AMBIENTE, ENERGÍA Y
TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO
INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO
INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACIFICO
CAJA
COSTARRICENSE DE
SEGURO SOCIAL
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
CONTRALORÍA GENERAL DE LA
REPÚBLICA
UNIVERSIDAD ESTATAL A
DISTANCIA
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE
COSTA RICA
CAJA COSTARRICENSE DE
SEGURO SOCIAL
PATRONATO NACIONAL DE LA
INFANCIA
MUNICIPALIDAD DE VALVERDE VEGA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
DE
DECRETA:
IMPUESTOS
MUNICIPALES DEL
CANTÓN CENTRAL DE HEREDIA
ARTÍCULO 1. Autorización
Autorízanse los siguientes impuestos a
CAPÍTULO
I
DISPOSICIONES
GENERALES
ARTÍCULO 2.- Obligatoriedad del impuesto
Las personas físicas o jurídicas que se dediquen al ejercicio de
actividades lucrativas de cualquier tipo en el cantón Central de Heredia
deberán obtener la licencia respectiva y pagarán a
ARTÍCULO 3.- Período del impuesto
El período del impuesto de patentes es anual y está comprendido entre el 1°
de enero y el 31 de diciembre de cada año.
ARTÍCULO 4.- Pago del impuesto
El impuesto de patentes se pagará todo el tiempo que el establecimiento se
encuentre abierto, se ejerza el comercio en forma ambulante, y durante el
tiempo en que se haya poseído licencia, aunque la actividad no se haya
ejercido.
ARTÍCULO 5.- Actividades gravadas
Entiéndase por actividades comerciales y/o lucrativas, según la
clasificación internacional de actividades económicas:
Agricultura, ganadería y pesca: comprende
toda clase de actividades de siembra y recolección de productos agrícolas,
granjas lecheras, avícolas y porcinas y cualquier otro tipo de actividad agropecuaria.
Industria (manufacturera o
extractiva): se refiere al conjunto de operaciones
materiales ejecutadas para obtención, transformación o transporte de uno o
varios productos. Comprende también la
transformación mecánica o química de sustancias orgánicas e inorgánicas en
productos nuevos, mediante procesos mecanizados o sin mecanizar, en fábricas o
domicilios.
En general, se refiere a las mercancías, valores,
construcciones, bienes e inmuebles.
Implica tanto la creación de productos, así como los talleres de
reparación y acondicionamiento.
Comprende la extracción y explotación de minerales, metálicos y no
metálicos, que se encuentran en estado sólido, líquido o gaseoso, la
construcción, reparación o demolición de edificios, instalaciones, vías de transporte,
imprentas, editoriales y establecimientos similares, medios de comunicación,
así como empresas de cogeneración eléctrica y comunicaciones privadas y
establecimientos similares.
Comercio: comprende la compra, venta,
distribución y alquiler de toda clase de bienes: mercancías, propiedades, bonos, monedas y
toda clase de valores los actos de valoración de bienes económicos según la
oferta y la demanda, casas de representación, comisionistas, agencias, corredoras
de bolsa, instituciones bancarias y de seguros, instituciones de crédito,
empresas de aeronáutica, instalaciones aeroportuarias, agencias aduanales y, en
general, todo lo que involucre transacciones de mercado, por cualquier medio,
así como las de garaje.
Servicios: comprende
los servicios prestados al sector privado, sector público o a ambos, atendidos
por organizaciones o personas privadas; incluirá, entre otros, el transporte,
buses, taxis, bodegaje o almacenaje; las comunicaciones radiales, telefónicas,
Internet, lo mismo que los establecimientos de enseñanza privada, de
esparcimiento y salud; el alquiler de bienes muebles e inmuebles, los hoteles y
hospedajes de todo tipo, los estacionamientos de vehículos, las agencias, los
representantes de casas extranjeras, las barberías y los establecimientos de
belleza y estética y los asesoramientos de todo tipo y el ejercicio liberal de
profesiones que se realice por medio de sociedades mercantiles o cualquier otra
forma de asociación que llegue a constituir una actividad mercantil o
lucrativa.
Cualquier otra actividad lucrativa
no contemplada en los incisos anteriores.
CAPÍTULO
II
REQUISITOS Y
PROCEDIMIENTO
ARTÍCULO 6.- Documentos requeridos
Para obtener la licencia municipal los solicitantes deberán presentar:
Solicitud escrita ante el Departamento de Rentas y Cobranzas de
Declaración jurada que indique que está al día en el pago
de los tributos y tasas municipales y cualquier otra obligación a favor de
Permisos de construcción del inmueble donde se va a
ubicar la actividad para la cual se está solicitando la licencia respectiva.
Cuando existan disposiciones legales proteccionistas que
afecten el pago del impuesto o la patente, corresponderá al interesado
solicitar la exención correspondiente. A
pesar de la exención se mantiene la obligación de solicitar la respectiva
licencia municipal.
Los demás requisitos que se establezcan vía reglamento,
de acuerdo con la actividad que se pretenda realizar, ya sea por el
otorgamiento, el traslado o el traspaso
de la patente municipal.
Quien solicite una licencia municipal deberá
cumplir todos los requisitos establecidos por esta ley y su reglamento, el
Código Municipal, así como las demás leyes y reglamentos conexos vigentes.
ARTÍCULO 7.- Contribuyentes al régimen simplificado
En el caso de los contribuyentes que se hayan acogido al régimen
simplificado de
ARTÍCULO 8.- Declaración jurada del impuesto municipal
Cada año a más tardar cinco días hábiles después de la fecha límite de
entrega del formulario de declaración del impuesto de renta establecido por
En el caso de las personas físicas o jurídicas amparadas bajo el régimen
simplificado deberán presentar las cuatro declaraciones de la renta presentadas
a
En los casos anteriormente mencionados, la determinación de la renta local,
en contraposición con la renta obtenida a nivel nacional, se realizará
presentando una certificación por contador público autorizado donde detalle los
ingresos que corresponden a nuestro cantón.
Para tales efectos,
En casos especiales, cuando las empresas hayan sido autorizadas por
ARTÍCULO 9.- Copia de la declaración del impuesto sobre la renta
ARTÍCULO 10.- Confidencialidad de la información
La información suministrada por los contribuyentes a
CAPÍTULO III
TARIFAS DE LOS
IMPUESTOS
SECCIÓN
I
IMPUESTO DE PATENTES
ARTÍCULO 11.- Gravamen a actividades lucrativas
Para gravar toda actividad lucrativa recién establecida o para los
contribuyentes que nunca han presentado la declaración jurada de patentes, se aplicarán
las siguientes reglas:
Para procurar justicia tributaria,
a) Comercio/100
actividad específica
1.- Suntuario: artículos sofisticados, bares,
restaurantes, discotecas, salones de baile, veinte por ciento (20%).
2.- Diverso:
comercio de actividades varias, como supermercados, venta de pollo, tienda por
departamentos, etcétera, quince por ciento (15%).
3.- Apoyo:
tienda, ferretería, librería y otros, diez por ciento (10%).
4.- Básico:
farmacias y otros, cinco por ciento (5%).
5.- Básico
esencial: pulpería, verdulería y otros, uno por ciento (1%).
b) Industria/200
1.- No indispensables otras industrias, veinte por
ciento (20%).
2.- Artesanal
generan empleo y pocos problemas, diez por ciento (10%).
c) Servicios/300
1.- Consorcios o corporaciones jurídicas, clínicas
privadas, casinos, salas de juegos, bancos y financieras, moteles, hoteles,
veinte por ciento (20%).
2.- Apoyo:
copias, transportes, alquileres, bodegas y entretenimiento, diez por ciento
(10%).
3.- Educación:
servicios educacionales, enseñanza, cinco por ciento (5%).
4.- Técnicos:
servicios para la evolución cantonal, uno por ciento (1%).
d) Agrícola
y agropecuaria
1.- Artesanal, diez por ciento (10%).
2.- Industrial,
veinte por ciento (20%).
e) Ubicación
1.- Excelente: zona industrial consolidada, veinte
por ciento (20%).
2.- Buena: zona
en proceso de consolidación, quince por ciento (15%).
3.- Mixta:
ubicación con buen acceso, diez por ciento (10%).
4.- Regular:
ubicación dispersa, cinco por ciento (5%).
5.- Mala:
pequeña fábrica, bodega o talleres, uno por ciento (1%).
f) Condición
del local y/o inmueble
1.- Excelente: condición muy buena del local,
veinte por ciento (20%).
2.- Buena:
condición buena del local, quince por ciento (15%).
3.- Regular:
condición media del local, diez por ciento (10%).
4.- Mala:
condición mala del local, cinco por ciento (5%).
5.- Deficiente:
condición muy mala del local, uno por ciento (1%).
g) Nivel de
inventarios
1.- Altos: superiores a veinticinco salarios
mínimos, diez por ciento (10%).
2.- Moderados:
entre veinte y veinticinco salarios
mínimos, siete por ciento (7%).
3.- Medios:
entre veinticuatro y trece salarios mínimos, cinco por ciento (5%).
4.- Bajos:
entre doce y seis salarios mínimos, dos coma cinco por ciento (2,5%).
5.- Muy bajos:
menor a seis salarios mínimos, uno por
ciento (1%).
h) Número de
empleados
1.- Empresas excelentes: con más de cien empleados,
treinta por ciento (30%).
2.- Empresas
buenas: de veintiuno a cien empleados, veinte y cuatro por ciento (24%).
3.- Empresas
regulares: de nueve a veinte empleados, dieciocho por ciento (18%).
4.- Empresas
familiares: de cuatro a ocho empleados, doce por ciento (12%).
5.- Empresas
personales: de uno a tres empleados, seis por ciento (6%).
Tabla de categorías: impuesto anual
1.- De
2.- De
3.- De
4.- De
5.- De
6.- De
7.- De
8.- De
9.- De
10.- De
Se
considera salario mínimo el establecido
en el artículo 2
de
ARTÍCULO 12.- Imposición para actividades conjuntas
Cuando en un mismo establecimiento dos o más patentados realicen
actividades conjuntamente, el monto de la imposición lo determinará la suma
total del impuesto que corresponda a cada uno individualmente.
Los contribuyentes pagarán el impuesto de patentes de conformidad con los
siguientes criterios:
Salones de diversión en los que se exploten juegos de habilidad o
aleatorios permitidos por ley, excepto los casinos, que pagarán de conformidad
con el artículo 15 de esta ley, de acuerdo con las siguientes categorías: primera siete por ciento (7%) trimestral del
salario base; segunda cuatro por ciento (4%) trimestral del salario base,
tercera dos por ciento (2%) trimestral
del salario base;
Máquinas de juegos en las que el usuario no perciba
dineros en efectivo, billares y similares uno por ciento (1%) trimestral del
salario base por cada máquina o mesa, según corresponda.
Las actividades no contempladas en este artículo pagarán
el impuesto de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la presente
ley.
Para efectos de este artículo se considera salario mínimo el establecido en
el artículo 2 de
ARTÍCULO 13.- Actividades de agencias o sucursales
El impuesto por actividades lucrativas desarrolladas en el cantón Central
de Heredia por medio de agencias,
sucursales, o camiones distribuidores se calculará sobre los ingresos
brutos que reporte la casa matriz, según la declaración jurada municipal que
presente el patentado. Los datos serán
verificados por
ARTÍCULO 14.- Factores determinantes de la imposición
Establécense como factores determinantes de la imposición, los ingresos
brutos anuales que perciban las personas físicas o jurídicas obligadas al
cumplimiento de la prestación tributaria, durante el período fiscal anterior al
año que se grava. Las ventas comprenden
tanto las que se realicen en el mercado nacional como en el extranjero.
ARTÍCULO 15.- Porcentaje aplicable a los ingresos brutos
Los ingresos brutos anuales producto de la actividad realizada determinarán
el monto del impuesto anual de patente que corresponda pagar a cada
contribuyente, según los siguientes parámetros:
a) El
cero coma quince por ciento (0,15%) para el primer año de la vigencia de esta
ley.
b) El
cero coma veinte por ciento (0,20%) para el segundo año de vigencia de esta
ley.
c) El
cero coma veinticinco por ciento (0,25%) a partir del tercer año de la vigencia
de esta ley.
ARTÍCULO 16.- Porcentaje aplicable a
contribuyentes del régimen simplificado
Para los contribuyentes del régimen simplificado, el cálculo anterior
corresponderá a un cero coma tres por ciento (0,3%) del valor de las compras
anuales, producto que dividido entre cuatro determinará el impuesto trimestral
por pagar y se tomará como parámetro la declaración de impuesto presentada en
Tributación, de la cual deberá adjuntar copia al Municipio.
En caso de que no hayan operado durante todo el período fiscal anterior,
sino solo durante una parte de él, se determinará con base en el promedio
mensual obtenido en los meses declarados.
El monto declarado se divide entre el número de meses presentados en la
declaración y así se obtiene el promedio de un mes y multiplicándolo por doce
se obtendrá el promedio anual de compras, que multiplicado por cero coma tres
por ciento (0,3%) determina el impuesto anual de patentes.
ARTÍCULO 17.- Impuesto tasado de oficio
a) Revisada
la declaración municipal se determine que los datos consignados tienen errores
que modifican el monto del tributo por pagar, en contra de
1.- La analogía con otros negocios semejantes cuyos
registros tenga
2.- Solicitud a
los proveedores y terceros relacionados con el negocio, en aplicación del
artículo 112 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, de información
sobre el volumen total de las ventas anuales.
Es deber de estos brindarle esa información a
3.- Análisis
del comportamiento económico de la empresa durante los cinco años anteriores,
de acuerdo con el porcentaje anual de crecimiento.
4.- Aplicación
de los artículos 116, siguientes y concordantes del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios.
b) No
haya presentado la declaración de patente municipal. En este caso le aplicará el monto de la
patente del año anterior, más un treinta por ciento (30%) anual. No obstante, de forma posterior
c) En
caso de duda razonable expresa, como se indica en los artículos 10 y 11, los
documentos requeridos sirven de base para determinar el tributo y, de no
aportarse,
d) Haya
aportado una copia alterada de la declaración presentada ante
e)
f) Se
trate de una actividad recién iniciada y sujeta al procedimiento previsto en el
artículo 11 de esta ley.
g) Se
trate de otros casos no contemplados en esta ley.
La certificación de la contaduría municipal, en
donde se indique la diferencia adeudada por el patentado en virtud de la
recalificación, constituirá título ejecutivo para efectos de su cobro.
SECCIÓN
II
OTROS IMPUESTOS
ARTÍCULO 18.- Rótulos, anuncios y vallas
publicitarias
Los propietarios de bienes inmuebles o patentados de negocios comerciales donde
se instalen rótulos o anuncios y las empresas que vendan o alquilen espacios
para publicidad de cualquier tipo, mediante rótulos, anuncios o vallas, pagarán
un impuesto anual dividido en cuatro tractos trimestrales. Dicho impuesto se calculará como un
porcentaje del salario mínimo al primer día del mes de enero de cada año, según
el tipo de anuncio o rótulo instalado, de acuerdo con las siguientes
categorías:
a) Anuncios
volados: cualquier tipo de rótulo o
anuncio permitido por ley, independientemente de su estructura, material o
tamaño, excepto los luminosos, colocados en el borde y a lo largo de la
marquesina de un edificio o estructura, cinco por ciento (5%) del salario
mínimo.
b) Anuncios
salientes: cualquier tipo de rótulo o anuncio permitido por ley,
independientemente de su estructura, material o tamaño, excepto los luminosos,
que sobresalgan de la marquesina de un edificio o estructura, ocho por ciento
(8%) del salario mínimo.
c) Rótulos bajo o sobre
marquesinas: cualquier tipo
de rótulo o anuncio permitido por ley independientemente de su estructura,
material y tamaño, excepto los luminosos, colocados bajo o sobre marquesinas de
edificios o estructuras, siempre que no sobresalgan de ellas, diez por ciento
(10%) del salario mínimo.
d) Rótulos
luminosos: cualquier tipo de rótulo o anuncio permitido por ley
que funcione con sistemas de iluminación incorporados a su funcionamiento
(rótulos de neón y sistemas similares, y rótulos con iluminación interna),
doce por ciento (12%) del salario
mínimo.
e) Anuncios en
predios sin edificaciones contiguo a vías públicas: todo tipo de rótulo o anuncio permitido por
ley independientemente de su estructura, material y tamaño, excepto las vallas
publicitarias, ubicados en predios sin edificaciones contiguo a vías públicas,
cuarenta por ciento (40%) del salario mínimo.
f) Anuncios en
paredes o vallas: cualquier tipo
de rótulo o anuncio permitido por ley instalado sobre paredes de edificios o
estructuras, de cualquier material y tamaño o pintados directamente sobre las
paredes, así como las vallas publicitarias de cualquier tipo y tamaño,
cincuenta por ciento (50%) del salario mínimo.
CAPÍTULO
IV
CENTRO
NACIONAL DE ABASTECIMIENTO Y
DISTRIBUCIÓN DE ALIMENTOS
(CENADA)
ARTÍCULO 19.- Patente para puestos fijos y
ocasionales
En concordancia con los artículos 79 y 80 del Código Municipal, los puestos
comerciales fijos u ocasionales que se establezcan en el Centro Nacional de
Abastecimiento y Distribución de Alimentos (Cenada) pagarán, por concepto de
impuesto de patentes, una suma equivalente al quince por ciento (15%) del costo
del arrendamiento de instalaciones en dicho centro, a favor de
ARTÍCULO 20.- Forma de pago
La administración del Cenada incluirá, en sus recibos de cobro de alquiler,
el recargo correspondiente al impuesto de patentes y lo depositará a favor de
Con la finalidad de permitir la verificación de las recaudaciones
realizadas, la administración del Centro queda obligada a facilitar a
ARTÍCULO 21.- Estimación de ingresos probables
Antes del 31 de agosto de cada año,
CAPÍTULO
V
MEDIOS DE IMPUGNACIÓN
ARTÍCULO 22.- Procedimiento
Toda resolución de
ARTÍCULO 23.- Recursos
Contra las resoluciones que dicte el Departamento de Rentas y Cobranzas
cabrán los recursos administrativos previstos en el artículo 161 del Código
Municipal dentro del plazo de cinco días hábiles. Contra las resoluciones que dicte el Concejo
Municipal procederá recurso ordinario de revocatoria con apelación ante el
Tribunal Contencioso- Administrativo, dentro del plazo de cinco días hábiles.
Transcurridos los plazos anteriores, sin oposición del patentado, la
resolución quedará en firme.
ARTÍCULO 24.- Plazos e intereses moratorios
Los recursos deberán resolverse dentro de los plazos previstos en el Código
Municipal y no se cobrarán intereses moratorios hasta tanto no se resuelvan los
recursos presentados.
Sin embargo, de conformidad con el párrafo final del artículo 69 del Código
Municipal,
ARTÍCULO 25.- Revisión y recalificación
Toda declaración queda sujeta a ser revisada por los medios establecidos en
esta ley. Si se comprueba que los datos
suministrados son incorrectos, por cuya causa se determinara una variación en
el tributo, se procederá a la recalificación correspondiente.
Asimismo, si
Capítulo VI
SANCIONES
ARTÍCULO 26.- Clausura o suspensión de las
actividades
Cuando el administrado no cuente con la licencia municipal para el
ejercicio de su actividad lucrativa gravada,
ARTÍCULO 27.- Sanciones
Existirán cinco tipos de sanciones:
a) Cierre
definitivo y cancelación de licencia: si dentro del plazo de
ocho días hábiles posteriores a la suspensión de la licencia por falta de pago
de dos o más trimestres del impuesto, el patentado no cancela los tributos
adeudados,
b) Multa de tres
salarios base: si estando suspendida la licencia, el patentado,
administrador o responsable del establecimiento comercial continúa
desarrollando la actividad, será sancionado previa garantía del debido proceso
con una multa equivalente a tres salarios base, tal y como lo dispone el
artículo 81 bis del Código Municipal.
c) Intereses moratorios:
el atraso en el pago de los tributos dispuestos en esta ley generará el pago de
intereses moratorios, los cuales se establecerán de acuerdo con la normativa
dispuesta en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios.
d) Multa del diez
por ciento (10%) del impuesto anual de patentes: los contribuyentes que no presenten la
declaración jurada del impuesto municipal, dentro del término establecido en
esta ley, serán sancionados con una multa del diez por ciento (10%) del
impuesto anual de patentes pagado durante el período anterior. Esta multa deberá pagarse en un solo tracto
con el pago del primer trimestre de cada año.
e) Remoción de
rótulos: en caso de
instalación de rótulos comerciales sin licencia, que se encuentren
atrasados en el pago del tributo correspondiente o que incumplan los requisitos
reglamentarios establecidos por
Las certificaciones del contador municipal
relativas a las deudas por los tributos municipales contenidos en esta ley, sus
intereses moratorios, así como las multas contempladas en los incisos b), c),
d) y e) constituyen título ejecutivo para su cobro en vía judicial, y ante
estos solo serán oponibles las excepciones de pago y prescripción.
CAPÍTULO VII
DISPOSICIONES FINALES
ARTÍCULO 28.- Reglamentación
Autorízase a
ARTÍCULO 29.- Derogación
Derógase
TRANSITORIO ÚNICO.-
Los montos de los impuestos determinados con anterioridad regirán hasta la
entrada en vigencia de esta ley, momento en el cual
Rige a partir de su publicación.
ASAMBLEA
LEGISLATIVA.- Aprobado a los ocho días
del mes de diciembre de dos mil once.
COMUNÍCASE
AL PODER EJECUTIVO
Juan Carlos
Mendoza García
PRESIDENTE
José Roberto Rodríguez
Quesada Martín Alcides
Monestel Contreras
PRIMER SECRETARIO SEGUNDO
SECRETARIO
Dado en
Ejecútese
y publíquese.
ALFIO PIVA MESÉN.—El Ministro de
Gobernación Policía y Seguridad Pública, Mario Zamora Cordero.—1
vez.—C-282000.—(L9023-IN2012005796).
EL SEGUNDO VICEPRESIDENTE
EN
EJERCICIO DE
Y EL
MINISTRO DE HACIENDA
Con fundamento en los artículos
140, incisos 8) y 18) y 146, de
Considerando:
I.—Que el artículo 9° de
II.—Que el mencionado artículo 9º, crea
además un impuesto específico por gramo de jabón de tocador.
III.—Que el artículo 11 de la supracitada
Ley, dispone que a partir de su vigencia, el Ministerio de Hacienda deberá
actualizar trimestralmente el monto de estos impuestos, de conformidad con la
variación del índice de precios al consumidor que determina el Instituto
Nacional de Estadística y Censos, y que el monto resultante de la actualización
deberá comunicarse mediante Decreto Ejecutivo.
IV.—Que en el mencionado artículo 11, se
establece que los períodos de aplicación de cada actualización iniciarán el
primer día de los meses de enero, abril, julio y octubre y que dicha
actualización no podrá en ningún caso,
ser superior al tres por ciento (3%).
V.—Que en el artículo 6° del Reglamento a
VI.—Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 36804-H
de fecha 5 de setiembre del 2011, publicado en el Diario Oficial
VII.—Que los niveles del índice de precios al
consumidor a los meses de agosto y
noviembre del 2011, corresponden a 147,939 y 148,502, generándose una variación
de un cero coma treinta y ocho por ciento (0,38%).
VIII.—Que según la variación del índice de
precios al consumidor, corresponde actualizar los montos de los impuestos
específicos, tanto para las mercancías de producción nacional como importadas,
establecidos en el artículo 9° de la citada ley, en un cero coma treinta y ocho por ciento (0,38%). Por
tanto:
Decretan:
ACTUALIZACIÓN DE LOS IMPUESTOS ESPECÍFICOS
SOBRE
LAS BEBIDAS ENVASADAS SIN CONTENIDO
ALCOHÓLICO,
EXCEPTO
JABONES
DE TOCADOR
Artículo 1º—Actualícense los
montos de los impuestos específicos, tanto para las mercancías de producción
nacional como importadas, establecidos en el artículo 9° de
Tipo de bebida |
Impuesto
en colones por unidad de consumo |
Bebidas
gaseosas y concentrados de gaseosas |
15,91 |
Otras
bebidas líquidas envasadas (incluso agua) |
11,79 |
Agua (envases de |
5,51 |
Impuesto
por gramo de jabón de tocador |
0,200 |
Artículo 2º—Derogatoria.
Deróguese el Decreto Ejecutivo Nº 36804-H de fecha 5 de setiembre del 2011,
publicado en el Diario Oficial
Artículo 3º—Rige a partir del 1° de enero del
2012.
Dado en
LUIS LIBERMAN GINSBURG.—El Ministro de Hacienda, Fernando Herrero Acosta.—1
vez.—O. C. Nº 12234.—Solicitud Nº
2386.—C-21620.—(D36950-IN2012005276).
EL MINISTRO DE CIENCIA Y
TECNOLOGÍA
Y LAS MINISTRAS DE
COMERCIO EXTERIOR
Y DE ECONOMÍA, INDUSTRIA
Y COMERCIO
En uso de las facultades que les confieren los
artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de
Considerando:
I.—Que la integración de Costa Rica con el mundo
ha propiciado un mayor intercambio comercial en todos los ámbitos, lo que
presenta amplias oportunidades a la población costarricense.
II.—Que Costa Rica se ha posicionado como una locación competitiva y de
bajo riesgo para el sector de Dispositivos Médicos y para la industria de
biotecnología.
III.—Que mediante el esfuerzo concertado entre los Ministerios de Economía,
Industria y Comercio (MEIC), de Ciencia y Tecnología (MICIT) y de Comercio
Exterior (COMEX), se apoya el desarrollo de la industria de dispositivos
médicos a través del fomento a la investigación, así como actualizando su marco
legal para seguir las últimas tendencias en la aplicación de la ciencia y
tecnología en la producción de dispositivos médicos.
IV.—Que el sector de Ciencias de
V.—Que el Gobierno de
VI.—Que el Gobierno de
VII.—Que mediante
VIII.—Que la emergente industria de dispositivos médicos de alta tecnología
requiere del apoyo por parte del Sector Público y del Sector Privado, que
faciliten el desarrollo de la producción de base local en dicho sector, de
manera que se fomente la innovación y la incorporación de nuevas tecnologías de
forma sostenible.
IX.—Que en el país ya se está desarrollando una importante actividad de
investigación y desarrollo de productos de dispositivos médicos, incluso
vinculados al área biotecnológica, generados desde empresas emergentes que
requieren de apoyo y financiamiento para la producción, la importación de insumos
y la comercialización de sus productos.
X.—Que el Gobierno de
XI.—Que por el carácter innovador y emprendedor de las empresas de
dispositivos médicos, se necesita de financiamiento adecuado, constante y
oportuno para mantener su operación, sus productos, su potencial y valor
estratégico para el país.
XII.—Que los bienes intangibles de investigación y desarrollo, cruciales
para empresarios y emprendedores del área de dispositivos médicos, deberían ser
formalmente sujetos de financiamiento por parte del Sistema Bancario Nacional. Por
tanto,
Decretan:
DECLARATORIA
DE INTERÉS PÚBLICO Y NACIONAL
DE
Artículo 1º—Se declara de interés público y
nacional la investigación, desarrollo y producción de la industria de
dispositivos médicos y biotecnológicos, generado en territorio nacional,
incluyendo encadenamiento productivo para posicionar en el mercado productos e
importar y exportar los insumos necesarios para la consolidación de esta
industria.
Artículo 2º—Se insta a todas las dependencias del Sector Público y del
Sector Privado, dentro del marco legal respectivo, para que puedan contribuir
en el desarrollo de las actividades para generación y fortalecimiento de la
industria nacional de dispositivos médicos y de las empresas que forman parte
de su encadenamiento productivo; en la medida de sus posibilidades y sin
perjuicio del cumplimiento de sus propios objetivos, para la exitosa
realización de las actividades relacionadas con esta industria.
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—
EL SEGUNDO VICEPRESIDENTE
EN
EJERCICIO DE
Y EL
MINISTRO DE HACIENDA
Con fundamento en las
atribuciones y facultades conferidas en el artículo 140 incisos 3), 5), 18) y
20) y 146 de
Considerando:
I.—Que de conformidad con el
artículo 90 de
II.—Que
III.—Que en concordancia con las
disposiciones consagradas en
IV.—Que
V.—Que el Gobierno de
VI.—Que a la fecha se han logrado importantes
avances en el proceso de implementación de las Normas Internacionales de
Contabilidad del Sector Público (NICSP), tales como la formulación de un nuevo
plan contable el cual contiene el Manual Funcional de Cuentas Contables con el
plan de cuentas y la descripción de cada cuenta, el Marco Conceptual Contable,
las políticas contables incluyendo las de formulación y las de consolidación de
estados financieros, el glosario de términos contables y modelos de estados
financieros; la capacitación de un número significativo de personal de las
unidades financieras del sector público; la constitución de equipos de
implementación, y el levantamiento de inventarios físicos de activos.
El conjunto de instituciones que integran el
Subsistema de Contabilidad Pública, ha realizado grandes esfuerzos, invertido
importantes recursos, y logrado avances muy significativos, en la
transformación de sus procesos contables con el fin de adaptarlos a los
requerimientos de la normativa contable internacional, pero aún el esfuerzo
realizado es insuficiente, para lograr aplicar las NICSP y el nuevo Plan
General de Contabilidad Nacional a partir de enero de 2012; ya que persisten
importantes debilidades en temas claves como: dificultades para el registro utilizando
el método contable del devengado, que, no se ha podido implementar por razones
como la falta de integración entre los procesos presupuestarios y contables; la
elaboración de procedimientos contables con base en la nueva normativa;
carencia de sistemas de información integrados; etc.
VII.—Que
VIII.—Que en razón de lo anterior, se
requiere modificar los Decretos Ejecutivos 34918 y 34460. Por tanto,
Decretan:
MODIFICACIÓN AL DECRETO Nº 34918 DEL 19 DE NOVIEMBRE
DEL
2008, “ADOPCIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LAS NORMAS
INTERNACIONALES
DE CONTABILIDAD PARA EL SECTOR
PÚBLICO
(NICSP), EN EL ÁMBITO COSTARRICENSE”, Y
DECRETO
N° 34460-H DEL 14 DE FEBRERO DE 2008,
“PRINCIPIOS
DE CONTABILIDAD APLICABLES
AL SECTOR
PÚBLICO COSTARRICENSE”
Artículo 1º—Refórmese el
artículo 7° del Decreto N° 34918-H, publicado en
“Artículo 7°—Vigencia para la
adopción e implementación de las NICSP: A partir de la publicación del presente
Decreto, las instituciones incluidas en su alcance, deberán continuar
realizando los cambios necesarios en sus sistemas contables y en los sistemas
informáticos de soporte a los procesos contables, de acuerdo a sus planes de
acción y a las directrices que emita
Artículo 2º—Refórmese el
artículo 6° del Decreto N° 34460-H, publicado en
“Artículo 6º—Rige a partir de su
publicación y hasta el 31 de diciembre del
Artículo 3º—Durante el proceso
de implementación de las NICSP y hasta diciembre de 2015,
Artículo 4º—Derogatoria. Se deroga el
Transitorio III del Decreto N° 349,8-H, publicado en
Transitorio I.—Debido a que, como parte del
proceso de implementación de las NICSP, se ejecuta un plan de implementación
del .método contable del devengado en .a contabilidad patrimonial, las
instituciones que a la fecha de publicación de, presente decreto no tengan
implementado dicho principio contable deben realizar tas acciones necesarias
para implementarlo en consonancia con el plan antes citado, para que a la fecha
de entrada en vigencia de la nueva normativa contable basada en NICSP, se esté
cumpliendo con la normativa legal vigente en lo que se refiere al registro y presentación
de la información financiera.
Artículo 5º—Vigencia: Rige a partir de
su publicación.
Dado en
LUIS LIBERMAN GINSBURG.—El
Ministro de Hacienda, Fernando Herrero Acosta.—1 vez.—Solicitud Nº
13077.—C-46250.—(D36961-IN2012005275).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE DESARROLLO DE
AVISO
El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo
de
DIRECCIÓN
GENERAL DE TRIBUTACIÓN
RESOLUCIÓN
DEL SORTEO DE LOTERÍA FISCAL
“TRANSACCIÓN
ELECTRÓNICA-PUNTOS SOLIDARIOS
Nº DGT-R-003-2012.—Dirección General de
Tributación.—San José, a las 10:30 horas del once de enero dos mil doce.
Considerando:
1º—Que el artículo 99 del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios, faculta a
2º—Que el artículo 26 de
3º—Que con
RESUELVE:
1º—Sobre los Patrocinadores, participantes y
vigencia:
1. El sorteo de lotería fiscal denominado en adelante “Puntos
solidarios” es organizado y patrocinado por el Ministerio de Hacienda.
2. Está dirigido a todas las personas físicas y
jurídicas (tarjetahabientes) que realicen pagos en el territorio nacional,
utilizando tarjetas de débito o crédito emitidas por empresas nacionales.
3. El sorteo es por tiempo limitado, abarca los
pagos que se realicen utilizando tarjetas de débito y crédito, emitidas por
empresas nacionales, del primero de febrero del dos mil doce al treinta de
setiembre del dos mil doce.
4. Los sorteos son mensuales, no acumulativos.
5. La participación de los menores se dará bajo
la presunción de que los padres la han autorizado, sin que el patrocinador
tenga que verificar dicha circunstancia.
6. Toda persona que participe en el sorteo de
lotería fiscal, para reclamar un premio, deberá sujetarse a las disposiciones
contenidas en esta Resolución.
2º—Definiciones: Para los efectos de esta
Resolución se entiende por:
• Ministerio de Hacienda o Ministerio: patrocinador oficial del
sorteo de lotería fiscal denominado “Puntos solidarios”.
• Banco o emisor: entidad financiera o empresa
nacional que emite u otorga una tarjeta de débito o crédito a sus clientes.
• Tarjeta: tarjeta
de débito o crédito emitida por un banco o emisor nacional.
• Tarjetahabiente: persona física o jurídica a
nombre quien aparece la tarjeta de débito o crédito.
• Puntos solidarios: probabilidad de obtener
un premio que se asigna al tarjetahabiente de conformidad con el monto de los
pagos que realice utilizando su tarjeta de débito o crédito y que varía según
el tipo de negocio o actividad económica, donde haya realizado el pago.
• Base de datos: Es el almacenamiento
electrónico de todos los puntos solidarios asignados a favor de los
tarjetahabientes para cada sorteo.
• Tómbola electrónica: Aplicación informática
que mediante rutinas al azar selecciona una acción de la base de datos.
3º—Procedimiento de participación:
1. Para participar en los sorteos de Lotería Fiscal Transacción
electrónica-puntos solidarios” (en adelante “Puntos solidarios”), los
tarjetahabientes solo deben efectuar sus pagos con su tarjeta de débito o
crédito.
2. En los sorteos de Lotería Fiscal “Puntos
solidarios”, participan todas las personas físicas y jurídicas que posean una
tarjeta de débito o crédito emitida por un banco o emisor nacional.
3. Por cada tres mil colones que el
tarjetahabiente pague con su tarjeta de débito o crédito, el banco emisor
asignara un punto solidario al tarjetahabiente, este punto se convierte en una
acción para participar. Los pagos que se realicen por concepto de servicios
profesionales y servicios de salud, obtienen dos puntos solidarios (dos
acciones) por cada tres mil colones.
4. Las
actividades que recibirán doble puntaje serán los establecimientos que asignen
a los códigos de categoría del comerciante (MCC por sus siglas en inglés o Merchant
Category Code), según el detalle que presenta en el siguiente cuadro:
MCC |
Negocio |
8911 |
Arquitectura / Servicios de Topografía |
8931 |
Contadores, auditores |
8021 |
Dentistas y ortodoncistas |
8011 |
Doctores |
8050 |
Enfermería / cuidado personal |
8062 |
Hospitales |
8071 |
Laboratorios médicos y dental |
8042 |
Optometristas, oftalmólogo |
8031 |
Osteólogos |
80418049 |
Podólogos |
8041 |
Quiroprácticos |
7298 |
Sala de belleza y
salud |
8111 |
Servicios legales - abogados |
8999 |
Servicios profesionales |
8099 |
Servicios médicos |
0742 |
Servicios veterinarios |
5. Cada punto solidario representa una acción y con ello una
oportunidad de ganar para el tarjetahabiente.
6. Los pagos que se realicen por concepto de
servicios públicos, correspondientes a los siguientes MCC, no participan en los
sorteos de Lotería Fiscal “Puntos solidarios”: 9399- Servicios Gubernamentales
(Pagos transacciones de gobierno), 9211- Costas judiciales, incluyendo la
pensión alimenticia y manutención de los hijos, 9222-Multas, Entidades de
Gobierno Administrativas, 9311-Pago de impuestos, 8641-Asoc. cívicas sociales,
6012- Bancos-servicios 6010- Instituciones financieras -4900 Utilidades -6381
Seguros -6211 Agente de seguros -6300 Ventas de seguros y 7995 Casinos.
7. No se obtienen puntos solidarios por los
retiros en efectivo.
8. El banco emisor remitirá al Ministerio de
Hacienda la información de los puntos solidarios asignados a cada uno de sus tarjetahabientes
en forma mensual, para lo cual indicará:
Código del banco, código de cuenta,
cantidad de puntos acumulados en el mes por los pagos realizados con la
tarjeta, fecha de envío del registro.
9. La información que remitan todos los emisores
se incorpora a una base de datos, donde por medio de una aplicación informática
se selecciona al azar a los ganadores.
10. Se realizarán sorteos mensuales, con los
pagos efectuados por medio de tarjeta de débito o crédito a partir del primero
de febrero del dos mil doce al treinta de setiembre del dos mil doce.
11. Los sorteos se realizarán dentro de los 10
días hábiles siguientes al respectivo mes, de manera que el primer sorteo se
realizará el 14 de febrero de 2012, en el cual participan los “puntos solidarios”
acumulados por cada tarjetahabiente durante el mes de enero de 2012, por los
pagos realizados por medio de su tarjeta de débito o crédito durante ese mes y
así sucesivamente hasta el mes de setiembre de 2012.
12. Los puntos solidarios no son acumulativos, en
cada sorteo participan únicamente los puntos acumulados por lo pagos realizados
por medio de tarjeta de débito o crédito durante el mes anterior.
4º—Premios:
1. El sorteo de lotería fiscal “puntos solidarios” comprende un total
de 212 premios en efectivo para cada uno de los ocho sorteos a realizar, de
conformidad con la siguiente tabla:
Premios sorteo “Puntos solidarios”
Monto |
Cantidad de premios |
Monto a entregar por sorteo |
¢3.000.000 |
1 |
¢ 3.000.000 |
¢2.000.000 |
1 |
¢ 2.000.000 |
¢ 500.000 |
10 |
¢ 5.000.000 |
¢ 100.000 |
200 |
¢20.000.000 |
Total |
212 |
¢30.000.000 |
2. Las tarjetas participantes podrán hacerse ganadoras de un único premio
en cada sorteo, por tal razón, cuando una tarjeta participante resulte
ganadora, los puntos solidarios que puedan quedar en la base de datos serán
inhabilitados.
5º—Confirmación, comunicación y divulgación:
1. El Ministerio de Hacienda solicitará al respectivo banco emisor, el
nombre y número de cédula de los dueños de las cuentas a las cuales se les
asignó el “punto solidario” que haya resultado ganador. Bajo ninguna otra
circunstancia, el Ministerio de Hacienda solicitará al banco emisor la
identidad de las personas que participan en la promoción.
2. El banco emisor cuenta con un plazo de 1 día
hábil para comunicar al Ministerio de Hacienda el nombre y número de cédula de
los titulares de las cuentas cuyo “punto solidario” haya resultado favorecido.
3. El Ministerio de Hacienda publicara la lista
de los ganadores en el blog de su página Web, http://dgt.hacienda.go.cr
4. Los premios serán depositados en la cuenta del
tarjetahabiente cuyo punto solidario haya resultado ganador, en un plazo máximo
de 5 días hábiles, una vez que el banco emisor haya comunicado la identidad de
los ganadores.
5. El Ministerio de Hacienda no asume ninguna
responsabilidad una vez que al ganador se le haya depositado su premio. El
destino que se le dé al premio será responsabilidad única y exclusiva de cada
ganador.
6. Con el fin de hacer público el resultado de
los sorteos de Lotería Fiscal “Puntos solidarios” las dos personas que
resultarán favorecidas con los dos premios mayores, autorizan, lo siguiente:
a. Que su nombre e imagen aparezca en publicaciones y demás medios
publicitarios y en general en todo material de divulgación relacionado con el
sorteo de Lotería Fiscal “Puntos solidarios”, como entrega y recibo del premio.
b. En caso de ser convocados, deberán presentarse
al Ministerio de Hacienda en el día y hora que llegue a indicarse, para
realizar la entrega simbólica del premio. En este caso, el depósito del premio
según se indicó en el punto 4 anterior, queda supeditado a la realización del
acto de entrega.
c. Los tarjetahabientes que resultaren ganadores
renuncian expresamente al pago de cualquier remuneración o compensación
adicional al premio y a posteriores reclamos por derechos de imagen, los cuales
se tienen por cedidos temporalmente, únicamente para los efectos de divulgación
del resultado de
d. Los ganadores no podrán negarse a ser
fotografiados o filmados, todo lo anterior en virtud de las disposiciones
establecidas en los términos y condiciones de la presente resolución y sus
modificaciones.
6º—Restricciones:
1. En la publicidad de la promoción se ha consignado la frase “APLICAN
RESTRICCIONES”, en señal de que la participación de los interesados, así como
la propia promoción y el premio, está sujetos a condiciones y limitaciones.
Estas condiciones y restricciones son las que se indican en esta resolución.
2. Los sorteos de Lotería Fiscal “Puntos
solidarios” se rigen por esta resolución y el Decreto de Lotería Fiscal N°
32450-H-MEP, publicado en
3. Los premios que se otorgarán no son
negociables transferibles o canjeables. Serán entregados únicamente a cada
persona declarada como favorecida en el sorteo de acuerdo a lo establecido en
esta resolución.
4. Si los ganadores no aceptan los premios en las
condiciones establecidas en esta resolución, se considerará que los premios han
sido renunciados y se considerarán extinguidos en relación con el o los
favorecidos y no les asistirá derecho a reclamo o indemnización.
7º—Responsabilidad general:
1. La responsabilidad de Ministerio de Hacienda culmina con la entrega
de los premios ofrecidos, por lo que el Ministerio no se responsabiliza por
hechos relacionados, que puedan ocurrir con el uso y disfrute de los premios.
2. El Ministerio de Hacienda no asume
responsabilidad alguna por querellas, juicios, daños, pérdidas o perjuicios
ocasionados por el uso de los premios.
3. El Ministerio de Hacienda no se hará cargo de
ningún gasto incurrido por los favorecidos para el retiro de los premios o para
hacer efectivos los mismos.
4. Si el Ministerio de Hacienda determina que el
ganador recibió el premio incumpliendo las condiciones estipuladas en el
presente reglamento y sus modificaciones, o bien por medio de engaño, se
faculta al Ministerio para reclamar el premio entregado en cualquier momento y
tomará las acciones legales del caso.
5. En caso de que por error se le comunique a una
persona que ha salido favorecida con alguno de los premios, y éste no cumpla
con los términos de esta resolución o que se hayan presentado irregularidades
en su participación, el tarjetahabiente acepta y conoce que el Ministerio de
Hacienda no estará obligado a entregarle el premio y renuncia a cualquier tipo
de reclamo contra dicho Ministerio.
6. Quedan excluidos de participar en los sorteos
de Lotería Fiscal “Puntos Solidarios”, los empleados del Ministerio de Hacienda
que participen en la planificación, organización, ejecución de los sorteos, así
como los empleados de los bancos emisores que participen en las rutinas de
asignación de puntos y remisión de la información al Ministerio de Hacienda.
7. Para mayor información o consultas se puede
llamar al teléfono 2522-9031 de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 4:00 p. m. o
consultar la página Web de
8º—Vigencia. Rige a partir de su
publicación.
Publíquese.—Francisco Villalobos Brenes, Director.—1 vez.—O. C. Nº 14217.—Solicitud Nº 2391.—C-141820.—(IN2012006995).
ÓRGANO
DE NORMALIZACIÓN TÉCNICA
Resolución N° 01-2012.—Dirección Órgano de
Normalización Técnica.—San José, a las diez horas del nueve de enero de dos mil
doce.
Considerando:
I.—Que de conformidad con el artículo 4º, inciso
e) de
II.—Que el artículo 2º de
III.—Que el cargo de “Oficinista
IV.—Que de conformidad con el artículo 2º de
V.—Que el artículo 12 de
VI.—Que este Órgano de Normalización Técnica, de conformidad con la
normativa citada, procede a indicar que los inmuebles no afectos al Impuesto
sobre Bienes Inmuebles, que cita el artículo 4º, inciso e) para el periodo
comprendido entre el 1º de enero al 31 de diciembre de 2012 (periodo 2012),
referentes a bienes inmuebles únicos corresponde a 45 salarios base cuyo
cálculo resulta de multiplicar ¢ 360.600,00 por 45 siendo entonces el monto de
¢ 16.227.000,00 (dieciséis millones doscientos veintisiete mil colones
exactos). Por tanto,
Con fundamento en las consideraciones precedentes,
estarán no afectos al pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles para el período
2012 todos aquellos inmuebles que constituyan bien único de los sujetos
pasivos, -personas físicas- y cuyo valor, registrado en la respectiva
Municipalidad, no exceda de ¢ 16.227.000,00 (dieciséis millones doscientos
veintisiete mil colones exactos). Asimismo, aquel inmueble que no obstante es
un bien único y su valor exceda del monto indicado, el sujeto pasivo deberá
pagar el impuesto, el cual se calculará sobre el exceso de ese monto.
Rige a partir del 1º de enero del 2012.
Publíquese.—San José, 9 de enero de 2012.—Ing.
Alberto Poveda Alvarado, Director.—1 vez.—O. C. Nº 14217.—Solicitud Nº
2392.—C-24440.—(IN2012007001).
SERVICIO
FITOSANITARIO DEL ESTADO
DEPARTAMENTO
DE AGROQUÍMICOS Y EQUIPOS
EDICTOS
URAE-E-002/2012.—La señora Grettel Jiménez
Jiménez, cédula de identidad: 1-474-561, en calidad de representante legal y
regente de la compañía Aseferagri S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en
la ciudad de Heredia, solicita inscripción del enmienda de suelo de nombre
comercial Teuton-70 Dolomita/30yeso Yeso, compuesto a base de
calcio-magnesio-azufre. Conforme a lo que establece
URAE-E-017-2012.—El señor Marino A. Navarro Solano, cédula
3-215-946, en calidad de representante legal de la compañía Arimitsu de Costa
Rica S.R.L., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Santo Domingo
de Heredia, solicita inscripción del fertilizante orgánico mineral de nombre comercial
Musacare CP SG, compuesto a base de fósforo, potasio, calcio, azufre, cobre,
carbono orgánico oxidable. Conforme a lo que establece
URAE-E-018-2012.—El señor Marino A. Navarro Solano, cédula
3-215-946, en calidad de representante legal de la compañía Arimitsu de Costa
Rica S.R.L., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Santo Domingo de
Heredia, solicita inscripción del fertilizante orgánico mineral de nombre
comercial Stabyl, compuesto a base de cloruro de calcio, Ca-Aminoethyl
piperazina, Ca-Hetero Plysacaridos. Conforme a lo que establece
DIRECCIÓN
DE GESTIÓN
Y
EVALUACIÓN DE
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA
VEZ
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 2, folio 209, título Nº 1880, emitido por el Colegio
de Santa Ana, en el año dos mil ocho, a nombre de Morales Hernández Nancy. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 20,
título Nº 81, emitido por el Instituto Profesional Femenino Pavas, en el año
mil novecientos noventa y cuatro, a nombre de Rivera López Hazel Tatiana. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada Rama Académica
Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 27, asiento N° 36
título N° 21, emitido por el Liceo de Alfaro Ruíz Zarcero, en el año mil
novecientos setenta y ocho, a nombre de González Alvarado Lucrecia. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 09,
asiento N° 21, emitido por el Colegio Académico de Jiménez, en el año dos mil
cuatro, a nombre de Prado Hemmings Belinda. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 3, folio 36,
título N° 1554, emitido por el Liceo del Sur, en el año dos mil diez, a nombre
de Carmona Zumbado Yendry Pamela. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada Rama Académica
Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 133, título Nº 2547,
emitido por el Colegio Superior de Señoritas, en el año mil novecientos ochenta
y seis, a nombre de Fallas Vargas Isabel Cristina. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 48,
título N° 187, emitido por el Colegio del Valle, en el año dos mil diez, a
nombre de Rodríguez Román Ana Valeria. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones
a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama
Académica”, Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 33,
título N° 215, emitido por el Liceo de Heredia, en el año mil novecientos
setenta y cuatro, a nombre de Espinoza García Marta Eugenia. Se solicita la
reposición del título por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 311,
título N° 1874, emitido por el Liceo Anastasio Alfaro, en el año dos mil seis,
a nombre de Artavia Salazar Susana Alicia. Se solicita la reposición del título
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 02
Título N° 01, emitido por
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en Ciencias y
Letras, inscrito en el tomo 1, folio 11, título n° 122, emitido por el Liceo de
Miramar, en el año mil novecientos setenta y siete, a nombre de Cascante Suárez
Gerardo Alfredo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1,
folio 31, título Nº 292, emitido por el Liceo Nuestra Señora de Los Ángeles, en
el año dos mil siete, a nombre de Alvarado Ledezma María Auxiliadora. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 86
título Nº 327, emitido por el Colegio Ingeniero Alejandro Quesada, en el año
dos mil ocho, a nombre de Camacho López Rafael Francisco. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Diploma de Conclusión de Estudios de
Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 19,
título N° 185, emitido por el Liceo Unesco, en el año mil novecientos noventa,
a nombre de Ortega Mata Heilyn. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 116,
título N° 837, emitido por el Liceo de Aserrí, en el año dos mil uno, a nombre
de Morales Sandí Alejandro. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 12,
título Nº 65, emitido por el Colegio Europeo, en el año dos mil diez, a nombre
de González Cruz Adriana. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 58,
título N° 1600, emitido por el Colegio Vocacional Monseñor Sanabria , en el año
mil novecientos noventa y tres, a nombre de Thompson Valle Mauricio. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en Ciencias y
Letras, inscrito en el tomo I, folio 116, título N° 1771, emitido por el
Instituto de Guanacaste, en el año mil novecientos ochenta y ocho, a nombre de
Pérez Villegas Carlos Alcides. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Bachillerato en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 34, título N°
352, y del Título de Técnico Medio en
Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 142,
Título Nº 1008, emitido por el Liceo José Martí Diurno, en el año dos mil tres,
a nombre de Díaz Chinchilla Cinthia Vanessa. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial “
REGISTRO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA
VEZ
De conformidad con la autorización extendida por
la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a
la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social la
organización social denominada: Cooperativa de Servicios Emprendedores de
Cumorah R.L., siglas COOPECUMORAH R.L., acordada en asamblea celebrada el 25 de
julio del 2010. Resolución 1315-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en el
artículo 29 de
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE
Cambio de Nombre Nº
74656
Que Néstor Morera Víquez, cédula
de identidad 1-1018-975, en calidad de apoderado especial de Re/Max, LLC,
solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Re/Max International,
LLC por el de Re/Max, LLC, presentada el día 21 de setiembre de 2011 bajo
expediente 74656. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1995-0000155.
