MINISTERIO DE
GOBERNACIÓN Y POLICÍA
MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
MINISTERIO DE
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
MINISTERIO DE
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE
COMERCIO EXTERIOR
MINISTERIO DE
CULTURA Y JUVENTUD
AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
CAJA COSTARRICENSE
DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL
DE APRENDIZAJE
SISTEMA DE BANCA
PARA EL DESARROLLO
CAJA COSTARRICENSE
DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA
INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
ENTE COSTARRICENSE DE ACREDITACIÓN
MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
DE
DECRETA:
SEMANA
NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
ARTÍCULO 1.- Objetivo
La presente ley tiene como objetivo otorgar un
espacio para la reflexión y para observar con una mirada crítica los avances
logrados también para tomar conciencia de lo que aún queda por hacer, en el
orden de la promoción y eficaz protección de los derechos humanos y las
libertades fundamentales por parte del Estado costarricense, tal y como lo
establecen los principios, convenios, tratados internacionales y demás
instrumentos del derecho internacional de los derechos humanos.
ARTÍCULO 2.- Declaración
Declárase la segunda semana del mes de diciembre
de cada año como
ARTÍCULO 3.- Autorización
Autorízase a
Rige a partir de su publicación.
ASAMBLEA LEGISLATIVA.- Aprobado a los cinco días del mes de setiembre de
dos mil once.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Patricia Pérez Hegg
VICEPRESIDENTA
EN EJERCICIO DE
José Roberto Rodríguez Quesada Martín Alcides Monestel Contreras
PRIMER SECRETARIO SEGUNDO SECRETARIO
Dado
en
Ejecútese y publíquese
LAURA
CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones
Exteriores y Culto a. í., Carlos Alberto Roverssi Rojas.—1 vez.—O. C. Nº
11398.—Solicitud Nº 13709.—C-11210.—(L8998-IN2011079503).
Y
Con fundamento en las atribuciones que les
confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de
Considerando:
I.—Que el Gobierno de
II.—Que
III.—Que existe la necesidad de impulsar el
diálogo y la búsqueda del consenso en los procesos de toma de decisiones sobre
temas estratégicos de interés para las organizaciones de pequeños y medianos
productores, productoras y juventud rural, para así obtener el mayor beneficio
social y el crecimiento económico.
IV.—Que es necesario contar con una instancia de
trabajo, diálogo y concertación para la toma de decisiones en los ámbitos
nacional y regional, que facilite la negociación conjunta sobre las demandas de
los pequeños y medianos productores organizados y oriente la oferta de
servicios de las instituciones públicas, para construir en forma las soluciones
pertinentes. Por tanto,
DECRETAN:
CREACIÓN DEL FORO
NACIONAL MIXTO Y DE LOS
FOROS REGIONALES MIXTOS
DE ORGANIZACIONES
DE PEQUEÑOS Y MEDIANOS
PRODUCTORES Y
DEL SECTOR PÚBLICO
AGROPECUARIO
Artículo 1°—Para los fines y objetivos de este
Decreto, se establecen las siguientes definiciones:
CNP: Consejo Nacional de
IDA: Instituto de Desarrollo
Agrario.
INTA: Instituto Nacional de
Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria.
MAG: Ministerio de
Agricultura y Ganadería.
SEPSA: Secretaría Ejecutiva
de Planificación Sectorial Agropecuaria.
Artículo 2°- Se crea el Foro Nacional Mixto como
una comisión ad-hoc, integrada por:
a) El (la)
Ministro(a) de Agricultura y Ganadería quien podrá delegar su representación en
uno de sus Viceministros (as) quien presidirá el Foro.
b) El
Presidente Ejecutivo del CNP o su representante.
c) El
Presidente Ejecutivo del IDA o su representante.
d) El
Director Ejecutivo del INTA o su representante.
e) El
(la) Director (a) de
f) El
Director Superior de Operaciones Regional y de Extensión Agropecuaria del MAG.
g) Un
representante de cada uno de los Foros Regionales Mixtos de conformidad con la
estructura regional del Ministerio de Agricultura y Ganadería.
Los representantes indicados en los incisos a),
b), c), d), e) y f) anteriores deben ser de alto nivel con autoridad para tomar
decisiones.
Artículo 3°—Dentro de los fines propuestos del
Foro Nacional Mixto están:
a) Constituir
una instancia nacional de trabajo, diálogo y concertación para informar,
analizar y proponer acciones para el desarrollo del Sector Agroalimentario.
b) Gestionar
soluciones conjuntas público-privadas a los diversos problemas de índole
nacional que afectan el desarrollo agro productivo nacional, para mejorar la
calidad de vida de los pequeños y medianos productores.
c) Impulsar
programas y proyectos de inversión que mejoren el desempeño de las economías
rurales en los territorios.
d) Analizar
y proponer solución mediante una agenda nacional a todos aquellos asuntos del
ámbito regional del Sector Agroalimentario, que no sean resueltos en dicho
ámbito.
Artículo 4°—El Foro Nacional Mixto contará con un
representante nacional escogido por los representantes del Foro Regional Mixto
quien fungirá como enlace para presentar mediante una agenda los asuntos que
por su complejidad tienen que ser resueltos en el ámbito nacional y a su vez,
representará a su Región.
Artículo 5°—El Foro Nacional Mixto por medio del (la) Ministro (a) de
Agricultura y Ganadería, en su condición de Rector (a) del Sector
Agroalimentario, o el (la) Viceministro (a), designado según lo dispuesto en el
artículo 2° inciso a) de este Decreto Ejecutivo, tendrá la facultad de convocar
a los jerarcas del Sector o de otras instituciones de
Artículo 6°—Los representantes del Sector Público Agropecuario indicados en
el artículo 2 de este Reglamento, quedan designados durante el período en que
se encuentren desempeñando esos cargos.
Artículo 7°—El Foro Nacional Mixto deberá reunirse ordinariamente cada dos
meses, y extraordinariamente cuando sea necesario, en el sitio dispuesto en la
convocatoria, con al menos 24 horas de antelación. Existirá quórum siempre que
se encuentren presentes la mitad más uno de sus miembros y dentro de estos
miembros estén presentes los representantes de al menos cuatro regiones.
Artículo 8°— El (la) Ministro(a) de Agricultura y Ganadería podrá elevar al
(a la) Presidente(a) de
Artículo 9°—Le corresponde a SEPSA, ejercer las funciones de Secretaría
Ejecutiva del Foro Nacional Mixto. Dentro de sus funciones están las siguientes
actividades:
a) Elaborar
las respectivas agendas y hacer la convocatoria a todos los integrantes del
Foro.
b) Elaborar
las actas de las sesiones ordinarias y extraordinarias del Foro Nacional Mixto.
c) Dar
seguimiento a los acuerdos tomados en las sesiones ordinarias y
extraordinarias.
d) Preparar
informes periódicos de seguimiento y cumplimiento de los acuerdos tomados en el
Foro Nacional Mixto.
e) Coordinar
con cualquier otra instancia pública o privada las peticiones o acuerdos
tomados por el Foro Nacional Mixto para su cumplimiento.
f) Elevar
a instancia del Consejo Nacional Sectorial Agropecuario (CAN), los acuerdos de
índole nacional para la emisión de las directrices que correspondan a cada
institución según su competencia.
Artículo 10—Se crean los Foros Regionales Mixtos
integrados por un representante de cada una de las organizaciones regionales de
pequeños y medianos productores debidamente inscritas ante
Artículo 11.—Las organizaciones que
voluntariamente quieran participar en esta instancia de diálogo regional deben
acreditarse en las Direcciones Regionales del MAG, con una certificación de la
personería jurídica vigente emitida por el Registro Nacional o por un notario
público, con no menos de un mes de haber sido emitida, y la lista de los
asociados, debidamente certificada por el Presidente de
Artículo 12—Los fines de los Foros Regionales Mixtos son los siguientes:
a) Constituir
un espacio regional de trabajo, diálogo y concertación para informar, analizar
y proponer acciones para el desarrollo del Sector Agroalimentario.
b) Construir
soluciones conjuntas a los diversos problemas de índole regional que afectan la
gestión del desarrollo agro productivo y de las economías en los territorios
rurales.
c) Fortalecer
el crecimiento de la organización social en la región, que permita aumentar los
niveles de competitividad para aprovechar las oportunidades que ofrece la
apertura de mercados.
d) Impulsar
programas y proyectos de desarrollo que aseguren el crecimiento económico y
social de los territorios rurales.
Artículo 13.—Cada Foro Regional Mixto designará un
representante y un suplente ante el Foro Nacional Mixto, escogidos entre las
organizaciones inscritas ante
Artículo 14—El Foro Regional Mixto, por medio del Director Regional del
MAG, en su condición de Coordinador del Comité Sectorial Regional Agropecuario,
tendrá la facultad de convocar a los directores regionales de las Instituciones
que conforman el Sector Agroalimentario; también podrá convocar a los
directores regionales de otras instituciones de
Artículo 15.—Las reuniones ordinarias del Foro Regional Mixto se llevarán a
cabo una vez al mes; habrá quórum siempre que se encuentren presentes la mitad
más uno de sus miembros y dentro de éstos que estén presentes los
representantes de la mitad más uno de las organizaciones acreditadas en las
Direcciones Regionales del MAG que lo conforman.
Artículo 16°—Le corresponde al Comité Sectorial Regional Agropecuario, o a
quien éste designe, ejercer las funciones de Secretaría Técnica del Foro
Regional Mixto, a la cual le corresponde desempeñar las siguientes actividades:
a) Elaborar
conjuntamente con el representante del Foro Regional Mixto las respectivas
agendas y apoyar en el proceso de convocatoria a todos los integrantes del
Foro.
b) Elaborar
las actas de las sesiones ordinarias y extraordinarias del Foro Regional Mixto.
c) Dar
seguimiento a los acuerdos tomados en las sesiones ordinarias y
extraordinarias.
d) Preparar informes periódicos de
seguimiento y cumplimiento de los acuerdos tomados en el Foro Regional Mixto.
e) Coordinar
con cualquier otra instancia pública o privada las peticiones o acuerdos
tomados por el Foro Regional Mixto para su cumplimiento.
f) Elevar
al Comité Sectorial Regional Agropecuario los acuerdos para la emisión de las
directrices que correspondan a cada Institución según su competencia.
Artículo 17.—En lo no regulado por el presente
Decreto, en relación con el funcionamiento del Foro Nacional Mixto y los Foros
Regionales Mixtos, rige supletoriamente lo dispuesto por
Artículo 18.—Deróguese el Decreto Ejecutivo N°
31170-MAG del 15 de mayo del 2003, publicado en
Artículo 19.—Rige a partir de su publicación.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—
N° 393-P.—14 de setiembre de 2011
De conformidad con las
disposiciones del artículo 26 inciso e) de
ACUERDA:
Artículo I.—Designar a la señora
Anabel González Campabadal, Ministra de Comercio Exterior, portadora de la
cédula de identidad número 1-615-367 para que viaje en Delegación Oficial a
República Dominicana, partiendo a las 15:17 horas del 04 de octubre y hasta las
11:31 horas del 06 de octubre de 2011. Ello con el objeto de participar en
Artículo II.—Los
gastos de viaje de la señora Ministra por concepto de impuestos, tributos o
cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y
hospedaje serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503
y 10504 del programa 792, el adelanto por ese concepto asciende a $431,20
(cuatrocientos treinta y uno con 20/100 dólares) sujeto a liquidación. El
transporte aéreo de ida y de regreso será cubierto con recursos de la
subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas
telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio
de Comercio Exterior; así como para que se le aplique diferencia de hospedaje,
en el evento de que proceda, pago de gastos de representación ocasionales en el
exterior y reconocimiento de gastos conexos por compra de material
bibliográfico, según el artículo 41, 48 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje
para Funcionarios Públicos.
Artículo III.—En tanto dure la ausencia de la
señora Ministra de Comercio Exterior, se le encarga esta Cartera al señor
Carlos Ricardo Benavides Jiménez, Ministro de
Artículo IV.—Rige
desde las 15:17 horas del 04 de octubre y hasta las 11:31 horas del 06 de
octubre del 2011.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 122388.—Solicitud Nº 32076.—C-42980.—(IN2011083774).
Nº
402-P
Con fundamento en las atribuciones que le
confieren el artículo 139 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a la señora Mayi Antillón
Guerrero, portadora de la cédula de identidad número uno-quinientos
cincuenta-quinientos treinta y cinco, en su condición de Ministra de Economía,
Industria y Comercio, para que participe en el foro “Hacia la integración
Productiva en América Latina y Caribe”, que se desarrollará en el marco de
Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, alimentación,
traslados y hospedaje, serán financiados por Sistema Económico Latinoamericano
y del Caribe (SELA).
Artículo 3º—En tanto dure la ausencia de la señora Ministra, nombrar como
Ministro a. í., al señor Luis Álvarez Soto, Viceministro del Ministerio de
Economía, Industria y Comercio, de las diez horas veinticinco minutos del día
diecinueve de octubre de dos mil once y hasta las dieciséis horas cincuenta y
cinco minutos del día veintiuno de octubre del mismo año.
Artículo 4º—Rige a partir de las diez horas veinticinco minutos del día diecinueve
de octubre de dos mil once y hasta las dieciséis horas cincuenta y cinco
minutos del día veintiuno de octubre del mismo año.
Dado en
Publíquese.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 11419.—Solicitud Nº 31301.—C-15220.—(IN2011084265).
Nº
403-P
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos
139 inciso 1) de
ACUERDA:
Artículo 1º—Conceder vacaciones a la señora Laura
Alfaro Maykall, cédula de identidad número 1-829-246, Ministra de Planificación
Nacional y Política Económica, del 18 al 21 de octubre de 2011.
Artículo 2º—El día 17 de octubre de 2011 la señora Alfaro Maykall
disfrutará de feriado. Los días 15, 16, 22 y 23 de octubre de 2011 la señora
Alfaro Maykall disfrutará de descanso semanal.
Artículo 3º—Durante la ausencia de la señora Alfaro Maykall, se nombra como
Ministra a. í. a la señora Melania Núñez Vargas, cédula de identidad número
1-881-275.
Artículo 4º—Rige del 15 al 23 de octubre de 2011.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 12758.—Solicitud Nº 10187.—C-8420.—(IN2011084282).
Nº
406-P
De conformidad con lo establecido en el artículo
140, inciso 12, de
Considerando:
I.—Que el Primer Vicepresidente de
II.—Que el señor Enrique Castillo Barrantes,
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, formará parte de
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor Enrique Castillo
Barrantes, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, cédula número 1-399-937,
para que viaje a Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México, del 16 al 17 de octubre de
2011.
Artículo 2º—El hospedaje corre por cuenta del Gobierno de México. Los tiquetes
aéreos, viáticos, transporte interno, gastos en tránsito, llamadas
internacionales y gastos de representación, corren por cuenta del Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento
de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, Programa
079-Actividad Central, subpartida 1.05.03 de tiquetes aéreos y subpartida
1.05-04 de viáticos en el exterior. Se autoriza la suma de US$371,00 diarios
para México, para un total de US$742,00. Se le autoriza la suma de US$500,00
para Gastos de Representación. Se autoriza el uso de Internet. Se autoriza al
señor Ministro a realizar llamadas internacionales. Todo sujeto a liquidación.
Artículo 3º—Durante la ausencia del señor Ministro de Relaciones Exteriores
y Culto, se le encarga
Artículo 4º—De acuerdo con el artículo 47 del Reglamento de Gastos de Viaje
y Transporte para Funcionarios Públicos, el funcionario estará cubierto por la
póliza grupal INS viajero, con asistencia en dólares.
Artículo 5º—De conformidad con el Artículo 5 de
Artículo 6º—Rige a partir de las 5:00 horas del 16 de octubre a la 01:00
horas del 18 de octubre de 2011.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 11398.—Solicitud Nº 13712.—C-17920.—(IN2011084281).
Nº
407-P
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139
de
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor Leonardo Garnier Rímolo, cédula de identidad
N° 1-433-621, Ministro de Educación Pública, para que participe en la
“Conferencia Regional Educación:
Artículo 2º—Los gastos del viaje, por concepto de alojamiento y manutención
serán cubiertos por el Programa Presupuestario 550-00 de la subpartida
presupuestaría 10504 para un monto de dos mil cuatrocientos setenta y seis dólares
con cuarenta y ocho centavos de dólar ($2476,48) y los gastos por concepto de
transporte aéreo de ida y regreso serán cubiertos por la subpartida
presupuestaria 10503 del mismo programa, para un monto de mil ciento trece
dólares con setenta y cinco centavos de dólar ($1113,75), para un monto total
de tres mil quinientos noventa dólares con veintitrés centavos de dólar
($3.590,23), todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo
establecido.
Artículo 3º—Incluye los cánones por concepto de los traslados internos de
aeropuerto-hotel y viceversa y los impuestos de salida del país sede del
evento, que serán reembolsados por
Artículo 4º—De acuerdo a lo establecido en el lineamiento Técnico DGABCA-NP
1035-2010 referente al “Millaje,” todo funcionario público que realice un viaje
financiado con recursos del Estado costarricense deberá ceder el mismo. Por
tanto, el funcionario designado en este acuerdo cede al Ministerio de Educación
Pública el “Millaje” producto de la emisión de la compra del tiquete aéreo.
Artículo 5º—Se nombra a la señora Silvia Víquez Ramírez, Viceministra de
Educación Pública, encargada del Área Administrativa, como Ministra a. í. del
Ministerio de Educación Pública, a partir de las 9:40 horas del 26 de octubre
hasta las 15:40 horas del 1º de noviembre de 2011.
Artículo 6º—El presente acuerdo rige a partir de las 9:40 horas del 26 de
octubre hasta las 15:40 horas del 1º de noviembre de 2011.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 11755.—Solicitud Nº 1198.—C-15920.—(IN2011084279).
N° DGME 129-2011
EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN, POLICÍA
Y
SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto
en el artículo 13 inciso 24) de
Considerando:
1º—
2º—Que para efectos de participación en las
citadas actividades a que hace referencia el Considerando Primero anterior, se
ha designado a la señora Kathya Rodríguez Araica, cédula número 1 0706 0127, en
calidad de Directora General de Migración y Extranjería; Órgano del Ministerio
de Gobernación y Policía, de conformidad con el artículo 12 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora
Kathya Rodríguez Araica, cédula número 1 0706 0127, en calidad de Directora
General de Migración y Extranjería, para que participe en las actividades
citadas, en el Considerando Primero del presente Acuerdo, que se realizarán en
Washington, Estados Unidos; el día 27 de octubre del presente año,
respectivamente. El traslado a dicho evento se dará el día 26, regresando el
29, ambos días de octubre del presente año.
Artículo 2º—Que la tarifa máxima establecida
para viajar a Estados Unidos de América, corresponde a trescientos sesenta y
tres dólares diarios ($363.00 USD). Dicha tarifa se desglosa de la siguiente
manera: 1) Gastos de Hospedaje, hasta un 60% diario, correspondiendo a la suma
de doscientos diecisiete dólares con ochenta centavos diarios ($217,80 USD). 2)
Gastos de Alimentación según se detalla: se destinará hasta un 8% diario por
concepto de desayuno, correspondiendo a la suma de veintinueve dólares con
cuatro centavos diarios ($29,04 USD); hasta un 12% diario por concepto de
almuerzo, correspondiendo a cuarenta y tres dólares con cincuenta y seis
centavos diarios ($43,56 USD) y, hasta un 12% diario para cena, correspondiendo
a cuarenta y tres dólares con cincuenta y seis centavos diarios ($43.56 USD).
3) Gastos menores de viaje, hasta un 8% diario que corresponden a la suma de
veintinueve dólares con cuatro centavos diarios ($29,04 USD).
Artículo 3º—Que de conformidad con la tarifa
antes descrita, se reconocerá el gasto en que incurra la señora Kathya
Rodríguez Araica, los días del 26 al 29 de octubre del presente año, por
concepto de alimentación y hospedaje. Además se reconocerán, si los hubiere,
los gastos menores, transporte aeropuerto-hotel-aeropuerto, gastos por tiquetes
aéreos y los gastos por concepto de Impuestos de entrada y salida que deban ser
cancelados en los países que tengan relación directa con las actividades
citadas. Los gastos reconocidos serán cubiertos con el presupuesto ordinario de
Artículo 4º—Que durante los días en que
participe la señora Kathya Rodríguez Araica, en la actividad a la que se
refiere este acuerdo, devengará el 100% de su salario.
Artículo 5º—El presente acuerdo rige del 25
al 30 de octubre del año 2011.
Dado en el Ministerio de
Gobernación, Policía y Seguridad Pública, el 11 de octubre del 2011.
Mario Zamora Cordero, Ministro
de Gobernación, Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—O.
C. Nº 13087.—Solicitud Nº 33981.—C-35120.—(2011083764).
Nº
0292-2011-RE
EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los artículos 140 y 146 de
Considerando:
I.—Que a partir del establecimiento de relaciones
diplomáticas entre
II.—Que en el marco de cooperación entre el
Gobierno de
III.—Que
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a la señora Karol Chinchilla
Chacón, funcionaria de
Artículo 2º—Los gastos de viaje y alimentación corren por cuenta del ente
organizador. Los gastos en tránsito y transporte interno en Costa Rica y el
exterior, así como los tributos o cañones aeroportuarios corren por cuenta del
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, programa 079 Dirección Financiera,
subpartida 105-04 de viáticos en el exterior.
Artículo 3º—De acuerdo con el artículo 47 del Reglamento de Gastos de Viaje
y Transporte para funcionarios públicos, la funcionaría estará cubierta por la
póliza grupal INS viajero, con asistencia en dólares
Artículo 4º—Rige del 25 de octubre al 25 de noviembre del 2011.
Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto, a los 18 días del mes de octubre
del dos mil once.
Enrique Castillo Barrantes, Ministro de Relaciones
Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 11398.—Solicitud
Nº 19240.—C-18020.—(IN2011084260).
N° 142- MOPT
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en lo dispuesto
en la “Ley General de
Considerando:
1º—Que
2º—Que el Capitán Luis Carlos Araya Monge en
su calidad de Viceministro de Transporte Aéreo Marítimo Portuario del MOPT y el
Lic. Rodrigo Rivera Fournier Viceministro de Transporte Terrestre y Seguridad
Vial, han sido designados para participar en dicha reunión, en representación
de este Ministerio, en su carácter de representante titular y delegado
respectivamente ante el Directorio del COCESNA, de la cual Costa Rica es
miembro. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al Capitán
Luis Carlos Araya Monge, cédula de identidad Nº 2-280-568, Viceministro de
Transporte Aéreo Marítimo Portuario del MOPT y al Lic. Rodrigo Rivera Fournier,
cédula de identidad 1-467-303, Viceministro de Transporte Terrestre y Seguridad
Vial del MOPT, para que participen en el “Sesión Ordinaria del Consejo
Directivo del COCESNA”, organizado por el COCESNA, a realizarse en
Artículo 2º—Los gastos de transporte
terrestre, hospedaje, alimentación y transporte local, serán cubiertos por
COCESNA.
Artículo 3º—Que durante los días en que se
autoriza la ausencia de los citados funcionarios para participar en las
actividades indicadas en el Artículo 1°, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 11 de octubre
del 2011.
Dado en el Despacho del Ministro
de Obras Públicas y Transportes, a los 10 días del mes de octubre del 2011.
Francisco J. Jiménez, Ministro
de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. Nº
102820.—Solicitud Nº 34468.—C-15620.—(IN2011083909).
N°
143 -MOPT
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en lo dispuesto
en la “Ley General de
Considerando:
1º—Que
2º—Que el señor Harold Quirós Mora como
chófer del señor Viceministro de Transporte Aéreo Marítimo Portuario del MOPT,
será quien realice el traslado vía terrestre hacia Ciudad de Nicaragua. Por
tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor
Harold Quirós Mora, cédula de identidad Nº 2-381-123, funcionario del Despacho
Aéreo Marítimo Portuario del MOPT, para que realice el traslado del
Viceministro a la “Sesión Ordinaria del Consejo Directivo del COCESNA”
organizado por el COCESNA, a realizarse en
Artículo 2º—El MOPT le girará por concepto de
viáticos en el exterior la suma de $936,00 con cargo a la subpartida 1.05.04
del Programa 326, Actividad 01.
Artículo 3º—Que durante los días en que se
autoriza la ausencia del citado funcionario para participar en las actividades
indicadas en el Artículo 1°, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 11 de octubre
del 2011.
Dado en el Despacho del Ministro
de Obras Públicas y Transportes, a los diez días del mes de octubre del 2011.
Francisco J. Jiménez, Ministro
de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O.C. Nº
102820.—Solicitud Nº 34468.—C-15620.—(IN2011083910).
MTSS-047-2011
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25
inciso 2 y 28 inciso 1 de
Considerando:
1º—Que se ha recibido invitación por parte de
2º—Que dicha actividad es de gran interés para el Gobierno de Costa Rica y
en especial para el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, debido a que
tiene como objetivo principal contribuir a mejorar el conocimiento del mercado
laboral en los países de Centroamérica y República Dominicana, abordando
distintos temas, entre los cuales se encuentran la estructura organizativa de
3º—Que la participación del señor Luis Orlando García Piedra, número de
cédula 1-0439-0265, en este evento, responde a sus funciones de Coordinador del
Observatorio Laboral y Jefe del Departamento de Investigación del Mercado
Laboral del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Luis Orlando García
Piedra, número de cédula 1-0439-0265, Coordinador del Observatorio Laboral de
Costa Rica y Jefe del Departamento de Investigación del Mercado Laboral del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para que participe en
Artículo 2º—Los gastos del señor Luis Orlando García Piedra, número de
cédula 1-0439-0265, Coordinador del Observatorio Laboral de Costa Rica y Jefe
del Departamento de Investigación del Mercado Laboral del Ministerio de Trabajo
y Seguridad Social, por concepto de hospedaje, alimentación, tiquete aéreo,
serán asumidos por el Ministerio de Trabajo e Inmigración de España.
Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza al señor Luis Orlando
García Piedra, número de cédula 1-0439-0265, Coordinador del Observatorio
Laboral de Costa Rica y Jefe del Departamento de Investigación del Mercado
Laboral del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para que participe en
Artículo 4º—Rige del 16 al 22 de octubre del 2011.
Dado en el Despacho del Señor Ministro de Trabajo
y Seguridad Social, a los cinco días del mes de octubre de 2011.
Sandra Piszk, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—1 vez.—O. C. Nº 13079.—Solicitud Nº 46500.—C-18020.—(IN2011083840).
MTSS-048-2011
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25
inciso 2 y 28 inciso 1 de
Considerando:
1º—Que se ha recibido invitación por parte de
2º—Que dicha actividad es de gran interés para el Gobierno de Costa Rica y
en especial para el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, debido a que
tiene como objetivo principal analizar e identificar los aspectos que definen,
limitan y posibilitan la construcción de un nuevo modelo social en la región,
tomando como referencia la agenda de la cohesión social y los posibles aportes
de otros modelos sociales en el mundo.
3º—Que la participación de la señora María Gabriela Romero Valverde,
portadora de la cédula número 1-781-977, en este evento, responde a las
funciones de Oficial Mayor y Directora General Administrativa del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora María Gabriela
Romero Valverde, portadora de la cédula número 1-781-977, Oficial Mayor y
Directora General Administrativa del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social,
para que participe en el Encuentro Una Nueva Agenda Pública En América Latina:
Cohesión y Modelo Social, el cual se realizará entre los días 24 al 26 de
octubre de 2011, en la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia.
Artículo 2º—Los gastos de la señora María Gabriela Romero Valverde,
portadora de la cédula número 1-781-977, Oficial Mayor y Directora General
Administrativa del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por concepto de
hospedaje, alimentación, tiquete aéreo, serán asumidos por
Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza a la señora María
Gabriela Romero Valverde, portadora de la cédula número 1-781-977, Oficial
Mayor y Directora General Administrativa del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social, para que participe en el Encuentro Una Nueva Agenda Pública En América
Latina: Cohesión y Modelo Social, el cual se realizará entre los días 24 al 26
de octubre de 2011, en la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia, devengará el
100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 23 al 27 de octubre de 2011.
Dado en el Despacho de
Sandra Piszk, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—1 vez.—O. C. Nº 13079.—Solicitud Nº 46501.—C-18020.—(IN2011083841).
N° 321-2011
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140 inciso 20 y 146 de
Considerando:
1º—Que del 08 al 09 de agosto de
2011, se realizará en El Salvador
2º—Que la participación de la señora Laura
Rodríguez Vargas, en la reunión resulta necesaria, por cuanto en ella se
analizará la evolución reciente de la integración regional en Centroamérica,
con particular atención a los desafíos a la luz del Plan de Acción establecido
por los Jefes de Estado y de Gobierno de los países del SICA en San Salvador el
año pasado y los avances en Unión Aduanera en Centroamérica, las presentaciones
y en particular las discusiones que se lleven a cabo contribuirán a enriquecer
las estrategias a seguir en el futuro para hacer más efectiva la integración
regional en Centroamérica, en sus aspectos económicos, comerciales,
financieros, sociales e institucionales.
ACUERDA:
Artículo 1º.—Designar
a la señora Laura Rodríguez Vargas, cédula N° 2-353-794, funcionaría de
Artículo 2º—Cubrir los gastos de la señora
Laura Rodríguez Vargas, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se
deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a
saber $262,40 (doscientos sesenta y dos- con 40/100), con recursos de COMEX de
las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 796. Los gastos de transporte
aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa.
Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de
documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el período que va del
08 al 09 de agosto de 2011, la señora Laura Rodríguez Vargas, devengue el 100%
de su salario, el cual es cancelado por
Artículo 4º—Rige a partir del 08 al 09 de
agosto de 2011.
San José, a los cuatro días del
mes de agosto del año dos mil once.
Anabel González Campabadal,
Ministra de Comercio Exterior.—1 vez.—O.C. 122388.—Solicitud
Nº 32084.—C-27020.—(IN2011083785).
