LA GACETA Nº 249 DEL 27 DE DICIEMBRE DEL 2011

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

N° 36899-C

ACUERDOS

MINISTERIO DE EDUCACÍON PÚBLICA

DOCUMENTOS VARIOS

JUSTICIA Y PAZ

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

REGISTRO DE PROVEEDORES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

AVISOS

 

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

36899-C

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD

Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; 25.1 de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública del 2 de mayo de 1978; la Ley Nº 7555, Ley de Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica del 4 de octubre de 1995, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 199 del 20 de octubre de 1995; y el Decreto Ejecutivo No. 32749-C, Reglamento a la Ley de Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica (Nº 7555) del 14 de marzo del 2005, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 219 del 14 de noviembre del 2005, y,

Considerando:

I.—Que la Ley N° 7555 Ley de Patrimonio Histórico Arquitectónico de Costa Rica, tiene como objetivo la conservación, protección y preservación del Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica, por lo que es deber del Estado ejercer acciones para cumplir estos fines.

II.—Que el inmueble conocido como “Casa Granja Dávila”, ubicada en el distrito 3 Sardinal, del cantón 5 Carrillo, provincia de Guanacaste, posee una antigüedad significativa ya que fue construida en 1930.

III.—Que esta vivienda presenta una técnica constructiva, siguiendo características vernáculas y un estilo rural, convirtiéndose en una particularidad muy propia de la vivienda guanacasteca, por lo que posee un alto valor histórico.

IV.—Que la vivienda tiene un alto valor arquitectónico pues está construida en madera de cedro y pochote, representativa de la arquitectura guanacasteca.

V.—Que este inmueble ha sido preservado desde 1930, ya que no ha sido intervenido significativamente y ha recibido un mantenimiento aceptable, evidencia también de su valor simbólico para los habitantes del cantón y las autoridades municipales.

VI.—Que la vivienda posee un relevante valor cultural por lo que merece ser preservada para el disfrute de generaciones futuras.

VII.—Que por las condiciones histórico-arquitectónicas citadas, y con fundamento en la Ley Nº 7555, Ley de Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica y el Decreto Ejecutivo Nº 32749-C, Reglamento a la Ley de Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica; el Ministerio de Cultura y Juventud realizó la instrucción del procedimiento administrativo para declarar e incorporar al Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica, el inmueble en cuestión.

VIII.—Que por Acuerdo Firme Nº 4 tomado por la Comisión Nacional de Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica, en sesión ordinaria Nº 011-2011 del 20 de junio de 2011, se emitió la opinión favorable, requerida por el artículo Nº 7 de la Ley Nº 7555, Ley de Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica y el articulo Nº 9 inciso b) del Decreto Ejecutivo Nº 32749-C, Reglamento a la Ley de Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica. Por tanto,

DECRETAN:

DECLARATORIA E INCORPORACIÓN AL PATRIMONIO

HISTÓRICO-ARQUITECTÓNICO DE COSTA RICA,

DEL INMUEBLE DENOMINADO

“CASA GRANJA DÁVILA”

Artículo 1º—Declarar e incorporar al Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica, el inmueble conocido como “Casa Granja Dávila”, ubicado en el distrito 3 de Sardinal, del cantón 5 Carrillo, provincia de Guanacaste, inserta en el Registro Nacional bajo el Folio Real . 5-124384-000 , a nombre de la señora María Eugenia Dávila Bustos, cédula de identidad número 5-0103-0762, con fundamento en el Estudio Técnico elaborado en mayo del año 2010, por el historiador Carlos Zamora Hernández y el arquitecto Gustavo Morera Rojas, funcionarios del Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural del Ministerio de Cultura y Juventud.

Artículo 2º—Informar a la propietaria del inmueble, que esta declaratoria le impone las siguientes obligaciones:

a.  Conservar, preservar y mantener adecuadamente el inmueble.

b.  Informar sobre su estado y utilización al Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural de esta Cartera Ministerial, cuando éste lo requiera.

c.  Permitir el examen y el estudio del inmueble por parte de investigadores, previa solicitud razonada y avalada por el Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural de esta Cartera Ministerial.

d.  Permitir la colocación de elementos señaladores de la presente declaratoria, en la estructura física del inmueble.

e.  Permitir las visitas de inspección que periódicamente realizarán los funcionarios acreditados por el Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural de esta Cartera Ministerial, y colaborar con ellos, en la medida de sus posibilidades, para determinar el estado del inmueble y la forma en que se está atendiendo su protección y preservación.

f.   Cumplir con la prohibición de colocar placas y rótulos publicitarios de cualquier índole que, por su dimensión, colocación, contenido o mensaje, dificulten o perturben la contemplación del inmueble.

g.  Solicitar autorización al Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural de esta Cartera Ministerial antes de reparar, construir, restaurar, rehabilitar o ejecutar cualquier dase de obras que afecte la edificación o su aspecto.

