LA GACETA Nº 83 DEL 30 DE ABRIL
DEL 2012
MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
BANCO POPULAR
Y DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
NACIONAL DE APRENDIZAJE
PATRONATO
NACIONAL DE LA INFANCIA
BANCO POPULAR
Y DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE
ELECTRICIDAD
MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA
MUNICIPALIDAD DE PÉREZ ZELEDÓN
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO
Nº 0004-2012-MGP
EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 141 de la Constitución Política, artículo 28 inciso 1) acápite
b de la Ley General de la Administración Pública o Ley N° 6227 del 2 de mayo de
1978. Así como lo dispuesto en la Ley N° 29812 Ley del Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2012 y el
artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios
Públicos N° R-DC-10-2012.
Considerando:
I.—Que la Reunión de: “Preparatoria
de la X Conferencia de Ministros de Defensa de las Américas” es de interés para
el Ministerio de Gobernación y Policía, porque en ella se tratarán temas de
relevancia para esta Cartera Ministerial.
II.—Que la reunión
se realizará en la Ciudad de Montevideo, Uruguay, los días 16 y 17 de abril del
2012. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la
señorita Isabel Jiménez González, cédula de identidad N° 2-600-855, funcionaria
del Ministerio de Gobernación y Policía, para que participe en: “La Reunión de
Preparatoria de la Conferencia de Ministros de Defensa de las Américas” a
realizarse en la Ciudad de Montevideo, los días 16 y 17 de abril del 2012.
Artículo 2º—Los gastos de la señorita Isabel
Jiménez González por concepto de alimentación, hospedaje serán cubiertos por la
Secretaría Pro-Tempore, los gastos por tiquetes aéreos, serán cubiertos por la
subpartida 1.05.03 y los tributos o cánones que se deban pagar en las
terminales, gastos menores y transportes al inicio, durante y después de la gira,
conforme al artículo 22 del Reglamento, serán cubiertos con recursos de la
subpartida 1.05.04. del Programa 044. Actividad
Central todo sujeto a liquidación y de conformidad con la tabla de viáticos al
exterior publicada en La Gaceta Nº 140 del 20 de julio del año 2011.
Artículo 3º—Que se autoriza la participación
de la señorita Isabel Jiménez González a dicha actividad, saliendo del país el
día 14 y regresando el día 18 de abril del año en curso, por lo que en los días
indicados devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 14 al 18 de
abril del 2012.
San José, veintinueve de marzo
del dos mil doce.
Celso Gamboa Sánchez, Ministro
de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública, a. í.—1
vez.—O. C. Nº 14564.—Solicitud Nº 46377.—C-18820.—(IN2012026776).
Nº DM-FP-1228-12
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en los artículos
140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte
segundo inciso b) de la Ley General de la Administración Pública N° 6227 del 2
de mayo de 1978.
Considerando:
I.—Que del 22 al 23 de marzo del
2012, tendrá lugar en la Ciudad de Belice, en la “LXII Reunión del Consejo
Directivo del Instituto de Nutrición de Centroamérica y Panamá (INCAP)” y este
Despacho considera importante la participación de la Dra. Ileana Herrera
Gallegos, cédula N° 1-479-765, Directora General de Salud, en la actividad de
cita. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la Dra.
Ileana Herrera Gallegos, cédula N° 1-479-765, Directora General de Salud, para
que asista y participe en la “LXII Reunión del Consejo Directivo del Instituto
de Nutrición de Centroamérica y Panamá (INCAP)”; que se llevará cabo en la
Ciudad de Belice, del 22 al 23 de marzo del 2012.
Artículo 2º—Los gastos de la Dra. Ileana
Herrera Gallegos, cédula N° 1-479-765, por concepto de transporte, alimentación
y hospedaje serán cubiertos por el Instituto de Nutrición de Centro América y
Panamá (INCAP), por lo que no existe gasto a cargo del erario público.
Artículo 3º—Durante los días de vigencia del
presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionarIa en
la actividad, devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4º—Para efectos de itinerario la
Dra. Ileana Herrera Gallegos, estará saliendo el día 21 de marzo y regresando
el 24 de marzo del 2012.
Artículo 5º—Rige del 21 al 24 de marzo del
2012.
Dado en el Ministerio de Salud.
San José a los dieciséis días del mes de febrero del dos mil doce.
Publíquese.—Dra.
Daisy María Corrales Díaz, MSc., Ministra de Salud.—1
vez.—O. C. Nº 14143.—Solicitud Nº 31875.—C-16450.—(IN2012025447).
Nº DM-FP-1271-12
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en los artículos
140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 inciso b)
de la “Ley General de la Administración Pública” N° 6227 del 02 de mayo de
1978.
Considerando:
1º—Que del 7 al 9 de marzo del
2012, tendrá lugar en la Ciudad de República Dominicana, República Dominicana
la “Jornada de Movilización sobre la transversalización de género en el Sistema
Nacional de Salud de República Dominicana” este Despacho considera importante
la participación de la Lic. Edda Quirós Rodríguez, cédula Nº 1-509-481,
funcionaria de la Dirección de Planificación Estratégica y Evaluación de las
Acciones en Salud, en la actividad de cita.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la Lic.
Edda Quirós Rodríguez, cédula Nº 1-509-481, funcionaria de la Dirección de
Planificación Estratégica y Evaluación de las Acciones en Salud, para que
asista y participe en la “Jornada de Movilización sobre la transversalización
de género en el Sistema Nacional de Salud de República Dominicana”; que se
llevará cabo en la Ciudad de República Dominicana, República Dominicana, del 7
al 9 de marzo del 2012.
Artículo 2º—Los gastos de la Lic. Edda Quirós
Rodríguez, por concepto de transporte, alimentación y el hospedaje, serán
cubiertos por la Organización Mundial de la Salud (OMS), por lo que no existe
gasto a cargo del erario público.
Artículo 3º—Durante los días de vigencia del
presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaria de
la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Para efectos de itinerario la
Lic. Edda Quirós Rodríguez, estará saliendo el día 6 de marzo y regresando el
10 de marzo del 2012.
Artículo 5º—Rige del 6 al 10 de marzo del
2012.
Dado en el Ministerio de Salud.—San José, a los veintisiete días del mes de febrero del
dos mil doce.
Publíquese.—Dra.
Daisy María Corrales Díaz, MSc, Ministra de Salud.—1
vez.—O .C. Nº 14143.—Solicitud Nº 31894.—C-18800.—(IN2012025452).
Nº DM-FP-1272-12
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en los artículos
140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte
segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública” N° 6227 del
02 de mayo de 1978.
Considerando:
1º—Que del 19 al 23 de marzo del
2012, tendrá lugar en la Ciudad de Cancún, México, el “30th Internacional
Congress on Ocupacional Health” este Despacho considera importante la
participación de la Dra. María Lourdes Zevallos Girón, cédula Nº
1-59100-062128, funcionaria del Área Rectora Hospital Mata Redonda, en la
actividad de cita. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la Dra.
María Lourdes Zevallos Girón, cédula Nº 1-59100-062128, funcionaria del Área
Rectora Hospital Mata Redonda, para que asista y participe en el “30th Internacional
Congress on Ocupacional Health”; que se llevará cabo en la de Ciudad de Cancún,
México, del 19 al 23 de marzo del 2012.
Artículo 2º—Los gastos de la Dra. María
Lourdes Zevallos Girón, por concepto de transporte, alimentación y el
hospedaje, serán cubiertos con gastos propios de la funcionaria Dra. Zevallos
Girón, por lo que no existe gasto a cargo del erario público.
Artículo 3º—Durante los días de vigencia del
presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaria en
la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Para efectos de itinerario la
Dra. María Lourdes Zevallos Girón, estará saliendo el día 18 de marzo y
regresando el 24 de marzo del 2012.
Artículo 5º—Rige del 18 al 24 de marzo del 2012.
Dado en el Ministerio de Salud.
San José, a los veintisiete días del mes de febrero del dos mil doce.
Publíquese.—Dra.
Daisy María Corrales Díaz, MSc., Ministra de Salud.—1
vez.—O.C. Nº 14143.—Solicitud Nº 31893.—C-18800.—(IN2012025453).
Nº DM-FP-1273-12
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en los artículos
140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte
segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública” N° 6227 del
02 de mayo de 1978.
Considerando:
1º—Que del 9 de abril al 5 de
mayo del 2012, tendrá lugar en la Ciudad de Estados Unidos, Estados Unidos de
América, el intercambio de desarrollo profesional “Programa de Empoderamiento
de Mujeres a través del Emprendimiento Social”, este Despacho considera importante
la participación de la Bach. Cindy Barton Smith, cédula Nº 7-165-831,
funcionaria del Área Rectora de Salud de Siquirres, en la actividad de cita. Por
tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la Bach.
Cindy Barton Smith, cédula Nº 7-165-831, funcionaria del Área Rectora de Salud
de Siquirres, para que asista y participe en el intercambio de desarrollo
profesional “Programa de Empoderamiento de Mujeres a través del Emprendimiento
Social”; que se llevará cabo en la de Ciudad de Estados Unidos, Estados Unidos de
América, del 09 de abril al 05 de mayo del 2012.
Artículo 2º—Los gastos de la Bach. Cindy
Barton Smith, por concepto de transporte, alimentación y el hospedaje, serán
cubiertos por el Departamento del Estado del Gobierno de los Estados Unidos,
por lo que no existe gasto a cargo del erario público.
Artículo 3º—Durante los días de vigencia del
presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaria en
la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Para efectos de itinerario la
Bach. Cindy Barton Smith, estará saliendo el día 08 de abril y regresando el 06
de mayo del 2012.
Artículo 5º—Rige del 8 de abril al 6 de mayo
del 2012.
Dado en el Ministerio de Salud.
San José a los veintisiete días del mes de febrero del dos mil doce.
Publíquese.—Dra.
Daisy María Corrales Díaz, MSc., Ministra de Salud.—1
vez.—O.C. Nº 14143.—Solicitud Nº 31892.—C-18800.—(IN2012025454).
Nº DM-FP-1277-12
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en los artículos
140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte
segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública” N° 6227 del
02 de mayo de 1978.
Considerando:
1º—Que del 14 al 16 de marzo del
2012, tendrá lugar en la Ciudad de Guatemala, Guatemala, en el “Curso Regional
de Investigación, Prevención y Manejo de la Enfermedad Respiratoria Aguda en
Pediatría” y este Despacho considera importante la participación de la Dra.
Hilda Salazar Bolaños, cedula N° 2-291-1071, funcionaria de la Dirección de
Vigilancias de la Salud, en la actividad de cita. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la Dra.
Hilda Salazar Bolaños, cedula N° 2-291-1071, funcionaria de la Dirección de
Vigilancias de la Salud, para que asista y participe en el “Curso Regional de
Investigación, Prevención y Manejo de la Enfermedad Respiratoria Aguda en
Pediatría”; que se llevará cabo en la Ciudad de Guatemala, Guatemala, del 14 al
16 de marzo del 2012.
Artículo 2º—Los gastos de la Dra. Hilda
Salazar Bolaños, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán
cubiertos por el Programa de Influenza de la CDC para Centroamérica y República
Dominicana a través de Acuerdo Cooperativo con la Universidad de Guatemala, por
lo que no existe gasto a cargo del erario público.
Artículo 3º—Durante los días de vigencia del
presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaria en
la actividad, devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4º—Para efectos de itinerario la
Dra. Hilda Salazar Bolaños, estará saliendo el día 13 y regresando el 17 de
marzo del 2012.
Artículo 5º—Rige del 13 al 17 de marzo del
2012.
Dado en el Ministerio de Salud. San José a los veintiocho días del mes
de febrero del dos mil doce.
Publíquese.—Dra.
Daisy María Corrales Díaz, MSc., Ministra de Salud.—1
vez.—O.C. Nº 14143.—Solicitud Nº 31891.—C-18800.—(IN2012025455).
Nº DM-FP-1278-12
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en los artículos
140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte
segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública” Nº 6227 del
02 de mayo de 1978.
Considerando:
1º—Que los días 01 y 02 de marzo
del 2012, tendrá lugar en San Salvador, El Salvador, el “Taller para la
Validación de la aplicación informática para el OCAMED” este Despacho considera importante la
participación del Ing.
Mauricio Quesada Quirós, cédula Nº 1-1053-819, funcionario de la
Dirección de Regulación de la Salud, en la actividad de cita. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al Ing.
Mauricio Quesada Quirós, cédula Nº 1-1053-819, funcionario de la Dirección de
Regulación de la Salud, para que asista y participe en el “Taller para la
Validación de la aplicación informática para el OCAMED”; que se llevará cabo en
San Salvador, El Salvador, los días 01 y 02 de marzo del 2012.
Artículo 2º—Los gastos del Ing. Mauricio
Quesada Quirós, por concepto de transporte, alimentación y el hospedaje, serán
cubiertos por la Secretaría Ejecutiva del Consejo de Ministros de Salud de
Centroamérica y República Dominicana (SE-COMISCA), por lo que no existe gasto a
cargo del erario público.
Artículo 3º—Durante los días de vigencia del
presente acuerdo en los que se autoriza la participación del funcionario en la actividad, devengará el
100% de su salario.
Artículo 4º—Para efectos de itinerario el
Ing. Mauricio Quesada Quirós, estará saliendo el día 29 de febrero y regresando
el 03 de marzo del 2012.
Artículo 5º—Rige del 29 de febrero al 03 de
marzo del 2012.
Dado en el Ministerio de Salud.
San José, a los veinticuatro días del mes de febrero del dos mil doce.
Publíquese.—Dra.
Daisy María Corrales Díaz, Ministra de Salud.—1
vez.—O.C. Nº 14143.—Solicitud Nº 31890.—C-17860.—(IN2012025456).
Nº DM-FP-1279-12
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en los artículos
140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte
segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública” Nº 6227 del
02 de mayo de 1978, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el Ejercicio Económico 2011; y el artículo 34 del “Reglamento de
Gastos de Viaje y de Transportes para funcionarios públicos”, emitido por la
Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que los días 01 y 02 de abril del 2012, tendrá
lugar en la Ciudad de México, México, el “Foro Ministerial de Cobertura
Universal en Salud, Sustentabilidad de la Cobertura Universal en Salud:
compartir experiencias e impulsar el progreso”
y este Despacho considera importante la participación de la Dra. Ileana
Herrera Gallegos, cédula Nº 1-479-765,
Directora General de Salud, en la actividad de cita. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la Dra.
Ileana Herrera Gallegos, cedula Nº 1-479-765, Directora General de Salud, para que asista y participe en el “Foro
Ministerial de Cobertura Universal en Salud, Sustetentabilidad de la Cobertura
Universal en Salud: compartir experiencias e impulsar el progreso”; que se
llevará cabo en la Ciudad de México, México, los días 01 y 02 de abril del
2012.
Artículo 2º—Los gastos de la Dra. Ileana
Herrera Gallegos, por concepto de
transporte local, alimentación y
hospedaje serán cubiertos por la Secretaría de Salud de México. Asimismo
el rubro de tiquete aéreo e impuestos de salida, serán financiados mediante el
Fideicomiso 872, Programa 630-00, Sub-Partida 1.05.04, US $568.56 para un total
de ¢293.490.67.
Artículo 3º—Durante los días de vigencia del
presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengarán el
100% de su salario.
Artículo 4º—Para efectos de itinerario la Dra. Ileana Herrera Gallegos, estará
saliendo el día 31 de marzo y regresando el 03 de abril del 2012.
Artículo 5º—Rige del 31 de marzo al 03 de
abril del 2012.
Dado en el Ministerio de Salud. San José a los veintiocho del mes de
febrero del dos mil doce.
Publíquese.—Dra.
Daisy María Corrales Díaz, MSc. Ministra de Salud.—1
vez.—O.C. Nº 14143.—Solicitud Nº 31889.—C-18800.—(IN2012025457).
Nº DM-FP-1280-12
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en los artículos
140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte
segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública” Nº 6227 del
02 de mayo de 1978.
Considerando:
1º—Que los días 22 y 23 de marzo
del 2012, tendrá lugar en la Ciudad de Buenos Aires, Argentina, la “Reunión ProVac, para iniciar el análisis de
costo-efectividad de VPH y estratégicas de tamizaje” y este Despacho considera importante la
participación del Lic. Erick Rodríguez Steller, cédula Nº 2-447-493,
funcionario de la Dirección de Garantía de Acceso a los Servicios de Salud, en
la actividad de cita. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al Lic.
Erick Rodríguez Steller, cédula Nº 2-447-493, funcionario de la Dirección de
Garantía de Acceso a los Servicios de Salud,
para que asista y participe en la “Reunión ProVac, para iniciar el
análisis de costo-efectividad de VPH y estratégicas de tamizaje”; que se
llevará cabo en la Ciudad de Buenos Aires, Argentina, los días 22 y 23 de marzo
del 2012.
Artículo 2º—Los gastos del Lic. Erick
Rodríguez Steller, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por la Organización
Panamericana de la Salud (OPS), por lo que no existe gasto a cargo del erario
público.
Artículo 3º—Durante los días de vigencia del
presente acuerdo en los que se autoriza la participación del funcionario en la actividad, devengarán el
100% de su salario.
Artículo 4º—Para efectos de itinerario el
Lic. Erick Rodríguez Steller, estará saliendo el día 20 y regresando el 24 de
marzo del 2012.
Artículo 5º—Rige del 20 al 24 de marzo del
2012.
Dado en el Ministerio de Salud.
San José a los veintiocho del mes de febrero del dos mil doce.
Publíquese.—Dra.
Daisy María Corrales Díaz, MSc. Ministra de Salud.—1
vez.—O.C. Nº 14143.—Solicitud Nº 31888.—C-18800.—(IN2012025458).
Nº DM-FP-1281-12
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en los artículos
140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte
segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública” Nº 6227 del
02 de mayo de 1978.
Considerando:
1º—Que del 19 al 21 de marzo del
2012, tendrá lugar en la Ciudad de Buenos Aires, Argentina, la “Primera Reunión
organizada por el IVS con el objetivo de presentar un estudio de carga de
enfermedad de meningitis meningocócica” y este Despacho considera importante la
participación del Dr. Roberto Arroba Tijerino, cédula Nº 172400116321,
funcionario de la Dirección de Garantía de Acceso a los Servicios de Salud.
2º—Que del 22 al 23 de marzo del 2012, tendrá
lugar en la Ciudad de Buenos Aires, Argentina, la “Reunión ProVac, para iniciar el análisis de
costo-efectividad de VPH y estratégicas de tamizaje” y este Despacho considera
importante la participación del Dr. Roberto Arroba Tijerino, cédula Nº 172400116321, funcionario de la Dirección
de Garantía de Acceso a los Servicios de Salud, en las actividades de cita. Por
tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al Dr.
Roberto Arroba Tijerino, cédula Nº 172400116321, funcionario de la Dirección de
Garantía de Acceso a los Servicios de Salud, para que asista y participe en las
siguientes actividades: “Primera Reunión organizada por el IVS con el objetivo
de presentar un estudio de carga de enfermedad de meningitis meningocócica” que
se llevará a cabo del 19 al 21 de marzo del 2012, y “Reunión ProVac, para iniciar el análisis de
costo-efectividad de VPH y estratégicas de tamizaje”; que se llevará cabo del
22 al 23 de marzo del 2012, ambas en la Ciudad de Buenos Aires, Argentina.
Artículo 2º—Los gastos del Dr. Roberto Arroba
Tijerino, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por la Organización
Panamericana de la Salud (OPS), por lo que no existe gasto a cargo del erario
público.
Artículo 3º—Durante los días de vigencia del
presente acuerdo en los que se autoriza la participación del funcionario en la actividad, devengarán el
100% de su salario.
Artículo 4º—Para efectos de itinerario el Dr.
Roberto Arroba Tijerino, estará saliendo el día 17 y regresando el 24 de marzo
del 2012.
Artículo 5º—Rige del 17 al 24 de marzo del
2012.
Dado en el Ministerio de Salud.
San José a los veintiocho del mes de febrero del dos mil doce.
Publíquese.—Dra.
Daisy María Corrales Díaz, MSc., Ministra de Salud.—1
vez.—O.C. Nº 14143.—Solicitud Nº 31887.—C-18800.—(IN2012025459).
Nº DM-FP-1282-12
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en los artículos
140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte
segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública” Nº 6227 del
02 de mayo de 1978.
Considerando:
1º—Que del 9 al 13 de abril del
2012, tendrá lugar en la Ciudad de México, México, la “4ta Conferencia Latinoamericana y
la 4ta Conferencia Interamericana de Promoción de la Salud y
Educación para la Salud” y este Despacho
considera importante la participación de la MSc. Helena Badilla Alán, cedula Nº
1-592-610, funcionaria de la Dirección Regional de Rectoría de la Salud Central
Sur, en la actividad de cita. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la MSc.
Helena Badilla Alán, cédula Nº 1-592-610, funcionaria de la Dirección Regional
de Rectoría de la Salud Central Sur, para que asista y participe en la “4ta
Conferencia Latinoamericana y la 4ta Conferencia Interamericana de
Promoción de la Salud y Educación para la Salud”; que se llevará cabo en la
Ciudad de México, México, del 09 al 13 de abril del 2012.
Artículo 2º—Los gastos de la MSc. Helena
Badilla Alán, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos con recursos
propios de la funcionaria, por lo que no existe gasto a cargo del erario público.
Artículo 3º—Durante los días de vigencia del
presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengarán el
100% de su salario.
Artículo 4º—Para efectos de itinerario la
MSc. Helena Badilla Alán, estará saliendo el día 08 y regresando el 14 de abril
del 2012.
Artículo 5º—Rige del 08 al 14 de abril del
2012.
Dado en el Ministerio de Salud.
San José a los veintiocho del mes de febrero del dos mil doce.
Publíquese.—Dra.
Daisy María Corrales Díaz, MSc., Ministra de Salud.—1
vez.—O.C. Nº 14143.—Solicitud Nº 31886.—C-18800.—(IN2012025460).
Nº DM-FP-1312-12
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en los artículos
140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte
segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública” Nº 6227 del
02 de mayo de 1978.
Considerando:
1º—Que del 13 al 15 de marzo del 2012, tendrá lugar
en la Ciudad de Panamá, Panamá, en el “Taller Regional para el Desarrollo de
Planes de Intervención en Situaciones de emergencia Relativas a la Inocuidad de
los Alimentos” y este Despacho considera
importante la participación de la Dra. Roxana Céspedes Robles, cédula Nº
1-475-322, funcionaria de la Dirección de Vigilancia de la Salud, en la
actividad de cita. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la Dra.
Roxana Céspedes Robles, cedula Nº 1-475-322, funcionaria de la Dirección de
Vigilancia de la Salud, para que asista
y participe en el “Taller Regional para el Desarrollo de Planes de Intervención
en Situaciones de emergencia Relativas a la Inocuidad de los Alimentos” ; que
se llevará cabo en la Ciudad de Panamá, Panamá, del 13 al 15 de marzo del 2012.
Artículo 2º—Los gastos de la Dra. Roxana
Céspedes Robles, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por la Organización
Panamericana de la Salud (OPS), por lo que no existe gasto a cargo del erario
público.
Artículo 3º—Durante los días de vigencia del
presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengarán el
100% de su salario.
Artículo 4º—Para efectos de itinerario la
Dra. Roxana Céspedes Robles, estará saliendo el día 12 marzo y regresando el 16
de marzo del 2012.
Artículo 5º—Rige del 12 al 16 de marzo del 2012.
Dado en el Ministerio de Salud.
San José, a los cinco días del mes de marzo del dos mil doce.
Publíquese.—Dra.
Daisy María Corrales Díaz, MSc., Ministra de Salud.—1
vez.—O.C. Nº 14143.—Solicitud Nº 31885.—C-18800.—(IN2012025461).
Nº 048-03-2012
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ
Con fundamento en el artículo 28
de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de
1978, el artículo 02 de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y Paz, Ley
N° 6739 del 28 de abril de 1982. Así como lo dispuesto en la Ley N° 9019 “Ley del
Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República, para el Ejercicio
Económico del 2012” y los artículos 7, 34 y 35 del Reglamento de Gastos de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos.
Considerando:
1º—Que la Secretaría de Derechos
Humanos del Ministerio de Justicia de Argentina, la Dirección General de
Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de Argentina,
la Secretaría de Derechos Humanos de la Presidencia de Brasil y el Instituto
Auschwitz para la Paz y la Reconciliación (AIPR), está invitando a un
representante del Gobierno los días 28, 29 y 30 de marzo 2012 a ser un
participante fundador en su nuevo programa, “La Red Latinoamericana para la
Prevención del Genocidio y Atrocidades Masivas”. Este programa estará respaldado
por el Asesor Especial de la Prevención del Genocidio del Secretario General de
las Naciones Unidas. El programa el cual será lanzado en marzo del 2012,
durante una sesión de planificación en la ciudad de Buenos Aires, pretende
desarrollar una comunidad de funcionarios públicos sensibles e informados sobre
el tema de prevención del genocidio.
2º—Que esta red enfocada en políticas de
prevención de genocidio, también pretende explorar los detalles específicos del
fomento internacional de estas políticas por parte de estos países
latinoamericanos y a la vez busca hacer notar la situación actual y las
fortalezas del sistema regional. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Se designa al
Licenciado Gustavo Salazar Jara cédula Nº 1-1060-0676, funcionario del Viceministerio
de Paz para que represente al Ministerio de Justicia en la reunión supracitada.
Artículo 2º—Los gastos del Lic. Salazar Jara,
por concepto tiquetes aéreos, alojamiento, y alimentación, derivados de su
asistencia a la mencionada Reunión, serán asumidos por la “La Red
Latinoamericana para la Prevención del Genocidio y Atrocidades Masivas”.
Artículo 3º—Que durante los días del 28 al 30
de marzo en que se autoriza la participación del funcionario Gustavo Salazar
Jara en la reunión arriba citada devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 27 y hasta el
30 de marzo del dos mil doce.
Dado en el Despacho del Ministro
de Justicia y Paz, a los veinte días del mes de marzo del dos mil doce.
Hernando París R., Ministro de Justicia y Paz.—1 vez.—O. C. Nº 14791.—Solicitud Nº 39818.—C-24440.—(IN2012025471).
N° 49
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ
Con fundamento en el artículo 28
de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de
1978, el artículo 02 de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y Paz, Ley
N° 6739 del 28 de abril de 1982. Así como lo dispuesto en la Ley N° 9019 “Ley
del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio
Económico del 2012” y los artículos 7, 34 y 35 del Reglamento de Gastos de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos.
Considerando:
1º—Que la Fundación Friedrich
Ebert (FES) de Alemania, a través del Programa de Cooperación en Seguridad
Regional para América Latina y El Caribe (PCSR-FES) y la Representación para Costa
Rica, Nicaragua y Panamá de la red fesamericacentral, invita al Grupo de
Trabajo en Seguridad Regional para América Central en su Sétima Reunión del 16
de abril del 2012, de las 9:00 a las 18:00 horas, en la sede de la Fundación
Friedrich Ebert en San Salvador. El Grupo de Trabajo centra su análisis en los
factores que inciden en la seguridad regional centroamericana. Este espacio de
pensamiento e intercambio profundiza en alternativas e ideas políticas, entre
expertos prácticos, políticos con la competencia temática, funcionarios
públicos, académicos especializados y representantes de organismos no
gubernamentales y miembros de organismos internacionales.
2º—Que el objetivo principal de esta reunión
es abordar las temáticas de la legalización de las drogas; la militarización de
la Seguridad Pública y el papel de la policía en este nuevo escenario; además,
un análisis de la situación carcelaria en la región.
3º—Que el señor Max Loría Ramírez, cédula de
identidad N° 1-1086-0408, Viceministro de Justicia y Paz, participará en
representación del Ministerio de Justicia y Paz, que realiza una labor
importante en la región en relación con estos temas. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Se designa al señor
Max Loría Ramírez, Viceministro de Justicia y Paz, para que participe en la
Sétima reunión del Grupo de Trabajo en Seguridad Regional América Central el 16
de abril del 2012 en San Salvador, El Salvador.
Artículo 2º—Los gastos del señor Max Loría
Ramírez, por concepto de tiquetes alojamiento y alimentación, derivados de su
asistencia a la supracitada reunión, serán asumidos por la Fundación Friedrich
Ebert.
Artículo 3º—Que durante el día 16 de abril en
que se autoriza la participación del funcionario Max Loría Ramírez en la
mencionada reunión, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 15 y hasta el
17 de abril del dos mil doce.
Dado en el Despacho del Ministro
de Justicia y Paz, a los veintiún días del mes de marzo del dos mil doce.
Hernando París R., Ministro de Justicia y Paz.—1 vez.—O. C. Nº 14791.—Solicitud Nº 39818.—C-24440.—(IN2012025472).
N°
060-2012
LA
PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE
COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y
18) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo primero, 28
párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley
N° 6227 del 02 de mayo de 1978; la Ley de Régimen de Zonas Brancas, Ley N° 7210
del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio
de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley
N° 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del
29 de agosto de 2008 y sus reformas, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de
Zonas Francas.
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 527-2009
de fecha 30 de setiembre de 2009, publicado en el Diario Oficial La Gaceta
número 210 del 29 de octubre de 2009; modificado por el Informe número 28-2010
de fecha 07 de mayo de 2010, emitido por PROCOMER; a la empresa Alimentos
Bermúdez S. A., cédula jurídica número 3-101-464877, se le otorgaron los
beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas,
Ley número 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.
II.—Que mediante documento presentado el día 17 de febrero de 2012, en la
Gerencia de Regímenes Especiales de la Promotora del Comercio Exterior de Costa
Rica, en adelante PROCOMER, la empresa Alimentos Bermúdez S. A., solicitó la
ampliación de la actividad y la doble clasificación de la compañía, para que en
adelante, en adición a la actual clasificación como industria procesadora de
exportación, además se le considere empresa comercial de exportación, así como
también requirió la modificación del porcentaje de valor agregado nacional.
III.—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo
al Acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la citada Promotora en la sesión
Nº 177-2006 del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de la empresa
Alimentos Bermúdez S. A., y con fundamento en las consideraciones técnicas y
legales contenidas en el informe de la Gerencia de Regímenes Especiales de
PROCOMER número 23-2012 de fecha 20 de febrero de 2012, acordó recomendar al
Poder Ejecutivo la respectiva modificación del Acuerdo Ejecutivo, al tenor de
lo dispuesto por la Ley Nº 7210, sus reformas y su Reglamento.
IV.—Que en virtud de las reformas legales y
reglamentarias que han operado con posterioridad al otorgamiento del Régimen de
Zonas Francas a la empresa, se hace necesario adecuar en lo conducente el
Acuerdo Ejecutivo original.
V.—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por tanto:
ACUERDAN:
1º—Modificar el Acuerdo Ejecutivo número 527-2009
de fecha 30 de setiembre de 2009, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número
210 del 29 de octubre de 2009 y sus reformas, para que en el futuro las
cláusulas primera, segunda, cuarta, quinta, sexta y sétima, se lean de la
siguiente manera:
“1 Otorgar
el Régimen de Zonas Francas a la empresa Alimentos Bermúdez S. A., cédula
jurídica número 3-101-464877, (en adelante denominada la beneficiaría),
dosificándola como Industria Procesadora de Exportación y como Empresa
Comercial de Exportación, de conformidad con los incisos a) y b) del artículo
17 de la Ley N° 7210 y sus reformas.”
“2. La
actividad de la beneficiaria consistirá en la producción de snacks y aceite de
desecho, así como en la comercialización de saborizantes.”
“4. La
beneficiaria gozará de los incentivos y beneficios contemplados en la Ley N°
7210 y sus reformas, con las limitaciones y condiciones que allí se establecen
y con apego a las regulaciones que al respecto establezcan tanto el Poder
Ejecutivo como PROCOMER.
Los plazos, términos y condiciones de los
beneficios otorgados en virtud de la Ley Nº 7210 quedan supeditados a los
compromisos asumidos por Costa Rica en los tratados internacionales relativos a
la Organización Mundial del Comercio (OMC), incluyendo, entre otros, el Acuerdo
sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias (ASMC) y las decisiones de los
órganos correspondientes de la OMC al amparo del artículo 27 párrafo 4 del
ASMC. En particular, queda establecido que el Estado costarricense no otorgará
los beneficios previstos en la Ley N° 7210 que de acuerdo con el ASMC
constituyan subvenciones prohibidas, más allá de los plazos para la concesión
de las prórrogas previstas en el artículo 27 párrafo 4 del ASMC a determinados
países en desarrollo.
Para los efectos de las exenciones otorgadas debe
tenerse en consideración lo dispuesto por los artículos 62 y 64 del Código de
Normas y Procedimientos Tributarios, Ley N° 4755, del 3 de mayo de 1971 y sus
reformas, en lo que resulten aplicables.”
“5. De
conformidad con lo dispuesto por el artículo 20 inciso g) de la Ley de Régimen
de Zonas Francas (Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas), la
beneficiaria gozará de exención de todos los tributos a las utilidades, así
como cualquier otro, cuya base imponible se determine en relación con las
ganancias brutas o netas, con los dividendos abonados a los accionistas o
ingresos o ventas, según las diferenciaciones que dicha norma contiene.
Dicha beneficiaria, en lo que se refiere a su
actividad como industria procesadora de exportación, sólo podrá introducir sus
productos al mercado local, observando rigurosamente los requisitos
establecidos al efecto por el artículo 22 de la Ley N° 7210 y sus reformas, en
particular los que se relacionan con el pago de los impuestos respectivos. En
lo que atañe a su actividad como empresa comercial de exportación, con base en
el numeral antes citado, la beneficiaria no podrá realizar ventas en el mercado
local.”
“6. La
beneficiaria se obliga a cumplir con un nivel mínimo de empleo de 40 trabajadores,
a más tardar el 30 de octubre de 2011. Asimismo, se obliga a realizar una
inversión nueva inicial en activos fijos de al menos US $2.000.000,00 (dos
millones de dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), y
a realizar y mantener una inversión mínima total de US $3.000.000.00 (tres
millones de dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América),
ambas, a más tardar el 30 de octubre de 2010. Finalmente, la empresa
beneficiaria se obliga a mantener un porcentaje mínimo de valor agregado
nacional de un 62%.
PROCOMER vigilará el cumplimiento de los niveles
de inversión nueva inicial en activos fijos y la mínima total de la
beneficiario, de conformidad con los criterios y parámetros establecidos por el
Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas. Tal facultad deberá ser
prevista en el respectivo Contrato de Operaciones que suscribirá la
beneficiaria, como una obligación a cargo de ésta. Consecuentemente, el Poder
Ejecutivo podrá revocar el Régimen a dicha empresa en caso de que, conforme con
aquellos parámetros, la misma no cumpla con los niveles mínimos de inversión
anteriormente señalados.”
“7. Una
vez suscrito el Contrato de Operaciones, la empresa se obliga a pagar el canon
mensual por derecho de uso del Régimen de Zonas Francas. La fecha prevista para
el inicio de las operaciones productivas es el 30 de octubre de 2010. En caso
de que por cualquier circunstancia la beneficiaria no inicie dicha etapa de
producción en la fecha antes señalada, continuará pagando el referido canon,
para lo cual la Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica seguirá tomando
como referencia para su cálculo, en lo que atañe a su actividad como industria
procesadora de exportación, las proyecciones de área de techo industrial, y en
h que concierne a su actividad como empresa comercial de exportación, las
proyecciones de ventas, consignadas en su respectiva solicitud.
Para efectos de cobro del canon, la empresa deberá
informar a PROCOMER de los aumentos realizados en el área de techo industrial y
de las ventas mensuales realizadas. El incumplimiento de esta obligación
provocará el cobro retroactivo del canon, en lo que se refiere a su actividad
como industria procesadora de exportación, a partir de la fecha de la última
medición realizada por la citada Promotora, quien tomará como base para
realizar el calculó la nueva medida, y en lo que respecta a su actividad como
empresa comercial de exportación, PROCOMER tomará como referencia para su
cálculo, las proyecciones de ventas consignadas en su respectiva solicitud.”
2º—En todo lo que no ha sido expresamente
modificado, se mantiene lo dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo número 527-2009 de
fecha 30 de setiembre de 2009, publicado en el Diario oficial La Gaceta
número 210 del 29 de octubre de 2009 y sus reformas.
3º—Rige a partir de su notificación.
Comuníquese y publíquese.
Dado en la Presidencia de la República, San José, a los dos días del mes de
marzo del año dos mil doce.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El
Ministro de Comercio Exterior a. í., Fernando Ocampo Sánchez.—1
vez.—(IN2012026058).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE DESARROLLO
DE LA COMUNIDAD
AVISOS
El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo
de la Comunidad de la Dirección Legal y de Registro, hace constar que la
Asociación de Desarrollo Integral de Carbón 2 de Cahuita, Talamanca de Limón.
Por medio de su representante: Manuel Antonio De Je Zu\iga Agüero, cédula
106490405, ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro
Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo
establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza
por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso,
a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para
que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite,
manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, 21 de marzo del 2012.—Departamento de
Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1
vez.—RP2012284735.—(IN2012023011).
El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo
de la Comunidad de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, hace
constar que la Asociación de Desarrollo Integral de San Rafael de Vara Blanca
de Heredia. Por medio de su representante: José Antonio Mora Gómez portador de
la cédula de identidad N° 1-481-052 ha hecho solicitud de inscripción de la
siguiente reforma al estatuto: Artículo N° 17 para que en adelante se lea así:
Artículo N° 17:
Se agrega y
modifica en cuanto al nombramiento de dos suplentes, con equidad de género, los
cuales podrán sustituir cualquier plaza vacante en Junta Directa o Fiscalía
excepto el puesto de presidente.
Dicha reforma es visible a folio 84 del expediente
de la organización comunal en mención que se encuentra en el Departamento de
Registro de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, asimismo,
dicha modificación fue aprobada mediante asamblea general ordinaria de
afiliados celebrada el 22 de mayo del 2011.
