MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE
COMERCIO EXTERIOR
MINISTERIO DE
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
CAJA COSTARRICENSE
DE SEGURO SOCIAL
PATRONATO NACIONAL
DE LA INFANCIA
INSTITUTO MIXTO DE
AYUDA SOCIAL
CAJA COSTARRICENSE
DE SEGURO SOCIAL
CAJA COSTARRICENSE
DE SEGURO SOCIAL
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS
ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Y EL MINISTRO DE
AMBIENTE, ENERGÍA
Y TELECOMUNICACIONES
En ejercicio de las facultades que les confiere el
artículo 140, inciso 3) y 18) y el artículo 146 de
Considerando:
I.—Que corresponde al Ministerio de
Ambiente, Energía y Telecomunicaciones la definición y
planificación de las políticas relacionadas con los recursos
naturales, energéticos, mineros y protección al ambiente de
nuestro país; así como la dirección, la vigilancia y el
control en este campo.
II.—Que según dispone el artículo 4º de
III.—Que el artículo 56 de
IV.—Que el artículo 7º del Decreto Ejecutivo N°
36627-MINAET, “Reglamento para
V.—Que el transitorio II del Decreto Ejecutivo N° 36627-MINAET,
otorga un plazo de un mes como medida de excepción temporal al
parámetro de antigüedad, para solicitar el permiso de
operación y prestación del servicio público, a todas
aquellas personas físicas o jurídicas que posean unidades de
transporte de combustible debidamente inscritas en el Registro Nacional de
VI.—Que por razones de fuerza mayor el plazo establecido en los
transitorios II y IV, del Decreto Ejecutivo N° 36627-MINAET, deviene en un
inconveniente técnico y en un plazo insuficiente para que las unidades
de transporte de combustible, puedan cumplir con las pruebas técnicas,
en el tiempo ahí establecido, siendo este el instrumento idóneo y
de mayor rigurosidad técnica para garantizar que dichas unidades,
independientemente de su antigüedad de fabricación, puedan circular
por las carreteras nacionales brindando un servicio público acorde con
las normas de calidad exigidas por la reglamentación técnica
respectiva y, a su vez, cumplan con las normas protectoras del ambiente y la
salud de las personas. Por tanto,
DECRETAN:
PRÓRROGA DE LOS PLAZOS DE LOS TRANSITORIOS II Y
IV DEL
DECRETO EJECUTIVO Nº 36627-MINAET,
“REGLAMENTO
PARA
TRANSPORTE
DE COMBUSTIBLE”,
PUBLICADO
EN EL ALCANCE
Nº
DEL
DÍA 14 DE JUNIO
DEL 2011
Artículo 1°—Se otorga una
prórroga por tres meses, a partir de la publicación de este
Decreto Ejecutivo, al plazo establecido en el Transitorio II, del Decreto
Ejecutivo Nº 36627-MINAET, para que todas aquellas personas físicas
o jurídicas que posean unidades de transporte de combustible debidamente
inscritas en el Registro Nacional de
Artículo 2º—Se otorga una prórroga por tres meses,
a partir de la publicación de este Decreto Ejecutivo, al plazo
establecido en el Transitorio IV, del Decreto Ejecutivo N° 36627-MINAET, a
efecto de que el prestador de servicio público pueda presentar la
documentación respectiva para el otorgamiento por primera vez del
permiso de operación de una unidad de transporte o su renovación.
Por tanto, las placas de la cisterna terminadas en 1 y 2 contarán con un
plazo de tres meses para presentar la documentación; las placas
terminadas en 3 y 4 contarán con un plazo de 4 meses; las placas
terminadas en 5 y 6 contarán con un plazo de 5 meses; las placas
terminadas en 7 y 8, contarán con un plazo de 6 meses; y las placas
terminadas en 9 y 0 contarán con un plazo de 7 meses.
Artículo 3°—Rige a partir de su publicación en el
Diario Oficial
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de
Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, René Castro
Salazar.—1 vez.—O. C. Nº 12970.—Solicitud Nº
36614.—C-54020.—(D36805-IN2011087811).
Nº 0242-2011-DVM-RE
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo
establecido en los artículos 140, inciso 12 y 146 de
Considerando:
I.—Que
II.—Que el tema de la seguridad
fronteriza debe considerarse como prioritario, a la luz de la política
nacional y regional de seguridad, y en el contexto de una estrategia de
seguridad regional, a la que tanto Costa Rica como Panamá le conceden
prioridad.
III.—Que es de interés del Ministerio
de Relaciones Exteriores y Culto, que el señor Daniel Baldizón
Chaverri, Jefe de Gabinete, participe en esta reunión, en funciones
propias de su cargo. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar al señor Daniel Baldizón Chaverri,
cédula de identidad Nº 1-526-082, Embajador en Misión
Especial, para que participe en
Artículo 2º—Los tiquetes aéreos,
viáticos, transporte interno, transporte en el exterior, gastos en
tránsito, impuestos aeroportuarios, llamadas internacionales y gastos de
Internet, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de
Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, corren por cuenta del
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, bajo el programa 079, Actividad
Central, Despacho del Viceministro Administrativo, subpartidas 1.05.03 de
pasajes aéreos y 1.05.04 de viáticos. Se autoriza la suma de $228
diarios, para un total de $456. Todo lo anterior sujeto a liquidación.
Artículo 3º—De acuerdo con
el artículo 47, del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para
funcionarios públicos, el o la funcionaria estará cubierto por la
póliza grupal INS viajero, con asistencia en dólares.
Artículo 4º—De acuerdo con
la circular DGABCA-NP-1035-201 y
Artículo 5º—Rige a partir
del 08 de setiembre de 2011 y hasta el 09 de setiembre del 2011.
Dado en el Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto, a los 6 días del mes de setiembre del dos
mil once.
Carlos Roverssi Rojas, Ministro
de Relaciones Exteriores y Culto a. í.—1 vez.—O. C. Nº
11398.—Solicitud Nº 13710.—C-20220.—(IN2011087532).
Nº
0246-11-DVM-RE
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo
establecido en los artículos Nº 7 y Nº 31 del Reglamento de
Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de
Considerando:
I.—Que
II.—Que es necesaria la
participación del señor Carlos Alberto Roverssi Rojas, debido a
que se tratarán temas relevantes para nuestro país. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo
1º—Autorizar al señor Carlos Alberto Roverssi Rojas,
cédula de identidad N° 1-504-811, Viceministro de Relaciones
Exteriores y Culto, para que participe en
Artículo 2º—Los tiquetes
aéreos, viáticos, transporte interno, transporte en el exterior,
gastos en tránsito, impuestos aeroportuarios, llamadas internacionales,
uso de Internet, corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto, con cargo al programa 079, Actividad Central, Subpartida 1.05.03 de
tiquetes aéreos y con cargo al programa 079, Actividad Central,
Subpartida 1.05.04 de viáticos. Se autoriza la suma de $212,00 diarios
para un total de $424,00. Todo sujeto a liquidación.
Artículo 3º—De acuerdo con
el artículo 47, del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para
funcionarios públicos, el o la funcionaria estará cubierto por la
póliza grupal INS viajero, con asistencia en dólares.
Artículo 4º—De conformidad
con el artículo 5 de
Artículo 5º—Rige a partir
del 27 de setiembre y hasta el 28 de setiembre del 2011.
Dado en el Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto, a los dieciséis días del mes de
setiembre del dos mil once.
José Enrique Castillo
Barrantes, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C.
Nº 11398.—Solicitud Nº
13710.—C-20220.—(IN2011087531).
Nº
0259-2011-DVM-RE
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo
establecido en los artículos Nº 7 y Nº 31 del Reglamento de
Gastos de Viaje y de transporte para Funcionarios Públicos de
Considerando:
I.—Que
II.—Que es de interés para el
Gobierno de Costa Rica, la participación del señor Wálter
Fonseca Ramírez, debido a que se tratarán temas relevantes para
nuestro país. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo
1º—Autorizar al señor Wálter Fonseca Ramírez,
cédula de identidad N° 7-0046-0860, Asesor del Viceministro, para
que participe
Artículo 2º—Los
viáticos, gastos en tránsito, transporte interno, traslado
terrestre en el exterior, hospedaje e impuestos aeroportuarios, serán
cubiertos por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, bajo el
programa 079, Actividad Central, Despacho del Viceministro Administrativo,
subpartida 1.05.04 de viáticos. Se autoriza la suma de $194.00 diarios
para un total de $970.00. Todo sujeto a liquidación.
Artículo 3º—De acuerdo con
el artículo 47, del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para
funcionarios públicos, el o la funcionaria estará cubierto por la
póliza grupal INS viajero, con asistencia en dólares.
Artículo 4º—De conformidad
con el artículo 5 de
Artículo 5º—Rige a partir
del 04 de octubre y hasta el 08 de octubre del 2011.
Dado en el Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto, a los veintiséis días del mes de
setiembre del dos mil once.
Carlos Alberto Roverssi Rojas,
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í.—1 vez.—O. C.
Nº 11398.—Solicitud Nº 13710.—C-20220.—(IN2011087530).
N°
0278-2011-DVM-RE
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo
establecido en los artículos Nº 7 y Nº 31 del Reglamento de
Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de
Considerando:
I.—Que
II.—Que es necesaria la
participación del señor Carlos Alberto Roverssi Rojas, debido a
que se tratarán temas relevantes para nuestro país. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo
1º—Autorizar al señor Carlos Alberto Roverssi Rojas,
cédula de identidad N° 1-504-811, Viceministro de Relaciones
Exteriores y Culto, para que participe en
Artículo 2º—Los tiquetes
aéreos, viáticos, transporte interno, transporte en el exterior,
gastos en tránsito, impuestos aeroportuarios, llamadas internacionales,
uso de Internet, corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto, con cargo al programa 079, Actividad Central, Subpartida 1.05.03 de
tiquetes aéreos y con cargo al programa 079, Actividad Central,
Subpartida 1.05.04 de viáticos. Se autoriza la suma de $309,00 diarios
para un total de $1.236,00. Todo sujeto a liquidación.
Artículo 3º—De acuerdo con
el artículo 47, del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para
funcionarios públicos, el funcionario estará cubierto por la
póliza grupal INS viajero, con asistencia en dólares.
Artículo 4º—De conformidad
con el artículo 5º de
Artículo 5º—Rige a partir
del 14 de octubre y hasta el 17 de octubre del 2011.
Dado en el Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto, a los trece días del mes de octubre del
dos mil once.
José Enrique Castillo
Barrantes, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C.
Nº 11398.—Solicitud Nº
13710.—C-20220.—(IN2011087527).
N°
0290-2011-DVM-RE
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo
establecido en los artículos 140, inciso 12) y 146 de
Considerando:
I.—Que la 2a
Conferencia Ministerial de Examen de
II.—Que es necesaria la
participación del señor Carlos Alberto Roverssi Rojas, debido a
que se tratarán temas relevantes para nuestro país. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo
1º—Autorizar al señor Carlos Alberto Roverssi Rojas,
cédula de identidad N° 1-504-811, Viceministro de Relaciones
Exteriores y Culto, para que participe en la 2a Conferencia
Ministerial de Examen de
Artículo 2º—Los
organizadores del evento cubrirán la totalidad de los gastos.
Artículo 3º—De acuerdo con
el artículo 47, del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios
públicos, el funcionario estará cubierto por la póliza
grupal INS viajero, con asistencia en dólares.
Artículo 4º—De conformidad
con el artículo 5 de
Artículo 5º—Rige a partir
del 29 de octubre y hasta el 2 de noviembre del 2011.
Dado en el Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto, a los dieciocho días del mes de octubre del
dos mil once.
José Enrique Castillo
Barrantes, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C.
Nº 11398.—Solicitud Nº
13710.—C-20220.—(IN2011087528).
Nº 177-2011
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ
Con fundamento en el artículo
28 de
Considerando:
I.—Que
II.—Que la señorita Ana
Lucía Cascante Acuña cédula de identidad Nº
1-1371-0437, participará en los grupos de trabajo para
ACUERDA:
Artículo 1º—Se
designa a la señorita Ana Lucía Cascante Acuña,
cédula de identidad Nº 1-1371-0437 para que participe en la supracitada
reunión.
Artículo 2º—Los gastos de
la señorita Ana Lucía Cascante Acuña, por concepto
alojamiento, tiquetes y manutención, derivados de su asistencia a
Artículo 3º—Que durante los
días del 3 al 7 de octubre, en que se autoriza la participación
de la funcionaria Ana Lucía Cascante Acuña en la mencionada
reunión, ella devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir
del 3 al 7 de octubre del 2011.
Dado en el Despacho del Ministro
de Justicia y Paz a los veintisiete días del mes de setiembre del
año dos mil once.
Hernando París R., Ministro de Justicia y Paz.—1 vez.—O. C. Nº 10876.—Solicitud Nº 39808.—C-19820.—(IN2011087498).
Nº
178-2011
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ
Con fundamento en el
artículo 28 de
Considerando:
I.—Que el Gobierno de
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar al licenciado Gilberth Espinoza Guerrero, Coordinador
del Observatorio de
Artículo 2º—Los gastos por
concepto de tiquete aéreo, alimentación y hospedaje en que
incurran el licenciado Gilberth Espinoza Guerrero y
Artículo 3º—Que durante los
días del 12 al 15 de octubre del 2011 en que se autoriza la
participación de los funcionarios Guerrero Espinoza y Godínez
Hernández en el mencionado Curso, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del
12 al 15 de octubre del 2011.
Dado en el Despacho del Ministro
de Justicia y Paz, a los veintisiete días del mes de setiembre del dos
mil once.
Hernando París R.,
Ministro de Justicia y Paz.—1 vez.—O. C. Nº 10876.—Solicitud Nº
39809.—C-19820.—(IN2011087497).
N° 386-2011
EL
MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 140 inciso 20 y 146 de
Considerando:
I.—Que del 27 al 29 de setiembre de 2011, se
realizará en México el Taller Regional sobre Comercio y Medio
Ambiente para países de América Latina, evento de alto
interés para el Ministerio de Comercio.
II.—Que la participación de la señora Alejandra Aguilar
Schramm, resulta necesaria, ya que se realizará un debate de alto nivel
sobre los retos que se enfrentan a nivel global y particularmente en
América Latina, en la aplicación práctica de las normas de
comercio internacional y su relación con los acuerdos multilaterales
ambientales; así como su impacto en la sostenibilidad del desarrollo de
la región, se hará también una evaluación de las
barreras comerciales impuestas con objetivos ambientales y valorar la legalidad
y eficacia de las mismas.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la
señora Alejandra Aguilar Schramm, portadora de la cédula de
identidad número 1-844-618, funcionaria de
Artículo 2º—Cubrir los gastos de la señora
Alejandra Aguilar Schramm, por concepto de impuestos, tributos o cánones
que se deban pagar en las terminales de transporte, alimentación y
hospedaje; así como el transporte aéreo con recursos de
Artículo 3º—Que durante el período que va del 26
al 30 de setiembre de 2011, la señora Alejandra Aguilar Schramm,
devengue el 100% de su salario, el cual es cancelado por
Artículo 4º—Rige a partir del 26 al 30 de setiembre de
2011.
San José, a los diecinueve días del
mes de setiembre del año dos mil once.
Fernando Ocampo Sánchez, Ministro de
Comercio Exterior a. í.—1 vez.—O. C. Nº
13350.—Solicitud Nº 32089.—C-24320.—(IN2011087884).
N°
387-2011
EL
MINISTRO DE COMERCIO EXTEIROR
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 140 inciso 20 y 146 de
Considerando:
I.—Que del 27 al 28 de setiembre de 2011, se
realizará en Guatemala reunión de Viceministros del Proceso de
Convergencia entre Centroamérica y México, evento de alto
interés para el Ministerio de Comercio Exterior.
II.—Que la participación de la señora Adriana González
Saborío en las reuniones de la mesa de Coordinadores y Viceministros
resulta necesaria por cuanto en ellas se definirán los temas pendientes
que resulten de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Adriana
González Saborío, cédula de identidad número
1-873-574, funcionaria de
Artículo 2º—Cubrir los gastos de la señora Adriana
González Saborío, por concepto de impuestos, tributos o
cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de
alimentación y hospedaje, a saber $360,00 (trescientos sesenta con
00/100 dólares) con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y
10504 del Programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán
cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le
autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío
de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el período que va del 27
al 29 de setiembre de 2011, la señora Adriana González
Saborío, devengue el 100% de su salario, el cual es cancelado por COMEX.
Artículo 4º—Rige a partir del 27 al 29 de setiembre de
2011.
San José, a los veinte días del mes
de setiembre del año dos mil once.
Fernando Ocampo Sánchez, Ministro de
Comercio Exterior a. í.—1 vez.—O. C. Nº
13350.—Solicitud Nº 32089.—C-24320.—(IN2011087888).
N°
389-2011
EL
MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 140 inciso 20 y 146 de
Considerando:
I.—Que del 27 al 28 de setiembre de 2011, se
realizará en Guatemala reunión de Viceministros del Proceso de
Convergencia entre Centroamérica y México, evento de alto
interés para el Ministerio de Comercio Exterior.
II.—Que la participación del señor Reyner Brenes
Chávez en las reuniones de la mesa de Servicios e Inversión
resulta necesaria por cuanto en ellas se definirán los temas pendientes
que resulten de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Reyner Brenes Chávez, portador de la cédula de
identidad número 1-832-447, funcionario de
Artículo 2º—Cubrir los gastos del señor Reyner
Brenes Chávez por concepto de impuestos, tributos o cánones que
se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje,
a saber $560,00 (quinientos sesenta con 00/100 dólares), serán
cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del
Programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con
recursos de la subpartida 10503 del programa 796. Se le autoriza para realizar
llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos
vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el período que va del 26
al 29 de setiembre de 2011, el señor Reyner Brenes Chávez devengue
el 100% de su salario, el cual es cancelado por
Artículo 4º—Rige a partir del 26 al 29 de setiembre de
2011.
San José, a los veinte días del mes
de setiembre del año dos mil once.
Fernando Ocampo Sánchez, Ministro de
Comercio Exterior a. í.—1 vez.—O. C. Nº
13350.—Solicitud Nº 32089.—C-24320.—(IN2011087882).
N°
390-2011
EL
MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 140 inciso 20 y 146 de
Considerando:
I.—Que el 30 de setiembre de 2011, se
realizará en El Salvador el Foro Regional
II.—Que la participación de la señora Gabriela Castro
Mora, en la reunión tiene como objetivo recolectar informes sobre
cumplimiento de objetivos y ejecución financiera de los proyectos,
aportar insumos sobre lecciones aprendidas para que sean consideradas en
futuros proyectos de inversión en América Latina,
centrándose en los sectores de energía, medio ambiente,
mitigación y adaptación al cambio climático, transporte y
de infraestructura social, así como el desarrollo de las PYMES.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la
señora Gabriela Castro Mora, portadora de la cédula de identidad
número 1-916-263, funcionaria de
Artículo 2º—Cubrir los gastos de la señora
Gabriela Castro Mora, por concepto de impuestos, tributos o cánones que
se deban pagar en las terminales de transporte, alimentación y
hospedaje; así como el transporte aéreo, con recursos del
Gobierno de El Salvador y
Artículo 3º—Que durante el período que va del 29
al 30 de setiembre de 2011, la señora Gabriela Castro Mora, devengue el
100% de su salario, el cual es cancelado por
Artículo 4º—Rige a partir del 29 al 30 de setiembre de
2011.
San José, a los veinte días del mes
de setiembre del año dos mil once.
Fernando Ocampo Sánchez, Ministro de
Comercio Exterior a. í.—1 vez.—O. C. Nº
13350.—Solicitud Nº 32089.—C-24320.—(IN2011087887).
N°
391-2011
EL
MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 140 inciso 20 y 146 de
Considerando:
I.—Que del 27 al 28 de setiembre de 2011, se
realizará en Guatemala reunión de Viceministros del Proceso de
Convergencia entre Centroamérica y México, evento de alto
interés para el Ministerio de Comercio Exterior.
II.—Que la participación del señor Federico Valerio De
Ford en las reuniones de la mesa de Coordinadores y Viceministros resulta
necesaria por cuanto en ellas se definirán los temas pendientes que
resulten de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Federico Valerio De Ford, cédula N° 1-745-747,
funcionario de
Artículo 2º—Cubrir los gastos del señor Federico
Valerio De Ford, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se
deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y
hospedaje, a saber $384,00 (trescientos ochenta y cuatro con 00/100
dólares), con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504
del Programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos
con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para
realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos
vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el período que va del 27
al 29 de setiembre de 2011, el señor Federico Valerio De Ford, devengue
el 100% de su salario, el cual es cancelado por
Artículo 4º—Rige a partir del 27 al 29 de setiembre de
2011.
San José, a los veinte días del mes
de setiembre del año dos mil once.
Fernando Ocampo Sánchez, Ministro de
Comercio Exterior a. í.—1 vez.—O. C. Nº
13350.—Solicitud Nº 32089.—C-24320.—(IN2011087881).
N°
392-2011
EL
MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 140 inciso 20 y 146 de
Considerando:
I.—Que del 27 al 29 de setiembre de 2011, se
realizará en México el Taller Regional sobre Comercio y Medio
Ambiente para países de América Latina, evento de alto
interés para el Ministerio de Comercio.
II.—Que la participación de la señora Alicia Daniela
Herrera Li, resulta necesaria, ya que se realizará un debate de alto
nivel sobre los retos que se enfrentan a nivel global y particularmente en
América Latina, en la aplicación práctica de las normas de
comercio internacional y su relación con los acuerdos multilaterales
ambientales; así como su impacto en la sostenibilidad del desarrollo de
la región, se hará también una evaluación de las
barreras comerciales impuestas con objetivos ambientales y valorar la legalidad
y eficacia de las mismas.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la
señora Alicia Daniela Herrera Li, portadora de la cédula de
identidad número 1-1227-178, funcionaria de
Artículo 2º—Cubrir los gastos de la señora Alicia
Daniela Herrera Li, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se
deban pagar en las terminales de transporte, alimentación y hospedaje;
así como el transporte aéreo con recursos de
Artículo 3º—Que durante el período que va del 26
al 30 de setiembre de 2011, la señora Alicia Daniela Herrera Li,
devengue el 100% de su salario, el cual es cancelado por
Artículo 4º—Rige a partir del 26 al 30 de setiembre de
2011.
San José, a los diecinueve días del
mes de setiembre del año dos mil once.
Fernando Ocampo Sánchez, Ministro de
Comercio Exterior a. í.—1 vez.—O. C. Nº 13350.—Solicitud
Nº 32089.—C-24320.—(IN2011087885).
N°
394-2011
EL
MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 140 inciso 20 y 146 de
Considerando:
I.—Que del 27 al 28 de setiembre de 2011, se
realizará en Guatemala reunión de Viceministros del Proceso de
Convergencia entre Centroamérica y México, evento de alto
interés para el Ministerio de Comercio Exterior.
II.—Que la participación del señor Henry Benavides
Barquero en las reuniones de la mesa de Acceso a Mercados resulta necesaria por
cuanto en ellas se definirán los temas pendientes que resulten de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Henry Benavides
Barquero, cédula N° 1-0714-0053, funcionario de
Artículo 2º—Cubrir los gastos del señor Henry
Benavides Barquero por concepto de impuestos, tributos o cánones que se
deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y
hospedaje, a saber $560,00 (quinientos sesenta con 00/100 dólares), con
recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 796. Los
gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la
subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas
telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e
Internet al Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el período que va del 26
al 29 de setiembre de 2011, el señor Henry Benavides Barquero devengue
el 100% de su salario, el cual es cancelado por
Artículo 4º—Rige a partir del 26 al 29 de setiembre de
2011.
San José, a los veinte días del mes
de setiembre del año dos mil once.
Fernando Ocampo Sánchez, Ministro de
Comercio Exterior a. í.—1 vez.—O. C. Nº
13350.—Solicitud Nº 32089.—C-24320.—(IN2011087880).
N°
397-2011
EL
MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos
140 inciso 20 y 146 de
Considerando:
I.—Que del 03 al 05 de octubre de 2011, se
realizará en Los Ángeles-California-Estados Unidos de
América, Conferencia Adobe Max 2011, evento de alto interés para
el Ministerio de Comercio Exterior.
II.—Que la participación del señor Alberto Barillas Acosta
en dicha actividad, resulta necesaria, para capacitar al personal del
Departamento de Informática en el Adobe LifeCycle-ADEP y sus
componentes, los cuales fueron adquiridos para
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Alberto Barillas Acosta, cédula de identidad N°
2-491-807, funcionario del Departamento de Informática, para que
participe en lo indicado en el considerando 1 ° de este acuerdo, del 03 al
05 de octubre de 2011. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde el
lugar de destino retorna a Costa Rica hasta el 06 de octubre de 2011. Los
días viernes 30 de setiembre y sábado 1° de octubre
corresponden a viaje personal y todos los gastos en que incurra serán
asumidos en forma directa por el funcionario y se aplicará al
período de vacaciones respectivo el 30 de setiembre de 2011.
Únicamente se le reconocerá lo correspondiente a los rubros de
cena, otros y hospedaje del 02 de octubre de 2011, según el
artículo 43 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para
Funcionarios Públicos.
Artículo 2º—Cubrir los gastos del señor Alberto
Barillas Acosta, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se
deban pagar en las terminales de transporte, alimentación y hospedaje, a
saber $1.198,92 (mil ciento noventa y ocho con 92/100 dólares), con
recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 796. Los
gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la
subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas
telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e
Internet al Ministerio de Comercio Exterior; así como también
para hacer escala en Dallas-Estados Unidos de América, por
conexión.
Artículo 3º—Que durante el período que va del 30
de setiembre al 06 de octubre de 2011, el señor Alberto Barillas Acosta,
devengue el 100% de su salario, el cual es cancelado por
Artículo 4º—Rige a partir del 30 de setiembre al 06 de
octubre de 2011.
San José, a los veinte días del mes
de setiembre del año dos mil once.
Fernando Ocampo Sánchez, Ministro de
Comercio Exterior a. í.—1 vez.—O. C. Nº
13350.—Solicitud Nº 32089.—C-24320.—(IN2011087879).
N°
398-2011
EL
MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 140 inciso 20 y 146 de
Considerando:
I.—Que del 19 al 24 de setiembre de 2011, se
realizará en Panamá, la reunión del capítulo
internacional del
II.—Que la participación de la señora Mónica
Fernández Fonseca, en la reunión, tiene como objetivo participar
como presentadora en el panel “Protección de Inversiones bajo los
TLCs”.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora
Mónica Fernández Fonseca, cédula N° 1-1074-930,
funcionaria de
Artículo 2º—Cubrir los gastos de la señora
Mónica Fernández Fonseca, por concepto de impuestos, tributos o
cánones que se deban pagar en las terminales de transporte,
alimentación y hospedaje con recursos de
Artículo 3º—Que durante el período que va del 22
al 23 de setiembre de 2011, la señora Mónica Fernández
Fonseca, devengue el 100% de su salario, el cual es cancelado por
Artículo 4º—Rige a partir del 22 al 23 de setiembre de
2011.
San José, a los veinte días del mes
de setiembre del año dos mil once.
Fernando Ocampo Sánchez, Ministro de
Comercio Exterior a. í.—1 vez.—O. C. Nº
13350.—Solicitud Nº 32089.—C-24320.—(IN2011087886).
Nº
405-2011
EL
MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 140 inciso 20 y 146 de
Considerando
I.—Que del 26 al 30 de setiembre de 2011, se
realizará en El Salvador
II.—Que la participación de la señora Alejandra Porras
González, en las reuniones del Grupo de Obstáculos
Técnicos al Comercio resulta necesaria dado que en dichas reuniones se
revisará el Reglamento Centroamericano de Medidas de
Normalización, Metrología y Procedimientos de Evaluación
de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la
señora Alejandra Porras González, cédula de identidad
número 1-869-525, funcionaria de
Artículo 2º—Cubrir los gastos de la señora
Alejandra Porras González, por concepto de impuestos, tributos o
cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de
alimentación y hospedaje, a saber $230,40 (doscientos treinta con 40/100
dólares), con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504
del Programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos
con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para
realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos
vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Que durante el período que va del 27
al 28 de setiembre de 2011, la señora Alejandra Porras González,
devengue el 100% de su salario, el cual es cancelado por el Ministerio de
Comercio Exterior.
Artículo 4º—Rige a partir del 27 al 28 de setiembre de
2011.
San José, a los veinte días del mes
de setiembre del año dos mil once.
Fernando Ocampo Sánchez, Ministro de
Comercio Exterior a. í.—1 vez.—O. C. Nº
13350.—Solicitud Nº 32089.—C-24320.—(IN2011087883).
Nº 000053.—San
José, a las diez horas y cincuenta y un minutos del día siete del
mes de febrero del dos mil once.
Diligencias de declaratoria de interés
público y mandamiento provisional de anotación, en
relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto
denominado “Bajos de Chilamate-Los Chiles de Aguas Zarcas”.
Resultando:
1º—Mediante oficio
Nº DABI 2011-0029 de 17 de enero del 2011, remitido por el Departamento de
Adquisición de Bienes Inmuebles de
2º—Del referido inmueble es de
impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a
3º—Constan en el expediente
administrativo número
a) Plano catastrado Nº A-1382950-09. Mediante el cual se
establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado
inmueble un área total de
b) Estudio sobre la inscripción del
inmueble;
c) Información básica sobre el
propietario, la ubicación y características del inmueble,
así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes
a valorar;
4º—En razón de
lo anterior y por constituir de interés público la presente
declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del
proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la
documentación requerida, conoce este Despacho y,
Considerando:
De conformidad con las
disposiciones contenidas en
En ese sentido
De conformidad con las disposiciones
normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11,
129 y 140 de
a) Inscripción al Registro Público de
b) Naturaleza: terreno de agricultura.
c) Ubicación: Situado en el distrito
06 Río Cuarto, cantón 03 Grecia, de la provincia de Alajuela.
Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº A-1382950-09.
d) Propiedad: Hernán Valverde
Zumbado, cédula Nº 1-821-074.
e) De dicho inmueble se necesita un
área total en conjunto de
Además, conforme a lo
establecido por el artículo 20 de
Procedan las dependencias
administrativas competentes a proseguir con la tramitación del
procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos
por
Y EL
MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS
Y
TRANSPORTES, RESUELVEN:
1º—Declarar de
interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro
Público de
2º—Ordénese mandamiento
provisional de anotación ante el Registro Público de
3º—Procedan las dependencias
administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al
efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial
observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por
Notifíquese y publíquese.
LAURA CHINCHILLA
MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Francisco J.
Jiménez,.—1 vez.—O. C. Nº 13298.—Solicitud
Nº 34477.—C-40520.—(IN2011087868).
Nº 000597.—San José, a las trece horas y cuarenta y siete minutos del día once del mes de julio del dos mil once.
Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento
provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para
la construcción del proyecto denominado: “Bajos de Chilamate-Los
Chiles de Aguas Zarcas”.
Resultando:
1º—Mediante oficio DABI N°
2011-0631 de 24 de junio del 2011, remitido por el Departamento de
adquisición de Bienes Inmuebles de
2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición
un área de terreno equivalente a
3º—Constan en el expediente administrativo número
a) Plano
catastrado Nº H-1343372-2009, mediante el cual se establece que para los
efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área
de
b) Información
básica sobre el propietario, la ubicación y
características del inmueble, así como el área que del
mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar.
4º—En razón de lo anterior y por
constituir de interés público la presente declaratoria, al
requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto
mencionado supra, estando en el expediente administrativo la
documentación requerida, conoce este Despacho y,
Considerando:
De conformidad con las disposiciones contenidas en
En ese sentido
De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo
prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de
a) Terreno
sin inscribir de conformidad con el plano catastrado N° H-1343372-2009.
b) Ubicación:
distrito 02
c) Propiedad:
Virginia Araya Pérez, cédula de identidad N° 2-150-517.
d) De
dicho inmueble se necesita un área de
Además, conforme a lo establecido por el
artículo 20 de
Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la
tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los
plazos establecidos por
Y EL MINISTRO DE OBRAS
PÚBLICAS
Y TRANSPORTES,
RESUELVEN:
1º—Declarar de interés
público respecto al inmueble sin inscribir de conformidad con el plano
catastrado N° H-1343372-2009, situado en el distrito 02
2º—Procedan las dependencias administrativas competentes a
continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición
de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados
y en estricto apego a lo prescrito por
Notifíquese y publíquese.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de
Obras Públicas y Transportes, Francisco J. Jiménez.—1
vez.—O. C. Nº 103618.—Solicitud Nº
597.—C-51930.—(IN2011087551).
Nº 000997.—San José, a las nueve horas y cuarenta y ocho minutos del día dieciséis del mes de setiembre del dos mil once.
Conoce este Despacho diligencias de
rectificación de error material de la declaratoria de interés o
utilidad pública, contenida en
Resultando:
1º—Que en
2º—Que en la resolución
citada en el resultando anterior, existe un error material en el nombre de la
provincia donde se ubica el bien inmueble a expropiar, así como la
inicial del número del plano catastrado, que indica la provincia donde
se ubica el inmueble, razón por la cual se debe proceder a rectificar
3º—Que en virtud de la existencia
de gravámenes, que pesan sobre el inmueble a expropiar y descrito en el
resultando primero de la presente resolución, se publicó el
Acuerdo de Expropiación Nº 020-MOPT del 27 de enero del 2010,
publicado en
Considerando:
Único.—Que en
Asimismo, en el Acuerdo de
Expropiación Nº 020-MOPT del 27 de enero del 2010, publicado en
En razón de lo anterior, y siendo que
Y EL
MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
Y
TRANSPORTES, RESUELVEN:
1º—Rectificar la
declaratoria de “interés o utilidad pública”, contenida
en
Como consecuencia de lo anterior
deberán entenderse como corregidos los actos administrativos antes
descritos, teniéndose a todos los efectos que en las diligencias de
expropiación que se tramitan en contra del inmueble inscrito, en el
Registro Público de
2º—En lo restante se mantiene
vigente la referida Resolución Administrativa Nº 364 del 28 de
abril del 2009, publicada en
3º—Rige a partir de su
publicación.
Publíquese.—LAURA
CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes,
Francisco J. Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº
13928.—Solicitud Nº 34476.—C-36920.—(IN2011087865).
DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO
DE
AVISOS
El Registro
Público de Asociaciones de Desarrollo de
Res. Nº 520-2011
AJ.—Asesoría Jurídica.—San José, a las diez
horas del veinte de octubre del dos mil once.
Conoce este Despacho solicitud de
autorización para el funcionamiento del Casino “Paradiso”,
interpuesta por el señor Unal Mehmet Durmus, de nacionalidad inglesa,
pasaporte Nº 705139839, representante legal de Gun Casino Consultants S.
A., cédula jurídica Nº 3-101-372053.
Resultando:
1º—Que por medio del
escrito de fecha 23 de noviembre del 2009, el señor Unal Mhemmet Durmus,
en su condición de representante legal de la empresa Gun Casino
Consultants S. A., aporta los siguientes documentos con la finalidad de que se
tramite autorización de
funcionamiento del Casino Paradiso:
1. Certificación de personería jurídica y de
naturaleza y propiedad de las acciones, de GUN CASINO CONSULTANTS S. A.
2. Certificación de
3. Certificación de
inscripción ante tributación y al día con las obligaciones
– empresa GUN CASINO CONSULTANTS S. A. (ver oficios de fecha 16 y 17 nov. 2009)
4. Declaración jurada del origen de
los fondos de la empresa GUN CASINO CONSULTANTS S. A., de fecha 18 de noviembre
2009.
5. Permiso sanitario para casinos expedida
por el Ministerio de Salud a nombre de la empresa HOTELERA AMÓN S. A., cédula jurídica
Nº 3-101-100760, vigente al 11 de junio 2010.
6. Planilla de personas que prestan servicio
al casino, a nombre de la empresa MISTER DOLLAR CARGA PESADA S. A.,
7. Certificación del Teatro Nacional
de fecha 30 de octubre 2009.
8. Certificación de pago al
día, de patente Nº 1-439649-01-0003 perteneciente a HOTELERA
AMÓN S. A.,
cédula jurídica Nº 3-101-100760, de fecha 28 de octubre
2009.en que se autoriza el funcionamiento del CASINO PARADISSO.
9. Contrato de arrendamiento, (copia
certificada – en inglés entre HOTELERA AMÓN S. A. y CASINO CONSULTANTS S. A.
2º—Que por medio de
la resolución Nº 18/2010 de las nueve horas del ocho de enero del
2010, vista la documentación presentada por el señor UNAL MEHMET
DURMUS, de
único apellido en razón de su nacionalidad, en su
condición de representante de la empresa denominada GUN CASINO
CONSULTANTS S. A.,
con fundamento al artículo 74 de
1. ¿Cuál es la relación que existe entre: GUN CASINO
CONSULTANTS S.A. y
la sociedad anónima MISTER DOLLAR CARGA PESADA, cédula jurídica Nº
1123006220683-559912.
2. Si se encuentra ubicado dentro del Hotel
Amon y si HOTEL y CASINO PARADISO pertenecen a la misma persona
física o jurídica.
3. ACLARAR: Permiso de Salud a nombre de HOTELERA AMON , planilla laboral CAJA
COSTARRICENSE SEGURO SOCIAL a nombre de MISTER DOLLAR CARGA PESADA S.A., empresa tributante GUN CASINO
CONSULTANTS S. A.,
permiso de funcionamiento HOTELERA AMON, impuesto de espectáculos
públicos y diversiones del Teatro Nacional a nombre de GUN CASINOS
CONSULTANTS, y
patente municipal a nombre de CASINO PARADISO.
4. Documentación actualizada que
permita verificar que ya se corrigió lo correspondiente a las
obligaciones tributarias.
5. Certificación del fabricante de
las máquinas tragamonedas en el que se indique los mecanismos mediante
los cual se pueda mantener la integridad de los programas de operación,
regular el porcentaje de devolución a los jugadores en al menos un 85%.
6. Presentar traducción libre
debidamente certificada por notario público, del contrato de
arrendamiento que se presentó en idioma inglés.
7. Documentación en que se haga constar
determinación del tipo y cantidad de mesas de juego, número de identificación
de cada una y su ubicación, así como un
listado de la máquinas de fuego con número de serie, tipo de
juego, ubicación y cualquier otro dato.
3º—Que en atención
de los puntos requeridos en el resultando SEGUNDO, el señor UNAL MEHMET DURMUS presenta declaración
jurada rendida ante notario licenciado Andrés Eduardo Aguilar
Rodríguez, carné 11981, de fecha 18 de enero 2010, en la que se
indica lo siguiente:
1. Que el Casino Paradiso es el nombre de fantasía
comercial o de publicidad con el que Hotelera Amón Plaza realizó
los permisos de operación del casino del hotel por lo que no existe
ninguna sociedad con ese nombre.
2. Que Hotelera Amón Plaza como
propietaria del Hotel y de todas las patentes e instalaciones del negocio del
Casino Paradiso, alquila a GUN CASINO CONSULTANTS S. A. (actual operadora del negocio y
representante legal del Casino y es la que se encuentra inscrita ante
Tributación como responsable de ingresos y egresos de la actividad
comercial del casino.
3-Que dentro de GUN CASINO, paralelamente a nivel
corporativo la empresa Mister Dólar Carga Pesada S. A., maneja todo lo
referente a contrataciones de trabajo, o sea la planilla del personal que
trabaja para GUN CASINO CONSULTANTS S. A.
4-Además
presenta la certificación Nº 004-2010 emitida a las ocho horas del
quince de enero del dos mil diez, la según indica acorde al
artículo 109 del Código Notarial, “…
Traducción de Documento privado…” , atinente al contrato de alquiler de
local y uso de licencia de casino, suscrito entre: Randall Martínez
Chinchilla representante de HOTELERA AMON S.A., cédula jurídica No.
3-101-100760, propietaria del Hotel Clarion Amon, y el señor Unal Durmus como
representante de GUN CASINO CONSULTANTS S.A., cédula jurídica Nº 3-101-372053. El inmueble
objeto del contrato está inscrito al folio real Partido de San
José, 158990-000 matrícula. El hotel es también
propietario de
4º—Que en
razón de incongruencias encontradas en la información de los
documentos aportados, por medio del oficio Nº 2010-2702 AJ PJC CSA de fecha 26 de febrero 2010, se
le solicita al señor MEHMET DURMUS, atender los puntos 5 y 7 del AUTO DE
PREVENCIÓN,
resolución Nº 18-2010 AJ de las nueve horas del ocho de enero del
dos mil diez, notificada a la 3:40 p. m. horas del día 13 de enero del
2010. Además se le indica que en cuanto a lo señalado en el punto
6), de no contarse con la certificación del fabricante de las
máquinas, este punto puede ser certificado por medio de un profesional
competente en la materia para dicho acto. Y en lo concerniente al punto 7) ha
de elaborarse el listado según las indicaciones señaladas ya que
este debe estar listo para el momento en que se ha de llevar a cabo la visita
al casino. Se le solicita
también aclarar lo siguiente:
“
1. En la certificación de personería del GUN CASINO CONSULTANTS S.A., se indica como
identificación del señor UNAL MEHMET DURMUS, el pasaporte Nº
705139839.
2. En la declaración de
inscripción de
3. En
4. En la declaración jurada de fecha
18 de enero 2010, aportada con motivo de la prevención, el No. de
identificación del señor DURMUS es 705139839.
5. En la certificación Nº
004-2010, de fecha 15 enero 2010, de traducción literal del contrato de
arrendamiento, el número de identificación del señor DURMUS es 3-0777749. Por lo expuesto,
es necesario aclarar este punto por cuanto no hay uniformidad en el
número de identificación del señor UNAL DURMUS y corregir la
documentación que este errada.
6. En el Permiso otorgado por el Ministerio
de Salud Nº RCS-CMU-491-09, el 11 de junio del 2009, el representante
legal de HOTELERA AMON,
es el señor BRIAN ROBERTS BOLAN.
7. En la certificación Nº
004-2010, de fecha 15 enero 2010,
de traducción literal del contrato de arrendamiento, el representante
legal de HOTELERA AMON,
es el señor RANDALL MARTINEZ CHINCHILLA.
En virtud de la diferencia que existe
entre los puntos 6 y 7, se le agradece hacer la aclaración
correspondiente.
8. Tanto en el contrato
de arrendamiento en inglés como en la certificación
Nº 004-2010, traducción literal del contrato de arrendamiento, se
indica como número de cédula jurídica Nº 3-101-100660
el cual según estudio de registro no corresponde a Hotelera Amón
S. A., sino que registra con el número 3-101-100760. En consecuencia
manifestarse al respecto.
9. En el folio 1 vuelto, de la
certificación Nº 004-2010, traducción literal del contrato
de arrendamiento, en las líneas 7 y 8 se indica que Hotel Amón es
propietario del inmueble inscrito al Partido de San José, al Folio Real
Matrícula Nº 158.990-000, sin embargo este inmueble no registra como
propiedad de
5º—Que por medio del
oficio de fecha 10 de marzo 2010, el señor UNAL MEHMET DURMUS, atiende lo requerido en el
resultando CUARTO,
remitiendo los siguientes documentos:
1. Declaración jurada Nº 141 de fecha 3 de marzo del
2010 ante el Notario Andrés Eduardo Aguilar R., en la que se indica que
ha tenido varios pasaportes y que esa es
la razón por la cual se han anotado diferentes números de
pasaportes conforme han transcurrido los años y que el último
pasaporte renovado es el Nº 705139839. Agrega que indistintamente del
Nº de pasaporte que aparezca en cualquier acto jurídico realizado
en el pasado y en el cual conste su firma debidamente autenticada por un abogado,
es reconocido por su persona y se hace responsable de dichos actos. Aclara que
en la declaración de inscripción de Tributación Directa
del Ministerio de Hacienda, el número de identificación que
aparece es el que asigna Tributación Directa a los extranjeros a nivel
interno. Declara que en cuanto al contrato de arrendamiento suscrito y su
traducción, independientemente del número de pasaporte que
aparezca, se hace responsable por cuanto sí responde a su persona.
2. Declaración jurada Nº 142, de
las ocho horas con cuarenta minutos del 3 de marzo 2010 otorgada ante el mismo
Notario en la cual, señala que en lo que respecta al permiso de salud
Nº RCS-CMU-419-09 del once del 2009 en que aparece como representante
legal el señor Brian Roberts Boland de
6º—Que el día
diecinueve de marzo del 2010, según acta número uno, levantada al
efecto, con la participación de los señores funcionarios del CASINO PARADISO: Gian Carlo Vindas
Otárola, cédula 1-1090-119, Graven Brenes Jiménez,
cédula 9-089-895 según consta en carné del Ministerio de
Seguridad Pública para portación de armas, Marta Eugenia
Durán Arias, cédula 4-152-138, Lic. Carmen Soto Arroyo, Lic.
Edwin Araya Loría y la licenciada Diana Chanto Villalobos, funcionarias
de
7º— Que por medio del oficio
2010/12902 AJ PJC CSA de fecha 17 de agosto del 2010, se le requiere
nuevamente, al representante del casino de cita, actualizar la
información atinente a
El requerimiento de cita es atendido por el
representante del casino mediante oficio con fecha de recibido 31 de agosto
2010, indicando en resumen que hay tardanza en la presentación de los
documentos que se le solicitan por cuanto no le han sido emitidos aún
por las entidades correspondientes.
8º—Que por medio del oficio
2010/16221 AJ PJC CSA de fecha 4 de noviembre del 2010, se le envía un
nuevo recordatorio al representante del casino de cita, requiriéndole
actualizar la información atinente a
9º—Que se han realizado las
diligencias útiles y necesarias para el dictado de la presente
resolución.
Considerando:
I.—Que de conformidad con
lo expuesto en los resultandos supra citados, este Despacho diligenció
sobradamente lo necesario en lo concerniente a la solicitud de
autorización para el funcionamiento del Casino “PARADISO” , interpuesta por el
señor UNAL MEHMET DURMUS, de nacionalidad inglesa, pasaporte
N-. 705139839, representante legal de GUN CASINO CONSULTANTS S. A., cédula jurídica
Nº 3-101-372053, sin que al momento se haya mostrado el debido
interés por parte del promovente, por lo que en consecuencia atendiendo
a lo dispuesto en el artículo 340 de
Ordenar el archivo de las
presentes diligencias concernientes a la solicitud de autorización para
el funcionamiento del Casino “PARADISO”, interpuesta por el señor UNAL MEHMET
DURMUS, de
nacionalidad inglesa, pasaporte Nº 705139839, representante legal de GUN CASINO
CONSULTANTS S. A.,
cédula jurídica Nº 3-101-372053,, de conformidad con los
fundamentos de hecho y derecho de supra cita. Archivese.
Comuníquese.—Lic. Jose Jeiner Villalobos Steller, Director,
Asesoría Jurídica.—1 vez.—O. C. Nº
11335.—Solicitud Nº 46206.—C-127560.—(IN2011087424).
