LA GACETA Nº 3 DEL 4 DE ENERO DEL 2011

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 36.887-MP

Nº 36.888-MP

Nº 36889-MP

Nº 36892-MP

Nº 36.893-MP

Nº 36898-MEIC-TUR

N° 36901-PLAN-H

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

AGRICULTURA Y GANADERÍA

EDUCACIÓN PÚBLICA

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

RESOLUCIONES

EDICTOS

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

EDUCACIÓN PÚBLICA

JUSTICIA Y PAZ

PODER JUDICIAL

BANCO DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

VARIACIÓN DE PARÁMETROS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

REGISTRO DE PROVEEDORES

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL

MUNICIPALIDADES

REGLAMENTOS

MUNICIPALIDADES

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

BANCO DE COSTA RICA

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

UNIVERSIDAD NACIONAL

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

JUNTA DE DESARROLLO REGIONAL DE LA ZONA

SUR DE LA PROVINCIA DE PUNTARENAS

AVISOS

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT

MUNICIPALIDAD DE MORAVIA

MUNICIPALIDAD DE VÁZQUEZ DE CORONADO

MUNICIPALIDAD DE SAN RAMÓN

MUNICIPALIDAD DE GRECIA

MUNICIPALIDAD DE LA UNIÓN

MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO

MUNICIPALIDAD  DE SAN ISIDRO DE HEREDIA

MUNICIPALIDAD DE SAN RAFEL DE HEREDIA

MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE

MUNICIPALIDAD DE HOJANCHA

CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PAQUERA

MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

SEGURIDAD PÚBLICA

EDUCACIÓN PÚBLICA

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y PAZ

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

MUNICIPALIDADES

FE DE ERRATAS

MUNICIPALIDADES

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 36.887-MP

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 118 y 140 incisos 5) y 14), de la Constitución Política.

Decretan:

Artículo 1º—Retíranse del conocimiento de sesiones extraordinarias de la Asamblea Legislativa los siguientes proyectos de ley:

Expediente Nº 17.246: Ley de Aprobación del Acuerdo entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de la República Popular de China para la promoción y protección de inversiones.

Expediente Nº 17.527: Ley monitorio arrendaticio.

Expediente Nº 17.247: Ley de aprobación del Tratado sobre Inversión y Comercio de Servicios entre las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua; y del Protocolo al Tratado sobre Inversión y Comercio de Servicios entre las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua; y sus anexos.

Expediente Nº 17.720: Ley de Aprobación del Acuerdo entre el Gobierno del Estado de Qatar y el Gobierno de la República de Costa Rica para la promoción y protección recíproca de inversiones.

Expediente Nº 17.410: Ley para la regulación y comercialización de bebidas con contenido alcohólico.

Expediente Nº 18.100: Aprobación del Acuerdo entre la República de Costa Rica y el Reino de los Países Bajos para el intercambio de información en materia tributaria y su Protocolo.

Expediente Nº 17.284: Ley de fortalecimiento del Centro Costarricense de la Ciencia y la Cultura, Museo de los Niños, Complejo Juvenil, Galería Nacional y Auditorio Nacional.

Artículo 2º—Rige a partir del 12 de diciembre del 2011.

Dado en la Presidencia de la República, a los doce días del mes de diciembre del dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la Presidencia, Carlos Ricardo Benavides Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 10971.—Solicitud Nº 124.—C-17120.—(D36887-IN2011098130).

Nº 36.888-MP

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 118 y 140 incisos 5) y 14), de la Constitución Política.

Decretan:

Artículo 1º—Amplíase la convocatoria a sesiones extraordinarias a la Asamblea Legislativa, hecha por el Decreto Ejecutivo Nº 36.873-MP, a fin de que se conozcan los siguientes proyectos de ley:

Expediente Nº 17.246: Ley de Aprobación del Acuerdo entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de la República Popular de China para la promoción y protección de inversiones.

Expediente Nº 17.527: Ley monitorio arrendaticio.

Expediente Nº 17.247: Ley de aprobación del Tratado sobre Inversión y Comercio de Servicios entre las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua; y del Protocolo al Tratado sobre Inversión y Comercio de Servicios entre las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua; y sus anexos.

Expediente Nº 17.720: Ley de Aprobación del Acuerdo entre el Gobierno del Estado de Qatar y el Gobierno de la República de Costa Rica para la promoción y protección recíproca de inversiones.

Expediente Nº 17.410: Ley para la regulación y comercialización de bebidas con contenido alcohólico.

Expediente Nº 18.100: Aprobación del Acuerdo entre la República de Costa Rica y el Reino de los Países Bajos para el intercambio de información en materia tributaria y su Protocolo.

Expediente Nº 17.284: Ley de fortalecimiento del Centro Costarricense de la Ciencia y la Cultura, Museo de los Niños, Complejo Juvenil, Galería Nacional y Auditorio Nacional.

Expediente Nº 16.910: Semana Nacional de la Familia.

Artículo 2º—Rige a partir del 12 de diciembre del 2011.

Dado en la Presidencia de la República, a los doce días del mes de diciembre del dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la Presidencia, Carlos Ricardo Benavides Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 10971.—Solicitud Nº 124.—C-18920.—(D36888-IN2011098129).

Nº 36889-MP

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 118 y 140 inciso 5) y 14), de la Constitución Política.

Decretan:

Artículo 1º—Amplíase la convocatoria a sesiones extraordinarias a la Asamblea Legislativa, hecha por el Decreto Ejecutivo Nº 36873-MP, a fin de que se conozca el siguiente proyecto de ley:

Expediente Nº 18.258: Autorización al Poder Ejecutivo para constituir un fideicomiso y suscribir una operación de crédito público mediante un contrato de arrendamiento de largo plazo para el financiamiento del proyecto construcción y equipamiento de infraestructura educativa del MEP a nivel nacional.

Artículo 2º—Rige a partir del 12 de diciembre del 2011.

Dado en la Presidencia de la República, a los doce días del mes de diciembre del dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la Presidencia, Carlos Ricardo Benavides Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 10971.—Solicitud Nº 124.—C-9920.—(D36889-IN2011098131).

Nº 36892-MP

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 118 y 140 inciso 5) y 14), de la Constitución Política.

Decretan:

Artículo 1º—Amplíase la convocatoria a sesiones extraordinarias a la Asamblea Legislativa, hecha por el Decreto Ejecutivo Nº 36873-MP, a fin de que se conozca el siguiente proyecto de ley:

Expediente Nº 18.132: Adición de un artículo 42 bis a la Ley Reguladora del Servicio Público de Transporte Remunerado de Personas en Vehículos en la modalidad de Taxi, Nº 7969 de 22 de diciembre de 1999 y sus reformas. Ley para autorizar la transmisibilidad de derechos de concesión por muerte del concesionario en el servicio público de taxis.

Artículo 2º—Rige a partir del 13 de diciembre del 2011.

Dado en la Presidencia de la República, a los doce días del mes de diciembre del dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la Presidencia, Carlos Ricardo Benavides Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 10971.—Solicitud Nº 125.—C-10820.—(D36892-IN2011098204).

Nº 36.893-MP

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 118 y 140 incisos 5) y 14), de la Constitución Política.

Decretan:

Artículo 1º—Retíranse del conocimiento de sesiones extraordinarias de la Asamblea Legislativa los siguientes proyectos de ley:

Expediente Nº 17.247: Ley de aprobación del Tratado sobre Inversión y Comercio de Servicios entre las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua; y del Protocolo al Tratado sobre Inversión y Comercio de Servicios entre las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua; y sus anexos.

Expediente Nº 16.768: Rango de misión internacional para Fundación Instituto Humanista para la Cooperación con los Países en Desarrollo (HIVOS).

Expediente Nº 17.720: Ley de Aprobación del Acuerdo entre el Gobierno del Estado de Qatar y el Gobierno de la República de Costa Rica para la promoción y protección recíproca de inversiones.

Expediente Nº 18.100: Aprobación del Acuerdo entre la República de Costa Rica y el Reino de los Países Bajos para el intercambio de información en materia tributaria y su Protocolo.

Expediente Nº 18.157: Aprobación del Contrato de Préstamo Nº 2526/OC-CR suscrito entre la República de Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo para financiar el Programa para la Prevención de la Violencia y Promoción de la Inclusión Social.

Expediente Nº 18.174: Acuerdo entre la República de Costa Rica y los Estados Unidos Mexicanos sobre el intercambio de información en materia tributaria.

Expediente Nº 17.284: Ley de fortalecimiento del Centro Costarricense de la Ciencia y la Cultura, Museo de los Niños, Complejo Juvenil, Galería Nacional y Auditorio Nacional.

Expediente Nº 17.246: Ley de Aprobación del Acuerdo entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de la República Popular de China para la promoción y protección de inversiones.

Expediente Nº 16.910: Semana Nacional de la Familia.

Expediente Nº 17.527: Ley monitorio arrendaticio.

Expediente Nº 16.306: Impuesto a las personas jurídicas.

Expediente Nº 17.218: Transformación del Instituto de Desarrollo Agrario en el Instituto de Desarrollo Rural.

Expediente Nº 18.032: Ley de tránsito por vías públicas terrestres y seguridad vial.

Expediente Nº 17.371: Ley general de control del tabaco y sus efectos nocivos en la salud.

Expediente Nº 17.777: Ley reguladora de investigación biomédica.

Expediente Nº 17.410: Ley para la regulación y comercialización de bebidas con contenido alcohólico.

Expediente Nº 17.670: Reforma de varios artículos de la Ley Nº 5662 “Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares” y adición al artículo 34 de la Ley Nº 7648 “Ley Orgánica del Patronato Nacional de la Infancia de Costa Rica”.

Expediente Nº 17.809: Reforma de la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, Ley Nº 7558 de 27 de noviembre de 1995, para eximir del encaje legal las emisiones de bonos que se utilicen para financiar créditos de vivienda de largo plazo.

Expediente Nº 17.677: Ley para el cumplimiento del estándar de transparencia fiscal.

Expediente Nº 18.041: Ley de Fortalecimiento de la Gestión Tributaria.

Expediente Nº 17.551: Ley de regulación de apuestas, casinos y juegos de azar.

Artículo 2º—Rige a partir del 13 de diciembre del 2011.

Dado en la Presidencia de la República, a los trece días del mes de diciembre del dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la Presidencia, Carlos Ricardo Benavides Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 10971.—Solicitud Nº 125.—C-34220.—(D36893-IN2011098205).

Nº 36898-MEIC-TUR

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

LA MINISTRA DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y

COMERCIO Y EL MINISTRO DE TURISMO

Con fundamento en las atribuciones y facultades conferidas en los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política del 7 de noviembre de 1949; el artículo 28 de la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978 y sus reformas; Ley General de la Administración Pública, los artículos 2 y 4 de la Ley Nº 1917 del 30 de julio de 1955, Ley Orgánica del Instituto Costarricense de Turismo; el Decreto Ejecutivo N° 25226-MEIC-TUR del 15 de marzo de 1996, Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas y sus reformas y el Decreto Ejecutivo N° 11217-MEIC del 25 de febrero de 1980; Reglamento de las Empresas de Hospedaje Turístico y sus reformas.

Considerando:

1º—Que dentro de las funciones asignadas al Instituto Costarricense de Turismo, en el artículo 4 de su Ley Orgánica, se encuentra el fomento de la actividad turística y la vigilancia de la atención privada del turismo.

2º—Que como política institucional plasmada en el Plan Nacional de Desarrollo Turístico 2002-2012, se combatirá enérgicamente cualquier tipo de actividad turística que atente contra el orden público y el buen nombre del país o que ponga en peligro la integridad física y moral del ser humano. Asimismo, se propiciará un desarrollo turístico apoyado en la ética, calidad y sostenibilidad.

3º—Que es interés del Gobierno de la República y del Instituto Costarricense de Turismo el fomento de aquellas actividades turísticas que basen sus actividades en principios sanos, acordes con la idiosincrasia nacional, combatiendo prácticas que puedan propiciar el desarrollo de actividades comerciales de turismo sexual o de la explotación sexual de menores.

4º—Que es necesario asimismo, establecer parámetros de calidad y obligaciones específicas en contra de actividades comerciales de índole sexual a nivel del régimen de las empresas y actividades turísticas, en aras de un turismo socialmente sostenible.

5º—Que en razón de lo anterior, resulta pertinente reformar el Reglamento de Empresas y Actividades Turísticas, Decreto Ejecutivo Nº 25226-MEIC-TUR del 15 de marzo de 1996 y sus reformas, a efectos de introducir las mencionadas regulaciones. Por tanto;

Decretan:

REFORMA AL REGLAMENTO DE LAS EMPRESAS

Y ACTIVIDADES TURÍSTICAS, DECRETO

EJECUTIVO N° 25226-MEIC-TUR PARA

EL COMBATE DE LAS ACTIVIDADES

COMERCIALES DE ÍNDOLE SEXUAL

Y DE LA EXPLOTACIÓN SEXUAL

DE MENORES EN LAS EMPRESAS

DECLARADAS TURÍSTICAS

Artículo 1º—Adiciónese al artículo 13 del Reglamento de Empresas y Actividades Turísticas, Decreto Ejecutivo Nº 25226-MEIC-TUR, publicado en La Gaceta N° 121 del 26 de junio de 1996 y sus reformas, un inciso más, bajo el acápite m), quedando el resto de la norma invariable, para que dicho inciso se lea como sigue:

“Artículo 13.—Las empresas y actividades turísticas tendrán las siguientes obligaciones: (…)

m) No permitir que sus instalaciones se utilicen para el fomento o desarrollo de actividades comerciales de índole sexual, de explotación sexual de menores de edad, o para actividades contrarias al orden público, ni utilizar en su promoción o propaganda elementos que promuevan esas actividades, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 del presente reglamento”.

Artículo 2º—Adiciónese un artículo bajo el numeral 19 bis al “Capítulo VII. De las prohibiciones y sanciones”, del Reglamento de Empresas y Actividades Turísticas, Decreto Ejecutivo Nº 25226-MEIC-TUR del 15 de marzo de 1996, publicado en La Gaceta N° 121 del 26 de junio de 1996 y sus reformas, para que dicho artículo se lea como sigue:

“Artículo 19 bis.—Aquellas empresas o actividades declaradas turísticas cuyos propietarios o administradores consientan, permitan o promuevan el fomento o desarrollo de actividades comerciales de índole sexual, de explotación sexual de menores de edad o de actividades contrarias al orden público en sus instalaciones, o bien, que utilicen en su promoción o propaganda elementos que promuevan esas actividades, serán acreedores de la sanción de cancelación de la declaratoria turística de la empresa o actividad, la cual una vez firme, será comunicada por el Instituto a los organismos oficiales competentes y al público a través de los medios de comunicación, según lo establecido en el artículo 16 del presente reglamento”.

Artículo 3º—Adiciónese al Anexo 2, Guía de Requisitos para obtener la Declaratoria Turística Actividad: Gastronomía y Centros de Diversión Nocturna, en Apartado II: Requisitos Técnicos, del Reglamento de Empresas y Actividades Turísticas, Decreto Ejecutivo Nº 25226-MEIC-TUR, publicado en La Gaceta N° 121 del 26 de junio de 1996 y sus reformas, un inciso 4, quedando el resto del apartado invariable, para que dicho inciso se lea como sigue:

“ (…)

II-Requisitos Técnicos

Las empresas que se encuentran en operación y solicitan declaratoria, deberán:

(…)

4- Cumplir en el caso de los centros de diversión nocturna que se encuentran en operación y dentro de la inspección a efectos del régimen voluntario de la declaratoria turística, con el requisito que su actividad no incluya desnudos totales o parciales, ni la difusión y comercialización de materiales audiovisuales o impresos con connotaciones sexuales. A tal respecto, se entenderán como desnudos totales o parciales aquellos que muestren las partes íntimas de las personas. Se aclara que este requisito será exigible tanto a los Centros de Diversión Nocturna que estando en operación soliciten la declaratoria turística como a aquellos que habiéndola obtenido en calidad de solicitud de proyecto nuevo, sean inspeccionados por el Instituto al iniciar su operación para efectos de su categorización”.

Artículo 4º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los 28 días del mes de octubre del año dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Economía, Industria y Comercio, Mayi Antillón Guerrero.—El Ministro de Turismo, Allan René Flores Moya.—1 vez.—O. C. Nº 14298.—Solicitud Nº 20382.—C-58175.—(D36898-IN2011098079).

N° 36901-PLAN-H

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE PLANIFICACIÓN NACIONAL

Y POLÍTICA ECONÓMICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

De conformidad con las disposiciones establecidas en los artículos 11, 140 incisos 3), 18) y 20 y 146 de la Constitución Política; 1.b), 2, 3.c), 16, 19, 21 de la Ley de Planificación Nacional (N° 5525 de 2 de mayo de 1974); 25.1, 27.1, 49 a 58, 99 y 100 de la Ley General de la Administración Pública (N° 6227 de 2 de mayo de 1978), 1 cuarto párrafo, 4, 9, 49, 51, 52, 53, 54, 55 y 56 de la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos (N° 8131 de 18 de setiembre de 2001), y 4, 71 y 72 del Reglamento a la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos (N° 32988 de 31 de enero de 2006).

Considerando:

I.—Que es necesario desarrollar instancias y mecanismos que permitan coordinar y elaborar los lineamientos e instrumentos de planificación, programación, seguimiento y evaluación durante todo el ciclo de la política pública, para asegurar la unidad que requiere el accionar estatal y el mejor uso de los recursos de la Hacienda Pública.

II.—Que nuestro ordenamiento jurídico asigna labores de planificación, programación y evaluación a diversas autoridades públicas que deben actuar de manera coordinada para evitar duplicidades, inconsistencias y procedimientos engorrosos.

III.—Que se hace necesario que los procesos de planificación, programación y evaluación de la gestión pública existentes, sean coordinados en forma adecuada a los efectos de implementar mejoras en los mismos que redunden en una mayor efectividad de la política pública.

IV.—Que el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN) y el Ministerio de Hacienda, tienen especiales competencias en los temas de planificación, programación y evaluación de la gestión pública.

V.—Que se hace necesario emitir el presente decreto ejecutivo con la finalidad dé, integrar las competencias descritas en el punto anterior, mediante una instancia interinstitucional que coadyuve a una mayor y mejor coordinación. Por tanto:

Decretan:

CREACIÓN DE LA COMISIÓN DE COORDINACIÓN

TÉCNICA INTERINSTITUCIONAL DE PLANIFICACIÓN,

PROGRAMACIÓN Y EVALUACIÓN DE LA GESTIÓN

INSTITUCIONAL Y SECTORIAL DEL

PODER EJECUTIVO

Artículo 1º—Créase la Comisión de Coordinación Técnica Interinstitucional de Planificación, Programación y Evaluación de la Gestión Institucional y Sectorial del Poder Ejecutivo, en adelante la Comisión, la cual estará constituida de la siguiente manera:

a)  Tres representantes del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN) nombrados por la o el Ministro de Planificación Nacional y Política Económica; y

b)  Tres representantes del Ministerio de Hacienda, nombrados por la o el Ministro de Hacienda.

Los miembros de la Comisión tendrán suplentes nombrados por los mismos jerarcas. La Comisión estará presidida por una de las personas representantes de MIDEPLAN, designada por la o el Ministro de Planificación Nacional y Política Económica. La Comisión nombrará dentro de sus miembros a un Secretario de Actas, por períodos bianuales y podrá ser reelecto.

En todo lo no previsto, la Comisión actuará en conformidad con las regulaciones establecidas en Capítulo Tercero, Título Segundo del Libro Primero de la Ley General de la Administración Pública.

Los miembros de la Comisión deberán realizar consultas y estudios dentro de las instancias que representan para recabar y formar los respectivos criterios técnicos y transmitirlos de manera precisa ante la Comisión para su análisis y discusión.

Los miembros de la Comisión deberán informar permanentemente a sus jerarcas de lo actuado por la Comisión.

Artículo 2º—La Comisión tendrá como objetivo coordinar y facilitar la uniformidad de los lineamientos e instrumentos que permitan la planificación, programación y evaluación de la gestión de ejecución presupuestaria, de conformidad con los alcances establecidos en las regulaciones del artículo 4, 55 y 56 de la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, y en sus distintos niveles: estratégico, sectorial e institucional. Las medidas de unificación tomarán en cuenta el uso de información fidedigna y la simplificación de trámites.

Artículo 3º—La Comisión dictará propuestas de lineamientos que se elevarán a consideración y aprobación por los jerarcas institucionales de MIDEPLAN y el Ministerio de Hacienda, quienes según corresponda, las comunicarán en el ejercicio de sus competencias, a los diversos órganos, entes y empresas públicas, y cuyo acatamiento será obligatorio conforme sus competencias, autonomías y régimen legal correspondiente.

Artículo 4º—Los lineamientos que emita la Comisión deberán incluir regulaciones técnicas y metodológicas con el propósito de construir instrumentos uniformes de fácil aplicación para las fases de planificación, programación y evaluación públicas.

Artículo 5º—Para su funcionamiento regular la Comisión elaborará cada año un Plan de trabajo que permita dar seguimiento a los avances en la materia que le ha sido encomendada en este decreto. La Comisión presentará un informe detallado de labores ante los jerarcas del Ministerio de Hacienda y MIDEPLAN al finalizar la gestión anual.

Artículo 6º—La Comisión podrá convocar a sus sesiones a funcionarios públicos e invitar a personeros del Sector Privado, para efectos de apoyo científico y técnico o para analizar y discutir aspectos relacionados con las actividades propias de la Comisión. Asimismo, podrá conformar comités de trabajo ad hoc para abordar temas específicos que deberán tomarse en cuenta en la implementación de los lineamientos e instrumentos sujetos al análisis y aprobación de la Comisión.

Artículo 7º—La Comisión tendrá las siguientes funciones:

a)  Presentar para aprobación de la o el Ministro de Hacienda y de MIDEPLAN las propuestas de lineamientos sobre planificación, programación y evaluación de la gestión pública con información fidedigna.

b)  Uniformar los requerimientos de información en los procedimientos e instrumentos de planificación, programación y evaluación de la gestión institucional y sectorial.

c)  Propiciar la generación de registros únicos o integrados de manera automatizada y de fácil acceso, que recojan toda la información relacionada con la planificación, programación y evaluación de la gestión estratégica, institucional y sectorial.

d)  Proponer instrumentos ágiles y asertivos para la rendición de cuentas. Estos instrumentos deben permitir a la ciudadanía en general, conocer los beneficios de los productos y servicios finales que fueron debidamente ejecutados por las instituciones durante cada año de gestión, así como los que quedaron pendientes y las razones que impidieron su ejecución.

e)  Promover la divulgación de sus funciones a través de mecanismos como la capacitación, el análisis y la discusión de los temas tratados por la Comisión en foros, charlas, talleres y otros eventos similares.

Artículo 8º—La Comisión pondrá a disposición por los medios electrónicos correspondientes, los lineamientos aprobados por los jerarcas institucionales de los Ministerios de Hacienda y MIDEPLAN sobre la planificación, programación y evaluación de la gestión institucional y sectorial del Poder Ejecutivo.

Artículo 9º—Vigencia. Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, el día quince del mes de noviembre del año dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Planificación Nacional y Política Económica, Laura Alfaro Maykall y el Ministro de Hacienda, Fernando Herrero Acosta.—1 vez.—O. C. Nº 12860.—Solicitud Nº 10188.—C-76525.—(D36901-IN2011098206).

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Nº 317-PE

EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política; lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2011, Ley N° 8908, el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y el artículo 28 de la Ley 6227, Ley General de la Administración Pública.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Pablo Villalobos Argüello, portador de la cédula de identidad número 2-675-425, Asesor del Primer Vicepresidente para que viaje a Caracas Venezuela del 01 al 04 de diciembre del 2011. Acompañando al señor Alfio Piva Mesén, Primer Vicepresidente de la República en la Comitiva de Viaje Oficial, quien asistirá en la “Cumbre de América Latina y el Caribe sobre Integración y Desarrollo (CALC)”, a celebrarse del 02 al 03 de diciembre del 2011. La salida del señor Villalobos Argüello será el 01 de diciembre y su regreso estará previsto para el 04 de diciembre del 2011.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de viáticos, transporte, impuestos, servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa en el país visitado, llamadas oficiales internacionales, fax y el servicio de Internet, se le cancelarán del Título 201-Presidencia de la República, Programa 02100-Administración Superior, Subpartida 10503- Transporte al Exterior y 10504-Viáticos al Exterior. El funcionario devengará el cien por ciento de su salario, durante la estadía fuera del territorio nacional, que corre del 01 al 04 de diciembre del 2011.

Artículo 3º—El funcionario cede las millas otorgadas al Ministerio de la Presidencia en cada uno de los viajes realizados al exterior.

Artículo 4º—Se le otorga la suma adelantada de ¢548.564,14 por concepto de viáticos sujetos a liquidación.

Artículo 5º—Rige a partir del 01 y hasta el 04 de diciembre del 2011.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los veintiún días del mes de noviembre del año dos mil once.

Carlos Ricardo Benavides Jiménez, Ministro de la Presidencia.—1 vez.—O. C. Nº 10970.—Solicitud Nº 110.—C-18920.—(IN2011094498).

Nº 428-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política; el artículo 47 inciso 3 de la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública del 2 de mayo de 1978.

Considerando:

I.—Que mediante Acuerdo 421-P del 31 de octubre del 2011, se autorizó al señor Alejandro Cruz Molina, Ministro de Ciencia y Tecnología, a participar en la “III reunión de Ministros y Altas Autoridades de Ciencia y Tecnología”, a celebrarse en la ciudad de Panamá, República de Panamá.

II.—Que en el citado Acuerdo se nombró durante la ausencia del señor Ministro de Ciencia y Tecnología al señor Keilor Rojas Jiménez, cédula de identidad dos-quinientos catorce-novecientos cuarenta y cuatro, como Ministro a. í.

III.—Que el Viceministro de Ciencia y Tecnología, señor Keilor Rojas Jiménez, participará en el “Foro de Innovación de las Américas 2011”, a realizarse en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay; por lo que estará fuera del país del 18 al 27 de noviembre del presente año. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Modificar el artículo Tercero del Acuerdo 421-P, del 31 de octubre de 2011, para que en lo sucesivo se lea:

“Artículo Tercero: Durante la ausencia del señor Ministro de Ciencia y Tecnología, de las Í5:00 horas del 16 de noviembre del 2011 hasta las 08:30 horas del 18 de noviembre del 2011, se nombra Ministro a. i. de Ciencia y Tecnología al señor Keilor Rojas Jiménez, cédula de identidad dos-quinientos catorce-novecientos cuarenta y cuatro, Viceministro de Ciencia y Tecnología; y de las 08:31 horas del 18 de noviembre del 2011 hasta las 21:00 horas del 19 de noviembre del 2011 se encarga la Cartera de Ciencia y Tecnología al señor Roberto Gallardo Núñez, cédula de identidad uno- quinientos cuarenta y nueve- doscientos cincuenta y cinco, Ministro de Comunicación y Enlace Institucional”.

Artículo 2º—Rige a partir de las 15:00 horas del 16 de noviembre del 2011 hasta las 21:00 horas del 19 de noviembre del 2011.

Dado en la Presidencia de la República. San José, el día nueve de noviembre del año dos mil once.

Publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 11180.—Solicitud Nº 33364.—C-11700.—(IN2011093259).

MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Nº MEP-179-2011

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Apolania Bejarano Bejarano, cédula de identidad N° 602940655, Docente de Idioma y Cultura Indígena de la Escuela San Rafael Norte, para que participe en el “Seminario de Análisis Centroamericano: Centroamérica y los Pueblos Indígenas” que se realizará en San Salvador-El Salvador, del 19 al 23 de setiembre de 2011.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: Orden Religiosa de los Jesuitas en Centroamérica.

Artículo 3º—Que durante los días del 19 al 23 de setiembre de 2011, en que se autoriza la participación de la señora Apolania Bejarano Bejarano en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 19 al 23 de setiembre de 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los siete días del mes de setiembre del año dos mil once.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13486.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094496).

Nº MEP-180-2011

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Félix Barrantes Ureña, cédula de identidad Nº 103630783, Director de la Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad, para que participe en el “Seminario el Derecho a una Educación de Calidad para Todos en América Latina y el Caribe”, que se realizará en Cartagena de Indias- Colombia, del 19 al 23 de setiembre de 2011.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: UNESCO-UNICEF.

Artículo 3º—Que durante los días del 19 al 23 de setiembre de 2011, en que se autoriza la participación del señor Félix Barrantes Ureña en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 19 al 23 de setiembre de 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los siete días del mes de setiembre del año dos mil once.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13486.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094495).

Nº MEP-181-2011

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Catalina Castro Valverde, cédula de identidad Nº 112240323, Trabajadora Social del Centro de Enseñanza Especial Lenin Salazar Quesada, para que participe en los “XVI Juegos Deportivos Estudiantiles Centroamericanos” que se realizará en El Salvador, del 09 al 15 de setiembre de 2011.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (ICODER).

Artículo 3º—Que durante los días del 09 al 15 de setiembre de 2011, en que se autoriza la participación de la señora Catalina Castro Valverde en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 09 al 15 de setiembre de 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los siete días del mes de setiembre del año dos mil once.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13486.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094494).

Nº MEP-184-2011

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a los señores José Víctor Estrada Torres, cédula de identidad Nº 602390180, Jefe del Departamento Educación Intercultural y Flor Ingrid Bustos Rojas, cédula de identidad Nº 204090523, Asesora Nacional Currículo del Departamento de Primero y Segundo Ciclos, para que participen en la “Reunión de Definición de Indicadores para Valorar el Impacto de las Acciones de Formación Docente de Educación Indígena en Contexto de Vulnerabilidad”, que se realizará en México, del 08 al 15 de octubre de 2011.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por Embajada de México.

Artículo 3º—Que durante los días del 08 al 15 de octubre de 2011, en que se autoriza la participación de los señores José Víctor Estrada Torres y Flor Ingrid Bustos Rojas en la actividad, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 08 al 15 de octubre de 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los diecinueve días del mes de setiembre del año dos mil once.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13486.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094493).

Nº MEP-185-2011

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47, inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2011 (Ley N° 8907 del 16 de diciembre de 2010) y en el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viajes y de Transportes para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Rudy Masís Siles, cédula de identidad N° 303360155, Asesor de Educación 2 del Departamento Evaluación Académica y Certificación, para que participe en la “Reunión para la aplicación de la prueba Internacional PISA para el Ciclo 2012 en Costa Rica en relación con los procesos de traducción de documentos (manuales, cuadernos de examen y cuestionarios) y evaluación de la aplicación piloto en Costa Rica con personeros del ACER.”, que se realizará en Singapur, del 07 al 17 de octubre de 2011.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior por concepto de transporte aéreo de ida y regreso serán cubiertos por la subpartida presupuestaria 10503 del Programa Presupuestario 556-00, para un monto de dos mil trescientos dólares con cero centavos de dólar ($2.300,00) y los gastos correspondientes al alojamiento y manutención serán cubiertos por la subpartida presupuestaria 10504 del mismo programa, para un monto de dos mil setecientos catorce dólares con cuarenta centavos de dólar ($2.714,40), para un monto total de cinco mil catorce dólares con cuarenta centavos de dólar ($5.014,40), todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.

Artículo 3º—De acuerdo a lo establecido en el Lineamiento Técnico DGABCA-NP 1035-2010 referente al “Millaje” todo funcionario público que realice un viaje financiado con recursos del Estado costarricense deberá ceder el mismo. Por tanto el funcionario designado en este acuerdo cede al Ministerio de Educación Pública el “Millaje” producto de la emisión de la compra del tiquete aéreo.

Artículo 4º—Que durante los días del 07 al 17 de octubre de 2011, en que se autoriza la participación del señor Rudy Masís Siles en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 5º—El presente acuerdo rige a partir del 07 al 17 de octubre de 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiséis días del mes de setiembre del año dos mil once.

Mario Mora Quirós, Ministro de Educación Pública a. í.—1 vez.—O. C. Nº 13486.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094492).

MEP-186-2011

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47, inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2011 (Ley N° 8907 del 16 de diciembre de 2010) y en el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viajes y de Transportes para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Lilliam Mayela Mora Aguilar, cédula de identidad Nº 1-0636-0173, jefa del Departamento Evaluación Académica y Certificación, para que participe en la “Reunión para la aplicación de la prueba Internacional PISA para el Ciclo 2012 en Costa Rica en relación con los procesos de traducción de documentos (manuales, cuadernos de examen y cuestionarios) y evaluación de la aplicación piloto en Costa Rica con personeros del ACER”, que se realizará en Singapur, del 07 al 17 de octubre de 2011.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior por concepto de transporte aéreo de ida y regreso serán cubiertos por la subpartida presupuestaria 10503 del Programa Presupuestario 556-00, para un monto de dos mil trescientos dólares con cero centavos de dólar ($2.300,00) y los gastos correspondientes al alojamiento y manutención serán cubiertos por la subpartida presupuestaria 10504 del mismo programa, para un monto de dos mil setecientos catorce dólares con cuarenta centavos de dólar ($2.714,40), para un monto total de cinco mil catorce dólares con cuarenta centavos de dólar ($5.014,40), todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.

Artículo 3º—De acuerdo a lo establecido en el lineamiento Técnico DGABCA-NP 1035-2010 referente al “millaje” todo funcionario público que realice un viaje financiado con recursos del Estado costarricense deberá ceder el mismo. Por tanto el funcionario designado en este acuerdo cede al Ministerio de Educación Pública el “millaje” producto de la emisión de la compra del tiquete aéreo.

Artículo 4º—Que durante los días del 07 al 17 de octubre de 2011, en que se autoriza la participación de la señora Lilliam Mayela Mora Aguilar en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 5º—El presente acuerdo rige a partir del 07 al 17 de octubre de 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiséis días del mes de setiembre del año dos mil once.

Mario Mora Quirós, Ministro de Educación Pública a. í.—1 vez.—O. C. Nº 13486.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094491).

MEP-190-2011

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor José Orlando Monge Leandro, cédula de identidad Nº 303610478, Profesor de Educación Física de la Escuela Carmen Lyra, para que participe en el “Continental NORCECA”, que se realizará en México, del 27 de setiembre al 04 de octubre de 2011.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: Comité Olímpico Nacional (CON).

Artículo 3º—Que durante los días del 27 de setiembre al 04 de octubre de 2011, en que se autoriza la participación del señor José Orlando Monge Leandro en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 27 de setiembre al 04 de octubre de 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiún días del mes de setiembre del año dos mil once.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13486.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094490).

Nº MEP-191-2011

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Warner Eladio Castro León, cédula de identidad N° 1-1068-974, Profesor de Educación Física de la Escuela Villa Ligia, para que participe en el “Juego CONCACAF Liga Campeones” que se realizará en Canadá, del 26 al 28 de setiembre de 2011.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por CONCACAF.

Artículo 3º—Que durante los días del 26 al 28 de setiembre de 2011, en que se autoriza la participación del señor Warner Eladio Castro León en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 26 al 28 de setiembre de 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiún días del mes de setiembre del año dos mil once.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13486.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094489).

Nº MEP-192-2011

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a las señoras Annelise López Reyes, cédula de identidad Nº 1-1034-587, Profesor de Educación Especial de la Escuela Carmen Lyra y Grethel Ortiz Chaves, cédula de identidad Nº 1-814-699, Profesora de Educación Preescolar del Centro Educativo Los Pinos, para que participen en la “Sétimo Shanghai Baoshan Internacional Popular Festival de Artes” que se realizará en Shanghai-China, del 13 al 24 de octubre de 2011.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: Organizadores del Evento.

Artículo 3º—Que durante los días del 13 al 24 de octubre de 2011, en que se autoriza la participación de las señoras Annelise López Reyes y Grethel Ortiz Chaves en la actividad, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 13 al 24 de octubre de 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiún días del mes de setiembre del año dos mil once.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13486.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094488).

Nº MEP-195-2011

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Yamileth Herrera Garro, cédula de identidad Nº 4-0136-336, Asesora Nacional del Departamento de Investigación Desarrollo e Implementación, para que participen en el “Taller de Aprendizaje”, que se realizará en Nicaragua, del 02 al 06 de octubre de 2011.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: One Laptop Per Child Association (OLPC).

Artículo 3º—Que durante los días del 02 al 06 de octubre de 2011, en que se autoriza la participación de la señora Yamileth Herrera Garro en la actividad, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 02 al 06 de octubre de 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintidós días del mes de setiembre del año dos mil once.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13486.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094487).

Nº MEP-197-2011

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Carlos Villalobos Argüello, cédula de identidad Nº 106860085, Director de la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo, para que participe en la “Conferencia Internacional para la Reducción del Riesgo de Desastres en el Sector Educativo en América Latina y el Caribe” que se realizará en Panamá, del 11 al 15 de octubre de 2011.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: Organizadores del Evento.

Artículo 3º—Que durante los días del 11 al 15 de octubre de 2011, en que se autoriza la participación del señor Carlos Villalobos Argüello en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 11 al 15 de octubre de 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintidós días del mes de setiembre del año dos mil once.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13486.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094486).

Nº MEP-198-2011

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a las señoras Olivia Mora Moreira, cédula de identidad Nº 105470408, jefa del Departamento de Educación Especial y Maybel Quirós Acuña, cédula de identidad Nº 107150094, Directora Ejecutiva del Centro Nacional de Recursos para la Educación Inclusiva (CENAREC), para que participen en la “VIII Jornadas de Cooperación sobre Educación Especial e Inclusión Educativa”, que se realizará en Montevideo-Uruguay, del 02 al 08 de octubre de 2011.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: Organizadores del Evento (Ministerio de Educación de España, La Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo y la Oficina Regional de UNESCO para América Latina y Caribe).

Artículo 3º—Que durante los días del 02 al 08 de octubre de 2011, en que se autoriza la participación de las señoras Olivia Mora Moreira y Maybel Quirós Acuña en la actividad, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 02 al 08 de octubre de 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintidós días del mes de setiembre del año dos mil once.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13486.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094485).

MEP-199-2011

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico correspondiente al año 2011 (Ley N° 8907 del 16 de diciembre de 2010) y en el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viajes y de Transportes para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Kathya Fallas Fallas, cédula de identidad Nº 1-0713-0249, Jefa del Departamento de Investigación, Desarrollo e Implementación, para que participe en el “Taller de Aprendizaje OLPC” que se realizará en Managua-Nicaragua, del 02 al 06 de octubre de 2011.

Artículo 2º—La señora Fallas se acogerá a su periodo de vacaciones a partir del 07 al 09 de octubre de 2011, con regreso al país el día 09 de octubre de 2011.

Artículo 3º—Los costos del viaje al exterior por concepto de transporte aéreo de ida y regreso será cubiertos por la interesada y los gastos correspondientes a alojamiento y manutención serán cubiertos por la subpartida presupuestaria 10504 de Programa Presupuestario 550-00, para un monto de seiscientos veinticuatro dólares con cero centavos de dólar ($624,00), para un monto total de seiscientos veinticuatro dólares con cero centavos de dólar ($624,00), todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.

Artículo 4º—Que durante los días del 02 al 06 de octubre de 2011, en que se autoriza la participación de la señora Kathya Fallas Fallas en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 5º—El presente acuerdo rige a partir del 02 al 06 de octubre de 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiséis días del mes de setiembre del año dos mil once.

Mario Mora Quirós, Ministro de Educación Pública a í.—1 vez.—O. C. Nº 13486.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094484).

MEP-200-2011

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico correspondiente al año 2011 (Ley N° 8907 del 16 de diciembre de 2010) y en el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viajes y de Transportes para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Mayrene Arce Oviedo, cédula de identidad N° 401190763, Asesora Nacional de Primaria del Departamento de Primaria y Segundo Ciclos, para que participe en el “Taller de Aprendizaje OLPC”, que se realizará en Managua-Nicaragua, del 02 al 06 de octubre de 2011.

Artículo 2º—La señora Arce se acogerá a su periodo de vacaciones a partir del 07 al 09 de octubre de 2011, con regreso al país el día 09 de octubre de 2011.

Artículo 3º—Los costos del viaje al exterior por concepto de transporte aéreo de ida y regreso será cubierto por la interesada y los gastos correspondientes a alojamiento y manutención serán cubiertos por la subpartida presupuestaria 10504 de Programa Presupuestario 550-00, para un monto de seiscientos veinticuatro dólares con cero centavos de dólar ($624,00), para un monto total de seiscientos veinticuatro dólares con cero centavos de dólar ($624,00), todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.

Artículo 4º—Que durante los días del 02 al 06 de octubre de 2011, en que se autoriza la participación de la señora Mayrene Arce Oviedo en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 2º—El presente acuerdo rige a partir del 02 al 06 de octubre de 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiséis días del mes de setiembre del año dos mil once.

Mario Mora Quirós, Ministro de Educación Pública a í.—1 vez.—O. C. Nº 13486.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094483).

MEP-201-2011

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Randall Centeno Hernández, cédula de identidad 4-154-284, Asesor de Inglés de la Dirección Regional de Educación de Sarapiquí, para que participe en el “Programa de Visitantes Internacionales en el tema- El Espíritu del Voluntario: Celebrando los 50 años del Cuerpo de Paz” que se realizará en Estados Unidos, del 23 de setiembre al 16 de octubre de 2011.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: Departamento de Estado de Estados Unidos.

Artículo 3º—Que durante los días del 23 de setiembre al 16 de octubre de 2011, en que se autoriza la participación del señor Randall Centeno Hernández en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 23 de setiembre al 16 de octubre de 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública a los veintisiete días del mes de setiembre del año dos mil once.

Mario Mora Quirós, Ministro de Educación Pública a í.—1 vez.—O. C. Nº 13486.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094482).

MEP-202-2011

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a las señoras Karla Patricia Gómez Barrantes, cédula de identidad Nº 1-895-648, Docente de Educación Especial del Centro de Educación Especial de Atención Integral de Goicoechea; Montserrat Pares Zamora, cédula de identidad Nº 1-1201-0464, Educadora Musical del Centro de Educación Especial de Atención Integral de Goicoechea y Ana Cristina Tenorio Garita, cédula de identidad Nº 1-515-915, Profesional de Servicio Civil 1-B Rehabilitación Física del Centro de Educación Especial de Atención Integral de Goicoechea, para que participen en el “II Congreso Internacional de Educación Especial y a las Jornadas Nacionales de Cátedras y Carreras de Educación Especial” que se realizará en Ecuador, del 25 al 29 de octubre de 2011.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por las interesadas.

Artículo 3º—Que durante los días del 25 al 29 de octubre de 2011, en que se autoriza la participación de las señoras Karla Patricia Gómez Barrantes, Montserrat Pares Zamora y Ana Cristina Tenorio Garita en la actividad, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 25 al 29 de octubre de 2011.

Dado en et Ministerio de Educación Pública a los veintisiete días del mes de setiembre del año dos mil once.

Mario Mora Quirós, Ministro de Educación Pública a í.—1 vez.—O. C. Nº 13486.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094481).

MEP-204-2011

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2011 (Ley N° 8907 del 16 de diciembre de 2010) y en el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viajes y de Transportes para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Aída Bogantes Sáenz, cédula de identidad N° 4-0126-0312, Asesora del Departamento de Investigación, Desarrollo e Implementación, para que participe en el “Taller de Aprendizaje OLPC”, que se realizará en Managua-Nicaragua, del 02 al 06 de octubre de 2011.

Artículo 2º—La señora Bogantes se acogerá a su período de vacaciones a partir del 07 al 09 de octubre de 2011, con regreso al país el día 09 de octubre de 2011.

Artículo 3º—Los costos del viaje al exterior por concepto de transporte aéreo de ida y regreso será cubiertos por la Interesada y los gastos correspondientes a alojamiento y manutención serán cubiertos por la su b partid a presupuestaria 10504 de Programa Presupuestario 550-00, para un monto de seiscientos veinticuatro dólares con cero centavos de dólar ($624,00), para un monto total de seiscientos veinticuatro dólares con cero centavos de dólar ($624,00), todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.

Artículo 4º—Que durante los días del 02 al 06 de octubre de 2011, en que se autoriza la participación de la señora Aída Bogantes Sáenz en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 5º—El presente acuerdo rige a partir del 02 al 06 de octubre de 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiséis días del mes de setiembre del año dos mil once.

Mario Mora Quirós, Ministro de Educación Pública a í.—1 vez.—O. C. Nº 13486.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094480).

MEP-206-2011

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Ricardo Vindas Valerio, cédula de identidad N° 2-570-841, Director de la Dirección de Planificación, para que participe en la “II Reunión del Consejo Rector del Instituto de Evaluación de las Metas Educativas y la VII Jornadas de Cooperación Educativa Iberoamericana sobre Evaluación”, que se realizará en México, del 05 al 08 de octubre de 2011.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: Organización de Estados Iberoamericanos (OEI).

Artículo 3º—Que durante los días del 05 al 08 de octubre de 2011, en que se autoriza la participación del señor Ricardo Vindas Valerio en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 05 al 08 de octubre de 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintinueve días del mes de setiembre del año dos mil once.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13486.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094479).

MEP-207-2011

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Marco Gerardo Soto Blanco, cédula de identidad Nº 2-320-900, Maestro de Educación Musical de la Escuela Líder de Herradura, para que participe en el “Séptimo Shanghai Baoshan Internacional Popular Festival de Artes”, que se realizará en Shanghai-China, del 13 al 24 de octubre de 2011.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior por concepto de transporte aéreo de ida y regreso será cubiertos por el interesado y los gastos correspondientes a alojamiento y manutención serán cubiertos por los organizadores del evento.

Artículo 3º—Que durante los días del 13 al 24 de octubre de 2011, en que se autoriza la participación del señor Marco Gerardo Soto Blanco en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 13 al 24 de octubre de 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los treinta días del mes de setiembre del año dos mil once.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O.C. Nº 13486.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094478).

MEP-208-2011

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Trudy Poyser Johnson, cédula de identidad N° 7-0100-0087, Directora de la Dirección Regional de Educación de Limón, para que participe en la “Seminario-Taller Centroamericano en el Año Internacional sobre Afro descendientes”, que se realizará en Panamá, del 25 al 29 de setiembre de 2011.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: Agencia Española de Cooperación y Desarrollo (AECID).

Artículo 3º—Que durante los días del 25 al 29 de setiembre de 2011, en que se autoriza la participación de la señora Trudy Poyser Johnson en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 25 al 29 de setiembre de 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintinueve días del mes de setiembre del año dos mil once.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O.C. Nº 13486.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094477).

MEP-209-2011

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Katherine Williams Jiménez, cédula de identidad N° 1-0853-0558, Asesora Nacional de Inglés del Departamento de Gestión y Producción de Recursos, para que participe en la “Conferencia Digital Opportunities Montevideo 2011”, que se realizará en Montevideo-Uruguay, del 27 de setiembre al 02 de octubre de 2011.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: el Departamento de Estado de los Estados Unidos de América.

Artículo 3º—Que durante los días del 27 de setiembre al 02 de octubre de 2011, en que se autoriza la participación de la señora Katherine Williams Jiménez en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 27 de setiembre al 02 de octubre de 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los treinta días del mes de setiembre del año dos mil once.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O.C. Nº 13486.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094476).

MEP-210-2011

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Rebeca Núñez Pérez, cédula de identidad N° 302470931, Asesora Nacional de Educación Especial del Departamento de Educación Especial, para que participe en el “Curso Inclusión Educativa: El Papel de los Centros de Recursos Educativos”, que se realizará en Antigua-Guatemala, del 16 al 22 de octubre de 2011.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior por concepto de transporte aéreo de ida y regreso serán cubiertos por la Fundación ONCE América Latina (FOAL) y los gastos correspondientes a alojamiento y manutención serán cubiertos por la Agencia Española de Cooperación y Desarrollo (AECID).

Artículo 3º—Que durante los días del 16 al 22 de octubre de 2011, en que se autoriza la participación de la señora Rebeca Núñez Pérez en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 16 al 22 de octubre de 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los treinta días del mes de setiembre del año dos mil once.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13486.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094475).

MEP-211-2011

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Octavio Gerardo Vargas Ureña, cédula de identidad N° 3-360-987, Profesor en la Escuela Manuel Castro Blanco, para que participe en el “Curso SIT TESOL Certificate in Costa Rica”, que se realizará en Costa Rica, del 25 de setiembre al 22 de octubre de 2011.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte terrestre de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: Embajada de los Estado Unidos de América.

Artículo 3º—Que durante los días del 25 de setiembre al 22 de octubre de 2011, en que se autoriza la participación del señor Octavio Gerardo Vargas Ureña en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 16 al 22 de octubre de 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública a los treinta días del mes de setiembre del año dos mil once.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13486.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094474).

MEP-212-2011

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Maylin Eusebia González Morales, cédula de identidad N° 602060170, Asesora Nacional del Departamento de Educación Intercultural, para que participe en la “Primera Reunión de Planificación Preparatoria para las Autoridades Costarricense de cara a la Reunión Técnica Binacional Costa Rica-Panamá”, que se realizará en Panamá, del 04 al 06 de octubre de 2011.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte terrestre de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: Organización Internacional para las Migraciones (OIM).

Artículo 3º—Que durante los días del 04 al 06 de octubre de 2011, en que se autoriza la participación de la señora Maylin Eusebia González Morales en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 04 al 06 de octubre de 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública a los treinta días del mes de setiembre del año dos mil once.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13486.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094473).

Nº MEP- 213-2011

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Karolina Chinchilla López, cédula de identidad N° 1-1129-0254, Docente de Retardo Mental Enseñanza Especial, Aula Integrada de la Escuela Alejandro Rodríguez Rodríguez, para que participe en el “Campeonato Latinoamericano Preinfantil U10 y U13”, que se realizará en Guatemala, del 04 al 12 de octubre de 2011.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte terrestre de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: La Federación Costarricense de Tenis de Mesa.

Artículo 3º—Que durante los días del 04 al 12 de octubre de 2011, en que se autoriza la participación de la señora Karolina Chinchilla López en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 04 al 12 de octubre de 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los cuatro días del mes de octubre del año dos mil once.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13486.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094472).

MEP-214-2011

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2011 (Ley N° 8908 del 2 de diciembre de 2010) y en el artículo N° 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Mario Mora Quirós, cédula de identidad N° 1-571-071, Viceministro de Planificación y Coordinación Regional del Ministerio de Educación Pública, para que participe en el Seminario “¿Cómo devolver los resultados de las evaluaciones a las escuelas para lograr la mejora educativa?”, que tendrá lugar en Brasilia, Brasil, del 08 al 12 de noviembre de 2011.

Artículo 2º—Los gastos del viaje, por concepto de manutención del día 09 de noviembre serán cubiertos por el Programa Presupuestario 550-00 de la subpartida presupuestaria 10504 para un monto de ciento noventa dólares con cero centavos de dólar ($190,00). Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso serán cubiertos por la subpartida presupuestaria 10503, para un monto de dos mil cien dólares con cero centavos de dólar ($2.100,00), para un monto total de dos mil doscientos noventa dólares con cero centavos de dólar (2.290,00), todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.

Los gastos por alojamiento de los días 9 al 12 de noviembre y manutención de los días 10 al 12 de noviembre serán cubiertos por la Fundación Centro de Estudios en Políticas Públicas (CEPP) y la Fundación SM-México.

Artículo 3º—Se incluye los cánones por concepto de los traslados internos y los impuestos de salida del país sede del evento, que serán reembolsados, mediante la subpartida presupuestaria 10503, y los gastos conexos autorizados correspondientes a llamadas telefónicas oficiales y uso de Internet, que serán reembolsados en la subpartida 10204 de Servicio de Telecomunicaciones estas subpartidas del mismo Programa 550-00. Todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.

Artículo 4º—De acuerdo a lo establecido en el lineamiento Técnico DGABCA-NP 1035-2010 referente al “Millaje,” todo funcionario público que realice un viaje financiado con recursos del Estado costarricense deberá ceder el mismo. Por tanto el funcionario designado en este acuerdo cede al Ministerio de Educación Pública el “Millaje” producto de la emisión de la compra del tiquete aéreo.

Artículo 5º—Que durante los días del 08 al 12 de noviembre de 2011, en que se autoriza la participación del señor Mario Mora Quirós en la Reunión, devengará el 100% de su salario.

Artículo 6º—El presente acuerdo rige a partir del día 08 al 12 de noviembre del 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los diez días del mes de octubre del dos mil once.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13486.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094471).

MEP-215-2011

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2011 (Ley N° 8908 del 2 de diciembre de 2010) y en el artículo Nº 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Irene Salazar Carvajal, cédula de identidad N° 1-733-462, Asesora Nacional de la Dirección de Desarrollo Curricular, para que participe en el Seminario Educación Inclusiva y Especial “Cambiando el Mundo a través de la Educación”, que se realizará en Israel, del 21 de octubre al 19 de noviembre de 2011.

Artículo 2º—La señora Salazar se acogerá a su periodo de vacaciones a partir del 20 al 24 de noviembre de 2011, con regreso al país el día 24 de noviembre de 2011.

Artículo 3º—Los gastos del viaje al exterior, por concepto de alojamiento y manutención serán cubiertos por la Agencia Israelí de Cooperación y Desarrollo (MASHAV). Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso serán cubiertos por Programa Presupuestario 550-00 de la subpartida presupuestaria 10503, para un monto de tres mil seiscientos ocho dólares con cuarenta y tres centavos de dólar ($3.608,43), para un monto total de tres mil seiscientos ocho dólares con cuarenta y tres centavos de dólar ($3.608,43), todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.

Artículo 4º—De acuerdo a lo establecido en el lineamiento Técnico DGABCA-NP 1035-2010 referente al “Millaje,” todo funcionario público que realice un viaje financiado con recursos del Estado costarricense deberá ceder el mismo. Por tanto el funcionario designado en este acuerdo cede al Ministerio de Educación Pública el “Millaje” producto de la emisión de la compra del tiquete aéreo.

Artículo 5º—Que durante los días del 21 de octubre al 19 de noviembre de 2011, en que se autoriza la participación de la señora Irene Salazar Carvajal en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 6º—El presente acuerdo rige a partir del 21 de octubre al 19 de noviembre de 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública a los diez días del mes de octubre del año dos mil once.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13486.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094470).

MEP-216-2011

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Patricia María Méndez Arroyo, cédula de identidad N° 2-405-897, Profesional 3 de la Dirección de Vida Estudiantil, para que participe en el “Primer Foro: Reflexiones sobre Políticas Públicas y Reformas Legislativas en Materia de Adicciones”, que se realizará en México, del 12 al 14 de octubre de 2011.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte terrestre de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: El Instituto para la Atención y Prevención de las Adicciones en la Cuidad de México.

Artículo 3º—Que durante los días del 12 al 14 de octubre de 2011, en que se autoriza la participación de la señora Patricia María Méndez Arroyo en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 12 al 14 de octubre de 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los diez días del mes de octubre del año dos mil once.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O.C. Nº 13486.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094469).

MEP-249-2011

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA

Artículo 1º—Designar a la señora Elsie Criseida Campos Díaz, cédula de identidad N° 502300894, Asesora del Ministro de Educación Pública, para que participe en la “Octava Reunión del Comité Técnico del PÍA, lanzamiento de la Cátedra Paulo Freiré de Educación de Jóvenes y Adultos y a la VI Jornada de Cooperación Educativa con Iberoamérica sobre Educación de Personas Jóvenes y Adultas”, que se realizará en Brasil, del 06 al 12 de noviembre de 2011.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por : Plan Iberoamericano de Alfabetización y Educación Básica de Personas Jóvenes y Adultas (PÍA) de la Organización de Estados Iberoamericanos-OEI.

Artículo 3º—Que durante los días del 6 al 12 de noviembre de 2011, en que se autoriza la participación de la señora Elsie Criseida Campos Díaz en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 6 al 12 de noviembre de 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública a los cuatro días del mes de noviembre del dos mil once.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13486.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094443).

MEP-250-2011

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA

Artículo 1º—Designar a la señora Dinia María Arce Castro, cédula de identidad N° 105890138, Profesora de Educación Especial del Instituto de Rehabilitación y Formación Helen Keller, para que participe en el “Curso de Braille”, que se realizará en El Salvador, del 27 de noviembre al 3 de diciembre de 2011.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por la: International Council for Education of People With Visual Impairment (ICEVI).

Artículo 3º—Que durante los días del 27 de noviembre al 3 de diciembre de 2011, en que se autoriza la participación de la señora Dinia María Arce Castro en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 27 de noviembre al 3 de diciembre de 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública a los nueve días del mes de noviembre del dos mil once.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13486.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094442).

MEP-251-2011

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA

Artículo 1º—Designar a la señora Alejandra María Miranda Blanco, cédula de identidad N° 2-553-707, Profesora de Inglés del Liceo Experimental Bilingüe de Naranjo, para que participe en el “Intercambio Cultural Liceo Experimental Bilingüe de Naranjo-Greene Street Friends School”, que se realizará en Estados Unidos de América, del 14 al 30 de noviembre de 2011.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: Greene Street Friends School.

Artículo 3º—Que durante los días del 14 al 30 de noviembre de 2011, en que se autoriza la participación de la señora Alejandra María Miranda Blanco en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 14 al 30 de noviembre de 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública a los nueve días del mes de noviembre del dos mil once.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13486.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094441).

MEP-252-2011

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA

Artículo 1º—Designar a la señora Elsie Criseida Campos Díaz, cédula de identidad N° 502300894, Asesora del Ministro de Educación Pública, para que participe en el taller “Diseño de Materiales y Capacitación: Evaluación de Costos y Beneficios de Distintos Usos de TICs en Educación”, que se realizará en California- Estados Unidos de América, del 13 al 16 de noviembre de 2011.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por el: Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

Artículo 3º—Que durante los días del 13 al 16 de noviembre de 2011, en que se autoriza la participación de la señora Elsie Criseida Campos Díaz en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 13 al 16 de noviembre de 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública a los nueve días del mes de noviembre del dos mil once.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13486.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094440).

