—Dra. Lissette Navas Alvarado, Directora General.—1 vez.—RP2011262500.—(IN2011081932).
DEPARTAMENTO
DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
De conformidad con la
autorización extendida por
De conformidad con la
autorización extendida por
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE
Marcas de Ganado
Nº 11.664.—Lavagni Porras Fernando, cédula de
identidad número 5-121-475, mayor, casado una vez, ganadero, con domicilio en
Barrio Las Brisas, Guanacaste, Cañas, del mercado municipal, 50 mts hacia el
este, casa de color blanca a mano derecha, solicita el registro de:
Para ver imágen solo en
como marca de ganado que usará preferentemente en
Guanacaste, Javilla Arriba, San Juan de Casa hacia el norte
Nº 2011-2871.—Carballo Guerrero Daniel Mauricio, cédula de identidad
número 7-143-111, mayor, casado una vez, médico veterinario, con domicilio en
Guápiles, Pococí, frente al Centro de Salud, solicita el registro de:
Para ver imágen solo en
como marca de ganado que usará preferentemente en Limón,
Pococí, Roxana, Llano Bonito,
Nº 2011-2767.—Serrano Acuña Mario, cédula de identidad número
3-315-251, mayor, divorciado una vez, ganadero, con domicilio en Cartago, San
Nicolás,
Para ver imágen solo en
como marca de ganado que usará preferentemente en Cartago,
central, San Nicolás, Ochomogo, contiguo a la estación del peaje. Se cita a
terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro
de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este
edicto.—San José, doce de setiembre del dos mil once.—Viviana Segura de
Nº 62.797.—Rodríguez Méndez Guillermo, cédula de identidad número 5-089-867,
mayor, divorciado una vez, agricultor, con domicilio en Alajuela, Guatuso, San
Rafael, El Silencio, quinientos metros al norte del cementerio, solicita el
registro de:
Para ver imágen solo en
como marca de ganado que usará preferentemente en Alajuela,
Guatuso, San Rafael, El Silencio,
Cambio
de nombre por fusión Nº 74688
Que Anaclara Vargas Rodríguez,
cédula de identidad número 1-1194-133, en calidad de apoderada especial de OSL
Repuestos Autotodo Pérez Zeledón Sociedad Anónima, solicita a este Registro se
anote la inscripción de cambio de nombre por fusión de Auto Todo de Costa Rica
S. A., cédula jurídica 3-101-190476, por el de OSL Repuestos Autotodo Pérez
Zeledón Sociedad Anónima, prevaleciendo OSL Repuestos Autotodo Pérez Zeledón
Sociedad Anónima, presentada el día 26 de septiembre de 2011 bajo expediente
74688. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1997-0003173 Registro Nº
104370 AUTO FLEX en clase 49, marca mixto. Publicar en
Patentes de Invención
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El señor Cristian Calderón Martín, mayor de
edad, abogado, cédula de identidad número 1-800-402, vecino de San José, en su
condición de apoderado especial de Glaxo Group Limited, de Reino Unido,
solicita
Para ver imágen solo en
El compuesto
3’-N-desmetil-4”-O-(2-dietilaminoetanoil)-6-O-metil-9a-aza-9a-homoeritromicina
A, que tiene
El señor Cristian Calderón
Cartín, mayor de edad, abogado, con cédula de identidad número: 1-800-402
vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Weber-Stephen
Products CO, de Estados Unidos, solicita
El señor Cristian Calderón Cartín, cédula
1-800-402, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial
de Sirtris Pharmaceuticals INC., de E.U.A., solicita
Para ver imágen solo en
En la presente se proveen compuestos novedosos moduladores
de sirtuina de la fórmula estructural, y métodos de uso de los mismos; los
compuestos moduladores de sirtuina pueden ser usados para aumentar el tiempo de
vida de una célula, y para tratar y/o prevenir una amplia variedad de
enfermedades y trastornos que incluyen, por ejemplo, trastornos relacionados
con el envejecimiento o estrés, diabetes, obesidad, enfermedades
neurodegenerativas, enfermedad cardiovascular, trastornos de la coagulación
sanguínea, inflamación, cáncer, y/o enrojecimiento así como enfermedades y
trastornos que puedan beneficiarse de una actividad mitocondrial aumentada;
también se proveen composiciones que comprenden un compuesto modulador de
sirtuina en combinación con otro agente terapéutico. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El señor Cristian Calderón Cartín, mayor,
abogado, cédula de identidad número 1-800-402, vecino de San José, en su
condición de apoderado especial de Abbott Healtcare Productos B.V. de Holanda,
solicita
Para ver imágen solo en
Esta invención se refiere a espiro azepan oxazolidinonas
como bloqueadores del canal de calcio Kvl.3 voltaje dependiente, a
composiciones farmacéuticas que contienen estos compuestos, a métodos para
preparar los compuestos, a métodos para preparar nuevos compuestos intermedios
útiles para su síntesis, y a métodos para preparar composiciones. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El señor Cristian Calderón Cartín, mayor,
abogado, cédula número 1-800-402, vecino de San José, en su condición de
apoderado especial de Abbott Laboratories, de los Estados Unidos de América,
solicita
Para ver imágen solo en
Inhibidores que contienen compuestos de la fórmula (I) en
donde Ll, L2, Rl, R2 y R3 son como se definen en la memoria descriptiva. La
presente solicitud también se relaciona con composiciones que comprenden dichos
compuestos, y métodos de tratamiento de condiciones y trastornos usando tales
compuestos y composiciones. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados,
El señor Cristian Calderón Cartín,
mayor, abogado, cédula número 1-800-402, vecino de San José, en su condición de
apoderado especial de Abbott Laboratories, de los Estados Unidos de América,
solicita
El señor Cristian Calderón
Cartín, mayor, abogado, cédula número 1-800-402, vecino de San José, en su
condición de apoderado especial de Glaxo Group Limited, de los Estados Unidos
de América, solicita
El señor Cristian Calderón
Cartín, mayor de edad, abogado, cédula de identidad número 1-800-402, vecino de
San José, en su condición de apoderado especial de Abbott Laboratories, de
Estados Unidos, solicita
El señor Cristian Calderón
Cartín, cédula Nº 1-800-402, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de
apoderado especial de Abbott Laboratories, de E.U.A., solicita
El señor Ernesto Gutiérrez
Blanco, mayor de edad, abogado, cédula de identidad número 1-848-886, vecino de
San José, en su condición de apoderado especial de Momentive Performance
Materials Inc, de Estados Unidos, solicita
El señor Ernesto Guitérrez Blanco, mayor, abogado, cédula número
1-848-886, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Bejo
Zaden B.V., con domicilio en Holanda, solicita
Para ver imágen solo en
La presente invención se relaciona a una planta Brassica
resistente a Xanthomonas campestris pv. campestris (Xcc) y las semillas, frutos
y/o partes de esta planta y a métodos para su preparación. Específicamente, la
presente invención se relaciona a una planta Brassica olerácea resistente a
Xcc, y a las semillas, frutos, y/u otras partes de la planta de ésta y a
métodos para su preparación. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen
y diseños quedan depositados,
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El señor Manuel E. Peralta Volio, mayor,
casado, abogado, cédula número 9-012-480, vecino de San José, en su condición
de apoderado especial de Novartis AG, domiciliada en Suiza, solicita la patente
de invención denominada: COMPUESTOS ORGÁNICOS Y SUS USOS.
Para ver imágen solo en
La presente solicitud describe compuestos orgánicos de la
fórmula (I): los cuales son útiles para el tratamiento, la prevención y/o la
mitigación de enfermedades humanas, en particular por el virus de hepatitis C (HCV).
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
La señora María del Milagro
Chaves Desanti, cédula 1-626-794, mayor, abogada, vecina de San José, en
calidad de apoderada especial de Intra-Cellular Therapies, Inc., de E.U.A.,
solicita la patente de invención denominada COMPUESTOS
ORGÁNICOS. Se describen compuestos de la fórmula (I) o (II),
procedimientos para su producción, su uso como farmacéuticos y composiciones
farmacéuticas que los comprenden. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados,
La señor(a) (ita) María del
Milagro Chaves Desanti, cédula 1-626-794, mayor, abogada, vecina de San José,
en calidad de apoderada especial de Intra-Cellular Therapies, Inc., de E.U.A.,
solicita la patente de invención denominada COMPUESTOS
ORGÁNICOS. Se describen los
compuestos 4, 5, 7, 8-tetrahidro-(opcionalmente 4-tioxo o 4-imino)-(1H o
2H)-imidazo[1,2-a]pirazolo[4,3-e]pirimidina opcionalmente substituida o
4,5,7,8,9-pentahidro-(opcionalmente 4-tioxo o 4-imino)-(1H o
2H)-pirimido[1,2-a]pirazolo-[4,3-e] pirimidina o Compuestos de
La señora María del Milagro
Chaves Desanti, mayor, abogada, cédula de identidad número 1-626-794, vecina de
San José, en su condición de apoderada especial de Intra-Cellular Therapies,
Inc., de los Estados Unidos, solicita
La señor(a) (ita) María Del
Milagro Chaves Desanti, mayor, abogada, vecina de Santa Ana, cédula número
1-626-794, en su condición de apoderada especial de Intra-Cellular Therapies,
Inc., de los Estados Unidos de América, solicita
La señora María del Milagro
Chaves Desanti, mayor, abogada, cédula de identidad número 1-626-794, vecina de
San José, en su condición de apoderada especial de Intra-Cellular Therapies,
Inc., de los Estados Unidos, solicita
REGISTRO
DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones
civiles
El Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-056422, denominación: Asociación Costarricense de Asistentes Dentales Graduadas. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 4 minutos y 10 segundos, del 28 de setiembre del 2011. Documento tomo: 2011 asiento: 267489.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2011263126.—(IN201182726).
El Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el
estatuto de la entidad denominada Asociación de Vecinos de
El Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto
de la entidad denominada Asociación Cultural Folklórica Paso Tempisque, con
domicilio en la provincia de Guanacaste; cuyos fines principales entre otros
son los siguientes: Fomentar, exhibir e impartir el folklore en la comunidad de
Paso Tempisque, así como en el resto del territorio nacional. Cuya
representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de
apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones establecidas
en el estatuto lo es
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Cristiana Casa de Oración Horeb, con domicilio en la provincia de Heredia. Cuyos fines entre otros serán los siguientes: La realización de esfuerzos ministeriales y educacionales para lograr el avance del Ministerio de Jesucristo, su evangelio y sus enseñanzas. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el Presidente Eliécer Vargas Ramírez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2011, asiento 233995).—Curridabat, 20 de setiembre del 2011.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez—RP2011263153.—(IN2011082729).
El Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el
estatuto de la entidad denominada Asociación Transformando Guanacaste ATG, con
domicilio en la provincia de Guanacaste. Cuyos fines principales entre otros
son los siguientes: la protección de los derechos, formación y educación de
niños, niñas, las y los adolescentes, esto se logrará mediante la educación
académica y vocacional, la actividad física, la cultura deportiva, artística y
la orientación emocional, espiritual y social. Cuyo representante judicial y
extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el
Presidente: Franklin de Jesús Valverde Villalobos. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en
DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO
Comunica que ante este Despacho la licenciada Melissa Rugama Carmona, cédula de identidad número 1-1223-0300, carné profesional número 19281, según expediente N° 11-000831-0624-NO, ha presentado solicitud de inscripción y habilitación para ejercer la actividad notarial, por lo que se solicita a las personas que conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de esta profesional, lo comuniquen a esta Dependencia dentro del plazo de quince días hábiles siguientes a esta publicación.—Curridabat, cuatro de octubre de dos mil once.—Lic. Roy A. Jiménez Oreamuno, Director Ejecutivo a. í.—1 vez.—RP2011262671.—(IN2011081930).
DIRECCIÓN
DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp. 14883A.—Inversiones Cerro
Verde S. A., solicita concesión de:
Expediente Nº 14834P.—Meza
Luna ML S. A., solicita concesión de:
Expediente Nº
14267P.—3-101-545715 S. A., solicita concesión de:
Expediente Nº
14072P.—Alimentos Orgánicos de Costa Rica S. A., solicita concesión de:
Expediente Nº 14835P.—Aurora
Tropical S. A., solicita concesión de:
Exp. 9948A.—Sociedad de
Usuarios de Agua Proyecto Laguna, solicita concesión de:
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. 9887P.—Alquileres Brenes
e Hijos S. A., solicita concesión de:
Expediente Nº 8516P.—Yolanda
López Ruiz, solicita concesión de:
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. Nº 8987P.—Prados de
Labrador S. A., solicita concesión de:
Registro
Civil-Departamento Civil
OFICINA
DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Expediente. Nº
1165-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San
José, a las diez horas cuarenta minutos del cinco de setiembre del dos mil
once. Diligencias de ocurso incoadas ante este Registro Civil por Rosa Amelia
Martínez Rizo, casada, oficios domésticos, costarricense, cédula de identidad
número ocho-cero noventa y cinco-novecientos noventa y tres, vecina de Sabanilla, Montes de Oca, San José,
tendentes a la rectificación de su asiento de naturalización..., en el sentido
que el nombre y los apellidos de la misma son “Rosa Amelia Rizo Martínez, hija
de Pablo Rizo Castro y María Toribia Martínez Sequeira, nicaragüenses”.
Conforme lo señala el artículo 66 de
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. Nº 14094-2011.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las nueve
horas treinta minutos del treinta y uno de agosto del dos mil once. Diligencias
de ocurso incoadas ante este Registro Civil por Jorge Hernán Ospina Ospina,
mayor, divorciado, mensajero, costarricense, cédula de identidad número
ocho-cero ochenta y siete-quinientos setenta y tres, vecino de Guadalupe, San José,
tendente a la rectificación de su asiento de naturalización, ... en el sentido
que los apellidos de la persona ahí inscrita son “Santibañez Ospina, hijo de
Leonardo Santibañez Álvarez y Rubiela Ospina Devia, colombianos”. Conforme lo
señala el artículo 66 de
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Merling Rocha Sea, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2116-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas dos minutos del veintiuno de setiembre del dos mil once. Ocurso. Exp. Nº 17872-2009. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados: ..., II.—Hechos no probados: ..., III.—Sobre el fondo: ..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Óscar Mario Rojas Rocha ...; en el sentido que el nombre y el segundo apellido de la madre ... son “Merling” y “Sea” respectivamente.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—1 vez.—(IN2011082226)
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Francis Elizabeth Morales Alemán, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1891-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas veinticinco minutos del veintitrés de agosto dos mil once. Ocurso. Exp. N° 28203-2011. Resultando 1.-..., 2.-..., Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Hechos no Probados:..., III. Sobre el Fondo:..., Por Tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Maikol Duglas Barberena Morales...; en el sentido que la nacionalidad de la madre de la persona ahí inscrita es “nicaragüense”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2011082596).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Yujania del Carmen Calderón Rodríguez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 844-11.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas treinta minutos del once de mayo del dos mil once. Exp. Nº 9105-01. Resultando: 1º—..., 2º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquese el asiento de nacimiento de Javier Alberto Calderón Rodríguez..., en el sentido que el nombre de la madre de la persona ahí inscrita es “Yujania del Carmen”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2011262994.—(IN2011082741).
SECCIÓN
DE OPCIONES Y NATURALIZACIÓN
Avisos
de solicitud de naturalización
Ernestina Altamirano Lira,
mayor, casada, del hogar, nicaragüense, cédula de residencia 270-99830-40416,
vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante
Carlos Ramón Rodríguez
Delgado, mayor, casado, comerciante, cubano, cédula de residencia 119200207622,
vecino de Cartago, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante
Wayne Azriel Wilson Sinclair,
mayor, soltero, profesor de inglés, nicaragüense, cédula de residencia
155815667117, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante
Julia del Carmen Díaz Reyes,
mayor, casada, auxiliar de enfermería, nicaragüense, cédula de residencia
155805165719, vecina de Cartago, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante
José Leonel Rojas Cárcamo,
mayor, casado, mensajero, nicaragüense, cédula de residencia 155802474418,
vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante
Giovanny Alfredo Romero
Romero, mayor, soltero, ingeniero en sistemas, colombiano, cédula de residencia
117000402224, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante
Álvaro José Murillo Valle,
mayor, soltero, oficinista, nicaragüense, cédula de residencia 155814556603,
vecino de Guanacaste, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante
Ángela Trapani Alba, mayor,
divorciada, del hogar, cubana, cédula de residencia 119200293003, vecina de
Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense
ante
Mauricio Manuel Aguirre
Sandino, mayor, soltero, oficinista, nicaragüense, cédula de residencia
155807062106, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante
Brayan Sneider Vargas Lozada,
mayor, soltero, estudiante, colombiano, cédula de residencia 117000503516,
vecino de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense
ante
María Eugenia Flores Calderón,
mayor, casada, misionera, nicaragüense, cédula de residencia 0032072-270-01-0016055,
vecina de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante
Óscar Eduardo Ortiz Vargas,
mayor, soltero, estudiante, colombiano, cédula de residencia 117000241221,
vecino de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante
Xuehong Liang Jiang, mayor,
soltera, cajera, china, cédula de residencia 115600228723, vecina de San José,
ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
Kenia Lisseth Velásquez
Umanzor, mayor, soltera, estudiante, salvadoreña, cédula de residencia
122200067408, vecina de Puntarenas, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante
Óscar Danilo Zepeda Gómez,
mayor, soltero, guarda de seguridad, nicaragüense, cédula de residencia
155804850936, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante
MUSEO
DE ARTE COSTARRICENSE
PROGRAMA
GESTIÓN ADMINISTRATIVA FINANCIERA
Modificación
al Plan Anual de Compras 2011
De conformidad con las modificaciones a la
ley de Contratación Administrativa, publicadas en el Diario Oficial
San José, de 18 octubre del 2011.—Proveeduría.—Yorleny Sequeira Ruiz, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 10780.—Solicitud Nº 48662.—C-6320.—(IN2011084322).
FUNDACIÓN
MUNDO DE OPORTUNIDADES
CENTRO
NACIONAL DE RECURSOS
PARA
CONCURSO
Nº 2011PP-000017-01
Concurso
selección de una persona, física o jurídica
para ejecutar el
“Proyecto de Implementación
de Nuevos
Servicios Tecnológicos” para el
Centro Nacional
de Recursos para la
Educación
Inclusiva -CENAREC-
El CENAREC recibirá ofertas hasta las diez
horas del 17 de noviembre del 2011, para contratar lo antes indicado. El cartel
puede ser retirado sin costo alguno, a partir de la presente publicación en
nuestras oficinas, ubicadas
San José, octubre de 2011.—Departamento Administrativo.—Lic. Iván Quesada Granados, Jefe.—1 vez.—(IN2011084246).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000042-01
Sistema
de filtros de transferencias al exterior OFAC
El Banco de Costa Rica, recibirá ofertas por
escrito hasta las diez horas con treinta minutos (10:30 a.m.) del 11 de
noviembre del 2011, para la contratación en referencia.
Los interesados pueden retirar el cartel de
licitación que incluye las especificaciones y condiciones generales en
Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar S., Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 60598.—Solicitud Nº 45828.—C-6260.—(IN2011084278).
GERENCIA
DE LOGÍSTICA
ÁREA
DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000207-5101
Apósito
Hidrocoloide para curación de heridas (grueso)
A los oferentes interesados en participar en
el concurso antes mencionado, se les comunica que está disponible el cartel
para la adquisición de:
Ítem único: 17.600 UD Máximo Apósito
Hidrocoloide para curación de heridas. (grueso). Fecha de apertura 25 de
noviembre del
El cual se podrá adquirir en la fotocopiadora
ubicada en el piso comercial del edificio Jenaro Valverde. El resto del cartel
permanece invariable. Ver detalle en http: www.ccss.sa.cr
Subárea de Carteles.—Argentina
Araya Jara, Jefa.—1 vez.—O. C.
Nº 1142.—Solicitud Nº 32685.—C-12480.—(IN2011084328).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000037-PROV
(Apertura)
Desarrollo
del Sistema de Administración
de Beneficiarios
SIAB
El cartel que contiene las especificaciones
se encuentra a disposición de los interesados en nuestra página electrónica:
www.jps.go.cr, contrataciones administrativas, pueden retirarlo en el
Departamento de Proveeduría, cuarto piso, Edificio Central sin ningún costo o solicitarlo
al Sr, Jorge Baltodano Méndez en la dirección electrónica: jbaltodano@jps.go.cr
a partir de esta notificación.
Proveeduría.—Lic. Jorge A.
Villalobos Fonseca, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 15353.—Solicitud Nº 32518.—C-16130.—(IN2011084256).
MUNICIPALIDAD
DE EL GUARCO.
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000007-PROV
Contratación
de servicios de bacheo y recarpeteo
en urbanización
Proveeduría.—Lic. José Ml. González Molina, Proveedor.—1 vez.—(IN2011083943).
MUNICIPALIDAD
DE CARRILLO
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000007-01
Contratación
de recolección, transporte, disposición
y tratamiento
final de los desechos sólidos
del cantón de
Carrillo, Guanacaste
Filadelfia, 21 de octubre del 2011.—Proveeduría.—Antonio Montero Céspedes, Proveedor.—1 vez.—(IN2011084272).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000008-01
Línea
Uno-Mejoras en el Cementerio de Sardinal
y canalización
de aguas pluviales, Sardinal
de Carrillo,
Guanacaste
Línea
dos-Mejoras al edificio de
de Filadelfia
centro, Carrillo, Guanacaste
Notas:
Visita obligatoria de campo, se levantará un
acta en libro legal de visita de campo que tiene la dirección de obras
municipales, por lo que el oferente que no se presente a la visita, su oferta
será excluida automáticamente…”.
Visita de campo obligaría, este día. El posible
oferente, podrá hacer las observaciones técnicas del proyecto, momento procesal
para los efectos legales que correspondan, sobre particular, se deberá comprar
el cartel, para que el posible oferente este enterado sobre las condiciones
para la visita obligatoria.
El ingeniero responsable de la posible
empresa ofertante y que se presente en la visita técnica, va ser el Ingeniero
se evaluará, por lo tanto, es el que se va someter al sistema de evaluación en
este proceso licitatorio.
Si un oferente, presenta en su oferta un
Ingeniero diferente al que se presentó en la visita técnica de campo, su oferta
quedará automáticamente excluida.
Filadelfia, 21 de octubre del 2011.—Proveeduría.—Antonio Montero Céspedes, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2011084274).
PROGRAMA
INTEGRAL DE MERCADEO AGROPECUARIO
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000009-0001600005
Cambio
de cubierta de techo y sustitución de canoas
Cualquier consulta o aclaración respecto a
este proceso puede solicitarse al teléfono 2239-1233, ext. 222 ó 258 o directamente
en las Oficinas de Proveeduría ubicadas
Heredia, 25 de octubre del 2011.—Proceso de Proveeduría.—Ronald Miranda.—1 vez.—(IN2011084308).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000038-PCAD
Compra
de equipo bancario
El Proceso de Contratación Administrativa del
Banco Popular y de Desarrollo Comunal, hace del conocimiento de los interesados
en
Ítem único: 2 Clasificadoras de billetes de 3
apiladores de salida, 1 apilador de billetes de rechazo y 1 apilador de
alimentación.
Precio unitario: $22.500,00, 2 unidades
45.000.00 13% impuesto de ventas ¢5.850,00 total $50.850,00 (cincuenta mil
ochocientos cincuenta US dólares exactos).
Plazo de entrega:
El equipo y servicio adjudicado será
entregado en 65 días naturales.
Garantía de cumplimiento:
El adjudicatario se compromete a rendir la
correspondiente garantía de cumplimiento durante los 5 (cinco) días hábiles siguientes
a la firmeza de la adjudicación del concurso, por un monto del 5% (cinco por
ciento) del total adjudicado y con una vigencia de dos meses adicionales al
plazo de vigencia de la garantía de los equipos.
Demás condiciones y requisitos según lo plantea
el proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular en su informe de
adjudicación Nº 180-2011.
Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Jefe.—1 vez.—(IN2011084157).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-711047-UL
Alquiler
de local para reubicar temporalmente
del Instituto
Nacional de Seguros de Liberia
En concordancia con las facultades conferidas
por el artículo Nº 12 del Reglamento Interno de Contratos Administrativos, la
gerencia mediante oficio G-05267-2011 del 21 de octubre 2011, con sustento en
las consideraciones de orden legal y técnico dictaminadas en oficio
PROV-08374-2011 del 19 de octubre del 2011, el cual se tendrá como parte
integral de este acuerdo, acordó:
I. Adjudicar
la presente licitación de la manera que se detalla:
Oferta única: Víctor Hugo Bolaños
Villalobos
Cédula de identidad: 2-0373-0422
Descripción del requerimiento: Alquiler de
local para albergar temporalmente la sede del Instituto Nacional de Seguros en
Liberia.
Ubicación del local: del Banco de Costa Rica
Sucursal Liberia, ciento veinticinco metros al este, edificio de dos plantas a
mano izquierda. (Folio Nº 167).
Renglón |
Descripción |
Costo mensual adjudicado |
Costo
total por los tres (3) años |
Único |
Alquiler
de local para reubicar temporalmente |
$7.000,00 |
$252.000,00 |
Lo anterior constituye un resumen del informe
de adjudicación contenido en PROV-08374-2011 del 19 de octubre 2011, el cual se
encuentra a la vista en el expediente (folios Nº 237 al 249).
Departamento de Proveeduría.—Lic. Francisco Cordero Fallas, Jefe a. í.—1 vez.—O. C. Nº 19180.—Solicitud Nº 0550.—C-30980.—(IN2011084261).
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-000004-SCA
Adquisición
de herramientas e instrumentos de mantenimiento
bajo la
modalidad de suministro según demanda
El resultado deberá consultarse en la
siguiente dirección electrónica: www.una.ac.cr/proveeduria/ en los documentos
electrónicos propiamente en información para proveedores, a partir de esta
publicación.
Todo de conformidad con las ofertas y el
cartel.
Heredia, 24 de octubre del 2011.—Proveeduría.—Nelson Valerio Aguilar, Director.—1 vez.—O. C. Nº 392-2011.—Solicitud Nº 40063.—C-16130.—(IN2011084337).
HOSPITAL
NACIONAL PSIQUIÁTRICO
ÁREA
DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-000007-2304
Leche
de soya por demanda
Contratación
a un año prorrogable a tres
periodos iguales
Se comunica, según nota de
Ver detalles en: http://www.ccss.sa.cr
San José, 25 de octubre del 2011.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Tatiana López Quesada, Mba. Jefa.—1 vez.—(IN2011084251).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000043-01
(Infructuosa)
Compra
de servidores de datos y equipo de comunicación
a. Declarar
infructuosa
• Declarar
infructuosa la línea número 1, de conformidad con el informe de recomendación
UCI-PA-2219-2011, el estudio técnico GTIC-ADQ-117-2011. El estudio legal
AL-1483-2011, por incumplimientos técnicos.
• Declarar
infructuosa la línea número 2 de conformidad con el informe de recomendación
UCI-PA-2219-2011 y el estudio técnico GTIC-ADQ-117-2011, por precio excesivo.
Proceso Adquisiciones.—Lic.
Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº 46806.—C-15620.—(IN2011084269).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000046-01
Compra
de equipo para laboratorio de metrología
a. Adjudicar
• Adjudicar las líneas 1, 2, 3, 7 y
• Adjudicar la
línea 6, a la
oferta 6 de la empresa Ehnmed S. A., por un monto de $1.875,00, por cumplir
con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable.
• Adjudicar
las líneas 10, 11, 12, 13 y
• Adjudicar la
línea
b. Declarar
infructuosas las líneas 5 y 9 por incumplimientos técnicos.
Proceso Adquisiciones.—Lic.
Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº 46806.—C-19520.—(IN2011084286).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000066-01
Compra
de equipo de cómputo, servidores y periféricos
para
laboratorios de telemática
a. Adjudicar
• Adjudicar
la línea
b. Declarar
infructuosa la línea 2, por falta de oferentes.
Proceso Adquisiciones.—Lic.
Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº 46806.—C-15620.—(IN2011084289).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000050-01
Compra
de equipo para laboratorio físico-químico
a. Adjudicar
• Adjudicar
la línea
• Adjudicar
las líneas 3 y 5 (alternativa) a la oferta 4 de la empresa G & H
Steinvorth Ltda, por un monto de $1.890.00, por cumplir con lo estipulado
en el cartel y ofrecer un precio razonable, con un plazo de entrega de 60 días
hábiles, para la línea 3 y un plazo entrega de 30 días hábiles, para la línea 5
(alternativa).
• Adjudicar
las líneas 2 y 4 (alternativa) a la oferta 5 de la empresa Enhemed S. A.,
por un monto de $23.512.00, por cumplir con lo estipulado en el cartel y
ofrecer un precio razonable, con un plazo de entrega de 60 días hábiles.
• Adjudicar
la línea
b. Declarar
infructuosa la línea 7, por falta de oferentes.
Proceso Adquisiciones.—Lic.
Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº 46806.—C-21080.—(IN2011084290).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000047-01
Compra
de impresoras
a. Adjudicar
• Adjudicar
las líneas 2 y
• Adjudicar
la línea
b. Declarar
infructuosa la línea 1 por incumplimientos administrativos.
Proceso Adquisiciones.—Lic.
Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº 46806.—C-15620.—(IN2011084291).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2011LA-000089-01
Contratación
de servicios de servicio de capacitación
en el
subprograma técnico del sector pesquero
en el tema
recolector submarino
de recursos
marinos
a. Adjudicar
• Adjudicar
la línea
Proceso Adquisiciones.—Lic.
Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº 46806.—C-15620.—(IN2011084292).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2011LA-000041-01
Equipo
Macinstosh
a. Adjudicar
• Adjudicar
la línea 1 (base) a la oferta 1 de la empresa Industrias de Computación Nacional
S. A. (ICON S. A.), por un monto de $81.793,20, por cumplir con lo
estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable, con un plazo de entrega
de 30 días hábiles.
Proceso de Adquisiciones.—Lic.
Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº 46806.—C-13280.—(IN2011084293)
REFINADORA
COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN
ABREVIADA NO. 2011 LA-000013-02
Suministro
e instalación de dosificador de espuma
Se
informa que el concurso en referencia, fue adjudicado según oficio GDV-0303-2011
de
Oferta N°: |
2 |
Oferente: |
Consorcio Ingeniería
Agrícola y de Mantenimiento Electromecánico S. A. / Eysa Equipos y Servicios
Industriales del Atlántico |
Representantes legales: |
Michelle Loría Coto Álvaro Loría Corella |
Monto total: |
Componente
importado $278.556,00 CPT desglosados de la siguiente manera: Equipo dosificador $83.978,00 CPT precio
unitario Total de los tres equipos $251.934,00
CPT Repuestos: $ 26.622,00 CPT Componente nacional: Mano de obra, materiales, equipos y
consumibles:
¢130.804.239,96 |
Descripción: |
Suministro e instalación de tres (3)
dosificadores de espuma, marca National Foam. Precio unitario: $83.978,00 CPT Precio total: $251.934,00 CPT Instalación de los tres equipos
dosificadores: Instalación
plantel Barranca: ¢ 26.061.696,87 Instalación
plantel El Alto: ¢ 78.680.846,22 Instalación
plantel Precio
total:
¢130.804.239,96 Repuestos
para los primeros dos años de operación de los tres (3) equipos. Precio
unitario:
$8.874,00 CPT Precio
total:
$26.622,00 CPT |
|
Demás especificaciones conforme a la oferta
y cartel respectivo. |
Forma de pago: |
Componente importado: Mediante carta de
crédito 75% del monto total de los equipos contra presentación de documentos
y el restante 25% contra el recibo a satisfacción del objeto contratado en la
moneda en que fue pactada la contratación o en colones, según convenga a los
intereses de RECOPE, todo de conformidad con lo establecido en el artículo
1.18.1 del cartel. |
|
Tratándose de moneda extranjera será
facultativo realizar los pagos en colones, en cuyo caso se utilizará el tipo
de cambio de venta que reporte el Banco Central de Costa Rica para las
operaciones del sector publico no bancario, al momento de hacerse efectivo el
pago. Componente nacional: Mediante carta de
crédito, se cancelará contra el recibo a satisfacción del objeto contratado,
siempre y cuando el contratista no haya incurrido en mora, previa
verificación del cumplimiento a satisfacción, en la moneda en que fue pactada
la contratación o en colones, según convenga a los intereses de RECOPE. |
Tiempo y lugar de entrega: |
Cuarenta (40) semanas, según el siguiente
desglose: Embarque: Veinte (20) semanas Tiempo de arribo: Cuatro (4) semanas Instalación: Dieciséis (16) semanas La entrega de los Equipos, repuestos e Instalación
deberá realizar en los Planteles de |
Garantía del equipo: |
Dieciocho (18) meses contados a partir de
la entrada en operación de los bienes o veinticuatro (24) meses posteriores a
su aceptación por parte de RECOPE, lo que ocurra primero. |
Notas importantes:
El adjudicatario dispondrá de diez (10) días
hábiles contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la
correspondiente garantía de cumplimiento de conformidad con los términos
establecidos en la cláusula 1.13.2 del cartel.
La presente contratación se formalizará mediante la emisión respectiva
del pedido, el cual deberá ser aprobado internamente por
Con el fin de validar
jurídicamente el documento definido para formalizar la presente contratación,
se deberán reintegrar las especies fiscales de ley correspondientes a un 0.5%
del monto total del contrato, pagadero
en su totalidad por el contratista.
San José, 25 de octubre del 2011.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O.C. 2011-040.—Sol. Nº 31535.—C-103610.—(IN2011084249).
MUNICIPALIDAD
DE TURRIALBA
CONTRATACIÓN
DIRECTA Nº 2011CD-000205-01
Suministro
e instalación de luces para patrulla
municipal,
sistema LED inteligente
Por este medio se comunica que el concurso
para
Turrialba, 24 de octubre del 2011.—Departamento de Proveeduría.—Bach. Hugo Luna Chavarría, Proveedor.—1 vez.—(IN2011084155).
DEPARTAMENTO
PROVEEDURÍA
REMATE
Nº 2011-09
Venta
de alfombra modular
El
Departamento de Proveeduría del Instituto Nacional de Seguros, rematará los
bienes que se detallan en el siguiente listado, iniciando a las 9:00 a.m. del
día 22 de noviembre de 2011, en el auditorio del piso 11 del edificio de
oficinas centrales:
Renglón |
Descripción |
Único |
Alfombra modular |
I. Precio base: ¢2.222.325,00
II. Características Técnicas:
1. Marca: Lees Carpet.
2. Color: beige con verde.
3. Cantidad:
4. Dimensión de los cuadros: 45.7cm x 45.7cm (18”x18”).
5. Peso aproximado: 983 G/M2 (26 OZ/YD2).
6. Frente hilado tipo “nylon 6,6 Antron® Legacy
7. Fibra de tecnología tipo duracolor® por Lees Stain Resistant
System.
8. Resistente a las manchas.
9. Inflamable según prueba DOC-FF-1-70.
10.Antiestática.
11. Excelente estado de
conservación.
III.Visitas de inspección:
Los interesados podrán inspeccionar los
materiales descritos en las instalaciones del Almacén de Existencias, ubicado San
Lorenzo de Desamparados, del Pali Fátima 50 norte y 300 oeste, frente al
Colegio Técnico 2 Cercas. Pueden contactar a los señores Walter Barrantes León
u Omar Carmona Monestel, en el teléfono 2287-
Lo anterior constituye un resumen del cartel el cual pueden adquirir sin costo alguno en el Departamento Proveeduría, ubicado en el octavo piso de oficinas centrales o bien puede ser descargado en la página principal del INS (www.ins-cr.com) o en Mer-link (www.mer-link.go.cr).—Lic. Carmen Lidia González Ramírez, Subjefa a. í.—1 vez.—O. C. Nº 19180.—Solicitud Nº 0550.—C-35400.—(IN2011084263).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000058-01
(Prórroga Nº 1)
Compra
e instalación de doscientos cincuenta (250)
purificadores de
agua para varias oficinas
del Banco con
entregas por demanda
Fecha de apertura.
Todas las ofertas deberán entregarse en
Las demás condiciones del cartel permanecen
invariables.
LICITACIÓN PÚBLICA
Nº 2011LN-111012-UL
(Modificación-Prórroga)
Contratación
de servicios profesionales (ingeniería
y arquitectura)
para realizar estudios preliminares,
anteproyecto,
diseño de planos constructivos,
especificaciones
técnicas, presupuesto
detallado y
ejecución de la construcción
para la
demolición de la edificación
actual y
construcción de la nueva
sede del
instituto nacional de
seguros en
sistema prefabricado
en concreto
pretensado;
en Guadalupe,
San José
Se comunica a los interesados en el presente
concurso, cuya invitación se publicó en el Diario Oficial
I. Modificación: Se realizaron modificaciones al pliego de
condiciones, motivo por el cual se solicita pasar a retirar el cartel versión
final Nº 2 que contiene el detalle de las mismas, el cual por su extensión no
se publica. El mismo se encuentra disponible en el mostrador del oficial de
público del Departamento de Proveeduría de este instituto, ubicado en el octavo
piso de sus oficinas centrales, sin costo alguno o bien pueden ubicarlo en el
sitio de Internet www.mer-link.co.cr o www.mer-link.go.cr.
II. Prórroga: Se traslada fecha y hora de apertura de las
ofertas para las 9:00 horas del 24 de noviembre del 2011.
Así mismo, se comunica que en el presente
concurso, únicamente podrán participar los oferentes que asistieron a las
visitas técnicas y al respectivo contradictorio.
Todos los demás términos y condiciones
permanecen invariables.
Msc. Francisco Cordero Fallas,
Jefe a. í.—1 vez.—O. C. Nº
19180.—Solicitud Nº 0550.—C-34030.—(IN2011084262).
HOSPITAL
NACIONAL PSIQUIÁTRICO
ÁREA
DE GESTIÓN BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000003-2304
Por
concepto de Central Telefónica
Se informa a los interesados a participar en Licitación
Abreviada Nº 2011LA-000003-2304 por concepto de Central telefónica, que el
plazo de recepción de ofertas se prorroga para el 14 noviembre del 2011, al ser
las 9:00 a.m.
Lo anterior por hallarse en espera de
resolución, modificaciones y aclaraciones contra el cartel interpuesto ante
San José, 25 de octubre del 2011.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Tatiana López Quesada Mba, Jefa.—1 vez.—(IN2011084253).
HOSPITAL
MONSEÑOR SANABRIA
ÁREA
GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000005-2501
(Modificación)
Reactivos
para determinación automatizada de hormonas,
niveles de
medicamentos, enfermedades infecciosas,
marcadores
tumorales y otros
Punto B. l Características
técnicas del autoanalizador, específicamente en la página 9 del cartel punto B.
l. 11 “... Con capacidad de aceptar a bordo (cargador y depósito de muestras)
un número no inferior a 180 muestras en forma simultanea, léase
correctamente “...con capacidad de aceptar a bordo (cargador y depósito de
muestras) un número no inferior a 120 muestras en forma simultánea, que permita
la carga continua de muestras sin interrumpir el flujo de trabajo,...)
El resto de condiciones y especificaciones de
este cartel, se mantienen invariables.
Puntarenas 25 de octubre del 2011.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Francisco A. Jaén Vargas.—1 vez.—(IN2011084335).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000073-01
Compra
de proyectores, retroproyectores y pantallas
En la publicación realizada el 20 de octubre
del 2011, en
Proceso Adquisiciones.—Lic.
Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº 46806.—C-10160.—(IN2011084287).
REFINADORA
COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000037-02
(Prorroga Nº 2 y
Enmienda Nº 1)
Suministro
de espuma química
Les comunicamos a los interesados en
participar en el concurso en referencia, que la fecha de apertura y recepción
de ofertas se prorrogó para el día 14 de noviembre del
Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 2011-040.—Solicitud Nº 31534.—C-10760.—(IN2011084247).
MUNICIPALIDAD
DE VÁZQUEZ DE CORONADO
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-00001-001
Compra
de camiones recolectores y vagoneta
para la
recolección de desechos sólidos
Se publica la siguiente enmienda del cartel
de Licitación Pública Nº 2011LN-00001-001, relacionado con la compra de
camiones recolectores y vagoneta para la recolección de desechos sólidos en el
cantón de Vázquez de Coronado.
1. Apertura:
La apertura de las ofertas se traslada al viernes 21 de noviembre del año en
curso a las 9:00 a.m., en el Edificio Municipal.
2. Para
el ítem de la vagoneta: En cuanto a la capacidad de los ejes deberá leerse
correctamente: eje delantero mínimo
3. Sobre
las dos marchas traseras de los recolectores: en la primera enmienda publicada,
se estableció en el punto 16 de dicha publicación que la transmisión deberá
tener al menos dos marchas de retroceso, deberá leerse correctamente;
preferiblemente al menos dos marchas de retroceso.
21 de octubre del 2011.—Leonardo Herrera Sánchez, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2011084227).
De conformidad con el artículo 240 de
Considerando:
Sobre la potestad de auto organización de
I.—Que la reforma operada mediante Ley Nº
8660 del 8 de agosto del
II.—Que
III.—Que mediante el acuerdo Nº 001-021-2009, de la sesión Nº
021-2009, de 19 de marzo del 2009, se aprobó por parte de esta Junta Directiva,
el Reglamento Interno de Organización y Funciones de
Sobre el acuerdo Nº 003-054-2011
IV.—Que mediante el acuerdo Nº 003-054-2011,
tomado en la sesión ordinaria Nº 054-2011, celebrada por este órgano colegiado
el 31 de agosto del 2011, ratificado en la sesión ordinaria Nº 56-2011
celebrada el 7 de setiembre del 2011, se dispuso:
“Aprobar la reforma del Reglamento Interno de Organización y Funciones
de
REGLAMENTO
INTERNO DE ORGANIZACIÓN
Y FUNCIONES DE
DE LOS SERVICIOS
PÚBLICOS Y SUS ÓRGANOS
DESCONCENTRADOS
(RIOF)
Superintendencia
de Telecomunicaciones
(SUTEL)
Artículo 20.—Naturaleza de
Artículo 44.—Funciones de Proveeduría y
Servicios Generales de
Transitorio.
Los servicios administrativos y de apoyo que
se han venido recibiendo por parte de
Comuníquese y publíquese.”
V.—Que mediante oficio Nº 213-DGEE-2011, de
20 de setiembre del 2011, el Director General de Estrategia y Evaluación
informó a
VI.—Que revisada el acta de la sesión ordinaria Nº 054-2011, celebrada
por este Órgano Colegiado el 31 de agosto del 2011 en su artículo 3º, y
específicamente de los resultandos y considerandos de dicho acuerdo, se
desprende con claridad que el objeto de la modificación era incorporar en el
RIOF modificaciones a la organización de
VII.—Sobre la corrección de errores materiales y adición de actos
administrativos.
VIII.—Que
IX.—Que mediante la aclaración y/o adición se integra, complementa,
determina, puntualiza un acto administrativo, sin posibilidad de variar,
revocar o de alguna manera modificar lo ya resuelto por
X.—Sobre la corrección y adición del acuerdo Nº 003-054-2011.
XI.—Que en procura de garantizar la continua y eficiente prestación
del servicio público que, por Ley está llamada a brindar
XII.—Que en procura de garantizar la continua y eficiente prestación
del servicio público que, por Ley está llamada a brindar
RESUELVE:
Acuerdo Nº 03-062-2011
I.—Rectificar el error material detectado en
la numeración de la modificación al RIOF introducida mediante el acuerdo Nº
003-054-2011, de manera que el artículo 20 pase a ser el artículo 17 y así
sucesivamente hasta que el artículo 44 pase a ser el artículo 41.
II.—Adicionar al acuerdo Nº 003-054-2011, un
punto dos, que se lea de la siguiente manera: “Se corre la numeración del resto
del articulado del Reglamento Interno de Organización y Funciones de
Publíquese en el Diario Oficial
San José, 6 de octubre del 2011.—Dennis Meléndez Howell.—Sylvia Saborío Alvarado.—Édgar Gutiérrez López.—María Lourdes Echandi Gurdián.—Emilio Arias Rodríguez.—Alfredo Cordero Chinchilla, Secretario.—1 vez.—O. C. Nº 5993-2011.—Solicitud Nº 36345.—C-117265.—(IN2011083419).
MUNICIPALIDAD
DE BELÉN
La suscrita Secretaria del Concejo Municipal
de Belén, le notifica el acuerdo tomado, en
Una vez analizadas las observaciones
recibidas al Reglamento de Ubicación y Construcción de Infraestructura de
Telecomunicaciones en el cantón de Belén, se ratifica la publicación realizada
en
Belén, 28 de setiembre del 2011.—Ana Patricia Murillo Delgado, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—O. C. Nº 27485.—Solicitud Nº 38950.—C-5420.—(IN2011082111).
REGLAMENTO
DE ADMINISTRACIÓN, FUNCIONAMIENTO
Y ORGANIZACIÓN DEL
CEMENTERIO DE MORAVIA
CAPÍTULO
I
Administración
Artículo 1º—Ámbito de aplicación. El
presente reglamento es un instrumento jurídico de
Artículo 2º—Atribuciones de la oficina de Cementerio. Para la administración
del Cementerio existirá una oficina administrativa con las siguientes
atribuciones:
A. Conceder
permisos para reparación y construcción de nichos y bóvedas.
B. Llevar al día y en forma ordenada los registros de derechos, bóvedas
y nichos, de inhumaciones y exhumaciones.
C. Mantener actualizados los planos oficiales del Cementerio, que
contengan la división del terreno
D. Velar por el uso correcto de los implementos de seguridad personal
que utilicen los funcionarios del Cementerio.
E. Solicitar los documentos necesarios e idóneos para realizar las
inhumaciones y exhumaciones o cualquier otro trámite
F. Firmar los títulos del Cementerio.
G. Llevar al día la correspondencia
H. Verificar el pago oportuno de los derechos derivados de la actividad
del Cementerio.
I. Evacuar apropiadamente por los medios pertinentes, las consultas
tanto externas como internas que se le formulen.
J. Conservar y custodiar en su Oficina un libro de actas en el cual
se registren todas las inhumaciones.
K. Cualesquiera otras que sean relativas al puesto.
Artículo 3º—De los registros.
A Registro
general de cuadros y líneas que deberá contener:
1. Identificación
de la bóveda o derecho con su cantidad de nichos.
2. Fecha de adjudicación del derecho y número de contrato.
3. Nombre, apellidos y número de cedula del titular del derecho.
4. Traspasos (si los hubiere) con datos específicos sobre el nuevo
arrendatario.
5. Datos generales del beneficiario.
B Registro
general de sepulturas, que contenga:
1. Datos
generales del occiso.
2. Número de nicho y número de parcela en que esta sepultado.
3. Datos del titular del derecho.
4. Fecha de la sepultura.
Artículo 4º—Representación grafica. El
Cementerio Municipal está dividido en cuadros y líneas y existirá referencia
gráfica y escrita de cada una, a efecto de tomarlas como punto de referencia
para la localización de cada derecho esto conforme la numeración asignada a
cada uno. A la representación gráfica se le
denominara “diseño oficial” y estará consignada en un plano general.
CAPÍTULO
II
De
la adquisición y titularidad de los derechos
Artículo 5º—Del derecho funerario. El
derecho funerario sobre una bóveda o nicho de alquiler, no constituye un
derecho de propiedad, en razón de ser el cementerio municipal un bien de
dominio público con una utilidad pública los derechos están fuera del comercio
y son inembargables, imprescriptibles e inalienables.
Artículo 6º—No se trata de derecho real. El derecho funerario
implica una autorización de uso temporal –renovable cada diez años-, para el
depósito de cadáveres o restos humanos. Por cada derecho adquirido se emitirá
un titulo que acredita la tenencia y el disfrute del mismo.
Artículo 7º—Requisitos para adquirir un derecho. Para adquirir
un derecho del Cementerio, el interesado deberá:
1. Ser
residente del cantón de Moravia
2. No poseer otros derechos a su nombre en el mismo Cementerio.
3. Presentar solicitud escrita con copia de su cédula de identidad.
4. Designar dos beneficiarios, en orden de prioridad y aportar las
correspondientes fotocopias de las cédulas de identidad.
5. Encontrarse al día en sus obligaciones económicas con
6. Adjudicado el derecho, el interesado deberá cancelar en el momento
que
Artículo 8º—Del costo del derecho. El
costo de cada derecho se determinara mediante un avalúo que realizará
Artículo 9º—Plazo para cancelar. Una vez adjudicado el derecho,
en un plazo de dos días hábiles, el interesado deberá cancelar el importe
respectivo. Si el pago no se realiza en el plazo establecido se procederá a
readjudicar el derecho en el orden ya dispuesto.
Artículo 10.—De la inscripción. Los derechos sólo podrán
inscribirse a nombre de personas físicas y únicamente podrá realizarse la
inscripción a favor de personas jurídicas cuando se trate de congregaciones
religiosas debidamente constituidas o establecimientos asistenciales declarados
de interés público.
Artículo 11.—Del titular del derecho. El titular del derecho
podrá:
1. Realizar
cualquier gestión relacionada con el mismo, sin embargo, este podrá autorizar
por medio de solicitud escrita, un máximo de dos personas para que realicen
gestiones en su nombre.
2. Designar o revocar los beneficiarios que han de sucederle en su
derecho cuando se de su fallecimiento. Para ello se deberá llenar una
solicitud, la cual se debe retirar y entregar en la oficina del Cementerio.
Artículo 12.—De la renovación. La
oficina del Cementerio notificará al titular del derecho con un mínimo de seis
meses de anticipación al vencimiento del plazo establecido en el artículo 6 de
este reglamento, con el fin de que se tramite la respectiva la prorroga. De
cumplirse el plazo de los diez años y no existir solicitud de prorroga,
Artículo 13.—De la reposición. En caso de extravío, deterioro,
sustracción o pérdida del título
correspondiente, el titular deberá informarlo por escrito a
Artículo 14.—De la construcción de bóveda. La adquisición de un
derecho funerario implica la obligatoriedad de construir la bóveda, en un plazo
no mayor de seis meses de haber adquirido el derecho, bajo prevención de
revocación automática del derecho, conservándose el monto pagado a favor de
Artículo 15.—Del mantenimiento. Todo titular
de un derecho se compromete a pagar una cuota anual de mantenimiento, definida
conforme a las reglas de este reglamento. El incumplimiento de pago de esta,
autorizará a
Artículo 16.—Causales de pérdida. Serán causales de pérdida del
derecho funerario, además de lo indicado en otros artículos de este reglamento,
las siguientes:
a) Atraso
en el pago de los derechos de mantenimiento del Cementerio, por un año o más.
b) Cumplimiento del plazo del derecho (10 años), sin que exista
renovación del mismo.
c) Declaración de ruina y abandono de la bóveda. Tal declaración será
emitida de oficio por la oficina del Cementerio, cuando hayan transcurrido tres
años desde la última inhumación y no se hayan efectuado renovaciones de pintura
o reparaciones necesarias. En caso de
estar frente a este supuesto la oficina del cementerio hará una primera prevención
al arrendatario para que en un plazo de dos meses proceda a las reparaciones
respectivas, en caso de omisión se resolverá el contrato y de haber
transcurrido cinco años desde la última inhumación se procederá a la exhumación
de los restos existentes y
d) Cuando se haya determinado que la adquisición del derecho funerario
se realizó por medio de un procedimiento indebido o malversación.
e) Producción de graves daños en las bóvedas de terceros, en los
bienes muebles e inmuebles propiedad de
CAPÍTULO
III
De
la cesión de derechos
Artículo 17.—De la cesión a terceros.
Los derechos sólo podrán ser cedidos a terceras personas físicas, ajenas a la
familia, cuando no hayan sido ocupados, y cuando habiendo sido usados se
hubiesen exhumado los restos que contengan.
Artículo 18.—Cesión inter family. Los derechos podrán ser
cedidos a miembros de la misma familia, con ascendencia o descendencia de hasta
segundo grado con respecto al titular del derecho.
Artículo 19.—Formalidades de la cesión. Para que la cesión
cobre validez, el mismo deberá ser solicitado por escrito ante
Artículo 20.—De la demaniabilidad. Los derechos no podrán ser
vendidos, subarrendados, embargados, dados en garantía, o gravados en forma
alguna. Este tipo de actuaciones generarán la revocación automática del derecho
sin responsabilidad para
CAPÍTULO
VI.
De
la construcción de bóvedas
Artículo 21.—De los requisitos de
remodelación. Para realizar construcciones o remodelar una bóveda deberá
seguirse el siguiente procedimiento:
1. Presentar
solicitud escrita por parte del titular del derecho.
2. Programar visita de campo entre el personal operativo del
Cementerio y el interesado, a efecto de realizar inspección y verificar las mejoras a
realizar.
3. Cancelación del permiso de construcción o remodelación.
Artículo 22.—De la cantidad de nichos.
En el área asignada a bóveda doble de 2.40 x 2.50 (dos metros cuarenta
centímetros por dos metros cincuenta centímetros) se permitirá construir dos
nichos horizontales bajo tierra y sobre estos; cuatro nichos adicionales; para
un total de seis nichos. En el área asignada a bóveda sencilla de 1.20 x 2.50
(un metro veinte centímetros por dos metro cincuenta centímetros) se permite
construir un nicho horizontal bajo tierra y sobre éstos; dos nichos
adicionales, para un total de tres nichos. Por encima de los nichos
superficiales sólo se permitirá la construcción de osarios, cuyo diseño deberá
ser previamente aprobado. Las bóvedas sólo podrán ser de diseño sencillo y con una altura máxima sobre el suelo de
Artículo 23.—Material utilizado. La construcción de las bóvedas
debe realizarse con ladrillo o mampostería y el grueso de la losa será de
Artículo 25.—Del plazo para construcción. Una vez iniciada la
construcción, deberá terminarse en un plazo máximo de dos meses y deberá quedar
pintada de color blanco en un 95% de su superficie, el otro 5 % puede pintarse
de color gris opcional para detalles de acabados, se permitirán también
enchapes, siempre que se realicen con materiales de color blanco, estos
materiales podrán tener un 5% de tonalidades en color gris.
Artículo 26.—Requisitos constructivos. Ninguna bóveda que se
construya deberá tener aceras, ni salientes de ninguna especie. Todos los
nichos desocupados deben quedar sellados, para conservar el ornato del
Cementerio y prevenir la propagación y transmisión de enfermedades producidas
por los mosquitos, para tal efecto se prohíbe ubicar jarrones, macetas u otros
recipientes para colocación de ofrendas que produzcan estancamiento de agua. No
se permitirán construcciones que alteren la parte construida, si en la bóveda
existieren restos con menos de 5 años después de inhumación. No se permitirá
pintar o colocar azulejos u otros materiales que sean de diferente color al
autorizado en este reglamento. No se permiten las plantas en agua, ni la
construcción de jardineras elevadas, adjuntas a las bóvedas, además para el
cultivo de plantas ornamentales en los alrededores de la bóveda se necesitará
autorización previa del administrador del Cementerio.
Artículo 27.—Daños derivados del proceso constructivo. En el
proceso de construcción o remodelación de bóveda, cualquier daño o deterioro
ocasionado a una bóveda ajena, siempre que no haya mediado dolo, será reparado
de inmediato por el dueño del derecho que ocasionó el daño. En caso contrario,
el costo de la reparación será cargado a su cuenta.
Artículo 28.—Colocación de figuras y realización de actos
religiosos. Los titulares de derechos previa autorización de
Artículo 29.—Prohibición para funcionarios. Es terminantemente
prohibido para el titular de un derecho, sus familiares o cualquier otro
interesado, contratar personal de
Artículo 30.—Prohibición por razones de salubridad. Cuando las
bóvedas particulares, por la acción del tiempo, por movimientos telúricos, por
negligencia o por abandono, o por cualquier otro motivo se deterioren o
amenacen la salud pública, se prohibirá su uso para nuevas inhumaciones; y con el permiso del Ministerio de Salud se
procederá a su demolición, cargando ese costo al dueño del derecho.
CAPÍTULO
V
Del
arrendamiento
Artículo 31.—Del periodo de arriendo y
porcentaje de reserva. En el Cementerio existirán nichos para
arrendamiento. Dicho arriendo lo dará
Artículo 32.—De la finalidad de los nichos de arriendo. Los
nichos municipales que se describen en el artículo anterior están destinados a
atender situaciones de emergencia por defunción existente. Estos nichos no se
darán en arriendo a personas que posean derechos en el Cementerio, salvo que se
demuestre que dicho derecho está ocupado en su totalidad.
Artículo 33.—Extensión del plazo por excepción. En el caso de
cuerpos momificados y/o existencia de restos blandos, los cuerpos se mantendrán
en el nicho hasta tanto no se complete el proceso de descomposición y se
cobrara el monto porcentual del arriendo por el plazo que tarde dicho proceso,
contabilizado con base en el monto de arriendo quinquenal.
Artículo 34.—Restricción de uso. Los nichos de alquiler no se
podrán utilizar para depositar restos o momias traídos de este u otro
Cementerio.
CAPÍTULO
VI
De
las inhumaciones
Artículo 35.—Personal autorizado. La
inhumación sólo podrá realizarse por los personeros municipales asignados para
tal fin.
Artículo 36.—Del horario de inhumaciones. Las inhumaciones se
realizarán de las 8:00 a. m a las. 04:00 p. m. En casos de excepción podrá
extenderse este plazo hasta las 05:00 p. m. Todos los días de la semana serán
hábiles para esos efectos.
Artículo 37.—Prohibiciones. Será prohibida la inhumación de más
de un cadáver en el mismo ataúd o en un mismo nicho, salvo casos de madre y
recién nacido o producto abortivo, fallecidos en el parto. Adicionalmente no se
autorizaran inhumaciones en bóvedas o nichos que presenten fallas en su
estructura.
Artículo 38.—Requisitos para inhumación. Para cada inhumación
en bóvedas,
1. Presentación
de las cédulas de identidad del fallecido y del titular del derecho. Cuando el
difunto sea menor de un año, copia de la cédula de la madre.
2. Certificado de declaración de defunción o copia del acta de
defunción emitida por el hospital
3. Estar al día en el pago de tributos municipales.
4. Cancelación de los derechos de inhumación.
Artículo 39.—Del material de los ataúdes.
Los cadáveres que se sepulten deberán presentarse en ataúdes cerrados de madera
liviana y de fácil descomposición. No se permitirá la apertura del
féretro. Es prohibida la inhumación en féretros
de metal u otro material de difícil y lenta descomposición ni se permite la
reutilización de féretros, salvo por razones de salubridad u orden judicial.
Artículo 40.—Autorización. Cuando se desee efectuar una
inhumación en una bóveda que se encuentre ocupada, deberá mediar autorización
del titular del derecho para que los restos existentes sean depositados en la
misma bóveda.
Artículo 41.—Del trámite administrativo. Las inhumaciones en
nichos de alquiler deberán ser tramitadas por persona que ostente vínculo de
afinidad o cercanía con el causante y para tal efecto
1. Formulario
con toda la información requerida.
2. Declaración jurada simple indicando: que la persona a inhumar era
residente del cantón de Moravia, que no se poseen bóvedas con nichos
disponibles en el Cementerio Municipal.
3. Presentación de la cédula de identidad del fallecido, -si la
hubiere-, cuando el difunto sea un menor de un año, copia de la cédula de la
madre.
4. Certificado de declaración de defunción o copia del acta de
defunción emitida por el hospital.
5. Estar al día en el pago de la totalidad de tributos municipales.
6. Cancelación de los derechos de inhumación y del monto
correspondiente al alquiler.
CAPÍTULO
VII
De
las exhumaciones
Artículo 42.—De la realización de
exhumaciones. Las exhumaciones sólo podrán realizarlas los personeros
municipales asignados para tal fin, La exhumaciones se realizarán únicamente de
lunes a viernes en horario de las 8:00
a. m. a las 2:00 p. m., exceptuando los siguientes días:
• Durante
los cuatro días que preceden al día de
• Día del padre.
• Los días 24,25 y 31 de diciembre.
• El día 1 de enero.
• Día de los difuntos (2 de noviembre).
• Día de la independencia (15 de setiembre).
• Día del trabajador (1 de mayo).
• Cualquier otro día considerado por ley como feriado.
Quedan totalmente prohibidas las exhumaciones
en el momento en que se celebre un funeral en el Cementerio, así como las solicitadas
antes de transcurrir cinco años de la inhumación.
Artículo 43.—Traslado de restos en cementerio. Las exhumaciones
que pretendan traslado de restos a las mismas instalaciones del Cementerio no
requerirán de la orden o permiso de
Artículo 44.—Del trámite administrativo de las exhumaciones
internas. Para cada exhumación que
no requiera traslado del cuerpo a otro cementerio,
a. Solicitud
por escrito del pariente directo, indicando el nombre del difunto, fecha de la
inhumación, detalle del lugar donde se encuentran los restos en el Cementerio
Municipal y lugar donde se trasladarán los restos.
b. Autorización del titular del derecho donde se encuentran
depositados los restos, así como del titular de la bóveda donde estos serán
depositados, a excepción de los casos en que los restos vallan a ser enviados
al osario general.
c. Estar al día en el pago de servicios de Cementerio y de la
totalidad de tributos municipales.
d. Cancelación de las sumas correspondientes a la exhumación e
inhumación
Artículo 45.—Del trámite administrativo de
las exhumaciones externas. Para cada exhumación que requiera traslado del
cuerpo a otro cementerio,
a. Solicitud
por escrito del pariente directo, indicando el nombre del difunto, fecha de la
inhumación, lugar donde se encuentran los restos y lugar donde se trasladarán
los restos.
b. Autorización del titular del derecho para la apertura del nicho
donde se encuentran los restos.
c. Constancia del Cementerio que recibirá los restos, indicando la
aceptación de los mismos y la ubicación que les dará.
d. Autorización de
e. Estar al día en el pago de servicios de Cementerio y de la totalidad
de tributos municipales.
f. Cancelación de las sumas correspondientes a la exhumación.