SERVICIO
FITOSANITARIO DEL ESTADO
DEPARTAMENTO
DE INSUMOS AGRÍCOLAS
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
DIA-R-E-394-2011.—El señor Rafael
Hernández Poveda, cédula 3-0222-0168, en calidad de:
representante legal de la compañía: Fibras de
Centroamérica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de:
San José, San Francisco de Dos Ríos, solicita la
inscripción del equipo, marca: Luchador, tipo: bomba pulverizadora de
presión previa, modelo: TF-05. Fabricante: Taizhou Luqiao Qiyong Plastic
Factory-China. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-393-2011.—El
señor: Rafael Hernández Poveda, cédula 3-0222-0168, en
calidad de: representante legal de la compañía: Fibras de
Centroamérica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de:
San José, San Francisco de Dos Ríos, solicita la
inscripción del equipo, marca: Luchador, tipo: bomba pulverizadora de
espalda. Modelo:
3WBS-20A. Fabricante: Taizhou Luqiao Qiyong Plastic Factory-China. Conforme a lo que establece
SERVICIO NACIONAL DE
SALUD ANIMAL
DIRECCIÓN
DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
EDICTOS
El señor Esteban Montero
Coto, número de cédula 3-338-765, vecino de Cartago en calidad de
apoderado generalísimo de la compañía Inversiones Monteco
de Cartago S. A., con domicilio en Cartago, solicita el registro del siguiente
medicamento veterinario del grupo 3: Modivitasan, fabricado por Laboratorios
Pharmadix Corp S.A.C, para Agrovet Market S. A., Perú, con los
siguientes principios activos: cada 1 ml contiene: selenio de sodio 0,5 mg,
gluconato de zinc 1,672 mg, potasio yoduro 2 mg, cobalto gluconato 0,201 mg,
magnesio gluconato 3,187 mg, vitamina B12 0,05 mg, Vitamina A 30000 UI, vitamina
D3 10000 UI, vitamina E 10 mg, sodio glutamato 4,2 mg, sodio glicerofosfato
10,0 mg, citrato de hierro amoniacal 4,0 mg, L-lisina 10,0 mg, adenosin
trifosfato disódico 3,0 mg, L-triptofano 0,5 mg, L-valina 2,0 mg,
L-histidina 2,1 mg, L-arginina 2,0 mg, DL-metionina 2,1 mg, L-leucina 2,1 mg,
L-treonina 1,0 mg, calcio gluconato 0,038 mg, magnesio gluconato 4,1 mg, sodio
cloruro 0,42 mg, ácido cítrico 8,0 mg, sodio citrato 4,0 mg/ml y
las siguientes indicaciones terapéuticas: estimulante metabólico
y reconstituyente a base de vitaminas, aminoácidos y minerales. Con base
en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y
Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a
oponerse, para que lo hagan valer en este departamento, dentro del
término de 5 días hábiles, contados a partir del
día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario
Oficial
La
doctora Aura Santacruz Bernal con número de cédula 117000903614,
vecina de San José en calidad de regente veterinaria de la
compañía Suplidora Internacional Royal S. A., con domicilio en
San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del
grupo 4: Keratina, fabricado por Laboratorios Servicios de Maquila Larisa S. A.
para Suplidora Internacional Royal Ltda., con los siguientes principios
activos: Cetil Trimetil Amonio 4%, Alcohol Estearílico 2%, Glicerina 3%,
Polyquartemium 2%, Dimethiconol 2% y Keratina Hidrolizada 2% y las siguientes
indicaciones terapéuticas: para alisar, restaurar y revitalizar el
pelaje en caninos. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG
Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios. Se cita a
terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta
Dirección, dentro del término de 5 días hábiles,
contados a partir del día siguiente de la publicación de este
edicto, en el Diario Oficial
El
doctor Fernando Zúñiga con número de cédula
1-1081-189, vecino de Coronado en calidad de regente veterinario de la
compañía Droguería Ageagro S. A., con domicilio en San
José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del
grupo 3: Histamicin, fabricado por Laboratorios Arsal S. A. de C. V., El
Salvador, con los siguientes principios activos: Cada ml contiene: Clorhidrato
de tripelenamina 20 mg y las siguientes indicaciones terapéuticas:
Antihistamínico y antialérgico. Con base en el Decreto Ejecutivo
Nº 28861-MAG Reglamento de Registro y Control de Medicamentos
Veterinarios. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan
valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días
hábiles, contados a partir del día siguiente de la
publicación de este edicto, en el Diario Oficial
El
doctor Fernando Zúñiga con número de cédula
1-1081-189, vecino de Coronado, en calidad de regente veterinario de la
compañía Droguería Ageagro S. A., con domicilio en San
José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del
grupo 3: Metoclo-Vet Solución Gotas, fabricado por Laboratorios Arsal S.
A. de C. V., El Salvador, con los siguientes principios activos: Cada ml
contiene: Metoclopramida clorhidrato 5 mg y las siguientes indicaciones
terapéuticas: está indicado en vómitos de diversas
etiologías asociadas con la demora del vaciamiento gástrico,
reflujo gastroesofágico, gastritis por reflujo y úlceras
pépticas. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG Reglamento
de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios. Se cita a terceros con
derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro
del término de 5 días hábiles, contados a partir del
día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario
Oficial
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1,
folio 179, título N° 1634, y del Título de Técnico
Medio en Contabilidad, inscrito en el tomo 1, folio 114, título N°
40, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico
Profesional de Pococí, en el año dos mil cinco, a nombre de
Fernández Rojas Nelson José. Se solicita la reposición de
los títulos indicados por pérdida de los títulos
originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1,
folio 17, título N° 02, emitido por el Liceo Académico
Ambientalista Las Palmitas, en el año dos mil ocho, a nombre de Alvarado
Chaves Geiner. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el
Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud
de reposición del Título de Bachiller en Educación Media,
inscrito en el tomo 1, folio 58, título N° 434, emitido por el Liceo
Diurno de Ciudad Colón, en el año mil novecientos noventa y ocho,
a nombre de Azofeifa Valverde Óscar Mario. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante este Departamento, se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 10, Título Nº
0025, emitido por el Saint Peter’s High School, en el año dos mil
uno, a nombre de Wong Carbonell Ivonne. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada
dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del
Diploma de Conclusión de Estudios de
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1,
folio 09, título N° 89, emitido por el Centro Educativo María
Inmaculada, en el año dos mil, a nombre de Yu Pang Ka Kuen. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2,
folio 16, título N° 1638, emitido por el Colegio Nocturno San
Carlos, en el año dos mil siete, a nombre de Vargas Lira Joseph Carlos.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se pública este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del
Diploma de Conclusión de Estudios de
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del
Certificado de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada,
inscrito en el tomo 1, folio 276, título N° 800, y del Título
de Técnico Medio en Ciencias Agropecuarias y en Educación Familiar
y Social, inscrito en el tomo 2, folio 52, asiento N° 684, ambos
títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de
Siquirres, en el año mil novecientos ochenta y cuatro, a nombre de
Ávalos Calvo Olger Antonio. Se solicita la reposición de los
títulos indicados por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1,
folio 72, título Nº 920, emitido por el Liceo de Heredia, en el
año mil novecientos noventa y cinco, a nombre de Lobo Ramírez Ana
Yancy. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el
Diario Oficial
DIRECCIÓN
DE REGULACIÓN DE
AVISO
De conformidad con lo establecido en el
artículo 4 inciso b) de
Dra. María de los Ángeles Mora Vega, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 10600.—Solicitud Nº 23629.—C-8970.—(IN2011087768).
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
De conformidad con la
autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y Seguridad
Social, este registro ha procedido a la inscripción de la reforma que
acordó introducir a su Estatuto Social la organización social
denominada Sindicato de Médicos Veterinarios del Ministerio de
Agricultura y Ganadería, siglas SIVEMTE-MAG, acordada en asamblea
celebrada el 30 de junio del 2011. Expediente S-M109. En cumplimiento con lo
dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE
MARCAS
DE GANADO
PUBLICACIÓN DE
UNA VEZ
Nº 2011-3027.—Lagos
de Lindora Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-015033, con
domicilio en San José, Escazú, Plaza Roble, edificio Los Balcones
Nº 4 bufete Zurcher Odio y Raven, representada por los señores
Evangelina Aguiluz Castro y Fabián Volio Echeverría,
cédula Nº 1-319-051 / 1-522-371, con domicilio en Hacienda Lindora,
en Pozos de Santa Ana, San José, Curridabat, de la casa Figueres 200
norte, 300 este casa 3d, con facultades de poder generalísimo sin
límite de suma actuando en forma conjunta, solicita el registro de:
Para ver imagen
solo en
como marca de ganado que
usará preferentemente en Paquera, Puntarenas, Gigante4 de Paquera, finca
Kuta del Oriente,
Nº 2011-3025.—Lagos de Lindora Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-015033, con domicilio en San José, Escazú, Plaza Roble, edificio Los Balcones Nº 4 bufete Zurcher Odio y Raven, representada por los señores Evangelina Aguiluz Castro y Fabián Volio Echeverría, cédula Nº 1-319-051 / 5-522-371, con domicilio en Hacienda Lindora, en Pozos de Santa Ana, San José, Curridabat, de la casa Figueres 200 norte, 300 este casa 3d, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma actuando conjuntamente, solicita el registro de:
Para ver imagen solo en
como marca de ganado que
usará preferentemente en Paquera, Puntarenas, Gigante4 de Paquera, finca
Kuta del Oriente,
Nº
2011-2836.—Pizarro Leal Angélica María, cédula de
identidad número 6-260-709, mayor, casada una vez, comerciante, con
domicilio en centro, Playa Jacó, Puntarenas, frente antiguo AyA,
condominio
Para ver imagen
solo en
como marca de ganado que
usará preferentemente en Puntarenas, Miramar, Lagunas de Miramar,
Cambio de nombre Nº 75000
Que Herberth Morales Huertas,
cédula de identidad 6-0206-0524, en calidad de apoderado
generalísimo de Café Britt Costa Rica Sociedad Anónima,
solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Grupo
Cafe Britt, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-153905
por el de Café Britt Costa Rica Sociedad Anónima, presentada el
día 12 de octubre de 2011 bajo expediente 75000. El nuevo nombre afecta
a las siguientes marcas: 2005-0001283 Registro Nº 153408 BRITT
FANTASÍAS en clase 30 marca Denominativa y 2006-0005017 Registro
Nº 192037 BRITT COFFEE LOVER’S CLUB en clase 49 marca
denominativa. Publicar en
Cambio de nombre por fusión Nº 75108
Que José Antonio Gamboa
Vázquez, cédula
de identidad 1-461-803, en calidad de apoderado
especial de Wells Enterprises Inc., solicita a este Registro se anote la
inscripción de cambio de nombre de Well’s Dairy Inc., por el de
Wells Enterprises Inc., presentada el día 20 de octubre de 2011 bajo
expediente 75108. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1999-0006011
Registro Nº 124538 WELL’S BLUE BUNNY en clase
30 marca denominativa publicar en
Patentes
de Invención
AVISOS
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
El señor Gastón Baudrit Ruiz, mayor,
abogado, cédula número 1-599-078, vecino de San José, en
su condición de apoderado especial de Tibotec Pharmaceuticals, de
Irlanda, solicita
Para ver imagen
solo en
Inhibidores de la replicación del HCV, incluyendo las formas
estereoquímicamente isoméricas, y las sales, hidratos y solvatos
de dichos inhibidores. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados,
El
señor Gastón Baudrit Ruiz, cédula 1-599-078, mayor,
abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Janssen
Pharmaceutica NV, de Bélgica, solicita
Para ver imagen
solo en
La presente invención se relaciona con péptidos
nuevos que son antagonistas selectivos del receptor de la hormona de
liberación de corticotropina tipo 2 (CRHR2) y las composiciones de
éstos para el tratamiento, mejora o inhibición de afecciones
cardiovasculares. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados,
El
señor Gastón Baudrit Ruiz, cédula 1-599-078, mayor,
abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Janssen
Pharmaceutica N.V., de Bélgica, solicita
Para ver imagen
solo en
La presente invención comprende los compuestos de la
fórmula (I); en donde R1, R2, R3 y R4 son como se definió en la
descripción. La invención comprende, además, las
composiciones farmacéuticas que comprenden los compuestos de la
fórmula (I). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados,
El
señor Gastón Baudrit Ruiz, cédula 1-599-078, mayor de
edad, abogado, apoderado especial de Alza Corporation, de E.U.A., solicita
El
señor Gastón Baudrit Ruiz, mayor, abogado, cédula
número 1-599-078, vecino de San José, en su condición de
apoderado especial de Mentor Corporation de E.U.A., solicita
El señor Edgar Rohrmoser Zúñiga, cédula 1-617-586, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Eaton Corporation, de E.U.A., solicita el Modelo de Utilidad denominado: APARATO INTERRUPTOR ELÉCTRICO INCLUYENDO UN CIRCUITO DE PRUEBA DE CIRCUITO ABIERTO DE BOBINA DE DISPARO Y SISTEMA QUE INCLUYE AL MISMO.
Para ver imagen
solo en
Un disyuntor de circuito incluye contactos separables, un
mecanismo de operación estructurado para abrir y cerrar los contactos
separables y un circuito de disparo incluyendo una bobina de disparo y un
detector de fallas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados,
El
señor Gastón Baudrit Ruiz, mayor de edad, abogado, con
cédula de identidad número: 1-0599-0078, vecino de San
José, en su condición de apoderado especial de Respivert Limited,
de Inglaterra, solicita
El
señor Luis Pal Hededüs, mayor, abogado, cédula número
1-558-219, vecino de San José, en su condición de apoderado
especial de Transtech Pharma, Inc., de los Estados Unidos de América,
solicita
El
señor Ernesto Gutiérrez Blanco, mayor, abogado, cédula de
identidad número 1-848-886, vecino de San José, en su
condición de apoderado especial de Graceway Pharmaceuticals, LLC de los
Estados Unidos, solicita
El señor Ernesto Gutiérrez Blanco, mayor de edad, abogado, cédula de identidad número 1-848-886, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Sicpa Holding S. A., de Suecia, solicita el diseño industrial denominado TOALLA SANITARIA.
Para ver imagen
solo en
La presente invención se refiere a un dibujo industrial de
toalla sanitaria, totalmente diferente a las ya conocidas, caracterizada por su
forma, color y ornato que le dan aspecto totalmente peculiar y propio. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados,
La
señora María del Milagro Chaves Desanti, mayor de edad, abogada,
cédula de identidad número 1-626-794, vecina de San José,
en su condición de apoderada especial de Intra-Cellular Therapies Inc,
de Estados Unidos, solicita
El
señor Jorge Tristán Trelles, mayor, abogado, cédula
número 1-392-470, vecino de Santa Ana, en su condición de
apoderado especial de Hanmi Holdings Co., Ltd., de
El
señor Jorge Tristán Trelles, mayor, abogado, cédula de
identidad Nº 1-392-470, vecino de San José, en su condición
de apoderado especial de Hanmi Holdings Co., Ltd, de Corea, solicita
Para ver imagen
solo en
La presente invención se
relaciona con una composición farmacéutica sólida para la
prevención o tratamiento de desórdenes cardiovasculares que
comprenden amlopidina y losartan como ingredientes activos, y un desintegrante
el cual es una mezcla de por lo menos dos componentes seleccionados del grupo
consistente de glicolato de almidón de sodio, sodio de crucecarmelosa, y
crucepovidona, las cuales exhiben un nivel alto y estable de tasas de
disolución de amlodipina y el losartan. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
La
señora María del Milagro Chaves Desanti, cédula 1-626-794,
mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de apoderada especial de
Bridgestone Americas Tire Operations, LLC, de E.U.A., solicita
Para ver imagen
solo en
Una cubierta neumática
para uso con manipuladores de material telescópicos incluye una primera
varilla protectora de flanco concéntricamente continua, que se proyecta
radialmente hacia fuera desde el flanco y que esta localizada por enzima de un
punto medio del flaco. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados,
El
señor Jorge Tristán Trelles, cédula Nº 1-392-470,
mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de
Hanmi Holdings Co., Ltd., de Rep. de Corea, solicita
La
señora Silvia Salazar Fallas, mayor, abogada, cédula de identidad
número 1-0622-0930, vecina de Heredia, en su condición de
apoderada especial de
Para ver imagen
solo en
Un colector de orina portado por
el usuario, del tipo compuesto por una base con agujero para el pene fijada en
la región púbica del cuerpo mediante un arnés, provista de
una funda de recolección flexible para colocar el pene dentro de ella.
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados,
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
El señor Ernesto Gutiérrez
Blanco, mayor de edad, abogado, cédula de identidad número
1-848-886, vecino de San José, en su condición de apoderado
especial de Specialty Fertilizer Products, LLC, de Estados Unidos, solicita
El
señor Cristian Calderón Cartín, cédula 1-800-402,
mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de
Glaxosmithkline Biologicals S. A., de Bélgica, solicita
El
señor Cristian Calderón Cartín, cédula 1-800-402,
mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de Apoderado Especial de
Anacor Pharmaceuticals, Inc., de E.U.A., Glaxosmithkline LLC, de E.U.A.,
solicita
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
El Registro de
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones civiles
AVISOS
El Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido
para su inscripción la reforma del estatuto de la persona
jurídica cédula: 3-002-195024, denominación:
Asociación Administradora del Acueducto Rural de Pital de San Carlos.
Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de ias prescripciones que
establece
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido
para su inscripción
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido
para su inscripción el estatuto de la entidad denominada:
Asociación Iglesia Centro de Vida Cristiana Para
DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO
AVISOS
Que ante este Despacho la licenciada Theidyl Luccien Arias Chaves, cédula de identidad número 1-0911-0705, carné profesional número 11816, según expediente N° 11-000615-0624-NO, ha presentado solicitud de inscripción y habilitación para ejercer la actividad notarial, por lo que se solicita a las personas que conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de esta profesional, lo comuniquen a esta Dependencia dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación.—Curridabat, 16 de agosto del 2011.—Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno, Director Ejecutivo, a. í.—1 vez.—(IN2011087492).
DIRECCIÓN
DE GEOLOGÍA Y MINAS
SOLICITUD
DE EXPLOTACIÓN EN
CAUCE DE
DOMINIO PÚBLICO
EDICTO
En expediente Nº 13-2008 el señor
José Antonio Ortega Méndez, mayor, casado una vez, agricultor,
cédula 1-436-271, apoderado generalísimo de
Localización geográfica:
Sito en:
Hoja cartográfica:
Hoja cartográfica Tempisque, escala 1:50.000
del I.G.N.
Ubicación cartográfica:
Entre coordenadas generales:
267087.8042-267140.8963 Norte, 372585.3374-372567.485 Este límite aguas
arriba y 266895.0525-266848.5459 Norte, 373958.636-373961.0925 Este
límite aguas abajo.
Área solicitada:
Derrotero:
Coordenadas
del vértice Nº 1 267087.8042 Norte, 372585.3374 Este.
Línea |
Acimut |
Distancia (m) |
1-2 |
341°25’ |
56.01 |
2-3 |
72°32’ |
23.28 |
3-4 |
80°42’ |
78.08 |
4-5 |
72°55’ |
69.69 |
5-6 |
61°25’ |
109.25 |
6-7 |
62°37’ |
119.36 |
7-8 |
61°46’ |
110.66 |
8-9 |
63°48’ |
103.20 |
9-10 |
67°30’ |
68.20 |
10-11 |
90°37’ |
57.69 |
11-12 |
58°42’ |
61.56 |
12-13 |
96°17’ |
80.00 |
13-14 |
115°04’ |
48.85 |
14-15 |
129°33’ |
53.40 |
15-16 |
140º03’ |
35.06 |
16-17 |
157°04’ |
59.49 |
17-18 |
186°32’ |
124.27 |
18-19 |
174°29’ |
88.42 |
19-20 |
173°47’ |
88.48 |
20-21 |
151°15’ |
10.17 |
21-22 |
127°27’ |
92.70 |
22-23 |
120°52’ |
85.94 |
23-24 |
97°58’ |
106.10 |
24-25 |
87°35’ |
84.42 |
25-26 |
80°53’ |
105.01 |
26-27 |
176°59’ |
46.57 |
27-28 |
264°15’ |
103.65 |
28-29 |
265°01’ |
89.20 |
29-30 |
275°16’ |
121.04 |
30-31 |
303°00’ |
107.95 |
31-32 |
313°24’ |
102.92 |
32-33 |
339°21’ |
104.93 |
33-34 |
3°00’ |
104.59 |
34-35 |
7°52’ |
112.67 |
35-36 |
346°43’ |
26.93 |
36-37 |
323°16’ |
38.78 |
37-38 |
301°51’ |
50.12 |
38-39 |
286°32’ |
27.01 |
39-40 |
265°38’ |
78.81 |
40-41 |
258°43’ |
39.01 |
41-42 |
253°26’ |
110.26 |
42-43 |
241°45’ |
106.50 |
43-44 |
251°48’ |
106.69 |
44-45 |
227°48’ |
60.38 |
45-46 |
244°44’ |
50.89 |
46-47 |
248°17’ |
103.81 |
47-48 |
242°01’ |
46.01 |
48-49 |
250°34’ |
57.41 |
49-1 |
257°30’ |
86.37 |
Edicto basado en la solicitud inicial aportada el
27 de octubre del 2008, área y derrotero aportados el 27 de octubre del
2008. Con quince días hábiles de término, contados a
partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos
mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.—San
José, siete de octubre del dos mil once.—Registro Nacional
Minero.—Lic. Rosa María Ovares Alvarado,
Jefa.—(IN2011087132).
2 v. 1. Alt.
DIRECCIÓN
DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp. 14917P.—Condominio
Horizontal Residencial Vista Los Sueños, solicita concesión de:
Exp.
14919P.—Condominio Vistas de
Exp. 14918P.—Condominio Residencial Vertical
del Lago, solicita concesión de:
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. 5135A.—Pradera
Sancarleña S. A., solicita concesión de:
Exp.
Nº 14621P.—Pony Internacional Inverstment CR S. A., solicita
concesión de:
Exp.
Nº 14909P.—Ocean Sunset View O S V S. A., solicita concesión
de:
Exp.
14892A.—Alfredo Romero Martínez, solicita concesión de:
Exp.
Nº 14922A.—Sociedad de Usuarios de Agua Aproflor Llano Grande de
Cartago, solicita concesión de:
Exp.
14914P.—Vestidos Elegantes S. A, solicita concesión de:
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. 14895A.—Sociedad de Usuarios de Agua Mantas, solicita
concesión de:
Exp. 14927A.—Francisco José Valverde
Jiménez, solicita concesión de:
Exp.
14928A.—Chumax S. A., solicita concesión de:
Exp.
14897P.—Noilyn Annette González Rojas, solicita concesión
de:
Exp.
14921P.—Millenium Venture Investments MVI S. A., solicita
concesión de
Exp.
14920P.—Lighthouse Consulting Support Services S.A., solicita
concesión de:
Exp.
14913A.—Murillo Castro S. A., solicita concesión de:
Girar a
la orden de los interesados los presentes montos señalados en los Acuerdos de Pago
numerados del 1783-2011 al 1866-2011, por la suma líquida de ¢1.813.615.295,87;
para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargo a las
respectivas partidas del presupuesto. El detalle de dichos pagos puede ser
consultado en la siguiente dirección electrónica:
http://www.poder-judicial.go.cr/fico/Publicación_acuerdos_de_pago.html.
San José, 2 de noviembre
del 2011.—Departamento Financiero Contable.—Lic. Nacira Valverde
Bermúdez, Jefa.—MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins, Subdirectora
Ejecutiva.—1 vez.—O. C. Nº
12288.—C-7820.—(IN2011087535).
N° 12-2011
Con fundamento en lo establecido
en los incisos 10) del artículo 102 de
DECRETA:
La siguiente
“REFORMA AL INCISO 1) DEL ARTÍCULO
5º DEL REGLAMENTO
SOBRE EL PROCEDIMIENTO RELATIVO A LAS DENUNCIAS
POR ACOSO U HOSTIGAMIENTO SEXUAL EN EL
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES”
Artículo
único.—Refórmase el inciso 1) del artículo 5º
del “Reglamento sobre el procedimiento relativo a las denuncias por
acoso u hostigamiento sexual en el Tribunal Supremo de Elecciones”,
Decreto Nº 04-2011, publicado en
“1. Una vez recibida la denuncia y
dentro del mes siguiente, el órgano director del procedimiento
notificará el traslado de cargos a la persona denunciada,
señalando en el mismo acto la fecha y hora para la celebración de
la audiencia oral y privada, para efectos de que ejercite su derecho de
defensa, pudiendo en el transcurso del plazo entre el señalamiento y la
celebración de la audiencia, así como en el mismo acto, proponer
la prueba que estime pertinente para el mejor ejercicio de su defensa.
También hará de conocimiento de las partes involucradas, su
derecho de contar con la representación y el apoyo emocional o
psicológico que estime pertinente, casos en los cuales no es necesaria
la profesionalidad en la materia. Se indicará a las partes en la misma
resolución sobre la notificación que se hará a
Rige a partir de su
publicación en el Diario Oficial.
Dado en San José, al
primer día del mes de noviembre del año dos mil once.
Luis
Antonio Sobrado González, Magistrado.—Eugenia María Zamora
Chavarría, Magistrada.—Max Alberto Esquivel Faerron,
Magistrado.—1 vez.—O. C. Nº 13034.—Solicitud Nº
3170-11.—C-33135.—(IN2011087464).
Registro Civil-Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp.
Nº 39161-2010.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos. San José, a las ocho horas treinta minutos del seis de
julio del dos mil once. Diligencias de ocurso presentadas por, Ricardo
Otárola Salazar, mayor, casado, operario industrial, costarricense,
cédula de identidad número tres-trescientos
veintiséis-doscientos treinta y ocho, vecino de Juan Viñas,
Jiménez, Cartago; tendente a la rectificación de su asiento de
nacimiento..., en el sentido que la fecha de nacimiento de la persona
ahí inscrita es “diez de agosto de mil novecientos setenta y
tres”. Conforme lo señala el artículo 66 de
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Exp.
Nº 18738-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de
Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas del veinticinco
de agosto del dos mil once. Diligencias de ocurso presentadas por José
Alberto Mora Méndez, mayor, soltero, costarricense, cédula de
identidad número tres-trescientos catorce-ochocientos setenta y cuatro,
vecino de Cot, Oreamuno, Cartago; tendente a la rectificación de su
asiento de nacimiento..., en el sentido que la fecha de nacimiento del mismo es “nueve de junio de mil novecientos
setenta”. Conforme lo señala el artículo 66 de
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Exp. 25196-2003.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Oficina de Actos
Jurídicos.—San José, a las quince horas del
veintitrés de octubre del dos mil tres. Diligencias de ocurso incoadas
por Marlene Carmona Rosales, mayor, costarricense, cédula de identidad
número seis-doscientos noventa y ocho-cero treinta y cuatro, vecina de
Osa, Puntarenas, tendente a la rectificación del asiento de nacimiento
del menor Keiner Arias Carmona que lleva el número trescientos cuarenta
y ocho, folio ciento setenta y cuatro, tomo cuatrocientos veintidós de
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Juliana Pastora González
Jarquín, ha dictado una resolución que en lo conducente dice:
Resolución Nº 1945-2011.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las nueve horas treinta minutos del
veinticinco de agosto del dos mil once. Ocurso. Exp. N° 18344-2011.
Resultando: 1º—..., 2º—… 3º—…
Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados,
… III.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquese el
asiento de nacimiento de Yader Aristides Sánchez González...; en
el sentido que el nombre y el segundo apellido de la madre de la persona
ahí inscrita son “Juliana Pastora” y “Jarquín”
respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor
Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2011087020).
Se
hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por María
Isabel Maradiaga Carrasco, ha dictado una resolución que en lo
conducente dice: Resolución Nº 657-10.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las quince horas del tres de mayo
del dos mil diez. Exp. Nº 5067-04. Resultando 1.-..., 2.-..., 3.-...
Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Hechos no Probados:..., III. Sobre el
Fondo:... Por Tanto: rectifíquense los asientos de nacimiento de
Víctor José Maradiaga López... y el de Katherin Pamela
Maradiaga López..., en el sentido que el segundo apellido de la madre de
las personas ahí inscritas es “Carrasco”.—Lic. Marisol
Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a.
í.—1 vez.—(IN2011087557).
Se
hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Marisela de
los Ángeles Martínez Flores, ha dictado una resolución que
en lo conducente dice: Resolución Nº 893-10. Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las once horas treinta minutos del
primero de junio del dos mil diez. Ocurso. Expediente Nº 46746-09.
Resultando: 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:...
II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:... Por tanto:
Rectifíquese el asiento de nacimiento de Fabián Andrés
Reyes Martínez..., en el sentido que el nombre de la madre de la persona
ahí inscrita es “Marisela de los Ángeles” y no como
se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora
General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í..—1
vez.—(IN2011087829).
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIÓN
Avisos
de solicitud de naturalización
Noel Bermúdez Tercero, mayor, soltero,
operario industrial, nicaragüense, cédula de residencia
155807293521, vecino de Heredia, expediente 1531-2010. Se ha presentado a este
Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los
artículos 11 y 12 de
Lisett
Cruz Cabrera, mayor, casada, oficinista, cubana, cédula de residencia
119200309026, vecina de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante
María
Isabel Ibarra Tablada, mayor, soltera, representante comercial,
nicaragüense, cédula de residencia 155802535628, vecina de San
José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense
ante
María
Elena Tablada Renner, mayor, soltera, del hogar, nicaragüense,
cédula de residencia 155800030232, vecina de San José, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
Rommel
Gasca Carrillo, mayor, soltero, comerciante, colombiano, cédula de
residencia 117000858804, vecino de San José, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante
Luis
Alberto Pineda Cabrera, mayor, soltero, estudiante, peruano, cédula de
residencia 160400050529, vecino de San José, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante
María
Ismenia Ríos Ossa, mayor, soltera, administradora de empresas,
colombiana, cédula de residencia 117000496111, vecina de San
José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense
ante
Elizabeth
Suárez Blázquez, mayor, soltera, estudiante, cubana,
cédula de residencia 119200186922, vecina de Heredia, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
Chia
Ming Liu Kuan, mayor, soltero, empresario, chino, cédula de residencia
11580000062, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante
Miguel
Antonio Veluz Ortega, mayor, soltero, técnico en redes,
nicaragüense, cédula de residencia 155803206423, vecino de Cartago,
ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
Aracely
Yamileth Cano Meléndez, mayor, soltera, cajera, nicaragüense,
cédula de residencia 155811589719, vecina de Guanacaste, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
Juan
Carlos Solano Potosme, mayor, soltero, operador, nicaragüense,
cédula de residencia 155808663611, vecino de Heredia, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
John
Farley Santamaría Gañan, mayor, soltero, salonero, colombiano,
cédula de residencia 117000089120, vecino de San José, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
Lawrence
Davenport Huntington Knowles, mayor, viudo, pensionado, estadounidense,
cédula de residencia Nº 18400003894, vecino de Alajuela, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
Juan
Carlos Kussmaul Córdoba, mayor, soltero, técnico en
computación, colombiano, cédula de residencia Nº
117001349805, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener
la nacionalidad costarricense ante
Adela
Antonia Díaz Izquierdo, mayor, soltera, comerciante, nicaragüense,
cédula de residencia Nº 155807693726, vecina de San José, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
Jorge
Luis Martínez Martínez, mayor, casado, ingeniero mecánico,
cubano, cédula de residencia Nº 315-183498-005-16, vecino de
Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense
ante
Martha
Elena Grajales Molina, mayor, casada, comerciante, colombiana, cédula de
residencia Nº 117000575111, vecina de Heredia, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
El Departamento de
Proveeduría invita a todos los potenciales proveedores interesados en
participar en los siguientes procedimientos:
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000103-PROV
Remodelación, cambio de mobiliario y divisiones
livianas
del Departamento de Servicios Generales
Fecha y hora de apertura: 21 de
noviembre del
LICITACIÓN ABREVIADA 2011LA-000090-PROV
Remodelación del Departamento de Prensa y
Comunicación
en el Edificio Anexo B
Fecha y hora de apertura: 21 de
noviembre del
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000089-PROV
Compra de cuatro elevadores móviles
tipo
oruga para cumplir con
Fecha y hora de apertura: 21 de noviembre del
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000028-PROV
Contratación
de servicios médicos bajo la modalidad de hora
profesional
para servidores judiciales del II Circuito Judicial
de
Guanacaste, sede Santa Cruz y por consulta individual para
servidores judiciales de Siquirres
Fecha y hora de apertura: 5 de diciembre del
Los carteles se pueden obtener
sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los
interesados deben dirigirse al Proceso de Adquisiciones del Departamento de
Proveeduría; sita en el 3° piso del edificio Anexo B, ubicado en la
esquina formada entre calle 15, avenida 6, San José; o bien, obtenerlos
a través de Internet, en la dirección htttp://www.poder-judicial.
go.cr/proveeduria o solicitar el envío del
correspondiente archivo por correo electrónico a la siguiente
dirección: jjimenezco@poder-judicial.go.cr, respectivamente. En este
último caso, de no atenderse su solicitud en las 24 horas hábiles
siguientes a su requerimiento, deberá comunicarse tal situación a
los teléfonos 2295-3623 ó 2295-3295.
San José, 9 de noviembre
del 2011.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares
Leitón, Jefa.—1 vez.—(IN2011088769).
GERENCIA DE LOGÍSTICA
DIRECCIÓN DE APROVISIONAMIENTO
DE
BIENES Y SERVICIOS
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
CONCURSO Nº 2011LN-000030-5101
42.000 UD bolsas para nutrición enteral
Se informa a los interesados que
está disponible en la fotocopiadora del Piso Comercial, Edificio Anexo
CCSS el cartel de
Ítem único:
42.000 UD bolsas para nutrición enteral.
Apertura de ofertas para el
día 23 de diciembre de
San José, 14 de noviembre
del 2011.—Argentina Araya Jara, Jefa Subárea de Carteles.—1
vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº
32692.—C-10940.—(IN2011088630).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000002-ARESEP
Contratación de servicios de aseo y limpieza
Las especificaciones técnicas y las
condiciones generales, que forman parte de esta licitación, pueden ser
accesadas en el link de la dirección electrónica,
http://www.aresep.go.cr/cgi-bin/index.fwx?area=04&cmd=servicios&id=5590&sub=1415.
Para mayor información pueden llamar
al teléfono 2506-3237 y 2506-3239, o a los correos electrónicos
jromero@ aresep.go.cr., fjaubert@aresep.go.cr.
San José, 7 de noviembre
del 2011.—Jorge Romero Vargas, Proveedor Institucional.—1
vez.—O.C. Nº 6034-11.—Solicitud Nº
36362.—C-16130.—(IN2011088686).
MUNICIPALIDAD
DE BUENOS
AIRES
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2011LN-000002-01
Contratación de servicios profesionales (abogados externos)
para
realizar trámites de cobro judicial
Buenos Aires, 14 de noviembre
del 2011.—Lic. Alban Serrano Siles, Proveedor.—1
vez.—(IN2011088677).
JUNTA
DE EDUCACIÓN FINCA
CONTRATACIÓN
DIRECTA 01-2012
Contratación
para la compra de alimentos
programa de comedores
escolares PANEA
El cartel de Licitación se estará entregando del 29 de
noviembre al 30 de noviembre de 2011.
Los documentos se recibirán en la institución del 06 de
diciembre al 08 de diciembre de 2011.
Gerardo Ríos Sánchez.—1
vez.—(IN2011088619).
JUNTA DE EDUCACIÓN ESCUELA MIGUEL
OBREGÓN
LIZANO, TIBÁS, SAN JOSÉ
CONTRATACIÓN DIRECTA 01-2011
Contratación para la compra de alimentos programa de
comedores
escolares DANEA y concesión de la soda,
ayudante
de cocina y mantenimiento
Los documentos se retirarán y
recibirán en la institución, informes al 2235-3582 o
juntaescuelamiguelobregonlizano@hotmail.com.
Lic. Marvin
Jaén Guzmán, Director.—1 vez.—(IN2011088689).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000110-78300
Compra de útiles y materiales de resguardo y seguridad
Empresa adjudicada |
Posición |
Cantidad |
Valor unitario |
Total por línea |
Aldo Inglesini Zeledón |
17 |
464 |
$850,00 |
$394.400,00 |
Total adjudicado |
$394.400,00 |
Se les comunica a los
interesados que
San José, 4 de noviembre
del 2011.—Angie Ordóñez Bogarín, Subproveedora
Institucional.—1 vez.—O.C. Nº 12288.—Solicitud Nº
16723.—C-8690.—(IN2011088678).
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
Se comunica a todos los
interesados en el procedimiento de contratación de referencia, que por
acuerdo del Consejo Superior del Poder Judicial en sesión 94-11
celebrada el día 8 de noviembre del 2011, artículos V, X y XI, se
dispuso adjudicar las licitaciones que se dirán de la siguiente forma:
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-000002-PROV
Precalificación
de empresas para contratar los servicios
de enderezado, pintura y
reparaciones mecánicas
para los vehículos del
Poder Judicial
1. A Tecno Carrocerías Ebenezer S. A., cédula
jurídica 3-101-317755 y Reitt S. A., cédula jurídica
3-101-230620, para la prestación de los servicios de enderezado,
pintura y reparaciones mecánicas para los vehículos del Poder
Judicial, en el Área Metropolitana (San José, Cartago, Alajuela y
Heredia) y que han sido objeto de percance.
2. A Inversiones y Transportes Tres B S.
A., para la prestación de los servicios de enderezado, pintura y
reparaciones mecánicas para los vehículos del Poder Judicial, en
la localidad de Pérez Zeledón (Golfito Corredores y Osa) y que
han sido objeto de percance.
Demás características y
condiciones según cartel.
Adicionalmente dispuso declarar
infructuosas las líneas de Liberia, Guápiles, Puntarenas y San
Carlos.
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2010LA-000064-PROV
Construcción de salas de juicio de
los
Tribunales de Justicia de Cartago
A: Consorcio Deco-Deco
Alquileres.—(Oferta Nº 6)
Línea 1:
Construcción de las salas de juicio de los Tribunales de Justicia de
Cartago. Demás especificaciones técnicas y
características, según cartel.
Precio total: ¢131.602.131,22.
Demás características y
condiciones según cartel.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000038-PROV
Contratación de consultoría para la elaboración
de los perfiles
profesionales
para fines de selección que deben ser aplicados
a
las Juezas y Jueces de
A: Tatum Global Consulting
Centro América S. A., cédula jurídica Nº 3-101-515642
La contratación de
consultoría para la elaboración de los perfiles profesionales
para fines de selección que deben ser aplicados a las Juezas y Jueces de
Demás características y
condiciones según cartel.
San José, 9 de noviembre
del 2011.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares
Leitón, Jefa.—1 vez.—(IN2011088770).
LICITACIÓN ABREVIADA 2011LA-000007-01
Adquisición de equipo de comunicación
El Patronato Nacional de
Línea |
Cantidad |
Descripción |
Monto |
1 |
12 |
Router Cisco
2901-VSEC-SRST/k9 (incluye instalación y configuración para un
equipo). |
$42.604.68 |
2 |
8 |
Switch capa 2
con PoE de 24 puertos 10/100 y 2 10/100/1000 Cisco Catalyst WS-C2960-24TTL
(incluye instalación y configuración para un equipo). |
$7.562.68 |
3 |
1 |
Contrato con
el fabricante (smartnet) de 24x7x4 para Router 3845 del PANI por 3
años. |
$6.587.67 |
4 |
1 |
Contrato con
el fabricante (smartnet) de 24x7x4 para ASA 5520 del PANI por 2 años
(smartnet). |
$2.632.50 |
5 |
1 |
Switch capa 3
con PoE de 48 puertos 10/100 y 2 slots para SFPs con 2 SFP 1000BaseT Cisco Catalyst
WS-C3560V2-48PS-S (incluye instalación y configuración para un
equipo). |
$4.691.95 |
Total $64.079.48
Se concede el plazo que
establece
San José, 09 de noviembre
del 2011.—Guiselle Zúñiga Coto, Coordinadora, Departamento
de Suministros, Bienes y Servicios.—1 vez.—O. C.
34028.—(Solicitud Nº 46476).—C-7020.—(IN2011088785).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000008-01
Adquisición de computadoras, impresoras y fuentes de poder
El Patronato Nacional de
Se adjudica la línea Nº 1 al
oferente Nº 7 Central de Servicios PC S. A., cédula
jurídica 3-101-096527 por un monto total de $91.420,00
dólares US.
Las líneas Nos. 1 y 2 al oferente
Nº 6 Telecomunicaciones Radiodigitales S. A., cédula
jurídica 3-101-049635 por un monto total de $59.998,60
dólares US.
Se concede el plazo que establece
San José, 9 de noviembre
del 2011.—Departamento de Suministros, Bienes y Servicios.—Guiselle
Zúñiga Coto, Coordinadora.—1 vez.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº
46474.—C-1820.—(IN2011088786).
LICITACIÓN
PÚBLICA 2011LN-000002-IMAS
Contratación
de servicios de aseo y limpieza
para varias oficinas
del IMAS
Se comunica a los interesados en la
licitación de referencia, que mediante Acuerdo del Consejo Directivo
CD-529-2011, Acta Nº 081-2011 del 07 de noviembre del 2011, se adjudica la
licitación referida, según el siguiente cuadro:
Línea N° |
Descripción |
Adjudicatario |
Monto mensual |
Monto anual |
1 |
ARDS Huetar Atlántica |
Eprosal |
¢419.214,30 |
¢5.030.571,60 |
2 |
ULDS Sarapiquí |
Eprosal |
¢419.214,30 |
¢5.030.571,60 |
3 |
ULDS Upala |
Eprosal |
¢379.487,80 |
¢4.553.853,60 |
4 |
ULDS Los Chiles |
Eprosal |
¢379.487,80 |
¢4.553.853,60 |
5 |
ULDS Guatuso |
Eprosal |
¢419.214,30 |
¢5.030.571,60 |
6 y 8 |
Casa
Esquinera y Casa Rotonda |
Eprosal |
¢439.960,34 |
¢5.279.524,08 |
7 |
Edificio Central y Anexo |
Eprosal |
¢4.270.782,76 |
¢51.249.393,12 |
9 |
ARDS Cartago |
Eprosal |
¢379.487,80 |
¢4.553.853,60 |
10 |
ULDS Limón |
Eprosal |
¢419.214,30 |
¢5.030.571,60 |
11 |
Archivo Central |
Mutiasa |
¢253.642,10 |
¢3.043.705,20 |
12 |
ULDS Siquirres |
Eprosal |
¢419.214,30 |
¢5.030.571,60 |
13 |
ULDS Talamanca |
Eprosal |
¢379.487,80 |
¢4.553.853,60 |
14 |
Local Avancemos |
Mutiasa |
¢253.642,10 |
¢3.043.705,20 |
15 |
ULDS Quepos |
Mutiasa |
¢241.261,96 |
¢2.895.143,52 |
16 |
ULDS Jicaral |
Mutiasa |
¢241.261,96 |
¢2.895.143,52 |
17 |
ULDS Paquera |
Mutiasa |
¢253.642,10 |
¢3.043.705,20 |
18 |
ULDS Liberia |
Eprosal |
¢419.214,30 |
¢5.030.571,60 |
Totales |
¢9.987.430,32 |
¢119.849.163,84 |
Monto total adjudicado: ¢119.849.163,84 (ciento diez y nueve millones
ochocientos cuarenta y nueve mil ciento sesenta y tres colones con 84/100).
Se les recuerda a los adjudicatarios que de conformidad con lo solicitado
en el cartel, debe rendir Garantía de Cumplimiento equivalente al 10%
(diez por ciento) del monto total adjudicado, en un plazo de 5 días
hábiles siguientes a la firmeza del acto de adjudicación.
San José, 8 de noviembre del
2011.—Área de Proveeduría Institucional.—MBA.
Ramón Alvarado G., Proveedor Institucional.—1
vez.—(IN2011088369).
MUNICIPALIDAD
DE MORAVIA
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2011LN-000001-01
Compra
de dos camiones recolectores de desechos sólidos
Se les comunica a los interesados en el presente
concurso, que mediante acuerdo Nº 935-2011 de la sesión ordinaria
Nº 80 del 7 de noviembre del 2011, se adjudicó la presente
licitación a la empresa Autostar Vehículos S. A.,
por cumplir las especificaciones legales, técnicas y obtener la mayor
calificación. Monto de la oferta: $382.000,00. Tiempo de entrega: 150
días naturales. Forma de pago: 30 días naturales.
Moravia, 9 de noviembre del 2011.—Jorge
Mesén Solórzano, Proveedor Municipal.—1
vez.—(IN2011088642).
MUNICIPALIDAD DE BARVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000001-01
Contratación de recolección, transporte,
disposición
y
tratamiento final de los desechos sólidos del cantón de Barva
A los interesados en
Línea |
Proveedor |
Monto adjudicado |
1 |
Recolectora Alajuelense de Basura S. A. |
¢131.779.986,19 |
Barva, 9 de noviembre del 2011.—Lic.
Yesael Molina Vargas, Proveedora Municipal.—1 vez.—(IN2011088807).
MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES
LICITACIÓN
PÚBLICA NACIONAL 2011LN-000001-01
Transcribo acuerdo de
Se acuerda: adjudicar
Buenos Aires, 8 de noviembre del 2011.—Lic.
Alban Serrano Siles, Proveedor.—1 vez.—(IN2011088673).
REFINADORA
COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011 LA-000032-02
Contratación de los servicios de mano de obra, materiales y
equipo
para
la construcción de cuarto eléctrico en el Plantel
Se informa que el concurso en
referencia, fue adjudicado según oficio GG-1064-2011 de
Oferta N°: |
UNO (1) |
Oferente: |
CONSORCIO INGENIERIA AGRÍCOLA Y DE MANTENIMIENTO ELECTROMECÁNICO S. A. - EYSA EQUIPOS Y SERVICIOS INDUSTRIALES DEL ATLÁNTICO S. A. |
Representante legal |
ÁLVARO LORÍA
CORELLA, MICHELLE LORÍA COTO |
Monto total: |
¢419.708.715,36
COMPONENTE LOCAL $237.300,00
COMPONENTE IMPORTADO Y $5.424,00 DE
REPUESTOS RECOMENDADOS PARA LOS DOS PRIMEROS AÑOS. |
Descripción: |
CONTRATACIÓN
DE LOS SERVICIOS DE MANO DE OBRA, MATERIALES, HERRAMIENTAS Y EQUIPO PARA EL
DISEÑO, CONSTRUCCIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE UN
ÁREA DE MAMPOSTERÍA CONFINADA QUE FUNCIONARÁ COMO CUARTO
ELÉCTRICO DEL CENTRO DE CONTROL DE MOTORES DEL PLANTEL |
|
DEMÁS
ESPECIFICACIONES CONFORME A |
Forma de pago: |
MENSUAL DE ACUERDO
AL AVANCE DE LOS TRABAJOS. TRATANDOSE DE MONEDA EXTRANJERA, SERÁ
FACULTATIVO PARA RECOPE REALIZAR LOS PAGOS EN COLONES, EN CUYO CASO SE
UTILIZARÁ EL TIPO DE CAMBIO DE REFERENCIA DE VENTA QUE REPORTE EL
BANCO CENTRAL DE COSTA RICA AL MOMENTO DE HACERSE EFECTIVO EL PAGO. RECOPE RETENDRÁ UN 10% DEL MONTO TOTAL
DE EL MECANISMO
DE PAGO SERÁ ¢300.000.000,00 POR CARTA DE CRÉDITO Y EL
MONTO RESTANTE MEDIANTE TRANSFERENCIA BANCARIA. |
Tiempo de entrega: |
EJECUCION:
CIENTO CINCUENTA (150) DÍAS NATURALES. -REQUISITOS
PREVIOS: VEINTE (20) DÍAS NATURALES EL CONTRATISTA. -CONDICIONES
CLIMÁTICAS ADVERSAS: VEINTE (20) DIAS NATURALES. |
Lugar de entrega |
PLANTEL |
NOTAS IMPORTANTES:
1. El adjudicatario dispondrá de diez (10) días
hábiles contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación
para rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, por un monto
del diez por ciento (10%) del total adjudicado y con una vigencia mínima
de tres (3) meses adicionales a la fecha probable de recepción
definitiva del objeto del contrato, debiendo considerar dentro de la vigencia
los días establecidos en el Capítulo 5 del cartel por condiciones
climáticas adversas y requisitos previos.
