MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA
MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y
TRANSPORTES
AMBIENTE, ENERGÍA Y
TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL SUPREMO DE
ELECCIONES
MODIFICACIONES A LOS
PROGRAMAS
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO DEL
CAFÉ DE COSTA RICA
INSTITUTO
NACIONAL DE APRENDIZAJE
SERVICIO
NACIONAL DE AGUAS SUBTERRÁNEAS
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE TURISMO
INSTITUTO
NACIONAL DE APRENDIZAJE
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
SERVICIO
NACIONAL DE AGUAS SUBTERRÁNEAS,
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE
COSTA RICA
INSTITUTO NACIONAL DE
APRENDIZAJE
PATRONATO NACIONAL DE LA
INFANCIA
MUNICIPALIDAD DE
MONTES DE ORO
ECONOMÍA, INDUSTRIA Y
COMERCIO
CAJA COSTARRICENSE DE
SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE
TURISMO
INSTITUTO DE DESARROLLO
AGRARIO
Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
Y TRANSPORTES
En el ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 140,
inciso 3) y 18) de
Considerando:
1º—Que en los últimos tiempos, la zona sur del país ha presentado un
alto incremento en el porcentaje de edificaciones tendientes a promover el
turismo nacional e internacional.
2º—Que
el Gobierno de Costa Rica ha ponderado el crecimiento de la región y la
diversidad natural que la zona ofrece para el turismo y el desarrollo económico
de la región, así como el aporte a la economía nacional.
3º—Que
se hace necesario mejorar la infraestructura de transporte que brinda acceso a
la región, con la finalidad de adecuarla a la demanda actual y a la que en un
futuro próximo generará la zona.
4º—Que
dentro de las alternativas iniciales estudiadas se ha ponderado la posibilidad
de analizar la viabilidad técnica y operativa de ubicar y construir un
Aeropuerto con capacidad Internacional en
5º—Que
6º—Que
mediante Decreto Ejecutivo Nº 36226-MOPT del 16 de octubre del 2010, publicado
en el Diario Oficial
7º—Que
en virtud de las riquezas arqueológicas y biológicas de la zona y la imperiosa
necesidad de protegerlas de manera que se minimice el impacto que sobre las
mismas se pueda generar por la construcción y operación del aeropuerto, y que
éstas sean manejadas en forma sostenible asimismo considerando que el
aeropuerto lejos de ser un obstáculo a la biodiversidad, sea una fortaleza en
el manejo ambiental, se requiere la debida y minuciosa coordinación con las
Instituciones de Gobierno, Organizaciones no gubernamentales y todas aquellas
dependencias que se involucraran o tengan interés en el proyecto. Por lo
tanto,
Decretan:
CREACIÓN
DE
DEL AEROPUERTO DE
Artículo 1º—Crease una Comisión Coordinadora, adscrita al Consejo
Técnico de Aviación Civil, encargada de coordinar con las demás instituciones
públicas las gestiones que se requieran relacionadas con la aprobación de los
estudios técnicos necesarios (impacto ambiental, aviario, social, factibilidad,
arqueológicos, entre otros), coordinar la ejecución del diseño del proyecto,
los permisos de construcción y ejecución del proyecto de desarrollo del
Aeropuerto Internacional de
Artículo
2º—
Artículo
3º—
a) El Presidente del Consejo Técnico de Aviación Civil.
b) Un representante del Museo Nacional.
c) Un representante del Ministerio de Ambiente, Energía y
Telecomunicaciones (MINAET).
d) Un representante del Instituto Costarricense de Turismo (ICT).
e) Un representante del Gobierno Local, el Alcalde de
Esta contará con los técnicos de
Se
instruye a todas las Instituciones Gubernamentales que tengan relación con la
ejecución de la construcción del Aeropuerto Internacional de
La
comisión podrá invitar a sus sesiones a los interesados, sean ambientalistas,
ONG´s, persona física o jurídica o cualquier otra entidad o institución
interesada en el tema.
Artículo
4º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Obras
Públicas y Transportes, Francisco José Jiménez Reyes.—1 vez.—O. C. Nº
22018.—Solicitud Nº 48135.—C-96680.—(D36834-IN2011086671).
Nº
050-2011 MGP
EL
MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 141
de
Considerando:
1.-Que el Licenciado Mario Zamora Cordero, portador de la cédula
número 2-449-150, fue nombrado como Ministro de Seguridad Pública con recargo
de
2.-Que
ACUERDA:
Artículo 1º—Nombrar como miembro suplente del Ministro de Gobernación
y Policía, al Master Agustín Barquero Acosta, cédula de identidad Nº 1-482-463,
vecino de Heredia, para que lo sustituya en su ausencia, ante
Artículo
2º—Este Acuerdo deja sin efecto el Acuerdo Nº 27-2011-MGP, publicado en
Artículo 3º—Rige a partir del 20 de octubre
de 2011.
San José, a las trece horas del veinte de
octubre del dos mil once.
Mario Zamora Cordero, Ministro de Gobernación, Policía y Seguridad
Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13087.—Solicitud Nº 33985.—C-20720.—(IN2011086331).
N°
091-MEIC
EL
MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 25 inciso 1), y 28,
inciso 2, acápite b) de
Considerando:
I.—Que es de interés del Ministerio de Economía, Industria y Comercio
(MEIC) y del Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET), participar en
II.—Que
dicho evento se llevará a cabo los días 07 y 08 de noviembre de 2011; en la
ciudad de Buenos Aires, Argentina.
III.—Que
la participación del MEIC reviste principal interés dados los acuerdos que se
lleguen a adaptar en
ACUERDA:
Artículo 1°—Autorizar a la ingeniera Ileana Hidalgo López, portadora
de la cédula de identidad número 01-0560-0203, Directora del Laboratorio
Costarricense de Metrología, para que participe en
Artículo
2°—Los gastos por concepto de transporte aéreo, hospedaje y alimentación, de
los días del evento (7 y 8 de noviembre) serán asumidos por el Proyecto de
Artículo
3°—Rige a partir del día 06 de noviembre de 2011 y hasta su regreso el día 10
de noviembre del mismo año.
Dado en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio, a los veinte
días del mes de octubre del año dos mil once.
Luis Álvarez Soto, Ministro de Economía, Industria y Comercio a. í.—1
vez.—O.C. Nº 41.—Solicitud Nº 43128.—C-38505.—(IN2011086241).
Nº 092-MEIC
EL MINISTRO DE ECONOMÍA,
INDUSTRIA Y COMERCIO
Con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 25, inciso 1, 27 y 28, inciso 2,
acápite b) de
Considerando:
I.—Que
es de interés para el Ministerio de Economía, Industria y Comercio, participar
en la pasantía: “Para el Desarrollo y Fortalecimiento de las Micro, Pequeñas y
Medianas Empresas de
II.—Que dicha actividad
se llevará a cabo en Bogotá, Colombia del día 31 de octubre al día 2 de
noviembre del año 2011. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo
1º—Autorizar a la señora Yesenia González González, portadora de la cédula de
identidad 2-0483-0727, funcionaria del Ministerio de Economía, Industria y
Comercio, para que participe en la pasantía “Para el Desarrollo y
Fortalecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas de
Artículo 2º—Los gastos
por concepto de trasporte aéreo, alimentación y hospedaje, serán financiados
por el Gobierno de Colombia.
Artículo 3º—Rige a partir
del día 30 de octubre y hasta su regreso el día 3 de noviembre del año 2011.
Dado
en el Ministerio de Economía Industria y Comercio, en la ciudad de San José, a
los veintiún días del mes de octubre del año dos mil once.
Luis
Álvarez Soto, Ministro de Economía, Industria y Comercio a. í.—1 vez.—O. C. Nº
11132.—Solicitud Nº 31304.—C-12620.—(IN2011086323).
Nº 093-MEIC
EL MINISTRO DE ECONOMÍA,
INDUSTRIA Y COMERCIO
Con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 25, inciso 1, 27 y 28, inciso 2,
acápite b) de
Considerando:
I.—Que
es de interés para el Ministerio de Economía, Industria y Comercio, participar
en la pasantía: “Para el Desarrollo y Fortalecimiento de las Micro, Pequeñas y
Medianas Empresas de
II.—Que dicha actividad
se llevará a cabo en Bogotá, Colombia del día 31 de octubre al día 2 de
noviembre del año 2011. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo
1º—Autorizar al señor Hugo Bermúdez Gómez, portador de la cédula de identidad
Nº 1-0640-0701, funcionario del Ministerio de Economía, Industria y Comercio,
para que participe en la pasantía “Para el Desarrollo y Fortalecimiento de las
Micro, Pequeñas y Medianas Empresas de
Artículo 2º—Los gastos
por concepto de transporte aéreo, alimentación y hospedaje, serán financiados
por el Gobierno de Colombia.
Artículo 3º—Rige a partir
del día 30 de octubre y hasta su regreso el día 3 de noviembre del año 2011.
Dado
en el Ministerio de Economía Industria y Comercio, en la ciudad de San José, a
los veintiún días del mes de octubre del año dos mil once.
Luis
Álvarez Soto, Ministro de Economía, Industria y Comercio a. í.—1 vez.—O. C. Nº
11132.—Solicitud Nº 31305.—C-12170.—(IN2011086324).
N° MCJ/0126/2011
EL
MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD
Con fundamento en el artículo 28 inciso 1) de
Considerando:
1º—Que la señora Karina Bolaños Picado, Viceministra de
2º—Que
la participación de la señora Karina Bolaños Picado en la actividad, responde a
las funciones que realiza como Viceministra de
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a la señora Karina Bolaños Picado, cédula N°
108470021, Viceministra de
Artículo
2º—Los gastos de transporte internacional, hospedaje y alimentación, serán
cubiertos por los organizadores del evento.
Artículo
3º—Rige del 19 al 21 de octubre del 2011.
Dado en el Ministerio de Cultura y Juventud, a los 18 días del mes de
octubre del año 2011.
Manuel Obregón López, Ministro de Cultura y Juventud.—1 vez.—O.C. Nº
11175.—Solicitud Nº 27700.—C-11270.—(IN2011086202).
N° 0369-2011
Y
Con
fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de
C0nsiderand0:
I.—Que
mediante Acuerdo Ejecutivo N° 403-99 de fecha 15 de noviembre de 1999,
publicado en el Diario Oficial
II.—Que mediante
documento presentado el día 26 de agosto de 2011, en
III.—Que la instancia
interna de
IV.—Que se han observado
los procedimientos de Ley. Por tanto:
ACUERDAN:
1º—Modificar
el Acuerdo Ejecutivo N° 403-99 de fecha 15 de noviembre de 1999, publicado en
el Diario Oficial
2. Declárese
Zona Franca para la prestación de servicios para la exportación, los siguientes
inmuebles:
● Pisos dos
y tres del Edificio A de la tercera etapa, correspondientes a las fincas
filiales del partido de San José, matrículas de folio real números:
26895-F-000, 26896-F-000, 26897-F-000, 26898-F-000, 26899-F-000, 26900-F-000,
26901-F-000, 26902-F-000, 26903-F-000, 26904-F-000, 26905-F-000 y 26906-F-000.
● Los
edificios A y B de la cuarta etapa, correspondientes a las fincas filiales del
partido de San José, matrículas de folio real números: 32995-F-000,
32996-F-000, 32997-F-000, 32998-F-000, 32999-F-000, 33000-F-000, 33001-F-000,
33002-F-000, 33003-F-000, 33004-F-000, 33005-F-000, 33006-F-000, 33007-F-000,
33008-F-000, 33009-F-000, 33010-F-000, 33011-F-000, 33012-F-000 33013-F-000,
33014-F-000, 33015-F-000, 33016-F-000, 33017-F-000, 33018-F-000, 33019-F-000,
33020-F-000, 33021-F-000, 33022-F-000, 33023-F-000, 33024-F-000, 33025-F-000,
33026-F-000, 33027-F-000, 33028-F-000, 33029-F-000, 33030-F-000 33031-F-000,
33032-F-000, 33033-F-000, 33034-F-000, 33035-F-000, 33036-F-000, 33037-F-000,
33038-F-000, 33039-F-000, 33040-F-000, 33041-F-000, 33042-F-000, 33043-F-000,
33044-F-000, 33045-F-000, 33046-F-000, 33047-F-000, 33048-F-000, 33049-F-000,
33050-F-000, 33051-F-000, 33052-F-000, 33053-F-000t 33054-F-000, 33055-F-000,
33056-F-000, 33057-F-000, 33058-F-000, 33059-F-000, 33060-F-000, 33061-F-000,
33062-F-000, 33063-F-000, 33064-F-000, 33065-F-000, 33066-F-000, 33067-F-000,
33068-F-000, 33069-F-000, 33070-F-000, 33071-F-000, 33072-F-000, 33073-F-000,
33074-F-000, 33075-F-000, 33076-F-000, 33077-F-000, 33078-F-000, 33079-F-000,
33080-F-000, 33081-F-000 y 33082-F-000.
● Los
edificios A, B y C de la quinta etapa, correspondientes a las fincas filiales
del partido de San José, matrículas de folio real números: 36469-F-000,
36470-F-000, 36471-F-000, 36472-F-000, 36473-F-000, 36474-F-000, 36475-F-000,
36476-F-000, 36477-F-000, 36478-F-000, 36479-F-000, 36480-F-000, 36481-F-000,
36482-F-000, 36483-F-000, 36484-F-000, 36485-F-000, 36486-F-000, 36487-F-000,
36488-F-000, 36489-F-000, 36490-F-000, 36491-F-000, 36492-F-000, 36493-F-000,
36494-F-000, 36495-F-000, 36496-F-000, 36497-F-000, 36498-F-000, 36499-F-000,
36500-F-000, 36501-F-000, 36502-F-000, 36503-F-000, 36504-F-000, 36505-F-000,
36506-F-000, 36507-F-000, 36508-F-000, 36509-F-000, 36510-F-000, 36511-F-000,
36512-F-000, 36513-F-000, 36514-F-000, 36525-F-000, 36516-F-000, 36517-F-000,
36518-F-000, 36519-F-000, 36520-F-000, 36521-F-000, 36522-F-000, 36523-F-000,
36524-F-000, 36525-F-000, 36526-F-000, 36527-F-000, 36528-F-000, 36529-F-000,
36530-F-000, 36531-F-000, 36532-F-000, 36533-F-000, 36534-F-000, 36535-F-000,
36536-F-000, 36537-F-000, 36538-F-000, 36539-F-000, 36540-F-000, 36541-F-000,
36542-F-000, 36543-F-000, 36544-F-000, 36545-F-000, 36546-F-000, 36547-F-000,
36548-F-000, 36549-F-000, 36550-F-000, 36551-F-000, 36552-F-000, 36553-F-000,
36554-F-000, 36555-F-000, 36556-F-000, 36557-F-000, 36558-F-000, 36559-F-000,
36560-F-000, 36561-F-000, 36562-F-000, 36563-F-000, 36564-F-000, 36565-F-000,
36566-F-000, 36567-F-000, 36568-F-000, 36569-F-000, 36570-F-000, 36571-F-000,
36572-F-000, 36573-F-000, 36574-F-000, 36575-F-000, 36602-F-000, 36576-F-000,
36577-F-000, 36578-F-000, 36579-F-000, 36580-F-000, 36581-F-000, 36582-F-000,
36583-F-000, 36584-F-000, 36585-F-000, 36586-F-000, 36587-F-000, 36588-F-000,
36589-F-000, 36590-F-000, 36591-F-000, 36592-F-000, 36593-F-000, 36594-F-000,
36595-F-000, 36596-F-000, 36597-F-000, 36598-F-000, 36599-F-000, 36600-F-000 y
36601-F-000.
● Piso tres del Edificio C
de la primera etapa, correspondiente a las fincas filiales del partido de San José,
matrículas de folio números: 24174-F-000, 24175-F-000, 24176-F-000,
24177-F-000, 24178-F-000, 24179-F-000y24180-F-000.
● Pisos dos y tres del
edificio B de la segunda etapa, correspondientes a las fincas filiales del
partido de San José, matrículas de folio real números: 25497-F-000,
25498-F-000, 25499-F-000, 25500-F-000, 25501-F-000, 25502-F-000, 39206-F-000,
39207-F-000, 39208-F-000, 39209-F-000, 39210-F-000y39211-F-000.
● Pisos uno y tres del
Edificio C de la segunda etapa (Forum I), correspondientes a las fincas
filiales del partido de San José, matrículas de folio real números:
25491-F-000, 25492-F-000, 25493-F-000, 25494-F-000, 25495-F-000, 25496-F-000,
39212-F-000, 39213-F-000, 39214-F-000, 39215-F-000, 39216-F-000 y 39217-F-000.
● Pisos uno, dos y tres
del Edificio D de la primera etapa, correspondiente a las fincas filiales del
partido de San José, matrículas de folio real números: 24193-F-000,
24194-F-000, 24195-F-000, 24196-F-000, 24197-F-000, 24198-F-000, 24199-F-000,
24200-F-000, 24201-F-000, 24202-F-000, 24203-F-000, 24204-F-000, 24205-F-000,
24206-F-000, 24207-F-000, 24208-F-000, 24209-F-000, 24210-F-000, 24211-F-000 y
24212-F-000.
● Piso dos, donde se
encuentran localizadas las fincas filiales que van de la matrícula de folio
real número 1-69983-F a la matrícula de folio real número 1-69996-F, y piso
tres, donde se encuentran localizadas las fincas filiales que van de la
matrícula de folio real número 1-69997-F a la matrícula de folio real número
1-70010-F, del edificio J de la sexta etapa (Forum I).
● Pisos uno, dos y cuatro
del Edificio F, y piso cuatro del edificio E, ubicados en la finca filial del
partido de San José, matrícula de folio real número 65582-F-000.
● Pisos uno, dos, y tres
de los edificios A y B, ubicados en la finca filial del partido de San José,
matrícula de folio real número 65583-F-000.
● Pisos uno y dos del
Edificio J (Forum II), ubicados en la finca filial del partido de San José,
matrícula de folio real número 65587-F-000.
● Pisos uno y dos del
Edificio K (Forum I), ubicados en las fincas filiales del partido de San José,
matrículas de Folio Real números 69977-F-000, 69978-F-000, 69979-F-000,
69980-F-000, 69981-F-000, 69982-F-000, 69991-F-000, 69992-F-00, 69993-F-000,
69994-F-000, 69995-F-000 y 69996-F-
2º—En
todo lo demás se mantiene lo establecido en el Acuerdo Ejecutivo N° 403-99 de
fecha 15 de noviembre de 1999, publicado en el Diario Oficial
3º—Rige a partir de su
notificación.
Comuníquese
y Publíquese.
Dado
en
LAURA
CHINCHILLA MIRANDA.—
Res.
000797.—San José, a las quince horas y cinco minutos del día veinticinco del
mes de agosto del dos mil once.
Diligencias
de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en
relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado
“Nueva Carretera a San Carlos, Sección Sifón-Ciudad Quesada”.
Resultando:
1º—Mediante
oficio N° DABI 2011-0790 de 04 de agosto del 2011, remitido por el Departamento
de Adquisición de Bienes Inmuebles de
2º—Del referido inmueble
es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a
3º—Constan en el
expediente administrativo número
a) Plano
Catastrado N° A-1497548-2011, mediante el cual se establece que para los
efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total
de
b) Estudio
sobre la inscripción del inmueble;
c) Información
básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así
como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar;
4º—En
razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente
declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del
proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la
documentación requerida, conoce este Despacho y,
Considerando:
De
conformidad con las disposiciones contenidas en
En ese sentido
De conformidad con las
disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los
artículos 11, 129 y 140 de
a) Inscripción
al Registro Público de
b) Naturaleza:
terreno de caña, potrero, casa, galerón y queda dividido en 2 secciones.
c) Ubicación:
Situado en el distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos, de la provincia de
Alajuela. Linderos, lo indicado en el plano catastrado N° A-1497548-2011.
d) Propiedad:
Urbano Rodríguez Céspedes, cédula N° 2-247-147.
e) De dicho
inmueble se necesita un área total en conjunto de
Además,
conforme a lo establecido por el artículo 20 de
Procedan las dependencias
administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento
que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por
Y EL MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
RESUELVEN:
1º—Declarar
de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de
2º—Ordénese mandamiento
provisional de anotación ante el Registro Público de
3º—Procedan las
dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento
establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con
especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito
por
Notifíquese
y publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y
Transportes, Francisco J. Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 318.—Solicitud Nº
47677.—C-48350.—(IN2011086642).
Res. 000800.—San José, a las quince horas y catorce minutos del día veinticinco del mes de agosto del dos mil once.
Diligencias
de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en
relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado
“Nueva Carretera a San Carlos, Sección Sifón-Ciudad Quesada”
Resultando:
1º—Mediante oficio N° DABI 2011-0749 de 26 de julio del
2011, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de
2º—Del referido inmueble
es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a
3º—Constan en el
expediente administrativo número
a) Plano
Catastrado N° A-1497187-2011, mediante el cual se establece que para los
efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total
de
b) Estudio
sobre la inscripción del inmueble;
c) Información
básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así
como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar;
4º—En
razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente
declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del
proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la
documentación requerida, conoce este Despacho y,
Considerando:
De
conformidad con las disposiciones contenidas en
En ese sentido
De conformidad con las
disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los
artículos 11, 129 y 140 de
a) Inscripción
al Registro Público de
b) Naturaleza:
terreno de pastos dividida en dos porciones.
c) Ubicación: Situado en el distrito 03 Zapote,
cantón 11 Alfaro Ruíz de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el
plano catastrado N° A-1497187-2011.
d) Propiedad:
Carlos Eduardo Argüello Cubillo, cédula N° 2-389-924, Jorge Luis Argüello
Cubillo, cédula N° 2-437-016 y Edgar Argüello Cubillo, cédula N° 2-456-221.
e) De dicho
inmueble se necesita un área total en conjunto de
Además,
conforme a lo establecido por el artículo 20 de
Procedan las dependencias
administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento
que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por
Y EL MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
RESUELVEN:
1º—Declarar
de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de
2º—Ordénese mandamiento
provisional de anotación ante el Registro Público de
3º—Procedan las
dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento
establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con
especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito
por
Notifíquese
y publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y
Transportes, Francisco J. Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 318.—Solicitud Nº
47677.—C-48350.—(IN2011086641).
Res. 000803.—San José, a las quince horas y veintitrés minutos del día veinticinco del mes de agosto del dos mil once.
Diligencias
de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en
relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado
“Nueva Carretera a San Carlos, Sección Sifón-Ciudad Quesada”.
Resultando:
1º—Mediante
oficio N° DABI 2011-0741 de 21 de julio del 2011, remitido por el Departamento
de Adquisición de Bienes Inmuebles de
2º—Del referido inmueble
es de impostergable adquisición dos áreas de terrenos a saber:
3º—Constan en el
expediente administrativo número
a) Planos
Catastrados Nos. A-1500403-2011, A-1502288-2011, mediante los cuales se
establecen que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado
inmueble dos áreas.
b) Estudio
sobre la inscripción del inmueble;
c) Información
básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así
como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar;
4º—En
razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente
declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del
proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la
documentación requerida, conoce este Despacho y,
Considerando:
De
conformidad con las disposiciones contenidas en
En ese sentido
De conformidad con las
disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los
artículos 11, 129 y 140 de
a) Inscripción
al Registro Público de
b) Naturaleza:
terreno de bosque y repasto.
c) Ubicación:
Situado en el distrito 02 Laguna, cantón 11 Zarcero, de la provincia de
Alajuela. Linderos, lo indicado en los planos catastrados Nos. A-1500403-2011,
A-1502288-2011.
d) Propiedad:
German Morales Mora, cédula N° 2-331-038.
e) De dicho
inmueble se necesita dos áreas de terreno a saber:
Además,
conforme a lo establecido por el artículo 20 de
Procedan las dependencias
administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento
que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por
Y EL MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
RESUELVEN:
1º—Declarar
de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de
2º—Ordénese mandamiento
provisional de anotación ante el Registro Público de
3º—Procedan las
dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento
establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con
especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito
por
Notifíquese
y publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y
Transportes, Francisco J. Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 318.—Solicitud Nº
47677.—C-48350.—(IN2011086640).
Res. 000821.—San José, a las nueve horas y cincuenta y tres minutos del día veintinueve del mes de agosto del dos mil once.
Diligencias
de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en
relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado
“Nueva Carretera a San Carlos, Sección Sifón-Ciudad Quesada”.
Resultando:
1º—Mediante
oficio N° DABI 2011-0819 de 09 de agosto del 2011, remitido por el Departamento
de Adquisición de Bienes Inmuebles de
2º—Del referido inmueble
es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a
3º—Constan en el
expediente administrativo número
a) Plano
Catastrado N° A-1500877-2011, mediante el cual se establece que para los
efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total
de
b) Estudio
sobre la inscripción del inmueble;
c) Información
básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así
como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar;
4º—En
razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente
declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del
proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la
documentación requerida, conoce este Despacho y,
Considerando:
De
conformidad con las disposiciones contenidas en
En ese sentido
De conformidad con las
disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los
artículos 11, 129 y 140 de
a) Inscripción
al Registro Público de
b) Naturaleza: terreno para construir.
c) Ubicación:
Situado en el distrito 03 Buenavista, cantón 10 San Carlos de la provincia de
Alajuela. Linderos, lo indicado en el plano catastrado N° A-1500877-2011.
d) Propiedad:
Juan Pedro Gamboa Rojas, cédula N° 2-416-989.
e) De dicho
inmueble se necesita un área total en conjunto de
Además,
conforme a lo establecido por el artículo 20 de
Procedan las dependencias
administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento
que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por
Y EL MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
RESUELVEN:
1º—Declarar
de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de
2º—Ordénese mandamiento
provisional de anotación ante el Registro Público de
3º—Procedan las
dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento
establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con
especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito
por
Notifíquese
y publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y
Transportes, Francisco J. Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 318.—Solicitud Nº
47677.—C-48350.—(IN2011086639).
Res. 000837.—San José, a las once horas y veintiséis minutos del día treinta del mes de agosto del dos mil once.
Diligencias
de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en
relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado
“Nueva Carretera a San Carlos, Sección Sifón-Ciudad Quesada”.
Resultando:
1º—Mediante
oficio N° DABI 2011-0832 de 10 de agosto del 2011, remitido por el Departamento
de Adquisición de Bienes Inmuebles de
2º—Del referido inmueble
es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a
3º—Constan en el
expediente administrativo número
a) Plano
Catastrado N° A-1497308-2011, mediante el cual se establece que para los
efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total
de
b) Estudio
sobre la inscripción del inmueble;
c) Información
básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así
como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar;
4º—En
razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente
declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del
proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la
documentación requerida, conoce este Despacho y,
Considerando:
De
conformidad con las disposiciones contenidas en
En ese sentido
De conformidad con las
disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los
artículos 11, 129 y 140 de
a) Inscripción
al Registro Público de
b) Naturaleza:
terreno de pastos.
c) Ubicación:
Situado en el distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos de la provincia de
Alajuela. Linderos, lo indicado en el plano catastrado N° A-1497308-2011.
d) Propiedad:
Ganadera Tatimar S. A., cédula jurídica N° 3-101-240302, representada por Ana
Vilma Rodríguez Jiménez, cédula N° 2-467-453.
e) De dicho
inmueble se necesita un área total en conjunto de
Además,
conforme a lo establecido por el artículo 20 de
Procedan las dependencias
administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento
que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por
Y EL MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
RESUELVEN:
1º—Declarar
de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de
2º—Ordénese mandamiento
provisional de anotación ante el Registro Público de
3º—Procedan las
dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento
establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con
especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito
por
Notifíquese
y publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y
Transportes, Francisco J. Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 318.—Solicitud Nº
47677.—C-48350.—(IN2011086638).
Res. 000905.—San José, a las diez horas y veinticuatro minutos del día siete del mes de setiembre del dos mil once.
Diligencias
de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en
relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado
“Nueva Carretera a San Carlos, Sección Sifón-Ciudad Quesada”.
Resultando:
1º—Mediante
oficio N° DABI 2011-0851 de 16 de agosto del 2011, remitido por el Departamento
de Adquisición de Bienes Inmuebles de
2º—Del referido inmueble
es de impostergable adquisición cinco áreas de terrenos a saber:
3º—Constan en el
expediente administrativo número
a) Planos
Catastrados Nos. A-1496095-2011, A-1492111-2011, A-1496094-2011, A-1494133-2011
y A-1493290-2011, mediante los cuales se establecen que para los efectos del
mencionado proyecto se requiere del citado inmueble cinco áreas.
b) Estudio
sobre la inscripción del inmueble;
c) Información
básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así
como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar;
4º—En
razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente
declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto
mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación
requerida, conoce este Despacho y,
Considerando:
De
conformidad con las disposiciones contenidas en
En ese sentido
De conformidad con las
disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los
artículos 11, 129 y 140 de
a) Inscripción
al Registro Público de
b) Naturaleza:
terreno de pastos naturales dividido en cuatro apartos en parte montaña con una
casa.
c) Ubicación:
Situado en el distrito 06 Zapote, cantón 11 Zarcero de la provincia de
Alajuela. Linderos, lo indicado en los planos catastrados Nos. A-1496095-2011,
A-1492111-2011, A-1496094-2011, A-1494133-2011 y A-1493290-2011.
d) Propiedad:
Guillio Francesa Ferraro, cédula N° 2-160-100.
e) De dicho
inmueble se necesita cinco áreas de terreno a saber:
Además,
conforme a lo establecido por el artículo 20 de
Procedan las dependencias
administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento
que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por
Y EL MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
RESUELVEN:
1º—Declarar
de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de
2º—Ordénese mandamiento
provisional de anotación ante el Registro Público de
3º—Procedan las
dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento
establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con
especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito
por
Notifíquese
y publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y
Transportes, Francisco J. Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 318.—Solicitud Nº
47677.—C-48350.—(IN2011086637).
Res. 000982.—San José, a las nueve horas y tres minutos del día dieciséis del mes de setiembre del dos mil once.
Diligencias
de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en
relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado
“Nueva Carretera a San Carlos, Sección Sifón-Ciudad Quesada”.
Resultando:
1º—Mediante
oficio N° DABI 2011-0868 de 19 de agosto del 2011, remitido por el Departamento
de Adquisición de Bienes Inmuebles de
2º—Del referido inmueble
es de impostergable adquisición siete áreas de terrenos a saber:
3º—Constan en el
expediente administrativo número
a) Planos
Catastrados Nos. A-1495588-2011, A-1495591-2011, A-1495592-2011,
A-1495586-2011, A-1495589-2011, A-1495584-2011 y A-1495585-2011, mediante los
cuales se establecen que para los efectos del mencionado proyecto se requiere
del citado inmueble siete áreas.
b) Estudio
sobre la inscripción del inmueble;
c) Información
básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así
como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar;
4º—En
razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente
declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del
proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la
documentación requerida, conoce este Despacho y,
Considerando:
De
conformidad con las disposiciones contenidas en
En ese sentido
De conformidad con las
disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los
artículos 11, 129 y 140 de
a) Inscripción
al Registro Público de
b) Naturaleza:
terreno de pastos dividido en dos porciones.
c) Ubicación:
Situado en el distrito 04 Guadalupe, cantón 11 Zarcero de la provincia de
Alajuela. Linderos, lo indicado en los planos catastrados Nos. A-1493288-2011,
A-1493289-2011 y A-1493286-2011.
d) Propiedad:
Ganadera Hermanos Rojas Limitada, cédula jurídica N° 3-102-096073,
(representada por Tobías Rojas Montero, cédula N° 2-451-211), y Juan Alberto
Rojas Montero, cédula N° 2-372-919.
e) De dicho
inmueble se necesita siete áreas de terreno a saber:
Además,
conforme a lo establecido por el artículo 20 de
Procedan las dependencias
administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento
que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por
Y EL MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
RESUELVEN:
1º—Declarar
de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de
2º—Ordénese mandamiento
provisional de anotación ante el Registro Público de
3º—Procedan las
dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento
establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con
especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito
por
Notifíquese
y publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y
Transportes, Francisco J. Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 318.—Solicitud Nº
47677.—C-48350.—(IN2011086636).
Res. 000983.—San José, a las nueve horas y seis minutos del día dieciséis del mes de setiembre del dos mil once.
Diligencias
de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en
relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado
“Nueva Carretera a San Carlos, Sección Sifón-Ciudad Quesada”.
Resultando:
1º—Mediante
oficio N° DABI 2011-0876 de 22 de agosto del 2011, remitido por el Departamento
de Adquisición de Bienes Inmuebles de
2º—Del referido inmueble
es de impostergable adquisición dos áreas de terrenos a saber:
3º—Constan en el
expediente administrativo número
a) Planos
Catastrados Nos. A-1500075-2011 y A-1500875-2011, mediante los cuales se establecen
que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble
dos áreas.
b) Estudio
sobre la inscripción del inmueble;
c) Información
básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así
como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar;
4º—En
razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente
declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del
proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la
documentación requerida, conoce este Despacho y,
Considerando:
De
conformidad con las disposiciones contenidas en
En ese sentido
De conformidad con las
disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los
artículos 11, 129 y 140 de
a) Inscripción
al Registro Público de
b) Naturaleza:
terreno de pasto y montaña dividido en dos secciones.
c) Ubicación:
Situado en el distrito 10 Volio, cantón 02 San Ramón de la provincia de
Alajuela. Linderos, lo indicado en los planos catastrados Nos. A-1500075-2011 y
A-1500875-2011.
d) Propiedad:
Luis Carvajal Rodríguez, cédula N° 2-283-980 y Matre Sociedad Anónima, cédula
jurídica N° 3-101-041148, representada por Jackeline Jiménez Cruz, cédula N°
2-377-403, Paola Mora Jiménez, cédula N° 1-1204-137 y Eduardo José Mora
Jiménez, cédula N° 1-1127-598.
e) De dicho
inmueble se necesita dos áreas de terreno a saber:
Además,
conforme a lo establecido por el artículo 20 de
Procedan las dependencias
administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento
que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por
Y EL MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
RESUELVEN:
1º—Declarar
de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de
2º—Ordénese mandamiento
provisional de anotación ante el Registro Público de
3º—Procedan las
dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento
establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con
especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito
por
Notifíquese
y publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y
Transportes, Francisco J. Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 318.—Solicitud Nº
47677.—C-48350.—(IN2011086635).
Res. 000984.—San José, a las nueve horas y nueve minutos del día dieciséis del mes de setiembre del dos mil once.
Diligencias
de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en
relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado
“Nueva Carretera a San Carlos, Sección Sifón-Ciudad Quesada”.
Resultando:
1º—Mediante
oficio N° DABI 2011-0875 de 22 de agosto del 2011, remitido por el Departamento
de Adquisición de Bienes Inmuebles de
2º—Del referido inmueble
es de impostergable adquisición dos áreas de terrenos a saber:
3º—Constan en el
expediente administrativo número
a) Planos
Catastrados Nos. A-1502400-2011 y A-1502394-2011, mediante los cuales se
establecen que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado
inmueble dos áreas.
b) Estudio
sobre la inscripción del inmueble;
c) Información
básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así
como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar;
4º—En
razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente
declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del
proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la
documentación requerida, conoce este Despacho y,
Considerando:
De
conformidad con las disposiciones contenidas en
En ese sentido
De conformidad con las
disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los
artículos 11, 129 y 140 de
a) Inscripción
al Registro Público de
b) Naturaleza:
terreno con una casa y repastos.
c) Ubicación:
Situado en el distrito 10 Volio, cantón 02 San Ramón de la provincia de
Alajuela. Linderos, lo indicado en los planos catastrados Nos. A-1502400-2011 y
A-1502394-2011.
d) Propiedad:
Ramiro Enrique Jara Huertas, cédula N° 2-410-636.
e) De dicho
inmueble se necesita dos áreas de terreno a saber:
Además,
conforme a lo establecido por el artículo 20 de
Procedan las dependencias
administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento
que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por
Y EL MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
RESUELVEN:
1º—Declarar
de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de
2º—Ordénese mandamiento
provisional de anotación ante el Registro Público de
3º—Procedan las
dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento
establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con
especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito
por
Notifíquese
y publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y
Transportes, Francisco J. Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 318.—Solicitud Nº
47677.—C-48350.—(IN2011086634).
Nº 000989.—San José, a las nueve horas y veinticuatro minutos del día dieciséis del mes de setiembre del dos mil once.
Diligencias
de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en
relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Nueva
Carretera a San Carlos, Sección Sifón-Ciudad Quesada”.
Resultando:
1º—Mediante oficio Nº DABI 2011-0866 de 18 de agosto del 2011,
remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de
2º—Del
referido inmueble es de impostergable adquisición tres áreas de terrenos a
saber:
3º—Constan
en el expediente administrativo número
a) Planos
Catastrados Nos. A-1493288-2011, A-1493289-2011 y A-1493286-2011, mediante los
cuales se establecen que para los efectos del mencionado proyecto se requiere
del citado inmueble tres áreas.
b) Estudio sobre la inscripción del inmueble;
c) Información básica sobre el propietario, la ubicación y
características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere
obtener, y los bienes a valorar;
4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la
presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción
del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la
documentación requerida, conoce este Despacho y,
Considerando:
De conformidad con las disposiciones contenidas en
En ese
sentido
De
conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo
prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de
a) Inscripción
al Registro Público de
b) Naturaleza: terreno de pastos y montaña dividido en dos porciones.
c) Ubicación: Situado en el distrito 03 Buenavista, cantón 10 San
Carlos de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en los planos catastrados
Nos. A-1493288-2011, A-1493289-2011y A-1493286-2011.
d) Propiedad: Óscar Mario Alfaro Rodríguez, cédula Nº 2-541-988, Olga
Lidia Alfaro Rodríguez, cédula Nº 2-455-275 y como parte interesada en su
condición de usufructuario Ganadera Don Raquel S. R. L., cédula jurídica Nº
3-102-247950.
e) De dicho inmueble se necesita tres áreas de terreno a saber:
Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de
Procedan
tas dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del
procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por
Y EL MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS
Y TRANSPORTES
RESUELVEN:
1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al
Registro Público de
2º—Ordénese
mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de
3º—Procedan
las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento
establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con
especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito
por
Notifíquese y publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El
Ministro de Obras Públicas y Transportes, Francisco J. Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº
318.—Solicitud Nº 47677.—C-48350.—(IN2011086633).
Nº 000997.—San José, a las nueve horas y cuarenta y ocho minutos del día dieciséis del mes de setiembre del dos mil once.
Conoce
este Despacho diligencias de rectificación de error material de la declaratoria
de interés o utilidad pública, contenida en
Resultando:
1º—Que
en
2º—Que
en la resolución citada en el resultando anterior, existe un error material en
el nombre de la provincia donde se ubica el bien inmueble a expropiar, así como
la inicial del número del plano catastrado, que indica la provincia donde se
ubica el inmueble, razón por la cual se debe proceder a rectificar
3º—Que
en virtud de la existencia de gravámenes, que pesan sobre el inmueble a
expropiar y descrito en el resultando primero de la presente resolución, se
publicó el Acuerdo de Expropiación Nº 020-MOPT del 27 de enero del 2010,
publicado en
Considerando:
Único: Que en
Asimismo,
en el Acuerdo de Expropiación Nº 020-MOPT del 27 de enero del 2010, publicado
en
En razón de lo anterior, y siendo que
Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
Y TRANSPORTES
RESUELVEN:
1º—Rectificar la declaratoria de “interés o utilidad pública”,
contenida en
Como
consecuencia de lo anterior deberán entenderse como corregidos los actos
administrativos antes descritos, teniéndose a todos los efectos que en las
diligencias de expropiación que se tramitan en contra del inmueble inscrito, en
el Registro Público de
2º—En
lo restante se mantiene vigente la referida Resolución Administrativa Nº 364
del 28 de abril del 2009, publicada en
3º—Rige a partir de su publicación.
Publíquese.—LAURA
CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Francisco J.
Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 318.—Solicitud Nº 47677.—C-48350.—(IN2011086632).
