AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL
SUPREMO DE ELECCIONES
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
CAJA COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL
Nº 029-02-2012
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ
Con
fundamento en el artículo 28 de
Considerando:
I.—Que
el Programa de Bienes Públicos Regionales (BPR) del Banco Interamericano de
Desarrollo está invitando al Clúster de conocimiento “Planificación y
sostenibilidad en el emprendimiento público BPR” que reunirá a nueve
proyectos de BPR en la región, a realizarse en la ciudad de Bogotá, Colombia,
los días 26 y 27 de marzo de
ACUERDA:
Artículo 1º—Se designa a la señora Glorielena Alvarado Orozco, cédula de identidad Nº 1-490-671 para que participe en la reunión arriba mencionada.
Artículo 2º—Los gastos de la señora Glorielena Alvarado Orozco por concepto alojamiento, tiquetes y manutención, derivados de su asistencia al clúster, serán asumidos por el programa de Bienes Públicos Regionales (BPR) del Banco Interamericano de Desarrollo.
Artículo 3º—Que durante los días del 25 al 28 de marzo, en que se autoriza la participación de la funcionaria Glorielena Alvarado Orozco en la mencionada reunión, ella devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 25 al 28 de marzo del 2012.
Dado en el Despacho del Ministro de Justicia y Paz, a los veintinueve días del mes de febrero del dos mil doce.
Hernando París R., Ministro de Justicia y Paz.—1 vez.—O.C. Nº 14791.—Solicitud Nº 39816.—C-21640.—(IN2012022932).
DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA
Acuerdo
de viaje N° DGME 031-2012.—
Considerando:
I.—Que
mediante la resolución número Nº 135-2012-64-DPI-PPM, de las quince horas con
doce minutos, del día veintisiete de enero de dos mil doce, debidamente
notificada, se ordenó la deportación del señor de nombre Francisco Arturo de
apellidos Patiño Montaño, con expediente administrativo migratorio de
II.—Que
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar al señor José Pablo Cortés Salas, cédula número 2 0666 0459,
Oficial de
Artículo 2º—Que la tarifa máxima establecida para viajar a Colombia, corresponde a doscientos diecinueve dólares diarios ($219.00 USD). Dicha tarifa se desglosa de la siguiente manera: 1) Gastos de Hospedaje, hasta un 60% diario, correspondiendo a la suma de ciento treinta y un dólares con cuarenta centavos diarios ($ 131.40 USD). 2) Gastos de Alimentación según se detalla: se destinará hasta un 8% diario por concepto de desayuno, correspondiendo a la suma de diecisiete dólares con cincuenta y dos centavos diarios ($17.52 USD); hasta un 12% diario por concepto de almuerzo, correspondiendo a veintiséis dólares con veintiocho centavos diarios ($26.28 USD) y, hasta un 12% diario para cena, correspondiendo a veintiséis dólares con veintiocho centavos diarios ($26.28 USD). 3) Gastos Menores de Viaje, hasta un 8% diario que corresponden a la suma de diecisiete dólares con cincuenta y dos centavos diarios ($17.52 USD).
Artículo
3º—Que de conformidad con la tarifa antes descrita, se reconocerán los
gastos en que incurra el señor José Pablo Cortés Salas, por concepto de
alimentación y hospedaje. Además, se reconocerán, si los hubiere, los gastos
menores, transporte aeropuerto-hotel-aeropuerto y los gastos por concepto de
Impuestos de Entrada y Salida que deban ser cancelados en los países que tengan
relación directa con la deportación a efectuarse. Los gastos reconocidos serán
cubiertos con el presupuesto ordinario de
Artículo
4º—Que en el caso de los tiquetes aéreos, estos serán donados por
Artículo 5º—Que durante los días en que participe el señor José Pablo Cortés Salas, en la actividad a la que hace referencia el presente acuerdo, devengará el 100 % de su salario.
Artículo 6º—El presente acuerdo rige del 28 de febrero al 02 de marzo, ambos de 2012.
Dado
en
SERVICIO
NACIONAL DE SALUD ANIMAL
EDICTOS
La señora Antonieta Campos Bogantes, cédula
2-405-625, vecina de Alajuela en calidad de representante legal de la compañía
Oficina Tramitadora de Registros Corporación de Registros Sanitarios Internacionales
M&C, con domicilio en Alajuela, solicita el
registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Acti
Spectin 110, fabricado por Laboratorio Llender S.A., Perú, con los
siguientes principios activos:: Cada kg contiene: Lincomicina base
DIRECCIÓN
DE GESTIÓN
Y EVALUACIÓN DE
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 188, asiento N° 1607,
emitido por el Liceo San Antonio, en el año dos mil cuatro, a nombre de Soto
Vargas Percy. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
JUNTA ADMINISTRATIVA
DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE
Para ver las marcas de Fábrica solo en
Marcas de ganado
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA
VEZ
Nº 2012-54.—Juan
Pablo Jiménez Somoza, cédula de identidad número 1-1354-0237, mayor, soltero,
solicita el registro de:
Para ver la imagen
solo en
como marca de ganado que usará preferentemente en
Limón, Pococí,
Nº 103.356.—Erick Alejandro Vásquez Agüero, cédula de identidad número 1-1491-0619, mayor, soltero, solicita el registro de:
7
N 3
como marca de ganado que usará preferentemente en Puntarenas, Buenos
Aires, Buenos Aires, San Carlos. Se cita a terceros con derechos a oponerse,
para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados
a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 2 de marzo
del 2012.—Viviana Segura De
Nº 2011-3326.—PABSA
Productores Animales Beita Sociedad Anónima, cédula
jurídica número 3-101-620709, representada por Ricardo Beita
Castro, cédula Nº 1-1256-825.
Para ver la imagen
solo en
como marca de ganado que usará preferentemente en
Puntarenas, Buenos Aires, Potrero Grande, Paso Real, de la escuela de Paso
Real,
Patente
de invención
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El señor Manuel E. Peralta Volio, cédula Nº 9-012-480,
mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Novartis AG, de Suiza, solicita
Para ver la imagen
solo en
Se dan a conocer derivados de oxazina de la fórmula (I): los cuales tienen una actividad
inhibidora de BACE, en donde todas las variables son como se definen en la
memoria descriptiva, en forma libre o en forma de sal, sus métodos de
preparación, su uso médico y medicamentos que los comprenden. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El señor Manuel Peralta Volio,
mayor, abogado, cédula de identidad número 9-012-480, vecino de San José, en su
condición de apoderado especial Syngenta Limited de Reino Unido, solicita
Para ver la imagen
solo en
Esta invención se relaciona con composiciones
agroquímicas que comprenden un compuesto de benzamida
de
El señor Aarón Montero Sequeira, cédula Nº 1-908-006, mayor, abogado, vecino de San José, en
calidad de apoderado especial de Total Raffinage
Marketing, de Francia, solicita la patente de invención denominada FLUIDO
HIDROCARBONADO HIDRODESPARAFINADO UTILIZADO EN
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp.
