LA GACETA Nº 85 DEL 3 DE MAYO DEL 2012

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

MINISTERIO DE SALUD

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

DOCUMENTOS VARIOS

EDUCACIÓN PÚBLICA

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE ENERGIA Y TELECOMUNICACIONES

PODER JUDICIAL

ACUERDOS

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

AVISOS

LICITACIONES

PODER JUDICIAL

BANCO DE COSTA RICA

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO DEL CAFÉ DE COSTA RICA

AVISOS

COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES

Y RECREACIÓN DE HEREDIA

MUNICIPALIDADES

ADJUDICACIONES

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

REMATES

INSTITUTO DEL CAFÉ DE COSTA RICA

VARIACIÓN DE PARÁMETROS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

FE DE ERRATAS

HACIENDA

SALUD

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

AVISOS

REGLAMENTOS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

REMATES

AVISOS

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES

CIENTÍFICAS Y TECNOLÓGICAS

INSTITUTO TECNOLOGICO DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

MUNICIPALIDAD DE TIBÁS

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

MUNICIPALIDAD DE PURISCAL

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

SEGURIDAD PÚBLICA

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y PAZ

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

CITACIONES

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

FE DE ERRATAS

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

MUNICIPALIDADES

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

N° 482-P.—San José, 18 de enero del 2012

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en las facultades que le confiere la Ley General de la  Administración Pública.

Considerando:

1º—Que el señor José Luis Araya Alpízar, portador de la cédula de identidad: 2-328-855, fue nombrado mediante Acuerdo 002-P del 8 de mayo del 2010, en el cargo de Viceministro de Hacienda, encargado de egresos.

2º—Que el señor Araya Alpízar, gozará de vacaciones en el período comprendido del 19 al 29 de enero del 2012, ambos días inclusive. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Recargar las funciones atinentes al cargo de Viceministro de Hacienda, encargado de egresos en el señor Juan Carlos Pacheco Romero, cédula de identidad 1-927-671, Viceministro de Inversión Pública, de este Ministerio.

Artículo 2º—El presente acuerdo rige para el período comprendido del 19 de enero al 29 de enero del 2012, ambos días inclusive.

Publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O.C. Nº 11332.—Solicitud Nº 10662.—C-20210.—(IN2012028423).

N° 493- P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 139 de la Constitución Política,  en el artículo 47 inciso 3°) de la Ley Nº 6227 o Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978,  en la Ley Nº 9019 Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2012, publicada en el Alcance 106 a La Gaceta Nº 244 del día 20 de diciembre del 2011 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viajes y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República reformado mediante Resolución RCD-111-2011 publicada en La Gaceta Nº 140 del 20 de julio del 2011.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Fernando Herrero Acosta, Ministro de Hacienda, con cédula de identidad número uno-cuatrocientos siete-mil cuatrocientos ochenta y dos, para que participe en la XXVI Reunión Anual de Gobernadores del Istmo Centroamericano y la República Dominicana, a celebrarse en Cayo Ambergris, Belice del 08 de febrero del 2012 al 13 de febrero del 2012.

Artículo 2º—Todos los gastos por concepto de estadía, manutención y otros, e impuestos o cánones transporte de taxis, seguro de vida, que se deban pagar en las terminales de transporte aéreo será cubierto con recursos de la subpartida 10504 por un monto aproximado de $1900 y los gastos por concepto de tiquete aéreo por un monto aproximado de $1500 será cubierto por la subpartida 10503, Internet será cubierto con recursos de la subpartida 10204 del programa 132 Administración Superior, del título 206 Ministerio de Hacienda.

Artículo 3º—En tanto dure la ausencia del señor Fernando Herrero Acosta, se nombra Ministro  a. í. al señor José Luis Araya Alpízar, Viceministro de Egresos, cédula número dos-trescientos veintiocho-ochocientos cincuenta y cinco, desde las seis  horas del 08 de febrero del 2012 hasta las veinte horas treinta y cinco minutos del 13 de febrero del 2012.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige desde las seis horas del 08 de febrero del 2012 hasta las veinte horas treinta y cinco minutos del 13 de febrero del 2012.

Dado en la Presidencia de la República, a los siete días del mes de febrero del año 2012.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O.C. Nº 11332.—Solicitud Nº 10660.—C-20210.—(IN2012028422).

N° 516-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 139 de la Constitución Política, en el artículo 47 inciso 3°) de la Ley Nº 6227 o Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978, en la Ley Nº 9019 Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2012, publicada en el Alcance 106 a La Gaceta Nº 244 del día 20 de diciembre del 2011 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viajes y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República reformado mediante Resolución RCD-111-2011 publicada en La Gaceta Nº 140 del 20 de julio del 2011.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Fernando Herrero Acosta, Ministro de Hacienda, con cédula de identidad número uno-cuatrocientos siete-mil cuatrocientos ochenta y dos, para que participe en el seminario “El rostro fiscal de Centroamérica en el nuevo contexto mundial”, del Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales, a celebrarse del 12 al 14 de marzo del 2012 en la ciudad de Guatemala, Guatemala. Asimismo del 14 al 21 de marzo  participará en Quincuagésima Tercera Reunión Anual de la Asamblea de Gobernadores, a celebrarse en Montevideo, Uruguay.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de tiquete aéreo, estadía y alimentación del 12 al 14 de marzo del 2012 en la ciudad de Guatemala, serán cancelados por el Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales. Los gastos por concepto de estadía, manutención y otros, e impuestos o cánones transporte de taxis, seguro de vida, que se deban pagar en las terminales de transporte aéreo serán cubierto con recursos de la subpartida 10504 por un monto aproximado de $ 2000,00,  los gastos por concepto de tiquete aéreo a Montevideo, por un monto aproximado de $ 2000,00 será cubierto por la subpartida 10503, Internet será cubierto con recursos de la subpartida 10204 del programa 132 Administración Superior, del título 206 Ministerio de Hacienda.

Artículo 3º—En tanto dure la ausencia del señor Fernando Herrero Acosta, se nombra Ministro a. í. al señor José Luis Araya Alpízar, Viceministro de Egresos, cédula número dos-trescientos veintiocho-ochocientos cincuenta y cinco, desde las diecisiete horas del 12 de marzo del 2012 hasta las nueve horas del 21 de marzo del 2012.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige desde las diecisiete horas del 12 de marzo del 2012 hasta las nueve horas del 21 de marzo del 2012.

Dado en la Presidencia de la República, a los siete días del mes de marzo del año 2012.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O.C. Nº 11332.—Solicitud Nº 10663.—C-23500.—(IN2012028424).

N° 527-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 139 inciso 1) de la Constitución Política, 26.a) y 47.3) de la Ley General de la Administración Pública N° 6227 de 2 de mayo de 1978.

ACUERDA:

Artículo 1º—Conceder licencia sin goce de salario a la señora Irene María Campos Gómez, cédula de identidad 1-645-700, Ministra de Vivienda y Asentamientos Humanos, de las 00:00 horas del 9 de abril a las 24:00 horas del 13 de abril ambas fechas del 2012, para que en su carácter de Presidenta de la Unión Panamericana de Ingenieros (UPADI) participe en la XXXIII Convención Panamericana de Ingenierías, a realizarse en la Ciudad de La Habana,  Cuba; para el que no se cancelarán gastos de pasajes, viáticos u otro rubro con cargo al Erario Público.

Artículo 2°—Durante la ausencia de la señora Irene María Campos Gómez, la que por razones de itinerario de transporte aéreo será de las ocho horas del sábado 7 de abril a las diez horas del domingo 15 de abril ambas fechas del 2012,  nombrar como Ministro a. í., de Vivienda y Asentamientos Humanos, al señor Roy Barboza Sequeira, cédula de identidad 1-620-656, Viceministro de Vivienda y Asentamientos Humanos.

Artículo 3º—Rige de las 08:00 horas del sábado 7 de abril a las 10:00 horas del domingo 15 de Abril ambas fechas del 2012. 

Dado en la Presidencia de la República, a los quince días del mes de marzo  del dos mil doce.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O.C. Nº 13771.—Solicitud Nº 2178.—C-11750.—(IN2012028699).

Nº 530-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política; el artículo 47 inciso 3) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978; la Ley N° 9019, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2012 del 2 de diciembre de 2011; y el Reglamento de gastos de viaje y de transportes para funcionarios públicos de la Contraloría General de la República y

Considerando:

1º—Que se ha recibido formal invitación por parte del “Programa de Estudios Internacionales, Illinois Wesleyan University” para que el Ministro de Ciencia y Tecnología participe en las diversas reuniones sobre  La Inversión Extranjera en Costa Rica, en el Concepto de la Ciencia y la Tecnología,” en la ciudad de Chicago, Estados Unidos, los días que van del 02 al 07 de abril de 2012.

2º—Que es de interés discutir sobre la inversión extranjera en Costa Rica en el contexto de la Ciencia y la Tecnología y como esa inversión puede ser un modelo para el desarrollo de otros países Latinoamericanos, por lo que el señor José Alejandro Cruz Molina, Ministro de Ciencia Tecnología, estará impartiendo diversas charlas sobre este tema a los estudiantes de esta universidad. Por tanto:

ACUERDA:

1º—Autorizar al señor José Alejandro Cruz Molina, cédula de identidad  tres - cero ciento noventa y dos - cero trescientos nueve, Ministro de Ciencia y Tecnología, para que participe en el Programa de Estudios Internacionales de Illinois Wesleyan University” en la ciudad de Chicago, Estados Unidos, los días que van del 02 al 07 de abril de 2012.

2º—Los gastos correspondientes al hospedaje, boleto aéreo, alimentación y transporte local, serán cubiertos por “The Illinois Wesleyan University”. Los costos por  concepto de seguros, impuestos, traslados internos, tributos y cánones que el funcionario deba pagar, serán cubiertos por el Ministerio de Ciencia y Tecnología, por medio de la Subpartida 10503 del Programa 893- “Coordinación y Desarrollo Científico y Tecnológico”.

3º—Que durante la ausencia del señor Ministro de Ciencia y Tecnología, a partir de las 05:00 horas del día 02 de abril, hasta las 22:00 horas del día 07 de abril del presente año, se nombra Ministro a. í. de Ciencia y Tecnología al señor Keilor Rojas Jiménez, cédula de identidad dos - quinientos catorce - novecientos cuarenta y cuatro, Viceministro de Ciencia y Tecnología.

4º—Rige a partir de las 05:00 horas del día 02 de abril hasta las 22:00 horas del día 07 de abril del 2012.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, el día dieciséis de marzo del año dos mil doce.

Publíquese.—Laura Chinchilla Miranda.—1 vez.—O.C. Nº 15338.—Solicitud Nº 33386.—C-24910.—(IN2012028697).

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

Nº 045-MP

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

En uso de las facultades que le confiere los artículos 25.1 de la Ley General de la Administración Pública.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Conocer la renuncia de la  señora Emma Lizano Tracy, cédula de identidad 9-063-910, al cargo de Directora del Programa de Información y Comunicación de la Presidencia de la República, a partir del 1 de abril del 2012.

Artículo 2º—Recargar al señor Francisco Chacón González, cédula de identidad número 1-565-585, Ministro de Comunicación y Enlace Institucional, la Dirección del Programa de Información y Comunicación de la Presidencia de la República, a partir del 1 de abril del 2012.

Artículo 3º—Este acuerdo rige a partir del primero  de abril  del dos mil doce.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, veintinueve días del mes  de marzo  del dos mil doce.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la Presidencia, Carlos Ricardo Benavides Jiménez.—1 vez.—O.C. Nº 14795.—Solicitud Nº 046.—C-11280.—(IN2012028691).

MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Nº 011-MEIC

LA MINISTRA DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 25 inciso 1), 27) y 28) inciso 2) acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 02 de mayo de 1978; la Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública, Ley Nº 6362 del 03 de setiembre de 1979.

Considerando:

I.—Que la Dirección de Mejora Regulatoria y Reglamentación Técnica participa activamente en la implementación de los proyectos de cooperación que han surgido en el marco del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, siendo uno de estos el “Programa Regional de Apoyo a la Calidad y a la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias en Centroamérica, (PRACAMS)”.

II.—Que dichas reuniones se llevará a cabo el día 16 y 17 de abril de 2012, en la Ciudad de Guatemala, Guatemala.

III.—Que dicho Programa tiene como objetivo general “Contribuir a una mayor integración regional en Centroamérica y Panamá en términos de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias y Obstáculos Técnicos al Comercio y reforzar el acceso a los mercados intra y extra regionales para los productos centroamericanos” y como tal es fundamental apoyar y fortalecer los sistemas de calidad con visión regional, que favorezcan los intereses de los países de la región.

IV.—Que es de interés para el Ministerio de Economía, Industria y Comercio, como ente rector del Sistema Nacional para la Calidad y ente oficial competente en el tema de Obstáculos Técnicos al Comercio del país, participar en las convocatorias de las “Reuniones Técnicas del Proyecto PRACAMS”, a fin de consensuar y coordinar la implementación de los mecanismos de cooperación regional. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Orlando Muñoz Hernández, portador de la cédula de identidad número 5-191-265, funcionario del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, para que viaje en calidad de representante del país a la Ciudad de Guatemala, Guatemala, los días del 16 al 17 de abril del presente año y participe en las “Reuniones Técnicas del Proyecto PRACAMS”.

Artículo 2º—Los gastos del señor Orlando Muñoz por concepto de transporte aéreo y viáticos correspondientes, serán cubiertos por el Programa Regional de Apoyo a la Calidad y a la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias en Centroamérica, (PRACAMS) y cualquier otro gasto necesario durante este período.

Artículo 3º—Rige a partir del día 16 de abril y hasta su regreso el día 17 de abril de dos mil doce.

Dado en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio en la ciudad de San José al ser los nueve días del mes de abril del año dos mil doce.

Publíquese.—Mayi Antillón Guerrero, Ministra de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—O.C. Nº 15336.—Solicitud Nº 31365.—C-25380.—(IN2012028414).

MINISTERIO DE SALUD

Nº DM-MG-1135-12

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE SALUD

En uso de las atribuciones que les confieren los artículos 146 de la Constitución Política; 28 inciso 2 b) de la Ley No. 6227 de 2 de mayo de 1978 “Ley General de la Administración Pública”; 1 y 2 de la Ley Nº 5395 de 30 de octubre de 1973 “Ley General de Salud”.

Considerando:

I.—Que del 09 al 11 de mayo del 2012, la Junta Rectora del Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (CONAPAM), realizará la “III Conferencia Regional Intergubernamental sobre Envejecimiento en América Latina y el Caribe”.

II.—Que la “III Conferencia Regional Intergubernamental sobre Envejecimiento en América Latina y el Caribe”, tiene como objetivo examinar los logros en la aplicación de los compromisos internacionales, contraídos por los países miembros de la CEPAL, en la declaración de Basilea, adoptada en el 2007.

III.—Que las actividades a realizarse durante la “III Conferencia Regional Intergubernamental sobre Envejecimiento en América Latina y el Caribe”, se consideran de importancia para el país en materia de Salud, toda vez que su fin es responder a los principales desafíos y temas emergentes en relación a las personas mayores.

IV.—Que la Junta Rectora del Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor, ha solicitado al Ministerio de Salud de declare de interés público y nacional la “III Conferencia Regional Intergubernamental sobre Envejecimiento en América Latina y el Caribe”. Por tanto,

ACUERDAN:

DECLARATORIA DE INTERÉS PÚBLICO Y NACIONAL

DE LA “III CONFERENCIA REGIONAL

INTERGUBERNAMENTAL SOBRE

ENVEJECIMIENTO EN AMÉRICA

LATINA Y EL CARIBE”

Artículo 1º—Se declara de interés público y nacional, la “III Conferencia Regional Intergubernamental sobre Envejecimiento en América Latina y el Caribe”, a celebrarse del 09 al 11 de mayo del 2012.

Artículo 2º—Las dependencias del Sector Público y del Sector Privado, dentro del marco legal respectivo, podrán contribuir con recursos económicos, en la medida de sus posibilidades y sin perjuicio del cumplimiento de sus propios objetivos, para la exitosa realización de las actividades indicadas.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República. San José a los diecinueve días del mes de enero del dos mil doce.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Salud, Dra. Daisy María Corrales Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 14143.—Solicitud Nº 31902.—C-27730.—(IN2012029103).

Nº DM-MM-1296-2012

LA MINISTRA DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25.1, 28 inciso b), 89, 90, 91 y 92 de la “Ley General de la Administración Pública” N° 6227 del 02 de mayo de 1978.

Considerando:

1º—Que la Procuraduría General de la República, mediante Dictamen C-171-95 del 7 de agosto de 1995, ha señalado que “...cabría afirmar que no existe, de principio, limitación alguna para que un Ministro delegue en un subordinado (y no necesariamente quien sea su inmediato inferior) la firma de las resoluciones que le correspondan siempre entendiendo que en tal proceder quien toma la decisión es el delegante. Amén de ello, debe precisarse que, en caso de los Ministros como órganos superiores de la Administración del Estado (vid. Artículo 21 de la Ley General) dicha “delegación” se circunscribe únicamente a la resolución de asuntos que sean competencia exclusiva y excluyente de ese órgano, es decir, que no impliquen competencias compartidas con el Presidente de la República en tratándose de funciones privativas del Poder Ejecutivo...”

2º—Que el artículo 92 de la Ley General de la Administración Pública establece que se podrá delegar la firma de resoluciones, en cuyo caso el delegante será el único responsable y el delegado no podrá resolver, limitándose a firmar lo resuelto por aquel.

3º—Que en el Despacho de la Ministra de Salud por la índole de sus funciones, se tramita gran cantidad de documentos oficiales cuyo acto final es la firma de los mismos, lo que provoca en gran medida y en la mayoría de los casos atrasos innecesarios que van en detrimento de la eficiencia y celeridad que debe regir en la actividad administrativa. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Delegar la firma en los Directores Regionales de la Dirección Nacional de Centros de Educación y Nutrición y Centros Infantiles de Atención Integral, y en cumplimiento a los principios de eficiencia y celeridad que rigen a la Administración Pública, para que suscriban los documentos de solicitud de trámite para las Habilitaciones y Permisos de Funcionamiento de los CEN-CINAI con el fin de dar trámite expedito a los procesos de Acreditación de los citados centros.

Artículo 2º—Rige a partir de esta fecha.

Dado en el Ministerio de Salud.—San José, a los veinte de marzo del dos mil doce.

Publíquese.—Dra. Daisy María Corrales Díaz, Msc. Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 14143.—Solicitud Nº 31901.—C-22580.—(IN2012028085).

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

N° 0066-2012

LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18 y 146 de la Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo primero, 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y

Considerando:

1º—Que el señor Alberto David Gurdián Bond, mayor, casado una vez, administrador de empresas, portador de la cédula de identidad número 1-688-736, vecino de San José, en su condición de apoderado especial con facultades suficientes para estos efectos de la empresa Productos Florida S. A., cédula jurídica número 3-101-012259, presentó solicitud para trasladarse a la categoría prevista en el inciso f) del artículo 17 de la Ley de Régimen de Zonas Francas ante la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (en adelante PROCOMER), de conformidad con la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento.

2º—Que en la solicitud mencionada Productos Florida S. A., se comprometió a mantener una inversión de al menos US $6.895.589,00 (seis millones ochocientos noventa y cinco mil quinientos ochenta y nueve dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo. Asimismo, la empresa se comprometió a realizar una inversión nueva adicional total de US $850.000,00 (ochocientos cincuenta mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), según los plazos y en las condiciones establecidas en la solicitud de ingreso al Régimen presentada por la empresa.

3º—Que la Comisión Especial para la Definición de Sectores Estratégicos, mediante acuerdo publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 229 del 25 de noviembre de 2010 y para los efectos del inciso a) del artículo 21 bis de la Ley de Régimen de Zonas Francas y sus reformas, calificó como un sector estratégico los “Proyectos en que la empresa acogida al Régimen emplea anualmente al menos 200 trabajadores en promedio, debidamente reportados en planilla, a partir de la fecha de inicio de operaciones productivas (...)”.

4º—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la citada Promotora en la Sesión N° 177-2006 del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de la empresa Productos Florida S. A., y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Regímenes Especiales de PROCOMER número 31-2012 de fecha 23 de febrero de 2012, acordó recomendar al Poder Ejecutivo el traslado a la categoría prevista en el inciso f) del artículo 17 de la Ley de Régimen de Zonas Francas a la mencionada empresa, al tenor de lo dispuesto por la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento.

5º—Que se ha cumplido con el procedimiento de Ley. Por tanto,

ACUERDAN

1º—Trasladar a la categoría prevista en el inciso f) del artículo 17 de la Ley de Régimen de Zonas Francas a la empresa Productos Florida S. A., cédula jurídica número 3-101-012259 (en adelante denominada la beneficiaria), clasificándola como Industria Procesadora, de conformidad con el citado inciso f) del artículo 17 de la Ley N° 7210 y sus reformas.

2º—La actividad de la beneficiaria consistirá en la producción de jugos, purés, jaleas, pulpas, néctares y esencias de frutas y vegetales asépticos o congelados; frutas y vegetales en rodajas y/o en trozos, asépticos, frescos o congelados; extracto de café, mezcla de extracto de café con saborizantes, mezcla de extracto de café con licor de café y bebidas de café con leche.

3º—La beneficiaria operará fuera de parque industrial, específicamente en Barreal, de la entrada principal del Cenada 100 metros al norte, provincia de Heredia.

4º—La beneficiaria gozará de los incentivos y beneficios contemplados en la Ley N° 7210 y sus reformas, con las limitaciones y condiciones que allí se establecen y con apego a las regulaciones que al respecto establezcan tanto el Poder Ejecutivo como PROCOMER.

Los plazos, términos y condiciones de los beneficios otorgados en virtud de la Ley N° 7210 quedan supeditados a los compromisos asumidos por Costa Rica en los tratados internacionales relativos a la Organización Mundial del Comercio (OMC), incluyendo, entre otros, el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias (ASMC) y las decisiones de los órganos correspondientes de la OMC al amparo del artículo 27 párrafo 4 del ASMC. En particular, queda establecido que el Estado costarricense no otorgará los beneficios previstos en la Ley N° 7210 que de acuerdo con el ASMC constituyan subvenciones prohibidas, más allá de las prórrogas acordadas de acuerdo con el artículo 27 párrafo 4 del ASMC a determinados países en desarrollo.

Para los efectos de las exenciones otorgadas debe tenerse en consideración lo dispuesto por los artículos 62 y 64 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley Nº 4755 del 3 de mayo de 1971 y sus reformas, en lo que resulten aplicables.

5º—De conformidad con lo dispuesto por el artículo 21 ter de la Ley de Régimen de Zonas Francas (Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas), la beneficiaria, al estar ubicada en un sector estratégico dentro de la Gran Área Metropolitana Ampliada (GAMA), pagará un seis por ciento (6%) de sus utilidades para efectos de la Ley del impuesto sobre la renta durante los primeros ocho años y de un quince por ciento (15%) durante los siguientes cuatro años. El cómputo del plazo inicial de este beneficio, se contará a partir de la fecha de inicio de las operaciones productivas de la beneficiaria, siempre que dicha fecha no exceda de tres años a partir de la publicación del Acuerdo de Otorgamiento; una vez vencidos los plazos de exoneración concedidos en el referido Acuerdo, la beneficiaria quedará sujeta al régimen común del Impuesto sobre la Renta.

Las exenciones y los beneficios que de conformidad con la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento le sean aplicables, no estarán supeditados de hecho ni de derecho los resultados de exportación; en consecuencia, a la beneficiaria no le será aplicable lo dispuesto en el artículo 22 de dicha Ley, ni ninguna otra referencia a la exportación como requisito para disfrutar del Régimen de Zona Franca. A la beneficiaria se le aplicarán las exenciones y los beneficios establecidos en los incisos a), b), c), ch), d), e), f), h), i), j) y 1) del artículo 20 de la Ley N° 7210 y sus reformas. En el caso del incentivo por reinversión establecido en el citado artículo 20 inciso 1) de la Ley, no procederá la exención del setenta y cinco por ciento (75%) allí contemplada y en su caso se aplicará una tarifa de un siete coma cinco por ciento (7,5%) por concepto de impuesto sobre la renta.

A los bienes que se introduzcan en el mercado nacional le serán aplicables todos los tributos, así como los procedimientos aduaneros propios de cualquier importación similar proveniente del exterior. En el caso de los aranceles, el pago se realizará únicamente sobre los insumes utilizados para su producción, de conformidad con las obligaciones internacionales.

6º—La beneficiaria se obliga a realizar y mantener un nivel mínimo de empleo de 205 trabajadores, el cual será verificado en cada período fiscal, a través del informe anual de operaciones que la beneficiaria deberá presentar a PROCOMER. Asimismo, se obliga a mantener una inversión de al menos US $6.895.589,00 (seis millones ochocientos noventa y cinco mil quinientos ochenta y nueve dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo, así como a realizar y mantener una inversión nueva adicional total de al menos US $850.000,00 (ochocientos cincuenta mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a más tardar el 31 de diciembre de 2014. Por lo tanto, la beneficiaria se obliga a realizar y mantener un nivel de inversión total de al menos US $7.745.589,00 (siete millones setecientos cuarenta y cinco mil quinientos ochenta y nueve dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América). Finalmente, la empresa beneficiaria se obliga a mantener un porcentaje mínimo de valor agregado nacional del 80,88%.

PROCOMER vigilará el cumplimiento de los niveles de inversión antes indicados, de conformidad con los criterios y parámetros establecidos por el Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas. Tal facultad deberá ser prevista en el respectivo Contrato de Operaciones que suscribirá la beneficiaria, como una obligación a cargo de esta. Consecuentemente, el Poder Ejecutivo podrá revocar el Régimen a dicha empresa en caso que, conforme con aquellos parámetros, la misma no cumpla con los niveles mínimos de inversión anteriormente señalados.

7º—Una vez suscrito el Contrato de Operaciones, la empresa se obliga a pagar el canon mensual por derecho de uso del Régimen de Zonas Francas. La fecha prevista para el inicio de las operaciones productivas es el día en que se notifique el presente Acuerdo Ejecutivo. En caso que por cualquier circunstancia la beneficiaria no inicie dicha etapa de producción en la fecha antes señalada, continuará pagando el referido canon, para lo cual la Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica seguirá tomando como referencia para su cálculo las proyecciones de área de techo industrial consignadas en su respectiva solicitud.

Para efectos de cobro del canon, la empresa deberá informar a PROCOMER de los aumentos realizados en el área de techo industrial. El incumplimiento de esta obligación provocará el cobro retroactivo del canon, a partir de la fecha de la última medición realizada por la citada Promotora, quien tomará como base para realizar el cálculo la nueva medida.

8º—La beneficiaria se obliga a cumplir con las regulaciones ambientales exigidas por el Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (MINAET) y la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) y deberá presentar ante dichas dependencias o ante el Ministerio de Salud, según sea el caso, los estudios y documentos que le sean requeridos. Asimismo, la beneficiaria se obliga a cumplir con todas las normas de protección del medio ambiente que la legislación costarricense e internacional dispongan para el desarrollo sostenible de las actividades económicas, lo cual será verificado por las autoridades competentes.

9º—La beneficiaria se obliga a presentar ante PROCOMER un informe anual de operaciones, en los formularios y conforme a las condiciones que PROCOMER establezca, dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del año fiscal. Asimismo, la beneficiaria estará obligada a suministrar a PROCOMER y, en su caso, al Ministerio de Hacienda, toda la información y las facilidades requeridas para la supervisión y control del uso del Régimen de Zonas Francas y de los incentivos recibidos. Asimismo, deberá permitir que funcionarios de la citada Promotora ingresen a sus instalaciones, en el momento que lo consideren oportuno, y sin previo aviso, para verificar el cumplimiento de las obligaciones de la Ley de Régimen de Zonas Francas y su Reglamento.

10.—En caso de incumplimiento por parte de la beneficiaria de las condiciones de este Acuerdo o de las leyes, reglamentos y directrices que le sean aplicables, el Poder Ejecutivo podrá imponerle multas, suprimir, por un plazo desde un mes hasta un año, uno o varios incentivos de los indicados en el artículo 20 de la Ley N° 7210, o revocarle el otorgamiento del Régimen de Zona Franca, sin responsabilidad para el Estado, todo de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento. La eventual imposición de estas sanciones será sin perjuicio de las demás responsabilidades administrativas, civiles o penales que pudieren corresponderle a la beneficiaria o sus personeros.

11.—Una vez comunicado el presente Acuerdo Ejecutivo, la empresa beneficiaria deberá suscribir con PROCOMER un Contrato de Operaciones. En caso de que la empresa no se presente a firmar el Contrato de Operaciones y no justifique razonablemente esta situación, PROCOMER procederá a confeccionar un Acuerdo Ejecutivo que dejará sin efecto el que le otorgó el Régimen.

Para el inicio de operaciones productivas al amparo del Régimen, la empresa deberá haber, sido autorizada por la Dirección General de Aduanas como auxiliar de la función pública aduanera, según lo dispuesto en la Ley General de Aduanas y su Reglamento.

12.—Las directrices que para la promoción, administración y supervisión del Régimen emita PROCOMER, serán de acatamiento obligatorio para los beneficiarios y las personas que directa o indirectamente tengan relación con ellos o con la citada Promotora.