N° 323-2011
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140 inciso 20 y 146 de
Considerando:
1º—Que del 11 al 12 de agosto de
2011, se realizará en Panamá reuniones de Técnicos, Viceministros y Autoridades
con presencia en las zonas fronterizas (migración, aduana, seguridad, etc.) y
encuentro de Ministros de Comercio y Autoridades fronterizas, eventos de alto
interés para el Ministerio de Comercio Exterior.
2º—Que la participación del señor Fernando
Ocampo Sánchez, en dichas actividades resulta necesaria, por cuanto en ellas se
validará y acordará el plan de acción para el Memorándum de Entendimiento para
la facilitación del comercio en temas fronterizos y fortalecimiento del diálogo
en materia comercial y se anunciará el plan de acción para el Memorándum de
Entendimiento.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor
Fernando Ocampo Sánchez, portador de la cédula N° 1-791-100, Viceministro de
Comercio Exterior para que participe en lo indicado en el considerando 1° del precitado
acuerdo, del 11 al 12 de agosto de 2011. Por efectos de itinerario y rutas de
vuelo hacia el lugar de destino viaja a partir del 10 de agosto de 2011.
Artículo 2º—Cubrir los gastos del señor
Fernando Ocampo Sánchez, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se
deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación, a saber $474,24
(cuatrocientos setenta y cuatro con 24/100 dólares), con recursos de COMEX de
las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 792. Los gastos de transporte
aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa.
Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de
documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el período que va del
10 al 12 de agosto de 2011, el señor Fernando Ocampo Sánchez, devengue el 100%
de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 10 al 12 de
agosto de 2011.
San José, a los cinco días del
mes de agosto del dos mil once.
Anabel González Campabadal, Ministra
de Comercio Exterior.—1 vez.—O.C. 122388.—Solicitud Nº
32084.—C-23420.—(IN2011083786).
N° 324-2011
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140 inciso 20 y 146 de
Considerando:
1º—Que del 11 al 12 de agosto de
2011, se realizará en Panamá reuniones de Técnicos, Viceministros y Autoridades
con presencia en las zonas fronterizas (migración, aduana, seguridad, etc.) y
encuentro de Ministros de Comercio y Autoridades fronterizas, eventos de alto
interés para el Ministerio de Comercio Exterior.
2º—Que la participación de la señora Laura
Escalante Monge en dichas actividades resulta necesaria, por cuanto en ellas se
validará y acordará el plan de acción para el Memorándum de Entendimiento para
la facilitación del comercio en temas fronterizos y fortalecimiento del diálogo
en materia comercial y se anunciará el plan de acción para el Memorándum de
Entendimiento.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora
Laura Escalante Monge, cédula de identidad número 1-1077-626, funcionaría del
Despacho del Viceministro, para que participe en lo indicado en el considerando
1° del precitado acuerdo. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo hacia el
lugar de destino viaja a partir del 10 de agosto de 2011. Viaja en calidad de
Asesora del Viceministro del 10 al 12 de agosto de 2011.
Artículo 2º—Cubrir los gastos de la señora
Laura Escalante Monge, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se
deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a
saber $474,24 (cuatrocientos setenta y cuatro con 24/100 dólares), con recursos
de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 796. Los gastos
de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del
mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado
y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el período que va del
10 al 12 de agosto de 2011, la señora Laura Escalante Monge, devengue el 100%
de su salario, el cual es cancelado por
Artículo 4º—Rige a partir del 10 al 12 de
agosto de 2011.
San José, a los cinco días del
mes de agosto del año dos mil once.
Anabel González Campabadal,
Ministra de Comercio Exterior.—1 vez.—O.C. 122388.—Solicitud
Nº 32084.—C-24320.—(IN2011083787).
N° 325-2011
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140 inciso 20 y 146 de
Considerando:
1º—Que del 11 al 12 de agosto de
2011, se realizará en Panamá reuniones de Técnicos, Viceministros y Autoridades
con presencia en las zonas fronterizas (migración, aduana, seguridad, etc.) y
encuentro de Ministros de Comercio y Autoridades fronterizas, eventos de alto
interés para el Ministerio de Comercio Exterior.
2º—Que la participación de la señora Indiana
Trejos Gallo en dichas actividades resulta necesaria, por cuanto en ellas se
validará y acordará el plan de acción para el Memorándum de Entendimiento para
la facilitación del comercio en temas fronterizos y fortalecimiento del diálogo
en materia comercial y se anunciará el plan de acción para el Memorándum de
Entendimiento.
ACUERDA:
Artículo Primero.—Designar a la señora Indiana Trejos Gallo, cédula de
identidad número 1-949-533, funcionaria de
Artículo Segundo.—Cubrir los gastos de la
señora Indiana Trejos Gallo, por concepto de impuestos, tributos o cánones que
se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a
saber $403,52 (cuatrocientos tres con 52/100 dólares), con recursos de COMEX de
las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 796. Los gastos de transporte
aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del programa 796. Se
le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de
documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo Tercero.—Que
durante el período que va del 10 al 12 de agosto de 2011, la señora Indiana
Trejos Gallo, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por
Artículo Cuarto.—Rige
a partir del 10 al 12 de agosto de 2011.
San José, a los cinco días del mes de agosto
del dos mil once.
Anabel González Campabadal,
Ministra de Comercio Exterior.—1 vez.—O.C.
122388.—(Solicitud Nº 32084).—C-23420.—(IN2011083788).
N° 327-2011
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140 inciso 20) y 146 de
Considerando:
1º—Que del 12 de setiembre al 01
de diciembre de 2011, se realizará en Ginebra-Suiza, el Curso Avanzado de
Política Comercial de
2º—Que del 02 al 11 de diciembre de 2011, se
realizará en Bruselas-Bélgica, visita a
3º—Que la participación del señor Rónald
Alpízar Argüello, en ambas actividades resulta necesaria, por cuanto en ellas
se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio.
ACUERDA:
Artículo Primero.—Designar al
señor Rónald Alpízar Argüello, cédula de identidad número 1-800-340,
funcionario de
Artículo Segundo.—Los
gastos del señor Rónald Alpízar Argüello, por concepto de impuestos, tributos o
cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y
hospedaje, del 10 de setiembre al 01 de diciembre de 2011, serán cubiertos con
recursos de
Artículo Tercero.—Que
durante el período que va del 10 de setiembre al 12 de diciembre de 2011, el
señor Rónald Alpízar Argüello, devengará el 100% de su salario, el cual es
cancelado por
Artículo Cuarto.—Rige
a partir del 10 de setiembre al 12 de diciembre de 2011.
San José, a los nueve días del
mes de agosto del dos mil once.
Fernando Ocampo Sánchez,
Ministro de Comercio Exterior a. í.—1 vez.—O.C.
122388.—(Solicitud Nº 32084).—C-26220.—(IN2011083789).
N° 331-2011
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140 inciso 20 y 146 de
Considerando:
1º—Que los días que van del 22
al 23 de agosto de 2011, se realizará en Panamá el Seminario Taller:
Investigación Criminal y Auditoría Forense de Delitos Económicos, evento de
alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.
2º—Que para el Ministerio de Comercio
Exterior resulta importante la participación del señor Víctor Raúl Picón
Panduro en el Seminario por cuanto en él se tratarán temas que atañen a las
competencias de
ACUERDAN:
Artículo Primero.—Designar al señor Víctor Raúl Picón Panduro, cédula
8-067-033, Auditor Interno del Ministerio de Comercio Exterior, para que viaje
a Panamá, a fin de participar en el evento citado en el considerando I del
precitado Acuerdo del 22 al 23 de agosto de 2011. Por efectos de itinerario y
rutas de vuelo desde el lugar de destino retorna a Costa Rica hasta el 24 de
agosto de 2011. El día sábado 20 de agosto de 2011, corresponde a viaje
personal y todos los gastos en que incurra serán cubiertos en forma directa por
el funcionario. Únicamente se le reconocerá lo correspondiente al rubro de
otros y hospedaje del 21 de agosto de 2011, según el artículo 43 del Reglamento
de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos.
Artículo Segundo.—Cubrir los gastos del señor
Víctor Raúl Picón Panduro, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se
deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a
saber $574,56 (quinientos setenta y cuatro con 56/100 dólares), con recursos de
COMEX de la subpartida 10501, 10503 y 10504, del Programa 792. Los gastos de
transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo
programa. Los gastos de cuota de inscripción al seminario a saber $450,00
(cuatrocientos cincuenta con 00/100 dólares) serán cubiertos con recursos de la
subpartida 10701, del programa 792. Se le autoriza para realizar llamadas
telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio
de Comercio Exterior.
Artículo Tercero.—Durante
el período que va del 20 al 24 de agosto de 2011, el señor Víctor Raúl Picón
Panduro, devengue el 100% de su salario, el cual es cancelado por el Ministerio
de Comercio Exterior.
Artículo Cuarto.—Rige
a partir del 20 al 24 de agosto 2011.
San José, a los once días del
mes de agosto del dos mil once.
Anabel González Campabadal,
Ministra de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C.
122388.—(Solicitud Nº 32084).—C-26570.—(IN2011083790).
N° 332-2011
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140 inciso 20) y 146 de
Considerando:
1º—Que del 28 de agosto al 09 de
setiembre de 2011, se realizará en Cambridge-Massachusetts-Estados Unidos de
América el Curso “Mastering Trade Policy”, evento de alto interés para el
Ministerio de Comercio Exterior.
2º—Que la participación de la señora Laura
Escalante Monge en el Curso resulta necesaria, por cuanto en el se
desarrollarán habilidades relativas al análisis, formulación, negocios y
efectiva implementación de políticas y prácticas en el área del comercio; así
como adquirir conocimientos sobre los condicionamientos económicos de la
política comercial, técnicas de negociación avanzadas, instituciones y reglas
de comercio internacional y la aplicación de las teorías de la política en la
práctica.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora
Laura Escalante Monge, cédula de identidad número 1-1077-626, funcionaria del
Despacho del Viceministro, para que participe en lo indicado en el considerando
1° del precitado acuerdo. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y
hacia el lugar de destino viaja a partir del 27 de agosto y retorna a Costa
Rica hasta el 10 de setiembre de 2011.
Artículo 2º—Cubrir los gastos de la señora
Laura Escalante Monge, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se
deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje del
27 hasta las 13:00 horas del 28 de agosto y de las 13:00 horas del 09 de
setiembre hasta el 10 de setiembre de
Artículo 3º—Que durante el período que va del
27 de agosto al 10 de setiembre de 2011, la señora Laura Escalante Monge,
devengue el 100% de su salario, el cual es cancelado por
Artículo 4º—Rige a partir del 27 de agosto al
10 de setiembre de 2011.
San José, a los nueve días del
mes de agosto del dos mil once.
Fernando Ocampo Sánchez,
Ministro de Comercio Exterior a. í.—1 vez.—O.C.
122388.—Solicitud Nº 32084.—C-26120.—(IN2011083791).
N° 338-2011
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140 inciso 20) y 146 de
Considerando:
1º—Que la señora Irene Arguedas
Arguedas viajará a México del 21 al 23 de agosto de 2011, para estrechar
alianzas con círculos políticos y empresariales de México, en el marco de la
visita oficial de
2º—Que la participación de la señora Irene
Arguedas Arguedas en dicha actividad resulta necesaria por cuanto en ella se
explorarán oportunidades para atraer inversión de algunas compañías para las
que Costa Rica pueda ofrecer condiciones aptas y que le permitan al país
generar oportunidades de empleo, afianzar la presencia de inversión mexicana en
el país y promover el incremento de los flujos de comercio e inversión, así
como presentar las ventajas de Costa Rica como destino de inversión extranjera
directa entre diversos actores de la comunidad empresarial.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora
Irene Arguedas Arguedas, cédula N° 1-726-745, funcionaria del Despacho de
Artículo 2º—Cubrir los gastos de la señora
Irene Arguedas Arguedas, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se
deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a
saber $543,84 (quinientos cuarenta y tres con 84/100 dólares), con recursos de
COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 796. Los gastos de
transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo
programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y
envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el período que va del
21 al 23 de agosto de 2011, la señora Irene Arguedas Arguedas devengue el 100%
de su salario, el cual es cancelado por
Artículo 4º—Rige a partir del 21 al 23 de
agosto de 2011.
San José, a los diecisiete días
del mes de agosto del año dos mil once.
Anabel González Campabadal,
Ministra de Comercio Exterior.—1 vez.—O.C.
122388.—Solicitud Nº 32084.—C-21620.—(IN2011083792).
N° 340-2011
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140 inciso 20) y 146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Modificar el
Artículo Segundo del Acuerdo de Viaje número 323-2011, de fecha 05 de agosto de
2011, para que se lea de la siguiente manera:
“Artículo Segundo: Cubrir los
gastos del señor Fernando Ocampo Sánchez, por concepto de impuestos, tributos o
cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación, a
saber $474,24 (cuatrocientos setenta y cuatro con 24/100 dólares), con recursos
de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 792. Los gastos
de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del
mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado
y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior;
así como para que se le aplique diferencia de hospedaje, en el evento de que
proceda según el artículo 41 del Reglamento de Gastos de Viaje para
Funcionarios Públicos.”
Artículo 2º—En lo no expresamente
modificado el resto del Acuerdo 323-2011, se mantiene igual.
San José, a los diecisiete días
del mes de agosto del dos mil once.
Anabel González Campabadal, Ministra de
Comercio Exterior.—1 vez.—O.C. 122388.—(Solicitud Nº
32084).—C-16220.—(IN2011083793).
N° 341-2011
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140 inciso 20) y 146 de
Considerando:
1º—Que los días que van del 29
de agosto al 02 de setiembre de 2011, se realizará en El Salvador
2º—Que la participación de la señora Laura
Rodríguez Vargas, en las reuniones de Directores y Viceministros de Integración
Económica Centroamericana resulta necesaria dado que en dichas reuniones se
tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio.
ACUERDA:
Artículo Primero.—Designar a la
señora Laura Rodríguez Vargas, cédula N° 2-353-794, funcionaría de
Artículo Segundo.—Cubrir los gastos de la
señora Laura Rodríguez Vargas, por concepto de impuestos, tributos o cánones
que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y
hospedaje, a saber $779,36 (setecientos setenta y nueve con 36/100 dólares),
con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 796.
Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida
10503 del programa 796. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas,
fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio
Exterior.
Artículo Tercero.—Que
durante el período del 29 de agosto al 02 de setiembre de 2011, la señora Laura
Rodríguez Vargas, devengue el 100% de su salario, el cual es cancelado por
Artículo Cuarto.—Rige
a partir del 29 de agosto al 02 de setiembre de 2011.
San José, a los veintidós días
del mes de agosto del dos mil once.
Fernando Ocampo Sánchez,
Ministro a. í Comercio Exterior.—1 vez.—O.C.
122388.—(Solicitud Nº 32084).—C-21620.—(IN2011083794).
Nº 342-2011
EL
MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos
140 inciso 20 y 146 de
Considerando:
1º—Que los días que van del 29 de agosto al 2 de
setiembre de 2011, se realizará en El Salvador
2º—Que la participación del señor Federico Valerio De Ford en las reuniones
de Directores y Viceministros de Integración Económica Centroamericana resulta
necesaria dado que en dichas reuniones se tratarán temas de gran relevancia
para este Ministerio.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Federico Valerio De
Ford, cédula N° 1-745-747, funcionario de
Artículo 2º—Cubrir los gastos del señor Federico Valerio De Ford, por
concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales
de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $440,96 (cuatrocientos
cuarenta con 96/100 dólares), con recursos de COMEX de las subpartidas 10501,
10503 y 10504 del Programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos
con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para
realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e
Internet al Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el período que va del 31 de agosto al 2 de
setiembre de 2011, el señor Federico Valerio De Ford, devengue el 100% de su
salario, el cual es cancelado por
Artículo 4º—Rige a partir del 31 de agosto al 2 de setiembre de 2011.
San José, a los veintidós días del mes de agosto
del año dos mil once.
Fernando Ocampo Sánchez, Ministro de Comercio
Exterior a. í.—1 vez.—O. C. Nº 122388.—Solicitud Nº
32084.—C-22520.—(IN2011083795).
Nº 343-2011
EL
MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos
140 inciso 20 y 146 de
Considerando:
1º—Que los días que van del 29 de agosto al 02 de
setiembre de 2011, se realizará en El Salvador
2º—Que la participación de la señora Estela Zúñiga Villalobos en las
reuniones del Grupo Técnico Arancelario resulta necesaria dado que en dichas
reuniones se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Estela Zúñiga
Villalobos, cédula N° 6-137-205, funcionaría de
Artículo 2º—Cubrir los gastos de la señora Estela Zúñiga Villalobos, por
concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales
de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $770,40 (setecientos
setenta con 40/100 dólares), con recursos de COMEX de las subpartidas 10501,
10503 y 10504 del Programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos
con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para
realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e
Internet al Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el período que va del 29 de agosto al 02 de
setiembre de 2011, la señora Estela Zúñiga Villalobos, devengue el 100% de su
salario, el cual es cancelado por el Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 4º—Rige a partir del 29 de agosto al 03 de setiembre de 2011.
San José, a los veintidós días del mes de agosto
del año dos mil once.
Fernando Ocampo Sánchez, Ministro de Comercio
Exterior a. í.—1 vez.—O. C. Nº 122388.—Solicitud Nº
32084.—C-21620.—(IN2011083796).
Nº 345-2011
EL
MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos
140 inciso 20 y 146 de
Considerando:
1º—Que los días que van del 29 de agosto al 2 de
setiembre de 2011, se realizará en El Salvador
2º—Que la participación del señor Carlos Marín Castro en las reuniones del
Grupo Técnico Arancelario resulta necesaria dado que en dichas reuniones se
tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Carlos Marín Castro,
portador de la cédula de identidad número 1-1138-0362, funcionario de
Artículo 2º—Cubrir los gastos del señor Carlos Marín Castro por concepto de
impuesto, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de
transportes y alimentación y hospedaje,
a saber $ 770,40 (setecientos setenta con 40/100 dólares), con recursos
de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 796. Los gastos
de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del
programa 796. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y
envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el período que va del 29 de agosto al 2 de
setiembre de 2011, el señor Carlos Marín Castro devengue el 100% de su salario,
el cual es cancelado por el Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 4º—Rige a partir del 29 de agosto al 2 de setiembre de 2011.
San José, a los veintidós días del mes de agosto
del año dos mil once.
Fernando Ocampo Sánchez, Ministro a. í. de
Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 122388.—Solicitud
Nº 32084.—C-22520.—(IN2011083797).
Nº 346-2011
EL
MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos
140 inciso 20 y 146 de
Considerando:
1º—Que los días que van del 29 de agosto al 2 de
setiembre de 2011, se realizará en El Salvador
2º—Que la participación de la señora Ángela Sánchez Brenes, en las
reuniones del Grupo de Coordinadores resulta necesaria dado que en dichas
reuniones se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Ángela Sánchez
Brenes, cédula N° 1-671-497, funcionaría de
Artículo 2º—Cubrir los gastos de la señora Ángela Sánchez Brenes, por
concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar a las terminales
de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $770,40 (setecientos
setenta con 40/100 dólares), con recursos de COMEX de las subpartidas 10501,
10503 y 10504 del Programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos
con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para
realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e
Internet al Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el período que va del 29 de agosto al 02 de
setiembre de 2011, la señora Ángela Sánchez Drenes, devengue el 100% de su
salario, el cual es cancelado por el Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 4º—Rige a partir del 29 de agosto al 2 de setiembre de 2011.
San José, a los veintidós días del mes de agosto
del año dos mil once.
Fernando Ocampo Sánchez, Ministro a. í. de
Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 122388.—Solicitud
Nº 32084.—C-21620.—(IN2011083798).
Resolución Nº D.M. 141-2011.—Ministerio de Cultura y Juventud.—Despacho del
Ministro.—San José, a las trece horas cincuenta minutos del día veintinueve de
setiembre del dos mil once. Reelegir al señor José Emilio Ramos Valladares,
cédula de identidad Nº 8-075-552, en
Resultando:
1º—Que
2º—Que de conformidad con el artículo 4º de
la precitada Ley, el Museo contará con una Junta Administrativa, conformada
entre otros, por un miembro de
Considerando:
Único.—Que
es necesaria la efectiva integración de
EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD,
RESUELVE:
Artículo 1º—Reelegir al señor
José Emilio Ramos Valladares, cédula de identidad Nº 8-075-552, como
representante de
Artículo 2º—Rige a partir del 7 de agosto del
2011 por un período de dos años.
Manuel Obregón López, Ministro de Cultura y Juventud.—1 vez.—O. C. Nº 108.—Solicitud Nº 3160.—C-12550.—(IN2011083426).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE DESARROLLO
DE
AVISOS
El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo
de
El
Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de
SERVICIO
FITOSANITARIO DEL ESTADO
DEPARTAMENTO
DE INSUMOS AGRÍCOLAS
UNIDAD
REGISTRO DE AGROINSUMOS
EDICTOS
DIA-R-E-378-2011.—El señor Roberto Flores Gamboa,
cédula de identidad: 4-0109-0459, en calidad de representante legal de la
compañia Agrocafé de Occidente S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la
ciudad de Heredia, solicita inscripción del Fertilizante-Bioestimulante de
nombre comercial Bioatlantis Alga, compuesto a base de extracto de
algas-potasio-calcio-carbono orgánico. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-343-2011.—El
señor Bernardo Córdova Esquivel, cédula de identidad: 2-0303-0068, en calidad
de representante legal de la compañía Agro Pro Centroamérica S. A., cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del
bioestimulante de nombre comercial Soilgard
DIA-R-E-361-2011.—El
señor Edgardo Gerardo Alpízar Vargas, cédula 1-0984-0003, en calidad de
representante legal de la compañía Tigsa Costa Rica S. A., cuyo domicilio
fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita inscripción del enmienda
de suelo de nombre comercial Tigsa-Granumax, compuesto a base de
calcio-magnesio. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-363-2011.—El
señor Edgardo Gerardo Alpízar Vargas, cédula 1-0984-0003, en calidad de
representante legal de la compañía Tigsa Costa Rica S. A., cuyo domicilio
fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita inscripción del enmienda
de suelo de nombre comercial Tigsa-Granumax S, compuesto a base de
calcio-magnesio-azufre. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-362-2011.—El
señor Edgardo Gerardo Alpizar Vargas, cédula 1-0984-0003, en calidad de
representante legal de la compañía Tigsa Costa Rica S. A., cuyo domicilio
fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita inscripción del enmienda
de suelo de nombre comercial Tigsa-Granumax 2.1, compuesto a base de
calcio-magnesio. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-364-2011.—El
señor Fritz Trinler Santos, cédula 1-746-492 en calidad de representante legal
de la compañía Trisan S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de
San José,
SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL
DIRECCIÓN
DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
EDICTOS
El doctor Jorge Umaña Barquero número de cédula
1-1213-0059, vecino de San José en calidad de regente veterinario de la
compañía Droguería Corporación Agropecuaria Corpeco S. A., con domicilio en San
José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3:
Bioanemin B12, fabricado por Laboratorio Innova Andina S. A., de Perú, con los
siguientes principios activos: Cada ml contiene: Cacodilato de sodio 30 mg,
hierro (citrato amoniacal) 20 mg, histidina clorhidrato 5 mg, triptófano 2.5
mg, metionina 10 mg, Cobalto (acetato) 500 µg, Vitamina B12 10 µg y ácido
cítrico 4 mg. y las siguientes indicaciones terapéuticas: tratamiento de
trastornos de la hematopoyesis y reconstituyente general. Con base en el
Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG Reglamento de Registro y Control de Medicamentos
Veterinarios. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan
valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a
partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial
El
doctor Jorge Umaña Barquero número de cédula 1-1213-0059, vecino de San José en
calidad de regente veterinario de la compañía Droguería Corporación
Agropecuaria Corpeco S. A., con domicilio en San José, solicita el registro del
siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Colimicin Premix, fabricado por
Laboratorio Innova Andina S. A., de Perú., con los siguientes principios
activos: Cada gramo contiene: 2.000.000 UI de Sulfato de colistina y las
siguientes indicaciones terapéuticas: Tratamiento de procesos infecciosos
causados por microorganismos sensibles a la colistina. Con base en el Decreto
Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”.
Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta
Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día
siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial
DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante este
Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 11, título Nº 28,
emitido por el Liceo Académico Ambientalista Las Palmitas, en el año dos mil
siete, a nombre de Porras Artavia Geiner Alberto. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 101, título Nº 851,
emitido por el Colegio Técnico Profesional Padre Roberto Evans Saunders de
Siquirres, en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de Campos
Quesada Zimri. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 19, título N° 77,
emitido por el Colegio José María Gutiérrez, en el año dos mil cuatro, a nombre
de Contreras Méndez Susana María. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este
departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 13, título N° 64,
emitido por el Liceo Tres Equis, en el año dos mil cinco, a nombre de Cordero
Galeano Carlos Manuel. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 70, título Nº 82,
emitido por el Complejo Educativo Royal, en el año dos mil ocho, a nombre de
Rojas Meza Esteban. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 132, título N° 1757,
emitido por el Colegio Santa María de Guadalupe, en el año dos mil, a nombre de
Rodríguez Gómez Evelyn Vanessa. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 126, título N° 881,
emitido por el Colegio Técnico Profesional
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 198, título N° 1238,
emitido por el Liceo Roberto Brenes Mesén, en el año dos mil uno, a nombre de
Novoa Rojas Jeannina. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 21, título N° 114, emitido por el Liceo de Cot, en el año dos
mil cuatro, a nombre de Méndez Granados Diego Armando. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller
en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 39, asiento 04, título N° 254,
emitido por el Liceo Académico Diurno Ciudad Neily, en el año mil novecientos
noventa y cinco, a nombre de Oviedo Prendas Dunia. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS LABORALES
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
De
conformidad con la autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y
Seguridad social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que
acordó introducir a su Estatuto la organización social denominada: Cooperativa
de Producción Agropecuaria y de Servicios Múltiples de Trabajadores Bananeros
del Sur R. L., siglas COPETRABASUR R. L., acordada en asamblea celebrada el 31
de julio del 2011. Resolución 454. En cumplimiento con lo dispuesto en el
artículo 29 de
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE
Marcas
de ganado
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
Nº 2011-2638.—Víquez Campos Rafael
Alberto, cédula de identidad número 1-1304-0562, mayor, soltero, administrador,
con domicilio en Atenas centro, provincia de Alajuela,
Para ver imagen solo en
como marca de ganado que usará preferentemente en Alajuela, Atenas, San José, de la escuela Alto López, 100 sur, 700 este, calle Vainilla. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 5 de octubre del 2011.—Lic. Anais Mendieta Jiménez, Registradora.—1 vez.—RP2011263663.—(IN2011083991).
Nº 2011-2926.—Cerdas Ramírez Saddy, cédula de identidad número 5-218-631, mayor, soltero, comerciante, con domicilio en Tempate, Santa Cruz, Guanacaste, costado sur de la plaza de deportes, solicita el registro de:
Para ver imagen solo en
como marca de ganado que usará preferentemente en Tempate, Santa Cruz, Guanacaste, costado sur de la plaza de deportes. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 5 de octubre del 2011.—Lic. Anais Mendieta Jiménez, Registradora.—1 vez.—RP2011263666.—(IN2011083992).
Nº
15.493.—González Arroyo Thais, cédula de identidad
número 6-055-458, mayor, viuda, comerciante, con domicilio en San José, Montes
de Oca, San Pedro
Para ver imagen solo en
como marca de ganado que usará
preferentemente en Puntarenas, Esparza, San Jerónimo, San Jerónimo, frente al
cementerio de San Jerónimo, Finca Pargo. Se cita a terceros con derechos a
oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días
hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—San José, seis de
octubre del dos mil once.—Viviana Segura De
Nº
2011-2889.—Salas Villalobos Juan Rafael, cédula de identidad número 6-115-031,
mayor, casado una vez, agricultor, con domicilio en Santa Marta, Arancibia,
Puntarenas,
Para ver imagen solo en
como marca de ganado que usará
preferentemente en Puntarenas, Puntarenas, Arancibia, Santa Marta,
Patentes de Invención
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
El
señor Gastón Baudrit Ruiz, mayor, abogado, cédula de identidad número
1-599-0078, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de,
Janssen Pharmaceutica N.V., de Bélgica, solicita
Para ver imagen solo en
Esta invención se refiere a un nuevo tieno [2,3-d]pirimidina, A, y sus usos terapéuticos y profilácticos, en
donde R1 y R2 se definieron en la descripción. Los trastornos que se tratan y/o
previenen incluyen la enfermedad de Parkinson. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
PUBLICACIÓN DE PRIMERA
VEZ
El señor Luis Pal Hegedus, cédula 1-558-219,
mayor, abogado, vecino San José, en calidad de apoderado especial de Targeted
Delivery Technologies Limites (TDT LTD), de Malta, solicita
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
El Registro de
REGISTRO
DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones civiles
AVISOS
El Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el
estatuto de la entidad denominada Asociación para Gestión Tecnológica y
Empresarial CGE, con domicilio en la provincia de San José, Montes de Oca, San
Pedro, Ofimall del Mall San Pedro, octavo piso. Cuyos fines principales, entre
otros, son los siguientes: promover el desarrollo sostenible del sector
empresarial mediante programas de formación empresarial, consultoría, asesoría.
Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas
en el estatuto lo es el presidente: Mario Alberto Sánchez Oviedo. El
vicepresidente sustituirá al presidente en sus ausencias temporales, con
iguales atribuciones y obligaciones. Por encontrarse dicha entidad dentro de
las prescripciones establecidas en
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica, cédula Nº 3-002-565571, denominación: Asociación Gerontológica Activa. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: tomo: 2011, asiento 225961.—Curridabat, a las 10 horas 11 minutos y 50 segundos, del 2 de setiembre del 2011.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2011264018.—(IN2011084417).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de la entidad denominada Asociación Administradora del Acueducto Rural, Calle Concha, Valverde Vega. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2011, asiento: 121599, adicional tomo: 2011, asiento: 165964).—Curridabat, a los 29 días del mes de setiembre del 2011.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2011264053.—(IN2011084418).