2. El presente concurso se
formalizará con el respectivo pedido que será aprobado por
3. En lo que respecta al monto adjudicado
por concepto de componente importado y repuestos, de conformidad con el
artículo 2.13 y 2.14 del cartel se considera que a dichos rubros
encuentran incorporados todos los impuestos de ley aplicables para poder ser
entregados e instalados en el Plantel
San José, 8 de noviembre
del 2011.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora-Dirección
de Suministros.—1 vez.—O. C. Nº 2011-3597.—Solicitud
Nº 31543.—C-(IN2011088595).
DIRECCIÓN TÉCNICA DE BIENES Y SERVICIOS
COMUNICAN:
Que en atención a los
oficios AMTC-3110-10-2011 del Área de Medicamentos y Terapéutica
Clínica y el oficio SIEI-02084-2011 de
Código |
Descripción medicamento |
Observaciones |
1-1012-3985 |
Factor VIIa (rFVIIa) recombinante 1,2 mg (60 KUI) Polvo liofílizado estéril. Frasco ampolla. Con diluente (2,2 mL de agua estéril para inyección FEU). Ampolla o Frasco ampolla. Con equipo para inyección |
Versión 54906 Rige a partir de su publicación |
1-10-50-6865 |
Fórmula
Nutrición, de hipoalergénica a base de aminoácidos:... |
Versión 50002 Rige a partir de su publicación |
Estas fichas técnicas se encuentran disponibles en
Área de Planificación de Bienes
y Servicios.—Lic. William
Vargas Chaves, Mass, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº
1143.—Solicitud Nº 37136.—C-7420.—(IN2011087817).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2011LN-000028-01
(Aclaración
Nº 1)
Construcción de edificio para Sucursal de Liberia
y
Dirección Regional Guanacaste-Puntarenas
del
Banco Nacional de Costa Rica
Se comunica a los interesados en
• Deben pasar a recoger en esta Proveeduría
la aclaración Nº l de la licitación de cita oficio
CM-2887-2011, suscrito por el Departamento de Construcción y
Mantenimiento, en el cual se realiza aclaraciones sobre el cartel y planos.
Las demás condiciones del
cartel permanecen invariables.
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
CONCURSO Nº 2009LN-000027-1142
(Aviso
Nº 40)
Pruebas bioquímicas efectivas automatizadas
Se informa a todos los
interesados en participar en el concurso antes mencionado que se está a
la espera de la respuesta por parte de
El resto del cartel permanece
invariable.
San José, 14 de noviembre
del 2011.—Argentina Araya Jara, Jefa Subárea de Carteles.—1
vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 32693.—C-9380.—(IN2011088629).
MUNICIPALIDAD
DE ESCAZÚ
ACLARACIÓN
Se
comunica a los potenciales oferentes, cuya invitación a participar se
publicó en el Diario Oficial
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2011LN-000015-01
Adquisición de
servidores y contratación del servicio
de diseño y
ampliación de la red interna municipal
_____
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-000016-01
Contratación
de servicio de gerencia de proyectos
Además, según lo indicado en el
Artículo N° 60 del Reglamento a
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-000011-01
Construcción
de muros de retención en el cantón de Escazú
Se recibirán ofertas hasta las ocho horas
del día martes veintinueve de noviembre del dos mil once.
_____
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-000012-01
Construcción
de aceras y obras complementarias
en el cantón
de Escazú
Se recibirán
ofertas hasta las diez horas del día martes veintinueve de noviembre de
dos mil once.
Todas las demás condiciones permanecen invariables.
Proveeduría.—Cira Castro
Myrie.—1 vez.—O. C. Nº
32294.—Solicitud Nº 35061.—C-10820.—(IN2011088373).
MUNICIPALIDAD DE BAGACES
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2011LN-000001-P02
Compra
de terreno para campo ferial
en Fortuna de Bagaces
Se comunica a los oferentes del proceso de
Licitación Pública N° 2011LN-000001-P02, correspondiente a la
compra de terreno para campo ferial en Fortuna de Bagaces. Que el plazo para
adjudicar ofertas se estará prorrogando por un tanto igual al
establecido.
Luis A. Rojas Madrigal, Alcalde Municipal.—1
vez.—(IN2011088663).
Se comunica que por error se le asignó un número erróneo al proceso de licitación para compra de terreno para campo ferial en Fortuna de Bagaces, por tanto debe de entenderse que el número correcto del proceso 2011LA-000005-P02 corresponde a Licitación Pública 2011LN-000001-P02.
Fabiola Rojas Chaves,
Proveedora.—1 vez.—(IN2011088667).
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011 LN-000002-CL01
Compra, colocación y compactación de
material
(Base Granular Graduación C)
El Departamento de
Proveeduría de
1- El monto presupuestado para realizar este trabajo es de
¢183.034.700 exactos (ciento ochenta y tres millones treinta y cuatro mil
setecientos colones).
2- Se aclara que el objeto a contratar una
empresa para la compra de base granular y el acarreo, la cual deberá
cumplir con las especificaciones de base graduación C, indicadas en el
CR-2010, y alquiler de maquinaria para la colocación de esta.
Nota: La base a utilizar es Base
Granular Graduación C, según tabla 703-6 del CR - 2010.
3- La lista de Código de Caminos a intervenir son las
presentes en el cartel y son las siguientes:
|
CAMINO |
CÓDIGO |
|
|
DESDE |
HASTA |
|
1 |
(Ent. C.017) Santa Rosa |
(Ent. C.211) Foresta |
7-02-015 |
2 |
(Ent. N.247) Campo Dos |
(Ent. C.552) Asentamiento Fortuna |
7-02-025 |
3 |
(Ent. N.247) Palmitas |
(Ent. C.183) Canta Gallo |
7-02-037 |
4 |
(Ent. C.364) Santa Rosa |
(Ent. C.249) |
7-02-039 |
5 |
(Ent. N.249) |
(Ent. C.364) Santa Rosa |
7-02-039 |
6 |
(Ent. N.814)
Cuatro Esquinas Palacios |
Finca |
7-02-464 |
7 |
(Ent. C.464) Cuatro Esquinas |
Línea |
7-02-474 |
8 |
(Ent. C.534) Sagrada Familia |
(Ent. C.247) Rancho San Miguel |
7-02-535 |
9 |
(Ent. C.032) Campo Cuatro |
(Ent. C.025) Campo Dos |
7-02-160 |
10 |
(Ent. C.021) Campo Cinco |
(Ent. C.032) Campo Cuatro |
7-02-159 |
11 |
(Ent. N.247)
Puente Río Tortuguero |
(Ent. C.209)
Plaza de Sagrada Familia |
7-02-531 |
12 |
(Ent. N.247) Campo Cinco |
Río Tortuguero |
7-02-021 |
13 |
(Ent. N.249) Ticaban |
(Ent. C.442) Porvenir Ticaban |
7-02-016 |
14 |
(Ent. N.247) Campo Cuatro |
Río Tortuguero |
7-02-032 |
4- La base debe contar con el ancho y longitud que se indique por
el ingeniero de
5- A continuación se aclara el cuadro de actividades de
izquierda a derecha, de la siguiente manera:
• Código: es el código del camino a
intervenir.
• Km: es la longitud que se va
a intervenir del camino.
• KM Acarreo: es la distancia
de acarreo tomada desde el inicio de cada proyecto hasta el cruce de Río
Frío.
• Actividad 1 conformación y limpieza de cuentas: es la distancia
de kilómetros que se deben de conformar y limpiar las cunetas.
• Costo Unitario Actividad 1,
conformación y limpieza de cunetas: es el costo de un kilómetro
de esta actividad.
• Costo Total Actividad 1,
conformación y limpieza de cunetas: es el costo total de esta actividad
de acuerdo a los kilómetros que hay que realizar esta actividad.
• Actividad 2, carga y acarreo
del material: consiste en los metros cúbicos que se deben de cargar y
acarrear a cada proyecto.
• Costo Unitario Actividad 2,
carga y acarreo del material: es el costo unitario de cargar y acarrear un
metro cúbico de material por Km.
• Costo Total Actividad 2,
carga y acarreo del material: es el costo total de cargar y acarrear el
material destinado al camino.
• Actividad 3,
colocación, conformación y compactación del material:
consiste en los metros cúbicos que se deben de colocar, conformar y
compactar en el camino.
NOTA: Se aclara que por este motivo
es que la visita al sitio es indispensable para poder concursar en la
licitación, ya que se podrá ver las condiciones reales de cada
camino y así puedan realizar las ofertas.
• Costo Unitario Actividad 3,
colocación, conformación y compactación: consiste en el
costo unitario de la colocación, conformación y
compactación de un metro cúbico de material en el camino.
• Costo Total Actividad 3,
colocación, conformación y compactación: es el costo total
de colocar, conformar y compactar los metros cúbicos asignados al
camino.
• Actividad 4: Compra del material río: consiste en la cantidad
material que se debe de comprar base granular graduación C.
• Costo Unitario Actividad 4,
compra de material base triturada graduación C: es el costo de un metro
cúbico de material base triturada graduación C en boca de planta.
• Costo Total Actividad 4,
compra de material base triturada graduación C: es el costo total del
material base tritura graduación C en boca de planta.
6- Se aclara que estos caminos a intervenir son del programa del
MOPT -KFW, son caminos que se encuentran en
material Base Granular, y esta licitación es para el mantenimiento
de estos caminos.
7- El espesor de 0.05m corresponde
efectivamente a un espesor ya compactado.
Al ser aclaraciones a solicitud
de parte y no variar el objeto de la contratación se mantiene el plazo
para la recepción de ofertas.
Lic. Yadira López Calvo,
Subproveedora.—1 vez.—(IN2011088731).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO
ELÉCTRICO
MUNICIPAL DE CARTAGO
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-000006-03
Adquisición
de equipo de protección
Cartago, 7 de noviembre de 2011.—Área
Contratar Bienes y Servicios.—Unidad Ejecutora.—Jennifer
Solano.—1 vez.—O. C. Nº 5094.—Solicitud Nº
38360.—C-9380.—(IN2011088607).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2011LA-000042-02
(Prórroga
N° 3)
Suministro, instalación y puesta en marcha
de
circuito cerrado de televisión
Les comunicamos a los
interesados en participar en el concurso en referencia, que la fecha de
apertura y recepción de ofertas se prorrogó para el día 18
de noviembre del
San José, 9 de noviembre
del 2011.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma
Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº
2011-3597.—Solicitud Nº 31544.—C-7180.—(IN2011088596).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2011LA-000042-02
(Enmienda
N° 1)
Suministro,
instalación y puesta en marcha
de circuito cerrado de
televisión
Les comunicamos a los
interesados en participar en el concurso en referencia, que deben pasar al
segundo piso de las Oficinas Centrales de Recope a retirar la enmienda N° 1,
o bien, la misma estará disponible en la página WEB de Recope www.recope.com.
San José, 9 de noviembre
del 2011.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma
Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O.C.
11-040.—(Solicitud Nº 31545).—C-8580.—(IN2011088792).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000037-02
(Prórroga
Nº 3)
Suministro de espuma química
Les comunicamos a los
interesados en participar en el concurso en referencia, que la fecha de
apertura y recepción de ofertas se prorrogó para el día 17
de noviembre del
San José, 9 de noviembre
del 2011.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma
Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº
11-040.—Solicitud Nº 31546.—C-7800.—(IN2011088795).
REGLAMENTO
PARA
DEL
MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO
DE VEHÍCULOS DEL
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Considerando:
I.—Que el Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto sigue los procedimientos previstos en
II.—Que el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto al hacer uso
de los procedimientos de contratación ordinaria establecidos en
III.—Que el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto requiere de
un instrumento jurídico que permita un mecanismo ágil y efectivo
para dar mantenimiento a la flotilla vehicular en las mejores condiciones
mecánicas posibles. Siendo que la implementación de sistemas
especiales o procedimientos alternativos de contratación a los
ordinarios encuentran sustento Jurídico en
CAPÍTULO
I
Disposiciones
generales
Artículo 1º—Ámbito de
Aplicación. El presente Reglamento regula la actividad Institucional
de contratación directa de servicios de mantenimiento correctivo y
preventivo de vehículos.
Artículo 2º—Cobertura. Este Reglamento se aplica a
la actividad de los programas presupuestarios del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto, cuyos procedimientos de contratación son llevados a
cabo por
Artículo 3º—Normativa aplicable. Para el sistema
de contratación regulado en este Reglamento, regirán todos los
principios constitucionales y legales, así como las prohibiciones y
requisitos de ley propios de la materia de Contratación Administrativa.
Artículo 4º—Actividades a contratar. Las
actividades a contratar mediante este sistema serán las siguientes:
I. Diagnóstico
preliminar y complementario.
II. Reparación
mecánica de automotores.
III. Reparación
de Carrocerías y Pinturas.
IV. Servicios
afines.
Por servicios Afines debe entenderse como todos
aquellos servicios susceptibles de ser contratados y que recibe directamente el
vehículo, como cambios de pastillas o fibras de frenos, tune up, cambios
de aceite, alineamiento y tramado, entre otros servicios comunes que reciben
los vehículos. Dentro de servicios afines no se incluye el lavado de
vehículos, ni la incorporación de aditamentos electrónicos
o mecánicos al vehículo.
Para los diagnósticos (actividad I) sólo se contratará
a las dos empresas con las ofertas de mayor puntaje en la evaluación y
éstas no podrán ser parte del registro de elegibles en las otras
tres actividades. Estas empresas deberán cotizar diagnósticos
preliminares y diagnósticos complementarios, según los servicios
que se detallan en el anexo 4. Esta actividad comprende:
a) Diagnósticos preliminares: para la verificación
de los desperfectos originalmente reportados por
b) Diagnósticos complementarios: para
la verificación de desperfectos encontrados en el desarme no reportados
en el diagnóstico preliminar, y el seguimiento a las reparaciones con la
aprobación técnica.
Las empresas que queden en el registro para la
actividad I, serán supervisadas por el Departamento de Servicios
Generales, con la utilización de personal técnico institucional o
externo de otras instituciones. Se aplicarán para estas empresas, las
sanciones establecidas en
Artículo 5º—Clasificación. Las actividades
han sido clasificadas de acuerdo a la complejidad que su ejecución
requiera o a la inversión en equipo y personal necesarios. El proveedor
podrá aplicar para formar parte de cualquiera de las actividades a
contratar señaladas en este reglamento. Las empresas que apliquen para
ser contratadas para realizar los diagnósticos, no podrán ser
contratadas para las demás actividades.
CAPÍTULO
II
Registro
de Elegibles
Artículo 6º—Registro de
elegibles. El Registro de Elegibles constituye una base de datos conformada
por los proveedores de servicios de mantenimiento preventivo y correctivo de
vehículos, que hayan presentado su solicitud de ingreso al mismo, y que
cumplan con los requisitos técnicos y legales establecidos en este
Reglamento.
Los proveedores que hayan cumplido los requisitos legales y
técnicos, quedarán inscritos en una o varias de las actividades
objeto de contratación, según corresponda.
Los requisitos de admisibilidad y de puntuación, serán los
que se detallan en los anexos de este Reglamento, además de los
indicados en el artículo 8.
Artículo 7º—Convocatoria.
Artículo 8º—Requisitos para integrar el Registro de
Proveedores. Los proveedores interesados en conformar el Registro de
Elegibles, deberán presentar ante
a) Requisitos legales
1. Aportar una
declaración jurada de que no le afectan las prohibiciones del
artículo 22 y 22 bis de
2. Aportar declaración
jurada de que se encuentra al día en el régimen e impuestos
nacionales. De acuerdo al artículo 65 del Reglamento a
3. Aportar certificación
de naturaleza y propiedad de las acciones con vista en el registro de
Accionistas.
4. Se exime de la
presentación de
5. Aportar certificación
de la personería jurídica y constitución de la empresa con
vista en el Registro Público, así como copia de la cédula
jurídica de la sociedad.
6. Aportar su nombre completo,
calidades, dirección exacta y copia de la cédula de identidad en
caso de que sean personas físicas.
7. Presentar Solicitud de Inscripción
en el Registro de Elegibles debidamente firmada. Tratándose de personas
jurídicas, la misma deberá ser firmada por el representante legal
de la empresa solicitante. No será necesario autenticar la firma. La solicitud
debe contener al menos:
a. Indicar la dirección exacta del domicilio
del oferente, incluyendo la ciudad, provincia, país, código
postal y los números de teléfono y fax, y correo
electrónico cuando lo posea.
b. Señalar un fax o lugar para
recibir notificaciones. Este será el mecanismo de notificación
que operará en los diferentes procesos de contratación, tanto
para la asignación de trabajos, como para la invitación a
cotizar. En caso de que la empresa no cuente con fax, el lugar para
notificaciones será el que se indique.
c. Indicar en forma expresa las
actividades reguladas en el artículo 4 del presente Reglamento, en las
cuales desea quedar registrado y acreditar en cada una de ellas, que cumple con
los requisitos de admisibilidad señalados en este Reglamento, anexos 1,
2 y 3.
Presentar
comprobante de que cuenta con pólizas de incendio, de responsabilidad
civil, de riesgos del trabajo vigentes, póliza del Instituto Nacional de
Seguros contra robos, hurtos, vandalismo vigente.
8. Presentar comprobante de que
cuenta con el Permiso Sanitario de Funcionamiento vigente, y la patente
respectiva vigente para ejercer la actividad.
9. Aportar certificación
de que es un taller autorizado por el Instituto Nacional de Seguros para
reparaciones con utilización de póliza de seguros.
10. Aportar certificación expedida por
un contador público autorizado, mediante la que acredite la experiencia
mínima de dos años en la actividad respectiva, respaldada con las
Declaraciones de Renta u otros documentos idóneos verificables.
11. Presentar cotización de los
precios según la o las actividades en que solicita la inscripción
y el anexo de cotización de reparaciones de este Reglamento. Los
oferentes para la actividad de “diagnóstico”, deben ofertar
un precio por los diagnósticos preliminares y los dos tipos de
diagnósticos complementarios, así como el plazo para realizar
cada uno estos.
Los proveedores que ya forman parte del
registro, deberán obligatoriamente indicar en forma escrita si desean
continuar formando parte del registro y si la información suministrada
se mantiene invariable o indicar detalladamente de los requisitos establecidos
en este Reglamento, dentro del plazo de quince días hábiles,
contados a partir de la publicación de la invitación a conformar
parte del registro en el Diario Oficial
En todo caso, si la
información solicitada consta actualizada en el Registro de Proveedores
de
b) Requisitos Técnicos de las Actividades
1. Los requisitos técnicos a cumplir por los solicitantes
en cada actividad, serán los definidos por
Artículo 9º—Presentación
de documentos. Todos los documentos, cuadros y demás atestados
necesarios para optar por la inscripción en el Registro, deberán
ser presentados en sobre cerrado, en original y dos copias, debidamente
foliados, con la siguiente leyenda:
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
PROVEEDURIA INSTITUCIONAL
SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN DE ELEGIBLES
MANTENIMIENTO DE VEHICULOS
AÑO__________
PROVEEDOR NÚMERO___________
Artículo 10.—Expediente.
Artículo 11.—Subsanaciones. Dentro de los cinco
días hábiles siguientes a la fecha de recepción de las
solicitudes de inscripción,
Artículo 12.—Conformación del Registro de
Proveedores. Firme la aprobación de las solicitudes respectivas,
En caso de que un mismo taller desee inscribirse en varias de las
actividades señaladas en el artículo 4 de este Reglamento,
será calificado para cada actividad por aparte. Para formar parte del
Registro de Elegibles, el taller deberá obtener mínimo el 80% de
los puntos que se asignarán, conforme a la calificación
establecida en
Los Proveedores cuyas solicitudes cumplan técnica y legalmente, se
irán colocando en forma sucesiva, en una lista que al efecto se
creará en cada actividad. El orden en que se colocarán los
talleres inscritos en el Registro de Elegibles, será con base a la nota
obtenida en
En caso de empate, se procederá a efectuar un sorteo que
realizará el Proveedor Institucional en presencia de
El Registro de Elegibles debe contar con al menos cinco talleres elegibles
en cada tipo de actividad conforme al artículo 4 de este Reglamento. En
caso de que dicho número mínimo no se logre,
Si aún realizando el proceso anterior, no se lograre tener el
número mínimo de cinco proveedores por actividad que conformen el
Registro de Elegibles, se deberán documentar las acciones tomadas y que
no dieron fruto, y se procederá a llevar a cabo las contrataciones
respectivas con los proveedores inscritos
En el caso de aquellos talleres que estando inscritos en el registro, les
varíe alguna de la información suministrada inicialmente,
deberán comunicarlo a
Artículo 13.—Comunicación de aprobación o
rechazo de solicitudes. En el plazo de veinte días naturales,
contados a partir del plazo límite para recibir solicitudes,
Cualquier cambio que se dé en el registro de elegibles,
deberá comunicarse a todos los que conforman el registro.
Artículo 14.—Recursos contra lo resuelto. Contra la
resolución de
Artículo 15.—Retiro del Registro de Elegibles. La
solicitud de retiro deberá presentarse por escrito a
En el plazo de cinco días hábiles posteriores a la
presentación, se le comunicará su aceptación, la cual
sólo operará cuando el Proveedor haya cumplido a
satisfacción del Ministerio, con los trabajos asignados y que se
encontraren pendientes.
Aceptado el retiro, se le excluirá del Registro de Elegibles. En el
caso que el proveedor desee ingresar nuevamente al Registro de Proveedores,
deberá esperar como mínimo 30 días hábiles y
cumplir con todos los requisitos establecidos en el artículo 8 de este Reglamento.
CAPÍTULO
III
Forma
de Contratar
Artículo 16.—Objetivo del
procedimiento. El procedimiento de contratación regulado en el
presente reglamento, pretende un mecanismo ágil y efectivo que permita
mantener la flotilla de vehículos de este Ministerio en las mejores
condiciones mecánicas posibles; obteniendo el servicio de empresas o
personas físicas registradas que cumplan con los requerimientos
técnicos y legales exigidos por
Artículo 17.—Estudios de Razonabilidad de Precios.
Previo a la adjudicación de cada servicio, según el rol de
talleres,
El contratista debe aportar a
La administración se reserva la posibilidad de solicitar
cotizaciones o realizar estudios de mercadeo con talleres no precalificados
para comparar precios y servicios y de ésta manera verificar la
objetividad de las diferentes cotizaciones emitidas por lo talleres
precalificados; y evitar la especulación en los precios.
De esta manera, en aplicación del artículo 30 del Reglamento
a
En el caso del precio ruinoso
Artículo 18.—Notificación de Desperfectos y
Diagnóstico Preliminar. El Departamento de Servicios Generales, a
partir del momento que conozca del desperfecto de los vehículos,
verificará en el transcurso de las siguientes veinticuatro horas, la
existencia del daño y solicitará que realice el
diagnóstico preliminar por parte de la empresa contratada al efecto.
La empresa seleccionada para realizar los diagnósticos,
deberá recoger el vehículo donde se encuentre y realizar el
diagnóstico correspondiente en su taller bajo su cuenta y riesgo.
Posteriormente deberá coordinar con el Jefe de Servicios Generales y el
taller que realizará el mantenimiento preventivo o correctivo, el
traslado del vehículo al lugar donde se le realizarán los trabajos.
El traslado del vehículo a las instalaciones de la empresa contratada,
correrá por cuenta de esta.
Artículo 19.—Inicio del procedimiento de
contratación. La decisión de iniciar un trámite para
reparación, deberá ser dictada por
La información recabada, debe ser enviada a
Artículo 20.—Expediente y Trámite. Tomada la
decisión de iniciar el procedimiento a partir del diagnóstico
preliminar, el Departamento de Servicios Generales la remitirá a
Artículo 21.—Traslado al Taller para reparación.
Una vez realizado el diagnostico preliminar, el Departamento de Servicios
Generales notificará al taller correspondiente según el rol, para
que proceda a recoger el vehículo y lo traslade, dentro de las 24 horas
siguientes, a sus instalaciones, donde se determinarán los problemas del
vehículo. De lo anterior, deberá remitir un informe al
Departamento de Servicios Generales, dentro de los dos días
hábiles siguientes a que fue recibido el vehículo, excepto casos
especiales, que por la complejidad del daño así lo amerite, el plazo
se ampliará a un máximo de tres días hábiles
adicionales. El informe deberá indicar también, un cronograma de
actividades por día, para que la administración verifique la
razonabilidad del plazo en concordancia con el daño detectado y el
desglose del precio de la contratación, indicando precio de mano de obra
y repuestos.
Artículo 22.—Garantía de Cumplimiento.
La garantía deberá constituirse de acuerdo con lo establecido
en el artículo 40 y 42 del Reglamento a
a- Estar extendida a favor del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto
b- Señalar con claridad a la empresa
que garantiza.
c- Indicar el monto, el período de
validez y el número de contratación.
d- Ser suficiente, irrevocable, de cobro
incondicional e inmediato.
Artículo 23.—Participantes. El
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto únicamente podrá
contratar los servicios bajo el amparo de este Reglamento, únicamente
con las personas físicas o jurídicas que formen parte del
Registro de Elegibles.
Artículo 24.—Asignación por Rol de Proveedores
Comerciales. Las adjudicaciones de los diferentes procesos se harán
en el orden establecido en el Registro de Elegibles y el según el rol de
talleres establecidos, por tipo de actividad a contratar, de acuerdo al
artículo 4 de este reglamento. Solo se aceptará la negativa de un
taller a realizar una reparación, por circunstancias debidamente
fundamentadas, originadas de las situaciones de caso fortuito o fuerza mayor.
Ante la existencia de un eximente de responsabilidad, se le adjudicará
el servicio al siguiente taller que por el rol le corresponda.
Artículo 25.—Desperfectos no reportados. En caso de que
en el transcurso de los trabajos, y dada la complejidad del trabajo de
reparación, se descubran nuevos daños en el vehículo, no
reportados al inicio de la contratación, el taller a cargo del servicio
debe suspender los trabajos de reparación y comunicar por escrito al
Jefe de Servicios Generales el mismo día en que tuvo evidencia de esa
situación, debiendo esperar a que un personero de la empresa contratada
para hacer los diagnósticos, debidamente autorizada por el Ministerio,
se apersone al taller en el plazo de un día hábil, después
de la notificación, a corroborar la existencia del nuevo daño. En
caso de ser procedente la reparación del nuevo daño reportado, se
le adjudicará la ampliación del servicio contratado inicialmente,
de la cotización adicional la administración verificará la
procedencia y razonabilidad del precio, cumpliendo con todas las formalidades
presupuestarias y administrativas. En caso de ser técnicamente posible,
el taller deberá continuar con las reparaciones originalmente
contratadas, mientras se verifica la viabilidad de la ampliación del
servicio.
El plazo durante el cual se suspenden los trabajos, suspenderá el
plazo de entrega establecido en el cronograma de actividades.
Artículo 26.—Diagnósticos complementarios. En el
supuesto del artículo anterior, el Departamento de Servicios Generales,
solicitará inmediatamente a
Artículo 27.—Modalidad de contratación por causa de
accidentes de tránsito. Para las reparaciones de accidentes de
tránsito, el procedimiento a seguir no es igual a una reparación
ordinaria, en razón de que el Instituto Nacional de Seguros tiene su
propia regulación en cuanto a avalúos o diagnósticos
preliminares. Por tanto, el Departamento de Servicios Generales debe recopilar
los siguientes documentos:
• Fotocopia cédula
identidad del conductor
• Fotocopia licencia conducir
• Fotocopia carné
(autorización de uso de vehículos oficiales)
• Fotocopia derecho circulación
del vehículo
• Fotocopia de
• Original de la boleta de
infracción
• Original de aviso de
accidente del INS
• Original del avalúo
del INS
• Declaración de
• Expediente judicial de
tránsito, con los sellos originales (Sumaria)
• Declaración del chofer
tomada por el Departamento de Servicios Generales.
• Informe de la colisión
por parte del Departamento de Servicios Generales.
El Departamento de Servicios Generales
formará un expediente con estos documentos y certificará una
fotocopia que remitirá a
Artículo 28.—Orden de Compra. Habiendo completado en el
sistema de compras utilizado al efecto el procedimiento de excepción o
habiendo recibido la aprobación interna en los casos en que así
se requiera,
Artículo 29.—Eficacia Jurídica. Las
contrataciones derivadas del presente reglamento, únicamente
requerirán de aprobación interna en tanto el precio contractual
alcance el límite inferior vigente para la aplicación de la licitación
abreviada establecido en el artículo 27 de
Artículo 30.—Fiscalización, verificación y
control. Corresponderá al Departamento de Servicios Generales
fiscalizar y verificar que los talleres cumplan con las reparaciones de los
vehículos, los plazos de cumplimiento establecidos para la
elaboración y entrega de diagnósticos, y el ajuste a los
cronogramas de actividades. Velará porque se cumplan las medidas de
control interno en cada procedimiento contratado, deberá realizar una
inspección y supervisión estricta de la ejecución del
contrato por parte del adjudicatario, a efecto de proteger los fondos
públicos invertidos en la contratación y la calidad del objeto
contratado.
Para realizar estas labores, el Departamento de Servicios Generales
deberá solicitar, al taller que hubiese realizado el diagnostico
preliminar, darle seguimiento a los trabajos y emitir la aprobación
técnica de la reparación, este servicio será considerado
como diagnóstico complementario para efectos del pago al contratista.
Es obligación del contratista (taller), entregar todas las facturas
de los repuestos adquiridos para el MREC y todos los repuestos en mal estado al
funcionario fiscalizador de la contratación, según procedimiento
del Departamento de Servicios Generales, al momento de presentar la factura al
cobro de cada servicio.
Artículo 31.—Procedimiento de Pago. Los pagos al
contratista se harán por la forma usual de Gobierno.
Artículo 32.—Garantía de Servicio. Para los
servicios de mantenimiento se exige una garantía mínima por el
servicio brindado, sobre mano de obra, materiales y repuestos, de la siguiente
manera:
a) Para carrocería y pintura: 2 años de
garantía para pintura total y 1 año para pinturas parciales y
tapicería.
b) En reparaciones mecánicas, 6 meses
o su equivalente a 2 mil kilómetros por mes, o sea 12 mil
kilómetros, lo que ocurra primero. En el caso de reparaciones
eléctricas y electrónicas, la garantía será de 3
meses sólo por la mano de obra.
c) En reparaciones, totales de motor,
transmisión, bombas de inyección y sistema de embrague: 12 meses
o su equivalente a 2 mil kilómetros por mes, o sea 24 mil
kilómetros, lo que ocurra primero.
d) En el caso de las motos, la
garantía por reconstrucción total de motor será de 6 meses
o 6 mil kilómetros.
Mientras un servicio de reparación se
encuentre bajo garantía, el Ministerio no podrá adjudicar una
reparación de igual naturaleza a una realizada con anterioridad.
Será responsabilidad del Departamento de Servicios Generales, gestionar
ante
Las nuevas reparaciones que se le realicen a un vehículo, no
podrán interferir con partes refaccionadas o piezas mecánicas
nuevas colocadas en una reparación anterior. En todo caso, el Ministerio
indicará al adjudicatario, si hay alguna pieza o reparación realizada
al vehículo que esta dentro del período de garantía.
El retiro del proveedor del Registro de Elegibles, no afectará las
garantías de servicio y de repuesto que se encuentren vigentes al
momento en que se efectúe la exclusión del registro, las cuales
seguirán vigentes por el plazo establecido. Igualmente,
subsistirá responsabilidad por la existencia de vicios ocultos en la
reparación brindada.
CAPÍTULO
VI
Sanciones
de Incumplimiento
Artículo 33.—Incumplimientos.
Los incumplimientos de las obligaciones por parte de los solicitantes y
adjudicatarios se sancionarán de conformidad con lo establecido por
CAPÍTULO
VII
Otras
disposiciones
Artículo 34.—Aplicación
supletoria. En lo no especificado expresamente en este Reglamento se
aplicará lo establecido en
Igualmente deberán respetarse las normas y principios estipulados en
Artículo 35.—Aprobación por Contraloría.
Este Reglamento fue sometido a aprobación de
Artículo 36.—Vigencia. Este Reglamento rige por un
plazo máximo de dos años, a partir de su publicación.
Transitorio I.—Respecto a la
publicación de la convocatoria a que se refiere el artículo
7º de este Reglamento, una vez obtenida la aprobación por parte de
Proveeduría
Institucional.—José Ángel Soto Varela, Proveedor
Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº
49100.—C-2609850.—(IN2011087420).
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Departamento de Servicios Generales
ANEXO
1 EVALUACIÓN DE TALLERES MECÁNICOS PARTICULARES
Nombre del Proveedor: |
|||
Especialidad: |
Fecha: |
|
|
Cédula jurídica o física: |
|
|
|
Ubicación: |
|
|
|
Requisitos de Admisibilidad: |
|
||
Instalaciones |
|
Cumple |
No cumple |
Tener
Instalaciones Propias o Arrendadas durante el tiempo de contrato (*) |
|
|
|
Tener
Instalaciones destinadas al mantenimiento y reparación de
vehículos, con una distribución definida de las areas que por
lo menos contemple área de mecánica automotriz en general,
parqueo, y oficinas administrativas,
(**) |
|
|
|
(*)
Aportar documentos idoneos que demuestren lo solicitado. |
|
|
|
(**)deberá
de presentar el documento idoneo ( croquis o plano) de las instalaciones donde indique su
ubicación. |
|
|
|
Póliza |
|
|
|
Poseer poliza de seguro para
vehiculos con todas sus coberturas para terceros. |
|
|
|
Acceso |
|
|
|
Tener
ingreso y salida propios a calle pública |
|
|
|
Área física |
|
|
|
Tener espacio físico
dentro de las instalaciones para trabajos mécanicos, oficinas
administrativas, y parqueo de
mínimo de 100 2 (*) |
|
|
|
(*) Aportar
documento idoneo que demuestre esta condición. |
|
|
|
Apariencia, orden y limpieza |
|
|
|
Tener
permiso de funcionamiento de Ministerio de Salud, y Municipalidad
correspondiente.(*) |
|
|
|
(*)
Presentar copia de permisos al día. |
|
|
|
Tipo de construcción |
|
|
|
Tener construido un espacio
fisico de mínimo 100 2
totalmente cerrado, en todo su perímetro, techado en estructura
de hierro a una altura no menor a los |
|
|
|
Seguridad |
|
|
|
Dar
vigilancia las 24 horas del día. |
|
|
|
Personal |
|
|
|
Tener como mínimo un
Profesional Graduado en Mecánica Automotriz en una institución
superior a tiempo completo y dentro de la planilla del taller (*) |
|
|
|
(*) Presentar copia de
títulos del profesional con copias certificadas identicas al original
y copia de las planillas de la empresa. |
|
|
|
Equipo |
|
|
|
Deberera de poseer las herramientas, maquinarias, accesorios e instrumentos necesarios para poder realizar según proceda algún tipo de trabajos tales como: del sistema de alimentación de combustible tanto para diesel como para gasolina, en sistema de distribución y fajas principales, en sistema electrico, en sistema de lubricación, en sistema de refrigeración, en sistema de inducción de aire, en estado de motor, en sistema de carroceria, y en tapicera y pintura. (*) |
|
|
|
Repuestos: |
|
|
|
Deberá de poseer Stock de
repuestos, aceites, materiales y accesorios originales de las marcas de los
vehiculos del Ministerio de Relaciones Exteriores o garantía de
distribución de la casa matriz de forma inmediata ( |
|
|
|
(*)
Deberá de presentar un inventario de herramientas, maquinarias,
accesarios e instrumentos que utilizará según procesa el tipo
de mantenimiento solicitado. |
|
|
|
(**) Deberá de presentar
declaración jurada que cumple con este requisito. |
|
|
|
CUMPLE |
SI |
NO |
|
De
acuerdo con el cumplimiento obtenido se recomienda que este taller: |
|
|
|
( ) Sea incorporado al Registro de
Elegibles |
|
|
|
( ) Se deje en espera a que efectúe
las mejoras del caso (cuando hay asuntos o permiso en trámite) |
|||
( ) No se recomienda su inclusión |
|||
Firma
del Inspector (por parte de Proveeduria Institucional):_________________________________________________ |
|||
V°
B° Jefatura Servicios Generales:
______________________________________________________________________ |
|||
Firma responsable del Taller: _________________________________________________________________________ |
|||
|
|||
Requisitos de Calificación |
|
|
|
Instalaciones |
Puntaje |
Máximo |
Acumulado |
Distancia
del taller a las instalaciones del Ministerio de Relaciones Ext. |
|
|
|
A-
Menor o igual a 10kms ( |
|
|
|
Acceso |
|
|
|
A- Entrada en calle pavimentada o cemento
( ( |
|
|
|
Área física |
|
|
|
A- Igual o mayor de 300m2 ( C- Mas de |
|
|
|
Areas de Trabajo |
|
|
|
A- Existe separación de
área mecánica, oficinas administrativas y parqueo, en paredes
de cemento, concreto, baldosas o similares, debidamente rotulados o marcados
de forma visible. (5 puntos). B- Existe separación de área
mecánica, oficinas administrativas y parqueo, en paredes de madera ,
debidamente rotulados o marcados de forma visible.. (3 puntos). C-Existe
separación de área mecánica, oficinas administrativas y
parqueo, unicamente marcados en el piso y en las paredes perimetrales,
debidamente rotulados o marcados de forma visible (2 puntos). |
|
|
|
Areas Adicionales |
|
|
|
A- Posee además de las tres area
solicitadas (parqueo, oficinas administrativas y mecanica) bodega
independientes para inflamables, totalmente separadas de las otras tres estructuras,
construida en cemento, concreto, o baldosas ( |
|
|
|
Tipo de construcción |
|
|
|
A- Construcción de cemento finamente
decorado con repello, debidamente pintado y rotulado y adiciones especiales en las paredes
para el tipo de trabajo en taller mecanico, oficinas administrativas
debidamente de finos acabados, con sala de recepción con sillones
comodos, y sistema de informacion para usuarios y atención con
productos agregados -cafe, agua- revistas- etc y con portones de seguridad en
material fuerte, hierro o acero y de alta seguridad con sus debidos llavines
modernos y de tecnologia moderna, asi como de fácil apertura y
fácil de cerrar en caso de emergencias, que sea acorde con la
estructura de la edificación ( |
|
|
|
Stock de Repuestos |
|
|
|
A- Posee venta y stock de repuestos de la
marca original de los vehículos oficiales del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto para la cual se participa en este concurso ( |
|
|
|
Seguridad |
|
|
|
A- Vigilancia las 24 horas, con sistema
de camaras de circuito cerrado, con un vigilante fijo cerca (entre 5 y |
|
|
|
Experiencia (se toman en cuenta
los años de establecido el taller) |
|
|
|
A- Más de 10 años ( C-De |
|
|
|
(*) Se deben de presentar dos
cartas de instituciones que hayan recibido servicios similares para cualquiera
de los puntos solicitado en experiencia, si se presetan dos cartas con
tiempos diferentes se contabilizará con la puntuación menor. |
|
|
|
Infraestructura administrativa general. |
|
|
|
A- Área administrativa con oficina
de Recepción con su debida recepcionista(1), equipada con (1)
computadora, (1) teléfono, (1) fax, internet, correo electronico, (2)
sillas, (1)escritorio, (1)archivos. (5 puntos), B- Area administrativa con
(1) recepcionista, con equipo basico ((1)telefono, (1) fax) (1) sillas espera
(3 puntos), C-Oficina sin recepcionista con lo basico (1) telefono y (1) fax
(1 punto) |
|
|
|
Sistema de Comunicación |
|
|
|
A- Comunicación por
Celular (mas de 2 numeros opciones), Central telefónica con tres troncales o mas,
comunicación vía fax, y comunicación por medio de correo
electronico (10 puntos), B- Comunicación por Celular (mas de 2 numeros
opciones), y Central telefónica con tres troncales o mas ( |
|
|
|
Personal |
|
|
|
A- 5 o mas Graduados en Mecánica
Automotriz en institución superior, u otra similar y reconocida con mas de
10 años de Experiencia) (10 puntos).B- De |
|
|
|
(*) Deberá de demostrarse
la experiencia del profesional con su curriculum y las respectivas
constancias de los lugares donde ha ejecutado los años de experiencia. |
|
|
|
Almacenaje después de reparado |
|
|
|
A- Fuera del taller bajo techo
en una estructura especial para seguridad del vehiculo totalmente cerrada con
un vigilante las 24 horas del día. ( |
|
|
|
Equipo |
|
|
|
A- Equipo propio comprado hace menos de dos años para realizar trabajos según corresponda en el sistema de alimentación de combustible, en el sistema de distribución y fajas principales, en el sistema electrico, en el sistema de lubricación, en el sistema de refregeración, en el sistema de induccion de aire, en el estado de motor, en el sistema de carroceria, en el sistema de chasis,en reparaciones de carroceria y pintura. (15 puntos). B-Equipo alquilado para realizar trabajos según corresponda en el sistema de alimentación de combustible, en el sistema de distribución y fajas principales, en el sistema electrico, en el sistema de lubricación, en el sistema de refregeración, en el sistema de induccion de aire, en el estado de motor, en el sistema de carroceria, en el sistema de chasis,en reparaciones de carroceria y pintura. (7 puntos). C-Equipo por comprar para realizar trabajos egún corresponda en el sistema de alimentación de combustible, en el sistema de distribución y fajas principales, en el sistema electrico, en el sistema de lubricación, en el sistema de refregeración, en el sistema de induccion de aire, en el estado de motor, en el sistema de carroceria, en el sistema de chasis,en reparaciones de carroceria y pintura. (3 puntos). (*) |
|
|
|
(*) Presentar el documento ideal
que demuestre la condición a concursar |
|
|
|
PUNTAJE TOTAL OBTENIDO |
|
|
|
De
acuerdo con el puntaje total obtenido se recomienda que este taller: |
|||
( ) Sea incorporado al Registro de
Elegibles |
|||
( ) Se deje en espera a que efectúe
las mejoras del caso (cuando hay asuntos o permiso en trámite) |
|||
( ) No se recomienda su inclusión |
|||
Firma del Inspector: _________________________________________________________________________ |
|||
V°
B° Jefatura Servicios Generales: ____________________________________________________________________ |
|||
Firma responsable del Taller: __________________________________________________________________ |
MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Departamento de
Servicios Generales
ANEXO 2
EVALUACIÓN DE TALLERES MECÁNICOS PARTICULARES
Nombre del Proveedor: |
|||
Especialidad: |
Fecha: |
|
|
Cédula jurídica o física: |
|||
Ubicación: |
|||
Requisitos de Admisibilidad: |
|
|
|
Instalaciones |
Cumple |
No cumple |
|
Tener
Instalaciones Propias o Arrendadas durante el tiempo de contrato (*) |
|
|
|
Tener
Instalaciones destinadas al mantenimiento y reparación de
vehículos, con una distribución definida de las áreas
que por lo menos contemple área de mecánica automotriz en
general, parqueo, y oficinas administrativas, (**) |
|
|
|
(*) Aportar
documentos idóneos que demuestren lo solicitado. |
|
|
|
(**)deberá
de presentar el documento idóneo ( croquis o plano) de las instalaciones donde indique su
ubicación. |
|
|
|
Póliza |
|
|
|
Poseer póliza de seguro
para vehículos con todas sus coberturas para terceros. |
|
|
|
Acceso |
|
|
|
Tener
ingreso y salida propios a calle pública |
|
|
|
Área física |
|
|
|
Tener espacio físico
dentro de las instalaciones para trabajos de enderezado y pintura, oficinas
administrativas, y parqueo de
mínimo de 100 2 (*) |
|
|
|
(*)
Aportar documento idóneo que demuestre esta condición. |
|
|
|
Apariencia, orden y limpieza |
|
|
|
Tener
permiso de funcionamiento de Ministerio de Salud, y Municipalidad correspondiente.(*) |
|
|
|
(*)
Presentar copia de permisos al día. |
|
|
|
Tipo de construcción |
|
|
|
Tener construido un espacio
físico de mínimo 100 2
totalmente cerrado, en todo su perímetro, techado en estructura
de hierro a una altura no menor a los |
|
|
|
Seguridad |
|
|
|
Dar
vigilancia las 24 horas del día. |
|
|
|
Personal |
|
|
|
Tener como mínimo un
Profesional Graduado en enderezado y pintura en una institución
superior a tiempo completo y dentro de la planilla del taller (*) |
|
|
|
(*) Presentar copia de
títulos del profesional con copias certificadas identicas al original
y copia de las planillas de la empresa. |
|
|
|
Equipo
|
|
|
|
Deberá de poseer las herramientas, maquinarias, accesorios e instrumentos necesarios para poder realizar según proceda algún tipo de trabajos tales como: enderezado y pintura. (*) |
|
|
|
Instituto Nacional de Seguros: |
|
|
|
Deberá
estar inscrito como taller autorizado por el Instituto Nacional de Seguros
para atender casos de la póliza de seguros de los vehículos del
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto |
|
|
|
(*)
Deberá de presentar un inventario de herramientas, maquinarias,
accesarios e instrumentos que utilizará según procesa el tipo
de mantenimiento solicitado. |
|
|
|
CUMPLE |
SI |
NO |
|
De
acuerdo con el cumplimiento obtenido se recomienda que este taller: |
|
|
|
( ) Sea incorporado al Registro de
Elegibles |
|||
( ) Se deje en espera a que efectúe
las mejoras del caso (cuando hay asuntos o permiso en trámite) |
|||
( ) No se recomienda su inclusión |
|||
Firma
del Inspector (por parte de Proveeduría Institucional):
____________________________________________ |
|||
V°
B° Jefatura Servicios Generales:
_________________________________________________________________ |
|||
Firma responsable del Taller: ___________________________________________________________________ |
|||
Requisitos de Calificación |
|
|
|
Instalaciones |
Puntaje |
Máximo |
Acumulado |
Distancia
del taller a las instalaciones del Ministerio de Relaciones Ext. |
|
|
|
A-
Menor o igual a 10kms ( |
|
|
|
Acceso |
|
|
|
A- Entrada en calle pavimentada o cemento
( |
|
|
|
Área física |
|
|
|
A- Igual o mayor de 300m2 ( |
|
|
|
Áreas de Trabajo |
|
|
|
A- Existe separación de
área enderezado y pintura, oficinas administrativas y parqueo, en
paredes de cemento, concreto, baldosas o similares, debidamente rotulados o
marcados de forma visible. (5 puntos). B- Existe separación de
área enderezado y pintura, oficinas administrativas y parqueo, en
paredes de madera , debidamente rotulados o marcados de forma visible.. (3
puntos). C-Existe separación de área enderezado y pintura,
oficinas administrativas y parqueo, únicamente marcados en el piso y
en las paredes perimetrales, debidamente rotulados o marcados de forma
visible (2 puntos). |
|
|
|
Áreas Adicionales |
|
|
|
A- Posee además de las tres
área solicitadas (parqueo, oficinas administrativas y enderezado y
pintura) bodega independientes para inflamables, totalmente separadas de las
otras tres estructuras, construida en cemento, concreto, o baldosas ( |
|
|
|
Tipo de construcción |
|
|
|
A- Construcción de cemento finamente
decorado con repello, debidamente pintado y rotulado y adiciones especiales en las paredes
para el tipo de trabajo en taller de enderezado y pintura, oficinas
administrativas debidamente de finos acabados, con sala de recepción
con sillones cómodos, y sistema de información para usuarios y
atención con productos agregados -café, agua- revistas- etc. y
con portones de seguridad en material fuerte, hierro o acero y de alta
seguridad con sus debidos llavines modernos y de tecnología moderna,
así como de fácil apertura y fácil de cerrar en caso de
emergencias, que sea acorde con la estructura de la edificación ( |
|
|
|
Stock de Pinturas |
|
|
|
A- Posee venta y stock de pinturas
especiales para la marca original de los vehículos oficiales del
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto para la cual se participa en este
concurso ( |
|
|
|
Seguridad |
|
|
|
A- Vigilancia las 24 horas, con sistema
de cámaras de circuito cerrado, con un vigilante fijo cerca (entre 5 y
|
|
|
|
Experiencia (se toman en cuenta
los años de establecido el taller) |
|
|
|
A- Más de 10 años ( |
|
|
|
(*) Se deben de presentar dos cartas
de instituciones que hayan recibido servicios similares para cualquiera de
los puntos solicitado en experiencia, si se presentan dos cartas con tiempos
diferentes se contabilizará con la puntuación menor. |
|
|
|
Infraestructura administrativa general. |
|
|
|
A- Área administrativa con oficina
de Recepción con su debida recepcionista(1), equipada con (1)
computadora, (1) teléfono, (1) fax, Internet, correo
electrónico, (2) sillas, (1)escritorio, (1)archivos. (5 puntos), B-
Área administrativa con (1) recepcionista, con equipo básico
((1) teléfono, (1) fax) (1) sillas espera (3 puntos), C-Oficina sin
recepcionista con lo básico (1) teléfono y (1) fax (1 punto) |
|
|
|
Sistema de Comunicación |
|
|
|
A- Comunicación por
Celular (mas de 2 números opciones), Central telefónica
con tres troncales o mas,
comunicación vía fax, y comunicación por medio de correo
electrónico (10 puntos), B- Comunicación por Celular (mas de 2
números opciones), y Central telefónica con tres troncales o mas ( |
|
|
|
Personal |
|
|
|
A- 5 o mas Graduados en Enderezado y
Pintura en institución superior,
u otra similar y reconocida con mas de 10 años de Experiencia)
(10 puntos).B- De |
|
|
|
(*) Deberá de
demostrarse la experiencia del profesional con su curriculum y las respectivas
constancias de los lugares donde ha ejecutado los años de experiencia. |
|
|
|
Almacenaje después de Pintado |
|
|
|
A- Fuera del taller bajo techo
en una estructura especial para seguridad del vehiculo totalmente cerrada con
un vigilante las 24 horas del día. ( |
|
|
|
Equipo |
|
|
|
A- Equipo propio comprado hace menos de dos años para realizar trabajos según corresponda para el enderezado y pintura. (15 puntos). B-Equipo alquilado para realizar trabajos según corresponda para el enderezado y pintura. (7 puntos). C-Equipo por comprar para realizar trabajos según corresponda para el enderezado y pintura. (3 puntos). (*) |
|
|
|
(*) Presentar el documento
ideal que demuestre la condición a concursar |
|
|
|
PUNTAJE TOTAL OBTENIDO |
|
|
|
De
acuerdo con el puntaje total obtenido se recomienda que este taller: |
|||
( ) Sea incorporado al Registro de Elegibles |
|||
( ) Se deje en espera a que efectúe
las mejoras del caso (cuando hay asuntos o permiso en trámite) |
|||
( ) No se recomienda su inclusión |
|||
Firma del Inspector: _____________________________________________________________________________ |
|||
V°
B° Jefatura Servicios Generales: ________________________________________________________________ |
|||
Firma responsable del Taller: __________________________________________________________________ |
MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Departamento de
Servicios Generales
ANEXO 3 EVALUACIÓN
DE TALLERES MECÁNICOS PARTICULARES
Nombre del Proveedor: |
|||
Especialidad: |
Fecha |
|
|
Cédula jurídica o física: |
|
|
|
Ubicación:
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Requisitos de Admisibilidad: |
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Instalaciones |
Cumple |
No cumple |
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Tener Instalaciones
Propias o Arrendadas durante el tiempo de contrato (*) |
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Tener Instalaciones
destinadas al diagnóstico
de mantenimiento y reparación de vehículos, con una
distribución definida de las areas que por lo menos contemple
área de diagnóstico en general, parqueo, y oficinas
administrativas, (**) |
|
|
|
(*) Aportar documentos
idoneos que demuestren lo solicitado. |
|
|
|
(**)deberá de presentar
el documento idoneo ( croquis o plano)
de las instalaciones donde indique su ubicación. |
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Póliza |
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Poseer poliza de seguro para vehiculos con todas
sus coberturas para terceros. |
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Acceso |
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Tener ingreso y salida
propios a calle pública |
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Área física |
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Tener espacio físico dentro de las
instalaciones para diagnósticos, oficinas administrativas, y parqueo
de mínimo de 100 2 (*) |
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|
(*) Aportar documento idoneo
que demuestre esta condición. |
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|
Apariencia, orden y limpieza |
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|
Tener permiso de
funcionamiento de Ministerio de Salud, y Municipalidad correspondiente.(*) |
|
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|
(*) Presentar copia de
permisos al día. |
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|
Tipo de construcción |
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Tener construido un espacio fisico de
mínimo 100 2 totalmente
cerrado, en todo su perímetro, techado en estructura de hierro a una
altura no menor a los |
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Seguridad |
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|
Dar vigilancia las 24
horas del día. |
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|
Personal |
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Tener como mínimo un Profesional Graduado
en Mecánica Automotriz en una institución superior a tiempo
completo y dentro de la planilla del taller (*) |
|
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|
(*) Presentar copia de títulos del
profesional con copias certificadas identicas al original y copia de las
planillas de la empresa. |
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|
|
Equipo |
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|
Deberera de poseer las herramientas, maquinarias, accesorios e instrumentos necesarios para poder realizar según proceda algún tipo de diagnósticos tales como: del sistema de alimentación de combustible tanto para diesel como para gasolina, en sistema de distribución y fajas principales, en sistema electrico, en sistema de lubricación, en sistema de refrigeración, en sistema de inducción de aire, en estado de motor, en sistema de carroceria, y en tapicera y pintura. (*) |
|
|
|
(*) Deberá de
presentar un inventario de herramientas, maquinarias, accesarios e
instrumentos que utilizará según procesa el tipo de
mantenimiento solicitado. |
|
|
|
(**) Deberá de presentar
declaración jurada que cumple con este requisito. |
|
|
|
CUMPLE |
SI |
NO |
|
De acuerdo con el
cumplimiento obtenido se recomienda que este taller: |
|||
( ) Sea incorporado al Registro de
Elegibles |
|||
( ) Se deje en espera a que efectúe
las mejoras del caso (cuando hay asuntos o permiso en trámite) |
|||
( ) No se recomienda su inclusión |
|||
Firma del Inspector
(por parte de Proveeduria
Institucional):____________________________________________________ |
|||
V° B°
Jefatura Servicios Generales: _________________________________________________________________________ |
|||
Firma responsable del Taller:____________________________________________________________________________ |
|||
Requisitos de Calificación |
|
|
|
Instalaciones |
Puntaje |
Máximo |
Acumulado |
Distancia del
taller a las instalaciones del Ministerio de Relaciones Ext. |
|
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|
A- Menor o igual a
10kms ( |
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|
Acceso |
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A- Entrada
en calle pavimentada o cemento ( |
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Área física |
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|
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A-
Igual o mayor de 300m2 ( |
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|
Areas de Trabajo |
|
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A-
Existe separación de área diagnósitco, oficinas
administrativas y parqueo, en paredes de cemento, concreto, baldosas o similares,
debidamente rotulados o marcados de forma visible. (5 puntos). B- Existe
separación de área de diagnóstico, oficinas
administrativas y parqueo, en paredes de madera , debidamente rotulados o
marcados de forma visible.. (3 puntos). C-Existe separación de
área de diagnóstico, oficinas administrativas y parqueo,
unicamente marcados en el piso y en las paredes perimetrales, debidamente
rotulados o marcados de forma visible (2 puntos). |
|
|
|
Areas Adicionales |
|
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|
A-
Posee además de las tres area solicitadas (parqueo, oficinas
administrativas y diagnóstico) bodega independientes para inflamables,
totalmente separadas de las otras tres estructuras, construida en cemento,
concreto, o baldosas ( |
|
|
|
Tipo de construcción |
|
|
|
A-
Construcción de cemento finamente decorado con repello,
debidamente pintado y rotulado y adiciones
especiales en las paredes para el tipo de trabajo en taller mecanico,
oficinas administrativas debidamente de finos acabados, con sala de
recepción con sillones comodos, y sistema de informacion para usuarios
y atención con productos agregados -cafe, agua- revistas- etc y con
portones de seguridad en material fuerte, hierro o acero y de alta seguridad
con sus debidos llavines modernos y de tecnologia moderna, asi como de
fácil apertura y fácil de cerrar en caso de emergencias, que sea
acorde con la estructura de la edificación ( |
|
|
|
Personal para realizar diagnóstico |
|
|
|
A-
Posee de tres a cinco especialistas disponibles para realizar uno o
varios diagnósticos a la vez ( |
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|
|
Seguridad |
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|
A-
Vigilancia las 24 horas, con sistema de camaras de circuito cerrado, con
un vigilante fijo cerca (entre 5 y |
|
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|
Experiencia (se toman en cuenta los años
de establecido el taller) |
|
|
|
A-
Más de 10 años
( |
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|
|
(*) Se deben de presentar dos cartas de
instituciones que hayan recibido servicios similares para cualquiera de los
puntos solicitado en experiencia, si se presetan dos cartas con tiempos
diferentes se contabilizará con la puntuación menor. |
|
|
|
Infraestructura administrativa general. |
|
|
|
A-
Área administrativa con oficina de Recepción con su
debida recepcionista(1), equipada con (1) computadora, (1) teléfono,
(1) fax, internet, correo electronico, (2) sillas, (1)escritorio, (1)archivos.