13.—El uso indebido de los bienes o servicios exonerados será causa suficiente para que el Ministerio de Hacienda proceda a la liquidación de tributos exonerados o devueltos y ejerza las demás acciones que establece el Código de Normas y Procedimientos Tributarios en materia de defraudación fiscal, sin perjuicio de las demás sanciones que establece la Ley N° 7210 y sus reformas y demás leyes aplicables.

14.—La empresa beneficiaria se obliga a cumplir con todos los requisitos de la Ley N° 7210, sus reformas y reglamentos, así como con las obligaciones propias de su condición de auxiliar de la función pública aduanera.

15.—De conformidad con el artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, Ley N° 17 del 22 octubre de 1943 y sus reformas, el incumplimiento de las obligaciones para con la seguridad social, podrá ser causa de pérdida de las exoneraciones e incentivos otorgados, previa tramitación del procedimiento administrativo correspondiente.

16.—Por tratarse de una empresa ubicada fuera de un Parque Industrial de Zona Franca, dicha compañía se obliga a implementar las medidas que la Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica o las autoridades aduaneras le exijan a fin de establecer un adecuado sistema de control sobre el ingreso, permanencia y salida de personas, vehículos y bienes.

17.—El presente Acuerdo Ejecutivo rige a partir de su notificación, y sustituye el Acuerdo Ejecutivo Nº 95-2000 de fecha 1º de agosto del 2000 y sus reformas, sin alterar los efectos producidos por el mismo durante su vigencia.

Comuníquese y Publíquese.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los dos días del mes de marzo de dos mil doce.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Comercio Exterior a. í, Fernando Ocampo Sánchez.—1 vez.—(IN2012027560).

DOCUMENTOS VARIOS

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo I, folio 27, título N° 397, emitido por el Liceo San Miguel, en el año mil novecientos ochenta y ocho, a nombre de Vega Segura Rafael David. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintiséis días del mes de marzo del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012024757).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en la Especialidad Secretariado, inscrito en el tomo 1, folio 25, título N° 203 y del Título de Técnico Medio en Secretariado Comunal, inscrito en el tomo 1, folio 378, título N° 206, en el año mil novecientos setenta y seis ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional Monseñor Sanabria, a nombre de Sánchez Redondo Inés Lidieth. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinte días del mes de febrero del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2012285970.—(IN2012024990).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada “Modalidad de Letras”, inscrito en el tomo 1, folio 17, título N° 549, emitido por el Liceo Nocturno Alfredo González Flores en el año mil novecientos setenta y seis, a nombre de Quirós Fonseca Fanny. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, nueve de abril del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012027422).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 140, título N° 775, emitido por el Liceo Ing. Samuel Sáenz Flores en el año mil novecientos ochenta y tres, a nombre de Villalobos Orozco Miltón José. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 10 de abril del 2012.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Trino Zamora Zumbado, Jefe.—(IN2012027885).

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 25, título Nº 314, emitido por el Liceo Santa Cruz Clímaco A. Pérez en el año mil novecientos noventa y dos, a nombre de Baltodano Castillo Margot. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 10 de marzo del 2012.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Trino Zamora Zumbado, Jefe.—(IN2012027968).

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 145, título Nº 720, emitido por el Colegio México en el año dos mil uno, a nombre de Martínez Vargas Éricka. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 19 de marzo del 2012.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012027992).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 159, título N° 864, emitido por el Liceo Pacífico Sur en el año dos mil nueve, a nombre de Guzmán Araya Andrey Steven. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 9 de abril del 2012.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012028389).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 57, título N° 319, emitido por el Liceo Justo A. Facio Nocturno, en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de Mora Badilla Elmer. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintiocho días del mes de agosto del dos mil ocho.—Guisela Céspedes Lobo, Asesora Nacional de Gestión y Evaluación de la Calidad.—(IN2012028449).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 57, título Nº 465, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Puntarenas, en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de Uva Álvarez José Gabriel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 9 de abril del 2012.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012029085).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

De conformidad con la autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social, este registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social de la organización social denominada Sindicato Nacional de Médicos Especialistas, siglas SINAME, acordada en asamblea celebrada el día 18 de noviembre del 2011. Expediente S-M141. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su publicación m el Diario Oficial La Gaceta. La reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro mediante tomo: 16, folio: 118, asiento: 4663, del día 20 de febrero de 2012. La reforma afecta los artículos 6 y 15 del estatuto.—20 de febrero de 2012.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2012023117).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

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Patentes de invención

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El señor Pietro di Peri, de nacionalidad italiana, mayor, pasaporte número YA1727793, vecino de San José, a título personal, solicita el Modelo de Utilidad denominado

“BLOCK DE CONSTRUCCIÓN CON APERTURAS LATERALES”.

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Block de construcción con aperturas laterales cuyas aperturas permiten ventajas de colocación y seguridad del block. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es E04G 23/06, cuyo creador es Pietro di Peri. La solicitud correspondiente lleva el número 2012-066, y fue presentada a las 11:56:10 del 09 de febrero de 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 1º de marzo de 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—RP2012284755.—(IN2012023015).

El señor Néstor Morera Víquez, cédula 1-1018-975, mayor, abogado, vecino de Heredia, en calidad de apoderado especial de Katholieke Universiteit Leuven, de Bélgica, solicita la Patente de Invención denominada INHIBIDORES DE LA REPLICACIÓN VIRAL NOVEDOSOS.

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La presente invención se refiere a una serie de compuestos novedosos que tienen actividad antiviral, más específicamente propiedades de inhibición de la replicación del VIH. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 495/04, cuyos inventores son Bardiot, Dorothée, Chaltin, Patrick, Christ, Frauke, Debyser, Zeger, de Maeyer, Marc, Marchand, Arnaud, Marchand, Damien, Voet, Arnout. La solicitud correspondiente lleva el número 20110601, y fue presentada a las 11:55:30 del 15 de noviembre del 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de febrero del 2012.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—RP2012286947.—(IN2012027105).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, mayor de edad, abogada, con cédula de identidad número: 1-812-604 vecina de San José, en su condición de apoderada especial de H.J. Heinz Company, de Estados Unidos, solicita la Patente de Invención denominada CONTENEDOR PARA CONDIMENTO MULTI FUNCIONAL. Un recipiente para condimentos incluye una porción de recipiente que tiene el fondo generalmente plano, una pestaña, y que define una cavidad que tiene un pico de descarga adyacente a la pestaña paralela. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes 2011.01 es B65D 75/36 cuyos inventores son Caldwell, Craig S, Marshall, John, Rasile, William F. La solicitud correspondiente lleva el número 2011-0503, y fue presentada a las 13:56:00 del 26 de setiembre de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 15 de diciembre de 2011.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2012026995).

El señor Néstor Morera Víquez, mayor, abogado, cédula Nº 1-1018-975, vecino de Heredia, en su condición de apoderado especial de Pure Bioscience, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada FORMULACIONES Y MÉTODOS QUE EMPLEAN DESINFECTANTE ANHIDRO. Se describe el uso de composiciones secas de dihidrógeno citrato de plata junto con ácido cítrico en cantidades antimicrobianas como desinfectante.  La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 55/06; cuyo(s) inventor(es) es (son) Krall, Michael, L., Jonte, Dolana, Gumienny, Richard. La solicitud correspondiente lleva el número 20120112, y fue presentada a las 14:27:10 del 9 de marzo del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 12 de marzo del 2012.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—RP2012286943—(IN2012027101).

El señor Néstor Morera Víquez, mayor, abogado, cédula número 1-1018-0975, vecino de Heredia, en su condición de apoderado especial de Marrone Bio Innovations, INC., de Estados Unidos de América, solicita la Patente de Invención denominada COMBINACIONES DE INHIBIDOR DE PATÓGENOS DE PLANTA Y MÉTODOS DE USO. Combinaciones, composiciones y métodos de uso para modular la infección de patógenos de planta usando extractos vegetales que contienen derivados de antraquinona que inducen a los fitopatógenos de planta y un agente antimicrobiano, un agente de control biológico y/o un tensioactivo que tiene actividad fungicida. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Edición 2011.01 es A01N 65/30, cuyo (s) inventor (s) es (son) Su, Hai; Marrone, Pamela, G.; Koivunen, Marja. La solicitud correspondiente lleva el número 2012-0050 y fue presentada a las 13:52:00 del 30 de enero de 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de febrero del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—RP2012286944.—(IN2012027102).

El señor Néstor Morera Víquez, mayor, abogado, cédula número 1-1018-0975, vecino de Heredia, en su condición de apoderado especial de IRM LLC, de Estados Unidos de América, y Novartis AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada COMPUESTOS Y COMPOSICIONES COMO INHIBIDORES DE CINASA DE PROTEÍNA.

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La invención proporciona una clase novedosa de compuestos, composiciones farmacéuticas que comprenden estos compuestos, y métodos para utilizar tales compuestos con el objeto de tratar o prevenir las enfermedades o los trastornos asociados con una actividad de cinasa anormal o mal regulada, en particular las enfermedades o los trastornos que involucren una activación anormal de B-Raf. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Edición 2011.01 es C07D 401/14, cuyo (s) inventor (s) es (son) Shenlin Huang, Zuosheng Liu, John E. Tellew, Yongqin Wan, Xing Wang, Yongping Xie, Xianming Jin, Daniel Poon. La solicitud correspondiente lleva el número 2012-0102 y fue presentada a las 12:21:40 del 28 de febrero de 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 29 de febrero del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—RP2012286945.—(IN2012027103).

El señor Néstor Morera Víquez, cédula Nº 1-1018-975, mayor de edad, vecino de Heredia, apoderado especial de Bayer Pharma Aktiengesellschaft, de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada (HETEROARILMETIL) TIOHIDANTOÍNAS SUSTITUIDAS COMO DROGAS ANTICÁNCER.

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Compuestos de (heteroarilmetil) tiohidantoinas sustituidas de la formula general (i) La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Edición 2011.01, es C07D 401/04, cuyo(s) inventor(es) es (son) Lücking, Urlich, Cleve, Arwed, Haendler, Bernard, Faus Giménez, Hortensia, Köhr, Silke, Irlbacher, Horst. La solicitud correspondiente lleva el número 20120113, y fue presentada a las 14:27:50 del 09 de Marzo de 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de marzo del 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2012286946.—(IN2012027104).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones civiles

AVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Padres de Familia de la Escuela de Artes Musicales de Aguas Zarcas de San Carlos, con domicilio en la provincia de Alajuela, cuyos fines principales, entre otros, son los siguientes: gestionar la compra de un terreno para construir el local sede de nuestra asociación. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las de más limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente Óscar Barrientos Camacho. Al encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo 2011, asiento 305450.—Curridabat, 14 de febrero del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012285292.—(IN2012023962).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Pro Patronato Escuela Manuel del Pilar Zumbado González, con domicilio en la provincia de Heredia; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: velar por el bienestar de la Escuela Manuel del Pilar Zumbado González, colaborando en las necesidades materiales, equipo, infraestructura y capacitación en general en todas las labores de carácter docente, promoviendo de preferencia el adelanto de material de escuelas y en aquellas que tienen el bienestar de los niños, todo ello en coordinación con las autoridades escolares del plantel. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Edwin Salas Madrigal. Al encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2012, asiento: 72689.—Curridabat, 21 de marzo del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2012026057).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

La Dirección Nacional de Notariado comunica que ante este despacho la Licenciada Karla Vanessa Ballestero Loaiza, cédula de identidad número 3-0403-0471, carné profesional número 19511, ha presentado solicitud de inscripción y habilitación para ejercer la actividad notarial, por lo que se solicita a las personas que conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de esta profesional, lo comuniquen a esta dependencia dentro del plazo de quince días hábiles siguientes a esta publicación (Expediente Administrativo Nº 12-000175-0624-NO).—San José, Curridabat, siete de marzo de dos mil doce.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—RP2012285965.—(IN2012024996).

La Dirección Nacional de Notariado hace saber que en resolución N° 161-2012 de las nueve horas cincuenta y ocho minutos del diez de febrero del dos mil doce, dictado dentro del expediente 11-000820-0624-NO, resuelve imponer la suspensión fija de diez años al notario público Rafael De La Peña Rojas, cédula 1-0886-0293, carné 7838, por tener impedimento legal para el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Expediente 11-000820-0624-NO.—San José, 27 de marzo de 2012.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—O. C. Nº 2012-0001.—Solicitud Nº 43242.—C-14120.—(IN2012029144).

La Dirección Nacional de Notariado hace saber que en resolución N° 0111-2012 de las trece horas dieciséis minutos del primero de febrero del dos mil doce, dentro del expediente 11-000882-0624-NO, se declara el cese forzoso por pérdida de las condiciones para el ejercicio de la función notarial del notario público Fabio Evencio Rodríguez Bastos, cédula 9-0060-0825, carné 3991, cese que se mantendrá hasta que subsista la causa que lo generó. Rige a partir del día veintiuno de marzo de dos mil doce. Expediente: 11-000882-0624-NO.—San José, 26 de marzo de 2012.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—O. C. Nº 2012-0001.—Solicitud Nº 43243.—C-15060.—(IN2012029145).

La Dirección Nacional de Notariado hace saber que los notarios que se indican a continuación, fueron juramentados y  habilitados para el ejercicio del notariado pleno a partir de las fechas que se consignan.

                                                                                                           Fecha

                 Notario                                            Carné           de juramentación

Shirley Quirós Rodríguez                         18986           1º de marzo del 2012

Marjorie Fernández Vásquez                    19246           1º de marzo del 2012

Arvid Bokenfohr Solís                              19069           1º de marzo del 2012

Guillaume Pollock Echeverría                   19467           1º de marzo del 2012

Adriana María Vargas Núñez                   18897           1º de marzo del 2012

Carlos Eduardo Guillen Hidalgo               19494            6 de marzo del 2012

Joseph Alfonso Rivera Cheves                 18281           16 de marzo del 2012

Carlos Alberto Barrantes Arce                 18762           16 de marzo del 2012

Jeffrey David Esquivel Barquero              17820           16 de marzo del 2012

Priscila Picado Murillo                             19397           16 de marzo del 2012

Andrea Alice Hernández Villarreal           19334           16 de marzo del 2012

Guiselle Murillo Varela                             19461           16 de marzo del 2012

Guiselle Sánchez Solórzano                      19283           16 de marzo del 2012

Giovanni Alexander Cabezas Zeledón      18334           16 de marzo del 2012

Luis Fernando Vargas Velázquez              18234           16 de marzo del 2012

Róger Valle Camareno                               19294           16 de marzo del 2012

Alejandro Vargas Yong                             19204           16 de marzo del 2012

Marcia Viviana Quirós Montoya             19196           16 de marzo del 2012

Henry Jesús Mora Núñez                        17771           16 de marzo del 2012

María Rebeca Chacón Arredondo             15992           19 de marzo del 2012

Santos León Granados Obando                13182           19 de marzo del 2012

José Manuel Chaves Redondo                  18414           19 de marzo del 2012

Marlon Schlotterhausen Rojas                   3757            19 de marzo del 2012

Carmen Adilia Madriz Vargas                  13835           20 de marzo del 2012

San José, 28 de marzo del 2012.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director.—1 vez.—O. C. Nº 2012-0001.—Solicitud Nº 43242.—C-43120.—(IN2012029147).

AMBIENTE ENERGIA Y TELECOMUNICACIONES

FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO FORESTAL

EDICTO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante la Oficina Regional San José Oriental del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (FONAFIFO) se han presentado solicitudes de ingreso al Pago de Servicios Ambientales sobre inmuebles sin inscribir en el Registro Nacional y sobre los que a sus poseedores se les pagaría por los Servicios Ambientales brindados por el bosque existente en dichos inmuebles; según el siguiente detalle:

 

Solicitante

Presolicitud

Ubicación geográfica

N° de plano

Área bajo

PSA

Cloudbridge S. A.

SJ02021612

Caserío: Chuma

Distrito: Rivas

Cantón: Pérez Zeledón

Provincia: San José

SJ-1227784-2008

SJ-797345-2002

SJ-797344-2002

63.6 ha

Spartan Forest Construction

Company S. A.

SJ02005712

Caserío: El Pito

Distrito: San Lorenzo

Cantón: Tarrazú

Provincia: San José

SJ-1440212-2010

 

11.5 ha

 

Danilo Campos Valverde

SJ02014812

Caserío: San Jerónimo /

San Martín

Distrito: San Pedro

Cantón: Pérez Zeledón

Provincia: San José

SJ-1406102-2010

SJ-817492-1989

43 ha

Solterra Moon Eitheen S.A.

SJ02020512

Caserío: El Cura

Distrito: San Carlos

Cantón: Tarrazú

Provincia: San José

SJ-1313804-2009

34.2 ha

Obelisco Twenty S. A.

SJ02005612

Caserío: El Pito

Distrito: San Lorenzo/Naranjito

Cantón: Tarrazú/Aguirre

Provincia: San José/Puntarenas

SJ-1429223-2010

46.3 ha

Peter Norton Bartlett Norton

SJ02023312

Caserío: San Gerardo

Distrito: Copey/Páramo

Cantón: Dota/Pérez Zeledón

Provincia: San José

 

SJ-802620-2002

 

41 ha

Eco Era S. A.

SJ02012412

Caserío: El Brujo/Salitrillo/Nara

Distrito: Santa María/

San Lorenzo

Cantón: Dota/Tarrazú

Provincia: San José

SJ-441737-1981

SJ-107627-1993

SJ-712895-2001

SJ-307011-1978

71.0 ha

 

De conformidad con el Reglamento a la Ley Forestal, Decreto Ejecutivo Número 25721 MINAE y sus reformas, se concede un plazo de 10 días hábiles posteriores a la segunda publicación de éste edicto, para oír oposiciones. Toda oposición debe ser fundada y formularse por escrito ante la Oficina Regional de San José Oriental y deberá acompañar los argumentos y pruebas en que se fundamente la oposición.

El expediente con la ubicación, plano catastrado y otros, podrán consultarse en la Oficina Regional, sita San José centro, calle 3, avenida 3 y 5, en los altos de la Farmacia Morazán, horario de 7:00 a. m. a 3:00 p. m.

Unidad de Proveeduría y Servicios Generales.—Lic. Elizabeth Castro Fallas, Encargada.—O.C. Nº 120.—Solicitud Nº 47604.—C-187460.—(IN2012028417).

PODER JUDICIAL

ACUERDOS

LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los montos señalados en los Acuerdos de Pago numerados del 2472 y 1865 del 2011, además del 205 al 331 del 2012 por la suma líquida de ¢1.984.081.122,12; para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargo a las respectivas partidas del presupuesto. El detalle de dichos pagos puede ser consultado en la siguiente dirección electrónica:

http://www.poder-judicial.go.cr/fico/Publicación_acuerdos_de_pago.html

San José, 16 de marzo del 2012.—Departamento Financiero Contable.—Lic. Nacira Valverde Bermúdez, Jefa.—MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins, Subdirectora Ejecutiva.—1 vez.—O. C. Nº 12288.—Solicitud Nº 556-2012.—C-11300.—(IN2012028052).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil-Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Procedimiento administrativo de rectificación de los asientos de nacimiento de Graciela Melissa Cascante Sandoval, que lleva el número seiscientos veintitrés, folio trescientos doce, tomo doscientos veinticuatro, de la provincia de Limón, Sección de Nacimientos y el de Priscilla Vanessa Cascante Sandoval, que lleva el número ciento noventa y tres, folio cero noventa y siete, tomo doscientos treinta y siete, de la provincia de Limón, Sección de Nacimientos, en el sentido que las mismas son hijas de “José Manuel Vásquez Rodríguez y Gladys Sandoval Araya, costarricenses” y no como se consignó, conforme lo establecido en los artículos 69 del Código de Familia y 53 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, se confiere audiencia por ocho días a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta a los señores José Olibanio Cascante González, José Manuel Vásquez Rodríguez, a la señora Gladys Sandoval Araya y a Graciela Melissa Cascante Sandoval, con el propósito que se pronuncien en relación con las presentes diligencias. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—O. C. Nº 14896.—Solicitud Nº 248-2012.—C-56420.—(IN2012025433).

AVISOS

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Eider Adolfo Zuluaga Giraldo, mayor, casado, comerciante, colombiano, cédula de residencia 117000321115, vecino de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. Nº 09-2012.—San José, 3 de febrero del 2012.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012024262).

Carol Ann Smith Van Staudt conocida como Carol Ann Mc Connell, mayor, viuda, comerciante, estadounidense, cédula de residencia 184000131122, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. Nº 714-2011.—San José, 26 de enero del 2012.—Lic. Jorge Luis Varela Rojas, Jefe a. í.—1 vez.—RP2012287357.—(IN2012027652).

George Albert Adriaan Keus Kraaijeveld, mayor, soltero, comerciante, holandés, pasaporte NP6HJL3B3, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 4285-2009.—San José, 8 de marzo del 2012.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012027925).

Cándida Rosa Miranda Miranda, mayor, soltera, del hogar, nicaragüense, cédula de residencia 270-118422-52884, vecina de Limón, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. Nº 632-2010.—San José, 26 de enero del 2012.—Lic. Jorge Luis Varela Rojas, Jefe a.í.—1 vez—(IN2012028396).

Aurelia del Socorro López Rivas, mayor, soltera, servidora doméstica, nicaragüense, cédula de residencia 155810821820, vecina de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. Nº 875-2011.—San José, 17 de febrero del 2012.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez—(IN2012028406).

Miguel Napoleón Martínez Castillo, mayor, soltero, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia 155810539419, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 289-2012.—San José, diez de abril de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe de la Sección de Opciones y Naturalizaciones.—1 vez.—(IN2012028413).

Óscar Eduardo Vente Murillo, mayor, soltero, comerciante, colombiano, cédula de residencia 117000770618, vecino de Cartago, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 2879-2011.—San José, 9 de abril del 2012.—Lic. Ricardo Chavaría Barquero, Jefe.—1 vez—RP2012287831.—(IN2012028829).

Viviana Loaiza Puerta, mayor, soltera, ingeniera en biotecnología, estadounidense, cédula de residencia 184000022220, vecina de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 2995-2009.—San José, veintidós de febrero de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012029076).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

AVISOS

OPERADORA DE PLANES DE PENSIONES

COMPLEMENTARIAS DEL BANCO POPULAR

Y DE DESARROLLO COMUNAL S. A.

La Unidad de Compras de la Sección Administrativa del Departamento de Administración y Finanzas de la Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del Banco Popular y de Desarrollo Comunal S. A., comunica que existe una modificación al Programa Anual de Adquisiciones 2012, de la institución, misma que se encuentra en la dirección electrónica https://www.popularenlinea.fi.cr/Bpop/Menu/Inversiones/PopularPensiones/default.htm a partir de esta publicación.

San José, 16 de abril del 2012.—Departamento Administración y Finanzas.—Lic. Cinthia Solano Fernández, Jefa.—Sección Administrativa.—MSC. Alonso Oviedo Arguedas, Jefe.—1 vez.—(IN2012034672).

LICITACIONES

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000006-PROV

Contratación de servicios de vigilancia para los edificios de los

Tribunales de Justicia y del Organismo de Investigación

Judicial del I Circuito Judicial de la Zona Atlántica

(Limón) y Tribunales de Justicia del II Circuito

Judicial de la Zona Atlántica (Guápiles)

El Departamento de Proveeduría invita a todos los potenciales proveedores interesados a participar en los siguientes procedimientos: Fecha y hora de apertura: 4 de junio del 2012, a las 10:00 horas.

El respectivo cartel se puede obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados pueden obtenerlo a través de Internet, en la dirección http://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria/adquisiciones/invitalic.htm, o solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la siguiente dirección: jzuniga@poder-judicial.go.cr., respectivamente. En este último caso, de no atenderse su solicitud en las 24:00 horas hábiles siguientes a su requerimiento, deberá comunicarse tal situación a los teléfonos 2295-3136/3623/3295.

San José, 27 de abril del 2012.—Proceso de Adquisiciónes.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1 vez.—(IN2012034213).

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000017-01

Contratación de servicios médicos para zonas descentralizadas

Se les informa a los interesados que el Banco de Costa Rica recibirá ofertas por escrito hasta las diez horas con treinta minutos (10:30 a.m.) del día 24 de mayo del 2012, para contratar el servicio en referencia.

El cartel de la licitación que incluye las especificaciones y condiciones generales, lo pueden retirar de 9:00 a.m. a 2:00 p.m., en la Oficina de Compras y Pagos del Banco de Costa Rica, situada en el tercer piso de sus oficinas centrales, ubicadas entre avenidas central y segunda y calles 4 y 6.

San José, 27 de abril del 2012.—Oficina Compras y Pagos.—Francis Hernández Monge.—Área de Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 61630.—Solicitud Nº 45972.—C-19760.—(IN2012034726).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000018-01

Servicio de transporte, instalación y desinstalación

de materiales publicitarios

El Banco de Costa Rica, informa que recibirá ofertas hasta las diez horas con treinta minutos (10:30 a.m.), del 17 de mayo del 2012, para la licitación en referencia, las cuales deberán ser depositadas en el buzón de la Oficina de Compras y Pagos, ubicada en el tercer piso de oficinas centrales.

El cartel para la contratación que incluye las especificaciones técnicas y condiciones generales, lo pueden retirar en la misma oficina con un horario de 9:00 a.m. a 3:00 p.m.

San José, 27 de abril del 2012.—Oficina de Compras y Pagos.—Francis Hernández M.—Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 61630.—Solicitud Nº 45971.—C-15060.—(IN2012034730).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000013-PCAD

Compra de dispositivo de dinero señuelo, Sistema

de Seguridad con niebla y dispositivos

para Sistema de Control de Acceso

Apertura: para las 10:00 horas del día 24 de mayo del 2012.

Venta del cartel: Cajas 23 ó 24 de lunes a viernes de 8:15 a.m. a 4:00 p.m.

Retiro del cartel: en el 6to piso, oficinas centrales, Proceso de Contratación Administrativa.

Costo: ¢2.500,00 (Dos mil quinientos colones con 00/100).

San José, 27 de abril del 2012.—Subproceso de Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2012034856).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000016-2101

Compra de Set de extensión y equipo descartable

para administración de fluidos y soluciones

Se informa a los interesados que está disponible el cartel de la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000016-2101, compra de Set de extensión y equipo descartable para administración de fluidos y soluciones. Fecha máxima de recepción de ofertas 25 de mayo del 2012, a las 9:00 a.m.

El cartel se puede adquirir en la administración del Hospital, por un costo de ¢500. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 27 de abril del 2012.—Área de Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. Laura Torres Carmona, Coodinadora.—1 vez.—(IN2012034613).

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2012LN-000008-2101

Compra de reactivos varios para determinación

de marcadores tumorales

Se informa a los interesados que está disponible el cartel de la Licitación Pública Nacional Nº 2012LN-000008-2101, compra de reactivos varios para determinación de marcadores tumorales. Fecha máxima de recepción de ofertas 31 de mayo del 2012, a las 9:30 a.m.

El cartel se puede adquirir en la administración del Hospital, por un costo de ¢500. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 27 de abril del 2012.—Área de Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. Laura Torres Carmona, Coordinadora.—1 vez.—(IN2012034615).

INSTITUTO DEL CAFÉ DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000011-01

Contratación de servicios de bodegaje, custodia y movilización

de documentación del Archivo Institucional del ICAFÉ

El Instituto del Café de Costa Rica, comunica a todos los interesados en la licitación de referencia, que estará recibiendo ofertas de conformidad con los términos cartelarios, el día miércoles 16 de mayo del 2012, a las 11:00 horas en las oficinas centrales del ICAFÉ, en la Unidad de Contratación Administrativa, ubicada en San José, edificio principal, tercer piso, avenida primera, calles 18 y 20, para la “Contratación de servicios de bodegaje, custodia y movilización de documentación del archivo institucional del ICAFÉ”.

El Cartel de licitación con las características técnicas solicitadas se puede retirar en las oficinas centrales del ICAFÉ, en la Unidad de Contratación Administrativa.

San José, 26 de abril del 2012.—Dirección Ejecutiva.—Ing. Edgar Rojas Rojas, Subdirector Ejecutivo.—Contratación Administrativa.—Lic. Carlos Sandoval Torres, Jefe.—1 vez.—(IN2012034212).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000022-02

Suministro de andamiaje para tanques de Refinería

La Dirección de Suministros de RECOPE invita a participar en la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000022-02, para lo cual las propuestas deberán presentarse en el segundo piso de las oficinas centrales de RECOPE, edificio Hernán Garrón, sita en Urbanización Tournón Norte, San Francisco de Guadalupe, 50 metros al este del Periódico La República, hasta las 10:00 horas del día 24 de mayo del 2012.

El cartel respectivo puede retirarse en el lugar mencionado previo pago en la caja de Tesorería, situada en el primer piso del edificio, por un costo de ¢1.000,00, o bien, el mismo está disponible en la página Web de RECOPE www.recope.com.

San José, 27 de abril del 2012.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 12-0014.—Solicitud Nº 47902.—C-15060.—(IN2012034792).

COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES

Y RECREACIÓN DE HEREDIA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº LP-001-2012

Contratación de una empresa especializada en la construcción

de un módulo deportivo Skatepark

Contratación de una empresa especializada en la construcción de un módulo deportivo Skatepark, debidamente establecida en el país y con experiencia en la rama de construcción de los mismos, que elabore un Modulo Skatepark, para el Área de Deportes de Patinaje Creativo, según las características descritas en el cartel y aquellas otras necesidades que se requieran para la óptima construcción del módulo que la administración decida incorporar mediante Adendum.