Artículo 3º—Informar a la propietaria del inmueble, que esta declaratoria prohíbe su demolición, o remodelación parcial o total, sin la autorización previa del Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural de esta Cartera Ministerial.

Artículo 4º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, el día veintiuno de octubre del año dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Cultura y Juventud, Manuel Obregón López.—1 vez.—O. C. Nº 11422.—Sol. Nº 1861.—C-59070.—(D36899-IN2011098087).

ACUERDOS

MINISTERIO DE EDUCACÍON PÚBLICA

241-2011-MEP

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PUSUCA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Randy Sánchez Figueroa, cédula de identidad Nº 1-750-353, Jefe del Departamento de Control Interno, para que participe en el “Taller Regional 2011 de Estadísticas de Educación” que se realizará en Santiago-Chile del 28 de noviembre al 02 de diciembre de 2011.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: la UNESCO.

Artículo 3º—Que durante los días del 28 de noviembre al 02 de diciembre de 2011, en que se autoriza la participación del señor Randy Sánchez Figueroa en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 28 de noviembre al 02 de diciembre de 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiséis días del mes de octubre del año dos mil once.

Silvia Víquez Ramírez, Ministra de Educación Pública a. í.—1 vez.—O. C. Nº 13480.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094450).

Nº 243-2011-MEP

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Paula Barquero Miranda, cédula de identidad Nº 1-1120-0786, Terapeuta Ocupacional de la Escuela Neuropsiquiátrica, para que participe en el “IV Módulo del Curso de Integración Sensorial”, que se realizará en Bogotá-Colombia del 11 al 17 de noviembre de 2011.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por la interesada.

Artículo 3º—Que durante los días del 11 al 17 de noviembre de 2011, en que se autoriza la participación de la señora Paula Barquero Miranda en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 11 al 17 de noviembre de 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, al primer día del mes de noviembre del año dos mil once.

Silvia Víquez Ramírez, Ministra de Educación Pública a. í.—1 vez.—O. C. Nº 13486.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094449).

MEP-244-2011

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Sira Zúñiga Acosta, cédula de identidad Nº 1-0667-0629, Docente de Enseñanza General Básica en I y II Ciclos y Recargo de Asistente de Dirección Primaría de la Unidad Pedagógica San Diego, para que participe en el “VII Encuentro de Exbecarios de Israel-América Latina y el Caribe: la Experiencia Shalom en el Fortalecimiento Económico y Social de América Latina y el Caribe-Nuevas Perspectivas” que se realizará en Colombia del 21 al 27 de noviembre de 2011.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por la interesada.

Artículo 3º—Que durante los días del 21 al 27 de noviembre de 2011, en que se autoriza la participación de la señora Sira Zúñiga Acosta en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 21 al 27 de noviembre de 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública al primer día del mes de noviembre del año dos mil once.

Silvia Víquez Ramírez, Ministra de Educación Pública a.í.—1 vez.—O. C. Nº 13486.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094448).

Nº MEP-245-2011

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Douglas Carlos Acosta Coles, cédula de identidad Nº 0701240164, Profesor de Artes Industriales del Colegio de Limón Diurno, para que participe en el “Curso de Entrenadores de Ciclismo en Ruta”, que se realizará en Panamá del 06 al 14 de noviembre de 2011.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: la Federación Costarricense de Ciclismo (FECOCI).

Artículo 3º—Que durante los días del 06 al 14 de noviembre de 2011, en que se autoriza la participación del señor Douglas Carlos Acosta Coles en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 06 al 14 de noviembre de 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública al primer día del mes de noviembre del año dos mil once.

Silvia Víquez Ramírez, Ministra de Educación Pública a.í.—1 vez.—O. C. Nº 13480.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094447).

MEP-246-2011

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor José Francisco Bellido Díaz, cédula de identidad 0107410560, Docente de Artes Industriales y Educación Especial del Liceo de San Carlos, para que participe en la “Copa Americana de Fútbol de Olimpiadas Especiales”, que se realizará en Paraguay del 18 al 26 de noviembre de 2011.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: Olimpiadas Especiales.

Artículo 3º—Que durante los días del 18 al 26 de noviembre de 2011, en que se autoriza la participación del señor José Francisco Bellido Díaz en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 18 al 26 de noviembre de 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública al primer día del mes de noviembre del año dos mil once.

Silvia Víquez Ramírez, Ministra de Educación Pública a. í.—1 vez.—O. C. Nº 13480.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094446).

DOCUMENTOS VARIOS

JUSTICIA Y PAZ

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

AVISOS

La Dirección Nacional de Notariado hace saber: que ante este despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación para el ejercicio de la función notarial de la licenciada Marisol Monge Castro, cédula de identidad número 1-1154-0507, carné de abogada número 18935. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección dentro de los quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 11-000914-624-NO.—San José, 23 de noviembre 2011.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo a. í.—1 vez.—RP2011268290.—(IN2011092376).