(5 puntos), B- Area administrativa con (1) recepcionista, con equipo basico
((1)telefono, (1) fax) (1) sillas espera (3 puntos), C-Oficina sin
recepcionista con lo basico (1) telefono y (1) fax (1 punto) |
|
|
|
Sistema de Comunicación |
|
|
|
A- Comunicación por Celular (mas de 2
numeros opciones), Central telefónica con tres troncales o mas,
comunicación vía fax, y comunicación por medio de correo
electronico (10 puntos), B- Comunicación por Celular (mas de 2 numeros
opciones), y Central telefónica con tres troncales o mas ( |
|
|
|
Personal |
|
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|
A- 5
o mas Graduados en Mecánica Automotriz en institución
superior, u otra similar y
reconocida con mas de 10 años de Experiencia) (10 puntos).B- De |
|
|
|
(*) Deberá de demostrarse la experiencia
del profesional con su curriculum y las respectivas constancias de los lugares
donde ha ejecutado los años de experiencia. |
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|
Almacenaje después de reparado |
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|
A- Fuera del taller bajo techo en una estructura
especial para seguridad del vehiculo totalmente cerrada con un vigilante las
24 horas del día. ( |
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|
Equipo |
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A- Equipo propio comprado hace menos de dos años para realizar diagnósticos según corresponda en el sistema de alimentación de combustible, en el sistema de distribución y fajas principales, en el sistema electrico, en el sistema de lubricación, en el sistema de refregeración, en el sistema de induccion de aire, en el estado de motor, en el sistema de carroceria, en el sistema de chasis,en reparaciones de carroceria y pintura. (15 puntos). B-Equipo alquilado para realizar diagnósticos según corresponda en el sistema de alimentación de combustible, en el sistema de distribución y fajas principales, en el sistema electrico, en el sistema de lubricación, en el sistema de refregeración, en el sistema de induccion de aire, en el estado de motor, en el sistema de carroceria, en el sistema de chasis,en reparaciones de carroceria y pintura. (7 puntos). C-Equipo por comprar para realizar diagnósticos según corresponda en el sistema de alimentación de combustible, en el sistema de distribución y fajas principales, en el sistema electrico, en el sistema de lubricación, en el sistema de refregeración, en el sistema de induccion de aire, en el estado de motor, en el sistema de carroceria, en el sistema de chasis,en reparaciones de carroceria y pintura. (3 puntos). (*) |
|
|
|
(*) Presentar el documento ideal que demuestre
la condición a concursar |
|||
PUNTAJE TOTAL OBTENIDO |
|
||
De acuerdo con el
puntaje total obtenido se recomienda que este taller: |
|||
( ) Sea incorporado al Registro de
Elegibles |
|||
( ) Se deje en espera a que efectúe
las mejoras del caso (cuando hay asuntos o permiso en trámite) |
|||
( )
No se recomienda su inclusión |
|||
Firma del Inspector: __________________________________________________________________________________ |
|||
V° B°
Jefatura Servicios Generales: _____________________________________________________________________ |
|||
Firma responsable del Taller: _______________________________________________________________________ |
ANEXO 4, HOJA DE DIAGNÓSTICO
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Teléfono: 22585436 Fax: 22585436
DIGNOSTICO DE ESTADO DE VEHICULO
DATOS DE VEHICULO: |
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PLACA: |
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COLOR: |
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MOTOR: |
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MODELO: |
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KILOMETRAJE: |
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FECHA RITEVE: |
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AÑO: |
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ASIGNADO: |
|
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CILINDRADA: |
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COMBUSTIBLE: |
|
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VIN: |
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OTRO: |
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1.
ESTADO DE SISTEMA DE ALIMENTACION DE COMBUSTIBLE: (DIESEL O GASOLINA) |
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|
Kilometraje de servicio |
Kilometraje recorrido |
Si |
No |
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1.a |
Bomba de Inyección |
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1.b |
Inyectores |
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||||||||||
1.c |
Filtro de combustible |
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|
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||||||||||
1.e |
Bomba de trasiego |
|
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|
Otros |
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Se recomienda realizar los siguientes trabajos: |
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2.
ESTADO DE SISTEMA DE DISTRIBUCION Y FAJAS PRINCIPALES: |
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Kilometraje de servicio |
Kilometraje recorrido |
Si |
No |
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|
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2.a |
Fajas de distribución |
|
|
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||||||||||
2.b |
Rol tensor, y roles guía |
|
|
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|
||||||||||
2.c |
Retenedores de cigüeñal |
|
|
|
|
||||||||||
2.e |
Arbol de levas |
|
|
|
|
||||||||||
|
Bomba de aceite |
|
|
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2.g |
Fajas de alternador |
|
|
|
|
||||||||||
2.h |
Fajas de dirección hidráulica |
|
|
|
|
||||||||||
2.i |
Fajas de aire acondicionado |
|
|
|
|
||||||||||
2.j |
Fajas de abanico |
|
|
|
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||||||||||
2.k |
Otros |
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Se recomienda realizar los siguientes trabajos: |
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3. ESTADO DE SISTEMA ELECTRICO: |
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|
Kilometraje de servicio |
Kilometraje recorrido |
Si |
No |
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|
Sistema de Arranque |
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3.a |
Arrancador |
|
|
|
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3.b |
Batería (niveles, borner, gasas, cables) |
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3.c |
Sistema de precalentamiento (bujías) |
|
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|
Sistema de carga |
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3.d |
Generación |
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3.e |
Tensión de faja de alternador |
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|
Sistema de encendido (solo gasolina) |
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|
Bujias |
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||||||||||
3.g |
Cables de encendido |
|
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|
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3.h |
Tapa |
|
|
|
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||||||||||
3.i |
Rotor |
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|
|
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||||||||||
|
|
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||||||||||
|
Sistema de alumbrado |
|
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3.j |
Luces intermitentes |
|
|
|
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3.k |
Luces principales alta y baja |
|
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||||||||||
3.l |
Luces direccionales de |
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|
|
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||||||||||
3.m |
Luces de emergencia |
|
|
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||||||||||
3.n |
Luces de placa |
|
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|
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||||||||||
3.o |
Luces piloto |
|
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|
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||||||||||
3.p |
Luces habitáculo |
|
|
|
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||||||||||
3.q |
Luces de cabina |
|
|
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||||||||||
3.r |
Luces de reversa |
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|
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||||||||||
|
Sistema de Inyección: |
|
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3.s |
Escaneo de sistema |
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3.t |
Limpieza y comprobación de sensores |
|
|
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3.u |
Limpieza y comprobación de actuadores |
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|
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3.v |
Comprobación de inyectores (gasolina) |
|
|
|
|
||||||||||
3.x |
Miscelaneos: (radio, luz halógena, cd,
escobillas, etc) |
|
|
|
|
||||||||||
3.y |
Otros |
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|||||||||||||||
Se recomienda realizar los siguientes trabajos: |
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4.
ESTADO DE SISTEMA DE LUBRICACION: |
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Kilometraje de servicio |
Kilometraje recorrido |
Si |
No |
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4.a |
Filtro de Aceite |
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4.b |
Cambio de Aceite |
|
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4.c |
Luz indicadora |
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4.d |
Nivel de Combustible |
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4.e |
Otros: |
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|||||||||||||||
Se recomienda realizar los siguientes trabajos: |
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5.
ESTADO DE SISTEMA DE REFRIGERACION: |
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Kilometraje de servicio |
Kilometraje recorrido |
Si |
No |
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5.a |
Cambio de Liquido refrigerante |
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5.b |
Revisión de termostato |
|
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||||||||||
5.c |
Revisión de termo swith |
|
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5.d |
Abanico |
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||||||||||
5.e |
Estado de las mangueras |
|
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|
Estado de gasas |
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5.g |
Otros: |
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Se recomienda realizar los siguientes trabajos: |
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6.
ESTADO DE SISTEMA DE INDUCCION DE AIRE: |
|||||||||||||||
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|||||||||||
|
Kilometraje de servicio |
Kilometraje recorrido |
Si |
No |
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6.a |
Filtro de aire |
|
|
|
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||||||||||
6.b |
Ajuste de válvulas |
|
|
|
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||||||||||
6.d |
Enfriador |
|
|
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|
||||||||||
|
Turbo |
|
|
|
|
||||||||||
6.g |
Condición de mufla de escape |
|
|
|
|
||||||||||
6.h |
Catalizador |
|
|
|
|
||||||||||
6.i |
Silenciadores |
|
|
|
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||||||||||
6.j |
Soportes de muflas |
|
|
|
|
||||||||||
6.k |
Gasas |
|
|
|
|
||||||||||
6.l |
Prueba de emisión de gases |
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6.ll |
Otros: |
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Se recomienda realizar los siguientes trabajos: |
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7.
COMPROBACION DE ESTADO DE MOTOR: |
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Kilometraje de servicio |
Kilometraje recorrido |
Si |
No |
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7.a |
Revisión de fugas |
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7.b |
Estanquidad de estado de motor |
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Otros: |
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Se recomienda realizar los siguientes trabajos: |
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8.
ESTADO DE SISTEMA DE CARROCERIA: |
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Kilometraje de servicio |
Kilometraje recorrido |
Si |
No |
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Sistemas de Frenos |
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8.a |
Cambio de Fluido (recambio de fluido de
líquido de frenos) |
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8.b |
Ajuste y revisión de frenos de servicio
delanteros por disco |
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8.c |
Ajuste y revisión de frenos de servicio
traseros de servicio |
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8.d |
Comprobación y estado de freno de
aparcamiento |
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8.e |
Comprobación de luz indicadora ABS / ESP
/ TRC / Parqueo |
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|
Revisión de fugas y mangueras flexibles |
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8.g |
Escaneo de sistema de frenos asistidos
electrónicamente |
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8.h |
Otros |
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Sistema de suspensión: |
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8.i |
Comprobación de amortiguadores delanteros |
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8.j |
Comprobación de amortiguadores traseros |
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8.k |
Comprobación de barras tensoras |
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8.l |
Comprobación de barras estabilizadoras |
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8.ll |
Comprobación de monturas |
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8.m |
Comprobación de bushineria |
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8.n |
Comprobación de presión de
llantas, estado de llantas |
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8.o |
Comprobación y revisión de
resortes (según tipo) |
|
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8.p |
Escaneo de la suspensión |
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8.q |
Comprobación de rotulas de
suspensión |
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8.r |
Rotación de llantas |
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8.s |
Otros |
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Sistema de Dirección |
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8.t |
Estado de rotulas internas |
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8.u |
Estado de rotulas externas |
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8.v |
Comprobación y ajuste de la caja de
dirección (general) |
|
|
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|
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8.x |
Revisión y comprobación de la
trama del vehículo |
|
|
|
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8.y |
Revisión y comprobación del
alineamiento del vehículo |
|
|
|
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8.z |
Cambio del fluido de dirección asistida |
|
|
|
|
||||||||||
8.a.a |
Cambio del fluido de la dirección
hidráulica |
|
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8.a.b |
Revisión de tensión de faja
hidráulica |
|
|
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8.a.c |
Comprobación de fugas |
|
|
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8.a.d |
Comprobación de juego de volante |
|
|
|
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8.a.e |
Escaneo del sistema (si lo requiere) |
|
|
|
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8.a.f |
Otros |
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Se recomienda realizar los siguientes
trabajos: |
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9.
ESTADO DE SISTEMA DE CHASIS: |
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Kilometraje de servicio |
Kilometraje recorrido |
Si |
No |
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Sistema de transmisión: |
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9.a |
Cambio y revisión de Nivel de aceite de
diferencial |
|
|
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9.b |
Cambio y revisión de Nivel de aceite de
Transfer |
|
|
|
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9.c |
Cambio y revisión de Nivel de aceite de
Caja de cambios |
|
|
|
|
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9.d |
Cambio y revisión de Nivel de aceite de
Charnelas |
|
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9.e |
Revisión de nivel de transeje |
|
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|
Otros |
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|
Sistema de Transmisión y Transferencia: |
|
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9.g |
Revisión de barras de transmisión
y cruces |
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9.h |
Comprobación de roles de bocina |
|
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||||||||||
9.i |
Comprobación de diferenciales |
|
|
|
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||||||||||
9.j |
Comprobación de semiejes |
|
|
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|
||||||||||
9.k |
Revisión de flechas y botas homocineticas |
|
|
|
|
||||||||||
9.l |
Comprobación de fugas de aceites y retenedores
en cada uno de los sistemas |
|
|
|
|
||||||||||
9.ll |
Comprobación y revisión y cambio
de aceite de caja automáticas |
|
|
|
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||||||||||
9.m |
Otros |
|
|
|
|
||||||||||
|
|
|
|
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||||||||||
|
Sistema de Embrague: |
|
|
|
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||||||||||
9.n |
Comprobación y ajuste del sistema de
embrague |
|
|
|
|
||||||||||
9.o |
Cambio de fluido del liquido de embrague |
|
|
|
|
||||||||||
9.p |
Comprobación de tuberías y
varillaje |
|
|
|
|
||||||||||
9.q |
Otros |
|
|
|
|
||||||||||
|
|
|
|
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||||||||||
|
Sistema de Rodaje: |
|
|
|
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9.r |
Revisión de fugas |
|
|
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9.s |
Revisión de juegos de bocinas |
|
|
|
|
||||||||||
9.t |
Ajustes de bocinas |
|
|
|
|
||||||||||
9.u |
Ajuste de charnelas |
|
|
|
|
||||||||||
9.v |
Otros |
|
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|||||||||||||||
Se recomienda realizar los siguientes trabajos: |
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10. TAPICERIA CARROCERIA Y PINTURA: |
|||||||||||||||
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|||||||||||||||
|
Kilometraje de servicio |
Kilometraje recorrido |
Si |
No |
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10.a |
Bumper delantero |
|
|
|
|
||||||||||
10.b |
Tapa de Motor |
|
|
|
|
||||||||||
10.c |
Guarda barro derecho delantero |
|
|
|
|
||||||||||
10.d |
Guarda barro izquierdo delantero |
|
|
|
|
||||||||||
10.e |
Guarda barro derecho trasero |
|
|
|
|
||||||||||
|
Guarda barro izquierdo trasero |
|
|
|
|
||||||||||
10.g |
Puerta derecha delantera |
|
|
|
|
||||||||||
10.h |
Puerta izquierda delantera |
|
|
|
|
||||||||||
10.i |
Puerta izquierda trasera |
|
|
|
|
||||||||||
10.j |
Puerta derecha delantera |
|
|
|
|
||||||||||
10.k |
Bumper trasero |
|
|
|
|
||||||||||
10.l |
Tapa de Cajuela |
|
|
|
|
||||||||||
10.ll |
Techo |
|
|
|
|
||||||||||
10.m |
Foco principal delantero derecho |
|
|
|
|
||||||||||
10.n |
Foco principal delantero izquierdo |
|
|
|
|
||||||||||
10.o |
Luces de parque delantero derecho |
|
|
|
|
||||||||||
10.p |
Luces de parque delantero izquierdo |
|
|
|
|
||||||||||
10.q |
Foco trasero derecho |
|
|
|
|
||||||||||
10.r |
Foco trasero izquierdo |
|
|
|
|
||||||||||
10.s |
Luces de parque trasero derecho |
|
|
|
|
||||||||||
10.t |
Luces de parque trasero izquierdo |
|
|
|
|
||||||||||
10.u |
Luces de placa |
|
|
|
|
||||||||||
10.v |
Luces de cruce delantera derecha |
|
|
|
|
||||||||||
10.x |
Luces de cruce delantera izquierda |
|
|
|
|
||||||||||
10.y |
Luces de cruce trasero derecho |
|
|
|
|
||||||||||
10.z |
Luces de cruce trasero izquierda |
|
|
|
|
||||||||||
10.a.a |
Retrovisor derecho |
|
|
|
|
||||||||||
10.a.b |
Retrovisor izquierdo |
|
|
|
|
||||||||||
10.a.c |
Bumper delantero |
|
|
|
|
||||||||||
10.a.d |
Tapa de Motor |
|
|
|
|
||||||||||
10.a.c |
Guarda barro derecho delantero |
|
|
|
|
||||||||||
10.a.d |
Guarda barro izquierdo delantero |
|
|
|
|
||||||||||
10.a.e |
Guarda barro derecho trasero |
|
|
|
|
||||||||||
10.a.f |
Guarda barro izquierdo trasero |
|
|
|
|
||||||||||
10.a.g |
Puerta derecha delantera |
|
|
|
|
||||||||||
10.a.h |
Puerta izquierda delantera |
|
|
|
|
||||||||||
10.a.i |
Puerta izquierda trasera |
|
|
|
|
||||||||||
10.a.j |
Puerta derecha delantera |
|
|
|
|
||||||||||
10.a.k |
Bumper trasero |
|
|
|
|
||||||||||
10.a.l |
Tapa de Cajuela |
|
|
|
|
||||||||||
10.a.ll |
Techo |
|
|
|
|
||||||||||
10.a.m |
Foco principal delantero derecho |
|
|
|
|
||||||||||
10.a.n |
Foco principal delantero izquierdo |
|
|
|
|
||||||||||
10.a.o |
Luces de parque delantero derecho |
|
|
|
|
||||||||||
10.a.p |
Luces de parque delantero izquierdo |
|
|
|
|
||||||||||
10.a.q |
Foco trasero derecho |
|
|
|
|
||||||||||
10.a.r |
Foco trasero izquierdo |
|
|
|
|
||||||||||
10.a.s |
Luces de parque trasero derecho |
|
|
|
|
||||||||||
10.a.t |
Luces de parque trasero izquierdo |
|
|
|
|
||||||||||
10.a.u |
Luces de placa |
|
|
|
|
||||||||||
10.a.v |
Luces de cruce delantera derecha |
|
|
|
|
||||||||||
10.a.x |
Luces de cruce delantera izquierda |
|
|
|
|
||||||||||
10.a.y |
Luces de cruce trasero derecho |
|
|
|
|
||||||||||
10.a.z |
Luces de cruce trasero izquierda |
|
|
|
|
||||||||||
10.a.a.a |
Retrovisor derecho |
|
|
|
|
||||||||||
10.a.a.b |
Retrovisor izquierdo |
|
|
|
|
||||||||||
10.a.a.c |
Otros |
|
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|||||||||||||||
Se recomienda realizar los siguientes trabajos: |
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ANEXO 5,
COTIZACIÓN DE REPARACIONES
|
Precio
de la mano de obra |
Utilidades |
A) Sistemas de inyección
y carburación Subtotal: |
|
|
Detalle. Sistema de
inyección. Subtotal: |
|
|
ü Desmontar,
reparar e instalar bomba de inyección |
|
|
ü Desmontar, reparar e instalar inyectores
de diesel |
|
|
ü Diagnóstico
computarizado, escáner sistema inyectado |
|
|
ü Cambio de filtro |
|
|
ü Desmontar, reparar e instalar
inyectores |
|
|
ü Desmontar, reparar e instalar
bomba trasegadora |
|
|
Detalle. Sistema de carburación Subtotal: |
|
|
ü Desmontar, reparar e instalar
carburador |
|
|
ü Cambiar filtros |
|
|
ü Desmontar, reparar e instalar
bomba gasolina manual |
|
|
ü Desmontar, reparar e instalar
bomba gasolina eléctrica |
|
|
Sistemas de embrague y frenos Subtotal: |
|
|
Detalle. Sistema de embrague Subtotal: |
|
|
ü Desmontar caja de cambios o
motor |
|
|
ü Cambiar plato, disco, rol de
empuje y rol piloto |
|
|
ü Cambio de bomba principal,
auxiliar o cable |
|
|
ü Cambiar retenedores, volante y
rectificación del volante |
|
|
ü Desmontar, reparar e instalar
tubería |
|
|
Detalle. Sistema de frenos Subtotal: |
|
|
ü Desmontaje de llantas y
tambores |
|
|
ü Cambio de zapatas, pastillas y bombas
auxiliares |
|
|
ü Reparar, ajustar frenos y bomba
principal |
|
|
ü Cambio de zapatas y
rectificación, tambores y discos |
|
|
ü Desmontar, reparar buster o
cambiar |
|
|
ü Reparar, cambiar freno de mano,
cables y ajustar |
|
|
ü Reparar, cambiar válvula
dosificadora carga de frenado |
|
|
C) Sistema de enfriamiento Subtotal: |
|
|
ü Desmontar, reparar e instalar
radiador |
|
|
ü Desmontar, reparar e instalar
enfriador de aceite |
|
|
ü Cambio termostato, bomba de agua,
sensores y filtro |
|
|
ü Fanclutch y fajas |
|
|
ü Cambiar tapón |
|
|
ü Cambiar mangueras |
|
|
ü Cambiar termo switch |
|
|
ü Cambiar bulbo de temperatura |
|
|
ü Cambio abanico eléctrico |
|
|
D) Sistemas
eléctricos y electrónicos Subtotal: |
|
|
Detalle. Sistema eléctrico Subtotal: |
|
|
ü Desmontar, reparar e instalar
arrancador |
|
|
ü Desmontar, reparar e instalar
alternador |
|
|
ü Desmontar, reparar e instalar
tarjeta electrónica |
|
|
ü Reparar tablero, instrumentos,
sensores, cableado, motor, escobillas, luces |
|
|
ü Diagnóstico y escaneado
electrónico, sensores, selecciones, tarjeta electrónica y
computadora |
|
|
ü Reparar switch ignición |
|
|
Detalle. Sistema electrónico Subtotal: |
|
|
ü Desmontar, reparar e instalar
tarjeta electrónica |
|
|
ü Reparar tablero, instrumentos,
sensores, cableado, motor escobillas, luces y focos |
|
|
ü Diagnóstico y escaneo
sistema electrónico, sensores, selecciones, tarjeta electrónica
y computadora |
|
|
E) Sistema
de dirección Subtotal: |
|
|
ü Desarmado y armado chanelas |
|
|
ü Desmontar y cambiar
rótulas en general |
|
|
ü Desmontar, desarmar y reparar
caja de dirección |
|
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ü Ajustar los roles bocina o
cambiar |
|
|
ü Cambiar el brazo pigman |
|
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ü Tramado dirección y balanceo |
|
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ü Desmontar, reparar e instalar
servo dirección |
|
|
ü Desmontar, reparar, revisar
barra dirección, cruces |
|
|
F) Sistema
de suspensión Subtotal: |
|
|
ü Cambio general de compensadores
delanteros y traseros |
|
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ü Desmontar, reparar e instalar
resorte |
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ü Cambio de hules y tornillo
centro |
|
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ü Cambio hojas maestras y cubre
maestra |
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ü Reparar, cambiar tijereta |
|
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G) Sistemas
de escape y emisiones de gases Subtotal: |
|
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ü Desmontaje tubo escape |
|
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ü Cambio silenciador y
catalizador y empaques |
|
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ü Reparar manifold |
|
|
H) Sistemas
de transmisiones y diferenciales Subtotal: |
|
|
ü Desmontar, reparar e instalar
caja de cambios y transfer |
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|
ü Desmontar, reparar e instalar
diferenciales, ejes, barra transmisión |
|
|
ü Cambio cruces, soporte |
|
|
ü Desmontar, reparar e instalar
rueda libre |
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I) Motores
diesel y gasolina Subtotal: |
|
|
ü Afinamiento, calibración
válvulas, bujías, cables, condensador, rotor, cambio filtros,
faja distribución |
|
|
ü Desmontar, reparar e instalar motor
para comprobar piezas internas y externas, cigüeñal, bielas,
pistones, árbol levas, camisas, block, bomba aceite y cabezote |
|
|
ü Reparar bomba de
inyección e inyectores |
|
|
J)
Sistemas de lubricación y engrase (durante el desarme) Subtotal: |
|
|
ü Cambio general aceite y filtros |
|
|
ü Diferencial, caja cambios,
transfer, motor, engrase, barra transmisión, rótulas y pines |
|
|
K) Cambio
y reparación de llantas (durante el desarme) Subtotal: |
|
|
ü Reparar llantas, sustituir
neumáticos, cambiar llantas y rotar posiciones (entiéndase como
cambio de llantas las posiciones de éstas y no sustituirlas por
nuevas) |
|
|
L) Limpieza
de vehículos Subtotal: |
|
|
ü Limpieza externa: incluye batea,
ventanas, carrocería y llantas lavados a presión con
jabón |
|
|
ü Limpieza de motor: lavado a
vapor con agua caliente más jabón |
|
|
ü Limpieza externa: incluye
limpieza de alfombras y asientos con aspiradora, ventanas, dirección y
tableros delanteros del dash |
|
|
ü Limpieza total: incluye todas
las anteriores |
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|
TOTAL PRECIONES UNITARIOS DE |
|
|
PROMEDIO DEL PLAZO DE ENTREGA Y GARANTÍA DEL
SERVICIO: |
|
|
MUNICIPALIDAD
DE MORAVIA
REGLAMENTO
PARA APROBACIÓN, CONSTRUCCIÓN,
CONTROL Y
RECEPCIÓN DE URBANIZACIONES
DE
El Concejo Municipal de Moravia, con fundamento en
el artículo 169 de
CAPÍTULO
I
Disposiciones
Generales
Artículo lº—Ámbito de
aplicación. El presente reglamento regula el proceso de
aprobación, construcción y recepción de urbanizaciones en
el cantón de Moravia.
Artículo 2º—Definiciones. Para efectos del presente
reglamento se consideran los siguientes conceptos:
Anteproyecto de Urbanización: Representación gráfica y
según requerimientos especiales complementada con documentos escritos en
la cual se exponen los aspectos fundamentales de las características
generales de la futura urbanización: funcionales, formales y
constructivas, cuyo objeto es proporcionar una primera imagen global de la
misma.
Licencia de Construcción: Acto Administrativo que reconoce a un sujeto de
derecho privado o público el derecho a construir una
urbanización, con sujeción a los condicionamientos definidos en
el acto y en la legislación aplicable, con la necesaria
comprobación de que el ejercicio de la actividad autorizada no afecta el
interés público o bien común.
Uso de suelo: Certificado municipal que acredita la conformidad de un uso del suelo
pretendido a los requerimientos de la zonificación establecida en el
Plan Regulador.
Urbanización: Para efectos de este reglamento se considerara
como urbanización el fraccionamiento y habilitación de todo
terreno realizado para fines urbano – residenciales, mediante la apertura
de calles nuevas y provisión de servicios.
Obras de infraestructura urbana: Infraestructura constructiva básica que
sirve de soporte para nuevos asentamientos
urbanos, tanto subterránea, como superficial y aérea.
CAPÍTULO
II
Anteproyectos
y usos de suelo
Artículo 3º—Requisitos para
aprobación de anteproyecto y otorgamiento de uso de suelo de
Urbanización. Las autorizaciones de ante proyectos de urbanización
y usos de suelo para ese fin deberán ser tramitadas ante el departamento
de Planificación Urbana de
a) Copia
del plano catastro de la (s) finca (s) que se pretende desarrollar debidamente
visado por
b) Certificación
Registral Literal de la propiedad a desarrollar, incluidas copias certificadas
de micro film sobre anotaciones o gravámenes que pesen sobre el bien.
c) Copia
certificada del documento de identificación del propietario. Si el bien
es propiedad de una persona jurídica, se deberá aportar
certificación original de personería con no menos de treinta
días de expedida por autoridad competente y copia certificada de la
cedula de identidad del representante legal de la entidad. Si el trámite
se realiza por medio de apoderado especial, general o generalísimo se
deberá aportar un original del poder y una copia certificada de la
cedula de identidad del apoderado.
d) Estudio
de mecánica de suelos.
e) Carta
de disponibilidad de agua potable y alcantarillado sanitario expedido por el
Instituto de Acueductos y Alcantarillados. En caso de no existir sistemas
colectores de alcantarillado sanitario se deberá aportar pruebas de
infiltración conforme los lineamientos del Instituto antes indicado. En
proyectos de diez o más viviendas se deberá utilizar planta de
tratamiento y deberá aportarse la propuesta de la misma en esta etapa,
misma que deberá contar el permiso de ubicación del Ministerio de
Salud. En casos debidamente justificados por estudios de infiltración
podrá aceptarse otras propuestas para el manejo de aguas de
alcantarillado sanitario. En casos donde no existan colectores y no se
sobrepasen las nueve viviendas no se aceptará la utilización del
tanque séptico tradicional, en su lugar deben usarse sistemas de mayor
eficiencia.
f) Visto
bueno de desfogue pluvial. En casos calificados y debidamente justificados
podría requerirse por parte del ayuntamiento la construcción de
laguna de retardo, debiendo aportarse con el anteproyecto la propuesta grafica
de la obra y sus respectivas memorias del cálculo con un período
de retorno de diez años y un tiempo de concentración de veinte
minutos.
g) Documento
expedido por el Instituto Costarricense de Electricidad donde se acredite que
la propiedad a desarrollar no está afectada por líneas eléctricas
de alta tensión y si existieren, indicación del respectivo
alineamiento.
h) Acreditación
de alturas máximas de construcción por parte de Aviación
Civil, únicamente procederá en los supuestos del artículo
14 del Reglamento de Zonificación del Plan Regulador.
i) Documento
expedido por
Artículo 4º—Del uso de suelo
para movimiento de tierras. Cuando como parte del proyecto
urbanístico se requiera realizar movimientos de tierra, se deberá
cumplir con lo siguiente:
a) Presentación
de misiva donde se detalla la cantidad de metros cúbicos de material que
se movilizara, incluyendo memoria de cálculo.
b) Presentación
de una copia simple del plano catastro e informe registral literal del bien
donde se depositara el material.
c) En
caso de que el material se pretenda depositar en Moravia se debe aportar
solicitud escrita del propietario del bien y de requerirse en la legislación
aplicable debe aportarse estudio de impacto y viabilidad ambiental.
d) Si
el bien donde se pretende el depósito de materiales se ubica en otro
cantón es necesario que se aporte la autorización de la
respectiva Municipalidad.
e) Mapa
de las rutas que se utilizarán en el cantón para el traslado de
los materiales, cuando sean más de
g) Obtención
de patente comercial como -no domiciliado- para el movimiento de tierras por
parte del encargado de las obras”.
CAPÍTULO
III
De
los planos y la licencia constructiva
Artículo 5º—Planos a
presentar con el trámite de anteproyecto. Los planos a
presentar para aprobación
del anteproyecto y proyecto deberán contener: Diseño de sitio con
tabla de áreas e indicación expresa de los alineamientos
respectivos. Indicación expresa de servidumbres, ríos, quebradas,
acequias, desfogues o cualquier otra afectación o limitación que
afecte al bien. Detalles de derecho de vías, considerando un ancho
mínimo de acera de
Artículo 6º—De la licencia de construcción.
Otorgado el respectivo uso de suelo conforme y aprobado el anteproyecto de
urbanización, el interesado deberá tramitar ante
a) Completar
el formulario para trámite de permiso de construcción, el cual
deberá ser suscrito por persona con capacidad suficiente para ello.
b) Aportar
dos juegos de planos definitivos del proyecto urbanístico y al menos en
una lamina de estos deberá constar la aprobación del Colegio
Federado de Ingenieros y Arquitectos, visado de Acueductos y Alcantarillados,
visto bueno de Ministerio de Salud y del departamento de Bomberos del Instituto
Nacional de Seguros y la aprobación del Instituto de Vivienda y
Urbanismo.
c) Aportar
estudio vial cuando existan situaciones debidamente justificadas o sea
requisito de ley, previa prevención municipal.
e) Aportar
estudio de vulnerabilidad de los mantos acuíferos, aprobados por las
instancias competentes.
f) Presentar
estudio de impacto ambiental aprobado por
Los requisitos exigidos para el trámite de
uso de suelo se trasladaran dentro del expediente para efecto del respectivo
permiso de construcción, en consecuencia no podrán solicitarse
esos requisitos nuevamente, salvo actualización de documentos con fecha
de caducidad”.
Artículo 7º—De la licencia para movimiento de tierra.
Otorgado el respectivo uso de suelo conforme para movimiento de tierra el
interesado deberá tramitar ante
a) Completar
formulario para trámite de movimiento de tierra, el cual deberá
ser suscrito por persona con capacidad suficiente para ello.
b) En
caso de que el movimiento de tierra supere los
En movimientos de tierra superiores a los
Artículo 8º—Del impuesto y
multas por construcción de urbanizaciones. De conformidad con el
artículo 70 de
Avance de Obras |
Multa porcentual calculada sobre el valor total tasado |
Obras de Infraestructura |
|
Inicio de Cordón de
caño, pozos o tuberías |
75% |
Inicio de Muros, Carpetas,
juegos infantiles |
100% |
Avance
de Estructuras I Nivel |
|
Cimientos, sobre cimiento, paredes,
armadura viga corona colocada, contrapisos, instalaciones sanitarias y
pluviales en proceso |
50% |
Tapicheles, estructura de
techos, cubierta de techos, repellos, canoas, bajantes |
75% |
Tapias, tanque séptico y drenaje,
Instalaciones sanitarias y pluviales concluidas, instalación
eléctrica en proceso, empastados, marcos de puertas y ventanas,
vidrios, puertas, inicio de acabado de piso y enchapes, inicio de cielos,
pinturas, muebles de cocina, closets, losa sanitaria. |
100% |
Avance de Estructuras de
Dos Niveles |
|
Cimientos, sobre cimiento,
paredes primer nivel, armadura viga entrepiso colocada |
50% |
Inicio de paredes segundo nivel,
armadura de viga corona colocada, tapicheles, estructura de techos, cubierta
de techos, repellos, canoas, bajantes, Tapias, tanque séptico y
drenaje, instalaciones sanitarias y pluviales en proceso. |
75% |
Instalaciones sanitarias y
pluviales concluidas, instalación eléctrica en proceso,
empastados, marcos de puertas y ventanas, vidrios, puertas, inicio de acabado
de piso y enchapes, inicio de cielos, pinturas, muebles de cocina, closets,
losa sanitaria. |
100% |
Avance de Estructuras de
Tres Niveles o más |
|
Cimientos, sobre cimiento,
paredes primer nivel, armadura de viga entrepiso colocada. |
50% |
Inicio de paredes segundo nivel,
armadura de viga entrepiso colocada, instalaciones sanitarias y pluviales en
proceso |
75% |
Inicio de paredes en tercer
nivel o más, empastados, enchapes, armadura de viga corona o viga
entrepiso colocada, tapicheles, estructura de techos, cubierta de techos,
repellos, canoas, bajantes, Tapias, tanque séptico y drenaje, cielos
en niveles inferiores. |
85% |
Instalaciones sanitarias y
pluviales concluidas, instalación eléctrica en proceso,
empastados, marcos de puertas y ventanas, vidrios, puertas, inicio de acabado
de piso y enchapes, inicio de cielos, pinturas, muebles de cocina, closets,
losa sanitaria. |
100% |
CAPÍTULO IV
De la
fiscalización constructiva, recepción
y traspaso de áreas
públicas
Artículo 9º—Del deber de
inspección municipal.
De todo lo actuado por la inspección municipal el funcionario a
cargo deberá mantener registro en una bitácora oficial elaborada
por
Artículo 10.—De la recepción oficial de obras de
infraestructura. Una vez concluida la construcción de obras de
infraestructura de una Urbanización con ajuste total a los planos
aprobados la recepción definitiva se dará por acuerdo del Concejo
Municipal y para tal efecto el propietario del proyecto deberá presentar
escrito que deberá acompañar con cartas de Acueductos y
Alcantarillados sobre recepción de sistemas de acueducto y alcantarillados incluida prueba de
presión para el caso del sistema potable, de
No se recibirán obras de infraestructura donde no estén
concluidas y en perfecto estado de funcionamiento: mallas perimetrales,
áreas de juegos infantiles, parques y comunales, alcantarillado pluvial
y desfogues pluviales, transiciones entren calles existentes e internas del
proyecto, tendido eléctrico total según exigencia de
Compañía Nacional de Fuerza y Luz, señalamiento vial
horizontal y vertical, sistema de agua potable y alcantarillado sanitario,
muros especiales en taludes y
terrazas colindantes a lotes privados o áreas públicas,
sistema de hidrantes colocados y en funcionamiento, planta de tratamiento en
los casos que se requiera.
En los casos debidamente calificados aun en etapas de recepción de
obras de ser necesario se solicitara al desarrollador la construcción de muros
especiales según planos o necesidad en sitio, en ningún caso la
pendiente en sitio debe ser superior al 10%.
Artículo 11.—Del traspaso registral de áreas
públicas. Una vez firme el acuerdo municipal de recepción de
áreas de infraestructura pública el fraccionador o urbanizador
por medio de escritura publica cederá gratuitamente a favor de
No se otorgarán visados individuales de planos de las parcelas
privadas resultantes del fraccionamiento hasta tanto las áreas
públicas a ceder al dominio público municipal no estén
inscritas en el registro público.
Artículo 12.—Supletoriedad. Se aplicara supletoriamente
a las normas de este reglamento las disposiciones legales contenidas en la
normativa urbana y constructiva.
Artículo 13.—Derogaciones. Este
reglamento deroga cualquier disposición de igual jerarquía que se
oponga a este instrumento.
Artículo 14.—Vigencia. Rige a partir de día de
publicación.
Moravia, 7 de noviembre del 2011.—Lic. Juan
Pablo Hernández Cortes, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2011087843).