Las personas interesadas deben retirar el respectivo cartel en nuestras oficinas ubicadas en las instalaciones del Palacio de Los Deportes en Heredia, atrás del Spa. Informes al telefax: 2260-5241. Se recibirán ofertas hasta las 9:00 horas del día jueves 24 de mayo del 2012.

Heredia, 27 de abril del 2012.—Óscar Vega Hernández, Administrador.—1 vez.—(IN2012034796).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE MORA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000001-01

Adquisición de servicios profesionales en geotecnia para

realizar los estudios preliminares para el diseño de obra

de estabilización de talud camino San Juan de Quitirrisí

La Municipalidad de Mora, recibirá ofertas por escrito hasta las diez horas (10:00) del 14 de mayo del 2012, para la licitación en referencia.

Los interesados pueden retirar el cartel de licitación que incluye las especificaciones y condiciones generales, en la Oficina de Proveeduría de la Municipalidad de Mora, ubicada 100 metros oeste y 50 metros sur de la estación del ICE, Ciudad Colón, en horario de 8:00 a.m. a 3:30 p.m.

Mora, 18 de abril del 2012—Oficina de Proveeduría—Lic. Geremmy Chaves M., Proveedor.—1 vez.—(IN2012034611).

ADJUDICACIONES

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000008-01

Contratación para la compra de noventa

y cinco datáfonos (POS)

La Oficina de Proveeduría y Licitaciones del Banco Crédito Agrícola de Cartago, comunica a los interesados en este evento, que el mismo ha sido adjudicado a la empresa Tarjetas Inteligentes S. A., por un monto de $ 30.165,35 (treinta mil ciento sesenta y cinco dólares con treinta y cinco centavos).

Proveeduría y Licitaciones.—Lic. Éricka Granados S., Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 16.—Solicitud Nº 41519.—C-11300.—(IN2012034758).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE SALUD DE MORAVIA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000002-2215

Alquiler de inmueble para ubicar un Laboratorio

Clínico para el Área de Salud de Moravia

A los interesados en el presente concurso se les comunica que por medio de Resolución Administrativa 003-04-2012 de fecha 25 de abril del 2012, se declaró infructuoso este procedimiento licitatorio.

Para ver más detalles y corroborar información accesar la siguiente dirección: http://www.ccss.sa.cr.

San José, 25 de abril del 2012.—MBA. Jorge Fernández Masís, Administrador a. í.—1 vez.—(IN2012034245).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000005-PRI

Servicio de suspensión y reconexión de servicios morosos

en las cantonales de Puntarenas y Quepos

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, cédula jurídica 4-000-042138, comunica que mediante Resolución de Subgerencia Nº SGG-2012-0214, se adjudica la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000005-PRI, de la siguiente forma:

Oferta Nº 1: German Vega Calderón, Pos. 1, suspensión y reconexión cantonal Puntarenas; 1.1 suspensión servicio de agua potable ¢1.905,00; 1.2 reconexión servicio de agua potable ¢1.905,00; 1.3 visitas fallidas ¢1.295,00; 1.4 verificación de desconexiones sin reconectar ¢1.575,00; Pos. 2, suspensión y reconexión cantonal Quepos; 2.1 suspensión servicio de agua potable ¢1.905,00; 2.2 reconexión servicio de agua potable ¢1.905,00; 2.3 visitas fallidas ¢1.295,00; 2.4 verificación de desconexiones sin reconectar ¢1.575,00.

La cantidad de servicios máximo a ejecutar anuales serán los siguientes: posición 1 son: 48.500 servicios y para la posición 2 son: 38.200 servicios.

El costo por suspensión del servicio por morosidad sin tener que retirar del campo el hidrómetro, solo ejecutando la acción de cerrar la válvula de paso en la conexión es de ¢1.695,00 por cada uno de los trabajos.

Demás condiciones de acuerdo al cartel y ofertas respectivas.

San José, 26 de abril del 2012.—Dirección Proveeduría.—Lic. Jéniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 1970.—Solicitud Nº 42082.—C-16400.—(IN2012034627).

REMATES

INSTITUTO DEL CAFÉ DE COSTA RICA

REMATE Nº 02-2012

Remate para adjudicar el alquiler de bodega

Procedimiento de remate Nº 02-2012: el Instituto del Café de Costa Rica, invita a todos los interesados en participar en el proceso de remate para proceder con el alquiler de la Bodega del ICAFÉ ubicada en distrito La Uruca, cantón San José. El remate se llevará a cabo a las 10:00 horas del 18 de mayo del 2012, en las Instalaciones del ICAFÉ, en la Unidad de Contratación Administrativa, ubicada en San José, edificio principal, tercer piso, avenida primera, calles 18 y 20, teléfono 2243-7887.

Finca: Nº 378528-000

Área según plano catastrado: 2 796,08 m2.

Área de construcción: 2 566 m2.

Ubicación: 200 metros norte de la Agencia KIA, en La Uruca.

Descripción del inmueble: es una nave industrial con un solo acceso controlado, ubicado en el centro de la ciudad de San José, en la Zona Industrial y Comercial de la Uruca. El uso que se le está dando en este momento es de bodega de almacenamiento. La misma cuenta con la disposición de los servicios, entre ellos: agua potable, electricidad, señal de celular, limpieza de aceras y caños, entre otros. El acceso al inmueble es de mucha facilidad, por calle asfaltada. Se encuentra muy cerca de centros importantes de comercio, salud, industriales.

Precio base de alquiler ¢5.500.000.

Inspección de los bienes: el 11 de mayo del 2012, desde las 9:00 horas hasta las 12:00 horas y se coordinará con el Lic. Carlos Sandoval Torres, quien podrá localizarse al Tel. 2243-7878, lugar de la inspección: Bodegas del ICAFÉ, 200 metros norte de la Agencia KIA, en La Uruca.

Las condiciones generales de este remate deberán ser retiradas por los interesados en las oficinas centrales del Instituto del Café de Costa Rica, Unidad de Contratación Administrativa, tercer piso, sita en San José, calle primera, avenidas 18 y 20.

San José, 25 de abril del 2012.—Dirección Ejecutiva.—Ing. Edgar Rojas Rojas, Subdirector Ejecutivo.—Contratación Administrativa.—Lic. Carlos Sandoval Torres, Jefe.—1 vez.—(IN2012034210).

VARIACIÓN DE PARÁMETROS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE LOGÍSTICA

DIRECCIÓN TÉCNICA DE BIENES Y SERVICIOS

COMUNICA

Que en atención a los oficios AMTC-1249-04-2012 y AMTC-1257-04-2012 del Área de Medicamentos y Terapéutica Clínica y el oficio SIEI-0571-2012 de la Subárea de Investigación y Evaluación de Insumos, se informa que se modificaron las siguientes fichas técnicas:

 

Código

Descripción medicamento

Observaciones

1-10-11-1760

Walfarina sódica 5 mg. Tabletas

Versión CFT 03909

Rige a partir de su publicación

1-10-44-4761

Vacuna combinada de toxoide diftérico y tetánico

Versión CFT 69701

Rige a partir de su publicación

 

Estas fichas técnicas se encuentran disponibles en la Subárea de Investigación y Evaluación de Insumos, ubicada en el piso 13 del Edificio Genaro Valverde, oficinas centrales de la CCSS.

Área de Planificación de Bienes y Servicios.—Lic. William Vargas Chaves Mass, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 1143.—Solicitud Nº 2419.—C-14020.—(IN2012034596).

FE DE ERRATAS

HACIENDA

PROYECTO LIMÓN CIUDAD PUERTO

CONTRATO Nº 7498-CR

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Nº LPN-000002-UCP-2012

Estudio de mecánica de suelos para el diseño de las

subestructuras de los puentes en el Área de

Intervención del Componente Sistema de

Control de Inundaciones del Proyecto

Limón Ciudad Puerto

El Proyecto Limón Ciudad Puerto, informa a los interesados en la licitación en referencia que la fecha correcta para recepción de ofertas es: 31 de mayo del 2012, hasta las 11:00 horas. Todas las demás condiciones y requisitos permanecen invariables.

Los interesados podrán obtener información, respuestas a las aclaraciones y posibles enmiendas a los documentos de licitación en el portal http://www.plcp.go.cr o al correo electrónico ssalazar@plcp.go.cr. El pliego de licitación no tendrá costo y podrá ser obtenido de forma gratuita.

26 de abril del 2012.—Lic. Victoria León Wong, Directora Ejecutiva.—1 vez.—(IN2012034187).

SALUD

UNIDAD DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000011-UPIMS

Campaña publicitaria para plan de mercadeo

en alimentación saludable y actividad física

La Unidad de Bienes y Servicios (Proveeduría Institucional) del Ministerio de Salud, por medio del presupuesto de CTAMS con Fondos del Fideicomiso 872, comunica que se prorroga el plazo para la recepción de ofertas fijado para el 4 de mayo del 2012, para las 11:00 horas del 14 de mayo del 2012.

Las demás condiciones del cartel permanecen invariables.

San José, 26 de abril del 2012.—Proveeduría Institucional.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora.—1 vez.—O. C. Nº 14143.—Solicitud Nº 41056.—C-6600.—(IN2012034637).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000015-PCAD

(Enmienda Nº l)

Compra de vehículos, camiones y motocicletas

Se les comunica a todos los interesados en este concurso que el documento que contiene la Enmienda Nº 1 al cartel, puede ser retirado en el Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, ubicado en el sexto piso de la Sede Central, en avenidas 2 y 4, calle 1, San José, en un horario de lunes a viernes de 8:15 a.m. a 4:00 p.m.

Todas las demás condiciones y requisitos se mantienen invariables.

San José, 27 de abril del 2012.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Jefe.—1 vez.—(IN2012034857).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS DE SALUD

REGIÓN HUETAR NORTE

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2012LA-000001-2499

Servicio de alimentación para pacientes Hospital Los Chiles

De lo anterior en la numeración de la Licitación Pública Nacional se indicó 2012LA-000001-2499; por lo que debe leerse correctamente: 2012LN-000001-2499. Las demás condiciones de la Licitación Pública Nacional se mantienen invariables según publicación en La Gaceta Nº 81 del 26 de abril del 2012.

Ciudad Quesada, 26 de abril del 2012.—Área de Contratación Administrativa.—Lic. Geiner Brenes García.—1 vez.—(IN2012034211).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000003-02

(Enmienda Nº 1 y Prórroga Nº 1)

Reforzamiento estructural de edificio

Les comunicamos a los interesados en, participar en el concurso en referencia, que deben pasar al segundo piso de las oficinas centrales de RECOPE, a retirar la enmienda Nº 1, o bien, la misma estará disponible en la página Web de RECOPE www.recope.com. Así mismo, la fecha de apertura y recepción de ofertas se prorrogó para el día 16 de mayo del 2012, a las 10:00 horas.

San José, 27 de abril del 2012.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 12-0014.—Solicitud Nº 47903.—C-11300.—(IN2012034791).

REGLAMENTOS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

RECTORÍA

Resolución R-7818-2007.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio.—San Pedro de Montes de Oca, a las nueve horas del día veintiuno de noviembre del dos mil siete. Yo, Yamileth González García, Rectora de la Universidad de Costa Rica, en uso de las atribuciones que me confiere el Estatuto Orgánico y,

Considerando:

I.—Que como parte del proceso de mejora del sistema de suministros institucional este despacho mediante la resolución R-703-2007 de las nueve horas del día 5 de febrero del 2007, integró la Comisión Especial para la emisión de una propuesta reglamentaria para regular la contratación administrativa en la Universidad de Costa Rica, la cual a su vez conformó una subcomisión a fin de realizar un diagnóstico mediante sesiones de trabajo y grupos de discusión a fin de actualizar las propuestas normativas existentes en procura de mejorar y agilizar su tramitación. Los miembros de este equipo de trabajo fueron el Dr. Luis Baudrit Carrillo, Jefe de la Oficina Jurídica, el M.P.D. José Iván Salas Leitón, Asesor Legal de la Vicerrectoría de Investigación, y el Dr. Jorge Enrique Romero Pérez, Director del Instituto de Investigaciones Jurídicas, el M.B.M.C. Denis Campos González, Asesor de este despacho, y el M.B.A. Eduardo Rojas Gómez, entonces consultor externo y actualmente Jefe de la Oficina de Suministros.

II.—Que como resultado del trabajo de esa Comisión Especial, amén de otros proyectos complementarios, se formularon tres propuestas normativas para su promulgación urgente, por parte de la señora Rectora, una denominada “Reglamento del sistema de suministros de la Universidad de Costa Rica”, que en lo inmediato vendría a regular, entre otros aspectos, la materia de competencias, procedimientos y plazos, que han venido generando conflictos entre las instancias involucradas en los procesos de compra, los cuales han redundado en problemas de coordinación y clima organizacional inadecuado y una segunda propuesta denominada “Reglamento del Registro de Proveedores de la Universidad de Costa Rica”, normativa preceptiva que se echa de menos y que se requería con urgencia. Ambas propuestas fueron promulgadas oficialmente mediante resolución R-6635-2007 de las nueve horas del día diez de octubre pasado, y publicadas en el Alcance 7-2007 del 26 de octubre de La Gaceta Universitaria.

III.—Que como complemento a la normativa indicada se elaboró una tercer propuesta adicional para regular la adquisición de bienes y servicios con cargo a recursos provenientes del vínculo remunerado con el sector externo administrados mediante los mecanismos de fondos restringidos y empresas auxiliares, el cual debió diferirse en su promulgación hasta contar con la autorización de la Contraloría General de la República, por disposición expresa del artículo 2 bis, inciso a) de la Ley de la Contratación Administrativa. Este último componente normativo se establece en atención a la naturaleza contingente de los recursos administrados bajo esos mecanismos, la naturaleza de la cooperación externa como su fuente primaria, los destinos específicos que los caracterizan y la existencia de compromisos cuyo incumplimiento amén de afectar la buena imagen de la institución, compromete la posibilidad misma de mantener la continuidad del financiamiento si los procedimientos ordinarios se imponen a la actividad que se desarrolla bajo estas modalidades.

IV.—Que dicha iniciativa como se ha indicado forma parte de este proceso de mejora integral del sistema de suministros institucional y en ese sentido es el resultado de un diagnóstico en el que los usuarios señalaron la existencia de problemas en la ejecución presupuestaria de los recursos administrados mediante los mecanismos de fondos restringidos y empresas auxiliares, cuyas adquisiciones se realizan, exclusivamente, a través de la Oficina de Suministros y que en adelante se regularán a partir de la normativa dictada en este acto.

V.—Que el Estatuto Orgánico de la Universidad de Costa Rica establece en su artículo 40, inciso a) que corresponde a la figura del Rector(a) “Ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Universidad de Costa Rica…” y por lo tanto es la única autoridad que, en principio, podría adquirir y contraer obligaciones por ella. En ese rumbo, la regulación de su propia competencia no le resulta ajena a la figura del Rector(a) así como la creación de unidades de compra especializadas como derivación de esa exclusiva competencia primigenia que ostenta.

VI.—Que el Estatuto Orgánico de la Universidad de Costa Rica establece en su artículo 40, inciso f) la competencia para “Canalizar hacia los diversos órganos y autoridades universitarias los asuntos que les competan y servir como medio obligado de comunicación de todos ellos, con el Consejo Universitario”. Por su parte el inciso g) le da la potestad de “Dilucidar los conflictos de competencia que puedan surgir entre los diversos órganos universitarios” en tanto el inciso i) le atribuye una potestad reglamentaria embrionaria que ha sido posteriormente desarrollada por el Consejo Universitario a través de precedentes cuya culminación reside en la competencia para dictar reglamentos organizativos específicos según los parágrafos II, inciso b), III, inciso b) párrafo segundo, V, inciso b) y VII de los “Lineamientos para la Emisión de la Normativa Institucional”.

VII.—Que la Universidad de Costa Rica requiere de normativa organizativa con el propósito de procurar la unificación y normalización de los procesos de contratación administrativa, para que sean llevados a cabo, de la forma más eficaz y eficiente por los funcionarios de la Oficina de Suministros y de los responsables de las unidades de compra especializadas, y de las competencias y prácticas de todas las instancias involucradas directa o indirectamente en esta materia, con apego a las normas y principios del ordenamiento jurídico administrativo.

VIII.—Que las modificaciones a la Ley de la Contratación Administrativa y su Reglamento según Ley 8511 publicada en La Gaceta 128 de 4 de julio del 2006 y el Decreto Ejecutivo 33411-H publicado en La Gaceta 210 de 2 de noviembre del 2006, respectivamente, implican ajustes en los procedimientos actuales, para poder cumplir con los nuevos lineamientos.

IX.—Que mediante oficio 13595 (DCA-3880) del 19 de noviembre del 2007, la División de Contratación Administrativa de la Contraloría General de la República emitió la autorización correspondiente para la utilización de procedimientos sustitutivos de contratación para la adquisición de bienes y servicios con cargo a recursos provenientes del desarrollo de actividades de vinculo externo, mediante el “Reglamento del sistema especial de contratación administrativa para la adquisición de bienes y servicios con cargo a recursos administrados mediante la modalidad de fondos restringidos y empresas auxiliares”, reconociendo entre otras particularidades las siguientes:

“…es procedente que este tipo de compras se regulen por la vía de un sistema de contratación alternativo, al amparo del artículo 2 bis, inciso a) de la 1 Ley de Contratación Administrativa, siendo conveniente hacer las siguientes consideraciones:

    Si bien es cierto el mecanismo alternativo de contratación está siendo autorizado, el presupuesto de la UCR deberá seguir reflejando los ingresos que por tal concepto perciba y disponga la Institución.

    Será responsabilidad de esa Administración promover el fortalecimiento del Registro de Proveedores, actuación que simultáneamente permitirá una mejor aplicación del sistema hoy propuesto.

    La autorización de este mecanismo procedimental no implica de manera alguna una validación de las actividades de fondo que requieran de los insumos, sino que es responsabilidad de las entidades universitarias de velar porque tales actividades se ajusten al bloque de legalidad.”

X.—Que de conformidad con el artículo 2 bis, inciso a) de la Ley de la Contratación Administrativa y los términos de la autorización de la Contraloría General 13595 (DCA-3880), se mantiene el régimen ordinario de responsabilidad respecto de los resultados de las contrataciones y por la calificación de las circunstancias que, eventualmente, puedan servir de justificación para la solicitud de excepción de los procedimientos ordinarios de contratación.

XI.—Que las distintas unidades ejecutoras que manejan o lleguen a manejar empresas auxiliares o fondos restringidos deberán adoptar las medidas internas necesarias a efectos de tratar de reducir los plazos de adjudicación indicados en el artículo 8º, de tal suerte que se entienda que los diez días constituyen un plazo máximo pero procurando no agotarlo todo y que la prórroga es para casos realmente excepcionales. Por tanto:

  Dispongo aprobar y promulgar el “Reglamento del sistema especial de contratación administrativa para la adquisición de bienes y servicios con cargo a recursos administrados mediante la modalidad de fondos restringidos y empresas auxiliares”.

  Dispongo solicitar a la Oficina de Suministros en coordinación con la Oficina de Administración Financiera llevar un control de la vigencia del instrumento normativo y advertir a la Administración, quien deberá de previo a vencer el plazo de los dos años de la autorización que nos ocupa, con la suficiente antelación (al menos 3 meses) realizar los trámites pertinentes para requerir ante la Contraloría General de la República una nueva autorización, en la que se acrediten las ventajas del uso del sistema.

  Dispongo solicitar a la Oficina de Divulgación realizar los trámites necesarios para proceder a la publicación de este Reglamento en el Diario Oficial La Gaceta.

  Dispongo ordenar que los usuarios del sistema especial de contratación administrativa documenten sus trámites de compra a fin de brindar los insumos necesarios para el informe que la Oficina de Suministros en coordinación con la Oficina de Administración Financiera, tendrán la responsabilidad de elaborar cada seis meses sobre los resultados que se hayan producido con la utilización de este mecanismo. Tales documentos deberán ser enviados a la Contraloría General, junto con la solicitud de prórroga del mecanismo cuando así corresponda.

  Comuníquese la presente Resolución a la Oficina de Divulgación, a la Oficina de Suministros, a la Oficina Jurídica, a la Oficina de Contraloría Universitaria, a los miembros de la Comisión Especial para la emisión de una propuesta reglamentaria para regular la contratación administrativa en la Universidad de Costa Rica, a saber el Dr. Luis Baudrit Carrillo, Jefe de la Oficina Jurídica, el M.P.D. José Iván Salas Leitón, Asesor Legal de la Vicerrectoría de Investigación, y el Dr. Jorge Enrique Romero Pérez, Director del Instituto de Investigaciones Jurídicas, el M.B.M.C. Denis Campos González, Asesor de este despacho, y el M.B.A. Eduardo Rojas Gómez, entonces consultor externo y actualmente Jefe de la Oficina de Suministros, al Consejo Universitario para su publicación en La Gaceta Universitaria. Asimismo, comuníquese a la Contraloría General de la República [Ref. Gestión 2007-003984-1].

  Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.

Dra. Yamileth González García, Rectora.

“REGLAMENTO DEL SISTEMA ESPECIAL DE

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA PARA

LA ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

CON CARGO A RECURSOS ADMINISTRADOS

MEDIANTE LA MODALIDAD DE

FONDOS RESTRINGIDOS Y

EMPRESAS AUXILIARES”

Artículo 1º—Ámbito de aplicación. El sistema especial de contratación administrativa regulado en este Reglamento es un mecanismo diseñado para la satisfacción del interés público en el marco general de los procedimientos fijados por la LCA y el RLCA, para la adquisición de bienes y servicios con cargo a recursos administrados mediante la modalidad de fondos restringidos y empresas auxiliares, en la Universidad de Costa Rica, los cuales por tratarse de fondos contingentes que resultan de la negociación con agentes de cooperación externa, públicos o privados, nacionales o extranjeros, o la venta de servicios, ingresan en cualquier momento del ejercicio presupuestario, normalmente, con fines específicos y se depositan bajo estas modalidades de administración en la Oficina de Administración Financiera a efectos de garantizar su eficiente gestión y oportuna ejecución.

Quedan eximidas las contrataciones contempladas en el presente reglamento de la publicación en el Plan de adquisiciones elaborado por la OSUM, establecido en el Reglamento del sistema de suministros de la Universidad de Costa Rica.

La aplicación de los procedimientos regulados en la presente normativa es incompatible con la gestión de proyectos a través de la Fundación de la Universidad de Costa Rica para la Investigación (FUNDEVI).

Artículo 2º—Definiciones operativas:

a.  Fondo restringido: Es todo recurso financiero que la Institución obtenga de fuentes externas en calidad de aporte, donación o préstamo para la realización de programas o proyectos específicos, sujetos a limitaciones o restricciones en su uso; de acuerdo a lo establecido en los convenios, leyes o contratos.

b.  Empresa auxiliar: Se considera empresa auxiliar aquellas actividades que generen recursos originados en la venta de bienes y servicios por parte de las unidades ejecutoras.

Artículo 3º—Inicio del procedimiento. Con independencia de los montos de la contratación, siempre que la misma se realice con cargo a recursos administrados mediante la modalidad de fondos restringidos y empresas auxiliares podrá aplicarse el procedimiento especial de contratación administrativa regulado en este Reglamento.

Para tales efectos los responsables de las unidades ejecutoras o quien ellos designen formalmente, podrán enviar las solicitudes de compra de los bienes y servicios, a la OSUM, a los responsables de las unidades de compra especializadas o a los funcionarios competentes para la suscripción de contratos de servicios profesionales o técnicos, previa verificación de la naturaleza del contrato y su instancia adjudicadora.

Las solicitudes deberán ajustarse a los requerimientos del artículo 7º de la LCA y el artículo 8º del RLCA toda vez que ese acto constituye la decisión inicial que da comienzo al proceso de contratación administrativa.

Artículo 4º—Del expediente. Una vez recibida la solicitud, será responsabilidad de la OSUM, los responsables de las unidades de compra especializadas o los funcionarios competentes para la suscripción de contratos de servicios profesionales o técnicos, confeccionar el expediente de la contratación, el cual deberá estar debidamente foliado y ordenado de forma cronológica.

Artículo 5º—Del pliego de condiciones. La OSUM, los responsables de las unidades de compra especializadas o los funcionarios competentes para la suscripción de contratos de servicios profesionales o técnicos, confeccionarán un pliego de condiciones sencillo en donde se describa el objeto contractual, el plazo y forma de entrega así como cualquier otra información que se considere importante dentro de las condiciones de la contratación, además del plazo para la presentación de las ofertas, el cual podrá oscilar entre uno y cinco días hábiles.

Con excepción de los trámites para la contratación de obras que requieran visita técnica al sitio de forma obligatoria, en cuyo caso se deberá programar la visita dentro de los cinco (5) días hábiles después de la invitación y la fecha para la apertura de ofertas se deberá establecer dentro de los 5 días hábiles después de realizada la visita.

Artículo 6º—De la invitación. La respectiva invitación podrá cursarse a no menos de tres oferentes del registro de proveedores. Sólo podrá invitarse a oferentes ajenos al registro de proveedores si los inscritos para el caso son menos de tres o no exista alguno. Igual salvedad aplicará en los casos de oferente único no inscritos en el registro de proveedores, pero esta situación deberá hacerse constar en el expediente.

Las ofertas podrán ser presentadas por fax o por correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en la invitación, pero deberá convalidarse la mejor posicionada en la evaluación de previo al acto de adjudicación. La ausencia de respuesta de alguno de los invitados tras el vencimiento del plazo no acarreará la invalidez del procedimiento y únicamente se considerarán las ofertas de proveedores a quienes se haya cursado la invitación.

Artículo 7º—De las contrataciones urgentes. En casos acreditados como urgentes, se pueden solicitar las cotizaciones con cuatro horas de anticipación a su recepción.

En este supuesto deberá incorporarse al respectivo expediente un documento firmado por el Jefe de la OSUM, los responsables de las unidades de compra especializadas o los funcionarios competentes para la suscripción de contratos de servicios profesionales o técnicos que contenga las razones de interés público y una justificación técnica debidamente razonada, y en que se hagan responsables de esta decisión, por tratarse del funcionario que dicta el acto de adjudicación en los supuestos de adquisición de bienes y servicios con cargo a recursos administrados mediante la modalidad de fondos restringidos y empresas auxiliares.

Artículo 8º—Adjudicación. Vencido el plazo para la recepción de las ofertas se efectuará una evaluación sumaria de las mismas que deberá considerar, fundamentalmente, el criterio o recomendación efectuado por la unidad solicitante o técnica pertinente. En todo caso, el acto de adjudicación deberá dictarse en un plazo máximo de diez días hábiles, prorrogable por un plazo igual en casos debidamente justificados, contados a partir del día de la apertura de ofertas y de inmediato será comunicado a los participantes.

Para el caso de contratación de obras se deberá dictar el acto de adjudicación en un plazo máximo de 20 días hábiles, prorrogables por un plazo igual en casos debidamente justificados, contados a partir del día de la apertura de ofertas y de inmediato será comunicado a los participantes.

Artículo 9º—Recursos. A partir de la comunicación del acto de adjudicación, los participantes podrán interponer recurso de revocatoria dentro del plazo de dos días hábiles siguientes a su notificación. Si el recurso es admisible, se concederá audiencia al adjudicatario por el plazo de dos días hábiles, vencido el cual la administración deberá resolver entre los tres días hábiles siguientes. En los casos declarados urgentes no habrá recurso alguno.

Artículo 10.—Fiscalización y control. En este tipo de contrataciones el control financiero presupuestario, la autorización para la ejecución presupuestaria y la revisión del cumplimiento de los requisitos legales, para la emisión de los pagos es realizada por la Oficina de Administración Financiera, de acuerdo con los ingresos recibidos, los presupuestos aprobados y las regulaciones vigentes. Lo anterior sin perjuicio de los controles y fiscalización de los procesos de contratación administrativa que realiza la OSUM ordinariamente.

Se incluyen reformas en los artículos 5 y 8. Vigente por un año a partir de su publicación.

Sabanilla de Montes de Oca, 12 de abril de 2012.—Departamento de Adquisiciones.—MBA. Vanessa Jaubert Pazzani, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 3452.—C-313040.—(IN2012028702).

REMATES

AVISOS

HIELO FIESTA DE COSTA RICA S. A.