Artículo 46.—Del trámite administrativo de
excepción en las exhumaciones. Como única excepción, podrán realizarse
exhumaciones antes del cumplimiento de los cinco años exigidos por ley, en
aquellos casos que medie una resolución judicial, para lo cual el Cementerio
exigirá:
a. Copia
de la resolución de la autoridad judicial que requiere la exhumación del
cuerpo.
b. Indicación clara donde se tendrán los restos exhumados y el tiempo
aproximado que se tendrán fuera del nicho.
c. Deberá levantarse un acta de lo actuado, adjuntando las
autorizaciones correspondientes, ante la presencia de dos testigos quienes
deberán firmar el acta correspondiente.
d. Una vez terminada la investigación realizada deberán ser
trasladados los restos al nicho de origen, por cuenta de la autoridad
correspondiente.
Artículo 47.—Del osario común. Los
restos que se encuentren al hacer las exhumaciones, serán recogidos cuidadosamente
y depositados en el osario común, siempre que los deudos interesados no los
reclamen para depositarlos en osarios privados, que posean dentro del mismo
Cementerio.
Artículo 48.—Manejo de los restos. Toda exhumación de restos
deberá ser manejada en bolsas plásticas, debidamente etiquetadas con los datos
del difunto, fecha de exhumación e inhumación.
Artículo 49.—Cuido y transporte de los restos. Una vez
retirados los restos del Cementerio, la responsabilidad sobre el cuido,
transporte y uso que se le dé a los mismos correrá por cuenta del solicitante,
liberando a
Artículo 50.—Exhumación de casos especiales. La exhumación de
fallecidos por viruela, coccidioidomicosis, o fiebre del Valle de San Joaquín,
escarlatina, tifo exantemático, difteria, cólera o peste bubónica, fiebres
hemorrágicas víricas, cadáveres expuestos a productos radioactivos, paludismo,
ántrax o carbunco y VIH, requieren permiso escrito de
Artículo 51.—Legitimación para realizar los trámites de exhumación.
La exhumación solo puede ser solicitada por parientes directos consanguíneos o
afines, o por autoridad competente.
Artículo 52.—Requisitos indispensables. Las exhumaciones, sean
internas o externas, se harán siempre en presencia del encargado del cementerio
y de dos testigos.
Artículo 53.—Exhumaciones ordinarias. En el caso de abandono de
derechos por parte de sus propietarios,
a. Notificar
a los familiares cercanos, si los hay, con ocho días naturales de antelación.
b. Levantar un acta donde conste: el nombre y apellidos del fallecido,
fecha de inhumación, número de lote y ubicación el nicho, causa de muerte y
destino final de los restos.
CAPÍTULO
VIII
De
los costos de los servicios
Artículo 54.—De los rubros a cobrar.
a- Servicio
de mantenimiento anual.
b- Alquiler de nichos.
c- Renovación de arrendamiento nicho.
d- Adquisición de derecho.
e- Renovación de derecho.
f- Inhumación.
g- Exhumaciones de restos.
h- El traspaso de derechos.
i- Permiso de construcción.
Artículo 55.—Costo del servicio.
Artículo 56.—Costo de alquiler de nichos. El costo del alquiler
de nichos del primer quinquenio será igual al monto que se cobra a los
titulares de los derechos por concepto de mantenimiento anual de las bóvedas,
tomando como referencia el monto vigente al momento de otorgarse el
arrendamiento. En caso de que se extendiera el arrendamiento por los motivos
señalados en este reglamento el costo aplicable se establecerá tomando como
base el monto anual de la cuota de mantenimiento vigente en el momento de la
renovación.
Artículo 57.—Costo por traspaso, renovación o reposición. El
costo del traspaso, renovación o reposición de título de derecho de bóveda
sencillo, será igual al resultado de la aplicación de un 35% del total de una
cuota del mantenimiento anual. El costo del traspaso, renovación o reposición
de título de derecho de bóveda doble será igual al resultado de la aplicación
de un 50% del total de la cuota del mantenimiento anual.
Artículo 58.—Costo por inhumación. El costo de inhumación se determinará
por el valor de mercado de los componentes que se detallan a continuación, más
un veinte por ciento:
A. Para
bóveda sencilla y doble no subterránea:
• 1
carretillo de arena
• ½ saco de cemento
• 24 ladrillos
• 1 hora salario bruto de operativo 4 (a la fecha de cálculo).
B. Para
bóveda doble subterránea:
• 3
carretillo de arena
• 1.½ saco de cemento
• 80 ladrillos
• 2 horas salario bruto de operativo 4 (a la fecha de cálculo)
Artículo 59.—Costo por exhumación. El
costo de exhumación se determinará por el valor de mercado de los componentes
que se detallan a continuación, más un veinte por ciento:
A. Para
bóveda sencilla y doble no subterránea
• 1
carretillo de arena
• ½ saco de cemento
• 24 ladrillos
• 2 horas salario bruto de operativo 4 (a la fecha de cálculo)
B. Para
bóveda doble subterránea
• 3
carretillo de arena
• 1.½ saco de cemento
• 80 ladrillos
• 3 horas salario bruto de operativo 4 (a la fecha de cálculo)
Artículo 60.—Costo por permiso de
construcción. El costo del permiso de construcción será igual a una cuota
mantenimiento anual aplicando el monto establecido para el momento de la
construcción. El costo del permiso de reparación o remodelación que no implique
levantamiento de nuevas edificaciones, sino mejoras de las existentes, será el
equivalente a un 50% de una cuota mantenimiento anual.
CAPÍTULO
IX
Disposiciones
finales
Artículo 61.—Reserva del derecho de
admisión.
Artículo 62.—De la atención al público. La oficina del
Cementerio permanecerá abierta al público de lunes a jueves de las 8:00 a. m. a
las 4:00 p. m. y los viernes de las 8:00 a. m. a las 3:30 p. m.
Artículo 63.—Transitorio. Las disposiciones de este reglamento
entraran en vigencia a partir de su publicación, salvo lo referente a costos de
mantenimiento cuya entrada en vigencia se dará una vez que se realice la
respectiva publicación de los nuevos costos.
Artículo 64.—Derogatorias. Este reglamento deroga cualquier
otra disposición que se le oponga.
En caso de existir observaciones al presente
Proyecto, las mismas se recibirán en
Lic. Juan Pablo Hernández Cortés, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2011082516).
MUNICIPALIDAD DE LIBERIA
Trascripción del acuerdo del Concejo
Municipal de Liberia, artículo segundo, capítulo segundo, inciso 1, acuerdo 1
de la sesión ordinaria Nº 05-2011, celebrada el 31 de enero de 2011, que dice:
Inciso 1: Informe de
3.1. Se da lectura al acuerdo del Concejo Municipal
de Liberia, artículo quinto, capítulo quinto, de la sesión ordinaria Nº
45-2010, celebrada el 8 de noviembre de 2010, referente a moción presentada por
la regidora Marcela Avilés, donde solicitan a
Acuerdo 01-01-2011: Se recomienda al Concejo
Municipal de Liberia, se modifique el Reglamento de Sesiones y Comisiones
Municipales, en sus artículos 2, 4, 42, 60, 65, para que en adelante se lea
correctamente lo siguiente:
MODIFICACIÓN
DEL REGLAMENTO
DE
SESIONES Y COMISIONES MUNICIPALES,
EN
SUS ARTÍCULOS 2º, 4º, 42, 60, 65
Artículo 2°—Las sesiones ordinarias del
Concejo se celebraran los días lunes a partir de las 5 p. m.
Artículo 4°—Las sesiones ordinarias y
extraordinarias se efectuarán en
Artículo 42.—Una vez designadas las
comisiones por la presidencia municipal, sus miembros en la sesión de
instalación que deberá celebrarse dentro de los ocho días siguientes nombrará
de su seno un presidente (a), un vicepresidente (a) y un secretario (a). Las
reuniones de las Comisiones se realizarán en
Artículo 60.—Toda sesión dará inicio a las 17
horas y durará hasta que se agote la agenda, no pudiendo pasar de las 12 de la
noche.
Artículo 65.—Los gastos por transporte
mencionados en el artículo anterior se pagarán de acuerdo a la tarifa que para
las diferentes rutas de autobuses que ha establecido el MOPT y
Liberia, 19 de setiembre del 2011.—Karla
Ortiz Ruiz, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—(IN2011083095).
DIVISIÓN
GESTIÓN Y DESARROLLO
COMUNICADO
AL PÚBLICO EN GENERAL
El Banco Central de Costa Rica, en
cumplimiento del inciso a) artículo 14 “Publicaciones” de su Ley Orgánica, puso
a disposición del público en la página web de esta entidad, en la dirección
www.bccr.fi.cr, en el renglón de “Estados Financieros” los estados financieros
correspondientes al mes de setiembre del 2011.
Rodrigo Madrigal Fallas, Director Departamento de Contabilidad.—1 vez.—O. C. Nº 11731.—Solicitud Nº 1610.—C-7820.—(IN2011082083).
VICERRECTORÍA
DE VIDA ESTUDIANTIL
AVISOS
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
ORI-3913-2011.—Araya Guzmán María Cristina,
R-277-2011, costarricense, cédula de identidad número 3-0419-
ORI-3638-2011.—Monge
Corella Stephanie Laura, R-237-2011, costarricense, cédula de identidad Nº
2-0607-
ORI-3931-2011.—Botero
Salgado Juan José, R-259-2011-B, colombiano, residente permanente:
ORI-3896-2011.—Rodríguez
Hernández Natalia, R-228-2011, costarricense, cédula de identidad Nº 1-1010-
ORI-3802-2011.—Morales
Jiménez Freddy Gerardo, R-250-2011, costarricense, cédula de identidad número
6-0357-
ORI-3756-2011.—Höbel Gerlinde, R-252-2011, alemana, pasaporte C4FZPNP96, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctora en Ciencias Naturales (Doctor Scientiae), Universidad ULM, Alemania. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 29 días del mes de setiembre del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114612.—Solicitud Nº 38619.—C-27020.—(IN2011082974).
ORI-3696-2011.—Dolmus
de Will Eladia Ursulina, R-185-2011, nicaragüense, cédula de residente
permanente
ORI-3253-2011.—Domínguez
de Gutiérrez Xiomaida Josefa, R-214-2011, panameña, pasaporte:
ORI-3750-2011.—Ureña
Aguilar Nelson David, R-242-2011, costarricense, cédula Nº 1-1354-
ORI-3810-2011.—Gutiérrez
Simes Marcos Vinicio, R-244-2011, costarricense, cédula de identidad número
1-1267-
ORI-3734-2011.—Calvo
Santana Amanda, R-246-2011, costarricense, cédula de identidad 1-0994-
ORI-3762-2011.—Ríos González Marina Estebana,
R-245-2011, nicaragüense, pasaporte: C
ORI-3937-2011.—Jiménez
Flores Milena, R-262-2011, costarricense, cédula de identidad Nº 2-0563-
ORI-3943-2011.—Masís
Picado Rafael Ángel, R-264-2011, costarricense, cédula de identidad Nº 1-1303-
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ORI-3922-2011.—Calderón
Elizondo Luis Manuel, R-258-2011, costarricense, cédula de identidad número
1-1239-
ORI-3907-2011.—Viñas Sánchez
José Manuel, R-268-2011, cubano, refugiado libre condición número
ORI-3917-2011.—Llancaleo
Curihuentro Cristian Gabriel, R-274-2011, chileno, residente temporal libre
condición número
ORI-3911-2011.—Budinich
Almarza Daniela Emma, R-265-2011, chilena, pasaporte número 15.931.369-
ORI-3919-2011.—Poitevin Mencos
Juan Manuel, R-271-2011, guatemalteco, pasaporte número
ORI-3640-2011.—Cordero Sibaja
Rafael Eduardo, R-240-2011, costarricense, cédula de identidad: 1 0710
ORI-3753-2011.—Núñez Chacón
Gabriela, R-254-2011, costarricense, cédula Nº 1 1264
ORI-3768-2011.—Delgado Martínez Domingo Ernesto, R-256-2011, español, pasaporte XDA239139, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero Civil, Universidad Central de Las Villas, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 29 días del mes de setiembre del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114612.—Solicitud Nº 38619.—C-27020.—(IN2011082970).
ORI-3893-2011.—Montes Toro
Beatriz Adriana, R-273-2011, colombiana, cédula de residente temporal
ORI-3935-2011.—Duque Jordán
Luis Pablo, R-275-2011, guatemalteco, pasaporte:
ORI-3886-2011.—Molano Velandia
Claudio Ricardo, R-278-2011, colombiano, cédula de residente permanente
ORI-3916-2011.—Montoya
Madrigal Cira, R-267-2011, costarricense, cédula de identidad 3-0357-
ORI-3639-2011.—Castellón
Elizondo Erick, R-234-2011, costarricense, cédula de identidad: 1 1036
ORI-3902-2011.—Castro Mora
Milena Argentina, R-270-2011, costarricense, cédula de identidad 1-1128-
ORI-3782-2011.—Chacón Marín
Yajaira, R-235-2011, costarricense, cédula de identidad número 6-0358-
ORI-3586-2011.—Richards
Bimghan Kareem Uval, R-238-2011, costarricense, cédula de identidad número
APROBACIÓN
NOMBRAMIENTO DIRECTOR INTERINO
ÁREA
DE SALUD DE BUENOS AIRES
San José, 30 de setiembre del 2011.—Dra. Rosa Climent Martín, Gerente de División Médica.—1 vez.—RP2011262572.—(IN2011081931).
AVISOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
A Natasha Viviana Espinoza Mesén, mayor,
costarricense, demás calidades desconocidas, se le comunica la resolución
administrativa de las once horas con treinta minutos del siete de octubre de
dos mil once, que dicta resolución de ubicación en familia potencialmente
adoptiva a favor de la persona menor de edad Josué David Espinoza Mesén.
Indicándose que debe señalar lugar para oír notificaciones. Garantía de
defensa: Se les previene a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o
representar por un profesional en derecho de su elección, y tener acceso al
estudio y revisión del expediente administrativo. Contra esta resolución
proceden los recursos de revocatoria y de apelación, los que deberán interponerse
dentro de los tres días siguientes a partir de su notificación, siendo
competencia de esta oficina Local resolver el de revocatoria, el de apelación
corresponderá a
Al señor Erick
Mauricio González Badilla, se le notifica que mediante resolución de las once
horas del cuatro de octubre del dos mil once, se resolvió: ordenar el cuido
provisional de las personas menores de edad Kiara Jarel González Varela, bajo cuidados
y responsabilidad de la tía materna señora Zoila María Ruiz Muñoz, cédula
1-133-425. Lo anterior por un periodo máximo de seis meses, mientras se
profundiza en la intervención institucional, y mientras no sea revocado en vía
administrativa o judicial. Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de apelación ante
A Geiny Vega Rubí y
Mario Jiménez Espinoza, se les comunica la resolución de este Despacho, de las
14:00 horas del nueve de agosto del dos mil once, en la cual se ordenó la
medida de cuido provisional, en beneficio de la joven María José Jiménez Vega,
hasta por seis meses, en el hogar de su abuela materna, señora Bernardina Rubí
González. Recursos: Contra la resolución dicha procede el recurso de apelación,
el cual deberá interponerse ante este Órgano Director en el transcurso de las
cuarenta y ocho horas hábiles siguientes a partir de la tercera publicación de
este edicto, quien lo elevará para que sea resuelto por
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Se le comunica a la señora Mariela Antonia
Estrada D., nicaragüense, que por resolución de la representación legal de esta
oficina local de San José Este, de las nueve horas y quince minutos del día
once de octubre del dos mil once, se revoca parcialmente la medida de
protección de las catorce horas del diecinueve de setiembre del año dos mil
once, en cuanto al abrigo provisional del niño Félix Antonio Zepeda Estrada, en
el Albergue Lincoln, para que el mismo sea ubicado en el Hogar del Sol,
albergue transitorio de Desamparados. Que se revoca la resolución de las diez
horas y quince minutos del día once de octubre del año dos mil once. Revocar la
medida de protección de las once horas del veintisiete de setiembre del año dos
mil once, dictada por esta oficina local, donde se le confiere medida de abrigo
temporal en
Se le comunica
formalmente a la señora Marianela Romero Calvo, portadora de la cédula Nº
6-248-271, la resolución de las 08:00 horas del día 30 de agosto del 2011,
mediante la cual se ordenó como medida especial de protección el cuido
provisional de su hija Ashly Keren Bonilla Romero, bajo la responsabilidad de
los señores Ana Cecilia Serrano Calvo y Rodrigo Ortega Molina. Se ordenó
seguimiento psico-social de la niña, la familia recurso e intervención
psico-social con progenitores en caso de que deseen reasumir el cuido y
protección de su hija. Garantía de defensa: Se le hace saber que tiene derecho
a hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho de su elección,
a tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo
concerniente existe en
A Álvaro Vargas
Mejías, se le comunica
A los señores
Katherine Ulloa Campos, cédula cuatro-ciento ochenta y siete-cero cuarenta y
siete y Greivin González Alfaro cédula cinco-trescientos dos-trescientos
setenta y siete, de domicilio actual y demás calidades desconocidas por esta
Oficina Local, se les notifica resolución de las catorce horas del cinco de
octubre de dos mil once, se dicta inicio de proceso especial de protección a
favor de sus hijos Alison Fabela González Ulloa, Nicole Valeria y Gerzon Ambos
Picado Ulloa y Dereck Rafael Arguedas Ulloa. Asimismo que dictó cuido
provisional a favor de Alison y de Dereck, ubicándolos con la abuela materna la
primera y con la abuela paterna el segundo, además se remitió el expediente al
Área Psico-social para la respectiva intervención. Plazo para oposiciones
cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de este edicto,
mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se le comunica formalmente a
los señores Mariana Marín García y Walding David Vanegas Mendoza, la resolución
de las catorce horas del día treinta de setiembre del dos mil once, mediante la
cual se ordenó como medida especial de protección el cuido provisional de su
hija Shaina Danisha Vanegas Marín, nacida el 18 de junio del 2005 bajo la
responsabilidad de su bisabuela Tomasa Medrano Vado por el plazo de seis meses
que vence el día treinta de marzo del dos mil doce. Se ordenó seguimiento
psico-social de la niña, la familia recurso e intervención psico-social con
progenitores en caso de que deseen reasumir el cuido y protección de su hija.
Garantía de defensa: se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o
representar por un profesional en derecho de su elección, a tener acceso al
estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe
en
RCS-227-2011.—Resolución
del Consejo de
“Se resuelve recurso de reconsideración presentado por el Instituto
Costarricense de Electricidad (ICE) en contra de la resolución Nº RCS-128-2011
del Consejo de
Resultando:
I.—Que mediante resolución Nº RCS-477-2010 de
las 14:00 horas del 8 de noviembre del 2010, este Consejo estableció el “Procedimiento
interno para la remisión al Poder Ejecutivo de recomendaciones técnicas para el
otorgamiento de enlaces de microondas en frecuencias de asignación no
exclusiva”.
II.—Que producto de las diversas resoluciones para la concesión directa
de enlaces microondas otorgadas a Azules y Platas S. A., y Claro CR
Telecomunicaciones S. A., en bandas de uso no exclusivo, se determinó que el
administrado podría hacer modificaciones a la localización del enlace, altura
de la antena, equipos y cualquier otro ajuste técnico necesario, previa
aprobación del Consejo de
III.—Que para efectos de lo anterior, el Consejo de esta
Superintendencia emitió el pasado 15 de junio del 2011, mediante resolución Nº
RCS-128-2011 el “Procedimiento para la atención de solicitudes de
modificación en los enlaces de microondas adecuados o concesionados mediante
Acuerdo Ejecutivo”.
IV.—Que la resolución del Consejo de esta Superintendencia Nº
RCS-128-2011 fue publicada en el Diario Oficial
V.—Que con fecha 11 de agosto del 2011, el Instituto Costarricense de
Electricidad (ICE) presentó Recurso de Reconsideración en contra de la
resolución Nº RCS-128-2011 del 15 de junio del 2011.
VI.—Que se han realizado las diligencias útiles y necesarias para el
dictado de la presente resolución.
Considerando:
I.—Análisis de los aspectos formales de
los recursos.
(1) En
cuanto a la legitimación activa para la presentación del recurso, el mismo fue
presentado por la señora Julieta Bejarano Hernández, quien cuenta con
facultades de apoderada generalísima sin límite de suma del Instituto
Costarricense de Electricidad (ICE) de conformidad con la certificación
notarial presentada junto con el recurso. Asimismo, en su condición de
concesionario de enlaces microondas, para efectos de cualquier modificación en
los términos establecidos en la resolución Nº RCS-128-2011 el Instituto
Costarricense de Electricidad (ICE) debe cumplir con el procedimiento
establecido en dicha resolución. Por lo anterior, se considera que el
recurrente ostenta legitimación activa para actuar, a la luz de lo establecido
en los artículos 275, 282, 283 y 342 de
(2) En
cuanto a la interposición de los recursos se verificó que la resolución Nº
RCS-128-2011 fue debidamente publicada en el Diario Oficial
II.—Sobre los argumentos del recurso.
1. Sobre el Decreto Ejecutivo Nº 33797-MJ-MOPT. El recurrente realiza un amplio y detallado
análisis del Decreto Ejecutivo Nº 33797-MJ-MOPT publicado en el Diario Oficial
Al respecto, señala como parte de sus
argumentos que el Transitorio II del referido Decreto Ejecutivo establece que
será responsabilidad de cada dependencia pública la transformación de datos
referenciados atinentes a sus tareas de competencia institucional en los
anteriores sistemas de proyección cartográfica Lambert Costa Rica Norte y
Lambert Costa Rica Sur al nuevo sistema de proyección cartográfica CRTM05.
Como parte de la petitoria solicita
corregir el “Procedimiento interno para la remisión al Poder Ejecutivo de
recomendaciones técnicas para el otorgamiento de enlaces de microondas en
frecuencias de asignación no exclusiva” con el fin de utilizar
En este sentido, esta Superintendencia
ha venido utilizando para efectos de ubicación de emplazamientos el sistema de
coordenadas que se basa en la proyección del elipsoide de referencia WGS84[1] el
cual permite la notación de coordenadas en formato de latitud y longitud
(DDºdd’dd.dd’’) o en formato decimal (DD.dddddd).
Incluso, este formato ha sido utilizado
por el mismo ICE para efectos de presentación de informes requeridos por esta
Superintendencia. Tal es el caso de las notas 15-0078-2010, 159-169-2010, y
otras correspondientes al 2010 y más recientemente y durante todo el 2011
oficios tales como el 264-297-2011 y 264-303-2011 entre otros. Adicionado a
ello, los receptores del Sistema de Posicionamiento Global (GPS, por sus siglas
en inglés) disponibles comercialmente registran las ubicaciones de los sitios
en coordenadas WGS84, por lo que solicitar la información convertida a CRTM05
además de requerir mayor procesamiento por parte del solicitante, también
requeriría una nueva transformación por parte de
Finalmente, de conformidad con el
inciso a) ii) del artículo 75 de
“(…) presentar a
Por lo tanto no es de recibo el
argumento del recurrente según las justificaciones descritas anteriormente.
2. Sobre las observaciones al Procedimiento.
En cuanto al apartado de Definiciones. El recurrente solicita modificar el término
“Nombre del emplazamiento” así como precisar la definición de “Downtilt”.
Al respecto, efectivamente la definición de nombre del emplazamiento contenida
en la resolución corresponde a un concepto de radioenlace por lo que procede su
modificación conforme lo indicado en el recurso.
Por otra parte, en el caso de la definición de Downtilt, tal y como se
indica en el recurso, efectivamente la misma carece de un fundamento técnico
por lo que queda sujeta a interpretación tal y como argumenta el recurrente. En
este sentido y por considerarse ambigua la definición incluida en la resolución
recurrida, corresponde realizar el ajuste respectivo en este apartado.
En cuanto al apartado de Alcances.
Señala el recurrente que el inciso (i) contradice el sentido del procedimiento
al hacer referencia a una serie de cambios que no deben someterse a lo
dispuesto en el procedimiento. Al respecto, no se trata de una contradicción
sino de una enumeración de cambios que no requieren de una autorización de esta
Superintendencia en los términos del procedimiento establecido en la resolución
recurrida ya que no varían las condiciones generales de operación de los
enlaces. De esta forma, el objetivo del procedimiento consiste en flexibilizar
el proceso de modo que estos cambios poco significativos no requieran de un
trámite de aprobación. En este sentido, se trata de supuestos en donde los
cambios por implementar se encuentran relacionados con equipos no críticos,
cableados, conectores, entre otros.
Para efectos de precisión en estos
cambios, y en vista de que efectivamente señalar “otros cambios”
constituye un concepto muy general para efectos de establecer aquellos casos en
los que no se requiere la aplicación del presente procedimiento, se acoge la
recomendación del recurrente en cuanto a eliminar esta referencia y en su lugar
se señalan de manera taxativa los supuestos en los que no aplica el
procedimiento descrito. Por lo anterior, se aclara que los cambios en los
enlaces que no deben someterse al procedimiento definido en la resolución Nº
RCS-128-2011 son aquellos correspondientes a equipos no críticos, cableados,
conectores y supresores.
___________________
[1] El Sistema
Geodésico Mundial WGS-84 es un sistema de referencia terrestre convencional
(Conventional Terrestrial Reference System - CTRS) y en su definición se apega
con las recomendaciones del “Servicio Internacional de Rotación de
http://www.iers.org/nn_11216/IERS/EN/Publications/TechnicalNotes/tn21.html
En relación con el inciso (ii) y lo
indicado con respecto al requisito de un registro actualizado en formato
digital de cada una de las bandas de frecuencias y enlaces ya concesionados, el
recurrente solicita aclarar a quién le corresponde su preparación y el formato
por utilizar. Al respecto, se aclara que el formato por utilizar para estos
efectos se encuentra disponible en la siguiente página: http://www.sutel.go.cr/Ver/Contenido/frecuencias/102 (enlaces
microondas.xls) y la presentación deberá realizarla el concesionario
interesado.
En cuanto al apartado de
Restricciones. De conformidad con los argumentos del recurso, no existe un
fundamento técnico razonable que justifique la restricción de permitir cambios
únicamente al 40% de los enlaces concesionados mediante un acuerdo ejecutivo
determinado. Al respecto, dicho porcentaje se estableció con el fin de asegurar
la formalidad y confiabilidad de la mayoría de la información presentada, para
asegurar que las solicitudes iniciales de enlaces se apeguen a los datos
realmente implementados en los distintos emplazamientos. De esta forma, los
análisis de factibilidad e interferencias se mantendrán para el 60% o más de
los enlaces solicitados.
Asimismo, con esta condición se asegura
que la mayoría de los enlaces presentados se realicen en sitios ya contratados
o adquiridos por las empresas en vez de que sean solicitados con base en sitios
proyectados sobre los cuales aún no se cuenta con la certeza de su elección.
Por lo anterior, se rechaza la
solicitud presentada por el ICE en cuanto a eliminar la condición establecida
en relación con la aplicación del presente procedimiento a únicamente el 40% de
los enlaces concesionados mediante un acuerdo ejecutivo determinado.
En relación con lo indicado en el
inciso (iii), en cuanto a que el procedimiento establecido en la resolución
recurrida podría excluir la atención de solicitudes que realice el ICE debido
que ninguna de las concesiones con las que cuenta el Instituto ha sido obtenida
mediante la utilización del procedimiento establecido en la resolución Nº
RCS-477-2010, se trata de una conclusión errónea. Lo anterior por cuanto, el
objetivo de este inciso es establecer
Con base en el principio de no
discriminación dispuesto en el artículo 3º inciso g) de
En cuanto al apartado de
Procedimientos. Como una recomendación en cuanto a la redacción de los
incisos, se indica en el recurso que tanto el inciso (ii) como el (iii)
utilizan el concepto de “enlaces microondas modificados” para referirse
a los enlaces que se pretenden modificar por medio del procedimiento
establecido en la resolución recurrida. Al respecto, el argumento es válido en
el tanto efectivamente no se trata de enlaces modificados sino de enlaces sobre
los que se pretende implementar una serie de cambios por medio del
procedimiento establecido para tales efectos.
En cuanto a lo indicado con respecto a
la disponibilidad de la información del presente procedimiento, el mismo se describe
en la página Web: http://www.sutel.go.cr/Ver/Contenido/frecuencias/102.
Por otra parte, se indica que en el
inciso (i) del apartado correspondiente a “Procedimientos” se requiere
aclarar si el análisis de comprobación de la concesión se encuentra dentro de
los tres días hábiles mencionados al inicio del párrafo. Al respecto, se aclara
que tanto la verificación de que existan en trámite solicitudes que incluyan
los enlaces para los cuales se solicita modificación, como el análisis de
comprobación de la concesión al que hace referencia el recurso, se deben
realizar dentro del plazo de tres días hábiles establecido en el inciso.
En el caso del plazo de cinco días
hábiles indicado en el inciso (iv) el mismo contará a partir de que
Por otra parte, el recurrente
interpreta en forma errónea lo indicado en el inciso (v) de este apartado, en
cuanto a la verificación de requerimientos técnicos ya que considera que la
misma se realiza al momento de recibir la solicitud en los términos del inciso
(ii). Al respecto, el inciso (ii) corresponde a la verificación que hace
“(ii) Dentro de los tres días hábiles
siguientes,
Asimismo, se debe tomar en cuenta que
la verificación de requerimientos técnicos indicada en el inciso (v) únicamente
podrá llevarse a cabo una vez que la información haya sido presentada en forma
correcta y se encuentre completa. No obstante, se plantea una nueva redacción
del inciso en donde únicamente se hace referencia al plazo que tendrá el
Consejo para efectos de resolver la solicitud presentada.
En cuanto al apartado de Anexos.
En el apartado de Anexos así como en todos aquellos textos donde se hace
referencia al término enlaces, se recomienda sustituir la palabra “Enlace”
por el término establecido en
Otras observaciones. Como parte de los argumentos del recurso,
se propone adicionar un “Procedimiento Abreviado y Acelerado para los
ajustes de ancho de banda de la canalización asignada a un operador” en los
términos que indica en el recurso. En vista de que el procedimiento establecido
en la resolución recurrida no hace referencia a un procedimiento de este tipo,
ni contempla el establecimiento de procedimientos adicionales a los que se
definen en la resolución, no procede valorar mediante esta resolución del
recurso presentado la inclusión de un nuevo procedimiento o un procedimiento
distinto al establecido. Asimismo, un incremento en el ancho de banda
manteniendo el mismo esquema de modulación necesariamente requerirá el
otorgamiento de nuevos canales y por ende frecuencias por lo que no resulta
aplicable el procedimiento establecido.
Con respecto a las observaciones al procedimiento, corresponde incluir
aquellas que permitan su aclaración o bien una mejor implementación del mismo a
partir de la precisión de conceptos y demás argumentos presentados por el
recurrente. En este sentido corresponde modificar los siguientes apartados en
la resolución:
¡ Precisar los conceptos de
nombre de emplazamiento y downtilt en el apartado de Definiciones.
¡ Modificar el apartado
correspondiente a Alcances con el fin de incluir las observaciones relacionadas
con supuestos excluidos del procedimiento e información que deberán presentar
los solicitantes.
¡ Sustituir en el
apartado correspondiente a Procedimientos la referencia a “enlaces microondas
modificados” por “enlaces microondas con cambios propuestos”.
¡ Sustituir en el apartado
correspondiente a Procedimientos el inciso relacionado con el plazo con que
cuenta el Consejo de
¡ Modificar en el
Apartado de Anexos la palabra enlace por radioenlace.
