LA GACETA Nº 29 DEL 9 DE
FEBRERO DEL 2012
MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO
DE COMERCIO EXTERIOR
AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS
CONTRALORÍA
GENERAL DE LA REPÚBLICA
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
Y EL MINISTRO DE TURISMO
En el ejercicio de las facultades que les
confieren los incisos 3 y 18 del artículo 140 y 146 de
Considerando:
1º—Que dentro de las funciones asignadas al
Instituto Costarricense de Turismo en el artículo 4° de su Ley Orgánica, se
encuentra el fomento de la actividad turística y la vigilancia de la atención
privada del turismo.
2º—Que el Instituto Costarricense de Turismo tiene dentro de sus
finalidades promover la grata permanencia en el país de los visitantes
extranjeros que busquen descanso, diversiones o entretenimiento, promoviendo y
vigilando la actividad privada de atención al turismo.
3º—Que
4º—Que como política institucional plasmada en el Plan Nacional de
Desarrollo Turístico 2002-2012, se propiciará un desarrollo turístico apoyado
en la ética, calidad y sostenibilidad, dentro de este contexto, y considerando,
que debe armonizarse la operación rentable del sector turístico, con la
previsión y control eficaz sobre la economía, el medio ambiente y la cultura,
para articular un desarrollo turístico sostenible.
5º—Que el Instituto Costarricense de Turismo, considera necesario
ajustar en lo conducente y en armonía con lo expuesto, algunas de las
regulaciones existentes, de manera que se incorpore el comportamiento
responsable y el compromiso ético de los diferentes actores involucrados en el
desarrollo de la actividad turística, entre ellos el de los Guías acreditados
ante este Instituto y regulados mediante el Reglamento de Los Guías de Turismo.
6º—Que
Decretan:
Reforma al Reglamento de los Guías
de
Turismo, Decreto Ejecutivo N° 31030-MEIC-
TUR,
publicado en
marzo
del 2003, para Incorporar Normas
Éticas
y de Conducta
Artículo 1º—Adiciónese al artículo 19 del
Reglamento de los Guías de Turismo, N° 31030-MEIC- del 17 de enero del 2003,
publicado en
Artículo 19.—Obligaciones. Son
obligaciones de los Guías:
(…)
l) Mantener
relaciones comerciales con sus clientes y con otras empresas turísticas basadas
en la buena fe, responsabilidad empresarial, calidad en el servicio y
profesionalismo, anteponiendo el bienestar del país y de sus clientes a sus
intereses personales.
m) Abstenerse de pagar o recibir comisiones que promuevan sobreprecios
en los bienes o servicios adquiridos por los turistas o excursionistas o que
vayan en perjuicio de otros establecimientos. Esto es, con relación a
funcionarios de otras Agencias o Empresas Turísticas, para obtener concesiones
o beneficios.
n) Proporcionar a sus clientes sus programas o paquetes turísticos con
la información completa, clara y concisa de todo aquello que involucra su
servicio, evitando crear expectativas que no correspondan a la realidad a
través del engaño o información incompleta.
ñ) Mantenerse actualizado en cuanto a técnicas de procedimientos de la
industria de los viajes con el objeto de mejorar sus destrezas, conocimientos y
profesionalismo al servicio del bienestar y calidad de la experiencia que
ofrece a sus clientes.
Artículo 2º—Adiciónese al artículo 20 del
Reglamento de los Guías de Turismo, N° 31030-MEIC-del 17 de enero del 2003,
publicado en
Artículo 20.—Infracciones. Se consideran
infracciones las siguientes:
(…)
g) Incumplir
alguna de las disposiciones contenidas en el artículo 19 de este Reglamento.”
Artículo 3º—Modifíquese el párrafo primero y
agréguese un párrafo final al artículo 21 del Reglamento de los Guías de
Turismo, N° 31030 – MEIC- del 17 de enero del 2003, publicado en
Artículo 21.—Sanciones. Los incumplimientos
de los incisos f), g), h), i), k), l), m), n) y ñ), del artículo 19 de este
reglamento, para todos los efectos, se consideran incumplimientos de las
obligaciones de los guías de turismo sancionables con una amonestación verbal y
con una amonestación escrita si hubiera reincidencia en dicho incumplimiento en
el mismo mes que ocurrió la primera falta.
Asimismo, las infracciones indicadas en el
artículo 20 anterior, serán sancionadas con la suspensión de la credencial
hasta por el plazo de seis meses. Las infracciones cometidas de forma reiterada
durante un mismo mes, podrán sancionarse con cancelación definitiva de la
credencial.
Las sanciones aquí estipuladas se aplicarán,
previo procedimiento administrativo con arreglo a las disposiciones de
El Instituto Costarricense de Turismo actuará
ante
Artículo 4º—Rige a partir de su publicación
en el Diario Oficial
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—Mayi Antillón
Guerrero, Ministra de Economía, Industria y Comercio.—Allan René Flores Moya,
Ministro de Turismo.—1 vez.—O. C. 32859.—Solicitud Nº
14570.—C-61100.—(D36947-IN2012008543).
Nº PE 213-11
EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo establecido en el
inciso f) del artículo 4, y artículos 7 y 31 del Reglamento de Gastos de Viaje
y Transporte para Funcionarios Públicos de
Considerando:
1º—Que
2º—Que el equipo jurídico acordó reunirse en la ciudad de Cambridge,
Reino Unido a fin de continuar con los preparativos relativos al caso “Ciertas
actividades de Nicaragua en la zona fronteriza” del 08 al 12 de octubre del
2011.
3º—Que el funcionario del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto,
Ricardo Otárola Pacheco, Ministro Consejero y Cónsul General en Bogota,
Colombia quien apoya al equipo jurídico, debe participar en dicha reunión.
4º—Que luego de la reunión del equipo jurídico, el funcionario Ricardo
Otárola Pacheco, deberá permanecer en la ciudad de Cambridge hasta el 14 de
octubre con el propósito de trabajar en la elaboración de
ACUERDA
Artículo 1º—Designar al señor David Ricardo
Otárola Pacheco, mayor, abogado, cédula número 1-726-598, Ministro Consejero y
Cónsul General de Costa Rica en Bogota, para que en calidad de asesor directo
del Agente Designado y Jefe de la delegación Embajador Edgar Ugalde Álvarez,
participe en la reunión programada por el equipo jurídico, a celebrarse del 06
al 14 de octubre de 2011 en la ciudad de Cambridge, Reino Unido, y participe en
la confección de
Artículo 2º—Los gastos de pasajes aéreos, viáticos, transporte del
aeropuerto al hotel y viceversa, servicio de Internet, así como gastos menores
e impuestos aeroportuarios, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de
Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios Públicos, corren por cuenta del
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, programa 082-Política Exterior,
subpartida 1.05.04 de viáticos y programa 0-81-Dirección General del Servicio
Exterior, subpartida 1.05.03 de pasajes aéreos. Se autoriza la suma de US
$405,00 diarios, para un total de US $3.645,00, todo sujeto a liquidación.
Artículo 3º—Rige a partir del 06 al 14 de octubre del 2011.
Dado en el Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto, a las diez horas del 13 de setiembre del año dos mil once.
Carlos Roverssi Rojas, Ministro de Relaciones
Exteriores y Culto a. í.—1 vez.—O. C. Nº 14500.—Solicitud Nº 21583.—C-21150.—(IN2012007360).
Nº 0228-2011-PE-RE
EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo establecido en los
artículos Nº 7 y Nº 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para
Funcionarios Públicos de
Considerando:
1º—Que el tema ambiental en todos sus
componentes es un importante pilar de
2º—Que es de interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto, la participación en el II Taller Río + 20 que se celebrará el día 26 de
agosto, 2011; en el Taller Regional de Negociadores para Cambio Climático y
Representantes de Misiones Permanentes de Naciones Unidas de países del SICA, a
celebrarse durante los días 29 y 30 de agosto, 2011 y en
3º—Que es necesaria la participación del señor Javier Díaz Carmona,
Embajador para el Cambio Climático y Asuntos Ambientales Globales del
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, encargado de estos temas y se
considera importante su presencia para dar seguimiento a los acuerdos
regionales y al proceso de negociación de los tres eventos. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Javier Díaz
Carmona, cédula de identidad Nº 1-443-277, para que participe en su calidad de
Embajador para el Cambio Climático y Asuntos Ambientales Globales en el II
Taller Río + 20 que se celebrará el día 26 de agosto, 2011; en el Taller
Regional de Negociadores para Cambio Climático y Representantes de Misiones
Permanentes de Naciones Unidas de países del SICA, a celebrarse durante los
días 29 y 30 de agosto, 2011 y; en
Artículo 2º—Los gastos de pasajes aéreos y viáticos de los días 25,
26, 28, 29, 30 y 31 de agosto, 1 y 2 de setiembre, 2011, serán cubiertos por
Artículo 3º—De acuerdo con el artículo 47 del Reglamento de Gastos de
Viaje y Transporte para funcionarios públicos, el funcionario estará cubierto
por la póliza grupal INS viajero, con asistencia en dólares.
Artículo 4º—Rige del 25 de agosto al 03 de setiembre del 2011.
Dado en el Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto, a las doce horas del día 20 de agosto del dos mil once.
Publíquese.—Carlos Roverssi Rojas, Ministro
de Relaciones Exteriores y Culto a. í.—1 vez.—O. C. Nº 14500.—Solicitud Nº
21583.—C-21150.—(IN2012007361).
Nº 0240-2011 PE-RE
EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo establecido en los
artículos Nº 7 y Nº 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para
Funcionarios Públicos de
Considerando:
1º—Que
2º—Que el tema de la seguridad regional es una de las prioridades del
Programa de Gobierno de
3º—Que el tema de la seguridad fronteriza debe considerarse como
prioritario, a la luz de la política nacional y regional de seguridad, y en el
contexto de una estrategia de seguridad regional, a la que tanto Costa Rica
como Panamá le conceden prioridad.
4º—Que es de interés del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto,
que el Jefe del Departamento de Tratados Internacionales, participe en esta
Reunión, en labores propias de su cargo. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Óscar Omar
Monge Castro, abogado, cedula de identidad Nº 1-528-077, Jefe del Departamento
de Tratados Internacionales, de
Artículo 2º—Los gastos del señor Monge Castro, correspondientes a
pasajes aéreos, los viáticos, transporte interno, gastos en tránsito e
impuestos aeroportuarios, de conformidad con el artículo 34 del reglamento de
Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, corren por cuenta del
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, bajo el programa 082, Dirección
General de Política Exterior, subpartidas 1.05.03 de pasajes aéreos y 1.05.04
de viáticos. Se autoriza la suma de $194 diarios, para un total de $776. Todo
lo anterior sujeto a liquidación.
Artículo 3º—De acuerdo con el artículo 47 del Reglamento de Gastos de
Viaje y Transporte para funcionarios públicos, el o la funcionaria estará
cubierto por la póliza grupal INS viajero, con asistencia en dólares.
Artículo 4º—De acuerdo con
Artículo 5º—Rige del siete de setiembre al diez de setiembre del 2011.
Dado en el Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto, a las once horas del día treinta y uno de agosto del dos
mil once.
Publíquese.—Carlos Alberto Roverssi Rojas,
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í.—1 vez.—O. C. Nº
14500.—Solicitud Nº 21584.—C-18800.—(IN2012007362).
N° 0244-2011-PE-RE
EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo establecido en los
artículos 140, incisos 8 y 12, de
Considerando:
1º—Que constituye prioridad para la política
exterior costarricense evaluar con detenimiento la evolución de las
organizaciones hemisféricas, toda vez que el país -en su condición de nación
desarmada- apuesta al desarrollo de un multilateralismo efectivo.
2º—Que en el contexto de
3º—Que es de interés de
4º—Que por constituirse
5º—Que en el contexto de la 66 Asamblea General de
6º—Que es de interés para
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al Embajador Jairo
Hernández Milián, cedula de identidad 1-685-937, Director General de Política
Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, para que atienda la
invitación cursada por el Centro Carter, en Atlanta, Georgia, EEUU, el día 16
de setiembre del 2011, y se desplace luego a la ciudad de Nueva York, EEUU,
para participar en el 66 Periodo Ordinario de Sesiones de la asamblea general
de
Artículo 2º—Los gastos por conceptos de pasajes aéreos corren por
cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Programa 082, Dirección
General de Política Exterior, subpartida 1.05.03 Transporte en el Exterior y
los gastos por concepto de viáticos, transporte interno, gastos en tránsito,
impuestos aeroportuarios, llamadas internacionales y gastos de Internet, corren
por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, programa 082,
Dirección General de Política Exterior, subpartida 1.05.04 Viáticos en el
Exterior, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y
Transporte para Funcionarios Públicos. Se autoriza la suma de $363 diarios para
un total de $3993,00. Todo sujeto a liquidación.
Artículo 3º—De acuerdo con el artículo 47 del Reglamento de Gasto de
Viaje y Transporte para funcionarios públicos, el señor Jairo Hernández Milián,
estará cubierto por la póliza grupal INS viajero, con asistencia en dólares.
Artículo 4º—De acuerdo con
Artículo 5º—Rige del 15 al 25 de setiembre del 2011.
Dado en el Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto, a las ocho horas del día doce de setiembre del dos mil
once.
Publíquese.—Carlos Alberto Roverssi Rojas,
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í.—1 vez.—O. C. Nº
14500.—Solicitud Nº 21584.—C-28200.—(IN2012007363).
Nº 0248-2011-PE-RE
EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo establecido en los
artículos Nº 7 y Nº 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para
Funcionarios Públicos de
Considerando:
1º—Que es de interés para el Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto la participación en el marco del Sistema de
2º—Que es necesaria la participación del señor Allan Solís Fonseca,
funcionario de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Allan Solís
Fonseca, cédula de identidad Nº 1-1049-0725, funcionario de
Artículo 2º—Los gastos de pasajes aéreos; los viáticos, transporte
interno, gastos en tránsito, e impuestos aeroportuarios, de conformidad con el
artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios
Públicos, corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto,
programa 082, Dirección General de Política Exterior, subpartida 1.05.03 de
pasajes aéreos, y subpartida 1.05.04 de viáticos, se autoriza la suma de $180
diarios, para un total $900. Todo lo anterior sujeto a liquidación.
Artículo 3º—De acuerdo con el artículo 47, del Reglamento de Gastos de
Viaje y Transporte para funcionarios públicos, el funcionario estará cubierto
por la póliza grupal INS viajero, con asistencia en dólares.
Artículo 4º—De acuerdo con
Artículo 5º—Rige del 03 al 07 de octubre del 2011.
Dado en el Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto, a las catorce horas del día diecinueve de setiembre del dos
mil once.
Publíquese.—Carlos Roverssi Rojas, Ministro
de Relaciones Exteriores y Culto a. í.—1 vez.—O. C. Nº 14500.—Solicitud Nº
21584.—C-19740.—(IN2012007364).
Nº PE 0249-2011-PE-RE
EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo establecido en el
inciso f) del artículo 4, y artículos 7 y 31 del Reglamento de Gastos de Viaje
y Transporte para Funcionarios Públicos de
Considerando:
1º—Que
2º—Que el Consultor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, especialista
en Derecho Internacional, Sergio Gerardo Ugalde Godínez, miembro del Equipo
Jurídico y Coagente para el caso, quien tiene a su cargo la dirección conjunta
de la preparación de
3º—Que en el contrato suscrito entre el Ministerio y el Consultor se
dispuso que el costo de viáticos al exterior los asume el Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Sergio Gerardo
Ugalde Godínez, mayor, abogado, cédula número 1-795-773, Consultor del
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto y especialista en Derecho
Internacional, para que en calidad de Coagente y asesor directo del Agente
Designado y Jefe de la delegación Embajador Edgar Ugalde Álvarez, viaje a
Artículo 2º—Los viáticos, transporte del aeropuerto al hotel y
viceversa, servicio de Internet, así como gastos menores e impuestos
aeroportuarios, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de
Viaje y Transporte para funcionarios Públicos, corren por cuenta del Ministerio
de Relaciones Exteriores y Culto, programa 082-Política Exterior, subpartida 1.05.04
de viáticos. Se autoriza la suma de US $351,00 diarios, para un total de US
$7.371,00, todo sujeto a liquidación.
Artículo 3º—Rige a partir del 16 de noviembre al 06 de diciembre del
2011.
Dado en el Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto, a las diez horas del veintiocho de octubre del dos mil
once.
Carlos Roverssi Rojas, Ministro de Relaciones
Exteriores y Culto a. í.—1 vez.—O. C. Nº 14500.—Solicitud Nº
21584.—C-15060.—(IN2012007365).
Nº PE 0250-2011-PE-RE
EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo establecido en el
inciso f) del artículo 4, y artículos 7 y 31 del Reglamento de Gastos de Viaje
y Transporte para Funcionarios Públicos de
Considerando:
1º—Que
2º—Que el Consultor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto,
especialista en Derecho Internacional, Arnoldo Brenes Castro, miembro del
Equipo Jurídico para el caso, quien tiene a su cargo la dirección conjunta de
la preparación de
3º—Que en el contrato suscrito entre el Ministerio y el Consultor se
dispuso que el costo de viáticos al exterior los asume el Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Arnoldo Brenes
Castro, mayor, abogado, cédula número 1-621-622, Consultor del Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto y especialista en Derecho Internacional, para que
en calidad de asesor directo del Agente Designado y Jefe de la delegación
Embajador Edgar Ugalde Álvarez, viaje a
Artículo 2º—Los viáticos, servicio de Internet, transporte del
aeropuerto al hotel y viceversa, así como gastos menores e impuestos
aeroportuarios, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de
Viaje y Transporte para funcionarios Públicos, corren por cuenta del Ministerio
de Relaciones Exteriores y Culto, programa 082-Política Exterior, subpartida
1.05.04 de viáticos. Se autoriza la suma de US $351,00 diarios, para un total
de US $5.967.00, todo sujeto a liquidación.
Artículo 3º—Rige a partir del 16 de noviembre al 02 de diciembre del
2011.
Dado en el Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto, a las diez horas del 28 de octubre del dos mil once.
Carlos Roverssi Rojas, Ministro de Relaciones
Exteriores y Culto a. í.—1 vez.—O. C. Nº 14500.—Solicitud Nº
21584.—C-15060.—(IN2012007366).
Nº 0251-2011-PE-RE
EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo establecido en los
artículos Nº 7 y Nº 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para
Funcionarios Públicos de
Considerando:
1º—Que
2º—Que el tema de las migraciones laborales es prioritario dentro de
la política exterior del Estado costarricense.
3º—Que el tema de la inmigración laboral estacional, por parte de
miles de miembros de la etnia Gnabe-Bugle, de origen panameño, debe
considerarse como prioritario, a la luz de las políticas nacionales de
migración, seguridad, seguridad laboral y de salud, y es un asunto que compete
tanto a Costa Rica como Panamá.
4º—Que es de interés del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto,
que el señor Johnny Sáurez Sandí, Funcionario del Departamento de Tratados
Internacionales, participe en esta Reunión, en labores propias de su cargo. Por
tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designara al señor Johnny Sáurez
Sandí, cédula de identidad Nº 1-476-436, funcionario del Departamento de
Tratados Internacionales, de
Artículo 2º—Los gastos de viáticos, de conformidad con el artículo 34
corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, bajo el
programa 082, Dirección General de Política Exterior, subpartida 1.05.04 de
viáticos. Se autoriza la suma de $194 diarios, para un total de $776. En
Panamá. Todo lo anterior sujeto a liquidación.
Artículo 3º—De acuerdo con el artículo 47 del Reglamento de Gastos de
Viaje y Transporte para funcionarios públicos, el o la funcionaria estará
cubierto por la póliza grupal INS viajero, con asistencia en dólares.
Artículo 5º—Rige del 4 de octubre al 8 de octubre del 2011.
Dado en el Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto, a las once horas del día veintisiete de setiembre del dos
mil once.
Publíquese.—Enrique Castillo Barrantes,
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 14500.—Solicitud Nº
21584.—C-15060.—(IN2012007367).
Nº 0252-2011-PE-RE
EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo establecido en los
artículos Nº 7 y Nº 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para
Funcionarios Públicos de
Considerando:
1º—Que
2º—Que el tema de las migraciones laborales es prioritario dentro de
la política exterior del Estado costarricense.
3º—Que el tema de la inmigración laboral estacional, por parte de
miles de miembros de la etnia Gnabe-Bugle, de origen panameño, debe
considerarse como prioritario, a la luz de las políticas nacionales de
migración, seguridad, seguridad laboral y de salud, y es un asunto que compete
tanto a Costa Rica como Panamá.
4º—Que es de interés del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto,
que el señor Johnny Sáurez Sandí, funcionario del Departamento de Tratados
Internacionales, participe en esta Reunión, en labores propias de su cargo. Por
tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Carlos Herrera
Serrano, cédula de identidad Nº 1-674-647, Chofer del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto, para que traslade al señor Johnny Sáurez Sandí, a
Artículo 2º—Los gastos de viáticos, de conformidad con el artículo 3,
corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, bajo el
programa 082, Dirección General de Política Exterior, subpartida 1.05.04 de
viáticos. Se autoriza la suma de $194 diarios, para un total de $776. Todo lo
anterior sujeto a liquidación.
Artículo 3º—De acuerdo con el artículo 47 del Reglamento de Gastos de
Viaje y Transporte para funcionarios públicos, el o la funcionaria estará
cubierto por la póliza grupal INS viajero, con asistencia en dólares.
Artículo 4º—Rige del 4 de octubre al 8 de octubre del 2011.
Dado en el Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto, a las once horas del día veintisiete de setiembre del dos
mil once.
Publíquese.—J. Enrique Castillo Barrantes,
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 14500.—Solicitud Nº
21584.—C-15060.—(IN2012007368).
Nº 0253-2011-PE-RE
EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo establecido en el
artículo 140, inciso 12), de
Considerando:
I.—Que para el Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto es de interés dar seguimiento a las discusiones que se
desarrollan sobre la protección de personas civiles en el marco del Derecho
Internacional Humanitario, en particular dada la reconocida trayectoria de
Costa Rica como país promotor del Derecho Internacional y su defensa de los
Derechos Humanos y la protección de la persona.
II.—Que el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto fue invitado a
participar mediante nota MREC-CR-79/11 con fecha de 3 de octubre del 2011 de
III.—Que es de interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto que Paola Patricia Porras Pastrán participe en el Seminario por cuanto es
la representante del Ministerio en
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a la señora Paola
Patricia Porras Pastrán, cédula número 1-983-510, Encargada de las regiones de
Asia y Oceanía de
Artículo 2º—Los tiquetes aéreos y hospedaje corren por cuenta de los
organizadores. La alimentación, los gastos menores, transporte interno, gastos
en tránsito e impuestos aeroportuarios para los días 5, 6, 7, 8, 9 y 10 de
noviembre corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto,
programa 082, Dirección de Política Exterior, subpartida 1.05.04 Viáticos en el
Exterior, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y
Transporte para Funcionarios Públicos. Se autoriza la suma de $107,6 diarios
para un total de $645,6. Todo sujeto a liquidación.
Artículo 3º—De acuerdo con el artículo 47, del Reglamento de Gastos de
Viaje y Transporte para funcionarios públicos, la funcionaria estará cubierta
por la póliza grupal INS viajero, con asistencia en dólares.
Artículo 4º—Rige del 5 al 10 de noviembre del 2011.
Dado en el Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto, a las 08 horas del día 31 de octubre del 2011.
J. Enrique Castillo Barrantes, Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 14500.—Solicitud Nº 21584.—C-15060.—(IN2012007369).
Nº 0254-2011-PE-RE
EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo establecido en los
artículos Nº 7 y Nº 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para
Funcionarios Públicos.
Considerando:
1º—Que la señora Mabel Segura Fernández,
Coordinadora de
2º—Que es de interés del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
promover y facilitar el fortalecimiento profesional y cultural de sus
funcionarios. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar en Misión Oficial a la
señora Mabel Segura Fernández, cédula de identidad número 1-679-321,
funcionaria del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, para viajar a la
ciudad de Madrid, Reino de España, del 03 al 07 de octubre, con el fin de
participar en el Seminario “Cambio de poder, gobernanza global y nuevo
multilateralismo”.
Artículo 2º—Los gastos ocasionados por concepto de pasajes aéreos y
viáticos serán cubiertos por los organizadores.
Artículo 3º—De acuerdo con el artículo 47 del Reglamento de Gasto de
Viaje y Transporte para funcionarios públicos, la señora Mabel Segura
Fernández, estará cubierta por la póliza grupal INS viajero, con asistencia en
dólares.
Artículo 4º—Rige del 01 al 08 de octubre del 2011.
Firmado en el Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto.—San José, a las diez horas del día veintiuno de setiembre
del dos mil once.
Publíquese.—Carlos Roverssi Rojas, Ministro
de Relaciones Exteriores y Culto a. í.—1 vez.—O. C. Nº 14500.—Solicitud Nº
21585.—C-15060.—(IN2012007370).
Nº 0258-2011-PE-RE
EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo establecido en el
artículo 140, inciso 12), de
Considerando:
I.—Que es de interés para el Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto participar en
II.—Que es de interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto que el señor Carlos Cordero Madrigal, encargado del Departamento de
Desarme, asista a dicha reunión en ejercicio de las funciones propias de su
cargo. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor Carlos Cordero
Madrigal, cédula 1-0468-0170, para que participe en
Artículo 2º—Los tiquetes aéreos, alojamiento y alimentación serán
cubiertos por los organizadores. Los gastos de transporte interno, gastos
menores e impuestos aeroportuarios corren por cuenta del Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto, programa 082, Dirección General de Política Exterior,
subpartida 1.05.04 de viáticos en el exterior. Se autoriza la suma de $14,40
dólares diarios, para un total de $43,20 dólares.
Artículo 3º—De acuerdo con el artículo 47, del Reglamento de Gastos de
Viaje y Transporte para funcionarios públicos, el funcionario estará cubierta
por la póliza grupal INS viajero, con asistencia en dólares.
Artículo 4º—Rige del 27 al 29 de setiembre del 2011.
Dado en el Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto, a las catorce horas del día veintiuno de setiembre del dos
mil once.
Carlos Roverssi Rojas, Ministro de Relaciones
Exteriores y Culto a. í.—1 vez.—O. C. Nº 14500.—Solicitud Nº
21585.—C-16450.—(IN2012007371).
Nº 0261-2011-PE-RE
EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo establecido en los
artículos Nº 7 y Nº 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para
Funcionarios Públicos de
Considerando:
1º—Que el tema ambiental en todos sus
componentes y principalmente el Cambio Climático, es uno de los pilares de
2º—Que es de interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto, la participación en
3º—Que es necesaria la participación del señor Javier Díaz Carmona,
Embajador para el Cambio Climático y los Asuntos Ambientales Globales del
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, el cual ha venido dando
seguimiento a este tema y se considera importante su presencia en las
mencionadas reuniones para dar seguimiento a los acuerdos y al proceso de
negociación de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Javier Díaz
Carmona, cédula de identidad Nº 1-443-277, funcionario del Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto, para que participe en su calidad de Embajador
para el Cambio Climático y los Asuntos Ambientales Globales en
Artículo 2º—Los gastos de pasajes aéreos y alimentación corren por
cuenta de
Artículo 3º—De acuerdo con el artículo 47 del Reglamento de Gastos de
Viaje y Transporte para funcionarios públicos, el funcionario estará cubierto
por la póliza grupal INS viajero, con asistencia en dólares.
Artículo 4º—Rige del 29 de setiembre al 7 de octubre del 2011.
Dado en el Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto, a las doce horas del día 30 de setiembre del dos mil once.
Publíquese.—Enrique Castillo Barrantes,
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 14500.—Solicitud Nº
21585.—C-21150.—(IN2012007372).
0262-2011-PE-RE
EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo establecido en los
artículos Nº 7 y Nº 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para
Funcionarios Públicos de
Considerando:
1º—Que el tema ambiental en todas sus
componentes y principalmente el Cambio Climático, es uno de los pilares de
2º—Que es de interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto, la participación en
3º—Que es necesaria la participación del señor Javier Díaz Carmona,
Embajador para el Cambio Climático y los Asuntos Ambientales Globales del
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, el cual ha venido participando en
el proceso preparatorio nacional sobre Río + 20 y se considera importante su
presencia en la mencionada Conferencia Mundial para dar seguimiento a los
acuerdos y al proceso de negociación que se realiza sobre Río + 20 en el marco
del Sistema de las Naciones Unidas. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Javier Díaz
Carmona, cédula de identidad Nº 1-443-277, funcionario del Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto, para que participe en su calidad de Embajador
para el Cambio Climático y los Asuntos Ambientales Globales en
Artículo 2º—Los gastos de pasajes aéreos y alimentación durante los
días señalados corren por cuenta del Gobierno de
Artículo 3º—De acuerdo con el artículo 47 del Reglamento de Gastos de
Viaje y Transporte para funcionarios públicos, el funcionario estará cubierto
por la póliza grupal INS viajero, con asistencia en dólares.
Artículo 4º—Rige del 08 de octubre al 13 de octubre del 2011.
Dado en el Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto, a las doce horas del día treinta de setiembre del dos mil
once.
Publíquese.—Enrique Castillo Barrantes,
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 14500.—Solicitud Nº
21585.—C-21150.—(IN2012007373).
Nº 0268-2011-PE-RE
EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo establecido en los
artículos 140, incisos 8) y 12), de
Considerando:
1º—Que constituye prioridad para la política
exterior costarricense fortalecer sus nexos políticos con los países
integrantes de
2º—Que tendrá lugar en Roma, Italia,
3º—Que es de suma importancia coordinar con
4º—Que es de interés para la estrategia diplomática costarricense dar
a conocer los alcances de nuestra política exterior en un foro internacional
que reunirá a altos dignatarios de los países de America Latina y el Caribe,
junto con Italia, para lo cual la presencia del Ministro de Relaciones
Exteriores y Culto, debidamente apoyado por el Director General de Política
Exterior, deviene importante.
5º—Que en el contexto de la visita a Roma, Italia, resulta conveniente
y relevante auspiciar encuentros con autoridades de
6º—Que el país promueve la realización de un evento paralelo en los
próximos meses, en coordinación con
7º—Que es de interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto la participación en estas jornadas de trabajo, en Roma, Italia, del
Embajador Jairo Hernández Milián, Director General de Política Exterior, a fin
de que pueda brindar apoyo logístico, asesora técnica y coordinación en general
para los diferentes encuentros que sostenga el Canciller de Costa Rica. Por
tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al Embajador Jairo
Hernández Milián, cédula de identidad 1-685-937, Director General de Política
Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, para que viaje, en
apoyo al Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, a Roma, Italia, y participe
de las actividades y gestiones oficiales, que tendrán lugar entre el 4 y 7 de
octubre de 2011.