MUNICIPALIDAD DE
TARRAZÚ
El Concejo Municipal de Tarrazú, en su
acuerdo Nº 05, tomado en la sesión ordinaria 075-2011, celebrada el
5 de octubre del 2011, acuerda: a solicitud de
“Aceptar realizar acciones judiciales o
administrativas contra
Acuerdo en firme.
4 de octubre del 2011.—Concejo
Municipal.—Daniela Fallas Porras, Secretaria.—1
vez.—(IN2011087838).
MUNICIPALIDAD DE LOS
CHILES
El Concejo Municipal de Los
Chiles, comunica a toda la ciudadanía en general, que en
Los Chiles, 10 de octubre del
2011.—Concejo Municipal.—Elhiut Ortiz Henríquez,
Secretaria.—1 vez.—O. C. Nº 14379.—Solicitud Nº
32826.—C-5870.—(IN2011087525).
MUNICIPALIDAD DE SAN
RAFAEL DE HEREDIA
El Concejo Municipal de San Rafael de Heredia, en
sesión ordinaria Nº 118-2011, celebrada el lunes 10 de octubre del
2011, aprobó por unanimidad y en firme el siguiente reglamento:
REGLAMENTO
DE TENENCIA Y MANEJO RESPONSABLE
DE MASCOTAS O ANIMALES
DOMÉSTICOS DEL
CANTÓN DE SAN
RAFAEL DE HEREDIA
Artículo 1º—E1 presente
Reglamento es de orden social e interés general y tiene por objeto
regular lo concerniente a la limpieza y tratamiento de los desechos fecales
producidos por los animales domésticos en la vía pública.
Artículo 2º—La limpieza y adecuado tratamiento de los
desechos fecales producidos por los animales en la vía pública es
considerada de prioridad sanitaria y de responsabilidad exclusiva del
propietario del animal doméstico.
Artículo 3º—Definiciones: Desechos fecales: El
material generado por los animales domésticos en el proceso de
evacuación natural de los alimentos.
Áreas comunes o áreas públicas: Son los espacios de convivencia y uso general de
los vecinos del cantón de San Rafael de Heredia, conocidas como
área públicas.
Recipientes o dispositivos de desecho: Son los lugares de depósito colocados y autorizados por
Materiales necesarios: Se
consideran todos aquellos medios tales como palas, bolsas plásticas,
papel periódico, escobas y cualquier otro tipo de instrumento que
permita recoger de manera correcta los desechos fecales de los animales
domésticos.
Artículo 4º—Los propietarios de
animales domésticos estarán obligados a recoger y limpiar los
desechos fecales que arrojen sus animales en las vías públicas y
áreas comunes.
Artículo 5º—Los propietarios o encargados de animales o
de cualquier sitio o local que se encargue de animales, están en la
obligación de cumplir el presente Reglamento, estando obligados a
transportar los desechos fecales producidos por sus mascotas a los depósitos
señalados previamente para ello.
Artículo 6º—Los propietarios de animales
domésticos están en la obligación de que una vez muerta su
mascota deberán recogerla y sepultarla a una profundidad considerable
con el fin de evitar malos olores y peligro a la salud pública, bajo
ninguna circunstancia las mascotas deberán descomponerse en la
vía pública o podrán ser arrojadas por sus dueños a
esta una vez fallecidos.
Artículo 7º—Queda terminantemente prohibido:
i.- Arrojar
o abandonar en la vía pública, áreas comunes o facilidades
comunales y en general en sitios no autorizados por el presente Reglamento,
animales muertos o en período de descomposición y desechos
fecales.
ii.- Permitir
que las mascotas realicen sus necesidades en sitios en los cuales no existan
dispositivos o recipientes de desecho.
iii.- Pasear a la mascota por la vía pública sin
contar con los instrumentos necesarios que se indican en el presente
Reglamento.
Artículo 8º—En caso de
transgresión a algún deber por parte de los propietarios o
cuidadores,
En el acto se le podrá dar copia del presente Reglamento.
Los incumplimientos o infracciones al presente Reglamento darán
facultad a cualquier interesado, munícipe del cantón de San
Rafael de Heredia, o empleado municipal para denunciar ante el Ministerio de
Salud la infracción aducida, la cual, de conformidad con sus competencias
podrá emitir una orden sanitaria según la gravedad de la falta
Si el propietario del animal doméstico es reincidente en la
violación al presente Reglamento, por dos o más veces, queda
expedita la vía para la denuncia por cualquier interesado ante el
Ministerio de Salud, conforme el párrafo anterior, el cual además
de emitir órdenes sanitarias, podrá dentro de sus facultades
decomisar el animal.
Artículo 9º—Cuando se proceda al decomiso de animales,
los mismos serán entregados a protectoras, veterinarias u otros sectores
sociales para su respectiva adopción.
Artículo 10.—En cualquier procedimiento de denuncia o
amonestación deberá respetarse el derecho de defensa y debido
proceso del propietario del animal, teniendo este amplia facultad para ofrecer
pruebas, realizar alegaciones y recurrir las actuaciones y/o amonestaciones que
se le hayan realizado.
Disposición transitoria
Única—
San Rafael de Heredia, 26 de
octubre del 2011.—Concejo Municipal.—Damaris Ruiz Rojas,
Secretaria.—1 vez.—(IN2011087410).
El Concejo Municipal de San Rafael de Heredia, en sesión ordinaria Nº 118-2011, celebrada el lunes 10 de octubre del 2011, aprobó por unanimidad y en firme el siguiente reglamento.
REGLAMENTO PARA
HONORÍFICAS
DEL CANTÓN DE SAN RAFAEL
DE
HEREDIA Y NOMINACIÓN DE
INMUEBLES
MUNICIPALES.
CAPÍTULO 1
De los títulos, honores, condecoraciones oficiales
y
nominación de bienes inmuebles
Artículo
1º—Los títulos, honores y condecoraciones que con
carácter oficial, podrá conferir en lo sucesivo el Concejo
Municipal de San Rafael de Heredia, a fin de premiar especiales merecimientos,
beneficios señalados o servicios extraordinarios, son los siguientes:
título de Hijo Predilecto y ciudadano ejemplar del cantón de San
Rafael de Heredia.
Asimismo, el Concejo Municipal podrá
nombrar los bienes inmuebles municipales, otorgándoles a estos nombres
de personas físicas o nombres de fantasía (personas
jurídicas), haciendo alusión a aquellas personas que en virtud de
su reconocida trayectoria hayan brindado un aporte de importancia al
cantón rafaeleño, o que haya sido acreedor de una mención
honorífica.
Artículo 2º—Para el
otorgamiento de las distinciones honoríficas y nominación de
bienes inmuebles, el Concejo Municipal de San Rafael de Heredia tutelará
las normas establecidas en el presente Reglamento.
Artículo 3º—Todas las
distinciones a que hace referencia este Reglamento tienen carácter
exclusivamente honorífico, sin que, por tanto, otorguen ningún
derecho administrativo ni de carácter económico.
Artículo 4º—El Concejo
Municipal determinará en el presupuesto municipal una partida que
sufragará todos los gastos que se deriven del acto solemne de
reconocimiento de menciones honoríficas y nominación de bienes
inmuebles.
CAPÍTULO 2
De los títulos de Hijo Predilecto y de Ciudadano ejemplar
Artículo
4º—Para los efectos del presente Reglamento el título de Hijo
Predilecto sólo podrá recaer en quienes hayan nacido en el
cantón de San Rafael de Heredia, o que hayan residido al menos quince
años en el cantón, y que por sus destacadas cualidades personales
o méritos señalados, y singularmente por sus servicios de
beneficio, mejora u honor del cantón de San Rafael de Heredia, hayan
alcanzado tan alto prestigio y consideración general tan indiscutible en
el concepto público, que la concesión de aquel título deba
estimarse por el Concejo Municipal como el más adecuado y merecido
reconocimiento de esos méritos y cualidades, y como preciado honor,
aún más que para quien la recibe, para la propia
Corporación que la otorga y para el pueblo rafaeleño por ella
representado.
El nombramiento de Ciudadano ejemplar podrá
conferirse a favor de persona que sin haber nacido en San Rafael de Heredia,
resida o no en el cantón rafaeleño, cualquiera que sea su
naturaleza de origen, reúna los méritos y circunstancias
enumeradas anteriormente. Tanto el título de Hijo Predilecto como de
Ciudadano ejemplar podrá ser concedido, como póstumo homenaje, al
fallecimiento de personalidades en las que concurrieran los merecimientos
citados. Ambos títulos de Hijo Predilecto y de Ciudadano ejemplar deben
ser considerados de igual jerarquía y del mismo honor y
distinción.
La nominación de bienes inmuebles
podrá, sin que sea de carácter obligatorio, ostentar un fuero de
atracción y recaer en personas nominadas como Hijos Predilectos o
Ciudadanos ejemplares, esto, cuando el Concejo así lo considere.
Artículo 5º—La
mención honorífica de Hijo Predilecto, de Ciudadano ejemplar y
nominación de bienes inmuebles, constituyen la primera y mayor
distinción que el Concejo Municipal de San Rafael de Heredia puede otorgar,
por tanto, para que mantengan todos sus prestigios, habrá de observarse
en su concesión el máximo rigor y la mayor restricción
posible. Los títulos de Hijo Predilecto, de ciudadano ejemplar y la
nominación de bienes inmuebles municipales, serán vitalicios
salvo por causas justificantes que ameriten la revocatoria de dicha
mención.
Artículo 6º—La
concesión de la mención honorífica de Hijo Predilecto, de
Ciudadano Ejemplar y nominación de bienes inmuebles municipales de San
Rafael de Heredia habrá de ser acordada de manera obligatoria previo
expediente acreditativo de sus merecimientos, a propuesta de
Artículo 7º—Una vez
aprobada la concesión del título de Hijo Predilecto o de
Ciudadano ejemplar, el Concejo Municipal acordará la fecha en que habrá
de reunirse de nuevo para hacerle entrega, en sesión solemne, convocada
a ese solo efecto, de la placa, diploma o insignia que acredite la
distinción otorgada. Los expresados reconocimientos deberá
contener en forma sucinta: la leyenda que declara “Hijo Predilecto
(ciudadano ejemplar) del cantón de San Rafael de Heredia”, los
merecimientos que motivan y justifican la concesión conferida; siendo
que cualquier reconocimiento que se entregue se ajustará al modelo que
en su día apruebe el Concejo Municipal de San Rafael, en el que
deberá figurar el Escudo del cantón y la inscripción de
Hijo Predilecto o de Ciudadano ejemplar, según proceda.
En el supuesto de nominaciones de bienes
inmuebles, de igual forma se realizará una sesión solemne, convocada
a ese solo efecto, en la cual se cortará una cinta conmemorativa alusiva
al evento y además se colocará una placa distintiva (en los casos
en que sea factible), la cual contendrá el nombre y la fecha de la
nominación. La cinta será cortada por la persona física o
jurídica nominada, o su representante, y en caso de carecer de estos, la
cortará el presidente del Concejo Municipal.
Artículo 9º—El
título de Hijo Predilecto o de Ciudadano ejemplar del cantón de
San Rafael de Heredia, dará derecho a quien lo ostente a
acompañar a
CAPÍTULO 3
De los requisitos para ser acreedor a la mención
honorífica
de
hijo predilecto o de ciudadano ejemplar
Artículo 10.—La
persona designada deberá reunir los siguientes requisitos:
a) No tiene límites de edad.
b) Ser rafaeleño de nacimiento, o
residente en el cantón en forma permanente con un mínimo de 15
años.
c) Que la labor comunal desplegada haya sido
significativa, notable pública y notoria en el cantón.
d) Con una reconocida capacidad y solvencia
moral.
También podrán ser acreedores
de este reconocimiento:
a) Visitantes nacionales o extranjeros distinguidos por hermandad
o amistad entre los pueblos, o por realizar aporte significativo para el
cantón.
b) Quien siendo rafaeleño o no,
costarricense o extranjero inclusive, haya realizado algún acto,
acción que pueda considerarse heroica.
En el caso de nominaciones de
bienes inmuebles, se regirá por las siguientes disposiciones:
Podrá
nominarse un bien inmueble con el nombre de alguna persona física o
jurídica quien en virtud de su reconocida trayectoria haya brindado un
aporte de importancia al cantón de San Rafael o haya sido distinguida
con la mención honorífica de hijo predilecto o de ciudadano
ejemplar, sin que este tipo de nominación sea la regla.
Podrán
designarse a personas físicas y jurídicas que donen el bien
inmueble sujeto a nominación.
Los nombres deben ser
propuestos por los regidores, por
Artículo 11.—La
mención honorífica de Hijo Predilecto o ciudadano ejemplar
será conferida por el Concejo Municipal cuando existan merecedores de
tal reconocimiento. No se establecen en el presente Reglamento plazos exactos,
por tratarse de reconocimientos que no están sujetos a espacios de tiempo,
sino que son merecimientos personales que no merecen sujetarse a medidas de
tiempo.
Sin que sea imperativo los actos solemnes de
entrega de las menciones honoríficas y nominaciones de inmuebles
municipales, podrán realizarse los días 28 de mayo, por ser esta la
fecha del Aniversario de
CAPÍTULO 4
Del Procedimiento
Artículo 12.—Los
nombres de los designados podrán ser llevados al Concejo Municipal por
cualquiera de sus miembros, por parte de alguna organización,
asociación, por
Artículo 13.—Recibida la
propuesta de mención honorífica o nominación de bien
inmueble, por parte del Concejo Municipal, el Presidente del Concejo Municipal
procederá a conformar una comisión que se denominará
“Comisión de Nombramientos de Menciones Honoríficas”,
la que estará conformada por al menos ocho miembros: el alcalde
municipal, tres regidores municipales propietarios, dos regidores suplentes y
dos vecinos del cantón de reconocida trayectoria en su labor comunal.
Esta Comisión se encargará de estudiar y valorar cada uno de los
legajos de las personas propuestas.
Artículo 14.—Se levantará
un expediente, el cual necesariamente deberá contener la siguiente
documentación:
a) La justificación con un historial de cada candidato del
trabajo comunal desarrollado o la causa o motivo que lo haga acreedor de ese
honor.
b) El currículum u hoja de vida de la
persona propuesta.
c) Se puede aportar alguna constancia de
participación expedida por las diversas organizaciones donde haya proyectado
sus servicios y desarrollado su labor.
d) En el caso de bienes inmuebles las
circunstancias de hecho pasadas y presentes, según el caso, que
acrediten tal reconocimiento.
Artículo 15.—
Artículo 16.—Una vez entregada
al Concejo Municipal, la recomendación mediante moción,
debidamente sustentada por parte de
Artículo 17.—El planeamiento,
organización y ejecución del acto final conmemorativo
estará a cargo de
Artículo 18.—En caso de no
existir el consenso de votos requerido por parte del Concejo Municipal para la
elección, se declarará desierta la designación y por
archivada la propuesta, sin defecto de que la misma pueda ser analizada con
posterioridad en otro expediente.
Artículo 19.—En
En el caso de nominación de bienes
inmuebles, se dejará constancia en el sitio mediante placa alusiva a tal
reconocimiento.
CAPÍTULO 5
Del Libro de Registro de las Distinciones
Honoríficas
y revocatoria de la distinción
Artículo 20.—
Artículo 21.—Este libro-registro
estará compuesto por todas las distinciones honoríficas que
otorgadas por el Concejo Municipal de San Rafael de Heredia, y en cada una de
ellas se inscribirán por orden cronológico de concesión,
los nombres, con todas las circunstancias señaladas anteriormente, de
quienes se hallan en posesión del título, honor o
condecoración de que se trate.
Artículo 22.—El Concejo
Municipal podrá privar de las distinciones que son objeto de este
Reglamento, cualquiera que sea la fecha en que hubieran sido conferidas, a
quienes incurran en faltas graves que aconsejen esa medida extrema, faltas que
deberán ser analizadas por Comisión que se nombre al efecto.
Disposición Transitoria
Única.—Cuantas personalidades
o entidades corporativas se hallen actualmente en posesión de algunas de
las distinciones que son materia de este Reglamento, continuarán en el
disfrute de las mismas con todos los derechos, honores y prerrogativas
reconocidos por los Reglamentos respectivos o por anteriores acuerdos
municipales dictados en relación con dichas distinciones.
Rige a partir de su publicación en el
Diario Oficial
26 de octubre del
2011.—Damaris Ruiz Rojas, Secretaria.—1 vez.—(IN2011087412).
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Se transcribe acuerdo del Concejo Municipal de Santa Cruz, en su
sesión ordinaria Nº 36-2011, artículo 6, inciso 1 del 6 de
setiembre del presente año y que dice:
Se acuerda por unanimidad: aprobar en todos
sus extremos el dictamen de
Santa Cruz, 2 de noviembre del
2011.—Lic. Keylor Jaén Rosales, Proveedor Municipal a.
í.—(IN2011086333).
MUNICIPALIDAD DE MATINA
REGLAMENTO DE MANEJO INTEGRAL
DE
RESIDUOS SÓLIDOS
Que mediante Dictamen de
Comisión, artículo sétimo, sesión ordinaria del 10
de octubre del 2011, acta N° 120/2011, se acordó aprobar el:
“Reglamento de Manejo Integral de Residuos Sólidos”.
Por consiguiente, la alcaldía
en carácter de administrador lo somete a consulta pública por
término de 10 días. Podrá encontrar el texto original en
la página de
Matina, 4 de noviembre del
2011.—Lic. Elvis Lawson Villafuerte, Alcalde Municipal.—1
vez.—(IN2011087496).
SCOTIABANK
DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA
REGLAMENTO DE
“¡AHORRAR
ES GANAR!”
La promoción, su
mecánica, la publicidad y los derechos de autor que de esta la actividad
se derive, son propiedad exclusiva de The Bank of Nova Scotia.
1º—Nombre de
“¡AHORARR ES
GANAR!”
2º—Patrocinador de
3º—Productos Patrocinadores
(CRC y USD). Depósitos a la vista:
• Cuenta de ahorro personal en colones &
dólares
• Cuenta de ahorro programado
colones & dólares (cuenta CAP)
• Cuenta Universal
4º—Participantes y
requisitos para poder participar en
a) Los participantes en esta promoción son todos aquellas
personas físicas clientes nuevos o existentes del Banco que cuenten con
el servicio bancario patrocinador de esta promoción de acuerdo con
éste Reglamento y que cumplan con todas los requisitos aquí
establecidos. Los clientes nuevos podrán participar siempre y cuando
mantengan el saldo establecido en éste reglamento al finalizar la
promoción.
b) Los participantes deberán ser
mayores de edad al inicio de
c) Para poder participar deberán
cumplir y aceptar expresamente todas y cada una de las condiciones de este Reglamento
de Promoción.
d) No participan en esta promoción
las personas jurídicas (empresas), ni sus empleados, personas
autorizadas o beneficiarios cuando utilicen las cuentas empresariales o
corporativas.
5º—Período
Promocional y vigencia. Esta promoción estará vigente a
partir del día 01 de noviembre del 2011 y concluirá el día
31 de diciembre del 2011, y sin perjuicio de la facultad de El Banco de darla
por terminada anticipadamente, como adelante se indicará.
6º—Titular. El titular es
la persona física que sea cliente nuevo o cliente existente de El Banco
y cuente con cualquiera de los servicios bancarios patrocinadores de esta
promoción, de acuerdo con lo establecido en la cláusula tres de
este Reglamento. Solamente se reconocerá como titular a la persona que
ante el banco ha demostrado sus ingresos y es responsable y dueño ante
el Banco, de la respectiva cuenta o producto.
7º—Del derecho de imagen.
Los ganadores permitirán al banco utilizar su imagen con fines de
publicidad relacionada con ésta promoción y con la respectiva
entrega del o los premios. Por lo anterior y para todos los efectos legales, el
Banco entenderá que la manifestación de voluntad de la
aceptación de ese conocimiento, se verificará por el hecho de
aceptar y reclamar el respectivo premio, en cuyo caso, el Banco podrá
exigir al interesado, que mediante documento escrito, manifieste dicha
declaración y a su vez se adhiera por completo a todas y cada una de las
cláusulas del reglamento. Si una persona no se adhiere o no demuestra su
voluntad de aceptar estas condiciones, el Banco no asumirá ningún
tipo de responsabilidad, exonerándose de la obligación de
entregar cualquiera de los premios.
8º—Participación en
Se premiarán a 20 clientes, al
finalizar la promoción. Para el sorteo
se comparará el saldo a cierre del mes de octubre 2011 contra el saldo
al cierre del mes de diciembre 2011 para verificar el crecimiento.
9º—Premios: Se
premiará a los 20 clientes, con: un IPAD 2, de 32 GB, WiFi, 3G. (El
color queda a discreción del banco.)
10.—Fecha del Sorteo. El sorteo
se realizará el 15 enero 2012. Sin embargo esta fecha puede variar por
disposición del Banco.
11.—Comunicación. El
Banco publicitará la promoción por todos los medios que considere
convenientes, entre ellos:
• Radio, prensa.
• Página Web
• Diario Oficial
• Cualquier otro que estime
conveniente.
12.—Cantidad de
Ganadores. Ganadores: 20 (veinte)
13.—Restricciones y Exclusiones:
a) No participa ningún empleado directo o indirecto de The
Bank of Nova Scotia, ni de ninguna de sus empresas matrices, subsidiarias,
empresas afiliadas, distribuidores, agencias de publicidad y promoción.
b) El Banco se reserva el derecho, a su
exclusiva discreción, de anular cualesquiera participaciones de una persona
que considere ha tratado de alterar o perjudicar la administración,
seguridad, equidad o desenvolvimiento adecuado de esta promoción.
c) No participan personas jurídicas
ni empresas o sociedades de hecho.
d) Para poder participar en la
promoción, los clientes deberán estar AL DIA en todas sus
operaciones con el Banco y las empresas que forman parte de Scotiabank, Grupo
BNS Costa Rica S. A., The Bank Of Nova Scotia, y cualquier otra empresa
relacionada. Si una persona ostenta el cargo de MOROSO en cualquier tipo de
operación que mantenga con el Banco y las empresas relacionadas citadas,
no podrá participar en la presente promoción, tampoco si se
encuentra sobregirado; pues el Banco verificará sus datos y el estado de
sus operaciones. Los participantes deben a la vez no haber sido codificados
como clientes con antecedentes negativos, es decir, que aparezcan registrados
en los sistemas vigentes del Banco o sus subsidiarias con algún
código que lo identifique como deudor moroso, o como no apto para ser sujeto
de servicios de los que presta la institución; o que le hubiere
provocado una lesión patrimonial al banco, de acuerdo a la normativa de
e) Los ganadores podrán resultar
favorecidos una única vez en cada sorteo de los contemplados en esta
promoción.
f) El Banco no será responsable
de dar a los participantes el detalle o montos de los depósitos
participantes; ya que el software del banco genera la base de datos al momento
de realizarse el sorteo, previamente que se verifique que cumplen las
condiciones establecidas en este Reglamento. Las consultas de los saldos de las
cuentas, montos y depósitos realizados deberán hacerse a
través del Call Center de Scotiabank, o directamente en cualquiera de
las sucursales de Scotiabank.
14.—Condiciones
especiales:
a) Para la comunicación al ganador del resultado del
sorteo, se realizarán TRES llamadas, tomando la información de la
base de datos que el cliente mantiene con El Banco; si el ganador no contesta
se le harán tres llamadas posteriores a partir del lunes siguiente de la
realización del sorteo, y en caso de no contestar la llamada o no ser
posible contactarlo, a partir del miércoles siguiente a la
realización del sorteo, se sustituirá por el primer suplente.
b) Se sortearán VEINTE (20)
suplentes, y en caso que algún ganador no haga reclamo de su premio, o
que no sea posible decretarlo como ganador, o no fue posible contactarlo dentro
del plazo establecido en este reglamento, se nombrará como ganador al
suplente de la lista, según el orden en que fueron elegidos.
c) No
habrán premios en efectivo.
15.—Modalidad de Sorteo.
a) El sorteo es aleatorio mediante la aplicación de un
software especializado para tales efectos. Los sorteos se harán una vez
se hayan realizado los cierres mensuales y los ganadores serán
anunciados directamente por El Banco.
b) Si el Banco por algún motivo no
puede localizar a una persona que resultó favorecida, porque sus datos
no están actualizados, ello no generará responsabilidad de
ningún tipo para la entidad patrocinadora, y el interesado
perderá el derecho a reclamo o indemnización alguna. No obstante
lo anterior, y una vez realizados las diferentes acciones para localizar a los
ganadores, El Banco se reserva el derecho de asignar el premio a los suplentes
para recibir como ganadores los premios indicados en este Reglamento.
16.—Entrega de los
premios y restricciones
a) El Banco puede suspender en cualquier momento la
promoción, si detecta la comisión de cualquier anomalía,
lo cual será comunicado a los participantes por los medios publicitarios
que considere convenientes.
b) El derecho al premio no es transferible,
negociable ni canjeable por ningún medio ni título.
c) Si el beneficiario no acepta un premio o
sus condiciones, este premio se considera renunciado y extinguido y no le
asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera
parcialmente. De esta circunstancia se levantará un acta notarial.
d) Cada beneficiario deberá firmar
conforme el recibo de su premio, aceptando las condiciones que el premio
represente y de tal forma liberará al Banco de toda responsabilidad.
e) El ganador, una vez decretado como tal,
cuenta con un plazo de UN MES calendario para retirar el premio, en caso de no
cumplir con este requisito, el premio se entregará al suplente
correspondiente, en caso de no haber más suplentes, el premio pasa a ser
propiedad de Scotiabank de Costa Rica S. A.
f) Si al momento de retirar o hacer
efectivo el premio el ganador se encuentra moroso con el banco o alguna de sus
subsidiarias, automáticamente pierde su condición de ganador y se
exime al Banco de toda responsabilidad por la no entrega del premio, en cuyo
caso dicho premio pasa a ser propiedad de Scotiabank de Costa Rica S. A.
17.—Información
adicional. El Banco se reserva el derecho de modificar o cambiar los
términos de este reglamento siempre y cuando esto no vaya en perjuicio
de los clientes. De esta manera, podrá introducir todos aquellos cambios
necesarios para la buena marcha de esta promoción. Asimismo,
podrá suspender la promoción en cualquier momento y sin previo
aviso, sin incurrir en responsabilidad alguna, sin asumir ninguna
responsabilidad, en caso de que se detecte alguna anomalía. Esta
circunstancia se comunicará públicamente por el medio que el
Banco considere pertinente, y con la indicación de la fecha a partir de
la cual la promoción cesará.
18.—Solución de Controversias.
Todas las controversias, diferencias, disputas o reclamos que pudieran
derivarse de esta Promoción, su ejecución, incumplimiento,
liquidación, interpretación o validez, se resolverán por
medio de arbitraje de derecho el cual será confidencial y se
regirá de conformidad con los reglamentos del Centro Internacional de
Conciliación y Arbitraje de
19.—De las Consecuencias Fiscales:
El Beneficiario de esta promoción, al aceptar el premio otorgado,
reconoce que cualquier consecuencia de índole fiscal con ocasión
de esta promoción será de su entera responsabilidad, por lo que
se compromete a cumplir con las disposiciones legales aplicables en materia de
impuestos. De igual forma el Beneficiario exime completamente a SCOTIABANK por
las consecuencias fiscales que se puedan derivar del premio o beneficio
recibido.
Este Reglamento será
publicado en www.scotiabankcr.com
Para mayor información o
consultas, cualquier persona puede comunicarse a los siguientes teléfonos,
en horarios de oficina al teléfono de las oficinas centrales de
SCOTIABANK.
Marcas de The Bank of Nova Scotia. Marcas utilizadas bajo la
autorización y supervisión de The Bank of Nova Scotia.
Scotiabank-Derechos reservados, noviembre
2011.
San José, 4 de noviembre
del 2011.—Manfed Antonio Sáenz Montero, Representante
Legal.—1 vez.—(IN2011087534).
REGLAMENTO Y CONDICIONES DE
1º—Antecedentes.
El fin es incrementar el uso de productos tales como cuentas de ahorro personal
en colones y dólares, cuenta de ahorro programado colones y
dólares (cuenta CAP) cuenta universal, por parte de los clientes
actuales y futuros clientes de Scotiabank de Costa Rica S. A.
2º—Nombre de la
promoción. La presente promoción se denominará AHORRAR
ES GANAR.
3º—Patrocinador. La
promoción, su mecánica, la publicidad y los derechos de autor que
de esta actividad se derive, son propiedad exclusiva de The Bank of Nova
Scotia.
Será Scotiabank de Costa Rica Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-cuarenta y seis mil quinientos treinta y seis; en adelante
llamado sólo El Banco o Scotiabank, quien se denomina para los efectos
de este reglamento, será denominado como el Patrono, como efectivamente
lo es, de los empleados de Scotiabank que laboran como Ejecutivos autorizados,
detallados más adelante, quienes serán los participantes en dicha
Promoción.
Por el Reglamento entiéndase este
documento, por
Scotiabank publicitará la
promoción por todos los medios que considere convenientes, entre ellos:
• Televisión, radio, prensa.
• Página Web
• Cualquier otro que estime
conveniente.
•
4º—Participante.
Los participantes en esta promoción son todas aquellas personas que
cumplan con la mecánica y requisitos indicados en éste
reglamento.
Los participantes deberán ser mayores
de edad al inicio de la presente promoción, es decir a partir del
primero (01) de noviembre de la año dos mil once (2011). Solo participan
personas físicas, y el ganador será el titular o dueño de
la línea telefónica de donde fue enviado el mensaje de texto, ya
que en la base de datos queda registrado el número de teléfono y
su titular.
Para poder participar deberán cumplir
y aceptar expresamente todas y cada una de las condiciones de este Reglamento
de Promoción.
No participa ningún empleado directo o
indirecto de The Bank of Nova Scotia, ni de ninguna de sus empresas matrices,
subsidiarias, empresas afiliadas, distribuidores, agencias de publicidad y
promoción.
5º—Mecánica. El
banco desea promover la cultura de ahorrar; por ello a través de tres
emisoras de radio brindará consejos de ahorro. La mecánica para
participar va a depender de cada emisora, según el siguiente detalle:
Emisora Zoom: 91.9 FM. De lunes a viernes se
darán cuatro consejos del ahorro Scotiabank por día. Los
interesados en participar deberán enviar un mensaje SMS al número
1919 (el costo del mensaje es de CRC 230) y deberán indicar en el
mensaje un resumen o extracto de uno de los consejos o “tips” de
ahorro Scotiabank que se dieron a lo largo del programa.
De todos los mensajes correctos
que se reciban, se realizará una lista y quedarán participando en
el sorteo a efectuarse ante Notario Público, el cual será en vivo
el 16 de diciembre en el programa Matutino GPS Zoom. El premio consiste en un
IPAD 2 de 32 GB, WiFi, 3G. (El color queda a discreción del banco.)
Habrá UN único ganador.
Emisora radio dos: 99.5 FM. De lunes a viernes se
darán dos consejos del ahorro Scotiabank por día. Los interesados
en participar deberán enviar un mensaje SMS al número 9992 (el
costo del mensaje es de CRC 300) y deberán indicar en el mensaje un
resumen o extracto de uno de los consejos o “tips” de ahorro que se
dieron por parte de Scotiabank.
De todos los mensajes correctos
que se reciban, se realizará una lista y quedarán participando en
el sorteo que se efectuará ante Notario Público, y será
divulgado el resultado durante la programación regular del día 16
de diciembre 2011. El premio consiste en un IPAD 2 de 32 GB, WiFi, 3G. (El
color queda a discreción del banco.) Habrá UN único
ganador.
Emisora 94,7. De lunes a viernes se
darán dos consejos del ahorro Scotiabank por día. Los interesados
en participar deberán enviar un mensaje SMS al número 8707-9947,
el envío del mensaje no tiene costo adicional para el cliente) y
deberán indicar en el mensaje un resumen o extracto de uno de los
consejos o “tips” de ahorro que se dieron a lo largo de la programación.
De todos los mensajes correctos
que se reciban, se realizará una lista y quedarán participando en
el sorteo a efectuarse ante Notario Público, el sorteo será en
vivo el 14 de diciembre en el programa Treinta y Tantos. El premio consiste en
un IPAD 2 de 32 GB, WiFi, 3G. (El color queda a discreción del banco.)
Habrá UN único ganador.
6º—Periodo de
vigencia de la promoción. Esta promoción estará
vigente a partir del día primero (01) de noviembre del año dos
mil once (2011) al catorce (14) de diciembre del año dos mil once (2011),
inclusive, y sin perjuicio de la facultad de El Banco de suspender en cualquier
momento la promoción, si detecta la comisión de cualquier
anomalía, lo cual será comunicado a los participantes por los
medios que considere convenientes. El encargado de hacer el comunicado de los
ganadores será el Departamento de Productos.
7º—Del sorteo. Aparte de lo
indicado, para cada ganador se elegirá UN suplente para aquellos casos
en el ganador no cumpla con todos los lineamientos aquí establecidos.
Las fechas de los sorteos pueden variar a
discreción del banco, de lo cual se realizará el respectivo
comunicado de la nueva fecha designada para cada sorteo.
8º—Entrega de premios.
Scotiabank convocará a los ganadores, enviándoles un mensaje de
texto al número desde el cual enviaron el mensaje para participar. Los
premios serán entregados en Oficinas Centrales de Scotiabank ubicadas en
Sabana Norte, costado norte del Estadio Nacional, Edificio 2, piso 2,
Departamento de Productos, con Tania Jiménez, en el momento de la
entrega del premio los ganadores firmarán una carta de aceptación
y recibido conforme del premio, aceptando todas las limitaciones y condiciones
que el premio represente y de tal forma libera al patrocinador de toda
responsabilidad.
El premio solamente será entregado a
la persona que resultó favorecida en el concurso.
8º—Periodo para utilizar el
premio. Los ganadores o los suplentes en su caso, cuenta con UN mes
calendario, para retirar el premio, de lo contrario, el premio pasará a
ser propiedad del Patrocinador.
9º—Generalidades.
1. Los participantes de la presente promoción tienen por
entendido que este Reglamento se basa en el ordenamiento jurídico
costarricense; sin embargo, Scotiabank se reserva el derecho de modificar el
presente reglamento en cualquier momento y resolver y definir, a su entera
discreción, cualquier situación que se presente durante su
vigencia y que no se contemple en el mismo. Asimismo, bajo ninguna forma o
circunstancia los premios son negociables, ni transferibles y no pueden ser
reclamados por dinero u otros objetos que no sean los especificados en este
Reglamento por Scotiabank. Asimismo Scotiabank no autoriza la reventa o recanje
con fines comerciales. También se deja constancia que el Patrocinador se
reserva el derecho de reemplazar, a su entera discreción, los premios
que se otorgarán con la presente promoción, por otro u otros de
similares características, en cualquier momento de la vigencia de la
presente promoción.
2. Una vez elegidos los favorecidos, el
Banco procederá a verificar que los ganadores están al día
con las operaciones o tarjetas de crédito con el Banco y de las
subsidiarias de Grupo BNS de Costa Rica S. A. (No podrán resultar
ganadores si se encuentran morosos con alguna operación o tarjeta de
crédito).
3. La responsabilidad de Scotiabank finaliza
con la entrega de los respectivos premios, y por lo tanto Scotiabank no se
responsabilizará por cualquier inconveniente o desperfecto que no sea
cubierto por la respectiva garantía.
4. De llegarse a demostrar que una persona
recibe un premio por medio de engaño, Scotiabank podrá hacer
reclamo del premio entregado en cualquier momento, reservándose el
derecho de realizar cualquier acción legal que corresponda.
5. Scotiabank podrá introducir todas
las medidas de seguridad que considere convenientes para el adecuado
desenvolvimiento de la promoción, se reservará el derecho de
suspenderla exonerado de cualquier tipo de responsabilidad, si se llegaren a
detectar defraudaciones o cualquier otra irregularidad que suceda con las transacciones
que pretendan participar, o si se presentara una circunstancia de fuerza mayor
que afecte gravemente los intereses de la empresa Banco. Esta circunstancia se
comunicará y desde esa fecha la promoción cesará.
6. Si alguno de los ganadores no acepta un
premio o sus condiciones, se tendrá como renunciado dicho premio y
extinguido para el ganador, de todo lo cual se levantará un acta
notarial y no tendrá derecho el ganador a cualquier reclamo o
indemnización, ni siquiera parcialmente.
7. Las personas que resultaren favorecidas
en ésta promoción autorizan a que sus nombres e imagen, aparezcan
en diferentes medios publicitarios o material de divulgación de las
actividades realizadas después de la promoción, como lo son la
entrega y recibo de los premios, sin que por ello se pueda pretender obtener
cualquier tipo de remuneración adicional, así como reclamos por
derechos de imagen. Lo anterior de darle publicidad al resultado de la presente
promoción.
8. Una persona tiene derecho a participar
cuantas veces así lo desee en las diferentes emisoras participantes, sin
embargo solo podría resultar ganador una única vez.
9. Todas las controversias, diferencias,
disputas o reclamos que pudieran derivarse de esta Promoción, su
ejecución, incumplimiento, liquidación, interpretación o
validez, se resolverán por medio de arbitraje de derecho el cual
será confidencial y se regirá de conformidad con los reglamentos
del Centro Internacional de Conciliación y Arbitraje de
10. De las Consecuencias Fiscales: El
ganador o suplente en su caso, de esta promoción, al aceptar el premio
otorgado, reconoce que cualquier consecuencia de índole fiscal con
ocasión de esta promoción será de su entera
responsabilidad, por lo que se compromete a cumplir con las disposiciones
legales aplicables en materia de impuestos. De igual forma el Beneficiario
exime completamente a Scotiabank por las consecuencias fiscales que se puedan
derivar del premio o beneficio recibido.
Este Reglamento será
publicado en www.scotiabankcr.com
Marcas de The Bank of Nova Scotia. Marcas utilizadas bajo la
autorización y supervisión de The Bank of Nova Scotia.
Scotiabank-Derechos reservados,
31 de octubre, del año 2011.
San José, 4 de noviembre
del 2011.—Manfred Antonio Sáenz Montero, Representante
Legal.—1 vez.—(IN2011087536).
ASOCIACIÓN CRUZ ROJA COSTARRICENSE
REMATE DE VEHÍCULOS
San
José, 7 de noviembre del 2011.—Departamento de
Transportes.—Miguel Carmona Jiménez.—1
vez.—(IN2011088810).
considerando que:
1.
2. De acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 2º de
3. La medida propuesta mejora las finanzas
públicas y con ello contribuye a garantizar la sostenibilidad y solvencia
fiscal. En esa línea, disminuye la presión que ejerce el
financiamiento sobre las tasas de interés internas y deja margen al
Banco Central para que pueda realizar política monetaria.
4. Aun cuando se reconoce que la reforma
tributaria propuesta puede provocar un incremento en los precios internos,
cercano a los 2 puntos porcentuales, se espera que éste no tenga efectos
de segunda ronda, que dificulten al Banco Central continuar con la
búsqueda de la convergencia de la inflación local hacia la que
muestran los principales socios comerciales.
5. Desde la perspectiva de la eficiencia
económica es preciso reducir distorsiones en el sistema financiero
generadas por tratamientos tributarios diferenciados a nivel de sus
participantes y de los instrumentos financieros. La reducción de estas
distorsiones favorece la competencia y la mejor asignación de recursos
en la economía.
6. La promoción de un sistema
financiero estable, eficiente y competitivo requiere que el Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contribuya a la estabilidad macroeconómica de la
misma forma que lo hacen el resto de bancos costarricenses, mediante el
sometimiento al encaje mínimo legal de todos sus depósitos y
captaciones.
7. Permitir la captación de fondos en
cuenta corriente y ahorro al Banco Popular y de Desarrollo Comunal provenientes
del Estado y sus instituciones, sin someterlo al requerimiento de encaje
correspondiente, implica en las circunstancias actuales debilitar el control
monetario y con ello, dificultar ei cumplimiento del objetivo prioritario del
Banco Central de lograr la estabilidad interna de la moneda.
8. La aplicación parcial del encaje
mínimo legal al Banco Popular y de Desarrollo Comunal tiene un costo en
términos de la efectividad de la política monetaria y por ende,
del control de la inflación; y de la eficiente formación de
precios en el sistema financiero.
9. Someter a encaje a todos los instrumentos
financieros del Banco Popular y de Desarrollo Comunal constituye una
garantía para sus ahorrantes dado que ello reduce los riesgos de
liquidez de dicha entidad bancaria y por tanto, los riesgos que
implícitamente enfrentan los depositantes.
10. Extender la garantía estatal
al Banco Popular y de Desarrollo Comunal debe ir acompañado como
mínimo de la obligación de encajar todos sus depósitos y
captaciones, al igual que los demás bancos del Sistema Bancario
Nacional.
11. La moción propuesta al
inciso 7) del artículo 10 del proyecto de ley en discusión, para
modificar la redacción de! artículo 81-bis a
12. El Banco Central, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 48 de su Ley Orgánica, no fija tipos de
cambio, únicamente calcula valores de referencia para el dólar
estadounidense.
13. El Banco Central aún
presenta una posición patrimonial negativa, que al término del
2010 alcanzó una cifra equivalente a -7,3% del producto interno bruto.
dispuso en firme:
A. Comunicar a
Estos puntos de vista ya han
sido expresados por el señor Presidente del Banco Central en tres
comparecencias que al respecto ha concedido en
Sobre este particular, se
adjunta un documento con las estimaciones del efecto sobre el nivel de precios
y sus tasas de cambio del proyecto de “Ley de Solidaridad
Tributaria” (anexo 1) y una presentación con los posibles escenarios
macroeconómicos ante la no aprobación de la reforma fiscal (anexo
2).
B. Ratificar lo actuado por el señor Presidente del Banco
Central ante la consulta planteada
C. Comunicar a
1. El Banco Central, a pesar de
estar de acuerdo con el fondo de la medida propuesta en la moción 226,
es del criterio que la redacción del texto sugerido al artículo
81 bis a
El Banco
Central interpreta que la modificación propuesta es adicional e
independiente al encaje al endeudamiento externo de corto plazo, establecido
conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de
2. En relación con la
moción 278, el Banco Central considera que la recepción de
recursos del Estado y sus instituciones mediante depósitos y operaciones
en cuenta corriente y de ahorro por parte del Banco Popular y de Desarrollo
Comunal debe darse en el contexto de que dicha entidad contribuya a la
estabilidad macroeconómica, de la misma forma que lo hace el resto de
bancos costarricenses, entre otros, mediante el sometimiento al encaje
mínimo legal de todos sus depósitos y captaciones del
público.
El Banco
Central manifiesta que si
Lic. Marco A. Fallas O., Secretario General
a. í.—1 vez.—O. C. Nº 11869.—Solicitud Nº
098.—C-54020.—(IN2011087870).
VICERRECTORÍA
ACADÉMICA
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Ante el Departamento de Registro de
Heredia, 16 de mayo del 2011.—Departamento
de Registro.—M.A.E. Marvin Sánchez Hernández,
Director.—(IN2011086252).
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
Ante el Departamento de Registro de
Heredia, 31
de octubre del 2011.—Departamento de Registro.—M.A.E. Marvin
Sánchez Hernández, Director.—(IN2011086696).
PUBLICACIÓN DE
PRIMERA VEZ
Ante el Departamento de Registro
de
Ante
el Departamento de Registro de
Ante
el Departamento de Registro de
VICERRECTORÍA
EJECUTIVA
OFICINA
DE REGISTRO
AVISOS
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Ante
EDICTO
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El señor Andrés
Felipe Goyenaga Castro, cédula de identidad Nº
Cartago, 27 de octubre del 2011.—Departamento de Admisión y Registro.—MBA. William Vives Brenes, Director.—O. C. Nº 765—Solicitud Nº 35581.—C-28080.—(IN2011086231).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
A Kattia Vanesa Mora Corrales, quien
es mayor de edad, cédula de identidad número uno-novecientos
setenta y cinco-cuatrocientos setenta y seis, ama de casa y de domicilio y
demás calidades desconocidas, se le hace saber la resolución de
las trece horas cuarenta minutos del veinticuatro de octubre del dos mil once,
por medio de la cual se ubica a la niña Katherine Vanessa
Gutiérrez Mora, en el alberque Osito Pequitas. Recurso: apelación
ante esta Oficina local quien lo elevará a
A la señora María Cristina Aguilar Vásquez, se le comunica la resolución dictada por esta Entidad, de las 11:00 horas del 7 de octubre del 2011, que ordenó la guarda provisional del niño A.A.P.A., en su progenitor, señor Óscar Paut Pérez, suspendiéndose la guarda y crianza y educación a ella como progenitura, hasta tanto el Juzgado no resuelva lo contrario. Plazo: para ofrecer recurso de apelación, 48 horas a partir de la tercera publicación de este edicto. Se le previene además, señalar lugar para oir notificaciones, en el entendido de no hacerlo, las mismas quedarán en firme veinticuatro horas después de dictadas. Expediente Nº 231-0025-2009.—Oficina Local de Desamparados, 26 de octubre del 2011.—Lic. Ana Virginia Quirós Tenorio, Representante Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 46460.—C-9020.—(IN2011086764).
Se le comunica a Randall Solano Torres, la resolución de las diez horas del veintisiete de octubre de dos mil once, que ubica a Melany y Randall Joel ambos Solano Coto, al lado de Ana Coto Mora. En contra de la presente resolución procede el recurso de apelación para ante el superior en grado, dentro de un plazo de 48 horas después de notificada. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificada con el sólo transcurso de 24 horas después de dictada. Expediente 112-00131-2011.—Oficina Local de Guadalupe, 31 de octubre del 2011.—Lic. Roberto Marín Araya, Representante Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 46460.—C-9020.—(IN2011086765).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Se comunica al señor:
Óscar Eduardo Marín Porras, mayor de edad, costarricense,
portador de la cédula de identidad número: 204730792, de
domicilio y demás calidades desconocidas, padre de las personas menores
de edad Jefferson Jasdany, Sheilyn Shirley Sureika Rochani todos Marín
Pérez, la resolución administrativa de esta oficina de las trece
horas del veintiséis de agosto de dos mil once, en la cual se
dictó la medida de protección administrativa de cuido provisional
en el hogar de los señores Alexandra Sequeira Pizarro y Carlos Ledexma
Ávila, en el caso de Jefferson y en el hogar de los señores
María de los Ángeles Pizarro Pizarro y Alejandro Sequeira
Cortés, en el caso de Sheilyn y Sureika y la resolución de las
diez horas con treinta minutos del veintiséis de octubre del año
en curso, en donde se modifica parcialmente la resolución anterior y se
reubica a las personas menores de edad Jefferson Jasdany, Sheilyn Shirley,
mediante medida de protección de abrigo temporal en la alternativa de
protección institucional ubicado en Limón Barrio Los Cocos, en lo
demás se mantiene incólume la resolución inicial. Recurso:
el de apelación, señalando lugar para oír notificaciones
dentro del perímetro judicial de
Se
comunica al señor: Juan Carlos de los Ángeles Solano
Rodríguez, mayor de edad, costarricense, portadora de la cédula
de identidad número 7-084-507, de domicilio y demás calidades
desconocidas, padre registral de la persona menor de edad Neivel Damián
Solano ReId, la resolución administrativa de esta oficina de las doce
horas con treinta minutos del cinco de octubre de dos mil once, en la cual se
dictó la medida de protección administrativa de cuido provisional
en el hogar de los señores Ligia Montoya Segura y Marcos Vinicio Navas
Pérez. Recurso: el de apelación señalando lugar para
oír notificaciones dentro del perímetro judicial de
Se
comunica al señor: Geovanny Figueredo Martínez, mayor de edad, de
nacionalidad cubana, casado en Cuba con Shirley Tatiana Chaves Brenes, con
citas de matrimonio en Costa Rica número 104524650930, de domicilio y
demás calidades desconocidas, padre registral de la persona menor de
edad Lakristhy Roshell Figueredo Chávez, de tres años de edad,
nacida el nueve de junio de dos mil ocho, inscrita en el Registro Civil,
Sección de nacimientos de la provincia de Limón al tomo 249, folio
256, asiento 511, la resolución administrativa de esta oficina de las
nueve horas del veintiséis de setiembre de dos mil once, en la cual se
dictó la medida de protección de cuido provisional en el hogar de
los señores Sara Núñez Camacho y José
Zúñiga Gutiérrez, ambos mayores de edad, costarricenses,
casados entre si, portadores de la cédula de identidad número
7-0094-0769 y 1-478-278 respectivamente, vecinos de Limón, Siquirres.