Nº MEP-253-2011

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Kenia Rodríguez Ocaña, cédula de identidad N° 119200132512, Docente de Educación Física de la Escuela Pedro María Badilla Bolaños, para que participe en el “Campeonato Mundial de Judo” que se realizará en Sudáfrica, del 27 de octubre al 12 de noviembre de 2011 y en el “Campeonato Panamericano de Judo”, que se realizará en Argentina, del 20 al 26 de noviembre de 2011.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior por concepto de transporte aéreo, alojamiento y manutención en Sudáfrica (27 de octubre al 12 de noviembre) serán cubiertos por la Federación Costarricense Judo. Los costos del viaje al exterior por concepto de transporte aéreo, alojamiento y manutención en Argentina (20 al 26 de noviembre) serán cubiertos por la Federación Costarricense Judo.

Artículo 3º—Que durante los días del 27 de octubre al 12 de noviembre de 2011 y 20 al 26 de noviembre de 2011, en que se autoriza la participación de la señora Kenia Rodríguez Ocaña en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 27 de octubre al 12 de noviembre de 2011 y 20 al 26 de noviembre de 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública a los nueve días del mes de noviembre del año dos mil once.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13486.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094439).

Nº MEP-254-2011

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a los señores Nelson Jesús Campos Quesada, cédula de identidad N° 1-955-453, Asesor de Educación 2 Especialidad en Ciencias y Saúl Osvaldo Mazariesgos Figueroa, cédula de identidad Nº 1320000110 Asesor de Educación 1 Especialidad Educación Religiosa de la Dirección Regional de Educación de Heredia, para que participen en el “Metodología Educacionales, Juventud en Riesgos: Prevención de la Deserción Estudiantil y Facilitación de la Reintegración”, que se realizará en Israel del 19 de noviembre al 17 de diciembre de 2011.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: la Agencia Israelí de Cooperación Internacional para el Desarrollo (MASHAV).

Artículo 3º—Que durante los días del 19 de noviembre al 17 de diciembre de 2011, en que se autoriza la participación de los señores Nelson Jesús Campos Quesada y Saúl Osvaldo Mazariesgos Figueroa en la actividad, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 19 de noviembre al 17 de diciembre de 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública a los nueve días del mes de noviembre del año dos mil once.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13486.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094438).

Nº MEP-255-2011

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Fernando Alberto Guzmán, cédula de identidad N° 1-912-703, Docente de Educación Física, para que participe en la “Copa Americana de Fútbol de Olimpiadas Especiales”, que se realizará en Paraguay, del 17 al 26 de noviembre de 2011.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: Asociación Olimpiadas Especiales Costa Rica.

Artículo 3º—Que durante los días del 17 al 26 de noviembre de 2011, en que se autoriza la participación del señor Fernando Alberto Guzmán en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 17 al 26 de noviembre de 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública a los nueve días del mes de noviembre del año dos mil once.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13486.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094437).

Nº MEP-256-2011

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a las señoras Liliana Rocío Madrigal Arguedas, cédula de identidad Nº  6-188-179, Asesora Regional de Educación Preescolar de la Dirección Regional de Enseñanza de Nicoya y Marta Eugenia Rojas Peraza, cédula de identidad Nº 3-0240-0076, Directora del Instituto Profesional de Educación Comunitaria, para que participen en el “VII Encuentro de Exbecarios de Israel-América Latina y El Caribe: La Experiencia Shalom en el Fortalecimiento Económico y El Caribe”, que se realizará en Colombia, del 21 al 27 de noviembre de 2011.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: Las Interesadas.

Artículo 3º—Que durante los días del 21 al 27 de noviembre de 2011, en que se autoriza la participación de las señoras Liliana Rocío Madrigal Arguedas y Marta Eugenia Rojas Peraza en la actividad, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 21 al 27 de noviembre de 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública a los nueve días del mes de noviembre del año dos mil once.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13486.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094436).

Nº MEP-257-2011

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Julio César Romero Fallas, cédula de identidad N° 1-1107-0362, Profesor de Informática de los: Liceo Yolanda Oreamuno Unger, Liceo Académico de San Antonio de Pejibaye, Liceo Platanillo de Barú y en la Junta Administrativa del Colegio Científico de Costa Rica Universidad Nacional sede Región Brunca, para que participe en la “Olimpiada Mundial de Robótica”, que se realizará en Emiratos Árabes Unidos, del 15 al 22 de noviembre de 2011.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: Organizadores del Evento.

Artículo 3º—Que durante los días del 15 al 22 de noviembre de 2011, en que se autoriza la participación del señor Julio César Romero Fallas en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 15 al 22 de noviembre de 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública a los nueve días del mes de noviembre del año dos mil once.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13486.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094435).

Nº MEP-258-2011

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA

Artículo 1º—Designar a la señora Xinia María Fuentes Canales, cédula de identidad N° 22-03530855, Profesora de Educación Especial del Instituto de Rehabilitación y Formación Helen Keller, para que participe en el “Curso de Ábaco”, que se realizará en El Salvador, del 4 al 10 de diciembre de 2011.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: Internacional Council for Education of People With Visual Impairment.

Artículo 3º—Que durante los días del 4 al 10 de diciembre de 2011, en que se autoriza la participación de la señora Xinia María Fuentes Canales en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 4 al 10 de diciembre de 2011.

Dado en el Ministerio de Educación Pública a los nueve días del mes de noviembre del dos mil once.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13486.—Solicitud Nº 1199.—C-11180.—(IN2011094434).

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

N° 0367-2011

EL SEGUNDO VICEPRESIDENTE

EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo primero, 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto del 2008 y sus reformas, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas,

Considerando:

I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 254-2006 de fecha 18 de diciembre del 2006, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 20 del 29 de enero del 2007; modificado por el Acuerdo Ejecutivo número 024-2007 de fecha 02 de febrero del 2007, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 76 del 20 de abril del 2007 y por el Acuerdo Ejecutivo número 280-2008 de fecha 19 de mayo del 2008, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 117 del 18 de junio del 2008; a la empresa Hospira Costa Rica Ltd., cédula jurídica número 3-012-453013, se le otorgaron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley número 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.

II.—Que mediante documentos presentados los días 08 de agosto y 01 de setiembre del 2011, en la Gerencia de Regímenes Especiales de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa Hospira Costa Rica Ltd., solicitó la ampliación de la actividad y la doble clasificación de la compañía, para que en adelante, en adición a la actual clasificación como industria procesadora de exportación, además se le considere empresa de servicios, así como también requirió la modificación del nivel de inversión y su fecha de cumplimiento, del nivel de empleo y su fecha de cumplimiento, y del porcentaje de valor agregado nacional.

III.—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al Acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la citada Promotora en la Sesión Nº 177-2006 del 30 de octubre del 2006, conoció la solicitud de la empresa Hospira Costa Rica Ltd., y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Regímenes Especiales de PROCOMER número 87-2011 de fecha 06 de setiembre del 2011, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva modificación del Acuerdo Ejecutivo, al tenor de lo dispuesto por la Ley Nº 7210, sus reformas y su Reglamento.

IV.—Que en virtud de las reformas legales y reglamentarias que han operado con posterioridad al otorgamiento del Régimen de Zonas Francas a la empresa, se hace necesario adecuar en lo conducente el Acuerdo Ejecutivo original.

V.—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por tanto:

ACUERDAN:

1º—Modificar el Acuerdo Ejecutivo 254-2006 de fecha 18 de diciembre del 2006, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 20 del 29 de enero del 2007 y sus reformas, para que en el futuro las cláusulas primera, segunda, cuarta, quinta, sexta, séptima y octava, se lean de la siguiente manera:

“1.     Otorgar el Régimen de Zonas Francas a la empresa Hospira Costa Rica Ltd., cédula jurídica número 3-102-453013 (en adelante denominada la beneficiaria), clasificándola como Industria Procesadora de Exportación y como Empresa de Servicios, de conformidad con los incisos a) y c) del artículo 17 de la Ley N° 7210 y sus reformas.”

“2.     La actividad de la beneficiaria consistirá en la producción de soluciones intravenosas y orales, fabricación de instrumentos y aparatos de medicina, cirugía, odontología o veterinaria, incluidos los de centellografía y demás aparatos electromédicos, así como los aparatos para pruebas visuales, equipos para aplicación intravenosa, equipos para control electrónico de flujo, casetes electrónicos para el control de flujo, tapones adaptadores macho para los equipos, catéteres de termodilución, transpac 4, catéteres C.V.P. y otros productos termofraguados, montajes parciales, moldes de plástico inyectado y solventes selladores, así como en brindar servicios de inspección, análisis, reparación, calibración, y destrucción de productos relacionados con la industria médica o electrónica, así como también servicios de soporte administrativo y de negocios.”

“4.     La beneficiaria gozará de los incentivos y beneficios contemplados en la Ley N° 7210 y sus reformas, con las limitaciones y condiciones que allí se establecen y con apego a las regulaciones que al respecto establezcan tanto el Poder Ejecutivo como PROCOMER.

Los plazos, términos y condiciones de los beneficios otorgados en virtud de la Ley N° 7210 quedan supeditados a los compromisos asumidos por Costa Rica en los tratados internacionales relativos a la Organización Mundial del Comercio (OMC), incluyendo, entre otros, el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias (ASMC) y las decisiones de los órganos correspondientes de la OMC al amparo del artículo 27 párrafo 4 del ASMC. En particular, queda establecido que el Estado costarricense no otorgará los beneficios previstos en la Ley N° 7210 que de acuerdo con el ASMC constituyan subvenciones prohibidas, más allá de los plazos para la concesión de las prórrogas previstas en el artículo 27 párrafo 4 del ASMC a determinados países en desarrollo.

Para los efectos de las exenciones otorgadas debe tenerse en consideración lo dispuesto por los artículos 62 y 64 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley N° 4755, del 3 de mayo de 1971 y sus reformas, en lo que resulten aplicables.”

“5.     De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20, inciso g) de la Ley de Régimen de Zonas Francas (Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas), la beneficiaria gozará de exención de todos los tributos a las utilidades, así como cualquier otro, cuya base imponible se determine en relación con las ganancias brutas o netas, con los dividendos abonados a los accionistas o ingresos o ventas, según las diferenciaciones que dicha norma contiene.

Dicha beneficiaria sólo podrá introducir sus productos y sus servicios al mercado local, observando rigurosamente los requisitos establecidos al efecto por el artículo 22 de la Ley N° 7210 y sus reformas, en particular los que se relacionan con el pago de los impuestos respectivos.”

“6.     La beneficiaria se obliga a realizar y mantener un nivel mínimo de empleo de 1510 trabajadores, a más tardar el 31 de julio del 2012. Asimismo, se obliga a mantener una inversión de al menos US $87.000.000,00 (ochenta y siete millones de dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a partir del 05 de junio del 2008, así como a realizar y mantener una inversión adicional de al menos US $9.100.000,00 (nueve millones cien mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a más tardar el 31 de julio del 2012. Por lo tanto, la beneficiaria se obliga a realizar y mantener un nivel de inversión total de al menos US $96.100.00,00 (noventa y seis millones cien mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América). Finalmente, la empresa beneficiaria se obliga a mantener un porcentaje mínimo de valor agregado nacional del 38.80%.

PROCOMER vigilará el cumplimiento de los niveles de inversión antes indicados, de conformidad con los criterios y parámetros establecidos por el Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas. Tal facultad deberá ser prevista en el respectivo Contrato de Operaciones que suscribirá la beneficiaria, como una obligación a cargo de ésta. Consecuentemente, el Poder Ejecutivo podrá revocar el Régimen a dicha empresa en caso de que, conforme con aquellos parámetros, la misma no cumpla con los niveles mínimos de inversión anteriormente señalados.”

“7.     Una vez suscrito el Contrato de Operaciones, la empresa se obliga a pagar el canon mensual por derecho de uso del Régimen de Zonas Francas. La fecha prevista para el inicio de las operaciones productivas es el 31 de julio del 2008. En caso de que por cualquier circunstancia la beneficiaria no inicie dicha etapa de producción en la fecha antes señalada, continuará pagando el referido canon, para lo cual la Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica seguirá tomando como referencia para su cálculo, en lo que atañe a su actividad como industria procesadora de exportación, las proyecciones de área de techo industrial, y en lo que concierne a su actividad como empresa de servicios, las proyecciones de ventas, consignadas en su respectiva solicitud.

Para efectos de cobro del canon, la empresa deberá informar a PROCOMER de los aumentos realizados en el área de techo industrial y de las ventas mensuales realizadas. El incumplimiento de esta obligación provocará el cobro retroactivo del canon, en lo que se refiere a su actividad como industria procesadora de exportación, a partir de la fecha de la última medición realizada por la citada Promotora, quien tomará como base para realizar el cálculo la nueva medida, y en lo que respecta a su actividad como empresa de servicios, PROCOMER tomará como referencia para su cálculo, las proyecciones de ventas consignadas en su respectiva solicitud.”

“8.     La beneficiaria se obliga a cumplir con las regulaciones ambientales exigidas por el Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (MINAET) y la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) y deberá presentar ante dichas dependencias o ante el Ministerio de Salud, según sea el caso, los estudios y documentos que le sean requeridos. Asimismo, la beneficiaria se obliga a cumplir con todas las normas de protección del medio ambiente que la legislación costarricense e internacional disponga para el desarrollo sostenible de las actividades económicas, lo cual será verificado por las autoridades competentes.”

2º—En todo lo que no ha sido expresamente modificado, se mantiene lo dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo número 254-2006 de fecha 18 de diciembre del 2006, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 20 del 29 de enero del 2007 y sus reformas.

3º—Rige a partir de su notificación.

Comuníquese y Publíquese.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veinte días del mes de setiembre del año dos mil once.

LUIS LIBERMAN GINSBURG.—El Ministro de Comercio Exterior a. í., Fernando Ocampo Sánchez.—1 vez.—RP2011269023.—(IN2011093559).

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO

DE LA COMUNIDAD

AVISOS

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Legal y de Registro, hace constar que la Asociación de Desarrollo Específica Seguridad para el cantón de Pococí, Limón. Por medio de su representante: Willy Salas Obando, cédula 700790574, ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, a las ocho horas y cincuenta y cinco minutos del día treinta de noviembre del dos mil once.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—RP2011268596.—(IN2011093037).

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Legal y de Registro, hace constar: que la Asociación de Desarrollo Integral de San Bosco de La Rita, Pococí, Limón. Por medio de su representante: Óscar Enrique Umaña López, cédula 107620199 ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, 1º de diciembre del 2011.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—RP2011269108.—(IN2011093552).

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, hace constar: que la Asociación de Desarrollo Integral de Potrero Grande de Buenos Aires de Puntarenas. Por medio de su representante: Nelson Elizondo Torres, portador de la cédula de identidad N° 6-231-677 ha hecho solicitud de inscripción de la siguiente reforma al estatuto: Artículo N° 01 para que en adelante se lea así:

Artículo N° 01:

Para que en adelante sean los límites de la organización:

Al norte: La Finca de Carlos Chávez

Al oeste: El río Cavagra.

Al sur: Distrito de Changuena.

Al este: El río Guinedal.

Dicha reforma es visible en el folio 39 del expediente de la organización comunal en mención, fotocopia que se encuentra en el Departamento de Registro de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, asimismo, dicha modificación fue aprobada mediante asamblea general ordinaria de afilados celebrada el día 17 de abril del 2011.

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley 3859 “Sobre Desarrollo de la Comunidad” que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección Legal y de Registro.—San José, 23 de noviembre del 2011.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—RP2011270882.—(IN2011097272).

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS

EDICTO

El señor Manuel Bermúdez Alvarado con cédula 1-420-116, vecino de Cartago en calidad de apoderado generalísimo de la compañía Droguería Bayer S. A., con domicilio en Cartago, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Neguvón Polvo, fabricado por Laboratorios Bayer de México S. A. de C.V., Alemania, con los siguientes principios activos: Cada 100 g contiene: Triclorfon técnico 90 g y las siguientes indicaciones terapéuticas: Ectoparaciticida y endoparaciticida del grupo de los órgano fosforados en bovinos, equinos, porcinos, ovicaprinos, aves y perros. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las ocho horas del día veintiuno de noviembre del dos mil once.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2011093260).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN

DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 19, título N° 068, emitido por el Kamuk School, en el año dos mil ocho, a nombre de Sandí Campos Josué Daniel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, treinta y un días del mes de agosto del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2011270093.—(IN2011095752).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Bachillerato en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 46, título N° 1267, y del Título de Técnico Medio en la Especialidad de Electricidad, inscrito en el tomo 2, folio 148, título N° 5678, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Vocacional Monseñor Sanabria en el año mil novecientos noventa y dos, a nombre de Morales Arias José Ernesto. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 6 de diciembre del 2011.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2011270273.—(IN2011095753).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, modalidad “Educación Familiar y Social”, inscrito en el tomo 001, folio 001, asiento Nº 029, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Nandayure, en el año mil novecientos setenta y seis, a nombre de Vargas Rosales Marta. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los ocho días del mes de diciembre del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011096151).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 21, título Nº 627, emitido por el Colegio de Santa Ana, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Cedeño Fernández Lizeth Mariana. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diecinueve días del mes de setiembre del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2011270383.—(IN2011096272).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 36, título Nº 355, emitido por el Liceo Rodrigo Facio Brenes, en el año mil novecientos noventa y dos, a nombre de Cabrera Robles María del Milagro. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintinueve días del mes de noviembre del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2011270414.—(IN2011096273).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 05, título Nº 38, emitido por el Liceo La Alegría de Siquirres, en el año dos mil tres, a nombre de Venegas Jiménez Karol Sugey. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diecisiete días del mes de noviembre del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011096424).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 01, folio 28, asiento Nº 36, emitido por el Colegio Nocturno de Ciudad Neily, en el año mil novecientos ochenta y cinco, a nombre de Morera Rodríguez Elieth. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los trece días del mes de mayo del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011096513).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 49, título Nº 233, emitido por el Colegio Deportivo de Limón, en el año dos mil siete, a nombre de Murray Smith Jannell. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintidós días del mes de noviembre del dos mil once.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—Msc, Trino Zamora Zumbado, Jefe.—(IN2011096551).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 123, título Nº 3668, emitido por el Instituto de Alajuela, en el año mil novecientos ochenta y ocho, a nombre de Miranda Chaves Óscar. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los seis días del mes de diciembre del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011096552).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 111, título Nº 644, emitido por el Liceo de Miramar, en el año dos mil tres, a nombre de Chaves Morales Diego. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los nueve días del mes de diciembre del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011096628).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 212, título Nº 2156, emitido por el Liceo de Heredia, en el año dos mil tres, a nombre de Montero Ulate Erika. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los siete días del mes de diciembre del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011096651).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Letras, inscrito en el tomo 1, folio 20, título Nº 259, emitido por el Colegio Científico de Costa Rica, en el año dos mil cinco, a nombre de Mora Araya Diego. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dos días del mes de diciembre del dos mil once.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(IN2011096655).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 14, título Nº 128, emitido por el Liceo San Rafael de Abangares, en el año dos mil siete, a nombre de Arguedas Chavarría José Alfredo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los ocho días del mes de abril del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2011270566.—(IN2011096774).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 93, asiento Nº 07, título Nº 876, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Pococí, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de Aguilar Soto Jorge. Se solicita la reposición del título indicado por deterioro del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dieciséis días del mes de noviembre del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MED. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011096990).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 242, título Nº 4797, emitido por el Colegio Vocacional Monseñor Sanabria, en el año dos mil tres, a nombre de Vargas López Jonathan Javier. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los trece días del mes de agosto del dos mil once.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—Msc. Trino Zamora Zumbado, Jefe.—(IN2011097073).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 148, título Nº 1156, en el año dos mil cuatro, emitido por el Liceo Lic. Mario Vindas Salazar y el Título de Técnico Medio en la Especialidad de Contabilidad y Finanzas, inscrito en el tomo 1, folio 17, título 141, emitido por el IPEC Santo Domingo de Heredia, en el año dos mil ocho, a nombre de Esquivel González Jacqueline de los Ángeles. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los ocho días del mes de diciembre del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MED. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011097080).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Técnico Medio en la Especialidad de Secretariado Ejecutivo, inscrito en el tomo 1, folio 130, Nº 2670, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Limón, en el año dos mil siete, a nombre de Muñoz Agüero Ana Carolina. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los doce días del mes de diciembre del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011097096).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 320, título Nº 1988, emitido por el Liceo de Coronado, en el año dos mil nueve, a nombre de Hidalgo Núñez Gilbert Jesús. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los doce días del mes de diciembre del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011097134).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 19, asiento 829, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Cartagena, en el año mil novecientos ochenta y seis, a nombre de Angulo Marín Marta. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los doce días del mes de diciembre del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011097155).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 90, título Nº 1116, emitido por el Colegio Nuestra Señora de Desamparados, en el año dos mil uno, a nombre de Sandí Zúñiga María Gabriela. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintiocho días del mes de noviembre del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MED. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011097552).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 92, título Nº 1450, emitido por el Liceo de Coronado, en el año dos mil cinco, a nombre de Quirós Mendoza Bernal. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los cuatro días del mes de mayo del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2011271055.—(IN2011097812).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 206, título Nº 1734, emitido por el Liceo de Costa Rica, en el año dos mil uno, a nombre de Martínez Cuadra Sergio Wencelao. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los tres días del mes de noviembre del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2011271131.—(IN2011097813).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 352, título Nº 2972, emitido por el Liceo Mauro Fernández Acuña, en el año dos mil cinco, a nombre de Rodríguez Ugalde Álvaro Gustavo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los trece días del mes de diciembre del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MED. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2011271204.—(IN2011097814).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por la Señora Ministra de Trabajo y Seguridad social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su estatuto la organización social denominada: Union Nacional de Cooperativas del Norte R. L., siglas URCOZON R. L., acordada en asamblea celebrada el 18 de junio del 2011. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente y se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta los artículos: 7, 8, 9, 13, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 24, 25, 27, 29, 33, 37, 38, 39, 42, 43, 46, 47, 48, 52, 54, 56, 58, 59, 61, 63, 64, 65, 66, 67, 68 y 69 del Estatuto.—San José, 7 de noviembre del 2011.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2011092742).

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Cooperativa de Servicios Comunales de San Luis de Grecia R. L., siglas COOPEMANANTIAL R. L., acordada en asamblea celebrada 8 de mayo del 2011 Resolución 1382-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Consejo de administración:

Presidente                   Isidro Oviedo Arias

Vicepresidente           Franklin Alvarado Miranda

Secretario                    Alonso Rodríguez González

Vocal 1                        Hanzel Guerrero Oviedo

Vocal 2                        Sergio Vega Bolaños

Suplente 1                   Carlos Murillo Solís

Suplente 2                   Andrés Oviedo Barrantes

Gerente                        Diego Guerrero Oviedo

San José, 8 de noviembre del 2011.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2011092744).

De conformidad con la autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada acordada en asamblea celebrada Cooperativa de Servicios Múltiples de San José de la Tigra R. L., siglas COOPERENACER-SJ R.L., acordada en asamblea celebrada el 1º de noviembre del 2010, Resolución 1380-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Consejo de administración:

Presidente                   Evencio Retana Jiménez

Vicepresidente           Carlos Luis Retana Vargas

Secretario                    Wilson Solano Zamora

Vocal 1                        Idaly Solórzano Jiménez

Vocal 2                        Leandro Vásquez Vargas

Suplente 1                   Yimer Morales Zamora

Suplente 2                   Ana Lorena Meléndez Morera

Gerente                        María Ileana Vega Herrera

San José, 19 de octubre del 2011.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2011092745).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Marcas de ganado

Nº 13.238.—Eduardo Obregón Carvajal, cédula de identidad Nº 2-430-612, mayor, casado una vez, agricultor, costarricense, con domicilio en La Unión, Buena Vista, Guatuso, Alajuela, un kilómetros al este de la escuela, solicita el registro de:

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como marca de ganado que usará preferentemente en Costa Ana, Buena Vista, Guatuso, Alajuela. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—San José, a las catorce horas trece minutos del veintidós de agosto del dos mil once.—Viviana Segura de la O., Registradora.—1 vez.—RP2011270039.—(IN2011095718).

Nº 2011-2996.—Morales Marín Rafael Ángel, cédula de identidad número 1-565-201, mayor, soltero, comerciante, solicita el Registro de:

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como marca de ganado que usará preferentemente en San José, Turrubares, San Juan de Mata, Lagunas, de la escuela 1 km al este. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—San José, 25 de noviembre del 2011.—Lic. Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—RP2011270456.—(IN2011096248).

Cambio de nombre por fusión Nº 75428

Que Luis Fernando Asís Royo, cédula de identidad 1-637-429, en calidad de apoderado especial de Planet Hollywood International Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Planet Hollywood Inc., por el de Planet Hollywood International Inc., presentada el día 9 de noviembre de 2011 bajo expediente 75428. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-7931242 Registro Nº 79312 PLANET HOLLYWOOD en clase 43 Marca Denominativa y 1900-7931525 Registro Nº 79315 PLANET HOLLYWOOD en clase 25 Marca Denominativa. Publicar en el Diario Oficial La Gaceta por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 11 de noviembre de 2011.—Giovanna Mora Mesén, Registradora.—1 vez.—(IN2011095963).

Cambio de nombre Nº 74037

Que Luis Fernando Asís Royo, cédula de identidad 1-637-429, en calidad de apoderado especial de Productora de Jugos S.A.S, solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Productora de Jugos S. A., por el de Productora de Jugos S.A.S, presentada el día 9 de agosto del 2011 bajo expediente 74037. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2003-0007357 Registro Nº 147979 ORENSE en clase 32 Marca Denominativa, 2003-0007358 Registro Nº 147978 ORENSE en clase 29 Marca Denominativa y 2007-0014877 Registro Nº 184687 Tutti Frutti con Fruta Natural en clase 32 Marca Mixto. Publicar en el Diario Oficial La Gaceta por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de setiembre del 2011.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—1 vez.—(IN2011095964).

Patentes de invención

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

La señora María Del Pilar López Quirós, cédula 1-1066-0601, mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de Apoderada Especial de Sustainable Agro Solutions S. A., de España, solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIONES PARA LA PROTECCIÓN DE COSECHAS, MÉTODO PARA SU APLICACIÓN Y USO DE DICHAS COMPOSICIONES PARA PROTECCIÓN DE COSECHAS. La invención concierne a una composición que tiene la capacidad de activar los mecanismos naturales de defensa de las plantas contra microorganismos patogénicos, especialmente enfermedades fúngicas, mediante la aplicación de composiciones basadas en carbohidratos naturales. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A01P 3/00, cuyos inventores son Echeverri López, Luis Fernando, Justribó Abos, Francesc Xavier, Zanuy Fontanet, Caries. La solicitud correspondiente lleva el número 20110501, y fue presentada a las 11:41:00 del 26 de setiembre de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 3 de noviembre del 2011.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—RP2011268245.—(IN2011092352).

La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula 1-812-604, mayor, abogada, vecina de Cartago, en calidad de apoderada especial de Bayer Cropscience AG, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada

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USO COMO BACTERICIDAS DE ANÁLOGOS ÁCIDOS HETEROAROMÁTICOS QUE CONTIENEN AZUFRE. La presente invención se refiere al uso de compuestos según la fórmula (I) para combatir organismos dañinos bacterianos en plantas útiles. Además la presente invención se refiere a un procedimiento para combatir organismos dañinos bacterianos en plantas útiles mediante su tratamiento con compuestos según la fórmula (I). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A01N 43/80, cuyos inventores son Assmann, Lutz, Münks, Karl-Wilhelm, Davies, Peter, Howard, Becker, Rolf, Christian, Wetcholowsky, Ingo. La solicitud correspondiente lleva el número 20110413, y fue presentada a las 14:30:11 del 29 de julio de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 3 de agosto del 2010.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—RP2011268325—(IN2011092353).

La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula 1-812-604, mayor , abogada, apoderada especial de Bayer Schering Pharma Aktiengesellschaft, de EUA, solicita la Patente de Invención denominada

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DICIANOPIRIDINAS ALQUILAMINO-SUSTITUIDAS Y SUS PROFÁRMACOS DE ÉSTER DE AMINOÁCIDO. La presente solicitud se refiere a nuevas dicianopiridinas 6-alquilamino-sustituidas, a sus profármacos de éster de aminoácido, a procedimientos para su preparación, a su uso para el tratamiento y/o la profilaxis de enfermedades y a su uso para preparar medicamentos para el tratamiento. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D  417/12, cuyos inventores son Vakalopoulos, Alexandros, Meibom, Daniel, Albrecht-Küpper. Barbara, Zimmermann, Katja, Keldenich, Joerg, Keldenich, Joerg, Nell, Peter, Süssmeier, Frank, Krenz, Úrsula. La solicitud correspondiente lleva el número 20110407, y fue presentada a las 14:06:12 del 27 de julio del 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 4 de agosto del 2011.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2011268326.—(IN2011092354).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Cristian Calderón Cartín, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-880-402, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Riusa.EU. S.R.L. de Italia, solicita la patente de invención denominada “BLOQUE MODULAR”

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Bloques modulares (10, 10’, 10”) para obras civiles, que comprenden un cuerpo de base (11), una pluralidad de salientes estructurales (12) que se desarrollan desde el cuerpo de base (11) de acuerdo con una configuración de matriz y medios de interconexión (14) a bloques (10, 10’, 10”) pertenecientes al mismo sistema modular. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes 2011.01 es E02D 29/02 cuyos inventores son Astolfi, Luigi; Andrighetti, Gabriele. La solicitud correspondiente lleva el número 2011-0442 y fue presentada a las 11:06:35 del 18 de agosto de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 31 de octubre de 2011.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—RP2011267795.—(IN2011090724).

La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, mayor, abogada, cédula de identidad número 1-812-604, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Compañía de Artículos Promocionales S. A. (CAPROSA) de Honduras, solicita el Modelo Industrial denominado “CUBIERTAS PARA ESPEJOS RETROVISORES”.

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Cobertor de material textil destinado para proteger los retrovisores de todo tipo de vehículos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales Novena Edición es 05 cuyo creador es Raúl Fernando Kafie Hernández. La solicitud correspondiente lleva el número 2011-0137, y fue presentada a las 11:48:00 del 15 de marzo de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 3 de agosto del 2011.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—RP2011268956.—(IN2011093554).

La señora Marianella Arias Chacón, mayor de edad, abogada, cédula de identidad número 1-679-960, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Lubrizol Advanced Materials, Inc, de Estados Unidos, solicita la Patente de Invención denominada “TUBERÍA COMPUESTA DE PVC/CPVC CON CAPA DE METAL INTERNA Y PROCESO DE HACERLA”. El proceso de esta invención utiliza una combinación de pasos básicos usados en diversos procesos de extrusión, y pasos que son exclusivos de este proceso. Estos últimos pasos exclusivos requieren cubrir el mencionado “adhesivo de capa doble” en ambos lados de una cinta de metal aplicando primero una capa base. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes 2011.01 es B37B 15/08 cuyos inventores son Primel, Robert M.; Olah, Andrew M. La solicitud correspondiente lleva el número 2011-0591, y fue presentada a las 15:41:00 del 11 de noviembre de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 15 de noviembre de 2011.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2011093729).

El señor Manuel E. Peralta Volio, mayor, abogado, cédula de identidad número 9-012-480, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Shell Brands International AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada “CONTENEDOR O ENVASE PARA LUBRICANTES”.

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El envase para lubricantes del diseño incluye un cuerpo del envase que tiene una abertura formada en la parte de arriba del mismo. Se forma un agujero semirectangular que atraviesa cerca de la cobertura, para formar una porción para agarrar con la mano. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Décima Edición es 09-01 cuyos diseñadores son Guy Anthony Williams; Timothy Peter James. La solicitud correspondiente lleva el número 9160 y fue presentada a las 08:34:30 del 30 de mayo de 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de noviembre de 2011.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2011093730).

El señor Manuel E. Peralta Volio, mayor, casado, abogado, cédula número 9-012-480, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Novartis AG, domiciliada en Suiza, solicita la Patente de Invención denominada ARIL-PIRIDINAS COMO INHIBIDORAS DE SINTASA DE ALDOSTERONA.

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La presente invención proporciona un compuesto de la fórmula I; un método para la elaboración de los compuestos de la invención, y sus usos terapéuticos. La presente invención proporciona además una combinación de agentes farmacológicamente activos y una composición farmacéutica. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Edición 2011.01 es C07D 213/76, cuyos inventores son Sylvie Chamoin, Qi-Ying Hu, Julien Papillon. La solicitud correspondiente lleva el número 2011-0592 y fue presentada a las 08:42:10 del 11 de noviembre de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de noviembre de 2011.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2011093731).

El señor Manuel E. Peralta Volio, mayor, casado, abogado, cédula número 9-012-480, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Novartis AG, domiciliada en Suiza, solicita la Patente de Invención denominada: DERIVADOS AMINO-PROPIÓNICOS SUSTITUIDOS COMO INHIBIDORES DE NEPRILISINA.

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La presente invención proporciona un compuesto de la fórmula I’; o una sal farmacéuticamente aceptable del mismo, en donde R1, R2, R3, R5, B1, X y n se definen en la presente. La invención también se refiere a un método para la elaboración de los compuestos de la invención, y a sus usos terapéuticos. La presente invención proporciona además una combinación de agentes farmacológicamente activos y una composición farmacéutica. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Edición 2011.01 es C07D 213/82, cuyos inventores son Gary Mark Coppola, Yuki Iwaki, Rajewshri Ganesh Karki, Toshio Kawanami, Gary Michael Ksander, Muneto Mogi, Robert Sun. La solicitud correspondiente lleva el número 2011-0616 y fue presentada a las 14:15:15 del 22 de noviembre de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de noviembre de 2011.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2011093732).

El señor Luis Diego Castro Chavarría, mayor, abogado, cédula número 1-669-228, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Plexxikon Inc., de los Estados Unidos de América, solicita la Patente de Invención denominada COMPUESTOS Y USOS DE LOS MISMOS. Se describen los compuestos y sales de los mismos, formulaciones de los mismos y usos de los mismos. En ciertos aspectos y realizaciones, los compuestos descritos o sales de los mismos, formulaciones, conjugados, derivados y formas de los mismos son activos sobre por lo menos una proteína quinasa Raf. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Edición 2011.01 es C07D 471/04, cuyos inventores son Prabha N. Ibrahim, Wayne Spevak, Hanna Cho, Hongyao Zhu. La solicitud correspondiente lleva el número 2011-0476, y fue presentada a las 14:07:00 del 6 de setiembre del 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de noviembre del 2011.—Hellen Marín Cabrera, Registradora.—RP2011270839.—(IN2011097267).

El señor Luis Diego Castro Chavarría, mayor, abogado, cédula número 1-669-228, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Plexxikon Inc., de los Estados Unidos de América, y F. Hoffmann-La Roche AG de Suiza, solicitan la Patente de Invención denominada COMPOSICIONES DEL ACIDO PROPANO-1-SULFONICO {3-[5-(4-CLORO-FENIL) -1H-PIRROLO [2,3-B] PIRIDINA-3-CARBONIL] -2,4-DIFLUORO-FENIL}-AMIDA Y EL USO DE LAS MISMAS.

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Se proporcionan dispersiones de sólidos, complejos moleculares sólidos, sales y polimorfas cristalinas que involucran el ácido propano-1-sulfónico. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Edición 2011.01 es C07D 471/04, cuyos inventores son Dipen Desai, Ralph Diodone, Zenaida Go, Prabha N. Ibrahim, Raman Mahadevan Iyer, Hans-Juergen Mair, Harpreet K. Sandhu, Navnit Hargovindas Shah, Gary Conard Visor, Nicole Wyttenbach, Stephan Lauper, Johannes Pudewell, Frank Wierschem. La solicitud correspondiente lleva el número 2011-0420, y fue presentada a las 14:01:20 del 5 de agosto del 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 28 de noviembre del 2011.—Hellen Marín Cabrera, Registradora.—RP2011270840.—(IN2011097268).

El señor Luis Diego Castro Chavarría, mayor, abogado, cédula número 1-669-228, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Pfizer Inc. de Estados Unidos, solicita la Patente de Invención denominada: MODULADORES DE GPR 119. En la presente memoria se describen compuestos de Fórmula I que modulan la actividad del receptor acoplado a proteína G GPR119 y sus usos en el tratamiento de enfermedades ligadas a la modulación del receptor acoplado a proteína G GPR119 en animales. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes A61K 31/4545 cuyos inventores son Mascitti, Vincent, Mcclure, Kim Francis, Munchhof, Michael John, Robinson, Jr., Ralph Pelton, Deninno, Michael, Paul, Futatsugi, Kentaro, Wei-Shung Kung, Daniel, Lefker, Bruce, Alien. La solicitud correspondiente lleva el número 2011-0623, y fue presentada a las 13:50:20 del 23 de noviembre del 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 28 de noviembre del 2011.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2011270842.—(IN2011097269).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

El Registro de la Propiedad Industrial, Sección de Patentes hace saber que por resolución de las nueve horas cuarenta y dos minutos del veintiocho de octubre del dos mil once, fue inscrito el Modelo Industrial denominado PLANCHA PARA PEINAR EL CABELLO del señor Leandro P. Rizzuto; cuyo creador es Leandro P. Rizzuto, de nacionalidad estadounidense; se le ha otorgado el número de inscripción de Modelos Industriales 458 estará vigente hasta el día veintiocho de octubre de dos mil veintiuno, según prioridad reivindicada de la solicitud estadounidense número 29/323,922 del tres de setiembre de dos mil ocho; la clasificación Internacional de Modelos Industriales es 28-03.—San José, a las doce horas cuarenta y siete minutos del veintitrés de noviembre del dos mil once.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—1 vez.—RP2011268929.—(IN2011093555).

Exp. 10503.—El Registro de la Propiedad Industrial, Sección de Patentes hace saber que por resolución de las catorce horas treinta y nueve minutos del treinta y uno de octubre del dos mil once, fue inscrito el Diseño Industrial denominado TOALLA SANITARIA / PROTECTOR DIARIOS, a favor de SCA Hygiene Products AB, domiciliada en Suecia, cuyos creadores son: Linda Pabst, Madgadelna Gunnarsson y My Erwander, todos de nacionalidad sueca; se le ha otorgado el número de inscripción de modelo industrial 460, estará vigente hasta el treinta y uno de octubre de dos mil veintiuno, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Novena Edición es 24-04.—San José, a las nueve horas treinta y siete minutos del veintiuno de noviembre del dos mil once.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—1 vez.—RP2011268931.—(IN2011093556).

Registro de la Propiedad Industrial de Costa Rica.—San José, a las nueve horas tres minutos del veintiocho de noviembre del dos mil once. El Registro de la Propiedad Industrial, Oficina de Patentes hace saber que por resolución de las quince horas dos minutos del dos de noviembre del dos mil once, fue inscrito el Diseño Industrial denominado TOALLA SANITARIA/PROTECTOR DIARIO a favor de SCA Hygiene Products AB, domiciliada en Suecia cuyos creadores son: Linda Pabst, My Erwander, Magdalena Gunnarsson de nacionalidad sueca, se le ha otorgado el número de inscripción de modelo industrial 467, estará vigente hasta el dos de noviembre de dos mil veintiuno, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sétima Edición es 24-04.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—1 vez.—RP2011268932.—(IN2011093557).

Registro de la Propiedad Industrial de Costa Rica.—San José, a las nueve horas diez minutos del veintiocho de noviembre del dos mil once. El Registro de la Propiedad Industrial, Oficina de Patentes hace saber que por resolución de las diez horas siete minutos del dos de noviembre del dos mil once, fue inscrito el Diseño Industrial denominado PLANCHA PARA PEINAR EL CABELLO a favor de Kenneth Russo, domiciliada en Estados Unidos cuyo creador es: Kenneth Russo de nacionalidad estadounidense, se le ha otorgado el número de inscripción de Diseño industrial 466, estará vigente hasta el dos de noviembre de dos mil veintiuno, la Clasificación Internacional de Modelos Industriales Sétima Edición es 28-03.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—1 vez.—RP2011268933.—(IN2011093558).

El Registro de la Propiedad Industrial, Oficina de Patentes hace saber que por resolución de las ocho horas veinte minutos del dos de noviembre del dos mil once, fue inscrito el Diseño Industrial denominado: DISPENSADOR DE BEBIDAS INSTANTÁNEAS EN SOBRE a favor de Tresmontes Luchetti S.A., domiciliada en Chile cuyo creador es: Álvaro Guzmán Ilic de nacionalidad chilena, se le ha otorgado el número de inscripción de Diseño Industrial 464, estará vigente hasta el dos de noviembre de dos mil veintiuno, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sétima Edición es 31-00.—San José, 28 de noviembre del 2011.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—1 vez.—(IN2011093776).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

AVISOS

Asociaciones civiles

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Ámate San Carlos, con domicilio en la provincia de Alajuela; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: promover y brindar información sobre prevención del cáncer a nivel regional y nacional, con especial énfasis en escuelas, centros de trabajo, ferias de salud y la comunidad en general. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo con límite de suma a dos mil dólares americanos o su equivalente en moneda nacional y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: José Roberto Calvo Sáenz. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2011 Asiento: 303542.—Curridabat, 02 de noviembre del dos mil once.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2011268611.—(IN2011093029).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Padres de Familia del Liceo Académico La Virgen, con domicilio en la provincia de Heredia, cuyos fines entre otros serán los siguientes: cooperar con el liceo para lograr el desarrollo integral de los estudiantes. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente Jorge Arturo Molina Rojas. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 2011, Asiento 251466) Curridabat, veinticinco de octubre del 2011.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2011268640.—(IN2011093030).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-061264, denominación Asociación de Amigos Taller Nacional de Danza Margarita Bertheau. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: Tomo: 2011. Asiento: 276454.—Dado en el Registro Nacional, a las doce horas cincuenta minutos, del 20 de octubre del 2011.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2011268660.—(IN201193031).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula 3-002-620981, denominación: Asociación Telemaratón Canina, Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: Tomo: 2011 Asiento: 139866.—Dado en el Registro Nacional, a las ocho horas cuarenta y seis minutos, del 22 de setiembre del 2011.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2011268804.—(IN2011093032).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Federación Administradora de los Sistemas de Acueducto y Alcantarillado de Aserrí de San José, provincia de San José, con domicilio en la provincia de San José, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: coadyuvar con sus asociados en la administración, operación y conservación de los acueductos, de acuerdo con las disposiciones y reglamentos que al respecto emite el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el Estatuto lo es el presidente: Luis Fernelly Mora Barboza. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2011 Asiento: 261558.—Curridabat, al día dos del mes de noviembre del dos mil once.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2011268819.—(IN201193033).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación para el Mejoramiento, Conservación y Protección del Cementerio de La Palma de Puerto Jiménez, con domicilio en la provincia de Puntarenas; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: coadyuvar a mejorar, conservar y proteger el cementerio de La Palma de Puerto Jiménez y promover entre los vecinos de la comunidad la adopción de prácticas adecuadas de transporte y disposición final de los cadáveres. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo con límite de suma de quinientos mil colones costarricenses y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Alexis Molina Agüero. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo 2011 asiento 214120.—Curridabat, 15 de noviembre del dos mil once.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº RP2011270801.—(IN2011097270).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Deportiva de Porrismo All Stars, con domicilio en la provincia de San José. Sus fines, entre otros están: Promover el desarrollo y práctica del porrismo en todas las modalidades como deportes. Su presidente Jorge Sánchez Menard, es el representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y demás limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo 2011 asiento 325714.—Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 50 minutos, del 8 de diciembre del 2011.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº RP2011270968.—(IN2011097271).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

AVISOS

Para los efectos legales correspondientes, se comunica que el Consejo Superior Notarial, en su sesión N° 24 celebrada el 09 de noviembre del 2011, mediante acuerdo 2011-024-001, aprobó:

Acuerdo 2011-024-001:

a)  Se tiene por conocido los criterios 88-2011 y 260-2011 del 24 de octubre del 2011, ambos emitidos por la Procuraduría General de la República.

b)  Derogar el artículo 62 de los Lineamientos para el Ejercicio y Control del Servicio Notarial. Dicha derogatoria entrará en vigencia a partir de la publicación de este acuerdo.

c)  Proceda la administración a publicar este acuerdo en el diario oficial La Gaceta.

d)  Solicitar a la Dirección Ejecutiva preparar un borrador de proyecto de ley que reforme el artículo 96 del Código Notarial. Acuerdo Firme.

Lic. Rogelio Fernández Moreno, Presidente del Consejo Superior Notarial.—Dra. Roxana Sánchez Boza, Secretaria del Consejo Superior Notarial.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2011093244).

La Dirección Nacional de Notariado hace saber: Que ante este despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación para el ejercicio del Notariado del Licenciado Deiby Gutiérrez Atencio, portador de la cédula de identidad número 5-0310-0277, carné profesional 17451, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección, dentro de los quince días siguientes a esta publicación. (Expediente 11-000440-0624-NO).—San José, 29 de noviembre del 2011.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—RP2011269091.—(IN2011093553).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. 9929-P.—Denia Rodríguez Madrigal, solicita concesión de: 0,25 litros por segundo del pozo BA-686, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Juan (Santa Bárbara), Santa Bárbara, Heredia, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 222.762 / 518.330 hoja Barva. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 11 de noviembre del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011268558.—(IN2011093036).

Exp. 8032A.—Jugar del Valle S. A., solicita concesión de: 3,5 litros por segundo del río San Rafael, efectuando la captación en finca de Marco Tulio Quesada Araya en Laguna, Alfaro Ruiz, Alajuela, para uso agropecuario-riego-hortaliza. Coordenadas 245.500 / 495.500 hoja Quesada. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 15 de noviembre del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011268989.—(IN2011093550).

Exp. 4359A.—Gerarda Alvarado Castillo, solicita concesión de: 0,03 litro por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de Agropecuaria Sol Naciente S. A. en Santiago, Palmares, Alajuela, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 223.175 / 487.300 hoja Aguas Zarcas. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 23 de noviembre del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011269095.—(IN2011093551).

Exp. 14976A.—Rolando Portilla Pastor solicita concesión de: 0,05 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de el mismo en Jesús, Vázquez de Coronado, San José, para uso consumo humano. Coordenadas 223.387 / 542.220 hoja Carrillo. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 1º de diciembre del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011093789).

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE Y

COMERCIALIZACIÓN DE COMBUSTIBLE

EDICTO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Nº 703-2011-DGTCC.—San José, a los once días del mes de abril del dos mil once, se tiene por presentada la solicitud por parte del señor Christian Gómez Monge, cédula 6-267-692, en su condición de representante legal de Servicentro Herfun Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-461565, solicita cambio de titular de una estación de servicio, ubicada en la provincia de Heredia, cantón Sarapiquí, distrito La Virgen, expediente administrativo E.S.2-01-01, en razón de compra venta del inmueble donde se encuentra ubicada la estación de servicio denominada Servicentro Cariblanco S. A., según consta en los documentos aportados al expedientes a los folios 303-304-307. Lo anterior para que de ahora en adelante, se proceda al cambio de titular a nombre de Servicentro Herfun Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-461565.  Con fundamento en el Decreto Ejecutivos 30131-MINAE-S, artículo 79, se otorga un plazo de quince días hábiles a partir de la publicación del presente edicto, en el Diario Oficial La Gaceta, para que cualquier persona natural o jurídica, que tenga interés o pueda resultar afectada con el cambio del titular, y haga llegar a esta Dirección su criterio, opinión u oposición al respecto, aportando toda la prueba que la sustente.—San José, a las catorce horas treinta y cinco minutos del día dieciséis de noviembre del dos mil once.—Lic. Humberto Cerdas Brenes, Director General.—(IN2011092753).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

RESOLUCIONES

Nº 8013-E10-2011.—San José, a las trece horas diez minutos del siete de diciembre de dos mil once.

Liquidación de gastos y diligencias de pago de la contribución del Estado al partido del Sol (PDS), correspondiente a las elecciones municipales celebradas el 5 de diciembre del 2010. Expediente Nº 471-E-2011.

Resultando:

1º—Mediante oficio Nº DGRE-437-2011 del 11 de noviembre de 2011, el señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos, remitió a este Tribunal Electoral el informe final Nº DFPP-IM-PDS-22-2011 del 7 de noviembre de 2011, elaborado por el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos y denominado: “Informe sobre el resultado de la revisión de la liquidación de gastos presentada por El Partido del Sol (PDS) ante el Tribunal Supremo de Elecciones, a efectos de optar por el aporte Estatal correspondiente al proceso electoral Municipal del 2010.” (Folios 01 a 21).

2º—Mediante el auto de las 15:20 horas del 17 de noviembre de 2011, el Magistrado Instructor solicitó a la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos que informara si el partido citado tenía multas pendientes de cancelar, conforme lo establecido en los artículos 72 del Reglamento sobre Financiamiento de Partidos Políticos y 300 del Código Electoral. Adicionalmente dio audiencia al partido Del Sol, por el plazo de 8 días hábiles, para que se manifestara, si así lo estimaba conveniente, sobre el referido informe y acreditara el cumplimiento de las publicaciones previstas en el artículo 135 del Código Electoral, bajo el apercibimiento de que en caso de no satisfacer tal requisito y, al amparo del artículo 72 inciso c) del Reglamento sobre el Financiamiento de los Partidos Políticos, la suma aprobada con cargo a la contribución estatal tendría que ser retenida y no se podría realizar giro alguno por ese concepto (folio 22).

3º—Las autoridades del partido interesado no contestaron la audiencia conferida.

4º—En oficio Nº DGRE-462-2011 del 22 de noviembre del 2011, el señor Gerardo Felipe Abarca Guzmán, en su condición de Secretario General de la Dirección citada, remitió a este Tribunal la información solicitada indicando que ese partido no tiene multas pendientes de cancelación. Adicionalmente indicó que esa agrupación política no aparece inscrita como patrono ante la Caja Costarricense de Seguro Social, situación que no le permite tener multas por concepto de cuotas obrero patronales (folio 29).

5º—En la substanciación del proceso se han observado las prescripciones legales y no se observan defectos que puedan causar indefensión;

Redacta el Magistrado Esquivel Faerron; y,

Considerando:

I.—Sobre el procedimiento para hacer efectiva la contribución estatal al financiamiento de los partidos políticos en los procesos electorales municipales. De acuerdo con los artículos 99 a 102 del Código Electoral y de los numerales 32, 41, 42, 69 y 72 del Reglamento sobre el Financiamiento de los Partidos Políticos (en adelante RFPP) a este Tribunal le corresponde, mediante resolución debidamente fundamentada, distribuir el monto correspondiente al aporte estatal entre los diversos partidos políticos que superen los umbrales de votación requeridos en estricta proporción al número de votos obtenidos por cada uno de ellos, una vez que se produzca la declaratoria de elección de todas las autoridades municipales.

De acuerdo con el artículo 69 del RFPP, la evaluación de las liquidaciones de gastos presentadas por los partidos políticos constituye una competencia de la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos, la cual ejercerá a través de su Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos en cuyo cumplimiento contará con el respaldo de la certificación y los informes emitidos por un contador público autorizado, debidamente registrado ante la Contraloría General de la República.

Una vez efectuada esa revisión, la Dirección General del Registro Electoral Financiamiento de Partidos Políticos debe rendir un informe al Tribunal, a fin de que proceda a dictar la resolución que determine el monto que corresponde girar al partido político, de manera definitiva, tal como lo preceptúa el artículo 103 del Código Electoral.

II.—Sobre el principio de comprobación del gasto aplicable a las liquidaciones de gastos presentadas por los partidos, como condición para recibir el aporte estatal. En materia de la contribución estatal al financiamiento de las agrupaciones partidarias existe un régimen jurídico especial, el cual asigna al Tribunal Supremo de Elecciones el mandato de revisar los gastos de los partidos políticos, con el fin de reconocer en forma posterior y con cargo a la contribución estatal, únicamente aquellos gastos autorizados por la ley y en estricta proporción a la votación obtenida.

Este Tribunal, en atención a este modelo de verificación de los gastos, estableció desde la sesión Nº 11437 del 15 de julio de 1998, que es determinante para que los partidos políticos puedan recibir el aporte estatal la verificación del gasto, al indicar:

“Para recibir el aporte del Estado, dispone el inciso 4) del artículo 96 de la Constitución Política -los partidos deberán comprobar sus pastos ante el Tribunal Supremo de Elecciones. Lo esencial, bajo esta regla constitucional, es la comprobación del gasto. Todas las disposiciones del Código Electoral y de los reglamentos emitidos por el Tribunal y la Contraloría General de la República en esta materia, son reglas atinentes a esa comprobación que, sin duda alguna, es el principal objetivo. Por lo tanto, como regla general, puede establecerse que si el órgano contralor, con la documentación presentada dentro de los plazos legales y los otros elementos de juicio obtenidos por sus funcionarios conforme a los procedimientos de verificación propios de la materia, logra establecer, con la certeza requerida, que determinados gastos efectivamente se hicieron y son de aquellos que deben tomarse en cuenta para el aporte estatal, pueden ser aprobados aunque la documentación presentada o el procedimiento seguido en su trámite adolezca de algún defecto formal” (el resaltado no es del original).

El actual sistema de financiamiento estatal estableció un mecanismo de comprobación y liquidación de los gastos más sencillo para los partidos políticos, pues ahora es efectuada por la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos y no por la Contraloría General de la República y, además, pasó de varias liquidaciones mensuales a una única liquidación final que deberá ser refrendada por un contador público autorizado. No obstante, permanece la obligación de los partidos políticos de cumplir con el principio constitucional de “comprobar sus gastos”, como condición indispensable para recibir el aporte estatal.

III.—Hechos probados: De importancia para la resolución de este asunto, de acuerdo con los elementos probatorios que constan dentro del expediente, se tienen como debidamente demostrados los siguientes hechos:

a)  Que en resolución Nº 4129-E8-2009 de las 15:20 horas del 3 de setiembre del 2009, este Tribunal fijó el monto de la contribución estatal a los partidos políticos, correspondiente a las elecciones municipales a celebrarse en diciembre de 2010, en ¢4.684.070.820,00 (folios 30 y 31);

b)  Que en resolución Nº 1092-E10-2011 de las 11:00 horas del 23 de febrero del 2011, este Colegiado estableció que al partido del Sol le correspondía, por concepto de contribución estatal para esa elección, un monto máximo de ¢15.088.951,98 (folios 32 a 38);

c)  Que con sustento en el oficio Nº DGRE-437-2011 del 11 de noviembre del 2011, rendido por la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos y el informe Nº DFPP-IM-PDS-22-2011 del 7 de noviembre del 2011, que le sirve de base, relativo a la revisión de la liquidación de gastos presentada por el partido del Sol para justificar el aporte estatal que le corresponde por su participación en el proceso electoral municipal de diciembre de 2010, se obtiene: c. l) que el partido indicado presentó ante esta Sede Electoral, dentro del plazo establecido normativamente, la liquidación respectiva de gastos redimibles por un monto total de ¢5.828.803,97 (folios 04 y 10); c. 2) que la agrupación logró comprobar gastos válidos y susceptibles de ser redimidos con cargo a la contribución estatal por un total de ¢5.190.440,76 monto que equivale a un 89,05% de lo liquidado por la agrupación (folio 06 y 10); c. 3) que en virtud de que del monto máximo de la contribución estatal al que tenía derecho esta agrupación por ¢15.088.951,98 únicamente logró justificar ¢5.190.440,76, queda un sobrante de ¢9.898.511,22 que se conserva dentro de las arcas del Estado; c. 4) que el partido citado utilizó para la liquidación de sus gastos ante el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos, la cuenta corriente N° 909911612 del BAC San José la cual tiene asociado el número de cuenta cliente 10200009099116129 a nombre de esa agrupación política (folio 11);

d)  Que el partido del Sol no tiene multas pendientes de cancelar de acuerdo con lo establecido en los artículos 300 del Código Electoral y 72 del Reglamento sobre Financiamiento de Partidos Políticos y no posee obligaciones con la Caja Costarricense de Seguro Social, al no estar inscrito como patrono (folios 08 y 29);

IV.—Hechos no probados. Único. Que el partido citado haya realizado la publicación en un diario de circulación nacional de la lista de contribuyentes y el estado auditado de las finanzas partidarias, correspondiente al período comprendido entre el 1° de julio del año 2010 y el 30 de junio del 2011, conforme a los requerimientos establecidos en el artículo 135 del Código Electoral (folios 10, 22 y 23).

V.—Sobre las objeciones respecto de los gastos rechazados por el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos. Al respecto resulta indispensable indicar que el partido Del Sol no contestó la audiencia otorgada para esos efectos en la resolución de las 15:20 horas del 17 de noviembre del 2011, visible a folio 22, por lo que este Colegiado entiende que no existe objeción alguna al oficio Nº DGRE-437-2011 del 11 de noviembre del 2011, rendido por la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos y el informe Nº DFPP-IM-PDS-22-2011 del 7 de noviembre del 2011, que le sirve de base. En consecuencia, no corresponde que este Tribunal emita pronunciamiento alguno sobre este extremo.

VI.—Sobre los gastos aceptados al partido Del Sol. De acuerdo con los elementos que constan en autos, de la suma total de ¢15.088.951,98 que fue establecida en la resolución número 1092-E10-2011 como la cantidad máxima a la cual podía aspirar el partido Del Sol por concepto de aporte estatal al participar en la elecciones municipales de diciembre del 2010, esta agrupación política presentó, dentro del plazo establecido en la legislación vigente, la respectiva liquidación de gastos redimibles por la suma de ¢5.828.803,97. Tras la correspondiente revisión de esos gastos, se tienen como erogaciones válidas y justificadas la suma de ¢5.190.440,76 monto que equivale a un 89,05% de lo liquidado por la agrupación y que resulta procedente reconocer y girar a ese partido. Lo anterior arroja un sobrante de ¢9.898.511,22 que no saldrá del erario, ya que como lo determina el Código Electoral y la sentencia número 5738-E8-2010, el financiamiento público municipal solamente contempla el rubro de gastos generados con ocasión del proceso electoral municipal, razón por la que no corresponde ordenar ninguna reserva para los rubros de organización y de capacitación.

