MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO
MINISTERIO DE TRABAJO Y
SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE COMERCIO
EXTERIOR
AMBIENTE, ENERGÍA Y
TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL SUPREMO DE
ELECCIONES
MODIFICACIONES A LOS
PROGRAMAS
CAJA COSTARRICENSE DE
SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE
APRENDIZAJE
PATRONATO NACIONAL DE LA
INFANCIA
JUNTA DE ADMINISTRACIÓN
PORTUARIA
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
PATRONATO NACIONAL DE LA
INFANCIA
MUNICIPALIDAD
DE SANTA BÁRBARA
MUNICIPALIDAD
DE SAN PABLO DE HEREDIA
Nº 517-P
Con fundamento en el artículo 139, inciso 1) de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor René Castro Salazar,
cédula de identidad número 1-0518-0181, Ministro de Ambiente, Energía y
Telecomunicaciones, para que viaje a
Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo serán cubiertos por
el Programa Presupuestario 879-Actividades Centrales, Subpartida 10503 (Transporte
en el Exterior). Los gastos de alimentación y hospedaje serán cubiertos por el
Ministerio de Cultura de
Artículo 3º—En tanto dure la ausencia del señor Ministro, se nombra
Ministra a. í. a la señora Hannia Vega Barrantes, cédula de identidad número
1-0736-0561 de las 10:35 horas del 14 de marzo del 2012 hasta las 21:05 horas
del 16 de marzo del 2012.
Artículo 4º—Rige a partir de las 10:35 horas del 14 de marzo hasta las
21:05 horas del 16 de marzo del 2012.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 14019.—Solicitud Nº 2044.—C-13160.—(IN2012025421).
Nº 0042-2012- DVMA-RE
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo establecido en los artículos
140, inciso 12 y 146 de
Considerando:
I.—Que el Gobierno de
II.—Que es de interés para el Gobierno de
III.—Que es importante la participación del señor Luis Fernando Salazar
Alvarado Viceministro Administrativo de Relaciones Exteriores y Culto, en las
reuniones a celebrarse los días 12 y 13 de marzo del año en curso en
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Luis Fernando
Salazar Alvarado, cédula 1-0484-0686, Viceministro Administrativo de Relaciones
Exteriores y Culto, para que participe en las reuniones a celebrarse el 12 y 13
de marzo del año en curso en
Artículo 2º—Los viáticos, transporte interno, llamadas internacionales,
gastos en tránsito, e impuestos aeroportuarios, servicios por Internet de
conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte
para Funcionarios Públicos, corren por cuenta del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto, Programa 079- Actividad Central subpartida 1.05.04 de
viáticos, se autoriza la suma de $309.00 diarios, para un total de $ 1.236,00.
Todo lo anterior sujeto a liquidación.
Artículo 3º—De acuerdo con el artículo 47 del Reglamento de Gastos de Viaje
y Transporte para funcionarios públicos, el funcionario estará cubierto por la
póliza grupal INS viajero, con asistencia en dólares.
Artículo 4º—De conformidad con el Artículo 5º de
Artículo 5º—Rige del 11 al 14 de marzo del 2012.
Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto, a los 2 días del mes de marzo del 2012.
Carlos Alberto Roverssi Rojas, Ministro de Relaciones
Exteriores y Culto a. í.—1 vez.—O. C. Nº
14395.—Solicitud Nº 31284.—C-25850.—(IN2012025425).
Nº MTSS-008-2012
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25
inciso 2 y 28 inciso 1 de
Considerando:
I.—Que se ha recibido invitación por parte de
II.—Que dicha actividad es de sumo interés para el
Gobierno de Costa Rica y en especial para el Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social, dado que tiene como objetivo principal presentar temas relacionados con
la planificación gubernamental y seguimiento de las acciones públicas como condición
para la evaluación de las Políticas Públicas.
III.—Que la participación de la señora Dora Emilia
Orozco Sánchez, número de cédula 3-202-962, en este evento, responde a las
funciones Directora de
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a la señora Dora Emilia
Orozco Sánchez, número de cédula 3-202-962, Directora de
Artículo 2º—Los gastos de la señora Dora Emilia Orozco Sánchez, por
concepto de hospedaje, alimentación y tiquete aéreo, serán cubiertos con
recursos de las subpartidas 105.03 y 105.04 del Programa 729 saber de la
siguiente forma: -Por concepto de viáticos al exterior US $1.600,00 (mil
seiscientos dólares con cero centavos) por la partida 105.04 del Programa
729-Por inscripción de curso US $350,00 (trescientos cincuenta dólares con cero
centavos) por la subpartida 105.04 del Programa 729- Por boleto de viaje US
$650,00 (seiscientos cincuenta dólares con cero centavos) por la partida 105.03
del Programa 729. Asimismo por la subpartida 105.04 del Programa 729 se
cubrirán los gastos por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deba
pagar en las terminales de transportes o cualquier erogación que por concepto
de penalización deba girarse, por los cambios imprevistos y debidamente
justificados en los tiquetes aéreos.
Artículo 3º—Que la funcionaria Dora Emilia Orozco Sánchez, número de cédula
3-202-962, realiza este viaje con el financiamiento del Estado costarricense,
por lo que deberá ceder el Millaje generado por el viaje, a favor del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Artículo 4º—Que durante los días en que se autoriza la participación de la
señora Dora Emilia Orozco Sánchez, devengará el 100% de su salario.
Artículo 5º—Rige a partir del 22 al 28 de abril de 2012.
Dado en el Despacho de
Sandra Piszk, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—1 vez.—O. C. Nº 14459.—Solicitud Nº 46542.—C-34310.—(IN2012025422).
Nº MTSS-009-2012
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25
inciso 2 y 28 inciso 1 de
Considerando:
I.—Que se ha recibido
invitación por parte del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL),
República de Panamá, para participar en el Primer Encuentro de Ministras y
Ministros de Trabajo sobre experiencias y buenas prácticas para
II.—Que dicha actividad es
de gran interés para el Gobierno de Costa Rica y en especial para el Ministerio
de Trabajo y Seguridad Social, debido a que tiene como objetivo principal
compartir e intercambiar experiencias, avances y retos en el tema de Prevención
y Erradicación del Trabajo Infantil.
III.—Que la participación
del señor Juan Manuel Cordero González, número de cédula 1-682-894, en este
evento, responde a las funciones de Viceministro de Trabajo del Área Social del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor
Juan Manuel Cordero González, número de cédula 1-682-894, Viceministro de
Trabajo del Área Social del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para que
participe en el Primer Encuentro de Ministras y Ministros de Trabajo sobre
experiencias y buenas prácticas para
Artículo 2º—Los gastos del señor Juan Manuel
Cordero González, Viceministro de Trabajo del Área Social del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social, por concepto de hospedaje, alimentación, tiquete
aéreo, serán asumidos por el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral
(MITRADEL), República de Panamá.
Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza
al señor Juan Manuel Cordero González, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 14 al 17 de mayo de
2012.
Dado en el Despacho de
Sandra Piszk, Ministra de
Trabajo y Seguridad Social.—1 vez.—O. C. Nº 14459.—Solicitud Nº 46540.—C-29140.—(IN2012025423).
Nº MTSS-010-2012
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 25 inciso 2 y 28 inciso 1 de
Considerando:
I.—Que se ha recibido
invitación por parte del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL),
República de Panamá, para participar en el Primer Encuentro de Ministras y
Ministros de Trabajo sobre experiencias y buenas prácticas para
II.—Que dicha actividad es
de gran interés para el Gobierno de Costa Rica y en especial para el Ministerio
de Trabajo y Seguridad Social, debido a que tiene como objetivo principal
compartir e intercambiar experiencias, avances y retos en el tema de Prevención
y Erradicación del Trabajo Infantil.
III.—Que la participación
de la señora Esmirna Sánchez Vargas, número de cédula 4-122-869, en este
evento, responde a las funciones Asesora Directa del Señor Viceministro de
Trabajo y Seguridad Social, Área Social. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Esmirna Sánchez
Vargas, número de cédula 4-122-869, Directora de
Artículo 2º—Los gastos de la señora Esmirna Sánchez Vargas, por concepto de
hospedaje, alimentación, tiquete aéreo, serán asumidos por el Ministerio de
Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL), República de Panamá.
Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza a la señora Esmirna
Sánchez Vargas, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 14 al 17 de mayo de 2012.
Dado en el Despacho de
Sandra Piszk, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—1 vez.—O. C. Nº 14459.—Solicitud Nº 46541.—C-27260.—(IN2012025424).
Nº
00036-2012
Y
Con fundamento en los artículos 140 incisos
3) y 18) y 146 de
Considerando:
I.—Que el señor Roberto Yglesias Ulloa,
mayor, casado una vez, empresario, portador de la cédula de identidad número
1-1183-841, vecino de Alajuela, en su condición de Gerente con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma de la empresa Buildingi Software and
Services CR S.R.L., cédula jurídica número 3-102-619004, presentó solicitud
para acogerse al Régimen de Zonas Francas ante
II.—Que la instancia interna de la administración de PROCOMER, con
arreglo al acuerdo adoptado por
III.—Que se ha cumplido con el procedimiento
de Ley. Por tanto,
ACUERDAN:
1.—Otorgar el Régimen de Zonas Francas a la
empresa Buildingi Software and Services CR S.R.L., cédula jurídica Nº
3-102-619004, (en adelante denominada la beneficiaria), clasificándola como
Industria de Servicios, de conformidad con el inciso c) del artículo 17 de
2º—La actividad de la beneficiaria consistirá en exportar servicios de
tecnología de información, que incluyen diseño y mantenimiento de software, así
como procesamiento, actualización y mantenimiento de información.
3º—La beneficiaria operará en el parque industrial denominado Diursa
Inmobiliaria de Costa Rica S. A., ubicado en la provincia de Heredia.
4º—La beneficiaria gozará de los incentivos y beneficios contemplados
en
Los plazos, términos y condiciones de los beneficios otorgados en
virtud de
Para los efectos de las exenciones otorgadas debe tenerse en
consideración lo dispuesto por los artículos 62 y 64 del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios, Ley N° 4755, del 3 de mayo de 1971 y sus reformas,
en lo que resulten aplicables.
5º—De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20 inciso g) de
Dicha beneficiaria sólo podrá introducir sus servicios al mercado
local, observando rigurosamente los requisitos establecidos al efecto por el
artículo 22 de
6º—La beneficiaria se obliga a cumplir con un nivel mínimo de empleo
de 10 trabajadores, a más tardar el 02 de julio de 2012. Asimismo, se obliga a
realizar y mantener una inversión nueva inicial en activos fijos de al menos
$150.000,00 (ciento cincuenta mil dólares, moneda de curso legal de los Estados
Unidos de América), así como a realizar y mantener una inversión mínina total
de al menos US$200.000,00 (doscientos mil dólares, moneda de curso legal de los
Estados Unidos de América), ambas a más tardar el 20 de enero de 2015.
Finalmente, la empresa beneficiaria se obliga a mantener un porcentaje mínimo
de valor agregado nacional de un 79,35%.
PROCOMER vigilará el cumplimiento de los niveles de inversión nueva
inicial en activos fijos y la mínima total de la beneficiaria, de conformidad
con los criterios y parámetros establecidos por el Reglamento a
7º—Una vez suscrito el Contrato de Operaciones, la empresa se obliga a
pagar el canon mensual por derecho de uso del Régimen de Zonas Francas. La
fecha prevista para el inicio de las operaciones productivas es el 02 de abril
de 2012. En caso de que por cualquier circunstancia la beneficiaria no inicie
dicha etapa de producción en la fecha antes señalada, continuará pagando el
referido canon, para lo cual
Para efectos de cobro del canon, la empresa deberá informar a PROCOMER
de las ventas mensuales realizadas. El incumplimiento de esta obligación
provocará el cobro retroactivo del canon, para lo cual PROCOMER tomará como
referencia para su cálculo, las proyecciones de ventas consignadas en su
respectiva solicitud.
8º—La beneficiaria se obliga a cumplir con las regulaciones
ambientales exigidas por el Ministerio de Ambiente, Energía y
Telecomunicaciones (MINAET) y
9º—La beneficiaria se obliga a presentar ante PROCOMER un informe
anual de operaciones, en los formularios y conforme a las condiciones que
PROCOMER establezca, dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del año
fiscal. Asimismo, la beneficiaria estará obligada a suministrar a PROCOMER y,
en su caso, al Ministerio de Hacienda, toda la información y las facilidades
requeridas para la supervisión y control del uso del Régimen de Zonas Francas y
de los incentivos recibidos. Además, deberá permitir que funcionarios de la
citada Promotora ingresen a sus instalaciones, en el momento que lo consideren
oportuno, y sin previo aviso, para verificar el cumplimiento de las
obligaciones de
10.—En caso de incumplimiento por parte de la beneficiaria de las
condiciones de este Acuerdo o de las leyes, reglamentos y directrices que le
sean aplicables, el Poder Ejecutivo podrá imponerle multas, suprimir, por un
plazo desde un mes hasta un año, uno o varios incentivos de los indicados en el
artículo 20 de
11.—Una vez comunicado el presente Acuerdo
Ejecutivo, la empresa beneficiaria deberá suscribir con PROCOMER un Contrato de
Operaciones. En caso de que la empresa no se presente a firmar el Contrato de
Operaciones, y no justifique razonablemente esta situación, PROCOMER procederá
a confeccionar un Acuerdo Ejecutivo que dejará sin efecto el que le otorgó el
Régimen.
Para el inicio de operaciones productivas al amparo del Régimen, la
empresa deberá haber sido autorizada por
12.—Las directrices que, para la promoción,
administración y supervisión del Régimen emita PROCOMER, serán de acatamiento
obligatorio para los beneficiarios y las personas que directa o indirectamente
tengan relación con ellos o con la citada Promotora.
13.—El uso indebido de los bienes o servicios
exonerados será causa suficiente para que el Ministerio de Hacienda proceda a
la liquidación de tributos exonerados o devueltos y ejerza las demás acciones
que establece el Código de Normas y Procedimientos Tributarios en materia de
defraudación fiscal, sin perjuicio de las demás sanciones que establece
14.—La empresa beneficiaria se obliga a
cumplir con todos los requisitos de
15.—De conformidad con el artículo 74 de
16.—Rige a partir de su comunicación.