Recurso: el de apelación, señalando lugar para oír
notificaciones dentro del perímetro judicial de
A
Yoselyn María Quirós Mora se le comunica la resolución de
las 14:00 horas del 28 de octubre del 2011, mediante la cual se dictó
medida de cuido provisional a favor de la persona menor de edad Akemy Danaisha
Quirós Mora. Plazo: para ofrecer recurso de apelación 48 horas
contadas a partir de la tercera
publicación de este edicto en el diario oficial
Se
le comunica a los señores Clara Duarte Córdoba y Víctor
Castillo Alemán, la resolución del Departamento de
Atención Integral de las catorce horas del dos de noviembre del dos mil
once, mediante la cual se dictó Medida de Protección en sede
administrativa para el Tratamiento de Desintoxicación y
Rehabilitación para Toxicómano contemplado en el inciso e) del
artículo 135 del Código de
Se
les comunica a los señores Juan Ramón Gutiérrez Brizuela y
José Mercedes Tellez Flores la resolución de las nueve horas
treinta del trece de octubre del dos mil once, en la que resuelve dictar medida
de protección administrativa de cuido provisional en familia sustituta
en beneficio de las personas menores de edad Maripher Yahoska Pérez
Espinoza, Maikel Javier Pérez Pérez, Jonathan José Tellez
Pérez, Karly Dilady Gutiérrez Pérez y Kerelyn Alexa
Pérez Espinoza ubicándolos en el hogar de la señora Karla
Pérez Espinoza. Notifíquese lo anterior a la interesada de
conformidad con
Se
comunica al señor José Cruz Rosales Acosta, mayor de edad,
costarricense, portador de la cédula de identidad número:
502590865, de domicilio y demás calidades desconocidas, padre registral
de la persona menor de edad Diego Francisco Rosales Solórzano la
resolución administrativa de esta oficina de las quince horas con
cuarenta y seis minutos del veinticuatro de agosto de dos mil once, en la cual
se dictó la medida de protección administrativa de
inclusión en programas oficiales o comunitarios de auxilio a la familia
y a las personas menores de edad en la alternativa de protección no
gubernamental Luis Amigó. Recurso: el de apelación
señalando lugar para oír notificaciones dentro del
perímetro judicial de
Se
les comunica a los señores Yolanda Ramírez Bermúdez y
Jorge Céspedes Román, la resolución de las nueve horas
treinta minutos del once de octubre del dos mil once, en la que resuelve dictar
medida de protección administrativa de cuido provisional en familia
sustituta en beneficio de la persona menor de edad Alicia Céspedes
Ramírez ubicándolos en el hogar de la señora Patricia Montero
Garita. Notifíquese lo anterior a la interesada, de conformidad con
SUPERINTENDENCIA
DE TELECOMUNICACIONES
ACUERDO
014-082-2011
Por el que se aprueba la:
RCS-236-2011.—Resolución del Consejo
de
“REVOCACIÓN
PARCIAL DE OFICIO
DE
14:00 HORAS DEL 11 DE
MARZO DEL
En relación con los requisitos de admisibilidad
aplicables a las solicitudes de autorización para la operación de
cafés Internet; el Consejo de
Resultando:
I.—Que el
artículo 23 de
II.—Que el artículo 23
III.—Que el artículo 38 del Reglamento a
IV.—Que mediante resolución del Consejo de
V.—Que
Considerando:
I.—Que el punto 5 del Por tanto II de
“(…) aportar la constancia de
estar inscrito como contribuyente ante
II.—Que dicha información puede ser
verificada directamente por esta Superintendencia a través del Sistema
de Identificación de Contribuyentes del Ministerio de Hacienda, por lo
que no resulta necesario que el administrado aporte la certificación o
constancia respectiva.
III.—Que en este sentido, el artículo 8 de
“Artículo 8º—Procedimiento
de coordinación inter-institucional. La entidad u órgano de
Por tanto,
Con fundamento en
EL
CONSEJO DE
DE TELECOMUNICACIONES,
RESUELVE:
I.—Revocar de oficio el punto 5, del Por
tanto II de la resolución del Consejo de
“5. Acreditar la capacidad financiera
relacionada con los servicios que se pretende autorizar. Para ello
deberá estar inscrito como contribuyente ante
II.—Dejar incólume los demás
extremos de la resolución del Consejo de
III.—Publíquese en el Diario Oficial
Acuerdo firme.
Luis Alberto Cascante Alvarado, Secretario del
Consejo.—1 vez.—O. C. Nº 416-2011.—Solicitud Nº
36361.—C-94890.—(IN2011087855).
AVISO
El Instituto Nacional de Estadística
y Censos, avisa que el índice de Precios al Consumidor (IPC), Base Julio
2006 correspondiente a octubre 2011 es de 148,058 el cual muestra una
variación porcentual mensual de 0,24 y una variación porcentual
acumulada del primero de noviembre del 2010 al treinta y uno de octubre del
2011 (12 meses) de 4,93.
Esta oficialización se hace con base
en estudios realizados en el Instituto Nacional de Estadística y Censos.
San José, a los dos
días de noviembre de dos mil once.—Lic. Jaime Vaglio Muñoz,
Gerente.—1 vez.—O. C. Nº 3241.—Solicitud Nº
20762.—C-11650.—(IN2011087806).
JUNTA ADMINISTRATIVA DE CEMENTERIOS
DE
GOICOECHEA
Mantenimiento de cementerio y
ornato:
Bóveda Sencilla
(A) 2
nichos ¢18.000,00
Bóveda Sencilla (B) 3
nichos ¢20.000,00
Bóveda Doble 4
nichos ¢32.000,00
Bóveda Triple 6
nichos ¢45.000,00
Bóveda Cuádruple
y Mausoleos 8
nichos ¢59.000,00
Mausoleo Don Remy ¢70.000.00.
Alquiler de capilla de
velación ¢30.000,00 el depósito ¢10.000,00, horas extraordinarias
¢1.000,00
Servicio de inhumación
(sepultar):
• Nicho aéreo ¢25.000,00
• Nicho subterráneo
¢30.000,00
Alquiler de un nicho por 5
años ¢60.000,00
Permiso de enchape
¢5.000,00 por cada nicho
Permiso de pintura cuando se contrata a
• 1 nicho ¢15.000,00
• 2 nichos ¢25.000,00
• 3 nichos ¢37.000,00
Permiso para construcción
“únicamente parcela”:
• 2 nichos ¢10.000,00
• 3 nichos ¢13.000,00
• 4 nichos ¢18.000,00
• 6 nichos ¢28.000,00
Permiso para construcción
“botar bóveda, planché y construir nuevamente”:
• 2 nichos ¢20.000,00
• 3
nichos ¢30.000,00
• 4
nichos ¢42.000,00
• 6
nichos ¢50.000,00
Lic. Aracelly González
Fernández, Directora Administrativa.—1
vez.—RP2011265679.—(IN2011087277).
Día y hora para celebrar sesiones
Para los efectos legales
correspondientes. El Concejo Municipal de Santa Ana, comunica: que en
sesión ordinaria N° 79 celebrada el 01 de noviembre de 2011,
acordó: que la sesión ordinaria del día martes 27 de diciembre
de 2011, se celebre el día jueves 22 de diciembre de
Santa Ana, 4 de noviembre de
2011.—Ana Virginia Guzmán Sibaja, Secretaria Municipal.—1
vez.—(IN2011087430).
DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMO TERRESTRE
EDICTO
El Departamento de Zona
Marítima Terrestre de
Carmona de Nandayure,
Guanacaste.—Adán Venegas Chaves. Inspector de Zona Marítimo
Terrestre.—1 vez.—(IN2011087470).
Puntarenas, 4 de noviembre del
2011.—Rafael A. Rodríguez Castro, Alcalde.—1
vez.—(IN2011088175).
ASOCIACIÓN
SISTEMA DE PROTECCIÓN MUTUA
DE LEONES FABIO QUESADA
OROZCO (S.I.P.R.O.M.U.L.)
Asamblea extraordinaria:
1. Acto
protocolario y comprobación de quórum.
2. Punto
único, modificación de estatutos.
3. Cierre
sesión.
Concluida la sesión extraordinaria, se
dará inicio a la sesión ordinaria con la siguiente agenda:
1. Acto
protocolario y comprobación de quórum.
2. Conocer
y aprobar los informes del presidente, tesorero, administrador y fiscal.
3. Elección
del presidente, secretario y tesorero por dos años.
4. Elección
del fiscal por dos años.
5. Asuntos
varios.
De no reunirse el quórum de ley, se
llamará 30 minutos después el mismo día y lugar a segunda
convocatoria con el número de asociados presentes. Se les recuerda a
todos/as los asociados
ASOCIACIÓN
PARA
INTEGRAL
DE
La junta directiva de ASEINFA
convoca a asamblea general extraordinaria a celebrarse en las instalaciones del
Centro Pastoral de Poás, a partir de las 5:00 p. m., del jueves 24 de
noviembre del 2011. En caso de no haber quórum, se celebrará una
hora después con los asociados presentes.
Agenda del día:
Punto
único: Elección miembro de Junta Directiva. Puesto: Tesorero.
Matilde Rojas Chavarría,
Secretaria Junta Directiva.—1 vez.—(IN2011088194).
3-101-537621
S. A.
La presidenta de junta
directiva y a solicitud del 50% de socios de 3-101-537621 S. A., convoca
asamblea general ordinaria para el 6 diciembre
SOCIEDAD
INMUEBLES JR SOCIEDAD ANÓNIMA
Sociedad Inmuebles JR Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento cuatro mil
setecientos dieciocho. La suscrita Marlene Barrantes Quirós, mayor,
casada una vez, vecina de Alajuela, ama de casa y cédula de identidad
número cinco-ciento ocho-cuatro dos tres, en mi carácter de
presidenta con facultades suficientes para la realización de este acto,
por este medio convoco a la asamblea general extraordinaria de accionistas de
Sociedad Inmuebles JR S. A., a celebrarse el día diecinueve de enero del
dos mil doce, en primera convocatoria a las dieciocho horas y en segunda
convocatoria a las diecinueve horas, en el domicilio social de la misma, para
discutir los siguientes asuntos:
Agenda
1. Apertura de la asamblea.
2. Modificación a cláusula
octava.
3. Reforma a cláusula sétima.
4. Reestructuración de junta
directiva.
5. Exhibición de libros.
6. Cierre de la asamblea.
Marlene
Barrantes Quirós, Presidenta.—1 vez.—(IN2011088275).
ESTACIÓN
BIOLÓGICA MARENCO S. A.
Se convoca a sesión de
junta directiva de la empresa Estación Biológica Marenco S. A.,
para el próximo viernes 25 de noviembre del dos mil once, a las 11:00
a.m. horas, asimismo se convoca a asamblea ordinaria y extraordinaria, para el
día viernes 16 de diciembre del
INMOBILIARIA
CRISTAL ALFA S. A.
Se convoca a sesión de junta directiva
de la empresa Inmobiliaria Cristal Alfa S. A., para el próximo viernes
25 de noviembre del dos mil once, a las 10:00 a.m. horas, asimismo se convoca a
asamblea ordinaria y extraordinaria, para el día viernes 16 de diciembre
del
PALMAR
DE SARAPIQUÍ SOCIEDAD ANÓNIMA
Palmar de Sarapiquí
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-327534,
representada por su presidente don Vicente Caballer Mellado, convoca a los
socios de la empresa a asamblea general ordinaria y extraordinaria, a
celebrarse en la provincia de Heredia, distrito Ulloa, ciudad Cariari,
urbanización Los Arcos, rotonda 11, número 104, en primera
convocatoria a las 14:00 horas del día 14 de diciembre del año
2011, y en caso necesario en segunda convocatoria a las 15:00 horas del mismo
día y año. El orden del día es el siguiente: 1)
Nombramiento de un secretario ad-hoc, para que conjuntamente con el Presidente
dirijan
JUNTA
LIQUIDADORA DEL BANCO ELCA S. A.
Convocatoria a junta de acreedores
De conformidad con lo
establecido en el inciso 17) del artículo 167 de
1) Informe sobre el estado de la liquidación.
2) Negociación referida a la legalización
del señor Michael Andrew Carabetta - Inversiones Savinelli S. A., en
proceso penal activo en contra de
3) Aprobación de contrato cuota litis
entre
4) Asuntos referidos a los bienes muebles e
inmuebles.
Se recuerda que de conformidad a
lo establecido en el artículo 169 de la indicada Ley Nº 1644, el
presidente de
Para lograr una acreditación
más expedita en beneficio de todos los acreedores, se les comunica que
puede hacer su acreditación, presentando los documentos citados en el
párrafo anterior; a partir de las ocho horas del lunes 05 de diciembre del
2011 y hasta las dieciséis horas del miércoles 07 de diciembre
del 2011, en las instalaciones del Banco Elca S. A. (Medina & Medina
Consultores S. A.), Barrio Tournón, Oficentro Torres del Campo, torre 2,
cuarto piso. Información al teléfono 2233-5044 ó
2233-7959.
Se recibirá únicamente a los
acreedores o a sus representantes legales con documento idóneo1/
que lo acredite legalmente para dicho acto.
1/ Cédula de identidad,
personería jurídica (original y copia) con no más de 30
días de emitida o poder especial original en escritura pública
con base en los dispuesto en el Art.118 del Código Procesal Civil y
presentado en el Ministerio de Relaciones Exteriores cuando haya sido otorgado
en el extranjero. Se advierte que el poder especial debe estar redactado de
manera clara y precisa de tal forma que de su lectura se infieran sin duda los
actos autorizados.
Firma Responsable, MBA. Alonso
Medina Medina, cédula Nº 7-0103-0448.—1
vez.—(IN2011088816).
ULIMAR
J.M.C. SOCIEDAD ANÓNIMA
Se convoca a todos los socios de
la empresa Ulimar J.M.C. Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-veintiuno seis seis nueve cuatro, a asamblea general ordinaria
de accionistas que se celebrará en San José, Rohmoser, de Canal
Siete, trescientos oeste, veinticinco norte, edificio de la empresa Image
Design, a las diez horas del nueve de diciembre de dos mil once, en primera
convocatoria y de no reunirse el quórum requerido en la primera
convocatoria, la asamblea se celebrará en segunda convocatoria, a las once
horas de ese mismo día, en esa asamblea se conocerá el siguiente
orden del día: a) Discutir y aprobar o improbar el informe sobre los
resultados del ejercicio anual que presentan los administradores, y tomar sobre
él las medidas que juzguen oportunas; b) Conocer de la renuncia que
formulan algunos miembros de la junta directiva y proceder al nombramiento de
los nuevos administradores que los sustituirán.—San José, 8
de noviembre del dos mil once.—Lic. Mario Montengro Cabezas,
Presidente.—1 vez.—(IN2011088817).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
GRIFO DE PLATA S. A.
El señor Jerome Franken
Smirth, mayor, ciudadano estadounidense, empresario, vecino de Guanacaste,
cédula de residencia Nº 175-97016-
SAN
JOSÉ INDOOR CLUB
El San
José Indoor Club S. A., tramita la reposición de la acción
Nº
REPRESENTACIONES
GOLFO ROMEO
SOCIEDAD
ANÓNIMA
Representaciones Golfo Romeo
Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-cero ochenta y seis mil quinientos setenta y cinco, solicita
ante
C
V S FARMACIA SOCIEDAD ANÓNIMA
C V S Farmacia Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos
treinta y nueve mil setenta y seis, domiciliada en Puntarenas, Buenos Aires, en
Centro Comercial
NABEY
DE COSTA Y SAL SOCIEDAD ANÓNIMA
Nabey de Costa y Sal Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número
3-101-136715, solicita ante
PLANTAS
CORTÉS Y ROJAS SOCIEDAD ANÓNIMA
Plantas Cortés y Rojas
Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-247310, antes llamada Industria Porcina del Carice
Sociedad Anónima, solicita ante
ALJIMARIN
SOCIEDAD ANÓNIMA
La sociedad Aljimarin Sociedad
Anónima, cédula
jurídica 3-101-258886 (tres-ciento uno-dos cinco ocho ocho ocho
seis), en el trámite de legalización de libros por primera vez de
actas de Junta Directiva, libros de Registro de Accionistas y libro de Actas de
Asamblea General de Accionistas, libro Mayor, libro Diario y libro de
Inventarios y Balances, solicita ante
CENTRO
VACACIONAL BANCOSTA S. A.
Centro Vacacional Bancosta S.
A., hace constar que revisado el libro de Accionistas, aparecen como socios,
Montero Jiménez Álvaro, cédula Nº 1-240-730 con la
acción 429 y Montero Quesada Armando, cédula Nº 1-701-453
con la acción 644, las que se reportan como extraviadas, por lo que
solicitan su reposición.—San José, 31 de octubre del
2011.—Lic. Alfonso Redondo A.—RP2011264996.—(IN2011086083).
CANTERVILLE
ENTERPRISES LIMITADA
Canterville Enterprises
Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-tres cinco
siete cero dos uno, solicita ante
CENTRO
VACACIONAL BANCOSTA S. A.
Centro Vacacional Bancosta S.
A., hace constar que revisado el Libro de Accionistas, aparece como socio: Monge
Picado José Luis, cédula 1-266-925, con la acción 379, la
que se reporta como extraviada, por lo que solicita su
reposición.—San José, 1º de noviembre del
2011.—Lic. Raúl Trejos Sánchez,
Notario.—(IN2011086215).
TIKO
SERVER OF LATIN AMERICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Tico Server of Latin America
Sociedad Anónima, cédula jurídica: 3-101-402188, solicita
a Tributación, la reposición de los libros número uno de:
Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas del Consejo de
Administración, Actas de Asambleas y Registro de Socios. Quien se
considere afectado por esta solicitud puede manifestar su oposición ante
el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de
Luis
Miguel Bolaños Vásquez, cédula número 2-627-158,
solicita ante
CONDOMINIO
ISABELLA DEL CARMEN
Condominio Isabella del Carmen
cédula jurídica tres-ciento nueve-cuatro dos ocho ocho cinco dos,
solicita ante
SISTEMAS
IV GL SOCIEDAD ANÓNIMA
Sistemas IV GL Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-205750, solicita ante
COMERCIALES
JASINA S. A.
Comerciales Jasina S. A., cédula
jurídica tres-ciento uno-cero noventa y cinco mil setecientos sesenta y
tres, solicita ante
SOCIEDAD
MERLIN VME S. A.
Sociedad Merlin VME S. A., con cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos
veintiún mil ochocientos cuarenta y siete, solicita ante
LAS
CUADRAS SOCIEDAD ANÓNIMA
Las Cuadras Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-086955, solicita ante
RESIDENCIAL
LAS LOMAS DE TAMARINDO
NOVENTA Y SIETE S. A.
Residencial Las Lomas de Tamarindo Noventa y Siete
S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-uno siete seis seis cuatro
nueve, solicita ante
INVERSIONES
Inversiones
SMALL CHICKADEE BIRD SOCIEAD ANÓNIMA
Small Chickadee Bird Sociead Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa
y dos mil ochocientos noventa y seis, solicita ante
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ALMACÉN DE SUPERMERCADOS
UNIDOS
DE
Almacén Supermercados
Unidos de
WELLNESS
AT WORK SOCIEDAD ANÓNIMA
Wellness At Work Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-484274, solicita ante
CONSORCIO
KAYFER SOCIEDAD ANÓNIMA
Consorcio Kayfer Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-116129, solicita ante
AGENCIA
DE ADUANAS KAYFER SOCIEDAD ANÓNIMA
Agencia de Aduanas Kayfer
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-171060, solicita
ante
OPTOCONTROL
JIBF SOCIEDAD ANÓNIMA
Optocontrol JIBF Sociedad Anónima, con
cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta
mil seiscientos sesenta y uno, solicita ante
KUTA
DEL ORIENTE S. A.
Kuta del Oriente S. A., cédula
jurídica número: 3-101-169883, solicita ante
CUARENTA
Y SIETE REY DEL LAGO
COSTA
DEL SOL LIMITADA
Cuarenta y Siete Rey del Lago
Costa del Sol Limitada, cédula jurídica número tres-ciento
dos-cuatrocientos sesenta y seis mil ochocientos veintiocho, solicita ante
OCHENTA
Y UNO DEL LAGO COSTA
DEL
SOL AMATISTA LIMITADA
Ochenta y Uno del Lago Costa del
Sol Amatista Limitada, cédula jurídica número tres-ciento
dos-cuatrocientos sesenta y seis mil setecientos treinta y siete, solicita ante
FINCA
EL CONGO LIMITADA
Finca El Congo Limitada,
cédula jurídica tres-ciento dos-cien mil ochocientos uno,
solicita ante
Pérez
Herrera Ermis, cédula física 1-0917-0451, solicita ante
MULTISERVICIOS
CONSTRUCTIVOS S. A.
Multiservicios Constructivos S.
A., con cédula jurídica número 3-101-
INVERSIONES
RODRÍGUEZ Y VÁSQUEZ
SOCIEDAD
ANÓNIMA
Inversiones Rodríguez y
Vásquez Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-281972, solicita ante
CERO
TRES CERO SIETE NOVENTA Y CINCO LIMITADA
La sociedad Cero Tres Cero Siete
Noventa y Cinco Limitada: con número de cédula jurídica
3-102-171353, solicita ante
GRUPO
INTEGRA SOCIEDAD ANÓNIMA
La sociedad Grupo Integra
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-ciento sesenta y ocho mil novecientos noventa y
nueve, solicita ante
OEMPELL
SOCIEDAD ANÓNIMA
Oempell Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-333588, solicita ante
BAGHERIA SEIS SOCIEDAD ANÓNIMA
Bagheria Seis Sociedad Anónima, con
cédula jurídica 3-101-279320, solicita ante
MUTUAL
CARTAGO DE AHORRO Y PRÉSTAMO
La señora Marcela Bonilla Esquivel
cédula de identidad
Se emplaza a los interesados a manifestarse dentro del plazo de 15
días naturales posterior a la última publicación.
Cartago, 2 de noviembre del
2011.—Sección Apoyo Operativo a
DOMOTICA
SOCIEDAD ANÓNIMA
Domotica Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno-uno siete cinco cero cero siete,
solicita ante
MULTISERVICIOS
KARIKA SOCIEDAD ANÓNIMA
Multiservicios Karika Sociedad
Anónima, con cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-cero ochenta y cinco mil cuatrocientos sesenta y cuatro,
solicita ante el Registro Nacional, Departamento de Condominios, la reposición
del libro de Actas de Asamblea de Propietarios del condominio denominado
Condominio Eco Residencial Villa Real II. Quien se considere afectado puede
manifestar su oposición ante el Registro Nacional de San José, en
el término de ocho días hábiles contados a partir de la
última publicación del Diario Oficial
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
GREYMART INVESTMENTS SOCIEDAD ANÓNIMA
Greymart Investments Sociedad
Anónima, cédula jurídica número; tres-ciento
uno-trescientos cincuenta y cinco mil novecientos cincuenta y cuatro, solicita
ante
BACARY
SOCIEDAD ANÓNIMA
Bacary Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-ciento sesenta y ocho mil
novecientos ochenta y seis, solicita ante
EL
MAR DEL COCO PLATINO SOCIEDAD ANÓNIMA
El Mar del Coco Platino Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número
3-101-522057, solicita ante
3-101-548188
SOCIEDAD ANÓNIMA
3-101-548188 Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-quinientos cuarenta y ocho mil ciento ochenta y ocho, solicita
ante
FIBROMUEBLES
DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Fibromuebles de Costa Rica
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica:
3-101-103038, solicita ante
EL
GATO DE COLORES SOCIEDAD ANÓNIMA
El Gato de Colores Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero cuarenta y
cuatro mil trescientos once, solicita ante
INVERSIONES
ALIMAR S. A.
Yo, Alicia Castrillo
Bolaños, en mi condición de presidenta, hago constar que hemos
iniciado la reposición de los libros de: Acta de Asambleas General
Ordinaria y Extraordinarias, Junta Directiva, Registro de Accionistas, Diario,
Mayor, Inventario y Balances, para un total de seis libros extraviados de:
Inversiones Alimar S. A., cédula jurídica Nº 3-101-155897,
por lo que se emplaza por ocho días a partir de esta publicación
a cualquier interesado para que formule reparos a la reposición en
trámite ante Dirección General de
GRUPO
EUROPEO SOCIEDAD ANÓNIMA
Grupo Europeo Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101264097, solicita ante esta
Dirección General de Tributación, la reposición de los
siguientes libros: un libro Mayor, un libro de Diario, un libro de Registro de
Actas de Asamblea, un libro de Actas de Registro de Socios, un libro de Actas
de Consejo de Administración y un libro de Inventarios y Balances. Quien
se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área
de Información y Asistencia del Contribuyente de
SCOTIABANK
DE COSTA RICA S. A
Año Veinticinco Veinticinco S. A.,
cédula jurídica 3-101-022212 hace del conocimiento del
público en general el extravío del título número
100000038056, por un monto de ocho mil sesenta y cuatro con 13/100
dólares, emitido a nombre de Año Veinticinco Veinticinco S. A.,
por Scotiabank de Costa Rica S. A., fecha de emisión del primero de
marzo del 2006, Por lo que se solicita su reposición de acuerdo con lo
establecido en los artículos 708 y 709 del Código de
Comercio.—San José, 3 de noviembre de 2011.—Luis Fishman
Zonzinski.—(IN2011087501).
Sadawa S. A., cédula jurídica
3-101-274276 hace del conocimiento del público en general, el
extravío del título número 100000030764, por un monto de
quinientos cincuenta y siete mil, ciento sesenta y un colones con 91/100,
emitido a nombre de Sadawa S. A., por Scotiabank de Costa Rica S. A., fecha de
emisión del diecisiete de agosto del año 2005, por lo que se
solicita su reposición de acuerdo con lo establecido en los
artículos 708 y 709 del Código de Comercio.—San
José, 3 de noviembre de 2011.—Luis Fishman Zonzinski.—(IN2011087503).
Yo
Félix Fernando Zarzosa Villarreal, cédula Nº 800580340,
solicita ante
Reiman
Gerardo Segura Naranjo, con cédula de identidad seis-doscientos
veintitrés-quinientos veintiséis, solicita ante
Espinoza
Esquivel Xinia María, cédula 2-0502-0200, solicita ante
TIENDA
BARGUIL SOCIEDAD ANÓNIMA
Tienda Barguil Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número tres-uno
cero uno-tres dos nueve cinco cuatro, solicita ante
CERRO
DOMINICANO SOCIEDAD ANÓNIMA
La sociedad costarricense Cerro
Dominicano Sociedad Anónima domiciliada en Puntarenas, Osa, Dominical,
exactamente en Tortillas Flatts, frente a Playa Dominical, cédula
jurídica tres-ciento uno-trescientos cuarenta y seis mil doscientos tres,
solicita ante
TRANSPORTES
ARZU DE ATENAS
SOCIEDAD
ANÓNIMA
Transportes Arzu de Atenas
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-322357, solicita
ante
HERMANOS
ROJAS GAMBOA SOCIEDAD ANÓNIMA
Hermanos Rojas Gamboa Sociedad
Anónima, cédula número 3-101-325277, solicita ante
INVERSIONES
Y MERCADOTECNIA MEDI ESTUDIOS SOCIEDAD ANÓNIMA
Inversiones y Mercadotecnia Medi
Estudios Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres-ciento
uno-doscientos treinta y cuatro mil trescientos cuarenta y dos, solicita ante
MUCAP
El señor Marcelino Manuel
Rivera Salazar, cédula de identidad Nº
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
COLEGIO
DE ABOGADOS DE COSTA RICA
FISCALÍA
Atendiendo la resolución del Juzgado Contencioso
Administrativo, de las nueve horas y cincuenta y dos minutos del doce de agosto
del dos mil once, tomada en ocasión del trámite del proceso
11-004512-01027-CA, procédase a publicar el siguiente edicto: “La
sanción impuesta al Licenciado Edgar Luis Prendas Matarrita, colegiado
15421, tomada en ocasión del trámite del proceso 069-09 y que
fuera publicada en
Que
Que
Que
Que
Que
Que
Que
Que
Que
Que
Que
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Por escritura pública
otorgada ante mí, en San José, a las 08:00 horas del 14 de
octubre del 2011, protocolicé acta de la sociedad Tica Bus Sociedad
Anónima por la cual se disminuye el monto del capital
social.—San José, 01 de noviembre del 2011.—Lic. Braulio
Vargas Núñez, Notario.—RP2011265024.—(IN2011086484).
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
Se hace constar que mediante escritura pública otorgada ante el notario Gonzalo Vargas Acosta, se constituyó la sociedad denominada El Punto Virtual Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse El Punto Virtual S. A., domiciliada en San José, San Pedro, setenta y cinco metros al este del Salón de Patines Music. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente. Capital social: doce mil colones.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—RP2011265362.—(IN2011086919).
Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 hrs. del 29 de octubre del 2011, se constituyó la sociedad El Gecko Gordo S. A. Presidente: Timo Sydanmanlakka. Capital social: doce mil dólares exactos. Domicilio: San José. Plazo: cien años.—San José, 1º de noviembre del 2011.—Lic. Alonso Vargas Araya, Notario.—1 vez.—RP2011265363.—(IN2011086920).
Por medio de la escritura número ciento ochenta y ocho del tomo sétimo de mi protocolo, el veintiocho de octubre del dos mil once, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación social se hará de conformidad al artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, del veintinueve de mayo de dos mil seis.—San José, primero de noviembre del dos mil once.—Lic. Mónica Zumbado Fallas, Notaria.—1 vez.—RP2011265364.—(IN2011086921).
Ante el notario público licenciado Evans Mauricio Ramos Sibaja, se constituyó la compañía Taco Tico Tamarindo DBW Sociedad de Responsabilidad Limitada. Domiciliada en playa Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste, condominio Villa Verde Dos condominio treinta y nueve, gerente tiene la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo 99 años.—Santa Cruz, Guanacaste, treinta y uno de octubre de dos mil once.—Lic. Evans Mauricio Ramos Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2011265365.—(IN2011086922).
Mediante la escritura número ciento sesenta y tres, del tomo segundo y con fecha viernes siete de octubre del año dos mil once, en del protocolo del licenciado Luis Diego Campos Batista, se varió el plazo social, cuarta del pacto constitutivo, de la sociedad anónima de nombre Asesoría y Servicios Aduaneros Asa Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta y tres mil novecientos sesenta y seis. Es todo.—Lic. Luis Diego Campos Batista, Notario.—1 vez.—RP2011265366.—(IN2011086923).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las catorce horas del veintiséis de octubre de dos mil once, se constituyó la sociedad Microdata de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, dos de noviembre de dos mil once.—Lic. María del Pilar Meneses Claramunt, Notaria.—1 vez.—RP2011265368.—(IN2011086924).
Por escritura, otorgada a las nueve horas treinta minutos del día primero de noviembre del presente año, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Sonidos de Gaia S. A. mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad.—San José, 01 de noviembre del dos mil once.—Lic. Uri Weinstok Mendelewicz, Notario.—1 vez.—RP2011265369.—(IN2011086925).
Por escritura, otorgada a las diez horas del día primero de noviembre del presente año, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Shiny Speedster S. A. mediante la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad.—San José, 01 de noviembre del dos mil once.—Lic. Uri Weinstok Mendelewicz, Notario.—1 vez.—RP2011265370.—(IN2011086926).
Que ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad denominada: Servicios Especializados MPJ Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-seis tres cero cero nueve cuatro, donde se nombra nuevo presidente y nueva secretaria de la junta directiva.—San José, dos de noviembre del dos mil once.—Lic. Luis Diego Castillo Guzmán, Notario.—1 vez.—RP2011265371.—(IN2011086927).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se constituyó la sociedad: con cédula jurídica como razón social, cuyo capital social es cien mil colones. Presidente y secretario: apoderados generalísimos sin limitación de suma. Domicilio social Alajuela.—San José, a las dieciocho horas del treinta y uno de octubre de dos mil once.—Lic. Xinia Alfaro Mena, Notaria.—1 vez.—RP2011265372.—(IN2011086928).
Mediante escritura pública número ciento treinta y nueve-diez, otorgada a las veinte horas del veintisiete de octubre del año dos mil once, se constituye la sociedad anónima denominada: Viribus Unitis Sociedad Anónima, con domicilio en la ciudad de San José, objeto el comercio en general, representada por el presidente y secretario y con capital social de un millón de colones.—San José, veintiocho de octubre del dos mil once.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—(IN2011087052).
Mediante escritura pública número ciento cuarenta y seis-diez, otorgada a las ocho horas del tres de noviembre del año dos mil once, se reforma la cláusula quinta del capital social, de la empresa: ILT de Costa Rica Sociedad Anónima, tres-ciento uno-seiscientos cuarenta mil doscientos treinta y cuatro.—San José, dos de noviembre del dos mil once.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—(IN2011087053).
Mediante escritura número sesenta y cinco de las doce horas del veintiocho de octubre del dos mil once, se protocoliza acta de asamblea de socios de BMX Solutions Sociedad Anónima, en la cual acuerda disolver según artículo doscientos uno inciso D del Código de Comercio. Es todo.—San José, veintiocho de octubre del dos mil once.—Lic. Ana Sophia Lobo León, Notaria.—1 vez.—(IN2011087166).
Por escritura otorgada a las 10:15 horas del veintisiete de octubre del año dos mil once, ante el notario Ernesto Desanti González, se modificó la representación y el domicilio social, de la sociedad Urlaub Especial F Y P S. A., cédula jurídica 3-101-177463.—San José, 4 de noviembre del 2011.—Lic. Ernesto Desanti González, Notario.—1 vez.—(IN2011087172).
Por escritura otorgada a las 8:00 horas del veintisiete de octubre del año dos mil once, ante el notario Ernesto Desanti González, se modificó la representación y el domicilio social de la sociedad Comanche Internacional F Y P S. A., cédula jurídica 3-101-156775.—San José, 4 de noviembre del 2011.—Lic. Ernesto Desanti González, Notario.—1 vez.—(IN2011087173).
Por escritura otorgada a las 8:15 horas del veintisiete de octubre del año dos mil once, ante el notario Ernesto Desanti González, se modificó la representación y el domicilio social de la sociedad Generoso Internacional F Y P S. A., cédula jurídica-3-101-156768.—San José, 4 de noviembre del 2011.—Lic. Ernesto Desanti González, Notario.—1 vez.—(IN2011087174).
Por escritura otorgada a las 8:30 horas del veintisiete de octubre del año dos mil once, ante el notario Ernesto Desanti González, se modificó la representación y el domicilio social de la sociedad Gitana Internacional F Y P S. A., cédula jurídica 3-101-158672.—San José, 4 de noviembre del 2011.—Lic. Ernesto Desanti González, Notario.—1 vez.—(IN2011087175).
Por escritura otorgada a las 8:45 horas del veintisiete de octubre del año dos mil once, ante el notario Ernesto Desanti González, se modificó la representación y el domicilio social de la sociedad Global Consultores Internacional F Y P S. A., cédula jurídica 3-101-156772.—San José, 4 de noviembre del 2011.—Lic. Ernesto Desanti González, Notario.—1 vez.—(IN2011087176).
Por escritura número ciento cincuenta y uno otorgada ante notaria Wendy Robles Lizano, se reforma junta directiva de Grupo Único Mayorista Sociedad Anónima.—Pérez Zeledón, 13 de noviembre del 2011.—Lic. Wendy Robles Lizano, Notaria.—1 vez.—RP2011265543.—(IN2011087284).
Al ser las 8:00 horas del once de agosto del año en curso se llevó asamblea extraordinaria de Multiservicos Mao del Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos treinta y cuatro ochocientos treinta, estando la totalidad del capital social reunido y han acordado en disolver la sociedad, la misma no tiene ningún activo o pasivo que dividir. Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón, 2 de noviembre del 2011.—Lic. Jenny Sandí Romero, Notaria.—1 vez.—RP2011265544.—(IN2011087285).
Que por escritura número 5, visible a folio 17 vuelto se constituyó la empresa denominada Villa Playa Vista S.R.L. representada por el Debra Corinne (nombres) West (apellido), el motivo de este edicto es la constitución de la empresa indicada. Visible en el tomo 19 del protocolo del notario público Eduardo Abarca Vargas. Teléfono 2771-5855.—Uvita de Osa, a las 9:00 horas del 2 de noviembre del 2011.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011265545.—(IN2011087286).
Que por escritura número 4, visible a folio 16 vuelto se constituyó la empresa denominada Sevilla Resort S.R.L. representada por Félix García Fito, el motivo de este edicto es la constitución de la empresa indicada visible en el tomo 19 del protocolo del notario público Eduardo Abarca Vargas. Teléfono 2771-5855.—Uvita de Osa, a las 9:00 horas del 2 de noviembre del 2011.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011265546.—(IN2011087287).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 13:00 horas de hoy, la sociedad Desarrollos Prados del Este DPE S. A., modificó las cláusulas segunda y novena de sus estatutos y nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 2 de noviembre del 2011.—Lic. Juan Chow Wong, Notario.—1 vez.—RP2011265556.—(IN2011087293).
Por escritura número 137-12 de las 9:00 horas del día 25 de octubre del 2011, ante el notario Francisco Vargas Solano, los señores Greivin Gerardo Arrieta Chacón y Yenory Vindas González constituyeron Siespo Sociedad Anónima, con capital social de noventa mil colones, plazo social noventa y nueve años, presidente Róger Segnini Esquivel.—San José, 25 de octubre del 2011.—Lic. Francisco Javier Vargas Solano, Notario.—1 vez.—RP2011265557.—(IN2011087294).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 14:00 horas de hoy, la sociedad Cosmotek S. A., modificó las cláusulas segunda y sexta de sus estatutos y nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 2 de noviembre del 2011.—Lic. Juan Chow Wong, Notario.—1 vez.—RP2011265558.—(IN2011087295).
La suscrita notaria, hace constar que ante mi se protocolizó el acta número cuarenta y dos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Agrícola Industrial Cataluña Limitada, mediante la cual se modificó la cláusula segunda. Domicilio: Alajuela, Cataluña de Tacares de Grecia, Finca Cataluña.—San José, 2 de noviembre del 2011.—Lic. Mariela Hernández Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2011265559.—(IN2011087296).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 27 de octubre del 2011, he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la entidad Campos Verdes del Descanso Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula tercera del estatuto social.—Lic. Jorge Mario Murillo Murillo, Notario.—1 vez.—RP2011265562.—(IN2011087297).
Hoy en esta notaría, se constituyó Consultaría en Mercadeo y Ventas Becca Sociedad Anónima, domiciliada en Pozos de Santa Ana, Invu, casa veintiocho. Capital social: diez mil colones.—San José, 26 de octubre del 2011.—Lic. Adriana Castillo Guzmán, Notaria.—1 vez.—RP2011265646.—(IN2011087340).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 14:00 horas del 2 de noviembre del dos mil once, se constituyó la sociedad Multi Phone S. A., presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, capital social diez mil colones suscrito y pagado.—San José, 2 de noviembre del 2011.—Lic. Katalina Cartín Ulate, Notaria.—1 vez.—RP2011265647.—(IN2011087341).
Glen
Rojas Torres, cédula de identidad Nº 7-0162-408, constituye
sociedad anónima denominada Inversiones Rojas y Blanco de
Sarapiquí Sociedad Anónima, domiciliada en Puerto Viejo de
Sarapiquí de Heredia, barrio
Por escritura número veintiuno-nueve, otorgada ante los notarios Alberto Sáenz Roesch, Jorge González Roesch, y Juvenal Sánchez Zúñiga, actuando en el protocolo del primero, a las catorce horas del día 1º de noviembre del 2011, se modifican las cláusulas segunda y sexta, se nombra gerente de la sociedad Pinilla Academy SRL.—San José, 1º de noviembre del 2011.—Lic. Jorge González Roesch, Conotario.—1 vez.—RP2011265650.—(IN2011087343).
Ante esta notaría, mediante escritura número ciento ochenta y ocho, tomo tercero, a las 8:00 horas y cuarenta minutos del veinticinco de octubre del dos mil once, se protocoliza acta donde se establece domicilio social de la sociedad denominada Campos y Salas S. A.—San José, 26 de octubre del 2011.—Lic. Adalid Otoya Quirós, Notario.—1 vez.—RP2011265651.—(IN2011087344).
Por escritura que autoricé hoy, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de Torre Tres Dos B Azul Sociedad Anónima, donde se reforma la cláusula cuarta del pacto constitutivo.—San José, 3 de noviembre del 2011.—Lic. Marta Isabel Alvarado Granados, Notaria.—1 vez.—RP2011265652.—(IN2011087345).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8 horas 30 minutos del once de octubre del dos mil once, se constituyó la sociedad Fran-Lau de Responsabilidad Limitada. Capital social diez mil colones.—San José, 31 de octubre del 2011.—Dr. Sergio Artavia Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2011265661.—(IN2011087346).
Por escritura otorgada ante mí, hoy a las diecinueve horas se constituyó la sociedad de esta plaza Dumaco Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Dumaco S. A., domicilio: San José, Escazú, un kilómetro al oeste del Vivero Exótica Condominio Cala Honda, número veintitrés, Capital: diez mil colones representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, íntegramente suscrito y pagado. Objeto: Tendrá como objeto principal el ejercicio del comercio, la industria, la agricultura en general.—Heredia, 31 de octubre del 2011.—Lic. Fernando Sánchez Rojas, Notario.—1 vez.—RP2011265663.—(IN2011087347).
En escritura otorgada ante esta notaría, a las 19:00 horas del 11 de octubre del 2011, se protocolizó acta Nº 2 de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía WL Ganadera El Resbalón S. A., en la que se modifica la junta directiva, nombrando nuevo presidente, secretaria y tesorera, por vacante y renuncias. Presidenta: Roxana Lobo Granados.—San José, 3 de noviembre del 2011.—Lic. Eladio Ant. Picado Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2011265665.—(IN2011087348).
Por escritura otorgada hoy ante la señora: Mónica Faviola Herrera Jarquín, modifica la cláusula sexta de los estatutos de la sociedad denominada: López Herreraherman S. A.—San Ramón, 18 de enero del 2011.—Lic. Celimo Asdrúbal Sancho Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2011265667.—(IN2011087349).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas treinta y cinco minutos del veintisiete de setiembre de dos mil once, se constituye Speed Accesorios MVBM S. A., capital social totalmente suscrito y pagado. Domicilio.—San José, radial a Paso Ancho la rotonda ciento veinticinco metros al este.—Lic. Gabriela Alejandrê Saénz, Notaria.—1 vez.—RP2011265674.—(IN2011087355).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las 10:00 horas del 11 de octubre del 2011, se constituyó la sociedad denominada número de cédula jurídica por asignar s. a., Domicilio social: Desamparados, Fátima. Plazo social: 99 años. Capital social: suscrito y pagado. Presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.—San José, 11 de octubre del 2011.—Lic. Rafael Ángel Calderón Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2011265675.—(IN2011087356).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Árboles de Augusta Sociedad Anónima, sociedad de esta plaza, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos cuarenta y cuatro mil cuatrocientos ochenta y ocho, en la que se modificó el pacto social de la sociedad.—San José, 13 de octubre del 2011.—Lic. Claudia Reyes Silva, Notaria.—1 vez.—RP2011265676.—(IN2011087357).
El suscrito notario hace constar y da fe que mediante escritura pública Nº 159-45 otorgada ante mí, a las 8:00 horas del día 31 de octubre de 2011, se procedió a modificar las cláusulas 1, 2 y 6 del pacto constitutivo de la sociedad denominada Golden Gate Casino, Limitada.—Es todo.—San José, 31 de octubre del 2011.—Lic. Alonso José Lara Tomas, Notario.—1 vez.—RP2011265677.—(IN2011087358).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario en la ciudad de San José a las 14:00 horas del 2 de noviembre de 2011, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas por las cuales se acuerda disolver y liquidar Inversiones Inmobiliarias Jahé Sociedad Anónima.—San José, 14:00 horas del 2 de noviembre de 2011.—Lic. Óscar Gallegos Borbón, Notario.—1 vez.—RP2011265680.—(IN2011087359).
Hoy protocolicé acta de asamblea de socios de la sociedad 3-101-626859 s. a., donde se reformó las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo, así como nombramiento de junta directiva y fiscal.—San José, 27 de octubre del 2011.—Lic. Kattia Alvarado Esquivel, Notaria.—1 vez.—RP2011265681.—(IN2011087360).
Por
escritura otorgada ante esta Notaría, a las 11:00 horas de hoy,
protocolizo acta de Condominios
Ante esta notaría por escritura otorgada a las dieciséis horas treinta minutos del día veintiocho de octubre del año dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Casasola & Ayales Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de julio del dos mil once.—Lic. Yanina Cordero Pizarro, Notaria.—1 vez.—RP2011265684.—(IN2011087362).
Que
por escritura número sesenta-seis otorgada ante los notarios
públicos Andrés Waisleder Goldberg y Catalina Soto Mora, a las
catorce horas del veintiocho de octubre del dos mil once, se protocoliza acta
de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
Yo, Luis Alberto Campos Flores, notario público, protocolizo acta asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones Inmobiliarias R.O. del Oeste Sociedad Anónima. Se modifica cláusula novena del pacto constitutivo. Se nombra nueva junta directiva, escritura otorgada en San José, a las 9:00 horas del 2 de noviembre del 2011.—Lic. Luis Alberto Campos Flores, Notario.—1 vez.—RP2011265687.—(IN2011087364).
Por escritura otorgada ante Esta Notaría a las 16:00 horas del día 31 de octubre del año 2011, se constituyó la compañía denominada Baldi Telecom Sociedad Anónima, domiciliada en San Antonio de Belén, Heredia.—Heredia, 31 de octubre del 2011.—Lic. Manuel Francisco Jones Chacón, Notario.—1 vez.—RP2011265694.—(IN2011087370).
Por escritura número 186, de las 11:00 horas del 29 de octubre del 2011, protocolicé acuerdos de asamblea general de socios de 3-101-562085 s. a., reformando el domicilio social.—Cartago, 3 de noviembre del 2011.—Lic. Luis Fernando Sáenz González, Notario.—1 vez.—RP2011265695.—(IN2011087371).
Ante esta notaría se está constituyendo la sociedad anónima Servicios Administrativos SAF Internacional del Este Sociedad Anónima. Presidente José Luis Salas Campos.—San José, 3 de noviembre dos mil once.—Lic. Natalia Sarmiento Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2011265696.—(IN2011087372).
Mediante escritura otorgada ante el suscrito notario a las once horas del treinta y uno de octubre del dos mil once, se protocoliza asamblea general de accionistas de Inversiones Farhat K.David y Compañía Sociedad Anónima, por medio de la cual se reforma la cláusula quinta respecto al capital social.—San José, 1 de noviembre del 2011.—Lic. Tomas Esquivel Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2011265698.—(IN2011087373).