VII.—Sobre gastos en proceso de revisión. Sobre el particular, es indispensable indicar que no existen gastos en proceso de revisión.

VIII.—Sobre la procedencia de ordenar retenciones por conceptos de morosidad con la Caja Costarricense de Seguro Social en el pago de cuotas obrero-patronales; multas impuestas pendientes de cancelación (artículo 300 del Código Electoral) u omisión de las publicaciones ordenadas en el artículo 135 del Código Electoral. De acuerdo con los elementos de juicio que constan en el oficio Nº DGRE-437-2011 del 11 de noviembre del 2011, rendido por la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos, el informe Nº DFPP-IM-PDS-22-2011 del 7 de noviembre del 2011, que le sirve de base y el oficio Nº DGRE-462-2011 del 22 de noviembre de 2011 (visibles a folios 01 a 21 y 29), en el presente caso no resulta procedente efectuar retención alguna en aplicación del artículo 300 del Código Electoral, pues no existe registro de que el Partido deba responder por las multas que establece el mencionado cuerpo lega Igualmente quedó acreditado que la agrupación partidaria no posee obligaciones pendientes con la Caja Costarricense de Seguro Social, al no estar inscrito como patrono.

No obstante, no existe evidencia de que esta agrupación haya cumplido con la publicación anual en un diario de circulación nacional de la lista de contribuyentes y el estado auditado de las finanzas partidarias del período comprendido entre el 1° de julio del año 2010 al 30 de junio de 2011, prevista en el artículo 135 del Código Electoral.

Es por ello que, mediante el auto de las 15:20 horas del 17 de noviembre de 2011, visible a folio 22, el Magistrado Instructor del expediente dio audiencia al partido indicado, por el plazo de ocho días hábiles, a fin de que acreditara el cumplimiento de este requisito, bajo el apercibimiento de que en caso de no satisfacer lo solicitado la suma aprobada con cargo a la contribución estatal tendría que ser retenida y no se podría realizar giro alguno por ese concepto. Sin embargo, a la fecha el partido citado no ha demostrado el cumplimiento de esa obligación, por lo que la suma aprobada debe ser retenida hasta que se produzca el efectivo cumplimiento y sea acreditado fehacientemente ante este Tribunal.

Por lo expuesto, hasta tanto este Colegiado no confirme el cumplimiento de ese requisito, no procede realizar giro alguno del monto aprobado.

IX.—Sobre el monto total o parcial a girar. Del resultado final de la liquidación de gastos presentada por el partido Del Sol, procede reconocerle la suma de ¢5.190.440,76 relativa a su participación en las elecciones municipales de diciembre del 2010, la que será retenida hasta que la agrupación acredite, ante esta Sede Electoral, el cumplimiento de la publicación .prevista en el considerando anterior. Por tanto,

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107 del Código Electoral y 72 del RFPP, procede reconocerle al partido Del Sol la suma de ¢5.190.440,76 relativa a su participación en las elecciones municipales de diciembre de 2010. Tome nota el Ministerio de Hacienda y la Tesorería Nacional de que la suma descrita debe ser retenida, en forma integral, hasta que la agrupación demuestre, ante este Organismo Electoral, el cumplimiento de las publicaciones previstas en el artículo 135 del Código Electoral por lo que, hasta tanto este Colegiado no confirme el cumplimiento de ese requisito y así lo notifique, no procede realizar giro alguno del monto aprobado. Para lo correspondiente, téngase en cuenta que ese Partido utilizó, para la liquidación de sus gastos, la cuenta corriente Nº 909911612 del BAC San José la cual tiene asociado el número de cuenta cliente 10200009099116129 a nombre de esa agrupación política. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 107 del Código Electoral en relación con el 73 del RFPP, contra esta resolución procede recurso de reconsideración que debe interponerse en el plazo de ocho días hábiles.

Comuníquese lo resuelto a la Tesorería Nacional, al Ministerio de Hacienda, al partido Del Sol y a la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos. Publíquese en el Diario Oficial.—Max Alberto Esquivel Faerron.—Juan Antonio Casafont Odor.—Mario Seing Jiménez.—1 vez.—(IN2011097002).

EDICTOS

Registro Civil - Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Marta de los Ángeles Ulate Venegas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1820-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas cincuenta minutos del diecisiete de agosto del dos mil once. Ocurso. Exp. N°.27244-2011. Resultando: 1º—..., 2º—. Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados, … III.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Marta de los Ángeles Ulate Venegas...; en el sentido que los apellidos del padre... son “Vargas Ulate”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2011092618).

Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por María Concepción Ponce Rodríguez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1804-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas tres minutos del dieciséis de agosto del dos mil once. Ocurso. Exp. N° 25513-2011. Resultando: 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados: … III.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Yaritza Vanessa Hernández Ponce...; en el sentido que el nombre de la madre... es “María Concepción”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2011092622).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Divanis Marileh Masís, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1856-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las diez horas del diecinueve de agosto del dos mil once. Exp. Nº 28205-2011. Resultando 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Eddy Yareth Pérez Masís..., en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita son “Divanis Marileh Masís, no indica segundo apellido”.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—1 vez.—RP2011268576.—(IN2011093038).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Gladis María Medina, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2017-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas y treinta minutos del primero de setiembre del dos mil once. Exp. Nº 1346-2011. Resultando 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de José Antonio Mendoza Mairena con Gladis Mora Medina ...; en el sentido que el nombre y el apellido de la cónyuge son “Gladis María Medina, no indica segundo apellido” y no como se consignaron.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—1 vez.—RP2011268577.—(IN2011093039).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Carol Jeaneth Urbina Vanegas, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1348-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas diez minutos del seis de julio del dos mil, once. Exp. Nº 6738-2011. Resultando: 1º—...; 2º—...; 3º—...; Considerando: I.—Hechos probados... II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo...; Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Kevin Andrey Urbina Venegas y Paulette Alejandra González Urbina, en el sentido que el nombre y el segundo apellido de la madre de los mismos... son “Carol Jeaneth” y “Vanegas” respectivamente.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—Lic. Óscar Fernando Mena Carvajal, Director General a. í.—1 vez.—RP2011268608.—(IN2011093040).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Priscilla Valverde Delgado, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 239-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas seis minutos del ocho de febrero del dos mil once. Ocurso. Exp. Nº 36289-2010. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese la razón marginal en el asiento de nacimiento de Kristhel Cassandra Orozco Valverde ...; en el sentido que los apellidos del padre de la persona ahí inscrita son “Guerrero Orozco” y no como se consignaron.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—Lic. Óscar Fernando Mena Carvajal, Director General a. í.—1 vez.—RP2011268730.—(IN2011093041).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Andrea Sequeira Reyes, en Exp. N° 26785-02, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 0543-03.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas cinco minutos del cinco de mayo del dos mil tres. Diligencias de ocurso incoadas por, Andrea Sequeira Reyes, mayor, soltera, oficios domésticos, costarricense, cédula de identidad número seis-cuatrocientos sesenta y nueve-trescientos setenta y cinco, vecina de Kilómetro uno Golfito. Resultando: 1º—..., 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados..., 2º—Hechos no probados..., 3º—Sobre el fondo...; Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Iveth Dayana Lara Luna... en el sentido de que los apellidos de la madre... son “Sequeira Reyes”. Publíquese esta Resolución en el Diario Oficial.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor a. í.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—RP2011268786.—(IN2011093042).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Olga Isabel Díaz, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1949-08.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas y cinco minutos del veinticinco de setiembre del dos mil ocho. Ocurso. Exp. Nº 31864-07. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados... III. Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Estifanny Alexandra Gutiérrez Díaz...en el sentido que el segundo nombre y el apellido de la madre de la persona ahí inscrita son “Isabel” y Díaz, no indica segundo apellido” respectivamente.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—RP2011268814.—(IN2011093043).

Se hace saber que, en diligencias de ocurso incoadas por, Shirley María Tijerino Bermúdez, en Exp. Nº 4986-2000, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 0822-2000.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina de Actos Jurídicos. San José, a las doce horas cinco minutos del ocho de junio del dos mil. Diligencias de ocurso incoadas por, Shirley María Tijerino Bermúdez, soltera, oficios del hogar, cédula de identidad número siete-ciento treinta y ocho-ciento cincuenta, vecina de Astúa Pirié, Cariari Pococí. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3...; Considerando: I.—Hechos probados..., II.—Hechos no probados..., III.—Sobre el fondo....; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de, José Andrés Vega Bermúdez, que lleva el número cuatrocientos cuarenta y cuatro, folio doscientos veintidós, tomo doscientos cuarenta y seis, de la Sección de Nacimientos de la provincia de Limón, en el sentido de que los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita son: “Tijerino Bermúdez”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Licda. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(IN2011093239).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Tsun Jen Meng Lin, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2372-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas seis minutos del cinco de octubre del dos mil once. Ocurso. Exp. N° 26781-2011. Resultando 1.-..., 2.-..., 3.-..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Hilary Patricia Meng Guerrero...; en el sentido que el segundo nombre y el segundo apellido del padre... son “Jen” y “Lin” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2011093284).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Luis Diego Lara Calvo, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2898-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas quince minutos del siete de noviembre del dos mil once. Exp. Nº 37708-2011. Resultando 1.-..., 2.-... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Luis Diego Javier Gerardo Lara Calvo..., en el sentido que la nacionalidad de la madre al momento del nacimiento de la persona ahí inscrita es “española”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2011093303).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por, Krisia de Los Ángeles Jiménez Porras, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 0191-11.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las diez horas cuarenta y cinco minutos del dos de febrero del dos mil once. Exp. Nº 20833-10. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquense razón marginal consignada mediante sello de reconocimiento y también en el asiento de nacimiento de, Johnny Alberto Mora Jiménez.... en el sentido que los apellidos del padre y el nombre de la madre... son “Rojas Mena” y “Krisia de Los Ángeles” respectivamente.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—RP2011270800.—(IN2011097273).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Marbelly Rayte Jiménez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1714-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las diez horas cincuenta y cinco minutos del primero de agosto del dos mil once. Exp. Nº 10069-2011. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Britany Yirlany Méndez Rayde...; en el sentido que el primer apellido de la madre... es “Rayte”.—Lic. Hugo Montero Hernández, Jefe a. í.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—RP2011270836.—(IN2011097274).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Virgilio Rodríguez Rojas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2610-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas dieciséis minutos del veinticuatro de octubre del dos mil once. Ocurso. Exp. N° 9146-2011. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Virgilio Luis Rodríguez Rojas...; en el sentido que el mes de nacimiento... es “mayo”.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—1 vez.—RP2011270841.—(IN2011097275).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Alma Iris Moreno Gutiérrez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 818-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las once horas y veinticinco minutos del diez de mayo del dos mil once. Exp. Nº 4530-2011. Resultando 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:.., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Josnell Josué Medina Moreno ...; en el sentido que el nombre de la madre de la persona ahí inscrita es “Alma Iris”.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—RP2011270844.—(IN2011097276).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Heylin Jiménez Flores, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2755-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas del cuatro de noviembre del dos mil once. Exp. Nº 39382-2011. Resultando 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Saulo Aguiluz Jiménez ...; en el sentido que el nombre de la madre ... es “Heylin Marcela” y no como se consignó.—Lic. Hugo Montero Hernández, Jefe a. í.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—1 vez.—RP2011270851.—(IN2011097277).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Yaquelin de la Cruz Amador Amador, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 2749-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las once horas y treinta minutos del cuatro de noviembre del dos mil once. Exp. Nº 35203-2011. Resultando 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Noel Calero Pérez con Yaquelin de la Cruz Amador Amador...; en el sentido que el segundo apellido de la madre del cónyuge, así como nombre y el segundo apellido del mismo son “Vásquez”, “Noel Antonio” y “Vásquez”; asimismo el nombre y los apellidos del padre y el nombre y los apellidos de la madre de la cónyuge son “Cruz Amador Rivas” y “Clara Nimia Amador, no indica segundo apellido” respectivamente y no como se consignaron.—Lic. Hugo Montero Hernández, Jefe a. í.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—1 vez.—RP2011270949.—(IN2011097278).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Rosa María Potosme Jiménez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 1470-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas dos minutos del trece de julio del dos mil once. Ocurso. Exp. Nº 14817-2011. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo;..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Anlly Anahí Ayestas Acevedo...; en el sentido que el primer nombre de la persona ahí inscrita así como el primer apellido de la madre de la misma son “Angie” y “Potosme” respectivamente.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—Lic. Óscar Fernando Mena Carvajal, Director General a. í.—1 vez.—RP2011270973.—(IN2011097279).

AVISOS

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Carmen Cicalese Fallone conocido como Carmen Vincent Cicalese, mayor, casado, pensionado, estadounidense, carné de residente pensionado 12242, vecino de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 2091-2008.—San José, veintiocho de noviembre del dos mil once.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2011268736.—(IN2011093044).

Sheng Chin Chang Chen, mayor, casado, administrador, taiwanés, cédula de residencia 115800062124, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 5000-2010.—San José, tres de octubre de dos mil once.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2011093287).

Julio César Ramírez Ramírez conocido como Julio César Ramírez Ortiz, mayor, divorciado, electricista, salvadoreño, cédula de residencia 220-135121-6950, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 3368-2009.—San José, once de octubre del dos mil once.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2011270810.—(IN2011097280).

Laura María Sención Irazabal, mayor, soltera, profesora, uruguaya, cédula de residencia N° 185800004413, vecina de Puntarenas, expediente 169-2009. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, veintisiete de mayo de dos mil once.—Lic. Óscar Fernando Mena Carvajal, Director General a. í.—1 vez.—RP2011270868.—(IN2011097281).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

PLAN DE COMPRAS DEL 2012

Se informa a todos los potenciales oferentes que el Plan de Compras para el año 2012, de la Presidencia de la República, que incorpora los Programas Administración Superior, Dirección General de Servicio Civil, Tribunal del Servicio Civil e Información y Comunicación, se encuentran a disposición de los interesados en el Sistema CompraRed, en la dirección electrónica https://www.hacienda.go.cr./comprared a partir del 2 de enero del 2012.

San José, 7 de diciembre del 2011.—Lic. Ricardo Blanco Valverde, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 10970.—Solicitud Nº 084-2011.—C-5420.—(IN2011095992).

Se informa a todos los potenciales oferentes que el Plan de Compras para el año 2012, del Ministerio de la Presidencia que incorpora los programas, Administración Superior, Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional, Unidad Especial de Intervención, se encuentran a disposición de los interesados en el Sistema CompraRed, en la dirección electrónica https://www.hacienda.go.cr./comprared a partir del 2 de enero del 2012.

San José, 7 de diciembre del 2011.—Lic. Ricardo Blanco Valverde, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 10971.—Solicitud Nº 83-2011.—C-5420.—(IN2011095994).

EDUCACIÓN PÚBLICA

PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES 2012

De conformidad con el artículo 6° de la Ley de Contratación Administrativa, en concordancia con el numeral 7 de su Reglamento, el Ministerio de Educación Pública hace de conocimiento de todos aquellos potenciales oferentes que el Plan Anual de Compras del presente ejercicio económico será debidamente publicado y visualizable en el sistema Comprared en la dirección electrónica https://www.hacienda.go.cr/comprared.

San José, 14 de diciembre del 2011.—Proveeduría Institucional.—Lic. Rosario Segura Sobaja, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 12828.—Solicitud Nº 20982.—C-6260.—(IN2011098985).

JUSTICIA Y PAZ

PROGRAMA ANUAL DE ADQUISICIONES 2012

(PLAN ANUAL DE COMPRAS)

De conformidad con los artículos 6 de la Ley de Contratación Administrativa y 7 de su Reglamento, la Proveeduría Institucional del Ministerio de Justicia y Paz, comunica a todos los interesados que a partir del día hábil siguiente a esta publicación, el Programa de Adquisiciones 2012 de este Ministerio, comprensivo de los Programas 779 (Actividad Central), 780 (Promoción de la Paz y la Convivencia Ciudadana), 783 (Administración Penitenciaria) y Patronato de Construcciones, Instalaciones y Adquisición de Bienes, estará disponible en el Sistema Electrónico de Compras Estatales Comprared (www.hacienda.go.cr/comprared) y en la página Web de este Ministerio (www.mj.go.cr/centro de documentos). Así mismo, se informa que, en lo sucesivo, cualquier modificación a ese Plan Anual de Compras será debidamente publicada por esos mismos medios electrónicos.

San José, 3 de enero del 2012.—Proveeduría.—Rolando Arturo Chinchilla Masís, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 005-11.—Solicitud Nº 42824.—C-14060.—(IN2011099158).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley y 7 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, el Poder Judicial hace del conocimiento de todos aquellos potenciales proveedores, el detalle del Plan Anual de Adquisiciones para el 2012, que se encuentra a disposición en la dirección electrónica www.poder-judicial.go.cr/proveeduria a partir de esta publicación.

San José, 20 de diciembre de 2011.—Dirección Ejecutiva.—Lic. Wilbert Kidd Alvarado, Jefe.—1 vez.—(IN2011099510).

BANCO DE COSTA RICA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES AÑO 2012

DESCRIPCIÓN

FECHA ESTIMADA

FUENTE FINANCIAMIENTO

MONTO APROXIMADO

MOBILIARIO Y EQUIPO

CONTADORAS DE BILLETES

I semestre

BCR

¢68.400.000.0

SILLAS VARIAS DE DIFERENTES TIPOS

I semestre

BCR

¢190.000.000.0

TECNOLOGÍA

Actualización Bank Trade

1 y 2 Semestre

BCR

$400.000.00

Actualización de licenciamiento PWA

1 y 2 Semestre

BCR

$100.000.00

Actualización Plataforma BANCATEL

1 y 2 Semestre

BCR

$550.000.00

Adquisición de 150 cajeros automáticos (pago licitación 2009)

1 y 2 Semestre

BCR

$3.200.000.00

Adquisición de Equipos de Comunicación

1 y 2 Semestre

BCR

$590.000.00

Adquisición de Equipos Soporte de Datos

1 y 2 Semestre

BCR

$500.000.00

Adquisición de librerías y cintas para respaldo

1 y 2 Semestre

BCR

$250.000.00

Adquisición de Servidores,  Microcomputadoras y Equipos Varios

1 y 2 Semestre

BCR

$3.520.000.00

Adquisición de sistemas de almacenamiento modular (Datawarehouse y Desarrollo)

1 y 2 Semestre

BCR

$850.000.00

Adquisición de switches para puntos de venta

1 y 2 Semestre

BCR

$600.000.00

Ampliación de almacenamiento por demanda

1 y 2 Semestre

BCR

$1.500.000.00

Ampliación de capacidad del AS/800

1 y 2 Semestre

BCR

$210.000.00

Automatización de procesos de Capital Humano

1 y 2 Semestre

BCR

$300.000.00

Bus de Servicios

1 y 2 Semestre

BCR

$500.000.00

Comunicaciones Unificadas Edificio Central

1 y 2 Semestre

BCR

$1.420.000.00

Conectividades, Gobierno Digital y Correo Electrónico

1 y 2 Semestre

BCR

$814.000.00

Consultorías

1 y 2 Semestre

BCR

$2.850.000.00

Desarrollo de Soluciones en Plataforma Abierta

1 y 2 Semestre

BCR

$383.000.00

Desarrollos Area Administrativa

1 y 2 Semestre

BCR

$901.000.00

Desarrollos Area Comercial

1 y 2 Semestre

BCR

$2.024.000.00

Desarrollos Regulatorios

1 y 2 Semestre

BCR

$966.000.00

Hardware y Software-Continuidad Operativa

1 y 2 Semestre

BCR

$3.186.000.00

Inteligencia de Negocios

1 y 2 Semestre

BCR

$500.000.00

Licenciamiento Microsoft Office

1 y 2 Semestre

BCR

$500.000.00

Mantenimiento de Hardware

1 y 2 Semestre

BCR

$1.408.000.00

Mantenimiento de Software

1 y 2 Semestre

BCR

$6.114.30

Mantenimientos Evolutivos

1 y 2 Semestre

BCR

$2.691.30

Migración Infraestructura BCR Personas

1 y 2 Semestre

BCR

$900.000.00

Nuevo Switch ATM`s y Puntos de Venta

1 y 2 Semestre

BCR

$450.000.00

Plan Antifraude (PAF)

1 y 2 Semestre

BCR

$500.000.00

Remplazo de Switches Oficinas Centrales

1 y 2 Semestre

BCR

$900.000.00

Repuestos equipos de comunicación / telefónicos y Mantenimiento de Comunicaciones

1 y 2 Semestre

BCR

$2.588.000.00

Sistema Custodia Electrónica

1 y 2 Semestre

BCR

$600.000.00

Sistema de Análisis Financiero

1 y 2 Semestre

BCR

$400.000.00

Sistema de Contabilidad

1 y 2 Semestre

BCR

$500.000.00

Sistema para automatizar pruebas de aplicaciones para Aseguramiento de la Calidad (robot de pruebas)

1 y 2 Semestre

BCR

$250.000.00

Software de seguimiento de gestiones comercios afiliados y POS

1 y 2 Semestre

BCR

$200.000.00

Soluciones para la Administración y Monitoreo de Aplicaciones y Ambientes de Producción, Desarrollo y Seguridad

1 y 2 Semestre

BCR

$2.744.000.00

Sustitución red inalámbrica LAN

1 y 2 Semestre

BCR

$250.000.00

OBRAS CIVILES

San Joaquín de Flores

II semestre

BCR

¢150.000.000.00

El Roble

II semestre

BCR

¢200.000.000.00

CNP Torres del Lago

II semestre

BCR

¢175.000.000.00

Red de ATM’s

I semestre

BCR

¢125.000.000.00

Paseo Colón

I semestre

BCR

¢150.000.000.00

Limón

I semestre

BCR

¢1.410.000.000.00

Heredia

I semestre

BCR

¢750.000.000.00

Ciudad Quesada

I semestre

BCR

¢400.000.000.00

Paso Canoas

I semestre

BCR

¢250.000.000.00

Edificio Los Ángeles-Telebanco

II semestre

BCR

¢100.000.000.00

San Rafael Escazú

II semestre

BCR

¢200.000.000.00

Centro de Datos Aranjuez

I semestre

BCR

¢1.974.000.000.00

Bodega Aranjuez

II semestre

BCR

¢200.000.000.00

Remodelaciones en Oficinas Centrales

I semestre

BCR

¢150.000.000.00

Nicoya

II semestre

BCR

¢100.000.000.00

Parrita

II semestre

BCR

¢100.000.000.00

Reparación fachada Oficina Central

II semestre

BCR

¢160.000.000.00

Centro de Negocios La Uruca

II semestre

BCR

¢150.000.000.00

Golfito

II semestre

BCR

¢100.000.000.00

Guápiles

II semestre

BCR

¢90.000.000.00

CC Plaza Mayor

II semestre

BCR

¢100.000.000.00

Mantenimiento general de todas las oficinas BCR

I semestre

BCR

¢440.000.000.00

Mantenimiento general de rótulos

I semestre

BCR

¢60.000.000.00

Mantenimiento de aires acondicionados

I semestre

BCR

¢300.000.000.00

Mantenimiento y reparación de plantas eléctricas

I semestre

BCR

¢220.000.000.00

Ascensores Edificio Los Ángeles

II semestre

BCR

¢60.000.000.00

Compra de plantas eléctricas

I semestre

BCR

¢75.000.000.00

Aire acondicionado Oficina Central

I semestre

BCR

¢120.000.000.00

Aire acondicionado de todas las oficinas BCR

I semestre

BCR

¢75.000.000.00

Aire acondicionado Grecia

II semestre

BCR

¢100.000.000.00

Aire acondicionado Cañas

II semestre

BCR

¢100.000.000.00

OFICINA DE SEGURIDAD

Contrato de mantenimiento preventivo y correctivo de los sistemas de alarmas

I semestre

BCR

¢250,000,000,00

Contrato de mantenimiento preventivo y correctivo de los sistemas de CCTV

I semestre

BCR

¢250,000,000,00

Contrato de mantenimiento preventivo y correctivo de los sistemas de Control de Acceso

I semestre

BCR

¢250,000,000,00

Contrato de mantenimiento preventivo y correctivo de los sistemas de GPS en camiones

I semestre

BCR

¢250,000,000,00

Compra de sistemas de Alarmas y accesorios (tarjetas, dispositivos)

I semestre

BCR

¢400,000,000,00

Compra de sistemas de video y accesorios

I semestre

BCR

¢200,000,000,00

Compra de sistemas de niebla de seguridad y accesorios

I semestre

BCR

¢100,000,000,00

Compra de cerraduras electrónicas para bóvedas, cajas fuertes y ATMs

I semestre

BCR

¢600,000,000,00

CCTV Movil Camiones Remeseros

I semestre

BCR

¢350,000,000,00

Compra Sistemas de Incendio

I semestre

BCR

¢195,000,000,00

Compra de CCTV Digital

I semestre

BCR

¢250,000,000,00

Compra Centrales de Radio Digitales

I semestre

BCR

¢65,000,000,00

Control de Acceso y Automatización, ampliar la red de control de acceso

I semestre

BCR

¢1,020,000,000,00

Programa Antifraude

II semestre

BCR

USD $ 1,4 Millones

Reforma y mantenimiento SICI

II semestre

BCR

¢50,000.000,00

Implementación proyecto Marcaje de Clientes

II semestre

BCR

¢300,000,000,00

OPERACIÓN DE TESORERÍA

Compra de 150 máquinas, contadoras clasificadoras y verificadoras de billetes

finales de abril

BCR

$ 1,000,000,00

Una máquina contadora, clasificadora y verificadoras de billetes 

 

 

 

de alto volumen con software para procesamiento de depósitos comerciales

I semestre

BCR

$ 500,000,00

 

 

 

 

 

 

 

 

48 Máquinas de escritorio, contadoras y verificadoras de billetes

II semestre

BCR

$ 192,000,00

5 Máquinas contadoras de moneda de bajo volumen

II semestre

BCR

$20,000,00

9 máquinas contadoras, verificadoras y clasificadoras de billetes de alto volumen

II semestre

BCR

$225,000,00

MERCADEO

CONTRATACIÓN DE HASTA TRES AGENCIAS DE PUBLICIDAD

I semestre

BCR

Cuantía inestimable

GIRAS ESCUELAS, COLEGIOS Y UNIVERSIDADES TARJETAS

1 y 2 Semestre

BCR

¢150.000.000.0

 

Rodrigo Aguilar S., Supervisor.—1 vez.—O. C. Nº 60598.—Solicitud Nº 45872.—C-165790.—(IN2011099437).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS

DIRECCIÓN EQUIPAMIENTO INSTITUCIONAL

Programa de Compras año 2012

Unidades Programáticas (3110, 3101, 5201)

Se avisa a todos los potenciales oferentes que el Programa de Compras de la Dirección Equipamiento Institucional para el 2012, se encuentra a disposición de los interesados en la página Web de la Caja Costarricense de Seguro Social http://www.ccss.sa.cr.

San José, 13 de diciembre del 2011.—Subárea Gestión Administrativa y Logística .—Lic. Vilma Arias Marchena. Jefa a.í.—1 vez.—(IN2011097624).

La Dirección Mantenimiento Institucional de la Caja Costarricense de Seguro Social, informa al público en general, el programa de compras del año 2012, de todas sus unidades adscritas:

Subárea Confección Reparación y Mobiliario, Unidad Ejecutora 3103, Área Investigación y Desarrollo, Unidad Ejecutora 3105, Área Mantenimiento Infraestructura y Equipo Industrial, Unidad Ejecutora 3106, Dirección Mantenimiento Institucional, Unidad Ejecutora 3107, Programa de Seguridad en Incendios y Explosiones, Unidad Ejecutora 3108, Área de Control de Calidad y Protección Radiológica, Unidad Ejecutora 3112.

Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 15 de diciembre del 2011.—Subárea de Gestión Administrativa y logística.—Lic. José Miguel Chavarría Cordero, Jefe.—1 vez.—(IN2011098248).

ÁREA DE SALUD ALFARO RUIZ

Plan Anual de Adquisiciones 2012

El Área de Salud de Alfaro Ruiz, les informa a todos los interesados que a partir de enero del 2012, el Plan Anual de Adquisiciones y sus modificaciones se encuentran a disposición los interesados en la dirección electrónica: www.ccss.sa.cr en el link Contratación y otros servicios.

Zarcero, 12 de diciembre del 2011.—M.S.C. Randall Muñoz Camacho, Administrador a. í.—1 vez.—(IN2011098303).

HOSPITAL DE GOLFITO

DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA FINANCIERA

PROGRAMA DE COMPRAS AÑO 2012

El Hospital de Golfito en cumplimiento con lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa y artículo 7 Reglamento Contratación Administrativa, se informa que el Programa de Compras para el año de 2012, se encuentra publicado en la página Web de la Institución en el apartado “Contratación y otros Servicios” ver detalles y mayor información en www.ccss.sa.cr

Golfito, 13 de diciembre de 2011.—Mba. Mayela Arauz Arauz, Directora Administrativa.—1 vez.—(IN2011098310).

ÁREA DE SALUD DE CORREDORES

Unidad Programática 2758

Programa Anual de Compras año 2012

Con base en lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa, se informa que el Programa de Compras para el año 2012, del Área de Salud de Corredores, Unidad Programática 2758, se encuentra a disposición de los interesados en la página oficial de la Caja Costarricense de Seguro Social en la dirección electrónica https//www.ccss.sa.cr.

La Cuesta, 13 de diciembre 2011.—Administración.—Lic. Kattya Valdivia Durán, Administradora.—1 vez.—(IN2011098430).

HOSPITAL DR. CARLOS LUIS VALVERDE VEGA

PROGRAMA ANUAL DE ADQUISICIONES AÑO 2012

UNIDAD PROGRAMÁTICA 2207

El Área de Gestión de Bienes y Servicios del Hospital Dr. Carlos Luis Valverde Vega de San Ramón, le informa a todos los interesados que a partir de esta fecha el programa anual de adquisiciones se encuentra a su disposición en la dirección electrónica: www.ccss.sa.cr.

San Ramón, 15 de diciembre de 2011.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Seidy Chaves Torres, Jefa.—1 vez.—(IN2011098449).

DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS

DE SALUD CENTRAL NORTE

PROGRAMA ANUAL DE ADQUISICIONES AÑO 2012

De conformidad con los artículos 6 y 7 de la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento respectivamente, esta administración les comunica a todos los interesados que nuestro programa de adquisiciones 2012 y sus modificaciones, se encuentra disponible en la siguiente dirección:

http://portal.ccss.sa.cr/portal/page/portal/Portal/pac2012.

20 de diciembre del 2011.—Unidad Regional de Contratación Administrativa.—Lic. Javier Alpízar Guzmán, Coordinador.—1 vez.—(IN2011099512).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

UNIDAD DE COMPRAS INSTITUCIONALES

Programa de Adquisiciones del Instituto Nacional

de Aprendizaje (bienes, servicios, materiales,

herramientas, equipos y construcciones),

periodo 2012

El Instituto Nacional de Aprendizaje, de acuerdo al artículo Nº 7 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, informa a todas las personas interesadas que en la dirección www.ina.ac.cr/Proveeduria, se encuentra el Programa de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje (Bienes, servicios, materiales, herramientas, equipos y construcciones) periodo 2012.

Lic. Ana Luz Mata Solís, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 21678.—Solicitud Nº 32597.—C-7800.—(IN2011099044).

VARIACIÓN DE PARÁMETROS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE LOGÍSTICA

DIRECCIÓN TÉCNICA DE BIENES Y SERVICIOS

Que en atención a los oficios AMTC-3426-12-2011 del Área de Medicamentos y Terapéutica Clínica y el oficio SIEI-02250-2011 de la Subárea de Investigación y Evaluación de Insumos, se informa que se modificó la siguiente ficha técnica:

 

CÓDIGO

DESCRIPCIÓN MEDICAMENTO

OBSERVACIONES

1-10-13-0795

Gemfibrozilo 600 MG.

Versión 29603 Rige a partir de su publicación

 

Esta ficha técnica se encuentra disponible en la Subárea de Investigación y Evaluación de Insumos, ubicada en el piso 13 del edificio Genaro Valverde, oficinas centrales de la CCSS.

Área de Planificación de Bienes y Servicios.—Lic. William Vargas Chaves, Mass Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 2112.—Solicitud Nº 37141.—C-15200.—(IN2011099083).

REGISTRO DE PROVEEDORES

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

Invitación para integrar el Registro de

Proveedores del año 2012

Con el fin de inscribir o bien actualizar nuestro Registro de Proveedores potenciales de bienes, servicios y obras, se invita a las personas físicas y jurídicas que deseen ser consideradas en futuras contrataciones para que proporcionen por escrito la información necesaria, tal y como se establece en el artículo 46 de la Ley de Contratación Administrativa y los artículos 116 al 124 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. Los interesados podrán retirar el formulario en nuestras oficinas, sin costo alguno, ubicadas en el primer piso del edificio principal, avenidas central y primera, calles 2 y 4 o ingresando a la dirección: http://www.bccr.fi.cr/flat/bccr_flat.htm de la página Web del BCCR, en la opción Contratación Administrativa, Formularios, Invitación a Proveedores.

Cualquier consulta al respecto pueden realizarla a los números telefónicos 2243-3368  ó  2243-3354.

San José, 15 de diciembre del 2011.—Proveeduría.—Rolando Protti B., Director.—1 vez.—O. C. Nº 11674.—Solicitud Nº 1728.—(IN2011099022).

INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL

ÁREA DE PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

De conformidad con lo que establece el artículo 108 de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 116 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se invita a los interesados a formar parte del registro de proveedores del IMAS, o actualizar la información en caso de estar vencido. El formulario de inscripción puede ser accesado ingresando a la página electrónica de la Institución: www.imas.go.cr. El formulario y los documentos requeridos, se pueden presentar en oficinas centrales o en las áreas regionales de desarrollo social del IMAS.

San José, 9 de diciembre del 2011.—Proveeduría.—MBA. Ramón Alvarado Gutiérrez, Proveedor.—1 vez.—(IN2011096440).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DE HEREDIA

De conformidad con los artículos 116, 117, 118, 122, del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa se invita a personas físicas y jurídicas a integrar el Registro de Proveedores de esta Municipalidad, a efecto de ser considerados como potenciales oferentes, mediante solicitud de inscripción firmada por el interesado y el apoderado; según sea el caso, en la oficina de Proveeduría Municipal cumpliendo con los siguientes requisitos:

1-  Nota de solicitud dirigida al Departamento de Proveeduría la cual debe contener: las calidades del solicitante sea persona física o jurídica, nombre del o de los representantes legales así como indicación de los poderes que ostentan, la firma del solicitante o representante legal, número teléfono, fax, dirección física, electrónica, apartado postal, medio para recibir notificaciones,

2-  Copia certificada por Notario Público de la cédula de identidad proveedor, de sus representantes legales, y de la cédula jurídica

3-  Original o copia reciente certificada de certificación de inscripción, personería jurídica,

4-  Original o copia reciente certificada de naturaleza y propiedad de las acciones de la sociedad.

5-  Declaración jurada donde el proveedor declare bajo fe de juramento que no le alcanzan ninguna de las prohibiciones para contratar con la Administración, y que se encuentra al día en el pago de todo tipo de impuestos nacionales, así como con sus obligaciones con la Caja Costarricense de Seguro Social.

6-  Descripción de la actividad a que se dedica y los bienes y servicios que ofrece e incorporar listas o catálogos si los tuviera.

7-  Cualquier otra información que se estime conveniente.

8-  Los proveedores ya inscritos podrán mediante nota informar si toda la información presentada a la fecha se mantiene invariable, de lo contrario suministrar la documentación de los cambios realizados.

La documentación debe ser entregada en la oficina de Proveeduría Municipal, 100 sur del Templo Católico  de San Isidro Heredia o al apartado 221-3017.

San Isidro de Heredia, 9 diciembre del 2011.—Proveeduría.—Sandra Ramírez Villalobos, Proveedora.—1 vez.—(IN2011097139).

REGLAMENTOS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS

El Concejo Municipal del cantón de San Carlos, comunica que mediante acta número 71, artículo número 34, de la sesión ordinaria celebrada el lunes 31 de octubre del 2011 en el salón de sesiones de la Municipalidad de San Carlos y con fundamento en los artículos 140, incisos 3) y 18) y artículo 169 de la Constitución Política, el artículo 28, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública; los artículos 60, inciso c) y 69 de la Ley Orgánica del Ambiente y el artículo 8º, inciso b) de la Ley para la Gestión Integral de Residuos y el artículo 13, inciso c) del Código Municipal, se aprobó la publicación del:

PROYECTO DE REGLAMENTO PARA LA GESTIÓN

INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS

DEL CANTÓN SAN CARLOS

Considerando:

a) Que el artículo 50 de la Constitución Política reconoce el derecho de toda persona a gozar de un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, así como el deber del Estado de garantizar, defender y preservar dicho derecho.

b) Que de conformidad con el artículo 169 de la Constitución Política corresponde a la municipalidad la administración de los intereses y servicios locales.

c) Que de conformidad con la Ley para la Gestión Integral de Residuos, corresponde a las municipalidades la gestión integral de residuos sólidos en su cantón.

d) Que de conformidad con el Código Municipal, el Concejo puede organizar mediante reglamento, la prestación de los servicios públicos municipales.

e) Que el Plan Nacional de Residuos Sólidos (PRESOL), orienta las acciones en material de gestión integral de residuos sólidos y promueve los planes y reglamentos municipales en la materia.

f) Que el cantón cuenta con el Plan Municipal de Gestión Integral de Residuos Sólidos como instrumento para la planificación y ejecución del manejo de los residuos a nivel cantonal.

g) Que se hace necesario regular los diferentes aspectos de la gestión de los residuos sólidos con el fin de promover la gestión integral de los mismos en el cantón.

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1º—Objeto General. Este reglamento municipal tiene por objeto regular en forma integral la gestión de residuos sólidos que se generan en el cantón y que por ley son responsabilidad de esta Municipalidad.

Por tanto, define las responsabilidades de los diferentes actores y generadores del cantón; regula la recolección, el transporte, almacenamiento temporal, valorización, tratamiento y disposición final correcta de los residuos sólidos en el cantón; define y establece la estructura institucional y operativa necesaria para cumplir la gestión integral de residuos sólidos en el cantón y complementa las regulaciones nacionales en materia de gestión de residuos.

Artículo 2º—Alcance. Este reglamento es de acatamiento obligatorio para todas las personas, físicas y jurídicas, públicas y privadas, generadoras de residuos sólidos ordinarios de competencia municipal que se encuentren localizados dentro del ámbito territorial del cantón de San Carlos y para quienes estén fuera del territorio pero utilicen los sistemas de tratamiento o disposición final del cantón.

Artículo 3º—Definiciones. Para los efectos de este reglamento se entiende por:

a) Almacenamiento: Acción de retener temporalmente residuos en tanto se entregan al servicio de recolección, se procesan para su aprovechamiento o cambio de sus características, o se dispone de ellos.

b) Centro de acopio comunal: Instalación comunal, con el equipamiento necesario, para el almacenamiento de residuos sólidos valorizables generados por los vecinos, previo a la recolección segregada por parte de los vehículos respectivos para su transporte a un centro de recuperación de materiales.

c) Centro de recuperación de materiales: Es un sitio permanente de recepción y almacenamiento temporal de residuos para su valorización, donde los materiales recuperables pueden ser pesados, clasificados, separados y preparados de acuerdo a su naturaleza (p.ej. plástico, cartón, papel, vidrio y metales) para su posterior comercialización.

d) Compostaje: Técnica que permite la descomposición de la materia orgánica biodegradable en forma controlada para lograr un producto utilizable como mejorador de suelo.

e) Contenedor: Recipiente destinado al almacenamiento temporal de residuos sólidos no peligrosos de origen doméstico, comercial o industrial.

f) Disposición final: Ordenada y definitiva colocación, distribución y confinamiento de los residuos ordinarios en un sitio diseñado para este fin.

g) Fuente de Generación: Lugar donde se generan los residuos.

h) Generador: Persona física o jurídica, pública o privada, que genera residuos sólidos, a través del desarrollo de procesos productivos, de servicios, de comercialización o de consumo que son de competencia municipal.

i) Gestión Integral de Residuos Sólidos (GIRS): Conjunto articulado e interrelacionado de acciones regulatorias, operativas, financieras, administrativas, educativas, de planificación, monitoreo y evaluación para el manejo de los residuos sólidos, desde su generación hasta la disposición final.

j) Gestor: Persona física o jurídica, pública o privada, encargada de la gestión total o parcial de los residuos sólidos y debidamente autorizada al efecto por esta municipalidad.

k) Manejo de residuos: Conjunto de actividades técnicas y operativas de la gestión de residuos que incluye: almacenamiento, recolección, transporte, valorización, tratamiento y disposición final.

l) Plan Municipal de Gestión Integral de Residuos Sólidos (PMGIRS): Instrumento que define la política cantonal en la materia y orientará las acciones municipales y/o cantonales en el tema dentro del área de su competencia. Es resultado de un proceso de planificación que se elabora de preferencia de forma participativa por la municipalidad incorporando los diversos actores del cantón.

m) Recolección: Acción de recolectar los residuos sólidos de competencia municipal en la fuente de generación o recipientes, de acuerdo a lo establecido en este reglamento, para ser trasladados a las estaciones de acopio comunal, centros de recuperación, instalaciones de tratamiento, o disposición final.

n) Recolección segregada: Servicio de recolección separada de residuos sólidos previamente clasificados en la fuente de generación según el tipo de material que permite que puedan ser valorizados.

o) Reglamento: El presente reglamento.

p) Relleno Sanitario: Método de ingeniería para la disposición final de los residuos sólidos que se generan en el cantón de acuerdo con el Reglamento de Rellenos Sanitarios.

q) Residuos de construcción y demolición: aquellos residuos sólidos generados en faenas tales como: la construcción, reconstrucción, reparación, alteración, ampliación y demolición de edificios, y obras de urbanización de cualquier naturaleza, sean urbanas o rurales.

r) Residuo de manejo especial: Aquellos residuos ordinarios que por su volumen, su cantidad, sus riesgos potenciales, sus necesidades de transporte, sus condiciones de almacenaje o su valor de recuperación, requieren salir de la corriente normal de residuos.

s) Residuo orgánico: Residuo fácilmente biodegradable sólido o semisólido, de origen animal o vegetal, que puede ser descompuesto y aprovechado por medio del compostaje.

t) Residuo peligroso: Aquel que por sus características corrosivas, explosivas, radioactivas, tóxicas, infecciosas, biológicas, inflamables, combustibles, punzo- cortantes o la combinación de ellas pueden causar daños a la salud de las personas y al ambiente. Se considerará como residuo peligroso originado en las unidades habitacionales, entre otros, los siguientes: medicinas vencidas, termómetros de vidrio, lámparas fluorescentes, luminarias, baterías, sustancias inflamables (restos de pinturas y disolventes), aceites usados, equipos electrónicos y agujas para inyectar u otros objetos punzo-cortantes.

u) Residuo sólido: Material sólido o semi-sólido, post-consumo cuyo generador o poseedor debe o requiere deshacerse de él.

v) Residuo sólido ordinario: Residuo de origen principalmente domiciliario o que proviene de cualquier otra actividad comercial, de servicios, industrial, limpieza de vías y áreas públicas, que tengan características similares a los domiciliarios.

w) Residuo sólido valorizable: Residuo que tiene valor de reuso o tiene potencial de ser valorizado a través de procesos de reciclaje o compostaje.

x) Residuo sólido voluminoso o no tradicional: Aquellos objetos dispuestos por sus propietarios en forma esporádica, al haber terminado su vida útil, los cuales por su tamaño, peso o características no son aptos para la recolección ordinaria y requieran de un servicio especial de recolección; como refrigeradores, calentadores de agua, estufas, colchones, lavadoras o cualquier mueble de características similares.

y) Separación de los residuos: Procedimiento mediante el cual se evita desde la fuente de generación que se mezclen los residuos sólidos, lo que permite que éstos se dispongan de forma clasificada y separada, con fines de recolección.

z) Tratamiento: Transformación de los residuos o partes específicas a nuevos productos o al cambio de las características, como son el reciclaje, compostaje, tratamiento mecánico-biológico, tratamiento térmico, entre otros.

aa) Usuario: Tiene la categoría de usuario para los efectos de la prestación de los servicios aquí regulados, toda persona física y jurídica, que resulte afectada o beneficiada de los servicios de la GIRS.

bb) Valorización: Conjunto de acciones asociadas cuyo objetivo es dar un valor agregado a los residuos para los procesos productivos mediante la recuperación de materiales y/o el aprovechamiento energético y el uso racional de los recursos.

Artículo 4º—Propiedad de los residuos. Los residuos sólidos ordinarios generados serán propiedad y responsabilidad de la Municipalidad en el momento de que los usuarios del servicio público sitúan o entregan los residuos para su recolección, de conformidad con el reglamento respectivo. Sin embargo, la Municipalidad puede otorgar el derecho de la recolección y la valorización a terceros calificados previamente.

CAPÍTULO II

De las atribuciones y obligaciones municipales

Artículo 5º—Responsable de la Gestión Integral de Residuos Sólidos. Para el cumplimiento e implementación de este reglamento y de otra legislación nacional vigente en la materia, la Municipalidad de San Carlos a través de su Departamento de Servicios Públicos con la colaboración y la asesoría del Departamento de Gestión Ambiental serán las entidades responsables de la gestión de los residuos sólidos en el cantón. La administración y el Concejo Municipal dotarán a estas dependencias del personal técnico y profesional necesario, así como del presupuesto adecuado para cumplir con sus funciones.

Artículo 6º—De las competencias municipales en la GIRS. De conformidad con la legislación vigente, la Municipalidad es responsable, en materia de gestión integral de residuos sólidos, de las siguientes competencias:

a) Prestar los servicios de recolección, separación, tratamiento (reciclaje, compostaje, otros), transporte y disposición final de residuos sólidos ordinarios.

b) Realizar la limpieza de caños, acequias, alcantarillas, vías, plazas y parajes públicos.

c) Concertar pactos, convenios o contratos con personas o entidades para la prestación de dichos servicios en su totalidad o solamente parte de estos así como garantizar el cumplimiento de sus funciones.

d) Establecer convenios con otras municipalidades para prestar los servicios de gestión integral de residuos sólidos o parte de estos en conjunto.

e) Participar en mancomunidades para prestar los servicios en su totalidad o parte de los mismos.

f) Aprobar y aplicar las tasas correspondientes por dichos servicios.

g) Aplicar sanciones e incentivos en caso de no cumplimiento del reglamento conforme la legislación vigente.

h) Acatar los reglamentos y directrices que en la materia dicte el Ministerio de Salud.

Artículo 7º—Atribuciones del Departamento de Servicios Públicos. Es atribución y deber del Departamento de Servicios Públicos en materia de Gestión Integral de Residuos Sólidos, a través de su personal y en coordinación con otras unidades municipales, de conformidad con su competencia, lo siguiente:

a) Planear, diseñar, instrumentar, operar y prestar el servicio público de gestión integral de residuos sólidos de competencia municipal.

b) Elaborar, instrumentar y operar un área de atención de denuncias de los usuarios, a través del cual se atiendan y procesen denuncias con relación a los derechos y obligaciones establecidas por este Reglamento para las autoridades municipales y para los habitantes y visitantes del cantón. Esta labor se debe hacer en coordinación con los inspectores municipales o la policía municipal cuando proceda.

c) Establecer el registro de empresas y particulares autorizados para la prestación de servicios de gestión integral de residuos sólidos de competencia municipal a que se refiere este reglamento.

d) Establecer y mantener actualizado el registro de los grandes generadores de residuos sólidos de competencia municipal.

e) Emitir los dictámenes técnicos correspondientes para la prestación del servicio público de manejo integral de residuos sólidos de competencia municipal a los propietarios y/o responsables de fraccionamientos y conjuntos habitacionales de cualquier tipo.

f) Organizar administrativamente y operativamente el servicio público de aseo urbano y recolección de residuos de competencia municipal, y formular el programa anual del mismo de acuerdo al Plan Municipal de Gestión Integral de Residuos Sólidos.

g) Implementar acciones y mecanismos preventivos a efecto de evitar que se arrojen, derramen, depositen o acumulen residuos en espacios públicos que pudieran causar daño a la salud, entorpezcan la libre utilización de los mismos o perjudiquen la imagen urbana.

h) Vigilar permanentemente la correcta separación de los residuos sólidos de competencia municipal en las fuentes de generación.

i) Vigilar permanentemente la no presencia de residuos peligrosos en los residuos sólidos de competencia municipal.

j) Dar aviso a las autoridades competentes de la presencia de residuos peligrosos y de manejo especial durante la prestación del servicio público de manejo integral de residuos sólidos de competencia municipal.

k) Establecer e informar a la población las rutas, horarios y periodicidad en que se prestará el servicio público de aseo urbano de competencia municipal.

l) Determinar, en conjunto con el tesorero municipal, el monto de las tasas por el servicio a que estará sujeta la prestación del servicio público de aseo urbano.

m) Procurar la utilización de instrumentos y maquinaria de forma tal que permita la optimización de sus funciones y recursos.

n) Prohibir la separación de los residuos en los camiones de recolección o transporte de residuos sólidos.

o) Las demás facultades y atribuciones que otorgan el presente ordenamiento y disposiciones legales aplicables.

Artículo 8º—Atribuciones del Departamento de Gestión Ambiental. Es atribución y deber del Departamento de Gestión Ambiental en materia de Gestión Integral de Residuos Sólidos, a través de su personal y en coordinación con otras unidades municipales, de conformidad con su competencia, lo siguiente:

a) Elaborar, instrumentar y operar las campañas de educación ambiental e información necesarias para la correcta implementación del manejo integral de los residuos sólidos de competencia municipal.

b) Observar y vigilar el cumplimiento de la normativa para el servicio público de manejo integral de residuos sólidos de competencia municipal.

c) Supervisar y monitorear la correcta prestación del servicio público de manejo integral de residuos sólidos de competencia municipal materia del presente reglamento, ya sea ejecutado de propia mano o por concesión.

d) Realizar campañas de prevención y minimización, acopio, reuso, recuperación y separación de los residuos valorizables contenidos en los residuos sólidos de competencia municipal.

e) Estimular y promover con la población las actividades necesarias para el auxilio en la vigilancia y cumplimiento del presente reglamento.

f) Coordinar con las autoridades nacionales, en la vigilancia del cumplimiento de la normativa vigente.

g) Promover el establecimiento de centros de recuperación.

h) Apoyar y fortalecer a los centros de recuperación de materiales con espacio físico, infraestructura y equipo según la figura legal establecida, dando prioridad a los centros de recuperación ya establecidos.

i) Mantener sistemas de datos detallados que integrarán el Sistema de Información sobre la Gestión Integral de Residuos, que contendrá la información relativa a la situación local, los inventarios de residuos generados, la infraestructura disponible para su manejo, las disposiciones jurídicas aplicables a su regulación y control y otros aspectos que faciliten el logro de los objetivos de la Ley y los ordenamientos que de ella emanen.

j) Coordinar con las autoridades nacionales para la ejecución de las disposiciones legales aplicables en materia de residuos de manejo especial y peligrosos.

k) Coordinar con otras autoridades municipales para la aplicación de acciones conjuntas para la prevención y gestión integral de residuos sólidos de competencia municipal.

l) Coordinar las acciones de la Comisión del Plan Municipal de Gestión Integral de Residuos Sólidos para la implementación de dicho Plan.

m) Supervisar las labores del Departamento de Servicios Públicos y dar asesoría técnica en el desarrollo e implementación de proyectos y actividades de la Gestión Integral de los residuos Sólidos.

n) Las demás facultades y atribuciones que otorgan el presente ordenamiento y disposiciones legales aplicables;

CAPÍTULO III

Implementación, seguimiento y mejora del PMGIRS

Artículo 9º—Comisión Interinstitucional del Plan Municipal de Residuos Sólidos. Es una comisión interinstitucional conformada por:

-    Tres regidores integrantes de la Comisión de Ambiente.

-    Dos síndicos propietarios.

-    Coordinador Servicios Públicos.

-    Departamento de Gestión Ambiental Municipal.

-    Representante de la Dirección de Planificación Municipal.

-    Un representante de Dirección de Rectoría de la Salud Región Huetar Norte.

-    Un representante Área Rectora de Salud.

-    Un representante Área de Conservación Arenal Huetar Norte (ACAHN), del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC).

-    Dirección Regional del Ministerio de Educación Pública de San Carlos.

-    Dirección de Rectoría de la Salud Región Huetar Norte (Regional Ministerio de Salud).

-    Dos Representantes de la sociedad civil.

-    Dos representantes de la empresa privada.

-    Dos representantes del sector académico.

Artículo 10.—Funciones de la Comisión Interinstitucional del Plan Municipal de Residuos Sólidos. Son responsabilidades de la Comisión Interinstitucional del Plan Municipal de Residuos Sólidos las siguientes:

a) Implementar, supervisar y dar seguimiento al PMGIRS Definir los mecanismos de organización (comité coordinador y comités de trabajo). El cumplimiento de las responsabilidades municipales establecidas dentro de la legislación y los reglamentos vigentes deben ser cumplidas y ejecutadas por las entidades municipales correspondientes, con la colaboración y asesoría de la Comisión Interinstitucional del Plan Municipal de Residuos Sólidos.

b) Diseñar un plan de trabajo y seguimiento, que incluya la divulgación y capacitación sobre el PMGIRS. Esto implica la relación con los medios de comunicación masivos del cantón, que contribuyan con la transformación y cambio hacia la gestión integral de residuos sólidos.

c) Apoyar la implementación de todos los planes, proyectos y programas que se estén implementando.

d) Articular y coordinar las acciones con las instituciones representadas en la Comisión, y con todas aquellas que durante el proceso se vayan integrando para alcanzar los resultados esperados.

e) Identificar, priorizar y contactar a los actores involucrados en las diferentes etapas de implementación de la GIRS.

f) Promover, coordinar y formalizar el establecimiento de alianzas, convenios y cartas de intenciones entre instituciones públicas y privadas que intervienen en el corto, mediano y largo plazo en la implementación del PMGIRS.

g) Diseñar los programas, proyectos y planes específicos que permiten el logro de las acciones estratégicas establecidas en el PMGIRS.

h) Coordinar la gestión de consecución de fondos públicos, privados, de cooperación internacional y organizaciones multilaterales, que permitan el desarrollo de los programas y proyectos del PMGIRS.

i) Asignar y supervisar las funciones del Comité MES, del PMGIRS.

j) Gestionar y documentar los cambios requeridos según la sistematización y monitoreo del proceso, con el propósito de garantizar el logro de los resultados esperados.

k) Mantener informado, de forma verbal y por escrito, al Concejo Municipal, Alcalde y autoridades institucionales representadas en la Comisión, sobre los avances, logros y limitaciones del proceso de implementación y ejecución del PMGIRS.

l) Mantener una comunicación transparente, fluida y permanente con los distintos actores involucrados en el proceso del PMGIRS.

m) Brindar los informes oficiales de gestión técnica, administrativa y financiera que le sean requeridos.

n) Promover y participar de las actividades de intercambio de experiencias que se convoquen a nivel nacional e internacional, que permita la divulgación del trabajo realizado.

o) Realizar autoevaluaciones permanentes del proceso de implementación y ejecución del PMGIRS.

p) Asesorar al Concejo Municipal en la toma de decisiones respecto a la GIRS.

CAPÍTULO IV

Participación civil y comunal

Artículo 11.—Centros de acopio comunal

a) Los barrios, comunidades, asociaciones o cualquier tipo de organización comunal pueden constituir centros de acopio comunal para almacenar los residuos sólidos valorizables en su fuente de generación para recibir el servicio de recolección segregada de residuos sólidos reciclables.

b) Los centros de acopio comunal que trabajen eficientemente y acogiendo lo estipulado en este reglamento pueden recibir incentivos que impulsen el funcionamiento del centro y ayuden a mejorar su gestión.

c) Los centros de acopio comunal comunales deben tener una persona debidamente capacitada en el manejo correcto de los residuos sólidos reciclables encargada de la organización, el orden de las instalaciones y de informar de sus gestiones a la municipalidad.

d) Los centros de acopio comunal deben localizarse en áreas a las cuales tengan acceso los vecinos del sector pero que sean de carácter privado (salón comunal, oficina del acueducto, plaza de deportes cerrada, pulpería, escuela, etc.) para evitar el mal uso de las zonas de almacenamiento. Además los centros de acopio comunal deben tener acceso para el camión recolector.

e) Se pueden establecer convenios con los centros de acopio comunal para crear mecanismos de cooperación en la gestión integral de los residuos sólidos en el sector.

f) La Municipalidad en coordinación con otros actores sociales realizará actividades de educación que permitan a las comunidades adquirir las destrezas para clasificar sus residuos sólidos valorizables e instalar centros de acopio comunales o colectores de material reciclable. Al mismo tiempo sensibilizarlos sobre las ventajas que esto trae, la importancia de un buen manejo de los residuos sólidos y las responsabilidades de las comunidades como generadores.

g) Los centros de acopio comunal deben cumplir con los requisitos establecidos por el Departamento de Gestión Ambiental y registrarse ante el mismo para iniciar sus actividades.

Artículo 12.—Gestores de residuos sólidos.

a) Se pueden establecer convenios con gestores de residuos sólidos que estén legalmente establecidos, registrados ante el Ministerio de Salud y capaces de certificar el tratamiento correcto de los residuos sólidos y su trazabilidad.

b) Los gestores de residuos sólidos que tengan convenios con la Municipalidad deben brindar un informe trimestral de sus funciones donde se describa: cantidad de material acopiado de cada fibra, cantidad de material valorizado por fibra, lista de ciudadanos, organizaciones o empresas colaboradoras, la forma de ejecución del servicio, las certificaciones o comprobantes vigentes emitidos por las empresas a las que venden los residuos y cualquier otra información que se considere pertinente.