SERVICIO
NACIONAL DE SALUD ANIMAL
DIRECCIÓN
DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
EDICTO
La doctora Yuli Andrea Mateus Cortés con número de cédula
117000297810, vecina de San José en calidad de regente veterinaria de la
compañía Droguería Calox Veterinaria S. A. con domicilio en San José, solicita
el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Óvulos
intrauterinos Calox, fabricado por Laboratorios Guayaki de Paraguay, con los
siguientes principios activos: cada óvulo contiene Clorhidrato de
Oxitetraciclina 500 mg, Sulfato de Neomicia 100 mg, Papaína 150 mg y las
siguientes indicaciones terapéuticas: para el tratamiento y prevención de
infecciones en el útero. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG
“Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a
terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección,
dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la
publicación de este edicto, en el Diario Oficial
DIRECCIÓN
DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 49, título N° 426,
emitido por el Colegio Bilingüe Jorge Volio Jiménez, en el año dos mil cuatro,
a nombre de Cordero Chaves Roberto Mauricio. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de
Conclusión de Estudios de
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 179, título N° 1634, y del Título de
Técnico Medio en Contabilidad, inscrito en el tomo 1, folio 114, título N° 40,
ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de Pococí, en el
año dos mil cinco, a nombre de Fernández Rojas Nelson José. Se solicita la
reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 17, título N° 02, emitido por el Liceo
Académico Ambientalista Las Palmitas, en el año dos mil ocho, a nombre de
Alvarado Chaves Geiner. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 58, título
N° 434, emitido por el Liceo Diurno de Ciudad Colón, en el año mil novecientos
noventa y ocho, a nombre de Azofeifa Valverde Óscar Mario. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE
Cambio de Nombre Nº 75042
Que Manuel E. Peralta Volio, cédula de identidad 9-012-480, en calidad
de apoderado especial de Brioni S.P.A., solicita a este Registro se anote la
inscripción de Cambio de Nombre de Brioni-Roman Style S.P.A. por el de Brioni
S.P.A., presentada el día 14 de octubre de 2011 bajo expediente 75042. El nuevo
nombre afecta a las siguientes marcas: 1994-0005304 Registro Nº 90103 BRIONI
en clase 25 Marca Mixto. Publicar en
Cambio de nombre por fusión Nº 72546
Que Denise Garnier Acuña, cédula de identidad Nº 1-487-992, en calidad
de Apoderado Especial de Cefa Central Farmacéutica S. A., solicita a este
Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre por fusión de Laboratorios
Internacionales Labin S. A. por el de Cefa Central Farmacéutica S. A.,
presentada el día 12 de mayo de 2011 bajo expediente 72546. El nuevo nombre
afecta a las siguientes marcas: 1900-0019350 Registro Nº 193 DESCUBRE LO
BELLO QUE HAY EN TI en clase 50 Marca Denominativa, 1900-5435403 Registro
Nº 54354 VERANO en clase 3 Marca Denominativa, 1900-6352303 Registro Nº
63523 MARSANS en clase 3 Marca Denominativa, 1900-6352403 Registro Nº
63524 TRIFFANI en clase 3 Marca Denominativa, 1900-6628203 Registro Nº
66282 RUDO en clase 3 Marca Denominativa, 1900-6648803 Registro Nº 66488
LAIS en clase 3 Marca Denominativa, 1900-6727403 Registro Nº 67274 BELCOLOR
en clase 3 Marca Denominativa, 1900-6728503 Registro Nº 67285 MONELO en
clase 3 Marca Denominativa, 1900-6760503 Registro Nº 67605 LISA en clase
3 Marca Denominativa, 1900-6875603 Registro Nº 68756 BAMBINO en clase 3
Marca Denominativa, 1900-6902603 Registro Nº 69026 TORRENTE en clase 3
Marca Denominativa, 1900-7021803 Registro Nº 70218 LAYLA en clase 3
Marca Denominativa, 1900-7537503 Registro Nº 75375 BELLO COLOR LAIS
(BELLE COLOR LAIS) en clase 3 Marca Denominativa, 1900-7550903 Registro Nº
75509 YASS en clase 3 Marca Denominativa, 1900-7824503 Registro Nº 78245
ILEGAL en clase 3 Marca Denominativa, 1900-7852403 Registro Nº 78524 SIERRA
en clase 3 Marca Denominativa, 1900-7894503 Registro Nº 78945 ECOS (ECHOES)
en clase 3 Marca Denominativa, 1900-7904503 Registro Nº 79045 SENTIMIENTOS
(FEELINGS) en clase 3 Marca Denominativa, 1992-0006915 Registro Nº 83950 ANIMO
(MOOD) en clase 3 Marca Mixto, 1993-0002187 Registro Nº 84461 HATA
en clase 3 Marca Denominativa, 1993-0002188 Registro Nº 84463 ALE en
clase 3 Marca Mixto, 1993-0002190 Registro Nº 84462 IDILIO en clase 3
Marca Denominativa, 1993-0004855 Registro Nº 86592 SENT en clase 3 Marca
Denominativa, 1993-0004856 Registro Nº 86593 KASSABY en clase 3 Marca
Denominativa, 1993-0004858 Registro Nº 86594 RITMOS en clase 3 Marca
Denominativa, 1993-0004859 Registro Nº 86591 RECIFE en clase 3 Marca Denominativa,
1993-0050730 Registro Nº 86595 NUDERM en clase 3 Marca Denominativa,
1994-0001562 Registro Nº 88659 DEROS en clase 3 Marca Denominativa,
1994-0001563 Registro Nº 88660 DEHEROS en clase 3 Marca Denominativa,
1994-0007340 Registro Nº 92206 LABIN LABORATORIOS INTERNACIONALES
en clase 49 Marca Denominativa, 1994-0007341 Registro Nº 92207 LABIN en
clase 49 Marca Denominativa, 1994-0007729 Registro Nº 92209 RALLY (REUNIR)
en clase 5 Marca Denominativa, 1994-0007731 Registro Nº 92210 RALLY (REUNIR)
en clase 3 Marca Denominativa, 1997-0004761 Registro Nº 106250 BELCOLOR
en clase 3 Marca Mixto, 2000-0009063 Registro Nº 133676 VIGOREX en clase
5 Marca Denominativa, 2001-0004252 Registro Nº 131270 NODOR en clase 5
Marca Denominativa, 2001-0007040 Registro Nº 132164 CRIS-ALIDA en clase
3 Marca Denominativa, 2001-0007041 Registro Nº 132165 CRISOLÉS en clase
3 Marca Denominativa, 2001-0007553 Registro Nº 132183 CHRYSALIS en clase
3 Marca Denominativa, 2001-0008760 Registro Nº 133831 GRISBY en clase 3
Marca Denominativa, 2001-0008919 Registro Nº 133828 EQUITOP en clase 3
Marca Denominativa, 2002-0000490 Registro Nº 182982 BELCOLOR en clase 3
Marca Mixto, 2002-0002223 Registro Nº 136694 MARIANA JIMÉNEZ en clase 3
Marca Denominativa, 2002-0008918 Registro Nº 139667 ETHNOBIOTICA en
clase 3 Marca Denominativa, 2002-0008920 Registro Nº 139666 ETHNOBOTICA
en clase 3 Marca Denominativa, 2002-0008922 Registro Nº 139862 ETHNOBOTANICA
en clase 3 Marca Denominativa, 2002-0008977 Registro Nº 139665 ETHNOBIOTICA
en clase 5 Marca Denominativa, 2002-0008978 Registro Nº 139664 ETHNOBOTANICA
en clase 5 Marca Denominativa, 2002-0008980 Registro Nº 139662 ETHNOBOTICA
en clase 5 Marca Denominativa, 2003-0002809 Registro Nº 141622 MOOD en
clase 3 Marca Denominativa, 2003-0002810 Registro Nº 141624 MOOD en
clase 5 Marca Denominativa, 2006-0000676 Registro Nº 199079 GEL TEX en
clase 3 Marca Denominativa, 2006-0000677 Registro Nº 160239 BABA DE LAGARTO
en clase 3 Marca Denominativa, 2006-0000678 Registro Nº 160099 BABA DE
LAGARTO en clase 5 Marca Denominativa, 2006-0000679 Registro Nº 207484 NATURE’S
DREAMS en clase 3 Marca Denominativa, 2006-0000680 Registro Nº 160100 NATURE’S
DREAMS en clase 5 Marca Denominativa, 2007-0005525 Registro Nº 178673 PROSTYLE
en clase 3 Marca Denominativa, 2007-0009576 Registro Nº 175337 FIX-ACTION
en clase 3 Marca Denominativa, 2007-0009578 Registro Nº 175338 MY TIME
en clase 3 Marca Denominativa, 2007-0010462 Registro Nº 173008 BEAUTY FEVER
en clase 3 Marca Denominativa y 2007-0013578 SELF SENSE en clase 3 Marca
Denominativa Publicar en
Patentes de Invención
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
La
señora María del Pilar López Quirós, mayor, abogada, cédula de identidad número
1-1066-601, vecina de San José, en su condición de apoderada especial del señor
Yoav, Cohen de Suiza, solicita la patente de invención denominada “INSTALACIÓN
DISEÑADA PARA CONVERTIR ENERGÍA TÉRMICA AMBIENTAL EN ENERGÍA ÚTIL”.
Para ver imagen solo en
La
presente invención se refiere a una instalación y a un procedimiento para
implementar la instalación para convertir energía térmica disponible en un
ambiente dado a energía útil La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen
y diseños quedan depositados,
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El señor Ever Vargas Araya, mayor, abogado, cédula número
1-2-0346-0317, vecino de San José, en su condición de apoderado especial del
Creadores de Tecnología Createc S. A., de Costa Rica, solicita
Para ver imagen solo en
El invento consiste en una caja diferencial con proporciones
apropiadas para mejorar la eficiencia de los motores de inducción. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El
señor Gastón Baudrit Ruiz, mayor, abogado, cédula número 1-599-078, vecino de
San José, en su condición de apoderado especial de Tibotec Pharmaceuticals, de
Irlanda, solicita
Para ver imagen solo en
Inhibidores
de la replicación del HCV, incluyendo las formas estereoquímicamente
isoméricas, y las sales, hidratos y solvatos de dichos inhibidores. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El
señor Gastón Baudrit Ruiz, cédula 1-599-078, mayor, abogado, vecino de San
José, en calidad de apoderado especial de Janssen Pharmaceutica NV, de Bélgica,
solicita
Para ver imagen solo en
La
presente invención se relaciona con péptidos nuevos que son antagonistas
selectivos del receptor de la hormona de liberación de corticotropina tipo 2
(CRHR2) y las composiciones de éstos para el tratamiento, mejora o inhibición
de afecciones cardiovasculares. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados,
El
señor Gastón Baudrit Ruiz, cédula 1-599-078, mayor, abogado, vecino de San
José, en calidad de apoderado especial de Janssen Pharmaceutica N.V., de
Bélgica, solicita
Para ver imagen solo en
La
presente invención comprende los compuestos de la fórmula (I); en donde R1, R2,
R3 y R4 son como se definió en la descripción. La invención comprende, además,
las composiciones farmacéuticas que comprenden los compuestos de la fórmula
(I). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El
señor Gastón Baudrit Ruiz, cédula 1-599-078, mayor de edad, abogado, apoderado
especial de Alza Corporation, de E.U.A., solicita
El
señor Gastón Baudrit Ruiz, mayor, abogado, cédula número 1-599-078, vecino de
San José, en su condición de apoderado especial de Mentor Corporation de
E.U.A., solicita
El señor Edgar Rohrmoser Zúñiga, cédula 1-617-586, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Eaton Corporation, de E.U.A., solicita el Modelo de Utilidad denominado: APARATO INTERRUPTOR ELÉCTRICO INCLUYENDO UN CIRCUITO DE PRUEBA DE CIRCUITO ABIERTO DE BOBINA DE DISPARO Y SISTEMA QUE INCLUYE AL MISMO.
Para ver imagen solo en
Un disyuntor de circuito
incluye contactos separables, un mecanismo de operación estructurado para abrir
y cerrar los contactos separables y un circuito de disparo incluyendo una
bobina de disparo y un detector de fallas. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El
señor Gastón Baudrit Ruiz, mayor de edad, abogado, con cédula de identidad
número: 1-0599-0078, vecino de San José, en su condición de apoderado especial
de Respivert Limited, de Inglaterra, solicita
El
señor Luis Pal Hededüs, mayor, abogado, cédula número 1-558-219, vecino de San
José, en su condición de apoderado especial de Transtech Pharma, Inc., de los
Estados Unidos de América, solicita
El
señor Ernesto Gutiérrez Blanco, mayor, abogado, cédula de identidad número
1-848-886, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de
Graceway Pharmaceuticals, LLC de los Estados Unidos, solicita
El señor Ernesto Gutiérrez Blanco, mayor de edad, abogado, cédula de identidad número 1-848-886, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Sicpa Holding S. A., de Suecia, solicita el diseño industrial denominado TOALLA SANITARIA.
Para ver imagen solo en
La
presente invención se refiere a un dibujo industrial de toalla sanitaria,
totalmente diferente a las ya conocidas, caracterizada por su forma, color y
ornato que le dan aspecto totalmente peculiar y propio. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
La
señora María del Milagro Chaves Desanti, mayor de edad, abogada, cédula de
identidad número 1-626-794, vecina de San José, en su condición de apoderada
especial de Intra-Cellular Therapies Inc, de Estados Unidos, solicita
El
señor Jorge Tristán Trelles, mayor, abogado, cédula número 1-392-470, vecino de
Santa Ana, en su condición de apoderado especial de Hanmi Holdings Co., Ltd.,
de
El
señor Jorge Tristán Trelles, mayor, abogado, cédula de identidad Nº 1-392-470,
vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Hanmi Holdings
Co., Ltd, de Corea, solicita
Para ver imagen
solo en
La presente invención se relaciona con una
composición farmacéutica sólida para la prevención o tratamiento de desórdenes
cardiovasculares que comprenden amlopidina y losartan como ingredientes
activos, y un desintegrante el cual es una mezcla de por lo menos dos
componentes seleccionados del grupo consistente de glicolato de almidón de
sodio, sodio de crucecarmelosa, y crucepovidona, las cuales exhiben un nivel
alto y estable de tasas de disolución de amlodipina y el losartan. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
La señora María del Milagro
Chaves Desanti, cédula 1-626-794, mayor, abogada, vecina de San José, en
calidad de apoderada especial de Bridgestone Americas Tire Operations, LLC, de
E.U.A., solicita
Para ver imagen
solo en
Una cubierta neumática para uso con
manipuladores de material telescópicos incluye una primera varilla protectora
de flanco concéntricamente continua, que se proyecta radialmente hacia fuera
desde el flanco y que esta localizada por enzima de un punto medio del flaco.
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El
señor Jorge Tristán Trelles, cédula Nº 1-392-470, mayor, abogado, vecino de San
José, en calidad de apoderado especial de Hanmi Holdings Co., Ltd., de Rep. de
Corea, solicita
La señora Silvia Salazar
Fallas, mayor, abogada, cédula de identidad número 1-0622-0930, vecina de Heredia,
en su condición de apoderada especial de
Para ver imagen
solo en
Un colector de orina portado por el usuario,
del tipo compuesto por una base con agujero para el pene fijada en la región
púbica del cuerpo mediante un arnés, provista de una funda de recolección
flexible para colocar el pene dentro de ella. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones
civiles
AVISSOS
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha
recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica
cédula: 3-002-106932, denominación: Asociación Cristiana Oasis de Esperanza,
con siglas A.C.O.E. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las
prescripciones que establece
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula:
3-002-408314, denominación: Asociación Cristiana de Sarchí para
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Agricultores
Ramonenses Bruma y Sol Llano Brenes de San Rafael de San Ramón de Alajuela. Con
domicilio en la provincia de Alajuela, San Ramón, San Rafael, en el salón
comunal de Llano Brenes, costado norte de
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación para el
Desarrollo Integral de Agricultores de Las Brisas de Cutris, Alajuela, con
domicilio en la provincia de Alajuela. Cuyos fines principales entre otros son
los siguientes: Formación de sus asociados, para que tengan más conocimiento y
fomenten toda clase de actividades agrícolas, particularmente toda la
agricultura de carácter no tradicional. Cuyo representante judicial y
extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma, y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto, lo es
el presidente: Edwin García Vargas. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Pescadores
Unidos Bahía Garza de Nicoya, con domicilio en la provincia de Guanacaste. Cuyos
fines principales entre otros son los siguientes: Dotar a los pescadores
asociados a una entidad jurídica que los representa ante las instancias
públicas nacionales e internacionales en lo que se refiera al desarrollo
pesquero. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las demás
limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente: Marvin Jesús
Duarte Bran. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Pescadores
Unidos Bahía Garza de Nicoya, con domicilio en la provincia de Guanacaste.
Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Dotar a los pescadores
asociados a una entidad jurídica que los representa ante las instancias
públicas nacionales e internacionales en lo que se refiera al desarrollo
pesquero. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las demás
limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente: Marvin Jesús
Duarte Bran. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Adultos en
Acción con domicilio en la provincia de San José; cuyos fines principales entre
otros son los siguientes: transmitir a sus asociados el bienestar cultural,
artístico y social. Cuya representante judicial y extrajudicial de la
asociación, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con
las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Miliana
Azofeifa Valverde. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Piedra Angular
de Bebedero de Cañas de Guanacaste, con domicilio en la provincia de
Guanacaste, cuyos fines entre otros serán los siguientes: Tener un albergue
donde se cuide a niños y adultos de escasos recursos. Cuya representante judicial
y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin
límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es la
presidente Alcira Elena Vanegas Carballo. Por encontrarse dicha entidad dentro
de las prescripciones establecidas en
REGISTRO NACIONAL DE DERECHOS
DE AUTOR Y DERECHOS CONEXOS
Paul Enrique Solano Jiménez, cédula uno - siete cero ocho - tres
cuatro nueve, mayor de edad, soltero, Artista Plástico, vecino de San José,
Jardines de Moravia, casa 1-O, solicita se inscriba a su nombre los Derechos
Morales y los Derechos Patrimoniales de
Rodrigo
Umaña Quesada, cédula 1-511-076, vecino de San José, Escazú, Urbanización
Trejos Montealegre, mayor, casado, empresario, apoderado generalísimo sin
límite de suma de Soin-Soluciones Integrales S. A., cédula jurídica
3-101-069227 solicita la inscripción a favor de su representada de la
titularidad de los derechos morales y los derechos patrimoniales en la obra
literaria, colectiva y divulgada que se titula SAPIENS POR SOIN SOFTWARE
PARA RECURSOS HUMANOS. La obra es un software para recursos humanos, que es
una solución que integra las mejores prácticas, gestión de capital humano,
cálculos de nóminas eficientes, disminuyendo la replicación de pasos mediante
una administración inteligente de los procesos relacionados con el área de
recursos humanos. Se presenta código fuente
en sobre, manual técnico y manual del usuario. Publíquese por una sola vez en
el Diario Oficial
El día
veinticuatro de octubre del dos mil once se solicita la inscripción del seudónimo
Anastasia. Publíquese por una sola vez en el diario oficial
DIRECCIÓN
DE GEOLOGÍA Y MINAS
SOLICITUD
DE EXPLOTACIÓN EN CAUCE
DE DOMINIO PÚBLICO
En expediente Nº 23-2010 el señor Gerardo Corrales Morales, mayor,
soltero, empresario, vecino de Cajón de Pérez Zeledón, cédula 1-364-032,
presenta solicitud para extracción de materiales en cauce de dominio público
sobre el Río General.
Localización Geográfica:
Sito
en: Bajos de Pacuar, distrito: 03 Daniel Flores, cantón: 19 Pérez Zeledón,
provincia: 01 San José.
Hoja cartográfica:
Repunta,
escala 1:50.000 del I.G.N.
Localización cartográfica:
Entre
coordenadas generales 357881.40 - 357865.92 Norte, 503511.67 - 503575.92 Este
límite aguas arriba y 356424.97 - 356243.30 Norte, 504263.98 - 504204.18 Este
límite aguas abajo.
Área solicitada:
Derrotero:
Coordenadas del vértice N° 1 357004.41 Norte, 503840.02 Este.
Línea |
Acimut |
Distancia (m) |
1 - 2 |
167°03’31” |
64.84 |
2 - 3 |
180°16’20” |
126.33 |
3 - 4 |
165°55’48” |
54.44 |
4 - 5 |
169°35’18” |
66.12 |
5 - 6 |
156°24’44” |
115.44 |
6 - 7 |
147°11’15” |
95.29 |
7 - 8 |
113°31’58” |
78.70 |
8 - 9 |
121°49’22” |
94.05 |
9 - 10 |
97°34’44” |
43.02 |
10 - 11 |
88°48’50” |
76.45 |
11 - 12 |
93°55’58” |
15.92 |
12 - 13 |
198°13’15” |
191.26 |
13 - 14 |
294°04’16” |
74.05 |
14 - 15 |
294°04’16” |
121.65 |
15 - 16 |
307°41’53” |
75.03 |
16 - 17 |
323°05’01” |
72.75 |
17 - 18 |
327°05’58” |
41.42 |
18 - 19 |
336°51’08” |
69.35 |
19 - 20 |
335°36’21” |
68.95 |
20 - 21 |
339°43’21” |
72.94 |
21 - 22 |
346°01’00” |
53.63 |
22 - 23 |
347°10’49” |
71.87 |
23 - 24 |
349°49’50” |
145.48 |
24 - 25 |
351°21’22” |
75.06 |
25 - 26 |
351°12’17” |
119.70 |
26 - 27 |
349°24’48” |
106.07 |
27 - 28 |
330°48’51” |
46.03 |
28 - 29 |
321°01’50” |
157.95 |
29 - 30 |
320°56’30” |
119.41 |
30 - 31 |
344°38’54” |
74.11 |
31 - 32 |
321°14’41” |
18.17 |
32 - 33 |
333°29’24” |
47.88 |
33 - 34 |
347°53’03” |
93.92 |
34 - 35 |
18°54’20” |
164.51 |
35 - 36 |
21°38’10” |
33.09 |
36 - 37 |
103°32’47” |
66.09 |
37 - 38 |
193°21’58” |
164.10 |
38 - 39 |
172°16’11” |
106.20 |
39 - 40 |
143°36’01” |
9.70 |
40 - 41 |
153°40’04” |
182.68 |
41 - 42 |
144°14’52” |
113.80 |
42 - 43 |
129°18’26” |
38.61 |
43 - 44 |
153°42’36” |
58.25 |
44 - 45 |
160°12’17” |
27.19 |
45 - 46 |
169°09’09” |
77.83 |
46 - 47 |
156°21’42” |
86.61 |
47 - 1 |
164°51’13” |
77.37 |
Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 28 de octubre del
2010, área y derrotero aportados el 25 de abril del 2011.Con quince días
hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a
quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro
Nacional Minero.—San José, a las once horas cuarenta minutos del veinticuatro
de octubre del dos mil once.—Registro Nacional Minero.—Lic. Cynthia Cavallini
Chinchilla, Jefa.—(IN2011085114).
2 v 2.
En expediente Nº 29-2010 el
señor Miguel Quirós Esquivel, mayor, divorciado, empresario, vecino de
Localización Geográfica:
Sito
en: Angostura, distrito: 09 Chires, cantón: 04 Puriscal y distrito 03 San Juan
de Mata, cantón 15 Turrubares, provincia: 01 San José.
Hoja cartográfica:
Hoja
cartográfica Parrita, escala 1:50.000 del I.G.N.
Localización cartográfica:
Entre
coordenadas generales 397140.234 - 397167.108 Norte, 410037.334 - 410025.188
Este límite aguas arriba y 396300.208 - 396302.793 Norte, 410601.185 -
410748.990 Este límite aguas abajo.
Área solicitada:
Derrotero:
Coordenadas del vértice N° 1 357004.41 Norte, 503840.02 Este.
Línea |
Acimut |
Distancia (m) |
1 - 2 |
155°41’ |
29.49 |
2 - 3 |
146°41’ |
62.01 |
3 - 4 |
116°58’ |
49.87 |
4 - 5 |
115°09’ |
40.56 |
5 - 6 |
131°57’ |
74.00 |
6 - 7 |
122°53’ |
41.29 |
7 - 8 |
130°55’ |
67.22 |
8 - 9 |
110°10’ |
93.13 |
9 - 10 |
122°31’ |
62.10 |
10 - 11 |
142°03’ |
75.68 |
11 - 12 |
148°05’ |
75.77 |
12 - 13 |
146°13’ |
79.50 |
13 - 14 |
148°03’ |
64.17 |
14 - 15 |
177°42’ |
40.71 |
15 - 16 |
159°03’ |
119.86 |
16 - 17 |
178°18’ |
45.25 |
17 - 18 |
203°42’ |
50.97 |
18 - 19 |
195°38’ |
80.92 |
19 - 20 |
89°00’ |
147.83 |
20 - 21 |
358°01’ |
78.10 |
21 - 22 |
342°49’ |
51.49 |
22 - 23 |
337°40’ |
59.80 |
23 - 24 |
349°59’ |
157.39 |
24 - 25 |
337°14’ |
108.29 |
25 - 26 |
325°43’ |
88.59 |
26 - 27 |
331°17’ |
72.15 |
27 - 28 |
320°37’ |
75.29 |
28 - 29 |
313°21’ |
130.11 |
29 - 30 |
292°10’ |
82.24 |
30 - 31 |
270°59’ |
47.01 |
31 - 32 |
290°36’ |
48.59 |
32 - 33 |
294°26’ |
61.84 |
33 - 34 |
303°58’ |
74.94 |
34 - 35 |
330°58’ |
53.87 |
35 - 36 |
355°55’ |
20.24 |
36 - 1 |
240°34’ |
82.96 |
Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 21 de diciembre del
2010, área y derrotero aportados el 5 de mayo del 2011.Con quince días hábiles
de término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a quienes
tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional
Minero.—San José, a las trece horas treinta minutos del veinticuatro de octubre
del dos mil once.—Registro Nacional Minero.—Lic. Cynthia Cavallini Chinchilla,
Jefa.—(IN2011085115).
2 v 2.
En expediente Nº 5-2011 el señor Carlos Enrique Alfaro Alfaro, mayor, casado, empresario, vecino de Matina, Limón, cédula 2-413-592, apoderado generalísimo de Desarrollos Henalfa S. A., presenta solicitud para extracción de materiales en cauce de dominio público sobre el Río Barbilla.
Localización Geográfica:
Sito
en: Barbilla, distrito 01 Matina, Cantón 05 Matina, provincia 07 Limón.
Hoja cartográfica:
Hoja
cartográfica Matina, escala 1:50.000 del I.G.N.
Localización cartográfica:
Entre
coordenadas generales 227481.4960 - 227534.3100 Norte, 605775.7250 -
605845.2500 Este límite aguas arriba y 227110.7250 - 227020.9740 Norte,
606726.9570 606701.8610 Este límite
aguas abajo.
Área solicitada:
Derrotero:
Coordenadas del vértice N° 1 227534.3100 Norte, 605845.2500 Este.
Línea |
Acimut |
Distancia (mts) |
1 - 2 |
137°19’45” |
140.477 |
2 - 3 |
127°31’43” |
111.027 |
3 - 4 |
121°14’22” |
60.694 |
4 - 5 |
117°05’31” |
144.770 |
5 - 6 |
112°58’37” |
57.752 |
6 - 7 |
109°49’00” |
50.187 |
7 - 8 |
108°45’32” |
47.617 |
8 - 9 |
107°13’48” |
70.366 |
9 - 10 |
109°55’32” |
72.392 |
10 - 11 |
109°39’17” |
56.911 |
11 - 12 |
107°55’37” |
60.802 |
12 - 13 |
96°40’02” |
65.951 |
13 - 14 |
98°52’06” |
60.702 |
14 - 15 |
195°37’19” |
93.194 |
15 - 16 |
288°56’07” |
61.609 |
16 - 17 |
287°42’55” |
64.301 |
17 - 18 |
285°15’18” |
63.049 |
18 - 19 |
289°56’58” |
61.089 |
19 - 20 |
294°31’31” |
74.807 |
20 - 21 |
288°12’12” |
66.718 |
21 - 22 |
281°51’51” |
103.447 |
22 - 23 |
286°50’52” |
63.110 |
23 - 24 |
296°33’54” |
152.182 |
24 - 25 |
301°30’49” |
68.356 |
25 - 26 |
304°38’50” |
63.597 |
26 - 27 |
311°57’29” |
62.349 |
27 - 28 |
317°05’57” |
57.487 |
28 - 29 |
317°17’35” |
92.998 |
29 - 1 |
52°46’42” |
87.310 |
Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 11 de febrero del
2011, área y derrotero aportados el 11 de febrero del 2011. Con quince días
hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a
quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro
Nacional Minero.—San José, a las catorce horas cincuenta y cinco minutos del
veinticuatro de octubre del dos mil once.—Registro Nacional Minero.—Lic.
Cynthia Cavallini Chinchilla, Jefe.—(IN2011085515).
2 v 2.
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp.
14884A.—Jesús
Barboza Marín solicita concesión de:
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. 14917P.—Condominio Horizontal Residencial Vista Los Sueños,
solicita concesión de:
Exp.
14919P.—Condominio Vistas de
Exp. 14918P.—Condominio Residencial Vertical del
Lago, solicita concesión de:
SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN
DIRECCIÓN
REGIONAL-DEPARTAMENTO LEGAL
EDICTO
Con
base en los hechos que se narran en el oficio CB-cero cero quince-dos mil diez
del 9 marzo del 2010, se emplaza a la señora Bárbara Haselbach, de único
apellido en razón de su nacionalidad austríaca, portadora del pasaporte número
dos cinco ocho ocho ocho cinco seis, para que en el plazo máximo de 60 días
hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, proceda al
desalojo del área ocupada ilegalmente por su persona, ubicada dentro de
N°
11-2011
EL
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Con fundamento en lo establecido en los incisos 10) del artículo 102
de
DECRETA La siguiente
“REFORMA
AL INCISO E) DEL ARTÍCULO 3 DEL
REGLAMENTO A
DE MÉRITOS DEL TRIBUNAL SUPREMO
DE ELECCIONES
Y DEL REGISTRO CIVIL
Artículo único.—Refórmase el inciso e) del artículo 3 del Reglamento a
“e) Integrar el Registro de Elegibles, por lo que deberá someterse a
los trámites y pruebas que determine el Departamento de Recursos Humanos, a fin
de demostrar aptitud física, psíquica y moral para el desempeño del puesto. La
nota con la cual ingresará al respectivo Registro de Elegibles, en estricto
orden de puntuación, estará conformada por el promedio de los factores de
selección que determine el Departamento de Recursos Humanos de acuerdo con lo
que dispone el inciso f) del artículo 5 de este reglamento.”.
Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.
Dado en San José, a los veintisiete días del mes de octubre del año
dos mil once.
Luis Antonio Sobrado González, Magistrado.—Max Alberto Faerron
Esquivel, Magistrado.—Ovelio Rodríguez Chaverri, Magistrado.—1 vez.—O.C. Nº
13034.—Solicitud Nº 3142-11.—C-23420.—(IN2011086242).
Nº 5753-M-2011.—San José,
a las once horas veinte minutos del doce de octubre de dos mil once.
Diligencias de
cancelación de credenciales de concejal propietaria y concejal suplente del
Concejo de Distrito de Alajuela, cantón Alajuela, provincia Alajuela, que
ostentan las señoras Edith Mejía Varela y Ana Krizza Montero López,
respectivamente. Expediente: 400-E-2011.
Resultando:
1º—Mediante oficio
DR-1681-SM-11 del 14 de setiembre de 2011, recibido vía fax en
2º—En auto de las 11:20
horas del 20 de setiembre de 2011, el Magistrado Instructor del expediente
previno a
3º—Mediante memorial Dr
1812-SM-2011 del 26 de setiembre de 2011, recibido en
4º—En el procedimiento se
han observado las prescripciones legales y no se notan defectos que causen
nulidad o indefensión.
Redacta el Magistrado
Esquivel Faerron; y,
Considerando:
I.—Hechos
probados: De interés para la resolución del presente asunto se tienen los
siguientes: a) que las señoras Edith Mejía Varela y Ana Krizza Montero López,
por su orden, son concejal propietaria y concejal suplente, respectivamente,
del Concejo de Distrito de Alajuela, cantón Alajuela, provincia Alajuela, en
virtud de que fueron designados para esos cargos por este Tribunal, según
resolución 0475-E11-2011 de las 13:00 horas del 14 de enero de 2011 (folios
II.—Sobre las renuncias
presentadas. El artículo 56 del Código Municipal regula el tema de la
renuncia de los concejales de distrito, estableciendo que:
“Para ser miembro de un Concejo de Distrito se
deben reunir los mismos requisitos señalados en el artículo 22 del código para
ser regidor municipal, excepto el referente a la vecindad que, en este caso,
deberá ser el distrito correspondiente. En cualquier momento, los miembros de
los Concejos de Distrito podrán renunciar a sus cargos; en tal caso, corresponderá al Tribunal Supremo de
Elecciones reponer a los propietarios cesantes en el cargo (…)” (el subrayado no es del original).
Al
haberse acreditado en el expediente que las señoras Edith Mejía Varela y Ana
Krizza Montero López, en su condición de concejal propietaria y concejal
suplente, respectivamente, renunciaron voluntariamente a sus cargos y que sus
dimisiones fueron conocidas por el Concejo Municipal de Alajuela, lo procedente
es cancelar sus credenciales y llenar las vacantes conforme corresponda.
III.—Sobre la sustitución
de la vacante que deja la señora Edith Mejía Varela: Resulta indispensable
señalar que el ordinal 208 del Código Electoral vigente integra reglas
generales y aplicables para la sustitución de
los funcionarios municipales de elección popular, cuya aplicación resulta
preceptiva a partir de las elecciones nacionales de febrero de 2010 en el caso
de los regidores y, a partir de las elecciones municipales de diciembre de ese
mismo año, en el caso de los concejales de distrito. El numeral citado dispone literalmente:
“ARTÍCULO 208.- Muerte, renuncia o incapacidad del
candidato antes de la elección. Si después de la inscripción de las candidaturas y antes de la votación
para los cargos de diputados, regidores o concejales
de distrito, ocurre la renuncia, el
fallecimiento o la incapacidad de alguno de los candidatos, su lugar se tendrá
como vacante y se llenará ascendiendo, automáticamente, al candidato de la
misma lista que esté colocado en el puesto inmediato inferior.
Si tales circunstancias son posteriores a la
votación, el Tribunal dispondrá la sustitución llamando a ejercer el cargo, por
el resto del período constitucional, a quien en la misma lista obtuvo más votos
o a quien siga en la misma lista, según corresponda.
En caso de muerte, renuncia o incapacidad sobreviniente de los candidatos o
las candidatas a
Esta
norma introduce cambios sustanciales en las
reglas relativas a la sustitución de los miembros
propietarios dado que, previo a la reforma, las sustituciones se rigieron
por lo dispuesto en el artículo 56 del Código Municipal, según el cual
correspondía al Tribunal Supremo de Elecciones “reponer a los propietarios
cesantes en el cargo, con los suplentes del
mismo partido político, siguiendo el orden de elección.”
En consecuencia, al
amparo de la normativa vigente, contenida en el artículo 208 de cita,
corresponde a este Tribunal sustituir a los concejales
propietarios, que deban abandonar sus funciones, remplazándolos por el candidato de igual naturaleza que siga en
la nómina propuesta por el mismo partido político y que no hayan resultado
electos ni hayan sido designados para desempeñar el cargo.
Así las cosas, al haberse
tenido por probado en autos que el candidato que sigue en la nómina de propietarios
propuesta por el partido Renovemos Alajuela, que no resultó electo ni ha sido
designado por este Tribunal para ejercer el cargo, es el señor José Alfredo
Ulloa Peñaranda, lo procedente es designarlo para ocupar dicho cargo a fin de
que sea juramentado como concejal propietario, a la mayor brevedad.
IV.—Sobre la
sustitución de la vacante que deja la señora Ana Krizza Montero López: Tal
como se indicó supra, el artículo 208 párrafo segundo del Código Electoral
regula la sustitución de los concejales de distrito ante circunstancias de
fallecimiento, renuncia o incapacidad de éstos para ejercer el cargo, y
establece que el Tribunal Supremo de Elecciones “dispondrá la sustitución
llamando a ejercer el cargo, por el resto del período constitucional, a quien
en la misma lista obtuvo más votos o a quien
siga en la misma lista, según corresponda”, regla que resulta
plenamente aplicable a los concejales suplentes. En consecuencia, al haberse
tenido por probado en autos que la candidata que sigue en la nómina de
suplentes propuesta por el partido Renovemos Alajuela, que no resultó electa ni
ha sido designada por este Tribunal para ejercer el cargo, es la señora
Floribeth Salas Campos, lo procedente es designarla para ocupar dicho cargo a
fin de que sea juramentado como concejal suplente a la mayor brevedad. Por
tanto:
Se
cancela la credencial de concejal propietaria del Concejo de Distrito de
Alajuela, cantón Alajuela, provincia Alajuela que ostenta la señora Edith Mejía
Varela y en su lugar se designa al señor José Alfredo Ulloa Peñaranda. Se
cancela la credencial de concejal suplente del Concejo de distrito de Alajuela,
cantón Alajuela, provincia Alajuela que ostenta la señora Ana Krizza Montero
López y en su lugar se designa a la señora Floribeth Salas Campos, quien
ocupará el último puesto de la respectiva fracción partidaria. Esta designación
rige a partir de la juramentación y hasta el 30 de abril de 2016. Publíquese en
el Diario Oficial. Notifíquese a las señoras Mejía Varela, Montero López, Salas
Campos, al señor Ulloa Peñaranda y al Concejo Municipal de Alajuela.—Luis
Antonio Sobrado González.—Eugenia María Zamora Chavarría.—Max Alberto Esquivel
Faerron.—1 vez.—O. C. Nº 1553.—Solicitud Nº 3126-11.—C-124820.—(IN2011086756).
N° 5787-M-2011.—San José, a las nueve horas cinco minutos del trece de octubre de dos mil once.
Diligencias de
cancelación de credenciales de concejal propietaria del Concejo de Distrito de
San Francisco, cantón Heredia, provincia Heredia, que ostenta la señora
Lilliana María Zamora Cruz, conocida como Emma María Cruz Calvo. Expediente:
396-S-2011.
Resultando:
1º—En
oficio número SCM-2145-2011 del 9 de setiembre de 2011, recibido el 13 del
mismo mes y año en
2º—En resolución de las
11:40 horas del 20 de setiembre de 2011 este Tribunal, de previo a resolver lo
correspondiente, solicitó a
3º—El 27 de setiembre de
2011
4º—En el procedimiento se
han observado las prescripciones de ley.
Redacta
el Magistrado Sobrado González; y,
Considerando:
I.—Hechos
probados: De relevancia para la resolución del presente asunto se tienen
los siguientes: a) que la señora Lilliana María Zamora Cruz, conocida como Emma
María Cruz Calvo, es concejal propietaria del Concejo de Distrito de San
Francisco, cantón Heredia, provincia Heredia, habiendo sido en su oportunidad
postulada por el partido Movimiento Libertario (ver nómina de candidatos y
resolución de este Tribunal número 0494-E11-2011 de las 09:00 horas del 17 de
enero de 2011, visibles a folios 6 y 7 al 12); b) que el Concejo Municipal de
Heredia, en sesión ordinaria número 111-2011 del 5 de setiembre de 2011, conoció
la renuncia formulada por la señora Zamora Cruz al mencionado cargo (folio 1);
c) que el candidato a concejal propietario que sigue en la nómina del partido
Movimiento Libertario que no resultó electo ni ha sido designado por este
Tribunal para ejercer el cargo en ese Concejo de Distrito es el señor Jorge
Ramírez Vargas (ver integración del Concejo de Distrito y nómina de candidatos
a folios 3, 6 y 15).
II.—Sobre el
procedimiento de sustitución de los concejales propietarios de distrito
mediante el llamado de los candidatos no electos de la misma lista. De
previo al análisis del presente asunto y para su adecuada comprensión, resulta
indispensable indicar que antes de la entrada en vigencia del actual Código
Electoral las reglas de sustitución de los concejales propietarios se regían
por lo dispuesto en el artículo 56 del Código Municipal, sea se completaban “con
los suplentes del mismo partido político, siguiendo el orden de elección”.
Sin embargo, el texto del Código Electoral vigente, en su numeral 208, vino a
establecer nuevas pautas para la sustitución de los funcionarios municipales de
elección popular, las cuales son de aplicación obligatoria a partir de las
elecciones nacionales de febrero de 2010 en el caso de los regidores y a partir
de las elecciones municipales de diciembre de ese mismo año en el caso de los
concejales de distrito.