Comuníquese y publíquese.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—
SERVICIO
FITOSANITARIO DEL ESTADO
DEPARTAMENTO
DE INSUMOS AGRÍCOLAS
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
DIA-R-E-156/2011.—El señor Stefano Poma Murialdo, cédula o pasaporte:
1-0569-0368, en calidad de Representante Legal de la compañía: Tecnoagrícola de
Centroamérica S. A. Cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de: San
Antonio de Belén, Heredia Costa Rica. Solicita la inscripción de equipo, marca:
Yomel, tipo: fertilizadora, capacidad de
DIA-R-E-153/2011.—El
señor Stefano Poma Murialdo, cédula o pasaporte: 1-0569-0368, en calidad de:
representante legal de la compañía: Tecnoagrícola de Centroamérica S. A., cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de: San Antonio de Belén, Heredia,
Costa Rica. Solicita la inscripción del equipo, marca: Yomel, tipo:
fertilizadora, capacidad de
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
DIA-R-E-152/2011.—El
señor Stefano Poma Murialdo, cédula o pasaporte: 1-0569-0368, en calidad de:
representante legal de la compañía: Tecnoagrícola de Centroamérica S. A., cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de: San Antonio de Belén, Heredia,
Costa Rica. Solicita la inscripción del equipo, marca: Yomel. Tipo:
fertilizadora, capacidad de
DIA-R-E-155/2011.—El
señor Stefano Poma Murialdo, cédula o pasaporte: 1-0569-0368 en calidad de:
representante legal de la compañía: Tecnoagrícola de Centroamérica S. A., cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de: San Antonio de Belén, Heredia,
Costa Rica. Solicita la inscripción del equipo, marca: Yomel, tipo:
fertilizadora, capacidad de
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 86, título
Nº 456, emitido por el Liceo San Gabriel de Aserrí, en el año dos mil, a nombre
de Ventura Moran Karen Yasmín. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 55, título N° 404, emitido por el Liceo de Curridabat en el
año mil novecientos noventa y seis, a nombre de Vargas Bonilla Alejandro. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante este Departamento, se ha presentado la
solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media,
inscrito en el tomo 1, folio 33, título Nº 115, emitido por el Colegio Técnico
Profesional de Talamanca en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de
William Daniel López Cabraca. Se solicita la reposición del título indicado por
cambio de apellido, cuyos nombres y apellidos correctos son: William Daniel
López Onil. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Técnico Medio en la modalidad de:
Contabilidad y Finanzas, inscrito en el tomo 1, folio 35, título N° 362,
emitido por el Colegio Técnico Profesional de Flores, en el año dos mil cinco,
a nombre de Barrantes López Melissa María. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 42, título N° 758,
emitido por el Liceo Otilio Ulate Blanco, en el año dos mil ocho, a nombre de
Venegas Ocampo Daniela Alexandra. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 03, título N° 08,
emitido por el Liceo de Turrúcares, en el año dos mil, a nombre de Hernández
Agüero Silvia. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 56, título N° 1532,
emitido por el Colegio Vocacional Monseñor Sanabria, en el año mil novecientos
noventa y tres, a nombre de Mora Cordero Gustavo. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
De conformidad con la
autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social,
este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir
a su estatuto la organización social denominada: Cooperativa de Vecinos y
Usuarios del Transporte y Servicios Múltiples de
De conformidad con la
autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir
a su estatuto social la organización social denominada Cooperativa de Usuarios
del Transporte y Servicios Múltiples Caraigres R.L, siglas COOPECARAIGRES R.L.,
acordada en asamblea celebrada el 12 de abril del 2008. En cumplimiento con lo
dispuesto en el artículo 29 de
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE
Propiedad Industrial
Para ver las marcas de fábrica solo en
Cambio de Nombre Nº 74328
Que Ricardo Vargas Aguilar, cédula de identidad 3-304-085,
en calidad de apoderado especial de Motores Hino de Guatemala Sociedad Anónima,
solicita a este Registro se anote la
inscripción de Cambio de Nombre de Codaca Guatemala Sociedad Anónima, por el de
Motores Hino de Guatemala Sociedad Anónima, presentada el 1º de setiembre de
2011 bajo expediente 74328. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas:
2007-0010557 Registro Nº 199864 EL TRABAJADOR PARA GANAR
DINERO en clase 50 Marca Denominativa. Publicar en
Cambio de Nombre Nº 75780
Que Luis Fernando Asís Royo, cédula de identidad
1-637-429, en calidad de apoderado especial de Ebewe Pharma Ges.MBH NFG.KG,
solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Ebewe
Arzneimittel Gesellschaft MBH por el de Ebewe Pharma Ges.MBH NFG.KG, presentada
el 1º de diciembre de 2011, bajo expediente 75780. El nuevo nombre afecta a las
siguientes marcas: 2000-0000830 Registro Nº 122305 CEREBROLYSIN en clase
5 Marca Denominativa. Publicar en
Patente de invención
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula
1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial
de Dow Agrosciences Llc de E.U.A., solicita
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San
José, en su condición de apoderado especial de Sanofi, de Francia, solicita
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad número
1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de
Leibniz-Institut Für Pflanzenbiochemie (IPB) y Basf SE ambas de Alemania,
solicita
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor,
abogado, cédula número 1-0335-0794, vecino de San José, en su condición de
apoderado especial de Roche Glycart AG, de Suiza, solicita
Para ver imagen
solo en
ANTICUERPOS ANTI-CDCP1 HUMANIZADOS. La presente invención se refiere a
anticuerpos humanizados contra
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor de
edad, abogado, con cédula de identidad número: 1-335-794 vecino de San José, en
su condición de apoderado especial de New World Energy Enterprises Limited, de
Irlanda, solicita
Para ver imagen
solo en
La presente invención proporciona un sistema
de mejora de presión controlada para una turbina eólica el cual incluye una
cubierta con dos partes cónicas a ser localizadas directamente contra el viento
de una turbina con el propósito de aumentar el flujo natural de aire. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El señor Víctor Vargas
Valenzuela, mayor, abogado, cédula número 1-0335-0794, vecino de San José, en
su condición de apoderado especial de Sanofi-Aventis Deutschland GMBH, de
Alemania, solicita
Para ver imagen
solo en
La presente invención se
refiere a un profármaco o una sal del mismo farmacéuticamente aceptable,que comprende un conjugado de insulina-conectorD-L,
biológicamente activo-L1 representado por la fórmula (I), en la que la línea de
trazos indica la unión a uno de los grupos amino de la insulina formando un
enlace de amida. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados,
El señor Víctor Vargas
Valenzuela, mayor, abogado, cédula número 1-0335-0794, vecino de San José, en
su condición de apoderado especial de Roche Glycart AG, de Suiza, solicita
Para ver imagen
solo en
La presente invención
está dirigida a la terapia combinatoria de un anticuerpo anti-CD20 afucosilado
con fludarabina y/o mitoxantrona para el tratamiento del cáncer. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El señor Víctor Vargas
Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad
de apoderado especial de Dow Agrosciences LLC, de E.U.A., solicita
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº
1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial
de Basf SE, de Alemania, solicita
El señor Víctor Vargas
Valenzuela, mayor, abogado, cédula Nº 1-335-794, vecino de San José, en su
condición de apoderado especial de Roche Glycart AG, de Suiza, solicita
El señor Ernesto Gutiérrez Blanco, mayor, abogado,
cédula de identidad número 1-0848-0886, vecino de San José, en su condición de
apoderado especial de Pacadar S. A., de España, solicita la patente de
invención denominada ESTRUCTURA DE SOPORTE PARA AEROGENERADORES Y PROCEDIMIENTO PARA ERIGIR
Para ver imagen
solo en
comprende una serie de tramos de fuste (1), de
forma troncocónica integrando cada tramo dos o más piezas (2) y (3) de sección
de sector circular o poligonal formada con piezas pretensadas en banco desde
fabrica con pretensado centrado o ligeramente desviado (4) y armadura pasiva
(5) en el perímetro de la sección o fibras, unidas mediante juntas
longitudinales (6) húmedas o secas, rotadas en planta o no y juntas transversales
(7) que pueden estar a distintos niveles y dar continuidad o no al pretensado
general. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados,
REGISTRO
DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones
civiles
AVISOS
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la
entidad denominada Asociación Bijagualeña de Productores Agrícolas Sostenibles,
ASOBIPAS, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines entre otros
serán los siguientes: Crear programas sociales y proyectos para el cuidado y
mejora del desarrollo agrícola sostenible. Cuyo representante judicial y
extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el
presidente Héctor Antonio Ulate Fernández. Por encontrarse dicha entidad dentro
de las prescripciones establecidas en
DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO
DIRECCIÓN
GENERAL DE TRANSPORTE
Y
COMERCIALIZACIÓN DE COMBUSTIBLES
EDICTO
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
0150-2012-DGTCC.—San José, a los seis días
del mes de marzo del año dos mil doce, se tiene por presentada la solicitud por
parte del señor Rafael Yong Chan, mayor, divorciado, empresario, con cédula de
identidad número 5-169-431, en su condición de apoderado generalísimo sin
límite de suma de la sociedad denominada Estación de Servicio Gasolinero San
Antonio Guadalupe Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-188193, solicita
cambio de titular de la estación de servicio Petróleos Delta Montelimar, autorizada
para el almacenamiento, venta y prestación del servicio público de combustible
derivado de hidrocarburos, el cual se encuentra a la fecha a nombre de
Petróleos Delta Costa Rica S. A.. Lo anterior por haber concluido el contrato
de usufructo suscrito entre Estación de Servicio Gasolinera San Antonio
Guadalupe S. A. y Shell de Costa Rica S. A., hoy Petróleos Delta Costa Rica S.
A., para que de ahora en adelante, se proceda al cambio de titular a nombre de
Estación de Servicio Gasolinero San Antonio Guadalupe Sociedad Anónima, con
cédula jurídica 3-101-188193. Con fundamento en el Decreto Ejecutivo
30131-MINAE-S, artículo 79, se otorga un plazo de quince días hábiles a partir
de la publicación del presente edicto en el Diario Oficial
N° 1785-M-2012.—San José,
a las once horas diez minutos del veintiocho de febrero de dos mil doce.
Diligencias de cancelación de credencial de regidor propietario de
Resultando:
1º—Por oficio N° SM-00029-01-12 remitido vía
facsímil ante
2º—Mediante auto de las 08:05 horas del 16 de febrero de 2012 se previno al
Concejo Municipal de Los Chiles para que remitiera original o fotocopia
debidamente certificada de la carta de renuncia presentada por el señor Miguel
Martín Padilla Herrera y original o fotocopia debidamente certificada del
acuerdo del Concejo Municipal en que se conoció de la dimisión de interés
(folio 7).
3º—El 16 de febrero de 2012 el Concejo Municipal de Los Chiles cumplió con
lo prevenido (folios 8-9).
4º—En el procedimiento no se notan vicios o defectos que causen nulidad o
indefensión.
Redacta el Magistrado Casafont Odor; y
Considerando:
I.—Hechos probados. De interés para la resolución de este asunto se
tienen los siguientes: a) que mediante resolución número 2126-M-2011 de las
10:15 horas del 27 de abril de 2011, este Tribunal designó al señor Miguel
Martín Padilla Herrera como regidor propietario en
II.—Sobre la renuncia presentada. El
artículo 171 de
De no aceptarse la posibilidad de la renuncia pura y simple se atentaría
contra un derecho fundamental: la libertad, previsto no sólo en
Por ello, al haberse acreditado que el señor Miguel Martín Padilla Herrera,
en su condición de regidor propietario de
III.—Sustitución del señor Miguel Martín
Padilla Herrera: Al cancelarse la credencial del señor Miguel Martín Padilla
Herrera se produce una vacante entre los regidores propietarios del citado
concejo municipal, que es necesario suplir según las reglas que determinaron la
elección. El artículo 208, párrafo segundo del Código Electoral regula la
sustitución de diputados, regidores o concejales de distrito ante
circunstancias de fallecimiento, renuncia o incapacidad de éstos para ejercer
el cargo y establece que el Tribunal Supremo de Elecciones “dispondrá la
sustitución llamando a ejercer el cargo, por el resto del período
constitucional, a quien en la misma lista obtuvo más votos o a quien siga en la misma lista, según corresponda”.
En consecuencia, este Tribunal sustituirá a los regidores propietarios que
deban cesar en sus funciones, con los candidatos de la misma naturaleza que
sigan en la lista del partido político del funcionario cesante, que no hayan
resultado electos ni hayan sido designados para desempeñar el cargo.
Así las cosas, al haber tenido por probado en autos que la candidata que
sigue en la nómina del partido Acción Ciudadana, que no resultó electa ni ha
sido designada por este Tribunal para desempeñar el cargo, es la señora Sinei
Hernández Rodríguez, cédula número 1-1104-0027, por esa razón se le designa
como regidora propietaria en
Cancélese la credencial de regidor propietario de
Luis Antonio Sobrado González.—Max
Alberto Esquivel Faerron.—Juan Antonio Casafont Odor.
VOTO SALVADO DEL MAGISTRADO
SOBRADO GONZÁLEZ
El suscrito Magistrado, con el debido respeto, me
aparto del criterio adoptado por la mayoría del Tribunal en lo referente a la
renuncia del señor Miguel Martín Padilla Herrera y su respectiva sustitución,
y, en ese sentido, salvo el voto por las razones que de seguido se exponen.
Conforme lo he externado en anteriores oportunidades, una de las
características de la relación de servicio que vincula a los funcionarios con
La anterior regla queda excepcionada en relación con los regidores
municipales, debido a que
Por su parte, el inciso c) del artículo 24 del Código Municipal establece,
como causa de pérdida de la credencial de regidor, “La renuncia voluntaria
escrita y conocida por el Concejo”; constituyendo el anterior, uno de los
supuestos en que le corresponde al Tribunal Supremo de Elecciones decretar la
cancelación de tal credencial, en la inteligencia del inciso b) del artículo 25
de ese mismo Código. Esas disposiciones del Código Municipal deben ser
interpretadas “conforme a
El principio de interpretación del bloque de legalidad “conforme a
“La supremacía de
Por ello y en virtud del principio de unidad del ordenamiento, así como de
la necesidad de rehuir del vacío que produce la invalidación normativa, frente
a varias interpretaciones posibles de un precepto, ha de preferirse aquélla que
salve de un potencial roce constitucional (véase en el mismo sentido Ignacio de
Otto, “Derecho Constitucional, sistema de fuentes”, Barcelona, Ariel, 1988,
pág. 80). Igual criterio debe presidir la actividad de integración del
ordenamiento, para colmar sus insuficiencias. Con ello las normas
constitucionales y los principios que recogen adquieren un rol dominante en la
concreción de los sentidos normativos; a lo cual va aparejada una implícita
prohibición para el intérprete de recurrir a criterios hermenéuticos que
conduzcan a resultados contradictorios con dichas normas y principios.
La anterior exigencia interpretativa obliga a entender que los citados
numerales del Código Municipal únicamente autorizan a cancelar las credenciales
del regidor que renuncia a su cargo, cuando tal renuncia se base en motivos
excepcionales que razonablemente eximan al interesado del cumplimiento de su
deber constitucional, previamente valorados por el respectivo Concejo
Municipal. Sólo de esa manera es posible conciliar la obligatoriedad del cargo,
impuesta constitucionalmente, con el principio de que nadie está obligado a lo
imposible.
En el subjudice, no habiéndose precisado y acreditado tales motivos,
el suscrito Magistrado considera que no cabe ordenar la cancelación de las
credenciales del regidor propietario Miguel Martín Padilla Herrera.
Luis Antonio Sobrado González.—1
vez.—O. C. Nº 15177.—Solicitud Nº
681-2012.—C-186140.—(IN2012025426).
N° 1839-M-2012.—San José,
a las nueve horas cincuenta minutos del dos de marzo de dos mil doce.
Diligencias de cancelación de credenciales de concejal propietaria del
Concejo de Distrito de Cariari, cantón Pococí, provincia Limón, que ostenta la
señora Iria Salazar Álvarez. Expediente: 483-S-2011.
Resultando:
1º—Mediante oficio presentado ante
2º—En resolución de las 12:40 horas del 7 de febrero de 2012, este Tribunal
puso en conocimiento al Concejo Municipal de Pococí la renuncia interpuesta,
para que, en el plazo de cinco días hábiles, manifestara lo que estimara
conveniente e indicara la dirección exacta en que podía ser notificada la
señora Salazar Álvarez (folios 15 y 16).
3º—Por medio de oficio número SMP-273-12 del 22 de febrero de 2012,
recibido en
4º—En el procedimiento se han observado las prescripciones de ley.
Redacta el Magistrado Sobrado González; y,
Considerando:
I.—Hechos probados: Como tales y de relevancia
para la resolución del presente asunto se tienen los siguientes: a) que la
señora Iria Salazar Álvarez, es concejal propietaria del Concejo de Distrito de
Cariari, cantón Pococí, provincia Limón, según consta en la “Declaratoria de
Elección de síndicos propietarios y suplentes y miembros propietarios y
suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del
cantón de Pococí de
II.—Sobre el procedimiento de sustitución de
los concejales propietarios de distrito mediante el llamado de los candidatos
no electos de la misma lista. De previo al análisis del presente asunto y
para su adecuada comprensión, resulta indispensable indicar que, antes de la
entrada en vigencia del actual Código Electoral, las reglas de sustitución de
los concejales propietarios se regían por lo dispuesto en el artículo 56 del
Código Municipal, sea se completaban “con los suplentes del mismo partido
político, siguiendo el orden de elección”. Sin embargo, el Código Electoral
vigente, en su numeral 208, vino a establecer nuevas pautas para la sustitución
de los funcionarios municipales de elección popular, las cuales son de
aplicación obligatoria a partir de las elecciones nacionales de febrero de 2010
en el caso de los regidores y a partir de las elecciones municipales de
diciembre de ese mismo año en el caso de los concejales de distrito.
En efecto, el citado artículo 208 del Código Electoral dispone:
“Artículo 208.—Muerte,
renuncia o incapacidad del candidato antes de la elección. Si después de la
inscripción de las candidaturas y antes de la votación para los cargos de
diputados, regidores o concejales de distrito,
ocurre la renuncia, el fallecimiento o la
incapacidad de alguno de los candidatos, su lugar se tendrá como vacante y se
llenará ascendiendo, automáticamente, al candidato de la misma lista que esté
colocado en el puesto inmediato inferior.
Si
tales circunstancias son posteriores a la votación, el Tribunal dispondrá la
sustitución llamando a ejercer el cargo, por el resto del período
constitucional, a
quien en la misma lista obtuvo más votos o a quien siga en la misma lista,
según corresponda.
En caso de muerte, renuncia o incapacidad
sobreviniente de los candidatos o las candidatas a
Conforme lo dispuesto en la norma transcrita,
cuando sea necesario realizar la sustitución de alguno de los funcionarios
municipales de elección popular en el cargo propietario deberá acudirse a la
nómina de éstos del mismo partido político, escogiéndose de entre los mismos y
siguiendo el orden de postulación al que no resultó electo ni ha sido designado
por este Tribunal para llenar las eventuales vacantes.
III.—Sobre la renuncia formulada por la señora
Salazar Álvarez: El artículo 56 del Código Municipal regula que en
cualquier momento los miembros de los Concejos de Distrito podrán renunciar a
sus cargos y que corresponderá a este Tribunal realizar la sustitución.
Ante la renuncia de la señora Salazar Álvarez a su cargo como concejal
propietaria del Concejo de Distrito de Cariari, cantón Pococí, provincia Limón,
lo que corresponde es, según lo que establece el citado artículo 208 del Código
Electoral, sustituirla con el candidato que sigue en la lista de propietarios
que no resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para ejercer el
cargo, que en este caso es el señor Luis Ángel Valverde Álvarez, cédula número
2-0218-0183, quien debe ser juramentado por el Concejo Municipal de Pococí a la
mayor brevedad. Por tanto:
Se cancela la credencial de concejal propietaria
del Concejo de Distrito de Cariari, cantón Pococí, provincia Limón, que ostenta
la señora Iria Salazar Álvarez. En su lugar se designa al señor Luis Ángel
Valverde Álvarez, cédula número 2-0218-0183. Esta designación rige a partir de
su juramentación y hasta el treinta de abril de dos mil dieciséis. Publíquese
en el Diario Oficial. Notifíquese a la señora Salazar Álvarez, al señor
Valverde Álvarez y al Concejo Municipal de Pococí.
Luis Antonio Sobrado González.—Max
Alberto Esquivel Faerron.—Juan Antonio Casafont Odor.—1 vez.—O. C. Nº
15177.—Solicitud Nº 0842-12.—C-124100.—(IN2012025428).
N° 1840-M-2012.—San José,
a las diez horas diez minutos del dos de marzo de dos mil doce.
Diligencias de cancelación de credenciales de concejal propietaria del
Concejo de Distrito de Santa Rosa, cantón Turrialba, provincia Cartago, que
ostenta la señora Zelmira Salazar Cabezas. Expediente: 027-S-2012.
Resultando:
1º—Mediante oficio número SM-2254-2011 presentado
ante
2º—En resolución de las 11:45 horas del 1º de febrero de 2012, este
Tribunal previno a
3º—Por medio de la certificación número 52-2012 del 22 de febrero de 2012,
recibida en
4º—En el procedimiento se han observado las prescripciones de ley.
Redacta el Magistrado Sobrado González; y,
Considerando:
I.—Hechos probados: Como tales y de
relevancia para la resolución del presente asunto se tienen los siguientes: a)
que la señora Zelmira Salazar Cabezas, es concejal propietaria del Concejo de
Distrito de Santa Rosa, cantón Turrialba, provincia Cartago, según consta en la
“Declaratoria de Elección de síndicos propietarios y suplentes y miembros
propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los
distritos del cantón Turrialba de
II.—Sobre el procedimiento de sustitución de
los concejales propietarios de distrito mediante el llamado de los candidatos
no electos de la misma lista. De previo al análisis del presente asunto y
para su adecuada comprensión resulta indispensable indicar que, antes de la
entrada en vigencia del actual Código Electoral, las reglas de sustitución de
los concejales propietarios se regían por lo dispuesto en el artículo 56 del
Código Municipal, sea se completaban “con los suplentes del mismo partido
político, siguiendo el orden de elección”. Sin embargo, el Código Electoral
vigente, en su numeral 208, vino a establecer nuevas pautas para la sustitución
de los funcionarios municipales de elección popular, las cuales son de
aplicación obligatoria a partir de las elecciones nacionales de febrero de 2010
en el caso de los regidores y a partir de las elecciones municipales de
diciembre de ese mismo año en el caso de los concejales de distrito.