En cumplimiento de lo establecido en los artículos
17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley 3859 “Sobre Desarrollo de la Comunidad” que
rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de
la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en
especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen
pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta
Dirección Legal y de Registro.—San José, 21 de marzo del 2012.—Departamento de
Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1
vez.—RP2012284894.—(IN2012023012).
DIRECCIÓN GENERAL DE
MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA
ACUERDO
DE VIAJE Nº DGME 042-2012
LA
DIRECTORA GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 13 inciso 24) de la Ley
General de Migración y Extranjería número 8764, el criterio de la Procuraduría
General de la República número C229-2009 del 25 de agosto de 2009, los
artículos 1, 2, 7, 31, 34 y 36 del Reglamento de Gastos de Viaje y de
Transporte para Funcionarios Públicos, actualizado por la Contraloría General
de la República mediante resolución R-DC-111-2011, de las ocho horas y siete
minutos, del 07 de julio de 2011, así como lo dispuesto en la Ley N° 8908 o Ley
del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio
Económico del 2011.
Considerando:
I.—La Dirección General de Migración y Extranjería,
recibió formal invitación por parte de la Organización Internacional para las
Migraciones (O.I.M), para participar en el “XXXV Curso Interamericano sobre
Migraciones Internacionales”, que tendrá lugar en la Ciudad de Mar del Plata y
de Buenos Aires, Argentina, del 19 de marzo al 01 de abril del presente año.
II.—Que para efectos de participación en la citada
Reunión a que hace referencia el Considerando Primero anterior, se ha designado
al señor Freddy Mauricio Montero Mora, portador de la cédula número
1-0707-0998, en representación de la Dirección General de Migración y
Extranjería; Órgano del Ministerio de Gobernación y Policía de conformidad con
el artículo 12 de la Ley General de Migración y Extranjería número 8764. Por
tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Freddy Mauricio
Montero Mora, portador de la cédula número 1-0707-0998, en representación de la
Dirección General de Migración y Extranjería, para que participe en el Curso
citado en el Considerando Primero del presente Acuerdo, que tendrá lugar en la
Ciudad de Mar del Plata y de Buenos Aires, Argentina. El traslado a dicho
evento se dará el 17 de marzo, regresando el 01 de abril del presente año.
Artículo 2º—Que la tarifa máxima establecida para viajar a Argentina,
corresponde a trescientos quince dólares diarios ($315,00 USD). Dicha tarifa se
desglosa de la siguiente manera: 1) Gastos de hospedaje, hasta un 60% diario,
correspondiendo a la suma de ciento ochenta y nueve dólares diarios ($ 189,00
USD). 2) Gastos de alimentación según se detalla: se destinará hasta un 8%
diario por concepto de desayuno, correspondiendo a la suma de veinticinco
dólares con veinte centavos diarios ($25,20 USD); hasta un 12% diario por
concepto de almuerzo, correspondiendo a treinta y siete dólares con ochenta
centavos diarios ($37,80 USD) y, hasta un 12% diario para cena, correspondiendo
a treinta y siete dólares con ochenta centavos diarios ($37,80 USD). 3) Gastos
menores de viaje, hasta un 8% diario, que corresponden a la suma de veinticinco
dólares con veinte centavos diarios ($25,20 USD).
Artículo 3º—Que de conformidad con la invitación realizada, todos los
gastos serán cubiertos por parte de la Organización Internacional para las
Migraciones (O.I.M), excepto los gastos por tiquetes aéreos de ida y regreso a
Argentina que serán cubiertos con el presupuesto ordinario de la Junta
Administrativa de la Dirección General de Migración y Extranjería.
Artículo 4º—Que durante los días en que participe el señor Freddy Mauricio
Montero Mora, en la actividad a la que se refiere este acuerdo, devengará el
100% de su salario.
Artículo 5º—El presente acuerdo rige del 16 de marzo al 02 de abril de
2012.
Dado en la Dirección General de Migración y
Extranjería, el 02 de marzo de 2012.—Kathya Rodríguez
Araica, Directora General.—1 vez.—O. C. Nº 15215.—Solicitud Nº
41424.—C-23500.—(IN2012029435).
ADÉNDUM AL ACUERDO DE
VIAJE N° DGME 0042-2012
LA
DIRECTORA GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 13 inciso 24) de la Ley
General de Migración y Extranjería número 8764, el criterio de la Procuraduría
General de la República número C229-2009 del 25 de agosto de 2009, los
artículos 1, 2, 7, 31, 34 y 36 del Reglamento de Gastos de Viaje y de
Transporte para Funcionarios Públicos, actualizado por la Contraloría General
de la República mediante resolución R-DC-111-2011, de las ocho horas y siete
minutos, del 07 de julio de 2011, así como lo dispuesto en la Ley Nº 8908 o Ley
del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio
Económico del 2011.
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo de Viaje N° DGME-0042-2012,
del 02 de marzo de 2012 de la Dirección General de Migración y Extranjería, se
designó al señor Freddy Mauricio Montero Mora, cédula de identidad número
1-0707-0998, en representación de la Dirección General de Migración y
Extranjería, para participar en el “XXXV Curso Interamericano sobre Migraciones
Internacionales, que tendrá lugar en la Ciudad de Mar del Plata y de Buenos
Aires, Argentina del 19 de marzo al 01 de abril del presente año.
II.—Que en dicho Acuerdo, Artículo Tercero, se
consignó que todos los gastos serán cubiertos por parte de la Organización
Internacional para las Migraciones (O.I.M), excepto los gastos por tiquetes
aéreos de ida y regreso a Argentina que serán cubiertos con el presupuesto
ordinario de la Junta Administrativa de la Dirección General de Migración y
Extranjería.
III.—Que mediante oficio N° SDG-139-03-2012, suscrito por el señor Freddy
Mauricio Montero Mora, se solicitó realizar Adendum al acuerdo N° DGME
042-2012, con la finalidad de que sean reconocidos los gastos por concepto de
alimentación y gastos menores de los días 18 y 31, ambos de marzo de 2012. Por
tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Que en virtud de lo anterior, se
adiciona el Acuerdo de Viaje N° DGME-0042-2012, para que se le reconozcan, con
recursos del Presupuesto Ordinario y Extraordinario asignados a la Dirección
General de Migración y Extranjería, los gastos en que incurra el señor Freddy
Mauricio Montero Mora, por concepto de alimentación de los días 18 y 31 de
marzo de 2012. Además se reconocerán, si los hubiere, los Gastos Menores. Lo
anterior por ser gastos que la Organización encargada del evento no suplirá.
Artículo 2º—Que la tarifa máxima establecida para viajar a Argentina,
corresponde a trescientos quince dólares diarios ($315,00 USD). Dicha tarifa se
desglosa de la siguiente manera: 1) Gastos de hospedaje, hasta un 60% diario,
correspondiendo a la suma de ciento ochenta y nueve dólares diarios ($ 189,00
USD). 2) Gastos de alimentación según se detalla: se destinará hasta un 8%
diario por concepto de desayuno, correspondiendo a la suma de veinticinco
dólares con veinte centavos diarios ($25,20 USD); hasta un 12% diario por
concepto de almuerzo, correspondiendo a treinta y siete dólares con ochenta
centavos diarios ($37,80 USD) y, hasta un 12% diario para cena, correspondiendo
a treinta y siete dólares con ochenta centavos diarios ($37,80 USD). 3) Gastos
menores de viaje, hasta un 8% diario, que corresponden a la suma de veinticinco
dólares con veinte centavos diarios ($25,20 USD).
Artículo 3º—Que en lo no expresamente modificado en el Acuerdo de Viaje N°
DGME-0042-2012, se mantiene incólume.
Dado en la Dirección General de
Migración y Extranjería, el 13 de marzo de 2012.—Kathya
Rodríguez Araica, Directora General.—1 vez.—O. C. Nº 15215.—Solicitud Nº
41424.—C-22090.—(IN2012031129).
SERVICIO
NACIONAL DE SALUD ANIMAL
EDICTO
El doctor Víctor Hugo Gutiérrez Vargas, con número
de cédula 6-147-506, vecino de San José, en calidad de regente veterinario de
la compañía Droguería Alcames Laboratorios Químicos de Centroamérica S. A.,
Costa Rica, con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente
medicamento veterinario del grupo 3: Selmix. Fabricado por Alcames Laboratorios
Químicos de Centroamérica S. A., Costa Rica, con los siguientes principios
activos: cada ml contiene: Dimenhidrinato 50 mg y las siguientes indicaciones
terapéuticas: como antiemético en casos de vómito de diverso origen. Con base
en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de
Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que
lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles,
contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el
Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 8
horas del 15 de febrero del 2012.—Dirección de Medicamentos Veterinarios.—Dr.
Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2012027409).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante este Departamento, se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 260, título Nº 2551, emitido por el Liceo de
Atenas en el año dos mil seis, a nombre de Oconitrillo Quesada Karen Daniela.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—San José, a los veintinueve
días del mes de marzo del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012026054).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Ciencias, inscrito en el tomo 1, folio 153, título N° 44, emitido por el Liceo Nocturno de Nicoya, en el año mil novecientos setenta y tres, a nombre de Viales Bustos Yutjani. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veintidós de marzo del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012026059).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 55, asiento 02, título N° 608, emitido por el Liceo Diurno de Ciudad Neily, en el año mil novecientos ochenta y cuatro, a nombre de Biasetti Rojas Berta María. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintisiete días del mes de marzo del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012026080).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 26, título N° 121, emitido por el Liceo Édgar Cervantes Villalta, en el año mil novecientos noventa y cuatro, a nombre de Vargas Vargas Ivannia Marcela. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veintiocho de mayo del dos mil diez.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012026093).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 264, título N° 3208, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Educación Comercial y de Servicios, en el año dos mil nueve, a nombre de Durán Fernández José Manuel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dieciséis días de marzo del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012026125).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 12, título N° 129, emitido por el Liceo Diurno Ciudad Colón, en el año mil novecientos ochenta y cinco, a nombre de Matamoros Camacho Luis Carlos. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veintisiete de febrero del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2012286469.—(IN2012026253).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Letras, inscrito en el tomo 1, folio 220, título N° 1568, emitido por el Liceo de Costa Rica Nocturno, en el año mil novecientos ochenta y ocho, a nombre de Villalobos Badilla Walter. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veintinueve de julio del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2012286551.—(IN2012026254).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 01, folio 20, asiento N° 163, emitido por el Liceo de Poás, en el año mil novecientos setenta y nueve, a nombre de Rodríguez Hernández Rigoberto. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veintinueve de marzo del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar Jefa.—(IN2012026680).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 110, título N° 1059, y del Título de Técnico Medio en la Especialidad de Contabilidad, inscrito en el tomo 1, folio 47, título N° 859, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional Ingeniero Mario Quirós Sasso en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de Alvarado Soto Dannia. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veintinueve de marzo del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012026718).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 89, título N° 978, emitido por el Liceo de Santa Cruz Clímaco A Pérez, en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de Ruiz Torres Randy José. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en San José, a los veintinueve días del mes de marzo del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012026723).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 49, título N° 2094, emitido por el Liceo Ingeniero Carlos Pascua, en el año dos mil nueve, a nombre de Mondragón Hernández Christian Gerardo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera Publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintidós días del mes de setiembre del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012026781).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 10, título N° 71, emitido por el Colegio
Jorge Volio Jiménez, en el año dos mil seis, a nombre de Quesada Hernández
Grettel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San
José, a los quince días del mes de noviembre del dos mil once.—Departamento de
Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012024726).
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el Tomo 02, Folio 87, Título N° 2559, emitido por el Liceo
San Antonio Desamparados, en el año dos mil once, a nombre de Morales Gutiérrez
Gerald Alonso. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San
José, a los ocho días del mes de marzo del dos mil doce.—Departamento de
Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012024784).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación
Diversificada “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el
tomo I, folio 27, título N° 397, emitido por el Liceo San Miguel, en el año mil
novecientos ochenta y ocho, a nombre de Vega Segura Rafael David. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—Dado en San José, a los veintiséis días
del mes de marzo del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012024757).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en la Especialidad Secretariado, inscrito en el tomo 1, folio 25, título N° 203 y del Título de Técnico Medio en Secretariado Comunal, inscrito en el tomo 1, folio 378, título N° 206, en el año mil novecientos setenta y seis ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional Monseñor Sanabria, a nombre de Sánchez Redondo Inés Lidieth. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinte días del mes de febrero del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2012285970.—(IN2012024990).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada “Modalidad de Letras”, inscrito en el tomo 1, folio 17, título N° 549, emitido por el Liceo Nocturno Alfredo González Flores en el año mil novecientos setenta y seis, a nombre de Quirós Fonseca Fanny. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, nueve de abril del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012027422).
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
De conformidad con la
autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social,
este registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir
a su Estatuto Social de la organización social denominada Sindicato Nacional de
Médicos Especialistas, siglas SINAME, acordada en asamblea celebrada el día 18
de noviembre del 2011. Expediente S-M141. En cumplimiento con lo dispuesto en
el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su
publicación m el Diario Oficial La Gaceta. La reforma ha sido inscrita
en los libros de registro que al efecto lleva este Registro mediante tomo: 16,
folio: 118, asiento: 4663, del día 20 de febrero de 2012. La reforma afecta los
artículos 6 y 15 del estatuto.—20 de febrero de
2012.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2012023117).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Propiedad industrial
Para ver las marcas de Fábrica solo en La Gaceta PDF
o impresa
Marcas
de ganado
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
Nº 2011-3403.—Ramón Quirós Segura, cédula de identidad número 5-0074-0479, mayor, casado, una vez, solicita el registro de:
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como marca de ganado que usará
preferentemente en Guanacaste, Tilarán, Tierras Morenas, Río Piedras 600 m
norte del salón comunal. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para
hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a
partir de la publicación de este edicto.—San
José, 2 de febrero del 2012.—Lic. Luz Marina Vega Rojas, Registradora.—1 vez.—RP2012285715.—(IN2012024464).
Nº 2012-134.—Álvaro Garro Garro, cédula de identidad número 5-0160-0071, mayor casado una vez, solicita el registro de:
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como marca de ganado que usará
preferentemente en Guanacaste, Nicoya, Nicoya, Quiriman, 2 kilómetros norte de
la plaza de deportes. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos
valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de
la primera publicación de este edicto.—San José, once horas cincuenta y ocho
del diecinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Viviana Segura de la O,
Registradora.—1 vez.—RP2012285948.—(IN2012024973).
Nº 2011-3204.—Inversiones Gana de F Y M Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-382654, representada por el señor Juan José Gutiérrez Salas, cédula Nº 1-0931-0232, con facultades de apoderado generalísimo, solicita el registro de:
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como marca de ganado que usará preferentemente en Alajuela, Upala, San José, Popoyuapa, frente al cementerio. Se cita a terceros con derechos a oponerse para hacerlos valer ante esta Oficina dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—San José, 13 de marzo del 2012.—Lic. Anais Mendieta Jiménez, Registradora.—1 vez.—(IN2012025306).
Nº 2011-3488.—Sioni Baltodano Baltodano, cédula de identidad número 5-0108-0843, mayor, casada 1, solicita el registro de:
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como marca de ganado que usará
preferentemente en Guanacaste, Nicoya, Nicoya, Maquenco, 500 metros al este de
la escuela. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer
ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la
publicación de este edicto.—San José, 17 de
febrero del 2012.—Lic. Marta Ureña Núñez, Registradora.—1
vez.—RP2012286353.—(IN2012025579).
Nº 62.110.—Édgar Barrantes Aguilar, cédula de identidad número 5-0123-0400, solicita el registro de:
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como marca de ganado que usará
preferentemente en Guanacaste, Nicoya, Caserío Quiriman, costado noreste de la
plaza de Deportes de Quiriman. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para
hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a
partir de la publicación de este edicto.—San
José, 21 de marzo del 2012.—Lic. Anais Mendieta Jiménez, Registradora.—1 vez.—RP2012286354.—(IN2012025580).
Nº 60.102-A.—Ganadería 9 X Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-027365, representada por el señor, Fernado Estrada Benavides, cédula No 2-273-717, con facultades de apoderado generalísimo, solicita el registro de :
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como marca de ganado que usará
preferentemente en Guanacaste, Cañas, central Cañas, Hacienda la Pacífica, 100
metros sur del puente sobre el río Corobicí. Se cita a terceros con derechos a
oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días
hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—San
José, 2 de marzo del 2012.—Lic. Anais Mendieta Jiménez, Registradora.—1 vez.—RP2012286220.—(IN2012025581).
Patentes
de invención
AVISOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
La señora (ita) María del Pilar López Quirós,
mayor, abogada, cédula de identidad número 1-1066-0601, vecina de San José, en
su condición de apoderada especial de Owens-Brockway Glass Container Inc., de
Estados Unidos de América, solicita la Patente de Invención denominada SISTEMA
DE MÉTODO PARA CONTROLAR LA TEMPERATURA EN UN ANTECRISOL.
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Se proporcionan los sistemas y métodos para
controlar la temperatura en un antecrisol de vidrio. En una implementación, un
sistema incluye al menos un quemador colocado en el antecrisol, una tubería
acoplada al quemador, un suministro de combustión acoplado al quemador, un
soplador de aire de combustión para distribuir aire ambiental bajo presión
hacia la tubería y un controlador acoplado acoplado al quemador para controlar
la operación del quemador. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es C03B
7/06; cuyos inventores son Perry, Philip, D.; Sung, C, Oscar; Gaerke, Dale, A.
La solicitud correspondiente lleva el número 2011-0582 y fue presentada a las
08:15:25 del 8 de noviembre de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 19 de marzo
de 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—RP2012286824.—(IN2012027099).
La señora (ita) María del Pilar López Quirós,
mayor, abogada, cédula de identidad número 1-1066-0601, vecina de San José, en
su condición de apoderada especial de H. Lundbeck A/S, de Dinamarca, solicita
la Patente de Invención denominada COMPOSICIONES NUEVAS DE 1 - [2 -
(2,4-DIMETIL-FENILSULFANIL)-FENIL] PIPERAZINA.
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Se proporcionan composiciones farmacéuticas de
l-[2-(2,4-dimetil-fenilsulfanil)-fenil] piperazina y sales de adición acida
farmacéuticamente aceptables de las mismas adaptadas de tal manera que la
liberación no tiene lugar en el estómago. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es A61K 9/16; cuyos inventores son HØjer, Astrid-Maria; Drewes, Pernille, Gundorf; Kateb, Jens. La solicitud
correspondiente lleva el número 2012-0058 y fue presentada a las 11:04:30 del 7
de febrero de 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 15 de marzo de
2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—RP2012286826.—(IN2012027100).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El señor Pietro di Peri, de nacionalidad italiana,
mayor, pasaporte número YA1727793, vecino de San José, a título personal,
solicita el Modelo de Utilidad denominado “BLOCK DE CONSTRUCCIÓN CON
APERTURAS LATERALES”.
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Block de construcción con aperturas laterales
cuyas aperturas permiten ventajas de colocación y seguridad del block. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es E04G 23/06, cuyo creador es Pietro
di Peri. La solicitud correspondiente lleva el número 2012-066, y fue
presentada a las 11:56:10 del 09 de febrero de 2012. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 1º de marzo de 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—RP2012284755.—(IN2012023015).
El señor Néstor Morera Víquez,
cédula 1-1018-975, mayor, abogado, vecino de Heredia, en calidad de apoderado
especial de Katholieke Universiteit Leuven, de Bélgica, solicita la Patente de
Invención denominada INHIBIDORES DE LA REPLICACIÓN VIRAL NOVEDOSOS.
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La presente invención se refiere
a una serie de compuestos novedosos que tienen actividad antiviral, más
específicamente propiedades de inhibición de la replicación del VIH. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 495/04, cuyos
inventores son Bardiot, Dorothée, Chaltin, Patrick, Christ, Frauke, Debyser,
Zeger, de Maeyer, Marc, Marchand, Arnaud, Marchand, Damien, Voet, Arnout. La
solicitud correspondiente lleva el número 20110601, y fue presentada a las
11:55:30 del 15 de noviembre del 2011. Cualquier interesado podrá oponerse
dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.
Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una
vez en un periódico de circulación nacional.—San José,
20 de febrero del 2012.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—RP2012286947.—(IN2012027105).
REGISTRO
DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones
civiles
AVISOS
El Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la
reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-586395, denominación:
Asociación Unidos y Organizados por Vivienda-Integral del cantón de Alajuelita.
Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las
prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones)
y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por
quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para
que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2012, asiento:
49165.—Dado en el Registro Nacional, a las catorce
horas seis minutos del cinco de marzo del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez
Morera, Director.—1 vez.—RP2012286888.—(IN2012027107).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Unidad de Cuidados Paliativos y Centro Diurno de San Isidro de Heredia, con domicilio en la provincia de Heredia; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: planificar, desarrollar, ejecutar y fiscalizar políticas y programas de salud integral, que abarquen las áreas de consulta externa, visita domiciliar, hospital de día, consulta telefónica y centro diurno, dirigido a personas enfermas que requieran la atención de cuidados paliativos. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Ana Lidieth Hernández González. Al encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2012 asientos: 49014, 79281.—Curridabat, 21 de marzo del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012286889.—(IN2012027108).
El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Cultural Guarqueña, con domicilio en la provincia de Cartago. Sus fines, entre otros están: rescate de valores culturales, artísticos, arqueológicos, precolombinos, coloniales, dando énfasis en el rescate de la integridad de las personas con alguna discapacidad, brindando oportunidad a los artistas del cantón. Su presidente Rodolfo Luna Poveda, es el representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y demás limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha organización dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus Reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en el trámite. Tomo: 2012, asiento 10763.—Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 10 minutos del 26 de marzo del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2012027431).
DIRECCIÓN NACIONAL DE
NOTARIADO
La Dirección Nacional de Notariado hace saber que
en resolución N° 0550-2011 de las quince horas, cuarenta y seis minutos del
siete de julio del dos mil once, le impuso cuarenta y ocho meses de suspensión
en el ejercicio de la función notarial por la no presentación de índices, a la
notaria pública Maritza Cordero Madriz, cédula 1-0571-0848, carné 10402, dentro
de la causa N° 09-001095-0624-NO, misma suspensión regirá ocho días naturales
después de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Expediente:
09-001095-0624-NO.—San José, 20 de marzo de 2012.—Dr.
Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—O. C. Nº
2012-001.—Solicitud Nº 43241.—C-16940.—(IN2012025476).
La Dirección Nacional de Notariado hace saber que en resolución de las trece horas veintitrés minutos del doce de julio del dos mil once, confirmada por la resolución del Consejo Superior Notarial de las catorce horas, treinta y siete minutos del veinticuatro de octubre del dos mil once dictado dentro del expediente 10-000939-0624-NO, resuelve imponer la suspensión fija de diez años al notario público Bernal Turcios Chaverri, cédula 6-0102-1397, carné 1805, por tener impedimento legal para el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Expediente 10-000939-0624-NO.—San José, 13 de marzo de 2012.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—O. C. Nº 2012-001.—Solicitud Nº 43241.—C-16940.—(IN2012025477).
Hace saber que ante este despacho se ha recibido solicitud de habilitación para el ejercicio de la función notarial, de la Licenciada Ángela María Garro Contreras, cédula de identidad 1-1169-0139, carné profesional 19613, por lo que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección, dentro de los quince días siguientes a esta publicación. Expediente 12-000277-0624-NO.—San José, 26 de marzo de 2012.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—RP2012286524.—(IN2012026262).
Hace saber que ante este despacho se ha recibido solicitud de habilitación para el ejercicio de la función notarial, del licenciado Alonso José Pacheco Delgado, cédula de identidad 1-1069-0675, carné profesional 14295, por lo que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección, dentro de los quince días siguientes a esta publicación. Expediente 12-000237-0624-NO.—San José, 21 de marzo de 2012.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—RP2012286643.—(IN2012026263).
Hace saber que ante este Despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación para el ejercicio de la función notarial del licenciado Herberth Enrique Martínez Madrigal, cédula de identidad 1-0336-0554, carné profesional 17842, por lo que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección, dentro de los quince días siguientes a esta publicación. Exp. Nº 12-000281-0624-NO.—San José, 26 de marzo del 2012.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2012026727).
La Dirección Nacional de Notariado, comunica: que ante este Despacho la Licenciada Nancy Rebeca Araya Ramírez, cédula de identidad número 1-1285-0130, carné profesional número 19587, ha presentado solicitud de Inscripción y Habilitación para ejercer la actividad notarial, por lo que se solicita a las personas que conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de esta profesional, lo comuniquen a esta Dependencia dentro del plazo de quince días hábiles siguientes a esta publicación (Expediente Administrativo N° 12-000154-0624-NO).—San José, Curridabat, veintisiete de marzo del dos mil doce.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—RP2012287004.—(IN2012027106).
N° 06-2012
EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES, ACUERDA:
De conformidad con lo dispuesto
en el párrafo segundo del artículo 110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo
de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza al señor Óscar Ulate Arley,
portador de la cédula de identidad número dos-cero trescientos noventa-cero
doscientos setenta y cuatro, Asistente Administrativo 2 de la Oficina Regional
de Atenas, para que firme certificaciones y constancias del Departamento Civil
que se expidan en la citada oficina a partir de la respectiva publicación en el
Diario Oficial.
San José, a las catorce horas
con treinta minutos del quince de marzo de dos mil doce.—Luis
Antonio Sobrado González, Presidente.—Max Alberto Esquivel Faerron,
Magistrado.—Juan Antonio Casafont Odor, Magistrado.—1 vez.—O. C. Nº
15177.—Solicitud Nº 700-12.—C-14120.—(IN2012024889).
Registro Civil-Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Procedimiento administrativo de
rectificación de los asientos de nacimiento de Graciela Melissa Cascante Sandoval,
que lleva el número seiscientos veintitrés, folio trescientos doce, tomo
doscientos veinticuatro, de la provincia de Limón, Sección de Nacimientos y el
de Priscilla Vanessa Cascante Sandoval, que lleva el número ciento noventa y
tres, folio cero noventa y siete, tomo doscientos treinta y siete, de la
provincia de Limón, Sección de Nacimientos, en el sentido que las mismas son
hijas de “José Manuel Vásquez Rodríguez y Gladys Sandoval Araya,
costarricenses” y no como se consignó, conforme lo establecido en los artículos
69 del Código de Familia y 53 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de
Elecciones y Registro Civil. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley
Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, se confiere
audiencia por ocho días a partir de la publicación de este edicto en el Diario
Oficial La Gaceta a los señores José Olibanio Cascante González, José
Manuel Vásquez Rodríguez, a la señora Gladys Sandoval Araya y a Graciela
Melissa Cascante Sandoval, con el propósito que se pronuncien en relación con
las presentes diligencias. Se previene a las partes interesadas para que hagan
valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic.
Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—O. C. Nº 14896.—Solicitud
Nº 248-2012.—C-56420.—(IN2012025433).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Yue Ping Zuo Huang, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución 954-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—San José, a las trece horas y treinta minutos del trece de marzo del dos mil doce. Exp. Nº 7749-2012. Resultando 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Alfonso Rivera Quirós con Yue Zuo Ping ...; en sentido que el nombre y los apellidos de la cónyuge son “Yue Ping Zuo Huang conocida como Yit Ping Chua, hija de Jian Zuo, no indica segundo apellido y Rong Huang, no indica segundo apellido” y no como se consignaron. Se deniega en cuanto al otro extremo de la petitoria.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012022963).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Gilbert Salazar González, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2151-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas cincuenta minutos del veintiuno de setiembre del dos mil once. Ocurso. Exp. N° 28779-2011. Resultando 1.-..., 2.-..., 3.-..., Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Hechos no Probados:..., III. Sobre el Fondo:..., Por Tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Valeria de los Ángeles Salazar Camacho...; en el sentido que la persona ahí inscrita debe tenerse registralmente como hija únicamente de “Maureen Camacho Rodríguez, costarricense”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2012284723.—(IN2012023016).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Francisca Carolina Jarquín Téllez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3078-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas del 21 de noviembre del 2012. Exp. Nº 36698-2011. Resultando 1.-..., 2.-..., 3.-... Considerando: I.-Hechos Probados: ..., II.- Hechos no Probados: ..., III.- Sobre el Fondo:..., Por Tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Yamileth Telles Jarquín...; en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre... son “Francisca Carolina Jarquín Téllez” y no como se consignaron.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Hugo Montero Hernández, Jefe a. í.—1 vez.—RP2012284722.—(IN2012023017).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Lourdes Estrella González Arias, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 305-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas tres minutos del veintisiete de enero del dos mil doce. Exp. Nº 24026-2011. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de José Alejandro Castrillo Castro con Lourdes Estrella Arias Morera, en el sentido que los apellidos de la cónyuge son “González Arias, hija de Fredy Hans González Mora, panameño y María de los Ángeles Arias Morera, costarricense” y el asiento de nacimiento de Alejandra Luzneth Castrillo Arias, en el sentido que los apellidos de la madre... son “González Arias”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Hugo Montero Hernández, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2012024168).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Esperanza del Carmen López no indica, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1758-2011. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas diez minutos del nueve de agosto del dos mil once. Exp. Nº 21613-2011. Resultando: 1º—...; 2º—...; Considerando.—1.—Hechos probados... II.—Hechos no Probados.—III-Sobre el fondo..; Por tanto: Rectifíquense el asiento de nacimiento de Jenifer Juniet García López y el de Juliet Katherine García López en el sentido que el nombre de la madre de las mismas es... “Esperanza del Carmen”.—Lic. Marisol Castro Dobles. Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012024177).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Candelaria del Rosario Salazar, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2585-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas siete minutos del catorce de octubre del dos mil once. Exp. Nº 20733-2011. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquese el asiento de nacimiento de Kristel Maricela Hernández Salazar...; en el sentido que el nombre y el apellido de la madre... son “Candelaria del Rosario Salazar, no indica segundo apellido”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012024767).
Se hace saber a los señores Gustavo Anacleto Fernández Poltronieri, Alejandro José Coto Quirós y a la señora Katerine Ariza Atencio, que este Registro Civil en procedimiento administrativo de rectificación de asiento de nacimiento, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 883-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas treinta minutos del dos de marzo del dos mil doce. Procedimiento administrativo. Exp. N° 2852-2011. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—.... 4º—… Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., por tanto, rectifíquese el asiento de nacimiento de Ivannia Isabella Coto Ariza, que lleva el número novecientos sesenta y ocho, folio cuatrocientos ochenta y cuatro, tomo dos mil veintidós, de la provincia de San José, Sección de Nacimientos, en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Gustavo Anacleto Fernández Poltronieri, costarricense y Katerine Isabel Ariza Atencio, colombiana”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 14896.—Solicitud Nº 248-2012.—C-16940.—(IN2012025432).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Alyeri del Carmen Rodríguez Chévez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3104-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas y veinte minutos del veintidós de noviembre del dos mil once. Exp. Nº 42412-2011 Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquese el asiento de nacimiento de Laisander Enrique Rentería Rodríguez ...; en el sentido que el nombre y el segundo apellido de la madre ... son “Alyeri del Carmen” y “Chévez” respectivamente y no como se consignaron.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012026720).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Elizabeth del Carmen Saballos Ortiz, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 164-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas treinta minutos del treinta y uno de enero del dos mil once. Exp. Nº 32106-2010. Resultando: 1... 2...; 3...; Considerando: I- Hechos probados... II- Hechos no probados... III-Sobre el fondo..; Por tanto: rectifíquense los asientos de nacimiento de Kevin Wilfredo Díaz Ortiz, en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre del mismo son “Elizabeth del Carmen Saballos Ortiz”, el de Tatiana Nicole Díaz Ortiz y el de Sharon Andrea Pavón Ortiz en el sentido que el nombre y el primer apellido de la madre de las mismas... son “Elizabeth del Carmen” y “Saballos”, respectivamente y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles. Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina. Jefe.—1 vez.—(IN2012027497).
SECCIÓN
DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos
de solicitud de naturalización
Héctor Arnoldo Martínez Higuera, mayor, casado,
consultor, colombiano, cédula de residencia 117000437201, vecino de San José, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Exp. 3854-2011.—San
José, dieciséis de marzo de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012284803.—(IN2012023026).
Germán Alberto Moreno Valencia, mayor, casado, empresario, colombiano, cédula de residencia 420-96690-2402, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. l449-2009.—San José, veintiséis de enero de dos mil doce.—Lic. Jorge Luis Varela Rojas, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2012023093).
Darling Carolina Espinoza Tiffer, mayor, divorciada, administradora, nicaragüense, cédula de residencia 155811802923, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 307-2012.—San José, veintidós de marzo de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012023098).
Sandra Lucía Cabrera Alzate, mayor, casada, ingeniera de sistemas, colombiana, cédula de residencia 117000348305, vecina de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.4992-2009.—San José, veintiséis de enero de dos mil doce.—Lic. Jorge Luis Varela Rojas, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2012023115).
Alexander Javier Maltez López, mayor, soltero, asistente de terapia, nicaragüense, cédula de residencia 155811192012, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.6032-2010.—San José, veintiuno de diciembre de dos mil once.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012023145).
Maryina Elizabeth Mora Obando, mayor, soltera, ama de casa, nicaragüense, cédula de residencia 155806626032, vecina de Cartago, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 6124-2010.—San José, ocho de marzo de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012284948.—(IN2012023295).
Esteban Eli Bonilla Ponce, mayor, soltero, telefonista, nicaragüense, cédula de residencia 155801571919, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 1003-2012.—San José, diecinueve de marzo de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012284043.—(IN2012023297).
Katrina Sabido Brinckerhoff Sabido, mayor, soltera, estudiante, estadounidense, cédula de residencia 184000571018, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 3075-2008.—San José, ocho de marzo de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012285071.—(IN2012023298).
Pablo Marlon Murillo Chavez, mayor, soltero, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia 155804513301, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 4062-2010.—San José, treinta de enero de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012285073.—(IN2012023299).
Pei Wen Chan Ma, mayor, soltera, estudiante, china, cédula de residencia 115600307118, vecina de Limón, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.2391-2008.—San José, veintiuno de marzo de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012285085.—(IN2012023300).
María del Carmen Lizama Lizama, mayor, soltera, comerciante, salvadoreña, cédula de residencia 122200004210, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 508-2009.—San José, dieciséis de marzo de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012285109.—(IN2012023301).
Luis Carlo Nicaragua Latino, mayor, soltero, operario de mantenimiento, nicaragüense, cédula de residencia 155805047317, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 273-2012.—San José, quince de marzo de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012023727).
Tomasa Ramírez Franco, mayor, soltera, comerciante, salvadoreña, cédula de residencia 122200037115, vecina de Puntarenas, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 4729-2011.—San José, veintidós de marzo de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012023801).
Luz Marina López García, mayor, soltera, comerciante, nicaragüense, cédula de residencia 155806308328, vecina de Limón, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 1138-2009.—San José, veinticuatro de febrero de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012023896).
Silvia Carolina Selva López, mayor, soltera, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia 155805487534, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 0506-2012.—San José, veintidós de marzo de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012023897).
José Aristides Flores Flores, mayor, divorciado, agricultor, salvadoreño, cédula de residencia 122200090019, vecino de Limón, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 140-2009.—San José, veinte de marzo de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012285316.—(IN2012023972).
Jorge Ulises Aguilera Aguilera conocido como Jorge Ulises Aguilera Corrales, mayor, soltero, guarda de seguridad, nicaragüense, cédula de residencia 155811182614, vecino de Puntarenas, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 1268-2011.—San José, diecisiete de febrero de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012285367.—(IN2012023973).
Marlon Francisco Valladares Centeno, mayor, soltero, auxiliar de carnicería, nicaragüense, cédula de residencia 155803406116, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 6616-2010.—San José, veintitrés de diciembre de dos mil once.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012285394.—(IN2012023974).
Wilder Nicolás Cardoza Mairena, mayor, soltero, taxista, nicaragüense, cédula de residencia 155803558210, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 658-2011.—San José, ocho de marzo de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012285421.—(IN2012023975).
Diana Patricia García Muñoz, mayor, casada, del hogar, colombiana, cédula de residencia 117000049536, vecina de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 0008-2012.—San José, veintitrés de marzo de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012024260).
María Elisa Zúñiga Vanegas, mayor, soltera, telefonista, nicaragüense, cédula de residencia 155808696623, vecina de Cartago, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.4283-2010.—San José, ocho de marzo de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012024319).
Román Abad Arboleda Alomias, mayor, soltero, comerciante, colombiano, cédula de residencia 117000122102, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 3213-2009.—San José, doce de marzo del dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012024321).
Elsa Abigail Vaquerano Díaz, mayor, soltera, estudiante, salvadoreña, cédula de residencia 122200061118, vecina de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 3578-2011.—San José, veintinueve de marzo de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012286911.—(IN2012027109).
Rudy Stefanny Carreño Pulido, menor, soltera, estudiante, colombiana, pasaporte RN19022646, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 0346-2012.—San José, treinta de marzo de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012027418).
Julián Esteban Carreño Pulido, menor, soltero, estudiante, colombiano, pasaporte RN27081671, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 0347-2012.—San José, treinta de marzo de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012027419).
Alex Román Vivas Saez, mayor, casado, comerciante, venezolano, cédula de residencia 186200203920, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 6111-2010.—San José, treinta de enero de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012027425).
Teresa Luisa Rodríguez Marrero, mayor, soltera, comerciante, cubana, cédula de residencia 119200152020, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. Nº 5391-2009.—San José, 8 de marzo del 2012.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez—(IN2012027519).
PA-40-2011.—La
Contraloría General de la República informa que se encuentra firme la
resolución Nº PA-40-2011, de las quince horas con treinta minutos del
veintinueve de junio de dos mil once, dictada dentro del procedimiento
administrativo Nº DJ-05-2011, seguido a Iván Sáurez Sandí, cédula de identidad
1-669-594 y otro. Dicha resolución en su “Por tanto”, con respecto al
señor Sáurez Sandí, en lo que interesa, indica lo siguiente: Con fundamento en
los hechos probados y las razones de derecho antes expuestas se Resuelve: (...)