En efecto, el citado
artículo 208 del Código Electoral dispone:
“ARTÍCULO 208.- Muerte, renuncia o incapacidad del
candidato antes de la elección. Si después de la inscripción de las candidaturas y antes de la votación
para los cargos de diputados, regidores o concejales de distrito, ocurre la renuncia, el
fallecimiento o la incapacidad de alguno de los candidatos, su lugar se tendrá
como vacante y se llenará ascendiendo, automáticamente, al candidato de la
misma lista que esté colocado en el puesto inmediato inferior.
Si tales circunstancias son posteriores a la
votación, el Tribunal dispondrá la sustitución llamando a ejercer el cargo, por
el resto del período constitucional, a quien en la misma lista obtuvo más votos o a quien siga en la misma
lista, según corresponda.
En caso de muerte, renuncia o incapacidad sobreviniente de los candidatos o
las candidatas a
Conforme
lo dispuesto en la norma transcrita, cuando sea necesario realizar la
sustitución de alguno de los funcionarios municipales de elección popular en el
cargo propietario deberá acudirse a la nomina de éstos del mismo partido
político, escogiéndose de entre los mismos y siguiendo el orden de postulación
al que no resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para llenar las
eventuales vacantes.
III.—Sobre
la renuncia formulada por la señora Zamora Cruz: El artículo 56 del Código
Municipal regula que en cualquier momento los miembros de los Concejos de
Distrito podrán renunciar a sus cargos y que corresponderá a este Tribunal
realizar la sustitución.
Ante la renuncia de la
señora Zamora Cruz a su cargo como concejal propietaria del Concejo de Distrito
de San Francisco, cantón Heredia, provincia Heredia, lo que corresponde es,
según lo que establece el citado artículo 208 del Código Electoral, sustituir
el puesto vacante con el candidato que sigue en la lista de propietarios que no
resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para ejercer el cargo,
que en este caso es el señor Jorge Ramírez Vargas, quien debe ser juramentado
por el Concejo Municipal de Heredia a la mayor brevedad. Por tanto:
Se
cancela la credencial de concejal propietaria del Concejo de Distrito de San
Francisco, cantón Heredia, provincia Heredia, que ostenta la señora Lilliana
María Zamora Cruz, conocida como Emma María Cruz Calvo. En su lugar se designa
al señor Jorge Ramírez Vargas como concejal propietario. Esta designación rige
a partir de la juramentación y hasta el 30 de abril de 2016. Publíquese en el
Diario Oficial. Notifíquese a la señora Zamora Cruz, al señor Ramírez Vargas y
al Concejo Municipal de Heredia.—Luis Antonio Sobrado González.—Eugenia María
Zamora Chavarría.—Max Alberto Esquivel Faerron.—1 vez.—O. C. Nº 1553.—Solicitud
Nº 3126-11.—C-81140.—(IN2011086754).
N° 6398-E10-2011.—San José, a las once horas cuarenta y cinco minutos del veintisiete de octubre de dos mil once. Exp. 412-Z-2011
Resultando:
1º—Mediante oficio número DGRE-357-2011 de 27 de
setiembre de 2011 el señor Héctor Fernández Masís, Director del Registro
Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos, remitió a este Tribunal el
informe número DFPP-IM-PMASD-17-2011 de 20 de setiembre de 2011, elaborado por
el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos y denominado: “INFORME
SOBRE EL RESULTADO DE
2º—En auto de las 11:05 horas del 4 de octubre de 2011 el
Tribunal, de previo a resolver lo correspondiente, confirió audiencia por ocho
días hábiles a las autoridades del partido Movimiento Avance Santo Domingo para
que se manifestaran, si así lo estimaban pertinente, sobre el citado informe.
En ese mismo acto se le pidió a
3º—Las autoridades del Partido Movimiento Avance Santo
Domingo no contestaron la audiencia conferida.
4º—Por oficio número DGRE-381-2011 de 7 de octubre de
2011 el Lic. Gerardo Abarca Guzmán, Secretario General de la indicada
Dirección, señaló que el partido Movimiento Avance Santo Domingo no tiene
multas pendientes de cancelación ni obligaciones con
5º—En los procedimientos se han observado las
prescripciones de ley.
Redacta
el Magistrado Rodríguez Chaverri; y
Considerando
I.—Hechos
probados: De relevancia para la resolución de este asunto se tienen los
siguientes: 1) Que en resolución n.° 4129-E8-2009 de las 15:20 horas del
3 de setiembre de 2009, este Tribunal fijó el monto de la contribución estatal
a los partidos políticos, correspondiente a las elecciones municipales a
celebrarse en diciembre de 2010, en ¢4.684.070.820,00 (folios 32-33). 2) Que
por resolución Nº 1092-E10-2011 de las 11:00 horas del 23 de febrero de 2010 el
Tribunal estableció que al partido Movimiento Avance Santo Domingo (PMASD), le
corresponde, por concepto de contribución estatal, un monto máximo de ¢13.449.112,08
(folios 34-39). 3) Que
II.—Principio de comprobación del gasto aplicable a las liquidaciones de
gastos presentadas por los partidos como condición para recibir el aporte
estatal: En materia de la contribución estatal al financiamiento de las
agrupaciones partidarias existe un régimen jurídico especial que asigna, al
Tribunal Supremo de Elecciones, el mandato de revisar los gastos de los partidos
políticos con el fin de reconocer, en forma posterior y con cargo a la
contribución estatal, únicamente aquellos gastos autorizados por la ley y en
estricta proporción a la votación obtenida.
Este Tribunal, en atención a este modelo de verificación de los gastos
estableció, desde la sesión Nº 11437 del 15 de julio de 1998 que, para que los
partidos políticos puedan recibir el aporte estatal, es determinante la
verificación del gasto, al indicar:
“Para recibir el aporte del Estado, dispone el inciso 4)
del artículo 96 de
No
obstante que el actual sistema de financiamiento estatal estableció un
mecanismo de comprobación y liquidación de gastos más sencillo para los
partidos políticos, pues ahora este es efectuado por
III.—Objeciones sobre los gastos rechazados por el Departamento de
Financiamiento de Partidos Políticos: Según
la revisión técnica efectuada por el Departamento de Financiamiento de Partidos
Políticos, al PMASD se le debe reconocer, con recursos de la contribución
estatal, el equivalente al 24,41% del monto máximo que le corresponde por
concepto de financiamiento estatal. En
todo caso, resulta indispensable indicar que el PMASD no contestó la audiencia
otorgada para esos efectos en la resolución de las 11:05 horas del 4 de octubre
de 2011; en consecuencia, carece de interés cualquier pronunciamiento que
vierta el Tribunal al respecto.
IV.—Gastos aceptados al Partido Movimiento Avance Santo Domingo: De
acuerdo con los elementos que constan en autos, de la suma de ¢13.449.112,08
que fue establecida como la cantidad máxima a la cual podía aspirar el PMASD a
recibir del aporte estatal por participar en la elecciones municipales de
diciembre de 2010, esta agrupación política presentó una liquidación de gastos
inferior a ese monto por ¢7.603.582,93.
Tras la correspondiente revisión de esos gastos, el Departamento de
Financiamiento de Partidos Políticos tuvo como erogaciones válidas y
justificadas del PMASD la suma de ¢3.283.915,50 y que resulta
procedente, de acuerdo con la revisión efectuada, reconocer y girar a ese
Partido.
Importa aclarar, adicionalmente, que del monto total de la contribución
estatal a que tenía derecho la agrupación política queda un sobrante de
¢10.165.196,58 el cual deberá retornar a las arcas del Estado.
V.—Gastos en proceso de revisión: Sobre el particular es
indispensable indicar que no existen gastos en proceso de revisión.
VI.—Retenciones por morosidad con
Finalmente, está debidamente acreditado que esa agrupación partidaria
realizó la publicación anual para el periodo comprendido entre el 1° de julio
de 2009 y el 30 de junio de 2010 en un diario de circulación nacional, de la
lista definitiva de contribuyentes y del estado auditado de las finanzas
partidarias, tal y como lo exige el artículo 135 del Código Electoral.
VII.—Monto total o parcial a girar. Del resultado final de la
liquidación de gastos presentada por el PMASD procede reconocerle la suma de ¢3.283.915,50
relativa a su participación en las elecciones municipales de diciembre de 2010.
Dado que al PMASD le corresponde, por concepto de contribución estatal, un
monto máximo de ¢13.449.112,08 y siendo que presentó, únicamente, una
liquidación de gastos por ¢7.603.582,93, de los cuales corresponde girarle la
suma indicada de ¢3.283.915,50, importa aclarar que la diferencia restante de
¢10.165.196,58 retornará a las arcas del Estado. Por tanto:
De
acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107 del Código Electoral y 72 del
Reglamento sobre el Financiamiento de los Partidos Políticos, proceda el
Ministerio de Hacienda, por intermedio de
Registro
Civil-Departamento Civil
OFICINA
DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Exp. Nº 39161-2010.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas treinta minutos
del seis de julio del dos mil once. Diligencias de ocurso presentadas por,
Ricardo Otárola Salazar, mayor, casado, operario industrial, costarricense,
cédula de identidad número tres-trescientos veintiséis-doscientos treinta y
ocho, vecino de Juan Viñas, Jiménez, Cartago; tendente a la rectificación de su
asiento de nacimiento..., en el sentido que la fecha de nacimiento de la
persona ahí inscrita es “diez de agosto de mil novecientos setenta y tres”.
Conforme lo señala el artículo 66 de
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por
Mirna Scarleth Ordóñez Bermúdez, ha dictado una resolución que en lo conducente
dice: Resolución Nº 1523-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de
Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas del catorce de julio del dos mil
once. Exp. Nº 6879-11. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—.... Considerando:
I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:...,
Por tanto, rectifíquese el asiento de nacimiento de Merelyn Escarleth Suárez
Ordóñez..., en el sentido que el nombre y la nacionalidad de la madre de la
persona ahí inscrita son “Mirna Scarleth” y “nicaragüense”
respectivamente.—Lic. Óscar Fernando Mena Carvajal, Director General a. í.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2011264889.—(IN2011086057).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Francisca González Sánchez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1752-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas treinta y dos minutos del nueve de agosto del dos mil once. Exp. Nº 14616-2011. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquese el asiento de nacimiento de Yamileth de los Ángeles Sánchez González...; en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre... son “Francisca González Sánchez”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2011264870.—(IN2011086058).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Dorita Medrano Cerdas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1918-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas y veinte minutos del veinticuatro de agosto del dos mil once. Ocurso. Exp. N° 18412-2011. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquese el asiento de nacimiento de Adrián Gerardo Cascante Cerdas,..; en el sentido que los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita son “Medrano Cerdas”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2011264819.—(IN2011086059).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Jorge Ramón Mora Oporto, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2205-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas y quince minutos del veintitrés de setiembre del dos mil once. Exp. Nº 22534-2011. Resultando: 1º—..., 2º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquese el asiento de matrimonio de Anastasio Mora Cerdas con Concepción Oporto Oporto; en el sentido que el segundo apellido de la madre de la cónyuge, consecuentemente el segundo apellido de la misma es “Martínez”; el asiento de nacimiento de Jorge Ramón Mora Oporto; en el sentido que el segundo apellido de la madre del mismo es “Martínez” y el asiento de matrimonio de Jorge Ramón Mora Oporto con Hilda Rosa Jiménez Zamora; en el sentido que el nombre del padre y el segundo apellido de la madre del cónyuge son “Anastasio” y “Martínez” respectivamente y no como se consignaron.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2011264818.—(IN2011086060).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Byron José Morán López, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2338-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas diez minutos del tres de octubre del dos mil once. Ocurso. Exp. N° 30279-2011. Resultando: 1º—..., 2º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquese el asiento de nacimiento de Stefanie Johana Morán Castillo…; en el sentido que el primer nombre del padre... es “Byron”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2011264962.—(IN2011086061).
Se
hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Grettel
Leandro Rodríguez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº
335-2001. Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina Actos Jurídicos.—San
José, a las once horas cinco minutos del primero de marzo del dos mil uno.
Diligencias de ocurso incoadas en este Registro por Grettel Leandro Rodríguez,
costarricense, soltera, del hogar, cédula número tres-trescientos setenta y
seis-cero setenta y siete, vecina de Barrio Nuevo, Siquirres, Limón. Exp. Nº
20025-2000, Resultando: I.—..., II.—..., Considerando: I.—Hechos probados:...,
II.—Sobre el fondo:...; Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de
Megan Alejandro Talavera Leandro, que lleva el número cuatrocientos setenta y
ocho, folio doscientos treinta y nueve, del tomo doscientos setenta y dos, de
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por, Xochil de los Ángeles Dávila Gómez, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1895-2011. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas cuarenta y tres minutos del veintitrés de agosto dos mil once. Exp. Nº 27149-2011. Resultando: 1º—..., 2º—...; Considerando: I.—Hechos probados... II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo..; Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de, Axel Mauricio Rivera Dávila y Kristel Pamela Rivera Dávila, en el sentido que el nombre de la madre de los mismos es... “Xochil de los Ángeles”.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—1 vez.—RP2011265178.—(IN2011086458).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por, Heidy María Lefebre Espinoza, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 212-2008.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos. San José, a las catorce horas treinta minutos del veintidós de enero del dos mil ocho. Ocurso. Exp. 30363-07. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de, Jamell Rashy Neathly Valverde... en el sentido que los apellidos de la madre del mismo son “Lefebre Espinoza” y no como se consignó.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—Licda. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—RP2011265188.—(IN2011086459).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Sherlyn Ester Rodríguez Varela, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2783-2010. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas diez minutos del tres de diciembre del dos mil diez. Ocurso. Exp. Nº 38462-2010. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Christopher Vásquez Rodríguez ...; en el sentido que el nombre de la madre de la persona ahí inscrita es “Sherlyn Ester” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2011086281).
SECCIÓN DE
OPCIONES Y NATURALIZACIÓN
Avisos de solicitud de
naturalización
Saúl Antonio Velásquez Umanzor, mayor,
soltero, administrador, salvadoreño, cédula de residencia 122200067515, vecino
de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense
ante
Juan
Francisco Muñoz Escalona, mayor, casado, doctor en educación, chileno, cédula
de residencia 115200064121, vecino de Cartago, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante
Juan
Carlos Munera Miranda, mayor, soltero, técnico en materiales de
infraestructura, colombiano, cédula de residencia 117000525026, vecino de San
José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
María
Alejandra Avilés González, mayor, soltera, estudiante, nicaragüense, cédula de
residencia 155807581714, vecina de San José, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante
Ángela
Reyna Mendoza Rodríguez, mayor, soltera, colaboradora regular, nicaragüense,
cédula de residencia 155809041813, vecina de San José, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante
Claudia
Llineht Restrepo Garcés, mayor, casada, auxiliar de contabilidad, colombiana,
carné de refugiada 117000964135, vecina de San José, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante
Geovanny
Alexander Sequeira Fonseca, mayor, soltero, misceláneo, nicaragüense, cédula de
residencia 155806333402, vecino de San José, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante
Karla
Vanessa Marín Martínez, mayor, soltera, estudiante, nicaragüense, cédula de
residencia 135-RE-060921-00-1999, vecina de San José, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante
Diego
Fernando Mantilla Sandoval, mayor, soltero, comerciante, colombiano, cédula de
residencia 117000449811, vecino de San José, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante
Erasmo
Antonio García, mayor, soltero, comerciante, nicaragüense, cédula de residencia
155814737007, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante
Yung
Hsieh Lo Hu, mayor, soltera, estudiante, china, cédula de residencia
115800020110, vecina de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
Modificación al Programa Anual
de Adquisiciones 2011
De
conformidad con lo estipulado en el artículo Nº 6 de
Descripción |
Monto
equivalente según vigencia
del contrato |
Cuatrimestre |
Vigencia Del Contrato |
Servicios de aseo en
Centros Médicos Regionales |
¢487.904.000,00 |
III |
48 meses |
Lic.
Francisco Cordero Fallas, Jefe de Departamento Proveeduría.—1 vez.—O.C.
19100.—Solicitud Nº 0361.—C-13445.—(IN2011087876).
LICITACION
PÚBLICA N° 2011LN-111014-UL
Servicios
de aseo en Centros Médicos Regionales
El Instituto Nacional de Seguros recibirá ofertas por escrito hasta
las 9:00 horas del 15 de diciembre del 2011 para la presente contratación.
Adicionalmente,
se les comunica que es requisito indispensable presentarse a cada sitio de
interés, para verificar los lugares así como demás condiciones.
La
coordinación de la visita deberá realizarse con el encargado designado para
cada lugar, según el siguiente detalle.
CMR |
Horario |
Dirección del Centro Médico |
Teléfono |
Contacto |
Alajuela |
8- |
50 N del Antiguo Hospital San
Rafael de Alajuela, contiguo a |
2440-9685 |
Claudia Alfaro |
Cartago |
8- |
500 S y 100 O del Banco
Nacional Cartago Centro, contiguo a Sede del INS. |
2550-4061 |
Ronald Perlas |
Ciudad Neilly |
8- |
Frente a la terminal de buses
de Ciudad Neilly, contiguo a |
2783-3352 |
Sonia Parra |
Guápiles |
8- |
800 E del Hospital de
Guápiles, contiguo a Sede del INS. |
2710-4762 |
Elvia Chávez |
Heredia |
8- |
200 O y 25 N del Estadio
Rosabal Cordero, detrás de |
2263-9856 |
Johnny Rojas |
Liberia |
8- |
Avenida 25 de Julio, detrás de
Sede del INS. |
2666-0479 |
Clara Huertas |
Limón |
8- |
Limón Centro, contiguo a Sede
INS y bomberos. |
2798-9586 |
Jazmín Picado |
Nicoya |
8- |
Frente a la estación de
bomberos, contiguo a Sede del INS. |
2210-9183 |
Manuel Molina |
Puntarenas |
8- |
Costado Este de |
2661-9336 |
Teresita Bravo |
San Ramón |
8- |
50 N del Banco de Costa Rica
sede San Ramón, contiguo a Sede del INS. |
2447-9254 |
Mauricio Villalobos |
Turrialba |
8- |
50 O de la estación de
servicios Hermanos Orozco, contiguo a Sede del INS. |
2556-1106 |
Lorena Thiele |
CMR= CENTRO MÉDICO REGIONAL.
Al respecto, es importante que el Oferente considere en dicha visita
las áreas comunes que existan entre
En caso de no efectuar la visita, la oferta será desestimada.
Los interesados pueden pasar a retirar el pliego de condiciones, sin
costo alguno, en el Departamento de Proveeduría, ubicado en el octavo piso del
Edificio de Oficinas Centrales o bien pueden ubicarlo en el sitio de internet
www.mer-link.co.cr o www.mer-link.go.cr.
San José, 7 de noviembre del 2011.—Departamento Proveeduría.—Msc.
Francisco Cordero Fallas, Jefe a. í.—1 vez.—O. C. Nº 19180.—Solicitud Nº
0554.—C-49540.—(IN2011087857).
HOSPITAL DR. TOMÁS CASAS
CASAJÚS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2011LA-000004-2703
Suministro de carnes de res y cerdo
El
Área Gestión de Bienes y Servicios del Hospital Dr. Tomás Casas Casajús,
comunica que ya se encuentra disponible el Concurso de
Para mayor información
ingresar en la página Web www.ccss.sa.cr., teléfonos 2786-4065 / 2786-8160, fax
2786-4065.
Ciudad
Cortés, 3 de noviembre del 2011.—Área
Gestión de Bienes y Servicios.—Sergio Li Wong, Jefe.—1
vez.—(IN2011087774).
DIRECCIÓN DE COBROS
LICITACIÓN
PÚBLICA 2011LA-000001-1124
Adquisición
de una Plataforma Tecnológica para el
Centro de Llamadas de
de
Se informa a los interesados que está disponible el cartel de
El cartel
se puede encontrar en dirección electrónica: http://www.ccss.sa.cr, en la
siguiente ruta: Transparencia/Licitaciones/UP-1124/Públicas.
También
se puede adquirir en la fotocopiadora ubicada en el piso comercial del edificio
anexo de
San José, 7 de noviembre de 2011.—Lic. Luis Diego Calderón Villalobos,
Director de Cobros.—1 vez.—(IN2011087778).
HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS
ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y
SERVICIOS
LICITACIÓN NACIONAL
2011LN-000021-2102
Adquisición de reactivos
para división de química clínica
San
José, 7 de noviembre de 2011.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic.
Daniel Castro Vargas, Coordinador.—1 vez.—(IN2011087833).
CONTRATACIÓN DIRECTA
2012CD-000028-01 (Invitación)
Contratación del
servicio de médico de empresa
Concurso:
2012CD-000028-01. Fecha de apertura: 18/11/2011. Hora: 11:00 a. m. ítem único:
Contratación del servicio de médico de empresa
El
cartel completo que rige esta contratación se encuentra disponible en
Unidad
de Contratación Administrativa.—Lic. Carlos Sandoval Torres, Jefe.—1
vez.—(IN2011087839).
PROCESO
DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN
ABREVIADA 2011LA-000101-01
(Modificación y prórroga)
Equipos
de respaldo para sistemas cómputo masivos
El Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje,
informa a los proveedores interesados en participar en
Especificaciones técnicas:
1. En
relación a las especificaciones técnicas del bien a adquirir en la línea Nº 1,
se debe considerar lo siguiente:
a. El
equipo a adquirir debe ser ampliable mínimo a 50 KVA.
b. El tiempo de respaldo debe ser de al menos 10 minutos para la carga
inicial 10 KVA.
c. Frecuencia de entrada de 60 Hz con un rango mínimo de +/- 5 Hz.
d. Voltaje de entrada 208/120 VCA con un rango mínimo de +/- 10 %.
2. En
relación a las especificaciones técnicas del bien a adquirir en la línea Nº 2,
se debe considerar lo siguiente:
a. Frecuencia
de entrada de 60 Hz con un rango mínimo de +/- 5 Hz.
b. Voltaje de entrada 240/120 VCA con un rango mínimo de +/- 10 %.
El resto de las especificaciones y condiciones del cartel en general,
se mantiene invariable.
Debido a lo anterior, la fecha de apertura de esta licitación se
prorrogó para el próximo 18 de noviembre del
Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O.C. Nº 21533.—Solicitud
Nº 46813.—C-34935.—(IN2011087834).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2011LA-000106-01
Compra
de equipo de procesamiento
de alimentos de industria
alimentaria
El Proceso de Adquisiciones de
Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O.C. Nº 21533.—Solicitud Nº
46813.—C-14340.—(IN2011087836).
PROGRAMA
DE GESTIÓN INTEGRADA
DEL RECURSO HÍDRICO
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-000006-OC
Suministro
e instalación de tuberías, válvulas
y accesorios para el proyecto de
riego Ajenjal
Objetivo de
Ubicación
geográfica: El
proyecto está ubicado en los asentamientos IDA Cañera, Ajenjal Consumidero,
distrito Paraíso, cantón Paraíso, provincia de Cartago, a una distancia
aproximada de
Visita
al proyecto: La
visita al proyecto se programa para el día 17 de noviembre de
Financiamiento: esta licitación será
financiada con recursos provenientes del Banco Centroamericano de Integración
Económica (BCIE), conforme con los términos establecidos en el Contrato
Préstamo Nº 1709, suscrito entre el BCIE y el Gobierno de
Organismo
ejecutor:
Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento (SENARA).
Entrega
de documentos y recepción de ofertas: Los documentos para la presente licitación,
podrán retirarse en
La
autoridad competente de la aprobación y adjudicación de la presente licitación,
es
Lic. Xinia Herrera Mata, Coordinadora Unidad de Servicios
Administrativos.—1 vez.—O. C. 210-11.—Solicitud Nº
43012.—C-50140.—(IN2011087862).
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA N°
2011LA-000046-PROV
Contratación de servicio
de bombeo de combustible de
gasolina súper y diesel en una estación de
servicio
cercana al Primer Circuito Judicial
de San José para los vehículos
de diversos despachos de la zona
Se
comunica a todos los interesados en el procedimiento de contratación de
referencia, que por acuerdo del Consejo Superior del Poder Judicial en sesión
93-11 celebrada el día 3 de noviembre de 2011, artículo IV, se dispuso declarar
infructuoso el procedimiento licitatorio.
San
José, 7 de noviembre de 2011.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares
Leitón, Jefa.—1 vez.—(IN2011087840).
HOSPITAL
SAN VICENTE DE PAÚL
LICITACION
PÚBLICA NACIONAL 2011LN-000001-2208
Según demanda
por suministro
de pan vario y repostería
Heredia, 4 de noviembre del 2011.—Lic. Jhonderth Cruz Sandí, Director
Administrativo A/C.—1 vez.—(IN2011087769).
APROBACIÓN
LISTA Nº 2
Contratación de servicios de topografía
con tecnología LIDAR
para proyectos hidroeléctricos
Fondos
BID Préstamo Nº 1908/OC-CR-BID
El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en
la lista Corta arriba mencionada, que según nota 0510-1411-2011 del 1 de
noviembre del 2011, de
Stereocarto y Aerodiva.—(Oferta 3).
Geo Digital.—(Oferta 4).
Wire Services.—(Oferta 5).
Blom Sistemas Geoespaciales.—(Oferta 6).
Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los
términos de las ofertas de interés.
San José, 7 de noviembre del 2011.—Luis Fernando Araya Montero,
Licitaciones-Proveeduría Corporativa.—1 vez.—O. C. Nº 356441.—Solicitud Nº
47482.—C-16130.—(IN2011087785).
OFICINA EJECUTORA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2009LN-000009-PROTURISMO
Concesión de 4 lotes
libres en el Polo Turístico Golfo Papagayo
Se acuerda:
A) De
conformidad con el Comunicado de Acuerdo N° CDP-130-2011 tomado por el Consejo
Director del Polo Turístico Golfo de Papagayo y con fundamento en el oficio N°
PGP-629-2011 suscrito por el Ing. Henry Wong Carranza, Director Ejecutivo a. í.
del PTGP, declarar infructuoso el procedimiento para la adjudicación del lote
N° l y el lote N° 3 contenidas en
3
de noviembre del 2011.—Polo Turístico Golfo de Papagayo.—Ing. Henry Wong
Carranza, Director Ejecutivo a. í.—1 vez.—O. C. Nº 14298.—Solicitud Nº
20304.—C-17920.—(IN2011087559).
PROCESO
DE ADQUISICIONES
COMPRA DIRECTA
2011CD-000111-03
Compra
de materiales para elaborar quesos
El Proceso de Adquisiciones de
• Al
oferente Nº 1, Asesoría en Alimentos Alfa S. A., se le adjudican las
líneas 1 y 3, por un monto total de $673.86 por cumplir con lo solicitado en el
cartel según informe técnico emitido por
• Se declara infructuosa la línea 2 debido a que no fue cotizada
por el único oferente.
Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O.C. Nº 21533.—Solicitud Nº
46813.—C-19710.—(IN2011087835).
CONCEJO
MUNICIPAL DE DISTRITO DE COLORADO
LICITACIÓN
ABREVIADA 2011LA-000006-01
Adquisición
de alcantarillas para caminos vecinales
y cunetas para barrio Las Flores
de Colorado
El
Concejo Municipal de Distrito de Colorado, informa a los participantes en esta
licitación, que la misma fue adjudica, a la empresa Fábrica de Tubos Campeón
Ltda.
ítem |
Descripción |
Cantidad |
Precio unitario |
Total |
01 |
Alcantarillas
de |
70 |
¢85.900,00 |
¢6.013.000,00 |
02 |
Cunetas de
concreto hexagonal de |
674 |
¢4.000,00 |
¢2.696.000,00 |
Total adjudicado |
¢8.709.000,00. |
Todo amparado a las condiciones solicitadas,
contenido presupuestario y las ofertas presentadas, queda a disposición de los
interesados el expediente según concurso en las oficinas de
Colorado, Abangares, Guanacaste.—Proveeduría Idaly Guzmán Mejías.—1
vez.—RP2011265911.—(IN2011087818).
COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA
RICA
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-000003-CAB
Servicios
de seguridad y vigilancia para el Colegio
de Abogados de Costa Rica
El Departamento de Proveeduría del Colegio de Abogados informa que la
licitación arriba descrita le fue adjudicada a la empresa JW Investigaciones
S. A., por un monto total de ¢61.712.817,00 anuales.
Lic. Merari Herrera Campos, Oficina de
Proveeduría.—1 vez.—O. C.
Nº 8282.—Solicitud Nº 48616.—C-9870.—(IN2011087788).
COMPRA
DIRECTA Nº 2011CD-000240-BCCR
REMATE DE
DOS UPS
El Departamento de Proveeduría del Banco Central de Costa Rica (BCCR),
avisa a todos los interesados que a las 10:00 horas del día 25 de noviembre del
2011, se rematará al mejor postor, el siguiente equipo:
Renglón
único: Dos UPS,
con las siguientes características:
Cantidad |
Descripción |
Fabricante |
Modelo |
Estado |
1 |
UPS 100 KVA |
Liebert |
- |
Desecho |
1 |
UPS 375 KVA |
Liebert |
28-200 |
Desecho |
Precio Base: ¢424.530,00 (Cuatrocientos
veinticuatro mil quinientos treinta colones exactos) Avalúo Nº
DAD-DSI-465-2011, de fecha 25 de octubre del 2011 |
Retiro del cartel: Los interesados pueden retirar
el cartel en el Departamento de Proveeduría del BCCR, edificio principal,
avenida central y primera, calles 2 y 4, en el siguiente horario: de lunes a
viernes de 9:15 a. m. a 4:15 p. m. y adicionalmente estará disponible en forma
gratuita a partir del día siguiente a la fecha de esta publicación en la
dirección electrónica: http://www.bccr.fi.cr/documentos/proveeduria/publicacionesproveeduria.asp
Lugar de exhibición de los equipos: Las UPS podrán revisarse en
las bodegas del BCCR, situada en Moravia, la visita y revisión deberá
coordinarse de previo con el funcionario Alberto Richmond F., al número de
teléfono 2243-3423 o al correo electrónico richmondfa@bccr.fí.cr
7 de noviembre del 2011.—Rolando Protti B., Director Departamento de
Proveeduría.—1 vez.—O. C. 11674.—Solicitud Nº 1726.—C-24720.—(IN2011087874).
HOSPITAL
NACIONAL PSIQUIÁTRICO
ÁREA DE
GESTIÓN BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000003-2304
Ítem
único: Compra e instalación de central telefónica
Se comunica a los interesados en esta Licitación Abreviada, que
Ver detalles en: http://www.ccss.sa.cr.
San José, 2 de noviembre del 2011.—Subárea Contratación
Administrativa.—Lic. Tatiana López Quesada, Mba. Jefa.—1 vez.—(IN2011087842).
LICITACIÓN
PÚBLICA NACIONAL N° 2011LN-000005-OC
Perforación
exploratoria del subsuelo y armado
de piezómetros para la
investigación del Acuífero
Tempisque Guanacaste
El Servicio Nacional de Aguas Subterráneas Riego y Avenamiento en
referencia a
La gira
comprende los días 29 y 30 de noviembre 2011, El punto de encuentro para la
visita al proyecto, será en Restaurante del Hotel Boyeros, Liberia Guanacaste,
el día martes 29 de noviembre de
Para
mayor información comunicarse al teléfono 2257-9733 ext. 546, con los Geólogos
Julio Elizondo y Jonathan Chinchilla.
Lic. Xinia Herrera Mata, Coordinadora de
POPULAR
SOCIEDAD AGENCIA DE SEGUROS S. A.
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000001-PSASSA
(Enmienda Nº 2)
Compra
y alquiler de equipo de cómputo
Les comunicamos a los interesados en participar
en el concurso en referencia, que deben pasar a la oficina del Área
Administrativa y Financiera de Popular Sociedad Agencia de Seguros S. A.
ubicada en el 5to. piso del edificio Metropolitano del Banco Popular y de
Desarrollo Comunal, avenidas 2 y 4, calle 1, en un horario de lunes a viernes
de 9:00 a. m. a 4:00 p. m. a retirar
Podrán solicitar información adicional vía fax al Nº 2211-7003 o vía
telefónica al Nº 2211-7013 / 2211-7998 / 2211-7514 o a los correos electrónicos
rmedrano@bp.fi.cr con Mélida Medrano Cáceres, Proveedora,
dimoya@bp.fi.cr)@bp.fi.cr con Diego Moya Vargas, Asistente Área de Tecnología
de Información, madiaz@bp.fi.cr con María Eugenia Díaz Artavia, Jefa Área de
Tecnología de Información.
San José, 4 de noviembre del 2011.—Área Administrativa y
Financiera.—Lic. Mélida Medrano Cáceres, Proveedora.—1 vez.—(IN2011087781).
AL PÚBLICO EN GENERAL
El texto está a
disposición de los interesados en la página Web:
y con el siguiente orden:
Documentación-Documentos-Reglamentos Técnicos.
También puede ser
retirado en nuestras instalaciones ubicadas en San José, barrio González
Lahmann, avenida 8, calles 21 y 25.
Rige a partir del 27 de
julio del año 2011.
San
José, 31 de octubre 2011.—Ing. Wálter Quirós Ortega, Director Ejecutivo.—1
vez.—(IN2011086277).
MUNICIPALIDAD
DE SANTA CRUZ
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Se
transcribe acuerdo del Concejo Municipal de Santa Cruz, en su sesión ordinaria
Nº 36-2011, artículo 6, inciso 1 del 6 de setiembre del presente año y que
dice:
Se
acuerda por unanimidad: aprobar en todos sus extremos el dictamen de
Santa Cruz, 2 de noviembre del 2011.—Lic. Keylor Jaén Rosales,
Proveedor Municipal a. í.—(IN2011086333).
REGLAMENTO GENERAL PARA
LICENCIAS
MUNICIPALES EN TELECOMUNICACIONES
Considerando:
I.—Que
la apertura del sector de telecomunicaciones en nuestro país fue parte de los
compromisos que adquirió Costa Rica al entrar en vigencia el Tratado de Libre
Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana.
II.—Que
III.—Que dentro del marco
regular existente la “Ley General de Telecomunicaciones Nº 8642, del 4 de junio
de
IV.—Que complemento
esencial a
V.—Que la liberalización
del mercado de las telecomunicaciones y los constantes avances tecnológicos en
los últimos años, han motivado la aparición de nuevos servicios de
comunicación, acompañados de un aumento y multiplicación de instalaciones de
telecomunicaciones a las ya existentes, que suponen un impacto visual y
medioambiental en el entorno urbano y natural, por lo que surge la necesidad a
VI.—En cuanto a
VII.—Que los aspectos
relacionados con el ambiente humano y natural serán resguardados conforme a
VIII.—Las Obras
Constructivas de Telecomunicaciones se consideran equivalente a mobiliario o
equipamiento urbano, como son la construcción de una estructura de
electrificación, instalación de un semáforo, casetilla de teléfono público,
alcantarilladlos, etcétera, y por lo tanto:
De conformidad con lo
dispuesto en el Código Municipal Arts. 4, 13 y 43, el Departamento de
Planificación Urbana y Control Constructivo recomienda que
REGLAMENTO GENERAL PARA
LICENCIAS
MUNICIPALES EN TELECOMUNICACIONES
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo
1º—Este Reglamento tiene como objeto establecer los requisitos y procedimientos
para optar por
Artículo 2º—Se establecen
como sus objetivos específicos:
1. Asegurarse
de que las Obras Constructivas sean realizadas de conformidad con las
especificaciones técnicas bajo las cuáles fueron autorizadas.
2. Propiciar
razonablemente la minimización del impacto visual y ambiental sin perjuicio de
la legislación nacional vigente.
3. Asegurarse
de que las actividades desplegadas se enmarquen dentro de las regulaciones
existentes en materia de patentes, de acuerdo al artículo 79 del Código
Municipal y
Artículo
3º—Están sometidas al presente Reglamento en la jurisdicción del cantón de
Liberia, todas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que
requieran o soliciten Licencias Municipales, en condición de Operador,
Proveedor de Infraestructura, Proveedor, o en cualquier condición similar,
independientemente de las áreas donde se encuentren instaladas, ya sea de
dominio público, acceso público o dominio privado o áreas privadas.
Artículo 4º—Para los
efectos de la presente normativa se adoptan las siguientes definiciones:
1. Ampliación
y Modificación de
2. Bienes de
Dominio Público: Son aquellos que por voluntad expresa del legislador o
disposición municipal, tienen un destino especial de servir a la comunidad o al
interés público.
3. Canon por
utilización de espacio público municipal: Es el monto a cancelar por la
utilización de los espacios públicos municipales, de conformidad con el
artículo 79, de
4. Federación
de Municipalidades: Es la asociación de municipalidades constituida conforme a
las disposiciones del Código Municipal.
5. Licencia
de Construcción: la autorización expedida por
6. Licencia
Comercial: la autorización expedida por
7. Obra
Constructiva: torre y su obra civil relacionada, que sirven para satisfacer los
requerimientos de instalación de antenas y equipos utilizados para la
transmisión inalámbrica en los servicios de telecomunicaciones, ubicados dentro
de un predio.
8. Operador:
Persona física o jurídica, pública o privada, que explota redes de
telecomunicaciones con la debida concesión o autorización, las cuales podrán
prestar o no servicios de telecomunicaciones disponibles al público en general.
9. Patente:
Impuesto a pagar por la realización y explotación de una actividad comercial,
industrial o de servicios dentro de la jurisdicción del cantón, de conformidad
con la ley de patentes vigente y su reglamento.
10. Proveedor:
Persona física o jurídica, pública o privada, que proporciona servicios de
telecomunicaciones disponibles al público sobre una red de telecomunicaciones
con la debida concesión o autorización, según corresponda.
11. Proveedor
de Infraestructura: Es aquel intermediario, persona física o jurídica ajeno a
la figura del Proveedor u Operador que regula la ley, que provee Obras
Constructivas a terceros.
CAPÍTULO II
Atribuciones y
facultades municipales
Artículo
5º—Con las atribuciones y facultades conferidas por la normativa vigente
corresponde a la administración municipal, conocer, valorar, fiscalizar y
resolver las solicitudes de las Licencias Municipales.
Artículo 6º—Le
corresponde a
1. Dictar
las medidas necesarias para el cumplimiento de este Reglamento con el objeto de
que, toda Obra Constructiva, instalación, ampliación y modificación a las Obras
Constructivas, reúna las condiciones técnicas, de seguridad, conservación y de
integración al contexto urbano-ambiental del cantón.
2. Regular,
otorgar, registrar, inspeccionar, denegar, anular y ejercer cualquier facultad
sancionatoria en relación con las Licencias Municipales.
3. Ordenar
la suspensión, clausura o demolición de las nuevas Obras Constructivas, en caso
de no sujetarse a lo dispuesto en este Reglamento salvo que se cuente con
4. Comunicar
a
5. Otorgar
el certificado de uso del suelo como uso conforme, cuando cumpla con los
requisitos y condiciones establecidas en el capítulo siguiente.
6. Considerar
y solicitar los criterios y lineamientos técnicos que
7. Crear
mecanismos de resolución alternativa de conflictos, propios o a través de las
Federaciones de Municipalidades u otros que legalmente procedan.
Artículo
7º—
Artículo 8°—
CAPÍTULO III
Del Uso del Suelo
Artículo
9º—Se otorgará el certificado de Uso de Suelo como uso conforme en cualquier
área de la zonificación del cantón de Liberia, siempre y cuando cumpla con los
requisitos y condiciones establecidos en este Capítulo.
Artículo 10º—Para la
obtención del certificado de Uso de Suelo los solicitantes deberán presentar
conjuntamente con el formulario conforme al Anexo 2 de este Reglamento con los
siguientes requisitos:
1. La altura
de la torre, cuyo mínimo se establece en
2. Georeferenciación
de la ubicación del centro de la torre con coordenadas de longitud y latitud en
formatos CRTM05 y WGS84;
3. El plano
catastrado respectivo;
4. Copia de
la cédula identidad de personas físicas o certificación de personería jurídica
cuando se trata de personas jurídicas de la persona natural o jurídica
solicitante.