Registro Nº 91880 RE/MAX en clase 36 marca denominativa. Publicar en
Cambio de Nombre Nº 74652
Que Néstor Morera Víquez, cédula
de identidad 1-1018-975, en calidad de apoderado especial de Re/Max, LLC,
solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Re/Max
International, LLC por el de Re/Max, LLC, presentada el día 21 de setiembre del
2011 bajo expediente 74652. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas:
1995-0000156. Registro Nº 91881 RE/MAX en clase 36 Marca Mixto. Publicar
en
Cambio de Nombre Nº 74654
Que Néstor Morera Víquez, cédula
de identidad 1-1018-975, en calidad de apoderado especial de Re/Max, LLC,
solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Re/Max
International, LLC por el de Re/Max, LLC, presentada el día 21 de setiembre del
2011 bajo expediente 74654. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas:
1995-0000149. Registro Nº 91874 RE/MAX en clase 35 Marca Mixto. Publicar
en
Cambio de Nombre Nº 74658
Que Néstor Morera Víquez, cédula
de identidad 1-1018-975, en calidad de Apoderado Especial de Re/Max, LLC,
solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Re/Max
International, LLC por el de Re/Max, LLC, presentada el día 21 de setiembre del
2011 bajo expediente 74658. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas:
1995-0000154. Registro Nº 91879 RE/MAX en clase 35 Marca Denominativa.
Publicar en
Cambio de Nombre Nº 74664
Que Néstor Morera Víquez, cédula
de identidad 1-1018-975, en calidad de apoderado especial de Re/Max, LLC,
solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Re/Max
International, LLC por el de Re/Max, LLC, presentada el día 21 de setiembre del
2011 bajo expediente 74664. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas:
1997-0004041 Registro Nº 105263 en clase 35 Marca Figurativa. Publicar en
Cambio de nombre Nº 75504
Que Monserrat Alfaro Solano, cédula
de identidad Nº 1-1149-188, en calidad de apoderado especial de Faes Farma S.
A., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de
Faes Fábrica Española de Productos Químicos y Farmacéuticos S. A., por el de
Faes Farma S. A., presentada el día 14 de noviembre del 2011, bajo expediente
Nº 75504. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-7842805 Registro
Nº 78428 VENOSMIL en clase 5 marca denominativa. Publicar en
Patente de invención
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula
1-669-228, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial
de Incyte Corporation, de E.U.A., solicita
El señor Luis Diego Castro Chavarría, mayor, abogado, cédula de
identidad número 1-669-228, vecino de San José, en su condición de apoderado
especial de Plexxikon Inc. de los Estados Unidos, solicita
El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula 1-669-228, mayor,
abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Maquinaria
Industrial Taiwan S. A., de Costa Rica, solicita
Para ver imagen solo en
La presente invención se refiere a un producto que consiste en una
base trapezoidal para sillas que posee separadores y puede conformar un sistema
de agrupamiento de sillas plásticas de polietileno. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El
señor Luis Diego Castro Chavarría, mayor, abogado, cédula número 1-669-228,
vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Incyte
Corporation, de los Estados Unidos de América, solicita
Para ver imagen solo en
La presente invención se relaciona con derivados de
N-(hetero)aril-pirrolidina de fórmula (I); que son inhibidores de JAK, tal como
inhibidores selectivos de JAKl, útiles en el tratamiento de enfermedades
asociadas con JAK. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados,
El
señor Luis Diego Castro Chavarría, mayor de edad, abogado, con cédula de
identidad número 1-669-228 vecino de San José, en su condición de apoderado
especial de Colby Pharmaceutical Company de Estados Unidos solicita
Para ver imagen solo en
Se describen composiciones farmacéuticas
y medicamentos, y métodos para utilizar dichas composiciones farmacéuticas y
medicamentos para el tratamiento de inflamación y cáncer. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El
señor Luis Esteban Hernández Brenes, cédula 4-155-803, mayor, abogado, vecino
de San José, en calidad de apoderado especial de Yissum Research Development
Company of the Hebrew University of Jerusalem Ltd., de Israel, solicita
Para ver imagen solo en
Un método para inhibir una
respuesta de etileno en un cultivo, que comprende la etapa de aplicar al menos
una porción de al menos una planta de dicho cultivo en una cantidad de una
solución de una sal de ácido ciclopropil-l-enil-propanóico soluble en agua. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El señor José Paulo Brenes Lleras, cédula Nº 1-694-636, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Société Des Produits Nestlé S. A., de Suiza, solicita el Diseño Industrial denominado TABLETA DE CONSOMÉ.
Para ver imagen solo en
El diseño consiste en una
tableta para caldo caracterizada por su estructura de doble capa donde su
porción superior consiste en una capa con textura. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
La
señora María de
El
señor Luis Diego Castro Chavarría, mayor, abogado, cédula número 1-669-228,
vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Pfizer Inc., de
los Estados Unidos de América, solicita
Para ver imagen solo en
La invención se refiere a una clase de
compuestos, incluyendo las sales farmacéuticamente aceptables de los
compuestos, que tienen la estructura de la fórmula I. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El señor
Federico Rucavado Luque, 1-839-188, mayor, abogado, vecino de San José, en
calidad de apoderado especial de Eli Lilly and Company, de E.U.A., solicita
Para ver imagen solo en
La presente invención se refiere
a inhibidores de BACE de Fórmula I; métodos para su uso, intermediarios y
métodos para su preparación. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen
y diseños quedan depositados,
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad Nº
1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de
Syngenta Participations AG de Suiza, solicita
Para ver imagen solo en
Un compuesto de fórmula (I),
donde A, p, R1, R3, R4, R5 y R8 son tales como se definieron en la
reivindicación 1. Además, la presente invención se relaciona con productos
intermedios utilizados para preparar compuestos de fórmula (I), con métodos de
uso para combatir y controlar plagas de insectos, acáridos, nemátodos y
moluscos y con composiciones insecticidas, acaricidas, nematicidas y
molusquicidas que las comprenden. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados,
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor de edad, abogado, con cédula de identidad
Nº 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de
Syngenta Participations AG y Syngenta Limited de Suiza, y Gran Bretaña,
solicita
Para ver imagen solo en
La invención se refiere a
compuestos de fórmula (I); donde A1, A2, A3, A4, G, R1, R2, R3 y R4 son de
acuerdo con lo definido en la reivindicación 1; o una sal o JV-óxido del mismo.
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El señor
Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula Nº 1-335-794, vecino de San
José, en su condición de apoderado especial de Sanofi, de Francia, solicita
Para ver imagen solo en
La invención se refiere a un
agente de selección de la diana al que está unido al menos un derivado de
criptoficina de la fórmula (I). La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados,
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula Nº 1-335-794, vecino de
San José, en su condición de apoderado especial de Basf Se, de Alemania,
solicita
Para ver imagen solo en
1) Mezclas fungicidas, que
comprenden como componentes activos azolilnetiloxiranos de la fórmula general I
donde las variables tienen los significados indicados en la presente solicitud.
2) Un compuesto fungicida II, donde los compuestos II del componente 2 está
seleccionado, independientemente entre sí, de los compuestos descritos en la
presente solicitud, así como el uso de las mezclas fungicidas para combatir
hongos fitopatógenos y agentes que las contienen. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, vecino de
San José, en calidad de apoderado especial de F. Hoffmann-La Roche AG, de
Suiza, solicita
Para ver imagen solo en
Los compuestos de la fórmula I,
en la que R1, R2, R3, R4, X1, X2, X3 y X4 tienen los significados aquí
definidos, son inhibidores de la polimerasa NS5b del virus de la hepatitis C.
Se describen también composiciones y métodos para tratar una infección del HCV
e inhibir la replicación del HCV. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados,
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula Nº 1-335-794, vecino de
San José, en su condición de apoderado especial de Gilead Calistoga LLC, de los
Estados Unidos de América, solicita
Para ver imagen solo en
La invención proporciona métodos
que se refieren a una estrategia terapéutica novedosa para el tratamiento de
malignidades hematológicas y enfermedades inflamatorias. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, vecino de
San José, en calidad de apoderado especial de Galápagos NV, de Bélgica,
solicita
Para ver imagen solo en
Este compuesto puede prepararse
como una composición farmacéutica, y puede usarse para la prevención y el
tratamiento de una diversidad de afecciones en mamíferos, que incluyen humanos,
que abarcan, a modo de ejemplo, sin limitación, afecciones inflamatorias,
enfermedades autoinmunitarias, enfermedades proliferativas, rechazo de
trasplantes, enfermedades que involucran el deterioro del recambio de
cartílago, malformaciones congénitas del cartílago y enfermedades asociadas con
la hipersecreción de IL6. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados,
El señor Víctor Vargas
Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad Nº 1-335-794, vecino de San
José, en su condición de apoderado especial de Galápagos NV de Bélgica,
solicita
Para ver imagen solo en
Se revela un nuevo compuesto
capaz de inhibir JAK; este compuesto puede prepararse como una composición
farmacéutica, y puede usarse para la prevención y el tratamiento de una
diversidad de afecciones en mamíferos, que incluyen humanos, que abarcan, a
modo de ejemplo, sin limitación, afecciones inflamatorias, enfermedades
autoinmunitarias, rechazo de trasplantes, etc. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, vecino de
San José, en calidad de apoderado especial de AC Immune S. A., de Suiza, K.U.
Leuven Research & Development, de Bélgica, solicita
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula Nº 1-335-794, vecino de
San José, en su condición de apoderado especial de Basf Se, de Alemania,
solicita
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad Nº
1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de
Millenium Pharmaceuticals Inc., de los Estados Unidos, solicita
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad Nº
1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Chugai
Seiyaku Kabushiki Kaisha de Japón, solicita
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor de edad, abogado, con cédula de identidad
Nº 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Basf
Se, de Alemania, solicita
El señor Rafael A. Quesada Vargas, mayor, Abogado, cédula de identidad número 1-994-112, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Danilo Rodríguez Rodríguez de Costa Rica, solicita el Modelo de Utilidad denominado “ADAPTADOR UNIVERSAL PARA SISTEMAS O EQUIPOS SOBRE CUBIERTAS DE TECHO”.
Para ver imagen solo en
La invención se refiere a un Adaptador universal para sistemas o
equipos sobre cubiertas de techo conformado por una pieza metálica construida
bajo procedimientos estrictos de calidad, seguridad y funcionalidad; cuya
aplicación se da sobre cubiertas de techo para adaptar un difusor y lograr
llevar iluminación natural a lo interno del edificio, vivienda, oficina, estructura.
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El señor Rafael Ángel Quesada Vargas, mayor,
abogado, cédula número 1-994-112, vecino de San José, en su condición de
apoderado especial de Axikin Pharmaceuticals, Inc., de los Estados Unidos de
América, solicita
El
señor Rafael Ángel Quesada Vargas, mayor de edad, abogado, con cédula de
identidad número: 1-994-112, vecino de San José, en su condición de apoderado
especial de Axikin Pharmaceuticals, Inc., de Estados Unidos, solicita
El
señor Rafael A. Quesada Vargas, mayor, abogado, cédula de identidad número
1-994-112, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Axikin
Pharmaceuticals Inc, de los Estados Unidos, solicita
El
señor Rafael A. Quesada Vargas, mayor, abogado, cédula de identidad número
1-994-112, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Abbott
Biotherapeutics Corp. de los Estados Unidos, solicita
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones
civiles
AVISOS
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de
Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada
Asociación de Acueducto de Zoncuano de Acosta, con domicilio en la provincia de
San José, cuyos fines entre otros serán los siguientes: administrar, operar,
dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto,
de conformidad con las disposiciones y reglamentos que emite el AyA, cuyo
representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas
en el estatuto, lo es el Presidente Willian Arias Elizondo. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8
de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con
los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la
publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite. Tomo 2011, asiento 215464 y documento adicional tomo 2011, asiento
308154.—Curridabat, ocho de noviembre del 2011.—Lic. Enrique Rodríguez Morera,
Director.—1 vez.—RP2012275396.—(IN2012006364).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Promejoras del Cantón de Montes de Oca, con domicilio en la provincia de San José; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: promover el desarrollo cantonal en cuanto a infraestructura y su mantenimiento. Cuyo representante Judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es el Presidente: Carlos Delgado Brenes. Al encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo 2012, asiento: 8713.—Curridabat, 20 de enero del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012275425.—(IN2012006365).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha
recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica
cédula: 3-002-078684, denominación: Asociación Bautista Zona Sur. Por cuanto
dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha
recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica
cédula: 3-002-397557, denominación: Asociación Cristiana Juvenil Rescate de
Valores, Puerto Jiménez, Golfito, Puntarenas. Por cuanto dicha reforma se
encuentra dentro de las prescripciones que establece
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Estudiantes de Ingeniería en Agronomía del Instituto Tecnológico de Costa Rica, con domicilio en la provincia de Alajuela, cuyos fines, entre otros serán los siguientes: promover la ayuda económica al asociado que de ella requiera. Cuyo representante Judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente Andrés Aragonés Villalobos. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo 2011 asiento 0028869.—Curridabat, doce de diciembre del año dos mil once.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº RP2012275547.—(IN2012006368).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha
recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación
Centro Cristiano Familiar Jehová Nise de Santa Cecilia. Con domicilio en la
provincia de Guanacaste,
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha
recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación
Cristiana Misionera Fuente de Vida Eterna de las Asambleas de Dios. Con
domicilio en la provincia de San José, León Cortes, San Isidro, cien metros al
sur y cien al este de la entrada principal Barrio
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción El estatuto de la entidad denominada Asociación Griega de Taxis Rápidos, con domicilio en la provincia de Alajuela, cuyos fines entre otros serán: Unificar en la ciudad de Grecia a todas aquellas personas que tengan en su poder un vehículo de transporte público, modalidad taxi o chofer de los mismos y con ello promover el desarrollo de la calidad y el buen servicio de dicha actividad. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente Roger Rodríguez Vásquez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 2011, asiento 123977 y documento adicional tomo 2011, asiento 314268).—Curridabat, 10 de noviembre del 2011.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez—RP2012275672.—(IN2012006738).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha
recibido para su inscripción
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha
recibido para su inscripción
Dirección Nacional de Notariado
AVISO
DIRECCIÓN DE AGUAS
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. 15017P.—Químicas Holanda Costa Rica S. A., solicita concesión de:
Exp. Nº 9966P.—Hacienda Pico Blanco S. A., solicita concesión de:
Exp. Nº 4404P.—Condominio Residencial Agua Clara, solicita
concesión de:
Exp. Nº 8694P.—Kathleen Ruffley Nowicki, solicita concesión de:
N° 01-2012.—El
Tribunal Supremo de Elecciones, con fundamento en los artículos 99, 102 incisos
3) y 10) de
DECRETA:
El siguiente:
REGLAMENTO PARA REGULAR EL PROCESO
DE
PLANIFICACIÓN, ADQUISICIÓN Y EL USO
DE LOS
EQUIPOS DE CÓMPUTO Y
PROGRAMAS
INFORMÁTICOS
Artículo 1º—Objeto. Este
reglamento tiene como propósito regular el proceso de planificación,
adquisición y la utilización de los recursos informáticos al servicio de las
dependencias del Tribunal Supremo de Elecciones, con el fin de aprovechar mejor
la tecnología e impedir que, por desconocimiento, sus usuarios transgredan la
normativa vigente sobre derechos de autor y derechos conexos incluyendo la
relacionada con el uso de “software” o programas informáticos.
Artículo 2º—Definiciones. Para los
efectos de aplicación del presente reglamento se definen los siguientes
términos:
Cambio de Versión: aplicación de un nivel superior
de mantenimiento a un software, conservando el mismo conjunto de funciones,
resultando en una versión más actualizada o superior.
Clave de acceso: es una forma de autenticación
que utiliza información secreta para controlar el acceso hacia algún recurso.
Dependencias: direcciones, departamentos,
secciones, unidades u oficinas del Tribunal Supremo de Elecciones.
DE: Dirección Ejecutiva del TSE.
DGET: Dirección General de Estrategia
Tecnológica del TSE.
Disco duro: Dispositivo de almacenamiento
masivo, no volátil, que conserva la información aun con la pérdida de energía,
que emplea un sistema de grabación magnética digital.
Diskettes: Dispositivo de almacenamiento.
Dispositivos de identificación: Hardware utilizado para la
identificación de personas.
DTIC: Departamento de Tecnologías en
Información y Comunicaciones.
Equipos de operación vital del
negocio: se
refiere al hardware utilizado por personal técnico especializado en
infraestructura de tecnologías de información y comunicaciones, tal como:
servidores, enrutadores, switches, hubs, firewalls, recursos de almacenamiento,
entre otros.
Equipos de usuario final: se refiere al hardware
utilizado principalmente por los usuarios, tales como, microcomputadoras,
impresoras, lectores de huellas, cámaras, lectores de código de barras,
laminadoras, escáneres, entre otros.
Hardware: es el conjunto de elementos
tecnológicos físicos (tangibles) que conforman un computador o dispositivo
electrónico.
Llaves USB: Dispositivo de almacenamiento
que utiliza memoria flash para guardar la información
Mantenimiento correctivo: se refiere a la reparación o
corrección de averías de hardware y configuración de hardware o software.
Mantenimiento preventivo: se refiere a las revisiones,
diagnósticos, inspecciones, limpieza (en el caso del hardware), pruebas y
ajustes periódicos de los equipos con el objetivo de asegurar el buen
funcionamiento del hardware o software.
PEI: Plan Estratégico Institucional.
POA: Plan Operativo Anual.
Sección de SCTI: Sección de Servicio al Cliente
del Tecnologías de Información.
Sección de ITI: Sección de Infraestructura
Tecnológica.
Sección de ISTI: Sección de Ingeniería de
Software.
Sección de RYS: Sección de Riesgos y Seguridad.
Recursos informáticos: conjunto de hardware y
software.
Software: conjunto de elementos
tecnológicos intangibles (programas) que coordinan el funcionamiento del
hardware.
Tribunal: Tribunal Supremo de Elecciones
de
Usuario: Funcionario del Tribunal que ha
sido autorizado para acceder y utilizar los recursos informáticos mediante la
entrega de una identificación y clave.
Versión: nivel de actualización de un
software que contiene una serie determinada de funciones.
Virus informáticos: es un software malicioso, que
tiene por objeto alterar el normal funcionamiento de la computadora, sin el
permiso o el conocimiento del usuario.
PLANIFICACIÓN Y ADQUISICIÓN
DE LOS
RECURSOS INFORMÁTICOS
Artículo 3º—Estudio de
necesidades. Los recursos informáticos a adquirirse deben considerar la
arquitectura tecnológica del TSE y su visión de futuro. Para tal fin, se
procurará que ¡as instancias técnicas que intervengan en el proceso, consideren
los siguientes aspectos:
a) Necesidades expuestas por cada área de gestión (requirente) en
su POA.
b) Crecimiento planificado de servicios.
c) Cambio de equipos por obsolescencia.
Artículo 4º—Sondeo de
mercado. Las Secciones de SCTI y de ITI, según corresponda, realizarán los
estudios respectivos a fin de conocer las diferentes alternativas que ofrece el
mercado para la satisfacción de los requerimientos solicitados por las
diferentes unidades administrativas del Tribunal en los POA, así como en los
momentos en que
Artículo 5º—Especificaciones técnicas.
Artículo 6º—Apoyo en los procesos de
compra. Corresponderá a las Secciones indicadas en el artículo anterior,
como unidades técnicas especializadas en la materia, asesorar en los procesos
de compra que tramita
Artículo 7º—Recepción y revisión técnica
de los equipos. El DTIC, en coordinación con
Artículo 8º—Instalación de equipo. Una
vez aceptados los equipos, el DTIC en coordinación con
RESGUARDO Y USO DE SOFTWARE
Artículo 9º—Custodia de
licencias. Las licencias de uso de software que indican la cantidad de
usuarios autorizados, así como las licencias individuales, serán enviadas al
Archivo del Tribunal por
Artículo 10.—Actualización de software.
El detalle del software que
Artículo 11.—Instalación de software.
El software que debe residir en cada computadora y ser utilizado por los
usuarios, es aquél que haya instalado
Artículo 12.—Prohibición de reproducir
software. El usuario no podrá utilizar el equipo de cómputo provisto por el
Tribunal para la reproducción de software, sea éste propiedad del Tribunal o
no.
RESGUARDO Y USO DE LOS EQUIPOS INFORMÁTICOS
Artículo 13.—Responsabilidad
de las Jefaturas por el uso del equipo de cómputo. Toda Jefatura y
encargados de las dependencias del Tribunal deberán asignar y controlar el uso
de los activos dentro de su oficina e implementar controles apropiados para
cada uno de ellos, además velarán por el uso adecuado y el cuidado del equipo
de cómputo que tienen asignado en sus dependencias. Cuando se compruebe
negligencia de su parte, será responsable conjuntamente con el usuario
principal.
Artículo 14.—Uso adecuado del equipo de
cómputo y responsabilidad por daños causados. Es prohibido ingerir
alimentos o bebidas y fumar cerca del equipo de cómputo. El costo por la
reparación o sustitución de los equipos de cómputo a raíz de los desperfectos
causados por situaciones de descuido en su uso, lo asumirá el usuario
responsable, sin perjuicio de las sanciones disciplinarias que correspondan,
para lo cual se seguirá e! respectivo procedimiento administrativo.
Artículo 15.—Mantenimiento preventivo y
correctivo. Las Secciones de SCTI o ITI, según corresponda, deberán brindar
el mantenimiento preventivo y correctivo a todos los equipos de cómputo de
Artículo 16.—Revisión técnica de los
equipos de cómputo. Los equipos recibidos de los proveedores serán
revisados técnicamente por las Secciones de SCTI y de ITI, según corresponda
antes de ser recibidos a satisfacción y distribuidos a las diferentes
dependencias del Tribunal.
Artículo 17.—Asistencia técnica del DTIC.
Las ampliaciones, modificaciones o adquisición de equipo de cómputo, así como
la actualización y compra de software, se harán con la asistencia técnica del
DTIC, el cual se apoyará con las dependencias bajo su cargo según corresponda.
Artículo 18.—Ubicación de los equipos de
cómputo. Et equipo d cómputo asignado a cada uno de los usuarios del
Tribunal será ubicado en lugares que ofrezcan protección a dichos equipos y
comodidad a los usuarios finales. El DTIC emitirá los criterios técnicos
correspondientes y los jefes y encargados de las dependencias serán los
responsables de velar por su cumplimiento.
Artículo 19.—Traslado de equipos de
cómputo a otras instituciones. Los equipos de cómputo no podrán ser
trasladados a otras oficinas que no sean del Tribunal, salvo para alguna
situación específica siempre que se cuente con la debida autorización de
Artículo 20.—Uso exclusivo de los equipos
de cómputo. Los equipos de cómputo asignados a las dependencias del
Tribunal serán utilizados exclusivamente para aquellas labores que le son
propias.
GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE OPERACIONES
Artículo 21.—Entrega,
funcionamiento y cambio de equipo de cómputo. La entrega, puesta en
funcionamiento y cambio de equipo entre las diferentes dependencias del
Tribunal, se efectuará en coordinación con
Artículo 22.—Diagnóstico de fallas
técnicas. En ef caso de fallas técnicas del equipo de cómputo, las
Secciones de SCTl y de ITI, según corresponda, realizarán un diagnóstico preliminar,
con el objeto de procurar la solución, o en su defecto, girar las instrucciones
del procedimiento a seguir para su reparación.
Artículo 23.—Atención de fallas en los
equipos de cómputo. Los equipos de cómputo no podrán ser desmantelados,
cambiados, abiertos ni reparados por los usuarios de las oficinas. Asimismo,
sus componentes (entiéndase “mouse”, disco duro, teclado, memoria, fuente de
poder, tarjeta madre, entre otros) no podrán ser removidos por personal no
autorizado por el DTIC, salvo aquellos casos específicos contemplados en el
“Instructivo para labores autorizadas por
Artículo 24.—Utilización de dispositivos
de almacenamiento masivo y uso de antivirus. Con el fin de evitar la
contaminación de “virus informáticos” en los equipos, no deben introducirse
dispositivos de almacenamiento masivo (llaves USB), discos duros externos,
“diskettes”, entre otros, de desconocida procedencia, solamente aquellos proporcionados
por el Tribuna!, instituciones del Estado o entidades privadas, con las cuales
se haya contratado o recibido capacitación para labores propias de la
institución. Asimismo, es necesario comprobar, con la ayuda del programa
antivirus propiedad de! Tribunal, la existencia de éstos en los dispositivos de
almacenamiento masivo, discos duros externos, “diskettes”, entre otros, antes
de ser utilizados, así como en el disco duro local.
Artículo 25.—Obligación de respaldar
información. Todos los usuarios del Tribunal que tengan asignado algún
equipo computacional para desarrollar sus labores, están en la obligación de
respaldar los datos y la información que han producido para
Artículo 26.—Del control de los recursos
informáticos.
ASEGURAMIENTO DE
Artículo 27.—Acceso a los
sistemas informáticos. En las oficinas que cuenten con una red de equipo de
cómputo se utilizará la cuenta de usuario de dominio asignada por el Tribunal,
la clave de acceso u otros medios de identificación del usuario, para e! acceso
a los sistemas institucionales.
Artículo 28.—Equipo de cómputo y medidas
preventivas para ausentarse de labores. Antes de retirarse del lugar de
trabajo donde se ubique el equipo de cómputo, el usuario deberá tomar las
siguientes precauciones:
a) Concluir las sesiones activas de cualquier recurso informático al
finalizar las tareas; o
b) Proteger la microcomputadora contra usos no
autorizados mediante un mecanismo de bloqueo de segundad autorizado por
c) Cerrar la conexión con el servidor.
Artículo 29.—Uso personal de
los dispositivos de identificación. Bajo ninguna circunstancia deberá
compartirse la cuenta de usuario de dominio asignada por el Tribunal, ni la
clave de acceso a dicha cuenta, ni cualquier medio de identificación provisto
para accesar sistemas institucionales. Estas deberán manejarse conforme lo
establezca la normativa interna del Tribunal y el usuario a quien se le asigne
será el único responsable del uso que les dé.
Artículo 30.—Prohibición para el
almacenamiento y trasiego de datos de carácter personal. Está prohibido el
almacenamiento, la transmisión, transferencia y, difusión de datos de carácter
personal en los equipos del Tribunal, sin contar con autorización válidamente
emitida por quien esté legitimado para ello.
Artículo 31.—Conexión de los activos y
recursos informáticos con sistemas ajenos al Tribunal. Los activos y
recursos informáticos no deben conectarse a sistemas de cómputo ajenos al
Tribunal, a menos que sea estrictamente necesario para el cumplimiento de sus
fines, en cuyo caso deben darse las siguientes condiciones:
a) Que se sigan los procedimientos de seguridad adecuados para
proteger la información propiedad del Tribunal o que esté bajo su custodia.
b) Que dichos procedimientos hayan sido
establecidos por el Equipo de Seguridad Informática del TSE.
c) Que la conexión sea autorizada por el
Tribunal.
Artículo 32.—Uso de recursos
informáticos fuera del Tribunal. Cuando los recursos informáticos del
Tribunal sean utilizados fuera de sus instalaciones, éstos deberán ser
protegidos en todo momento, por el usuario a su cargo. Aún fuera de las
instalaciones del Tribunal, deben seguirse las prevenciones y recomendaciones
del fabricante de los equipos.
CONTROL DE CUMPLIMIENTO
Artículo 33.—Conocimiento de
las Políticas de Seguridad informática. Todos los usuarios del Tribunal,
deberán conocer el Documento Integral de Políticas de Seguridad y
Artículo 34.—Responsabilidad del usuario
por la custodia y uso del equipo de cómputo. Todo usuario que reciba y
tenga bajo su custodia bienes del Estado, será responsable por el uso adecuado
y el cuidado del equipo de cómputo asignado. Cualquier daño, pérdida, abuso o
empleo ilegal que le sea imputable por falta al deber de cuidado, negligencia o
dolo será responsabilidad del usuario principal y de las Jefaturas o encargados
cuando se compruebe negligencia de su parte en su deber de control de los
recursos informáticos asignados en sus dependencias.
Artículo 35.—Revisiones periódicas del
equipo de cómputo. Para la sana administración de sus recursos informáticos
y a fin de evitar y controlar instrucciones maliciosas, personal autorizado de
Artículo 36.—Reporte de anomalías en el
uso del equipo de cómputo. La jefatura o encargado de cada dependencia será
el responsable de vela por que estas disposiciones se cumplan y reportará a la
mayor brevedad
Artículo 37.—Ente contralor de los
recursos informáticos. El DTIC del Tribunal, por medio de sus diferentes
Secciones será el ente contralor de la administración de los recursos
informáticos en el Tribunal.
Artículo 38.—Infracciones al reglamento.
Las faltas cometidas al tenor de lo dispuesto en el presente reglamento, serán
sancionadas de conformidad con las disposiciones establecidas en el Código de
Trabajo y el Reglamento Autónomo de Servicios de la institución, así como las
demás disposiciones vigentes y aplicables, sin perjuicio de las
responsabilidades civiles y penales que deba asumir el infractor.
Artículo 39.—Derogatoria. El presente
reglamento deroga el decreto N° 014-2009 del 17 de setiembre de 2009,
“Reglamento para el uso de los equipos de cómputo y programas informáticos”,
publicado en
Artículo 40.—Vigencia. Rige a partir
de su publicación en el Diario Oficial.
Dado en San José, el veinticuatro de enero
del año dos mil doce.
Luis Antonio Sobrado González,
Magistrado.—Max Alberto Faerron Esquivel, Magistrado.—Juan Antonio Casafont
Odor, Magistrado.—1 vez.—O. C. Nº 14161.—Solicitud Nº
161-2012.—C-319620.—(IN2012006568).
Nº
03-2012
EL
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES ACUERDA:
De conformidad con lo dispuesto en el párrafo
segundo del artículo 110 de
Registro
Civil - Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS
JURÍDICOS
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Jeraldina Guadalupe Lanza Vallejos, ha
dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº
3367-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos. San
José, a las doce horas cincuenta y siete minutos del siete de diciembre del dos
mil once. Expediente. Nº 39353-2011. Resultando 1º—...., 2º—...., 3º—....,
Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—.Hechos no probados:..., III.—Sobre
el fondo:..., Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Jimmy
Ariel Cerdas Cuadra y de Jaime Dariel Cuadras Guzmán, en el sentido que el
segundo nombre y los apellidos de la madre,…son “Yamilette” y “De León
Figueroa” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor
Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2012275384.—(IN2012006373).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Geysel Oneida Acuña Oporta, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3615-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas cuarenta y dos minutos del veinte de diciembre del dos mil once. Ocurso. Expediente Nº.39542-2011. Resultando 1º—...., 2º—...., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Cindy Pamela Fonseca Acuña...; en el sentido que el nombre de la madre... es “Geysel Oneida”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2012275417.—(IN2012006374).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Shantony Georgette Edwards Lawson, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2675-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas dos minutos del veinticinco de octubre del dos mil once. Expediente. Nº 13987-2011. Resultando 1º—...., 2º—...., 3º—...., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquense el asiento de nacimiento de Shantony Georgett Edwards Lawson, en el sentido que el primer apellido y el número de cédula de identidad del padre... son “Allen” y “siete-trescientos cincuenta y seis-setecientos ochenta y uno” respectivamente, el asiento de nacimiento de Iverson Adrián Molina Edwards, en el sentido que el nombre y el primer apellido de la madre... son “Shantony Georgett” y “Allen” respectivamente el asiento de nacimiento de Bryan Jaruel Barrett Edwards, en el sentido que el primer nombre y el primer apellido de la madre... son “Shantony” y “Allen” respectivamente y los asientos de nacimiento de Yaisher Daengels Downs Edwards y Dyansherly Yaleska Edwards Lawson, en el sentido que el primer apellido de la madre... es “Allen”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2012275432.—(IN2012006375).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por María José Rodríguez Gómez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 511-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas cuatro minutos del veinticinco de marzo del dos mil once. Ocurso. Expediente Nº 44273-2010. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Mariano Sáenz Gómez…; en el sentido que el primer apellido de la madre de la persona ahí inscrita es “Rodríguez” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2012275514.—(IN2012006377).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Anita María Velásquez Villachica, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3255-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas quince minutos del treinta de noviembre del dos mil once. Ocurso. Expediente Nº 43562-2011. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Maudelena Campos Velásquez…; en el sentido que el primer nombre de la madre… es “Anita”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2012275544.—(IN2012006378).
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
David Alexander Castellón
Almendarez, mayor, soltero, administrador, nicaragüense, cédula de residencia
Nº 155809120208, vecino de Limón, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante
Byron Ali Rocha Jirón, mayor, soltero, estudiante, nicaragüense,
cédula de residencia Nº 155807072430, vecino de San José, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
Yimer González León, mayor, soltero, comerciante, cubano, cédula de
residencia 119200054015, vecino de San José, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante
Mirna Gutiérrez Morejón, mayor, soltera, contadora, cubana, cédula
de residencia 119200157700, vecina de San José, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante
Damaris Patricia Solís Flores, mayor, casada, digitadora,
nicaragüense, cédula de residencia 155805540522, vecina de San José, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
Svetlana de los Andes Zapata López, mayor, soltera, comerciante,
nicaragüense, cédula de residencia 155815698518, vecina de San José, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
LABORATORIO COSTARRICENSE DE METROLOGÍA
PLAN DE COMPRAS 2012
San José, 24 de enero del
2012.—Máster Dunia Jiménez Fernández, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº
041.—Solicitud Nº 43132.—C-9400.—(IN2012006571).
CONSEJO NACIONAL DE CONCESIONES
PLAN DE COMPRAS 2012
San José, 25 de enero del
2012.—Lic. Carmen Madrigal Rímola, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº
01-2012.—Solicitud Nº 34868.—C-9420.—(IN2012006575).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL ARCHIVO NACIONAL
PROGRAMA DE ADQUISICIONES 2012
San José, 10 de enero del
2012.—Lic. Elías Vega Morales, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº
1064.—Solicitud Nº 7035.—C-5640.—(IN2012006573).
PROVEEDURÍA Y LICITACIONES
PROGRAMA DE ADQUISICIONES 2012
De conformidad a lo establecido
en el artículo 6° de
Programa 1: Gestión Apoyo
Programa 2: Gestión Inversión
Programa 3: Gestión Negocios
Tipo bien/servicio |
Programa |
Periodo estimado |
Monto estimado (en miles de ¢) |
Alquiler de
edificios, locales y terrenos |
1 3 |
I y II Semestre |
560.000,0 43.000,0 |
Alquiler
de maquinaria, equipo mobiliario |
1 |
I y II Semestre |
100,0 |
Alquiler de
equipo de cómputo |
1 3 |
I y II Semestre |
1.500,0 14.300,0 |
Información |
1 3 |
I y II Semestre |
1.000,0 2.500,0 |
Publicidad y propaganda |
3 |
I y II Semestre |
700.000,0 |
Impresión, encuadernación y otros |
1 3 |
I y II Semestre |
44.740,0 44.660,0 |
Transporte de bienes |
1 |
I y II Semestre |
4.000,0 |
Servicios
médicos y de laboratorio |
1 |
I y II Semestre |
28.000,0 |
Servicios jurídicos |
1 |
I y II Semestre |
7.000,0 |
Servicios
en ciencias económicas sociales |
1 |
I y II Semestre |
35.000,0 |
Servicios
de desarrollo de sistema informáticos |
2 |
I y II Semestre |
684.000,0 |
Servicios generales |
1 3 |
I y II Semestre |
820.000,0 250,0 |
Otros
servicios de gestión y apoyo |
1 3 |
I y II Semestre |
582.316,0 154.637,6 |
Transporte en el exterior |
1 |
I y II Semestre |
12.000,0 |
Actividades de capacitación |
1 |
I y II Semestre |
144.500,0 |
Actividades protocolarias y sociales |
1 3 |
I y II Semestre |
30.900,0 500,0 |
Mantenimiento
de edificios y locales |
1 |
I y II Semestre |
60.000,0 |
Mantenimiento
y reparación de equipo de transporte |
1 |
I y II Semestre |
50.000,0 |
Mantenimiento
y reparación de equipo de comunicación |
1 |
I y II Semestre |
10.500,0 |
Mantenimiento
y reparación de equipo y mobiliario de oficina |
1 3 |
I y II Semestre |
158.250,6 8.650,0 |
Mantenimiento
y reparación de equipo de cómputo y sistemas de información |
1 3 |
I y II Semestre |
407.800,0 25.450,0 |
Otros servicios no especificados |
1 3 |
I y II Semestre |
192.100,0 19.400,0 |
Combustibles y lubricantes |
1 |
I y II Semestre |
60.000,0 |
Productos
farmacéuticos y medicinales |
1 |
I y II Semestre |
1.700,0 |
Tintas, pinturas y diluyentes |
1 3 |
I y II Semestre |
23.150,0 57.085,0 |
Otros productos químicos |
1 3 |
I y II Semestre |
1.120,0 130,0 |
Alimentos y bebidas |
1 3 |
I y II Semestre |
14.350,0 10.300,0 |
Materiales y productos metálicos |
1 3 |
I y II Semestre |
4.525,0 1.405,0 |
Madera y sus derivados |
1 |
I y II Semestre |
1.000,0 |
Materiales
y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo |
1 3 |
I y II Semestre |
19.325,0 2.350,0 |
Materiales
y productos de vidrio |
1 |
I y II Semestre |
1.200,0 |
Materiales
y productos de plástico |
1 |
I y II Semestre |
1.500,0 |
Otros
materiales y productos de uso en la construcción |
1 |
I y II Semestre |
3.000,0 |
Herramientas e instrumentos |
1 3 |
I y II Semestre |
1.500,0 107,2 |
Útiles
y materiales de oficina y cómputo |
1 3 |
I y II Semestre |
5.785,0 15.445,0 |
Útiles
y materiales médico, hospitalario y de investigación |
1 |
I y II Semestre |
600,0 |
Productos
de papel, cartón e impresos |
1 3 |
I y II Semestre |
22.259,0 79.386,0 |
Textiles y vestuario |
1 3 |
I y II Semestre |
77.050,0 650,0 |
Útiles y materiales
de limpieza |
1 3 |
I y II Semestre |
1.430,0 3.565,0 |
Útiles
y materiales de resguardo seguridad |
1 |
I y II Semestre |
2.150,0 |
Útiles
y materiales de cocina y comedor |
1 3 |
I y II Semestre |
650,0 50,0 |
Otros
útiles, materiales y suministros |
1 3 |
I y II Semestre |
5.500,0 31.300,0 |
Equipo de transporte |
2 |
I y II Semestre |
80.000,0 |
Equipo de comunicación |
2 |
I y II Semestre |
30.100,0 |
Equipo
y mobiliario de oficina |
2 |
I y II Semestre |
367.000,0 |
Equipo
y programas de cómputo |
2 |
I y II Semestre |
977.000,0 |
Maquinaria y equipo diverso |
2 |
I y II Semestre |
248.200,0 |
Edificios |
2 |
I y II Semestre |
630.000,0 |
Piezas
y obras de colección |
2 |
I y II Semestre |
7.400,0 |
Ericka Granados S., Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 04-2012.—Solicitud Nº 41501.—C-89550.—(IN2012006159).
ÁREA DE SALUD LOS SANTOS
PROGRAMA DE ADQUISICIONES PARA EL AÑO 2012
Con el fin de cumplir con lo
establecido en el artículo 6 de
Lic. Luis Diego Fernández Monge,
Administrador.—1 vez.—(IN2012006556).
ÁREA
SALUD DE TALAMANCA
REGIÓN HUETAR ATLÁNTICA
PROGRAMA ANUAL DE COMPRAS DEL 2012
De conformidad con el artículo 6
de
Estas contrataciones se efectuarán por medio
del programa ordinario de compras de
Así mismo se les comunica que las
modificaciones al programa anual de compras serán publicadas en la misma
dirección.
Hone Creek, 26 de enero del
2012.—Lic. Sandra Méndez Mendoza, Administradora Área de Salud de Talamanca.—1
vez.— (IN2012006926).
PROYECTO
DE FORTALECIMIENTO
Y
MODERNIZACIÓN DEL SECTOR SALUD
Programa
de adquisiciones año 2012
El Proyecto de Fortalecimiento y Modernización,
Caja Costarricense de Seguro Social, en cumplimiento de lo dispuesto en los
artículos 6º de
210 SERV NO PERSONALES
2112 INFORMACIÓN 420.000,00
2114 IMPRESIÓN ENCUA Y
OTROS 375.000,00
2122 TELECOMUNICACIO 504.000,00
2124 SERVICIOS DE CORREO 360.000,00
2134 GASTOS DE VIAJE D P 879.200,00
2140 TRANSP. EL PAÍS 103.500,00
2144 SEGURO RIESGOS 899.500,00
2152 MANTENIM.
REP. EQ 590.000,00
2156 MANT.
REP. EQ. TERCEROS 7.500.000,00
2159 MANT. RE. E. COMP 500.000,00
2199 OTROS SERV. NO P 200.000,00
Subtotal 12.331.200,00
220 MAT Y SUMIN
2206 TINTAS. PINT-DIL 1.320.600,00
2210 PRODUCTOS PAPEL 939.700,00
2211 IMPRESOS Y OTRO 104.600,00
2213 ALMENT Y BEBID 545.000,00
2223 OTROS REPUESTOS 794.000,00
2225 ÚTILES Y MATER. 215.700,00
2233 OTROS ÚTILES y 171.000,00
Subtotal 4.090.600,00
230 MAQ. Y EQUIPO
2315 EQUIPO DE COMPUTO 4.000.000,00
Subtotal 4.000.000,00
Lic. Róger González Chacón,
Director Administrativo a. í.—1 vez.—(IN2012006951).
GERENCIA
ADMINISTRATIVA
PLAN ANUAL DE COMPRAS 2012
Dirección Servicios
Institucionales.—Lic. Aristides Guerrero Rodríguez, Director.—1
vez.—(IN2012006957).
SISTEMA DE EMERGENCIAS 9-1-1
PROGRAMA DE COMPRAS PARA EL 2012
El Sistema de Emergencias 9-1-1, avisa a los interesados el programa
proyectado de compras para ejecutar en el año 2012, el cual será financiado con
recursos propios de
Descripción del bien o servicio |
Monto estimado |
Trimestre
de ejecución |
Servicio de contrato llave en mano
para la modificación, conversión, integración, suministro e instalación de
equipos en vehículo |
¢142.000.000,00 |
Segundo |
Servicio de limpieza |
¢144.000.000,00 |
Segundo |
San José, 25 de enero del 2012.—Ing.
Rodolfo Jugo Romero, Director.—1 vez.—(IN2012006165).
ADMINISTRATIVO FINANCIERO
PROGRAMA DE ADQUISICIONES AÑO 2012
BIENES Y SERVICIOS
Servicios |
En colones |
Alquileres |
|
Alquiler Maquinaria, Equipo y mobiliario |
3.100.000,00 |
Otros alquileres |
200.000,00 |
|
|
Servicios Comerciales y Financieros |
|
Información |
39.300.000,00 |
Publicidad y propaganda |
202.500.000,00 |
Impresión, encuadernación y otros |
42.125.000,00 |
Transporte de bienes |
3.000.000,00 |
|
|
Servicios de Gestión y Apoyo |
|
Servicios médicos y de laboratorio |
14.000.000,00 |
Servicios jurídicos |
47.000.000,00 |
Servicios de ingeniería |
15.000.000,00 |
Servicios ciencias sociales y económicas |
367.000.000,00 |
Servicios generales |
218.555.000,00 |
Servicios desarrollo de sistemas informáticos |
68.000.000,00 |
Otros servicios de gestión y apoyo |
18.000.000,00 |
|
|
Capacitación y Protocolo |
|
Actividades de capacitación |
400.500.000,00 |
Actividades protocolarias y sociales |
260.000.000,00 |
Gastos de representación institucional |
2.400.000,00 |
|
|
Mantenimiento y Reparación |
|
Mantenimiento de edificios y locales |
140.000.000,00 |
Mantenimiento y reparación de equipo de computo y sistemas |
22.000.000,00 |
Mantenimiento y reparación de equipo de comunicación |
4.000.000,00 |
Mantenimiento y reparación de equipo de transporte |
14.600.000,00 |
Mantenimiento y reparación de equipo y mobiliario de oficina |
10.700.00,00 |
Mantenimiento y reparación de otros equipos |
1.500.000,00 |
|
|
Materiales y Suministros |
|
Productos Químicos y Conexos |
|
Combustibles y lubricantes |
34.990.000,00 |
Productos farmacéuticos y medicinales |
310.000,00 |
Tintas, pinturas y diluyentes |
30.965.000,00 |
Otros productos químicos |
1.150.000,00 |
|
|
|
|
Alimentos y Productos Agropecuarios |
|
Productos agroforestales |
1.070.000,00 |
Alimentos y bebidas |
16.250.000,00 |
|
|
Materiales y productos de uso en |
|
Materiales y productos minerales y asfálticos |
500.000,00 |
Materiales y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo |
12.000.000,00 |
Materiales y productos metálicos |
2.000.000,00 |
Madera y sus derivados |
500.000,00 |
Materiales y productos de vidrio |
1.000.000,00 |
Materiales y productos de plástico |
250.000,00 |
Otros materiales y productos de uso en la construcción. |
2.000.000,00 |
|
|
Herramientas, Repuestos y Accesorios |
|
Herramientas e instrumentos |
1.355.000,00 |
Repuestos y accesorios |
4.170.000,00 |
|
|
|
|
Útiles, Materiales y Suministros Diversos |
|
Productos de papel, cartón e impresos |
40.940.000,00 |
Textiles y vestuarios |
5.305.000,00 |
Útiles y materiales de cocina y comedor |
380.000,00 |
Útiles y materiales de limpieza |
12.100.000,0 |
Útiles y materiales de oficina y cómputo |
10.310.000,00 |
Útiles y materiales de resguardo y seguridad |
500.000,00 |
Otros útiles, materiales y suministros |
1.280.000,00 |
Útiles y materiales médico hospitalario y de investigación. |
200.000,00 |
|
|
Maquinaria, Equipo y Mobiliario |
|
|
|
Equipo y mobiliario de oficina |
53.800.000,00 |
Equipo y mobiliario de cómputo |
91.360.000,00 |
Equipo de comunicación |
20.400.000,00 |
Maquinaria y equipo diverso |
59.300.000,00 |
|
|
Construcciones, Adiciones y Mejoras |
|
Otras obras, adiciones y mejoras |
150.000.000,00 |
Instalaciones |
40.000.000,00 |
San José, 17 de enero del 2012.—Lic.
Eduardo Mestayer Cedeño, Proveedor.—1 vez.—O. C. Nº 33046.—Solicitud Nº
35946.—C-90260.—(IN201206570).
ÁREA PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
PROGRAMA DE ADQUISICIONES INSTITUCIONAL
El Instituto Mixto de Ayuda Social
(IMAS), de acuerdo a lo establecido en el artículo 7° del Reglamento a
Las modificaciones que fuesen necesarias
realizar a dicho Programa, se publicarán por este mismo medio.
San José, 25 de enero del
2012.—MBA Ramón Alvarado Gutiérrez, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2012006599).
MUNICIPALIDAD DE TARRAZÚ
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
PLAN ANUAL DE COMPRAS
Flor Ma. Hernández Camacho,
Proveedora Municipal.—1 vez.—(IN2012006579).
MUNICIPALIDAD DE OROTINA
PROGRAMA ANUAL DE COMPRAS AÑO 2012
De conformidad con el artículo
Nº 6 de
Orotina, 26 de enero del
2012.—Warner Rojas Arias, Proveedor a. í.—1 vez.—(IN2012006920).
MUNICIPALIDAD DE BELÉN
PLAN DE ADQUISICIONES
De conformidad con las
modificaciones a
San Antonio de Belén, Heredia,
25 de enero del 2012.—Unidad de Bienes y Servicios.—Marcos Porras Quesada,
Coordinador.—1 vez.—O. C. Nº 28332.—Solicitud Nº
38896.—C-13160.—(IN2012006123).
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COLORADO
PROGRAMA DE
ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS PARA EL AÑO 2012
En cumplimiento
de
Programa
I Programa
II Totales
1 SERVICIOS 21.671.104,66 13.660.000,00 35.331.104,66
1.02 SERVICIOS BÁSICOS 6.950.000,00 500.000,00 7.450.000,00
1.03 SERVICIOS COMERCIALES Y FINCANCIEROS 2.500.000,00 2.500.000,00
1 .04 SERVICIOS DE GESTIÓN Y APOYO 2.500.000,00 5.100.000,00 7.600.000,00
1.05 GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE 3.000.000,00 630.000,00 3.630.000,00
1.06 SEGUROS. REASEGUROS Y OTRAS
OBLIGACIONES 2.250.000,00 2.530.000,00 4.780.000,00
1.07 CAPACITACIÓN Y PROTOCOLO 1.800.000,00 1.700.000,00 3.500.000,00
1.08 MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN 2.671.104.66 3.200.000,00 5.871.104,66
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 7.850.000,00 21.841.013,21 29.691.013,21
2.01 PRODUCTOS QUÍMICOS Y CONEXOS 2.700.000,00 10.660.000,00 13.360.000,00
202 ALIMENTO Y PRODUCTOS AGROPECUARIO 500.000,00 250.000,00 750.000,00
2.03 MATERIALES, PROD DE USO EN
2.04 HERRAMIENTAS, REPUESTOS Y ACCESORIOS 1.500.000,00 6.400.000,00 7.900.000,00
2.99 ÚTILES, MATERIALES Y SUMINISTROS
DIVERSOS 3.150.000,00 1.346.520,82 4.496.520,82
Lic. Idaly Guzmán Mejías,
Proveeduría Municipal.—1 vez.—(IN2012006934).