3.- Imponer al señor Iván Sáurez Sandí la prohibición para el ingreso o
reingreso en cargos de la Hacienda Pública, conforme lo establece el artículo 72
de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República por el plazo de
dos años. (...) Notifíquese. En virtud de lo anterior, la prohibición de
ingreso o reingreso a un cargo de la Hacienda Pública de conformidad con el
artículo 72 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República
aplicada al señor Iván Sáurez Sandí, rige desde el 5 de julio del 2011, al 5 de
julio de 2013. En razón de esto, sírvanse tomar nota las Administraciones
interesadas, a efectos de que el señor Iván Sáurez Sandí, cédula de identidad
1-669-594 no sea nombrado en cargos de la Hacienda Pública por el período
indicado, de conformidad con el artículo 72 de la Ley Orgánica de la
Contraloría General de la República.—Publíquese.—Lic. Vera Solano Torres.—Lic. Gabriela Zúñiga Quesada, Órgano Decisor.—Lic. Mónica Díaz Campos, Órgano Decisor Suplente.—1 vez.—(IN2012026747).
COLEGIO UNIVERSITARIO DE LIMÓN
FLUJO REAL DE EFECTIVO
AÑO 2012
PROGRAMA
GENERAL
|
DESCRIPCIÓN |
TOTAL ¢ |
0,00 |
REMUNERACIONES |
1.080.047.938,49 |
1.00 |
SERVICIOS |
297.258.272,23 |
2.00 |
MATERIALES Y SUMINISTROS |
40.357.633,11 |
5.00 |
BIENES DURADEROS |
94.632.807,94 |
6.00 |
TRANSFERENCIAS CORRIENTES |
1.716.000,00 |
7.00 |
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL |
3.258.400,00 |
9.00 |
CUENTAS ESPECIALES |
580.693.748,71 |
Total |
|
2.097.964.800,48 |
Limón, 29 de marzo del 2012.—Dirección Administrativa.—Lic. Rosa Chavarría Granados,
Directora a. í.—1 vez.—(IN2012026586).
MUNICIPALIDAD
DE LEÓN CORTÉS
PROGRAMA DE
ADQUISICIONES PARA EL AÑO 2012
Partidas |
Monto |
1 SERVICIOS |
52.855.143,77 |
2 MATERIALES Y SUMINISTROS |
17.320.839,24 |
3 BIENES DURADEROS |
212.381.398,00 |
TOTAL |
282.557.381,01 |
LISTADO DE
PROYECTOS A REALIZAR
MEJORAS
BATERÍA SANITARIA ESCUELA MANUEL CASTRO BLANCO |
500.000,00 |
ALUMBRADO
PÚBLICO BARRIO MONTES DE ORO |
400.000,00 |
ASFALTADO
DE SUPERFICIES DE RODAMIENTO EN CAMINOS MUNICIPALES |
60.000.000,00 |
BACHEO
CON ASFALTO EN CAMINOS MUNICIPALES |
15.000.000,00 |
COLOCACIÓN
DE PASOS DE ALCANTARILLA EN CAMINOS MUNICIPALES |
23.500.000,00 |
COMPRA
MOBILIARIO Y EQUIPO SALÓN SANTA JUANA |
700.000,00 |
CONSTRUCCIÓN
DE CABEZALES DE CONCRETO EN CAMINOS MUNICIPALES |
23.000.000,00 |
CONSTRUCCIÓN
DE CUNETAS EN CAMINOS MUNICIPALES |
10.800.000,00 |
CONTINUACIÓN
CONSTRUCCIÓN MALLA CANCHA DEPORTES SANTA ROSA ARRIBA |
700.000,00 |
CONTINUACIÓN
MURO CONTENCIÓN COSTADO SUR ESCUELA SAN ANTONIO |
1.000.000,00 |
INSTALACIÓN
CANCHA SINTÉTICA ESC. LLANO BONITO |
2.000.000,00 |
MANTENIMIENTO
Y MEJORAS ACERAS CANTONALES |
3.500.000,00 |
MEJORAS
ACERAS SECTOR GAMBOA Y LOS VENEGAS |
1.300.000,00 |
MEJORAS
ACUEDUCTO BARRIO MONTES DE ORO Y EL ROSARIO |
600.000,00 |
MEJORAS
ACUEDUCTO DE OJO DE AGUA |
700.000,00 |
MEJORAS ACUEDUCTO LA ANGOSTURA |
750.000,00 |
MEJORAS ACUEDUCTO SAN ISIDRO |
400.000,00 |
MEJORAS ACUEDUCTO SAN MIGUEL |
350.000,00 |
MEJORAS BOTADERO MUNICIPAL |
2.789.148,00 |
MEJORAS CAMINO LOS PIMPOS |
700.000,00 |
MEJORAS
CEMENTERIO DE SAN ANDRÉS |
700.000,00 |
MEJORAS
CEN CINAI SAN ISIDRO |
400.000,00 |
MEJORAS
COMEDOR ESCOLAR LA CUESTA |
750.000,00 |
MEJORAS
EBAIS DEL CEDRAL DE LEÓN CORTÉS |
700.000,00 |
MEJORAS EDIFICIOS MUNICIPALES |
2.842.250,00 |
MEJORAS
LOZA CONCRETO CAMINO LA TRINIDAD |
850.000,00 |
MEJORAS
PILETAS COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN PABLO |
350.000,00 |
MEJORAS
SALÓN COMUNAL SAN MARTÍN |
700.000,00 |
MEJORAS
SALÓN MULTIUSO SAN RAFAEL ABAJO |
700.000,00 |
MEJORAS
SALÓN MULTIUSO SANTA ROSA ABAJO |
700.000,00 |
NIVELACIÓN,
COMPACTACIÓN Y LIMPIEZA MECANIZADA Y RELASTRADO DE CAMINOS MUNICIPALES |
50.000.000,00 |
Lic. Kenneth Rodríguez Segura, Director de
Hacienda Municipal.—1 vez.—(IN2012023206).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000053-78300
Contrato de entrega según demanda-compra de madera
para la fabricación de camarotes y cajones
para el Sistema Penitenciario Nacional
La Proveeduría Institucional del
Ministerio de Justicia y Paz, ubicada 75 metros al norte, de la Clínica
Bíblica, frente a la Escuela Marcelino García Flamenco (calle primera avenidas
12 y 14), San José, comunica a todos los interesados en la presente licitación
que la misma se tramitará exclusivamente a través de medios
electrónicos-exclusivamente digitales-asímismo, que la hora y la fecha de la apertura
de ofertas será a las 9:00 a.m. del 23 de mayo del 2012.
El cartel estará a disposición
en el Sistema de Compras Gubernamentales Comprared 2.0 a partir de esta fecha,
en la siguiente dirección electrónica:
https://www.hacienda.go.cr/rp/ca/InformacionTramite.aspx?TRAMIDEN=2012CD-000053-78300&TITUTRAM=19
San José, 24 de abril del 2012.—Proveeduría Institucional.—Rolando Chinchilla Masís,
Proveedor.—1 vez.—O. C. Nº 15198.—Solicitud Nº 16738.—C-12090.—(IN2012032940).
DIRECCIÓN LOGÍSTICA DE RECURSOS MATERIALES
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000011-01
Suministro e instalación de sistema de sonido para el
edificio nuevo y edificio viejo de la sede central
del Banco Nacional de Costa Rica
La Proveeduría General del Banco
Nacional de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito, a las diez horas (10:00
a.m.) del 22 de mayo del 2012, para el “Suministro e instalación de sistema de
sonido para el edificio nuevo y edificio viejo”.
El cartel puede ser retirado sin costo
adicional en la Oficina de Proveeduría, situada en el edificio de la Dirección
Logística de Recursos Materiales del Banco Nacional de Costa Rica en La Uruca.
La Uruca, 30 de abril del 2012.—Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora Chacón,
Proveedora General.—1 vez.—O. C. Nº 511099.—Solicitud
Nº 41969.—C-18820.—(IN2012033530).
PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000016-PCAD
Compra de máquina embozadora
Apertura: Para las 10:00 horas
del día 18 de mayo del 2012.
Venta del cartel: Cajas 23 ó 24
de lunes a viernes de 8:15 a.m. a 4:00 p.m.
Retiro del cartel: en el 6to
piso, oficinas centrales, Proceso de Contratación Administrativa
Costo: ¢1.500.00 (mil quinientos colones con
00/100).
San José, 25 de abril del 2012.—Subproceso de Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana
Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2012033523).
DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS
DE
SALUD CENTRAL NORTE
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000004-2299
Servicios profesionales en limpieza Área
de Salud Alajuela Sur
Se establece como fecha límite
para la recepción de ofertas el 28 de mayo del 2012, a las 9:00 a.m. En esta
sede regional, 200 metros norte, de la Municipalidad de Santo Domingo de Heredia.
El cartel se encuentra disponible a partir de esta publicación en la misma
dirección.
24 de abril del 2012.—Unidad Regional de Contratación Administrativa.—Lic.
Javier Alpízar Guzmán, Coordinador.—1
vez.—(IN2012033397).
HOSPITAL MÉXICO
ADMINISTRACIÓN-SUBÁREA DE CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN NACIONAL Nº 2012LN-000004-2104
Tratamiento Neuroendovascular de la Enfermedad
Vascular
Cerebral
Se comunica: fecha de recepción
de ofertas el 28 de mayo de 2012, a las 9:30 horas.
Vea detalles y mayor información
en http://www.ccss.sa.cr
San José, 24 de abril de 2012.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Coordinadora.—1 vez.—(IN2012033510).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000003-05
Contratación de servicio de concesión de soda comedor
del Centro Regional Polivalente de Limón
La Comisión Local de
Licitaciones de la Unidad Regional Huetar Atlántica en la sesión 3-2012,
artículo I de fecha del 24 de abril del 2012, conoce informe de recomendación
URHA-PAS-170-2012, de fecha del 24 de abril en el cual se presenta informe de
recomendación de la Licitación Pública Nº 2012LN-000003-05, para la
Contratación de servicio de concesión de soda comedor del Centro Regional
Polivalente de Limón, acuerda:
Adjudicar la línea única de la
Licitación Pública Nº 2012LN-000003-05, para la Contratación de servicio de
concesión de soda comedor del Centro Regional Polivalente de Limón, a la oferta
Nº 1 Man Gei Jiménez Fung, por
cumplir con lo estipulado en el cartel y ofertar un canon de ¢100.000,00
mensuales.
San José, 25 de abril del 2012.—Proceso de Adquisiciones.—Allan Altamirano Díaz,
Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº 46869.—C-18820.—(IN2012033424).
DEPARTAMENTO DE SUMINISTROS,
BIENES
Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000002-01
Equipamiento para el Núcleo de Servicios
del Centro de Datos del PANI
El Patronato Nacional de la
Infancia, cédula jurídica Nº 3-007-042039-35, a través del Departamento de
Suministros, Bienes y Servicios, invita a participar en la Licitación Abreviada
Nº 2012LA-000002-01 “Equipamiento para el Núcleo de Servicios del Centro de
Datos del PANI”.
El cartel con los requisitos y detalles de la
licitación podrá ser retirado de lunes a viernes de 7:30 a. m. a 4:00 p. m., en
el Departamento de Suministros, Bienes y Servicios, Oficinas Centrales en San
José, sita de la Casa de Matute Gómez; 300 metros al sur, Barrio Luján.
Las ofertas serán recibidas hasta las 9:00
horas del día 29 de mayo del 2012.
San José, 24 de abril del 2012.—Lic. Guiselle Zúñiga Coto, Coordinadora.—1
vez.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4194.—C-13120.—(IN2012033502).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000013-PROV
Contrato de servicios de mantenimiento a los Sistemas
Integrado
de Recursos Humanos, Proveeduría,
Contabilidad,
Presupuesto y otros
La Junta de Protección Social,
les invita a participar en la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000013-PROV por
“Contrato de servicios de mantenimiento a los Sistemas Integrado de Recursos
Humanos, Proveeduría, Contabilidad, Presupuesto y otros”. Las ofertas se
recibirán hasta las 10:00 horas del día 22 de mayo del 2012, en el Departamento
de Proveeduría de la Junta de Protección Social.
El cartel que contiene las especificaciones se
encuentra a disposición de los interesados en nuestra página electrónica www.jps.go.cr: contrataciones, pueden retirarlo en el
Departamento de Proveeduría, cuarto piso, edificio central sin ningún costo o
solicitarlo al Sr. Jorge Baltodano Méndez en la dirección electrónica:
jbaltodano@jps.go.cr a partir de esta notificación.
San José, 25 de abril del 2012.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Mary Valverde Vargas,
Subjefa.—1 vez.—O. C. Nº 16029.—Solicitud Nº
32543.—C-23520.—(IN2012033358).
MUNICIPALIDAD DE MONTES DE ORO
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LP-000001-01
Construcción de un Centro de Cuido y Desarrollo
Infantil
en Montes de Oro
El Consejo Municipal de Montes
de Oro, comunica que mediante inciso Nº 14, capítulo Nº IV, de la sesión
ordinaria Nº 15-12, del día 17 de abril del 2012, acordó iniciar el proceso de
contratación, para el proyecto denominado “Construcción de un Centro de Cuido y
Desarrollo Infantil en Montes de Oro”, esto mediante la Licitación Pública Nº
2012LP-000001-01.
Para lo cual se invita a los interesados a
retirar el cartel de esta Licitación en la Municipalidad de Montes de Oro, a
partir de la presente publicación.
Las ofertas se recibirán hasta las 10:00
horas del día miércoles 30 de mayo del 2012, en la Oficina de la Alcaldía
Municipal.
Juanita Villalobos Arguedas,
Secretaria.—1 vez.—(IN2012032959).
UNIDAD DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000006-UPIMS
Remodelación plazoleta, edificio central
del Ministerio de Salud
Se avisa a los interesados que
la licitación en referencia y que por Resolución Nº 0044-2012 de jueves 19 de
abril del 2012, a las 14:00 horas se declara desierta la Licitación Abreviada
Nº 2012LA-000006-UPIMS para la “Remodelación de la plazoleta, edificio central,
Ministerio de Salud”.
San José, 19 de abril del 2012.—Proveeduría Institucional.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría,
Proveedora.—1 vez.—(IN2012033023).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEDURÍA
Se comunica a todos los
interesados en el procedimiento de contratación que se dirá, que por acuerdo
del Consejo Superior del Poder Judicial en Sesión 39-12 del 24 de abril de
2012, artículo XI, se dispuso lo siguiente:
LICITACIÓN ABREVIADA 2011LA-000106-PROV
Iluminación del segundo piso, acometida eléctrica y compra
e instalación del elevador del Archivo Judicial
Se declara infructuoso el procedimiento.
Demás características y
condiciones según cartel respectivo.
San José, 25 de abril del 2012.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón,
Jefa.—1 vez.—(IN2012032960).
PATRONATO DE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES
Y
ADQUISICIÓN DE BIENES
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000024-99999
Compra de sistemas tecnificados de acceso
para CAI Reforma
Se avisa a todos aquellos
interesados en esta contratación promovida por el Patronato de Construcciones,
Instalaciones y Adquisición de Bienes, debido a que se realizaron
modificaciones de carácter técnico al pliego de condiciones, se traslada la
fecha de apertura de esta contratación para el día 8 de mayo a las 9:00 a.m.
Los interesados podrán pasar a retirar el
cartel modificado a partir de la fecha en forma gratuita en la Proveeduría
Institucional del Ministerio de Justicia y Paz, ubicada 75 metros al norte, de
la Clínica Bíblica, frente a la Escuela Marcelino García Flamenco (calle
primera avenidas 12 y 14), o bien estará a disposición en el sistema de
Comprared de Internet a partir de esta fecha en la dirección
www.hacienda.go.cr/comprared.
San José, 24 de abril del 2012.—Proveeduría Institucional.—Rolando Chinchilla Masís.—1
vez.—O. C. Nº 122217-12.—Solicitud Nº 39964.—C-12220.—(IN2012032950).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000010-01
(Prórroga
Nº 1)
Compra de hasta quince (15) racks y hasta ciento cincuenta
(150)
bandejas de rack para servidores con entregas
por demanda
La Proveeduría General del Banco
Nacional, comunica a los interesados en la Licitación Abreviada Nº
2012LA-000010-01 lo siguiente:
Fecha de apertura.
Todas las ofertas deberán
entregarse en la Proveeduría del Banco Nacional, situada en La Uruca, a más
tardar a las diez (10:00) horas, según el reloj ubicado en este Despacho, del
17 de mayo del 2012. Momento en el cual serán abiertas en presencia de los
interesados que deseen asistir.
La demás condiciones del cartel
permanecen invariables.
La Uruca, 30 de abril del 2012.—Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora Chacón,
Proveedora General.—1 vez.—O. C. Nº 511099.—Solicitud
Nº 41970.—C-15060.—(IN2012033531).
LICITACION PÚBLICA Nº 2012LN-000001-01
Contratación de hasta 3 Agencias de Publicidad
El Banco de Costa Rica comunica
a los interesados en la licitación en referencia, las siguientes modificaciones
y aclaraciones al cartel:
Figura del Director de
Planeamiento
Se aclara dentro de: “Requisitos
indispensables que deben cumplir los oferentes para considerarse elegibles
punto 4.8”, lo siguiente:
La figura del Director de
Planeamiento Estratégico que dará servicios al Banco de Costa Rica no tendrá
que incluirse como un requisito indispensable que deben cumplir los oferentes
para considerarse elegibles, sin embargo la agencia publicitaria si debe
asegurar al Banco de Costa Rica que en caso de resultar adjudicada, este
profesional deberá prestar los servicios en forma obligatoria dentro del equipo
solicitado en este cartel desde el mismo momento de iniciar la relación
contractual.
Concepto de “Production Gráfica”
Se aclara dentro de: “Honorarios
y formas de compensación de las agencias adjudicatarias”, punto 3, lo
siguiente:
Para efectos de un mejor
entendimiento se aclara que en el apartado referente a criterios de evaluación
de las ofertas, abarca únicamente el costo por concepto de artes finales y
costo de otros trabajos que puede realizar la Agencia como quemado de CD,
logotipos, programación visual, ilustraciones y volante digital, los cuales se
detallan claramente en el listado publicado en el apartado “Detalle de costos
artes finales 2012”.
Empresas en Consorcio
Se aclara dentro de: “Requisitos
indispensables que deben cumplir los oferentes para considerarse elegibles”,
punto 2, lo siguiente:
En el caso de las empresas que
participen en Consorcio todas las empresas consorciadas si deben satisfacer los
indicadores financieros de solvencia, endeudamiento y récord de pago, siempre y
cuando estas vayan a brindar cualquier servicio al Banco de Costa Rica.
Experiencia
Se aclara dentro de: “Requisitos
indispensables que deben cumplir los oferentes para considerarse elegibles”
punto 11, lo siguiente:
El Banco de Costa Rica podrá
aceptar cartas firmadas por el usuario directo o sus superiores en relación a
la realización de un evento masivo, comercial o corporativo siempre y cuando la
persona que remite la carta, tenga un rango de nivel gerencial dentro de la
empresa.
Léase a partir de este momento
Léase a partir de este momento que los incisos 26.1, 26.2 y
26.3 del apartado “Responsabilidades a cargo del adjudicatario” serán incluidos
dentro del apartado “Requisitos indispensables que deben cumplir los oferentes
para considerarse elegibles”, incluyéndose el título Asesor y Estratega
Integral en Comunicación con la numeración 4.9., Periodista con la numeración
4.10 y Relacionista Público con la numeración 4.11, estos mismos incisos deben
también mantenerse en el apartado en el cual se encuentran actualmente en el
cartel, es decir dentro de “Responsabilidades a cargo del adjudicatario”.
Pago de Viáticos
Los costos relacionados con la
ejecución de proyectos donde involucre que personeros de la o las agencias de
publicidad por condiciones propias del proyecto por desarrollar deban
movilizarse, los costos de transporte, alimentación, hospedaje y cualquier otro
rubro relacionado regirá de acuerdo con las tarifas
establecidas por la Contraloría General de la República al momento de
utilizarse el servicio.
Experiencia Instituciones
Financieras
Léase correctamente en: “Responsabilidades a cargo
del adjudicatario” inciso 26.1: Asignar un profesional, con experiencia mínima
de 10 años, en calidad de asesor y estratega integral en comunicación, con
disponibilidad 24/7/365. Se debe presentar Curriculum Vitae y copia de su
título o títulos profesionales. Además, deberá indicar si cuentan con
experiencia en el manejo de Instituciones Financieras, y de ser así, deberá
indicar la cantidad de años de experiencia por medio de declaración jurada.
Compensación mensual de
proyectos a realizar en materia de Relaciones Públicas
Se procede a comunicar una
variación realizada en la composición del tarifario de horas hombre establecido
en el apartado “Criterios de Evaluación de las Ofertas” del presente cartel.
Actualmente el cartel solicita
detallar las horas hombre de tres profesionales de relaciones públicas
detallados a continuación:
Asesor y Estratega Integral,
Periodista y Relacionista Público.
A partir de este momento, las
agencias de publicidad deberán sustituir dentro del tarifario de horas hombre
el costo de cada uno de los profesionales arriba mencionados, sustituyéndose
por un fee mensual correspondiente al servicio integral de relaciones públicas
que deberá brindar al Banco de Costa Rica.
Este fee mensual deberá cubrir
los costos asociados en materia de relaciones públicas requeridos para ejecutar
oportuna y eficientemente las obligaciones detalladas en el apartado
“Responsabilidades a cargo del Adjudicatario” incisos del 26.5 al 26.19.
Adicionalmente debe incluir los costos asociados a las horas hombre que se estima
por mes de los integrantes del equipo de relaciones públicas, es decir, el fee
mensual es el costo consolidado a pagar por el Banco de Costa Rica por los
todos los servicios y recurso humano solicitados en este cartel relacionados al
área de Relaciones Públicas.
De esta manera se solicita
sustituir dentro del tarifario llamado Tarifario de Horas Hombre establecido en
el apartado “Criterios de Evaluación de las Ofertas” el costo de horas hombre
que actualmente se solicita para los tres profesionales de relaciones públicas
(Asesor y Estratega Integral, Periodista y Relacionista Público), por el fee
mensual anteriormente explicado.
El tarifario supra citado deberá
leerse de la siguiente manera:
4.1 Director de Cuentas
4.2 Ejecutivo de Cuentas
4.3 Director de Mercadeo Directo
4.4 Ejecutivo de Mercadeo Directo
4.5 Director de Producción Audiovisual
4.6 Productor Audiovisual
4.7 Director de Producción Gráfica
4.8 Productor Gráfico
4.9 Director de Planning
4.10 Director Creativo
4.11 Creativo
4.12 Diseñador Gráfico
4.13 Productor de Eventos
4.14 Creativo Digital
4.15 Diseñador Digital
4.16 Desarrollador Web (Web, Social Apps,
Desarrollo Multiplataformas para diversos dispositivos móviles, PC, MAC, y
otros)
4.17 Administrador de Comunidad Digital (Community
Manager)
4.18 Gestor de Contenido Digital
4.19 Fee mensual de asesoría en Relaciones
Públicas
Este tarifario sustituye de
igual manera al que actualmente se encuentra en el punto 6 del apartado
“honorarios y formas de compensación de las agencias adjudicatarias”.
Como nota aparte, el Banco de
Costa Rica solicita que la Agencia desglose la composición del fee mensual de
asesoría en Relaciones Públicas incluyendo el costo de las horas hombre y
detalle de las funciones asociadas a cada profesional de Relaciones Públicas
solicitadas en este cartel.
Léase correctamente a partir de este momento que el
parámetro de evaluación llamado “costos de horas hombre de los funcionarios de
la Agencia y equipo asignado para la asesoría en Relaciones Públicas” deberá
llamarse “costos de horas hombre de los funcionarios de la Agencia y fee
mensual para la Asesoría en Relaciones Públicas”
Criterio de elección de la
Agencia responsable de brindar los servicios de Relaciones Públicas
A partir de este momento léase
dentro del apartado “Criterios de evaluación de las ofertas” un punto adicional
el cual lleva la numeración 7.3, que consiste en lo siguiente:
Dado que el presente cartel
tiene por objeto la contratación de al menos tres agencias de publicidad, pero
se requiere solo una Agencia de relaciones públicas, en caso de resultar
adjudicatarias dos o más empresas, la prestación de los servicios de Relaciones
Públicas será asignada a la Agencia que ofrezca el asesor y estratega integral
de comunicación con más años de experiencia relacionada con asesorías de
Entidades Financieras.
En caso de que ninguna de las
agencias de relaciones públicas presente experiencia relacionada con asesorías
de Entidades Financieras, será asignada la Agencia que ofrezca la mayor
puntuación acumulada en el ítem de horas hombre del tarifario solicitado en el
presente cartel. De persistir el empate, se realizará un sorteo para definir la
Agencia correspondiente.
Si durante la ejecución del
contrato la Agencia de relaciones públicas seleccionada no satisface los
niveles de servicio requeridos derivados de evaluaciones periódicas de
desempeño, el banco podrá prescindir de los servicios de esa empresa y optar
por la segunda Agencia en contabilizar más años de experiencia relacionada con
asesorías de entidades financieras y así, sucesivamente.
El resto del cartel se mantiene
igual.
San José, 25 de abril del 2012.—Francis Hernández M, Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº
61630.—Solicitud Nº 45966.—C-150420.—(IN2012033455).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000010-01
(Modificación
al cartel Nº 2.)
Adquisición por demanda de hasta 50 impresoras
de inyección de tinta a color y hasta 160
Impresoras
Láser Monocromáticas
Se les informa a los interesados
en la licitación en referencia las siguientes modificaciones al cartel:
1- En las especificaciones técnicas, se modifica el ítem IV 4.11
Resolución, de la siguiente manera; “Resolución 1200«600 d.p.i”
2- En la Cláusula Penal del Cartel, se modifica
el punto 21.1 de la siguiente manera: “En caso de incumplimiento en los plazos
de entrega, se cobrará una multa del 1% por día natural de atraso, según el
monto aplicable a cada entrega”.
3- Se modifica el punto 24 del cartel de la
siguiente manera: El Banco resolverá esta contratación en el plazo máximo de 35
días hábiles a partir de la fecha de apertura de las ofertas.
Las demás condiciones se
mantienen invariables.
San José, 25 de abril, 2012.—Oficina de Compras y Pagos.—Francis Hernández Monge, Área
de Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 61630.—Solicitud Nº
45967.—C-23520.—(IN2012033456).
PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000012-PCAD
(Enmienda
Nº 1)
Contratación de servicios de una empresa que brinde
información de clientes para efectos de trámites bancarios
(Consumo
por demanda).
Se les comunica a todos los
interesados en este concurso que el documento que contiene la Enmienda Nº 1 al
cartel, puede ser retirado en el proceso de Contratación Administrativa del
Banco Popular y de Desarrollo Comunal, ubicado en el sexto piso de la Sede
Central, en avenidas 2 y 4, calle 1, San José, en un horario de lunes a viernes
de 8:15 a.m. a 4:00 p.m. Se prorroga de oficio la fecha y hora para la apertura
de ofertas de este concurso para el día 7 de mayo de 2012 a las 14:00 horas.
Todas las demás condiciones,
requisitos se mantienen invariables.
San José, 25 de abril del 2012.—Subproceso de Gestión y Análisis de Compra.—Lic. Ana
Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2012033524).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000001-02
(Enmienda
Nº 2 y prórroga Nº 3)
Contratación de los servicios para la elaboración
de Plan de Inspección
Les comunicamos a los
interesados en participar en el concurso en referencia, que deben pasar al
segundo piso de las Oficinas Centrales de RECOPE, a retirar la enmienda Nº 2 al
cartel, o bien, la misma estará disponible en la página Web de RECOPE
www.recope.com. Así mismo, la fecha de apertura y recepción de ofertas se prorrogó
para el día 7 de mayo del 2012 a las 10:00 horas.
Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº
2012-0014.—Solicitud Nº 47899.—C-11300.—(IN2012033448).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
MODIFICACIÓN ARTÍCULO Nº 14 DEL REGLAMENTO
DE
CONTRATACIONES DE RECOPE
Mediante acuerdo adoptado por la
Junta Directiva de esta Empresa, en el artículo N° 4, del acta de la sesión
ordinaria N° 4621-174, celebrada el 29 de febrero de 2012, se modificó el artículo
Nº 14, del Reglamento de Contrataciones de Recope, para que se lea de la
siguiente manera:
“Artículo 14.—Mejora
en el precio cotizado. Se regirá por lo dispuesto en el numeral 28 bis, del
actual Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.”
14 de marzo del 2012.—Lic. Ana Lorena Fernández Solís, Secretaria de Actas.—Vº Bº Lic. Shionny Porras Moya, Oficina de Prensa—1 vez.—O. C. Nº 2012-00014.—Solicitud Nº
47877.—C-11300.—(IN2012024653).
MUNICIPALIDAD DE POÁS
La suscrita Secretaria del
Concejo Municipal, hace constar que el Concejo Municipal del cantón de Poás, en
su sesión ordinaria Nº 99 celebrada el día 20 de marzo de 2012, tomó el acuerdo
Nº 6823-03-2012, en forma unánime, mediante el cual se aprueba agregar un
segundo párrafo al artículo 2º del Reglamento de Sesiones de este Concejo
Municipal:
Agréguese un segundo párrafo al
artículo 2° del Reglamento de Sesiones del Concejo Municipal de Poás:
Agregar como un segundo párrafo
al artículo 2° del Reglamento de Sesiones del Concejo Municipal de Poás, para
se lea de la siguiente manera.
“Artículo 2°—Las sesiones
ordinarias del Concejo se celebrarán los días y las horas fijadas por el
Concejo, previa publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Cuando dicho día fijado para una
sesión ordinaria sea feriado o asueto por ley, se trasladará para el día
siguiente hábil, a la misma hora indicada, en la Sala de Sesiones de la
Municipalidad de Poás, al menos que por Acuerdo, debidamente publicado en el Diario
Oficial La Gaceta se defina el traslado a otro día y hora diferente. Rige a
partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta”.
Rige a partir de su publicación.
Publíquese en el Diario Oficial La
Gaceta, y se somete a consulta pública no vinculante por un plazo de 10
días hábiles, según lo establece el artículo 43 del Código Municipal.
San Pedro de Poás, 28 de marzo
del 2012.—Roxana Chinchilla Fallas, Secretaria Concejo
Municipal.—1 vez.—(IN2012026019).
MUNICIPALIDAD
DE PARAÍSO
SECRETARÍA MUNICIPAL
REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO
DE
INCENTIVOS TRIBUTARIOS A LOS
CONTRIBUYENTES
DE LA
MUNICIPALIDAD
DE
PARAÍSO
Considerando:
1º—Que el otorgamiento de
incentivos por pronto pago de los tributos municipales beneficia al
contribuyente en forma económica, disminuyendo la carga tributaria.
2º—Que la Municipalidad de Paraíso, se
beneficia desde el punto económico al recaudar por adelantado sus ingresos por
concepto de tributos municipales.
3º—Que la aplicación, del incentivo económico
fortalece la acción financiera y disminuye el pendiente de cobro, lo que a su
vez reduce los costos operativos destinados a la gestión y recaudación de
tributos.
4º—Que se incrementará la eficiencia y la
eficacia en la gestión de cobro y recaudación de los tributos municipales, si
la actividad operacional disminuyera, optimizando y maximizando los recursos
humanos y técnicos.
5º—Que el artículo 69 del Código Municipal
establece la facultad de otorgar incentivos a los contribuyentes que en el
primer trimestre, cancelen por adelantado los tributos de todo el año.
De conformidad con las anteriores
consideraciones y las disposiciones de los artículos 169 y 170 de la
Constitución Política, en relación con el numeral 4, párrafo primero e inciso
a) y 13, incisos c) y d), 43 del Código Municipal vigente, se emite el presente
Reglamento para el Otorgamiento de Incentivos Tributarios a los Contribuyentes
de la Municipalidad del Cantón de Paraíso, que se regirá por las siguientes
disposiciones:
Artículo 1º—Del incentivo. Se aplicará
un descuento, en forma porcentual, por el pago, adelantado que el contribuyente
realice de sus tributos municipales de todo el año, no obstante para hacerse
acreedor de este incentivo, deberá, pagar todos los tributos que se encuentren
registrados, a su nombre en la base de datos de la Municipalidad de Paraíso.
Dicha aplicación será automática en el momento de su cancelación.
Artículo 2º—Del cálculo del incentivo.
El artículo 2°, referente a “Del cálculo del incentivo”, se leerá así: Se
establece un incentivo a los sujetos pasivos que encontrándose al día con sus
obligaciones municipales, cancelen por adelantado la totalidad de sus tributos
anuales en un solo tracto, el mismo consistirá en un descuento que se aplicará
porcentual, como a continuación se describe:
a) Quien cancele durante el mes de enero el monto total de los
tributos a su nombre de todo el año, se le aplicará un descuento del 5% (cinco
por ciento) sobre el monto total anual a pagar.
b) Quien cancele durante el mes de febrero el
monto total de los tributos a su nombre de todo el año, se le aplicará un
descuento del 3% (tres por ciento) sobre el monto total anual a pagar.
c) Quien cancele durante el mes de marzo el monto
total de los tributos a su nombre de todo el año, se le aplicará un descuento
del 2% (dos por ciento) sobre el monto total anual a pagar.
d) En el caso de bienes inmuebles el incentivo
nunca podrá superar el monto establecido para la tasa básica pasiva, que sea
determinada por el Banco Central de Costa Rica.
Artículo 3º—Plazo para la aplicación
del incentivo. Se establece como fecha para la cancelación adelantada de
los tributos anuales y aplicación del incentivo a que se refiere este
Reglamento, los tres primeros meses de cada año, de manera que el plazo
anterior iniciará el primer día hábil del mes de enero y finalizará el último
día hábil del mes de marzo del año del que se trate.
Artículo 4º—De la forma de pago de los
tributos en relación con el incentivo expresado en este Reglamento. Los
tributos municipales que el contribuyente deberá cancelar una vez deducido el
porcentaje de incentivo económico, serán aceptados por la administración de la
Municipalidad de Paraíso, únicamente en efectivo, o cheque certificado de
cualquier banco del Sistema Bancario Nacional.
Artículo 5º—Dependencia encargada de
aplicar el incentivo. El Departamento de Rentas conjuntamente con el
encargado de Plataforma de la Municipalidad de Paraíso, será el encargado de
aplicar el incentivo y de actualizar el porcentaje que se utilizará en la
aplicación de este.
Artículo 6º—Excepciones. Se exceptúan
de este incentivo el precio por alquiler de locales comerciales, impuesto sobre
espectáculos públicos, timbres y los tributos de carácter temporal. Además la
multa por no presentar la Declaración Jurada de Patente y la multa por
construir sin permiso. Asimismo el sujeto pasivo que solicite el beneficio de
la no afectación del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
Artículo 7º—Este Reglamento rige a partir de
su publicación.
Ana Rosa Ramírez Bonilla,
Secretaria Concejo Municipal.—Ing. Omar Chavarría
Cordero, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2012022171).
VICERRECTORÍA
DE VIDA ESTUDIANTIL
EDICTO
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
ORI-1201-2012.—Rodríguez Gutiérrez Marco Antonio,
costarricense, cédula 3-0239-0706, ha solicitado reposición del título de
Licenciado en Ciencias de la Educación con Énfasis en Administración Educativa.
Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del
solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta
Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer
aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los trece
días del mes de marzo del dos mil doce.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud
Nº 38036.—C-28220.—(IN2012024374).
HOSPITAL MÉXICO
DIRECCIÓN GENERAL
Amonestación escrita por la
presentación extemporánea de la declaración jurada inicial de bienes a la Ing.
Adela Rojas Fallas. Por instrucción de la División Jurídica de la Contraloría
General de la República mediante oficio DJ-0204-2012 (01950) del 29 de febrero
2012 donde se determinó la resolución que establece amonestación escrita,
publicada en el Diario Oficial La Gaceta originada en el procedimiento
administrativo bajo el expediente número DJ-60-2011, por tanto se procede
conforme con la instrucción seguido a la Ing. Adela Rojas Fallas, cédula
1-0832-0807, por la presentación extemporánea de la declaración jurada inicial
de bienes.
San José, 29 de marzo del 2012.—Dr. Douglas Montero Chacón, Director.—1
vez.—(IN2012026038).
CONSEJO
DIRECTIVO
Considerando:
La Ley Nº 6313 del 04 de enero de 1979 y
supletoriamente la Ley Nº 7495 del 03 de mayo de 1995 y la Ley No. 8660 del 13
de agosto del 2008, regulan la expropiación forzosa por causa de interés
público legalmente comprobado. La expropiación exclusivamente ordenada por el
Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio de la
Administración Pública, el cual comprende diferentes formas de afectación de la
propiedad privada, como servidumbres, derechos reales o intereses patrimoniales
legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una
indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes
podrán ser afectados, conforme a esta legislación, en la búsqueda del bien
común.
En esas condiciones, el Instituto Costarricense de Electricidad requiere el
establecimiento de un derecho de servidumbre y medio sitio de poste para la
Línea de Transmisión Cariblanco-General (Tramo PI Sucio-General), en la finca
sin inscribir y bajo posesión de Carlos Alberto Hernández Rodríguez, mayor,
casado, economista, portador de la cédula de identidad 2-0224-0638 y vecino de
San Pedro de Montes de Oca.
El inmueble se ubica en Partido Cuarto Heredia, cantón décimo Sarapiquí,
distrito tercero Horquetas, ubicada exactamente del cruce a Río Frío, sobre la
ruta nacional Nº 4 en sentido San José-Puerto Viejo, 750 m al este y 1.050 m al
norte, en calle de lastre, a mano izquierda. La finca se identifica con los
planos catastrados H-25641-1992 para la totalidad de la finca y H-1520019-2011
para la servidumbre que establecerá el ICE para la construcción de la Línea de
Transmisión Cariblanco-General (Tramo PI Sucio - General), con áreas de
30.740,68 m² y 781 m², respectivamente.
Los linderos de la propiedad según plano catastrado H-25641-1992 son:
norte: calle público con 11 m de ancho, sur: Manuel Rodríguez González, este:
calle pública con 11 m de ancho y oeste: Delfín Pérez Sánchez.