Artículo
11.—Los predios donde se pretendan ubicar e instalar las Obras Constructivas
tendrán unas dimensiones mínimas de frente y de fondo equivalente al 20% de la
altura de la torre medida desde el centro de la base de la torre hasta el final
de la torre sin incluir el pararrayo (ej., Torre de
Artículo 12.—Se deberá
mantener una franja de amortiguamiento mínima alrededor de una Obra
Constructiva del diez por ciento (10%) de la altura de la torre de
telecomunicaciones, medida desde el centro de la base de la misma. Se establece
sin embargo, que la torre de telecomunicaciones no se coloque adyacente a la
colindancia del predio en cuestión, esto como una medida de seguridad para las
construcciones aledañas, y debiendo facilitar el tránsito del personal
necesario para la conservación y mantenimiento de
Artículo 13.—Como
excepción a lo dispuesto en los artículos anteriores, un solicitante de Uso de
Suelo podrá justificar la necesidad de parámetros distintos a los establecidos
en dichas normas, debiendo presentar los estudios técnicos que así lo
justifiquen. En este caso se otorgará el uso del suelo conforme pero la
construcción quedará condicionada al cumplimiento de los requisitos y
condiciones del Capítulo V de éste Reglamento.
Artículo 14.—No se
otorgará la certificación del uso de suelo conforme en áreas de protección de
ríos, monumentos públicos, zonas de protección histórico-patrimonial y donde
sea expresamente prohibido por la legislación nacional.
Artículo 15.—Una vez
presentada completa la solicitud de certificación de uso del suelo ante
CAPÍTULO IV
Obligaciones de los
interesados
Artículo
16.—Es obligación de las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que
soliciten Licencias Municipales, estar al día con el pago de impuestos y
tributos Municipales.
Artículo 17.—Para
garantizar la responsabilidad civil por daños y perjuicios a terceros,
incluyendo a la propia Municipalidad de Liberia, será necesario que el
propietario de
Artículo 18.—Son
obligaciones además para los propietarios de las Obras Constructivas, las
siguientes:
1. Colocar
desde el inicio del proceso constructivo y mantener actualizado durante la vida
útil de
a) Nombre,
denominación o razón social.
b) Número de
Licencia de Construcción.
c) Números
telefónicos de contacto en caso de emergencias y para el mantenimiento de
d) Domicilio
y/o medio para recibir notificaciones
2. Mantener
en buen estado físico y en condiciones de seguridad las Obras Constructivas.
3. Cumplir
con las disposiciones de torres de
4. Restringir
el ingreso de terceros no autorizados a los predios donde se instalen las Obras
Constructivas.
5. Pagar y
mantener al día la póliza de seguro por responsabilidad civil a terceros.
6. Notificar
y solicitar cualquier cambio constructivo que varíe
7. Presentar
en un plazo máximo de ocho días hábiles posteriores a la conclusión de las
Obras Constructivas el informe del profesional responsable, en el que se
acredite la ejecución conforme al proyecto, así como el cumplimiento estricto
de las condiciones técnicas de Ley, medidas correctivas y condiciones
establecidas e impuestas en
8. Acatar
las normas nacionales constructivas aplicables, las reglamentaciones y demás
lineamientos emitidos tanto por
9. Contar
con los alineamientos nacionales o locales cuando se requieran conforme ala
Ley.
10. Contar
con
Artículo
19.—El propietario de las Obras Constructivas será responsable de cualquier
daño directo o indirecto que ésta o éstas puedan causar a los bienes
municipales, privados o a terceros, relevando de cualquier responsabilidad a
CAPÍTULO V
Licencias Municipales
Artículo
20.—Para la obtención de
1. una
declaración jurada, de acuerdo al Anexo 4, otorgada ante Notario Público con
las especies fiscales de Ley, donde se haga constar que no existe una torre de
telecomunicaciones a una distancia mínima de
a) las
torres existentes del ICE a la entrada en vigencia de este Reglamento.
b) torres
que no tengan la capacidad de soportar equipos o antenas adicionales.
c) cuando
las antenas se ubiquen en postes, azoteas o vallas existentes.
d) cuando
una torre inferior a
2. declaración
jurada, de acuerdo al Anexo 4, otorgada ante Notario Público con las especies
fiscales de Ley, donde se haga constar que haga constar que
3. documentación
que acredite el derecho de uso, goce y disfrute del inmueble respectivo, en la
cual debe hacerse constar consentimiento del propietario cuando se pretenda
establecer las Obras Constructivas en inmuebles propiedad de un tercero que no
sea el solicitante de
4. certificado
de uso del suelo conforme.
5. copia de
la cédula de persona física o del representante legal y personería jurídica
cuando se trate de persona jurídica de la persona natural o jurídica
solicitante.
6. certificación
del plano catastrado visado del inmueble donde se ubicará el predio respectivo.
7. certificación
literal del inmueble.
8. presentación
de planos constructivos que cumplan con la normativa constructiva aplicable,
firmados por el profesional responsable y visado por el Colegio de Ingenieros y
Arquitectos (CFIA).
9. la
viabilidad ambiental otorgada por
10. estar al día con los impuestos municipales.
11. constancia del cumplimiento de las
responsabilidades obrero patronales actualizada, con
12. autorización de
13. georeferenciación de la ubicación del centro
de la torre con coordenadas de longitud y latitud en formatos CRTM05 y WGS84.
Artículo 21.—
1. que la
altura de la torre sea menor a
2. que
exista una Licencia de Construcción previamente otorgada para una torre ubicada
a una distancia menor a
3. que no
permita el uso compartido o coubicación.
Tanto
con respecto a lo dispuesto en el artículo 13 de este Reglamento como en otros
supuestos en los que el solicitante alegue razones técnicas para la instalación
de torres con requisitos técnicos distintos a los indicados, la corporación
municipal o el interesado podrán solicitar el criterio técnico debidamente
motivado por parte de
La distancia mínima
indicada en el inciso 2 de este artículo, no aplica en los siguientes casos:
(a) las
torres existentes del ICE.
(b) torres
que no tengan la capacidad de soportar equipos o antenas adicionales.
(c) cuando
las antenas se ubiquen en postes, azoteas o vallas existentes.
(d) cuando
la torre sea inferior a
Artículo
22.—
Artículo 23.—En caso de
ampliación o modificación de las Obras Constructivas se deberá cumplir
nuevamente con los trámites de Licencia de Construcción señalados en este
reglamento.
Artículo 24.—El pago por
concepto de Licencia de Construcción se calculará conforme al artículo 70 de
Artículo 25.—Una vez
presentada completa la solicitud de Licencia de Construcción la administración
tendrá treinta días naturales para emitir la resolución final. El interesado
contará con la posibilidad de impugnar ésta resolución, mediante los recursos
previstos en el Código Municipal.
Artículo 26.—
Artículo 27.—El pago por
concepto de patente se fijará de acuerdo a los parámetros establecidos en la
respectiva Ley de Patentes de la municipalidad, conforme al artículo 79 del
Código Municipal, tanto para los Operador, Proveedor de Infraestructura,
Proveedor, o en cualquier condición similar, mediante la información
suministrada para estos efectos por el administrado.
CAPÍTULO VI
Transitorios
Transitorio primero. Las
solicitudes de uso de suelo y Licencia de Construcción que se hayan presentado
ante
(a) Una vez
presentados los requisitos faltantes según corresponda,
(b) En
caso que dos o más solicitudes de permiso de construcción coincidan dentro del
radio de la distancia mínima establecida en el Artículo 20 numeral 1,
Transitorio segundo. Las
Obras Constructivas existentes solo requerirán la debida Licencia Comercial. En
caso de la modificación o ampliación de un Obra Constructiva existente se
deberá cumplir con lo establecido en este Reglamento relacionado con Licencias
de Construcción. Asimismo los propietarios deberán comunicar e informar a
Artículo 28.—El presente Reglamento rige a partir de su publicación, según
Acuerdo Municipal Nº 3, Artículo segundo, capítulo segundo de
|
ANEXO 1 |
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|
Solicitud de Licencia de Construcción |
|
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|
Obra Constructiva de Telecomunicaciones |
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|
FORMULARIO DE |
||||||
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1 |
NOMBRE DEL SOLICITANTE: _______________________________________________ |
|
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|
2 |
NÚMERO DE FINCA: ____________________________ |
|
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|
3 |
|
|
|
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|
4 |
Georeferenciación de la ubicación del centro de |
|
|
||||
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|
Coordenadas (WGS84) |
|
Coordenadas (CRTM05) |
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Latitud |
Longitud |
|
Latitud |
Longitud |
|
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|
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|
5 |
FECHA DE OTORGAMIENTO
DE USO DE SUELO CONFORME: ________________________________________ |
|
|||||
|
|
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|
|
|
|
|
6 |
FECHA Y HORA DE
RECEPCIÓN DE SOLICITUD DE LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN: _______________________ |
|
|||||
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|
|
|
|
|
|
|
7,1 |
FECHA Y HORA DE
OTORGAMIENTO DE LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN: _______________________________ |
|
|||||
|
|
|
|
|
|
|
|
7,2 |
FECHA Y HORA DE
DENEGACIÓN DE LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN: __________________________________ |
|
|
ANEXO 2 |
||||
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|
|
Solicitud de Licencia de Construcción |
||||
|
Obra Constructiva de Telecomunicaciones |
||||
|
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|
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|
|
1 |
Formulario de La Municipalidad |
||||
|
|
|
|
|
|
2 |
Requisitos Generales de |
||||
|
|
|
|
|
|
3 |
Requisitos Nueva Obra Constructiva de
Telecomunicaciones o Ampliación y Modificación de Obra Constructiva de
Telecomunicaciones |
||||
|
(a) Declaración Jurada conforme al Anexo 4.1 |
||||
|
(b) Declaración Jurada conforme al Anexo 4.2 |
||||
|
(c) Autorización de |
||||
|
(d) Georeferenciación
de la ubicación del centro de |
||||
|
|
|
|
|
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|
|
|
|
|
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|
Coordenadas (WGS84) |
|
Coordenadas (CRTM05) |
||
|
Latitud |
Longitud |
|
Latitud |
Longitud |
|
|
|
|
|
|
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ANEXO 3 |
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Solicitud de Certificación de Uso de Suelo |
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Obra Constructiva de Telecomunicaciones |
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1 |
Formulario de la Municipalidad |
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2 |
Requisitos Uso de
Suelo: Obra Construcción de Telecomunicaciones |
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(a) Altura de la Torre |
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Altura de |
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* Medido desde la base
de |
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(b) Georeferenciación de la ubicación del centro
de |
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Coordenadas (WGS84) |
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Coordenadas (CRTM05) |
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Latitud |
Longitud |
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Latitud |
Longitud |
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(c) Dimensión del Predio |
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Dimensión del Predio * |
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Frente (metros) |
Fondo (metros) |
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* Mínimo |
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(d) Franja de Amortiguamiento |
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Franja de Amortiguamiento |
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Altura de |
Franja de Amortiguamiento (metros) |
Franja de Amortiguamiento (porcentaje)** |
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* Medido desde la base
de |
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** Mínimo del diez por
ciento (10%) de la altura de |
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ANEXO 4.1 |
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Declaración Jurada - Artículo 20 Numeral 2 del
Reglamento |
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Número xxx: Ante mí, (nombre del Notario), Notario Público
con oficina abierta en (lugar donde se ubica la oficina del Notario),
comparece el señor(a) (nombre del compareciente y calidades), [EN CASO DE
PERSONA JURÍDICA: en representación de (nombre de la persona jurídica)
cuya representación consta en ______________________________] a quien se le
apercibe con las cuales la ley castiga el perjurio y el falso testimonio,
declara bajo la fe de juramento que: PRIMERO: su representada solicita
Licencia de Construcción ante |
||||
ANEXO 4.2 |
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|
Declaración Jurada - Artículo 20 Numeral 2 del
Reglamento |
||||
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|
Número xxx: Ante mí, (nombre del Notario), Notario Público
con oficina abierta en (lugar donde se ubica la oficina del Notario),
comparece el señor(a) (nombre del compareciente y calidades), [EN CASO DE
PERSONA JURÍDICA: en representación de (nombre de la persona jurídica)
cuya representación consta en ______________________________] a quien se le
apercibe con las cuales la ley castiga el perjurio y el falso testimonio,
declara bajo la fe de juramento que: PRIMERO: su representada solicita
Licencia de Construcción ante |
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ANEXO 5 |
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Requisitos para
Licencias de Construcción |
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|
Obra Constructiva de Telecomunicaciones |
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1 |
Formulario Municipal |
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2 |
Uso de Suelo |
|||||||
3 |
Declaración Jurada conforme anexo 4.1 |
|||||||
4 |
Declaración Jurada conforme anexo 4.2 |
|||||||
5 |
Autorización de |
|||||||
6 |
Georeferenciación de |
|||||||
7 |
Estar al día con los Impuestos Municipales |
|||||||
8 |
Póliza de Seguros |
|||||||
9 |
Documentación que acredite al solicitante en caso de ser un tercero |
|||||||
10 |
Copia de cédula de Identidad de
persona física o personería jurídica |
|||||||
11 |
Certificación del Plano Catastro del Inmueble donde se ubicará el predio
respectivo. |
|||||||
12 |
Certificación
literal |
|||||||
13 |
Presentación de Planos constructivos sellados por el Colegio de
Ingenieros y Arquitectos de C.R. |
|||||||
14 |
Viabilidad Ambiental de SETENA |
|||||||
15 |
Constancia del cumplimiento de las
responsabilidades obrero patronales actualizada, con |
Liberia,
3 de noviembre del 2011.—Secretaría del Concejo.—Karla Ortiz Ruiz,
Secretaria.—1 vez.—(IN2011087181).
REGIONAL
CARTAGO - SUR
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Yo, José Ramón Acuña Morales, cédula de
identidad Nº 3-0093-0787, solicitante del Certificado de Depósito a Plazo,
emitido por el Banco Nacional de Costa Rica, Oficina en Cartago, en colones,
que se detalla a continuación:
C.D.P Monto Emisión Vencimiento
400-01-075-135790-1 ¢6.333.485,23 07/08/2009 08/02/2010
Cupón Monto Emisión Vencimiento
001 ¢328.113,95 07/08/2009 08/02/2010
Título(s) emitido(s) a la orden, a una tasa de interés del 11,20%.
Solicito reposición de este documento por causa de extravío. Se publica este
anuncio por tres veces consecutivas para oír reclamos de terceros, por el
término de quince días.
Cartago, 28 de octubre del 2011.—Lic. Elizabeth Monge Mata, Gerente
Regional Supernumerario.—(IN2011085848).
Yo, José Ramón Acuña Morales, cédula de identidad Nº 3-0093-0787, solicitante del Certificado de Depósito a Plazo, emitido por el Banco Nacional de Costa Rica, Oficina de Cartago, en dólares, que se detalla a continuación:
C.D.P Monto Emisión Vencimiento
400-02-075-045509-3 $693.476,36 06/08/2009 06/08/2010
Cupón Monto Emisión Vencimiento
001 $13.716,97 06/08/2009 06/08/2010
Título(s) emitido(s) a la orden, a una tasa de interés del 2,15%.
Solicito reposición de este documento por causa de extravío. Se publica este
anuncio por tres veces consecutivas para oír reclamos de terceros, por el
término de quince días.
Cartago, 28 de octubre del 2011.—Lic. Elizabeth Monge Mata, Gerente
Regional Supernumerario.—(IN2011085849).
VICERRECTORÍA ACADÉMICA
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA
VEZ
Ante
el Departamento de Registro de
Heredia,
16 de mayo del 2011.—Departamento de Registro.—M.A.E. Marvin Sánchez Hernández,
Director.—(IN2011086252).
EDICTO
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
El señor Andrés Felipe Goyenaga Castro, cédula
de identidad Nº
Cartago, 27 de octubre del 2011.—Departamento de Admisión y Registro.—MBA. William Vives Brenes, Director.—O. C. Nº 765—Solicitud Nº 35581.—C-28080.—(IN2011086231).
Instituto
Nacional de Aprendizaje.—Presidencia Ejecutiva.—San José, al ser las ocho horas
con treinta minutos del día treinta y uno de octubre del dos mil once.
Se delega en el titular
de
Resultando:
1º—Que
el artículo 9º de
2º—Que de conformidad con
ese artículo, corresponde al Presidente Ejecutivo en calidad de representante
legal del Instituto Nacional de Aprendizaje y máximo jerarca, el ejercicio de
la potestad disciplinaria, la celebración de contratos y convenios con otras
entidades públicas y privadas y la rendición de los informes solicitados por
los entes u órganos externos de control, tales como
3º—Que el titular de
4º—Que los días 14 y 15
de noviembre del 2011, se encuentra de vacaciones.
5º—Que el artículo 89 de
6º—Que por medio del
acuerdo N° 69-2010-JD, tomado por
Considerando:
I.—Que
el titular de
II.—Que durante esos
períodos de ausencia, resulta necesario dar continuidad a una serie de
funciones propias de ese titular, tales como la firma de contratos originados
en procedimientos de contratación administrativa, la firma de resoluciones
finales dictadas en procedimientos administrativos disciplinarios y de cobro, y
originadas en recursos administrativos que deba conocer el Presidente; así como
la firma de informes para entes u órganos de control, tales como
III.—Que además de la
autorización expresa prevista en el artículo 9 de la ley 6868 supra citado, entre
los titulares de
Delegar
en el licenciado José Antonio Li Piñar, cédula N° 6-186-130, titular de
a. La firma
de contratos que deba suscribir el INA, originados en procedimientos de
contratación administrativa.
b. La
constitución de órganos directores de procedimiento en procedimientos
disciplinarios originados en denuncias por acoso sexual o de otros
procedimientos administrativos para los cuales no exista delegación expresa en
otro órgano.
c. La firma
de resoluciones finales dictadas en procedimientos disciplinarios seguidos en
contra de funcionarios institucionales.
d. La firma
de resoluciones finales dictadas en procedimientos administrativos de cobro
contra funcionarios institucionales o terceros.
e. La firma
de resoluciones dictadas en ocasión de reclamos administrativos promovidos en
contra de la institución.
f. La firma
de resoluciones dictadas en recursos de reposición, revocatoria o apelación
cuyo conocimiento corresponda a
g. La
elaboración de informes dirigidos a
Comuníquese
mediante publicación en el Diario Oficial
Dr. Olman Segura Bonilla, Presidente Ejecutivo.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº 32594.—C-103840.—(IN2011086272).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
A Cindy Grimaldi Gómez y
Marvin Alexander Corrales Calvo, se le comunica la resolución de las 9 horas
del 30 de setiembre del año 2011, mediante la cual se dictó medida de cuido
provisional, a favor de las personas menores de edad Luis Andrés y Cristopher
ambos Corrales Grimaldi. Plazo: para ofrecer recurso de apelación 48 horas
contadas a partir de la tercera publicación de este edicto, en el Diario
Oficial
Al
señor Juan José Mendoza García, se le hace saber la resolución de las diez
horas con treinta minutos del día veinte de octubre del dos mil once, en la que
se ordena que el niño Steven Jesús Mendoza Quirós, permanezca con medida de
Inclusión a Programas Oficiales o Comunitarios de Auxilio a
Al ser
las nueve horas del veinte de octubre del dos mil once. Se le comunica a
Julieta Mayorga Figueroa, medida de protección de inclusión en programas
oficiales de auxilió a la familia y a las personas menores de edad a favor de
María Noeny y María Noely ambas Calderón Mayorga, ordenada mediante resolución
de las siete horas del veinte de octubre del dos mil once. Notifíquese la
anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de
habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para
recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir
aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido
que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de
Se le comunica a quien interese la resolución de
las once horas quince minutos del día catorce de octubre del dos mil once, que
declaró administrativamente en estado de abandono a las personas menores de
edad Noelia Carolina Gómez Castillo, Jonathan Rafael Gómez Castillo y Gerald
Castillo Flores. Proceden los de revocatoria con apelación en subsidio, dentro
del plazo de tres días hábiles contados a partir de la tercera publicación de
este edicto los que deberán interponerse ante el Órgano Director de
Área
de Defensa y Garantía de los Derechos de
Área
de Defensa y Garantía de los Derechos de
Oficina
Local de Liberia a: Ileana Zúñiga Mairena, en ejercicio de la patria potestad
de Elena Zúñiga Mairena, se le comunica la resolución de las quince horas
cuarenta y cuatro minutos del veintiuno de octubre del año dos mil once, que ordenó
el inicio del proceso especial de protección a favor de la persona menor de
edad citada, así como su cuido provisional en familia sustituta. Notifíquese la
anterior resolución a las partes interesadas personalmente o en su casa de
habitación a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para
recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir
aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido
que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones
futuras quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas. Se les hace
saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de
apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del
plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación
a las partes, el de recurso será de conocimiento de
A
Kattia Vanessa Mora Corrales, quien es mayor de edad, cédula de identidad
número dos-quinientos-quinientos cuarenta, soltera, ama de casa y de dirección
desconocida, se le hace saber la resolución de las catorce horas treinta
minutos del veintiséis de setiembre del dos mil once, por medio de la cual se
ubicó a la niña Katherine Vanessa Gutiérrez Mora, en el hogar de los señores
Eric López Espinoza y Heidy Gutiérrez Álvarez, así como a la niña Jennifer
Patricia López Mora, en el hogar de su abuela paterna señora Vidalia Pizarro
Álvarez. Recurso: Apelación ante esta oficina local quien lo elevará a
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Se le comunica a la señora Katherine Villalobos Córdoba, la resolución
de las diez horas del diecinueve de octubre del dos mil once, en la que
resuelve dictar medida de protección administrativa de cuido provisional en
familia sustituta en beneficio de la persona menor de edad Scarlim Yosed
Villalobos Córdoba ubicándolos en el hogar de la señora Angie Villalobos
Córdoba. Notifíquese lo anterior a la interesada, de conformidad con
Se le
comunica a Adrián Daniel Molina Pérez, la resolución de las once horas con
treinta minutos del día veintidós de junio de dos mil once, mediante la cual se
ubica a Iverson Adrián Molina Edwards, en una alternativa de protección
institucional, denominada Albergue
Se le
comunica al señor Norlan Francisco Vanega G. nicaragüense, que por resoluciones
de la representación legal de esta Oficina Local de San José Este, de las doce
horas del diecinueve de octubre del dos mil once se le otorgó medida de abrigo
temporal a la persona menor de edad Kassandra de los Ángeles Vanega Henríquez.
Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que presente los alegatos
de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se le advierte
que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su
elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que
permanecerá a su disposición en esta oficina local, en días y horas hábiles,
ubicada en San José, avenidas 0 y 2, calle 38. Deberá señalar lugar conocido o
número de facsímile para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no
hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones
futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme aplicación
supletoria del artículo 12 de
Se les
comunica a los señores Jacquelin Mora Alvarado y José Joaquín Oses Arias, la
resolución de las nueve horas treinta minutos del treinta de agosto del dos mil
once, en la que resuelve dictar medida de protección administrativa de cuido
provisional en familia sustituta en beneficio de la persona menor de edad
Cristy Oses Mora ubicándolo en el hogar de la señora Dinora Mora Lacayo.
Notifíquese lo anterior a la interesada, de conformidad con
A
Lesbia María Altamirano Moreno se le comunica la resolución de esta Oficina
Local, de las trece horas treinta minutos del veintiuno de octubre del dos mil
once, donde se dicta medida de protección a las personas menores de edad María
Fernanda, Wendy Cristina, Kassandra Nasarely y Angélica María Calvo Altamirano
en el hogar de su abuela paterna señora Zoila Rosa Serrano Aguilar. Recurso: en
contra de lo ordenado, se podrá interponer recurso de revocatoria con apelación
en subsidio ante
A
Yadira Santos Gutiérrez se le comunica la resolución administrativa de las
nueve horas cincuenta minutos del día dieciocho de octubre del año dos mil
once, dictada por este despacho, en virtud de la cual resuelve, resolución
administrativa de suspensión de guarda, crianza y educación sobre su hija
Milagros Judth Santos Gutiérrez y se ordena ceder dicha responsabilidad en los señores
Eugenia Medida Reyes y Jorge Marín Guerrero, (negligencia y abandono). Se
notifica por medio de edicto a la progenitora Santos Gutiérrez, por motivos de
que se desconoce su actual domicilio. Plazo para interponer el recurso de
apelación dos días hábiles después de la tercera publicación de este edicto en
el Diario Oficial
A
Édgar Gerardo Castro Núñez se le comunica la resolución de las catorce horas
diez minutos del siete de octubre del dos mil once, que ordenó el inicio del
proceso especial de protección y dictado de medida cuido provisional en familia
sustituta en beneficio de las personas menores de edad Marianela Castro Peña y
Cherry Merry Castro Peña. Notifíquese la anterior resolución a las partes
interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les
advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o
bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que
pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la
presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán
interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho
horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el recurso
será de conocimiento de
Al ser
las dieciséis horas del veintiuno de octubre del dos mil once. Se le comunica a
Adelia Mariela Montezuma Montezuma, inicio del proceso especial de protección y
medida de abrigo temporal a favor de la personas menores de edad Carmela
Montezuma Montezuma, ordenada mediante resolución de las catorce horas del
veintiuno de octubre del dos mil once. Notifíquese la anterior resolución a las
partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les
advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o
bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que
pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la
presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán
interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho
horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de
recurso será de conocimiento de
A
Carlos Paniagua Madrigal se le comunica la resolución del Patronato Nacional de
A
Alejandro José Ballestero Corella se le comunica la resolución del Patronato
Nacional de
A
María Francisca Funes Andino. Se le comunica la resolución de las 10 horas del
24 de octubre del 2011, donde se resuelve: I) Dar inicio al Proceso de
Protección en sede administrativa regulado por las disposiciones del artículo
128 y siguientes del Código de
A
quien interese. Se le avisa a la señora, Sary Bejarano Bejarano, número de
cédula 6 358 0489, mayor, demás calidades desconocidas, domicilio desconocido,
que en esta Oficina Local se tramita el expediente administrativo Nº
141-00041-2010, correspondiente a la medida de cuido provisional de las nueve
horas del veinte de octubre del dos mil once a favor de la persona menor de
edad Anaztacio Bejarano Bejarano en el hogar de los guardadores los señores
Jeannette Fernández Vindas y Jonlet Vindas Bermúdez. Se le concede el plazo de
tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas
diligencias. Recursos: En contra de lo ordenado se previene a la parte
interesada que podrá interponer recurso de apelación ante
A
quien interese. Se le avisa al señor Jeison Castro Prado, número de cédula
1-1312-0042, mayor, casado, demás calidades reconocidas, que en esta Oficina
Local se tramita el expediente administrativo Nº 141-00044-2010,
correspondiente a la medida de cuido provisional a favor de la persona menor de
edad Ana Samira Castro Duarte. Se le concede el plazo de tres días naturales,
para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias. Recursos:
En contra de lo ordenado se previene a la parte interesada que podrá interponer
recurso de apelación ante
A
quien interese. Se le avisa al señor, Isad Gabriel Bustos Guzmán, número de cédula
6 0311 0872, mayor, demás calidades desconocidas, domicilio desconocido, que en
esta Oficina Local se tramita el expediente administrativo Nº 141-00077-2010,
correspondiente a la medida de cuido provisional de las nueve horas del veinte
de octubre del dos mil once a favor de las personas menores de edad Teilor y
Diana ambos Bustos Alfaro en el hogar de los guardadores los señores Yalile
Alfaro Mora y Isaías Campos Cordero. Se le concede el plazo de tres días
naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.
Recursos: En contra de lo ordenado se previene a la parte interesada que podrá
interponer recurso de apelación ante
A
Alejandro José Ballestero Corella se le comunica la resolución del Patronato
Nacional de
A
Arnoldo Leal Cortés, se le comunica la resolución de este despacho de las 8:00
horas del 12 de octubre de 2011, por medio de la cual se revocó la medida de
protección de abrigo temporal a favor de la persona menor de edad Silvia Leal
Barrantes. Recurso: Apelación. Plazo: dos días hábiles siguientes al de la
tercera publicación. Ante este Órgano Director.
Se le previene además, señalar lugar o medio para atender notificaciones
futuras bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, o si el lugar señalado
fuere impreciso o incierto, o si ya no existiere o fuera imposible la
comunicación electrónica por circunstancias no imputables a
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
A Kattia Vanesa Mora Corrales, quien es mayor de edad, cédula de
identidad número uno-novecientos setenta y cinco-cuatrocientos setenta y seis,
ama de casa y de domicilio y demás calidades desconocidas, se le hace saber la
resolución de las trece horas cuarenta minutos del veinticuatro de octubre del
dos mil once, por medio de la cual se ubica a la niña Katherine Vanessa
Gutiérrez Mora, en el alberque Osito Pequitas. Recurso: apelación ante esta
Oficina local quien lo elevará a
A la señora María Cristina Aguilar Vásquez, se le comunica la resolución dictada por esta Entidad, de las 11:00 horas del 7 de octubre del 2011, que ordenó la guarda provisional del niño A.A.P.A., en su progenitor, señor Óscar Paut Pérez, suspendiéndose la guarda y crianza y educación a ella como progenitura, hasta tanto el Juzgado no resuelva lo contrario. Plazo: para ofrecer recurso de apelación, 48 horas a partir de la tercera publicación de este edicto. Se le previene además, señalar lugar para oir notificaciones, en el entendido de no hacerlo, las mismas quedarán en firme veinticuatro horas después de dictadas. Expediente Nº 231-0025-2009.—Oficina Local de Desamparados, 26 de octubre del 2011.—Lic. Ana Virginia Quirós Tenorio, Representante Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 46460.—C-9020.—(IN2011086764).
Se le comunica a Randall Solano Torres, la resolución de las diez horas del veintisiete de octubre de dos mil once, que ubica a Melany y Randall Joel ambos Solano Coto, al lado de Ana Coto Mora. En contra de la presente resolución procede el recurso de apelación para ante el superior en grado, dentro de un plazo de 48 horas después de notificada. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificada con el sólo transcurso de 24 horas después de dictada. Expediente 112-00131-2011.—Oficina Local de Guadalupe, 31 de octubre del 2011.—Lic. Roberto Marín Araya, Representante Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 46460.—C-9020.—(IN2011086765).
DEPARTAMENTO
DE LOTERÍAS
ACTA Nº
32-2011 CORRESPONDIENTE AL SORTEO
“RUEDA DE
DEL 2011; JUEGO 110
“KALEIDOSCOPIO”
JUEGO 111 “SÚPER PREMIOS”
Los que firmamos hacemos constar que: Hoy sábado 3 de setiembre del
PARTICIPANTE(S) DIRECTO(S)
Nombre Cédula Premio ¢
1- Carlos Alberto
Sequeira Bendaña 109250259 250.000,00
2- Carlos
Martínez Sánchez 900300044 250.000,00
Subtotal: 500.000,00
PARTICIPANTE(S) QUE ACTIVARON BOLETOS
Nombre Cédula Premio ¢
3- María de los
Ángeles Sánchez Ramírez 107670507 200.000,00
4- Cinthia Acuña
Godínez 111530055 275.000,00
5- Marvin
Arrieta Rojas 203870542 250.000,00
6- Trinidad
Beita Vargas 106840284 250.000,00
Subtotal: 975.000,00
PARTICIPANTE(S) VÍA TELEFÓNICA
Nombre Cédula Premio ¢
7- Teresita
Murillo Cubero 900220052 300.000,00
Subtotal: 300.000,00
OTROS PARTICIPANTE(S)
Nombre Cédula Premio ¢
8- Bernardo
Chacón Mora 106500173 300.000,00
9- Manuel
Antonio Chaves Hernández 109880434 200.000,00
10- Luis
Fernando Reyes Sandoval 204490177 700.000,00
Subtotal: 1.200.000,00
Total de premios
a pagar: 2.975.000,00
Acumulado gran
premio: 24.000.000,00
OBSERVACIONES:
Al 31/08/11 hay dos participantes directos “Raspa”: Enoy Salazar
Miranda, cédula Nº 5-0075-0310. Wilfredo Hernández, cédula Nº 184000015932.
Milton Vargas Mora, Representante de Gerencia.—Shirley Chavarría
Mathieu, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora
Interna.—Gustavo Adolfo Barrantes Morales, Juez Contravencional.
_____
ACTA Nº
33-2011 CORRESPONDIENTE AL SORTEO
“RUEDA DE
DEL 2011; JUEGO 110
“KALEIDOSCOPIO”
JUEGO 111 “SÚPER PREMIOS”
Los que firmamos hacemos constar que: Hoy sábado 10 de setiembre del
PARTICIPANTE(S) DIRECTO(S)
Nombre Cédula Premio ¢
1- Enoy Salazar
Miranda 500750310 2.750.000,00
2- Wilfredo
Hernández 184000015932 300.000,00
Subtotal: 3.050.000,00
PARTICIPANTE(S) QUE ACTIVARON BOLETOS
Nombre Cédula Premio ¢
3- Deyanidia
Araya Arias 500950749 275.000,00
4- Jenny Araya
Villalobos 114260788 300.000,00
5- Fernando
Cartín Varela 202130486 300.000,00
6- No aparece en
padrón 2588633 0,00
Subtotal: 875.000,00
PARTICIPANTE(S) VÍA TELEFÓNICA
Nombre Cédula Premio ¢
7- Josefina
Elizondo Mejía 108830120 300.000,00
Subtotal: 300.000,00
OTROS PARTICIPANTE(S)
Nombre Cédula Premio ¢
8- José Tito
Cano Carvajal 203680385 1.500.000,00
9- Elsa Solano
Cascante 102570929 200.000,00
10- Juan José Rodríguez
Sánchez 303650303 500.000,00
Subtotal: 2.200.000,00
Total de premios
a pagar: 6.425.000,00
Acumulado gran
premio: 25.000.000,00
Francisco Ibarra Arana, Gerente General.—Shirley Chavarría Mathieu,
Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—José Bernal
Rodríguez Marín, Juez Contravencional.
ACTA Nº
34-2011 CORRESPONDIENTE AL SORTEO
“RUEDA DE
DEL 2011; JUEGO 110
“KALEIDOSCOPIO”
JUEGO 111 “SÚPER PREMIOS”
Los que firmamos hacemos constar que: Hoy sábado 17 de setiembre del
PARTICIPANTE(S) DIRECTO(S)
Nombre Cédula Premio ¢
1- Roberto
Corrales Céspedes 104950413 300.000,00
Subtotal: 300.000,00
PARTICIPANTE(S) QUE ACTIVARON BOLETOS
Nombre Cédula Premio ¢
2- Ricardo
Antonio Calvo Vega 302780356 300.000,00
3- Ricardo José
Alaniz Pérez 800720561 1.000.000,00
4- Martha Lorena
Gómez Chavarría 155803888808 250.000,00
5- Suly Luisa
Meza Ugarte 900910934 250.000,00
6- Tayira Elena
Morera Aguilar 701390230 650.000,00
Subtotal: 2.450.000,00
PARTICIPANTE(S) VÍA TELEFÓNICA
Nombre Cédula Premio ¢
7- Luis Adrián
Vargas Portuguez 112280826 300.000,00
Subtotal: 300.000,00
OTROS PARTICIPANTE(S)
Nombre Cédula Premio ¢
8- Luis
Guillermo Monge Quesada 202990569 200.000,00
9- Felicia
Mayela Mora Solano 103450606 0,00
10- Rosibel
Valverde Valverde 108090803 1.000.000,00
Subtotal: 1.200.000,00
Total de premios
a pagar: 4.250.000,00
Acumulado gran
premio: 26.000.000,00
OBSERVACIONES:
Al 14/09/11 hay un participante directo “Raspa”: Kattia Cid Víquez,
cédula Nº 2-0460-0007.
Jorge Gómez Mc Carthy, Gerente General.—Milton Vargas Mora, Director
Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Marvin Jarquín
Sancho, Juez Contravencional.
_____
ACTA Nº
35-2011 CORRESPONDIENTE AL SORTEO
“RUEDA DE
DEL 2011; JUEGO 110
“KALEIDOSCOPIO”
Y JUEGO 111 “SÚPER PREMIOS”
Los que firmamos hacemos constar que: Hoy sábado 24 de setiembre del
PARTICIPANTE(S) DIRECTO(S)
Nombre Cédula Premio ¢
1- Kattia Cid
Víquez 204600007 250.000,00
Subtotal: 250.000,00
PARTICIPANTE(S) QUE ACTIVARON BOLETOS
Nombre Cédula Premio ¢
2- Gerald
Antonio Chavarría Arce 207070110 300.000,00
3- Wilber Adrián
Rojas Mora 108160339 250.000,00
4- Hernán
Roberto Mesén Jiménez 601040256 200.000,00
5- Carlos
Alberto Solano Arguedas 103990085 250.000,00
6- María del
Rosario Porras Mora 104140696 250.000,00
Subtotal: 1.250.000,00
PARTICIPANTE(S) VÍA TELEFÓNICA
Nombre Cédula Premio ¢
7- Carmen Lidia
Sibaja Castro 203580812 250.000,00
Subtotal: 250.000,00
OTROS PARTICIPANTES
Nombre Cédula Premio ¢
8- Rafael Ángel
Castro Agüero 104680920 500.000,00
9- Armando
Gerardo Arce González 104090695 300.000,00
10- Nora
Villanueva Villalobos 602890119 600.000,00
Subtotal: 1.400.000,00
Total de premios
a pagar: 3.150.000,00
Acumulado gran
premio: 27.000.000,00
OBSERVACIONES:
Al 21/09/11 hay dos participantes directos “Raspa”. Allan Roberto
Umaña Salas, cédula Nº 1-0992-0649, y Daniel Valle Molina, cédula Nº
122200155624.
Rafael Ángel Oviedo Chacón, Representante de Gerencia.—Shirley
Chavarría Mathieu, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora
Interna.—Gustavo Adolfo Barrantes Morales, Juez Contravencional.—1 vez.—O. C.
Nº 15449.—Solicitud Nº 1692.—C-223300.—(IN2011086348).
INSTITUTO
DE NORMAS TÉCNICAS DE COSTA RICA
Somete a consulta pública los siguientes proyectos de norma:
PN INTE/ISO 3952-2:2011, “Diagramas cinemáticos y
símbolos gráficos — Parte
PN INTE/ISO 3952-3:2011, “Diagramas cinemáticos —
Símbolos gráficos — Parte
PN INTE/ISO 2759:2011, “Cartón: Determinación de la
resistencia a la explosión”. (Correspondencia: ISO 2759)
PN INTE 06-11-12:2011, “Práctica para el mezclado
mecánico de pastas y morteros de cemento hidráulico de consistencia plástica”.
(Correspondencia: ASTM C305)
PN INTE 06-11-09:2011, “Método de ensayo para la
determinación de la densidad del cemento hidráulico”. (Correspondencia: ASTM
C188)
PN INTE 06-02-06:2011, “Método de ensayo para la
determinación de la densidad del cemento hidráulico”. (Correspondencia: ASTM
C1064)
PN INTE 06-02-20:2011, “Método de ensayo para la
resistencia a la compresión de morteros de cemento hidráulico — Usando
especímenes cúbicos de
Se recibirán observaciones al anterior proyecto de norma hasta el 7 de
enero del 2011.
Para mayor información, comuníquese con
Carlos E. Rodríguez L., Director Ejecutivo.—1
vez.—RP2011264926.—(IN2011086074).
Contribuyentes según categorías Tasa trimestral
Residencial, instituciones
públicas,
religiosas y educativas ¢7.915,00
Comercial 1 ¢19.788,00
Comercial 2 ¢59.365,00
Comercial 3 ¢118.730,00
Comercial 4 ¢158.307,00
En cumplimiento al artículo 43 del Código Municipal, se somete a
consulta pública no vinculante por el periodo de 10 días a partir de su
publicación.
Heredia, 27 de octubre del 2011.—Lic. Enio Vargas Arrieta, Proveedor
Municipal.—1 vez.—O.C. Nº 53948.—Solicitud Nº 48044.—C-11270.—(IN2011086213).
El Concejo Municipal de
Jueves 1º de diciembre-sesión extraordinaria.
• Lunes 5 de diciembre-sesión ordinaria.
• Miércoles 7 de diciembre-sesión ordinaria.
• Lunes 12 de diciembre-sesión ordinaria.
• Miércoles 14 de diciembre-sesión ordinaria.
Juanita Villalobos Arguedas, Secretaria Municipal.—1
vez.—(IN2011086248).
COLEGIO
DE FÍSICOS
Asuntos a conocer:
1) Informe
de Presidente.
2) Informe de Tesorería.
3) Informe de Fiscalía.
4) Presentación de presupuesto 2012 (dos mil doce).
5) Elecciones de:
Presidente
Secretario
Tesorero y
Fiscal.
Un
refrigerio estará disponible durante la actividad.
Dr.
José A. Araya Pochet, Presidente.—(IN2011087508).
2 v 2.
EDUCACIÓN
BILINGÜE DE CARTAGO S. A.
Se convoca a los accionistas de Educación Bilingüe de Cartago S. A., a
asamblea general ordinaria Nº 47-
1-Verificación del quórum. 2-Discusión y aprobación de la agenda.