Por tanto:
Con fundamento en el mérito de los autos, los
resultandos y considerandos precedentes y lo establecido en
EL
CONSEJO DE
DE
TELECOMUNICACIONES, RESUELVE:
I.—Acoger parcialmente el recurso de
reconsideración presentado por el Instituto Costarricense de Electricidad en
contra de la resolución Nº RCS-128-2011 de las 12:10 horas del 15 de junio del
2011, y modificar esta resolución únicamente en los apartados que se indican en
el siguiente punto.
II.—Modificar la resolución Nº RCS-128-2011 de las 12:10 horas del 15
de junio del 2011, únicamente en los siguientes extremos a efecto de incorporar
el texto que se indica:
En el apartado a) Definiciones,
Nombre del emplazamiento: Corresponde al
nombre de cada sitio que conforman el radioenlace.
Agregar a la definición de DOWNTILT, el
concepto “grado de inclinación”.
En el apartado b) Alcances:
(i) Existen cambios que no varían las
condiciones generales de la operación e los enlaces concesionados (equipos no
críticos, cableados, conectores, supresores) los cuales previa valoración de la
solicitud presentada y a criterio de
(ii) El solicitante deberá contar con un
registro actualizado en formato digital en una hoja de cálculo por cada una de
las bandas de frecuencias y enlaces ya concesionados, donde se muestre la
información actual de cada uno de los enlaces siguiendo el formato establecido
en la página Web: http://www.sutel.go.cr/Ver/Contenido/frecuencias/102
(enlaces microondas.xls).
En el apartado (d) Procedimientos:
(ii) Adjuntar a esta solicitud la información
técnica detallada por enlace microondas con los cambios propuestos acorde a
este procedimiento según se describe en el punto 1 de la sección de anexos.
(iii) Enviar la información de los enlaces
microondas con los cambios propuestos en formato digital requerido por
(…)
(v) Una vez concluidas las simulaciones de las
modificaciones solicitadas, el Consejo de
En los anexos:
Sustituir el término “nombre del enlace” por
“nombre del radioenlace”.
Acuerdo firme.
Comuníquese.—Guiselle Zamora
Vega, Secretaria a. í.—1 vez.—O. C. Nº 0394-11.—Solicitud Nº 36344.—C-338330.—(IN2011083453).
CONVOCA
A AUDIENCIA PÚBLICA
Para
exponer la siguiente propuesta tarifaria planteada por la empresa Lared Ltda.,
para ajustar las tarifas de las rutas 80, 80A, 84, 85 y 86 descritas como San
José-San Rafael Abajo de Desamparados y viceversa (modalidades autobús y
busetas), San José-San Juan de Dios de Desamparados y viceversa, San José-San
Rafael Arriba de Desamparados y viceversa, San José-Poás de Aserrí y viceversa;
y por corredor común las rutas 04 BS, 74-76 BS,
DESCRIPCIÓN RUTAS |
Tarifas (en colones) |
Incremento Regular |
||||
Vigentes |
Propuestas |
|||||
Regular |
Adulto Mayor |
Regular |
Adulto Mayor |
Absoluto (¢) |
Porcentual |
|
Rutas 80-80A-84-85-86: San José-San Rafael-San
Juan-Poás |
|
|
|
|
|
|
San José-San Rafael Abajo |
195 |
0 |
225 |
0 |
30 |
15,38% |
San José-San Rafael
Abajo-B° Las Fuentes |
195 |
0 |
225 |
0 |
30 |
15,38% |
San José-San Rafael
Abajo-B° Valencia |
195 |
0 |
225 |
0 |
30 |
15,38% |
San José-San Juan de Dios
de Desamparados |
195 |
0 |
225 |
0 |
30 |
15,38% |
San José-San Rafael Arriba |
195 |
0 |
225 |
0 |
30 |
15,38% |
San José-Poas de Aserrí |
215 |
0 |
250 |
0 |
35 |
16,28% |
San José-Poás-San José de
la Montaña |
215 |
0 |
250 |
0 |
35 |
16,28% |
San José-Poás-Lámparas |
215 |
0 |
250 |
0 |
35 |
16,28% |
Corredor Común |
||||||
Ruta 04 BS: San José-San
Rafael Abajo- |
|
|
|
|
|
|
San José-San Rafael
Abajo-La Florita-Santa Cecilia |
150 |
0 |
225 |
0 |
75 |
50,00% |
Ruta 74-76 BS: San José-B°
San Martín-Umará y Zorobarú-Luna Park (Busetas) |
|
|
|
|
|
|
San José-B° San Martin-Umará |
180 |
0 |
225 |
0 |
45 |
25,00% |
San José-Zorobarú-Luna Park |
180 |
0 |
225 |
0 |
45 |
25,00% |
Ruta |
|
|
|
|
|
|
San José-San Rafael Abajo |
160 |
0 |
225 |
0 |
65 |
40,63% |
Ruta 81: San José-San
Sebastián-López Mateos |
|
|
|
|
|
|
San José-San
Sebastián-López Mateos |
205 |
0 |
225 |
0 |
20 |
9,76% |
Ruta 83: San
José-Concepción de Alajuelita por San Sebastián |
|
|
|
|
|
|
San José-Concepción de
Alajuelita |
205 |
0 |
225 |
0 |
20 |
9,76% |
San José-Concepción-Vista
Real-Monte Alto |
205 |
0 |
225 |
0 |
20 |
9,76% |
Ruta 82: San José-San
Sebastián- Colonia Kennedy |
|
|
|
|
|
|
San José-San Sebastián-Colonia Kennedy |
165 |
0 |
225 |
0 |
60 |
36,36% |
Quien tenga interés legítimo podrá presentar su oposición o
coadyuvancia: en forma oral en la audiencia pública o por escrito firmado: -en
las oficinas de
Las oposiciones o coadyuvancias deben de estar sustentadas con las
razones de hecho y derecho, indicando un lugar exacto, correo electrónico o el
número de fax, para efectos de notificación por parte de
Las personas jurídicas deben interponer la oposición o coadyuvancia
por medio del representante legal de dicha entidad y aportar certificación de
personería jurídica vigente.
Se informa que los expedientes se pueden consultar en las
instalaciones de
*El servicio de autobuses Pavicén Escazú por Anonos (que pasan al
frente del Oficentro Multipark) salen aproximadamente cada 30 minutos de San
José (
Dirección General de Participación del Usuario.—Luis Fernando Chavarría Alfaro.—1 vez.—O. C. Nº 5992-2011.—Solicitud Nº 36343.—C-110710.—(IN2011083424).
SUPERINTENDENCIA
DE TELECOMUNICACIONES
AVISOS
CONTRATO
DE ACCESO E INTERCONEXIÓN
San José, 18 de octubre del 2011.—Maryleana Méndez Jiménez, Presidenta.—1 vez.—O. C. Nº 0394-11.—Solicitud Nº 36344.—C-13445.—(IN2011083450).
San José, 18 de octubre del 2011.—Maryleana Méndez Jiménez, Presidenta.—1 vez.—O. C. Nº 0394-11.—Solicitud Nº 36344.—C-13445.—(IN2011083451).
San José, 18 de octubre del 2011.—Maryleana Méndez Jiménez, Presidenta.—1 vez.—O. C. Nº 0394-11.—Solicitud Nº 36344.—C-13445.—(IN2011083452).
INSTITUTO
DE NORMAS TÉCNICAS DE COSTA RICA
Somete a consulta pública los siguientes
proyectos de norma:
PN INTE 16-10-01:2011, “Tubos de fibra de
vidrio (Resina termoestable reforzada con fibra de vidrio) para uso en sistemas
industriales y de alcantarillado a presión”. (Correspondencia: ASTM D 3754)
PN INTE 16-13-02:2011, “Tubos de fibra de
vidrio (Resina termoestable reforzada con fibra de vidrio) para uso en sistemas
de alcantarillado”.
(Correspondencia: ASTM D 3263)
PN INTE/ISO 2758:2011, “Papel - Determinación
de la resistencia a la explosión”.
(Correspondencia: ISO 2758)
PN INTE 06-02-20:2011, “Método estándar de la
prueba para la fuerza comprensiva de los morteros de cemento hidráulico”.
(Correspondencia: ASTM C 109M)
Se recibirán observaciones al anterior
proyecto de norma hasta el 16 de diciembre del 2011.
Para mayor información, comuníquese con
Carlos E. Rodríguez L., Director Ejecutivo.—1 vez.—RP2011262745.—(IN2011082428).
CONCEJO
MUNICIPAL
COMUNICA
Moción
Mora Miranda/ ref. cambio de fechas sesiones
ordinarias de
los meses de diciembre 2011
y enero 2012 del
Concejo Municipal
de Montes de Oca
Por las atribuciones que le confiere el
Código Municipal y el Reglamento Interior de Orden, Dirección, Comisiones y
Debates vigente, este Concejo Municipal acuerda:
1. En
cuanto a las Sesiones Ordinarias a celebrarse durante el mes de Diciembre del
2011: llevar a cabo las Sesiones Ordinarias correspondientes al mes de
Diciembre del año 2011, en la sala de sesiones del Concejo (3er piso Palacio
Municipal), los siguientes días:
• Lunes
05 de diciembre 2011, de 6:00 p. m. a 9:30 p.m., con el orden del día
establecido por reglamento para este tipo de sesión.
• Lunes 12 de diciembre 2011, de 6:00 p. m. a 9:30 p.m., con el
orden del día establecido reglamento
para este tipo de sesión.
• Lunes 19 de diciembre 2011, de 6:00 p. m. a 9:30 p.m, con el
Orden del día establecido por reglamento
para este tipo de sesión.
• Martes 20 de diciembre 2011, de 6:00 p. m. a 9.30 p.m., con el
Orden del día establecido reglamento
para este tipo de sesión. La anterior sesión sustituye la programada para el
día 26 de diciembre del año en curso.
2. En
cuanto a las sesiones ordinarias a celebrarse durante el mes de Enero del 2012:
llevar a cabo las sesiones ordinarias correspondientes al mes de enero del año 2012,
en la sala de sesiones del Concejo (3er piso Palacio Municipal), los
siguientes días:
• Lunes
16 de enero 2012, de 6:00 p. m. a 9:30 p. m., con el orden del día establecido
por reglamento para este tipo de sesión.
• Miércoles 18 de enero 2012, de 6.00 p. m. a 9.30 p.m., con el
orden del día establecido por reglamento
para este tipo de sesión. La anterior sesión sustituye la programada para el
día 02 de enero del 2012.
• Lunes 23 de enero 2012, de 6:00 p. m. a 9:30 p. m., con el Orden
del día establecido por reglamento para
este tipo de sesión.
• Miércoles 25 de enero 2012, de 6.00 p. m. a 9.30 p.m., con el
orden del día establecido por reglamento para este tipo de sesión. La anterior
sesión sustituye la programada para el día 09 de enero del 2012.
• Lunes 30 de enero 2012, de 6.00 p. m. a 9.30 p. m., con el orden
del día establecido por reglamento para este tipo de sesión.
3. Rige
a partir de su publicación en el Diario Oficial
Una vez conocida la anterior moción, por
solicitud del proponente el señor presidente del Concejo Municipal somete a
votación la dispensa de trámites de comisión del caso, quedando debidamente
aprobada por decisión unánime. (Vota Sibaja Calderón en sustitución de
Cervantes Mora). Así las cosas el señor presidente del Concejo Municipal somete
a votación la moción planteada por el regidor propietario Mora Miranda,
quedando debidamente aprobada por decisión unánime. (Vota Sibaja Calderón en
sustitución de Cervantes Mora). Acto seguido por solicitud del proponente y
para efectos de ejecución, el señor presidente del Concejo Municipal somete a
ratificación el anterior acuerdo, quedando definitivamente aprobado por la
misma cantidad de votos. (Vota Sibaja Calderón en sustitución de Cervantes
Mora).
Acuerdo tomado por el Concejo Municipal de Montes de Oca, en su sesión
ordinaria N° 76-2011, Artículo Nº 6.1, del 10 de octubre de 2011.
Lic. Geiner Mora Miranda, MAE, Presidente del Concejo Municipal.—Lic. Mauricio Antonio Salas Vargas, Secretario.—1 vez.—(IN2011082555).
Considerando:
I.—Que el 18 de agosto de 2011 en
2º—Que después de su publicación han transcurrido más de 10 días y se
ha cumplido con el plazo de consulta que estipula
Se ratifica el acuerdo de aprobación del
“Reglamento para el procedimiento de Cobro Administrativo Extrajudicial y
Judicial de
Kattia M. Salas Castro, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—(IN2011082591).
El
Concejo Municipal de San Rafael de Heredia, en Sesión Ordinaria Nº 03-2011,
celebrada el lunes 3 de octubre del 2011. acordó por unanimidad y en firme,
modificar las fechas de las Sesiones ordinarias del mes de diciembre del 2011,
de la siguiente forma: jueves 1, lunes 5, viernes 9 y lunes 12 todas a las
dieciocho horas con treinta minutos.
San Rafael de Heredia, 7 de octubre del 2011.—Damaris Ruiz Rojas, Secretaria.—1 vez.—(IN2011082200).
El Concejo Municipal de
Resolución
Nº 11-2011
Resultando:
1º—Que de acuerdo a lo establecido en el
artículo 69 del Código Municipal, el atraso en los pagos de tributos generará
multas e intereses moratorios, que se calcularán según el Código de Normas y
Procedimientos Tributarios.
Considerando:
I.—Que de acuerdo a lo establecido en el
artículo 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios
II.—Que los intereses establecidos en el artículo 57 del Código de
Normas y Procedimientos Tributarios se sustentan, mediante resolución emitida
por
III.—Que revisados los sistemas de informática
IV.—Que según la información suministrada por el Banco Central de
Costa Rica la tasa básica al 16 de setiembre del año 2011, es de un 7.50 por
ciento.
Sobre el Fondo:
Que ha quedado acreditado para la resolución
de este asunto que
Si se considera que al 16 de setiembre del año 2011, la tasa básica
emitida por el Banco Central de Costa Rica fue de un 7.50 por ciento y los
intereses no pueden exceder en más de diez puntos, por lo cual el porcentaje a
calcular asciende a un 17.50 por ciento.
Por
tanto:
Con fundamento en los argumentos expuestos y
de conformidad con los artículos 69 del Código Municipal el artículo 57 del
Código de Normas y Procedimientos Tributarios, esta Unidad Tributaria en el
ejercicio de sus facultades resuelve que la tasa de interés por haber efectuado
el pago de tributos fuera de término de la obligación en 1.46 por ciento
mensual, lo que representa un 17.50 por ciento anual. En este mismo se le
indica al Departamento de Informática que realice los cambios de los intereses
que a la fecha se han venido generando en la base de datos, por concepto de
servicios municipales e impuestos de patentes.
Resolución
No. 12-2011
Resultando:
1º—Que de acuerdo a lo establecido en el
artículo 69 del Código Municipal, el atraso en los pagos de tributos generará
multas e intereses moratorios, que se calcularán según el Código de Normas y
Procedimientos Tributarios.
Considerando:
I.—Que de acuerdo a lo establecido en el
Artículo 41 del Reglamento a
II.—Que los intereses establecidos en el artículo 41 del Reglamento a
III.—Que revisados los sistemas informáticos de
IV.—Que según la información suministrada por el Banco Central de
Costa Rica la tasa básica al 16 de setiembre del año 2011, es de un 7.50 por
ciento.
Sobre el Fondo:
Que ha quedado acreditado para la resolución
de este asunto que
Si se considera que al 16 de setiembre del año 2011, la tasa básica
emitida por el Banco Central de Costa Rica fue de un 7.50 por ciento y los
intereses no pueden exceder en más de quince puntos, por lo cual el porcentaje
a calcular asciende a un 22.50 por ciento anual.
Por
tanto:
Con fundamento en los argumentos expuestos y
de conformidad con los artículo 69 del Código Municipal, artículo 41 del
Reglamento a
Santa Bárbara de Heredia, 5 de octubre del 2011.—Beana C. Cubero Castro, Secretaria de Concejo.—1 vez.—(IN2011082906).
Trascripción del acuerdo del Concejo Municipal de Liberia, artículo
tercero, capítulo tercero de la sesión ordinaria Nº 42-2011, celebrada el 17 de
octubre de 2011, que dice:
Moción de orden presentada por
Haciendo conciencia que en la época de fin de
año, es una oportunidad para que se comparta y mantengan los valores
familiares, culturales, religiosos, razón por la cual se pretende hacer una
pausa durante los últimos días de diciembre y en cumplimiento al artículo 35
del Código Municipal establece “El Concejo acordará la hora y día de sus
sesiones y los publicara previamente en
- Sesiones ordinarias los días 5, 7, 12, 14
correspondientes una a cada semana del mes.
- Sesiones extraordinarias los días 2, 9.
Que se dispende del trámite de dictamen de comisión
y que sea definitivamente aprobado y que se publique en el Diario Oficial
ACUERDO
El Concejo Municipal de Liberia acuerda:
aprobar la moción de orden presentada por
Definitivamente aprobado por 7 votos
positivos de los Regidores Eugenio Román, Elena Sotela, Mario Baldioceda,
Álvaro Rosales, Mayela García, Dennis Baltodano y Eliécer Robles.
Liberia, 18 de octubre del 2011.—Karla Ortiz Ruiz, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—(IN2011083097).
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 53 de
Acuerdo N° 11: El Concejo Municipal en forma
unánime aprueba adherirse a la nueva publicación del Manual de Valores Base
Unitarios por Tipología Constructiva publicada por parte de
Grethel Delgado Guevara, Secretaria.—1 vez.—(IN2011082900).
En sesión ordinaria N°
75, celebrada por el Concejo Municipal de Nandayure el 05 de octubre de 2011,
se acordó primero: fijar como fecha de inicio para la recepción de las
Declaraciones Juradas de Bienes el 24 de octubre de 2011 y que la fecha de
finalización de recepción de declaraciones sea el 30 de marzo de 2012. Segundo:
que el lugar donde se recibirán las declaraciones serán las oficinas centrales
de
Nandayure, 18 de octubre del 2011.—Msc. Carlos Arias Chaves, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2011082574).
CONDOMINIO
RESIDENCIAL MAR DEL PLATA
A todos los propietarios del
Condominio Residencial Mar Del Plata. Se les convoca para el día sábado 19 de
noviembre del
SOCIEDAD
DEPORTES ORIGRANA SOCIEDAD ANÓNIMA
Se convoca a asamblea
extraordinaria de accionistas de
CLUB
DE PLAYA LAS GARZAS S. A.
El Club de Playa Las Garzas S. A., cédula jurídica
Nº 3-101-095095, convoca a asamblea ordinaria de socios, a celebrarse el sábado
3 de diciembre del 2011, en
Agenda
Asamblea Ordinaria
1. Lectura
y aprobación del acta de la asamblea ordinaria y extraordinaria Nº 39,
celebrada el 15 de enero del 2011.
2. Informe de
3. Informe de
4. Informe de
6. Elección de puestos de Junta Directiva: presidente (a), secretario
(a), vocal II, fiscal y fiscal suplente.
7. Mociones de los asociados. Deberán entregarse por escrito antes de
iniciar
Nota: tendrán derecho a participar con voz y voto, los socios que estén al día en sus obligaciones. (Acuerdo aprobado en Asamblea Ordinaria y Extraordinaria Nº 34 del 29-11-2008). Se refiere a cuotas de mantenimiento, agua, canon, intereses moratorios y cualquier otra obligación que haya pendiente.—Junta Directiva.—Lic. Jorge Iván Calvo León, Presidente.—1 vez.—(IN2011083817).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ronny Arce Gamboa, cédula número uno-cero
novecientos veintitrés-cero cuatrocientos cincuenta y dos, solicita ante
Para los efectos que establecen los artículos cuatrocientos setenta y nueve y siguientes del Código de Comercio, se cita a los acreedores e interesados de la sociedad Videos del Oeste e Itaba Sociedad Anónima, para que en el término de quince días siguientes a partir de la primera publicación, se presenten a hacer valer sus derechos en virtud de la venta del negocio comercial.—Lic. Róger Morales Calderón, Notario.—RP2011261464 y 262175.—(IN2011081293).
SEVEN
CAPITAL BUSINESS INC SOCIEDAD ANÓNIMA
Seven Capital Business Inc. Sociedad Anónima,
cédula jurídica Nº 3-101-473230, solicita ante
Herberth Ricardo
Campos Chavarría, cédula física: 4-0119-0726, solicita ante
PROMOVIL DE
COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Promovil de Costa Rica Sociedad Anónima,
cédula jurídica número 3-101-330814, anteriormente denominada Inmobiliaria y
Consultora Gamo S. A., misma cédula jurídica, solicita ante
BQ DE BRIBRI
SOCIEDAD ANÓNIMA
BQ de Bribri Sociedad Anónima, cedula
jurídica numero: tres ciento uno-diecisiete ochenta y cinco cuarenta y dos,
solicita ante
APARTAMENTOS
SANTA ELENA SOCIEDAD ANÓNIMA
Apartamentos Santa Elena Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-015371, solicita ante
TINTAS Y
LETRAS DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Tintas y Letras de Costa Rica Sociedad
Anónima, cédula Nº 3-101-60528 solicita ante
IMP EL MURO
S. A.
IMP El Muro S. A., cédula jurídica
tres-ciento uno-doscientos ochenta y ocho mil cuatrocientos noventa y siete,
solicita ante
CORPORACIÓN
PIRÁMIDE T R DE COSTA RICA
SOCIEDAD ANÓNIMA
Corporación Pirámide T R de Costa Rica
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-doscientos cuarenta y tres mil setecientos veinticinco, solicitó ante
COLEGIO
FEDERADO DE INGENIEROS
Y DE ARQUITECTOS DE
COSTA RICA
El Colegio Federado de Ingenieros y de
Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío de las bitácoras relacionadas
con los siguientes números de contratos y profesional a cargo:
Arq. Josué Gamboa Calvo, A-11459,
OC-511681-EX; Arq. Franklin Chavarría R., A-21221, OC-430391; Ing. Diego
Valerín Baudrit, IC-15125, OC-48995; Ing. Randall Contreras Centeno, ICO-5176,
OL-532493; Ing. Miguel Francisco Torres Rueda, IC-3643, OG-5256677; Ing.
Rodrigo Bustamante Vaz, IC-2950, OC-537553-EX; Ing. Fernando Moreira Esquivel,
IC-3237, OC-436874-EX; Ing. Rafael Alfaro Rubio, IT-TA-7353, Protocolo N°
14824; Ing. Ronald Rodríguez Calderón, ICO-3166, OL-492756-EX; Arq. Leonardo
Jiménez Calvo, A-16428, OC-522580; Arq. Alberto Campos Tioli, A-3781,
OC-5381004; Ing. Leiner González Mora, ICO-11655, OC-506250; Ing. Eduardo Cruz
Palma, ICO-14220, OC-524923-EX; Arq. Donald Loría Prendas, A-9550, OG-506457;
Arq. Guillermo Navarro Mairena, A-1973, OG-530561; Ing. Marco Antonio Peñaranda
Chinchilla, IC-7370, SC-498154-EX; Ing. Francisco Steller Segura, IC-18800,
OC-485419; Arq. Mario Leiva Soto, A-8065, OC-432732, OC-438230, OC-438229,
OC-439793 y OC-432729; Ing. Jaime J. Molina Ulloa, IC-1859, OC-516004; Ing.
Luis Villalobos Pacheco, IC-14301, OC-506057; Ing. Mauricio Roldán Torres,
IC-8080, OC-533256; Ing. Gilberto Rodríguez Vargas, ICO-10032, OC-535272; Ing.
Geovanni Rodríguez Rojas, IC-6905, OC-535690, 535680 y OC-535686; Ing. Luis
Garro Alvarado, ICO-6363, OC-517131; Ing. Charles Lewis Parks, IC-2464,
OL-501840; Ing. Gerardo Ramírez Chacón, IC-18122, OC-522637-EX; Ing. Shirley
Zárate Arroyo, IC-9326, OC-502457; Ing. Tobías Mena Aguilar, IC-5673,
OA-527029; Arq. Gloria González García, A-4701, OC-507558; Ing. Óscar Mario
Villalobos Gutiérrez, IC-20619, OC-535840; Ing. Róger Martínez Coto, IC-9310,
OC-532154; Ing. Mario Marín Rivera, IC-5988, OC-391996; Ing. Paulo César
Quesada Pacheco, ICO-6414, OC-521465; Ing. Eduardo González Ramírez, IC-16360,
OC-545270; Arq. Danny Morales Bolaños, A-11266, OC-537316; Ing. Freddy Rojas
López, IC-7710, OC-490032; Ing. Jorge Andrés Mata Solano, IC-6883, OC-445686;
Ing. Robert Laurent Sanabria, IC-6456, OC-514281; Arq. Christian Salazar
Abarca, A-20152, OA-520624; Ing. Rongny Quesada Mora, IC-16790, OC-497174.—San
José, 27 de setiembre del 2011.—Departamento de Responsabilidad
Profesional.—Ing. Javier Chacón Hernández, Jefe.—O. C. Nº 749-2011.—Solicitud
Nº 37861.—C-120840.—(IN2011081707).
FERRETERÍA
EL SEMBRADOR
Ferretería El Sembrador cédula 3-101-332778,
solicita ante
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
DESARROLLO
EL DELFÍN VIOLETA SOCIEDAD ANÓNIMA
Quien suscribe Lilliana Halder Picado, cédula
uno-cuatrocientos ochenta y uno-cuatrocientos once, vecina de Daniel Flores de
Pérez Zeledón, en mi carácter de presidenta con facultades de apoderada
generalísima sin límite de suma de la sociedad denominada Desarrollo El Delfín
Violeta Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-ciento sesenta y nueve mil novecientos sesenta y ocho, e inscrita en el
Registro de Personas Jurídicas, al tomo ochocientos setenta y nueve, folio
doscientos ochenta y cuatro, asiento cuatrocientos cuarenta y cinco, hago
constar que hemos iniciado la reposición del libro número uno de Registro de
Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el
Área de Información y Asistencia al Contribuyente de
WARD TECH
WARD SOCIEDAD ANÓNIMA
Ward Tech Ward Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-427729, solicita ante
BAC SAN JOSÉ
S. A.
Se comunica que los siguientes títulos
valores emitidos por el Bac San José S. A., a la orden de Julia Ann Murray
Mckenzie, han sido extraviados.
Número Fecha Fecha
Certificado Monto Emisión vencimiento
CI 110504042 $9.940,14 01/09/99 01/09/00
Por lo tanto solicitamos proceder de
inmediato con los trámites de publicación para el paro de pago y restitución de
estos títulos.—San José, 13 de octubre del 2011.—Gabriela Villalta, Gerente
Sucursal.—(IN2011081844).
Indra Gazel Piedra, cédula 1-923-523, comunica el extravío de las chequeras del Banco Nacional de Costa Rica, cuenta 100-1-36-001655-5, cheques del 1-40 y del Banco de San José, cuenta 908416043, cheques del 293 al 316. Comunico a la vez que la firma que aparece en los cheques no está autorizada por los dueños de las cuentas. Favor dirigirse al correo electrónico alegazelp@hotmail.com o al teléfono 88513556.—14 de octubre del 2011.—Indra Gazel Piedra.—RP2011262664.—(IN2011081935).
Flora Marta Torres
Brenes, cédula 3-312-149 y Minisúper El Cometa, solicitan ante
CONDOMINIO
VERTICAL HABITACIONAL PP CONDOMINIO VIDA DULCE DE PAZ S.A.
Condominio Vertical Habitacional P.P
Condominio Vida Dulce Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento
nueve-quinientos sesenta y seis mil veinte, solicita ante el Departamento de
Propiedad Horizontal de
DIEZ MIL
DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE
SOCIEDAD ANÓNIMA
Diez Mil Doscientos Cincuenta y Siete
Sociedad Anónima, cédula jurídica: 3-101-063898, solicita a Tributación Directa
la reposición de los libros número uno de: Diario, Mayor, Inventarios y
Balances, Actas del Consejo de Administración, Actas de Asambleas y Registro de Socios. Quien se considere afectado puede
manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al
contribuyente de la administración Tributaria de San José dentro del término de
ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Vilma Solano
Pérez, Notaria.—RP2011262607.—(IN2011081938).
DOMOTICA
SOCIEDAD ANÓNIMA
Domotica Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-ciento setenta y cinco mil siete, solicita ante
Alvarado Ramírez
Esdras, cédula Nº 02-494-321, solicita ante
DISEÑO Y
CONSTRUCCIÓN FERNÁNDEZ
SOCIEDAD ANÓNIMA
Diseño y Construcción Fernández Sociedad
Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-396372, solicita ante
Wayner Campos Campos,
cédula de identidad Nº 1-636-234, solicita ante
DISTRIBUIDORA
SION SOCIEDAD ANÓNIMA
Distribuidora Sion Sociedad Anónima, cédula
jurídica número 3-101-124189, solicita ante
WINDS FROM
THE MANGROVES SOCIEDAD ANÓNIMA
Laurent Lucien Jean Huc, de un solo apellido
en razón de su nacionalidad francesa, con pasaporte de su país de origen número
cero ocho AD tres cero tres seis dos; apoderado generalísimo sin límite de
suma, de Winds From The Mangroves Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y dos mil cuatrocientos cuarenta y siete,
solicita ante
UNIVERSIDAD
INTERNACIONAL DE
Por medio de la presente
TALLER CEP
SOCIEDAD ANÓNIMA,
Taller CEP Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-cero sesenta y nueve mil cero ochenta y
seis, solicita ante
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
SAN
JOSÉ INDOOR CLUB S. A.
El San José Indoor Club S. A.,
tramita la reposición de la acción Nº
El San José Indoor Club S. A.,
tramita la reposición de la acción Nº
AGENCIA
ADUANAL BOLI SOCIEDAD ANÓNIMA
Agencia Aduanal Boli Sociedad
Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-123410-07, solicita ante
UNIVERSIDAD
LATINA DE COSTA RICA
Por medio de la presente
INTERAMERICAN
SERVICES E R P SOCIEDAD ANÓNIMA
Interamerican Services E R P
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno- cuatrocientos
noventa y tres mil trescientos diecinueve, solicita ante
ACCESOS AUTOMÁTICOS
SOCIEDAD ANÓNIMA
Accesos Automáticos Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica tres ciento uno-ciento setenta y siete mil
cuatrocientos cincuenta y seis, solicita ante
IMÁGENES
MÉDICAS SAN PEDRO SOCIEDAD ANÓNINA
Imágenes Médicas San Pedro
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-203456, solicita ante
JIMÉNEZ
Y ARAUZ LIMITADA
Jiménez y Arauz, Limitada, cédula
jurídica 3-102-193394, solicita ante
ACABADOS
PARA
SOCIEDAD ANÓNINA
Acabados para
DILO
LITERATURA S. A.