A solicitud de la Dirección del Proyecto de Construcción de la Línea de
Transmisión Eléctrica, Región Huetar-Brunca de la U.E.N. de Proyectos y Servicios
Asociados del Instituto Costarricense de Electricidad el valor de este
establecimiento de servidumbre y el medio sitio de poste fueron estimados en la
suma de ¢3.861.009,65 (tres millones ochocientos sesenta y un mil nueve colones
con sesenta y cinco céntimos), según avalúo administrativo No. 822-2011.
De acuerdo con los estudios técnicos realizados por el Instituto
Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y demostrada la
utilidad pública, así como la urgencia de constituir este derecho de
servidumbre y el medio sitio de poste, por lo que con base en el artículo 45 de
la Constitución Política y la Ley Nº Nº 6313 del 4 de enero de 1979 y
supletoriamente la Ley Nº 7495 del 3 de mayo de 1995, procede decretar la
expropiación correspondiente. Por tanto:
1º—Apruébense las presentes diligencias en la suma
de ¢3.861.009,65 (tres millones ochocientos sesenta y un mil nueve colones con
sesenta y cinco céntimos), según avalúo administrativo Nº 822-2011 y
comuníquese.
2º—De no ser aceptado por el propietario, el respectivo avalúo,
constitúyase un derecho de servidumbre en el inmueble que se describe así:
finca sin inscribir y bajo posesión de Carlos Alberto Hernández Rodríguez,
mayor, casado, economista, portador de la cédula de identidad 2-0224-0638 y
vecino de San Pedro de Montes de Oca. El inmueble se ubica en partido cuarto
Heredia, cantón décimo Sarapiquí, distrito tercero Horquetas, ubicada
exactamente del cruce a Río Frío, sobre la ruta Nacional Nº 4 en sentido San
José – Puerto Viejo, 750 m al este y 1.050 m al norte, en calle de lastre, a
mano izquierda. La finca se identifica con los planos catastrados H-25641-1992
para la totalidad de la finca y H-1520019-2011 para la servidumbre que
establecerá el ICE para la construcción de la Línea de Transmisión Cariblanco –
General (Tramo PI Sucio - General), con áreas de 30.740,68 m² y 781 m²,
respectivamente. Los linderos de la propiedad según plano catastrado
H-25641-1992 son: norte: calle público con 11 m de ancho, sur: Manuel Rodríguez
González, este: calle pública con 11 m de ancho y oeste: Delfín Pérez Sánchez.
El Instituto Costarricense de Electricidad establecerá un derecho de
servidumbre de paso y medio sitio de poste sobre una franja de terreno en
posesión de Carlos Alberto Hernández Rodríguez, para la Línea de Transmisión
Cariblanco-General, Tramo PI Sucio-General.
Aunque la línea de centro no toca la propiedad, una pequeña parte del ancho
de la servidumbre determinará un área de afectación ubicada al este del
inmueble de 781 m², lo que representa un 2.54% del área total de la propiedad.
El ancho de la servidumbre en este tramo es de 14 m (7m a ambos lados de la
línea de centro). La servidumbre en la propiedad tiene una forma similar a un
trapecio, con una base mayor de 258.68 m, una base menor aproximada de 258.03 m
y una altura promedio de 3.023.
La línea de transmisión ingresa a la propiedad por la colindancia sur con
una propiedad a nombre de los Abuelos Juan y Claudia S. A., con un azimut de
359º48´39´´, hasta el sitio de poste 54, el cual se ubica a 131.27 m al norte
de dicha colindancia. A partir de ese punto, la línea de transmisión sale por
la colindancia norte con calle pública con un azimut de 359º59´43´´.
El área afectada, ubicada al este del inmueble, posee una topografía plana
– ondulada y en la actualidad está cubierta parcialmente por pasto. El área de
placa requerida para el sitio de poste Nº 54 será de 16 m²; sin embargo, la
ubicación de la misma dentro de la propiedad genera una afectación de 6.01 m²,
razón por la cual se valora medio sitio de poste solamente.
En cuanto a los linderos de la servidumbre: norte: calle pública con 11 m
de ancho, sur: los Abuelos Juan y Claudia S. A., este: calle pública con 14 m
de ancho y oeste: resto de la propiedad.
El propietario deberá limitar el uso de esta franja, no se permitirá, la
construcción de casas de habitación, oficinas, comercios, instalaciones
educativas, deportivas o agropecuarias, la siembra de caña de azúcar o cultivos
similares que deban quemarse periódicamente.
No podrán sembrarse cultivos anegados, permanencia de vegetación (árboles o
cultivos), que en su desarrollo final se aproximen a cinco metros de los cables
conductores más bajos, cuando estos se encuentren en condiciones de carga
máxima o contingencia. Movimientos de tierra, que por su acumulación se eleven,
o alteren el nivel natural del suelo. Almacenamiento de materiales inflamables
o explosivos. Acumulación de materiales u otros objetos que se aproximen a
cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando éstos se encuentren en
condiciones de carga máxima o de contingencia.
Por razones de seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la
cercanía de la misma, antes deberá consultársele al ICE. Deberán permitir el
acceso a funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra.
Todo con fundamento en la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, citada y
supletoriamente la Ley Nº 7495 del 3 de mayo de 1995.
3º—La constitución de derecho de servidumbre descrito se establecerá en
favor de la finca del partido de Alajuela, inscrita en el Registro Público,
folio mecanizado cuatrocientos diez mil quinientos noventa y tres-cero cero
cero, que es terreno de potrero, sito en el distinto catorce Sarapiquí del
cantón primero Alajuela de la provincia de Alajuela; mide catorce mil
trescientos veintiocho metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados, y
linda al norte con Ganadera de La Loma de San Miguel S. A., y en parte río
sardinal; al sur, con Ganadera el Recreo, al este, con Instituto Costarricense
de Electricidad; y al oeste, con río Sardinal. Plano catastrado A-0924273-2004.
4º—Continúese con los trámites de rigor.
5º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión Nº 5982, del 22
de febrero del 2012.
6º—Publíquese en el Diario Oficial.
San José, 23 de marzo de 2012.—Lic.
Erick Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1
vez.—(IN2012025973).
Considerando:
La Ley Nº 6313 del 04 de enero de 1979 y
supletoriamente la Ley N° 7495 del 03 de mayo de 1995 y la Ley Nº 8660 del 13
de agosto del 2008, regulan la expropiación forzosa por causa de interés
público legalmente comprobado. La expropiación exclusivamente ordenada por el
Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio de la
Administración Pública, el cual comprende diferentes formas de afectación de la
propiedad privada, como servidumbres, derechos reales o intereses patrimoniales
legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una
indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes
podrán ser afectados, conforme a esta legislación, en la búsqueda del bien
común.
En esas condiciones, el Instituto Costarricense de Electricidad requiere el
establecimiento de un derecho de servidumbre, dos sitios de poste y la
indemnización de una infraestructura para la línea de Transmisión Cariblanco -
General (Tramo Pl Sucio-General), en la finca registrada bajo matrícula folio
real 4-127715-000, ubicada en el partido cuarto Hereda, cantón décimo
Sarapiquí, distrito tercero Horquetas, ubicada exactamente sobre la ruta
nacional N° 4 en sentido San José-Puerto Viejo, del Súper los Conejos (entrada
al Asentamiento la Chávez), 1200 m este, sobre calle de lastre, a mano
izquierda El inmueble es propiedad del Instituto de Desarrollo Agrario, cédula
de persona jurídica 4-000-042143. Asimismo, está en posesión de Melba Villagra
Espinoza, mayor, separada de hecho, ama de casa, portadora de la cédula
6-0121-0571 y vecina de La Guácima de Alajuela.
El inmueble se identifica con el plano catastrado H-0767063-1988 y según
estudio registral presenta un área de 58.105,05 m2.
A solicitud de la Dirección del Proyecto de Construcción de la Línea
Eléctrica, Región Huetar-Brunca de la U.E.N. de Proyectos y Servicios Asociados
del Instituto Costarricense de Electricidad el valor de este establecimiento de
servidumbre, los dos sitios de poste y la indemnización por infraestructura
fueron estimados en la suma de ¢15.095.558,40 (quince millones noventa y cinco
mil quinientos cincuenta y ocho colones con cuarenta céntimos), según avalúo
administrativo Nº 807-2011.
De acuerdo con los estudios técnicos realizados por el Instituto
Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y demostrada la
utilidad pública, así como la urgencia de constituir este derecho de
servidumbre, los dos sitios de poste y la indemnización de la infraestructura,
por lo que con base en el artículo 45 de la Constitución Política y la Ley Nº
6313 del 4 de enero de 1979 y supletoriamente la Ley N° 7495 del 3 de mayo de
1995, procede decretar la expropiación correspondiente. Por tanto:
1º—Apruébense las presentes diligencias en la suma
de ¢15.095.558,40 (quince millones noventa y cinco mil quinientos cincuenta y
ocho colones con cuarenta céntimos), según avalúo administrativo Nº 807-2011 y
comuníquese.
2º—De no ser aceptado por el propietario, el respectivo avalúo,
constitúyase un derecho de servidumbre, dos sitios de poste y la indemnización
de infraestructura en el inmueble que se describe así: matrícula folio real
4-127715-000, ubicada en el partido cuarto Heredia, cantón décimo Sarapiquí,
distrito tercero Horquetas, ubicada exactamente sobre la ruta nacional N° 4 en
sentido San José-Puerto Viejo, del Súper los Conejos (entrada al Asentamiento
la Chávez), 1200 m este, sobre calle de lastre, a mano izquierda. El inmueble
es propiedad del Instituto de Desarrollo Agrario, cédula de persona jurídica
4-000-042143. Asimismo, está en posesión de Melba Villagra Espinoza, mayor,
separada de hecho, ama de casa, portadora de la cédula 6-0121-0571 y vecina de
La Guácima de Alajuela. El inmueble se identifica con el plano catastrado
H-0767063-1988 y según estudio registral presenta un área de 58.105,05 m2.
El Instituto Costarricense de Electricidad establecerá un derecho de
servidumbre de paso sobre una franja de terreno propiedad del IDA y en posesión
de Melba Villagra Espinoza, para la Línea de Transmisión Cariblanco - General,
Tramo Pl Sucio-General.
La longitud total sobre la línea del centro es de 332.61 m para un área de
afectación ubicada al este del inmueble de 4.656,63 m2, lo que
representa un 8.01% del área total de la propiedad. El ancho de la servidumbre
en este tramo es de 14 m (7 m a ambos lados de la línea de centro) y está
compuesta por tres secciones: la primera tiene forma semejante a un trapecio
que tiene de base mayor 7.06 m y una base menor de 5.82 m con una altura de
14.01 m; la segunda tiene forma similar a un trapecio con una base mayor de
294.82 m y una altura promedio de 14 m y la tercera sección tiene forma similar
a un triángulo con una base mayor de 64.50 m y una altura promedio de 14 m.
La línea de transmisión ingresa a la propiedad por la colindancia norte con
calle pública, con un azimut de 359°52’4”, hasta el sitio de poste N° 84, el
cual se ubica a unos 6.44 m del frente de la propiedad, siguiendo dirección
noreste, a una distancia de 178.59 m aproximadamente y con un azimut de
14°30’46”, se encuentra el sitio de poste N° 85. El paso de la línea continua
en dirección noreste con un azimut de 14°30’16” hasta salir por la colindancia
este con la parcela del IDA N° 65.
El área afectada, ubicada al este del inmueble, posee una topografía
plana-ondulada y en la actualidad está cubierta parcialmente por pasto, con
algunas plantas de pipa, de palmito y de pejibaye, entre otras; además, se
ubica la vivienda afectada. Los sitios de poste N° 84 y N° 85 ocuparán áreas de
36 m2 y 16 m2, respectivamente. En cuanto a los sitios de
poste N° 84 y N° 86, se consideró que el primero afectaría sólo en un 50% la
propiedad y que el segundo se ubicaría dentro de la misma; sin embargo, el
levantamiento final indica que el sitio de poste N° 84 afecta en un 100% a este
inmueble y que el sitio de poste N° 86 se ubica en una propiedad vecina.
En cuanto a los linderos de la servidumbre: norte: Trinidad Espinoza Araya,
sur calle pública con 14 m de ancho, este y oeste: resto de la finca.
Descripción de la infraestructura civil
La vivienda afectada es de un nivel y tiene un
área de construcción aproximada de 73.31 m2, distribuidos en cinco
espacios según su uso: sala-comedor-dos dormitorios-cocina-cuarto de pilas y un
área de ducha, aunque realmente solo cuanta con una división interna. El estado
de conservación de la vivienda se considera malo. Habitan en ella dos adultos y
tres menores de edad.
La casa está orientada de manera que el frente hacia la calle pública es el
costado sur, en el costado norte se ubica el servicio sanitario y en los demás
costados no se ubican construcciones aledañas.
La edificación presenta un sistema estructural tipo zócalo, con una base de
tres hiladas de bloques de concreto de 12 cm x 20 cm y paredes de secciones de
tablón de 25 mm unidas por secciones de madera de 50 mm x 50 mm. Et conjunto
posee muy pocos acabados constructivos y no se encuentra pintado.
La estructura de techo es soportada por secciones de madera de 25 mm x 75
mm y 50 mm x 75 mm con una cubierta de láminas de HG N° 28 sin pintar. El techo
es a dos aguas (sentido este - oeste), la pendiente aproximada es de 13%. No
posee canoas ni bajantes, tampoco tiene cielo raso.
Los tapicheles son de secciones de tablón de 25 mm x 100 mm, los cuales
están unidos a cerchas sobre la pared.
El sistema eléctrico no está entubado, tiene aproximadamente dos
tomacorrientes sencillos, dos tomacorrientes dobles y tres apagadores sencillos,
cuenta con dos interruptores de porcelana de dos polos (cuchilla).
Con respecto a los acabados, la vivienda cuenta con piso de concreto y
tiene dos puertas: una en el frente y otra en la parte posterior, estas dos
puertas son de madera, a un forro; mientras que el área de ducha posee columnas
de madera y cerramiento en plástico y láminas de HG. Tanto los marcos de las
puertas como de las ventanas son de madera.
La cocina-cuarto de pilas posee una pila de concreto, colocada sobre
bloques de concreto de 12 cm x 20 cm x 40 cm. El servicio sanitario se ubica a
cierta distancia de la vivienda. Asimismo, las consideraciones sobre la
construcción constan en el avalúo administrativo 807-2011.
El propietario deberá limitar el uso de esta franja, no se permitirá, la
construcción de casas de habitación, oficinas, comercios, instalaciones
educativas, deportivas o agropecuarias, la siembra de caña de azúcar o cultivos
similares que deban quemarse periódicamente.
No podrán sembrarse cultivos anegados, permanencia de vegetación (árboles o
cultivos), que en su desarrollo final se aproximen a cinco metros de los cables
conductores más bajos, cuando estos se encuentren en condiciones de carga
máxima o contingencia. Movimientos de tierra, que por su acumulación se eleven,
o alteren el nivel natural del suelo. Almacenamiento de materiales inflamables
o explosivos. Acumulación de materiales u otros objetos que se aproximen a
cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando éstos se encuentren en
condiciones de carga máxima o de contingencia.
Por razones de seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la
cercanía de la misma, antes deberá consultársele al ICE. Deberán permitir el
acceso a funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra.
Todo con fundamento en la Ley N° 6313 del 4 de enero de 1979, citada y
supletoriamente la Ley N° 7495 del 3 de mayo de 1995.
3º—La constitución de derecho de servidumbre descrito se establecerá en
favor de la finca del partido de Alajuela, inscrita en el Registro Público,
folio mecanizado cuatrocientos diez mil quinientos noventa y tres-caro cero
cero, que es terreno de potrero, sito en el distinto catorce Sarapiquí del
cantón primero Alajuela de la provincia de Alajuela; mide catorce mil
trescientos veintiocho metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados, y
linda al norte con Ganadera de La Loma de San Miguel S. A., y en parte río
Sardinal; al sur, con Ganadera el Recreo, al este, con Instituto Costarricense
de Electricidad; y al oeste, con río Sardinal. Plano catastrado A-0924273-2004.
4º—Continúese con los trámites de rigor.
5º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión Nº 5982, del 22
de febrero del 2012.
6º—Publíquese en el Diario Oficial.
San José, 26 de marzo de 2012.—Lic.
Erick Picado Sancho, Apoderado Especial Judicial.—1
vez.—(IN2012025978).
Resolución 823-RCR-2012.—San José, a las 15:00 horas del 9 de abril de dos mil
doce.
Conoce el Comité de Regulación lo resuelto por la Sala
Constitucional, mediante voto Nº 003689-2012, dictado en expediente
12-001787-0007-CO, con respecto a solicitud de ajuste tarifario presentado por
COOPEPAR R. L., para las rutas 316, 336, 340 y 340A. (Exp. ET-184-2011).
Resultando:
I.—Que el 24 de noviembre de 2011,
COOPEPAR R. L. presentó ante esta Autoridad Reguladora, solicitud de ajuste en
las tarifas de las rutas 316-336-340-340A, (folios 1 a 89).
II.—Que la convocatoria a la
audiencia pública se publicó en los diarios: La Teja y La Extra del 2 y 1º de
febrero de 2012, respectivamente (folios 144-145) y en el Diario Oficial La
Gaceta N° 27 del 7 de febrero de 2012, (folio 154).
III.—Que la audiencia pública se
realizó el 10 de febrero de 2012, a las 6 p. m., en el Salón Parroquial de la
Parroquia de Santa Lucía de Paraíso, Cartago.
IV.—Que la Sala Constitucional
de la Corte Suprema de Justicia, mediante auto de las once horas y cuatro
minutos del diez de febrero del dos mil once, ordena a la Autoridad Reguladora
no llevar a cabo la audiencia pública señalada para las dieciocho horas del 10
de febrero de 2012, únicamente en lo que respecta a la fijación tarifaria de la
ruta 340-A, que cubre la Empresa COOPEPAR R. L., misma que fue notificada a la
Autoridad Reguladora el 13 de febrero de 2012.
V.—Que mediante resolución
772-RCR-2012 de las 11:30 horas del 16 de febrero de dos mil doce, el Comité de
Regulación resolvió: fijar las tarifas para las rutas, 316: San José-Paraíso,
336: Cartago-Paraíso y Extensiones, 340: Cartago-Cachí-Loaiza-Peñas Blancas, y
340A: Cartago-Tucurrique-El Humo.
VI.—Que mediante el resolución 2012003689 la Sala
Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, declaró con lugar el recurso de
amparo interpuesto por Francisco Chinchilla Moya, anulando la convocatoria a
audiencia pública efectuada por la Autoridad Reguladora de los Servicios
Públicos, publicada en La Gaceta Nº 27 de 7 de febrero de 2012, para
conocer la propuesta planteada por la empresa COOPEPAR R. L., concesionaria de
las rutas 316, 336, 340 y 340 A, ordenando a la Autoridad Reguladora de
Servicios Públicos, señalar nueva fecha para la celebración de la audiencia
pública referente al aumento tarifario indicado, se publique la convocatoria
dentro de un plazo razonable y que la audiencia se realice de manera que
garantice la asistencia de las personas que puedan verse afectas por dicha
solicitud. A la fecha no consta dentro de los archivos de la Autoridad
Reguladora de los Servicios Públicos la notificación por parte de la Sala
Constitucional de esta resolución a la Autoridad Reguladora de Servicios
Públicos.
Considerando:
I.—Que mediante resolución
2012003689, de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia dictada
en el expediente 12-001787-0007-CO, se resolvió:
(…) “Por Tanto:
Se declara con lugar el recurso.
Se anula la convocatoria efectuada por la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos en La
Gaceta número 27 de 7 de febrero de 2012, para la audiencia pública para
conocer la propuesta planteada por la empresa COOPEPAR R. L., concesionaria de
las rutas 316 336, 340, 340 A. ordena a Dennis Meléndez Howell, o a quien ocupe
su cargo como Regulador General de la Autoridad Reguladora de Servicios
Públicos, realizar las gestiones que estén dentro del ámbito de su competencia
para que 1) se señale una nueva fecha de celebración de la audiencia pública
referente al aumento tarifario indicado; 2) se publique la convocatoria dentro
de un plazo razonable y 3) la audiencia se realice de manera tal que garantice
la asistencia de las personas que puedan verse afectadas por dicha solicitud,
ya sea mediante la realización de audiencias en diversos centros de población a
los que los interesados puedan acceder sin enfrentarse a problemas de
distancias excesivas o falta de servicio de transportes público, o bien,
mediante el uso de enlaces tecnológicos que tecnológicos que permitan las
transmisión de esa audiencia a dichos lugares, así como la participación de los
afectados.” (…)
II.—Que
las tarifas previas al dictado de la resolución 772 RCR-2011 de las 11:30 horas
del 16 de febrero de dos mil doce, son las fijadas mediante resolución
565-RCR-2011, del 22 de julio de 2011, publicada en el Alcance 49 de La
Gaceta 152 de 9 de agosto de 2011.
III.—Que mediante resolución
818-RCR-2012 de las 15:00 horas del 4 de abril de dos mil doce, el Comité de
Regulación, con base en el procedimiento de oficio de una fijación nacional,
resolvió ajustar las tarifas para las rutas, 316: San José-Paraíso, 336:
Cartago-Paraíso y Extensiones, 340: Cartago-Cachí-Loaiza-Peñas Blancas, y 340A:
Cartago-Tucurrique-El Humo.
IV.—Que por consiguiente, el
efecto tarifario neto de la presente reversión, equivale a la anulación del
incremento otorgado por la resolución 772 RCR-2012, sin afectar el
reconocimiento del ajuste de la fijación nacional visible en la resolución 818
RCR-2012, de tal forma que el ajuste de la nacional corresponde aplicarse sobre
las tarifas previas fijadas por la 565-RCR-2011, todas ellas de previa cita.
V.—Que de conformidad con los resultandos y considerandos
que preceden y de acuerdo al mérito de los autos, lo procedente es revocar la
resolución 772 RCR-2012 de las 11:30 horas del 16 de febrero de dos mil doce,
retrotraer las actuaciones hasta el momento en que se convocó la audiencia
pública y fijar las tarifas por efecto de la fijación nacional para la rutas
316: San José-Paraíso, 336: Cartago-Paraíso y Extensiones, 340:
Cartago-Cachí-Loaiza-Peñas Blancas, y 340A: Cartago-Tucurrique-El Humo. Por
tanto,
Con fundamento en las facultades
conferidas en la Ley 7593 y sus reformas, en la Ley General de la
Administración Pública, en el Decreto Ejecutivo 29732-MP que es el Reglamento a
la Ley 7593 y, en lo dispuesto por la Junta Directiva de la Autoridad
Reguladora mediante artículo 6, acuerdo 05-075-2011, del acta de la sesión
ordinaria 75-2011, celebrada el 14 de diciembre del 2011, y ratificada el 21
del mismo mes,
EL
COMITÉ DE REGULACIÓN, RESUELVE:
I.—Revocar la resolución
772-RCR-2012 de las 11:30 horas del 16 de febrero de dos mil doce, dictada por
el Comité de Regulación.
II.—Retrotraer las actuaciones
al momento en que se convocó la audiencia pública.
III.—Solicitar a la Dirección General de Participación al
Usuario, y a la Dirección de Servicios de Transportes, de la Autoridad
Reguladora de Servicios Públicos para que realicen los trámites
correspondientes a efecto de dar cumplimiento a lo señalado en la resolución
2012003689, dictada por la Sala Constitucional.
IV.—Fijar para las rutas 316: San José-Paraíso, 336:
Cartago-Paraíso y Extensiones, 340: Cartago-Cachí-Loaiza-Peñas Blancas, y 340A:
Cartago-Tucurrique-El Humo, las tarifas:
Ruta |
Descripción |
Tarifa (en colones) |
|
Regular |
Adulto Mayor |
||
316 |
SD San José-Paraíso |
||
|
San José-Paraíso |
670 |
335 |
336 |
Cartago-Paraíso |
||
|
Cartago-Paraíso |
210 |
0 |
|
Cartago-Doña Ana-Laguna |
230 |
0 |
|
Paraíso-Parque Industrial de Cartago |
365 |
0 |
|
Cartago-Llanos de Santa Lucía |
165 |
0 |
|
Periférica de Paraíso |
165 |
0 |
|
Cartago-Bº San José-Caballo Blanco |
165 |
0 |
|
Paraíso-Cartago-C.O.V.A.O. |
330 |
0 |
340 |
Cartago-Cachí-Loaiza |
||
|
Cartago-Peña Blanca |
495 |
0 |
|
Cartago-Loaiza |
465 |
0 |
|
Cartago-Charrarra |
465 |
0 |
|
Cartago-Cachí |
425 |
0 |
|
Cartago-Urasca |
365 |
0 |
|
Paraíso-Cachí |
365 |
0 |
|
Paraíso-Urasca |
270 |
0 |
|
Paraíso-Ajenjal |
270 |
0 |
|
Cartago-Paraíso |
210 |
0 |
|
Tarifa Mínima |
160 |
0 |
340 A |
Cartago-Tucurrique de Jiménez-El Humo |
||
|
Cartago-El Humo |
1180 |
590 |
|
Cartago-Las Vueltas |
980 |
490 |
|
Cartago-Tucurrique |
905 |
455 |
|
Cartago-Guatuso |
585 |
0 |
|
Tucurrique-El Humo |
210 |
0 |
|
Tarifa Mínima |
160 |
0 |
En cumplimiento de
lo que ordena el artículo 245 de la Ley General de la Administración Pública,
se indica que contra la anterior resolución caben los recursos ordinarios de
revocatoria y de apelación y el extraordinario de revisión. El de revocatoria
podrá interponerse ante el Comité de Regulación; a quien corresponde
resolverlo; el de apelación y el de revisión, podrán interponerse ante la Junta
Directiva, a la que corresponde resolverlos.
El recurso de revocatoria y el de
apelación deberán interponerse en el plazo de tres días contados a partir del
siguiente a la notificación; el de revisión, dentro de los plazos señalados en
el artículo 354 de la citada ley.
Notifíquese y publíquese.—Luis Alberto Cubillo Herrera.—Álvaro Barrantes
Chaves.—Luis Fernando Chavarría Alfaro, Comité de Regulación.—1 vez.—O. C. Nº
6350-2012.—Solicitud Nº 46071.—C-245880.—(IN2012031201).
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
La Municipalidad de La Cruz, Guanacaste,
Departamento de Alcaldía, notifica según acuerdo del Concejo Municipal número
4-8 de la sesión ordinaria número 09-2012, verificada por la Municipalidad el
día primero de marzo del dos mil doce, en el cual se acuerda por unanimidad
autorizar al Lic. Carlos Matías Gonzaga Martínez, Alcalde Municipal de La Cruz,
para que proceda a realizar el trámite ante el Registro de la Propiedad
mediante escritura pública ante notario público y con notario externo
autorizado, la inscripción del terreno que adquirió la Municipalidad de La Cruz
desde el 10 de diciembre del 2008, para llevar a cabo proyecto de vivienda
social, ubicado en La Garita de La Cruz, Guanacaste, con un área de 2.595
metros cuadrados según plano catastrado número G-1546436-2011, inscripción que
se realizará según procedimiento establecido en la Ley General de Caminos
Públicos en su artículo 27, por así haber cumplido la Administración Municipal
con lo establecido dentro del mismo artículo supra citado. Se otorgan 30 días
hábiles después de la publicación del presente edicto para escuchar oposiciones
de los interesados, de no existir se continuará con la inscripción ante el
Registro Público, Sección Bienes Inmuebles.
La Cruz, Guanacaste, 15 de marzo del 2012.—Carlos Matías Gonzaga Martínez,
Alcalde.—RP2012285300.—(IN2012023978).
2 v. 2.
La Municipalidad de
Desamparados, comunica que mediante acuerdo Nº 9 de la sesión Nº 21-2012 del 10
de abril del 2012, la sesión ordinaria correspondiente al día martes 1º de mayo
del 2012, se trasladó al día jueves 3 de mayo del 2012, a las 19:00 horas, en
la sala de sesiones de la Municipalidad. La hora y el lugar de la sesión se
mantienen.
Desamparados, 12 de abril del
2012.—Mario Vindas Navarro, Coordinador de la
Secretaría General.—1 vez.—(IN2012030066).
OFICINA
DEL CEMENTERIO
Ante la Municipalidad de Moravia se promueve por
parte de Ramón García Vindas diligencias de reposición de título de derecho del
cementerio donde consta inhumada Clara García Vindas, en razón de lo dicho y
como trámite previo a la reposición definitiva del derecho a favor del
gestionante, se emplaza por el plazo de cinco días hábiles a cualquier
interesado que considere tener mejor derecho para que se presente en tiempo y
forma ante la Oficina del Cementerio con las pruebas que acrediten su
pretensión a efecto de hacer valer el derecho alegado.
Moravia, al ser las 9:00 a. m. del 9 de abril del
2012.—Walter Badilla Arce, Encargado del Cementerio.—1
vez.—(IN2012027471).
EDICTO 006-2012
Para los fines consiguientes el
Departamento de Patentes de la Municipalidad de Montes de Oca, hace saber que
German Hernández Navarro, cédula 03-0266-0186, ha presentado solicitud de
traspaso de licencia comercial Nº 9344 a nombre de María Isabel Monge Parra,
cédula 01-1246-0108. La Municipalidad de Montes de Oca otorga 8 días naturales de
plazo a partir de esta publicación para presentar objeciones.
San Pedro de Montes de Oca, 20
de febrero del 2012.—Departamento de Patentes.—Liliana
Barrantes E., Jefa.—Melania Solano Coto.—1 vez.—RP2012285362.—(IN2012023979).
El Concejo Municipal de la Municipalidad de Pérez Zeledón, en sesión
extraordinaria N° 033-12, artículo 2), inciso 50), celebrada el 8 de marzo del
2012, comunica la aprobación de la tarifa correspondiente al Servicio de
Cementerio Municipal, misma que se detalla a continuación:
TIPO DE DERECHO |
SERV. MANTEN. CEMENTERIO |
SERVICIO INHUMACIÓN |
Menor |
15.940,00 |
5.770,00 |
Mayor doble |
19.930,00 |
23.080,00 |
Mayor cuádruple |
39.860,00 |
23.080,00 |
Rige treinta días después de su
publicación en el Diario Oficial La Gaceta, según el artículo N° 74 del
Código Municipal.
Concejo Municipal.—Lic. Karen Arias Hidalgo, Secretaria Municipal.—1 vez.—(IN2012026605).
El Concejo Municipal de Pérez
Zeledón, con base en el acuerdo tomado en sesión ordinaria 100-12, artículo 7º,
inciso 4), celebrada el 27 de marzo de 2012, comunica el cambio de sesión
ordinaria que corresponde al día martes 15 de mayo, para el día lunes 14 de
mayo del 2012, quedando a la misma hora, siendo las 18:00 horas (6:00 p. m.).
Concejo Municipal, 29 de marzo
del 2012.—Lic. Karen Arias Hidalgo, Secretaria
Municipal.—1 vez.—(IN2012026608).
El Concejo Municipal de la
Municipalidad de Pérez Zeledón, en sesión ordinaria N° 098-12, artículo 6,
inciso 3), celebrada el 13 de marzo del 2012, comunica, que luego de analizado
el informe del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU) sobre los
Poblados Menores y en cumplimiento del inciso 4), artículo 17 de la Ley de
Planificación Urbana, se designa a la comunidad de “La Bonita”, como Poblado
Menor, esto debido a que por error involuntario, esta Municipalidad omitió en
su momento incluirlo dentro del listado de poblados menores.
Concejo Municipal.—Lic. Karen Arias Hidalgo, Secretaria Municipal.—1 vez.—(IN2012026610).
FUNCIONES VICEALCALDE,
SEÑOR
GILBERTO MORERA ARCE
Actuará como órgano decisor en
los procesos administrativos, cuando sea necesario. Fungirá como encargado de
supervisar las labores operativas concernientes al equipo mecánico de la
Municipalidad. Asistirá a reuniones en representación de la Alcaldesa, cuando
sea necesario. Atenderá la dirección de los proyectos que le sean asignados por
escrito por la Alcaldía.
Atenas, 9 de abril del 2012.—Departamento de Proveeduría.—Maura Herrera Morera.—1
vez.—(IN2012027529).
El Concejo Municipal de la Municipalidad del
cantón de Upala, comunica acuerdo tomado en definitiva y en firme, mediante
sesión ordinaria correspondiente al día lunes doce de marzo año dos mil doce,
Inciso 5) Artículo IV según acta Nº 15-2012, que contiene lo siguiente:
expediente que presenta la Administración Tributaria Municipal, conteniendo
requisitos y solicitud suscrita por el señor Manuel Antonio Marín Chaves,
portador de cédula de identidad número 1-0306-0900, vecino de Upala, Barrio Las
Palmas, manifestando que solicita ante el Concejo Municipal que se inscriba a
su nombre la patente de licores adquirida por medio de compraventa al señor
Gerardo Olivas Jiménez. Actualmente dicha patente está siendo explotada en el
negocio denominado Servisol ubicado a un kilómetro de la Gasolinera ARMO, ruta
hacia San José de Upala, indicando que esta patente es para ser trasladada y
por ende explotada en el Bar El Renegado, más conocido como Bajo Mundo, ubicado
del Hospital Upala, 100 metros al oeste y 100 metros al sur. Rige cinco días
después de su publicación.
Xinia Paisano Obregón, Secretaria a. í del Concejo.—1 vez.—RP2012285090.—(IN2012023303).
El Concejo Municipal de la
Municipalidad de Santa Cruz, Guanacaste, acuerda en la sesión ordinaria N°
11-2012, artículo 5º, inciso 3), del 13 de marzo del año en curso y que dice:
Se acuerda por unanimidad con
dispensa de trámite de comisión, cambiar la fecha de celebración de la sesión
ordinaria del día martes 3 de abril del 2012, para el día lunes 9 de abril del
2012 a partir de las 5:00 p. m., salón de sesiones.
Santa Cruz, 28 de marzo del 2012.—Lic. Keylor Jaén Rosales, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2012025950).
PROMOCIONES DE VIVIENDAS ECONÓMICAS S. A.
Asamblea general extraordinaria de socios
En cumplimiento de los artículos
155, 156, 158, 162, 163, 164, 165, 166, siguientes y concordantes del Código de
Comercio, así como por los estatutos sociales, la presidencia de la junta
directiva de Promociones de Viviendas Económicas S. A., convoca a los
accionistas para que concurran a la asamblea general extraordinaria de
accionistas que se efectuará en primera convocatoria a las 10:00 horas del día
30 de noviembre del 2011, y en segunda convocatoria, para las 12:00 horas del
día 30 de noviembre del 2011. Lugar: en las oficinas de Grupo Camacho S. A.,
sita: San José, Costa Rica, San Pedro de la Rotonda La Bandera 150 metros al
oeste, Oficentro Ofiplaza del Este, Edificio D, piso 2.
Orden del día:
1. Discusión y en su caso, aprobación de las cuentas anuales de los
años 2009, 2010 y 2011 y tomar sobre él las medidas que se juzguen oportunas.
2. Discusión
y en su aprobación, de ofrecerle al señor Rodolfo Castro Lachner, en pago de
las prestaciones laborales debidas a la fecha, tres millones de colones, lotes
en el Proyecto Guapinol.
3. Discusión
y en su caso aprobación de la venta a Guillermo Puchol González, de los
derechos sobre el fideicomiso Guapinol con el fin de reducir las deudas que
tiene la sociedad para con él. El saldo que quede al descubierto por concepto
de honorarios y gastos de viaje, quedan sujetos a una posterior cancelación.
4. Aprobación
para cancelar la deuda para con la sociedad panameña JASSEBA, mediante la
capitalización de la cuenta por pagar a ella. Una vez capitalizada, se autoriza
al señor Guillermo Puchol González, para que emita las acciones comunes y
nominativas correspondientes.
5. Aprobación
para capitalizar formalmente las aportaciones en dinero efectivo realizadas a
la fecha por los socios Puchol & Sarthou S. L., Habitat Sace S. L. y IC
Parque Tortuguero S. L., según consta en libros.
6. Aprobación
de reducción de capital de la sociedad para absorber las pérdidas acumuladas de
ejercicios anteriores.
7. Aprobación
de un aumento del capital social en la suma de cincuenta y cinco millones de
colones. Lo anterior con el fin de inyectar a la sociedad del dinero necesario
que permita cancelar los pasivos a la fecha y mantener su actividad. Este
aumento será aportado por los socios de la siguiente manera: Puchol &
Sarthou, 35 millones, (ii) Habitat Sace, 10 millones; (iii) IC Parque
Tortuguero, 10 millones.
8. En
caso de no ser aprobado el aumento de capital por la suma de cincuenta y cinco
millones de colones, indicados en el punto cuatro anterior, propuesta,
discusión y en su caso, aprobación de la disolución de la sociedad y
nombramiento de liquidador, en virtud de la imposibilidad de cumplir con el
objeto social por la falta de recursos económicos.
9. Propuesta,
discusión, y en su caso, aprobación, del señor Guillermo Puchol González, como
ejecutor y liquidador de los acuerdos aprobados en dicha asamblea, y para que
proceda a realizar la liquidación ordenada de la empresa. De acuerdo al Código
de Comercio de Costa Rica, los libros y documentos relacionados con los fines
de la asamblea están a disposición de los socios para ser examinados, en las
oficinas de Grupo Camacho en la dirección indicada arriba.
Para ser admitidos en la Asamblea, los
accionistas deberán acreditar su calidad de socios mediante la exhibición de
los certificados accionarios, mismos que serán cotejados contra el Libro de
Registro de Accionistas que debidamente legalizado al efecto, lleva la
sociedad, y mediante la presentación de la personería jurídica que autoriza a
los representantes a actuar en nombre de las sociedades: Puchol & Sarthou,
Habitat Sace e IC Parque Tortuguero.
Así mismo, los accionistas podrán hacerse
representar en dicha Asamblea mediante apoderado el cual deberá entregar al
momento de apersonarse, poder especial para ello así como la personería
jurídica del otorgante.