3-Debate y aprobación del acta de asamblea Nº 46-2011. 4-Presentación y
aprobación de informes de fin de período a) Informe de Presidencia b) Informe
de Tesorería; c) Informe de Fiscalía. 5-Discusión y aprobación de los Estados
Financieros al 30 de setiembre del 2011. 6-Conocimiento y aprobación del
Presupuesto 2011-2012. 7-Propuesta para distribución de dividendos. 8-Elección
de puestos vacantes, a partir de 1º de diciembre del 2011 (vicepresidente,
tesorero y vocal). 9-Informe de lo actuado, en relación con el Proyecto
Inmobiliario a) De
COLEGIO DE
SECRETARIADO PROFESIONAL
DE COSTA RICA
De
conformidad con el artículo 6° de
Orden del día: I. Lectura
y aprobación del acta de
4
de noviembre del 2011.—Lic. Marcia Salazar Vargas, Presidenta.—1
vez.—(IN2011087770).
COLEGIO DE
PROFESIONALES EN NUTRICIÓN
DE COSTA RICA
Convoca a
Asamblea General Extraordinaria
1. Confirmación
del quórum
2. Actos protocolarios
3. Informe de
4. Informe de labores de
5. Informe de Tesorería, Sra. Vocal I en ejercicio de
6. Informe de
7. Resumen y presentación del plan de trabajo para el año 2012 -2014,
Srta. Presidenta Dra. Hannia León León.
8. Presentación y aprobación o no del presupuesto para el año 2012,
Sra. Directora Ejecutiva, Licda. Virginia Retana Arguedas.
9. Presentación y aprobación o no de la compra del edificio para sede
del Colegio.
10. Aprobación o no del pago de una cuota extraordinaria por parte de
las y los colegiados, de cincuenta mil colones destinada al proyecto de compra
del edificio.
11. Presentación del programa de educación continua y aprobación o no
del compromiso de participación de los y las colegiadas en al menos 3 cursos al
año. Presentado por
12. Presentación, discusión y aprobación o no de: Arancel de Honorarios
y Reglamento de Denuncias y Sanciones.
13. Elección de los siguientes cargos de: Presidencia, Tesorería, Vocal
1 de
14. Elección de Fiscalías 1 y 3 para el periodo 2012-2014
15. Elección de miembros de a) Tribunal Electoral y b) Tribunal de
Honor
16. Asuntos varios
17. Cierre de la sesión
Si a la hora señalada no se reuniera el quórum, desde ahora queda
convocada para reunirse en segunda convocatoria treinta minutos después de la
hora señalada para la primera convocatoria formando quórum cualquier número de
miembros activos siempre que no sea inferior a doce, de acuerdo al artículo 19
de
San José, 5 de noviembre del 2011.—Dra. Hannia León, Nutricionista,
Presidenta.—Dra. Raquel Araya, Nutricionista, Secretaria.—1
vez.—(IN2011087816).
NEW YORK
GLOBAL DISTRIBUIDORES
C.R SOCIEDAD ANÓNIMA
La suscrita Xinia Monge Soto, cédula de identidad 1-487-554 haciendo
uso de las potestades que confieren las leyes de Costa Rica y en representación
de la sociedad anónima denominada New York Global Distribuidores C.R Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-640935, convoca a una asamblea urgente de socios
y junta directiva en el domicilio social de la sociedad mencionada para el día
23 de noviembre del
EL CÓNDOR
SOCIEDAD ANÓNIMA
Se convoca a los socios de la compañía El Cóndor S. A., cédula
jurídica número 3-
MOLINOS DE
COSTA RICA S. A.
Molinos
de Costa Rica S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-009046-28, convoca
a sus accionistas a la asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas que se celebrará a las 10:00 a. m. del día 8 de diciembre del dos
mil once, en sus oficinas sitas en Alajuela (del Aeropuerto Juan Santamaría, un
kilómetro al norte sobre la radial Francisco J. Orlich). El orden del día es
conocer de los asuntos a que se refiere el artículo 155 del Código de Comercio,
nombramiento de nueva junta directiva y fiscal. De no haber quorum en primera
convocatoria, se convoca para segunda convocatoria que se verificará, cualquier
que sea la asistencia, una hora después, en el mismo lugar y con el mismo
objeto.—San José, 7 de noviembre del 2011.—Junta Directiva.—Lic. Harry Zurcher
Blen, Secretario.—1 vez.—(IN2011087846).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
MUCAP
El señor José Manuel Fallas Espinoza, cédula
Se emplaza a los interesados a manifestarse dentro del plazo de 15
días naturales posterior a la última publicación.
Sección Apoyo Operativo a
Felipe
Chaves Fallas mayor, casado una vez, médico, vecino de Heredia San Pablo
Residencial Villa Adobe casa número ochenta y seis, cédula número
tres-trescientos sesenta y nueve-ciento setenta y cuatro, le vende a Johana
Jiménez Marín mayor, soltera, farmacéutica, vecina de Paraíso del Restaurante
Continental cincuenta metros sur, cédula número tres-cuatrocientos
seis-cuatrocientos ochenta, el derecho de imagen y del servicio de
Por suscripción de acuerdo de opción de venta en tractos suscrita el día de hoy entre Full Forever SRL, cédula jurídica 3-102-444392 y All Team Corporation Inc. SRL cédula jurídica 3-102-637179 autenticada por el suscrito notario, estas sociedades acordaron la venta a plazo del establecimiento mercantil propiedad de Full Forever SRL, dedicado a hotel y restaurante ubicado en Playa Grande, Santa Cruz, Guanacaste, República de Costa Rica, cuya denominación en inglés es Playa Grande Surf Hotel y en español Hotel Bar y Restaurante Playa Grande Surf a favor de la compañía All Team Corporation Inc. SRL. Con el objeto de cumplir con lo establecido en el artículo cuatrocientos ochenta y uno del Código de Comercio, el primer tracto del precio de venta de dicho establecimiento mercantil se encuentra depositado con la empresa STCR Costa Rica Trust and Escrow Company Limited S. A., cédula de persona jurídica 3-101-328440, con domicilio en San José, Escazú, Edificio Stewart Title, tercer piso, teléfono 2505-3008 como agente de escrow. Todos los interesados y acreedores podrán presentarse en dichas oficinas a hacer valer sus derechos, dentro de los quince días siguientes contados a partir de la primera publicación.—San José, 28 de octubre del 2011.—Lic. Manuel Porras Vargas, Notario.—RP2011264751.—(IN2011085720).
MUNERA Y
CHAVARRÍA SOCIEDAD ANÓNIMA
Munera y Chavarría Sociedad Anónima, cédula jurídica número
3-101-077364 solicita ante
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
CONDOMINIO
TURÍSTICO CLUB DEL MAR
Condominio Turístico Club del Mar, cédula jurídica tres-ciento
nueve-doscientos ochenta y siete mil ochocientos setenta y tres, solicita ante
el Registro Nacional, la reposición de los libros: Junta Directiva y Caja.
Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Registro
Nacional, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la
publicación de este aviso. Es todo.—San José, 28 de octubre del 2011.—Lic.
Fabiola Soler Bonilla, Notaria.—RP2011264675.—(IN2011085721).
ESPECIALIDADES
MÉDICAS FLOYMA SOCIEDAD ANÓNIMA
Especialidades Médicas Floyma Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica, número 3-101-270547, solicita ante
GALERÍA E
IMPORTACIÓN DEL OESTE
SOCIEDAD ANÓNIMA
Galería e Importación del Oeste Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-uno cero uno-cero ocho dos siete cinco uno, solicita ante
BLACK CORAL
BUSINESS GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA
Black
Coral Business Group Sociedad Anónima cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-tres dos dos uno siete tres, solicita ante
INMOBILIARIA
FACOM SOCIEDAD ANÓNIMA
Inmobiliaria Facom Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-085796,
solicita ante
INMOBILIARIA
H.V. SOCIEDAD ANÓNIMA
Inmobiliaria
H.V. Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-077219, solicita ante
SOCOCO DE
COSTA RICA, SOCIEDAD ANÓNIMA
Sococo de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-028907,
solicita ante
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
GRIFO DE
PLATA S. A.
El señor Jerome Franken Smirth, mayor, ciudadano estadounidense,
empresario, vecino de Guanacaste, cédula de residencia Nº 175-97016-
SAN JOSÉ
INDOOR CLUB
El San José Indoor Club S. A., tramita la
reposición de la acción Nº
REPRESENTACIONES
GOLFO ROMEO
SOCIEDAD ANÓNIMA
Representaciones Golfo Romeo Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-cero ochenta y seis mil quinientos setenta y cinco, solicita
ante
C V S
FARMACIA SOCIEDAD ANÓNIMA
C V S Farmacia Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-doscientos treinta y nueve mil setenta y seis, domiciliada en Puntarenas,
Buenos Aires, en Centro Comercial
NABEY DE
COSTA Y SAL SOCIEDAD ANÓNIMA
Nabey de Costa y Sal Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número 3-101-136715, solicita ante
PLANTAS
CORTÉS Y ROJAS SOCIEDAD ANÓNIMA
Plantas Cortés y Rojas Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-247310, antes llamada
Industria Porcina del Carice Sociedad Anónima, solicita ante
ALJIMARIN
SOCIEDAD ANÓNIMA
La sociedad Aljimarin Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-258886 (tres-ciento uno-dos
cinco ocho ocho ocho seis), en el trámite de legalización de libros por primera
vez de actas de Junta Directiva, libros de Registro de Accionistas y libro de
Actas de Asamblea General de Accionistas, libro Mayor, libro Diario y libro de
Inventarios y Balances, solicita ante
CENTRO
VACACIONAL BANCOSTA S. A.
Centro Vacacional Bancosta S. A., hace constar que revisado el libro
de Accionistas, aparecen como socios, Montero Jiménez Álvaro, cédula Nº
1-240-730 con la acción 429 y Montero Quesada Armando, cédula Nº 1-701-453 con
la acción 644, las que se reportan como extraviadas, por lo que solicitan su
reposición.—San José, 31 de octubre del 2011.—Lic. Alfonso Redondo
A.—RP2011264996.—(IN2011086083).
CANTERVILLE
ENTERPRISES LIMITADA
Canterville Enterprises Limitada, cédula jurídica número tres-ciento
dos-tres cinco siete cero dos uno, solicita ante
CENTRO
VACACIONAL BANCOSTA S. A.
Centro Vacacional Bancosta S. A., hace constar que revisado el Libro
de Accionistas, aparece como socio: Monge Picado José Luis, cédula 1-266-925,
con la acción 379, la que se reporta como extraviada, por lo que solicita su
reposición.—San José, 1º de noviembre del 2011.—Lic. Raúl Trejos Sánchez,
Notario.—(IN2011086215).
TIKO SERVER
OF LATIN AMERICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Tico Server of Latin America Sociedad Anónima, cédula jurídica:
3-101-402188, solicita a Tributación, la reposición de los libros número uno
de: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas del Consejo de Administración,
Actas de Asambleas y Registro de Socios. Quien se considere afectado por esta
solicitud puede manifestar su oposición ante el Área de Información y
Asistencia al Contribuyente de
Luis Miguel Bolaños Vásquez,
cédula número 2-627-158, solicita ante
CONDOMINIO
ISABELLA DEL CARMEN
Condominio Isabella del Carmen cédula jurídica tres-ciento
nueve-cuatro dos ocho ocho cinco dos, solicita ante
SISTEMAS IV
GL SOCIEDAD ANÓNIMA
Sistemas
IV GL Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-205750, solicita ante
COMERCIALES
JASINA S. A.
Comerciales
Jasina S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cero noventa y cinco mil
setecientos sesenta y tres, solicita ante
SOCIEDAD
MERLIN VME S. A.
Sociedad
Merlin VME S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-trescientos veintiún mil ochocientos cuarenta y siete, solicita ante
LAS CUADRAS
SOCIEDAD ANÓNIMA
Las
Cuadras Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-086955, solicita ante
RESIDENCIAL
LAS LOMAS DE TAMARINDO
NOVENTA Y SIETE S. A.
Residencial
Las Lomas de Tamarindo Noventa y Siete S. A., cédula jurídica tres-ciento
uno-uno siete seis seis cuatro nueve, solicita ante
INVERSIONES
Inversiones
SMALL CHICKADEE BIRD SOCIEAD ANÓNIMA
Small
Chickadee Bird Sociead Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-trescientos noventa y dos mil ochocientos noventa y seis, solicita ante
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
COLEGIO
DE LICENCIADOS Y PROFESORES
EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y
ARTES
A las
siguientes personas, se les comunica que, debido a su estado de morosidad en el
pago de sus cuotas de colegiación, se encuentran suspendidas en el ejercicio de
la profesión a partir del 20 de setiembre de 2011, según lo dispuesto en el
Reglamento General de
Nombre |
Cédula |
Abarca Moya Charlotte |
112500478 |
Acevedo Picado María Laura |
503260839 |
Álvarez Méndez Juan Carlos |
503190806 |
Arce Arias Carol Cristina |
401790519 |
Arroyo Villegas Rita Elena |
503260145 |
Barrantes Campos Hugo |
601160814 |
Blagoev Stoyanova Daniela Paisieva |
800740642 |
Bonilla Badilla Rodolfo |
503480007 |
Briceño Salinas Dayana de los Ángeles |
503560778 |
Camacho Camacho Ana Lorena |
502320556 |
Campos Trejos Claribel |
701790046 |
Castro Chavarría Karla Vanessa |
603490390 |
Dinarte Velásquez Lisette |
602040420 |
Espinoza Pérez Henry Felixis |
503140728 |
Estrada Delgado Marinyvett |
112450492 |
Feoli Mandas Leda |
900120912 |
Fonseca Castro Jenniffer Liseth |
303490742 |
Gómez Villarreal Cinthia Vanesa |
503170260 |
Lacayo Zúñiga María Delia |
501930824 |
Martes Atencio Estelita |
800900270 |
Martínez Bohórquez Ingrid |
117000960736 |
Matarrita Álvarez Leda |
502590496 |
Mora Araya Ana María |
900670654 |
Moreno Mendoza Jeannette |
602040823 |
Obando Chávez Sofía |
800560086 |
Peralta Cruz Adenil Guillermo |
701490629 |
Picado Picado Yira María |
501890060 |
Rivas Alvarado Melissa |
503470338 |
Rivas Bascón Marlidian |
106800002211 |
Rodríguez López Óscar Eduardo |
603170079 |
Rouse Barton Ivette |
700740292 |
Ruiz Arce Dinia María |
502920312 |
Sánchez Marín Fanny |
601230259 |
Sevilla Morales Henry |
503510318 |
Solano Delgado Cindy Alejandra |
401670913 |
Solís Araya Adriana Elena |
603490634 |
Solís Rodríguez Aracelly Bellurin |
155807453416 |
Solís Solís Maylin Irene |
401860079 |
Torres Victoria Nancy |
4200197060000 |
M.Sc. Félix Ángel Salas Castro. Presidente, Junta Directiva.—M.Sc.
Magda Rojas Saborío, Secretaria, Junta Directiva.—1 vez.—(IN2011085989).
ASOCIACIÓN
CRISTIANA CENTRO DE VIDA
Yo, Mario Navarro Brenes, cédula de identidad Nº 3-240-38, en mi
calidad de presidente y representante legal de
ASOCIACIÓN
VILLA ESPERANZA EN CRISTO
Yo
Pablo Bonilla Villegas, cédula cinco-ciento catorce-quinientos veintiuno, en mi
calidad de presidente y representante legal de la iglesia Asociación Villa
Esperanza en Cristo, cédula jurídica tres-ciento dos-cinco cinco siete tres
tres cinco, solcito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas
Jurídicas la reposición de los libros legales primer libro de asamblea general,
el cual fue extraviado. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la
publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de
Asociaciones.—veintisiete de octubre del dos mil once.— Pablo Bonilla Villegas,
Presidente.—1 vez.—RP2011265027.—(IN2011086467).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
En escritura pública otorgada ante el notario público, licenciado
Héctor Manuel Fallas Vargas, a las dieciocho horas del veinte de octubre de dos
mil once, de paso por la ciudad de Panamá, Panamá, escritura número cien
visible al folio ochenta y tres vuelto del tomo sexto de su protocolo,
comparecieron Jazette Enterprises Limited, empresa domiciliada en San
Vicente y las Granadinas, entidad registrada bajo número mil doscientos treinta
y uno-CTD-dos mil siete y Luxstone Inc., entidad panameña, con ficha
setecientos cuarenta mil quinientos veintisiete, y en lo que interesa
manifestaron: que la primera es dueña de un establecimiento mercantil
denominado Outsourcing Administrativo S. A., también conocido como OASA,
situado en San José, Costa Rica, cantón Santa Ana, ruta veintisiete contiguo a
la empresa MAUCO, doscientos metros antes del peaje a Ciudad Colón, dicho
establecimiento lo vende al segundo compareciente con todos los bienes y
elementos que en el se encuentran. Se invita a aquellas personas físicas,
jurídicas o cualquier entidad que considere afectado alguno de sus derechos con
esta compraventa a manifestarlo para lo que cuenta con 15 días hábiles a partir
de la publicación del primer edicto para hacer valer sus derechos. Comunicarse
directamente con el licenciado Fallas Vargas a los teléfonos 2288-6464,
8703-5514 o al correo hfallas@nccabogados.com.—San José, 24 de octubre del dos
mil once.—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—(IN2011085599).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Por escritura pública otorgada ante mí, en San José, a las 08:00 horas
del 14 de octubre del 2011, protocolicé acta de la sociedad Tica Bus
Sociedad Anónima por la cual se disminuye el monto del capital social.—San
José, 01 de noviembre del 2011.—Lic. Braulio Vargas Núñez,
Notario.—RP2011265024.—(IN2011086484).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Ante esta notaría, se protocolizó asamblea general extraordinaria de la empresa Margarita de Campo Cincuenta Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-uno cero uno-cuatro tres tres uno cuatro cinco, mediante la cual se conoce y se realiza modificación de la cláusula tercera del pacto social, así mismo se realizan nuevos nombramientos de junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, treinta y uno de octubre del dos mil once.—Lic. Eliseo Eliécer Santana-Morales Valdés, Notario.—1 vez.—(IN2011085909).
Ante esta notaría por escritura número noventa y cinco otorgada a las doce horas treinta minutos del día treinta y uno de octubre de marzo del dos mil once, se protocolizó asamblea general extraordinaria de la empresa de esta plaza denominada Condominio Montealondra Manaos XLVIII Sociedad Anónima. Se modifica cláusula primera cambiando la denominación social a Inversiones AKTT Sociedad Anónima.—Alajuela, 31 de octubre de marzo del 2011.—Lic. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1 vez.—(IN2011085974).
Por escritura 37 otorgada en esta notaria, a las 10:00 horas del 19 de octubre del 2011, la sociedad: Expo AGRO EAG S. A., reformó las cláusulas segunda y cuarta de los estatutos y nombra nuevo presidente.—Lic. German José Víquez Zamora, Notario.—1 vez.—(IN2011085987).
En esta notaría, por escritura número cuarenta y cinco-dos, a las nueve horas del veintidós de octubre dos mil once; se protocolizó modificación de estatutos de la sociedad anónima Luriramiro Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y tres mil ochocientos cincuenta y seis.—Lic. Antonieta Arce Sancho, Notaria.—1 vez.—RP2011264788.—(IN2011086084).
Ante el suscrito notario se constituyó la sociedad de esta plaza Inversiones Los Madrigales Sociedad Anónima capital totalmente suscrito y pago.—Alajuela, 31 de octubre del 2011.—Lic. Jaime Jesús Flores Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2011264789.—(IN2011086085).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 24 de octubre del 2011, mediante la escritura número 110-32, las señoras Andrea Hulbert Volio y Marcela Ortega Volio, constituyen la sociedad Hulbert Volio Sociedad Anónima.—San José, 31 de octubre del 2011.—Lic. German Serrano García, Notario.—1 vez.—RP2011264790.—(IN2011086086).
Por escritura otorgada ante este notario, a las 14:00 horas del veintiocho de octubre del dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Barosa S. A., mediante la cual se modifican las cláusulas segunda, quinta y sétima de los estatutos sociales.—San José, 28 de octubre del 2011.—Lic. Alfredo Gallegos Villanea, Notario.—1 vez.—RP2011264796.—(IN2011086087).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 28 de octubre del 2011, se nombró constituyó la sociedad Yabama Companies S. A., cuyo plazo social es de 100 años. Domicilio: Desamparados. Presidente Mario Antonio Campbell Rojas.—San José, 28 de octubre del 2011.—Lic. Northon Allen White, Notario.—1 vez.—RP2011264797.—(IN2011086088).
Por escritura otorgada ante este notario, a las 13:00 horas del veintiocho de octubre del dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Agropecuaria Maba S. A., mediante la cual se modifican las cláusulas segunda, quinta, sétima y octava de los estatutos sociales.—San José, 28 de octubre del 2011.—Lic. Alfredo Gallegos Villanea, Notario.—1 vez.—RP2011264798.—(IN2011086089).
Por escritura otorgada ante este notario, a las 12:00 horas del veintiocho de octubre del dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía El Pinar S. A., mediante la cual se modifican las cláusulas segunda, quinta, sétima y novena de los estatutos sociales.—San José, 28 de octubre del 2011.—Lic. Alfredo Gallegos Villanea, Notario.—1 vez.—RP2011264799.—(IN2011086090).
Que mediante escritura trescientos cuatro-siete, de las once horas del veintisiete de octubre del año dos mil once, del tomo sétimo de la notaria pública Geanina Soto Chaves, se protocolizó acta de la sociedad Oro Púrpura de Castilla Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos doce mil seiscientos nueve, que reformó la cláusula quinta: Aumentando el capital social a tres millones quinientos mil colones.—San José, catorce horas del veintisiete de octubre del año dos mil once.—Lic. Geanina Soto Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2011264801.—(IN2011086091).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas y cincuenta y seis minutos del veinticuatro de octubre dos mil once, se protocoliza acta de asamblea de Casa Antigua Montserrat Sétima Etapa Sociedad Anónima. Se modifica cláusula segunda del domicilio, cláusula sétima de la administración y se nombra nueva junta directiva.—San José, veintisiete de octubre del 2011.—Lic. Andrea Carvajal Lizano, Notaria.—1 vez.—RP2011264803.—(IN2011086092).
Mediante escritura otorgada en esta notaría a las 12:00 horas del 28 de octubre del 2011, se protocolizó acta de asamblea general de socios de Piscisdiez S. A. Se reformó la cláusula 7° de la administración.—Lic. Ligia Rodríguez Pacheco, Notaria.—1 vez.—RP2011264805.—(IN2011086093).
Por escritura otorgada ante esta notaria a las ocho horas del día veintisiete de octubre del dos mil once, se constituyó la sociedad Starsontilt Sociedad Anónima, capital social diez mil colones, plazo social noventa y nueve años, el presidente y secretario tienen la representación judicial y extrajudicial.—San José, veintisiete de octubre del dos mil once.—Lic. Dunnia Monge Torres, Notaria.—1 vez.—RP2011264807.—(IN2011086094).
Por escritura otorgada ante esta notaria a las nueve horas del día veintisiete de octubre del dos mil once, se constituyó la sociedad Starsontilt Partners Sociedad Anónima, capital social diez mil colones, plazo social noventa y nueve años, el presidente tiene la representación judicial y extrajudicial.—San José, veintisiete de octubre del dos mil once.—Lic. Dunnia Monge Torres, Notaria.—1 vez.—RP2011264808.—(IN2011086095).
Por escritura otorgada ante esta notaria a las ocho horas del día tres de octubre de dos mil once, se constituyó la sociedad LFJF del Oeste Sociedad Anónima, capital social diez mil colones, plazo social noventa y nueve años, el presidente y secretario tienen la representación judicial y extrajudicial.—San José, cinco de octubre de dos mil once.—Lic. Dunnia Monge Torres, Notaria.—1 vez.—RP2011264809.—(IN2011086096).
Ante esta notaría, a las siete horas con cuarenta y cinco minutos del día seis de octubre del año dos mil once, se constituyó la sociedad denominada E.C.C. Superafe Sociedad Anónima.—Upala, veintinueve de octubre del año dos mil once.—Lic. Carlos Luis Ramírez Badilla, Notario.—1 vez.—RP2011264810.—(IN2011086097).
Por escritura otorgada ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Comercial Criloel Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—Guápiles, Pococí, Limón, 28 de octubre del 2011.—Lic. Arnoldo Antonio Parini Segura, Notario.—1 vez.—RP2011264811.—(IN2011086098).
Por escritura número
ciento catorce, otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 13 de setiembre del
2011, se constituyó la sociedad denominada
En mi notaría, se ha constituido la entidad cuya razón social es: Inversiones Arguedas Solé Sociedad Anónima. Capital totalmente suscrito y pagado. Domicilio social, la ciudad de Heredia.—Cartago, treinta y uno de octubre del año dos mil once.—Lic. José Gerardo Coto Mora, Notario.—1 vez.—RP2011264813.—(IN2011086100).
Ante esta notaría se constituye la sociedad de esta plaza denominada Sarabi Banecheren Sociedad Anónima, a las doce horas del veintiocho de octubre del dos mil once, siendo su presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma Sandra María Ramírez Arrieta, ante el notario Mauricio Bolaños Delgado.—San José, veintiocho de octubre del dos mil once.—Lic. Mauricio Bolaños Delgado, Notario.—1 vez.—RP2011264815.—(IN2011086101).
Por escritura número doscientos sesenta y cuatro, otorgada en esta notaría a las dieciocho horas del día veintiséis de octubre del año dos mil once, se constituye Natural Smile Sociedad Anónima, su domicilio será en San José, Barrio México, avenida quince, calles veintiséis y veintiocho: de la entrada principal del Liceo San José, cincuenta metros este y setenta y cinco metros sur, mano derecha, casa número ciento treinta y tres. Plazo noventa y nueve años. Capital social veinte mil colones. Presidente y vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veintisiete de octubre de dos mil once.—Lic. Edwin Efraín Bonilla Murillo, Notario.—1 vez.—RP2011264817.—(IN2011086102).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría a las 17:00 hora del día 26 de octubre de 2011, se constituyó la sociedad denominada Corporación Isagu Limitada, con domicilio en Mata Redonda, San José y representada por dos gerentes generales.—San José, 26 de octubre del 2011.—Lic. Lucía Odio Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2011264820.—(IN2011086103).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecinueve horas del doce de octubre del dos mil once, se constituyó la sociedad de esta plaza Inversiones Garcal Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad. Es todo.—San José, doce de octubre del dos mil once.—Lic. Nora Virginia Robles Cambronero, Notaria.—1 vez.—RP2011264821.—(IN2011086104).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del veinticinco de octubre del dos mil once, se constituyó la sociedad de esta plaza I.G.C Electromecánicos Sociedad Anónima, capital social: suscrito y pagado. Presidente y vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma de la sociedad. Es todo.—San José, veinticinco de octubre del dos mil once.—Lic. Nora Virginia Robles Cambronero, Notaria.—1 vez.—RP2011264822.—(IN2011086105).
Por escritura pública de las quince horas del día veintiocho de octubre de dos mil once, otorgada ante los conotarios Violeta Rojas Soza y Miguel Herrera González, se constituyó la sociedad Pochigymbo del Este Sociedad Anónima, con domicilio en San José, con plazo social de cien años, con un capital social de diez mil colones, representación presidente y secretario actuando separadamente. Es todo.—San José, veintiocho de octubre del dos mil once.—Lic. Miguel Herrera González, Notario.—1 vez.—RP2011264823.—(IN2011086106).
Por escritura otorgada
ante mí, a las nueve horas, del veintiocho de octubre del dos mil once se
constituyó la sociedad: Pura Vida Vista of Colon Nap Limitada. Capital
social totalmente suscrito y pagado.—Cartago,
Por escritura pública número doscientos setenta y cuatro, otorgada ante esta notaría, a las doce horas del día veintinueve de octubre del año dos mil once, se reformó el pacto social de la sociedad Servicios Laborales Múltiples DCE Sociedad Anónima. Presidente Nicolás Gómez Ovares.—Lic. Carlos Luis Rojas Céspedes, Notario.—1 vez.—RP2011264825.—(IN2011086108).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del día veintiocho de octubre del año dos mil once, se protocolizó el acta de la sociedad Bananera Continental Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula quinta.—San José, veintiocho de octubre del año dos mil once.—Lic. Eugenio Desanti Hurtado, Notario.—1 vez.—RP2011264826.—(IN2011086109).
Mediante escritura número 482 del tomo 15 del notario Arturo Méndez Jiménez de fecha 27 de octubre del 2011; se constituye la sociedad: Haromiraga Limitada. Gerentes: Hansel Miranda Gamboa y Rosiris Gamboa Zúñiga.—San Vito de Coto Brus, 27 de octubre de 2011.—Lic. Arturo Méndez Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2011264827.—(IN2011086110).
Mediante la escritura ciento noventa y cuatro, del tomo sétimo de mi protocolo, se modificó la junta directiva de una sociedad cuya razón social es Transportes del Pacífico Sociedad Anónima. Escritura otorgada al ser las quince horas del día dieciséis de julio de dos mil once. Sr. Mario Morales Abarca, presidente.—Lic. Julio Antonio Morúa Martínez, Notario.—1 vez.—RP2011264830.—(IN2011086111).
Mediante la escritura doscientos diecisiete, del tomo sétimo de mi protocolo, se constituyó una sociedad cuya razón social es Inversiones J Trescientos Treinta y Tres Ruocco Sociedad Anónima. Escritura otorgada al ser las doce horas del día veintisiete de agosto de dos mil once. Sr. Jusepe Salbatori Ruocco Tambasco, presidente.—Lic. Julio Antonio Morúa Martínez, Notario.—1 vez.—RP2011264831.—(IN2011086112).
Por escritura número trece-nueve, otorgada ante los notarios Alberto Sáenz Roesch, Juvenal Sánchez Zúñiga y Jorge González Roesch, actuando en el protocolo del primero, a las dieciséis horas treinta minutos del día veintisiete de octubre del año dos mil once, se reforma la cláusula sexta de la compañía Lapislazuli Hills S. A.—San José, 28 de octubre del 2011.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.—RP2011264832.—(IN2011086113).
Por escritura de once horas de hoy, en esta ciudad, protocolicé actas de asamblea de socios en las cuales Rayama Saru S. A. e Inversiones Trobles S. A., en las que reforman sus estatutos.—San José, 28 de octubre del 2011.—Lic. Patricia Rivero Breedy, Notaria.—1 vez.—RP2011264833.—(IN2011086114).
Por escritura otorgada a las 16:00 horas del 19 de octubre del 2011, ante esta notaría se protocolizó, acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Grupo Mercantil Starr S. A., en virtud de la cual se acordó reformar la cláusula primera.—San José, 25 de octubre del 2011.—Lic. Jorge Fallas Aguilar, Notario.—1 vez.—RP201126836.—(IN2011086115).
Por escritura doscientos cuarenta y ocho se constituyó la sociedad denominada Zvezda Ivanova Colman Limitada. Capital social: cien mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo.—Jacó, Garabito, Puntarenas, 26 de octubre del 2011.—Lic. Gerardo Calderón León, Notario.—1 vez.—RP2011264838.—(IN2011086116).
Ante esta notaría, en la
escritura otorgada al ser las diecisiete horas del diecinueve de setiembre del
dos mil once, se constituyó la sociedad con el nombre Inversiones
Por escritura número doce-trece,
de las quince horas de esta fecha, del tomo trece de protocolo, se constituye Inmobiliaria
Por escritura número veinte-trece, de las diez horas de esta fecha, del tomo trece de mi protocolo, se constituye Inversiones Maymor Sociedad Anónima.—San José, veinte de octubre de dos mil once.—Lic. Walter Francisco Corrales Granados, Notario.—1 vez.—RP2011264841.—(IN2011086119).
Por escritura otorgada a las 14:00 horas del diecinueve de setiembre de dos mil once, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora de Productos Reciclables COMPROREC Sociedad Anónima.—San José, 19 de setiembre del 2011.—Lic. Orlando Baltodano Valdelomar, Notario.—1 vez.—RP2011264842.—(IN2011086120).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del treinta y uno de octubre del dos mil once, se constituyó la fundación de esta plaza: HEFZIBA.—31 de octubre del 2011.—Lic. Roxana Pujol Sobalvarro, Notaria.—1 vez.—RP2011264844.—(IN2011086121).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría se protocolizó acta de la empresa denominada Cien Puntos Industrias S. A., en la cual se acuerda reformar las cláusulas segunda y novena, correspondiente al domicilio social y de la administración, se hacen nuevos nombramientos de junta directiva.—San José, 20 de octubre del 2011.—Lic. Rafael Ángel Esquivel Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2011264845.—(IN2011086122).
En escritura pública otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día treinta y uno de octubre del año dos mil once, se modificó la junta directiva de la compañía Financial IT Services Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y siete mil ochocientos noventa y uno. Es todo.—San José, treinta y uno de octubre del dos mil once.—Lic. Fernando Murillo Marchini, Notario.—1 vez.—RP2011264848.—(IN2011086123).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del día dieciocho de octubre del año dos mil once, se protocoliza acuerdos de asamblea de la sociedad denominada SP Racing Accesorios Sociedad Anónima, se hace nombramiento de junta directiva y se modifican estatutos.—Lic. Luis Eduardo Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2011264855.—(IN2011086124).
Ante la suscrita notaria, se constituye Empresa de Crédito Comunal de Piedras Blancas Sociedad Anónima. Capital social: setenta y cinco mil colones exactos, representado por quince acciones de cinco mil colones exactos cada una. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio social. Su domicilio será en Piedras Blancas centro; Osa, Puntarenas, en las oficinas del Centro Cantonal, frente a la plaza, presidente: Juan Diego García Godínez, cédula 1-920-607.—Ciudad Neily, veintinueve de octubre del dos mil once.—Lic. Zeidy Cruz Castañeda, Notaria.—1 vez.—RP2011264857.—(IN2011086125).
Por escritura 133 de las 16:00 horas del 28 de octubre del 2011, ante el notario Giovanni Portuguez Barquero, se protocolizó un acta de asamblea de socios de la empresa Import & Export Ambientar Chilena S. A., cédula número 3-101-630964, se nombra nuevo presidente y secretaria y se reforma la cláusula sexta, referente a la administración, solo el presidente apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, 28 de octubre del 2011.—Lic. Giovanni Portuguez Barquero, Notario.—1 vez.—RP2011264858.—(IN2011086126).
Mediante escritura número 82 otorgada a las 11:30 horas del 27 de octubre del 2011, en el tomo cuarenta de la notaría Jenny Ramírez Robles, se modificó la representación social de la sociedad Botánica Medicinal Sociedad Anónima, cédula jurídica numero 3-101-251461.—San José, 28 de octubre del 2011.—Lic. Carlos Madrigal Mora, Notario.—1 vez.—RP2011264859.—(IN2011086127).
Mediante escritura número 84 otorgada a las 12:00 horas del 27 de octubre del 2011, en el tomo cuarenta de la notaria Jenny Ramírez Robles, se modificó la representación social de la sociedad Fito Salud JG Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-316855.—San José, 28 de octubre del 2011.—Lic. Carlos Madrigal Mora, Notario.—1 vez.—RP2011264860.—(IN2011086128).
Mediante escritura número 83 otorgada a las 11:40 horas del 27 de octubre del 2011, en el tomo cuarenta de la notaria Jenny Ramírez Robles, se modificó la representación social de la sociedad Distribuidora Merva Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-254090.—San José, 28 de octubre del 2011.—Lic. Carlos Madrigal Mora, Notario.—1 vez.—RP2011264861.—(IN2011086129).
Por escritura otorgada hoy a las diez horas protocolicé asamblea general extraordinaria de accionistas de Lot Sea Breeze Fifteen-D-Gold Sociedad Anónima, según la cual se reformó la cláusula segunda del domicilio social y se nombra nueva junta directiva y fiscal de la sociedad.—San José, veintiuno de octubre de dos mil once.—Lic. Christian Díaz Barcia, Notario.—1 vez.—RP2011264862.—(IN2011086130).
El sucrito notario público, Ricardo Vargas Guerrero, con oficina en Playas del Coco, Guanacaste, hace constar que he cambiado el nombre de la compañía 3-101-476497 S. A., por Global Biotech G B T Sociedad Anónima, mediante la escritura número treinta y tres iniciada al folio veinte vuelto del tomo quinto de mi protocolo, con fecha de las diez horas del veintiocho octubre de dos mil once.—Lic. Ricardo Vargas Guerrero, Notario.—1 vez.—RP2011264864.—(IN2011086131).
El sucrito notario
público, Ricardo Vargas Guerrero, con oficina en Playas del Coco, Guanacaste,
hace constar que he cambiado el nombre de la compañía 3-101-476497 S. A.,
por
Que por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Condominios CR Veintiséis Paladar S. A. Los socios acuerdan la disolución y liquidación total de la sociedad—San José, 27 de octubre del 2011.—Lic. Marianella Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2011264871.—(IN2011086133).
Que por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Condominios CR Cuarenta y Tres Los Portales S. A. Los socios acuerdan la disolución y liquidación total de la sociedad.—San José, 27 de octubre del 2011.—Lic. Marianella Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2011264872.—(IN2011086134).
Ante el suscrito
notario, se constituye la sociedad
Hace constar que ante esta notaría, se ha constituido la sociedad anónima denominada: Baruch Hashen Adonai Sociedad Anónima, en escritura número: ocho-cinco de mi protocolo, constituida a las catorce horas treinta y tres minutos del seis de setiembre dos mil once. Es todo.—MDE. Freddy Montes Pérez, Notario.—1 vez.—RP2011264875.—(IN2011086136).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:20 horas del 28 de octubre del 2011, se constituyó la sociedad Hermanos Kojek S. A. Capital social: ¢10.000,00, plazo social: 100 años. Domicilio: Limón. Presidente: Yoddin Efraín Parra Parra.—Limón, treinta y uno de octubre del 2011.—Lic. Alfredo Carazo Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2011264882.—(IN2011086137).
Por escritura otorgada
ante el suscrito notario, en San José, a las 11:00 horas de hoy, he procedido a
protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria de socios de
Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Jaq’Mate Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Plazo social: cien años. Domicilio: San José, Curridabat, cincuenta metros oeste, del Liceo de Curridabat. Presidenta: Silvia Elena Porras Solera.—Puntarenas, veintiséis de octubre del dos mil once.—Lic. William Herrera Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2011264887.—(IN2011086139).
Por escritura pública otorgada ante mi notaría se constituyó: AG Proyectos Sociedad de Responsabilidad Limitada, pudiendo abreviarse en su aditamento en S. R. L. Domicilio social: San José. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones, gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Por asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios 3-101-605518 S. A., nombra nuevo presidente. Es todo.—San José, a las diecisiete horas, del veintisiete de octubre del dos mil once.—Lic. Mayra Tatiana Alfaro Porras, Notaria.—1 vez.—RP20112164888.—(IN2011086140).
Se hace saber que en esta notaría, por escritura número 29-119, de 15:00 horas del día 4 de octubre del año 2011, la sociedad Comercial Darrosa Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-102997, modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo, modificando el domicilio social.—Lic. Mario Enrique Ulate Ulate, Notario.—1 vez.—RP2011264890.—(IN2011086141).
Se hace saber que en esta notaría, por escritura número 30-119, de 16:00 horas del día 4 de octubre del año 2011, la sociedad Inmobiliaria Meyjo Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-105447, modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo, y se modifica el domicilio social.—Lic. Mario Enrique Ulate Ulate, Notario.—1 vez.—RP2011264891.—(IN2011086142).
Ante esta notaría, a las 10:00 horas del 11 de octubre del 2011, se protocolizó acta ordinaria y extraordinaria de la sociedad Inversiones para el Desarrollo Humano S.P. Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-362826, mediante la cual se modificó la cláusula sexta de los estatutos sociales y se nombra apoderada generalísima.—Lic. Santos Javier Saravia Baca, Notario.—1 vez.—RP2011264893.—(IN2011086143).
Ante la notaría del Lic. Ramón Guillermo Fallas Mora, se constituyó la sociedad Isifaca Sociedad Anónima, plazo noventa y nueve años. Presidente representante judicial y extrajudicial con las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Aserrí, 22 de setiembre del 2011.—Lic. Ramón Guillermo Fallas Mora, Notario.—1 vez.—RP2011264894.—(IN2011086144).