Dilo Literatura S. A., cédula
jurídica N° 3-101-532123, solicita ante
publicación de una vez
Sol y Luna Entertainment Sociedad Anónima
Sol y Luna Entertainment
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos treinta mil cuatro, modifica el domicilio legal de la sociedad
para Puntarenas, Jacó, de
COLEGIO
DE LICENCIADOS Y PROFESORES
EN LETRAS,
FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES
A
las siguientes personas se les comunica que, según nuestros registros al 31 de
agosto del 2011, se encuentran morosos. Transcurridos diez días hábiles
contados a partir de la fecha en que sus nombres aparezcan publicados en el
Diario Oficial
Nombre |
Cédula |
Acuña Leiva Adriana |
111950366 |
Aguilar Fallas Lisbeth Melissa |
401820726 |
Alpízar Lobo Josefina |
202050949 |
Angulo Segura Seirys |
112790234 |
Araya Bejarano David Ricardo |
112150195 |
Araya Chavarría Hazel |
401750066 |
Araya Garro Alejandra |
303880633 |
Arguedas Castro Luis Alfredo |
206270298 |
Arias Jiménez Ana Lorena |
503610108 |
Azofeifa Morales Meibelyn Natalia |
603320801 |
Barboza Jiménez Norma Lorena |
302840131 |
Barrantes González Ronald |
204770993 |
Benavides Mena Ólger Arturo |
602270005 |
Bermúdez Coto Mónica |
110670207 |
Bolívar Alvarado Jorge |
603050104 |
Bustamante Ho Nilsa |
112190859 |
Campos Campos Ariana María |
206250480 |
Carrillo Salazar Yerlin |
701660447 |
Castillo Castillo Paula María |
401910189 |
Cordero Prendas Angélica |
603520658 |
Corea Bustos Marjorie |
701550809 |
Corella González Elizabeth |
202861125 |
Cortés Villalobos Luis Ángel |
601840380 |
Cubero González Marilyn del
Carmen |
206340556 |
Cubero Mata Sergio Arturo |
205500761 |
Durán Barrantes Norman |
108230855 |
Elizondo Quesada María |
110670706 |
Espinoza Saldaña Luis Alberto |
159100280216 |
Espinoza Soto Gauddy María |
109810631 |
Esson Esson Saberna |
700730029 |
Fonseca Rodríguez Delia María |
401220987 |
Gamboa Sojo Braulio Vinicio |
112820203 |
García Vásquez Maricel |
205850170 |
González Hernández Pablo |
401130628 |
González León Sandra Elena |
108900433 |
Hancork Grant Jochannie Alison |
701290001 |
Hernández Viales Cynthia |
900640618 |
Hidalgo Porras Ruth Mary |
113020048 |
Lara Morera Ana Silvia |
205630361 |
López Matarrita Martha Eugenia |
503310803 |
Madrigal Araya Guiselle |
108800419 |
Martínez Mora Miguel Eduardo |
303520269 |
Matamoros Badilla Kattia |
603290156 |
Matamoros Villalobos Mery Grace |
601830443 |
Mauricio Vásquez Doris Patricia |
160400239900 |
Meneses Guillén María Auxiliadora |
303210842 |
Miranda Mendoza Teodora |
155801393201 |
Mora Alvarado Kelimbert Massiel |
503530066 |
Mora Díaz Freddy Justín |
603760556 |
Mora Mora Mario Alexander |
110130541 |
Mora Zamora Maribel |
109510130 |
Morales Rosales Cindy |
603670703 |
Morera Rodríguez Vivían Marcela |
205860528 |
Morera Vargas María Carlina |
108340831 |
Murillo Alvarado Keilyn Pamela |
112740097 |
Murillo Santamaría Mariela |
603600620 |
Murillo Vásquez María Fariña |
206160162 |
Núñez Valverde Francisco Javier |
112760392 |
Oviedo Quesada Danilo |
204090331 |
Pérez Rojas Henry |
603280499 |
Picón Picado Marjorie |
501490208 |
Quesada Alpízar Florybeth |
203910581 |
Quesada Esquivel Gabriela |
109130443 |
Quesada Madrigal Paola |
205940368 |
Quesada Serrano Ricardo Antonio |
303230413 |
Quirós Fernández Nydia María |
302230831 |
Ramírez Villegas Gerardo |
401090713 |
Rivera Aguilar Adriana María |
503460325 |
Rivera Meneses Adriana Cecilia |
304130989 |
Rodríguez Aguilar Karina |
109360955 |
Rodríguez Barrientos Melissa |
112250708 |
Rodríguez Rojas Arelis |
603330942 |
Rojas Acevedo Kattia María |
602170006 |
Romero Fallas Julio César |
111070362 |
Sáenz Carvajal Melissa |
112140264 |
Salazar Mesén Raquel María |
111540687 |
Sequeira Acosta José León |
503200256 |
Soto Chavarría Adriana |
108870392 |
Soto Solano Juan Luis |
701140130 |
Tinoco Chartier Carla |
108820727 |
Valencia Castrillo Jeimy María |
113240944 |
Valle Gómez Shirley |
502920449 |
Valverde Góndrez Carlos Gerardo |
109570713 |
Vargas Chaves Jessica Vanessa |
401870135 |
Villalobos Jiménez Ángelo |
205490877 |
Villalobos Ramírez Jorge Luis |
401720272 |
Villalobos Villalobos Nury |
111870351 |
Zúñiga Calderón Dinia María |
503450780 |
M.Sc. Félix Ángel Salas Castro, Presidente de Junta Directiva.—M.Sc. Magda Rojas Saborío, Secretaria Junta Directiva.—Unidad de Cobros.—1 vez.—(IN2011082109).
ASOCIACIÓN
ADMINISTRADORA DE ACUEDUCTO DE CALLE SAN JOSÉ DE SAN PEDRO DE POÁS, ALAJUELA
Yo Carlos Francisco Alfaro
Céspedes, cédula 2-472-395, en la condición de presidente y representante legal
de
ASOCIACIÓN IGLESIA
PENTECOSTAL
DE COSTA RICA DEL
MOVIMIENTO
MISIONERO MUNDIAL
Yo, Juan Alberto Castillo
Araya, mayor, casado, Pastor Evangélico, vecino de Limón, portador de la cédula
de identidad: 7-047-1042 en mi condición de presidente y representante legal de
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Escritura otorgada ante la notaria Mayrin
Mora Mora, se constituyó
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 8:00 horas del día 7 de octubre del 2011, se constituye la sociedad Soluciones Logísticas Multimodales Sociedad de Responsabilidad Limitada. Es todo.—San José, siete de octubre del dos mil once.—Lic. Guillermo Sánchez Sava, Notario.—1 vez.—RP2011262268.—(IN2011081569).
Ante esta notaría, se protocolizó la sociedad Yeseid Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Guápiles, Pococí, doce de octubre del dos mil once.—Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario.—1 vez.—RP2011262270.—(IN2011081570).
Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas de hoy, protocolicé acuerdos de Regalías Deby S. A., por los que se reforman cláusulas segunda y cuarta de sus estatutos.—San José, 6 de octubre del 2011.—Lic. Eugenio Fco. Jiménez Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2011262272.—(IN2011081571).
Por escritura otorgada ante esta notaría, de las quince horas del día siete de octubre año dos mil once, se constituye Hotelería Turismo y Publicidad Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos, debiendo actuar en forma conjunta y no podrán vender bienes inmuebles de la sociedad.—Heredia, siete de octubre del dos mil once.—Lic. Rubén Rojas Castillo, Notario.—1 vez.—RP2011262280.—(IN2011081572).
La sociedad Servicios Industriales Profesionales Alpízar Herrera S. A., protocoliza acta de asamblea general extraordinaria. Escritura otorgada en Grecia, a las 17:00 horas del día 11 de octubre del 2011.—Lic. Wálter Cambronero Miranda, Notario.—1 vez.—RP2011262281.—(IN2011081573).
Aura María Varela Claros y Carlos Francisco Vega Maroto, constituyen la sociedad anónima denominada Maía Ki Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Grecia, a las 10:00 horas del día 11 de octubre del 2011.—Lic. Wálter Cambronero Miranda, Notario.—1 vez.—RP2011262282.—(IN2011081574).
Por escritura número ciento treinta y siete-tres, Marco Antonio Fernández López, otorgada ante esta notaría a las quince horas del doce octubre de dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea de socios extraordinaria celebrada por los socios de tres-ciento dos-quinientos noventa y cuatro mil setecientos setenta y cinco limitada. En donde se modifica la cláusula octava del pacto social y se nombra a un nuevo gerente y agente residente.—San José, doce de octubre del dos mil once.—Lic. Marco Fernández López, Notario.—1 vez.—RP2011262283.—(IN2011081575).
Por escritura 080-51 del tomo 51 del protocolo del notario público Casimiro Vargas Mora, otorgada en esta ciudad a las 7:00 horas del 12 de octubre del 2011, la sociedad costarricense 3-101-629881 s. a., cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos veintinueve mil ochocientos ochenta y uno, modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, 12 de octubre del 2011.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—RP2011262288.—(IN2011081576).
Por escritura 081-51 del tomo 51 del protocolo del notario público Casimiro Vargas Mora, otorgada en esta ciudad a las 9:00 horas del 12 de octubre del 2011, la sociedad costarricense Costa Rica MLS Real Estate LLC Limitada, sociedad costarricense, con cédula jurídica tres-ciento dos-seiscientos veintiocho mil quinientos sesenta y siete, modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, 12 de octubre del 2011.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—RP2011262289.—(IN2011081577).
Por escritura doscientos cincuenta y tres a las dieciséis horas de hoy, Carlos Chavarría Cervantes y Michael Thomas Fohl, constituyen Inmobiliaria Logística de Alajuela S. A.—Doce de octubre del dos mil once.—Lic. Federico Brealey Zamora, Notario.—1 vez.—RP2011262290.—(IN2011081578).
Ante este notario, y por escritura otorgada a las diez horas del día nueve de octubre del dos mil once, se constituyó la sociedad de esta plaza: Legal Ease Company (LECSA) Sociedad Anónima.—San José, 11 de octubre del 2011.—Lic. Rafael Ángel Fernández Pérez, Notario.—1 vez.—RP2011262291.—(IN2011081579).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituye Cicoli Sociedad Anónima, capital social diez mil colones, domicilio San José, Ciudad Colón. El presidente posee facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y la representación judicial y extrajudicial.—San José, doce de octubre del dos mil once.—Lic. Sonia María Calderón Montero, Notaria.—1 vez.—RP2011262292.—(IN2011081580).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas treinta minutos del doce de octubre dos mil once, se protocoliza acta de asamblea de Zepelin Telecomunicaciones Sociedad Anónima; se nombra nuevo presidente.—San José, trece de octubre del 2011.—Lic. Nancy Tattiana Zúñiga Oses, Notaria.—1 vez.—RP2011262293.—(IN2011081581).
Por escritura otorgada ante mí, a las 9:50 horas del 12 de octubre del 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la firma 3-101-626032 s. a., mediante la cual se reforma la cláusula primera y se nombra agente residente de los estatutos.—San José, 12 de octubre del 2011.—Lic. Andrés Eduardo Calvo Herra, Notario.—1 vez.—RP2011262295.—(IN2011081582).
Por escritura número doscientos cincuenta y dos de las nueve horas del día doce de octubre del dos mil once, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria número cuatro, de la sociedad Inversiones Garro Brefer S. A., en donde se modifica la cláusula sétima de los estatutos.—Lic. Alejandra Rojas Carballo, Notaria.—1 vez.—RP2011262298.—(IN2011081583).
Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Costa Rica Medical Tourism and Retirement Services (CRMARS) Sociedad Anónima. Se acuerda reformar la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad. Se acuerda revocar el nombramiento del presidente, secretaria y tesorera de la junta directiva, y fiscal de la sociedad, y se nombran nuevos miembros. Se acuerda revocar el nombramiento del agente residente de la sociedad y se nombra nuevo agente residente.—San José, 12 de octubre del 2011.—Lic. Eduardo Augusto Cordero Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2011262300.—(IN2011081584).
Por escritura otorgada ante
esta notaría a las 12:00 horas del 12 de octubre del 2011, se constituyó la
sociedad anónima denominada: Sabor y Nutrición AE S. A. Domicilio
social: San José, Escazú del cruce de Alajuelita en Escazú
Mediante escritura otorgada a las catorce horas treinta minutos del doce de octubre del dos mil once, ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de Ossenbach, Pendones, Bonilla y Asociacios S. A., mediante la cual se reforma el pacto constitutivo.—San José, doce de octubre del dos mil once.—Lic. Mario Alberto Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2011262302.—(IN2011081586).
Ante mi, licenciado Javier Carvajal Portugués a las ocho horas del doce de octubre del dos mil once, se constituyó la sociedad Rojas East Coast Motor Import Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del dos mil once.—Lic. Javier Carvajal Portugués, Notario.—1 vez.—RP2011262305.—(IN2011081587).
Por escritura otorgada ante mi, Carlos Alberto Monge Morales, a las diecisiete horas del doce de octubre del dos mil once, se acuerda reformar la cláusula quinta, capital y acciones del capital social de la sociedad denominada Agrep Forestal Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del dos mil once.—Lic. Carlos Alberto Monge Morales, Notario.—1 vez.—RP2011262307.—(IN2011081588).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las 13:00 horas del 13-10-2011, se protocoliza acta de la entidad: Amundo-Virtual S. A., en la que se reforman la cláusula primera de la razón social, siendo su nuevo nombre: Cirujanos a Mundo Virtual S. A.; la cláusula segunda del domicilio, la cláusula quinta del capital social que se aumenta, cláusula octava de la administración y representación, y se nombra nueva junta directiva.—Cartago, 14 de octubre de 2011.—Lic. Johnny Eduardo Garro Trejos, Notario.—1 vez.—RP2011262650.—(IN2011082025).
Tres-ciento dos-quinientos ochenta y tres mil doscientos noventa y cinco sociedad de responsabilidad limitada,
cédula jurídica tres-ciento dos-quinientos ochenta y tres mil doscientos
noventa y cinco, reforma las cláusulas primera, segunda, octava de sus
estatutos y modifica su junta directiva. Acta protocolizada mediante escritura
pública otorgada por el suscrito Notario en San José a las once horas del catorce
de octubre del dos mil once.—Lic. Elías Shadid Esquivel, Notario.—1
vez.—RP2011262651.—(IN2011082026).
Por asambleas general extraordinaria, celebrada a las diez horas treinta minutos del jueves trece de octubre del dos mil once, se reformaron las cláusulas primera, segunda y sexta de la sociedad anónima denominada; Tres Ingredientes C.R. Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-639225.—San José, 12 de octubre del 2011.—Lic. Laura Francini Chacón Chavarría, Notaria.—1 vez.—RP2011262652.—(IN2011082027).
La sociedad Ferretería Hermanos Ulloa Sociedad Anónima; cédula tres-ciento uno-ciento cincuenta y siete mil setecientos ochenta y nueve, reforma la cláusula octava del pacto constitutivo en cuanto las facultades de los apoderados, correspondiéndole a presidente y secretario.—Cartago, 14 de octubre del 2011.—Lic. Juan Guillermo Coghi Molina, Notario.—1 vez.—RP2011262653.—(IN2011082028).
Por escritura otorgada ante ésta Notaría a las nueve horas del veinte de setiembre del dos mil once, se constituyó la sociedad Les Voyageurs de Responsabilidad Limitada. Capital social: diez mil colones.—San José, 13 de octubre de 2011.—Dr. Sergio Artavia Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2011262654.—(IN2011082029).
Por escritura Nº 260 otorgada en esta Notaría, a las 17:00 horas del 12 de octubre del 2011, se constituyó la empresa cuyo nombre será asignado por la cédula jurídica del Registro Mercantil con su aditamento S. A. Domicilio: San Miguel, Santo Domingo de Heredia. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: ¢100.000,00 suscrito y pagado en dinero efectivo.—San Miguel de Santo Domingo de Heredia, 13 de octubre del 2011.—Lic. Wálter Gerardo Robles Navarro, Notario.—1 vez.—RP2011262655.—(IN2011082030).
El suscrito notario hace constar que el día de hoy, ante esta notaría y mediante escritura pública de las once horas veinte minutos del día treinta de setiembre del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Importadora Prestige de C.R. S.R.L. Capital suscrito y pagado. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, cuatro de octubre del dos mil once.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—RP2011262656.—(IN2011082031).
Que mediante escritura número 42-34, de las 10 horas del 07 de octubre del 2011, ante el notario Lic. José Francisco Pereira Torres, se otorgó escritura de constitución sociedad denominada Dr. Grammar Translations E.I.R.L. El plazo social es de 99 años, el capital social es de 10 mil colones y su gerente es Francisco Antonio Grasso Carpio.—Cartago, 7 de octubre del 2011.—Lic. José Francisco Pereira Torres, Notario.—1 vez.—RP2011262657.—(IN2011082032).
Por escritura número 41 otorgada ante el suscrito, a las 14:00 horas del día de hoy, se constituyó Funeraria Valle de Paz Guadalupe S. A., con domicilio en San José, Guadalupe; del Colegio Madre del Divino Pastor, seiscientos metros al sur, Centro Comercial Siglo Veintiuno, local número uno, capital social ¢10.000,00. Plazo social 99 años, a partir de hoy. Presidente y secretario con facultades individuales de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 12 de setiembre del 2011.—Lic. Mario Montealegre Peña, Notario.—1 vez.—RP2011262660.—(IN2011082033).
En mi notaría por escritura número noventa y siete-cuatro, se constituyó la sociedad denominada Logística Administrativa Sociedad Anónima. Domiciliada en San Juan de Naranjo, Alajuela, quinientos metros al norte de Residencial Río Grande, casa color vino y amarillo a mano derecha. En ella fungen como apoderados generalísimos sin límite de suma el presidente y el secretario de la sociedad.—Palmares, a las catorce horas y quince minutos del día trece de octubre del dos mil once.—Lic. Ólger Gerardo Vargas Castillo, Notario.—1 vez.—RP2011262661.—(IN2011082034).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8 horas del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Britana Cinco Café S. A., mediante la cual se reforma la cláusula segunda de los estatutos sociales, se revoca la décima segunda, y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 14 de octubre de 2011.—Lic. Iliana Cruz Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2011262667.—(IN2011082035).
Miguel Alberto Roye Rondon y Dixon Javier Chacón Varela, constituyen la sociedad denominada Lincoln International Gaming C.R. Sociedad Anónima, plazo social noventa y nueve años, capital social cien mil colones. Presidente: Miguel Alberto Roye Rondon.—San José, 10 de octubre de 2011.—Lic. Heidy María Rivera Campos, Notaria.—1 vez.—RP2011262668.—(IN2011082036).
Se hace constar que mediante escritura pública otorgada ante el notario Gonzalo Vargas Acosta, se modificaron las cláusulas de conformación de la junta directiva, la de representación judicial y extrajudicial y domicilio de la empresa Asa Posters Costa Rica S.A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos quince mil cuatrienios seis, para que en lo sucesivo se lea así: a) La junta directiva de la empresa estará conformada por cinco miembros socios o no, quienes durarán en sus cargos por todo el plazo social, quienes serán presidente, vicepresidente primero, vicepresidente segundo, secretario y tesorero, pudiendo revocarse sus nombramientos en cualquier momento por mayoría simple. b) La representación legal judicial y extrajudicial recaerá en el presidente, vicepresidente primero, vicepresidente segundo y secretario de la junta directiva el presidente, vicepresidente primero y vicepresidente segundo tendrán facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma conforme al artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil actuando conjunta o separadamente. c) El domicilio de la empresa será Alajuela, San Rafael, Calle Potrerillos, cien metros al este de Industrias Holcim.—San José, 14 de octubre del 2011.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—RP2011262673.—(IN2011082038).
Se hace constar que mediante escritura pública otorgada ante el notario: Gonzalo Vargas Acosta, se modificaron las cláusulas de conformación de la junta directiva, la de representación judicial y extrajudicial y domicilio de la empresa Súper Media Costa Rica S.A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento setenta y siete mil trescientos seis, para que en lo sucesivo se lea así: a) La junta directiva de la empresa estará conformada por cinco miembros socios o no, quienes durarán en sus cargos por todo el plazo social, quienes serán: presidente, vicepresidente primero, vicepresidente segundo, secretario y tesorero, pudiendo revocarse sus nombramientos en cualquier momento por mayoría simple. b) La representación legal judicial y extrajudicial recaerá en el presidente, vicepresidente primero, vicepresidente segundo y secretario de la junta directiva el presidente, vicepresidente primero y vicepresidente segundo tendrán facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma conforme al artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil actuando conjunta o separadamente. c) El domicilio de la empresa será Alajuela, San Rafael, Calle Potrerillos, cien metros el este de Industrias Holcim.—San José, 14 de octubre del 2011.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—RP2011262674.—(IN2011082039).
Mediante escritura pública número ciento sesenta y cinco del protocolo número veinte de la notaria Hellen Alfaro Alfaro, otorgada a las nueve horas del día veinticinco de setiembre dos mil once, se constituyó sociedad anónima cuya denominación será su cédula de persona jurídica y su presidente es el socio Luis Orlando Corrales Alfaro.—Valverde Vega, diez de octubre del dos mil once.—Lic. Hellen Alfaro Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2011262675.—(IN2011082040).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José, al ser las ocho horas treinta minutos del día veintiuno de setiembre del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Taller M Y C Sociedad Anónima.—San José, veintitrés de setiembre del dos mil once.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2011262676.—(IN2011082041).
Que por escritura otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del 13 de octubre del año 2011, se reforma la cláusula tercero, se nombra presidente y fiscal y se elimina la cláusula décimo segundo del pacto constitutivo de la sociedad Transportes Alejaleon S. A. Teléfonos: 2280-6900 ó 2280-5139.—San José, 13 de octubre del 2011.—Lic. Pablo Fernando Ramos Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011262685.—(IN2011082042).
Que por escritura otorgada ante esta notaría a las 10:30 horas del 13 de octubre del año 2011, se reforman las cláusulas tercera, sétima del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal de la sociedad Autotransportes Sabato S. A.—San José, 13 de octubre del dos mil once.—Lic. Pablo Fernando Ramos Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2011262687.—(IN2011082043).
Que por escritura otorgada ante esta notaría a las 11:00 horas del 13 de octubre del año 2011, se reforman las cláusulas tercera, quinta, sétima del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal de la sociedad Mingotour S. A.—San José, 13 de octubre del 2011.—Lic. Pablo Fernando Ramos Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011262688.—(IN2011082044).
Que por escritura otorgada ante esta notaría a las 11:30 horas del 13 de octubre del año 2011, se reforman las cláusulas tercera y novena, se elimina la decimasexta del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal de la sociedad Excurciones Roca Azul S. A.—San José, 13 de octubre del 2011.—Lic. Pablo Fernando Ramos Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011262690.—(IN2011082045).
Mediante escritura otorgada a las quince horas de trece de octubre del ano dos mil once, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Construcciones Rojas de Orosi Sociedad Anónima, mediante la cual se aumenta el capital social y se nombra nueva junta directiva.—San José, 13 de octubre del 2011.—Lic. Alfredo Vargas Elizondo, Notario.—1 vez.—RP2011262691.—(IN2011082046).
Mediante escritura otorgada a las catorce horas de trece de octubre del año dos mil once, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Rojas Construcciones R. G. Sociedad Anónima, mediante la cual se aumenta el capital social.—San José, 13 de octubre del 2011.—Lic. Alfredo Vargas Elizondo, Notario.—1 vez.—RP2011262692.—(IN2011082047).
Por escritura otorgada en San José a las 15:00 horas del cinco de octubre del dos mil once, ante el notario José Alberto Cabezas Dávila se constituyó la sociedad denominada Imagination Agency C.R. Sociedad Anónima, domiciliada en la ciudad de San José, Curridabat. Presidenta Karina Ramos Leitón, secretaria: Sandra Leitón Quirós.—San José, 12 de octubre del dos mil once.—Lic. José Alberto Cabezas Dávila, Notario.—1 vez.—RP2011262693.—(IN2011082048).
Ante el suscrito notario Diego Mendoza González, se protocoliza acta de Alquileres y Patentes Éxito Sociedad Anónima, Se modifica la cláusula tercera reducción del plazo social. Escritura otorgada en la ciudad de Alajuela a las 9 horas 55 minutos del 15-10-2011.—Alajuela, 15 de noviembre del año 2011.—Lic. Diego Mendoza González, Notario.—1 vez.—(IN2011082049).
Ante el suscrito notario Diego Mendoza González, se protocoliza acta de Volumen y Más Sociedad Anónima, se modifica la cláusula tercera reducción del plazo social. Escritura otorgada en la ciudad de Alajuela a las 10 horas 30 minutos del 15-10-2011.—Alajuela, 15 de noviembre del 2011.—Lic. Diego Mendoza González, Notario.—1 vez.—(IN2011082052).
Mediante escrituras 55-10, de las 15:00 horas del 5 octubre, se constituyeron las sociedades F.T.T.L Limitada y F.Y.I. Limitada, pudiendo abreviarse la última palabra en Ltda. Mediante escrituras número 57-10 y 58-10 de las 16:00 horas y 16:30 horas del 11 de octubre se constituyeron ITA BB Studio Limitada y Jazzy Lady Limitada, pudiendo abreviarse la última palabra en Ltda, respectivamente.—Tamarindo, 17 octubre del 2011.—Lic. Ricardo Cañas Escoto, Notario.—1 vez.—(IN2011082063).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día trece de octubre del año dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Pollos Pura Vida Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y seis mil quinientos, en la que se modificó el pacto social de la empresa la cláusula sexta de la administración y además se adicionaron tres nuevas cláusulas a los estatutos de la empresa respecto a las reglas de trasferencia de acciones y aportes de capital y respecto al funcionamiento de la junta directiva.—San José, catorce de octubre del dos mil once.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1 vez.—(IN2011082065).
Mediante escritura otorgada ante mí a las catorce horas del diecisiete de octubre del dos mil once se reformaron las cláusulas segunda y sexta del pacto social de Jacaranda del Caribe Tropical Sociedad Anónima.—San José, diecisiete de octubre del dos mil once.—Lic. Perla Lipiec Goldberg, Notario.—1 vez.—(IN2011082066).
Por escritura ciento setenta y cuatro otorgada ante el suscrito notario a las once horas del catorce de octubre del dos mil once, en el protocolo del conotario José Pablo Arce Sánchez, se modifica estatutos de la sociedad tres-ciento uno-quinientos veinte mil ciento diecinueve s. a.—San José, 14 de octubre del dos mil once.—Lic. Federico Carlos Alvarado Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2011082100).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 9 horas del 15 de octubre de dos mil once, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Industriales Sumind CA Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—San José, 15 de octubre de 2011.—Lic. María del Milagro Solórzano León, Notaria.—1 vez.—(IN201182105).
Ante los conotarios Rodrigo Chacón Martínez y Víctor Záratte Leytón, actuando en el protocolo del primero, por escritura de las once horas del catorce de octubre del dos mil once, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad tres-ciento uno-quinientos nueve mil novecientos cincuenta y dos sociedad anónima; se modifican cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo, y se nombra presidente de la junta directiva.—Lic. Víctor Záratte Leytón, Notario.—1 vez.—(IN2011082107).
Ante mí, Jorge Jiménez Ramírez, notario público, mediante escritura número ciento ocho, visible al folio ochenta y uno vuelto del tomo dos de mi protocolo, se modifica la cláusula quinta del capital social de Gecko Souvenir Shop Sociedad Anónima.—San José, catorce de octubre del dos mil once.—Lic. Jorge Jiménez Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2011082112).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las once horas del catorce de octubre de dos mil once, se protocolizó acta de la sociedad Belca Costa Rica Sociedad Anónima, modificando la cláusula tercera “del objeto” del pacto constitutivo.—San José, dieciocho de octubre del dos mil once.—Lic. José Luis Paéz Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2011082115).
Luis Ángel Cerdas Espinoza, de cédula de identidad número: 5-175-599, Lilliana Álvarez Hidalgo, cédula de identidad número: 2-333-903 Jessica Cerdas Álvarez, cédula de identidad número: 7-193-318; Luis Carlos Cerdas Álvarez, cédula de identidad número: 7-178-602 y Rosa Alba Abarca Fonseca, cédula de identidad número: 7-088-0472, constituyen la sociedad denominada Luisca de Pococí Sociedad Anónima, con domicilio social en Costa Rica, Provincia de Limón, cantón de Pococí, distrito Guápiles, doscientos metros este del Banco Popular. Escritura número 74 del tomo veinte del protocolo del notario público José Ramón Chaves Castillo.—Lic. José Ramón Chaves Castillo, Notario.—1 vez.—(IN2011082123).
Luis Ángel Cerdas Espinoza, cédula de identidad número: 5-170-588; Lilliana Álvarez Hidalgo, cédula de identidad número: 2-333-093; Jessica Cerdas Álvarez, cédula de identidad número: 7-0193-318 y Luis Carlos Cerdas Álvarez, cédula de identidad número: 7-178-602 constituyen la sociedad denominada Ycercal de Pococí Sociedad Anónima, domicilio social en Costa Rica, provincia de Limón, cantón de Pococí, distrito Guápiles, doscientos metros este del Banco Popular, escritura número 74 del tomo veinte del notario José Ramón Chaves Castillo.—Lic. José Ramón Chaves Castillo, Notario.—1 vez.—(IN2011082124).
Por escritura otorgada ante mí, a las 9 horas del 20 de setiembre se transformó la sociedad compañía Transportista del Suroeste Limitada, de sociedad de responsabilidad limitada a sociedad anónima. Asimismo por escritura otorgada ante mí de las 10, 11 y 12 horas del 23 de setiembre, se modificó cláusula 4 del pacto social, de Ache Doblejota S. A., Maleju del Sur S. A. y Comercializadora Chica JGM S. A. respectivamente. Además, por escritura otorgada ante mí, a las 11 horas de hoy se constituyeron Inversiones Inmobiliarias Inmóvil Sociedad Anónima, Inversiones en Casas Invercasas Sociedad Anónima y Business & Link Blink Sociedad Anónima, en todas: Capital íntegramente suscrito y pagado, domicilio San José, presidente con plenas facultades.—San José, 14 de octubre del 2011.—Lic. Jorge Ross Araya, Notario.—1 vez.—(IN2011082127).
Por escritura otorgada en San José, a las 8:00 horas del 4 de octubre del 2011, se modificó ante esta notaría el plazo de la sociedad Jorowi Cero Tres S. A.—San José, 10 de octubre de 2011.—Lic. Elsa Maribel Cortés Sorto, Notaria.—1 vez.—(IN2011082133).
Por escritura otorgada en San José, a las 16:00 horas del 6 de octubre del 2011, se reforma domicilio y administración ante esta notaría de la sociedad CP Shushu S. A.—San José, 10 de octubre de 2011.—Lic. Elsa Maribel Cortés Sorto, Notaria.—1 vez.—(IN2011082135).
Ante mí, Tatiana Rodríguez Arroyo, se procedió a reformar el pacto constitutivo de la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y ocho mil setecientos veintiséis s. a., cédula jurídica 3-101-478726, en cuanto a la denominación social, la cual se modifica a Global Financial Trading (G.F.T.) S. A. Se reforma también la junta directiva de la sociedad. Es todo.—San José, 4 de octubre del 2011.—Lic. Tatiana Rodríguez Arroyo, Notaria.—1 vez.—(IN2011082136).
Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del catorce de octubre del dos mil once, se reforma la cláusula novena de la administración de la sociedad denominada Centro Otorrinolaringologico del Este Sociedad Anónima. Presidente: Fernando Antonio Denver Madrigal.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2011082143).
Por escritura número doce, otorgada ante mí, a las catorce horas del catorce de octubre del dos mil once, se protocolizó la asamblea extraordinaria de la sociedad Asesorías Financieras y en Administración Brenes-Umaña Sociedad Anónima, por medio de la cual se reforma la cláusula sexta de la administración.—Lic. Juan Manuel Aguilar Víquez, Notario.—1 vez.—(IN2011082146).