Artículo 13.—Supervisión vecinal. Todos los usuarios deben cumplir y velar por que sus vecinos más cercanos cumplan con las disposiciones de este Reglamento. En el caso de que algún usuario requiera denunciar algún incumplimiento de sus vecinos, puede hacerlo en el Departamento de Servicios Públicos de la Municipalidad o a través de los medios establecidos y publicitados previamente por la Municipalidad para tal efecto.

CAPÍTULO V

Sobre la responsabilidad ambiental

de las industrias y del comercio

Artículo 14.—Programas de residuos por parte de los generadores.

a) Los generadores deben elaborar e implementar un programa o plan de manejo integral de residuos para sus instalaciones y procesos, el cual debe incluir la jerarquización de los residuos sólidos (evitar, reducir, reutilizar y valorizar a través del reciclaje) y la entrega de los mismos a gestores autorizados para su tratamiento.

b) Los contenidos del programa de manejo integral de residuos deberán coadyuvar al cumplimiento de la política nacional, el Plan Nacional y la Ley para la Gestión Integral de Residuos y todos sus reglamentos así como lo establecido en el PMGIRS y ser acordes a los establecido en los mismos. Los requisitos y el contenido de los programas de manejo integral se sujetarán a lo previsto en la legislación vigente.

Artículo 15.—Reconocimiento municipal al desempeño en GIRS. Una vez al año, la Municipalidad hará un reconocimiento a las de empresas, instituciones comercios u organizaciones que realicen una labor sobresaliente en materia de protección y conservación del ambiente.

CAPÍTULO VI

Del manejo integral de los residuos sólidos

Artículo 16.—De las responsabilidades. Tanto los generadores, los usuarios del servicio, así como las entidades autorizadas por la Municipalidad para el manejo de algunas de las etapas de la gestión de los residuos sólidos en el cantón, son responsables de acatar las disposiciones establecidas en este reglamento.

Artículo 17.—Responsabilidades del Generador.

a) Almacenar temporalmente los residuos generados en su casa o terreno de tal forma, que no causen ningún impacto ambiental y/o riesgo a su salud o de otras personas de la comunidad.

b) Colocar los residuos sólidos generados en el horario establecido y comunicado por la Municipalidad para el sector donde estén ubicados el día de la recolección, de tal forma que no causen impactos ambientales o de salud.

c) Entregar los residuos sólidos en bolsas o recipientes cerrados.

d) Obtener los recipientes desechables para entregar los residuos, pueden ser bolsas plásticas o de características similares. Estas deberán tener las siguientes características:

1. Su resistencia deberá soportar la tensión ejercida por los residuos contenidos y por la manipulación.

2. Su capacidad y color debe estar de acuerdo con lo que establezca al respecto la Municipalidad para cada tipo de residuo.

3. Deberán poder cerrarse adecuadamente, de tal forma que estando cerrados no permitan la entrada de agua, insectos o roedores, ni el escape de líquidos.

4. Los recipientes reutilizables deberán ser de tal forma que estando cerrados no permitan la entrada de agua, insectos o roedores, ni el escape de líquidos. Estarán hechos de material liso e impermeable que permita su lavado y limpieza; asimismo, su volumen y peso no deberán afectar la salud ni la seguridad de los trabajadores que los manipulen.

e) Colocar los residuos en el suelo o en una canasta metálica de baja altura, al frente de su propiedad, o en un contenedor colectivo, preferiblemente con techo, en los dominios de la vía pública, de forma que no puedan ser alcanzados por animales.

f) Para el caso de los usuarios con propiedades ubicadas en condominios, edificios de dos pisos o más, callejones y alamedas donde el vehículo recolector no pueda transitar, los residuos se deberán depositar en la entrada de éstos en un contenedor de uso colectivo, a la orilla de la calle principal. El mismo debe tener tapas superiores de un material duradero que resguarden los residuos de las inclemencias del tiempo y/o puertas laterales para que los operarios recolectores puedan extraer fácilmente los residuos. La limpieza de estos contenedores es responsabilidad de los usuarios del servicio.

g) En zonas, donde se ofrece recipientes colectivos, el generador tiene que depositar sus residuos sólidos dentro del mismo, garantizando que los colectores serán cerrados después de su uso.

h) Los residuos valorizables tales como vidrio, papel, cartón, plástico y aluminio entre otros, deben ser entregados en el horario y lugar establecido, secos y libres de residuos orgánicos y dispuestos de manera que se garantice el buen estado de los mismos para su posterior tratamiento. El ente recolector podrá establecer otras o nuevas condiciones para su separación, embalaje y recolección, que serán comunicadas previamente a los usuarios en forma escrita.

i) En las zonas, donde la Municipalidad ofrece el servicio de recolección segregada de materiales valorizables, los mismos tienen que ser separados desde su generación y puestos aparte para su recolección. En lugares como urbanizaciones, condominios, hoteles, centros educativos, empresas y barrios organizados, etc. deben existir un contenedor especifico para el almacenamiento y posterior recolección de los residuos valorizables.

j) Entregar sus residuos sólidos separados en diferentes recipientes. El recipiente de los residuos puede ser desechable o reutilizable. Durante la generación, separación y almacenamiento, el generador deberá evitar que los residuos sólidos se mojen y entregarlos al recolector separados por categoría de residuos.

k) Los residuos peligrosos deberán ser empacados individualmente para reducir al máximo el riesgo para el personal recolector.

l) Mantener limpios los sitios con los contenedores o los recipientes en donde se disponen los residuos sólidos en espera de su recolección.

m) En caso que los residuos sean esparcidos en la vía pública por cualquier circunstancia antes de ser recolectados, el generador y el dueño del inmueble está en la obligación de recogerlos y depositarlos nuevamente en un recipiente adecuado.

n) El usuario no debe colocar sus residuos directamente en el camión recolector, está labor puede ser realizada únicamente por los funcionarios encargados del servicio de recolección.

o) Si los residuos sólidos no fueron recolectados, por incumplimiento en el horario, por la peligrosidad de los mismos, por no corresponder a la categoría de residuos recolectados en ese día o por alguna infracción a lo establecido en este reglamento y la legislación vigente el usuario deberá retirarlos de la vía pública de forma inmediata y mantenerlos dentro de su propiedad y disponerlos correctamente en la siguiente recolección.

p) Si la Municipalidad no ha establecido una ruta de recolección segregada de residuos valorizables periódico y cantonal los usuarios deberán participar de las campañas de recolección de este tipo de residuos, llevarlos al centro de acopio comunal más cercano o a los centros de recuperación de materiales que la Municipalidad estará publicitando.

q) El conocimiento y acatamiento del presente reglamento son obligatorios para todos los usuarios del servicio de recolección de cualquier tipo de residuos, de manera que su desconocimiento nunca podrá ser utilizado como excusa para su incumplimiento o evitar las sanciones respectivas.

Artículo 18.—Responsabilidades del Recolector

a) Prestar el servicio de la recolección de residuos sólidos en forma accesible, periódica y eficiente para todos los usuarios.

b) Los vehículos utilizados para la recolección de residuos deben ser los correctos para el tipo de residuo que recolecten y estar debidamente identificados. Los vehículos deben de tener las siguientes características:

1. Para la recolección de residuos valorizables, residuos no tradicionales o voluminosos, residuos electrónicos, chatarra y residuos metálicos: Camión no compactador con cajón de carga cubierto, capacidad de carga adecuada con la necesidad de transporte, sellado para evitar la fuga de sólidos y líquidos en la vía pública y cumplir con otros requisitos establecidos en la legislación vigente.

2. Para los residuos no valorizables y los peligrosos (separados y empacados debidamente): Camión Compactador con capacidad de carga adecuada con la necesidad de transporte, deberán garantizar la correcta prestación del servicio y no permitir el vertido de líquidos y lixiviados o residuos sólidos y cumplir con lo establecido por la legislación vigente.

c) Los funcionarios de la recolección deben tener en todo momento durante la ejecución de sus labores con implementos adecuados de seguridad ocupacional tales como: guantes, zapatos cómodos antideslizantes, pantalón largo y tener disponible en el vehículo un extintor de incendios y botiquín para primeros auxilios apropiados.

d) Garantizar la recolección en el área bajo su responsabilidad. La frecuencia de la recolección es decidida de común acuerdo con los responsables municipales. El recolector puede ser la Municipalidad o una empresa privada a la que fue otorgada una concesión, para esto se le dará preferencia a organizaciones sociales y de beneficencia que califiquen como una organización con capacidad empresarial. Sin embargo la responsabilidad frente al usuario sigue siendo de la Municipalidad.

e) Si el recolector es una empresa privada este debe:

1. Acoger el sistema de recolección segregada municipal en caso de que exista y esto debe quedar contemplado en el contrato, cumplir con los requisitos de los vehículos y de seguridad ocupacional y todo lo estipulado en el presente reglamento y en la legislación vinculante.

2. Estar debidamente inscrito y autorizado por el Ministerio de Salud.

3. Todo recolector sin excepción, para desarrollar estas labores en el cantón, deberá estar inscrito y autorizado en la Municipalidad. El registro tendrá una vigencia de doce meses y para renovar su condición de recolector autorizado deberá entregar por escrito con un mes de antelación mínimo los acuerdos de recolección con los usuarios, un plan del servicio de recolección, líneas de comunicación disponibles para los usuarios y el municipio y una copia certificada por notario público del destino de los reciclables valorizados en los doce meses de servicio previo, respaldada con facturas de venta.

4. Brindar informes semestrales sobre la forma de ejecución del servicio, indicar los pesos de los materiales recolectados, la dirección exacta para el tratamiento o la disposición final de los residuos colectados y entregar documentos que certifiquen lo anterior.

5. Cumplir con los siguientes requisitos: póliza de riesgos del trabajo, predio o edificación con permiso sanitario de funcionamiento al día, estar patentado y al día con los impuestos municipales, estar al día con las obligaciones obrero-patronales ante la CCSS.

f) El recolector privado perderá la autorización para brindar el servicio sin responsabilidad legal o económica para la Municipalidad si: cambia de domicilio sin reportarlo; no mantiene una línea de comunicación eficiente con la Municipalidad y con los usuarios; deja de estar al día con el Ministerio de Salud, la Municipalidad, la CCSS o el INS; se reciben tres denuncias comprobadas y justificadas de una incorrecta gestión de los residuos recolectados, desatención o malos tratos a los usuarios; Si el o los camiones recolectores registrados no mantienen las características exigidas para su operación. En caso cometer alguna de las faltas citadas se dará un plazo de seis meses para corregir la situación y la documentación respectiva ante la Municipalidad.

g) En caso de quedar residuos esparcidos por la vía pública en el momento de la recolección, la Municipalidad o la empresa responsable, debe recogerlos y depositarlos en el camión recolector; así como tomar cualquier otro medio adecuado para evitar la contaminación.

Artículo 19.—Responsabilidades de los encargados del tratamiento. La Municipalidad debe ofrecer y gestionar los siguientes tratamientos de residuos en su cantón:

a) Recuperación de residuos valorizables: La Municipalidad instala centros de recuperación de materiales propios y promueve también la instalación de centros privados. El funcionamiento y las condiciones de estos centros se define en un convenio/contrato separado, sus resultados referente a los horarios de funcionamiento y de los materiales a recibir se pone en conocimiento de la población por parte de la Municipalidad.

b) Compostaje: La Municipalidad instala plantas de compostaje propias y promueve la instalación de plantas privadas. El funcionamiento y las condiciones de estas plantas se define en un convenio/contrato separado, la información referente a los horarios de funcionamiento y de los materiales a recibir se pone en conocimiento de la población por parte de la Municipalidad.

c) Operador del relleno sanitario: El operador del relleno sanitario puede ser la Municipalidad, un tercero del sector privado u otra persona jurídica, que cumple con los requisitos para hacerlo de acuerdo con la legislación vigente. El operador tiene que garantizar el funcionamiento del relleno sanitario de acuerdo con el permiso para su funcionamiento. En caso de incumplimiento, la Municipalidad puede tomar las medidas que considere necesarias.

d) Limpieza: La Municipalidad se encargará de ejecutar los servicios de barrido y limpieza de caños, acequias, alcantarillas, vías y espacios públicos, así como el manejo sanitario de animales muertos en la vía pública. Le corresponde también prevenir y eliminar los vertederos de residuos en todo el territorio del cantón y el acopio no autorizado de residuos sólidos.

e) Cualquier otro tipo de tratamiento o tecnología que coadyuve a la GIRS en el cantón y que sea factible utilizar en el cantón.

Artículo 20.—Categorías de residuos sólidos a separar

a) Los generadores deberán separar los siguientes residuos valorizables de acuerdo a las medidas establecidas y comunicadas previamente por la Municipalidad:

1. Papel y cartón: limpio y seco. Excepto: papel higiénico, servilletas, cartón de huevos o similar.

2. Vidrio: de botellas de todo color, sin quebrar. No se acepta vidrio plano de ventanas.

3. Plástico: empaques de alimentos, botellas y sus tapas, bolsas plásticas, plástico de paletizar o melcocha, envases de cualquier sustancia que no contenga residuos peligrosos.

4. Aluminio: latas de bebidas enjuagadas y aplastadas, papel aluminio sin residuos de comida, y cualquier otro material elaborado con este metal.

5. Envases tetrabrik: cajas de jugos, lácteos y bebidas bien limpias.

6. Hojalata: latas de alimentos lavadas y sin residuos de comida, tarros de pintura, piezas de hojalata, etc.

b) Residuos no valorizables

c) Residuos peligrosos domiciliarios: baterías, vidrio quebrado, navajillas, jeringas, agujas, etc.

e) Residuos no tradicionales o voluminosos

f) Residuos electrónicos

g) Residuos metálicos

Las categorías pueden variar dependiendo de la capacidad que exista para su valorización, de la producción de material, o de la adquisición de nueva tecnología para el tratamiento de residuos sólidos no considerados hasta el momento. La Municipalidad debe proveer la información necesaria a los generadores para que puedan separar en la fuente de generación según las categorías vigentes y de conformidad con las necesidades del servicio de recolección.

Artículo 21.—Frecuencia. La frecuencia de recolección es la siguiente:

a) Residuos valorizables: una vez por semana.

b) Residuos no valorizables: dos veces por semana.

c) Residuos no tradicionales o voluminosos: cada seis meses.

d) Electrónicos: una vez por año

e) Chatarra y metales: una vez por año

La Municipalidad determina el día, zona y el tipo de residuos a recolectar en cada ruta de recolección y publicar dicha información en medios de comunicación nacional o local, radio, circulares, entre otros. En caso de cambios necesarios los usuarios será avisados previamente con 15 días de anticipación.

Artículo 22.—Centros de recuperación de materiales valorizables

a) La Municipalidad tiene la facultad de instalar y operar centros de recuperación de materiales valorizables o autorizar a terceros, previamente calificados, para la acumulación, clasificación, preparación y comercialización de los mismos.

b) Los centros de recuperación de materiales deben, de previo a iniciar labores, cumplir con la normativa vigente para Centros de Recuperación de Residuos Sólidos Valorizables además contar con los permisos respectivos del Ministerio de Salud, de la Municipalidad y deben además cumplir con los requisitos laborales y ambientales que establezca la legislación vigente.

c) Estos centros deben contar con adecuadas condiciones higiénicas, laborales y sanitarias. La operación del centro tiene que evitar molestias a las personas vecinas o trabajadoras.

d) Solamente se permite el desensamblaje, la mezcla, la transformación y el tratamiento de los residuos si las instalaciones están expresamente autorizadas para ello por el Ministerio de Salud y si el uso del suelo se haya de conformidad con el Plan Regulador Municipal.

Artículo 23.—Centros de recuperación de materiales orgánicos o compostaje

a) El Municipio tiene la facultad de instalar y operar centros de recuperación de materiales orgánicos o de compostaje o autorizar a terceros previamente calificados para la acumulación, tratamiento de los mismos y comercialización del producto final.

b) Estos centros deben contar, previo a iniciar labores, con los permisos respectivos del Ministerio de Salud y de la Municipalidad.

Deben además cumplir con los requisitos laborales y ambientales que establezca la legislación vigente y contar con adecuadas condiciones higiénicas, laborales y sanitarias. La operación del centro no debe provocar molestias a las personas que en ellos trabajan o a las personas vecinas.

CAPÍTULO VII

Disposición final de los residuos sólidos

Artículo 24.—Sitios de disposición final. Los residuos no valorizados solamente pueden ser depositados en rellenos sanitarios que cumplen con la normativa vigente y debidamente autorizados por las autoridades correspondientes.

Los horarios para la recepción de los residuos serán los establecidos por el operador del relleno y debe ser debidamente comunicado a los usuarios y a las autoridades públicas.

CAPÍTULO VIII

Manejo integral de residuos de manejo especial

Artículo 25.—Escombros y residuos de construcción y demolición. La responsabilidad por el manejo de los residuos provenientes de la construcción o demolición corresponde al dueño de la propiedad, el cual debe garantizar su recolección, transporte y disposición final en forma directa o mediante un gestor autorizado. El sitio de disposición debe cumplir con los requisitos legales y evitar ser una molestia para los vecinos y los trabajadores.

Artículo 26.—Residuos sólidos no tradicionales o voluminosos, electrónicos, chatarra y metales. Los residuos sólidos no tradicionales deben ser acumulados por el generador en su espacio privado hasta el día que corresponda la recolección por parte de la Municipalidad, de conformidad con los días de recolección y horarios establecidos y debidamente comunicados a los usuarios.

Artículo 27.—Ferias u otras actividades públicas. Los encargados de ferias, conciertos u otras actividades públicas que se efectúen en el cantón, a la hora de obtener los respectivos permisos municipales, deben garantizar que se harán cargo de todos los residuos sólidos de dicha actividad y presentar una copia del plan de gestión de residuos sólidos para el sitio con el recibido del Ministerio de Salud según el protocolo establecido por el ministerio de salud sobre planes de manejo de residuos sólidos vigente.

CAPÍTULO IX

Manejo de residuos peligrosos, biológicos e infecciosos

Artículo 28.—Manejo de residuos peligrosos. Los residuos peligrosos que se generen en las actividades industriales y de servicios deben ser manejados de conformidad con el Reglamento sobre Residuos Peligrosos Industriales vigente y deben ser entregados por sus generadores industriales y comerciales a un gestor autorizado.

Artículo 29.—Residuos peligrosos domiciliares. Los residuos peligrosos que se producen en los hogares deben ser separados de los residuos ordinarios en la fuente de generación y ser entregados al servicio de recolección debidamente identificados y en recipientes seguros y apropiados según el tipo de residuos.

Artículo 30.—Residuos infectocontagiosos. Para el tratamiento de los residuos infectocontagiosos se debe seguir los lineamientos vigentes para la gestión de los residuos infectocontagiosos que se generan en establecimientos que presten atención a la salud y afines y cualquier otra indicación del Ministerio de Salud.

CAPÍTULO X

Tarifa por la gestión de residuos sólidos

Artículo 31.—Fijación. La Municipalidad fijará las tasas por el servicio municipal de gestión de residuos sólidos que incluya e integre todos los costos asociados al servicio municipal de gestión y manejo de residuos sólidos.

Dicha tasa puede ser adaptada semestralmente conforme a la inflación de país y a las necesidades del servicio.

Artículo 32.—Tarifas diferenciadas. La Municipalidad puede establecer tasas diferenciadas por la recolección, tratamiento y disposición final de los residuos generados en el cantón, según sean actividades comerciales, de servicios y domiciliares o según la cantidad generada. Las tasas serán definidas y adaptadas periódicamente conforme la inflación en el país y según cambios o mejoras del servicio en el sector. Los usuarios serán informados con mínimo 2 meses de anterioridad sobre los cambios antes de entrada en vigor.

CAPÍTULO XI

Prohibiciones

Artículo 33.—Prohibiciones para los usuarios

a) Queda prohibido a los usuarios depositar en cualquiera de las rutas de recolección oficiales lo siguiente:

1) Residuos peligrosos industriales y comerciales.

2) Sustancias líquidas y excretas.

3) Residuos infectocontagiosos.

4) Animales muertos; así como excretas de animales provenientes de fincas, granjas, locales comerciales o criaderos de cualquier tipo.

5) Lodos provenientes de plantas de tratamiento de aguas negras, industriales, biodigestores o tanques sépticos.

6) Baterías de ácido plomo.

7) Llantas de cualquier tipo de vehículo motorizado.

8) Residuos de demolición y construcción:

b) Colocar los residuos en el sitio de recolección con más de ocho horas de antelación al horario que establezca la Municipalidad.

c) Colocar en el caño los residuos sólidos para ser recolectados por el sistema municipal.

d) Quemar residuos sólidos de cualquier clase.

e) Depositar residuos sólidos en los cuerpos de agua, sus zonas de protección, terrenos desocupados, en la vía pública o en sitios públicos.

Artículo 34.—Prohibición para los recolectores. Se prohibe a la entidad recolectora mezclar para su transporte los residuos sólidos valorizables que han sido separados por los generadores y puestos para su recolección de forma separada con cualquiera de las otras categorías de residuos sólidos establecidas. En caso de ser una entidad autorizada, esto será causal para la rescisión del contrato, previo seguimiento del debido proceso.

Artículo 35.—Prohibición de ingreso del funcionario a propiedad privada. Los funcionarios de recolección tienen terminantemente prohibido ingresar en propiedad privada con el fin de recoger residuos de cualquier tipo, sin importar que haya acceso libre a la propiedad.

CAPÍTULO XII

Fiscalización y sanciones

Artículo 36.—Sanciones. La aplicación de multas y sanciones será de conformidad con la Ley para la Gestión Integral de Residuos, sus reglamentos y el Código Municipal, en caso de detectarse incumplimiento de las obligaciones establecidas en este reglamento en cuanto al adecuado manejo, incluyendo: separación, recolección, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos.

La Municipalidad debe establecer multas por atrasos en el pago del servicio de recolección, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos de conformidad con el Código Municipal.

Artículo 37.—Medidas especiales. La Municipalidad, ante la violación de este reglamento, debe aplicar las siguientes medidas protectoras, de conformidad con el artículo 99 de la Ley Orgánica del Ambiente:

a) Advertencia mediante un comunicado o notificación que existe un reclamo específico.

b) Amonestación acorde con la gravedad de los hechos violatorios detectados y comprobados.

c) Restricciones parciales o totales, u orden de paralización inmediata de los actos que provocan la denuncia.

d) Cancelación parcial, total, permanente o temporal de los permisos, las patentes los locales o las empresas que provocan la denuncia, el acto o la actividad contaminante o destructiva.

e) Imposición de las medidas compensatorias o estabilizadoras de ambiente o la diversidad biológica.

f) Modificación o demolición de las instalaciones o construcciones que dañen el medio ambiente.

g) Alternativas de compensación de la sanción y por una sola vez a recibir cursos educativos oficiales en materia ambiental; además trabajar en obras comunales en el área del ambiente.

Artículo 38.—Inspecciones. Los funcionarios del Departamento de Servicios Públicos, debidamente identificados, deben realizar las inspecciones de verificación, seguimiento o cumplimiento de este reglamento. Para ingresar a inmuebles deben solicitar permiso a los propietarios o pueden hacerse acompañar de autoridades de policía. Acu departamento le toca GA o SP

En caso de encontrarse indicios de incumplimiento de este reglamento, se le notificará al responsable para el inicio del procedimiento respectivo.

Artículo 39.—Denuncias. En caso de que existan indicios sobre la comisión de una infracción o delito, los inspectores municipales presentarán la denuncia respectiva ante el Tribunal Ambiental Administrativo o en la Fiscalía correspondiente.

Artículo 40.—Cancelación de permisos y licencias. La Municipalidad puede solicitar a las autoridades que los hubieren otorgado, la suspensión, revocación o cancelación de las licencias, permisos y registros necesarios para la realización de las actividades que hayan dado lugar a la comisión de la infracción.

CAPÍTULO XIII

Disposiciones finales

Artículo 41.—Divulgación y publicación. La Municipalidad tiene la responsabilidad de divulgar adecuadamente el presente reglamento una vez aprobado. Cualquier modificación posterior debe seguir un procedimiento de consulta a la ciudadanía, publicación y difusión.

Artículo 42.—Consulta. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta, para la correspondiente consulta.

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 del Código Municipal, este proyecto de Reglamento se somete a consulta pública por un lapso de diez días hábiles, vencido se pronunciará sobre el fondo.

Ocho votos a favor y un voto en contra de la regidora Liz Vargas. Acuerdo definitivamente aprobado.

Se extiende la presente certificación en Ciudad Quesada, a solicitud de la Administración Municipal, al ser las diez horas con veinte minutos del jueves primero de diciembre del dos mil once.

Ciudad Quesada, 13 de diciembre del 2011.—Lic. Alejandra Bustamante Segura, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—O. C. Nº 29-2011.—C-391190.—(IN2011093852).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

Se comunica que la tasa básica que rige a partir del 1º de diciembre del 2011 y hasta nuevo aviso es: 7,50%.

División Económica.—Róger Madrigal López, Director.—1 vez.—O. C. Nº 11666.—Solicitud Nº 131-2011.—C-5460.—(IN2011094993).

BANCO DE COSTA RICA

OFICINA BCR ARANJUEZ

AVISOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

A quien interese hago constar que los certificados de depósito a plazo del Banco de Costa Rica:

Certificado

Monto

Plazo

Emitido

Vence

Tasa

61894061

¢234.971,00

550

21/05/2005

01/12/2008

6,25%

61866800

$2.430,00

160

03/04/2007

13/09/2007

4,00%

 

Certificados emitidos a nombre de Paulo Carvajal Vega, emitidos por la Oficina BCR Aranjuez, han sido reportados como extraviados por lo que solicita al Banco de Costa Rica, su reposición de acuerdo a lo establecido en los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.—Paulo Carvajal Vega.—(IN2011096543).

A quien interese hago constar que los certificados de depósito a plazo del Banco de Costa Rica:

Certificado

Monto

Plazo

Emitido

Vence

Tasa

61451839

¢560000

210

19/01/2005

18/01/2005

11,5%

 

Certificados emitidos a nombre de Distarosta Internacional S. A., emitidos por la Oficina BCR Aranjuez, han sido reportados como extraviados por lo que solicita al Banco de Costa Rica, su reposición de acuerdo a lo establecido en los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.—Distarosta Internacional S. A./ Paulo Carvajal Vega.—(IN2011096545).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ORI-4236-2011.—Murcia Salamanca Francisco Javier, R-292-2011, colombiano, pasaporte CC 79797835, ha solicitado reconocimiento del diploma de Administrador de Empresas, Fundación Politécnico Grancolombiano, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 2 de noviembre del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114686.—Solicitud Nº 38626.—C-27020.—(IN2011094845).

ORI-4194-2011.—Montiel López Karen Tatiana, R-299-2011, costarricense, cédula de identidad número 1-1052-0950, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría en Ciencias (Planificación y Administración de Desarrollo, Tu Universidad Técnica de Dortmund, Alemania y Kwame Nkrumah Universidad de Ciencias y Tecnología, Kumasi, Ghana. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 31 de octubre del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114686.—Solicitud Nº 38626.—C-27020.—(IN2011094846).

ORI-4224-2011.—Cerdas Montoya Ricardo, R-300-2011, costarricense, cédula: 3 0376 0304, ha solicitado reconocimiento del diploma de Especialista en Implantología Buco Maxilo Facial, Universidad de Chile, Chile. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 2 de noviembre del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114686.—Solicitud Nº 38626.—C-27020.—(IN2011094847).

ORI-4196-2011.—García Castro Juan Diego, R-297-2011, costarricense, cédula 1-1164-0096, ha solicitado reconocimiento del diploma de Máster Universitario en Psicología de la Intervención Social Universidad de Granada, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 31 de octubre del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114686.—Solicitud Nº 38626.—C-27020.—(IN2011094848).

ORI-4199-2011.—González Rojas Ramón Emir, R-301-2011, nicaragüense. Residente Permanente 155811535523, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero Civil Universidad de Occidente, Nicaragua. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 31 de octubre del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114686.—Solicitud Nº 38626.—C-27020.—(IN2011094849).

ORI-4346-2011.—Carpio Brenes Kenneth Gerardo, R-307-2011, costarricense, cédula de identidad número 1-1114-0479, ha solicitado reconocimiento del diploma de Máster Universitario en Estudios Contemporáneos de América Latina, Universidad Complutense de Madrid, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 10 de noviembre del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114686.—Solicitud Nº 38626.—C-27020.—(IN2011094850).

ORI-4240-2011.—Callejas Escoto Christian Alexander, R-302-2011, hondureño, cédula de refugiado libre condición 134000168230, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales, Universidad de San Pedro Sula, Honduras. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 2 de noviembre del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114686.—Solicitud Nº 38626.—C-27020.—(IN2011094851).

ORI-4226-2011.—Calvo Rojas Leonel, R-296-2011, costarricense, cédula: 1-1228-0462, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 2 de noviembre del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114686.—Solicitud Nº 38626.—C-27020.—(IN2011094852).

ORI-4182-2011.—Brizuela Calvo Wanda, R-294-2011, costarricense, cédula: 1-1313-0913, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctora en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 27 de octubre del 2011.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114686.—Solicitud Nº 38626.—C-27020.—(IN2011094853).

UNIVERSIDAD NACIONAL

VICERRECTORÍA ACADÉMICA

REPOSICIÓN DE TÍTULO

AVISO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante el Departamento de Registro de la Universidad Nacional se ha presentado solicitud de reposición de diploma, por extravío, correspondiente al título de Bachillerato en Ciencias de la Educación con Concentración en Educación Básica I y II Ciclos; Grado académico Bachillerato, registrado en el libro de títulos bajo: tomo: 15, folio: l64, asiento: l495 a nombre de Carmona Villafuerte Sileny; con fecha: 27 de agosto de 1999, cédula de identidad: 5-0210-0467. Se publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.

Heredia, 8 de diciembre de 2011.—Departamento de Registro.—M.A.E. Marvin Sánchez Hernández, Director.—(IN2011097156).

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

VICERRECTORÍA EJECUTIVA

EDICTO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Eric Enrique Sánchez Rojas, de nacionalidad costarricense, cédula Nº 1-960-767, ha solicitado reconocimiento y equiparación del título de Licenciado en Recursos Naturales, obtenido en la Universidad Autónoma de Chiriquí en Panamá. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado a la Oficina de Registro, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Sabanilla, 18 de noviembre del 2011.—Comisión de Reconocimiento de Estudios.—Lic. Susana Saborío Álvarez, Coordinadora.—RP2011268967.—(IN2011093563).

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

REPOSICIÓN DE TÍTULO

AVISO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, se ha presentado Carolina Montero Hernández, cédula Nº 112080383, carné de Estudiante 200220310, a solicitar reposición de su título de Ingeniera en Seguridad Laboral e Higiene Ambiental, Grado Académico: Bachillerato Universitario, según consta en el Libro Oficial de Graduados tomo 4, acta Nº 193, página 183, registro Nº SHO2008007, Graduación efectuada el 18 de setiembre de 2008, por extravío. Se publica este edicto para recibir oposiciones a esta reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de esta publicación.

Cartago, 5 de diciembre del 2011.—Departamento de Admisión y Registro.—Máster William Vives Brenes, Director.—O. C. Nº 1765.—Solicitud Nº 14552.—C-42920.—(IN2011097732).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

Nº 2011-354

ASUNTO: Convenio de Delegación Acueducto Térraba de Buenos Aires.

Conoce esta Junta Directiva de la Solicitud de Delegación de la Administración del Sistema de Acueductos y Alcantarillados.

Resultando

1º—Que de conformidad con el artículo 50, 129 de la Constitución Política, el Estado debe procurar el mayor bienestar de todos los habitantes, mediante un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.

2º—Que de conformidad con los artículos 11, 21, 129 y 169 de la Constitución Política, corresponde a las municipalidades velar por los intereses locales, y la Sala Constitucional en reiterados pronunciamientos se ha manifestado en el sentido de que se garantiza la inviolabilidad de la vida cuando se suministra agua potable y saneamiento ambiental en los términos del artículo 297 de la Ley General de Salud, por lo que resulta imperativo que la Municipalidad coadyuve en especial en lo relativo a los reglamentos de zonificación, desarrollo urbanístico, con la organización administradora de los sistemas comunales, como instrumento de desarrollo sostenible social, económico, industrial, empresariales, agrario, turístico y de asentamientos humanos que proporcionan los sistemas de acueductos y alcantarillados.

3º—Que de conformidad con los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de la Ley Constitutiva del AyA, artículo 264 de la Ley General de Salud Pública, artículos 17, 32, 33, 148 y siguientes de la Ley de Aguas Nº 276 del 24 de agosto de 1942, Ley General de Agua Potable y Reglamento de la Asociaciones Administradoras de los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales Nº 39529-S-MINAE, publicado en La Gaceta Nº 150 del 5 de agosto de 2005, se establece que AyA es el ente Rector en todo lo relativo a los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados en todo el territorio Nacional, y se encuentra facultado para delegar la administración de tales sistemas en organizaciones debidamente constituidas al efecto.

Considerando

I.—Que la participación de la comunidad o sociedad civil, constituye uno de los instrumentos eficaces para lograr la consecución del desarrollo sostenible en Costa Rica, por lo que AyA, desde 1976 ha venido delegando en las comunidades la administración de aquellos sistemas en las que las ventajas comparativas de inmediatez, eficacia y eficiencia; costo y beneficio a las poblaciones, resulte más adecuado asignar en las comunidades su administración.

II.—Que la comunidad de Térraba de Buenos Aires con aporte de la comunidad, de AyA y del Estado, se ha construido un sistema de acueductos comunales, para el abastecimiento de una población de habitantes.

III.—Que en Asamblea General de vecinos, dispusieron constituir la organización y solicitar al AyA, que delegue la administración de los sistemas en dicha organización.

IV.—Que por las características del sistema, es procedente delegar la administración en la organización comunal constituida al efecto, denominada Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Térraba de Buenos Aires, cédula jurídica tres-cero cero dos-seiscientos treinta y cuatro mil ciento ochenta y cinco, que se encuentra debidamente inscrita en el Registro de Asociaciones del Registro Nacional bajo el tomo número dos mil once, asiento número cuarenta y seis mil novecientos diez.

V.—Que para los efectos de lo dispuesto en el Reglamento, la Región Brunca, por memorando Nº SUB-GG-GSP-RB-DRB-1952-2011 del día 1 de noviembre del dos mil once así como de la Dirección Jurídica en el Memorando Nº PRE-J-2011-3373 del 4 de noviembre del 2011, recomiendan a la Gerencia proceder a la Delegación de la Administración del sistema en la respectiva organización.

VI.—Que mediante el dictamen legal Nº PRE-J-SD-2011-091 del 4 de noviembre del 2011, la Asesoría Legal de Sistemas Comunales de la Dirección Jurídica, emitió criterio, estableciendo que cumplidos los trámites técnicos, es jurídicamente procedente delegar la administración de dicho sistema. Por tanto,

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 11, 21, 18, 50, 129, 169 y 188 de la Constitución Política; artículos 1,2, 3, 4, 5, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de la Ley Constitutiva de A y A, artículo 264 de la Ley General de Salud Pública Nº 5395 de 30 de octubre de 1973, artículo 17, 32, 33, 148 y siguientes de la Ley de Aguas Nº 276 del 27 de agosto de 1942, Ley General de Agua Potable Nº 1634 del 18 de setiembre de 1953, artículos 1, 4, 11, 16, 113.12, ,114 de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Ambiente Nº 7554 del 04 de octubre de 1995, artículo 4 y 33 de la Ley Forestal Nº 7575 del 13 de febrero de 1996 y sus reformas, Ley de Conservación de Vida Silvestre Nº 7317 de 30 de octubre de 1992, artículo 7 de la Ley de Caminos Públicos Nº 5060 del 22 de agosto de 1972, Reglamento del Laboratorio Nacional de Aguas de AyA Decreto Nº 26066-S, publicado en la Gaceta Nº 109 del 9 de junio de 1997; Reglamento para la Calidad de Agua Decreto Ejecutivo Nº 32327 del 10 de febrero de 2005; Reglamento de Uso y Vertido del la Aguas Residuales Decreto Ejecutivo Nº 26042-S-MINAE del 19 de junio de 1997, Reglamento de Aprobación y Operación de Sistemas de Tratamiento de Aguas Residuales Decreto Ejecutivo Nº 31545 del 09 de octubre de 2003 y Reglamento de Lodos de Tanques Sépticos Decreto Ejecutivo Nº 21279-S del 15 de mayo de 1992. Reglamento Sectorial para la Regulación de los Servicios de Acueducto y Alcantarillado Sanitario Nº 30413-MP-MINAE-S-MEIC del 25 de marzo del 2002. Reglamento de las Asociaciones Administradoras de los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales Nº 32529-S-MINAE, publicado en La Gaceta 150 del 5 de agosto del 2005 y Reglamento de Prestación de Servicios a los Clientes, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 159 del 20 de agosto de 1997.

ACUERDA

1º—Otorgar la delegación de la Administración del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Térraba de Buenos Aires, cédula jurídica tres-cero cero dos-seiscientos treinta y cuatro mil ciento ochenta y cinco.

2º—Autorizar la Administración para que suscriba el Convenio de Delegación con el personero de la Asociación, en el cual además del cumplimiento de la legislación vigente, se especificarán obligaciones y contraprestaciones concretas que asumen las partes y derogará los convenios firmados con anterioridad.

3º—Disponer que la Dirección de Sistemas Comunales y la Dirección Regional a la que corresponda según la ubicación geográfica de los sistemas, realice todas las actividades de asesoría, control y capacitación técnico, ambiental, financiero, legal organizacional y comunal conforme lo establecen las leyes y reglamentos.

4º—Aprobado el Convenio, Notifíquese a todos los usuarios del sistema y vecinos de la respectiva comunidad, por medio de publicación en el Diario Oficial La Gaceta, a efectos de que ejerzan todos sus derechos, deberes y obligaciones del sistema conforme con las leyes y reglamentos. Comuníquese y publíquese.

Acuerdo firme.

Rige a partir de su publicación. Acuerdo firme. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. Acuerdo Nº 2011-354, adoptado por la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, en el artículo Nº 1, de la sesión extraordinaria Nº 2011-056, celebrada el 24 de noviembre del 2011.

Lic. Karen Naranjo Ruiz, Secretaria General.—1 vez.—O. C. Nº 2011-00003.—Solicitud Nº 42017.—C-122950.—(IN2011095529).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Al señor Dionisio Castillo Hernández, se le comunica la resolución administrativa de las quince horas del día veintisiete de octubre del año dos mil once, dictada por este Despacho, en virtud de la cual se resuelve medida de protección de cuido provisional, a favor de la persona menor de edad: Jeudy Dionisio Castillo Rodríguez, en la que se ordena ubicar a la persona menor de edad en la ONG Comunidad Encuentro a fin de que se le brinde el proceso de rehabilitación y todos los cuidados que requiere. Se le notifica por medio de edicto al progenitor por cuanto se desconoce el paradero del mismo. Plazo para interponer recurso de apelación dos días hábiles, después de la segunda publicación de éste edicto en el periódico oficial La Gaceta. Expediente número 648-034-2011.—Oficina Local de Coto Brus de San Vito, 21 de noviembre del 2011.—Lic. Ana Rocío Castro Sequeira, Representante Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 41326.—C-13200.—(IN2011097699).

Al señor Juan Federico Ortega Valverde, se le comunica las resolución administrativa de las once horas del día veintiuno de noviembre del año dos mil once, dictada por este despacho, en virtud de la cual se resuelve medida de protección de cuido provisional, a favor de las personas menores de edad Noemi, Mileidy, Alberto, Alexis y Adonys todos de apellidos Ortega Cerdas, en la que se ordena ubicar a las personas menores de edad en el hogar solidario familiar de la señora Guiselle Cerdas Vindas, a fin de que se les brinde estabilidad y todos los cuidados que requieren. Se le notifica por medio de edicto al progenitor por cuanto se desconoce el paradero del mismo. Plazo para interponer recurso de apelación dos días hábiles, después de la segunda publicación de éste edicto en el periódico oficial La Gaceta. Expediente número 116-144-1997.—Oficina Local de Coto Brus de San Vito, 1 de diciembre del 2011.—Lic. Ana Rocío Castro Sequeira, Representante Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 41326.—C-13200.—(IN2011097700).

Al señor Luis Emilio Hernández Álvarez, se le comunica la Resolución Administrativa de las quince horas, del día veintiocho de octubre del año dos mil once, dictada por este Despacho, en virtud de la cual se resuelve medida de protección de cuido provisional, a favor de la persona menor de edad Gretel Hernández Arias, en la que se ordena ubicar a la persona menor de edad en el hogar solidario familiar de la señora Marta Vargas Piedra, abuela materna a fin de que se le brinde estabilidad y todos los cuidados que requieren. Se le notifica por medio de edicto al progenitor por cuanto se desconoce el paradero del mismo. Plazo para interponer recurso de apelación dos días hábiles, después de la segunda publicación de éste edicto en el periódico oficial La Gaceta. Expediente número 648-034-2011.—Oficina Local de Coto Brus, San Vito, 21 de noviembre del 2011.—Lic. Ana Rocío Castro Sequeira, Representante Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 41326—C-13200.—(IN2011097701).

Pablo Noel Barberena, se le comunica la resolución administrativa a las nueve horas treinta minutos del día veintinueve de noviembre del año dos mil once, dictada por éste despacho, en virtud del cual resuelve: dar inicio con el proceso especial de protección en sede administrativa y se dicta medida de protección con fines de tratamiento para la adicción de drogas a favor de la persona menor de edad Josué David Noel Barberena, se ordena ubicar a dicho adolescente en el Centro Hogar Crea de Niños ubicado en Birricito de Cartago, lo anterior por encontrarse en una situación de mayor vulnerabilidad. Se notifica por medio de edicto al progenitor Pablo Noel Barberena, por motivos de que se desconoce su actual domicilio. Plazo para interponer el recurso de apelación dos días hábiles, después de la tercera publicación de éste edicto en el periódico oficial La Gaceta. Expediente número 642-00091-2008.—Oficina Local de Corredores, 1 de diciembre del 2011.—Lic. Dinia Vallejos Badilla, Representante Legal.—O.C. Nº 34028.—Solicitud Nº 41326.—C-13200.—(IN2011097702).

Al señor Melvin Martín Muñoz Ulloa, se le comunica la Resolución Administrativa de las quince horas del día veintiocho de octubre del año dos mil once, dictada por este despacho, en virtud de la cual se resuelve medida de protección de cuido provisional, a favor de la persona menor de edad Asley Daniela Muñoz Arias, en la que se ordena ubicar a la persona menor de edad en el hogar solidario familiar de la señora Marta Vargas Piedra, abuela materna a fin de que se le brinde estabilidad y todos los cuidados que requiere. Se le notifica por medio de edicto al progenitor por cuanto se desconoce el paradero del mismo. Plazo para interponer recurso de apelación dos días hábiles, después de la segunda publicación de éste edicto en el periódico oficial La Gaceta. Expediente número 648-034-2011.—Oficina Local de Coto Brus, San Vito, 21 de noviembre del 2011.—Lic. Ana Rocío Castro Sequeira, Representante Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 41326.—C-13200.—(IN2011097703).

Se notifica a los interesados, resolución administrativa de las quince horas del treinta de noviembre del dos mil once, en la cual se dictó medida de protección de abrigo temporal de la persona menor de edad Eva Isabel Córdoba Velásquez. Se advierte que deberá señalar lugar o medio para atender notificaciones, bajo apercibimiento que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto, o llegare a desaparecer, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Pueden contar con la asesoría y hacerse representar por un abogado de su elección, así como tener acceso y revisar el expediente administrativo. Procede recurso de apelación el cual deberá interponerse dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a partir de la tercera publicación de ésta comunicación, ante la Representación Legal de la Oficina Local de Pococí del Patronato Nacional de la Infancia.— Oficina Local de Pococí .—Lic. Liseth Patricia Carvajal Sanders, Representante Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 41324.—C-10800.—(IN2011097704).

La Oficina Local de Paquera, mediante resolución de las once horas del cinco de julio de dos mil once, dictó medida de cuido provisional en hogar solidario, así mismo mediante resolución de las once horas del veintiocho de setiembre de dos mil once, se modificó medida de cuido provisional, dentro proceso especial de protección en favor de la persona menor de edad Tairi Kathywska Ávila Chavarría. Se le notifica a la señora Kattya Marlene Chavarría Masís, cédula de identidad número 1-906-050. Se le advierte que debe señalar lugar conocido para recibir notificaciones dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina Local, la cual se encuentra situada en Paquera de Puntarenas, doscientos metros al sur de la Escuela Julio Acosta o bien señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieran practicarse por este medio en el entendido de que de no hacerlo, o si el lugar señalado es inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas. Contra la presente resolución cabe recurso de apelación ante la presidencia ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación en el entendido que de no hacerlo en dicho término, el recurso deviene en inadmisible. Expediente Nº 647-00012-2011.—Oficina Local de Paquera.—Lic. Maribel Calderón Jiménez, Directora de Procedimiento.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 41324.—C-15000.—(IN2011097705).

La Oficina Local de Paquera, mediante resolución de las quince horas cincuenta y cinco minutos del veintitrés de noviembre de dos mil once, se dictó medida de abrigo temporal en albergue institucional, dentro proceso especial de protección en favor de la persona menor de edad Naily Joselyn Quirós Chaves. Se le notifica al señor Allan Quirós González, cédula de identidad número 2-530-792. Se le advierte que debe señalar lugar conocido para recibir notificaciones dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina Local, la cual se encuentra situada en Paquera de Puntarenas, doscientos metros al sur de la Escuela Julio Acosta o bien señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieran practicarse por este medio en el entendido de que de no hacerlo, o si el fugar señalado es inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas. Contra la presente resolución cabe Recurso de Apelación ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación en el entendido que de no hacerlo en dicho término, el recurso deviene en inadmisible. Expediente Nº 647-00022-2011.—Oficina Local de Paquera.—Lic. Maribel Calderón Jiménez, Directora de Procedimiento.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 41324.—C-15000.—(IN2011097706).

La Oficina Local de Paquera, mediante resolución de las catorce horas quince minutos del veintitrés de noviembre de dos mil once, se dictó medida de abrigo temporal en ONG, dentro proceso especial de protección en favor de la persona menor de edad Jimena Ortega López. Se le notifica al señor Randall Ortega Cordero, cédula de identidad número 6-307-732. Se le advierte que debe señalar lugar conocido para recibir notificaciones dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina Local, la cual se encuentra situada en Paquera de Puntarenas, doscientos metros al sur de la Escuela Julio Acosta o bien señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieran practicarse por este medio en el entendido de que de no hacerlo, o si el lugar señalado es inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas. Contra la presente resolución cabe Recurso de Apelación ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación en el entendido que de no hacerlo en dicho término, el recurso deviene en inadmisible. Expediente Nº 647-00023-2011.—Oficina Local de Paquera.—Lic. Maribel Calderón Jiménez, Directora de Procedimiento.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 41324.—C-15000.—(IN2011097715).

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

ACTA Nº 36-2011 CORRESPONDIENTE AL SORTEO

‘RUEDA DE LA FORTUNA’ DEL 1º DE OCTUBRE

DEL 2011; JUEGO 110 ‘KALEIDOSCOPIO’

JUEGO 111 ‘SUPER PREMIOS’

Los que firmamos hacemos constar que: hoy sábado, 1º octubre, 2011, a las 4:00 p. m. en Canal 7, auditorio René Picado, procedimos a realizar y fiscalizar el proceso de selección de las personas que activaron un boleto del JUEGO 110 ‘KALEIDOSCOPIO’ JUEGO 111 ‘SUPER PREMIOS’ en el cual se revisó el nombre y número de cédula de las personas que salieron seleccionadas para participar de conformidad con lo establecido en el Reglamento del Sorteo “RUEDA DE LA FORTUNA”, quedando en su orden el siguiente resultado:

Participante(s) directo(s)

                      Nombre                               Cédula                   Premio ¢

1-   Allan Roberto Umaña Salas                109920649            27.000.000,00

2-   Daniel Valle Molina                           122200155624           300.000,00

       Subtotal                                                                           27.300.000,00

Participante(s) que activaron boletos

                      Nombre                               Cédula                      Premio ¢

3-   Amalia Orozco Guzmán                     601450357                 300.000,00

4-   Hugo Díaz Acuña                               900660022                 300.000,00

5-   Patricia Ortiz Barrantes                     109900407                 500.000,00

6-   Silverio Chaves Monge                      106800468                 300.000,00

       Subtotal                                                                             1.400.000,00

Participante(s) vía telefónica

                      Nombre                               Cédula                      Premio ¢

7-   Patricia Picado Barahona                     303040144               300.000,00

       Subtotal                                                                                300.000,00

Otros participantes

                      Nombre                                   Cédula                 Premio ¢

8-   José Francisco Cerdas Bagnarello              107160276       2.000.000,00

9-   Francisco José García García                     800810414       1.500.000,00

10- Adela del Carmen Coto Morales               302110704       3.000.000,00

       Subtotal                                                                             6.500.000,00

       Total de premios a pagar:                                                35.500.000,00

       Acumulado gran premio:                                                  10.000.000,00

OBSERVACIONES:

Al 28/09/11 no hay participantes directos “Raspa”.

Rafael Ángel Oviedo Chacón, Representante de Gerencia.—Evelyn Blanco Montero, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—José Bernal Rodríguez Marín, Juez Contravencional.

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ACTA Nº 37-2011 CORRESPONDIENTE AL SORTEO

‘RUEDA DE LA FORTUNA’ DEL 8º DE OCTUBRE

DEL 2011; JUEGO 110 ‘KALEIDOSCOPIO’

JUEGO 111 ‘SUPER PREMIOS’

Los que firmamos hacemos constar que: hoy sábado, 8 octubre, 2011, a las 4:00 p. m. en Canal 7, auditorio René Picado, procedimos a realizar y fiscalizar el proceso de selección de las personas que activaron un boleto del JUEGO 110 ‘KALEIDOSCOPIO’ JUEGO 111 ‘SUPER PREMIOS’ en el cual se revisó el nombre y número de cédula de las personas que salieron seleccionadas para participar de conformidad con lo establecido en el Reglamento del Sorteo “RUEDA DE LA FORTUNA”, quedando en su orden el siguiente resultado:

Participante(s) que activaron boletos

                      Nombre                                      Cédula               Premio ¢

1-   Andrés Quintana Serrano                          114380933          250.000,00

2-   Arleny Orozco Cortés                              301620953          525.000,00

3-   Carmen Mora Marín                                 102600582          250.000,00

4-   Giovani Alberto Morales Aguilera             202751320          250.000,00

5-   Eric Alexander Sandí Rodríguez                107450171          575.000,00

6-   Carlos Luis Moya Rodríguez                     301330519          300.000,00

       Subtotal                                                                             2.150.000,00

Participante(s) vía telefónica

                      Nombre                                   Cédula                 Premio ¢

7-   Daniel Emilio Castro Calderón                 110190159       1.000.000,00

       Subtotal                                                                             1.000.000,00

Otros participantes

                      Nombre                                   Cédula                 Premio ¢

8-   Rosa Isabel Zamora Sánchez                     104720075          200.000,00

9-   Ester Quesada Arias                                  205070413          200.000,00

10- Manuel Marín Guillén                               105410694                     0.00

       Subtotal                                                                                400.000,00

       Total de premios a pagar:                                                  3.550.000,00

       Acumulado gran premio:                                                  11.000.000,00

OBSERVACIONES:

Al 05/10/11 hay un participante directo “Raspa”: Luis Ricardo Fernández Redondo, cédula 1-0727-0421.

Jorge Gómez Mc Carthy, Representante de Gerencia.—Shirley Chavarría Mathieu, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Marvin Jarquín Sancho, Juez Contravencional.

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ACTA Nº 38-2011 CORRESPONDIENTE AL SORTEO

‘RUEDA DE LA FORTUNA’ DEL 15 DE OCTUBRE

DEL 2011; JUEGO 111 ‘SUPER PREMIOS’

Los que firmamos hacemos constar que: hoy sábado, 15 octubre, 2011, a las 5:45 p. m. en Canal 7, auditorio René Picado, procedimos a realizar y fiscalizar el proceso de selección de las personas que activaron un boleto del JUEGO 111 ‘SUPER PREMIOS’ en el cual se revisó el nombre y número de cédula de las personas que salieron seleccionadas para participar de conformidad con lo establecido en el Reglamento del Sorteo “RUEDA DE LA FORTUNA”, quedando en su orden el siguiente resultado:

Participante(s) directo(s)

                      Nombre                                   Cédula                   Premio ¢

1-   Luis Ricardo Fernández Redondo              107270421                     0.00

       Subtotal                                                                                           0.00

Participante(s) que activaron boletos

                           Nombre                               Cédula                 Premio ¢

2-   Mauricio Campos Solís                             111070377                     0.00

3-   Mario Calderón Navarro                           301190310          300.000,00

4-   Esteban Hidalgo Sáenz                              108980572          500.000,00

5-   María Saray Alfaro Varela                        206790291          250.000,00

6-   Víctor Manuel Meneses Sequeira               103160640          300.000,00

       Subtotal                                                                             1.350.000,00

Participante(s) vía telefónica

                      Nombre                                   Cédula                 Premio ¢

7-   Greivin Alejandro Obando Chinchilla        603830038          300.000,00

       Subtotal                                                                                300.000,00

Otros participantes

                      Nombre                                   Cédula                 Premio ¢

8-   William Ramírez Torres                           104070807       1.500.000,00

9-   Wilber Trejos Tabares                              108730956          300.000,00

10- Oldemar Romero López                           105590016          600.000,00

       Subtotal                                                                             2.400.000,00

       Total de premios a pagar:                                                  4.050.000,00

       Acumulado gran premio:                                                  12.000.000,00

OBSERVACIONES:

Al 12/10/11 hay dos participantes directos “Raspa”: Lucía Salas Fernández, cédula 1-0678-0658 y Luis Ricardo Fernández Redondo, cédula 1-0727-0421.

Francisco Ibarra Arana, Gerente General.—Milton Vargas Mora, Director Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Gustavo Adolfo Barrantes Morales, Juez Contravencional.

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ACTA Nº 39-2011 CORRESPONDIENTE AL SORTEO

‘RUEDA DE LA FORTUNA’ DEL 22 DE OCTUBRE

DEL 2011; JUEGO 111 ‘SUPER PREMIOS’

Los que firmamos hacemos constar que: hoy sábado, 22 octubre, 2011, a las 4:00 p. m. en Canal 7, auditorio René Picado, procedimos a realizar y fiscalizar el proceso de selección de las personas que activaron un boleto del JUEGO 111 ‘SUPER PREMIOS’ en el cual se revisó el nombre y número de cédula de las personas que salieron seleccionadas para participar de conformidad con lo establecido en el Reglamento del Sorteo “RUEDA DE LA FORTUNA”, quedando en su orden el siguiente resultado:

Participante(s) directo(s)

                      Nombre                                   Cédula               Premio ¢

1-   Lucía Salas Fernández                               106780658          200.000,00

2-   Luis Ricardo Fernández Redondo              107270421          300.000,00

       Subtotal                                                                                500.000,00

Participante(s) que activaron boletos

                      Nombre                                   Cédula               Premio ¢

3-   Patricia Monge Villalobos                         204240044          500.000,00

4-   No aparece padrón                                   119110189                     0.00

5-   Patricia Ortiz Barrantes                            109900407          875.000,00

6-   Adriana Segura Rivera                               303340827          250.000,00

       Subtotal                                                                             1.625.000,00

Participante(s) vía telefónica

                      Nombre                                   Cédula               Premio ¢

7-   José Luis Arrieta González                        900380047          200.000,00

       Subtotal                                                                                200.000,00

Otros participantes

                      Nombre                                   Cédula               Premio ¢

8-   Mario Alberto Zúñiga Alvarado                105440444          200.000,00

9-   Roberto Morera Salas                               203000490          200.000,00

10- Gerardo Édgar Acuña Salazar                    204590062       2.600.000,00

       Subtotal                                                                             3.000.000,00

       Total de premios a pagar:                                                  5.325.000,00

       Acumulado gran premio:                                                  13.000.000,00

OBSERVACIONES:

Al 20/10/11 hay dos participantes directos “Raspa”: William Bambague Abril, cédula 117001270835 y Flor Calderón Pereira, cédula 1-0556-0576.

Jorge Gómez Mc Carthy, Representante de Gerencia.—Milton Vargas Mora, Director Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—José Bernal Rodríguez Marín, Juez Contravencional.

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ACTA Nº 40-2011 CORRESPONDIENTE AL SORTEO

‘RUEDA DE LA FORTUNA’ DEL 29 DE OCTUBRE

DEL 2011; JUEGO 111 ‘SUPER PREMIOS’

Los que firmamos hacemos constar que: hoy sábado, 29 octubre, 2011, a las 4:00 p. m. en Canal 7, auditorio René Picado, procedimos a realizar y fiscalizar el proceso de selección de las personas que activaron un boleto del JUEGO 111 ‘SUPER PREMIOS’ en el cual se revisó el nombre y número de cédula de las personas que salieron seleccionadas para participar de conformidad con lo establecido en el Reglamento del Sorteo “RUEDA DE LA FORTUNA”, quedando en su orden el siguiente resultado:

Participante(s) directo(s)

                      Nombre                                   Cédula                 Premio ¢

1-   William Bambague Abril                       117001270835         200.000,00

2-   Flor Calderón Pereira                           105560576               300.000,00

       Subtotal                                                                                500.000,00

Participante(s) que activaron boletos

                      Nombre                                   Cédula                 Premio ¢

3-   Ana Leonor Calderón Segura                  107970484            250.000,00

4-   Mimi Bartels Chavarría                          601650627            500.000,00

5-   Asdrúbal Miguel Brenes Bonilla               603780636            300.000,00

6-   Carmen Lidia Sandí Brenes                     502920949            875.000,00

       Subtotal                                                                             1.925.000,00

Participante(s) vía telefónica

                      Nombre                                   Cédula                 Premio ¢

7-   Sonia Patricia Solano Madriz                    302430053          300.000,00

       Subtotal                                                                                300.000,00

Otros participantes

                      Nombre                                   Cédula                 Premio ¢

8-   Cristina Ruiz Esquivel                               203590492          500.000,00

9-   Alexis Francisco Muñoz Leitón                401100234          300.000,00

10- Randall Alberto Torres Núñez                  502400659          700.000,00

       Subtotal                                                                             1.500.000,00

       Total de premios a pagar:                                                  4.225.000,00

       Acumulado gran premio:                                                  14.000.000,00

OBSERVACIONES:

Al 26/10/11 hay un participante directo “Raspa”: Nelson Gerardo Cruz Hernández, cédula 9-0068-0188.