Ante el suscrito notario público, Lic. Marco Vinicio Calvo Amador, comparecen a las once horas del veintinueve de octubre del dos mil once, Elio Livio y de único apellido: Macchia y Sabrina y de único apellido: Baldassarre y constituyen la sociedad mercantil denominada: Inversiones Foresta Iguana Sociedad Anónima. Es todo.—Veintinueve de octubre del dos mil once.—Lic. Marco V. Calvo Amador, Notario.—1 vez.—RP2011264895.—(IN2011086145).
Por escritura número cuatrocientos dieciocho, otorgada ante esta notaría, a las diez horas del veinticinco de octubre del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Trámites Aduanales H y H Sociedad Anónima. Domicilio social: en la ciudad de Limón, distrito y cantón primeros, Limón, de la provincia de Limón; capital: íntegramente suscrito y pagado; presidente: José Hernández Alvarado, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma; plazo: noventa y nueve años.—Limón, treinta y uno de octubre del dos mil once.—Lic. Alberto Baltodano Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2011264897.—(IN2011086146).
En mi notaría, mediante escritura Nº 149-6, otorgada en San Ramón, Alajuela, a las 12:00 horas del 27 de octubre del 2011, se constituyó la sociedad Inversiones Latam S. A., plazo: noventa y nueve años. Objeto: prestación de servicios profesionales, desarrollo de actividades comerciales y servicios en general. Presidenta Helena Ugalde Sancho.—San Ramón, Alajuela, 30 de octubre del 2011.—Lic. Carolina Muñoz Solís, Notaria.—1 vez.—RP2011264902.—(IN2011086147).
Se hace constar que ante la notaría de Manuel Fernando Anrango Bonilla, mediante escritura número sesenta y uno otorgada el treinta y uno de noviembre del año dos mil once, se constituye la compañía Forte Esperanza Desarrollo, Asesoría y Consultoría Constructiva Sociedad Anónima, por los socios Marlon Daniel López Canales, y Mario Gerardo González. Ambas por un plazo de noventa y nueve años.—San José, treinta y uno de octubre del dos mil once.—Lic. Manuel Fernando Anrango Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2011264913.—(IN2011086148).
En mi notaría, al ser las 17:00 horas del 24 de octubre del año 2011, se constituyó Distribuidora R y R Dalive Sociedad Anónima.—Lic. Celenia Godínez Prado, Notaria.—1 vez.—RP2011264915.—(IN2011086149).
En mi notaría, al ser las 18:00 horas del 24 de octubre del año 2011, se constituyó Riesgos de Costa Rica y Servicios My D Sociedad Anónima.—Lic. Celenia Godínez Prado, Notaria.—1 vez.—RP2011264916.—(IN2011086150).
Por escritura otorgada ante mí, se protocolizaron actas de las compañías Corporación de Inversiones Heredia Corinhe, Inversiones Los Andes, Casa Tres Monos, todas Sociedad Anónima, Banff Springs S. R. L., se reforma cláusula de administración y se nombra Junta directiva.—Lic. Roger Petersen Morice, Notario.—1 vez.—RP2011264920.—(IN2011086151).
El suscrito notario, hace constar que mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del día veintiuno de octubre del dos mil once, se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo del domicilio de la sociedad de esta plaza Nativa Palo Verde Sociedad Anónima.—San José, 21 de octubre del 2011.—Lic. Marvin Céspedes Méndez, Notario.—1 vez.—RP2011264923.—(IN2011086152).
Por escritura otorgada ante la notaría, de Pedro Brenes Murillo, a las 8:00 horas del 4 de octubre del 2011, se protocolizó acta número 32 de asamblea general extraordinaria de Vica Sociedad Anónima, se reforma la cláusula primera y la cláusula de la administración del pacto constitutivo. Es todo.—San José, 25 de octubre de 2011.—Lic. Pedro Brenes Murillo, Notario.—1 vez.—RP2011264924.—(IN2011086153).
Hoy se constituyó ante esta notaría, una sociedad anónima que se rige por el Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Capital social: diez mil colones. Domicilio: San José. Representantes: presidente y secretario.—San José, treinta y uno de octubre del dos mil once.—Lic. María Gabriela Mora Valverde, Notaria.—1 vez.—RP2011264927.—(IN2011086154).
Hoy protocolicé en lo conducente acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de Alimentos Prosalud SRL y acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Sardimar S. A., en virtud de las cuales se acordó fusionar dichas compañías prevaleciendo Sardimar S. A., en consecuencia se acordó reformar las cláusulas primera, quinta y sétima del pacto social de Sardimar S. A. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 16:00 horas del 28 de octubre del 2011.—Lic. Mario Quirós Salazar, Notario.—1 vez.—RP2011264932.—(IN2011086155).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Técnicas Atom M & R Sociedad Anónima. Capital social: es la suma de diez mil colones, correspondiéndole a Lorena Incera Jiménez, el carácter de apoderada generalísima sin límite de suma de dicha sociedad. Escritura número veinte de las diecisiete horas del seis de octubre del 2011.—San José, 28 de octubre del 2011.—Lic. Henry Alpízar Rojas, Notario.—1 vez.—RP2011264933.—(IN2011086156).
Mediante escritura pública número sesenta y uno-cuatro, otorgada a las diez horas treinta minutos del día treinta y uno de octubre del año dos mil once, se constituyó la sociedad, Packing Technologies Sociedad Anónima. Capital social: veinte mil colones. George Louis Arana Arana.—Lic. Roger Bravo Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2011264935.—(IN2011086157).
Mario Ángel Ríos Ríos y Rosibeth Cecilia Madriz Navarro, constituyen Bazar Martha Riomad Sociedad Anónima, con domicilio en Puntarenas, Esparza, con capital diez mil colones, para dedicarse al comercio en general, cuyo presidente y secretario son apoderados generalísimos sin limitación de suma pudiendo actuar separadamente.—San José, veintiocho de octubre del dos mil once.—Lic. Kenneth Mora Díaz, Notario.—1 vez.—RP2011264941.—(IN2011086158).
Karen Milena González Madriz y Yeremy Ranses Ríos Madriz, constituyen Fuerza Laboral Maryce Sociedad Anónima, con domicilio en Puntarenas, Esparza, con capital diez mil colones, para dedicarse al comercio en general, cuyo presidente y secretario son apoderados generalísimos sin limitación de suma pudiendo actuar separadamente.—San José veintiocho de octubre del dos mil once.—Lic. Kenneth Mora Díaz, Notario.—1 vez.—RP2011264942.—(IN2011086159).
Por escritura número 16 otorgada ante mi notaría, a las ocho horas del 28 de octubre de 2011, la sociedad Finca Coco del Bosque Lluvioso FCDBL Limitada, cédula 3-102-493083, reformó las cláusulas octava y novena de los estatutos y nombra gerente y subgerente.—San José, 31 de octubre de 2011.—Lic. Jeannette Salazar Araya, Notaria.—1 vez.—RP2011264943.—(IN2011086160).
Ante mí, se constituyó la sociedad De lo Nuestro S. D. B. S. S. R. L., capital totalmente suscrito y pagado, la representación le corresponde al gerente y al subgerente de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjuntamente. Domicilio en Guápiles, Pococí, Limón.—Guápiles, 29 de octubre del 2011.—Lic. Juan Carlos Radulovich Quijano, Notario.—1 vez.—RP2011264945.—(IN2011086161).
Mediante escritura número 184, otorgada a las 15:00 horas del 13 de octubre del 2011, se protocoliza acuerdos de asamblea general extraordinaria de la sociedad Prodi Repuestos Belén S.A., cédula jurídica 3-101-543158, y se reformó la cláusula cuarta del plazo social el cual será de 4 años a partir de su constitución.—Lic. Georgina Castillo Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2011264946.—(IN2011086162).
Por escritura otorgada ante mí en San José, a las doce horas del veintinueve de octubre del dos mil once, se constituyó la sociedad Mamografía y Ultrasonido Sarchí S. A. Domicilio: Sarchí Norte. Plazo social: noventa y nueve años. Corresponde al presidente y al secretario la representación judicial y extrajudicial de la sociedad actuando conjuntamente o separadamente.—Lic. Luis Fernando Longan Phillips, Notario.—1 vez.—RP2011264948.—(IN2011086163).
En mi Notaría, por escritura número ciento veinte-cuatro, se constituyó la sociedad Quixtan y Rojas Sociedad Anónima, domiciliada en Santiago de Palmares de Alajuela, seiscientos metros al sur del Templo católico del Rincón, casa color terracota a mano derecha. En ellas fungen como apoderados generalísimos sin límite de suma el presidente y la secretaria.—Palmares, a las diez horas del día treinta de octubre del dos mil once.—Lic. Olger Gerardo Vargas Castillo, Notario.—1 vez.—RP2011264949.—(IN2011086164).
La suscrita Marta Emilia Rojas Carranza, notaria pública, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Corporación Exportadora Internacional Los Palmares Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-359595, para reformar cláusula quinta del pacto constitutivo, referente a aumento de capital. Es todo.—Palmares, veintiocho de octubre del año dos mil once.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—RP2011264950.—(IN2011086165).
La suscrita Marta Emilia Rojas Carranza, notaria pública, protocolice acta asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres-ciento uno-seiscientos nueve mil setecientos sesenta y ocho sociedad anónima, cédula jurídica 3-101-609768, para reformar la cláusula quinta del pacto constitutivo referente a aumento de capital. Es todo.—Veintinueve de octubre del año dos mil once.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—RP2011264951.—(IN2011086166).
La suscrita Marta Emilia Rojas Carranza, notaria pública, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Grano Café de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-633384, para reformar cláusula quinta del pacto constitutivo, referente a aumento de capital. Es todo.—Palmares, veintiocho de octubre del año dos mil once.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—RP2011264952.—(IN2011086167).
Mediante escritura número ciento treinta y nueve, otorgada a las diez horas y treinta y siete minutos del día treinta y uno de octubre del año dos mil once, visible al folio ciento dieciocho vuelto, del tomo quinto de mi protocolo, se modificó la cláusula segunda del pacto social de la sociedad Inversiones Imay S. A. Es todo.—San José, treinta y uno de octubre del año dos mil once.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—1 vez.—RP2011264953.—(IN2011086168).
Por instrumento público número ciento sesenta-uno, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del día veintiséis de octubre del dos mil once, se protocoliza acta de la sociedad denominada Cathervi Consultores Sociedad Anónima, con cédula jurídica numero tres-ciento uno-trescientos treinta y siete mil trescientos sesenta y nueve, en la que se acuerda modificar cláusulas segunda y sétima del pacto social.—Lic. Adrián Álvarez Orellana, Notario.—1 vez.—RP2011264959.—(IN2011086169).
En mi notaría se constituyó Geoproductos de Costa Rica S.A., domiciliada en Espíritu Santo de Esparza de Puntarenas, doscientos metros norte del Coopesparta, capital social 100.000,00 colones representado por 10.000 acciones comunes y nominativas, apoderado especial su presidente.—Esparza, 27 de octubre del 2011.—Lic. Luis Peraza Burgdorf, Notario.—1 vez.—RP2011264961.—(IN2011086170).
Por escritura otorgada
ante mi notaría en Liberia, a las dieciséis horas cincuenta minutos del
veinticuatro de octubre, se protocolizó esta acta de asamblea general
extraordinaria de la sociedad Coco Rico de
Por escritura número ciento sesenta y siete del tomo dos, otorgada ante esta notaría a las nueve horas del veinticinco de octubre del 2011, se constituyó la sociedad Pleazers Limitada. Capital suscrito y pagado. Por los gerentes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo social: 99 años.—Lic. Marlene Brenes Corrales, Notaria.—1 vez.—RP2011264966.—(IN2011086172).
Por escritura pública otorgada ante el notario Héctor Manuel Fallas Vargas, en San José, a las diecisiete horas del veintiséis de octubre del dos mil once, se modificó la cláusula primera de razón social de la empresa Audio y Video MuItiservicios Electrónicos MSE S. A., para que de ahora en adelante se denominará CTC Arquitectura y Construcción S. A.—San José, veintiocho de octubre del dos mil once.—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011264967.—(IN2011086173).
Por escritura otorgada en
Mediante escritura de las 11:30 horas del veintisiete de octubre del 2011, los señores María Pilar Durante León, José Antonio Curiel Ruiz y Juan Carlos Alberto Grieco, constituyen la sociedad anónima J P J Investiments S. A. Presidenta: María Pilar Durante León, plazo social será de noventa y nueve años. Capital social nueve mil colones exactos, constituido por tres acciones comunes y nominativas de tres mil colones cada una. Objeto: el ejercicio del comercio, la industria, la agricultura y la ganadería, en general, etc.—San José, 31 de octubre del 2011.—Lic. Manuel Antonio Calderón Segura, Notario.—1 vez.—RP2011264969.—(IN2011086175).
Mediante escritura de las 14:00 horas del veintiocho de octubre del 2011, los señores, Yahel Larissa Chong Pit, Yinel Larissa Chong Pit, Wei Feng Wu Yao y Denis Mauricio Quesada Altamirano constituyen la sociedad anónima Importadora Denisa Sociedad Anónima, presidente Yahel Larissa Chong Pit. Plazo social será de noventa y nueve años. Capital social cien mil colones exactos, constituido por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una. Objeto: el ejercicio del comercio, la industria, la agricultura, y la ganadería en general, etc.—San José, 31 de octubre del 2011.—Lic. Luis Miguel Ortega Meléndez, Notario.—1 vez.—RP2011264970.—(IN2011086176).
Ante mi notaría se
protocolizó mediante escritura número ochenta y cuatro, visible al folio
cincuenta y dos frente del tomo cuarto, mediante la asamblea general
extraordinaria de asociados número veinte de la asociación Asociación Hogar
de Vida Para
Por escritura otorgada a las 9:00 horas del 27 de octubre del 2011, protocolicé acuerdos de la empresa Imperios Gobernantes Egipcios S. A., reformando estatutos.—San José, 27 de octubre del 2011.—Lic. Roberto Arguedas Pérez, Notario.—1 vez.—RP2011264975.—(IN2011086178).
En mi Notaría en Heredia, a las 16:00 horas del 24 de octubre del 2011, se constituyó la sociedad cuya denominación social establezca el Registro Mercantil del Registro Nacional sea número de cédula jurídica que se le asigne con la inscripción sociedad de Responsabilidad Limitada. Domicilio Heredia, San Rafael. Capital social diez mil colones. Gerentes con plenas facultades. Plazo 99 años.—Heredia, 24 de octubre del 2011.—Lic. Catalina Corrales Peralta, Notaria.—1 vez.—RP2011264979.—(IN2011086179).
En esta Notaría, a las diez horas del dieciocho de octubre del dos mil once; protocolicé acta de asamblea de Esca Marmoset Development S. A., en la que se modificó el nombramiento de presidente y se eliminó el cargo de vicepresidente, y se modificó la cláusula sétima del pacto constitutivo.—Lic. Edgar Rainier Cordero Campos, Notario.—1 vez.—RP2011264981.—(IN2011086180).
En esta Notaría, a las nueve horas y treinta minutos del dieciocho de octubre del dos mil once, protocolicé acta de asamblea de EDP Salic S. A., en la que se modificó el nombramiento de secretario y se eliminó el cargo de vicepresidente, y se modificó la cláusula sétima del pacto constitutivo.—Lic. Edgar Rainier Cordero Campos, Notario.—1 vez.—RP2011264983.—(IN2011086181).
En esta Notaría, a las nueve horas del dieciocho de octubre del dos mil once, protocolicé acta de asamblea de Edal S. A. en la que se modificó el nombramiento de presidente y de fiscal, y se modificaron las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo.—Lic. Edgar Rainier Cordero Campos, Notario.—1 vez.—RP2011264984.—(IN2011086182).
En esta Notaría, a las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de octubre de dos mil once, protocolicé acta de asamblea de Desarrollos Guachipelín S. A., en la que se eliminó el puesto de vicepresidente de junta directiva y se modificó la cláusula sétima del pacto constitutivo.—Lic. Edgar Rainier Cordero Campos, Notario.—1 vez.—RP2011264986.—(IN2011086183).
En esta Notaría, a las ocho horas del dieciocho de octubre de dos mil once, protocolicé acta de asamblea de COESA Compañía de Empleados S. A., en la que modifique que se eliminó el puesto de vicepresidente de junta directiva y se modificó la cláusula sétima del pacto constitutivo.—Lic. Edgar Rainier Cordero Campos, Notario.—1 vez.—RP2011264988.—(IN2011086184).
Por escritura otorgada ante el notario José Antonio Silva Meneses, a las 16:00 horas del 24 de octubre del 2011, se constituyó la sociedad Lina Catering Service Limitada.—Tamarindo, ocho horas del 26 de octubre del 2011.—Lic. José Silva Meneses, Notario.—1 vez.—RP2011264991.—(IN2011086185).
Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 29 de setiembre del 2011, se modifica la cláusula quinta de la sociedad Bandas y Frenos S. A. Aumento de capital.—San José, 31 de octubre del 2011.—Lic. Juana Brown Castro, Notaria.—1 vez.—RP2011264994.—(IN2011086186).
En ésta Notaría, a las ocho horas y treinta minutos del diecinueve de octubre del dos mil once, protocolicé acta de asamblea de Negociaciones Datony S. A., en la que se realiza una modificación del nombramiento de presidente, y se eliminé el cargo de vicepresidente. Se modificó la cláusula sétima del pacto constitutivo.—Lic. Edgar Rainier Cordero Campos, Notario.—1 vez.—RP2011264995.—(IN2011086187).
En esta Notaría, a las nueve horas del diecinueve de octubre de dos mil once, protocolicé acta de asamblea de Palomas Ilimitadas S. A., en la que se eliminó el cargo de vicepresidente, y se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo.—Lic. Edgar Rainier Cordero Campos, Notario.—1 vez.—RP2011264997.—(IN2011086188).
En ésta Notaría, a las diez horas del diecinueve de octubre del dos mil once, protocolicé acta de asamblea de Terreno Molava S. A., se modifica el nombramiento de presidente, y se acuerda eliminar el cargo de vicepresidente. Se modificó la cláusula sétima del pacto constitutivo.—Lic. Edgar Rainier Cordero Campos, Notario.—1 vez.—RP2011264998.—(IN2011086189).
En ésta Notaría, a las ocho horas del diecinueve de octubre de dos mil once, protocolicé acta de asamblea de Monkey Lavacar S. A., en la que se realiza una modificación del nombramiento de presidente, y se eliminó el cargo de vicepresidente. Se modificó la cláusula sétima del pacto constitutivo.—Lic. Edgar Rainier Cordero Campos, Notario.—1 vez.—RP2011264999.—(IN2011086190).
En ésta Notaría, a las once horas del diecinueve de octubre de dos mil once, protocolicé acta de asamblea de ZD Seis S. R. L., se acuerda eliminar el cargo de Subgerente tercero y se modificó la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Lic. Edgar Rainier Cordero Campos, Notario.—1 vez.—RP2011265000.—(IN2011086191).
En esta Notaría, a las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de octubre de dos mil once; protocolicé acta de asamblea de Tempisque Safari S.R.L., se modifica el nombramiento de subgerente segundo, y se acuerda eliminar el cargo de subgerente tercero. Se modificó la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Lic. Edgar Rainier Cordero Campos, Notario.—1 vez.—RP2011265001.—(IN2011086192).
En esta Notaría, a las trece horas del veintiuno de octubre de dos mil once; protocolicé acta de asamblea de Tárcoles Safari Sociedad Anónima, se acuerda modificar el nombramiento del cargo de presidente, realizar eliminar el cargo de vocal dos.—Lic. Edgar Rainier Cordero Campos, Notario.—1 vez.—RP2011265002.—(IN2011086193).
En esta Notaría, a las doce horas y treinta minutos del dieciocho de octubre de dos mil once; protocolicé acta de asamblea de Kato Mutiny S.R.L., en la que se realiza una modificación del nombramiento de subgerente segundo, y se eliminó el cargo de sugerente tercero. Se modificó la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Lic. Edgar Rainier Cordero Campos, Notario.—1 vez.—RP2011265003.—(IN2011086194).
En esta Notaría, a las trece horas del dieciocho de octubre de dos mil once; protocolicé acta de asamblea de Licores Nacionales Datony S. A., en la que se realiza una modificación del nombramiento de presidente, y se eliminó el cargo de vicepresidente. Se modificó la cláusula sétima del pacto constitutivo.—Lic. Edgar Rainier Cordero Campos, Notario.—1 vez.—RP2011265004.—(IN2011086195).
En esta Notaría, a las doce horas del dieciocho de octubre de dos mil once; protocolicé acta de asamblea de Industrias Salic S.A., en la que se realiza una modificación del nombramiento de secretario, y se eliminó el cargo de vicepresidente. Se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo.—Lic. Edgar Rainier Cordero Campos, Notario.—1 vez.—RP2011265005.—(IN2011086196).
En esta Notaría, a las once horas del dieciocho de octubre de dos mil once; protocolicé acta de asamblea de Generación Magachri S. A., en la que se realiza una modificación del nombramiento de presidente, y se eliminó el cargo de vicepresidente. Se modificó la cláusula sétima del pacto constitutivo.—Lic. Edgar Rainier Cordero Campos, Notario.—1 vez.—RP2011265006.—(IN2011086197).
En esta Notaría, a las diez horas y treinta minutos del dieciocho de octubre de dos mil once; protocolicé acta de asamblea de Flotilla EDP S. A., en la que se eliminó el cargo de vicepresidente, y se modificó la cláusula sétima del pacto constitutivo.—Lic. Edgar Rainier Cordero Campos, Notario.—1 vez.—RP2011265007.—(IN2011086198).
En esta Notaría, a las once horas y treinta minutos del dieciocho de octubre de dos mil once; protocolicé acta de asamblea de Hermanos Laureles del Oeste S. A., en la que se realiza una modificación del nombramiento de presidente, y se eliminó el cargo de vicepresidente. Se modificó la cláusula sétima del pacto constitutivo.—Lic. Edgar Rainier Cordero Campos, Notario.—1 vez.—RP2011265008.—(IN2011086199).
Por escritura otorgada ante esta Notaría al ser las 9:00 horas del 31 de octubre del 2011 se protocoliza la asamblea de Asociación para el Movimiento de Agricultura Orgánica del Pacífico Central (MAO-PAC), se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José 31 de octubre del 2011.—Lic. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—(IN2011086205).
Ante esta notaría se
constituyó la sociedad anónima Presición Belemita Sociedad Anónima,
que tiene como objeto social el comercio en general, con un capital social de
ciento sesenta mil colones. Domiciliada en Alajuela, San Rafael, de
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Estructuras del Golfo de Nicoya S. A.—Puntarenas, 14 de diciembre del 2004.—Lic. Gerardo Valle Sequeira, Notario.—1 vez.—(IN2011086209).
Por escritura número setenta y ocho, otorgada ante esta Notaría, a las diez horas treinta minutos del día primero de noviembre del dos mil once; visible en folio cincuenta y tres frente del tomo segundo de mi protocolo, se constituyó Grupo K. R. Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones netos. Presidente: Guiseppe Lazzeri.—San José, primero de noviembre del dos mil once.—Lic. Carmen María Bergueiro Pereira, Notaria.—1 vez.—(IN2011086216).
Mediante escritura otorgada ante mí a las catorce horas del día veinticinco de octubre del dos mil once, se constituyeron cinco sociedades anónimas cuya razón o denominación social de cada una de ellas será el número de cédula de persona jurídica que el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, les asigne al momento de su inscripción. Es todo.—San José, primero de noviembre del dos mil once.—Lic. Roberto Facio Sáenz, Notario.—1 vez.—(IN2011086217).
Ante este notario, por escritura número cuarenta y ocho otorgada en San José, a las catorce horas con cuarenta minutos del treinta y uno de octubre del dos mil once, se modificó la cláusula sexta del pacto social constitutivo de Magic Man Incorporated Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos diecinueve mil ciento setenta y uno. Es todo.—San José, primero de noviembre del dos mil once.—Lic. Roberto Facio Sáenz, Notario.—1 vez.—(IN2011086218).
Mediante escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas con treinta minutos del treinta y uno de octubre del dos mil once, se constituyó la compañía denominada Progreso Técnico (Protecno) Sociedad Anónima. Es todo.—San José, primero de noviembre del dos mil once.—Lic. Roberto Facio Sáenz, Notario.—1 vez.—(IN2011086219).
Por escritura otorgada ante mí, se modifica la cláusula sexta de la administración de la firma Promociones Sivian S. A. Fecha: 1º de noviembre del 2011. Lugar de otorgamiento: San José.—Lic. Daniel Aguilar González, Notario.—1 vez.—(IN2011086229).
Constitución de la sociedad anónima la cual como denominación social utilizará la que le indique el Registro Público como número de cédula jurídica, más su aditamento de S. A. Capital social ¢10.000. Plazo: 99 años. Representación judicial y extrajudicial: presidente.—San José, 1º de noviembre de 2011.—Lic. Laura Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2011086230).
Constitución de la sociedad anónima la cual como denominación social utilizará la que le indique el Registro Público como número de cédula jurídica, más su aditamento de S. A. Capital social ¢10.000. Plazo: 99 años. Representación judicial y extrajudicial: presidente.—San José, 1º de noviembre de 2011.—Lic. Laura Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2011086232).
Constitución de la sociedad anónima la cual como denominación social utilizará la que le indique el Registro Público como número de cédula jurídica, más su aditamento de S. A. Capital social ¢10.000. Plazo: 99 años. Representación judicial y extrajudicial: presidente.—San José, 1º de noviembre de 2011.—Lic. Laura Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2011086233).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría el día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Art Lilly Sociedad de Responsabilidad Limitada. Gerente: Lilliane Ruiz Truque. Domicilio: Escazú.—San José, 28 de octubre de 2011.—Lic. Cecilia Naranjo Arias, Notaria.—1 vez.—(IN2011086244).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 16:00 horas del día 13 de octubre del 2011, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad: Lapas Carbono Seis Sociedad Anónima según la cual se modifican las cláusulas sexta, segunda, octava y novena de los estatutos sociales, y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Es todo.—San José, 24 de octubre de 2011.—Lic. José Abundio Gutiérrez Antonini, Notario.—1 vez.—(IN2011086250).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, al ser las 14:00 horas del día 13 de octubre del 2011, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad: Anturios y Tulipanes de Costa Rica Sociedad Anónima, según la cual se modifica la cláusula sétima de los estatutos sociales, y se nombra nuevo secretario y tesorero en la junta directiva. Es todo.—San José, 24 de octubre de 2011.—Lic. José Abundio Gutiérrez Antonini, Notario.—1 vez.—(IN2011086251).
Por escritura otorgada
ante mí, se constituye la compañía sin denominación social según Decreto
treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, en donde se autoriza expresamente al
Registro Público de
Ante mí, Gonzalo Andrés Víquez Oreamuno, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad The Byrd Corporation Sociedad Anónima, celebrada a las trece horas y cincuenta minutos del dieciocho de octubre del dos mil once, en donde se reforma la cláusula sétima. Es todo.—San José, treinta y uno de octubre del dos mil once.—Lic. Gonzalo Andrés Víquez Oreamuno, Notario.—1 vez.—(IN2011086256).
Ante mí, Gonzalo Andrés Víquez Oreamuno, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Mountain View Residence Five M. N. O. Sociedad Anónima, celebrada a las quince horas y diez minutos del dieciocho de octubre del dos mil once, en donde se reforma la cláusula sétima. Es todo.—San José, treinta y uno de octubre del dos mil once.—Lic. Gonzalo Andrés Víquez Oreamuno, Notario.—1 vez.—(IN2011086257).
Ante mí, Gonzalo Andrés Víquez Oreamuno, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Mountain View Residence Eight V. W. X. Sociedad Anónima, celebrada a las quince horas y veinticinco minutos del dieciocho de octubre del dos mil once, en donde se reforma la cláusula sétima. Es todo.—San José, treinta y uno de octubre del dos mil once.—Lic. Gonzalo Andrés Víquez Oreamuno, Notario.—1 vez.—(IN2011086258).
Ante mí, Gonzalo Andrés Víquez Oreamuno, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Villa Cumaru Sociedad Anónima, celebrada a las catorce horas y treinta minutos del dieciocho de octubre del dos mil once, en donde se reforma la cláusula sétima. Es todo.—San José, treinta y uno de octubre del dos mil once.—Lic. Gonzalo Andrés Víquez Oreamuno, Notario.—1 vez.—(IN2011086259).
Ante mí, Gonzalo Andrés Víquez Oreamuno, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Mountain View Residence Nine Y. Z. A. Sociedad Anónima, celebrada a las quince horas y treinta minutos del dieciocho de octubre del dos mil once, en donde se reforma la cláusula sétima. Es todo.—San José, treinta y uno de octubre del dos mil once.—Lic. Gonzalo Andrés Víquez Oreamuno, Notario.—1 vez.—(IN2011086260).
Ante mí, Gonzalo Andrés Víquez Oreamuno, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Mountain View Residence Six P. Q. R. Sociedad Anónima, celebrada a las quince horas y veinte minutos del dieciocho de octubre del dos mil once, en donde se reforma la cláusula sétima. Es todo.—San José, treinta y uno de octubre del dos mil once.—Lic. Gonzalo Andrés Víquez Oreamuno, Notario.—1 vez.—(IN2011086261).
Por escritura otorgada ante mí, a las 11:25 horas del día 18 de octubre de 2011, la sociedad denominada Hidden Woods S. A. cambia, reforma cláusulas de representación y domicilio del pacto social y nombra nuevos presidente y secretario.—San José, 31 de octubre de 2011.—Lic. Fernando Berrocal Soto, Notario.—1 vez.—(IN2011086263).
Por escritura otorgada ante mí, a las 10:30 horas del día 27 de octubre del 2011, la sociedad denominada 3-101-455533 S. A., cambia, reforma cláusula de representación del pacto social y nombra nuevo secretario.—San José, 27 de junio del 2011.—Lic. Fernando Berrocal Soto, Notario.—1 vez.—(IN2011086264).
Por escritura otorgada ante mí, a las 10:25 horas del día 27 de octubre del 2011, la sociedad denominada Abby Lynn S. A., cambia, reforma cláusula de representación del pacto social y nombra nuevo secretario.—San José, 27 de junio del 2011.—Lic. Fernando Berrocal Soto, Notario.—1 vez.—(IN2011086266).
La suscrita notaria hace constar que en mi notaría al ser las nueve horas del doce de octubre del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Flywhite Enterprises S. A., la cual tiene domicilio en San José, cantón San Pedro, distrito Montes de Oca, se dedicará al comercio en general, y su plazo social lo será noventa y nueve años.—San José, primero de noviembre del dos mil once.—Lic. Karla Cerdas López, Notaria.—1 vez.—(IN2011086267).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 14:00 horas del día 28 de octubre del 2011, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Inmobiliaria Cruz Sauma S. A., cédula jurídica número 3-101-86566, en la que se reformó la cláusula quinta del pacto constitutivo, se eliminó el cargo de agente residente y se realizaron nombramientos de junta directiva. Es todo.—San José, veintiocho de octubre del dos mil once.—Lic. Mauricio A. Campos Brenes, Notario.—1 vez.—(IN2011086276).
Mediante escritura
pública otorgada en San José a las quince horas del veintiocho de octubre del
año dos mil once, ante el Notario Público Allan Makhlouf Maklouf, se
protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la empresa denominada
Por escritura otorgada a las catorce horas del veintisiete de octubre del dos mil once, se constituyó la empresa de actividades profesionales denominada Ugarte y Asociados Contadores Públicos Autorizados. Objeto: La explotación en sociedad del ejercicio de la profesión de contador público autorizado, con la facultad para realizar toda clase de actos necesarios para el ejercicio de la misma. Plazo: noventa y nueve años a partir de hoy. Capital: totalmente suscrito y pagado. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma: Albán Ugarte Camareno.—San José, veintisiete de octubre del dos mil once.—Lic. Rita Calvo González, Notaria.—1 vez.—(IN2011086285).
Por escritura otorgada a las trece horas del veintisiete de octubre del dos mil once, se constituyó una empresa que llevará por nombre su número de cédula jurídica. Objeto: El comercio, administración e inversiones en general y concretamente, la administración de bienes. Plazo: noventa y nueve años a partir de hoy. Capital: totalmente suscrito y pagado. Presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma: María Gabriela Madriz Castro.—San José, veintisiete de octubre del dos mil once.—Lic. Rita María Calvo González, Notaria.—1 vez.—(IN2011086286).
Por escritura número quince-nueve, otorgada ante los notarios Alberto Sáenz Roesch, Jorge González Roesch, y Juvenal Sánchez Zúñiga, actuando en el protocolo del primero, a las ocho horas del treinta y uno de octubre del dos mil once, se aumenta el capital social y se reforma la cláusula quinta de la sociedad Advansys S. A.—San José, 31 de octubre del 2011.—Lic. Jorge González Roesch, Conotario.—1 vez.—(IN2011086294).
Por escritura número dieciséis-nueve, otorgada ante los notarios Alberto Sáenz Roesch, Jorge González Roesch y Juvenal Sánchez Zúñiga, actuando en el protocolo del primero, a las ocho horas quince minutos del treinta y uno de octubre del dos mil once, se reforman las cláusulas segunda, sexta, se nombra nuevo secretario, tesorero, se revoca agente residente y se modifica la cláusula primera de la sociedad The Jewel of Portalon S. A., para que en adelante la sociedad se denomine Manuel Antonio Rental Properties Sociedad Anónima.—San José, 31 de octubre del 2011.—Lic. Jorge González Roesch, Conotario.—1 vez.—(IN2011086295).
Por escritura número 216 otorgada ante esta Notaría a las 9:00 horas del 25 de octubre del 2011, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la entidad 3-101-635135 S. A., cédula jurídica 3-101-635135, por medio de la cual se reformaron los estatutos en sus cláusula primera: en lo referente al domicilio social, cláusula quinta: administración y cláusula doceava: agente residente. Asimismo se revocaron los nombramientos del secretario y tesorero y se aceptó la renuncia del fiscal y se hicieron los nuevos nombramientos.—San José, 26 de octubre del 2011.—Lic. José Francisco Protti Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2011086299).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del veintiocho de octubre del dos mil once, se constituyó la sociedad de esta plaza Grupo Lo Bello de Lindora Sociedad Anónima. Presidenta la señora María Julia Esquivel Piza, secretaria la señora Carmen María Campos Esquivel, quienes ostentan las facultades de apoderadas generalísimas sin límite de suma, pudiendo actuar individual o conjuntamente. Capital social: ciento noventa mil colones, representado por ciento noventa mil acciones de un colón cada una. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Ana Lucía Paniagua Campos, Notaria.—1 vez.—(IN2011086322).
Por escritura otorgada el treinta y uno de octubre de dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de la compañía Infinity Mountain Sociedad Anónima. Por la que se reforman estatutos sociales.—San José, once horas del treinta y uno de octubre de dos mil once.—Lic. Steve Miguel Monge González, Notario.—1 vez.—(IN2011086329).
Por escritura treinta y siete-tres otorgada ante esta notaría a las 17:30 horas del 20 de octubre del 2011, se constituyó la sociedad Karcalma MK Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Representación judicial y extrajudicial con las facultades de apoderados generalísimos, al presidente y al tesorero de forma conjunta únicamente. Domicilio: Heredia, San Rafael, San Josecito, Urbanización Corazón de Jesús, casa setenta y seis.—San José, 21 de octubre del 2011.—Lic. Pamela Pardo Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2011086334).
G & G Seguros Sociedad Anónima, cambio su denominación social a G y G Rodríguez Alfaro Sociedad Anónima, de igual forma eliminó de su objeto la venta y comercialización de seguros en todas sus denominaciones; ha realizado un cambio de su domicilio social al cantón cero tres Grecia, distrito cero uno Grecia, de la provincia de Alajuela, Urbanización El Ingenio, casa contiguo al segundo puente. Se nombran nuevo presidente y secretario de junta directiva, se revoca el nombramiento de la señora Ginneth María Alfaro Rojas como presidenta y apoderada generalísima de la sociedad. Así consta mediante escritura número setenta y siete del tomo noveno del protocolo del Notario Público Licenciado Óscar Arroyo Ledezma.—Puntarenas, dos de noviembre del dos mil once.—Lic. Óscar Arroyo Ledezma, Notario.—1 vez.—(IN2011086338).
Ante esta Notaría, se protocolizó el acta de asamblea general de la sociedad: Desarrollos Turísticos Betelgeuse Sociedad Anónima, por medio de la cual se revoca el nombramiento de la anterior junta directiva y fiscal y se nombran a sus sustitutos, a la vez que se reforman algunas disposiciones de su acta constitutiva. Presidenta: Patricia Myrie Gaham. El domicilio de la sociedad estará en la ciudad de San Rafael de Heredia, ciento cincuenta metros al este del cementerio.—San Rafael de Heredia, dieciséis de setiembre del dos mil once.—Lic. Mario Alberto Chaves Mata, Notario.—1 vez.—(IN2011086342).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas treinta minutos del quince de octubre de 2011, se protocolizó la sociedad de esta plaza denominada Inversiones & Viviendas Los Helechos Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—San José, 31 de octubre de 2011.—Lic. María del Milagro Solórzano León, Notaria.—1 vez.—(IN2011086344).
Ante esta notaría, comparecieron los señores Martín Álvarez Zamora, Ana Cecilia Amores Ramírez y Arlet Dayana Álvarez Amores, constituyeron la sociedad Corporación todos en Familia Sociedad Anónima, cuya cédula jurídica se asignará oportunamente por el Registro Público. Capital: cien mil colones representadas por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una, presidente con la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, domicilio social la ciudad de Alajuela. Otorgada a las dieciséis horas del treinta y uno de octubre del dos mil once.—Lic. Javier E. Turcios Velásquez, Notario.—1 vez.—(IN2011086351).
El suscrito, Óscar Luis Chaves Bolaños, mayor de edad, casado una vez, administrador de empresas, portador de la cédula de identidad uno-cuatrocientos sesenta y cuatro-ochocientos noventa y nueve, San José, Curridabat, urbanización Guayabos, liquidador de la compañía Aldesa Representaciones Turísticas S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta y ocho mil ciento dieciséis, de conformidad con el artículo doscientos catorce inciso d y el artículo doscientos dieciséis inciso b del Código Comercio, cumplo con el deber de informar a los señores accionistas el resumen del estado final de liquidación de la compañía, según se detalla a continuación: Del balance general de la sociedad, se desprende que no hay activos ni pasivos de la sociedad que se deban distribuir. Asimismo, de conformidad con el artículo doscientos dieciséis inciso c, dicho estado, así como los papeles y libros de la sociedad, quedan a disposición de los señores accionistas, quienes tendrán un plazo de 15 días a partir de la publicación de este aviso, para presentar ante mí cualquier reclamación.—San José, diecinueve de setiembre del dos mil once.—Óscar Luis Chaves Bolaños.—1 vez.—(IN2011086362).
Por escritura
Por escritura número 131, otorgada en esta Notaría, se constituye la sociedad Pura Vida Overseas S. A. Plazo social: 99 años.—Lic. Esteban Quesada Murillo, Notario.—1 vez.—RP2011265011.—(IN2011086475).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 11:00 horas del 18 de octubre del 2011, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Air Costa Rica Airlines One Región S. A., donde se modifica la cláusula octava del pacto social.—San José, 31 de octubre del 2011.—Lic. German Serrano García, Notario.—1 vez.—RP2011265012.—(IN2011086476).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del 18 de octubre del 2011, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Golden Plañe Costa Rican Airways S. A., donde se modifica la cláusula octava del pacto social.—San José, treinta y uno de octubre del dos mil once.—Lic. German Serrano García, Notario.—1 vez.—RP2011265014.—(IN2011086477).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Esmith Lavacar de Paso Canoas Sociedad Anónima. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Plazo social de noventa y nueve años. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar de forma conjunta o separada. El objeto el comercio en general, la industria, agricultura y ganadería.—Paso Canoas, veintiocho de octubre del dos mil once.—Lic. Onix Abarca Morales, Notaria.—1 vez.—RP2011265015.—(IN2011086478).
Ante esta notaría en escritura 117-02 de 13 horas del 02 octubre 2011, se constituyó la sociedad ECC El Progreso de Villa Argentina Sociedad Anónima, representada por el presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: trescientos sesenta y cinco mil colones. Plazo social es de noventa y nueve años. Su domicilio Villa Argentina de Platanares de Pérez Zeledón—San José, 5 de octubre del 2011.—Lic. Miguel Ángel González Morales, Notario.—1 vez.—RP2011265016.—(IN2011086479).
Por escritura número sesenta y cuatro, otorgada ante notaria Wendy Robles Lizano, se constituyó sociedad anónima Transportes Alsachocha, y se nombra como presidente a Leonel Salazar Corrales, cédula 2-473-224.—Pérez Zeledón, 12 de octubre del 2011.—Lic. Wendy Robles Lizano, Notaria.—1 vez.—RP2011265018.—(IN2011086480).