MUNICIPALIDAD DE LIMÓN
PROGRAMA
DE ADQUISICIONES PARA 2012
Se avisa a todos los potenciales oferentes, que con
el fin de cumplir con lo que establece el artículo 6º de
Ø PROGRAMA I
DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN GENERAL
- Servicios: ¢
172.801.969,76
Cada rubro y por evento por contratación
directa, excluidos de los procedimientos ordinarios de contratación, por su
limitado volumen y trascendencia económica:
Servicios de Acueductos y
Alcantarillado 7.000.000,00
Servicios de energía eléctrica 18.000.000,00
Servicios de telecomunicaciones 5.300.000,00
Servicios de Información 3.750.000,00
Publicidad y Propaganda 2.500.000,00
Servicios de Impresión,
encuadernación y otros 5.200.000,00
Servicios médicos y de
laboratorio 1.500.000,00
Servicios Jurídicos 3.000.000,00
Transporte dentro del país 3.900.000,00
Viáticos dentro del país 30.350.000,00
Transporte en el exterior 15.000.000,00
Viáticos en el exterior 10.000.000,00
Seguros 20.351.969,76
Actividades de capacitación 12.300.000,00
Gastos de representación
institucional 8.000.000,00
Mantenim. y repar. de equipo de
transporte 10.000.000,00
Mantenim. y repar. de equipo y
mobiliario Ofic. 3.250.000,00
Mantenim. y repar. equipo cómputo
y sist. Inf. 6.250.000,00
Mantenim. y repar. de otros
equipos 7.150.000,00
- Materiales y Suministros: ¢60.150.000,00
Por contratación administrativa
ordinaria para cada rubro y según evento:
Combustibles y lubricantes 11.500.000,00
Tintas pinturas y diluyentes 6.750.000,00
Alimentos y bebidas 1.000.000,00
Herramientas e instrumentos 8.800.000,00
Repuestos y accesorios 11.300.000,00
Útiles y materiales de oficina y
cómputo 7.750.000,00
Productos de papel, cartón e
impresos 5.650.000,00
Textiles y vestuario 300.000,00
Útiles y mater. de resguardo y
seguridad 2.000.000,00
Otros útiles, materiales y
suministros 5.100.000,00
- Bienes Duraderos ¢71.000.000,00
Para la adquisición de equipos de
transporte, mobiliario de oficina, programas de cómputo y equipos diversos,
aplicando los procedimientos ordinarios de contratación según las cuantías de
cada caso.
Equipo de transporte 30.000,000.00
Equipo y mobiliario de oficina 14.450,000.00
Equipo y programa de cómputo 13.500,000.00
Maquinaria y equipo diverso 13.050,000.00
Ø PROGRAMA II SERVICIOS COMUNALES
- Servicios ¢310.574.368,42
Para servicios de reparación y
mantenimiento de maquinaria operativa y equipos de oficina, seguros de vehículos
y de riesgos profesionales, Honorarios por consultorías, alquiler de equipos y
terrenos por contratación administrativa ordinaria según rubro y evento:
Servicio de agua y alcantarillado
13.000.000,00
Servicio de energía eléctrica 15.500.000,00
Servicio de telecomunicaciones 1.250.000,00
Publicidad y propaganda 850.000,00
Impresión, encuadernación y otros
800.000,00
Servicios de Ingeniería 8.000.000,00
Otros servicios de gestión y
apoyo 221.109.343,50
Transporte dentro del país 1.200.000,00
Viáticos dentro del país 2.635.263,40
Seguros 18.029.761,52
Actividades de capacitación 1.900.000,00
Actividades protocolarias y
sociales 8.500.000,00
Manten. de Edificios y locales 2.000.000,00
Mant. de instalaciones y otras
obras 4.000.000,00
Mant. y reparac. equipo de
transporte 7.000.000,00
Mant. y reparac. equipo de
comunicación 550.000,00
Mant. y reparac. equipo y
mobiliario oficina 1.000.000,00
Mant. y reparac. equipo computo y
sist infor 1.100.000,00
Mant. y reparac. de otros equipos
2.150.000,00
- Materiales y Suministros ¢246.452.990,00
Para las adquisiciones rutinarias
de suministros de repuestos y materiales para el mantenimiento de vehículos de
operación para los servicios comunales, combustibles, materiales de
construcción civil para mantenimiento de edificios, por contratación
administrativa ordinaria, según rubro y evento:
Combustible y lubricantes 58.000.000,00
Tintes pinturas y diluyentes 3.350.000,00
Otros productos químicos 500.000,00
Alimentos y bebidas 550.000,00
Materiales y productos metálicos 7.000.000,00
Madera y sus derivados 3.000.000,00
Mater. y produc. eléctricos,
telef. y cómputo 10.000.000,00
Materiales y produc. de vidrio 2.000.000,00
Materiales y produc. de plástico 1.500.000,00
Otros materiales y produc. uso en
la const. 106.002.990,00
Herramientas e instrumentos 6.900.000,00
Repuestos y accesorios 9.100.000,00
Útiles y materiales de oficina y
computo 2.200.000,00
Productos de papel, cartón e
impresos 3.200.000,00
Textiles y vestuario 6.450.000,00
Útiles y materiales de limpieza 18.700.000,00
Útiles y materiales de resguardo
y seguridad 750.000,00
Otros útiles, materiales y
suministros 7.250.000,00
- BIENES DURADEROS ¢247.750.000,00
Para la adquisición de equipos de
comunicación, mobiliario de oficina, programas de cómputo y equipos diversos,
excluidos de los procedimientos ordinarios de contratación por su limitado
volumen y trascendencia económica:
Maquinaria y equipo para la
producción 245.000.000,00
(Compra de vagonetas)
Equipo de comunicación 400.000,00
Equipo y mobiliarios de oficina 850.000,00
Equipo y programas de cómputo 1.000.000,00
Maquinaria y equipo diverso 500.000,00
Ø PROGRAMA III Inversiones
- Servicios: ¢
75.618.380,96
Para publicidad y propaganda;
impresión, encuadernación y otros; gastos financieros y servicios de
transferencia electrónica de información; gastos de viajes, seguros,
capacitación; mantenimientos y reparaciones de equipos e instalaciones, excluidas
de los procedimientos ordinarios de contratación por su limitado volumen y
trascendencia económica según el evento:
Alquiler de maquinaria, equipo y
mobiliario 6.000.000,00
Servicios de telecomunicaciones 350.000,00
Impresión, encuadernación y otros
500.000,00
Servicios de ingeniería 11.200.000,00
Servicios en ciencias económicas
y sociales 100.000,00
Servicios generales 6.000.000,00
Otros servicios de gestión y
apoyo 100.000,00
Transporte dentro del país 350.000,00
Viáticos dentro del país 7.550.000,00
Seguros 10.568.380,96
Actividades de capacitación 900.000,00
Mantenim. de edificios y locales 25.000.000.00
Mantenim. y reparación de vías de
comunicación 1.000.000,00
Mantenimiento y reparación de
equipo transporte 4.500.000,00
Mantenim. y reparac. de equipo y
mobiliario ofic. 850.000,00
Mantenim. y reparac. de equipo
cómputo y sist. Inf. 350.000,00
Mantenim. y reparac. de otros
equipos 300.000,00
- Materiales y Suministros ¢139.000.000,00
Materiales y suministros diversos,
de oficina, para los vehículos de ingeniería municipal, por contratación
administrativa ordinaria según el rubro y el evento:
Combustibles y lubricantes 41.000.000,00
Tintas, pinturas y diluyentes 250.000,00
Alimentos y bebidas 100.000,00
Materiales y productos metálicos 20.000.000,00
Materiales y productos asfálticos
30.000.000,00
Madera y sus derivados 3.000.000,00
Materiales y productos de
plástico 500.000,00
Otros materiales y produc. de uso
en la const. 20.000.000,00
Herramientas e instrumentos 3.250.000,00
Repuestos y accesorios 10.750.000,00
Útiles y materiales de oficina y
cómputo 500.000,00
Productos de papel, cartón e
impresos 1.500.000,00
Textiles y vestuario 4.500.000,00
Útiles y materiales de limpieza 1.000.000,00
Útiles y materiales de resguardo
y seguridad 1.000.000,00
Otros útiles, materiales y
suministros 1.650.000,00
- BIENES DURADEROS ¢82.800.000,00
Maquinaria y equipo para la
producción 79.300.000,00
(adquisición de un vehículo
liviano y vagoneta)
Equipo de comunicación 2.000.000,00
Equipo y mobiliario de oficina 900.000,00
Maquinaria y equipo diverso 600.000,00
Limón, enero 2012.—Proveeduría Municipal.—Apolonio
Palacio C., Jefe.—1 vez.—(IN2012006965).
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
PROGRAMA
DE ADQUISICIONES PROYECTADO PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2012
N° |
Programa |
Nombre |
Monto |
1 |
III Inversiones (Edificios) |
Mejoras
techo salón Escuela San Antonio, Roxana. |
¢2.000.000 |
2 |
III Inversiones (Edificios) |
Mejoras
techo Escuela Colorado Norte |
¢10.000.000 |
3 |
III Inversiones (Edificios) |
Mejoras Escuela Tarire |
¢5.000.000 |
4 |
III Inversiones (Edificios) |
Mejoras Escuela El Progreso |
¢5.700.000 |
5 |
III Inversiones
(Vías de Comunicación) |
Mantenimiento
y reparación de maquinaria y equipos |
¢103.500.000 |
6 |
III
Inversiones (Vías de Comunicación) |
Construcción
carpeta asfáltica 702040 Calle La Sonia |
¢260.000.000 |
7 |
III Inversiones
(Vías de Comunicación) |
Mano
de obra puente Badilla 702080 CEIBO 702478 |
¢50.000.000 |
8 |
III
Inversiones (Vías de Comunicación) |
Mantenimiento de caminos codificados |
¢163.320.014,90 |
9 |
III
Inversiones (Vías de Comunicación) |
Mejoras
camino Santa Elena Nazareth, Distrito La Rita |
¢30.000.000 |
10 |
III
Inversiones (Vías de Comunicación) |
Mantenimiento
de caminos y calles |
¢2.999.685 |
11 |
III
Inversiones (Otros Fondos e Inversiones) |
Terreno Parque Tecnológico Ambiental |
¢100.000.000 |
12 |
III
Inversiones (Otros Fondos e Inversiones) |
Compra de tajo |
¢170.392.442,74 |
13 |
General |
Gastos
en publicidad y propaganda |
¢2.000.000 |
14 |
General |
Servicios de seguridad |
¢40.000.000 |
15 |
General |
Servicios
de gestión y apoyo |
¢3.500.000 |
16 |
III Unidad Técnica |
Servicios de ingeniería |
¢10.000.000 |
17 |
General |
Combustibles y lubricantes |
¢156.500.000 |
18 |
General |
Tintas, pinturas y diluyentes |
¢14.300.000 |
19 |
General |
Repuestos
para toda la flotilla municipal |
¢90.450.000 |
21 |
General |
Útiles
y materiales de oficina |
¢5.100.000 |
22 |
General |
Materiales
de cartón, papel otros |
¢13.800.000 |
23 |
General |
Textiles y vestuarios |
¢26.932.539,45 |
24 |
General |
Materiales de limpieza |
¢7.350.000 |
25 |
General |
Materiales
de resguardo y seguridad |
¢2.800.000 |
26 |
General |
Alimentos y bebidas |
¢3.500.000 |
27 |
General |
Desarrollo de sistemas informáticos |
¢5.000.000 |
28 |
General |
Mantenimiento
y reparación equipo de transporte |
¢5.150.000 |
29 |
General |
Mantenimiento
y reparación de maquinaria |
¢18.500.000 |
Cualquier detalle del programa de adquisición,
puede obtenerse en la oficina de
Departamento de Proveeduría.—Lic. Yadira López
Calvo, Subproveedora.—1 vez.—(IN2012006956).
JUNTA
ADMINISTRATIVA COLEGIO
DE
SAN LUIS GONZAGA
PROGRAMA
DE ADQUISICIONES 2012
En apego
al artículo 6º de
Detalle |
Monto |
Periodo |
SERVICIOS |
54.499.595,90 |
I y II semestre |
SERVICIOS BASICOS |
12.000.000,00 |
I y II semestre |
Otros servicios básicos |
12.000.000,00 |
I y II semestre |
SERVICIOS COMERCIALES Y FINANCIEROS |
5.000.000,00 |
I y II semestre |
Impresión, encuadernación y otros |
5.000.000,00 |
I y II semestre |
SERVICIOS
DE GESTIÓN Y APOYO |
13.280.000,00 |
I y II semestre |
Otros
servicios de gestión y apoyo |
13.280.000,00 |
I y II semestre |
GASTOS
DE VIAJE Y DE TRANSPORTE |
4.312.893,40 |
I y II semestre |
Transportes dentro |
2.800.000,00 |
I y II semestre |
Viáticos dentro |
1.512.893,40 |
I y II semestre |
SEGUROS,
REASEGUROS Y OTRAS OBLIGACIONES |
5.300.000,00 |
I y II semestre |
Seguros |
5.300.000,00 |
I y II semestre |
MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN |
10.500.000,00 |
I y II semestre |
Mantenimiento
de edificios y locales |
9.000.000,00 |
I y II semestre |
Mantenimiento
y reparación de otros equipos |
1.500.000,00 |
I y II semestre |
SERVICIOS DIVERSOS |
4.106.702,50 |
I y II semestre |
Otros servicios no especificados |
4.106.702,50 |
I y II semestre |
MATERIALES Y SUMINISTROS |
78.512.000,00 |
I y II semestre |
PRODUCTOS QUÍMICOS Y CONEXOS |
3.500.000,00 |
I y II semestre |
Otros productos químicos |
3.500.000,00 |
I y II semestre |
ALIMENTOS Y PRODUCTOS AGROPECUARIOS |
53.512.000,00 |
I y II semestre |
Alimentos y bebidas |
53.512.000,00 |
I y II semestre |
MATERIALES
Y PRODUCTOS DE USO EN EL MANTENIMIENTO Y LA CONSTRUCCIÓN |
6.000.000,00 |
I y II semestre |
Otros
materiales y productos de uso en la construcción |
6.000.000,00 |
I y II semestre |
ÚTILES,
MATERIALES Y SUMINISTROS DIVERSOS |
15.500.000,00 |
I y II semestre |
Útiles
y materiales de oficina y cómputo |
4.000.000,00 |
I y II semestre |
Productos
de papel, cartón e impresos |
3.500.000,00 |
I y II semestre |
Útiles
y materiales de limpieza |
3.500.000,00 |
I y II semestre |
Otros
útiles, materiales y suministros |
4.500.000,00 |
I y II semestre |
BIENES DURADEROS |
15.400.000,00 |
I y II semestre |
MAQUINARIA, EQUIPO Y MOBILIARIO |
15.400.000,00 |
I y II semestre |
Equipo de comunicación |
3.000.000,00 |
I y II semestre |
Equipo
y mobiliario de oficina |
3.400.000,00 |
I y II semestre |
Equipo
y programas de cómputo |
4.000.000,00 |
I y II semestre |
Equipo
y mobiliario educacional, deportivo y
recreativo |
5.000.000,00 |
I y II semestre |
Cartago, 16 de enero de 2012.—MBA. Carlos Calvo
Ureña, Director Administrativo.—Bach. Magaly Solano Solano, Proveedora.—1
vez.—(IN2012006968).
DIVISIÓN DE GESTIÓN DE APOYO
UNIDAD DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000001-503
Modernización de elevadores de
Los interesados podrán retirar
el respectivo cartel en
Unidad de Gestión
Administrativa.—Ing. Ronald Monge
Salazar, Jefe.—1 vez.—(IN2012007776).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000001-01
Ventas de bienes inmuebles
El Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, avisa a todos los
interesados en participar en
|
LOCALIZACIÓN |
MEDIDA m2 |
VALOR BASE DE VENTA ¢ |
1 |
Lote Nº 2 Urbanización |
|
¢6.630.680,00 |
2 |
Lote Nº 30 Urbanización Palmira Carrillo Guanacaste |
|
¢19.792.636,00 |
3 |
Lote comercial frente a Plaza Hojancha Guanacaste |
|
¢17.326.520,00 |
4 |
Lote Nº 1-4 Urbanización Korobó Ipís Goicoechea San José |
|
¢10.589.690,00 |
5 |
Lote Nº 2-4 Urbanización Korobó Ipís Goicoechea San José |
|
¢8.107.840,00 |
6 |
Lote Nº 3-4 Urbanización Korobó Ipís Goicoechea San José |
|
¢10.082.454,00 |
7 |
Lote Nº 4-4 Urbanización Korobó Ipís Goicoechea San José |
197.98 según plano SJ-1267813-2008 folio real 1-599742-000 |
¢9.394.151,00 |
8 |
Lote Nº 5-2 Urbanización Korobó Ipís Goicoechea San José |
|
¢9.859.122,00 |
9 |
Nº 154 Urb. Gregorio José Ramírez Alajuela |
A-396746-000 |
¢20.378.758,50 |
10 |
Lote Nº 352 Urbanización Iztarú Cartago |
3-144717-000 |
¢28.237.025,00 |
11 |
Lote Nº 112 Urbanización Iztarú Cartago |
|
¢24.244.816,93 |
12 |
Lote Nº 200 Urbanización Iztarú Cartago |
|
¢24.506.992,50 |
13 |
Lote Nº 265 Urbanización Iztarú Cartago |
3-144790-000 |
¢23.261.764,17 |
14 |
Lote Nº 8-A Urbanización Iztarú Cartago |
3-221235-000 |
¢32.107.198,50 |
15 |
Lote Nº 8-B Urbanización Iztarú Cartago |
3-221236-000 |
¢25.172.070,00 |
16 |
Lote Nº 17 Urbanización Iztarú Cartago |
3-221238-000 |
¢17.374.170,00 |
17 |
Lote Nº 18 Urbanización Iztarú Cartago |
|
¢18.129.276,00 |
18 |
Lote Nº 363 Urbanización Iztarú Cartago |
3-221240-000 |
¢22.779.531,00 |
19 |
Lote Nº 1-G Urbanización Manuel Jiménez Cartago |
3-212000-000 |
¢9.321.136,00 |
20 |
Lote Nº 21 AK-Urbanización Manuel Jiménez Cartago |
3-212003-000 |
¢11.574.000,00 |
21 |
Lote Nº 2 Urbanización Hatillo 8 Avenida Nosara Alameda 27 San José |
|
¢19.571.520,00 |
22 |
Lote Nº 16 Urbanización Iztarú Cartago |
|
¢21.586.483,10 |
23 |
Apartamento 7-41 Condominio Abrevadero Condominios Hacienda Vieja
Curridabat |
1-012726-F-000 |
¢25.787.290,00 |
24 |
Lote Nº 2-366 Urbanización Corales 2 Limón |
7-116085-000 |
¢9.580.340,00 |
25 |
Lote Nº 154 Urbanización Sabanero 1 Liberia Guanacaste |
|
¢8.432.000,00 |
El pliego de condiciones está a
la disposición de los interesados en el tercer piso Edifico Jutsini oficinas
centrales INVU, Proceso de Proveeduría, previo el pago de ¢2.000,00 (dos mil
colones).
San José, 30 de enero del 2012.—Proveeduría.—Lic.
Mónica Pacheco Gómez, Proveedora a. í.—1 vez.—(IN2012007693).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000002-02
Suministro de tablaestacas
San José, 31 de enero del
2012.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1
vez.—O. C. Nº 2012-0014.—Solicitud Nº 39132.—C-15060.—(IN2012007663).
ASAMBLEA LEGISLATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000021-01
Compra de refrescos
Se le avisa a todos los
interesados en la referida licitación que mediante el oficio del Director
Ejecutivo, D.E.-072-1-2012, del 16 de enero de del 2012, se acordó adjudicar
San José, 25 de enero de
2012.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Idianey González Vega, Subdirectora.—1
vez.—O. C. Nº 22003.—Solicitud Nº 35664.—C-6580.—(IN2012007714).
De conformidad con lo establecido en el Artículo Nº 215 del Reglamento
a
Lic. Juan Ariel Madrigal Porras, Proveedor General.—1 vez.—O. C. Nº 26200.—Solicitud Nº 23082.—C-11300.—(IN2012006622).
MUNICIPALIDAD DE TARRAZÚ
Departamento de
Proveeduría.—Flor Ma. Hernández Camacho, Proveedora Municipal.—1 vez.—(IN2012006580).
MUNICIPALIDAD DE BELÉN
De conformidad con
San Antonio de Belén, Heredia,
25 de enero del 2012.—Unidad de Bienes y Servicios.—Marcos Porras Quesada,
Coordinador.—1 vez.—O. C. Nº 28332.—Solicitud Nº
38896.—C-13160.—(IN2012006122).
DIRECCIÓN
TÉCNICA DE BIENES Y SERVICIOS
Comunican
Que en
atención a los oficios AMTC-0204-01-2012 del Área de Medicamentos y Terapéutica
Clínica y el oficio SIEI-0094-2012 de
Código |
Descripción medicamento |
Observaciones |
1-10-46-6006 |
Aceite
mineral para uso tópico |
Versión
CFT-06805 Rige a
partir de su publicación |
1-11-41-0002 |
Citarabina 500 mg. |
Versión
CFT-68301 Rige a
partir de su publicación |
1-10-04-7760 |
Zidovudina 50 mg/5,L |
Versión
CFT-54705 Rige a
partir de su publicación |
1-10-50-6315 |
Beclometason adipropiomato |
Versión
CFT-70202 Rige a
partir de su publicación |
1-10-04-7125 |
Lamivudina 10mg/mL |
Versión
CFT-39703 Rige a
partir de su publicación |
Estas fichas técnicas se encuentran disponibles en
Área de Planificación de Bienes y Servicios.—Ing.
Carlos Felipe López Chévez, Jefe a. í.—1 vez.—O. C. Nº 1143.—Solicitud Nº
37145.—C-31440.—(IN2012006603).
1. Fe de erratas: publicación
Plan de Adquisiciones 2012 Contraloría General de
Unidad de Gestión
Administrativa.—Rónald Monge Salazar, Jefe.—1 vez.—(IN2012007775).
LICITACION ABREVIADA Nº 2012LA-000001-99999 (Adéndum Nº 1)
Compra de microbús para
En la página 3 del cartel,
especificaciones técnicas:
1. Donde dice:
4. Capacidad: 16 pasajeros + conductor
Debe leerse: capacidad: 15 pasajeros +
conductor
2. Donde dice:
5. Distribución de filas de asientos según adaptación solicitada:
Debe leerse: 3 filas de asientos
distribuidos de la siguiente manera:
a. Primera fila dos plazas más el conductor
b. Segunda fila de tres plazas
c. Tercera fila cuatro plazas (asiento trasero)
3. Donde dice:
6. Dimensiones: apartado b)
Debe leerse: largo total no menor
y 6500 máximo
4. Donde dice:
8. Peso bruto: debe leerse:
el peso bruto no mayor puede ser mayor a
5. Donde dice:
12. Confección de canasta
portaequipaje inciso a)
Debe leerse: Toda la estructura se
construirá en perfiles de aluminio con un tamaño aproximado de
Todas las demás condiciones
permanecen invariables.
San José, 31 de enero del
2012.—Oficina de Contratación y Suministros.—MAG. Yirlania Quesada Boniche,
Jefa.—1 vez.—(IN2012007801).
HOSPITAL MÉXICO
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LN-000019-2104
(Aviso
Nº 1)
Adquisición procedimientos Endovasculares
Demás condiciones permanecen
invariables.
Subárea de Contratación
Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2012007662).
UNIDAD
DE COMPRAS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000001-8101
(Aviso
Nº 1, modificación al cartel)
Adquisición de rollos de foil de aluminio para blister
Se informa a los interesados en participar
en el concurso para la adquisición de “rollos de foil de aluminio para
blister”, promovido mediante Licitación Abreviada Nº 2012LA-000001-8101, que se
realiza la siguiente modificación: en
Fecha de apertura 8 de febrero
del
San José, 30 de enero de
2012.—Dirección Producción Industrial.—Ing. Ovidio Murillo Valerio, Director.—1
vez.—RP2012276120.—(IN2012007729).
GERENCIA
DE LOGÍSTICA
DIRECCIÓN DE APROVISIONAMIENTO
DE
BIENES Y SERVICIOS
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000035-5101 (Aviso Nº 2)
Pruebas efectivas automatizadas en muestras de sangre
El Área de Adquisiciones de
Bienes y Servicios, informa a los interesados en participar en
1. Que se encuentran disponibles
en la fotocopiadora del piso comercial, edificio Anexo CCSS, las modificaciones
al cartel de este concurso, según lo solicitado por
2. Se prorroga la apertura de ofertas para el
día 15 de febrero de
3. Artículo 22 de
c) Participar en cualquier proceso de
contratación pública regulado por
La disposición anterior es de
acatamiento obligatorio, para lo cual,
San José, 31 de enero de
2012.—Subárea de Carteles.—Argentina Araya Jara, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº
1142.—Solicitud Nº 41850.—C-32920.—(IN2012007741).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000001-PROV (Prórroga)
Contratación de servicios profesionales en arquitectura,
ingenierías
& construcción para la remodelación,
ampliación
y acondicionamiento de las oficinas
de
la junta directiva, gerencia & otras
dependencias
en los altos del almacén
(Modalidad
llave en mano)
A los interesados en la presente
licitación se les informa que la misma ha sido prorrogada para las 10:00 horas del
día 22 de febrero del 2012. En los próximos días se estará realizando una
publicación sobre eventuales aclaraciones al cartel.
San José, 30 de enero del
2012.—Proveeduría.—Jorge A. Villalobos Fonseca, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº
15789.—Solicitud Nº 32530.—C-7540.—(IN2012007716).
MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000002-ALMU
Construcción de un centro de cuidado infantil
en
el distrito de Carmona de Nandayure
A los interesados en participar
en el proceso de
Nandayure, 30 de enero del
2012.—Msc. Carlos Arias Chaves, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2012007800).
AVISOS
De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento a
San José, 19 de enero de 2012.—División de
Contratación Administrativa.—German Brenes Roselló, Gerente.—1
vez.—(IN2012004552).
El Consejo Universitario de
A su vez,
Dicho trámite a la fecha se encuentra en gestión, dirimiéndose en el
Tribunal Contencioso administrativo, Segundo Circuito Judicial San José.
REGLAMENTO
DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
DE
ESTATAL A DISTANCIA
CAPÍTULO
PRIMERO
Disposiciones
generales
Artículo 1º—Objetivo. Este Reglamento tiene
por objetivo regular la actividad, organización, objetivos, funciones y
atribuciones de
Artículo 2º—Ámbito de aplicación. Este Reglamento es de acatamiento
obligatorio para todos los funcionarios de
Artículo 3º—Actualización del Reglamento. Con el propósito de
mantener debidamente actualizado el marco normativo de
CAPÍTULO
SEGUNDO
Organización
Artículo 4º—Concepto de Auditoría Interna.
Artículo 5º—Ideas rectoras. Le compete al Auditor Interno establecer
y asegurarse de mantener actualizados, en el Compendio General de Políticas,
Procedimientos y Disposiciones de
Artículo 6º—Enunciados y códigos éticos. Los funcionarios de
Artículo 7º—Independencia y objetividad. Los funcionarios de
Artículo 8º—Prohibiciones del personal de Auditoría Interna. Con el
fin de proceder con objetividad e imparcialidad, los funcionarios de
a) Realizar
funciones y actuaciones de administración activa, salvo las necesarias para
cumplir su competencia.
b) Formar
parte de un órgano director de un procedimiento administrativo.
c) Ejercer
profesiones liberales fuera del cargo, salvo en asuntos estrictamente
personales, en los de su cónyuge, sus ascendientes, descendientes y colaterales
por consanguinidad y afinidad hasta tercer grado, o bien, cuando la jornada no
sea de tiempo completo, excepto que exista impedimento por la existencia de un
interés directo o indirecto del propio ente u órgano. De esta prohibición se
exceptúa la docencia, siempre que sea fuera de la jornada laboral.
d) Participar
en actividades político-electorales, salvo la emisión del voto en las elecciones
nacionales y municipales.
e) Revelar
información sobre las auditorías o los estudios especiales de auditoría que se
estén realizando y sobre aquello que determine una posible responsabilidad
civil, administrativa o eventualmente penal de los funcionarios de los entes y
órganos sujetos a esta Ley.
La prohibición establecida en el inciso d)
anterior, rige también para las actividades político-electorales de
De acuerdo con lo anteriormente expuesto, los funcionarios de
No podrán ser miembros de juntas directivas de sujetos de derecho privado
que administren fondos públicos sujetos a su fiscalización o que tenga
relaciones jurídicas con
Artículo 9º—Medidas formales de control. Los funcionarios de
Artículo 10.—Participación del Auditor en sesiones del Consejo
Universitario. Con la finalidad de mantener su función asesora, el Consejo
Universitario podrá solicitar la participación del Auditor Interno en las
sesiones que así lo considere necesario. El Auditor Interno tendrá derecho a
voz, de conformidad a lo establecido en el artículo 16 del Estatuto Orgánico.
Lo anterior sin menoscabo de lo establecido en el Estatuto Orgánico.
Artículo 11.—Participación en grupos de trabajo o comisiones. El
Auditor Interno y los funcionarios de Auditoría no deben ser parte de grupos de
trabajo o comisiones que ejerzan funciones propias de la administración activa.
Cuando el Consejo Universitario solicite su participación en estos grupos o
comisiones, ésta deberá ser exclusivamente en función asesora, en asuntos de su
competencia, y no podrá tener carácter permanente, todo esto en resguardo de su
objetividad e independencia de criterio.
CAPÍTULO
TERCERO
Ubicación
de
Artículo 12.—Ubicación y estructura.
La descripción detallada de la estructura organizativa se incorporará en el
Compendio General de Políticas, Procedimientos y Disposiciones de
CAPÍTULO
CUARTO
Del
Auditor Interno
Artículo 13.—Nombramiento del Auditor Interno. El
Auditor Interno será nombrado por un periodo de seis años, de conformidad a lo
establecido en el artículo 25, inciso ch2), del Estatuto Orgánico de
Artículo 14.—Jornada laboral. La jornada laboral del Auditor Interno
será de tiempo completo, considerando lo establecido en el artículo 31 de
Artículo 15.—Suspensión o remoción del Auditor Interno. En cuanto a
la remoción o suspensión del Auditor Interno, se procederá de acuerdo con el
Estatuto Orgánico de
Artículo 16.—Requisitos para el cargo de Auditor Interno. Para su
nombramiento, el Auditor Interno deberá cumplir los requisitos que se
establecen en el Estatuto Orgánico de
Artículo 17.—Funciones del Auditor Interno. El Auditor Interno
deberá cumplir con las funciones establecidas en el Estatuto Orgánico y en el
Manual Descriptivo de Puestos de
a) La
dirección superior y administración de
b) Definir,
establecer y mantener actualizadas las políticas, procedimientos y prácticas
requeridas por
c) Definir,
establecer y mantener actualizadas las políticas, procedimientos y prácticas de
administración, acceso y custodia de la documentación de
d) Mantener
actualizado el Reglamento de Organización y Funcionamiento de
e) Presentar
ante el Consejo Universitario, el Plan de Trabajo y el Presupuesto de
f) Proponer
al Consejo Universitario oportuna y debidamente justificados, los
requerimientos de recursos humanos, materiales, tecnológicos, de transporte y
otros necesarios y suficientes para llevar adelante su plan.
g) Delegar
sus funciones en el personal de
h) Cumplir
con pericia y debido cuidado profesional sus funciones, haciendo valer sus
competencias con independencia funcional y de criterio, siendo vigilante de que
su personal responda de igual manera.
i) Gestionar
de forma oportuna lo relativo a las plazas vacantes de
j) Administrar
el personal a su cargo (planificar, organizar, coordinar, dirigir, supervisar,
motivar, comunicar decisiones, entre otros) orientándolo hacia el logro
adecuado de objetivos y metas de
k) Asesorar
al Consejo Universitario, en materia de su competencia, cuando este así lo
solicite, o de oficio, si el caso lo amerita.
l) Implantar
un adecuado sistema de supervisión que le permita asegurar la calidad de los
procesos, servicios y productos de Auditoría Interna.
m) El
Auditor Interno velará porque los funcionarios de
n) Establecer
y mantener actualizadas la visión y misión que regirá el accionar de
Artículo 18.—Potestades del Auditor Interno. El
auditor interno tendrá al menos las siguientes potestades:
a) Autorizar
los movimientos del personal, incluyendo nombramientos, ascensos, traslados,
recalificaciones, vacaciones, suspensiones, remociones y licencias, de
conformidad con lo que establecen los artículos 24 y 28 de
b) Vigilar
y tomar las decisiones que correspondan para que los funcionarios de la
auditoría interna cumplan en el ejercicio de sus competencias con la normativa
jurídica y técnica pertinente, así como con las políticas, procedimientos,
prácticas y demás disposiciones administrativas (de
c) Disponer
la difusión de los resultados a las partes apropiadas.
d) Efectuar
cualesquiera otras potestades que sean concordantes con las funciones que
desempeña.
Artículo 19.—Ámbito de acción. El ámbito de
acción de
Artículo 20.—Relaciones y coordinaciones. Con respecto de las
relaciones y coordinaciones de
a) Establecer
en el Compendio General de Políticas, Procedimientos y Disposiciones de
b) Proveer
e intercambiar información con
c) Establecer
los mecanismos de control necesarios, para que el responsable del control
presupuestario institucional, mantenga un registro separado del monto asignado
y aprobado a
d) Requerir
de
e) Gestionar
lo pertinente a fin de contar con los criterios técnicos o profesionales en
diferentes disciplinas, sea de funcionarios de la misma institución o ajenos a
ella, para que lleven a cabo labores de su especialidad en apoyo a las
auditorías que realice la dependencia a su cargo.
CAPÍTULO
QUINTO
Competencias,
deberes y potestades de
Artículo 21.—Competencias de
a) Manual de
Normas Generales de Control Interno para
b) Ley
Orgánica de
c) El
presente Reglamento.
d) Manual
de Normas Generales de Auditoría para el Sector Público.
e) Normas
para el Ejercicio de
f) Lineamientos
y directrices emitidas o que en el futuro emita
g) Las
demás competencias que contemplen la normativa legal, reglamentaria y técnica
aplicable, con las prohibiciones que establece el artículo 34 de
Artículo 22.—Deberes de
a) Los
señalados en el artículo 32 de
b) Los
contemplados en el presente Reglamento.
c) Los
que establece
d) Cumplir
las competencias asignadas en
e) Cumplir
con el ordenamiento jurídico y técnico aplicable a la actividad de auditoría.
f) El
personal de
Adicionalmente serán deberes del Auditor Interno:
g) Responder
por su gestión ante el Consejo Universitario.
h) Presentar
ante el Consejo Universitario, en el mes de marzo de cada año, el Informe Anual
de Ejecución del Plan de Trabajo, previsto en el artículo 22 inciso g) de
i) Establecer
y mantener actualizado un Programa de Aseguramiento de
j) Comunicar
al Consejo Universitario o al titular subordinado cuando corresponda, los
informes de relación de hechos que lleve a cabo en el ejercicio de sus
funciones.
k) Asesorar
al Consejo Universitario, a
l) Presentar
ante el Consejo Universitario el Plan Estratégico de
m) Presentar
ante el Consejo Universitario, durante el mes de agosto de cada año, el plan de
trabajo y el presupuesto de
n) Definir
y actualizar los órganos y entes sujetos al ámbito de acción de
o) Colaborar
en los estudios que
p) Cualquier
otra que resulte atinente en el ejercicio de sus competencias.
Artículo 23.—Potestades de
Artículo 24.—Servicios de Fiscalización. Los Servicios de
Fiscalización de la actividad de Auditoría Interna conforme a sus competencias
comprenderán:
a) Servicios
de Auditoría: Son los referidos a los distintos Tipos de Auditoría (financiera,
operativa y de carácter especial). Los resultados de los Servicios de Auditoría
se comunican mediante Informes de Control Interno y/o Informes de Relaciones de
Hechos.
i) a
auditoría financiera comprende la revisión, análisis y examen de las
transacciones y operaciones contables, con el objeto de determinar si la
información financiera que se produce es confiable, oportuna y útil.
ii) La
auditoría operativa es el examen objetivo, sistemático y profesional de
evidencias, realizado con el fin de evaluar en forma independiente el desempeño
de la institución, programa o actividad, a efecto de mejorar la eficacia,
eficiencia y economía en el manejo de los recursos públicos, para coadyuvar en
la toma de decisiones por parte de los responsables de adoptar acciones
correctivas.
iii) La
auditoría de tecnología informática es la revisión y evaluación objetiva del
entorno informático, basada en conocimientos especializados, técnicas y
procedimientos de auditoría enfocados a la tecnología de información, con el
objetivo de evaluar la integridad, disponibilidad y confiabilidad de la
información, así como la eficacia y economía con que son administrados los
recursos informáticos, la validez y suficiencia del control interno y el apego
a la normativa.
iv) La
auditoría de carácter especial comprende aquellos estudios independientes
encaminados al examen de aspectos específicos, de orden contable, financiero,
presupuestario, administrativo, económico, jurídico, de calidad y operaciones
de otra naturaleza, ligadas al manejo de fondos públicos y que son originados,
por denuncias, por el estudio de irregularidades determinadas al ejecutar
auditorías operativas o financieras y por aquellos asuntos planificados que no
se enmarcan en los propósitos de esas auditorías.
b) Servicios
Preventivos: incluyen la asesoría, advertencia y autorización de libros.
i) Asesoría:
Es un servicio preventivo que brinda el Auditor Interno en forma oral pero de
preferencia debe ser escrita, a solicitud del Consejo Universitario, mediante
el cual emite su criterio, opinión u observación sobre asuntos estrictamente de
su competencia y sin que menoscabe o comprometa la independencia y objetividad
en el desarrollo posterior de sus demás competencias. Con este servicio el
Auditor Interno coadyuva a la toma de decisiones, sin manifestar inclinación
por una posición determinada ni sugerir o recomendar.
Cuando los resultados de este servicio se expresen
por escrito, no se rige por el trámite de informe que prescribe
ii) Advertencia:
Es un servicio preventivo que brinda
Cuando los resultados de este servicio se expresen
por escrito, no se rige por el trámite de informe que prescribe
iii) Autorización
de libros: Es un servicio preventivo que consiste en autorizar mediante razón
de apertura, los libros de contabilidad y de actas que llevan las diferentes
dependencias de
Artículo 25.—Planificación. El Auditor
Interno debe establecer planes basados en criterios razonables y fundamentados
de conformidad con los manuales y directrices emitidas o que en el futuro emita
El proceso de
El Plan de Trabajo Anual (POA) debe ser congruente con la planificación
estratégica, su contenido abarcará todas las actividades que se realizarán
durante el año, debe mantenerse actualizado y expresarse adecuadamente en el
presupuesto respectivo.
Artículo 26.—Otros aspectos relativos al funcionamiento de
a) Que se
realicen los Servicios de Auditoría y Servicios Preventivos que considere
necesario y prudente efectuar, de acuerdo con las normas técnicas que rigen su
actuar.
b) Emitir
a su personal los lineamientos que considere necesarios en cuanto al
procesamiento de la información, en aspectos como:
i.. Cualidades
de la información.
ii. Análisis
y evaluación de la misma.
iii. Registros.
iv. Acceso
y custodia de la información.
v. Supervisión
de las labores realizadas.
c) Que el
proceso de comunicación de los resultados se realice por los medios institucionales
idóneos, a saber:
i. Informes de Control Interno
ii. Relaciones de Hechos
iii. Oficios producto de Servicios
Preventivos
iv. Otros resultados a criterio del
Auditor Interno.
d) Girar
instrucciones precisas al personal a su cargo, sobre aspectos relevantes en
materia de seguimiento de recomendaciones que emite
CAPÍTULO
SEXTO
De
Artículo 27.—Formas de comunicación. Los
resultados de los Servicios de Auditoría (financiera, operativa, tecnológica y
de carácter especial), se comunicarán mediante informes, tanto en forma oral
como por escrito.
La comunicación de los Servicios Preventivos se hará a criterio del Auditor
Interno, a quien corresponde definir el contenido y la forma de presentación de
los informes, oficios u otros medios de comunicación, de conformidad con la
naturaleza de los asuntos a que se refiera y en atención a su criterio
profesional.
Artículo 28.—Comunicación oral. De previo a la comunicación escrita
y oficial del informe,
Artículo 29.—Acta de Discusión. Producto de la comunicación oral de
resultados de los Servicios de Auditoría (financiera, tecnológica, operativa y
de carácter especial) o conferencia final,
Artículo 30.—Comunicación escrita. En forma posterior a la
comunicación oral de resultados de los Servicios de Auditoría (financiera,
tecnológica, operativa y de carácter especial) o conferencia final, ante los
funcionarios responsables, se debe realizar la comunicación escrita y oficial
de dichos resultados mediante informes.
Artículo 31.—De los Informes. El informe constituye el producto
sustantivo mediante el cual
Los resultados de los Servicios de Auditoría (financiera, tecnológica,
operativa y de carácter especial) generan dos Tipos de Informes: los de Control
Interno (incluidos los de Seguimiento), los cuales versarán sobre diversos
asuntos de su competencia y los denominados Relaciones de Hechos, los cuales
podrían generar responsabilidades. Los Informes de Control Interno deben
contener introducción, objetivos, el alcance, los hallazgos y las conclusiones,
así como las respectivas recomendaciones. Las Relaciones de Hechos se ajustarán
en su contenido a las directrices emitidas o que en el futuro emita
Artículo 32.—Obligación de implantación de las recomendaciones. El
Consejo Universitario o el titular subordinado, una vez aceptadas las recomendaciones
de
CAPÍTULO
SÉTIMO
Del
trámite para la comunicación de Resultados
Artículo 33.—Prevención sobre deberes en el
trámite de informes. Para prevenir al Consejo Universitrio o a los
titulares subordinados, según corresponda, sobre los deberes en el trámite de
los informes, en especial en cuanto a los plazos que deben observarse, se debe
incorporar en el informe un apartado con la transcripción de los artículos 36,
37 y 38 de
Artículo 34.—Trámite de informes relativos a los Servicios de Auditoría.
Los Informes que se emitan producto de los Servicios de Auditoría (Informes
de Control Interno y las Relaciones de Hechos), se tramitarán con estricto
apego a lo dispuesto en los artículos 35, 36, 37 y 38 de
Artículo 35.—Seguimiento a recomendaciones y disposiciones de informes. El
Auditor Interno deberá establecer y mantener, como parte de las actividades de
administración de la actividad de auditoría, un Programa de Seguimiento a las
Recomendaciones de los informes emitidos, con el propósito de cerciorarse de la
adecuada y oportuna implementación de las recomendaciones por parte de
CAPÍTULO
OCTAVO
Del
trámite de Denuncias
Artículo 36.—Trámite de denuncias.
Artículo 37.—Requisitos esenciales para la presentación de denuncias. Los
requisitos esenciales que deben reunir las denuncias que se presenten a
a) Los
hechos denunciados deberán ser expuestos por escrito en forma clara, precisa y
circunstanciada, brindando el detalle suficiente que permita realizar la
investigación; el momento y lugar en que ocurrieron tales hechos y el sujeto
que presuntamente los realizó.
b) Se
deberá señalar la posible situación irregular que afecta los intereses de
Artículo 38.—Información adicional. El
denunciante también deberá brindar información complementaria respecto a la
estimación del perjuicio económico producido a los fondos públicos en caso de
conocerlo, la indicación de probables testigos y el lugar o medio para
citarlos, así como la aportación o sugerencia de otras pruebas.
Artículo 39.—Solicitud de aclaración. En caso de que
Artículo 40.—Confidencialidad de los denunciantes e información.
Artículo 41.—Admisibilidad de las denuncias. Las
denuncias recibidas serán examinadas dentro de un plazo máximo de 30 días
naturales, para lo cual se comunicará lo pertinente al denunciante que hubiere
señalado lugar para notificaciones, informándole sobre la decisión adoptada,
sea, si la denuncia fue admitida o desestimada. En caso de que la denuncia sea
admitida, el Auditor Interno procurará su pronta instrucción y conclusión. En
el caso de que la denuncia sea desestimada, se procederá conforme se señala en
el siguiente artículo.
Las denuncias anónimas serán atendidas en el tanto aporten elementos de
convicción suficientes y se encuentren soportadas en medios probatorios idóneos
que permitan iniciar la investigación, de lo contrario se archivará la
denuncia.
Artículo 42.—Denuncias a desestimar.
a) Cuando
por el contenido de la denuncia los hechos a que se refiere ésta no
correspondan a materia competencia de
b) Las
denuncias manifiestamente improcedentes, infundadas, maliciosas o calumniosas.
c) Cuando
se trate de un asunto con carácter reiterativo, en cuyo caso se comunicará al
denunciante lo ya resuelto.
d) Las
denuncias que tienen como propósito la tutela de intereses particulares del
ciudadano, en relación con conductas u omisiones de
e) Las
gestiones que aunque guarden el formato de una denuncia sean presentadas con la
única finalidad de defender intereses personales cuya competencia corresponda a
otras instancias, sean estas administrativas o judiciales
f) Si
los hechos denunciados corresponde investigarlos o ser discutidos
exclusivamente en otras sedes, ya sean administrativas o judiciales.
g) Si
los hechos denunciados se refieren a problemas de índole laboral que se
presentaron entre el denunciante y la administración activa.
h) Si
el costo aproximado de la investigación fuera superior al beneficio que se
obtendrá al darle curso al asunto denunciado, esto conforme a los parámetros
que se dicten de conformidad con el artículo 14 del Reglamento a
i) Si
el asunto planteado ante
j) Si
la denuncia omite alguno de los requisitos esenciales para la presentación de
denuncias, indicados en este Reglamento.
k) Si
la denuncia es anónima y no aporta elementos de convicción suficientes, ni se
encuentre soportada en medios probatorios idóneos que permitan iniciar la
investigación.
l) Si
CAPÍTULO
NOVENO
Disposiciones
finales
Artículo 43.—Aplicación del Reglamento. Las
disposiciones de este reglamento son de aplicación general en todas las
dependencias que conforman
Artículo 44.—Envío de Actas y Minutas. Los Consejos o Comisiones
Institucionales deberán enviar copia de sus actas o minutas, según corresponda,
a
Artículo 45.—Sanciones. El régimen sancionatorio por el
incumplimiento de lo establecido en este Reglamento, lo será de conformidad con
el Artículo 40 de
Artículo 46.—Derogación de Reglamento. El presente Reglamento deroga
el Reglamento de Auditoría Interna, aprobado por el Consejo Universitario en la
sesión No. 632, artículo IV, inciso 11), del 30 de octubre de 1986, así como
cualquier otra disposición interna que se le oponga.
Artículo 47.—Vigencia del Reglamento. El presente Reglamento rige a
partir de su publicación en el Diario Oficial
Disposiciones
Transitorias
Transitorio Único.
INDICE
CAPÍTULO PRIMERO: Disposiciones generales.
CAPÍTULO SEGUNDO: Organización.
CAPÍTULO TERCERO: Ubicación de
CAPÍTULO CUARTO: Del Auditor Interno.
CAPÍTULO QUINTO: Competencias, deberes y potestades
de
CAPÍTULO SEXTO: De
CAPÍTULO SÉTIMO: Del trámite para la comunicación de
Resultados.
CAPÍTULO OCTAVO: Del trámite de Denuncias.
CAPÍTULO NOVENO: Disposiciones finales.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS.
6 de diciembre del 2011.—Lic. Karino Alberto
Lizano Arias, MATI. Auditor Interno UNED.—1 vez.—(IN2012006592).
DEPARTAMENTO DE
COMUNICACIONES
SEGURO OBLIGATORIO AUTOMOTOR |
Plazo de atención |
Pago Marchamo |
10 minutos |
Cédula Pagador, RTV vigente en el SICSOA |
|
Sustitución de Placa |
10 minutos |
Derecho de circulación o pago temporal original |
|
(En ausencia de este, DECLARACION JURADA por parte
del propietario) |
|
Copia Título Propiedad ó Certificación Rápida
del Registro de la Propiedad. |
|
Copia de |
|
Sustitución de
Placa si pertenece al proceso automático de DUA’s |
5 minutos |
Original pago de placa temporal |
|
(En ausencia de este, DECLARACION JURADA) por
parte del propietario |
|
Copia de cédula del tramitador |
|
Bus (Ajustes Aresep
- CTP) - Se recomienda referir al cliente a |
|
Sin Ruta |
|
Permiso de explotación |
|
Certificación del CTP (MOPT) (indicando q no
tiene ruta) |
|
Con ruta |
|
Permiso de explotación |
|
Certificación |
|
Cambio de Propietario |
5 minutos |
Copia del título de propiedad o certificación
rápida del registro nacional con no más de tres meses de emitida. |
|
Vehículo Nuevo
transmitidos por Registro Nacional |
5 minutos |
Únicamente el número de DUA para determinar la placa
a cancelar, y luego el procedimiento es el mismo de un pago normal. |
|
Vehiculó Nuevo (inclusión manual)** |
10 minutos |
Póliza desalmacenaje o DUA. (Comprobante
mercancía nacionalizada y consulta de códigos variables). |
|
Copia de RTV Inscripción (hoja Azul) |
|
Copia cédula tramitador |
|
Vehículo con Placa
Título (inclusión manual)** |
10 minutos |
Derecho de circulación original del último
período pagado. |
|
Copia del Título de propiedad o certificación
rápida. |
|
Copia cédula tramitador |
|
Vehículos provenientes de donación** |
15 minutos |
Acta de Donación, donde se especifique la fecha
de la donación las características del vehículo y el beneficiario. |
|
Copia de RTV (hoja azul) |
|
Vehículos provenientes
de remates aduanas** |
15 minutos |
Boleta de Remate (Si el remate se realizó del
año 2008 en adelante se debe consulta con DUA, poniéndole un 900 por delante
del número de consecutivo del remate).En esta boleta debe aparecer el consignatario. |
|
Copia de RTV (hoja azul) |
|
Vehículos
provenientes de remates ICD** |
15 minutos |
Boleta de Remate. |
|
Mandamiento Judicial de Adjudicación del bien
por parte del ICD. |
|
Copia de RTV (hoja azul) |
|
Devoluciones por Pago Doble |
|
Original del Derecho de Circulación a Devolver. |
|
Copia del derecho de circulación que conservará
el cliente. |
|
Copia de la cédula del propietario. |
|
Carta solicitando devolución por parte del propietario. |
|
En caso de realizar el trámite una tercera
persona requiere autorización. |
|
Cambio de placa:
Serv Público - Particular - Particular- Servicio Público |
15 minutos |
Derecho de circulación original del taxi o bus,
particular |
|
Fotocopia de |
|
Copia de la certificación del depósito del
placas |
|
Copia de Revisión Técnica con el cambio de uso
(únicamente para vehículos pendientes). |
|
En caso de realizar el trámite una tercera persona
requiere autorización. |
|
AGV, Primera Vez,
Renovación del AGV |
10 minutos |
Copia de |
|
Copia de |
|
Copia de los últimos recibos |
|
Copia de |
|
Póliza Turista |
10 minutos |
Título de Propiedad del país de origen |
|
Copia del pasaporte del propietario del
vehículo. |
|
Nota: Debe ser coincidente el pasaporte con el
título de propiedad. |
|
Cambio de Características |
5 minutos |
Copia Título Propiedad ó Certificación Rápida
del Registro de la propiedad. |
|
Prima Acumulada |
5 minutos |
Derechos de Circulación originales de los
periodos a eliminar o certificaciones de pago de los periodos a eliminar emitidas
desde SICSOA en formato PDF. |
|
Enviar solicitud de eliminación de periodos
mediante correo formal dirigido al SOA. |
|
Devolución Pago Equivocado |
15 minutos |
Original del Derecho de Circulación a devolver |
|
Copia de la cédula del propietario |
|
Carta solicitando devolución e indicando la
placa correcta. |
|
En caso de realizar el trámite una tercera
persona requiere autorización. |
|
Nota: En caso de no llegar el propietario este debe de autorizar al tramitador
por medio de una carta, copia de la cédula del tramitador y el del
propietario, personería jurídica según sea el caso. |
|
Vehículo Robado (Marca) |
5 minutos |
Únicamente se puede levantar por parte del SOA
previa coordinación OIJ (tel 22-95-35-81 con Sonia Sánchez) y el INS: |
|
Número clase incorrecto |
5 minutos |
Se debe remitir al Ministerio Hacienda |
|
Emisión de Certificaciones |
5 minutos |
Las certificaciones de pago a realizar se le
pueden brindar a cualquier persona que la solicite sin ningún inconveniente.