La Dirección Nacional de Notariado hace saber: que ante este despacho se ha recibido solicitud de habilitación para el ejercicio de la función notarial, del licenciado Manuel Salvador Detrinidad Gaitán, cédula de identidad número 8-0090-0235, carné de abogado número 18923. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección dentro de los quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº  11-000917-624-NO.—San José, 29 de noviembre del 2011.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—RP2011268409.—(IN2011092377).

La Dirección Nacional de Notariado comunica: que ante este Despacho el licenciado Brayan Jiménez Agüero, cédula de identidad número 1-1224-0196, carné profesional número 18421, según expediente Nº 11-000493-0624-NO, ha presentado solicitud de habilitación para ejercer la actividad notarial, por lo que se solicita a las personas que conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de este profesional, lo comuniquen a esta Dependencia dentro del plazo de quince días hábiles siguientes a esta publicación.—Curridabat, 23 de noviembre del 2011.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—RP2011268469.—(IN2011092378).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil – Departamento Civil

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Expediente Nº 34313-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas treinta minutos del trece de octubre del dos mil once. Diligencias de ocurso incoadas ante este Registro Civil por Yanhong Gang Ghen, mayor, casada, comerciante, costarricense, cédula de identidad número ocho-cero noventa y seis-setecientos sesenta y cuatro, vecina de Tapesco, Zarcero, Alajuela, tendente a la rectificación de su asiento de naturalización, que lleva el número setecientos sesenta y cuatro, folio trescientos ochenta y dos, tomo cero noventa y seis, de la Sección de Naturalizaciones, en el sentido que se rectifique el mismo conforme a documento de nacimiento aportado. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—(IN2011093743).

Expediente Nº 16333-2011. Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las diez horas quince minutos del veintinueve de setiembre del dos mil once. José Óscar Fernández González, mayor, casado, costarricense, cédula de identidad número dos-doscientos noventa-trescientos setenta, vecino de Concepción, Atenas, Alajuela; solicita la rectificación de su asiento de nacimiento..., en el sentido que la fecha de nacimiento del mismo es “diecinueve de diciembre de mil novecientos cuarenta y nueve”. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—RP2011269323.—(IN2011094062).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Maximiliano Carrillo Gómez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución . 1444-2010. Registro Civil, Departamento Civil, Sección Actos Jurídicos. San José, a las quince horas y treinta minutos del quince de julio del dos mil diez. Expediente. Nº 16547-2010. Resultando 1º—...., 2º—...., Considerando: I.——.Hechos probados:..., II.——.Hechos no Probados:..., III.—.Sobre el Fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Steven Carrillo Navarrete..., en el sentido que el nombre y el apellido de la madre de la persona ahí inscrita son “Jeni Elisabeth Ramírez, no indica segundo apellido” y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—RP2011269214.—(IN2011094059).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

REGISTRO DE PROVEEDORES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL SAN CARLOS

De conformidad con la resolución final del procedimiento administrativo PAIC-HSC-004-2011 del Hospital San Carlos y en apego a lo establecido en el artículo 7 del “Instructivo para la aplicación del Régimen Sancionador contra Proveedores y Contratistas de la CCSS”, se impone sanción de apercibimiento a la empresa Binternacional S. A., proveedor Nº 23213, en el código; 4-80-05-0125 y 1-80-02-0590, por incumplimiento en la entrega de tintas y toners, orden de compra 4161, sanción rige a partir del 04 de noviembre del 2011.

San Carlos, 10 de noviembre del 2011.—Área Gestión Bienes y Servicios.—Lic. Ma. Dolores Zúñiga G., MBA., Jefa.—1 vez.—(IN2011092668).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE SALUD MORA PALMICHAL

Se informa a los interesados que el Área de Salud Mora Palmichal contempla la construcción de un nuevo sistema de tratamiento de aguas negras, así como la reubicación de los baños públicos del EBAIS 6 del Área de Salud Mora Palmichal, en el distrito Colón del cantón de Mora. Los interesados pueden visitarnos en nuestras instalaciones ubicadas en Ciudad Colón, 50 metros sur de la central del ICE, o para mayor información comunicarse al teléfono: 2249-2730 con el Administrador del Área de Salud.

San José, Ciudad Colón, 08 de noviembre del 2011.—Administración.—Lic. Ricardo Monge Rivera, Administrador.—1 vez.—(IN2011092634).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Que el veinticinco de noviembre del dos mil once, en el acuerdo número dos de la asamblea general de accionistas de Fideicomisos Alianza Sociedad Anónima cédula jurídica número 3-101-175541, se acordó en firme la disminución del capital social siendo que en adelante el capital social de la sociedad lo será la suma de dos millones de colones, capital representado por dos acciones comunes y nominativas de un millón de colones cada una. A efectos de que cualquier tercero pueda oponerse o hacer valer sus derechos. Es todo.—Lic. Édgar Francisco Jiménez Risco, Notario.—RP2011270393.—(IN2011096344).