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación para
El
Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su
inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Mujeres
Emprendedoras de San Pedro, Pérez Zeledón, de la provincia de San José, con
domicilio en la provincia de San José. Sus fines, entre otros están: impulsar
proyectos agroindustriales, cuyo desarrollo productivo sea factible a través
del tiempo y que permita a las asociadas mejorar su nivel socio-económico. Su
presidenta Maritza Badilla Chávez, es la representante judicial y extrajudicial
con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y demás
limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha organización, dentro de las
prescripciones establecidas en
REGISTRO DE DERECHOS DE AUTOR Y
DERECHOS
CONEXOS
Amalia Brown Morgan, cédula
siete-cero dos cinco-cinco ocho dos, mayor de edad, casada, profesora, vecina
de Limón,
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
AVISOS
Dirección
Nacional de Notariado comunica: que ante este Despacho
DIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINAS
SOLICITUD DE EXPLOTACIÓN EN CAUCE
DE
DOMINIO PÚBLICO
EDICTO
En expediente Nº 20-2009 los
señores Jhon Luis Carballo Vega, mayor, casado una vez, empresario, cédula
2-345-992, y Roy Antonio Carballo Vega, mayor, divorciado, empresario, cédula
2-357-941, ambos vecinos de Ciudad de Quepos, apoderados generalísimos de
Transportes Pila J y R S. A., presentan solicitud para extracción de materiales
en cauce de dominio público sobre el Río Cañas.
Localización geográfica:
Sito en: distrito: 01 Quepos,
cantón: 06 Aguirre, provincia: 06 Puntarenas.
Hoja cartográfica:
Hojas cartográficas Dota y
Quepos, escala 1:50.000 del I.G.N.
Localización cartográfica:
Entre coordenadas generales
383002.510-383069.972 norte, 444248.611-444068.482; este, límite aguas abajo y
383981.322-383976.829; norte, 444021.388-444175.060; este, límite aguas arriba.
Área solicitada:
Derrotero:
Coordenadas del vértice N° 1
383002.510 Norte, 444248.611 Este.
Línea |
Acimut |
Distancia (m) |
1 - 2 |
290°32’ |
192.35 |
2 - 3 |
29°57’ |
2.20 |
3 - 4 |
48°45’ |
74.08 |
4 - 5 |
13°29’ |
33.25 |
5 - 6 |
357°32’ |
71.33 |
6 - 7 |
353°16’ |
113.54 |
7- 8 |
318°01’ |
36.73 |
8 - 9 |
349°34’ |
119.39 |
9 - 10 |
5°52’ |
95.13 |
10 - 11 |
336°28’ |
78.85 |
11 - 12 |
319°56’ |
71.84 |
12 - 13 |
346°57’ |
67.90 |
13 - 14 |
19°23’ |
62.58 |
14 - 15 |
5°04’ |
153.05 |
15 - 16 |
91°40’ |
153.74 |
16 - 17 |
189°08’ |
118.91 |
17 - 18 |
176°08’ |
171.82 |
18 - 19 |
200°21’ |
74.05 |
19 - 20 |
159°58’ |
83.22 |
20 - 21 |
166°33’ |
86.22 |
21 - 22 |
145°49’ |
24.70 |
22 - 23 |
129°54’ |
74.09 |
23 - 24 |
137°16’ |
22.31 |
24 - 25 |
147°18’ |
76.60 |
25 - 26 |
172°22’ |
55.13 |
26 - 27 |
192°06’ |
95.81 |
27 - 28 |
190°35’ |
67.35 |
28 - 29 |
206°34’ |
96.31 |
29 - 1 |
192°13’ |
4.67 |
Edicto basado en la solicitud
inicial aportada el 2 de setiembre del 2009, área y derrotero aportados el 7 de
abril del 2011. Con quince días hábiles de término, contados a partir de la
segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer
hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.—San
José, a las ocho horas, cuarenta y cinco minutos del 5 de setiembre del
2011.—Registro Nacional Minero.—Lic. Cynthia Cavallini Chinchilla, Jefa.—(IN2011082941). 2
v. 1.
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp. 14870P.—Fort Green Perk Holdings of Guanacaste LLC S. A., solicita
concesión de:
Exp. 8443P.—Compañía Agroindustrial Puris S. A., solicita concesión
de:
Exp. 8525P.—Princesa India S. A., solicita concesión de:
Exp. Nº
14417P.—Magggie and Alina S. A., solicita concesión
de:
Exp. Nº
9260P.—Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo, solicita
concesión de:
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. 14888P.—Hacienda
Exp. 9952P.—Cerbastan S. A., solicita concesión de:
Exp. 9905P.—Hacienda
Exp. 10127P.—Aquacorporación Internacional S. A., solicita aumento de
caudal de su concesión
Exp. 14891A.—Mayra Jenkins Salazar, solicita concesión de:
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. 14864A.—Ganadera
Solís Villalobos S. A., solicita concesión de:
Exp.
14863A.—
Exp.
Nº 14878A.—Agropecuaria Valle Arriba S. A., solicita
concesión de:
Nº 6124-E10-2011.—Tribunal
Supremo de Elecciones.—San José, a las once horas del veinte de octubre de dos
mil once. Expediente Nº 424-S-2011.
Liquidación de gastos del partido Liberación Nacional correspondiente a las
elecciones celebradas el 5 de diciembre de 2010.
Resultando:
1º—Mediante oficio número DGRE-367-2011 del 3 de
octubre de 2011 el señor Héctor Enrique Fernández Masís, Director General del
Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos, remitió al Tribunal
Supremo de Elecciones el informe número DFPP-IM-PLN-19/2011 del 28 setiembre de
2011, elaborado por el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos y
denominado: “INFORME SOBRE EL RESULTADO DE
2º—En auto de las 10:45 horas del 10 de octubre de 2011 este Tribunal, de
previo a resolver lo correspondiente, confirió audiencia por ocho días hábiles
a las autoridades del partido Liberación Nacional (PLN) para que se
manifestaran, si lo estimaban pertinente, sobre el citado informe. Asimismo, se
solicitó a
3º—En oficio número DGRE-387-2011 SUSTITUIR del 12 de octubre de 2011 el
señor Gerardo Felipe Abarca Guzmán, Director General a. í. del Registro
Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos, señaló que el PLN no tenía
multas pendientes de cancelación (folio 43).
4º—En escrito recibido el 13 de octubre de 2011 en
5º—En los procedimientos se han observado las prescripciones de ley.
Redacta el Magistrado Sobrado González; y,
Considerando:
I.—Generalidades sobre el procedimiento para hacer
efectiva la contribución estatal al financiamiento de los partidos políticos en
los procesos electorales municipales. De acuerdo con los artículos
De acuerdo con el artículo 69 del RFPP, la evaluación de las liquidaciones
de gastos presentadas por los partidos políticos constituye una competencia de
Una vez efectuada esa revisión,
II.—Hechos probados. De importancia para la
resolución de este asunto y de acuerdo con los elementos probatorios que
constan dentro del expediente, se tienen como debidamente demostrados los
siguientes hechos:
a) Que en resolución número 4129-E8-2009 de las
15:20 horas del 3 de setiembre de 2009, este Tribunal fijó el monto global de
la contribución estatal a los partidos políticos, correspondiente a las
elecciones municipales a celebrarse en diciembre de 2010, en ¢4.684.070.820,00
(folios 33 y 34).
b) Que en resolución número 1092-E10-2011 de las 11:00 horas del 23 de
febrero de 2011 este Tribunal estableció que al PLN le corresponde, por
concepto de contribución estatal, un monto máximo de ¢2.074.849.111,34 (folios
35 al 41).
c) Que
d) Que el PLN no tiene multas pendientes de cancelar de acuerdo con lo
establecido en los artículos 300 del Código Electoral y 72 del RFPP, como
tampoco obligaciones pendientes con
III.—Sobre el
principio de comprobación del gasto aplicable a las liquidaciones de gastos
presentas por los partidos, como condición para recibir el aporte estatal.
En materia de la contribución estatal al financiamiento de las agrupaciones
partidarias existe un régimen jurídico especial, el cual asigna al Tribunal
Supremo de Elecciones el mandato de revisar los gastos de los partidos
políticos, con el fin de reconocer en forma posterior y con cargo a la
contribución estatal, únicamente aquellos gastos autorizados por la ley y en
estricta proporción a la votación obtenida.
Este Tribunal, en atención a este modelo de verificación de los gastos,
estableció desde la sesión nº 11437 del 15 de julio de 1998, que es
determinante para que los partidos políticos puedan recibir el aporte estatal
la verificación del gasto, al indicar:
“Para recibir
el aporte del Estado, dispone el inciso 4) del artículo 96 de
No obstante que el actual sistema de financiamiento
estatal estableció un mecanismo de comprobación y liquidación de los gastos más
sencillo para los partidos políticos, pues ahora es efectuada por
IV.—Sobre las objeciones respecto de los gastos
rechazados por el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos. Al
respecto resulta indispensable indicar que en nota del 13 de octubre de 2011 la
señora Alicia Fournier Vargas, Tesorera del PLN, contestó la audiencia
conferida en la resolución de las 10:45 horas del 10 de octubre de 2011,
indicando que el Comité Ejecutivo Superior del PLN en la sesión número 14-2011
del 12 de ese mismo mes y año acordó aceptar en todos sus extremos el contenido
del informe DGRE-367-2011 del 3 de octubre de 2011; por lo que, al no existir
objeción alguna sobre los gastos rechazados en el referido informe, no corresponde
que este Tribunal se refiera a este extremo.
V.—Sobre los gastos aceptados al partido Liberación Nacional. De acuerdo con los elementos que constan en
autos, de la suma total de ¢2.074.849.111,34 que fue establecida como la
cantidad máxima a la cual podía aspirar el PLN del Estado por participar en la
elecciones municipales de diciembre de 2010, esta agrupación política presentó
una liquidación de gastos por ¢1.543.782.282,47. Tras la correspondiente
revisión de esos gastos,
Lo anterior arroja un sobrante de ¢601.319.604,45 que no saldrá del erario
ya que, como lo determina el Código Electoral y la sentencia número
5738-E8-2010, el financiamiento público municipal solamente contempla el rubro
de gastos generados con ocasión del proceso electoral municipal, razón por la
que no corresponde ordenar ninguna reserva para los rubros de organización y de
capacitación.
VI.—Sobre la improcedencia de ordenar
retenciones por conceptos de morosidad con
VII.—Sobre gastos en proceso de revisión.
Sobre el particular, es indispensable indicar que no existen gastos en proceso
de revisión.
VIII.—Sobre el monto total o parcial a girar: Del resultado final de
la liquidación de gastos presentada por el partido Liberación Nacional procede,
entonces, girarle la suma de ¢1.473.529.506,89 que, como monto reconocido y a
título de contribución estatal, le corresponde por su participación en las
elecciones municipales de diciembre de 2010. Por tanto,
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107
del Código Electoral y 72 del RFPP proceda el Ministerio de Hacienda, a través
de
Registro
Civil-Departamento Civil
OFICINA DE
ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Exp. N°
15904-2011.—Registro Civil, Departamento Civil,
Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas y treinta y siete
minutos del nueve de agosto del dos mil once. Carlos Luis Elizondo Masís, casado,
técnico y auxiliar de registros, costarricense, cédula de identidad número
tres-ciento noventa-novecientos setenta y tres, vecino de San Juan,
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace saber que en diligencias
de ocurso incoadas por Gina Marie Herrera Rojas, conocida como Gina Marie Vela,
este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución
Nº 1994-2011.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas veinticinco
minutos del treinta y uno de agosto del dos mil once. Exp. Nº 27155-2011.
Resultando: 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos
Probados:…, II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el Fondo:... Por tanto:
Rectifíquese el asiento de matrimonio de Thomas Burton Vela, no indica otro
apellido con Gina Marie Pangburn, no indica otro apellido... en el sentido que
los apellidos, nacionalidad y el número de cédula de la cónyuge son “Herrera
Rojas”, “costarricense” y “dos-doscientos noventa y uno-mil cuatrocientos
cincuenta y nueve” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2011083834).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Coralia Caballero Elizondo, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1844-2003.— Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina Actos Jurídicos. San José, a las quince horas del cinco de setiembre del dos mil tres. Exp. Nº 17191-2003. Resultando: 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Coralia Caballero Elizondo..., en el sentido que los apellidos y la nacionalidad de la madre de la persona ahí inscrita son “Serrano Acosta” y “panameña” respectivamente y no como se consignó.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Departamento Civil.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefe Oficina Actos Jurídicos.—1 vez.—RP2011263692.—(IN2011084039).
Se
hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Luz Mery
Díaz Sandí, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: expediente Nº
6353-2000. Resolución Nº 1230-2000. Registro Civil, Departamento Civil, Oficina
Actos Jurídicos. San José, a las quince horas y cuarenta minutos del seis de
setiembre del dos mil. Diligencias de ocurso incoadas ante este Registro por
Luz Mery Díaz Sandí, cédula de identidad número seis-doscientos dos-doscientos
cincuenta, costarricense, soltera, ama de casa y vecina de Barrio Cuba.
Resultando: 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos
probados:... II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese e1 asiento de
nacimiento de Alejandra Jiménez Díaz, que lleva el número novecientos cuarenta
y uno, folio cuatrocientos setenta y uno, del tomo mil quinientos sesenta y
cinco, de
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Carmen Benavides Moreno, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 267-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas dos minutos del diez de febrero del dos mil once. Exp. Nº 43268-2010. Resultando: 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos Probados:…, II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el Fondo:... Por tanto: Rectifíquense el asiento de nacimiento de Mario Josué Peñalosa Benavides, en el sentido que el nombre de la madre del mismo... es “Carmen” y la razón marginal en el asiento de nacimiento de Karina de Los Ángeles Prado Benavidez en el sentido que el nombre y el primer apellido de la madre de la misma son... “Carmen” y “Benavides”, respectivamente y no como se consignaron.—Lic. Óscar Fernando Mena Carvajal, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina. Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2011084165).
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIÓN
Avisos de solicitud de naturalización
Josué Fidel Noguera Alcover, mayor, soltero,
administrador, cubano, cédula de residencia 119200267212, vecino de Heredia, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
Martha
Lorena Isabel Romero, mayor, soltera, miscelánea, nicaragüense, cédula de
residencia 155803748826, vecina de Heredia, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante
Bertha
Scarleth Chávez Quiroz, mayor, soltera, estudiante, nicaragüense, cédula de
residencia 155805505301, vecina de Cartago, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante
Maryeling
Aristina Barrera López, mayor, soltera, asesora de ventas, nicaragüense, cédula
de residencia Nº 155813610521, vecina de San José, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante
Arturo
Cruz Espinoza Espinoza, mayor, soltero, soldador, nicaragüense, cédula de
residencia Nº 155801824323, vecino de Guanacaste, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante
Michael
de Jesús Martínez Núñez, mayor, casado, operario, nicaragüense, cédula de
residencia Nº 155815151217, vecino de Limón, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante
Alexandra
Toro Materon, mayor, soltera, estudiante, colombiana, cédula de residencia Nº
117001618211, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante
Julián
Andrés Toro Materon, mayor, soltero, estudiante, colombiano, cédula de
residencia 117001618318, vecino de San José, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante
Rebeca
Lizzette Báez Cinco, mayor, soltera, docente en enseñanza media, nicaragüense,
cédula de residencia Nº 155806278803, vecina de San José, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
Yairys
López Fernández, mayor, soltera, empresaria, cubana, cédula de residencia Nº
119200270101, vecina de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante
CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000020-00100
Compra de un camión cabina sencilla e instalación
y adaptación de maquina demarcadora estacionaria
El Departamento de Proveeduría
del Consejo de Seguridad Vial, a través de
El (los) interesado(s) tiene(n)
el cartel a su disposición en el Sistema Comprared en forma gratuita, en la
dirección http://www.hacienda.go.cr, accesando el Link de Comprared de Internet
a partir del día hábil siguiente a esta publicación, o solicitándolo para ser
enviado vía correo electrónico al teléfono 2522-0982.
San José, 28 de octubre del 2011.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Alexander Vásquez
Guillén, Proveedor.—1 vez.—O. C. Nº 320.—Solicitud Nº
38184.—C-8075.—(IN2011085213).
VICERRECTORÍA DE ADMINISTRACIÓN
OFICINA DE SUMINISTROS
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000019-UADQ
Concesión temporal de un local para la prestación de servicios
de alimentación en
Los interesados podrán acceder
al cartel en las siguientes páginas de Internet http://www.mer-link.co.cr,
cejilla concursos, consulta de concursos fuera de línea, o
http://www.vra.ucr.ac.cr, cejilla OSUM, publicación de documentos, o retirar el
cartel en
Los interesados en participar,
deberán enviar al fax: 2511-4161 los datos de la empresa, número telefónico,
fax y el nombre de la persona a quien contactar en caso necesario, el
incumplimiento de este requisito exonera a
Sabanilla de Montes de Oca, a
los 28 días del mes de octubre del 2011.—Unidad de
Adquisiciones.—M.B.A. Rosibel González Cordero, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº
114612.—Solicitud Nº 3432.—C-26870.—(IN2011085206).
MUNICIPALIDAD DE POÁS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000007-2011
Adquisición de sistema completo “un equipo de cloración
para un caudal de
de cloración para un caudal de
segundo, un equipo de cloración para un
caudal de
equipo de cloración para un caudal de
cloración para un caudal de
por segundo” con recursos
del servicio de acueducto
La suscrita Roxana Chinchilla
Fallas, secretaria del Concejo Municipal de
San Pedro de Poás, 26 de octubre
del 2011.—Roxana Chinchilla Fallas, Secretaria.—1
vez.—(IN2011085555).
SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN MUSICAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000411-75800
Compra de instrumentos musicales
El interesado tiene esta
resolución de adjudicación a disposición en el Sistema Comprared, en la
dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de esta notificación.
Todo de acuerdo con los términos
del cartel y la oferta.
San José, 27 de octubre del 2011.—Proveeduría.—Lic. Xenia Carmona Valverde, Proveedora
Institucional a. í.—1 vez.—O. C. Nº 08-2011.—Solicitud
Nº 1943.—C-7630.—(IN2011085241).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000048-PROV
Alquiler de local para alojar al Juzgado
Penal
de Desamparados
Se comunica a todos los
interesados en el procedimiento de contratación de referencia, que por acuerdo
del Consejo Superior del Poder Judicial en sesión 91-11 celebrada el día 27 de
octubre del 2011. Artículo VI, dispuso declarar infructuosa
San José, 28 de octubre del 2011.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón,
Jefa.—1 vez.—(IN2011085211).
PROVEEDURÍA SEDE CENTRAL
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000001-UTN-01
Suministro e instalación de equipo de laboratorio
Se les comunica a los interesados que el Consejo de Sede de
Tecnosagot S. A., cédula jurídica Nº
3-101-077573
Línea 1: Balanza Granataria
Electrónica cantidad 1, Cole Parmer 01006.01
Monto: ¢195.000,00
Garantía: 24 meses
Línea 13: Molinete Hidráulico
cantidad 1, Cole Parmer 32922.02
Monto: ¢770.000,00
Garantía: 24 meses
Línea 16: Conductímetro cantidad 1, Cole
Parmer 19704.44
Monto: ¢1.065.000,00
Garantía: 24 meses
Línea 22: Kit de Filtración
Sistema para SST, cantidad 1, Cole Parmer 34509.10
Monto: ¢415.000,00
Garantía: 24 meses
G & H Steinvorth, cédula jurídica Nº
3-102-026972
Línea 15: Turbidímetro, cantidad
1, Orbeco Hellige TB200-10 Monto: $1.000,00
Garantía: 24 meses
Línea 17: Calentador de Bloques
cantidad 1, Boekel, 112001 Monto: $550,00
Garantía: 24 meses
Línea 18: Hidrómetro de gravedad,
cantidad 1, HB Instrumentes, 50415
Monto: $73,00
Garantía: 24 meses
Línea 20: Cámara digital para
Microscopía cantidad 1, Olympus
Monto: $1.300,00
Garantía 48 meses
Línea 21: Adaptador para cámara
cantidad 1, 0.12X para Microscopio
Monto: $325,00
Garantía 48 meses
Línea 23: Microscopio
trinocular, cantidad 1, Olympus, CX31
Monto: $2.650,00
Garantía: 48 meses
Línea 24: Espectrofotómetro
UV/Visible, cantidad 1, MRC, Spectro-V18PC
Monto: $3.850,00
Garantía 24 meses
Línea 25: Cápsulas de Porcelana, cantidad 10,
Isolab.
Monto: $60,00
Garantía 24 meses
Selpro Equipos y Servicios S. A., cédula jurídica
3-101-631745
Línea 3 Cromatografía Líquida,
cantidad 1, Sistema HPLC, LC-310 Plus, Sky Ray Instruments.
Monto: $15.750,00
Garantía 24 meses
Línea 4: Cromatógrafo de gases,
cantidad 1, YL6100GC, Young Lin
Monto: $16.900,00
Garantía 24 meses
Enhmed EM, cédula jurídica Nº
3-101-257730
Línea 14 Conos Imnoff, cantidad
4, Thermo Scientific Nalgene, 1000-0010
Monto: $128,00
Garantía 24 meses
Línea 19: Medidor de DBO cantidad
1, Velp Scientific, F10240137.
Monto: $2.925,00
Garantía 24 meses
Electromédica S. A., cédula jurídica Nº
3-101-038202
Línea 5 Medidor de Estrés
térmico cantidad 3, 3M (Quest), Ques temp 32
Monto: $5.106,00
Garantía 24 meses
Línea 6: Fotómetros cantidad 7, Sper
Scientific,
Monto: $2.800,00
Garantía 24 meses
Línea 7 Sonómetros sin
almacenamiento cantidad 7,3M (Quest), 2200-10
Monto: $12.817,00
Garantía 24 meses
Línea 8: Sonómetros sin
almacenamiento de datos, cantidad 1, 3M (Quest), SD-10
Monto: $990,00
Garantía 24 meses
Línea 9: Sonómetros, con
almacenamiento de datos, cantidad 1, 3M (Quest), Sound Pro.
Monto: $4.517,00
Garantía 24 meses
El tiempo de entrega será, según
lo presentado por las Empresas en las ofertas, para cada una de las líneas. Se
tomarán además todas las características, aclaraciones de acuerdo al cartel de
la licitación y las ofertas correspondientes.
Proveeduría.—Lic.
María Gabriela Ávila Corrales, Jefa.—1
vez.—(IN2011085484).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000002-UTN-01
Mantenimiento de zonas verdes
Se les comunica a los
interesados que el Consejo de Sede, de
Ítem único: mantenimiento de
zonas verdes, instalaciones de
Se tomarán además todas las
características, aclaraciones y especificaciones de acuerdo al cartel de la
licitación y la oferta correspondiente.
Proveeduría.—Lic.
María Gabriela Ávila Corrales, Jefa.—1
vez.—(IN2011085486).
GERENCIA DE LOGÍSTICA
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000171-5101
Meglumina Antimoniato al 30% (300 mg/ml. equivalente
a 85 mg/ml. de Antimonio Pentavalente) (SB+5),
inyectable, ampolla con 5 ml
El ítem único de este concurso
se adjudicó a la empresa Droguería Intermed S. A., por un monto total de
USD $234.436,00 (doscientos treinta y cuatro mil cuatrocientos treinta y seis
dólares exactos). Vea detalles y mayor información en la página Web http://www.ccss.sa.cr.
San José, 28 de octubre de 2011.—Subárea de Adjudicaciones.—Lic. Shirley Solano Mora, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº
44490.—C-11655.—(IN2011085595).
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-000011-5101
Cinta quirúrgica adhesiva
El ítem único de esta licitación
se adjudicó a la empresa Hospimedica S. A., por un monto de $519.920,00
(quinientos diecinueve mil novecientos veinte dólares exactos). Vea detalles y
mayor información en la página Web http://www.ccss.sa.cr.
Subárea de Análisis.—Lic. Shirley Solano Mora, Jefa a. í.—1
vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 44489.—C-11655.—(IN2011085596).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000165-5101
Levodopa 100 mg, Carbidopa Anhidra 25 mg
(como Carbidopa Monohidrato),
tabletas ranuradas
El ítem único de este concurso
se adjudicó a la empresa Gutis Limitada, por un monto total de
USD$267.750,00 (doscientos sesenta y siete mil setecientos cincuenta dólares
exactos). Vea detalles y mayor información en la página Web http://www.ccss.sa.cr.
San José, 28 de octubre del 2011.—Subárea de Adquisiciones.—Argentina Araya Jara, Jefa.—1
vez.—O. C. Nº 2112.—Solicitud Nº 44488.—C-11655.—(IN2011085598).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000002-02
Contratación del servicio de seguridad y vigilancia física
y electrónica para las instalaciones de los Centros
de Formación de Tirrases y León XIII
A. Adjudicar
• Adjudicar las líneas 1 y
San José, 28 de octubre del 2011.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº
21083.—Solicitud Nº 46809.—C-17920.—(IN2011085558).
MUNICIPALIDAD DE UPALA
CONTRATACIÓN DIRECTA 2011CD-000063-01
(Proceso
desierto)
Contratación de persona física o jurídica para la adquisición
de dos motos: una para el Departamento de Acueducto
y otra para el Departamento de Desarrollo
y Control Urbano
Se realizó el acto de apertura
correspondiente a la presente Contratación Directa, el pasado viernes veintiuno
de octubre del dos mil once; proceso en el cual no hubo participación de ningún
oferente. Como resultado de lo anterior se procede a declarar desierta
Upala, 26 de octubre 2011.—Departamento de Proveeduría.—Elyin Shión Molina.—1
vez.—(IN2011085562).
MUNICIPALIDAD DE SAN PABLO DE HEREDIA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000006-01
Contratación de Auditoría Externa en el Área
de Recursos Humanos
San Pablo de Heredia, 28 de
octubre del 2011.—Proveeduría.—Óscar Hidalgo Mena,
Proveedor.—1 vez.—(IN2011085538).
REMATE Nº 2011-10
Venta de vehículos y motocicletas
El Instituto Nacional de
Seguros, avisa a los interesados sobre el remate de vehículos y motocicletas,
libre de gravámenes, que será realizado el 25 de noviembre del
Renglón Nº: 01 Precio base: ¢1.200.000,00
Marca |
Estilo |
Año |
Mitsubishi |
Montero |
1994 |
Renglón Nº: 02 Precio base: ¢500.000,00
Marca |
Estilo |
Año |
Nissan |
1200 |
1994 |
Renglón Nº: 03 Precio base: ¢100.000,00
Marca |
Estilo |
Año |
Nissan |
1200 |
1994 |
Renglón Nº: 04 Precio base: ¢150.000,00
Marca |
Estilo |
Año |
Kia |
Sephia SLX |
1998 |
Renglón Nº: 05 Precio base: ¢800.000,00
Marca |
Estilo |
Año |
Daihatsu |
Feroza |
1995 |
Renglón Nº: 06 Precio base: ¢100.000,00
Marca |
Estilo |
Año |
Chevrolet |
Chevy Monza |
1999 |
Renglón Nº: 07 Precio base: ¢300.000,00
Marca |
Estilo |
Año |
Kia |
Sephia |
1998 |
Renglón Nº: 08 Precio base: ¢500.000,00
Marca |
Estilo |
Año |
Nissan |
1200 |
1994 |
Renglón Nº: 09 Precio base: ¢800.000,00
Marca |
Estilo |
Año |
Peugeot |
206 XR Berlina |
2000 |
Renglón Nº: 10 Precio base: ¢750.000,00
Marca |
Estilo |
Año |
Mitsubishi |
Montero Sport GLS |
2002 |
Renglón Nº: 11 Precio base: ¢750.000,00
Marca |
Estilo |
Año |
Mitsubishi |
Montero Sport E |
1999 |
Renglón Nº: 12 Precio base: ¢600.000,00
Marca |
Estilo |
Año |
Hyundai |
Starex |
1998 |
Renglón Nº: 13 Precio base: ¢400.000,00
Marca |
Estilo |
Año |
Daihatsu |
Terios |
2007 |
Renglón Nº: 14 Precio base: ¢3.000.000,00
Marca |
Estilo |
Año |
Ssang Yong |
Kyron M200 |
2007 |
Renglón Nº: 15 Precio base: ¢600.000,00
Marca |
Estilo |
Año |
Chevrolet |
Tracker |
2000 |
Renglón Nº: 16 Precio base: ¢2.000.000,00
Marca |
Estilo |
Año |
Hyundai |
Terracan |
2005 |
Renglón Nº: 17 Precio base: ¢150.000,00
Marca |
Estilo |
Año |
Vento |
Rebellian |
2007 |
Renglón Nº: 18 Precio base: ¢50.000,00
Marca |
Estilo |
Año |
Nissan |
Sunny |
1990 |
Renglón Nº: 19 Precio base: ¢250.000,00
Marca |
Estilo |
Año |
Toyota |
Corolla DX |
1993 |
Renglón Nº: 20 Precio base: ¢700.000,00
Marca |
Estilo |
Año |
Mitsubishi |
Montero GLS TDI |
2008 |
Renglón Nº: 21 Precio base: ¢820.000,00
Marca |
Estilo |
Año |
Lote de 15 motocicletas |
Varios estilos |
Varios modelos |
Notas importantes:
A. Los renglones del Nº 1 al Nº 17, corresponde a
vehículos y motocicletas para reparación, por lo tanto, el Oferente que los
adquiera, deberá proceder por su cuenta con la reparación, revisión técnica
vehicular e inscripción correspondiente.
B. Los renglones del Nº 18 al Nº 21,
corresponden a vehículos y motocicletas para repuestos, cuyos marcas y señas
(número de chasis y motor) fueron borrados, por lo tanto, el Oferente que los
adquiera no podrá inscribirlos ante el Registro de
C. Los interesados podrán inspeccionar los
vehículos y/o motocicletas en las instalaciones de
D. Lo anterior constituye un resumen del cartel
el cual pueden adquirir sin costo alguno en el Departamento de Proveeduría,
ubicado en el octavo piso de Oficinas Centrales o bien puede ser descargado de
los sitios: www.ins-cr.com y www.mer-link.go.cr.
San José, 28 de octubre del 2011.—Departamento de Proveeduría.—Msc. Francisco Cordero
Fallas, Jefe a. í.—1 vez.—O. C. Nº 19180.—Solicitud Nº
0553.—C-99020.—(IN2011085604).
CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000046-0DI00
Demarcación vial horizontal y captaluces de
Nº
32, secciones: Río Frío-Guácimo y Guácimo-Limón
Se comunica a las empresas
interesadas en la licitación en referencia, que con el fin de realizar enmienda
al cartel de licitación, el plazo para la recepción de ofertas queda en
suspenso hasta nuevo aviso.
San José, 28 de octubre del 2011.—Proveeduría.—MBA. Arturo Alvarado Moya, Proveedor
Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 318.—Solicitud Nº
47675.—C-5090.—(IN2011085597).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000010-01
Implementación de un bus de servicios empresariales
El Banco de Costa Rica informa,
a todos los interesados en la licitación en referencia que el cartel ha sufrido
modificaciones, por lo tanto deben pasar a retirarlas a la oficina de compras y
pagos, ubicada en el 3er piso de Oficinas Centrales.
San José, 27 de octubre del 2011.—Oficina de Compras y Pagos.—Área de Licitaciones.—Rodrigo
Aguilar S.—1 vez.—O. C. Nº 60598.—Solicitud Nº 45831.—C-8970.—(IN2011085571).
CONSEJO RECTOR
2011LP-0000001-CR
Contratación de servicios fiduciarios
para la administración del FINADE
Se les comunica a todos los
interesados que el Consejo Rector procede a hacer las siguientes modificaciones
y aclaraciones al cartel que salió publicado en
Punto
Punto 4 inciso c). Se aclara que
los oferentes deberán presentar a este efecto, una memoria de cálculo de
precio. Este documento deberá hacerse bajo la consideración de los servicios
requeridos del eventual fiduciario según el cartel y en el entendido que se
trata de un fideicomiso activo. El oferente determinará los costos que le
acarrean y la utilidad que desea obtener. La memoria en sí misma no es un
elemento tomado en cuenta en la ponderación, solo será empleada ante la
eventual existencia de mejoras en el precio.
Es bueno indicar que los oferentes podrán
apersonarse en el momento de la apertura pública de las ofertas y revisar los
documentos presentados por sus competidores; en ese momento y hasta por tres
días podrán mejorar los precios, todas las ofertas de
mejora también serán públicas. El mejor precio ofrecido será el considerado.
Las mejoras no están limitadas a un piso,
salvo que del estudio de la memoria de cálculo se determine que se trata de
precio ruinoso.
Punto 5.2 del cartel
“Experiencia y conocimiento del negocio”: “Número de transacciones manejadas
por la institución”. Al respecto deberá entenderse “transacción” como sinónimo
de contrato. Entonces el acápite indicado se refiere al número de contratos
celebrados por la unidad fiduciaria, dentro de los cuales se incluirán tanto
los que constituyen un “fideicomiso” como aquellos que se ejecutan en virtud de
las instrucciones establecidas para cada fideicomiso.
Punto 7.1 incisos K) y L). El
Sistema mencionado se refiere a un sistema informático a ser desarrollado. Es
una de las actividades a realizar por el fiduciario. No se trata del sistema
con que ya cuente el posible fiduciario para la gestión normal de sus
fideicomisos. El sistema será costeado por FINADE, al igual que su
mantenimiento.
Las demás condiciones del cartel
se mantienen invariables.
San José, 20 de octubre del 2011.—Secretaría Técnica.—Lucy Conejo Vargas, Directora
Ejecutiva.—1 vez.—(IN2011085584).
REMATE Nº 000001-2011
Remate de lote de vehículos usados
Los demás términos y condiciones
permanecen invariables
Proveeduría Auxiliar.—Lic. Amalia González García, Proveedora.—1
vez.—(IN2011085481).
HOSPITAL MONSEÑOR SANABRIA
ÁREA GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000005-2501
(Modificación
Nº 2)
Reactivos para determinación automatizada de hormonas,
niveles de medicamentos, enfermedades infecciosas,
marcadores tumorales y otros
Se le informa a todos los
interesados, que se prorroga la fecha de apertura de ofertas del presente
concurso para el día 17 de noviembre del
Puntarenas, 28 de octubre del
2011.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic.
Francisco A. Jaén Vargas.—1 vez.—(IN2011085482).
DIRECCIÓN
REGIONAL DE SERVICIOS
DE
SALUD CENTRAL SUR
Programa de Compra año 2011
En el Diario Oficial
San José, 27 de octubre de 2011.—Lic. Jeannette Soto Gómez, Directora Administrativa
Regional.—1 vez.—(IN2011085499).
HOSPITAL
SAN VICENTE DE PAÚL
SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000005-2208
(Modificación
Nº 2)
Alquiler de Concentradoires de Oxigeno
El cartel modificado se
encontrará a disposición en
Heredia, 24 de octubre del 2011.—Dirección Administrativa.—Msc. Óscar Montero Sánchez,
Director.—1 vez.—(IN2011085516).
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
Corrección de nomenclatura
El Departamento de Proveeduría
de
Por error se indicó Licitación
Pública número 2011LA-000002-CL01. Siendo lo correcto
2011LN-000002-CL01.
Por error se publicó Licitación
Pública número 2011LP-000003-CL01. Siendo lo correcto Licitación Pública
Nº 2011LN-000003-CL01.
Departamento de Proveeduría.—Lic. Iris Vega Cortés, Proveedora.—1
vez.—(IN2011085510).
POPULAR
SOCIEDAD AGENCIA DE SEGUROS S. A.
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000001-PSASSA
(Enmienda
Nº 1 y Prórroga Nº 1)
Compra y alquiler de equipo de cómputo
Les comunicamos a los
interesados en participar en el concurso en referencia, que deben pasar a la
oficina del Área Administrativa y Financiera de Popular Sociedad Agencia de
Seguros S. A., ubicada en el 5to piso del Edificio Metropolitano del Banco
Popular y de Desarrollo Comunal, avenidas 2 y 4, calle 1, en un horario de
Lunes a Viernes de 9:00 a.m. a 4:00 p.m. a retirar
Las demás condiciones del cartel
permanecen invariables. Podrán solicitar información adicional vía fax al Nº
2211-7003 o vía telefónica al Nº 2211-7013 / 2211-7998 / 2211-7514 o a los
correos electrónicos rmedrano@bp.fi.cr con Mélida Medrano Cáceres, Proveedora,
dimoya@bp.fi.cr)@bp.fi.cr con Diego Moya Vargas, Asistente Área de Tecnología
de Información, madiaz@bp.fi.cr con María Eugenia Díaz Artavia, Jefa Área de
Tecnología de Información,
27 de octubre del 2011.—Área Administrativa y Financiera.—Lic. Mélida Medrano
Cáceres, Proveedora.—1 vez.—(IN2011085500).
Que
Artículo 10.—De
los límites para tramitar vales de caja chica. Los límites con que cuenta
cada dependencia para tramitar vales de caja chica en el portal del SIAF son
los siguientes:
1)
2)
3) Las Jefaturas pertenecientes a
Artículo 14.—De
la facultad de autorizar. Los únicos facultados para aprobar vales de caja
chica, así como autorizar a los funcionarios que podrán firmar en su ausencia
son:
A. Presidente Ejecutivo.
B. Gerente General.
C. Auditor General.
D. Secretaria de
E. Secretaria de Fiscalización.
F. Unidad Técnica de Supervisión y Control.
G. Junta Promotora de Turismo.
H. Dirección Administrativa Financiera.
I. Dirección Portuaria.
J. Dirección de Planificación.
K. Dirección Jurídica.
L. Tecnologías de Información.
Cada uno de los funcionarios
anteriormente señalados podrá nombrar un sustituto para aprobar, cuando éste se
encuentre en vacaciones o incapacitado, para lo cual deberá comunicarlo por
escrito al encabezado del fondo de caja chica.
Los funcionarios indicados en
los incisos anteriores o quienes ellos designen, serán responsables de
garantizar al Instituto que se recibió el bien o el servicio y revisar
debidamente las facturas que respaldan dicho gasto, además serán responsables
de aprobar el vale de caja chica definitivo. Bajo ninguna circunstancia un Jefe
de Dirección podrá autorizar un vale de caja chica a una unidad que no está
adscrita a
Lic. Juan Ariel Madrigal Porras,
Proveedor General.—1 vez.—O. C. Nº 26055.—Solicitud Nº
23074.—C-51935.—(IN2011083414).
Que
Artículo 3º—Servicio a naves
de pasajeros. Las embarcaciones de pasajeros que utilicen las instalaciones
portuarias recibirán un servicio especialmente establecido para este tipo de
embarcaciones, los cuales contemplan únicamente los servicios relativos a la
nave por su ingreso y permanencia en puerto, tales como, amarre y desamarre,
estadía, pilotaje, remolcaje, servicios de lancha y ayudas a la navegación.
Cualquier otro servicio que se solicite deberá cancelarse de acuerdo a las
tarifas vigentes correspondientes. La tarifa estará definida por hora o
fracción en función del tonelaje de registro bruto (TRB) y para una estadía
mínima de doce horas, pasado ese término se cobrará cada hora adicional.
Cuando medie criterio del piloto
nacional para atracar y desatracar embarcaciones en el Muelle de Puntarenas en
horas diferentes a las solicitadas por
En caso de que por razones de
conveniencia o de espacio en el muelle, se incurra en el atraque de una nave
mercante y que posteriormente tenga que desatracarla para darle cabida a una
embarcación de pasajeros (doble desatraque), los gastos incurridos por tal
concepto serán asumidos por el Prestatario del servicio de carga, excepto que
se haya pactado lo contrario, en forma previa con la nave mercante.
Publíquese en el Diario Oficial
Lic. Juan Ariel Madrigal Porras, Proveedor General.—1 vez.—O. C. Nº 26055.—Solicitud Nº 23072.—C-32240.—(IN2011083415).
MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ
REGLAMENTO PARA
BIENES,
SERVICIOS Y OBRAS DE
DEL
CANTÓN CENTRAL DE SAN JOSÉ
CAPÍTULO I
Objeto y nomenclatura
Artículo 1º—Objeto. El
presente reglamento se dicta con el fin de regular las disposiciones y
procedimientos que regirán en las diferentes etapas de la actividad contractual
que despliegue
Artículo 2º—Nomenclaturas. En el
contenido de este marco normativo se utilizarán las siguientes nomenclaturas:
Concejo: Concejo de
DRMS: El Departamento de Recursos
Materiales y de Servicios
LCA: Ley de Contratación
Administrativa.
RLCA: Reglamento a
El Código: Código Municipal.
RSRCAP: Reglamento sobre el Refrendo
de las Contrataciones de
CD: Contratación
Directa (Escasa Cuantía)
DAJ: Dirección
de Asuntos Jurídicos
Artículo 3º—Alcance de este
Reglamento. Este reglamento será aplicable -sin excepción-, a todos los
procedimientos de contratación que promueva
CAPÍTULO II
Funciones del departamento de recursos
materiales y servicios
Artículo 4º—Definición
Funcional del Departamento de Recursos Materiales y Servicios. El DRMS será
el órgano competente para conducir los procedimientos de contratación administrativa,
y fungirá como órgano técnico institucional en esa materia, así como para
realizar los procesos de control, almacenamiento y distribución o tráfico de
bienes, por medio de
Deberá contar con una estructura organizativa
adecuada y con el recurso humano idóneo e indispensable, con experiencia,
conocimiento y formación en el campo de la contratación administrativa, que le
permita el cumplimiento oportuno de sus funciones.
Artículo 5º—Las dependencias administrativas
de
Artículo 6º—Funciones Específicas
del Departamento de Recursos Materiales y Servicios. El DRMS tendrá las
siguientes funciones:
a) Orientar mediante lineamientos, la elaboración de pedidos, las
especificaciones técnicas, la programación de las compras de
b) Verificar que se cuenta con el contenido
presupuestario disponible para atender la erogación.
c) Agrupar las solicitudes de pedido según la
naturaleza del gasto.
d) Con base en la estimación que realiza la
unidad usuaria y el presupuesto indicado, determinar el procedimiento de
contratación administrativa a seguir conforme a la ley. En caso de duda sobre
la exactitud de la estimación dada por
e) Elaborar, el cartel para cada uno de los
procedimientos ordinarios o de excepción que para la adquisición de bienes y
servicios promueva
f) Remitir el cartel elaborado a
g) Definir y comunicar los controles necesarios
para cumplir con el cronograma de plazos previamente establecido, el cual será
de acatamiento obligatorio para las dependencias involucradas.
h) Custodiar el expediente original y atender la
consulta que la propia administración o terceros formulen sobre el estado del
procedimiento.
i) Administrar y supervisar eficiente y eficazmente
los procesos de licitación, remate y contratación directa, desde el ingreso al
Departamento de la solicitud de trámite (pedido) hasta la confección de la
orden de compra, así como en los casos de contratación por excepción.
j) Administrar el proceso para la liberación o
ejecución de garantías de participación y de cumplimiento, hacer efectivas las
multas previamente establecidas en el cartel, en caso de requerirse.
k) Efectuar los trámites de exoneración,
importación y desalmacenaje de los materiales y suministros importados, cuando
así se requiere.
l) Dictar la resolución final de adjudicación
cuando por el monto total a adjudicar del procedimiento respectivo no
corresponda al Concejo, emitir la recomendación de adjudicación cuando el
Concejo es el competente para adjudicar. Para el caso de las contrataciones
directas de escasa cuantía, el DRMS será el competente para dictar la
declaratoria de desierto o infructuoso de conformidad con el reglamento que
rige esta materia y en cuanto estas funciones le sean delegadas formalmente por
el Despacho del Alcalde, siguiendo las disposiciones pertinentes emanadas en el
Código Municipal y
m) Preparar al Despacho del Alcalde, las
solicitudes de autorización que deban plantearse ante
n) De conformidad con los supuestos estipulados
en
Asimismo, le corresponderá
responder conforme a los insumos que debe facilitarle la parte técnica, las audiencias
que se confieran con ocasión de la presentación de recursos de Apelación o de
Objeción al cartel ante
o) Coordinar lo pertinente con las otras unidades administrativas
internas, cuando así lo requiera, para que se tomen las acciones apropiadas que
en derecho correspondan, observándose en tal caso, las normas y trámites del
debido proceso, en situaciones tales como incumplimientos por parte de los
contratistas, resoluciones o modificaciones contractuales, ejecución de
garantías, sanciones administrativas, reclamaciones de orden civil o penal, sin
perjuicio de las demás competencias que se le asignen en este reglamento para
la atención y resolución de esos supuestos.
p) Elaborar el programa de adquisiciones
integrado y sus modificaciones, así como gestionar su publicación en el primer
mes de cada periodo presupuestario, de acuerdo con lo que se define en
q) Estudiar las ofertas recibidas para cada uno
de los procedimientos de contratación que promueva
r) Emitir la recomendación de adjudicación ante
el Concejo Municipal en los casos que corresponda, el cual deberá emitir el
acto de adjudicación en un plazo de días hábiles.
s) Remitir al Departamento de Comunicaciones la
solicitud de publicación en
t) Emitir oportunamente el documento de ejecución
presupuestaria denominado orden de compra y velar porque cumpla con todos los
requisitos establecidos para su ejecución.
u) El DRMS deberá actualizar, en coordinación con
el órgano competente, el Departamento de Desarrollo Organizacional, los instructivos
y guías creados como complemento a este instrumento y su personal se ajustará
en forma rigurosa a las disposiciones que contengan dichos documentos. Esta
misma función se aplica para
CAPÍTULO III
Planeación y programación de compras
Artículo 7º—Solicitud de
Bienes y/o Servicios. Los procedimientos para las compras de bienes o la
contratación de servicios, se originarán en la solicitud de necesidades
presentadas por las dependencias interesadas al DRMS, lo cual deberá constar en
el expediente.
En dichas solicitudes deberá especificarse
claramente al menos lo siguiente, en el documento o adjunto a él:
a) Descripción completa y detallada del bien obra o servicio
requerido.
b) Cantidad solicitada.
c) Costo estimado del bien y/o servicio a
contratar.
d) Fecha probable del consumo del bien.
e) Duración probable del consumo del bien y/o
servicio.
f) Justificación de la necesidad a satisfacer
(fin público).
g) Estar contemplado en su Plan de Adquisiciones.
h) Las especificaciones técnicas del bien o
términos de referencia del servicio, aprobadas por el profesional responsable,
según corresponda a cada área.
i) El aval del Almacén en compra de materiales,
suministros y repuestos y el visto bueno del órgano técnico cuando se trate de
equipo especializado.
j) El visto bueno del gerente del área que
corresponda.
k) Todo lo que consigne la fórmula de pedido.
En relación con lo anterior, la
decisión que da inicio al procedimiento de contratación requiere el
cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 8 del RLCA.
Artículo 8º—Formalidades del Pedido.
La respectiva solicitud de pedido deberá contar con el nombre completo, cargo y
además deberá ser autorizada por
Artículo 9º—Agrupación de los Pedidos.
El DRMS agrupará los pedidos de las diversas dependencias que versen sobre la
misma clase de objetos, siempre que la naturaleza y circunstancias lo permitan,
para ello fijará dos plazos al año para la recepción de pedidos con el objeto
de lograr las mejores condiciones y evitar a la vez un fraccionamiento
ilegítimo, para ello las dependencias respectivas deberán programar sus
necesidades de manera tal que las contrataciones inicien en los plazos fijados.
Esos plazos serán fijados por
Artículo 10.—Requisitos
Previos. Previo a la decisión inicial de contratación, la unidad usuaria
deberá verificar la existencia de la partida presupuestaria (contenido), siendo
requisito indispensable que en esa decisión inicial se indique expresamente los
recursos presupuestarios con que se atenderán las obligaciones derivadas de la
contratación. Todo ello antes de ser remitido al DRMS.
Artículo 11.—Trámite
para
Artículo 12.—Inicio
del Procedimiento. Una vez que se cuente con la solicitud de compra o
pedido debidamente confeccionado, con las especificaciones técnicas o términos
de referencia aprobados, el contenido presupuestario correspondiente y demás
disposiciones contempladas en el RLCA, el DRMS dará inicio al proceso de
contratación respectivo. Para todos los efectos, la decisión inicial deberá
entenderse como la solicitud de pedido generada por la dependencia usuaria.
Artículo 13.—Estimación
del Contrato y Determinación de los Procedimientos. La estimación del bien
y/o servicio por adquirir le corresponde a la unidad solicitante, la cual
deberá incorporarse en la decisión inicial; la determinación del procedimiento
a seguir para su celebración, será responsabilidad del DRMS, después de la
agrupación de necesidades. La estimación debe efectuarse de conformidad con los
parámetros que indica
Artículo 14.—Conformación
del Expediente Administrativo. Una vez que se adopte la decisión de iniciar
el procedimiento de contratación, se formará un expediente físico y/o
electrónico administrativo, al cual se le incorporarán la decisión inicial o
pedido, el cartel definitivo, los estudios previos que motivaron el inicio de
éstos cuando así corresponda y todas las actuaciones internas o externas
relacionadas con la contratación. Todo ello en el mismo orden en que se vayan
presentando y debidamente foliado. Los borradores o documentos preparatorios no
formarán parte del expediente, se tendrán como referencia en un archivo
adicional.
Artículo 15.—Plan
de Adquisiciones.
a) Una vez que se cuente con la aprobación definitiva del Plan
Operativo anual y el Presupuesto, las Gerencias deberán presentar al DRMS el plan
de adquisiciones de las áreas adscritas, dentro de las primeras dos semanas de
cada inicio de año. Todo de acuerdo con los lineamientos que se establezcan al
respecto.
b) El DRMS, consolidará los programas de
adquisiciones, conteniendo la información solicitada en el Artículo 7 del RLCA,
y coordinará la publicación en el Diario Oficial
c) Cualquier modificación al programa de
adquisiciones, deberá remitirse al DRMS, mediante solicitud formal autorizada
por el Gerente de cada área, en la que consten las razones que motivan la
modificación. En el caso de las unidades que dependen directamente del Despacho
del Alcalde, para realizar esas modificaciones requieren de la firma de este o
la del funcionario en quien se delegue tal competencia.
CAPÍTULO IV
Fuentes generales de contratación administrativa
Artículo 16.—La
contratación administrativa se encuentra regida por una serie de principios
generales que la orientan y regulan. Asimismo esos principios son de
acatamiento obligatorio para todos los órganos que intervienen en los diversos
procesos de contratación, donde a su vez se tienen que tomar en cuenta como
fuentes de derecho,
CAPÍTULO V
Procedimientos de contratación
SECCIÓN PRIMERA
El cartel
Artículo 17.—El
Cartel. Constituye el reglamento específico de la contratación que se
promueve, y se entienden incorporadas a su clausulado todas las normas
jurídicas y principios constitucionales aplicables. Su contenido establecerá
como mínimo los requisitos establecidos en el artículo 52 del RLCA.
El DRMS elaborará, el cartel para cada uno de
los procedimientos ordinarios o de excepción que para la adquisición de bienes
y servicios promueva
Artículo 18.—Criterios
de Evaluación. El DRMS, en coordinación con la parte técnica responsable
del procedimiento, definirá los elementos que se incorporarán en el cartel como
criterios de evaluación, los cuales se basarán en los principios de igualdad,
libre competencia, eficiencia y transparencia que establece
Artículo 19.—Invitación
a Participar. La invitación a participar la hará el DRMS por medio del
Sistema Compr@RED para los procedimientos ordinarios de contratación, así como
para las materias excluidas de esos procedimientos y tratándose de Licitaciones
Públicas, se realizará por medio del Diario Oficial
SECCIÓN SEGUNDA
Modificaciones, prórrogas y aclaraciones al cartel
Artículo 20.—Modificaciones,
prórrogas y aclaraciones al cartel. En esta materia se contempla la
posibilidad de modificar, aclarar el cartel y la posibilidad de prorrogar el
plazo de recepción de las ofertas.
a) Modificaciones no esenciales al Cartel. Por modificaciones
no esenciales se entenderán aquellas que no cambien el objeto ni que impliquen
una variación importante en la concepción de este. Deberán comunicarse por los
mismos medios en que se cursó la invitación con al menos tres días de
anticipación al vencimiento del plazo para recibir ofertas.
b) Modificaciones esenciales al Cartel. En
cuanto a las modificaciones esenciales, el plazo para recibir ofertas será
ampliado en un plazo no mayor al 50% del plazo mínimo que corresponde a cada
tipo de contratación. El DRMS cuenta con tres oportunidades para modificar de
oficio el cartel, en cada modificación podrán variarse todas las condiciones
que así lo ameriten.
c) Aclaraciones al Cartel. Pueden darse
dos tipos de aclaraciones al cartel; las aclaraciones a solicitud de parte y
las acordadas de oficio.
d) Las aclaraciones a solicitud de parte.
Las aclaraciones a solicitud de parte se presentarán ante la administración
dentro del primer tercio del plazo para recibir ofertas y serán atendidas en un
plazo de cinco días hábiles después de su presentación; las que se presenten
fuera de ese plazo, el DRMS -en coordinación con la parte técnica responsable-
valorarán el fondo de la misma, mas no impedirá la apertura de ofertas
señalada.
e) En cuanto a las aclaraciones acordadas de
oficio. Las aclaraciones acordadas de oficio siempre que no impliquen
modificación al cartel, serán incorporadas de inmediato al expediente, con la
debida difusión dentro de las 24 horas siguientes.
f) Las prórrogas en el plazo para la
recepción de ofertas. Las prórrogas en el plazo para la recepción de
ofertas, deberán estar divulgadas a más tardar el día anterior al que
previamente se hubiere señalado como límite para la presentación de ofertas y
se dispone de tres oportunidades de oficio para conferir prórrogas al plazo de
recepción de ofertas.
SECCIÓN TERCERA
La oferta
Artículo 21.—La
oferta. La oferta es la manifestación expresa del oferente de querer
participar y eventualmente contratar con
Los proveedores podrán enviar sus ofertas
electrónicamente u otros actos de procedimiento vía Compr@Red, siempre que así
se haya permitido en el cartel o pliego de condiciones y que se cuente con
instructivos claros al respecto, alineados e integrados a ese sistema
principal.
Artículo 22.—Recepción
y Apertura de Ofertas. Las ofertas deberán presentarse en el lugar o por el
medio que se indique en el cartel, a más tardar en la fecha y hora señaladas
para la recepción y apertura. Las ofertas físicas presenciales, serán
entregadas en un sobre cerrado en el que se consigne como mínimo, número y
nombre del concurso para el cual se está ofertando, así como el nombre o razón
social de la persona física o jurídica que presenta la propuesta. Deberá estar
acompañada de los demás documentos y atestados solicitados por el cartel
respectivo.
En el caso de las licitaciones abreviadas y
públicas, el analista encargado, levantará un acta, en la que se consignará:
fecha, hora, lugar y funcionarios presentes designados a ese efecto; los
oferentes o sus representantes podrán intervenir en el acto y hacer
observaciones generales, reservando sus solicitudes concretas para el momento
establecido en el procedimiento. Adicionalmente, se hará constar número y
objeto del concurso, nombre o razón social de los oferentes. En el caso de las
ofertas electrónicas, que son datos seguros y no manipulables, la información
generada por el sistema será suficiente para efectos de recepción de las
ofertas.
Artículo 23.—Plazos
para Recepción de Ofertas.
CD: De uno a cinco días hábiles máximo. En
casos calificados como urgentes, con al menos cuatro horas de anticipación.
LA: El plazo no podrá ser menor a cinco ni
mayor a veinte días hábiles.
LP: El plazo mínimo de recepción será de quince
días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación de aviso.
Artículo 24.—Valoración,
Subsanación y Aclaraciones a las Ofertas. Una vez realizado el análisis
técnico, jurídico y financiero de las ofertas, el DRMS solicitará a los
oferentes que subsanen cualquier defecto formal o se supla cualquier
información o documento trascendente omitido, en tanto no impliquen modificación
o alteración de las condiciones establecidas en cuanto a las obras, bienes y/o
servicios ofrecidos, o varíen la propuesta económica, de plazos de entrega, ni
garantías de lo ofertado. Dichas subsanaciones deberán presentarse por escrito
dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles, de no atenderse la solicitud
de subsanar, se descalificará la oferta, siempre que la naturaleza del defecto
lo amerite y a ejecutar - previa audiencia- la garantía de participación.
En el caso de Contrataciones Directas, el
análisis de las ofertas estará a cargo de un analista de DRMS en coordinación
con el ente técnico, y cuando sea necesario, se solicitará la asesoría DAJ.
SECCIÓN CUARTA
La adjudicación
Artículo 25.—Acto
de adjudicación. El acto de adjudicación será dictado sobre la base de los
estudios y valoraciones técnicas, jurídicas y financieras establecidas en el
pliego de condiciones.
Salvo en el caso de las compras directas de
escasa cuantía o en las licitaciones cuyo monto total de adjudicación no supere
el límite máximo definido para el primer tipo de procedimientos precitado, el
órgano competente para dictar el acto de adjudicación será el Concejo
Municipal, quien tomará en cuenta la recomendación emitida por DRMS como órgano
técnico encargado de conducir los procedimientos de contratación
administrativa. La recomendación de adjudicación deberá contener como mínimo lo
siguiente: resumen del objeto de la contratación y enumeración de las ofertas
recibidas, una síntesis del estudio técnico respectivo y la referencia al
estudio jurídico realizado por DAJ. Debe incluir además el detalle de la oferta
u ofertas que resulten ganadoras de las contrataciones promovidas, conteniendo
además, las principales condiciones que regirán en un eventual contrato, como:
plazo de entrega, precio, forma de pago, entre otros.
Esa recomendación será remitida a
La adjudicación se dictará dentro del plazo
establecido en el cartel, dicho plazo podrá prorrogarse por un periodo igual y
por una sola vez, para tales efectos deberá constar en el expediente las
razones de interés público que motivaron dicha decisión.
Para los procedimientos de contratación
directa de escasa cuantía o en las licitaciones cuyo monto total de
adjudicación no supere el límite máximo definido para el primer tipo de
procedimientos precitado, el acto de adjudicación lo dictará el Alcalde o el
funcionario competente, mientras esta función sea debidamente delegada, y
tendrá sustento en los criterios técnicos, financiero y legales emitidos por
las instancias correspondientes y demás documentos del expediente
administrativo de la respectiva contratación.
Artículo 26.—Comunicación
del Acuerdo o Resolución de Adjudicación. En el caso de Licitaciones
Públicas, el Departamento de Secretaria Municipal deberá remitir el acuerdo
municipal firme de adjudicación para publicación en el Diario Oficial
SECCIÓN QUINTA
Formalización contractual
Artículo 27.—Formalización
Contractual. Los contratos se formalizarán en instrumento público o
privado, de conformidad con los requerimientos legales y cartelarios
aplicables.