En efecto, el citado artículo 208 del Código Electoral dispone:
“Artículo 208.—Muerte,
renuncia o incapacidad del candidato antes de la elección. Si después de la
inscripción de las candidaturas y antes de la votación para los cargos de
diputados, regidores o concejales de distrito,
ocurre la renuncia, el fallecimiento o la
incapacidad de alguno de los candidatos, su lugar se tendrá como vacante y se
llenará ascendiendo, automáticamente, al candidato de la misma lista que esté
colocado en el puesto inmediato inferior.
Si
tales circunstancias son posteriores a la votación, el Tribunal dispondrá la
sustitución llamando a ejercer el cargo, por el resto del período
constitucional, a
quien en la misma lista obtuvo más votos o a quien siga en la misma lista,
según corresponda.
En caso de muerte, renuncia o incapacidad
sobreviniente de los candidatos o las candidatas a
Conforme lo dispuesto en la norma transcrita,
cuando sea necesario realizar la sustitución de alguno de los funcionarios
municipales de elección popular en el cargo propietario deberá acudirse a la
nómina de éstos del mismo partido político, escogiéndose de entre los mismos y
siguiendo el orden de postulación al que no resultó electo ni ha sido designado
por este Tribunal para llenar las eventuales vacantes.
III.—Sobre la renuncia formulada por la señora
Salazar Cabezas: El artículo 56 del Código Municipal regula que en
cualquier momento los miembros de los Concejos de Distrito podrán renunciar a
sus cargos y que corresponderá a este Tribunal realizar la sustitución.
Ante la renuncia de la señora Salazar Cabezas a su cargo como concejal
propietaria del Concejo de Distrito de Santa Rosa, cantón Turrialba, provincia
Cartago, lo que corresponde es, según lo que establece el citado artículo 208
del Código Electoral, sustituirla con el candidato que sigue en la lista de
propietarios que no resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para
ejercer el cargo, que en este caso es el señor Manuel Antonio Umaña Chavarría,
cédula número 3-0168-0859, quien debe ser juramentado por el Concejo Municipal
de Turrialba a la mayor brevedad. Por tanto:
Se cancela la credencial de concejal propietaria
del Concejo de Distrito de Santa Rosa, cantón Turrialba, provincia Cartago, que
ostenta la señora Zelmira Salazar Cabezas. En su lugar se designa al señor
Manuel Antonio Umaña Chavarría, cédula número 3-0168-0859. Esta designación
rige a partir de su juramentación y hasta el treinta de abril de dos mil
dieciséis. Publíquese en el Diario Oficial. Notifíquese a la señora Salazar
Cabezas, al señor Umaña Chavarría y al Concejo Municipal de Turrialba.
Luis Antonio Sobrado González.—Max
Alberto Esquivel Faerron.—Juan Antonio Casafont Odor.—1 vez.—O. C. Nº
15177.—Solicitud Nº 0842-12.—C-118460.—(IN2012025429).
N° 1847-M-2012.—San José,
a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del cinco de marzo de dos mil
doce.
Diligencias de cancelación de credencial de regidora propietaria de
Resultando:
1º—Por escrito remitido vía facsímil ante
2º—Mediante oficio N° MZ/SCM/ 63-2012/01 de 16 de febrero de 2012, la
señora Ana L. Arce Villalobos, asistente técnico del Concejo Municipal de
Zarcero, informa que ese Órgano Deliberativo, en la sesión ordinaria N.° 3,
celebrada el 23 de enero de 2012, solicita información sobre la reposición del
regidor propietario en virtud de la renuncia de la señora María Elena Huertas
Araya (folio 2).
3º—En auto de las 10:45 horas del 20 de febrero de 2012, se previno al
Concejo Municipal de Zarcero para que aportara original o fotocopia debidamente
certificada de la carta de renuncia presentada por la señora María Elena
Huertas Araya y original o fotocopia debidamente certificada del acuerdo de ese
concejo municipal en que se conoció de la dimisión que interesa (folio 9).
4º—El 27 de febrero de 2012, el Concejo Municipal de Zarcero cumplió con lo
prevenido (folios 12-14).
5º—En el procedimiento no se notan vicios o defectos que causen nulidad o
indefensión.
Redacta el Magistrado Casafont Odor; y,
Considerando:
I.—Hechos probados. De interés para la resolución de este asunto se
tienen los siguientes: a) que mediante resolución número 4650-M-2011 de las
10:00 horas del 9 de setiembre de 2011, este Tribunal designó a la señora María
Elena Huertas Araya como regidora propietaria en
II.—Sobre la renuncia presentada. El
artículo 171 de
De no aceptarse la posibilidad de la renuncia pura y simple se atentaría
contra un derecho fundamental: la libertad, previsto no sólo en
Por ello, al haberse acreditado que la señora María Elena Huertas Araya, en
su condición de regidora propietaria de
III.—Sustitución de la señora María Elena
Huertas Araya: Al cancelarse la credencial de la señora María Elena Huertas
Araya se produce una vacante entre los regidores propietarios del citado
concejo municipal, que es necesario suplir según las reglas que determinaron la
elección. El artículo 208, párrafo segundo del Código Electoral regula la
sustitución de diputados, regidores o concejales de distrito ante
circunstancias de fallecimiento, renuncia o incapacidad de éstos para ejercer
el cargo y establece que el Tribunal Supremo de Elecciones “dispondrá la
sustitución llamando a ejercer el cargo, por el resto del período
constitucional, a quien en la misma lista
obtuvo más votos o a quien siga en la misma lista, según corresponda”. En consecuencia, este Tribunal sustituirá a
los regidores propietarios que deban cesar en sus funciones, con los candidatos
de la misma naturaleza que sigan en la lista del partido político del
funcionario cesante, que no hayan resultado electos ni hayan sido designados
para desempeñar el cargo.
Así las cosas, al haber tenido por probado en autos que el candidato que
sigue en la nómina del partido Liberación Nacional, que no resultó electo ni ha
sido designado por este Tribunal para desempeñar el cargo, es el señor Carlos
Alberto Araya Rojas, cédula número 2-405-377, por esa razón se le designa como
regidor propietario en
Cancélese la credencial de regidora propietaria de
Luis Antonio Sobrado González.—Max Alberto
Esquivel Faerron.—Juan Antonio Casafont Odor.
VOTO SALVADO DEL MAGISTRADO
SOBRADO GONZÁLEZ
El suscrito Magistrado, con
el debido respeto, me aparto del criterio adoptado por la mayoría del Tribunal
en lo referente a la renuncia de la señora María Elena Huertas Araya y su
respectiva sustitución, y, en ese sentido, salvo el voto por las razones que de
seguido se exponen.
Conforme lo he externado en anteriores
oportunidades, una de las características de la relación de servicio que
vincula a los funcionarios con
La anterior regla queda excepcionada en relación
con los regidores municipales, debido a que
Por su parte, el inciso c) del artículo 24 del
Código Municipal establece, como causa de pérdida de la credencial de regidor,
“La renuncia voluntaria escrita y conocida por el Concejo”;
constituyendo el anterior, uno de los supuestos en que le corresponde al
Tribunal Supremo de Elecciones decretar la cancelación de tal credencial, en la
inteligencia del inciso b) del artículo 25 de ese mismo Código. Esas
disposiciones del Código Municipal deben ser interpretadas “conforme a
El principio de interpretación del bloque de
legalidad “conforme a
“La supremacía de
Por ello y en virtud del
principio de unidad del ordenamiento, así como de la necesidad de rehuir del
vacío que produce la invalidación normativa, frente a varias interpretaciones
posibles de un precepto, ha de preferirse aquélla que salve de un potencial
roce constitucional (véase en el mismo sentido Ignacio de Otto, “Derecho
Constitucional, sistema de fuentes”, Barcelona, Ariel, 1988, pág. 80). Igual
criterio debe presidir la actividad de integración del ordenamiento, para
colmar sus insuficiencias. Con ello las normas constitucionales y los
principios que recogen adquieren un rol dominante en la concreción de los
sentidos normativos; a lo cual va aparejada una implícita prohibición para el
intérprete de recurrir a criterios hermenéuticos que conduzcan a resultados
contradictorios con dichas normas y principios.
La anterior exigencia interpretativa obliga a
entender que los citados numerales del Código Municipal únicamente autorizan a
cancelar las credenciales del regidor que renuncia a su cargo, cuando tal
renuncia se base en motivos excepcionales que razonablemente eximan al
interesado del cumplimiento de su deber constitucional, previamente valorados
por el respectivo Concejo Municipal. Sólo de esa manera es posible conciliar la
obligatoriedad del cargo, impuesta constitucionalmente, con el principio de que
nadie está obligado a lo imposible.
En el subjudice, no habiéndose precisado ni
acreditado tales motivos, el suscrito Magistrado considera que no cabe ordenar
la cancelación de las credenciales de la regidora propietaria María Elena
Huertas Araya.
Luis Antonio Sobrado González.—1 vez.—O. C. Nº 15177.—Solicitud Nº 0842-12.—C-141020.—(IN2012025430).
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Aviso de solicitud de naturalización
Álvaro Junior Solís Pérez, mayor, soltero,
estudiante, nicaragüense, cédula de residencia 155801023303, vecino de San
José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
MODIFICACIÓN
AL PROGRAMA DE ADQUISICIONES
AÑO
2012
Descripción |
Fecha estimada |
Fuente financiamiento |
Monto aproximado |
Compra de tarjetas plásticas
Visa y Master Card. |
I semestre |
BCR |
¢275.000.000,00 |
Oficinas Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar Solórzano.—1 vez.—O. C. Nº 61630.—Solicitud Nº 45948.—C-6560.—(IN2012029352).
BCR
SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS
DE INVERSIÓN S.
A. (SAFI)
MODIFICACIÓN
AL PROGRAMA DE ADQUISICIONES
AÑO
2012
Descripción |
Fecha estimada |
Fuente financiamiento |
Monto aproximado |
Contratación de varias empresas
para fungir como contralor de proyectos para Fondos de Inversión de Desarrollo
Inmobiliario Administrados por BCR SAFI en su etapa previa a la adquisición. |
I semestre |
BCR-SAFI |
¢115,000,00,00 |
Oficinas Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar Solórzano.—1 vez.—O. C. Nº 61630.—Solicitud Nº 45950.—C-6560.—(IN2012029349).
BCR
CORREDORA DE SEGUROS S. A.
MODIFICACIÓN
AL PROGRAMA DE ADQUISICIONES
AÑO
2012
Descripción |
Fecha estimada |
Fuente financiamiento |
Monto aproximado |
Compra de automóvil. |
I semestre |
BCR Corredora de Seguros. |
¢13,000,000,00 |
Oficinas Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar Solórzano.—1 vez.—O. C. Nº 61630.—Solicitud Nº 45949.—C-6560.—(IN2012029350).
GERENCIA
DE LOGÍSTICA
DIRECCIÓN
DE APROVISIONAMIENTO DE BIENES
Y SERVICIOS
ÁREA
DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
CONCURSO
Nº 2012LA-000040-5101
Ítem
único: 16800 UD Bolsa estéril de 3000 ML
para utilizar en terapia nutricional
Se informa a los interesados que está
disponible en la fotocopiadora del piso comercial, edificio anexo CCSS, el
cartel de
Ítem único: 16800 UD Bolsa estéril de 3000 ML
para utilizar en terapia nutricional.
Apertura de ofertas para el día 18 de mayo
del
Vea detalles y mayor información en la página
Web http://www.ccss.sa.cr.
San José, 19 de abril del 2012.—Subárea de Carteles.—Argentina Araya Jara, Jefa.—1 vez.—O.
C. Nº 1142.—Solicitud Nº 41897.—C-12300.—(IN2012029381).
PROCESO
DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2012LA-000002-09
Contratación
de servicio de seguridad y vigilancia física
y electrónica para las instalaciones de las
aulas
del Proceso de Servicio al Usuario ubicadas
en
El Proceso de Adquisiciones de
Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº 46865.—C-12300.—(IN2012029375).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2012LA-000003-01
Construcción
de una alternativa de protección especial
en el cantón de Corredores en un terreno
perteneciente
al Patronato Nacional de
El Patronato Nacional de
La visita técnica se realizará el día viernes 4 de mayo del
San José, 16 de abril del 2012.—Departamento de Suministros, Bienes y Servicios.—Lic.
Guiselle Zúñiga Coto, Coordinadora.—1 vez.—O. C. Nº
35342.—Solicitud Nº 4151.—C-4400.—(IN2012029346).
MUNICIPALIDAD
DE UPALA
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2012LA-000003-01
Contratación
de persona física o jurídica para alquiler
de maquinaria y equipo por horas para realizar
la rehabilitación de
C213-033 Ent. N.
735 Cartago norte,
Puente Río Niño Ent. C69, Caño
Blanco camino
parte de la red
Vial cantonal de Upala
Los detalles de la contratación los
encontrará en el cartel de Licitación, el cual podrán adquirir en
Así mismo le recuerdo al proveedor que las
ofertas se recibirán en sobre cerrado hasta las diez horas del día lunes
treinta de abril del dos mil doce. En la oficina de Proveeduría de
Upala, 13 de abril del 2012.—Departamento
de Proveeduría.—Elyin Shión Molina.—1 vez.—(IN2012029392).
CONSEJO
NACIONAL DE REHABILITACIÓN
Y EDUCACIÓN
ESPECIAL
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2012LA-000008-99999
(Declaratoria
desierta)
Contratación
de servicios profesionales para formular
un Plan de Mejoras del Programa de Convivencia
Familiar del
CNREE
El Área de Bienes y Servicios del Consejo
Nacional de Rehabilitación y Educación Especial, comunica que mediante
resolución RBS-058-2012, del 16 de abril del 2012, se declaró desierto el
trámite de
Heredia, 12 de abril del 2012.—Lic. Jorge Sánchez Morales, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2012029374).
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-000018-PROV
Contratación
del servicio de mantenimiento preventivo
y calibración y/o verificación bajo la
modalidad según
demanda de capillas de extracción y equipo de
análisis
instrumental de las secciones de Biología Forense,
Bioquímica,
Química Analítica, Toxicología
y Pericias Físicas del Departamento
de Laboratorios de Ciencias Forenses
Se comunica a todos los interesados en el
procedimiento de contratación de referencia, que por acuerdo del Consejo
Superior del Poder Judicial en sesión 35-12 celebrada el día 12 de abril del
2012, artículo X, dispuso adjudicar la licitación indicada de la siguiente
forma:
A: A.
T. P. Global Investments of Costa Rica S. A., cédula jurídica
3-101-255544:
Línea 5, ítem 2:
Servicios de mantenimiento preventivo,
verificación y/o calibración bajo la modalidad de según demanda del
Espectrofotómetro de plasma acoplado inductivamente (ICP-OES) de
Demás términos y condiciones conforme al
pliego de condiciones.
Declarar infructuosas las siguientes líneas:
Línea Nº 1, ítems 1, 2, 3 y 4,
correspondiente a los equipos de
Línea Nº 2, ítems 1, 2, 3, 4 y 5, correspondiente a equipos de
Línea Nº 3, ítems 1, 2, 3, 4, 5 y 6, correspondiente a los equipos de
Línea Nº 4, ítems 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7, correspondiente a los equipos
de
Línea Nº 5, ítem 1, correspondientes a los equipos de la sección de Pericias
Físicas.
San José, 16 de abril del 2012.—Proceso de
Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1
vez.—(IN2012029351).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2012LA-000004-01
Contratación
de servicios profesionales para el mantenimiento
evolutivo del sistema BCR Custodio.Net
• Empresa
Adjudicataria Quality Developmets Consulting S. A.
• Cantidad máxima de horas a consumir: 4.000 horas durante cada período.
• Precio por hora del primer año: $20.00
• Precio por hora del segundo año: $22.00
• Precio por hora del tercer año: $25.00
• Monto máximo a consumir en primer año: US$80.000,00
• Garantía de buen funcionamiento: 3 meses.
San José, 16 de abril del 2012.—Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar S., Área de
Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 61630.—Solicitud Nº
45951.—C-16400.—(IN2012029354).
MUNICIPALIDAD
DE UPALA
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2012LA-000001-01
Contratación
de persona física o jurídica para la adquisición
de tubos de alcantarillas para proyectos de
caminos
red vial cantonal Ley de Simplificación
y Eficiencia Tributaria 8114
Transcripción de acuerdo del inciso 10) que
corresponde al artículo 1 según acta Nº 19-2012, de sesión extraordinaria
celebrada por el Concejo Municipal el día viernes treinta de marzo, el cual
contiene lo siguiente:
Acuerdo definitivamente aprobado en firme.
El Concejo con fundamento en acta de
adjudicación, presentada por
Upala, 13 de abril del 2012.—Departamento
de Proveeduría.—Elyin Shión Molina.—1 vez.—(IN2012029391).
DIRECCIÓN
GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES
Y CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-000005-CMBYC
(Modificación del
pliego de condiciones)
Licitación
de convenio marco adquisición de vehículos
policiales para las instituciones públicas
que utilizan Compr@red
Así mismo se informa que se realizaron
modificaciones al listado de mercancías de acuerdo al oficio 1854-2012-DM
solicitado por el Ministerio de Seguridad Pública, específicamente al capítulo
II Condiciones Específicas punto 18.4 página 24, párrafo 9, página 25, párrafo
1, punto 18.5 página 27, párrafo 6, página 27, párrafo 9, página 27, párrafo
13, se eliminan del pliego de condiciones, de este mismo Capítulo II
Condiciones Específicas, los siguientes párrafos: párrafo 9, página 28, párrafo
4, página 29, apartado 18.5.2 párrafo 6, página 29, párrafos 9 y 10, página 30,
párrafo 5 (se adjunta en Compr@Red el oficio que hace referencia a los cambios
solicitados en la sección: información del trámite-documentos/notificaciones).
Además se realizó la modificación a la opción de negocio 6 en cuanto a la
especificación técnica del torque, cita en la página 54, el cual quedará de la
siguiente forma:
Torque: Mínimo admisible 260 Nm SAE NETO.