Luis Diego Chacón, notario público, hace constar que el día 14 de julio del 2011, en mi notaría se modificó la junta directiva de la empresa Rendimiento Fisical S. A.—San José, 18 de octubre del 2011.—Lic. Luis Diego Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—(IN2011082150).
Luis Diego Chacón, notario público, hace constar que el día de hoy en mi notaría se modificó la junta directiva de la empresa GMAX Solutions Costa Rica S. A.—San José, 18 de octubre del 2011.—Lic. Luis Diego Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—(IN2011082153).
Por escritura otorgada ante mí, en la ciudad de San José, a las diez horas del día quince del mes de octubre del año en curso, se constituye sociedad anónima sin nombre registral. Domicilio: Heredia, San Joaquín de Flores. Capital social: suscrito y pagado. Plazo cien años a partir de su constitución. Presidente con la representación legal, con las facultades que determina el numeral mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil.—San José, 18 de octubre del 2011.—MSC. José Enrique Porras Thames, Notario.—1 vez.—(IN2011082181).
Mediante escritura número noventa y cinco, otorgada ante esta notaría, en la ciudad de San José, a las quince horas del catorce de octubre del año dos mil once, se protocolizaron las actas de asambleas generales extraordinarias: tres, cuatro, cinco, seis, siete, ocho y nueve de la sociedad denominada Terra Mundo Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos dieciocho mil setecientos cuarenta y dos; mediante los cuales se modificó el capital social de la empresa, se emitieron acciones preferentes serie A y B y se nombró nueva junta directiva.—San José, a las dieciséis horas del catorce de octubre del dos mil once.—Lic. Ana Gabriela González González, Notaria.—1 vez.—(IN2011082185).
El suscrito notario, hace constar que mediante escritura pública número trescientos tres-seis, otorgada ante esta notaría, a las doce horas del catorce de octubre del año dos mil once, se reformó la cláusula quinta del pacto social de la sociedad Agropecuaria El Rincón de San Isidro S. A., aumentándose el capital social.—Heredia, 18 de octubre del 2011.—Lic. Jorge Eduardo Morales Fernández, Notario.—1 vez.—(IN2011082187).
Por escritura número siete-tres, otorgada en mi notaría, a las dieciocho horas del 27 de setiembre del 2011, se concluyó la sociedad Dizusa Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado.—Heredia, 19 de setiembre del 2011.—Lic. Carlos Manuel Soto Quirós, Notario.—1 vez.—(IN201182193).
Por escritura otorgada a las 9:00 horas del 18 de octubre de 2011, se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad Promotora Vala S. A., donde se modifica la cláusula tercera de los estatutos.—San José, 18 de octubre de 2011.—Lic. José Antonio Gómez Cortés, Notario.—1 vez.—(IN201182198).
Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del trece de octubre de dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Nepenthe B & B El Castillo Sociedad Anónima, representada por su presidenta Nancy Jean Sumerwell, ciudadana de los Estados Unidos de América, pasaporte número: cuatro tres nueve cuatro tres siete seis uno siete.—Ciudad Quesada, San Carlos, trece de octubre de dos mil once.—Lic. Greivin Jiménez Méndez, Notario.—1 vez.—(IN201182201).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del doce de octubre del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Fernisant de San Carlos Sociedad Anónima, representada por su presidente, Milton Ugalde Aragon, cédula de identidad dos-quinientos siete-novecientos setenta y uno.—Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, trece de octubre del dos mil once.—Lic. Jorge Arturo Hidalgo Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2011082202).
Por escritura de las 11:00 horas se reforma cláusula octava de administración de 3-101-559609 S. A.—San José, de 13 de octubre de dos mil once.—Lic. María Elena González Larrad, Notaria.—1 vez.—(IN2011082203).
El día de hoy ante esta notaría se ha otorgado escritura mediante la cual se constituye la sociedad denominada Sistemas y Servicios Técnicos Sociedad Anónima, domiciliada en Alajuela, quinientos metros al este, del Estadio Morera Soto, mano derecha, carretera a Canoas, con un capital social de cien mil colones, que tiene como objeto el servicio de mantenimiento para edificios y obras de construcción y montajes eléctricos, así como al comercio en general, el plazo social es de cien años a partir de su constitución.—Alajuela, catorce de octubre dos mil once.—Lic. Mario Alberto Morera Lara, Notario.—1 vez.—(IN2011082204).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario, a las diecisiete horas del veintisiete de mayo del dos mil
once, se protocolizan acuerdos de asamblea de accionistas de la sociedad
denominada, Importación Exportación Berardini Sociedad Anónima, según
los cuales se modifica la cláusula primera en cuanto al nombre y la cláusula
segunda en cuanto el domicilio para que este sea en Alajuela, Urbanización
Altos de Montenegro casa
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las ocho horas del dieciocho de octubre de dos mil once, se constituye la sociedad anónima denominada Asesores y Consultores M & M Outsourcing Sociedad Anónima.—San José, 18 de octubre del 2011.—Lic. Kattia Quesada Céspedes, Notaria.—1 vez.—(IN2011082206).
Por escritura otorgada el diecinueve de octubre de dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de la compañía tres-ciento dos-quinientos noventa y tres mil doscientos cuarenta y siete limitada. Por la que se reforman estatutos, se cambia el domicilio y nombran nuevos gerentes.—San José, a las nueve horas treinta minutos del diecinueve de octubre de dos mil once.—Lic. Steve Miguel Monge González, Notario.—1 vez.—(IN2011082209).
Mediante escritura 104 otorgada ante este notario a las 16 horas con 30 minutos del 11 de octubre del 2011, se modifica la cláusula segunda, de la sociedad Indio Loco Incorporate S. A., cédula jurídica numero 3-101-428703; además, se nombra como agente residente al Licenciado, Ricardo Alfonso Estrada Murillo. Es todo.—Playas del Coco, Guanacaste, 18 de octubre del dos mil once.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—(IN2011082230).
Mediarte escritura 70 otorgada ante este notario a las 15:30 horas del 7 de octubre del 2011, se modifica la cláusula primera, de la sociedad Multiservicios Willcechi Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-562952, y ahora la razón social será Distribuciones Callmart de Costa Rica Sociedad Anónima. También se modifica la cláusula sétima, y ahora corresponde al presidente y tesorero la representación judicial y extrajudicial de la sociedad. Es todo.—Playas del Coco, Guanacaste, 7 de octubre del 2011.—Lic. Edry Herminio Mendoza Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2011082231).
El suscrito, Eduardo Rojas Arroyo, abogado y notario público; doy fe que ante mí se constituyó la sociedad Victeresita Sociedad Anónima. Corresponderá al presidente y vicepresidente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Escritura otorgada en la ciudad de San Isidro de Pérez Zeledón a las catorce horas del dos de octubre del dos mil once. Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón, ocho horas treinta minutos del doce de octubre del dos mil once.—Lic. Eduardo Rojas Arroyo, Notario.—1 vez.—RP2011262696.—(IN2011082241).
Por escritura 299 tomo 12, otorgada en esta notaría al ser las 9 horas con 10 minutos del 3 de octubre del 2011, se constituyó la sociedad denominada: Casa Cavalu Sociedad Anónima, domiciliada en San Isidro de El General, Pérez Zeledón, provincia de San José, Villa Ligia, exactamente cuatrocientos metros sur del Banco de Costa Rica, capital social de cuatro mil colones, presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San Isidro de Pérez Zeledón, al ser las nueve horas con diez minutos del día 3 de octubre de 2011.—Lic. Nelson Quirós Naranjo, Notario.—1 vez.—RP2011262697.—(IN2011082242).
Mediante escritura otorgada el día de hoy se constituyó la sociedad Mamaye Sociedad Anónima. Domicilio la ciudad de Alajuela centro, capital diez mil colones, presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, plazo cien años.—Alajuela, catorce de octubre de dos mil once.—Lic. Eduardo Gamboa Rojas, Notario.—1 vez.—RP2011262698.—(IN2011082243).
Ante esta notaría mediante escritura número veinte del tomo tres se constituyó la sociedad anónima denominada Elizondo Plaza Motor S. A., cuyo presidente será Rigoberto Elizondo Valverde, mayor de edad, casado en segunda nupcias, empresario, portador de la uno-trescientos sesenta y siete-doscientos cuarenta y nueve, capital social un millón de colones, plazo social noventa y nueve años.—San Isidro de El General a las catorce horas del día diez de mayo del dos mil once.—Lic. Fausto Gutiérrez Howell, Notario.—1 vez.—RP2011262699.—(IN2011082244).
Al ser las siete horas veinte minutos del trece de octubre del dos mil once, se nombra nueva junta directiva de la sociedad tres-ciento uno-seiscientos nueve mil novecientos ochenta y nueve sociedad anónima, cédula jurídica numero tres-ciento uno-seiscientos nueve mil novecientos ochenta y nueve, por medio de escritura otorgada ante la notaria pública Emilce Umaña Atencio.—San Isidro de Pérez Zeledón, el día trece de octubre del dos mil once.—Lic. Emilce Umaña Atencio, Notaria.—1 vez.—RP2011262700.—(IN2011082245).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario, se constituye la empresa: Corporación Internacional de
Empresarios Aliados en
Que por escritura número 135, visible a folio 190 frente se constituyó la empresa denominada Zippy Toole S.R.L., representada por el Gerente Scott (nombre) Dinsmore (apellido), el motivo de este edicto es la constitución de la empresa indicada.—Uvita de Osa, Puntarenas, al ser nueve horas treinta minutos del día catorce de octubre del dos mil once.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011262702.—(IN2011082247).
El día de hoy, se constituyó
en conotaría la sociedad Corporación Houston S. A. Plazo
social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Domicilio
social: Cartago, los Angeles, Barrio Corazón de Jesús, cincuenta metros al
norte de
Por escritura otorgada ante el notario público Carlos Lizano Lépiz, a las catorce horas diez minutos del veintinueve de setiembre del dos mil once, se constituyó la sociedad anónima Benjamín Santa María Sociedad Anónima, cuyo capital se encuentra totalmente suscrito y pagado.—Heredia, 7 de octubre del 2011.—Lic. Carlos Lizano Lépiz, Notario.—1 vez.—RP2011262706.—(IN2011082249).
Por escritura número 275-23, otorgada en esta notaría a las 17:00 horas del 11 de octubre del 2011, se constituye la sociedad denominada Inversiones el Noni de Cóbano Sociedad Anónima, con domicilio en San Isidro de Cóbano de Puntarenas, frente al servicentro Buen País, capital social de 10.000 colones.—Lic. Mariano Núñez Olivares, Notario.—1 vez.—RP2011262707.—(IN2011082250).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, de las 16:00 horas del 12 de octubre del 2011, Emelina Arias Campos,
María Lourdes Alfaro Arias y Román Alfaro Arias, constituyeron una sociedad
anónima cuya denominación social será conforme lo dispone el artículo dos del
Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Dicha sociedad tendrá su domicilio en bajo
Por escritura autorizada en mi Notaría a las 11:00 horas del día 17 de octubre del 2011, se constituyó la sociedad Thomjiz e Hijos Sociedad Anónima.—San José, 18 de octubre del 2011.—Lic. Manuel Enrique Zúñiga Urrutia, Notario.—1 vez.—RP2011262714.—(IN2011082252).
Ante esta Notaría a las trece horas quince minutos del día seis de octubre del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Las Palmas Famy Villa y Zúñiga Sociedad Anónima.—Upala, catorce de octubre del dos mil once.—Lic. Carlos Luis Ramírez Badilla, Notario.—1 vez.—RP2011262716.—(IN2011082253).
Por escritura 54 de las 8:00 horas del 15 de octubre del 2011, Grupo Autotransportes Cerbre de Cartago S. A. cédula jurídica 3-101-589927, nombra nueva junta directiva y reforma sus cláusulas una, dos y sexta, presidente José Alfredo Cerdas Barahona, cédula 3-193-1032.—Tejar del Guarco, 17 de octubre del 2011.—Lic. Danilo Cerdas Brenes, Notario.—1 vez.—RP2011262717.—(IN2011082254).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las dieciséis horas del diez de octubre del dos mil once, se constituyó Mi Brujis Arianna Sociedad Anónima, con un capital de cien mil colones. Presidenta: Marjorie Montes Mora.—Cóbano de Puntarenas, diez de octubre del dos mil once.—Lic. Juan Carlos Fonseca Herrera, Notario.—1 vez.—RP2011262718.—(IN2011082255).
Asamblea General Extraordinaria de Natural Makeover S. A., cédula 3-101-622247 del 12 de octubre del 2011. Se aumenta capital social. Se reforma pacto social. Se nombra tesorero y fiscal.—San José, 18 de octubre del 2011.—Lic. Yorleny Campos Oporta, Notaria.—1 vez.—RP2011262719.—(IN2011082256).
Ante esta notaría por escritura otorgada a las catorce horas quince minutos del día catorce de octubre del dos mil once, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general de accionistas de la sociedad denominada Los Milagros de Santa Teresa S. A. Donde se acuerda modificar las cláusulas segunda y sexta de los estatutos.—San José, catorce de octubre del dos once.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2011262721.—(IN2011082257).
Ante esta Notaría, se protocolizó el día de hoy acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía denominada: Servicentro Limón S L Sociedad Anónima, donde se reformaron los estatutos.—Guápiles de Pococí, 17 de octubre del 2011.—Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario.—1 vez.—RP2011262723.—(IN2011082258).
Ante esta Notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía denominada: Servicentro Siquirres Sociedad Anónima, donde se reformaron los estatutos.—Guápiles de Pococí, 17 de octubre del 2011.—Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario.—1 vez.—RP2011262724.—(IN2011082259).
Ante esta notaría se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía
denominada: Estación de Servicio
Ante esta notaría se protocolizó el día de hoy acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía denominada: Servicentro Ticabán Sociedad Anónima, mediante la cual se reformaron los estatutos.—Guápiles de Pococí, 17 de octubre del 2011.—Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario.—1 vez.—RP2011262726.—(IN2011082261).
Por escritura en Heredia en mi notaría a las trece horas del 15 de octubre del dos mil once protocolicé asamblea de socios de Inversiones Ulloa Campos S. A. se modifica cláusula B y G, del pacto social, se cancela poder y se nombra tesorero.—Heredia, 15 de octubre del 2011.—Lic. Rafael Ángel Barahona Melgar, Notario.—1 vez.—RP2011262727.—(IN2011082262).
Se notifica que se ha variado el artículo cuarto, de la sociedad Comercial Totalmed S. A., cédula jurídica Nº 3-101-362000.—San José, a las 12:00 horas del 13 de octubre del 2011.—Lic. Edgar Montero Mejía, Notario.—1 vez.—RP2011262729.—(IN2011082263).
Los suscritos Gustavo Madrigal Calvo, y Farah Salazar Aranda, han constituido, la entidad Aldea Global Comunicación Estratégica S. A., domiciliada en San José, capital de diez mil colones. Servicio de publicidad y mercadeo, sociedad constituida en San José, el 10 de octubre del 2011.—Lic. Edgar Montero Mejía, Notario.—1 vez.—RP2011262730.—(IN2011082264).
María Eugenia Ferrera Dos Santos y José Manuel Da Horta Ferreira, constituyen la sociedad denominada Ferreira Dos Santos S. A. Capital social: cien mil colones, representación presidente y secretario en forma conjunta. Domicilio; Goicoechea, San José.— 6 de octubre del 2011.—Lic. Grace María Sánchez Granados, Notaria.—1 vez.—RP2011262731.—(IN2011082265).
Automobil Topdrive Inc. S.R.L., modifica cláusulas del pacto constitutivo en cuanto a administración. Escritura otorgada en San José a las 15:30 horas del 11 de octubre de 2011.—Lic. Grace Sánchez Granados y Patricia Ramos Con, Notarias.—1 vez.—RP2011262732.—(IN2011082266).
Inversiones Golden Sanctuary S.R.L., modifica cláusulas del pacto constitutivo en cuanto a administración. Escritura otorgada en San José a las 17:00 horas del 11 de octubre de 2011.—Lic. Grace Sánchez Granados y Patricia Ramos Con, Notarias.—1 vez.—RP2011262733.—(IN2011082267).
Tres-ciento uno-cinco cero cero dos dos cuatro s. a., modifica cláusulas del pacto constitutivo en cuanto a administración. Escritura otorgada en San José a las 15:20 horas del 11 de octubre de 2011.—Lic. Grace Sánchez Granados y Patricia Ramos Con, Notarias.—1 vez.—RP2011262734.—(IN2011082268).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las diecisiete horas del quince de setiembre de dos mil once, se reforma la cláusula primera “del nombre” de los estatutos de la sociedad Securicor Segura S. A., para que en adelante se denomine G Cuatro S Valores S. A.—San José, tres de octubre de dos mil once.—Lic. Sylvia Ivethe Montero Gamboa, Notaria.—1 vez.—RP2011262739.—(IN2011082269).
Por escritura pública en asamblea extraordinaria de accionistas de Duna Oriente Mojiman Sociedad Anónima se reforma cláusula de representación judicial y extrajudicial.—San José, dieciocho octubre dos mil once.—Lic. Deyanira Chinchilla Mora, Notaria.—1 vez.—RP2011262740.—(IN2011082270).
En escritura sesenta y ocho, otorgada a las once horas del seis de octubre del dos mil once, William Elliot Kern y Maricela Martínez Fernández, constituyeron la sociedad Inversiones X Y Z S. R. L. Capital social cien mil colones, plazo noventa y nueve años, licenciado Marco Ovidio Vargas Vargas, Guadalupe de Goicoechea, del parque doscientos veinticinco metros al este, altos de Barbería París.—San José, seis de octubre del dos mil once.—Lic. Marco Ovidio Vargas Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011262741.—(IN2011082271).
Rolando Herrera Solís, cédula 1-0729-0317 y Cynthia Sánchez Fallas, cédula 1-0777-0316, constituyen Rahs S. A. Escritura 149, folio 79 vto, tomo 10, 16:00 horas del 14-10-2011. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: Alajuela, El Coyol, Urbanización Los Olivos, casa número sesenta y dos-c.—Lic. César Rodríguez Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2011262742.—(IN2011082272).
El suscrito notario hago
constar que mediante escritura otorgada ante mí a las ocho horas del quince de
octubre del año dos mil once, se constituyó la sociedad: Finca Vibran B
& B Sociedad Anónima, domicilio social: San José, San Rafael de Escazú,
cien metros al norte y setenta y cinco noroeste del Supermercado Saretto
Condominio Palermo, quedando nombrados: Lilliana Villalobos Blanco, cédula de
identidad número: uno-cuatrocientos treinta y uno-ciento treinta y siete,
Dentista, como presidente, Luis Diego Castro Gutiérrez, cédula de identidad
número: uno-trescientos ochenta y uno-quinientos treinta y nueve,
administrador, como secretario, ambos casados una vez, vecinos de Escazú, San
Rafael cien metros norte y setenta y cinco noroeste del Supermercado Saretto,
Magda Villalobos Blanco, cédula de identidad número: uno-cuatrocientos treinta
y cinco-quinientos treinta, casada una vez, vecina de
El suscrito notario Mauricio Alfaro Conde, carné Nº 15150, hace constar que mediante escritura número ciento cincuenta y tres-uno, de las quince horas del día treinta y uno de agosto del año dos mil once, protocoliza acta de la sociedad IPDE Positano di Jacó Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-500516, modifica objeto de la sociedad, administración y se nombran gerentes.—Jacó, diez de setiembre del año dos mil once.—Lic. Mauricio Alfaro Conde, Notario.—1 vez.—RP2011262748.—(IN2011082274).
Protocolización de acta de la sociedad Consultores y Especialistas Legales CONESLEG Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas primera, segunda y sétima del pacto constitutivo. Escritura otorgada en San José, a las a las diecisiete horas del diez de octubre del dos mil once.—Lic. Lucía Wille Sáenz, Notaria.—1 vez.—RP2011262750.—(IN2011082275).
Se constituye sociedad por Christian Jiménez Ureña y Gabriela Vargas Ching, con domicilio en San José, avenida uno calles 25 y 27 Nº 2552, con diez mil colones de capital, representación de presidente y secretario conjunta o separadamente, 99 años plazo. Escritura Nº 158-7. Ante la notaria María Gabriela Zeledón Ching. La sociedad tendrá la denominación que le asigne el Registro igual a la cédula jurídica. Es todo.—Misma fecha.—Lic. María Gabriela Zeledón Ching, Notaria.—1 vez.—RP2011262752.—(IN2011082276).
Mediante escritura número 44 de las 18:00 horas del 16 de octubre de 2011 ante los notarios públicos Carlos Manuel Serrano Castro y Armando Ayala Wolter, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de 3-101-465947 s. a., en la que se reforman las cláusulas 1 y 6 del pacto constitutivo.—San José, 17 de octubre del 2011.—Lic. Carlos Manuel Serrano Castro y Armando Ayala Wolter, Notarios.—1 vez.—RP2011262756.—(IN2011082277).
Por escritura otorgada a las quince horas del trece de octubre del dos mil once, se reformó las cláusulas quinta, sétima, octava y duodécima de la sociedad Marsella Trading Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—Lic. Mario Enrique Pacheco Loaiza, Notario.—1 vez.—RP2011262762.—(IN2011082278).
Por escritura treinta y cuatro hoy ante mí, protocolicé acta de Consorcio Benedetti Sociedad Anónima S. A., mediante la cual se reformaron las cláusulas segunda, quinta, sexta y sétima del pacto constitutivo y se nombra secretario.—Lic. Héctor Talavera Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2011262768.—(IN2011082279).
Por escritura otorgada a las 15:30 horas del 11 de octubre del 2011, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad: Bosques del Río Jaspe Diecisiete Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda y octava. Se nombra junta directiva y fiscal.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—RP2011262770.—(IN2011082280).
Ante esta notaría y por acuerdo de socios, Jorge Luis Oviedo Villalobos, cédula 4-130-830 y Geovanny Ramírez Zumbado, cédula 1-749-903 disuelven la sociedad denominada Inversiones Michelle de Ramiovi GGJL Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-291142. Lic. María Yisela Quesada León, Notaría, Moravia, Residencial Saint Clare, número 10-F.—Lic. María Yisela Quesada León, Notaria.—1 vez.—RP2011262771.—(IN201182281).
El suscrito notario hace constar que, según escritura veintidós-siete, folio once vuelto, del tomo siete de mi protocolo, se ha constituido la sociedad limitada denominada Costa Linda V I P Investments Group. Domiciliada en Cartago, Paraíso, Residencial Doña Flora casa veinte B, donde figura como gerentes Yaury Garbanzo Cascante, cédula de identidad número cuatro-ciento sesenta y cinco-ochocientos sesenta y seis y Vincent Patrick Pagano pasaporte número cuatro seis cuatro cero cinco nueve nueve cero cinco.—Cartago, dieciocho octubre del dos mil once.—Lic. Allan Salazar López, Notario.—1 vez.—RP2011262773.—(IN2011082282).
Por escritura otorgada a las nueve horas del día de hoy, en esta Notaría, se constituyó la compañía domiciliada en San José, Escazú, San Rafael, denominada Noron Internacional CR Limitada. Plazo: noventa años. Objeto: La industria, el comercio, la agricultura, la ganadería en general. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—Escazú, catorce de octubre del dos mil once.—Lic. Percy Chamberlain Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2011262775.—(IN2011082283).
Por escritura otorgada ante el suscrito Notario, a las 08:00 horas del 17 de octubre del dos mil once, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Cocal del Peñón S. A., cédula 3-101-210615, en la cual se acuerda disolver y liquidar dicha sociedad.—Lic. Thomas Burke Maessen, Notario.—1 vez.—RP2011262776.—(IN2011082284).
Por escritura otorgada ante el suscrito Notario, a las 11:00 horas del 17 de octubre del dos mil once, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Playa del Peñón S. A., cédula 3-101-210618, en la cual se acuerda disolver y liquidar dicha sociedad.—Lic. Thomas Burke Maessen, Notario.—1 vez.—RP2011262777.—(IN2011082285).
Por escritura otorgada ante el suscrito Notario, a las 09:00 horas del 17 de octubre del dos mil once, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Jardín del Peñón S. A., cédula 3-101-210616, en la cual se acuerda disolver y liquidar dicha sociedad.—Lic. Thomas Burke Maessen, Notario.—1 vez.—RP2011262778.—(IN2011082286).
Por escritura otorgada ante el suscrito Notario, a las 10:00 horas del 17 de octubre del dos mil once, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Bosque del Peñón S. A., cédula 3-101-210617, en la cual se acuerda disolver y liquidar dicha sociedad.—Lic. Thomas Burke Maessen, Notario.—1 vez.—RP2011262779.—(IN2011082287).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del primero de octubre del dos mil once, se constituyó la sociedad Montacarguistas y Cargadores Sociedad Anónima. Se nombró presidente, secretario, tesorero y fiscal.—Tamarindo, catorce de octubre del dos mil once.—Lic. Jill Corrales Mora, Notaria.—1 vez.—RP2011262780.—(IN2011082288).
Por escritura otorgada ante el suscrito Notario, a las 08:00 horas del 12 de octubre del dos mil once, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Hernández & Burke S. A., cédula 3-101-567376, en la cual se acuerda disolver y liquidar dicha sociedad.—Lic. Thomas Burke Maessen, Notario.—1 vez.—RP2011262781.—(IN2011082289).
Por escritura otorgada ante el suscrito Notario, a las 09:00 horas del 12 de octubre del dos mil once, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Maggie Lee S. A., cédula 3-101-446638, en la cual se acuerda disolver y liquidar dicha sociedad.—Lic. Thomas Burke Maessen, Notario.—1 vez.—RP2011262782.—(IN201182290).
Por escritura otorgada ante el suscrito Notario, a las 10:00 horas del 12 de octubre del dos mil once, se protocoliza el acta de reunión de socios de Academia de Etiqueta y Protocolo Eleganza Ltda., cédula 3-102-512992, en la cual se acuerda disolver y liquidar dicha sociedad.—Lic. Thomas Burke Maessen, Notario.—1 vez.—RP2011262783.—(IN2011082291).
En la notaría de, Yalile Villalobos Zamora, se constituyó la sociedad Sopra Inversiones & Propiedades S. A. Corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Escritura 122 del tomo 7 del protocolo de la suscrita notaria.—San José, 01 de setiembre del 2011.—Lic. Yalile Villalobos Zamora, Notaria.—1 vez.—RP2011262784.—(IN2011082292).
Se presentó en esta oficina acta de asamblea general extraordinaria de socios de Representaciones y Servicios de Seguridad Carrillo Sociedad Anónima, en la que se reforma la cláusula dos del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva.—Lic. Gloria Estela Carrillo Ballestero, Notaria.—1 vez.—RP2011262785.—(IN2011082293).
En esta Notaría, al ser las ocho horas de hoy, se protocolizó el acta de asamblea de accionistas número uno de la sociedad New World Trading Expressions S. A., mediante el cual se incrementa el capital social a la suma de diez millones de colones.—San José, diecisiete de octubre del dos mil once.—Bernal Alberto Chavarría Valverde, Notario.—1 vez.—RP2011262786.—(IN2011082294).
En mi notaría se constituyó la entidad The Club`S Choice Marketing & Services TCCHMS S. A. Plazo: noventa y nueve años.—San José, diecisiete de octubre del dos mil once.—Lic. Carlos R. Salas Arce, Notario.—1 vez.—RP2011262790.—(IN2011082295).
Los señores Fabián Castillo Ugalde y Mario Castillo Ulloa, y constituyen la sociedad denominada Tino Carwash Sociedad Anónima. Presidente: Fabián Castillo Ulloa, en San José a las diez horas treinta minutos del catorce de octubre del dos mil once.—Lic. Alfredo Salazar Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2011262793.—(IN2011082296).
Por la escritura número ciento noventa y siete, otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día trece del mes de octubre del año dos mil once, se constituyó sociedad responsabilidad limitada de acuerdo con lo dispuesto en el artículo dos del decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J que rige a partir del catorce de junio del dos mil seis. Plazo social: cien años. Domicilio social: San José, Santa Ana, Río Oro, de la caseta del guarda cuatro bloques norte y cuatro bloques oeste, condominios color amarillo con rojo, casa número cuatro. Gerente: Piotr Adam Gulbas.—San José, 13 de octubre del 2011.—Lic. Slawomir Wiciak G., Notario.—1 vez.—RP2011262794.—(IN2011082297).
Por la escritura número ciento noventa y ocho, otorgada ante esta Notaría, a las diez horas del día trece del mes de octubre del año dos mil once, se constituyó la sociedad ADV Euro Group Sociedad de Responsabilidad Limitada. Plazo social: cien años. Domicilio social: San José, Santa Ana, Río Oro, de la caseta del guarda cuatro bloques norte y cuatro bloques oeste, condominios color amarillo con rojo, casa número cuatro. Gerente: Piotr Adam Gulbas.—San José, 13 de octubre del 2011.—Slawomir Wiciak G., Notario.—1 vez.—RP2011262796.—(IN2011082298).
Mediante escritura número 106, del tomo 12 del conotario Ramón Gerardo Solís Camacho, se constituyó la sociedad Inmobiliaria Molinari Wong S. A.—Guadalupe, 13 de octubre de 2011.—Lic. Aurelia Vargas Segura, Conotaria.—1 vez.—RP2011262798.—(IN2011082299).
Mediante escritura número 101 del tomo 12 de mi protocolo, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Loring Costa Rica S.R.L.—Guadalupe, 7 de octubre de 2011.—Lic. Ramón Gerardo Solís Camacho, Notario.—1 vez.—RP2011262799.—(IN2011082300).
Por escritura número 467 de las 16 horas del 12 de octubre del 2011, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Seguros Siglo XXI Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos diecisiete mil trescientos veintidós, celebrada en su domicilio social, en la que se reforma la cláusula del pacto social para modificar el nombre de la compañía.—Grecia, 14 de octubre del 2011.—Lic. Óscar Salas Porras, Notario.—1 vez.—RP2011262801.—(IN2011082301).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 18:30 horas del 13 de octubre del 2011, se constituyó la sociedad Magrecin Sociedad Anónima. Capital social debidamente suscrito y pagado por los socios. Domicilio: Cartago. Plazo: noventa y nueve años.—Cartago, 18 de octubre del 2011.—Lic. Jorge Enrique Monge Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2011262808.—(IN2011082302).
En mi notaría se ha constituido la sociedad tres-ciento uno-doscientos doce ochocientos treinta y ocho, que es nombre de fantasía. Presidente el socio Orlando Castro Murillo. En Guadalupe, a las catorce horas del once de octubre del dos mil once.—Lic. Andrea Ruiz Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2011262812.—(IN2011082303).
Por escritura pública número ciento nueve-uno, otorgada a las diez horas quince minutos del once de julio del dos mil once, he protocolizado el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Proyecto Vistas de Altamonte VDA Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y tres mil novecientos tres, mediante la cual se modifican las cláusulas quinta: plazo social y sexta: de la administración del pacto constitutivo de dicha sociedad.—San José, 12 de octubre del 2011.—Lic. Gabriel Zamora Baudrit, Notario.—1 vez.—RP2011262813.—(IN2011082304).