Cuando no resulte necesaria la formalización
mediante contrato, en su lugar será válido el documento denominado orden de
compra, al que se entenderán incorporadas todas las
disposiciones cartelarias, las condiciones de la oferta, los criterios
técnicos, jurídicos y financieros emitidos al amparo de un determinado
procedimiento. Adicionalmente quedarán incorporados a dicho instrumento de formalización,
el o los Acuerdos de Adjudicación que emita el Concejo Municipal o el
funcionario o dependencia que por el monto total adjudicado corresponda. En
esos casos,
Artículo 28.—Dependencia
Encargada de
CAPÍTULO VI
Garantías
Artículo 29.—Disposiciones
sobre Garantías de Participación.
a) En las licitaciones públicas, abreviadas y en los demás
procedimientos, facultativamente, se exigirá a los oferentes una garantía de
participación cuyo monto se definirá en el cartel entre un 1% y 5% del monto
total ofertado.
b) Las garantías de participación serán rendidas
en las formas autorizadas en el artículo 42 del RLCA.
c) Los documentos que se aporten como Garantías
de Participación o los comprobantes de los mismos, deben ser presentados en el
Departamento de Gestión de Ingresos y Tesorería Municipal, antes de la hora de
apertura de las ofertas. La sola presentación y recepción de la misma no
implica que haya sido rendida correctamente, tal valoración la hace el funcionario
competente en el momento que se analizan las ofertas, la no presentación sí es
motivo de exclusión del oferente.
d) La vigencia mínima de la garantía de
participación será establecida por
e) El procedimiento para la ejecución de una
garantía de participación, así como su resolución, será competencia de DRMS y
tendrá lugar en caso de que los oferentes o adjudicatarios incumplan sus
obligaciones, conforme lo definido en el Art. 39 RLCA y siguiendo el
procedimiento que indica el instructivo institucional elaborado por DRMS y
validado por el Departamento de Monitoreo Organizacional.
f) Es competencia del Departamento de Gestión de
Ingresos y Tesorería Municipal, en coordinación con
Artículo 30.—Disposiciones
sobre Garantías de Cumplimiento.
a) En las licitaciones públicas y abreviadas, obligatoriamente; y en
los demás procedimientos, facultativamente, se exigirá a los
adjudicatarios/contratista una garantía de cumplimiento, cuyo monto se definirá
en el cartel entre un 5% y un 10% del monto total adjudicado, en caso de
omitirse en el cartel se solicitará solamente el 5% sobre el monto.
b) Las garantías de cumplimiento se rendirán en
la forma que dispone el RLCA.
c) Los documentos aportados como Garantía de
Cumplimiento deben ser presentados en el Departamento de Gestión de Ingresos y
Tesorería Municipal, con posterior a la firmeza del acto de adjudicación y con
el visto bueno del DRMS.
d) La vigencia mínima de la garantía de
cumplimiento será establecida por
e) En caso de que el contratista incumpla sus
obligaciones, la garantía de cumplimiento será ejecutada, de acuerdo con lo que
se establece en Art. 41 RLCA y siguiendo el procedimiento que indica el
instructivo institucional elaborado por el DRMS, validado por el Departamento
de Desarrollo Organizacional. El procedimiento para la ejecución de ese tipo de
garantía, así como su resolución, será competencia de DRMS.
f) Es competencia del Departamento de Gestión de
Ingresos y Tesorería Municipal, en coordinación con el DRMS, autorizar la
devolución parcial de las garantías de cumplimiento. El trámite se realiza a
solicitud del contratista y siempre en proporción a la parte ejecutada del
contrato, cuando por la naturaleza del objeto, dicha ejecución tenga lugar en
forma continua. La devolución total de la garantía procede a solicitud de
interesado, dentro de los 20 días hábiles siguientes a la recepción definitiva
y conforme del objeto contractual. En ambos casos, DRMS sustentará el visto
bueno de devolución de garantía en el criterio de
g) Tanto la garantía de participación como las de
cumplimiento podrán ser sustituidas en cualquier momento, a solicitud del
oferente o contratista, previa aceptación de
h) Tanto las garantías de participación como las
de cumplimiento estarán bajo la custodia y resguardo por parte del Departamento
de Gestión de Ingresos y Tesorería Municipal.
CAPÍTULO VII
Régimen recursivo
Artículo 31.—Tipos
de Recursos. Para los procedimientos de contratación administrativa la
normativa que regula la materia dispone tres tipos de recursos: recurso de
objeción al cartel, recurso de revocatoria o apelación.
En el caso de los recursos de revocatoria o
apelación, la competencia para su conocimiento y decisión final se define por
el monto recurrido de la licitación, conforme lo establecido en el Artículo 27
de
Artículo 32.—Formas
para Presentación y Respuesta de los Recursos. Tanto el recurso de objeción
al cartel como el de revocatoria cuyo conocimiento corresponda a
Cuando se presenten vía fax o por medios
electrónicos, el original deberá ser presentado el día hábil siguiente; para el
caso del recurso de objeción al cartel y dentro de los tres días hábiles
siguientes a la fecha de recibo; cuando se trate de un recurso de revocatoria.
De no cumplirse con los plazos para la presentación del documento original, los
trámites serán rechazados.
Artículo 33.—Recurso
de Objeción al Cartel. El recurso de objeción al cartel cuyo conocimiento
corresponda a
El encargado de la atención de las Audiencias
que confiera
Artículo 34.—Recurso
de Apelación o Revocatoria:
a) Recurso de Revocatoria. Es el que procede para
impugnar la declaratoria de desierto o de infructuoso, así como el acto de
adjudicación para aquellos casos en que por el monto no resulte procedente
Tratándose de procedimientos de
licitación, el dictado de la resolución final del recurso debe emitirla el
Concejo Municipal, para lo que cuenta con un plazo de 15 días hábiles después
del vencimiento del plazo otorgado al recurrente para su contestación, todo
conforme al procedimiento que indica el instructivo institucional elaborado por
el DRMS y validado por el órgano Departamento de Desarrollo Organizacional.
La tramitación y resolución
final de los recursos de revocatoria que se presenten contra el acto de
adjudicación en las contrataciones directas de escasa cuantía, corresponde
resolverlas al DRMS. Cuando resulte admisible el recurso, se dará audiencia por
dos días hábiles al adjudicatario, vencido ese plazo y dentro de los tres días
hábiles siguientes, dicho Departamento deberá emitir la resolución final del
recurso.
b) Recurso de Apelación. El encargado de
la atención de las Audiencias que confiera
CAPÍTULO VIII
Ejecución contractual
Artículo 35.—Ejecución
del contrato. En términos generales, la ejecución contractual es
responsabilidad del órgano supervisor del contrato que se defina en el cartel,
sea éste obras, bienes y/o servicios, en el caso particular de bienes es una
responsabilidad compartida entre el Almacén, el órgano técnico y la unidad
usuaria.
Artículo 36.—Responsabilidades
del órgano supervisor. Al órgano supervisor o parte técnica designada
durante la ejecución contractual, le corresponderá lo siguiente:
a) Velar porque durante la ejecución y la recepción de los bienes, las
obras y/o servicios se cumpla con lo pactado, conforme lo establece
b) Verificar que los contratistas o
adjudicatarios se encuentren al día en el pago de sus obligaciones obrero
patronales con
c) Verificar que se mantenga al día durante todo
el periodo contractual las vigencias de garantías de cumplimiento.
d) Asignar personal capacitado para la adecuada
y/o correcta fiscalización del contrato desde el principio hasta la recepción
definitiva.
e) Reportar al DRMS cualquier anomalía o
incumplimiento que se presente durante la ejecución a efecto de que se valore
la resolución contractual, ejecución de garantías, aplicación de multas,
cláusulas penales, sanciones, etc.
f) Velar por que
Artículo 37.—Recepción
de Obras, Bienes y/o Servicios. La recepción de bienes, obras y/o
servicios, deberá quedar consignada en un acta, la cual será levantada para
cada procedimiento de contratación por separado, debiendo constar en el
expediente de pago y en el de tramitación del procedimiento de contratación
levantado por el DRMS. La dependencia técnica a cargo de la ejecución
contractual será la responsable de su levantamiento y deberá llevar un control
consecutivo de las recepciones que realiza durante la ejecución contractual, en
el caso de entregas parciales. En lo relativo a bienes, la dependencia
encargada del levantamiento de las actas será el Almacén Municipal, quien
dependiendo de la naturaleza del objeto contratado, deberá contar con la
colaboración de los funcionarios especializados que sean necesarios, a efecto
de respaldar debidamente los intereses de la institución en el acto de
recepción.
Para la recepción de obras, el encargado de realizar
el levantamiento de las actas respectivas será la dependencia designada como
órgano supervisor responsable de la misma. Al igual que para la recepción de
bienes, las actas deberán llevarse de forma consecutiva para cada procedimiento
de contratación adjudicado. La numeración consecutiva deberá responder al
trabajo que se realice durante cada año calendario. Todas las actas originales
deben ser remitidas al DRMS a más tardar dentro del tercer día de su
levantamiento con la finalidad de que sean incorporación al respectivo
expediente administración.
Artículo 38.—Recepción
provisional de bienes. Para la recepción de bienes, el Almacén Municipal
será el responsable del levantamiento del acta respectiva, en la cual deberá
consignarse como mínimo: cantidades, calidades, características y naturaleza de
los bienes. Adicionalmente, se dejará constancia de cualquier otra información
que se estime necesaria o pertinente para el adecuado respaldo de los intereses
de
Si la cantidad de bienes a recibir es muy
alta y variada, bastará con un acta resumen, que haga referencia a los
documentos principales del expediente que especifican la cantidad, calidad y
naturaleza de los bienes respectivos.
Cuando deban recibirse bienes, cuya
naturaleza requiera de la valoración de técnicos especializados para el
adecuado respaldo de los intereses de la institución, el Almacén Municipal
deberá coordinar con la dependencia responsable de la ejecución contractual que
a esos efectos haya sido definida en el cartel, quien deberá participar
directamente de la recepción o designar bajo su responsabilidad a los
funcionarios que deban participar de tal recepción. Cuando el cartel de una
contratación, contemple tanto parte técnica responsable del procedimiento, como
asesoría técnica especializada, en la recepción del objeto contractual deben
participar ambas. En todos estos casos, el Acta la suscribirán todos los
funcionarios que conforme lo dispuesto en el presente numeral, deben participar
del acto de recepción. Igual obligación de coordinación y levantamiento de
actas, deberá observarse para aquellos casos en que se haya pactado la
recepción del objeto del contrato por entregas parciales.
En todos los casos, el acta de recepción
provisional debe quedar suscrita por el contratista, su representante o la
persona que éste expresamente haya autorizado a ese efecto.
Artículo 39.—Contratación
de Servicios. Tratándose de la contratación de servicios, dada la
periodicidad con que los mismos serán recibidos, la dependencia solicitante y
designada como órgano técnico responsable, durante la etapa de ejecución,
deberá realizar informes periódicos de la prestación del servicio. En dichos
informes deberán ser consignadas las condiciones en que se recibe el servicio,
así como la satisfacción o cumplimiento de lo pactado. Esos informes periódicos
deberán ser remitidos al DRMS para que les dé el trámite respectivo y los anexe
al expediente de la contratación de que se trate.
El órgano técnico correspondiente, deberá
coordinar con el DRMS las situaciones que durante la ejecución contractual
pudieran desembocar en la aplicación de multas, cláusulas penales, rescisión o
resolución del contrato o sanciones de las referidas en los numerales 99 y 100
de LCA.
La frecuencia con que deban elaborarse dichos
informes, dependerá de la modalidad fijada para la prestación del servicio y
deberán enviarse al DRMS, a más tardar dentro del tercer día de su elaboración
para que sea incorporado al expediente administrativo respectivo.
En todo caso, es claro que la emisión
periódica de los informes referidos en el párrafo precedente, no eliminan la
obligación de hacer el levantamiento de las Actas de Recepción Provisional y definitiva,
que deben tener lugar al finalizar la ejecución del contrato.
Artículo 40.—Recepción
de Obras. Se llevarán a cabo dos tipos de recepción: una provisional, por
realizarse como máximo 15 días después de que el encargado de la obra haya
notificado por escrito la finalización de las obras de construcción, así como
el día y hora propuestos para hacer la entrega a quien corresponda; y otra
definitiva por efectuarse dentro de un mes después de la fecha de la recepción
provisional, salvo que en el cartel se haya indicado un plazo diferente.
En ambos casos, previa revisión de la obra,
el órgano supervisor a cargo elaborará un acta de recepción, donde se indicará
cómo se desarrolló el proceso constructivo y la condición en que se recibe la
obra; para la recepción provisional se indicará al menos, si ésta se recibe a
satisfacción o bajo protesta, en cuyo caso se señalarán los detalles de acabado
o los defectos menores que deban ser corregidos, fijando un plazo razonable y
prudencial para hacerlo.
Tanto el acta de recepción provisional como
la definitiva deben ser suscritas, en el caso de
La recepción de todo tipo de obras se
realizará acatando las disposiciones anteriores y lo que expresamente contempla
el artículo 151 del RLCA.
Artículo 41.—Vicios
ocultos, responsabilidad disciplinaria y civil en la ejecución de obras. El
hecho de que la obra sea recibida a satisfacción en el acto de recepción
oficial, no exime al contratista o adjudicatario de su responsabilidad por
vicios ocultos, si éstos afloran durante los diez años posteriores a la fecha
de la recepción definitiva.
Artículo 42.—Prórrogas
en Plazos de Entrega. La prórroga en la ejecución de los contratos se
regirá por lo dispuesto en el artículo 198 del RLCA, para lo cual los
contratistas deberán presentar una solicitud escrita ante el DRMS, quien la
remitirá para valoración y aprobación al órgano técnico designado como
supervisor del contrato. Todo lo actuado, deberá quedar debidamente documentado
en el expediente administrativo del concurso.
Artículo 43.—Suspensión
del Plazo.
Artículo 44.—Modificación
unilateral a los Contratos. Esta potestad de modificación nace del
Principio de Mutabilidad, que permite cambios y modificaciones durante la
ejecución del contrato.
Artículo 45.—Contrato
Adicional. El contrato adicional se regirá conforme a lo establecido en el
Artículo 12 bis de
Artículo 46.—Rescisión
contractual. La rescisión del contrato se regirá conforme a lo establecido
en
Artículo 47.—Resolución
contractual. La resolución del contrato se regirá conforme a lo establecido
en
Artículo 48.—Contratos
irregulares. En caso de que el DRMS detecte la posible irregularidad de una
contratación, inmediatamente pondrá el caso en conocimiento del Despacho del
Alcalde, para que éste en su condición de jerarca máximo de
En cuanto a la eventual cancelación de
contrataciones que hayan sido determinadas como irregulares, tanto la orden de
pago como las condiciones en que procede, deben ser emitidas por el Despacho
del Alcalde.
CAPÍTULO IX
Sanciones Económicas y Administrativas
a Particulares
Artículo 49.—Sanciones
Económicas. En el cartel pueden definirse dos tipos de sanciones
económicas: las multas y la cláusula penal.
Artículo 50.—Multas.
Las multas aplican por defectos en la ejecución del contrato y para que su
aplicación resulte procedente deben estar tipificadas en el cartel. El monto
máximo a cobrar es del 25% del total adjudicado y para su aplicación no se
requiere la demostración del daño o perjuicio. La firmeza del cartel, cierra la
posibilidad de reclamo en relación con la multa. En caso de que el objeto este
compuesto por líneas distintas e independientes el monto máximo para el cobro
se considerará sobre el mayor valor de cada una y no sobre la totalidad.
En caso de generarse un incumplimiento
contractual que de origen al cobro de una multa por un porcentaje superior al
25%, lo procedente será a partir de ese momento dictar la ejecución de la
garantía de cumplimiento y/o aplicar cualquier otra disposición que resulte
necesaria. El cobro de la aplicación de la multa se hará a las retenciones del
precio o bien a los saldos pendientes de pago, siguiendo los lineamientos del
instructivo elaborado por el DRMS, avalado por el Departamento de Desarrollo
Organizacional.
Artículo 51.—Cláusula
Penal. La cláusula penal procede en casos de ejecución tardía o prematura
de las obligaciones y debe estar definida en el cartel. El monto máximo a
cobrar es del 25% del total adjudicado y para su aplicación no será necesaria
la demostración del daño o perjuicio. Una vez en firme el cartel, no se
admitirá reclamo en cuanto al monto de la cláusula penal.
En caso de generarse un incumplimiento
contractual que de origen al cobro de una cláusula penal por un porcentaje
superior al 25%, lo procedente será a partir de ese momento dictar la ejecución
de la garantía de cumplimiento y/o aplicar cualquier otra disposición que
resulte necesaria. El cobro de la aplicación de la multa se hará a las
retenciones del precio o bien a los saldos pendientes de pago, siguiendo los
lineamientos del instructivo elaborado por el DRMS.
Corresponderá a las partes técnicas
designadas en el cartel de cada procedimiento y/o a
Artículo 52.—Sanciones
Administrativas a particulares. Existen dos tipos de sanciones
administrativas a particulares: el apercibimiento y la inhabilitación,
contenidas en
Artículo 53.—Apercibimiento.
Consiste en una formal amonestación escrita dirigida al particular, a efecto de
que corrija su conducta, sin perjuicio de la ejecución de garantías o
aplicación de cláusula penal o multa, siguiendo los lineamientos del
instructivo elaborado por DRMS. La instrucción y resolución de los
procedimientos que se lleven a cabo para la eventual aplicación de un
apercibimiento, estará a cargo del DRMS.
Artículo 54.—Inhabilitación.
Constituye la máxima sanción que puede ser aplicada a un oferente o contratista,
con ocasión de su participación en un procedimiento de contratación
administrativa. La puede dictar tanto
Para el caso de los procedimientos de
inhabilitación que se lleven a lo interno de
Adicionalmente, resultarán de obligatorio
acatamiento para la promoción de este tipo de procedimientos,
CAPÍTULO X
Contratos Especiales
Artículo 55.—Contratos
con entrega según demanda. Cuando por disposición administrativa se
establezca que la mejor manera de adquirir un suministro, bien y/o servicio es
bajo la modalidad de entrega según demanda, además de lo previsto en
Artículo 56.—Convenio
Marco. Es una modalidad de licitación pública de cuantía inestimable en el
que
Con este instrumento,
Estos convenios se traducen en un Catálogo
Electrónico que se encuentra en Compra Red y que contiene la descripción de los
bienes y/o servicios ofrecidos, sus condiciones de contratación y la
individualización de los proveedores a los que se adjudicó el Convenio Marco.
Los pasos de los procedimientos para el
convenio marco se regirán por los lineamientos del instructivo elaborado por el
DRMS.
De previo a la utilización de un Convenio
marco promovido por una administración distinta de
Artículo 57.—Contrataciones
Directas por Excepción. La administración tiene la facultad de contratar
bienes y/o servicios que, por su naturaleza o circunstancia, la eximan de un
procedimiento licitatorio, ya que el mismo no puede o no conviene adquirirse
por medio de un concurso. De ser así, deberá ejecutarse los pasos definidos en
los lineamientos del instructivo elaborado por el DRMS. Esos procedimientos de
excepción son los que se encuentran definidos en
Artículo 58.—Contrataciones
autorizadas por
CAPÍTULO XI
Registro de Proveedores
Artículo 59.—Registro.
La municipalidad forma parte del sistema adquisiciones Compra Red. Constituye
una unidad de registro del Ministerio de Hacienda y en esa medida recibe la
información y documentación correspondientes a toda persona física y/o jurídica
que desee formar parte de los procesos de contratación administrativa
promovidos por
Artículo 60.—Normativa
aplicable. De conformidad con los Artículos 116 y 120 del RLCA,
CAPÍTULO XII
Disposiciones Finales
Artículo 63.—Disposiciones
Derogatorias. Este reglamento deroga el reglamento aprobado mediante
Acuerdo Nº 12, Artículo IV, de
Artículo 64.—Vigencia.
Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial
Acuerdo definitivamente
aprobado. 4, Artículo IV, de
San José, 19 de octubre del 2011.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa, Departamento de Comunicación.—1
vez.—O. C. Nº 4903.—Solicitud Nº 127208.—C-489020.—(IN2011083715).
CORPORACIÓN BANANERA NACIONAL
REGLAMENTO GENERAL DEL FONDO DE PRÉSTAMOS A PRODUCTORES
“Según acuerdo adoptado mediante
el artículo VII, de la sesión N° 40-10-2011, celebrada el 04 de octubre de 2011
y ratificada el 11 de octubre de 2011,
“Establecer como política
transitoria que los productores que gestionen solicitudes de crédito podrán
disponer de un monto máximo de US$1MM, aplicando igual monto, bien sea a una
finca individual o a un grupo de interés, debiendo respetarse lo establecido en
la normativa vigente, que no se podrá sobrepasar de un 10% de concentración
individual y un 20% de concentración por grupo de interés, según corresponda.”
20 de octubre del 2011.—Jessika Brenes Vargas, Secretaria Ejecutiva, Junta
Directiva.—1 vez.—RP2011263467.—(IN2011083578).
DIRECCIÓN
GENERAL DE TRANSFORMACIÓN Y GESTIÓN
DE MEDIOS
DIRECCIÓN
LOGÍSTICA DE RECURSOS MATERIALES
Capítulo VIII Intermediarios Financieros
8.3 Transferencias por medio del Sinpe (a través de Cuentas de Reserva del
BCCR).
Sinpe (Sistema Interbancario de Negociación y
Pagos Electrónicos)
Transferencias interbancarias
$ 3.00 por cada transferencia
Capítulo XI Servicios Electrónicos
11.5 Comisión SINPE para transferencias salientes por medio de Internet Banking
Comisión $1.50 por cada transferencia (TFT)
VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ORI-3807-2011.—Gamboa Vargas María Gabriela, R-241-2011, costarricense,
cédula de identidad Nº 4-0191-
ORI-3799-2011.—Arias Clare Ernesto Guillermo, R-255-2011, costarricense,
cédula de identidad Nº 1-0312-
ORI-3942-2011.—Ramírez Segura Randall Ariel, R-257-2011, costarricense,
cédula de residencia: 11288
ORI-3932-2011.—Botero Salgado Juan José, R-259-2011, colombiano,
residente permanente:
ORI-3739-2011.—Ugalde Núñez Lluery José, R-249-2011, costarricense,
cédula de identidad 1-1322-
ORI-3752-2011.—Cabezas Pozuelo Mauricio, R-251-2011, costarricense,
cédula: 1-0768-
ORI-3759-2011.—Krause Christian, R-253-2011, alemán, pasaporte
ORI-3926-2011.—Rojas Campos William Daniel, R-200-1991 B, costarricense,
cédula de identidad Nº 1-0686-
ORI-3934-2011.—Araya Alpízar Carlomagno, R-272-2011, costarricense,
cédula de identidad: 2-0361-
ORI-3924-2011.—Llancaleo Curihuentro Cristian Gabriel R-274-2011 B, chileno,
Residente Temporal Libre Condición Nº
ORI-3889-2011.—Valverde Araya María Gabriela, R-276-2011, costarricense,
cédula de identidad 1-0627-
ORI-3929-2011.—Bustos Salazar Marco Vinicio, R-279-2011, costarricense,
cédula de identidad: 1-0715-
ORI-3729-2011.—Chaves Rodríguez Daniela, R-243-2011, costarricense,
cédula de identidad 6-0358-
ORI-3751-2011.—Salazar Castro Nancy María, R-248-2011, costarricense,
cédula 6-0354-
ORI-3804-2011.—Núñez Salazar Lilliana, R-247-2011, costarricense, cédula
de identidad número 1-1301-
ORI-3928-2011.—Quirós Feoli Javier, R-261-2011, costarricense, cédula de
identidad 1-0743-
ORI-3940-2011.—Aguilar Gómez Christian Alberto, R-263-2011,
costarricense, cédula de identidad: 1-1189-
ORI-3939-2011.—Ugalde Marín María, R-266-2011, costarricense, cédula de
identidad: 1-1319-
ORI-3930-2011.—Tapia Arenas Claudia Andrea, R-260-2011, costarricense,
cédula de identidad número 1-1199-
ORI-3815-2011.—Martínez Feria Annia, R-184-2011, cubana, pasaporte B649468, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctora en Medicina, Instituto Superior de Ciencias Médicas de Santiago Cuba, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, “Rodrigo Facio”, a los tres días del mes de octubre del dos mil once.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114632.—Solicitud Nº 38615.—C-27020.—(2011083010).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ORI-3989-2011.—Baptista
Baptista Alejandra María, R-280-2011, venezolana, pasaporte
ORI-4021-2011.—Quirós Acuña María Laura, R-281-2011, costarricense,
cédula 1-0592-
ORI-4026-2011.—Rodríguez Lara César Ramón, R-236-2011, nicaragüense, pasaporte C1343830, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciado Químico Farmacéutico, Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Nicaragua. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Fado, a los 18 días del mes de octubre del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O.C. Nº 114612.—Solicitud Nº 38623.—C-27020.—(IN2011083913).
ORI-3938-2011.—Sánchez González José Siciliano, R-269-2011, cubano, carné
de refugiado:
ORI-4038-2011.—Arroyo Quirós Grettel María, costarricense, cédula 1-0740-
ORI-4039-2011.—Gregory Wang Ronald Warner, costarricense, cédula 1-1007-
ORI-4042-2011.—Mena Venegas María Elibeth, costarricense, cédula 5-0148-
ORI-4043-2011.—Rodríguez Garro Marlene, costarricense, cédula 6-0154-
ORI-4044-2011.—Rodríguez Murillo Marjorie Raquel, costarricense, cédula
2-0559-
ORI-4045-2011.—Vargas Cousin Marianela, costarricense, cédula 6-0178-
ORI-4046-2011.—Villegas Alvarado Ana Patricia, costarricense, cédula
5-0232-
EDICTO
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Daniel
LISTA DE PROYECTOS POR MEDIO
DEL
FIDEICOMISO INCOP-ICT-BNCR
Con fundamento en lo establecido
en el artículo 2º inciso o) de
OBRAS EJECUTADAS
Rehabilitación y mantenimiento de los
espigones en Barrio El Carmen de Puntarenas.
Mejoramiento visual del Paseo de los Turistas
(Murales).
Rehabilitación y mantenimiento del Parque
Lobo.
Rehabilitación y mantenimiento del Parque
Obando Chang en Chacarita.
Construcción del área recreativa en Parque de
Marañonal de Esparza.
Mejoramiento de áreas públicas del Cocal en
Puntarenas.
ü Suministro
e instalación de módulo de juegos infantiles.
ü Suministro
e instalación de mobiliario urbano.
Rehabilitación del sistema de iluminación del
Boulevard de
ü Suministro
de postes decorativos y lámparas.
ü Instalación
eléctrica, de postes y lámparas.
Rehabilitación del sistema de iluminación del
Parque de
Boulevard de Esparza.
Trabajos de Mantenimiento en el edificio de la
antigua Capitanía de Puerto en Puntarenas.
Restauración de vitrales de la iglesia
católica de Esparza.
Protección de vitrales de la iglesia católica
de Esparza.
OBRAS EN PROCESO DE EJECUCIÓN
1) Paseo Marítimo de Caldera.
2) Campo Ferial Agro Turístico de Esparza.
3) Obras complementarias al proyecto de Espigones
en Barrio El Carmen de Puntarenas II Fase.
4) Trabajos finales en la terminal de
transbordadores de Barrio El Carmen de Puntarenas, Etapa I.
5) Obra civil de
6) Trabajos de mantenimiento y/o reparación de
infraestructura, ornato, limpieza y seguridad ciudadana relacionados con la
actividad turística.
7) Construcción de obras en la plaza de fútbol de
Esparza.
8) Iluminación de la iglesia de Esparza.
Esta lista de proyectos no es
limitada, ya que conforme a las necesidades institucionales y disponibilidad
presupuestaria, podrían incorporarse nuevos proyectos o en su efecto la
eliminación de algunos. Todo lo anterior para lograr los objetivos
institucionales que satisfagan el interés público.
Lic. Juan Ariel Madrigal Porras,
Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº
26055.—Solicitud Nº 23071.—C-53720.—(IN2011083416).
EDICTO
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
A la señora María Gudiel López, se le hace saber
la resolución de las nueve horas treinta minutos del día veintitrés de
setiembre del dos mil once, donde se ordena nueva ubicación la niña Sofía
Gudiel López en una alternativa de protección. En contra la presente resolución
procede el recurso de apelación ante esta representación legal, sita en
Llorente de Flores de Heredia, cien metros al sur de las Oficinas del Banco Nacional
de Costa Rica, y setenta y cinco metros al oeste, quien lo elevará ante
A:
Tatiana Madriz Alvarado y Freddy Vargas Serrano, se les comunica la resolución
de esta Oficina Local, de las nueve horas del once de octubre del dos mil once,
donde se dicta resolución de revocatoria de la medida de cuido provisional del
niño Jefry Gerardo Madriz Alvarado en el hogar de su abuela paterna señora
Grace Serrano Soto. Recurso: en contra de lo ordenado, se podrá interponer
recurso de apelación en subsidio ante
Se
le comunica al señor Héctor Fabio Méndez Álvarez la resolución administrativa
de las diez horas treinta y tres minutos del doce de octubre del dos mil once,
mediante la cual esta Oficina Local procedió a atribuirse el conocimiento del
expediente administrativo N° 112-0527-2011 que pertenece a las personas menores
de edad Keit y Keil ambas de apellidos Méndez Zárate. Deberá señalar lugar o
medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta
Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto, incierto o el medio
ineficaz las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el sólo
transcurso de veinticuatro horas después de dictada. Exp. 112-0027-2011.—Oficina Local de
A
Jehynir Sánchez Amador, se le comunica la resolución de este despacho de las
8:30 horas del tres de octubre del dos mil once, en virtud de la cual se ordenó
como medida de protección el abrigo temporal de la niña Jazuri de Los Ángeles
Sánchez Avellán, en la organización no gubernamental Hogar Cristiano, por el
plazo de seis meses. Recursos: contra la presente resolución procede el recurso
de apelación, el cual deberá interponerse ante este Órgano Director en el
transcurso de las cuarenta y ocho horas hábiles siguientes a partir de la
tercera publicación de este edicto, quien lo elevará para que sea resuelto por
Al
señor Maykel Moya, se le comunica la resolución de las quince horas del doce de
octubre del dos mil once que ordenó la medida de cuido provisional de la niña
Tamara Andrea Moya Moraga en el hogar de la señora Ana Maritza Moraga Morales.
Se previene a las partes señalar lugar para futuras notificaciones en el
perímetro de esta Oficina Local, de lo contrario las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas después de
ser dictadas. Plazo para oposiciones tres días a partir de la tercera
publicación de este edicto. Recurso de apelación el cual deberá interponerse
ante
A
los señores Karen Cecilia Arias Salas, Rónald Arnold Reynolds Wallace y Milton
Josimar Smith Rose, todos de calidades y domicilios desconocidos por esta oficina
local, se les comunica la resolución número doscientos veinticuatro de las
dieciséis horas del trece de octubre de dos mil once que inicia proceso
especial de protección y dicta medida de cuido provisional a favor de Rasheed
Reynolds Arias y Tyrese Smith Arias en el hogar de su abuela materna señora
Leydys Milagro Salas Araya. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a
partir de la segunda publicación de este edicto, mediante recurso de apelación
el cual deberá interponerse ante esta Oficina Local, en forma verbal o escrita;
Oficina que lo elevará ante
SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA
A fin de exponer sobre los aspectos técnicos, económicos y financieros
de la propuesta de fijación de la contribución parafiscal al Fondo Nacional de
Telecomunicaciones (Fonatel), planteada por
Fijar la contribución
parafiscal al Fondo Nacional de Telecomunicaciones (Fonatel) para el año 2012
en un 1,5% sobre los ingresos brutos de los operadores y proveedores de
servicios de telecomunicaciones disponibles al público. |
Quien tenga interés legítimo podrá presentar
su oposición o coadyuvancia: en forma oral en la audiencia pública o por
escrito firmado: -en las oficinas de
Las oposiciones o coadyuvancias deben de
estar sustentadas con las razones de hecho y derecho, indicando un lugar
exacto, correo electrónico o el número de fax, para efectos de notificación por
parte de
Las personas jurídicas deben interponer la
oposición o coadyuvancia por medio del representante legal de dicha entidad y
aportar certificación de personería jurídica vigente.