Como mínimo en un rango entre ralentí lento hasta las 2000 rpm. Se otorgará
puntaje a quien exceda este momento de torsión según el rango indicado en la
tabla de calificación.
Por lo anterior, a partir de la presente publicación se mantendrá el
pliego de condiciones debidamente actualizado,
en el Sistema Electrónico de Compras Gubernamentales Compr@Red, en la dirección
https://www.hacienda.go.cr/comprared. Ingresar al submenú de contrataciones,
trámites: consulta por número, digitar el número de
Todo lo demás permanece invariable.
San José, 12 de abril del 2012.—Patricia Navarro Vargas, Directora General.—1 vez.—O. C. 3400014437.—Solicitud
Nº 15266.—C-23500.—(IN2012029355).
CONSEJO
NACIONAL DE CONCESIONES
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2012LA-000002-00100
Contratación
de Asesoría Legal y Financiera para el Proceso
Arbitral Incoado
por Autopistas del Sol
Carretera San
José-Caldera
El Consejo Nacional de Concesiones informa a
los interesados que debido a modificaciones al cartel se amplía el plazo para
la recepción de ofertas para la contratación de marras hasta las diez horas del
día miércoles 25 de abril del 2012, en sus oficinas, sita en San Pedro de
Montes de Oca, de
El cartel modificado de esta contratación se
mantiene a disposición de los interesados en las oficinas del Consejo Nacional
de Concesiones, en la dirección indicada o en el Sistema de Compras Públicas
CompraRED.
Proveeduría.—Lic.
Carmen María Madrigal Rímola, Proveedora Institucional.—1
vez.—O. C. Nº 26-12.—Solicitud Nº 34874.—C-12300.—(IN2012029321).
PROVEEDURÍA
ADMINISTRACIÓN PORTUARIA
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-000001-01
Concesión
de la prestación del servicio de carga, descarga,
estiba, desestiba y manejo de mercancías en las
Terminales
Portuarias
actuales de Limón y Moín
Se les comunica a los interesados en este
concurso que se amplía el plazo para la recepción y apertura de ofertas para el
día 4 de mayo del
Lic. Víctor Brooks Pecou, Asistente
Administrativo Japdeva, San José.—1 vez.—O. C. Nº
2496.—Solicitud Nº 49753.—C-11300.—(IN2012029377).
MUNICIPALIDAD
DE GARABITO
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2012LN-000001-MUGARABITO
(Modificación Nº 1)
Contratación
de abogados externos para el cobro judicial
de administrados en estado de morosidad
1. Pág.
6 objeto del concurso, leerse correctamente: El objeto del concurso es
la contratación de hasta diez abogados externos para que realicen...
2. Pág. 6, párrafo 2 eliminar: En el título III Condiciones
Específicas, al subtítulo III.1 Generalidades del servicio, el párrafo segundo
que inicia desde “Los títulos ejecutivos... con base en
3. Pág. 6, párrafo 3: Leerse correctamente: ...Dichos informes
se presentarán con una periodicidad mensual y deberán ser remitidos a
4. Pág. 6, párrafo 6 eliminar: En el título III Condiciones
Específicas, al subtítulo III.2 prestación del servicio, el párrafo que inicia
con “Los participantes que… en las cláusulas del contrato”.
5. Pág. 7, punto III.5, leerse correctamente: Que la
coordinación será en
6. Pág. 7, punto III.7 agregar:
Los pagos por deuda de tasas e impuestos municipales, se realizará por parte
del deudor mediante depósitos en las cuentas municipales números 131-000-898-9
del Banco Nacional y 001-0213289-3 del Banco de Costa Rica, o directamente en
7. Pág. 11, VI.2 Condiciones finales inciso a): Leerse
correctamente: Para mayor información podrán comunicarse al teléfono
2643-3038, ext. 16 ó 17, al fax 2643-1474 o al correo electrónico
proveeduria_munigarabito@yahoo.es del Departamento de Proveeduría.
8. Pág. 11. Punto. VI.3 leerse correctamente: En Sesión
Ordinaria Nº 153, artículo IV, inciso A, celebrada el día 13 de diciembre del
2000 y publicado en
Jacó, Puntarenas, 13 de abril del 2012.—Proveeduría Municipal.—Lic. Ana Sofía Schmidt Quesada,
Proveedora.—1 vez.—(IN2012029356).
Para ver las
imágenes del Balance solo en
San José, 16 de marzo del 2012.—Departamento de Contabilidad.—Rodrigo Madrigal Fallas,
Director.—1 vez.—O. C. Nº 12231.—Solicitud Nº 1615.—C-1470000.—(IN2012021506).
VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ORI-1197-2012.—Chaverri
Vargas Natalia, costarricense, cédula 1 1123
ORI-1195-2012.—Argüello Bustos Linnete, costarricense, cédula 2 0590
ORI-1198-2012.—González
Salazar Ana Victoria, costarricense, cédula 2 0342
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ORI-1199-2012.—Henderson
García Marjorie, costarricense, cédula 1 0540
ORI-1200-2012.—Reid Vargas Orietta, costarricense, cédula 1 0589
ORI-833-2012.—Araya Arguedas Miguel Ángel, R-026-2012, costarricense,
cédula de identidad número
ORI-825-2012.—Chaves Badilla Salomón Isaac, R-023-2012, costarricense,
cédula de identidad número
ORI-829-2012.—Decorne Amandine Marie, R-018-2012, francesa, pasaporte número 04KH59491, ha solicitado reconocimiento del diploma de Grado Máster, Título de Estudios Superiores Especializados en Ingeniería de Formación Lingüística Difusión de Lenguas/Culturas y Francofonías, Universidad de París III Sobonne Nouvelle. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 20 días del mes de febrero del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38644.—C-28220.—(IN2012024382).
ORI-748-2012.—Reid Gayle Nedelka Damarys, R-020-2012, panameña,
pasaporte:
ORI-739-2012.—Saavedra Arias José Javier, R-022-2012, costarricense,
cédula de identidad 4-0158-
ORI-831-2012.—Sandí Esquivel Luis Eduardo, R-029-2012, costarricense,
cédula de identidad número
ORI-827-2012.—Solera
Herrera Andrea, R-021-2012, costarricense, cédula de identidad número
ORI-898-2012.—Vallarino González Gina, R-030-2012, panameña, pasaporte
ORI-842-2012.—Vierma
Hernández Herimar Soleyl, R-330-2011, venezolana, pasaporte
ORI-1010-2012.—Alfaro Sheehy Cristina María, R-028-2012, costarricense,
cédula de identidad: 1 1350
ORI-1012-2012.—Brenes Dittel Gustavo, R-043-2012, costarricense, cédula
de identidad: 3 0322
ORI-1016-2012.—Herszkopf Oreamuno Yael, R-037-2012, costarricense, cédula
de identidad: 1 1248
ORI-1011-2012.—
ORI-1009-2012.—Molina Alfaro Ana Victoria, R-046-2012, costarricense,
cédula de identidad: 2 0337
ORI-1013-2012.—Orellana Gutiérrez Marco Antonio, R-040-2012,
costarricense, cédula de identidad: 1 1276
ORI-1018-2012.—Rojas Peralta Sergio Esteban, R-031-2012, costarricense,
cédula de identidad: 1 0835
ORI-1022-2012.—Serrano Beeche José Manuel, R-048-2012, costarricense,
cédula: 1 0521
ORI-1017-2012.—Zamora Rojas Javier, R-034-2012, costarricense, cédula de
identidad: 1 1120
VICERRECTORÍA ACADÉMICA
REPOSICIÓN DE TÍTULO
AVISOS
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
Ante el Departamento de Registro de
Heredia, 15 de marzo del 2012.—Departamento de Registro.—M.A.E. Marvin Sánchez Hernández, Director Departamento de Registro.—RP2012284544.—(IN2012022464).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante el Departamento de Registro de
Heredia, 7 de marzo del 2012.—Departamento
de Registro, M.A.E. Marvin Sánchez Hernández,
Director.—RP2012285206.—(IN2012023302).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
A Katya Díaz González, se le comunica la
resolución de las 14 horas del 28 de febrero del año 2012, mediante la cual se
dictó medida de cuido provisional, a favor de la persona menor de edad Byron
Haffet Díaz González. Plazo: para ofrecer recurso de apelación 48 horas
contadas a partir de la tercera publicación de este edicto, en el Diario
Oficial
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
Al señor José Alberto Mayorga Céspedes, se le comunica la resolución de las
16:00 horas del día 29 de noviembre del 2011, mediante la cual se inicia
proceso especial de protección en sede administrativa, por el plazo en que se
cumpla con el plan de tratamiento familiar de
Se
comunica al señor: Carlos Luis Vega Carmona, mayor de edad, costarricense,
casado, portador de la cédula de identidad número: 204780612, de domicilio y
demás calidades desconocidas, padre registral de la persona menor de edad
Keylin Isabel Vega González, la resolución administrativa de esta oficina de
las ocho horas del nueve de febrero de dos mil doce, en la cual se dictó la
medida de protección administrativa de cuido provisional de la persona menor de
edad Keylin Isabel Vega González en el hogar de la señora Margarita Solís
Otoya, por un periodo no mayor a seis meses. Recurso: el de apelación,
señalando lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de
Se
comunica a la señora: Xinia Gabriela Solórzano Masís, mayor de edad,
costarricense, portadora de la cédula de identidad número: 701100328, de
domicilio y demás calidades desconocidas, madre registral de la persona menor
de edad Diego Francisco Rosales Solórzano, la resolución administrativa de esta
oficina de las quince horas con cuarenta y seis minutos del veinticuatro de
agosto de dos mil once, en la cual se dictó la medida de protección administrativa
de inclusión en programas oficiales o comunitarios de auxilio a la familia y a
las personas menores de edad en la alternativa de protección no gubernamental
Luis Amigó. Recurso: el de apelación, señalando lugar para oír notificaciones
dentro del perímetro judicial de
INSTITUCIÓN BENEMÉRITA
Con fundamento en el Decreto Ejecutivo Nº 21384-S en su artículo 15,
Reglamento para
Si en el plazo de quince días a partir de la
publicación del aviso, no existiere oposición, se autoriza a
San José, 21 de marzo del 2012.—Administración
de Cementerios.—Manuel Roldán Porras, Administrador.—1 vez.—(IN2012023704).
El Concejo Municipal de Tarrazú, en su acuerdo Nº
09, tomado en la sesión ordinaria 099-2012, celebrada el 21 de marzo del 2012,
acuerda trasladar la sesión del 11 de abril para 9 de abril del
Tarrazú, 22 de marzo del 2012.—Secretaría
Concejo Municipal.—Daniela Fallas Porras.—1 vez.—(IN2012023824).
El Concejo Municipal de León Cortés, en sesión
ordinaria Nº 96, celebrada el 5 de marzo del 2012, mediante acuerdo Nº 09
dispone:
Que el horario de inicio de las sesiones de
Concejo Municipal se trasladen los días lunes a las 8:00 a. m. Rige a partir de
su publicación en el Diario Oficial
Maribel Ureña Solís, Secretaria de Concejo.—1 vez.—(IN2012023204).
El Concejo Municipal de
Dado que del 2 al 7 de abril del 2012 se celebra
Primero.—Trasladar la
sesión ordinaria del martes 3 de abril del 2012 para celebrarla el viernes 13
de abril del
Segundo.—Proceda la secretaria del Concejo
Municipal a realizar los trámites de la publicación respectiva en el Diario
Oficial
Santa Bárbara de Heredia, 22 de marzo del 2012.—Beana
C. Cubero Castro, Secretaria del Concejo.—1 vez.—(IN2012023741).
Sesión ordinaria 15-12, celebrada el nueve de
abril del dos mil doce, a partir de las dieciocho horas con veinte minutos. Con
base en el Acuerdo Municipal de San Pablo de Heredia Nº 110-12, sesión
ordinaria 13-12, celebrada el veintiséis de marzo del dos mil doce, de
San Pablo de Heredia, 12 de abril del 2012.—Nathalia Faerron Gutiérrez, Asistente Secretaria Concejo
Municipal.—1 vez.—(IN2012028573).
COLEGIO PROFESIONAL DE PSICÓLOGOS DE COSTA RICA
ASAMBLEA GENERAL
EXTRAORDINARIA N° 82-2012
Sita: En
Orden del día
Asamblea N° 82-2012
1. Comprobación
del quórum.
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Lectura y aprobación de la tabla de distribución de tiempos.
4. Lectura y aprobación del acta 81.
5. Presentación del Proyecto Reforma Parcial a
Recordatorio:
1. Las
y los colegiados deben estar al día en sus responsabilidades financieras con
2. Se invita a las y los colegiados a visitar la página web del
Colegio en la siguiente dirección electrónica: www.psicologiacr.com
MPs. Milagro Quesada Villegas, Secretaria
Junta Directiva.—(IN2012028684). 2 v. 2.
UNIÓN DE CONSERJES DE EDUCACIÓN
PÚBLICA Y AFINES
AGENDA:
1.- Salud
2.- Comprobación del Quórum
3.- Himno Nacional
4.- Himno al Conserje
5.- Reglamento de Debates
6.- Lectura de Acta Anterior
7.- Informes
a) Secretaría
General
b) Secretaría
de Finanzas
c) Fiscal
General
8.- Almuerzo
9.- Clausura
San José, 13 de abril del 2012.—Elsa Gómez Molina Secretaria General Ucep-Afines.—1
vez.—(IN2012028744).
FRESERSA S. A.
El suscrito notario público comunica que
Fresersa S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuarenta y dos mil
trescientos cuarenta y siete, convoca a asamblea general extraordinaria de
socios a las diez horas del veintisiete de mayo del dos mil doce, en el Bufete
Tarma S. A., Barrio Luján, del Banco de Costa Rica; ciento veinticinco metros
norte, casa número mil seiscientos veintiséis, en primera convocatoria y una
hora después en segunda convocatoria para conocer: Primero: escrutinio del
quórum. Segundo: nombramiento de junta directiva. Tercero: aumento de capital a
la suma de veinte millones de colones. Cuarto: Se autoriza al presidente para
adecuar la sociedad a las nuevas regulaciones que rigen a partir del primero de
abril del dos mil doce. Quinto: Se autoriza al presidente a vender las
propiedades que aparezcan registradas en esta sociedad. Sexto: Se declaran
firmes los acuerdos. Sétimo: Se autoriza al presidente a protocolizar esta acta.—San José, veintitrés de marzo del dos mil doce.—José
Rodrigo Rivera Mora, Presidente.—1 vez.—RP2012287834.—(IN2012029122).
MS CINCO UNO TECNOLOGÍA SOCIEDAD ANÓNIMA
Por disposición del presidente de
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Para los efectos de lo dispuesto en el Código
de Comercio, se hace saber que por escritura pública número cincuenta y
seis-treinta y cinco otorgada a las dieciséis horas del día diecisiete de marzo
del año dos mil doce, ante los notarios públicos Arturo Enrique Apéstegui
Barzuna, Arnoldo López Echandi, y Roberto Francisco León Gómez,
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
MAQUINARIA
Y TRACTORES LIMITADA
Maquinaria y Tractores Limitada, con cédula
de persona jurídica número 3-102-
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
UNIVERSIDAD DE IBEROAMÉRICA -UNIBE-
Ante
Ante
Ante
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
FAITH IN THE FUTURE S. A.
El suscrito Marco Maestri de único apellido
en razón de su nacionalidad italiana, mayor, casado una vez, carpintero, vecino
de Tamarindo, Guanacaste, con cédula de residencia de Costa Rica uno tres ocho
cero cero cero cero tres ocho cuatro tres dos, quien como presidente y
apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad Faith in the Future S.
A., con cédula de persona jurídica 3-101-467132, solicito ante Tributación
Directa la reposición del libro de Actas de Asamblea General de Socios. Quien
se considere afectado podrá manifestarse en los ocho días siguientes a partir
de la publicación de este aviso.—Lic. María Isabel
González Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012025318).
FEDERACIÓN
COSTARRICENSE DE JUDO
Yo, Dudley López Uribe, mayor, con cédula de
identidad Nº 1-0750-0648, en mi calidad de presidente y representante legal de
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario a las 16:00 horas del 13 de diciembre de 2011, se protocoliza acta que
disminuyó el capital social de 3-101-603948 S. A.—Heredia, 19 de marzo del
2012.—Lic. Luis Antonio Álvarez Chaves, Notario.—
RP2012285810.—(IN2012025058).
PUBLICACIÓN DE
UNA VEZ
Por escritura otorgada en la notaría del Lic. Óscar Ramos Brenes el veintisiete de marzo del dos mil doce a las nueve horas, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria de socios de la sociedad Jardines Verdes y Sostenibles Peavi S. A., cédula jurídica 3-101-465403, en donde se acordó disolver la sociedad por no tener activos ni pasivos que repartir, por lo que se liquida la compañía.—Roberto Villegas Bermúdez, Apoderado Generalísimo.—1 vez.—(IN2012024837).
Por escritura otorgada en la notaría del Lic. Óscar Ramos Brenes el veintisiete de marzo del dos mil doce, a las nueve horas y diez minutos, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria de socios de la sociedad R Y J Security Company S. A., cédula jurídica 3-101-550150, en donde se acordó disolver la sociedad por no tener activos ni pasivos que repartir, por lo que se liquida la compañía.—Roberto Villegas Bermúdez, Apoderado Generalísimo.—1 vez.—(IN2012024838).
Por escritura otorgada ante mí, se constituye la sociedad denominada Intecom S. A. Capital enteramente suscrito y cancelado.—Pérez Zeledón, diez de marzo del dos mil doce.—Lic. Jorge William Ávila Obando, Notario.—1 vez.—RP2012285849.—(IN2012025087).
Por cambio de junta directiva Sweet Bee Sociedad Anónima, presidenta: Ligia Eloisa Navarro Reyes, cédula: uno uno dos siete cero cero uno cuatro, mediante escritura: doscientos noventa y cuatro, de las nueve horas del nueve de febrero de dos mil doce.—Pérez Zeledón, veintitrés de febrero de dos mil doce.—Lic. Diana Chaves Araya, Notaria.—1 vez.—RP2012285850.—(IN201225088).
Que por escritura otorgada ante el suscrito notario, en San José, a las catorce horas del veintidós de marzo del año dos mil doce, se disolvió la sociedad Representaciones Integradas de Arquitectura C. S. M. Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de marzo del año dos mil doce.—Lic. Carlos Alberto Méndez Mora, Notario.—1 vez.—RP2012285851.—(IN2012025089).