Las certificaciones de pago realizado tanto para el periodo actual que esté
trascurriendo como para alguno histórico, solo se le entregan al propietario
registral o bien a un tercero debidamente autorizado. |
|
Devoluciones de
dinero por caja a clientes |
30 minutos |
Fotocopia de |
|
Autorización si el debito no está a nombre de la
persona que se presenta, fotocopia de la cedula del tramitador. |
|
Personería jurídica con menos de tres meses de
emitida, si el debito está a nombre de una sociedad. |
|
Derecho de circulación original |
|
Honrar pagos efectuados
con cheques devueltos por el banco |
10 minutos |
Fotocopia de |
|
Derecho de circulación cancelado con cheque sin
fondos |
|
El usuario de la sucursal debe enviar correo a oficinas
centrales para la eliminación de la marca restrictiva |
|
Honrar pagos
efectuados a recaudadores con cheques devueltos por el banco |
|
Carta de la unidad Contralora del Seguro
Obligatorio Automotor, indicando que se puede devolver el cheque. |
|
Cédula de identidad |
|
Duplicados de
Derecho de Circulación o Marchamos |
5 minutos |
Fotocopia de |
|
Autorización al tramitador por parte del
propietario para realizar el trámite |
|
Copia cédula del Tramitador |
|
Ajustes por
depósito de placas |
20 minutos |
Certificación del registro Nacional
(Departamento de placas) donde indique la fecha de depósito de la placa, la
certificación no debe de tener más de tres meses de emitida |
|
Levantamiento de
marcas restrictivas por robo |
15 minutos |
El INS solicita oficio del Organismo de
Investigación Judicial |
|
Aplicación o
devolución por pago equivocado en los derechos de circulación |
20 minutos |
Derecho de circulación original y Marchamo |
|
En caso de presentarse un tramitador deberá
aportar la autorización por parte de propietario registral |
|
Inclusión de
vehículos nuevos no emitidos: 8 corresponde a aquellos vehículos que cancelaron
los derechos de circulación en años anteriores y no aparece el periodo
actual) |
|
Si no tiene placa título: |
20 minutos |
Copia de último derecho de circulación. |
|
Copia de la revisión técnica de inscripción
emitida por el MOPT. |
|
Si tiene placa título: |
20 minutos |
En caso de que tenga placa registral deberá
aportar copia del título de propiedad o certificación rápida emitida por el
Registro Nacional |
|
Asignación de cajas |
15 días Hábiles |
Solicitud del recaudador de las cajas que desea
poner al cobro, indicando la ubicación geográfica |
|
Asignación de usuarios |
10 días Hábiles |
Solicitud del recaudador donde indique los
usuarios que requiere con detalle de nombre y número de cédula |
|
Recepción de listas
de Gobierno |
3 días Hábiles |
Solicitud de la institución gubernamental donde
adjunte la lista de vehículos por Ministerio con detalle de número de placa
(tramite de lista sin problema). |
|
Nota: Cuando la lista presentada por |
|
Gestión de
recuperación de cheque devueltos |
|
Cheque recibido por recaudador |
5 días Hábiles |
Datos de sistema sobre cheques no aplicados por
esta situación. |
|
Oficio del departamento del SOA notificándole al
recaudador la inconsistencia y el detalle de la multa |
|
Cheque recibido por una Sede del INS |
3 días Hábiles |
Datos de sistema sobre cheques no aplicados por
esta situación. |
|
Notificación al cliente vía telefónica sobre la
situación indicándole que el derecho de circulación está pendiente y por tanto
los recargos continúan. |
|
Así mismo se le condiciona al pago en efectivo |
|
Devolución de sobrantes |
5 días Hábiles |
Identificación |
|
Datos del sistema sobre sumas a devolver
sobrantes |
|
Carta solicitud de sobrantes |
|
Reclamos por
accidente de transito |
|
Recepción de aviso
de accidente |
10 minutos |
Declaración personal de los hechos ocurridos en
el evento |
|
Documentos comprobantes de ocurrencia de accidente
emitidos por alguna autoridad que se hiciera presente al lugar de los hechos
(parte oficial de tránsito o boleta de citación o constancia de traslado de
Cruz Roja Costarricense o Paramédicos, Aviso de accidentes por Automóviles
Voluntario entregado en el evento por el inspector del INS). |
|
Identificación |
|
Reapertura de caso |
10 minutos |
Identificación |
|
Reconocimiento de
pasajes y viáticos |
|
Boleta de consulta emitida por el INS en donde
se indique el reconocimiento |
|
Comprobantes de traslado o viáticos (facturas,
recibos, nota de empresa de autobuses) |
|
Identificación |
|
Pago de subsidio salarial |
30 minutos |
Planillas C.C.S.S (reporte de las planillas presentadas
por el patrono de los últimos tres meses antes del accidente) |
|
Declaración personal del impuesto sobre la renta
(periodo anterior a la fecha del evento) |
|
Facturas timbradas |
|
Boleta de incapacidad emitida por los médicos
del INS |
|
Hoja de información laboral (formulario emitido
por el SOA y que debe ser completado por el patrono) |
|
Comprobantes de reporte de planillas de Riesgos
del Trabajo de ser requerido |
|
Cálculo y pago de
impedimentos |
15 días Hábiles |
Identificación |
|
Extranjeros: Documento oficial aprobado por el
Gobierno de Costa Rica que contenga esta información. |
|
Menores de edad. Certificación de nacimiento (en
caso de ser extranjero, debe ser refrendado por el país de origen) y cedula de
identidad o documento oficial por el Gobierno de Costa Rica de la madre o el
padre o quien demuestre ser tutor legal del menor. |
|
Pago a empresas por
convenio |
15 días Hábiles |
Detalle de cobro por empleado(# de
identificación, nombre completo, periodo y monto a cobrar) |
|
Boleta de incapacidad emitida por los médicos
del INS |
|
Planillas C.C.S.S (reporte de las planillas
presentadas por el patrono de los últimos tres meses antes del accidente) |
|
Depósito Judicial a
menores por impedimento |
10 días hábiles |
Mandamiento Judicial |
|
Cálculo del Impedimento |
|
Certificado de nacimiento del menor (si se trata
de extranjero, debe venir refrendado por el país de origen) |
|
Fotocopia de cédula de identidad |
|
Determinación de
beneficiarios por muerte |
30 días hábiles |
Solicitud de indemnización por muerte por
escrito (formulario de entrevista previa) |
|
Copia de expediente judicial (en caso de ser
requerido por funcionarios del SOA) |
|
Fotocopia de identificación o constancia cedular
del fallecido, padres, cónyuge o compañera. |
|
Acta de defunción o certificación registral con
causas de la muerte o en su defecto estudio de |
|
Certificación de estado civil del fallecido,
certificado de nacimiento del fallecido, certificado de nacimiento de hijos
reconocidos o no del fallecido. |
|
Parte oficial de tránsito. |
|
Declaraciones juradas cuando se requiera. |
|
Documento de prueba de dependencia económica. |
|
Depósito judicial de menores. |
|
Comprobantes de pago de pensión alimentaria. |
|
Fotocopia de recibos de servicios públicos. |
|
Recibos de pago o comprobantes de estudio (hijos
mayores de 18 años, menores de 25). |
|
Pruebas de ADN. |
|
Posesión notoria de estado. |
|
Pruebas de convivencia. |
|
Estudio de Trabajo Social del INS (en caso de
ser requerido por funcionarios de SOA). |
|
**NOTA: Cualquier documento oficial emitido por
Autoridades en el extranjero, deberá presentarse debidamente refrendado por
el Consulado el país de origen y el Consulado de Costa Rica en nuestro país,
a fin de que sea un documento legal en nuestro país). |
|
Estudios de
ocurrencia del accidente |
5 días hábiles |
Documentos comprobantes de ocurrencia de
accidente emitidos por alguna Autoridad
que se hiciera presente al lugar de los hechos (parte oficial de tránsito,
boleta de citación, constancia de traslado de CRC, paramédicos, ambulancia
privada, bomberos, expediente
judicial). |
|
Lesiones graves: Epicirisis y referencia de
Hospital. |
|
Estudios de pérdida económica |
30 días hábiles |
Contratos laborales. |
|
Referencias de clientes y proveedores
Declaración de la renta si la tuviera |
|
Facturas timbradas o recibos de dinero de ventas
o compras |
|
Registros contables |
|
Protocolo. |
|
Patentes o permisos de funcionamiento, concesiones
de iax». |
|
Formulario de entrevista previa para pérdidas
económicas, emitido por el INS y completado por el lesionado. |
|
Planillas CCSS |
|
Planillas R T |
|
Títulos profesionales |
|
En caso de contratar a terceras personas para suplirlo
en su labor, deberá comprobarlo mediante aseguramiento |
|
de esa persona ante |
|
Estados de cuenta bancarios |
|
Mandamiento Judicial |
|
Mandamiento Judicial |
|
Certificación de costos |
3 días hábiles |
Solicitud de certificación por escrito. |
|
Identificación. |
|
Certificación por monto agotado |
3 días hábiles |
Identificación. |
|
Aumentos de cobertura |
10 días hábiles |
Evaluación médica del INS donde se haga constar la
necesidad del aumento de cobertura hasta los límites establecidos. |
|
Hoja de estudio de asegurado por |
|
Estudio de trabajo social del INS debe ser
favorable para optar por el aumento de cobertura |
|
San José, 19 de enero del 2012.—Lic. Ileana Castro Fatjó, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 18484.—Solicitud Nº 337.—C-406720.—(IN2012006195).
Dirección de Seguros Solidarios |
|
Actualización
de requisitos en cumplimiento de |
|
Ley de
protección al ciudadano del exceso de requisitos y trámites administrativos |
|
Seguro
Riesgos del Trabajo (Aseguramiento) |
|
Título
del tipo o nombre de trámite |
Plazo de atención |
RIESGOS DEL TRABAJO |
|
INVESTIGACIÓN, INSPECCIÓN Y PROMOCIÓN |
|
Determinación
de derechohabientes, casos de fallecidos. |
30 Días |
Fotocopia del informe policial. |
|
Fotocopia
del dictamen médico legal. |
|
Fotocopia
del resultado de toxicología. |
|
Fotocopia
del resultado de alcoholemia. |
|
Certificado
de defunción que indique las causas de muerte. |
|
Fotocopia
del documento de identificación del trabajador fallecido. |
|
Fotocopia
del documento de identificación de la esposa o compañera. |
|
Certificado
de estado civil del trabajador fallecido. |
|
Certificado
de estado civil de la esposa o compañera. |
|
Certificado
de nacimiento de los hijos menores de edad. |
|
Certificado
de nacimiento de los menores dependientes. |
|
Fotocopia
de documento de identificación de la madre del occiso. |
|
Fotocopia
de documento de identificación del padre del occiso. |
|
Constancia
de cuenta cliente de un Banco del Sistema Bancario Nacional. |
|
Declaración
de beneficiarios (emitida ante Inspector del INS). |
|
Certificado
de nacimiento de menores dependientes. |
|
Otros
documentos que se ameriten en el proceso investigativo. |
|
Si el trabajador fallecido y/o los
posibles beneficiarios fuesen extranjeros, los documentos requeridos deberán
ser expedidos por el país de origen y presentados de conformidad a lo
establecido en las leyes internacionales. |
|
Investigación de casos administrativos. |
15 días |
Expediente administrativo
abierto por Unidad de Verificación de Derechos. El inicio de la investigación
depende del aporte de requisitos por parte del trabajador. |
|
Comprobantes
de pago por salario en labores ejecutadas. |
|
Informe
accidente de |
|
Declaraciones de testigos. |
|
Otros
documentos que se requieran en caso de procesos administrativos. |
|
GESTIÓN DE PLANILLAS |
|
Recepción
de inclusión provisional de trabajadores por medio de formulario físico de
papel. |
|
Cumplimentar
y presentar antes que el trabajador inicie labores, la fórmula diseñada para
este efecto. |
|
Autorización
para utilizar el servicio electrónico de envío de planillas. |
1 día hábil. |
Ingresar
a la página www.ins-cr.com, registro de usuarios y solicitar cuenta del
usuario. |
|
Cumplimentar
la fórmula con los datos que se solicitan referente a la póliza y los
usuarios autorizados para realizar el trámite. |
|
Recepción
de inclusión provisional de trabajadores por medio de Internet. |
|
Cumplimentar
los datos de la fórmula que se encuentra en la página Web en Internet. |
|
Presentación
de planillas por medio electrónico. |
1 día. |
Descargar
la aplicación -desde el sitio- al equipo del usuario, junto con los manuales
explicativos. |
|
Enviar
la planilla vía Internet en el formato tipo texto, tal y como se describe en
el manual de usuarios facilitado en la página Web. |
|
Presentación de planillas físicas. |
|
Retirar
el formulario que Instituto dispone para las planillas físicas. |
|
Presentar
el formulario debidamente cumplimentado. |
|
Presentación de planillas magnéticas. |
|
Presentar
el disquete con el archivo en formato texto que genera la correspondiente
aplicación. |
|
SERVICIOS AL PATRONO |
|
Emisión de pólizas. |
20 minutos |
Cumplimentar el formulario
emisión póliza. |
|
Copia de la cédula física o certificación
de personería jurídica. |
|
Para la actividad de la
construcción se deberá presentar la boleta municipal original expedida por |
|
Para la emisión de pólizas
permanentes de construcción y de existir proyectos al momento de emitir el
seguro, deberá presentar el formulario “Declaración para actualizar el monto
asegurado en proyectos de construcción”, el cual se encuentra disponible en
la página Web del Instituto Nacional de Seguros o en cualquiera de sus Sedes
en todo el país. |
|
Cumplimentar el formulario
“Conozca su cliente” en apego a lo establecido en |
|
Si el trámite se realiza con un
Intermediario de Seguros, la solicitud de emisión debe adjuntar comprobante
del depósito sobre primas donde se consigne el monto pagado, la fecha de
recibo del dinero y el código del Intermediario de Seguros. |
|
Lista de trabajadores |
|
Adicionalmente, para pólizas
temporales, deberá aportar: |
|
Copia
del escrito de acuerdo de partes o compromisos para el servicio de
construcción otorgado. |
|
Trámite
para reexpedición de pólizas. |
20 minutos. |
Copia de
la cédula de identidad del patrono o representante legal. |
|
Solicitud de reexpedición
debidamente cumplimentada y firmada por el patrono o representante legal. |
|
Si el trámite se realiza con un Intermediario
de Seguros, la solicitud de emisión debe adjuntar comprobante del depósito
sobre primas donde se consigne el monto pagado, la fecha de recibo del dinero
y el código del Intermediario de Seguros. |
|
Cumplimentar
el formulario “Conozca a su cliente” en apego a lo establecido en |
|
Cancelación
del seguro por no realización de los trabajos. |
5 días |
1.
Pólizas suscritas para labores de construcción de corto plazo: |
|
Carta del patrono. |
|
Bitácora de la obra sellada por
el Colegio de Ingenieros, donde se justifique que no se llevará a cabo la
construcción. |
|
Nota
de |
|
2. Pólizas
suscritas para otras labores: |
|
Carta
del patrono, solicitando la devolución de la prima. |
|
Si la póliza se suscribió bajo
un contrato para trabajos temporales o permanentes, se solicitará nota de la persona
o empresa que suscribió el contrato, indicando que efectivamente se
prescindirá de los servicios contratados. |
|
Cierre
de Centros Laborales y conclusión de trabajos en pólizas permanentes y
temporales. |
5 días |
Notificación
escrita al Instituto Nacional de Seguros. |
|
Copia de la nota presentada ante
|
|
Liquidación de pólizas permanentes. |
5 días. |
Solicitud formal por escrito. |
|
Copia
carta sellada y presentada ante |
|
Cancelación
de proyectos en pólizas permanentes en la actividad de construcción: |
10 días |
Motivo de la cancelación |
|
Empresa
que sustituye al contratista inicial |
|
Avance
de las obras (este porcentaje debe de estar considerado en la bitácora) |
|
Si la obra solamente se
suspende, deberá presentar una declaración por la parte de obra concluida indicando
cuando se reiniciarán las obras o en su defecto si la obra queda inconclusa
por tiempo indefinido, con el fin de reintegrar la parte de prima no
devengada. |
|
Extensión
y modificación de vigencia de pólizas temporales de construcción: |
3 días |
Realizar
la solicitud antes de la expiración de la vigencia original contratada. |
|
Se
encuentren presentados todos los reportes de planillas en los plazos
establecidos. |
|
Corresponda
a la misma obra según los datos consignados en la emisión. |
|
Vigencia
completa, incluyendo la nueva extensión no sea superior a dos años. |
|
Monto
asegurado sea mayor al monto consumido. |
|
Exoneración de Pólizas. |
20 minutos. |
Original
y copia del permiso sanitario de funcionamiento otorgado por el Ministerio de
Salud. |
|
Copia
de la solicitud de patente o recibo pagado. |
|
Original
y copia de la cédula de identidad (por ambos lados) del solicitante. |
|
Último
recibo pago de patentes. |
|
Devolución
de aumentos aplicados por concepto de liquidación de póliza. |
5 días. |
Solicitud formal por escrito. |
|
Devolución
del recibo aplicado como aumento contable. |
|
Pág.
22 Alcance Nº |
|
Revisión de tarifa. |
5 días. |
Solicitud por escrito. |
|
Homologación
de la Gestión Preventiva. |
30 Días |
Declaración jurada (debe presentarse 90 días posterior a la renovación de la póliza). Posteriormente pasa a GESO para inspección. |
|
Reclamo
cobro de abono o renovación. |
5 días |
Solicitud
formal por escrito del patrono que indique la proyección de planillas para el
período a cobrar. |
|
Reclamo
pago de comisiones agentes. |
5 días. |
Solicitud
formal por escrito del agente. El pago se realiza en la quincena más próxima |
|
Fotocopia
del comprobante de pago. |
|
Revisión
de liquidación por diferencias en planillas. |
8 días. |
Solicitud formal por escrito. |
|
Fotocopia de las planillas. |
|
Suspensión
de la cobertura del Seguro. |
5 días. |
Carta solicitud de suspensión. |
|
Nota
de la contraparte del contrato que indique la suspensión. |
|
Solicitud
de cambio de forma de pago para póliza de Riesgos del Trabajo. |
5 días. |
Solicitud formal por escrito. |
|
Modificación
de las condiciones de la póliza. |
5 días. |
Solicitud formal por escrito. |
|
Refundiciones de póliza. |
5 días. |
Solicitud formal por escrito. |
|
Reporte
de Costos por trabajadores accidentados en un período determinado. |
5 días. |
Solicitud formal por escrito. |
|
Administración
de proyectos en Pólizas de Construcción. |
10 días. |
Confección del formulario
“Solicitud para actualizar el monto asegurado en proyectos de construcción”
para cada proyecto a realizar. Si el formulario indica etapas del proyecto
asumidas por subcontratistas deberá informar al INS por escrito con ocho días. |
|
Solicitud
de constancia para el trámite de los permisos de construcción ante las
Municipalidades. |
1 día |
Notificación al INS, de parte de
|
|
Original
y fotocopia del contrato cuando medie subcontratación. |
|
Aportar
formularios de |
|
Pagar
el aumento de seguros si este se requiere. |
|
Traspaso de pólizas. |
3 días |
Nota del
patrono solicitando cambio de agente. |
|
Fotocopia
de la cédula física o jurídica. |
|
Fotocopia
de la personería jurídica y fotocopia del apoderado generalísimo. |
|
Beneficio de colectividad. |
5 días. |
Presentación
de todas las planillas del periodo por medios electrónicos. |
|
Reporte
de todos los accidentes por medio de Internet (AVINET). |
|
Presentación
de todas las inclusiones de trabajadores de nuevo ingreso por medios
electrónicos. |
|
No mostrar
periodos de no cobertura durante los últimos dos años póliza. |
|
No
registrar casos no asegurados durante los últimos dos periodos póliza. |
|
No
tener deudas por ningún concepto con el régimen de Riesgos del Trabajo. |
|
Existencia
de un plan de salud ocupacional en cada centro de trabajo. |
|
Reexpedición
de la póliza (Patrono Asegurado). |
20 minutos. |
Cumplimentar
el formulario de reexpedición. |
|
Addendum Patrono - Trabajador. |
|
Reexpedición
de la póliza (RT Independiente). |
20 minutos. |
Cumplimentar
el formulario de reexpedición. |
|
Addendum Patrono - Trabajador. |
|
Talonario
de facturas autorizadas por |
|
Certificación
emitida por |
|
Atención
de reclamos casos no asegurados. |
5 días |
Copia
de la inclusión provisional recibida antes del accidente. |
|
Copia de
la bitácora del Ingeniero en caso de variación de vigencia en póliza de
concesión. |
|
Copia
de comprobantes de pago (dependiendo del tipo de reclamo de los casos no
asegurados). |
|
Copia
de planilla (s) presentada (s) antes del accidente. |
|
LITIGIOS |
|
Solicitud
de cálculo de pago para arreglo extrajudicial. |
1 hora
en RT. 8 días en Sedes |
Solicitud
de cálculos por parte del trabajador |
|
Proceso judicial activo |
|
Dictamen
médico legal en firme con mejora respecto del emitido por el INS |
|
Reclamo
de accidente tramitado como asegurado |
|
Escrito
de ofrecimiento de arreglo realizado por el Abogado Director del INS |
|
Visto
bueno para arreglo extrajudicial |
1 hora
en RT. 8 días en Sedes. |
Proceso
judicial activo debidamente notificado al INS |
|
Reclamo
de accidente tramitado como asegurado |
|
Dictamen
médico legal en firme con mejora respecto del emitido por el INS |
|
Desistimiento del proceso judicial |
|
Certificación
judicial de los documentos requeridos |
|
Visto Bueno para Sentencias |
1 hora
en RT. 8 días en Sedes. |
Proceso
judicial activo debidamente notificado al INS |
|
Sentencia
en firme notificada al INS |
|
Constancia
del Juzgado indicando nombre del abogado que asesoró al trabajador en el
Proceso judicial |
|
Certificación
judicial de firmeza de la sentencia emitida por el Juzgado respectivo |
|
Requisitos
debidamente certificados por el Juzgado |
|
AFECTADOS POR EL NEMAGÓN |
|
Atención a gestionantes de
beneficios Ley 8130 y su Reforma en Ley 8554 Afectados por el Nemagón |
30
Días (*) Este plazo depende de la realización de los exámenes y pruebas médicas
requeridas, según las posibilidades de los proveedores de servicios. |
Copia de cédula de identidad |
|
Formulario para reclamo
administrativo debidamente cumplimentado |
|
Certificación de cuenta
individual emitida por |
|
Certificación de cuenta
individual emitida por el Banco Popular y de Desarrollo Comunal. |
|
Declaración jurada protocolizada
ante Notario Público en la que se debe indicar: 1) el período laborado en la
empresa bananera, 2) el nombre de la bananera para la cual laboró, 3) Nombre
y N° de identificación -al día- de 4 testigos que hayan laborado con el
afectado en la misma empresa, en la misma época que el trabajador
gestionante, los cuales darán fe que fueron sus compañeros de trabajo, 4)
certificación de cuentas Individuales emitidas por |
|
Este requisito se solicita si el
gestionante no aparece en registros de CCSS ni del BPDC. |
|
Exámenes
médicos necesarios concluidos, de conformidad a órdenes emitidas por el INS
para ese efecto. |
|
V° B°
de Unidad Ejecutora Técnica para pago de reclamo. |
|
Trámite
para pago de beneficios Ley 8130 y su Reforma en Ley 8554. |
1 semana |
Apertura
de documento en SIFA |
|
Pago de beneficios |
|
Original
y copia de cédula de identidad |
|
Finiquito
de reclamo debidamente firmando ante abogado del INS |
|
Pago
de facturas a |
|
Factura
original por exámenes realizados |
|
Oficio
con detalle de pago a efectuar |
|
Tramitación
de reajustes por reclamos de trabajadores beneficiados con el Acta de
Entendimiento Afectados por el Nemagón. |
10 días |
Trabajador
debe estar incluido en Acta de Entendimiento suscrita entre el INS y CONATRAB
en el año 2001. |
|
Certificación
de cuenta individual emitida por la CCSS. |
|
Certificación de cuenta individual
emitida por el Banco Popular y de Desarrollo Comunal. |
|
Declaración jurada protocolizada
ante Notario Público en la que se debe indicar: 1) el período laborado en la
empresa bananera, 2) el nombre de la bananera para la cual laboró, 3) Nombre
y N° de identificación -al día- de 4 testigos que hayan laborado con el
afectado en la misma empresa, en la misma época que el trabajador
gestionante, los cuales darán fe que fueron sus compañeros de trabajo, 4)
certificación de cuentas Individuales emitidas por |
|
Este requisito se solicita si el
gestionante no aparece en registros de CCSS ni del BPDC. |
|
Exámenes médicos necesarios
concluidos, de conformidad a órdenes emitidas por el INS para ese efecto y
resultados de acuerdo a parámetro establecido. |
|
V° B°
de Coordinador de Oficina Operativa de Afectados por el Nemagón. |
|
Trámite
para pago de beneficios Acta de Entendimiento |
2 semanas |
Oficio
a CONATRAB indicando fecha de presentación del trabajador para pago. |
|
Solicitar
apertura de orden de pago al BCR. |
|
Apertura
de documento en SIFA |
|
Pago de beneficios |
2 semanas |
Original
y copia de cédula de identidad. |
|
Finiquito
de reclamo debidamente firmando ante abogado del INS. |
|
Solicitud
de tramitación de pensión ante |
1 semana |
Copia de
cédula del(a) interesado(a) |
|
Copia
del finiquito de pago |
|
Oficio
Formal de |
|
San José, 19 de enero del 2012.—Lic. Ileana Castro Fatjó, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 18484.—Solicitud Nº 337.—C-484740.—(IN2012006198).
INS-SALUD |
Plazo de Atención |
Archivo Clínico. |
|
Certificación de Expediente Clínico. |
8 días naturales. |
Cédula de identidad o documento autenticado u Orden
Judicial que faculte al portador para efectuar el trámite. |
|
Secuestro de Expediente Clínico |
8 días naturales. |
Secuestro de Estudios Radiológicos. |
8 días naturales. |
Solicitud de secuestro del expediente clínico ó estudio
radiológico debidamente firmada por un juez o fiscal. |
|
Cédula de identidad de la persona facultada para
efectuar el secuestro. |
|
Préstamo de Estudios Radiológicos. |
1 día hábil. |
Cédula de identidad del paciente, documento autenticado
u Orden Judicial que faculte al portador para efectuar el trámite y la cédula
de identidad del que hace el trámite. |
|
Solicitud por escrito del Centro Médico que
requiere las placas, con el aval del Jefe Médico y Jefe Administrativo. |
|
Presentación de solicitud escrita o cumplimentar
formulario correspondiente, cualquiera de los documentos presentados debe
contar con la autorización de las Jefaturas Médica y Administrativa. |
|
Unidad de Admisión
y Especialidades Médicas. |
|
Admisión de
pacientes por seguro. |
Inmediato (10 minutos) |
Formulario “Orden de Atención Médica”
cumplimentada por el patrono en los casos de Riesgos del Trabajo y Sedes para
los otros seguros. |
|
Referencia de CCSS. (Si fue atendido por primera
vez en alguno de los centros médicos de |
|
Cédula de identidad o documento autenticado u
Orden Judicial que faculte al portador para efectuar el trámite. |
|
Solicitud de cita
de reapertura. |
Inmediato (10 minutos) |
Orden de atención médica para todos los seguros |
|
Reapertura Administrativa: en el caso en que el
trabajador haya sido despedido o renunciado, se requerirá la carta de
despido, carta de renuncia o copia de liquidación y cumplimentar la solicitud
de reapertura. Además dicha solicitud puede confeccionarse en caso de que el
patrono se niegue a dar la orden de atención. |
|
Cédula de identidad |
|
Certificación de
períodos de incapacidad. |
15 minutos. |
Si es una solicitud judicial, Mandamiento emitido
por el juzgado solicitante con los datos relativos al caso. |
|
Si es una solicitud personal, cumplimentación de
formulario establecido con todos los datos. |
|
Si es una solicitud presentada por el patrono
con la autorización del paciente |
|
Cédula de identidad. |
|
Reconocimiento de
incapacidades emitidas por la CCSS. |
8 días naturales. |
Incapacidad de |
|
Duplicado de Incapacidades |
30 minutos. |
Cédula de identidad |
|
Reconocimiento de
pasajes y viáticos. |
30 minutos. |
Cédula de identidad. |
|
El reconocimiento en caso de cita se realiza
automáticamente a través de la confección de las boletas de asistencia a
cita. |
|
En caso de reconocimiento por asistencia a
realización de exámenes |
|
Cambio de Régimen. |
30 minutos. |
Solicitud realizada por las Sedes |
|
Cambio de domicilio
del Asegurado. |
10 minutos. |
Presentación de recibo de algún servicio público
con dirección exacta, contrato de alquiler o carnet del EBAIS. |
|
Casos P.O.A.M.
(Pendiente de Atención médica). |
Inmediato (15 minutos) |
Orden de Atención
Médica (Se realiza modificación de estado en SIMA). |
|
Cédula de identidad. |
|
Cuentas Médicas. |
|
Pago de Facturas a
Proveedores. |
De acuerdo a lo
establecido en el Contrato. |
Relación contractual con el INS, de acuerdo al
reglamento de Contratación Administrativa. |
|
Cédula de identidad, documento autenticado u Orden
Judicial que faculte al portador para efectuar el trámite. |
|
Formulario solicitud de examen o el definido
administrativamente, debidamente autorizado por el solicitante. |
|
Factura Original del proveedor debidamente
autorizada |
|
Reconocimiento de
Facturas por atención médica en hospitales, clínicas o médicos privados. |
22 días naturales. |
Documento o carta explicando por qué se acudió a
centro hospitalario privado, incluyendo, solicitud expresa del reintegro del dinero
utilizado. |
|
Epicrisis o historia de la atención médica
completa (pre y post-ingreso) recibida en el hospital o clínica privada, que
se incluya si a criterio médico se trató de una emergencia que puso en
peligro la vida del paciente. |
|
Facturas originales timbradas o dispensadas con
el detalle de los servicios recibidos. |
|
Dos copias de todos los documentos citados
anteriormente. |
|
Personería jurídica al día o cédula de identidad
o residencia. |
|
Reconocimiento de facturas
por realización de exámenes de la vista y otros |
30 minutos. |
Caso aceptado por el departamento
correspondiente. |
|
Factura original cancelada, timbrada o
dispensada. |
|
Referencia original del oftalmólogo del INS (no hay
formato establecido). |
|
Se requiere visto bueno de la Jefatura Médica. |
|
Cédula de identidad o residencia. |
|
Referencia a odontólogo externo. |
30 minutos. |
Visto bueno por
parte de la especialidad Odontológico INS |
|
Referencia original de
odontólogo del INS. |
|
Caso aceptado por
departamento correspondiente. |
|
Pago por compra de
bienes y servicios. |
7 días naturales. |
Estar inscrito en el registro de proveedores. |
|
Presentar factura original timbrada o dispensada. |
|
Visto Bueno de unidad usuaria, por el contrato
directo que fue generado |
|
Transportes. |
|
Traslado Colectivo
de pacientes a nivel Nacional. Transporte con Acompañante. Reconocimiento de
transporte especial. |
|
Orden de transporte emitida ese mismo día por el
médico. |
|
Cédula u otro documento de identificación. |
|
Para el caso de acompañantes se tomará en cuenta
lo establecido en el Protocolo de Transportes. |
|
Para el caso de transporte especial o permiso de
viajar adelante en las ambulancias, se debe contar con el visto bueno de la
Jefatura Médica. |
|
Requisitos adicionales. Pacientes de área metropolitana:
Deben estar listos 3 horas antes de la cita programada. |
|
Pacientes de área rural: Comunicarse un día
hábil con |
|
Cambio de Cita con
asignación de transporte. |
2 días antes de cita. |
Comunicar con al menos 24 horas de anticipación
el cambio de cualquier cita médica a |
|
Farmacia. |
|
Solicitud de copia
de recetas despachadas. |
8 días hábiles. |
Cédula de identidad. |
|
Cumplimentar formulario de solicitud. |
|
Cancelar servicio de fotocopiado. |
|
Cédula de identidad o documento autenticado u
Orden Judicial que faculte al portador para efectuar el trámite. |
|
En caso de que la solicitud la haga un ente
judicial: documento autenticado u Orden Judicial que faculte al portador para
efectuar el trámite y la cédula de identidad del que hace el trámite. |
|
En aquellos casos en que se autorice a un tercero
a retirar la copia del documento este deberá presentar una autorización
autenticada por un abogado. |
|
Rehabilitación. |
|
Referencia de
pacientes a Rehabilitación desde los Centros Médicos Regionales |
1 ó 2 días hábiles. |
Memorando de referencia del Centro Médico
Regional. |
|
Cédula de identidad o documento autenticado u
Orden Judicial que faculte al portador para efectuar el trámite. |
|
Tarjeta de control de asistencia. |
|
Reprogramación en
cita de Rehabilitación. |
1 ó 2 días hábiles. |
Cédula de identidad o autorización escrita en
caso de que el trámite lo haga un tercero. |
|
Cambio de terapeuta. |
|
Tarjeta de control de asistencia. |
|
Solicitud escrita. |
|
Justificación de ausencias
a terapia. |
|
Presentar justificación por escrito y
comprobante que respalde la justificación, sobre los motivos por los cuales
faltó a la cita. |
|
Cédula de identidad o autorización escrita en
caso de que el trámite lo haga un tercero. |
|
Confección de
incapacidad para completar terapia o incapacidad retroactiva durante la
terapia en Dispensarios. |
1 ó 2 días hábiles. |
Resultado de consulta de última cita de
Fisiatría. |
|
Memorando de referencia del Dispensario. |
|
Cédula de identidad o autorización escrita en
caso de que el trámite lo haga un tercero. |
|
Cambio de médico fisiatra. |
10 días hábiles. |
Presentar
justificación por escrito de por qué el cambio. |
|
Solicitud de permiso
para salida del Albergue. |
2 días hábiles |
Presentar comprobante, tarjeta de citas o boleta
de citación, según sea el caso. |
|
Solicitud de
Informe de Terapia o resultados de la Rehabilitación. |
|
Solicitud escrita que incluya destino de la
información (personal, a otra institución para consulta profesional privada)
Fechas y tipo de terapia de la que solicita el informe. |
|
Si es solicitud de otra Institución se debe presentar
nota de la otra institución. |
|
Solicitud de
Criterio Experto para Reconocimiento de Facturas Externas por servicios de
rehabilitación. |
10 días hábiles. |
Solicitud formal de Jefatura Médica. |
|
Copia de Facturas de los servicios prestados. |
|
Solicitud,
sustitución o reparación de equipo ortopédico |
15 días a 22 días hábiles. |
Presentar solicitud escrita para tal fin. |
|
Cumplimentar la formula “Solicitud de Equipo
Ortopédico” |
|
Solicitud de Nota
para Aplicación de adecuación curricular para estudiantes con secuelas de TCE
de |
22 días hábiles. |
Si la solicitud es del centro educativo debe presentar
solicitud escrita firmada por el Director del respectivo centro de enseñanza. |
|
CENTROS MÉDICOS REGIONALES |
|
Casos nuevos o
reapertura de casos cuando el patrono se niega a dar la orden de atención
médica o el paciente ya no labora para él. |
|
En los casos de Riesgos del Trabajo en que el
patrono se niega a otorgar la orden de atención médica, el trabajador ha sido
despedido de la empresa o ha renunciado a ella, debe presentar cualquiera de
los siguientes documentos: ( Se debe de eliminar orden de atención médica y
incluir “aviso de accidente o enfermedad de trabajo y orden de atención
médica” formulario INS.F-1000648.): |
|
Carta de despido, carta de renuncia o copia de
liquidación. |
|
Cédula de identidad o documento autenticado u
Orden Judicial que faculte al portador para efectuar el trámite. Se debe
indicar que todos los trámites, sean casos de Orden Judicial u otro, se debe
dirigir primero a la sede para que se le confeccione un a ,”aviso de
accidente o enfermedad de trabajo y orden de atención médica” formulario
INS.F-1000648, administrativo. |
|
Orden de atención médica (para los demás
seguros). |
|
Atención Médica de
pacientes (Casos nuevos y Reaperturas). |
Inmediato. |
Formulario “Orden de Atención Médica”
cumplimentada por el patrono en los casos de Riesgos del Trabajo, sucursal o
por el departamento para las otras líneas de seguro. Se debe de eliminar
orden de atención médica y sustituirlo por “aviso de accidente o enfermedad
de trabajo y orden de atención médica” formulario INS.F-1000648. |
|
Referencia de CCSS. (Si fue atendido por primera
vez en alguno de los centros médicos de |
|
Certificación de
expediente clínico, epicrisis y dictámenes médicas. |
De |
Cancelación del servicio de fotocopiado
(INS-SALUD) |
|
Solicitud escrita del paciente de la epicrisis y
el dictamen médico y presentar cédula de identidad. |
|
Programa de
consultorios médicos laborales. |
10 días hábiles
para que los funcionarios de Dispensarios efectúen la visita. |
Solicitud escrita de la empresa interesada. |
|
Cumplimentación del cuestionario “Inscripción en
el programa de consultorios médicos laborales”. |
|
Cumplimiento de los requisitos establecidos en
cuanto a infraestructura, mobiliario, equipo y recurso humano. |
|
Fotocopias de las acreditaciones del Médico, |
|
Recibir la inducción correspondiente al puesto
por parte del personal de Servicios médicos profesionales. |
|
Trabajo Social |
|
Valoración Social para
aumento de cobertura del SOA |
|
Documento de |
|
Entrevista social para
valorar la situación socioeconómica. |
|
Visita domiciliaria o
a la comunidad, si en entrevista se detecta irregularidades. |
|
Consulta al Registro
de |
|
Constancia de salario,
consultas a AS/400 (planillas) o comprobantes de su situación económica. |
|
Estudio Socio
económico de conmutación de rentas. |
1 mes. |
Solicitud escrita. |
|
Proyecto de Inversión. |
|
Comprobantes de ingresos y egresos. |
|
Extensión de renta para
Beneficiarios esposa, compañera, madre padre o mayor dependiente. |
1 mes. |
Solicitud escrita. |
|
Certificado de Estado Civil. |
|
Dictamen médico. |
|
Certificación de |
|
Certificación de |
|
Estudio
socioeconómico para extensión de renta por incapacidad parcial permanente. |
1 mes. |
Constancia de |
|
Dictamen médico
extendido por |
|
Constancia de salario
o certificado de ingresos. |
|
Desglose de egresos. |
|
Pago de Aguinaldo
para rentistas con incapacidad parcial permanente. |
1 mes. |
Solicitud escrita. |
|
Comprobantes de
ingresos y egresos. |
|
Constancia de |
|
Dictamen médico del
EBAIS si presenta condición invalidante que le impida laborar. |
|
Subsidio económicos
para estudio de trabajadores rentistas. |
1 mes. |
Formulario de solicitud. |
|
Comprobante del centro
educativo donde recibirá la capacitación. |
|
Comprobante de
ingresos y egresos. |
|
Presupuesto de viáticos. |
|
Proforma de costos. |
|
Comprobante de
conclusión de otros cursos (con este subsidio). |
|
Asignación para Grandes Inválidos. |
1 mes. |
Solicitud escrita. |
|
Certificado de estado civil. |
|
Comprobantes de
ingresos y egresos. |
|
Opción de compra venta
o proforma materiales y mano de obra. |
|
Jefatura Médica |
|
Reconocimiento de
facturas por servicios privados (fuera de horas laborales INS-SALUD o
Urgencias) |
15 días hábiles. |
Solicitud expresa del usuario de |
|
Cédula de identidad o documento autenticado u
Orden Judicial que faculte al portador para efectuar el trámite. |
|
Epicrisis completa pre y post ingreso, si a
criterio del médico se trató de una emergencia médica que puso en peligro la
vida del usuario(a). |
|
Facturas (copias) con desglose de cada uno de
los renglones de éstas |
|
Solicitud de
adelanto de cita de valoración. |
15 días hábiles. |
Solicitud expresa y específica del usuario(a)
pidiendo adelanto de cita de valoración. Se debe justificar las causas del
eventual adelanto o no de la cita de valoración. |
|
Presentar (de existir) documentación que
justifique la solicitud, por ejemplo: viaje al exterior, casos de tipo social
y otros. |
|
Solicitud de Cambio
de Médico. |
15 días hábiles |
Presentación de la cédula de identidad y
complementación de la solicitud denominada “Solicitud de dictamen u otros”. |
|
Solicitud de
Epicrisis por Monto Agotado de |
15 días hábiles |
Reporte de monto agotado. |
|
Presentar la cédula de
identidad. |
|
Solicitud de Epicrisis. |
15 días hábiles |
Presentación de solicitud formal directa del
solicitante: |
|
a) Médicos de empresa. |
|
b) Médicos de centros hospitalarios de la CCSS. |
|
c) Poder judicial. |
|
d) Representante legal autorizado por el
usuario. |
|
e) Paciente |
|
Solicitud de Dictamen Médico. |
15 días hábiles |
Presentación de la cédula de identidad y complementación de la solicitud denominada “SOLICITUD DE DICTAMEN U OTROS”. Únicamente el interesado puede solicitar este documento, caso contrario debe autorizar a otra persona adjuntando a la autorización el original de la cédula de identidad. En caso de menores de edad, será el padre que ejerza la patria potestad o los encargados del mismo quienes realicen el trámite de dictamen médico. Aportar los timbres médicos y de la Cruz Roja. |
|
Reconocimiento de Incapacidades Retroactivas. |
8 días hábiles. |
Dictamen Médico. |
|
Boleta de incapacidad. |
|
Hospital. |
|
Solicitud de Dictámenes
y Certificados Médicos a pacientes internados en Casa de Salud. |
2 días hábiles. |
Timbre médico ¢100. |
|
Timbre de |
|
De ser solicitante un tercero, debe contar con la
autorización escrita del paciente. En el caso en que el paciente no esté en
las facultades mentales se deberá solicitar por medio de una certificación
realizada por un abogado. |
|
Si es solicitado por
el Poder Judicial, presentar Mandamiento correspondiente. |
|
Cédula de identidad al
solicitar y retirar el documento. |
|
Solicitud escrita de
documentos a certificar a través de una nota o formula de “Solicitud de
Dictamen u otros”. |
|
Solicitud de
Epicrisis para pacientes internados. |
Día posterior al
egreso del paciente. |
De ser solicitante un tercero, debe contar con
la autorización escrita del paciente. En el caso en que el paciente no esté
en las facultades mentales se deberá solicitar por medio de una certificación
realizada por un abogado. |
|
Si es solicitado por
el Poder Judicial, presentar Mandamiento Judicial correspondiente. |
|
Cédula de identidad al
solicitar y retirar el documento. |
|
Solicitud escrita de documentos
a certificar a través de una nota o fórmula de “Solicitud de Dictamen u
otros”. |
|
PLATAFORMA DE BENEFICIOS ECONÓMICOS |
|
Pago de Incapacidades Temporales |
|
Pago de Incapacidad
por accidentes de tránsito en horas laborales/casos con subrogación. |
5 minutos. |
Copia de la denuncia ante la Autoridad Judicial. |
|
Número de expediente judicial. |
|
Copia de sentencia, si existe. |
|
Complemento de información relativa indicado en
el aviso de accidente. |
|
Confección de pago
de incapacidades. |
5 minutos. |
Pago automatizado vía de pago Tarjeta Pre-pago |
|
Documento de identificación del trabajador (si es
menor certificado de nacimiento y presentarse con el padre o madre). |
|
Complemento de información relativa indicado en
el aviso de accidente. |
|
Apertura de expedientes - caso. |
1 día. |
Aviso de accidente o enfermedad de trabajo y orden
de atención médica debidamente cumplimentada y firmada por el patrono. |
|
Cambio de domicilio
del trabajador lesionado. |
3 minutos |
1. Recibo de agua, luz o teléfono que detalle
dirección |
|
2. O aportar copia del contrato de arrendamiento si vive en una casa la cual está alquilando. El mismo debe contener la dirección de dicha vivienda |
|
3. O aportar carné del Ebais, Clínica u Hospital
de |
|
Si el trabajador no cumple con ninguno de los
requisitos enumerados del 1 al 3, debe entonces aportar algún recibo de
impuestos municipales o territoriales bajo su nombre en los cuales se
establezcan satisfactoriamente la dirección. |
|
Como última opción, deberá aportar carta del
patrono en la cual éste justifique satisfactoriamente la condición de ubicación
del lugar de los trabajos y de su ubicación lógica con respecto al lugar de
residencia del trabajador. Para estos casos el trabajador deberá presentar el
tiquete del bus que compruebe viajar desde la zona señalada por el patrono. |
|
Pago de reintegro a
patronos. |
3 días. |
Carta con solicitud de reintegro correspondiente
a las incapacidades de sus trabajadores. |
|
Boletas o comprobantes de incapacidad extendida
por el médico tratante del INS. |
|
Conmutaciones de Renta
de Oficio |
3 minutos |
Llenar hoja de conmutación para los casos en que
cumplen con lo establecido por Acuerdo de Junta Directiva porcentajes del
0.5% al 20% y el monto hasta ¢2.000.000.00 se ponen a conmutar las rentas sin
estudio socioeconómico de Trabajo Social. |
|
Extensión de renta
por estudios (para mayores de 18 años) |
20 minutos. |
Certificación de estudios realizados, de |
|
Extensión de renta por
estudios (para menores que cumplan 18 años) |
1 mes. |
Certificación de
estudios realizados o aprobados. |
|
Constancia de |
|
Constancia de Registro Civil. |
|
Certificación bancaria
en la primera solicitud (cuenta cliente). |
|
Certificado médico
(Para casos especiales). |
|
Constancia de una
nueva matrícula de estudios. |
|
Copia de la cédula de
identidad. |
|
Solicitud escrita. |
|
Certificado de estado civil. |
|
Comprobantes de
ingresos y egresos. |
|
Opción de compra venta
o proforma materiales y mano de obra. |
|
Depósito de rentas
en cuentas Bancarias. |
1 día. |
Fotocopia de la cédula
de identidad. |
|
Constancia del Banco en
donde se indique el nombre de la persona y su número de cuenta cliente. |
|
Pago de rubros
sentencias al trabajador. |
22 días |
Sentencia certificada en firme. |
|
Visto Bueno del Área
legal del INS. |
|
Pago de rubros por sentencia
(honorarios). |
22 días |
Sentencia certificada. |
|
Constancia de ser el
abogado encargado del caso. |
|
Factura timbrada. |
|
Certificación de rentas. |
5 minutos. |
Solicitud escrita indicando la información o datos
que desea se certifiquen y sus efectos. |
|
Tratamiento médico
en el exterior. |
|
Recomendación de |
|
Pasaporte. |
|
Verificación de
Derechos - Apertura de Casos Administrativos. |
1 día. |
Copia de demanda del
trabajador en sede judicial |
La apertura de
expediente se realiza en Unidad de Verificación de Derechos ubicada en INS
SALUD y se traslada para investigación a RT en Oficinas Centrales. |
Pagos por impedimentos. |
10 minutos. |
Cédula de identidad o
documento de identificación. |
|
Carta de resolución de Migración (Cuando hay
cambio de número de cédula) |
|
Pago por gastos de
funeral. |
10 minutos. |
Factura original timbrada. A falta de original certificación
notarial con vista de la factura original y nombrando los requerimientos
establecidos por |
|
Comprobante del pago por gastos de funeral,
realizado por |
|
Constancia si
reciben renta del régimen. |
5 minutos. |
Cédula de identidad. |
|
Solicitud escrita indicando la información o datos
que desea se certifiquen y sus efectos. |
|
Ampliación de
miembros lesionados en la descripción en avisos de accidentes. |
15 días naturales. |
Carta formal de la
empresa o patrono. |
|
San José, 19 de enero del 2012.—Lic. Ileana Castro Fatjó, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 18484.—Solicitud Nº 337.—C-514620.—(IN2012006199).