En virtud de que los socios son sociedades
creadas y domiciliadas en España, se les recuerda que tanto la personería como
el poder para representarlas y tomar acuerdos, debe ser legalizado ante el
Consulado de Costa Rica localizado en dicho país.
De no presentarse el quórum de ley en primera
convocatoria, la Asamblea se llevará a cabo en segunda convocatoria en el día,
lugar y hora fijada anteriormente, y las resoluciones serán tomadas por más de
la mitad de votos presentes.
Se comisiona al Agente Residente
para que notifique la presente convocatoria mediante la publicación de un
edicto en virtud de que no se tiene conocimiento del domicilio ni de los
teléfonos de las sociedades constituidas y domiciliadas en España: Habitat Sace
e IC Parque Tortuguero. No obstante lo anterior, también deberá notificárseles
vía correo electrónico a las últimas direcciones de las cuales se tiene
conocimiento, sean: antonio@tallerdegestionvalencia.com., atención Antonio
Lázaro; y sibiza@ituposa.com., atención Salvador Ibiza. Para efectos de
notificación por correo electrónico, bastará la confirmación de entrega
automática de mensaje. Es todo.—San José, Costa Rica,
a los 7 días del mes de octubre del 2011.—Guillermo Puchol González, Presidente
Junta Directiva.—RP2012282721.—(IN2012031882). 2
v. 2.
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Nosotros, Tico-Huejotzingo S. A., cédula jurídica
3-101-269832, representada por su presidente Armando Fabio Azofeifa Cordero,
cédula: 8-0088-0904 e Israel Méndez Guerrero, cédula residencia 148400060106,
hacemos constar que hemos vendido los establecimientos mercantiles Alta
Peluquería Armando, locales 1-77, 1-78 y los locales que son quiscos G-08 y
G-09 todos situados en el Mall San Pedro, San José, Costa Rica, a la señora
Jennifer Carolina Lake, francesa, pasaporte 09-AF6-64386. Se otorga un plazo de
quince días hábiles a cualquier acreedor e interesado a partir de la primera
publicación de este aviso para que se apersonen en la oficina del Lic. Gonzalo
Enrique Quirós Álvarez, sita en calles tres y cinco, avenida 6, número 362, San
José, hacer valer sus derechos.—Armando Fabio Azofeifa
Cordero, Presidente.—Israel Méndez Guerrero.—Lic. Gonzalo Enrique Quirós
Álvarez, Notario.— RP2012286716.—(IN2012026270).
LA
NACIÓN S. A.
La Nación S. A., cita y emplaza a quienes se
consideren interesados en diligencias de reposición del certificado accionario
Nº 00777, de la serie I por 40.630 acciones (del capital social pagado de mil
quinientos millones de colones), pertenecientes a Fideicomiso André S. A.,
cédula jurídica Nº 3-101-114695, para que hagan valer sus derechos dentro del
término de un mes contados después de la última publicación de este aviso, de
conformidad con las disposiciones del artículo 709 del Código de Comercio.—San
José, 12 de marzo de 2012.—Jorge Robert L, Representante
Legal.—RP2012286660.—(IN2012026271).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
BALLY GAMING, INC
Se comunica a todos los
interesados que se celebró un contrato de compraventa de establecimiento
mercantil parcial entre Mediarex Internacional Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica número 3-101-426793 y Bally Gaming, Inc., una empresa debidamente
organizada y existente de conformidad con las leyes de Nevada, Estados Unidos
de América, por medio del cual Bally Gaming, Inc compró parcialmente el negocio
operado por Mediarex Internacional. En el contrato de compraventa se nombró
como depositario del pago hecho en ese momento al adquirente (comprador). De
conformidad con el artículo cuatrocientos setenta y nueve del Código de
Comercio, se cita a los acreedores e interesados para que se presenten dentro
del término de quince días a partir de la primera publicación de este aviso, a
hacer valer sus derechos ante el depositario. Los acreedores deberán hacer
llegar nota por escrito al depositario con evidencia de su acreencia de
conformidad con los requisitos de ley. El depositario señala para recibir a los
acreedores e interesados el fax 506 2205 3940 con copia al correo electrónico
CWilson@ballytech.com.—Firma ilegible.—(IN2012024773).
HOTELERA PLAYA FLAMINGO S. A.
Certificados de Acciones Nº
CO-132 y Certificado Acciones y Libre Alojamiento Nº 2101, a nombre The Wheaton
Family Trust. Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 690,
691, 692, 708 y 709 del Código de Comercio. Se avisa que se procederá a reponer
las acciones aludidas, si transcurrido un mes a partir de la publicación del
último aviso no se hubiera presentado oposición al respecto.—San José, 21 de
marzo, 2012.—Arturo Salazar Calvo, Contralor General.—(IN2012024869).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
LÍNEAS
AÉREAS COSTARRICENSES S. A.
Para los efectos del artículo 689 Código de
Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA), hace constar a quien
interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá los siguientes
certificados de acciones: Certificado Nº 3514, Serie: B, Acciones: 400, nombre
del accionista: Valladares García Gladys, Folio número: 4505.—San
José, 12 de marzo del 2012.—Norma Naranjo M., Gerente de
Accionistas.—(IN2012027433).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
COLEGIO
DE MÉDICOS Y CIRUJANOS DE COSTA RICA
COMUNICA:
La Junta de Gobierno en la sesión ordinaria 2012-03-21
celebrada el 21 de marzo del año dos mil doce, acuerda lo siguiente:
Resultando:
Que esta Junta de Gobierno en la sesión del dos de
noviembre del dos mil once aprobó el Reglamento de Especialidades y
Subespecialidades Médicas, el cual de conocimiento y aprobación por la Asamblea
General en fecha nueve de noviembre del dos mil once.
Que por error involuntario, dicha normativa se envió a publicar, sin
cumplir con el procedimiento de formalización mediante Decreto Ejecutivo, tal
como se contempla en el artículo 12 de nuestra Ley Orgánica.
Que por ser la misma materia regulada, en el artículo 140 de dicha
normativa, se dispuso derogar el contenido del Decreto 10538-SPPS del 27 de
setiembre de 1979, lo cual solo resulta procedente cuando esta normativa se
haya formalizado mediante un Decreto Ejecutivo.
Que el referido reglamento salió publicado en La Gaceta del diez de
enero del dos mil doce y conforme a su contenido rige a partir de su
publicación.
Por lo tanto se acuerda en firme y por unanimidad lo siguiente:
1º—Suspender la aplicación del Reglamento de Especialidades y
Subespecialidades Médicas, publicado en La Gaceta del diez de enero del
dos mil doce, hasta tanto no se cumpla con su formalización mediante Decreto
Ejecutivo.
2º—Anular por improcedente el artículo 140 del referido Reglamento de
Especialidades y Subespecialidades Médicas.
Publíquese en el Diario La Gaceta el
presente acuerdo.
Junta de Gobierno.—Dr.
Alexis Castillo Gutiérrez, Presidente.—1 vez.—(IN2012027443).
Por escritura adicional ciento
setenta, de las dieciocho horas del veintisiete de marzo de dos mil doce, se
constituyó la sociedad denominada Valcari Consultores Sociedad Anónima.
El plazo social, noventa años, capital diez mil colones, correspondiéndole al
presidente y secretario de la junta directiva, la representación judicial y
extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma,
actuando conjunta o separadamente.—Lic. María
Alejandra Méndez Sáenz, Notaria.—1
vez.—RP2012286468.—(IN2012026353).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las doce horas del veintisiete de marzo del dos mil doce, se
protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa
denominada Corporación Madrigal Monge Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-treinta y cuatro mil novecientos sesenta y seis, por
medio de la cual se acordó la disolución de sociedad supracitada y su
liquidación por no existir activos ni pasivos pendientes de liquidación.—San
José, veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic. Luis Antonio Monge Román,
Notario.—1 vez.—RP2012286470.—(IN2012026354).
Ante esta notaría, se
protocoliza acta de socios de asamblea general ordinaria y extraordinaria
mediante la cual se reforma la cláusula quinta de la sociedad denominada Empresa
de Crédito Comunal La Amistad de Los Ángeles y San Jocesito Sociedad Anónima,
en cuanto a aumento de capital de la sociedad a ochenta millones de colones.
Presidente: Yency Alvarado Zúñiga.—Nandayure,
veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic. Ana Ivette Venegas Elizondo, Notaria.—1 vez.—RP2012286471.—(IN2012026355).
Ante esta notaría, se
protocoliza acta de socios de asamblea general ordinaria y extraordinaria
mediante la cual se reforman las cláusulas octava y décima tercera de la
sociedad denominada Jiménez y Montero de Cuesta Grande Sociedad Anónima,
en cuanto a la representación judicial y extrajudicial de la sociedad nombrando
como presidenta, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma a
la señora Mirna Jiménez Montero.—Nandayure, veintiocho
de marzo del dos mil doce.—Lic. Ana Ivette Venegas Elizondo, Notaria.—1 vez.—RP2012286472.—(IN2012026356).
Por escritura ante mí otorgada a
las 12:00 horas del 26 de marzo del 2012, se constituyó la entidad denominada Lanro
MG Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, pudiendo
abreviar su aditivo como S. A. Objeto: La compra venta de vehículos y equipo.
Domicilio: Provincia de San José, cantón de Santa Ana, distrito de Pozos. Plazo
social: Noventa y nueve años. Capital: íntegramente suscrito y pagado.
Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Julio Barquero
Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012286475.—(IN2012026357).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 16:00 horas del 26 de marzo del 2012, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de Nala Gees Sociedad Anónima.—Lic. Sandra Chacón Sánchez, Notaria.—1
vez.—RP2012286480.—(IN2012026358).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 17:30 horas del 27 de marzo del 2012, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de Corporación Alsa Limitada.—Lic.
Sandra Chacón Sánchez, Notaria.—1
vez.—RP2012286481.—(IN2012026359).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 8:00 horas del 28 de marzo del 2012, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de Llantar Limitada.—Lic.
Sandra Chacón Sánchez, Notaria.—1
vez.—RP2012286482.—(IN2012026360).
Por escritura otorgada mí, a las
10:00 horas del 28 de marzo del 2012, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de Inversiones Tires Shop Sociedad Anónima.—Lic. Sandra Chacón Sánchez, Notaria.—1
vez.—RP2012.286483—(IN2012026361).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 8:00 horas del 28 de marzo del 2012, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de Nuoba Ingeniería Sociedad Anónima.—Lic. Sandra Araya Vega, Notaria.—1
vez.—RP2012286484.—(IN2012026362).
Por escritura otorgada mí, a las
10:00 horas del 28 de marzo del 2012, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de Automotriz Chasan Sociedad Anónima.—Lic.
Sandra Araya Vega, Notaria.—1
vez.—RP2012286485.—(IN2012026363).
Por escritura número doscientos
cuarenta y uno de las once horas del dieciséis de marzo del dos mil doce, se
constituye Colección Divertidos de la Selva Tropical y Asociados Sociedad
Anónima.—San José, 23 de marzo del 2012.—Lic. Vilma Cecilia Paco Morales,
Notaria.—1 vez.—RP2012286486.—(IN2012026364).
Por escritora número ciento
noventa y tres-dieciséis de las catorce horas del veintiocho de marzo del dos
mil doce, protocolicé acta de disolución de la sociedad Distribuidora de
Libros Café Literario Galería y Centro de Fotocopiado Alma Máter Sociedad
Anónima.—San José, veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic. Rigoberto
Jiménez Vega, Notario.—1
vez.—RP2012286487.—(IN2012026365).
Por escritura número trescientos
dos, otorgada en mi notaría, a las diecinueve horas del día diecisiete de marzo
del año dos mil doce, se constituye la sociedad anónima Grupo Tecnológico
Tres H Sociedad Anónima, nombre de fantasía. Capital social quince
mil colones. Presidente: José Pablo Méndez Soto, apoderado generalísimo sin
límite de suma. Domicilio social, provincia de San José, doscientos metros
oeste y cincuenta metros al sur de la Municipalidad de Vázquez de Coronado.—San José, diecisiete de marzo del dos mil doce.—Lic. Jorge
Freddy Chacón Villalobos, Notario.—1
vez.—RP2012286489.—(IN2012026366).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 18:00 horas del 28 de marzo del 2012, se protocolizó acta de asamblea
extraordinaria de accionistas de Inversiones Losil S. A.,
en donde se disuelve la sociedad. No hay activos ni pasivos. Se declara
liquidada la sociedad.—Lic. Leybi Milena Hernández
Murillo, Notaria.—1 vez.—RP2012286490.—(IN2012026367).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 18:30 horas del 28 de marzo del 2012, se protocolizó acta de asamblea
extraordinaria de accionistas de Corporación de Repuestos Popular S.
A., en donde se acepta la renuncia del agente residente: Karla Vanessa
López Silva y se elimina el cargo de agente residente en la sociedad.—Lic.
Leybi Milena Hernández Murillo, Notaria.—1
vez.—RP2012286491.—(IN2012026368).
Por asamblea general
extraordinaria de la sociedad tres-ciento uno-quinientos noventa mil
novecientos cincuenta y dos s.a. cédula jurídica 3-101-590952, se modifica
la cláusula VI del pacto social.—San José, veintiocho
de marzo del dos mil doce.—Lic. María Rocío Díaz Garita, Notaria.—1 vez.—RP2012286492.—(IN2012026369).
Por asamblea general
extraordinaria de la sociedad tres-ciento uno-quinientos noventa y un mil
ciento ochenta y cinco s.a. cédula jurídica 3-101-591185, se modifica la
cláusula VI del pacto social.—San José, veintiocho de
marzo del dos mil doce.—Lic. María Rocío Díaz Garita, Notaria.—1
vez.—RP2012286493.—(IN2012026370).
Mediante escritura pública 269
otorgada ante esta notaría a las 9:00 horas del 28 de marzo del 2012, se
fusionaron por absorción prevaleciendo Inversiones Arenas de Mis Sueños L y
L S. A., Ticasoft S. A., Inversiones Arenas de Cuajiniquil S. A.,
Inversiones Pampa Dorada L y L S. A., Casa Altos del Roble S. A.,
Inversiones Arenas del Guanacaste S y L S. A., Inversiones Tierra
Liberiana S. A., 3-101-492541 S. A., 3-101-491316 S. A., 3-101-491421 S.
A.. y 3-101-490264 S. A. Se aumentó el
capital social de Inversiones Arenas de Mis Sueños L y L S. A. a ¢89.000,00
colones, representado por 89 mil acciones comunes y nominativas de mil colones
cada una. Capital suscrito y pagado. Se elimina la figura del agente residente.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Rosemarie Maynard
Fernández, Notaria.—1 vez.—RP2012286494.—(IN2012026371).
Mediante escritura pública 270
otorgada ante esta notaría a las 20:00 horas del 28 de marzo del 2012, se
fusionaron por absorción prevaleciendo Inversiones Suelo Tico X y A S. A.,
Agropecuaria El Guanacaste S. A. y 3-101-490170 S. A. Se aumentó
el capital social de Inversiones Suelo Tico X y A S. A. a ¢30.000,00 colones,
capital suscrito y pagado y se eliminó la figura del agente residente.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Rosemarie Maynard
Fernández, Notaria.—1 vez.—RP2012286495.—(IN2012026372).
Que mediante acta número uno de
la asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Quirós Luna y
Asociados Representaciones Sociedad Anónima, celebrada a las catorce horas
del día diecinueve de marzo de dos mil doce, se acordó por mayoría de socios
reformar la cláusula primera del pacto constitutivo para que en adelante la
sociedad se denomine Motorworx Speed Shop Sociedad Anónima. Se acuerda
reformar la cláusula segunda referente al domicilio social y se nombra una
nueva junta directiva y fiscal.—San José, veintiocho
de marzo del 2012.—Lic. Ricardo Alberto Araya Lara, Notario.—1
vez.—RP2012286496.—(IN2012026373).
Que mediante acta número dos de
la asamblea general extraordinaria de la sociedad Distribuidora Varela
Sánchez Sociedad Anónima, celebrada a las diez horas del día once de marzo
de dos mil doce, se acordó por mayoría de socios la disolución de la misma, de
acuerdo al artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—San José, veintiocho de marzo del 2012.—Lic. Ricardo
Alberto Araya Lara, Notario.—1
vez.—RP2012286497.—(IN2012026374).
Por escritura otorgada a las
quince horas treinta minutos del veintiocho de marzo del dos mil doce, se
modifica la cláusula tercera para que el plazo venza el próximo treinta de
marzo del dos mil doce de la sociedad Inmobiliaria Manicuretus Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y seis mil
cuatrocientos cuatro.—Alajuela, veintiocho de marzo
del dos mil doce.—Lic. Braulio Murillo Segura, Notario.—1
vez.—RP2012286498.—(IN2012026375).
Por escritura otorgada a las
quince horas del veintiocho de marzo del dos mil doce, se modifica la cláusula
tercera para que el plazo venza el próximo treinta de marzo del dos mil doce de
la sociedad Inmobiliaria Milpitus Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-trescientos cincuenta y ocho mil ciento cincuenta y dos.—Alajuela, veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic.
Braulio Murillo Segura, Notario.—1
vez.—RP2012286499.—(IN2012026376).
Por escritura otorgada a las nueve horas del
dieciséis de marzo del dos mil doce, se reestructura el consejo de
administración nombrándose nuevo presidente, tesorero, secretario y se modifica
la cláusula dos del domicilio social y la sexta de la administración y la
cuarta del capital social, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos
ochenta y nueve mil doscientos cinco sociedad anónima.—Alajuela,
diecisiete de marzo del dos mil doce.—Lic. Braulio Murillo Segura, Notario.—1 vez.—RP2012286500.—(IN2012026377).
Por escritura otorgada a las
dieciséis horas del veintiocho de marzo del dos mil doce, se modifica la
cláusula tercera para que el plazo venza el próximo treinta de marzo del dos
mil doce de la sociedad Frescos del Tejar Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-quinientos noventa y tres mil diecinueve.—Alajuela, veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic.
Braulio Murillo Segura, Notario.—1
vez.—RP2012286501.—(IN2012026378).
Por escritura otorgada a las
catorce horas del veintiocho de marzo del 2012, protocolizo asambleas de las
empresas tres-ciento uno-quinientos cuarenta y cinco mil setecientos doce
sociedad anónima, tres-ciento uno-quinientos cuarenta y cinco mil setecientos
catorce sociedad anónima, tres-ciento uno-quinientos cuarenta y cuatro mil
quinientos noventa y cuatro sociedad anónima, tres-ciento uno-quinientos
cuarenta y cinco mil novecientos nueve sociedad anónima y tres-ciento
uno-quinientos cuarenta y cuatro mil seiscientos cuatro sociedad anónima e
Inversiones Decarpa de Goicoechea Sociedad Anónima, en la cual se acuerda la
fusión por absorción de las cinco primeras por Inversiones Decarpa de
Goicoechea Sociedad Anónima, sociedad que prevalece, generando un aumento
de capital y por ende modificación de la cláusula 5ta. del
pacto social.—San José, veintiocho de marzo del 2012.—Lic. Silvia Ocampo
Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012286502.—(IN2012026379).
Por escritura otorgada ante mí: Bienes
e Inversiones Bonilla Cordero Sociedad Anónima. Modifica estatutos.
Escritura otorgada en Heredia a las ocho horas treinta minutos del veintinueve
de marzo del dos mil doce.—Lic. Carlos Sánchez
Carballo, Notario.—1
vez.—RP2012286503.—(IN2012026380).
Por escritura otorgada ante mí a
la 8:40 horas de 12 de marzo del 2012, se constituya Constructora Sol &
Escudo Sociedad Anónima. Presente: Fernando Álvarez Davis, domicilio
social: San Gerardo de La Rita, Pococí, Limón, 250 metros sur del bar Adoquén.—Limón, 12 de marzo del 2012.—Lic. Carlos Mora Calvo,
Notario.—1 vez.—RP2012286504.—(IN2012026381).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 11:20 horas del 27 de marzo del 2012, se constituye Wei Ye Sociedad
Anónima. Presidente: Weichong HE. Domicilio social: Guápiles, Pococí,
Limón, frente a escuela de barrio Los Ángeles.—28 de
marzo del 2012.—Lic. Carlos Mora Calvo, Notario.—1
vez.—RP2012286505.—(IN2012026382).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 17:00 horas del 21 de diciembre del 2011, Luzyrene Sociedad Anónima,
reforma cláusula sexta del pacto social, en el sentido de además del
presidente, la secretaría, actúa en la condición de apoderada generalísima sin
límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Guápiles,
Pococí, Limón, 28 de marzo del 2012.—Lic. Carlos Mora Calvo, Notario.—1 vez.—RP2012286506.—(IN2012026383).
El suscrito, Víctor Alberto
Jiménez Navarro, hace constar que en mi notaría se ha procedido a disolver y
liquidar, por acuerdo de socios la sociedad anónima denominada Servi
Tecnindustriales y Capacitación JC S. A., según consta en el acta número
uno del libro de Asambleas de Socios de la referida empresa la cual no tiene
actualmente ningún bien o activo, ni ninguna deuda o pasivo, ni tiene
operaciones ni actividades de ninguna naturaleza.—Cartago,
veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic. Víctor Jiménez Navarro, Notario.—1 vez.—RP2012286507.—(IN2012026384).
El suscrito, Víctor Alberto
Jiménez Navarro, hace constar que en mí notaría se ha procedido a disolver y
liquidar, por acuerdo de socios la sociedad anónima denominada Asesorías
Educativas El Guarco Bribi S. A., según consta en el acta número uno
del libro de Asambleas de Socios de la referida empresa la cual no tiene
actualmente ningún bien o activo, ni ninguna deuda o pasivo, ni tiene
operaciones ni actividades de ninguna naturaleza.—Cartago,
veintisiete de marzo del dos mil doce.—Lic. Víctor Jiménez Navarro, Notario.—1 vez.—RP2012286508.—(IN2012026385).
Por escritura otorgada a las
doce horas treinta minutos del día diecisiete de febrero del año dos mil doce,
se constituye la sucursal de la empresa inscrita en la República de Panamá
denominada Pinturas Selectas Sociedad Anónima. Capital social: diez mil
colones.—Lic. Mariselle Verdesia Meneses, Notaria.—1 vez.—RP2012286512.—(IN2012026386).
El suscrito, Luis Enrique
Salazar Sánchez, notario público con oficina en la ciudad de San José, hago
constar que el día veintisiete de marzo del dos mil doce, protocolicé acuerdos
tomados en asamblea general de socios de las empresas Condominio Naturalia Las
Begonias Número Sesenta y Cuatro S. R. L., Condominio Naturalia Las Margaritas
Número Sesenta y Cinco S. R. L., Condominio Naturalia Las Primaveras Número
Sesenta y Seis S.R.L., Condominio Naturalia Las Sabinas Número Sesenta y Siete
S.R.L., Condominio Naturalia Tamarisco Número Sesenta y Siete S.R.L.,
Condominio Naturalia El Trébol Blanco Número Sesenta y Nueve S.R.L., Condominio
Naturalia La Valeriana Número Setenta S.R.L., Condominio Naturalia Las
Verónicas Número Setenta y Dos S.R.L., Condominio Naturalia La Valla de Oro
Número Setenta y Tres S.R.L., Flamingo Krueaska F.K. S.R.L., International
Resources Holdings S.R.L., Ventures and Projects Management S.R.L., y
Condominio Naturalia Las Orquídeas Número Sesenta y Dos S.R.L., por los cuales
se acuerda la fusión de dichas empresas, prevaleciendo Condominio Naturalia
Las Orquídeas Número Sesenta y Dos S.R.L.—San José, veintiocho de marzo del
dos mil doce.—Lic. Luis Enrique Salazar Sánchez, Notario.—1
vez.—RP2012286514.—(IN2012026387).
La suscrita, Kattia Quirós
Chévez, notaría pública con oficina en la ciudad de San José, hago constar que
el día veintisiete de marzo del dos mil doce, protocolicé acuerdos tomados en
asamblea general de socios de las empresas Roymar de Costa Rica S. A.,
Inversiones RRK de Costa Rica S. A., Inversiones Ramírez E Hidalgo de
Latinoamérica S. A., Promotora Turística Selvamar de Costa Rica S. A., y El
Llano Grande R M J Sociedad Anónima, por los cuales se acuerda la fusión de
dichas empresas, prevaleciendo El Llano Grande R M J Sociedad Anónima.
Ese mismo día protocolicé acuerdos tomados en asamblea general de socios de las
empresas Administración Pelambre A.P. Limitada, Lilliana Tercera S. A.,
Inversiones El León de Oro S. A., Aliger Financial Corporation S. A.,
Inversiones Piercito S. A., Venetian International S. A., El León de Escazú S.
R. L. y Empire Construction Company of Costa Rica S. A., por los cuales se
acuerda la fusión de dichas empresas, prevaleciendo Empire Construction
Company of Costa Rica S. A. De igual forma el día veintisiete de marzo del
dos mil doce protocolicé acta de la empresa Northern Investments S. A.
en la cual se acordó la disolución de la empresa. El día veintiocho de marzo
del dos mil doce protocolicé acuerdos tomados en asamblea general de socios de
las empresas Desarrollo Minero Panamericano D M P S. A., Minas el Príncipe
Dorado S. A., Minas El Escorpión de Oro S. A., Geominas La Palma de Oro G P O
S. A., Minera La Luna de Oro P. M. S. A., Minera el Sol O. R. O. S. A., Minas
La Montaña Dorada R. L. S. A., Bahía de Oro S. A., Cobros Canarias S. R. L.,
Cobros María Isabel S. R. L., Cobros Zeus S. R. L., Cobros Don Carlos S. R. L.,
Cobros Luis Enrique S. R. L., Bufete Jurídico Notarial Mil Novecientos Treinta
y Nueve S. R. L., Inmobiliaria Zutzu I. Z. Limitada, Real Investments ABC Costa
Rican S. R. L., Tecnologías Avanzadas R.M.G. S. A., Strong Securities S. R. L.,
Costa Rican Sunshine Investments S. R. L., Raflu Limitada, Challenge Securities
S. R. L., Internet Offers S. R. L., Offers and Services S. R. L., Costa Rican
Securities And Investments S. R. L., Propiedades Boca Roja S. A. y Lotes El Yas
S. A. en las cuales se acuerda la fusión entre ellas, prevaleciendo la
empresa Lotes El Yas S. A. El día veintiocho de marzo del dos mil doce,
protocolicé acta de la empresa Maquinaria y Montajes Industriales Cornwall
S. A..—San
José, veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic.
Kattia Quirós Chévez, Notaria.—1
vez.—RP2012286515.—(IN2012026388).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las
7:30 horas del 28 de marzo del 2012, se disolvió Corporación Radha del
Caribe Sociedad Anónima. Domicilio: Limón. Presidente: Janel Barboza
Orias.—Limón, 28 de marzo del 2012.—Lic. Northon Allen
White, Notario.—1 vez.—RP2012286516.—(IN2012026389).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las
7:00 horas del 28 de marzo del 2012, se modificó pacto constitutivo de Corporación
Agroindustrial del Atlántico Codaisa S. A.
denominación, a Inversiones Chirssam y se cambio junta directiva.
Presidenta: Mayka Johnine Christie Samuels.—Limón, 28
de marzo del 2012.—Lic. Northon Allen White, Notario.—1
vez.—RP2012286517.—(IN2012026390).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las
7:50 horas del 28 de marzo del 2012, se constituyó Multiservicios RIV-GAL
S. A. Capital social: ¢10.000,00. Plazo social: 100 años. Domicilio: Limón.
Presidente: Wagner Ramón de La Trinidad Rivera Ortiz.—Limón,
28 de marzo del 2012.—Lic. Northon Allen White, Notario.—1
vez.—RP2012286518.—(IN2012026391).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las
7:40 horas del 28 de marzo del 2012, se disolvió Electrónica Scott Arias
Sociedad Anónima. Domicilio: Limón. Presidente: Rodolfo Hernán Scott
Peterkin.—Limón, 28 de marzo del 2012.—Lic. Northon
Allen White, Notario.—1
vez.—RP2012286519.—(IN2012026392).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las
8:10 horas del 28 de marzo del 2012 se constituyó Oceanic del Atlántico
Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Plazo social: 100 años.
Domicilio: Limón. Presidente: Manuel Rivera Salazar.—Limón,
28 marzo del 2012.—Lic. Northon Allen White, Notario.—1
vez.—RP2012286520.—(IN2012026393).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas
del veintitrés de marzo de dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea
extraordinaria de socios de tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y siete mil
trescientos veintidós sociedad anónima, mediante la cual se modifica cláusula
del pacto constitutivo.—Ciudad Quesada, 26 de marzo de
2012.—Lic. David Rogelio Jiménez Zamora, Notario.—1
vez.—RP2012286521.—(IN2012026394).
Mediante escritura número ciento cuarenta y seis,
otorgada a las nueve horas del día veintitrés de marzo del dos mil doce, ante
el notario Gerardo Atán Chacón se constituyó la sociedad anónima denominada Importaciones
Lufuema del Futuro Siglo Veintiuno con un capital social de
cien mil colones, representado por cien acciones comunes y nominativas de mil
colones cada una, distribuida de la siguiente manera, veinticinco acciones para
el señor Luis Roberto Jiménez Rodríguez, mayor, quien dice ser casado una vez,
comerciante, portador de la cédula de identidad número-uno-seis seis ocho-uno
uno dos, vecino de cien sur casa Embajada de Italia, Guayabos Curridabat, San
José, veinticinco acciones para la señora María José Toledo Carranza, mayor,
quien dice ser casada una vez, comerciante, portadora de la cédula de identidad
número-uno seis cinco cinco-dos cero cuatro, vecina de cien sur casa Embajada
de Italia, Guayabos Curridabat San José, veinticinco acciones para el señor
Fued Antonio Ayales Matarrita, mayor, quien dice ser casado una vez,
comerciante, portador de la cédula de identidad número-cinco-uno ocho siete-cero
siete siete, vecino de doscientos setenta y cinco al norte y veinticinco este
del Hospital de la Anexión y veinticinco acciones para la señora Alis de los
Ángeles Miranda Soto, mayor, quien dice ser casada una vez, comerciante,
portadora de la cédula de identidad número-cinco-dos dos cinco-tres ocho seis,
vecina de doscientos setenta y cinco al norte y veinticinco este del Hospital
de la Anexión. La representación judicial y extrajudicial de la sociedad les
corresponderá al presidente y vicepresidente, quienes actuarán conjunta o
separadamente. Presidente: Luis Roberto Jiménez Rodríguez, mayor, quien dice
ser casado una vez, comerciante, portador de la cédula de identidad
número-uno-seis seis ocho-uno uno dos, vecino de cien sur casa Embajada de
Italia, Guayabos Curridabat San José. Vicepresidente Fued Antonio Ayales
Matarrita, mayor, quien dice ser casado una vez, comerciante, portador de la
cédula de identidad número-cinco-uno ocho siete-cero siete siete, vecino de
doscientos setenta y cinco al norte y veinticinco este del Hospital de la
Anexión Nicoya Guanacaste.—Nicoya, veintitrés de marzo
del dos mil doce.—Lic. Gerardo Atán Chacón, Notario.—1
vez.—RP2012286522.—(IN2012026395).
La suscrita notaria Jenny Patricia Reyes Durán,
protocoliza asamblea general extraordinaria, donde se realiza el cambio del
presidente de la sociedad Corporación Irasofi J.V.J. Sociedad
Anónima, con limitación de suma hasta por un millón de colones, con cédula
jurídica número tres-ciento uno-seis uno ocho dos tres dos.—San
José, veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic. Jenny Patricia Reyes Durán,
Notaria.—1 vez.—RP2012286525.—(IN2012026396).
Ante esta notaría, a las doce horas del
veinticuatro de marzo del dos mil doce, Juan de Dios Ramírez Chavarría, en su
condición de apoderado generalísimo y accionista de la sociedad RC Esperanza
del Norte Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número:
tres-ciento uno-trescientos setenta y cuatro mil seiscientos treinta y cinco,
acuerda la disolución de la sociedad dicha, mediante acuerdo de junta directiva.—Lic. José Alberto Zúñiga López, Notario.—1
vez.—RP2012286528.—(IN2012026397).
Ante esta notaría, a las quince horas treinta
minutos del veintiocho de marzo del dos mil doce, Ronulfo Alberto Umaña León y
Natalie Johanna Vargas Delgado, constituyen sociedad anónima denominada Altos
de Chavon Sociedad Anónima, pudiéndose abreviar Altos
de Chavon S. A. con domicilio en Cañal Blanco de La Guaria
de San Isidro de San Ramón de Alajuela del taller Imaco, doscientos metros
noroeste y veinticinco metros este. Capital social de diez acciones comunes y
nominativas de mil colones cada una, nombran como presidente a Ronulfo Alberto
Umaña León, nombran como tesorera a Natalie Johanna Vargas Delgado, como
apoderados generalísimos sin límite de suma al presidente y tesorero. Plazo
social: noventa y nueve años, sociedad para el ejercicio del comercio en
general.—Lic. José Alberto Zúñiga López, Notario.—1 vez.—RP2012286530.—(IN2012026398).
Que en acta de asamblea general de socios de AC
Creaciones Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-quinientos ochenta y nueve mil seiscientos ochenta y tres, de diez horas
treinta minutos del veintiocho de marzo del dos mil doce, se disuelve la
sociedad.—Lic. Henry González Guerrero, Notario.—1 vez.—RP2012286532.—(IN2012026399).
Que en acta de asamblea general de socios de Distribuidora
Gerardo Sancho Quesada Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-cero tres ocho seis dos tres, de dieciséis horas treinta minutos del
veintiocho de marzo del dos mil doce, se disuelve la sociedad.—Lic.
Henry González Guerrero, Notario.—1
vez.—RP2012286533.—(IN2012026400).
Que en acta de asamblea general de socios de Vargas Marías y Asociados Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y nueve mil ciento cuarenta y cinco, de diez horas treinta minutos del veintisiete de marzo del dos mil doce, se disuelve la sociedad.—Lic. Henry González Guerrero, Notario.—1 vez.—RP2012286534.—(IN2012026401).
Por escritura número doscientos veintisiete del tomo dos del protocolo de la suscrita notaria y otorgada a las catorce horas del día veintiocho de marzo del año dos mil doce se disolvió Soluciones Aplicadas P Y G Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-tres dos tres cinco siete cero por vencimiento del plazo social.—San José, veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic. Ana Marcela García Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2012286537.—(IN2012026402).
Por escritura número doscientos veintiséis del tomo dos del protocolo de la suscrita notaria y otorgada a las trece horas treinta minutos del día veintiocho de marzo del año dos mil doce se disolvió Inversiones Alvica del Este Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-noventa y tres mil tres por vencimiento del plazo social.—San José, veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic. Ana Marcela García Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2012286538.—(IN2012026403).
Por escritura número doscientos veinticinco del tomo dos del protocolo de la suscrita notaria y otorgada a las doce horas treinta minutos del día veintiocho de marzo del año dos mil doce se disolvió Nito Hijo Dieciséis Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cinco cuatro seis dos cero cinco por vencimiento del plazo social.—San José, veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic. Ana Marcela García Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2012286540.—(IN2012026404).
En mi notaría, mediante escritura número 102-25 otorgada a las 18:00 horas del 27 de marzo del año 2012, se reformaron las cláusulas tercera y décima de los estatutos sociales de la sociedad Viva Vida Tropical S. A.—San Ramón, Alajuela, 28 de marzo del 2012.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—1 vez.—RP2012286541.—(IN2012026405).
En mi notaría, mediante escritura número 105-25 otorgada a las 16:00 horas del 28 de marzo del año 2012, se protocolizó el acuerdo de disolución de la sociedad Hermanas Varlop S. A.—San Ramón, Alajuela, 28 de marzo del 2012.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—1 vez.—RP2012286542.—(IN2012026406).
En mi notaría, mediante escritura Nº 101-25 otorgada a las 17:40 horas del 27 de marzo del año 2012, se protocolizó el acuerdo de disolución de la sociedad CS Servimangues S. A.—San Ramón, Alajuela, 28 de marzo del 2012.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—1 vez.—RP2012286543.—(IN2012026407).
Por escritura otorgada ante esta notaría pública, se protocoliza acta por la que Reel Man S. A., reforma estatutos, nombra junta directiva y fiscal.—San José, 28 de marzo del 2012.—Msc. Rodney Montalbán Rivera, Notario.—1 vez.—RP2012286544.—(IN2012026408).
En mi notaría, mediante escritura Nº 104-25 otorgada a las 16:00 horas del 28 de marzo del 2012, se protocolizó el acuerdo de disolución de la sociedad Investigación y Desarrollo Natural Indena S. A.—San Ramón, Alajuela, 28 de marzo del 2012.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—1 vez.—RP2012286545.—(IN2012026409).
Por escrituras otorgadas el día de hoy protocolicé actas de asamblea general extraordinaria de socios de Ventanas del Este Meg S. A. y Umbrales del Este Meg S. A. Se reforma cláusula de la administración y se nombra nueva junta directiva.—San José, 23 de marzo del 2012.—Lic. Alejandro Marín Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2012286546.—(IN2012026410).
Por escritura otorgada ante mí a las diecisiete horas del veintisiete de marzo del dos mil doce, se reformó la cláusula sexta de los estatutos de la sociedad Tres-ciento dos-seiscientos cuarenta y ocho mil doscientos setenta y dos Sociedad de Responsabilidad Limitada. Es todo.—San José, veintisiete de marzo de dos mil doce.—Lic. Alfredo Pizarro Campos, Notario.—1 vez.—RP2012286548.—(IN2012026411).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las catorce horas del diecinueve de marzo de dos mil doce, se constituyó la sociedad Agriproductos de Centroamérica Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años y un capital social de un millón de colones, ejerce la representación judicial y extrajudicial el presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintiuno de marzo de dos mil doce.—Lic. Claudia Reyes Silva, Notaria.—1 vez.—RP2012286549.—(IN2012026412).