Al ser las quince horas treinta minutos del veintinueve de octubre del año dos mil once, procedo a protocolizar la asamblea general extraordinaria número dos de la compañía denominada Pastos Verdes del Norte Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos ochenta y siete mil cuatro, en la cual se reforma la cláusula de la administración.—San José, treinta y uno de octubre del dos mil once.—Lic. Willy Hernández Chan, Notario.—1 vez.—RP2011265020.—(IN2011086481).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad anónima denominada Hogar San Agustín Sociedad Anónima, cuyo presidente es el señor Agustín Odio Kopper.—San José, treinta y uno de octubre del dos mil once.—Lic. Esteban Esquivel Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2011265022.—(IN2011086482).
Por escritura pública otorgada ante mí, en San José, a las 13:00 horas del 31 de octubre del 2011, protocolicé acta de la sociedad Campaña Sociedad Anónima por la cual se modificó lo relativo al domicilio y se nombró nuevo presidente y fiscal.—San José, 1° de noviembre del 2011.—Lic. Braulio Vargas Núñez, Notario.—1 vez.—RP2011265023.—(IN2011086483).
Por escritura otorgada ante mí, a las 14:00 horas del 25 octubre, 2011 se constituyó Comercializadora Tecnomóvil Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Presidente y secretaria apoderados generalísimos.—Lic. Gabelo Rodríguez Quesada, Notario.—1 vez.—RP2011265026.—(IN2011086485).
Por escritura otorgada en mi Notaría, a las nueve horas del treinta y uno de octubre del dos mil once, se protocolizó acta de asamblea de socios de Ejecutivos del Piropo S. A., en virtud de la cual se reformaron las cláusulas segunda y sétima del pacto social y se nombró nuevo presidente.—San Juan de Tibás, treinta y uno de octubre del dos mil once.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—RP2011265028.—(IN2011086486).
Ante mí, Rafael Salazar
Fonseca, notario con oficina en Barva de Heredia,
Mediante escritura otorgada a las en Santa Bárbara de Heredia a las veinte horas del día veintiuno de octubre del año dos mil once, ante la notaria Marlen Alfaro Jiménez, notaria pública se constituyó la sociedad Anónima Carnes J Y M de San Lorenzo Sociedad Anónima.—Santa Bárbara de Heredia, veintiuno de octubre del dos mil once.—Lic. Marlen Alfaro Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2011265031.—(IN2011086488).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría, se constituye Inmobiliaria Chase S. A. Capital social: 1.000.000 colones. Presidente: Carlos Chavarría Cervantes. Escritura otorgada el día 31 de octubre del 2011.—Lic. Ana Graciela Alvarenga Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2011265033.—(IN2011086489).
Mediante escritura número trescientos veinticinco-ocho se nombra nueva junta directiva, Inversiones Farmacen de Cartago S. A.—Curridabat, treinta y uno de octubre del dos mil once.—Lic. Ericka Castro Argüello, Notaria.—1 vez.—RP2011265034.—(IN2011086490).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas treinta minutos de hoy, se constituyó la sociedad anónima que utilizará como nombre el número de cédula jurídica que le otorgue el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional más el aditamento sociedad anónima, pudiendo abreviarse este aditamento como S. A. Plazo social: noventa y nueve años. Objeto: El objeto es el comercio en general y a la construcción. Capital social: cien mil colones representado por cien acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente: William Manuel Soto Mosquera.—San José, veintiocho de octubre de dos mil once.—Lic. José Alberto Pinto Monturiol, Notario.—1 vez.—RP2011265035.—(IN2011086491).
Armando Arias Brenes, Ana Ghiselle Valenciano Álvarez, Erik Armando Arias Valenciano y James Eduardo Arias Valenciano constituyen la sociedad anónima denominada Inversiones Vaar Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Grecia, a las 08:00 horas del día 26 de octubre del 2011.—Lic. Kendal Araya Venegas, Notario.—1 vez.—RP2011265037.—(IN2011086492).
Por escritura otorgada en Grecia, a las 08:00 horas del 10 de octubre del 2011, se protocolizó acta de la compañía Inmobiliaria Jardines de Puente de Piedra S. A. Se acuerda modificar la cláusula cuarta del plazo social para que sea del diecisiete de marzo del dos mil cuatro al cinco de noviembre del dos mil once.—Grecia, 27 de octubre del 2011.—Lic. Luis Adrián Alfaro Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2011265038.—(IN2011086493).
Ante mí, Gustavo Adolfo Fernández Badilla, Notario Público, se reformó el pacto constitutivo: Seguridad y Vigilancia las Águilas S. A., en escritura número: diecinueve, del tomo: sexto de mi protocolo visible al folio quince frente a las dieciséis horas treinta minutos del veintiocho de octubre del dos mil once. Es todo.—Al ser ocho horas del día treinta y uno de octubre del dos mil once.—Lic. Gustavo A. Fernández Badilla, Notario.—1 vez.—RP2011265046.—(IN2011086494).
Ante mi notaría por escritura número doscientos ochenta y seis a las siete horas del treinta y uno de octubre del dos mil once, visible al folio ciento treinta y dos vuelto de I tomo cuatro se constituyó la compañía Export and Import C.R Artes Religiosa Sociedad Anónima. Domiciliada en Santo Domingo, Belén de Carrillo Guanacaste, de la escuela cien al oeste. Presidente con facultades de apoderada generalísima Wendy Angie Morales Díaz.—Lic. Marianela Moreno Paniagua, Notaria.—1 vez.—RP2011265047.—(IN2011086495).
Mediante escritura autorizada por mí, a las catorce horas cuarenta minutos del veintiocho de octubre del dos mil once, se constituyó la compañía Mead/Webb Enterprises LLC Limitada con un capital social de treinta mil colones.—San José, veintiocho de octubre del dos mil once.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—RP2011265048.—(IN2011086496).
Se hace
constar que mediante escritura pública otorgada ante el notario Carlos
Gutiérrez Font, se reformó la cláusula de administración de la sociedad Innova-Publicidad
en el Punto de Venta Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
tres-ciento uno-ciento noventa y cuatro mil ochocientos cinco, para que en lo
sucesivo se lea así: la representación judicial y extrajudicial de la sociedad
corresponderá al presidente y secretario de la junta directiva, quienes tendrán
las facultades de apoderados generalísimos conforme al artículo mil doscientos
cincuenta y cinco del Código Civil, pudiendo sustituir su poder en todo o en
parte limitado a la suma de quinientos mil dólares moneda curso legal de los
Estados Unidos de América. El tesorero de la junta directiva tendrá idénticas
facultades limitado a la suma de doscientos mil dólares moneda de curso legal
de los Estados Unidos de América, así como que en aquellos casos en donde
requiere vender, traspasar, ceder o gravar los activos fijos de la empresa, así
como bienes muebles e inmuebles requerirá de la actuación conjunta con el
presidente o secretario de la junta directiva.—San José, veintiocho de octubre
del dos mil once.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1
vez.—RP2011265049.—(IN2011086497).
Por
escritura número ciento tres, otorgada ante la notaria pública Carolina Ulate
Zárate, a las once horas del veintiséis de octubre del dos mil once, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Hilva Sociedad Anónima.—Heredia,
veintiséis de octubre del año dos mil once.—Lic. Carolina Ulate Zárate,
Notaria.—1 vez.—RP2011265050.—(IN2011086498).
Por
escritura número doscientos nueve se reforma cláusula de la sociedad denominada
Teller Eléctrico Koki Ramírez S. A.—San José, primero de noviembre del
dos mil once.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1
vez.—RP2011265051.—(IN2011086499).
Por
escritura número 153 del tomo 23 de esta notaría de las diecisiete horas del
veinticinco de octubre del dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea
general extraordinaria de socios de Cadena Radial Costarricense S. A.,
de las ocho horas del veinticuatro de octubre del dos mil once, en la que se
modificó la cláusula de la administración.—San José, treinta y uno de octubre
del dos mil once.—Lic. Rosa Guillermina Aguilar Ureña, Notaria.—1
vez.—RP2011265053.—(IN2011086500).
Mediante
escrituras otorgadas ante esta notaría, a las 12:00 y 12:30 horas del 31 de octubre
del 2011, se protocolizaron las asambleas generales de accionistas de las
empresas: a) Agroindustrial Ticoverde S. A., donde se reforman las
cláusulas segunda, quinta y novena del pacto social, b) Ventas Fr Uno S.A.,
donde se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 31 de octubre del
2011.—Lic. Andrés Mora Carli, Notario.—1 vez.—RP2011265054.—(IN2011086501).
Por
escritura de esta notaría de las 12:00 horas del 26 de octubre del 2011, se
constituyó Multiservicios Limonenses Rowa S.A. Capital social ¢10.000.
Plazo: 100 años. Domicilio: Limón. Presidenta: Jenory Watson Steele.—Limón, 31
de octubre del 2011.—Lic. Loahn Lindo Dell, Notario.—1
vez.—RP2011265055.—(IN2011086502).
Ante mí,
Carlos Fernández Vásquez, notario público, se constituyó la empresa a designar
su número de cédula jurídica como razón social. Escritura número 193 del
protocolo 22.—Palmares, 25 de octubre del 2011.—Lic. Carlos Fernández Vásquez,
Notario.—1 vez.—RP2011265057.—(IN2011086503).
Por
escritura otorgada ante esta notaría pública, en Ciudad Colón, Mora, a las 15
horas con 40 minutos del 24 de octubre del 2011, se constituyó: Gafiani San
Marcos Sociedad Anónima. Plazo: 99 anos. Capital social: 100.000 colones.
El Presidente y el secretario de la junta directiva con las facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma y la representación judicial y
extrajudicial de la sociedad.—Ciudad Colón, a las 7:00 horas del 31 de octubre
del 2011.—Lic. José Aurelio Aguilar Sandí, Notario.—1
vez.—RP2011265059.—(IN2011086504).
Por escritura
de las 8:00 horas del 31 de octubre de 2011, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la compañía Ortopédica Pro-Salud
CMOB S. A., se reforma la cláusula sexta de la compañía, se nombra junta
directiva. Presidente: Randall Zeledón Obando. Es todo.—San José, 31 de octubre
del 2011.—Lic. Diego Moya Meza, Notario.—1 vez.—RP2011265061.—(IN2011086505).
Por
escritura otorgada en esta notaría a las 11:00 horas del 26 de octubre de 2011,
se protocolizó acta de asamblea general de socios de Casa Tres K Y P Diblus
S. A., según la cual se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo y
se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 31 de octubre de 2011.—Lic.
Gustavo Adolfo Koutsouris Canales, Notario.—1 vez.—RP2011265063.—(IN2011086506).
Hoy
protocolicé actas de las sociedades tres-ciento uno-seis dos cuatro seis uno
tres s. a., tres-ciento uno-seis dos cuatro seis uno cuatro s. a., y
tres-ciento uno-seis dos seis dos nueve cinco s. a., en que se nombra
nueva junta directiva y se modifica el pacto constitutivo.—San José, 27 de
octubre del 2011.—Lic. Gustavo Adolfo Koutsouris Canales, Notario.—1
vez.—RP2011265065.—(IN2011086507).
Al ser
las quince horas del 31 de octubre del 2011, se reforma totalmente la cláusula
quinta de Capro de Cartago S.R.L. Gerente: Edwin Campos Salano.—Lic.
Vera Garro Navarro, Notaria.—1 vez.—RP2011265066.—(IN2011086508).
Asdrúbal
Fallas Granados, Denia Lorena Elizondo Jiménez, Marien Raquel Fallas Elizondo,
Eric Alonso Fallas Elizondo, Carol Fallas Elizondo y Jimmy Torres Fallas,
constituyen: Almacén Centro Ferretero
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las veinte horas treinta minutos del
treinta y uno de octubre del dos mil once, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de Nosva S. A., reformando
cláusula novena de administración, del pacto social de la compañía, y
nombramiento de presidente, secretario, tesorero y fiscal.—San José, treinta y
uno de octubre del dos mil once.—Lic. José Antonio Revollo Blanco, Notario.—1
vez.—RP2011265072.—(IN2011086510).
Hoy he
protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de socios de Bebikathe
Sociedad Anónima, en la cual se acuerda reformar la cláusula sétima del
pacto social y se hacen nuevos nombramientos.—San José, 28 de octubre del 2011.—Lic.
Mario Alberto Ortiz Mazza, Notario.—1 vez.—RP2011265074.—(IN2011086511).
Hoy he
protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de socios de Inversiones
Isapalu de San José Sociedad Anónima, en la cual se acuerda reformar la
cláusula novena del pacto social y se hacen nuevos nombramientos.—San José, 28
de octubre el 2011.—Lic. Mario Alberto Ortiz Mazza, Notario.—1
vez.—RP2011265075.—(IN2011086512).
Ante
esta notaría se presentó la sociedad Sorbos de CR S.A., visible en la
escritura número doscientos ochenta y siete, iniciada al folio ciento ochenta y
seis frente del tomo quinto del protocolo de la notaria Andrea Ruiz Castillo,
constituida en San José, a las 17:00 horas del 26 de octubre del 2011.—San
José, 28 de octubre del 2011.—Lic. Andrea Ruiz Castillo, Notaria.—1
vez.—RP2011265076.—(IN2011086513).
El
suscrito Jorge Guillermo Oreamuno Retana, notario público con oficina en la
ciudad de San José, hace constar que en fecha 29 de octubre del 2011, se
constituyó la sociedad M G Publicidad y Mercadeo S. A.—San José, 31 de
octubre del 2011.—Lic. Jorge Guillermo Oreamuno Retana, Notario.—1
vez.—RP2011265077.—(IN2011086514).
Por
escritura número ochenta y tres, otorgada en mi notaría en la ciudad de San
José, a las diez horas del veintidós de octubre de dos mil once, se constituye
la sociedad denominada Importaciones Gaza Sociedad Anónima, con las
siguientes condiciones: domiciliada en San José, cantón Goicoechea, distrito
Guadalupe, Barrio
Por
escritura número ochenta y cinco, otorgada en mi notaría en la ciudad de San
José, a las doce horas treinta minutos del veinticinco de octubre de dos mil
once, se constituye la sociedad denominada: Roll off Service Sociedad
Anónima, con las siguientes condiciones: domiciliada en San José, cantón
Pérez Zeledón, distrito Daniel Flores, setenta y cinco metros oeste y
doscientos cincuenta sur de Hogarama. Plazo social: 99 años, capital:
¢10.000,00 (diez mil colones) veinte acciones de quinientos colones cada una,
cada una suscrita y pagada. Representación judicial y extrajudicial con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma al presidente.—1º de
noviembre del 2011.—Lic. Sandra Mora Venegas, Notaria.—1
vez.—RP2011265080.—(IN2011086516).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del día veintiuno de octubre del dos mil once, protocolicé en lo literal acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Importaciones AR & Compañía S. A., en la cual se modifica el nombre de la sociedad, domicilio, junta directiva y se nombra nuevos presidente, secretario, tesorero, fiscal, vicepresidente y vocal.—San José, veintiuno de octubre del dos mil once.—Lic. Mario Arturo Pacheco Coronado, Notario.—1 vez.—RP2011265082.—(IN2011086517).
Por escritura otorgada el día de hoy, a las ocho horas Central American Money Market Brokers S. A., protocoliza acta de asamblea general de socios mediante la cual modifica las cláusulas primera y tercera del pacto social.—San Pedro de Montes de Oca, veintiséis de octubre del dos mil once.—Lic. Juan José Echeverría Brealey, Notario.—1 vez.—RP2011265084.—(IN2011086518).
Ante el suscrito
notario, Saúl López López, se constituye la empresa: Transportes Ayleen y
Alessio Sociedad Anónima. Domicilio social: su domicilio social es Ciudad
Neily, Barrio
Por escritura otorgada a las ocho horas del día de hoy, en esta notaría, se constituyó la compañía domiciliada en San José, Escazú, San Rafael, denominada Adventure Tours Costa Rica.Com Limitada. Plazo noventa años. Objeto: la industria, el comercio, la agricultura, la ganadería en general. Capital íntegramente suscrito y pagado.—Escazú, siete de octubre de dos mil once.—Lic. Harold Chamberlain Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2011265088.—(IN2011086520).
Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Eclipse Iris Sociedad Anónima. Se acuerda reformar la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad. Se acuerda revocar el nombramiento del presidente, secretaria y tesorera de la junta directiva, y fiscal de la sociedad, y se nombran nuevos miembros.—San José, 31 de octubre de 2011.—Lic. Eduardo Augusto Cordero Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2011265090.—(IN2011086521).
Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Celajes del Golfo (CR) Ciento Cinco Sociedad Anónima. Se acuerda reformar las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo de la sociedad. Se acuerda revocar el nombramiento del presidente, secretaria y tesorera de la junta directiva, y fiscal de la sociedad, y se nombran nuevos miembros. Se acuerda revocar el nombramiento del agente residente de la sociedad y se nombra nuevo agente residente.—San José, 31 de octubre de 2011.—Lic. Eduardo Augusto Cordero Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2011265091.—(IN2011086522).
Ante esta notaría, se constituye sociedad denominada Mensajería y Multiservicios Exactus Sociedad de Responsabilidad Limitada. Escritura otorgada a las trece horas del diecisiete de octubre del dos mil once.—Lic. Elena Murillo Agüero, Notaria.—1 vez.—RP2011265092.—(IN2011086523).
Por escrituras otorgadas ante mí notaría, en el mes de noviembre se reforma la cláusula primera, de la denominación de la compañía Suministros de Oficina S. A.—San José, 1º de noviembre del 2011.—Lic. Jorge Luis Fonseca Fonseca, Notario.—1 vez.—RP2011265093.—(IN2011086524).
Por escritura pública Nº 61, otorgada ante esta notaría, a las 19:00 horas, del 31 de octubre de 2011, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación social, es el mismo número de cédula de persona jurídica que asigne el Registro de Personas Jurídicas, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo número 33171-J. Representación judicial y extrajudicial: presidente, capital social totalmente pagado.—Cartago, 31 de octubre de 2011.—Lic. Marco Vinicio Mora Campos, Notario.—1 vez.—RP2011265100.—(IN2011086525).
Por escritura pública Nº 63, otorgada ante esta notaria, a las 20:00 horas, del 31 de octubre de 2011, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación social, es el mismo número de cédula de persona jurídica que asigne el Registro de Personas Jurídicas, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo número 33171-J. Representación judicial y extrajudicial: presidente, capital social totalmente pagado.—Cartago, 31 de octubre de 2011.—Lic. Marco Vinicio Mora Campos, Notario.—1 vez.—RP2011265102.—(IN2011086526).
Por escritura pública Nº 62, otorgada ante esta notaría, a las 19:30 horas, del 31 de octubre de 2011, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación social, es el mismo número de cédula de persona jurídica que asigne el Registro de Personas Jurídicas, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo número 33171-J. Representación judicial y extrajudicial: presidente, capital social totalmente pagado.—Cartago, 31 de octubre de 2011.—Lic. Marco Vinicio Mora Campos, Notario.—1 vez.—RP2011265103.—(IN2011086527).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, Karla Santana Vega, a las dieciocho horas del diecinueve de octubre de este año, se constituye la sociedad Meca Technology S. A. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, primero de noviembre del dos mil once.—Lic. Karla Santana Vega, Notaria.—1 vez.—RP2011265104.—(IN2011086528).
En mi notaría a las diez horas del veintidós de junio del año dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Porras & Sequeira Soluciones Legales Empresariales Sociedad Anónima, con un capital social de un millón de colones, cuyo domicilio es en la provincia de San José, Zapote, Barrio Córdoba, del Palí; setenta y cinco metros oeste y setenta y cinco metros sur, casa número ochenta y seis.—San José, 21 de octubre del 2011.—Lic. Eduardo Araya Vega, Notario.—1 vez.—RP2011265105.—(IN2011086529).
Se hace saber; que en mi notaría a las veinte horas con veinte minutos del treinta y uno de octubre del dos mil once, se modificó la cláusula cuarta del pacto constitutivo, de la sociedad denominada Sinergia Comunicaciones Sociedad Anónima.—31 de octubre del 2011.—Lic. Silvia Alvarado Quijano, Notaria.—1 vez.—RP2011265106.—(IN2011086530).
En mi notaría, al ser las trece horas del cuatro de julio del año dos mil once, se modificaron estatutos de la sociedad denominada Las Llanuras de Tarcoles Sociedad Anónima.—Lic. Celenia Godínez Prado, Notaria.—1 vez.—RP2011265109.—(IN2011086532).
En mi notaría, al ser las diez horas del primero de noviembre del año dos mil once, se modificaron estatutos de la sociedad denominada Grupo Los Cuatro Cordero Herrera Sociedad Anónima.—Lic. Celenia Godínez Prado, Notaria.—1 vez.—RP2011265111.—(IN2011086533).
Por escritura hoy otorgada ante mí, a las 7:30 horas, se modifica estatuto, cláusula décima y se nombra nueva junta directiva de la sociedad Grupo RTM S. A., con cédula jurídica número 3-101-615412.—San José, 1º de noviembre del 2011.—Lic. Kattia Mena Abarca, Notaria.—1 vez.—RP2011265114.—(IN2011086534).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del treinta y uno de octubre del año dos mil once, protocolicé acuerdos tomados en asamblea general extraordinaria de accionistas de Trademares CR S. A. Se reforma la cláusula segunda.—San José, treinta y uno de octubre de dos mil once.—Lic. Ernesto Gutiérrez Blanco, Notario.—1 vez.—RP2011265116.—(IN2011086535).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de octubre del año dos mil once, protocolicé acuerdos tomados en asamblea general extraordinaria de accionistas de Promotora Seguren S. A., se reforma la cláusula segunda.—San José, treinta y uno de octubre de dos mil once.—Lic. Ernesto Gutiérrez Blanco, Notario.—1 vez.—RP2011265117.—(IN2011086536).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas treinta minutos del treinta y uno de octubre del año dos mil once, protocolicé acuerdos tomados en asamblea general extraordinaria de accionistas de Ernesto Gutiérrez Blanco & Asociados S. A., se reforma la cláusula segunda.—San José, treinta y uno de octubre de dos mil once.—Lic. Ernesto Gutiérrez Blanco, Notario.—1 vez.—RP2011265118.—(IN2011086537).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas quince minutos del treinta y uno de octubre del año dos mil once, protocolicé acuerdos tomados en asamblea general extraordinaria de accionistas de Grupo Robaldi S. A., y se reforma la cláusula segunda.—San José, treinta y uno de octubre de dos mil once.—Lic. Ernesto Gutiérrez Blanco, Notario.—1 vez.—RP2011265119.—(IN2011086538).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del treinta y uno de octubre del año dos mil once, protocolicé acuerdos tomados en asamblea general extraordinaria de accionistas de Gythum S. A., y se reforma la cláusula segunda.—San José, treinta y uno de octubre de dos mil once.—Lic. Ernesto Gutiérrez Blanco, Notario.—1 vez.—RP2011265120.—(IN2011086539).
Por escritura número 125 del tomo 04 del protocolo del suscrito notario, se nombró nueva directiva de la sociedad Fiduciaria Stock Properties Inc Sociedad Anónima.—Heredia, 31 de octubre del 2011.—Lic. Álvaro Sánchez González, Notario.—1 vez.—RP201126521.—(IN2011086540).
Medardo Linarte Díaz, pasaporte número C 0803514 e Irma Martínez Suárez, pasaporte número C 0803306, constituyen sociedad anónima cuya nominación social será el número de cédula jurídica correspondiente más el aditamento Sociedad Anónima. Capital social: un millón del colones. Plazo: noventa y nueve años. Objeto: el comercio en general.—Pital, veintiséis de octubre del dos mil once.—Lic. Carlos Alberto Acuña Barquero, Notario.—1 vez.—RP2011265122.—(IN2011086541).
Mediante escritura número 97 otorgada ante la notaria Carla Baltodano Estrada, a las 10:00 horas del 31 de octubre del año 2011, se protocolizó el acta de asamblea de socios de la sociedad Multi Mix Microtechnology Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número 3-102-264764, mediante la cual se modifica la administración de la sociedad.—San José, 31 de octubre del 2011.—Lic. Carla Baltodano Estrada, Notaria.—1 vez.—RP2011265125.—(IN2011086542).
Hoy protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones Vista Tres Ríos S. A., mediante los que se reforma la cláusula 2ª de su pacto social.—San José, 5 de setiembre del 2011.—Lic. Mario Brenes Luna, Notario.—1 vez.—RP2011265132.—(IN2011086543).
Ante esta notaría, se otorgó escritura al ser las ocho horas del primero de noviembre del dos mil once, existe nuevo nombramiento de secretario sea Ana Lorena Monge Sing; de la compañía Almotec División Eléctrica Sociedad Anónima. Es todo.—San José, primero de noviembre del dos mil once.—Lic. Jannyn Chacón Solís, Notaria.—1 vez.—RP2011265134.—(IN2011086544).
Por escritura otorgada a las 15:00 horas del 11 de octubre del 2011, se protocoliza acta 3 de Grupo Rachel y David Sociedad Anónima.—Lic. Luis Carlos Acuña Jara, Notario.—1 vez.—RP2011265135.—(IN2011086545).
Por escritura otorgada a las 13:15 horas del 27 de octubre del 2011, se protocoliza acta 4 de Transpesa C. L. Sociedad Anónima.—Lic. Luis Carlos Acuña Jara, Notario.—1 vez.—RP2011265136.—(IN2011086546).
Por escritura otorgada a las 14:00 horas del 10 de octubre del 2011, se protocoliza acta 2 de Grupo Corporativo Litur Sociedad Anónima.—Lic. Luis Carlos Acuña Jara, Notario.—1 vez.—RP2011265137.—(IN2011086547).
Por escritura otorgada alas 16:00 horas del 17 de agosto del 2011, se protocoliza acta 2 de El Primer Gallo de Puntarenas Sociedad Anónima.—Lic. Luis Carlos Acuña Jara, Notario.—1 vez.—RP20112565139.—(IN2011086548).
Que el día de hoy, se
protocolizó ante esta notaría, acta de la compañía
El suscrito notario hace constar que el día de hoy, se protocolizó acta número uno de la sociedad Sky Light Company S. A., donde se modifica la razón social a Smg Starfire Media Group S. A., escritura número trescientos veintitrés, visible al folio ciento noventa frente del tomo quince de mi protocolo.—San José, treinta y uno de octubre del dos mil once.—Lic. Luis Diego Hernández Núñez, Notario.—1 vez.—RP2011265146.—(IN2011086550).
Por escritura otorgada
ante esta notaría, el día 31 de octubre del
Por escritura otorgada
ante esta notaría, el día 28 de octubre del
Por escritura otorgada el día primero de noviembre del dos mil once ante mí, se modificaron las cláusulas segunda, cuarta y sexta, de la compañía denominada AXO Chemical Corp Sociedad Anónima.—Cartago, primero de noviembre de dos mil once.—Lic. Cindy María Blanco González, Notaria.—1 vez.—RP2011265149.—(IN2011086553).
Taxes & O A Consultores S. A., reforma cláusula tercera, revoca nombramientos de junta directiva, fiscal y agente residente y nombra nuevos. Presidenta: Vivian Hidalgo Fonseca. Escritura otorgada en San José, a las 10: 00 horas del 1º de noviembre del 2011.—Goicoechea, 1º de noviembre del 2011.—Lic. Alejandro Villegas Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2011265150.—(IN2011086554).
Por escritura número
41-7, otorgada a las 9:00 horas del 27 de octubre de 2011, ante esta notaría,
Diana Elke Pinchanski Fachler, se protocolizan acuerdos de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Inversiones
Los Domingos a
Por escritura número 44-7, otorgada a las 13:00 horas del 27 de octubre de 2011, ante esta notaría, Diana Elke Pinchanski Fachler, se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Longevity Institute International Limitada, en donde se acuerda reformar la cláusula primera de los estatutos.—Puntarenas, 27 de octubre del dos mil once.—Lic. Diana Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—RP2011265152.—(IN2011086556).
Por escritura número 43-7, otorgada a las 10:00 horas del 27 de octubre de 2011, ante esta notaría Diana Elke Pinchanski Fachler, se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Samikoh SMK del Oeste Sociedad de Responsabilidad Limitada, en donde se acuerda reformar la totalidad del pacto constitutivo.—Puntarenas, 27 de octubre del dos mil once.—Lic. Diana Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—RP2011265153.—(IN2011086557).
Por escritura número 42-7, otorgada a las 9:30 horas del 27 de octubre de 2011, ante esta notaría Diana Elke Pinchanski Fachler, se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Dalaga de Esterillos Sociedad de Responsabilidad Limitada, en donde se acuerda reformar la cláusula segunda de los estatutos.—Puntarenas, 27 de octubre del dos mil once.—Diana Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—RP2011265154.—(IN2011086558).
Ante esta notaría por escritura otorgada a las nueve horas cuarenta minutos del día primero de noviembre de dos mil once, Larp Associates S. A. y Yellow Innovative Lands S. A., constituyen quince sociedades de responsabilidad limitada, las cuales se denominarán de acuerdo al número de cédula jurídica asignado.—San José, primero de noviembre de dos mil once.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2011265155.—(IN2011086559).
Mediante la escritura
otorgada ante mí, en la ciudad de San José, las 14:00 horas del día veintiséis
de octubre dos mil once, se acuerda modificar la cláusula quinta de los
estatutos sociales del pacto constitutivo de la sociedad Promotora
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 31 de octubre del 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Soluciones y Servicios Digitales Internacionales Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa y dos mil ochocientos diez, donde se modifica las cláusulas segunda y novena del pacto constitutivo. Es todo.—San José, 1º de noviembre del 2011.—Lic. Suny Sánchez Achío, Notaria.—1 vez.—RP2011265160.—(IN2011086561).
Por escritura número 36-14 otorgada ante mí, a las 14:00 horas del 31 de octubre del 2011, se modificó la cláusula sexta de la administración del pacto constitutivo de la sociedad Hijos de Rojas y Pérez S. A.—Ciudad Quesada, 31 de octubre del 2011.—Lic. Walter José Jiménez Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2011265161.—(IN2011086562).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Hidropónicos Zamorano S.R.L., el capital social es la suma de diez mil colones, la representación judicial y extrajudicial le corresponde a los dos gerentes.—San José, 29 de octubre del 2011.—Lic. Roberto Castillo Castro, Notario.—1 vez.—RP2011265162.—(IN2011086563).
Ante mi notaría, se constituyó la empresa denominada Grupo Bio Orgánica Sociedad Anónima, con domicilio en la provincia de San José, distrito cuatro Catedral, cantón uno San José, o sea San José, avenida seis entre calles trece y quince, casa mil trescientos cincuenta y ocho. Escritura otorgada a las catorce horas del treinta y uno de octubre del año dos mil once.—San José, uno de noviembre del dos mil once.—Lic. Dámaso Ruiz Carrión, Notario.—1 vez.—RP2011265164.—(IN2011086564).
Ante mí, Trycia Saborío Barrios, notaria pública de Escazú, San José, se constituyeron las sociedades denominadas Soluciones Urbanas Kolibri Limitada, KLH Álvarez Limitada y Sociedad Anónima, de conformidad con el artículo dos del decreto tres tres uno siete uno-J, número de cédula de persona jurídica para identificarse unívocamente de otras sociedades, todas con un plazo social de cien años. Es todo.—Escazú, 27 de octubre de 2011.—Lic. Trycia Saborío Barrios, Notaria.—1 vez.—RP2011265165.—(IN2011086565).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del treinta y uno de octubre del dos mil once, protocolicé acuerdos de asamblea de socios de la compañía de esta plaza Gralaca Sociedad Anónima, en que se reforman las cláusulas segunda y novena del pacto social, se nombra junta directiva y agente residente y se revoca y otorga poder.—Lic. Harry Jesús Castro Carranza, Notario.—1 vez.—RP2011265166.—(IN2011086566).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del veintiuno de octubre del dos mil once, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía de esta plaza, Inversiones Mil Sociedad Anónima, en que se reforman las cláusulas segunda y novena del pacto social y se nombra junta directiva y agente residente y se revocan y otorgan poderes.—Lic. Harry Castro Carranza, Notario.—1 vez.—RP2011265167.—(IN2011086567).
Mediante asamblea general celebrada a las a las ocho horas del día veinticuatro de octubre del año dos mil once, se reformó la cláusula sexta sobre la administración de la sociedad Industrias Coco Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-032509.—San José, 1º de noviembre del 2011.—Lic. Leonel Alvarado Zumbado, Notario.—1 vez.—RP2011265168.—(IN2011086568).
Hoy en esta notaría, se constituyó Roma Consulting Engineers Sociedad Anónima. Capital social totalmente suscrito y pagado por los socios, domicilio social San Pedro Montes de Oca.—San José, 26 de octubre del dos mil once.—Lic. Adriana Castillo Gizmán, Notaria.—1 vez.—RP2011265172.—(IN2011086569).
Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario público con oficina en Atenas, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Arroba Librería R A Limitada, a las catorce horas treinta minutos del primero de noviembre del dos mil once. Gerente uno y gerente dos con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, quienes tendrán las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Atenas, primero de noviembre del dos mil once.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—RP2011265175.—(IN2011086570).
Por escritura número cien, en conotariado con el Lic. Federico José Jiménez Solano, ante esta notaría, se reforma la cláusula novena de la sociedad denominada Empresa Agroindustrial Alfaro y Garro Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica: tres-ciento uno-doscientos ochenta y dos mil novecientos noventa.—Cartago, primero de noviembre del año dos mil once.—Lic. Esteban José Martínez Fuentes, Notario.—1 vez.—RP2011265176.—(IN2011086571).
Se acuerda modificar la
cláusula novena del pacto social de la compañía
Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del día treinta de octubre del dos mil once, se constituyó la sociedad Constructora Eleochu Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Constructora Eleochu S. A., domicilio: San Bosco de Santa Bárbara de Heredia. Capital: cuarenta mil colones, plazo: noventa y nueve años a partir de su constitución. Presidente con la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Iguales facultades tendrá el vicepresidente actuando separadamente. Se nombra junta directiva, fiscal y agente residente.—Lic. Jorge Antonio Chavarría Camacho, Notario.—1 vez.—RP2011265181.—(IN2011086573).
Debidamente facultado al efecto a las 16:00 horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Sachsahuaman S. A., mediante la cual se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 28 de octubre del 2011.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario.—1 vez.—RP2011265183.—(IN2011086574).
Ante la suscrita notaria, se constituyó la empresa denominada Concal Sociedad Anónima, a las 13:00 horas del 19 de octubre del 2011, capital íntegramente suscrito y pagado.—San José, 1º de noviembre del 2011.—Lic. Eugenia Brenes Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2011265184.—(IN2011086575).
Ante esta notaría, a las catorce horas con treinta minutos del catorce de octubre del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Mar y Ross R Y M Sociedad Anónima, plazo social noventa y nueve años a partir de su constitución, domiciliada en Limón, Pococí, Cariari, cuyo capital social es de cien mil colones, representación judicial y extrajudicial presidente y tesorero.—Es todo.—Lic. Mayra Gómez Bonilla, Notaria.—1 vez.—RP2011265186.—(IN2011086576).
La suscrita notaria hace constar que ante mi notaría, se constituyó la sociedad anónima denominada: Mariscos Barbas y Chano Barcha Sociedad de Responsabilidad Limitada, con un capital social de cien mil colones. Gerente: Gerardo Alexander Murillo Ocampo,m cédula de identidad seis-dos uno cero-tres siete dos.—Puntarenas, 10 de octubre del 2011.—Lic. Irene Arrieta Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2011265190.—(IN2011086577).
La suscrita notaria, hace constar que ante mi notaría, se constituyó la sociedad anónima denominada: Allan Con Luz Aguilar Sociedad Anónima, con un capital social de veinticuatro mil colones. Domicilio social en Puntarenas, Barrio Los Almendros casa nueve tres ocho.—Puntarenas, 10 de octubre del 2011.—Lic. Irene Arrieta Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2011265191.—(IN2011086578).
Por escritura otorgada ante este Notaria, a las 11:00 horas del 31 de octubre del dos mil once, protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de la entidad Prondine S. A, donde se reforma la cláusula siete y se nombra secretario José Enrique Brenes Montero.—San José, 28 de octubre del 2011.—Lic. José Enrique Brenes Montero, Notario.—1 vez.—RP2011265193.—(IN2011086579).
Waddy Matarrita Sánchez, hace saber que mediante escritura otorgada en la notaría del Lic. Jafet Alberto Suárez Madrigal, en San José, a las 9:30 horas del día 31 de octubre del 2011, constituye la empresa Desarrollos Estructurales DESA Sociedad Anónima. Capital social 12.000,00, representado por 12 acciones comunes y nominativas de 1.000,00 cada una totalmente suscrito y cancelado.—San José, 1º de noviembre del 2011.—Lic. Jafet Alberto Suárez Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2011265194.—(IN2011086580).
Por escritura otorgada ante este Notario, a las 15:00 horas del veintiocho de octubre del dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Aqua Paradise Business S. A., mediante la cual se modifica la cláusula segunda de los estatutos sociales.—San José, 28 de octubre del 2011.—Alfredo Gallegos Villanea, Notario.—1 vez.—RP2011265195.—(IN2011086581).
Mediante escritura 2 otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas, del día 31 de octubre del 2011, se acuerda constituir GPS Destinos de Costa Rica y el Mundo Sociedad Anónima.—San José, 31 de octubre del 2011.—Lic. Paola Vargas Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2011265197.—(IN2011086582).
Mediante escritura número cinco otorgada ante esta notaría, a las 16:00 del día 31 de octubre de 2011, se acuerda modificar pacto constitutivo de la compañía Rajasa de Coro S. A.—San José, 31 de octubre del 2011.—Lic. Paola Vargas Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2011265198.—(IN2011086583).
Por escritura otorgada ante mí, Edwin Chacón Bolaños, se constituyó la sociedad denominada Rodas del Sur Sociedad Anónima, Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 26 de setiembre del 2011.—Lic. Edwin Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2011265200.—(IN2011086584).
Por escritura otorgada a las 9:00 horas del 1º de noviembre del dos mil once, se constituye la sociedad denominada Eminent Servicios Corporativos Sociedad Anónima, con domicilio social en San José, con un capital social de diez mil colones representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente: Julián Volio Volkmer.—San José, 1º de noviembre del 2011.—Lic. Adriana Garita Calvo, Notaria.—1 vez.—RP2011265205.—(IN2011086585).
Mediante escritura número noventa y dos otorgada ante el notario Roy Alberto Ramírez Quesada, se constituyó la compañía denominada Bogafer S. A.—Ciudad Quesada, 1º de noviembre del 2011.—Lic. Roy Alberto Ramírez Quesada, Notario.—1 vez.—RP2011265209.—(IN2011086586).
Mediante la escritura número trescientos cincuenta y tres, otorgada ante el Notario Roy Alberto Ramírez Quesada, se constituyó la compañía denominada igual que su número de cédula de persona jurídica.—Ciudad Quesada, 1º de noviembre del 2011.—Lic. Roy Alberto Ramírez Quesada, Notario.—1 vez.—RP2011265211.—(IN2011086587).
Ante mi notaría, se constituyó en el día de hoy la compañía denominada Kuweit Investments Limitada, Capital: ¢100.000,00 Gerentes: Leo Kühne, Jan Joost Weitjens y Joseph Nicolaas Petrus de Haan. Domicilio: San José. Plazo: 99 años.—San José, 25 de octubre del 2011.—Lic. Fernando Alonso Castro Esquivel, Notario.—1 vez.—RP2011265212.—(IN2011086588).
Carro Esmeralda S. A., reforma cláusulas segunda y tercera del pacto constitutivo. Nombra nuevos miembros de junta directiva. Escritura otorgada a las 13:00 horas del 20 de octubre del 2011.—Lic. Vivian Rose Troper Maguillansky, Notaria.—1 vez.—RP2011265218.—(IN2011086589).
Alexis Francisco Castro Sanabria y Bosco Javier Farias, constituyen Shared Offices S. A. Plazo: 99 años. Capital social: ¢100.000. Presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjuntamente. Escritura otorgada a las 15:00 horas del 20 de octubre del 2011.—Lic. Vivian Rose Troper Maguillansky, Notaria.—1 vez.—RP2011265219.—(IN2011086590).
Alexis Francisco Castro Sanabria y Bosco Javier Farias, constituyen Smashing Enterprises S. A. Plazo: 99 años. Capital social: ¢ 100.000. Presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjuntamente. Escritura otorgada a las 11:00 horas del 21 de octubre del 2011.—Lic. Vivian Rose Troper Maguillansky, Notaria—1 vez.—RP2011265220.—(IN2011086591).