Nº 297.—El Pelón de
Exp. Nª 15041P.—Magic Waterfall Limitada,
solicita concesión de:
Exp. Nº 336.—Urias Solís Segura,
solicita concesión de:
Exp. Nº 9898A.—Sociedad de Usuarios de Agua de Volio de San
Ramón, solicita concesión de:
Registro
Civil-Departamento Civil
OFICINA
DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. Nº 28820-10.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas
diez minutos del veintitrés de junio del dos mil once. Diligencias de ocurso presentadas ante
Exp. Nº 34162-2011.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas del
dos de febrero del dos mil doce. Diligencias de ocurso
presentadas por María Isabel Biurrun Cabrero, mayor,
soltera, supervisora de contabilidad, costarricense, cédula de identidad número
ocho-cero noventa y siete-trescientos, vecina de San Francisco, Heredia,
tendente a la rectificación de su asiento de naturalización..., en el sentido
que el nombre y los apellidos de la persona ahí inscrita son “María
Isabel Biurrun Cabrero”. Conforme lo señala el
artículo 66 de
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Natalia Concepción Orozco Galeano, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3571-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas quince minutos del diecinueve de diciembre del dos mil once. Exp. Nº 20594-2011. Resultando 1.-..., 2.-..., 3.-..., Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Hechos no Probados:..., III. Sobre el Fondo:..., Por Tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Dania Marileth Ramírez Orozco...; en el sentido que el nombre y el apellido del padre... son “Juan de Dios Ramires, no indica segundo apellido”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012021809).
SECCIÓN
DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Aviso de solicitud de naturalización
Brenda
del Carmen Barrios Morales, mayor, soltera, administradora, nicaragüense,
cédula de residencia 155801100515, vecina de San José, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante
MUNICIPALIDAD
DE SAN JOSE
FORMULARIO
PLAN DE ADQUISICIONES
DEL AÑO 2012
El
Área de Registros, del Departamento de Recursos Materiales y Servicios de esta
municipalidad, con base en el Artículo 6 de
DESCRIPCIÓN |
MONTO EN COLONES |
FUENTE DE FINANCIAMIENTO |
PROGRAMA |
PERIODO ESTIMADO DE INICIO DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN |
ADQUISICIÓN DE MINICARGADORES |
68.999.000,00 |
INGRESOS CORRIENTES Y TRANSFERENCIAS DE CAPITAL |
II Y III |
I Semestre 2012 |
ADQUISICIÓN DE CÁMARAS TIPO DOMO |
79.400.000,00 |
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL |
IV |
I Semestre 2012 |
ADQUISICIÓN DE CAMIÓN DE DOS TONELADAS |
16.500.000,00 |
INGRESOS CORRIENTES |
II |
I Semestre 2012 |
ADQUISICIÓN DE MAQUINA ENFRIADORA |
100.000.000,00 |
FINANCIAMIENTO INTERNO |
II |
I Semestre 2012 |
ADQUISICIÓN DE CINCO CARRETAS |
27.500.000,00 |
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL |
III |
I Semestre 2012 |
CONSTRUCCIÓN DE QUIOSCOS |
120.000.000,00 |
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL |
III |
I Semestre 2012 |
CONSTRUCCIÓN ACERAS PASEO COLÓN |
300.000.000,00 |
INGRESOS CORRIENTES Y FINANCIAMIENTO INTERNO (BONOS) |
III |
I Semestre 2012 |
DESMANTELAMIENTO CENTRO OPERACIONES POLICIA MUNICIPAL |
161.662.773,53 |
FINANCIAMIENTO INTERNO |
III |
I Semestre 2012 |
REMODELACIÓN E INSTALACION DE SISTEMAS INFORMATICOS |
40.000.000,00 |
RECUSOS DE VIGENCIAS ANTERIORES |
III |
I Semestre 2012 |
DEMOLICIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE ACERAS AVENIDA 3. |
44.200.000,00 |
FINANCIAMIENTO INTERNO |
III |
I Semestre 2012 |
ALQUILER DE RETROEXCAVADOR |
75.335.528,00 |
INGRESOS CORRIENTES |
II |
I Semestre 2012 |
MEJORAS EN PASOS PEATONALES Y VEHICULARES |
33.000.000,00 |
INGRESOS CORRIENTES |
III |
I Semestre 2012 |
MEJORAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA ANFITEATRO |
46.300.000,00 |
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL |
IV |
I Semestre 2012 |
ADQUISICIÓN DE CAMIÓN 3.5 TONELADAS |
16.000.000,00 |
INGRESOS CORRIENTES |
I |
I Semestre 2012 |
DEMOLICION Y CONSTRUCCIÓN DE ACERAS AVENIDA 8. |
50.000.000,00 |
INGRESOS CORRIENTES |
III |
I Semestre 2012 |
DEMOLICION Y CONSTRUCCIÓN DE ACERAS AVENIDA 10 ENTRE CALLE 8-11. |
450.000.000,00 |
FINANCIAMIENTO INTERNO |
III |
I Semestre 2012 |
NOMENCLATURA VIAL |
300.000.000,00 |
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL |
III |
I Semestre 2012 |
LOSAS BARRIO CHINO |
280.000.000,00 |
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL E INGRESOS CORRIENTES |
III Y IV |
I Semestre 2012 |
ADQUISICON DE EQUIPO DE SEGURIDAD OCUPACIONAL |
71.331.466,80 |
INGRESOS CORRIENTES |
I Y II |
I Semestre 2012 |
ADQUISICIÓN DE ARTICULOS FERRETEROS |
30.653.618,00 |
INGRESOS CORRIENTES |
I Y II |
I Semestre 2012 |
CONSTRUCCIÓN CONCEJO DISTRITO SAN SEBASTIÁN |
102.611.872,00 |
FINANCIAMIENTO INTERNO Y TRANSFERENCIAS DE CAPITAL |
III Y IV |
I Semestre 2012 |
SERVIDORES PARA BLADE |
19.313.910,00 |
FINANCIAMIENTO INTERNO |
III |
I Semestre 2012 |
SUMINISTRO DE MATERIALES, MANO DE OBRA PLAZOLETA SANTA TERESITA |
55.000.000,00 |
FINANCIAMIENTO INTERNO |
III |
I Semestre 2012 |
MATERIALES ELECTRICOS |
85.344.595,00 |
INGRESOS CORRIENTES |
I, II Y III |
I Semestre 2012 |
ARTICULOS FERRETEROS |
30.475.618,08 |
INGRESOS CORRIENTES |
I, II Y III |
I Semestre 2012 |
PRODUCTOS METÁLICOS |
115.310.430,96 |
INGRESOS CORRIENTES |
II Y III |
I Semestre 2012 |
ADQUISICIÓN DE PICK UPS |
20.000.000,00 |
INGRESOS CORRIENTES |
II |
I Semestre 2012 |
SUMINISTRO DE MATERIALES, MANO DE OBRA BIBLIOTECA CARMEN LYRA. |
64.559.271,81 |
RECUSOS DE VIGENCIAS ANTERIORES |
III |
I Semestre 2012 |
SIEMBRA Y MANTENIMIENTO DE ÁRBOLES |
90.000.000,00 |
INGRESOS CORRIENTES |
III |
I Semestre 2012 |
SERVICIO DE SEÑALIZACION VIAL VERTICAL Y HORIZONTAL |
49.768.342,54 |
TRANSFERENCIAS CORRIENTES |
II |
I Semestre 2012 |
ADQUISICIÓN DE LICENCIAS |
113.000.000,00 |
INGRESOS CORRIENTES |
III |
I Semestre 2012 |
ALQUILER DE COMPACTADORAS |
16.000.000,00 |
INGRESOS CORRIENTES |
II |
I Semestre 2012 |
ADQUISICIÓN DE PICK UPS DOBLE CABINA |
48.000.000,00 |
INCRESOS CORRIENTES |
III |
I Semestre 2012 |
ADQUISICIÓN DE 9 CAMIÓNES RECOLECTORES |
1.000.000.000,00 |
FINANCIAMIENTO INTERNO |
II |
I Semestre 2012 |
SERVICIO DE AUDITORIA EXTERNA |
21.000.000,00 |
INGRESOS CORRIENTES |
I |
I Semestre 2012 |
ADQUISICIÓN DE MEDICAMENTOS |
32.423.720,00 |
INGRESOS CORRIENTES |
I Y II |
I Semestre 2012 |
IMPLEMENTOS DE SEGURIDAD |
17.616.420,00 |
INGRESOS CORRIENTES |
I Y II |
I Semestre 2012 |
San José, 16 de marzo del 2012.—Departamento de Comunicación..—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 130036.—Solicitud Nº 5010.—C-58760.—(IN2012021777).