Ante esta notaría FM Latinamérica S. A., reforma la cláusula quinta de su pacto social en la que aumenta el capital social.—San José, 12 de octubre de 2011.—Lic. Botho Steinvorth Koberg, Notario.—1 vez.—RP2011262819.—(IN2011082305).
Por medio de la escritura número veinticuatro, otorgada a las doce horas del diez de octubre del año dos mil once, ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada El Mundo de Solo Camarón Sociedad Anónima, con domicilio en Vázquez de Coronado, San José, plazo de noventa y nueve años, capital social cien mil colones. Presidenta la señorita Iria Karolina Arroyo Gutiérrez.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—RP2011262820.—(IN2011082306).
Ante esta notaría se constituyó Pure Summer Resort Sociedad Anónima, Presidente actuará con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: un millón de colones, en la ciudad de Limón, a las 9:15 horas del 23 de setiembre del 2011.—Lic. Floribeth Gómez Cubero, Notaria.—1 vez.—RP2011262821.—(IN2011082307).
En mi notaría se ha procedido a constituir la sociedad denominada Centro Llantero Chaves y Asociados Sociedad Anónima. Capital íntegramente suscrito y pagado. Presidente y secretario son los representantes judiciales y extrajudiciales actuando conjunta separadamente. Nombramientos de junta directiva y fiscal por todo el plazo social.—Cartago, seis de octubre del dos mil once.—Lic. Víctor Alberto Jiménez Navarro, Notario.—1 vez.—RP2011262822.—(IN2011082308).
Ante esta notaría se constituyó Pure Spring Resort Sociedad Anónima. Presidente actuará con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: un millón de colones, en la ciudad de Limón, a las 9:00 horas del 23 de setiembre del 2011.—Floribeth Gómez Cubero, Notaria.—1 vez.—RP2011262823.—(IN2011082309).
Mediante escritura número doscientos veintiuno, se reforma las cláusulas segunda y octava y se nombra nueva junta directiva y fiscal de la empresa Renicar Sociedad Anónima, en la ciudad de Cahuita, a las 18:00 horas del 14 de octubre del 2011.—Lic. Floribeth Gómez Cubero, Notaria.—1 vez.—RP2011262824.—(IN2011082310).
Ante esta notaría se constituyó Multiservicios Hermanos Villalobos Bustos Sociedad Anónima. Presidente actuará con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo social noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones en la ciudad de Cahuita, a las 9:15 horas del 15 de octubre del 2011.—Lic. Floribeth Gómez Cubero, Notaria.—1 vez.—RP2011262825.—(IN2011082311).
Ante esta notaría se constituyó Pure Fall Resort Sociedad Anónima, presidente actuará con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: un millón de colones, en la ciudad de Limón, a las 9:30 horas del 23 de setiembre del 2011.—Lic. Floribeth Gómez Cubero, Notaria.—1 vez.—RP2011262826.—(IN2011082312).
Por escritura otorgada a las doce horas del once de octubre de dos mil once, Apartamentos Don Epi S. A., reformó cláusulas segunda, tercera, cuarta, octava y duodécima de sus estatutos y nombra nueva junta directiva y fiscal.—Lic. Fabio Vincenzi Guilá, Notario.—1 vez.—RP2011262827.—(IN2011082313).
Mediante escritura número 18 otorgada a las 08:30 horas del 6 de octubre del 2011, en el tomo cuarenta de la notaria Jenny Ramírez Robles, se constituyó la sociedad Grupo América del Norte Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones.—San José, 6 de octubre del 2011.—Lic. Carlos Madrigal Mora, Notario.—1 vez.—RP2011262830.—(IN2011082314).
Mediante escritura número 18 otorgada a las 8:00 horas del 6 de octubre del 2011, en el tomo cuarenta de la notaria Jenny Ramírez Robles, se constituyó la sociedad Grupo América del Este Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones.—San José, 6 de octubre del 2011.—Lic. Carlos Madrigal Mora, Notario.—1 vez.—RP2011262832.—(IN2011082315).
Por escritura número doscientos cuatro-tres de las doce horas del catorce de octubre del año dos mil once, otorgada ante la notaria pública Lic. María José Chaves Cavallini, se constituyó la sociedad Centro Especialista en Bioseguridad Latinoamericana Limitada, con un capital social de cien mil colones, dividido en cien cuotas nominativas de mil colones cada una.—Lic. María José Chaves Cavallini, Notaria.—1 vez.—RP2011262833.—(IN2011082316).
Mediante escritura número ciento ochenta y cuatro otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del trece de octubre, se modificó la junta directiva y representación de pacto constitutivo la plaza social Visa Cargo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seis dos siete tres cero. Es todo.—Belén, al ser las nueve horas treinta minutos del día trece de octubre del dos mil once.—Lic. Ivannia Alfaro Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2011262834.—(IN2011082317).
Daniel Gamboa Pereira, notario público domiciliado en Turrialba avisa, que al ser las 11:00 horas del 6 de octubre del 2011, mediante escritura número 48, iniciada al folio 33 vuelto del tomo 64 de mi protocolo los señores José Francisco Quesada Gamboa, Michael, Carlos y Katerine, estos Quesada Romero, constituyen Inversiones Quesada Inque S. A., domiciliada en Santa Rosa de Turrialba, Cartago, siendo los dos primeros sus apoderados generalísimo sin límite de suma.—Turrialba, 14 de octubre del 2011.—Lic. Daniel Gamboa Pereira, Notario.—1 vez.—RP2011262837.—(IN2011082318).
Por escritura pública número
setenta y ocho-diecinueve, otorgada a las ocho horas del doce de octubre del
dos mil once, se modifica la cláusula segunda del domicilio social del pacto
constitutivo de la sociedad denominada Hidroeléctrica
Por escritura 40-11, otorgada
ante mi notaría a las 15:00 horas del 7 de octubre del 2011, se constituye la
sociedad cuya denominación social será el número de cédula de persona jurídica
que le asignará de oficio el Registro de personas jurídicas de conformidad con
lo establecido en el Decreto Ejecutivo 33171-J publicado en
Por escritura otorgada en San José, de las 13:00 horas del diecisiete de octubre del dos mil once, se constituye sociedad Arnel Telecomunicaciones Sociedad Anónima. Presidente: Almendarez Allen Eve.—Lic. Consuelo Méndez Marchena, Notaria.—1 vez.—RP2011262895.—(IN2011082341).
Ante esta notaría por escritura otorgada a las 9:00 horas del día 18 de octubre del dos mil once, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Adeodatus S. A., Donde se acuerda la liquidación de la compañía.—San José, 18 de octubre del 2011.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2011262896.—(IN2011082342).
Por escritura número 29-7, otorgada a las 14:00 horas del 12 de octubre de 2011, ante esta notaria Diana Elke Pinchanski Fachler, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada 3-101-637763 sociedad anónima, en donde se acuerda reformar la totalidad del pacto constitutivo de los estatutos.—Puntarenas, 12 de octubre del 2011.—Lic. Diana Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—RP2011262897.—(IN2011082343).
Por escritura número 32-7, otorgada a las 10:00 horas del 13 de octubre de 2011, ante esta notaria Diana Elke Pinchanski Fachler, se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Hacienda Kasanova Limitada, en donde se acuerda reformar la cláusula novena de los estatutos.—Puntarenas, 13 de octubre del 2011.—Lic. Diana Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—RP2011262898.—(IN2011082344).
Por escritura número 28-7,
otorgada a las 13:00 horas del 12 de octubre de 2011, ante esta notaria Diana
Elke Pinchanski Fachler, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria
y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada
Por escritura número ciento noventa y siete, se constituye la sociedad denominada Miresco Sociedad Anónima, Presidente Michael Retana Carpio. Capital veinte mil colones. Domicilio San José.—San José, diecisiete de octubre del 2011.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—RP2011262904.—(IN2011082346).
Por escritura número ciento noventa y ocho, se nombra gerente y subgerente de la sociedad Apateguz Limitada. Gerente: Sergio Cavalieri.—San José, 18 de octubre del 2011.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—RP2011262905.—(IN2011082347).
El suscrito notario hace constar que el día de hoy, se constituyó en mi notaría la sociedad denominada Toys In Paradise Tambor Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de octubre del 2011.—Lic. Sebastián David Vargas Roldán, Notario.—1 vez.—RP2011262906.—(IN2011082348).
En mi notaría, a las 10:00
horas del 14 de octubre del año 2011 se protocolizó acta de la sociedad Comercializadora
Por escritura de las 12:00 horas del 14 de octubre de 2011 otorgada ante esta notaria pública, se modifica la cláusula quinta del pacto social de BG&A Abogados Corporativos Sociedad Anónima.—San José, 14 de octubre del 2011.—Lic. Eslava Hernández Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2011262908.—(IN2011082350).
Por medio de escritura otorgada en mi notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía tres-ciento uno-cinco seis dos dos cinco dos sociedad anónima, se reformó la cláusula del pacto constitutivo, segunda (domicilio). Además se revocó la actual junta directiva, se nombró presidente, secretario, tesorero y además se revocó el nombramiento del fiscal y se nombró nuevo fiscal, todos por el resto del plazo social.—San José, 18 de octubre del 2011.—Lic. Lizeth Álvarez Salas, Notaria.—1 vez.—RP2011262909.—(IN2011082351).
Yo, Roxana Sánchez Boza notaria pública comunico que en mi notaría pública, se ha constituido la sociedad denominada Vianchy y Baronas R Y J Sociedad Anónima pudiendo abreviarse las dos últimas palabras Vianchy y Baronas R Y J S.A., cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Vianchy Alexis Barona Muñoz.—San José, 18 de octubre del 2011.—Lic. Roxana Sánchez Boza, Notaria.—1 vez.—RP2011262912.—(IN2011082352).
Por escritura Nº 81-18 de las 13:00 horas del 30/9/2011, se constituyó la sociedad Ularomer S. A., cuyo presidente es el señor Jacobo Ulate Barrantes, apoderado generalísimo sin límite de suma, capital suscrito y pagado.—San José, 18 de octubre del 2011.—Lic. Xinia Mayela Campos Campos, Notaria.—1 vez.—RP2011262913.—(IN2011082353).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad Transportes y Excavaciones L y L S. A.—San José, 17 de octubre del 2011.—Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea, Notario.—1 vez.—RP2011262915.—(IN2011082354).
Por escritura otorgada ante mí, a las 9:30 horas del 11 de octubre de 2011; se modificó el domicilio social y la representación del capital social y representación judicial y extrajudicial de la sociedad Villalito de San Ramón S. A.—San Ramón de Alajuela, 13 de octubre del 2011.—Lic. José Enrique Jiménez Bogantes, Notario.—1 vez.—RP2011262917.—(IN2011082355).
Inversionistas en Viento y Aires de las Montañas de Tilarán S. A., modifica las cláusulas segunda y cuarta de pacto social escritura otorgada en Santo Domingo de Heredia, a las dieciséis horas del 12 de octubre del dos mil once.—Lic. Marta María Elizondo Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2011262919.—(IN2011082356).
Por escritura otorgada ante Lic. Ernesto Azofeifa Cedeño, Nº 270 del protocolo 5 del notario Azofeifa Cedeño, a las 9:00 horas, 03/10/2011, se constituyó sociedad anónima Propieties Gloria S. A., Domicilio San José, presidenta Gloria Niño Canales.—18 de octubre del 2011.—Lic. Ernesto Azofeifa Cedeño, Notario.—1 vez.—RP2011262920.—(IN2011082357).
Por escritura número quince otorgada ante mi notaría a las 8:00 horas del 14 de octubre de 2011, la sociedad Chale Coco del Río Limitada, cédula Nº 3-102-500526, reforma las cláusulas octava y novena de los estatutos y procede a nombrar gerente y subgerentes.—San José 14 de octubre del 2011.—Lic. Jeannette Salazar Araya, Notaria.—1 vez.—RP2011262922.—(IN2011082358).
Inmobiliaria Silvia S. A., modifica la cláusula de la administración y se revocó el nombramiento de la junta directiva y nombró nuevos miembros, mediante escritura Nº 312, otorgada a las 14:00 horas del 14 de octubre del 2011 ante la notaria Marta Cecilia Jiménez Chaves.—San José, 14 de octubre de 2011.—Lic. Marta Jiménez Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2011262923.—(IN2011082359).
Por escritura número cuarenta-dos otorgada ante la suscrita notaria a las nueve horas del dieciocho de octubre del dos mil once, se protocoliza acta de la sociedad Inversiones Amar de Costa Rica Sociedad Anónima, en la que se reforma la cláusula segunda del domicilio social.—San José, 18 de octubre del 2011.—Lic. Verónica María Rivera Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2011262924.—(IN2011082360).
Ante esta notaría por medio de la escritura 5 se protocolizó el acta número uno asamblea de socios de Seguridad El Ángel del Pacífico, en la cual se modifica la representación y nombramientos de junta directiva.—San José, 13 de octubre del 2011.—Lic. Steven Alvarado Bellido, Notario.—1 vez.—RP2011262925.—(IN2011082361).
Ante esta notaría por medio de la escritura 10-10 se protocolizó el acta Nº 2 de la asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad de Inversiones Muma Muma Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Ciudad de Quepos, 15 de octubre del 2011.—Lic. Steven Alvarado Bellido, Notario.—1 vez.—RP2011262927.—(IN2011082362).
Ante esta notaría por medio de la escritura 13-10 se protocolizó el acta número dos de la sociedad Grupo Santa Ana de Trujillo Sociedad Anónima.—Ciudad de Quepos, 15 de octubre del 2011.—Lic. Steven Alvarado Bellido, Notario.—1 vez.—RP2011262928.—(IN2011082363).
Hoy he protocolizado el acta número seis de Fide Union S. A., en la cual se transforma la sociedad a Fide Union Limitada, y se reforman totalmente los estatutos.—San José, 14 de julio del 2011.—Lic. Fernando Alonso Castro Esquivel, Notario.—1 vez.—RP2011262929.—(IN2011082364).
María José Vargas Arguedas y Hilda Martínez Rodríguez, constituyen Disark Arquitectura y Diseño Sociedad Anónima. Fecha de constitución: 11 de setiembre del 2011. Capital social: Diez mil colones. Presidenta: María José Vargas Arguedas.—Lic. Randall Fallas Castro, Notario.—1 vez.—RP2011262930.—(IN2011082365).
Para los efectos de los artículos 221 y 222 del Código de Comercio, se hace constar que por escritura pública número treinta y uno autorizada a las catorce horas del día catorce de octubre de dos mil once, por la notaria pública Rosa Iselle Sánchez Vargas, se protocolizan los acuerdos de asambleas generales extraordinarias de Corporación Bananera Nacional S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cero dieciocho mil novecientos sesenta y ocho y Proyecto Agro Industrial Sixaola S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-veintisiete mil ciento treinta y seis, mediante los cuales se acordó la fusión por absorción de dichas sociedades prevaleciendo Corporación Bananera Nacional S. A., y adquiriendo esta de pleno derecho, todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, la cual surtirá efectos legales una vez que se aprobada por las autoridades regulatorias correspondientes, y se haya cumplido con lo que dispone el artículo 222 del Código de Comercio. Como resultado de la fusión propuesta, se acuerda no realizar aumento al capital social de Corporación Bananera Nacional Sociedad Anónima, sociedad prevaleciente, de conformidad con el párrafo final del artículo 220 del Código de Comercio, pues el capital social de Proyecto Agro Industrial de Sixaola Sociedad Anónima, empresa que es absorbida ya está dentro del patrimonio de la sociedad que prevalece. Por no considerarlo necesario no se realizará ninguna modificación a los estatutos de la sociedad prevaleciente. En cuanto a la administración y representación de Corporación Bananera Nacional Sociedad Anónima, se acuerda no realizar ningún nuevo nombramiento o modificación de los nombramientos existentes por efecto de esta fusión.—Lic. Rosa Iselle Sánchez Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2011262932.—(IN2011082366).
Gonzalo Cervantes Barrantes, notario público con oficina en San José, hace constar que por escritura otorgada al ser las quince horas del once de octubre del año dos mil once, por acuerdo de socios se convino modificar la cláusula primera de la sociedad anónima denominada Sojejsa Soluciones Jurídico Empresariales Jiménez S. A.—San José, 12 de octubre del 2011.—Lic. Gonzalo Cervantes Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2011262933.—(IN2011082367).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas treinta minutos del día dieciocho de octubre del año dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Intercolegial de Coreografías Sociedad Anónima, en la cual se reformó la cláusula tercera del pacto constitutivo.—Lic. Didier Mena Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2011262934.—(IN2011082368).
Mediante escritura pública otorgada a las quince horas del veinte de setiembre del dos mil once, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Privatizaciones Publicitarias de Costa Rica PPCR Sociedad Anónima, capital social diez mil colones. Presidente: Emil Brautigam Ruiz.—Lic. Daniel Salazar Araya, Notario.—1 vez.—RP2011262935.—(IN2011082369).
Por escritura otorgada ante
esta notaría a las 12:00 horas del 27 de setiembre del 2011, se constituyó la
sociedad: Tecnología Chipset S. A. con domicilio en San José, Pavas, Rohrmoser
de
Ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria donde se reformó estatutos de la compañía denominada: Servicentro Cariari Sociedad Anónima.—Guápiles de Pococí, 17 de octubre del 2011.—Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario.—1 vez.—RP2011262722.—(IN2011082371).
Por escritura otorgada a las quince horas del catorce de octubre del dos mil once, ante esta notaría, se reforma la cláusula novena del pacto social de la sociedad Tres-ciento uno-quinientos ochenta y nueve mil seiscientos cuarenta y dos s. a.—San José, catorce de octubre del dos mil once.—Lic. Ana Karine Niño Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—(IN2011082473).
En mi notaría, al ser las dos horas del día dieciséis de octubre del dos mil once, se constituyó la sociedad denominará Ariol A & J Sociedad Anónima, la que podrá abreviarse Ariolaj S. A., Domicilio Centro de Nicoya, Guanacaste. Capital íntegramente pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Nicoya, dieciséis de octubre del dos mil once.—Lic. José Ángel Obando Silvas, Notario.—1 vez.—(IN2011082476).
Mediante escritura número
doscientos veintiuno, de las diez horas del trece de octubre del año dos mil
once, se constituyó la sociedad
El día de hoy se protocolizó acta en la que El Brazo Eléctrico de Alajuela S. A., modifica la cláusula 7 de pacto social y nombra nuevo tesorero.—Alajuela, 18 de octubre del 2011.—Lic. Fernando Vargas Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2011082484).
Por escritura otorgada hoy ante el suscrito notario, se acuerda modificar la cláusula tercera del pacto constitutivo de la sociedad Apulia Costarricense S. A.—San José, 18 de octubre del 2011.—Lic. Farid José Ayales Bonilla, Notario.—1 vez.—(IN2011082522).
Ante mí, Pablo Arias González, notario público con oficina en Atenas se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Lan treinta y dos Limitada, a las dieciséis horas del dieciocho de octubre del dos mil once. Gerente y Subgerente con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, quienes tendrán las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Atenas, dieciocho de octubre del dos mil once.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2011082528).
La suscrita notaria Maritza Araya Rodríguez, hago constar que en mi notaría se constituyó el pacto constitutivo de la sociedad denominada Surbm Sociedad Anónima, mediante escritura número cuarenta y uno-nueve de las catorce horas del treinta y uno de agosto del dos mil once. Es todo.—San Vito, catorce de octubre del dos mil once.—Lic. Maritza Araya Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2011082529).
Ante mí, Pablo Arias González, notario público con oficina en Atenas hago constar que el día trece de octubre del dos mil once a las catorce horas en la ciudad de San José se realizó la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Hacienda Trumpet Plant Sociedad Anónima. En la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Atenas, trece de octubre del dos mil once.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2011082530).
Por escritura otorgada ante mí a las catorce horas del diecisiete de octubre del dos mil once, se modifica la cláusula de la administración de la sociedad y se nombra nueva junta directiva, denominada Corporación BL Cincuenta y Uno de Santa Ana S. A. Presidenta: Rocío Arriola Barrantes. Escritura otorgada ante la notaria Liliana García Barrantes.—Lic. Liliana García Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2011082531).
Por escritura otorgada ante mí a las quince horas del diecisiete de octubre del dos mil once, se modifica la cláusula de la administración de la sociedad y se nombra nueva junta directiva, denominada Corporación BL Ciento Treinta y Tres de Santa Ana S. A., Presidenta: Rocío Arriola Barrantes. Escritura otorgada ante la notaria Lilliana García Barrantes.—Lic. Lilliana García Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2011082532).
Ante esta notaría, mediante escritura número ocho se protocoliza asamblea general de socios de la sociedad Calatea Miniatura Jardinera S. A., mediante la cual se modifica la representación de la sociedad.—San José, dieciocho de octubre de dos mil once.—Lic. Marco Aurelio Odio Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2011082535).
Ante mí, Alonso Eugenio Rodríguez Vargas, notario público en escritura número ciento ochenta y ocho-dos de las dieciocho horas del veinte de setiembre de dos mil once, se constituye sociedad denominada Security Coast, que es nombre de fantasía y podrá abreviarse con su aditamento S. A. su domicilio estará en Barva de Heredia, de la agencia del Banco de Costa Rica trescientos setenta y cinco metros al oeste, objeto general, el ejercicio de la seguridad y vigilancia de casas, edificios públicos y privados, corresponde al presidente, al vicepresidente y al tesorero, la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos con limitación de suma de hasta quinientos mil colones para poder actuar separadamente y facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Fue nombrado su presidente Manuel Emilio Sánchez Cordero, mayor, soltero, comerciante, portador de la cédula de identidad número cuatro-ciento noventa y tres-quinientos veintiséis.—Barva veintiocho de setiembre de dos mil once.—Lic. Alonso Eugenio Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2011082539).
Por escritura número 168 de las 10:00 horas del 19/10/2011 se protocolizo acta 02 de Grupo Fitsimons S. A. en la que se modifica la junta directiva; se reforman las cláusula 2, 6, 7, 8 y se adiciona una nueva cláusula 12, del pacto constitutivo.—Lic. Fernando Falcón Varamo, Notario.—1 vez.—(IN2011082547).
Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad de esta plaza denominada Comercial Heredia Golden Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-393377, mediante la cual se reformó la cláusula del domicilio social.—Heredia, 18 de octubre del 2011.—Lic. Adolfo Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2011082548).
Por escritura número 169 de las 11:00 horas del 19/10/2011 se protocolizó acta 01 de FS Sports S. A. en la que se modifica la junta directiva; se reforman las cláusula 2, 6, 7 y se adiciona una nueva cláusula 12, del pacto constitutivo.—Lic. Fernando Falcón Varamo, Notario.—1 vez.—(IN2011082549).
Por escritura otorgada ante
esta notaría, el día 24 de julio del
Por escritura otorgada en esta notaría, a las nueve horas del tres de octubre del dos mil once, se modifica el domicilio social de la sociedad tres-ciento uno-seiscientos seis mil cuatrocientos noventa sociedad anónima, para que sea San José, Montes de Oca, Los Yoses, del Automercado, ciento veinticinco metros sur.—San José, 12 de octubre del 2011.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria—1 vez.—(IN2011082569).
Por escritura número cuarenta y uno-uno, otorgada ante el notario Alexander Alberto Coto Zyzak, a las nueve horas del día veintiséis de setiembre del dos mil once, se reforma la cláusula octava y se nombra junta directiva y fiscal a la compañía Avalancha Alfa S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos cinco mil setecientos siete.—San José, 10 de octubre del 2011.—Lic. Alexander Alberto Coto Zyzak, Notario.—1 vez.—(IN2011082570).
Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se abre sucursal de la compañía nueve uno ocho nueve-ocho nueve cinco siete Québec Inc., y se nombra apoderada generalísima.—San José, cuatro de octubre de dos mil once.—Lic. José Fernando Carter Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2011082578).
Ante mi notaría, mediante escritura número sesenta y cinco, de las 13:00 horas del día 3 de octubre del 2011. Se reforma cláusula primera: de la sociedad Transportes Ticos Martínez y Jiménez, cédula 3-101-508553. Presidente: Elías Martínez Chavarría.—Santo Domingo, Heredia, 3 de octubre del 2011.—Lic. Grethel Sánchez Cordero, Notaria.—1 vez.—(IN2011082580).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del diecinueve de octubre del dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Inversiones CA Akim Internacional Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula octava del pacto constitutivo, se acepta la renuncia del presidente y secretario y hacen nuevo nombramiento.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2011082608).
Por escritura número ciento cuarenta y cinco, otorgada ante esta notaría, el día catorce de octubre del dos mil once, a las nueve horas, se constituyó la sociedad El Pájaro Loco Inc S. A. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: mil doscientos colones de mil doscientas acciones de un colón cada una. Representación judicial: presidente.—San José, catorce de octubre del dos mil once.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2011082610).
Por escritura número ciento cuarenta y cuatro, otorgada ante esta notaría, el día catorce de octubre del dos mil once, a las ocho horas, se constituyó la sociedad Kajuyali Inc S. A. Plazo social: noventa y nueve años, capital social: mil doscientos colones de mil doscientas acciones de un colón cada una. Representación judicial: presidente y secretario.—San José, catorce de octubre del dos mil once.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2011082612).
Por escritura número trescientos treinta-treinta y nueve de las nueve horas del cinco de setiembre del dos mil once, del tomo treinta y nueve del protocolo de la notaria, Jenny Ramírez Robles; se modifica el domicilio social el cual será en Heredia, Ciudad Cariari cien metros en sur, cien este y cincuenta metros norte, del puente de los golfistas, Urbanización Cariari, lote número treinta y tres. Además se modifica la junta directiva en cuanto al presidente, secretario, tesorero y fiscal, por todo el plazo social de la sociedad Vista Aspen Park S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos setenta y dos mil novecientos ochenta y seis.—San José, 18 de octubre 2011.—Lic. Jenny Ramírez Robles, Notaria.—1 vez.—(IN2011082614).
Mediante escritura número 19 otorgada a las 9:00 horas del 6 de octubre del 2011, en el tomo cuarenta de la notaria, Jenny Ramírez Robles, se constituyó la sociedad Grupo América del Oeste Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones.—San José, 19 de octubre del 2011.—Lic. Carlos Madrigal Mora, Notario.—1 vez.—(IN2011082616).
Inversiones Páginas de Oro Sociedad Anónima, cambio de junta directiva, presidente, tesorero, secretaria y fiscal y reforma la cláusula segunda.—San José, 4 de octubre de 2011.—Lic. Olga Soto Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2011082618).
Mediante escritura número 20 otorgada a las 9:30 horas del 6 de octubre del 2011, en el tomo cuarenta de la notaria Jenny Ramírez Robles, se constituyó la sociedad Grupo América del Sur Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones.—San José, 19 de octubre del 2011.—Lic. Carlos Madrigal Mora, Notario.—1 vez.—(IN2011082619).
Por Asamblea Extraordinaria de la sociedad Tesorero Escondido ZC S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos cuarenta y tres mil ciento nueve, domiciliada en San José, costado norte de Plaza Víquez, se revoca nombramiento de presidente y en su lugar se nombra al señor Allen Castro Alfaro, mayor, casado una vez, empresario, vecino de Escazú, del Centro Comercial Paco, ochocientos metros oeste y trescientos metros al sur, cédula uno-ocho nueve tres-uno nueve seis por el resto del plazo social.—San José, diecinueve de octubre de dos mil once.—Lic. Joaquín Alonso Pérez Calvo, Notario.—1 vez.—(IN2011082639).
Por escritura pública otorgada a las 11:00 horas del día de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa 3-101-631807 S. A., mediante la cual se reforma la cláusula segunda de los estatutos.—San José, 18 de octubre del 2011.—Lic. Alejandra Bastida Álvarez, Notaria.—1 vez.—(IN2011082650).
El suscrito notario Billy Latouche Ortiz, hace constar que en esta notaría, se protocolizaron Dreamed Property in Osa Sociedad Anónima y Grupo Cinco Hache Sociedad Anónima. Es todo.—Palmar Norte, Osa, Puntarenas, al ser las diecisiete horas del día catorce de octubre del dos mil once.—Lic. Billy Latouche Ortiz, Notario.—1 vez.—(IN2011082651).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diecisiete horas treinta minutos del día dieciocho de octubre del dos mil once, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada 3-102-642011 SRL, donde se acuerda modificar las cláusulas primero y novena de los estatutos.—San José, dieciocho de octubre del dos mil once.—Lic. Álvaro Garita Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2011262944.—(IN2011082757).
Por escritura otorgada ante
mí, a las once horas del dieciocho de octubre del dos mil once, protocolicé
acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Hidriponicos
de
Se hace constar que mediante escritura pública número veintinueve-tres del tomo tercero de esta notaria, se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de la sociedad Eurohabitat Catorce Greco Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cincuenta y un mil novecientos sesenta y nueve, mediante la cual se reforma la cláusula octava de los estatutos, se hacen nuevos nombramientos de junta directiva y cambios en su representación.—San José, dieciocho de octubre de dos mil once.—Lic. Marianela Carvajal Carvajal, Notaria.—1 vez.—RP2011262946.—(IN2011082759).
Se hace constar que mediante escritura pública número treinta-tres del tomo tercero de esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de la sociedad Eurohabitat Treinta y Tres Moscovita Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cincuenta y un mil novecientos noventa y cuatro, mediante la cual se reforma la cláusula octava de los estatutos, se hacen nuevos nombramientos de junta directiva y cambios en su representación.—San José, dieciocho de octubre de dos mil once.—Lic. Marianela Carvajal Carvajal, Notaria.—1 vez.—RP2011262947.—(IN2011082760).
Por escritura número doscientos cinco, otorgada a las once horas treinta minutos del catorce de octubre del año dos mil once, ante la suscrita notaria, se constituye la sociedad denominada Mar y Ross Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones, plazo de noventa y nueve años, siendo el tesorero y fiscal con la representación judicial y extrajudicial.—Guápiles, a las once horas treinta minutos del catorce de octubre del dos mil once.—Lic. Mayra Gómez Bonilla, Notaria.—1 vez.—RP2011262949.—(IN2011082761).
Por escritura otorgada en San José, a las ocho horas del dieciocho de octubre del dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de socios de la empresa Rosa del Desierto RJV S. A., en donde se modifica la cláusula primera del nombre, que se modifica a Guismar de los Ángeles S. A. La segunda del domicilio y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, dieciocho de octubre del dos mil once.—Lic. Sergio Sancho Hernández, Notario.—1 vez.—RP2011262950.—(IN2011082762).
Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de la entidad Las Delicias Dusty Roads Corporation Limitada, se acordó: a) Modificar el domicilio a San José, Rohrmoser cincuenta metros al norte del edificio de Alta Tecnología Franklin Chang, oficina de BVSQ abogados; c) Modificar la cláusula sobre la administración; d) Revocar los nombramientos del gerente y subgerente; e) Nombrar como gerente por el resto del plazo social a Luca Navarra.—San José, 13 de octubre del 2011.—MSC. Leonardo Salazar Villalta, Notario.—1 vez.—RP2011262951.—(IN2011082763).
Por escritura ciento sesenta y siete, otorgada en Heredia, a las 14:00 horas del 15 de octubre del 2011, ante el notario público Christián Jiménez Ramírez, se constituyó la entidad jurídica Asesoramiento Óptico-Logístico Sociedad Anónima. Presidente: con plenas facultades. Domicilio: Heredia, central. Plazo: cien años. Capital: un millón de colones exactos.—Heredia, 15 del mes de octubre del 2011.—Lic. Christián Jiménez Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2011262952.—(IN2011082764).