Artículo 2º—Los gastos por conceptos de pasajes aéreos corren por
cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Programa 082, Dirección
General de Política Exterior, subpartida 1.05.03 Transporte en el Exterior y
los gastos por concepto de viáticos, transporte interno, gastos en tránsito,
impuestos aeroportuarios, llamadas internacionales y gastos de Internet, corren
por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, programa 082,
Dirección General de Política Exterior, subpartida 1.05.04 Viáticos en el
Exterior, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y
Transporte para Funcionarios Públicos. Se autoriza la suma de $341,00 diarios
para un total de $2.387,00. Todo sujeto a liquidación.
Artículo 3º—De acuerdo con el artículo 47 del Reglamento de Gasto de
Viaje y Transporte para funcionarios públicos, el señor Jairo Hernández Milián,
estará cubierto por la póliza grupal INS viajero, con asistencia en dólares.
Artículo 4º—De acuerdo con
Artículo 5º—Rige del 02 al 08 de octubre del 2011.
Dado en el Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto, a las diez horas del día veintiocho de setiembre del dos
mil once.
Publíquese.—José Enrique Castillo Barrantes,
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 14500.—Solicitud Nº
21585.—C-24440.—(IN2012007374).
Nº 0273-2011-PE-RE
EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo establecido en los
artículos Nº 7 y Nº 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para
Funcionarios Públicos de
Considerando:
1º—Que es de interés para el Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto la participación de Costa Rica en
2º—Que
3º—Que es de interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto que
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
Artículo 2º—Los gastos correspondientes a pasajes aéreos, los
viáticos, transporte interno, gastos en tránsito, impuestos aeroportuarios,
llamadas internacionales y gastos de Internet, de conformidad con el artículo
34 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios Públicos,
corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, bajo el
programa 082, Dirección General de Política Exterior, subpartidas 1.05.03 de
pasajes aéreos y 1.05.04 de viáticos en el exterior. Se autoriza la suma de
$212 diarios, para un total de $636. Todo lo anterior sujeto a liquidación.
Artículo 3º—De acuerdo con el artículo 47 del Reglamento de Gastos de
Viaje y Transporte para funcionarios públicos, el o la funcionaria estará
cubierto por la póliza grupal INS viajero, con asistencia en dólares.
Artículo 4º—De acuerdo con
Artículo 5º—Rige del nueve al once de octubre del 2011.
Dado en el Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto, a las once horas del día cinco de octubre del dos mil once.
Publíquese.—Carlos Alberto Roverssi Rojas,
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í.—1 vez.—O. C. Nº
14500.—Solicitud Nº 21585.—C-24440.—(IN2012007375).
Nº
368-2011
EL
SEGUNDO VICEPRESIDENTE
EN EJERCICIO DE
Y EL MINISTRO DE
COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en los artículos 140 incisos
3) y 18 y 146 de
Considerando:
1º—Que el señor Alberto Rayen Odio, mayor,
casado una vez, abogado, portador de la cédula de identidad número 1-572-508,
vecino de San José, en su condición de apoderado generalísimo sin límite de
suma para estos efectos, de la empresa Helix Medical Latr S. R. L., cédula
jurídica número 3-102-623914, presentó solicitud para acogerse al Régimen de
Zonas Francas ante
2º—Que la instancia interna de la administración de PROCOMER, con
arreglo al acuerdo adoptado por
3º—Que se ha cumplido con el procedimiento de Ley. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Otorgar el Régimen de Zonas
Francas a la empresa Helix Medical Latr S.R.L., cédula jurídica número
3-102-623914, (en adelante denominada la beneficiaria), clasificándola como
Industria Procesadora de Exportación, de conformidad con el inciso a) del
artículo 17 de
Artículo 2º—La actividad de la beneficiaria consistirá en la
producción de componentes y subensambles o partes para la industria de
dispositivos médicos
Artículo 3º—La beneficiaria operará en el parque industrial denominado
Zona Franca Coyol S. A., ubicado en la provincia de Alajuela.
Artículo 4º—La beneficiaria gozará de los incentivos y beneficios
contemplados en
Los plazos, términos y condiciones de los beneficios otorgados en
virtud de
Para los efectos de las exenciones otorgadas debe tenerse en
consideración lo dispuesto por los artículos 62 y 64 del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios, Ley N° 4755, del 3 de mayo de 1971 y sus reformas,
en lo que resulten aplicables.
Artículo 5º—De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20 inciso
g) de
Dicha beneficiaria solo podrá introducir sus productos al mercado
local, observando rigurosamente los requisitos establecidos al efecto por el
artículo 22 de
Artículo 6º—La beneficiaria se obliga a cumplir con un nivel mínimo de
empleo de 50 trabajadores, a más tardar el 31 de julio de 2015. Asimismo, se
obliga a realizar una inversión nueva inicial en activos fijos de al menos US
$150.000,00 (ciento cincuenta mil dólares, moneda de curso legal de los Estados
Unidos de América), a más tardar el 1º de enero de 2012, así como a realizar y
mantener una inversión mínima total de al menos US $1.500.000,00 (un millón
quinientos mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de
América), a más tardar el 29 de marzo de 2013. Finalmente, la empresa
beneficiaria se obliga a mantener un porcentaje mínimo de valor agregado
nacional de un 23,10%.
PROCOMER vigilará el cumplimiento del nivel de inversión nueva inicial
en activos fijos y la mínima total de la beneficiaria, de conformidad con los
criterios y parámetros establecidos por el Reglamento a
Artículo 7º—Una vez suscrito el Contrato de Operaciones, la empresa se
obliga a pagar el canon mensual por derecho de uso del Régimen de Zonas
Francas. La fecha prevista para el inicio de las operaciones productivas es el
31 de marzo de 2012. En caso de que por cualquier circunstancia la beneficiaria
no inicie dicha etapa de producción en la fecha antes señalada, continuará
pagando el referido canon, para lo cual
Para efectos de cobro del canon, la empresa deberá informar a PROCOMER
de los aumentos realizados en el área de techo industrial. El incumplimiento de
esta obligación provocará el cobro retroactivo del canon, a partir de la fecha
de la última medición realizada por la citada Promotora, quien tomará como base
para realizar el cálculo la nueva medida.
Artículo 8º—La beneficiaria se obliga a cumplir con las regulaciones
ambientales exigidas por el Ministerio de Ambiente, Energía y
Telecomunicaciones (MINAET) y
Artículo 9º—La beneficiaria se obliga a presentar ante PROCOMER un
informe anual de operaciones, en los formularios y conforme a las condiciones
que PROCOMER establezca, dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del
año fiscal. Asimismo, la beneficiaria estará obligada a suministrar a PROCOMER
y, en su caso, al Ministerio de Hacienda, toda la información y las facilidades
requeridas para la supervisión y control del uso del Régimen de Zonas Francas y
de los incentivos recibidos. Asimismo, deberá permitir que funcionarios de la
citada Promotora ingresen a sus instalaciones, en el momento que lo consideren
oportuno, y sin previo aviso, para verificar el cumplimiento de las
obligaciones de
Artículo 10.—En caso de incumplimiento por parte de la beneficiaria de
las condiciones de este Acuerdo o de las leyes, reglamentos y directrices que
le sean aplicables, el Poder Ejecutivo podrá imponerle multas, suprimir, por un
plazo desde un mes hasta un año, uno o varios incentivos de los indicados en el
artículo 20 de
Artículo 11.—Una vez comunicado el presente Acuerdo Ejecutivo, la
empresa beneficiaria deberá suscribir con PROCOMER un Contrato de Operaciones.
En caso de que la empresa no se presente a firmar el Contrato de Operaciones, y
no justifique razonablemente esta situación, PROCOMER procederá a confeccionar
un Acuerdo Ejecutivo que dejará sin efecto el que le otorgó el Régimen para el
inicio de operaciones productivas al amparo del Régimen, la empresa deberá
haber sido autorizada por
Artículo 12.—Las directrices que para la promoción, administración y
supervisión del Régimen emita PROCOMER, serán de acatamiento obligatorio para
los beneficiarios y las personas que directa o indirectamente tengan relación
con ellos o con la citada Promotora.
Artículo 13.—El uso indebido de los bienes o servicios exonerados será
causa suficiente para que el Ministerio de Hacienda proceda a la liquidación de
tributos exonerados o devueltos y ejerza las demás acciones que establece el
Código de Normas y Procedimientos Tributarios en materia de defraudación
fiscal, sin perjuicio de las demás sanciones que establece
Artículo 14.—La empresa beneficiaria se obliga a cumplir con todos los
requisitos de
Artículo 15.—De conformidad con el artículo 74 de
Artículo 16.—Rige a partir de su comunicación. Comuníquese y
publíquese.
Dado en
LUIS LIBERMAN GINSBURG.—El Ministro de
Comercio Exterior a. í, Fernando Ocampo Sánchez.—1
vez.—RP2012276306.—(IN2012007991).
DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO
DE
AVISO
El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo
de
SERVICIO
FITOSANITARIO DEL ESTADO
DEPARTAMENTO
DE AGROQUÍMICOS
Y EQUIPOS DE
APLICACIÓN
EDICTOS
URAE-E-014-2012.—El señor Jorge Arturo Trejos
Madrigal, cédula 2-0272-0531, en calidad de Representante Legal de la compañía
Ecoinsumos S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San Pedro
de Poás, solicita inscripción del fertilizante líquido de nombre comercial
Surco Fosfo K, compuesto a base de Fósforo (P2), Potasio (K2O).
Conforme a lo que establece
URAE-E-06-2012.—El
señor Luis Carlos Chacón Rojas, cédula 2-0481-0893, en calidad de Representante
Legal de la compañía Agricenter S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la
ciudad de San Carlos, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial
Inductor WP, compuesto a base de Silicio, Magnesio, Calcio, Hierro. Conforme a
lo que establece
SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL
EDICTO
El doctor Walter Sánchez Montoya ,número de cédula 3-255-338, vecino
de Cartago en calidad de representante legal de Proventas de Cartago S. A., con
domicilio en Cartago, solicita el registro del siguiente medicamento
veterinario del grupo 3: Fiprokill Spray, fabricado por Laboratorio Drag Pharma
Chile Invetec S. A., Chile, con los siguientes principios activos: Fipronil (al
94.4%) 0.262% y las siguientes indicaciones terapéuticas: Para tratamiento y
control de infestaciones por pulgas y garrapatas. Con base en el Decreto
Ejecutivo Nº 28861-MAG Reglamento de Registro y Control de Medicamentos
Veterinarios. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan
valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a
partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial
DIRECCIÓN DE
GESTIÓN
Y EVALUACIÓN DE
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 31, título n° 186, emitido por el Colegio Santa Teresa, en el
año dos mil cuatro, a nombre de Von Storren Rojas Arnoldo. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este
Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 3, folio 47, título Nº 1144,
emitido por el Liceo Elías Leiva Quirós, en el año dos mil, a nombre de
Rodríguez Mata Luis Guillermo. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo l, folio 02, título N° 05, emitido por el
Liceo Nuevo de Limón, en el año mil novecientos ochenta y ocho, a nombre de
Brown Escoe Steven. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 217, título Nº 1981, emitido por
el Colegio Técnico Profesional de San Sebastián, en el año dos mil tres, a
nombre de Ávila Artavia Kevin Eduardo. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de
Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y
Letras, inscrito en el tomo 1, folio 9, título Nº 166, emitido por el Liceo de
Belén, en el año mil novecientos ochenta, a nombre de Murillo González José
Alfredo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 54, título N° 850, emitido por el
Colegio de Cedros, en el año dos mil siete, a nombre de Segovia Salgado Ofelia
Mercedes. Se solicita la reposición del título indicado por deterioro del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media; inscrito en el tomo 2, folio 96, título N° 2682, emitido por
el Colegio Técnico Profesional de Don Bosco, en el año dos mil ocho, a nombre
de Montero Cano Tiffany Pamela. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Letras, inscrito en el tomo
1, folio 18, título N° 392, emitido por el Liceo Napoleón Quesada Salazar, en
el año mil novecientos setenta y dos, a nombre de Mora Calvo José Gerardo. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 179, título Nº 2810, emitido por
el Liceo Monseñor Rubén Odio Herrera, en el año dos mil nueve, a nombre de
Valverde Ulate Wendy María. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
De conformidad con la autorización extendida por
la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social, se ha procedido a la
inscripción de la reforma que
acordó introducir a su Estatuto Social, la organización social denominada:
Consorcio Cooperativo Alianza Comercial R. L., siglas COMERCIAL ALIANZA R. L.,
acordada en asamblea celebrada el día 31 de octubre de 2011. Resolución C-1433.
En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de
San José, 26 de enero del 2012.—Lic. José
Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2012007273).
De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Segundad Social, a. í., se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Cooperativa de Taxistas de Liberia R.L., siglas COOPETALI R.L., acordada en asamblea celebrada el 09 de setiembre de 2011. Resolución 1388-CO.
En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de
Presidente: Marvin Calderón Masís
Vicepresidente: Orlando Arias Jiménez
Secretario: José Antonio Mata Jara
Vocal 1: Eliécer Abarca Aragón
Vocal 2: Efraín Alvarado Morales
Suplente 1: José Napoleón Vargas Marchena
Suplente 2: Roberto Valdez Obando
Gerente: Virgina Duarte Platero
San José, 15 de diciembre de 2011.—Lic. José
Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2012008223).
De conformidad con la
autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir
a su Estatuto Social la organización social denominada: Asociación Nacional de
Profesionales del Poder Judicial de Costa Rica, siglas ANPROJUD, acordada en
asamblea celebrada el 20 de diciembre del 2010. Expediente P-169. En
cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de
San José, 4 de abril del 2011.—Lic. José Joaquín
Orozco Sánchez, Jefe.—RP2012276490.—(IN2012008396).
De conformidad con la
autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social,
este registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir
a su Estatuto Social de la organización social denominada Sindicato de Médicos
Veterinarios del Ministerio de Agricultura y Ganadería, Siglas SIMEVET-MAG,
acordada en asamblea celebrada el día 25 de noviembre del 2011. Expediente
S-M109. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de
Trabajo y 49 de
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE
Marcas de ganado
Nº 66.181.—Omar Morales Rodríguez, cédula de
identidad número 2-0328-0202, mayor, soltero, ganadero, con domicilio en carrera
Buena, costado sur de la iglesia, Piedades Sur, San Ramón, Alajuela, solicita
el registro de:
U
O Q
como marca de ganado que usará
preferentemente en Puntarenas, Esparza, Peñas Blancas, Peñas Blancas
Nº 45.065.—Modesto Jiménez Garay, cédula de identidad número 5-0088-0485, mayor, divorciado, solicita el Registro de:
Para ver imagen
solo en
como marca de ganado que usará
preferentemente en Guanacaste, Abangares, Colorado, Higuerillas
Nº 61.666.—Alfonso Quirós Morales, cédula de identidad número 5-0106-0904, mayor, casado, una vez, solicita el registro de:
Para ver imagen
solo en
como marca de ganado que usará
preferentemente en Guanacaste, Bagaces, Bagaces, de
Nº 61.431.—Marlen Dania Quirós Soto, cédula de identidad número 5-0254-0758, mayor, casada una vez, solicita el registro de:
Para ver imagen
solo en
como marca de ganado que usará
preferentemente en Guanacaste, Bagaces, Bagaces,
Cambio de nombre por Fusión Nº 72768
Que Denise Garnier Acuña, cédula de identidad
1-487-992, en calidad de apoderada especial de PSC Industries Inc., solicita a
este, Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Kentucky
Packaging Service, L.P. por el de PSC Industries Inc., presentada el día 25 de
mayo de 2011 bajo expediente 72768. El nuevo nombre afecta a las siguientes
marcas: 2004-0006049 Registro Nº 152764 OLSEN en clase 10 marca
Denominativa. Publicar en
Cambio de nombre Nº 76271
Que María de
Cambio de nombre Nº 74012
Que María de
Patente de invención
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El señor Manrique Aguilar Oreamuno, mayor,
cédula número 1-1115-0567, vecino de Santo Domingo de Heredia, solicita la
patente de invención denominada HERRAMIENTA PARA
Para ver imagen
solo en
La herramienta tiene aplicación industrial en
el sector tecnológico de la construcción y se utiliza esencialmente para
depositar y moldear el mortero destinado a las juntas de mampostería hueca. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El señor Luis Diego
Castro Chavarría, mayor de edad, abogado, con cédula de identidad número:
1-669-228 vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Sugen
Inc y Pharmacia & Upjohn Company, de Estados Unidos, solicita
Para ver imagen
solo en
Compuesto de 2-indolinona sustituidas
con pirroles y sus sales aceptables para uso farmacéutico que modulan la
actividad de proteinquinasas y por lo tanto son útiles para la prevención y
tratamiento de trastornos celulares relacionados con proteinquinasas tales como
el cáncer. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados,
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El
señor Michael Bruce Esquivel, cédula 1 0943 0799, mayor, abogado, vecino de San
José, en calidad de apoderado especial de Washington University, de E.U.A.,
solicita
Para ver imagen
solo en
Se describen moléculas del análogo de ácido graso (FAA) que
comprenden radionúclidos, de emisión de positrones, sales de estos, y
FAA-triglicéridos. Se describen, además, los métodos de síntesis, y métodos de
distribución de imágenes y metabolismo de los ácidos grasos y triglicéridos de
ácidos grasos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados,
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones civiles
avisos
El Registro de Personas Jurídicas, Registro
de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad
denominada: Asociación de Víctimas de Acoso Laboral, con domicilio en la
provincia de San José. Sus fines, entre otros están: Brindar asesoría técnica,
legal y psicológica a trabajadoras y trabajadores que han sido víctimas de
acoso laboral en sus centros de trabajo. Su presidenta Beatriz Rivas Ríos, es
la representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderada
generalísima sin límite de suma y demás limitaciones del estatuto. Por
encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Comunidad Cristiana
Manantial de Vida de
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Jóvenes por los Derechos Humanos Costa Rica, con domicilio en la provincia de San José; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: educar a los niños, jóvenes y el resto de la población, pero especialmente a los niños y jóvenes, por medio de: enseñar, promocionar, apoyar y difundir la declaración Universal de los Derechos Humanos. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: José Camilo Guzmán González. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2011 Asiento: 253099).—Curridabat, a los siete días del mes de noviembre del dos mil once.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012276473.—(IN2012008384).
El Registro de
Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción,
el estatuto de la entidad denominada: Asociación para el Desarrollo Humano de
Mercedes de Montes de Oca, con domicilio en la provincia de San José. Sus
fines, entre otros están: Promover el desarrollo humano de los habitantes del
cantón de Montes de Oca su presidente Gloria García Vargas, es la representante
judicial y extrajudicial con facultades de apoderada generalísima sin límite de
suma y demás limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha organización,
dentro de las prescripciones establecidas en
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Mujeres,
Empresarias de Jicaral de Puntarenas. Con domicilio en la provincia de
Puntarenas. Cuyos fines entre otros serán los siguientes: Tener un medio
organizativo, que respalde y beneficie a las mujeres del poblando de Jicaral,
para impulsar proyectos de desarrollo productivo en el marco de la
microempresa. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones
establecidas en el estatuto, lo es la presidenta Magaly Montero Ramos. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Artesanal Típicas
Rosquilleras de San Joaquín, con domicilio en la provincia de Guanacaste; cuyos
fines principales entre otros son los siguientes: Promover, desarrollar la
artesanía cultural, comidas de la región, la agricultura orgánica, la
ganadería, el medio ambiente que cumplan íntegramente con sus fines. Cuyo
representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas
en el estatuto lo es el presidente: Josué Isai Matarrita Gómez. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en
El Registro de
Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción,
el estatuto de la entidad denominada: Asociación Folklórica para el Bienestar
de
El Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el
estatuto de la entidad denominada Asociación Mujeres Emprendedoras del Caribe
Dos Mil, con domicilio en la provincia de Limón. Cuyos fines entre otros serán
los siguientes: Lograr la integración de las personas que prestan servicios no
profesionales. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones
establecidas en el estatuto lo es la presidenta María Jeannette Díaz Moraga.
Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
AVISO
Hace saber que ante este despacho se ha recibido solicitud de inscripción y
habilitación para el ejercicio de la función notarial de la licenciada Marcia
Viviana Quirós Montoya, cédula de identidad número 3-0376-0044, carné de
abogada número 19196. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del
Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten
la conducta de la gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección
dentro de los quince días siguientes a esta publicación. Exp.
12-000005-624-NO.—San José, 18 de enero del 2012.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez,
Director Ejecutivo.—1 vez.—RP2012276431.—(IN2012007988).
DIRECCIÓN DE
AGUAS
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
Exp. 15018P.—Hervifu
S. A., solicita concesión de:
Exp. 15022A.—Miguel
Alberto Pérez Arias solicita concesión de:
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. Nº 8440A.—Doris Cruz Rojas solicita
concesión de:
Exp. 15021A.—Pollos
Char SRL, solicita concesión de:
Exp. 14912.—Solicita
concesión de:
Exp. 14911A.—
Exp. 9575A.—Lácteos
Romero S. A., solicita concesión, en Barva y Santa Bárbara de Heredia, para
abrevadero, uso doméstico, turístico y acuicultura, de los siguientes
nacimientos sin nombre, que afloran en su propiedad:
Exp. 15012P.—Bolvin de
Exp. Nº
15025A.—Sociedad de Usuarios de Agua de Río Negro, solicita concesión de:
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. 8666P.—Barva
Estates SJS S. A., solicita concesión de:
Exp. 1382P.—Firestone
de Costa Rica S. A., solicita concesión de:
Registro Civil - Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS
JURÍDICOS
Se hace saber que este Registro, en diligencias de
ocurso incoadas por Yenix Marcia
Sáenz Pérez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº
2189-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San
José, a las ocho horas cinco minutos del veintitrés de setiembre del dos mil
once. Ocurso. Exp. N° 29547-2011. Resultando: 1º—..., 2º—…, 3º—. Considerando:
I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados, … III.—Sobre el fondo:.... Por
tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de José David Pérez Sáenz...; en
el sentido que el nombre y los apellidos de la madre... son “Yenix Marcia Sáenz
Pérez”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis
Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1
vez.—RP2012276254.—(IN2012007983).
Se hace saber que este
Registro en diligencias de ocurso incoadas por Maryuris Andira Siles Castro, ha
dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 139-2012.
Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las
nueve horas cincuenta y ocho minutos del trece de enero del dos mil doce. Exp.
Nº 3243-2011. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos
Probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por Tanto:
rectifíquense los asientos de nacimiento de José Luis Siles Castro, en el
sentido que el nombre y la nacionalidad de la madre... son “Maryuris Andira” y
“nicaragüense” respectivamente y el de Isaac Antonio Siles Castro, en el
sentido que el nombre de la madre... es “Maryuris Andira”.—Lic. Rodrigo Fallas
Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—
(IN2012008297).
UNIDAD ESPECIAL DE INTERVENCION
Modificación al Plan de Compras 2012 de
ID_MINISTERIO |
ID_PROGRAMA |
ID_SUBPROGRAMA |
CODMERC |
DESC_GENÉRICA |
UNIMED |
TIPO_ FUENTE |
PERIODO |
CANTIDAD |
MONTO ¢ |
1.1.1.1.202.000 |
042 |
00 |
20101-010-000165 |
LUBRICANTE PENETRANTE EN AEROSOL |
UNIDAD |
001 |
II, III, IV |
100 |
200.000,00 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
1.1.1.1.202.000 |
042 |
00 |
20304-020-050020 |
BOMBILLO ESMERILADO DE 100 WATTS |
UNIDAD |
001 |
II, III, IV |
100 |
70.000,00 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
1.1.1.1.202.000 |
042 |
00 |
20306-155-0000002 |
PLÁSTICO ADHESIVO |
UNIDAD |
001 |
II, III, IV |
5 |
26.000,00 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
1.1.1.1.202.000 |
042 |
00 |
299901-030-000220 |
CINTA ADHESIVA PARA EMMASCARAR DE |
UNIDAD |
001 |
II, III, IV |
30 |
30.000,00 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
1.1.1.1.202.000 |
042 |
00 |
29903-040-025015 |
BLOCK DE PAPEL RAYADO COMUN, MEDIDAS Y COLORES A ESCOGER |
UNIDAD |
001 |
II, III, IV |
100 |
75.000,00 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
1.1.1.1.202.000 |
042 |
00 |
29906-135-000080 |
PASAMOMONTAÑAS |
UNIDAD |
001 |
II, III, IV |
60 |
500.000,00 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
1.1.1.1.202.000 |
042 |
00 |
50103-900-001705 |
MICROFONO CON AUDIFONO |
UNIDAD |
280 |
II, III, IV |
50 |
1.000.000,00 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
1.1.1.1.202.000 |
042 |
00 |
59903-005-090101 |
LICENCIA |
UNIDAD |
280 |
II, III, IV |
1 |
8.000.000,00 |
1.1.1.1.202.001 |
042 |
00 |
59903-005-081105 |
AMPLIACIÓN DE GARANTIA EQUIPO DE COMPUTO |
UNIDAD |
280 |
II, III, IV |
1 |
1.000.000,00 |
Proveeduría Institucional.—VºBº Ricardo Blanco
Valverde, Proveedor.—1 vez.—O. C. Nº 14411.—Solicitud Nº
17954.—C-55250.—(IN2012009360).
PROYECTO
DE EQUIDAD Y EFICIENCIA
DE
PROGRAMA
DE MEJORAMIENTO DE
DE
LICITACIÓN
PÚBLICA NACIONAL 2012PP-000002-00100
(2012LPN-000002-Prov.)
Construcción
en
El Programa de Mejoramiento de
El objetivo de la licitación es construir
obra nueva en los centros educativos de
Esta licitación se promueve en el marco del
Proyecto de Equidad y Eficiencia de
Los interesados podrán adquirir un juego
completo de los pliegos de licitación en las oficinas de
Los licitantes deben presentar una garantía
de participación por un monto no menor de ¢10.500.000,00 (Diez millones
quinientos mil colones exactos), tendrá una vigencia de 120 días naturales
contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas.
Para cualquier notificación o aclaración se
debe remitir con la siguiente leyenda:
Unidad de Adquisiciones de PROMECE
Ministerio de Educación Pública
Antigua Embajada Americana, 3er
piso, Calle 1, Avenidas 1 y 3.
San José, Costa Rica.
Programa mejoramiento de la
calidad de
Básica. Componente de
infraestructura física, construcción
de obra nueva en los centros
educativos Río Azul, Sipar
y Arturo Tinoco, en Yerí,
Buenos Aires, Puntarenas.
Licitación Pública Nacional Nº
2012PP-000002-00100
(2012LPN-000002-Prov.).
Las ofertas deberán ser presentadas en sobre
cerrado en
San José, 31 de enero de 2012.—Lic. Mauricio
González Oviedo, Director.—1 vez.—O. C. Nº 04-2012.—Solicitud Nº
42401.—C-29140.—(IN2012009078).
MUNICIPALIDAD
DE HEREDIA
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2012LN-000001-01
Compra
de inmueble para sede de Federación
de Uniones
Cantonales de Heredia
Heredia, 6 de febrero del
2012.—Proveeduría.—Lic. Enio Vargas Arrieta, Proveedor.—1 vez.—O. C. Nº
53948.—Solicitud Nº 42203.—C-5040.—(IN2012009326).
INSTITUTO
COSTARRICENSE DEL DEPORTE Y
PROVEEDURÍA
INSTITUCIONAL
COMPRA
DIRECTA Nº 2011CD-0000134-01 (Acto final)
Servicios
profesionales en ingeniería industrial para el estudio
de la gestión de
los procesos de trabajo institucional
Se les comunica a los interesados en este
concurso que el mismo ha sido declarado infructuoso.
San José, 2 de febrero del 2012.—Lic. Eduardo
Ramírez Brenes, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2012009302).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO
LICITACIÓN
ABREVIADA N 2011LA-000023-99999
Compra
de vehículos institucionales
Purdy Motor S. A. Ced. jur. 3-101-005744
Línea 1, por un monto de ¢9.863.892,53 (nueve
millones ochocientos sesenta y tres mil ochocientos noventa y dos colones con
42/100).
Línea 2, declaración de infructuosa por no
presentarse ofertas para esta línea.
Garantía de cumplimiento, demás condiciones y
requisitos según se plantea en el respectivo cartel.
Firma Ilegible.—1 vez.—O. C. Nº 0001-2012.—Solicitud Nº
43236.—C-18820.—(IN2012009356).
CONTRATACIÓN
DIRECTA Nº 2012CD-000005-01
Servicio
de deshoje de formularios del Ministerio de Hacienda
El Banco de Costa Rica informa que
• Empresa adjudicada |
Grupo RGC Consultores S. A. |
• Costo por hora |
¢1.999,00 |
• Cantidad máxima
de horas por año |
1000 |
• Monto máximo
anual a consumir |
¢1.999.000,00 |
•
Plazo de entrega de los trabajos asignados |
Un día natural, el cual regirá una vez que
de |
Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar S., Supervisor.—1 vez.—O.
C. Nº 61630.—Solicitud Nº 45893.—C-18820.—(IN2012009358).
CONCEJO
MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO
COMITÉ
DISTRITAL DE DEPORTES
Y RECREACIÓN CÓBANO
El Comité Distrital de Deporte y Recreación
Cóbano, comunica a todos los interesados en el procedimiento de contracción de
referencia, que en sesión extraordinaria Nº 75-11, acuerdo Nº 1.1, celebrada el
veintitrés de diciembre del dos mil once, acordó declarar infructuoso el
siguiente procedimiento:
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000002-01
Compra
de implementos deportivos
Cóbano, 1º de febrero del 2012.—Maricela
Bustos Rodríguez, Secretaria.—1 vez.—(IN2012009309).
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
El Departamento de Proveeduría avisa a todo
potencial interesado a participar en el procedimiento de contratación que se
dirá, que se ha dispuesto la siguiente prórroga:
(Prórroga
Nº 1)
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000120-PROV
Remodelación
de las celdas y área aledaña de
Regional del
O.I.J. de Puntarenas
Se prorroga la fecha de apertura para las
10:00 horas del 28 de febrero del 2012.