Por escritura otorgada por esta notaría se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Lomas del Monte BFZ S. A., en la cual se modifica la cláusula segunda, sexta y se nombra nueva junta directiva.—Santo Domingo de Heredia, veinticinco de marzo del dos mil doce.—Lic. Mary Ann Drake Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2012285852.—(IN2012025090).
Yo, Luis Alberto Campos Flores, notario público, protocolizo acuerdos firmes de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Marketing Consultants International Sociedad Anónima. Se reforma cláusula sétima del pacto constitutivo. Escritura otorgada en San José, a las quince horas del veintiséis de marzo del dos mil doce.—Lic. Luis Alberto Campos Flores, Notario.—1 vez.—RP2012285853.—(IN2012025091).
Por escritura otorgada por esta notaría se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de disolución de la sociedad Marine Cargo Line Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos sesenta y tres mil nueve. Quien se considere afectado deberá comunicar por escrito la oposición en el domicilio social de la empresa, o al fax dos dos cuatro cuatro nueve nueve dos ocho.—Santo Domingo de Heredia, veinticinco de marzo del dos mil doce.—Lic. Mary Ann Drake Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2012285854.—(IN2012025092).
Ante esta notaría se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de las sociedades Metropolitan Tower Nivel Doce Número Cinco Sociedad Anónima y Brisalia Galena Sociedad Anónima, donde se fusionan prevaleciendo la última sociedad. Se reforma la cláusula quinta y segunda del pacto social de la empresa Brisalia Galena S. A..—Turrialba, veintiséis de marzo del dos mil doce.—Lic. Guillermo Brenes Cambronero, Notario.—1 vez.—RP2012285858.—(IN2012025093).
El suscrito notario hace constar que mediante escritura otorgada a las diez horas del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Tienda de Conveniencia Total San Francisco S. A., en que se acuerda la disolución de la misma.—San José, 23 de marzo del 2012.—Lic. Rolando Castro Córdoba, Notario.—1 vez.—RP2012285859.—(IN2012025094).
Por escritura ciento noventa y seis, tomo dos, otorgada en esta notaría a las veinte horas del veinte de marzo del dos mil doce. Modifico la cláusula quinta de su estatuto de la sociedad Hava Internacional S. A., Es todo. En fe de lo anterior firmo Heredia, veintisiete de marzo del dos mil doce.—Lic. Jesús Osvaldo Rojas Oconor, Notario.—1 vez.—RP2012285860.—(IN2012025095).
El suscrito notario hace constar que mediante escritura otorgada a las once horas del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Tienda de Conveniencia Total Tres Ríos S. A., en que se acuerda la disolución de la misma.—San José, 23 de marzo del 2102.—Lic. Rolando Castro Córdoba, Notario.—1 vez.—RP2012285861.—(IN2012025096).
Por escritura pública de las quince horas y treinta minutos del veintiséis de marzo del dos mil doce, se protocolizó asamblea general extraordinaria de Asia Fusión Mekong S. A. Se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo, se cambia el presidente de la junta directiva y el fiscal. Es todo.—San José, dieciséis horas y treinta minutos del veintiséis de marzo del dos mil doce.—Lic. Violeta Rojas Soza, Notaria.—1 vez.—RP2012285862.—(IN2012025097).
Por escritura pública de las quince horas del veintiséis de marzo de dos mil doce, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de Sociedad Anónima El Cerro Partido, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero noventa mil ciento cuarenta y dos, mediante la cual se reformó la cláusula quinta referente al capital social, disminuyéndose el mismo. Es todo.—San José, veintiséis de marzo de dos mil doce.—Lic. Abraham Stern Feterman, Notario.—1 vez.—RP2012285863.—(IN2012025098).
Por escritura número once-dos, de las trece horas del veinte de marzo del dos mil doce, otorgada ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada por su número de cédula tres-ciento uno-cinco cero dos cero ocho cinco sociedad anónima. Se modifica la cláusula octava y se nombra secretario de junta directiva.—Tres Ríos, veinte de marzo del dos mil doce.—Lic. Marta Vargas Arrieta, Notaria.—1 vez.—RP2012285866.—(IN2012025099).
Por escritura autorizada por el suscrito notario el día de hoy, se protocolizan acta de las sociedades Asesoría Farmacéutica Elika S. A., JMK Internacional S. A., Corporación Eragón de Escazú S. A., las que se fusionan con FR Cuatro Cero Cinco Cinco Uno Uno Rojo S. A., y prevalece esta.—San José, veintiséis de marzo de dos mil doce.—Lic. Francisco José Campos Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012285869.—(IN2012025100).
Por escritura autorizada por la suscrita notaria el día de hoy, se protocolizan acta de las sociedades Treinta y Dos G Cariari S. A., la que se fusiona con Inmobiliaria Marialbe CN S. A., y prevalece ésta.—San José, veintitrés de marzo de dos mil doce.—Lic. Carmen Aguilar Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012285870.—(IN2012025101).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria el día de hoy, se protocoliza acta de la sociedad Juezarán S. A., en la que se aprueba la disolución de la sociedad.—San José, 23 de marzo de 2012.—Lic. Carmen Aguilar Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012285871.—(IN2012025102).
Por escritura autorizada el día de hoy, se protocolizan actas de las sociedades Rancho Llic Sociedad Anónima, Tatanka Wett Sociedad Anónima, Servicios Administrativos y de Mercadeo California Sociedad Anónima, las que fusionan con Reptec Internacional Sociedad Anónima y prevalece ésta. Se reforman las cláusulas segunda y quinta del pacto social de esta última sociedad.—San José, 26 de marzo del 2012.—Lic. Carmen Aguilar Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012285872.—(IN2012025103).
Por escritura autorizada el día de hoy, se protocolizan actas de las sociedades Desarrollos Armónicos del Oeste Sociedad Anónima, Eventos y Promociones Chicago Sociedad Anónima, las que se fusionan con Casa Expansión Sociedad Anónima y prevalece ésta. Se reforman las cláusulas segunda y quinta del pacto social de esta última sociedad.—San José, veintiséis de marzo de dos mil doce.—Lic. Carmen Aguilar Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012285873.—(IN2012025104).
Ante mi notaría, se protocolizó el acta de disolución y liquidación de la sociedad Jogab Macsura Sociedad Anónima.—San José, veintiséis de marzo del dos mil doce.—Lic. Andrés Carrillo Rosales, Notario.—1 vez.—RP2012285874.—(IN2012025105).
Ante mi notaría, se protocolizó el acta de modificación de nombramientos de gerentes de la sociedad denominada Internacional Karinflo Limitada.—San José, veintiséis de marzo del dos mil doce.—Lic. Andrés Carrillo Rosales, Notario.—1 vez.—RP2012285875.—(IN2012025106).
Por
escritura pública número ciento veinticuatro-nueve, de las catorce horas
treinta y cinco minutos del veintitrés de marzo del dos mil doce, protocolicé
acuerdos de acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Inversiones
Por escritura pública número ciento veintidós-nueve, de las catorce horas del veintidós de marzo del dos mil doce, Daniela Ramos Morales y Ana Yesenia Navarro Montero, constituyeron dos sociedades anónimas denominadas Desarrollos Vistas del Parque S. A., y Tecnología y Motores S. A., ambas con domicilio en San José, Montes de Oca, San Pedro, con un capital social de mil doscientos colones cada una, con un plazo de noventa y nueve años, y la representación judicial y extrajudicial la tiene el presidente.—Lic. Erika Mishelle Gómez Soto, Notaria.—1 vez.—RP20102285877.—(IN2012025108).
Mediante escritura Nº 268, visible a folio 198 vuelto del tomo 7, otorgada a las 13:00 horas del 26 de marzo del 2012, se protocoliza acta de asamblea de socios de Sawken de San José S. A., cédula jurídica Nº 3-101-203722, en la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, 26 de marzo del 2012.—Lic. Xinia Patricia Mora Segura, Notaria.—1 vez.—RP2012285879.—(IN2012025109).
Por
escritura número doscientos veintitrés, del tomo dos del protocolo de la
suscrita notaria, y otorgada a las diez horas del día veintiséis de marzo del
dos mil doce, se constituyó Arpineda Sociedad Anónima, con un plazo
social de noventa y nueve años, y con domicilio social en Heredia,
Por
escritura otorgada hoy, a las diecisiete horas ante mí, se constituyó Mchurches
R
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 21:30 horas del 20 de marzo del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Cabañas del Rey S. A., en la cual se acuerda la disolución de la sociedad por acuerdo de socios.—San José, 20 de marzo del 2012.—Lic. Ligia González Marten, Notaria.—1 vez.—RP2012285883.—(IN2012025112).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 20:30 horas del 20 de marzo del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Perlas Violeta del Rey S. A., en la cual se acuerda la disolución de la sociedad por acuerdo de socios.—San José, 20 de marzo del 2012.—Lic. Ligia González Marten, Notaria.—1 vez.—RP2012285884.—(IN2012025113).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 21:00 horas del 20 de marzo del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de DT & R Inmobiliaria S. A., en la cual se acuerda la disolución de la sociedad por acuerdo de socios.—San José, 20 de marzo del 2012.—Lic. Ligia González Marten, Notaria.—1 vez.—RP2012285885.—(IN2012025114).
Por
escritura otorgada ante mi notaría, a las 19:30 horas del 20 de marzo del 2012,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Puerto
de
Por escritura otorgada ante mi notaría a las 20 horas del 20 de marzo del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Mananchari S. A., en la cual se acuerda la disolución de la sociedad por acuerdo de socios.—San José, 20 de marzo del 2012.—Lic. Ligia González Martén, Notaria.—1 vez.—RP2012285887.—(IN2012025116).
El
suscrito notario da fe que en esta notaría se protocolizó la asamblea de
accionistas de
Por escritura número ocho-sesenta y dos, otorgada ante esta notaría a las doce horas del día veintitrés de marzo de dos mil doce, se protocoliza acta de la sociedad Americas Gateway Develpment Corporation (AMEGA) S.R.L., donde se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad referente al capital social.—San José, veintisete de marzo del dos mil doce.—Lic. Juan Ignacio Gallegos Gurdián, Notario.—1 vez.—RP2012285901.—(IN2012025126).
Por medio de escritura otorgada en San Isidro del General de Pérez Zeledón a las 11:00 horas del 8 de marzo del 2012. Se acuerda modificar la cláusula vigésima primera del acta constitutiva. Asimismo se acuerda nombrar como nuevo presidente y secretario al señor Stanislaw Szarek y la señora Marlene Srarek respectivamente de la sociedad Castillos Grandes de Arena Sociedad Anónima.—8 de marzo del 2012.—Lic. Franchesca Ureña Leiva, Notaria.—1 vez.—RP2012285907.—(IN201225127).
Por medio de escritura otorgada en San Isidro del General de Pérez Zeledón a las 12:00 horas del 7 de marzo del 2012. Se acuerda modificar la cláusula primera del acta constitutiva. Asimismo se acuerda nombrar como nuevo presidente y secretario a la señora Rhonda Lynn Pearson y al señor Ronald Wayne Pearson respectivamente de la sociedad Río Sagrado de Baru Sociedad Anónima.—15 de marzo del 2012.—Lic. Rodolfo Herrera García, Notario.—1 vez.—RP2012285908.—(IN2012025128).
Por
medio de escritura otorgada en San Isidro del General de Pérez Zeledón a las
12:00 horas del 16 de enero del 2012. Se acuerda remover del cargo de
presidente, tesorero y fiscal a los señores James Samuel Endecott, Curtis
Eugene Eliott y Robert Benjamin Bennwate respectivamente, además se acuerda
modificar las cláusulas primera, segunda y octava en la sociedad Finca Flor
de
Por medio de escritura otorgada en San Isidro del General de Pérez Zeledón a las 12:00 horas del 7 de marzo del 2012. Se acuerda modificar la cláusula primera del acta constitutiva. Asimismo se acuerda nombrar como nuevo tesorero al señor Ronald Wayne Pearson de la sociedad Aguas Sagradas de Baru Sociedad Anónima.—15 de marzo del 2012.—Lic. Rodolfo Herrera García, Notario.—1 vez.—RP2012285910.—(IN2012025130).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 19:00 horas de hoy, se constituye la sociedad Sueños de Montesol G.R.S. S. A. Se designa presidente con facultades de apoderado generalísimo.—San José, 27 de marzo del 2012.—Lic. Gloria Virginia Vega Chávez, Notaria.—1 vez.—RP2012285912.—(IN2012025131).
Por escritura otorgada ante mí a las 18:00 horas del día 21 de marzo del 2012, se hizo nuevo nombramiento para el cargo de presidente y secretario, tesorero y fiscal en la empresa Sumecsa Carioli del Norte S. A., cédula jurídica 3-101-541647 y se modifica cláusula relativa al domicilio social.—Lic. Ronald Valverde Cordero, Notario.—1 vez.—RP2012285913.—(IN2012025132).
Por escritura pública en asamblea extraordinaria de accionistas de Edtec Consultoría Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, se reforma cláusula tercera del plazo.—San José, veintiséis de marzo del dos mil doce.—Lic. Deyanira Chinchilla Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012285915.—(IN2012025133).
Por escritura pública en asamblea extraordinaria de accionistas de Puente Cielo Rosas Sociedad Anónima, se reforma cláusula cuarta del plazo.—San José, veintiséis de marzo del dos mil doce.—Lic. Deyanira Chinchilla Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012285916.—(IN2012025134).
Ante esta notaría por medio de escritura pública número 173-II otorgada en Guanacaste a las 15:00 horas del 26 de marzo del año 2012, se protocolizó el acta número nueve de la sociedad DeepSunset S. A., en la cual se tomaron los siguientes acuerdos primero: Se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo. Segundo: Se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo. Tercero: Se remueve a presidente, vicepresidente, fiscal y agente residente de la sociedad. Cuarto: Se realiza el siguiente nombramiento: Presidenta: Carol Julie Orth. Fiscal: Alan Paul Orth.—Guanacaste, 26 de marzo del año 2012.—Lic. Laura Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012285921.—(IN2012025135).
Ante esta notaría por medio de escritura pública número 174-II otorgada en Guanacaste a las 15:30 horas del 26 de marzo del año 2012, se protocolizó el acta número siete de la sociedad OFI Ocean Front Investments S. A., en la cual se tomaron los siguientes acuerdos primero: Se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo. Segundo: Se remueve a la junta directiva. Tercero: Se realiza el siguiente nombramiento: Presidenta: Mari Benavides. Secretaria: Lyudmilda Gorchakova, tesorera: Irina Ferry.—Guanacaste, 26 de marzo del año 2012.—Lic. Laura Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012285922.—(IN2012025136).
Acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada: Anteater International Tours Sociedad Anónima. (i) Se acuerda modificar la cláusula sobre el domicilio. El domicilio de la sociedad será en Garabito, Los Sueños Resort & Marina; Playa Herradura, Condominio Colina número uno C (ii). Se acuerda revocar el nombramiento del presidente y secretario actuales y en su lugar se nombra por el resto del plazo social al señor presidente: Scott Okal.—San José, 22 de marzo del 2012.—Lic. Leonardo Salazar Villalta, Notario.—1 vez.—RP2012285925.—(IN2012025137).
Ante esta notario, se protocolizó acta asamblea general extraordinaria de sociedad denominada Mieles Tropicales Sociedad Anónima, con cédula tres-ciento uno-quinientos veinte mil ochenta y cinco. Se acuerda la disolución conforme al artículo 201 inciso d, a partir del día seis de febrero del 2012.—Palmares, 27 de febrero del año 2012.—Lic. Albino Solórano Vega, Notario.—1 vez.—RP2012285926.—(IN2012025138).
Ante mi notaría, a las 16:00 horas del 23 de marzo del 2012, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de 3-101-514044 sociedad anónima, se modifica cláusula segunda, y se nombra presidente y secretario.—San José, 23 de marzo del 2012.—Lic. Germán Obando Mena, Notario.—1 vez.—RP2012285927.—(IN2012025139).
Que por escritura otorgada a las 16:30 horas del 26 de marzo del 2012, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de Comercializadores Eléctricos Sociedad Anónima, se reforma pacto social y nombra junta directiva.—San José, 26 de marzo del 2012.—Lic. Johanna Bonilla Ulloa, Notaria.—1 vez.—RP2012285928.—(IN2012025140).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 8:00 del veintitrés de marzo del año dos mil doce, se protocolizan los acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Industrias Comerciales Hebron Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda, cambio de plazo social.—Cartago, veintisiete de marzo del año dos mil doce.—Lic. Pamela Monge Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012285929.—(IN2012025141).
Por escritura otorgada ante esta notaria a las 16:00 del 21 de marzo del año dos mil doce, se realiza nuevo nombramiento de junta directiva de la asociación denominada Asociación Centro Evangelístico de Cartago.—Cartago, 27 de marzo del 2012.—Lic. Pamela Monge Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012285930.—(IN2012025142).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Ganadera El Retoño S. A., mediante la cual se acuerda la disolución de la empresa.—Filadelfia, veinte de marzo del dos mil doce.—Lic. Ana María Vargas Moya, Notaria.—1 vez.—RP2012285931.—(IN2012025143).
Por escritura número ciento treinta y uno visible al folio ciento diez frente del tomo treinta de mi protocolo, otorgada en San José, a las doce horas del veintisiete de marzo del dos mil doce; se liquida la empresa Centro de Comercio Marítimo Sociedad Anónima.—Lic. Eugenia Delgado Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012285932.—(IN2012025144).
Se modifica el plazo social de Franciber B A S. A. 3-101-396933.—San José, 27 de marzo del 2012.—Lic. Xinia Mayela Campos Campos, Notaria.—1 vez.—RP2012285937.—(IN2012025145).
La sociedad Residencias Capital de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula número tres-uno cero dos-cero tres nueve ocho cero tres, que dice así: sexta: la administración: La sociedad será administrada por un gerente con facultades de apoderado generalísimo sin limite de suma, con la representación judicial y extrajudicial.—San José, veintisiete de marzo del año dos mil doce.—Lic. Deyanira Amador Mena, Notaria.—1 vez.—RP2012285942.—(IN2012025146).