Los interesados pueden consultar y fotocopiar
el expediente que consta en las instalaciones de
(*Si por motivo de fuerza mayor
o caso fortuito
Luis Fernando Chavarría Alfaro,
Dirección General de Participación del Usuario.—1
vez.—O. C. Nº 401-11.—Solicitud Nº 36353.—C-48880.—(IN2011084602).
EDICTO
San José, 20 de octubre del 2011.—Maryleana Méndez Jiménez, Presidenta.—1 vez.—O. C. Nº
399-11.—Solicitud Nº 36351.—C-6285.—(IN2011084599).
AVISO
Contrato de acceso e interconexión
Con fundamento en las
atribuciones y facultades conferidas por los artículos 11 Constitucional; 120,
121, 122 inciso 3), 128, 129, 130 párrafo 1, 132, 134, 136 párrafo 2º en
relación con el 249 y 335, 140, 141, 150, 239, 240 siguientes y concordantes y
362 de
Considerando:
1º—Que
2º—Que de conformidad con lo establecido en
el artículo 19 párrafo tercero en relación con el artículo 21 de
3º—Que el artículo 9 del Decreto Ejecutivo Nº
35522-MICIT señala que la actividad de acreditación se llevará a cabo de
acuerdo con los procedimientos de acreditación diseñados de conformidad con los
requisitos establecidos por las normas nacionales e internacionales aplicables
y vigentes.
4º—Que es el inciso f) del Compromiso de
Acreditación suscrito entre el ECA como ente competente, y los distintos OEC
señala que este último se compromete a “implementar los cambios en los
requisitos de acreditación que decida el ECA, dentro del tiempo acordado entre
las partes y permitir la verificación de su cumplimiento”.
5º—Que a efectos de implementar correctamente
los cambios enunciados en el apartado anterior, el ECA debe cumplir para todos
los efectos legales y de validez del acto administrativo con la debida
notificación a las partes de las modificaciones que eventualmente pudieran
afectar los procedimientos indicados; lo anterior en cumplimiento del debido
proceso.
6º—Que en cumplimiento a lo preceptuado en
los artículos 134, 136 inciso e) y 362 de
Política ECA-MC-P20 Política de Trazabilidad
V04 se encontrará a disposición de los interesados en nuestra página
electrónica: http://www.eca.or.cr/docs.php; una vez publicado este anuncio en
el Diario Oficial
San José, 14 de octubre del 2011.—Máster Maritza Madriz Picado, Gerente General.—1
vez.—(IN2011083127).
Con
fundamento en las atribuciones y facultades conferidas por los artículos 11
Constitucional; 120, 121, 122 inciso 3), 128, 129, 130 párrafo 1, 132, 134, 136
párrafo 2º en relación con el 249 y 335, 140, 141, 150, 239, 240 siguientes y
concordantes y 362 de
Considerando:
1º—Que
2º—Que de conformidad con lo establecido en
el artículo 19 párrafo tercero en relación con el artículo 21 de
3º—Que el artículo 9º del Decreto Ejecutivo
Nº 35522-MICIT señala que la actividad de acreditación se llevará a cabo de
acuerdo con los procedimientos de acreditación diseñados de conformidad con los
requisitos establecidos por las normas nacionales e internacionales aplicables
y vigentes.
4º—Que es el inciso f) del Compromiso de
Acreditación suscrito entre el ECA como ente competente, y los distintos OEC
señala que este último se compromete a “implementar los cambios en los
requisitos de acreditación que decida el ECA, dentro del tiempo acordado entre
las partes y permitir la verificación de su cumplimiento”.
5º—Que a efectos de implementar correctamente
los cambios enunciados en el apartado anterior, el ECA debe cumplir para todos
los efectos legales y de validez del acto administrativo con la debida
notificación a las partes de las modificaciones que eventualmente pudieran
afectar los procedimientos indicados; lo anterior en cumplimiento del debido
proceso.
6º—Que en cumplimiento a lo preceptuado en
los artículos 134, 136 inciso e) y 362 de
San José, 14 de octubre del 2011.—Máster Maritza Madriz Picado, Gerente General.—1
vez.—(IN2011083128).
Con
fundamento en las atribuciones y facultades conferidas por los artículos 11
Constitucional; 120, 121, 122 inciso 3), 128, 129, 130 párrafo 1, 132, 134, 136
párrafo 2º en relación con el 249 y 335, 140, 141, 150, 239, 240 siguientes y
concordantes y 362 de
Considerando:
1º—Que
2º—Que de conformidad con lo establecido en
el artículo 19 párrafo tercero en relación con el artículo 21 de
3º—Que el artículo 9º del Decreto Ejecutivo
Nº 35522-MICIT señala que la actividad de acreditación se llevará a cabo de
acuerdo con los procedimientos de acreditación diseñados de conformidad con los
requisitos establecidos por las normas nacionales e internacionales aplicables
y vigentes.
4º—Que es el inciso f) del Compromiso de
Acreditación suscrito entre el ECA como ente competente, y los distintos OEC
señala que este último se compromete a “implementar los cambios en los
requisitos de acreditación que decida el ECA, dentro del tiempo acordado entre
las partes y permitir la verificación de su cumplimiento”.
5º—Que a efectos de implementar correctamente
los cambios enunciados en el apartado anterior, el ECA debe cumplir para todos
los efectos legales y de validez del acto administrativo con la debida
notificación a las partes de las modificaciones que eventualmente pudieran
afectar los procedimientos indicados; lo anterior en cumplimiento del debido
proceso.
6º—Que en cumplimiento a lo preceptuado en
los artículos 134, 136 inciso e) y 362 de
San José, 14 de octubre del 2011.—Máster Maritza Madriz Picado, Gerente General.—1
vez.—(IN2011083131).
El Ente Costarricense de Acreditación ECA, en cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 12 del Reglamento de Estructura Interna y Funcionamiento, Decreto Ejecutivo número 35522-MICIT, da a conocer el otorgamiento de las siguientes acreditaciones:
1. Área: Organismos de Inspección
OEC
acreditados contra
Nº de Acreditación |
Organismo de
Evaluación de la Conformidad OEC |
Alcance de la acreditación |
Fecha de vigencia |
Dirección, correo
postal, e-mail, teléfono y fax |
OI-024 Suspendida |
Inversiones Bamba MD S. A. |
Ver Alcance de Acreditación Nº OI-024 Tipo A |
Acreditación a partir
de: 18 de junio del 2010 de manera
indefinida, de acuerdo al Artículo 11 del Decreto Ejecutivo 35522 Suspensión voluntaria
Total de Desde el 27 de
setiembre del 2011 hasta el 28 de marzo del 2012 |
Dirección: Email: Wassermd@hotmail.com; wassermd@bambamd.org jprodriguez@bambamd.org Correo postal: N.A Tel 2680-4785 Fax 2680-4785 |
San José, 20 de octubre 2011.—Msc.
Maritza Madriz Picado, Gerente General.—1 vez.—(IN2011084229).
EDICTO
038-2011.—Para los fines consiguientes el
Departamento de Patentes de
San Pedro de Montes de Oca, 19 de setiembre del
2011.— Departamento de Patentes.—Liliana Barrantes E,
Jefa a. í.—Melania Solano C.—1 vez.—(IN2011083805).
TARIFAS MENSUALES
APROBADAS
DE RECOLECCIÓN DE BASURA
Categoría |
Tarifa mensual ¢ |
|
|
Residencial preferencial |
987,50 |
Residencial, pública y religiosa |
1.975,00 |
Comercial 1 |
4.937,50 |
Comercial 2 |
9.875,00 |
Comercial 3 |
15.800,00 |
Comercial 4 |
39.500,00 |
Comercial 5 |
59.250,00 |
Comercial 6 |
79.000,00 |
Comercial empresas recicladoras |
----- |
TARIFA MENSUAL DE ASEO DE VÍAS Y
SITIOS PÚBLICOS
Aseo de
vías y sitios públicos ¢290,00 por
metro lineal de frente por mes.
TARIFA MENSUAL DE MANTENIMIENTO
DE PARQUES
Mantenimiento
de parques ¢36.00 por metro lineal de
frente por mes.
Asimismo, se autoriza al señor
Alcalde para su publicación en el Diario Oficial
Rige un mes después de su publicación.
Lic. Adrián Barquero Saborío,
Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2011083112).
AUDIENCIA PÚBLICA
Las tarifas propuestas son las
siguientes:
PLIEGO TARIFARIO
|
Domiciliaria |
Ordinaria |
Reproductiva |
Preferencial |
Gobierno |
Servicio Fijo |
4.700,00 |
11.760,00 |
15.572,00 |
4.725,00 |
7.875,00 |
Servicio Medido |
|
|
|
|
|
0-15 |
2.000,00 |
4.000,00 |
6.000,00 |
2.000,00 |
3.000,00 |
16-25 |
150,00 |
400,00 |
425,00 |
175,00 |
175,00 |
26-40 |
250,00 |
550,00 |
550,00 |
210,00 |
300,00 |
41-60 |
350,00 |
600,00 |
650,00 |
250,00 |
400,00 |
61-80 |
400,00 |
750,00 |
750,00 |
310,00 |
500,00 |
81-100 |
500,00 |
825,00 |
875,00 |
365,00 |
600,00 |
101-120 |
650,00 |
1.000,00 |
1.050,00 |
435,00 |
700,00 |
Más de 120 |
750,00 |
1.150,00 |
1.250,00 |
600,00 |
900,00 |
Fuente: Elaboración Propia, datos
Municipalidad de Cartago
Condiciones generales:
1. Derecho de conexión ¢5.000,00
2. Derecho de reconexión 7.500,00
3. Traslados de servicios 7.500,00
4. Revisión de hidrómetros 7.500,00
5. Reposición de pavimento
5.1 Lastre compactado
5.2 Tratamiento superficial
5.3 Pavimento asfáltico
6. Costo por nueva conexión
sin hidrómetro 55.000.00,00
TARIFA HÍDRICA
PLIEGO TARIFARIO HÍDRICO
|
Domiciliaria |
Ordinaria |
Reproductiva |
Preferencial |
Gobierno |
Servicio Fijo |
560,00 |
560,00 |
560,00 |
560,00 |
560,00 |
Servicio Medido |
|||||
0-15 |
240,00 |
240,00 |
240,00 |
240,00 |
240,00 |
16-25 |
16,00 |
16,00 |
16,00 |
16,00 |
16,00 |
26-40 |
16,00 |
16,00 |
16,00 |
16,00 |
16,00 |
41-60 |
16,00 |
16,00 |
16,00 |
16,00 |
16,00 |
61-80 |
16,00 |
16,00 |
16,00 |
16,00 |
16,00 |
81-100 |
16,00 |
16,00 |
16,00 |
16,00 |
16,00 |
101-120 |
16,00 |
16,00 |
16,00 |
16,00 |
16,00 |
Departamento de Secretaría
General.—Eduardo A. Castillo Rojas, Jefe.—1 vez.—RP2011263509.—(IN2011083577).
El Concejo Municipal Distrito de
Colorado de Abangares, comunica que en acta ordinaria Nº 40-2011, capítulo IV,
artículo 6º, celebrada el día diez de octubre del dos mil once, acordó por
unanimidad y definitivamente, lo siguiente: “Que se está realizando las
gestiones de traspaso de Patente de Licores Nacionales Nº 02, de Cecilia
Rodríguez Rodríguez, con cédula Nº 05-0147-1495, al señor Jorge Rodríguez Soto,
con cédula Nº 02-0321-0265. Se escuchan oposiciones, quien se considere
afectado, ante este Concejo Municipal, dentro de los ocho días hábiles
siguientes a esta publicación”.
Steven Gutiérrez Noguera,
Secretario a. í.—1 vez.—(IN2011083103).
INFORMA
Con base al acuerdo municipal
CMCD-0501-2011, sesión 40-2011, celebrada el diez de octubre del 2011, con el
fin de realizar consultas sobre el proceso realizado en este estudio se acuerda
suspender la audiencia pública convocada para el 5 de noviembre del 2011, que
fuera publicado en el Diario Oficial
Steven Gutiérrez Noguera,
Secretario Municipal a. í.—1 vez.—(IN2011085201).
El Concejo Municipal de Abangares, comunica el
acuerdo N° 0574-2011, emitido en la sesión ordinaria N° 23-2011, Capítulo I,
Artículo 1º; celebrada el veintitrés de setiembre del año dos mil once, en la
sala de sesiones del Concejo Municipal, el cual en su texto dice:
A. “Aprobar las tarifas por ingreso al Eco-Museo
Minero de Abangares, de la siguiente manera:
1) Estudiantes y adulto mayor: 1.000.00
2) Nacionales: 1.500.00
3) Extranjeros: 2.500.00
B. “Aprobar aumento de tarifas de terminal de
buses, de la siguiente manera:
Salida Ingreso
1) Inter-Distritales 1 891,80 891,80
2) Inter-Cantonales 2 1783,60 1783,60
3) Inter-Provinciales 3 2675,40 2675,40
C. Dicho
aumento regirá a partir de su publicación en el Diario Oficial
Las Juntas de Abangares, 11 de octubre de 2011.—Francisco Javier González Pulido, Secretario del Concejo
Municipal.—1 vez.—(IN2011083847).
El Concejo Municipal de Abangares, comunica el acuerdo N° 0521-2011, emitido en la sesión ordinaria N° 37-2011, Capítulo VI, Artículo 2º; celebrada el trece de setiembre del año dos mil once, en la sala de sesiones del Concejo Municipal, el cual en su texto dice:
“Punto uno: Aprobar estudio de recalificación de
tasas y servicios municipales, correspondiente a: 1) Servicio de limpieza de
vías. 2) Servicio ordinario de recolección de basura. 3) Mantenimiento de
parque y áreas del distrito primero. El cual regirá a partir del 1º de enero
del año 2012. Adjunto tabla aprobada.”
Para ver imagen
solo en
Las Juntas de Abangares, 11 de octubre del 2011.—Francisco Javier González Pulido, Secretario del Concejo
Municipal.—1 vez.—(IN2011083846).
ZONA
MARÍTIMO TERRESTRE
EDICTO
Dugglan Alberto Juárez Morales, con cédula de
identidad número 5-110-197, con base en
Dado en la ciudad de Santa Cruz de la provincia de
Guanacaste el día 20 de octubre del 2011.—Departamento
de
Acuerdo tomado por el Concejo
Municipal de Pococí en sesión N° 75 ordinaria del 03-10-2011, dice:
Acta N° 75 Artículo
II Acuerdo N° 1666
Moción presentada por el Reg.
Gerardo Rojas Molina, avalada por el Concejo en pleno, dice:
Considerando: que el mes de
diciembre es el mes de la celebración de
Mociono: Para que la sesión
ordinaria del lunes 26 de diciembre del 2011, se traslada para el miércoles 21
de diciembre a las 6 p.m. Publíquese en el Diario Oficial
Por unanimidad se acuerda:
aprobar la moción. Dispénsese del trámite de comisión Acuerdo Definitivamente
Aprobado.
Guápiles, 5 de octubre del 2011.—Guillermo Delgado Orozco, Secretario Municipal.—1
vez.—(IN2011083754).
COLEGIO PROFESIONAL DE PSICÓLOGOS DE COSTA RICA
Asamblea general extraordinaria Nº 79-2011
La junta directiva del Colegio
Profesional de Psicólogos de Costa Rica, convoca a todos/as sus agremiados/as a
la asamblea general extraordinaria setenta y nueve dos mil once, a celebrarse
el sábado 19 de noviembre del año dos mil once, en primera convocatoria, a las
8:00 horas. De no haber quórum, se procederá a una segunda convocatoria a las
9:00 horas de ese mismo día, la cual se realizará con los miembros presentes.
Sita: en
ORDEN DEL DÍA
Asamblea Nº 79-2011
1. Modificación presupuestaria para la construcción y equipamiento del
edificio.
2. Presentación, discusión y votación sobre el
informe final del Órgano Director en el expediente administrativo instruido en
la denuncia seguida a la secretaria de Junta Directiva.
3. Presentación, discusión y votación sobre el
informe final de
RECORDATORIO:
1. Las y los colegiados deben estar al día en sus responsabilidades
financieras con la institución. Si cancela por medio de transferencia, debe
consignar el nombre, monto y enviar el comprobante de pago, para garantizar el
registro en el sistema. El Colegio no se hará responsable por los
inconvenientes que genere la suspensión por morosidad,
2. Se invita a las y los colegiados a visitar la
página WEB del Colegio en la siguiente dirección electrónica: www.colpsico.net.
Lic. María Magalli Márquez
Wilson, Secretaria Junta Directiva.—(IN2011084778). 2 v. 1.
ASOCIACIÓN
TEOCALI
Asamblea ordinaria de
Agenda
1. Informe del presidente.
2. Informe del tesorero.
3. Elección de junta directiva
4. Asuntos varios.
Lic. Marelyn Jiménez Durán,
Presidenta.—1 vez.—RP2011263811.—(IN2011084209).
ASOCIACIÓN
COSTARRICENSE
DE
RELACIONISTAS PÚBLICOS
1. Apertura de la asamblea general
extraordinaria.
2. Elección del cargo de Vocal I para Junta
Directiva.
La asamblea se realizará en su
domicilio social ubicado en San José, calle cuarenta y dos, avenida cuatro. De
acuerdo con lo dispuesto en el artículo décimo sexto de los Estatutos, si no se
completara el quórum en primera convocatoria, la asamblea general
extraordinaria se reunirá en segunda convocatoria treinta minutos después, es
decir a las 19:00 horas, con cualquier número de miembros presentes.—San José, 26 de octubre del 2011.—Gaudy Castillo
Cambronero, Secretaria de Actas.—Johnny Vargas Durán, Presidente.—1
vez.—(IN2011084356).
SERVICIOS
UNIDOS S.A.
Servicios Unidos S. A., convoca a sus accionistas
a reunión ordinaria, que se celebrará en su local en Curridabat, a las 8:00
horas del 14 de noviembre de 2011, para conocer los asuntos a que se refiere el
artículo 155 del Código de Comercio. De no haber quórum en primera
convocatoria, se convoca para segunda, la cual se realizará una hora después
con el número de asistentes presentes.
San José, 26 de octubre de 2011.—Lic.
Olman Castro Bermúdez, Presidente Ejecutivo.—1
vez.—(IN2011084637).
CONDOMINIO
RESIDENCIAL HORIZONTAL
BOSQUE
ALTO PUENTE PIEDRA-GRECIA
Se les convoca a todos los
propietarios a
Los temas a tratar:
1. Verificación de quórum.
2. Nombramiento del presidente y secretario de
la asamblea.
3. Explicación metodología para las
votaciones.
4. Informe anual de ingresos y gastos periodo
Octubre
5. Presupuesto anual de gastos periodo Octubre
6. Aprobación cuota de mantenimiento año 2012.
7. Nombramientos del Comité de Construcción.
8. Aprobación de mejoras en Casa Club.
9. Modificaciones en el reglamento de Casa
Club.
10. Declaratoria en firme de los acuerdos tomados
y autorización para transcribirlos al libro de actas del condominio.
Nota importante: Se les recuerdan los
requisitos de representación en la asamblea (voz y voto): a) Estar al día en el
pago de la cuota de mantenimiento; b) Filiales inscritas a nombre de personas
físicas: original de cédula o pasaporte vigentes; c) Filiales inscritas a
nombre de persona jurídica: original de personería jurídica con no más de tres
meses de emitida, cédula o pasaporte vigentes del representante legal indicado
en la personería; d) Aquellos condóminos que se hagan representar por terceros
deberán enviar carta poder emitida para tal propósito con su firma, además de
la respectiva certificación de personería con no más de tres meses de emitidas,
para el caso de ser persona jurídica a quien se represente, así como la cédula
o pasaporte vigentes de quien lo representa; e) Los arrendatarios podrán
asistir a
GRANELES
Y CONCENTRADOS DEL PACÍFICO S. A.
El suscrito presidente de
Orden del día:
10:00 a.m. Primer convocatoria, llamado a lista y
verificación del quórum. En caso de no existir el quórum necesario se procederá
a convocar en segunda convocatoria una hora después, precediéndose a celebrar
la asamblea con la totalidad de los socios presentes, por lo que los acuerdos
se tomarán por votación de mayoría simple o cuando se de consenso de
unanimidad.
10:15 a.m. Lectura, discusión y aprobación del
orden del día.
10:30 a.m. Agenda de asuntos a tratar:
- Presentación del desarrollo del Proyecto Graneles y
Concentrados del Pacífico S. A. Exposición de la inversión realizada y avance
de las obras.
- Presentación y análisis del plan de
trabajo de Graneles y Concentrados del Pacífico S. A. Revisión y aprobación de
los estatutos para venta de acciones a socios actuales o terceros y reformas al
pacto constitutivo.
- Con respecto a los miembros de la junta
directiva, definir el procedimiento a seguir ante ausencias reiteradas,
renuncia u otros.
- Presentación de los estados financieros
al 30 de setiembre del 2011.
3:30 p.m. Ratificación de acuerdos.
Lisbeth Tenorio Espinoza.—1 vez.—(IN2011085197).
TAJOTEPEC
S. A.
A solicitud de la representación
del cincuenta por ciento del capital social, se convoca a asamblea general
ordinaria de accionistas de la compañía Tajotepec Sociedad Anónima, a
celebrarse el próximo ocho de diciembre del dos mil once, a las trece horas en
primera convocatoria y a las catorce horas en segunda convocatoria, en la
siguiente dirección: avenida 10, entre calles 21 y 23, número 2195, San José. Los
asuntos que se conocerán son los siguientes: 1.-Aprobación de informe
financiero, y 2.-Distribución de dividendos.—San José,
26 de octubre del 2011.—Allen Riggioni Araujo, Presidente.—1
vez.—(IN2011085565).
AMIGOS
PALMAREÑOS S. A.
Amigos Palmareños S. A., cédula
jurídica 3-101-034257, domiciliada en Palmares, Alajuela, costado norte, del
parque, convoca a sus socios a asamblea general extraordinaria el 26 de
noviembre del 2011, en primera convocatoria a las 14:00 horas y en caso de no
haber quórum requerido a esa hora se hará en segunda convocatoria a las 15:00
horas con los socios presentes. Agenda. Comprobación credencial personas
físicas y jurídicas. Comprobación del quórum. Apertura de asamblea. Lectura,
discusión y aprobación del acta de la asamblea extraordinaria celebrada el 20
de agosto del 2011. Lectura, discusión y aprobación del acta de la asamblea
ordinaria celebrada el 18 de diciembre del 2010. Informe de estados financieros
contables. Informe de la auditoría, discusión y aprobación de los estados
financieros contables. Informe de la presidencia. Informe del fiscal. Elección
de miembros de junta directiva: vicepresidente, secretario de correspondencia,
tesorero, vocal segundo y vocal cuarto. Propuesta del monto a cobrar por cuota
de mantenimiento a partir del 2012. Propuesta de inversión en compra de
mobiliario y mejoras de la construcción. Comentarios y mociones. Cierre de
asamblea. Refrigerio.—Palmares 28 de octubre del
2011.—Flor de María Monge Urpí, Secretaria Junta Directiva.—1 vez.—(IN2011085583).
PUBLICACIÓN DE TERCERA
VEZ
DESPACHO DE CONTADORES PÚBLICOS QUIRÓS GÓMEZ
&
ASOCIADOS SOCIEDAD ANÓNIMA
Despacho de
Contadores Públicos Quirós Gómez & Asociados Sociedad Anónima, cédula
jurídica número 3-101-361796, anteriormente denominada Pris Real State Sociedad
Anónima, solicita ante
IMPREZA BLANCO SOCIEDAD ANÓNIMA
Impreza
Blanco Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos
cuarenta y siete mil uno, solicita ante
AGROPECUARIA
Agropecuaria
CONDOMINIO HORIZONTAL RESIDENCIAL PRADOS DEL RÍO
El suscrito Luis Alejandro Giralt Castro, mayor, divorciado una vez, comerciante, vecino de Palmira de Filadelfia, Guanacaste, Residencial Prados del Río, cédula de identidad número uno-cuatrocientos veintiocho-novecientos diez, en mi condición de Administrador del Condominio Horizontal Residencial Prados del Río, con cédula jurídica número 3-109-561245, finca Matriz Guanacaste 2744-M-000, solicito la reposición del libro de Actas de Asamblea de Condóminos, extraviado en nuestro domicilio social. Se emplaza a cualquier interesado a oponerse a esta nueva legalización de libro en un plazo de ocho días hábiles, ante las oficinas del Registro Nacional, Departamento de Propiedad Horizontal.—San José, dos de febrero del dos mil once.—Luis A. Giralt Castro, Administrador.—RP2011263142.—(IN2011082756).
HOTEL PUNTA LEONA S. A.
Para efectos del artículo 689 del Código de Comercio, el Hotel Punta Leona S. A., hace saber a quien interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá la acción preferida Nº 2816 serie E, a nombre de Inversiones Paco S. A., cédula 3-101-032453-32, endosada al señor Samuel Rodríguez, cédula de residencia número 11836. Cualquier persona interesada al respecto podrá oponerse durante un mes a partir de la última publicación de este aviso.—Lic. Mario E. Pacheco C., Apoderado Generalísimo.—Manuel Ramón Rodríguez, Responsable.—(IN2011082953).
UNIVERSIDAD CENTRAL
Por medio
de la presente
Quien suscribe, Álvaro José Van der Laat Ulloa, mayor, casado una vez, contador público, portador de la cédula de identidad número 1-308-541, vecino de San José, soy dueño de la acción número 1635 del Costa Rica Country Club S. A., cédula jurídica número 3-101-002477-36. Por este medio, de acuerdo al artículo 689 del Código de Comercio, solicito la reposición de mi acción debido a que la misma ha sido extraviada.—San José, Costa Rica, 18 de octubre del 2011.—Álvaro José Van der Laat Ulloa.—(IN2011083014).
UNIVERSIDAD LATINA DE COSTA RICA
Por medio
de la presente
PLANTADORES DE ORNAMENTALES DE COSTA RICA
SOCIEDAD
ANÓNIMA
Plantadores
de Ornamentales de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-086395,
solicita ante
WINSTON SOCIEDAD ANÓNIMA
Winston
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero doce mil
ochocientos diez, solicita ante
COMPAÑÍA AGRÍCOLA HUNTRO SOCIEDAD ANÓNIMA
Compañía
Agrícola Huntro Sociedad Anónima, cédula jurídica: 3-101-025600, solicita ante
PINTURAS EL COLOR IDEAL S. A.
Pinturas El
Color Ideal S. A., solicita ante
AGROPECUARIA RÍO SECO SOCIEDAD ANÓNIMA
Agropecuaria
Río Seco Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-019563, solicita ante
COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA
TRIBUNAL DE ELECCIONES
El Tribunal de Elecciones del
Colegio de Abogados de Costa Rica, comunica que, vencido el término
reglamentario, se examinaron las candidaturas propuestas y quedan formalmente
inscritas las siguientes papeletas para elegir los cargos directivos, en la
asamblea general ordinaria que se realizará el sábado 3 de diciembre del
Grupo Innovación
1. Presidente: Dr. Gary Amador Badilla.
2. Vicepresidenta: Dra. Ligia Roxana Sánchez
Boza.
3. Secretaria: Lic. Rosibel Jara Velásquez.
4. Tesorero: MSc. Jorge Eduardo Villegas Rojas.
5. Vocal I: Lic. Francisco Rodríguez Araya.
6. Fiscal: Lic. Rocío Leiva Trejos.
Grupo Rescate
1. Presidente: Lic. Henry Vega Salazar.
2. Vicepresidente: Lic. Carlos Luis Redondo
Gutiérrez.
3. Secretaria: Lic. Ileana Méndez Sandí.
4. Tesorera: Lic. Yadira Fonseca Jiménez.
5. Vocal I: Lic. Álvaro Alfaro Rojas.
6. Fiscal: Lic. Ana Eugenia Sáenz Fernández.
Asimismo, informa que los grupos
quedan autorizados para hacer propaganda electoral a partir del 14 de octubre
del 2011, y hasta el día anterior a las elecciones, con las restricciones que
indica el Reglamento de Elecciones del Colegio de Abogados de Costa Rica
Las elecciones se llevarán a cabo en el
Edificio Fundadores y en las siguientes Sedes Regionales:
Puntarenas: Puntarenas, Carrizal, diagonal
a la entrada principal de Fertica,
Alajuela: Alajuela,
Heredia: Plaza Heredia, local Nº 13
primera planta.
Grecia: Alajuela, Grecia,
Pérez Zeledón: Pérez Zeledón, Pedregoso,
contiguo a Ferretería Pedregoso, frente a las instalaciones de Delji.
Santa Cruz: Guanacaste, Santa Cruz, de la
entrada principal de los Tribunales de Justicia
Guápiles: Limón, Guápiles, Pococí, Centro
Comercial Plaza Pococí, local Nº 5, planta baja, frente a la antigua terminal
de buses.
Zona Sur: Ciudad Neilly, frente al Centro
Turístico Neilly.
Liberia: Guanacaste, Liberia, del Mundo
de Juguetes,
Turrialba: Cartago, Turrialba centro,
costado este de Logia Amasónica, altos de tienda Sinaí.
Limón: Limón centro, costado norte de
los Tribunales de Justicia, Edificio María/JAPDEVA.