San José, 6 de febrero del 2012.—Proceso de
Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1 vez.—(IN2012009363).
DIVISIÓN
DE GESTIÓN DE APOYO
UNIDAD
DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2012LN-000001-503
Modernización
de elevadores de
Texto anterior “...no debe exceder de 30 (cuarenta) días hábiles para
entrega de cada uno de los elevadores...”
Texto modificado:” no debe exceder de 30 (treinta) días hábiles para
entrega de cada uno de los elevadores...
Unidad de Gestión Administrativa.—Ing. Ronald Monge Salazar, Jefe.—1
vez.—(IN2012009401).
HOSPITAL
SAN RAFAEL DE ALAJUELA
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2012LN-000001-2205
Servicios
profesionales de seguridad y vigilancia
Se les informa a los interesados en este
concurso, que en los formularios A, B y C del cartel de compra, debe leerse
correctamente servicios profesionales de seguridad y vigilancia, en lugar
de servicios profesionales de aseo y limpieza. Para mayor información pueden
visitar la página institucional www.ccss.sa.cr o www.hospitalsanrafael.sa.cr y
descargar los formularios ya corregidos.
Alajuela, 6 de febrero del 2012.—Dr.
Francisco Pérez Gutiérrez, Director General.—1 vez.—(IN2012009313).
LICITACIÓN
PÚBLICA INTERNACIONAL Nº 2011LI-000010-PRI (Circular Nº 1)
Abastecimiento
del Acueducto de San Ramón y Palmares
Diseño y
Construcción (Proyecto llave en mano)
El Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillados (A y A) cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica a todos los
interesados en participar en la licitación arriba indicada, que se prorroga la
fecha de apertura para el día 12 de marzo del
San José, 6 de febrero del 2012.—Dirección
Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 1970.—Solicitud
Nº 42034.—C-12620.—(IN2012009323).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGLAMENTO
PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS
A FUNCIONARIOS DEL
REGISTRO NACIONAL
Con fundamento en las atribuciones y
facultades conferidas por los incisos 3) y 18) del artículo 140 y por el
artículo 146 de
Considerando:
I.—Que mediante
II.—Que mediante Decreto Nº 17339-P, Reglamento a
III.—Que el Reglamento de Capacitación y Facilidades para los
Funcionarios del Registro Nacional, publicado el 5 de enero del 2007, permite
al Registro Nacional brindar beneficios u oportunidades a sus funcionarios, que
contribuyan al beneficio del recurso humano, los que pueden consistir en ayudas
económicas, materiales, tiempo laboral, apoyo oficial u otros, los cuales
pueden provenir de
IV.—Que
V.—Que el presente Reglamento deroga en su totalidad el Reglamento N.
40-2008 del 23 de octubre del 2008, publicado en
VI.—Que el Registro Nacional con el fin de regular la materia de becas
debe contar con una reglamentación acorde con las políticas de
DECRETAN:
REGLAMENTO
PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS
A FUNCIONARIOS DEL
REGISTRO NACIONAL
CAPÍTULO
I
Disposiciones
generales
Artículo 1º—Objeto: El presente
reglamento tiene como objetivo regular la adjudicación de becas por parte del
Registro Nacional, a funcionarios interesados en realizar estudios para la
obtención de un grado académico a nivel de bachillerato, licenciatura y
estudios de postgrado: Especialidades, Maestrías, Doctorados, en instituciones
educativas de reconocido prestigio dentro o fuera del país.
Artículo 2º—Becas: El Registro Nacional aprovechará para sus
funcionarios las becas que le sean ofrecidas por gobiernos o instituciones
nacionales o extranjeras de reconocida solvencia moral y económica, así como
aquellas provenientes de recursos propios asignados por
Artículo 3º—Definiciones: Para los efectos de las disposiciones
de este Reglamento se entiende por:
a) Beca:
Beneficio parcial o total que se otorga a un funcionario para que realice
estudios en un centro de formación superior universitaria nacional o
extranjera.
b) Becario: Funcionario del Registro Nacional en propiedad que
recibe una beca.
c) Contrato: Acuerdo escrito suscrito entre el Registro
Nacional y el becario, para el aprovechamiento de becas, que comprende los
requisitos, condiciones, derechos y obligaciones de las partes.
d) Grado académico: Título otorgado por alguna institución
educativa después de la terminación exitosa de un programa de estudios.
Comprende el presente reglamento los grados de Bachillerato, Licenciatura, y
estudios de Postgrados: Especialidades, Maestrías, Doctorados.
e) Junta Administrativa: Órgano colegiado encargado de aprobar
o improbar el otorgamiento de becas a funcionarios del Registro Nacional.
f) Departamento de Gestión Institucional de Recursos Humanos:
Unidad administrativa responsable de tramitar las solicitudes de becas de los
funcionarios del Registro Nacional.
g) Comité de Selección de Becarios: Órgano conformado por
funcionarios de la institución y miembros de
CAPÍTULO
II
Del
Comité de Selección de Becarios
Artículo 4º—Comité de Selección de
Becarios del Registro Nacional: Créase el Comité de Selección de Becarios
del Registro Nacional, como encargado de la valoración y recomendación de las
solicitudes para la obtención de una beca.
Artículo 5º—Integración del Comité de Selección de Becarios del
Registro Nacional: El Comité estará integrado por cuatro funcionarios del
Registro Nacional, quienes serán:
a) El
Director General del Registro Nacional.
b) El Jefe del Departamento de Gestión Institucional de Recursos
Humanos.
c) Un Miembro de
d) Un Director elegido por el Consejo de Directores.
Cada miembro titular tendrá un suplente con
los mismos derechos y obligaciones y los nombres serán comunicados por escrito
al comité.
El Comité será presidido por el Director General del Registro Nacional
y contará con un Secretario elegido de entre sus miembros.
Las funciones de cada miembro del Comité de Selección de Becarios
serán efectuadas durante su jornada de trabajo y tendrán el permiso oficial
para el cumplimiento de las mismas.
Artículo 6º—Periodo de nombramiento de los miembros del Comité de
Selección de Becarios del Registro Nacional: Los miembros del Comité serán
nombrados, por periodos de dos años. Cuando no puedan asistir deberán enviar
obligatoriamente a su suplente.
Artículo 7º—Funciones y obligaciones del Comité de Selección de
Becarios del Registro Nacional: Las funciones y obligaciones del Comité
serán las siguientes:
a) Conocer
y valorar el informe técnico presentado por el Departamento de Gestión
Institucional de Recursos Humanos, relativo al estudio de las solicitudes de
beca recibidas.
b) Seleccionar de las solicitudes de beca que reúnan las condiciones
exigidas, las que por criterio de oportunidad y conveniencia institucional
considere procedentes y recomendar a
c) Conocer el informe remitido por el Departamento de Gestión
Institucional de Recursos Humanos, respecto a las solicitudes de cese del
beneficio de becas por parte de los becarios, proceder a su valoración y
remitirlo a conocimiento de
d) Conocer acerca de los informes rendidos por el Departamento de
Gestión Institucional de Recursos Humanos respecto al incumplimiento de las
obligaciones contraídas por los becados que puedan implicar la eliminación de
la beca y determinar si es procedente o no dicha eliminación, de lo cual darán
traslado a
e) Aprobar o improbar las recomendaciones emanadas del Departamento
Gestión Institucional de Recursos Humanos, sobre los lineamientos para la
calificación de las solicitudes y mejoras en los procedimientos de asignación
de becas.
f) Aprobar o improbar el cambio de universidad solicitado por un
becario, tomando en consideración el informe técnico que remita el Departamento
de Gestión Institucional de Recursos Humanos.
g) Sesionar ordinariamente dos veces al año y en forma extraordinaria
cuando así lo solicite el presidente del Comité o uno de sus miembros.
Artículo 8º—Funciones y obligaciones del
Presidente y Secretario del Comité de Selección de Becarios del Registro
Nacional: Las funciones y obligaciones específicas del Presidente y
Secretario serán las siguientes:
Presidente:
a) Convocar
y presidir las sesiones del Comité.
b) Firmar conjuntamente con el secretario las actas, resoluciones y
acuerdos del Comité.
c) Abrir y mantener el orden del día de las sesiones, así como
finalizar las mismas.
d) Representar al Comité en cualquier actividad que se relacione con
la marcha del mismo.
Secretario:
a) Redactar,
custodiar y Firmar con el presidente, las actas, resoluciones y acuerdos del
Comité.
b) Redactar y firmar toda la correspondencia del Comité.
c) Todas aquellas otras funciones atinentes a su cargo.
Artículo 9º—Quórum del Comité de Selección
de Becarios del Registro Nacional: Harán quórum para sesionar la mitad más
uno de los miembros de
En todo el proceso de toma de decisiones los integrantes deberán
guardar discreción sobre la documentación, los comentarios y los datos
sometidos a su conocimiento y están obligados a acatar y hacer respetar el
presente Reglamento. Los funcionarios miembros del Comité no podrán participar
en las sesiones en que se analicen o tomen decisiones sobre actividades en la
que ellos son parte interesada. En tales casos serán sustituidos por sus
suplentes.
Artículo 10.—Funciones y obligaciones del Departamento de Gestión
Institucional del Registro Nacional: Las funciones y obligaciones del
Departamento de Gestión Institucional de Recursos Humanos, en adelante DGIRH,
serán las siguientes:
a) Recibir
las solicitudes de beca de conformidad con las disposiciones de éste Reglamento
y las específicas de cada concurso. Así como todos aquellos documentos o correspondencia
relacionada con el presente reglamento.
b) Estudiar las solicitudes presentadas y preparar un informe técnico,
indicando expresamente que candidatos cumplen los requisitos solicitados y
remitirlo al Comité de Selección de Becarios del Registro Nacional.
c) Dar seguimiento al rendimiento académico y al cumplimiento de las
obligaciones contraídas por los becados y comunicárselo al Comité.
d) Mantener actualizada una base de datos con la información necesaria
de los becarios.
e) Implementar los lineamientos para la calificación de las
solicitudes; recomendar mejoras en los procedimientos de asignación de becas y
presentarlos ante el Comité para su valoración y aprobación.
f) Divulgar entre los funcionarios de
g) Comunicar por escrito a cada beneficiario su designación y el
porcentaje de beca otorgado, una vez que la misma haya sido aprobada por
h) Elaborar los respectivos Contratos de Estudios, para aquellos
funcionarios (as) que le sean otorgadas becas una vez comunicado el respectivo
Acuerdo de
i) Brindar al Comité informes estadísticos que contengan información
pertinente en cuanto a presupuesto ejecutado, disponible y comprometido,
gastos, becas, costos y centros de enseñanza y cualquier otro informe que
solicite el Comité, con el propósito de mantener los controles necesarios
respecto al otorgamiento y aprovechamiento de las becas.
j) Conocer las solicitudes de cese del beneficio de becas por parte
de los becarios, proceder a su valoración, redactar un informe y elevarlo a
conocimiento del Comité.
k) Detectar el incumplimiento de las obligaciones contraídas por los
becados que puedan implicar la eliminación de la beca y determinar si es
procedente o no dicha eliminación, de lo cual darán traslado al Comité.
l) Recibir las solicitudes de cambio de universidad, las solicitudes
de suspensión de becas y las solicitudes de prórrogas de Contrato de Beca,
realizar el respectivo estudio técnico y brindar un informe al Comité respecto
a la procedencia de las mismas.
ll) Todas aquellas otras funciones y buenas prácticas que garanticen la
sana administración del proceso de asignación de becas.
CAPÍTULO
III
Sobre
las becas
Artículo 11.—Cobertura de
No obstante de conformidad con lo establecido en el artículo 30 del
Reglamento a
Artículo 12.—Requisitos para optar por una Beca: Para optar por
una beca, los funcionarios deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a) Tener
nombramiento en propiedad en el Registro Nacional.
b) Contar con experiencia suficiente en la materia relacionada con
• Tres
años para los que aspiren a becas en planes de Bachillerato y Licenciatura.
• Cinco años para los que aspiren a becas en programas de
Postgrado.
c) Las últimas
tres calificaciones de servicios deben ser como mínimo “muy bueno”.
d) Demostrar la relación específica entre la carrera universitaria
para la cual desea solicitar beca, y el área de trabajo en que se desenvuelve
el o la solicitante.
e) Aportar debidamente lleno el formulario establecido por el DGIRH.
f) No haber recibido sanciones disciplinarias de suspensión en los
tres años anteriores a la solicitud de la beca.
g) No haber gozado de una beca otorgada por
Artículo 13.—Alcance de
Artículo 14.—Prohibiciones para asignación de becas: No
procederá la asignación de becas en los siguientes casos:
a) Cuando
se solicite para más de una carrera simultáneamente.
b) Que la persona no haya presentado al DGIRH los certificados de
aprobación de cursos becados anteriormente o presente solicitudes de forma
extemporánea.
c) Se considere que los estudios solicitados para el disfrute de la
beca no son de interés Institucional o que no son relacionados con las tareas que
realiza el funcionario(a).
Artículo 15.—Término de las Becas: Las
becas se darán por terminadas:
a) Cuando
se cumpla el término para el cual fueron otorgadas.
b) En cualquier tiempo cuando el becario lo solicite. En este caso el
becario deberá reintegrar las sumas correspondientes y de ser procedente, se
hará acreedor a las sanciones que correspondan.
c) Cuando
d) Cuando medie alguna circunstancia de fuerza mayor o caso fortuito,
que a juicio del DGIRH haga imposible el cumplimiento del contrato de beca.
CAPÍTULO
IV
De
la selección de los candidatos
Artículo 16.—Cumplimiento de requisitos:
El funcionario del Registro Nacional que aspire a una beca aportará dentro del
plazo señalado al efecto toda la documentación citada en el artículo 12 y se
obliga a cumplir con todo lo que el presente Reglamento establece.
Artículo 17.—Recepción de solicitudes: No se recibirán
solicitudes incompletas, a falta de algún documento adicional o que se
considere necesario, el DGIRH notificará de tal situación al interesado para
que en un plazo de tres días subsane la omisión, caso contrario procederá el
rechazo de la solicitud.
Artículo 18.—Adjudicación de Becas:
a) Que
la persona haya cumplido con lo estipulado en el artículo 12 del presente
Reglamento.
b) Que cuente con la recomendación del Comité.
c) Prioridades de programas de conformidad con las políticas del Registro
Nacional y las necesidades de formación académica fijadas por el DGIRH en
concordancia con aquellas.
d) Que el contenido de la carrera esté relacionado con las tareas del
puesto que desempeña actualmente o el que su Dirección le encomiende en el futuro
con base en programas debidamente justificados por los lineamientos de política
registral.
e) Otras prioridades institucionales.
Artículo 19.—Recursos: Contra las resoluciones adoptadas por
Artículo 20.—Plazo para iniciar disfrute de beca: La persona
beneficiada con una beca, tendrá para iniciar su disfrute un plazo no mayor de
seis meses contados a partir de la fecha en que su adjudicación adquiere
firmeza. Si no lo hace efectivo en ese periodo perderá de forma automática la
beca otorgada.
Artículo 21.—Cambio de Universidad: El cambio de universidad
solo podrá tener lugar bajo condiciones muy especiales y fundamentadas,
requiriendo autorización expresa del Comité, para lo cual deberá realizarse el
trámite ante el DGIRH que establece el inciso l del artículo 10.
Artículo 22.—Suspensión temporal de
CAPÍTULO
V
De
las obligaciones del becario
Artículo 23.—Obligaciones de los becarios:
Todos los funcionarios beneficiados con el otorgamiento de una beca, se
comprometerán a las siguientes obligaciones.
a) Cumplir
con lo que este Reglamento estipula, el Estatuto del Servicio Civil y su Reglamento,
b) Dedicar todo su esfuerzo para el mejor aprovechamiento de los
estudios, asistir y aprobar todas las materias del programa de la carrera para
el que se les otorgó la beca y cumplir con los requisitos y las obligaciones
que la misma le exija.
c) Presentar al DGIRH dentro del mes calendario siguiente a la
finalización de un periodo lectivo, certificación original o constancia de
notas emitida por la respectiva universidad que demuestren su desempeño.
d) Si por causas de fuerza mayor o de otra índole el becario no
pudiese continuar con el programa de formación, deberá avisar de tal situación
al DGIRH con el visto bueno de cada Dirección, para lo cual contará con el
plazo máximo de un mes, contado a partir de que se presente el impedimento, a
fin de que se tomen oportunamente las medidas administrativas correspondientes.
e) En el caso de que se le requiera por parte del DGIRH, el
beneficiario se compromete a entregar en
f) El becario, una vez finalizados los estudios, se compromete a
seguir prestando sus servicios a la administración en el área de su
especialidad, según los términos establecidos en el artículo 7 de
Artículo 24.—Prórroga de becas: Se
valorará el otorgamiento de prórroga de beca sólo en casos de excepción y con
fundamento en razones muy justificadas, sin que las condiciones sean las mismas
del contrato original. La solicitud de prórroga debe presentarse por escrito
con 3 meses de antelación al vencimiento de la beca original, de modo que se
completen los trámites antes de la conclusión del periodo.
Artículo 25.—Solicitud y plazo para prórroga de becas: Será
responsabilidad del becario presentar para estos fines la siguiente
documentación completa y en tiempo: justificación que demuestre la necesidad de
extensión, informe completo sobre los resultados de los estudios efectuados y
certificación de las últimas materias cursadas, una recomendación de un
profesor sobre su desempeño académico apoyando la solicitud y otra
recomendación del jefe superior de la dependencia donde labora, recomendando la
prórroga solicitada en razón del desempeño del servidor y la necesidad
institucional de que complete el plan de estudios.
CAPÍTULO
VI
De
las sanciones
Artículo 26.—Sanciones: Los becarios
que incumplan los lineamientos previstos en el presente Reglamento, los
compromisos adquiridos en el Contrato de Beca suscrito y en el programa de
estudios que le fue aprobado, se harán acreedores a las siguientes sanciones:
a) El
funcionario que en disfrute de una beca abandone los estudios, deberá
reintegrar a
b) El becario que repruebe una o más materias deberá hacer devolución
a
Las materias reprobadas no serán financiadas
por
c) En el caso de que el becario haya reprobado una o varias materias
no se autorizará ni girará el dinero correspondiente a la matrícula siguiente
hasta tanto el mismo haya devuelto los montos correspondientes, según lo
dispuesto en el párrafo primero del inciso anterior.
d) Cuando un funcionario, dentro del mes calendario siguiente a la
finalización de un periodo lectivo (bimestre, cuatrimestre o semestre) no
presente al DGIRH la certificación o constancia de notas debidamente expedida
por la universidad donde cursa su carrera, será sujeto a la suspensión de su
beca y a las sanciones indicadas en el inciso a) de este artículo.
e) La negativa a trasladar los conocimientos adquiridos al personal
con el que labora o de su especialidad por los medios que se consideren idóneos
por parte del DGIRH, será sancionada con la suspensión del servidor para ser
acreedor a una nueva beca hasta tanto no haya cumplido con el compromiso
adquirido de beneficios anteriores.
CAPÍTULO
VII
Del
procedimiento administrativo y disciplinario
Artículo 27.—Procedimiento administrativo
y disciplinario. En caso de que algún funcionario incurra en una conducta
acreedora de sanción, según lo estipulado en el capítulo anterior, se procederá
a realizar el procedimiento administrativo conforme lo establece el Libro
Segundo de
CAPÍTULO
VIII
Disposiciones
finales
Artículo 28.—Normativa aplicable:
Serán de aplicación obligatoria en la materia, las disposiciones normativas
establecidas en el Estatuto de Servicio Civil y su Reglamento, lo mismo que las
contenidas en
Artículo 29.—Procedimientos del Departamento Gestión Institucional
del Registro Nacional: El DGIRH deberá establecer los procedimientos pertinentes
para el desarrollo eficiente de las actividades y responsabilidades a su cargo.
Artículo 30.—Inicio de labores del Comité de Selección de Becarios
del Registro Nacional: El Comité deberá nombrarse e iniciar sus funciones
dentro de los diez días hábiles posteriores a la publicación del presente
Reglamento.
Artículo 31.—Vigencia: Rige a partir de su publicación. Acuerdo
Firme J511, adoptado por
Hernando París R., Ministro de Justicia y Paz
y Presidente de
MUNICIPALIDAD
DE DESAMPARADOS
MODIFICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 2, 3, 4, 6, 7, 9, 10, 11,
12,
13, 14, 16, 17, 22, 26 Y TRANSITORIO I DEL REGLAMENTO
DE
Y
OTORGAMIENTO DE LICENCIAS MUNICIPALES PARA
INFRAESTRUCTURA
DE TELECOMUNICACIONES
En el artículo 2, se modifica el inciso 1)
para que se lea del siguiente modo:
1. Asegurar que las obras, estructuras e
instalaciones para redes y sistemas de telecomunicaciones, tanto fijas como
móviles, sean realizadas de conformidad con las especificaciones técnicas bajo
las cuales fueron autorizadas.
El artículo 3 se modifica para ser leído de
la siguiente forma:
Artículo 3. Están sometidas al presente
reglamento en la jurisdicción del cantón, todas las personas físicas o
jurídicas que soliciten licencias municipales para la comercialización y o
instalación de obras constructivas de telecomunicaciones e instalación temporal
de antenas móviles, en condición de operadoras, proveedoras de infraestructura,
constructoras de infraestructura o en cualquier condición similar a través de
la cual se presten o se puedan brindar servicios de telecomunicaciones
disponibles al público, que se construyan, originen, terminen o transiten por
el territorio de este cantón, independientemente del uso de estas o las áreas
donde se encuentren instaladas, ya sea de dominio público, acceso público y/o
dominio privado o áreas privadas.
En el artículo 4, se modifican los siguientes
incisos para que sean leídos de la siguiente forma:
5. Licencias
Municipales: autorización expedida por
De explotación comercial: Es la otorgada para
la explotación comercial tanto de las obras constructivas de telecomunicaciones,
como de las unidades móviles y los servicios prestados por las mismas.
7. Operador:
Persona física o jurídica, pública o privada, que explota redes de
telecomunicaciones, fijas o móviles, con la debida concesión o autorización,
las cuales podrán prestar o no servicios de telecomunicaciones disponibles al
público en general.
9. Proveedor:
Persona física o jurídica, pública o privada, que proporciona servicios de
telecomunicaciones disponibles al público sobre una red de telecomunicaciones,
ya sea esta fija o móvil, con la debida concesión o autorización, según
corresponda.
12. Torre, poste y/o estructura fija o móvil:
Elemento estructural soportante que sirve para satisfacer los requerimientos de
instalación de antenas, soporte de cableado, iluminación pública, entre otros.
En el artículo 6, se modifican los incisos a) y b) para que sean
leídos de la siguiente forma:
a) Dictar
las medidas necesarias para el cumplimiento de este reglamento con el objeto de
que, tratándose de torres fijas o móviles, toda construcción, instalación y/o
modificación a las obras constructivas de telecomunicaciones, reúna las
condiciones técnicas, de seguridad, conservación y de integración al contexto
urbano-ambiental del cantón.
b) Salvaguardar el orden urbanístico, incluyendo la estética y
seguridad de las (instalaciones o) edificaciones y sus repercusiones
medioambientales, derivadas de los riegos de daño del medio ambiente urbano que
puedan generar.
En el artículo 7, se modifica el inciso d)
para que sea leído de la siguiente forma:
d) Croquis
de la estructura, que incluya altura de la misma y ubicación dentro del
perímetro de la propiedad. En caso de torres móviles, el croquis se sustituirá
por las características técnicas de la unidad que soportará la misma.
Se modifica el artículo 9 para que rece del
siguiente modo:
Artículo 9º—Se deberá mantener una franja de
amortiguamiento alrededor de una torre de telecomunicaciones, sea esta fija o
móvil, de una décima parte de la altura total de la torre o poste de
telecomunicaciones medida desde el centro de la base de la misma a los límites
del predio de las obras de construcción. En el caso de propiedades con
construcciones existentes, la obra propuesta más las obras existentes no debe
exceder el 70% de cobertura (huella total) en zonas urbanas, y en zonas rurales
(zona fuera del GAM), un 50%. Se establece, sin embargo, que la antena o
estructura no se coloque adyacente a las colindancias del predio en cuestión,
esto como una medida de seguridad para las construcciones aledañas, y debiendo
facilitar el tránsito del personal necesario para la conservación y
mantenimiento del inmueble en que se ubiquen.
Se modifica el inciso d) del artículo 10, para que se lea del
siguiente modo:
d) La
separación entre estructuras (torre, antena, etc.) deberá respetar como mínimo
un radio de
Se modifican los artículos 11, 12, 13 y 14 y
16, para que se lean de la siguiente forma:
Artículo 11.—No se permitirá la instalación de torres móviles o
construcciones e instalación de obras constructivas de telecomunicaciones en
áreas de protección de ríos, monumentos públicos, zona de protección especial,
áreas de conservación, zonas bajo régimen de protección especial, zonas de
protección histórico-patrimonial, o en aquellas en que
Artículo 12.—Se podrá construir e instalar en inmuebles públicos,
inscritos o no, siempre y cuando no se perjudique su destino público final,
sujeto ello, al pago del canon correspondiente; con el propósito de contribuir
con el “Plan de desarrollo de la red móvil” contenido en el Cartel de
Licitación Pública Nº 2010LI-000001-SUTEL, “Concesión Para el uso y
explotación del espectro radioeléctrico para la prestación de servicios de
telecomunicaciones móviles”.
Artículo 13.—Es obligación de las personas físicas o jurídicas que
soliciten licencias municipales de instalación temporal, constructivas o
comerciales, estar al día con el pago de las obligaciones tributarias
municipales
Artículo 14.—Para garantizar la responsabilidad civil por daños a
terceros, será necesario que el propietario de la estación terrena o estructura
de telecomunicaciones, fija o móvil, suscriba y exhiba póliza de seguro como
garantía expedida por una compañía autorizada para la emisión de las mismas,
por un monto mínimo equivalente a trescientas (300) veces el salario mínimo
mensual de un trabajador no calificado genérico, establecido por el Ministerio
de Trabajo y Seguridad Social de Costa Rica. Garantía que deberá ajustarse,
mantenerse vigente, al día, y responderá por daños parciales y totales causados
a
Artículo 16.—El propietario de las obras de construcción o antenas
móviles, será responsable de cualquier daño directo o indirecto que estas
causen a los bienes municipales, privados o a terceros, relevando de cualquier
responsabilidad a
Se modifica el inciso f) del artículo 17, para que se lea del
siguiente modo:
f) Presentación
de tres copias de los planos constructivos de conformidad con el Plan de
Ordenamiento Territorial Parcial de Desamparados y el Reglamento para el
Trámite de Visado de Planos para
Se modifican los artículos 22 y 26, así como
el Transitorio I, para que se lean de la siguiente forma:
Artículo 22.—
Artículo 26.—De conformidad con las
disposiciones de
Transitorio I.—Las instalaciones fijas o
móviles de telecomunicaciones existentes que no dispongan de las debidas
licencias municipales de explotación comercial deberán regularizar su situación
sujetándose a las presentes disposiciones. Cualquier otra actividad de
construcción, instalación, modificación, ampliación, mantenimiento o gestión
respecto de las existentes, deberá contar con las licencias municipales
correspondientes. Asimismo, deberán comunicar e informar a
Desamparados, 11 de enero de 2012.—Mario
Vindas Navarro, Coordinador de
SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS
Detalle de mercancías que se rematarán en
pública subasta en forma individual en
Depositario Aduanero: Grupo Carossi S. A.
Código: 200
Cédula Jurídica: 3-101-114830-23.
Dirección: Heredia, San Isidro, San Josecito, Carretera
Braulio
Carrillo.
Boleta Nº 265-200-2011: Consignatario: Autos
Se informa que el costo por concepto de
bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no está incluido en la base
por lo tanto los interesados deberán entenderse directamente con el respectivo
Depositario Aduanero.
La subasta es pública, teniendo acceso cualquier particular con las
excepciones establecidas en el artículo 73, párrafo segundo de
Para ser postor es indispensable depositar mediante cheque certificado
a favor de
Las condiciones son estrictamente de contado, debiendo efectuarse el
pago al concretarse la venta.
Las mercancías podrán ser inspeccionadas dentro del plazo de tres días
previos a la realización del remate.
Para mayor información, consultar al Depositario Aduanero donde se
encuentren las mercancías y
A los interesados en las mercancías que necesiten permisos
(regulaciones no arancelarias) de otras dependencias gubernamentales, favor
presentar los mismos en el momento de la subasta.
Gerardo Bolaños Alvarado, Director General de
Aduanas.—VºBº Lic. Luis A. Salazar Herrera, Subgerente Aduana Central.—1
vez.—O. C. Nº 14473.—Solicitud Nº 34720.—C-31020.—(IN2012008919).
Detalle de mercancías que se rematarán en
pública subasta en forma individual en
Depositario Aduanero: Almacen Fiscal Financiero S. A.
Código: 109
Cédula Jurídica: 3-101-039413-09.
Dirección: Cartago, San Nicolas, Taras, 300 mts. sur,
del cruce.
Boleta Nº 216-109-2009: Consignatario: Rohiga S. A. Documento:
13584. Movimiento de inventario: 2003-4. Descripción: 4 bultos con materiales
para acabados arquitectónicos (Paneles de acero). Valor Aduanero: $29.504,55.
Precio Base: 1.839.985,02. Bultos: 4. Ubicación: Depositario Fiscal ALFISA.
Boleta Nº 217-109-2009: Consignatario: Roberto Gerardo Ocampo.
Documento: 1886. Movimiento de inventario: 2005-17. Descripción: 1 Bulto con
carabina marca Ruger, serie 121-25113, 1 rifle marca Air Crosman Guns Mod 17,
serie N85005523 y 1 rifle marca GetWallione Mod 100, serie 273532140. NT73.
Valor Aduanero: $2.612,13. Precio Base: 245.520,84. Bultos: 1. Ubicación:
Depositario Fiscal ALFISA.
Boleta Nº 219-109-2009: Consignatario: Lachner y Saenz. Documento:
14175. Movimiento de inventario: 2005-93. Descripción: 4 cartones con repuestos
para automovil. Valor Aduanero: $168,10. Precio Base: 21.182,02. Bultos: 4.
Ubicación: Depositario Fiscal ALFISA.
Se informa que el costo por concepto de
bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no está incluido en la base
por lo tanto los interesados deberán entenderse directamente con el respectivo
Depositario Aduanero.