Dirección de Seguros Solidarios, |
|
Actualización de requisitos en cumplimiento de |
|
Ley de protección al ciudadano del exceso de
requisitos y trámites administrativos |
|
Seguro Riesgos del Trabajo (Reclamos) |
|
Título del tipo o Nombre de trámite |
Plazo de atención |
PLATAFORMA DE BENEFICIOS ECONÓMICOS |
|
Pago de Incapacidades Temporales |
|
Pago de Incapacidad por accidentes de tránsito
en horas laborales/casos con subrogación. |
10 minutos |
Copia de la denuncia ante |
|
Número de expediente judicial. |
|
Copia de sentencia, si existe. |
|
Complemento de información relativa indicado en
el aviso de accidente. |
|
Confección de pago de incapacidades |
5 minutos |
Boleta de incapacidad extendida por el médico tratante
de INS-Salud o del Dispensario Médico correspondiente. |
|
Documento de identificación del trabajador (si
es menor certificado de nacimiento y presentarse con el padre o madre). |
|
Complemento de información relativa indicado en el
aviso de accidente. |
|
Apertura de expedientes - caso. |
03 días |
Aviso de accidente o enfermedad de trabajo y
orden de atención médica debidamente cumplimentada y firmada por el
patrono. |
|
Cambio de domicilio del trabajador lesionado. |
5 minutos |
Constancia de cuenta cliente de un Banco del
Sistema Bancario Nacional. |
|
O aportar copia del contrato de arrendamiento si vive en una casa la cual está alquilando. El mismo debe contener la dirección de dicha vivienda. |
|
O aportar carné del Ebais, Clínica u Hospital de
|
|
Si el trabajador no cumple con ninguno de los
requisitos enumerados del 1 al 3, debe entonces aportar algún recibo de
impuestos municipales o territoriales bajo su nombre en los cuales se
establezcan satisfactoriamente la dirección. |
|
Como última opción, deberá aportar carta del
patrono en la cual éste justifique satisfactoriamente la condición de
ubicación del lugar de los trabajos y de su ubicación lógica con respecto al
lugar de residencia del trabajador. Para estos casos el trabajador deberá
presentar el tiquete del bus que compruebe viajar desde la zona señalada por
el patrono. |
|
Pago de reintegro a patronos. |
8 días |
Carta con solicitud de reintegro correspondiente
a las incapacidades de sus trabajadores. |
|
Boletas o comprobantes de incapacidad extendida
por el médico tratante del INS. |
|
Conmutaciones de Renta. |
5 minutos |
Solicitud escrita de la necesidad. |
|
Documentos que justifiquen este beneficio. |
|
Estudio Socio económico de conmutación de
rentas. |
1 mes |
Solicitud escrita. |
|
Proyecto de Inversión. |
|
Comprobantes de ingresos y egresos. |
|
Extensión de renta para Beneficiarios esposa,
compañera, madre, padre o mayor dependiente. |
1 mes |
Solicitud escrita |
|
Certificado de Estado Civil |
|
Dictamen médico |
|
Certificación de |
|
Certificación de |
|
Extensión de renta por estudios (para mayores de
18 años) |
20 minutos |
Certificación de estudios realizados, de |
|
Extensión de renta por estudios (para menores
que cumplan 18 años) |
1 mes |
Certificación de estudios realizados o
aprobados. |
|
Constancia de |
|
Constancia de Registro Civil. |
|
Certificación bancaria en la primera solicitud
(cuenta cliente). |
|
Certificado médico (Para casos especiales). |
|
Constancia de una nueva matrícula de estudios. |
|
Copia de la cédula de identidad. |
|
Estudio socioeconómico para extensión de renta
por incapacidad parcial permanente. |
1 mes |
Constancia de |
|
Dictamen médico extendido por |
|
Constancia de salario o certificado de ingresos. |
|
Desglose de egresos. |
|
Pago de Aguinaldo para rentistas con incapacidad
parcial permanente. |
1 mes |
Solicitud escrita. |
|
Comprobantes de ingresos y egresos. |
|
Constancia de |
|
Dictamen médico del EBAIS si presenta condición
invalidante que le impida laborar. |
|
Subsidio económicos para estudio de trabajadores
rentistas. |
1 mes |
Formulario de solicitud. |
|
Comprobante del centro educativo donde recibirá
la capacitación. |
|
Comprobante de ingresos y egresos. |
|
Presupuesto de viáticos. |
|
Proforma de costos. |
|
Comprobante de conclusión de otros cursos (con
este subsidio). |
|
Asignación para Grandes Inválidos. |
1 mes |
Solicitud escrita. |
|
Certificado de estado civil. |
|
Comprobantes de ingresos y egresos. |
|
Opción de compra venta o proforma materiales y
mano de obra. |
|
Depósito de rentas en cuentas Bancarias. |
3 días |
Fotocopia de la cédula de identidad. |
|
Constancia del Banco en donde se indique el
nombre de la persona y su número de cuenta cliente. |
|
Pago de rubros sentencias al trabajador. |
15 días |
Sentencia certificada en firme. |
|
Visto Bueno del Área legal del INS. |
|
Pago de rubros por sentencia (honorarios). |
15 días. |
Sentencia certificada. |
|
Constancia de ser el abogado encargado del caso. |
|
Factura timbrada. |
|
Certificación de rentas. |
5 minutos |
Solicitud escrita indicando la información o datos
que desea se certifiquen y sus efectos. |
|
Tratamiento médico en el exterior. |
|
Recomendación de |
|
Pasaporte. |
|
Verificación de Derechos - Apertura de Casos
Administrativos. |
1 día |
Copia de demanda del trabajador en sede
judicial. |
|
Pagos por impedimentos. |
10 minutos |
Cédula de identidad o documento de
identificación. |
|
Carta de resolución de Migración (Cuando hay
cambio de número de cédula). |
|
Pago por gastos de funeral. |
10 minutos |
Factura original timbrada. A falta de original
certificación notarial con vista de la factura original y nombrando los
requerimientos establecidos por |
|
Comprobante del pago por gastos de funeral,
realizado por |
|
Constancia si reciben renta del régimen. |
5 minutos |
Cédula de identidad. |
|
Solicitud escrita indicando la información o
datos que desea se certifiquen y sus efectos. |
|
Ampliación de miembros lesionados en la
descripción en avisos de accidentes. |
15 días naturales |
Carta formal de la empresa o patrono. |
|
San José, 19 de enero del 2012.—Lic.
Ileana Castro Fatjó, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 18484.—Solicitud Nº
337.—C-255640.—(IN2012006201).
SUPERINTENDENCIA GENERAL DE SEGUROS
Presupuesto de egresos detallado para el año 2012
(En
colones)
Código |
Detalle |
Monto |
|
|
|
0 |
Remuneraciones |
1.308.121.765,22 |
0.01 |
Remuneraciones Básicas |
755.806.064,00 |
0.01.01 |
Sueldos para cargos fijos |
755.806.064,00 |
0.02 |
Remuneraciones eventuales |
2.500.000,00 |
0.02.01 |
Tiempo extraordinario |
2.500.000,00 |
0.02.01.02 |
Tiempo
extraordinario, salario único de contratación |
2.500.000,00 |
0.03 |
Incentivos salariales |
252.038.562,36 |
0.03.01 |
Retribución por años servidos |
93.406.436,24 |
0.03.02 |
Restricción al
ejercicio liberal de la profesión |
47.535.545,20 |
0.03.03 |
Décimo tercer mes |
77.718.788,72 |
0.03.04 |
Salario escolar |
19.402.982,00 |
0.03.99 |
Otros incentivos salariales |
13.974.810,20 |
0,04 |
Contribuciones
Patronales al Desarrollo y la Seguridad Social |
156.214.827,80 |
0.04.01 |
Contribución
Patronal al Seguro de Salud de |
86.267.889,98 |
0.04.02 |
Contribución
Patronal al Instituto Mixto de Ayuda Social |
4.663.129,19 |
0.04.03 |
Contribución
Patronal al Instituto Nacional de Aprendizaje |
13.989.387,56 |
0.04.04 |
Contribución
Patronal al Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares |
46.631.291,88 |
0.04.05 |
Contribución Patronal
al Banco Popular y de Desarrollo Comunal |
4.663.129,19 |
0.05 |
Contribuciones
patronales a fondos de pensiones y otros fondos de capitalización |
137.562.311,06 |
0.05.01 |
Contribución
Patronal al Seguro de Pensiones de |
45.885.191,21 |
0.05.02 |
Aporte
Patronal al Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias |
13.989.387,56 |
0.05.03 |
Aporte
Patronal al Fondo de Capitalización Laboral |
27.978.775,13 |
0.05.05 |
Contribución Patronal
a fondos administrados por entes privados, (5,33%) |
49.708.957,16 |
0.99 |
Remuneraciones diversas |
4.000.000,00 |
0.99.99 |
Otras remuneraciones |
4.000.000,00 |
1 |
Servicios |
1.477.990.008,18 |
1.01 |
Alquileres |
93.063.168,00 |
1.01.01 |
Alquiler de
edificios, locales y terrenos |
93.063.168,00 |
1.02 |
Servicios básicos |
15.693.320,00 |
1.02.01 |
Servicio de
agua y alcantarillado |
1.597.440,00 |
1.02.02 |
Servicio de energía eléctrica |
10.200.000,00 |
1.02.03 |
Servicio de correo |
121.000,00 |
1.02.04 |
Servicio de telecomunicaciones |
3.614.880,00 |
1.02.04.01 |
Servicio telefónico nacional |
1.248.000,00 |
1.02.04.02 |
Servicio telefónico internacional |
374.400,00 |
1.02.04.03 |
Servicio de monitoreo |
1.500.480,00 |
1.02.04.05 |
Servicios de información |
180.000,00 |
1.02.04.06 |
Servicio de
televisión por cable |
312.000,00 |
1.02.99 |
Otros servicios básicos |
160.000,00 |
1.03 |
Servicios comerciales y financieros |
99.339.459,18 |
1.03.01 |
Información |
79.173.081,00 |
1.03.01.01 |
Medios escritos |
17.172.170,00 |
1.03.01.02 |
Radio y televisión |
62.000.911,00 |
1.03.03 |
Impresión, encuadernación y otros |
1.460.000,00 |
1.03.07 |
Servicios de
transferencia electrónica de información |
18.706.378,18 |
1.04 |
Servicios de
gestión y apoyo |
910.381.231,00 |
1.04.04 |
“Servicios en
ciencias económicas y sociales (Consultorías)” |
899.981.231,00 |
1.04.04.04 |
Otros servicios |
899.981.231,00 |
1.04.06 |
Servicios generales |
10.400.000,00 |
1.04.06.01 |
Limpieza |
10.400.000,00 |
1,05 |
Gastos de
viaje y de transporte |
26.711.216,00 |
1.05.01 |
Transporte dentro del país |
88.000,00 |
1.05.02 |
Viáticos dentro del país |
4.000.000,00 |
1.05.03 |
Transporte en el exterior |
8.870.400,00 |
1.05.04 |
Viáticos en el exterior |
13.752.816,00 |
1.06 |
Seguros,
reaseguros y otras obligaciones |
7.566.000,00 |
1.06.01 |
Seguros |
7.566.000,00 |
1.06.01.01 |
Seguro de daños |
3.000.000,00 |
1.06.01.02 |
Seguro de riesgos profesionales |
2.500.000,00 |
1.06.01.03 |
Seguro obligatorio |
800.000,00 |
1.06.01.04 |
Seguro Equipo Electrónico |
700.000,00 |
1.06.01.07 |
Póliza Viajero |
366.000,00 |
1.06.01.08 |
Dinero en tránsito |
200.000,00 |
1.07 |
Capacitación y protocolo |
68.003.502,00 |
1.07.01 |
Actividades de capacitación |
53.003.502,00 |
1.07.01.01 |
Alquiler de
equipo, sala o local para capacitación |
1.500.000,00 |
1.07.01.02 |
Alimentación
para participantes en eventos de capacitación |
1.500.000,00 |
1.07.01.03 |
Contrataciones de instructores y de personal de apoyo |
28.248.000,00 |
1.07.01.04 |
Suscripciones a congresos, seminarios y similares |
21.755.502,00 |
1.07.02 |
Actividades protocolarias y sociales |
15.000.000,00 |
1.08 |
Mantenimiento y reparación |
256.832.112,00 |
1.08.01 |
Mantenimiento de edificios y locales |
3.216.000,00 |
1.08.04 |
Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo de producción |
100.000,00 |
1.08.05 |
Mantenimiento y reparación de equipo de transporte |
8.000.000,00 |
1.08.06 |
Mantenimiento y reparación de equipo de comunicación |
300.000,00 |
1.08.07 |
Mantenimiento y reparación de equipo y mobiliario de oficina |
1.000.000,00 |
1.08.08 |
Mantenimiento y reparación de equipo de cómputo y sistemas |
243.916.112,00 |
1.08.99 |
Mantenimiento y reparación de otros equipos |
300.000,00 |
1,99 |
Servicios diversos |
400.000,00 |
1.99.99 |
Otros servicios no especificados |
400.000,00 |
2 |
Materiales y suministros |
13.146.102,00 |
2.01 |
Productos químicos y conexos |
3.735.178,00 |
2.01.01 |
Combustibles y lubricantes |
1.500.000,00 |
2.01.02 |
Productos farmacéuticos y medicinales |
300.000,00 |
2.01.04 |
Tintas, pinturas y diluyentes |
1.935.178,00 |
2.02 |
Alimentos y productos agropecuarios |
1.496.480,00 |
2.02.03 |
Alimentos y bebidas |
1.496.480,00 |
2.03 |
Materiales y productos de uso en la construcción y mantenimiento |
410.000,00 |
2.03.01 |
Materiales y productos metálicos |
110.000,00 |
2.03.04 |
Materiales y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo |
200.000,00 |
2.03.99 |
Otros materiales y productos de uso en la construcción y
mantenimiento |
100.000,00 |
2.04 |
Herramientas, repuestos y accesorios |
500.000,00 |
2.04.01 |
Herramientas e instrumentos |
200.000,00 |
2.04.02 |
Repuestos y accesorios |
300.000,00 |
2.99 |
Útiles,
materiales y suministros diversos |
7.004.444,00 |
2.99.01 |
Útiles y materiales
de oficina y cómputo |
720.000,00 |
2.99.02 |
Útiles y
materiales médico, hospitalario y de investigación |
500.000,00 |
2.99.03 |
Productos de
papel, cartón e impresos |
3.363.804,00 |
2.99.04 |
Textiles y vestuario |
700.000,00 |
2.99.05 |
Útiles y
materiales de limpieza |
1.160.640,00 |
2.99.07 |
Útiles y
materiales de cocina y comedor |
260.000,00 |
2.99.99 |
Otros útiles,
materiales y suministros |
300.000,00 |
5 |
Bienes duraderos |
11.462.875,00 |
5.01.03 |
Equipo de comunicación |
2.016.800,00 |
5.01.04 |
Equipo y
mobiliario de oficina |
5.200.000,00 |
5.01.05 |
Equipo y
programas de cómputo |
3.444.810,00 |
5.01.07 |
Equipo y
mobiliario educacional, deportivo y recreativo |
360.000,00 |
5.01.99 |
Maquinaria y equipo diverso |
441.265,00 |
6 |
Transferencias corrientes |
68.420.080,00 |
6.02 |
Transferencias corrientes a personas |
19.444.080,00 |
6.02.01 |
Becas a funcionarios |
19.444.080,00 |
6.02.01.01 |
Adiestramiento en territorio nacional |
19.444.080,00 |
6.03 |
Prestaciones |
20.000.000,00 |
6.03.01 |
Prestaciones legales |
10.000.000,00 |
6.03.99 |
Otras
prestaciones a terceras personas (subsidios por incapacidad) |
10.000.000,00 |
6.06 |
Otras transferencias
Corrientes al sector privado |
20.000.000,00 |
6.06.01 |
Indemnizaciones |
20.000.000,00 |
6.07 |
Transferencias
corrientes al sector externo |
8.976.000,00 |
6.07.01.09 |
ASSAL |
1.584.000,00 |
6.07.01.10 |
IAIS |
7.392.000,00 |
|
Total |
2.879.140.830,40 |
Área Administrativa.—Henry Meoño
Castro.—1 vez.— RP2012275739.—(IN2012006747).
SUPERINTENDENCIA
DE PENSIONES
PRESUPUESTO DE EGRESOS
DETALLADO PARA EL AÑO 2012 (EN MILES DE COLONES)
Código |
Detalle |
Monto |
0 |
REMUNERACIONES |
2.707.736 |
0,01 |
REMUNERACIONES BÁSICAS |
1.555.122 |
0.01.01 |
Sueldos para cargos fijos |
1.555.122 |
0.01.01.01 |
Sueldos básicos |
168.966 |
0.01.01.02 |
Salario único de contratación |
1.386.155 |
0,02 |
REMUNERACIONES EVENTUALES |
10.100 |
0.02.01 |
Tiempo extraordinario |
4.100 |
0.02.01.01 |
Tiempo extraordinario |
4.100 |
0.02.02 |
Recargo de funciones |
6.000 |
0.02.02.01 |
Recargos |
6.000 |
0,03 |
INCENTIVOS SALARIALES |
530.146 |
0.03.01 |
Retribución por años servidos |
244.783 |
0.03.01.01 |
Reconocimiento por anualidad |
118.740 |
0.03.01.02 |
Reconocimiento por méritos |
126.043 |
0.03.02 |
Restricción al ejercicio liberal de la profesión |
47.536 |
0.03.02.01 |
Prohibición |
47.536 |
0.03.02.02 |
Dedicación exclusiva |
|
0.03.03 |
Decimotercer mes |
161.182 |
0.03.03.01 |
Decimotercer mes |
161.182 |
0.03.04 |
Salario escolar |
42.141 |
0.03.99 |
Otros incentivos salariales |
34.505 |
0.03.99.01 |
Asignación profesional |
30.226 |
0.03.99.02 |
Remuneración adicional (Ajuste Personal) |
4.278 |
0,04 |
CONTRIBUCIONES PATRONALES AL DESARROLLO Y |
323.976 |
0.04.01 |
Contribución Patronal al Seguro de Salud de |
178.912 |
0.04.02 |
Contribución Patronal al Instituto Mixto de
Ayuda Social |
9.671 |
0.04.03 |
Contribución Patronal al Instituto Nacional de
Aprendizaje |
29.013 |
0.04.04 |
Contribución Patronal al Fondo de Desarrollo
Social y Asignaciones Familiares |
96.709 |
0.04.05 |
Contribución Patronal al Banco Popular y de
Desarrollo Comunal |
9.671 |
0,05 |
CONTRIBUCIONES PATRONALES A FONDOS DE PENSIONES Y
OTROS FONDOS DE CAPITALIZACIÓN |
285.292 |
0.05.01 |
Contribución Patronal al Seguro de Pensiones de |
95.162 |
0.05.02 |
Aporte Patronal al Régimen Obligatorio de
Pensiones Complementarias |
29.013 |
0.05.03 |
Aporte Patronal al Fondo de Capitalización
Laboral |
58.026 |
0.05.05 |
Contribución Patronal a fondos administrados por
entes privados, (5,33%) |
103.092 |
0,99 |
REMUNERACIONES DIVERSAS |
3.100 |
0.99.99 |
Otras remuneraciones |
3.100 |
1 |
SERVICIOS |
1.531.795 |
1,01 |
ALQUILERES |
252.401 |
1.01.01 |
Alquiler de edificios, locales y terrenos |
122.918 |
1.01.02 |
Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario |
450 |
1.01.03 |
Alquiler de equipo de cómputo |
129.033 |
1.01.99 |
Otros alquileres |
0 |
1,02 |
SERVICIOS BÁSICOS |
69.638 |
1.02.01 |
Servicio de agua y alcantarillado |
1.610 |
1.02.01.01 |
Edificio Central |
1.610 |
1.02.02 |
Servicio de energía eléctrica |
38.400 |
1.02.02.01 |
Edificio Central |
38.400 |
1.02.03 |
Servicio de correo |
170 |
1.02.04 |
Servicio de telecomunicaciones |
29.008 |
1.02.04.01 |
Servicio telefónico nacional |
5.000 |
1.02.04.02 |
Servicio telefónico internacional |
610 |
1.02.04.03 |
Servicio celular |
800 |
1.02.04.04 |
Servicio de Radiolocalizador |
0 |
1.02.04.05 |
Servicio redes informáticas |
22.598 |
1.02.99 |
Otros servicios básicos |
450 |
1,03 |
SERVICIOS COMERCIALES Y FINANCIEROS |
113.701 |
1.03.01 |
Información |
73.000 |
1.03.01.01 |
Medios escritos |
30.000 |
1.03.01.02 |
Radio y televisión |
43.000 |
1.03.03 |
Impresión, encuadernación y otros |
2.000 |
1.03.03.03 |
Otros |
2.000 |
1.03.07 |
Servicio de Transferencia Electrónica de
Información |
38.701 |
1,04 |
SERVICIOS DE GESTIÓN Y APOYO |
911.642 |
1.04.01 |
Servicios médicos y de laboratorio |
500 |
1.04.02 |
Servicios jurídicos |
13.200 |
1.04.04 |
Servicios en ciencias económicas y sociales |
883.542 |
1.04.04.04 |
Otros servicios |
883.542 |
1.04.05 |
Servicios de desarrollo de sistemas informáticos |
|
1.04.06 |
Servicios generales |
14.400 |
1.04.06.01 |
Limpieza |
14.100 |
1.04.06.04 |
Lavado de vestuario y otros |
300 |
1.04.99 |
Otros servicios de gestión y apoyo |
|
1,05 |
GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE |
28.055 |
1.05.01 |
Transporte dentro |
350 |
1.05.01.02 |
Pasajes y otros |
350 |
1.05.02 |
Viáticos dentro |
2.150 |
1.05.03 |
Transporte en el exterior |
12.424 |
1.05.03.01 |
Capacitación |
6.378 |
1.05.03.02 |
Viajes oficiales |
6.046 |
1.05.04 |
Viáticos en el exterior |
13.131 |
1.05.04.01 |
Capacitación |
6.864 |
1.05.04.02 |
Viajes oficiales |
6.267 |
1,06 |
SEGUROS, REASEGUROS Y OTRAS OBLIGACIONES |
11.500 |
1.06.01 |
Seguros |
11.500 |
1.06.01.01 |
Seguro de daños |
6.000 |
1.06.01.02 |
Seguro de riesgos profesionales |
3.500 |
1.06.01.03 |
Seguro obligatorio |
2.000 |
1,07 |
CAPACITACIÓN Y PROTOCOLO |
115.008 |
1.07.01 |
Actividades de capacitación |
107.008 |
1.07.01.01 |
Alquiler de equipo, sala o local para
capacitación |
400 |
1.07.01.02 |
Alimentación para participantes en eventos de
capacitación |
550 |
1.07.01.03 |
Contrataciones de instructores y de personal de
apoyo |
73.984 |
1.07.01.04 |
Suscripciones a congresos, seminarios y
similares |
32.074 |
1.07.02 |
Actividades protocolarias y sociales |
8.000 |
1.07.03 |
Gastos de representación institucional |
0 |
1.07.03.06 |
Superintendente |
0 |
1,08 |
MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN |
29.300 |
1.08.01 |
Mantenimiento de edificios y locales |
15.000 |
1.08.01.01 |
Edificio Central |
15.000 |
1.08.04 |
Mantenimiento y reparación de maquinaria y
equipo de producción |
250 |
1.08.05 |
Mantenimiento y reparación de equipo de
transporte |
5.050 |
1.08.06 |
Mantenimiento y reparación de equipo de
comunicación |
650 |
1.08.07 |
Mantenimiento y reparación de equipo y
mobiliario de oficina |
3.194 |
1.08.08 |
Mantenimiento y reparación de equipo de cómputo
y sistemas de información |
4.906 |
1.08.99 |
Mantenimiento y reparación de otros equipos |
250 |
1,09 |
IMPUESTOS |
50 |
1.09.99 |
Otros Impuestos |
50 |
1,99 |
SERVICIOS DIVERSOS |
500 |
1.99.99 |
Otros servicios no especificados |
500 |
2 |
MATERIALES Y SUMINISTROS |
30.867 |
2.01 |
PRODUCTOS QUÍMICOS Y CONEXOS |
10.850 |
2.01.01 |
Combustibles y lubricantes |
8.000 |
2.01.02 |
Productos farmacéuticos y medicinales |
450 |
2.01.04 |
Tintas, pinturas y diluyentes |
2.400 |
2,02 |
ALIMENTOS Y PRODUCTOS AGROPECUARIOS |
2.300 |
2.02.03 |
Alimentos y bebidas |
2.300 |
2,03 |
MATERIALES Y PRODUCTOS DE USO EN |
710 |
2.03.01 |
Materiales y productos metálicos |
60 |
2.03.02 |
Materiales y productos minerales y asfálticos |
0 |
2.03.03 |
|
0 |
2.03.04 |
Materiales y productos eléctricos, telefónicos y
de cómputo |
650 |
2.03.99 |
Otros materiales y productos de uso en la
construcción |
0 |
2,04 |
HERRAMIENTAS, REPUESTOS Y ACCESORIOS |
1.560 |
2.04.01 |
Herramientas e instrumentos |
210 |
2.04.02 |
Repuestos y accesorios |
1.350 |
2,99 |
ÚTILES, MATERIALES Y SUMINISTROS DIVERSOS |
15.447 |
2.99.01 |
Útiles y materiales de oficina y cómputo |
5.175 |
2.99.02 |
Útiles y materiales médico, hospitalario y de
investigación |
300 |
2.99.03 |
Productos de papel, cartón e impresos |
6.770 |
2.99.04 |
Textiles y vestuario |
800 |
2.99.05 |
Útiles y materiales de limpieza |
1.402 |
2.99.06 |
Útiles y materiales de resguardo y seguridad |
250 |
2.99.07 |
Útiles y materiales de cocina y comedor |
300 |
2.99.99 |
Otros útiles, materiales y suministros |
450 |
5 |
BIENES DURADEROS |
28.094 |
5,01 |
MAQUINARIA, EQUIPO Y MOBILIARIO |
28.094 |
5.01.02 |
Equipo de transporte |
0 |
5.01.03 |
Equipo de comunicación |
2.800 |
5.01.04 |
Equipo y mobiliario de oficina |
2.250 |
5.01.05 |
Equipo y programas de cómputo |
21.384 |
5.01.05.01 |
Hardware |
0 |
5.01.05.02 |
Software (compra de paquetes elaborados) |
21.384 |
5.01.06 |
Equipo sanitario, de laboratorio e investigación
|
1.190 |
5.01.07 |
Equipo y mobiliario educacional, deportivo y
recreativo |
0 |
5.01.99 |
Maquinaria y equipo diverso |
470 |
6 |
TRANSFERENCIAS |
83.268 |
6,02 |
TRANSFERENCIAS |
12.500 |
6.02.01 |
Becas a funcionarios |
12.500 |
6.02.01.01 |
Capacitación en territorio nacional |
12.500 |
6,03 |
PRESTACIONES |
21.000 |
6.03.01 |
Prestaciones legales |
6.000 |
6.03.01.04 |
Preaviso y cesantía |
6.000 |
6.03.99 |
Otras prestaciones a terceras personas |
15.000 |
6.06 |
OTRAS TRASNFERENCIAS CORRIENTES AL SECTOR
PRIVADO |
40.000 |
6.06.01 |
Indemnizaciones |
40.000 |
6.07 |
TRANSFERENCIAS CORRIENTES AL SECTOR EXTERNO |
9.768 |
6.07.01 |
Transferencias corrientes a organismos
internacionales |
9.768 |
6.07.01.05 |
Asociación internacional de Organismos de
Supervisión (AIOS) |
2.640 |
6.07.01.06 |
Conferencia internacional de |
2.640 |
6.07.01.08 |
Organismo Internacional de Sistemas de Pensiones
(IOPS) |
4.488 |
|
TOTAL |
4.381.760 |
José Ezequiel Arias González.—1 vez.—O. C. Nº 9988.—Solicitud Nº 1101.—C-289440.—(IN2012006936).
VICERRECTORÍA
ACADÉMICA
PROGRAMA
DE GRADUACIÓN
REPOSICIÓN
DE TÍTULOS
PUBLICACIÓN
DE tercera VEZ
Ante el Departamento de Registro de
Heredia, 13 de enero del 2012.—Departamento de
Registro.—M.A.E. Marvin Sánchez Hernández, Director.—(IN2012004561).
COLEGIO UNIVERSITARIO DE CARTAGO
REPOSICIÓN DE TÍTULO
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante el Colegio Universitario de
Cartago se ha presentado la solicitud de reposición del título de Diplomado en
Educación Superior Parauniversitaria en Empresas y Actividades Turísticas,
inscrito en el tomo 5, folio 131, título N° 3-13-492 y ante el Consejo Superior
de Educación en el tomo 2, folio 451, título N°
EDICTO
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
La señora Vanessa López Murillo, cédula de
identidad Nº
GERENCIA DE LOGÍSTICA
DIRECCIÓN TÉCNICA DE BIENES Y SERVICIOS
COMUNICA
Que según el oficio
AMTC-0232-01-2012, del Área de Medicamentos y Terapéutica Clínica, en sesión
2012-02 del 11 de enero del 2012, el Comité Central de Farmacoterapia “Se
reforma específicamente los incisos A y C del punto tres de los requisitos para
medicamentos que requieren bioequivalencia -recopilados y actualizados mediante
sesión 2011-20, artículo XXVI (publicado en
A. Certificación de bioequivalencia in vivo emitida por
C. Carta de libre venta del producto (con una
vigencia no mayor a 2 años) que documente que el medicamento se comercializa en
alguno de los siguientes países (FDA) (E.E.U.U) y/o Canadá y/o MHRA (Reino
Unido) y/o países miembros de
Esta reforma rige a partir de su
publicación.
Área de Planificación de Bienes
y Servicios.—Ing. Carlos Felipe López Chávez, Jefe a. í.—1 vez.—O.C. Nº 2112.—C-24620.—(IN2012006646).
EDICTO
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
A, Luis Gerardo López Chaves, se
les comunica la resolución de este Despacho de las 09:00 horas del 11 de enero de
2012, por medio de la cual se ordena medida de inclusión en programas oficiales
o comunitarios de auxilio, que impliquen orientación y tratamiento a
alcohólicos y toxicómanos a favor de la persona menor de edad Fiorella López
Salazar. Recurso: apelación. Plazo: dos días hábiles siguientes al de la
tercera publicación. Ante este Órgano Director. Se le previene además, señalar
lugar o medio para atender notificaciones futuras bajo el apercibimiento de que
si no lo hiciere, o si el lugar señalado fuere impreciso o incierto, o si ya no
existiere o fuera imposible la comunicación electrónica por circunstancias no
imputables a
A, Heriberto Carrillo Sánchez, se le comunica la resolución de este Despacho de las diez horas del cuatro de enero del dos mil doce, por medio de la cual se ordenó cuido provisional de: Brayan Heriberto Carrillo González, con Arturo Vargas Vargas e Iris Rojas Quirós. La medida se dicta por un plazo de seis meses. Una vez firme la presente resolución, se deberá iniciar el proceso judicial respectivo. Recurso: apelación. Plazo: dos días hábiles siguientes a la tercera publicación. Ante este Órgano Director, debiendo señalar lugar para notificaciones futuras dentro del perímetro administrativo de este Despacho y de alzada, en San José. Pudiendo señalar número de fax para tal fin. Exp.: 531-037-92.—Oficina Local de San Ramón, 16 de enero del 2012.—Licda. Ana Lorena Fonseca Méndez, Órgano Director.—(IN2012005373).
A, Sadia del Carmen Martínez Rizo, se les comunica la resolución
de este Despacho de las 14:00 horas del 17 de enero de 2012, por medio de la
cual se ordena medida de inclusión en programas oficiales o comunitarios de
auxilio, que impliquen orientación y tratamiento a alcohólicos y toxicómanos a
favor de la persona menor de edad Juan José Martínez (solo un apellido).
Recurso: apelación. Plazo: dos días hábiles siguientes al de la tercera
publicación. Ante este Órgano Director. Se le previene además, señalar lugar o
medio para atender notificaciones futuras bajo el apercibimiento de que si no
lo hiciere, o si el lugar señalado fuere impreciso o incierto, o si ya no
existiere o fuera imposible la comunicación electrónica por circunstancias no
imputables a
Al señor Juan José Barquero Esquivel, se le comunica la resolución
de este Despacho de las diez horas del día cuatro de enero del año dos mil doce
que ordenó la medida de cuido provisional de la joven Jazmín Barquero Campos en
el hogar de la señora Ana Isabel Barquero Esquivel. Se previene a las partes
señalar lugar para futuras notificaciones en el perímetro de esta Oficina
Local, de lo contrario las resoluciones posteriores quedarán notificadas con
solo el transcurso de veinticuatro horas después de ser dictadas. Plazo para
oposiciones tres días a partir de la tercera publicación de este edicto.
Recurso de apelación el cual deberá interponerse ante
A la señora Marjorie Blandón Moreno, se le comunica la resolución
de este Despacho de las quince horas del tres de octubre del año dos mil once
que ordenó
A los señores Hernán Mora Vargas, cédula de identidad número
cinco-ciento cincuenta y uno-ochocientos treinta y nueve y Nuria Jiménez
Godines, cédula de identidad número uno-ochocientos quince-novecientos noventa
y tres, demás calidades desconocidas por esta Oficina, visto que no fueron
localizados en la dirección que aportaron, se les notifica la resolución de las
once horas del cinco de enero de dos mil doce, que finaliza el proceso especial
de protección iniciado a favor de la persona menor de edad Yuleydy Mora Jiménez.
Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación
de este edicto, mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante
esta Oficina Local, en forma verbal o escrita; Oficina que lo elevará ante
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
Se le comunica a Marlon Roberto
Mesén Quesada que por resoluciones de la representación legal de esta oficina
local, de las 13:05 horas del 20 de junio, de las 08:15 horas del 24 de junio,
de las 11:48 horas del 24 de junio, de las 12:40 horas del 7 de julio, todas
las anteriores del año 2011, y de las 11:57 horas del 20 de enero del 2012, se
inició proceso de protección administrativa a favor de la persona menor de edad
Dayana María Mesén Núñez y de su hijo por nacer; además, se le otorgó a la
joven su abrigo temporal en una alternativa de protección institucionalizada,
luego modificada por su cuido provisional en los señores Randall Francisco
Núñez Quesada y Verónica Auxiliadora Ríos Moya; y finalmente, se autorizó el
retorno de la joven y de su hijo recién nacido con su madre la señora Jennifer
Núñez Pérez, y se dispuso la orientación, el apoyo y el seguimiento temporal a
la familia por seis meses. Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para
que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime
necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar
por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las
piezas del expediente, que permanecerá a su disposición en esta oficina local,
en días y horas hábiles, ubicada en San José, Paseo Colón, avenidas 0 y 2,
calle 38. Deberá señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus
notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24
horas después de dictadas, conforme
A, Concepción Gutiérrez Gutiérrez y Félix Alberto Barrera Duarte, Heriberto Carrillo Sánchez, se les comunica la resolución de este Despacho de las nueve horas de diecinueve de enero del dos mil doce, por medio de la cual se ordenó revocar el cuido provisional de, Esmeralda Martínez Baca, Erick Gutiérrez Martínez y Alexa Barrera Martínez, con la señora Zoila Esperanza Baca. Mantuvo las otras medidas de protección y ordenó seguimiento por tres meses a esta nueva ubicación. Recurso: Apelación. Plazo: dos días hábiles siguientes a la tercera publicación. Ante este Órgano Director, debiendo señalar lugar para notificaciones futuras dentro del perímetro administrativo de este Despacho y de alzada, en San José. Pudiendo señalar número de fax para tal fin. Exp.: 244-100-08.—Oficina Local de San Ramón, 19 de enero del 2012.—Lic. Ana Lorena Fonseca Méndez, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—(IN2012006137).
A, Edelma Guadalupe Méndez Rivera, se le comunica la resolución de este Despacho de las ocho horas del veinticuatro de enero del dos mil doce, por medio de la cual se ordenó cuido provisional de, José Francisco y Joaquín Andrés: Méndez Rivera, bajo la responsabilidad de la señora: Dunia María Rivera Matute, como medida de protección, seguridad y estabilidad. Esta medida tiene una vigencia de seis meses. Recurso: Apelación. Plazo: dos días hábiles siguientes a la tercera publicación. Ante este Órgano Director, debiendo señalar lugar para notificaciones futuras dentro del perímetro administrativo del PANI de Naranjo y de alzada, en San José, o bien señalando número de fax. Exp. 243-00003-12.—Oficina Local de San Ramón, 24 de enero del 2012.—Lic. Ana Lorena Fonseca Méndez, Órgano Director del Procedimiento Administrativo en suplencia.—(IN2012006138).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se notifica a los interesados,
las resoluciones administrativas de las quince horas del diecisiete de enero
del dos mil once y quince horas del diecinueve de enero del dos mil once , en
la cual se dictó medida de protección de abrigo y medida de protección de cuido
provisional respectivamente, de la persona menor de edad Wendy Daniela Jiménez
Gómez. Se advierte que deberá señalar lugar o medio para atender
notificaciones, bajo apercibimiento que de no hacerlo, o si el lugar señalado
fuere impreciso, inexacto, o llegare a desaparecer, las notificaciones futuras
quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Pueden contar con la
asesoría y hacerse representar por un abogado de su elección, así como tener
acceso y revisar el expediente administrativo. Procede recurso de apelación el
cual deberá interponerse dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a
partir de la tercera publicación de ésta comunicación, ante
A la joven Andrea Rivas Jiménez se le hace saber la resolución de
las nueve horas con treinta minutos del día diez de enero del dos mil doce, en
la que se ordena que la niña Ariela Rivas Jiménez, permanezca con medida de
protección de cuido provisional en el hogar de los señores Marisol Paniagua
López y Juan Carlos Alpízar Solano y se declara incompetencia territorial para
Se notifica al señor Mario Fernández Fernández, la resolución
administrativa de las trece horas del día veinte de octubre del dos mil once,
dictada a favor de la persona menor de edad Diana María Fernández Rojas, la
cual en su parte resolutiva dispone lo siguiente: I.-Dar inicio al proceso
especial de protección en sede administrativa y se ordena dictar medida de
protección de abrigo temporal a favor de la persona menor de edad Diana María
Fernández Rojas y se ubica en el Albergue Institucional Hogarcito Infantil,
ubicado en Corredores donde se le brindará protección, asistencia y todos los
cuidados necesarios que amerita una persona menor de edad. Asimismo se ordena continuar
con el abordaje psicológico en forma ampliada sobre la presente situación.
II.-Esta medida se dicta por el plazo de seis meses, tiempo prudencial con el
que cuenta
Se notifica al señor Mario Fernández Fernández, la resolución
administrativa de las trece horas veinticinco minutos del día dieciocho de
enero del año dos mil doce, dictada a favor de la persona menor de edad Diana
María Fernández Rojas, la cual en su parte resolutiva dispone lo siguiente;
I.-En vista de que el fin del Patronato Nacional de
Se notifica al señor Juan Carlos Quesada Ramírez, la resolución
administrativa de las quince horas treinta minutos del día veintiuno de noviembre
del dos mil once, dictada a favor de la persona menor de edad Fabián Quesada
Ramírez, la cual en su parte resolutiva dispone lo siguiente: I.-Dar inicio al
proceso especial de protección en sede administrativa y se ordena dictar medida
de protección y cuido provisional a favor de la persona menor de edad Fabián
Quesada Ramírez y se mantiene ubicado al niño Fabián en el hogar de su tía
abuela materna la señora Yucslan Gutiérrez Quirós, mayor, casada, ama de casa,
cédula seis-doscientos catorce-ochocientos cincuenta y ocho y vecina de
Puntarenas, Golfito, Río Claro, Guaycará, Ciudadela Guaycará tres, detrás de la
subestación del ICE, casa con tapia de ladrillos sin pintar a mano izquierda,
donde se le brindara atención, protección, asistencia y todos los cuidados
necesarios que amerita un persona menor de edad hasta tanto se defina la
situación legal del niño de marras. Debe la señora Yucslan Gutiérrez Quirós
presentarse a aceptar el cargo conferido. Asimismo se ordena realizar la
investigación y abordaje social en forma ampliada sobre la presente situación.
II.-Esta medida se dicta en el plazo de seis meses, tiempo prudencial con el
que cuenta
SUPERINTENDENCIA
DE TELECOMUNICACIONES
COMUNICA
Nº 062 SUTEL-SC-2012.—
Considerando:
Que fue hasta el 11 de enero del
2012 que
Modificar el acuerdo 002-015-2011, de la sesión ordinaria 015-2011,
celebrada el 1º de marzo del 2011, en los siguientes términos:
I.—Nombrar a la señora Maryleana Méndez
Jiménez, cédula 1-655-757, en el cargo de Presidenta del Consejo de
II.—El plazo de quiEn asuma el cargo de
Presidente del Consejo por ausencia definitiva, cese, renuncia o cualquier otra
causa similar de quien ostentaba dicho cargo, se entenderá ampliado por seis
meses, a partir del 1º de marzo del 2012 o hasta que se integre el nuevo
Miembro propietario y se lleve a cabo la nueva elección del nuevo Presidente,
lo que suceda primero. Antes de que se realice la nueva elección del Presidente
del Consejo, deberá contarse con un procedimiento interno para el nombramiento
del cargo antes indicado.
III.—El acuerdo al cual se refiere el numeral
inmediato anterior, deberá ser publicado en el diario oficial
IV.—Dejar establecido que
San José, 23 de enero del
2012.—Luis Alberto Cascante Alvarado, Secretario del Consejo.—1 vez.—O. C. Nº
0013-2012.—Solicitud Nº 40880.—C-47020.—(IN2012006958).
A LOS
IMPORTADORES Y COMERCIALIZADORES
DE SEMILLA DE ESPECIES
FORRAJERAS
AL SECTOR PECUARIO
En sesión Nº 619 celebrada el miércoles 25 del
enero 2012,
Acuerdo 5, artículo 9:
“Con el
objeto de ampliar la prestación del servicio de verificación de estándares de
calidad de semilla, se aprueban las normas mínimas de calidad de laboratorio,
para las siguientes especies forrajeras, de manera que sea lea así:
Nombre científico |
Nombre común |
Valor cultural mínimo |
Avena sativa |
Avena Forrajera |
70 |
Stizolobium sp.= Mucuna sp. |
Mucuna=Pica
Pica= =Frijol
Terciopelo |
60 |
El valor cultural es el porcentaje de semilla pura
germinable y se obtiene multiplicando el porcentaje de germinación por el
porcentaje de semilla pura.
Toda la semilla de estas especies que se comercialice deberá ser objeto de control
de calidad y tendrá que presentar un valor cultural superior o igual al
indicado”.
Rige a partir de su aprobación.
Acuerdo firme.
Para mayor detalle pueden referirse a nuestra
Circular ONS-001-12, disponible en http://www.ofinase.go.cr
San José, 26 de enero del 2012.—Ing. Walter Quirós
Ortega, Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2012006954).
ASOCIACIÓN CRUZ ROJA COSTARRICENSE
CONSEJO NACIONAL
(Convocatoria)
Por disposición del Consejo
Nacional de
A) Conocer, aprobar o improbar el informe de gestión
del 2011 de
B) Conocer, aprobar o improbar el informe de
gestión
del 2011 de
C) Conocer, aprobar o improbar el informe de
gestión
del 2011 de
D) Conocer, aprobar o improbar el informe de
gestión
del 2011 del Tribunal de Ética y
Disciplina.
E) Informar a los asociados activos de los
acuerdos adoptados por la asamblea general durante el año 2011.
F) Asuntos y mociones de los asociados.
San José, veintisiete de enero del
dos mil doce.—Rodolfo Herrera Mora, Vicepresidente actuando en funciones de
Presidente.—Esteban Lemus Laporte, Vocal I actuando en funciones de Secretario
General.—1 vez.—(IN2012007462).
Nº AM-001-12.—Alcaldía Municipal.—Desamparados, a
las ocho horas del día nueve de enero de dos mil doce.
Considerando:
1º—Que el Código Municipal, Ley Nº 7794 de 18 de
mayo de 1998, artículo 4º, inciso e), otorga el carácter de Administración
Tributaria a las municipalidades.
2º—Que el artículo 69 del citado código establece que el atraso en el pago
de los tributos municipales generará multas e intereses moratorios, que se
calcularán según el Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Nº 4755 del
3 de mayo de 1971.
3º—Que el artículo 99 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios
faculta a
4º—Que
5º—Que la tasa de interés a cargo del sujeto pasivo (artículo 57), como la
tasa de interés de
6º—Que de conformidad al procedimiento antes citado, el promedio simple de
las tasas activas, al 3 de enero de 2012, de los bancos del Estado para el
sector comercial es de diecisiete coma treinta y seis por ciento (17,36%).
7º—Que la tasa básica pasiva, al 3 de enero del 2012 del Banco Central de
Costa Rica, es ocho por ciento (8,00%); por lo que la tasa a establecer por
parte de
RESUELVE:
Artículo 1º—Establecer en diecisiete coma treinta
y seis por ciento (17,36%) la tasa de interés tanto a cargo del sujeto pasivo
(artículo 57, Código de Normas y Procedimientos Tributarios) como a cargo de
Artículo 2º—Se deja sin efecto la resolución Nº AM-01-2011 de
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.
Publíquese.—Lic. Maureen Fallas Fallas, Alcaldesa
Municipal.—1 vez.—(IN2012006942).
“Con fundamento en el artículo 69 del Código
Municipal y en cumplimiento de las disposiciones de los artículos 57 del Código
de Normas y Procedimientos Tributarios, y 41 del Reglamento a
En sentido similar, con fundamento en los
artículos 25 de
Acuerdo definitivamente aprobado.
Daniela Muñoz Chaves, Secretaria Municipal.—1
vez.—(IN2012006532).
El Concejo Municipal de
La audiencia se realizará en el salón comunal
de la comunidad de San Juanillo, el día 10 de marzo para atender a los vecinos
de San Juanillo, Marbella, Lagarto y Venado y el día 11 de marzo en el salón
comunal de la comunidad de Matapalo, para atender a los vecinos de Tamarindo,
Playa Grande, Matapalo, Playa Real, Puerto Viejo, Conchal, Brasilito, Flamingo,
Potrero,
Santa Cruz, 30 de enero del
2012.—Proveeduría.—Lic. Keylor Jaén Rosales, Proveedor Municipal.—1
vez.—(IN2012007656).
HOTEL Y CLUB PUNTA LEONA S. A.
Se convoca a los accionistas del
Hotel y Club Punta Leona S.A., a la asamblea general extraordinaria, que se
celebrará en
• Informe de
• Aprobar o desaprobar, ratificar o no, los
hechos insertos en dicha Acta y su enmienda.
Si no hubiere quórum, se
celebrará la asamblea en el mismo lugar una hora después, con cualquier número de
accionistas. Se les recuerda a las personas jurídicas accionistas que para
participar en la asamblea, deberán acreditar a su representante con la debida
certificación notarial de personería jurídica, el mandato o autorización
respectiva.
Arq. Eugenio Gordienko Orlich,
Presidente.—Sr. Boris Gordienko Echeverría, Secretario.—1 vez.—(IN2012006662).
CONDOMINIO CENTRO COLÓN-ASOCIACIÓN
DE
COPROPIETARIOS
De conformidad con el artículo
26 de
Los temas a tratar en dicha
asamblea serán los siguientes:
Informe de
Conocimiento y
aprobación del presupuesto ordinario para el 2012 (hasta enero del 2013) y los
medios de aportar los fondos necesarios para cubrirlo. Este documento está a
disposición de los asambleístas con 15 días de antelación a la asamblea en las
oficinas de
3- Elección de Directores del cuerpo
administrador a quienes se les vence el período.
4- Asuntos de
En caso de que el propietario
sea una persona jurídica o bien el propietario persona física, no pueda asistir
y quiere verse representado en la asamblea, deberá otorgar un poder especial o
carta poder, debidamente autenticada por un abogado y la personería de quien da
el poder.
Los inquilinos interesados pueden asistir a
la asamblea, con voz pero sin voto y deberán llevar una carta debidamente
autenticada del propietario en que se indique quién es el inquilino, con las
personerías respectivas.
Únicamente podrá asistir una persona por
finca filial, por lo que por razones de orden y contabilización de votos, las
personas que no cumplan con lo indicado, no podrán estar presentes en
27 de enero del 2012.—Junta
Administrativa.—Walter Valverde Madrigal, Presidente.—1 vez.—(IN2012007044).
CONEXIÓN DCR S.A.
Se convoca a los socios de
Conexión DCR Sociedad Anónima, a la asamblea general ordinaria y extraordinaria
de accionistas, que se celebrará en las oficinas de la sociedad, sitas en sus oficinas
de la sociedad, ubicadas trescientos cincuenta metros al este de los Tribunales
de Justicia del Segundo Circuito Judicial, el día diecisiete de febrero, a las
dieciocho horas en primera convocatoria y una hora después en segunda
convocatoria. Los puntos a tratar en la asamblea son los siguiente: 1. Recibir
y discutir el informe financiero y contable de la sociedad con explicación
amplia de la situación administrativa y financiera de la empresa por parte de
los asesores contables. 2. Determinación y aprobación de acciones y medidas a
tomar según los resultados del informe financiero y contable. 3. Aprobar o
improbar la modificación a los estatutos y acciones administrativas y
operativas. 4. Otros asuntos de interés de los socios.—San José, 16 de enero
del 2012.—Javier De
ASOCIACIÓN CONDOMINIOS APARTOTEL CARIARI
Asamblea general ordinaria y
extraordinaria enfrente de Condo Nº 14, sábado 25 de febrero del 2012, 9:00
a.m., primera convocatoria, 10:00 a.m., segunda convocatoria.
Agenda:
1 .Verificación
del quórum 2. Aprobación
acta anterior
3.
Informe del Presidente 4.
Informe de la administración
5.
Aprobación Presupuesto 2012 6.
Asuntos varios
Roslyn Beswick, cédula de
residencia Nº 112400027835, Representante legal.—1 vez.—(IN2012007411).
TELETEC SOCIEDAD ANÓNIMA
Teletec Sociedad Anónima,
convoca a todos sus accionistas a la asamblea general extraordinaria de
accionistas, a celebrarse en su domicilio social a las dieciocho horas del día 20
de febrero del 2012.—San José, treinta de enero del 2012.—Mainor Francisco
Quesada Alpízar, Presidente.—1 vez.—RP2012276172.—(IN2012007720).
Se convoca a los socios de la
sociedad
1- Verificar el quórum de ley.
2- Autorizar al presidente de
3- Autorizar al presidente de
La presente convocatoria se hace
de conformidad con lo establecido en los estatutos de la sociedad y los
artículos 159 y 160 del Código de Comercio.
Olivier Michel Batle,
Presidente.—1 vez.—RP2012276202.—(IN2012007722).
MOXI SIMÓN S.M. SOCIEDAD ANÓNIMA
Se convoca a todos los socios de
la sociedad de esta plaza denominada Moxi Simón S.M. Sociedad Anónima, cédula
de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos seis mil trescientos
cincuenta y tres a asamblea general extraordinaria, que se celebrará en el
distrito de Jacó, cantón de Garabito, provincia de Puntarenas, Urbanización
Jacó Sol, casa cinco B, Consultores Jurídicos Chaves & Asociados, a las
catorce horas del veinticinco de febrero del dos mil doce y para una hora
después la segunda convocatoria con el objeto de discutir y aprobar los
siguientes temas:
1- Definir el aporte que cada uno de los socios tendrá que cubrir para
efectos de cancelar la totalidad de gastos incurridos por la sociedad antes
indicada en los periodos 2008, 2009 y 2010.
2- Establecer el aporte de cada uno de los socios
durante el año dos mil doce, para cubrir los gastos relacionados con el
gravamen hipotecario que pesa sobre la finca inscrita en el Partido de
Puntarenas, matrícula de folio real número 06-108222-000 y las posibles
sanciones en caso de incumplimiento.
3- Nombramiento o cambio de Junta Directiva.
Antonio Nicolas Borelli,
Apoderado Generalísimo.—1 vez.—RP2012276200.—(IN2012007723).
CONDOMINIO VILLAS FLAMINGO
Asamblea general ordinaria de
propietarios de Condominio Villas Flamingo, cédula 3-109-
Agenda de la asamblea:
1. Verificación del quórum de la
asamblea
2. Elección del Presidente y el
Secretario de
3. Aprobación de
4. Informe del Abogado en
relación con el caso Ellen Shipley.
5.
Informe del abogado sobre las cuotas pendientes de condominios.
6. Informe del administrador del
condominio
a) Informe financiero hasta el
31 de enero 2012
7. Mantenimiento futuro
estructural y general de los edificios y áreas comunes.
a) Crear un calendario para las mejoras
estructurales obligatorias.
8. Aprobación del Presupuesto
2012
a) creación de un Fondo de
Reserva para el caso E. Shipley y mantenimiento estructural.
b) Contratación de nuevo
jardinero
9. Directrices para los cambios
externos y discutir últimos cambios ilegales
10. La creación de un comité
encargado de los asuntos financieros y fiscales
11. Elección del administrador
del condominio
12. Señalar la fecha de la
próxima reunión de Asamblea General.
13. Clausura de la reunión de
Asamblea General
Britta Englhardt, Adminisrtadora—1
vez.—RP2012276183.—(IN2012007725).