El Ministerio de Salud somete a conocimiento
de las Instituciones y público en general los siguientes Proyectos de
Reglamentación:
1. “Reglamento
para otorgamiento del permiso sanitario de funcionamiento a los establecimientos
que brindan atención para personas con discapacidad en la modalidad de
Alternativas Residenciales”.
2. “Reglamento para el Permiso Sanitario de Funcionamiento de
los Bancos y Centros de Recolección de Leche Humana”.
3. “Norma Nacional para Bancos y Centros de Recolección de Leche
Humana”.
4. “Reglamento para la calidad de agua de consumo humano en
establecimientos de salud.”
De conformidad con el artículo 361 de
Se podrán obtener los textos del Proyecto de Reglamentación en sitio
Web señalado anteriormente, o bien obtener copia en las oficinas centrales de
Dirección Garantía de Acceso a Servicios de Salud.—Dr. Andrés Sánchez Moreira, Director.—1 vez.—O. C. Nº 14143.—Solicitud Nº 001-12.—C-10660.—(IN2012022265).
OFICINA DE QUEPOS
AVISO
PUBLICACIÓN DE TERCERA
VEZ
Yo, Federico Fonseca Gutiérrez, cédula de identidad Nº 5-0105-0024, solicitante del Certificado de Depósito a Plazo, emitido por el Banco Nacional de Costa Rica, Oficina de Quepos, que se detalla a continuación:
C.D.P Monto Emisión Vencimiento
400-01-022-003931-0 ¢1.180.122,40 26-08-2011 28-02-2012
Título emitido a la orden, a una tasa de interés del 6.35%. Solicito reposición de este documento por causa de destrucción del certificado de depósito a plazo original. Se publica este anuncio por tres veces consecutivas para oír reclamos de terceros, por el término de quince días.
Quepos, 11 de enero del 2012.—Leal Gyles Ortega, Gerente.—RP2012284134.—(IN2012021611).
AVISOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
A quien interese se le comunica la resolución
de las 11:00 horas del 13 de marzo del 2012 que declarara en abandono
administrativo de la niña Mileidy del Socorro Luna
Martínez, por parte de su madre fallecida Karla Luna Martínez, conocida como Aparicia del Socorro Luna Martínez. En contra de dicha
resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación en subsidio,
presentado verbalmente o por escrito en las siguientes 3 días hábiles a la
publicación de los edictos, ante quien emitió esta resolución en Guadalupe y
quien resolverá el de revocatoria y elevara el de apelación a
Se le comunica a
Jocelyn Cortés Quirós, la resolución de las once horas con diez minutos del doce
de marzo de dos mil doce, que ubica a Keilyn Fiorella
Cortés Quirós en la alternativa de protección institucional, denominado
“Albergue Transitorio San Francisco”. Plazo de la resolución hasta
por seis meses. Se traslada el proceso en incompetencia territorial a
Se le comunica a Angie Loaiza Coto, la resolución de las diez horas del ocho de marzo de dos mil doce, que declara la adoptabilidad de la persona menor de edad Arini Loaiza Coto. En contra de la presente resolución proceden los recursos de revocatoria con apelación en subsidio para ante el Superior en grado, dentro de un plazo de tres días después de notificada. El de revocatoria lo resolverá el órgano que dictó la resolución y el de apelación se elevará ante el Jerarca Institucional. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificada con el sólo transcurso de 24 horas después de dictada. Exp. Nº 231-000105-2011.—Oficina Local Guadalupe, 9 de marzo del 2012.—Lic. Roberto Marín Araya, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3888.—C-12620.—(IN2012021447).
Al señor Alberto
Moreno Concepción, se le comunica la resolución administrativa de las trece
horas del nueve de febrero del dos mil once, que dicta medida de protección de
abrigo temporal, en beneficio de la persona menor de edad Elizabeth Villafuerte
Rodríguez, Elida Fernanda Chavarría Villafuerte, Sherol
Jimenes Villafuerte, en el albergue institucional,
además se ordeno tramitar a la brevedad posible, proceso judicial ante el
Juzgado de Niñez y Adolescencia. Medidas con un plazo máximo de 6 meses.
Garantía de defensa: se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o
representar por un profesional en derecho de su elección, y tener acceso al estudio
y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en
Al señor Reinaldo Toloza Acevedo, se le comunica la resolución administrativa
de las ocho horas del trece de marzo del dos mil doce, que dicta medida de
protección de cuido provisional, en beneficio de la persona menor de edad
Emanuel Toloza Abarca, bajo responsabilidad de los
señores Evelyn Álvarez Montero, cédula 1-1245-0534, y el señor José Pablo
Montero Suárez, cédula 2-617-367. Lo anterior por un plazo máximo de seis
meses, mientras no sea revocado en vía administrativa o judicial. Medidas con
un plazo máximo de 6 meses. Garantía de defensa: se le hace saber que tiene
derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su
elección, y tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo
que en lo concerniente existe en
Resolución 774-RCR-2012.—San José, a las 11:00 horas del 21 de febrero de 2012
Conoce el Comité
de Regulación la solicitud de ajuste tarifario presentada por
Resultando:
I.—Que
II.—Que
las tarifas vigentes que solicita ajustar
III.—Que
con oficio GG-933-2011 del 21 de noviembre del 2011, recibido por
IV.—Las tarifas vigentes y las solicitadas se presentan en el cuadro siguiente:
Para ver la imagen
solo en
V.—Que
VI.—Que la
convocatoria a audiencia pública se publicó en los siguientes periódicos:
Diario Al Día y
VII.—Que
VIII.—Que
mediante correo electrónico recibido el 12 de enero de 2012,
IX.—Que la
audiencia pública se realizó el día 27 de enero de
X.—Que de
conformidad con el acta correspondiente de la audiencia N° 2-2012 (folios
1. Catalina Montero Gómez, cédula de identidad 4-111-226, indicando como sus principales argumentos:
La
señora Montero Gómez indica que le parece injusto que se incorporen como costos
del servicio los materiales, compra de equipo, vehículos y contratación de
personal; dado que la empresa cuenta con dichos recursos y en el análisis se
realiza el costeo partiendo de cero. Además cuestiona el hecho de que se
solicite un incremento muy elevado, producto del crecimiento del monto que se
debe cancelar al contratista. Insta a
2. Minor Meléndez Venegas, cédula de identidad 1-729-864, indicando como sus principales argumentos:
El
señor Meléndez Venegas manifiesta que en el costo de una obra generalmente el
costo de mano de obra es muy semejante al de los materiales, situación que no
observó en las cifras presentadas en la audiencia pública, por lo que considera
que existen inconsistencias en las cifras que sustentan la petición tarifaria.