La subasta es pública, teniendo acceso cualquier particular con las
excepciones establecidas en el artículo 73, párrafo segundo de
Para ser postor es indispensable depositar mediante cheque certificado
a favor de
Las condiciones son estrictamente de contado, debiendo efectuarse el
pago al concretarse la venta.
Las mercancías podrán ser inspeccionadas dentro del plazo de tres días
previos a la realización del remate.
Para mayor información, consultar al Depositario Aduanero donde se
encuentren las mercancías y
A los interesados en las mercancías que necesiten permisos
(regulaciones no arancelarias) de otras dependencias gubernamentales, favor
presentar los mismos en el momento de la subasta.
Gerardo Bolaños Alvarado, Director General de
Aduanas.—VºBº Lic. Luis A. Salazar Herrera, Subgerente Aduana Central.—1
vez.—O. C. Nº 14473.—Solicitud Nº 34723.—C-31490.—(IN2012008920).
Detalle de mercancías que se rematarán en
pública subasta en forma individual en
Depositario Aduanero: Mudanzas Mundiales 2 S. A.
Código: 165
Cédula Jurídica: 3-101-269088-36.
Dirección:
Costa Rica, en San Francisco de Dos Ríos, San
José.
Boleta Nº 342-165-2010: Consignatario: M Y O del Rodeo Norte S. A.
Documento: 279991. Movimiento de inventario: 2007-14723. Descripción: 1 unidad
motocicleta Scotter Baccio, año 2006, color azul-blanco, Sport Edition, 150 cc,
Turbo Runner, mal estado, serie Nº LFFWBT6A661010383. Valor Aduanero: $473,04.
Precio Base: 145.308,12. Bultos: 1. Ubicación: Depositario Fiscal Mudanzas
Mundiales 2 S. A.
Se informa que el costo por concepto de
bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no está incluido en la base
por lo tanto los interesados deberán entenderse directamente con el respectivo
Depositario Aduanero.
La subasta es pública, teniendo acceso cualquier particular con las
excepciones establecidas en el artículo 73, párrafo segundo de
Para ser postor es indispensable depositar mediante cheque certificado
a favor de
Las condiciones son estrictamente de contado, debiendo efectuarse el
pago al concretarse la venta.
Las mercancías podrán ser inspeccionadas dentro del plazo de tres días
previos a la realización del remate.
Para mayor información, consultar al Depositario Aduanero donde se
encuentren las mercancías y
A los interesados en las mercancías que necesiten permisos
(regulaciones no arancelarias) de otras dependencias gubernamentales, favor
presentar los mismos en el momento de la subasta.
Gerardo Bolaños Alvarado, Director General de
Aduanas.—VºBº Lic. Luis A. Salazar Herrera, Subgerente Aduana Central.—1
vez.—O. C. Nº 14473.—Solicitud Nº 34721.—C-31490.—(IN2012008921).
Detalle de mercancías que se rematarán en
pública subasta en forma individual en
Depositario Aduanero: DHL (Costa Rica) Sociedad Anónima.
Código: 202.
Cédula Jurídica: 3-101-009758-30.
Dirección:
Boleta Nº 692-202-2010: Consignatario: Monge Herrera Internacional.
Documento: 9064, Movimiento de inventario: 2005-755. Descripción: 1 cartón con
Televisor Toshiba
Boleta Nº 693-202-2010: Consignatario: Banco Banex. S. A. Documento:
18928. Movimiento de inventario: 2007-3533. Descripción: 15 bultos con
repuestos para equipo de aire acondicionado. Valor CIF $2.487,24. Precio Base:
¢178.098,68. Bultos: 15. Ubicación: Depositario Fiscal DHL. A-202.
Boleta Nº 694-202-2010: Consignatario: Ferreteria EPA S. A.
Documento: 7184, Movimiento de inventario: 2007-1642. Descripción: 1 carton con
ventilador de techo Designers, Ref 7861-4, de
Boleta Nº 695-202-2010: Consignatario: Almacén Uribe y Pagés S. A.
Documento: 15475. Movimiento de inventario: 2006-2987. Descripción: 1 cartón
con esmeril eléctrico con set de 120 piezas Master Mechanic, modelo HSS73493
MM. Valor CIF $2.252,41. Precio Base: ¢163.088,81. Bultos: 1. Ubicación:
Depositario Fiscal Depositario Fiscal DHL A-202.
Boleta Nº 696-202-2010: Consignatario: Banco Banex S. A. Documento:
10756246. Movimiento de inventario: 2007-1153. Descripción: 80 piezas con llantas
KUHMO y empaque para llantas. Valor CIF $5.956.78. Precio Base: ¢613.527,12.
Bultos: 80. Ubicación: Depositario Fiscal DHL A-202.
Boleta Nº 697-202-2010: Consignatario: Almacén Uribe y Pagés.
Documento17797, Movimiento de inventario: 2006-3043. Descripción: 1 cartón con
3 unidades reloj de pared Westclok Ref. 0549. Valor CIF $26,50. Precio Base:
¢4.117,35. Bultos: 1. Ubicación: Depositario Fiscal DHL A-202.
Boleta Nº 698-202-2010: Consignatario: Compañía Mercantil S. A.
Documento: 1145. Movimiento de inventario: 2007-544. Descripción: 2 unidades
llantas ROADIAN, ref. Nº P255/65R16 106T Y P255/65 R16 106S. Valor CIF $148,97.
Precio Base: ¢15.327,47. Bultos: 2. Ubicación: Depositario Fiscal DHL A-202.
Se informa que el costo por concepto de
bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no está incluido en la base
por lo tanto los interesados deberán entenderse directamente con el respectivo
Depositario Aduanero.
La subasta es pública, teniendo acceso cualquier particular con las
excepciones establecidas en el artículo 73, párrafo segundo de
Para ser postor es indispensable depositar mediante cheque certificado
a favor de
Las condiciones son estrictamente de contado, debiendo efectuarse el
pago al concretarse la venta.
Las mercancías podrán ser inspeccionadas dentro del plazo de tres días
previos a la realización del remate.
Para mayor información, consultar al Depositario Aduanero donde se
encuentren las mercancías y
A los interesados en las mercancías que necesiten permisos (regulaciones
no arancelarias) de otras dependencias gubernamentales, favor presentar los
mismos en el momento de la subasta.
Gerardo Bolaños Alvarado, Director General de
Aduanas.—VºBº Lic. Luis A. Salazar Herrera, Subgerente Aduana Central.—1
vez.—O. C. Nº 14473.—Solicitud Nº 34722.—C-31490.—(IN2012008922).
Detalle de mercancías que se rematarán en
pública subasta en forma individual en
Depositario Aduanero: Agrícola de Cartago S. A.
Código: 124.
Cédula Jurídica:
3-101-121992-06.
Dirección: Cartago,
Boleta Nº 285-124-2011: Consignatario: Talleres el Tirol S. A.
Documento: 27010886. Movimiento de inventario: 2007-1256. Descripción: 1 unidad
Vehículo usado marca Toyota Hilux 4WD-2.4-D, año 1986, diesel, color Blanco,
4WD, 4 puertas, 2400 cc, serie Nº LN65-0042384. Golpeado, doble cabina caja de
5ta.Valor Aduanero $ 547.77. Precio Base: ¢270010.44. Bultos: 1.
Ubicación: Depositario Fiscal Agrícola de Cartago S. A.
Se informa que el costo por concepto de
bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no está incluido en la base
por lo tanto los interesados deberán entenderse directamente con el respectivo
Depositario Aduanero.
La subasta es pública, teniendo acceso cualquier particular con las
excepciones establecidas en el artículo 73, párrafo segundo de
Para ser postor es indispensable depositar mediante cheque certificado
a favor de
Las condiciones son estrictamente de contado, debiendo efectuarse el
pago al concretarse la venta.
Las mercancías podrán ser inspeccionadas dentro del plazo de tres días
previos a la realización del remate.
Para mayor información, consultar al Depositario Aduanero donde se
encuentren las mercancías y
A los interesados en las mercancías que necesiten permisos
(regulaciones no arancelarias) de otras dependencias gubernamentales, favor
presentar los mismos en el momento de la subasta.
Gerardo Bolaños Alvarado, Director General de
Aduanas.—VºBº Lic. Luis Alberto Salazar Herrera, Subgerente Aduana Central.—1
vez.—O. C. Nº 14473.—Solicitud Nº 34718.—C-31490.—(IN2012008923).
Detalle de mercancías que se rematarán en
pública subasta en forma individual en
Depositario Aduanero: Quiros S. A.
Código: 106, cédula jurídica 3-101-058145-01.
Dirección: de Silvania
Boleta Nº 279-106-2011: Consignatario: Adrián Elizondo Serrano.
Documento: 62127. Movimiento de inventario: 2008-34237. Descripción: 1 pieza
vehículo usado marca Mercedes Benz S500, color negro, 4 puertas, sun roof,
transmisión automática, año 2001, 4966 cc, vidrios eléctricos, combustible
gasolina, 4x2, serie Nº WDBNG75J82A232367. Valor CIF $15.300,83. Precio Base:
¢6.584.453,19. Bultos: 1. Ubicación: Depositario Fiscal Quirós S. A.
Se informa que el costo por concepto de
bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no está incluido en la base
por lo tanto los interesados deberán entenderse directamente con el respectivo
Depositario Aduanero.
La subasta es pública, teniendo acceso cualquier particular con las
excepciones establecidas en el artículo 73, párrafo segundo de
Para ser postor es indispensable depositar mediante cheque certificado
a favor de
Las condiciones son estrictamente de contado, debiendo efectuarse el
pago al concretarse la venta.
Las mercancías podrán ser inspeccionadas dentro del plazo de tres días
previos a la realización del remate.
Para mayor información, consultar al Depositario Aduanero donde se
encuentren las mercancías y
A los interesados en las mercancías que necesiten permisos
(regulaciones no arancelarias) de otras dependencias gubernamentales, favor
presentar los mismos en el momento de la subasta.
Gerardo Bolaños Alvarado, Director General de
Aduanas.—VºBº Lic. Luis A. Salazar Herrera, Subgerente Aduana Central.—1 vez.—O.
C. Nº 14473.—Solicitud Nº 34719.—C-31490.—(IN2012008924).
AVISO
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Jaime Scout Davis, cédula 7-0027-0493,
comunica el extravío de las chequeras emitidas por el Banco Nacional de Costa
Rica, numeradas del 1921 al 2000, las cuales corresponden a la cuenta corriente
27957-0. Cualquier cheque que se emitiera de ese grupo carecería de todo valor
legal, por lo tanto quedaría nulo cualquier trámite que se hiciera con esas
numeraciones.
31 de enero del 2012.—Jaime Scott
Davis.—(IN2012007467).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
A la señora Marjorie Blandón Moreno, se le
comunica la resolución de este Despacho de las once horas del día dieciocho de
enero del año dos mil doce, ordenó la inclusión a tratamiento a
A la
señora Patricia Altamirano Bermúdez, cédula número tres-trescientos cuarenta y
seis-setecientos noventa y nueve, demás calidades y domicilio desconocidos por
esta oficina local, se le comunica la resolución número trece-dos mil doce de
las once horas del seis de enero de dos mil doce, que finaliza proceso especial
de protección que inició
A las
señoras Jackeline de los Ángeles Cornejo Hernández, cédula número uno-mil
doscientos cuarenta y nueve-quinientos catorce y Blanca Amelida Cornerjo
Hernández, cédula de residencia nicaragüense uno dos dos dos cero uno uno nueve
cuatro cero dos, ambas con otras calidades y domicilio desconocidos por esta
Oficina Local, se les comunica la resolución número doscientos ochenta y
cuatro-dos mil once, de las quince horas cincuenta minutos del seis de
diciembre de dos mil once, que finaliza proceso especial de protección que
inició
A:
Freddy Antonio Ortiz Pineda, Ronny Asdrúbal Ramírez Brenes y Martha Deyanira
Lara Petterson, se les comunica la resolución de este despacho de las 10:00
horas del 24 de enero del 2012, por medio de la cual se reubica a las personas
menores de edad Daisy Deyanira Ortiz Lara, Astrid Danhaya Ramírez Lara, en el
hogar solidario no subvencionado constituido por los señores Jorge Luis Morales
García y Rosario Alvarado Chacón. Recurso: Apelación. Plazo: dos días hábiles
siguientes al de la tercera publicación. Ante este Órgano Director. Se le
previene además, señalar lugar o medio para atender notificaciones futuras bajo
el apercibimiento de que si no lo hiciere, o si el lugar señalado fuere
impreciso o incierto, o si ya no existiere o fuera imposible la comunicación
electrónica por circunstancias no imputables a
Se le
comunica a la señora Alexa Porras Muñoz, la resolución de las diez horas
treinta minutos del veintiuno de diciembre del dos mil once, en la que resuelve
dictar medida de protección administrativa de cuido provisional en familia
sustituta en beneficio de la persona menor de edad Neonato Porras Muñoz,
ubicándola en el hogar de los señores Alexander Porras Cascantes y Joselin
Valverde Soto. Notifíquese lo anterior a la interesada, de conformidad con
Se
les comunica a los señores Aracelly del Carmen Aguinaga y Ulises René Fajardo Centeno,
la resolución de las quince horas treinta minutos del dos de noviembre del dos
mil once, en la que resuelve dictar resolución administrativa de depósito
administrativo en beneficio de la persona menor de edad Ana María Fajardo
Aguinaga, ubicándola en el hogar de los señores Ana Cecilia Ramírez Acosta y
Álvaro Enrique Arias Guzmán. Notifíquese lo anterior a la interesada, de
conformidad con
Se le
comunica al señor Cristian Ríos Pérez, la resolución de las diez horas treinta
minutos del diecisiete de enero del dos mil doce, en la que resuelve dictar
medida de protección administrativa de abrigo temporal en beneficio de la
persona menor de edad Cristel Ríos Lobo, ubicándola en un Albergue
Institucional. Notifíquese lo anterior a la interesada, de conformidad con
Se le
comunica al señor Miguel Ángel Quintero Hincapie, la resolución de las nueve
horas treinta minutos del once de noviembre del dos mil once, en la que
resuelve dictar medida de protección administrativa de cuido provisional en
familia sustituta en beneficio de las personas menores de edad Tefany Andrea y
Steven Jeydy ambos Quintero Moraga, ubicándolos en el hogar de la señora Rita
María Venegas García. Notifíquese lo anterior a la interesada, de conformidad
con
A:
Álvaro José Castillo Gutiérrez, se le comunica las resoluciones de este
despacho de las 12:00 horas del 23 de enero de 2012, por medio de la cual se
modifica
Se le comunica a Allain Leiva Barrios, la resolución de las trece horas y veinte minutos del veinticinco de enero de dos mil doce, mediante la cual se ubica a Absalón Leiva Mora al lado de Ana Mora Fernández. En contra de la presente resolución procede el recurso de apelación para ante el Superior en grado, dentro de un plazo de 48 horas, contados a partir de la tercera publicación del presente edicto. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificada con el sólo transcurso de 24 horas después de dictada. Expediente 112-000123-2004.—Oficina Local de Guadalupe, 26 de enero de 2012.—Lic. Roberto Marín A., Representante Legal.—(IN2012008239).
Se le
comunica formalmente a la señora Flor María Calvo Madrigal la resolución
administrativa de las nueve horas del día veintitrés de enero del dos mil doce,
mediante la cual se ordenó como medida especial de protección el cuido
provisional de su hija Andreína de los Ángeles Calderón Calvo, bajo la
responsabilidad de su tío paterno Douglas Ángel Calderón Montero y Ana Lucía
Montero Montero, por un plazo de seis meses máximo que vence el día veintitrés
de julio del dos mil doce. Se ordenó seguimiento psico-social de la
adolescente, la familia recurso y progenitor si muestra interés en reasumir la
persona menor de edad. Garantía de defensa: se le hace saber que tiene derecho
a hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho de su elección,
a tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo
concerniente existe en
INSTITUCIÓN
BENEMÉRITA
AVISO
Con fundamento en el Decreto Ejecutivo Nº
21384-S en su artículo 15, Reglamento para
CONCURSO
EXTERNO N° 01-2012
1. Misceláneo(a).
Requisitos:
• Primaria
completa.
• De
• Capacidad de negociación y toma de decisiones
• Medio tiempo
• Disponibilidad inmediata.
• Preferiblemente residir en la zona.
Los interesados (as) llevar oferta de trabajo
de forma personal en
Lissette Fernández Quirós, Alcaldesa
Municipal.—1 vez.—(IN2012008168).
CONCURSO
EXTERNO N° 02-2012
1. Asistente
Técnico de
Requisitos:
• Técnico
Medio o Bachiller en una carrera atinente al cargo
• De
• Capacidad de negociación y toma de decisiones.
• Manejo de paquetes de cómputo.
• Tiempo completo.
• Licencia B1.
• Capacidad de respuesta bajo presión.
• Disponibilidad inmediata.
• Preferiblemente residir en la zona.
Los interesados (as) llevar oferta de trabajo
de forma personal en
Para más información a los teléfonos
2532-2061 Ext. 114, 115 ó 116.
Lissette Fernández Quirós, Alcaldesa
Municipal.—1 vez.—(IN2012008169).
CONCURSO
EXTERNO N° 03-2012
1. Administrador
de Acueducto Municipal.
Requisitos:
• Diplomado
Universitario o Bachiller en Administración de Empresas o Contabilidad.
• De
• Incorporado al Colegio respectivo si lo requiere.
• Capacidad de negociación y toma de decisiones.
• Manejo de paquetes de cómputo
• Tiempo completo.
• Licencia B1.
• Capacidad de respuesta bajo presión.
• Disponibilidad inmediata.
• Preferiblemente residir en
la zona.
Los interesados (as) llevar oferta de trabajo
de forma personal en
Para más información a los teléfonos
2532-2061 Ext. 114, 115 ó 116.
Lissette Fernández Quirós, Alcaldesa
Municipal.—1 vez.—(IN2012008171).
DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMO TERRESTRE
El Departamento de Zona Marítima Terrestre de
Carmona de Nandayure, Guanacaste.—Adán
Venegas Chaves, Inspector de Zona Marítimo Terrestre.—1 vez.—(IN2012008293).
Administración Tributaria.—Lic. Carlos H.
Jiménez Rojas, Administrador.—1 vez.—RP2012276256.—(IN2012007992).
FARALLÓN DEL
COCO SOCIEDAD ANÓNIMA
Por este medio se convoca a los accionistas de la empresa Farallón del Coco
Sociedad Anónima a una asamblea extraordinaria de accionistas, a celebrarse a
las doce horas del día 24 de febrero del 2012, en las instalaciones del Bufete
Echeverría en Barrio Dent, 150 al sur del INEC. El punto a tratar es la
modificación del pacto social.—San José, 31 de enero del 2012.—Juan Antonio
Calero Jaén, Presidente—1 vez.—RP2012276551.—(IN2012008457).
FUNDACIÓN MUJER
Convocatoria asamblea ordinaria de Fundación Mujer
- 22 de febrero
Agenda:
1. Primera
convocatoria 8:00 a. m.
2. Segunda convocatoria 9:00 a. m.
3. Comprobación quórum.
4. Presentación informes generales.
5. Elección - ratificación representantes junta administrativa.
6. Varios asambleístas.
San José, 2 de febrero del 2012.—Lic. Zobeida Moya
Lacayo, Directora Ejecutiva.—1 vez.—(IN2012008966).
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
INVERSIONES
PINTO DEL CARIBE S. A.
Inversiones Pinto del Caribe S. A., cédula
jurídica 3-101-131406, solicita ante
CAÑA
DULCE SOCIEDAD ANÓNIMA
Para efectos del artículo 689 del Código de
Comercio, Caña Dulce S. A., hace saber a quien interese, que por haberse
extraviado al propietario, repondrá las acciones N°
CAÑERA
DEL NORTE S. A.
Para efectos del artículo 689 del Código de
Comercio, Cañera del Norte S. A., hace saber a quien interese, que por haberse
extraviado al propietario, repondrá las acciones N°
Para efectos del artículo 689 del Código de
Comercio,
CAÑERA
LOS LEONES SOCIEDAD ANÓNIMA
Para efectos del artículo 689 del Código de
Comercio, Cañera Los Leones S. A., hace saber a quien interese, que por haberse
extraviado al propietario, repondrá las acciones N°
SANTA
FE SOCIEDAD ANÓNIMA
Para efectos del artículo 689 del Código de
Comercio, Santa Fe S. A., hace saber a quien interese que por haberse
extraviado al propietario, repondrá las acciones números N°
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
UNIVERSIDAD
CATÓLICA DE COSTA RICA
El señor Burgos Mora Mario Alberto cédula
06-0347-0572 realizó la gestión pertinente para la reposición del título del
Bachillerato en Ciencias de
UNIVERSIDAD
DE SAN JOSÉ
Ante esta Rectoría, se ha presentado la
solicitud de reposición del Diploma de Licenciatura en Tecnología de Alimentos,
anotado por CONESUP en sus libros de actas, tomo: 53, folio: 63, Nº 4808,
emitido por
UNIVERSIDAD
DE LAS CIENCIAS
Y EL ARTE DE COSTA
RICA
Ante este Registro se ha presentado solicitud
de reposición de los títulos de Bachillerato y Licenciatura en Educación con
énfasis en Enseñanza de las Artes Plásticas, por causa de extravío, emitido por
UNIVERSIDAD
DE LAS CIENCIAS
Y EL ARTE DE COSTA
RICA
Ante este Registro se ha presentado solicitud
de reposición del título de Bachillerato en Diseño Publicitario, por causa de
extravío, emitido por
TECNOLOGÍAS B.M. COSTARRICO-CANADIENSE S. A.
Tecnologías B.M. Costarrico-Canadiense S. A.,
cédula de persona jurídica número 3-101-388.877, solicita ante
BANCO
CATHAY DE COSTA RICA S. A.
SUCURSAL
ROHRMOSER
La señora Atan Chan Ileana, cédula Nº 1-0899-
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
MUEBLES
ELEGANTE LIMITADA
Muebles Elegante Limitada, cédula jurídica
tres-ciento dos-ciento cincuenta y nueve mil seiscientos veintiséis, solicita
ante
LITTLE
DREAM SOCIEDAD ANÓNIMA
Por este, medio la señora Sandra Guevara
Mayorga, mayor, divorciada una vez, del hogar, con cédula de identidad número
cinco-doscientos doce-novecientos diecisiete y vecina de Playas del Coco,
Guanacaste, carretera a Ocotal, Condominio Little Dream, número cincuenta y
uno, por motivo de extravío solicita la reposición de las acciones números
cincuenta y uno y cincuenta y tres de la sociedad denominada Little Dream
Sociedad Anónima con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-trescientos noventa y cuatro mil ciento veintiséis, la cual se encuentra
debidamente inscrita en
JD
VILLA DEL TEPEYAC SOCIEDAD
DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA
JD Villa del Tepeyac Sociedad de
Responsabilidad Limitada, cedula jurídica 3-102-33188, domiciliada en Cartago
costado sur del Colegio San Luis Gonzaga, solicita ante
TEJADO EL LABRADOR
SOCIEDAD ANÓNIMA
La sociedad denominada Tejado El Labrador Sociedad Anónima, cédula
jurídica número 3-101-420047; solicita ante
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
ASOCIACIÓN DE
INTERNACIONAL DE
COSTA RICA
Yo Rónald William (nombres) Tucker Beaton
(apellidos), portador de la cédula de residencia costarricense número
112400112122, en mi condición de presidente de la junta directiva y
representante legal de
ASOCIACIÓN
NACIONAL DE ADMINISTRADORES
DE SALUD Y AFINES
DEL SEGURO SOCIAL
Yo, Vilma Campos Gómez, cédula de identidad
6-209-907, en condición de presidenta y representante legal de
La suscrita, Lic. Yendri Patricia Rojas
Pérez, hago constar que ante esta notaría, al ser las 19:00 horas del 31 de
enero del 2012, se constituyó Asesores de Informática y Salud Sociedad
Anónima.—Lic. Yendri Patricia Rojas Pérez, Notaria.—1 vez.—(IN2012008220).
Ante esta notaría, por escritura otorgada el
catorce de febrero de dos mil once, a las diez horas con treinta minutos, se
reformó la cláusula segunda del pacto constitutivo del domicilio social, de la
sociedad denominada Inversiones Arien H.B. Sociedad Anónima.—San José, a
las 10:30 horas del día 14 de febrero del 2011.—Lic. Nazira Cheves Aguilar,
Notaria.—1 vez.—(IN2012008221).
Ante esta notaría, por escritura otorgada el
catorce de febrero de dos mil once, a las diez horas, se reformó la cláusula quinta
del pacto constitutivo del capital social, de la sociedad denominada Inversiones
Arien H.B. Sociedad Anónima.—San José, a las 10:00 horas del día 14 de
febrero del 2011.—Lic. Nazira Cheves Aguilar, Notaria.—1 vez.—(IN2012008222).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, a
las nueve horas del día primero de febrero del dos mil doce, se protocolizó
acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada PDP
Ante esta notaría, se protocolizaron los
acuerdos de Vistas del Marazul Guanacaste M.G S. A., a las dieciocho
horas con treinta minutos del veinte de enero del dos mil doce. Reforma
cláusula novena: Serán representantes con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma el presidente y secretario. Podrán actuar
conjunta o separadamente. Para disposición de bienes deberá actuar únicamente
el presidente.—Lic. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—(IN2012008267).
Que en la asamblea extraordinaria de
accionistas de la sociedad Tamarindo Paradise Granate S. A., de las
12:30 del 8 de mayo del año dos mil once, se acordó reformar la cláusula del
domicilio.—25 de enero del 2012.—Lic. José Antonio Silva Meneses, Notario.—1
vez.—(IN2012008294).
Que en la asamblea extraordinaria de
accionistas de la sociedad HK Ola Linda S. A., de las 12:00 del 25 de
enero del año dos mil doce, se acordó reformar la cláusula del domicilio.—25 de
enero del 2012.—Lic. José Antonio Silva Meneses, Notario.—1
vez.—(IN2012008295).
Por escritura otorgada, ante el notario José
Antonio Silva Meneses, a las 10:30 horas del 19 de enero del 2011, se
constituyo la sociedad Crea Institute Costa Rica Education And Adventure
Limitada.—Tamarindo, ocho horas del 1º de enero del 2012.—Lic. José Silva
Meneses, Notario.—1 vez.—(IN2012008296).
Mediante escritura número treinta y ocho-
dos, otorgada el día 1º de febrero del 2012, ante el suscrito notario se
constituyó la sociedad Sercas Comunicación Sociedad de Responsabilidad
Limitada, con domicilio en la provincia de San José, cantón Tibás, Cuatro
Reinas, casa número 16-f. Plazo social: 1.112 años. La representación judicial
y extrajudicial de la sociedad recae sobre un Gerente. Capital: 10.000,00 colones.—San
José, primero de febrero del dos mil doce.—Lic. Michael Bruce Esquivel,
Notario.—1 vez.—(IN2012008301).
Ante la notaría del Lic. Ramón Guillermo
Fallas Mora, se constituyó la sociedad Ocracshe Sociedad Anónima, plazo
noventa y nueve años. Presidente y secretario con representación judicial y
extrajudicial con las facultades de apoderados generalísimos sin límite de
suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Aserrí, 30 de enero del
2012.—Lic. Ramón Guillermo Fallas Mora, Notario.—1 vez.—RP2012276441.—(IN2012008400).
Salerenaz del Sur Sociedad Anónima, acuerda su disolución. Escritura otorgada
en San José, a las catorce horas del treinta y uno de enero del año dos mil
doce, ante el notario: Humberto Jarquín Anchía.—Lic. Humberto Jarquín Anchía,
Notario.—1 vez.—RP2012276442.—(IN2012008401).
Por escritura número ochenta y uno, otorgada
ante las notarias públicas Irene Segnini Acosta y Carolina Ulate Zárate, a las
nueve horas del treinta de enero del año dos mil doce, se constituyó una
sociedad anónima, con un capital social de diez mil colones, su presidente es
el señor Cristian Sanabria Restrepo, cuya denominación social será el número de
cédula jurídica.—Heredia, treinta de enero del año dos mil doce.—Lic. Carolina
Ulate Zárate, Notario.—1 vez.—RP2012276443.—(IN2012008402).
Por escritura otorgada en San José, a las
diez horas del treinta y uno de enero del dos mil doce. Se constituye la
sociedad anónima cuyo nombre será Tajo Siete Colinas Sociedad Anónima.
Capital social de cien mil colones. Ante la notaria Karla Chaves Mejía. Es todo
en San José, al ser las trece horas del treinta y uno de enero del dos mil
doce.—Lic. Karla Chaves Mejía, Notaria.—1 vez.—RP2012276444.—(IN2012008403).
En San José, ante esta notaría, a las
diecisiete horas del treinta y uno de enero del dos mil doce, se protocolizó
actas de fusión de las sociedades denominadas Beitar Lemala S. A. y Moledet
S. A.—San José, 31 de enero del 2012.—Lic. Juan Carlos Bonilla
Portocarrero, Notario.—1 vez.—RP2012276445.—(IN2012008404).
Por protocolización del acta de asamblea
general extraordinaria, de las 17:00 horas del 27 de enero del 2012, se reformó
la cláusula 4ta del pacto constitutivo de Asesoría Global Enfocada a los
Negocios S. A.—San José, 27 de enero del 2012.—Lic. María Virginia Méndez
Ugalde, Notaria.—1 vez.—RP2012276447.—(IN2012008405).
Yo, debidamente autorizado protocolicé una
asamblea general de accionistas de la sociedad Unión Pecuaria de
Que por escritura otorgada en esta Notaría, se
reforma la cláusula primera del pacto constitutivo de la sociedad Piña
Orgánica Rojas Alfaro Sociedad Anónima para que se lea la sociedad se
denominará Inversiones Solís y Leiton Sociedad Anónima, que es nombre de
fantasía, pudiéndose abreviarse las dos últimas palabras S. A. Se nombra
presidente y tesorero.—Puntarenas, 1 de febrero del 2012.—Lic. Juan Elizondo
Aguilar, Notario.—1
vez.—RP2012276483.—(IN2012008422).