San Carlos: Alajuela, San Carlos, Ciudad
Quesada, frente a
(Publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del Reglamento de Elecciones). San José, 6 de octubre del 2011.—Lic. Eladio González Solís, Presidente.—Lic. Mariana Arguedas Vargas, Secretaria.—Lic. José Luis Meneses Rímola, Responsable.—O. C. Nº 8233.—Solicitud Nº 48614.—C-107420.—(IN2011081766). 2 v. 2.
PUBLICACIÓN DE PRIMERA
VEZ
SHASMI UNO SOCIEDAD ANÓNIMA
Shasmi Uno Sociedad Anónima,
entidad poseedora de la cédula jurídica número: tres-ciento uno-trescientos
cuatro mil trescientos cincuenta y uno, solicita ante
SEGURIDAD
FLORENSE S. A.
Empresas de Seguridad Florense
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y nueve
ochocientos cuarenta y ocho, solicita ante
INSTITUTO
LATINO DE FORMACIÓN INTEGRAL ILAFORI
Por medio de la presente el
Instituto Latino de Formación Integral (ILAFORI) certifica que, ante este
Registro se ha presentado solicitud de reposición de los títulos de diplomado
en Técnica Dental Área Restaurativa, su título se encuentra inscrito en los
libros del Instituto Latino de Formación Integral con el tomo (1), folio (43),
asiento (629). Diplomado en Técnica Dental Área Cromo Cobalto, su título se
encuentra inscrito en los libros del Instituto Latino de Formación Integral con
el tomo (I), folio (43), asiento (643) emitido por ILAFORI a nombre de Andrea
Viviana Jiménez Madrigal, cédula Nº 1-1242-832. Se solicita la reposición por
motivo que la estudiante extravió los originales. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial. Se extiende la presente
a solicitud del interesado.—San José, 2 de octubre del
2009.—Confeccionó: Elena Román Vásquez.—Carlos Murillo Arias, Director de
Técnico Dental.—RP2011263193.—(IN2011083237).
ABARCA
VARGAS LEGAL ADVISORS DCROW
TRUST
MANAGENENT SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD
LIMITADA
Abarca Vargas Legal Advisors And
Escrow Trust Managenent Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica
Nº 3-102-387828, solicita ante
FILIAL
CINCO PLV LOS PATIOS
SOCIEDAD
ANÓNIMA
Filial Cinco PLV Los Patios
Sociedad Anónima, portadora de la cédula de persona jurídica número:
tres-ciento uno-dos siete seis uno nueve dos, solicita ante
LEONES
Y RÍOS SOCIEDAD ANÓNIMA
Leones y Ríos Sociedad Anónima,
cédula jurídica N° 3-101-407278, solicita ante
CENTRO
ODONTOMÉDICO DEL SUR
SOCIEDAD
ANÓNIMA
Centro Odontomédico del Sur
Sociedad Anónima, cedula jurídica tres-ciento uno-ciento veintinueve mil
cuatrocientos noventa y uno, solicita ante
Yo
Adriana Valenciano Coto, cédula Nº 1-922-182, solicito la reposición del cheque
187536 de
FRUTTIBOLI,
SOCIEDAD ANÓNIMA
Fruttiboli, Sociedad Anónima,
cédula jurídica Nº 3101621736, solicita ante
MOUNT
OLAS INTERNACIONAL INC.
SOCIEDAD
ANÓNIMA
Mount Olas Internacional Inc.
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos trece mil cuatro solicita ante
Yo,
Elizandra Mora García, cédula de identidad número uno-mil noventa y
ocho-setecientos doce, actuando bajo el Régimen Simplificado, solicito publicar
un edicto durante 3 días consecutivos para la reposición del libro que detallo
a continuación: Registro de Compras Nº 1, este mismo con la leyenda de que por
ocho días hábiles se escuchen oposiciones en
LINAVI
SOCIEDAD ANÓNIMA
Linavi Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-ciento cincuenta y un mil ciento ochenta y dos,
solicita ante
EMERPED
SOCIEDAD ANÓNIMA
Emerped Sociedad anónima, cédula
jurídica 3-101-068629, solicita ante
TERMINAL
SERVICIO DE FURGONES SOCIEDAD ANÓNIMA
Terminal Servicio de Furgones
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-035039 solicita ante
INMOBILIARIA
MONTE TABOR SOCIEDAD ANÓNIMA
Inmobiliaria Monte Tabor
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-060890, solicita ante
COMPAÑÍA
AGRÍCOLA CHAVES SALAS SOCIEDAD
DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA
Compañía Agrícola Chaves Salas
Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica número
tres-ciento dos-doscientos treinta y tres mil trescientos ochenta y cuatro, solicita
ante
CASTILLO COUNTRY CLUB S. A.
Arturo Montero Calderón, cédula
de identidad 1-486-
INVERSIONES
ARUVEL S. A.
Inversiones Aruvel S. A., cédula
jurídica 3-101-117712, solicita a
HOTEL
Y CLUB PUNTA LEONA S. A.
Para efectos del artículo 689
del Código de Comercio, el Hotel y Club Punta Leona S. A., hace saber a quien
interese, que por haberse extraviado al propietario, repondrá la acción Nº
DE
CARLO CENTRO SOCIEDAD ANÓNIMA
De Carlo Centro S. A., con
cédula jurídica número tres- ciento uno-ciento treinta y dos mil seiscientos
noventa y nueve, solicita ante
VWAS
DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Vwas de Costa Rica Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-344158, solicito ante
TICO
SERVER OF LATINAMERICA S. A.
Tico Server Of Latinamerica S.
A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos dos mil ciento ochenta
y ocho, solicita ante
Laura
María Quirós Céspedes, cédula Nº 110170482 solicita ante Dirección General de
Tributación Directa, la reposición del libro Registro de Compras Nº 1. Quien se
considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y
Asistencia al Contribuyente de
P.R.E.F.E.R.R.E.D
INVERSIONES
SOCIEDAD
ANÓNIMA
P.R.E.F.E.R.R.E.D. Inversiones
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-132479, solicita ante
SONIDOS
DEL SILENCIO SOCIEDAD ANÓNIMA
Sonidos del Silencio Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento diecinueve mil
trescientos, solicita ante
Sandoval
Fernández William Eduardo, cédula Nº 1-0634-0118, solicita ante
FERLOYGA
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Ferloyga Sociedad de
Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-090934, solicita ante
OJOS
BELLOS SOCIEDAD ANÓNIMA
Ojos Bellos Sociedad Anónima,
cédula jurídica Nº 3-101-128092, solicita ante
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se pone en conocimiento de terceros
interesados, que por motivos de acuerdo con la propietaria del edificio, el
negocio comercial denominado Soda-Bar y Restaurante Monte Carlo
ubicado diagonal a la esquina suroeste del parque central de San José, y que
venía siendo administrado por la entidad Corporación de Inversiones Migil
Sociedad Anónima, cesó en sus funciones y actividad por desocupación total
del edificio, pasando las instalaciones al nuevo propietario. Sr. Gilbert Cid,
Representante Legal de Corporación de Inversiones Migil S. A.—San
José, 14 de octubre del 2011.—Gilbert Cid, Presidente de Corporación de
Inversiones Migil S. A.—1 vez.—(IN2011083090).
ASOCIACIÓN
MISIONEROS DE FE
Nosotros William Charles Bender,
de nacionalidad estadounidense, portador del pasaporte número 216842686, en
condición de vicepresidente y Robert Burton Overby, de nacionalidad
estadounidense, portador del pasaporte número 046507601, en condición de
prosecretario de la junta directiva de
FEDERACIÓN
UNIVERSITARIA
DE
DEPORTES (FECUNDE)
Yo, M.B.A. Gerardo Corrales
Guevara, cédula de identidad número uno-seiscientos ochenta y dos-ciento ocho,
en mi condición de presidente y representante legal de
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Por escritura número ciento tres del Tomo
Veintiséis de mi Protocolo, otorgada ante Notaría a las dieciocho horas del
cinco de octubre del dos mil once, el señor Francisco Gamboa Solano mayor
casado una vez ingeniero, en sistemas vecino de Paraíso Cartago de la iglesia
católica trescientos cincuenta metros sur con cédula número tres-trescientos
cuarenta y ocho-seiscientas treinta y siete procedió a la venta de
establecimiento mercantil denominado Deco Baño ubicado en Cartago centro cien
metros oeste del Liceo Vicente Lachner mismo que se dedica a la venta de piso
cerámico y enchapes para baño, al señor Rónald Enrique Blanco Hernández mayor
casado en segundas nupcias comerciante vecino de Tejar El Guarco Cartago,
Urbanización María del Rosario casa diecinueve F con cédula número
tres-trescientos veintiuno-quinientos setenta y siete. De conformidad con el
artículo cuatrocientos setenta y ocho del Código de Comercio se cita a los
acreedores e interesados para que se apersonen al domicilio del negocio
comercial antes mencionado para que dentro del término de quince días a partir
de la primera publicación de este aviso hagan valer sus derechos. Notario
Público Eduardo Cortés Morales.—Cartago, 6 de octubre
del 2011.—Lic. Eduardo Cortés Morales, Notario.—RP2011263374.—(IN2011083247).
Ante
esta Notaría, por escritura pública número 37 visible a folio 41 frente,
otorgada a las 16:00 horas, del día 2 de setiembre del 2011; se protocolizó
acta de asamblea extraordinaria de
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por escritura pública número noventa y uno-diecinueve, otorgada a las 8:00 horas del veinte de octubre del dos mil once, he protocolizado el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Aduanera Continental Interoceánica Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-sesenta y ocho mil novecientos ochenta y ocho, mediante la cual se modifican las cláusulas primera: del nombre: La sociedad se denominará Aduanera Intercontinental Sociedad Anónima, Segunda: Del domicilio: Su domicilio será en Alajuela, Río Segundo, quinientos metros este del Aeropuerto Juan Santamaría, Oficentro plaza Aeropuerto, local B-ocho, la cláusula octava y novena del pacto constitutivo de dicha sociedad.—San José, 20 de octubre del 2011.—Lic. Alejandro Goicuría Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2011083492).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas en la que tres-ciento uno-seiscientos cuarenta mil novecientos cuarenta y uno sociedad anónima, sustituye los nombramientos de presidente, secretario, tesorero, fiscal y agente residente.—San José, a las 21:00 horas del 21 de octubre del 2011.—Lic. Ronald Soto Arias, Notario.—1 vez.—(IN2011083494).
Rolando Herrera Solís, cédula Nº 1-0729-0317 y Cynthia Sánchez Fallas, cédula Nº 1-0777-0316, constituyen Inversiones Race C. R. S. A. Escritura 149, folio 79 vto, tomo 10, 16:00 horas del 14-10-2011. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: Alajuela, El Coyol, urbanización Los Olivos, casa número sesenta y dos.—Lic. César Rodríguez Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2011083499).
Por escritura otorgada a las 19:00 horas de hoy, protocolicé acta de asamblea de socios de Mitah’s House S. A., por las cual se modificó la cláusula VI de los estatutos sociales.—San José, 19 de octubre del 2011.—Lic. Francisco Aguilar Villa, Notario.—1 vez.—(IN2011083503).
3-101-581707 sociedad anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos ochenta y un mil setecientos siete, cambia de tesorero y reforma pacto social. Escritura otorgada en San José, a las 9:00 horas del 24 de octubre del 2011.—San José, 24 de octubre del 2011.—Lic. María Gabriela Valladares Navas, Notaria.—1 vez.—(IN2011083511).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del día 20 de octubre del dos mil once, se constituyó la sociedad Gustavo Gonzáles Holding S. A., noventa y nueve años.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1 vez.—RP2011263447.—(IN2011083583).
Se constituye la sociedad anónima denominada Aguisa Mil Novecientos Noventa y Cinco S. A. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente.—Lic. Leticia María Molina Blanco, Notaria.—1 vez.—RP2011263448.—(IN2011083584).
Mediante escritura número ciento cuarenta, del tomo XIX del protocolo del suscrito notario público, se reforman las cláusulas I, II, V y VIII, del acta constitutiva de la sociedad denominada 3-101-579969 S. A. La nueva denominación social de la sociedad será Recaudadora de Crédito RCC S. A. Escritura otorgada en San José, a las 9:00 horas del 21 de octubre del 2011.—Lic. Manuel Gomis Muñoz, Notario.—1 vez.—RP2011263450.—(IN2011083585).
Mediante escritura Nº 109-19, del tomo XIX del protocolo del suscrito notario público, se constituyó la sociedad denominada Centro de Desarrollo Infantil, Adolecente y Adulto Mayor Limitada. Capital social: suscrito y pagado. Dos gerentes representantes judicial y extrajudiciales con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Escritura otorgada en San José, a las 19:00 horas del 8 de agosto del año 2011.—Lic. Manuel Gomis Muñoz, Notario.—1 vez.—RP2011263451.—(IN2011083586).
Mediante escritura Nº 137-19, del tomo XIX del protocolo del suscrito notario público, se reforma las cláusulas II y se nombra nuevo presidente y secretario, de la sociedad Residencias Bulean de San José. Escritura otorgada en San José, a las 20:40 horas del 29 de setiembre del año 2011.—Lic. Manuel Gomis Muñoz, Notario.—1 vez.—RP2011263452.—(IN2011083587).
Se hace constar que mediante escritura pública número treinta y dos - tres del tomo tercero de esta Notaría, se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de la sociedad tres-ciento uno-quinientos sesenta y seis mil setecientos noventa y nueve sociedad anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y seis mil setecientos noventa y nueve, mediante la cual se reforma la cláusula sexta de los estatutos, se hacen nuevos nombramientos de junta directiva y cambios en su representación.—San José, veinte de octubre del 2011.—Lic. Marianela Carvajal Carvajal, Notaria.—1 vez.—RP2011263453.—(IN2011083588).
Se hace constar que mediante escritura pública número treinta y dos-tres del tomo tercero de esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de la sociedad tres-ciento uno-quinientos sesenta y seis mil setecientos sesenta y dos sociedad anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos sesenta y seis mil setecientos sesenta y dos, mediante la cual se reforma la cláusula sexta de los estatutos, se hacen nuevos nombramientos de junta directiva y cambios en su representación.—San José, 20 de octubre del 2011.—Lic. Marianela Carvajal Carvajal, Notaria.—1 vez.—RP2011263454.—(IN2011083589).
Se hace constar que mediante escritura pública número treinta y dos-tres del tomo tercero de esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de la sociedad Inversiones Inmobiliarias Lomas de Playa Grande I.I.L.P.G. Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y cinco mil novecientos quince, mediante la cual se reforma la cláusula sexta de los estatutos, se hacen nuevos nombramientos de junta directiva y cambios en su representación.—San José, 20 de octubre del 2011.—Lic. Marianela Carvajal Carvajal, Notaria.—1 vez.—RP2011263455.—(IN2011083590).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las 16:00 horas del día 20 de octubre del dos mil once, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de socios de la sociedad denominada 3-101-516653 S. A., donde se acuerda modificar la cláusula primera del pacto constitutivo.—San José, 20 de octubre del 2011.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2011263457.—(IN2011083591).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las veinte horas del día diecinueve de octubre de dos mil once, Feng Mei Wu Chen y José Manuel Wu Chen, constituyen una sociedad anónima, la cual se denominará Comercializadora Imperio de Jade S. A.—San José, 19 de octubre del 2011.—Lic. Adrián Quesada Arias, Notario.—1 vez.—RP2011263458.—(IN2011083592).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciocho horas treinta minutos del día diecinueve de octubre de dos mil once, Larp Associates S. A. y Yellow Innovative Lanas S. A., constituyen una sociedad anónima, la cual se denominará Medtrition Costa Rica S. A.—San José, 19 de octubre del 2011.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2011263459.—(IN2011083593).
Que por medio de la escritura número veintiocho-uno, otorgada a las ocho horas del día doce de octubre del año dos mil once, en el tomo primero del protocolo de la notaria pública Myrna Valverde López, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Alicante Veinte Aksu S. A., en la que se modificó la cláusula novena del pacto social.—San José, 21 de octubre del 2011.—Lic. Myrna Valverde López, Notaria.—1 vez.—RP2011263460.—(IN2011083594).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad denominada Toldos del Sol I T Sociedad Anónima. Capital social: debidamente suscrito y pagado. Lic. Freddy Barahona Alvarado.—Playas del Coco, 21 de setiembre del 2011.—Lic. Freddy Barahona Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2011263461.—(IN2011083595).
Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó la presente acta de asamblea general extraordinaria de accionista de la sociedad Caoba UYL Ciento Uno S. A.—20 de octubre del 2011.—Lic. Javier Campos Chávez, Notario.—1 vez.—RP2011263462.—(IN2011083596).
Mediante escritura pública número cuarenta y seis, otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del veinte de octubre del dos mil once, se protocoliza acta de la sociedad Zapaterías del Pueblo S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cero ocho cero dos cuatro cero cero, en la que se reforma la cláusula tercera del plazo social.—San José, 21 de octubre del 2011.—Lic. Agustín Nicolás Tijerino Sandoval, Notario.—1 vez.—RP2011263463.—(IN2011083597).
Mediante escritura pública número cuarenta y cinco, otorgada ante esta Notaría, a las quince horas del veinte de octubre del dos mil once, se protocoliza acta de la sociedad Pro Oferta S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento treinta y seis mil quinientos ochenta y cinco, en la que se reforma la cláusula tercera del plazo social.—San José, veintiuno de octubre del dos mil once.—Lic. Agustín Nicolás Tijerino Sandoval, Notario.—1 vez.—RP2011263464.—(IN2011083598).
Por escritura, otorgada a las dieciséis horas del día veinte de octubre del presente año, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Importaciones Joma S. A., mediante la cual se reforma la cláusula tercera del pacto constitutivo de la sociedad.—San José, veinte de octubre del dos mil once.—Lic. Kattya Marcela Mejías Villalobos, Notaria.—1 vez.—RP2011263465.—(IN2011083599).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó Cicoli G.M.A Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. El presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Domicilio: San José, Ciudad Colón del Rancho El Higuerón seiscientos metros al este y cien metros al norte.—San José, doce de octubre del dos mil once.—Lic. Sonia M. Calderón Montero, Notaria.—1 vez.—RP2011263468.—(IN2011083600).
Se hace constar que mediante escritura pública otorgada ante el Notario Carlos Gutiérrez Font, se creó una onceava cláusula del pacto constitutivo de la empresa Estación de Servicios Sardinal S. A., tres ciento uno trescientos cuarenta y cuatro mil setecientos treinta y cuatro, para que en lo sucesivo se lea así: Onceavo: se crea el cargo de gerente general de la sociedad, quien tendrá a su cargo la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con las facultades de un apoderado generalísimo sin límite de suma de conformidad con el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil.—San José, diecinueve de octubre del dos mil once.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—RP2011263470.—(IN2011083601).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las once horas del veinte de octubre del dos mil once, se procede a protocolizar asambleas generales extraordinarias de Quince de Mayo S. A. Se acuerda disolver la presente compañía.—Lic. Silvia Patricia Cordero Castro, Notaria.—1 vez.—RP2011263471.—(IN2011083602).
Se hace del conocimiento público que protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de Importadora El Satélite S. A., se modifica la cláusula octava, en cuanto a administración.—San José, cinco de octubre del dos mil once.—Lic. Kattia Lorena Molina Masís, Notaria.—1 vez.—RP2011263472.—(IN2011083603).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 9:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Joyas de Coralina S. A.—Cartago, 19 de octubre del 2011.—Lic. Carlos Eduardo Mata Ortega, Notario.—1 vez.—RP2011263477.—(IN2011083604).
Por escritura número ciento cuarenta y ocho del tomo tercero de mi protocolo, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Vía Andora Primo-Sette Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil seiscientos cuarenta, por medio de la cual se reformó las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo y se cambió la junta directiva y fiscal.—San José, 20 de octubre de 2011.—Lic. Marco Vinicio Ureña Pérez, Notario.—1 vez.—RP2011263478.—(IN2011083605).
En mi notaría, se constituye Planillas Laborales GAMIS E.I.R.L., siendo su apoderado generalísimo sin límite de suma Olman Garita Méndez, cédula tres-doscientos ochenta y cuatro-doscientos setenta y dos.—Cartago, 21 de octubre del 2011.—Lic. Henrich Moya Moya, Notario.—1 vez.—RP2011263481.—(IN2011083606).
Ante la notaria de Jacqueline Villalobos Durán, se protocolizó acta uno de la sociedad 3-101-644735 s. a., donde se modificó cambio domicilio, junta directiva, cláusula sexta y cede acciones. Otorgada en la cuidad de San José, escritura número 16 de las 8:30 horas del 19 de setiembre del 2011.—San José, 20 de setiembre del 2011.—Lic. Jacqueline Villalobos Durán, Notaria.—1 vez.—RP2011263484.—(IN2011083607).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Promotora de Negocios PP Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía. Plazo social: noventa y nueve años. Objeto: el objeto es el comercio y específicamente la consultoría en marcas de comercio. Capital social: cien mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente: Pietro Poma-Murialdo Sommaruga.—San José, veinte de octubre de dos mil once.—Lic. José Alberto Pinto Monturiol, Notario.—1 vez.—RP2011263485.—(IN2011083608).
Por escritura pública 11-128 de las 8:00 horas del 11-10-2011,
otorgada ante esta notaría se constituyó la sociedad anónima, que tendrá por
nombre el número de cédula de persona jurídica, que le será adjudicado por el
Registro Público, según el Decreto Nº 33171-J del Reglamento para
En escritura pública 11-28, otorgada ante esta notaría a las 18:00 horas del 11-10-2011, 3-101-494102 S. A., cédula 3-101-494102, se nombró nuevo presidente, secretario, tesorero y fiscal. Se suprimió cargo de agente residente. Nuevo domicilio social: provincia San José, cantón Santa Ana, distrito Piedades, Condominio Bosque Dorado, casa 10B, pero podrá establecer sucursales en otros lugares dentro y fuera del país.—20 de octubre del 2011.—Lic. Karla Vanessa López Silva, Notaria.—1 vez.—RP2011263490.—(IN2011083610).
Mediante escritura autorizada por mí, a las once horas treinta minutos del doce de octubre del dos mil once, se constituyó la compañía Ingelisa LLC Limitada, con un capital social de treinta mil colones.—San José, veinte de octubre del dos mil once.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2011263491.—(IN2011083611).
Ante esta notaría a las 14:00 horas del 23 de setiembre del dos mil once, mediante escritura 129 del tomo 15 se constituyó la sociedad Comercializadora AA Rodríguez A.R.S.A. Presidenta: Marlen Adriana Reyes Rodríguez.—Lic. Yamilett Mayela Fernández Sandí, Notaria.—1 vez.—RP2011263492.—(IN2011083612).
Por escritura pública número trescientos ochenta y nueve, otorgada ante mi Notaría, se constituyó HMS Commerce Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones exactos. Presidenta: Karen Patricia Solera Cordero.—San José, veinte de octubre del dos mil once.—Lic. Greivin Ureña Fuentes, Notario.—1 vez.—RP2011263496.—(IN2011083614).
Por escritura pública número trescientos ochenta y seis, otorgada
ante mi Notaría, se solicita disolución ante
Elizabeth María Álvarez Morales, Notaria Pública con oficina abierta en San José, hago constar que en el tomo tres de mi protocolo, escritura número cuarenta uno, folio veintisiete vuelto, de las diez horas treinta minutos del once de octubre del dos mil once, se constituyó Glory Road S. A., cuyos apoderados generalísimos sin límite de suma, con representación judicial y extrajudicial son el presidente Heinz Righetti, la secretaria Ligia Righetti y el tesorero Alexander Adolf Righetti Téllez.—San José, veinte de octubre del dos mil once.—Lic. Elizabeth María Álvarez Morales, Notaria.—1 vez.—RP2011263498.—(IN2011083616).
Elizabeth María Álvarez Morales, Notaria Pública con oficina abierta en San José, hago constar que en el tomo tres de mi protocolo, escritura número cuarenta y tres, folio treinta frente, de las once del once de octubre del dos mil once, se constituyó Earthland S. A., cuyos apoderados generalísimos sin límite de suma, con representación judicial y extrajudicial son el presidente Heinz Righetti, la secretaria Ligia Righetti y el tesorero Alexander Adolf Righetti Téllez.—San José, veinte de octubre del dos mil once.—Lic. Elizabeth María Álvarez Morales, Notaria.—1 vez.—RP2011263499.—(IN2011083617).
Ante mí, Krysbell Ríos Myrie, notaria de Siquirres, Limón, se
constituyó Sha & Ash RV Sociedad Anónima. Nombramientos: Presidente:
Franklin Robinson Arias, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma. Capital social: diez mil colones. Domicilio: provincia de Limón, cantón
primero Siquirres, distrito tercero Siquirres, veinticinco metros al oeste de
Elizabeth María Álvarez Morales, notaria pública con oficina abierta en San José, hago constar que en el tomo tres de mi protocolo, escritura número cuarenta, folio veintiséis frente, de las diez horas quince minutos del once de octubre del dos mil once, se constituyó Stone Fortress S. A., cuyos apoderados generalísimos sin límite de suma, con representación judicial y extrajudicial, son el presidente: Heinz Righetti; la secretaria: Ligia Righetti, y el tesorero: AlexÁnder Adolf Righetti Téllez.—San José, veinte de octubre del dos mil once.—Lic. Elizabeth María Álvarez Morales, Notaria.—1 vez.—RP2011263501.—(IN2011083619).
Elizabeth María Álvarez Morales, notaria pública con oficina abierta en San José, hago constar que en el tomo tres de mi protocolo, escritura número treinta y nueve, folio veinticinco frente, de las diez horas del once de octubre del dos mil once, se constituyó Swiss Castle S. A., cuyos apoderados generalísimos sin límite de suma, con representación judicial y extrajudicial, son el presidente: Heinz Righetti; la secretaria: Ligia Righetti, y el tesorero: AlexÁnder Adolf Righetti Téllez.—San José, veinte de octubre del dos mil once.—Lic. Elizabeth María Álvarez Morales, Notaria.—1 vez.—RP2011263502.—(IN2011083620).
Elizabeth María Álvarez Morales, notaria pública con oficina abierta en San José, hago constar que en el tomo tres de mi protocolo, escritura número cuarenta y dos, folio veintiocho vuelto, de las diez horas cuarenta y cinco minutos del once de octubre del dos mil once, se constituyó Land of the New Moon S. A., cuyos apoderados generalísimos sin límite de suma, con representación judicial y extrajudicial, son el presidente: Heinz Righetti; la secretaria: Ligia Righetti, y el tesorero: AlexÁnder Adolf Righetti Téllez.—San José, veinte de octubre del dos mil once.—Lic. Elizabeth María Álvarez Morales, Notaria.—1 vez.—RP2011263503.—(IN2011083621).
Por escritura número veintiocho-cuatro, otorgada ante los notarios públicos Juan Manuel Cordero Esquivel y Adrián Álvarez Orellana, a las ocho horas del día veinte de octubre del dos mil once, se modifica totalmente los estatutos incluyéndose el nombre de la sociedad denominada Desarrollos Zancudo DZ S.R.L.—San José, veinte de octubre del dos mil once.—Lic. Adrián Álvarez Orellana, Notario.—1 vez.—RP2011263504.—(IN2011083622).
Mediante escritura otorgada ante la notaria Carmen Lidia Elizondo Vásquez, a las doce horas del cinco de octubre del dos mil once, se constituyó la sociedad anónima Re-Dekore Soluciones S. A. Domicilio: San Ramón de Alajuela.—San Ramón, veinte de octubre del dos mil once.—Lic. Carmen Lidia Elizondo Vásquez, Notaria.—1 vez.—RP2011263506.—(IN2011083623).
Por escritura Nº 469, de las 08:00 horas del 16 de octubre del 2011, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Sistemas y Construcciones AG Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-doscientos treinta y seis mil ciento sesenta y nueve, celebrada en su domicilio social, en la que se reforma la cláusula quinta del pacto social para aumentar el capital social de la compañía.—Grecia, 19 de octubre del 2011.—Lic. Óscar Salas Porras, Notario.—1 vez.—RP2011263507.—(IN2011083624).
Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 15 de octubre del 2011, se constituyó la sociedad: Magravik Ltda. Domicilio: San Ramón de Alajuela. Capital: totalmente suscrito. Plazo: 99 años. Representación: dos gerentes y dos subgerentes, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San Ramón de Alajuela, 20 de octubre del 2011.—Lic. José Enrique Jiménez Bogantes, Notario.—1 vez.—RP2011263508.—(IN2011083625).
Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, a las trece horas del día cinco de octubre del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada C G A P Fiduciaria Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones.—San José, 20 de octubre del 2011.—Lic. Leonel Alvarado Zumbado, Notario.—1 vez.—RP2011263511.—(IN2011083626).
Hoy ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Dos Mil Ocho de San José Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula sétima. Otorgada en San José, a las 11:00 horas del día 27 de setiembre del 2011.—Lic. María José Yglesias Ramos, Notaria.—1 vez.—RP2011263515.—(IN2011083627).
Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas del dieciséis de setiembre del dos mil once, se constituyó Compañía Ecológica CoEco Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Plazo: cien años. Representación judicial y extrajudicial, corresponde al presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. María José Yglesias Ramos, Notaria.—1 vez.—RP2011263516.—(IN2011083628).
Por escritura otorgada en San José, a las 08:00 horas del 20 de octubre del 2011, se protocoliza acta de Applica Sociedad Anónima, se reforman las cláusulas dos, seis, siete, ocho, diez, once, quince; se eliminan las cláusulas diecisiete y dieciocho y se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2011263518.—(IN2011083629).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 14 de octubre del 2011, se constituye la sociedad Fuente Bailu Sociedad Anónima, con un plazo social de 100 años. Es todo.—San José, 20 de octubre del 2011.—Lic. Suny Sánchez Achío, Notaria.—1 vez.—RP2011263519.—(IN2011083630).
Por escritura otorgada ante mí, el día trece de setiembre del dos mil once, a las 11:30 horas, se constituyó la sociedad denominada Mi Camioneta Tica Número Uno Ltda. Capital social: cien mil colones. Representada por el gerente, con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma.—San José, diecinueve de octubre del dos mil once.—Lic. Leonardo Crespo Valerio, Notario.—1 vez.—RP2011263520.—(IN2011083631).