Jorge Enrique Vicenti Muñoz, Leonardo Vicenti Castillo Jorge Abarca Salazar, Jorge Abarca Alvarado, constituyen la sociedad anónima con el número de cédula jurídica como nombre. Presidente y vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: un millón del colones.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Olga Soto Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012286550.—(IN2012026413).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas del 28 marzo del 2012, Gato Flaco Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-255366, nombra nuevo secretario, tesorero y fiscal.—Ciudad Quesada, San Carlos, 28 de marzo del 2012.—Lic. Sonia María Carvajal Castro, Notaria.—1 vez.—RP2012286552.—(IN2012026414).
Por escritura pública otorgada a las once horas del veintiocho de marzo del dos mil doce se protocolizó el acta de la sociedad Inversiones M. Mercedes CLK Dos Mil Cinco Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic. Kenneth Muñoz Ureña, Notario.—1 vez.—RP2012286553.—(IN2012026415).
Yo Ingrid Brown Sequeira, hago constar que ante mi notaría constituí la sociedad denominada A&S Inversiones Also Ltda. Domicilio: San Luis de Santo Domingo de Heredia. Capital social: diez mil colones. Objeto: comercio en general. Gerente: Luis Ángel Zamora Barquero. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las dieciocho horas del veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic. Ingrid Brown Sequeira, Notaria.—1 vez.—RP2012286557.—(IN2012026416).
Por escritura otorgada ante este notario a las diez horas del día ocho de febrero del dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Checherito HM Sociedad Anónima. Domicilio social: provincia de San José, cantón Moravia, distrito San Vicente, Moravia, Los Colegios setenta y cinco metros al este del Colegio de Sión. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones exactos. Presidente: Jeffrey García Coto.—San José, 26 de febrero del 2012.—Lic. Róger Morales Calderón, Notario.—1 vez.—RP2012286558.—(IN2012026417).
Mediante escritura número 236-7, otorgada a las 14:30 horas del 23 de marzo de 2012 se constituyó la fundación denominada Fundación Fiebres por el Tren-Costa Rica. Plazo perpetuo. Patrimonio: diez mil colones, totalmente suscrito y pagado. Domicilio: San José.—26 de marzo de 2012.—Lic. Giovanni Cavallini Barquero, Notario.—1 vez.—RP2012286559.—(IN2012026418).
Yo Tatiana Barboza Rojas, hago constar que ante mi notaría constituí la sociedad denominada: Inversiones Mabemi del Sur S. A. Domicilio: San José. Capital: cien mil colones. Objeto: el comercio en general. Presidenta: Mirna Zamora Vega. Escritura otorgada en San José, a las 11:00 a.m. del 26 de marzo del 2012.—Lic. Tatiana Barboza Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012286560.—(IN2012026419).
Yo, Ingrid Brown Sequeira, hago constar que ante mi notaría se protocolizó acta de asamblea general de socios de Corporación Abiental RLN Newell S. A., donde se disuelve la sociedad.—San José, 24 de marzo del 2012.—Lic. Ingrid Brown Sequeira, Notaria.—1 vez.—RP2012286561.—(IN2012026420).
Yo, Ingrid Brown Sequeira, hago constar que ante mi notaría se protocolizó acta de asamblea general de socios de Cabreba Emanuel S. A., donde se disuelve la sociedad.—San José, 27 de marzo del 2012.—Lic. Ingrid Brown Sequeira, Notaria.—1 vez.—RP2012286562.—(IN2012026421).
La suscrita notaria hace constar que la sociedad Sikare Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-100088, por acuerdo de socios en asamblea general extraordinaria de las diez horas del 26 de marzo del 2012 se acuerda disolver la sociedad, se emplaza a cualquier interesado para que dentro de los treinta días siguientes a esta publicación, pueda oponerse judicialmente a la presente disolución. Es todo.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Elena Rodríguez Cheung, Notaria.—1 vez.—RP2012286563.—(IN2012026422).
Yo, Ingrid Brown Sequeira, hago constar que ante mi notaría se protocolizó acta de asamblea general de socios de Corporación Maxpraga Central S. A., donde se disuelve la sociedad.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Ingrid Brown Sequeira, Notaria.—1 vez.—RP2012286564.—(IN2012026423).
La suscrita notaria, Lic. Elena Rodríguez Cheung, hace constar que he constituido a la sociedad Ittazzir Sociedad Anónima, domiciliada en San José. Presidenta: Elizabeth Jiménez Rizzatti, escritura otorgada en la ciudad de San José, a las quince horas del veintiocho de marzo del dos mil doce. Es todo.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Elena Rodríguez Cheung, Notaria.—1 vez.—RP2012286565.—(IN2012026424).
Por escritura otorgada a las 8:30 horas del 29 de marzo de 2012, ante esta notaría, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de accionistas de Proyectos, Ingeniería, Arquitectura Sociedad Anónima, mediante la cual se aumenta capital social.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Jorge Fallas Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012286566.—(IN2012026425).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día veintiocho de marzo del año en curso, se protocoliza el acta de la sociedad denominada Recursos Marcan Sociedad Anónima, donde se nombra nueva junta directiva.—San José, a las doce horas del veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic. Daniel Alberto de la Garza Chamberlain, Notario.—1 vez.—RP2012286567.—(IN2012026426).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día veintinueve de marzo del año en curso, se protocoliza el acta de la sociedad denominada Safari Rent a Car Sociedad Anónima donde se modifica la junta directiva.—San José, a las diez horas del veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Daniel Alberto de la Garza Chamberlain, Notario.—1 vez.—RP2012286568.—(IN2012026427).
Por escritura otorgada a las 10:00 horas del 29 de marzo de 2012, ante esta notaría, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de accionistas de Martín Val La Cañada Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve la sociedad anónima.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Jorge Fallas Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012286569.—(IN2012026428).
Por escritura otorgada a las 9:30 horas del 29 de marzo de 2012, ante esta notaría, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de cuotistas de Nature Air Group Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual se transforma a sociedad anónima.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Jorge Fallas Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012286570.—(IN2012026429).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 10:00 horas del 27 de marzo del 2012, se constituyó la sociedad anónima Empresa de Seguridad Joesa S. A. Domicilio: San José, San Cayetano. Presidente y vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: diez mil colones, representado por cinco acciones comunes y nominativas de dos mil colones cada una. Plazo social: 99 años.—San José, 22 de marzo del 2012.—Lic. Mario Alberto Mesén Araya, Notario.—1 vez.—RP2012286571.—(IN2012026430).
La suscrita notaria, hago constar que ante mi notaría se protocolizó acta de la sociedad, Seguridad e Investigación Palacios Sociedad Anónima. Escritura pública otorgada en San José a las ocho horas del veintinueve de marzo del dos mil doce. Donde se acordó disolver la sociedad.—Lic. Tatiana Martínez Salas, Notaria.—1 vez.—RP2012286572.—(IN2012026431).
La suscrita notaria, hago constar que ante mi notaría se protocolizó acta de la sociedad, Ani Bre-Za Sociedad Anónima. Escritura pública otorgada en San José a las trece horas treinta minutos del veintiocho de marzo del dos mil doce. Donde se acordó disolver la sociedad.—Lic. Tatiana Martínez Salas, Notaria.—1 vez.—RP2012286573.—(IN2012026432).
La suscrita notaria, hago constar que ante mi notaría se protocolizó acta de la sociedad, Centro Logístico del Norte MMIV Sociedad Anónima. Escritura pública otorgada en San José a las ocho horas del veintiocho de marzo del dos mil doce. Donde se acordó disolver la sociedad.—Lic. Tatiana Martínez Salas, Notaria.—1 vez.—RP2012286575.—(IN2012026433).
Ante esta notaría se protocolizó asamblea general extraordinaria de la entidad jurídica Trámites Aduanales Aguiles Sociedad Anónima. Donde se cambió la razón social por Seko de C.R. Transporte y Consolidaciones Sociedad Anónima. Por escritura otorgada en San José a las nueve horas del veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic. Tatiana Martínez Salas, Notaria.—1 vez.—RP2012286576.—(IN2012026434).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José, al ser las doce horas del día veinte de marzo del dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Servimatic Asesores C.A Sociedad Anónima.—San José, veintidós de marzo del dos mil doce.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012286577.—(IN2012026435).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José, al ser las catorce horas del día veinte de marzo del dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Antenor Corea I.A.C. Sociedad Anónima.—San José, veintidós de marzo del dos mil doce.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012286578.—(IN2012026436).
En escritura pública otorgada ante mí el día veintiocho de marzo del dos mil doce, se constituyó la sociedad Inversiones Ramírez Lobo Natcar S. A. Domiciliada en la ciudad de San José, Paseo Colón, Edificio Centro Colón quinto piso cuyo presidente, es apoderado generalísimo, sin límite de suma, señor Carlos Ramírez Barrantes.—Cartago, veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic. Carlos Alberto Hernández Navarro, Notario.—1 vez.—RP2012286581.—(IN2012026437).
Ante esta notaría, mediante la escritura número
cincuenta y cuatro otorgada a las catorce horas con quince minutos del día
veintitrés de marzo del dos mil doce, de procedió a cambiar la razón social de Pacific
West PWCR Sociedad de Responsabilidad Limitada, para
que en adelante se lea SBMCR Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, veintiocho de marzo del dos
mil doce.—Lic. Alexander Araya Zúñiga, Notario.—1
vez.—RP2012286584.—(IN2012026438).
Ante esta notaría, mediante la escritura número
cincuenta y seis otorgada a las catorce horas con cuarenta y cinco minutos del
día veintitrés de marzo del dos mil doce, de procedió a cambiar la razón social
de Interamerican/Pacific West Site Services Sociedad Anónima,
para que en adelante se lea SBM Management de Costa
Rica Sociedad Anónima.—San José,
veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic. Alexander Araya Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2012286585.—(IN2012026439).
Por escritura de las 17 horas de hoy, se
protocolizó acta de la sociedad Inversiones Jimet de Río Oro S. A. en la
que se reforma la cláusula tercera de los estatutos.—San
José, 27 de marzo del 2012.—Lic. Bernal Chavarría Herrera, Notario.—1 vez.—RP2012286586.—(IN2012026440).
Por escritura de las 12 horas de hoy, se
protocolizó acta de la sociedad Inversiones Mil Trescientos Cincuenta y Ocho
S. A. en la que se reforma la cláusula segunda de los estatutos.—San José, 27 de marzo del 2012.—Lic. Bernal Chavarría
Herrera, Notario.—1 vez.—RP2012286587.—(IN2012026441).
Por escritura de las 10 horas de hoy, se
protocolizó acta de la sociedad Condominio Roble Sabana S. A. en la que
se reforma la cláusula tercera de los estatutos.—San
José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Bernal Chavarría Herrera, Notario.—1 vez.—RP2012286588.—(IN2012026442).
Por escritura de las 9 horas de hoy, se
protocolizó acta de la sociedad Malorma de Santa Ana S. A. en la que se
reforma la cláusula tercera de los estatutos.—San
José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Bernal Chavarría Herrera, Notario.—1 vez.—RP2012286589.—(IN2012026443).
Por otorgada ante esta notaría a las 14.30 horas
del veintiocho de marzo del 2012 se protocolizó acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Pacific in Motion
Sociedad Anónima. Se transforma en sociedad de responsabilidad limitada
mediante reforma completa de los estatutos sociales.—San
José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Fernanda Linner de Silva, Notaria.—1 vez.—RP2012286591.—(IN2012026444).
Por otorgada ante esta notaría a las 14:00 horas
del 28 de marzo del 2012 se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad Cardel Sociedad Anónima. Se
reforman cláusulas segunda, sétima, décimo tercera y décimo cuarta de los
estatutos sociales.—San José, 28 de marzo del
2012.—Lic. Fernanda Linner de Silva, Notaria.—1
vez.—RP2012286592.—(IN2012026445).
José Francisco Chaves Campos, abogado, hace
constar que mediante escritura número diecinueve-ciento veinte, del tomo
diecinueve, se disolvió la Multiservicios Starmaster de América
S. A.—28 de marzo del 2012.—Lic. José Francisco
Chaves Campos, Notario.—1
vez.—RP2012286595.—(IN2012026446).
Ante esta notaría por escritura otorgada a las
doce horas del día veintisiete de marzo del dos mil doce, se protocolizan
acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
sociedad denominada París y Asociados Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y siete mil
trescientos veinte, se acuerda la disolución de la compañía.—San
José, veintisiete de marzo del dos mil doce.—Lic. Melissa Guardia Tinoco,
Notaria.—1 vez.—RP2012286597.—(IN2012026447).
Ante esta notaría por escritura otorgada a las
trece horas del día veintisiete de marzo del dos mil doce, se protocolizan
acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
sociedad denominada Investelco Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-seiscientos cincuenta mil ochocientos veinte,
se acuerda la disolución de la compañía. San José, veintisiete de marzo del dos
mil doce. Melissa Guardia Tinoco, Notaria.—1
vez.—RP2012286598.—(IN2012026448).
Los señores, Michael Salazar Tencio y Pablo
Esquivel Soto constituyen la sociedad Moto Repuestos el Centro
Sociedad de Responsabilidad Limitada. Domicilio en provincia de
Cartago. Plazo: 99 años, a partir del 27 de marzo del 2012. Capital social:
diez mil colones. Administración dos Gerentes.—San
José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Roxana Zúñiga Vega, Notaria.—1
vez.—RP2012286601.—(IN2012026449).
He constituido la sociedad Inversiones Ignacio
C & C, en donde figura como presidente la señora Lorena Cerdas
Barahona, con un plazo social de noventa y nueve años y un capital social de
sesenta mil colones.—Cartago, 28 de marzo del
2012.—Lic. Erika Gabriela Sanabria Rojas, Notaria.—1
vez.—RP2012286602.—(IN2012026450).
Ante esta Notaria, al ser las diecisiete horas
veinte minutos del veintiocho de marzo del dos mil doce, se protocolizó el acta
de asamblea extraordinaria de accionistas de la compañía D and M
Solid Green Corporation Costa Rica SRL, mediante la cual
se modifica la cláusula sexta del pacto social, se revoca cargo de gerente y se
modifica un poder generalísimo.—San José, veintiocho
de marzo del dos mil doce.—Lic. Wendy Solórzano Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012286603.—(IN2012026451).
Por escritura otorgada ante mí a las dieciocho
horas del día veintiocho de marzo del dos mil doce, se constituyó la sociedad FH
Legal Sociedad Anónima. Presidente: Roberto Facio Sáenz.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1
vez.—RP2012286604.—(IN2012026452).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las a
las 8:20 horas del 28 de marzo del 2012 se constituyó Comercializadora
Yeneiec Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social:
diez mil colones. Plazo social: 100 años. Domicilio: Limón. Presidente: Carlos
Eliud Ruiz Matamoros.—Limón, 28 marzo del 2012.—Lic.
Northon Allen White, Notario.—1
vez.—RP2012286605.—(IN2012026453).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las
siete horas del día veintisiete de marzo del dos mil doce, la sociedad de esta
plaza Progreso Técnico (PROTECNO) Sociedad Anónima reforma la
cláusula segunda y sexta de los estatutos, y nombró nueva junta directiva.—San José, 27 de marzo de 2012.—Lic. Roberto Suñol Prego,
Notario.—1 vez.—RP2012286606.—(IN2012026454).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las
8:30 horas del 28 de marzo del 2012, se constituyó Territorios Ensanchados
S. A. Capital social: ¢10.000,00. Plazo social: 100 años. Domicilio: Limón.
Presidente: Janel Barboza Orias.—Limón, 28 de marzo
del 2012.—Lic. Northon Allen White, Notario.—1
vez.—RP2012286607.—(IN2012026455).
Por escritura número treinta y uno otorgada ante
esta notaría a las trece horas del primero de marzo del dos mil doce se
protocolizó acta de la sociedad Reprocesadora de Aceite S. A.
Se reforma la cláusula sexta del pacto social.—San
José, siete de marzo del dos mil doce.—Lic. Marianne Lierow Dundorf, Notaria.—1 vez.—RP2012286608.—(IN2012026456).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las
8:00 horas del 28 de marzo del 2012, se modificó sociedad Complejos
Turísticos de Portete S. A. cambio total de pacto
constitutivo, nombramiento de junta, cambio de dominación Arenas de
Westafalia del Caribe. Presidente: Jorge Bonilla Zeledón.—Limón,
28 de marzo del 2012.—Lic. Northon Allen White, Notario.—1
vez.—RP2012286609.—(IN2012026457).
Por escrituras otorgadas el día veintiocho de
marzo del dos mil doce, ante esta notaría, se fusionan por absorción las
sociedades Primera) Pavitas de Rosa Sociedad Anónima,
Segunda) Quinta Gedeon Sociedad Anónima, Tercera) Representaciones
Industriales Médico Quirúrgicas Sociedad Anónima, Cuarta) Bufete Sabana
Oeste Sociedad Anónima, Quinta) Corporación Majilu FYL
Sociedad Anónima, prevaleciendo Octava) Zacastellan Uno Sociedad
Anónima. Se reforman estatutos de la sociedad anónima Zacastellan Uno
Sociedad Anónima.—San José, veintinueve de marzo
del dos mil doce.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—RP2012286610.—(IN2012026458).
Por escritura otorgada el día 28
de marzo dos mil doce, ante esta notaría, se constituye Romo del Valle
Dorado Sociedad Anónima, y se designa presidente, con suficientes
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintinueve
de marzo del dos mil doce.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1
vez.—RP2012286611.—(IN2012026459).
Por escritura otorgada el día
veintiocho de marzo dos mil doce, ante esta notaría, se disuelve la sociedad
anónima Cargo Postal Sociedad Anónima.—San
José, veintinueve de marzo del dos mil doce.—Dr. Fernando Zamora Castellanos,
Notario.—1 vez.—RP2012286613.—(IN2012026460).
Por escritura otorgada ante mí a
las 17:00 horas del 28 de marzo del 2012, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas número cuatro de la empresa Consultoría
y Administración de Proyectos CAP S. A., cédula jurídica 3-101-358747, en
la que se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo.—Ciudad
Quesada, San Carlos, 28 de marzo de 2012.—Lic. Ballardo Ávalos Sequeira,
Notario.—1 vez.—RP2012286615.—(IN2012026461).
Por escrituras otorgadas el día
veintiocho de marzo del dos mil doce, ante esta notaría, se fusionan por
absorción las sociedades Primera) Productos Importados Doble G Sociedad Anónima.
Segunda) Guasch y Valverde Sociedad Anónima. Tercera) Inversiones
Productos Especiales Inproesa Sociedad Anónima. Cuarta) Sedisa de
Centroamérica Sociedad Anónima. Quinta) Exportaciones Campo Verde
Sociedad Anónima. Sexta) Disa de Centroamérica Sociedad Anónima.
Sétima) Inversiones Betty Boop Sociedad Anónima, prevaleciendo Octava) Best
One Sociedad Anónima Novena) Bullseye Investments Sociedad Anónima.
Décima) K&S Management Sociedad Anónima. Décima primera) MV Shark
Tooth Beach Sociedad Anónima. prevaleciendo Décima
segunda) JV One Águila Pescadora I Sociedad Anónima. Décima tercera Proveedores
Mundiales AFP Sociedad Anónima. Décima cuarta) Kinder ABC Montessori de
Alajuela Sociedad Anónima. Décima quinta) Subs y Más Sociedad Anónima.
Décimo sexta) ABC Montessori Sociedad Anónima, prevaleciendo Décima
sétima) Inversiones Inmobiliarias Lajor Sociedad Anónima. Décima octava)
Pira Ingenieros Consultores Sociedad Anónima. Décima novena) Tiempos
Especiales FYG Sociedad Anónima. Vigésima) Fragma Sociedad Anónima,
prevaleciendo Vigésima primera) Pepe e Isis Juntos Sociedad Anónima,
Vigésima segunda) Trazapro Sociedad Anónima. Vigésima tercera) Logispro
Sociedad Anónima. Vigésima cuarta) Angélica MVA Sociedad Anónima.
Vigésima quinta) Disa, Desarrollos de Ingeniería de La Información Sociedad
Anónima, prevaleciendo Vigésima sexta) Inversiones MVA Toledo Sociedad
Anónima. Vigésima sétima) Santa Bárbara Golden Hills GYF Sociedad
Anónima. Vigésima octava) Security Lajas San Antonio Sociedad Anónima,
prevaleciendo Vigésima novena) Firewall of the Stone GYF Sociedad Anónima.
Trigésima) Condominio Latas de Cedro Sociedad Anónima, prevaleciendo
Trigésima primera) Pirosfera de las Cumbres Sociedad Anónima.—San José, veintinueve de marzo del dos mil doce.—Dr.
Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—RP2012286617.—(IN2012026462).
Por escritura otorgada a las
trece horas treinta minutos del día veintiocho de marzo del dos mil doce, ante
esta notaría, se fusiona por absorción las sociedades León de Judá de San
Joaquín Sociedad Anónima y Corporación Jurídica Colón Sociedad Anónima.—San
José, veintiocho de marzo del dos mil doce.—Dr. Femando Zamora Castellanos,
Notario.—1 vez.—RP201286619.—(IN2012026463).
Por escritura número trescientos
ocho, otorgada ante esta notaría el día de hoy al ser las catorce horas, se ha
constituido la sociedad denominada Rojas & Conde S. A., presidenta
es Sonia Conde Venegas, capital social es de veinte mil colones y el plazo es
de noventa y nueve años, domicilio, Miramar.—Miramar, veintisiete de marzo del
dos mil doce.—Lic. Shirley Ávila Cortés, Notaria.—1
vez.—RP2012286620.—(IN2012026464).
Ante esta notaría la sociedad Kriteria
Consultores Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento
setenta y nueve mil quince, se ha disuelto por acuerdo de socios.—Miramar, once horas del veintiséis de marzo de dos mil
doce.—Lic. Shirley Ávila Cortés, Notaria.—1
vez.—RP2012286621.—(IN2012026465).
Voy en Tren S. A., protocoliza acta de asamblea
general, donde se aumenta el capital social, a las 8:00 horas del 29 de marzo
del 2012.—San Ramón, 29 de marzo del 2012.—Lic. Isel
Robles Villalobos, Notaria.—1
vez.—RP2012286625.—(IN2012026466).
Por asamblea general
extraordinaria de la sociedad denominada tres-ciento uno-doscientos nueve
mil trescientos noventa y uno sociedad anónima, se procedió a realizar la
disolución de la misma, a partir del día seis de marzo del dos mil doce.—Lic. José Francisco Barahona Segnini, Notario.—1 vez.—RP2012286626.—(IN2012026467).
Ante esta notaría a las 18:00
horas del 19 de marzo del 2012, se constituyó la compañía Rutas de Costa
Rica S. A.—San José, 19 de marzo del 2012.—Lic. Alejandro Jiménez Castro y
Wilbert Garita Mora, Notarios.—1 vez.—RP2012286627.—(IN2012026468).
Por escritura de quince horas de
hoy, en esta ciudad protocolicé acta de asamblea de socios de Redondo y
Salazar S. A. En la cual reforma sus estatutos y prorroga su plazo social.—San José, 27 de marzo del 2012.—Lic. Patricia Rivero Breedy,
Notaria.—1 vez.—RP2012286629.—(IN2012026469).
Por escritura de las 8:00 horas
de hoy, en esta ciudad protocolicé acta de asamblea de socios de Inmobiliaria
Tele D S.A., en la cual los socios acordaron disolverla y liquidarla.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Adolfo Rojas Breedy,
Notario.—1 vez.—RP2012286630.—(IN2012026470).
Por escritura de las 8:50 horas
de hoy, en esta ciudad protocolicé acta de asamblea de socios de 3-101-525683
S. A., en la cual los socios acordaron disolverla y liquidarla.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Adolfo Rojas Breedy,
Notario.—1 vez.—RP2012286631.—(IN2012026471).
Por escritura de las 8:40 horas
de hoy, en esta ciudad protocolicé acta de asamblea de socios de Carambola
Internacional S. A., en la cual los socios acordaron disolverla y
liquidarla.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic.
Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1
vez.—RP2012286632.—(IN2012026472).
Por escritura de las 8:30 horas
de hoy, en esta ciudad protocolicé acta de asamblea de socios de 3-101-526095
S. A., en la cual los socios acordaron disolverla y liquidarla.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Adolfo Rojas Breedy,
Notario.—1 vez.—RP2012286633.—(IN2012026473).
Por escritura otorgada a las
quince horas treinta minutos del día veintitrés de marzo del dos mil doce, se
constituye la sociedad anónima con su cédula jurídica, en conformidad con el
Código de Comercio. Capital social: cien mil colones exactos. Representación:
presidente. Plazo social: cien años.—San José,
veintiséis de marzo del dos mil doce.—Lic. Marcelo José Gamboa Venegas, Notario.—1 vez.—RP2012286634.—(IN2012026474).
Por escritura de las 8:20 horas
de hoy, en esta ciudad protocolicé acta de asamblea de socios de 3-101-525512
S. A., en la cual los socios acordaron disolverla y liquidarla.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Adolfo Rojas Breedy,
Notario.—1 vez.—RP2012286635.—(IN2012026475).
Por escritura de las 8:10 horas de hoy, en esta ciudad protocolicé acta de asamblea de socios de Torre Tele DLR S. A., en la cual los socios acordaron disolverla y liquidarla.—San José, 29 de marzo de 2012.—Lic. Adolfo Rojas Breedy Notario.—1 vez.—RP2012286636.—(IN2012026476).
Por escritura otorgada a las dieciséis horas del día veintitrés de marzo del año dos mil doce, se constituye la empresa de esta plaza C T E - Inmobiliaria Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones exactos. Representación: Presidente. Plazo social cien años.—San José, veintiséis de marzo del año dos mil doce.—Lic. Marcelo José Gamboa Venegas, Notario.—1 vez.—RP2012286637.—(IN2012026477).
Por escritura otorgada, a las quince horas cuarenta y cinco minutos del día veintitrés de marzo del año dos mil doce, se constituye la sociedad anónima con su cédula jurídica en conformidad con el Código de Comercio. Capital social: cien mil colones exactos. Representación: Presidente. Plazo social: cien años.—San José, veintiséis de marzo del año dos mil doce.—Lic. Marcelo José Gamboa Venegas, Notario.—1 vez.—RP2012286638.—(IN2012026478).
Por escritura otorgada a las quince horas del día veintitrés de marzo del año dos mil doce, se constituye la sociedad anónima con su cédula jurídica en conformidad con el Código de Comercio. Capital social: cien mil colones exactos. Representación: Presidente. Plazo social: cien años.—San José, veintiséis de marzo del año dos mil doce.—Lic. Marcelo José Gamboa Venegas, Notario.—1 vez.—RP2012286639.—(IN2012026479).
Mediante escritura cuarenta y siete, del tomo diez de mi protocolo, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad denominada AET Ocean Viewa Costa Rica S.R.L..—Guadalupe, 28 de marzo del 2012.—Lic. José Arturo Leitón Salas, Notario.—1 vez.—RP2012286640.—(IN2012026480).
Mediante escritura cuarenta y nueve, del tomo diez de mi protocolo, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada I - S Strand Investment S. A.—Guadalupe, 29 de marzo del 2012.—Lic. José Arturo Leitón Salas, Notario.—1 vez.—RP2012286641.—(IN2012026481).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas quince minutos, del doce de enero del año dos mil doce, la sociedad Erasol Sociedad Anónima, reforma domicilio, reforma la cláusula décima cuarta del pacto constitutivo, se revoca nombramientos y reforma la cláusula décima del pacto constitutivo, nombrando nueva junta directiva.—San José, veintinueve de marzo del año dos mil doce.—Lic. Carlos Manuel Venegas Gómez, Notario.—1 vez.—RP2012286642.—(IN2012026482).
El día veintiocho de marzo del año dos mil doce. En asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios, de la sociedad denominada Soluciones Fuertes Lloyd Strong S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y dos trescientos sesenta y cuatro, conforme al artículo doscientos uno del Código de Comercio se acordó su disolución. En cumplimiento con la normativa legal se cita a las personas interesadas a efecto establezcan las reclamaciones en el término que establezcan las reclamaciones en el término de treinta días, contabilizados a partir de la fecha de esta publicación. Se pueden establecer ante esta notaría, ubicada en Palmares de Alajuela, cincuenta metros norte del Club de Amigos Palmareños.—Palmares, veintinueve de marzo del año dos mil doce.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—RP2012286646.—(IN2012026483).
El día veintisiete de marzo del año dos mil doce, en asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada Mar Maravilloso MM S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cuatro mil setecientos cuarenta y uno, conforme al artículo doscientos uno del Código de Comercio se acordó su disolución. En cumplimiento con la normativa legal se cita a las personas interesadas a efecto establezcan las reclamaciones en el término, establezcan las reclamaciones en el término de treinta días contabilizados a partir de la fecha de esta publicación. Se pueden establecer ante esta notaría ubicada en Palmares de Alajuela, cincuenta metros norte del Club de Amigos Palmareños.—Palmares, veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—RP2012286647.—(IN2012026484).
El 17 de marzo del 2012, en asamblea general extraordinaria de la sociedad Goarza G Y S S. A., cédula 3-101-361841, amparados en el artículo doscientos uno, inciso d del Código de Comercio, se acordó la disolución a partir del día diez de abril del dos mil doce. En cumplimiento con la normativa legal se cita a los interesados a efecto interpongan las reclamaciones que tuviesen en el plazo de treinta días a partir de esta publicación (artículo 207 del Código de Comercio). Dichos reclamos ante esta notaría o bien ante el órgano jurisdiccional. La notaría ubicada en Palmares de Alajuela, cincuenta metros al norte de la esquina noreste del parque central.—Palmares, 27 de marzo del 2012.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—RP2012286648.—(IN2012026485).
Por escritura otorgada ante mí, a las 14:40 minutos del 27 de marzo del 2012, se constituyó sociedad anónima cuya razón social será el mismo número de cédula jurídica, domiciliada en Playa Guiones del distrito sexto Nosara del cantón de Nicoya, Guanacaste. Presidente: Lawrence Anthony Kokoszka.—Nicoya, 29 de marzo del 2012.—Lic. Olga Granados Porras, Notaria.—1 vez.—RP2012286649.—(IN2012026486).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José, al ser las nueve horas del catorce de marzo del dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Inversiones del Norte L & M Sociedad Anónima.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012286650.—(IN2012026487).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad Yongqin & Weiqun Sociedad Anónima, capital social debidamente suscrito y pagado por los socios, la representación de dicha sociedad será por medio de sus representantes Yongquin Lin y Weiqun Liao en su condición de presidente y secretaria, respectivamente, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. El plazo social es de noventa y nueve años.—San José, a las diecisiete horas del veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic. Víctor Maffioli A., Notario.—1 vez.—RP2012286651.—(IN2012026488).
Por escritura pública otorgada ante mí, Edwin Chacón Bolaños, se constituyó la sociedad Paradise Costa Rica Real Estate Group Sociedad Anónima. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 2 de febrero del 2012.—Lic. Edwin Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2012286652.—(IN2012026489).
Juan Carlos; Alexander y Marilyn todos de apellidos Araya Mohs, constituyen Lift Truck S. A. fecha de constitución: 8 de febrero del 2012. Capital social: diez mil colones. Presidente: Juan Carlos Araya Mohs.—Lic. Randall Fallas Castro, Notario.—1 vez.—RP2012286653.—(IN2012026490).
Por escritura otorgada ante mí, Edwin Chacón Bolaños, se constituyó la sociedad Productos Kallajao Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veintidós de marzo del dos mil doce.—Lic. Edwin Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2012286654.—(IN2012026491).
La sociedad Industria Electrónica y Seguridad Inelse Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-cinco uno cero cinco dos dos, a las 18:30 horas del 7 de febrero de 2012, se disuelve por haber cesado la sociedad su giro comercial, han convenido ambos socios en disolverla.—Naranjo, Alajuela, 8 de febrero de 2012.—Msc. William Alberto Rodríguez Matamoros, Notario.—1 vez.—RP2012286656.—(IN2012026492).
A las 15:00 horas del 14 de febrero de 2012, se hizo cambios en la junta directiva y se hizo transferencia de acciones de quien fuera socio Luis Fernando Carvajal Zamora a favor de la señora Foribeth Villalobos Jiménez esto dentro de la empresa Inversiones Carvi Carvajal Villalobos S. A.—Naranjo, Alajuela, 26 de marzo de 2012.—Msc. William Alberto Rodríguez Matamoros, Notario.—1 vez.—RP2012286657.—(IN2012026493).
En esta notaría se constituyó Hogar Nuevo Horizonte Sociedad Anónima al ser las dieciocho horas del día veintitrés de marzo del dos mil doce, con un capital social de diez mil colones, capital suscrito y pagado.—San José, veintitrés de marzo del dos mil doce.—Lic. Violeta Arias Chavarría, Notaria.—1 vez.—RP2012286661.—(IN2012026494).
Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas del veintisiete de setiembre del dos mil diez, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad denominada Katchafire Corporation Costa Rica SRL, por la que se reforma la cláusula sexta de la administración y se acuerda hacer el nombramiento del tercer subgerente.—San José, veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1 vez.—RP2012286662.—(IN2012026495).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las veinte horas del veintiocho de marzo del dos mil doce, se fusionan la sociedades Agromercadeo Tulipanes Rojos S. A., Agromercadeo Las Violetas del Este S. A., Agromercadeo Puerto del Plata Internacional S. A., Agromercadeo Claro de Luna del Pacífico S. A., Agromercadeo Ocaso del Atlántico Internacional S. A., Agromercadeo Las Praderas del Este S. A., Agromercadeo Los Galgos Internacional S. A., Agromercadeo Castañas de Centroamérica S. A., Agromercadeo Corzales Negros de Centroamérica S. A., Agromercadeo Amazonía Internacional S. A., Desarrollos Inmobiliarios San Roque UBH Veinticinco S. A., Agromercadeo Cantaura Internacional S. A., Agromercadeo Las Bellotas de Centroamérica S. A., Agromercadeo El Castaño de Indias Internacional S. A., Agromercadeo Obelix Internacional S.A, Agromercadeo Angrómeda del Pacífico S. A., Agromercadeo Corona Astral Internacional S. A., Agromercadeo Corona Boreal América S. A., Desarrollo Agroindustrial Las Magnolias Internacional S. A., Bosque Rubí S. A., Valle Turquesa S. A., Agromercadeo Las Calas del Sur S. A., Paisajes Agrícolas del Norte S.R.L, UBH Siete A S. A., Arias y Arias Vima S. A., Barbareña Inmobiliaria UBH Siete B S. A., Inmobiliaria UBH Veintiuno S. A., Desarrollo Inmobiliario Provincial UBH Veintidós S. A. y UBH Veinticuatro Real Inmobiliaria San Roque S. A., prevaleciendo Agromercadeo Tulipanes Rojos S. A.—Heredia, veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Vargas Araya, Notario.—1 vez.—RP2012286663.—(IN2012026496).
Que por escritura otorgada ante esta notaría a las trece horas del veintisiete de marzo del dos mil doce, se procede a disolver definitivamente la empresa que lleva como razón social su número de cédula jurídica y es Tres-ciento uno-seis uno ocho cero cinco siete sociedad anónima.—San José, jueves veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1 vez.—RP2012286664.—(IN2012026497).
Que por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas del veintisiete de marzo del dos mil doce, se procede a disolver definitivamente la empresa Inversiones Chiltota Sociedad Anónima cédula jurídica que es tres-ciento uno-uno tres cero cero cinco uno.—San José, jueves veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1 vez.—RP2012286665.—(IN2012026498).
Que por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del veintisiete de marzo del dos mil doce, se procede a disolver definitivamente la empresa Vanvel de Centroamérica Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-tres siete seis uno seis cuatro.—San José, jueves veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1 vez.—RP2012286666.—(IN2012026499).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 18:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad que se denominará según lo dispuesto en el artículo segundo del Decreto Ejecutivo número 33171-J, publicado en La Gaceta Nº 114 del 14 de junio del 2006. Domicilio: San José. Capital: suscrito y pagado. Gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos.—San José, 8 de marzo del 2012.—Lic. Mario Baltodano Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012286667.—(IN2012026500).
Que por escritura otorgada ante esta notaría a las diecisiete horas del veintisiete de marzo del dos mil doce. se procede a realizar el convenio de fusión por el sistema de absorción de la sociedad Corporación de Amberes Internacional Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento tres mil ciento veintiséis, (en adelante sociedad prevaleciente), con las sociedades Mercadeo Latino Sociedad Anónima (en adelante sociedad absorbida), cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta mil ochocientos sesenta y tres, Vandul Sociedad Anónima, (en adelante sociedad absorbida), cédula jurídica número tres-ciento uno-cero noventa mil cuatrocientos veintidós, en el entendido de que la sociedad prevaleciente es Corporación de Amberes Internacional Sociedad Anónima.—San José, jueves veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1 vez.—RP2012286668.—(IN2012026501).
Que por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del veintisiete de marzo del dos mil doce, se procede a disolver definitivamente la empresa denominada Inversiones Rialar Ruiz Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cincuenta y ocho mil ochocientos diecisiete.—San José, jueves veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1 vez.—RP2012286669.—(IN2012026502).
Por escritura otorgada a las ocho horas del día de hoy ante esta notaría se protocoliza asamblea general extraordinaria de la sociedad Servicios Médicos Morales Murillo Ltda., celebrada en su domicilio a las nueve horas del veinticuatro de marzo del dos mil doce, en la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 29 de marzo de 2012.—Lic. Adriana Cordero Muñoz y Lic. Mauricio Jiménez Bodán, Notarios.—1 vez.—RP2012286672.—(IN2012026503).
Por escritura otorgada a las ocho y treinta horas del día de hoy ante esta notaría, se protocoliza asamblea general extraordinaria de la sociedad Corporación Marpani S. A., celebrada en Betania, Montes de Oca, ciento veinticinco metros norte de la UNED a las nueve horas del veinticuatro de marzo del dos mil doce, en la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 29 de marzo de 2012.—Lic. Adriana Cordero Muñoz y Lic. Mauricio Jiménez Bodán, Notarios.—1 vez.—RP2012286673.—(IN2012026504).