Conste que ante esta notaría hoy la sociedad Corporación
Azagra Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-
Ante esta notaria, mediante escritura número
doscientos treinta y tres, de las ocho horas del treinta y uno de enero de dos
mil doce, se reformo la cláusula cuarta del pacto constitutivo correspondiente
al plazo de la sociedad Gourmet To Go Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-quinientos veintiséis mil quinientos setenta y uno. Es
todo.—San José, treinta y uno de enero del año dos mil doce.—Lic. Magda
González Salas, Notaria.—1
vez.—RP2012276487.—(IN2012008424).
Ante esta notaria, mediante escritura número
doscientos treinta y dos, de las doce horas del veintisiete de enero de dos mil
doce, se reformo la cláusula quinta del pacto constitutivo correspondiente al
capital de la sociedad Nuevos Cycnos Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-quinientos noventa y cuatro mil diez. Es todo.—San José,
treinta y uno de enero del año dos mil doce.—Lic. Magda González Salas, Notaria.—1 vez.—RP2012276488.—(IN2012008425).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la
compañía denominada Keystone Diseño y Construcción Sociedad Anónima, su
plazo social es de noventa y nueve años, su capital se encuentra totalmente
suscrito y pagado, el presidente es el representante legal, con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 30 de enero del 2012.—Lic.
Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1
vez.—RP2012276492.—(IN2012008426).
Por escritura otorgada por el suscrito a las nueve
horas del diecisiete de enero del dos mil doce, se protocolizó asamblea
extraordinaria de asociados de la sociedad Hules Internacionales Hulinsa S.
A..—San José, treinta de enero del dos mil doce.—Lic. Jorge Mauricio
Chinchilla Chaves, Notario.—1
vez.—RP2012276493.—(IN2012008427).
Al ser las quince horas del veinte de enero del
dos mil doce se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios
de la entidad denominada Balaton Ferenc Sociedad Anónima. Se reforma
cláusula sexta y se nombra junta directiva, fiscal y agente residente.—Lic.
Allan Garro Navarro, Notario.—1
vez.—RP2012276494.—(IN2012008428).
Al ser las once horas del veintiocho de enero del
dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios
de la entidad denominada
Al ser las nueve horas del veintiocho de enero del
dos mil doce se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios
de la entidad denominada Punto Luminoso Sociedad Anónima, se nombra
junta directiva y fiscal, se reforman las cláusulas del domicilio y la
representación y se revoca poder.—Lic. Allan Garro Navarro, Notario.—1 vez.—RP2012276496.—(IN2012008430).
Al ser las ocho horas del veintiocho de enero del
dos mil doce se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios
de la entidad denominada Terra Luminosa Sociedad Anónima. Se nombra
junta directiva y fiscal, se reforman las cláusulas del domicilio y la
representación y se revoca poder.—Lic. Allan Garro Navarro, Notario.—1
vez.—RP2012276497.—(IN2012008431).
Yo, Marco Vinicio Chinchilla Sánchez, Notario
Público con oficina en Aguas Zarcas, debidamente autorizado, en escritura de
las nueve horas quince minutos del trece de enero del dos mil procedí a
protocolizar acta de la sociedad de esta plaza Alvarado Masís Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-nueve ocho uno. Acta número uno de
la asamblea extraordinaria de la sociedad denominada Alvarado Masís Sociedad
Anónima, en la que se tomaron los siguientes acuerdos: primero: se acuerda
reformar la cláusula segunda del pacto constitutivo para que adelante se lea
así: segunda: durará noventa y nueve años a partir de hoy.—Aguas Zarcas, 13 de
enero del 2012.—Lic. Marco Vinicio Chinchilla Sánchez, Notario.—1
vez.—RP2012276499.—(IN2012008432).
Ante mí, Victor Manuel Lobo Quirós, Notario
Público, se protocoliza asamblea extraordinaria de Lobo Plateado S. A. a
las doce horas del veintiséis de enero del dos mil doce, en la cual se acuerda
modificar la cláusula novena del pacto constitutivo.—San José, treinta y uno de
enero del dos mil doce.—Lic. Victor Manuel Lobo Quirós, Notario.—1
vez.—RP2012276500.—(IN2012008433).
Por escrituras de ocho horas y ocho horas quince
minutos de hoy, en esta ciudad protocolicé acta de asamblea de socios de Seguridad
Por escritura número sesenta y cuatro del tomo
sétimo de mi protocolo, otorgada en mi notaría a las diecinueve horas del
treinta y uno de enero del dos mil once, se protocoliza acta número tres:
asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Erlon Sociedad de
Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica tres-ciento dos-cinco tres
uno cero siete nueve, celebrada a las once horas del catorce de setiembre del
dos mil once. Entre los asuntos discutidos se acordó nombrar nuevo Gerente
Administrativo.—San José, el día treinta y uno de enero del dos mil doce.—Lic.
Luis Diego Herrera Elizondo, Notario.—1 vez.—RP2012276502.—(IN2012008435).
Ante esta notaría se modificó las cláusulas
segunda y junta directiva de la sociedad Margaritas de Invierno
Sociedad Anónima.—San José, 1º de febrero de 2012.—Lic. Sandra Arauz
Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2012276504.—(IN2012008436).
Ante esta notaría se modificó las cláusulas
segunda y junta directiva de la sociedad Montañas de Atenas
Sociedad Anónima.—San José, 1º de febrero de 2012.—Lic. Sandra Arauz
Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2012276505.—(IN2012008437).
La suscrita Notaria Jenny Patricia Reyes Durán,
protocoliza asamblea general extraordinaria, donde se realiza el cambio de la
junta directiva de
Hoy protocolicé acta de asamblea de accionistas de
Importadora Comercial Delmo S. A. mediante la cual se reforma la
cláusula segunda del pacto social.—San José, treinta y uno de enero del dos mil
doce.—Lic. Warner Porras Guzmán, Notario.—1 vez.—RP2012276510.—(IN2012008439).
Ante esta notaría, se reformó cláusula cuarta del
plazo social de la sociedad Distribuidora de Material Educativo para
Latinoamérica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-222472. Es todo.—San
José, 30 de enero de 2012.—Lic. Mireya Elizondo Valverde, Notaria.—1
vez.—RP2012276511.—(IN2012008440).
Que por escritura otorgada número dos, tomo dos,
ante esta Notaría, a las 12 horas del 27 de diciembre de 2011, se constituyó
sociedad anónima denominada V & E Sociedad Anónima. Capital social:
diez mil colones. Presidente: Junio Ricardo Villalta Bogantes.—San José, 27 de
diciembre del 2011.—Lic. Henry Sandoval Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2012276512.—(IN2012008441).
Mediante escritura número sesenta y siete de las
doce horas del treinta de enero del dos mil doce, se protocolizó en lo
conducente acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones
Catur Dica Limitada, donde se acuerda disolver de conformidad con el
artículo 201 inciso d) del Código de Comercio la sociedad.—San José, treinta de
enero del dos mil doce.—Lic. Roberto Carlo Castillo Araya, Notario.—1
vez.—RP2012276514.—(IN2012008442).
Ante la notaria Viviana Navarro Miranda, con
oficina abierta en San José, compareció Gladys Bertha Ponce Medina, portadora
de la cédula ocho-cero cero ocho seis-cero cuatro nueve cinco, constituye la
sociedad anónima Sinergia Verde G & P Sociedad Anónima,
a las catorce horas del treinta y uno de enero del dos mil doce.—Lic. Viviana
Navarro Miranda, Notaria.—1 vez.—RP2012276519.—(IN2012008443).
Por escritura 68 de las 9.00 horas del día
22-12-2012 ante esta Notaría se constituyó la sociedad denominada Hospital
Corporación Comercial Dos Hermanos del Este Sociedad Anónima, reforma
estatutos. Escritura otorgada en San José, a las 13 horas del 31 de enero del
2012.—Lic. Franklin Fernández Coles, Notario.—1
vez.—RP2012276524.—(IN2012008445).
Por escritura otorgada hoy ante mi, protocolicé
acta de asamblea general extraordinaria de socios de
Ante los Notarios Marta Cecilia Jiménez Chaves y
María del Rocío Arroyo Chaves, a las 16:00 horas de hoy, se constituyó la
sociedad Artecapi S. A. Capital: suscrito y pagado. Apoderado: el
presidente.—Belén, Heredia, 16 de setiembre de 2011.—Lic. María del Rocío
Arroyo Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2012276529.—(IN2012008447).
Ante los Notarios Marta C. Jiménez Chaves y Rocío
Arroyo Chaves, a las 14 00 horas de hoy, se constituye la sociedad Tamarindo
Security S. A. Capital suscrito y pagado. Apoderado el
presidente.—San Antonio de Belén, Heredia, 31 de enero del 2012.—Lic. María del
Rocío Arroyo Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2012276531.—(IN2012008448).
Ante esta notaría, a las 15:00 horas de hoy, se
constituyó la sociedad Translogistics Aduanal S. A. Capital:
suscrito y pagado. Apoderado: presidente.—San Antonio, Belén, Heredia, 2 de
enero, 2012.—Lic. María del Rocío Arroyo Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2012276532.—(IN2012008449).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a las
doce horas del treinta y uno de enero del dos mil doce, se protocolizó acta de
asamblea de socios de Charlove Sociedad Anónima, mediante la cual se
nombró nuevo fiscal.—Treinta y uno de enero del dos mil doce.—Lic. Marianella
Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—RP2012276533.—(IN2012008450).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a las
doce horas cuarenta minutos del treinta y uno de enero del dos mil doce, se
protocolizó acta de asamblea de socios de Subah Development Sociedad Anónima,
mediante la cual se nombró nuevo fiscal.—Treinta y uno de enero del dos mil
doce.—Lic. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1
vez.—RP2012276534.—(IN2012008451).
Por escritura número 67 otorgada ante el suscrito
Notario a las 8 horas del día 23 de diciembre del 2011 se constituyó Inversiones
Kim Jos Nan S. A. Capital social: 100.000 colones íntegramente
suscritos y pagado. Domicilio social: será en Siquirres,
Ante mí, Lic. Anthony Fernández Pacheco, por
escritura número ciento quince del tomo once de mi protocolo, de las veinte
horas del veinticinco de enero del dos mil doce, se constituyó la sociedad de
esta plaza Construmas Dos Mil Doce S. A., cuyo capital social quedo
suscrito y pagado, y en la junta directiva se nombró como presidente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma al señor Carlos Eduardo
Solano Jiménez.—Lic. Anthony Fernández Pacheco, Notario.—1
vez.—RP2012276538.—(IN2012008453).
Por escritura pública número doscientos sesenta y
siete-ocho, otorgada a las catorce horas del día veinte de enero del dos mil
doce, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas
de la sociedad denominada Madayme Sociedad Anónima, mediante le
cual se reforma la cláusula novena del pacto constitutivo de la empresa en
cuanto a la representación se refiere. Es todo.—Miramar, Montes de Oro,
Puntarenas, veinte de enero del dos mil doce.—Lic. Yesenia Villalobos Leitón,
Notaria.—1 vez.—RP2012276540.—(IN2012008454).
Por escritura otorgada ante mi a las 15:50 horas
del 30 de enero de 2012; se constituyó la sociedad: Shane Pierre Ltda.
Domicilio: San Ramón de Alajuela. Capital. Totalmente suscrito. Plazo. 99 años.
Representación: Un gerente y dos subgerentes con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma.—San Ramón de Alajuela, 31 de enero de
2012.—Lic. José Enrique Jiménez Bogantes, Notario.—1
vez.—RP2012276541.—(IN2012008455).
Ante mi notaría se realizó aumento de capital
social y cambio de acciones de la sociedad Oivatco Sociedad Anónima.
Escritura número trescientos dos iniciada al folio ciento nueve frente del tomo
sexto del suscrito notario.—Lic. Jorge Eduardo Morales Fernández, Notario.—1
vez.—RP2012276544.—(IN2012008456).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas
del quince de diciembre del año dos mil once se constituyó Hermanos Jenkins
Monge S. A. Plazo: noventa y nueve años: Capital social: cien mil colones.
Domicilio: San José, Desamparados.—San Pedro de Montes de Oca, treinta y uno de
enero del año dos mil doce.—Lic. Juan José, Echeverría Brealey, Notario.—1
vez.—RP2012276552.—(IN2012008458).
Que Outsoursing Work System Group Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101- 613779, modificó su nombre a Outsourcing
Work System Group Sociedad Anónima.—Moravia, 1º de febrero del 2012.—Lic.
Ileana Palma Porras, Notaria.—1 vez.—RP2012276555.—(IN2012008459).
Hoy protocolicé acuerdos de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de
A las 8 horas del 1º de julio de 2008, se
modifican cláusulas de la empresa Lanzar del Lago S. A., cédula
3-101-503262, serán la cláusulas primera del nombre, se llamará en adelante Sanga
S.A., segunda del domicilio: será: avenidas 0 y 8, calle 33, número 677 y
sexta de la administración: será administrada y representada por una junta
directiva, presidente, secretario y tesorero.—San José, 1º de Febrero del
2012.—Lic. Yaroly Cole Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2012276557.—(IN2012008461).
Hoy protocolicé acuerdos de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de Inmobiliaria Sonia Sociedad
Anónima, mediante la que se reforma la cláusula cuarta del pacto
social.—San José, veinticuatro de enero del dos mil doce.—Lic. Rosibel
Chavarría Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012276558.—(IN2012008462).
Por escritura otorgada ante mí, a las 20:00 horas
del 30 de enero del 2012, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de Hacqnin
S. A., nombrándose tesorero de la junta directiva.—San José, 30 de enero
del 2012.—Lic. Allan Valverde Vargas, Notario.—1
vez.—RP2012276563.—(IN2012008463).
Por escritura otorgada ante mí, a las 19:30 horas
del 31 de enero del 2012, se constituyó la sociedad denominada: Soluciones
MYA S. A., siendo el presidente, secretario y tesorero con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo: 100 años. Capital social:
veinte mil colones.—San José, 31 de enero del 2012.—Lic. Allan Valverde Vargas,
Notario.—1 vez.—RP2012276564.—(IN2012008464).
Por escritura otorgada ante mí, a las 21:30 horas
del 30 de enero del 2012, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de Condominio
Por escritura otorgada ante mí, a las 21:00 horas
del 30 de enero del 2012, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de Condominio
Por escritura otorgada ante mí, a las 20:30 horas
del 30 de enero del 2012, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de Lashakka
S. A., nombrándose presidente y secretario de la junta directiva.—San José,
30 de enero del 2012.—Lic. Allan Valverde Vargas, Notario.—1
vez.—RP2012276568.—(IN2012008467).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día 27
de enero del
Ante mí, se constituyó Mesava del Alto S. A.,
capital suscrito y pagado, plazo: 99 años.—San José, 27 de enero de 2012.—Lic.
José Ramón Sibaja Montero, Notario.—1 vez.—RP2012276570.—(IN2012008469).
Ante esta notaría por escritura otorgada a las
nueve horas treinta minutos del día primero de febrero del dos mil doce, donde
se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada 3-102-642022
srl. Donde se acuerda modificar las cláusulas primera y novena de los
estatutos.—San José, primero de febrero del dos mil doce.—Lic. Magally María
Guadamúz García, Notaria.—1 vez.—RP2012276571.—(IN2012008470).
Ante mí, se constituyó Asa Soluciones S. A.,
capital suscrito y pagado, plazo 99 años.—San José, 2 de enero de 2012.—Lic.
José Ramón Sibaja Montero, Notario.—1 vez.—RP2012276572.—(IN2012008471).
Ante mí, se constituyó Chavin Restaurantes S.
A., capital suscrito y pagado, plazo 99 años.—San José, 2 de enero de
2012.—Lic. José Ramón Sibaja Montero, Notario.—1
vez.—RP2012276574.—(IN2012008472).
El suscrito notario da fe de que en esta notaría
se protocolizó la constitución de la sociedad denominada Jevaju Limitada.
Escritura otorgada ante esta notaría a las doce horas del treinta y uno de
enero del año dos mil doce. Gerente y subgerente con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma. Es todo.—San José, a las trece horas del
treinta y uno de enero del año dos mil doce.—Lic. Jorge Alfredo Calvo Cascante,
Notario.—1 vez.—RP2012276575.—(IN2012008473).
Por asamblea de accionistas de tres-ciento
uno-seiscientos nueve mil cuatrocientos ocho sociedad anónima, celebrada el
once de agosto del dos mil once, acta protocolizada en esta notaría a las siete
horas treinta minutos del primero de febrero del dos mil doce, se modificó la
cláusula primera de los estatutos con lo cual se denominará BR Dos Educación
Sociedad Anónima. Asimismo se modifica el domicilio, la junta directiva, y
se nombra nuevos miembros y fiscal.—San José, primero de febrero del dos mil
doce.—Lic. María Emilia Chacón González, Notaria.—1
vez.—RP2012276576.—(IN2012008474).
A las 13:00 horas del día de hoy se modificó la
cláusula tercera del plazo de la empresa Reparaciones y Mantenimiento Caribe
S. A., cédula jurídica 3-101-438389.—San José, 12 de diciembre del
2011.—Lic. German Vega Ugalde, Notario.—1 vez.—RP2012276578.—(IN2012008475).
Por escritura número noventa y siete otorgada en
San José, a las nueve horas del primero de febrero del dos mil doce, se
protocoliza acuerdo de asamblea general extraordinaria de Nosara Kids
Learning Center Sociedad Anónima, el cual modifica la cláusula cuarta del
pacto constitutivo.—Lic. Max Fernández López, Notario.—1
vez.—RP2012276579.—(IN2012008476).
Por escritura otorgada ante mí a las 8:00 horas
del 17 de enero del 2012, se constituye una sociedad denominada G.S. Real
Estate Investments S.O.L.O. Limitada, la cual es nombre de fantasía.
Domicilio en San José, República de Costa Rica, Escazú, del restaurante
por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas
del 25 de enero del 2012, se constituye una sociedad denominada Multiservicios
Forestales de Costa Rica Sociedad Anónima, la cual es de nombre de
fantasía. Domicilio en San José, República de Costa Rica, Alajuela, San Carlos,
Pocosol,
Por escritura otorgada ante esta notaría a las
doce horas y treinta minutos del treinta de enero del dos mil doce, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
compañía Merico Entertainment Sociedad Anónima, se reformó la cláusula
segunda del pacto social.—San José, 1º de enero del 2012.—Lic. Dirk Niehaus
Meinert, Notario.—1 vez.—RP2012276585.—(IN2012008479).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José,
al ser las diez horas del día treinta de enero del dos mil doce, se constituyó
la sociedad denominada Taller Automotriz las Dos C. Sociedad Anónima.—Lic.
José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012276590.—(IN2012008480).
En esta notaría se protocolizó acta general
ordinaria y extraordinaria de la sociedad Modificador de Motores de Cartago
S. A., cédula jurídica 3-101-582418, en la cual se modificó la junta
directiva.—San José, 1º de febrero de 2012.—Lic. Giselle Solórzano Guillén, Notaria.—1
vez.—RP2012276591.—(IN2012008481).
En esta notaría se protocolizó acta general
ordinaria y extraordinaria de la sociedad Warovky S. A., cédula jurídica
3-101-419824, en la cual se modificó la cláusula octava del pacto social,
modificando la representación de la sociedad.—San José, 1º de febrero de
2012.—Lic. Giselle Solórzano Guillén, Notaria.—1
vez.—RP2012276594.—(IN2012008482).
Mediante escritura por mí, otorgada en San José el
veintitrés de enero del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de Jorge Arturo Castro H y Asociados S. A.,
en donde se modificó la cláusula primera del pacto constitutivo cambiando su
nombre a SQL Experts S. A., y la cláusula segunda cambiando el
domicilio, se nombró nuevo presidente, secretaria, tesorero y fiscal.—Lic.
Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1 vez.—RP2012276604.—(IN2012008483).
Por escritura número doscientos treinta y
seis-dos, otorgada el día de ayer, por el suscrito notario se protocoliza el
acta número uno de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones
Por escritura otorgada ante la notaría del
Lic. Danilo Vargas Sancho, número 138 de las 15 horas del 20 de diciembre del
año 2011, se revocan los cargos de presidente y tesorero y en su lugar se
nombran a, Maureen Alejandra González Lange como presidenta y a Elizabeth
Artavia Doñas como tesorera actuar en conjunto.—San Rafael de Guápiles, 30 de
diciembre del 2011.—Lic. Danilo Vargas Sancho, Notario.—1
vez.—RP2012276608.—(IN2012008485).
Ante esta notaría, a las dieciséis horas del
treinta y uno de enero del dos mil doce, se modifica el artículo decimotercero
del pacto constitutivo de la sociedad denominada Banco General (Costa Rica)
Sociedad Anónima.—San José, primero de febrero del dos mil doce.—Lic.
Douglas Soto Campos, Notario.—1 vez.—RP2012276609.—(IN2012008486).
Se cambia la razón social, de Cencere
Lauka Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-cuatrocientos treinta
y tres mil, ochocientos treinta y tres, al nombre, Aime Maternidad Sociedad
Anónima, mediante escritura número doscientos uno, otorgada ante
Por escritura autorizada en mi Notaría, a las
8:30 horas del 01 de febrero 2012, se protocolizó acta de asamblea de socios de
Interpost de Costa Rica S. A., en la que se modifica cláusula, tercera,
sétima, se nombra junta directiva y agente residente.—San José, 01 de febrero
del 2012.—Lic. Manuel Enrique Zúñiga Urrutia, Notario.—1
vez.—RP2012276612.—(IN2012008488).
Comparecieron a esta Notaría Isabel Adriana Gutiérrez
Montes, de nacionalidad de Colombia mayor, soltera, doctora en Sociología
Rural, vecina de Cartago, Turrialba, Santa Cruz, Barrio el Carmen, número de
pasaporte de Colombia C C tres uno cuatro seis nueve tres cuatro cero, Viviana
Sánchez Chaves, mayor, divorciada, administradora, vecina de San José, Montes
de Oca Barrio Rosales, cédula seis-ciento ochenta y seis-trescientos, para
constituir la sociedad Anónima Coersa Soluciones Balanceadas Sociedad
Anónima. Dicha sociedad fue constituida a las 8:00 horas del día 25 de
enero del año 2012 por el Notario Gerardo Quesada Monge, en escritura número
380-22 del tomo 22 de su protocolo.—San José, 2 de febrero del 2012.—Lic.
Gerardo Quesada Monge, Notario.—1 vez.—RP2012276618.—(IN2012008489).
Hoy protocolicé acta de asambleas generales
extraordinarias de Aludel Limitada y cédula jurídica tres-ciento
uno-doscientos dieciocho seiscientos siete reforma la cláusula tercera de los
estatutos.—San José, dieciocho de enero del dos mil doce.—Marlon Gerardo Gómez
Pizarro, Notario.—1 vez.—RP2012276627.—(IN2012008490).
Ante esta notaría se constituyó sociedad
anónima denominada Estructuras Rebram Sociedad Anónima. Presidente:
Edward Ramón Mora Ulloa.—San José, primero de febrero del dos mil doce.—Lic.
Manuel Enrique Campos.—1 vez.—RP2012276629.—(IN2012008491).
Mediante escritura número cincuenta y uno de
las diecisiete horas del treinta de enero de dos mil doce, se constituye la
sociedad Registrum Sociedad Anónima.—Lic. Adilia Salas Bolaños,
Notaria.—1 vez.—RP2012276630.—(IN2012008492).
Por escritura otorgada en esta Notaría, a las
doce horas de esta fecha protocolizo acta de asamblea de la sociedad Borinca
S. A., mediante la cual se reforma la cláusula VII de los estatutos.—San
José, 27 de enero del 2012.—Lic. Frank Vázquez Arias, Notario.—1
vez.—RP2012276632.—(IN2012008493).
Constitución Uno Uno Uno Grúas San José
Sociedad Anónima, con domicilio social en San José, avenida veintiséis,
calle diecisiete, exactamente en Plaza Víquez, del Pipiolo, doscientos metros
al sur, al frente de
Luis Fernando Aguilar Oses, Notario Público
domiciliado en San José, deja constancia que mediante escritura número:
doscientos cincuenta y siete-cuatro; visible al folio: ciento noventa, frente
del tomo cuarto de su protocolo se nombró nueva junta directiva y se modificó
la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad denominada: Goguen
Internacional Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica: tres-ciento
uno-doscientos sesenta y siete mil setecientos.—San José, 30 de enero del
2012.—Lic. Luis Fernando Aguilar Oses, Notario.—1
vez.—RP2012276634.—(IN2012008495).
Por escritura otorgada ante mí, en fecha de
hoy, se constituyó empresa denominada Los Primos Sociedad Anónima.
Domicilio social: ciento cincuenta metros oeste del salón comunal de Bolson,
distrito segundo de Santa Cruz, cantón tercero de la provincia de Guanacaste.
Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: cinco mil colones. Objeto:
el ejercicio en general del comercio, industria, transporte, la construcción,
turismo, agricultura, importaciones y exportaciones.—Filadelfia, Guanacaste,
veintisiete de enero del dos mil doce.—Licda. Ana María Vargas Moya, Notaria.—1
vez.—RP2012276635.—(IN2012008496).
Yo, la suscrita Notaria Pública Xinia Arias
Naranjo hago constar y doy fe que ante esta notaría, se modificó el pacto
constitutivo de las siguientes sociedades: Noches Junto al Mar S. A. y Tropical
Heat Of The Pacific S. A., ambas con domicilio en Ojochal, Osa, Puntarenas,
ciento cincuenta metros al este del hotel Villas Gaia.—Ciudad Cortés, Osa,
Puntarenas, treinta de enero de dos mil doce.—Lic. Xinia María Arias Naranjo,
Notaria.—1 vez.—RP2012276636.—(IN2012008497).
Ante mi Notaría se constituyó a las catorce
horas del sábado tres de diciembre último
Ante mi Notaría se constituyó a las quince
horas treinta minutos del sábado tres de diciembre último
Por escritura otorgada hoy ante esta Notaría,
a las 10:00 horas, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
socios de
Por escritura otorgada hoy, ante esta
Notaria, a las 15:00 horas, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de socios de, Paraná Pacífico S. A., en la que se
reforman estatutos y se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente
residente.—San José, 31 de enero del 2012.—Lic. Ingrid Reischfleger Montero,
Notaria.—1 vez.—RP2012276643.—(IN2012008501).
Adriana Barboza Gamboa, hace saber que
mediante escritura N° 175, otorgada en
Por escritura otorgada en esta Notaría, a las
nueve horas del veinte de enero del dos mil doce, se modificó el pacto social
de Representaciones Exclusivas Castro Sociedad Anónima, con cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y cinco mil doscientos
sesenta y ocho. Se modificó: 1. Cláusula cuarta. Plazo: veintiuno de julio de
mil novecientos noventa y cuatro al treinta de marzo del dos mil doce. 2) Se
acuerda, vencido el plazo, la disolución de la empresa.—San José, 26 de enero
del 2012.—Lic. Yurly Alguera Martínez, Notario.—1
vez.—RP2012276645.—(IN2012008503).
Ante esta notaría se presenta Esteban
Xirinachs Jiménez, a protocolizar acta de asamblea de la sociedad Original
Braunvieh de Costa Rica S. A., mediante la cual se modifica la
representación de la sociedad, correspondiendo la representación judicial y
extrajudicial al presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma, se acepta la renuncia del actual presidente y se nombra nuevo
presidente.—San José, 2 de febrero del 2012.—Lic. Ricardo Torres Artavia,
Notario.—1 vez.—RP2012276646.—(IN2012008504).
Por escritura otorgada en esta Notaría, a las
diecisiete horas quince minutos del dieciocho de enero del dos mil doce, se modificó
el pacto social de Planes Comerciales T R A Velclub Sociedad Anónima,
con cedula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta y tres
mil doscientos cuarenta y seis. Se modificó: 1. Cláusula cuarta. Plazo: doce de
agosto del año mil novecientos noventa y tres al dieciocho de marzo del dos mil
doce. 2) Se acuerda, vencido el plazo, la disolución de la empresa.—San José,
26 de enero del 2012.—Lic. Yurly Alguera Martínez, Notario.—1
vez.—RP2012276647.—(IN2012008505).
Por escritura otorgada en esta Notaría, a las
nueve horas y quince minutos del diecinueve de enero del dos mil doce, se
modificó el pacto social de Seda Servicios Automotrices del Este Sociedad
Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos
sesenta y cinco mil setecientos ochenta y dos. Se modificó: l. Cláusula cuarta.
Plazo: veintisiete de marzo del año dos mil al veintiocho de marzo del dos mil
doce. 2) Se acuerda, vencido el plazo, la disolución de la empresa.—San José,
26 de enero del 2012.—Lic. Yurly Alguera Martínez, Notario.—1
vez.—RP2012276648.—(IN2012008506).
Por escritura otorgada en esta Notaría, a las
diez horas y quince minutos del diecinueve de enero del dos mil doce, se
modifico el pacto social de Terranova Joven Sociedad Anónima, con cédula
de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cinco mil treinta y
cuatro. Se modificó: 1) Cláusula cuarta. Plazo: del diez de marzo del dos mil
cinco al veinticinco de marzo del dos mil doce. 2) Se acuerda, vencido el
plazo, la disolución de la empresa.—San José, 26 de enero del 2012.—Lic. Yurly
Alguera Martínez, Notario.—1 vez.—RP2012276649.—(IN2012008507).
Ante esta notaría se constituyó la empresa Retivesa
Sociedad Anónima, otorgada por escritura número 84-9 de las 7:00 horas del
31 de enero del 2012, tomo 9 de mi protocolo.—San José, 01 de febrero del
2012.—Lic. Óscar Eddy Trejos Monge, Notario.—1
vez.—RP2012276650.—(IN2012008508).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las
trece horas y quince minutos del veinte de enero del dos mil doce, se modificó
el Pacto Social de Terranova Grupos y Convensiones Sociedad Anónima con
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa y ocho
mil seiscientos setenta y nueve. Se modificó: 1. Cláusula cuarta, Plazo: del
diez de marzo del dos mil cinco al veinticinco de marzo del dos mil doce. 2) Se
acuerda, vencido el plazo, la disolución de la empresa.—San José, 26 de enero
del 2012. Lic. Yurly Alguera Martínez, Notario.—1
vez.—RP2012276651.—(IN2012008509).
Por escritura otorgada, a las 10:00 horas del
30 de enero del 2012, se reforma la cláusula tercera y se nombra nueva junta
directiva de Mezogiorno S. A. Presidente: Shun Sheng Lan.—San José,
treinta y uno de enero del dos mil doce.—Lic. Julio Rojas Paniagua, Notario.—1
vez.—RP2012276652.—(IN2012008510).