Francisco Ibarra Arana, Gerente General.—Evelyn Blanco Montero, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Marvin Jarquín Sancho, Juez Contravencional.—1 vez.—O. C. Nº 15556.—Solicitud Nº 1693.—C-279120.—(IN2011094788).

JUNTA DE DESARROLLO REGIONAL DE LA ZONA

SUR DE LA PROVINCIA DE PUNTARENAS

INFORMA

Que en sesión ordinaria Nº 616-2011, celebrada el 17 de noviembre del 2011, se tomó en firme el siguiente acuerdo: Cambiar el horario de las sesiones de Junta Directiva de JUDESUR, para los días viernes a la 1:00 p. m., y rige a partir del 25 de noviembre del presente año. Acuerdo en firme con el voto de seis directivos ACU-26-616-2011. Para mayor información puede comunicarse a los teléfonos 2775-2260 y 2775-0496, fax 2775-1884.

Lic. Ignacio Carrillo Pérez, MBA Director.—1 vez.—(IN2011096531).

AVISOS

INSTITUTO DE NORMAS TÉCNICAS DE COSTA RICA

Somete a consulta pública los siguientes proyectos de norma:

PN INTE 16-05-03:2011, “Tubería de polietileno (PE) corrugado de alta densidad con diámetros de 305 a 915 mm (12 a 36 pulgadas)”. (Correspondencia: AASHTO M 294-2010)

PN INTE 06-11-05:2011, “Método de prueba para el tiempo de fragua por aguja VICAT”. (Correspondencia: ASTM C191)

PN INTE 24-01-08:2011, “Norma nacional para la denominación de origen (DO) del café verde de BRUNCA”. (Correspondencia: N.A.)

PN INTE 24-01-07:2011, “Norma nacional para la denominación de origen (DO) del café verde de GUANACASTE”. (Correspondencia: N.A.)

PN INTE 24-01-09:2011, “Norma nacional para la denominación de origen (DO) del café verde de TURRIALBA”. (Correspondencia: N.A.)

PN INTE 24-01-05:2011, “Norma nacional para la denominación de origen (DO) del café verde de OROSI.”. (Correspondencia: N.A.)

PN INTE 20-03-18:2011, “Conductores de aleación de aluminio serie 8000 cableado concéntrico para cubrimiento o aislamiento posterior” (Correspondencia: ASTM B801-99)

PN INTE/ISO 3952-2:2011 “Diagramas cinemáticas. Símbolos gráficos. Parte 2” (Correspondencia: ISO 3952-2)

PN INTE/ISO 3952-3:2011 “Diagramas cinemáticas. Símbolos gráficos. Parte 3” (Correspondencia: ISO 3952-3)

Se recibirán observaciones al anterior proyecto de norma hasta el 03 de febrero del 2011.

Para mayor información, comuníquese con la Dirección de Normalización al teléfono 2283-4522 o a los correos fcalvo@inteco.or.cr o crosales@inteco.or.cr.

Carlos E. Rodríguez L., Director Ejecutivo.—1 vez.—RP2011268258.—(IN2011092381).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

MODIFICACIÓN DE SESIONES ORDINARIAS

DEL MES DE ENERO DEL 2012

Por tanto se acuerda: Con base en el artículo 35 del Código Municipal y 10 del Reglamento Interno de Debates:

Modificar el acuerdo 11, artículo IV de sesión ordinaria 82 de 22 de noviembre 2011, para que se adicione la celebración de la última sesión ordinaria del mes de enero de 2012, el día martes 31 de enero del 2012, a las diecisiete horas, con el orden del día previamente estipulado por  Reglamento, en el Salón de Sesiones del edificio Tomás López del Corral. Comuníquese y Publíquese.

Acuerdo definitivamente aprobado.-2, artículo IV, de la Sesión Ordinaria 83, celebrada por el Concejo Municipal del cantón Central de San José, el 29 de noviembre de 2011.

San José, 14 de diciembre del 2011.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 4960.—Solicitud Nº 127208.—C-9020.—(IN2011099440).

MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT

Reajuste de precios por alquiler de nichos

Por este medio se hace saber, que mediante acuerdo Nº 10 de la sesión ordinaria Nº 079-2011, del 3 de noviembre del 2011, el Concejo de Curridabat dispuso reajustar los precios por arriendo de nichos en el cementerio municipal, según el detalle siguiente y entrará a regir 30 días después de la presente publicación:

¢70.000,00   Nichos para adultos

¢35.000,00 Nichos para menores de edad,

¢13.000,00   Prórroga anual.

Curridabat, 8 de noviembre del 2011.—Allan P. Sevilla Mora, Secretario.—1 vez.—RP2011270802.—(IN2011097282).

Comisión de Festejos Populares 2011-2012

Por acuerdos que constan en las actas de sesión ordinaria Nº. 070-2011, del 1 de setiembre del 2011; sesión ordinaria Nº 072-2011, del 13 de setiembre del 2011; sesión ordinaria Nº 076-2011, del 13 de octubre del 2011; y sesión ordinaria Nº 078-2011, del 27 de octubre del 2011, fue conformada por el Concejo de Curridabat, la Comisión Especial de Festejos Populares Curridabat 2011-2012, cuya junta directiva, quedó constituida de la siguiente forma:

Presidente:   José Daniel Hamilton Bonilla.

Tesorero:      Hernán Dormond Cedeño

Fiscal:           Alex Jiménez Serrano

Contador:     Jorge Quirós Carvajal

Secretaria:    Liliana Leal Coronado

Curridabat, 7 de noviembre del 2011.—Allan P. Sevilla Mora, Secretario del Concejo._______

Declaratoria oficial de Festejos Populares

Curridabat 2011-2012

Por acuerdo Nº 14 de la sesión ordinaria Nº 079-2011, del 3 de noviembre del 2011, el Concejo de Curridabat declara oficialmente los Festejos Populares Curridabat 2011-2012, del 25 de diciembre del 2011 al 8 de enero del 2012.

Curridabat, 7 de noviembre del 2011.—Allan P. Sevilla Mora, Secretario.—1 vez.—RP2011270803.—(IN2011097283).

MUNICIPALIDAD DE MORAVIA

La Alcaldía Municipal de Moravia comunica que por acuerdo número 996-2011 del Concejo Municipal, adoptado en sesión ordinaria ochenta y tres (83) del 28 de noviembre del 2011, que en lo que interesa literalmente dispuso:

“Esta comisión recomienda al Concejo Municipal aprobar el ajuste de tasas de mantenimiento de parques del cantón de Moravia, por un monto de ¢40,44 por metro lineal”.

En razón de lo anterior, con ajuste a los límites señalados por el artículo 74 de la Ley 7794 se fija el nuevo importe de tasas de mantenimiento de parques de Moravia en ¢40,44 (cuarenta colones con cuarenta y cuatro céntimos) por metro lineal y su cobro será efectivo treinta días hábiles (30) después de esta publicación.

Moravia, 30 de noviembre del 2011.—Lic. Juan Pablo Hernández Cortés, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2011093274).

MUNICIPALIDAD DE VÁZQUEZ DE CORONADO

El Concejo Municipal de Vázquez de Coronado, en su acuerdo 2011-083-011 aprueba se publique referente al Acuerdo 2011-071-05 en el punto 17 del capítulo II se cambiaron ciertos aspectos de redacción, léase correctamente: “el digitador (a) una vez recibido el acuerdo de aprobación por parte de la secretaria(o) procede a la inclusión de los datos en el SIPP el documento presupuestario al verificador(a). Acuerdo. Cuenta con siete votos afirmativos.

Vázquez de Coronado, 5 de diciembre del 2011.—Nydya Arroyo Mora, Secretaria del Concejo.—1 vez.—(IN2011093749).

El Concejo Municipal de Vázquez de Coronado, en su acuerdo 2011-084-021, aprueba que se incluya en el Reglamento de Sesiones la siguiente modificación: para que las sesiones ordinarias de los días lunes de la última semana del mes de diciembre sea trasladada a los días jueves inmediatos anteriores del mismo mes. Acuerdo definitivamente aprobado. Cuenta con siete votos afirmativos.

Vázquez de Coronado, 5 de diciembre del 2011.—Nydya Arroyo Mora, Secretaria del Concejo.—1 vez.—(IN2011093751).

MUNICIPALIDAD DE SAN RAMÓN

AVISO

Que el Concejo Municipal de San Ramón, en la sesión ordinaria N° 121 del 1º de noviembre del 2011, mediante acuerdo N° 05-B, aprobó en forma definitiva las tasas que se detallan a continuación:

Tarifa recolección de basura

 

Tipo de Cobro

Tarifa actual

Propuesta

Diferencia en ¢

Porcentaje

Residencial-Público

¢712,00

¢783,81

¢71,81

10,09%

Mixta

¢1.246,00

¢1.371,66

¢125,66

10,09%

Comercial

¢1.780,00

¢1.959,52

¢179,52

10,09%

 

Relleno Sanitario

Cálculo Tasa                                                                                                                   Total por tonelada

                                                                                                                                                         métrica

                                       SUMA ANUAL A RECUPERAR ¢331.055.134,57                ¢11.455,19

Toneladas métricas anuales                                                            28.900

Limpieza de Vías

Cobro por

metro lineal

Tasa actual

Tasa

propuesta

Diferencia ¢

Variación %

¢832,00

¢969,68

¢137,68

16,55

 

 

Mantenimiento de Parques y Obras de Ornato

Cobro por

metro lineal

Tarifas

vigentes

Tarifa propuesta

 

Diferencia

colones

Porcentaje

%

¢176,00

¢191,92

¢15,92

8,30%

 

Cementerio

Cobro por

derecho

Tasa actual

Tasa

propuesta

Diferencia ¢

Variación %

¢1.402,00

¢2.022,00

¢620,31

44,24%

 

Rige 30 días después de su publicación.

San Ramón, 28 de noviembre del 2011.—Silvino Sánchez Ortiz, Secretario Concejo Municipal.—1 vez.—(IN2011092602).

MUNICIPALIDAD DE GRECIA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

La Municipalidad de Grecia con el objetivo de evitar focos de enfermedades y de velar por el ornato de la ciudad, es que la Municipalidad de Grecia, por este medio, le comunica a Importadora Heyma de Tures Sociedad Limitada, con cédula jurídica 3-102-172191, como poseedor por cualquier título de bienes inmuebles aledaños o frente a caminos públicos, el velar por el estado de abandono de su propiedad, con el folio real: Nº 320048, que se localiza en la provincia de Alajuela, cantón de Grecia, distrito Central, lote 7E, Urbanización Nueva Esparta, en calle Carmona. Esto con fundamento en lo establecido en e] Reglamento para el Establecimiento y Cobro de Tarifas por el incumplimiento de los Deberes de los Munícipes de la Municipalidad de Grecia, en el artículo 5, inciso b), donde sito: “Limpiar y cercar tanto los lotes baldíos, como aquellos donde existan edificaciones deshabitadas o en estado de demolición”.

Según lo establecido en el artículo 9, inciso a) de ese Reglamento, se le concede un plazo de ocho días hábiles, a partir de esta notificación, para que se realicen las obras. En caso contrario la Municipalidad ejecutará el trabajo y le cobrará el mismo, más un cincuenta por ciento (50%) de recargo, aplicándole el artículo 12, inciso b), de ese Reglamento. Dicho monto será ingresado a la base de datos municipal y quedará como un servicio a cancelar.

Para mayor información, comunicarse con la oficina de Gestión Ambiental, al teléfono: 2494-5050, ext. 126.

Firma ilegible.—(IN2011093740).

Mediante artículo III, inciso 1, acta 124 del 28 de noviembre de 2011, el Concejo Municipal de Grecia acuerda:

Se acuerda: Aprobar el informe de la Comisión Municipal de Hacienda y Presupuesto, con base en el artículo 69 del Código Municipal, se autoriza la implementación del descuento por pago adelantado para el periodo 2012, como sigue:

Para los contribuyentes que cancelen todo el año por adelantado, durante el primer trimestre y en efectivo los impuestos sobre bienes inmuebles y patentes, se aplicará un descuento del 8%, siempre y cuando este porcentaje sea igual o inferior a la tasa básica pasiva, si la tasa básica cae a un monto inferior al 8% el porcentaje de descuento se igualaría a dicha tasa. Si cancela con tarjeta, se le aplica un descuento del 50% de la tasa vigente. Para los servicios, se aplicará un 5% de descuento para el sujeto pasivo, que cancele durante el primer trimestre por adelantado y en dinero en efectivo, los servicios de recolección de basura, aseo de vías, mantenimiento de parques, servicio de agua fija y mantenimiento de cementerio. Se exceptúa el servicio de agua medida, permisos de construcción y alquiler de edificios (mercado). Si cancela con tarjeta, el descuento será de un 3%. Rige del 01 de enero al 31 de marzo 2012.

Acuerdo definitivamente aprobado y por unanimidad.

MBA. Alina Álvarez Arroyo, Coordinadora.—1 vez.—(IN2011095447).

La Municipalidad de Grecia, mediante Artículo IV, Inciso 13, Acta N° 128, acordó: trasladar la sesión del lunes 26 de diciembre para el viernes 29 de diciembre del 2011 y la del 02 de enero para el jueves 05 de enero del 2012.

Grecia, 14 de diciembre del 2011.—Alcaldía.—MAP. Nancy Hernández Solano, Vicealcaldesa.—1 vez.—(IN2011098044).

MUNICIPALIDAD DE LA UNIÓN

El Concejo Municipal informa, el acuerdo tomado en la sesión ordinaria Nº 119, del jueves 3 de noviembre de 2011, en la cual se aprueba el descuento por incentivo para el pago de Bienes Inmuebles y Patentes para el 2012.

Este descuento será calculado sobre el monto total a pagar correspondiente al período 2012 del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, será aplicado durante el primer trimestre del año 2012: 8% enero, 6% febrero, 4% marzo 2012.

En el caso de las patentes el incentivo por descuento para el período 2012 se fija en 8% para todos aquellos patentados que cancelen todo el año por adelantado en un solo tracto. Este descuento rige únicamente para los patentados que cancelen en el mes de diciembre del 2011.

Con relación a dicha solicitud contiene beneficios para el que cancele y para el recaudador de estos impuestos, por eso, esta Comisión recomienda al Concejo Municipal: Aprobar el descuento por incentivo para el pago de Bienes Inmuebles y Patentes para el 2012.

Acuerdo aprobado en firme y por unanimidad.

La Unión, 11 de noviembre de 2011.—Ana Eugenia Ramírez Ruiz, Secretaria.—1 vez.—(IN2011093769).

MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO

Artículo tercero: asuntos varios.

7º—El señor presidente, se refiere:

El Concejo conoce y con base en lo establecido en el artículo 35 del Código Municipal, a cambiar la fecha y hora de la Sesión Ordinaria convocada para el día lunes 2 de enero de 2012, para que la misma se proceda a convocar para realizar el día jueves 5 de enero del 2012, a las diecinueve horas en el Salón de Sesiones de la Municipalidad de Santo Domingo. Procédase a publicar el aviso de cambio de fecha de sesión ordinaria en cita en el Diario Oficial La Gaceta. Se dispensa de trámite de Comisión. Acuerdo definitivamente aprobado. Votos de los señores Regidores Moreira Ramírez, Chacón Zamora, Zamora González, González Rodríguez y Zamora Zamora.

Sesión Nº 133-2011 de fecha 28 de noviembre del 2011. Artículo III, inciso 7).—Gabriela Vargas Aguilar, Secretaria.—1 vez.—(IN2011094224).

MUNICIPALIDAD  DE SAN ISIDRO DE HEREDIA

CONCEJO MUNICIPAL

El Concejo Municipal de San Isidro de Heredia, en sesión ordinaria Nº 80-2011, celebrada el día 5 de diciembre de 2011, mediante acuerdo Nº 1497-2011, por unanimidad y definitivamente aprobado, con dispensa de trámite de comisión, acordó realizar la sesión ordinaria que correspondía al lunes 2 de enero de 2012, para el jueves 5 de enero de 2012, a las 7:00 p. m., en la Sala de Sesiones de la Municipalidad de San Isidro de Heredia.

San Isidro de Heredia, 6 de diciembre de 2011.—Zeidy Aguilar Vindas, Secretaria.—1 vez.—(IN2011095473).

MUNICIPALIDAD DE SAN RAFEL DE HEREDIA

CONCEJO MUNICIPAL

El Concejo Municipal de San Rafael de Heredia, en Sesión Ordinaria Nº 132-2011, celebrada el viernes 9 de diciembre del 2011, acordó por unanimidad y en firme cambiar la Sesión Ordinaria del lunes 2 de enero del 2012, para el miércoles 11 de enero del 2012, a las dieciocho horas con treinta minutos en el Salón de Sesiones de la Municipalidad.

San Rafael de Heredia, 12 de diciembre del 2011.—Damaris Ruiz Rojas, Secretaria.—1 vez.—(IN2011097514).

MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE

SECRETARÍA MUNICIPAL

El Concejo Municipal de Nandayure en Sesión Ordinaria Nº 78 celebrada el día 26 de octubre del 2011 y ratificada en la sesión ordinaria Nº 80 celebrada el día 9 de noviembre del 2011, acordó: Acogerse al cálculo elaborado por la Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda, según Resolución DGH-024-2011, publicado en La Gaceta Nº 101 de fecha 26 de mayo del 2011, y en adelante continuar acogiéndose a los cálculos que semestralmente emita ese Ministerio después de cada revisión.

Nandayure, 10 de noviembre del 2011.—Rebeca Chaves Duarte, Secretaria Municipal.—1 vez.—(IN2011093796).

El Concejo Municipal de Nandayure, en sesión ordinaria Nº 84 celebrada el día 7 de diciembre del 2011, acordó: Aprobar y publicar en el Diario Oficial La Gaceta “El cambio de fecha de las sesiones ordinarias del 21 y 28 de diciembre del presente año, mismas que se celebrarán los días lunes 19 y lunes 26 de diciembre a las dieciséis horas y treinta minutos”.

Nandayure, 9 de diciembre del 2011.—Rebeca Chaves Duarte, Secretaria.—1 vez.—(IN2011096659).

DEPARTAMENTO DE ZONA MARÍTIMO TERRESTRE

EDICTOS

El Departamento de Zona Marítima Terrestre de la Municipalidad de Nandayure, comunica que Juan Rafael Simoni Gazel, cédula N° 9-038-909, vecino de Pavas, San José, con base en la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre N° 6043 de 02 de marzo de 1977 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Ejecutivo N° 7841-P de 16 de marzo de 1977; solicita en concesión un terreno localizado en Playa San Miguel, distrito sexto Bejuco, cantón noveno Nandayure, de la provincia de Guanacaste. Mide: 576,00 metros cuadrados, para destinarlo como Zona Residencial Turístico predio identificado con el número 102. Sus linderos son: norte, calle pública; sur, zona restringida de la Z.M.T.; este, zona restringida de la Z.M.T. y oeste, zona restringida de la Z.M.T. Se advierte que la presente publicación no otorga derecho y la misma se realiza sin perjuicio de que el área, uso y frente al mar quedan sujetas a las disposiciones del Plan Regulador aprobado para la zona y disposiciones del MINAET. Se concede treinta días hábiles, contados a partir de esta publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en esta Municipalidad en la oficina del Alcalde Municipal, en papel sellado y con los timbres correspondientes. El opositor debe identificarse debidamente.

Carmona de Nandayure, Guanacaste.—Adán Venegas Chaves, Inspector.—1 vez.—(IN2011097397).

El Departamento de Zona Marítima Terrestre de la Municipalidad de Nandayure, comunica que Ganadería Alcornoco S. A., con cédula jurídica N° 3-101-237791, Palmares, Alajuela, inscrita en la Sección Mercantil del Registro Público al tomo mil ciento sesenta y uno, asiento ciento setenta y cinco, folio ciento setenta. Con base en la Ley Sobre la Zona Marítimo Terrestre N° 6043 de 2 de marzo de 1977 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Ejecutivo N° 7841-P de 16 de marzo de 1977; solicita en concesión un terreno localizado en Playa San Miguel, distrito sexto Bejuco, cantón noveno Nandayure de la provincia de Guanacaste. Mide: 1.500,00 mts cuadrados, para destinarlo como Zona Residencial Turístico predio identificado con el número 16-A. Sus linderos son: norte: calle pública, sur: zona verde, este: calle pública, oeste: zona restringida de la ZMT. Se advierte que la presente publicación no otorga derecho y la misma se realiza sin perjuicio de que el área, uso y frente al mar quedan sujetas a las disposiciones del Plan Regulador aprobado para la zona y disposiciones del MINAET. Se concede treinta días hábiles contados a partir de esta publicación para oír oposiciones las cuales deberán ser presentadas en esta Municipalidad en la oficina del Alcalde Municipal en papel sellado y con los timbres correspondientes. El opositor debe identificarse debidamente.

Carmona de Nandayure, Guanacaste.—Adán Venegas Chaves, Inspector.—1 vez.—RP2011268873.—(IN2011093564).

MUNICIPALIDAD DE HOJANCHA

El Concejo Municipal de Hojancha comunica acuerdo Nº 5 de la sesión ordinaria número 083-2011, celebrada el 29 de noviembre del 2011: Con base en el estudio hecho por la Unidad de Cobros y presentado por la administración, basado en los ingresos y gastos del periodo comprendido entre el 1° de enero al 31 de diciembre/2010, del cual se determina un aumento en las tasas del servicio de recolección, transporte, depósito y tratamiento de desechos sólidos residenciales y comerciales, lo mismo que en el servicio de aseo de vías y sitios públicos, se acuerda: aprobar el incremento en los servicios mencionados quedando establecidas las siguientes tasas:

Servicio de recolección, transporte, depósito y tratamiento de de desechos sólidos residenciales y comerciales:

 

Tipo de usuario:

Tasa trimestral

Residencial-público

¢5.856,00

Mixta residencial-comercial

¢10.248,00

Comercial-industrial

¢14.640,00

 

 

Servicio de aseo de vías y sitios públicos         

Tasa trimestral (por metro lineal)           ¢165,00

Ordénese la publicación del mismo en el Diario Oficial La Gaceta, según lo que establece el artículo 74 Código Municipal. Acuerdo aprobado por unanimidad, acuerdo firme.

Hojancha, 6 de diciembre del 2011.—Marielos Rodríguez Paniagua, Secretaria.—1 vez.—(IN2011095533).

CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PAQUERA

El Concejo Municipal del Distrito de Paquera, en sesión ordinaria Nº 644, celebrada el 17 de noviembre del 2011, artículo 8, inciso b) Acuerda adoptar el Reglamento Interno de Modificaciones Presupuestarias de la Municipalidad de Puntarenas, como una herramienta para las necesidades operacionales de la Administración del Concejo Municipal de Distrito de Paquera.

Paquera, 09 de diciembre del 2011.—Iris Flores López, Encargada de Proveeduría.—1 vez.—(IN2011097489).

MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO

JUNTA VIAL CANTONAL

La Junta Vial Cantonal, de la Municipalidad de Guácimo, comunica a quien interese que para efectos de verificar el procedimiento de reposición de tomos legalizados, es que se hace saber la pérdida de los folios originales del Nº 001 al 090 del primer tomo del libro legalizado de actas de este órgano colegiado.

Guácimo, octubre 201l.—Gerardo Fuentes González, Alcalde Municipal.—Unidad Técnica Gestión Vial.—David Castillo Miranda, Director.—1 vez.—(IN2011094959).

AVISOS

CONVOCATORIAS

COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE COSTA RICA

De conformidad con los artículos 18 y 20 de la Ley Orgánica del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, Nº 1038 y conforme a lo aprobado por la Junta Directiva en su sesión extraordinaria número 17-2011, celebrada el día 17 de diciembre del 2011, se convoca a los colegiados a la Asamblea de Junta General Extraordinaria Nº 197, a realizarse el día dieciséis de enero del 2012, en la sede del Colegio, sita en Moravia 600 metros oeste de Romanas Ballar. Primera convocatoria 17:30 horas. De no contar con el quórum de ley para la primera convocatoria, de conformidad con el artículo 18 citado, se sesionará en segunda convocatoria en el mismo lugar y fecha señalada al ser las 18:00 horas para lo cual hará quórum cualquier número de miembros presentes:

Orden del día

I.        Recuento del quórum y apertura de la Asamblea

II.       Entonación del Himno Nacional y del Himno del Colegio

III.      Aprobación del Orden del Día.

IV.      Informe del Órgano Director del Procedimiento nombrado por la Asamblea General.

V.       Recurso de apelación en materia de admisión

VI.      Elección de miembro de la Comisión Ad-Hoc, ante fallecimiento de uno de sus miembros

VII.    Clausura de la Asamblea General Extraordinaria

Se les recuerda que para participar en las asambleas es requisito obligatorio estar al día en el pago de las cuotas ordinarias y extraordinarias al 31 de diciembre del 2011.—San José, 20 de diciembre del 2011.—Dirección Financiera- Administrativa.—Lic. Jorge Masís Montenegro.—(IN2011100236).                            2 v. 1.

De conformidad con los artículos 18 y 20 de la Ley Orgánica del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, Nº 1038 y conforme a lo aprobado por la Junta Directiva en su sesión extraordinaria número 17-2011, celebrada el día  17 de diciembre del 2011, se convoca a los colegiados a la Asamblea de Junta General Ordinaria Nº 198, a realizarse el día martes 31 de enero del 2012, en la sede del Colegio, sita en Moravia 600 metros oeste de Romanas Ballar. Primera convocatoria 17:30 horas. De no contar con el quórum de ley para la primera convocatoria, de conformidad con el artículo 18 citado, se sesionará en segunda convocatoria en el mismo lugar y fecha señalada al ser las 18:00 horas para lo cual hará quórum cualquier número de miembros presentes:

Orden del día

I-        Recuento del quórum y apertura de la Asamblea

II-       Entonación del Himno Nacional y del Himno del Colegio

III-     Aprobación del Orden del Día

IV-     Informe de actas de Junta General

V-       Informe anual de labores de la Junta Directiva

a)     Secretaría

b)    Tesorería

c)     Fiscalía

d)    Presidencia

VI-     Aprobación del presupuesto para el año 2012

VII-    Mociones de la Asamblea General

VIII-   Juramentación e instalación de nuevos miembros de la Junta Directiva: Vicepresidente, Tesorero, Secretario y Vocal II,  para el bienio 2012-2014

IX-     Clausura de la Asamblea General

Se les recuerda que para participar en las asambleas es requisito obligatorio estar al día en el pago de las cuotas ordinarias y extraordinarias al 31 de diciembre del 2011.—San José, 20 de diciembre del 2011.—Dirección Financiera- Administrativa.—Lic. Jorge Masís Montenegro.—(IN2011100239).                          2 v. 1.

INMOBILIARIA BELÉN NARANJA S. A.

El suscrito, Óscar Luis Chaves Bolaños, cédula de identidad uno-cuatrocientos sesenta y cuatro-ochocientos noventa y nueve, vecino de San José, como liquidador de la compañía Inmobiliaria Belén Naranja S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos catorce mil ochocientos treinta y tres, convoca a asamblea general de accionistas, donde se presentará el informe final de la liquidación de dicha sociedad para su aprobación y cumplir con lo establecido en el artículo 216, inciso d) del Código de Comercio, a celebrarse el próximo treinta de enero de dos mil doce al ser las once horas, en las oficinas centrales de la sociedad.—San José, quince de enero de dos mil once.—Lic. Alejandra Brenes San Gil, Notaria.—1 vez.—RP2011271844.—(IN2011099329).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ENFOQUES ESTRATÉGICOS INC SOCIEDAD ANÓNIMA

Enfoques Estratégicos Inc Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-408091, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor e Inventarios, Balances, Actas de Asambleas, Actas de Consejo de Administración y Registro de Socios, todos Nº 2. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José Oeste, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Es todo.—Marisela Bello.—(IN2011096061).

ALMACÉN Y DEPÓSITO F & A S. A.

Almacén y Depósito F & A S. A., cédula jurídica Nº 3-101-569992, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario (libro 1), Mayor (libro 1), Inventario y Balances (libro 1), libro de Actas de Junta Directiva (libro 1), libro de Actas de Asamblea General (libro 1), y libro de Actas de Registro de Accionistas (libro 1). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José Oeste, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Carlos Humberto Serrano Pérez, Notario.—(IN2011096155).

UNIVERSIDAD FLORENCIO DEL CASTILLO

Universidad Florencio del Castillo, solicita reposición del título por extravío, de la estudiante Ivania Marcela Mora Araya, cédula de identidad dos-quinientos cuarenta y tres-quinientos treinta y siete, quien optó por el título de Bachillerato en Ciencias de la Educación con Énfasis en I y II Ciclo.—Cartago, al ser las ocho horas del primero de diciembre del dos mil once.—Departamento de Registro, Firma ilegible.—RP2011270371.—(IN2011096289).

CORPORACIÓN GABRIEL EBS INTERNACIONAL

SOCIEDAD ANÓNIMA

Corporación Gabriel EBS Internacional Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos sesenta y dos mil ochocientos ochenta y seis, solicitó ante la Dirección General de Tributación Directa Oeste Sur, la reposición de los libros de actas de Asamblea General, Actas de Asamblea de Socios, Registro de Accionistas, Diario, Mayor, Inventario y Balance, todos número uno de la sociedad. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José Oeste Sur.—San José, 21 de noviembre del 2011.—Lic. Carlos Alberto Ramírez Aguilar, Notario.—RP2011270332.—(IN2011096292).

CLUB JOSÉ MARTÍ

El que suscribe Andrés A. Campiño Co cédula de identidad C514-001-72-426-6 dueño de una acción número cuarenta y siete acción socio fundador del Club José Martí, ubicado en Guachipelín de Escazú, San José. Solicito la reposición de mi acción 47 de socio fundador por pérdida de la misma.—San José, 9 de diciembre del 2011.—Andrés A. Campiño.—(IN2011096504).

LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENSES S. A.

Para los efectos de los artículos 689 y 690 del Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA), hace constar a quien interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá el siguiente certificado de acciones: Certificado Nº 3242 serie H por 420 acciones. Accionista: Ganadería Nolaso S. A., folio 3251.—Norma Naranjo M., Gerente de Accionistas.—(IN2011096526).

BLUE PORT S. A

Blue Port S. A., cédula jurídica 3-101-317059, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición del libro Registro de Socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria Oeste/Sur, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Milena Eugenia Cruz González.—(IN2011096563).

J. WALTER THOMPSON S. A.

J. Walter Thompson S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-veintisiete mil ciento dos, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes dos libros: Junta Directiva y Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, Sede Central, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Carolina Argüello Bogantes, Notaria.—(IN2011096573).

IMPORTADORA AMÉRICA SOCIEDAD ANÓNIMA

Importadora América Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-cero dos nueve cuatro cero cinco; solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario 01, Mayor 01 y Balance e Inventarios 01. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José Este, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—William Bermúdez Acevedo.—(IN2011096668).

MINI SÚPER Y LICORERA LA FIESTA

El señor José David Mora Aguilar, comerciante, con cédula de identidad 4-187-013, vende a los señores Christopher Saurez Orozco, oficinista, con cédula de identidad 1-1367-400 y Víctor Padilla Zumbado, comerciante, con cédula de identidad 4-189-472, ambos vecinos de Fátima de Heredia, el negocio comercial denominado Mini Súper y Licorera La Fiesta, ubicado en Heredia, barrio Corazón de Jesús, 50 metros al norte, de Rostipollos o diagonal a Tributación Directa de Heredia, cuyo giro comercial es la venta de abarrotes y licores. El precio de la venta queda depositado en el señor Juan Carlos Saures Arce, cédula de identidad 1-632-584. Se cita a los acreedores, e interesados para que se presenten al local comercial, dentro del término de 15 días a partir de la primera publicación de este aviso, a hacer valer sus derechos.—Heredia, 8 de diciembre del 2011.—Lic. Víctor Padilla Zumbado.—RP2011270556.—(IN2011096802).

TRES-CIENTO UNO-QUINIENTOS TREINTA Y OCHO MIL

OCHOCIENTOS DOS SOCIEDAD ANÓNIMA

Tres-ciento uno-quinientos treinta y ocho mil ochocientos dos sociedad anónima, cédula jurídica 3-101-538802, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: libro de Accionistas Nº 1, libro de Junta Directiva Nº 1, libro Diario Nº 1, libro Mayor Nº 1, libro de Inventarios y Balances Nº 1, libro de Actas de la Asamblea General Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José Este, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Rodolfo Ávila Valverde.—RP2011270518.—(IN2011096803).

TRANSPORTES YUMBO SOCIEDAD ANÓNIMA

Transportes Yumbo Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-250537, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Mayor uno, Diario uno, Inventarios y Balances uno, Actas de Consejo de Administración uno, Actas de Asamblea uno y Registro de Socios uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José Este, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este edicto.—Lic. Shirley Duarte Duarte, Notaria.—RP2011270563.—(IN2011096804).

MULTISERVICIOS ELECTROMÉDICOS

SOCIEDAD ANÓNIMA

Multiservicios Electromédicos Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-007879, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de Junta Directiva, número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José Este, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Randall Alberto Quirós Bustamante, Notario.—RP2011270569.—(IN2011096805).

VALHER SOCIEDAD ANÓNIMA

Valher Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento doce mil sesenta y cuatro, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor e Inventarios y Balances, Actas de Junta Directiva, Actas de Asamblea General y Registro de Accionistas, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José Oeste, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. María Vanessa Castro Jaramillo, Notaria.—RP2011270684.—(IN2011096806).

ROMEROS DE LUZ DE LUNA SOCIEDAD ANÓNIMA

Romeros de Luz de Luna Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-358856, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro: (i) Libro número uno de Actas de Junta Directiva. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Natali Rivera Naranjo, Presidenta.—RP2011270729.—(IN2011096807).

PUERTO AZUL CINCUENTA Y DOS CINCUENTA

SOCIEDAD ANÓNIMA

Puerto Azul Cincuenta y Dos Cincuenta Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y tres mil seiscientos ochenta, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los libros: Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas Junta Directiva, Actas Asambleas, Actas Registro de Socios y Actas Asambleas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 9 de diciembre del 2011.—Lic. Ricardo José Retana Chinchilla, Notario.—(IN2011097082).

PRONTO MODA SOCIEDAD ANÓNIMA

Pronto Moda Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-159099, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los tres libros contables así como los tres libros de actas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Es todo.—San José, 12 de diciembre del 2011.—Lic. Silvia Rojas Alpízar, Notaria.—(IN2011097126).

SISTEMAS OPERATIVOS DE SEGURIDAD SOS

SOCIEDAD ANÓNIMA

Sistemas Operativos de Seguridad SOS Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-132386, anteriormente denominada Servicios Operativos de Seguridad SOS Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-132386, y constitutivamente denominada Arguedas y Rojas Servicios de Seguridad Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-132386, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario Nº 20, Mayor Nº 21, Inventarios y Balances Nº 22, Actas de Consejo de Administración Nº 23, Actas de Asambleas de Socios Nº 24, Registro de Socios Nº 25. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Martín Alonso Gómez Siles, Notario.—(IN2011097135).

LOS SILVA S. A.

Los Silva S. A., cédula persona jurídica 3-101-089343, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Consejo de Administración, Asamblea de Socios, Registro de Accionistas, números de los libros a reponer seis. Quienes se consideren afectado puede manifestar su oposición ante la Subgerencia de Servicios al Contribuyente de la Administración Tributaria de Guanacaste, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Lidia Loáiciga Aguirre, presidenta con poderes suficientes para este acto.—Liberia, 5 diciembre del 2011.—Lidia L. de Silva, Presidenta.—RP2011270820.—(IN2011097288).

UNITED PARADISE SOCIEDAD ANÓNIMA

United Paradise Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta y ocho mil seiscientos setenta y tres, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros contables: libro de Diario (número uno), libro de Inventarios y Balances (número uno), libro Mayor (número uno). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José Oeste Sur, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—RP2011270898.—(IN2011097289).

HOTELERA PLAYA FLAMINGO S. A.

Certificados de acciones Nº 1423 y Certificado de Libre Alojamiento Nº 1423, a nombre de William F. y Elise M. Kirk. Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 690, 691, 692, 708 y 709 del Código de Comercio. Se avisa que se procederá a reponer las acciones aludidas, si transcurrido un mes a partir de la publicación del último aviso no se hubiera presentado oposición al respecto.—San José, 8 diciembre del 2011.—Arturo Salazar Calvo, Contralor General.—RP2011271047.—(IN2011097829).

MOIN RESORT AND MARINA S. A.

El día 16 de noviembre del 2010, fue sustraído el título de depósito Nº 110021286, por la suma de veintidós mil doscientos noventa y un dólares con setenta y cinco centavos, de los Estados Unidos de América (US$22.291,75), título emitido el día 7 de julio del 2010, por el Banco Lafise, a nombre de Moin Resort and Marina S. A., con cédula de persona jurídica Nº 3-101-431917, el cual vence el día 7 de julio del 2011.—José Ignacio Soler Aira.—(IN2011098049).

COSTA RICA COUNTRY CLUB S. A.

El señor John Burt Williams Michaud, cédula Nº 1-0432-0588, solicita la reposición por extravío de la acción del Costa Rica Country Club S. A., número 1023. Cualquier persona que se considere afectada con esta reposición deberá hacerlo así saber ante esta Notaría, en el plazo de un mes, contado a partir de la tercera publicación de este aviso.—San José, 15 de diciembre del dos mil once.—Lic. Arturo Ortiz Sánchez, Notario.—(IN2011098970).

GAURAVA S. A.

Gaurava S. A., cédula jurídica 3-101-322189, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa la reposición de los siguientes libros: Asambleas de Junta Directiva uno, Registro de Accionistas uno, Diario número uno, Mayor número uno e Inventario y Balances número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Subgerencia de Servicio al Contribuyente de la Administración Tributaria de Guanacaste, dentro de los ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Manuel A. Carrillo Pacheco, Notario.—RP2011271850.—(IN2011099254).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

ASOCIACIÓN COSTARRICENSE DE

ALERGOLOGÍA E INMUNOLOGÍA

Yo, Gustavo Adolfo Lazo Páez, mayor, casado una vez, vecino de San José, médico, cédula de identidad número uno-cero novecientos treinta y dos-cero doscientos seis, en mi calidad de Presidente y representante legal de la Asociación Costarricense de Alergología e Inmunología, cédula de persona jurídica número tres-cero cero dos-cero siete ocho seis cero dos, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición del libro de Asamblea de Asociados, número uno, el cual fue extraviado. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—Heredia, ocho de agosto del dos mil once.—Gustavo Adolfo Lazo Páez, Presidente.—1 vez.—(IN2011097075).

MUCAP

El señor Carlos Francisco Jiménez Roqhuett, cédula de identidad 303530651, ha solicitado a MUCAP, la reposición del título valor CDP Nº 112-301-455714, por un monto de $1.182,00 y el cupón Nº 1 por un monto de $6.62, los cuales fueron emitidos a su orden el día 13 de setiembre del 2009. Se emplaza a los interesados a manifestarse dentro del plazo de 15 días naturales posterior a la última publicación.—Cartago, 9 de diciembre del 2011.—Dirección de Operaciones.—Vanessa Sánchez Ramírez, Jefa.—1 vez.—(IN2011097124).

JUNTA ADMINISTRATIVA CEMENTERIOS DE LIMÓN

Acuerdo de esta Junta Administrativa de Cementerios de Limón, Cementerios Municipales, que dice así en reunión o sesión Nº 6 del día 28 de julio del 2011, se acuerda analizar y aprobar nuevas tarifas de servicios que presta esta junta a los dolientes en los cementerios municipales fijándose las siguientes tarifas.

Servicio defunción adultos (as)                                   ¢25.000,00

Tapada de nicho adultos (as)                                      ¢15.000,00

Servicio de exhumación adultos (as)                            ¢32.000,00

Servicio defunción de niños (as)                                  ¢10.000,00

Servicio de exhumación de niños (as)                          ¢12.000,00

Tapada de nichos de niños (as)                                     ¢8.000,00

Recargo de feriados y domingos                                    ¢8.100,00

Arrendamiento lote por cinco años                             ¢60.000,00

Alquiler de mausoleos por cinco años adultos (as)     ¢56.200,00

Alquiler mausoleo de niños (as) por cinco años          ¢42.000,00

Permiso de construcción                                               ¢5.000,00

Permiso de enchape cada nicho                                   ¢10.000,00

Pegada de placa                                                             ¢2.000,00

Adicionales jardineras, aceras, otro                             ¢10.000,00

Certificaciones                                                               ¢5.000,00

Titulo por primera vez                                                  ¢6.500,00

Traspaso entre familiares                                            ¢15.000,00

Traspaso entre particulares                                         ¢70.000,00

Traslado entre los mismos cementerios                        ¢7.000,00

Traslado a otros cementerios de otras regiones           ¢25.500,00

Exhumación en el cementerio Nº 3                              ¢65.000,00

Tapada de nicho en el cementerio Nº 3                       ¢25.000,00

Defunción en el cementerio Nº 3                                 ¢27.000,00

Mantenimiento de mausoleos propios por trimestre    ¢3.250,00

Mantenimiento por trimestre por terreno                     ¢3.250,00

Mantenimiento anual                                                  ¢13.000,00

Dicho acuerdo rige desde el 1 de enero del 2012.

Puerto Limón, 23 de noviembre del 2011.—Prof. Marjorie Esna Williams, Presidenta.—Julio Rivera Obando, Secretario.—1 vez.—RP2011270881.—(IN2011097285).

ASOCIACIÓN SEMINARIO TEOLÓGICO

BAUTISTA DE COSTA RICA

Yo, Johnny Saborío Conejo, portador de cédula uno-tres siete seis-cuatro cinco cinco, en mi calidad de presidente y representante legal de la Asociación Seminario Teológico Bautista de Costa Rica, persona jurídica número tres-cero cero dos-dos tres cuatro siete siete cero, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas, la reposición de los libros uno de Actas de Asamblea General, uno de Actas de Junta Directiva, uno de Registro de Socios, uno Mayor, uno Diario, y uno de Inventario y Balance, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones. Se pagan los derechos y timbres de ley.—9 de diciembre del 2011.—Lic. Marco Antonio Cruz Gómez, Notario.—1 vez.—RP2011270878.—(IN2011097286).

ASOCIACIÓN CENTRO EDUCATIVO PLAYA

CHIQUITA PUNTA UVA

Yo, Katherine Pérez Arguedas, mayor, divorciada, vecina de Puerto Viejo de Limón, Punta Uva, cabinas Arrecife, portadora de la cédula de identidad número uno-mil ciento sesenta y cinco-seiscientos setenta, en mi condición de presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de la Asociación Centro Educativo Playa Chiquita Punta Uva, cédula jurídica número 3-002-2187882, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro Público, la respectiva reposición de los tres libros contables de nuestra Asociación, libro número uno de Diario, libro número uno, Mayor y libro número uno Inventarios y Balances los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—Puerto Viejo de Limón, 24 de noviembre del 2011.—Katherine Pérez Arguedas, Presidenta.—1 vez.—RP2011270894.—(IN2011097287).

ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO SUSTENTABLE

DE BUENOS AIRES DE PUNTARENAS

Yo, Eugenio Saldaña Obando, cédula número 6-230-211, en mi calidad de Presidente y representante legal de la Asociación para el Desarrollo Sustentable de Buenos Aires de Puntarenas, cédula de persona jurídica número 3-002-459320, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición de los libros: de Actas de Asamblea General libro 1, Actas del Órgano Directivo libro 1; Registro de Asociados libro 1; Diario libro 1; Mayor libro 1; Inventario y Balance libro 1; los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—San José, 20 de octubre del 2011.—Eugenio Saldaña Obando, Presidente y Representante Legal.—1 vez.—RP2011271212.—(IN2011097830).

COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES

EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES

A las siguientes personas se les comunica que, según nuestros registros, su situación de morosidad en el pago de sus cuotas de colegiación se encuentra normalizada. Por lo tanto, son colegiados activos a partir del mes abajo indicado. Se le recuerda a la sociedad costarricense que estos profesionales están habilitados para ejercer la docencia y áreas afines en Costa Rica.

Nombre

Cédula

Fecha levantamiento

Acuña Ilama Jeffry Carlos

110090568

08/09/2011

Aguilera Ramírez Luis Roberto

303540034

12/09/2011

Alfaro Morán Ginny

502790191

15/09/2011

Alvarado Castro Leónidas

502330778

15/09/2011

Álvarez Gómez Luis Fernando

503350135

09/09/2011

Ansaldi Diena Luis Roberto

4251104081625

06/09/2011

Araya Incera Manuel Enrique

103720723

16/09/2011

Arias Quesada Shirley

205520587

13/09/2011

Barrientos Porras Flor de Lis

202360017

12/09/2011

Bermúdez Salazar Karina

110860254

02/09/2011

Bogarín Rodríguez Ana Isabel

206000943

16/09/2011

Bravo Matarrita Carlos Alberto

107770765

02/09/2011

Calvo Chacón Pamela

111650957

15/09/2011

Camacho Camacho Ana Lorena

502320556

26/09/2011

Campos Montoya Marvin

701100064

14/09/2011

Castro Villalobos Ariana

206270354

08/09/2011

Chaves Jiménez Xinia María

107100836

09/09/2011

Chaves Mata Juanita

301880307

09/09/2011

Chaves Villalta Mauricio

106650391

29/09/2011

Chinchilla Aguilar Karla

108090218

27/09/2011

Cisneros Gallo Susana

800450551

07/09/2011

Cordero Solís Miguel Ángel

303510612

02/09/2011

Coto Sánchez Magaly

106830983

15/09/2011

Fernández Moya Ana Iris

203360632

15/09/2011

Gazo Chévez María del Socorro

155813113917

22/09/2011

Gómez Picado Miriam Elena

110170536

15/09/2011

González Calderón Melissa

112200162

16/05/2011

González Gutiérrez Blanca

107860499

29/09/2011

González Moreira Mariana

113660437

08/09/2011

Hernández Meza Milena

303890693

16/09/2011

Herrera Zúñiga Zaida María

104570771

31/08/2011

Jiménez Mena Lorena

900840804

05/09/2011

Quesada Ulate Kattia Vanessa

108140058

08/09/2011

Lopez Calvo Oscar

700920409

23/09/2011

Loría Vargas Sandra

104060086

15/09/2011

Márquez González Waldo

8070226102

15/09/2011

Matarrita Matarrita Lorena

501950899

15/09/2011

Mejía Sequeira Duley José

503190433

06/09/2011

Montoya Carrillo Johanna

111160968

02/09/2011

Morales Garay Ismael

107320796

13/09/2011

Ortíz Sánchez Norma

105800456

15/09/2011

Pacheco Fernández Francisco Antonio

202220068

15/09/2011

Padilla Cerdas Víctor Hugo

301870205

16/09/2011

Rey Corrales Jocelyn

107380134

19/09/2011

Rojas Campos Mariliz

107490158

15/09/2011

Sánchez Alvarado Eric

108690897

07/09/2011

Sánchez Castillo Carolina María

111110669

30/09/2011

Sandí Sandí Alexander Octavio

109980590

05/09/2011

Seas Tencio Glenda

302760876

01/09/2011

Ulate Oviedo Silvia Elena

401760333

27/09/2011

Valerín Castellón Henry

502900104

05/09/2011

Valverde Meléndez Nydia

103390256

19/09/2011

Vindas Chaves Rosaida

603560563

15/09/2011

Vindas Fernández Nuria

110210986

08/09/2011

Zúñiga Arias Lorena

108670451

16/09/2011

 

M.Sc. Félix Ángel Salas Castro, Presidente Junta Directiva.—M.Sc. Magda Rojas Saborío, Secretaria Junta Directiva.—1 vez.—(IN2011098184).

A las siguientes personas se les comunica que, según nuestros registros, su situación de morosidad en el pago de sus cuotas de colegiación se encuentra normalizada. Por lo tanto, son colegiados activos a partir del mes abajo indicado. Se le recuerda a la sociedad costarricense que estos profesionales están habilitados para ejercer la docencia y áreas afines en Costa Rica.

Nombre

Cédula

Fecha levantamiento

Abarca Espeleta Marianela

110960586

13/10/2011

Alvarado Calvo Natalia Vanessa

111410226

24/10/2011

Álvarez Bastos Yirley María

701480844

27/10/2011

Álvarez Méndez Juan Carlos

503190806

20/10/2011

Apu Murillo Roblin

502530926

15/10/2011

Arguedas Solís Luis

111160469

07/10/2011

Arroyo Umaña Ana Patricia

107440607

30/09/2011

Arroyo Villegas Rita Elena

503260145

13/10/2011

Baltodano Villarreal José Christian

111310726

04/10/2011

Barrantes Ortiz Margarita Lucía

701310155

28/10/2011

Barrantes Zúñiga Ericka

108630549

05/10/2011

Blagoev Stoyanova Daniela Paisieva

800740642

14/10/2011

Bula Villalobos Olmedo

900950807

06/10/2011

Cabrera Pinales Vinicio Alfonso

3750201162

12/10/2011

Camacho Rodríguez Manrique

401290298

11/10/2011

Campos Segura Franyeri Esteban

206310217

30/09/2011

Carranza Núñez Xinia

503580666

18/10/2011

Casafont Broutin Miguel Antonio

105180248

30/09/2011

Castro Chavarría Karla Vanessa

603490390

27/10/2011

Castro Jiménez Lilliana

109050801

11/10/2011

Díaz Ducca Jenaro Alberto

108320441

10/10/2011

Dijeres Ajum Harold

502620180

06/10/2011

Fernández Sandí Jorge

105920132

13/10/2011

Galeano Guzmán Édgar

2709950840220

20/10/2011

González Barrantes Jenny

112300449

15/10/2011

Granados Peraza Jeannette

701790261

18/10/2011

Herrera Rodríguez Ivonne

206410308

06/10/2011

Jiménez Zamora Daniela

108730489

10/10/2011

Madriz Fonseca Marlen

701340422

18/10/2011

Marín Quesada Marianela

111400574

27/10/2011

Mata Delgado Erick

110460181

10/10/2011

Mendoza López Reinaldo Antonio

700800663

18/10/2011

Molina Muñoz Dunia

102880186

05/10/2011

Morales Cascante José Alberto

206260571

10/10/2011

Ortiz Cruz Gabriela

502950003

03/10/2011

Otiura Sotomayor Jorge Alfonso

160400025134

14/10/2011

Palacios Palacios Ana Gabriela

112300597

13/10/2011

Rabb Andrews Tamatha Anne

1751278361108

06/10/2011

Reyes Vargas Sally

900990273

06/10/2011

Rivera Jiménez Elena María

103740819

03/10/2011

Rodríguez Montero Nancy

107470273

27/10/2011

Rodríguez Zárate Evelyn María

109480540

14/10/2011

Rojas Calvo Karol

109090038

13/10/2011

Rojas Camacho Gustavo

401430022

30/09/2011

Rojas García Alejandra

110180912

05/10/2011

Rojas Mora Katya Patricia

107570858

24/10/2011

Ruiz Arce Dinia María

502920312

18/10/2011

Ruiz Briceño Andy Willie

502500839

30/09/2011

Sáenz Rojas Peggy

108370126

11/10/2011

Salas Gómez Adán Antonio

205970036

27/10/2011

Salazar Mora Luis Mariano

104620488

20/10/2011

Solís Real Masllyn Andrea

110470431

13/10/2011

Swaby Delgado Ana Victoria

109260964

28/10/2011

Valerio Madriz Henry Vinicio

204460438

05/10/2011

Vallejos Bustos Kattia

107250443

10/10/2011

Valverde Chacón Jeannette

111680722

13/10/2011

Vargas Pérez Elsa María

700540716

14/10/2011

Vargas Vargas Martina

104370333

06/10/2011

Vega Molina Gilda María

202790285

11/10/2011

Vega Montero Ana María

109800996

05/10/2011

Villarreal Ruiz Andrea

503200634

07/10/2011

 

M.Sc. Félix Ángel Salas Castro, Presidente Junta Directiva.—M.Sc. Magda Rojas Saborío, Secretaria Junta Directiva.—1 vez.—(IN2011098185).

A las siguientes personas, se les comunica que, debido a su estado de morosidad en el pago de sus cuotas de colegiación, se encuentran suspendidas en el ejercicio de la profesión a partir del 31 de octubre de 2011, según lo dispuesto en el Reglamento General de la Ley Orgánica del Colegio N° 4770. Por lo tanto, no está autorizada para ejercer la profesión en el área docente, administrativo docente y técnico docente. A la vez, hace un llamado a las instituciones de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, y al sector privado para que tomen las acciones necesarias en caso de contar con los servicios de algunos de estos colegiados, a efecto de que no ejerzan ilegalmente, así como solicitar el requisito legal de la colegiación en futuras contrataciones. De igual forma, se insta al público en general se sirva denunciar ante la Fiscalía del Colegio a las personas que aparecen en esta lista y que están ejerciendo la profesión. Teléfonos: 2440-2950, 2437-8825, 2437-8829, 2437-8869; o bien al correo: colypro@racsa.co.cr

Nombre

Cédula

Acevedo Naranjo Karla María

602910829

Aguilera Mata Carol Cristina

205420440

Álvarez Guerrero Marvin

105450304

Álvarez Rosales Jorge

502280407

Arce Espinoza Kenyie María

112760201

Arce Garro Jorge Andrés

401930408

Arguedas Molina Vivian

110620688

Barrantes Méndez David

601200428

Biacetti Guevara Yinnia Lucía

503020692

Bolaños Marín Ana Lucía

603700768

Brenes Miranda María Julia

601410353

Calderón Castro Ingrid

303440999

Calderón Zumbado María Felicia

104220757

Campos Arce Stefanie Patricia

901130368

Carmona Ortega Allan José

502950005

Chacón Agüero Jenny María

302190912

Chavarría Chavarría José Enrique

503420789

Chavarría Montero Ingrid

502980349

Coghi Montoya Roxanna

302660341

Cubero Barrantes Carol Lizeth

206250606

Cubero Ramírez Carla Yariela

205300433

Delcore Domínguez Loredanna

900970586

Deusa Llopis Salvador

172400101527

Elizondo Fernández Fabio

111720294

Espinoza Espinoza Paola

110800855

Fallas Monge Johnny

303280671

Gutiérrez Vargas Karla Isabel

401690848

Hernández Alfaro Javier

503130076

Hernández Pérez Silvia Priscila

107740864

Ibarra Osorio Carlos Raúl

1749997

Jiménez Carranza Luis Ángel

502820838

Jiménez Luna Yamileth

302420256

Leitón Esquivel Liana Patricia

105250294

Lombana Tovar Sandra

4200219228000

Martínez Camarena Eduardo

800820480

Masís Vindas Silvia Irene

112520485

Mesén Lizano María Irene

107570670

Monge Figueroa Ana Elissa

602940422

Montiel Blanco Julio

104600763

Morales Quesada Yolanda

106550440

Morales Umaña Donay

303340137

Oviedo Fernández Mónica

205210502

Palma Cuadra Maritza

401230489

Pereira Conejo Mildred

900350715

Quirós Quesada Eunice

204500598

Ramírez Sánchez Carolina

205680263

Rodríguez Castro Royner Francisco

503380952

Rodríguez Gómez Marjorie

204210421

Sancho Maroto Ingrid

110500507

Scott Ávila Juan José

502570280

Segura Retana Ligia

107770024

Solano Solano Luis Gerardo

105480691

Soto Chacón Alejandra

204870252

Soto Leandro Ana Patricia

107260576

Tapia Rodríguez Tania del Carmen

270134939071323

Trigueros Hernández Ingrid Priscila

901030542

Vargas Díaz Rocío

303980248

Williams Kelley Brian

184000240415

Zamora Lizano Cristina

206160855

Zeledón Valverde Sandra

502760301

 

M.Sc. Félix Ángel Salas Castro, Presidente Junta Directiva.—M.Sc. Magda Rojas Saborío, Secretaria Junta Directiva.—1 vez.—(IN2011098186).

A las siguientes personas, se les comunica que, debido a su estado de morosidad en el pago de sus cuotas de colegiación, se encuentran suspendidas en el ejercicio de la profesión a partir del 4 de noviembre de 2011, según lo dispuesto en el Reglamento General de la Ley Orgánica del Colegio N° 4770. Por lo tanto, no está autorizada para ejercer la profesión en el área docente, administrativo docente y técnico docente. A la vez, hace un llamado a las instituciones de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, y al sector privado para que tomen las acciones necesarias en caso de contar con los servicios de algunos de estos colegiados, a efecto de que no ejerzan ilegalmente, así como solicitar el requisito legal de la colegiación en futuras contrataciones. De igual forma, se insta al público en general se sirva denunciar ante la Fiscalía del Colegio a las personas que aparecen en esta lista y que están ejerciendo la profesión. Teléfonos: 2440-2950, 2437-8825, 2437-8829, 2437-8869; o bien al correo: colypro@racsa.co.cr:

Nombre

Cédula

Aued Flores Ana Cecilia

106940506

Barrantes Vargas Yéssica

110880970

Braddock Stradtmann George

104990295

Caridad Alfaro Tatiana María

107400141

Chaves Méndez Sandra María

105560016

Chaves Mora Luis Flarndey

109180789

Corrales Ureña Miguel Arturo

111710169

Durán Díaz Cynthia Marcela

107520760

Fernández Blanco Adán

205600892

Fernández Quirós Francisco

303670283

Gutiérrez Chavarría Carlos Alonso

503090896

Infante Elizondo Karen

108470291

Jiménez Rojas Carla María

106220072

López Yannarella Johnny

401290577

Madrigal Castellanos Julio

107780857

Mora Goldoni Grizel

103990126

Rojas Alvarado Margarita

503590082

Vega Ortega Marita Lizeth

106810656

 

M.Sc. Félix Ángel Salas Castro, Presidente Junta Directiva.—M.Sc. Magda Rojas Saborío, Secretaria Junta Directiva.—1 vez.—(IN2011098187).