Por escritura número treinta del 2 de octubre del 2011, del tomo sétimo del protocolo de la suscrita notaria se constituyó VIP Concierge Sociedad Anónima, capital íntegramente pagado y suscrito. Junta directiva y fiscal electos.—San José, 3 de noviembre del dos mil once.—Lic. Ana Militza Salazar Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2011265699.—(IN2011087374).
Por
escritura número 62-16 de las 16:30 horas del 18 de octubre del 2011, se
modifica la cláusula octava de la sociedad Desarrollos Optimizados
Por
escritura otorgada ante
Los
suscritos Diego Sebastián García y Sabrina Anebella Barreto,
constituyen sociedad ante
Mediante escritura número ciento cuarenta, otorgada a las doce horas y cinco minutos del día tres de noviembre del dos mil once, visible al folio ciento diecinueve frente, del tomo quinto de mi protocolo, se modificó la cláusula sétima, del pacto social, y puesto presidente de la sociedad CR Asesores Contables S. A. Es todo.—San José, tres de noviembre del dos mil once.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—1 vez.—RP2011265739.—(IN2011087395).
La suscrita notaria pública protocolizó acta número dos de la asamblea general extraordinaria de la sociedad Territorio Monserrat Número Cuatro Sociedad Anónima cédula de persona jurídica número 3-101-613920 mediante la cual se reforma la cláusula sétima referente a la representación.—Lic. María de los Ángeles Angulo Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2011265744.—(IN2011087396).
Ante la suscrita notaria María de los Ángeles Angulo Gómez las señoras Ana Antonia López Ramírez cédula 3-226-733 y Karina de los Ángeles Vega López, cédula 3-468-754 constituyeron la sociedad Propiedades Ankari Sociedad de Responsabilidad Limitada, con un capital de un millón de colones y con domicilio en Cartago, Oreamuno, San Rafael, del Bar México, trescientos metros al oeste y doscientos metros al norte.—Lic. María de los Ángeles Angulo Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2011265745.—(IN2011087397).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del día tres de noviembre del dos mil once, se protocolizó el acta de la sociedad Financiera G&T Continental Costa Rica Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula quinta.—San José, tres de noviembre del dos mil once.—Lic. Eugenio Desanti Hurtado, Notario.—1 vez.—RP2011265746.—(IN2011087398).
Por escritura otorgada a las 10:30 horas del 3 de noviembre del 2011, Alejo Alberto Lewis Zapata, Ayme Jeanina Arguedas López, Diana Patricia Arguedas López, María del Carmen López González, constituyeron Hope Design S. A. traducido Diseño Esperanza S. A.—San José, 3 de noviembre del 2011.—Lic. Jessica Pérez Araya, Notaria.—1 vez.—RP2011265747.—(IN2011087399).
Ante la notaría del Licenciado Mauricio Calderón Solís, se constituyen las sociedades Asocif S. A., y Yo Soy El Que Soy S.A., y se protocolizan acuerdos tomados en las sociedades Montview Inc. S. A. y Gianfranca de Zapote S. A.—Lic. Mauricio Calderón Solís, Notario.—1 vez.—RP2011265748.—(IN2011087400).
El día de hoy ante esta notaría se constituyó cinco sociedades de responsabilidad limitada denominadas con su número de cédula jurídica y con el aditamento SRL. Capital social de diez mil colones. Plazo social: cien años; y otras cinco sociedades de responsabilidad limitada denominadas con su número de cédula jurídica y con el aditamento SRL. Capital social de diez mil colones. Plazo social: cien años.—San José, ocho de octubre del dos mil once.—Lic. Manfred Clausen Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2011265749.—(IN2011087401).
Ante la notaría del Licenciado Piero Vignoli Chessler se constituyó la sociedad denominada Instituto Para Universitario Hispanoamericano Sociedad Anónima. El capital social lo será la suma de veinte mil colones. Dicho capital está dividido en veinte acciones comunes y nominativas de mil colones cada una.—San José, tres de noviembre de dos mil once.—Lic. Piero Vignoli Chessler, Notario.—1 vez.—RP2011265750.—(IN2011087402).
Ante esta Notaría a las catorce horas con veinte minutos del catorce de octubre del dos mil once, se constituyó la sociedad anónima Desarrolladora Inmobiliaria Nueva Esperanza S. A., con domicilio social en Alajuela, Tambor, Tacacori, doscientos metros oeste de la iglesia y con capital social de cien mil colones.—Alajuela, al ser diez horas diez minutos del día tres de noviembre del dos mil once.—Lic. Vinicio Villegas Arroyo, Notario.—1 vez.—RP2011265753.—(IN2011087403).
Se hace constar que ante la presente notaría se constituye la sociedad con la denominación social Soluciones y Proyectos Triple E Sociedad Anónima, misma con un plazo de 99 años a partir de su constitución.—San José, 1º de noviembre de 2011.—Lic. Jorge Antonio Arias Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2011265755.—(IN2011087404).
En mi notaría a las 12:00 horas del 27 de octubre del 2011, se constituyó la sociedad: Green Asset Legal Advisors, cuya traducción es Activo Verde Consultores Legales Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Domicilio: San José, Monte de Oca. Plazo social: 100 años. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital suscrito y pagado.—San José, 27 de octubre del 2011.—Lic. Dora María Figueroa González, Notaria.—1 vez.—RP2011265756.—(IN2011087405).
Hoy protocolicé acta número cuatro de asamblea extraordinaria de socios, de la sociedad denominada Brisas de Salinas Uno Verde S. A., mediante la cual se modificó la cláusula segunda y se cambió la junta directiva y fiscal.—Liberia, 31 de octubre del 2011.—Lic. Xenia Saborío García, Notaria.—1 vez.—RP2011265757.—(IN2011087406).
Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día dieciocho de octubre del dos mil once a las diez horas en la ciudad de Atenas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Tres-ciento dos-seiscientos ocho mil novecientos sesenta y dos, en la cual se nombra gerente y subgerente y se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo.—Atenas, diecinueve de octubre del dos mil once.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—RP2011265758.—(IN2011087407).
Por escritura otorgada a las quince horas del veintiséis de octubre del dos mil once, se reformó la cláusula quinta de los estatutos de Prologística RJR Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—Lic. Mario Enrique Pacheco Loaiza, Notario.—1 vez.—RP2011265759.—(IN2011087408).
Por escritura número dieciséis, otorgada ante mí, a las quince horas del tres de noviembre del dos mil once, se protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad The Green Shire Sociedad Anónima, por medio de la cual se transforma a sociedad de responsabilidad limitada.—Lic. Juan Manuel Aguilar Víquez, Notario.—1 vez.—(IN2011087418).
Mediante escritura Nº 67 de las 10:00 horas del 2 de noviembre del 2011, otorgada en San José, ante esta notaría se protocolizó acta Nº 1 de asamblea general extraordinaria de E.G. Property Service Inc S. A., cédula jurídica 3-101-398892, en la que se reformó el acta constitutiva, cláusula segunda del domicilio social: Escazú, Guachípelín, 200 mts norte de Pavisen. Cláusula novena: representación judicial y extrajudicial correspondiendo al presidente y secretario, actuando separadamente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, por todo el plazo social. Presidente: Morela Bruzual de Calderón, cédula 186200026915, secretario: Eduardo Calderón Romero, cédula 172400059934.—San José, 4 de noviembre del 2011.—Lic. Roxana María Artavia Badilla, Notaria.—1 vez.—(IN2011087422).
Ante mí, Shirley Monge Calderón, notaria pública de Cartago, comparecieron Rosa Marina Rodríguez Marín y Héctor Manuel Zavala Jiménez, para constituir una sociedad anónima denominada R Y H Asesoría y Desarrollo de Soluciones Profesionales S. A., a las ocho horas del veintiocho de octubre del dos mil once. Es todo.—Lic. Shirley Monge Calderón, Notaria.—1 vez.—(IN2011087427).
El suscrito notario hace constar que mediante escritura número ciento veinticuatro del tomo nueve del protocolo de la notaria Shirley Rodríguez Vargas, se constituyó la sociedad denominada Alfonvale Sociedad Anónima, cuya presidenta es la señora María Elena Cordero Brenes. Asimismo mediante escritura número ciento veinticinco del tomo nueve del protocolo de la notaria Shirley Rodríguez Vargas, se constituyó la compañía denominada Matiale Sociedad Anónima, cuya presidenta es la señora María Elena Cordero Brenes. Ambas sociedades constituidas tienen como domicilio Cartago, Turrialba, frente al Gimnasio Municipal, Turrialba Noventa y Seis. Es Todo.—San José, veintisiete de octubre de dos mil once.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2011087433).
Por escritura otorgada en San José, a las 15:00 horas del 2 de noviembre de 2011, se protocolizó acta de Condominio Vertical Residencial Barroco, se reelegió al administrador Fernando Fiatt Seravalli.—San José, 2 de noviembre de 2011.—Lic. Karla Patricia Naranjo Araya, Notaria.—1 vez.—(IN2011087445).
Por escritura número ciento veintinueve, otorgada ante mi notaría a las diez horas treinta minutos del cuatro de noviembre del dos mil once, se constituyó una sociedad anónima cuya denominación social se realiza de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J.—San José, 4 de noviembre del 2011.—Lic. Laura Fernández Castro, Notaria.—1 vez.—(IN2011087451).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del dos de noviembre del dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada: Verditica Forestal Sociedad de Responsabilidad Limitada, en la cual se nombra como gerente y representante legal con facultad de apoderado generalísimo sin límite de suma, al señor: César Eduardo Cisneros Aragón.—Lic. Dinia Matamoros Espinoza, Notaria.—1 vez.—(IN2011087453).
Por
escritura número ciento veintiuno, otorgada ante esta notaría, se
constituyó una sociedad anónima cuya denominación social
será el número de cédula jurídica de acuerdo con el
Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J,
publicado en
Por
escritura número ciento veintiuno otorgada ante esta notaría, se
constituyó una sociedad anónima cuya denominación social
será el número de cédula jurídica de acuerdo con el
Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J,
publicado en
Por escritura otorgada ante mí, las compañías Return Investments S. A., Riferi Holdings S. A., Anchor Capital S. A., RCS Logic S. A., Premier Enterprises On Line S. A., Revenuegateway S. A., Schoneer Consulting S. A. North Ocean Navy S. A., Beach Front Costa Rica Real State S. A., TPC Diseño y Desarrollo S. A., On the Net Consolidated Services S.A. Logic Marketing S. A. y Visionary Capital S. A., han reformado la cláusula sexta de su pacto constitutivo. Fecha de otorgamiento 4 de noviembre del 2011.—Lic. Giovanni Bruno Guzmán, Notario.—1 vez.—(IN2011087466).
Ante mí, Tatiana Rodríguez Arroyo, se procedió a reformar el pacto constitutivo de la sociedad denominada tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y tres mil cuatrocientos cuarenta y tres sociedad anónima s. a., cédula jurídica 3-101-483443, en cuanto a la cláusula novena sobre los poderes de la junta directiva, se reforma también la junta directiva y fiscalía de la sociedad. Es todo.—San José, 19 de octubre del 2011.—Lic. Tatiana Rodríguez Arroyo, Notaria.—1 vez.—(IN2011087467).
Ante mí, Tatiana Rodríguez Arroyo, se procedió a reformar el pacto constitutivo de la sociedad denominada Compañía Lulubel Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos veintinueve trescientos ochenta y dos, en cuanto a la cláusulas segunda y sétima sobre el domicilio social y los poderes de la junta directiva, se reforma también la junta directiva. Es todo.—San José, 19 de octubre del 2011.—Lic. Tatiana Rodríguez Arroyo, Notaria.—1 vez.—(IN2011087468).
La suscrita notaria hace constar que en mi notaría al ser las dieciséis horas del tres de noviembre del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Quvi S. A., la cual tiene domicilio en San José, se dedicará al comercio en general y su plazo social lo será noventa y nueve años.—San José, 4 de noviembre del 2011.—Lic. Karla Cerdas López, Notaria.—1 vez.—(IN2011087471).
Por escritura número doscientos cincuenta y seis-ocho, de fecha veintiséis de octubre de dos mil once, se constituyó la sociedad Carvajal Pérez Sociedad Anónima. Presidente: Johnny Pérez Vargas.—Alajuela, 10 de enero de 2011.—Lic. Libia Sandoval Ugalde, Notaria.—1 vez.—(IN2011087485).
Por escritura otorgada ante mí, se modifica la cláusula sexta de la administración de la firma Promociones Río Hudson S. A. fecha: 3 de noviembre del 2011. Lugar de otorgamiento: San José.—Lic. Daniel Aguilar González, Notario.—1 vez.—(IN2011087500).
Por escritura otorgada ante mí, se modifica la cláusula sexta de la administración de la firma Promociones Río Michigan S. A. fecha: 3 de noviembre del 2011. Lugar de otorgamiento: San José.—Lic. Daniel Aguilar González, Notario.—1 vez.—(IN2011087502).
Por escritura número 12 otorgada a las 13:00 horas del 4 de noviembre de 2011, Kun Pin Lin, Ying Hsiu Lin y Feng Mei Kuo, constituyeron Mega Trading Company Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones exactos. Es todo.—San José, 4 de noviembre de 2011.—Lic. Iara Lancaster Cortés, Notaria.—1 vez.—(IN2011087514).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario en San José, a las 11 horas de hoy, he procedido a protocolizar el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Bewetam Sociedad Anónima, celebrada en San José a las 8 horas del 14 de octubre del 2011, mediante la cual se acordó reformar la cláusula 2da del pacto social y nombrar nuevo presidente de la junta directiva.—San José, 4 de noviembre de 2011.—Lic. Alejandro Montealegre Isern, Notario.—1 vez.—(IN2011087524).
Por escritura otorgada ante esta notaría el 4 de noviembre del 2011, se constituyó Biolumen Sociedad Anónima, plazo: 99 años.—Lic. Ana Vicenti Sotela, Notaria.—1 vez.—(IN2011087561).
Ante esta notaría se protocoliza asamblea general de accionistas de la sociedad denominada 3-101-512020 sociedad anónima, que modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo. Es todo.—San José, 2 de noviembre del 2011.—Lic. Manuela Tanhella Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2011265762.—(IN2011087639).
Por escritura otorgada ante mi Nidia Arias Vindas, a las 11:30 horas del 28 de octubre del 2011, se constituyó Grupo de Inversiones y Desarrollo Delombre y Bolaños S. A. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Presidente: Christophe Nicolas Delombre Fristch.—Flores, 3 de noviembre del 2011.—Lic. Nidia Arias Vindas, Notaria.—1 vez.—RP2011265763.—(IN2011087640).
Ante mi Roy Zumbado Ulate, se constituye la sociedad Grupo Sinon de Costa Rica S. A., capital social la suma de diez mil colones. Presidenta: Roxana López Salas.—Santa Bárbara de Heredia, 2 de noviembre del 2011.—Lic. Roy Zumbado Ulate, Notario.—1 vez.—RP2011265764.—(IN2011087641).
Por
escritura número 69-30, otorgada en esta notaría a las 9:00 horas
del 2 de noviembre del 2011, se constituye una sociedad denominada Ganadera
Las Nanas Sociedad Anónima, con domicilio de la
compañía es la ciudad de Monteverde, Puntarenas,
Protocolización de acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de la compañía Jack-Jose-Mcto Limitada, se acuerda reformar la cláusula del nombre para que se llame Casa Montaña Watlington Limitada, así como la cláusula de la administración y representación. Escritura otorgada ante esta notaría.—San José, 25 de octubre del 2011.—Lic. Wendy Solórzano Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2011265767.—(IN2011087643).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día dos de noviembre del año dos mil once, se protocoliza acta de la sociedad Hoteleria Royal Dutch CR Sociedad Anónima, se revoca nombramiento de presidente y secretario y se nombran nuevos.—Heredia, dos de noviembre del año dos mil once.—Lic. Rubén Rojas Castillo, Notario.—1 vez.—RP2011265768.—(IN2011087644).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del día siete de octubre del año dos mil once, se constituye la sociedad que es: Hotelería Turismo y Publicidad JL del Oeste Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, y para vender inmuebles deben actuar en forma conjunta.—Heredia, dos de noviembre del año dos mil once.—Lic. Rubén Rojas Castillo, Notario.—1 vez.—RP2011265769.—(IN2011087645).
Por escritura de las nueve horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general de socios de Inversiones Theony S. A., de las quince horas del dos de noviembre último, en la que se acordó reformar los estatutos en su cláusula segunda, para que diga que el domicilio es San Pedro de Montes de Oca, provincia San José, del Banco Nacional de Costa Rica, quinientos metros sur, casa esquinera, y cláusula sétima para que diga que la administración estará a cargo de una junta directiva, compuesta de presidente, secretario, y tesorero con poder generalísimo los dos primeros.—San José, noviembre tres del dos mil once.—Lic. Fernando Chacón Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011265771.—(IN2011087646).
El suscrito notario público, Ricardo Vargas Guerrero, con oficina en Playas del Coco, hace constar que se modifica el artículo primero de la compañía y se cambia el nombre de la compañía tres ciento uno seis tres seis tres siete tres sociedad anónima, en adelante la sociedad se denominará Jonifoster Sociedad Anónima. Realizada conforme la escritura de las nueve horas del veintiséis de octubre de dos mil once, número veintinueve, iniciada al folio diecisiete vuelto del tomo quinto de mi protocolo.—Lic. Ricardo Vargas Guerrero, Notario.—1 vez.—RP2011265773.—(IN2011087647).
Ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Comunidad Virtual Costa Rica Sociedad Anónima, en la que se cambia la cláusula primera de los estatutos en cuanto a su denominación para que de ahora en adelante se denomine Kepollo Sociedad Anónima.—San José, 27 de octubre del 2011.—Lic. Sharon Marcela Esquivel Morales, Notaria.—1 vez.—RP2011265776.—(IN2011087648).
En mi notaría a las trece horas del dos de noviembre del dos mil once, se modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad denominada Residencias Carmel Diecisiete TDK S. A. cuyo domicilio social es en San José, de casa Matute Gómez, cien metros sur, trescientos metros este y cien metros sur, con un capital de diez mil colones.—San José, 2 de noviembre del 2011.—Lic. Rocío Quirós Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2011265777.—(IN2011087649).
Por escritura otorgada ante mi, Leonardo Crespi Zorino, a las dieciséis horas del veintisiete de setiembre del dos mil once, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad Sistemas Colnet S. A., celebrada en el domicilio social a las dieciséis horas del veinte de setiembre del dos mil once, se modifica las siguientes cláusulas II.- Domicilio social será en Guadalupe-Goicoechea de la esquina suroeste del parque cincuenta metros al sur- frente Cruz Roja -XIII. Se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 3 de noviembre del 2011.—Lic. Leonardo Crespi Zorino, Notario.—1 vez.—RP2011265778.—(IN2011087650).
Por escritura otorgada ante mi, Leonardo Crespi Zorino, a las dieciséis y treinta horas del veintisiete de setiembre del dos mil once, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad Llamandote Voip S. A., celebrada en el domicilio social a las quince horas del veintiuno de setiembre del dos mil once, se modifica las siguientes cláusulas VI. Representación judicial y extrajudicial corresponderá únicamente al presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. XIII. Se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 3 de noviembre del 2011.—Lic. Leonardo Crespi Zorino, Notario.—1 vez.—RP2011265779.—(IN2011087651).
Mediante escrituras autorizadas por mí, a las nueve horas, a las nueve horas treinta minutos y a las diez horas del tres de noviembre del dos mil once, se constituyeron sociedades de responsabilidad limitada, cuya razón social será asignada por el Registro de Personas Jurídicas; con un capital social de treinta mil colones cada una.—San José, tres de noviembre del dos mil once.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—RP2011265781.—(IN2011087652).
Ante la notaría de Nancy Harbottle Morales, a las ocho horas del dos de noviembre del dos mil once, se constituye la sociedad Comercializadora Multicolor de Cartago S. A.—San José, 2 de noviembre del 2011.—Lic. Nancy Harbottle Morales, Notaria.—1 vez.—RP2011265782.—(IN2011087653).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 15:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Corporación Sánchez & Israel S. A.—Cartago, 21 de octubre del 2011.—Lic. Carlos Eduardo Mata Ortega, Notario.—1 vez.—RP2011265785.—(IN2011087654).
La suscrita notaria, Cinthya Morales Chacón, hago constar que a las ocho horas del día dieciocho de octubre del año dos mil once, se protocolizan actas de la sociedad denominada tres-ciento uno-seiscientos treinta y dos mil quinientos veintisiete sociedad anónima. Se nombra nueva junta directiva y modifican los puestos que tendrán poder generalísimo siendo el presidente y vicepresidente.—San José, cuatro de noviembre del año dos mil once.—Lic. Cinthya Morales Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2011265786.—(IN2011087655).
Mediante escritura número sesenta y cuatro-cuatro de las quince horas con cuarenta y ocho minutos del dos de noviembre de dos mil once, protocolicé el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Barefoot Properties (PG) Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos seis mil novecientos setenta y ocho, por medio de la cual se acordó la disolución de la referida sociedad.—San José, 2 de noviembre del 2011.—Lic. Sylvia Ivethe Montero Gamboa, Notaria.—1 vez.—RP2011265791.—(IN2011087656).
Por escritura otorgada en esta notaría en San José, a las doce horas del día primero de noviembre del año dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Galetse Xela S. R. L., gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos.—San José, 3 de noviembre del 2011.—Lic. Carlos Morales Fallas, Notario.—1 vez.—RP2011265792.—(IN2011087657).
La suscrita notaria, a las 12:00 horas del 18 de octubre del 2011, hace constar que en el acta número uno, debidamente firmada, a las doce horas del dieciocho de octubre del año dos mil once, se reforma el pacto constitutivo de la sociedad Mercadeo y Tecnología MERTEC Sociedad Anónima. Renuncia y nuevo nombramiento del secretario de la junta directiva. Es todo.—San José, 4 de noviembre del año 2011.—Lic. Erika Esquivel Villalobos, Notaria.—1 vez.—RP2011265793.—(IN2011087658).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 8:00 horas del 20 de octubre del 2011, se constituyó la sociedad denominada Empresa Dirigida y Amada por Dios Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado, plazo noventa y nueve años. Objeto: comercio en general. Presidente y secretaria con la representación judicial y extrajudicial y con facultades de apoderadas generalísimas sin límite de suma, de forma conjunta o separada. Es todo.—San José, 4 de noviembre del 2011.—Lic. Erika Esquivel Villalobos, Notaria.—1 vez.—RP2011265794.—(IN2011087659).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de cuotistas de la sociedad Blue Waters of Tempisque River Limitada.—San José, dos de noviembre del año dos mil once.—Lic. Laura Gabriela Chaverri Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2011265795.—(IN2011087660).
Por escritura otorgada a las 17:35 horas del día 1º de noviembre del 2011, se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Ganadera Vencor S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno- 422183, por medio de la cual se reforma el pacto constitutivo.—San José, 1º de noviembre del 2011.—Lic. Carlos Arturo Terán París, Notario.—1 vez.—RP2011265796.—(IN2011087661).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del cuatro de octubre del año dos mil once, se constituyó la sociedad Global Research Investigaciones Centroamericanas Sociedad Anónima.—San José, Desamparados, cuatro de noviembre del año dos mil once.—Lic. Óscar Enrique Chinchilla Mora, Notario.—1 vez.—RP2011265797.—(IN2011087662).
Por escritura número cuarenta-once, otorgada ante esta notaría: notario público José Pablo Valverde Marín y David Arturo Campos Brenes a las diez horas del dos de noviembre de dos mil once, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Coca Cola Femsa de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cinco mil doscientos doce, mediante la cual se reforma la cláusula novena de la administración, de los estatutos sociales.—San José, dos de noviembre del dos mil once.—Lic. José Pablo Valverde Marín, Notario.—1 vez.—RP2011265802.—(IN2011087663).
Por escritura otorgada ante mí a las nueve horas del dos de noviembre del dos mil once, se constituyó una sociedad limitada según el Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Representación: Gerente individualmente. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: debidamente suscrito y pagado.—San José, 2 de noviembre del 2011.—Lic. Ana Lorena Coto Esquivel, Notaria.—1 vez.—RP2011265804.—(IN2011087664).
El suscrito notario hago constar que en acta número dos, en sesión extraordinaria de socios accionistas de la sociedad denominada Tauro Del Este Uno Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-ciento setenta mil ciento setenta y nueve, celebrada en San José, a las ocho horas del veinticinco de octubre del año dos mil once, con la presencia del total del capital social se tomó el siguiente acuerdo: modificar la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad, para que sea leída de la siguiente forma: “La sociedad será administrada por una junta directiva compuesta por tres miembros que serán presidente, secretario y tesorero, le corresponderá al presidente la representación judicial y extrajudicial de la compañía con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, pudiendo sustituir su poder en todo o en parte, revocar sustituciones y hacer otra de nuevo, con o sin reserva de su ejercicio. Sin embargo para gravar, pignorar, disponer, ceder activos o derechos de la sociedad, requerirá de la aprobación previa y expresa de la asamblea de accionistas, sin la cual su poder no será valido. Es conforme.—Turrialba, veintiséis de octubre del año dos mil once.—Lic. Ovidio Pacheco Castro, Notario.—1 vez.—RP2011265806.—(IN2011087665).
Por medio de escritura pública de las 18:30 horas del 2 de noviembre del 2011, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de Corporación Reval Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula octava y se nombra nuevo secretario.—San José, 2 de noviembre del 2011.—Lic. Rodrigo Madrigal Núñez, Notario.—1 vez.—RP2011265808.—(IN2011087666).
Por medio de escritura pública de las 18:00 horas del 2 de noviembre del 2011, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de Ecological Chemical Company ECC Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula sétima y se nombra nuevo secretario.—San José, 2 de noviembre del 2011.—Lic. Rodrigo Madrigal Núñez, Notario.—1 vez.—RP2011265810.—(IN2011087667).
Por escritura 40 otorgada en esta notaría, a las 12:00 horas del 31 de octubre del 2011, la sociedad Carabaguíaz y Compañía Ltda., cambió su objeto y domicilio social, su administración, su plazo social y revocó un poder que había otorgado.—Lic. German José Víquez Zamora, Notario.—1 vez.—RP2011265811.—(IN2011087668).
Por escritura número doce de mi protocolo tercero, otorgada ante mí a las catorce horas del tres de noviembre del año dos mil once, se protocolizó acta constitutiva de la sociedad anónima denominada Mode & Cosmetique JJ Sociedad Anónima; asimismo se establece su junta directiva, plazo social de noventa y nueve años y se paga íntegramente su capital.—Lic. Édgar Gerardo Lobo Arroyo, Notario.—1 vez.—RP2011265813.—(IN2011087669).
El suscrito notario hago constar que en mi protocolo se esta constituyendo la siguiente sociedad Artemisa Centro de Belleza S. A. y también la reforma de la sociedad, tres ciento uno-seiscientos catorce mil seiscientos veintiocho s. a. Es todo.—Santa Ana, 5 de noviembre del 2011.—Lic. Carlos Luis Guerrero Salazar, Notario.—1 vez.—RP2011265814.—(IN2011087670).
En escritura otorgada ante esta misma notaría, a las ocho horas del día tres de noviembre de dos mil once, protocolicé el acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de Apuesta Oceánica Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-seiscientos dieciséis mil doscientos veintitrés, mediante la cual se modifica el objeto social.—San José, tres de noviembre de dos mil once.—Lic. Luis Alberto Pereira Brenes, Notario.—1 vez.—RP2011265815.—(IN2011087671).
Mediante escritura número cuatrocientos veintiuno-ocho, del tomo ocho: hoy protocolicé asamblea general extraordinaria de la sociedad Esca y Fonse S. A., en lo conducente, se recibe renuncia del presidente, se nombra nuevo.—San José, 3 de noviembre del 2011.—Lic. Rómulo Pacheco Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2011265816.—(IN2011087672).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las 15:00 horas del día 3 de noviembre del 2011, se acordó disolver la sociedad denominada Suministros Express K Y L Sociedad Anónima.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—RP2011265817.—(IN2011087673).
Por escritura Nº 151-1 de las 17:00 horas de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Inmobiliaria Erogu S. A. Se reforma lo concerniente a la administración y domicilio.—Heredia, 25 de octubre del 2011.—Lic. Carlos Alberto Aguilar Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011265818.—(IN2011087674).
Por escritura número trescientos nueve-seis, otorgada ante mi notaría, a las catorce horas del veintidós de octubre del dos mil once, se constituyó la sociedad VM Coffee Solutions Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—Heredia, 22 de octubre del 2011.—Lic. Jorge Eduardo Morales Fernández, Notario.—1 vez.—RP2011265820.—(IN2011087675).
Por escritura número doscientos sesenta y seis, otorgada ante esta notaria, a las dieciséis horas y treinta minutos del dos de noviembre de dos mil once, se constituye la sociedad anónima que tendrá como denominación social su número de cédula jurídica.—Alajuela, tres de noviembre de dos mil once.—Lic. Daniela Leitón Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2011265823.—(IN2011087676).
Ante este notaría, mediante escritura número doscientos cuatro, de las nueve horas del dos de noviembre de dos mil once, se reformó la cláusula cuarta del pacto constitutivo de la sociedad Nacar Turística Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento once mil veintiséis, para que se lea lo siguiente: El plazo de la sociedad es hasta el día dieciséis de noviembre del dos mil once. Es todo.—San José, dos de noviembre del año dos mil once.—Lic. Magda González Salas, Notaria.—1 vez.—RP2011265824.—(IN2011087677).
Hoy protocolicé acta de asamblea extraordinaria del 10 de junio del dos mil once, de 3-101-535520 Sociedad Anónima, en donde se procedió a reformar cláusulas segunda y quinta.—San José, 4 de noviembre del 2011.—Lic. Marco Fallas Del Valle, Notario.—1 vez.—RP2011265825.—(IN2011087678).
El día de hoy a las 8:00 horas, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Empresas Kastro S. A., mediante la cual se reforma la cláusula segunda de sus estatutos relacionada con el domicilio social y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 4 de octubre del 2011.—Lic. Omar Zúñiga Benavides, Notario.—1 vez.—RP2011265826.—(IN2011087679).
Por escritura Nº 13 de las 13:00 horas del día 1º de noviembre del 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Dentitek Sociedad Anónima, donde se modificó pacto social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2011265830.—(IN2011087680).
Por escritura otorgada en Cartago, se reformó la cláusula quinta del pacto social de la sociedad Coki S. A., aumento de capital.—Lic. Jorge Eduardo Brenes Garro, Notario.—1 vez.—RP2011265833.—(IN2011087681).
Por escrituras doscientos seis, doscientos siete, doscientos ocho, doscientos nueve, doscientos diez, doscientos once, doscientos doce, doscientos trece, doscientos catorce, doscientos quince, doscientos dieciséis y doscientos diecisiete, otorgadas el dos de noviembre de dos mil once, se constituyen doce sociedades anónimas innominadas por los mismos otorgantes, con capital social de cien mil colones cada una.—San José, 3 de noviembre del 2011.—Lic. Ernesto Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2011265835.—(IN2011087682).
Por escritura otorgada en esta notaría a las 20:30 horas del 1º de noviembre 2011, se reforma cláusula de composición y facultades de junta directiva de Inversiones Villa Mar de San José S. A.—Lic. Olga María Rivera Monge, Notaria.—1 vez.—RP2011265836.—(IN2011087683).
Por escritura otorgada en esta notaría a las 20:00 horas del 1º de noviembre 2011, se reforma cláusula de composición y facultades de junta directiva de Hi Tec S. A.—Lic. Olga María Rivera Monge, Notaria.—1 vez.—RP2011265838.—(IN2011087684).
Por
escritura otorgada ante esta notaría el día 3 de noviembre del
Por escritura otorgada ante el suscrito notario público, a las ocho horas del dos de setiembre del año dos mil once, se modificaron cláusulas primera y segunda del pacto constitutivo de Dijeres y Vásquez Sociedad Anónima. Se nombró nueva junta directiva.—Nicoya, primero de noviembre del dos mil once.—Lic. Ricardo Jiménez Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2011265842.—(IN2011087686).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las diecisiete horas del día veintitrés de agosto del dos
mil once, se constituyó JR Inversiones Internacionales S. A.
Domicilio: San Rafael de Escazú, del Vivero Exótica,
Protocolización del acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Mecuno CR Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-doscientos noventa y siete mil novecientos cincuenta y uno, en la cual se disuelve la sociedad. Escritura otorgada a las catorce horas del día tres de noviembre de dos mil once.—Lic. Claudio Antonio Murillo Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2011265851.—(IN2011087688).
Por escritura otorgada por mí, el día veintisiete de octubre del dos mil once, a las quince horas, se protocolizó acta de Inmobiliaria Valle de Chilecito V.C.H. S. A., mediante la cual se acuerda modificar las cláusulas segunda (domicilio) y octava (administración) de su pacto social.—Lic. Leonardo Crespo Valerio, Notario.—1 vez.—RP2011265852.—(IN2011087689).
Por escritura otorgada a las 15:00 horas del 2 de noviembre del 2011, Ramón Gómez Álvarez, Vilma Martínez Solís, Adrián Espinoza Ramírez y Ramón Gómez Martínez constituyen la sociedad Mantenimiento Agrocurvo S. A. Domicilio: Batán, Matina, Capital veinte mil colones. Plazo social 99 años. Presidenta: Vilma Martínez Solís.—Lic. Leonel Sanabria Varela, Notario.—1 vez.—RP2011265853.—(IN2011087690).
El suscrito notario hace constar que en mi notaría, mediante escritura número doscientos veinticuatro-cuatro, del primero de diciembre del presente año, se constituyó Montenegro Mon San Sociedad Anónima, por los socios Mónica Montenegro Sansonetti y Julio Orlando Sancho Murillo. Plazo social noventa y nueve años.—San José, dos de noviembre del dos mil once.—Lic. Hugo Castillo Mora, Notario.—1 vez.—RP2011265854.—(IN2011087691).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las ocho horas del dos de noviembre de dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones Rohana S. A., en la que se modifica la cláusula de la administración. Capital social y se nombra junta directiva.—San José, dos de noviembre del dos mil once.—Lic. Martín Hernández Treviño, Notario.—1 vez.—RP2011265855.—(IN2011087692).
Por escrituras otorgadas respectivamente ante mí, a las ocho, ocho y treinta, nueve y diez horas del tres de noviembre del 2011, se protocolizaron actas de asamblea extraordinaria de accionista de las sociedades: Tres- ciento uno- seiscientos cuatro mil ciento sesenta y seis S. A., Tres-ciento uno- seiscientos cuatro mil ciento sesenta y cuatro S. A., Tres- ciento uno- seiscientos cuatro mil ciento sesenta y cinco S. A., y Tres- ciento uno- quinientos veintitrés mil novecientos treinta S. A., en todas las cuales se modifica el pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva.—San José, 3 de noviembre del 2011.—Lic. Deborah Feinzaig Mintz, Notaria.—1 vez.—RP2011265856.—(IN2011087693).
Ante esta notaría pública, se constituye la sociedad anónima Okystore.Com. Sociedad Anónima. Capital social diez mil colones.—San José, 2 de noviembre del 2011.—Lic. Sergio Eduardo Víquez Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2011265858.—(IN2011087694).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 27 de octubre del 2011, se modifican las cláusulas primera y quinta del pacto constitutivo de la empresa Condominio Residencial Valle de Eucaliptos Sector Sur Número Cinco C Sociedad Anónima.—San José, 27 de octubre del 2011.—Lic. Marcel Alejandro Siles López, Notario.—1 vez.—RP2011265860.—(IN2011087695).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 27 de octubre del 2011, se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo de la empresa Distribuidora Monlo Oro X.M. Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de octubre del 2011.—Lic. Marcel Alejandro Siles López, Notario.—1 vez.—RP2011265861.—(IN2011087696).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del 27 de octubre del 2011, se modifican las cláusulas quinta y sétima del pacto constitutivo de la empresa Sormani Sociedad Anónima.—San José, 27 de octubre del 2011.—Lic. Marcel Alejandro Siles López, Notario.—1 vez.—RP2011265863.—(IN2011087697).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 27 de octubre del 2011, se modifican las cláusulas primera y quinta del pacto constitutivo de la empresa Condominio Residencial Valle de Eucaliptos Sector Sur Numero Cuatro C Sociedad Anónima.—San José, 27 de octubre del 2011.—Lic. Marcel Alejandro Siles López, Notario.—1 vez.—RP2011265864.—(IN2011087698).
Por
escritura número ciento veintitrés, otorgada ante el suscrito
Notario, a las ocho horas del tres de octubre del dos mil once, Cynthia Teresa
Montalto Lorenzo y Sebastián Jiménez Montalto, constituyen la
sociedad
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del dos de noviembre del dos mil once, se reformó las cláusula tercera de la sociedad D’alger Internacional Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Cartago, cuatro de noviembre del dos mil once.—Lic. Andre Wells Downey, Notario.—1 vez.—RP2011265870.—(IN2011087700).
En mi notaria se constituyó la sociedad denominada Hellas Pura Vida Sociedad Anónima, con un capital social de mil colones representado por diez acciones comunes y nominativas de cien colones cada una. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente.—Cuatro de noviembre del dos mil once.—Lic. Jorge Prado Salas, Notario.—1 vez.—RP2011265873.—(IN2011087701).
Ante mi notaría, escritura número treinta otorgada a las doce horas del veintinueve de setiembre del dos mil once, se constituyó la sociedad Inversiones Jusig Nicoyana Sociedad Anónima. Domicilio social: Nicoya, Guanacaste. Capital social: diez millones de colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de un millón de colones cada una. Plazo social: noventa y nueve años. Objeto: comercio en general. Presidente: Juan Luis Gutiérrez Gutiérrez.—Nicoya, 29 de setiembre del 2011.—Lic. Mario Gerardo Ulloa Aiza, Notario.—1 vez.—RP2011265875.—(IN2011087702).
Por escritura número 61 del tomo 4 del protocolo del suscrito notario, se constituyó la sociedad Myrsa Centroamerican Group LLC Limitada.—Heredia, 4 de noviembre del 2011.—Lic. Lindbergh Arrieta Zárate, Notario.—1 vez.—RP2011265877.—(IN2011087703).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 3 de octubre del 2011, se constituyó la sociedad Coventry Capital Sociedad Anónima, con un plazo social de 99 años. Es todo.—San José, 3 de noviembre del 2011.—Lic. Shukshen Young Au-Yeung, Notaria.—1 vez.—RP2011265878.—(IN2011087704).
A las 10:00 horas del 1º de noviembre del 2011, se protocolizó acta de la sociedad denominada Mercadeo Unido S. A.; mediante la cual se aumentó el capital social de la compañía reformándose la cláusula quinta del capital social.—San José, 1º de noviembre del 2011.—Lic. Allan Guerrero Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011265879.—(IN2011087705).
A las 9:00 horas del 1º de noviembre del 2011, se protocolizó acta de la sociedad denominada Compañía Numar S. A.; mediante la cual se aumentó el capital social de la compañía, reformándose la cláusula quinta del capital social.—San José, 1º de noviembre del 2011.—Lic. Allan Guerrero Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011265880.—(IN2011087706).
En
esta notaría se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con
lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del
Código de Comercio de
La
suscrita notaria Marta Emilia Rojas Carranza, constituí sociedad
anónima siendo su denominación social la cédula
jurídica que le otorgue el Registro Nacional, Registro de Personas
Jurídicas, ello conforme al Decreto Ejecutivo treinta y tres mil ciento
setenta y uno-J, publicado en
La
suscrita notaria Marta Emilia Rojas Carranza, constituí sociedad
anónima siendo su denominación social la cédula
jurídica que le otorgue el Registro Nacional, Registro de Personas
Jurídicas, ello conforme al Decreto Ejecutivo treinta y tres mil ciento
setenta y uno-J, publicado en
La
suscrita notaria Marta Emilia Rojas Carranza, constituí sociedad
anónima siendo su denominación social la cédula
jurídica que le otorgue el Registro Nacional, Registro de Personas
Jurídicas, ello conforme al Decreto Ejecutivo treinta y tres mil ciento
setenta y uno-J, publicado en
Por escritura, otorgada ante esta notaría, número doscientos treinta y cuatro de las doce horas del siete de octubre del dos mil once, se protocolizó el acta número uno de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad anónima denominada: Los Sueños de Coronado Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica: tres-ciento uno-cinco siete seis uno cinco uno, por el cambio de domicilio, cambio de junta directiva, apoderados generalísimos, cambio de fiscal.—Heredia, tres de noviembre del dos mil once.—Lic. Marilú Quirós Álvarez, Notaria.—1 vez.—RP2011265891.—(IN2011087711).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas del día trece de octubre del año 2011, se protocoliza acta de la sociedad Coasin Costa Rica S. A., donde se modifican las cláusulas del pacto social constitutivo: segunda: del domicilio social, quinta: del capital social, octava: del consejo de administración, novena: de las reuniones del consejo de administración, décima: de la manera de sesionar del consejo de administración y la décima primera: de la gerencia general.—San José, cuatro de noviembre del dos mil once.—Lic. Juan Ignacio Gallegos Gurdián, Notario.—1 vez.—RP2011265892.—(IN2011087712).
Por escritura número cuarenta y cinco, otorgada ante esta notaría a las diecisiete horas del veintiocho de octubre de dos mil once, se protocoliza acta de la sociedad Los Alpes del Pizote S.A., donde se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad referente al domicilio y la cláusula novena referente a los nombramientos de junta directiva.—San José, 4 de noviembre de 2011.—Lic. Ana Giselle Barboza Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2011265893.—(IN2011087713).
Mediante escritura número cuarenta y seis, otorgada ante la notaria Ana Giselle Barboza Quesada, a las diecisiete horas treinta minutos del día veintiocho de octubre del año dos mil once, se constituye la sociedad denominada Inversiones Eliseas Sociedad de Responsabilidad Limitada, con un plazo de cien años.—San José, 4 de noviembre de 2011.—Lic. Ana Giselle Barboza Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2011265894.—(IN2011087714).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a las quince horas del veintisiete de octubre de dos mil once, se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada con el nombre Biloutte Sociedad de Responsabilidad Limitada. Plazo: cien años. Capital social: diez mil colones.—San José, 4 de noviembre del 2011.—Dr. Sergio Artavia Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2011265896.—(IN2011087715).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del veintisiete de octubre de dos mil once, se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada con el nombre Puri Más Sociedad de Responsabilidad Limitada. Plazo: cien años. Capital social: diez mil colones.—San José, 4 de noviembre del 2011.—Dr. Sergio Artavia Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2011265897.—(IN2011087716).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del
dos de noviembre de dos mil once, se constituyó una sociedad de
responsabilidad limitada con el nombre
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas treinta minutos del dos de noviembre de dos mil once, se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada con el nombre L’orangerie Sociedad de Responsabilidad Limitada. Plazo: cien años. Capital social: diez mil colones.—San José, 4 de noviembre del 2011.—Dr. Sergio Artavia Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2011265899.—(IN2011087718).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del dos de noviembre de dos mil once, se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada con el nombre L’étoile Céleste Sociedad de Responsabilidad Limitada. Plazo: cien años. Capital social: diez mil colones.—San José, 4 de noviembre del 2011.—Dr. Sergio Artavia Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2011265900.—(IN2011087719).
Por escritura otorgada ante mí a las 15:00 horas del 1º de noviembre de 2011, se constituyó la compañía denominada Rodríguez y Cubero S. A., con capital social de cien mil colones.—Ciudad Quesada, 1º de noviembre de 2011.—Lic. Bayardo Ávalos Sequeira, Notario.—1 vez.—RP2011265901.—(IN2011087720).
E1 suscrito notario hace constar que se modifica poderes, otorgando al presidente de manera exclusiva la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, modificándose además los nombramientos del presidente y secretario de la compañía tres-ciento uno-seis tres cinco dos uno cuatro s. a., cédula jurídica número tres-ciento uno-seis tres cinco dos uno cuatro.—Ciudad Quesada, tres de noviembre del dos mil once.—Lic. Roy Alberto Guerrero Olivares, Notario.—1 vez.—RP2011265902.—(IN2011087721).
El suscrito notario hace constar que el tres de octubre del dos mil once, se constituyó la sociedad cuyo nombre lo constituirá su mismo número de cédula jurídica; siendo su presidente: Luis Fernando Rodríguez Córdoba, cédula de identidad número dos-seiscientos treinta y dos-cero setenta y ocho y el capital social de once mil colones.—Ciudad Quesada, tres de noviembre del dos mil once.—Lic. Roy Alberto Guerrero Olivares, Notario.—1 vez.—RP2011265903.—(IN2011087722).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las veinte horas del 4 de agosto
del 2011, se modifica la cláusula de administración de la
sociedad anónima denominada Valles de
Ante esta notaría por escritura otorgada a las diecinueve horas del día tres de noviembre del año dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Hermanos Brenes Leitón Sociedad Anónima.—San José, tres de noviembre del dos mil once.—Lic. Yanina Cordero Pizarro, Notaria.—1 vez.—RP2011265906.—(IN2011087724).
Ante esta notaría, por escritura otorgada, a las veinte horas del día tres de noviembre del año dos mil once, se constituyó la sociedad denominada IP & Legal Business Group Sociedad Anónima.—Cartago, tres de noviembre del dos mil once.—Lic. Lineth Magaly Fallas Cordero, Notaria.—1 vez.—RP2011265907.—(IN2011087725).
El notario Geovanny Víquez Arley, otorgó escritura número 195 de las 10 horas con 50 minutos del 14 de octubre del 2011, por medio de la cual se nombra nueva junta directiva de la sociedad Sofitex S. A., cédula jurídica 3-101-571969, los nuevos miembros de la junta directiva como presidente, secretaria, tesorero y fiscal respectivamente son los señores Roxana Lucía Jimeno Paba, con pasaporte número AL ocho cero tres cuatro ocho cero; Gina Paola Villamizar Obregón, cédula de residencia número: uno uno siete cero cero uno cinco siete dos nueve dos ocho, Edwin Humberto Pérez Sánchez, pasaporte cuatro cero seis cero nueve nueve dos y Luz Yerelis Marun Sierra, con pasaporte uno cinco uno seis cuatro cuatro seis siete. Es todo.—San José, 3 de noviembre del 2011.—Lic. Geovanny Víquez Arley, Notario.—1 vez.—RP2011265908.—(IN2011087726).
La suscrita Andrea Rojas Rodríguez, notaria pública con oficina en la ciudad de Atenas, hago constar que mediante escritura número cuarenta y siete, iniciada al folio treinta y uno frente, del tomo décimo de mi protocolo, otorgada ante mi notaría, al ser las diecisiete horas, del día primero de noviembre del dos mil once, se constituyó la sociedad anónima denominada Almacenamiento Fumigación y Exportación AFE Sociedad Anónima, cuyo presidente, tiene la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Atenas, 3 de noviembre del 2011.—Lic. Andrea Rojas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2011265919.—(IN2011087727).
La suscrita Andrea Rojas Rodríguez, notaria pública con oficina en la ciudad de Atenas, hago constar que mediante escritura número cuarenta y seis, iniciada al folio treinta frente, del tomo décimo de mi protocolo, otorgada ante mi notaría, al ser las dieciocho horas, del día treinta y uno de octubre del dos mil once, se constituyó la sociedad anónima denominada Mandalay Bay Sociedad Anónima, cuyo presidente, tiene la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Atenas, 3 de noviembre del 2011.—Lic. Andrea Rojas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2011265921.—(IN2011087728).