Por escritura número ciento tres, de las
trece horas del veintiuno de diciembre del año dos mil once, se protocoliza
acta número tres, modificación de estatuto y otros de Construcciones e
Inspecciones Borge Castro S. A., cedula de persona jurídica número
3-101-343121.—San Diego, 21 de diciembre del 2011.—Licda. Marjorie Poveda
Vargas, Notaria.—1 vez.—RP201227653.—(IN2012008511).
Ante esta notaría el día dieciséis de enero del
dos mil doce se constituyó la sociedad denominada Panaderías de Monte Verde
R&C S. A. Capital social: diez
mil colones. Presidente: Ramiro Jiménez Solís. Domiciliada en Monteverde
de Puntarenas.—Lic. Javier González Loría, Notario.—1
vez.—RP20128512.—(IN2012008512).
Por escritura pública 301-17, otorgada ante
mi notaría, a las 18:00 horas del 31 de enero del 2012, se protocolizó acuerdos
de Alfil Selecto S. A., mediante los cuales se modifica Estatutos y se
nombra junta directiva y fiscal por resto de plazo social. Presidente: José
Joaquín Paniagua Luna.—San José, 31 de enero del 2012.—Lic. Ricardo Villalobos
González, Notario.—1 vez.—RP2012276655.—(IN2012008513).
Por escritura pública 300-17, otorgada ante mi notaría, a las 17:00 horas del 31 de enero del 2012, se protocolizó acuerdos de Inversiones Cayena S. A., mediante los cuales se modifica Estatutos y se nombra junta directiva y fiscal por resto de plazo social. Presidente: Jonathan Madrigal Blanco.—San José, 31 de enero del 2012.—Lic. Ricardo Villalobos González, Notario.—1 vez.—RP2012276656.—(IN2012008514).
Ante la suscrita notaria María de los Ángeles Angulo Gómez los señores José Andrés Solano Alvarado cédula 1-1279-756 y la señora Asenat María Cabrera Masis cédula 1-1293-557 constituyeron una sociedad anónima denominada Condominio Vertical Residencial Rosa Antigua Sociedad de Responsabilidad Limitada con un capital social de un millón de colones exactos.—Lic. María de los Ángeles Angulo Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2012276657.—(IN2012008515).
Por escritura otorgada ante mí, al ser las 12 horas del 1 de febrero de 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento uno-quinientos setenta y seis mil trescientos noventa y cinco sociedad anónima, cédula jurídica con la misma numeración del nombre, donde: Se revoca el nombramiento de toda la junta directiva y el fiscal y se nombran nuevos. Se reforman las cláusulas: 2, 5, 7, 9, del pacto constitutivo.—San José, al ser las 12 horas 30 minutos del 1 de febrero de 2012.—Lic. Sergio Gerardo Ugalde Godinez, Notario.—1 vez.—RP2012276658.—(IN2012008516).
Mediante escritura autorizada por mí, a las dieciocho horas del treinta de enero de dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria celebrada por los accionistas de Osmótica Costa Rica Sociedad Anónima (la “Compañía”), de esta plaza, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos nueve mil quinientos ochenta y uno; mediante la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, primero de febrero de dos mil doce.—Lic. Ricardo Alberto Güell Peña, Notario.—1 vez.—RP2012276670.—(IN2012008517).
Por escritura pública otorgada ante el Notario Héctor Fallas Vargas, en San José, a las 9:00 horas del primero de febrero del dos mil doce. Se protocolizo acta de la sociedad Grupo Thunderbird de Costa Rica S. A. Donde se acordó modificar la cláusula quinta del capital social.—San José, primero de febrero del dos mil doce.—Lic. Héctor Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012276671.—(IN2012008518).
Por escritura pública otorgada ante el Notario Héctor Fallas Vargas, en San José, a las 9 horas 30 minutos del primero de febrero del dos mil doce. Se protocolizo acta de la sociedad Thunderbird Gran Entretenimiento de Costa Rica S. A.. Donde se acordó modificar la cláusula quinta del capital social.—San José, primero de febrero del dos mil doce.—Lic. Héctor Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012276672.—(IN2012008519).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario Adrián Lizano Pacheco a las 14:00 horas del día 19 de enero del 2011 se constituyó una sociedad anónima, la cual tendrá por razón social Kata Yuta Sociedad Anónima. Domicilio social: San José, Tibás, de Antojitos trescientos metros oeste, Condominio Casa Mía. Capital social: Sesenta mil colones. Plazo: Noventa y nueve años. Representada por una junta directiva compuesta por presidente, secretario y tesorero. El presidente y el secretario tendrán facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente.—San José, 30 de enero de 2012.—Lic. Adrián Lizano Pacheco, Notario—1 vez.—RP2012276673.—(IN2012008520).
Por escritura otorgada por el suscrito notario Omar Jalil Ayales Aden a las catorce horas y treinta minutos del día doce de enero del dos mil doce protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada 3-102-649324 S. R. L., que en adelante se denominará Green Geothermal S.R.L., donde se establece la reforma de las cláusulas primera y sexta de su pacto constitutivo, así como revocatorias y nombramientos en la administración de la sociedad.—Playas del Coco, doce de enero del dos mil doce.—Lic. Omar Ayales Aden, Notario.—1 vez.—RP2012276674.—(IN2012008521).
En escrituras 213,296,264, visibles a folios 96 vuelto,186 vuelto, 116 vuelto, respectivamente del tomo 2 del notario Waldir Valerín Telles, se protocolizaron actas de asambleas general extraordinarias de las sociedades 3-101-604774 S. A., 3-102-489751 Ltd y constitución de Bigotes Internacional Quepos S. A. Es todo.—San José, 1 de enero del 2012.—Lic. Henry Manuel Gómez Pineda, Notario.—1 vez.—RP2012276675.—(IN201208522).
Por escritura otorgada por el suscrito notario Omar Jalil Ayales Aden a las diecisiete horas del día diecinueve de enero del dos mil doce protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Big Papi Investments AT Guanacaste S.R.L., donde se establece la reforma de la cláusula segunda de su pacto constitutivo, así como revocatorias y nombramientos en la administración de la sociedad.—Playas del Coco, diecinueve de enero del dos mil doce.—Lic. Omar Ayales Aden. Notario.—1 vez.—RP2012276676.—(IN2012008523).
Por escritura otorgada por el suscrito notario Omar Jalil Ayales Aden a las once horas del día diecinueve de enero del dos mil doce protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Better Be Safe Than Sorry S.R.L., donde se establece la reforma de las cláusulas segunda y sexta de su pacto constitutivo, así como revocatorias y nombramientos en la administración de la sociedad.—Playas del Coco, diecinueve de enero del dos mil doce.—Lic. Omar Ayales Aden, Notario.—1 vez.—RP2012276677.—(IN2012008524).
Por escritura otorgada ante mí notaría a las 15:00 horas del 16 de enero del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Progreso y Naturaleza Pronat Consultores Ambientales S. A., en la que se modifica la cláusula primera del pacto constitutivo y se nombra junta directiva.—San José, 18 de enero del 2012.—Lic. William Santamaría Monge, Notario.—1 vez.—RP2012276678.—(IN2012008525).
Por escritura otorgada por el suscrito notario Omar Jalil Ayales Aden, a las dieciséis horas del día diecisiete de enero del dos mil doce, protocolicé acuerdos de asamblea general’ extraordinaria de socios de la sociedad denominada 3-102-649325 s.r.l., donde se establece la reforma de la cláusula sexta de su pacto constitutivo, así como revocatorias y nombramientos en la administración de la sociedad.—Playas del Coco, diecisiete de enero del dos mil doce.—Lic. Omar Ayales Aden, Notario.—1 vez.—RP2012276679.—(IN2012008526).
Mediante la escritura cincuenta y ocho del tomo octavo de mi protocolo, se constituyó una sociedad cuya razón social es Minuu Sociedad Anónima. Escritura otorgada al ser las diez horas del día uno de enero de dos mil doce. Sr. Nombre: Hooshidar, apellido: Eshraghi, presidente.—Lic. Julio Antonio Morúa Martínez, Notario.—1 vez.—RP2012276681.—(IN2012008527).
Por
escritura otorgada en mi notaría a las diez horas del día hoy, protocolicé acta
de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compaña: Inversiones
Mediante
escritura número 133 del tomo 12 de mi protocolo, se protocolizó acta de
Por escritura otorgada hoy ante esta notaría, la empresa Bookstore Sociedad Anónima, modifica la cláusula quinta del pacto social.—San José, primero de febrero del dos mil doce.—Lic. Rita María Calvo González, Notaria.—1 vez.—(IN2012008534).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del día veintiséis de enero del dos mil doce comparecieron Ernesto Artiñano Odio, Ileana Pacheco Jiménez, Ernesto Artiñano Pacheco, Andrea Artiñano Pacheco y Sebastián Artiñano Pacheco para constituir las siguientes tres sociedades anónimas: Alimentos Asturias de Centroamérica AAC S. A., Asturias Importaciones del Mundo AIM S. A., Grupo Asturias de Centroamérica GAC S.A.—San José, treinta de enero del dos mil doce.—Lic. Mario Arturo Pacheco Coronado, Notario.—1 vez.—(IN2012008539).
Por escritura otorgada ante mí, a las 13:00 horas del 13 de enero del 2012, protocolicé asamblea extraordinaria de socios de la sociedad: SKSU del Cero Ocho S. A., se nombra secretario y tesorero.—Lic. Ruhal Barrientos Saborío, Notario.—1 vez.—(IN2012008547).
El suscrito notario da fe que por escritura otorgada ante mí, a las once horas treinta y cinco minutos del treinta y uno de enero del año dos mil once, protocolicé en lo literal acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Pineda Reyes y Compañía S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos treinta y cinco mil ochocientos cuarenta, mediante la cual se reforma la cláusula primera del nombre, siendo su nuevo nombre Pineda Ureña y Asociados S. A.; novena de la administración y décima: de la representación del pacto constitutivo.—San José, primero de febrero del dos mil once.—Lic. Laura Bonilla Herrero, Notaria.—1 vez.—(IN2012008553).
Por escritura número treinta y dos-tres, otorgada ante la notaria Cristina Solís Víquez, a las diecisiete horas treinta minutos del veinticinco de enero del dos mil doce, donde Larry Allen Schooler y Ivan Cooke constituyen una sociedad anónima que se denominará Vista de Sueños Development Company Sociedad Anónima.—San José, primero de febrero de 2012.—Lic. Cristina Solís Víquez, Notaria.—1 vez.—(IN2012008559).
Por escritura número doscientos noventa-cinco, en Palmares de Alajuela, al ser las trece horas del día veinticinco de enero del dos mil doce, ante esta notaría se procedió a protocolizar acta donde se modifica la cláusula novena de los estatutos de la sociedad anónima denominada: Inmobiliaria Ranmasal S Y V Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-trescientos noventa y cinco mil quinientos cuarenta y uno.—San José, dos de febrero del dos mil doce.—Lic. Guido Mora Camacho, Notario.—1 vez.—(IN2012008561).
Por escritura número treinta y uno-tres, otorgada ante la notaria Cristina Solís Víquez, a las diecisiete horas quince minutos del veinticinco de enero del dos mil doce, donde Larry Allen Schooler e Ivan Cooke constituyen una sociedad de anónima que se denominará Higherlife CR Sociedad Anónima.—San José, 1º de febrero de 2012.—Lic. Cristina Solís Víquez, Notaria.—1 vez.—(IN2012008562).
En mi notaría a las quince horas del treinta y uno de enero del año dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Jojaru Corp Sociedad Anónima. Capital social de cien mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una. Objeto: comercio en general. Plazo 99 años.—San José, 1º enero del 2012.—Lic. Carlos Enrique López Baltodano, Notario.—1 vez.—(IN2012008587).
Mediante escritura número ciento cuarenta y cuatro, visible al folio: ciento setenta y siete frente del tomo diecinueve otorgada a las trece horas del doce de enero del dos mil doce, por la notaria Sara María Barrantes Hernández, se acuerda disolver la sociedad denominada Favana Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-sesenta y dos mil ochenta y cinco, por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—Grecia, 25 de enero del 2012.—Lic. Sara María Barrantes Hernández, Notaria.—1 vez.—(IN2012008589).
Mediante escritura numero: ciento veintisiete, visible al folio: ciento sesenta frente del tomo diecinueve otorgada a las catorce horas del tres de enero del dos mil doce, por la notaria Sara María Barrantes Hernández, se acuerda disolver la sociedad denominada Nuestros Bienes Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos cincuenta y tres mil ciento noventa, por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—Grecia, 3 de enero del 2012.—Lic. Sara María Barrantes Hernández, Notaria.—1 vez.—(IN2012008590).
Por
escritura otorgada en mi notaría, a las quince horas cuarenta y cinco minutos
del treinta y uno de enero del año dos mil doce, se constituyó la sociedad
denominada: Criadero
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del día dieciséis de enero del dos mil doce, se constituyó la sociedad Boegl Sociedad Anónima. Presidente: José Antonio Herrero Sauma.—Lic. Carlos Hernández Aguiar, Notario.—1 vez.—(IN2012008592).
Protocolización de acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta mil quinientos ochenta y tres, sociedad anónima, mediante la cual se reforma la cláusula del domicilio social. Escritura otorgada en San José, ante el notario público Juan Manuel Aguilar Víquez, a las quince horas del treinta y uno de enero del dos mil doce.—Lic. Juan Manuel Aguilar Víquez, Notario.—1 vez.—(IN2012008593).
Por escritura 75 otorgada en esta notaría, a las 08:00 horas del 20 de enero del 2012, la sociedad: Netdish de Costa Rica S. A., reformó su plazo social para que termine el 29 de febrero del dos mil doce.—Lic. German José Víquez Zamora, Notario.—1 vez.—(IN2012008605).
Por escritura número noventa y cinco otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del primero de febrero del dos mil doce, se reformó la totalidad del pacto social de la sociedad denominada Kirebe Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-63070.—San José, 1º de febrero del 2012.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(IN2012008607).
El día de hoy constituimos la compañía Corporación Dos Mil Doscientos Siete Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Escazú, 2 de febrero del 2012.—Lic. Ever Vargas Araya, Notario.—1 vez.—(IN2012008617).
Por escritura número tres-tomo tres, otorgada a las 13:00 horas del 30 enero del 2012, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria accionistas de Arssoidco Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-386229. Se acuerda reformar las cláusulas: tercero y sexta de los estatutos. Se nombra presidente, y agente residente.—San José, 30 de enero del 2012.—Lic. José Miguel Úbeda Mejía, Notario.—1 vez.—(IN2012008619).
Por escritura número dos-tomo tres, otorgada a las 15:30 horas del 26 enero del 2012, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria accionistas de sociedad: 3-101-499175. Se acuerda reformar las cláusulas: segunda y sexta de los estatutos. Y nombran presidente, y agente residente.—San José, 26 de enero del 2012.—Lic. José Miguel Úbeda Mejía, Notario.—1 vez.—(IN2012008620).
Por escritura número cuatro-tomo tres, otorgada a las 11:00 horas del 02 de febrero del 2012, se protocoliza acta asamblea general extraordinaria accionistas de Prodelpac Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-287558. Se acuerda reformar la cláusula sexta del pacto constitutivo.—San José, dos de febrero del 2012.—Lic. José Miguel Úbeda Mejía, Notario.—1 vez.—(IN2012008621).
Por escritura otorgada en mi notaría a las 12:00 horas del 31 de enero del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Cardi Int S. A., mediante la cual se modifica el artículo quinto del capital, del pacto social.—Alajuela, 31 de enero del 2012.—Lic. José Arturo Fernández Ardón, Notario.—1 vez.—(IN2012008622)..
Por escritura otorgada en mi notaría a las 10:00 horas del 20 de enero del 2012, protocolicé acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Urare S. A. mediante la cual se modifica el artículo segundo del domicilio, del pacto constitutivo.—Alajuela, 31 de enero del 2012.—Lic. José Arturo Fernández Ardón, Notario.—1 vez.—(IN2012008623).
Por escritura otorgada en mi notaría a las 16:00 horas del 1º de febrero del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Archa S. A., mediante la cual se modifica el artículo noveno del pacto social de la administración.—Alajuela, 1 de febrero del 2012.—José Arturo Fernández Ardón, Notario.—1 vez.—(IN2012008624).
Ante
el suscrito notario Diego Mendoza González, carné 5849, Michael Robert Jenkis y
Walter Martín Delgado Alfaro constituyeron una sociedad anónima según dispone
el decreto 33171-J publicado en
Ante el suscrito notario Diego Mendoza González los señores Bladimir Fedyanin y Tatiana Fedyanina, constituyeron una sociedad anónima con el nombre Corporación Malin A.T.V S. A, constituida el día 7 de enero del 2012.—Lic. Diego Mendoza González, Notario.—1 vez.—(IN2012008626).
Por escritura otorgada ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea de socios en la que Alpaca Aleación S. A., reforma las cláusulas de domicilio, asambleas de socios y administración; y sustituye y designa nuevos representantes.—San José, a las dieciocho horas del primero de febrero del dos mil doce.—Lic. Rónald Soto Arias, Notario.—1 vez.—(IN2012008627).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas treinta minutos del primero de febrero del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Baviera Westfallia Seiscientos Uno B Sociedad Anónima, con número de cédula de persona jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta mil novecientos veinticuatro, de las ocho horas del trece de enero de dos mil doce, mediante las cuales se reforma la cláusula de la representación y se nombra nueva junta directiva y Fiscal.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012008634).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecinueve horas veinte minutos del primero de febrero del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Américas Marketing Network de Costa Rica Sociedad Anónima, con número de cédula de persona jurídica tres- ciento uno- dos cinco siete ocho cuatro tres, de las dieciocho horas del primero de febrero de dos mil doce, mediante la cual se reforma la cláusula cuarta de los estatutos.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012008635).
Por escritura otorgada hoy, ante el suscrito notario la sociedad Arquitectura y Diseño SCGMTD S. A. y el señor Ismael Leyva Cruz, constituyen la sociedad Consorcio Ismael Leyva Arquitects/Arquietctura y Diseño SCGMTD Sociedad Anónima, para dedicarse por cien años y con domicilio en la ciudad de San José, a la industria y comercio en general. Capital social totalmente suscrito y pagado.—San José, 02 de febrero del 2011.—Lic. Parid José Ayales Bonilla, Notario.—1 vez.—(IN2012008636).
Por escritura otorgada hoy, ante la suscrita notaria, se protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Quirós y Compañía S. A., mediante los cuales, se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad y se nombra vocal.—San José, 31 de enero del 2012.—Lic. Mónica Romero Piedra, Notario.—1 vez.—(IN2012008637).
Por escritura ciento noventa y tres otorgada
a las ocho horas del día de hoy, Miguel Giménez Gabilondo y Luciano Giménez
Bonaccorsi, constituyen Giménez Asesoría Integral S. A.—San José, 19 de
enero del 2012.—Lic. Ana Graciela Avarenga Jiménez, Notaria.—1
vez.—RP2012276719.—(IN2012008779).
La suscrita notaria hace constar que ante mí,
se protocolizó el acta número cuatro de asamblea general extraordinaria de
socios de la compañía Proyectos de Ingeniería
Ante esta notaría, por escritura otorgada a
las dieciséis horas veinte minutos del día primero de febrero del dos mil doce,
donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad denominada Organized Confusion S. A. Donde se
acuerda la disolución y liquidación de la compañía.—San José, primero de
febrero del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1
vez.—RP2012276722.—(IN2012008781).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a
las dieciocho horas quince minutos del día treinta y uno de enero del dos mil
doce, Larp Associates S. A. y Yellow Innovative Lands S. A. constituyen
la sociedad denominada Fam.Glezroja S. A.—San José, treinta y uno de
enero del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1
vez.—RP2012276723.—(IN2012008782).
La suscrita, Kattia Quirós Chévez, notaria
pública con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día primero
de febrero del dos mil doce, protocolicé acta de la empresa Grupo Bore S. A.,
en la que se modifica la cláusula del domicilio. Ese mismo día se constituyó
ante mí, la sociedad denominada Summer Retrat S. R. Limitada.—San José,
primero de febrero del dos mil doce.—Lic. Kattia Quirós Chévez, Notaria.—1
vez.—RP2012276724.—(IN2012008783).
El suscrito, Luis Enrique Salazar Sánchez,
notario público con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día
treinta y uno de enero del dos mil doce, protocolicé las siguientes actas: a)
acta de la empresa Ofibodegas Biella Mimosa Plateada Sesenta y Tres Limitada,
en la que se modifica la cláusula del domicilio, la cláusula de la
administración y se realizan nuevos nombramientos; b) Orquitur de Costa Rica
OCR S. A., en la que se modifica la cláusula del domicilio, y se realizan nuevos
nombramientos de junta directiva; c) Rincón de Aventura Cuarenta y Dos S. A.
en la que se modifica la cláusula de la administración.—San José, primero de
febrero del dos mil doce.—Lic. Luis Enrique Salazar Sánchez, Notario.—1
vez.—RP2012276725.—(IN2012008784).
EEO Ejempl Sociedad Anónima cédula jurídica 3-101-334849, acuerda
disolver la sociedad a partir del treinta de enero del 2012. Escritura número
250, tomo 13, del primero de febrero del año 2012.—Lic. Rubén Ramírez Quirós,
Notario.—1 vez.—RP2012276726.—(IN2012008785).
Ángel Mauricio Murillo Araya, cédula tres-dos
ocho seis-seis ochos dos, Tania María Barahona Chaves, cédula uno-siete cero
siete-ocho uno seis, vecinos de Curridabat, constituyen Distribuidora de
Muebles
El suscrito notario Billy Latouche Ortiz hace
constar que en esta notaría, se constituyó: Orgullo de Osa Sociedad Anónima.
Es todo, firmo en Palmar Norte, Osa, Puntarenas, al ser las once horas treinta
minutos del día treinta de enero del dos mil doce.—Lic. Billy Latouche Ortiz,
Notario.—1 vez.—RP2012276728.—(IN2012008787).
El suscrito notario Billy Latouche Ortiz hace
constar que en esta notaría, se Constituyeron: Dube de Osa Sociedad Anónima;
Finca Cerro Libertad Empresa Individual de Responsabilidad Limitada; y
se protocolizó Corporación Vientos del Pacífico Azul Limitada. Es todo,
firmo en Palmar Norte, Osa, Puntarenas, al ser las dieciséis horas treinta
minutos del día once de enero del dos mil doce.—Lic. Billy Latouche Ortiz,
Notario.—1 vez.—RP2012276729.—(IN2012008788).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las ocho horas del día dos de febrero del dos mil doce, se protocoliza acta de
asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Val-Flor del Este
Sociedad Anónima, por la cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda
la disolución de la sociedad.—San José, 2 de febrero del 2012.—Lic. Wendy
Solórzano Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012276730.—(IN2012008789).
Por protocolización de asamblea general
extraordinaria de la sociedad Manglar de Osa Ecolodge S. A.
3-101-643163, se nombra nueva junta directiva, fiscal. Escritura otorgada en
San José, a las nueve horas del día primero de febrero del 2012.—Lic. Edgar
Hernández Mora, Notario.—1 vez.—RP2012276732.—(IN2012008790).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince
horas del treinta y uno de enero del dos mil doce, se constituye la sociedad Prentrade
Sociedad Anónima. Representación: Presidente. Plazo social: noventa y nueve
años. Capital social: debidamente suscrito y pagado.—San José, primero de
febrero del dos mil doce.—Lic. Ana Lorena Coto Esquivel, Notaria.—1
vez.—RP2012276739.—(IN2012008791).
Ante esta notaría, se protocoliza acta de
asamblea general de socios de Repuestos para Equipo Pesado F.M.
Sociedad anónima, cédula jurídica Nº 3-101-218926, de 9:00 horas de 30
enero 2011.—Lic. Rafael Ángel Soto Suárez, Notario.—1
vez.—RP2012276740.—(IN2012008792).
Por escritura otorgada por mí, el día
veinticuatro de enero del dos mil doce, a las nueve horas, se protocolizó acta
de Corporación Ambara Anuak S. A. mediante la cual se acuerda modificar
las cláusulas del domicilio y la administración de su pacto social.—Lic. Pamela
Navarro Hidalgo, Notaria.—1 vez.—RP2012276741.—(IN2012008793).
Por escritura otorgada por mi, el día
veinticuatro de enero del dos mil doce, a las ocho horas, se protocolizó acta
de Hotel Tirol S. A. mediante la cual se acuerda modificar las cláusulas
del domicilio y la administración de su pacto social.—Lic. Pamela Navarro
Hidalgo, Notaria.—1 vez.—RP2012276742.—(IN2012008794).
Ante esta notaría, se reformó la cláusula
cuarta del plazo social, de la sociedad de esta plaza denominada Distribuidora
de Cultura Alternativa S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-seis cero dos-ocho siete ocho.—San José, doce horas del cinco de octubre
del dos mil once.—Lic. Rubén Naranjo Brenes, Notario.—1
vez.—RP2012276751.—(IN2012008795).
Ante esta notaría a las 18:00 horas del
01/02/2012, los señores: Mauricio Rojas Varela y Willy Paniagua Carrillo,
constituyen Soluciones Informáticas Valtec de Costa Rica S. A.
domiciliada en Alajuela.—Lic. Luis Diego Elizondo Esquivel, Notario.—1
vez.—RP2012276756.—(IN2012008796).
Ante esta notaría se modificó la cláusula
tercera del pacto constitutivo de la sociedad de esta plaza, que lleva por
nombre su número de cédula jurídica que es: tres-ciento uno-quinientos doce
mil ochocientos noventa y siete sociedad anónima.—San José, quince horas
del primero de febrero del dos mil doce.—Lic. Víctor Hugo Maffioli Alvarado,
Notario.—1 vez.—RP2012276757.—(IN2012008797).
Por escritura otorgada ante mí a las 20:00
horas del 1º de febrero de 2012 se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de Corporación de Inversiones Veintitrés de
Noviembre Sociedad Anónima, en la que se acuerda la disolución de la
compañía.—Ciudad Quesada, 1º de febrero del 2012.—Lic. Raúl Hidalgo Rodríguez,
Notario.—1 vez.—RP2012276758.—(IN2012008798).
Por escritura otorgada ante mí a las 20:45
horas del 1º de febrero de 2012, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de Cielo Plast Internacional Sociedad Anónima,
en la que se reforman los estatutos.—Ciudad Quesada, 1º de febrero de
2012.—Lic. Raúl Hidalgo Rodríguez, Notario.—1
vez.—RP2012276759.—(IN2012008799).
Luis Diego Chacón Bolaños, notario público.
Hace constar: que el día de hoy se modificó la cláusula de administración y
representación de Zamora Corporación del Norte S. A., siendo su
presidente apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 31 de enero del
2012 .—Lic. Luis Diego Chacón Bolaños, Notario.—1
vez.—RP2012276760.—(IN2012008800).
Por escritura número diez-veintitrés, otorgada
ante el notario público Jorge González Roesch, a las doce horas del día
veintisiete de enero del año dos mil doce, se reforma la cláusula octava, se
aumenta el capital social, y se nombran junta directiva y fiscal a la compañía Gálvez
Corporación Edicilia S. A.—San José, 27 de enero del 2012.—Lic. Jorge
González Roesch, Notario.—1 vez.—RP2012276761.—(IN2012008801).
Por escritura otorgada ante mí se
protocolizaron acuerdos de la asamblea general de cuotistas de la sociedad Osorno-Kiribati
Limitada. Se acordó fusionar la sociedad con la sociedad Sury-Rojo
Limitada, prevaleciendo Osorno-Kiribati, Limitada, la cual asume
todos los activos, pasivos, derechos y obligaciones de la primera. Es todo.—San
José, 1º de febrero del 2012.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1
vez.—RP2012276763.—(IN2012008802).
Por escritura otorgada ante mí se
protocolizaron acuerdos de la asamblea general de cuotistas de la sociedad Sury-Rojo,
Limitada. Se acordó fusionar la sociedad por absorción con la sociedad Osorno
Kiribati Limitada, prevaleciendo esta última. Es todo.—San José, 1º de
febrero del 2012.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1
vez.—RP2012276764.—(IN2012008803).
Por escritura numero cincuenta y nueve del
tomo siete de mi protocolo se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de
socios de Transportes Hope S. A., cédula jurídica tres-ciento
uno-seiscientos cuarenta y un mil seiscientos cuarenta y ocho en la cual se
modifica el pacto constitutivo.—San José, veintisiete de enero del dos mil
once.—Lic. Ana Militza Salazar Sánchez, Notaria.—1
vez.—RP2012276766.—(IN2012008804).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad
anónima denominada Brissia Sociedad Anónima, cuyo capital social es la
suma de cien mil colones netos.—30 de enero del 2012.—Lic. Wendy Mayela Mora
Garro, Notaria.—1 vez.—RP2012276767.—(IN2012008805).
Ante esta notaría se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de socios donde se modifica razón social de la
sociedad denominada. Asesorías Magra Sociedad Anónima.—Guápiles de Pococí,
primero de febrero del dos mil doce.—Lic. José Eduardo Díaz González,
Notario.—1 vez.—RP2012276773.—(IN2012008806).
En la notaría de la licenciada Fercinta
Esquivel Godínez, carné 10728, se reforma el articulo décimo noveno de los
estatutos de
Por escritura número 187-12 de las 8:00 horas del
día trece de enero del 2012, ante el notario Francisco Vargas Solano, los
señores, Ricardo Arturo Hernández Ramírez; Blanca Rosa Hernández Ramírez;
Virginia Hernández Ramírez; Ana Isabel Hernández Ramírez, María Francisca
Hernández Ramírez; María Cecilia Hernández Ramírez y Jenny González Vargas,
constituyeron Inversiones Agro Campo HR Hermanos S. A.
con capital social de ochenta mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.
Presidente: Julio Hernández Ramírez.—San José, 31 de enero del 2012.—Lic.
Francisco Javier Vargas Solano, Notario.—1 vez.—RP2012276778.—(IN2012008808).
Ante esta notaría el día 31 de enero del 2012,
mediante la escritura número sesenta y tres-uno, se protocolizó el acta número
tres de la sociedad numérica Tres-ciento uno-quinientos treinta y nueve mil
trescientos cincuenta y seis, mediante la cual se acordó nombrar nuevo
presidente. Es todo.—San José, treinta y uno de enero del dos mil doce.—Lic.