Ante mi notaría, el día veintiocho de noviembre del año dos mil once, a las once horas, se constituyó la sociedad Maisaca H Y M Cincuenta y Cuatro-Diez Sociedad Anónima.—Lic. Gabriela Muñoz Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2011270683.—(IN2011096864).

Por escritura ciento noventa y cinco otorgada a las dieciséis horas del veintisiete de setiembre de dos mil once ante el notario Fabián Azofeifa Arce, se protocoliza el asiento número cinco del libro de Registro de Actas número uno de la sociedad Dusoleil Lama S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos-cuatro uno dos ocho ocho dos, mediante el cual se nombra un nuevo gerente de la sociedad.—San José, 27 de setiembre del 2011.—Lic. Fabián Azofeifa Arce, Notario.—1 vez.—RP2011270685.—(IN2011096865).

Por escritura ciento noventa y seis otorgada a las dieciséis horas cinco minutos del veintisiete de setiembre de dos mil once, ante el notario Fabián Azofeifa Arce, se protocoliza el asiento número seis del libro de Registro de Actas número uno de la sociedad Dusoleil Lama S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos-cuatro uno dos ocho ocho dos, mediante el cual se nombra un nuevo gerente de la sociedad.—San José, 27 de setiembre del 2011.—Lic. Fabián Azofeifa Arce, Notario.—1 vez.—RP2011270686.—(IN2011096866).

Por escritura doscientos veintiséis otorgada a las quince horas del cinco de diciembre de dos mil cinco, ante el notario Fabián Azofeifa Arce, se protocoliza el acta número diez del libro de Actas de Asamblea de Socios número uno de la sociedad Llano Fértil Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-cero cuatro ocho ocho siete tres mediante el cual se modifica domicilio social de la sociedad.—San José, 5 de diciembre del 2011.—Lic. Fabián Azofeifa Arce, Notario.—1 vez.—RP2011270687.—(IN2011096867).

Por escritura número veintisiete otorgada hoy ante mi, se modificó la cláusula primera del pacto constitutivo de la empresa Volvo Dos Mil Siete RMA Sociedad Anónima.—Puntarenas a las 14:00 horas del nueve de noviembre del 2011.—Lic. Franklin López Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2011270688.—(IN2011096868).

Por escritura número cincuenta y dos otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del diecisiete de noviembre del dos mil once, se modificaron las cláusulas segunda y novena del pacto constitutivo de la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos cuarenta y seis mil ciento cincuenta y tres sociedad anónima, cédula jurídica número 3-101-546153.—San José, 17 de noviembre del 2011.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—RP2011270689.—(IN2011096869).

Ante esta notaría, mediante escritura de las 09:00 horas del 08 de diciembre del 2011, se constituye la compañía denominada Metamorfoseando Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, pudiendo abreviarse las dos últimas palabras en S. A. El presidente ostenta las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Jonathan Ruiz Campos, Notario.—1 vez.—RP2011270692.—(IN2011096870).

Por escritura número diecisiete otorgada a las 10:00 horas del seis de diciembre del dos mil once, se constituyó la empresa denominada Ciao Bella 2012 Sociedad Anónima, cuyo presidente es Jeffrye Arthur Irwin.—Guanacaste, Playas del Coco.—Lic. Natalia López Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2011270693.—(IN2011096871).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 7:00 horas del 30 de noviembre del 2011, se constituyó la sociedad Los Eficaces en Seguridad Rubla S. A. Capital social: ¢10.000,00. Plazo social: 100 años. Domicilio: Limón. Presidenta: Rosibel Ruiz Urbina.—Limón, 8 de diciembre del 2011.—Lic. Alfredo Carazo Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2011270694.—(IN2011096872).

El suscrito notario público, hago constar que ante esta notaría, al ser las ocho horas del nueve de diciembre del dos mil once, las señoras Ana Nancy Jiménez Ramírez y Tatiana Jiménez Ramírez, constituyeron la sociedad denominada Alfa Yankee Jiménez Sociedad Anónima, con un capital de diez mil colones, domicilio en provincia de San José, cantón Moravia, del colegio Las Américas cien sur, cien este, cien sur. Presidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Presidenta: Ana Yancy Jiménez Ramírez.—San José, nueve de diciembre del dos mil once.—Lic. Minor Gerardo Álvarez López, Notario.—1 vez.—RP2011270699.—(IN2011096873).

El suscrito notario José Manuel Venegas Rojas, cédula de identidad dos-trescientos noventa-seiscientos seis, carné ocho mil cuatrocientos sesenta y uno, hace constar que en esta notaría, se confeccionó la escritura número doscientos veinte-dos, de las quince horas del veintiuno de octubre de dos mil once, donde se realizó el acta constitutiva de la sociedad denominada Pasafino Sociedad Anónima.—Alajuela, 24 de octubre del 2011.—Lic. José Manuel Venegas Rojas, Notario.—1 vez.—RP2011270700.—(IN2011096874).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la empresa denominada A Moment In The Sun Ltda. Plazo: cien años; capital social: doce mil colones; administración: un gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Es todo.—San José, ocho de diciembre del 2011.—Lic. Ignacio Esquivel Seevers, Notario.—1 vez.—RP2011270701.—(IN2011096875).

En mi notaría, mediante escritura 312 de las 9:00 horas del 3 de diciembre de 2011, se constituyó la sociedad Femave Sociedad Anónima; plazo social 99 años; capital social nueve mil colones, representante judicial, extrajudicial el presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Agente residente: Lic. Kermith Ceciliano Moreira.—Lic. Lilliana Madrigal Valverde, Notaria.—1 vez.—RP2011270702.—(IN2011096876).

Por escritura otorgada a las 11:00 horas de hoy, protocolizo actas con acuerdos de fusión de las compañías domiciliadas en Tres Ríos, La Unión, Cartago, Colegio Angloamericano S. A. y Escuela Angloamericana S. A., en que prevalece la última y se reforma la cláusula quinta del pacto social de la empresa que subsiste y se revocan los nombramientos de la junta directiva y fiscal de la primera compañía, que desaparece con la fusión.—San José, 7 de diciembre del 2011.—Lic. Juan José Rímolo Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2011270704.—(IN2011096877).

Se hace constar que mediante escritura otorgada ante el notario público Carlos Gutiérrez Font se modificó el domicilio social de la sociedad Urik F.M.B. Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres ciento uno doscientos noventa y un mil doscientos cincuenta y siete, para que se lea así: El domicilio de la empresa será en San Rafael de Escazú, Condominio Villa de la Calle Real, sexto piso, apartamento seis A.—San José, 8 de diciembre del 2011.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—RP2011270706.—(IN2011096878).

Se hace constar que mediante escritura otorgada ante el notario público Carlos Gutiérrez Font se modificó el domicilio social de la sociedad Inversiones Vista Alegre de la Montana Sociedad Anónima, cédula jurídica tres ciento uno trescientos noventa y ocho mil ciento ochenta y uno, para que se lea así: El domicilio de la empresa será en San Rafael de Escazú, Condominio Villa de la Calle Real, sexto piso, apartamento seis A.—San José, 8 de diciembre del 2011.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—RP2011270707.—(IN2011096879).

Se hace constar que mediante escritura otorgada ante el notario público Carlos Gutiérrez Font se modificó el domicilio social de la sociedad Calle Syros Once Sociedad Anónima, cédula jurídica tres ciento uno trescientos mil ciento cuarenta y nueve, para que se lea así: El domicilio de la empresa será en San Rafael de Escazú, Condominio Villa de la Calle Real, sexto piso, apartamento seis A.—San José, 8 de diciembre del 2011.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—RP2011270708.—(IN2011096880).

Se hace constar que mediante escritura otorgada ante el notario público Carlos Gutiérrez Font, se modificó el domicilio social de la sociedad Inversiones Odil O.S.A. Sociedad Anónima, cédula jurídica tres ciento uno doscientos diecisiete mil cuatrocientos cincuenta y seis, para que se lea así: El domicilio de la empresa será en San José, Paseo Colon, Centro Colón, quinto piso, oficina cinco-uno.—San José, 8 de diciembre del 2011.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—RP2011270709.—(IN2011096881).

Se hace constar que mediante escritura otorgada ante el notario público Carlos Gutiérrez Font se modificó el domicilio social de la sociedad Desarrollos Inmobiliarios Costa Diamente Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres ciento uno trescientos noventa y ocho mil setenta y tres, para que se lea así: El domicilio de la empresa será en San Rafael de Escazú, Condominio Villa de la Calle Real, sexto piso, apartamento seis- A.—San José, 8 de diciembre del 2011.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—RP2011270710.—(IN2011096882).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria a las 8:00 horas del día de hoy se protocolizó acta de asamblea de accionistas de la sociedad Bambú Sol S. A., En la cual se modificaron las cláusulas tercera y quinta de los estatutos y se aumentó el capital social de la empresa.—San José, 6 de diciembre del 2011.—Lic. Elizabeth García Ramírez, Notaria.—1 vez.—RP2011270711.—(IN2011096883).

Por escritura pública cuarenta y cuatro, otorgada ante mí, a las 13:00 horas del 7 de julio dos mil once, se protocoliza el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad El Macizo Blanco Sociedad Anónima, por medio de la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo, el domicilio será Bello Horizonte de Escazú, Condominio El Macizo Negro. Además se cambia la junta directiva.—Lic. María del Carmen Seas Seas, Notaria.—1 vez.—RP2011270712.—(IN2011096884).

Por escritura otorgada a las 16:00 horas del 8 de diciembre del 2011, se constituye sociedad denominada Microbeneficio Ecológico Don Pancho Sociedad Anónima.—Naranjo, 8 de diciembre del 2011.—Lic. Mario Enrique Acuña Jara, Notario.—1 vez.—RP2011270713.—(IN2011096885).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 10:00 horas del 9 de diciembre de 2011, Tranquility Management Limitada, cédula jurídica 3-102-487270, reforma cláusula segunda del pacto social.—San José, 9 de diciembre del 2011.—Lic. Carolina Gallegos Steinvorth, Notaria.—1 vez.—RP2011270715.—(IN2011096886).

Por escritura pública número 376, otorgada en mi Notaría, a las 8:00 horas del día 20 de setiembre del año 2011, los señores Diego Alonso Líos Villarreal y Roy Estrada Baltodano, constituyeron ATV Grizzly Rentals Matapalo Sociedad Anónima. Capital social ¢100.000,00.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—RP2011270716.—(IN2011096887).

Ante esta notaría, el día 18 de noviembre del dos mil once, mediante escritura 16-103 se constituyó la sociedad Hidroeléctricas Llano Bonito Sociedad Anónima, domiciliada en Llano Bonito de León Cortes y cuyo presidente es el señor Gustavo Aristides Jiménez Soto.—Es todo.—San José, 9 de diciembre del 2011.—Lic. José Aquiles Mata Porras, Notario.—1 vez.—RP2011277718.—(IN2011096888).

Ante la notaria, Margarita Salas Araya, con oficina en Cartago, se presentó la constitución de la sociedad Inversiones González y Solano de Cartago S. A., representada por Reinaldo González Brenes.—Es todo.—Cartago, a las 14:00 horas del 8 de diciembre del 2011.—Lic. Margarita Salas Araya, Notaria.—1 vez.—RP2011270719.—(IN2011096889).

Que por escritura número trescientos dieciséis-cuatro, con fecha del 8 de diciembre del dos mil once, ante la notaria Vanessa Pacheco Gómez se modificó cláusula quinta de la sociedad denominada Nirut Internacional Sociedad Anónima, con domicilio en Alajuela, Atenas, Barrio San José Sur, del Lubricentro Bella Vista cien metros este, siendo la representación: Representante Legal: Presidente, Vicepresidente, tesorero y secretario.—Cartago, 9 de diciembre del 2011.—Lic. Vannesa Pacheco Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2011270720.—(IN2011096890).

Mediante escritura pública otorgada a las 10:00 horas del 9 de noviembre del 2011, se modifica el plazo social de la sociedad Inversiones Almanu H & S de Liberia S. A., cédula jurídica 3-101-468239.—San José, 9 de diciembre del 2011.—Lic. Roxana Artavia Badilla, Notaria.—1 vez.—RP2011270721.—(IN2011096891).

Por escritura otorgada en San José, a las 10:00 horas del día de hoy, en conotariado con la suscrita ante el notario público Cristian Villegas Coronas, protocolizamos acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Zurqui Development Group S. A., mediante la cual se reformó la cláusula segunda y sétima de los estatutos, y se nombró presidente y secretario.—San José, 3 de diciembre del 2011.—Lic. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—RP2011270722.—(IN2011096892).

Por escritura otorgada por mí, el día siete de diciembre del dos mil once, a las nueve horas, se protocolizó acta de Bosques del Río Oro Tres, S. A., mediante la cual se acuerda modificar las cláusulas segunda (domicilio) y octava (administración) de su pacto social.—Lic. Pamela Navarro Hidalgo, Notaria.—1 vez.—RP2011270727.—(IN2011096893).

Que por escritura otorgada en mi notaría, se modificó la cláusula de representación de la sociedad Holding Industrial del Oeste AAA S. A.—San José, 9 de diciembre del 2011.—Lic. Andrés Duran López, Notario.—1 vez.—RP2011270728.—(IN2011096894).

En mi notaría, se constituyó Santa Duck Dive Limitada, capital social ¢ 10.000,00. Domicilio: Cóbano de Puntarenas. Gerentes: Asaf Moshe y Shachar Moshe.—Mal Pais, 8 de diciembre del 2011.—Lic. Aland Masís Angulo, Notario.—1 vez.—RP2011270730.—(IN2011096895).

Se hace constar que mediante escritura pública otorgada ante el notario Carlos Gutiérrez Font, se modificó el plazo social de la empresa Corporación de Exportaciones Latinoamericanas Coex Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cuarenta y cuatro mil ciento cuarenta y cinco, para que en lo sucesivo se lea así “El plazo de vigencia de la empresa será de ocho años, nueve meses, dieciocho días, venciendo el dos de enero del dos mil doce.—San José, 8 de diciembre del 2011.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—RP2011270731.—(IN2011096896).

Se hace constar que mediante escritura pública otorgada ante el notario Carlos Gutiérrez Font, se modificó el plazo social de la empresa Promo Art-Arte Promocional Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos setenta y dos mil novecientos uno, para que en lo sucesivo se lea así: El plazo de vigencia de la empresa será de tres años, siete meses, diez días a partir de su constitución, venciendo el primero de diciembre del dos mil once.—San José, 8 de diciembre del 2011.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—RP2011270732.—(IN2011096897).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Corporación Denizara Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado, duración noventa y nueve años.—San José, ocho de diciembre del año dos mil once.—Lic. José Zeledón Colombari, Notario.—1 vez.—RP2011270734.—(IN2011096898).

Por escritura autorizada ante este notaría, a las 19:30 horas del 2 de diciembre del 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Movimiento y Salud JDF S. A., en donde se reforma la cláusula sexta de los estatutos y se nombra nueva junta directiva.—San José, 9 de diciembre de 2011.—Lic. Liliana Adela Jiménez Coto, Notaria.—1 vez.—RP2011270735.—(IN2011096899).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, el día 9 de diciembre del 2011, se reforma la cláusula segunda de las sociedades Business as Usual Ltda. y Delano Force (DFL) Ltda.—San José, 9 de diciembre del 2011.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2011270736.—(IN2011096900).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas y veinticuatro minutos del dos de noviembre del año dos mil once, se protocoliza asamblea general extraordinaria de la sociedad tres-ciento uno-quinientos veinticinco mil doscientos diez, cédula jurídica número 3-101-525210. Se reforma la cláusula primera.—Lic. Federico Torrealba Navas, Notario.—1 vez.—RP2011270738.—(IN2011096901).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad anónima que se denominará Grupo Feo S. A. Plazo: 99 años. Capital social: suscrito y pagado. Objeto: comercio en general.—San Ramón, Alajuela, 6 de diciembre del 2011.—Lic. Frineth M. Salas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2011270742.—(IN2011096902).

En esta notaría, mediante escritura número ciento nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad mediante la cual se cambió junta directiva y se modificó la cláusula sétima del pacto constitutivo y se revoca nombramiento del agente residente.—Turrialba, 6 de diciembre del 2011.—Lic. Manuelita Meza Zúñiga, Notaria.—1 vez.—RP2011270743.—(IN2011096903).

La suscrita notaria Maritza Araya Rodríguez, hago constar que en mi notaría se modificó el pacto constitutivo de la sociedad Hacienda Laguna Manati Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco cero dos dos siete cero, en fecha once horas y diez minutos del seis de diciembre del dos mil once. Es todo.—San Vito, 7 de diciembre del 2011.—Lic. Maritza Araya Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2011270744.—(IN2011096904).

Mediante escritura número 52, otorgada por mí, a las 9 horas 5 minutos del 9 de diciembre de 2011, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria de Six Seven Tilarán Sociedad Anónima, cédula 3-101-448308, mediante la cual se agrega la cláusula décimo cuarta de su pacto constitutivo.—San José, 9 de diciembre del 2011.—Lic. Laura Tatiana Arroyo Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2011270745.—(IN2011096905).

Por escritura pública otorgada a las ocho horas de día nueve de diciembre de dos mil once ante mi notaría, protocolicé acta de asamblea de socios de IUS Digital Com Sociedad Anónima mediante la cual se acordó modificar las cláusulas segunda y sexta del pacto social, relativas al domicilio social y representación de la sociedad respectivamente.—San José, 9 de diciembre del 2011.—Lic. Claudia Eugenia Reyes Silva, Notaria.—1 vez.—RP2011270747.—(IN2011096906).

El suscrito notario hace constar que en mi notaría, se constituyó la entidad Phillips y Murillo H.P.M Sociedad Anónima de Responsabilidad Limitada, capital social: ochenta mil colones. Domicilio: Alajuela, urbanización Montenegro, escuela María Pacheco, doscientos metros norte, cien metros este y cien metros sur. Plazo: noventa y nueve años.—Lic. Ronald Antonio Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2011270749.—(IN2011096907).

El suscrito notario hace constar que en mi notaría, se constituyó la entidad Cambronero y Phillips L.C.A.H. Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: ochenta mil colones. Domicilio: Alajuela, urbanización Montenegro, escuela María Pacheco, doscientos metros norte, cien metros este y cien metros sur. Plazo: noventa y nueve años.—Lic. Ronald Antonio Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2011270750.—(IN2011096908).

Por escritura otorgada ante mí, a las 13:00 horas del 9 de diciembre del 2011, se constituye la sociedad denominada IDCA Proyectos Constructivos Sociedad Anónima.—San José, 9 de diciembre del 2011.—Lic. José Luis Torres Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2011270753.—(IN2011096909).

Eliseo Torres Alvarado y otros constituyen Inversiones Rymee Sociedad Anónima, escritura otorgada en Guápiles al ser las diecisiete horas del siete de diciembre del dos mil once, ante el notario Javier Alejandro Delgado Calderón.—Lic. Javier Alejandro Delgado Calderón, Notario.—1 vez.—RP2011270754.—(IN2011096910).

Olman Román Cortés Cortés, cédula de identidad número 9-005-147, José Joaquín Sánchez Fonseca, cédula de identidad número 3-280-978 y Olman Enrique Cortés Martínez, cédula de identidad número 1-769-259 han convenido constituir una sociedad anónima que se denominará Corporación Flexográfica Coflexsa Sociedad Anónima. Domicilio social en Tibás, Jerónimo de Tibás, de la esquina noroeste de la Escuela Jesús Jiménez, cien metros al oeste, casa número cincuenta y seis. Presidente: Olman Román Cortés Cortés, Secretario: José Joaquín Sánchez Fonseca, Tesorero: Olman Enrique Cortés Martínez. Fiscal: Marta Elena Alguera Bolandi, cédula de identidad número 1-651-942. El Presidente funge como apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Álvaro Vladimir Moya Blanco, Notario.—1 vez.—RP2011270755.—(IN2011096911).

Asamblea general ordinaria de Veterinaria Agropalmar Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cincuenta y cuatro mil cuatrocientos ocho, celebrada el catorce de setiembre del dos mil once, por unanimidad de votos se acordó aceptar la renuncia del tesorero, vicepresidente y fiscal de dicha sociedad, y en su lugar se nombró en dichos cargos a Yunieth Melissa Zúñiga Hernández, como tesorera; a Flor Hernández Delgado como vicepresidente y a José Mario Álvarez Murillo como fiscal. Por fallecimiento del presidente José Marcial Villarreal Almengoro y Marianela Robles Blanco como secretaria, se acordó nombrar en esos puestos a Inocente Villarreal Cedeño como presidente a Leni Gómez Hernández como secretaria por el resto del período. Es todo.—Golfito, veinticinco de noviembre del dos mil once.—Lic. Geovanny Montero Chacón, Notario.—1 vez.—RP2011270756.—(IN2011096912).

Por escritura otorgada por mí, el día 15 de diciembre del 2011, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria de Ampavic Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-82056 en la que modifica la cláusula segunda del domicilio y la cláusula sétima de la administración. Se hacen nuevos nombramientos.—San José, 15 de diciembre del 2011.—Lic. Alexandra Mena Porras, Notaria.—1 vez.—RP2011271594.—(IN2011098711).

En escritura Nº siete-doscientos cincuenta y tres, otorgada a las 13:00 horas del 12 de diciembre del 2011, tomo 7 del protocolo de esta notaria, se modifica la cláusula sétima de la sociedad DS-Midhight Saphire Eighty Two Llc SRL.—San José, 15 de diciembre del 2011.—Lic. Andrea Fernández Cruz, Notaria.—1 vez.—RP2011271595.—(IN2011098712).

Mediante asamblea general extraordinaria de socios accionistas de la sociedad Corporación Jucarza S. A., celebrada en su domicilio social, a las diez horas del cinco de abril del dos mil once, se amplía el capital social, mediante escritura número: ciento setenta y siete, visible al folio noventa y ocho vuelto, del tomo: sesenta y tres, del suscrito notario, se protocolizó dicha acta. Firmo en la ciudad de Grecia, a las once horas del catorce de diciembre del dos mil once.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, Notario.—1 vez.—RP2011271596.—(IN2011098713).

Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del 13 de diciembre del 2011, se constituyó Inver-Rosgran E.I.R.L.—Lic. Eugenio F. Ortiz Álvarez., Notario—1 vez.—RP2011271598.—(IN2011098714).

Mediante escritura número 8 de las 9:00 horas del 15 de diciembre del 2011, protocolicé un acta de A L J M & Asociados S. A. Mediante la cual se amplía el plazo social a 30 años.—San José, 15 de diciembre del 2011.—Lic. Armando Ayala Wolter, Notario.—1 vez.—RP2011271600.—(IN2011098715).

En mi notaría, a las dieciséis horas del tres de mayo del dos mil once, se constituyó Ambientes Protegidos del Trópico Seco de Santa Cruz Sociedad Anónima. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital: suscrito y pagado.—San José, catorce de diciembre del dos mil once.—Lic. Dinorah Obando Hidalgo, Notaria.—1 vez.—RP2011271602.—(IN2011098716).

Por escritura otorgada a las doce horas del ocho de diciembre del dos mil once, se constituyó la sociedad Ecogroup Costa Rica S. A. Capital social: cien mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, nueve de diciembre del dos mil once.—Lic. María Rocío Díaz Garita, Notaria.—1 vez.—RP2011271603.—(IN2011098717).

Por escritura número doscientos setenta y nueve-cuatro, otorgada ante el notario Ronald Araya Marín, a las doce horas del veinte de octubre del dos mil once, se constituyó la sociedad Certame T.F.A Sociedad Anónima, con objeto social amplio y capital social debidamente suscrito y pagado.—Lic. Ronald Araya Marín, Notario.—1 vez.—RP2011271605.—(IN2011098718).

Ante esta notaría, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios donde se reformó la cláusula segunda del pacto constitutivo, y se nombró presidente y secretario de la sociedad Consultores de Estética ERPA S. A.—San José, quince de diciembre del dos mil once.—Lic. Wálter Solís Amen, Notario.—1 vez.—RP2011271607.—(IN2011098719).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Impocol S. A., cuya actividad es el comercio en general, el plazo social es de cien años, cuya representante es María Melva Guzmán de Villanueva, y fue constituida el trece de diciembre del dos mil once.—Lic. Wálter Solís Amen, Notario.—1 vez.—RP2011271608.—(IN2011098720).

Protocolización de acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Agrocampo S. A. Modificación de domicilio y de capital social. Registro Público, Sección Mercantil. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 15:28 horas del día 14 de diciembre del 2011.—Lic. Pedro Bernal Chaves Corrales, Notario.—1 vez.—RP2011271610.—(IN2011098721).

Por escritura otorgada ante este notario, a las nueve horas del quince de diciembre del dos mil once, se constituye la sociedad Integrated Solutions Outsourcing Group Sociedad de Responsabilidad Limitada. Con un capital social de doce mil colones.—San José, quince de diciembre del dos mil once.—Lic. Claudio José Donato Monge, Notario.—1 vez.—RP2011271611.—(IN2011098722).

Que ante esta notaría, a las 17:00 horas del 14 de diciembre del 2011, se constituyó la sociedad denominada Grupo Empresarial Murgut Sociedad Anónima, con domicilio social provincia de San José, cantón Central, San Sebastián, calle tres, del Banco de Costa Rica, setenta y cinco metros este. Que su representación judicial y extrajudicial estará a cargo del presidente y secretaria de la junta directiva, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 15 de diciembre del 2011.—Lic. Gloriana Montiel Zúñiga, Notaria.—1 vez.—RP2011271612.—(IN2011098723).

Magallanes Investiments S. A., modifica cláusula novena del pacto constitutivo. Fecha de asamblea: 25 de octubre del 2011. Presidente: Juan Carlos Fallas Muñoz.—Lic. Randall Fallas Castro, Notario.—1 vez.—RP2011271614.—(IN2011098724).

Mediante protocolización de acta de asamblea extraordinaria de accionistas otorgada ante mi notaría, a las nueve horas del catorce de diciembre del dos mil once, se modificaron las cláusulas del capital social y de la representación de la sociedad Kaps Place Sociedad Anónima, para que ahora sea exclusivamente el presidente el único representante, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, catorce de diciembre del dos mil once.—Lic. Silvia Pacheco Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2011271615.—(IN2011098725).

Por escritura otorgada a las 15:15 horas del 13 de diciembre del 2011, se protocoliza acta 4 de Transpesa C.L. Sociedad Anónima.—Lic. Luis Carlos Acuña Jara, Notario.—1 vez.—RP2011271616.—(IN2011098726).

Por escritura otorgada a las 16:40 horas del 28 de noviembre del 2011, se protocoliza acta 4 de Roes Puerto Aventura Sociedad Anónima.—Lic. Luis Carlos Acuña Jara, Notario.—1 vez.—RP2011271617.—(IN2011098727).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del catorce de diciembre del dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Joy Products S. A., en la cual se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo, y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 15 de diciembre del 2011.—Lic. Deborah Feinzaig Mintz, Notaria.—1 vez.—RP2011271619.—(IN2011098728).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas veintisiete minutos del 8 de diciembre del 2011, se constituyó la sociedad que se denominará con el número de cédula jurídica asignado por el Registro Público, y como sociedad anónima. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Edgardo Mena Páramo, Notario.—1 vez.—RP2011271621.—(IN2011098729).

Por escritura pública otorgada el 1º de diciembre del 2011, se constituye Inversiones Jean Paúl & Naz S. A. Por escritura del día 14 de diciembre del 2011, se modifican cláusulas de Tierras y Cultivos del Atlántico S. A.—Lic. Freddy Gmo. Segura Guillén, Notario.—1 vez.—RP2011271622.—(IN2011098730).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diecisiete horas quince minutos del día catorce de diciembre del dos mil once, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada CGL Royal Palms S. A., donde se acuerda modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo.—San José, catorce de diciembre del dos mil once.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2011271623.—(IN2011098731).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diecisiete horas cuarenta minutos del día catorce de diciembre del dos mil once, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Blissful Mandarín S. A., donde se acuerda modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo.—San José, catorce de diciembre del dos mil once.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2011271624.—(IN2011098732).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diecisiete horas treinta minutos del día catorce de diciembre del dos mil once, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada CKL Universal S. A., donde se acuerda modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo.—San José, catorce de diciembre del dos mil once.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2011271625.—(IN2011098733).

El suscrito notario hace constar que el día de hoy, se constituyó en mi notaría, la sociedad denominada Pensión Alimentaria de CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de diciembre del 2011.—Lic. Sebastián David Vargas Roldán, Notario.—1 vez.—RP2011271627.—(IN2011098734).

Mediante escritura número ciento treinta y dos, se modifica cláusula número ocho, del acta constitutiva de la sociedad anónima Sanitarios Hermanos Ureña Conejo S. A. Presidente: Harold Josué Ureña Conejo.—Tres Ríos, 14 de diciembre del 2011.—Lic. Rolando Rojas Navarro, Notario.—1 vez.—RP2011271629.—(IN2011098735).

Ante esta notaria, se protocolizó acta número cuatro, de la empresa Modjo Internacional Sociedad Anónima, donde se hace cambio de nombre a Interiorizmo Sociedad Anónima. Escritura número doscientos uno-doce, de las diecisiete horas del seis de diciembre del dos mil once.—Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—RP2011271630.—(IN2011098736).

Por escritura número noventa y dos, visible en el tomo octavo del protocolo del suscrito notario, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de El Gran Águila S. A., en donde se reforma la cláusula del domicilio, y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Es todo.—San José, catorce de noviembre del dos mil once.—Lic. Alexander Calderón Mora, Notario.—1 vez.—RP2011271632.—(IN2011098737).

Por escritura número cincuenta-once, otorgada ante esta notaría, notarios públicos Juan Manuel Godoy Pérez y Rolando Laclé Castro, a las dieciséis horas del día catorce de diciembre del dos mil once, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Almacenes El Colono DMC S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ochenta y dos mil novecientos sesenta y nueve, mediante la cual se reforma la cláusula quinta.—San José, catorce de diciembre del dos mil once.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, y Lic. Rolando Laclé Castro, Notarios.—1 vez.—RP2011271633.—(IN2011098738).

Se hace constar que a las 18:00 horas del día 7 de diciembre del 2011, por escritura 182, del tomo décimo tercero del notario Diego Arturo Oviedo Alpízar, se constituyó la fundación denominada Fundación Sueños de Colores.—San José, 13 de diciembre del 2011.—Lic. Diego Arturo Oviedo Alpízar, Notario.—1 vez.—RP2011271635.—(IN2011098739).

Por escritura número cuarenta y nueve, otorgada en Ciudad Neily, a las veinte horas del veinticuatro de noviembre del dos mil once, ante el suscrito notario, se constituyó Deebha Sociedad Anónima. Presidente y tesorero, con facultad de apoderados generalísimos sin límite de suma. Presidente: Srinivas Chintapally Rao. Tesorera: Shreevani Rao.—Ciudad Neily, quince de diciembre del dos mil once.—Lic. Roy Faustino Jiménez Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2011271636.—(IN2011098740).

Por escritura número cuarenta y dos, otorgada en Ciudad Neily, a las veinte horas del veinticuatro de noviembre del dos mil once, ante el suscrito notario, se constituyó Don Cocos Sociedad Anónima. Presidente y tesorero, con facultad de apoderados generalísimos sin límite de suma. Presidenta: Susan Lynne Johnson. Tesorero: Carlos Luis Castro Jiménez.—Ciudad Neily, quince de diciembre del dos mil once.—Lic. Roy Faustino Jiménez Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2011271637.—(IN2011098741).

Ante mí, en esta ciudad, a las 12:00 horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Panamerican Logistics Group S. A. Se cambia razón y domicilio social. Se acepta renuncia de junta directiva, y se nombra sustitutos.—San José, 14 de diciembre del 2011.—Lic. Gilberth Quirós Castro, Notario.—1 vez.—RP2011271639.—(IN2011098742).

El suscrito notario hace constar que el día catorce de diciembre del dos mil once, se constituyó la sociedad cuyo nombre lo constituirá su mismo número de cédula jurídica; siendo su presidente: David Alberto Benavides Castro, soltero, administrador de empresas, cédula de identidad número dos-cinco siete nueve-uno seis cuatro, y el capital social de diez mil colones.—Ciudad Quesada, catorce de diciembre del dos mil once.—Lic. Roy Alberto Guerrero Olivares, Notario.—1 vez.—RP2011271640.—(IN2011098743).

El suscrito notario hace constar que se reelige la misma junta directiva, los miembros de la junta directiva y el fiscal de la compañía Cadena Comercial Sancarleña S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero uno uno cuatro cuatro seis.—Ciudad Quesada, catorce de diciembre del dos mil once.—Lic. Roy Alberto Guerrero Olivares, Notario.—1 vez.—RP2011271641.—(IN2011098744).

Protocolización de acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Inmobiliaria Comercial del Oeste ICO S. A., en la cual se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo, y se nombra junta directiva.—San José, catorce de diciembre del dos mil once.—Lic. Sergio Quesada González, Notario.—1 vez.—RP2011271642.—(IN2011098745).

El suscrito notario hace constar que mediante la escritura número doscientos veintisiete-dos, de mi protocolo, se disuelve la sociedad anónima Tres-ciento uno-quinientos sesenta y nueve mil ciento sesenta y cuatro s. a., cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y nueve mil ciento sesenta y cuatro.—Ciudad Quesada, catorce de diciembre del dos mil once.—Lic. Roy Alberto Guerrero Olivares, Notario.—1 vez.—RP2011271643.—(IN2011098746).

Por escritura Nº 33-11, otorgada ante mí, a las 13:40 horas del 13 de diciembre del 2011, se constituye la sociedad A Piece of our Paadise Sociedad Anónima. Domicilio social: Puntarenas, Paquera Tambor, frente al aeropuerto tres kilómetros, primera casa a mano derecha. Capital social: diez mil colones. Presidente: Daniel Wayne Turner.—San José, 14 de diciembre del 2011.—Lic. Elizabeth Mora Arguedas, Notaria.—1 vez.—RP2011271644.—(IN2011098747).

Representaciones Vive Escazú Sociedad Anónima, acuerda su disolución a partir del día primero de diciembre del dos mil once. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las catorce horas del catorce de diciembre del dos mil once.—Lic. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2011271645.—(IN2011098748).

El suscrito notario hace constar y da fe de que ha protocolizado acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada 3-101-468103 S. A., a las 18:00 horas del 7 de diciembre del 2011, en la cual se modifican las cláusulas segunda: del domicilio y sétima: de la administración, y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Lic. Rolando Álvarez Araya, Notario.—1 vez.—RP2011271646.—(IN2011098749).

En la notaría de la Lic. María del Pilar Mora Navarro, mediante escritura ciento cuarenta y cinco-quince, se protocolizaron acuerdos de la compañía denominada Compañía de Mercadeo Metalúrgico Sociedad Anónima, celebrada en su domicilio social a las once horas del día veinte de setiembre del dos mil once, y acuerda reformar el nombre de la sociedad para que en adelante se denomine Mercadeo Corporativo MC Sociedad Anónima, se realizan nuevos nombramientos de presidente y secretario.—San José, catorce de diciembre del dos mil once.—Lic. María del Pilar Mora Navarro, Notaria.—1 vez.—RP2011271647.—(IN2011098750).

Ante esta notaría, mediante escritura de las doce horas del quince de diciembre del dos mil once, se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad Representaciones Comerciales Hebei Metals & Minerals Latín América S. A., aumentando el capital social. Presidente: Roy Guillermo Alfaro Hernández.—Alajuela, 15 de diciembre del 2011.—Lic. Aarón Jacob Ugalde Maxwell, Notario.—1 vez.—RP2011271648.—(IN2011098751).

Asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Radio Cinco S. A. Se cambia cláusula segunda del domicilio. Celebrada en su actual domicilio social a las 18:00 horas del 14 de diciembre del 2011. Escritura protocolizada en San José, a las 08:30 horas del 15 de diciembre del 2011.—Lic. Eduardo Antonio Alvarado Miranda, Notario.—1 vez.—RP2011271649.—(IN2011098752).

Por escritura número diecinueve-veinte, otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del día catorce de diciembre del dos mil once, se ha constituido la sociedad denominada en esta plaza Zamora Baudrit Abogados Sociedad Anónima.—San José, catorce de diciembre del dos mil once.—Lic. Alejandro Goicuría Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2011271650.—(IN2011098753).

Por escritura Nº 63, otorgada ante mi notaría, a las 09:00 horas del 17 de noviembre del 2011, los señores Orlando Castellón Navarro, cédula Nº 1-0637-0193, y María García Pérez, cédula Nº 2-477-396, constituyeron la sociedad D Perros y Gatos del Mundo Feliz Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: diez mil colones, íntegramente suscrito y pagado.—San José, 15 de diciembre del 2011.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—RP2011271653.—(IN2011098754).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09:00 horas del día 15 de diciembre del 2011, se acuerda reformar la cláusula siete de la sociedad Melodías del Mar y Viento S. A.—San José, 15 de diciembre del 2011.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2011271655.—(IN2011098755).

Por escritura pública de las quince horas del día trece de diciembre del dos mil once, los señores Carlos Gerardo Trejos Monge y Luis Ricardo Sandoval Carpio, constituyen veinte sociedades de responsabilidad limitada, las cuales serán denominadas de acuerdo al número de cédula jurídica que les sea asignado. Por escritura pública de protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad tres-ciento uno-quinientos cincuenta mil setecientos sesenta y uno s. a., se modifica la cláusula primera del pacto social, y se hacen nuevos nombramientos: presidente y secretario. Así mismo por escrito de protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada tres-ciento dos-quinientos veintidós mil quinientos sesenta y siete s.r.l., se hacen nuevos nombramientos: gerente y subgerente, y se modifica la cláusula sexta del pacto social.—San José, quince de diciembre del dos mil once.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—RP2011271656.—(IN2011098756).

Por escritura de las 20:00 horas del 14 de diciembre del 2011, se reformó la cláusula de la administración de la sociedad: Grupo Familiar La Lía S. A.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2011271657.—(IN2011098757).

Por escritura de las 21:00 horas del 14 de diciembre del 2011, se reforma la sociedad ERP El Regalo de Papá S. A., del nombre: A y C Consultorías y Asesorías Carpe Diem S. A., domicilio, objeto social, administración y capital social.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2011271658.—(IN2011098758).

La suscrita notaria Marta Emilia Rojas Carranza, constituí sociedad anónima, siendo su denominación social la cédula jurídica que le otorgue el Registro Nacional, Registro de Personas Jurídicas, ello conforme al Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en La Gaceta número ciento catorce del día catorce de junio del dos mil seis. Con un capital social de cien mil colones, y un plazo social de noventa y nueve años. Es todo.—Palmares, quince de diciembre del dos mil once.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—RP2011271661.—(IN2011098759).

Mediante escrituras otorgadas ante esta notaría, 13:00 horas, las 14:00 horas del día 12 de diciembre del 2011, se acuerda lo siguiente: constituir las sociedades Krase Connection CR S. A., Grateful Morning S. A., y las 14:30 horas del día 12 de diciembre del 2011, se acuerda reformar la cláusula primera de la sociedad Digicel Comunicaciones (Costa Rica) S. A., por Mobile Towers and Connections (MT&C) S. A.—San José, 13 de diciembre del 2011.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2011271670.—(IN2011098760).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:30 horas del día 26 de setiembre del 2011, se acuerda constituir la siguiente sociedad: Zenith Gourp Inmuebles Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2011.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2011271671.—(IN2011098761).

Por escritura otorgada en San José, a las quince horas del doce de diciembre del dos mil once, se protocolizaron acuerdos de asamblea extraordinaria de accionistas de Sueños Zurquí Sociedad Anónima. Se modifican cláusulas sexta y segunda del domicilio social y representación. Se nombra nueva junta directiva.—San José, 15 de diciembre del 2011.—Lic. Carlos Antillón Morera, Notario.—1 vez.—RP2011271672.—(IN2011098762).

En mi notaría, a las catorce horas veinte minutos del día cinco de diciembre del dos mil once, se reformó la cláusula sétima del pacto constitutivo de la sociedad Empresas Kemper Sociedad Anónima.—San José, catorce de diciembre del dos mil once.—Lic. Gonzalo Gutiérrez Acevedo, Notario.—1 vez.—RP2011271673.—(IN2011098763).

Por escritura doscientos veintisiete, otorgada a las diez horas del ocho de diciembre del dos mil once, ante el notario Fabián Azofeifa Arce, se protocoliza acta número uno, del libro uno de Actas de Asamblea de Socios de la sociedad denominada tres-ciento uno cinco uno seis cuatro cero siete, cédula jurídica número tres-ciento uno cinco uno seis cuatro cero siete, mediante la cual se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 14 de diciembre del 2011.—Lic. Fabián Azofeifa Arce, Notario.—1 vez.—RP2011271676.—(IN2011098764).

Ante el Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, se nombra como presidente al señor: Robert Aspinwall, y se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo de la sociedad Palmera Triangular LDC Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-tres uno nueve seis siete cinco.—Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2011271683.—(IN2011098765).

Ante el Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, se nombra como presidente al señor: Dennis Rodríguez, y se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad CRE Ciento Dos Baza Malgachena Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco cero uno cuatro cuatro tres.—Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2011271684.—(IN2011098766).

Ante la Lic. Karla Johanna Campos Ramírez, se reforma la cláusula segunda y novena del pacto constitutivo, de la sociedad Castiilo Monterey S. A., cédula jurídica Nº 3-101-617877.—Lic. Karla Johanna Campos Ramírez, Notaria.—1 vez.—RP2011271685.—(IN2011098767).

Ante el Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, se constituyó Origen Libre DJR del Pacífico Sociedad Anónima. Presidente: Diego Jesús Ramírez, apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: seis mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2011271686.—(IN2011098768).

Por escritura número cero veinticuatro, de las diez horas del día primero de diciembre del dos mil once, otorgada ante el notario Fernando Fernández Delgado, iniciada al folio cero trece vuelto del tomo décimo de su protocolo, se reforma pacto social de la entidad Constructora Tradasa Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero sesenta y dos mil quinientos cuarenta y ocho, y mediante la cual se modifican las cláusulas sétima: de la administración, y la cláusula octava: de la vigilancia de la sociedad, del pacto constitutivo.—Puriscal, 1º de diciembre del 2011.—Lic. Fernando Fernández Delgado, Notario.—1 vez.—RP2011271687.—(IN2011098769).

Ante el Lic. Juan Federico Arias Chacón, se constituyó la sociedad que se denominará “según lo dispuesto en el artículo segundo del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno cinco, publicado en La Gaceta número ciento catorce de junio del dos mil seis”. Presidente: Gerardo Montiel Espinoza, como apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: es de seis mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Juan Federico Arias Chacón, Notario.—1 vez.—RP2011271688.—(IN2011098770).

Por escritura número doscientos sesenta, de las diecinueve horas del día dieciséis de noviembre del dos mil once, otorgada ante el notario Fernando Fernández Delgado, iniciada al folio ciento noventa y ocho vuelto del tomo noveno de su protocolo, se reforma pacto social de la entidad Los Soles de Imperio R A S Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos tres mil cuatrocientos noventa y nueve, y mediante la cual se modifica su domicilio, aumenta y capital social de la compañía, y se modifican las cláusulas segunda y quinta del pacto constitutivo.—Puriscal, 17 de noviembre del 2011.—Lic. Fernando Fernández Delgado, Notario.—1 vez.—RP2011271689.—(IN2011098771).

Mediante escritura número veintitrés, visible a folio once vuelto y doce frente y vuelto, del tomo uno de la notaria Stephy Rojas Hidalgo, se nombra nueva junta directiva de la sociedad anónima con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y cinco mil-trescientos veinticinco. Inscrita al tomo: dos mil nueve, asiento: veintidós mil ciento veintiséis, cuyo presidente es el señor: Carlos Palma Rodríguez.—San José, doce de diciembre del dos mil once.—Lic. Stephy Gabriela Rojas Hidalgo, Notaria.—1 vez.—RP2011271690.—(IN2011098772).

Yo, Leonardo Crespi Zorino, notario público, hago constar que Jacqueline Angulo Mondragón, Esteban José Monge Angulo y Alejandro Jesús Monge Angulo, constituyen la sociedad denominada Jafe Yireh Sociedad Anónima, con un capital de diez mil colones, domiciliada: en San José, y se dedicará a la compra y venta de bienes muebles e inmuebles, según escritura número cinco, de fecha a las quince horas del diecisiete de noviembre del dos mil once.—San José, 21 de noviembre del 2011.—Lic. Leonardo Crespi Zorino, Notario.—1 vez.—RP2011271691.—(IN2011098773).

Mediante escritura número veinticuatro, visible a folio doce vuelto trece frente y vuelto, del tomo uno de la notaria Stephy Rojas Hidalgo, se solicita prórroga del plazo social de la sociedad denominada Compañía Centroamericana de Mercadotecnia Palma Sociedad Anónima, cuyo presidente es el señor: Carlos Palma Rodríguez.—San José, doce de diciembre del dos mil once.—Lic. Stephy Rojas Hidalgo, Notaria.—1 vez.—RP2011271692.—(IN2011098774).

Por escritura de las 09:00 horas del 6 de diciembre del 2011, se protocolizó acta de nombramiento de junta directiva de Famogo S. A., por el resto del plazo social.—6 de diciembre del 2011.—Lic. Juan Quirós Rojas, Notario.—1 vez.—RP2011271693.—(IN2011098775).

Por escritura número once, otorgada en San José, a las quince horas del catorce de diciembre del año dos mil once, se constituyó la sociedad Productos DSN Grasa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Lic. Gisella Valverde Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2011271694.—(IN2011098776).

En escritura de las nueve horas del siete de julio del dos mil once, con número doscientos treinta y nueve visible a folio ciento siete frente del tomo dos del protocolo del notario Waldir Valerín Telles se modificó el pacto constitutivo de la empresa tres-ciento uno-seiscientos cuatro mil ochocientos cinco. Es todo.—Quepos, 14 de diciembre dos mil once.—Lic. Henry Manuel Gómez Pineda, Notario.—1 vez.—RP2011271695.—(IN2011098777).

Se constituye Aserradero QWI Sociedad Anónima. Domiciliada en San José. Capital social: diez mil colones. Plazo social: cien años. Escritura otorgada en mi notaría, a las dieciséis horas del seis de noviembre del dos mil once.—Lic. Alfonso José Mojica Mendieta, Notario.—1 vez.—RP2011271696.—(IN2011098778).

Por escritura otorgada el día de hoy, ante mí, se constituyó la compañía JSD International Enterprises S. A.—San Pablo de Heredia, 13 de diciembre del 2011.—Lic. Edgardo Campos Espinoza, Notario.—1 vez.—RP2011271220.—(IN2011098779).

Por escritura otorgada hoy ante mí, Credomatic de Costa Rica S. A., aumentó el capital social.—San José, 13 de diciembre del 2011.—Franklin Matamoros Calderón, Notario.—1 vez.—RP2011271224.—(IN2011098780).

En mi notaría, se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada, cuya razón social es el número de cédula jurídica que asigne el Registro. Capital social: 10.000 colones. Domicilio: Cóbano de Puntarenas. Gerente: Mathew Erin Hayes 481059167.—San Teresa de Cóbano, 13 de diciembre del 2011.—Lic. Alan Masís Angulo, Notario.—1 vez.—RP2011271226.—(IN2011098781).

En mi Notaría, se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada, cuya razón social es Black Water Holdings Limitada. Capital social: 10.000 colones. Domicilio Cóbano de Puntarenas, Gerente: Steven Christopher Byerley.—Santa Teresa de Cóbano, 13 de diciembre del 2011.—Lic. Alan Masís Angulo, Notario.—1 vez.—RP2011271227.—(IN2011098782).

Mediante escritura número doscientos seis, otorgada ante el notario Alberto Raven Odio, a las diecisiete horas del veintiocho de noviembre del año dos mil once, se constituyó la sociedad Inversiones Azul Dos Mil Cincuenta Sociedad Anónima, por un plazo de cien años y un capital social de doscientos mil colones.—San José, cinco de diciembre del dos mil once.—Lic. Alberto Raven Odio, Notario.—1 vez.—RP2011271230.—(IN2011098783).

El día de hoy, Yohaira Patricia Ortiz Forero y Carlos Edwing Villanueva Martínez, constituyeron la sociedad denominada Inversiones Kendeca C A S. A. Plazo: cien años. Presidente: Carlos Edwing Villanueva Martínez. Capital social: cien mil colones.—San José, dieciocho de noviembre del dos mil once.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—RP2011271231.—(IN2011098784).

El día de hoy el suscrito notario público protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Las Bouganvilias de Cuernavaca S. A., celebrada a las siete horas del catorce de setiembre del año dos mil once, mediante la cual se reforman las cláusulas del pacto social en cuanto al domicilio social y administración, también se nombra junta directiva y fiscal.—San José, doce de diciembre del dos mil once.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—RP2011271232.—(IN2011098785).

El día de hoy el suscrito notario público protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y cuatro mil doscientos noventa y uno, s. A., celebrada a las ocho horas del siete de noviembre del año dos mil once, mediante la cual se reforman las cláusulas del pacto social en cuanto al domicilio social y administración, también se nombra junta directiva y fiscal.—San José, doce de diciembre del dos mil once.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—RP2011271233.—(IN2011098786).

El día de hoy los suscritos notarios públicos protocolizamos acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones Unibienes Dos Mil Once S. A., celebrada a las ocho horas del ocho de setiembre del año dos mil once, mediante la cual se reforman las cláusulas del pacto social en cuanto al domicilio social, capital social y administración, también se nombra junta directiva y fiscal.—San José, dieciocho de octubre del dos mil once.—Licda Maylin Brenes Solera y Orlando Araya Amador, Notarios.—1 vez.—RP2011271234.—(IN2011098787).

 Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del día trece de diciembre del dos mil once, se constituye la empresa de esta plaza denominada Alquileres e Inversiones Korela S. A.—Lic. Ronald Valverde Cordero, Notario.—1 vez.—RP2011271235.—(IN2011098788).

Por escritura autorizada a las dieciséis horas de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Carryse Sociedad Anónima, en que se reforman las cláusulas sétima y novena de sus estatutos, se reorganiza la junta directiva, se nombra fiscal, se confiere poder generalísimo y se elimina el agente residente.—San José, trece de diciembre del dos mil once.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—RP2011271237.—(IN2011098789).

Por escritura pública número cero nueve, otorgada ante mi notaría, se constituyó sociedad anónima que se denominará por medio de número de cédula jurídica. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones exactos. Presidenta: Karen Patricia Solera Cordero.—San José, doce de diciembre del dos mil once.—Lic. Greivin Ureña Fuentes, Notario.—1 vez.—RP2011271238.—(IN2011098790).

Por escritura otorgada en esta ciudad a las 14:30 horas de hoy ante la suscrita notaria pública se protocolizó acta de Pinot Noir S. A., en la que se reformó la cláusula cuarta de los estatutos, acortándose el plazo de la sociedad.—San José, 13 de diciembre del 2011.—Irene Lobo Hernández, Notaría.—1 vez.—RP2011271245.—(IN2011098791).

Por escritura otorgada en esta ciudad, a las 15:00 horas de hoy ante la suscrita notaria pública se protocolizó acta de Grosbois S. A., en la que se reformó la cláusula cuarta de los estatutos, acortándose el plazo de la sociedad.—San José, 13 de diciembre del 2011.—Irene Lobo Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2011271246.—(IN2011098792).

Por escritura otorgada en esta ciudad, a las 15:30 horas de hoy, ante la suscrita notaria pública se protocolizó acta de Treinta y Tres D. R. Azul Oscuro S. A., en la que se reformó la cláusula cuarta de los estatutos, acortándose el plazo de la sociedad.—San José, 13 de diciembre del 2011.—Lic. Irene Lobo Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2011271247.—(IN2011098793).

Por escritura otorgada en esta ciudad a las 16:00 horas de hoy, ante la suscrita notaria pública se protocolizó acta de Treinta y Cuatro D. R. Azul Marino S. A., en la que se reformó la cláusula cuarta de los estatutos, acortándose el plazo de la sociedad.—San José, 13 de diciembre del 2011.—Lic. Irene Lobo Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2011271248.—(IN2011098794).

Por escritura pública otorgada a las dieciséis horas y treinta minutos del doce de diciembre del dos mil once, se protocolizó el acta de la sociedad Wethfust Sociedad Anónima.—San José, doce de diciembre del dos mil once.—Lic. Kenneth Muñoz Ureña, Notario.—1 vez.—RP2011271249.—(IN2011098795).

Por escritura otorgada ante este notaría, a las ocho horas del dieciocho de noviembre de dos mil once, se protocolizó acta de la sociedad Dodero Almanza S. A., cédula jurídica 3-101-376888, en la cual se reformó la cláusula primera del pacto constitutivo en cuanto al nombre de la sociedad y la cláusula decimoprimera, referente a cambio de miembros de junta directiva. Es todo.—San José, 18 de noviembre del 2011.—Lic. Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1 vez.—RP2011271250.—(IN2011098796).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las once horas cuarenta minutos del cinco de diciembre del dos mil once, se constituye la sociedad Mefalgui Sociedad Anónima. Domicilio: Curridabat. Plazo: 99 años. Capital: cien mil colones, representación legal individual o conjunta. Presidente y tesorero.—Lic. Huberth Salas Ortega, Notario.—1 vez.—RP2011271251.—(IN2011098797).

Que por acta de asamblea general extraordinaria de Maderas S Q Dos Mil Cinco Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos veinticuatro mil seiscientos cincuenta y tres, celebrada el día seis de diciembre del presente año, se acuerda reformar cláusula octava del pacto constitutivo, se nombra secretario y fiscal. Es todo.—San José, trece de diciembre del dos mil once.—Lic. Jimmy Vargas Venegas, Notario.—1 vez.—RP2011271252.—(IN2011098798).

Mediante escritura número cuarenta y cinco del tomo: quinto, visible al folio: ciento trece frente, otorgada en esta Notaría, a las dieciocho horas del veintiuno de noviembre del dos mil once: Se protocoliza acta número: dos de asamblea general ordinaria, de Compañía Comercializadora Obryan S. A., con cédula jurídica: tres-uno cero uno-dos nueve cuatro cero cero seis, donde se cambia junta directiva quedando de la siguiente forma: Presidenta: Grettel de los Ángeles Murillo Acuña; Tesorera: Gloria Etilma Acuña Boza; secretario: Carlos Alberto Sánchez Hine; Fiscal: Ana Ixela Murillo Acuña.—Puntarenas, veintiuno de noviembre del dos mil once.—Lic. Jenaro Sánchez Arias, Notario.—1 vez.—RP2011271256.—(IN2011098799).

Por escritura número noventa y dos-uno, otorgada ante este Notario a las quince horas del dieciséis de noviembre de dos mil once, se constituye sociedad anónima Cibercafé Los Gemelos Sociedad Anónima.—San José, doce de diciembre de dos mil once.—Lic. Daniel Tencio Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2011271257.—(IN2011098800).

Por escritura número cincuenta-nueve, otorgada ante los notarios Alberto Sáenz Roesch, Jorge González Roesch, y Juvenal Sánchez Zúñiga, actuando en el protocolo del primero, a las nueve horas del día diez de noviembre del año dos mil once, se reforma la cláusula sétima y se nombra gerente uno, gerente dos y agente residente de la sociedad tres-ciento dos-seiscientos treinta y ocho mil novecientos treinta y nueve s.r.l., además de la cláusula primera para que en adelante la sociedad se denomine TBE Costa Rica Limitada.—San José, 12 de diciembre del 2011.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.—RP2011271258.—(IN2011098801).

Al ser las trece horas del doce de diciembre del año dos mil once, procedí a protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria de socios número tres de la empresa denominada tres-ciento uno-quinientos cinco mil novecientos noventa y uno, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos cinco mil novecientos noventa y uno, en la cual se acuerda reformar las cláusulas del domicilio social y de la administración y se elige nueva junta directiva.—San José, doce de diciembre del dos mil once.—Lic. Roberto Quirós Coronado, Notario.—1 vez.—RP2011271265.—(IN2011098802).

Por escritura número 92, otorgada ante esta Notaría, a las 11:00 horas del 21 de noviembre del 2011, la compañía Neón Nieto División Punto de Venta Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-586519, modifica la cláusula quinta del capital social, carné 4471.—San José, 22 de noviembre del 2011.—Lic. Sergio Valverde Segura, Notario.—1 vez.—RP2011271266.—(IN2011098803).

Por escritura número veintidós-dos, otorgada ante los notarios Adrián Álvarez Orellana y Juan Manuel Cordero Esquivel, a las ocho horas del trece de diciembre del dos mil once, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria de cuotistas de la sociedad Lomas del Tempisque S.R.L., mediante la cual se modifica la cláusula cuarta del pacto constitutivo.—San José, trece de diciembre de dos mil once.—Lic. Adrián Álvarez Orellana, Notario.—1 vez.—RP2011271270.—(IN2011098804).

Que por escritura pública número cuarenta y tres-seis otorgada ante esta notaría en San José, a las ocho horas del cuatro de febrero del dos mil once, se constituye la compañía D&T Centro de Servicios Compartidos S. A.—San José, ocho de diciembre del dos mil once.—Lic. Melania Gutiérrez Gamboa, Notaria.—1 vez.—RP2011271272.—(IN2011098805).