También hace referencia a que se debe contemplar el aspecto social en las
tarifas y que el monto solicitado es elevado para algunos sectores donde se
brinda el servicio por parte de
XI.—Que
una vez realizada la audiencia pública y analizadas las oposiciones presentadas
por los interesados,
XII.—Que
XIII.—Que
por oficio 846-RG-2011 del 1° de diciembre de 2011, con fundamento en lo
dispuesto por
XIV.—Que el Comité de Regulación en su sesión número 173 de las 09:00 horas del 21 de febrero de 2012, acordó por unanimidad y por acuerdo firme, proceder a emitir la presente resolución.
XV.—Que en los procedimientos se han observado las prescripciones y plazos de Ley.
Considerando:
I.—Que del oficio 64-DIAA-2012 del 20 de febrero de 2012, arriba citado, que sirve de sustento a la presente resolución, conviene extraer lo siguiente.
1. Las tarifas analizadas se sustentan en los costos en que incurre la empresa para efectuar las conexiones de servicios nuevos de acueducto.
2. El
número de servicios instalados son la base para la determinación de los costos
respectivos, ya que éstos están en función directa con el número de conexiones
que se ejecuten. La empresa detalló el número de conexiones del período
3.
4. Para
determinar los costos de conexión de nuevos servicios de acueducto,
5.
6. Para
realizar las conexiones de servicios nuevos,
7. Los costos de la conexión de servicios nuevos de acueducto correspondientes al año 2010 y hasta agosto del 2011, para el caso de realizar la actividad mediante contratación privada, los gastos administrativos asociados (materiales, mano de obra y transporte), se presentan en el siguiente cuadro:
Para ver la imagen
solo en
8. Para obtener las tarifas resultantes bajo la modalidad de prestación del servicio con contratación privada, se consideraron los costos totales (año 2010 y hasta agosto del año 2011), dividido por la cantidad de órdenes ejecutadas durante el mismo período. En el siguiente cuadro se presentan las tarifas resultantes.
Para ver la imagen
solo en
9. Para
la estimación de las tarifas para conexión de servicios nuevos de acueducto,
bajo la modalidad de recursos propios, se mantienen los costos administrativos
de la modalidad con contratación privada y se sustituye el costo pagado al
contratista por los costos operativos extraordinarios que se requerirían para
la gestión del servicio, dentro de los cuales se incluyen: mano de obra,
transporte, útiles, herramientas, costo por depreciación y compra de equipo.
Para efectos de distribuir los costos operativos en que incurriría
Para ver la imagen
solo en
10. Los costos
presentados por
Para ver la imagen
solo en
11. Con los
datos obtenidos tanto en la modalidad de contratación privada para la conexión
de servicios nuevos de acueducto, como con la modalidad de prestación del
servicio con recursos propios de
Para ver la imagen
solo en
Es claro que, con los costos actuales, la conexión de nuevos
servicios de acueducto bajo la modalidad de la contratación privada es
beneficiosa tanto para
12. Con
respecto a las tarifas actuales y las calculadas por
Para ver la imagen
solo en
13. El tiempo
promedio de instalación de un nuevo servicio, para el año 2011, fue de 4,3 días
hábiles. El tiempo referido por la empresa está acorde con el plazo establecido
en la propuesta de
I.—Que en respuesta a las manifestaciones expuestas en las coadyuvancias u oposiciones, resumidas en el Resultando X, de esta resolución, debe indicarse lo siguiente:
Como respuesta a las oposiciones presentadas se hacen las siguientes aclaraciones:
1. La
solicitud tarifaria planteada por
2. El
estudio presentado por
3. Es
política de
4.
5. El procedimiento tarifario que la empresa debe presentar al Organismo Regulador, debe demostrar los costos en que se incurre para prestar el servicio, en ningún momento se aceptaría una modalidad con contratación privada que genere tarifas más altas para los nuevos abonados del servicio. De los resultados del estudio queda claro que si la empresa prestara el servicio con recursos propios, las tarifas serían mucho más elevadas que con la modalidad de contratación privada.
6. Con lo manifestado queda claro que la empresa no podría dirigir los recursos recaudados hacia otras actividades y que el aspecto social se ha protegido, al elegir la alternativa de menor costo para fijar las tarifas en cuestión.
7. De
los costos obtenidos por
8. Sobre el nivel de las tarifas resultantes, se debe señalar que son muy semejantes a las existentes para la conexión de servicios nuevos de acueducto en las zonas rurales del país (acueductos comunales – ASADAS).
II.—Que
de conformidad con los resultandos y considerandos que anteceden y de acuerdo
con el mérito de los autos, lo procedente es modificar la propuesta tarifa
solicitada por
Con
fundamento en las facultades conferidas en
EL COMITÉ DE REGULACIÓN, RESUELVE
1º—Fijar las tarifas para la conexión de nuevos servicios de acueducto, según el siguiente detalle:
Para ver la imagen
solo en
2º—Para la
próxima petición tarifaria de conexión de servicios nuevos de acueducto,
3º—
• Costos del contrato
• Mano de obra
• Materiales
• Transporte
4º—
5º—
En cumplimiento
de lo que ordena el artículo 245, de
El recurso de
revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el plazo de tres días
contados a partir de la notificación, conforme el artículo 346, párrafo 1 de
De acuerdo con
lo establecido en el artículo 34 de
Notifíquese y publíquese.—Luis Alberto Cubillo Herrera, Carlos Solano Carranza y Luis Fernando Chavarría Alfaro, Comité de Regulación.—1 vez.—O. C. Nº 6320-2012.—Solicitud Nº 46058.—C-580830.—(IN2012024275).