Hielo Fiesta de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-603863, en calidad de fiduciario del fideicomiso denominado “Fideicomiso Bagaces Uno”, en adelante identificado como el “Fideicomiso”, procederá a subastar el bien inmueble que se encuentra en el fideicomiso, finca del partido de Guanacaste, con matrícula de folio real número 176514-000, que es terreno de ganadería lote quince, situado en el distrito primero Bagaces, del cantón cuatro Bagaces, de la provincia de Guanacaste, con una medida de cinco mil dos metros cuadrados, linda al norte, lote dieciséis A; sur, lote catorce A; este, servidumbre agrícola con un frente de cincuenta y un metros lineales con catorce centímetros lineales; oeste, río Estanque, plano catastrado número G-uno tres cuatro seis nueve seis seis-dos mil nueve, libre de anotaciones y con los gravámenes que indica el registro. La subasta se celebrará a las diez horas del día dieciocho de mayo del dos mil doce, en las oficinas de la fiduciaria, ubicadas en Liberia, Guanacaste, ciento setenta y cinco metros sur de la Casa Gobernación. El precio base para la subasta es de siete millones de colones (¢7.000.000,00). Queda entendido que para que una oferta sea válida, el oferente deberá entregarle a la fiduciaria previo a iniciar la subasta un 15% de dicha base. Dichos montos deberán ser entregados a la fiduciaria mediante cheque de gerencia, a la orden de la fiduciaria, o por cualquier otro valor de alta liquidez que sea de la aceptación de la fiduciaria, además debe señalar medio para atender notificaciones. Si en el acto del remate el oferente no paga la totalidad de lo ofrecido a la fiduciaria, deberá depositar, dentro del tercer día hábil, salvo que el fideicomisario principal autorice un plazo mayor, el precio total de su oferta, mediante cheque certificado, dinero en efectivo, o cualquier otro valor de alta liquidez que sea de la aceptación de la fiduciaria. Si el mejor oferente no paga la totalidad del precio dentro del plazo señalado, el remate se tendrá por insubsistente, en consecuencia, el 30% por ciento del depósito se entregará a los ejecutantes como indemnización fija por los daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento, y el resto en abono al crédito del fideicomisario principal, previa deducción de los gastos, tributos, honorarios y cualquier otro gasto que haya causado el presente fideicomiso. Se deja constancia que el fideicomitente del fideicomiso, podrá cancelar las sumas adeudadas al amparo del crédito garantizado y todos los honorarios, tributos, seguros y demás gastos causados por el fideicomiso, en cualquier momento antes de la celebración de las subastas aquí referidas, caso en el cual se suspenderán las mismas.—Lic. Manuel Rey González, Notario.—1 vez.—RP2012290960.—(IN2012034829).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ORI-1201-2012.—Rodríguez Gutiérrez Marco Antonio, costarricense, cédula 3-0239-0706, ha solicitado reposición del título de Licenciado en Ciencias de la Educación con Énfasis en Administración Educativa. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los trece días del mes de marzo del dos mil doce.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38036.—C-28220.—(IN2012024374).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

ORI-1219-2012.—Decker Franco Marcos, R-065-2012, boliviana, residente temporal: 1068000238432, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Licenciado en Biología, Universidad Mayor de San Simón, Bolivia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 13 días del mes de marzo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38647.—C-33860.—(IN2012027572).

ORI-1090-2012.—Harari Diana Justa, R-050-2012, argentina, cédula de residente permanente 103200112711, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Arquitecta, Universidad de Buenos Aires, Argentina. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 7 días del mes de marzo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38647.—C-33860.—(IN2012027573).

ORI-1227-2012.—Ligtermoet Femke, R-062-2012, holandesa, residente permanente: 152800052130, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Doctoranda (Drs) Master of Science (M.Sc.), Universidad de Amsterdam, Holanda. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 13 de marzo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38647.—C-33860.—(IN2012027574).

ORI-1223-2012.—De Oliveira Acevedo Dayana, R-059-2012, venezolana, pasaporte: 002717603, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciado en Contaduría Pública, Universidad Privada Dr. Rafael Belloso Chacín, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 13 de marzo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38647.—C-33860.—(IN2012027575).

ORI-1060-2012.—Esker Paul David, R-047-2012, estadounidense, pasaporte número 216671709, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Doctorado. Especializaciones en Patología de las Plantas y Estadísticas, Universidad del Estado de Iowa de Ciencias y Tecnología. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 13 de marzo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38647.—C-33860.—(IN2012027576).

ORI-1232-2012.—Cartagena Cruz Rafael Ernesto, R-268-2009-B, costarricense, cédula: 8-0072-0203, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Ciencias Sociales, Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, Costa Rica. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 13 de marzo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38647.—C-33860.—(IN2012027577).

ORI-1172-2012.—Acuña Bogantes Ademar Alberto, R-051-2012, costarricense, cédula: 2-0607-0879, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciado en Odontología, Universidad Federal de Río de Janeiro, Brasil. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 12 de marzo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38647.—C-33860.—(IN2012027578).

ORI-1240-2012.—Blen Esposito Jorge Francisco, R-067-2012, costarricense, cédula de identidad 1-1235-0995, ha solicitado reconocimiento del diploma de Título Profesional Especialista en Implantología Buco Máxilo Facial, Universidad de Chile, Chile. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 14 de marzo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38647.—C-33860.—(IN2012027579).

ORI-1092-2012.—Di Placido Scafuri Lorena, R-053-2012, venezolana, pasaporte 033702320, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciada en Ciencias Actuariales, Universidad Central de Venezuela, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 7 de marzo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38647.—C-33860.—(IN2012027580).

ORI-1229-2012.—Lui Kuan Yi Cheng, R-058-2012, costarricense, cédula: 8 0087 0632, ha solicitado reconocimiento del diploma de Master en Ciencias, Universidad Nacional de Taiwán, Taiwán. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 13 de marzo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38647.—C-33860.—(IN2012027581).

ORI-1062-2012.—Stewart Lee Zoila Rosa, R-052-2012, costarricense, cédula de identidad número 107340983, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctora en Quiropráctica, Life University-College of Quiropractic, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 6 de marzo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38647.—C-33860.—(IN2012027582).

ORI-1074-2012.—Valverde Mora Marco Antonio, R-045-2012, costarricense, cédula de identidad 1-0619-0855, ha solicitado reconocimiento del diploma de Máster en Ciencias, Ingeniería Civil Universidad de Colorado, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 6 de marzo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38647.—C-33860.—(IN2012027583).

ORI-1174-2012.—Bonilla Valverde José Pablo, R-054-2012, costarricense, cédula: 1-1134-0176, ha solicitado reconocimiento del diploma de Máster en Gestión Integral del Agua, Universidad de Cádiz, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 12 de marzo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38647.—C-33860.—(IN2012027584).

ORI-1051-2012.—Vidaurre Fallas German Antonio, R-035-2012, costarricense, cédula de identidad número 108190291, ha solicitado reconocimiento del diploma de Máster en Ciencias con Énfasis en Ingeniería Química, Universidad de Nevada, Reno, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 6 de marzo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38646.—C-33860.—(IN2012027585).

ORI-1087-2012.—Velázquez Solís Paulina, R-039-2012, costarricense, cédula de identidad 9-0108-0126, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría en Bellas Artes, San Francisco Art Institute, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 7 días del mes de marzo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38646.—C-33860.—(IN2012027586).

ORI-1048-2012.—Rivera Chavarría Ana Leonor, R-032-2012, costarricense, cédula de identidad número 109190904, ha solicitado reconocimiento del diploma de Máster en Ciencias (Msc) en Ciencias para la Salud con Especialización en Salud Pública, Erasmus Universiteit Rotterdam, Países Bajos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 6 de marzo del 2012.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38646.—C-33860.—(IN2012027587).

ORI-1079-2012.—Martínez Rubio María Dolores, R-033-2012, española, pasaporte AA240773, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestra, Especialidad de Educación Especial, Universidad de Extremadura, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 6 de marzo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38646.—C-33860.—(IN2012027588).

ORI-745-2012.—Charaf Debora Lorena, R-017-2012-B, argentina, pasaporte: 25560662N, ha solicitado reconocimiento del diploma de Abogada Especialista en Asesoría Jurídica de Empresas, Universidad de Buenos Aires, Argentina. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 15 de febrero del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38646.—C-33860.—(IN2012027589).

ORI-747-2012.—Charaf Debora Lorena, R-017-2012-A, argentina, pasaporte: 25560662N, ha solicitado reconocimiento del diploma de Abogada, Universidad de Buenos Aires, Argentina. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 15 de febrero del 2012.—Oficina de Registro e Información.—Lic. M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38646.—C-33860.—(IN2012027590).

ORI-1082-2012.—Araya Morera Luis Miguel, R-036-2012, costarricense, cédula de identidad 2-0493-0431, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Artes Musicales, Música, Universidad del Estado de Arizona, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 6 de marzo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38646.—C-33860.—(IN2012027591).

ORI-1053-2012.—Botero Botero Claudia Andrea, R-038-2012, colombiana, residente permanente libre condición número 117000850726, ha solicitado reconocimiento del diploma de Psicólogo, la Fundación Instituto Universitario de Ciencia y Tecnología, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 6 de marzo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38646.—C-33860.—(IN2012027592).

ORI-1056-2012.—Carvajal Espinoza Jorge Eduardo, R-044-2012, costarricense, cédula de identidad número 105510529, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Filosofía, con Énfasis en Educación/Sicología e Investigación Educativa, The University of Kansas, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 6 de marzo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38646.—C-33860.—(IN2012027593).

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

VICERRECTORÍA EJECUTIVA

DIRECCIÓN DE ASUNTOS ESTUDIANTILES

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ríos Jiménez Franz Misael, de nacionalidad boliviana, pasaporte Nº 3376196, ha solicitado reconocimiento y equiparación del título de Licenciado en Contaduría Pública, obtenido en la Universidad Adventista de Bolivia. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado a la Oficina de Registro, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Sabanilla, 23 de marzo del 2012.—Lic. Susana Saborío Álvarez, Coordinadora Comisión de Reconocimiento de Estudio.—(IN2012026737).

Ante la Oficina de Registro de la Universidad Estatal a Distancia, se ha presentado por motivo de solicitud de reposición del diploma, correspondiente al título de Licenciatura en Educación General Básica I y II Ciclos a nombre de Grettel María Chavarría Prado, cédula de identidad 1-1091-976. El mismo se encuentra registrado bajo la inscripción que se detalla a continuación: tomo: IX folio: 1392 asiento: 32. Se solicita la publicación del edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles, a partir de la tercera publicación en La Gaceta.—Dado a solicitud de la interesada en San José, a los ocho días del mes de marzo del dos mil doce, por la Lic. Tatiana Bermúdez Vargas, Encargada de Graduación y Certificaciones.—RP2012287102.—(IN2012027114).

CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES

CIENTÍFICAS Y TECNOLÓGICAS

El Consejo Nacional para Investigaciones Científicas y Tecnológicas (CONICIT), cédula jurídica número tres-cero cero siete-cero cuatro cinco cuatro cuatro seis cero siete, por este medio hace saber que se ha instaurado procedimiento de cobro administrativo N° PC-AL-17-2011 contra Jhonny Francisco Serrano Sánchez, cédula de identidad uno-novecientos veintidós-novecientos cinco, soltero, Máster en Telemática, vecino de Residencial el Rey de Alajuela, según reporte de su último domicilio. Se le solicita a quienes conozcan de su paradero con indicación de su dirección exacta actual, hacerlo saber a la Asesoría Legal del citado Consejo, a través de correo electrónico achacon@conicit.go.cr o al apartado postal 10318-1000, en los próximos treinta días.—San José, 2 de febrero del 2012.—Msc. Alfonso Chacón Mata, Director Órgano Procedimiento de Cobro Administrativo.—1 vez.—(IN2012027882).

El Consejo Nacional para Investigaciones Científicas y Tecnológicas (CONICIT), cédula jurídica número tres-cero cero siete-cero cuatro cinco cuatro cuatro seis cero siete, por este medio hace saber que se ha instaurado procedimiento de cobro administrativo N° PC-AL-17-2011 contra Jhonny Francisco Serrano Sánchez, cédula de identidad uno-novecientos veintidós-novecientos cinco, soltero, Máster en Telemática, vecino de Residencial el Rey de Alajuela, según reporte de su último domicilio. Se le solicita a quienes conozcan de su paradero con indicación de su dirección exacta actual, hacerlo saber a la Asesoría Legal del citado Consejo, a través de correo electrónico achacon@conicit.go.cr o al apartado postal 10318-1000, en los próximos treinta días.—San José, 2 de febrero del 2012.—Msc. Alfonso Chacón Mata, Director Órgano Procedimiento de Cobro Administrativo.—1 vez.—(IN2012027882).

INSTITUTO TECNOLOGICO DE COSTA RICA

DEPARTAMENTO DE ADMISIÓN Y REGISTRO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El señor Juan Enrique Grooscors Antillon, cédula de identidad Nº 901110033 ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el título de Ingeniero Electrónico obtenido en la Universidad Simón Bolívar, Estado Miranda, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Cartago, 22 de marzo del 2012.—MBA. William Vives Brenes, Director.—O. C. Nº 20120023.—Solicitud Nº 14577.—C-28220.—(IN2012026976).

El señor Juan Enrique Grooscors Antillon, cédula de identidad Nº 901110033 ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el título de Magister en Administración, Mención Gerencia de Mercadeo, obtenido en la Universidad Metropolitana, Caracas, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Cartago, 22 de marzo del 2012.—MBA. William Vives Brenes, Director.—O. C. Nº 20120023.—Solicitud Nº 14578—C-28220.—(IN2012026977).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Orlando Jesús Marín Artavia, cédula de identidad Nº 112480651 ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el título de Bachelor of Science obtenido en La Universidad Nacional Chiao Tung, Taiwan. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.

Cartago, 29 de marzo del 2012.—MBA. William Vives Brenes, Director.—O.C. Nº 120023.—Solicitud Nº 14579.—C-28220.—(IN2012028410).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICO

AMONESTACIÓN ESCRITA POR LA PRESENTACIÓN

ESTEMPORÁNEA DE LA DECLARACIÓN JURADA

INICIAL DE BIENES AL SR. DONALD

ROJAS FERNÁNDEZ

Por instrucción de la División Jurídica de la Contraloría General de la República, mediante oficio DJ-0227-2012 (02189) del 5 de marzo 2012, donde se determinó la resolución que establece amonestación escrita, publicada en el Diario Oficial La Gaceta originada en el procedimiento administrativo bajo el expediente número DJ-54-2011, por tanto se procede conforme con la instrucción seguido al Sr. Donald Rojas Fernández, cédula 1-866-220, por la presentación extemporánea de la declaración jurada inicial de bienes.

San José, 10 de abril del 2012.—Dirección Médica.—Dr. Douglas Montero Chacón, Director.—1 vez.—(IN2012027879).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Se le comunica a, Roy Gerardo Solano Gómez que por resoluciones de la representación legal de esta oficina local, de las 13:09 horas del 17 de enero, y de las 10:30 horas del 19 de junio, ambas del 2012, se inició proceso de protección administrativa a favor de las personas menores de edad Kristel Patricia Ríos Castro, Jordan Steven Ríos Castro, y Kendall Stward Solano Castro, además, se le confió su cuido provisional en Jacqueline Patricia Leitón Vides. Además, se ordena a los padres comparecer al PANI para fijar un monto de pensión alimentaria a favor de sus hijos, bajo pena de ser remitidos a la vía penal en caso de no cumplir su obligación alimentaria; se ordenó tratamiento psicológico y continuidad de tratamiento psiquiátrico para la adolescente Kristel, así como la incorporación de la madre en programas de INAMU, de IAFA, de Fundación Rahab y de Academia de Crianza. Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su disposición en esta oficina local, en días y horas hábiles, ubicada en San José, Paseo Colón, avenidas 0 y 2, calle 38. Deberá señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme la Ley de Notificaciones Judiciales. Se le hace saber, además, que contra las indicadas resoluciones procede recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer ante la esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente Nº 115-00132-2006.—Oficina Local de San José Oeste.—10 de abril del 2012.—Roberto Calderón Barrantes, Asistente de la Representación Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4176.—C-23120.—(IN2012027967).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

Nombramiento del Alcalde Interino

El Concejo Municipal del Cantón de San José, acordó que los días 23, 24, 25, 26, 27, 30 de abril 2, 3 y 4 de mayo del 2012, ambos días inclusive, asumirá de manera interina las funciones del señor Alcalde, la señora Sandra García Pérez, Primera Vicealcaldesa, en razón que el titular Ing. Johnny Araya Monge, disfrutará de vacaciones.

Acuerdo definitivamente aprobado. Acuerdo 1, Artículo IV, de la Sesión Ordinaria, celebrada por el Concejo Municipal del Cantón Central de San José, el 27 de marzo del 2012.

San José, 9 de abril del 2012.—Departamento de Comunicación.—Gilberto Luna Montero, Jefe a. í.—1 vez.—O. C. Nº 130036.—Solicitud Nº 5026.—C-6600.—(IN2012028072).

MUNICIPALIDAD DE TIBÁS

El Concejo Municipal de Tibás, en su acuerdo IX-2, en su sesión ordinaria Nº 101, celebrada el día 10 de abril del 2012, dispuso lo siguiente:

Los señores Regidores disponen tomar el acuerdo de cambiar el horario de la sesión ordinaria del martes 1º de mayo del 2012, para iniciar una vez finalizada la Sesión Extraordinaria Solemne que se llevará a cabo a partir del mediodía el 01/05/12.

Secretaría Concejo Municipal.—Jannina Villalobos Solís.—1 vez.—(IN2012031666).

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

EDICTO

DCI-OF-145-2012.—Para los fines consiguientes el Departamento de Captación de Ingresos de la Municipalidad de Montes de Oca hace saber que el señor Alvarado López Julio César, cédula de identidad Nº 8-0001-0700, como único derechohabiente con vida de la familia Alvarado López, ha presentado escritura pública protocolizada, rendida ante el notario Luis Paniagua Acuña, en la que cede y traspasa el derecho de arrendamiento fosa 013, bloque 7, Cementerio de San Pedro, a Montenegro Araya Minor, cédula de identidad Nº 1-0592-0529; quien acepta que este quede inscrito a su nombre con las obligaciones que de ello se deriva. La Municipalidad de Montes de Oca queda eximida de toda responsabilidad y brindará un plazo de 8 días hábiles a partir de esta publicación para oír objeciones.

San Pedro de Montes de Oca, 12 de abril del 2012.—Lic. Alejandro Villalobos M., Jefe Departamento de Captación de Ingresos.—1 vez.—RP2012287936.—(IN2012028834).

MUNICIPALIDAD DE PURISCAL

La Municipalidad de Puriscal, en sesión ordinaria del Concejo Municipal Nº 174, celebrada el 20 de marzo del 2012, aprobó las siguientes tasas por la prestación de los servicios de recolección y tratamiento de basura, aseo de vías y sitios públicos:

 

Recolección y tratamiento de basura

Tasa trimestral

(en colones)

Tipo de usuario

 

Residencial-Pública

¢6.146,33

Comercial e industrial

¢15.365,83

Servicio de aseo de vías y sitios públicos

 

Por metro lineal

¢475,24

 

Lo anterior entrará a regir treinta días después de su publicación.

Puriscal, abril del 2012.—Yorleny Guevara Mora, Secretaria del Concejo.—1 vez.—(IN2012029344).

AVISOS

CONVOCATORIAS

ESCUELA BILINGÜE VILLA PARAÍSO

La Junta Directiva de la Escuela Bilingüe Villa Paraíso S. A., les convoca a participar de la asamblea general extraordinaria de socios de la Escuela Bilingüe Villa Paraíso S. A., el día sábado 19 de mayo del año en curso, en las instalaciones de la escuela, en primera convocatoria a las 2:00 p. m., o de ser menester y de no contar con el quórum requerido en segunda convocatoria a las 3:00 p. m., dando inicio con las personas presentes.

Orden del día

Capítulo I: Protocolo

a)  Saludo.

b)  Comprobación del quórum.

c)  Lectura y aprobación del orden del día.

d)  Lectura de correspondencia.

Capítulo II: Elección de puestos vacantes Vocal y Fiscal.

Capítulo III: Juramentación.

Capítulo IV: Cierre.

Doris Guzmán Céspedes, Presidenta.—1 vez.—RP2012290521.—(IN2012033711).

MULTISERVICIOS ESQUICER SOCIEDAD ANÓNIMA

Multiservicios Esquicer Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-238917, convoca a sus socios a la asamblea general extraordinaria, que se celebrará en su domicilio social, a las nueve horas del 15 de junio del dos mil doce. En dicha Asamblea se conocerán los siguientes asuntos: 1. Apertura de la Asamblea. 2. Comprobación del quórum, 3. Propuesta para disolver la sociedad. Los socios deberán acreditarse personalmente o por medio de poder debidamente autenticado a una tercera persona. Si no hubiere quórum a la hora indicada, la asamblea se celebrará una hora después en el citado lugar, con los accionistas que se encuentran presentes.—Naranjo, 27 de abril del 2012.—Claudio Gerardo Esquivel Céspedes, Presidente.—1 vez.—(IN2012034255).

MONTOYA MARÍN HERMANOS SOCIEDAD ANÓNIMA

Montoya Marín Hermanos Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-214103, convoca a sus socios a la asamblea general extraordinaria, que se celebrará en su domicilio social, a las nueve horas del 15 de junio del dos mil doce. En dicha Asamblea se conocerán los siguientes asuntos: 1. Apertura de la Asamblea, 2. Comprobación del quórum. 3. Autorización al presidente para adquisición de un bien inmueble. Los socios deberán acreditarse personalmente o por medio de poder debidamente autenticado a una tercera persona. Si no hubiere quórum a la hora indicada, la asamblea se celebrará una hora después en el citado lugar, con los accionistas que se encuentran presentes.—Naranjo, 27 de abril del 2012.—Antonio Montoya Marín, Presidente.—1 vez.—(IN2012034257).

EDUCACIÓN BILINGÜE DE CARTAGO S. A.

Se convoca a los accionistas de Educación Bilingüe de Cartago S. A., a asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas, a celebrarse el martes 29 de mayo del 2012, en su domicilio social, sito 300 metros oeste de la entrada principal del Instituto Tecnológico de Costa Rica, en Cartago, a las 17:30 horas en primera convocatoria. De no haber quórum, una hora después en segunda convocatoria, con cualquier número de socios presentes.

El orden del día será el siguiente:

Asuntos extraordinarios:

1)  Verificación del quórum.

2)  Discusión y votación de propuesta de modificación del pacto social.

Asuntos ordinarios:

1-  Discusión y aprobación del acta de Asamblea General Nº 47-2011.

2-  Presentación de informes de medio período:

a)     Informe de Presidencia.

b)    Informe de Tesorería.

c)     Informe de Fiscalía.

3-  Discusión y aprobación de estados financieros al 31 de marzo del 2012.

4-  Presentación, discusión y votación de propuesta de arrendamiento para desarrollo de un local comercial en el lote propiedad de la Sociedad, ubicado en el distrito Occidental, cantón Central, de la provincia de Cartago.

Junta Directiva.—Lic. Ricardo Vargas Peralta, Presidente.—1 vez.—RP2012290945.—(IN2012034827).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENSES S. A.

Para los efectos del artículo 689 Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA), hace constar a quien interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá los siguientes certificados de acciones: Certificado Nº 3514, Serie: B, Acciones: 400, nombre del accionista: Valladares García Gladys, Folio número: 4505.—San José, 12 de marzo del 2012.—Norma Naranjo M., Gerente de Accionistas.—(IN2012027433).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

CORPORACIÓN ZELIK S. A., INVERSIONES ZURIBI S. A.,

JANOS S. A.

La señora María Isabel Tuesta Ortega, ciudadana española, con carné de residente rentista número 7409, solicita la reposición de todos los títulos que amparan el capital social de las siguientes empresas: Corporación Zelik S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento cuatro mil setecientos cuarenta y siete, Inversiones Zuribi S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno ciento treinta y siete mil ciento sesenta, y Janos S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento quince mil doscientos sesenta y nueve. Señalo para oír eventuales oposiciones la oficina de abogados GM Attorneys S. A., sita en San José, calle veintiuno y veintitrés, avenida diez bis, número dos mil ciento sesenta y uno, o al fax número 2222-3311.—Lic. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—RP2012286788.—(IN2012027112).

BAC SAN JOSÉ S. A.

Se comunica que los siguientes títulos valores emitidos por el BAC San José, S. A. a la orden de Gustavo Adolfo Vega Vargas o Milena Sanabria Rodríguez han sido extraviados:

Número certificado    Monto      Fecha emisión     Fecha vencimiento

    110506334            $1.700,00  25 de agosto 2000     26 setiembre 2000

Número de cupones Monto neto Fecha emisión    Fecha vencimiento

           n/a                        n/a                    n/a                             n/a

Por lo tanto solicitamos proceder de inmediato con los trámites de publicación para el paro de pago y restitución de estos títulos.—San José, 27 de marzo del 2012.—Sucursal Multiplaza Escazú.—María A. Alonso Luque, Asistente Gerencia.—RP2012287076.—(IN2012027113).

MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRÉSTAMO

La señora María De Los Ángeles Quesada Navarro, cédula Nº 301360831, ha solicitado a MUCAP la reposición del título valor Nº 517252 por un monto de $3.295,26 y el cupón Nº 1 por un monto de $9,00 , los cuales fueron emitidos a su orden el día 7 de diciembre del 2011. Se emplaza a los interesados a manifestarse dentro del plazo de 15 días naturales posterior a la última publicación.—21 de marzo del 2012.—Sheila Murillo Simón, Jefa Agencia Metrocentro.—(IN2012027530).

BOSQUE PUERTO CARRILLO SOCIEDAD ANÓNIMA

Bosque Puerto Carrillo Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-054559, hace del conocimiento público que por motivo de extravío, el señor Robert Williams ha solicitado la reposición de las acciones número 1939, 1940, 1941 y 1942. Se emplaza a cualquier interesado para que en el término de un mes a partir de la última publicación de este aviso, manifiesten su oposición dirigida a: Bosque Puerto Carrillo, S.A. c/o Bufete Baltodano y Asociados, edificio Galería Ramírez Valido, avenida central, calles 5 y 7, San José.—Dr. Néstor G. Baltodano Vargas, Presidente.—(IN2012027550).

SAN JOSÉ INDOOR CLUB S. A.

El San José Indoor Club S. A., tramita la reposición de la acción Nº 1703 a nombre de Elías Chavarría Álvarez, cédula de identidad Nº 5-070-824 por haberse extraviado. Cualquier persona que se considere con derechos deberá apersonarse ante el San José Indoor Club S. A., en sus oficinas sitas en Curridabat, dentro del plazo indicado en el artículo 709 del Código de Comercio.—San José, 20 de marzo del 2012.—Lic. Cristian Calderón M., Gerente General.—RP2012287301.—(IN2012027655).

GRUPO MUTUAL ALAJUELA-LA VIVIENDA

CN HEREDIA ESTADIO

De conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, la señora Ana Ledys Vega Vargas, cédula 401730835 ha presentado ante esta entidad, solicitud de reposición de su certificado CPH Nº 129-301-803301128642 por ¢993.679,68 y con fecha de vencimiento del 3 de enero del año 2011.—Alajuela.—Yorleny Montero Villegas, Gerente del Centro de Negocios.—(IN2012027875).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

FINANZAS CONTINENTALES

FICOSA FCF SOCIEDAD ANÓNIMA

Finanzas Continentales Ficosa FCF Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-222353, hace del conocimiento público que por motivo de extravío, el señor Carlos Enrique Castillo Fallas, ha solicitado la reposición de los dos certificados de acciones con números uno y dos, los cuales representan la totalidad del capital social de la empresa. Se emplaza a cualquier interesado para que en el término de un mes a partir de la última publicación de este aviso, manifiesten su oposición dirigida a Finanzas Continentales Ficosa FCF S. A. c/o San José, La Uruca, Centro Comercial San José Dos Mil, planta baja, oficina PB 23, Bufete Mariaca y Asociados.—Lic. Sharon Erzebeth Mariaca Carpio, Notaria.—(IN2012027930).

GRUPO DE TAREAS Y ASESORÍAS

LEGALES SOCIEDAD ANÓNIMA

Grupo de Tareas y Asesorías Legales Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cincuenta y un mil cuatrocientos catorce, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, libro de Actas de Junta Directiva, libro de Actas de Asamblea General y libro de Registro de Accionistas, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Laureano Castro Sancho, Notario.—(IN2012028375).

LINEAS AÉREAS COSTARRICENSES S. A.

Para los efectos del artículo 689 Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA), hace constar a quien interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá los siguientes certificados de acciones:

              Certificado Nº                     Acciones                    Serie

                     521                                       496                             B

                     520                                       552                             A

Nombre del accionista: Pacheco Sánchez De Apéstegui Emilia María. Folio Nº 804.—San José, 20 de julio del 2011.—Norma Naranjo M., Gerente de Accionistas.—(IN2012028376).

INSTITUTO PARAUNIVERSITARIO

CATÓLICO DE COSTA RICA

(Antiguo Instituto Pedagógico de Religión)

La señora María Elena Reyes Rodríguez, pasaporte  número c 693054, realizó la gestión para la reposición del título de Profesor en Enseñanza Religiosa para I y II Ciclos, ante el Instituto Parauniversitario Católico de Costa Rica, emitido el diez de diciembre de 1988, registrado en el Instituto bajo el tomo 1, folio 54, asiento 1023. Se extiende la presente, exclusivamente, para la publicación de los edictos en el Diario Oficial La Gaceta, a solicitud del interesado en la ciudad de Moravia, San José, a los veintiocho días del mes de marzo del año dos mil doce.—Moravia, 28 de marzo del 2012.—Arnoldo Montero Martínez, Director.—(IN2012028379).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

ASOCIACIÓN DE AMIGOS DE PLAYAS MANUEL ANTONIO

Yo, Héctor Redondo Gómez, cédula 9-056-047, en mi calidad de presidente y representante legal de la Asociación de Amigos de Playas Manuel Antonio, cédula jurídica 3-002-097684, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición de los libros: Registro de Asociados 1, Diario 1, Mayor 1 e Inventarios y Balances 1, los cuales fueron extraviados, Se emplaza por 8 días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—22 de marzo del 2012.—Héctor Redondo Gómez, Presidente y Representante Legal.—1 vez.—RP2012287674.—(IN2012028155).