Diego José Mata Morales, Notario.—1 vez.—RP2012276779.—(IN2012008809).
Por escritura otorgada en esta ciudad a las
catorce del día de hoy, se constituyó una sociedad anónima, cuyo nombre es el
número de cédula jurídica que le asignará el Registro Público, con domicilio en
la ciudad de San José, con un capital de cien mil colones, con un plazo de
noventa y nueve años. Presidente el socio Bruce Greenough.—San José, primero de
febrero del dos mil doce.—Msc. Andrea Quesada Méndez, Notaria.—1 vez.—RP2012276780.—(IN2012008810).
A las diez horas del diecinueve de enero del dos
mil doce, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada D System
Logistic Sociedad Anónima. Domicilio: Heredia. Capital: suscrito y pagado.
Plazo: noventa y nueve años. Representación: Carlos Fernando de
Por escritura: ciento cuarenta y uno, visible en
el tomo octavo del protocolo del suscrito notario, se protocoliza acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa: e I compañía
sg automóviles S. A. en la que se modifica la cláusula sexta del pacto
social. Es todo.—San José, primero de febrero de dos mil doce.—Lic. Alexander
Calderón Mora, Notario.—1 vez.—RP2012276782.—(IN2012008812).
Por escritura número ciento cincuenta, visible en
el tomo octavo del protocolo del suscrito notario, se protocoliza acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de Gold Star Burgers S. A.,
donde se fusiona con las empresa Expo Plata S.A. y El Corte de Italia
Milano S.A., prevaleciendo Gold Star Burgers S. A. Es todo.—San
José, primero de febrero del dos mil doce.—Lic. Alexander Calderón Mora,
Notario.—1 vez.—RP2012276783.—(IN2012008813).
El suscrito notario hace constar que el día de hoy
protocolicé acta de asamblea de socios de Design Build Services de
Guanacaste Sociedad Anónima en la que se reforma la cláusula segunda de
los estatutos constitutivos.—San José, 30 de enero de 2012.—Lic. José Ramón
Chavarría Saxe, Notario.—1 vez.—RP2012276786.—(IN2012008814).
Por escritura otorgada ante mí Anaclara Vargas
Rodríguez, a las quince horas del primero de febrero del dos mil doce, se
modificó la cláusula primera de los estatutos de la sociedad, cambiando su
nombre a Clínica Odontológica Montealegre Quijano Sociedad Anónima.—San
José, primero de febrero de dos mil doce.—Lic. Anaclara Vargas Rodríguez.
Notaria.—1 vez.—RP2012276790.—(IN2012008815).
Poder de
Esfera de Gaia Limitada, cédula
jurídica tres-ciento dos-quinientos veintiséis mil doscientos dos, reforma su
cláusula novena en la que se modifican las cuotas de la compañía. Acta
protocolizada mediante escritura pública otorgada por la suscrita Notaria en
San José a las trece horas treinta minutos del treinta de enero de dos mil
doce.—Lic. Anaclara Vargas Rodríguez, Notaria.—1
vez.—RP2012276792.—(IN2012008817).
Holding Island Limitada, cédula jurídica tres-ciento
dos-quinientos noventa mil cero cincuenta, reforma su cláusula novena en la que
se modifican las cuotas de la compañía. Acta protocolizada mediante escritura
pública otorgada por el suscrito Notario en San José a las catorce horas del
treinta de enero de dos mil doce.—Lic. Anaclara Vargas Rodríguez, Notaria.—1
vez.—RP2012276793.—(IN2012008818).
Ante esta notaría, por escritura número veintiséis
otorgada a las diez horas veinte minutos del veintisiete de enero del dos mil
doce, se modificó la cláusula catorce, concerniente al plazo social, del pacto
social constitutivo de la empresa Pokerhispano Sociedad Anónima, cédula
de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa y siete mil
quinientos cincuenta y cuatro. Es todo.—San José, veintisiete de enero del dos
mil doce.—Lic. Diana Chavarría Ulate, Notaria.—1
vez.—RP2012276795.—(IN2012008819).
Por escritura otorgada ante mí a las 13:00 horas
del día 1-2-2012 se hizo nuevo nombramiento para el cargo de presidente y
secretario en sustitución de los anteriores, siendo que aceptó el cargo en la
empresa Asesores de Seguridad Residencial y Comercial
ASRC S. A., cédula jurídica 3-101-277420.—Lic. Ronald Valverde Cordero,
Notario.—1 vez.—RP2012276796.—(IN2012008820).
Por escritura otorgada por el suscrito notario a
las 8:00 horas del 2 de febrero del 2012, se acordó reformar la cláusula de
domicilio, administración y nombrar nueva junta directiva y fiscal para Comercio
e Industria GIMA S. A.—Lic. Olman Aguilar Castro, Notario.—1
vez.—RP2012276801.—(IN2012008821).
Por escritura número 43-6, otorgada a las 18:00
horas del 31 de enero del dos mil doce, ante el suscrito Notario, se revoca el
nombramiento de secretario y tesorero de la junta directiva, y del agente
residente y se hacen nuevos nombramientos, de la sociedad de este domicilio,
denominada: Neo Ingeniería Sociedad Anónima.—San José, 31 de enero del
2012.—Lic. Ricardo Badilla Reyes, Notario.—1 vez.—RP2012276803.—(IN2012008822).
Protocolización de acuerdos de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Servicios Laborales Gonur
Sociedad Anónima, sociedad con cédula jurídica tres-ciento
uno-cuatrocientos cincuenta mil trescientos sesenta y dos, mediante la cual se
reforma la cláusula primera del nombre, se denominará: Servicios Notariales
Gonur S. A. Escritura otorgada a las diez horas cincuenta minutos del
primero de febrero del dos mil doce.—Lic. Alejandra Baudrit Freer, Notaria.—1
vez.—RP2012276804.—(IN2012008823).
Protocolización de acuerdos de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la compañía: Tres-ciento uno-seiscientos
cuarenta y un mil ochocientos noventa y uno Sociedad Anónima en la cual se
reforma integralmente el pacto social. Escritura otorgada a las diecisiete
horas treinta y un minutos del primero de febrero de dos mil doce.—Lic.
Alejandra Baudrit Freer, Notaria.—1 vez.—RP2012276805.—(IN2012008824).
Automata Records Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-638684, nombra nueva secretaria y tesorero de la junta directiva. También
se nombra fiscal.—Protocolización 8:00 horas del dos de febrero de dos mil
doce.—Lic. Johnny Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012276806.—(IN2012008825).
Se disuelve la entidad denominada, Servicios
Institucionales en Administración, Limpieza, Seguridad y Afines
(AISA) Sociedad Anónima. No se nombra liquidador. Escritura otorgada a
las 13:00 horas del 1º de febrero de 2012.—Lic. Carlos Barrantes Méndez,
Notario.—1 vez.—RP2012276809.—(IN2012008826).
Los suscritos Leonel Valverde Valverde, cédula
número 1-0340-0680, Blanca Flor Rodríguez Monge, cédula 1-0376-0200, María
Jeannette Valverde Rodríguez, cédula de identidad número 1-0784-0815, VivIan
Valverde Rodríguez, cédula número 7-0180-0392, constituyen la empresa
denominada Inversiones Flormavileo V & R Sociedad Anónima.
Es todo.—Las Palmitas de
Se disuelve la entidad denominada Majosan del
Sur Sociedad Anónima. No se nombra liquidador. Escritura otorgada a las
12 horas 30 minutos del 1º de febrero de 2012.—Lic. Carlos Barrantes Méndez,
Notario.—1 vez.—RP2012276811.—(IN2012008828).
Se disuelve la entidad denominada Servicios
Alimentarios de Calidad SAC Sociedad Anónima.
No se nombra liquidador. Escritura otorgada a las 12 horas del 1º de febrero de
2012.—Lic. Carlos Barrantes Méndez, Notario.—1
vez.—RP2012276812.—(IN2012008829).
Protocolización de acta de asamblea general
extraordinaria de la empresa Asfaltos y Caminos ASCA Sociedad
Anónima mediante la cual se modifica la cláusula segunda del pacto
constitutivo y se nombra junta directiva y fiscal. Escritura otorgada en la
ciudad de San José, a las nueve horas del treinta y uno de enero del dos mil
doce.—Lic. Alejandra Castro Peck, Notaria.—1 vez.—RP2012276813.—(IN2012008830).
Protocolización de acta de asamblea general
extraordinaria de la empresa Corporación Giralt y Chinchilla
Sociedad Anónima mediante la cual se modifica la cláusula primera
del pacto constitutivo y se nombra junta directiva. Escritura otorgada en la
ciudad de San José, a las ocho horas del dos de enero del dos mil doce.—Lic.
Alejandra Castro Peck, Notaria.—1 vez.—RP2012276814.—(IN2012008831).
Según escritura número ciento veintiséis realizada
en el tomo cuarto del Notario Público Lic. Christian Javier Badilla Vargas, se
modifica cláusula sétima referente a la representación de la sociedad Chinese
Gourmet Sociedad Anónima y se cambia la junta directiva.—San José, 1º de
febrero del 2012.—Lic. Christian Badilla Vargas, Notario.—1
vez.—RP2012276815.—(IN2012008832).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a las
12:00 horas del 3 de enero del 2012, se constituyó la sociedad Telecom JMA
Tecnologies S. A. Capital social: ¢10.000.00. Plazo social: 100 años.
Domicilio: Limón. Presidente: Sherry Ingrid Foulkes Blanco.—Limón, veintisiete
de enero del dos mil doce.—Lic. Alfredo Carazo Ramírez, Notario.—1
vez.—RP2012276817.—(IN2012008833).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a las
ocho horas del día primero de febrero del dos mil doce, se constituyó la
sociedad Leña Pizza Playa Negra Sociedad Anónima. Capital social:
diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. El presidente tiene la
representación judicial y extrajudicial.—San José, primero de febrero del dos
mil doce.—Lic. Dunnia Monge Torres, Notaria.—1
vez.—RP2012276820.—(IN2012008834).
Ante esta Notaría mediante escritura número
cuarenta del tomo quinto de la suscrita notaria, de las once horas del treinta
de enero del dos mil doce, los socios acordaron por unanimidad y en firme la
disolución de la sociedad Juanca Emi del Pacífico J
MM Sociedad Anónima, sin distribución de activos ni pasivos y de
conformidad con
Ante mi, Notario Publico, Javier Solís Ordeñana,
protocolicé cambio de junta directiva de la sociedad 3-101-502965 S. A., según
acta a las 8:00 17 de diciembre del 2011.—5 de enero del 2012.—Lic. Javier
Solís Ordeñana, Notario.—1 vez.—RP2012276822.—(IN2012008836).
En acta de asamblea general extraordinaria de
socios de las nueve horas del veintiséis de octubre del dos mil once de la
sociedad Distribuidora Nuestra Señora de Lourdes
Sociedad Anónima, se acordó modificar la cláusula cuarta del pacto
constitutivo para que en adelante se lea: el objeto social será el ejercicio
del comercio en todas sus formas y en general la agricultura ganadería e
industria pudiendo para ello realizar toda clase de actos o contratos. Para el
cumplimiento de sus fines podrá comprar vender arrendar hipotecar, pignorar
toda clase de bienes, dar y recibir en fideicomiso.—Palmares, veinticinco de
enero del dos mil doce.—Lic. Denia Pacheco Moreira, Notaria.—1
vez.—RP2012276829.—(IN2012008837).
Por escritura pública número cuatrocientos
siete, otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del día veinte de enero
del dos mil doce, se constituyó la sociedad Servicios Karca Sociedad Anónima.
Presidente: Carlos Arroyo Ulate.—Lic. Carlos Luis Rojas Céspedes, Notario.—1
vez.—RP2012276830.—(IN2012008838).
Mediante escritura pública número setenta y
ocho, otorgada a las catorce horas con cuarenta minutos del veinticuatro de
enero del dos mil doce, ante el suscrito notario Rafael Ángel Gutiérrez
Gutiérrez, se reformó la cláusula sexta (de la administración), y la cláusula
segunda (del domicilio) del pacto constitutivo de la sociedad Residencias
Ballena Gris Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos once mil quinientos ochenta y seis.—San José, dos de febrero
del dos mil doce.—Lic. Rafael Ángel Gutiérrez Gutiérrez, Notario.—1
vez.—RP2012276831.—(IN2012008839).
Mediante escritura pública número setenta y
siete, otorgada a las catorce horas con treinta minutos del veinticuatro de
enero del dos mil doce, ante el suscrito notario Rafael Ángel Gutiérrez
Gutiérrez, se reformó la cláusula sexta (de la administración), y la cláusula
segunda (del domicilio) del pacto constitutivo de la sociedad Residencias
Papaya Verde Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos once mil quinientos ochenta y siete.—San José, dos de febrero
del dos mil doce.—Lic. Rafael Ángel Gutiérrez Gutiérrez, Notario.—1
vez.—RP2012276832.—(IN2012008840).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 17:00 horas del 10 de enero del 2012, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Calibra
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-ciento nueve mil novecientos veinticuatro, donde se modifica cláusula
undécima del pacto social, y se reforma la junta directiva. Es todo.—San José,
10 de enero del 2012.—Lic. Suny Sánchez Achío, Notaria.—1
vez.—RP2012276836.—(IN2012008841).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 15:00 horas del 20 de enero del 2011, he protocolizado acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la entidad Aseguradora del Poás
Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula primera del
estatuto social, reformándose la razón social.—Lic. Jorge Mario Murillo
Murillo, Notario.—1 vez.—RP2012276843.—(IN2012008842).
Ante la notaría de Jacqueline Villalobos
Durán, se constituyó la sociedad anónima Seguridad de Los Alpes GJ S. A.
Domiciliada: en San José. Plazo social: 99 años. Presidente y secretario, con
facultades apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: cien
mil colones, suscrito y pagado. Otorgada en la cuidad de San José, escritura Nº
39 de las 14:30 horas del 27 de enero del 2012.—Lic. Jacqueline Villalobos
Durán, Notaria.—1 vez.—RP2012276845.—(IN2012008843).
En mi notaría, a las 16:00 horas del 31 de
enero del 2012, se protocolizó acta de la sociedad Motos y Repuestos C &
O S. A. Se modificó cláusula primera. Se solicita la publicación de este
edicto para lo que en derecho corresponda.—Alajuela, 31 de enero del 2012.—Lic.
Henry Antonio Núñez Arias, Notario.—1 vez.—RP2012276847.—(IN2012008844).
El suscrito notario Lic. Luis Andrés Bonilla
Umaña, hace constar: que por escritura otorgada en esta notaría, a las 10:00
horas del 14 de octubre del 2011, se modificó la cláusula sexta del pacto
social de la sociedad Alpha Corporación Centroamericana (Alpha-Corp C.A)
Sociedad Anónima, confiriéndole la representación judicial y extrajudicial
únicamente al presidente de la compañía.—Alajuela, 20 de enero del 2012.—Lic.
Luis Andrés Bonilla Umaña, Notario.—1 vez.—RP2012276848.—(IN2012008845).
Se hace constar que ante la presente notaría,
la empresa D C Ingeniería Sociedad de Responsabilidad Limitada, modifica
su junta directiva a partir del 18 de enero del 2012.—San José, 1º de febrero
del 2012.—Lic. Jorge Antonio Arias Barrantes, Notario.—1
vez.—RP2012276849.—(IN2012008846).
Se hace constar que ante la presente notaría,
la empresa Estructuras Arzú S. A., modifica su junta directiva a partir
del 18 de enero del 2012.—San José, 1º de febrero del 2012.—Lic. Jorge Antonio
Arias Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2012276850.—(IN2012008847).
Se hace constar que ante la presente notaría,
la empresa Comercializadora Sigma de San Ramón, modifica su junta
directiva a partir del 20 de enero del 2012.—San José, 1º de febrero del
2012.—Lic. Jorge Antonio Arias Barrantes, Notario.—1
vez.—RP2012276851.—(IN2012008848).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad
denominada Marisu S Q Sociedad Anónima, con un capital social de
cuarenta mil colones. Domiciliada: en San Ramón de Río Blanco, distrito cuarto
Lepanto del cantón primero, de la provincia de Puntarenas, quinientos metros al
este de
Por escritura cuarenta y seis, otorgada ante
la notaría de
Arnoldus Reinierus Hendrikus Johannes
(nombre) Kersten (apellido), y Siumin Vargas Jiménez, constituyen la sociedad
denominada Krauser Meyer Sociedad Anónima, con domicilio en San José,
Condominio Las Américas, primer piso, según escritura otorgada en San José,
escritura número ochenta y tres del tomo quinto del protocolo del notario
público Lic. Francisco Javier Vega Guzmán.—Lic. Francisco Javier Vega Guzmán,
Notario.—1 vez.—RP2012276861.—(IN2012008851).
Por escritura otorgada por el suscrito
notario, a las 12:00 horas del 2 de febrero del 2012, se reformó la sociedad
anónima denominada Quebradores Tucurrique S. A., para nombrar nuevo
vicepresidente de la junta directiva.—Lic. José Andrés Esquivel Chaves,
Notario.—1 vez.—RP2012276862.—(IN2012008852).
Por escritura pública número trescientos
once-cuatro, otorgada ante el notario Ronald Araya Marín, a las doce horas del
primero de febrero del dos mil doce, se reforma la cláusula primera del pacto
constitutivo de Certame T.F.A Sociedad Anónima.—Lic. Ronald Araya Marín,
Notario.—1 vez.—RP2012276863.—(IN2012008853).
Por escritura otorgada por el suscrito
notario, a las 11:00 horas del 2 de febrero del 2012, se reformó la sociedad
anónima denominada Quebradores Alfa S. A., para nombrar nuevo presidente
de la junta directiva.—Lic. José Andrés Esquivel Chaves, Notario.—1
vez.—RP2012276864.—(IN2012008854).
Por escritura pública número trescientos
diez-cuatro, otorgada ante el notario Ronald Araya Marín, a las ocho horas del
primero de febrero del dos mil doce, se reforma la cláusula segunda del pacto
constitutivo de tres ciento uno-seiscientos catorce mil cuatrocientos noventa y
cuatro sociedad anónima.—Lic. Ronald Araya Marín, Notario.—1
vez.—RP2012276865.—(IN2012008855).
El día de hoy, se constituyó en conotaría la
sociedad Majonorire S.R.L. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social:
diez mil colones. Domicilio social: Cartago, Sabana Grande del Guarco,
veinticinco metros al oeste de
Por escritura de las 11:00 horas de hoy, se
protocolizó acta de la sociedad Proyectos Alonso y Rojas S. A., en la
que se reforman las cláusulas 2 y 4.—San José, 2 de febrero del 2012.—Lic.
Bernal Chavarría Herrera, Notario.—1 vez.—RP2012276868.—(IN2012008857).
Que por protocolización de acta de asamblea
general de accionistas de la compañía The Mr. Jeffrey Costa Rica S. A.,
se reformó el acta constitutiva de la sociedad, y se nombró nuevos miembros de
la junta directiva, cuyo presidente es Morris Adolphus (nombre) Jackson
(apellido). Escritura número diecisiete-dos, de las catorce horas del día
diecinueve de enero del dos mil doce.—Garabito, veintitrés de enero del dos mil
doce.—Lic. Andrea Karolina Rojas Mora, Notaria.—1
vez.—RP2012276869.—(IN2012008858).
Por escritura de las 11:00 horas de hoy, se
protocolizó acta de la sociedad Kariri Desarrollos S. A., en la que se
reforman las cláusulas 2 y 4.—San José, 2 de febrero del 2012.—Lic. Bernal Chavarría
Herrera, Notario.—1 vez.—RP2012276870.—(IN2012008859).
Que por escritura otorgada ante mí, se
constituyó la sociedad Zsulman Conde Real State Sociedad de Responsabilidad
Limitada. Cuyo gerente es Ernesto Alfaro Conde. Escritura número
dieciocho-dos, de las catorce horas del día veintitrés de enero del dos mil
doce.—Garabito, veintitrés de enero del dos mil doce.—Lic. Andrea Karolina
Rojas Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012276871.—(IN2012008860).
El día de hoy en mi Notaría se protocolizó acta de
asamblea de socios de
Irvin González Jiménez y Ronald Ovares Cedeño
constituyen la sociedad: Flo Design Studio Production Sociedad Anónima.
Domicilio: San José, distrito catedral, de Matute Gómez, ciento diez metros al
oeste, avenida diez. Frente Agencia del Banco Nacional, número uno siete siete
uno. Capital social: mil colones. Objeto: sin limitación alguna el comercio en
general. Plazo: noventa y nueve años. Presidente: Irvin González Jiménez.
Escritura otorgada a las dieciocho horas quince minutos del primero de febrero
del dos mil doce.—Lic. Karla Vanessa Brenes Siles, Notaria.—1
vez.—RP2012276884.—(IN2012008869).
El día de hoy he protocolizado acta constitutiva
de la sociedad de esta plaza denominada Sharik Accesorios Sociedad de
Responsabilidad Limitada, con domicilio en: San Isidro de Pérez Zeledón,
Plaza Monte General, local l. Gerente: Angie Valverde Vega, Subgerente: Shirley
Arias Villegas.—Ciudad de Heredia, 29 de enero de 2012.—Lic. William Villegas
Badilla, Notario.—1 vez.—RP2012276887.—(IN2012008870).
Ante los notarios Marta C. Jiménez Chaves y Rafael
Ángel Morales Soto, a las 10:00 horas de hoy, se constituye la sociedad Bio
Economía Animal S. A. Capital suscrito y pagado. Apoderado el
presidente.—San Antonio de Belén, Heredia, 1º de enero del 2012.—Lic. Marta
Cecilia Jiménez Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2012276888.—(IN2012008871).
Por escritura otorgada ante esta Notaría número
noventa y seis-cuatro a las trece horas del día primero de febrero del dos mil
doce, protocolizamos el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas
de: Costa Rica Lifestyle S. A., mediante la cual se reformaron las
siguientes cláusulas: cláusula segunda del domicilio social, cláusula octava de
la administración de la junta directiva y cláusula quinta del pacto
constitutivo. Es todo.—San José, dos de febrero del dos mil doce.—Lic. Michael
Calderón Segura, Notario.—1 vez.—RP2012276890.—(IN2012008872).
Por escritura otorgada en esta Notaría a las
diecisiete horas con diez minutos del primero de febrero de dos mil doce, se
reforman las cláusulas segunda y séptima de E & E Producciones Sociedad
Anónima con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos
cincuenta y seis mil cuatrocientos cuarenta y tres.—San José, a las catorce
horas con cuarenta y tres minutos del primero de febrero de dos mil doce.—Lic.
Ignacio Miguel Beirute Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2012276891.—(IN2012008873).
Ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea
extraordinaria de la sociedad denominada Corporación Lera C.L.
Sociedad Anónima acordándose desinscribir la sociedad.—San José, dos de febrero del dos
mil doce.—Lic. Irene Aguilar Monge, Notaria.—1
vez.—RP2012276893.—(IN2012008874).
Por escritura otorgada ante mí a las 16 horas del
18 de enero de 2012 se modificó el artículo 9 del pacto constitutivo de Urbanizaciones
y Carreteras S. A., en relación al plazo de la junta directiva y
fiscal.—Lic. Vilma Alpízar Matamoros, Notaria.—1
vez.—RP2012276896.—(IN2012008875).
En la ciudad de Cartago al ser las ocho horas del
primero de febrero del dos mil doce, Vilma María Alvarado Fernández y Carlos
Luis Torres Alvarado, constituyen la sociedad anónima Grupo Vicajemeka
Sociedad Anónima. Ante el notario Christian Chinchilla Monge.—Cartago al
ser ocho horas cinco minutos del primero de febrero del dos mil doce.—Lic. Christian
Chinchilla Monge, Notario.—1 vez.—RP2012276901.—(IN2012008876).
Mediante escritura otorgada a las quince horas del
día veintitrés de enero del dos mil doce, la sociedad Gabale DM S. A.
nombra nuevo secretario de la junta directiva.—San José, 25-01-2012.—Lic. Harry
Wohlstein Rubinstein, Notario.—1 vez.—RP2012276902.—(IN2012008877).
Mediante escritura otorgada a las trece horas del
día veintitrés de enero del dos mil doce, la sociedad Dandalmer S. A.
nombra nuevo tesorero de la junta directiva.—San José, 25-01-2012.—Lic. Harry
Wohistein Rubinstein, Notario.—1 vez.—RP2012276903.—(IN2012008878).
Mediante escritura otorgada a las catorce horas
del día veintitrés de enero del dos mil doce, la sociedad Dagael S.
A. nombra nuevo tesorero de la junta directiva.—San José, 25-01-2012.—Lic.
Harry Wohlstein Rubinstein, Notario.—1 vez.—RP2012276904.—(IN2012008879).
Por escritura otorgada en esta Notaría, a las
15:00 horas del 17 de agosto del 2011, se constituyó la compañía: Corporación
Jerg S. A. Capital suscrito y pagado. Presidente es apoderado
generalísimo sin límite de suma.—San José, 2 de febrero del 2012.—Lic. Jorge
Luis Bolaños Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012276907.—(IN2012008880).
Ocean Dreams & Hopes Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica número: tres-ciento uno-quinientos sesenta y seis mil
ochocientos veintiocho, modifica su nombre para que se llame Hibasa Sociedad
Anónima, la representación legal de la sociedad, su domicilio social y
realiza el nombramiento de un nuevo presidente, secretario, tesorero y fiscal.
Es todo.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1
vez.—RP2012276909.—(IN2012008881).
Arenas Movedizas Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número:
tres-ciento uno-cuatrocientos setenta mil trescientos veintisiete, modifica su
objeto social, la representación legal de la sociedad, realiza el nombramiento
un nuevo presiente, secretario y tesorero. Es todo.—Lic. Luis Diego Chaves
Solís, Notario.—1 vez.—RP2012276910.—(IN2012008882).
Wet Back Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número:
tres-ciento uno-trescientos veintiséis mil seiscientos cuarenta y ocho,
modifica su domicilio social, su objeto social, realiza el nombramiento de un
nuevo presidente y modifica su nombre para que se llame Ltuhura of
Esterillos Sociedad Anónima. Es todo.—Lic. Luis Diego Chaves Solís,
Notario.—1 vez.—RP2012276911.—(IN2012008883).
Por escritura otorgada ante mí, número ciento
veintidós, de las trece horas treinta minutos del día primero de febrero del
dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Guvall Sociedad Anónima.
Domiciliada en San Josecito de San Rafael Heredia frente a Escuela Laboratorio.
Objeto: El ejercicio del comercio en todas sus formas, la industria, la
ganadería, la agricultura, y en general toda actividad lucrativa. Plazo social:
noventa y nueve años. Presidenta: Ana Victoria Valldeperas Acosta. Capital
social: un millón doscientos mil colones representado por doce acciones,
comunes y nominativas de cien mil colones cada una, suscritas y pagadas.—Lic.
Ana Lucía Campos Monge, Notaria.—1 vez.—RP2012276912.—(IN2012008884).
Por escritura otorgada ante mí, número ciento
siete, de las dieciocho horas del día primero de febrero del dos mil doce, se
constituyó la sociedad denominada con el número que le asigne el Registro
Nacional más la palabra sociedad anónima, Domiciliada en San Josecito de San
Rafael de Heredia, Objeto: El ejercicio del comercio en todas sus formas, la
industria, la ganadería, la agricultura, y en general toda actividad lucrativa.
Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: José Pablo Moreira Villegas.
Capital social: un millón de colones representado por diez acciones, comunes y
nominativas de cien mil colones cada una, suscritas y pagadas.—Lic. Carlos
Manuel Chaves Delgado, Notario.—1 vez.—RP2012276913.—(IN2012008885).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó: Se
denominará conforme sea asignado de oficio por el Registro Publico de Personas
Jurídicas, de acuerdo con el decreto número treinta y tres mil ciento setenta y
uno-J, debiendo indicar las palabras sociedad anónima, pudiendo abreviarse las
dos últimas palabras S. A. Plazo social de noventa y nueve años. Capital
social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Representada por su
presidente Rebeca Solís Murillo, cédula de identidad número dos-quinientos cinco-quinientos
cincuenta y siete.—San Carlos, Alajuela, seis de enero del dos mil doce.—Lic.
Jorge Arturo Hidalgo Quirós, Notario carné 4829.—1
vez.—RP2012276914.—(IN2012008886).
Por escritura otorgada ante mí, se
constituyó: se denominará conforme sea asignado de oficio por el Registro
Público de personas jurídicas, de acuerdo con el decreto número treinta y tres
mil ciento setenta y uno-j, debiendo indicar las palabras sociedad anónima,
pudiendo abreviarse las dos últimas palabras S. A., plazo social de noventa y
nueve años, capital social diez mil colones totalmente suscrito y pagado.
Representada por su Presidente William Russell Dowd, cédula de residencia
número uno ocho cuatro cero cero uno uno dos dos cero uno cuatro.—Ciudad
Quesada, San Carlos, Alajuela, quince de setiembre del dos mil diez.—Lic.
Alexander Bogantes Monge, Notario.—1 vez.—RP2012276915.—(IN2012008887).
Ante este notario se constituyeron las
siguientes empresas: Inversiones Malicar Sociedad Anónima. Presidente
Demetrio Harmodio Fong Vigil y Tango Express Sociedad Anónima.
Presidenta Silvia Álvarez de Torres.—San José, dos de febrero de dos mil
doce.—Lic. Douglas Castro Sánchez, Notario.—1
vez.—RP2012276916.—(IN2012008888).
Se hace saber que mediante escritura otorgada
ante el notario Gonzalo Vargas Acosta se modificó el domicilio social de la
empresa Hacienda Inmobiliaria Cerro del Tucán C.R.C Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-seiscientos veintiséis
mil cuatrocientos cuarenta y nueve, para que en lo sucesivo se lea así: La
sociedad tendrá su domicilio en San José, Curridabat, Pinares, Centro Comercial
Momentun Pinares, local dieciséis.—San José, dos de febrero del dos mil
doce.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—RP2012276919.—(IN2012008889).
El sucrito notario hace constar que por
escritura otorgada el día de hoy, número noventa y dos-ocho; protocolicé acta
de asamblea general extraordinaria de la compañía denominada Q.M. Incentivos
Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula quinta de los estatutos, se aumenta
el capital social.—San José, a las catorce horas del día 19 de enero del
2012.—Lic. Carlos Enrique Chaves Hidalgo, Notario.—1
vez.—RP2012276920.—(IN2012008890).