CONVOCA
A AUDIENCIA PÚBLICA
Para
exponer sobre la propuesta de
Variación propuesta* en los precios de venta en Plantel de Recope |
||
Productos |
Variación Absoluta (Colones por litro) |
Variación Porcentual |
Gasolina súper |
9,05 |
1,6% |
Gasolina Plus 91 (regular) |
8,85 |
1,6% |
Diésel 50 (0,005% S) |
10,27 |
2,0% |
Diésel 0,50% S |
10,17 |
2,0% |
Keroseno |
10,28 |
2,2% |
Búnker |
8,03 |
2,3% |
IFO 380 |
8,37 |
2,5% |
Asfalto AC-20, AC-30, PG-70 |
7,52 |
2,2% |
Diésel pesado |
9,21 |
2,3% |
Emulsión asfáltica |
4,94 |
2,2% |
L.P.G. (mezcla) |
5,71 |
2,1% |
L.P.G. (propano 100%) |
5,02 |
2,1% |
Av-Gas |
15,15 |
2,2% |
Jet A-1 general |
10,03 |
1,9% |
Nafta Pesada |
8,84 |
2,3% |
Nafta Liviana |
8,79 |
2,3% |
Variación propuesta* en los precios de venta al consumidor final en Estaciones de Servicio |
||
Productos |
Variación Absoluta (Colones por litro) |
Variación Porcentual |
Gasolina súper |
9,35 |
1,5% |
Gasolina Plus 91 |
9,28 |
1,5% |
Diésel 50 (0,005% S) |
9,78 |
1,7% |
Keroseno |
10,64 |
2,1% |
Av-Gas |
15,59 |
2,2% |
Jet A-1 general |
9,91 |
1,8% |
* Con respecto a los precios vigentes al momento en que se resuelva la presente propuesta. |
||
Notas: 1) El margen de comercialización para costos
internos (factor “K”) propuesto por RECOPE es de 17,2% para
todos los productos. 2) Se propone un precio para el Búnker Pacífico de 400,96 colones por litro. |
Quien tenga interés legítimo podrá presentar su oposición o coadyuvancia: en forma oral en la audiencia pública o por
escrito firmado: en la audiencia pública, en las oficinas de
Las oposiciones o coadyuvancias deben de
estar sustentadas con las razones de hecho y derecho, indicando un lugar
exacto, o un medio (correo electrónico, número de fax o apartado postal), para
efectos de notificación por parte de
Las oposiciones o coadyuvancias deben estar
sustentadas con las razones de hecho y derecho, debidamente firmadas y
consignar el lugar exacto, correo electrónico o el número de fax, para efectos
de notificación por parte de
Las personas jurídicas deben interponer la oposición o coadyuvancia por medio del representante legal de dicha
entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente.
Se comunica que los expedientes que contienen la información que
sustenta esta propuesta se pueden consultar en las instalaciones de
**Si por motivo de fuerza mayor o caso fortuito la audiencia pública
no se puede realizar por el sistema de video-conferencia, ésta se celebrará en
forma presencial en cada una de las sedes señaladas al efecto.
Dirección General de Participación del
Usuario.—Luis Fernando Chavarría Alfaro.—1
vez.—O. C. Nº 6321-2012.—Solicitud Nº 46059.—C-143700.—(IN2012024283).
SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
San José, 20 de marzo de 2012.—N° 1041–SUTEL–DGC–2012 (Al contestar refiérase a este número).—Concesionarios y permisionarios del espectro.
ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN TÉCNICA DE CONCESIONARIOS Y PERMISIONARIOS DEL ESPECTRO
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de
Con base en lo anterior y dado que se han actualizado las herramientas tecnológicas para el cumplimiento de las citadas funciones, se requiere al amparo de lo dispuesto en el artículo 75 inciso a) subinciso ii) se requiere la presentación de la siguiente información:
a. Diagrama general de la red
de radiocomunicaciones (especificar equipos y frecuencias utilizadas en cada
emplazamiento, incluir enlaces punto a punto, repetidoras y enlaces punto
– multipunto).
b. Puntos de
irradiación (uno por cada sitio):
Tabla 1. Punto de irradiación
Tipo de servicio: |
|
|
- Radiodifusión sonora AM |
|
|
- Radiodifusión sonora FM |
|
|
- Radiodifusión televisiva |
|
|
- Sistemas troncalizados |
|
|
- Sistemas buscapersonas |
|
|
- Redes de comunicación de banda angosta |
|
|
Nombre del concesionario |
|
|
(Razón social - Nombre Completo) |
|
|
Cédula jurídica o cédula de identidad |
|
|
Llenar información de cada uno de los emplazamientos |
||
Latitud |
|
Observación: Coordenadas en formato DECIMAL con al menos 5 valores decimales significativos con el datum WGS84 |
Longitud |
|
|
Límite inferior de frecuencia (MHz) |
|
|
Límite superior de frecuencia (MHz) |
|
|
Altura de la torre (MSNM) |
|
|
Altura de la antena (m) |
|
|
Potencia máxima de salida del equipo (dBm) |
|
|
Potencia efectiva radiada aparente - EIRP (dBm) |
|
|
Potencia máxima admisible contorno (dBm) |
|
|
Sólo para servicios de radiodifusión televisiva |
|
|
c. Especificación completa de cada enlace punto
– punto / punto – multipunto (Frecuencias de enlaces):
Tabla 2. Enlaces punto a punto / punto
a multipunto
Enlace |
Enlace Nº 1 |
Enlace Nº 2 |
Enlace Nº n |
|||
Sitios |
1TX |
1RX |
2TX |
2RX |
nTX |
nRX |
Capacidad de enlace (Mbps) |
|
|
|
|
|
|
Emplazamiento (nombre) |
|
|
|
|
|
|
Provincia |
|
|
|
|
|
|
Cantón |
|
|
|
|
|
|
Distrito |
|
|
|
|
|
|
Dirección |
|
|
|
|
|
|
Latitud (WGS84) |
|
|
|
|
|
|
Longitud (WGS84) |
|
|
|
|
|
|
Altura del emplazamiento (msnm) |
|
|
|
|
|
|
Frecuencia Central (MHz) Tx |
|
|
|
|
|
|
Frecuencia Central (MHz) Rx |
|
|
|
|
|
|
Ancho de Banda (BW [MHz]) |
|
|
|
|
|
|
Frecuencia Central (MHz) Tx (alternativa 1) |
|
|
|
|
|
|
Frecuencia Central (MHz) Rx (alternativa 1) |
|
|
|
|
|
|
Ancho de Banda (BW (MHz) (alternativa 1) |
|
|
|
|
|
|
Atenuación del Filtro Rx al canal adyacente (dBm) (alternativa 1) |
|
|
|
|
|
|
Frecuencia Central (MHz) Tx (alternativa “ |
|
|
|
|
|
|
Frecuencia Central (MHz) Rx (alternativa “ |
|
|
|
|
|
|
Ancho de Banda (BW (MHz) (alternativa “ |
|
|
|
|
|
|
Atenuación del Filtro Rx al canal adyacente (dBm) (alternativa 2) |
|
|
|
|
|
|
Frecuencia Central (MHz) Tx (alternativa “ |
|
|
|
|
|
|
Frecuencia Central (MHz) Rx (alternativa “ |
|
|
|
|
|
|
Ancho de Banda (BW (MHz) (alternativa “ |
|
|
|
|
|
|
Atenuación del Filtro Rx al canal adyacente (dBm) (alternativa 3) |
|
|
|
|
|
|
Requerimiento de asignación de canales contiguos (Sí/No) |
|
|
|
|
|
|
Potencia de salida del equipo propuesto (dBm) |
|
|
|
|
|
|
Potencia isotrópica radiada equivalente (PIRE – EIRP dBm) |
|
|
|
|
|
|
Rango de frecuencia de operación del equipo propuesto (finicial – ffinal [MHz]) |
|
|
|
|
|
|
Sensibilidad Rx (dBm) (*) |
|
|
|
|
|
|
Relación C/I (carrier vrs interference) permisible |
|
|
|
|
|
|
Ganancia de |
|
|
|
|
|
|
Patrón de radiación de (horizontal y vertical) |
|
|
|
|
|
|
Polarización propuesta (Vertical/Horizontal) |
|
|
|
|
|
|
Apertura de la antena (en grados) |
|
|
|
|
|
|
Relación frente – espalda de la antena (dB) |
|
|
|
|
|
|
Resolución de la antena (en grados) [BWFN/2] |
|
|
|
|
|
|
Altura del punto de radiación de antena respecto al suelo (m) |
|
|
|
|
|
|
Azimuth (en grados) |
|
|
|
|
|
|
Downtilt (ángulo de elevación, en grados) |
|
|
|
|
|
|
Nivel umbral de BER |
|
|
|
|
|
|
Notas:
1. Información de localización
en formato decimal (DD.ddddd°).