ASOCIACIÓN PRO FOMENTO PROYECTOS PRODUCTIVOS

SUBREGIÓN QUEPOS

Yo, José Francisco Mattey Fonseca, mayor, casado una vez, costarricense, ingeniero agrónomo, portador de la cédula de identidad uno-cuatrocientos veintitrés-trescientos cincuenta y cuatro, vecino de Rancho Grande en Quepos, de Villa Romántica setenta y cinco metros al oeste y cien metros al sur; en mi calidad de presidente y representante legal de la Asociación Pro Fomento Proyectos Productivos Subregión Quepos, cédula jurídica número tres-cero cero dos-cincuenta y seis mil ochocientos cincuenta y nueve, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición de los libros contables de la Asociación, sean estos Diario, Mayor e Inventario y Balance, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—Doce de marzo del año dos mil doce.—Lic. Nikohl Vargas Araya, Notaria.—1 vez.—RP2012287986.—(IN2012028835).

Por acuerdo de asamblea general extraordinaria de socios de Claro del Valle del Este Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos treinta y cuatro mil cuarenta y nueve, se acuerda disolver la sociedad tal y como lo establece el artículo doscientos uno inciso D del Código de Comercio. La sociedad no tiene actualmente ningún bien o activo, ni tiene actividades ni operaciones de ninguna naturaleza. Por ende, se prescinde del nombramiento de liquidador, así como el resto de trámites de liquidación.—San José, 20 de marzo del 2012.—Lic. Marianela Carvajal Carvajal, Notaria.—1 vez.—RP2012285258.—(IN2012024018).

Ante esta notaría por medio de escritura pública número 182-I, otorgada en Guanacaste a las 16:45 horas del 29 de marzo del año 2012, se constituyó la sociedad denominada Business and Pleasure In Costa Rica Limitada. Plazo social: 90 años. Domicilio: Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, en frente del Banco Nacional, oficinas de PSC Attorneys. Capital social: Doce mil colones exactos, gerente general uno: Luis Eduardo Castro Soto.—Guanacaste, 29 de marzo del 2012.—Lic. Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012026625).

La Licenciada Kattia Morales Moreira, comunica a terceros interesados que ante su notaría se ha presentado la señora Indira López Morales y Carlos Altamirano Pozo, ambos representantes legales de la compañía Cainserse Medica Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-618721, para que se disuelva la empresa indicada, según se dispuso en asamblea general extraordinaria de socios, celebrada el 25 de marzo del 2012, en su domicilio legal y por mayoría unánime de sus socios y en acuerdo firme, con fundamento en el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio, razón por la cual se emplaza a acreedores y terceros que sientan lesionados sus derechos a hacerlos valer de manera judicial dentro del plazo improrrogable de treinta días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación del presente aviso. Cualquier comunicado lo puede hacer al correo electrónico boletinabogados@gmail.com. Es todo.—Alajuela, 28 de marzo del 2012.—Lic. Kattia Morales Moreira, Notaria.—1 vez.—(IN2012026626).

Ante esta notaría por medio de escritura pública número 182-I, otorgada en Guanacaste a las 16:45 horas del 29 de marzo del año 2012, se constituyó la sociedad denominada The Dreams in my Hands Investments Limitada. Plazo social: 90 años. Domicilio: Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, en frente del Banco Nacional, oficinas de PSC Attorneys. Capital social: Doce mil colones exactos, gerente general uno: Luis Eduardo Castro Soto.—Guanacaste, 29 de marzo del 2012.—Lic. Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012026627).

La Licenciada María Vanessa Roblero Arguedas, comunica a terceros interesados que ante su notaría se ha presentado los representantes legales de la compañía Zamobar Inversiones Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-342799, para que se disuelva la empresa indicada, según se dispuso en asamblea general extraordinaria de socios, celebrada el 16 de marzo del 2012, en su domicilio legal y por mayoría unánime de sus socios y en acuerdo fume, con fundamento en el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio, razón por la cual se emplaza a acreedores y terceros que sientan lesionados sus derechos a hacerlos valer de manera judicial dentro del plazo improrrogable de treinta días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación del presente aviso. Cualquier comunicado lo puede hacer al correo electrónico vroblero87@hotmail.com. Es todo.—Alajuela, 29 de marzo del 2012.—Lic. María Vanessa Roblero Arguedas, Notaria.—1 vez.—(IN2012026628).

Ante esta notaría por medio de escritura pública número 182-I, otorgada en Guanacaste a las 16:45 horas del 29 de marzo del año 2012, se constituyó la sociedad denominada Luxury and Convenience Investment Limitada. Plazo social: 90 años. Domicilio: Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, en frente del Banco Nacional, oficinas de PSC Attorneys. Capital social: Doce mil colones exactos, gerente general uno: Luis Eduardo Castro Soto.—Guanacaste, 29 de marzo del 2012.—Lic. Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012026629).

Por escritura número doscientos cincuenta y siete, otorgada ante mí, a las diez horas treinta minutos del veintinueve de marzo del dos mil doce, se protocolizó la asamblea general extraordinaria de la sociedad Inversiones Carlos Matamoros y Rosibel Morera Sociedad Anónima, por medio de la cual se reforma la cláusula octava del pacto constitutivo y se nombran nuevos apoderados.—Lic. Kattia Morales Moreira, Notaria.—1 vez.—(IN2012026630).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas treinta minutos del veinticuatro de marzo del año dos mil doce, se constituye la sociedad anónima denominada Multinegocios Monserrat Sociedad Anónima.—Alajuela, treinta de marzo del dos mil doce.—Lic. Kattia Morales Moreira, Notaria.—1 vez.—(IN2012026631).

Ante esta notaría por medio de escritura pública número 182-I, otorgada en Guanacaste a las 16:45 horas del 29 de marzo del año 2012, se constituyó la sociedad denominada The Art of Poetry Limitada. Plazo social: 90 años. Domicilio: Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, en frente del Banco Nacional, oficinas de PSC Attorneys. Capital social: Doce mil colones exactos, gerente general uno: Luis Eduardo Castro Soto.—Guanacaste, 29 de marzo del 2012.—Lic. Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012026632).

Por escritura número doscientos cincuenta y cinco, otorgada ante mí, a las trece horas del veinticuatro de marzo del dos mil doce, se protocolizó la asamblea general extraordinaria de la sociedad Inversora Tres Reinas ITR Sociedad Anónima, por medio de la cual se reforma la cláusula novena del pacto constitutivo y se nombra nueva apoderada.—Lic. Kattia Morales Moreira, Notaria.—1 vez.—(IN2012026633).

Ante mí, Grace Marie Robinson Arias, notaria pública con oficina en la provincia de Limón, en Siquirres, frente al Juzgado Penal, se protocolizó la acta de asamblea general extraordinaria de las 15:00 horas del 17 de marzo del 2012, de la sociedad denominada Servicio Técnico Automotriz Tecno Dos Mil S. A., cédula jurídica 3-101-431104, con domicilio en provincia de Heredia, cantón Central, La Aurora de la escuela 50 metros al oeste, 75 metros al sur y 25 metros al este, casa L 10, en la cual mediante el acuerdo primero se acordó disolver dicha sociedad conforme lo establecido en el artículo 201, inciso D, del Código de Comercio. Se emplaza a los interesados o terceros con mejor derecho a hacer valer sus derechos por lo que se hace la publicación de ley de conformidad con el artículo 207 del Código de Comercio.—Siquirres, 28 de marzo del 2012.—Lic. Grace Marie Robinson Arias, Notaria.—1 vez.—(IN2012026634).

Ante esta notaría por medio de escritura pública número 182-I, otorgada en Guanacaste a las 16:45 horas del 29 de marzo del año 2012, se constituyó la sociedad denominada Mystic Intuition Enterprises Limitada. Plazo social: 90 años. Domicilio: Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, en frente del Banco Nacional, oficinas de PSC Attorneys. Capital social: Doce mil colones exactos, gerente general uno: Luis Eduardo Castro Soto.—Guanacaste, 29 de marzo del 2012.—Lic. Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012026635).

Ante mí, Grace Marie Robinson Arias, notaria pública con oficina en la provincia de Limón, en Siquirres, frente al Juzgado Penal, se protocolizó la acta de asamblea general extraordinaria de las 11:00 horas del 24 de marzo del 2012, de la sociedad denominada Acep Infocon S. A., cédula jurídica 3-101-343146, con domicilio en provincia de Cartago, cantón de Turrialba, Barrio Las Américas 1, en la cual mediante el acuerdo primero se acordó disolver dicha sociedad conforme lo establecido en el artículo 201, inciso D, del Código de Comercio Se emplaza a los interesados o terceros con mejor derecho a hacer valer sus derechos por lo que se hace la publicación de ley de conformidad con el artículo 207 del Código de Comercio.—Siquirres, 28 de marzo del 2012.—Lic. Grace Marie Robinson Arias, Notaria.—1 vez.—(IN2012026636).

Mediante asamblea general de socios, de las ocho horas del primero de marzo del dos mil doce, la sociedad Limur de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento cincuenta y dos mil quinientos sesenta y uno, se acordó la disolución de la sociedad, de conformidad con Código de Comercio. Se advierte que la compañía no tiene actualmente ningún bien o activo, ni ninguna deuda o pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza. Por esta razón, se prescinde del trámite de nombramiento de liquidador y demás trámites de liquidación.—San José, nueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Ana Grettel Coto Orozco, Notaria.—1 vez.—(IN2012026637).

Ante esta notaría y en co notariado se constituyó la sociedad Tostadora Emanuelle Sociedad Anónima. Por la escritura pública otorgada a las nueve horas del veintinueve de marzo del dos mil doce. Cuyo apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor José Francisco Quiroz Gómez.—Lic. María Gabriela Ruiz Montero, Notaria.—1 vez.—(IN2012026638).

Ante esta notaría y en co notariado se constituyó la sociedad Mobo Construcciones Sociedad Anónima. Por la escritura pública otorgada a las doce horas del trece de octubre del dos mil diez. Cuyo apoderado generalísimo sin límite de suma son los señores Roxana Bolaños Murillo y Esteban Mora Bolaños.—Lic. María Gabriela Ruiz Montero, Notaria.—1 vez.—(IN2012026639).

Mediante escritura número ciento setenta y seis-quince: de las trece horas veinte minutos del veintiocho de marzo del año dos mil doce se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de tres-ciento uno-seiscientos treinta y cinco mil cuatrocientos treinta y tres sociedad anónima, mediante la cual se reforma cláusula sétima de la administración y se nombra nuevo presidente, secretario y tesorero. Presidente: Gonzalo Víquez Carazo.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012026651).

Mediante escritura número ciento cincuenta y siete-quince: de las ocho horas cincuenta minutos del veintiocho de marzo del año dos mil doce se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Comercializadora Imare Sociedad Anónima, mediante la cual se tomó el acuerdo de disolver esta compañía. Se cita dentro de los treinta días siguientes a esta publicación, cualquier interesado quien quiera oponerse judicialmente a la presente disolución.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012026652).

Mediante escritura número ciento cincuenta y ocho-quince: de las nueve horas del veintiocho de marzo del año dos mil doce se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Auto Diplomatik Sociedad Anónima, mediante la cual se tomó el acuerdo de disolver esta compañía. Se cita dentro de los treinta días siguientes a esta publicación, cualquier interesado quien quiera oponerse judicialmente a la presente disolución.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012026653).

Mediante escritura número ciento cincuenta y nueve-quince: de las nueve horas cuarenta minutos del veintiocho de marzo del año dos mil doce se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Construcciones Aplomo Sociedad Anónima, mediante la cual se tomó el acuerdo de disolver esta compañía. Se cita dentro de los treinta días siguientes a esta publicación, cualquier interesado quien quiera oponerse judicialmente a la presente disolución.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012026654).

Mediante escritura número ciento sesenta-quince: de las nueve horas cincuenta minutos del veintiocho de marzo del año dos mil doce se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de E N Contacto Sociedad Anónima, mediante la cual se tomó el acuerdo de disolver esta compañía. Se cita dentro de los treinta días siguientes a esta publicación, cualquier interesado quien quiera oponerse judicialmente a la presente disolución.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012026655).

Mediante escritura número ciento sesenta y uno-quince: de las diez horas diez minutos del veintiocho de marzo del año dos mil doce se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Fordcuatro del Occidente Sociedad Anónima, mediante la cual se tomó el acuerdo de disolver esta compañía. Se cita dentro de los treinta días siguientes a esta publicación, cualquier interesado quien quiera oponerse judicialmente a la presente disolución.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012026656).

Mediante escritura número ciento sesenta y dos-quince: de las diez horas diez minutos del veintiocho de marzo del año dos mil doce se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Fordos del Occidente Sociedad Anónima, mediante la cual se tomó el acuerdo de disolver esta compañía. Se cita dentro de los treinta días siguientes a esta publicación, cualquier interesado quien quiera oponerse judicialmente a la presente disolución.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012026657).

Mediante escritura número ciento sesenta y tres-quince: de las diez horas veinte minutos del veintiocho de marzo del año dos mil doce se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Fordtres del Occidente Sociedad Anónima, mediante la cual se tomó el acuerdo de disolver esta compañía. Se cita dentro de los treinta días siguientes a esta publicación, cualquier interesado quien quiera oponerse judicialmente a la presente disolución.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012026658).

Mediante escritura número ciento sesenta y cuatro-quince: de las diez horas cuarenta minutos del veintiocho de marzo del año dos mil doce se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Forduno del Occidente Sociedad Anónima, mediante la cual se tomó el acuerdo de disolver esta compañía. Se cita dentro de los treinta días siguientes a esta publicación, cualquier interesado quien quiera oponerse judicialmente a la presente disolución.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012026659).

Mediante escritura número ciento sesenta y cinco-quince: de las diez horas cincuenta minutos del veintiocho de marzo del año dos mil doce se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Mega Loc Sociedad Anónima, mediante la cual se tomó el acuerdo de disolver esta compañía. Se cita dentro de los treinta días siguientes a esta publicación, cualquier interesado quien quiera oponerse judicialmente a la presente disolución.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012026660).

Mediante escritura número ciento sesenta y seis-quince: de las once horas del veintiocho de marzo del año dos mil doce se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Nuevos Servicios Administrativos de Mil Novecientos Ochenta y Uno Sociedad Anónima, mediante la cual se tomó el acuerdo de disolver esta compañía. Se cita dentro de los treinta días siguientes a esta publicación, cualquier interesado quien quiera oponerse judicialmente a la presente disolución.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012026661).

Mediante escritura número ciento sesenta y siete-quince: de las once horas diez minutos del veintiocho de marzo del año dos mil doce se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Primera Clase Sociedad Anónima, mediante la cual se tomó el acuerdo de disolver esta compañía. Se cita dentro de los treinta días siguientes a esta publicación, cualquier interesado quien quiera oponerse judicialmente a la presente disolución.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012026662).

Mediante escritura número ciento sesenta y ocho-quince: de las once horas veinte minutos del veintiocho de marzo del año dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Protocolo y Ceremonial Sociedad Anónima, mediante la cual se tomó el acuerdo de disolver esta compañía. Se cita dentro de los treinta días siguientes a esta publicación, cualquier interesado quien quiera oponerse judicialmente a la presente disolución.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012026663).

Mediante escritura número ciento sesenta y nueve-quince: de las once horas treinta minutos del veintiocho de marzo del año dos mil doce se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Strickeitrich Sociedad Anónima, mediante la cual se tomó el acuerdo de disolver esta compañía. Se cita dentro de los treinta días siguientes a esta publicación, cualquier interesado quien quiera oponerse judicialmente a la presente disolución.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012026664).

Mediante escritura número ciento setenta-quince: de las once horas cuarenta minutos del veintiocho de marzo del año dos mil doce se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Sunnfun Sociedad Anónima, mediante la cual se tomó el acuerdo de disolver esta compañía. Se cita dentro de los treinta días siguientes a esta publicación, cualquier interesado quien quiera oponerse judicialmente a la presente disolución.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012026665).

Mediante escritura número ciento setenta y uno-quince: de las once horas cincuenta minutos del veintiocho de marzo del año dos mil doce se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Anguiroma Sociedad Anónima, mediante la cual se tomó el acuerdo de disolver esta compañía. Se cita dentro de los treinta días siguientes a esta publicación, cualquier interesado quien quiera oponerse judicialmente a la presente disolución.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012026666).

Mediante escritura número ciento setenta y dos-quince: de las doce horas del veintiocho de marzo del año dos mil doce se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Abendwerden Sociedad Anónima, mediante la cual se tomó el acuerdo de disolver esta compañía. Se cita dentro de los treinta días siguientes a esta publicación, cualquier interesado quien quiera oponerse judicialmente a la presente disolución.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012026667).

Mediante escritura número ciento setenta y tres-quince: de las doce horas veinte minutos del veintiocho de marzo del año dos mil doce se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Inversiones Zarinagar Sociedad Anónima, mediante la cual se tomó el acuerdo de disolver esta compañía. Se cita dentro de los treinta días siguientes a esta publicación, cualquier interesado quien quiera oponerse judicialmente a la presente disolución.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012026668).

Mediante escritura número ciento setenta y cuatro-quince: de las doce horas veinticinco minutos del veintiocho de marzo del año dos mil doce se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de L Grupo Tajulco Sociedad Anónima, mediante la cual se tomó el acuerdo de disolver esta compañía. Se cita dentro de los treinta días siguientes a esta publicación, cualquier interesado quien quiera oponerse judicialmente a la presente disolución.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012026669).

Mediante escritura número ciento setenta y cinco-quince: de las doce horas treinta minutos del veintiocho de marzo del año dos mil doce se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Stiller Ozean Sociedad Anónima, mediante la cual se tomó el acuerdo de disolver esta compañía. Se cita dentro de los treinta días siguientes a esta publicación, cualquier interesado quien quiera oponerse judicialmente a la presente disolución.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012026670).

Ante mi María del Rocío Montero Vílchez, notaria pública con oficina en Heredia, en escritura otorgada a las nueve horas del treinta de marzo del año dos mil doce, se modificó la cláusula de la administración de la empresa Soluciones Inmobiliarias Zuma S. A.—30 de marzo del 2012.—Lic. María del Rocío Montero Vílchez, Notaria.—1 vez.—(IN2012026683).

Por acta protocolizada a escritura número 65-3 otorgada por esta notaría a las 7:00 horas del día 30 de marzo del 2012, se modifican las cláusulas relativas al domicilio social, plazo y se nombra nueva junta directiva de Comercializadora Siembra La Buena Semilla Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-273774.—San José, 30 de marzo del 2012.—Lic. Jaimie Pamela Pardo Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2012026685).

Por escritura número noventa y cuatro, se protocolizó la asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Residencial Gaviotas Azules de Nosara S. A. Se revocan mandatos. Se modifican cláusulas primera, segunda, sexta y se nombra nueva junta directiva.—Lic. Mercedes Solórzano Sáenz, Notaria.—1 vez.—(IN2012026694).

Por escritura número noventa y tres del protocolo veintinueve, otorgada a las diecisiete horas con treinta minutos del veintinueve de marzo del dos mil doce, se modifica la cláusula quinta del pacto social de Ge y Ese Soluciones Limitada Ríos Calderón.—Aurora de Heredia, veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Luis Fernando Fallas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012026698).

Por medio de escritura otorgada al ser las dieciocho horas del veintidós de marzo del año dos mil doce, ante el notario público Esteban Cherigo Lobo, los señores Douglas Rubén Solaris Lugo y Mariela Lissett Gadea Hernández constituyeron la sociedad de esta plaza Corporación Solari y Gadea Internacional Sociedad Anónima.—San José, veintinueve de marzo del año dos mil doce.—Lic. Esteban Cherigo Lobo, Notario.—1 vez.—(IN2012026703).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del dieciséis de marzo del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Districell International Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula octava, se acepta la renuncia de toda la junta directiva y del fiscal y se hace nuevos nombramientos.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012026704).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 30 de marzo del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres-ciento uno-seiscientos dieciocho mil doscientos cuarenta y dos sociedad anónima, según la cual se reforma las cláusulas primera, segunda y sétima del pacto constitutivo, se acepta la renuncia del presidente y secretario y se revoca el puesto al tesorero y fiscal y se realizan nuevos nombramientos.—Lic. Beatriz Artavia Vásquez, Notaria.—1 vez.—(IN2012026705).

Ante mí, se constituyeron las empresas: O. L. R. V. su Seguridad Multi Proyecto Veinte, Instalaciones Dicon CR y La Ley de la Atracción todas Sociedades de Responsabilidad Limitada y con plazo social de cien años.—San José, veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Eugenia María Rojas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2012026708).

Por escritura número 119, otorgada ante mi notaría a las diez horas del 27 de marzo de 2012, Eric Cambronero Garita, cédula 1-0891-0970, Juan Miguel Cambronero Garita, cédula 1-917-325, constituyeron una sociedad civil solicitando al Registro Público, Sección Mercantil asignar el nombre de oficio. Capital: diez mil colones suscrito y pagado.—San José, 27 de marzo del 2012.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—(IN2012026709).

Se modifica plazo social de la compañía de esta plaza Ampat S. A. Escritura otorgada en San José a las diecisiete horas treinta minutos del veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Patricia Villalobos Brenes, Notaria.—1 vez.—(IN2012026710).

Por escritura número 118 otorgada ante mi notaría a las nueve horas del 27 de marzo del 2012, Eric Cambronero Garita, cédula 1-0891-0970, Juan Miguel Cambronero Garita, cédula 1-917-325, constituyeron una sociedad civil solicitando al Registro Público, Sección Mercantil asignar el nombre de oficio. Capital: diez mil colones suscrito y pagado.—San José, 27 de marzo del 2012.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—(IN2012026711).

Trodat Sociedad Anónima, reforma cláusula de representación y nombra nueva junta directiva. Escritura otorgada ante la notaria Ana Lucía Herrera Bogarín a las diez horas del treinta de marzo del dos mil doce.—San José, treinta de marzo del dos mil doce.—Lic. Ana Lucía Herrera Bogarín, Notaria.—1 vez.—(IN2012026712).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las trece horas con treinta minutos del 29 de marzo del 2012, la sociedad Hacienda Palmira Sociedad Anónima, cédula 3-101-97495, reformó la cláusula sétima de su pacto constitutivo.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—(IN2012026713).

Se modifica cláusula del plazo social de la compañía de esta plaza Industrias Mizingo Sociedad Anónima. San José, escritura otorgada a las diecisiete horas del veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Patricia Villalobos Brenes, Notaria.—1 vez.—(IN2012026714).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 16:00 horas del 29 de marzo del 2012, la sociedad Distribuidora RYR Dalive Sociedad Anónima, cédula 3-101-648037, reformó la cláusula sexta de los estatutos, nombró presidente y otorgó un poder generalísimo.—San José, 30 de marzo del 2012.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—(IN2012026715).

Ante esta notaría, por escritura número 107, otorgada ante la suscrita, a las 16:00 horas del 21 de marzo del 2012, tomo tercero de mí protocolo, se constituyó la sociedad denominada Agencia de Viajes Elparaiso S. A. Plazo social: 99 años, presidenta: Rebeca Delgado González, capital social: cien mil colones exactos, domicilio: Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada. Agente residente: licenciada Francine Sibaja Montero.—Lic. Francine Sibaja Montero, Notaria.—1 vez.—(IN2012026719).

Por escritura número sesenta y dos, otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del veintisiete de marzo del dos mil doce, se disuelve la sociedad Monkey In a Mango Tree S. A., cédula 3-101-469371.—San José, veintisiete de marzo del dos mil doce.—Lic. Sindy Priscilla González Chacón, Notaria.—1 vez.—(IN2012026721).

Por escritura número cuarenta y siete, otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veintitrés de enero del dos mil doce, se disuelve la sociedad Murphy Beds S. A., cédula 3-101-482224.—San José, veintisiete de marzo del dos mil doce.—Lic. Sindy Priscilla González Chacón, Notaria.—1 vez.—(IN2012026722).

Por escritura número cincuenta y seis, otorgada ante esta notaría, a las doce horas del ocho de marzo del dos mil doce, se disuelve la sociedad K Y V In The Paradise S. A., cédula 3-101-574811.—San José, veintisiete de marzo del dos mil doce.—Lic. Sindy Priscilla González Chacón, Notaria.—1 vez.—(IN2012026724).

Por escritura otorgada en San José a las dieciocho horas del veintinueve de marzo del dos mil doce, se protocolizaron acuerdos de asamblea de accionistas de la compañía Desarrollos Negocios e Inversiones HB de Costa Rica Sociedad Anónima. Se nombra nueva junta directiva y se reforma la cláusula sexta de la administración de la sociedad.—San José, treinta de marzo del 2012.—Lic. Carlos Antillón Morera, Notario.—1 vez.—(IN2012026725).

A las 11:00 horas del 27 de marzo del presente año, protocolicé acuerdo de asamblea general extraordinaria de la empresa 3-101-513663 s. a., mediante el cual se reforma la cláusula segunda que se refiere al domicilio de la sociedad.—San José, 27 de marzo del 2012.—Lic. Fabián Azofeifa Arce, Notario.—1 vez.—(IN2012026726).

Hoy día, se ha constituido la sociedad cuya razón social es Inmobiliaria LCR-Treinta y Dos Cero Uno Sociedad Anónima, su domicilio social es en la provincia de San José, cantón Santa Ana, distrito Pozos, Forum uno, edificio H primera planta, oficina uno. El presidente, tesorero y el secretario, son sus representantes legales y apoderados generalísimos sin límite de suma de acuerdo al mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, capital social es por la suma de un millón de colones, tiene un plazo de ciento cincuenta años.—Ciudad de Alajuela, doce horas del veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Maximiliano Vargas Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012026728).

Hoy día, se ha constituido la sociedad cuya razón social es Inmobiliaria Nicoya Dos Mil Doce Sociedad Anónima, su domicilio social es en la provincia de San José, cantón Santa Ana, distrito Pozos, Forum uno, edificio H primera planta, oficina uno. El presidente, tesorero y el secretario, son sus representantes legales y apoderados generalísimos sin límite de suma de acuerdo al mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, capital social es por la suma de un millón de colones, tiene un plazo de ciento cincuenta años.—Ciudad de Alajuela, doce horas cuarenta y cinco minutos del veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Maximiliano Vargas Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012026729).

Hoy día, se ha constituido la sociedad cuya razón social es Subco Aeropuerto Sociedad Anónima, su domicilio social es en la provincia de San José, cantón Santa Ana, distrito Pozos, Forum uno, edificio H primera planta, oficina uno. El presidente, tesorero y el secretario, son sus representantes legales y apoderados generalísimos sin límite de suma de acuerdo al mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, capital social es por la suma de un millón de colones, tiene un plazo de ciento cincuenta años.—Ciudad de Alajuela, doce horas treinta minutos del veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Maximiliano Vargas Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012026730).

Por acuerdo de asamblea general extraordinaria de socios de las sociedades Inversiones To You Sociedad Anónima, Porras Castro Sociedad Anónima, por la que se acuerda la disolución y liquidación de estas sociedades.—Heredia, 30 de marzo del 2012.—Lic. América Zeledón Carrillo, Notaria.—1 vez.—(IN2012026732).

Disolución de Joasuvi Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-266755, ante la notaría de Lic. Hazel Solano Siles, según artículo 201, inciso d) del Código de Comercio. Se advierte que la compañía no tiene actualmente ningún bien activo, deuda o pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza. Por esta razón, se prescinde del trámite de nombramiento de liquidador y demás trámites de liquidación. Es todo.—San José, 30 de marzo del dos mil doce.—Lic. Hazel Solano Siles, Notaria.—1 vez.—(IN2012026733).

La sociedad Santa Ana Lofts Filial Trescietos Cuatro Cobre S. A., cédula jurídica 3-101-593402, realiza cambio en domicilio social y nombra nueva junta directiva. Ante la notaría de la Lic. Hazel Solano Siles. Es todo.—San José, 30 de marzo del 2012.—Lic. Hazel Solano Siles, Notaria.—1 vez.—(IN2012026734).

Debidamente facultado al efecto procedo a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de SAP Costa Rica S. A. mediante la cual se modifica domicilio social y se nombra nuevo fiscal, así como se rectifica asiento registral.—San José, 5 de marzo del 2012.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario.—1 vez.—(IN2012026735).

En escritura número ocho-ciento veintiocho, otorgada a las 11:00 horas del 28 de marzo del 2012, tomo 8 del protocolo de esta notaría, se disuelve la sociedad Sixty Three Night Palm LLC S.R.L.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Andrea Fernández Cruz, Notaria.—1 vez.—(IN2012026738).

En escritura número ocho-ciento veintinueve, otorgada a las 11:10 horas del 28 de marzo del 2012, tomo 8 del protocolo de esta notaría, se disuelve la sociedad Fifty Seven Red Palms LLC S.R.L.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Andrea Fernández Cruz, Notaria.—1 vez.—(IN2012026739).

En escritura número ocho-ciento treinta, otorgada a las 11:20 horas del 28 de marzo del 2012, tomo 8 del protocolo de esta notaría, se disuelve la sociedad Sixty Four Sunset Palm LLC S.R.L.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Andrea Fernández Cruz, Notaria.—1 vez.—(IN2012026741).