Ante esta notaría, a las veinte horas del día quince del mes de marzo del dos mil doce, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación corresponderá con el número de cédula jurídica que oportunamente le asigne el Registro Nacional; la cual estará domiciliada en Heredia, San Pablo, San Pablo, Residencial La Amada, casa número ciento treinta y cuatro; su plazo será de cien años a partir del momento de su constitución y tendrá un capital social de diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una.—San José, quince de marzo del dos mil doce.—Lic. Rafael Ángel Arias Cordero, Notario.—1 vez.—RP2012286674.—(IN2012026505).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del día veintiocho de marzo del dos mil doce, se protocolizó acta número uno de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Putzie Pulitzer S.R.L, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos setenta y tres mil ciento cincuenta y uno, por medio de la cual se acuerda su disolución.—San José, veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Alfonso Liao Molina, Notario.—1 vez.—RP2012286675.—(IN2012026506).
La suscrita notaria hago constar que a las 8 horas del 29 de marzo del 2012 en escritura 119-5, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de A New Beginning in Paradise Properties S. A., cédula jurídica número 3-101-459642, se reforma la cláusula 10 y se nombra nueva junta directiva.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Paola Arias Marín, Notaria.—1 vez.—RP2012286676.—(IN2012026507).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas treinta minutos del día veintiocho de marzo del dos mil doce, se protocolizó acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Paraíso de Tintoretto Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos setenta mil doscientos setenta y tres, por medio de la cual se acuerda su disolución.—San José, veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Alfonso Liao Molina, Notario.—1 vez.—RP2012286677.—(IN2012026508).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del día veintiocho de marzo del dos mil doce, se protocolizó acta número uno de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Ministerio Marvolo Presley S.R.L, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos setenta y tres mil ochocientos, por medio de la cual se acuerda su disolución.—San José, veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Alfonso Liao Molina, Notario.—1 vez.—RP2012286678.—(IN2012026509).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas treinta minutos del día veintiocho de marzo del dos mil doce, se protocolizó acta número uno de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Marcial y Sihd S.R.L, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos setenta y tres mil doscientos sesenta y cuatro, por medio de la cual se acuerda su disolución.—San José, veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Alfonso Liao Molina, Notario.—1 vez.—RP2012286679.—(IN2012026510).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del día veintiocho de marzo del dos mil doce, se protocolizó acta número uno de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Brillantina Brillante de Película S.R.L, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos setenta y tres mil ciento dieciocho, por medio de la cual se acuerda su disolución.—San José, veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Alfonso Liao Molina, Notario.—1 vez.—RP2012286680.—(IN2012026511).
Por escritura número ciento cincuenta y cinco-dos, otorgada ante esta notaría a las 13 horas del 27 de marzo del 2012, se constituyó la sociedad S.D.R. S. A., con domicilio en San José, Rohrmoser 500 norte del Triángulo. Presidenta: Andrea Ramírez Corrales.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Alexander Soto Guzmán, Notario.—1 vez.—RP2012286681.—(IN2012026512).
Ante esta notaría, por medio de escrituras públicas se disolvieron las sociedades anónimas, Almacenes Dolly S. A., Comercializadora Baku S. A., Corporación Hotelera Las Minas M.V.A. S. A., Compañía Cid S. A., Desarrollos Urbanísticos La Prieta S. A., Ganadera Las Vegas del Río M V A S. A., Grupo Empresarial La Quebrada S. A., Hotel Las Minas M.V.A. S. A., Industrias Terpegu S. A., Maremoto Panamericana S. A., Naciente Santa Clara M.E.V S. A., Nueva Luz de San José S. A., Representaciones Candelarito S. A., Corporación Supika S. A.—San José, veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Alberto Baraquiso Leitón, Notario.—1 vez.—RP2012286682.—(IN2012026513).
El suscrito notario público, Wilber Jiménez Jiménez, hace constar que en escritura número cuatro-dos, visible a folio dos frente del tomo segundo de mi protocolo, otorgada a las dieciséis horas del veintiséis de marzo del dos mil doce, se constituyó la sociedad Grupo Internacional Hema Limitada, pudiéndose abreviar el aditamento como Ltda.—Garabito, veintiséis de marzo del dos mil doce.—Lic. Wilber Jiménez Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2012286683.—(IN2012026514).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las siete horas con diez minutos del día veintiocho de marzo del dos mil doce, se disolvió la sociedad anónima, Comercial Binar Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic. Alberto Baraquiso Leitón, Notario.—1 vez.—RP2012286684.—(IN2012026515).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las siete horas del día veintiocho de marzo del dos mil doce, se modificó la sociedad anónima, Grupo Cavisa Número Uno Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic. Alberto Baraquiso Leitón, Notario.—1 vez.—RP2012286685.—(IN2012026516).
Por escritura número doscientos veintisiete-seis de las ocho horas del veintinueve de marzo del dos mil doce, se reformó la empresa Tres-ciento uno-quinientos setenta y cinco mil setecientos ochenta S. A.—Lic. Marianela González Fonseca, Notaria.—1 vez.—RP2012286688.—(IN2012026517).
Acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza denominada Grupo de Inversiones El Coyote T Y D Sociedad Anónima, celebrada en su domicilio el día cinco de marzo del año dos mil doce.—Lic. Leyla Rita Calderón Campos, Notaria.—1 vez.—RP2012286690.—(IN2012026518).
Acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza denominada Fredje Sociedad Anónima, celebrada en su domicilio el día cinco de marzo del dos mil doce.—Lic. Leyla Rita Calderón Campos, Notaria.—1 vez.—RP2012286691.—(IN2012026519).
Por escritura otorgada en San José, a las once horas del veintiocho de marzo del dos mil doce, se protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad Bataras H A B Once Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veintiséis mil quinientos noventa y ocho. Se realiza la modificación de la cláusula sétima y se efectúan nuevos nombramientos en la junta directiva.—Lic. Rolando Guardiola Arroyo, Notario.—1 vez.—RP2012286692.—(IN2012026520).
Por escritura, otorgada en Heredia a las ocho horas del veintisiete de marzo del año dos mil doce, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios, de la sociedad Greenville Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos nueve mil seiscientos noventa y dos, en que se acuerda la disolución misma.—Heredia, 29 de marzo del 2012.—Lic. Silvia Gabriela Meza Navarro, Notaria.—1 vez.—RP2012286693.—(IN2012026521).
Por escritura otorgada el día de hoy a las catorce horas, número ochenta y siete se protocoliza acta de la sociedad Casosica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-043711. Se modifica la cláusula octava. Se nombra nueva junta directiva.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Alvis González Garita, Notario.—1 vez.—RP2012286695.—(IN2012026522).
A las 8:00 horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Playmax S. A., se modifica cláusula sétima y se nombra nueva junta directiva.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Giovanni Enrique Incera Segura, Notario.—1 vez.—RP2012286696.—(IN2012026523).
Ante esta notaría por escritura otorgada a las once horas del día veintiocho de marzo del dos mil doce, se disuelve la sociedad CFC Consultores Financieros Contables Sociedad Anónima.—Tres Ríos, veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Mary Flor Barrientos Bonilla, Notaria.—1 vez.—RP2012286698.—(IN2012026524).
Ante esta notaría por escritura otorgada a las diecisiete horas con treinta minutos del veintiocho de marzo del dos mil doce, se disuelva la sociedad Consorcio Killa Inti Sociedad Anónima.—Tres Ríos, veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic. Mary Flor Barrientos Bonilla, Notaria.—1 vez.—RP2012286699.—(IN2012026525).
En asamblea de la empresa Ganadera Alga del Cerro S. A., cédula jurídica 3-101-199114, celebrada el 17 de marzo del 2012, se acordó disolver y liquidar esa empresa, la cual no posee pasivos solo activos.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Álvaro Rojas Morera, Notario.—1 vez.—RP2012286700.—(IN2012026526).
La suscrita notaria hace constar que en mi notaría al ser las diez horas del veintitrés de marzo del dos mil doce, se acordó modificar la cláusula quinta del pacto social de la sociedad denominada Grupo Estrella Dorada J I P A Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Rocío Quirós Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2012286702.—(IN2012026527).
Por escritura otorgada a las diez horas treinta minutos del veintinueve de marzo del dos mil doce, protocolizó asamblea general extraordinaria de las empresas La Porfirio S. A., Antigua Odisea S. A. y Ganado Rojo S. A., en la cual se acuerda la fusión por absorción de las dos primeras por Ganado Rojo S. A., sociedad que prevalece, generando un aumento de capital y por ende modificación de la cláusula quinta del pacto social.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Silvia Ocampo Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012286703.—(IN2012026528).
Por escritura otorgada a las diez horas del veintinueve de marzo de dos mil doce, protocolizo asamblea general extraordinaria de la empresa Las Escobas de la Bruja Escazuceña S. A., en la cual se acuerda la disolución de la misma.—San José, veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Silvia Ocampo Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012286704.—(IN2012026529).
Casa Los Almendros Número Cuarenta y Tres L&G Sociedad Anónima, acuerda modificar la cláusula quinta del pacto social. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las quince horas del veintiocho de marzo de dos mil doce.—Lic. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2012286705.—(IN2012026530).
Steven Jack Aronson constituye la sociedad Terruño Espressivo Sociedad de Responsabilidad Limitada. Plazo: noventa y nueve años. Capital suscrito y pagado. Agente residente: Rosario Salazar Delgado. Gerente: Steven Jack Aronson. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las once horas treinta minutos del veintiocho de marzo de dos mil doce.—Lic. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2012286706.—(IN2012026531).
Steven Jack Aronson constituye la sociedad EPCC Sociedad de Responsabilidad Limitada. Plazo: noventa y nueve años. Capital suscrito y pagado. Agente residente: Rosario Salazar Delgado. Gerente: Steven Jack Aronson. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las once horas del veintiocho de marzo de dos mil doce.—Lic. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2012286707.—(IN2012026532).
Steven Jack Aronson constituye la sociedad Salvagua Sociedad de Responsabilidad Limitada. Plazo: noventa y nueve años. Capital suscrito y pagado. Agente residente: Rosario Salazar Delgado. Gerente: Steven Jack Aronson. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las once horas quince minutos del veintiocho de marzo de dos mil doce.—Lic. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2012286709.—(IN2012026533).
Ante esta notaría a las once horas del veintiocho de mayo del dos mil once, se constituyó la sociedad Inversiones La Unión Salas Ampie Sociedad Anónima. Es todo.—San José, treinta de mayo del dos mil once.—Lic. Guiselle García Bogantes, Notaria.—1 vez.—RP2012286710.—(IN2012026534).
Por escritura otorgada a las 12 horas del día de hoy se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Coppola Steel Overseas Corporation Sociedad Anónima en que se acuerda disolver la compañía.—San José, veintisiete de marzo del dos mil doce.—Lic. Aymará Fernández Madrid, Notaria.—1 vez.—RP2012286711.—(IN2012026535).
Por escritura que otorgó la suscrita notaria en esta ciudad a las 11:00 horas del día de hoy, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Creaciones y Confecciones Ambar Limitada en que se acuerda disolver la compañía.—San José, veintiuno de marzo del dos mil doce.—Lic. Aymará Fernández Madrid, Notaria.—1 vez.—RP2012286712.—(IN2012026536).
Por escritura otorgada a las 15 horas del día de hoy se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Inversiones Vicalde Sociedad Anónima en que se acuerda disolver la compañía.—San José, siete de marzo del dos mil doce.—Lic. Aymará Fernández Madrid, Notaria.—1 vez.—RP2012286713.—(IN2012026537).
Por escritura que otorgó la suscrita notaria, a las trece horas del uno de marzo en curso, de protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Eco Molina Internacional Sociedad Anónima, en que se liquida la sociedad.—San José, seis de marzo del dos mil doce.—Lic. Aymará Fernández Madrid, Notaria.—1 vez.—RP2012286714.—(IN2012026538).
Ante esta notaría, mediante escritura número quinientos cuarenta y nueve, de las quince horas del veintiocho de marzo del dos mil doce, la compañía Zamora y Rubí S. A., acuerda su disolución de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso C del Código de Comercio. Presidenta: Alice Rubí Villalobos.—Santo Domingo de Heredia, veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic. Juan Carlos Campos Salas, Notario.—1 vez.—RP2012286715.—(IN2012026539).
Por escritura número 314, otorgada ante esta notaría, a las 19:00 horas del 20 de marzo de 2012, se constituyó la sociedad Inversiones JL Y Mercedes S. A. Capital suscrito y pagado mediante 2 letras de cambio. Plazo social: 99 años. Domicilio social en San José, Desamparados, San Rafael Arriba. El presidente es el representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, conforme al artículo 1.253 del Código Civil.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. José Fidelio Castillo Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012286719.—(IN2012026540).
Ante mi notaría se constituyó la compañía Corporación Car-Seg Sociedad Anónima, en fecha veintiuno de marzo del presente año, sus apoderados presidente Édgar Ricardo Carmona Jiménez, secretaria Elizabeth Segura González.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Ma. de Los Ángeles Carmona González, Notaria.—1 vez.—RP2012286721.—(IN2012026541).
Por escritura autorizada a las 14:00 horas del 28 de febrero de dos mil doce, protocolicé acuerdos de la asamblea general de accionistas de la compañía Alimentos Tutu de Centroamérica Sociedad Anónima, que reforma el estatuto social en cuanto al domicilio de la sociedad.—Liberia, veintisiete de marzo de dos mil doce.—Lic. Mónica María Camacho Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2012286722.—(IN2012026542).
Por escritura otorgada en San José ante el suscrito notario, a las 17:00 horas de hoy, se constituyó Gralejor Fiduciaria Sociedad Anónima, abreviatura: Gralejor Fiduciaria S. A. Domicilio: San Vicente de Moravia, San José. Objeto: industria y comercio en general, en especial administración de bienes, valores y derechos en fideicomiso. Plazo: 90 años. Capital: totalmente suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos.—San José, 27 de marzo del 2012.—Lic. Javier A. Acuña Delcore, Notario.—1 vez.—RP2012286723.—(IN2012026543).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciocho horas del veintiocho de marzo del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y/o extraordinaria de socios de la sociedad denominada Barba de Oro Sociedad Anónima, celebrada a las diecisiete horas del veintiocho de marzo de dos mil doce, mediante la cual se acordó disolver la sociedad a partir de esa fecha, de conformidad con el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo doscientos siete del Código de Comercio, se informa que cualquier interesado podrá oponerse judicialmente a la disolución, que no se base en causa legal o pactada, dentro de los treinta días siguientes a esta publicación.—Lic. Olga Cecilia Quesada Alvarado, Notaria.—1 vez.—RP2012286725.—(IN2012026544).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del veintiocho de marzo del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y/o extraordinaria de socios de la sociedad denominada Q-Tronix Sociedad Anónima, celebrada a las ocho horas del veintiocho de marzo de dos mil doce, mediante la cual se acordó disolver la sociedad a partir de esa fecha, de conformidad con el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo doscientos siete del Código de Comercio, se informa que cualquier interesado podrá oponerse judicialmente a la disolución, que no se base en causa legal o pactada, dentro de los treinta días siguientes a esta publicación.—Lic. Flory Durán Valverde, Notaria.—1 vez.—RP2012286727.—(IN2012026545).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciocho horas treinta minutos del veintiocho de marzo del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y/o extraordinaria de socios de la sociedad denominada Boston Auto Sociedad Anónima, celebrada a las dieciséis horas del veintiocho de marzo de dos mil doce, mediante la cual se acordó disolver la sociedad a partir de esta fecha, de conformidad con el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo doscientos siete del Código de Comercio, se informa que cualquier interesado podrá oponerse judicialmente a la disolución, que no se base en causa legal o pactada, dentro de los treinta días siguientes a esta publicación.—Lic. Olga Cecilia Quesada Alvarado, Notaria.—1 vez.—RP2012286728.—(IN2012026546).
Por escritura autorizada a las 11:00 horas del 13 de diciembre de dos mil once, protocolicé acuerdos de la asamblea general de accionistas de la compañía Tres-ciento uno-seiscientos nueve mil sociedad anónima, que reforma la cláusula sétima del estatuto social en cuanto a la representación.—Liberia, veintisiete de marzo de dos mil doce.—Lic. Denia María Quirós Bustamante, Notaria.—1 vez.—RP2012286729.—(IN2012026547).
Por escritura autorizada a las 17:00 horas del 20 de marzo de dos mil doce, protocolicé acuerdos de la asamblea general de accionistas de la compañía Tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y cinco mil setecientos cincuenta y cinco sociedad anónima, que reforma la cláusula sétima del estatuto social en cuanto a la representación.—Liberia, veintisiete de marzo de dos mil doce.—Lic. Mónica María Camacho Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2012286730.—(IN2012026548).
Por escritura pública en asamblea extraordinaria de accionistas de Universo Destello Luz R.O.N Sociedad Anónima se reforma cláusula cuarta del plazo.—San José, veintiséis marzo dos mil doce.—Lic. Deyanira Chinchilla Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012286732.—(IN2012026549).
Por escritura pública en asamblea extraordinaria de accionistas de Rutainfinito Meu-Uno Sociedad Anónima se reforma cláusula cuarta del plazo.—San José, veintiséis de marzo dos mil doce.—Lic. Deyanira Chinchilla Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012286733.—(IN2012026550).
La suscrita notaria María de Los Ángeles Angulo Gómez, los señores David Antonio Rodríguez Alfaro y Cinthya Vanessa Morales Delgado, constituyeron una sociedad anónima denominada Servicios C & D Anestesia Sociedad de Responsabilidad Limitada con un capital social de un millón de colones exactos.—Lic. María de Los Ángeles Angulo Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2012286734.—(IN2012026551).
En mi notaría por escritura 75-9, de las 10:00 horas del 29/03/2012, protocolicé cambio de cláusula 8, de Century Metals and Supplies CRC Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-293059.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Luis Diego Hidalgo Rivera, Notario.—1 vez.—RP2012286735.—(IN2012026552).
Centro Mir María Reina de la Paz S. A., protocoliza
acta 2 de la asamblea general ordinaria y extraordinaria, donde se modifica la
cláusula novena del pacto social referente a: la administración y se nombra
nueva junta directiva, todo mediante escritura otorgada en San José, al ser las
10:00 horas del 1º de marzo del 2012, ante los notarios públicos David Guzmán
Guzmán y Laura Castro Conejo, Notarios.—Lic. David Guzmán Guzmán y Lic.
Laura Castro Conejo, Notarios.—1
vez.—RP2012286736.—(IN2012026553).
En mi notaría por escritura 74-9, de las 7:00 horas del 29/03/2012, protocolicé cambio de cláusula 8, de Grupo Roca de Latinoamérica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-389692.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Luis Diego Hidalgo Rivera, Notario.—1 vez.—RP2012286737.—(IN2012026554).
Gonzalo Hurtado Lambert y René Altamirano Cornejo, constituyen Manantial Costa Rica S. A. Capital social: 25.000.000,00 de colones. Domicilio: San José, de Casa Matute Gómez, 100 metros sur y 275 metros al este, casa 2385, todo mediante escritura otorgada en San José, al ser las 19:00 horas del 23 de marzo del 2012, ante los notarios públicos: David Guzmán Guzmán y Laura Inés Castro Conejo, Notarios.—Lic. David Guzmán Guzmán y Lic. Laura Inés Castro Conejo, Notarios.—1 vez.—RP2012286738.—(IN2012026555).
Mediante asamblea general extraordinaria de socios de Productos del Valle de San Rafael Ferguar Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos treinta y dos mil setecientos ochenta y ocho, se acuerda disolver y liquidar la sociedad. Se emplaza por treinta días a partir de esta publicación a quienes tengan interés en oponerse.—San José, veintisiete de marzo del dos mil doce.—Lic. Leonardo Crespi Zorino, Notario.—1 vez.—RP2012286739.—(IN2012026556).
Ante esta notaría, a las diecisiete horas del día veintiséis de marzo del dos mil doce, se protocoliza acta de disolución de la sociedad Encomiendas y Valores La Nikita Sociedad Anónima. No se designa liquidador.—Colón, 26 de marzo del 2012.—Lic. Milena Acuña Ugalde, Notaria.—1 vez.—RP2012286740.—(IN2012026557).
A las 9:00 horas de hoy, los señores Walter Brenes Hay y Silvia Morgan Hidalgo, constituyen una empresa cuya denominación social será su número de cédula jurídica. Capital: diez mil colones pagado en efectivo. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, idénticas facultades del secretario por muerte o ausencia del presidente. Domicilio: San José, Goicoechea, Ipís, del Palí, 100 al este y 50 al sur, casa Nº 21.—San José, 27 de marzo del 2012.—Lic. German Vega Ugalde, Notario.—1 vez.—RP2012286742.—(IN2012026558).
A las 8:00 horas de hoy, los señores Walter Brenes Hay y Silvia Morgan Hidalgo, constituyen una empresa cuya denominación social será su número de cédula jurídica. Capital: diez mil colones pagado en efectivo. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, idénticas facultades del secretario por muerte o ausencia del presidente. Domicilio: San José, Goicoechea, Ipís, del Palí, 100 al este y 50 al sur, casa Nº 21.—San José, 27 de marzo del 2012.—Lic. German Vega Ugalde, Notario.—1 vez.—RP2012286743.—(IN2012026559).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día 28 de marzo del 2012, a las 17 horas, la sociedad Producciones Clic Internacional S. A., protocolizó acuerdos en que se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. David Pérez Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012286744.—(IN2012026560).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 17:00 horas del 10 de febrero del 2012, se constituyó la sociedad anónima denominada: Agrogreen Growing Systems S. A. Domicilio social: Heredia, del Más por Menos de Santo Domingo ,seiscientos metros oeste, cien sur y veinticinco este. Plazo social: 99 años. Capital social: mil dólares.—San José, 14 de marzo de 2012.—Lic. Ignacio García Azofeifa, Notario.—1 vez.—RP2012286745.—(IN2012026561).
La suscrita notaria hace constar que ante mí, se protocolizó el acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Sistemas Arrowsoft Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó la disolución anticipada de la compañía.—San José, veintisiete de marzo de dos mil doce.—Lic. Ana Cecilia Salazar Segura, Notaria.—1 vez.—RP2012286746.—(IN2012026562).
Ante la notaría del Licenciado Róger Antonio Sancho Rodríguez, mediante escritura número 227-21, visible al folio 109 vuelto del tomo vigésimo primero del protocolo de dicho notario, otorgada a las 17 horas del día 29 de marzo del 2012, a solicitud de Luis Solano Chinchilla, cédula de identidad número 1-0938-0204, el suscrito notario, protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria de la empresa denominada Servicios Contables y Administrativos Serconad Roluma Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y dos mil setecientos sesenta y tres, mediante la cual se reforman cláusulas de sus estatutos.—Santo Domingo de Heredia, 30 de mazo del 2012.—Lic. Róger Antonio Sancho Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012026563).
Ante la notaría de la Licenciada Marlene Elizondo Alfaro, mediante escritura número setenta y ocho, visible al folio 39 frente del tomo 15 del protocolo de dicha notaria, otorgada a las 8 horas del día 29 de marzo del 2012, a solicitud de Lilliana María Oconitrillo Fonseca, cédula de identidad número: 1-532-262, la suscrita notaria, protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria de la empresa denominada Tumbas Sancho Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma cláusula de sus estatutos.—Santo Domingo de Heredia, 29 de marzo del 2012.—Lic. Marlene Elizondo Alfaro, Notaria.—1 vez.—(IN2012026564).
Ante la notaría del Licenciado Róger Antonio Sancho Rodríguez, mediante escritura número 223-21, visible al folio 108 frente del tomo vigésimo primero del protocolo de dicho notario, otorgada a las 15 horas del día 28 de marzo del 2012, a solicitud de Hernán Roberto Morales Vargas, cédula de identidad número dos-trescientos quince-quinientos cincuenta y seis, el suscrito notario, protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria de la empresa denominada Inversiones Alto Vigia Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-072726, mediante la cual se reforman cláusulas de sus estatutos.—Santo Domingo de Heredia, 30 de marzo del 2012.—Lic. Róger Antonio Sancho Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012026565).
Por escritura pública otorgada en mi notaría el día de hoy, se ha protocolizado acta mediante la cual las sociedades Ricoma H.L.B. S. A.; Durlar Costa Rica S. A.; Nelama H.L.B. S. A.; Sirianto H.L.B. S. A.; Hacienda Los Balcanes S. A. e Inmobiliaria Jardines de Santa Ana S. A.; se han fusionado con Magapu H.L.B. S. A., para que prevalezca en la fusión esta sociedad, escritura otorgada a las diecisiete horas del día veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Ana Virginia Madrigal Murillo, Notaria.—1 vez.—(IN2012026566).
Ante la notaría del Licenciado Róger Antonio Sancho Rodríguez, mediante escritura número 224-21, visible al folio 108 frente del tomo vigésimo primero del protocolo de dicho notario, otorgada a las 8 horas del día 29 de marzo del 2012, a solicitud de Francisco Benavides González, cédula de identidad número uno-mil ciento noventa y ocho-cero cuatrocientos ochenta y seis, el suscrito notario, protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria de la empresa denominada Diseños Gacela, Publicidad Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cinco mil setecientos noventa mediante la cual se reforma cláusula de sus estatutos.—Santo Domingo de Heredia, 29 de marzo del 2012.—Lic. Róger Antonio Sancho Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012026567).
Ante esta notaría por medio de escritura pública número 179-II otorgada en Guanacaste a las 14:45 horas del 29 de marzo del 2012 se protocolizó el acta número uno de la sociedad Cypress Gardens Ltda., en la cual se tomaron los siguientes acuerdos Primero Se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo. Segundo: Se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo. Tercero: Se remueve a gerente general de la sociedad. Cuarto: Se realizan los siguientes nombramientos: Gerente General Uno: Jorge Moreno Caravaca, Gerente General Dos: Michael Giles Edsell.—Guanacaste, 29 de marzo del 2012.—Lic. Laura Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012026568).
Ante esta notaría por medio de escritura pública número 178-II otorgada en Guanacaste a las 14:30 horas del 29 de marzo del año 2012 se protocolizó el acta número uno de la sociedad Scenic Lake Ltda., en la cual se tomaron los siguientes acuerdos: Primero: Se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo. Segundo: Se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo. Tercero: Se remueve a gerente general de la sociedad. Cuarto: Se realizan los siguientes nombramientos: Gerente General Uno: Jorge Moreno Caravaca, Gerente General Dos: Michael Giles Edsell.—Guanacaste, 29 de marzo del 2012.—Lic. Laura Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012026569).
Ante esta notaría por medio de escritura pública número 177-II otorgada en Guanacaste a las 14:00 horas del 29 de marzo del 2012 se protocolizó el acta número uno de la sociedad Sping Warmest Air Ltda., en la cual se tomaron los siguientes acuerdos Primero:... Segundo: Se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo. Tercero: Se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo. Cuarto: Se remueve a gerente y subgerente de la sociedad. Quinto: Se realiza el siguiente nombramiento: Gerente General: Lawrence Michael Johnson.—Guanacaste, 29 de marzo del año 2012.—Lic. Laura Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012026570).
La suscrita, Kattia Quirós Chévez, notaria pública con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día veintinueve de marzo del dos mil doce, protocolicé acta de la empresa Monsa Inversiones Reales Montaño Sáenz Sociedad Anónima, en la que se acuerda la modificación del domicilio social, se revocan nombramientos y se realizan nuevos.—San José, veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Kattia Quirós Chévez, Notaria.—1 vez.—(IN2012026571).
Ante esta notaría por medio de escritura pública número 182-II, otorgada en Guanacaste a las 16:45 horas del 29 de marzo del 2012 se constituyó la sociedad denominada Serene Waves Enterprises Limitada. Con un plazo social: 90 años. Domicilio: Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, en frente del Banco Nacional, oficinas de PSC Attorneys. Capital social: doce mil colones exactos. Gerente General Uno: Luis Eduardo Castro Soto.—Guanacaste, 29 de marzo del 2012.—Lic. Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012026572).
Ante esta notaría por medio de escritura pública número 182-II, otorgada en Guanacaste a las 16:45 horas del 29 de marzo del 2012 se constituyó la sociedad denominada Guanacaste Travel Routes LLC Limitada. Con un plazo social: 90 años. Domicilio: Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, en frente del Banco Nacional, oficinas de PSC Attorneys. Capital social: doce mil colones exactos. Gerente General Uno: Luis Eduardo Castro Soto.—Guanacaste, 29 de marzo del 2012.—Lic. Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012026573).
Ante esta notaría por medio de escritura pública número 182-II, otorgada en Guanacaste a las 16:45 horas del 29 de marzo del 2012 se constituyó la sociedad denominada Fantastic Experiment Enterprises LLC Limitada. Con un plazo social: 90 años. Domicilio: Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, en frente del Banco Nacional, oficinas de PSC Attorneys. Capital social: doce mil colones exactos. Gerente General Uno: Luis Eduardo Castro Soto.—Guanacaste, 29 de marzo del 2012.—Lic. Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012026574).
Ante esta notaría por medio de escritura pública número 182-II, otorgada en Guanacaste a las 16:45 horas del 29 de marzo del 2012 se constituyó la sociedad denominada Rocky Coast Investments Limitada. Con un plazo social: 90 años. Domicilio: Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, en frente del Banco Nacional, oficinas de PSC Attorneys. Capital social: doce mil colones exactos. Gerente General Uno: Luis Eduardo Castro Soto.—Guanacaste, 29 de marzo del 2012.—Lic. Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012026576).
El suscrito, Luis Enrique Salazar Sánchez, notario público con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día veintinueve de marzo del dos mil doce, protocolicé acuerdos de las empresas Sublime Enterprises S. A., Vandelay Industries S. A., Advantage Microloans Corporation S. A., Holdings Nellore S. A., Atequia Corporation AZ S. A., Holdings Looksha S. A., Holdings Telkwa S. A., Holdings Folbot S. A., Green Hills University S. A., Vista de Oro Ventures V.O.V., Costarican Grand Bay Investments C.R.G. S.R.L., y Verona West Side Investments S.R.L., por los cuales se acuerda la fusión entre ellas, prevaleciendo la empresa Verona West Side Investments S.R.L.—San José, veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Luis Enrique Salazar Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2012026577).
Mediante escritura número diecisiete-trece otorgada ante el suscrito notario Carlos Arturo Terán París al ser las dieciséis horas del veintinueve de marzo del dos mil doce, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la empresa 3-102-522219 Limitada, en la cual se acordó nombrar nuevo gerente.—San José, veintinueve de marzo del dos mil doce.—MSC Carlos Arturo Terán Paris, Notario.—1 vez.—(IN2012026578).
Ante esta notaría por medio de escritura pública número 182-II, otorgada en Guanacaste a las 16:45 horas del 29 de marzo del 2012 se constituyó la sociedad denominada Both Sides of the Story Investments Limitada. Con un plazo social: 90 años. Domicilio: Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, en frente del Banco Nacional, oficinas de PSC Attorneys. Capital social: doce mil colones exactos. Gerente General Uno: Luis Eduardo Castro Soto.—Guanacaste, 29 de marzo del 2012.—Lic. Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012026579).
El suscrito Luis Enrique Salazar Sánchez, notario público con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día veintinueve de marzo del dos mil doce, se traspasó la identidad jurídica de las empresas Servicios de Mantenimiento Maencemo E.I.R.L., Servicios de Mantenimiento Gecamo E.I.R.L., Servicios de Mantenimiento Mamosa E.I.R.L., Servicios de Asesoría y Mantenimiento Nabrego E.I.R.L., Servicios de Mantenimiento Lufrajón E.I.R.L., Servicios de Mantenimiento Rantero E.I.R.L., Servicios de Mantenimiento Jamonsali E.I.R.L. y Servicios de Mantenimiento Maveque E.I.R.L., al señor Walter Asdrúbal Vega Jiménez. Ese mismo día se protocolizó acta donde dichas empresas se fusionan con la empresa Servicios de Mantenimiento Aveji E.I.R.L., prevaleciendo la empresa Servicios de Mantenimiento Aveji E.I.R.L.—San José, veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Luis Enrique Salazar Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2012026581).
Por escritura número trescientos catorce-cinco otorgada ante esta notaría a las diecisiete horas del veintiocho de marzo del dos mil doce, por acuerdo de socios, se conviene disolver la sociedad anónima denominada Elipsis y Asociados Sociedad Anónima. Presidenta: Ana Inés Bolaños Castro.—Lic. María Cecilia Valverde Marín, Notaria.—1 vez.—(IN2012026582).
Ante esta notaría por medio de escritura pública número 182-II, otorgada en Guanacaste a las 16:45 horas del 29 de marzo del 2012 se constituyó la sociedad denominada Pacific Fabulous Investment LLC Limitada. Con un plazo social: 90 años. Domicilio: Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, en frente del Banco Nacional, oficinas de PSC Attorneys. Capital social: doce mil colones exactos. Gerente general uno: Luis Eduardo Castro Soto.—Guanacaste, 29 de marzo del 2012.—Lic. Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012026583).
Por escritura número trescientos diecisiete-cinco otorgada ante esta notaría a las catorce horas del veintinueve de marzo del dos mil doce, por acuerdo de socios, se conviene disolver la sociedad anónima denominada Galería de Arte El Terruño Sociedad Anónima. Presidente: Álvaro Muñoz Lépiz.—Lic. María Cecilia Valverde Marín, Notaria.—1 vez.—(IN2012026584).
Por escritura número trescientos dieciséis-cinco otorgada ante esta notaría a las nueve horas treinta minutos del veintinueve de marzo del dos mil doce, por acuerdo de socios, se conviene disolver la sociedad anónima denominada Novamerica Sistemas Sociedad Anónima. Presidenta: Flor Agüero Navarro.—Lic. María Cecilia Valverde Marín, Notaria.—1 vez.—(IN2012026585).
Ante esta notaría por medio de escritura pública número 182-II, otorgada en Guanacaste a las 16:45 horas del 29 de marzo del 2012 se constituyó la sociedad denominada Another Day in Paradise Enterprises Limitada. Con un plazo social: 90 años. Domicilio: Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, en frente del Banco Nacional, oficinas de PSC Attorneys. Capital social: doce mil colones exactos. Gerente general uno: Luis Eduardo Castro Soto.—Guanacaste, 29 de marzo del 2012.—Lic. Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012026588).
Ante esta notaría por medio de escritura pública número 182-II, otorgada en Guanacaste a las 16:45 horas del 29 de marzo del 2012 se constituyó la sociedad denominada A Thusand Awesome Ideas Investments LLC Limitada. Con un plazo social: 90 años. Domicilio: Guanacaste. Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, en frente del Banco Nacional, oficinas de PSC Attorneys. Capital social: doce mil colones exactos. Gerente general uno: Luis Eduardo Castro Soto.—Guanacaste, 29 de marzo del 2012.—Lic. Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012026589).
Ante esta notaría por medio de escritura pública número 182-11, otorgada en Guanacaste a las 16:45 horas del 29 de marzo del 2012 se constituyó la sociedad denominada Pacific Gallery Investment LLC Limitada. Con un plazo social: 90 años. Domicilio: Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, en frente del Banco Nacional, oficinas de PSC Attorneys. Capital social: doce mil colones exactos. Gerente general uno: Luis Eduardo Castro Soto.—Guanacaste, 29 de marzo del 2012.—Lic. Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012026590).
Ante esta notaría por medio de escritura pública número 182-II, otorgada en Guanacaste a las 16:45 horas del 29 de marzo del 2012 se constituyó la sociedad denominada The Sun of Coco Beach Investment Limitada. Con un plazo social: 90 años. Domicilio: Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, en frente del Banco Nacional, oficinas de PSC Attorneys. Capital social: doce mil colones exactos. Gerente general uno: Luis Eduardo Castro Soto.—Guanacaste, 29 de marzo del 2012.—Lic. Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012026592).
El suscrito notario hace constar que mediante escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del veintinueve de marzo del 2012, se fusionaron las sociedades Nativa Codornis Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-489783, Nativa Gavilán Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-489787, Nativa Mapache Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-489786, Nativa Delfín Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-489670, Nativa Caracol Marino Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-489785, Nativa Rana Dorada Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-489788, Nativa Gaviota Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-489696, Nativa Trucha Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-489781, Nativa Guayacán Real Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-489789, Nativa Orquídea Dorada Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-489685, Nativa Pez Luna Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-489732, Nativa Conejo del Monte Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-489731, Nativa Lobo Marino Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-489736, Nativa Lechucita Parda Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-489738, Nativa Capulinero Pechirojo Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-489741, Nativa Pato de Agua Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-489757, Nativa Halcón del Monte Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-489758, Nativa Coyote Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-489714, Nativa Níspero Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-489712 Nativa Helechos Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-489707, Nativa Caoba Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-489705, Nativa Pavito de Agua Dulce Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-489697, Nativa Gallito de Selva Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-489701, Nativa Cipresillo Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-489709, Nativa Ballena Azul Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-489694, Nativa Piches Ala Blanca Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-489896, Nativa Lapa Verde Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-489679, Nativa Sándalo Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-489676, Nativa Tucán Swansonii Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-379578, Nativa Lirio de Agua Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-379579, Nativa Laurel Negro Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-379888, prevaleciendo para todos los efectos la sociedad Nativa Rana Dorada Sociedad Anónima, y se modifica la cláusula quinta de la sociedad prevaleciente aumentándose el capital social a treinta y un mil colones.—San José, veintinueve de marzo de dos mil doce.—Lic. Álvaro Enrique Leiva Escalante, Notario.—1 vez.—(IN2012026594).
Ante esta notaría por medio de escritura pública número 182-II, otorgada en Guanacaste a las 16:45 horas del 29 de marzo del 2012 se constituyó la sociedad denominada The Share of Paradise Enterprises Limitada. Con un plazo social: 90 años. Domicilio: Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, en frente del Banco Nacional, oficinas de PSC Attorneys. Capital social: doce mil colones exactos. Gerente general uno: Luis Eduardo Castro Soto.—Guanacaste, 29 de marzo del 2012.—Lic. Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012026595).
Ante esta notaría por medio de escritura pública número 182-II, otorgada en Guanacaste a las 16:45 horas del 29 de marzo del 2012 se constituyó la sociedad denominada Explore the Peace Investment Limitada. Con un plazo social: 90 años. Domicilio: Guanacaste. Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, en frente del Banco Nacional, oficinas de PSC Attorneys. Capital social: doce mil colones exactos. Gerente general uno: Luis Eduardo Castro Soto.—Guanacaste, 29 de marzo del 2012.—Lic. Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012026596).