2. EIRP: Potencia
Transmisor (dBm) + Ganancia de antena (dBi).
3. msnm:
metros sobre el nivel del mar.
4. La
canalización propuesta debe remitirse al ancho de banda por canal y el estándar
UIT-R utilizado.
5. BWFN: Bandwidth
first null, ancho de banda entre los primeros nulos.
6. (*)
Corresponde a la sensibilidad del equipo RX (fijo). Se debe brindar
especificación por separado del equipo TX.
7. Debe
aportarse la tabla del patrón de radicación horizontal (360°) y vertical
(180º), para la antena o arreglo de antenas, en pasos de un grado,
especificando los niveles de potencia en dBi. Lo anterior, utilizando el
formato nsma.
8. Potencia
máxima admisible contorno: se refiere al valor de potencia de señal mínima
dentro de la cual debe quedar comprendida la ciudad principal a servir por una
estación destinada al servicio de radiodifusión. Se debe indicar este valor
para los casos en que se posea un título habilitante en el cual se haya
especificado de no ser así, se hará referencia a los valores indicados en el
artículo 125 del Decreto N°34765-MINAET Reglamento a
9. Preferiblemente
los sistemas de microondas deben tener posibilidades de modulación adaptativa.
Para enlaces microondas por debajo de los 10 GHz, debe tener esquemas de
modulación superiores a 64 QAM; y para enlaces superiores a los 10 GHz debe
tener esquemas de modulación hasta los 256 QAM.
10. Los
sistemas deben tener control automático de potencia transmitida.
La información detalla anteriormente, deberá remitirse en un archivo Excel .xls con el formato requerido por SUTEL. De la misma forma, se habilita en el sitio web de SUTEL (www.sutel.go.cr) el documento “Actualización de Información Técnica - Concesionarios y Permisionarios Espectro” sobre la información solicitada en las tablas 1 y 2 en el siguiente enlace:
http://www.sutel.go.cr/Ver/Contenido/frecuencias/102
De
conformidad con el artículo 264 de
Glenn Fallas Fallas, Director General de Calidad.—1 vez.—O. C. Nº 39-2012.—Solicitud Nº 40891.—C-187600.—(IN2012024370).
Mario Vindas
Navarro, Coordinador de
Por instrucciones de
Belén, 16 de marzo del 2012.—Lic. Víctor Sánchez Barrantes, Coordinador Recursos Humanos.—1 vez.—O. C. Nº 0028332.—Solicitud Nº 38900.—C-4720.—(IN2012022272).
El
Concejo Municipal de Barva mediante Acuerdo Nº 307-2012 tomado en la sesión
ordinaria del Concejo Municipal Nº 17-2012, acuerda se comunique a la comunidad
barveña que por motivo de las celebraciones de
Barva, 19 de marzo del 2012.—Departamento de Secretaría.—Cinthya Valerio Herrera, Secretaria.—1 vez.—(IN2012022770).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
INVERSIONES GUATUSO INTERNACIONAL S. A.
La
sociedad Inversiones Guatuso Internacional S. A., cédula jurídica número
3-101-174089, solicita ante
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
A los efectos de lo dispuesto por el Código de Comercio, se hace saber
que por escritura pública número ciento cuarenta y cuatro, otorgada a las once
horas, del día dieciséis de febrero del año dos mil doce, ante
Ante esta notaría
Por escritura otorgada
ante mí, se protocoliza el acta de modificación de todo el pacto social de
sociedad limitada a sociedad anónima, en la que disminuye capital a ¢14.000,00.
Nombre: Bodega
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 10 hrs del 10 de marzo de 2012, se liquida la sociedad 3-101-507020 S. A.—Heredia, 19 de marzo de 2012.—Lic. Luis Ant. Álvarez Chaves, Notario.—1 vez.—RP2012284502.—(IN2012022560).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 10 hrs del 10 de marzo de 2012, se liquida la sociedad Inversiones Fermar VCC de Costa Rica S. A.—Heredia, 19 de marzo de 2012.—Lic. Luis Ant. Álvarez Chaves, Notario.—1 vez.—RP2012284503.—(IN2012022561).
Reforma de las cláusulas primera, segunda y sétima, así como cambio de Junta Directiva y fiscal de la sociedad Marosen Turpu S. A., cédula jurídica 3-101-515761, acta celebrada a las diecisiete horas del día dos de marzo del dos mil doce, en su domicilio social en San José, cantón Curridabat, del correo veinticinco metros sur y cien oeste.—Lic. Marianela Fonseca Rivera, Notaria.—1 vez.—RP2012284504.—(IN2012022562).
Por medio de escritura pública de las 17:30 horas del 16 de marzo del 2012, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de Quintero y Chávez Sociedad de Responsabilidad Limitada, en la cual se solicita la disolución de la sociedad.—San José, 16 de marzo del 2012.—Lic. Rodrigo Madrigal Núñez, Notario.—1 vez.—RP2012284505.—(IN2012022563).
Por medio de escritura pública de las 12:00 horas del 14 de marzo del 2012, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de Camino Solar TT Sociedad Anónima, en la cual se nombra nuevo presidente.—San José, 14 de marzo del 2012.—Lic. Rodrigo Madrigal Núñez, Notario.—1 vez.—RP2012284507.—(IN2012022564).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del día veintiocho de febrero del año dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general de cuotistas de la sociedad Mi Ticketera Limitada, en la que se reforma la cláusula primera del pacto social.—San José, veintiocho de febrero del año dos mil doce.—Lic. Ignacio Esquivel S., Notario.—1 vez.—RP2012284509.—(IN2012022565).
Por escritura de 13:20 horas de hoy, en esta ciudad protocolicé acta de asamblea de socios de la compañía Costuras de Centroamérica S. A., en la cual los socios acordaron disolverla y liquidarla.—San José, 19 de marzo de 2012.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—RP2012284510.—(IN2012022566).
Por escritura de 13:10 horas de hoy, en esta ciudad protocolicé acta de asamblea de socios de la compañía Ejecutivos R B S. A., en la cual los socios acordaron disolverla y liquidarla.—San José, 19 de marzo de 2012.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—RP2012284511.—(IN2012022567).
Por escritura de las 10:00 horas de hoy, en esta ciudad protocolicé acta de asamblea de socios de 3-101-572255 S. A., en la cual los socios acordaron disolverla y liquidarla.—San José, 19 de marzo del 2012.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—RP2012284512.—(IN2012022568).