Que por escritura pública número cuarenta y cuatro-seis otorgada ante esta notaría en San José, a las diez horas del cuatro de febrero del dos mil once, se constituye la compañía D&T Aplicaciones Empresariales S. A. Domicilio: San José, cantón Central, distrito Montes de Oca, exactamente Barrio Dent, del restaurante Taco Bell cincuenta metros oeste.—San José, ocho de diciembre del dos mil once.—Lic. Melania Gutiérrez Gamboa, Notaria.—1 vez.—RP2011271273.—(IN2011098806).

El suscrito notario hace constar que el día siete de diciembre del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Bellezas Bellezas y Mas del Norte Sociedad Anónima siendo su presidenta: Dulce María Arias Rodríguez, portadora de la cédula de identidad número dos-cuatrocientos siete-quinientos trece y el capital social de diez mil colones.—Ciudad Quesada, catorce de diciembre del dos mil once.—Lic. Roy Alberto Guerrero Olivares, Notario.—1 vez.—RP2011271274.—(IN2011098807).

Mediante escritura otorgada a las veinte horas del día de hoy dieciocho de noviembre del presente año, se constituyen Negocios Electrónicos S. A. Domicilio: Liberia. Capital: suscrito y pagado. Objeto: comercio en General.—Liberia, dieciocho de noviembre del dos mil once.—Lic. Carlos Chaves Araya, Notario.—1 vez.—RP2011271276.—(IN2011098808).

Ante esta notaría mediante escritura 325 del tomo V, celebrada a las 18:00 horas del 27 de setiembre del dos mil once, se reformó la cláusula cuarta del pacto constitutivo de la sociedad de esta plaza denominada Marjovi S. A., para que en adelante se lea que el plazo es de 99 años.—Lic. Ana Gabriela Acevedo Rivera, Notaria.—1 vez.—RP2011271277.—(IN2011098809).

Por escritura otorgada en esta ciudad y notaría a las trece horas y treinta minutos de hoy, es constituida la sociedad Paradox Verde Sociedad Anónima, abreviándose S. A. Domicilio: Guápiles de Pococí. Objeto: agricultura, ganadería, minería, turismo, industria y comercio en general. Plazo: noventa y nueve años. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Presidente y secretario con poder generalísimo.—San José, 14 de diciembre de 2011.—Lic. Luis Diego Acuña Delcore, Notario.—1 vez.—RP2011271279.—(IN2011098810).

Ante esta Notaría comparecen Damián Felipe Alfaro Araya y Lizeth María Vargas Fernández, quienes constituyen la sociedad de responsabilidad limitada denominada Grupo DDLM Desarrollos Innovadores Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuyo capital ha sido totalmente suscrito y pagado.—San José, dieciséis de noviembre del dos mil once.—Lic. Luis Alberto Pereira, Notario.—1 vez.—RP2011271281.—(IN2011098811).

Por escritura número cinco de esta fecha, visible a folio tres del tomo trece de mi protocolo, AF Seguros Sociedad Agencia de Seguros Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-noventa y ocho mil cuatrocientos cincuenta y seis, en su domicilio en la ciudad de San José, calle diecisiete, avenidas dos y seis, número doscientos treinta, conforme con lo dispuesto en la Ley Reguladora del Mercado de Seguros, número ocho mil seiscientos cincuenta y tres, y su Reglamento sobre Autorizaciones, Registros y Requisitos de Funcionamiento de Entidades Supervisadas por la Superintendencia General de Seguros, modifica estatutos, en su cláusula primera en relación con la razón social la cual será AF Corredora de Seguros Sociedad Anónima; la cláusula segunda en relación con el objeto de la sociedad el cual será exclusivamente la intermediación de seguros bajo la figura de Corredora de Seguros como forma específica del comercio; y la cláusula sétima en relación con la administración de la sociedad que será por un Consejo de Administración, compuesto por cinco miembros, socios o extraños, que serán: Presidente, secretario, tesorero, vocales uno y dos; regulándose lo relativo a la integración, requerimientos de calificación, independencia y disponibilidad, incompatibilidades y prohibiciones de los directores; funciones y operación de la Junta Directiva y la administración de conflicto de intereses. Además hace nombramiento de junta directiva y fiscal.—San José, 5 de octubre del 2011.—Lic. Wálter Francisco Corrales Granados, Notario.—1 vez.—RP2011271282.—(IN2011098812).

La empresa Gonzami Busines Corporation Sociedad Anónima, mediante asamblea general extraordinaria celebrada al ser las diecisiete horas del veintinueve de noviembre del dos mil once, acordó reformar la cláusula sexta del pacto social, de la representación. Es todo.—Heredia, primero de diciembre del dos mil once.—Lic. Yajaira Padilla Flores, Notaria.—1 vez.—RP2011271284.—(IN2011098813).

Por escritura otorgada a las nueve horas del día de hoy, en esta Notaría, se modificó las cláusula cuarta, del pacto social de la sociedad domiciliada en San José, Agropecuaria Costaven S. A.—San José, cinco de setiembre del dos mil once.—Lic. Percy Chamberlain Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2011271286.—(IN2011098814).

Por escritura otorgada a las nueve horas cinco minutos del día de hoy, en esta Notaría, se modificó la cláusula cuarta, del pacto social de la sociedad domiciliada en San José Sunzal S. A.—San José, cinco de setiembre del dos mil once.—Lic. Percy Chamberlain Bolaños Notario.—1 vez.—RP2011271287.—(IN2011098815).

La sociedad Ventas Industriales Alpízar Herrera Sociedad Anónima, protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios. Escritura otorgada en Grecia, a las 11:30 horas del día 5 de diciembre del 2011.—Lic. Wálter Cambronero Miranda, Notario.—1 vez.—RP2011271288.—(IN2011098816).

La sociedad Servicios Industriales Profesionales Alpízar Herrera Sociedad Anónima, protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios. Escritura otorgada en Grecia a las 15:00 horas del día 12 de diciembre del 2011.—Lic. Wálter Cambronero Miranda, Notario.—1 vez.—RP2011271289.—(IN2011098817).

Por escritura número 13 de las 9:30 horas del 2 de diciembre, otorgada ante el suscrito Notario, se protocoliza acuerdo para el cierre y liquidación de la sociedad denominada 3-101-510613 sociedad anónima, cédula jurídica 3-101-510613. Liquidador de la compañía al señor Peter John Van Zijll, localizable en la oficina del suscrito notario, diagonal a la Municipalidad de Grecia, segundo piso. Cualquier interesado con interés legítimo podrá formalizar su oposición al cierre de la sociedad dentro de los 30 días siguientes a esta publicación. Es todo.—Grecia, 12 de diciembre del 2011.—Lic. Óscar Salas Porras, Notario.—1 vez.—RP2011271293.—(IN2011098818).

Por escritura número 10 de las 8:00 horas del 2 de diciembre, otorgada ante el suscrito Notario, se protocoliza acuerdo para el cierre y liquidación de la sociedad denominada Faroma de Cuatro Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-361378, liquidador de la compañía al señor Peter John Van Zijll, localizable en la oficina del suscrito Notario, diagonal a la Municipalidad de Grecia, segundo piso. Cualquier interesado con interés legítimo podrá formalizar su oposición al cierre de la sociedad dentro de los 30 días siguientes a esta publicación. Es todo.—Grecia, 12 de diciembre del 2011.—Lic. Óscar Salas Porras, Notario.—1 vez.—RP2011271294.—(IN2011098819).

Por escritura número 11 de las 8:30 horas del 2 de diciembre, otorgada ante el suscrito Notario, se protocoliza acuerdo para el cierre y liquidación de la sociedad denominada Corporación Rodenburgh Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-563602, liquidador de la compañía al señor Peter John Van Zijll, localizable en la oficina del suscrito notario, diagonal a la Municipalidad de Grecia, segundo piso. Cualquier interesado con interés legítimo podrá formalizar su oposición al cierre de la sociedad dentro de los 30 días siguientes a esta publicación. Es todo.—Grecia, 12 de diciembre del 2011.—Lic. Óscar Salas Porras, Notario.—1 vez.—RP2011271295.—(IN2011098820).

Por escritura número 12 de las 9:00 horas del 2 de diciembre, otorgada ante el suscrito Notario, se protocoliza acuerdo para el cierre y liquidación de la sociedad denominada 3-101-461859 sociedad anónima, cédula jurídica 3-101-461859, liquidador de la compañía al señor Peter John Van Zijll, localizable en la oficina del suscrito notario, diagonal a la Municipalidad de Grecia, segundo piso. Cualquier interesado con interés legítimo podrá formalizar su oposición al cierre de la sociedad dentro de los 30 días siguientes a esta publicación. Es todo.—Grecia, 12 de diciembre del 2011.—Lic. Óscar Salas Porras, Notario.—1 vez.—RP2011271296.—(IN2011098821).

Mediante la escritura número ciento ochenta y seis, otorgada ante el notario Roy Alberto Ramírez Quesada, se constituyó la compañía denominada igual que su número de cédula de persona jurídica.—Ciudad Quesada, catorce de diciembre del dos mil once.—Lic. Roy Alberto Ramírez Quesada, Notario.—1 vez.—RP2011271297.—(IN2011098822).

Ante esta Notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de ERB Enterprises Sociedad Anónima. Se modifican las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo.—Turrialba, seis de diciembre del dos mil once.—Lic. Guillermo Brenes Cambronero, Notario.—1 vez.—RP2011271301.—(IN2011098823).

Ante esta Notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Río Pacaya Sociedad Anónima. Se modifica cláusula primera del pacto constitutivo.—Turrialba, seis de diciembre del dos mil once.—Lic. Guillermo Brenes Cambronero, Notario.—1 vez.—RP2011271302.—(IN2011098824).

Ante esta Notaría, a las trece horas del veintiocho de noviembre del dos mil once, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Video-EFX Producciones Sociedad Anónima. Capital social: ciento veinte mil colones. Presidente: Carlos Ariel Rivas Villamán.—San José, 12 de diciembre del 2011.—Lic. Teresita Hurtado Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2011271303.—(IN2011098825).

A efecto de publicación del edicto correspondiente le informo que, comparecieron a esta Notaría Zhong Ren Fang, cédula ocho-cero ochenta y cuatro-cero cuarenta y dos, Yi (nombre) Wu (apellido), cédula de residencia uno uno cinco seis cero cero cero dos tres cuatro dos cero, para constituir la sociedad anónima R & R Trading Partners Sociedad Anónima. Dicha sociedad fue constituida a las 10:00 horas del día 7 de diciembre del 2011, por el notario Gerardo Quesada Monge, en escritura número 276-22 del tomo 22 de su protocolo.—San José, 14 de diciembre del 2011.—Lic. Gerardo Quesada Monge, Notario.—1 vez.—RP2011271305.—(IN2011098826).

En mi notaría, el día ocho de diciembre del presente año, se constituyó la sociedad denominada Inmuebles Guzmán Barrientos Sociedad Anónima, con un capital social de un millón de colones. Domicilio: San José, Desamparados. Objeto: industria y comercio en general. Presidenta: Wendy de los Ángeles Bonilla Guzmán.—San José, trece de diciembre del dos mil once.—Lic. Rosalío Ortega Hegg, Notario.—1 vez.—RP2011271307.—(IN2011098827).

Se aumenta el capital social de la entidad denominada, Global Fighting Sociedad Anónima. Reformándose en consecuencia la cláusula de capital social, mediante escritura otorgada a las 11:00 horas del 13 de diciembre del 2011.—Lic. Carlos Barrantes Méndez, Notario.—1 vez.—RP2011271309.—(IN2011098828).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día doce de noviembre del dos mil once, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Distribuidora Frutas y Verduras Los Guacimeños Sociedad Anónima, el cual es nombre de fantasía. Capital: suscrito y pagado. Es todo.—San José, doce de diciembre del dos mil once.—Lic. Kattia Vargas Álvarez, Notaria.—1 vez.—RP2011271310.—(IN2011098829).

Por asamblea general extraordinaria de socios de la empresa High end Technologies S. A., celebrada en su sede social a las trece horas del primero de diciembre del dos mil diez, se acordó modificar los poderes de sus directores, según acta protocolizada esta misma fecha, carné 4398, teléfonos: 2258-5468 u 8841-3645.—San José, 13 de diciembre del 2011.—Lic. Minor Gómez Calvo, Notario.—1 vez.—RP2011271315.—(IN2011098830).

Por asamblea general extraordinaria de socios celebrada en su sede social a las 9:00 horas del 22 de octubre del 2011, se acordó la disolución de la firma Poupee S. A., según acta protocolizada por el suscrito Notario a las 15:00 horas del 15 de noviembre del 2011.—San José, 13 de diciembre del 2011.—Lic. Minor Gómez Calvo, Notario.—1 vez.—RP2011271316.—(IN2011098831).

Mediante asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Inversiones de Comercio Abellán S. A., cédula 3-101-086.700, se reforma las cláusulas segunda, sétima y se nombra nueva junta directiva. Es todo.—San José, 10 de diciembre del 2011.—Lic. Mario Alberto Piña Líos, Notario.—1 vez.—RP2011271317.—(IN2011098832).

Por escritura número quince del tomo dos de las ocho horas del trece de diciembre del dos mil once, he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Novedades Vivi YCV Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos cincuenta y ocho mil dieciséis, se reforma las cláusulas primera y cuarta del pacto social, en cuanto a la denominación social, domicilio social y representación social de la compañía, así mismo se nombra al presidente, vicepresidente, tesorero de la junta directiva y al fiscal por el resto de plazo social.—Turrubares, trece de diciembre del dos mil once.—Msc. Omar Retana Quirós, Notario.—1 vez.—RP2011271318.—(IN2011098833).

Por escritura otorgada ante mí, a las 13:00 horas del 29 de setiembre del 2011, se acuerda disolver Comercio e Intermediación Dos Mil Cinco Sociedad Anónima.—San José, 29 de setiembre del 2011.—Lic. Jorge Granados Moreno, Notario.—1 vez.—RP2011271320.—(IN2011098834).

Por escritura otorgada ante mí, a las 11 horas 10 minutos del 05 de diciembre del 2011, se reforma Neptuno de Garza Tres Sociedad Anónima. Administración: presidente y secretario representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 05 de diciembre 2011.—Lic. Iván Granados Fischel, Notario.—1 vez.—RP2011271321.—(IN2011098835).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada 2377 Ramírez García S. A., capital social de cincuenta mil colones, esto al ser las once horas del diecinueve de noviembre del dos mil once. Asimismo al ser las nueve horas del nueve de diciembre del dos mil once, se constituyó la sociedad que según el número le asignará el Registro Nacional, con un capital social de diez mil colones.—Nicoya, doce de diciembre del dos mil once.—Lic. Erwin Alan Seas, Notario.—1 vez.—RP2011271322.—(IN2011098836).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las diez horas del diez de diciembre del año dos mil once, se ha solicitado la inscripción de la sociedad Ac-Ce Móvil Sociedad Anónima, capital social: diez mil colones.—San José, doce de diciembre del año dos mil once.—Lic. Ingrid Tatiana Valerín Vega, Notaria.—1 vez.—RP2011271323.—(IN2011098837).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Motores Cronos Sociedad Anónima, se acuerda reformar la cláusula quinta del pacto social de la sociedad.—San José, 13 de diciembre de 2011.—Lic. Eduardo Augusto Cordero Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2011271324.—(IN2011098838).

En mi notaría, se constituyó El Guabo San Miguel Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, su domicilio será la ciudad de El Roble de Puntarenas, urbanización Monseñor Sanabria, casa número diecinueve, capital social 120.000,00 colones, representado por 12 acciones comunes y nominativas, apoderado generalísimo su presidente.—Esparza, 17 de noviembre del 2011.—Lic. Luis Peraza Burgdorf, Notario.—1 vez.—RP2011271325.—(IN2011098839).

En mi notaría a las dieciséis horas con treinta minutos del trece de diciembre de dos mil once, se constituyó Importaciones Americanas del Norte Sociedad Anónima, capital social íntegramente suscrito y pagado, presidente con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, domiciliada en Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, costado norte de la Estación de Bomberos. Plazo social por: noventa  y nueve años.—Lic. Margarita Madrigal Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2011271330.—(IN2011098840).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas con cuarenta minutos del veintiséis de julio de dos mil once, se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad Constructora San Carlos S. A.—Ciudad Quesada, 26 de julio del 2011.—Lic. Margarita Madrigal Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2011271331.—(IN2011098841).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas con cincuenta minutos del veintiséis de julio de dos mil once, se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad Dinaju S. A.—Ciudad Quesada, 26 de julio del 2011.—Lic. Margarita Madrigal Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2011271332.—(IN2011098842).

Por escritura pública otorgada ante este notario, a las nueve horas del doce de diciembre del dos mil once, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad La Trece de San Juan S. A.—San José, trece de diciembre de dos mil once.—Lic. Luis Fernando León Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2011271339.—(IN2011098843).

Se hace saber que en mi notaría a las dieciséis horas con treinta minutos del doce de diciembre del año dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Trinity Management Sociedad de Responsabilidad Limitada, siendo su domicilio social en San José, cantón: Central, distrito Carmen, de la Iglesia Santa Teresita, trescientos metros al este y cien metros al sur, con un capital social de cuatro mil colones.—14 de diciembre del 2011.—Lic. Silvia Alvarado Quijano, Notaria.—1 vez.—RP2011271340.—(IN2011098844).

En mi notaría a las diecisiete horas con cuarenta y cinco minutos del nueve de diciembre del año dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Corporación Malobe del Atlántico Sociedad Anónima, con un capital social de un millón de colones, cuyo domicilio es en la provincia de San José, avenida siete, calle veintinueve, oficina número dos mil novecientos diez.—San José, 9 de diciembre del 2011.—Lic. Eduardo Araya Vega, Notario.—1 vez.—RP2011271341.—(IN2011098845).

Mediante escritura número setenta y cinco-cincuenta y tres, otorgada a las ocho horas del 2 de diciembre del 2011, ante el notario William Méndez Rosales, se constituyó la sociedad denominada Constructora Basavi Sociedad Anónima, domiciliada en Los Ángeles, Pital de San Carlos, Alajuela, 400 metros norte de la plaza de deportes.—San José, 12 de diciembre del 2011.—Lic. William Méndez Rosales, Notario.—1 vez.—RP2011271342.—(IN2011098846).

Ante esta notaría se apersonó Armando Solano Ávila para protocolizar pacto constitutivo de la sociedad denominada Lijor Sociedad Anónima S. A., celebrada el día dos de diciembre del dos mil once. Es todo.—Lic. Laura Lao Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2011271344.—(IN2011098847).

Por escritura otorgada hoy ante mí, Creative International Marketing S. A., protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria mediante la cual modifica cláusulas segunda y octava de los estatutos, revoca y hace nuevos nombramientos de junta directiva y fiscal.—San Pedro de Montes de Oca, doce de diciembre de dos mil once.—Lic. Juan José Echeverría Brealey, Notario.—1 vez.—RP2011271345.—(IN2011098848).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las diecisiete horas treinta minutos del veintinueve de noviembre del año dos mil once, se modificó la cláusula novena del pacto constitutivo de la sociedad denominada Sasifa Sociedad Anónima. Presidente: Naji Hassan El Hamra.—San José, catorce de diciembre de dos mil once.—Lic. Óscar José Ocampo Soto, Notario.—1 vez.—RP2011271346.—(IN2011098849).

Ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Las Celebraciones de Eleulisis Sociedad Anónima, donde se modifica del pacto constitutivo la cláusula sexta de la administración y la cláusula décima de la nueva junta directiva.—San José, siete de diciembre del dos mil once.—Lic. Diego Castillo Guzmán, Notario.—1 vez.—RP2011271347.—(IN2011098850).

Ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada: MB Carros Sociedad Anónima, donde se modifica del pacto constitutivo la cláusula segunda del domicilio de la sociedad y la cláusula décima de la nueva junta directiva de la sociedad.—San José, veinticinco de noviembre del dos mil once.—Lic. Diego Castillo Guzmán, Notario.—1 vez.—RP2011271348.—(IN2011098851).

Por escritura otorgada ante mí se constituyó la empresa denominada Inversiones Inmobiliarias de San José Ltda. Plazo: cien años; Capital Social: doce mil colones; administración: un gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo.—San José, ocho de diciembre del año dos mil once.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—RP2011271349.—(IN2011098852).

El suscrito notario público Carlos Guerrero Salazar, da fe que a las once horas del veinticuatro de octubre del año dos mil once, se constituyó ante esta notaría la fundación denominada Fundación Ángel Dorado, por lo que solicito se publique el respectivo edicto de ley.—San José, 7 de diciembre del 2011.—Lic. Carlos Guerrero Salazar, Notario.—1 vez.—RP2011271350.—(IN2011098853).

Por escritura otorgada a las diez horas del día seis de diciembre del dos mil once, ante esta notaría se modifica el plazo social de la sociedad de responsabilidad limitada Ksaluna S.R.L.—San José, 14 de diciembre del 2011.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—RP2011271351.—(IN2011098854).

Ante esta notaría en escritura número cuarenta y nueve, se constituyó la sociedad Venturado Consultores Sociedad Anónima, con presidente el señor Jean Pierre Moulinierv Gil.—San José, 14 de diciembre del 2011.—Lic. Óscar Sáenz Ugalde, Notario.—1 vez.—RP2011271352.—(IN2011098855).

En escritura ciento setenta y cinco del tomo cuarto de mi protocolo, visible al folio ciento setenta y nueve frente, se reformó el pacto social de la empresa tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil ciento nueve sociedad anónima, otorgada a las trece horas del veintiuno de noviembre del dos mil once.—San José, veintidós de noviembre del dos mil once.—Lic. Cynthia Rodríguez Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2011271353.—(IN2011098856).

Por escritura otorgada ante mí a las quince horas del doce de diciembre del dos mil once, se constituyó una sociedad anónima con el nombre Acabados Luvima Sociedad Anónima y podrá abreviarse como Acabados Luvima S. A., que es nombre de fantasía. Presidente: Luis Bernardo Ortiz Hernández. Domicilio San José, San José, Rohrmoser, costado este de la Nunciatura Apostólica, sobre el boulevard de Rohrmoser, Centro Comercial Don Gregorio, local número uno.—San José, 12 de diciembre del 2011.—Lic. Mónica Farrer Peña, Notaria.—1 vez.—RP2011271354.—(IN2011098857).

El suscrito notario hace constar que mediante escritura ciento cinco del tomo cinco del Licenciado Mario Varela Martínez, se constituyó una sociedad anónima que tendrá como denominación social el número de cédula jurídica que el Registro le indique, de oficio, domiciliada en San José, Sabana Sur, del AM PM, cien metros al este y doscientos metros al sur.—13 de diciembre del 2011.—Lic. Mario Varela Martínez, Notario.—1 vez.—RP2011271357.—(IN2011098858).

Mediante escritura pública número ciento sesenta y cinco-siete, otorgada ante esta notaría, a las doce horas del día ocho de diciembre de dos mil once, se modifican las cláusulas quinta, sétima y décimo cuarta de los estatutos de la compañía TX Capilar Corp Sociedad Anónima.—San José, 8 de diciembre de 2011.—Lic. María de los Ángeles Montero Álvarez, Notaria.—1 vez.—RP2011271360.—(IN2011098859).

Por escritura pública número setenta y uno-cuatro, se reforman estatutos y se nombra junta directiva de la sociedad Mundo del Girasol S. A. Es todo.—San José, 7 de diciembre del 2011.—Lic. Michael Calderón Segura, Notario.—1 vez.—RP2011271361.—(IN2011098860).

En esta notaría se realiza la venta del establecimiento mercantil del Supermercado Fanny, ubicado en distrito Concepción del cantón de La Unión, provincia de Cartago, frente a Condominios La Floresta, se comunica a los acreedores para que en el plazo de quince días se presenten a hacer valer sus derechos.—Cartago, 10 de diciembre del 2011.—Lic. Marianela Ángulo Tam, Notaria.—1 vez.—RP2011271362.—(IN2011098861).

En esta notaría se constituye la sociedad denominada Mercado Oriental NG Sociedad Anónima.—San José, trece de diciembre del dos mil once.—Lic. Marianela Angulo Tam, Notaria.—1 vez.—RP2011271363.—(IN2011098862).

En esta notaría se constituye la sociedad denominada Lunasol NG Sociedad Anónima.—San José, trece de diciembre del dos mil once.—Lic. Marianela Angulo Tam, Notaria.—1 vez.—RP2011271364.—(IN2011098863).

En mi notaría mediante escritura número siete, otorgada a las once horas del día catorce de diciembre de dos mil once, se constituyó Servicios Fiduciarios El Prado Uno Ocho Sociedad Anónima, capital social diez mil colones, plazo social cien años a partir de su constitución.—San José, catorce de diciembre de dos mil once.—Lic. Roxana Molestina Gaviria, Notaria.—1 vez.—RP2011271369.—(IN2011098864).

En  mi  notaría  mediante  escritura  pública número doscientos ochenta y  nueve,  otorgada   a  las  dieciocho horas   del trece de diciembre del dos mil once, se constituyó la sociedad El Mensajero Mega de Grecia Sociedad Anónima. Capital social totalmente suscrito y pago. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Grecia, trece de diciembre del dos mil once.—Lic. Rodolfo Alfaro Morera, Notario.—1 vez.—RP2011271371.—(IN2011098865).

Por escritura ante esta notaría, a las quince horas del nueve de diciembre del dos mil once, se reforma la cláusula novena de los estatutos sociales y se nombra presidente de la sociedad Ticora Sociedad Anónima. Presidente: Alexander Romero Pastrana. Capital: totalmente suscrito y pagado.—Lic. Lupita María Angulo Pérez, Notaria.—1 vez.—RP2011271372.—(IN2011098866).

Por escritura otorgada ante este notario público el 14 de diciembre de 2011, a las 8:00 horas, se constituyó la sociedad Investelco Sociedad Anónima, Capital social: diez mil dólares totalmente suscrito y pagado. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 14 de diciembre de 2011.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2011271376.—(IN2011098867).

Por escritura otorgada ante esta notaría el 12 de diciembre del 2011 a las 14:00 horas, la asociación Junior Chamber International Costa Rica, protocolizó acuerdos en que se reforma el artículo segundo del acta constitutiva.—12 de diciembre del 2011.—Lic. Alberto Pauly Sáenz, Notario.—1 vez.—RP2011271377.—(IN2011098868).

Por escritura otorgada ante este notario público el 14 de diciembre de 2011, a las 8:30 horas, se constituyó la sociedad Telecom Holdings Sociedad Anónima, capital social: diez mil dólares totalmente suscrito y pagado. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 14 de diciembre de 2011.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2011271378.—(IN2011098869).

Por escritura número doscientos, otorgada en mi notaría, a las once horas del veintiséis de octubre del dos mil once, los señores Gonzalo Enrique Montero Trejos, German Alberto López Marín y Marvin Antonio Soto Cordero, constituyeron la Fundación Mi Butaca Procine. Patrimonio de la fundación cincuenta mil colones íntegramente suscrito y pagado, plazo indefinido. Domicilio: San José. Es todo.—26 de octubre del 2011.—Lic. Rita Solano Méndez, Notaria.—1 vez.—RP2011271379.—(IN2011098870).

Se hace saber que mediante la escritura número ciento cinco, visible al folio ochenta vuelto del tomo décimo tercero de mi protocolo, otorgada a las doce horas del nueve de diciembre del año dos mil once, se modifica las cláusulas tercera y la sexta del pacto constitutivo de la entidad Monos Dos Mil Dos S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos veintiséis mil cuarenta y cinco.—Heredia, 9 de diciembre del 2011.—Lic. Manuel de Jesús Zumbado Araya, Notario.—1 vez.—RP2011271382.—(IN2011098871).

Ante esta notaría se reforma la cláusula segunda del domicilio social, pasa a ser Heredia, San Pablo, del supermercado Más x Menos, trescientos metros noroeste y la cláusula décima tercera de los nombramientos de la junta directiva de la sociedad Soluciones Informáticas Babel Sociedad Anónima, presidente Esteban Oviedo Blanco, cédula número uno-uno uno uno siete-dos cinco tres.—Lic. Lissette S. Ortiz Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2011271384.—(IN2011098872).

Ante esta notaría se reforma la cláusula cuarta del capital social pasa a ser de dieciocho millones de colones, de la sociedad Tecnosoluciones Babel de El General Sociedad Anónima, presidente Edgar Oviedo Blanco, cédula número uno-uno cero uno uno-nueve nueve uno.—Lic. Lissette S. Ortiz Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2011271385.—(IN2011098873).

Que por escritura otorgada ante la notaría de la Licenciada Martha Eugenia Araya Chaverri, a las 8 horas del 14 de diciembre del 2011, se protocoliza acta de la compañía Hacienda Majobru S. A., donde se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—San José, catorce de diciembre del dos mil once.—Lic. Martha Eugenia Araya Chaverri, Notaria.—1 vez.—RP2011271387.—(IN2011098874).

Inversiones El Dorado Siglo Nuevo Sociedad Anónima, reforma cláusula dos cambio de domicilio social.—San José, 13 de diciembre del 2011.—Lic. Olga Soto Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2011271388.—(IN2011098875).

Por escritura Nº ciento tres-diez otorgada ante la notaría del Lic. Randall Alvarado Cubillo, se modifica cláusula octava del pacto constitutivo de La Milpa de Pococí S. A., 3-101-187142.—Lic. Randall Alvarado Cubillo, Notario.—1 vez.—RP2011271389.—(IN2011098876).

La suscrita notaria, hago constar que ante mi notaría se constituyó la sociedad MR Educación y Sistemas Sociedad Anónima. Escritura pública otorgada en San José, a las diez horas del tres de catorce de diciembre del dos mil once. Apoderada generalísima sin límite de suma Rossanna Minervini De León.—Lic. Tatiana Martínez Salas, Notaria.—1 vez.—RP2011271390.—(IN2011098877).

Por medio de la escritura número doscientos trece del tomo segundo de mi protocolo, otorgada en mi notaría en San José, a las dieciocho horas del doce de diciembre de dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Mundo Cibernético Joseman Limitada.—San José, trece de diciembre de dos mil once.—Lic. Adrián Alberto Quesada Arias, Notario.—1 vez.—RP2011271393.—(IN2011098878).

Por escritura número ochenta y seis el tomo siete de mi protocolo, protocolicé acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de MG & GN Inversiones Campos Martínez Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y siete mil doscientos noventa y siete, mediante la cual se nombró presidente y secretario, y se reformó la cláusula octava del estatuto.—San José, 14 de diciembre de 2011.—Msc. Jorge A. González Méndez, Notario.—1 vez.—RP2011271394.—(IN2011098879).

Asamblea general de la sociedad Sucesores de Jorge Achio Wong Limitada, cédula jurídica 3-102-16081, reforma de estatutos y nombramientos. Escritura número 185 de las 19:00 horas del 12 de diciembre del 2011.—Lic. Zianny Ugarte Ulate, Notaria.—1 vez.—RP2011271395.—(IN2011098880).

Ante esta notaría mediante escritura número veinte, se protocoliza asamblea general de socios de la sociedad Frangipani Colorida S. A., mediante la cual se modifican las cláusulas tercera, quinta y sexta de los estatutos sociales.—San José, catorce de diciembre de dos mil once.—Lic. Marco Aurelio Odio Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2011271396.—(IN2011098881).

Por escritura otorgada ante mí, a las 18:00 horas del 8 de diciembre de 2011, se constituyó Bedoya Arroyo S. A. Domicilio: San Juan de La Unión. Capital: diez mil colones. Presidente, secretario y tesorero nombrados.—San José, 8 de diciembre de 2011.—Lic. Sandra María Monge Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2011271397.—(IN2011098882).

Se ha constituido ante esta notaría la sociedad denominada Beyond Study Abroad Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social diez mil colones, se ha nombrado junta directiva, con presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y agente residente.—Alajuela, a las ocho horas del siete de diciembre de dos mil once.—Lic. Otto José André Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2011271398.—(IN2011098883).

En mi notaría se constituyó la sociedad denominada Instituto Costarricense de Psicotraumatología Icopsitra Sociedad de Responsabilidad Limitada, que es nombre de fantasía. Duración: noventa y nueve años. Gerente: José Manuel Cruz Céspedes. Domicilio: San Ramón de Alajuela, del Templo Bautista Bethel, cincuenta metros oeste.—Lic. Kembly Corrales Cruz, Notaria.—1 vez.—RP2011271399.—(IN2011098884).

Por escritura número veinte-ocho, otorgada ante esta notaría a las trece horas del trece de diciembre del año dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Chaves y Colombari S. A., mediante la cual se reformaron las cláusulas segunda y octava y se nombró nueva junta directiva y agente residente.—San José, trece de diciembre del dos mil once.—Lic. Jorge Federico Baldioceda Baltodano, Notario.—1 vez.—RP2011271400.—(IN2011098885).

En mi notaría se constituyó la sociedad denominada Universidad de Psicología Holística U P H Sociedad de Responsabilidad Limitada, que es nombre de fantasía. Duración: noventa y nueve años. Gerente: José Manuel Cruz Céspedes. Domicilio: San Ramón de Alajuela, del Templo Bautista Bethel, cincuenta metros oeste.—Lic. Kembly Corrales Cruz, Notaria.—1 vez.—RP2011271401.—(IN2011098886).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 8 horas del 8 de diciembre del 2011, los señores: José Pablo Luna Garro, cédula 1-2015-850 y Óscar Jaime Guzmán Borja, cédula de residencia 1170000973100, constituyen la sociedad Inversiones Luguz (ILG) Sociedad Anónima.—Lic. José Manuel Llibre Romero, Notario.—1 vez.—RP2011271402.—(IN2011098887).

Ante esta notaría pública se constituyó Mainer Erfolg Sociedad Anónima. Domicilio San José. Presidente y secretario con representación judicial y extrajudicial.—Lic. Jeanin Alberto Desanti Picado, Notario.—1 vez.—RP2011271403.—(IN2011098888).

Ante esta notaría mediante escritura otorgada a las once horas quince minutos del nueve de diciembre de dos mil once, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad denominada Inversiones Jayver J C Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y tres mil quinientos once. En misma notaría mediante escritura otorgada a las diecisiete horas treinta minutos del doce de diciembre de dos mil once, se constituyó la sociedad denominada La Bodega del Mueblero Y&A Sociedad Anónima.—Grecia, a las dieciocho horas quince minutos del doce de diciembre del dos mil once.—Lic. Emanuell Alfaro Umaña, Notario.—1 vez.—RP2011271407.—(IN2011098889).

Mediante escritura pública se constituye cédula jurídica como nombre, según el decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno J, de dos mil seis, con su aditamento sociedad anónima, escritura número ciento ocho-trece del tomo trece del protocolo de la Licenciada Ana Rita Zamora Castillo, con fecha siete de diciembre del dos mil once.—Lic. Ana Rita Zamora Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2011271408.—(IN2011098890).

En esta notaría mediante escritura 64-24 otorgada en San Isidro de Heredia, a las 15 horas del 12 de diciembre del 2011, se constituyó la sociedad denominada El Jimeal del Almendro Limitada, domiciliada en San Luis de Santo Domingo de Heredia; capital social de 12 mil colones totalmente suscrito y pagado; plazo social 99 años; dos gerentes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Iván Villalobos Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2011271411.—(IN2011098891).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del doce de diciembre del dos mil once, tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y dos mil ochocientos dieciséis sociedad anónima, modifica estatutos del pacto social y nombra junta directiva. Es todo.—Cartago, doce de diciembre del dos mil once.—Lic. Jorge Bonilla Peña, Notario.—1 vez.—RP2011271412.—(IN2011098892).

Ante esta notaría por medio de la escritura 290-10, se protocolizó el acta número uno de socio de la s. a. 3-101-632486, se reforma presidente.—Ciudad de Quepos, 14 de diciembre del 2011.—Lic. Steven Alvarado Bellido, Notario.—1 vez.—RP2011271413.—(IN2011098893).

Ante esta notaría por medio de la escritura 286-10, se constituyó Moss Eleven S. A., cuya presidenta es Megan Moss Freman.—Ciudad de Quepos 14 de diciembre del 2011.—Lic. Steven Alvarado Bellido, Notario.—1 vez.—RP2011271414.—(IN2011098894).

Por escritura otorgada a las 8 horas de hoy, protocolicé acuerdos de la asociación: Asociación de las Hermanas Franciscanas de la Purísima Concepción, domiciliada en Alajuela, donde se modificó la cláusula segunda del domicilio de los estatutos.—San José, 14 de diciembre del 2011.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2011271415.—(IN2011098895).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 15:30 horas del 13 de diciembre del 2011, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Banco Promérica de Costa Rica Sociedad Anónima, donde se modifica la cláusula sétima del pacto social.—San José, 14 de diciembre del dos mil once.—Lic. German Serrano García, Notario.—1 vez.—RP2011271416.—(IN2011098896).

El suscrito notario Licenciado Jesús Osvaldo Rojas Oconor, ante esta notaría bajo escritura 147-2, de fecha 21 de noviembre del 2011, se constituye la sociedad Jualui R. L., es todo.—Heredia, 13 de diciembre del 2011.—Lic. Jesús Osvaldo Rojas Oconor, Notario.—1 vez.—RP2011271418.—(IN2011098897).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las once horas del doce de diciembre del dos mil nueve, se constituyó la Sociedad Ioannis Sociedad Anónima, con un plazo social de 99 años. Es todo.—San José, 14 de diciembre del 2011.—Lic. Shukshen Young Au-Yeung, Notaria.—1 vez.—RP2011271419.—(IN2011098898).

El suscrito Notario hace constar y da fe que mediante escritura pública número 163-45, otorgada ante mí a las 11:00 horas del 25 de noviembre del 2011, se modificaron las cláusulas 1 y 2 del pacto constitutivo de la sociedad Vikings Casino Ltda. Es todo.—San José, 7 de diciembre del 2011.—Lic. Alonso José Lara Tomas, Notario.—1 vez.—RP2011271420.—(IN2011098899).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las once horas del nueve de diciembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Myliha Sociedad Anónima, con un plazo social de 99 años. Es todo.—San José, 14 de diciembre del 2011.—Lic. Shukshen Young Au-Yeung, Notaria.—1 vez.—RP2011271421.—(IN2011098900).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las once horas con quince minutos del doce de diciembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Eilliny Sociedad Anónima, con un plazo social de 99 años. Es todo.—San José, 14 de diciembre del 2011.—Lic. Shukshen Young Au-Yeung, Notaria.—1 vez.—RP2011271422.—(IN2011098901).

Por escritura otorgada ante mí, Inmobiliaria Loyola Sociedad Anónima, reforma la cláusula quinta, del capital social, de su pacto constitutivo.—San José, catorce de diciembre del año dos mil once.—Lic. Carlos Augusto Espinoza Arceyut, Notario.—1 vez.—RP2011271424.—(IN2011098902).

Asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Lomas del Rey Sociedad Anónima cédula jurídica tres ciento uno doscientos ochenta y ocho mil cincuenta y cuatro. Se cambia cláusula quinta del capital aumentándolo a la suma de 3816 millones 174069 colones, totalmente pagado. Celebrada en su domicilio social a las ocho horas del veintiséis de setiembre del 2011. Escritura protocolizada en Atenas, a las siete horas del 14 de diciembre del 2011.—San José, catorce de diciembre del dos mil once.—Lic. Jorge Prado Salas, Notario.—1 vez.—RP2011271426.—(IN2011098903).

El suscrito Notario público Franklin Aguilera Amador, hago constar que constituida la sociedad Fecoprobe Sociedad Anónima, el día veintiocho de noviembre del dos mil once, capital ocho mil colones, dos apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjunta o separadamente.—San José, veintinueve de noviembre dos mil once.—Lic. Franklin Aguilera Amador, Notario.—1 vez.—RP2011271427.—(IN2011098904).

El suscrito Notario hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del ocho de diciembre de dos mil once, se reformó la cláusula tercera, referente al plazo social de la sociedad denominada Inversiones Inmobiliarias Tecamachalco S. A. Es todo.—San José, catorce de diciembre del dos mil once.—Lic. Ricardo Vargas Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2011271428.—(IN2011098905).

El suscrito Notario hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas y treinta minutos del ocho de diciembre de dos mil once, se reformó la cláusula tercera, referente al plazo social de la sociedad denominada Lepe Internacional S. A. Es todo.—San José, catorce de diciembre del dos mil once.—Lic. Ricardo Vargas Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2011271429.—(IN2011098906).

El suscrito Notario hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del ocho de diciembre de dos mil once, se reformó la cláusula tercera, referente al plazo social de la sociedad denominada Corporación Biak S. A. Es todo.—San José, catorce de diciembre del dos mil once.—Lic. Ricardo Vargas Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2011271430.—(IN2011098907).

Ante mi notaría se constituyó la sociedad: Mount Hope de Responsabilidad Limitada. Gerente: Juan Daniel Bonilla Rodríguez, subgerente: Kevin Daniel Bonilla Herrera, a quienes les corresponde la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. El subgerente actuará solamente en ausencia del gerente. Capital social: 100 mil colones netos suscrito y pagado. Domicilio: San Juan, Rodríguez de Valverde Vega, Alajuela, 200 metros norte Fabrica de Sillas y Mecedoras Los Cuyos. Plazo: 99 años, constitución: 16:00 horas del 12 de diciembre del 2011.—Lic. Rolando Espinoza Rojas, Notario.—1 vez.—RP2011271431.—(IN2011098908).

Por escritura otorgada en mi Notaría a las 8:00 horas del 14 de diciembre del 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Super Gigante Sociedad Anónima, en la que se reforman las cláusulas 2 y 9 del estatuto y nombran miembros de junta directiva y fiscal.—Heredia, 14 de diciembre del 2011.—Lic. Óscar Rosabal Lizano, Notario.—1 vez.—RP2011271434.—(IN2011098909).

El suscrito Notario hace constar que el día de hoy se ha protocolizado en conotariado con el Licenciado José Miguel Solórzano Morera, el acta número uno de la sociedad Cafetos Esencias y Sabores S. A., en la cual se modifica el nombre por Auténtica Imagen Corporativa del Este S. A., mediante escrituras número doscientos nueve, visibles al folio cuarenta y dos frente del tomo décimo del protocolo de Miguel Solórzano.—San José, 9 de diciembre del año dos mil once.—Msc. Luis Diego Hernández Núñez, Notario.—1 vez.—RP2011271435.—(IN2011098910).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se constituye la sociedad denominada Cyprea Marina Sociedad Anónima.—San José, 5 de diciembre del 2011.—Lic. Alessio Blandón Castellón, Notario.—1 vez.—RP2011271436.—(IN2011098911).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se constituye la sociedad denominada Sihadi Sociedad Anónima.—San José, 26 de agosto del 2011.—Lic. Alessio Blandón Castellón, Notario.—1 vez.—RP2011271437.—(IN2011098912).

Por escritura otorgada ante mí, se modifica la cláusula sexta de la administración de la firma de esta plaza: Río AGres del Oeste Siete S. A. Se nombra presidente: Francisco Javier Aguilar González y secretario Dyalá Lobo Arias.—San José, veintidós de setiembre del dos mil once.—Lic. Catalina Barrantes Kopper, Notaria.—1 vez.—(IN2011098914).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 16:00 horas del 15 de diciembre del 2011, se constituyeron 3 sociedades anónimas Grupo Pérez y Fiatt S. A., Nuevo Río Claro Development S. A., y Vista del Centro Development S. A. Capital Social: cien mil colones cada una.—San José, 15 de diciembre del 2011.—Lic. José Alfredo Campos Salas, Notario.—1 vez.—(IN2011098918).

Ante mí, la empresa Agrícola Ganadera Cascajal Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero setenta y seis mil setecientos treinta y dos, mediante asamblea general ordinaria y extraordinaria celebrada al ser las dieciséis horas del veintiuno de octubre del dos mil once, se cambió el nombre social, el objeto, la conformación de la junta directiva y se revocaron los nombramientos del vicepresidente, secretaria, gerente y fiscal, y se realizaron nuevos nombramientos de dichos personeros.—San José, dieciséis de diciembre del años dos mil once.—Lic. Jorge Enrique Hernández Delgado, Notario.—1 vez.—(IN2011098923).

La suscrita Notaria Gina M. Zúñiga Castro, hace constar que se constituyó la sociedad anónima denominada: Epata Mundial Sociedad Anónima, William Padilla Díaz, presidente, Anaís López Ulate, tesorera. El plazo social será por noventa y nueve años.—San José, quince de diciembre del dos mil once.—Lic. Gina M. Zúñiga Castro, Notaria.—1 vez.—(IN2011098931).

Mediante escritura otorgada ante la suscrita notaria, en la ciudad de Cañas, Guanacaste, a las nueve horas del quince de diciembre del año dos mil once, se constituyó la compañía Serapuqu A & Q Sociedad Anónima, domiciliada en la ciudad de Cañas, Guanacaste. Plazo social cincuenta años. Presidente: Sergio Alonso Apuy Quesada.—Lic. María del Rocío Apuy Araya, Notaria.—1 vez.—(IN2011098939).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Sketching Light Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula de la denominación social, del capital social y de la administración. Escritura otorgada en San José, ante el Notario Público Alejandro Pignataro Madrigal, a las dieciséis horas del veintinueve de noviembre del dos mil once.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2011098943).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó sociedad anónima conforme a su número de cédula jurídica que se le designará al efecto según Decreto número tres tres uno siete uno-J del catorce de junio del año dos mil seis. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, catorce de noviembre del año dos mil once.—Lic. Flor Castillo Castro, Notaria.—1 vez.—(IN2011098947).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó sociedad anónima conforme a su número de cédula jurídica que se le designará al efecto según Decreto número tres tres uno siete uno-J del catorce de junio del año dos mil seis. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, ocho de diciembre del año dos mil once.—Lic. Walter R. Ramírez Cruz, Notario.—1 vez.—(IN2011098949).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Manuel Antonio Catamarán Adventure Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, ocho de diciembre del año dos mil once.—Lic. Walter R. Ramírez Cruz, Notario.—1 vez.—(IN2011098950).

Por escritura otorgada ante mí, Manuel Alberto Quirós Silesky y Desarrollos Urbanísticos La Lilliana S. A., constituyen Bosques de Velarde Dieciocho A Sociedad Anónima pudiendo abreviarse Bosques De Velarde Dieciocho A S. A. Domicilio social: San Francisco, Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Objeto: Comercio. Presidente: Manuel Alberto Quirós Silesky.—Heredia, dieciséis de diciembre del año dos mil once.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(IN2011098968).

Por escritura otorgada ante esta Notaría a las ocho horas del dieciséis de diciembre del dos mil once, se aumentó el capital social y por lo tanto se modificó la cláusula quinta de la sociedad Hotelera Limonense Sociedad Anónima. Capital social cincuenta millones de colones.—San José, 16 de diciembre del 2011.—Lic. Serguei Swirgsde González, Notario.—1 vez.—(IN2011098987).

Por escritura otorgada a las 11 horas del diez de diciembre del 2011, se constituye sociedad denominada Grupo Héroes Sociedad Anónima.—Naranjo, 12 de diciembre del 2011.—Lic. Mario Enrique Acuña Jara, Notario.—1 vez.—(IN2011099000).

Ante mí Henry Alonso Víquez Arias, notario público con oficina en Atenas, hago constar que el día quince de diciembre del dos mil once, a las nueve horas en San Joaquín de Flores, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad N B C Travels Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo.—Atenas, dieciséis de diciembre del dos mil once.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—(IN2011099011).

Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario público con oficina en Atenas, a las diez horas del trece de diciembre del dos mil once, se constituyó la sociedad anónima denominada Mairene Sociedad Anónima. Presidente y tesorera con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, quienes tendrán las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente, pero para vender, gravar, hipotecar, enajenar o de cualquier otra forma disponer o comprometer bienes muebles e inmuebles deberán actuar necesariamente en forma conjunta.—Atenas, catorce de diciembre del dos mil once.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—(IN2011099013).

En mi Notaría, mediante instrumento público otorgado a las 17:00 horas del 8 de diciembre del 2011, se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada, para cuya denominación social se solicitó al Registro que establezca como tal el número de cédula jurídica que le sea asignado al momento de su inscripción, seguido del aditamento Limitada. Plazo social: noventa y nueve años. Gerente: Alejandra Rocha González.—San Ramón, Alajuela, 8 de diciembre de 2011.—Lic. Gustavo Arturo Arroyo Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2011099014).

En mi Notaría, mediante instrumento público otorgado a las 16:00 horas del 8 de diciembre del 2011, se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada, para cuya denominación social se solicitó al Registro que establezca como tal el número de cédula jurídica que le sea asignado al momento de su inscripción, seguido del aditamento limitada. Plazo social; noventa y nueve años. Gerente: Mauricio Araya Villalobos.—San Ramón, Alajuela, 8 de diciembre del 2011.—Lic. Gustavo Arturo Arroyo Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2011099015).

Por escritura otorgada hoy a las 9:00 horas, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Inmobiliaria Polianthes P.H.V. S.A., mediante la cual se acuerda modificar las cláusulas segunda del domicilio social, tercera del objeto social, sexta de la junta directiva y representación judicial y extrajudicial y se nombra junta directiva y fiscal. Firmo en la ciudad de San José, el día 13 del mes de diciembre del 2011.—Lic. Federico Guzmán Brenes, Notario.—1 vez.—(IN2011099023).

Por escritura otorgada hoy a las 8:30 horas, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Condolote Azul Residencia Ocho S.A., mediante la cual se acuerda modificar las cláusulas segunda del domicilio social, sexta de la junta directiva y representación judicial y extrajudicial y se nombra junta directiva, fiscal y agente residente. Firmo en la ciudad de San José, el día 12 del mes de diciembre del 2011.—Lic. Federico Guzmán Brenes, Notario.—1 vez.—(IN2011099024).

Por escritura otorgada hoy a las 11:00 horas, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Multiservicios Turísticos Sorake S.A., mediante la cual se acuerda modificar la cláusula novena de la junta directiva y representación judicial y extrajudicial y se nombra secretario. Firmo en la ciudad de San José, el día 12 del mes de diciembre del 2011.—Lic. Federico Guzmán Brenes, Notario.—1 vez.—(IN2011099025).

Por escritura otorgada hoy a las 13:30 horas, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada San Ángel Ocho S. A., mediante la cual se acuerda modificar las cláusulas segunda del domicilio social, sexta de la junta directiva y representación judicial y extrajudicial, se nombra junta directiva, fiscal y agente residente. Firmo en San José, el 15 de diciembre del 2011.—Lic. Federico Guzmán Brenes, Notario.—1 vez.—(IN2011099026).

Por escritura, número 217 otorgada ante la suscrita notaria, a las 17:00 horas del 15 de diciembre del 2011, se constituye la sociedad denominada Llanuras del Diria Sociedad Anónima. Plazo social 99 años. Domicilio social Heredia. Objeto principal comercio en general. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Heredia, dieciséis de diciembre del dos mil once.—Lic. Elizabeth Víquez Matamoros, Notaria.—1 vez.—(IN2011099030).

Ante mí, Víctor Armando Rodríguez Vado, Notario público de Alajuela, se ha constituido mediante escritura doscientos nueve, visible al folio noventa y nueve frente del tomo sexto de mi protocolo, la sociedad anónima denominada Hermanos RJF & Asociedado S. A., con un capital social de diez mil colones, domiciliada en Alajuela centro, trescientos metros al oeste y cincuenta metros al norte de los Tribunales de Justicia.—Alajuela, doce de diciembre del dos mil once.—Lic. Víctor Armando Rodríguez Vado, Notario.—1 vez.—(IN2011099037).

Ante mí, Randall Marín Orozco, notario público de Orotina, se ha nombrado nueva junta directiva mediante acta de asamblea general extraordinaria número catorce, del ocho de octubre de dos mil once, de la asociación Misión Cultural Crisitiana Palabras de Vida, domiciliada en El Roble de Alajuela centro, del supermercado El Pueblo, doscientos cincuenta metros al norte y cincuenta metros al oeste.—Alajuela, doce de diciembre de dos mil once.—Lic. Randall Marín Orozco, Notario.—1 vez.—(IN2011099039).

Ante mí, Víctor Armando Rodríguez Vado, notario público de Alajuela, se ha disuelto mediante escritura número ciento setenta y seis, visible al folio ochenta y cinco frente del tomo sexto de mi protocolo, la sociedad denominada Glovapaju Sociedad Anónima, domiciliada en Alajuela centro, Urbanización La Maravilla, cien metros al oeste y ciento cincuenta metros al norte.—Alajuela, tres de diciembre de dos mil once.—Lic. Víctor Armando Rodríguez Vado, Notario.—1 vez.—(IN2011099040).

En esta notaría, a las 16:00 horas del 8 de diciembre del 2011, mediante escritura número 126 del tomo 4, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Villas Puerto Bello de Curridabat S. A.,  con cédula  jurídica  número  3-101-132857, en la cual se modifica la cláusula de la representación y se nombra nuevo presidente y secretario, y se nombra agente residente.—San Lorenzo de Flores, Heredia, 8 de diciembre del 2011.—Lic. Max Alonso Víquez García, Notario.—1 vez.—(IN2011099066).

En esta notaría, a las 14:00 horas del 10 de diciembre del 2011, mediante escritura número 131 del tomo 4, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Transportes Vihi S. A., con cédula jurídica número 3-101-163869, en la cual se modifica el domicilio social, se cambia la junta directiva y el fiscal, se modifica la representación, se restringe el traspaso de acciones, se modifica el procedimiento para convocar asambleas, y se acuerda aumentar el capital social.—San Lorenzo de Flores, Heredia, 10 de diciembre del 2011.—Lic. Max Alonso Víquez García, Notario.—1 vez.—(IN2011099067).

En esta notaría, a las 8:00 horas del 9 de diciembre del 2011, mediante escritura Nº 129 del tomo 4, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Cedritos de Costa Rica S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-121590, en la cual se modifica el domicilio social y la representación de la sociedad, así como se elimina la figura de vicepresidente y se acuerda nombrar secretario, tesorero, fiscal y agente residente.—San Lorenzo de Flores, Heredia, 9 de diciembre del 2011.—Lic. Max Alonso Víquez García, Notario.—1 vez.—(IN2011099069).

En escritura otorgada ante esta notaría al ser las 13:00 horas del 15 de diciembre del 2011, se constituyó Mahn Koehn Sorensen S.R.L., domicilio en San José, objeto genérico, plazo 100 años, capital social 12.000 colones. Corresponde al gerente y subgerente la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Gerente: Steven Koehn, Subgerente Peter Alan Sorensen.—San José, 15 de diciembre del 2011.—Lic. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—(IN2011099087).

Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las 12:00 horas del 15 de diciembre del 2011, se protocoliza la asamblea extraordinaria de Isletas Fantasía Mágica Limitada, se reforma la cláusula segunda, se nombra agente residente.—San José, 15 de diciembre del 2011.—Lic. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—(IN2011099088).

Mediante asamblea general extraordinaria de socios accionistas de la sociedad Compañía Agrícola Huntro S. A., celebrada en su domicilio social, a las trece horas del veintiséis de noviembre del dos mil once, se cambia la junta directiva, fiscal, agente residente y cláusula quinta del acta constitutiva, se revoca poder generalísimo y se otorga poder generalísimo, mediante escritura número: doscientos siete, visible al folio ciento dieciséis vuelto, del tomo: sesenta y tres, del suscrito notario, se protocolizó dicha acta. Firmo en la ciudad de Grecia, a las once horas del trece de diciembre del dos mil once.—Lic. Alfonso Bolaños Alpízar, Notario.—1 vez.—(IN2011099098).

Mediante asamblea general extraordinaria de socios accionistas de la sociedad Plantadores de Ornamentales de Costa Rica S. A., celebrada en su domicilio social, a las trece horas del veinticinco de noviembre del dos mil once, se cambia la junta directiva, fiscal, agente residente y cláusula sexta del acta constitutiva, se revoca poder generalísimo y se otorga poder generalísimo, mediante escritura número: Doscientos nueve, visible al folio ciento diecisiete vuelto, del tomo: sesenta y tres, del suscrito notario, se protocolizó dicha acta. Firmo en la ciudad de Grecia, a las once horas del trece de diciembre del dos mil once.—Lic. Alfonso Bolaños Alpízar, Notario.—1 vez.—(IN2011099100).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 10 minutos del 16 de diciembre de dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza denominada Superfotos Shops Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del 2011.—Lic. María del Milagro Solórzano León, Notaria.—1 vez.—(IN2011099113).

Por escritura Nº 92 otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 7 de diciembre del 2011, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones Rancho Nicoa J y T S. A., donde se reformó la cláusula 2da. del domicilio.—San José, 7 de diciembre de 2011.—Lic. José Pablo Masís Artavia, Notario.—1 vez.—(IN2011099114).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 30 minutos del 16 de diciembre de dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza denominada New Plaza Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del 2011.—Lic. María del Milagro Solórzano León, Notaria.—1 vez.—(IN2011099115).

Mediante escritura número doscientos veinte, otorgada a las diecinueve horas del dieciséis de noviembre del dos mil once, se acuerda reformar la cláusula tercera del pacto constitutivo de la sociedad Black Beach S. A. Es todo.—San José, 15 de diciembre del 2011.—Lic. Harry Wohlstein R., Notario.—1 vez.—(IN2011099123).

Mediante escritura número doscientos diecinueve, otorgada a las dieciocho horas con quince minutos del dieciséis de noviembre del dos mil once, se acuerda reformar la cláusula tercera del pacto constitutivo de la sociedad Desert Horse S. A. Es todo.—San José, 15 de diciembre de 2011.—Lic. Harry Wohlstein R., Notario.—1 vez.—(IN2011099124).