Ante esta notaría, mediante escritura pública Nº 192, otorgada a las 13:30 horas del 3 de noviembre del 2011, se modificó la cláusula sétima del pacto constitutivo de la sociedad Condominio Altaprovenza Brisa Fresca C A B F Sociedad Anónima.—San José, 3 de noviembre del 2011.—Lic. Ericka Montoya Martínez, Notaria.—1 vez.—RP2011265922.—(IN2011087729).
Ante esta notaría, se constituyó sociedad denominada Desy & Jack Limitada a las quince horas del veintisiete de octubre del año dos mil once. Plazo: cien años. Objeto: genérico, domicilio: Flamingo, Santa Cruz de Guanacaste, en oficinas del bufete Varela y Asociados, capital social: diez mil colones. Representación el gerente y el subgerente, apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Lic. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2011265927.—(IN2011087730).
Ante esta notaría, se constituyó sociedad denominada J C E Q Natural S. A., a las quince horas del treinta y uno de octubre. Plazo: cien años. Objeto: genérico, domicilio: Flamingo, Santa Cruz de Guanacaste, en oficinas del bufete Varela y Asociados, capital social: diez mil colones. Representación solo el presidente, apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2011265928.—(IN2011087731).
Ante
nosotros, Marvin Marcelo Araya Alpízar y Aníbal Gerardo
Jiménez Salas, ambos notarios públicos con oficina en ciudad de
Alajuela, comparecen el señor Jorge Luis Calvo González, mayor,
casado una vez, desempleado, vecino de Turrúcares de Alajuela, un
kilómetro camino a San Miguel, y doscientos cincuenta metros ante de
llegar a
Ante
nosotros, Marvin Marcelo Araya Alpízar y Aníbal Gerardo
Jiménez Salas, ambos notarios públicos con oficina en ciudad de
Alajuela, actuando en el protocolo del primero, comparecen el señor
Jorge Luis Calvo González, mayor, casado una vez, desempleado, vecino de
Turrúcares de Alajuela, un kilómetro camino a San Miguel, y
doscientos cincuenta metros antes de llegar a
Ante esta notaría, mediante escritura otorgada a las diecisiete horas del dos de noviembre del dos mil once, se ha protocolizado el acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas, modificándose la cláusula segunda, tercera y sexta del pacto constitutivo, de la sociedad denominada Transportes Quesada Méndez Sociedad Anónima; cédula jurídica: tres- ciento uno-quinientos cincuenta y ocho mil setecientos cuarenta y cinco.—Grecia, a las quince horas del tres de noviembre dos mil once.—Lic. Karolina Venegas Morera, Notaria.—1 vez.—RP2011265933.—(IN2011087734).
Construcciones e Inspecciones Rocadura M.E.J.R. Sociedad Anónima, modifica cláusula primera del nombre, para que en lo sucesivo se llame Soluciones y Construcciones MDI Sociedad Anónima, se modifica la cláusula novena del pacto constitutivo y se nombra tesorero en la junta directiva. Otorgada: 12:00 horas del 1-11-2011.—Lic. Johnny Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011265934.—(IN2011087735).
El suscrito, notario público de la provincia de San José, Gustavo Moncada Mora, hace constar que los señores Eliécer Barrientos Rodríguez y Berenice Rodríguez Valverde, han solicitado ante esta notaría, la constitución de las Sociedades Anónimas Constructora e Inmobiliaria Barrientos, Inversiones Maripaz Deluxxe del Valle Central y Inversiones María Camila Deluxxe del Valle Central.—San José, 4 de noviembre del 2011.—Lic. Gustavo A. Moncada Mora, Notario.—1 vez.—RP2011265935.—(IN2011087736).
El
suscrito, notario público de la provincia de San José, Gustavo
Moncada Mora, hace constar que los señores Rafael Molina Fallas y
Lucía Fallas López, han solicitado ante esta notaría, la
constitución de
La sociedad Servicios Fisioestéticos Sociedad Anónima, elige presidente y tesorero.—San José, 2 de noviembre del 2011.—Lic. Rodolfo Fernández Herrera, Notario.—1 vez.—RP2011265937.—(IN2011087738).
Ante esta notaría a las 12:30 horas del 24 de agosto del 2011, se constituyó la sociedad anónima denominada Arguz Soluciones SRL, con capital social de 100.000 colones, por un plazo de noventa y nueve años, cuyo gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es la señora Shirley Araya Guzmán, mediante la escritura número 192-23 del tomo 22 del protocolo de la suscrita notaria.—Cartago, 1º de noviembre del 2011.—Lic. Helen Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—RP2011265939.—(IN2011087739).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las 10:00 horas del 2 de noviembre del 2011, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Inmobiliaria Las Islas Lejanas de Tetiaroa S. A., donde se modifican las cláusulas primera, segunda y sexta del pacto social.—San José, 2 de noviembre del 2011.—Lic. Federico Truque Arias, Notario.—1 vez.—RP2011265940.—(IN2011087740).
Los accionistas de Marytres Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos sesenta y ocho mil trescientos setenta y dos, reformaron la cláusula cuarta del pacto constitutivo referente al plazo social la que deberá leerse: cláusula cuarta: El plazo social es de siete años y nueve meses, los que se contabilizan a partir del seis de febrero del dos mil cuatro, o sea, vence el seis de noviembre del dos mil once.—Lic. Beatriz Morera Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2011265944.—(IN2011087741).
Por escritura otorgada, en mi notaría, a las 8:00 horas del 4 de noviembre del año 2011, se modificó la administración y se nombró nueva junta directiva de Contadores Públicos MVS y Asociados.—San José, 4 de noviembre año 2011.—Lic. Ronald Rodríguez Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2011263945.—(IN2011087742).
A las 10:30 horas del 4 de noviembre del 2011, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea de la sociedad Lexington Land Properties S. A., donde se reformó el pacto social y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—Cartago, 4 de noviembre del 2011.—Lic. Jorge Ramón Arias Mora, Notario.—1 vez.—RP2011265947.—(IN201187743).
Maynor Vargas Chavarría, Ania Zaray del Socorro Murillo Ocampo y Orlando Alberto Vargas Cavaría, constituyen empresa denominada Varmuri Sociedad Anónima, representada por su presidente, secretario y tesorero, actuando conjunta o separadamente. Escritura otorgada a las 20:00 horas del 27 de octubre del 2011.—Lic. Alonso Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011265948.—(IN2011087744).
Por escritura otorgada ante esta notaría el veintitrés de junio del dos mil once, se constituyó Promotores Deportivos Athantys Sociedad Anónima Deportiva. Se nombra junta directiva.—San José, cuatro de noviembre de dos mil once.—Lic. Mariano Solórzano Olivares, Notario.—1 vez.—RP2011265950.—(IN2011087745).
Por escrituras otorgadas ante mi notaría a las 18:00 horas del 14 de setiembre del 2011, y a las 18:00 horas del 18 de octubre del 2011, se constituyó Crecer Kuno Sociedad Anónima; capital social: íntegramente suscrito y pagado; presidente; apoderado generalísimo son límite de suma; domicilio: Mercedes Sur de Heredia.—Grecia, 03 de noviembre del año 2011.—Lic. Damián Alfaro Carvajal, Notario.—1 vez.—RP2011265951.—(IN2011087746).
Por
escritura número 16 del tomo 18 de mi protocolo, protocolicé acta
de constitución de
El día de hoy ante esta notaría, se constituyó Camala de Guayabos C R S.R.L., capital social de diez mil colones. Plazo social: cien años.—San José, cuatro de noviembre del dos mil once.—Lic. Manfred Clausen Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2011265953.—(IN2011087748).
Ante
la suscrita notaria María de los Ángeles Angulo Gómez los
señores José Andrés Solano Alvarado, cédula
1-1279-753, Asenat María Cabrera Masís, cédula 1-1293-557,
constituyeron la sociedad Condominio Tres Sierras Sociedad de
Responsabilidad Limitada, con un capital de un millón de colones y
con domicilio en Cartago, Cartago,
Mediante escritura otorgada ante esta notaría el día 28 de octubre del 2011, se acuerda reformar la cláusula primera de la sociedad Inversiones Inmobiliarias Triple A S. A.—San José, 31 de octubre del 2011.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2011265959.—(IN2011087750).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría el día 3 de noviembre del 2011, se acuerda constituir la siguiente sociedad Latin American Logistics Lal Limitada.—San José, 3 de noviembre del 2011.—Lic. Alejandro Antillón Appel, Notario.—1 vez.—RP2011265960.—(IN2011087751).
La suscrita notaria Johanna María Zamora Villalobos, hace constar que constituyó la sociedad anónima Juanba JBEL S. A. mediante escritura ocho-uno, visible al folio seis vuelto, de mi protocolo tomo uno, en la ciudad de San José, a las doce horas del dos de noviembre del dos mil once.—Lic. Johanna María Zamora Villalobos, Notaria.—1 vez.—RP2011265961.—(IN2011087752).
Ante
esta notaría al ser las once horas del cuatro de noviembre de dos mil
once, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de
socios número siete de la empresa
La suscrita notaria Johanna María Zamora Villalobos, hace constar que constituyó la sociedad anónima Emu de Guápiles S.A., mediante escritura nueve-uno, visible al folio siete vuelto, de mi protocolo tomo uno, en la ciudad de Guápiles, a las quince horas del tres de noviembre del dos mil once.—Lic. Johanna María Zamora Villalobos, Notaria.—1 vez.—RP2011265963.—(IN2011087754).
Por
escrituras otorgadas ante nosotros, se protocolizaron actas de las
compañías Okanagau Estates S. A., Kootenay Estates SRL,
donde se reforma cláusula sexta del pacto y se nombran gerentes;
además se constituye la sociedad
En mi notaría hoy, he protocolizado acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Nasco de Tarbaca S. A. Se solicita modificar los datos de identificación en el Registro Público del presidente, secretario y tesorero.—San José, 19 de octubre del 2011.—Lic. Rónald Blair Houston Mahon, Notario.—1 vez.—RP2011265966.—(IN2011087756).
El suscrito Antonio Mora Quesada hace saber que por escritura Nº 145 otorgada en la notaría del Lic. Jafet Alberto Suárez Madrigal, en San José, a las 7:30 horas del día 4 de noviembre, año 2011, que su representada El Panadero Elpa S. A. se fusionó por absorción con la empresa Motopartes El Trapiche S. A., prevaleciendo en la fusión El Panadero Elpa S. A. La prevaleciente modifica la cláusula cuarta del capital social 42.000,00 representado por 21 acciones comunes y nominativas de 2.000,00 cada una, totalmente suscrito y cancelado. Se modifica la cláusula sexta de la administración. Es todo.—San José, 4 de noviembre año dos mil once.—Lic. Jafet Alberto Suárez Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2011265967.—(IN2011087757).
Por medio de escritura otorgada a las 18:00 horas del 14 de octubre del 2011, se protocolizó acta de la sociedad Gutasch Family Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica las cláusulas cuarta y sexta del pacto constitutivo.—Lic. Ana Yhansey Fernández Corrales, Notaria.—1 vez.—RP2011265968.—(IN2011087758).
En mi notaría, el tres de noviembre de dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Wilalsamara Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, cuatro de noviembre de dos mil once.—Lic. Luis Alberto Valverde Mora, Notario.—1 vez.—RP2011265970.—(IN2011087759).
Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las dieciocho horas del catorce de abril del año dos mil once, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Heavenly Massage and Holistic Therapy Sociedad de Responsabilidad Limitada, con un capital social de ocho mil colones, moneda del curso legal de Costa Rica totalmente suscrito y pagado. Distrito de Jacó, cantón de Garabito, provincia de Puntarenas.—Lic. Fernando José Vargas Zeledón, Notario.—1 vez.—RP2011265972.—(IN2011087760).
Por escritura otorgada en mi notaría a las once horas con treinta minutos del cuatro de noviembre del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Administración de Talentos del Milenio Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Escazú, con un capital social de diez mil colones, y con la representación ejercida por el Presidente Mauricio Coral Rodríguez, cédula de residencia permanente número 117001243936, como apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 7 de noviembre del 2011.—Lic. Lucrecia Campos Delgado, Notaria.—1 vez.—(IN2011087761).
Por escritura otorgada en mi notaría a las doce horas del cuatro de noviembre del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Compromiso Mundo Verde Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Escazú, con un capital social de diez mil colones, y con la representación ejercida por el Presidente Mauricio Coral Rodríguez, cédula de residencia permanente número 117001243936, como apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 7 de noviembre del 2011.—Lic. Lucrecia Campos Delgado, Notaria.—1 vez.—(IN2011087762).
Por escritura Nº 146 de las 19 horas del 06-11-2011, en protocolo 23, se constituyó la sociedad denominada Compañía Dulce Pascal S. A.—06 de noviembre del dos mil once.—Lic. Edmundo Arias Rosales, Notario.—1 vez.—(IN2011087763).
Por escritura Nº 145 de las 18 horas del 06-11-2011, en protocolo 23, se constituyó la sociedad denominada Del Piero Avellanea S. A.—06 de noviembre del dos mil once.—Lic. Edmundo Arias Rosales, Notario.—1 vez.—(IN2011087765).
Por escritura pública otorgada en San José a las 13:00 horas del 7 de noviembre del 2011, se constituyó la sociedad anónima denominada Aeroconsultores AC S. A. Capital social: 100.000,00 colones. Plazo social: 100 años. Presidente: Orlando Amaris Preteltt.—Lic. José Andrés Esquivel Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2011087917).
En
mi notaría al ser las diez horas del día tres de noviembre del
año dos mil once, se modificó la cláusula cuarta de la
sociedad denominada: Acacia Mex de
En mi notaría al ser las 10:10 horas del día 3 de noviembre del año dos mil once, se modificó la cláusula cuarta de la sociedad denominada Balcar de Mcallen Investments Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-quinientos catorce mil cuarenta y tres. Es todo.—San José, 3 de noviembre del año dos mil once.—Lic. Gabriela Valladares Navas, Notaria.—1 vez.—(IN2011087921).
En mi notaría al ser las 10:15 horas del día 3 de noviembre del año dos mil once, se modificó la cláusula cuarta de la sociedad denominada Balcar de Reynosa Holding Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-quinientos catorce mil cuarenta. Es todo.—San José, 3 de noviembre del año dos mil once.—Lic. Gabriela Valladares Navas, Notaria.—1 vez.—(IN2011087922).
En mi notaría al ser las 10:30 horas del día tres de noviembre del año dos mil once, se modificó la cláusula cuarta de la sociedad denominada Inversiones Barca de Tamaulipas Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-quinientos catorce mil cuarenta y uno. Es todo.—San José, 3 de noviembre del año dos mil once.—Lic. Gabriela Valladares Navas, Notaria.—1 vez.—(IN2011087924).
En mi notaría al ser las 10:45 horas del día 3 de noviembre del año 2011, se modificó la cláusula cuarta de la sociedad denominada Mex Impertec Holdings Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta mil quinientos setenta y siete. Es todo.—San José, 3 de noviembre del año 2011.—Lic. Gabriela Valladares Navas, Notaria.—1 vez.—(IN2011087926).
En mi notaría al ser las once horas del día tres de noviembre del año dos mil once, se modificó la cláusula cuarta de la sociedad denominada Inversiones Sada Mex Investments Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta mil ochocientos veintiuno. Es todo.—San José, tres de noviembre del año dos mil once.—Lic. Gabriela Valladares Navas, Notaria.—1 vez.—(IN2011087929).
En escritura otorgada a las 9:00 horas del 5 de noviembre del 2011, de la sociedad 3-101-584850 s. a., se modificó cláusula sétima de la representación. Presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 5 de noviembre del 2011.—Lic. Aurora Marcela Saravia Torres, Notaria.—1 vez.—(IN2011087930).
Conforme
a los artículos 207 y 216 del Código de Comercio de Costa Rica, y
por acuerdo de
Conforme
a los artículos 207 y 216 del Código de Comercio de Costa Rica, y
por acuerdo de
Conforme a los artículos 207 y 216 del Código de Comercio de Costa Rica, y por acuerdo de la asamblea de accionistas celebrada a las 9:00 horas del 28 de octubre del dos mil once, se acordó la liquidación de la empresa Valle Oeste Costa Rica S. A., cédula 3-101-464022, aprobándose el informe rendido por el liquidador José Francisco Nicaragua Hernández.—San José, 4 de noviembre del 2011.—Lic. Aurora Marcela Saravia Torres, Notaria.—1 vez.—(IN2011087933).
Conforme a los artículos 207 y 216 del Código de Comercio de Costa Rica, y por acuerdo de la asamblea de accionistas celebrada a las 9:00 horas del 28 de octubre del dos mil once, se acordó la liquidación de la empresa GSI Grupo Sur Inversiones y Mayoristas S. A., cédula 3-101-399792, aprobándose el informe rendido por el liquidador José Francisco Nicaragua Hernández.—San José, 4 de noviembre del 2011.—Lic. Aurora Marcela Saravia Torres, Notaria.—1 vez.—(IN2011087934).
Conforme a los artículos 207 y 216 del Código de Comercio de Costa Rica, y por acuerdo de la asamblea de accionistas celebrada a las 9:00 horas del 28 de octubre del dos mil once, se acordó la liquidación de la empresa Samdi Vierocroa S. A., cédula jurídica Nº 3-101-368693, aprobándose el informe rendido por el liquidador José Francisco Nicaragua Hernández.—San José, 4 de noviembre del 2011.—Lic. Aurora Marcela Saravia Torres, Notaria.—1 vez.—(IN2011087935).
Conforme a los artículos 207 y 216 del Código de Comercio de Costa Rica, y por acuerdo de la asamblea de accionistas celebrada a las 9:00 horas del 27 de octubre del dos mil once, se acordó la liquidación de la empresa Tromoblanco Inc. S. A., cédula jurídica 3-101-370893, aprobándose el informe rendido por el liquidador José Francisco Nicaragua Hernández.—San José, 4 de noviembre del 2011.—Lic. Aurora Marcela Saravia Torres, Notaria.—1 vez.—(IN2011087936).
Conforme a los artículos 207 y 216 del Código de Comercio de Costa Rica, y por acuerdo de la asamblea de accionistas celebrada a las 9:00 horas del 28 de octubre del dos mil once, se acordó la liquidación de la empresa Sai Realty Inc. S. A., cédula jurídica 3-101-400830, aprobándose el informe rendido por el liquidador José Francisco Nicaragua Hernández.—San José, 4 de noviembre del 2011.—Lic. Aurora Marcela Saravia Torres, Notaria.—1 vez.—(IN2011087937).
Conforme a los artículos 207 y 216 del Código de Comercio de Costa Rica, y por acuerdo de la asamblea de accionistas celebrada a las 9:00 horas del 11 de octubre del dos mil once, se acordó la liquidación de la empresa Duecantis Inc. S. A., cédula jurídica 3-101-380476, aprobándose el informe rendido por el liquidador José Francisco Nicaragua Hernández.—San José, 4 de noviembre del 2011.—Lic. Aurora Marcela Saravia Torres, Notaria.—1 vez.—(IN2011087938).
Conforme a los artículos 207 y 216 del Código de Comercio de Costa Rica, y por acuerdo de la asamblea de accionistas celebrada a las 9:00 horas del 11 de octubre del dos mil once, se acordó la liquidación de la empresa Park Realty Inc. S. A., cédula jurídica 3-101-463925, aprobándose el informe rendido por el liquidador José Francisco Nicaragua Hernández.—San José, 4 de noviembre del 2011.—Lic. Aurora Marcela Saravia Torres, Notaria.—1 vez.—(IN2011087939).
Conforme a los artículos 207 y 216 del Código de Comercio de Costa Rica, y por acuerdo de la asamblea de accionistas celebrada a las 11:00 horas del 28 de octubre del dos mil once, se acordó la liquidación de la empresa Vallesur Proyectos S. A., cédula jurídica 3-101-353312, aprobándose el informe rendido por el liquidador José Francisco Nicaragua Hernández.—San José, 4 de noviembre del 2011.—Lic. Aurora Marcela Saravia Torres, Notaria.—1 vez.—(IN2011087940).
Conforme a los artículos 207 y 216 del Código de Comercio de Costa Rica, y por acuerdo de la asamblea de accionistas celebrada a las 9:00 horas del 28 de octubre del dos mil once, se acordó la liquidación de la empresa Camioneta Azul Dos Mil Dos S. A., cédula jurídica 3-101-300789, aprobándose el informe rendido por el liquidador José Francisco Nicaragua Hernández.—San José, 4 de noviembre del 2011.—Lic. Aurora Marcela Saravia Torres, Notaria.—1 vez.—(IN2011087941).
Conforme a los artículos 207 y 216 del Código de Comercio de Costa Rica, y por acuerdo de la asamblea de accionistas celebrada a las 9:00 horas del 27 de octubre del dos mil once, se acordó la liquidación de la empresa Desarrollos Alfa de C.R. S. A., cédula 3-101-585296, aprobándose el informe rendido por el liquidador José Francisco Nicaragua Hernández.—San José, 4 de noviembre del 2011.—Lic. Aurora Marcela Saravia Torres, Notaria.—1 vez.—(IN2011087942).
Mediante escritura número 93 otorgada a las 8:00 horas del 3 de noviembre del 2011, en el tomo cuarenta de la notaria Jenny Ramírez Robles, se constituyó la sociedad Grupo Trece Treinta y Uno Sociedad Anónima. Capital social diez mil colones.—San José, 8 de noviembre del 2011.—Lic. Carlos Madrigal Mora, Notario.—1 vez.—(IN2011087981).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del siete de noviembre del dos mil once, se procede a protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Onix Promotora Comercial S. A., por medio de la cual se modifica el estatuto social.—San Pedro de Montes de Oca, siete de noviembre del dos mil once.—Lic. Juan José Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2011087982).
Por escritura otorgada el día de hoy, ante el suscrito notario, las señoras Nora Ugarte Leiva y Virginia Madrigal Ugarte, constituyen la sociedad denominada Diseños y Creaciones Haniel Limitada. Capital social totalmente suscrito y pagado por los socios. A las doce horas y treinta minutos del día diez de agosto del año dos mil once.—Lic. Gavridge Pérez Porras, Notario.—1 vez.—(IN2011087983).
Ante este notaría, se protocolizó la sociedad El Colono Agropecuario Sociedad Anónima.—Guápiles, Pococí, cuatro de noviembre del dos mil once.—Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario.—1 vez.—RP2011265978.—(IN2011088092).
Por escritura otorgada ante mí, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Los Piyuelos de Coyolar S. A., se revocan y hacen nombramientos.—Orotina, a las 9:00 horas del 4 de noviembre del 2010.—Lic. Johan Castillo Umaña, Notario.—1 vez.—RP2011265980.—(IN2011088093).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 16:30 horas del 3 de noviembre del 2011, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Agro Chafra Limitada donde se reforma la cláusula tercera del pacto social, se nombra nuevo gerente.—San José, 3 de noviembre del 2011.—Lic. Adolfo Antonio García Baudrit, Notario.—1 vez.—RP2011265994.—(IN2011088094).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las quince horas quince minutos del día cuatro de noviembre del dos mil once, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada 3-102-642013, SRL. Donde se acuerda modificar la cláusula primera, segunda y novena de los estatutos.—San José, cuatro de noviembre del dos mil once.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2011265996.—(IN2011088095).
Por escritura otorgada a las 15:00 horas del 4 de noviembre del 2011, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Fresa Sabrosa S. A. Plazo: 99 años. Objeto: la comercialización internacional, la importación y exportación, la industria alimenticia y en general, el transporte, las inversiones inmobiliarias, la industria, la informática, la telemática, el telemercadeo, la infocomunicación, el servicio al cliente, la agroindustria, la construcción, el turismo y el comercio. Representante legal: el Presidente Capital social: doce mil colones suscrito y pagado. Domicilio: Guadalupe, San Francisco.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2011265998.—(IN2011088096).
Por escritura otorgada a las 15:30 horas del 4 de noviembre del 2011, se constituyó la sociedad denominada Los Castores EUK SRL. Plazo: 99 años. Objeto: la comercialización internacional, la importación y exportación, la industria alimenticia y en general, el transporte, las inversiones inmobiliarias, la industria, la informática, la telemática, el telemercadeo, la infocomunicación, el servicio al cliente, la agroindustria, la construcción, el turismo y el comercio. Representante legal: el Gerente Capital social: doce mil colones suscrito y pagado. Domicilio: Guadalupe, San Francisco.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2011265999.—(IN2011088097).
Ante esta notaría se reforman cláusulas tercera, octava, novena y décima del pacto social de la sociedad Risk Enterprise Management Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos ochenta mil ochocientos cuarenta y siete. Presidente: Jorge Salas Quirós, cédula uno-uno-seiscientos ochenta y cinco- setecientos.—San José, 6 de noviembre del 2011.—Lic. Lissette Susana Ortiz Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2011266004.—(IN2011088098).
Ante esta notaría se constituye Jumolva Sociedad Anónima, domicilio Heredia, Santo Domingo, doscientos metros oeste, veinticinco metros norte de la entrada principal del Inbio Parque, capital cien mil colones, plazo cien años a partir del cuatro de noviembre dos mil once. Presidente: Junior José Morales Valverde, cedula uno-novecientos ochenta y siete-cero setenta y siete.—San José, 6 de noviembre del 2011.—Lic. Lissette Ortiz Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2011266005.—(IN2011088099).
Por escritura otorgada a las diez horas del cuatro de noviembre del presente año, ante la suscrita notario, la sociedad Premier Eco-Hotels And Resorts Sociedad Anónima otorga poder generalísimo sin límite de suma a favor de Maricruz Leiva Ledezma.—San José, 7 de noviembre del dos mil once.—Lic. Carmen Soto Montero, Notaria.—1 vez.—RP2011266019.—(IN2011088100).
Por escritura número ciento siete, otorgada, a las quince horas del cuatro de noviembre del año dos mil once, que es protocolización de la compañía Inmobiliaria Varfon de Salitral Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos dieciséis mil cuarenta y uno. Se reforma cláusula segunda. Se cambia gerente.—San José, cuatro de noviembre del año dos mil once.—Lic. Kathya Rojas Venegas, Notaria.—1 vez.—RP2011266022.—(IN2011088101).
Por escritura otorgada a las 8:00 horas del 04 de noviembre de 2011, ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Digonya Quince S. A., en virtud de la cual se acordó reformar las cláusulas segunda y sétima del pacto social y nombrar nueva junta directiva y fiscal por el resto del plazo social.—San José, 4 de noviembre del 2011.—Lic. Manrique Quirós Rohrmoser, Notario.—1 vez.—RP2011266023.—(IN2011088102).
Hoy se constituyó ante esta notaría la compañía con domicilio en la provincia de San José, Latin America Agrialim Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse a Latin America Agrialim S. A. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Presidente: Claudio Antonio Quirós Lara.—San José, 4 de noviembre del 2011.—Lic. José Alfredo Campos Salas, Notario.—1 vez.—RP2011266024.—(IN2011088103).
Reynaldo Ludert Barbieri y Carolina Coromoto Romero Ramos constituyen Importadora Baragua International de Costa Rica Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas del cinco de noviembre del dos mil once.—Lic. Anna Lía Volio Elbrecht, Notaria.—1 vez.—RP2011266025.—(IN2011088104).
Mediante escritura número cuarenta y cinco de las dieciocho horas del treinta y uno de octubre del dos mil once, se constituyó en esta notaría la sociedad de Edma Comercializadora de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social suscrito y pagado.—San José, siete de noviembre dos mil once.—Lic. Lourdes Rojas Martínez, Notaria.—1 vez.—RP2011266026.—(IN2011088105).
Mediante escritura pública de las 15:00 horas del 11 de octubre del 2011, otorgada por la notaria pública Lyannette Petgrave Brown, se reforma la cláusula tercera de los estatutos de la sociedad L S Servicios Lexicon Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-355609.—San José, 2 de noviembre del 2011.—Dra. Lyannette Petgrave Brown, Notaria.—1 vez.—RP2011266027.—(IN2011088106).
Por escritura número 29, visible al folio 20 vuelto del tomo 10 de mi protocolo, otorgada ante mí, a las 14:00 horas del 21 de octubre del 2011, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Hytec Team Corporation Limitada, cuyo capital social será la suma de diez mil colones y estará domiciliada en San José.—San José, 3 de noviembre del 2011.—Lic. Roberto Leiva Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2011266029.—(IN2011088107).
Hoy los señores Luis Vargas Casafont y Pablo Gutiérrez Quiroga han constituido una sociedad anónima bajo el nombre Suma Constructora S. A., domicilio San José, Montes de Oca.—San José, 3 noviembre del 2011.—Lic. Arturo Blanco Páez, Notario.—1 vez.—RP2011266033.—(IN2011088108).
Hoy he protocolizado asamblea de la sociedad Riverton S.A. por la que se modifica razón social, domicilio, nombra presidente y secretario.—San José, 4 noviembre del 2011.—Lic. Arturo Blanco Páez, Notario.—1 vez.—RP2011266034.—(IN2011088109).
Por escritura pública otorgada a las dieciséis horas del cinco de noviembre del dos mil once, se constituyó la sociedad anónima Inversiones Muces Sociedad Anónima. Con domicilio en Desamparados. Con capital social diez mil colones. Presidenta: María Laura Céspedes González.—San José, siete de noviembre de dos mil once.—Lic. Luis Gonzalo Cortes Enríquez, Notario.—1 vez.—RP2011266038.—(IN2011088110).
Ante el suscrito notario, se constituye la empresa: Jehova Es Mi Proveedor M.C. Sociedad Anónima. Domicilio social: Ciudad Neily, Barrio El Bosque casa número veintiséis, Corredor, Corredores, Puntarenas. Capital social: diez mil colones exactos, representados por diez acciones comunes y nominativas. Plazo social: noventa y nueve años Presidenta: Miriam Martínez Guadamuz.—Ciudad Neily, al ser las doce horas del tres de noviembre del 2011.—Lic. Saúl López López, Notario.—1 vez.—RP2011266039.—(IN2011088111).
Ante el suscrito, se constituye la sociedad denominada con la cédula jurídica, capital cien mil colones, presidente Carlos Umaña Rodríguez. Dado el siete de noviembre del dos mil once.—Lic. Hilario Agüero Santos, Notario.—1 vez.—RP2011266040.—(IN2011088112).
Mediante escritura número 66 del tomo 6 del notario Enrique Corrales Barrientos, de fecha 4 de noviembre de 2011; se protocoliza acta número ocho, acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Cafetalera Los Pilares Sociedad Anónima, acta mediante la cual se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de dicha sociedad.—San Vito de Coto Brus, 4 de noviembre del 2011.—Lic. Enrique Corrales Barrientos, Notario.—1 vez.—RP2011266043.—(IN2011088113).
En mi notaría se constituyó la sociedad Cuatro Arquitectura S. A. Representantes. Florita Aguilar Arce, tesorera y Gevanna Montero Arroyo, secretaria: agente residente: Sergio Elizondo Garofalo.—Heredia, 5 de noviembre del 2011.—Lic. Sergio Elizondo Garofalo, Notario.—1 vez.—RP2011266045.—(IN2011088114).
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Por no haber sido posible notificarle en el
domicilio por la administración, se ordena la notificación por medio de
edictos por tres veces consecutivas en
Resultando:
1º—Que este Departamento mediante
resolución Nº 436-2009DFCA, de las 09:15 horas del 24 de junio del
2009, dictó auto de apertura de procedimiento administrativo contra el
señor Cruz Badilla por la suma de ¢615.699,54 (seiscientos quince
mil seiscientos noventa y nueve colones con cincuenta y cuatro
céntimos), que comprende la suma de ¢325.680,93 (trescientos
veinticinco mil seiscientos ochenta colones con noventa y tres céntimos)
por concepto de 30 días de preaviso que no respetó, ya que
presentó su renuncia el día 27 de enero del 2009 y rige a partir
de la misma fecha, según boleta de cobro de preaviso de fecha 3 de abril
del 2009 suscrito por la encargada de prestaciones; la suma de ¢38.605,96
(treinta y ocho mil seiscientos cinco colones con noventa y seis
céntimos) por sumas giradas de más del 27 al 30 de enero del
2009; ¢191.893,65 (ciento noventa y un mil ochocientos noventa y tres
colones con sesenta y cinco céntimos) por concepto de una incapacidad no
deducida oportunamente de su salario que compre del 16 de diciembre del 2008 al
14 de enero del 2009 y la suma de ¢59.519,65 (cincuenta y nueve mil
quinientos diecinueve colones con sesenta y cinco céntimos) por concepto
de subsidio, convocándose a una comparecencia oral y privada con la
administración por lo que debía presentarse a las diez horas a
los 15 días hábiles contados a partir del día siguiente
del recibo de la citada notificación. Dicha resolución fue
notificada mediante la publicación por tres veces consecutivas en el
Diario Oficial
2º—Que el Departamento Disciplinario Legal, Dirección
Inspección Policial remite a este Departamento para que realice el cobro
respectivo el expediente administrativo Nº 1478-IP-2008-DDL, incoado
contra el señor Cruz Badilla, por ausencias de los días 10 y 11
de setiembre del 2008, que en cumplimiento de lo anterior mediante oficio
1042-2009 DFCA del 4 de noviembre del 2009, este órgano director
solicitó el valor de dichas jornadas, al Departamento de Remuneraciones
y Compensaciones, (folio 29).
3º.—Que mediante oficio 1225-11-2009 DRH-RC-R, de fecha 16 de
noviembre del 2009 el Departamento de Remuneraciones, informa que el valor por
las por ausencias de los días 10 y 11 de setiembre del 2008 es de
¢21.320,79 (veintiún mil trescientos veinte colones con setenta y
nueve céntimos) (folio 30).
4º—Que se han realizado las diligencias útiles y
necesarias a fin de dictar la presente resolución.
Considerando:
I.—Se procede de conformidad con lo
establecido en el artículo 157 de
II.—Que visto el oficio 1225-11-2009 DRH-RC-R, de fecha 16 de
noviembre del 2009 del Departamento de Remuneraciones que informa que el valor
por las por ausencias de los días 10 y 11 de setiembre del 2008 es de
¢21.320,79 (veintiún mil trescientos veinte colones con setenta y
nueve céntimos), se procede a adicionar dicho monto a la resolución
N° 436-2009 DFCA, de las 09:15 horas del 24 de junio del 2009 dicho monto,
para un total adeudado de ¢637.020.33 (seiscientos treinta y siete mil
veinte colones con treinta y tres céntimos).
En todo lo demás la resolución adicionada se mantiene
incólume y se le convoca nuevamente a un comparencia oral y privada a
las diez horas dentro de 15 días hábiles contados a partir del
día siguiente de la notificación de la presente
resolución. Notifíquese.—Lic. Beatriz López
González, Órgano Director.—O. C. Nº
005-2010.—Solicitud Nº 46207.—C-80550.—(IN2011086742).
COMISIÓN
NACIONAL DEL CONSUMIDOR
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Ante la imposibilidad de localizar y notificar a
las partes Microtechnology Group CR S. A. y a Zona Libre CR S. A., o a los representantes
legales de ambas empresas, correspondiente a la denuncia en el expediente
administrativo 1011-07, es que se ordena notificar por medio de
publicación mediante edicto, el voto número 618-10 de las
diecisiete horas, veinticinco minutos del treinta de agosto del dos mil diez,
emitido por
Ante
la imposibilidad de localizar y notificar a la parte Taller Industrial Corrales S. A., o a sus representantes legales,
correspondiente a la denuncia en el expediente administrativo 0143-06, es que
se ordena notificar por medio de publicación mediante edicto, el voto
número 446-06 de las dieciocho horas, cuarenta y cinco minutos del
veintitrés de agosto del dos mil seis, emitido por
Ante
la imposibilidad de localizar y notificar a la parte Kenyon Benedict Zahner
III, correspondiente a la denuncia en el expediente administrativo 0755-07, es
que se ordena notificar por medio de publicación mediante edicto, el
voto número 198-07 de las dieciocho horas, veinte minutos del
dieciséis de mayo del dos mil siete, emitido por
Ante
la imposibilidad de localizar y notificar a la parte Corporación
Centroamericana German Villamil S. A. (Destinos Costa Rica V.I.P.),
correspondiente a la denuncia en el expediente administrativo 1414-07, es que
se ordena notificar por medio de publicación mediante edicto, la
resolución dictada a las trece horas, treinta cinco minutos del
veintidós de agosto del dos mil ocho, (auto de apertura),
habiéndose agotado las direcciones que constan en el sistema de
búsqueda electrónica de información (datum), patente, y
personería jurídica registral, imposibilidades que constan en el
expediente administrativo. En virtud de lo anterior, resulta necesario
notificar la anterior resolución a la parte denunciada mediante edicto,
debiéndose publicar por tres veces consecutivas en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Ante la imposibilidad de localizar y notificar a
las partes Lapuy S. A. (Ruffini) y Línea C S. A., correspondiente
a la denuncia en el expediente administrativo 0008-10, es que se ordena
notificar por medio de publicación mediante edicto, la resolución
dictada a las once horas, treinta y siete minutos del veintitrés de
agosto del dos mil diez, (auto de apertura), habiéndose agotado las
direcciones que constan en el sistema de búsqueda electrónica de
información (datum), patente y personería jurídica registral, imposibilidades
que constan en el expediente administrativo. En virtud de lo anterior, resulta
necesario notificar la anterior resolución a la parte denunciada
mediante edicto, debiéndose publicar por tres veces consecutivas en el
Diario Oficial
SUCURSAL CIUDAD NEILY
GERENCIA FINANCIERA
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El suscrito Jefe Administrativo
de
Nombre trabajador Monto
independiente Nº
de cedula adeudado
¢
Aguilar Bolaños Álvaro del Carmen 601560022 251,880
Alanis
Cedeño Mario 601230096 206,750
Álvarez
Ruiz Gerardo 603010447 324,754
Arias
Rodríguez Gabriel Edgardo 603340588 195,761
Brenes Duarte
Karolina 603640053 276,575
Calderón
Oviedo Nelson 202920037 250,898
Cascante Pereira
Juan José 204350454 379,831
Castillo
Gutiérrez Jorge A 502700768 142,332
Castro Segura
Maritza 602390733 226,076
Ceciliano
Jiménez Eladio Del Socorro 602950017 136,349
Cerdas Espinoza
Albin Antonio 602760035 321,270
Céspedes
Anchía Margarita Trinidad 602540819 627,443
Chamorro Molina
Yolanda Antonio 7024651431 252,244
Chaves
Calderón Cristim Alonso 603510609 460,966
Concepción
Muñoz Alfredo René 603340712 547,904
Fallas Montoya
José Alvin 603270249 397,908
Fernández
Sánchez Juan Carlo 603440140 215,185
Flores
Muñoz Carlos Manuel 601730255 571,364
Fonseca Alfaro
Nelson Roberto 603530120 364,078
Gallardo
Villareal Lionso 603310496 158,227
Gómez
Rosales Marisol 502480162 448,619
González
Morales Wilber 602750603 467,929
Herrera
Alpízar Juan 602850116 455,582
Herrera
Méndez Dencil 602520642 465,226
Jiménez
Jiménez Minor 110040938 569,055
Leiva Fallas
German 106910176 320,939
López
Blanco Juan Carlos 206310765 545,930
López
Kiel Omar 602430022 457,820
Marchena Villeda
Melvin 602730929 492,403
Mayorga Campos
Omar Gerardo 502170863 379,399
Mendoza
González José Inés 604770501 433,306
Mesen Badilla
Luis Carlos 603410632 240,719
Miranda Conejo
Yubani 201740888 117,576
Miranda
Zeledón Jimmy Humberto 602960664 531,540
Montero Trejos
Eddy 602560863 381,619
Mora Ruiz Daniel 602810538 545,930
Mora Vega Jorge
Enrique 107040372 225,957
Obando Vega
Allan Mauricio 603170974 240,719
Obregón
Arguello José Manuel 602460426 412,026
Ortega Vargas
Francisco Javier 601790897 180,636
Palavicini
Quesada Giovanni 105210466 423,235
Palma Rojas
Clemente Manuel 501390085 195,325
Pereira Alfaro
Carlos Francisco 302030732 248,541
Porras Calvo
Nelson 205190316 296,231
Rodríguez
Castro Dagoberto 204730386 594,082
Rosales Picado
Harry Alberto 603130631 180,721
Sáenz
Villalobos Bolívar Gerardo 103890716 308,015
Salas Miranda
Dany Enrique 401800562 465,149
Sequeira Torres
Cristian Eduardo 603400483 498,526
Sevilla Mendieta
Wendell Alberto 7017461568 474,872
Sibaja Guerra
José Luis 603040734 586,802
Tello Marchena
Juan Carlos 701390339 391,726
Trejos Mora
Alexander 109200205 379,317
Uirbina
Sánchez Fanny María 108690281 273,230
Vargas Elizondo
Nuria 602260683 71,984
Nombre trabajador Monto
independiente Nº
de cedula adeudado
¢
Vargas Robledo
Cristian Gerardo 603390920 270,860
Vargas Rojas
Elías Felipe 304100022 180,894
Víquez
Picado Flory 203090287 348,384
Zúñiga
Mendoza Bryan José 603700371 583,224
Unidad Gestión de
Cobros.—Lic. Abelardo Zamora Atencio, Administrador.—(IN2011087160).
En expediente número
DRH-AJ-002-11, de Proceso Ordinario de Nulidad de Título, contra
En expediente número DRH-AJ-006-11, de Proceso Ordinario de
Nulidad de Título, contra
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Debido a la imposibilidad de notificar la presente
resolución en el domicilio que consta en el expediente administrativo y
habiéndose agotados las formas de localización posibles, se
procede a notificar por edicto la resolución de las doce horas del
cuatro de julio del dos mil once correspondiente al traslado de cargos del
procedimiento ordinario de cobro administrativo en contra del señor
Jonathan Oviedo Gutiérrez. Órgano Director del Procedimiento
Ordinario de Cobro Administrativo, al ser las doce horas del cuatro de julio
del dos mil once, de conformidad con el artículo 308 y siguientes de
Resultando:
I.—Que
mediante oficio URMA-PPCO-0277-2010 del 4 de junio del 2010, el Proceso de
Programación y Control de Operaciones solicitó el inicio del
cobro administrativo contra el señor Jonathan Oviedo Gutiérrez,
para el pago de la suma de ¢505.007 (quinientos cinco mil siete colones
exactos), por concepto de los bienes que a continuación se detallan:
Placa |
Descripción |
Valor en libros en ¢ |
3-65989 |
Silla
giratoria sin brazos, tipo secretaria |
20.047 |
3-66135 |
Proyector de imágenes multimedia |
416.528 |
30877 |
Refrigeradora Eléctrica dos puertas |
35.532 |
C-8501 |
Grabador de DVD, marca Samsung modelo SH-W 162 |
32.900 |
|
Total |
505.007 |
II.—Que mediante oficio AL-668-2010 del 16
de junio del 2010,
III.—Que mediante oficio número UCI-PPCO-024-2010 de fecha 01
de julio del 2010, el Proceso de Programación y Control de Operaciones
indicó que a pesar de que la asignación de activos sale a nombre
del señor Jonathan Oviedo Gutiérrez, la cual fue recibida por el
señor Juvenal Retana Mora, el cual estaba autorizado para tales fines,
adjuntaron copia de las boletas de registro de firmas para traspasos de bienes,
asignación de activos y registros de firmas para inventarios.
IV.—Que de previo a dictar la respectiva resolución debe darse
un procedimiento que garantice el debido proceso y verifique la verdad real de
los hechos.
Considerando único:
Se desprende del análisis de los documentos
que integran el expediente administrativo, la existencia de actos susceptibles
de generar una responsabilidad resarcitoria, atribuible al señor
Jonathan Oviedo Gutiérrez, que consisten el faltante de bienes asignados
a él durante el tiempo que laboró en la institución,
según el inventario realizado en
En ese orden de ideas y ante los hechos expuestos, se impone la necesidad
de instaurar un procedimiento ordinario de cobro administrativo de conformidad
con las disposiciones del Título Segundo de
EL
ÓRGANO DIRECTOR, RESUELVE:
I.—Iniciar procedimiento ordinario de cobro
administrativo contra el señor Jonathan Oviedo Gutiérrez, con la finalidad
de verificar la verdad real de los hechos expuestos y determinar la
responsabilidad civil conforme a los artículos del 203 al 210 de
I.—Que usted presuntamente le adeuda al Instituto
Nacional de Aprendizaje la suma de quinientos cinco mil siete colones exactos
(¢505.007,00) por el faltante de bienes asignados a su persona durante el
período que laboró en la institución, de acuerdo con
inventario de
Placa |
Descripción |
Valor en libros en ¢ |
3-65989 |
Silla giratoria sin brazos, tipo
secretaria |
20.047 |
3-66135 |
Proyector de imágenes multimedia |
416.528 |
30877 |
Refrigeradora Eléctrica dos puertas |
35.532 |
C-8501 |
Grabador de
DVD, marca Samsung modelo SH-W 162 |
32.900 |
|
Total |
505.007 |
II.—En razón de lo anterior, se
convoca al señor Oviedo Gutiérrez a una audiencia oral y privada
a celebrarse a las nueve horas del miércoles 7 de dos mil once, en la
oficina de
III.—Se le previene al señor Oviedo Gutiérrez que debe
aportar todos los alegatos y prueba el día de la audiencia o antes si a
bien lo tiene, en cuyo caso, deberá hacerlo por escrito; que
deberá comparecer personalmente y no por medio de apoderado, sin
perjuicio de que se haga acompañar del abogado y técnicos o
especialistas de su elección; y que una vez notificado este acto, su ausencia
injustificada a la audiencia no impedirá que esta se lleve a cabo en la
fecha y hora señalada sin que ello signifique la aceptación
tácita de los hechos.
IV.—Se le informa que
V.—Se le comunica al señor Oviedo Gutiérrez que
deberá señalar lugar cierto para atender notificaciones, bajo el
apercibimiento que de no hacerlo, de ser equívoco o tornarse incierto el
señalamiento, los actos que se dicten posteriormente, dentro del
presente procedimiento le serán notificados en la dirección que
conste en el expediente administrativo por señalamiento de la propia
Administración.
VI.—Finalmente se le informa que de conformidad con el artículo
345 y 346 de
VII.—Notifíquese al interesado.
4 de noviembre del 2011.—Lic. Andrea
Hernández Rojas, Órgano Director del Procedimiento.—O. C.
Nº 21083.—Solicitud Nº
32595.—C-451100.—(IN2011087869).
COLEGIO
DE ABOGADOS DE COSTA RICA
FISCALÍA
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Al Licenciado Christian Nole Quesada, colegiado
16102, cédula de identidad 6-280-753, se le hace saber: Que en proceso
disciplinario número 117-11, seguido en su contra se han dictado las
resoluciones que literalmente dicen: Se inicia procedimiento administrativo
disciplinario. Fiscalía del Colegio de Abogados de Costa Rica. San
José, a las doce horas del treinta y uno de mayo del dos mil once.
JUNTA ADMINISTRATIVA DE
En el Alcance Nº
Formulario(s) que se debe(n)
presentar |
En caso de manifestar una denuncia
a través del buzón de sugerencias o personalmente
deberán, preferiblemente, llenar la “Boleta de inconformidades y
sugerencias” para dejar constancia en el expediente. |
|
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Funcionario contacto para atender
consultas, quejas o denuncias: Licda. Adriana Campos
Ávila, Contralora de Servicios Central telefónica:
2296-9570 Ext. 140
Telfax: 2290-5186. Sitio Web: www.imprentanacional.go.cr, Dirección
electrónica: contraloria@imprenta.go.cr |
Lo demás se mantiene
igual.