Por escritura de las 10:10 horas de hoy, en esta ciudad protocolicé acta de asamblea de socios de Nido de Águilas S. A., en la cual los socios acordaron disolverla y liquidarla.—San José, 19 de marzo del 2012.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—RP2012284513.—(IN2012022569).
Por escritura de las 13:00 horas de hoy, en esta ciudad protocolicé acta de asamblea de socios de Inversiones Monisteph S. A., en la cual los socios acordaron disolverla y liquidarla.—San José, 15 de marzo del 2012.—Lic. Odilia Arrieta Angulo, Notaria.—1 vez.—RP2012284514.—(IN2012022570).
Por escritura número diez, de las once horas del quince de marzo del dos mil doce, visible a folio seis frente del tomo décimo de esta notaría, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de Jardín de Niños El Hada Campanita S.R.L., que acuerda la disolución de la compañía, a partir del nueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Clara Isabel Loría Martínez, Notaria.—1 vez.—RP2012284515.—(IN2012022571).
Ante esta notaría, el día diecisiete de marzo del dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Cosiros Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, representada por su presidenta Marianela Fonseca González. Domiciliada en Monteverde de Puntarenas.—San José diecisiete de marzo del dos mil doce.—Lic. Javier González Loría, Notario.—1 vez.—RP2012284516.—(IN2012022572).
Ante esta notaría, se ha constituido la sociedad El Tucán Verde SCDL I Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—Nicoya, Guanacaste, dieciséis de marzo del dos mil doce.—Lic. César Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—RP2012284518.—(IN2012022573).
Ante esta notaría, se ha constituido la sociedad Twenty-Six Corporation Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital suscrito y pagado.—Nicoya, Guanacaste, dieciséis de marzo del dos mil doce.—Lic. César Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—RP2012284519.—(IN2012022574).
Se hace constar que mediante escritura otorgada ante los notarios Carlos Gutiérrez Font y Gonzalo Vargas Acosta, se modifico la cláusula sétima del pacto constitutivo de la sociedad Corporación Quebracho Q.B.R. S. A., cédula de persona jurídica tres ciento uno doscientos ochenta y ocho mil trescientos ochenta y seis, para que en lo sucesivo se lea así: La representación judicial y extrajudicial de la sociedad corresponderá al presidente, secretario y tesorero, quienes tendrán facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, conforme lo dispone el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, actuando individualmente cada uno de ellos.—San José, diecinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—RP2012284520.—(IN2012022575).
Se
hace constar que mediante escritura otorgada ante los notarios Gonzalo Vargas
Acosta y Carlos Gutiérrez Font, se constituyo la
sociedad KPM Internacional (Costa Rica) S. A., domiciliada en San Pedro,
Barrio Los Yoses, de Autos Subarú
Mediante asamblea general celebrada a las a las ocho horas del día dos de marzo del año dos mil doce, se reformó el domicilio social, la representación y se nombra junta directiva y fiscal de la sociedad Olbactra Holding Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-649874.—San José, 20 de marzo del 2012.—Lic. Leonel Alvarado Zumbado, Notario.—1 vez.—RP2012284522.—(IN2012022577).
Por escritura otorgada ante este notario, a las nueve horas treinta minutos del trece de marzo del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía KC Hotels & Resorts Colaye San José LLC Limitada, mediante la cual se reforma la cláusula octava del pacto social.—San José, trece de marzo del dos mil doce.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—RP2012284523.—(IN2012022578).
Por escritura otorgada ante este notario, a las diez horas treinta minutos del trece de marzo del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía KC Development Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula novena del pacto social.—San José, trece de marzo del dos mil doce.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—RP2012284524.—(IN2012022579).
Por escritura otorgada ante este notario, a las once horas treinta minutos del trece de marzo del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Tambor Bayview Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula novena del pacto social.—San José, trece de marzo del dos mil doce.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—RP2012284525.—(IN2012022580).
Por escritura otorgada ante este notario, a las diez horas del trece de marzo del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Herradura Desarrollos Inmobiliarios LLC Limitada, mediante la cual se reforma la cláusula octava del pacto social.—San José, trece de marzo del dos mil doce.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—RP2012284526.—(IN2012022581).
Por escritura otorgada ante este notario, a las nueve horas del trece de marzo del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía KC Group CR LLC Limitada, mediante la cual se reforma la cláusula octava del pacto social.—San José, trece de marzo del dos mil doce.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—RP2012284527.—(IN2012022582).
Por
escrituras de: a) De las 14 horas del 19 de marzo del 2012, se constituyó MWA
Global Business Partness S. A. Presidente y
secretario con poder generalísimo, capital diez mil colones. b) A las 10 horas
del 9 de marzo del 2012. Protocolicé acta de Ángel de
Por escritura otorgada en mi notaría, a las ocho horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Distribuidora y Comercializadora Cayma del Oeste Sociedad Anónima, en la que se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo en cuanto a domicilio social. Se revoca el nombramiento de la secretaria de la junta directiva y se nombra nuevo.—San José, diecisiete de febrero del año dos mil doce.—Lic. Ana Lidiette Solís Zamora, Notaria.—1 vez.—RP2012284529.—(IN2012022584).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las ocho horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Circuit B & M Store Sociedad Anónima, en la que se solicita por acuerdo de socios al Registro Nacional la disolución de la compañía.—San José, doce de marzo del año dos mil doce.—Lic. Ana Lidiette Solís Zamora, Notaria.—1 vez.—RP2012284530.—(IN2012022585).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las ocho horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía El Sazón de María E. Sociedad Anónima, en la que se solicita por acuerdo de socios al Registro Nacional la disolución de la compañía.—San José, catorce de marzo del año dos mil doce.—Lic. Ana Lidiette Solís Zamora, Notaria.—1 vez.—RP2012284531.—(IN2012022586).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las ocho horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Servicios y Asesorías Administrativas y Financieras R I S Sociedad Anónima, en la que se solicita por acuerdo de socios al Registro Nacional la disolución de la compañía.—San José, diecinueve de marzo del año dos mil doce.—Lic. Ana Lidiette Solís Zamora, Notaria.—1 vez.—RP2012284532.—(IN2012022587).