En escritura número ocho-ciento treinta y uno, otorgada a las 11:30 horas del 28 de marzo del 2012, tomo 8 del protocolo de esta notaría, se disuelve la sociedad Sixty One Dolphin LLC S.R.L.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Andrea Fernández Cruz, Notaria.—1 vez.—(IN2012026742).

En escritura número ocho-ciento treinta y dos, otorgada a las 11:40 horas del 28 de marzo del 2012, tomo 8 del protocolo de esta notaría, se disuelve la sociedad Fifty Four Honey Palm LLC S.R.L.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Andrea Fernández Cruz, Notaria.—1 vez.—(IN2012026743).

En escritura número ocho-ciento treinta y tres, otorgada a las 11:50 horas del 28 de marzo del 2012, tomo 8 del protocolo de esta notaría, se disuelve la sociedad Fifty Nine Polar Palm LLC S.R.L.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Andrea Fernández Cruz, Notaria.—1 vez.—(IN2012026745).

En escritura número ocho-ciento treinta y cuatro, otorgada a las 12:00 horas del 28 de marzo del 2012, tomo 8 del protocolo de esta notaría, se disuelve la sociedad Fifty Green Palm LLC S.R.L.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Andrea Fernández Cruz, Notaria.—1 vez.—(IN2012026746).

Mediante escritura 424, otorgada a las 16:00 horas del 2 de enero del 2012, ante mi Jorge Aquiles Brenes Martínez, se constituyó la sociedad la cual llevará como nombre: Master Min Caribbean Sun Limitada, apoderado generalísimo sin límite de suma el señor: Eduardo León Izquierdo, su domicilio social, será en la ciudad de Limón, contiguo a terminal de transporte Mepe. Sin agente residente.—Limón centro, 27 de marzo del 2012.—Lic. Jorge Aquiles Brenes Martínez, Notario.—1 vez.—(IN2012026748).

En escritura número ocho-ciento treinta y cinco, otorgada a las 12:10 horas del 28 de marzo del 2012, tomo 8 del protocolo de esta notaría, se disuelve la sociedad Fifty Six Beach Palm LLC S.R.L.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Andrea Fernández Cruz, Notaria.—1 vez.—(IN2012026749).

Mediante escritura número 264 de las 16:00 horas del 20 de julio del 2011, ante la notaría del Lic. Luis Alberto Álvarez Muñoz, se constituye la sociedad denominada Inversiones G Treinta y Dos S Sociedad Anónima, domicilio social en San Isidro de Heredia, capital social suscrito y pagado.—Heredia, 30 de marzo del 2012.—Lic. Alberto Álvarez Muñoz, Notario.—1 vez.—(IN2012026750).

Mediante escritura número 208 de las 8:00 horas del 30 de marzo del 2012, ante la notaría de la Lic. Karol Cristina Guzmán Ramírez, se protocoliza acta de asamblea general de la entidad tres-ciento uno-seis tres cuatro siete cero cinco s. a.—Heredia, 30 de marzo del 2012.—Lic. Karol Cristina Guzmán Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012026751).

Por escritura número 120, tomo siete, otorgada en esta notaría a las 9:30 horas del 29 de marzo del 2012, se constituyó Multiservisios Allnelskee Sociedad Anónima. Capital social: doce mil colones, plazo social: 100 años. Domicilio: Limón, cantón primero Limón, distrito primero Limón. Presidente: Cecilio Allen Walters.—Limón, 29 de marzo del 2012.—Lic. Giovana Brown Cunninghan, Notaria.—1 vez.—(IN2012026752).

Por escritura número 117, tomo siete, otorgada en esta notaría a las 14:30 horas del 28 de marzo del 2012, se constituyó Display Archer y Rojas Sociedad Anónima. Capital social: doscientos mil colones, plazo social: 100 años. Domicilio: Limón, cantón primero Limón, distrito primero Limón. Presidente: Luis Enrique Archer Rojas.—Limón, 28 de marzo del 2012.—Lic. Giovana Brown Cunninghan, Notaria.—1 vez.—(IN2012026753).

Por escritura otorgada hoy, ante el suscrito notario, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Traube S. A., mediante los cuales se acuerda la disolución y la liquidación de la sociedad.—San José, 26 de marzo del 2012.—Lic. Mónica Romero Piedra, Notaria.—1 vez.—(IN2012026754).

Por escritura número 119, tomo siete, otorgada en esta notaría a las 15:30 horas del 28 de marzo del 2012, se constituyó Raenet Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones, plazo social: 100 años. Domicilio: Limón, cantón primero Limón, distrito primero Limón. Presidente: Enos Brown Richards.—Limón, 28 de marzo del 2012.—Lic. Giovana Brown Cunninghan, Notaria.—1 vez.—(IN2012026755).

Mediante asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad Valle Fertil Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-102733, de las 10:00 horas del 15 de marzo del 2012, se ha acordado la disolución de esta sociedad, de conformidad con el artículo 201 inc. d) del Código de Comercio. José Melchor Rodríguez Delgado, cédula 4-114-311, gerente.—Lic. Erika María Jiménez Arias, Notaria.—1 vez.—(IN2012027456).

Por escritura otorgada hoy ante el suscrito notario, se acuerda modificar las cláusulas segunda y la sétima del pacto constitutivo de la sociedad Bufete Farid Ayales Esna y Asociados S. A.San José, 23 de marzo del 2012.—Lic. Paulo Doninelli Fernández, Notario.—1 vez.—(IN2012026757).

La suscrita notaria hace constar que ante mí, se protocolizó el acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Nina Food Service Limitada, mediante la cual se acordó la disolución anticipada de la compañía.—San José, veintinueve de marzo de dos mil doce.—Lic. Emilia María Marín Díaz, Notaria.—1 vez.—(IN2012026758).

Mediante escritura número 215 otorgada ante este notario a las 10:35 horas del 30 de marzo del 2011, se modifica la cláusula segunda del domicilio y la cláusula séptima de la administración y se nombra nueva junta directiva y fiscal, de la sociedad Venado Investments S. A., cédula jurídica número 3-101-417358. Es todo.—San José, 30 de marzo del 2012.—Lic. Juan Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—(IN2012026759).

Mediante escritura número 216 otorgada ante este notario a las 10:50 horas del 30 de marzo del 2011, se modifica la cláusula segunda del domicilio y la cláusula séptima de la administración y se nombra nueva junta directiva y fiscal, de la sociedad Out of This World Enterprises S. A., cédula jurídica número 3-101-441522. Es todo.—San José, 30 de marzo del 2012.—Lic. Juan Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—(IN2012026760).

Mediante escritura número 212 otorgada ante este notario a las 9:00 horas del 30 de marzo del 2011, se modifica la cláusula quinta del capital y la cláusula séptima de la administración y se nombra nueva junta directiva y fiscal, de la sociedad Adrenaline Factor A. D. F. S. A., cédula jurídica número 3-101-398547. Es todo.—San José, 30 de marzo del 2012.—Lic. Juan Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—(IN2012026761).

Mediante escritura número ciento veintitrés-cuatro de ocho horas del treinta de marzo de dos mil doce, protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de tres-ciento uno-quinientos sesenta y cuatro mil novecientos diez s. a., por medio de la cual se reformaron las cláusulas primera, sétima y décima de los estatutos.—San José, 30 de marzo del 2012.—Lic. Sylvia Ivethe Montero Gamboa, Notaria.—1 vez.—(IN2012026762).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del veintinueve de marzo del dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Panino y Pulga Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, treinta de marzo del dos mil doce.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(IN2012026764).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las dieciocho horas del veintinueve de marzo del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Puente de Alcántara Sociedad Anónima, reformas a las cláusulas décima de la representación para que en adelante la representación judicial y extrajudicial les corresponde al presidente y tesorero actuando conjuntamente.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Lucrecia Campos Delgado, Notaria.—1 vez.—(IN2012026766).

Se hace constar que en acta tres debidamente firmada de las 10:00 horas del 29 de marzo del 2012, se reforma el pacto constitutivo y el domicilio fiscal de la sociedad Nacida Para el Éxito Sociedad Anónima, renuncia, y nuevo nombramiento de la junta directiva. Es todo.—San José, 30 de mayo del año 2012.—Lic. Erika Esquivel Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012026768).

Por escritura número 214 de las 10:00 horas del 16 de setiembre del 2008, en esta notaría, se constituyó: Cobija Pando S. A., su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es: Jesús Araya Chaves, cédula 2-398-625.—Esparza, 17 de setiembre del 2008.—Lic. Gricelio Alban Ugalde García, Notario.—1 vez.—(IN2012026770).

Ante la notaría del licenciado Alex Leitón Miranda, mediante escritura número ciento noventa y nueve del tomo cuarenta y siete de su protocolo, se constituyó la sociedad denominada Ecodiseños G MAS P Sociedad Anónima, otorgada a las doce horas del treinta de marzo del dos mil doce.—Lic. Alex Adolfo Leitón Miranda, Notario.—1 vez.—(IN2012026771).

Por escritura 108 del tomo ocho de las 9:00 horas del día 30 de marzo del 2012, en esta notaría, se constituyó Zatarra ER Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital social: veinte mil colones, domicilio social San José, San Francisco de Dos Ríos, representación judicial su gerente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, San José, Pavas.—San José, 30 de marzo del 2012.—Lic. Lary Glorianna Escalante Flores, Notaria.—1 vez.—(IN2012026772).

Por escritura número ochenta y dos-dos, otorgada ante la suscrita notaria a las diez horas del veintinueve de marzo del dos mil doce, se protocoliza acta de la sociedad Oconoff Sociedad Anónima, en la que se reforma la cláusula tercera del plazo social.—San José, treinta de marzo del dos mil doce.—Lic. Roxana Artavia Badilla, Notaria.—1 vez.—(IN2012026773).

En mi notaría a las 10:30 horas del 30 de marzo del año 2012, mediante escritura número 229, se procedió a protocolizar acta de asamblea extraordinaria de socios número dos, celebrada en el domicilio social el veintinueve de marzo del dos mil doce de la sociedad T. E. R. A. Consulting.—Alajuela, 30 de marzo del 2012.—Lic. César Andrés Gómez Delgado, Notario.—1 vez.—(IN2012026774).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 10:45 horas del veintisiete de marzo del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Guesthouse Beatrice Sociedad Anónima, por medio de la cual se acordó de forma unánime por los socios de ésta la disolución de la empresa.—San José, 27 de marzo del 2012.—Lic. Paúl Murillo Miranda, Notario.—1 vez.—(IN2012026777).

Que por escritura otorgada ante esta notaría a las diecisiete horas del día veintisiete de marzo del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Appy de Costa Rica S. A., mediante la cual se acordó la disolución de la sociedad.—San José, veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Roberto Solano Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2012026794).

Ante este notario, se protocolizó la asamblea de accionista de la sociedad Corona de Aragón Sociedad Anónima, en San José, a las dieciséis horas y treinta minutos del veintiocho de marzo del dos mil doce, en la cual se acuerda la modificación de la cláusula cuarta, aumentando su nombre a capital social.—San José, ocho de marzo del dos mil doce.—Lic. Sharon Erzsébeth Mariaca Carpio, Notaria.—1 vez.—(IN2012026803).

Ante este notario se protocolizó la asamblea de accionistas de la sociedad Monaco Sunset Thirteen ST Sociedad Anónima en San José a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de marzo del dos mil doce, en la cual se acuerda la modificación de las cláusulas segunda y sexta, cambiando su nombre a representación y domicilio social.—San José, treinta de marzo del dos mil doce.—Lic. Sharon Mariaca Carpio, Notaria.—1 vez.—(IN2012026804).

A las trece horas del veintiocho de marzo del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la entidad denominada Inversiones Kamapa KMP Sociedad Anónima, domiciliada en Paso Ancho, San José, mediante la cual se reorganiza la junta directiva y agente residente.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Carlos Alberto Wolfe Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(IN2012026806).

Por escritura de las diecisiete horas del doce de setiembre de dos mil once, los señores Nikolai Munk, un solo apellido, y Luis Gerardo Agüero Madrigal, constituyeron la entidad denominada ATF Selection Prestigiosa Sociedad Anónima, domiciliada en San José, dedicada especialmente a la importación y exportación de todo tipo de licores y cosméticos.—San José, 6 de marzo del 2012.—Lic. Carlos Alberto Wolfe Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(IN2012026807).

Por escritura número ciento sesenta y ocho-ocho, otorgada ante el suscrito notario, a las trece horas del dos de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Bienes y Servicios AMAQ Sociedad Anónima, en la que se acuerda disolver la sociedad.—San José, dos de abril del dos mil doce.—Lic. Raymundo José Masís Delgado, Notario.—1 vez.—(IN2012026991).

En esta notaría, por escritura pública número 236-13 otorgada a las 15:00 horas del 8 de abril del 2012, se protocolizó acta de asamblea general de Noodle G & C, se nombra nueva junta directiva y fiscal por el resto del plazo social y se modifica el domicilio.—Heredia, 9 de abril del 2012.—Lic. Antonella Da Re Masís, Notaria.—1 vez.—(IN2012026993).

Ante esta notaría a las siete horas del veintisiete de marzo del año dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de Jaf Management Systems S. A., cédula jurídica 3-101-309065, mediante la cual se acordó disolver esta sociedad.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Jeannina Saborío Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(IN2012027001).

Ante esta notaría a las siete horas veinte minutos del día veintisiete de marzo del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de Red River Holding S. A., cédula jurídica 3-101-309197, mediante la cual se acordó disolver esta sociedad.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Jeannina Saborío Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(IN2012027002).

Ante esta notaría a las siete horas veinticinco minutos del día veintisiete de marzo del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de Managed Property Systems S. A., cédula jurídica 3-101-310054, mediante la cual se acordó disolver esta sociedad.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Jeannina Saborío Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(IN2012027003).

Ante esta notaría a las siete horas treinta y cinco minutos del día veintisiete de marzo del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de Stormbird Properties S. A., cédula jurídica 3-101-309109, mediante la cual se acordó disolver esta sociedad.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Jeannina Saborío Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(IN2012027004).

Ante esta notaría, a las siete horas cincuenta minutos del veintisiete de marzo del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de Makayse International S. A., cédula jurídica 3-101-295814, mediante la cual se acordó disolver esta sociedad.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Jeannina Saborío Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(IN2012027005).

Ante esta notaría, a las ocho horas del veintisiete de marzo del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de Optimum Visions International S. A., cédula jurídica 3-101-295714, mediante la cual se acordó disolver esta sociedad.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Jeannina Saborío Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(IN2012027006).

Ante esta notaría a las ocho horas diez minutos del veintisiete de marzo del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de Kanusse International S. A., cédula jurídica 3-101-295818, mediante la cual se acordó disolver esta sociedad.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Jeannina Saborío Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(IN2012027007).

Ante esta notaría a las ocho horas veinte minutos del veintisiete de marzo del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de Prosperity Quest International S. A., cédula jurídica 3-101-295745, mediante la cual se acordó disolver esta sociedad.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Jeannina Saborío Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(IN2012027008).

Ante esta notaría a las ocho horas treinta minutos del veintisiete de marzo del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de Grump Holdings S. A., cédula jurídica 3-101-295744, mediante la cual se acordó disolver esta sociedad.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Jeannina Saborío Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(IN2012027009).

Ante esta notaría a las ocho horas cuarenta minutos del veintisiete de marzo del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de Sunwolf International S. A., cédula jurídica 3-101-295740, mediante la cual se acordó disolver esta sociedad.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Jeannina Saborío Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(IN2012027010).

Ante esta notaría, a las ocho horas cincuenta minutos del veintisiete de marzo del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de BIZ Enterprises International S. A., cédula jurídica 3-101-295726, mediante la cual se acordó disolver esta sociedad.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Jeannina Saborío Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(IN2012027011).

Ante esta notaría, a las nueve horas del veintisiete de marzo del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de Mukwa International S. A., cédula jurídica 3-101-295812, mediante la cual se acordó disolver esta sociedad.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Jeannina Saborío Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(IN2012027012).

Ante esta notaría, a las nueve horas diez minutos del veintisiete de marzo del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de Woojeek International S. A., cédula jurídica 3-101-295715, mediante la cual se acordó disolver esta sociedad.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Jeannina Saborío Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(IN2012027013).

Ante esta notaría, a las nueve horas veinte minutos del veintisiete de marzo del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de Whealth Works International S. A., cédula jurídica 3-101-278169, mediante la cual se acordó disolver esta sociedad.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Jeannina Saborío Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(IN2012027014).

Ante esta notaría, a las nueve horas treinta minutos del veintisiete de marzo del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de JFZ Enterprises Internacionales S. A., cédula jurídica 3-101-276736, mediante la cual se acordó disolver esta sociedad.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Jeannina Saborío Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(IN2012027015).

Ante esta notaría, a las nueve horas cuarenta minutos del veintisiete de marzo del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de Tall Tree Corners Enterprises S. A., cédula jurídica 3-101-319167, mediante la cual se acordó disolver esta sociedad.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Jeannina Saborío Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(IN2012027016).

Ante esta notaría, a las nueve horas cincuenta minutos del veintisiete de marzo del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de Whole Earth Enterprises S. A., cédula jurídica 3-101-319018, mediante la cual se acordó disolver esta sociedad.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Jeannina Saborío Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(IN2012027017).

Ante esta notaría, a las diez horas del veintisiete de marzo del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de High Country Enterprises S. A., cédula jurídica 3-101-317583, mediante la cual se acordó disolver esta sociedad.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Jeannina Saborío Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(IN2012027018).

Ante esta notaría, a las diez horas diez minutos del veintisiete de marzo del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de Oils For Us S. A., cédula jurídica 3-101-314838, mediante la cual se acordó disolver esta sociedad.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Jeannina Saborío Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(IN2012027019).

Ante esta notaría, a las quince horas del veintisiete de marzo del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de TSP Miembros Internacionales S. A., cédula jurídica 3-101-267861, mediante la cual se acordó disolver esta sociedad.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Jeanina Saborío Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(IN2012027020).

Ante esta notaría a las nueve horas del veintinueve de marzo del año dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de Inversiones Siete Continentes S. A., cédula jurídica 3-101-594401, mediante la cual se acordó disolver esta sociedad.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Jeannina Saborío Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(IN2012027021).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las dieciocho horas del veintiocho de marzo del dos mil doce, se protocolizó las asambleas generales extraordinarias de las sociedades Inversiones Raalroma S. A., e Inversiones Ily Mo S. A., en las cuales se acordó la fusión de dichas sociedades prevaleciendo esta última, y en virtud de dicha fusión se aumentó el capital social de Inversiones lly Mo S. A., para que en adelante sea de ¢200.000 representado por 200 acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, íntegramente suscritas y pagadas.—San José, veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic. Isabel Lorena Ramírez Azofeifa, Notaria.—1 vez.—(IN2012027022).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas con treinta minutos del veintiocho de marzo de dos mil doce. Se modificó el pacto social, en su cláusula cuarta sobre la vigencia del pacto social, en el sentido que dicho plazo finalizará el treinta y uno de marzo del dos mil doce de la sociedad Euro Amigos S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento diecinueve mil seiscientos veintiocho. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Denis de Jesús Zamora Fuentes, Notario.—1 vez.—(IN2012027023).

Por escritura número cuarenta-veintitrés, otorgada ante los notarios públicos Jorge González Roesch y Alberto Sáenz Roesch, actuando en el protocolo del primero a las dieciséis horas del día veintiocho de marzo del dos mil doce, se reforma la cláusula segunda, y se nombra gerente de la compañía Ecoquintas y Paisajes de Puntarenas LUC Ltda.—San José, 30 de marzo del 2012.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.—(IN2012027024).

Por escritura número cuarenta y uno-veintitrés, otorgada ante los notarios públicos Jorge González Roesch y Alberto Sáenz Roesch, a las dieciséis horas del día veintinueve de marzo del dos mil doce, se disuelve y liquida la sociedad El Palacio de Topkapi Limitada.—San José, 30 de marzo del 2012.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.—(IN2012027025).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 10:00 horas del 30 de marzo del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Terruño Valle de Santa Ana S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas primera y segunda de los estatutos sociales, y se reorganiza la junta directiva y agente residente.—San José, 30 de marzo del 2012.—Lic. Orlando Calzada Miranda, Notario.—1 vez.—(IN2012027029).

Mediante escritura autorizada por mí, a las nueve horas del veintinueve de marzo del dos mil doce, se protocolizaron las actas de asambleas generales extraordinarias de socios de las compañías Proyecto Desarrollador Avellanas PDA Sociedad Anónima, International Legal Advisors ILA Sociedad Anónima y Puros Tubos Llc Limitada, mediante las cuales se fusionaron para formar una sola, prevaleciendo la compañía Puros Tubos Llc Limitada, y en virtud de la fusión se reforman las cláusulas quinta, octava y décima del pacto social.—San José, veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—Lic. Fernan Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2012027030).

El suscrito notario, Álvaro Hernández Chan, a las diecisiete horas del veintinueve de marzo del dos mil doce, protocolizó el acta extraordinaria de socios de la sociedad denominada Plan MC Dos Mercadológica de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos catorce mil quinientos cinco, modificándose el artículo primero del nombre, el artículo sétimo de la administración y nombrándose un presidente, tesorero, vocal y fiscal. Es todo.—Heredia, veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Álvaro Hernández Chan, Notario.—1 vez.—(IN2012027034).

El suscrito notario Álvaro Hernández Chan, a las dieciséis horas del veintinueve de marzo del año dos mil doce, protocolizó el acta extraordinaria de socios de la sociedad denominada Party Concepts Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos cuarenta y seis mil quinientos treinta y cuatro, modificándose el artículo primero del nombre, el artículo octavo de la administración y nombrándose una nueva junta directiva y fiscal. Es todo.—Heredia, veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Álvaro Hernández Chan, Notario.—1 vez.—(IN2012027035).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 16:00 horas del 27 de marzo del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de CR Ecoairfan S. A., en virtud de la cual se acordó disolver dicha sociedad.—San Juan de Tibás, 29 de marzo de dos mil doce.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—(IN2012027043).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 9:00 horas del 14 de marzo del 2012, se constituyó Santa Fe Arena y Sol S. A.—San Juan de Tibás, 29 de marzo de dos mil doce.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—(IN2012027044).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 10:00 horas del 14 de marzo del 2012, se constituyó Polvo de Luna S. A.—San Juan de Tibás, 29 de marzo de dos mil doce.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—(IN2012027045).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 16:00 horas del 26 de marzo del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Aves de La Mañana S. A., en virtud de la cual se reformaron las cláusulas segunda y novena del pacto social y se nombró nuevo presidente y secretario, además de nuevo agente residente.—San Juan de Tibás, 29 de marzo del 2012.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—(IN2012027046).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 10:00 horas del 27 de marzo del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Casi El Paraíso del Diamante S. A., en virtud de la cual se acordó disolver dicha sociedad.—San Juan de Tibás, 29 de marzo 2012.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—(IN2012027047).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del veintitrés de marzo de dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea de socios de la empresa Forest of Illusion S. A., cédula Nº 3-101-420079 y en la cual se modificó la cláusula sexta del pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva. Es todo.—San José, 23 de marzo de dos mil doce.—Lic. Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1 vez.—(IN2012027048).

Que por escritura otorgada a las diez horas del nueve de abril del 2012, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la compañía Synergie Global Services Solutions S. A., identificada con la cédula de persona jurídica número 3-101-644006, donde se modifica las cláusulas cuarta, quinta, sexta, sétima, octava, novena y novena bis de su acta constitutiva. Es todo.—San Francisco de Dos Ríos, 9 de abril del 2012.—Lic. Warner Porras Guzmán, Notario.—1 vez.—(IN2012027053).

En esta notaría, al ser las nueve horas del día de hoy, se constituyó la sociedad anónima, a la que corresponderá como razón social, el número de cédula jurídica que le sea asignado por el Registro Público, Sección Mercantil, seguido por el aditamento sociedad anónima, con un capital social de cien mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, veintinueve de marzo de dos mil doce.—Lic. José Luis Lee Ching, Notario.—1 vez.—(IN2012027055).

El dos de marzo del dos mil doce, se constituyó la sociedad Distribuidora R Y M Plásticos de Occidente Ltda. Capital social: diez mil colones.—Palmares, 22 de marzo del 2012.—Lic. Édgar Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—RP2012286748.—(IN2012027115).

Por escritura número 52-53, otorgada en esta notaría, a las 9:00 horas del 28 de marzo del 2012, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Palcagua Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-509993, mediante la cual se disuelve dicha sociedad.—Lic. Juan Carlos Sing Ávila, Notario.—1 vez.—RP2012286749.—(IN2012027116).

El suscrito notario hago constar y dejo constancia que el edicto respectivo de Jimeirah Luxury Group Sociedad Anónima, constituida en escritura cuatrocientos ochenta y nueve, visible a folio ciento noventa vuelto frente del tomo noveno de mi protocolo. Es todo.—Ciudad de Santa Ana, a las doce horas del veintiséis de marzo del dos mil doce.—Lic. Carlos Luis Guerrero Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012286750.—(IN2012027117).

Ante esta notaría, en escritura número 116-6, con fecha del 28 de marzo del 2012, a las 12:00 horas, se ha protocolizado acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la empresa Montacargas de Centroamérica Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos nueve mil setenta y cuatro, en la que se reforma la cláusula sexta, de los estatutos. Es todo.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Alexánder Chacón Barquero, Notario.—1 vez.—RP2012286751.—(IN2012027118).

Por escritura otorgada hoy ante mí, a las quince horas, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada por Servicios Educativos y Asesoría Siba Sociedad Anónima, donde se reforma cláusula.—Pérez Zeledón, veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic. Juan Luis Artavia Mata, Notario.—1 vez.—RP2012286752.—(IN2012027119).

Ante la notaría, del licenciado Róger Antonio Sancho Rodríguez, mediante escritura número 226-21, visible al folio 109 frente del tomo vigésimo primero del protocolo de dicho notario, otorgada a las 17:00 horas del día 29 de marzo del 2012, a solicitud de Carlos Adolfo Zamora Cantillano, cédula de identidad número 1-741-180, el suscrito notario, protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria de la empresa denominada Corporación Kendall C & K Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman cláusulas de sus estatutos.—Santo Domingo de Heredia, 30 de marzo del 2012.—Lic. Róger Antonio Sancho Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012286753.—(IN2012027120).

Por escritura 216-1, otorgada en esta notaría a las 15:00 horas del 20 de marzo del 2012, se disolvió la sociedad denominada: Pura Transport S. A., cédula de persona jurídica 3-101-521540, inscrita en la Sección Mercantil del Registro Público, al tomo: 574, asiento: 82912, consecutivo: 1 disolución que se autoriza por acta de asamblea de socios que a la hora de liquidar la empresa no se contó con deudas pendientes.—San Isidro de Pérez Zeledón, al ser las 13:15 horas del 29 de marzo del 2012.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—RP2012286754.—(IN2012027121).

Por escritura doscientos veinticuatro-uno, otorgada en esta notaría, a las catorce horas del día veintiocho de marzo del dos mil doce, se constituyó la empresa denominada: Frutarboles de la Tierra Sociedad de Responsabilidad Limitada, domiciliada en San Isidro, cantón diecinueve, Pérez Zeledón, exactamente frente a ferretería El Diez Menos, Altos de Omnilife, con un capital social de cien mil colones exactos, gerente general con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, quien tendrá la representación judicial y extrajudicial de la empresa.—San Isidro de Pérez Zeledón, al ser las trece horas del veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—RP2012286755.—(IN2012027122).

Por escritura otorgada en Heredia, el veintinueve de marzo del dos mil doce, se aprueba la disolución de Asesorías e Inversiones Mau Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-ciento quince mil ciento setenta y tres.—Heredia, treinta de marzo del dos mil doce.—Lic. Andrea María Alvarado Sandí, Notaria.—1 vez.—RP2012286756.—(IN2012027123).

Por escritura otorgada en mi notaría hoy a las 14:00 horas, se protocolizó en lo conducente el acta número uno, correspondiente a asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza, 3-101-561605 s. a., mediante la cual se reforma el pacto constitutivo en lo referente al plazo social.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—RP2012286757.—(IN2012027124).

Por escritura otorgada en mi notaría hoy a las 16:00 horas, se protocolizó en lo conducente el acta número uno, correspondiente a asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza, Casa Mediterráneo S. A., mediante la cual se reforma el pacto constitutivo en lo referente al plazo social.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—RP2012286758.—(IN2012027125).

Por escritura otorgada el día de hoy, ante mí se constituyó la compañía Zepp Marketing S. A.San Pablo de Heredia, 29 de marzo del 2012.—Lic. Edgardo Campos Espinoza, Notario.—1 vez.—RP2012286760.—(IN2012027126).

Se acuerda la disolución anticipada de Instituto Latinoamericano de Capacitación Empresarial Siglo XXI S. A., cédula jurídica 3-101-057974. No existen activos ni pasivos, quedando liquidada la misma. Escritura otorgada a las 13:00 horas del 29 de marzo del 2012.—Lic. Alonso Alvarado Paniagua, Notario.—1 vez.—RP2012286761.—(IN2012027127).

Se acuerda la disolución anticipada de Madero de Targua S. A., cédula jurídica 3-101-350427. No existen activos ni pasivos, quedando liquidada la misma. Escritura otorgada a las 14:00 horas del 29 de marzo del 2012.—Lic. Alonso Alvarado Paniagua, Notario.—1 vez.—RP2012286763.—(IN2012027128).