FEDERACIÓN DE EMPRESARIOS HUIVH INTERNATIONAL
DE
COSTA RICA W.G.R. SOCIEDAD ANÓNIMA
Que
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ASOCIACIÓN RED VIVA AMÉRICA LATINA
Yo, Carlos César Tamez Luna,
cédula de residencia 148400109425, en mi calidad de presidente y representante
legal de
Álvaro Vargas González, persona
física, cédula 6-116-007, solicita ante
Yo, Jenny Rodríguez Chanto,
cédula número 1-514-257, en mi condición personal y como contribuyente del
impuesto sobre la renta, solicito a
UNIVERSIDAD METROPOLITANA CASTRO CARAZO
El Departamento de Registro de
Jorge Antonio Herrera León, cédula física número
uno cero cuatrocientos ochenta y tres cero ochocientos, solicita ante
MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRÉSTAMO
La señora María Auxiliadora
Chacón Calderón, cédula Nº
INVERSIONES MIFRAN SOCIEDAD ANÓNIMA
Inversiones Mifran Sociedad
Anónima, cédula jurídica número 3-101-234713, solicita ante
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
3-101-470782 SOCIEDAD ANÓNIMA
La sociedad 3-101-470782 S. A.,
cédula jurídica 3-101-470782, solicita ante
DESARROLLOS CASA DINO DE
GUANACASTE
SOCIEDAD ANÓNIMA
Desarrollos Casa Dino de
Guanacaste Sociedad Anónima cédula de persona jurídica tres-ciento
uno-doscientos cincuenta y cuatro mil ciento treinta, solicita ante
BANCO PROMÉRICA DE COSTA RICA S. A.
Por este medio Banco Promérica
de Costa Rica S. A., hace constar que Laura Sánchez Jaén, cédula de identidad:
uno-ochocientos setenta y siete-novecientos noventa y ocho, es la única
propietaria y beneficiaria del siguiente documento: Cheque de Gerencia número
uno tres nueve cinco dos uno, por un monto de un millón cuatrocientos setenta y
cinco mil colones, del Banco Promérica de Costa Rica, S. A., fecha de emisión:
quince de marzo del dos mil once. Por lo cual para efectos de cobro no tiene
ninguna validez.—San José, 19 de enero del 2012.—Luis Carlos Rodríguez
Acuña.—(IN2012005653).
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CENTROAMÉRICA
Ante el registro de
BOSQUE
PUERTO CARRILLO SOCIEDAD ANÓNIMA
Bosque Puerto Carrillo Sociedad Anónima, cédula
jurídica número 3-101-054559, hace del conocimiento público que por motivo de
extravío, el señor Raymond Porter ha solicitado la reposición de la acción
número 1631, James Pointer, acción número 845 y Ruth Lorraine Carlson, acción
729. Se emplaza a cualquier interesado para que en el término de un mes a
partir de la última publicación de este aviso, manifiesten su oposición
dirigida a: Bosque Puerto Carrillo, S. A. c/o Bufete Baltodano y Asociados,
edificio Galería Ramírez Valido, avenida central, calles 5 y 7, San José.—Dr.
Néstor G. Baltodano Vargas, Presidente.—(IN2012005673).
COSTA RICA YACHT CLUB
Hemos recibido solicitud del
señor Guillermo Masís Diviasi, en representación de Mercado de Valores de Costa
Rica Puesto de Bolsa S. A., para reponer la acción serie b, Nº 753 del Costa
Rica Yacht Club, por motivo de extravío. Se cita y emplaza a las partes
interesadas, para que se presenten a las oficinas del Club, ubicadas en El
Cocal de Puntarenas, dentro del plazo improrrogable de un mes, contado a partir
de la tercera publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos, caso
contrario se procederá a la reposición del título, de conformidad con el
artículo 689 del Código de Comercio.—Puntarenas, 13 de enero del 2012.—Firma
ilegible.—(IN2012005709).
COSTA RICA YACHT CLUB
Hemos recibido solicitud del
señor Guillermo Masís Diviasi, en representación de Multifondos de Costa Rica
Safi S. A., para reponer la acción serie b, Nº 754 del Costa Rica Yacht Club,
por motivo de extravío. Se cita y emplaza a las partes interesadas, que se
presenten a las oficinas del Club ubicadas en El Cocal de Puntarenas, dentro
del plazo improrrogable de un mes, contado a partir de la tercera publicación
de este edicto, a hacer valer sus derechos, caso contrario se procederá a la
reposición del título, de conformidad con el artículo 689 del Código de
Comercio.—Puntarenas, 13 de enero del 2012.—Firma ilegible.—(IN2012005710).
COOPEIRAZÚ R. L.
Asamblea general extraordinaria
de asociados Nº 127, del día 13 de octubre del 2011, en folio Nº 0000605,
acuerdo Nº 8. Se acuerda autorizar a la administración solicitar al INFOCOOP la
reposición del libro de Registro de Asociados de Coopeirazú R.L..—San José, 25
de enero del 2012.—Francisco Velásquez Pérez, Gerente.—(IN2012006114).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
DISTRIBUIDORA COMERCIAL POZUELO LIMITADA
Distribuidora Comercial Pozuelo
Limitada, con cédula de persona jurídica Nº 3-102-
ASESORES ADMINISTRATIVOS SOCIEDAD ANÓNIMA
La entidad Asesores
Administrativos Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero
catorce mil setecientos cincuenta, solicita ante
UNIVERSIDAD METROPOLITANA CASTRO CARAZO
El Departamento de Registro de
SAN
JOSÉ INDOOR CLUB S. A.
El San José Indoor Club S. A., tramita la
reposición de la acción Nº
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
COMISIÓN ADMINISTRADORA DEL CEMENTERIO
TRINIDAD-PARACITO
1. Cuota de
mantenimiento:
A) Para derechos sencillos ¢5.250 trimestrales
B) Para derechos dobles ¢6.825 trimestrales
2. Sepelios y
exhumación de restos:
A) En bóveda (aéreo) ¢15.000 por
evento
B) En bóveda (subterráneo) ¢25.000 por evento
C) Apertura de osario ¢10.000 por
evento
D) Exhumación tierra ¢40.000 por
evento
3. Adquisición de
derechos: (precio de contado)
A) Para fosas sencillos ¢220.000
B) Para fosas dobles ¢440.000
4. Renovación de
derechos:
A) Para fosas sencillos ¢24.000
B) Para fosas dobles ¢44.000
Dagoberto López Rodríguez,
Presidente.—1 vez.—(IN2012004581).
ASOCIACIÓN PARA EL BIENESTAR Y AMPARO ANIMAL
Se pone en conocimiento de las
instituciones públicas, la empresa privada y público en general, la integración
de
Presidente: Juan Carlos Peralta Víquez
Vicepresidente: Manuel Calvo Rojas
Secretaria: Patricia Abadía Rodríguez
Tesorero: Alejandro Paniagua Gutiérrez
Vocal primera: Paulina Reyes Sequeira
Vocal segunda: Iris Catalina Saborío Artavia
Vocal tercera: Shirley Rojas Uba
Fiscal: Evaristo Amador Amador
San José, 21 de enero del
2012.—Juan Carlos Peralta Víquez, Presidente.—1 vez.—(IN2012005766).
Se pone en conocimiento de las
instituciones públicas, la empresa privada y público en general, la creación de
filiales regionales de
Filial Guatos o Mingos, que operará en Ciudad
Quesada de San Carlos y cuya junta directiva se integra como sigue:
Presidenta: Iris Catalina Saborío Artavia
Secretaria: Heidy Salas Morales
Tesorero: Fidel Rodríguez Vargas
Vocal: María Gabriela Méndez Valverde
Fiscal: Karla Gabriela Méndez Valverde
Filial Cartago pro Bienestar
Animal, que operará en la provincia de Cartago y cuya junta directiva se
integra como sigue:
Presidenta: Patricia Valenciano Zúñiga
Secretaria: Shirley Rojas Uba
Tesorera: Nubia Garita Corao
Vocal primera: Melissa Torres Valenciano
Vocal segunda: Inés de
Fiscal: Adriana Uba Granados
San José, 21 de enero del 2012.—Juan
Carlos Peralta Víquez, Presidente.—1 vez.—(IN2012005768).
COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS
Y DE
ARQUITECTOS DE COSTA RICA
Carné |
Nombre completo |
Último período pagado |
A-8381 |
ABARCA VASQUEZ JORGE EDUARDO |
3-2010 |
II-5361 |
ACOSTA MORA ALEJANDRO |
4-2010 |
TA-8072 |
ACOSTA ROSALES |
4-2010 |
IM-10609 |
ACUÑA ROJAS JOSE FELIX |
4-2010 |
IE-5086 |
AGUERO ARROYO JUAN CARLOS |
4-2010 |
TA-6551 |
AGUILAR ALVARADO OSCAR |
4-2010 |
ICO-3819 |
AGUILAR FALLAS RONALD ALBERTO |
4-2010 |
IMI-7823 |
AGUILAR GUTIERREZ JULIO ENRIQUE |
4-2010 |
IE-11978 |
AGUILAR PLAZAOLA JOSE AGUSTIN |
3-2010 |
IE-17889 |
AGUILAR RAMIREZ LEONEL |
4-2010 |
IA-19564 |
AGUILAR ROJAS |
4-2010 |
IC-21871 |
AGUILAR SALAZAR DANIEL |
3-2010 |
A-8190 |
ALAS FLORES LUIS AMADEO |
3-2010 |
IEL-18338 |
ALFARO ALVARADO ESTEBAN |
3-2010 |
II-21573 |
ALFARO ALVARADO JULIO ALBERTO |
4-2010 |
A-5986 |
ALFARO ARIAS EDGAR ALLAN |
3-2010 |
IEM-19802 |
ALFARO MONGE WIILLIAM |
4-2010 |
IMI-21817 |
ALFARO MORA RAFAEL ADOLFO |
3-2010 |
IE-21066 |
ALPIZAR ARAYA CARLOS EMILIO |
4-2010 |
A-16178 |
ALPIZAR CRUZ SIONNY YORLENI |
4-2010 |
IMI-20331 |
ALVARADO AZOFEIFA MAURICIO JOSE |
4-2010 |
IE-14590 |
ALVARADO SANABRIA AUGUSTO |
4-2010 |
IET-20411 |
ALVAREZ
BALTODANO BISMARCH ANTONIO CC: BISMARCK |
4-2010 |
II-19808 |
ALVAREZ BARQUERO DIEGO |
4-2010 |
IPI-20740 |
ALVAREZ RAMIREZ ERICK |
4-2010 |
IC-20582 |
ANTICONA SOTOMAYOR CARLOS ALBERTO |
4-2010 |
II-7118 |
ANTILLON HERNANDEZ ANA LUCIA |
4-2010 |
II-18642 |
ARAUZ SOBALBARRO RICARDO JESUS |
3-2010 |
IMI-17264 |
ARAYA BADILLA OMAR ANDRES |
4-2010 |
IPI-11145 |
ARAYA CHAVERRI WALTER |
4-2010 |
ICO-4345 |
ARAYA HERRERA OSCAR |
4-2010 |
A-16404 |
ARAYA POLONIO CARLOS ANDRES |
4-2010 |
IEM-22347 |
ARCE SALAZAR YOLANDA MARIA |
4-2010 |
IE-1066 |
ARCE ULLOA JORGE |
4-2010 |
A-12013 |
ARGUELLO SANCHEZ KARLA MARIA |
3-2010 |
IC-2842 |
ARIAS BLANCO EDGAR ALBERTO |
4-2010 |
IAG-21480 |
ARIAS CHACON GREIVIN ESTEBAN |
3-2010 |
IEL-17967 |
ARIAS GUTIERREZ PABLO CESAR |
4-2010 |
ISL-22255 |
ARIAS MONGE DAVID ESTEBAN |
4-2010 |
A-11580 |
ARIAS SIBAJA ABIGAIL |
4-2010 |
A-14500 |
ARISTIZABAL
VILLAFAÑE |
4-2010 |
ICO-7677 |
ARRIETA TORRES ALEJANDRO |
4-2010 |
ICO-9844 |
ARRIETA TORRES PABLO |
4-2010 |
II-21764 |
ARROYO VINDAS LAURA |
3-2010 |
IT-6887 |
ARTIGA LOAIZA JOSE MAURICIO |
4-2010 |
IT-15608 |
ASTUA MORERA JOSE ANGEL |
4-2010 |
ISL-20670 |
AVALOS SANCHEZ LUCIA |
4-2010 |
A-15449 |
BALLESTER URBINA TANIA |
4-2010 |
IME-2701 |
BALMACEDA GARCIA MANUEL ENRIQUE |
4-2010 |
II-15540 |
BALTODANO OCAMPO MARCO ANTONIO |
3-2010 |
A-17576 |
BANFI GIORDANO ALEJANDRO |
4-2010 |
IME-10616 |
BARILLAS MIRANDA ERNESTO |
4-2010 |
A-15451 |
BARKER VILLALOBOS DEAWENE |
4-2010 |
A-15453 |
BARQUERO SANDOVAL OLIVA |
3-2010 |
IME-17431 |
BARRANTES GONZALEZ SERGIO |
4-2010 |
II-22374 |
BARRANTES LORIA GISELLE |
4-2010 |
A-22050 |
BARRANTES RAMIREZ ANDRES |
4-2010 |
IT-21334 |
BARRANTES VALVERDE ASDRUBAL |
4-2010 |
A-9156 |
BECKLES LOPEZ DE LARA CARLOS |
4-2010 |
ISL-22257 |
BEJARANO CARRILLO ADRIANA |
4-2010 |
IM-2778 |
BENDIG GONZALEZ RODOLFO |
4-2010 |
TA-16561 |
BERMUDEZ CALDERON ROLANDO |
4-2010 |
ISL-17280 |
BETANCOURT QUIROS HAZEL |
3-2010 |
A-21214 |
BLANCO BARQUERO REBECA |
4-2010 |
A-7914 |
BLANCO VALVERDE |
3-2010 |
A-3329 |
BOGANTES MIRANDA LUIS ANGEL |
4-2010 |
IEC-16812 |
BOLAÑOS BRICEÑO GUNAR |
3-2010 |
IC-17549 |
BOLAÑOS CASTRO SILVIA GRACIELA |
4-2010 |
IC-17550 |
BOLAÑOS CUEVAS AARON |
3-2010 |
IMI-18446 |
BOLAÑOS QUESADA MANUEL ANTONIO |
4-2010 |
IM-6603 |
BOLAÑOS RAMIREZ ALVARO |
4-2010 |
IC-11378 |
BONE MOYA EMERSON |
4-2010 |
IC-14268 |
BOZA CASTRO JUAN IGNACIO |
3-2010 |
ISL-21500 |
BRENES BONILLA DIEGO ARMANDO |
3-2010 |
IC-17287 |
BRENES LORIA |
3-2010 |
A-18290 |
BRENES MUÑOZ GINA |
4-2010 |
IEL-14430 |
BRENES ORTIZ LUIS DIEGO |
4-2010 |
IM-17915 |
BRENES ROJAS GUSTAVO |
4-2010 |
IE-22302 |
BRENES VEGA JOSE CARLOS |
4-2010 |
TA-4165 |
BRICEÑO CHACON JAVIER IGNACIO |
4-2010 |
IE-17894 |
BRIZUELA GUTIERREZ IVAN FERNANDO |
4-2010 |
A-19932 |
BROUTIN SERRANO MICHELLE |
4-2010 |
IMI-19668 |
BUSTOS CHOLETTE EGGITAN |
4-2010 |
A-20546 |
CABAL TREJOS DIONISIO |
4-2010 |
IC-11876 |
CALDERON HERNANDEZ GONZALO |
4-2010 |
IE-16544 |
CALDERON LEON ALFONSO |
4-2010 |
II-19361 |
CALDERON MATARRITA YIZZA |
4-2010 |
ICO-14868 |
CALDERON RIZO WAGNER |
4-2010 |
A-15234 |
CALDERON SANDINO JOSE ANTONIO |
3-2010 |
II-21766 |
CALVO ALVARADO EDUARDO ANDRES |
3-2010 |
A-5011 |
CALVO NAVARRO RICARDO |
3-2010 |
II-20210 |
CALVO VILLALOBOS OSCAR FELIPE |
4-2010 |
IC-16348 |
CAMACHO ANGULO ALEXANDER |
4-2010 |
IM-21564 |
CAMARENO BEJARANO JOSE ALBERTO |
4-2010 |
IE-6162 |
|
4-2010 |
IME-22008 |
|
4-2010 |
IC-10631 |
|
4-2010 |
IT-6385 |
CARBALLO SOTO MARCO ANTONIO |
4-2010 |
II-11148 |
|
4-2010 |
IC-9385 |
CARMONA GOMEZ GERARDO |
4-2010 |
TA-5366 |
CARMONA SOTO ROLANDO GUILLERMO |
4-2010 |
PT-2583 |
CARRANZA SOTO JORGE |
3-2010 |
IC-22171 |
CARRILLO SOLERA LISSETTE |
4-2010 |
IMTS-20761 |
CARVAJAL MESEN KENNETH |
4-2010 |
IMI-18014 |
CARVAJAL RODRIGUEZ JOSE RICARDO |
4-2010 |
IE-6649 |
CASTAÑEDA GALLEGOS JOSE RAMON |
4-2010 |
TA-16023 |
CASTILLO CASTRO JOSE DAVID |
3-2010 |
IT-14114 |
CASTILLO GONZALEZ GERMAN MARIO |
4-2010 |
IMI-16583 |
CASTILLO VASQUEZ JOSE GERARDO |
4-2010 |
IC-3992 |
CASTRO ARIAS CARLOS FRANCISCO |
4-2010 |
TA-16835 |
CASTRO CASTILLO ANDREY ANTONIO |
4-2010 |
A-4925 |
CASTRO FERNANDEZ MARTIN |
4-2010 |
IC-19905 |
CASTRO MORALES EDWARD JESUS |
4-2010 |
A-14504 |
CAVALLINI VARGAS MAURICIO |
4-2010 |
IT-14942 |
CECILIANO RIVERA JOSUE |
4-2010 |
IC-6585 |
CENTENO MADRIGAL LEONEL |
4-2010 |
A-20131 |
CERDAS CALDERON ANTONIO |
3-2010 |
A-9776 |
CERVANTES ALVAREZ MARIANELA |
4-2010 |
IC-15388 |
CESPEDES |
4-2010 |
IME-20272 |
CHAVARRIA GONZALEZ JOSE PABLO |
4-2010 |
A-3173 |
CHAVERRI PATTISON BENJAMIN |
3-2010 |
IC-9291 |
CHAVES CORDERO EDGARDO |
4-2010 |
IME-17194 |
CHAVES |
4-2010 |
IC-15391 |
CHAVES MONTERO HAROLD |
4-2010 |
TA-4389 |
CHAVES ROJAS JOSE ALFREDO |
3-2010 |
TA-9252 |
CHAVES UREÑA RANDALL JOSE |
3-2010 |
IE-9964 |
CHAVES |
4-2010 |
IMI-21458 |
CHINCHILLA GARCIA DANIEL |
3-2010 |
A-11099 |
CIRLA FIGUEROA MONICA PATRIZIA |
4-2010 |
A-17363 |
CISNEROS GUISLAIN DANIEL |
4-2010 |
A-14641 |
CLARE BRENES ISABEL |
4-2010 |
IPI-17755 |
CORDERO MEZA HAROL |
4-2010 |
IMI-15715 |
|
4-2010 |
ICO-16858 |
|
3-2010 |
IMI-21459 |
CORRALES CHACON WILLIAM ANTONIO |
3-2010 |
IMI-15334 |
CORRALES ROJAS OSCAR MARIO |
4-2010 |
TA-4536 |
COTO ARRIETA ALEXIS |
4-2010 |
A-11285 |
COTO ARROYO ONDINA MARIA |
4-2010 |
A-19936 |
COTO VEGA MARIA NELA |
3-2010 |
IE-21074 |
CRAWFORD QUESADA ROBII |
4-2010 |
IMI-9306 |
CRUZ ARIAS EDWIN |
4-2010 |
IC-20165 |
CUADRA |
4-2010 |
II-8746 |
DE CESPEDES CAÑAS CARLOS |
4-2010 |
IEM-15652 |
|
4-2010 |
A-10270 |
DELGADO LEON MAURICIO |
4-2010 |
IC-18769 |
DELGADO |
4-2010 |
A-14645 |
DELGADO SANCHEZ JOHNNY |
4-2010 |
TA-3349 |
DELGADO SOTO JOSE MANUEL |
3-2010 |
A-10506 |
DIAZ ARIAS ANA LUCIA |
4-2010 |
IM-21971 |
DIAZ GIOVANETTI BRIAN ENRIQUE |
3-2010 |
IM-9977 |
DIAZ VARGAS LUIS DIEGO |
4-2010 |
IT-16041 |
|
4-2010 |
A-8577 |
DURAN SANABRIA JORGE |
3-2010 |
A-9491 |
ECHEVERRIA ESCALANTE ALBERTO |
4-2010 |
II-21946 |
ESQUIVEL BUSTAMANTE LUIS ANTONIO |
4-2010 |
IC-20103 |
ESQUIVEL CHAVERRI JOSE ANTONIO |
3-2010 |
IT-8461 |
ESQUIVEL PIROLA HECTOR |
4-2010 |
ICO-10301 |
ESTRADA MORA KATTIA |
3-2010 |
IMI-11669 |
EUGENIN HERNANDEZ FRANCISCO |
4-2010 |
II-19609 |
FAETH ARAYA GEORGE |
3-2010 |
II-13042 |
FAJARDO MORALES ERVIN |
3-2010 |
IM-18154 |
FALLAS ALFARO NEFTALI |
3-2010 |
IT-14899 |
FALLAS VARGAS ERIK VALERIO |
4-2010 |
A-4787 |
FERARIOS CASTRO FRANCISCO |
3-2010 |
TA-6349 |
FERNANDEZ CASTRO JENSIE GERARDO |
3-2010 |
IMI-18019 |
FERNANDEZ |
4-2010 |
A-16986 |
FERNANDEZ RIVERA DANNY ALEJANDRO |
4-2010 |
IE-6562 |
FERNANDEZ ROJAS RODRIGO ANTONIO |
4-2010 |
IM-10163 |
FERNANDEZ ULLOA MAURICIO ANTONIO |
3-2010 |
A-5324 |
FERNANDEZ VILAPRINO LUIS DIEGO |
4-2010 |
TA-14603 |
FONSECA CORDERO SILIAN DAVID |
3-2010 |
TA-9619 |
FONSECA GOMEZ JOSE RICARDO |
4-2010 |
IEL-18206 |
FUENTES ARRIETA NELSON |
4-2010 |
IM-19411 |
FURNISS PACHECO JONATHAN WOODFORD |
3-2010 |
IC-11881 |
GAMBOA ALVARENGA MIGUEL ANTONIO |
4-2010 |
II-21772 |
GAMBOA ARROYO EUGENIA VANESSA |
3-2010 |
II-19372 |
GAMBOA CHINCHILLA ROXANA PATRICIA |
4-2010 |
IET-5837 |
GAMBOA MONTERO LUIS ROLANDO |
4-2010 |
A-16149 |
GAMBOA REY DAGOBERTO |
3-2010 |
II-18365 |
GAMBOA SOLIS DONALDO IVAN |
4-2010 |
A-21223 |
GARCIA FIGUEROA DOMINGO JOSE |
4-2010 |
IC-4164 |
GARRIDO SANDINO CARLOS AHMED |
4-2010 |
A-18294 |
GARRO LOPEZ DAVID |
4-2010 |
ICO-17991 |
GARRO MORALES CINDY GABRIELA |
4-2010 |
II-6922 |
GARRO NUÑEZ RICARDO |
4-2010 |
IE-18147 |
GOMEZ PANIAGUA ERICK ALBERTO |
4-2010 |
A-17794 |
GOMEZ VILLALOBOS CARLA MARITZA |
3-2010 |
IC-5932 |
GONZALEZ ALPIZAR LUIS FERNANDO |
4-2010 |
TA-14891 |
GONZALEZ BARBOZA RICARDO |
4-2010 |
IPI-17756 |
GONZALEZ FERNANDEZ JAVIER FRANCISCO |
4-2010 |
A-8178 |
GONZALEZ GUTIERREZ RODOLFO |
4-2010 |
TA-4399 |
GONZALEZ LORIA VICTOR MANUEL |
4-2010 |
IPI-18742 |
GONZALEZ MENDEZ JOHANNA CRISTINA |
4-2010 |
II-21947 |
GONZALEZ MORALES MARGARITA YOLANDA |
3-2010 |
TA-6471 |
GONZALEZ MURILLO GIOVANNI |
4-2010 |
TA-9322 |
GONZALEZ PEÑARANDA LUIS FERNANDO |
4-2010 |
IT-4581 |
GONZALEZ SALAS ALEXANDER |
4-2010 |
IMI-7696 |
GONZALEZ VALVERDE JOSE PABLO |
3-2010 |
II-22381 |
GONZALEZ WILLIAMS CHRISTIAN EDUARDO |
4-2010 |
IE-3306 |
GRANADOS OCONITRILLO JAVIER |
4-2010 |
IC-9602 |
GRANT CABEZAS LUIS ENRIQUE |
4-2010 |
IT-10417 |
GUERRERO ARIAS WILSON ROBERTO |
4-2010 |
IM-9538 |
GUEVARA DEBERNARDI ERIKA |
4-2010 |
TTC-1553 |
GUEVARA SEQUEIRA OSCAR |
4-2010 |
II-20219 |
GUEVARA VILLEGAS ALEJANDRA |
4-2010 |
II-19825 |
GUIDO BALTODANO OSCAR MARIO |
4-2010 |
IC-2601 |
GUILA MOYA FELIPE |
4-2010 |
IC-10515 |
GUILLEN
O´CONNOR OCTAVIO ALFONSO |
4-2010 |
IM-20881 |
GUTIERREZ DELGADO MARIO ALBERTO |
3-2010 |
II-18368 |
GUTIERREZ RAMIREZ RICARDO ALBERTO |
4-2010 |
A-10583 |
GUTIERREZ SAENZ JOSE ANTONIO |
4-2010 |
TA-6575 |
GUZMAN ACUÑA MARVIN |
4-2010 |
IME-21921 |
GUZMAN ROJAS LUIS DIEGO |
3-2010 |
IM-18401 |
HAUSER KUNG MIGUEL |
4-2010 |
IEL-20835 |
HERNANDEZ HERNANDEZ JOSE MANUEL |
4-2010 |
A-6644 |
HERNANDEZ |
4-2010 |
IC-17851 |
HERNANDEZ KAUERT DANIEL |
4-2010 |
II-21949 |
HERNANDEZ MEZA FRANCISCO |
3-2010 |
IPI-19700 |
HERNANDEZ SOLANO VIVIAN |
4-2010 |
IME-22339 |
HERNANDEZ ULATE LENIN |
4-2010 |
II-7181 |
HERRERA MOLINA JORGE LUIS |
3-2010 |
IE-13092 |
HESS FLORES MAURICIO ALBERTO |
3-2006 |
IA-7405 |
|
3-2010 |
A-10569 |
|
3-2010 |
TA-15620 |
HUERTAS BLANCO ALEJANDRO |
4-2010 |
A-4182 |
HUERTAS GUILLEN ANDRES |
4-2010 |
IM-17052 |
HURTADO HERNANDEZ DANIEL JOSE |
4-2010 |
IC-19910 |
HURTADO |
4-2010 |
IC-4594 |
JARA NAVARRO JOSE |
4-2010 |
II-6783 |
JIMENEZ CALDERON ANDREA |
4-2010 |
A-18537 |
JIMENEZ ESPINOZA DIANA GRACIELA |
3-2010 |
IT-7714 |
JIMENEZ PICADO DIEGO |
4-2010 |
IC-21376 |
JIMENEZ PORTUGUEZ JOSE ALONSO |
4-2010 |
II-15859 |
JIMENEZ RAMIREZ MARICEL |
4-2010 |
IM-5294 |
JIMENEZ SALAZAR WILBERTH |
4-2010 |
IMI-18448 |
JIMENEZ SANCHEZ DAVID EDUARDO |
4-2010 |
IMI-9449 |
JIMENEZ VARGAS JAVIER |
4-2010 |
A-7750 |
KLOTZ MORGAN ANDREE |
3-2010 |
IEC-21102 |
LEDEZMA ALFARO KENDAL GABRIEL |
4-2010 |
TA-8642 |
LEITON BADILLA KATTIA |
3-2010 |
ISL-19970 |
LEIVA GARRO ANDRES |
3-2010 |
A-16190 |
LEMUS |
4-2010 |
TA-4218 |
LEON LAURENT SERGIO |
4-2010 |
IC-4574 |
LI SANCHEZ EDUARDO |
4-2010 |
IC-17518 |
|
4-2010 |
IME-17102 |
LIZARME IBAÑEZ JOHAN TEOFILO |
4-2010 |
IPI-21497 |
LOBO RODRIGUEZ GABRIEL FERNANDO |
3-2010 |
IC-16368 |
LOPEZ ACOSTA ARTURO |
4-2010 |
IE-16275 |
LOPEZ CAMACHO ALEXANDER |
3-2010 |
PT-2163 |
LOPEZ ESPINOZA BONIFACIO |
4-2010 |
A-19542 |
LOPEZ GUERRERO |
4-2010 |
IT-9772 |
LOPEZ LEON MARCELO |
4-2010 |
A-9550 |
LORIA PRENDAS DONALD |
4-2010 |
II-16669 |
LUNAN WILLIAMS JHEYNOLD |
4-2010 |
IC-8977 |
LUO LIU SHULAI |
3-2010 |
TA-8624 |
MADRIGAL MEZA MARCELO |
4-2010 |
ICO-14951 |
MADRIZ BARQUERO CINTHYA |
4-2010 |
IPI-5568 |
MADRIZ QUIROS CARMEN ELENA |
4-2010 |
IMI-19680 |
MARCHENA PEREZ MIGUEL ANGEL |
4-2010 |
TA-4539 |
MARIN CASTRO CARLOS ENRIQUE |
4-2010 |
A-8135 |
MARIN MORALES JOSE LUIS |
4-2010 |
II-21301 |
MARIN RAMIREZ MONICA DEL CARMEN |
4-2010 |
IEM-21932 |
|
3-2010 |
A-7822 |
|
4-2010 |
A-17781 |
MASIS |
4-2010 |
IPI-21988 |
MATA AVENDAÑO YORLENY |
3-2010 |
IE-6772 |
MATA MONGE PAULINA |
3-2010 |
IC-2926 |
MATA MONTERO SERGIO |
4-2010 |
A-11460 |
MATA QUESADA CARLOS ENRIQUE |
3-2010 |
IC-20172 |
MATA RODRIGUEZ CESAR AUGUSTO |
4-2010 |
A-10250 |
|
4-2010 |
II-6425 |
MATAS FRANCESCHI MARTIN HOGIE |
4-2010 |
IEC-21760 |
MATHIEU RAMIREZ RICARDO ARTURO |
3-2010 |
IEC-17219 |
MEJIAS MURILLO GEOVANNY FRANCISCO |
4-2010 |
A-20561 |
MELENDEZ ABARCA RAQUEL |
3-2010 |
IM-22403 |
MENDEZ ALVARADO FRANCISCO ANTONIO |
4-2010 |
IPI-18990 |
MENDEZ FLORES MANUEL ALEJANDRO |
4-2010 |
IM-20522 |
MENDEZ |
4-2010 |
IE-21548 |
MENDEZ RODRIGUEZ CHRISTIAN |
4-2010 |
A-17324 |
MERINO SIERMANN IRENE |
3-2010 |
IET-21348 |
MEZA BENAVIDES CARLOS |
4-2010 |
II-20232 |
MIRANDA |
4-2010 |
IEC-17128 |
MOLINA MONGE ANA GABRIELA |
4-2010 |
TA-9284 |
MOLINA MURILLO LUIS ENRIQUE |
4-2010 |
TA-6548 |
MONGE ARIAS OLGER |
4-2010 |
IM-19415 |
MONGE CHAVARRIA JUAN ALBERTO |
4-2010 |
IMI-21983 |
MONGE FALLAS DAVID |
4-2010 |
IEM-16332 |
MONGE MONGE DIEGO ARMANDO |
4-2010 |
IEL-21111 |
MONGE RODRIGUEZ RODRIGO ADOLFO |
3-2010 |
IMT-16086 |
MONGE ROJAS RENEI |
4-2010 |
A-10213 |
MONGE TORRES IVANIA |
4-2010 |
IME-11831 |
|
4-2010 |
A-19946 |
MONTERO CASTRO HERMINIO |
4-2010 |
IEL-21639 |
MONTERO MUÑOZ JOSE PABLO |
3-2010 |
A-15488 |
MONTERO SAENZ SILVIA |
3-2010 |
A-9676 |
MONTERO SCHLOTTERHAUSEN GLENN |
4-2010 |
II-21599 |
MONTES DE OCA MIRANDA SERGIO |
4-2010 |
ICO-11636 |
MONTOYA BRENES GERARDO ENRIQUE |
4-2010 |
IMI-18730 |
MONTOYA PICADO ALVARO GERARDO |
4-2010 |
IM-9102 |
MONTOYA RAMIREZ ERIC |
4-2010 |
IC-10138 |
MONTOYA SOLORZANO YANIS MARIA |
4-2010 |
IEL-15590 |
MORA ALVAREZ WILLIAM GERARDO |
4-2010 |
IC-10172 |
MORA CORDERO RANDALL MAURICIO |
3-2010 |
IC-4841 |
MORA CUBERO MARIO |
4-2010 |
II-16531 |
MORA ELIZONDO ERICKA |
4-2010 |
A-15248 |
MORA MONGE KRISIA |
3-2010 |
IEM-19804 |
MORALES BADILLA JARRY |
4-2010 |
IEL-13078 |
MORALES BRENES REINIER |
4-2010 |
IC-21893 |
MORALES |
3-2010 |
II-11964 |
MORALES MORA CARLOS LEONARDO |
4-2010 |
A-11497 |
MORALES PALOMARES ALEJANDRO JOSE |
3-2010 |
IE-14791 |
|
4-2010 |
TA-4126 |
MORERA BOLAÑOS CARLOS EDUARDO |
3-2010 |
TA-10704 |
MORERA VILLALOBOS OSCAR MARIO |
4-2010 |
A-9074 |
MORRIS JONES RONNY |
4-2010 |
ISL-19302 |
MOYA ARCE GILBERT GUILLERMO |
4-2010 |
II-21779 |
MOYA SANCHEZ CINDY |
3-2010 |
IT-15626 |
MUÑOZ BARQUERO STWARD ANDRES |
4-2010 |
II-16532 |
MUÑOZ UMAÑA JEREMY |
4-2010 |
II-15961 |
MUÑOZ VARGAS LUIS ESTEBAN |
4-2010 |
A-14599 |
MURILLO |
4-2010 |
A-14519 |
MURILLO PORRAS JOHANN |
4-2010 |
A-19183 |
MURILLO RAMIREZ MARIANELA |
4-2010 |
IE-17148 |
MURILLO SANCHEZ JORGE ENRIQUE |
3-2010 |
IMTS-21985 |
MURILLO |
3-2010 |
IC-2079 |
MURILLO UGALDE MANUEL EDUARDO |
4-2010 |
IMI-20342 |
MURILLO |
4-2010 |
IEL-21757 |
NAJERA ARTAVIA KENNETH EDUARDO |
3-2010 |
IM-21802 |
NAVARRO |
4-2010 |
A-9970 |
OBANDO ESPINACH JAVIER |
3-2010 |
TA-7804 |
OCONITRILLO VARGAS GILBERT |
3-2010 |
IC-8264 |
OLIVARES TINOCO SILVIA |
4-2010 |
A-19749 |
OLIVAS SOLANO JUAN CARLOS |
4-2010 |
IM-20030 |
OPORTA VENEGAS JOSE MANRIQUE |
3-2010 |
IT-6895 |
OREAMUNO HERRA LUIS EUGENIO |
4-2010 |
IT-10675 |
OREAMUNO HERRA STEVEN GERARDO |
3-2010 |
II-15864 |
OROZCO CUBERO MARIO ALBERTO |
3-2010 |
TA-6725 |
ORTEGA ORTEGA YORDY ENRIQUE |
4-2010 |
IE-18607 |
ORTIZ CUBERO ESTEBAN ALONSO |
4-2010 |
IMI-10453 |
|
4-2010 |
A-5190 |
PALOMO ASCH ROGELIO JAVIER |
4-2010 |
TA-8212 |
PANIAGUA CHAVES MARIO |
4-2010 |
TA-18409 |
PANIAGUA FUENTES CRISTIAN HERNAN |
4-2010 |
TA-14028 |
PANIAGUA |
4-2010 |
II-21158 |
PARINI CORELLA LUIS DIEGO |
4-2010 |
IC-18790 |
PATIÑO RUIZ MAURICIO |
4-2010 |
TA-9675 |
PEÑA |
4-2010 |
IET-19264 |
PEREZ FIGUEROA JUAN PABLO |
4-2010 |
IMI-9518 |
PEREZ LOBO ROY VINICIO |
4-2010 |
IM-17058 |
PEREZ
RODRIGUEZ MARIA DE LOS ANGELES |
4-2010 |
A-7313 |
PFEIFFER KRAMER SVEN |
4-2010 |
IET-20636 |
PHILLIPS BRENES HAYDEN ANTHONY |
4-2010 |
IM-15933 |
PICADO ALVARADO RANDALL |
4-2010 |
IMI-16083 |
PICADO LEON FELIPE |
4-2010 |
A-15495 |
PICADO SOLANO ALEXANDRA |
4-2010 |
A-20565 |
PICADO VARGAS MARIO ALBERTO |
4-2010 |
A-19751 |
PINEDA PINTO MELISSA |
3-2010 |
IC-20603 |
PIZARRO CASTRO |
4-2010 |
IC-21706 |
PIZARRO CASTRO REBECA |
4-2010 |
II-21160 |
PORRAS |
3-2010 |
A-12058 |
PORRAS SALAZAR JOSE ALI |
3-2010 |
A-14255 |
PORRAS SANDOVAL GABRIELA |
4-2010 |
A-20791 |
PORTILLA |
4-2010 |
II-15666 |
QUESADA ARAYA NELSON ALBERTO |
4-2010 |
A-16444 |
QUESADA |
4-2010 |
IMI-18979 |
QUESADA CASTILLO JAIRO |
3-2010 |
II-19839 |
QUESADA MENDIOLA JONATHAN |
4-2010 |
IET-20637 |
QUESADA MORERA DAVID ANDRES |
4-2010 |
II-3792 |
QUESADA RAMIREZ ERIC JOSE |
3-2010 |
IEM-15663 |
QUINTERO CHACON PEDRO ANTONIO |
4-2010 |
TA-15629 |
QUIROS AGUILAR DAVID |
4-2010 |
IAG-5487 |
RAMIREZ ALVARADO GILBERTH |
3-2010 |
II-14175 |
RAMIREZ BRENES JUAN IGNACIO |
4-2010 |
IAG-21806 |
RAMIREZ CASTRO JUAN GABRIEL |
4-2010 |
IMI-19282 |
RAMIREZ CHAVEZ MANUEL |
4-2010 |
IE-14795 |
RAMIREZ ELIZONDO LAURA MARIA |
4-2005 |
TA-6473 |
RAMIREZ SANDI ISAAC MARTIN |
3-2010 |
IET-16580 |
RAMIREZ |
4-2010 |
II-20238 |
RAMIREZ SOLIS ANDREY ALBERTO |
3-2010 |
A-10944 |
REISE MONDOL ERICK |
4-2010 |
II-7426 |
RETANA OTAROLA KATTIA VANESSA |
4-2010 |
TA-9728 |
REYES CASTILLO EDWIN |
4-2010 |
TA-10559 |
REYES SAGOT JOSE DAVID |
3-2010 |
IEC-21941 |
RIVAS AMAYA |
4-2010 |
II-4572 |
ROCA |
3-2010 |
IET-2820 |
RODRIGUEZ AGUILERA MARTA ELENA |
3-2010 |
IMI-8985 |
RODRIGUEZ AGUIRRE ALEJANDRO |
4-2010 |
IAG-2717 |
RODRIGUEZ BONILLA JOSE ALBERTO |
4-2010 |
TA-8504 |
RODRIGUEZ CERDAS ROCIO |
4-2010 |
IM-20419 |
RODRIGUEZ CHAVERRI ANDRES |
4-2010 |
A-14673 |
RODRIGUEZ JIMENEZ GERSON |
4-2010 |
IEM-16496 |
RODRIGUEZ MORA LUIS ALBERTO |
4-2010 |
II-3810 |
RODRIGUEZ MURILLO HUGO |
3-2010 |
II-15564 |
RODRIGUEZ |
4-2010 |
IME-8817 |
RODRIGUEZ SALAZAR ASDRUBAL |
4-2010 |
IM-15840 |
RODRIGUEZ SOTO MAXIMILIANO |
4-2010 |
A-21420 |
RODRIGUEZ TINOCO MARIELA |
4-2010 |
IC-4216 |
RODRIGUEZ ULLOA FABIO ANTONIO |
4-2010 |
IEL-16007 |
ROJAS BERMUDEZ MARCO ANTONIO |
3-2010 |
IM-15935 |
ROJAS FLORES ELIECER |
4-2010 |
TA-8592 |
ROJAS JIMENEZ MARCO MAURICIO |
4-2010 |
IC-20608 |
ROJAS JUAREZ JOSE LUIS |
4-2010 |
TA-4685 |
ROJAS RODRIGUEZ MARVIN |
4-2010 |
IEL-9705 |
ROJAS TENORIO ALEXANDER |
4-2010 |
IT-19248 |
ROMAN KEITH PAOLA |
3-2010 |
PT-1999 |
ROSALES RODRIGUEZ MINOR |
4-2010 |
TA-9336 |
RUIZ ALFARO JOSE ALCIDES |
4-2010 |
IC-17870 |
RUIZ CASTRO ESTEBAN |
4-2010 |
IC-16952 |
RUIZ RODRIGUEZ JOSE BRYAN |
4-2010 |
A-14674 |
RUIZ RUIZ RENE |
4-2010 |
A-4972 |
SABORIO ALPIZAR DANIEL |
3-2010 |
A-5140 |
SABORIO ARGUELLO ROGER |
4-2010 |
II-16313 |
SABORIO |
4-2010 |
ICO-8659 |
SAENZ HERNANDEZ FEDERICO |
4-2010 |
IM-21804 |
SALAS |
3-2010 |
ICO-16869 |
SALAS MARIN MARCO JOSE |
4-2010 |
II-4427 |
SALAS ROSS ANTONIO RICARDO |
4-2010 |
II-22040 |
SALAS VALERIO EVELYN MARIA |
4-2010 |
IM-7110 |
SALAS VARGAS EDUARDO |
4-2010 |
IM-4274 |
SALAS VARGAS JOSE CARLOS |
4-2010 |
IM-15842 |
SALAZAR TORRES ALEJANDRO |
3-2010 |
II-21789 |
SANABRIA AGUILAR MARCO ANTONIO |
3-2010 |
IMTS-20763 |
SANABRIA QUESADA REBECA |
4-2010 |
IMI-19692 |
SANCHEZ CAMACHO MARCO ANTONIO |
4-2010 |
ICO-11637 |
SANCHEZ CASCANTE RONALD MAURICIO |
3-2010 |
II-21318 |
SANCHEZ |
3-2010 |
II-21790 |
SANCHEZ GONZALEZ JUAN LEONARDO |
3-2010 |
IM-22046 |
SANCHEZ MONTERO ALEX FRANCISCO |
4-2010 |
TA-7646 |
SANCHEZ TERCERO ALVARO |
4-2010 |
TA-8462 |
SANDOVAL HERNANDEZ EDDIE |
4-2010 |
IET-21813 |
SANTAMARIA JIMENEZ ALEXANDER |
4-2010 |
II-19400 |
SAUMA CUAREZMA |
4-2010 |
A-4577 |
SEGURA |
4-2010 |
IC-18797 |
|
3-2010 |
IT-16632 |
|
4-2010 |
IEL-21939 |
|
3-2010 |
IPI-18466 |
SEQUEIRA CORTES NATALIA |
4-2010 |
IMD-6449 |
SERRANO MONTERO JOSE RAFAEL |
3-2010 |
IC-4386 |
SERRANO SOLANO VINICIO |
4-2010 |
II-8956 |
SOLANO BRUNO JORGE |
3-2010 |
IMI-14861 |
SOLANO HERNANDEZ JUAN BAUTISTA |
4-2010 |
IMI-19965 |
SOLANO JIMENEZ RUDY ENRIQUE |
4-2010 |
IPI-20382 |
SOLANO ORTIZ BOLIVAR |
3-2010 |
IM-7915 |
SOLANO PALAVICINI JUAN CARLOS |
4-2010 |
IPI-16235 |
SOLANO QUIROS JESUS ANTONIO |
4-2010 |
II-21793 |
SOLANO ROJAS STUART |
3-2010 |
IE-8476 |
SOLANO SOTO PAULINO |
3-2010 |
II-5053 |
SOLANO VILLAVERDE JAVIER ALBERTO |
4-2010 |
IT-16559 |
SOLIS CARBALLO LUIS DIEGO |
4-2010 |
IM-15033 |
SOLIS CASTILLO JORGE ADRIAN |
4-2010 |
IC-11032 |
SOLIS ROJAS JULIO FERNANDO |
4-2010 |
IM-19641 |
SOLIS SANCHEZ GABRIEL MARTIN |
4-2010 |
IC-7641 |
SOLORZANO RAMIREZ MARCO ANTONIO |
4-2010 |
IC-11699 |
SOLORZANO SABORIO CRISTIAN EDUARDO |
3-2010 |
A-16452 |
SOTO ARIAS MAX |
3-2010 |
IA-15584 |
SOTO HERNANDEZ CARLOS ROBERTO |
3-2010 |
IC-4891 |
SOTO LIZANO PAUL AGUSTIN |
4-2010 |
A-17338 |
SOTO MORA KARLA SIRENIA |
4-2010 |
TA-16842 |
SOTO VARGAS CESAR ANTONIO |
4-2010 |
IM-14155 |
SOTO VELASCO EDUARDO |
4-2010 |
IME-10709 |
SUAZO VARGAS GINO |
3-2010 |
IE-11984 |
TORRES GUTIERREZ MARCO ANTONIO |
3-2010 |
IC-4850 |
TORRES ROJAS GUSTAVO ADOLFO |
4-2010 |
IE-4575 |
UBILLA CARRO JUAN CARLOS |
4-2010 |
IET-19657 |
UGARTE FERNANDEZ DAVID ESTEBAN |
4-2010 |
A-9870 |
ULATE SALAS OSCAR MARIO |
4-2010 |
IC-14328 |
ULETT PIEDRA ANDREA |
4-2010 |
IC-15916 |
ULLOA MURILLO JOSE PABLO |
4-2010 |
II-20251 |
UREÑA QUIROS LUIS ANGEL |
4-2010 |
IEC-21942 |
VALVERDE ALFARO ALLAN |
3-2010 |
A-14682 |
VALVERDE RODRIGUEZ DAVID |
4-2010 |
IT-2296 |
VAN DER LAAT VALVERDE RODOLFO |
4-2010 |
IC-17533 |
VARGAS ARAYA WALTER |
4-2010 |
IC-20616 |
VARGAS ARIAS MARIA JOSE |
3-2010 |
II-10004 |
VARGAS GARITA ROBERTH ALONSO |
4-2010 |
II-9991 |
VARGAS GARITA YALMAR FABIAN |
4-2010 |
IC-4371 |
VARGAS GONZALEZ ANDRES |
4-2010 |
TA-10805 |
VARGAS GONZALEZ JOSE ANGEL |
4-2010 |
IE-17912 |
VARGAS GUTIERREZ MARCO VINICIO |
4-2010 |
TA-5242 |
VARGAS LEITON HUGO GERARDO |
4-2010 |
ISL-19488 |
VARGAS MAYORGA JORGE ANDRES |
4-2010 |
IT-18058 |
VARGAS RAMIREZ HUBER |
4-2010 |
II-11049 |
VARGAS RODRIGUEZ JUAN PABLO |
3-2010 |
IE-10447 |
VARGAS SAENZ MARIO ERNESTO |
4-2010 |
IC-3152 |
VEGA ANTONINI OSCAR LUIS |
4-2010 |
IET-21815 |
VEGA AXTLE ROBERTO |
3-2010 |
IS-15892 |
VEGA SALAZAR JOSE FRANCISCO |
4-2010 |
A-17618 |
VENEGAS JIMENEZ HANLLY REBECA
CC: ANGIE REBECA |
4-2010 |
IC-20092 |
VILLALOBOS ALPIZAR JAVIER ENRIQUE |
4-2010 |
IC-6356 |
VILLALOBOS MONTERO LUIS RODOLFO |
4-2010 |
TA-5680 |
VILLALOBOS
RODRIGUEZ LIDIER CC: OLIVIER |
4-2010 |
IEC-18350 |
VILLALOBOS VILLALOBOS HAIRO |
4-2010 |
IC-10765 |
VILLALTA CALDERON CHRISTIAN ADOLFO |
4-2010 |
IEC-14771 |
VIQUEZ CHAVES ROBERTO |
4-2010 |
II-18681 |
VIQUEZ MOREIRA IVANNIA |
4-2010 |
IT-22273 |
|
4-2010 |
TA-17461 |
|
4-2010 |
IM-17922 |
|
3-2010 |
A-16619 |
|
4-2010 |
TA-4394 |
|
4-2010 |
IMI-18457 |
ZARATE MONTERO JOSE PABLO |
3-2010 |
IM-15537 |
ZINKE BARQUERO JONATHAN |
4-2010 |
IET-6596 |
ZOUFALY BOLDRINI FEDERICO |
4-2010 |
II-17687 |
ZUÑIGA BLANCO OFELIA LORENA |
4-2010 |
A-10281 |
ZUÑIGA |
4-2010 |
IT-21844 |
ZUÑIGA GARCIA KARLA VIRGINIA |
4-2010 |
A-16174 |
ZUÑIGA
SALAZAR YHONNATAN CC: JONATHAN |
4-2010 |
Dicha inhabilitación rige a partir
de su publicación en el Diario Oficial
COLEGIO DE BIÓLOGOS DE COSTA RICA
El Colegio de Biólogos de Costa
Rica, informa que en asamblea general ordinaria celebrada en segunda
convocatoria el día 9 de diciembre del 2011, se nombró nueva Junta Directiva
del período comprendido entre el 9 de diciembre del 2011 al 9 de diciembre del
2013, quedando integrada de la siguiente forma:
Rolando
Ramírez Villalobos Presidente
Eduardo Quirós Ruiz Secretario
Josimar Estrella Morales Vocal Primero
Fabiola Arce Núñez Vocal Tercera
Gabriel Quesada Avendaño Fiscal
Marleny Bogarín Fonseca Tesorera
Continúan en sus cargos para el
período comprendido entre el 11 de diciembre del 2010 al 11 de diciembre del
2012, los señores:
Noemi
Canet Moya Vicepresidenta
Olga Lidia Campos Villalobos Vocal Segunda
Abad Rodríguez Rodríguez Vocal Cuarto
San José, 20 de enero del
2012.—Dr. Rolando Ramírez Villalobos, Presidente.—1
vez.—RP2012275387.—(IN2012006383).
ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES DE BANANO Y PALMA
SOCIEDAD DE SEGUROS DE VIDA DEL MAGISTERIO NACIONAL
LIQUIDACIONES DE PÓLIZA
APROBADAS
POR
diciembre-11
Nombre |
Nº identificación |
Fecha defunción |
Fecha aprobado |
Monto aprobado |
Deducciones |
Monto beneficiarios |
Araya Rodríguez Lidia |
400369052 |
18/11/2011 |
16/12/2011 |
18.000.000,00 |
2.780.000,00 |
15.220.000,00 |
Ávalos Acuña Fabiola |
100997312 |
15/11/2011 |
16/12/2011 |
18.024.963,00 |
1.338.877,00 |
16.686.086,00 |
Blanco Rojas María Lorena |
105130974 |
13/11/2011 |
14/12/2011 |
18.007.357,00 |
2.120.395,00 |
15.886.962,00 |
Canessa Mora Mario Gerardo |
103450510 |
18/11/2011 |
16/12/2011 |
18.000.000,00 |
1.103.600,00 |
16.896.400,00 |
Carvajal Castro Jeannette |
103110100 |
04/11/2011 |
16/12/2011 |
18.014.951,00 |
2.350.648,00 |
15.664.303,00 |
Castro Cruz Francisca |
800530428 |
21/11/2011 |
16/12/2011 |
18.000.000,00 |
1.816.750,00 |
16.183.250,00 |
Castro Vásquez Víctor Manuel |
103080446 |
05/11/2011 |
07/12/2011 |
18.000.000,00 |
11.055.049,00 |
6.944.951,00 |
Cervantes Leal Flora |
700160181 |
11/10/2011 |
07/12/2011 |
18.008.658,00 |
1.727.900,00 |
16.280.758,00 |
Chaves Morera Francisca |
201090725 |
27/10/2011 |
07/12/2011 |
18.000.000,00 |
30.000,00 |
17.970.000,00 |
González Viales Marjorie |
501610788 |
26/10/2011 |
09/12/2011 |
18.004.423,00 |
3.242.213,00 |
14.762.210,00 |
Irias Mora Eduardo |
102500528 |
02/11/2011 |
09/12/2011 |
18.116.553,00 |
1.868.755,00 |
16.247.798,00 |
Ledezma Castillo Ricardo |
201820702 |
19/10/2011 |
16/12/2011 |
18.000.000,00 |
0,00 |
18.000.000,00 |
León Rodríguez Álvaro |
600590738 |
11/02/2011 |
16/12/2011 |
18.037.164,00 |
492.644,00 |
17.544.520,00 |
Luna Gómez Caridad |
201030436 |
27/10/2011 |
14/12/2011 |
18.000.000,00 |
1.561.413,00 |
16.438.587,00 |
Masís Paniagua Jonnathan Fer |
110710976 |
19/10/2011 |
14/12/2011 |
18.000.000,00 |
430.000,00 |
17.570.000,00 |
Molina Solano Álvaro |
201710558 |
27/10/2011 |
09/12/2011 |
18.009.544,00 |
10.769.784,00 |
7.239.760,00 |
Mora Mora María |
101900224 |
24/10/2011 |
09/12/2011 |
18.000.000,00 |
1.486.750,00 |
16.513.250,00 |
Mora Naranjo Shirley Yesenia |
109900880 |
13/11/2011 |
07/12/2011 |
18.000.000,00 |
2.343.445,00 |
15.656.555,00 |
Mora Torres Zaida Miriam |
103910086 |
16/11/2011 |
16/12/2011 |
18.000.000,00 |
1.372.172,00 |
16.627.828,00 |
Núñez Cordero María Teresa |
102890435 |
01/11/2011 |
16/12/2011 |
18.000.000,00 |
8.140.889,00 |
9.859.111,00 |
Omodeo Ramírez Ángela Margarita |
201760336 |
28/10/2011 |
14/12/2011 |
18.000.000,00 |
0,00 |
18.000.000,00 |
Porras |
104020758 |
08/09/2011 |
09/12/2011 |
18.000.009,00 |
0,00 |
18.000.009,00 |
Quesada Lizano Carlos Luis |
101880526 |
05/11/2011 |
09/12/2011 |
18.000.410,00 |
1.625.846,00 |
16.374.564,00 |
Rodríguez Corella Óscar Fabián |
202090708 |
29/10/2011 |
16/12/2011 |
18.000.000,00 |
1.013.499,00 |
16.986.501,00 |
Rojas Calderón Allan |
401140088 |
19/10/2011 |
16/12/2011 |
18.008.845,00 |
0,00 |
18.008.845,00 |
Salazar Mora Maria Elena |
102080431 |
11/07/2011 |
07/12/2011 |
18.000.000,00 |
3.259.395,00 |
14.740.605,00 |
Sequeira Vargas Esperanza |
600430602 |
03/09/2011 |
07/12/2011 |
18.000.000,00 |
4.859.430,00 |
13.140.570,00 |
Thomas
Mc Donald Lina Luisa |
101550860 |
01/11/2011 |
07/12/2011 |
18.000.000,00 |
30.000,00 |
17.970.000,00 |
Valverde Sanabria Vivian María |
401020044 |
20/11/2011 |
16/12/2011 |
18.000.000,00 |
1.231.750,00 |
16.768.250,00 |
Vargas Barquero Virginia Eugenia |
104980120 |
06/11/2011 |
16/12/2011 |
18.018.265,00 |
3.082.712,00 |
14.935.553,00 |
Vásquez Rojas Honorio |
201160841 |
11/11/2011 |
14/12/2011 |
18.000.000,00 |
5.000,00 |
17.995.000,00 |
Villegas Benavides Ania |
202831114 |
08/11/2011 |
07/12/2011 |
18.046.160,00 |
3.816.047,00 |
14.230.113,00 |
|
400920207 |
13/11/2011 |
16/12/2011 |
18.000.015,00 |
1.758.750,00 |
16.241.265,00 |
|
|
|
|
594.297.317,00 |
76.713.713,00 |
517.583.604,00 |
San José, 3 de enero del
2012.—Hecho por Alejandro Fonseca Murillo, Analista Seguro Mutual.—Revisado por
Lic. Kattia Díaz Corrales, Jefa Seguro Mutual.—Lic. Sergio Roldán Roldán,
Director de Operaciones.—1 vez.—(IN2012006927).
Las entidades jurídicas: 1)
Ericar de San José Sociedad Anónima, 3-101-072718; 2) Instalaciones Eléctricas
Mecánicas Sociedad Anónima, 3-101-029081; aplicando el procedimiento vigente
para la reposición de libros legales dictado por
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Por suscripción de acuerdo de opción de venta suscrita el día 30 de
noviembre, entre Corazón de Vida Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-418939
y Mamis And Papis SRL cédula jurídica 3-102-646482 autenticada por el suscrito
notario, estas sociedades acordaron la venta a plazo del establecimiento
mercantil propiedad de Corazón de Vida, S. A., dedicado a Restaurante ubicado
en San José, avenida primera, calles cinco y siete, a favor de la compañía
Mamis y Papis SRL. Con el objeto de cumplir con lo establecido en el artículo
cuatrocientos ochenta y uno del Código de Comercio, el primer tracto del precio
de venta de dicho establecimiento mercantil se encuentra depositado con el
señor William Monti McDonald III, con domicilio en Atenas, Costa Rica. Todos
los interesados y acreedores podrán presentarse en dichas oficinas de GLC
ubicadas en Los Yoses, del Automercado ciento veinticinco metros sur, teléfonos
2524-0932, para hacer valer sus derechos, dentro de los quince días siguientes
contados a partir de la primera publicación.—San José, 16 de enero del
2011.—Lic. Augusto Arce Marín, Notario.—(IN2012004177).
Por suscripción de acuerdo de opción de venta
suscrita el día 30 de noviembre, entre Mauricio Badilla Campos, cédula
1-1132-0083, Eduardo Ruiz Bogantes, cédula 1-1092-564 y C.M. Enterprises CR
LLC, S.A, cédula jurídica 3-101-643997, autenticada por el suscrito notario,
los señores Badilla y Ruiz, acordaron la venta del establecimiento mercantil de
su propiedad dedicado a bar ubicado en San José, Zapote, de
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Mediante escritura pública esta
Notaría, al ser las diez horas del veinte de enero del dos mil doce, se ha constituido
la sociedad anónima, denominada Mavacor Sociedad Anónima, cuyo capital
fue totalmente suscrito y pagado por los socios. Es todo.—Cartago, veinte de
enero del dos mil doce.—Lic. Jacqueline Martínez Castillo, Notaria.—1
vez.—RP2012275312.—(IN2012006043).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 16:00 horas del
13 de diciembre del 2011, se modificó la cláusula de administración de la
sociedad 3-101-603948 S. A.—Heredia, 13 de diciembre del 2011.—Lic. Luis
Ant. Álvarez Chaves, Notario.—1 vez.—RP2012275314.—(IN2012006044).
Ante mí, Carlos Manuel Arroyo Rojas, se otorgó escritura de reforma de
cláusula sétima del pacto de constitución de la sociedad Génesis Investment
Properties S. A.—Ciudad Quesada, veintitrés de enero del 2012.—Lic. Carlos
Manuel Arroyo Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012275315.—(IN201206045).
Por escritura número 46-15 otorgada ante el notario Bernal Monge
Corrales, en Ciudad Quesada, a las 10:00 horas del 5 de agosto del 2011, y por
adicional número 146-15 del 15:00 horas del 23 de enero del 2012, se constituyó
la entidad jurídica denominada Exportaciones Camibel C. R. Sociedad Anónima.
Presidente: Gustavo Adolfo Salazar Acevedo. Capital social: ¢100.000.—Lic.
Bernal Monge Corrales, Notario.—1 vez.—RP2012275316 .—(IN2012006046).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se constituye
la sociedad denominada BBBA Productions Sociedad Anónima.—San José, 18
de enero del 2012.—Lic. Alessio Blandón Castellón, Notario.—1
vez.—RP2012275318.—(IN201206047).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del
día 23 de enero del 2012, se protocoliza asamblea general ordinaria y
extraordinaria de socios de la compañía Colorino Limitada, con cédula de
persona jurídica número 3-102-630943, por medio de la cual se modifican las
cláusulas primera, tercera y sexta del pacto constitutivo y se cambia el nombre
de la compañía a Better Resources and Coaching Limitada.—San José, 23 de
enero del 2012.—Lic. Luis Diego Castro Chavarría, Notario.—1 vez.—O. C. Nº
275319.—(IN2012006048).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las 10:00 horas del día de
hoy, se constituyó la sociedad que se denominará según lo dispuesto en el
artículo segundo del Decreto Ejecutivo número 33171-J, publicado en
Por escritura otorgada en mi Notaría, a las ocho horas del veintitrés
de enero del dos mil doce; se protocolizó el acta de la asamblea general
extraordinaria de socios de Inversiones El Encanto de Costa Rica CR Sociedad
Anónima; por medio de la cual se aumenta el capital, se modifican las
cláusulas cuarta y quinta de la escritura constitutiva y se nombra nueva junta
directiva, fiscal y agente residente.—Ciudad Quesada, veintitrés de enero del
dos mil doce.—Lic. Antonio Marín Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012275322.—(IN2012006050).
A las 14:00 horas de hoy protocolicé asamblea general extraordinaria
de la sociedad FSA Ingeniería y Arquitectura S. A. en la cual se
modifican las cláusulas décima primera y décima segunda del pacto social y se
nombra nueva junta directiva.—San José, 23 de enero del 2012.—Lic. Álvaro
Camacho Mejía, Notario.—1 vez.—RP2012275323.—(IN201206051).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del veintitrés
de enero del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria
de cuotistas de la sociedad Ridge Rock Limitada, con número de cédula de
persona jurídica tres-ciento-dos-seiscientos cuarenta y cuatro mil setecientos
cincuenta y siete de las quince horas treinta minutos del seis de enero del dos
mil doce, mediante la cual se reforma la cláusula sexta de los estatutos y se
nombra nuevo gerente.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1
vez.—RP2012275324.—(IN2012006052).
Mediante escritura pública número noventa del protocolo número
veintiuno de
Por escritura otorgada ante mí, Edwin Chacón Bolaños, se reformó la
cláusula primera del pacto social constitutivo de la sociedad Cobros Arana
Castro Sociedad Anónima, reformándose el nombre por, Electrodomésticos y
Computadoras Nazareth Sociedad Anónima.—San José, veinticuatro de enero del
dos mil doce.—Lic. Edwin Chacón Bolaños, Notario.—1
vez.—RP2012275327.—(IN2012006054).
El suscrito Notario Público, Ricardo Vargas Guerrero con oficina en
Playas de Coco, Guanacaste, hace constar que he constituido la sociedad
denominada Hitek Scuba Sociedad Anónima. Que fueron otorgadas conforme
la escritura número ochenta y dos, iniciada al folio cincuenta y cinco vuelto
del tomo quinto de mi protocolo, con fecha de las quince horas del doce de
enero del dos mil doce.—Lic. Ricardo León Vargas Guerrero, Notario.—1
vez.—RP2012275329.—(IN2012006055).
El
suscrito Notario Público, Ricardo Vargas Guerrero con oficina en Playas de
Coco, Guanacaste, hace constar que he constituido la sociedad denominada Costa
Rica Technical-Diving Sociedad Anónima. Que fueron otorgadas conforme la
escritura número ochenta y uno iniciada al folio cincuenta y cuatro frente del
tomo quinto de mi protocolo, con fecha de las doce horas del doce de enero de
dos mil doce.—Lic. Ricardo León Vargas Guerrero, Notario.—1
vez.—RP2012275330.—(IN2012006056).
El
suscrito Notario Público, Ricardo Vargas Guerrero con oficina en Playas del
Coco, Guanacaste, hace constar que se modificó la cláusula quinta del pacto
constitutivo la sociedad Xaman-Ek Sociedad Anónima, con cédula jurídica
número tres-ciento uno-cinco ocho tres siete cuatro siete. Dichos cambios
fueron realizados conforme la escritura de las catorce horas del día diecinueve
de enero de dos mil doce, escritura número noventa y dos, iniciada al folio
sesenta y dos vuelto del tomo quinto del protocolo del suscrito Notario. Es
todo.—Playas del Coco, 19 de enero de 2012.—Lic. Ricardo Vargas Guerrero,
Notario.—1 vez.—RP2012275331.—(IN2012006057).
El
suscrito Notario Público, Ricardo Vargas Guerrero con oficina en Playas del
Coco, Guanacaste, hace constar que se modificó la cláusula quinta del pacto
constitutivo la sociedad Quetzal Shops Sociedad Anónima, con cédula
jurídica número tres ciento uno cinco ocho tres siete cuatro nueve. Dichos
cambios fueron realizados conforme la escritura de las trece horas del
diecinueve de enero de dos mil doce, escritura número noventa y uno, iniciada
al folio sesenta y uno frente del tomo quinto del protocolo del suscrito
Notario. Es todo.—Playas del Coco, 19 de enero de 2012.—Lic. Ricardo Vargas
Guerrero, Notario.—1 vez.—RP2012275332.—(IN2012006058).
Por
escritura otorgada ante esta Notaría a las 9:15 horas del 18 de enero del 2012,
se constituyó la sociedad: Zyla S. A. con domicilio en San José,
Santa Ana, de
El
suscrito Notario Público, Ricardo Vargas Guerrero con oficina en Playas de
Coco, Guanacaste, hace constar que se modificó la cláusula número uno del pacto
constitutivo de la sociedad 3 101 636400 S. A., con lo cual se cambia el
nombre de la sociedad, que en delante su nombre será: Wedding Day Story
Sociedad Anónima. Que dichos cambios fueron realizados conforme la
escritura de las nueve horas del dieciséis de enero dos mil doce, escritura
número ochenta, iniciada al folio cincuenta y siete vuelto del tomo quinto de
mi protocolo, Es todo.—Playas del Coco Guanacaste, a las catorce horas del
dieciséis de enero de dos mil doce.—Lic. Ricardo Vargas Guerrero, Notario.—1
vez.—RP2012275334.—(IN2012006060).
Ante mí,
Pablo Arias González, notario público con oficina en Atenas hago constar que el
día veintitrés de enero del dos mil doce a las nueve horas en la ciudad de
Atenas se realizó la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Agua
Rica Pozos Limitada. En la cual se reforma la cláusula sétima del pacto
constitutivo.—Atenas, veintitrés de enero del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias
González, Notario.—1 vez.—RP2012275337.—(IN2012006061).
La
suscrita Notaria hace constar que el día de hoy se protocolizó acta número
siete de asamblea extraordinaria de accionistas celebrada por la compañía Menitek
de Costa Rica Sociedad Anónima, se modificó la cláusula sexta de las
constitutivas.—San José, dieciséis de enero de dos mil doce.—Lic. Ana Victoria
Zapata Calvo, Notaria.—1 vez.—RP2012275344.—(IN2012006062).
Por
escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del dieciocho de enero del dos mil
doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Vean el Horizonte Cuatro Natural Sociedad Anónima, con cédula
de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos diez mil seiscientos
sesenta y nueve, de las ocho horas del dieciocho de enero del dos mil doce,
mediante la cual se reforma la cláusula octava del pacto constitutivo, para que
se lea octava: de la junta directiva.—San José, 24 de enero del 2012.—Lic. Elizabeth
Zamora Campos, Notaria.—1 vez.—RP2012275345.—(IN2012006063).
Protocolización
de acta de asamblea de la sociedad Coast Sunset Enterprise Inc. S. A.
Se recibe renuncia de presidente y se hacen nuevos nombramientos. Se cambia
domicilio social y objeto social. Escritura otorgada en Jaco a las quince horas
del veintitrés de enero del dos mil doce, ante
Mediante
protocolización de acta de asamblea general de la sociedad Finca Coco
Escondido FCE Ltda., se reformaron las cláusulas primera y
segunda de los estatutos, siendo hoy su razón social Masterbuilder Project
Ltda.—San José, 24 de enero del 2012.—Lic. Jeannette Salazar Araya,
Notaria.—1 vez.—RP2012275348.—(IN2012006065).
Mediante
escritura pública otorgada a las doce horas del veinticuatro de enero del dos
mil doce, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad de esta plaza denominada Corporación Universal
de Electricidad Sociedad Anónima, para efectos de aumentar su
capital social.—Lic. Daniel Salazar Araya, Notario.—1
vez.—RP2012275350.—(IN2012006066).
En mi
notaría a las 18:20 horas del 23 de enero del 2012, se constituye la sociedad
denominada Calmi E Y S S. A. Presidente: Luis Fernando Calderón Castro.
Se solicita la publicación de edicto para lo que en derecho
corresponda.—Alajuela, 24 de enero del 2012.—Lic. Daniel Arroyo Bravo,
Notario.—1 vez.—RP2012275351.—(IN2012006067).
En mi
notaría a las 19:08 horas del 23 de enero del 2012, se constituye la sociedad
denominada Grupo Calmar L Y A S. A. Presidente: Luis Fernando Calderón Castro.
Se solicita la publicación de edicto para lo que en derecho corresponda.
Alajuela, 24 de enero del 2012.—Lic. Daniel Arroyo Bravo, Notario.—1
vez.—RP2012275352.—(IN2012006068).
Ante la
notaría del Lic. Joaquín Soto González, a las diez horas del dieciséis de enero
del dos mil doce, la empresa Tres-ciento uno-seiscientos trece mil
seiscientos cuarenta y nueve S. A., nombró como su nuevo presidente al
señor Julián Serrano Rueda, cédula de residencia costarricense número uno uno
siete cero cero cero uno cero cuatro cuatro uno nueve, y se modificó la
cláusula sexta del pacto constitutivo.—Alajuela a las once horas del
veinticuatro de enero del año dos mil doce.—Lic. Joaquín Soto González,
Notario.—1 vez.—(IN2012006075).
Ante mí,
Roberto Romero Mora se otorga escritura número ciento treinta y siete, al ser
las catorce horas del día diecinueve de enero del dos mil doce, en donde se
constituye una sociedad con responsabilidad limitada. Plazo social: noventa y
nueve años. Capital: cien mil colones y la representación judicial y
extrajudicial le corresponde al gerente de la compañía.—Lic. Roberto Enrique
Romero Mora, Notario.—1 vez.—(IN2012006076).
Por
medio de la escritura número ochenta y uno, otorgada a las dieciséis horas del
día veinte de enero de dos mil doce, ante esta notaría, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Casa Jowar
Multieléctrica S. A., por medio de la cual se modifican las
cláusulas segunda del domicilio y décima primera de la administración. Se nombran
nuevos miembros de junta directiva y fiscalía.—Heredia.—Lic. Luis Fdo.
Chavarría Saborío, Notario.—1 vez.—(IN2012006084).
Por
escritura pública 196-1, de las 18:00 horas, del veinticuatro de enero de 2012,
autorizada por el notario público Herman Emilio García Osorio, se constituyó la
empresa Constructora Ípsum Sociedad Anónima.—San José, 25
de enero de 2012.—Lic. Herman Emilio García Osorio, Notario.—1
vez.—(IN2012006089).
Por
escritura otorgada ante mí, a las once horas del día veinticuatro de enero del
dos mil doce, se constituyó la sociedad Surf and Sand at
the Golden Sunset Limitada. Gerente: Kristy Marie
Molina.—Lic. Juan Manuel Aguilar Víquez, Notario.—1 vez.—(IN2012006092).
Ante mi
Notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la
sociedad Ingeniería de Valores Sociedad Anónima. Se nombra
nueva junta directiva y se cambia domicilio social.—San José, 17 de enero del
dos mil doce.—Lic. Federico Webb Choiseul, Notario.—1 vez.—(IN2012006095).
Por la
escritura número sesenta y siete, otorgada ante la notaria Betsy Camacho, a las
quince horas del diecisiete de enero del dos mil doce, se constituyó la
sociedad anónima denominada MJ Equipos Maquinaria Usada Sociedad
Anónima, junta directiva conformada por presidente, secretario, tesorero y
fiscal. Capital totalmente suscrito y pagado.—San Rafael de Heredia, veintitrés
de enero del dos mil doce.—Lic. Betsy Camacho Porras, Notaria.—1
vez.—(IN2012006104).
Por
escritura número: cuarenta y cinco, de las dieciséis horas del día veinticuatro
de enero del dos mil doce, escritura número: cuarenta y cinco, del tomo quinto
del suscrito notario, se procede a la fusión por absorción de las siguientes
sociedades de responsabilidad limitada: Condominio Jardines de Sol Dalias
Nueve, Condominio Jardines del Sol Azaleas Ocho, Condominio Jardines del Sol
Rosas Tres, Condominio Jardines del Sol Orquídeas Uno, Condominio Jardines del
Sol Escalonias Diez, Condominio Jardines del Sol Anturios Siete, Condominio
Jardines del Sol Olivo Cinco, Condominio Jardines del Sol Gardenias Cuatro,
las cuales son absorbidas y por siguiente fusionadas por la sociedad denominada
Condominios Jardines del Sol Gardenias Cuatro. Asimismo, se modifica la
cláusula de su plazo social para establecer como su nuevo plazo social un mes a
partir del día de hoy, o sea quince de febrero del dos mil doce. Es
todo.—Ciudad de Heredia, 24 de enero del 2012.—Lic. Octavio Mora Hernández,
Notario.—1 vez.—(IN2012006105).
Por
escritura número setenta y dos, otorgada ante la notaria pública Carolina Ulate
Zárate, a las nueve horas del veinticuatro de enero del dos mil doce, se
constituyó una sociedad anónima, con un capital social de diez mil colones. Su
presidente es el señor Cristian Sanabria Restrepo, cuya denominación social
será el número de cédula jurídica.—Heredia, 24 de enero del 2012.—Lic. Carolina
Ulate Zárate, Notaria.—1 vez.—(IN2012006106).
Por
escritura otorgada ante esta notario a las 10:00 del 25 de enero del dos mil
doce, se reforma la cláusula segunda la sociedad anónima denomina Afi Group
United Sociedad Anónima, referente al domicilio, se revocan los puestos de
tesorero, fiscal y agente residente y se realizan nuevos nombramientos.—San
José, 25 de enero del dos mil doce.—Lic. Manrique Gamboa Ramón, Notario.—1
vez.—(IN2012006108).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las 9:00 del 25 de enero del dos mil
doce, se reforma la cláusula segunda la sociedad anónima denomina ASG Legal
Sociedad Anónima, referente al domicilio, se revocan los puestos de
tesorero, fiscal y agente residente y se realizan nuevos nombramientos.—San
José, 25 de enero del dos mil doce.—Lic. Manrique Gamboa Ramón, Notario.—1
vez.—(IN2012006109).
Yo,
Marco Antonio Fernández López, hoy protocolicé acta de asamblea extraordinaria
de la sociedad Austin E & W Cuatro D Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y dos
mil trescientos veintisiete; en la que se reforma la cláusula de administración
del pacto constitutivo, donde solo el presidente tiene representación. Es
todo.—Diecinueve de enero de dos mil doce.—Lic. Marco Antonio Fernández López,
Notario.—1 vez.—(IN2012006110).
Por
escritura otorgada ante esta Notaría, a las nueve horas treinta minutos del
primero de noviembre del dos mil once, se modificó las cláusula segunda del
domicilio de Filial Ciento Veinticinco Sierra Fuerte Ventiura Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y
nueve mil ochocientos cuarenta y seis.—San José, veintitrés de noviembre del
dos mil once.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(IN2012006111).
Por
escritura otorgada ante el suscrito notario a las 11:00 horas del 24 de enero
del 2012, se constituyó la sociedad Meggy 053 S. A. Presidente: Emerita
Ramírez Gudiel. Domicilio San José. Capital social: doce mil colones.—Lic.
Francisco Barth Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2012006118).
Mediante
escritura otorgada en esta Notaría a las ocho horas con diez minutos del día
veintitrés de enero del dos mil doce, Roy Alexander Calvo Blanco, Gerardo Roy
Calvo Chacón, Damaris Blanco Zúñiga y Mallory Nicole Calvo Blanco,
constituyeron la sociedad denominada Santical Sociedad Anónima.—San
José, veinticinco de enero del dos mil doce.—Lic. Gonzalo Eduardo Rodríguez
Castro, Notario.—1 vez.—(IN2012006119).
Por
escritura 173-18 otorgada ante el suscrito notario, a las doce horas del 25 de
enero de dos mil doce, la sociedad Frijo Sociedad Anónima, se
fusiona y absorbe a la sociedad Jofri Sociedad Anónima. Es
todo.—San José, veinticinco de enero de dos mil doce.—Lic. Paul Zúñiga
Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2012006130).
Que
mediante acta número dos de la asamblea general extraordinaria de accionistas,
celebrada el dieciocho de enero del dos mil doce, dicha asamblea acordó
disolver la sociedad Mukan de Centroamérica Sociedad Anónima.—Esparza,
10:00 horas del 22 de enero del 2012.—Lic. Warner Calvo Dinarte, Notario.—1
vez.—(IN2012006143).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas treinta minutos
del veinticinco de enero del dos mil doce se constituyó de conformidad con el
artículo segundo del Decreto Ejecutivo 33171-J del 29 de mayo del 2006 una
sociedad, anónima estableciéndose fondo de reserva legal, junta directiva y
capital social, domiciliada en Grecia.—Grecia, 25 de enero del 2012.—Lic. Mayid
Brenes Calderón, Notario.—1 vez.—(IN2012006150).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas cuarenta y
cinco minutos del veinticinco de enero del dos mil doce se constituyó de conformidad
con el artículo segundo del Decreto Ejecutivo 33171-J del 29 de mayo del 2006
una sociedad anónima estableciéndose fondo de reserva legal, junta directiva y
capital social, domiciliada en Grecia.—Grecia, 25 de enero del 2012.—Lic. Mayid
Brenes Calderón, Notario.—1 vez.—(IN2012006151).
Por escritura otorgada a las once horas del veinticinco de enero de
dos mil doce ante esta notaría, se procedió a modificar la cláusula sexta del
pacto constitutivo de Soin Soluciones Integrales S. A., cédula de persona
jurídica tres-ciento uno-sesenta y nueve doscientos veintisiete.—San José,
veinticinco de enero de dos mil doce.—Lic. Carlos Víquez Jara, Notario.—1
vez.—(IN2012006153).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:00 del 25 de enero
del año dos mil doce, se crea la cláusula décima de la sociedad anónima
denomina Universal Trust Sociedad Anónima; referente al agente residente
y se procede a realizar el nombramiento, se revoca el puesto de tesorero y se
realiza nuevo nombramiento.—San José, 25 de enero del dos mil doce.—Lic.
Manrique Gamboa Ramón, Notario.—1 vez.—(IN2012006157).
El día de hoy se protocolizó acta en la que Arandoelcielo S. A.
modifica la cláusula 5, 7 del pacto social, aumenta capital nombra nuevo primer
vocal.—Alajuela, 25 de enero del 2012.—Lic. Fernando Vargas Rojas, Notario.—1
vez.—(IN2012006158).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 16 de
enero del 2012, se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad IRR
Logistics S. A., por medio de la cual se reformó la cláusula quinta.—San
José, 16 de enero del 2012.—Lic. Eric Romero Jara, Notario.—1
vez.—(IN2012006160).
Mediante escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 25 de enero
del 2012, se protocolizó acta de la sociedad de esta plaza Del Parque Panda
Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-440788, mediante la cual se
reforma la cláusula sétima del pacto social.—San José, 25 de enero del
2012.—Lic. Silvia Moreno Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012006162).
Mediante escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del 24 de enero
de 2012, se protocolizó acta de la sociedad de esta plaza Noguera K. R. B.
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-631367,
mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto social.—San José, 24
de enero de 2012.—Lic. Marianela Sáenz Alfaro, Notaria.—1 vez.—(IN2012006163).
Por instrumento público otorgado hoy ante mí, a las 9:00 horas,
protocolicé en lo conducente un acta de asamblea general extraordinaria de
socios de Grupo Al Cuatro S. A., en la cual se acordó modificar la
cláusula quinta del pacto social, reduciendo su plazo social.—San José, 16 de
enero del 2012.—Lic. Randall Barquero León, Notario.—1 vez.—(IN2012006166).
Por escritura N° 114 del tomo I de mi protocolo, de las 9:33 horas del
11 de noviembre de 2011, se protocolizó el acta de asamblea general
extraordinaria de la sociedad denominada Nomonagarica Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos setenta mil quinientos treinta y
dos, mediante la cual se reformó la cláusula tercera de su pacto
constitutivo.—Lic. Carlos Arturo Hernández Estrada, Notario.—1
vez.—(IN2012006176).
Ante mí, se constituyeron las empresas, Pinturas M Y V, Matenimiento
Mova y Restaurante Suchi Noguchi R Y C todas Sociedades de Responsabilidad
Limitada con plazo de cien años y capital cien mil colones.—San José,
veinticinco de enero del dos mil doce.—Lic. Eugenia María Rojas Rodríguez,
Notaria.—1 vez.—(IN2012006181).
Por escritura otorgada en esta notaría en San José a las ocho horas
del día veinte de enero del año dos mil once, se constituyó la sociedad
denominada Grupo Ticotech S. A. presidente, secretario, y tesorero con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 24 de
enero del 2012.—Lic. Carlos Morales Fallas, Notario.—1 vez.—(IN2012006182).
Por escritura número noventa y tres-tres otorgada ante esta notaría, a
las trece horas del veintiuno de junio de dos mil once, se protocolizó el acta
de asamblea general extraordinaria de accionistas de tres-ciento
uno-seiscientos trece mil once sociedad anónima, en donde se modifica la
cláusula novena de la administración y se revoca la junta directiva.—San José,
veinticinco de enero del dos mil doce.—Lic. Marco Antonio Fernández López,
Notario.—1 vez.—(IN2012006183).
Que mediante asamblea general extraordinaria de socios de la compañía El
Punto de Encuentro Sociedad Anónima, celebrada en su domicilio social a las
once horas del primero de junio del dos mil diez, se acordó modificar la
cláusula quinta del plazo social.—San José, 25 de enero del 2012.—Lic. Armando
Moreno Arroyo, Notario.—1 vez.—(IN2012006184).
El
suscrito, Carlos Alberto Chan Vega, hace constar que ante esta notaría, al ser
las ocho horas del veintiséis de enero de dos mil doce, se constituyó la sociedad
Centro de Educación Médico Odontológico BVM Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—Lic. Carlos Alberto Chan Vega,
Notario.—1 vez.—(IN2012006185).
La sociedad tres-ciento uno-quinientos setenta y nueve mil ciento
veintisiete sociedad anónima, mediante acta número tres de la asamblea
general extraordinaria de accionistas, reforma las cláusulas segunda y octava
de sus estatutos. Representante legal: presidente y secretario actuando
conjunta o separadamente.—Esparza, 9:30 horas del 5 de enero del 2012.—Lic.
Franklin José Garita Cousin, Notario.—1 vez.—(IN2012006210).
Huawei Technologies Costa Rica S. A., nombra nuevo secretario de junta
directiva.—San José, 25 de enero del 2012.—Lic. Patricia Lizano Sánchez,
Notaria.—1 vez.—(IN2012006211).
Cesar Arrieta Arias y María del Carmen Arias Calderón, constituyen una
sociedad anónima, cuya denominación social se ajusta a lo dispuesto en el
artículo número dos del Decreto Ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y
uno-J y son presidente y secretario respectivamente. Escritura otorgada ante
esta notaría a las ocho horas del veinte de enero del dos mil doce.—San José,
veinticinco de enero del año dos mil doce.—Lic. Andrea María Meléndez Corrales,
Notaria.—1 vez.—(IN2012006212).
Por
escritura de las 20:00 horas del 17 de noviembre, 2011, la compañía Desarrollos
Ecuestres Anadalusian S. A. reforma la cláusula quinta en cuanto al capital
social.—Luis Alberto Paniagua Acuña, Notario.—1 vez.—(IN2012006213).
Ante mí, se protocolizó acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas
de la sociedad Medea Villa Cuatrocientos Tres Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veintisiete mil, mediante la cual
se modificó la cláusula quinta del capital social, cláusula sexta de la
administración y se realizaron nuevos nombramientos. Escritura número noventa y
nueve otorgada en San José a las doce horas del diecisiete de enero del dos mil
doce.—Lic. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—(IN2012006258).
Ante mí, se protocolizó acta de Asamblea General Extraordinaria de
Accionistas de la sociedad Megara Villa Cuatrocientos Dieciocho Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veintisiete
mil treinta, mediante la cual se modificó la cláusula quinta del capital
social, cláusula sexta de la administración y se realizaron nuevos
nombramientos. Escritura número noventa y dos, otorgada en San José, a las once
horas del dieciséis de enero del dos mil doce.—Lic. Lilliam Boza Guzmán,
Notaria.—1 vez.—(IN2012006259).
Ante mí, se protocolizó acta de Asamblea General Extraordinaria de
Accionistas de la sociedad Telemaco Villa Cuatrocientos Treinta Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta mil
veinte, mediante la cual se modificó la cláusula quinta del capital social,
cláusula sexta de la administración y se realizaron nuevos nombramientos.
Escritura número noventa, otorgada en San José, a las diez horas del dieciséis
de enero del dos mil doce.—Lic. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1
vez.—(IN2012006260).
Ante mí, se protocolizó acta de Asamblea General Extraordinaria de
Accionistas de la sociedad Callicles Villa Quinientos Veinticinco Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta mil
setecientos cincuenta y tres sociedad anónima, mediante la cual se modificó la
cláusula quinta del capital social, cláusula sexta de la administración y se
realizaron nuevos nombramientos. Escritura número setenta y nueve, otorgada en
San José, a las quince horas y treinta minutos del nueve de enero del dos mil
doce.—Lic. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—(IN2012006261).
Ante mí, se protocolizó acta de Asamblea General Extraordinaria de
Accionistas de la sociedad Nicias Villa Cuatrocientos Veinticinco Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veintiocho
mil seiscientos noventa y ocho, mediante la cual se modificó la cláusula quinta
del capital social, cláusula sexta de la administración y se realizaron nuevos
nombramientos. Escritura número ochenta y nueve, otorgada en San José, a las
nueve horas y treinta minutos del diez de enero del dos mil doce.—Lic. Lilliam
Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—(IN2012006262).
Ante mí, se protocolizó acta de Asamblea General Extraordinaria de
Accionistas de la sociedad Nausica Villa Cuatrocientos Ocho Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta mil ochocientos
veintinueve, mediante la cual se modificó la cláusula quinta del capital
social, cláusula sexta de la administración y se realizaron nuevos
nombramientos. Escritura número ochenta y ocho, otorgada en San José, a las
nueve horas del dieciséis de enero del dos mil doce.—Lic. Lilliam Boza Guzmán,
Notaria.—1 vez.—(IN2012006263).
Ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Tiresias Villa Cuatrocientos Dos Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veintiocho mil
cuatrocientos cincuenta y cuatro, mediante la cual se modificó la cláusula
quinta del capital social, cláusula sexta de la administración y se realizaron
nuevos nombramientos. Escritura número ochenta y siete, otorgada en San José, a
las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de enero del dos mil doce.—Lic.
Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—(IN2012006264).
Ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Estige Villa Cuatrocientos Uno Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y tres mil
trescientos ochenta y uno, mediante la cual se modificó la cláusula quinta del
capital social, cláusula sexta de la administración y se realizaron nuevos
nombramientos. Escritura número ochenta y seis, otorgada en San José, a las
ocho horas del dieciséis de enero del dos mil doce.—Lic. Lilliam Boza Guzmán,
Notaria.—1 vez.—(IN2012006265).
Ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Polineces Villa Doscientos Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y tres mil
trescientos setenta, mediante la cual se modificó la cláusula quinta del
capital social, cláusula sexta de la administración y se realizaron nuevos
nombramientos. Escritura número ochenta y cinco, otorgada en San José, a las
nueve horas del diez de enero del dos mil doce.—Lic. Lilliam Boza Guzmán,
Notaria.—1 vez.—(IN2012006266).
Ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Patroclo Villa Ciento Noventa y Dos Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y
tres mil trescientos ochenta y seis, mediante la cual se modificó la cláusula
quinta del capital social, cláusula sexta de la administración y se realizaron
nuevos nombramientos. Escritura número ochenta y cuatro, otorgada en San José,
a las ocho horas y treinta minutos del diez de enero del dos mil doce.—Lic.
Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—(IN2012006267).
Ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Leartes Villa Ciento Ochenta y Cinco Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veintinueve
mil ciento cuarenta y nueve, mediante la cual se modificó la cláusula quinta
del capital social, cláusula sexta de la administración y se realizaron nuevos
nombramientos. Escritura número ochenta y tres, otorgada en San José, a las
ocho horas del diez de enero del dos mil doce.—Lic. Lilliam Boza Guzmán,
Notaria.—1 vez.—(IN2012006268).
Ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Trasimaco Villa Cuatrocientos Treinta y Uno
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos
veintiocho mil doscientos noventa, mediante la cual se modificó la cláusula
quinta del capital social, cláusula sexta de la administración y se realizaron
nuevos nombramientos. Escritura número ciento tres otorgada en San José, a las
quince horas del diecisiete de enero del dos mil doce.—Lic. Lilliam Boza
Guzmán, Notaria.—1 vez.—(IN2012006269).
Ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Mitecos Villa Quinientos Veintiséis Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veintiocho
mil cuarenta, mediante la cual se modificó la cláusula quinta del capital
social, cláusula sexta de la administración y se realizaron nuevos
nombramientos. Escritura número ochenta, otorgada en San José, a las dieciséis
horas del nueve de enero del dos mil doce.—Lic. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1
vez.—(IN2012006270).
Ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Casa Club Setecientos Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y un mil
doscientos veinticuatro, mediante la cual se modificó la cláusula quinta del
capital social, cláusula sexta de la administración y se realizaron nuevos
nombramientos. Escritura número ochenta y uno, otorgada en San José, a las
dieciséis horas y treinta minutos del nueve de enero del dos mil doce.—Lic.
Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—(IN2012006271).
Ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Ascalon Villa Cuatrocientos Treinta y Dos
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos
veintisiete mil ciento cincuenta y nueve, mediante la cual se modificó la
cláusula quinta del capital social, cláusula sexta de la administración y se
realizaron nuevos nombramientos. Escritura número cien otorgada en San José, a
las trece horas del diecisiete de enero del dos mil doce.—Lic. Lilliam Boza
Guzmán, Notaria.—1 vez.—(IN2012006272).
Ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Talicles Villa Quinientos Veintitrés Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veintinueve
mil doscientos once, mediante la cual se modificó la cláusula quinta del
capital social, cláusula sexta de la administración y se realizaron nuevos
nombramientos. Escritura número noventa y cuatro, otorgada en San José, a las
nueve horas del diecisiete de enero del dos mil doce.—Lic. Lilliam Boza Guzmán,
Notaria.—1 vez.—(IN2012006273).
Ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Hipolita Villa Quinientos Diecinueve Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y
uno, mediante la cual se modificó la cláusula quinta del capital social,
cláusula sexta de la administración y se realizaron nuevos nombramientos.
Escritura número noventa y tres, otorgada en San José, a las once horas del
dieciséis de enero del dos mil doce.—Lic. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1
vez.—(IN2012006274).
Ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Jason Villa Ciento Setenta y Ocho Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veintinueve
mil doscientos cuarenta y siete, mediante la cual se modificó la cláusula
quinta del capital social, cláusula sexta de la administración y se realizaron
nuevos nombramientos. Escritura número ochenta y dos otorgada en San José, a
las diecisiete horas del nueve de enero del dos mil doce.—Lic. Lilliam Boza
Guzmán, Notaria.—1 vez.—(IN2012006275).
Ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Zeus Villa Quinientos Veinticuatro Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veintinueve
mil seiscientos cuarenta y siete, mediante la cual se modificó la cláusula
quinta del capital social, cláusula sexta de la administración y se realizaron
nuevos nombramientos. Escritura número setenta y ocho, otorgada en San José, a
las quince horas del nueve de enero del dos mil doce.—Lic. Lilliam Boza Guzmán,
Notaria.—1 vez.—(IN2012006276).
Ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Yocasta Villa Ciento Noventa y Cinco
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos
veintisiete mil ciento setenta y siete, mediante la cual se modificó la
cláusula quinta del capital social, cláusula sexta de la administración y se
realizaron nuevos nombramientos. Escritura número noventa y seis otorgada en
San José, a las diez horas del diecisiete de enero del dos mil doce.—Lic.
Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—(IN2012006277).
Ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Adonis Villa Número Uno Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatro dos siete cero cero uno, mediante
la cual se modificó la cláusula quinta del capital social, cláusula sexta de la
administración y se realizaron nuevos nombramientos. Escritura número sesenta y
seis, otorgada en San José, a las ocho horas del nueve de enero del dos mil
doce.—Lic. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—(IN2012006278).
Ante mí,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Anquises Villa Tres Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-cuatrocientos veintiocho mil setecientos sesenta y ocho,
mediante fa cual se modificó la cláusula quinta del capital social, cláusula
sexta de la administración y se realizaron nuevos nombramientos. Escritura
número sesenta y siete, otorgada en San José a las ocho horas y treinta minutos
del nueve de enero del dos mil doce.—Lic. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1
vez.—(IN2012006279).
Ante mí,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Morfeo Villa Cuatrocientos Treinta y Cinco Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y tres mil
quinientos setenta y siete, mediante la cual se modificó la cláusula quinta del
capital social, cláusula sexta de la administración y se realizaron nuevos
nombramientos. Escritura número noventa y uno, otorgada en San José a las diez
horas y treinta minutos del dieciséis de enero del dos mil doce.—Lic. Lilliam
Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—(IN2012006280).
Ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Aristides Villa Quinientos Veintiocho Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta mil
setecientos dieciocho, mediante la cual se modificó la cláusula quinta del
capital social, cláusula sexta de la administración y se realizaron nuevos
nombramientos. Escritura número noventa y cinco, otorgada en San José, a las
nueve horas y treinta minutos del diecisiete de enero del dos mil doce.—Lic.
Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—(IN2012006281).
Ante mí,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Atlante Villa Cinco Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y tres mil ciento cincuenta, mediante la
cual se modificó la cláusula quinta del capital social, cláusula sexta de la
administración y se realizaron nuevos nombramientos. Escritura número sesenta y
ocho, otorgada en San José a las nueve horas del nueve de enero del dos mil
doce.—Lic. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—(IN2012006282).
Ante mí,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Atreo Villa Seis Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos veintiocho mil doscientos noventa y cinco,
mediante la cual se modificó la cláusula quinta del capital social, cláusula
sexta de la administración y se realizaron nuevos nombramientos. Escritura
número sesenta y nueve, otorgada en San José a las nueve horas y treinta
minutos del nueve de enero del dos mil doce.—Lic. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1
vez.—(IN2012006283).
Ante mí
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Calipso Villa Ocho Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos treinta mil ciento sesenta y cuatro, mediante la
cual se modificó la cláusula quinta del capital social, cláusula sexta de la
administración y se realizaron nuevos nombramientos. Escritura número setenta,
otorgada en San José a las diez horas del nueve de enero del dos mil doce.—Lic.
Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—(IN2012006284).
Ante mí
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Cronos Villa Doce Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos veintiocho mil setecientos sesenta y nueve,
mediante la cual se modificó la cláusula quinta del capital social, cláusula
sexta de la administración y se realizaron nuevos nombramientos. Escritura
número setenta y dos, otorgada en San José a las once horas del nueve de enero
del dos mil doce.—Lic. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—(IN2012006285).
Ante mí,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Harmonia Villa Ciento Uno A Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y un mil
cuatrocientos cuarenta, mediante la cual se modificó la cláusula quinta del
capital social, cláusula sexta de la administración y se realizaron nuevos
nombramientos. Escritura número setenta y tres, otorgada en San José a las doce
horas del nueve de enero del dos mil doce.—Lic. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1
vez.—(IN2012006286).
Ante mí, se protocolizó acta de Asamblea General Extraordinaria de
Accionistas de la sociedad Bayside Tambor L C V Cuatro
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos
veintisiete mil cuatrocientos sesenta y tres, mediante la cual se modificó la
cláusula sexta de la administración y se realizaron nuevos nombramientos.
Escritura número ciento dos otorgada en San José, a las catorce horas y treinta
minutos del diecisiete de enero del dos mil doce.—Lic. Lilliam Boza Guzmán,
Notaria.—1 vez.—(IN2012006287).
Ante mí
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Hiperion Villa Ciento Treinta y Cuatro A
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos
veintisiete mil treinta y nueve, mediante la cual se modificó la cláusula
quinta del capital social. Cláusula sexta de la administración y se realizaron
nuevos nombramientos. Escritura número setenta y cuatro, otorgada en San José a
las doce horas y treinta minutos del nueve de enero del dos mil doce.—Lic.
Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—(IN2012006288).
Ante mí, se protocolizó acta de Asamblea General Extraordinaria de
Accionistas de la sociedad Bayside Tambor TRH Ocho Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veintiocho mil setecientos
veinte, mediante la cual se modificó la cláusula sexta de la administración y
se realizaron nuevos nombramientos. Escritura número ciento uno otorgada en San
José, a las catorce horas del diecisiete de enero del dos mil doce.—Lic.
Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—(IN2012006289).
Ante mí,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Criton Villa Quinientos Uno A Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veintiocho mil trescientos
ochenta y uno, mediante la cual se modificó la cláusula quinta del capital
social, cláusula sexta de la administración y se realizaron nuevos
nombramientos. Escritura número setenta y seis, otorgada en San José a las
catorce horas del nueve de enero del dos mil doce.—Lic. Lilliam Boza Guzmán.
Notaria.—1 vez.—(IN2012006290).
Ante mí,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Afrodita Villa Quinientos Veintidós A Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veintiocho mil seiscientos
cincuenta y cuatro, mediante la cual se modificó la cláusula quinta del capital
social, cláusula sexta de la administración y se realizaron nuevos
nombramientos. Escritura número setenta y siete, otorgada en San José a las
catorce horas y treinta minutos del nueve de enero del dos mil doce.—Lic.
Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—(IN2012006291).
Ante mí,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Homero Villa Cuatrocientos Treinta y Tres Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veintisiete mil ciento
sesenta y seis, mediante la cual se modificó la cláusula quinta del capital
social, cláusula sexta de la administración y se realizaron nuevos
nombramientos. Escritura número setenta y cinco, otorgada en San José a las
trece horas del nueve de enero del dos mil doce.—Lic. Lilliam Boza Guzmán,
Notaria.—1 vez.—(IN2012006292).
Ante mi,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Castor Villa Diez Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos veintiocho mil ciento veintiséis, mediante la
cual se modificó la cláusula quinta del capital social, cláusula sexta de la
administración y se realizaron nuevos nombramientos. Escritura número setenta y
uno, otorgada en San José a las diez horas y treinta minutos del nueve de enero
del dos mil doce.—Lic. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—(IN2012006293).
Ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Februa Villa Ciento Noventa y Siete
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos
cuarenta y cinco mil veinte, mediante la cual se modificó la cláusula quinta
del capital social, cláusula sexta de la administración y se realizaron nuevos
nombramientos. Escritura número noventa y siete otorgada en San José, a las once
horas del diecisiete de enero del dos mil doce.—Lic. Lilliam Boza Guzmán,
Notaria.—1 vez.—(IN2012006294).
Ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Polixena Villa Ciento Noventa y Nueve Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y dos
mil cuatrocientos cuarenta y cinco, mediante la cual se modificó la cláusula
quinta del capital social, cláusula sexta de la administración y se realizaron
nuevos nombramientos. Escritura número noventa y ocho otorgada en San José, a
las once horas y treinta minutos del diecisiete de enero del dos mil doce.—Lic.
Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—(IN2012006295).
Por
escritura otorgada hoy ante esta notaría la empresa Happy Tanning Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos
mil trescientos setenta y siete, le vendió su establecimiento mercantil
denominado Happy Tanning a la compañía domiciliada en San José, Piskies
Inmobiliarie Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-trescientos noventa y cuatro mil trescientos noventa y nueve.
La venta se hace libre de gravámenes y comprende la existencia de productos y
mercaderías en general, así como el giro comercial y los derechos derivados del
mismo. Parte del precio permanece depositado en el despacho del comprador por
un plazo de quince días a partir de la primera publicación de este edicto.
Pasado ese plazo no se atenderán reclamos.—San José, 14 de diciembre del
2011.—Lic. Jorge Castro Olmos, Notario.—1 vez.—RP2012274939.—(IN2012006384).
Por
escritura de las 10:30 horas de hoy, protocolicé acta de la compañía Inversiones
Morrión S. A., por la cual se reforman las cláusulas segunda, cuarta,
octava y décima del pacto constitutivo, que se adicionan con las cláusulas
décima-quinta y décima-sexta; igualmente, se nombra secretario.—Montes de Oca,
24 de enero del 2012.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1
vez.—RP2012275354.—(IN2012006385).
Por
escritura de las 10:00 horas de hoy, protocolicé acta de la compañía Franco
Perpetual Investments S. A., por la cual se reforman las cláusulas
segunda y sexta del pacto constitutivo, y se nombra junta directiva y
fiscal.—Montes de Oca, 24 de enero del 2012.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba,
Notario.—1 vez.—RP2012275355.—(IN2012006386).
Mediante
protocolización de asamblea con número de escritura uno-siete, otorgada a las
quince horas del veinte de enero de dos mil doce, se reformó totalmente las
cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo de la sociedad Quad Energy
Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos
sesenta y cuatro mil setenta y tres.—San José, veinticuatro de enero de dos mil
doce.—Lic. Andrea Hütt Fernández, Notaria.—1 vez.—RP2012275356.—(IN2012006387).
Por
escritura 146-51 del tomo 51 del protocolo del Notario Casimiro Vargas Mora,
otorgada en esta ciudad a las 17:00 horas del 23 enero del 2012, se constituye Acento
en
Por la
escritura 147-51 del tomo 51 del protocolo del Notario Casimiro Vargas Mora,
otorgada en esta ciudad a las 11:00 horas del 24 de enero del 2012, la sociedad
costarricense 3-102-641636 Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula tres-ciento dos-seiscientos cuarenta y un mil seiscientos
treinta y seis. Modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, 24 de enero
de 2011.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1
vez.—RP2012275358.—(IN2012006389).