Por
escritura otorgada en mi notaría a las catorce horas del día de hoy,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
compañía Servicios Profesionales de
Mediante escritura otorgada ante este notaría, a las 11:15 horas del 20 de marzo de 2012, se protocolizó la fusión por absorción de las sociedades Compañía Agrícola Don Juan S. A., cédula jurídica 3-101-037122 y Sritanja S. A., cédula jurídica 3-101-283009, prevaleciendo la empresa Compañía Agrícola Don Juan S. A. Asimismo, en la sociedad Compañía Agrícola Don Juan S. A., se modifica la cláusula sétima de la administración: apoderados generalísimos sin límite de suma el presidente, secretario y tesorero, actuando conjunta o separadamente.—San José, 20 de marzo del 2012.—Lic. Carlos Andrés Abarca Umaña, Notario.—1 vez.—RP2012284534.—(IN2012022589).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:15 horas del 20 de marzo de 2012, se disolvió la sociedad Barboza Bank Accounts S. A., cédula jurídica 3-101-317312.—San José, 20 de marzo del 2012.—Lic. Carlos Andrés Abarca Umaña, Notario.—1 vez.—RP2012284535.—(IN2012022590).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA
VEZ
Por
no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido por la
administración, se ordena la notificación por medio de edictos por tres veces
consecutivas en
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
San José, a las
doce horas del día seis de marzo del año dos mil doce. De conformidad con lo
dispuesto en el artículo 241 de
SUCURSAL QUEPOS
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
El suscrito Jefe a. í. de
PATRONOS
N° patronal |
Nombre |
Monto Adeudado ¢ |
2-03101178439-001-001 |
Agropecuaria Sánchez y Molina S. A. |
43.955,00 |
7-01610100473-001-001 |
Almenar Ferrando Juan Antoni |
55.516,00 |
7-02450098298-001-001 |
Christensen no indica otro Carol Ann |
401.722,00 |
2-03101406207-001-001 |
Corp Elsa Vista del Parque Manuel Ant. S. A. |
139.668,00 |
9-00240802004-001-000 |
David R. Herst |
292.821,00 |
2-03101170824-001-001 |
Espectro Gama S. A. |
2.037.450,00 |
7-00078606241-001-001 |
Harvey Harvey Franklin D. |
227.750,00 |
9-00219676000-001-000 |
Huck Ralf Dieter |
336.243,00 |
2-03101603344-001-001 |
K A Hotels & Resorts Corporation S. A. |
306.722,00 |
2-03101178222-001-001 |
Kamasutra S. A. |
23.159,00 |
2-03101301649-001-001 |
Los Mulos Locos S. A. |
62.823,00 |
7-01440096102-001-001 |
Mac Donald no indica otro Steven |
116.348,00 |
9-00115306000-001-000 |
Mattes Mattes Hiuber |
90.291,00 |
9-00240763001-001-000 |
Montiel Castro Gerardo |
220.517,00 |
0-00112180942-001-001 |
Morera Cáseres Leonel |
306.005,00 |
2-03101277610-001-001 |
Ohasis Italiano Dos Mil S. A. |
34.751,00 |
7-01490098872-001-001 |
Pandis Patrick Hubert Andre |
150.215,00 |
2-03101159041-001-001 |
Recreaciones Turist. del Pacífico S. A. |
35.624,00 |
7-00017000310-001-001 |
Rodríguez Rodríguez Héctor Julian |
91.249,00 |
7-01520099021-001-001 |
Thomas no indica otro Jancke |
111.678,00 |
7-01500099776-001-001 |
Trottier no indica otro Michael |
318.220,00 |
0-00204230893-001-001 |
Vega Sánchez Olga |
30.480,00 |
2-03101306588-001-001 |
Wic Inc Sociedad Anónima |
311.114,00 |
7-02470089081-001-001 |
Zurcher Schildknecht Beatrice |
356.106,00 |
TOTAL |
24 |
6.100.427,00 |
Quepos, 29 de febrero del 2012.—Lic. Mario Jiménez Madrigal, Jefe a. í.—(IN2012021487).
COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS
Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA
PUBLICACIÓN DE TERCERA
VEZ
05 de diciembre del 2011
Nº 3004-2011-DRD
Señor
Humberto García Corrales
Representante Legal
Mega Ingenieros S. A.
Estimado señor:
El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica y el Departamento de Régimen Disciplinario, han decidido realizar una investigación previa, por queja interpuesta por la señora Lidia Escarlette López Ruiz y el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica; la cual se tramita bajo el Nº 233-11.
En virtud de lo anterior, se le concede cinco 5 días hábiles contados a partir de la fecha de recibida esta nota, para que si a bien lo tiene, manifieste por escrito lo de su interés sobre la investigación preliminar que aquí se tramita. Asimismo, se indica que la no comparecencia en el plazo conferido, no impedirá la continuación de la etapa preliminar, con el fin de dilucidar la existencia o no de presuntas violaciones al Código de Ética Profesional.
En caso de considerarse necesaria una visita de inspección al inmueble o proyecto, con el fin de adjuntar elementos probatorios a la investigación, este Departamento procederá a programarla en el momento conveniente.
El alcance del procedimiento administrativo de instrucción o investigación previa, únicamente conlleva a dirimir la existencia o no de presuntas violaciones al Código de Ética Profesional de este Colegio Federado y no podrá dilucidar conflictos de orden patrimonial, los que sí podrán ventilarse en el Centro de Resolución de Conflictos o bien ante la autoridad judicial competente.
A efecto de lo anterior, proceda a señalar un número de fax o dirección electrónica para remitirle las notificaciones al respecto, las mismas deberán permanecer habilitadas para esos efectos, ya que en caso contrario se tendrá por notificado con solo el transcurso de 24 horas después de emitido el oficio. Si usted ya las indicó, favor hacer caso omiso de esta solicitud.
Le informo que en el caso Nº 233-11, consta documentación que puede ser consultada en nuestras oficinas por su persona o representante autorizado.
Arq. Carlos Murillo Gómez, Jefe Departamento de Régimen Disciplinario.—O. C. Nº 082-12.—Solicitud Nº 37874.—C-101540.—(IN2012009674).
08 de febrero, 2012
Nº 0410-2012-DRD
Señor
TA. Pedro López Cascante
Estimado señor:
El Colegio Federado de Ingenieros y de
Arquitectos de Costa Rica y el Departamento de Régimen Disciplinario, han
decidido realizar una investigación previa, por queja interpuesta por el
Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica en relación con
el informe de inspección SRS-022-2011 de fecha 04 de julio, 2011, realizado en
San Vito de Coto Brus, Puntarenas; la cual se tramita bajo el N° 012-12.
En virtud de lo anterior, se le concede cinco 5 días hábiles contados
a partir de la fecha de recibida esta nota, para que si a bien lo tiene,
manifieste por escrito lo de su interés sobre la investigación preliminar que
aquí se tramita. Asimismo, se indica que la no comparecencia en el plazo
conferido, no impedirá la continuación de la etapa preliminar, con el fin de
dilucidar la existencia o no de presuntas violaciones al Código de Ética
Profesional.
En caso de considerarse necesaria una visita de inspección al inmueble
o proyecto, con el fin de adjuntar elementos probatorios a la investigación,
este Departamento procederá a programarla, en el momento conveniente.
El alcance del procedimiento administrativo de instrucción o
investigación previa, únicamente conlleva a dirimir la existencia o no de
presuntas violaciones al Código de Ética Profesional de este Colegio Federado y
no podrá dilucidar conflictos de orden patrimonial, los que sí podrán
ventilarse en el Centro de Resolución de Conflictos o bien ante la autoridad
judicial competente.
A efecto de lo anterior, proceda a señalar un número de fax o
dirección electrónica para remitirle las notificaciones al respecto, las mismas
deberán permanecer habilitadas para esos efectos, ya que en caso contrario se
tendrá por notificado con solo el transcurso de 24 horas después de emitido el
oficio. Si usted ya las indicó, favor hacer caso omiso de esta solicitud.
Le informo que en el caso Nº 012-12, consta
documentación que puede ser consultada en nuestras oficinas por su persona o
representante autorizado.
Arq. Carlos Murillo Gómez, Jefe Departamento
Régimen Disciplinario.—O. C. Nº 140-12.—Solicitud Nº
37876.—C-21320.—(IN2012016107).W