Se acuerda la disolución anticipada de AE Asesoría Empresarial ASEPREN S. A., cédula jurídica 3-101-356463. No existen activos ni pasivos, quedando liquidada la misma. Escritura otorgada a las 12:00 horas del 29 de marzo del 2012.—Lic. Alonso Alvarado Paniagua, Notario.—1 vez.—RP2012286764.—(IN2012027129).

Por escritura de las 15:55 horas del veintinueve de marzo del 2012, se constituye la sociedad denominada Simply Dashing Enterprises Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, veintinueve de marzo del 2012.—Lic. Manuel Porras Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012286765.—(IN2012027130).

Por escritura de las 8:00 horas del treinta de marzo del 2012, se constituye la sociedad denominada que se denominará igual que su cédula jurídica, sociedad de responsabilidad limitada.—San José, treinta de marzo del dos mil doce.—Lic. Manuel Porras Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012286766.—(IN2012027131).

Por escritura número cuarenta y seis, tomo doce, asamblea general extraordinaria de Caletas Dalia Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos sesenta y dos mil quinientos noventa y cinco, acuerda disolver esta sociedad, de conformidad con lo indicado por el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio vigente.—Veintisiete de marzo del dos mil doce.—Lic. Carlos José Vargas Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2012286768.—(IN2012027132).

Por escritura otorgada a las ocho horas del día dos de marzo del dos mil doce, se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Orquídeas de Monserrat Sociedad Anónima, en la cual se reforma los cargos de secretario, tesoro y fiscal de empresa.—San José, 2 de marzo del 2012.—Lic. José Manuel Sáenz Montero, Notario.—1 vez.—RP2012286769.—(IN2012027133).

Ante esta notaría por escritura número doscientos treinta y seis, protocolo dos de fecha veintidós de marzo de dos mil doce, se protocoliza acuerdo de disolución de la sociedad Central America Brakes Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos treinta y ocho mil seiscientos siete.—San Pedro de Montes de Oca.—Lic. Sandra Balladares Diez, Notaria.—1 vez.—RP2012286770.—(IN2012027134).

Por escritura otorgada a las 15:00 horas del 27 de marzo del 2012, se constituyó la sociedad DHV Consultores y Asociados Sociedad Anónima. Domicilio social: Cartago, Tres Ríos. Objeto: comercio y la industria.—San José, 27 de marzo del 2012.—Lic. José Manuel Sáenz Montero, Notario.—1 vez.—RP2012286771.—(IN2012027135).

Ante esta notaría, por escritura número doscientos cincuenta y ocho de fecha veintiocho de marzo de dos mil doce, se protocoliza acuerdo de disolución de Drenajes del Atlántico Hermanos Carrillo E Y E Sociedad Anónima; cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cuarenta y tres mil quinientos cuarenta y nueve.—San Pedro de Montes de Oca.—Lic. Jenny Anne Vargas Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012286772.—(IN2012027136).

Ante esta notaría, por escritura número doscientos cincuenta y seis, protocolo uno, de fecha veintiocho de marzo de dos mil doce, se protocoliza acuerdo de disolución de Ilisan Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-cero cincuenta y cinco mil doscientos seis.—San Pedro de Montes de Oca.—Lic. Jenny Anne Vargas Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012286773.—(IN2012027137).

Urantia por Siglos S. A., modifica cláusulas del pacto social. Escritura Nº 73, otorgada en San José, a las 11 horas 20 minutos del 27 de marzo del 2012.—Lic. Roberto Pochet Torres, Notario.—1 vez.—RP2012286774.—(IN2012027138).

Ante esta notaría se presentó la sociedad Proyecto Gráfico S. A., visible en la escritura número ciento tres, iniciada al folio setenta y seis frente del tomo sexto del protocolo de la notaria Andrea Ruiz Castillo, constituida en San José, a las diecinueve horas del veintiocho de marzo del dos mil doce.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Andrea Ruiz Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2012286775.—(IN2012027139).

En escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 29 de marzo del 2012, Olman Quirós Sandí y otros constituyeron la S. A., Laboratorio Molecular Agropecuario S. A. Presidente: Olman Quirós Sandí.—Turrialba, 29 de marzo del 2012.—Lic. Carmen María Achoy Arce, Notaria.—1 vez.—RP2012286776.—(IN2012027140).

Por escritura otorgada ante mí a las 11:00 horas del 12 de marzo del 2012, Hernán García Quirós y otro constituyeron la S.A. Turriexport S. A. Presidente: Hernán García Quirós.—Turrialba, 26 de marzo del 2012.—Lic. Andrea Carazo Campos, Notaria.—1 vez.—RP2012286777.—(IN2012027141).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas treinta minutos del veintiocho de marzo de dos mil doce, se constituyó la sociedad Oxygene de Responsabilidad Limitada. Capital social: diez mil colones. Plazo cien años.—Lic. Sergio Artavia Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2012286778.—(IN2012027142).

Por escritura otorgada ante mí a las 15:00 horas del 25 de enero del 2012, Sardar Abdul Salam Hamat, y otro constituyeron la S. A. Mesopotamia Group S. A. Presidente: Sardar Abdul Salam Hamat.—Turrialba, 28 de marzo del 2012.—Lic. Andrea Carazo Campos, Notaria.—1 vez.—RP2012286779.—(IN2012027143).

Protocolización de acuerdo de la compañía Arik Media Group Sociedad de Responsabilidad Limitada, en la que se dispone disolver la compañía. Escritura número ciento sesenta y dos-uno. Otorgada en Sarapiquí, a las 15:00 horas del 21 de marzo del 2012.—Lic. Claudia Minerva Domínguez Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012286780.—(IN2012027144).

Protocolización asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad La Nueva Mariquita Herediana S. A., donde se acuerda la disolución de dicha sociedad, por acuerdo de socios. Escritura otorgada en Heredia, a las 16:00 horas del 27 de marzo del 2012.—Lic. Carlos Lizano Lépiz, Notario.—1 vez.—RP2012286781.—(IN2012027145).

Por escritura número ciento ochenta y siete-tres otorgada ante esta notaría a las once horas treinta minutos del día dieciséis de marzo de dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Kes Entertainment & General Building Contractor Sociedad Anónima en donde se modifican sus cláusulas segunda, novena y se revocan los cargos de la junta directiva y el fiscal y en su lugar se hacen nuevos nombramientos.—San José, veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Marco Antonio Fernández López, Notario.—1 vez.—RP2012286782.—(IN2012027146).

Ante mí, se constituyó la sociedad Funny Dolphins S.R.L., Domicilio: Garabito. Plazo: 99 años. Capital: doce mil colones. Gerentes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo.—San José, veintinueve de marzo de dos mil doce.—Lic. Marco Fernández López, Notario.—1 vez.—RP2012286783.—(IN2012027147).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy se constituye la compañía denominada Grupo La Masia Sociedad Anónima, cuyo domicilio es la ciudad San José. Plazo social: noventa y nueve años a partir del día hoy y su capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado. Presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando al menos dos de ellos.—San José, veintiocho de marzo de dos mil doce.—Lic. Gonzalo Víquez Oreamuno, Notario.—1 vez.—RP2012286785.—(IN2012027148).

Patricia Chavarría Fonseca, Vicente (nombre) García (apellido) Vicente (nombre), Andrés Martínez Gómez, Trinitario García Niguez, Francisco Martínez Rico, solicitan arte esta notaria la constitución de una sociedad anónima, que se denominará Hispania World Food Sociedad Anónima el cual es nombre de fantasía, y la que se podrá abreviar Hispania World Food S. A. Siendo su traducción al español Hispania Mundial de Alimentación Sociedad Anónima pudiéndose abreviar Hispania Mundial de Alimentación S. A. Su domicilio estará ubicado en el cantón quince Montes de Oca, distrito uno San Pedro de la provincia uno San José, en Barrio Pinto de la Delegación de Policía trescientos cincuenta metros al sureste. Es todo.—La Tigra, San Carlos, Alajuela, nueve horas del quince de marzo del dos mil doce.—Lic. Mailing Quirós Barquero, Notaria.—1 vez.—RP2012286789.—(IN2012027149).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 14:00 horas del 29 de abril de 2012 se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Grupo Ariel de Oriente S. A., cédula de persona jurídica 3-101-2317120, disolución y liquidación.—San José, 30 de abril del 2012.—Lic. Emmanuel Naranjo Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012286790.—(IN2012027150).

Por escritura otorgada ante mí, se constituye la sociedad anónima Ferremaxx Tres Ríos Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Montes de Oca, Sabanilla, Centro Comercial Plaza Express, local doce. Plazo: 99 años. Presidente: David Borge Leandro, apoderado generalísimo sin límite de suma, fecha de otorgamiento: 23 de marzo del 2012.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Mauricio Arias Ruiz, Conotario.—1 vez.—RP2012286792.—(IN2012027151).

Por escritura otorgada ante mí, se reforman las cláusulas segunda y octava del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal de la sociedad Desarrollo Habitacional Elghakan Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-423400. Presidente: Luis Fernando Bejarano Orozco, apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Mauricio Arias Ruiz, Notario.—1 vez.—RP2012286793.—(IN2012027152).

Reforma de la cláusula tercera del acta constitutiva del plazo social, de la sociedad Pamafer S. A., cédula jurídica 3-101-540303, acta celebrada a las diez horas del cuatro de febrero de dos mil doce, en su domicilio social en San José, Tirrases de Curridabat, de la iglesia católica veinticinco metros este.—Lic. Marianela Fonseca Rivera, Notaria.—1 vez.—RP2012286794.—(IN2012027153).

Reforma de la cláusula tercera del acta constitutiva del plazo social, de la sociedad Comercial Ballestero Villagra Bavi S. A. cédula jurídica 3-101-147016, acta celebrada a las diez horas del tres de febrero de dos mil doce, en su domicilio social en San José, cantón Curridabat, del correo veinticinco metros sur y cien oeste.—Lic. Marianela Fonseca Rivera, Notaria.—1 vez.—RP2012286795.—(IN2012027154).

Cambio de junta directiva, nombre social y domicilio, de la sociedad Corporación de Condominios de Tovar Filial Dos EBT S. A. celebrada mediante acta que se protocolizó en la notaría de la Licenciada Evelyn Sandoval Chavarría y Marianela Fonseca Rivera, en el protocolo I, de la segunda.—Lic. Marianela Fonseca Rivera, Notaria.—1 vez.—RP2012286796.—(IN2012027155).

Por escritura otorgada ante mí a las catorce horas del veintiocho de marzo del dos mil doce, se constituyeron cinco sociedades de responsabilidad limitada, denominadas el número de cédula jurídica que le sea asignado en el momento de su constitución Limitada. Domicilio: San José, Barrio Don Bosco, cien metros este de la Sala Garbo, segundo piso, Cordero & Cordero Abogados. Capital social: mil colones. Se nombraron dos gerentes.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2012286798.—(IN2012027157).

Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del seis de marzo de dos mil doce, protocolicé acta de Vacations Rentals Sociedad Anónima de las once horas del veintidós de diciembre de dos mil once, mediante la cual se reformó la cláusula segunda y se nombró nuevo presidente y secretario.—Lic. Rolando González Calderón, Notario.—1 vez.—RP2012286799.—(IN2012027158).

Por escritura otorgada ante mí a las doce horas veinticinco minutos del seis de marzo de dos mil doce, protocolicé acta de Clear Waterfall of Sunvalley Sociedad Anónima de las diez horas del veintidós de diciembre de dos mil once, mediante la cual se reformó la cláusula segunda y se nombró nuevo presidente y secretario.—Lic. Rolando González Calderón, Notario.—1 vez.—RP2012286800.—(IN2012027159).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas treinta minutos del veintisiete de marzo del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Vacations Forever F.V. Sociedad Anónima, con número de cédula de persona jurídica tres-ciento uno-trescientos ochenta y cinco mil sesenta y ocho, de las once horas del ocho de marzo del dos mil doce, mediante la cual se reforma la cláusula sétima del pacto social.—Lic. Mariana Isabel Alfaro Salas, Notaria.—1 vez.—RP2012286801.—(IN2012027160).

La suscrita notaria Jennifer Vargas López, hace constar que en escritura número cuarenta y ocho, visible a folio veintisiete vuelto hasta el veintiocho vuelto del tomo primero de mi protocolo, otorgada al ser las quince horas del veintiuno de marzo del dos mil doce, se modificó la cláusula novena del pacto constitutivo y la junta directiva de la sociedad Nicala Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-quinientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos ochenta.—Garabito, veintiuno de marzo del dos mil doce.—Lic. Jennifer Vargas López, Notaria.—1 vez.—RP2012286804.—(IN2012027161).

Yo, Juan Carlos Radulovich Quijano, debidamente autorizado, protocolicé una asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Eco Maderas del Tulín K.C.O. S. A., por la cual se reforma la cláusula octava del pacto constitutivo, se acepta la renuncia del presidente y el secretario de la junta directiva y en sus lugares se realizan nuevos nombramientos.—Guápiles, 30 de marzo del 2012.—Lic. Juan Carlos Radulovich Quijano, Notario.—1 vez.—RP2012286805.—(IN2012027162).

Ante esta notaría se protocolizó el acta en la que se acordó la disolución de la sociedad denominada Ingeniar Construcciones S.A., cédula jurídica 3-101-143850.—San José, 29 de marzo de 2012.—Lic. Marcela Alvarado Castro, Notaria.—1 vez.—RP2012286806.—(IN2012027163).

Ante esta notaría se protocolizó el acta en la que se acordó la disolución de la sociedad denominada Gym Copnsultores S. A., cédula jurídica 3-101-601699.—San José, 29 de marzo de 2012.—Lic. Marcela Alvarado Castro, Notaria.—1 vez.—RP2012286807.—(IN2012027164).

Ante esta notaría se protocolizó el acta en la que se acordó la disolución de la sociedad denominada Grupo Comercial y de Servicios Rías del Tárcoles S. A., cédula jurídica 3-101-472898.—San José, 29 de marzo de 2012.—Lic. Marcela Alvarado Castro, Notaria.—1 vez.—RP2012286808.—(IN2012027165).

Por escritura otorgada ante mí, a las 13 horas del 29 de marzo del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Comercializadora Bonilla Sociedad Anónima.—Lic. Sandra Chacón Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2012286809.—(IN2012027166).

Por escritura otorgada ante mí, a las 12 horas del 29 de marzo del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Autoservicio J Tres Sociedad Anónima.—Lic. Sandra Chacón Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2012286810.—(IN2012027167).

Por escritura otorgada ante mí, a las 11 horas del 29 de marzo del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Breyqui Sociedad Anónima.—Lic. Sandra Chacón Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2012286811.—(IN2012027168).

Ante esta notaría a las 9:00 horas del 27 de marzo del 2012, se protocolizó el acta de la sociedad de esta plaza denominada Helechos BFE S. A., cédula jurídica número 3-101-446166 donde se acuerda disolver la sociedad, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es la señora Bernal Mora López, mediante la escritura número 157 del tomo 01 de mi protocolo.—Cartago, 28 de marzo del 2012.—Lic. Rosaura Brenes Navarro, Notaria.—1 vez.—RP2012286816.—(IN2012027169).

Ante esta notaría a las 11:00 horas del 28 de marzo del 2012, se protocolizó el acta de la sociedad de esta plaza denominada Transportes Pitico de Costa Rica S. A., cédula jurídica número 3-101-621184, donde se acuerda disolver la sociedad, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Javier Gerli Amador, mediante la escritura número 165 del tomo 01 de mi protocolo.—Cartago, 28 de marzo del 2012.—Lic. Rosaura Brenes Navarro, Notaria.—1 vez.—RP2012286817.—(IN2012027170).

Ante esta notaría a las 11:15 horas del 28 de marzo del 2012, se protocolizó el acta de la sociedad de esta plaza denominada Transportes Leopart de Costa Rica S. A., cédula jurídica número 3-101-620439 donde se acuerda disolver la sociedad, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Javier Gerli Amador, mediante la escritura número 166 del tomo 01 de mi protocolo.—Cartago, 28 de marzo del 2012.—Lic. Rosaura Brenes Navarro, Notaria.—1 vez.—RP2012286819.—(IN2012027171).

Ante esta notaría a las 10:30 horas del 28 de marzo del 2012, se protocolizó el acta de la sociedad de esta plaza denominada Centro de Nutrición Expertos del Este S. A., cédula jurídica número 3-101-463747 donde se acuerda disolver la sociedad, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Javier Gerli Amador, mediante la escritura número 164 del tomo 01 de mi protocolo.—Cartago, 28 de marzo del 2012.—Lic. Rosaura Brenes Navarro, Notaria.—1 vez.—RP2012286821.—(IN2012027172).

Ante esta notaría a las 9:30 horas del 28 de marzo del 2012, se protocolizó el acta de la sociedad de esta plaza denominada Servicios Metre S. A., cédula jurídica número 3-101-605722 donde se acuerda disolver la sociedad, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor José Alberto Meoño Sáenz, mediante la escritura número 162 del tomo 01 de mi protocolo.—Cartago, 28 de marzo del 2012.—Lic. Rosaura Brenes Navarro, Notaria.—1 vez.—RP2012286822.—(IN2012027173).

Por escritura otorgada en esta notaría a las catorce horas veinte minutos del día de hoy, se modifican las cláusulas tercera y sétima del pacto constitutivo de la sociedad Grupo Galaxia Café Diecisiete S. R. L.—San José, veintisiete de marzo del dos mil doce.—Lic. Alejandro Batalla Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2012286823.—(IN2012027174).

Guillermo Sanabria Ramírez y Christian Sanabria Meneses disuelven la sociedad Tesoros León Sociedad Anónima como únicos socios que conforman el capital y aceptan renuncias de los miembros de la junta directiva. Presidente: Guillermo Sanabria Ramírez. Escritura otorgada en San José, a las nueve horas del veintiséis de marzo del dos mil doce.—Lic. Warren Flores Castillo, Notario.—1 vez.—RP2012286825.—(IN2012027175).

Guillermo Sanabria Ramírez y Christian Sanabria Meneses disuelven la sociedad Inversiones Criscar Sociedad Anónima como únicos socios que conforman el capital y aceptan renuncias de los miembros de la junta directiva. Presidente: Guillermo Sanabria Ramírez. Escritura otorgada en San José, a las diez horas del once de marzo del dos mil doce.—Lic. Warren Flores Castillo, Notario.—1 vez.—RP2012286827.—(IN2012027176).

Guillermo Sanabria Ramírez y Christian Sanabria Meneses disuelven la sociedad Katychina Sociedad Anónima como únicos socios que conforman el capital y aceptan renuncias de los miembros de la junta directiva. Presidente: Guillermo Sanabria Ramírez. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas del veintiséis de marzo del dos mil doce.—Lic. Warren Flores Castillo, Notario.—1 vez.—RP2012286828.—(IN2012027177).

Por escritura pública otorgada ante mí en San José, a las 18:00 horas del día de 28 de marzo del 2012, se disolvió la compañía Inversiones Educativas Shibrabe S. A. con cédula de persona jurídica número 3-101-403712.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Braulio Vargas Núñez, Notario.—1 vez.—RP2012286829.—(IN2012027178).

Por escritura pública otorgada ante mí en San José, a las 15:00 horas del día de hoy se disolvió la compañía Inversiones Kadapa S. A. con cédula de persona jurídica número 3-101-614389.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Aldo Fabricio Morelli Lizano, Notario.—1 vez.—RP2012286830.—(IN2012027179).

Ante mí José Manuel Hidalgo Barrantes, notario público se constituyó la sociedad Inurve S. A. escritura otorgada en la ciudad de Escazú, a las 16:40 horas del 28 de marzo de 2012.—Lic. José Manuel Hidalgo Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2012286831.—(IN2012027180).

Por asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios, la sociedad Entre Limitada, se transforma en sociedad anónima y modifica la cláusula primera de su pacto constitutivo para que en lo sucesivo se le denomine: Entere Sociedad Anónima, asimismo modifica las cláusulas segunda, tercera, quinta, sexta, novena y décima; agrega la cláusula décimo segunda y nombra junta directiva, fiscal y agente residente. Asimismo, por escritura pública otorgada a las 15 horas del día 29 de marzo del 2012, ante mi notaría se constituyeron dos sociedades anónimas con denominación social de cédula jurídica que se les indicará de oficio, conforme al Decreto Ejecutivo número 33171-J, publicado el 14 de junio del 2006, pudiendo abreviarse su aditamento en S. A., domicilio social: San José, Escazú, plazo social: noventa y nueve años, capital social: diez mil colones, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, actuando en forma independiente. Es todo.—San José, a las ocho horas del día veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Mayra Tatiana Alfaro Porras, Notaria.—1 vez.—RP2012286832.—(IN2012027181).

Ante esta notaría a las 9:00 horas del 28 de marzo del 2012, se protocolizó el acta de la sociedad de esta plaza denominada Inversiones Paky S. A., cédula jurídica número 3-101-338087 donde se acuerda disolver la sociedad, cuya presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma es la señora Patricia Trejos Mata, mediante la escritura número 162 del tomo 01 de mi protocolo.—Cartago, 28 de marzo del 2012.—Lic. Rosaura Brenes Navarro, Notaria.—1 vez.—RP2012286833.—(IN2012027182).

A las 11:00 horas del 26 de marzo del 2012, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Servicios Kromac C.R.C. S. A., antes denominada con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos treinta mil quinientos noventa y cuatro, de esta plaza, mediante la cual se acordó disolver y liquidar la sociedad por acuerdo de socios.—San José, 30 de marzo del 2012.—Lic. Victoria Medrano Guevara, Notaria.—1 vez.—RP2012286834.—(IN2012027183).

A las 11:00 horas del 5 de marzo del 2012, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Consultoría Alas del Sol S. A., de esta plaza, mediante la cual se acordó disolver y liquidar la sociedad por acuerdo de socios.—San José, 30 de marzo del 2012.—Lic. Victoria Medrano Guevara, Notaria.—1 vez.—RP2012286835.—(IN2012027184).

Ante esta notaría a las 11:00 horas del 27 de marzo del 2012, se protocolizó el acta de la sociedad de esta plaza denominada Inversiones Sudisa ABH S. A., cédula jurídica número 3-101-448390 donde se acuerda disolver la sociedad, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Antonio Barahona Hernández, mediante la escritura número 159 del tomo 01 de mi protocolo.—Cartago, 28 de marzo del 2012.—Lic. Rosaura Brenes Navarro, Notaria.—1 vez.—RP2012286836.—(IN2012027185).

Ante esta notaría a las 10:00 horas del 28 de marzo del 2012, se protocolizó el acta de la sociedad de esta plaza denominada Servicios Técnicos Meoño y Asociados S. A., cédula jurídica número 3-101-139820 donde se acuerda disolver la sociedad, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor José Alberto Meoño Sáenz, mediante la escritura número 163 del tomo 01 de mi protocolo.—Cartago, 28 de marzo del 2012.—Lic. Rosaura Brenes Navarro, Notaria.—1 vez.—RP2012286837.—(IN2012027186).

En esta notaría a las veinte horas del veintinueve de marzo del dos mil doce, se protocoliza el acta que acuerda se disuelve la sociedad Marleon S. A. Se nombra liquidador.—Tibás, treinta de marzo del dos mil doce.—Lic. Giovanni Eduardo Rodríguez Solís, Notario.—1 vez.—RP2012286838.—(IN2012027187).

Mediante escritura pública número setenta y cinco, otorgada a las once horas del día once de diciembre del año dos mil once, se protocolizó el acta número uno de la compañía Kero R.E. Sociedad Anónima, en donde se reforma la cláusula cuarta del estatuto social.—Lic. Cynthia Corrales Mairena, Notaria.—1 vez.—RP2012286839.—(IN2012027188).

Ante esta notaría se protocolizaron los acuerdos tomados por la Asociación Pro Mejoras de Playa Flamingo a las diez horas con treinta minutos del veintidós de febrero del año dos mil doce. Se reformó la cláusula segunda del estatuto del domicilio el cual será en: Flamingo, Santa Cruz de Guanacaste, instalaciones del hotel Flamingo Beach.—Lic. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2012286841.—(IN2012027189).

Que por acuerdo expreso de la totalidad de los socios de la sociedad denominada con su número de cédula jurídica: Tres-ciento uno-cuatro nueve uno cinco seis cinco S. A., tomados a las diecisiete horas del día trece de marzo del año dos mil doce, se acordó fusionar esta sociedad con la siguiente sociedad denominada con su cédula jurídica número Tres-ciento uno-cuatro nueve uno cinco seis seis S. A., prevaleciendo la sociedad denominada con su número de cédula jurídica Tres-ciento uno-cuatro nueve uno cinco seis cinco S. A. Se reformó la cláusula segunda del domicilio y la cláusula quinta del capital social, de la sociedad que prevalece. Las demás cláusulas se mantienen incólumes de la sociedad que prevalece. Los acuerdos se encuentran firmes y el acta está firmada por los llamados a hacerlo.—Lic. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2012286842.—(IN2012027190).

Que por acuerdo expreso de la totalidad de los socios de la sociedad denominada con su número de cédula jurídica: Tres-ciento uno-cuatro nueve ocho uno cuatro dos S. A., tomados a las ocho horas del día catorce de marzo del año dos mil doce, se acordó fusionar esta sociedad con las siguientes nueve sociedades: a) Inversiones Agroindustriales Miramar I.A.C. S. A., con cédula jurídica: tres-ciento uno-cuatro seis seis nueve tres cero, b) Sociedad denominada con su número de cédula jurídica: Tres-ciento uno-seis cero cero nueve ocho seis, c) Sociedad denominada con su número de cédula jurídica: Tres-ciento uno- cuatro nueve ocho uno cuatro cinco, d) Sociedad denominada con su número de cédula jurídica: Tres-ciento uno- cuatro nueve ocho uno cuatro tres, e) Sociedad “La historia de la playa Escondida S. A.” con cédula jurídica: tres-ciento uno-cuatro tres uno-cero cuatro tres, f) Corporación Forestal Buenaventura C.F.B. S. A. con cédula jurídica número: tres-ciento uno-cuatro seis cuatro dos siete dos, g) Corporación Agropecuaria Yanacocha C.A.Y S. A. con cédula jurídica: tres-ciento uno-cuatro siete cuatro uno tres ocho, h) Comercializadora Agrícola Masba S. A. con cédula jurídica: tres-ciento uno-cuatro siete cero siete uno tres, i) Corporación Motacu M.A.E. S. A. con cédula jurídica: tres-ciento uno-tres ocho tres dos dos cero. Prevaleciendo la sociedad denominada con su número de cédula jurídica Tres-Ciento Uno-Cuatro Nueve Ocho-Uno Cuatro Dos S. A. Se reformó la cláusula segunda del domicilio y la cláusula quinta del capital social, de la sociedad que prevalece. Las demás cláusulas se mantienen incólumes de la sociedad que prevalece. Los acuerdos se encuentran firmes y el acta está firmada por los llamados a hacerlo.—Lic. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2012286843.—(IN2012027191).

Por escritura otorgada ante el notario público Óscar Luis Trejos Antillón, número 196 del tomo 14, de las 9 horas del día 28 del mes de marzo del 2012, se protocoliza la asamblea de socios de la sociedad denominada Compañía Saas Ltda.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Óscar Luis Trejos Antillón, Notario.—1 vez.—RP2012286844.—(IN2012027192).

Por escritura otorgada ante el notario público Óscar Luis Trejos Antillón, número 194 del tomo 14, de las 8 horas del día 28 del mes de marzo del 2012, se protocoliza la asamblea de socios de la sociedad denominada Lavandería Industrial de Costa Rica Licsa S. A.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Óscar Luis Trejos Antillón, Notario.—1 vez.—RP2012286845.—(IN2012027193).

Mediante asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad Agrocomercial Jaris S. A., cédula jurídica 3-101-094714, de las 11:00 horas del 15 de marzo del 2012, se ha acordado la disolución de esta sociedad, de conformidad con el artículo 201 inc. d) del Código de Comercio. José Melchor Rodríguez Delgado, cédula 4-114-311, Presidente.—Lic. Erika María Jiménez Arias, Notaria.—1 vez.—(IN2012027457).

Mediante escritura otorgada ante la suscrita Notaria Lilliana Zamora Bolaños, a las quince horas cincuenta minutos del veintinueve de marzo de dos mil doce, se protocolizan actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Hospital del Trauma Sociedad Anónima, por la que se modifica cláusula del pacto constitutivo y cláusula de aumento de capital.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Lilliana Zamora Bolaños, Notaria.—1 vez.—O. C. Nº 18486.—Solicitud Nº 0347.—C-11300.—(IN2012028096).

NOTIFICACIONES

SEGURIDAD PÚBLICA

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ministerio de Seguridad Pública.—Asesoría Jurídica.—Proceso de Desalojos Administrativos.—Se notifica mediante edicto, al no ser posible por medio común, según el artículo 241 inciso 4 de la Ley General de la Administración Pública, a Damaris Castillo Víquez la resolución 670-12 D.M. Ministerio de Seguridad Pública.—Despacho del Ministro.—San José, a las diez horas del veintidós de febrero de dos mil doce.

Recurso de reposición incoado por Damaris Castillo Víquez, cédula de identidad 3-197-1153, dentro de la gestión de desahucio administrativo promovida en su contra y familia por Mario Piedra Cerdas, en su calidad apoderado generalísimo de Corporación MP e Inversiones S. A.