Mediante
escritura otorgada por este notario, número cuarenta y seis al ser las catorce
horas del veintinueve de julio del dos mil once, se constituyó la sociedad
civil: Acción Social de Redes para El Desarrollo de
Mediante
escritura otorgada por este notario número cincuenta y dos, a las once horas
del veintiocho de noviembre del dos mil once, la asamblea extraordinaria de
socios y socias de la sociedad Empresa de Apoyo Comunal Ostional Sociedad
Anónima, se acuerda primero: Se autoriza a la junta directiva aumentar el
capital social en la suma de cincuenta millones de colones modalidad de capital
autorizado. Segunda: Se reforma la cláusula octava incorporando cuatro vocales
y nombrando dos fiscales.—23 de enero del 2012.—Lic. Wilman Matarrita
Matarrita, Notario.—1 vez.—RP2012275360.—(IN2012006391).
Por
escritura otorgada ante mí, a las 9 horas del 21 de octubre del 2011, los
señores: Bryan Calderón Montero y Randall Golcher Marín, constituyeron la
sociedad denominada: BSA Soluciones Informáticas de Negocio Sociedad Anónima.
Domicilio provincia de San José, en el Alto de Guadalupe, de
Mediante
escritura pública otorgada ante esta notaría el 7 de diciembre de 2011, se
constituyó la sociedad: Jaker Cinco Hermanos S. A. Domicilio: Brasil de
Mora. Objeto: ejercicio del comercio en general. Plazo social: 99 años. Capital
social: 20.000 colones.—Lic. Rodolfo Arroyo Porras, Notario.—1
vez.—RP2012275366.—(IN2012006393).
Mediante
escritura pública otorgada ante esta notaría el 7 de diciembre de
2011, se constituyó la sociedad: Kejar
de Olivier S. A. Domicilio: Brasil de Mora. Objeto: ejercicio del comercio
en general. Plazo social: 99 años. Capital social: 20.000 colones.—Lic. Rodolfo
Arroyo Porras, Notario.—1 vez.—RP2012275367.—(IN2012006394).
Por
escritura 208-7, otorgada ante esta notaría, a las 7:30 horas del 23 de enero
del 2012, se protocolizó el acta tres de la sociedad denominada
Inversiones G F
M Aldebarán Barug S. A.,
cédula jurídica 3-101-355396, donde se cambia presidente vicepresidente y
secretario.—Sarchí, 24 de enero del 2012.—Lic. Máximo Corrales Vega, Notario.—1
vez.—RP2012275368.—(IN2012006395).
Por
escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del veinticuatro de enero de dos
mil doce, se protocolizaron acuerdos de asamblea de accionistas de la sociedad Inmobiliaria
Paseo del Sol Número Treinta y Cuatro S. A., por medio de la cual se
modificó la cláusula de administración.—San José, veinticuatro de enero de dos
mil doce.—Lic. Mónica Farrer Peña, Notaria.—1
vez.—RP2012275371.—(IN2012006396).
Blessed
Busniss Sociedad Anónima,
modifica cláusula segunda, cláusula sexta y nombra junta directiva, mediante
escritura número setenta y seis del tomo del protocolo sesenta y nueve del notario
José Carlos Quesada Camacho.—San José, veinticuatro de enero del dos mil
doce.—Lic. José Carlos Quesada Camacho, Notario.—1
vez.—RP2012275373.—(IN2012006397).
Mar
Gonza Sociedad Anónima, nombra
junta directiva, mediante escritura número setenta y siete del tomo del
protocolo sesenta y nueve del notario José Carlos Quesada Camacho.—San José,
veinticuatro de enero del dos mil doce.—Lic. José Carlos Quesada Camacho,
Notario.—1 vez.—RP2012275374.—(IN2012006398).
Por
escritura número 117-7, otorgada a las 9:30 horas del 20 de enero del 2012,
ante esta notaria Diana Elke Pinchanski Fachler, se protocolizan acuerdos de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad
denominada Blue Dream View Sociedad Anónima, en donde se acuerda reformar
la totalidad de los estatutos.—Puntarenas, 20 de enero del 2012.—Lic. Diana
Elke Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—RP2012275377.—(IN2012006399).
Por
escritura número 118-7, otorgada a las 10:00 horas del 20 de enero del 2012,
ante esta notaria Diana Elke Pinchanski Fachler, se protocolizan acuerdos de
asamblea de cuotistas de la sociedad denominada 3-102-631061 limitada,
en donde se acuerda reformar las cláusulas segunda y novena de los
estatutos.—Puntarenas, 20 de enero del 2012.—Lic. Diana Elke Pinchanski
Fachler, Notaria.—1 vez.—RP2012275378.—(IN2012006400).
Por
escritura número 116-7, otorgada a las 9:00 horas del 20 de enero del 2012,
ante esta notaria Diana Elke Pinchanski Fachler, se protocolizan acuerdos de
asamblea de cuotistas de la sociedad denominada 3-102-631057 limitada,
en donde se acuerda reformar las cláusulas segunda y novena de los
estatutos.—Puntarenas, 20 de enero del 2012.—Lic. Diana Elke Pinchanski
Fachler, Notaria.—1 vez.—RP2012275379.—(IN2012006401).
Ante mí
Denia Vázquez Pacheco notaria pública en escritura número doscientos noventa y
cuatro, se constituyó la sociedad Empacadora Madrigal R&R Sociedad
Anónima; domicilio en Sector Ángeles de Peñas Blancas, San Ramón, Alajuela,
un kilómetro al norte de
Luis
Diego Salazar Flores, cédula 1-1116-198 y Luis Salazar Jara, cédula 1-428-095
disuelven la sociedad de la cual son socios y que se denomina: Disaflo
Sociedad Anónima. Puriscal, a las 11 horas del 14 de enero del 2012. Ante
el Notario Lic. Carlos Rodríguez Bermúdez.—San José, 23 de enero del 2012.—Lic.
Luis Salazar Jara, Notario.—1 vez.—RP2012275383.—(IN2012006403).
Mediante
escritura autorizada por la suscrita notaria, a las diez horas del día
veintitrés de enero del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Paraíso Corcovado
S. A., mediante la cual se reforma la cláusula octava de los estatutos.—San
José, 23 de enero del 2012.—Lic. Jessica Paola Salas Arroyo, Notaria.—1
vez.—RP2012275388.—(IN2012006404).
En
escritura otorgada en esta notaría, a las 13 horas del 10 de enero del 2012, se
modificó la cláusula octava del pacto constitutivo de
la sociedad Tapas
y Mezes del Mediterráneo S. A.,
cédula jurídica 3-101-624164.—San José, 20 de enero del 2012.—Lic. Alejandro
Marín Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2012275389.—(IN2012006405).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14:45 horas del 23 enero del 2012, se
modifican las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: la segunda del
domicilio, la novena del concejo de administración o junta directiva, se hacen
nuevos nombramientos, en la mercantil Acura Solta Group S. A.—San José,
23 enero del 2012.—Lic. Siu-Len Wing-Ching Jiménez, Notario.—1
vez.—RP2012275390.—(IN2012006406).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 16 enero del 2012,
se modifican las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: la segunda del
domicilio, se hacen nuevos nombramientos, en la mercantil 3-101-518728 s. a.—San
José, 16 enero del 2012.—Lic. Carlos Guillermo Alvarado Heinrich, Notario.—1
vez.—RP2012275391.—(IN2012006407).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las 10:30 horas del 16 de enero de 2012,
se constituyó la sociedad que llevará como nombre López Galván Dos Mil Doce
Sociedad Anónima. Einar José Villavicencio López, notario público de Playa
Brasilito.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1
vez.—RP2012275393.—(IN2012006408).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas del 16 de enero del 2012,
fue constituida una sociedad anónima, cuya denominación será el número de
cédula jurídica que les corresponda, con el aditamento Sociedad Anónima. Einar
José Villavicencio López, notario público de Playa Brasilito.—Lic. Einar José
Villavicencio López, Notario.—1 vez.—RP2012275394.—(IN2012006409).
Ante mí, Zaida Valderrama Rodríguez notaria pública de Alajuela, a las
15 horas del 24 de enero del 2012, se reformó las cláusulas segunda y sexta y
se nombró nueva junta directiva de Cointel S. A., cédula jurídica
número 3-101-198786.—Alajuela, 24 de enero del 2012.—Lic. Zaida Valderrama
Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2012275397.—(IN2012006410).
El día de hoy, yo Lorena Montt Villacura, notaría pública con oficina
en San José, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Paraíso
Skycrappers S. A., Se modifica primera, tercera y sexta.—San José,
veinticuatro de noviembre del dos mil once.—Lic. Lorena Montt Villacura,
Notaria.—1 vez.—RP2012275402.—(IN2012006411).
Ante mi notaría, al folio setenta y cinco frente del tomo veinticuatro
de mi protocolo; se protocoliza acta de modificación de junta directiva y cambio
de domicilio social; de la sociedad Inversiones Segares Sociedad Anónima,
con cédula jurídica número: tres-ciento uno-cero ochenta y dos mil novecientos
sesenta y dos-dieciocho; domicilio social en Barrio Veinte de Noviembre de
Puntarenas.—Puntarenas, a los veintitrés días del mes de setiembre del dos mil
once.—Lic. Johel Sánchez Díaz, Notario.—1 vez.—RP2012275405.—(IN2012006412).
Por escritura número ochenta y cinco-once, otorgada ante esta notaría,
notario público: Juan Manuel Godoy Pérez, a las dieciséis horas cinco minutos
del veinticuatro de enero del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas
de la sociedad
denominada APM Terminals Moín S. A.,
mediante la cual se modifica la cláusula décima primera del pacto
constitutivo.—San José, veinticuatro de enero de dos mil doce.—Lic. Juan Manuel
Godoy Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012275407.—(IN2012006413).
En escritura publica se constituye sociedad anónima denominada Rocha
Servicios y Consultorías S. A.. Escritura otorgada a las ocho horas
del veinticuatro de enero del dos mil doce. Presidente: Christian Meneses
Rojas.—Lic. Manuel Monge Díaz, Notario.—1 vez.—RP2012275408.—(IN2012006414).
Por escritura otorgada ante mi Notaría, a las a las 18:00 horas del 20
de enero del 2012, se constituyó la compañía Multiservicios RJR de
Bijagua Sociedad Anónima. Capital social debidamente
suscrito y pagado. Plazo 99 años.—Cañas, Guanacaste, 20 de enero del 2012.—Lic.
Lorena Alpízar Bermúdez, Notaria.—1 vez.—RP2012275409.—(IN2012006415).
Tres-ciento uno-seiscientos quince mil ochocientos veintiuno s. a.,
cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos quince mil ochocientos
veintiuno; protocoliza acta: Se modifica cláusula primera del nombre para que
se lea así: la sociedad se denominará Gurdian y Valverde S. A.,
pudiendo abreviarse las dos últimas palabras como S. A.; se modifica la
cláusula segunda del domicilio social y fiscal, modifica cláusula
administración; revoca nombramientos de junta directiva y nombra junta
directiva por el resto del plazo social. Escritura ciento seis-doce del tomo
doce otorgada a las once horas del veinticuatro de enero del dos mil doce.—Lic.
Ademar Antonio Zúñiga Quirós, Notario.—1 vez.—RP2012275413.—(IN2012006416).
Por escritura otorgada ante mí, al ser las 8:00 horas del 24 de enero
del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas
de la sociedad tres-ciento uno-quinientos ochenta mil seiscientos ochenta y
siete sociedad anónima, cédula jurídica con la misma numeración del nombre,
donde: Se revoca el nombramiento de toda la junta directiva y el fiscal y se
nombran nuevos. Se reforman las cláusulas: 2, 7, 9, del pacto constitutivo.—San
José, al ser las 7:00 horas del 25 de enero del 2012.—Lic. Heike Kulzer Homann,
Notario.—1 vez.—RP2012275416.—(IN2012006417).
Por asambleas de socios de las sociedades E Y L Inversiones
El Granel de Curridabat S. A., modifica cláusula primera. Asimismo
por asambleas de socios la sociedad New Wave of Nosara S. A.,
modifica cláusulas segunda y sexta y se nombra nueva junta directiva y fiscal.
Es todo.—San José, 25 de enero del año 2012.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias,
Notario.—1 vez.—RP2012275418.—(IN2012006418).
Ante mí, Gonzalo Andrés Víquez Oreamuno, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad M. S. R. South
Country On The Beach Limitada, celebrada a las catorce horas y dos minutos
del diecinueve de diciembre del dos mil once, en donde se reforma la cláusula
sexta. Es todo.—San José, dieciocho de enero del dos mil doce.—Lic. Gonzalo
Andrés Víquez Oreamuno, Notario.—1 vez.—RP2012275419.—(IN2012006419).
Deam Equipos Médicos y Consumibles S. A., cédula jurídica 3-101-175848,
protocoliza acta de disolución de sociedad ante esta notaría. Lic. Walter
Jeffry Chaves Herrera, Notario, cédula 1-1015-0507, carné 15013.—Lic. Walter
Jeffry Chaves Herrera, Notario.—1 vez.—RP2012275423.—(IN2012006420).
Mediante asamblea general extraordinaria de socios de Servhipa
Sociedad Anónima, celebrada en su domicilio social a las catorce horas del
primero de setiembre del dos mil once, se modifica su plazo social a diecisiete
años desde su constitución siendo su fecha de vencimiento el dieciséis de
noviembre del dos mil once.—Lic. Víctor Sánchez Céspedes, Notario.—1
vez.—RP2012275400.—(IN2012006421).
Por escritura otorgada hoy ante esta notaría, se protocolizó el acta
de Banco de Sangre Umbilical BSU S. A., en la que se reforman las
cláusulas 2 y 7 de los estatutos y se nombran miembros de junta directiva y
fiscal.—San José, 24 de enero de 2012.—Lic. Carlos Eduardo Quesada Hernández,
Notario.—1 vez.—RP2012275426.—(IN2012006422).
Por escritura número ciento cuarenta y nueve otorgada ante esta
Notaría a las quince horas del día veintitrés de enero del año dos mil doce, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Sanpancrali
Sociedad Anónima por medio de la cual se modifica la cláusula cuarta del
pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva.—San José, martes
veintitrés de enero del año dos mil doce.—Lic. Sagrario Padilla Velázquez,
Notaria.—1 vez.—RP2012275427.—(IN2012006423).
Por escritura número ciento cincuenta otorgada ante esta Notaría a las
dieciséis horas del día veintitrés de enero del año dos mil doce, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Zolupa
Sociedad Anónima por medio de la cual se modifica la cláusula cuarta del
pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva.—San José, martes
veintitrés de enero del año dos mil doce.—Lic. Sagrario Padilla Velázquez,
Notaria.—1 vez.—RP2012275428.—(IN2012006424).
Por medio de escritura otorgada en la ciudad de Desamparados, San
José, a las ocho horas y treinta minutos del día veinticinco de enero de dos
mil doce: Rodrigo Flores Bolaños, e Indira Ruiz Loaíciga, constituyeron la
sociedad que se denominará: Killer Monchis Soda Sociedad Anónima,
Capital social: doscientos mil colones. Siendo el presidente y la tesorera,
juntos o separadamente, los representantes judiciales y extrajudiciales en
calidad de apoderados generalísimos sin límite de suma: Rodrigo Flores Bolaños
e Indira Ruiz Loaíciga, respectivamente.—Lic. Marco A. Ruiz Gómez, Notario.—1
vez.—RP2012275434.—(IN2012006425).
Por escritura otorgada ante mí a las quince horas del veinticuatro de
enero del dos mil doce, se protocoliza acta número diez de asamblea general
extraordinaria de accionistas de Compañía Frutera
Por escritura otorgada ante mí a las dieciséis horas del veinticuatro
de enero del dos mil doce, se protocoliza acta número once de asamblea general
extraordinaria de accionistas de Compañía Frutera
Por escritura otorgada ante mí a las ocho horas del veinticuatro de
enero del dos mil doce, se protocoliza acta número veintidós de asamblea
general ordinaria de accionistas de Club de Empleados Hospital San Carlos S.
A., donde se nombra junta directiva y fiscal. Es todo.—Ciudad Quesada, a
las ocho horas diez minutos del veinticuatro de enero del dos mil doce.—Lic.
Liana Sancho Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2012275437.—(IN2012006428).
Ante esta notaría comparecen Mariselle Verdesia Meneses y Marta
Victoria Lozada Acosta, quienes el día de hoy constituyen la sociedad de
responsabilidad limitada denominada Escazú Loft Trescientos Seis Sociedad de
Responsabilidad Limitada, cuyo capital ha sido totalmente suscrito y
pagado.—San José, veintitrés de enero del dos mil doce.—Lic. Luis Alberto
Pereira Brenes, Notario.—1 vez.—RP2012275445.—(IN2012006429).
Ante esta notaría comparecen Mariselle Verdesia Meneses y Marta
Victoria Lozada Acosta, quienes el día de hoy constituyen la sociedad de
responsabilidad limitada denominada Escazú Loft Seiscientos Uno Sociedad de
Responsabilidad Limitada, cuyo capital ha sido totalmente suscrito y
pagado.—San José, veintitrés de enero del dos mil doce.—Lic. Luis Alberto
Pereira Brenes, Notario.—1 vez.—RP2012275448.—(IN2012006430).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del día
diecisiete de enero del año en curso, se constituye la sociedad denominada Promotora
LB Proyectos Inmobiliarios Sociedad Anónima pudiendo abreviarse en su
aditamento S. A., siendo este nombre de fantasía.—San José a las
dieciséis horas del diecisiete de enero del dos mil doce.—Lic. Daniel de
Por escritura otorgada ante mí, número ciento tres de las diecisiete
horas diez minutos del día veinticuatro de enero del año dos mil doce, se
constituyó la sociedad denominada Automotores A S Sociedad Anónima,
domiciliada en Los Ángeles de San Rafael de Heredia, Montecito, de la capilla
San Gabriel, seiscientos metros al sur, objeto: el ejercicio del comercio en
todas sus formas: la industria, la ganadería, la agricultura y en general, toda
actividad lucrativa. Plazo social noventa y nueve años. Presidente Nicole Alem
Soto. Capital social un millón de colones, representado por diez acciones,
comunes y nominativas de cien mil colones cada una, suscritas y pagadas.—Lic.
Carlos Manuel Chaves Delgado, Notario.—1 vez.—RP2012275450.—(IN2012006432).
Por este medio el suscrito notario hace constar que a las nueve horas
treinta minutos del día diecinueve de enero del dos mil doce, mediante
escritura número ciento cuarenta y ocho-uno otorgada en el tomo primero del
protocolo del suscrito notario, se constituyó una sociedad denominada: Puerto
Viejo Multicentro Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Puerto
Viejo, diecinueve de enero del dos mil doce.—Lic. Johnny Gerardo León Guido,
Notario.—1 vez.—RP2012275451.—(IN2012006433).
Por escritura número 78 otorgada ante el suscrito notario a las 10:00
horas del día 23 de enero del 2012; se modificó la cláusula segunda de los
estatutos relacionada con el domicilio de la compañía Soluciones Energéticas
Torun S. A.—San José, 23 de enero del 2012.—Msc. Jennifer Aguilar Monge,
Notaria.—1 vez.—RP2012275454.—(IN2012006434).
Por escritura otorgada ante mí, a las 9 horas del 21 de noviembre del
2011, se constituye sociedad anónima Promean Punto Com S. A., domicilio
social: provincia de San José, cantón 08 Goicoechea, distrito 04 Mata de
Plátano, barrio El Carmen. Plazo social lo será de 100 años a partir del 21 de
noviembre del 2011. Se nombra agente residente. Se crea fondo de reserva
legal.—Lic. Esteban Rodríguez López, Notario.—1
vez.—RP2012275455.—(IN2012006435).
Por escritura otorgada ante mí, a las 8 horas del 16 de diciembre del
2011, se constituye sociedad anónima Protectora CDI S. A., domicilio
social: provincia de San José, Barrio México, del liceo San José, cien metros
largos hacia el sur y doscientos metros largos hacia el oeste y cien metros
hacia el sur, edificio de dos plantas portón blanco grande, acera izquierda,
catering service. Plazo social lo será de 100 años a partir del 16 de diciembre
del 2011. Se crea fondo de reserva legal.—Lic. Esteban Rodríguez López,
Notario.—1 vez.—RP2012275456.—(IN2012006436).
Que mediante escritura número 21, del tomo 5 de mi protocolo, otorgada
por mí, a las 15:30 horas del 24 de enero de 2012, se
protocolizó el acta de Costa Caliente de Guanacaste S. A.,
cédula jurídica 3-101-535719, mediante la cual se modificaron las cláusulas del
domicilio y la representación de la sociedad; y se nombró nueva junta
directiva.—San José, 24 de enero del 2012.—Lic. Cinthya Calderón Rodríguez,
Notaria.—1 vez.—RP2012275457.—(IN2012006437).
Mediante escritura otorgada a las 17:00 p. m., del 24 de enero del
2012, ante notaria Carla Baltodano Estrada, se modifica pacto constitutivo de
la sociedad Jurocama S. A.—San José, 25 de enero del 2012.—Lic. Carla
Baltodano Estrada, Notaria.—1 vez.—RP2012275458.—(IN2012006438).
Por medio de escritura otorgada en San Isidro de El General de Pérez
Zeledón, a las doce horas del día veintidós de diciembre del dos mil once. Se
constituyó la sociedad denominada Caño Café Sociedad Anónima, con un
plazo social de noventa y nueve años, el domicilio social será la provincia de
San José, en el cantón de Pérez Zeledón, en su distrito de San Isidro,
exactamente treinta metros oeste de Disco Centro, como presidente Rafahel
Kleniki.—Catorce de enero del dos mil doce.—Lic. Wálter Chacón Barrantes,
Notario.—1 vez.—RP2012275459.—(IN2012006439).
Mediante escritura otorgada a las 15:30 p. m., del 24 de enero del
2012, ante notaria Carla Baltodano Estrada, se modifica pacto constitutivo de
la sociedad Desarrollos Nuevos DH S. A.—San José, 25 de enero del
2012.—Lic. Carla Baltodano Estrada, Notaria.—1
vez.—RP2012275460.—(IN2012006440).
Mediante escritura otorgada a las 15:00 p. m., del 24 de enero del
2012, ante notario Carla Baltodano Estrada, se modifica pacto constitutivo de
la sociedad Constructora Dent S. A.—San José, 25 de enero del 2012.—Lic.
Carla Baltodano Estrada, Notaria.—1 vez.—RP2012275461.—(IN2012006441).
Mediante escritura otorgada a las 16:30 p. m., del 24 de enero del
2012, ante notaria Carla Baltodano Estrada, se modifica pacto constitutivo
de la sociedad Fábrica de Concreto Liviano S. A.—San José, 25 de
enero del 2012.—Lic. Carla Baltodano Estrada, Notaria.—1
vez.—RP2012275462.—(IN2012006442).
Mediante escritura otorgada a las 16:00 p. m., del 24 de enero del
2012, ante notaria Carla Baltodano Estrada, se modifica pacto constitutivo de
la sociedad Empresas Dent S. A.—San José, 25 de enero del 2012.—Lic.
Carla Baltodano Estrada, Notaria.—1 vez.—RP2012275463.—(IN2012006443).
En mi notaría, se constituyó la sociedad anónima Ashiya Sociedad
Anónima. Con domicilio en Limón, Estero Negro. Diez acciones nominativas, y
como presidenta con facultades de apoderada generalísima, la señora Dina Marie
Doucet, mayor, casada una vez, vecina de Limón, en Estero Negro, del
puente trescientos metros al sur, estadounidense, con pasaporte uno cero
tres-ocho seis uno dos dos cero de Estados Unidos de América.—Limón, 27 de
enero del 2011.—Lic. Victoria Fernández Ríos, Notaria.—1
vez.—RP2012275465.—(IN2012006444).
Ante esta notaría por medio de escritura trescientos siete, otorgada
al ser las 16:00 horas del 20 de enero del año en curso, se constituye sociedad
anónima denominada A & D Mantenimiento y Soluciones S. A., con
un capital social de diez mil colones, se nombra como presidente al señor Marco
Rojas Palma, mayor, casado una vez, constructor, cédula uno-seis tres ocho-uno
ocho ocho, vecino de Hatillo, y como secretaria Yorleny González Sequeira,
mayor, casada una vez, comerciante, cédula dos-cuatro uno nueve-siete uno
cuatro, vecina de Hatillo, ambos con facultad de apoderados generalísimos sin
límite de suma, actuando en forma conjunta o separada, con domicilio social en
Hatillo Seis, alameda quince sur, casa veintiocho. Es todo. Se extiende al ser
las 11:00 horas del 24 de enero del 2012.—Lic. Eugenia María Jara Morúa,
Notaria.—1 vez.—RP2012275466.—(IN2012006445).
Por escritura otorgada ante esta notaría, el día 24 de enero del
Por escritura otorgada ante el suscrito notario Frank Brooks Johnson,
en la ciudad de Limón, se constituyó la sociedad denominada Soltec Sociedad
Anónima, capital social cien mil colones. Domiciliada en la ciudad de
Limón, barrio Pueblo Nuevo
Ante mí, Álvaro Barboza Orozco, notario público con oficina abierta en
San José, en escritura otorgada: a las 10:00 horas del 10 de enero del 2012, se
constituyó
Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas cincuenta minutos
del diecinueve de diciembre de dos mil once, protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de cuotistas de la sociedad tres-ciento
dos-quinientos setenta y cinco mil doscientos treinta y dos limitada, con
mismo número de cédula de persona jurídica, de las 16:00 horas del 19 de
diciembre del 2011, mediante la cual se reforma la cláusula segunda de los
estatutos y se nombra nuevo gerente.—Lic. Mariana Isabel Alfaro Salas,
Notaria.—1 vez.—RP2012275481.—(IN2012006449).
Por escritura número ochenta y tres del 24 de enero del 2012, se
protocolizan fusión por absorción de las sociedades: Global Investment Of
The North S. A, Asian Investments Of The North S. A, Ince Investments Trading
de Costa Rica S. A, Tres-Ciento Uno-Cinco Tres Nueve Uno Ocho Uno S. A., y
Tres-Ciento Uno-Cinco Ocho Seis Seis Cuatro Dos S. A., Prevaleciendo esta
ultima.—Lic. Andrés Aguilar Rodríguez, Notario.—1
vez.—RP2012275482.—(IN2012006450).
Mediante escritura otorgada ante el suscrito Notario a las 15:00 horas
del 24 de enero del 2012, se protocoliza asamblea general de accionistas de Jobsett
Desarrollos Constructivos Sociedad Anónima por medio de la cual se reforma
la cláusula cuarta del pacto constitutivo.—San José, 24 de enero de 2012.—Lic. Tomas
Esquivel Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2012275484.—(IN2012006451).
Mediante escritura otorgada ante el suscrito Notario a las 8:00 horas
del 25 de enero del dos mil doce, se protocoliza asamblea general de
accionistas de Tempo Arquitectos y Asociados Sociedad Anónima, por medio
de la cual se reforman las cláusulas, primera, segunda y octava del pacto
constitutivo.—San José 25 de enero de 2012.—Lic. Tomas Esquivel Cerdas,
Notario.—1 vez.—RP2012275486.—(IN2012006452).
Mediante escritura otorgada
ante el suscrito
Notario a las 10: 00 horas del 24 de enero del 2012, se
protocoliza asamblea general de accionistas de Corporación Teques Dorados
Sociedad Anónima, por medio de la cual se reformaron las cláusulas segunda
y octava del pacto constitutivo.—San José 24 de enero del de 2012.—Lic. Tomas
Esquivel Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2012275486.—(IN2012006453).
Noelia Villalobos Herrera con facultades de apoderada generalísima sin
límite de suma. Marco David Rodríguez Badilla, secretario, constituyen la
sociedad anónima V.A. Casa Viva S. A., con domicilio en San José,
Presidenta: Noelia Villalobos Herrera.—Bagaces, 17 de enero del 2012.—Lic.
Guisella Lara Camacho, Notaria.—1 vez.—RP2012275487.—(IN2012006454).
Ante el suscrito, se constituye la sociedad Motos y Repuestos
Hofai-Ebenezer S. A., capital cien mil colones, presidente Alexis Vásquez
Arguedas.—25 de enero del 2012.—Lic. Hilario Agüero Santos, Notario.—1
vez.—RP2012275491.—(IN2012006455).
Por escritura de 16:00 horas del 24 de enero del 2012, protocolicé acta
de junta directiva de Ganadera
Por escritura otorgada ante el Notario Luis Carvajal Arias a las 8:00
horas del 13 de diciembre del 2011, se constituye la sociedad denominada Inversiones
Hermanos Zúñiga Martínez Sociedad Anónima. Capital veinticinco mil colones.
Plazo cien años. Presidenta: Ana Lupita Zúñiga Martínez. Domicilio. San
José.—Curridabat, San José, 25 de enero del 2012.—Lic. Luis Carvajal Arias,
Notaria.—1 vez.—RP2012275494.—(IN2012006457).
Por medio de escritura otorgada al ser las 8:00 horas del día 19 de
julio del 2011, ante el Notario Público Juan Francisco Molinero Hernández, los
señores Leopoldo Arauz y Wester Antonio Olivas Mendoza, constituyeron la
sociedad de esta plaza Remodelaciones Keywall Sociedad Anónima.—San
José, 28 de julio del 2011.—Lic. Juan Francisco Molinero Hernández, Notario.—1
vez.—RP2012275495.—(IN2012006458).
Por escritura pública otorgada ante la suscrita Notaria, a las 9:00
horas del 19 de enero del 2012, se constituyó la sociedad, RCCR Soluciones
Informáticas Integrales Sociedad Anónima.—Lic. Noelia Camacho
Starbird, Notaria.—1 vez.—RP2012275498.—(IN2012006459).
Por asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios, las
sociedades: Investment Global Cirks S. A., modifica cláusulas segunda,
undécima y nombra junta directiva, 3-101-600127 S. A., modifican las cláusula segunda y sexta y nombra junta
directiva, 3-101-526150 S. A., modifica cláusula segunda y nombra junta
directiva. Es todo.—San José, a las 15:00 horas del día 18 de enero del
2012.—Lic. Mayra Tatiana Alfaro Porras, Notaria.—1
vez.—RP2012275499.—(IN2012006460).
Al ser las diecinueve horas minutos del día 19 de enero del 2012, se
modificó cláusula del plazo social de la sociedad denominada Taller de
Enderezado y Pintura del Valle Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y siete mil ciento setenta y seis.—Lic.
Leticia Pérez Hidalgo, Notaria.—1 vez.—RP2012275504.—(IN2012006461).
Por escritura otorgada en esta notaría a las dieciocho horas cuarenta
minutos del día veinte de enero, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de la sociedad Bosques del Río Turquesa Veinte S. A.,
mediante la cual se reforma la cláusula octava del pacto constitutivo, se
nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 25 de enero del 2012.—Lic.
Óscar Alberto Sandoval Morales, Notario.—1 vez.—RP2012275507.—(IN2012006462).
Por escritura otorgada por mí, el día 23 de enero del dos doce, a las
15:00 horas, se protocolizó acta de Parque Zafiro Mil Ciento Uno A S.
A., mediante la cual se acuerda reformar las cláusulas segunda del
domicilio social y octava de la administración del pacto social. Se nombra
junta directiva y fiscal.—Lic. Francisco José Rucavado Luque, Notaria.—1
vez.—RP2012275508.—(IN2012006463).
Por escritura otorgada por mí, el día 23 de enero del dos doce, a las
9:00 horas, se protocolizó acta de Parque Onix Setecientos Siete A S. A.,
mediante la cual se acuerda reformar las cláusulas segunda del domicilio social
y octava de la administración del pacto social. Se nombra junta directiva y
fiscal.—Lic. Pamela Navarro Hidalgo, Notaria.—1
vez.—RP2012275509.—(IN2012006464).
La suscrita notaria, hace constar que en escritura número doscientos
treinta y uno-tres, visible a folio ciento veinte frente del tomo tercero de mi
protocolo, otorgada al ser las quince horas del dieciséis de enero del dos mil
doce, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad tres-ciento
uno-cuatrocientos cincuenta y seis mil novecientos dieciocho sociedad anónima.—Garabito,
dieciséis de enero del dos mil doce.—Lic. Pamela Andrea Cerdas Cerdas,
Notaria.—1 vez.—RP2012275511.—(IN2012006465).
Ante mi notaría, en fecha veintitrés de enero del dos mil doce, por
medio de la escritura número doscientos cincuenta y siete-uno, se constituye la
sociedad cuya denominación social será Carrara Mármoles S. A., con
capital social de quinientos mil colones, domicilio en San José, veinticinco
metros al norte de Farmacia Fischel, edificio Rodo, plazo noventa y nueve años
representante legal presidente.—San José veinticinco de enero dos mil
doce.—Lic. Luis Morales León, Notario.—1 vez.—RP2012275512.—(IN2012006466).
Que por escritura otorgada en esta notaría a las 9:00 horas del 29 de
julio del año 2011, se constituyó la sociedad Piedra Angular Ingeniería
Sociedad Anónima. El capital suscrito y pagado.—Heredia, 24 de enero del
2012.—Lic. José Alberto Villalobos Salas, Notario.—1
vez.—RP2012275515.—(IN2012006467).
Mediante escritura número doscientos veintidós de las dieciséis horas
del veinticuatro de enero del año dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de Condominio Inversiones Aitigle Sociedad Anónima,
mediante la cual se tomó el acuerdo de disolver esta compañía. Se cita dentro
de los treinta días siguientes a esta publicación, cualquier interesado quien
quiera oponerse judicialmente a la presente disolución. Se publica el presente
edicto para los efectos de ley.—Lic. Rodrigo Montenegro Fernández, Notario.—1
vez.—RP2012275516.—(IN2012006468).
Por escritura número trescientos quince, se protocolizó acta de
asamblea ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones Las
Cumbres Doradas S. A., cédula de persona jurídica tres-ciento
uno-cuatro dos uno ocho ocho, donde se reforma el artículo tercero del pacto
social.—San José, veinticinco de enero del dos mil doce.—Lic. Yolanda Solano
Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2012275517.—(IN2012006469).
Ante esta notaría por medio de escritura número 45 de las 13:00 horas
del 18 de enero del 2012, se protocoliza acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de Mother Possum Sociedad Anónima. Se
modifica cláusula sétima del pacto social. Se nombran: Vicepresidente,
tesorero, fiscal y agente residente.—Lic. Jorge Arturo Soto Carvajal,
Notario.—1 vez.—RP2012275518.—(IN2012006470).
Ante esta notaría, se ha constituido la sociedad Fantástico del
Pacífico Limitada. Capital social suscrito y pagado.—Nicoya,
Guanacaste.—Lic. César Jiménez Fajardo, Notario.—1
vez.—RP2012275520.—(IN2012006471).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 14:00 horas del día de
hoy, se constituyó la sociedad T.S.T.L. Enterprises I.n.c.
S. A. Domicilio: Guanacaste; capital: suscrito y pagado; presidente con
facultades de apoderado generalísimo.—Guanacaste, 17 de diciembre del
2011.—Lic. Mario Baltodano Vargas, Notario.—1
vez.—RP2012275521.—(IN2012006472).
Por escritura de las 13:00 horas del 4 de febrero del 2010, se
modificó la cláusula novena de la sociedad Dayta Inmobiliaria
S. A., nombrando nuevo presidente.—San José, 23 de enero del 2012.—Lic.
Roberto Coto Quirós, Notario.—1 vez.—RP2012275522.—(IN2012006473).
Walter Elí Salazar Víquez y Esvin Salazar Salazar, constituyen Inversiones
y Repuestos Ticos de Cartago Sociedad Anónima. En Cartago, a las ocho horas
del diecisiete de enero del dos mil doce.—Cartago, 12 de enero del 2012.—Lic.
Zeilhy Navarro Rivera, Notaria.—1 vez.—RP2012275523.—(IN2012006474).
En mi notaría a las diecisiete horas del veinticuatro de enero del dos
mil doce, se constituyó la sociedad limitada denominada
Por escritura cuarenta y nueve-sesenta y tres, otorgada a quince horas
del quince de diciembre del año dos mil once, visible al folio cincuenta frente
del tomo sesenta y tres del notario Olman Alberto Rivera Valverde, se
protocoliza acta número seis de Sociedad Industrias Rurales Frailes Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero ocho tres siete dos dos,
donde mediante el artículo primero se reforma la cláusula sétima del acta
constitutiva y se hace el nombramiento del presidente y del
secretario.—Cartago, dieciocho de enero del año dos mil doce.—Lic. Olman
Alberto Rivera Valverde, Notario.—1 vez.—RP2012275525.—(IN2012006476).
Por escritura número 275 de las 11:00 horas del 24 de enero del dos
mil doce, se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo de Las
Brisas del Coyol S. A., cédula 3-101-501813.—San José, veinticinco de enero
del dos mil doce .—Lic. Eugenia Brenes Rojas, Notaria.—1
vez.—RP2012275526.—(IN2012006477).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del veinte de
enero de dos mil doce, Miguel Eduardo Hernández Argumedo, Idalie Murillo
Rodríguez, José Miguel Hernández Murillo y Mario Alfredo Barrera Mejía,
constituyeron sociedad anónima, cuyo nombre de fantasía será el número de
cédula que le asigne el Registro de Personas Jurídicas. Capital social: Doce mil
colones. Plazo social: Noventa y nueve años. Representación: Presidente, con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social
suscrito y pagado.—Ciudad Quesada, 20 de enero del 2012.—Lic. Mauricio Rojas
Valerio, Notario.—1 vez.—RP2012275527.—(IN2012006478).
Ante el suscrito notario público licenciado Marco Vinicio Calvo
Amador, comparecen: a las once horas del veinticuatro de enero del dos mil
doce: Zhao Kang Zheng Liang conocido como Álvaro Zheng Liang y Yueling Wu Zheng
y constituyen la sociedad mercantil denominada: Promotora de Comercio Costa
Rica-China del Sur Sociedad Anónima. Es todo.—A las once horas del
veinticuatro de enero del dos mil doce.—Lic. Marco V. Calvo Amador, Notario.—1
vez.—RP2012275529.—(IN2012006479).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del veinte
de enero del dos mil doce, se reformó la cláusula octava del pacto constitutivo
de Grupo El Barreal S. A., cédula jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos veintiocho mil ochocientos ochenta y seis, relativa a la
administración.—San José, veinte de enero del dos mil doce.—Lic. Leonardo
Ugalde Cajiao, Notario.—1 vez.—RP2012275534.—(IN2012006480).
Ante esta notaría por medio de escritura pública Nº 124-II, otorgada
en Guanacaste a las 16:00 horas del 24 de enero del año 2012, se constituyó la
sociedad denominada Heladería Cero Cero Treinta Nueve San Ramón Limitada,
con un plazo social: 90 años. Domicilio: Guanacaste, Santa Cruz, Playa Protero,
Villaggio Flor del Pacífico Nº 2. Capital social: Doce mil colones, gerente
general: Melissa Salas Villalobos.—Guanacaste, 24 de enero del 2012.—Lic. Laura
Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012275535.—(IN2012006481).
Ante esta notaría por medio de escritura pública Nº 121-II, otorgada
en Guanacaste, a las 16:00 horas del 20 de enero del 2012, se protocolizó el
acta número uno, de la sociedad denominada Monte Bello Lote 12 PQ Sociedad
Anónima, en la cual se tomaron los siguientes acuerdos: Primero: Se reforma
la cláusula cuarta del pacto constitutivo. Segundo: Se remueven los miembros de
la junta directiva y fiscal. Tercero: Se realizan los siguientes nombramientos:
Presidente: Scott Charles Burch. Secretario: Joan Alyssa Burch. Tesorero: Howwi John Burch. Fiscal: Sally
Madeline Burch. Agente
residente: Priscilla Solano Castillo.—Guanacaste, 20 de enero del 2012.—Lic.
Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012275536.—(IN2012006482).
Ante esta notaría por medio de escritura pública Nº 122-II, otorgada
en Guanacaste, a las 16:15 horas del 20 de enero del 2012, se protocolizó el
acta número uno, de la sociedad denominada Desarrollos Monte Bello TK
Sociedad Anónima, en la cual se tomaron los siguientes acuerdos: Primero:
Se reforma la cláusula cuarta del pacto constitutivo. Segundo: Se remueven los
miembros de la junta directiva y fiscal. Tercero: Se realizan los siguientes
nombramientos: Presidente: Scott Charles Burch. Secretario: Joan Alyssa Burch. Tesorero: Howwi
John Burch. Fiscal: Sally Madeline Burch. Agente residente: Priscilla Solano
Castillo.—Guanacaste, 20 de enero del 2012.—Lic. Laura Carolina Coto Rojas,
Notaria.—1 vez.—RP2012275537.—(IN2012006483).
Mediante escritura pública Nº 143-6, otorgada ante el notario público
José Antonio Pérez Brenes, a las diez horas veinte minutos del 24 de noviembre
del 2011, se constituyó la sociedad Interamerican Business And Trade
Corporation LAMGC Sociedad Anónima. Plazo social de 100 años. Capital
social: diez mil colones. Domicilio social: San José, Costa Rica, Montes de
Oca, Barrio Dent, del Bac San José, de
Por escritura número doscientos cincuenta y uno-dos, otorgada a las
diez horas veinte minutos del veinticuatro de enero del dos mil doce, otorgada
ante los notarios Royner Barrientos Alfaro y Juan Carlos Mora Carrera, se
constituye la sociedad Esencia Verde Sociedad Anónima.—San José,
veinticuatro de enero del dos mil doce.—Lic. Juan Carlos Mora Carrera,
Notario.—1 vez.—RP2012275539.—(IN2012006485).
Por escritura otorgada ante mí, en Turrialba, a las once horas del
cinco de enero del dos mil doce, en acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Orin Siquirres G Y B Sociedad Anónima, con cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos treinta y seis mil
cuatrocientos trece, se acuerda, por mayoría unánime, adjuntar al objeto social
lo siguiente: que la sociedad en cuestión sea compatible con las actividades de
seguridad privada y, que por lo tanto, esta sociedad pueda brindar dichos
servicios.—Lic. Óscar Bogantes Rodríguez, Notario.—1
vez.—RP2012275540.—(IN2012006486).
El suscrito notario hace constar y da fe que la sociedad Pixley
& Escorcia Sociedad de Responsabilidad Limitada, fue constituida en mi
notaría mediante escritura número ciento setenta y uno, a las trece horas del
treinta y uno de octubre del dos mil once.—San José, veintiuno de diciembre del
dos mil once.—Lic. Hugo Luis Levy Mena, Notario.—1
vez.—RP2012275543.—(IN2012006487).
El día de hoy, protocolicé acta de asamblea general de socios de M.
G. Cerón S. A., en la que se modifican las cláusulas segunda y quinta del
pacto constitutivo.—San José, veinticinco de enero del dos mil doce.—Lic.
Manfred Clausen Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2012275545.—(IN2012006488).
Por escritura otorgada en esta fecha ante esta notaría, se protocolizó
acta de asamblea general de accionistas de Desarrollo Bananero Acorsa
Sociedad Anónima, mediante la cual modifica domicilio, objeto, derecho
preferente de suscripción, administración, reuniones de junta directiva,
inventarios y balances, asambleas generales, disolución, y solución de
diferencias entre los socios.—San José, cinco de diciembre del dos mil
once.—Lic. José Adolfo Borge Lobo, Notario.—1
vez.—RP2012275548.—(IN2012006489).
En mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Servicios y
Consultorías Mafete NMC Sociedad Anónima. Presidente, con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: debidamente
cancelado y aportado.—San José, veinticinco de enero del dos mil doce.—Lic.
Franklin Solano Venegas, Notario.—1 vez.—RP2012275549.—(IN2012006490).
Por escritura otorgada en esta fecha ante esta notaría, se protocolizó
acta de asamblea general de accionistas de Tres-ciento uno-seiscientos
diecinueve mil ochocientos cincuenta y seis S.A., mediante la cual se
modifica la cláusula relativa al nombre, el cual cambia a AS Investment S.
A.—San José, veinte de enero del dos mil doce.—Lic. José Adolfo Borge Lobo,
Notario.—1 vez.—RP2012275550.—(IN2012006491).
Mediante escritura Nº 18, otorgada ante esta notaría, a las 08:00
horas del día 9 de diciembre del 2011, se acuerda constituir sociedad anónima
sin asignación de nombre comercial.—San José, 9 de diciembre del 2011.—Lic.
Paola Vargas Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2012275552.—(IN2012006492).
Por
escritura otorgada ante esta Notaría a las nueve horas del veinte de enero del
dos mil doce, se constituyó sociedad anónima denominada Alyugre Sociedad
Anónima, pudiendo abreviarse Alyugre S. A.—Veinte de enero
del dos mil doce.—Lic. Miguel Ángel Cubillo Cubillo, Notario.—1
vez.—RP2012275553.—(IN2012006493).
Mediante
escritura 22, otorgada ante esta notaria, a las 14 horas del 23 de enero del
2012, se acuerda reformar la junta directiva de la sociedad anónima Odigoza
Dos Mil, cédula jurídica 3-101-11118112. Es todo.—Curridabat, 25 de enero
del 2012.—Lic. Ana María Flores Garbanzo, Notaria.—1
vez.—RP2012275554.—(IN2012006494).
Se
constituye la compañía denominada Farmacia San Ángel Sociedad Anónima.
Presidente: Yao Chang Wen Tang. Capital social: quinientos mil colones.
Escritura otorgada en Santa Cruz, Guanacaste, a las quince horas del diecinueve
de enero del dos mil doce.—Santa Cruz, Guanacaste, 19 de enero del 2012.—Lic.
Álvaro Ruiz Cabalceta, Notario.—1 vez.—RP2012275555.—(IN2012006495).
Se
constituye la compañía denominada Grupo Triunfo Azul Sociedad Anónima.
Presidente: Yao Chang Wen Tang. Capital social: quinientos mil colones.
Escritura otorgada en Santa Cruz, Guanacaste, a las catorce horas del
diecinueve de enero del dos mil doce.—Santa Cruz, Guanacaste, 19 de enero del
2012.—Lic. Álvaro Ruiz Cabalceta, Notario.—1 vez.—RP2012275556.—(IN2012006496).
Por
escritura otorgada ante esta Notaría a las nueve horas del veinticinco de enero
del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea de socios de Clamens
Forest Sociedad Anónima, mediante la cual se nombró nuevo fiscal y se
reformó cláusula quinta del pacto social.—Veinticuatro de enero del dos mil
doce.—Lic. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1
vez.—RP2012275557.—(IN2012006497).
Por
escritura otorgada ante esta Notaría, a las doce horas del veinticinco de enero
del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea de socios de Plantateck
Sociedad Anónima, mediante la cual se nombró nuevo fiscal y se reformó
cláusula quinta del pacto social.—Veinticuatro de enero del dos mil doce.—Lic.
Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—RP2012275558.—(IN2012006498).
Por
escritura otorgada ante esta Notaría a las doce horas quince minutos del
veinticinco de enero del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea de
socios de Fifteck Costa Rica Sociedad Anónima, mediante la cual se
nombró nuevo fiscal y se reformó cláusula quinta del pacto social.—Veinticuatro
de enero del dos mil doce.—Lic. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1
vez.—RP2012275559.—(IN2012006499).
Mediante
asamblea general extraordinaria de cuotistas de Asia Depot S.R.L.,
celebrada el día dos de marzo del dos mil once, en su domicilio social, se
modifica la cláusula segunda del pacto social.—Lic. Luz María Navarro Garita,
Notaria.—1 vez.—RP2012275561.—(IN2012006500).
A las
dieciocho horas del veintitrés de enero del dos mil doce, se protocolizó el
acta once de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Transportes
San Gabriel de Aserrí Sociedad Anónima, reformando la cláusula quinta del
pacto constitutivo denominada del capital social, aumentando el capital social
en la suma de cuarenta millones de colones; se revoca el poder generalísimo sin
límite de suma otorgado al señor Carlos Enrique López Solano, cédula de
identidad 3-220-263.—San José, 23 de enero del 2012.—Lic. Luz Mery Rojas Rojas,
Notaria.—1 vez.—RP2012275562.—(IN2012006501).
JUNTA DE
RELACIONES LABORALES
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Se comunica al señor Edgar
Chinchilla Gutiérrez, cédula número 1-0496-0704, funcionario de
Oficina de Divulgación e
Información.—Lilliana Solís Solís, Directora.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº
26589.—C-84620.—(IN2012005263).
CLÍNICA
DR. MARCIAL FALLAS
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
De conformidad con lo establecido en
El documento completo se encuentra en
M.Sc. Luis Diego Leiva Hernández.—Lic. José Mario
Castillo Amador, miembros del Órgano Director.—(IN2012005791).
HOSPITAL
SAN JUAN DE DIOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Se le notifica al señor Eduardo Ríos Elizondo,
Resolución Final del Expediente Administrativo EA-AGBS-01-2011 oficio
AGBS-0030-01-12, en el que el por tanto indica lo siguiente: Valorados los
aspectos antes descritos y considerando que el funcionario Eduardo Ríos
Elizondo, portador de la cédula de identidad 1-559-812, efectivamente faltó a
su deber y obligación y faltó a la diligencia y al deber de cuidado en los procedimientos
de trámites asignados, específicamente en la gestión del trámite del expediente
de solicitud de boleta de control conservación y mantenimiento (fórmula 3) Nº
95335, se resuelve proponer sanción a dicho funcionario con tres días de
suspensión sin goce de salario.
Se le recuerda al funcionario que conforme al artículo 135 de
COLEGIO
DE PROFESIONALEN EN CIENCIAS
ECONÓMICAS DE COSTA
RICA
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
De conformidad con el artículo 241 de
Carné Nombre Cuotas
19098 Acevedo Valdez Yansy 14
18975 Araya Alpízar Olger José 14
9857 Arce Alpízar Gilberto Eliécer 12
5131 Blanco Umaña José Rafael 15
10093 Carvajal Poveda Martha 15
6637 Durán Valverde Fabio 15
23306 Flores Fallas Ligia María 12
23175 López Cascante Alcides 13
20176 Machado Fallas Guillermo 15
8654 Mena Arias José Arturo 15
16262 Segura Calderón Andrés de Jesús 12
15781 Segura Quesada Sidey 15
18831 Zúñiga Vargas Luis Yuhan 15
En ese sentido, le permitimos informar que para
levantar la condición de suspensión debe cancelar el monto que tiene pendiente
o realizar un arreglo de pago. Para mayores detalles se puede comunicar a
MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ
SECCIÓN GESTIÓN ADMINISTRATIVA
DEL
RECURSO HUMANO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Extrabajador Cédula Suma
adeudada Concepto
Alvarado
Calderón Javier 108290634 ¢45.276,95 Abandono de labores
Calderón
Martínez Berny 113800690 ¢52.401,05 Abandono de labores
San José, 23 de enero del 2012.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefe.—O. C. Nº 129534.—Solicitud Nº 4969.—C-42320.—(IN2012006209).