Ante
mí, Zaida Valderrama Rodríguez notaria pública de Alajuela, a las 17:00 horas
del 26 de marzo del 2012, se reformó la cláusula tercera del pacto constitutivo
de
Ante mí, Zaida Valderrama Rodríguez notaria pública de Alajuela, a las 17 horas 15 minutos del 26 de marzo del 2012, se reformó la cláusula tercera del pacto constitutivo de Justo Calibre S. A., cédula jurídica número 3-101-164089.—Alajuela, 26 de marzo del 2012.—Lic. Zaida Valderrama Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2012285944.—(IN2012025148).
Ante mí, Zaida Valderrama Rodríguez, notaria pública de Alajuela, a las 17 horas 20 minutos del 26 de marzo del 2012, se reformó la cláusula tercera del pacto constitutivo de R.N.Y. International Limitda, cédula jurídica número 3-102-417532.—Alajuela, 26 de marzo del 2012.—Lic. Zaida Valderrama Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2012285945.—(IN2012025149).
Ante mí, Zaida Valderrama Rodríguez notaria pública de Alajuela, a las 17 horas 23 minutos del 26 de marzo del 2012, se reformó la cláusula tercera del pacto constitutivo de Net Trust S. A., cédula jurídica número 3-101-569213.—Alajuela, 26 de marzo del 2012.—Lic. Zaida Valderrama Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2012285946.—(IN2012025150).
Ante mí, Henry Alberto Salas Jiménez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad JJS Consultores S. A., donde se reforman las cláusulas tercera, quinta, sétima; se remueve la junta directiva y el fiscal y se nombra sus sustitutos. Presidenta Rosse Marie Montero Bolaños, secretaria Stephanie Zúñiga Villarreal, quienes con facultades de apoderadas generalísimas sin limite de suma.—San José, veintidós de marzo de dos mil doce.—Lic. Henry Alberto Salas Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2012285947.—(IN2012025151).
Por escritura otorgada el día dieciséis de marzo dos mil doce, ante esta notaría, se disuelve la sociedad anónima Hombre de Maquina Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de marzo del dos mil doce.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—RP2012285949.—(IN2012025152)
En mi notaría procedo a protocolizar acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios número veintiuno, de la sociedad Asesoría de Industria y Comercio Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-veintiocho mil cuatrocientos quince, en la cual se modifica la cláusula quinta de su pacto constitutivo.—Veintisiete de marzo del dos mil doce.—Lic. Jorge Prado Salas, Notario.—1 vez.—RP2012285950.—(IN2012025153)
Inversiones Ferox Inc Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-tres ocho siete tres uno seis, comunica que nombró nueva junta directiva y fiscal.—Belén, veintidós de marzo del dos mil doce.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—RP2012285954.—(IN2012025154).
Interpro Technologies Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-tres nueve uno uno cuatro uno, comunica que nombró nueva junta directiva y fiscal.—Belén, veintidós de marzo del dos mil doce.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—RP2012285955.—(IN2012025155).
Se hace constar que por escritura número 195 del tomo 14 del protocolo del notario Marvin Díaz Briceño, otorgada a las 8:00 horas del día 12 de enero del año 2012, se protocolizan acuerdos de la sociedad Industrias Almegab & Chris Sociedad Limitada, por medio del cual se reforma la cláusula sétima de la administración, y se nombra nuevo gerente.—San José, 3 de febrero del 2012.—Lic. Marvin Días Briceño, Notario.—1 vez.—RP2012285956.—(IN2012025156).
Se hace constar que a las 15:00 horas del día 12 de setiembre del 2011, por escritura número 144 del tomo catorce del notario: Marvin Díaz Briceño, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Grijalba House S. A., cuyo apoderado es la señora Ada Cristina Gómez Gómez, cédula de identidad número seis-cero setenta y nueve-cuatrocientos noventa nueve.—San José, 18 de setiembre del 2011.—Lic. Marvin Días Briceño, Notario.—1 vez.—RP2012285957.—(IN2012025157).
Condominio Belén Veintisiete I Pescara Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-dos seis cinco tres tres ocho, comunica que nombró nueva junta directiva y fiscal.—Belén, veintidós de marzo del dos mil doce.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—RP2012285958.—(IN2012025158).
Forum Educativo I.N.C. Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatro nueve cinco seis tres dos, comunica que nombró nueva junta directiva y fiscal.—Belén, veintidós de marzo del dos mil doce.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—RP2012285960.—(IN2012025159).
Kahosan Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seis tres uno ocho tres uno, comunica que reformó la cláusula sétima del acta constitutiva, y nombró nuevo presidente, tesorero y fiscal.—Belén, veintiséis de marzo del dos mil doce.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—RP2012285961.—(IN2012025160).
Por escritura otorgada ante mí, en 19:30 horas del 21 de marzo del 2012, se constituye la sociedad Segurex Security Group Sociedad Anónima, capital social diez mil colones, exactos. Domicilio San José, Desamparados, presidente Víctor Armando Brenes Espinoza.—Lic. Mireya Padilla García, Notaria.—1 vez.—RP2012285962.—(IN2012025161).
Nazira Aragón Arrieta, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, José Alberto Díaz Saballos, secretario, constituyen la sociedad anónima Sono Diagnóstico S. A., con domicilio en Heredia. Presidenta: Nazira Aragón Arrieta.—Bagaces, veintidós de diciembre de dos mil once.—Lic. Guisella Lara Camacho, Notaria.—1 vez.—RP2012285963.—(IN2012025162).
El suscrito Lic. Walter Acosta Campos, notario público con oficina en Heredia, señala que ante su notaría se presentaron Mariana García Borbón y Adriana García Borbón, en su calidad de socios propietarios de la totalidad del capital social y debidamente autorizado por asamblea quiénes vienen a disolver la sociedad denominada Morpho Arquitectos S. A.. Lo anterior consta en la escritura número doscientos dieciséis de las dieciocho horas del veintiséis de marzo de dos mil doce.—Lic. Walter Acosta Campos, Notario.—1 vez.—RP2012285966.—(IN20120025163).
Por escritura autorizada a las catorce horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de M. Pacheco Consultores Sociedad Anónima, en que se acuerda disolver la sociedad.—San José, veintiséis de marzo del año dos mil doce.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—RP2012285968.—(IN2012025164).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 14:00 horas del 23 de marzo del 2012, se constituye la sociedad Firmamento Producciones Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital ¢20.000,00 mil colones. Es todo.—San José, 27 de marzo del 2012.—Lic. Lucrecia Flaqué Murillo, Notaria.—1 vez.—RP2012285969.—(IN2012025165).
Ante esta notaría, se reformó cláusula del pacto constitutivo de la sociedad Tec View S. A. Es todo.—San José, 2 de marzo del 2012.—Lic. Jorge Rojas Villarreal, Notario.—1 vez.—RP2012285972.—(IN2012025166).
Que mediante escritura número dos visible del folio dos frente al folio tres frente del tomo ciento cuarenta y uno de mi protocolo. Se constituyó la sociedad denominada Nuav Comunicación Audiovisual Sociedad Anónima, domiciliada en San José, específicamente en San Juan de Tibás, del cruce de Colima y Llorente, cien metros al este y cincuenta al norte. Presidente. Óscar Edgardo Cruz Moya. Capital social noventa mil colones netos.—San Ramón, 23 de marzo del 2012.—Lic. Sergio Vargas López, Notario.—1 vez.—RP2012285975.—(IN2012025167).
Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de Sanso Internacional de Puntarenas Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos dieciocho mil setenta y uno, celebrada a partir de las dieciséis horas del veinticuatro de marzo del dos mil doce, mediante la cual se modifica el plazo social de la sociedad, siendo hasta el treinta de marzo del dos mil doce. Escritura otorgada en San Ramón, a las dieciocho horas del veinticinco de marzo del dos mil doce ante el notario Rodrigo Rojas Brenes.—Lic. Rodrigo Rojas Brenes, Notario.—1 vez.—RP2012285976.—(IN2012025168).
Ante mi notaría el día de hoy, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de Pesam de Puntarenas Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento cincuenta y dos mil ciento veinticuatro, mediante la cual se acordó la disolución de esta sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—San Ramón, diecisiete de marzo del dos mil doce.—Lic. Marlenne María Alfaro Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2012285977.—(IN201225169).
En mi
notaría el día 21 de marzo del
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 9:00 horas del día de hoy, se acordó la disolución y liquidación la sociedad Leomar del Este Sociedad Anónima, con domicilio en San José. Se emplaza a los interesados para que dentro del término de ley se apersonen a hacer valer sus derechos a la oficina del suscrito notario, ubicada en Desamparados, 100 este y 25 norte del Banco Bac San José.—Desamparados, 27 de marzo del 2012.—Lic. Dagoberto Fallas Valverde, Notario.—1 vez.—RP2012285980.—(IN2012025171).
A las 14:00 horas del 22 de marzo del 2012, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Servicios Danur S. A., de esta plaza, mediante la cual se acordó disolver y liquidar la sociedad por acuerdo de socios.—San José, 27 de marzo del 2012.—Lic. Victoria Medrano Guevara, Notaria.—1 vez.—RP2012285981.—(IN2012025172).
A las 11:00 horas del 5 de marzo del 2012, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Consultoría Alas del Sol S. A., de esta plaza, mediante la cual se acordó disolver y liquidar la sociedad por acuerdo de socios.—San José, 27 de marzo del 2012.—Lic. Victoria Medrano Guevara, Notaria.—1 vez.—RP2012285982.—(IN2012025173).
Inversiones Agrocomerciales Nyber F M S. A., realiza cambio de cláusula número cuatro de la acta constitutiva escritura número doscientos cincuenta y tres.—Paraíso de Cartago, 26 de marzo del 2012.—Lic. Ana Irene Granados Solano, Notaria.—1 vez.—RP2012285983.—(IN2012025174).
Por escritura otorgada ante mí a las once horas del veintisiete de marzo del dos mil doce, la sociedad CRB Restaurants Limitada, modificó las cláusulas tercera y sétima de su pacto constitutivo.—San José, veintisiete de marzo de dos mil doce.—Lic. Anaclara Vargas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2012285984.—(IN2012025175).
Mary Store S. A., realiza cambio en la cláusula tercera de su acta constitutiva. Escritura número 248.—Paraíso de Cartago, a las 9:00 horas del 26 de marzo del 2012.—Lic. Ana Irene Granados Solano, Notaria.—1 vez.—RP2012285985.—(IN2012025176).
Mediante asamblea general extraordinaria de socios de las 14 horas del 23 de marzo del año 2012, se acordó la disolución de la sociedad denominada Importadora Asiática S. A., con cédula jurídica 3-101-121357.—Cartago, 26 de marzo del año 2012.—Lic. Olga Margarita Alfaro Salas, Notaria.—1 vez.—RP2012285986.—(IN2012025177).
En mi notaría a las 7:30 horas del 19 de marzo del año 2011, se constituyó la sociedad Bienes Treysol Ltda. Gerente: Esteban Trejos Soto. Se solicita la publicación de este edicto para lo que en derecho corresponde.—Alajuela, 20 de marzo del 2012.—Lic. Henry Antonio Núñez Arias, Notario.—1 vez.—RP2012285987.—(IN2012025178).
La suscrita, Kattia Quirós Chévez, notaria pública con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día veinticuatro de marzo del dos mil doce, protocolicé las siguientes actas: I) Apartamentos Kevin S. A. y Edificio María Isabel G P S.R.L. por los cuales se acuerda la fusión de dichas sociedades, prevaleciendo Edificio María Isabel G P S.R.L. II) Apartamentos Zeus S. A., Edificio Don Carlos A J S.R.L., Administración Comercial Garona del Oeste S.R.L. y Asesoría Técnica Site S. A., por los cuales se acuerda la fusión de dichas sociedades, prevaleciendo Asesoría Técnica Site S. A. III) Apartamentos Puente Viejo Escazú S.R.L., Apartamento Aaaron de Escazú S.R.L. e Inversiones El Tigre de Oro S. A., por los cuales se acuerda la fusión de dichas sociedades, prevaleciendo El Tigre de Oro S. A. IV) Inmobiliaria Aroncito S. A. y Edificio Luis Enrique S P S.R.L., por los cuales se acuerda la fusión de dichas sociedades, prevaleciendo Edificio Luis Enrique S P S.R.L. V) Aliter Corporation CD S. A. y Recaudadora de Rentas S. A., por los cuales se acuerda la fusión de dichas sociedades, prevaleciendo Recaudadora de Rentas S. A. De igual forma, ese mismo día protocolicé acta de la empresa Stamina RX Distributors S. A., en la que se modifica la denominación social a Iroko Design S. A.—San José, veintisiete de marzo del dos mil doce.—Lic. Kattia Quirós Chévez, Notaria.—1 vez.—RP2012285989.—(IN2012025179).
El suscrito, Luis Enrique Solazar Sánchez, notario público con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día veintidós de marzo del dos mil doce, protocolicé acta de la empresa Tres-Ciento Uno-Quinientos Treinta Mil Trescientos Veintiuno S. A. Así mismo el día veintitrés de marzo del dos mil doce, se constituyó ante mí, las siguientes sociedades anónimas: Plaza Santo Domingo Afable S. A., Plaza Santo Domingo Alegre S. A., Plaza Santo Domingo Asombrosa S. A. Plaza Santo Domingo Bondadosa S. A., Plaza Santo Domingo Brillante S. A., Plaza Santo Domingo Cordial S. A., Plaza Santo Domingo Distinguida S. A., Plaza Santo Domingo Eficiente S. A., Plaza Santo Domingo Elegante S. A., Plaza Santo Domingo Esmerada S. A., Plaza Santo Domingo Feliz S. A., Plaza Santo Domingo Generosa S. A., Plaza Santo Domingo Interesante S. A., Plaza Santo Domingo Maravillosa S. A., Plaza Santo Domingo Optimista S. A., Plaza Santo Domingo Original S. A., Plaza Santo Domingo Paciente S. A., Plaza Santo Domingo Perseverante S. A., Plaza Santo Domingo Poderosa S. A., Plaza Santo Domingo Radiante S. A., Plaza Santo Domingo Selecta S. A., Plaza Santo Domingo Tenaz S. A., Plaza Santo Domingo Tolerante S. A. Plaza Santo Domingo Valiente S. A.—San José, veintisiete de marzo del dos mil doce.—Lic. Luis Enrique Salazar Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012285990.—(IN2012025180).
El
suscrito, Luis Enrique Salazar Sánchez, notario público con oficina en la
ciudad de San José, hago constar que el día veinticuatro de marzo del dos mil
doce, protocolicé las siguientes actas: I) Lafarcol S. A., Negocios P.M. Laurel
del Bosque S. A., Internet Services S.R.L., Spaces And Interiors S.R.L.,
Proyectos P.M. Prímula Marrón S. A., Magnugarin Limitada, Desarrollos P.M. Agapanto
del Oriente S. A., y Servicios Corporativos Virtuales S. A. por los cuales se
acuerda la fusión de dichas sociedades, prevaleciendo Servicios Corporativos
Virtuales S. A. II) Dimotucaca S.R.L., Maespa S.R.L., Maveque S.R.L.,
Mamosasina S.R.L., Kamicu S.R.L., Joguire S.R.L., Jomoro S.R.L., Jobrego
S.R.L., Nabrego S.R.L. y Pipomulac S.R.L., por los cuales se acuerda la fusión
de dichas sociedades, prevaleciendo Pipomulac S.R.L. III)
Comercializadora Carmevasa Verde del Sur S.R.L., Distribuidora Jimacataca
Amarilla del Oeste S.R.L., Comercializadora Soloprinto S.R.L., Comercializadora
Robarbalo S.R.L., Comercializadora Sermantiles S.R.L., Comercializadora Olcasma
S.R.L., Comercializadora Matecoma S.R.L., Comercializadora Didociento S.R.L.,
Comercializadora Confipal A.D.S. S.R.L., Comercializadora Hercando S.R.L.,
Comercializadora Franstewar S.R.L., Comercializadora Edcastral S.R.L., y
Comercializadora Incanfilo S.R.L., por los cuales se acuerda la fusión de
dichas sociedades, prevaleciendo Comercializadora Incanfilo S.R.L. IV)
Central Alimenticia del Bosque Escondido C.A.B.E. S.R.L. Central Alimenticia
del Campo C.A.C. S.R.L., Distribuidora Inrazol S.R.L., Distribuidora Alblancas
S.R.L., Distribuidora Vinrocalto S.R.L., Distribuidora Micesca S.R.L., Distribuidora
Jucamento S.R.L., Distribuidora Joduarme S.R.L., Distribuidora Flormarina
S.R.L., Distribuidora Norjesol S.R.L., Empresarios Corona Auatralis E.C.A.
S.R.L., Administradora de Alimentos Morfacana A.A.M. S.R.L., Administradora de Alimentos de
En escritura pública otorgada ante mí, el veintisiete de marzo del año dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea de socios de la sociedad tres-ciento uno-cinco tres tres tres siete dos sociedad anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-cinco tres tres tres siete dos, donde se reforman el objeto y cláusulas de administración y se nombran representaciones legales. Es todo.—San José, 27 de marzo del 2012.—Lic. Huberth Salas Ortega, Notario.—1 vez.—RP2012285992.—(IN2012025182).
Ante esta notaría, a las ocho horas del veintitrés de marzo del dos mil doce, se protocolizaron actas de fusión de las sociedades MBT Mareas Bravas de Salinas SRL, PDP Praderas de Pochote SRL, VAT Vista desde lo Alto de Tambor SRL, BVT Brisas del Verano de Tambor SRL, Vet Vista Esquisita de Tambor SRL, ETP Eco Tierras de Pochote SRL, LLP Llano Lindo de Pochote SRL, ACT Atardecer Calmo de Tambor SRL, BGP Bahía Grande de Pochote SRL, Met Mar Encantado de Tambor SRL, PVT Praderas Verdes de Tambor SRL y MGP Mandar Encantado de Tambor SRL en la sociedad PBN Pochote y sus Bellezas Naturalez SRL.—San José, veintiséis de mazo del año dos mil doce.—Lic. Soren Araya Madrigal, Notaria.—1 vez.—RP2012286005.—(IN2012025193).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 16:00 horas del catorce de marzo del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Huls D.G.T. Sociedad Anónima. Se reformó la cláusula novena del pacto social.—San José, 14 de marzo del 2012.—Lic. Dirk Niehaus Meinert, Notario.—1 vez.—RP2012286006.—(IN2012025194)Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas del 9 de marzo se constituyó la sociedad con domicilio en Llorente de Tibás Mediworld Latin America Ltda. Plazo: 99 años. Capital: ¢100.000,00 representado por 100 cuotas nominativas de ¢1.000,00 cada una. Gerente: Nina Krieg.—San José, 9 de marzo del 2012.—Lic. Kenneth Maynard Fernández, Notario.—1 vez.—RP2012286007.—(IN2012025195).