Alexis Francisco Castro Sanabria y Bosco Javier Farias, constituyen Smashing Success S. A. Plazo: 99 años. Capital social: ¢ 100.000. Presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjuntamente. Escritura otorgada a las 9:00 horas del 21 de octubre del 2011.—Lic. Vivian Rose Troper Maguillansky, Notaria.—1 vez.—RP2011265221.—(IN2011086592).
La suscrita notaria Kattya Arias Arroyo, hace constar que el día 1º de noviembre del 2011, se constituyó la empresa denominada YK-Soluciones, Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, representada por la señora Yéssica Rojas Herrera, con su domicilio en la ciudad de Heredia con un capital de 10.000 colones.—Alajuela, 1º de noviembre del 2011.—Lic. Kattya Arias Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2011265223.—(IN2011086593).
La suscrita notaria Kattya Arias Arroyo, hace constar que el día primero de noviembre del 2011, se constituyó la empresa denominada Mabb Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, representada por la señora Marianela Aguilar Brenes, con su domicilio en la ciudad de Cartago con un capital de 10.000 colones.—Alajuela, 1º de noviembre del 2011.—Lic. Kattya Arias Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2011265224.—(IN2011086594).
Gerardo Antonio Fonseca Mora y otros, han constituido una sociedad responsabilidad limitada denominada Contratos Cañeros El Pacífico S.R.L., con un capital social de cien mil colones y por un plazo social de noventa y nueve años, escritura número ciento treinta y tres, del tomo cuarto, otorgada ante la notaria pública Gina Martínez Saborío. Corresponde la representación judicial y extrajudicial al gerente Gerardo Antonio Fonseca Mora.—Lic. Gina Martínez Saborío, Notaria.—1 vez.—RP2011265225.—(IN2011086595).
Por escritura otorgada
ante esta notaría, el día 1º de noviembre del
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas treinta minutos del treinta y uno de octubre del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Innova Celulares C.Q. Sociedad Anónima, representada por su presidente, Javier Jesús Castro Villalobos, cédula de identidad: dos-quinientos setenta y ocho-ciento noventa y siete.—Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, treinta y uno de octubre del dos mil once.—Lic. Jorge Arturo Hidalgo Quirós, Notario.—1 vez.—RP2011265227.—(IN2011086597).
Por escritura número ciento ochenta y tres, otorgada ante esta notaría, a las diecinueve horas del veintiséis de octubre del dos mil once, se constituyeron tres sociedades anónimas que se denominan: la primer Tierras Versátiles Sociedad Anónima, la segunda Comercializadora Automotriz Humcar Sociedad Anónima, la tercera Ganadera Nickise del Valle Sociedad Anónima. San José, primero de noviembre del dos mil once.—Lic. Raquel María Arias Castellón, Notaria.—1 vez.—RP2011265228.—(IN2011086598).
Por escritura otorgada
ante esta notaría, el día 1º de noviembre del
Por escritura otorgada
ante esta notaría, el día 30 de octubre del
Por escritura número doscientos treinta y tres, otorgada ante esta notaría, a las doce horas treinta minutos del veintiocho de octubre de dos mil once, se constituyó Fucsia del Arcoiris Sociedad Anónima. Es todo, firmo conforme en San José, veintiocho de octubre de dos mil once.—Lic. Juan Ernesto Martínez Fuentes, Notario.—1 vez.—RP2011265231.—(IN2011086601).
Se comunica para los alcances de ley, el nombramiento del presidente de la sociedad denominada Punes Extreme Distribution Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatro nueve uno ocho dos nueve. Es todo, al ser las nueve horas del treinta y uno de octubre del dos mil once.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—RP2011265232.—(IN2011086602).
Por medio de escritura otorgada en San Isidro de Pérez Zeledón, a las catorce horas del día veintisiete de octubre del año dos mil once, se protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la compañía denominada Agro Pecuaria Comercial Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas tercera y novena del pacto social, se revocan los nombramientos de presidente y tesorero, así como el nombramiento de fiscal, y se realizan nuevos nombramientos. Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón, primero de noviembre del año dos mil once.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1 vez.—RP2011265233.—(IN2011086603).
Ante la notaria, de
Que por escritura número 135-6, otorgada a las 16:00 horas de hoy, se revocan nombramientos de junta directiva y se hacen nuevos, se reforma pacto social, cláusula sétima de la administración, de la compañía 3-101-561412 s. a., cédula jurídica 3-101-561412.—San José, 26 de octubre del 2011.—Lic. Carlos Roberto López León, Notario.—1 vez.—RP2011265236.—(IN2011086606).
Que por escritura número 134-6, otorgada a las 11:00 horas de hoy, se revocan nombramientos de junta directiva y se hacen nuevos, se reforma pacto social, cláusula octava de la administración, de la compañía Moli del Sur S. A., cédula jurídica 3-101-149768.—San José, 26 de octubre del 2011.—Lic. Carlos Roberto López León, Notario.—1 vez.—RP2011265237.—(IN2011086607).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad Color Centro Puriscal Limitada. Capital debidamente suscrito y pagado.—San José, 31 de octubre del 2011.—Lic. Hoover González Garita, Notario.—1 vez.—RP2011265238.—(IN201186608).
Por escritura otorgada en mi notaría a las 8 horas del 24 de octubre del año dos mil once, se cambia domicilio de sociedad de responsabilidad limitada Rekopware Enterprises Sociedad de Responsabilidad Limitada, domicilio Heredia, San Rafael, Central, ciento setenta y cinco metros al este del Restaurante Oasis.—7 de octubre del año dos mil once.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2011265247.—(IN2011086609).
Ante esta notaría,
mediante escritura número 155, se constituye sociedad anónima denominada KMC
Inversiones Sociedad Anónima, domiciliada en
Mediante escritura número cuatrocientos veinte - ocho, del tomo ocho: hoy protocolicé asamblea general extraordinaria de la sociedad ARCR Administración, en lo conducente, se recibe renuncia del presidente y se nombra nuevo.—San José, 1º de noviembre del 2011.—Lic. Rómulo Pacheco Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2011265249.—(IN2011086611).
La sociedad Agropecuaria y Ganadera M y A S. A., con cédula jurídica tres- ciento uno- quinientos seis mil trescientos setenta, realiza cambio y junta directiva y nombra como presidente a Carlos Gilberto Rivera Carballo, acta número cuatro, escritura otorgada en mi notaría a las siete horas del once de octubre del dos mil once.—Lic. Viviana Álvarez Barquero, Notaria.—1 vez.—RP2011265255.—(IN2011086612).
La sociedad Industrias de Calcio S. A., con cédula jurídica tres- ciento uno- cuarenta y siete mil ciento noventa y dos, realiza cambio y junta directiva y nombra como presidenta Ligia Lavagni Porras, acta número ocho, escritura otorgada en mi notaría a las siete horas del diecinueve de octubre del dos mil once.—Lic. Viviana Álvarez Barquero, Notaria.—1 vez.—RP2011265256.—(IN2011086613).
Por escritura otorgada en mi notaría a las diez horas del primero de noviembre del dos mil once, se constituye la sociedad denominada Crimiomais Sociedad Anónima pudiendo abreviarse S. A. Capital social: diez mil colones. Presidenta: Vivian Álvarez Barquero, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.—Lic. José Ángel Acon Wong, Notario.—1 vez.—RP2011265257.—(IN2011086614).
Se hace constar que ante la notaría de Gastón Sancho Cubero, mediante escritura número ciento sesenta y ocho otorgada en fecha del nueve de setiembre del año dos mil once, se constituye la sociedad anónima que se denominará Lindora Entertainmeint P y G Sociedad Anónima. Por los socios Alfonso Norberto Perilla Piñeros, Camilo Felipe Perilla Bernal, Sergio Andrés Perilla Bernal y Juan Pablo Gómez Jaramillo. Por un plazo de noventa y nueve años.—San José, dieciséis de octubre del año dos mil once.—Lic. Gastón Sancho Cubero, Notario.—1 vez.—RP2011265261.—(IN2011086615).
Por escritura pública número ciento cuatro, otorgada ante mi notaría a las nueve horas treinta minutos del día treinta y uno de octubre del año dos mil once, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Del Mar Fiduciaria Sociedad Anónima, y se acordó aumentar el capital social de la empresa y reformar la cláusula quinta del capital. Es todo.—San José, treinta y uno de octubre de dos mil once.—Lic. Ignacio Esquivel Seevers, Notario.—1 vez.—RP2011265262.—(IN2011086616).
Protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de tres-ciento uno-quinientos veinticuatro mil quinientos ochenta y uno s. a., se modifican las cláusulas segunda y sétima del pacto social. Se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 26 de octubre del 2011.—Lic. Álvaro Carazo Zeledón, Notario.—1 vez.—RP2011265263.—(IN2011086617).
Por escritura pública número ciento seis, otorgada ante mi notaría a las nueve horas cuarenta minutos del día treinta y uno de octubre del año dos mil once, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Club del Mar Management Sociedad Anónima, y se acordó reformar la cláusula quinta del capital. Es todo.—San José, treinta y uno de octubre de dos mil once.—Lic. Ignacio Esquivel Seevers, Notario.—1 vez.—RP2011265264.—(IN2011086618).
Por escritura pública número ciento cinco, otorgada ante mi notaría a las nueve horas treinta y cinco minutos del día treinta y uno de octubre del año dos mil once, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Hotelera Sí Sociedad Anónima, y se acordó reformar la cláusula tercera del capital. Es todo.—San José, treinta y uno de octubre de dos mil once.—Lic. Ignacio Esquivel Seevers, Notario.—1 vez.—RP2011265265.—(IN2011086619).
Por escritura otorgada ante mí, a las 8:30 horas del 3 de octubre del 2011, se constituyó Salqui Express S. A.—Lic. Eugenio F. Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2011265269.—(IN2011086620).
Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 3 de octubre de 2011, se constituyó Salqui Fuerza Móvil S. A.—Lic. Eugenio F. Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2011265270.—(IN2011086621).
Por escritura cien otorgada en esta notaría a las 10:00 horas del 23 de julio del 2005, la sociedad Florista Montañoso A y D S.A., nombra nueva junta directiva y reforma la cláusula quinta de los estatutos, aumentando capital social a 20.000 colones.—Lic. Rolando Castro Córdoba, Notario.—1 vez.—RP2011265271.—(IN2011086622).
Por escritura número 295-10 del tomo 10 de mi protocolo, otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 26 de octubre de 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones C y J de Pavas S. A., en la que se reforman las cláusulas II y VI del pacto social constitutivo, se revocan nombramiento de junta directiva y fiscal, y se nombran sustitutos por el resto del plazo social.—San José, 27 de octubre del 2011.—Lic. Carlos Alberto Vargas Campos, Notario.—1 vez.—RP2011265272.—(IN2011086623).
Por escritura número 277
del tomo 11 de mi protocolo, otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del
25 de octubre de 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria
de accionistas de Las Cuatro Esperanzas de
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas, del día veinticinco de octubre del año dos mil once, protocolicé acta de asamblea general de la compañía de esta plaza denominada: Consorcio Gastro Cima Sociedad Anónima, mediante la cual se reformó y transcribió integralmente el pacto constitutivo y se aumentó su capital social.—San José, primero de noviembre del año dos mil once.—Lic. Álvaro Enrique Leiva Escalante, Notario.—1 vez.—RP2011265275.—(IN2011086625).
Por escritura otorgada
ante esta notaría, a las ocho horas del treinta de octubre de dos mil once, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Screen
Servi-Ma Sociedad Anónima, donde se reforman cláusulas: segunda, del
domicilio social: provincia de San José, cantón Escazú, distrito San Miguel, de
la esquina sureste de
Por escritura número 56,
otorgada ante esta Notaria a las 11:30 horas del 26 de octubre del 2011, se
constituyó la sociedad denominada: Dolce Flowers Edible Gifts S.R.L; que
es nombre de fantasía, que traducido al idioma español significa: Dulce
Flores Regalos Comestibles Limitada; con domicilio social en la provincia
de Heredia, cantón tercero Santo Domingo, distrito primero Santo Domingo,
ciento setenta y cinco metros al este de
En San José, ante el notario público Héctor Manuel Fallas Vargas, al ser las dieciocho horas quince minutos del veintisiete de setiembre de dos mil once, se protocolizó acta de la sociedad Sport Royal Investments SRI Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual se acordó la disolución de la sociedad.—San José, 1º de noviembre del 2011.—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2011086644).
Mediante escritura número 24 otorgada en esta notaría a las 15:00 horas del día 31 de octubre del 2011, se protocolizó acuerdo que modifica cláusula segunda del plazo social y sexta de la administración de la sociedad de esta plaza denominada Ganadera Quiriman Sociedad Anónima.—San José, 1º de noviembre del 2011.—Lic. Gloriana Vicarioli Guier, Notaria.—1 vez.—(IN2011086645).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA
VEZ
Por
no haber sido posible notificarle en el domicilio por la administración, se
ordena la notificación por medio de
edictos por tres veces consecutivas en
Resultando:
1º—Que
este Departamento mediante resolución Nº 436-2009DFCA, de las 09:15 horas del
24 de junio del 2009, dictó auto de apertura de procedimiento administrativo
contra el señor Cruz Badilla por la suma de ¢615.699,54 (seiscientos quince mil
seiscientos noventa y nueve colones con cincuenta y cuatro céntimos), que
comprende la suma de ¢325.680,93 (trescientos veinticinco mil seiscientos
ochenta colones con noventa y tres céntimos) por concepto de 30 días de
preaviso que no respetó, ya que presentó su renuncia el día 27 de enero del
2009 y rige a partir de la misma fecha, según boleta de cobro de preaviso de
fecha 3 de abril del 2009 suscrito por la encargada de prestaciones; la suma de
¢38.605,96 (treinta y ocho mil seiscientos cinco colones con noventa y seis céntimos)
por sumas giradas de más del 27 al 30 de enero del 2009; ¢191.893,65 (ciento
noventa y un mil ochocientos noventa y tres colones con sesenta y cinco
céntimos) por concepto de una incapacidad no deducida oportunamente de su
salario que compre del 16 de diciembre del 2008 al 14 de enero del 2009 y la
suma de ¢59.519,65 (cincuenta y nueve mil quinientos diecinueve colones con
sesenta y cinco céntimos) por concepto de subsidio, convocándose a una
comparecencia oral y privada con la administración por lo que debía presentarse
a las diez horas a los 15 días hábiles contados a partir del día siguiente del
recibo de la citada notificación. Dicha resolución fue notificada mediante la
publicación por tres veces consecutivas en el Diario Oficial
2º—Que el Departamento
Disciplinario Legal, Dirección Inspección Policial remite a este Departamento
para que realice el cobro respectivo el expediente administrativo Nº
1478-IP-2008-DDL, incoado contra el señor Cruz Badilla, por ausencias de los
días 10 y 11 de setiembre del 2008, que en cumplimiento de lo anterior mediante
oficio 1042-2009 DFCA del 4 de noviembre del 2009, este órgano director
solicitó el valor de dichas jornadas, al Departamento de Remuneraciones y
Compensaciones, (folio 29).
3º.—Que mediante oficio
1225-11-2009 DRH-RC-R, de fecha 16 de noviembre del 2009 el Departamento de
Remuneraciones, informa que el valor por las por ausencias de los días 10 y 11
de setiembre del 2008 es de ¢21.320,79 (veintiún mil trescientos veinte colones
con setenta y nueve céntimos) (folio 30).
4º—Que se han realizado
las diligencias útiles y necesarias a fin de dictar la presente resolución.
Considerando:
I.—Se
procede de conformidad con lo establecido en el artículo 157 de
II.—Que visto el oficio
1225-11-2009 DRH-RC-R, de fecha 16 de noviembre del 2009 del Departamento de
Remuneraciones que informa que el valor por las por ausencias de los días 10 y
11 de setiembre del 2008 es de ¢21.320,79 (veintiún mil trescientos veinte
colones con setenta y nueve céntimos), se procede a adicionar dicho monto a la
resolución N° 436-2009 DFCA, de las 09:15 horas del 24 de junio del 2009 dicho
monto, para un total adeudado de ¢637.020.33 (seiscientos treinta y siete mil
veinte colones con treinta y tres céntimos).
En todo lo demás la resolución adicionada se mantiene incólume y se le convoca
nuevamente a un comparencia oral y privada a las diez horas dentro de 15 días
hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación de la presente
resolución. Notifíquese.—Lic. Beatriz López González, Órgano
Director.—O. C. Nº 005-2010.—Solicitud Nº 46207.—C-80550.—(IN2011086742).
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
Ministerio
de Seguridad Pública.—Dirección de Recursos Humanos.—San José, a las ocho horas
del catorce de octubre del dos mil once. De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 241 de
Ministerio
de Seguridad Pública.—Dirección de Recursos Humanos.—San José, a las once horas
del día veinte de octubre del dos mil once. De conformidad con lo dispuesto en
el artículo 241 de
Ministerio
de Seguridad Pública.—Dirección de Recursos Humanos.—San José, a las trece
horas treinta y cinco minutos del día dieciocho de octubre del dos mil once. De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 241 de
INSTITUTO NACIONAL DE
INNOVACIÓN Y
TRANSFERENCIA EN TECNOLOGÍA AGROPECUARIA
JUNTA DIRECTIVA
El
Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria,
INTA, comunica que en procedimiento administrativo N° DJ-09-2010 de
COMISIÓN NACIONAL DEL
CONSUMIDOR
PUBLICACIÓN DE PRIMERA
VEZ
Ante
la imposibilidad de localizar y notificar a las partes Microtechnology Group CR
S. A. y a Zona Libre CR S. A., o a los representantes legales de ambas
empresas, correspondiente a la denuncia en el expediente administrativo
1011-07, es que se ordena notificar por medio de publicación mediante edicto,
el voto número 618-10 de las diecisiete horas, veinticinco minutos del treinta
de agosto del dos mil diez, emitido por
Ante
la imposibilidad de localizar y notificar a la parte Taller Industrial Corrales S. A., o a sus representantes legales,
correspondiente a la denuncia en el expediente administrativo 0143-06, es que
se ordena notificar por medio de publicación mediante edicto, el voto número
446-06 de las dieciocho horas, cuarenta y cinco minutos del veintitrés de
agosto del dos mil seis, emitido por
Ante
la imposibilidad de localizar y notificar a la parte Kenyon Benedict Zahner
III, correspondiente a la denuncia en el expediente administrativo 0755-07, es
que se ordena notificar por medio de publicación mediante edicto, el voto
número 198-07 de las dieciocho horas, veinte minutos del dieciséis de mayo del
dos mil siete, emitido por
Ante
la imposibilidad de localizar y notificar a la parte Corporación
Centroamericana German Villamil S. A. (Destinos Costa Rica V.I.P.),
correspondiente a la denuncia en el expediente administrativo 1414-07, es que
se ordena notificar por medio de publicación mediante edicto, la resolución
dictada a las trece horas, treinta cinco minutos del veintidós de agosto del
dos mil ocho, (auto de apertura), habiéndose agotado las direcciones que
constan en el sistema de búsqueda electrónica de información (datum), patente,
y personería jurídica registral, imposibilidades que constan en el expediente
administrativo. En virtud de lo anterior, resulta necesario notificar la
anterior resolución a la parte denunciada mediante edicto, debiéndose publicar
por tres veces consecutivas en el Diario Oficial
DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES
De conformidad con resolución RMT-2519-2011 de las nueve horas del día
6 de setiembre del 2011.
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE
Resolución acoge cancelación.—Ref: 30/2011/40538.—Sanofi Aventis c/
Unipharm (Costa Rica) S. A.—Documento: Cancelación por falta de uso, Nº y
fecha: Anotación /2-72867 de 31/05/2011.—Expediente: 2003-0001680, Registro Nº
146260 Enterocid en clase 5, Marca denominativa.—Registro de
Resultando:
I.—Que por memoriales recibidos el 31 de mayo del 2011 y complementado
por el adicional del 8 de julio del 2011, el Lic. Jorge Tristán Trelles, como
apoderado de la empresa Sanofi Aventis, opone como defensa la cancelación por
falta contra el Registro Nº 146260, para proteger y distinguir “distribución de
productos medicinales farmacéuticos (un medicamento antidiarreico natural),
medicamentos veterinarios y medicamentos dentales” en clase 05 internacional,
cuya titularidad es de la empresa Unipharm (Costa Rica) S. A. (F
II.—Que
mediante resolución de las 9:22:40 del 5 de agosto de 2011, el Registro de Propiedad
Industrial procede a dar traslado al titular del distintivo marcario a efecto
de que se pronuncie respecto a la solicitud de cancelación presentada. (F 21).
III.—Que
la resolución de traslado fue notificada al solicitante del procedimiento el 9
de agosto del 2011 (F. 21 v) y la empresa titular del distintivo marcarlo quedó
debidamente notificada el 22 de agosto del 2011. (Folio 22).
IV.—Que
no consta en el expediente ni en el sistema contestación al traslado de la
cancelación por no uso.
V.—En
el procedimiento no se notan defectos ni omisiones capaces de producir nulidad
de lo actuado.
Considerando:
I.—Sobre los hechos probados.
• Que
en este Registro de
• Que en este Registro de Propiedad Industrial se constata que bajo
el expediente 2011-1946, se encuentra con “suspenso” la solicitud de inscripción
del signo distintivo “Enterozinc”, en clase 5 de la nomenclatura internacional.
II.—Sobre los hechos no probados. Ninguno relevante para la
resolución del presente asunto.
III.—Legitimación
para actuar. Analizado el poder administrativo documento referido por el
interesado y que consta en el expediente, se tiene por debidamente acreditada
la facultad para actuar en este proceso del Lic. Jorge Tristán Trelles, como
apoderado de la empresa Sanofi-Aventis.
IV.—Sobre
los elementos de prueba. Este Registro ha tenido a la vista para resolver
las presentes diligencias lo manifestado por la parte promovente en su escrito
de solicitud de cancelación por falta de uso; en cuanto al titular de
distintivo al no contestar el traslado no se aporta prueba al expediente.
V.—En
cuanto al Procedimiento de Cancelación. El Reglamento de
VI.—Contenido
de
VII.—Sobre
el fondo del asunto: Para la resolución de las presentes diligencias de
cancelación de marca por falta de uso es de gran importancia recalcar lo
dispuesto por el Tribunal Registral Administrativo en el Voto Nº 333-.2007, de
las diez horas treinta minutos del quince de noviembre de dos mil siete, que
señala respecto a los artículos 42 de
“Como ya se indicó supra, el
artículo 39 que específicamente se refiere a la cancelación del registro por
falta de uso de la marca, establece que la cancelación de un registro por falta
de uso de la marca, también puede pedirse como defensa contra: “un pedido de
declaración de nulidad de un registro de marca”. Pues bien, el artículo 42 que
establece que la carga de la prueba del uso de la marca corresponderá a quien
alegue la existencia de la nulidad, se refiere específicamente a esa causal,
cuya marca desde su origen contiene vicios que contraviene en lo que
corresponda los supuestos de los artículos 7 u 8 citados, cuya carga probatoria
corresponde a quien alega esa causal.
Por lo anterior, de modo alguno
ese precepto normativo puede ser interpretado en el sentido que lo hizo el
Registro, ya que cada norma cumple una función pero desde una integración de
ella con el resto del Ordenamiento Jurídico. No es posible para el operador jurídico
y en el caso concreto analizar la norma 42, sin haber analizado la 39 que como
se estableció, es indicativa de varios supuestos para cancelar el registro de
una marca por falta de uso y ese precepto del 42, se refiere solo a uno de
ellos, por lo que lleva razón el apelante al decir que: “su solicitud es
cancelación por no uso y no nulidad por vicios en el proceso de inscripción.” En tal sentido este Tribunal por mayoría, concluye
que la carga de la prueba le corresponde en todo momento al titular de la marca.
Solucionado lo anterior,
entramos a otra interrogante: ¿Cómo se puede comprobar el uso de una marca? La
normativa costarricense establece en el segundo párrafo del ya citado artículo
42, que cualquier medio de prueba admitido por la ley es suficiente, mientras
que compruebe ese uso real y efectivo. En ese sentido, esa prueba puede ir
desde la comprobación de publicidad, de la introducción en el mercado de los
productos o servicios mediante los canales de distribución, estudios de
mercadeo, facturas, en fin todo aquello que solo el titular del derecho sabe
cómo y cuándo se han realizado.”
En virtud de esto, en el caso de las cancelaciones por falta de uso la
carga de la prueba corresponde al titular
marcario, en este caso a la empresa Unipharm S. A., que por cualquier medio
de prueba debió de haber demostrado la utilización de su signo.
Ahora
bien, una vez estudiados los argumentos del solicitante de las presentes
diligencias de cancelación de marca por falta de uso, analizadas las
actuaciones que constan en el expediente, se tiene por cierto que la empresa
Sanofi-Aventis demuestra tener legitimación y un interés directo para solicitar
la cancelación por falta de uso, ya que de la solicitud de inscripción del
signo “Enterozinc” se desprende que son competidoras directas y que el registro
146260 es un obstáculo para la inscripción de la misma.
En
cuanto al uso, es importante resaltar que el artículo 40 de
Es
decir, el uso de la marca debe de ser real, la marca debe necesariamente ser
utilizada en el comercio y los productos a los que la misma distingue, deberán
encontrarse fácilmente en el mercado, además deben estar disponibles al
consumidor; sin embargo, si por causas que no son imputables al titular
marcario ésta no puede usarse de la forma establecida no se procederá a la
cancelación del registro respectivo.
Visto
el expediente se comprueba que el titular de la marca inscrita bajo el registro
que hoy se pretende cancelar, al no contestar el traslado, ni señalar
argumentos y aportar prueba que indicara a este Registro el uso real y efectivo
en el mercado costarricense de su marca, tales como, pero no limitados a,
facturas comerciales, documentos contables o certificaciones de auditoría,
incumple los requisitos establecidos por los artículos 39 y 40 de
Siendo
la figura de la cancelación un instrumento que tiene el Registro de Propiedad
Industrial que brinda una solución al eliminar el registro de aquellos signos
que por el no uso (real, efectivo y comprobable) generan obstáculos para el
ingreso de nuevos competidores, descongestionando el registro de marcas no
utilizadas aproximando de esta forma la realidad formal (del registro) a la
material (del mercado) se procede a cancelar por no uso el registro del signo
distintivo con el número de registro 146260, del signo distintivo “Enterocid”,
el cual protege y distingue la “distribución de productos medicinales
farmacéuticos (un medicamento antidiarreico natural), medicamentos veterinarios
y medicamentos dentales” en clase 05 internacional, cuya titularidad es de la
empresa Unipharm (Costa Rica) S. A.
IX.—Sobre lo que debe ser resuelto analizados
los autos del presente expediente, queda demostrado que el titular de la marca
“Enterocid”, Registro Nº 146260, al no contestar el traslado otorgado por ley
no comprobó el uso real y efectivo de su marca, por lo que para efectos de este
Registro y de la resolución del presente expediente, se tiene por acreditado el
no uso de la misma, procediendo a su correspondiente cancelación. Por tanto:
Con
base en las razones expuestas y citas de
REGISTRO
INMOBILIARIO
Se hace saber Víctor Manuel Masís Calderón (9-012-418), titular
registral de la finca 351068 de San José, que a raíz de una doble
inmatriculación se le dio apertura a Diligencias Administrativas tramitadas
bajo expediente 2011-0312-RIM. Con el objeto de cumplir con el principio
constitucional del debido proceso, por resolución de las 14:00 horas del
24/10/2011, se autorizó la publicación por 1 vez de un edicto para conferirle
audiencia a la persona mencionada, por el término de quince días contados a
partir del día siguiente de la publicación del edicto en el Diario Oficial
Se
hace saber a
Se
hace saber a la sucesión de quien fuera en vida Ubaldo Crispin Rodríguez
Duarte, cédula 5-049-054, en calidad de titular registral del plano G-nueve mil
ciento sesenta y tres-mil novecientos setenta (G-9163-1970), que en este
Registro se iniciaron Diligencias Administrativas de oficio, por la afectación
de dicho plano con la zona marítimo terrestre. En virtud de lo denunciado esta
Asesoría, mediante resolución de las 14:00 horas del 20/07/2010, ordenó
consignar nota de Advertencia Administrativa sobre el mismo, y con el objeto de
cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de
las 09:40 horas del 25/10/2011, se autorizó la publicación por una única vez de
un edicto para conferirle audiencia a las personas sobre las que recaiga la
calidad de sucesores del señor Rodríguez Duarte, por el término de quince días
contados a partir del día siguiente de la última publicación del edicto en el
Diario Oficial “
SUCURSAL
CIUDAD NEILY
GERENCIA
FINANCIERA
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
El suscrito Jefe Administrativo de
Nombre
trabajador Monto
independiente Nº de cedula adeudado ¢
Aguilar Bolaños
Álvaro del Carmen 601560022 251,880
Alanis Cedeño
Mario 601230096 206,750
Álvarez Ruiz
Gerardo 603010447 324,754
Arias Rodríguez
Gabriel Edgardo 603340588 195,761
Brenes Duarte
Karolina 603640053 276,575
Calderón Oviedo
Nelson 202920037 250,898
Cascante Pereira
Juan José 204350454 379,831
Castillo
Gutiérrez Jorge A 502700768 142,332
Castro Segura
Maritza 602390733 226,076
Ceciliano
Jiménez Eladio Del Socorro 602950017 136,349
Cerdas Espinoza
Albin Antonio 602760035 321,270
Céspedes Anchía
Margarita Trinidad 602540819 627,443
Chamorro Molina
Yolanda Antonio 7024651431 252,244
Chaves Calderón
Cristim Alonso 603510609 460,966
Concepción Muñoz
Alfredo René 603340712 547,904
Fallas Montoya
José Alvin 603270249 397,908
Fernández
Sánchez Juan Carlo 603440140 215,185
Flores Muñoz
Carlos Manuel 601730255 571,364
Fonseca Alfaro
Nelson Roberto 603530120 364,078
Gallardo
Villareal Lionso 603310496 158,227
Gómez Rosales
Marisol 502480162 448,619
González Morales
Wilber 602750603 467,929
Herrera Alpízar
Juan 602850116 455,582
Herrera Méndez
Dencil 602520642 465,226
Jiménez Jiménez
Minor 110040938 569,055
Leiva Fallas
German 106910176 320,939
López Blanco
Juan Carlos 206310765 545,930
López Kiel Omar 602430022 457,820
Marchena Villeda
Melvin 602730929 492,403
Mayorga Campos
Omar Gerardo 502170863 379,399
Mendoza González
José Inés 604770501 433,306
Mesen Badilla
Luis Carlos 603410632 240,719
Miranda Conejo
Yubani 201740888 117,576
Miranda Zeledón
Jimmy Humberto 602960664 531,540
Montero Trejos
Eddy 602560863 381,619
Mora Ruiz Daniel 602810538 545,930
Mora Vega Jorge
Enrique 107040372 225,957
Obando Vega
Allan Mauricio 603170974 240,719
Obregón Arguello
José Manuel 602460426 412,026
Ortega Vargas
Francisco Javier 601790897 180,636
Palavicini
Quesada Giovanni 105210466 423,235
Palma Rojas
Clemente Manuel 501390085 195,325
Pereira Alfaro
Carlos Francisco 302030732 248,541
Porras Calvo
Nelson 205190316 296,231
Rodríguez Castro
Dagoberto 204730386 594,082
Rosales Picado
Harry Alberto 603130631 180,721
Sáenz Villalobos
Bolívar Gerardo 103890716 308,015
Salas Miranda
Dany Enrique 401800562 465,149
Sequeira Torres
Cristian Eduardo 603400483 498,526
Sevilla Mendieta
Wendell Alberto 7017461568 474,872
Sibaja Guerra
José Luis 603040734 586,802
Tello Marchena
Juan Carlos 701390339 391,726
Trejos Mora
Alexander 109200205 379,317
Uirbina Sánchez
Fanny María 108690281 273,230
Vargas Elizondo
Nuria 602260683 71,984
Vargas Robledo
Cristian Gerardo 603390920 270,860
Vargas Rojas
Elías Felipe 304100022 180,894
Víquez Picado
Flory 203090287 348,384
Zúñiga Mendoza
Bryan José 603700371 583,224
Unidad Gestión de Cobros.—Lic. Abelardo Zamora Atencio, Administrador.—(IN2011087160).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA
VEZ
Órgano
Director.—Acto de Apertura del Procedimiento Ordinario Administrativo seguido
contra la empresa H y L Limitada, propietaria de
Resultando:
1º—Que
por resolución de
2º—Que a la empresa H y L
Limitada, cédula jurídica N° 3-102-057473, le fue otorgada una declarada
turística según resolución de
3º—Que según oficio
DGA-6702-2011 del 22 de setiembre del 2011, el señor Marcos Castro Retana,
Supervisor de este Departamento de Gestión y Asesoría Turística, informa sobre
la inspección realizada a la empresa.
Considerando:
I.—Que
al Instituto Costarricense de Turismo, según disposiciones expresas contenidas
en el Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, Decreto Ejecutivo N°
25226-MEIC-TUR del 15 de marzo de 1996 y sus reformas, le compete conocer y
resolver todo lo relacionado con la aplicación del mencionado Reglamento.
II.—Que de conformidad
con el artículo 11 inciso b), del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas,
el ICT tiene la obligación de ejercer control y vigilancia sobre las empresas
declaradas, efectuando inspecciones periódicas.
III.—Que el artículo 13,
incisos a), d) e i) respectivamente del mismo Reglamento, establece que a las
empresas declaradas turísticas se les exige “cumplir con lo que dispone este
Reglamento, la legislación vigente y demás normas o disposiciones especiales
que regulen su funcionamiento”, “informar al Instituto de cualquier
modificación en la planta física, instalaciones o servicios que puedan provocar
un cambio en cuanto al tipo, categoría o características principales del
establecimiento” y “reportar cualquier cambio de propietario, administradores,
accionistas, gerente, domicilio, razón social, nombre comercial u otro cambio
en la operación de la empresa”.
IV.—Que según informe de
inspección DGA-6702-2011 del 22 de setiembre del 2011, el señor Marcos Castro
Retana, Supervisor del Departamento de Gestión y Asesoría Turística, informa
que el día 13 de setiembre del 2011, visitó el domicilio de
V.—Que en el caso
concreto que nos ocupa, existen indicios que la empresa H y L Limitada, cédula
jurídica N° 3-102-057473, propietaria de
De
conformidad con lo expuesto, artículo 13 incisos a), d), i) y j) y Artículo 16
ambos del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas y con fundamento
en los artículos 214 y siguientes de
Se previene según lo
dispuesto en los artículos 218, 309 y 312 Inciso 2, de
Se previene al apoderado
de la empresa referida, que en su primer escrito deberá indicar el medio, sea
este Fax o correo electrónico para recibir notificaciones presentes y futuras,
bajo apercibimiento de que si no lo hiciere quedará notificado de las
resoluciones posteriores en el transcurso de veinticuatro horas después de
dictadas las mismas.
Con base en los artículos
217 y 272 de
Contra la presente
resolución procederán los recursos de revocatoria y apelación, los cuales
deberán presentarse, ante este Órgano Director, en el plazo de veinticuatro
horas a partir de esta notificación. El recurso de revocatoria será resuelto
por el Órgano Director y el de Apelación por
Órgano Director.—Acto de Apertura del Procedimiento Ordinario Administrativo, seguido contra la empresa Agencia de Viajes Tico Tours S. A., propietaria del establecimiento Agencia de Viajes Tico Tours. San José, a las diez horas del veinte de octubre del dos mil once.
Resultando:
1º—Que
por resolución de
2º—Que la empresa Agencia
de Viajes Tico Tours S. A., cédula jurídica N° 3-101-052021, propietaria del
establecimiento Agencia de Viajes Tico Tours, fue declarada turística según
sesión de Junta Directiva N° 3476, celebrada el 11 de junio de 1984. La empresa
en la actualidad no cuenta con contrato.
3º—Que según oficios
DGA-6802-2011 de fecha 26 de setiembre del 2011 y DGA-6906-2011 de fecha 28 de
setiembre del 2011, el funcionario Marcos Castro Retana, gestor de turismo 3,
del Proceso de Gestión y Asesoría Turística (folios 224 al 227), informa sobre
la situación actual del establecimiento Agencia de Viajes Tico Tours propiedad
de la empresa Agencia de Viajes Tico Tours S. A., cédula jurídica N°
3-101-052021.
Considerando:
I.—Que
al Instituto Costarricense de Turismo, según disposiciones expresas contenidas
en el Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, Decreto Ejecutivo N°
25226-MEIC-TUR del 15 de marzo de 1996 y sus reformas, le compete conocer y
resolver todo lo relacionado con la aplicación del mencionado Reglamento.
II.—Que de conformidad
con el artículo 11 inciso b), del Reglamento de las Empresas y Actividades
Turísticas, el ICT tiene la obligación de ejercer control y vigilancia sobre
las empresas declaradas, efectuando inspecciones periódicas.
III.—Que el artículo 13,
incisos a), d) e i) respectivamente del mismo Reglamento, establece que a las
empresas declaradas turísticas se les exige “cumplir con lo que dispone este
Reglamento, la legislación vigente y demás normas o disposiciones especiales
que regulen su funcionamiento”, “informar al Instituto de cualquier
modificación en la planta física, instalaciones o servicios que puedan provocar
un cambio en cuanto al tipo, categoría o características principales del
establecimiento” y “reportar cualquier cambio de propietario, administradores,
accionistas, gerente, domicilio, razón social, nombre comercial u otro cambio
en la operación de la empresa”.
IV.—Que no se pudo
informar ni notificar a la empresa Agencia de Viajes Tico Tours S. A., porque
de acuerdo a los oficios DGA-6802-2011 y DGA-6906-2011, esta no opera en el
sitio señalado en la declaratoria turística, adicionalmente en dichos oficios
se hacen ver las siguientes observaciones e irregularidades de la empresa:
a- Las
instalaciones de
b- La
empresa Tico Tours no presenta actividades.
c- La
empresa Tico Tours no opera en el sitio señalado en la declaratoria turística.
d- Que se
procede a solicitar un estudio de Registro a
e- Que la
dirección que aparece en el estudio de registro, es Edificio Las Arcadas, calle
1 y 3 avenida 0 y 2 San José, en esta dirección no se encuentra la operación de
V.—Que
en el caso concreto que nos ocupa, existen indicios que la empresa Agencia de
Viajes Tico Tours S. A., cédula jurídica N° 3-101-052021, propietaria del
establecimiento Agencia de Viajes Tico Tours, ubicado en San José, Guadalupe,
De
conformidad con lo expuesto, artículo 13 incisos a), j) y l) de las Empresas y
Actividades Turísticas, con fundamento en los artículos 214 y siguientes de
Se previene según lo
dispuesto en los artículos 218, 309 y 312 Inciso 2, de
Se previene al apoderado
de la empresa referida, que en su primer escrito deberá indicar el medio, sea
este Fax o correo electrónico para recibir notificaciones presentes y futuras,
bajo apercibimiento de que si no lo hiciere quedará notificado de las
resoluciones posteriores en el transcurso de veinticuatro horas después de
dictadas las mismas.
Con base en los artículos
217 y 272 de
Contra la presente
resolución procederán los recursos de revocatoria y apelación, los cuales
deberán presentarse, ante este Órgano Director, en el plazo de veinticuatro
horas a partir de esta notificación. El recurso de revocatoria será resuelto
por el Órgano Director y el de Apelación por
DIRECCIÓN
REGIÓN CENTRAL
Se hace saber a los señores Rodrigo Zamora González, cédula de
identidad Nº 2-0319-0583 y Ana Cecilia Castro Castro, cédula de identidad Nº
2-0339-0641, que se ha dictado la resolución que dice: Instituto de Desarrollo
Agrario. Dirección Región Central, Cartago. Asesoría Legal. A las 11:05 horas
del 1 de noviembre del 2011. Con fundamento en las facultades que otorga
2 v. 1.
1. En
el artículo 5º Registro, para Costa Rica mientras el Ministerio de Salud no
cuente con un laboratorio oficial, los puntos 5.1.7 y 5.1.8 no se aplicarán.
El cual debe leerse correctamente:
1. En
el artículo 5º Registro, para Costa Rica mientras el Ministerio de Salud no
cuente con un laboratorio oficial, los puntos 5.1.8 y 5.1.9 no se aplicarán.
Se aclara que el punto 5.1.7 sí aplica en Costa Rica.
Dirección de Regulación de