El suscrito notario hace constar que mediante escritura otorgada ante esta notaría a las diecisiete horas del veintinueve de marzo del 2012, se fusionaron las sociedades Nativa Condominium Employes Pay Roll Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-528811, Nativa Development & Construction Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-531617 y Nativa Corporate Services Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-527613, prevaleciendo para todos los efectos la sociedad Nativa Corporate Services Sociedad Anónima, y se modifica la cláusula quinta de la sociedad prevaleciente aumentándose el capital social a tres mil colones.—San José, veintinueve de marzo de dos mil doce.—Lic. Álvaro Enrique Leiva Escalante, Notario.—1 vez.—(IN2012026597).
El suscrito notario hace constar que mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16:00 horas del 29 de marzo de 2012, se acuerda reformar la cláusula tercera (domicilio), cuarta (plazo social), sétima (junta directiva y representación) de la sociedad Plásticos Pantera S. A.—San José, veintinueve de marzo de dos mil doce.—Lic. Álvaro Enrique Leiva Escalante, Notario.—1 vez.—(IN2012026599).
Ante esta notaría por medio de escritura pública número 182-II, otorgada en Guanacaste a las 16:45 horas del 29 de marzo del 2012 se constituyó la sociedad denominada Familiy Business in Costa Rica LLC Limitada. Con un plazo social: 90 años. Domicilio: Guanacaste. Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, en frente del Banco Nacional, oficinas de PSC Attorneys. Capital social: doce mil colones exactos. Gerente general uno: Luis Eduardo Castro Soto.—Guanacaste, 29 de marzo del 2012.—Lic. Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012026600).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las ocho horas del veintinueve de marzo del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Inversiones Céspedes y Chacón Sociedad Responsabilidad Limitada, cédula jurídica numero tres-ciento dos-setenta y dos mil cuatrocientos sesenta y uno, en que se acuerda la disolución de la misma. Es todo.—Heredia, veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Marianela Jiménez Valerio, Notaria.—1 vez.—(IN2012026602).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 13:30 horas, del 28 de marzo del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Representaciones de Agencias Marítimas Sociedad Anónima, en donde se acuerda la disolución.—28 de marzo del 2012.—Msc. Sugeily Hernández Azofeifa, Notaria.—1 vez.—(IN2012026604).
Ante esta notaría por medio de escritura pública Nº 182-I, otorgada en Guanacaste a las 16:45 horas del 29 de marzo del año 2012 se constituyó la sociedad denominada Sunny Side of Costa Rica LLC Limitada. Plazo social: 90 años. Domicilio: Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, en frente del Banco Nacional, oficinas de PSC Attorneys. Capital social: Doce mil colones exactos, gerente general uno: Luis Eduardo Castro Soto.—Guanacaste, 29 de marzo del 2012.—Lic. Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012026606).
Ante esta notaría por medio de escritura pública número 182-I, otorgada en Guanacaste a las 16:45 horas del 29 de marzo del año 2012 se constituyó la sociedad denominada Amazing Highlands of Costa Rica Limitada. Plazo social: 90 años. Domicilio: Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, en frente del Banco Nacional, oficinas de PSC Attorneys. Capital social: Doce mil colones exactos, gerente general uno: Luis Eduardo Castro Soto.—Guanacaste, 29 de marzo del 2012.—Lic. Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012026607).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:30 horas del 28 de marzo del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Representaciones de Gases Centroamericanos Sociedad Anónima, en donde se acuerda la disolución.—San José, 28 de marzo del 2012.—Msc. Sugeily Hernández Azofeifa, Notaria.—1 vez.—(IN2012026609).
Ante esta notaría por medio de escritura pública número 182-I, otorgada en Guanacaste a las 16:45 horas del 29 de marzo del año 2012 se constituyó la sociedad denominada The Treasure For The Senses Limitada. Plazo social: 90 años. Domicilio: Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, en frente del Banco Nacional, oficinas de PSC Attorneys. Capital social: Doce mil colones exactos, gerente general uno: Luis Eduardo Castro Soto.—Guanacaste, 29 de marzo del 2012.—Lic. Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012026611).
A las 17:00 horas del día 8 de marzo del año 2012, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de la sociedad Fifth Phase Consultants S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa y ocho mil ciento cuarenta y seis, mediante la cual reformó la cláusula segunda y octava de los estatutos.—San José, 8 de marzo del 2012.—Lic. Allan Guerrero Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012026612).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:30 horas del de marzo del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Internacional Container Surveyors Limitada, en donde se acuerda la disolución.—San José, 28 de marzo del 2012.—Msc Sugeily Celenia Hernández Azofeifa, Notaria.—1 vez.—(IN2012026613).
Ante mí, licenciada Carla Fiorella Vincenzi Zúñiga, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la entidad denominada Eco Development Tempisque River - Palo Verde Incorporated Company mediante escritura número 120 iniciada a folio 179 vuelto del tomo trece de mi protocolo. Se otorga poder generalísimo.—Lic. Carla Fiorella Vincenzi Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(IN2012026614).
Ante esta notaría disolvió la sociedad Distribuidora Gums S. A., según artículo 201 Código de Comercio. No hay activos ni pasivos.—San José, 21 de marzo del 2012.—Lic. Sonia Montero Briceño, Notaria.—1 vez.—(IN2012026616).
Ante esta notaría por medio de escritura pública número 182-I, otorgada en Guanacaste a las 16:45 horas del 29 de marzo del año 2012, se constituyó la sociedad denominada Valuable Legacy Investment Limitada. Plazo social: 90 años. Domicilio: Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, en frente del Banco Nacional, oficinas de PSC Attorneys. Capital social: Doce mil colones exactos, gerente general uno: Luis Eduardo Castro Soto.—Guanacaste, 29 de marzo del 2012.—Lic. Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012026619).
Ante esta notaría por medio de escritura pública número 182-I, otorgada en Guanacaste a las 16:45 horas del 29 de marzo del año 2012, se constituyó la sociedad denominada Smart Investment in Paradise LLC Limitada. Plazo social: 90 años. Domicilio: Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, en frente del Banco Nacional, oficinas de PSC Attorneys. Capital social: Doce mil colones exactos, gerente general uno: Luis Eduardo Castro Soto.—Guanacaste, 29 de marzo del 2012.—Lic. Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012026620).
Ante esta notaría por medio de escritura pública número 182-I, otorgada en Guanacaste a las 16:45 horas del 29 de marzo del año 2012, se constituyó la sociedad denominada In The Midst Luxury Investment LLC Limitada. Plazo social: 90 años. Domicilio: Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, en frente del Banco Nacional, oficinas de PSC Attorneys. Capital social: Doce mil colones exactos, gerente general uno: Luis Eduardo Castro Soto.—Guanacaste, 29 de marzo del 2012.—Lic. Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012026622).
Ante esta notaría por medio de escritura pública número 182-I, otorgada en Guanacaste a las 16:45 horas del 29 de marzo del año 2012, se constituyó la sociedad denominada Paradise Gallery LLC Limitada. Plazo social: 90 años. Domicilio: Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, en frente del Banco Nacional, oficinas de PSC Attorneys. Capital social: Doce mil colones exactos, gerente general uno: Luis Eduardo Castro Soto.—Guanacaste, 29 de marzo del 2012.—Lic. Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012026623).
La Licenciada María Vanessa Roblero Arguedas, comunica a terceros interesados que ante su notaría se ha presentado los representantes legales de la compañía Centro de Tomografía Dento-Maxilar Alajuela Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-497245, para que se disuelvala empresa indicada, según se dispuso en asamblea general extraordinaria de socios, celebrada el 15 de marzo del 2012, en su domicilio legal y por mayoría unánime de sus socios y en acuerdo firme, con fundamento en el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio, razón por la cual se emplaza a acreedores y terceros que sientan lesionados sus derechos a hacerlos valer de manera judicial dentro del plazo improrrogable de treinta días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación del presente aviso. Cualquier comunicado lo puede hacer al correo electrónico vroblero87@hotmail.com. Es todo.—Alajuela, 29 de marzo del 2012.—Lic. María Vanessa Roblero Arguedas, Notaria.—1 vez.—(IN2012026624).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ministerio de Seguridad Pública.—Asesoría Jurídica.—Proceso de Desalojos
Administrativos.—Se notifica mediante edicto, al no ser posible por medio
común, según el artículo 241 inciso 4 de la Ley General de la Administración
Pública, a Damaris Castillo Víquez la resolución 670-12 D.M. Ministerio de
Seguridad Pública.—Despacho del Ministro.—San José, a las diez horas del
veintidós de febrero de dos mil doce.
Recurso de reposición incoado por Damaris
Castillo Víquez, cédula de identidad 3-197-1153, dentro de la gestión de
desahucio administrativo promovida en su contra y familia por Mario Piedra
Cerdas, en su calidad apoderado generalísimo de Corporación MP e Inversiones S.
A.
Resultando:
1º—Que mediante resolución
3403-11 DM se ordenó el desalojo de los demandados, ocupantes por mera
tolerancia del inmueble matrícula de folio real 181864-0001, sito en Tierra
Blanca de Cartago, que es en pertenecerle a la sociedad actora (fs. 11 a 13).
No obstante, Damaris Castillo Víquez interpuso recurso de reposición,
manifestando, en lo que interesa, que en la Fiscalía Adjunta de Cartago
interpuso denuncia penal contra el actor y su representada por el delito de
estafa, en el entendido, de que acudió a la oficina de préstamos de Mario
Piedra Cerdas para constituir un crédito hipotecario y no una venta del
inmueble relacionado, sin que esa negociación fuese consentida por ella. Aduce
que por la existencia de ese proceso judicial se archiven estas diligencias,
pues no existe la tolerancia como causa de ocupación. Aportó como prueba
documentación atinente al proceso penal referido (fs. 22 a 41).
2º—Que el accionante presentó nuevo memorial
indicando, en su parte medular, que la legitimidad de su representada es plena,
por cuanto, el 13 de julio de 2009 la demandada vendió la finca en pugna a Ana
Isabel Solís Ramírez, quien a su vez la enajenó en favor de su poderdante,
según contrato de compraventa realizado el 14 de marzo de 2011, acotando que en
esta negociación compareció Damaris Castillo Víquez, para comprometerse a
desocupar la finca conjuntamente con su familia en el plazo de cuatro meses
partir de esa fecha, dejando constancia de que su ocupación se sustenta en un
acto de tolerancia. Aportó como prueba fotocopias de dichas escrituras públicas
y de un cheque girado en favor de Ana Isabel Solís Ramírez como pago de la
finca en pugna (v.f. 43 a 55).
Considerando:
I.—Que en lo referente al medio de
notificación señalado por la recurrente, que constituye un correo electrónico,
es necesario indicar que este Ministerio carece de un protocolo oficialmente
establecido para notificar por ese medio. En consecuencia, se remitirán las
notificaciones a la dirección del inmueble que ocupa la demandada.
2º—Que con sustento en las hechos descritos y
pruebas aportadas, se demostró en forma fehaciente que Damaris Castillo Víquez
vendió a Ana Isabel Solís Ramírez la finca matrícula de Folio Real 181864-000
(f. 47), quien posteriormente la vendió a la Corporación MP e Inversiones S. A.
(f. 52 a 54). Asimismo, consta en esta escritura de traspaso la comparecencia
de la demandada aceptando que su ocupación y la de su familia respecto del bien
en litigio se fundamenta en un acto de tolerancia de la sociedad comparadora,
quien abandonaría el inmueble después de cuatro meses de otorgada esa
escritura, cuando lo solicitara la nueva sociedad propietaria (f. 53). Desde
esa perspectiva, está facultada legalmente la entidad accionante para
reinvindicar su derecho en esta sede conforme con los lineamientos establecidos
en el artículo 7, inciso f) de la Ley General de Arrendamientos Urbanos y
Suburbanos, aunado a la doctrina recogida por el artículo 279 del Código Civil,
según la cual “...los actos facultativos o de simple tolerancia no dan el
derecho de posesión.”. Apréciese, como se dijo, que la titularidad de la actora
es indiscutible y la posesión de los demandados no causa título alguno
oponible. Por otra parte, los procesos judiciales no tienen la virtud de
suspender las diligencias de desalojo, como pretende la demandada, toda vez que
la Sala Constitucional, en forma reiterada, ha dispuesto que la Administración
continuará con las diligencias de desalojo, a pesar de la existencia de
procesos judiciales, con la salvedad de que el juez que conozca de los mismos
en forma expresa lo ordene. Véanse votos 2003-08410, 2003-06359 y 2003-0559,
entre otros. En consecuencia, se confirma la resolución impugnada ordenándose
el desalojo de los accionados. Se omite pronunciamiento respecto de los demás
alegatos y pruebas por resultar jurídicamente irrelevantes para la
sustanciación de este criterio. Por tanto:
EL DESPACHO DEL MINISTRO, RESUELVE
Declarar sin lugar el recurso de
reposición establecido por Damaris Castillo Víquez dentro de las diligencias de
desalojo administrativo planteadas en su contra y familia por Mario Piedra
Cerdas. Se confirma la resolución 3404-11 DM, otorgándose a la parte accionada
un plazo de tres días naturales para abandonar voluntariamente el inmueble,
caso contrario se procederá al desalojo. Comuníquese. Exp. Nº 3100-11. Notifíquese.—Lic. Mario Zamora Cordero, Ministro de Seguridad Pública.—Proceso de Desalojos Administrativos.—Lic. Alejandro Chan
Ortiz, Jefe.—(IN2012026197).
SUCURSAL
DE PALMAR NORTE
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
El
suscrito Jefe Administrativo de la Sucursal de la Caja Costarricense del Seguro
Social de Palmar Norte, mediante el presente edicto y por no haber sido posible
notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente
notificación por publicación a los patronos incluidos en el cuadro que se
detalla de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de
Administración Pública. La institución le concede 5 días hábiles, para que se
presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en
sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial, tanto en
la vía civil como penal. El monto adeudado se refleja a las fechas indicadas en
los recuadros y pueden contemplar periodos que ya poseen firmeza administrativa.
SUCURSAL DE PALMAR NORTE |
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MONTO ADEUDADO AL 19/03/2012 |
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N° |
N° Patronal |
Nombre Patrono |
Monto |
1 |
0-00111380572-999-001 |
Abarca Marín Nelson Antonio |
4.924.782,00 |
2 |
0-00202860490-999-001 |
Guerrero Jara Luis Gerardo |
788.720,00 |
3 |
0-00701110438-999-001 |
Álvarez Fajardo Melvin |
2.653.040,00 |
4 |
0-00401020304-999-001 |
Rojas Vargas Rafael Ángel |
2.099.227,00 |
5 |
7-00018219473-999-001 |
Miranda Sánchez Santos Samuel |
1.193.123,00 |
6 |
0-00110330909-999-001 |
Granados Fuentes Jairo |
383.130,00 |
7 |
0-00602390250-999-001 |
Bejarano Álvarez David Eliseo |
920.876,00 |
8 |
0-00102990239-999-001 |
Corrales Brenes José |
1.133.118,00 |
9 |
7-00017568484-999-001 |
Martes Mora José Alberto |
1.074.607,00 |
10 |
0-00203790043-999-001 |
Montiel Solera Luis Gustavo |
429.180,00 |
11 |
0-00601610053-999-001 |
Cambronero Vargas Fernando José |
327.489,00 |
12 |
0-00600590494-999-001 |
Mayorga Canales Jorge Osvaldo |
946,111,00 |
13 |
0-00601860566-999-001 |
Corrales Barrientos Carlos |
882.456,00 |
14 |
0-00603250179-999-001 |
Vargas Araya Maria de los Áng. |
934.390,00 |
15 |
0-00503190692-999-001 |
Pérez López Alexander |
1.000.683,00 |
16 |
0-00204830743-999-001 |
Rodríguez Cruz Cecilio |
958.294,00 |
17 |
7-00016825018-999-001 |
Sevilla Sánchez Santos Napoleón |
943.594,00 |
18 |
7-00016322615-999-001 |
Chavarría Cabrera German |
929.716,00 |
19 |
0-00601840234-999-001 |
Dávila Rosales Pedro José |
682.072,00 |
20 |
0-00104580313-999-001 |
Tenorio Castro Luis Gerardo |
446.981,00 |
21 |
0-00601850745-999-001 |
Corea Ruiz Ramón Inocente |
23.262,00 |
22 |
0-00500970038-999-001 |
Vásquez López Matilde G. |
828.196,00 |
23 |
0-00602440080-999-001 |
Torres Jiménez Wilber |
625.793,00 |
24 |
0-00205980543-999-001 |
Rodríguez Núñez Marlon Jesús |
696.048,00 |
25 |
7-00017227180-999-001 |
Baez Duarte Juan José |
686.092,00 |
26 |
0-00603460433-999-001 |
Sánchez Quirós Jhonny |
88.239,00 |
27 |
0-00602740644-999-001 |
Álvarez Hernández Lenis |
704.953,00 |
28 |
0-00602550913-999-001 |
Castillo Beita Luis Fernando |
670.742,00 |
29 |
0-00601060107-999-001 |
García Dominguez José Felix |
682.783,00 |
30 |
7-00017713851-999-001 |
Sánchez Baltodano Aristides J. |
653.150,00 |
31 |
0-00603490922-999-001 |
González Lamas Linda |
668.976,00 |
32 |
0-00601070768-999-001 |
Reyes Flores Felix |
513.014,00 |
33 |
0-00603410827-999-001 |
Zúñiga Villarreal Rigoberto |
629.236,00 |
34 |
0-00602290792-999-001 |
Acuña Morales Elber |
596.726,00 |
35 |
0-00109360575-999-001 |
González Retana Yesenia |
293.620,00 |
36 |
0-00602390716-999-001 |
Morales Jiménez Elías |
569.471,00 |
37 |
0-00602550223-999-001 |
Azofeifa Jiménez Luis Day |
600.778,00 |
38 |
0-00603480189-999-001 |
Segura Navarro Carlos Luis |
478.360,00 |
39 |
0-00601710202-999-001 |
Mora Leiva Rene Alejandro |
565.119,00 |
40 |
0-00603700007-999-001 |
Salazar Marchena Rafael Ángel |
534.285,00 |
41 |
7-00016024916-999-001 |
Castillo Rocha Francisco |
96.626,00 |
42 |
0-00600610167-999-001 |
Beita Palacios Emigdio |
545.675,00 |
43 |
0-00111780939-999-001 |
Castillo Vega Javier Adrián |
514.964,00 |
44 |
0-00603510008-999-001 |
Hernández Delgado Olger |
541.879,00 |
45 |
0-00601190457-999-001 |
Quesada Ramírez Alfonso |
537.786,00 |
46 |
0-00603170440-999-001 |
Markus Mendoza Deybit Ángel |
16.144,00 |
47 |
7-00014951197-999-001 |
Ward David Lee |
569.903,00 |
48 |
0-00108940222-999-001 |
Monge Duan Randall |
586.162,00 |
49 |
0-00501040142-999-001 |
Camacho Espinoza Carlos |
591.036,00 |
50 |
0-00603430141-999-001 |
Miranda Villarreal David Andrés |
532.168,00 |
51 |
0-00602890402-999-001 |
Villalobos Vindas Johnny |
21.685,00 |
52 |
0-00111660711-999-001 |
Baldelomar Masís Jonathan |
18.798,00 |
53 |
0-00204330099-999-001 |
Fernández Campos Hermes |
529.360,00 |
54 |
0-00603210145-999-001 |
Umaña Carmona Mónica Wendy |
457.040,00 |
55 |
0-00602630428-999-001 |
Muñoz Ortiz Marvin |
462.260,00 |
56 |
0-00603010179-999-001 |
Osorno Abrigo Luis Eladio |
534.448,00 |
57 |
0-00601810840-999-001 |
Rodríguez Flores Alejandro |
520.039,00 |
58 |
0-00113640345-999-001 |
Arias Jiménez Oscar David |
414.526,00 |
59 |
0-00111320304-999-001 |
Rojas Alfaro Marianela |
419.587,00 |
60 |
7-00017710989-999-001 |
Higuita Sánchez Manuel Alb. |
426.105,00 |
Gerencia
Financiera, Unidad Gestión de Cobro.—Lic. Fulvio
Alvarado Agüero, Administrador.—(IN2012023138).
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
DIRECCIÓN
DE INSPECCIÓN
Por encontrarse cerrado el
centro de trabajo denominado Mer s Beauty Salón, ubicado en San José, central
distrito El Carmen, avenida 5, calles 1-3, 90 metros este de RACSA, e ignorarse
el domicilio actual de la señora Moodie Fredericks Merlyn Evelyn, con número
patronal 0-00701860797-001-001, se procede a notificar por medio de edicto, que
el Área de Control Contributivo de la Dirección de Inspección de la Caja
Costarricense de Seguro Social, conforme lo dispone el artículo 10 del Reglamento
para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores
Independientes, hace de su conocimiento que como resultado del estudio iniciado
por esta dependencia, se determinó que la señora Moodie Fredericks Merlyn
Evelyn ejerce una actividad económica con una trabajadora y por ende existe la
obligatoriedad de inscribirse como patrono, ante la Caja. En aplicación de lo
dispuesto para la Inscripción Patronal, el total de salarios afectados es de
¢160.000,00, que representa en cuotas obreras y patronales en los Regímenes de
Enfermedad y Maternidad (E.M.) e Invalidez, Vejez y Muerte (I.V.M.) la suma de
¢35.744,00, a partir de junio del 2011. Se le confiere un plazo de diez días
hábiles, contados a partir del siguiente día de su publicación, para ofrecer
las pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le
previene que debe señalar lugar o medio para notificaciones dentro del
perímetro administrativo de San José. En caso de no indicarlo, las resoluciones
posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con solo el
transcurso de 24 horas, contadas a partir de la fecha de la resolución.
Consulta expediente: en esta oficina situada en el quinto piso de edificio
Laureano Echandi Jiménez, avenida 2a, calles 5 y 7, teléfono
2539-10-26, fax 2256-08-80, se encuentra a su disposición el expediente para
los efectos que dispone la Ley. Notifíquese.—San José,
28 de marzo de 2012.—Área de Control Contributivo.—Lic. Doris Valerio Bogantes,
Jefa.—1 vez.—RP2012286473.—(IN2012026264).
Por ignorarse el domicilio
actual del trabajador independiente Arroyo Cubillo Édgar Martín, número de
asegurado 0-00106350771-001-001,de conformidad con lo dispuesto en el artículo
20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones
Patronales y de Trabajadores Independientes”, se procede a notificar por medio
de edicto, que el Área de Control Contributivo de la Dirección de Inspección de
la Caja Costarricense de Seguro Social, conforme lo dispone el artículo l0 del
Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de
Trabajadores Independientes, hace de su conocimiento, que como resultado del
estudio iniciado por esta dependencia, se determinó presunto incumplimiento, al
no estar con el ingreso de referencia mínimo establecido para un Trabajador
Especializado Genérico, según la escala de salarios del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social, ello a razón del trabajo que realizaba en la administración
de su negocio. Se actualiza el ingreso de referencia, del señor Arroyo Cubillo
Édgar Martín, número de afiliado 0-00106350771-999-001, a partir de marzo del
2011, que representa una diferencia en el ingreso de referencia de ¢111.599,41
y un incremento en las cuotas en los Regímenes de Enfermedad y Maternidad
(E.M.) e Invalidez, Vejez y Muerte (I.V.M.) la suma de ¢12.834,00. Se le
confiere un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente día de
su publicación, para ofrecer las pruebas de descargo y hacer las alegaciones
jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar para
notificaciones dentro del perímetro administrativo de San José. En caso de no
indicar, lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al
traslado de cargos se tendrán por notificados con solo el transcurso de 24
horas, contadas a partir de la fecha de la resolución. Consulta expediente: en
esta oficina situada en el quinto piso de edificio de oficinas Centrales de la
Caja Costarricense de Seguro Social, avenida 2a, calles 5 y 7,
teléfono 2539-1025, 2539-1026 y fax 2256-0880. Se encuentra a su disposición el
expediente para los efectos que dispone la Ley. Notifíquese.—Área
de Control Contributivo.—Lic. Johnny Mora Quesada, Jefe de Subárea,.—1 vez.—RP2012286474.—(IN2012026265).
Por ignorarse el domicilio actual del Patrono Cubillo Rojas Wilmer
Alberto, N° Patronal: 0-00900750596-001-001, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las
Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”, se procede a
notificar por medio de edicto, que el Área de Control Contributivo, de la
Dirección de Inspección de la Caja Costarricense de Seguro Social, conforme lo
dispone el artículo 10 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la
Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes, hace de su
conocimiento, que como resultado del estudio iniciado por esta dependencia, se
determinó presunto incumplimiento patronal por haber omitido asegurar, ante la
Caja al trabajador Corrales Segura Óscar Alonso a partir del 21 de setiembre de
2006. El detalle de salarios omitidos consta en el detalle de cuotas que rola
en el expediente administrativo.
Total de Salarios ¢263.000,00
Total de Cuotas ¢58.755,00
Banco Popular Obrero ¢2.630,00
Fondo Capitalización Laboral ¢7.890,00
Fondo Pensión Complementaria ¢1.315,00
Aporte Patronal Banco Popular ¢658,00
Instituto Nacional de Seguros ¢2.630,00
Se le confiere un plazo de diez
días hábiles, contados a partir del siguiente día de su publicación, para
ofrecer las pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes.
Se le previene que debe señalar lugar o medio para notificaciones dentro del
perímetro administrativo de San José, de no indicar lugar o medio para
notificaciones, las resoluciones posteriores al traslado de cargos se tendrán
por notificadas con solo el transcurso de 24 horas, contadas a partir de la
fecha de la resolución. Consulta expediente: en esta oficina situada en el
quinto piso de edificio Laureano Echandi Jiménez, avenida 2a, calle
7 teléfono 2539-1025, fax 2256-0880, se encuentra a su disposición el
expediente para los efectos que dispone la Ley. Notifíquese.—San
José, 28 de marzo de 2012.—Área de Control Contributivo.—Lic. Johnny Mora
Quesada, Jefe Subárea.—1 vez.—RP2012286476.—(IN2012026266).
Por encontrarse cerrado y desocupado el centro de
trabajo e ignorarse el domicilio actual de la persona física Galán Caro Ariadna
Catalina, número patronal 7-00028819246-001-001, se procede a notificar por
medio de edicto, que el Área de Control Contributivo de la Dirección de
Inspección de la Caja Costarricense de Seguro Social, conforme lo dispone el
articulo 10 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones
Patronales y de Trabajadores Independientes”, hace de su conocimiento que el
resultado del estudio iniciado por esta dependencia, determinó que la patrona
física Galán Caro Ariadna Catalina, ejerció la actividad económica de
peluquería y otros tratamientos de belleza en el mes de setiembre del 2011, con
un trabajador y por ende existió la obligatoriedad de inscribirla como patrona,
ante la Caja.
En aplicación de lo dispuesto para la Inscripción Patronal, el total de
salarios afectados es de ¢111.307,00, que representa en cuotas obreras y
patronales en los Regímenes de Enfermedad y Maternidad (E.M.) e Invalidez,
Vejez y Muerte (I.V.M.) la suma de ¢24.866,00.
Se le confiere un plazo de diez días hábiles, contados a partir del
siguiente día de su publicación, para ofrecer las pruebas de descargo y hacer
las alegaciones jurídicas pertinentes.
Se le previene que, debe señalar lugar o medio para notificaciones dentro
del perímetro administrativo de San José, en caso de no indicarlo, las
resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con
solo el transcurso de 24 horas, contadas a partir de la fecha de la resolución.
Consulta expediente: en esta oficina situada en el quinto piso de edificio
Laureano Echandi Jiménez, avenida 2a, calles 5 y 7, teléfono
2539-1026, fax 2256-08-80, se encuentra a su disposición el expediente para los
efectos que dispone la Ley.—Notifíquese.— Área de Control Contributivo.—Lic.
Johnny Mora Quesada, Jefe Subárea.—1
vez.—RP2012286477.—(IN2012026267).
Por encontrarse cerrado el centro de trabajo
denominado Clínica y Restauración y Estética Dental Doctora Andrea Ramírez,
ubicado en Curridabat de Plaza Milano 75 metros oeste, edificio dos pisos, e
ignorarse el domicilio actual de la señora Ramírez Portilla Andrea, con número
patronal 0-00109920842-001-001, se procede a notificar por medio de edicto, que
el Área de Control Contributivo de la Dirección de Inspección de la Caja
Costarricense de Seguro Social, conforme lo dispone el artículo 10 del
Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de
Trabajadores Independientes, hace de su conocimiento que como resultado del
estudio iniciado por esta dependencia, se determinó que la señora Ramírez
Portilla Andrea ejerce una actividad económica con una trabajadora y por ende
existe la obligatoriedad de inscribirse como patrono, ante la Caja.
En aplicación de lo dispuesto para la Inscripción Patronal, el total de
salarios afectados es de ¢170.000,00, que representa en cuotas obreras y
patronales en los Regímenes de Enfermedad y Maternidad (E.M.) e Invalidez,
Vejez y Muerte (I.V.M.) la suma de ¢37.978,00, a partir de setiembre del 2010.
Se le confiere un plazo de diez días hábiles, contados a partir del
siguiente día de su publicación, para ofrecer las pruebas de descargo y hacer
las alegaciones jurídicas pertinentes.
Se le previene que, debe señalar lugar o medio para notificaciones dentro
del perímetro administrativo de San José, En caso de no indicarlo, las
resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con
solo el transcurso de 24 horas, contadas a partir de la fecha de la resolución.
Consulta expediente: en esta oficina situada en el quinto piso de edificio
Laureano Echandi Jiménez, avenida 2a, calles 5 y 7, teléfono
2539-1026, fax 2256-0880, se encuentra a su disposición el expediente para los
efectos que dispone la Ley.—Notifíquese.—Área de Control Contributivo.—Lic.
Doris Valerio Bogantes, Jefa.—1
vez.—RP2012286478.—(IN2012026268).
Por ignorarse el domicilio actual del Trabajador
Independiente, número de afiliado 7-00016680846-999-001, se procede a notificar
por medio de edicto, que el Área de Control Contributivo de la Dirección de
Inspección de la Caja Costarricense de Seguro Social, conforme lo dispone el
articulo 10 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones
Patronales y de Trabajadores Independientes”, hace de su conocimiento que el
resultado del estudio iniciado por esta dependencia, determino que el
Trabajador Independiente Martínez Morales Francisco Pedro ejerció una actividad
económica en forma independiente en el mes de enero del 2011, y por ende
existió la obligatoriedad de inscribirlo como Trabajador Independiente ante la
Caja Costarricense de Seguro Social.
En aplicación de lo dispuesto para la Afiliación de Trabajador
Independiente, el ingreso de referencia corresponde a ¢237.353,28, que
representa en cuotas obreras y patronales en los Regímenes de Enfermedad y
Maternidad (E.M.) e Invalidez, Vejez y Muerte (l.V.M.) la suma de ¢27.295,00.
Se le confiere un plazo de diez días hábiles, contados a partir del
siguiente día de su publicación, para ofrecer las pruebas de descargo y hacer
las alegaciones jurídicas pertinentes.
Se le previene que, debe señalar lugar o medio para notificaciones dentro
del perímetro administrativo de San José, En caso de no indicarlo, las
resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con
solo el transcurso de 24 horas, contadas a partir de la fecha de la resolución.
Consulta expediente: en esta oficina situada en el quinto piso de edificio
Laureano Echandi Jiménez, avenida 2a, calles 5 y 7, teléfono
2539-1026, fax 2256-0880, se encuentra a su disposición el expediente para los
efectos que dispone la Ley.—Notifíquese.—Área de Control Contributivo.—Lic.
Doris Valerio Bogantes, Jefa.—1
vez.—RP2012286479.—(IN2012026269).
ASESORÍA LEGAL REGIÓN BRUNCA
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Asesoría Legal.—Región Brunca.—Palmares de
Pérez Zeledón, a las trece horas del veintinueve de febrero del dos mil doce.
Que habiéndose dictado resolución inicial dentro del procedimiento
administrativo de revocatoria de asignación y subsecuente nulidad de título por
la causal de incumplimiento del artículo 68 inciso 4) apartado b), en relación
con el 66 de la Ley 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, sea abandono
injustificado de la parcela, en el primer caso, Expediente DRB-OSSI-2011000022,
y abandono injustificado del lote y la familia en el segundo caso, Expediente
DRB-OSSI-2012000001, se cita y emplaza a los administrados que a continuación
se detallan, para que comparezcan a una audiencia oral y privada que se
realizará en el día y hora que se indica en cada caso particular todas del año
2012, realizadas todas en las instalaciones de la Dirección Regional Brunca del
Instituto de Desarrollo Agrario en Palmares de Pérez Zeledón.
Nombre |
Cédula |
Predio y Asentamiento |
Expediente |
Fecha de audiencia |
Henry Gerardo Elizondo Jiménez y Floribeth Amador Sáenz |
1-1004-820 y 6-303-804 |
Parcela 14 La Cuscusa |
DRB-OSSI-2011000022 |
11 de mayo de 2012 a las 08:00
horas. |
Juan Carlos Mora Fernández |
9-088-278 |
Lote 21-69 Baidambú |
DRB-OSSI-2012000001 |
11 de mayo de 2012 a las 10
horas. |
Se pone en conocimiento para
todos los casos que la prueba de la administración esté contenida en el
expediente que se encuentra en la Asesoría Legal de la Región Brunca en la sede
de la Dirección Regional del Instituto de Desarrollo Agrario en Palmares de
Pérez Zeledón, contiguo a las bodegas de la Cervecería Costa Rica, el cual
podrá ser consultado y fotocopiado a su costo. Deben los administrados, dentro
de los tres días posteriores a la notificación de la presente, señalar o
ratificar lugar para escuchar notificaciones dentro del perímetro judicial de
la ciudad de San Isidro de Pérez Zeledón, o un fax que se encuentre dentro del
territorio nacional, bajo apercibimiento que de no hacerlo o si el lugar
señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere o fuese imposible la
comunicación, toda resolución se tendrá por notificada con el transcurso de
veinticuatro horas después de dictada. Por la trascendencia del procedimiento
que se califica como ordinario se le advierte a los administrados que el día de
la comparecencia pueden hacerse acompañar por un abogado. En caso de no
presentarse sin justa causa que lo motive se procederá a resolver lo que
corresponda con la prueba que obra en el expediente. Se les hace saber que
máximo al día y hora de la audiencia pueden ofrecer y aportar toda la prueba
que consideren oportuna en defensa de sus derechos y que en el caso de ser
testimonial, su presentación corre por su cuenta y deben de comparecer a la
misma fecha y hora de la audiencia señalada, para lo cual deben venir
debidamente identificados. A la audiencia deben comparecer ya sea en forma
personal o por medio de apoderado, de igual forma se les hace saber que de
comprobarse los hechos investigados se les revocará la adjudicación del terreno
y se ordenará al Registro Público de la Propiedad anular el título de propiedad
señalado supra, lo que consecuentemente trae aparejado que el mismo se revierta
al Instituto de Desarrollo Agrario. Se informa a los administrados que la
presente resolución inicial tiene los recursos ordinarios de revocatoria y
apelación, debiéndose interponer, el de revocatoria dentro de las veinticuatro
horas y el de apelación dentro del término de tres días contados a partir de la
última comunicación del acto. Dichos Recursos deberán presentarse ante la
Asesoría Legal Región Brunca del IDA. Notifíquese.—Lic.
Margarita Elizondo Jiménez, Asesoría Legal.—(IN2012024246).
Asesoría Legal.—Región Brunca.—San Isidro de
Pérez Zeledón, a las trece horas del dieciséis de marzo del dos mil doce. Se ha
dictado resolución final dentro procedimiento administrativo de revocatoria de
Adjudicación y nulidad de Título incoado contra los administrados que se
detallan, indicándoles a cada uno de ellos que la Junta Directiva ha dispuesto
mediante el acuerdo que se consigna para cada caso particular, revocar la
asignación que mantienen sobre el predio que les fuera asignado, por la causal
de Abandono Injustificado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68,
inciso 4 párrafo b) de la Ley Nº 2825 del 14 de octubre de 1961, en los dos
primeros casos y en el tercero además de dicha causal, también por Explotación
Indirecta del Predio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68, inciso
4) párrafo d) de la Ley Nº 2825 del 14 de octubre de 1961, en ese sentido se autorizó
a la Asesoría legal de la Región Brunca a comunicar mediante exhorto al
Registro Público la nulidad del titulo de propiedad.
Nombre |
Cédula |
Predio y Asentamiento |
Expediente |
Acuerdo de Junta Directiva |
Gerardo Olivares Gamboa |
1-865-191 |
Granja 9-A-21 Asentamiento El
Percal |
DRB-OSSI-2011000018 |
Artículo 38, Sesión Ord.
009-2012, 05 marzo de 2012 |
Cosme Acuña Valverde |
1-612-128 |
Parcela 15 Asentamiento Sansi |
DRB-OSCB-011000004 |
Artículo 39, Sesión Ord.
009-2012, 05 marzo de 2012 |
Carlos Castro Badilla |
1-685-340 |
Lote 26-4 Asentamiento Cristo Rey |
NUL-009-2009-OSSI-ALB-ME |
Artículo 37, Sesión Ord.
041-2011, 14 noviembre de 2011 |
Se advierte a los interesados
que contra esta resolución cabe un Recurso de Apelación ante el Tribunal
Superior Agrario, en el término de cinco días a partir de la notificación, con
fundamento en los artículos 66 y 177 de la Ley 2825, Ley de Tierras y
Colonización del 14 de octubre de 1961 y II inciso D) de la Ley de Jurisdicción
Agraria 6734. Dicho Recurso deberá presentarse ante la Asesoría Legal de la
Región Brunca Palmares de Pérez Zeledón. Tanto el expediente, como la
resolución completa precitada se encuentran en esta Asesoría Legal para su
consulta y estudio. Notifíquese.—Lic. Margarita
Elizondo Jiménez, Asesoría Legal.—(IN2012024248).