Por escritura otorgada en la ciudad de San
José a las 13:45 horas del 31 de enero del 2012 protocolizo actas de asambleas
extraordinarias de socios de Peace And Love Incorporated Limitada y
Buxxy Com Limitada, mediante las cuales se fusionan dichas sociedades
prevaleciendo la primera y reformándose la cláusula 5 del capital social.—Lic.
Sergio A. Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—RP2012276921.—(IN2012008891).
Ante
Por medio de la escritura número ciento ochenta
y cuatro, otorgada a las dieciséis horas del día veintisiete de enero del año
dos mil doce, ante esta notaría, se protocolizó actas de asambleas generales
extraordinaria de accionistas de las sociedades denominadas Coco Sunset
Sharing Sociedad Anónima y Miramar Sharing Sociedad Anónima, por
medio de la cual se fusionan ambas compañías prevaleciendo la sociedad Coco
Sunset Sharing Sociedad Anónima.—Lic. Jóse Manuel Arias González,
Notario.—1 vez.—RP2012276923.—(IN20128893).
Ante el Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado se
nombra como gerente al señor Laszlo Georg Sechy y se reforma las cláusula
segunda, del pacto constitutivo de la sociedad Montebello Uno A
Real Estate Limitada, cédula jurídica: tres-uno cero dos-cuatro ocho nueve
cero tres cuatro.—Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1
vez.—RP2012276924.—(IN2012008894).
Ante el Licenciado Juan Carlos Chávez
Alvarado, del pacto constitutivo, se cambia: a), presidente, secretario, tesorero
y agente residente, b) Se nombra vicepresidente, c). Se reforma la cláusula
segunda y sexta del domicilio y la representación judicial de la sociedad de la
sociedad Inversiones Andy G V Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-trescientos dieciocho mil setecientos setenta.—Lic.
Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012276925.—(IN2012008895).
Hoy ante mí, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de G.K.K., Ltda. S. A. Se modifica cláusula
tercera.—Cartago, treinta y uno de enero del dos mil doce.—Lic. Juan Pablo
Navarro Solano, Notario.—1 vez.—RP2012276926.—(IN2012008896).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, a
las catorce horas del primero de febrero de dos mil doce, se constituyó Adam
Theo de Costa Rica Limitada, con un capital social de cien mil colones.
Primer gerente: Cédric Patrick Muller; segundo gerente: Luis Antonio Alves
Guerreiro.—Cóbano de Puntarenas, primero de febrero de dos mil doce.—Lic. Juan
Carlos Fonseca Herrera, Notario.—1 vez.—RP2012276927.—(IN2012008897).
Hoy ante mí, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de Fespam Ltda. S. A. Se modifica cláusula
tercera.—Cartago, treinta y uno de enero del dos mil doce.—Lic. Juan Pablo
Navarro Solano, Notario.—1 vez.—RP2012276928.—(IN2012008898).
Hoy ante mí, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de Hans
Familia Dohy S. A. Se modifica cláusula tercera.—Cartago, treinta y
uno de enero del dos mil doce.—Lic. Juan Pablo Navarro Solano, Notario.—1
vez.—RP2012276929.—(IN2012008899).
Ante esta notaría se constituye Siete del
Siete Oroz Sociedad Anónima, con capital social de veintiún mil colones,
siendo su representantes legales Pedro y Marianela Cambronero Orozco. Es
todo.—Alajuela, tres de febrero del dos mil once.—Lic. Roy Solís Calvo,
Notario.—1 vez.—(IN2012008912).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario, a las 11:00 horas del 01 febrero del 2012, se protocolizó acta de
reforma cláusula tercera del pacto constitutivo de la sociedad anónima S I I
Seguridad Incorporada Internacional S. A., sobre el objeto
de la misma, para también limpieza en general y administración de
condominios.—San José, 01 de febrero del 2012.—Lic. Mario Alberto Mesén Araya,
Notario.—1 vez.—(IN2012008913).
Phillgus de Centroamérica S. A., titular de la cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil
seiscientos veintisiete, en asamblea general extraordinaria celebrada en su
domicilio a las ocho horas del treinta y uno de enero del año dos mil doce,
modifica su pacto constitutivo en sus artículos sétimo, referente a la
administración. Acta protocolizada ante el notario Ronald Núñez Álvarez.—San
José, 31 de enero de 2012.—Lic. Ronald Núñez Álvarez, Notario.—1
vez.—(IN2012008938).
Se modifica cláusula sexta y décima del pacto
constitutivo de las facultades de la junta directiva, y nombramientos y
revocatoria de poder generalísimo de la denominada 3-101-465948 sociedad
anónima, misma cédula jurídica, en escritura número 12, tomo 3 del
protocolo de la notaria Ileana Sanabria Vargas otorgada a las 8:00 horas del 2
de febrero del 2012.—Alajuela, 2 de febrero del 2012.—Lic. Ileana Sanabria
Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012008941).
Mediante escritura pública número ciento
ochenta y seis del Tomo V del protocolo de la notaria pública Maricruz Sánchez
Carro, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
socios número dos del empresario social Oceano House On The Beach Rental
Corporation O.H.B.R Sociedad Anónima, con cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-cinco tres nueve siete cinco nueve, mediante la
cual se acordó por unanimidad de votos disolver y liquidar la sociedad. Por no
haber bienes ni activos que repartir entre los socios se prescinde de dicho
trámite. Se nombró como liquidador al señor Par Venngren, pasaporte sueco
número cinco dos ocho tres ocho siete dos dos, quien recibirá notificaciones en
el domicilio social.—Alajuela, tres de febrero del dos mil doce.—Lic. Maricruz
Sánchez Carro, Notaria.—1 vez.—(IN2012008952).
Por escritura otorgada en Alajuela ante esta
Notaría a las 9:00 horas del 02 de febrero del 2012, se modificó la cláusula
sétima de Aptec Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-335368.
Presidente: Jorge Castrillo Vásquez.—Alajuela, 03 de febrero del 2012.—Lic.
Edwin Chavarría González, Notario.—1 vez.—(IN2012008958).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE PERSONAS JURÍDICAS
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Se hace saber a: Hugo Fatjo Fernández, cédula
de identidad número uno-trescientos setenta-setecientos treinta y cinco, en su
condición de presidente de la sociedad Ajustes en Seguros Fatjo y Compañía
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno- doscientos veinticinco mil
ciento treinta y cinco, (Exp. Nº RPJ-112-2011); Óscar Alberto Brenes Soto,
cédula de identidad número uno-setecientos cincuenta y nueve-ciento trece, en
su condición de presidente de la sociedad Corporación OB & M de Seguros y
Riesgos Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos treinta
mil setecientos treinta y cuatro (Exp. Nº RPJ-116-2011); Tomás Federico Bolaños
Chaves, cédula de identidad número dos-quinientos catorce-setecientos setenta y
cinco, en su condición de presidente de la sociedad TB Comercial y TB Seguros
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno- doscientos treinta y tres
mil novecientos veintidós, (Exp. RPJ-120-2011); Minor Chacón Chacón, cédula de
identidad número: cuatro- ciento treinta y cuatro - cuatrocientos quince, en su
condición de presidente de la sociedad Aseguradora Victoria A VI Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos treinta y cinco mil
seiscientos ochenta y siete, (Exp. Nº RPJ-122-2011); Pedro Bernal Chaves
Corrales, cédula de identidad número: cuatro- ciento treinta-doscientos
cincuenta y ocho, en su condición de presidente de la sociedad Seguros Costa
Rica Legal Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos treinta
y siete mil seiscientos cincuenta y ocho, (Exp. Nº RPJ-123-2011); Allan
Galceran Arias, cédula de identidad número: uno-quinientos noventa y
tres-seiscientos cincuenta, en su condición de presidente de la sociedad
Seguros Galceran Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos
treinta y siete mil novecientos cinco, (Exp. Nº RPJ-124-2011); Johel Ruiz Baltodano,
cédula de identidad número: cinco-ciento dos novecientos doce, en su condición
de presidente de la sociedad Seguros El Orbe Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-doscientos nueve mil ochocientos sesenta y nueve, (Exp. Nº
RPJ-081-2011); Guillermo Vargas Guillén, cédula de identidad número:
uno-cuatrocientos tres-novecientos veintiséis, en su condición de presidente de
la sociedad Seguros Nueva Era G Y S Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-doscientos diecisiete mil ciento setenta y cuatro, (Exp. Nº
RPJ-092-2011); Magda Taylor Castillo, cédula de identidad número:
uno-quinientos treinta y dos-setecientos setenta y cuatro, en su condición de
presidente de la sociedad Seguros Hacienda Vieja Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-doscientos treinta y ocho mil cuatrocientos cuarenta y
cinco (Exp. Nº RPJ-125-2011), que el Registro de Personas Jurídicas ha iniciado
diligencia administrativa oficiosa en virtud de lo estipulado por el inciso b)
del artículo veintinueve, así como por el transitorio noveno, ambos de
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
REGISTRO
INMOBILIARIO
Se hace saber a la portadora de la cédula de
identidad 1-492-263, titular registral de las fincas del partido de San José,
matrículas 355981, 355986 y del plano catastrado número SJ-729800-1988,
Elicinio Naranjo Gamboa portador de la cédula de identidad 1-471-589 y Elieth
Naranjo Gamboa portadora de la cédula de identidad 3-381-465, ambos interesados
según el documento presentado para su inscripción ante el Diario del Registro
Inmobiliario, bajo las citas de tomo 2012, asiento 3570, anotado sobre las
fincas del partido de San José, matrículas 355981 y 355986; asimismo, a
cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus representantes
legales: I.—Que el Registro Inmobiliario ordenó la apertura de Diligencias Administrativas
por resolución de las quince horas veinte minutos del veinte de enero del año
dos mil doce, debido a una supuesta doble inmatriculación que involucra las
fincas del partido de San José matrículas 355981 y 355986, las cuales
publicitan el mismo plano catastrado SJ-729800-1988. II.—Que por desconocerse
sus domicilios exactos, imposibilitándose la notificación por medio de correo
certificado mediante el sistema de acuse de recibo, se les confiere audiencia
hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día hábil
siguiente a la publicación del presente edicto, término dentro del cual deben
presentar los alegatos que a sus derechos convengan. Se les previene que dentro
de este término deben señalar un número de fax donde oír futuras notificaciones
de este Despacho, conforme a los artículos 22 y 26 del Reglamento de
Organización del Registro Inmobiliario, que es Decreto Ejecutivo Nº 35509-J, en
concordancia con los artículos 19 y 34 de
Se hace saber a: Rosa Morera Alvarado, no
indica número de cédula de identidad, como poseedora del plano A-276819-1977,
que por desconocerse su domicilio exacto; asimismo a cualquier tercero con
interés legítimo, a sus albaceas o a sus representantes legales: I.—Que el
Registro Inmobiliario ordenó
Se hace saber a Virginia León Hernández,
cédula 4-069-128, en su condición de titular registral del derecho 002 de la
finca 10585 del partido de Heredia, y como poseedora de la finca descrita en el
plano presentado según citas 1-2592969, y a Juan Gutiérrez Benavidez, en su
condición de titular registral del derecho 001 de la finca citada, que en este
Registro se iniciaron Diligencias Administrativas de Ocurso contra la
calificación del plano con presentación número 1-2592969. Los defectos
indicados por el registrador a quien le correspondió la calificación fueron
“(...) Art. 33, INC. H) punto 2) RLCN, faltan leyendas, ver mapa N-S. P N
parcela 166-2 ver las fincas N10585-000, 4130551-000, 130551 abarca otras
parcelas, art. 77 información posesoria no procede, artículo 79 inciso b)
visado, artículo 69 ver las fincas Nº 10585-000, 4130551-000, 130551-000, ver
los planos Nos. 213032-1994, 13845-1976, 1229801-2007, abarca otras parcelas,
art. 55 ver las fincas Nos. 10585-000, 4130551-000, 130551-000, ver los planos
Nos. 213032-1994, 13845-1976, 1229801-2007, abarca otras parcelas (...)”. En
virtud de lo indicado, mediante resolución de las 10:50 horas del 22 de
diciembre de 2011, se ordenó anotar al margen de las citas 1-2592969
diligencias ocursales y con el objeto de cumplir con el principio
constitucional del debido proceso, por resolución de las 13:00 horas del 19 de
enero de 2012 se autorizó la publicación por una única vez de un edicto para
conferirle audiencia a las personas mencionadas, por el término de quince días
contados a partir del día siguiente de la última publicación del edicto en el
Diario Oficial
SUCURSAL DE PALMAR
NORTE
PUBLICACIÓN
DE tercera VEZ
El suscrito Jefe Administrativo de
Sucursal de Palmar Norte |
|||
Monto adeudado al 11/01/2012 |
|||
N° |
N° Patronal |
Nombre Patrono |
Monto |
01 |
3101155900 |
Alpha Estructuras Sociedad Anónima |
83.651,00 |
02 |
601390461 |
Alpízar Barrantes Carlos Luis |
726.174,00 |
03 |
700470066 |
|
103.263,00 |
04 |
602130772 |
Angulo Montero Elmer |
102.860,00 |
05 |
3002061571 |
Asociación Deportiva Osa |
781.583,00 |
06 |
105790206 |
Bernardo Ernesto
|
45.445,00 |
07 |
103640475 |
Brenes Roberts Balfoure |
17.762,00 |
08 |
603450791 |
Carrillo Tenorio John Mc Leinor |
77.179,00 |
09 |
16024916 |
Castillo Rocha Francisco |
2.160.829,00 |
10 |
16024916 |
Castillo Rocha Francisco |
393.295,00 |
11 |
105030379 |
Castro Montes Ólger Orlando |
381.686,00 |
12 |
602950581 |
Céspedes Pérez Verónica |
194.373,00 |
13 |
201270051 |
Chaves Cortes Carlos |
424.693,00 |
14 |
3004305058 |
Cooperativa Comercializadora Agrícola del Sur R L |
17.804,00 |
15 |
401100425 |
Díaz Vega Luis Fernando |
54.392,00 |
16 |
3101363464 |
El Cielo Eco Lodge Sociedad Anónima |
83.881,00 |
17 |
3101133343 |
El Cocodrilo Pescador Sociedad Anónima |
155.444,00 |
18 |
602590247 |
Elizondo Granados William |
109.016,00 |
19 |
602370687 |
Esquivel Chinchilla Luis Ángel |
120.701,00 |
20 |
202000255 |
Esquivel Cubero Carmen |
45.729,00 |
21 |
502760703 |
Fernández Jiménez Lidia Maria |
87.613,00 |
22 |
3101119668 |
Fraten Internacional Sociedad Anónima |
26.296,00 |
23 |
3101155386 |
Ganadera Costa Ana de Guatuso Sociedad Anónima |
17.419.961,00 |
24 |
401380757 |
González Rojas Gerardo |
688.579,00 |
25 |
401380757 |
González Rojas Gerardo |
2074.992,00 |
26 |
601610858 |
Guadamuz Novoa Sandra |
40.000,00 |
27 |
602680661 |
Herrera Jiménez Juan Carlos |
96.040,00 |
28 |
3101302070 |
Hidalgo Ulate Del Sur Sociedad Anónima |
79.104,00 |
29 |
3101213177 |
J C N Oasis Realti Sociedad Anónima |
23.178,00 |
30 |
3101360758 |
Jewel Of The Sea Sociedad Anónima |
1.477.344,00 |
31 |
106690831 |
Jiménez Chaves Rónald |
353.359,00 |
32 |
3101291209 |
José Mar Doce S. A. |
261.357,00 |
33 |
3101315211 |
Karaoke Térraba Sociedad Anónima |
65.979,00 |
34 |
3101131490 |
|
66.186,00 |
35 |
3101480324 |
Latmer Trading Inc Sociedad Anónima |
166.293,00 |
36 |
3101540954 |
Los Pioneros De |
196.908,00 |
37 |
16759495 |
Marciano Marciano Juan Franco |
28.571,00 |
38 |
14211092 |
Masek no indica otro Jan Rudolf |
1.051.292,00 |
39 |
3101429549 |
Melinas de Costa Rica A R A Sociedad Anónima |
32.330,00 |
40 |
104740012 |
Muñoz Ríos Margin Eladio |
62.528,00 |
41 |
3101265956 |
Neo Studio Sociedad Anónima |
263.682,00 |
42 |
602060169 |
Raúl Gómez Alvarado |
274.903,00 |
43 |
3101234056 |
Restaurante Costanera Sur Sociedad Anónima |
160.995,00 |
44 |
601021476 |
Rodríguez Cruz Zacarías |
103.794,00 |
45 |
603120414 |
Rueda González Wagner José |
595.250,000 |
46 |
602900697 |
Salazar Amador Anyeline |
23.840,00 |
47 |
105790206 |
Segura Cordero Bernardo Ernesto de Jesús |
45.445,00 |
48 |
600900736 |
Sequeira Sequeira Rafael Ángel |
21.425,00 |
49 |
600900736 |
Sequeira Sequeira Rafael Ángel |
19.709,00 |
50 |
3101113483 |
Sierpe Punto Central Sociedad Anónima |
156.378,00 |
51 |
3101301612 |
The Lookout At
Playa |
56.888,00 |
52 |
3101272069 |
Ticonegocios Sociedad Anónima |
74.011,00 |
53 |
3101144729 |
Tres Ríos Lote Once Sociedad Anónima |
147.131,00 |
54 |
108000162 |
Vargas Ríos Hayron Miguel |
103.878,00 |
55 |
205190669 |
Vega Rodríguez Cristian |
301.978,00 |
56 |
600860709 |
Vindas Monge Cose Maria |
118.022,00 |
57 |
109230375 |
Vindas Vargas Marcos |
65.436,00 |
58 |
15018786 |
Wallnofer
no indica otro Benedetto |
34.895,00 |
59 |
15858143 |
Wijbenga Wijbenga Johannes |
363.759,00 |
60 |
800470356 |
Zuleta Pastrana Floresmiro |
15.837,00 |
Agencia de Ciudad Cortés |
|||
Monto adeudado al 10/01/2012 |
|||
N° |
N° Patronal |
Nombre patrono |
Monto |
01 |
3101555409 |
3-101-555409 Sociedad Anónima |
60.482,00 |
02 |
900410610 |
Alvarado Arguedas Luz Daniel |
349.631,00 |
03 |
3101193135 |
Arquitectura y Arte del Sur Sociedad Anónima |
2.451.646,00 |
04 |
3002061571 |
Asociación Deportiva Osa |
781.583,00 |
05 |
105360873 |
Bermúdez Meza Antonio |
153.546,00 |
06 |
110820594 |
Bermúdez Montes Arturo |
582.407,00 |
07 |
109930289 |
|
403.054,00 |
08 |
3101522512 |
Candace Back Porch Sociedad Anónima |
77.941,00 |
09 |
17219954 |
Castillo Guevara Iván José |
34.355,00 |
10 |
103920736 |
Chaves Abarca Alfonso |
1.140.911,00 |
11 |
1520099032 |
Chmielewski no indica otro Delbert John |
173.362,00 |
12 |
15153054 |
Church no indica otro Stevan Maxwell |
452.337,00 |
13 |
3101152913 |
Construcciones Balso de Costa Rica Sociedad Anónima |
336.351,00 |
14 |
3101484474 |
Construcciones y Remodelaciones Masaya Sociedad Anónima |
539.642,00 |
15 |
107010808 |
Corrales Alfaro Víctor Manuel |
162.948,00 |
16 |
603120476 |
Esquivel García Adrián |
377.271,00 |
17 |
3101116116 |
Finca Perla De Ballena Sociedad Anónima |
558.781,00 |
18 |
23951854 |
Grahan no indica otro Sharon Alvina |
28.731,00 |
19 |
800830123 |
Gutiérrez Mendieta Maricela |
57.988,00 |
20 |
601670420 |
Guzmán López Luis Ángel |
141.625,00 |
21 |
109070448 |
Hernández Picado Jorge Francisco |
385.174,00 |
22 |
900730648 |
Leitón Carranza Geovanny |
86.134,00 |
23 |
900730648 |
Leitón Carranza Geovanny |
478.623,00 |
24 |
15118250 |
Mathieson Mathieson David Andrew |
238.033,00 |
25 |
602730195 |
Mesén Quirós José Alberto |
16.396,00 |
26 |
600940249 |
Mora Granados Dagoberto |
26.948,00 |
27 |
111250367 |
Mora Quintero Mauricio |
456.817,00 |
28 |
601270761 |
Morales Grajal William Franklin |
509.364,00 |
29 |
602820036 |
Rodríguez Díaz Abelardo Dolores |
618.212,00 |
30 |
110030483 |
Rojas Alfaro Sonia |
759.427,00 |
31 |
110030483 |
Rojas Alfaro Sonia |
577.417,00 |
32 |
603370868 |
Santamaría Fernández Jeremy |
116.557,00 |
33 |
303210257 |
Smith Cervantes Gabriel |
977.452,00 |
34 |
17458807 |
Swofford no indica otro Ronald Edward |
419.885,00 |
35 |
602800404 |
Vargas Jiménez Harold Ramón |
679.665,00 |
Gerencia Financiera.—Unidad Gestión de
Cobro.—Lic. Fulvio Alvarado Agüero, Administrador.—(IN2012006967).
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
El
suscrito Jefe Administrativo de
SUCURSAL GOLFITO |
||
Número patrono |
Nombre patronal |
Monto adeudado ¢ |
0-00602800244-001-001 |
Baltodano Cascante Héctor José |
78.023,00 |
0-00603810953-001-001 |
Campos Mora José Alfredo |
131.390,00 |
0-00106490462-001-001 |
Cerdas Mora Manuel |
83.566,00 |
0-00601700115-002-001 |
Chan González Luz Ana |
101.241,00 |
2-03101050667-001-001 |
Compaña Frutal Arco Iris S.
A. |
2.163.955,00 |
0-00601760047-001-001 |
Concepción Quirós Abraham |
195.567,00 |
2-03101399806-002-001 |
Corporación Madrigal y
Figueroa Mensajería S. A. |
140.538,00 |
0-00107510336-001-001 |
Cruz Jarquín Marjorie |
87.600,00 |
2-03102622376-001-001 |
Desarrollos Turísticos del
Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada |
116.112,00 |
0-00601320683-001-001 |
Díaz Osorio María Hipólita |
72.972,00 |
9-00212578000-001-000 |
Dieter Alte |
62.970,00 |
2-03101105630-001-001 |
Electrónica Omega de Costa
Rica Sociedad Anónima |
64.206,00 |
0-00603020546-001-001 |
Fallas Montoya Freddy Alberto |
31.984,00 |
9-00176626009-001-000 |
Greer Jr Charles William |
608.745,00 |
2-03101632050-001-001 |
Grupo Comercial K Y J
Internacional Sociedad Anónima |
58.545,00 |
9-00212614006-001-000 |
Hoomans Judith María |
97.846,00 |
9-00212564003-001-000 |
Jacobsoln Cora |
140.326,00 |
7-00015761288-001-001 |
Jones Jones Rex Lynn |
91.433,00 |
9-00212559008-001-000 |
Landrum Raymond Luther |
448.863,00 |
0-00603350302-001-001 |
Marín Arias José |
64.571,00 |
9-00212514001-001-000 |
Martínez Marty Joe |
182.358,00 |
9-00190483009-001-000 |
Monford Teed T Y Carrion Acuña Marvin |
381.002,00 |
9-00212535005-001-000 |
Miranda Cawse Morgoh |
162.040,00 |
7-01710099867-001-001 |
Mora Gallo Édgar Danilo |
108.401,00 |
0-00601520324-001-001 |
Mora Villalta Ana Luz |
5.176,00 |
2-03101117334-001-001 |
Odorico Coello y Compañía
S. A. |
407.181,00 |
9-00212415003-001-000 |
Olimpia Rhoden Branker |
70.358,00 |
0-00107840697-001-001 |
Ramírez Solano Marvin |
421.602,00 |
9-00155385004-001-000 |
Ravenscroft III George Mastick |
141.204,00 |
0-00103750577-001-001 |
Retana Sibaja Gilberto |
29.983,00 |
0-00105500919-002-001 |
Sánchez Tacsan Benjamín Antonio |
67.635,00 |
2-03101090843-002-001 |
Sembra Sociedad Anónima |
180.318,00 |
7-00025554664-001-001 |
Speck Candyce Lynn |
110.399,00 |
9-00212618008-001-000 |
Silverman Steven |
1.314.367,00 |
AGENCIA PUERTO JIMÉNEZ |
||
Número patrono |
Nombre patronal |
Monto adeudado ¢ |
0-00302060534-004-001 |
Alvarado Piedra Heriberto |
4.329.173,00 |
9-0024653314-001-000 |
Chip Cherry Kay |
79.573,00 |
2-03101343531-001-001 |
Club Social y Campestre
Mango Real de Osa Sociedad Anónima |
163.235,00 |
9-00251850000-001-000 |
Gorrindo Paúl Michael |
190.464,00 |
2-03101510318-001-001 |
Osa Employee Management S. A. |
307.073,00 |
2-03101510317-001-001 |
Osa Sportfishing Sociedad Anónima |
613.949,00 |
9-00212483003-001-000 |
Stephen Gary Tidwell |
37.527,00 |
Área Gestión de Cobro.—Lic. Mauro Chinchilla
Sánchez.—(IN2012008173).
COLEGIO
FEDERADO DE INGENIEROS
Y DE ARQUITECTOS
DE COSTA RICA
PUBLICACIÓN
DE segunda VEZ
24
de octubre del 2011
Nº
2610-2011-DRD
Ingeniero
Didier Quirós
Alpízar
Estimado
ingeniero:
El Colegio Federado de Ingenieros y de
Arquitectos de Costa Rica y el Departamento de Régimen Disciplinario, han
decidido realizar una investigación previa, por queja interpuesta por el
Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, la cual se
tramita bajo el N° 192-11.
En virtud de lo anterior, se le concede cinco 5 días hábiles contados
a partir de la fecha de recibida esta nota, para que si a bien lo tiene,
manifieste por escrito lo de su interés sobre la investigación preliminar que
aquí se tramita. Asimismo, se indica que la no comparecencia en el plazo
conferido, no impedirá la continuación de la etapa preliminar, con el fin de
dilucidar la existencia o no de presuntas violaciones al Código de Ética
Profesional.
En caso de considerarse necesaria una visita de inspección al inmueble
o proyecto, con el fin de adjuntar elementos probatorios a la investigación,
este Departamento procederá a programarla, en el momento conveniente.
El alcance del procedimiento administrativo de instrucción o
investigación previa, únicamente conlleva a dirimir la existencia o no de
presuntas violaciones al Código de Ética Profesional de este Colegio Federado y
no podrá dilucidar conflictos de orden patrimonial, los que sí podrán
ventilarse en el Centro de Resolución de Conflictos o bien ante la autoridad
judicial competente.
A efecto de lo anterior, proceda a señalar un número de fax o
dirección electrónica para remitirle las notificaciones al respecto, las mismas
deberán permanecer habilitadas para esos efectos, ya que en caso contrario se
tendrá por notificado con solo el transcurso de 24 horas después de emitido el
oficio. Sí usted ya las indicó, favor hacer caso omiso de esta solicitud.
Le informo que en el caso Nº 192-11, consta documentación que puede
ser consultada en nuestras oficinas por su persona o representante
autorizado.—Departamento de Régimen Disciplinario.—Arq. Carlos Murillo Gómez,
Jefe.—O.C. Nº 063-2012.—Solicitud Nº 37872.—C-113400.—(IN2012007702).
EL
DIRECTOR DE ASUNTOS JURÍDICOS
DEL MINISTERIO DE
SALUD
En
Se debe adicionar al último párrafo al aviso
antes indicado para que diga lo siguiente:
“Se va a gestionar por medio de
Dado en San José, a los diez días del mes de
enero del dos mil doce.—Asuntos Jurídicos.—Msc. Ronny Stanley Muñoz Salazar,
Director.—1 vez.—O. C. Nº 14143.—Solicitud Nº 31854.—C-7050.—(IN2012008907).
En
San José, 31 de enero del 2012.—Lic. Erick
Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—(IN2012008288).
En
En el segundo párrafo cuarto renglón del Considerando debe
adicionarse en: necesita establecer un derecho de servidumbre y un sitio de
torre.
En el Por Tanto segundo en el cuarto párrafo debe adicionarse:
El propietario deberá limitar el uso de esta franja; por razones de seguridad,
mantenimiento de la servidumbre y el sitio de torre, no será posible: La
construcción de casas de habitación, oficinas, comercios, instalaciones
educativas, deportivas o agropecuarias, la siembra de caña de azúcar o cultivos
similares que deban quemarse periódicamente. No podrán sembrarse cultivos
anegados como arroz, permanencia de vegetación (árboles o cultivos), que en su
desarrollo final se aproximen a cinco metros de los cables conductores más
bajos, cuando estos se encuentren en condiciones de carga máxima o
contingencia. Movimientos de tierra, que por su acumulación se eleven, o
alteren el nivel natural del suelo. Almacenamiento de materiales inflamables o
explosivos. Acumulación de materiales u otros objetos que se aproximen a cinco
metros de los cables conductores más bajos. No debe realizar excavaciones en
las cercanías de la servidumbre ni de los sitios de torre. Publíquese en el
Diario Oficial.
San José, 24 de enero del 2012.—Lic. Erick
Gerardo Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—(IN2012008289).
En
En el segundo párrafo cuarto renglón del Considerando debe
adicionarse en: necesita establecer un derecho de servidumbre y dos sitios
de torre.
En el Por Tanto tercero debe adicionarse: El propietario deberá
limitar el uso de esta franja; por razones de seguridad, mantenimiento de la
servidumbre y los dos sitios de torre, no será posible: La construcción de
casas de habitación, oficinas, comercios, instalaciones educativas, deportivas
o agropecuarias, la siembra de caña de azúcar o cultivos similares que deban
quemarse periódicamente. No podrán sembrarse cultivos anegados como arroz,
permanencia de vegetación (árboles o cultivos), que en su desarrollo final se
aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando estos se
encuentren en condiciones de carga máxima o contingencia. Movimientos de
tierra, que por su acumulación se eleven, o alteren el nivel natural del suelo.
Almacenamiento de materiales inflamables o explosivos. Acumulación de
materiales u otros objetos que se aproximen a cinco metros de los cables
conductores más bajos. No debe realizar excavaciones en las cercanías de la
servidumbre ni de los sitios de torre. Publíquese en el Diario Oficial
San José, 24 de enero del 2012.—Lic. Erick
Gerardo Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—(IN2012008290).