Mediante escritura número doscientos dieciocho, otorgada a las diecisiete horas con quince minutos del dieciséis de noviembre del dos mil once, se acuerda reformar la cláusula tercera del pacto constitutivo de la sociedad Lotus And Butterfly S. A. Es todo.—San José, 15 de diciembre del 2011.—Lic. Harry Wohlstein R., Notario.—1 vez.—(IN2011099125).

Mediante escritura número doscientos diecisiete, otorgada a las quince horas con cuarenta y cinco minutos del dieciséis de noviembre del dos mil once, se acuerda reformar la cláusula tercera del pacto constitutivo de la sociedad Blue Iris By The Sea S. A. Es todo.—San José, 15 de diciembre de 2011.—Lic. Harry Wohlstein R., Notario.—1 vez.—(IN2011099126).

Mediante escritura número doscientos dieciséis, otorgada a las quince horas con quince minutos del dieciséis de noviembre del dos mil once, se acuerda reformar la cláusula tercera del pacto constitutivo de la sociedad Fountain Foot S. A. Es todo.—San José, 15 de diciembre del 2011.—Lic. Harry Wohlstein R., Notario.—1 vez.—(IN2011099127).

Mediante escritura número doscientos quince, otorgada a las trece horas del dieciséis de noviembre del dos mil once, se acuerda reformar la cláusula tercera del pacto constitutivo de la sociedad Nosara PXD VI S. A. Es todo.—San José, 15 de diciembre del 2011.—Lic. Harry Wohlstein R., Notario.—1 vez.—(IN2011099128).

Huawei Technologies Costa Rica S. A., confiere poder general.—San José, 11 de diciembre del 2011.—Lic. Patricia Lizano S., Notaria.—1 vez.—(IN2011099130).

Por escritura 156-18 otorgada ante el suscrito notario, a las ocho horas del 15 de diciembre de 2011, la sociedad Porvenir Bicornis E Y A S. A., modifica sus estatutos sociales para convertirse en SRL.—San José, 15 de diciembre del 2011.—Lic. Paul Zúñiga Hernández., Notario.—1 vez.—(IN2011099137).

Por escritura 157-18 otorgada ante el suscrito notario, a las ocho horas y treinta minutos del 15 de diciembre de 2011, la sociedad Porvenir Kempii E Y A S. A., modifica sus estatutos sociales para convertirse en SRL y cambia su nombre a Porvenir Kempii S. R. L.—San José, 15 de diciembre del 2011.—Lic. Paul Zúñiga Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2011099138).

Por escritura 158-18 otorgada ante el suscrito notario, a las nueve horas del 15 de diciembre de 2011, la sociedad Porvenir Lucida E Y A S. A., modifica sus estatutos sociales para convertirse en SRL y cambia su nombre a Porvenir Lucida S.R.L.—San José, 15 de diciembre del 2011.—Lic. Paul Zúñiga Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2011099139).

Por escritura 159-18 otorgada ante el suscrito notario, a las nueve horas y treinta minutos del 15 de diciembre de 2011, la sociedad Porvenir Lutra E Y A S. A., modifica sus estatutos sociales para convertirse en SRL y cambia su nombre a Porvenir Lutra SRL.—San José, 15 de diciembre del 2011.—Lic. Paul Zúñiga Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2011099140).

Por escritura 160-18 otorgada ante el suscrito notario, a las diez horas del 15 de diciembre de 2011, la sociedad Porvenir Mydas E Y A S. A., modifica sus estatutos sociales para convertirse en SRL y cambia su nombre a Porvenir Mydas S.R.L.—San José, 15 de diciembre del 2011.—Lic. Paul Zúñiga Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2011099141).

Por escritura otorgada ante mí, a las 17:00 horas del 12 de diciembre del 2011, se constituyó la sociedad Cosechas de Buenos Aires Sociedad Anónima. Capital: cuatrocientos mil colones. Presidente: José Ángel Castro Granados y vicepresidenta: María de los Ángeles Morera González.—Heredia, 12 de diciembre del 2011.—Lic. Silvia María Villalobos Morera, Notaria.—1 vez.—(IN2011099146).

Por escritura número cien-nueve, otorgada ante los notarios públicos Alberto Sáenz Roesch, Juvenal Sánchez Zúñiga y Jorge González Roesch, actuando en el protocolo del primero, a las ocho horas quince minutos del día dieciséis de diciembre del año dos mil once, se modifica la cláusula segunda de los estatutos y se nombra agente residente de la compañía Orange Valley S. A.—San José, 16 de diciembre del 2011.—Lic. Jorge González Roesch, Conotario.—1 vez.—(IN2011099149).

Por escritura número ciento uno-nueve, otorgada ante los notarios públicos Alberto Sáenz Roesch, Juvenal Sánchez Zúñiga y Jorge González Roesch, actuando en el protocolo del primero, a las ocho horas treinta minutos del día dieciséis de diciembre del año dos mil once, se modifican las cláusulas segunda, quinta, sétima, se adiciona una cláusula novena de los estatutos y se nombra junta directiva y fiscal de la compañía Greenlook S. A.—San José, 16 de diciembre del 2011.—Lic. Jorge González Roesch, Conotario.—1 vez.—(IN2011099150).

Por escritura número noventa y nueve-nueve, otorgada ante los notarios públicos Alberto Sáenz Roesch, Juvenal Sánchez Zúñiga y Jorge González Roesch, actuando en el protocolo del primero, a las ocho horas del día dieciséis de diciembre del año dos mil once, se modifican las cláusulas quinta, sétima de los estatutos y se nombra gerente uno y gerente dos de la compañía tres-ciento dos-seiscientos treinta y tres mil novecientos ochenta y cinco s.r.l.—San José, 16 de diciembre del 2011.—Lic. Jorge González Roesch, Conotario.—1 vez.—(IN2011099151).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas quince minutos del día quince de diciembre del dos mil once, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Femdel Development S. A., mediante la cual se modificó cláusula tercera de los estatutos.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1 vez.—(IN2011099160).

Por escritura otorgada en esta fecha, se constituyó la sociedad The Brain House Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado, domicilio la ciudad de Alajuela, plazo cien años, presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Alajuela, dieciséis de diciembre de dos mil once.—Lic. Eduardo Gamboa Rojas, Notario.—1 vez.—RP2011271702.—(IN2011099255).

Por escritura otorgada hoy ante mí, Corporación de Inversiones Credomatic S. A. aumentó el capital social.—San José, 13 de diciembre del 2011.—Lic. Franklin Matamoros Calderón, Notario.—1 vez.—RP2011271705.—(IN2011099256).

Al ser las diez horas del día catorce de diciembre de dos mil once, en mi notaría, se constituyó la empresa de esta plaza denominada ATG Montajes Industriales CA Sociedad Anónima. Se nombra junta directiva y fiscal.—San José, catorce de diciembre de dos mil once.—Lic. Bernald Vargas Montero, Notario.—1 vez.—RP2011271706.—(IN2011099257).

El suscrito notario hace constar que el día de hoy, se constituyó la sociedad anónima ABY R & V del Pacífico Sociedad Anónima, escritura número ciento cuarenta, visible al folio ochenta y nueve frente del tomo quince de mi protocolo. Capital: suscrito y pagado totalmente.—San José, dieciocho de julio del año dos mil once.—Lic. Luis Diego Hernández Núñez, Notario.—1 vez.—RP2011271707.—(IN2011099258).

Por escritura de las 15:00 horas del quince de diciembre del año 2011, se constituye la sociedad denominada G & S Trading Company Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, quince de diciembre del 2011.—Lic. Manuel Porras Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011271710.—(IN2011099259).

Por escritura de las 14:30 horas del quince de diciembre del año 2011, se constituye la sociedad denominada Mucr Trading Company Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, quince de diciembre del 2011.—Lic. Manuel Porras Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011271711.—(IN2011099260).

Por escritura otorgada en mi notaría hoy a las 13:00 horas, se constituyó la sociedad de esta plaza, Inversiones Venespa S. A. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años contados a partir de hoy. Objeto: industria, comercio, agricultura, ganadería, minería y pesca en general y en especial tendrá como actividad la producción de espectáculos, producción de escenografías, decoración, vitrinismo, asesoramiento de personal, protocolo, seminarios y toda clase de arreglos para la actividad social y comercial en general. Presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma, nombrado por todo el plazo social.—San José, 15 de diciembre del año 2011.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—RP2011271712.—(IN2011099261).

En mi notaría por escritura otorgada en la ciudad de Santa Ana a las 16:00 horas del 22 de noviembre del 2011, Yaco Ramos Castillo y Patricia Castillo Rodríguez, constituyen la sociedad Drill Tools Y.R.C. Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—Santa Ana, 8 de diciembre del 2011.—Lic. Sergio Fernando Jiménez Guevara, Notario.—1 vez.—RP2011271714.—(IN2011099262).

Por escritura otorgada ante mí, a las 12:00 horas de hoy, los señores Josué Vásquez González y Jorge Luis Vásquez Núñez, constituyeron Jovago Limitada. Gerentes: ambos socios. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—San José, 13 de diciembre del 2011.—Lic. Eugenio Fco. Jiménez Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2011271715.—(IN2011099263).

Escritura otorgada a las 16:00 horas del 16 noviembre del dos mil once, se constituyó La Logistique Ecologique Sociedad Anónima. Domicilio social: Unión.—5 de diciembre del 2011.—Lic. Gerardo Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—RP2011271721.—(IN2011099264).

Escritura otorgada a las 8:00 horas del 1 diciembre del dos mil once, se reformó la cláusula del domicilio, nombramiento de agente residente, administración de Inversiones Yamilizaro Sociedad Anónima. Domicilio social: San José.—5 de diciembre del 2011.—Lic. Gerardo Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—RP2011271722.—(IN2011099265).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10:00 horas del día 4 de octubre del año en curso, se constituyó la sociedad Distribuidora de Energía Dos Mil Doce S. A.—Cartago, 15 de diciembre del 2011.—Lic. Carlos Eduardo Mata Ortega, Notario.—1 vez.—RP2011271723.—(IN2011099266).

Por escritura otorgada ante mí a las quince horas del quince de diciembre del dos mil once, se constituyó la sociedad anónima cuyo nombre será asignado por el Registro Mercantil. Capital: suscrito y pagado. Presidente: con facultades de apoderado generalísimo.—Lic. Sergio Leiva Urcuyo, Notario.—1 vez.—RP2011271724.—(IN2011099267).

Al ser las 11:30 horas del 15 de diciembre del 2011, se constituyó Grupo Ram y Moi K V Sociedad de Responsabilidad Limitada. Gerentes: Kenner de Jesús Castro Esquivel y Vivian Masís Campos.—Lic. Vera Garro Navarro, Notaria.—1 vez.—RP2011271725.—(IN2011099268).

Al ser las 11:40 horas del 15 de diciembre del 2011, se constituyó Inversiones K V R M Sociedad de Responsabilidad Limitada. Gerente: Kenner de Jesús Castro Esquivel.—Lic. Vera Garro Navarro, Notaria.—1 vez.—RP2011271726.—(IN2011099269).

Ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad Asesoría Vargas Pacheco Sociedad Anónima a las diez horas del catorce de noviembre del año dos mil once. Presidenta: Jacqueline Pacheco Trejos. Capital social: diez mil colones. Domiciliada: en Cartago Oriental ciento setenta y cinco metros al oeste de la Basílica de Nuestra Señora de Los Ángeles. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Kenneth Arce Fernández, Notario.—1 vez.—RP2011271727.—(IN2011099270).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del doce de diciembre del año dos mil once, que es asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Uxor Sociedad Anónima, se acuerda disolver esta sociedad. Es todo.—San José, ocho horas del dieciséis de diciembre del año dos mil once.—Lic. Ernesto Gutiérrez Blanco, Notario.—1 vez.—RP2011271728.—(IN2011099271).

Por escritura otorgada al ser las 16:00 horas del 14 de diciembre del dos mil once, se constituye sociedad: Importstore Nacional S.R.L. Gerente: Rosa Corina Pocasangre De Calles. Es todo.—San José, 15 de diciembre del 2011.—Lic. Lilliam Solano Cruz, Notaria.—1 vez.—RP2011271729.—(IN2011099272).

Por escritura de las 13:00 horas de hoy, fue constituida una sociedad anónima, que se denominará por el número de cédula de persona jurídica que el Registro Nacional de oficio le asigne al momento de su inscripción, con el aditamento “sociedad anónima”, de conformidad con el artículo 2° del Decreto Ejecutivo número 33171-J. Domicilio: Montes de Oca. Objeto: el comercio, industria, agricultura y ganadería en general. Plazo: cien años. Capital: cien mil colones. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Montes de Oca, 15 de diciembre del 2011.—Lic. Rita María Esquivel Villalobos, Notaria.—1 vez.—RP2011271730.—(IN2011099273).

Los socios de la entidad 3-101-465913 s. a., domiciliada en Alajuela, manifiestan que han variado la cláusula sexta de administración.—15 de diciembre del 2011.—Lic. Édgar Montero Mejía, Notario.—1 vez.—RP2011271731.—(IN2011099274).

Mediante escritura autorizada por la suscrita notaria, a las diecisiete horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad Silice de Cartago S.R.L., por la cual se reforma la cláusula quinta de los estatutos.—San José, 14 de diciembre del 2011.—Lic. Jéssica Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2011271732.—(IN2011099275).

Mediante escritura autorizada por la suscrita notaria, a las trece horas del día quince de diciembre del dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad tres-ciento dos-quinientos cuarenta y dos mil setecientos veintiséis s.r.l., mediante la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—San José, 15 de diciembre del 2011.—Lic. Jéssica Paola Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2011271733.—(IN2011099276).

Mediante escritura autorizada por la suscrita notaria, a las trece horas del día quince de diciembre del dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad tres-ciento dos-quinientos cuarenta y dos mil novecientos doce s.r.l., mediante la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—San José, 15 de diciembre del 2011.—Lic. Jéssica Paola Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2011271734.—(IN2011099277).

Por escritura número dieciséis, otorgada ante la notaria Verónica Jiménez Chacón, protocolicé acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de tres-ciento uno-quinientos cuatro mil ciento ochenta sociedad anónima, mediante la cual se nombra nuevo presidente y se modifica la cláusula primera de la escritura constitución.—Lic. Verónica Jiménez Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2011271738.—(IN2011099278).

El suscrito, Manuel Alberto Umaña Torres, hago constar que mediante escritura de las quince horas del ocho de diciembre del dos mil once, número ciento treinta y uno del tomo tercero de mi protocolo, se modificó la junta directiva de Inversiones Tiagorgonia S. A., así como otros acuerdos.—San José, 13 de diciembre del 2011.—Lic. Manuel Alberto Umaña Torres, Notario.—1 vez.—RP2011271739.—(IN2011099279).

El suscrito notario hago constar, que en el tomo ocho del protocolo del licenciado Carlos Luis Guerrero Salazar, se están cambiando dos miembros de la junta directiva de Concentrados La Soya S. A. Es todo.—Santa Ana, 15 de diciembre del 2011.—Lic. Carlos Luis Guerrero Salazar, Notario.—1 vez.—RP2011271742.—(IN2011099280).

Escritura otorgada a las diecinueve horas del trece de diciembre del año dos mil once, se constituye la empresa de esta plaza Taller Universal Artec Inc. Sociedad Anónima, capital social: ochocientos mil colones. Representación: presidente, secretario y tesorera, plazo social: noventa y nueve años.—San José, trece de diciembre del año dos mil once.—Lic. José Luis Ureña Díaz, Notario.—1 vez.—RP2011271743.—(IN2011099281).

Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de tres-ciento dos-quinientos treinta y cinco mil setecientos noventa y siete s.r.l. Se acuerda: se reforma las cláusulas primera y segunda del domicilio.—San José, doce de diciembre del dos mil once.—Lic. Fernando Montero López, Notario.—1 vez.—RP2011271744.—(IN2011099282).

Por escritura otorgada a las 10:00 horas de hoy, protocolicé acta de asamblea de socios de Compañía Franqueadora S. A., donde se reforma cláusula segunda de los estatutos y se nombra nueva junta directiva.—San José, quince de diciembre del dos mil once.—Lic. Édgar Díaz Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2011271749.—(IN2011099283).

Por escritura número veintinueve de mi protocolo tercero, otorgada ante mí a las siete horas del dieciséis de diciembre del año dos mil once, se protocolizó acta constitutiva de la sociedad anónima denominada American Automotive One Group Sociedad Anónima; asimismo se establece su junta directiva, plazo social de noventa y nueve años y se paga íntegramente su capital.—Lic. Édgar Gerardo Lobo Arroyo, Notario.—1 vez.—RP2011271750.—(IN2011099284).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas y treinta minutos del nueve de diciembre del dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad El Marqués de Mallorca Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula cuarta: del plazo social, y donde se realizaron los mismos nombramientos.—San José, nueve de diciembre del 2011.—Lic. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—RP2011271751.—(IN2011099285).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del nueve de diciembre del dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Columnas de Platón Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula cuarta: del plazo social, y donde se realizaron los mismos nombramientos.—San José, nueve de diciembre del 2011.—Lic. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—RP2011271752.—(IN2011099286).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del primero de diciembre del dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Triángulo de Fuejo Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula cuarta: del plazo social, y donde se realizaron los mismos nombramientos.—San José, primero de diciembre del 2011.—Lic. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—RP2011271753.—(IN2011099287).

Por escritura otorgada a las 8:30 horas del 1º de diciembre de 2011, ante esta notaría, se constituyó la sociedad J.R. Fotografía y Audiovisuales Sociedad Anónima; capital íntegramente suscrito y pagado.—San José, 14 de diciembre del 2011.—Lic. Jorge Fallas Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2011271758.—(IN2011099288).

Por escritura otorgada a las 10:30 horas del 13 de diciembre de 2011, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Musa Green Group Sociedad Anónima; mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y sexta.—San José, 14 de diciembre del 2011.—Lic. Jorge Fallas Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2011271759.—(IN2011099289).

En escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del quince de diciembre de dos mil once, Fesa Formas Eficientes Sociedad Anónima modifica capital social.—Lic. Marco Vinicio Solano Gómez, Notario.—1 vez.—RP2011271760.—(IN2011099290).

A las ocho horas del dieciséis de diciembre del dos mil once, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Norvara Sociedad Anónima, en la que se modifica la cláusula segunda del pacto social.—Lic. Jacqueline Lizano Salazar, Notaria.—1 vez.—RP2011271762.—(IN2011099291).

Yo, Ana Lourdes Gólcher González, notaria pública con oficina abierta en San José, protocolicé modificación del acta de inscripción de la empresa Nipro Medical Corporation, sucursal de Costa Rica. Escritura otorgada a las doce horas del veintiocho de noviembre del dos mil once.—Lic. Ana Lourdes Gólcher González, Notaria.—1 vez.—RP2011271763.—(IN2011099292).

Yo, Ana Lourdes Gólcher González, notaria pública con oficina abierta en San José, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Inversiones La Pacífica E Y S S. A., donde se revoca nombramiento y se hace otro nuevo. Escritura otorgada a las quince horas del cinco de diciembre del dos mil once.—San José, cinco de diciembre del dos mil once.—Lic. Ana Lourdes Gólcher González, Notaria.—1 vez.—RP2011271764.—(IN2011099293).

Yo, Ana Lourdes Gólcher González, notaria pública con oficina abierta en San José, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Oficina Internacional B Y S S. A., donde se modifican las cláusulas primera, segunda, quinta y sexta, se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente. Escritura otorgada a las trece horas del cinco de diciembre del dos mil once.—San José, cinco de diciembre del dos mil once.—Lic. Ana Lourdes Gólcher González, Notaria.—1 vez.—RP2011271765.—(IN2011099294).

Ante mi notaría Mónica Zumbado Fallas, mediante escritura ciento noventa y tres del tomo sétimo se reformó la cláusula número primera del pacto constitutivo de la sociedad Javi Rod Productions Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres-ciento uno-doscientos noventa y tres mil seiscientos treinta y cinco.—San José, catorce del dos mil once.—Lic. Mónica Zumbado Fallas, Notaria.—1 vez.—RP2011271766.—(IN2011099295).

Por escritura otorgada en mí, el día 5 de diciembre del 2011, se constituyó Magenta Internacional Investments (MII) S. A.—San Pablo de Heredia, 16 de diciembre del 2011.—Lic. Edgardo Campos Espinoza, Notario.—1 vez.—RP2011271767.—(IN2011099296).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diecisiete horas del quince de diciembre del año dos mil once, se constituó la sociedad JKARS Sociedad Anónima.—San José, Desamparados, dieciséis de diciembre del dos mil once.—Lic. Óscar Enrique Chinchilla Mora, Notario.—1 vez.—RP2011271769.—(IN2011099297).

Por escritura otorgada a las doce horas, se constituyó la sociedad Osprey Global Solutions Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado. Presidente con la representación judicial y extrajudicial. Domicilio: San José.—San José, 15 de diciembre del dos mil once.—Lic. Adrián Fernández Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2011271771.—(IN2011099298).

Por escritura otorgada a las once horas cuarenta y cinco minutos del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Martz Resort Properties S. A., mediante la cual se modifica a cláusula sexta de la representación, se nombra tesorero y apoderado general.—San José, 15 de diciembre del dos mil once.—Lic. Adrián Fernández Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2011271772.—(IN2011099299).

Mediante la escritura número tres-I, otorgada por mí, a las nueve horas del trece de diciembre de dos mil once, se constituyó la sociedad HS Consultores Sociedad Anónima, con domicilio en Heredia, San Rafael, ciento diez metros al norte de la Municipalidad de San Rafael y con un plazo de cien años.—Lic. Ariadna María Arguedas P., Notaria.—1 vez.—RP2011271775.—(IN2011099300).

Manuel Alejandro Montero Durán, mayor, casado una vez, criminólogo, cédula de identidad número uno mil ciento veintidós cero cuatrocientos cinco, vecino de San José, Piedades de Santa Ana, quinientos metros sur y cincuenta este, de la licorera El Bohemio, casa de dos plantas color amarilla y Nataly Melissa Aguirre Zúñiga, mayor, casada una vez, ejecutiva bancaria, cédula de identidad número uno mil trescientos setenta cero trescientos sesenta y uno, vecina de San José, Piedades de Santa Ana, quinientos metros sur y cincuenta metros este, de la licorera El Bohemio, casa de dos plantas color amarilla, constituyen Asesoría Montagui Sociedad Anónima, por un plazo social de noventa y nueve años, con un capital social de cien mil colones, domiciliada en provincia de San José, cantón Santa Ana, distrito Piedades.—Lic. Sonia Elena Salgado Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2011271777.—(IN2011099301).

Constituyen sociedad anónima Servicio y Repuesto G & M Sociedad Anónima representada por el señor: Jesús Barrantes López, con la cédula de identidad 7-121-935. Escritura otorgada en Puerto Viejo de Sarapiquí, a las 17:00 horas del 30 de noviembre del dos mil once, ante notario público Johnny Vinicio Matute Obando.—Lic. Johnny Vinicio Matute Obando, Notario.—1 vez.—RP2011271779.—(IN2011099302).

Por escritura otorgada a las trece horas del día doce de diciembre del dos mil once, se constituyó la empresa L Y D Álvarez de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuyo presidente es Lening Álvarez Sequeira.—San José 15 de diciembre del 2011.—Lic. Alberto Acevedo Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2011271780.—(IN2011099303).

Se reforma cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad Autotransportes Traecsa S. A., sobre el domicilio social, el cual será el siguiente: San José, Piedades de Santa Ana, de las bodegas de Abonos del Pacífico, trescientos cincuenta metros al sur, condominios Bosque Dorado, condominio número dos. Se nombra presidente.—San José, once de noviembre de dos mil once.—Lic. Wendy Patricia Meneses Orozco, Notaria.—1 vez.—RP2011271788.—(IN2011099304).

Se reforma cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad Condominios de Albayana Anabe S. A., sobre el domicilio social, el cual será el siguiente: San José, Curridabat, Lomas de Ayarco Sur, del restaurante La Casa de Doña Lela, seiscientos metros al sur y ciento veinticinco metros al este, casa número trece-H. Se reforma cláusula sétima de la administración. Se nombra presidente, secretario, tesorero y fiscal.—San José, veintisiete de setiembre de dos mil once.—Lic. Wendy Patricia Meneses Orozco, Notaria.—1 vez.—RP2011271789.—(IN2011099305).

Ante la notaria Viviana Navarro Miranda, con oficina abierta en San José, compareció Iván Mora Alvarado, mayor, casado una vez, ingeniero, vecino de Heredia, cédula número: uno-ochocientos cincuenta y cinco-quinientos veintidós y la señora Alicia Alvarado Castillo, soltera ama de hogar, vecina de Paso Ancho urbanización La Arboleda casa número veintiocho, cédula: nueve-cero cero ocho-trescientos cuarenta y dos constituyen la sociedad anónima Óptima Comercial de Centroamérica Sociedad Anónima a las catorce horas del trece de diciembre del dos mil once.—Lic. Viviana Navarro Miranda, Notaria.—1 vez.—RP2011271792.—(IN2011099306).

Ante mí, Viviana Navarro Miranda, comparece Tannia Alvarado Núñez para cambio de nombre de la sociedad Delicias y Queques Esponjocitos T. A. N S. A. y cambio de apoderado nombre. Es todo.—San José, quince de diciembre del dos mil once.—Lic. Viviana Navarro Miranda, Notaria.—1 vez.—RP2011271795.—(IN2011099307).

Por escritura pública número ciento noventa y cinco, otorgada el trece de diciembre del año dos mil once, ante esta notaría de la sociedad Pure Woods Limitada, con cédula de persona jurídica tres-ciento dos-quinientos cincuenta mil doscientos cincuenta y dos, se revoca nombramiento de gerente y se hace nuevo nombramiento.—Heredia, trece de diciembre de dos mil once.—Lic. Alfonso Murillo Berrocal, Notario.—1 vez.—RP2011271796.—(IN2011099308).

Por escritura otorgada hoy a las diez horas ante mí, se constituyó Mongequi Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio del 2011.—Lic. Gabriel Zamora Márquez, Notario.—1 vez.—RP2011271798.—(IN2011099309).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12:30 horas del día 14 de diciembre del 2011, se acuerda la disolución de la sociedad: Railway Transportation Sociedad Anónima, y a las 13:30 horas del día 14 de diciembre de 2011, se acuerda constituir la sociedad Doble A Brokers Sociedad Anónima.—San José, 15 de diciembre del 2011.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2011271799.—(IN2011099310).

NOTIFICACIONES

SEGURIDAD PÚBLICA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Por no haber sido posible notificarle el domicilio conocido por la administración, se ordena la notificación por medio de edicto por tres veces consecutivas en La Gaceta de la siguiente resolución Nº 415-2011 DFCA. Ministerio de Seguridad Pública. Dirección Financiera. San José, a las catorce horas del once de octubre de dos mil once. Acorde con lo ordenado por los artículos 214, 320 y siguientes de la Ley General de Administración Pública, y los alcances del Decreto Ejecutivo N° 32177-SP, artículo 71, procede este Departamento en calidad de órgano director a iniciar el procedimiento sumario administrativo de cobro contra  Johan  Alfredo Flores Astúa, cédula  de  identidad número 1-1330-917, por “adeudar a este ministerio la suma de  ¢357.800,56 (trescientos cincuenta y siete mil ochocientos colones con cincuenta y seis céntimos) por 30 días de preaviso no otorgado, al presentar su renuncia el 30 de junio de 2010, rigiendo a partir del 1º de julio de 2010. Lo anterior con fundamento en el oficio Nº 16970-2010-DRH-DRC-SR-ACA del 9 de noviembre de 2010 del Departamento de Remuneraciones y Compensaciones de la Dirección de Recursos Humanos. Para lo anterior se realiza el debido proceso el cual será instruido por la Asistente Legal Lic. Fresia Kayen Pérez, teléfono 2586-4285, fax 2227-6957. Si existiere oposición al monto adeudado se le hace saber al encausado que cuenta con el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente del recibo de la presente notificación para presentar en el Departamento de Cobros Administrativos de la Dirección Financiera del Ministerio de Seguridad Pública, sita en Barrio Córdoba, frente al Liceo “Castro Madriz”, en la ciudad de San José, la prueba que estimó conveniente. En forma opcional, puede proponer un arreglo de pago o cancelar la suma adeudada mediante el depósito bancario a cualquiera de las siguientes cuentas 001-0242476-2 del Banco de Costa Rica o la 100-01-000-215933-3 del Banco Nacional, a nombre del Ministerio de Hacienda, o mediante entero a favor del Gobierno en un solo momento, y aportar la copia respectiva a éste Departamento. Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada en este Despacho en días y horas hábiles, y fotocopiada a costa del interesado, advirtiéndose que, por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 constitucional, 273 y 229 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido solo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para el Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Se le informa que el plazo otorgado es el momento procesal oportuno para aportar y recibir prueba de descargo y los alegatos pertinentes respecto al monto. Asimismo, se hace de su conocimiento que en contra de esta resolución no procede recurso alguno conforme el artículo 244 de la Ley General de la Administración Pública. De igual manera se le hace saber al mencionado (a) que puede hacerse asesorar o acompañar de un abogado durante todo el proceso. Se le previene que debe señalar casa u oficina donde atender futuras notificaciones, de lo contrario las resoluciones posteriores se tendrán por debidamente notificadas, con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Notifíquese.—Departamento de Cobros Administrativos.—Lic. Beatriz López González, Jefa a. í.—O. C. Nº 10912.—Solicitud Nº 46249.—C-56420.—(IN2011092812).

Por no haber sido posible notificarte en el domicilio conocido por la administración, se ordena la notificación por medio de edictos por tres veces consecutivas en La Gaceta de la siguiente resolución Nº 471-2011 DFCA.—Ministerio de Seguridad Pública.—Dirección Financiera.—San José, a las ocho horas con treinta y cinco minutos del veintiséis de octubre de dos mil once. Acorde con lo ordenado por los artículos 214, 320 y siguientes de la Ley General de Administración Pública, y los alcances del Decreto Ejecutivo Nº 32177 SP, artículo 71, procede este Departamento en calidad de órgano director, a iniciar el procedimiento sumario administrativo de cobro contra Eithel Guadamuz Gómez, cédula de identidad número 5-272-763 por “Adeudar a este Ministerio la suma de ¢663.586,86 (seiscientos sesenta y tres mil quinientos ochenta y seis colones con ochenta y seis céntimos) desglosados en ¢213.517,99 por sumas giradas de más del 14 al 30 de julio de 2010, y ¢450.068,17 por 30 días de preaviso no otorgado pues presentó renuncia el 3 de agosto de 2010 y rige a partir del 29 de julio de 2010”. Lo anterior con fundamento en el oficio Nº 926-2011-DRH-SRC-AR del 25 de enero de 2011 del Departamento de Remuneraciones y Compensaciones de la Dirección de Recursos Humanos. Para lo anterior se realiza el debido proceso, el cual será instruido por la Asistente Legal Lic. Fresia Kayén Pérez, teléfono 2586-4285, fax 2227-6957. Si existiere oposición al monto adeudado se le hace saber al encausado que cuenta con el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente del recibo de la presente notificación, para presentar en el Departamento de Cobros Administrativos de la Dirección Financiera del Ministerio de Seguridad Pública, sita en Barrio Córdoba, frente al Liceo “Castro Madriz” en la ciudad de San José, la prueba que estime conveniente. En forma opcional, puede proponer un arreglo de pago o cancelar la suma adeudada mediante el depósito bancario a cualquiera de las siguientes cuentas 001-0242476-2 del Banco de Costa Rica o la 100-01-000-215933-3 del Banco Nacional a nombre del Ministerio de Hacienda, o mediante entero a favor del Gobierno en un sólo momento, y aportar la copia respectiva a este Departamento. Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada en este Despacho en días y horas hábiles, y fotocopiada a costa del interesado, advirtiéndose que, por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 constitucional, 273 y 229 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para el Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Se le informa que el plazo otorgado es el momento procesal oportuno para aportar y recibir prueba de descargo y los alegatos pertinentes respecto al monto. Asimismo, se hace de su conocimiento que en contra de esta resolución no procede recurso alguno conforme el artículo 244 de la Ley General de la Administración Pública. De igual manera, se le hace saber al mencionado (a) que puede hacerse asesorar o acompañar de un abogado durante todo el proceso. Se le previene que debe señalar casa u oficina donde atender futuras notificaciones, de lo contrario las resoluciones posteriores se tendrán por debidamente notificadas, con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Notifíquese.—Departamento de Cobros Administrativos.—Lic. Beatriz López González, Jefa a. í.—O. C. Nº 10912.—Solicitud Nº 46250.—C-56420.—(IN2011092813).

EDUCACIÓN PÚBLICA

Expediente número 1430-11.—La Dirección de Recursos Humanos, a: Guadamuz Calderón Sergio Virgilio, cédula Nº 01-1052-0239, hace saber:

1)  Que en su contra se ha iniciado la instrucción de un expediente disciplinario, de conformidad con el procedimiento establecido al efecto en el Estatuto de Servicio Civil, por la supuesta comisión de falta grave o de alguna gravedad.

2)  De la información substanciada existen elementos probatorios para imputarle los siguientes supuestos hechos:

a)  Que en su condición de Bibliotecólogo de Centro Educativo 1, en el Colegio de Sulayöm, de la Dirección Regional de Educación de Limón, no se presentó a laborar los días 01, 02, 03, 04, 07, 08, 09, 11, 14, 15, 16, 17, 18, 21, 22, 23, 24, 25, 28, 29, 30 y 31 de marzo; 01, 04, 05, 07, 08, 12, 13, 14, 15, 25, 26, 27 y 29 del mes de abril; 02, 03, 04, 05, 06, 09, 10, 11, 12, 13, 16, 17, 18, 19, 20, 23, 24, 25, 26, 27 y 31 de mayo; 01, 02, 03, 06, 07, 08, 09, 10, 13, 14, 15, 16, 17, 20, 21, 22, 23, 24, 27 y 29 de junio; 01, 18, 19, 20, 21, 22, 26, 27, 28, 29 de julio; 01, 03, 04, 05, 08, 09, 16, 17, 18, 19, 22, 23, 24, 25, 26, 29, 30 y 31 de agosto; 01, 02, 05, 06, 07, 08, 09, 12, 13, 14, 15, 19, 20, 21, 22, 23, 26, 27, 28, 29 y 30 de setiembre; 03, 04, 05, 06, 07, 10, 11, 12, 13, 14, 18, 19, 20, 21, 24, 25 y 26 de octubre; todos del año 2011. Lo anterior sin dar aviso oportuno a su superior inmediato y sin aportar, dentro del término normativamente previsto, justificación posterior alguna. (Ver folios del 01 al 132, del 139 al 294 y del 300 al 302 del expediente de marras).

3)  Que de ser cierto el hecho que se le atribuye, usted incurriría en faltas graves o de alguna gravedad, según las obligaciones y deberes de su cargo, tal y como se establece en el artículo 57 incisos a), c) y h) del Estatuto de Servicio Civil; artículo 81 inciso g) del Código de Trabajo; artículos 8 incisos a) y b); los artículos 12 incisos c) y k) y 15 inciso b) del Reglamento de la Carrera Docente; artículo 42 incisos a) y q), del Reglamento Interior de Trabajo del Ministerio de Educación Pública.

4)  Que se le emplaza para que ejerza su derecho de defensa dentro de los diez días hábiles siguientes, al recibo de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 del Estatuto de Servicio Civil y ofrecer las pruebas que estimare pertinentes. Si fueren testimoniales, indicará los hechos sobre los que versarán las respectivas deposiciones así como la correspondiente dirección de los testigos, bajo apercibimiento de que, de no hacerlo, se podrá declarar inadmisible la referida prueba.

Para el ejercicio pleno de su derecho de defensa puede tener acceso al expediente disciplinario iniciado al efecto, hacerse representar por un abogado, repreguntar a los testigos que rindieron declaración en la etapa de investigación, actuación -esta última- para lo cual deberá formular petición expresa, a fin de efectuar las citaciones pertinentes; de no hacerlo en forma y término, se tendrán por plenamente incorporadas al procedimiento estas deposiciones, en la forma que fueron originalmente rendidas.

5   Que la defensa deberá formularse por escrito ante el Área de Asuntos Disciplinarios de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación Pública cuarto piso Edificio Rofas, ubicado en avenida segunda, frente a la entrada de emergencias del Hospital San Juan de Dios, San José; debiendo señalar casa u oficina para atender notificaciones, citaciones y otras resoluciones judiciales. La no presentación de la defensa hará presumir la renuncia al ejercicio de ese derecho en esta etapa procedimental y, la indicación de lugar para recibir notificaciones surtirá los efectos previstos en el artículo 12 de la citada ley.

6   Que contra este traslado de cargos se pueden interponer los recursos ordinarios previstos en el artículo 66 del Estatuto de Servicio Civil.

San José, 29 de noviembre del 2011.—Msc. Juan Antonio Gómez Espinoza, Director de Recursos Humanos.—1 vez.—O. C. Nº 12828.—Solicitud Nº 43716.—C-71600.—(IN2011097697).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

De conformidad con resolución RMT-3029-2011 de las nueve horas del día 27 de octubre del 2011, la Ministra de Trabajo y Seguridad Social resuelve: impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-2564-2011, de sesión celebrada en San José, a las 9:00 horas del 20 de setiembre del 2011, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Sanabria Montoya Lourdes, cédula de identidad Nº 3-075-261, a partir del día 1 de julio del 2011; por la suma de sesenta y ocho mil trescientos veintiocho colones con cero céntimos (¢68.328,00); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Sandra Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—Dunia Madrid Acuña, Directora Nacional.—1 vez.—(IN2011097039).

De conformidad con resolución RMT-3003-2011 de las nueve horas del día 27 de octubre del 2011, la Ministra de Trabajo y Seguridad Social resuelve: impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-2678-2011, de sesión celebrada en San José a las 9:00 horas del 20 de setiembre del 2011, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Barrantes Soto Luisa, cédula de identidad Nº 1-243-281, a partir del día 1 de julio del 2010; por la suma de sesenta y cuatro mil ochocientos noventa y nueve colones con cero céntimos (¢64.899,00); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Sandra Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—Lic. Dunia Madrid Acuña, Directora.—1 vez.—(IN2011097045).

De conformidad con resolución RMT-2979-2011 de las nueve horas del día 27 de octubre del 2011. La Ministra de Trabajo y Seguridad social Resuelve: Impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-2627-2011, de sesión celebrada en San José a las 9:00 horas del 20 de setiembre del 2011, de la junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Cubillo Chaves María de los Ángeles, cédula de identidad N° 9-028-170, a partir del día 1 de julio del 2011; por la suma de sesenta y ocho mil doscientos cincuenta y nueve colones con cero céntimos (¢68.259,00); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Sandra Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—Dunia Madrid Acuña, Directora Nacional de Pensiones.—1 vez.—(IN2011097211).

De conformidad con resolución RMT-2981-2011 de las nueve horas del día 27 de octubre del 2011, la Ministra de Trabajo y Seguridad Social resuelve: impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-2676-2011, de sesión celebrada en San José a las 9:00 horas del 20 de setiembre del 2011, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Chaves Alvarado María de los Ángeles, cédula de identidad Nº 1-326-875, a partir del día 1 de julio del 2011; por la suma de sesenta y ocho mil trescientos noventa y siete colones con cero céntimos (¢68.397,00); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Sandra Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—Dunia Madrid Acuña, Directora Nacional.—1 vez.—(IN2011097499).

De conformidad con resolución RMT-3088-2011 de las nueve horas del día 31 de octubre del 2011, la Ministra de Trabajo y Seguridad Social resuelve: impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-2677-2011, de sesión celebrada en San José a las 9:00 horas del 20 de setiembre del 2011, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Picado Arauz Cruz María, cédula de identidad Nº 6-061-614, a partir del día 1 de junio del 2011; por la suma de sesenta y seis mil quinientos cuarenta y siete colones con cero céntimos (¢66.547,00); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Sandra Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—Lic. Dunia Madrid Acuña, Directora.—1 vez.—(IN2011097567).

De conformidad con resolución RMT-3139-2011 de las nueve horas del día 3 de noviembre del 2011, la Ministra de Trabajo y Seguridad Social resuelve: impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-2645-2011, de sesión celebrada en San José a las 9:00 horas del 20 de setiembre del 2011, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Beckford Coulson Ela Eufemia c.c. Adela, cédula de identidad Nº 8-058-384, a partir del día 1 de julio del 2011; por la suma de sesenta y ocho mil doscientos cincuenta y ocho colones con cero céntimos (¢68.258,00); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Sandra Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—Lic. Dunia Madrid Acuña, Directora.—1 vez.—(IN2011097568).

De conformidad con resolución RMT-3084-2011 de las nueve horas del día 28 de octubre del 2011, la Ministra de Trabajo y Seguridad Social resuelve: impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-2570-2011, de sesión celebrada en San José, a las 9:00 horas del 20 de setiembre del 2011, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por González Vega Rafaela, cédula de identidad Nº 2-161-647, a partir del día 1 de julio del 2011; por la suma de sesenta y ocho mil doscientos cincuenta y ocho colones con cero céntimos (¢68.258,00); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Sandra Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—Dunia Madrid Acuña, Directora Nacional.—1 vez.—RP2011271074.—(IN2011097818).

De conformidad con resolución RMT-3081-2011 de las nueve horas del día 27 de octubre del 2011, la Ministra de Trabajo y Seguridad Social resuelve: impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-2581-2011, de sesión celebrada en San José a las 9:00 horas del 20 de setiembre del 2011, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Quirós Gómez María Julieta, cédula de identidad Nº 3-192-1164, a partir del día 1 de junio del 2011; por la suma de treinta y cinco mil sesenta y tres colones con cero céntimos (¢35.063,00); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Sandra Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—Lic. Dunia Madrid Acuña, Directora.—1 vez.—RP2011271080.—(IN2011097819).

De conformidad con resolución RMT-3076-2011 de las nueve horas del día 27 de octubre del 2011, la Ministra de Trabajo y Seguridad Social resuelve: impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-2643-2011, de sesión celebrada en San José a las 9:00 horas del 20 de setiembre del 2011, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por González Soto Ercilia c.c. Cecilia, cédula de identidad Nº 1-197-912, a partir del día 1 de febrero del 2007; por la suma de cuarenta y siete mil seiscientos ochenta y cuatro colones con cero céntimos (¢47.684,00); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Sandra Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—Lic. Dunia Madrid Acuña, Directora.—1 vez.—RP2011271097.—(IN2011097820).

De conformidad con resolución RMT-3086-2011 de las nueve horas del día 31 de octubre del 2011. La Ministra de Trabajo y Seguridad Social resuelve: impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-2631-2011, de sesión celebrada en San José a las 9:00 horas del 20 de setiembre del 2011, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Arguedas Brenes María Eugenia, cédula de identidad Nº 1-188-977, a partir del día 1º de julio del 2011; por la suma de sesenta y cinco mil seiscientos treinta y tres colones con cero céntimos (¢65.633,00); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Sandra Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—Dunia Madrid Acuña, Directora Nacional.—1 vez.—RP2011271144.—(IN2011097821).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Documento Admitido traslado al titular

Ref: 30/2011729654.—Vitromex Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-569013.—Documento: Nulidad por parte de terceros (F.A.M.E. Fábrica de Aparelhos).—Nº y fecha: Anotación/2-72566 de 13/05/2011.—Expediente: 2010-0006951 Registro No. 205078 FAME en clase 11 Marca Mixto.

Registro de la Propiedad Industrial, a las 15:20:26 del 27 de julio del 2011.—Conoce este Registro, la solicitud de nulidad, por parte de terceros, promovida por el Rafael Arturo Quirós Bustamante, cédula de identidad 1-547-445, en calidad de apoderado especial de F.A.M.E. Fábrica de Aparelhos, contra el registro del signo distintivo FAME, Registro Nº 205078, el cual protege y distingue: termo duchas, en clase 11 internacional, propiedad de Vitromex Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-569013. Conforme a lo previsto en los artículos 37 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de nulidad por parte de terceros al titular citado, para que en el plazo de un mes contado a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con solo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—Johana Peralta, Asesora Jurídica.—RP2011268484.—(IN2011092380).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

SUCURSAL EN PALMAR NORTE

El suscrito Jefe Administrativo de la Sucursal de la Caja Costarricense de Seguro Social de Palmar Norte y Ciudad Cortés, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos incluidos en el cuadro que se detalla de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. La institución le concede 5 días hábiles, para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial, tanto en la vía civil como penal. El monto adeudado se refleja a las fechas indicadas en los recuadros y pueden contemplar periodos que ya poseen firmeza administrativa.

SUCURSAL DE PALMAR NORTE

MONTO ADEUDADO AL 16/11/2011

N° Patronal

Nombre Patrono

Monto

1

3101007711

BANANERA DEL TÉRRABA SOCIEDAD ANÓNIMA

31.561.863,00

2

3004129182

CONSORCIO COOPERATIVO BANANERO DEL SUR R L

164.597.771,00

3

3101081460

BANANERA CHANGUINA SOCIEDAD ANÓNIMA

16.281.444,00

4

3004129183

CONSORCIO BANANERO COOPERATIVO DE FINCA DIEZ R L

1.787.070,00

5

3101108741

BANANERA BORUCA SOCIEDAD ANÓNIMA

1.915.334,00

6

3101200251

EMPRESA DE MAQUINARIA PESADA TALLER Y CONSTRUCCIÓN MAYKO SOCIEDAD ANÓNIMA

1.198.969,00

7

3004078138

COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN DE PALMA Y CACAO DE PALMAR SUR R L

2.419.879,00

8

3004084516

COOPERATIVA AUTOGESTIONARIA DE PRODUCCIÓN PALMA Y CACAO R L

8.125

9

3101231765

COADESUR SOCIEDAD ANÓNIMA

63.652,00

10

3101384462

CORCOVADO MYSTIC SOCIEDAD ANÓNIMA

779.163,00

11

104380652

CAMPOS CAMPOS RODRIGO

5.109.432,00

12

103640475

BALFOURE BRENES ROBERTS

17.643,00

13

3101042314

DANPA SOCIEDAD ANÓNIMA

306.197,00

14

102440320

FERNÁNDEZ AGUILAR CLARA LUZ

812.110,00

15

501300438

BARRANTES MENDOZA JOSÉ ELEUTERIO

3.011.513,00

16

3101014252

EMPRESAS VIERA SOCIEDAD ANÓNIMA

2.836.429,00

17

3101132369

INVERSIONES DOMINICAL OCHO SOCIEDAD ANÓNIMA

2.638.795,00

18

103210129

MONGE BERMÚDEZ JESÚS

2.311.762,00

19

3101367411

LOMAS CORONADO SOCIEDAD ANÓNIMA

79.396,00

20

15553097

HUSTLER NO INDICA OTRO LARRY CRAIG

2.125.651,00

21

16024916

CASTILLO ROCHA FRANCISCO

2.482.905.001

22

3101336345

COSTA RICA REAL ESTATE SERVICE M L S SOCIEDAD ANÓNIMA

1.784.215,00

23

3101338421

COMPAÑÍA TARIMAS DE PALMAR SOCIEDAD ANÓNIMA

1.442.879,00

24

3101048768

COSTA RICA ESTHER SOCIEDAD ANÓNIMA

39.084,00

25

401090696

ESQUIVEL ARGUELLO MARCO ANTONIO

136.999,00

26

105650858

PACHECO ROMERO MARIO HUMBERTO

1.219.088,00

27

3101280190

CÓRDOBA DESARROLLO Y CONSTRUCCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

84.283,00

28

205190669

CRISTIAN VEGA RODRÍGUEZ

250.358,00

29

26230112

BERRY NO INDICA OTRO MARNA LYNNE

143.447,00

30

3004071614

COOPERATIVA DE AUTOGESTIÓN DE PIEDRAS BLANCAS R L

1.146.722,00

31

202820004

CHAVES CAMPOS JORGE LUIS

1.106.156,00

32

14211092

JAN RUDOLF MASEK NO INDICA OTRO

1.044.217,00

33

3101149761

OFICINA DE REPRESENTACIONES TURÍSTICAS OSATUR SOCIEDAD ANÓNIMA

696.755,00

34

203070917

VEGA MAROTO RAÚL

231.149,00

35

3101016452

COASTAL PLASTICS SOCIEDAD ANÓNIMA

787.239,00

36

601710536

BOLAÑOS ROSALES PABLO

353.958,00

37

602390718

BARRANTES GUERRERO GREIVIN DE LOS ÁNGELES

287.375,00

38

601940832

SOTOMAYOR BARRIOS JORGE

703.707,00

39

401100425

DÍAZ VEGA LUIS FERNANDO

53.935,00

40

601230301

QUIRÓS QUIRÓS JULIO CÉSAR

337.421,00

41

602250066

CUBERO MORA ROLANDO

71.158,00

42

3101355463

INVERSIONES BARRANTES BAGUE DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA

569.539,00

43

3101522448

SISTEMAS GEOTÉRMICOS GLOBALES GEOSIS SOCIEDAD ANÓNIMA

560.178,00

44

3101494423

INVERSIONES FERRETERAS CHIRRIPÓ DEL SUR I.F.CH.S SOCIEDAD ANÓNIMA

249.430,00

45

3101307572

ECOLE AMÉRICA SOCIEDAD ANÓNIMA

490.159,00

46

603290867

MORALES ESCALANTE OSCAR

500.731,00

47

3101183941

SAN MARCO DEL NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA

48.019,00

48

3101152913

CONSTRUCCIONES BALSO DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

334.076,00

49

3101077000

ROCA BALLENA SOCIEDAD ANÓNIMA

194.105,00

50

105030379

CASTRO MONTES ORLANDO

379.130,00

51

15858143

JOHANNES WIJBENGA WIJBENGA

361.404,00

52

3101435893

BLUE MOON OF VENTANAS SOCIEDAD ANÓNIMA

127.437,00

53

600900736

SEQUEIRA SEQUEIRA RAFAEL ÁNGEL

41.001,00

54

110980367

MOYA CASTRO TONY

313.094,00

55

3101157571

PRODUCCIONES CO RI DE SOCIEDAD ANÓNIMA

283.465,00

56

3101295087

GRUPO COMERCIAL TÉRRABA G C T S. A.

279.935,00

57

3101125057

MAPLASTIC INVERSIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

271.786,00

 

 

AGENCIA DE CIUDAD CORTÉS

MONTO ADEUDADO AL 16/11/2011

N° Patronal

Nombre Patrono

Monto

1

3101294872

CLUB DEPORTIVO OSA S A D SOCIEDAD ANÓNIMA

149.222,00

2

3102370624

MEGATECK A & R LIMITADA

644.905,00

3

3101367858

CONSTRUCCIONES J Y J VISTAS DEL PACIFICO SUR SOCIEDAD ANÓNIMA

23.188,00

4

3101203656

CARNES REFRIGERADAS DEL PACIFICO SOCIEDAD ANÓNIMA

706.116,00

5

103600227

BARRANTES MESEN LUIS

1.027.756,00

8

602830647

GARITA LEZCANO NELSON

1.027.756,00

9

3101420655

KIWI AND MANGO SOCIEDAD ANÓNIMA

104.144,00

10

3101480717

3-101-480717 SOCIEDAD ANÓNIMA

198.485,00

11

3101265675

VISTAS DEOSA SOCIEDAD ANÓNIMA

49.280,00

12

601930472

LÓPEZ MONTERO LUIS MARIANO DEL CARMEN

116.918,00

13

602450179

ZÚÑIGA ZÚÑIGA GILBERTO

511.923,00

14

107090742

JIMÉNEZ SEGURA MARTÍN

446.684,00

15

3101411658

SEMPER PARATUS SOCIEDAD ANÓNIMA

247.711,00

16

3101514518

3-101-514518 SOCIEDAD ANÓNIMA

671.523,00

17

3101430096

MOUNT FOREST LAS CEREZAS OSA SOCIEDAD ANÓNIMA

628.211,00

18

3101116116

FINCA PERLA DE BALLENA SOCIEDAD ANÓNIMA

555.009,00

19

1740100657

HUGHES NO INDICA OTRO JASON MARK

487.715,00

20

3101536984

LEBLANC INVESTMENTS SOCIEDAD ANÓNIMA

13.098,00

21

15153054

CHURCH NO INDICA OTRO STEVAN MAXWELL

449.175,00

22

17458807

SWOFFORD NO INDICA OTRO RONALD EDWARD

416.909,00

23

3101342622

TIGRITO PODEROSO DE MONTANA Z Y W SOCIEDAD ANÓNIMA

412.854,00

24

110610520

CORRALES VALVERDE SILENY

354.197,00

25

15118250

DAVID ANDREW MATHIESON MATHIESON

236.434,00

26

102890925

MESEN CERDAS JESÚS

201.736,00

27

16359946

DENECOCHEA NO INDICA OTRO CARLOS CÉSAR

325.084,00

28

3101300599

SOL DE AMANECER SOCIEDAD ANÓNIMA

176.142,00

29

111360035

REYES BLANCO LUIS GUILLERMO

57.180,00

30

24709166

MACHÓN MIRASOL ANA ELBA

136.573,00

31

3101492034

BLOW FISH SURF SOCIEDAD ANÓNIMA

106.779,00

32

17158862

POUGER NO INDICA OTRO ARNAUD JEAN ALBERT

104.231,00

33

3101120671

SÁNDALOS DEL MAR SOCIEDAD ANÓNIMA

91.048,00

34

3101120672

AMORES DE OSA SOCIEDAD ANÓNIMA

89.249,00

35

3101301732

EL EMISARIO DEL NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA

30.582,00

36

23951854

GRAHAN NO INDICA OTRO SHARON ALVINA

28.522,00

37

3101404160

BAVARIA OJOCHAL RESTAURANTE DE ALEMANIA COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

6.449,00

37

3101321756

LAGO CALIENTE DEL VOLCÁN S. A.

1.331.621,00

 

Gerencia Financiera.—Unidad Gestión de Cobro.—Lic. Fulvio Alvarado Agüero, Administrador.—1 vez.—(IN2011095090).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT

El Concejo de Curridabat, notifica por este medio, que en procedimiento administrativo tramitado por la División Jurídica bajo el número de expediente DJ-59-2011, contra la señorita Dayana Gisela Álvarez Cisneros, cédula de identidad 1-1218-839, Regidora Suplente de esta Municipalidad, por no presentar su declaración jurada de bienes final, correspondiente al año 2010 en formato impreso; se dictó el acto final que dice literalmente: Por tanto: Con fundamento en los hechos probados y las razones de derecho antes expuestas, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 39, 41, 183 y 184 de la Constitución Política, 1, 4, 8, 9, 10, 12, 68 y 72, 77 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República Nº 7428 del 26 de agosto de 1994; 21, 22, 38, inciso i) y 39 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública Nº 8422 del 6 de octubre de 204; 56, 63 y 66 de su Reglamento; 211, siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública Nº 622, el “Reglamento Orgánico de la Contraloría General de la República”, que es resolución del Despacho de la Contralora General de la República Nº R-CO-34-2009, de las 10:00 horas del 22 de agosto del 2009, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 104 del 1° de junio de 2009, reformada mediante resolución Nº R-DC-123-2010, de las 14:00 horas del 19 de julio del 2010 y del “Reglamento de procedimientos administrativos de la Contraloría General de la República”, que es resolución Nº R-CO-16-2007, de las 13:00 horas del 23 de marzo del 2007, reformada mediante resolución Nº R-DC-154-2010, de las 10:00 horas del 9 de setiembre del 2010, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 180, del 16 de setiembre del 2010, se resuelve: 1) Declarar a la señora Dayana Gisela Álvarez Cisneros, responsable administrativamente bajo el criterio de imputación de la culpa grave de los hechos atribuidos en este procedimiento administrativo ordinario, razón por la cual se recomienda en forma vinculante, imponerle sanción de una amonestación escrita publicada en el Diario Oficial La Gaceta, de conformidad con el inciso q) del artículo 39 de la “Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública”, Nº 8422; 2) Una vez firme la presente resolución se ordena anotar la punición en el Registro de Sanciones de este órgano contralor, conforme a la resolución R-CO-45-2007, sobre la Directriz para la Operación del Sistema de Registro de Sanciones de la Hacienda Pública (SIRSA), D-4-2007-CO-DAGJ, emitida por el Despacho de la Contralora General de la República, a las 15:00 horas del 24 de setiembre del 2007 y publicada en La Gaceta Nº 201 del 19 de octubre del 2007, no obstante, se advierte que dicha anotación, producirá sus efectos jurídicos a partir de que la Sala Constitucional haya resuelto la acción de inconstitucionalidad Nº 11-007388-007-CO, interpuesta contra el SIRSA. Contra esta resolución son oponibles los recursos ordinarios de revocatoria y apelación, los cuales deberán presentarse ante esta División Jurídica dentro del tercero día contado a partir del día siguiente a su notificación y, serán resueltos, respectivamente, por esta División y por la Contraloría General de la República. Notifíquese. Curridabat, 7 de noviembre del 2011.—Allan P. Sevilla Mora, Secretario del Concejo.—1 vez.—RP2011270804.—(IN2011097284).

FE DE ERRATAS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE NICOYA

DEPARTAMENTO DE ZONA MARÍTIMO TERRESTRE

Que en la publicación del edicto en La Gaceta Nº 99 del 24 de mayo de 1989, sobre una parcela solicitada en concesión por Cristina Castillo Carrillo, cédula de identidad 5-126-627, ubicada en Playa Sámara, distrito 05, cantón Nicoya, provincia Guanacaste; posteriormente cedida a Samara Language School S. A. cédula jurídica 3-101-310989 representada por Laura Elizabeth Ellington de cédula de residente permanente 184000080236 en calidad de presidente con representación judicial y extrajudicial; donde dice: mide 1.118 metros con 41 decímetros cuadrados, léase correctamente: mide 1.014 metros cuadrados, según plano catastro Nº G-1365259-2009, el cual se ubica entre los mojones 288 y 289. En todo lo demás queda firme y valedera la publicación anterior. Publíquese

Nicoya, 22 de noviembre del 2011.—Lic. Juan Carlos Oviedo Quesada, Coordinador a. í.—1 vez.—RP2011270435.—(IN2011096291).