El suscrito notario hace constar que por escritura otorgada el día de hoy, número ciento cuarenta y dos-ocho; protocolizó acta de asamblea general de accionistas de la compañía denominada Dental Travel M.G.M. de Costa Rica Sociedad Anónima, se acuerda su disolución, artículo 201, Inc. J del Código de Comercio.—San José, 27 de marzo del 2012.—Lic. Carlos Enrique Chaves Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2012286008.—(IN2012025196).
Por escritura número ciento veintiséis ante esta notaría, en San José, a las nueve horas treinta minutos del veintisiete de marzo del dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Corporación Liderman Sociedad Anónima. Presidente: Eduardo Mauricio Melenez Román con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Enny Mary Cordero Rivera, Notaria.—1 vez.—RP2012286009.—(IN2012025197).
Por
acuerdo de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Grupo
Familiar Murillo Miranda S. A., con cédula jurídica
3-101-466500, celebrada en su domicilio social en Cartago, cantón central de
Cartago, distrito San Francisco, Barrio
Por escritura número ciento veinticinco ante esta notaría, en San José, a las nueve horas del veintisiete de marzo del dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Fruit-Factory Corporation Sociedad Anónima. Presidente: Eduardo Mauricio Melenez Román con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Enny Mary Cordero Rivera, Notaria.—1 vez.—RP2012286011.—(IN2012025199).
Por
acuerdo de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad
Creaciones MJB Varcal S. A., con cédula jurídica
3-101-618785, celebrada en su domicilio social en Cartago,
Por escritura otorgada a las 12 horas del 26 de marzo del 2012, se constituye sociedad por de conformidad con el decreto ejecutivo 33171-J del 29 de mayo de mayo del 2006, presidente Víctor Hugo Marín Alfaro.—San José, veintiséis de marzo del dos mil doce.—Lic. Alejandra Fallas Valerio, Notaria.—1 vez.—RP2012286013.—(IN2012025201).
Por escritura otorgada en San José, a las 16 horas del 7 de febrero del dos mil doce, se constituye Proveedores de Empaque y Maquinaria Sociedad Anónima, presidenta Hazel Dayana Muñoz Mora.—San José, veintiséis de marzo del dos mil doce.—Lic. Alejandra Fallas Valerio, Notaria.—1 vez.—RP2012286014.—(IN2012025202).
Por escritura otorgada en San José, a las 8 horas del nueve de marzo del dos mil doce, se disuelve la sociedad Taller de Estructuras José Rafael Castro S. A..—San José, veintiséis de marzo del dos mil doce.—Lic. Julio Rojas Paniagua, Notario.—1 vez.—RP2012286015.—(IN2012025203).
Por escritura otorgada ante la notaria Veracruz Navarro Monge, se reforma la cláusula número quinta de los estatutos constitutivos de la sociedad Agroirazú .A.A, cédula jurídica 3-101-207576. Se nombra como apoderada generalísima sin límite de suma a Sonia María Hernández Monge, cédula 1-643-662.—Cartago, 26 de marzo del 2012.—Lic. Veracruz Navarro Monge, Notaria.—1 vez.—RP2012286020.—(IN2012025204).
A las doce horas del veintisiete de marzo de dos mil doce, ante esta notaría se constituyó la sociedad Instituto Nacional Técnico INATEC Sociedad Anónima. Domicilio San José, Desamparados, capital suscrito y pagado, presidente y tesorero apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Mario Eduardo Recio Recio, Notario.—1 vez.—RP2012286021.—(IN2012025205).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del veinte de marzo dos mil doce, se constituyó la sociedad anónima Karz International Sociedad Anónima domiciliada en San José centro Condominio Las Américas, local cinco, capital social íntegramente suscritos y pagados, representados por diez acciones comunes y nominativas, plazo social de noventa y nueve años. Corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Alejandro Solano Flores, Notario.—1 vez.—RP2012286022.—(IN2012025206).
En escritura 218 de las 11:00 horas del 23 de marzo del 2012, ante esta notaría, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Global Rodjean Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-568936, que reforma pacto constitutivo. Disolución y descripción de la sociedad por vencimiento del plazo.—Lic. Emilia María Marín Díaz, Notaria.—1 vez.—RP2012286023.—(IN2012025207).
Por escritura otorgada ante mí, a esta hora y fecha, se modificó la cláusula primera del pacto constitutivo de la sociedad Constructora Quesada y Loría de Tacares de Grecia Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta mil ciento cincuenta y tres, para que en adelante se lea denominación: se denominará: Constructora Quesada y Solís H F Sociedad Anónima pudiendo abreviarse Constructora Quesada y Solís S. A., el cual es el nombre de fantasía.—Grecia, dos de marzo del dos mil doce.—Lic. Jehiner Alfaro Retana, Notario.—1 vez.—RP2012286024.—(IN2012025208).
Por escritura número doscientos cuarenta y uno, otorgada el día de hoy, ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad Granja Porcina Inversiones San Antonio S. A. Presidente: Arsenio Quesada Rodríguez. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: un millón de colones. Domiciliada en la ciudad de Sarchí Norte de Valverde Vega, Alajuela.—Grecia, veintiséis de marzo del dos mil doce.—Lic. Carlos Alpízar Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2012286025.—(IN2012025209).
Por escritura otorgada ante mí, a esta hora y fecha, se modificó la cláusula tercera del pacto constitutivo de la sociedad Transportes Murcia Alfaro Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y tres mil cuatrocientos cincuenta y siete, manteniendo el objeto principal como se encuentra constituido en el pacto constitutivo y agregándole lo siguiente: Además podrá dar, recibir, suscribir, cancelar o modificar por contrato o por testamento bienes en fideicomiso, ya sean de administración, inversión, garantía o testamentarios, con cualquier persona física o jurídica.—Grecia, dieciséis de marzo del dos mil doce.—Lic. Jehiner Alfaro Retana, Notario.—1 vez.—RP2012286026.—(IN2012025210).
El suscrito notario hace constar que el día veintitrés de febrero de dos mil doce, ante esta notaría se presentaron Liliana Sauma Rivas, María de los Ángeles Umaña Sauma, Lorena Umaña Sauma e Iliana Umaña Sauma y constituyeron una sociedad anónima, mediante escritura número ciento tres, iniciada a folio ciento treinta y dos frente del tomo sétimo de mi protocolo; cuyo nombre será el mismo de la cédula jurídica que sea asignada por el Registro Público, el cual queda facultado mediante aquel acto para asignarle al momento de la inscripción dicho nombre.—San José, 26 de marzo del 2012.—Lic. Giovanni Varela Díjeres, Notario.—1 vez.—RP2012286028.—(IN2012025211).
Bel South Soluciones Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos sesenta y cinco mil ciento sesenta y siete, acuerda su disolución. Escritura otorgada en la ciudad de Cartago, a las diecisiete horas quince minutos del veintidós de marzo del dos mil doce.—Cartago, veintisiete de marzo del dos mil doce.—Lic. Daniel Valverde Schmidt, Notario.—1 vez.—RP2012286030.—(IN2012025212).
Grupo H Dos O Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos noventa y cinco mil seiscientos cuarenta y seis, acuerda su disolución. Escritura otorgada en la ciudad de Cartago, a las diecisiete horas del veintidós de marzo del dos mil doce.—Cartago, veintisiete de marzo del dos mil doce.—Lic. Daniel Valverde Schmidt, Notario.—1 vez.—RP2012286031.—(IN2012025213).
Ante mi notaría se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Transporte de Carga El Sol S. A., cédula jurídica 3-101-550664, donde se realiza nombramientos de secretario y tesorero de la junta directiva por renuncia y fallecimiento.—Valverde Vega, 26 de marzo del 2012.—Lic. Mayela Marlene Espinoza Loría, Notaria.—1 vez.—RP2012286032.—(IN2012025214).
Mediante escritura número doscientos uno de las once horas del dieciséis de enero de dos mil doce, visible al folio ciento nueve frente del tomo quinto del protocolo de la notaria Paula Durán Quirós, se hace constar que se protocolizó el acta constitutiva de la sociedad Segura y Boza Construcciones Sociedad Anónima.—Paraíso, trece de marzo dos mil doce.—Lic. Paula Durán Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2012286033.—(IN2012025215).
Mediante escritura pública número ciento ochenta y siete del protocolo número veintiuno de la notaria Hellen Alfaro Alfaro, otorgada a las trece horas del día veintitrés de marzo dos mil doce, se constituyó sociedad anónima cuya denominación será su cédula de persona jurídica y su presidente es el socio Carlos Luis Cubero Cruz.—Valverde Vega, veintitrés de marzo del dos mil doce.—Lic. Hellen Alfaro Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2012286034.—(IN2012025216).
Ante
la suscrita notaria María de Los Ángeles Angulo Gómez los señores Mario Julián
Fonseca Román, cédula 3-377-898 y María Fernanda Redondo Martínez, cédula 3-430-737
constituyeron una sociedad denominada Servicios Marvet Sociedad de
Responsabilidad Limitada, con un capital de ¢1.000.000,00 y domicilio en
Cartago, Cartago, San Francisco Barrio
Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 16 de marzo del 2012, se constituyó Grupo Harid S. A..—Lic. Eugenio Francisco Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2012286036.—(IN2012025218).
El suscrito, Mario Arturo Pacheco Coronado, protocolicé a las diez horas del día veintisiete de marzo del dos mil doce, asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Sabana Real Apartamento Cuatro Este S. A., en la cual se acordó por unanimidad la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, veintisiete de marzo del dos mil doce.—Lic. Mario Arturo Pacheco Coronado, Notario.—1 vez.—RP2012286038.—(IN2012025219).
El suscrito, Enrique Alfonso Carranza Echeverría, protocolicé, a las ocho horas del día veintidós de marzo del dos mil doce, asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Basilic S. A., en la cual se emitieron acciones preferentes, se aumentó el capital social, se modificó la administración de la sociedad y se hacen nuevos nombramientos de presidente, secretario, tesorero.—San José, veintiséis de marzo del dos mil doce.—Lic. Enrique Alfonso Carranza Echeverría, Notario.—1 vez.—RP2012286039.—(IN2012025220).
Por escritura cuarenta y tres del protocolo número octavo de la notaria Mónica Zumbado Fallas, comparecen los señores Miguel López Martínez y Keisy Carranza Rojas a constituir la sociedad anónima llamada Keymi López y Carranza Sociedad Anónima, por un plazo social de noventa y nueve años y con un capital social de doce mil colones.—Lic. Mónica Zumbado Fallas, Notaria.—1 vez.—RP2012286040.—(IN2012025221).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas treinta minutos del veintiséis de marzo dos mil doce, se constituye Ehome Limitada.—San José, veintiséis de marzo de dos mil doce.—Lic. Nancy Tattiana Zúñiga Oses, Notaria.—1 vez.—RP2012286041.—(IN2012025222).
El suscrito notario hace constar que en mi notaría, mediante escritura número setenta y dos, del veintisiete de marzo del presente año, se constituyó la sociedad cuyo nombre será Kepcakes Five Five Five Sociedad de Responsabilidad Limitada, por los socios Lauren Emily Kepple y Shai Peled. Plazo social noventa y nueve años.—San José, veintisiete de marzo del dos mil doce.—Lic. Gastón Sancho Cubero, Notario.—1 vez.—RP2012286042.—(IN2012025223).
Por escritura otorgada ante esta notaria, a las diez horas y dieciséis minutos del veintisiete de marzo dos mil doce, se constituye Distribuidora Audio y Video H&M Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de marzo del dos mil doce.—Lic. Nancy Tattiana Zúñiga Oses, Notaria.—1 vez.—RP2012286043.—(IN2012025224).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del veintisiete de marzo del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de la sociedad Ecsaly Sociedad Anónima, reforma las cláusulas segunda y sexta de los estatutos, nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—Lic. Carlos Fernando Hernández Aguiar, Notario.—1 vez.—(IN2012025227).
Por escritura número veintisiete, otorgada ante mí, a las trece horas con treinta minutos del veintisiete de marzo del dos mil doce, se protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Preval Sociedad Anónima, por medio de la cual se reforma la cláusula cuarta del plazo.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(IN2012025229).
Por escritura número veintiséis, otorgada ante mí, a las trece horas con diez minutos del veintisiete de marzo del dos mil doce, se protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Bagy Sociedad Anónima, por medio de la cual se reforma la cláusula cuarta del plazo.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(IN2012025230).
Ante la notaría del Licenciado Douglas Mora Umaña; se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Reitsa Sociedad de Fondos de Inversión Sociedad Anónima, en la que se reformo las cláusula primera, tercera y novena de sus estatutos. Es todo.—San José, 27 de marzo del 2012.—Lic. Douglas Mora Umaña, Notario.—1 vez.—(IN2012025231).
Mediante
escritura pública 97-15 otorgada ante el suscrito notario, a las 9:00 horas del
27 de marzo del 2012, se protocolizaron actas de asamblea de las siguientes
sociedades, mediante las que se fusionaron dichas entidades, prevaleciendo la
primera entidad: Playa Mostrencal Ltda., Playa Mostrencal
Holding Ltda., Playa Mostrencal Atlanta Atlan Ltda., Playa
Mostrencal Bangkok Kokgnab Ltda., Playa Mostrencal Boston Bost Ltda.,
Playa Mostrencal Dallas Sallad Ltda., Playa Mostrencal Denver Denv
Ltda., Playa Mostrencal Frankfurt Trufknarf Ltda., Playa
Mostrencal Hong Kong Gnokgnoh Ltda., Playa Mostrencal Londres Serdnol
Ltda., Playa Mostrencal Los Angeles Losan Ltda., Playa Mostrencal
Madrid Dirdam Ltda., Playa Mostrencal Miami Miam Ltda., Playa
Mostrencal Munich Hcinum Ltda., Playa Mostrencal Nueva York Nyny Ltda.,
Playa Mostrencal París Sirap Ltda., Playa Mostrencal Roma Amor Ltda.,
Playa Mostrencal San Antonio Anto Ltda., Playa Mostrencal San Diego
Dieg Ltda., Playa Mostrencal Sarasota Saras Ltda., Playa
Mostrencal Seattle Seat Ltda., Playa Mostrencal Tampa Tamp Ltda., y Playa
Mostrencal Berlín Nilreb Ltda. Mediante dicha escritura se aumentó el capital
social de la entidad prevaleciente y se reforma la cláusula del domicilio.
Cualquier oposición a la fusión deberá presentarse dentro de un mes a partir de
la publicación de este aviso en
Mediante escrituras otorgadas ante esta notaría, el día 19 de marzo de 2012, se acuerda reformar las cláusulas dos y diez de la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y cinco mil quinientos ochenta y dos s. a.—San José, 20 de marzo del 2012.—Lic. Álvaro Enrique Leiva Escalante, Notario.—1 vez.—(IN2012025249).
Mediante escrituras otorgadas ante esta notaría el día 22 de marzo de 2012, se acuerda lo siguiente: reformar las cláusulas dos y seis de las sociedades y nombrar nuevos gerentes de las sociedades Arco Steel Ltda., Nubian Cloud Ltda. y Solarfun Ltda.—San José, 23 de marzo del 2012.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012025250).
Ante esta notaría, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad Comercializadora Jimart S. A., bajo escritura 221, tomo 4, folio 122 frente, del 12 de marzo del dos mil doce.—Lic. Max Aguilar Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012025256).
Por escritura número doscientos ochenta y tres-cinco de las nueve horas treinta minutos del quince de marzo del dos mil doce, se constituyó la empresa Invest SM Internacional S. A., ante la notaria Hazel Villalobos Villar. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, capital suscrito y pagado.—San José, quince de marzo del dos mil doce.—Lic. Hazel Villalobos Villar, Notaria.—1 vez.—(IN2012025267).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veintidós de marzo del dos mil doce, que es asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Ivano Internacional S. A., se acuerda reformar la cláusula segunda del pacto social. Es todo.—San José, nueve horas del veintiséis de marzo del dos mil doce.—Lic. Ernesto Gutiérrez Blanco, Notario.—1 vez.—(IN2012025268).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las trece horas del veintiséis de marzo de dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad Centro Internacional de Inversiones CII Sociedad Anónima, modificando la cláusula quinta, del capital.—San José, veintisiete de marzo de dos mil doce.—Lic. José Luis Páez Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012025269).
Yo, Marco Fernández López, hoy protocolicé acta de asamblea extraordinaria de la sociedad Inmobiliaria Llobregat Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y un mil cuatrocientos cuarenta y uno; en la que se acuerda disolver la compañía de conformidad con el inciso d) del artículo 201 del Código de Comercio. Es todo.—Veintiséis de marzo de dos mil doce.—Lic. Marco Antonio Fernández López, Notario.—1 vez.—(IN2012025270).
Por escritura 1-2 de las 9:30 del 28 marzo 2012, se protocoliza acta uno de asamblea de socios de Inversiones Costarricenses JM Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-351817, Minicomercial Granadilla S. A., cédula jurídica 3-101-505041 y Los Gordos de Mamá Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-387879 S. A., se acuerda fusionar todas las compañías prevaleciendo Inversiones Costarricenses JM Sociedad Anónima, nombrándose nueva presidenta, Lourdes Salazar Agüero, cédula 1-1029-232 se reformó cláusula segunda domicilio.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Alexa Hernández Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—(IN2012025271).
Por
escritura 1-2, de las 9:00 del 28 de marzo del 2012, del tomo 2 del protocolo
de
Por escritura número 148-7 de las 15:00 horas del día 26 de marzo del 2012, se protocoliza acta número uno de asamblea de socios de la compañía Consultores Montiel Artavia S. A., cédula jurídica 3-101-583883 y se acuerda disolver la compañía. Es todo.—San José, 26 de marzo del 2012.—Lic. Lourdes Salazar Agüero, Notaria.—1 vez.—(IN2012025275).