Por medio de escritura pública de las 16:00 horas del 20 de octubre del 2011, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de Porcelana del Este Sociedad Anónima, en la cuAl se nombra nuevo presidente.—San José, 20 de octubre del 2011.—Lic. Rodrigo Madrigal Núñez, Notario.—1 vez.—RP2011263521.—(IN2011083632).
Por escritura número veintisiete, de las diez horas del día veintidós de setiembre del dos mil once, se constituyó Paisajes de Tibás Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Representante legal: Roy Arguedas Mora.—San José, veintitrés de setiembre del dos mil once.—Lic. Luis Ignacio Campos Cantero, Notario.—1 vez.—RP2011263523.—(IN2011083633).
El día de hoy, he protocolizado acta de la entidad CLITEC Climas Técnicos S. A., donde reforman estatutos.—Puerto Viejo, Sarapiquí, veinte de octubre del dos mil once.—Lic. Gabriela Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2011263526.—(IN2011083634).
El día de hoy, he protocolizado acta constitutiva de la entidad Transportes Keilyn Sociedad Anónima. Presidente: Maikol Alfonso Camacho Rojas.—Puerto Viejo, Sarapiquí, veinte de octubre del dos mil once.—Lic. Gabriela Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2011263527.—(IN2011083635).
Mediante escrituras otorgadas ante esta notaría, a las 09:00 10:00 y 11:00 horas, del veinte de octubre del dos mil once, se fusionan las sociedades: Agroindustrial Proave S. A., Avícola Giasa Costa Rica A.G. S. A., y Desarrollo Avícola del Norte Noventa y Siete S. A., prevaleciendo la sociedad Agroindustrial Proave S. A.—San José, veinte de octubre del dos mil once.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2011263528.—(IN2011083636).
Se comunica a los interesados que según acta número treinta y
cinco, celebrada el dieciocho de octubre del dos mil once, de
Por escritura otorgada número doscientos ocho y doscientos nueve de las diecinueve horas y diecinueve horas y veinte minutos del veinte de octubre del dos mil once, se protocolizó actas de las sociedades Luliso D.N.P. S. A. y Administradora de Planillas San José S. A., respectivamente en ambas se modifica la cláusula social del plazo.—San José, veinte de octubre del dos mil once.—Lic. Jenny Rodríguez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2011263530.—(IN2011083638).
Rodrigo Jaikel Gazel y Priscila Jaikel Salazar, constituyen Libanes Indomable S. A. Presidente: Rodrigo Jaikel Gazel. Capital social: diez mil colones.—Lic. Ana Isabel Sibaja Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2011263531.—(IN2011083639).
Por medio de la escritura número ochenta y cuatro, otorgada a las nueve horas del doce de setiembre del dos ml once, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Grupo Familiar Arias - Oconitrillo Sociedad Anónima, con domicilio en la localidad de Pavas, San José. Plazo de noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones. Presidente: el señor José Manuel Arias González.—Lic. María Esther Quirós Valverde, Notaria.—1 vez.—RP2011263532.—(IN2011083640).
Ante esta notaría, se constituye la sociedad de esta plaza denominada Echeverri Fashion Sociedad Anónima, a las trece horas del catorce de octubre del dos mil once, siendo su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma: Hernán Echeverri Atehortua, ante el notario Mauricio Bolaños Delgado.—San José, catorce de octubre del dos mil once.—Lic. Mauricio Bolaños Delgado, Notario.—1 vez.—RP2011263535.—(IN2011083641).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 8:05 horas del 19 de octubre del 2011, se reformó el domicilio la administración y representación de Control Satelital Inteligente CSI S. A. Domicilio: San José. Presidente y secretario actuando siempre conjuntamente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 19 de octubre del 2011.—Lic. Gabriel Álvarez Hernández, Notario.—1 vez.—RP2011263536.—(IN2011083642).
La suscrita notaria hace constar que por medio de la escritura número doscientos sesenta y tres, otorgada a las 10:00 horas del 6 de octubre del 2011, se constituyó la firma Kinevisión Producciones Sociedad Anónima, se nombra presidente, secretario, tesorero y fiscal.—San José, 6 de octubre del 2011.—Lic. Rebeca González Monge, Notaria.—1 vez.—RP2011263537.—(IN2011083643).
Ante mí, Álvaro Barboza Orozco, notario público con oficina
abierta en San José, escritura otorgada a las 10 horas 30 minutos del 20 de
octubre del 2011, se constituyó
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 10:00 horas de hoy, se constituyó Jakin S. A., para dedicarse por cien años a operación de negocios agropecuarios, industria, importación y exportación, y comercio en general.—San José, 12 de octubre de 2011.—Lic. Roig Mora Chaves, Notario.—1 vez.—RP2011263540.—(IN2011083645).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 6 de octubre del 2011, se constituyeron tres sociedades anónimas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Domicilio: San José. Capital: diez mil colones. Representación: presidente. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 13 de octubre del 2011.—Lic. Bernarda Cerdas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2011263541.—(IN2011083646).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:30 horas del 6 de octubre del 2011, se constituyeron una sociedad anónima de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Domicilio: San José. Capital: diez mil colones. Representación: presidente. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 13 de octubre del 2011.—Lic. Bernarda Cerdas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2011263542.—(IN2011083647).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del veinte de octubre del dos mil once, ante el suscrito notario, se constituye la sociedad de este domicilio denominada: Espadilla Ocean Club S. A. Corresponde la representación: presidente y secretario.—San José, dieciocho de octubre del dos mil once.—Lic. Manfred Fischel Robles, Notario.—1 vez.—RP2011263544.—(IN2011083648).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del tres de octubre del dos mil once, ante la suscrita notaria, se constituye sociedad de este domicilio denominada: Costa Sueño Tranquilo S. A., corresponde la representación: presidente y secretario.—San José, 7 de octubre de 2011.—Lic. Raquel Quirós Mora, Notaria.—1 vez.—RP2011263545.—(IN2011083649).
Mediante escritura número doscientos veintidós de las ocho horas del dieciocho de octubre del dos mil once, se constituyó la sociedad Grupo Ortovess Costa Rica Sociedad Anónima, capital social: suscrito y pagado.—San José, veinte de octubre del dos mil once.—Lic. María Felicia Gómez Navarro, Notaria.—1 vez.—RP2011263546.—(IN2011083650).
Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del veinte de octubre del dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Industrias Kerzen S. A., en la cual se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo.—San José, 21 de octubre del 2011.—Lic. Deborah Feinzaig Mintz, Notaria.—1 vez.—RP2011263547.—(IN2011083651).
Por escritura otorgada ante el notario José Antonio Silva Meneses, a las 16:00 horas del 18 de octubre del 2011, se constituyó la sociedad Bandit Domino Limitada.—Tamarindo, a las ocho horas del 19 de octubre del 2011.—Lic. José Silva Meneses, Notario.—1 vez.—RP2011263550.—(IN2011083652).
Por escritura otorgada hoy ante el suscrito notario, las señoras doña Marcela Carazo Ulloa, Elivia Chamorro, Claudia Rodríguez Martínez, constituyen la sociedad anónima denominada Hagal Sociedad Anónima, para dedicarse por noventa y nueve años a la industria y comercio en general, con domicilio en la ciudad de San José. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—San José, 20 de octubre de 2011.—Lic. Guiselle Zúñiga Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2011263551.—(IN2011083653).
Por escrituras públicas otorgadas ante esta notaría el día diecinueve de octubre del presente año, se constituyó la sociedad Fagavi L.M. Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones. El presidente, tesorero y secretario de la junta directiva serán apoderados generalísimos sin límite de suma de la sociedad. Es todo.—Bagaces, 19 de octubre del 2011.—Lic. Romell Alberto Chévez Ordóñez, Notario.—1 vez.—RP2011263553.—(IN2011083654).
Por la escritura número doscientos: otorgada ante esta notaría, a las quince horas y treinta minutos del 14 de octubre del 2011, se constituyó la sociedad: Holzplantagen Zwei S.R.L. Plazo social: 100 años. Domicilio social: provincia San José, Santa Ana centro, setenta y cinco metros norte de plaza Caralco, casa esquina amarilla a mano derecha.—San José, 14 de octubre del 2011.—Lic. Slawomir Wiciak, Notario.—1 vez.—RP2011263233.—(IN2011083655).
Mediante escritura ciento cuarenta, otorgada ante este notario, a las trece horas treinta minutos del 13 de octubre del 2011, se modifica la cláusula segunda de la sociedad Baula Enterprices Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101- 417612; y a partir de ahora el domicilio de la sociedad será en Carrillos de Poás, Alajuela, cien metros oeste y cincuenta sur de la escuela San Luis. Es todo.—Grecia, Alajuela, 14 de octubre del 2011.—Lic. Felipe Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2011263223.—(IN2011083656).
Ante mi notaría mediante escritura número veintidós de las once
horas del nueve de octubre del dos mil once, se constituye
Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento uno-quinientos cincuenta y nueve mil seiscientos tres sociedad anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del domicilio, la cláusula octava de la administración. Escritura otorgada a las ocho horas treinta minutos del veintiuno de octubre del dos mil once.—Lic. Luis Javier Uribe Chaverri, Notario.—1 vez.—RP2011263594.—(IN2011083678).
Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía tres-ciento uno-quinientos cincuenta y ocho mil ciento ochenta y tres sociedad anónima, en la cual se acuerda reformar las cláusulas: segunda: del domicilio social y octava de la administración. Escritura otorgada al ser las diecisiete horas del diecinueve de octubre del dos mil once.—Lic. Luis Javier Uribe Chaverri, Notario.—1 vez.—RP2011263595.—(IN2011083679).
Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento uno-quinientos sesenta y seis mil ciento noventa y cuatro sociedad anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del domicilio, la cláusula octava de la administración. Escritura otorgada a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno de octubre del dos mil once.—Lic. Luis Javier Uribe Chaverri, Notario.—1 vez.—RP2011263596.—(IN2011083680).
Ante mí, Álvaro Barboza Orozco, notario público con oficina abierta en San José, escritura otorgada: a las 12 horas 15 minutos del 14 de octubre de 2011, se constituyó Aventuras Tropicales Sámara Trail Sociedad Anónima, presidente: Álvaro Terán Sauter, capital social: totalmente suscrito y pagado, domicilio social: San José, calle once, avenidas cero y dos, del Más por Menos de Cuesta de Moras, cincuenta metros al oeste y veinticinco metros al sur.—20 de octubre de 2011.—Lic. Álvaro Barboza Orozco, Notario.—1 vez.—RP2011263597.—(IN2011083681).
Michael Allen Lane y Agnes Mirta Arocho, constituyen la sociedad anónima nombre por asignar de acuerdo con el decreto ejecutivo Nº 33171-J, la cual tendrá su domicilio en Puntarenas, cantón primero Puntarenas, distrito once Cóbano, exactamente setecientos metros al oeste de la iglesia. El capital social es la suma de diez mil colones y el objeto de la misma será sin limitación alguna a cualquier actividad comercial, científica, industrial, agraria, de turismo en general u otras que le produzcan retribución económica. Plazo: 99 años. Gerente: Michael Allen Lane y Agnes Mirta Arocho. Escritura otorgada en Heredia, a las 10:00 horas del 10 de octubre del 2011.—Lic. Douglas Ricardo Avendaño Chaverri, Notario.—1 vez.—RP2011263599.—(IN2011083682).
Michael Allen Lane y Agnes Mirta Arocho, constituyen la sociedad anónima “nombre por asignar de acuerdo con el decreto ejecutivo Nº 33171-J”, la cual tendrá su domicilio en Puntarenas, cantón primero Puntarenas, distrito once Cóbano, exactamente setecientos metros al oeste de la iglesia. El capital social es la suma de diez mil colones y el objeto de la misma será sin limitación alguna a cualquier actividad comercial, científica, industrial, agraria, de turismo en general u otras que le produzcan retribución económica. Plazo: 99 años. Gerente: Michael Allen Lane y Agnes Mirta Arocho. Escritura otorgada en Heredia, a las 10:30 horas del 10 de octubre del 2011.—Lic. Douglas Ricardo Avendaño Chaverri, Notario.—1 vez.—RP2011263600.—(IN2011083683).
Por escritura número 121 del tomo 04 del protocolo de la suscrita notaria, se constituyó la sociedad The Best Hut Burger Sociedad Anónima.—Heredia, 20 de octubre del 2011.—Lic. Álvaro Sánchez González, Notario.—1 vez.—RP2011263601.—(IN2011083684).
Por escritura número 108-8-2011, otorgada a las 10:00 horas del 20 de octubre del año 2011, se modifica la cláusula segunda de la asociación Organización Internacional Nueva Acrópolis Costa Rica.—San José, 20 de octubre del 2011.—Lic. Alfredo López-Calleja París, Notario.—1 vez.—RP2011263602.—(IN2011083685).
Por escritura otorgada a las 16:00 horas del día 20 de octubre del año 2011, en esta notaría, se protocolizó acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Condominio Los Itabos Filial Cincuenta Cinc S. A., reformando cláusulas segunda del domicilio y octava del pacto social. Se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 21 de octubre del 2011.—Lic. Fernando Ramírez Loría, Notario.—1 vez.—RP2011263604.—(IN2011083686).
La suscrita Marta Emilia Rojas Carranza, notaria pública, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Exportadora Los Palmares Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-177059, para reformar cláusula quinta del pacto constitutivo. Es todo.—Palmares, veinte de octubre del año dos mil once.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—RP2011263605.—(IN2011083687).
Por escritura otorgada ante mí en la ciudad de San José, a las
nueve y treinta horas del quince de octubre del dos mil once, se constituyó la
empresa Hijos de
Por escritura número doce, de las nueve horas del día de hoy, veinte de octubre, ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad Electroventas Ltda. Capital: suscrito y pagado, diez mil colones. Domicilio, ciudad de Limón, centro de la ciudad, diagonal a la esquina noroeste del estadio de fútbol Juan Gobán. Gerente con la representación judicial y extrajudicial, nombramiento recaído en Yerald Israel Leiva Aburto. Agente residente: José Luis Cascante Vega.—Limón, 20 de octubre del 2011.—Lic. José Luis Cascante Vega, Notario.—1 vez.—RP2011263616.—(IN2011083689).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 11:00 horas del 21 de octubre de 2011, se constituyó la sociedad Vietnam Connection Sociedad Anónima. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—San José, 21 de octubre de 2011.—Lic. Monique María Carolina Zeller, Notaria.—1 vez.—RP2011263617.—(IN2011083690).
Ante esta notaría, se constituyó White Flowers Corporation Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, representación: gerente.—San José, 21 de octubre de 2011.—Lic. Sandra Arauz Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2011263620.—(IN2011083691).
Mediante escritura autorizada por mí, a las once horas del trece de octubre del dos mil once, se constituyó la sociedad Yeria Producciones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, trece de octubre del dos mil once.—Lic. Ana Cristina Echeverría Zeledón, Notaria.—1 vez.—RP2011263621.—(IN2011083692).
Por escritura otorgada ante mí Sandra Isabel González Pinto, constituyo Copydrum Sociedad Anónima, abreviada a su aditamento S. A. Plazo social: noventa y nueve años, representación legal ejerciendo su presidente Galberth Fray conocido Daniel Castro Araya y tesorero Héctor Fabián González Menéndez.—San José, once de octubre del dos mil once.—Lic. Sandra Isabel González Pinto, Notaria.—1 vez.—RP2011263622.—(IN2011083693).
Por escritura otorgada en Heredia a las nueve horas del veintiuno de octubre del dos mil once, se reforma el domicilio de Arce e Hijos Consultores Sociedad Anónima, provincia de Heredia, cantón San Pablo, en el distrito de San Pablo de Condominios Altos de Palermo ciento cincuenta metros al este, pudiendo abrir sucursales tanto dentro como fuera del país. Queda autorizada la sociedad para trasladar su sede social a cualquier otra ciudad nacional o extranjera, según convenga a los intereses sociales en la cláusula segunda, presidenta Carmela Inés Aita Vaglio con domicilio en la ciudad de Heredia, a las diez horas treinta minutos, veintiuno de octubre del dos mil once.—Lic. Sonia Víquez Chaverri, Notaria.—1 vez.—RP2011263625.—(IN2011083694).
Edwin Arguedas Mejías y Vilma Henríquez Jiménez, constituyen una sociedad anónima denominada Inversiones Argher Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones, domiciliada en San José, Moravia, San Vicente. Escritura otorgada en San José, trece horas del trece de octubre del dos mil once.—Lic. Nidia M. Alvarado Morales, Notaria.—1 vez.—RP2011263626.—(IN2011083695).
Ante mi, Adrián Tames Muñoz, se protocolizó asamblea de cambio de apoderado de la sociedad anónima denominada Desarrollos Mar Azul D M A Sociedad Anónima.—Cartago, 21 de octubre del 2011.—Lic. Adrián Gerardo Tames Muñoz, Notario.—1 vez.—RP2011263627.—(IN2011083696).
Por escritura 104-5 de las 11:00 horas del 19 de octubre de 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y un mil seiscientos cincuenta y cuatro sociedad anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y un mil seiscientos cincuenta y cuatro. Se nombra nuevo presidente.—Lic. Ricardo Badilla Reyes, Notario.—1 vez.—RP2011263629.—(IN2011083697).
DIRECCIÓN
GENERAL DE TRIBUTACIÓN
ADMINISTRACIÓN
TRIBUTARIA DE CARTAGO
CE-ATC-510-2011.—Por
desconocerse el domicilio fiscal actual y habiéndose agotado las formas de
localización posibles, para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo
144 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, y 49 del Reglamento
General de Gestión, Fiscalización y Recaudación Tributaria, se procede a
notificar por edicto el saldo deudor del contribuyentes que a continuación se
indican:
N° de documento |
Contribuyente |
Cédula |
Impuesto |
Documento |
Período |
Monto (*) |
2101000084251 |
Alvarado Álvares Róger |
1-486-894 |
Renta |
Liquidación previa |
12/2008 |
6.615.643,00 |
Se informa al interesado que dentro del plazo de
30 días hábiles cabe presentar un escrito de reclamo, circunscrito
exclusivamente a los aspectos planteados en este documento, en
PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE
DE
Resolución N° 013-2010.—Dirección de
Inicio de Procedimiento Administrativo de
Resolución del Contrato 22-2008, suscrito entre el Programa de Mejoramiento de
Resultando:
I.—De folios 1 al 8 constan
términos de referencia para la contratación de marras.
II.—De folios
III.—A folio 123
consta acta de adjudicación del procedimiento 2008pp-000086-00100
(2008ci-000014-prov)
IV.—Por contrato
22-2008 suscrito entre el Programa de Mejoramiento de
V.—El 21 de noviembre del 2008 se
dio aprobación interna al contrato suscrito (folios 134-135)
VI.—De folios
138-220 consta
VII.—A folio 229
consta
VIII.—A folios
230-234 consta aprobación a la adenda 01 al contrato 22-2008.
IX.—Por oficio
PROMECE-951-2009 del 22 de julio del 2009 el entonces Director de PROMECE, le
indica al consultor que a esa fecha, no ha presentado el informe final del
segundo producto, ordenando la suspensión del contrato (folio 240)
X.—Por oficio DM-1030-08-11 del 16
de agosto del 2011, se ordenó proceder a la apertura de los procedimientos
administrativos de resolución contractual.
Considerando:
I.—De conformidad con los artículos
11 de
II.—Sobre el caso
particular del consultor Chacón, por oficio PROMECE-951-2009 del 22 de julio
del 2009 el entonces Director de PROMECE, le indica al consultor que a esa
fecha, no ha presentado el informe final del segundo producto, ordenando la
suspensión del contrato (folio 240) .
De una revisión del expediente, al día de
hoy, el consultor no presentó ese segundo producto ni ninguno otro posterior de
los cinco contratados ni consta ninguna manifestación de su parte.
III.—Se determina preliminarmente un
incumplimiento de parte del consultor de lo dispuesto en las cláusulas 2°, 3°,
4°, 11 y 12 del contrato suscrito 22-2008, según las cuales se comprometió con
IV.—Que en el
procedimiento se han observado los plazos y prescripciones de ley. Por
tanto,
Con fundamento en las facultades
conferidas en
El DIRECTOR, RESUELVE:
I.—Nombrar como Órgano Director del
procedimiento administrativo de resolución contractual, a
II.—Determinar preliminarmente el
incumplimiento de parte del consultor de lo dispuesto en las cláusulas 2°, 3°,
4°, 11 y 12 del contrato suscrito 22-2008, según las cuales se comprometió con
Dar inicio al procedimiento administrativo de
Resolución Contractual del contrato 22-2008 y sus adendas por incumplimiento
imputable al contratista, Ronald Chacón Chavarría y en consecuencia, otorgarle
el plazo de diez días hábiles para expresar su posición y aportar la prueba que
considere pertinente.
III.—Indicar al
señor Ronald Chacón Chavarría que puede revisar el expediente administrativo
RC-005-2011, en el que se tramita el presente procedimiento, el expediente de
la contratación 2008PP-000086-00100 (2008CI-000014-PROV) que constan en
En cumplimiento de lo que ordena
el artículo 345 de
DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES
De conformidad con resolución
RMT-2506-2011 de las nueve horas del día 9 de agosto del 2011,
De
conformidad con resolución RM-2556-2011 de las nueve horas del día 22 de
setiembre del 2011,
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Se hace
saber a Eva Ileana Trog y a Volker Hubertus Trog, poderdante y apoderado
respectivamente del documento que ocupa el asiento ciento sesenta mil
ochocientos cinco del tomo dos mil once del diario, que en virtud de escrito
presentado a este Registro a las quince horas del catorce de julio, el señor
Daniel Jackson Freeman, manifiesta que con ocasión de una enfermedad ocular,
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se hace saber a María Teresa
Acosta Araya, presidente de la sociedad: Negriv S. A., con cédula jurídica:
3-101-25179 que el Registro de Personas Jurídicas inició proceso de diligencias
administrativas de oficio por lo que se le confiere audiencia, por un plazo de
quince días hábiles contados a partir del día siguiente al del recibido de la
presente resolución, a efecto de que dentro del plazo antes indicado, presente
los alegatos que a los derechos de la entidad convenga. Se le previene que en
el acto de notificarle la represente resolución o dentro del tercer día, debe
señalar lugar o medio para atender notificaciones de este Despacho dentro del
perímetro de la ciudad de San José, así como lugar o medio para atender
notificaciones ante el Tribunal Registral Administrativo, dentro de su
perímetro en Montelimar, Goicohechea, bajo el apercibimiento de que si no lo
hace las resoluciones que se dicten se le tendrán por notificadas veinticuatro
horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio escogido
imposibilita la notificación por causas ajenas a este Despacho, o bien, si el
lugar señalado no existe, permanece cerrado, si la dirección es imprecisa,
incierta o inexistente. Todo lo anterior, de conformidad con los artículos
noventa y dos (92) y siguientes del Reglamento del Registro Público, que es
Decreto Ejecutivo número Veintiséis mil setecientos setenta y uno-J de
dieciocho de marzo de mil novecientos noventa y ocho y sus reformas, con los
artículos veinticinco (25) y veintiséis (26) de
ASESORÍA
JURÍDICA
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se hace saber a Alejandro Muñoz
Vieto y a Lizeth Aragón Gómez que el Registro de Personas Jurídicas que en
virtud de la resolución de las diez horas veinte minutos del veintiséis de
agosto del dos mil once, correspondiente al expediente administrativo número:
RPJ-055-2010 dictada por
REGISTRO
INMOBILIARIO
Se hace saber a Rosemary Gamboa
Marín, cédula de identidad Nº 6-0196-542, titular registral de la finca del
partido de Puntarenas, matrícula Nº 124837-000, que en este Registro se
iniciaron diligencias administrativas de oficio, por duplicidad del plano Nº
P-102327-1993 el cual se encuentra publicitado en las fincas de Puntarenas Nos.
124837 y 119415. En virtud de lo informado esta Asesoría mediante resolución de
las 08:00 horas del 18 de mayo del 2011, ordenó consignar advertencia
administrativa sobre dichas fincas y con el objeto de cumplir con el principio
constitucional del debido proceso, por resolución de las 09:30 horas del 10 de
octubre del 2011, se autorizó la publicación por una única vez de un edicto
para conferirle audiencia a las personas mencionadas, por el término de quince
días, contados a partir del día siguiente de la publicación del edicto en el
Diario Oficial
DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
Por ignorarse el domicilio
actual de la patrona Luz Argentina Martínez Villavicencio, cédula de identidad
3-367-456, N° patronal anterior 366.517 00 2, N° patronal
0-00303670456-001-001, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del
“Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de
Trabajadores Independientes”, de
Total
de salarios: ¢1.896.000,00
Total
de cuotas obreras y patronales: ¢417.120,00
Aporte
Banco Popular Obrero: ¢18.960,00
Aporte
Patronal Banco Popular: ¢4.740,00
Fondo
de Pensión Complementaria: ¢9.480,00
Fondo
de Capitalización Laboral: ¢56.880,00
Instituto
Nacional de Seguros: ¢18.960,00
Se confiere un plazo de diez
días hábiles contados a partir del quinto día de su publicación, para ofrecer
pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le
previene que debe señalar lugar para notificaciones, dentro del perímetro administrativo
de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones
posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificados con solo el
transcurso de 24 horas contadas a partir de la fecha de la resolución.
Consulta expediente: en esta oficina sita en
el edificio Da Vinci, av. 4- c 7, 3 piso, Dirección Inspección, Subárea
Industria, teléfonos 2522-3046 y 2522-3042, fax 2258-7352, se encuentra a su
disposición el expediente para los efectos que dispone la ley. Notifíquese.—Lic. Lenis Mata Mata, Jefa Subárea Industria.—1 vez.—RP2011263543.—(IN2011083576).
Por
ignorarse el domicilio actual de patrono Servimen Sociedad Anónima, número
patronal 2-03101100322-001-001, número patronal anterior 197.218-007, actividad
Telecomunicaciones, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 241 de
Total
Salarios ¢336.882.082,41
Total
de cuotas de lnvalidez, Vejez y Muerte 24.423.830,00
Total
de cuotas de Enfermedad y Maternidad 49.690.315,00
Fondo
de Capitalización Laboral 9.975.472,00
Fondo
de Pensión Complementaria Obligatoria 1.662.517,00
Banco
Popular Obrera 3.325.135,00
Aporte
Patronal Banco Popular 831.332,00
Instituto
Nacional de Seguros 3.310.017,00
Consulta expediente: en esta oficina cita 2 piso
Edificio Da Vinci, calle 7, avenida 4, teléfono 2522-3029, fax 2258-5770, se
encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Por
ignorarse el domicilio actual de los señores Henry Rodríguez Alfaro,
identificación Nº 2-0539-0905, Zeneida Campos Solórzano, identificación Nº
2-0130-0117, Vinicio Gerardo Jinesta Salas, identificación Nº 1-0695-0777,
Ivannia Vargas Aguilar, identificación Nº 1-0946-0090, Silvia Elena Rodríguez
González, identificación Nº 2-0380-0239, Jorge Aguilar Pizarro, identificación
Nº 5-0328-0415, Manuel González Chávez, identificación Nº 2-0383-0549, Johanna
Montero Romero, identificación Nº 1-0912-0130, Jeannette Rocío Salas Alfaro,
identificación Nº 2-0423-0250, Carol Salas Alfaro, identificación Nº
2-0483-0311, Sergio Eduardo Salas Alfaro, identificación Nº 2-0370-0191, Oscar
Salas Alfaro, identificación Nº 2-0464-0150, ROY Eduardo Rodríguez Alfaro,
identificación Nº 2-0489-0067, Yerlin Tatiana Rodríguez Alfaro, identificación
Nº 2-0676-0673, Seidy Cerdas Acosta, identificación Nº 1-1176-0626 y José Ángel
Azofeifa Arias, identificación Nº 1-0510-0431 y de conformidad con lo dispuesto
en artículo 241, inciso 2) de
COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS
Y DE
ARQUITECTOS DE COSTA RICA
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ingeniero
Eugenio Méndez Libby
Estimado ingeniero:
El Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica y el Departamento de Régimen
Disciplinario, han decidido realizar una investigación previa, por queja
interpuesta por el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa
Rica, la cual se tramita bajo el Nº 145-11.
En virtud de lo anterior, se le concede cinco
5 días hábiles contados a partir de la fecha de recibida esta nota, para que si
a bien lo tiene, manifieste por escrito lo de su interés sobre la investigación
preliminar que aquí se tramita. Asimismo, se indica que la no comparecencia en
el plazo conferido, no impedirá la continuación de la etapa preliminar, con el
fin de dilucidar la existencia o no de presuntas violaciones al Código de Ética
Profesional.
En caso de considerarse necesaria una visita
de inspección al inmueble o proyecto, con el fin de adjuntar elementos
probatorios a la investigación, este Departamento procederá a programarla, en
el momento conveniente.
El alcance del procedimiento administrativo
de instrucción o investigación previa, únicamente conlleva a dirimir la
existencia o no de presuntas violaciones al Código de Ética Profesional de este
Colegio Federado y no podrá dilucidar conflictos de orden patrimonial, los que
sí podrán ventilarse en el Centro de Resolución de Conflictos o bien ante la
autoridad judicial competente.
A efecto de lo anterior, proceda a señalar un
número de fax o dirección electrónica para remitirle las notificaciones al
respecto, las mismas deberán permanecer habilitadas para esos efectos, ya que
en caso contrario se tendrá por notificado con solo el transcurso de 24 horas
después de emitido el oficio. Si usted ya las indicó, favor hacer caso omiso de
esta solicitud.
Le informo que en el caso Nº 145-11, consta
documentación que puede ser consultada en nuestras oficinas por su persona o
representante autorizado.—San José, 08 de setiembre
del 2011.—Departamento de Régimen Disciplinario.—Arq. Carlos Murillo Gómez,
Jefe.—O. C. Nº 764-11.—Solicitud Nº
37862.—C-96680.—(2011083732).
En el Diario Oficial
Dado en
Todo lo demás queda igual.
En el Diario Oficial
.... Solicitud N° 5481...
Todo lo demás queda igual.