Mediante escritura otorgada en esta notaría, a las 19:00 horas del 18 de octubre del 2011, se constituyó Importaciones Marín Chavarría Imach Ltda.—Lic. Ligia Rodríguez Pacheco, Notaria.—1 vez.—RP2011262953.—(IN2011082765).
Por escritura número setenta y
nueve del tomo 2 de mi protocolo, otorgada en Limón a las 10:00 horas del 8 de
junio del 2011, Omar Antonio Taylor Barns, cédula 7-079-249, le cede a Liu Xiun
Jun, cédula de residencia Nº 115600112209, la patente de licor nacional y
extranjero Nº 16 de
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Documento
admitido traslado al titular
Ref. 30/2011/28528.—Compañía Enlatadora
Nacional Limitada. Documento: Cancelación por falta de uso (Solicita Rubí
Importing An Exp.). Nº y fecha: Anotación 2-73113 de 10/06/2011. Expediente:
2001-0009179 Registro Nº 133916 Fiesta y Mar en clase 29 Marca Mixto.
Registro de
Ref: 30/2011/28493. Compañía Enlatadora
Nacional Limitada. Documento: Cancelación por falta de uso (Solicita Rubi
Importing and Ex). Nº y fecha: Anotación/2-73111 de 10/06/2011 Expediente:
2001-0009178 Registro Nº 133897 Fiesta y Mar en clase 29 Marca Mixto.
Registro de
Ref: 30/2011/28548. Compañía Enlatadora
Nacional Limitada. Documento: Cancelación por falta de uso (Solicita Rubi
Importing and Ex). Nº y fecha: Anotación 2-73112 de 10/06/2011. Expediente:
2001-0009181, Registro Nº 133918 Fiesta y Mar en clase 29 Marca Mixto.
Registro de
DIRECCIÓN
REGIONAL CENTRAL DE SUCURSALES
SUCURSAL
EN DESAMPARADOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El suscrito Licenciado Johel
Sánchez Mora. Administrador de
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Resolución RRG-146-2011.—San José, a las
quince horas del catorce de setiembre del 2011. OT-83-2011
Apertura de procedimiento administrativo
ordinario por resolución contractual del contrato 006-ARESEP-2009-contratación
2008LA-000015-ARESEP
(Contratación de servicios profesionales para
la elaboración del marco regulatorio, metodología de determinación de precios y
evaluación de la calidad para los servicios aeroportuarios) Contratista:
Advanced Logistics Group S. A.
Resultando:
I.—Que por Licitación Abreviada Nº
2008LA-000015-ARESEP se inició concurso para la “Contratación de Servicios
Profesionales para
II.—Que el 18 de febrero de 2009 en
III.—Que el 16 de junio del 2009 la empresa Advanced Logistic Group S.
A. rindió garantía de cumplimiento, de conformidad con la cláusula 5.9.4 del
cartel de licitación, mediante certificado del Banco Nacional Nº 205-12-0015690
por la suma de $4.900.00 (cuatro mil novecientos dólares americanos 00/100),
con una vigencia del 15 de junio de 2009 hasta el 30 de abril de 2010 (folios
527 y 529).
IV.—Que la empresa Advanced Logistics Group S.A., es de capital
español bajo la siguiente identificación C.I.F A58623141, inscrita en el
Registro Mercantil de Barcelona y su Provincia, al tomo 10.447, Libro 9.470,
Sección 2, Folio 187, Hoja número 120.601, hoy hoja número B-86.275,
inscripción primera, el día 4 de abril de 1989, representada legalmente por
Joan Rojas Puig, número de identificación DNI Nº 77104916-S y pasaporte español
AB807898,en su condición de presidente de la empresa (folios 538 al 769).
V.—Que el 16 de junio de 2009 se suscribió el contrato Nº
006-ARESEP-2009 entre
VI.—Que como funcionario responsable de la ejecución del contrato,
VII.—Que el 8 de diciembre de 2009, por memorando Nº 1613-DITRA-2009,
el Director a. í. de
VIII.—Que el 9 de diciembre de 2009, mediante oficio 1623-DITRA-2009,
el responsable institucional de la ejecución del contrato, justificó al Gerente
General la solicitud de la ampliación del plazo del contrato por 3 meses, hasta
el 7 de abril de 2010 (folio 863).
IX.—Que el 10 de diciembre de 2009, por oficio 1636-DITRA-2009, se
recibió provisionalmente el diagnóstico expuesto en el punto 4.1 de contrato, y se realizaron
observaciones al mismo, pues presuntamente el producto no cumplía con los requerimientos
contractuales (folio 940 al 945 y 1181 al 1187).
X.—Que el 21 de enero de 2009 (sic), por memorando Nº 107-DITRA-2010,
el ejecutor del contrato solicitó a
XI.—Que el 4 de febrero de 2010 el Banco Nacional de Costa Rica
comunicó a
XII.—Que el 19 de enero de 2010 se suscribió adenda Nº 001-ARESEP-2010
al contrato Nº 006-ARESEP-2009, prorrogando el plazo del referido contrato
hasta el 7 de abril de 2010 (folios 951 al 954).
XIII.—Que el 12 de mayo de 2010, por memorando Nº 700-DITRA-2010, el
ejecutor del contrato solicitó al Departamento de Proveeduría realizar los
trámites necesarios, para ampliar el plazo de la garantía de cumplimiento, en
virtud de la nueva fecha de entrega de los productos finales corregidos (folio
956).
XIV.—Que el 12 de mayo de 2010, por oficio 701-DITRA-2010, el ejecutor
del contrato comunicó al señor Guilherme Esmanhoto la ampliación del plazo
hasta el 3 de julio de
XV.—Que el 12 de mayo de 2010, por memorando Nº 700-DITRA-2010, el
ejecutor del contrato solicitó a
XVI.—Que el 27 de mayo de 2010 el Banco Nacional de Costa Rica
comunicó a
XVII.—Que el 2 de julio de 2010 se recibieron en
1. “Entrega
final del documento Diagnóstico revisado”, indicando que dicho documento fue
entregado digitalmente el 2 de julio de 2010 (archivo electrónico. “Doc 1
diagnóstico final_revisado.pdf”) (folios 964 y 969).
2. “Entrega del documento de propuesta de modelo tarifario revisado:
(Metodología para la determinación y
ajuste de las tarifas)”, indicando que dicho documento fue entregado
digitalmente el 2 de julio de 2010 (archivo electrónico: “Doc 2 determinación y
ajuste de tarifas_Vfinal revisada”) (folios 965 y 270).
3. “Entrega del documento de propuesta de evaluación de la calidad de
los servicios aeroportuarios (Metodología para la evaluación de la calidad y la
eficiencia)”, indicando que dicho documento fue entregado digitalmente el 2 de
julio de 2010 (archivo electrónico: “Doc 3 Metodología de Evaluación
Calidad_Vfinal revisada”) (folios 966 y 971).
4. “Entrega de la propuesta de nuevo marco normativo”, indicando que
dicho documento fue entregado digitalmente el 2 de julio de 2010 (archivo
electrónico: “Doc 4 Marco Normativo_Vfinal revisada”) (folio 667 y 672).
5. “Entrega de la herramienta de simulación (plantilla Excel) del
modelo tarifario, indicando que dicho documento fue entregado digitalmente el 2
de julio de 2010 (archivo electrónico: “Modelo tarifario_v32_06_10.xlsx” y
“Modelo tarfario_Ejemplo aplicacion_v1”) (folios 968 y 973).
XVIII.—Que el 30 de julio de 2010, por oficio
1060-DITRA-2010, el ejecutor del contrato informó al contratista de la revisión
de los documentos o productos finales del contrato respectivo, enviados por
correo electrónico y ratificado su envío mediante facsímil de fecha 2 de julio
de 2010. Mediante el cual se concluyó que no se están satisfaciendo los
requerimientos señalados en el oficio 606-DITRA-2010, comunicado al contratista
el 9 de agosto de 2010 (folios 974 al 983 y 1180).
XIX.—Que el 3 de agosto de 2010, por oficio 1063-DITRA-2010, el
ejecutor del contrato revisó el primer
informe de metodología de
XX.—Que el 17 de agosto de 2010 se recibe vía fax escrito fechado 13
de agosto de 2010, por el cual el señor Guilherme Esmanhoto, en su condición
referida, contestó el oficio
1060-DITRA-2010 (LFCHA rev documentos consultoría aeropuertos_rev final csc rev
9-8.doc) y solicitó ampliación del plazo hasta por 45 días para realizar las
modificaciones indicadas (folio 989 y 990).
XXI.—Que el 19 de agosto de 2010, por oficio 1127-DITRA-2010, el
ejecutor del contrato reiteró el incumplimiento de los requerimientos señalados
en el oficio 606-DITRA-2010, y concedió nuevo plazo de 45 días naturales, para
corregir los incumplimientos señalados, aclarando que vencido el plazo, la
administración valoraría el ejecutar la garantía de cumplimiento o iniciar el
procedimiento de resolución contractual. Este oficio fue comunicado al
contratista vía correo electrónico el jueves 19 de agosto de 2010. (folios 991
al 992 y 1176).
XXII.—Que el 13 de setiembre de 2010, por memorando Nº
1211-DITRA-2010, el ejecutor del contrato informó a
XXIII.—Que el 13 de setiembre de 2010 la funcionaria Andrea Calvo
Chaves, de
XXIV.—Que el 22 de setiembre de 2010, por memorando Nº
1232-DITRA-2010, el ejecutor del contrato remitió al Departamento de
Proveeduría, para ser incorporado al expediente de contratación, el diagnóstico
de la elaboración del marco regulatorio, metodología de determinación de
precios y evaluación de la calidad de los servicios aeroportuarios (Folios 999
al 1113).
XXV.—Que el 5 de octubre de 2010 se recibido en
XXVI.—Que el 5 de octubre de 2010, por oficio 1281-DITRA-2010, el
ejecutor del contrato informó en relación a la herramienta de simulación del
modelo tarifario, la necesidad de recibir los documentos físicos y no sólo en
digital, además del atraso en la entrega de los mismos. Se notificó vía fax el
7 de octubre de 2010 (folios 1115 al 1117).
XXVII.—Que el 6 de octubre de 2010 se remitió por parte de la señora
Mayela Padilla Conejo, de
XXVIII.—Que el 11 de noviembre de 2010, por oficio 1388-DITRA-2010, el
ejecutor del contrato informó al Departamento de Proveeduría, sobre el posible
incumplimiento contractual, por parte del contratista, indicando que los
productos finales no cumplen a satisfacción los requerimientos señalados previamente, con excepción del diagnóstico
(folios 1118 y 1129).
XXIX.—Que el 24 de noviembre de 2010, por oficio Nº 1108-DAF-2010, el
Proveedor Institucional solicitó al Gerente General girar instrucciones a
XXX.—Que el 25 de febrero de 2011, por oficio 192-DAF-2011, el
Proveedor Institucional, recomendó al ejecutor del contrato, solicitar al
contratista la ampliación de la garantía Nº 205-12-0015690, cuya enmienda del
27 de mayo de 2010 le otorgaba vigencia hasta el 30 de abril de 2011 (folios
1133 y 1134).
XXXI.—Que el 4 de abril de 2011, por memorando Nº 347-DITRA-2011, se
estimaron los posibles daños y perjuicios causados por el contratista a
XXXII.—Que el 8 de abril de 2011, por memorando Nº
374-DITRA-2010(sic), el ejecutor del contrato solicitó al Departamento de
Proveeduría realizar las gestiones necesarias para solicitar al contratista la
ampliación de la garantía de cumplimiento (folio 1135).
XXXIII.—Que el 12 de abril de 2011, por oficio 312-DAF-2011, el
Proveedor Institucional solicitó al contratista ampliar la garantía de
cumplimiento, acto que fue notificado el 12 de abril de 2011 (folios 1136 y
1137).
XXXIV.—Que el 2 de mayo de 2011, por memorando Nº 432-DITRA-2011, se
adicionó el memorando Nº 347-DITRA-2011 y se remitió a
XXXV.—Que por resolución RRG-019-2011 de las 14:45 horas del 28 de
abril de 2011, el Regulador General, resolvió ejecutar provisionalmente la
garantía de cumplimiento emitida mediante certificado del Banco Nacional Nº
205-12-0015690, por la suma de $4.900.00 (cuatro mil novecientos dólares
00/100) a favor de
XXXVI.—Que el 7 de junio del 2011 la empresa Advanced Logistics Group
S. A. rindió nueva garantía de cumplimiento, mediante certificado del Banco
Nacional de Costa Rica Nº 205-12-0017643 por la suma de $4.900.00 (cuatro mil
novecientos dólares americanos 00/100), con una vigencia del 19 de mayo de 2011
hasta el 30 de noviembre de 2011 (folios 1165 al 1167).
Considerando:
I.—Que los artículos 204, 213, 215 y 217 del
Reglamento a
II.—Que los artículos 35, 94 y 99 de
III.—Que el artículo 213 del Decreto Ejecutivo 33411 permite, en
ausencia de regulación en las normas propias de la materia de contratación
administrativa, aplicar las disposiciones relativas al procedimiento ordinario
contenidas en el Libro Segundo de
IV.—Que el voto 2011-004431 de
V.—Que de conformidad con el resultando y considerando que preceden, y
de acuerdo al mérito de los autos, lo procedente es ordenar el inicio de un
procedimiento administrativo ordinario de resolución contractual contra la
empresa Advanced Logistics Group S. A., con el objeto de verificar o descartar
la presunta existencia de un incumplimiento contractual por parte de la misma,
y de haberlo, recomendar la sanción que corresponda, determinando una suma
líquida y exigible por concepto de daños y perjuicios causados contra el
peculio de
Con fundamento en
EL
REGULADOR GENERAL, RESUELVE:
I.—Dar inicio al procedimiento administrativo
ordinario de resolución contractual contra la empresa Advanced Logistics Group
S.A., C.I.F. A58623141, en su condición de contratista de la licitación
abreviada 2008LA-000015-ARESEP, que se tramitará en el expediente OT-83-2011,
con el fin averiguar la verdad real de los hechos en procura de verificar o
descartar la presunta existencia de un
incumplimiento contractual por parte de la empresa contratista contra el
peculio de
II.—Nombrar como órgano director del procedimiento a Selene Camacho
Quesada, cédula de identidad 4-0160-034, José Carlos Rojas Vargas, cédula de
identidad 4-0169-0449 y Heilyn Ramírez
Sánchez, cédula de identidad 1-0974-0760, funcionarios de Autoridad Reguladora
de los Servicios Públicos, quienes actuarán en forma conjunta. El órgano
director debe realizar todos los actos necesarios para cumplir con el objeto de
este procedimiento administrativo, averiguar la verdad real de los hechos que
dan base a este procedimiento, otorgar y vigilar el respeto al debido proceso y
conceder el derecho de defensa al contratista.
III.—Incorporar como parte integral de este expediente las piezas del
expediente 2008LA-000015-ARESEP.
IV.—Prevenir a la empresa Advanced Logistics Group S. A. que tiene
derecho a hacerse representar y/o asesorar por abogado, a examinar, leer y
copiar cualquier pieza del expediente, así como pedir certificación de la
misma, costo que deberá cubrir el interesado. El expediente administrativo se
encuentra en el Departamento de Gestión y Documentación de
V.—Prevenir la empresa Advanced Logistics Group S.A. para que dentro
del tercer día posterior a la notificación de este acto, reitere o señale un
medio para recibir notificaciones, a efecto de comunicarle los actos emitidos
en el presente procedimiento, bajo apercibimiento de que si no lo hiciere, las
resoluciones posteriores le seguirán siendo notificadas al fax señalado en el
contrato Nº 006-ARESEP-2009. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado por causas imputables al
contratista, como por ejemplo cuando resulte impreciso, incierto o inexistente
el medio señalado - artículos 11, 34, 36 y 50 de
VI.—Indicar al contratista que en cuanto a la representación en el
procedimiento administrativo ordinario, la existencia del ordinal 283 de
VII.—Indicar al contratista que esta resolución, en ningún sentido,
sustituye el auto de intimación, el cual le será comunicado oportunamente y
contra el cual podrá plantear los recursos administrativos que contra ese acto
establece
VIII.—Notificar a la empresa Advanced Logistics Group S. A. el inicio
de este procedimiento administrativo ordinario en el medio señalado para
recibir notificaciones, que consta contrato 006-ARESEP-2009 - expediente de
IX.—Notificar a los miembros del órgano director del procedimiento
administrativo su nombramiento, en su lugar de trabajo en
En cumplimiento de lo que
ordena el artículo 245 de
El recurso de revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el
plazo de 24 horas contadas a partir de su notificación, de conformidad con el
artículo 346, párrafo primero, de
Notifíquese.
Dennis Meléndez Howell, Regulador General.—O. C. Nº 5994-2011.—Solicitud Nº 36346.—C-1135775.—(IN2011083429).
Resolución ROD-146-2011.—San José, a las
13:59 horas del 14 de octubre de 2011, OT-083-2011
NOTIFICACIÓN
POR PUBLICACIÓN
CONTRATISTA:
ADVANCED LOGISTICS GROUP S. A.
Considerando:
I.—Que por medio de la resolución
RRG-146-2011 de las 15:00 horas del 14 de setiembre de 2011, se dictó auto
inicial del procedimiento contra Advanced Logistics Group S. A., C.I.F.
A58623141 en el expediente OT-083-2011, en su condición de contratista de la
licitación abreviada 2008LA-000015-ARESEP, con el fin averiguar la verdad real
de los hechos en procura de verificar o descartar la presunta existencia de un
incumplimiento contractual por parte de la empresa contratista contra el
peculio de
II.—Que según se desprende del acta que consta a folios 1220 del
expediente, la resolución RRG-146-2011 no pudo ser enviada vía fax
(003493-4195524) a la contratista en los 5 intentos efectuados entre los días
16 y 19 de setiembre de 2011. (Folios 1220 y 1225 al 1229)
III.—Que según se desprende del acta que consta a folio 1221 del
expediente, la resolución RRG-146-2011 fue enviada exitosamente vía fax
(003491-404487) a la contratista el 16 de setiembre de 2011, no obstante la
misma no se ha apersonado al expediente. (Folios 1221 y 1230).
IV.—Que el 16 de setiembre de 2011 se efectúo intento adicional de
notificación de la resolución RRG-146-2011 al correo electrónico
gesmanhoto@alg-global (folio 1146), lo que consta en el expediente,
recibiéndose como respuesta retrasmisión del 19 de setiembre de 2011 que
indica: “Se ha realizado la entrega a estos destinatarios o lista de
distribución, pero el destino no envió notificación de entrega”, sin que a
la fecha la contratista se haya apersonado al expediente. (Folios 1146 y 1231).
V.—Que
VI.—Que de conformidad con el resultando y considerando que precede y
de acuerdo al mérito de los autos, el Órgano Director considera que lo
procedente es dictar auto de notificación a la contratista, por publicación de
la resoluciones RRG-146-2011 y de la presente por medio de publicación en el
diario oficial, tal y como se dispone. . Por tanto:
Con fundamento en las competencias otorgadas
por el órgano decisor del procedimiento y
EL
ÓRGANO DIRECTOR DEL PROCEDIMIENTO,
RESUELVE:
I.—Proceder a la publicación por tres veces
consecutivas, en el Diario Oficial
Publíquese.—Heilyn Ramírez Sánchez.—Selene Camacho Quesada.—José Carlos Rojas Vargas.—O. C. Nº 5994-2011.—Solicitud Nº 36346.—C-182600.—(IN2011083433).
MUNICIPALIDAD
DE CURRIDABAT
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Se hace saber a Alessandro
Rafaele Semeraro Pastore, cédula de identidad Nº 6-0150-0058; Stephany Ramírez
Mariño, cédula de identidad Nº 1-1415-0221; Pablo José Rojas Marín, cédula de
identidad Nº 8-0250-0510; Esaú Díaz Ramírez, cédula de identidad Nº.
1-0583-0148; y Grettel Mora Mora, cédula de identidad Nº 1-0745-0378; que en
cumplimiento del acuerdo Nº 27 que consta en el artículo 1°, capítulo 6°, del
acta de la sesión ordinaria Nº 073-2011, del 22 de setiembre de 2011, se les notifica
por este medio, ante la imposibilidad de hacerlo en forma personal, por no
haber señalado lugar o medio para notificaciones, que dentro del procedimiento
administrativo seguido en su contra; para que dentro del término de un mes
calendario, contado a partir de la última publicación, se les intima de su
obligación de reintegrar a las arcas municipales, la suma de un millón
seiscientos cuarenta y ocho mil novecientos ochenta y un colones con 96/100
(1.648.981,96) por concepto de gastos no aprobados por el Concejo Municipal de
Curridabat y a su condición de miembros de
MUNICIPALIDAD DE
ALAJUELA
PROCESO
CONTROL FISCAL Y URBANO
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
Por ignorarse el domicilio actual del señor Sergio Alfaro Araya,
identificación Nº 2-210-722 y de conformidad con lo dispuesto en artículo 241,
inciso 2) de
Por ignorarse el
domicilio actual de la señora Margarita Argentina Paniagua Chavarría,
identificación Nº 3-193-427, Rómulo Araya Víquez, identificación Nº
2-0325-0297, Evangelina Murillo Morales, identificación Nº 2-0127-0175, Vilma
Oreamuno Murillo, identificación Nº 2-0404-0608, Alice Oreamuno Murillo,
identificación Nº 2-0281-0164, Xenia Altamirano Herrera, identificación Nº
2-0289-1168, Nidia Corella Villalobos, identificación Nº 2-0278-0918
propietaria de Inmobiliaria Doña Nove Sociedad de Responsabilidad Limitada,
Gladis Morera Quirós, identificación Nº 2-0208-0499, Fernando Lara Morera,
identificación Nº 2-0361-0634, Juan Antonio Lara Morera, identificación Nº
2-0377-0468, Hugo Alberto Lara Morera, identificación Nº 2-0405-0546, Eddie
Lara Morera, identificación Nº 2-05007-0018, Jairo Lara Morera, identificación
Nº 2-0527-0465, Maynor Lara Morera, identificación Nº 2-0564-0226, Walter Lara
Morera, identificación Nº 2-0439-0431 y de conformidad con lo dispuesto en
artículo 241, inciso 2) de
Por ignorarse el
domicilio actual del señor Jovel Evelio del Carmen Murillo Murillo,
identificación Nº 5-177-558, representante legal de Tecrem Sociedad Anónima, de
conformidad con lo dispuesto en artículo 241, inciso 2) de
Por ignorarse el
domicilio actual de los señores Luis Gerardo Alfaro Jiménez, identificación Nº
2-0241-0259, Freddy Alonso Alfaro Gutiérrez, identificación Nº 7-0147-0923,
Manuel Ángel González Cruz, identificación Nº 2-0396-0604, Armando Rodríguez
Segura, identificación Nº 4-0118-0106, María de Los Ángeles Rodríguez
Barrientos, identificación Nº 1-0420-0049, Jafersa S. A., cedula jurídica Nº
3-101-010245, representante legal Francisca Mercedes Chacón González,
identificación Nº 2-0124-0701, Gerardo Sagot Umaña, identificación Nº
2-0242-0036,Victoria Villegas Villegas, identificación Nº 5-0247-0573, José
Gilberto Zepeda Paniagua, identificación Nº 1-1083-0006, Zahira Rodríguez
Segura, identificación Nº 4-0121-0299, Roy Ureña Oses, identificación Nº
2-0501-0018, Luis Alberto Arrieta Porras, identificación Nº 2-0310-0128, Luis
Gerardo Alfaro Jiménez, identificación Nº 2-0241-0259, María Antonieta Ulate
Soto, identificación Nº 2-0402-0326, Yadira Castillo Álvarez, identificación Nº
2-0337-0058, Jorge Roldán Jiménez Campos, identificación Nº 1-0702-0368,
Rolando Antonio Castillo Aguilar, identificación Nº 1-0908-0114, Luis Gerardo
Bejarano Aguilar, identificación Nº 4-0101-1255, José Ángel Jiménez Mora,
identificación Nº 2-0331-0390, Luis Fonseca Quirós, identificación Nº
3-0272-0831, Zulay Cárdenas Mayorga, identificación Nº 5-0230-0359, Minor Matey
Arias, identificación Nº 1-0741-0413, Esperanza Alfaro Bravo, identificación Nº
2-0392-0445, Berta Villegas Villegas, identificación Nº 5-0223-0371, Victoria
Villegas Villegas, identificación Nº 5-0247-0573, Wálter Gerardo Araya
Alvarado, identificación Nº 2-0497-0724, Xinia Alfaro Rodríguez, identificación
Nº 9-0084-0178, Miguel Enrique Arias Arguedas, identificación Nº 4-0095-0543,
Carlos Rojas Soto, identificación Nº 2-0475-0917, Wálter Jesús Zúñiga Chávez,
identificación Nº 2-0471-0103, José Ángel Obregón Ovares, identificación Nº
6-0123-0652, JUMOZU LJJE S. A., cédula jurídica Nº 3-101-451936, representante
legal Julio Javier de Jesús Morera Zúñiga, identificación Nº 2-0351-0339,
Damaris Sibaja Conejo, identificación Nº 2-0336-0447, Patricia Ann Vega, identificación
Nº 00817178, Julio César Vega, identificación Nº 300817179, Álvaro Sagot López,
identificación Nº 2-0453-0202, Comercial Casa Real Apartamentos S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-386339, representante legal Danilo Morera Herrera,
identificación Nº 2-0237-0584, Ana María Varela Rodríguez, identificación Nº
2-0225-0479, Anacleto Mendoza Mendoza, identificación Nº 5-0161-0958, María
Josefa Vargas Segura, identificación Nº 2-0381-0309, Rostav y Compañía S. A.,
cédula jurídica Nº 3-101-256796, representante legal Ronald Soto Álvarez,
identificación Nº 2-0490-0773, Carlos Luis Gutiérrez Gutiérrez, identificación
Nº 2-0420-0237, Ronald Rodríguez Gutiérrez, identificación Nº 1-0761-0053,
Rigoberto Ovares Alfaro, identificación Nº 2-0341-0468, Ana Virginia Serracin
Varela, identificación Nº 2-0610-0868, Asly María Serracin Varela,
identificación Nº 2-0703-0977, Roger Antonio Serrasien Varela, identificación
Nº 2-0588-0819, Evelin Serracin Varela, identificación Nº 2-0568-0634, Ana Lía
de Los Ángeles Varela Durán, identificación Nº 9-0053-0756, Erika María
Rodríguez Sibaja, identificación Nº 2-0511-033, Virginia María Murillo
Barquero, identificación Nº 2-0348-0875, Marta Afilia Murillo Barquero,
identificación Nº 2-0301-0650, Flor María Murillo Barquero, identificación Nº
2-0325-0094, Cristina María Murillo Barquero, identificación Nº 2-0381-0926,
Danilo Antonio Murillo Barquero, identificación Nº 2-0367-0878, Luis Alberto
Murillo Barquero, identificación Nº 2-0258-0731, Claudio Gerardo Murillo
Barquero, identificación Nº 2-0423-0625, Isaac Gabino Murillo Barquero,
identificación Nº 2-0283-1441, Carmen Barquero Arrieta, identificación Nº
2-0152-0258, Víctor Manuel Murillo Salazar, identificación Nº 2-0086-3931, Luz
Torres Bermúdez, identificación Nº 6-0126-0540, Freddy Oviedo Alfaro,
identificación Nº 1-0767-0457, José Gilberto Zepeda Paniagua 1-1083-0006,
Martina Mora Calderón, identificación Nº 2-0277-0367, Zaida María Rodríguez
Segura, identificación Nº 4-0121-0299, Amariles Matarrita Salazar,
identificación Nº 5-0224-0745, Gerardo Fernández Sánchez, identificación Nº
1-0410-0351, Harry Alonso Loaiza Vindas, identificación Nº 2-0498-0227, y de
conformidad con lo dispuesto en artículo 241, inciso 2) de
Por ignorarse el
domicilio actual del señor Juan Francisco Garro Agüero y de conformidad con lo
dispuesto en artículo 241, inciso 2) de
Por ignorarse el
domicilio actual de Hacienda Ganadera Cha S. A., representante legal Carlos
Hernández Madrigal, identificación Nº 1-870-589 y de conformidad con lo
dispuesto en artículo 241, inciso 2) de
Por ignorarse el
domicilio actual de la señora Marta Elena Saborío Cruz, identificación Nº
2-343-091, representante legal de S C Socru S. A. y de conformidad con lo
dispuesto en artículo 241, inciso 2) de
Por ignorarse el
domicilio actual de la sociedad Fraguas Alajuelenses S. A., cédula jurídica Nº
3-101-396943, representante legal Jaime Rodríguez Gómez, identificación Nº
2-374-228 y de conformidad con lo dispuesto en artículo 241, inciso 2) de
Por ignorarse el
domicilio actual del señor Runjiu Wu Feng, identificación Nº 8-0086-0151 y de
conformidad con lo dispuesto en artículo 241, inciso 2) de
Por ignorarse el
domicilio actual del señor José Eduardo González Alpízar, identificación Nº
1-1073-567 y de conformidad con lo dispuesto en artículo 241, inciso 2) de
Por ignorarse el
domicilio actual de la señora Evelin Campos León, identificación Nº 2-364-172 y
de conformidad con lo dispuesto en artículo 241, inciso 2) de
Por ignorarse el
domicilio actual de la señora María Elena Socorro Gamboa Rodríguez,
identificación Nº 1-0552-0356, representante legal de la sociedad Villa Antica
Sociedad Anónima, de conformidad con lo dispuesto en artículo 241, inciso 2) de
Por ignorarse el
domicilio actual de los señores Ana Nuria Ramírez Jiménez, identificación Nº
5-0184-0583, representante legal de Agropecuaria los Sauces S. A., Héctor Salas
Oviedo, identificación Nº 2-0494-0474, Martina Elizabeth Carrillo Rivas, identificación
Nº 8-0070-0502, Álvaro Venegas Pérez, identificación Nº 6-0273-0004, Kimberly
Valverde Méndez, identificación Nº 2-0714-0477, Marvin Araya Álvarez,
identificación Nº 2-0370-0371, Luis Fernando Monge Loria, identificación Nº
2-0382-0846, Odilí Loría López, identificación Nº 2-0182-0947, Milton Hidalgo
Rodríguez, identificación Nº 2-0217-0926, Naida Jiménez Vargas, identificación
Nº 2-0210-0374, Moisés Valverde Mora, identificación Nº 6-0071-0660, y de
conformidad con lo dispuesto en artículo 241, inciso 2) de
MUNICIPALIDAD
DE PARRITA
Parrita, 18 de marzo de 2011.—Sandra Hernández Chinchilla, Asistente Técnico del Concejo Municipal.—1 vez.—(IN2011082571).
[1] El Sistema
Geodésico Mundial WGS-84 es un sistema de referencia terrestre convencional
(Conventional Terrestrial Reference System - CTRS) y en su definición se apega
con las recomendaciones del “Servicio Internacional de Rotación de
http://www.iers.org/nn_11216/IERS/EN/Publications/TechnicalNotes/tn21.html