Por escritura Nº 92, otorgada ante la suscrita notaria a las once horas del día veintiuno de noviembre de dos mil once, protocolicé acuerdos de la sociedad Inversiones Britany de Costa Rica S. A., cédula jurídica Nº 3-101-441764 mediante el cual modifiqué acuerdos del acta constitutiva.—Alajuela, veintisiete de marzo de dos mil doce.—Lic. Nuria Murillo Chaves, Notaria.—1 vez.—(IN2012025289).
Por escritura Nº 97, otorgada a las trece horas y veinte minutos del día veinticinco de enero de dos mil doce, ante la suscrita notaria, protocolicé acuerdos de la sociedad Inmobiliaria Joki S. A., cédula jurídica Nº 3-101-26038636 mediante el cual modifiqué acuerdos del acta constitutiva.—Alajuela, veintisiete de marzo de dos mil doce.—Lic. Nuria Murillo Chaves, Notaria.—1 vez.—(IN2012025290).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día veintiocho de marzo de dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Nautique Sports Limitada, portadora de la cédula jurídica número tres-ciento dos-quinientos sesenta y cinco mil seiscientos veintiséis, mediante la cual se nombra nuevo gerente y reforma cláusula sexta. Es todo.—San José, veintiocho de marzo de dos mil doce.—Lic. Nuria Solís Saénz, Notaria.—1 vez.—(IN2012025294).
Por
escritura otorgada a las 12:45 horas del 17 de marzo del 2012, se protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de socios de
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, al ser las 11:00 horas del día 27 de marzo del 2012, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Financieras Modernas Sofim Sociedad Anónima, capital social suscrito y pagado y un plazo social de noventa y nueve años a partir de su constitución. Es todo.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. José Abundio Gutiérrez Antonini, Notario.—1 vez.—(IN2012025298).
Ante esta notaría, por medio de escritura número veintidós-tres, del tomo tercero del notario Cecil Anthony Ross Salazar, en conotariado con el notario Francisco Enrique Fonseca Monge, se protocoliza acta en la que se disuelve la sociedad Inmobiliaria Jota y Jota JC JA S. A.—San José, veintisiete de marzo de dos mil doce.—Lic. Francisco Enrique Fonseca Monge, Notario.—1 vez.—(IN2012025299).
Ante esta notaría, por medio de escritura número veinte-tres, del tomo tercero del notario Cecil Anthony Ross Salazar, en conotariado con el Notario Francisco Enrique Fonseca Monge, se protocoliza acta en la que se modifica el pacto constitutivo de la sociedad de esta plaza denominada Perenoquia Grande S. A. Se modifican las cláusulas sétima, quinta y se hacen cambios en las calidades de los representantes.—San José, veintisiete de marzo de dos mil doce.—Lic. Francisco Enrique Fonseca Monge, Notario.—1 vez.—(IN2012025300).
Ante esta notaría, por medio de escritura número veintiuno-tres, del tomo tercero del notario Cecil Anthony Ross Salazar, en conotariado con el Notario Francisco Enrique Fonseca Monge, se protocoliza acta en la que se modifica el pacto constitutivo de la sociedad de esta plaza denominada Consultora y Distribuidora CD Novatecnia S. A. Se modifican las cláusulas sétima, quinta y se hacen cambios en las calidades de los representantes.—San José, veintisiete de marzo de dos mil doce.—Lic. Francisco Enrique Fonseca Monge, Notario.—1 vez.—(IN2012025301).
Por escritura número ciento veinticuatro, a las dieciséis horas del día veintisiete de marzo del dos mil doce, se disolvió la sociedad Despacho Chaves y González Contadores S. A.—Lic. Luis Ángel Arroyo Soto, Notario.—1 vez.—(IN2012025304).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la entidad Perlitas de Bijagua Sociedad Anónima. Capital íntegramente suscrito y pagado. Presidente: Gilbert Fernando Alvarado Gómez.—San José, 28 de marzo de dos mil doce.—Lic. Ángel López Miranda, Notario.—1 vez.—(IN2012025308).
Por escritura otorgada a las nueve horas del veintitrés de marzo del dos mil doce, se protocoliza acta de la sociedad tres-ciento dos-seiscientos mil trescientos sociedad limitada, en la cual se procede a disolver la sociedad.—San José, veintiséis de marzo del dos mil doce.—Lic. Adriana María Garita Calvo, Notaria.—1 vez.—(IN2012025310).
Por escritura otorgada a las nueve horas treinta minutos del veintitrés de marzo del dos mil doce, se protocoliza acta de la sociedad Takashi Waljo Inversiones Sociedad Anónima, en la cual se procede a disolver la sociedad.—San José, veintiséis de marzo del dos mil doce.—Lic. Adriana María Garita Calvo, Notaria.—1 vez.—(IN2012025311).
Por escritura otorgada a las diez horas del veintitrés de marzo del dos mil doce, se protocoliza acta de la sociedad tres-ciento dos-seiscientos mil trescientos uno sociedad limitada, en la cual se procede a disolver la sociedad.—San José, veintiséis de marzo del dos mil doce.—Lic. Adriana María Garita Calvo, Notaria.—1 vez.—(IN2012025312).
Por escritura otorgada a las diez horas treinta minutos del veintitrés de marzo del dos mil doce, se protocoliza acta de la sociedad tres-ciento dos-quinientos treinta y seis mil ochocientos noventa y uno sociedad de responsabilidad limitada, en la cual se procede a disolver la sociedad.—San José, veintiséis de marzo del dos mil doce.—Lic. Adriana María Garita Calvo, Notaria.—1 vez.—(IN2012025313).
Por escritura otorgada a las once horas del veintitrés de marzo del dos mil doce, se protocoliza acta de la sociedad Euris Beauty Products Sociedad Responsabilidad Limitada, en la cual se procede a disolver la sociedad.—San José, veintiséis de marzo del dos mil doce.—Lic. Adriana María Garita Calvo, Notaria.—1 vez.—(IN2012025315).
Por escritura otorgada a las once horas treinta minutos del veintitrés de marzo del dos mil doce, se protocoliza acta de la sociedad L F H Productos de Belleza Internacional Sociedad Anónima, en la cual se procede a disolver la sociedad.—San José, veintiséis de marzo del dos mil doce.—Lic. Adriana María Garita Calvo, Notaria.—1 vez.—(IN2012025316).
Por escritura número ciento cuarenta y uno hecha ante la notaria Marianela Blanco Alfaro, a las dieciocho horas treinta minutos del diecinueve de marzo del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general de socios de Mascoticas Jepe S. A., donde se disuelve la sociedad.—Heredia, a las 19 horas minutos del 19 de marzo del 2012.—Lic. Marianela Blanco Alfaro, Notaria.—1 vez.—(IN2012025317).
Ana Jane Camacho Soto y Rafael Ángel Muñoz Astorga constituyen empresa denominada Barvac Producciones y Servicios S. A., representada por su presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente. Capital social: 10 mil colones. Escritura otorgada a las 16:00 horas del 26 de marzo del 2012.—Lic. Fredy Humberto Vargas Chavarría, Notario.—1 vez.—(IN2012025319).
Por medio de escritura otorgada ante mi notaría, se procedió a constituir la sociedad denominada B.P. Logística Ltda. Preside: Walter Barrantes Porras. Capital social: cien mil colones. Domicilio social: San Joaquín de Flores, Heredia.—Lic. Juan Rafael Zavala Tasies, Notario.—1 vez.—(IN2012025321).
Por escritura número trescientos siete-cinco otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del veintiséis de marzo del dos mil doce, por acuerdo de socios, se conviene disolver la sociedad anónima denominada Vaes (C.R.) Sociedad Anónima. Presidente Carlos Alberto Vargas Orozco.—Lic. María Cecilia Valverde Marín, Notaria.—1 vez.—(IN2012025322).
Por escritura número trescientos ocho-cinco otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas diez minutos del veintiséis de marzo del dos mil doce, por acuerdo de socios, se conviene disolver la sociedad denominada CAV Samarrosa Limitada. Gerente: Carlos Vargas Orozco.—Lic. María Cecilia Valverde Marín, Notaria.—1 vez.—(IN2012025323).
Por escritura número trescientos nueve-cinco otorgada ante esta notaría, a las diecinueve horas del veintiséis de marzo del dos mil doce, por acuerdo de socios, se conviene disolver la sociedad anónima denominada Grayclif Sociedad Anónima. Presidente: Lloyd Patterson Wolfe.—Lic. María Cecilia Valverde Marín, Notaria.—1 vez.—(IN2012025324).
Mediante escritura de las catorce horas del veintisiete de marzo del dos mil doce, la entidad Condominio Avicenia Número Ciento Setenta y Ocho Malaga Sociedad Anónima, modifica la cláusula tercera del pacto social el objeto. Es todo.—Heredia, catorce horas del veintisiete de marzo del dos mil doce.—Lic. Karoline Alfaro Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012025325).
Por escritura otorgada a las ocho horas del veintiocho de marzo del 2012, Inmobiliaria Santiago Sociedad Anónima, reforma cláusula sexta del pacto constitutivo, nombra junta directiva.—Lic. Virginia Beckles Maxwell, Notaria.—1 vez.—(IN2012025329).
Ante esta notaría, han comparecido Wilberth Barrientos González y Félix Moreno Granados, a fusionar las sociedades denominadas Mitsu Part Sociedad Anónima, Importaciones Totales Barrientos Sociedad Anónima y Orlando Part Sociedad Anónima, prevaleciendo Orlando Part Sociedad Anónima.—26 de marzo del 2012.—Lic. Luis Diego Araya González, Notario.—1 vez.—(IN2012025335).
Ante esta notaría, han comparecido Wilberth Barrientos González y Félix Moreno Granados, a fusionar las sociedades denominadas Tampa Part Sociedad Anónima, Soaring Eagle Investiment Sociedad Anónima y Sur Paco Sociedad Anónima, prevaleciendo Sur Paco Sociedad Anónima.—26 de marzo del 2012.—Lic. Luis Diego Araya González, Notario.—1 vez.—(IN2012025336).
Ante esta notaría, han comparecido Floribeth Leiva Esquivel y María del Rosario Esquivel Ramírez, a modificar el pacto constitutivo de la sociedad denominada Leidan Internacional FID Sociedad Anónima, en su cláusula tercera en cuanto a su plazo social.—27 de marzo del 2012.—Lic. Luis Diego Araya González, Notario.—1 vez.—(IN2012025337).
Ante esta notaría, han comparecido Juan Carlos Esquivel Leiva y Adriana Retana Peralta, a modificar el pacto constitutivo de la sociedad denominada Inversiones Lecafore E S Sociedad Anónima, en su cláusula tercera en cuanto a su plazo social.—27 de marzo del 2012.—Lic. Luis Diego Araya González, Notario.—1 vez.—(IN2012025338).
Ante esta notaría, han comparecido Luis Diego y Allan ambos Araya González, a modificar el pacto constitutivo la sociedad Jimena & Diego S. A., en cuanto al plazo social de la misma.—21 de marzo del 2012.—Lic. Francia Charpentier Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2012025339).
Que por escritura número veintiuno-uno; otorgada en la ciudad de Heredia, Belén, a las diez horas treinta minutos del día veintiocho del mes de marzo del dos mil doce, ante el Lic. Giovanni Cabezas Zeledón, notario público de Heredia, Belén, compareció el señor Iván Alfaro Herrera, a efecto de protocolizar acta de asamblea general de cuotistas donde se acordó disolver la sociedad Seguridad Girsa Limitada, portadora de la cédula jurídica número tres-ciento dos-quinientos ochenta y seis mil doscientos cuarenta y siete; lo anterior por acuerdo de socios y por haber consumado la sociedad con el objeto que persigue; de conformidad con el artículo doscientos uno, incisos B y D del Código de Comercio. Es todo.—Heredia, Belén, once horas veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic. Giovanni Cabezas Zeledón, Notario.—1 vez.—(IN2012025340).
Mediante escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del veintiuno de marzo del dos mil doce, protocolicé asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento uno-quinientos setenta y un mil novecientos cincuenta y ocho s. a., En la cual se acordó disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio.—21 de marzo del 2012.—Lic. Ricardo Cordero Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012025341).
Que por escritura número veinte-uno; otorgada en la ciudad de Heredia, Belén, a las nueve horas treinta minutos del día veintiocho del mes de marzo del dos mil doce, ante el Lic. Giovanni Cabezas Zeledón, notario público de Heredia, Belén, compareció el señor Luis Roberto Escalante Aguilar, a efecto de protocolizar acta de asamblea general de accionistas donde se acordó disolver la sociedad Servicios Monte Rosa S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cinco cero uno tres dos cero; lo anterior por acuerdo de socios y por haber consumado la sociedad con el objeto que persigue; de conformidad con el artículo doscientos uno, incisos B y D del Código de Comercio. Es todo.—Heredia, Belén, once horas veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic. Giovanni Cabezas Zeledón, Notario.—1 vez.—(IN2012025342).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del veinte de marzo del dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Diagnósticos Cancertec Sociedad de Responsabilidad Limitada, con un capital social de ciento veinte mil colones, divido en mil doscientas cuotas o títulos nominativos de cien colones cada una y un plazo de noventa y nueve años a partir del veinte de marzo del dos mil doce.—San José, veinte de marzo del dos mil doce.—Lic. Ricardo Cordero Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012025343).
Que por escritura número diecinueve-uno; otorgada en la ciudad de Heredia, Belén, a las nueve horas del veintiocho del mes de marzo del año dos mil doce, ante el Lic. Giovanni Cabezas Zeledón, notario público de Heredia, Belén, compareció el señor Luis Roberto Escalante Aguilar, a efecto de protocolizar acta de asamblea general de accionistas, donde se modificó la junta directiva y su representación judicial y extrajudicial correspondiente a la sociedad Monitoreos Girsa Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa y dos mil setecientos ochenta y cinco. Es todo.—Heredia, Belén, a las diez horas del veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic. Giovanni Cabezas Zeledón, Notario.—1 vez.—(IN2012025344).
Por escrituras números: cuatro-cinco-seis-siete-ocho-nueve-diez-once-doce-trece y catorce del tomo uno; otorgadas el veintitrés de marzo del dos mil doce, ante el Lic. Giovanni Cabezas Zeledón, notario público de Heredia, Belén, compareció el señor Pedro Ulibarri Leiva, cédula de identidad número: uno-mil setenta y cuatro-cero noventa y dos, a efecto de protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, donde se cambiaron los domicilios sociales a siguiente dirección: San José, Curridabat, Centro Comercial El Prado, local número seis, pudiendo abrir agencias y sucursales dentro y fuera del territorio nacional. Lo anterior correspondiente a las sociedades siguientes: Grupo Belén S. A., cédula jurídica Nº 3-101-546340; Bloques Belén S. A., cédula Jurídica Nº 3-101-504858; Ingeniería del Concreto S. A., cédula jurídica Nº 3-101-212375; Intelcon Control Inteligente S. A., cédula jurídica Nº 3-101-178922; Tecnología Virtual S. A., cédula jurídica Nº 3-101- 234043; Inversiones y Desarrollos Ojaran S. A., cédula jurídica Nº 3-101-499319; Saire Servicio de Aire y Refrigeración Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-0903302; Ingeniería Mecánica Aplicada Imeca S. A., cédula jurídica Nº 3-101-307809; Comercial Superbloque S. A., cédula jurídica Nº 3-101-259768; Bos International S. A., cédula jurídica Nº 3-101-287174 y Armapref Armaduras Prefabricadas S. A., cédula jurídica Nº 3-101-392888. Es todo.—Heredia, Belén, a las diez horas del veintiséis de marzo del dos mil doce.—Lic. Giovanni Cabezas Zeledón, Notario.—1 vez.—(IN2012025345).
Por escrituras números uno y dos del tomo uno, otorgadas a las ocho horas y nueve horas, respectivamente, ambas celebradas día veintitrés de marzo del dos mil doce, ante el Lic. Giovanni Cabezas Zeledón, notario público, de Heredia, Belén, se constituyeron las sociedades denominadas: Andorra Construcciones S. A. y Armabloque S. A. Es todo.—Heredia, Belén, a las dieciséis horas del veintitrés de marzo del dos mil doce.—Lic. Giovanni Cabezas Zeledón, Notario.—1 vez.—(IN2012025346).
Por escritura otorgada ante mi notaría el veintitrés de marzo de dos mil doce, se protocolizó ante mi notaría la disolución de la siguientes sociedades: de la sociedad Desarrollos Anfo S. A., cédula jurídica 3-101-148745, Constructora Anfo Limitada, 3-102-049105 e Inversiones Anbeck S. A., cédula jurídica 3-101-175368 y domiciliada en la ciudad de San José.—San José, 28 de marzo de 2012.—Lic. Ihara González Medina, Notaria.—1 vez.—(IN2012025347).
Por escritura número ciento treinta y nueve, otorgada ante esta notaría el veintitrés de marzo del dos mil doce, a las diecinueve horas, se constituyó la sociedad Zaker Internacional S. A., plazo social: noventa y nueve años, capital social: mil doscientos colones de mil doscientas acciones de un colón cada una, representación judicial: presidente.—San José, veintitrés de marzo del dos mil doce.—Lic. Adriana Villalobos Brenes, Notaria.—1 vez.—(IN2012025348).
Ante esta notaría se protocolizó asamblea general extraordinaria de la empresa Consultoría Intelectual G.CH.T Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-uno cero uno-dos dos cero nueve uno dos, mediante la escritura número ciento sesenta y cinco-tres, en la cual se conoce y se realiza disolución de la presente sociedad, protocolización otorgada ante los notarios públicos Eliseo Eliécer Santana-Morales Valdés y Marvin Aguirre Chaves, actuando en el protocolo del primero.—San José, veintisiete de marzo del dos mil doce.—Lic. Marvin Aguirre Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2012025349).
Por escritura ante el suscrito notario a las 8:00 horas del 28 de marzo del 2012, se disuelve y liquida la sociedad Transportes Mesin Limitada.—Lic. Ricardo Morera Briceño, Notario.—1 vez.—(IN2012025351).
Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Grupo Paty Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-619134, mediante escritura 261, otorgada el 27 de marzo del 2012, ante el suscrito notario, se disolvió dicha sociedad, con fundamento en el artículo 201 inciso d), y se emplaza a terceros interesados para que dentro de treinta días naturales contados a partir de la publicación del presente aviso procedan a hacer valer sus derechos de manera judicial.—Lic. Juan Carlos Solís Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2012025352).