Resultando:

1º—Que mediante resolución 3403-11 DM se ordenó el desalojo de los demandados, ocupantes por mera tolerancia del inmueble matrícula de folio real 181864-0001, sito en Tierra Blanca de Cartago, que es en pertenecerle a la sociedad actora (fs. 11 a 13). No obstante, Damaris Castillo Víquez interpuso recurso de reposición, manifestando, en lo que interesa, que en la Fiscalía Adjunta de Cartago interpuso denuncia penal contra el actor y su representada por el delito de estafa, en el entendido, de que acudió a la oficina de préstamos de Mario Piedra Cerdas para constituir un crédito hipotecario y no una venta del inmueble relacionado, sin que esa negociación fuese consentida por ella. Aduce que por la existencia de ese proceso judicial se archiven estas diligencias, pues no existe la tolerancia como causa de ocupación. Aportó como prueba documentación atinente al proceso penal referido (fs. 22 a 41).

2º—Que el accionante presentó nuevo memorial indicando, en su parte medular, que la legitimidad de su representada es plena, por cuanto, el 13 de julio de 2009 la demandada vendió la finca en pugna a Ana Isabel Solís Ramírez, quien a su vez la enajenó en favor de su poderdante, según contrato de compraventa realizado el 14 de marzo de 2011, acotando que en esta negociación compareció Damaris Castillo Víquez, para comprometerse a desocupar la finca conjuntamente con su familia en el plazo de cuatro meses partir de esa fecha, dejando constancia de que su ocupación se sustenta en un acto de tolerancia. Aportó como prueba fotocopias de dichas escrituras públicas y de un cheque girado en favor de Ana Isabel Solís Ramírez como pago de la finca en pugna (v.f. 43 a 55).

Considerando:

I.—Que en lo referente al medio de notificación señalado por la recurrente, que constituye un correo electrónico, es necesario indicar que este Ministerio carece de un protocolo oficialmente establecido para notificar por ese medio. En consecuencia, se remitirán las notificaciones a la dirección del inmueble que ocupa la demandada.

2º—Que con sustento en las hechos descritos y pruebas aportadas, se demostró en forma fehaciente que Damaris Castillo Víquez vendió a Ana Isabel Solís Ramírez la finca matrícula de Folio Real 181864-000 (f. 47), quien posteriormente la vendió a la Corporación MP e Inversiones S. A. (f. 52 a 54). Asimismo, consta en esta escritura de traspaso la comparecencia de la demandada aceptando que su ocupación y la de su familia respecto del bien en litigio se fundamenta en un acto de tolerancia de la sociedad comparadora, quien abandonaría el inmueble después de cuatro meses de otorgada esa escritura, cuando lo solicitara la nueva sociedad propietaria (f. 53). Desde esa perspectiva, está facultada legalmente la entidad accionante para reinvindicar su derecho en esta sede conforme con los lineamientos establecidos en el artículo 7, inciso f) de la Ley General de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos, aunado a la doctrina recogida por el artículo 279 del Código Civil, según la cual “...los actos facultativos o de simple tolerancia no dan el derecho de posesión.”. Apréciese, como se dijo, que la titularidad de la actora es indiscutible y la posesión de los demandados no causa título alguno oponible. Por otra parte, los procesos judiciales no tienen la virtud de suspender las diligencias de desalojo, como pretende la demandada, toda vez que la Sala Constitucional, en forma reiterada, ha dispuesto que la Administración continuará con las diligencias de desalojo, a pesar de la existencia de procesos judiciales, con la salvedad de que el juez que conozca de los mismos en forma expresa lo ordene. Véanse votos 2003-08410, 2003-06359 y 2003-0559, entre otros. En consecuencia, se confirma la resolución impugnada ordenándose el desalojo de los accionados. Se omite pronunciamiento respecto de los demás alegatos y pruebas por resultar jurídicamente irrelevantes para la sustanciación de este criterio. Por tanto:

EL DESPACHO DEL MINISTRO, RESUELVE

Declarar sin lugar el recurso de reposición establecido por Damaris Castillo Víquez dentro de las diligencias de desalojo administrativo planteadas en su contra y familia por Mario Piedra Cerdas. Se confirma la resolución 3404-11 DM, otorgándose a la parte accionada un plazo de tres días naturales para abandonar voluntariamente el inmueble, caso contrario se procederá al desalojo. Comuníquese. Exp. Nº 3100-11. Notifíquese.—Lic. Mario Zamora Cordero, Ministro de Seguridad Pública.—Proceso de Desalojos Administrativos.—Lic. Alejandro Chan Ortiz, Jefe.—(IN2012026197).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

De conformidad con resolución RM-3422-2011 de las nueve horas del 9 de diciembre del 2011. La Ministra de Trabajo y Seguridad Social resuelve impartir aprobación final a la resolución JPIGA-2102-2011 de las 9:00 horas del 28 de julio del 2011, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga una Pensión de Guerra incoadas por Mata Morales Arcelio, cédula de identidad N° 1-222-223, a partir del 28 de julio del 2011; por la suma de noventa y cuatro mil ochocientos setenta y cinco colones con cero céntimos (¢94.875,00), mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Sandra Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—Dunia Madrid Acuña, Directora Nacional de Pensiones.—1 vez.—(IN2012027884).

De conformidad con resolución RMT-170-2012 de las 9:00 horas del día 9 de enero del 2012. La Ministra de Trabajo y Seguridad Social, resuelve: Impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-3230-2011, de sesión celebrada en San José a las 9:00 horas del 24 de noviembre del 2011, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Carvajal Montoya Flor María, cédula de identidad N° 3-113-874, a partir del día 1º de setiembre del 2011; por la suma de setenta y un mil treinta y cinco colones con cero céntimos (¢71.035,00); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa Notifíquese.—Lic. Sandra Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—Dunia Madrid Acuña, Directora Nacional de Pensiones.—1 vez.—(IN2012027910).

De conformidad con resolución RMT-137-2012 de las 9:00 horas del día 10 de enero del 2012, la Ministra de Trabajo y Seguridad Social, resuelve: Impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-3255-2011, de sesión celebrada en San José a las 9:00 horas del 24 de noviembre del 2011, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de Pensión de Guerra incoadas por Calvo Morales Sidey Francisca, cédula de identidad N° 1-390-167, a partir del día 1º de agosto del 2011; por la suma de sesenta y ocho mil doscientos cincuenta y ocho colones con cero céntimos (¢68.258,00); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa Notifíquese.—Lic. Sandra Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—Dunia Madrid Acuña, Directora Nacional.—1 vez.—RP2012287615.—(IN2012028149).

De conformidad con resolución RMT-133-2012 de las 9:00 horas del día 10 de enero del 2012. La Ministra de Trabajo y Seguridad Social, resuelve: Impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-3269-2011, de sesión celebrada en San José a las 9:00 horas del 24 de noviembre del 2011, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de Pensión de Guerra incoadas por Rodríguez Dotti Ana Lorena, cédula de identidad N° 3-211-551, a partir del día 1º de noviembre del 2011; por la suma de cincuenta y ocho mil quinientos sesenta y siete colones con cero céntimos (¢58.567,00); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa Notifíquese.—Lic. Sandra Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—Dunia Madrid Acuña, Directora Nacional.—1 vez.—RP2012287547.—(IN2012028150).

De conformidad con resolución RMT-3430-2011 de las nueve horas del día 12 de diciembre del 2011. La Ministra de Trabajo y Seguridad Social, resuelve: Impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-3260-2011, de sesión celebrada en San José a las 9:00 horas del 24 de noviembre del 2011, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de Pensión de Guerra incoadas por González Hernández Flor De María conocida como Flory, cédula de identidad N° 2-185-291, a partir del día 01 de setiembre del 2011; por la suma de sesenta y ocho mil doscientos cincuenta y ocho colones con cero céntimos (¢68.258,00); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa Notifíquese.—Lic. Sandra Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—Dunia Madrid Acuña, Directora Nacional.—1 vez.—(IN2012028392).

De conformidad con resolución RMT-126-2012 de las 9:00 horas del día 10 de enero del 2012. La Ministra de Trabajo y Seguridad Social resuelve: Impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-3233-2011, de sesión celebrada en San José a las 9:00 horas del 24 de noviembre del 2011, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Brenes Navarro Laura, cédula de identidad Nº 3-304-030, representada por la señora Brenes Navarro Marta Eugenia, cédula Nº 3-231-149, vecina de Cartago, actuando en calidad de curadora, a partir del día 01 de junio del 2011; por la suma de treinta mil cuatrocientos cuarenta y tres colones con cero céntimos (¢30.443,00); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa Notifíquese.—Lic. Sandra Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—Dunia Madrid Acuña, Directora Nacional.—1 vez.—RP2012287692.—(IN2012028830).

De conformidad con resolución RMT-160-2012 de las 9:00 horas del día 9 de enero del 2012. La Ministra de Trabajo y Seguridad Social resuelve: Impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-3264-2011, de sesión celebrada en San José a las 9:00 horas del 24 de noviembre del 2011, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Cordero Campos Clara Luz, cédula de identidad Nº 4-063-852, a partir del día 01 de octubre del 2011; por la suma de sesenta y ocho mil doscientos cincuenta y ocho colones con cero céntimos (¢68.258,00); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa Notifíquese.—Lic. Sandra Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—Dunia Madrid Acuña, Directora Nacional.—1 vez.—RP2012287807.—(IN2012028831).

De conformidad con resolución RMT-139-2012 de las 9:00 horas del día 10 de enero del 2012. La Ministra de Trabajo y Seguridad Social Resuelve: Impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-3271-2011, de sesión celebrada en San José a las 9:00 horas del 24 de noviembre del 2011, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Morales Bejarano Julia María, cédula de identidad Nº 5-127-611, a partir del día 01 de setiembre del 2011; por la suma de sesenta y ocho mil doscientos cincuenta y ocho colones con cero céntimos (¢68.258,00); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa Notifíquese.—Lic. Sandra Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—Dunia Madrid Acuña, Directora Nacional.—1 vez.—RP2012287987.—(IN2012028832).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO INMOBILIARIO

Se hace saber a Geiner Antonio Otárola Mejía, cédula 1-1364-0800, como donatario anotante de la finca de San José 250782, Rafael Ángel Otárola Montenegro, cédula 3-0132-0499, como propietario registral de las fincas de San José 250776-A y 250786-A, Rodrigo Otárola Montenegro, cédula 3-0084-0316, como propietario registral de la finca de San José 250778 y a María Juana Otárola Montenegro, cédula 3-0123-0487, como propietaria registral de la finca de San José 250780, que en este Registro se iniciaron Diligencias Administrativas de oficio, por aparente duplicidad de fincas de San José 250774, 250776-A, 250778, 250780, 250782, 250786 y 250786. En virtud de lo anterior esta Asesoría, mediante resolución de las 13:45 horas del 08/11/2011, ordenó consignar Advertencia Administrativa sobre las fincas 250774, 250776-A, 250778, 250780, 250782, 250786 y 250786; y con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 10:00 horas del 29/03/2012, se autorizó la publicación por una única vez de un edicto para conferirle audiencia a las personas mencionadas, por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presenten los alegatos que a sus derechos convengan, y se les previene que dentro del término establecido, deben señalar facsímil o en su defecto casa u oficina dentro de la ciudad de San José donde oír notificaciones, conforme al artículo 22 inciso b) del Decreto Ejecutivo N° 35509-J que es el Reglamento de Organización del Registro Inmobiliario, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 20 y 21 de la Ley Sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público N° 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas, el artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 vigente a esta fecha, en correlación con el artículo 185 del Código Procesal Civil. Notifíquese. (Referencia Exp. 2011-1106-RIM).—Curridabat, 29 de marzo del 2012.—Departamento de Asesoría Jurídica Inmobiliaria.—Máster Priscilla Loretto Soto Arias.—1 vez.—O. C. Nº 12-002.—Solicitud Nº 35108.—C-34460.—(IN2012028068).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Banco Nacional de Costa Rica, Gerencia General, San José, a las once horas quince minutos del veintinueve de marzo del dos mil doce.

Procedimiento administrativo de cobro establecido en contra de Priscilla Araya Barquero portadora de la cédula de identidad Nº 1-0735-0222.

Resultando:

1º—Que mediante el informe OPRH-215-2011 del 28 de marzo del 2011, suscrito por el señor Francisco Sanabria Soto, Jefe de la Unidad de Operaciones de Recursos Humanos del Banco Nacional de Costa Rica, (folios 187 a 188 del expediente administrativo) se determinó lo siguiente:

“La señora Priscilla Araya Barquero, cédula de identidad 1-0735-0222, cesó su relación laboral con el Banco Nacional de Costa Rica a partir del 18 de enero del 2011, previo estuvo incapacitada durante los siguientes periodos.

1)  Del 06/09/10 al 20/09/10, recibida en la DRH el día 20/09/10.

2)  Del 22/09/10 al 06/10/10, recibida en la DRH el día 01/10/10.

3)  Del 11/10/10 al 25/10/10, recibida en la DRH el día 15/11/10, casi un mes después de la fecha de emisión.

4)  Del 26/10/10 al 09/11/10, sin sello de recibido.

5)  Del 25/11/10 al 24/11/10, sin sello de recibido.

6)  Del 25/11/10 al 09/12/10.

7)  Del 10/12/10 al 24/12/10, recibida en la DRH el 22/12/10, casi al final del periodo de incapacidad.

8)  Del 25/12/10 al 03/01/11, recibida en la DRH el 04/01/11, casi al final del periodo de incapacidad.

9)  Del 10/01/11 al 17/01/11, recibida en la DRH el 12/01/11.

De las incapacidades indicadas quedó sin deducir el 60% del salario correspondiente a 56 días, para un salario líquido pagado de más de ¢3.777.895,16 se adjunta hoja de “Cálculos de incapacidades no rebajadas para aplicar en liquidaciones”.

En el proceso de elaboración de la liquidación de la señora Priscilla Araya Barquero, y según reporte de la Dirección Corporativa de Relaciones Institucionales, se determinó un disfrute de 21.5 días de vacaciones no ganadas, que representa un monto de ¢2.091.821,76 al cual aplicándole la fracción de aguinaldo (¢112.156,11) y el líquido de la fracción de salario escolar del periodo 2011 (¢191.748,36), queda un adeudo por el citado disfrute de vacaciones no ganadas que alcanza la suma de ¢1.787.917,29 se adjunta hoja de “Liquidación de empleado”

De acuerdo con lo expuesto, el total adeudado por la señora Araya Barquero alcanza la suma de ¢5.565.812,45 (cinco millones quinientos sesenta y cinco mil ochocientos doce colones con 45/100)…”

2º—Que mediante el oficio D.J./625-2011 del 28 de abril del 2008 de la Dirección Jurídica del Banco Nacional de Costa Rica, (folio 190 del expediente administrativo) se indicó en relación con el informe OPRH-215-2011 del 28 de marzo del 2011 de la Unidad de Operaciones de Recursos Humanos, lo siguiente:

“…Como ya se ha indicado por nuestra parte a la Dirección de Recursos Humanos en situaciones anteriores, cuando se pretende hacer un cobro a un exfuncionario de la institución de sumas que se hayan pagado por error, en atención a que dichos rubros ya están dentro del patrimonio del exfuncionario, es menester realizar un procedimiento administrativo en el que figure como parte el exfuncionario y en el que se determine a ciencia cierta el error existente, dándole al exfuncionario la posibilidad de defender su posición dentro de un proceso ordinario llevado con estricto apego a la legislación que rige en la materia.

3º—En atención a lo anterior es necesario nombrar a un Órgano Director ad hoc, para que desarrolle dichos procedimientos…”

Que mediante resolución de las quince horas con cuarenta y cinco minutos del once de julio del dos mil once, (folio 191 del expediente administrativo) el suscrito en calidad de Gerente General del Banco Nacional de Costa Rica, dispuso del Nombramiento de un Órgano Director del Procedimiento para sustentar un Procedimiento Administrativo Ordinario, de la siguiente manera:

“Vistos los informes OPRH-215-2011 del 28 de marzo del 2011 de la Unidad de Operaciones de la Dirección de Recursos Humanos y D.J./625-2011 del 28 de abril del 2011, de la Dirección Jurídica, ambos del Banco Nacional de Costa Rica, donde se recomienda la apertura de un procedimiento administrativo con sustento en la Ley General de la Administración Pública, en contra de Priscilla Araya Barquero, portadora de la cédula de identidad Nº 1-0735-0222 derivado de sumas pagadas en exceso por subsidios de incapacidad, se resuelve:

Téngase por instaurado el procedimiento administrativo para determinar los hechos que motivaron los oficios OPRH-215-2011 del 28 de marzo del 2011 de la Unidad de Operaciones de la Dirección de Recursos Humanos y D.J./625-2011 del 28 de abril del 2011, de la Dirección Jurídica, ambos del Banco Nacional de Costa Rica, con fundamento en los artículos 308, siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública; 115 siguientes y concordantes de la Ley de la Administración Financiera y Presupuestos Públicos; y artículos 40 siguientes y concordantes de la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional. Con el fin de instruir el procedimiento de conformidad con el debido proceso, se nombra al señor Hilel Zomer Befeler, funcionario de la Dirección Jurídica de esta Institución como Órgano Director del Procedimiento…”

4º—Que mediante resolución ODP-DJ-01-2011 de las once horas del dieciocho de julio del dos mil once, el Órgano Director del Procedimiento emitió el acto inicial del procedimiento administrativo, (folios 193 a 202 del expediente administrativo) intimando e imputando los siguientes hechos:

1-  Intimar a la señora Priscilla Araya Barquero, cédula de identidad 1-0735-0222, exfuncionaria de la institución, que los supuestos hechos que se investigarán corresponden al presunto pago en exceso de ¢5.565.812,45 (cinco millones quinientos sesenta y cinco mil ochocientos doce colones con 45/100) con motivo de la liquidación que le fuera pagada al cese de su relación laboral, por los siguientes conceptos:

a)  Falta de deducción del 60% del salario correspondiente a 56 días de incapacidad, para un salario líquido pagado de más de ¢3.777.895,16; y

b)  El pago de un disfrute de 21.5 días de vacaciones no ganadas, que representa un monto de ¢2.091.821,76.

2-  Imputar a la señora Priscilla Araya Barquero, cédula de identidad 1-0735-0222, exfuncionaria de la institución que de comprobarse los anteriores hechos, ello podría implicar el cobro de dichas sumas en vía administrativa y de ser necesario en la vía judicial, de conformidad con lo establecido en los artículos 115 siguientes y concordantes de la Ley de la Administración Financiera y Presupuestos Públicos; y 146 y 149, inciso a) de la Ley General de la Administración Pública.

Asimismo, mediante dicha resolución se ordenó la respectiva notificación personal de dicho acto de apertura de un procedimiento.

5º—Que mediante el oficio DS-435-2011 del 5 de octubre del 2011, suscrito por el señor José Ramírez Prado, Supervisor de la Dirección de Seguridad del Banco Nacional de Costa Rica, (Folio 204 del Expediente Administrativo) se consignó lo siguiente:

“En relación a la solicitud hecha por su oficina en donde solicitaba notificar a la señora Priscilla Araya Barquero de Procedimiento Administrativo de Cobro, le informo lo siguiente:

Se hicieron varias visitas a su casa de habitación (San José, Rohrmoser, de Antigua AID de Esq. Noreste Una Cuadra al N. 100 E. tanto en horas de la mañana como en horas de la tarde donde se toco la puerta de la casa, también un supuesto timbre, que en las distintas ocasiones no hubo respuesta de persona alguna También que en las visitas se realizó un llamado fijo (vigilancia estática) sin lograr observar movimiento en la casa.

1)  Por lo tanto estamos devolviendo a su oficina dos juegos de la Resolución ODP-DJ-01-2011.

2)  Acta de Notificación…”

6º—Que ante la imposibilidad de localizar a la señora Priscilla Araya Barqueo portadora de la cédula de identidad Nº 1-075-0222, el Órgano Director del Procedimiento, mediante resolución ODP-DJ-02-2011 de a las ocho horas, treinta minutos del diez de octubre del dos mil once (Folios 205 a 211 del Expediente Administrativo) dispuso notificar la resolución ODP-DJ-01-2011 mediante edicto publicado por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta, de conformidad con lo establecido en el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública, razonando lo siguiente:

“Que la notificación personal del acto de apertura de un procedimiento constituye la primera opción del órgano que lo instruye, por lo que está llamado a procurar la información necesaria para proceder de esta forma. No obstante, en los casos en que ello no resulte posible, el propio ordenamiento jurídico establece la posibilidad, de comunicar al interesado mediante publicación, tal y como lo dispone el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública. Ello resulta lógico al considerar, que las potestades administrativas no pueden ser renunciadas ante la imposibilidad material de localizar a los destinatarios de los actos que deban dictarse en el ejercicio de las mismas…”

7º—Que la notificación por Edicto publicado por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta se dio los días viernes 4, lunes 7 y martes 8, todos del mes de noviembre del 2011. (Folios 212 a 217 del Expediente Administrativo)

8º—Que mediante resolución ODP-DJ-03-2011 de las nueve horas con veinticinco minutos del catorce de noviembre del dos mil once, el Órgano Director del Procedimiento fijó para la realización de la correspondiente Audiencia Oral y Privada las nueve horas del viernes dos de diciembre del dos mil once. (Folio 218 del Expediente Administrativo). Dicha citación debía ser publicada por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta con al menos tres días de antelación a su realización (artículo 250 de la Ley General de la Administración Pública); sin embargo, en virtud de la huelga llevada a cabo en la Imprenta Nacional en el mes de noviembre del 2011, no fue posible su publicación. Por ello, el Órgano Director del Procedimiento, mediante resolución ODP-DJ-04-2011 de las diez horas con treinta minutos del cinco de diciembre del dos mil once, fijó nuevamente como fecha para la realización de la respectiva Audiencia Oral y Privada las nueve horas del viernes veintiocho de diciembre del dos mil once. (Folios 220 y 221 del Expediente Administrativo).

9º—Que la citación para la realización de la Audiencia Oral y Privada señalada en el acápite anterior no fue publicada en el Diario Oficial La Gaceta hasta el día 12 de enero del 2012, por razones completamente ajenas al Órgano Director del Procedimiento (Folio 222 del Expediente Administrativo), por lo que mediante resolución ODP-DJ-05-2011 de las catorce horas, cuarenta y cinco minutos del veinte de enero del dos mil doce, se señaló para la realización de la respectiva Audiencia Oral y Privada las nueve horas del viernes nueve de marzo del dos mil doce (Folios 223 a 224 del Expediente Administrativo). Dicha citación fue publicada por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta, los días viernes 10, lunes 13 y martes 14, todos del mes febrero del 2012. (Folios 225 a 227 del Expediente Administrativo).

10.—Que en el día y hora señalada, se llevó a cabo la Audiencia Oral y Privada correspondiente a este Procedimiento Administrativo Ordinario, con la presencia del Órgano Director del Procedimiento y el testigo Francisco Javier Sanabria Soto. La señora Priscilla Araya Barquero portadora de la cédula de identidad Nº 1-0735-0222 no compareció a dicha audiencia, a pesar de haber sido debidamente notificada. (Folios 228 a 230 del Expediente Administrativo).

11.—Que de conformidad con lo establecido en el artículo 319 de la Ley General de la Administración Pública, terminada la comparecencia del asunto quedará listo para dictar el acto final.

12.—Que en el presente procedimiento administrativo se han cumplido con todos los requisitos, trámites y plazos de ley; y no se evidencian vicios, actuaciones u omisiones que impliquen nulidad de lo actuado; y

Considerando:

1º—Sobre las Pruebas que Constan en el Expediente: Durante la respectiva comparecencia realizada en este procedimiento, fueron evacuadas las siguientes pruebas:

a)  DOCUMENTAL: En el expediente administrativo levantado al efecto, constan las siguientes pruebas:

i)       Resolución de la Gerencia General de las quince horas con cuarenta y cinco minutos del once de julio del dos mil once. (Folios 191 y 192 del Expediente Administrativo)

ii)      Oficio de la Dirección Jurídica D.J./625-2011 del 28 de abril del 2011 y antecedentes (Folios 189 y 190 del Expediente Administrativo)

iii)     Oficio OPRH-215-2011 del 28 de marzo del 2011, de la Unidad de Operaciones de la Dirección de Recursos Humanos. (Folios 187 y 188 del Expediente Administrativo)

iv)     Expediente Personal de la Dirección de Recursos Humanos. (Folios 166 a 186 del Expediente Administrativo)

v)      Documentos de cálculo y liquidación Priscilla Araya Barquero (Folios 145 a 165 del Expediente Administrativo)

vi)     Oficio DRH-041-2001 “Termino de Contrato de Trabajo” (Folio 144 del Expediente Administrativo)

vii)    Oficio SSC-030-2011 - Oficio de Terminación de contrato de trabajo y antecedentes. (Folios 141 a 143 y 104 a 105 del Expediente Administrativo)

viii)   Carta de Terminación de Contrato de Trabajo de Priscilla Araya Barquero (Folios 139 a 140 del Expediente Administrativo)

ix)     Documentos Trámite salida Priscilla Araya Barquero (Folios 136 a 138 del Expediente Administrativo)

x)      Oficio DRH-041-2011 “Termino Contrato de Trabajo) (Folio 134 a 135 y 105 a 106 del Expediente Administrativo)

xi)     Documentos de cálculo y liquidación Priscilla Araya Barquero (Folios 110 a 132 del Expediente Administrativo)

xii)    Cálculo de Incapacidades no rebajadas para aplicar en las liquidaciones (Folio 109 del Expediente Administrativo)

xiii)   Correos electrónicos de la Dirección de Recursos Humanos sobre liquidación de Priscilla Araya Barquero (Folios 107 a 108 del Expediente Administrativo)

xiv)   Prontuario del Empleado - Priscilla Araya Barquero (1 a 100 del Expediente Administrativo)

xv)    Oficio DS-435-2011 del 5 de octubre del 2011 suscrito por el señor José Ramírez Prado, Supervisor de la Dirección de Seguridad del Banco Nacional de Costa Rica, sobre la imposibilidad de localización de la señora Priscilla Araya Barquero. (Folio 204 del Expediente Administrativo)

xvi)   Publicaciones de la resolución inicial en el Diario Oficial La Gaceta (Folios 212 a 217 del Expediente Administrativo)

xvii)  Citación a la Audiencia Oral y Privada publicadas en el Diario Oficial La Gaceta, (Folios 225 a 227 del Expediente Administrativo)

b)  TESTIMONIAL: Durante la Audiencia Oral y Privada se evacuó el testimonio del señor Francisco Javier Sanabria Soto, casado, vecino de Alajuela, Urbanización La Maravilla, cédula 2-333-227, funcionario del Banco Nacional, Recursos Humanos.

1   SOBRE LOS HECHOS PROBADOS: Mediante la tramitación del presente procedimiento administrativo ordinario, se probaron los siguientes hechos:

i)   Que la señora Priscilla Araya Barquero portadora de la cédula de identidad Nº 1-0735-0222 fue funcionaria del Banco Nacional de Costa Rica desde el día 20 de julio de 1987 hasta el día 17 de enero del 2011, fecha en la cual finalizó su relación laboral. (Ver prueba documental de Folios 1 a 186 del Expediente Administrativo y prueba testimonial, a Folios 228 a 230 del Expediente Administrativo)

ii)  Que la señora Priscilla Araya Barquero, cesó su relación laboral con el Banco Nacional de Costa Rica a partir del 18 de enero del 2011; siendo que de previo estuvo incapacitada durante los siguientes periodos:

-    Del 06/09/10 al 20/09/10. La Boleta de Incapacidad fue recibida en la Dirección de Recursos Humanos el día 20/09/10.

-    Del 22/09/10 al 06/10/10. La Boleta de Incapacidad fue recibida en la Dirección de Recursos Humanos el día 01/10/10.

-    Del 11/10/10 al 25/10/10. La Boleta de Incapacidad fue recibida en la Dirección de Recursos Humanos el día 15/11/10, casi un mes después de la fecha de emisión.

-    Del 26/10/10 al 09/11/10, sin sello de recibido en la Dirección de Recursos Humanos.

-    Del 25/11/10 al 24/11/10, sin sello de recibido en la Dirección de Recursos Humanos.

-    Del 25/11/10 al 09/12/10.

-    Del 10/12/10 al 24/12/10. La Boleta de Incapacidad fue recibida en la Dirección de Recursos Humanos el 22/12/10, casi al final del periodo de incapacidad.

-    Del 25/12/10 al 03/01/11. La Boleta de Incapacidad fue recibida en la Dirección de Recursos Humanos el 04/01/11, casi al final del periodo de incapacidad.

-    Del 10/01/11 al 17/01/11. La Boleta de Incapacidad fue recibida en la DRH el 12/01/11.

(Ver Oficio OPRH-215-2011 del 28 de marzo del 2011, de la Unidad de Operaciones de la Dirección de Recursos Humanos de Folios 187 y 188 del Expediente Administrativo; ver expediente de la Dirección de Recursos Humanos a Folios 1 a 186 Expediente Administrativo, y prueba testimonial, a Folios 228 a 230 del Expediente Administrativo)

iii)   Que de las incapacidades indicadas quedó sin deducir el 60% del salario correspondiente a 56 días, para un salario líquido pagado de más de ¢3.777.895,16, por cuanto no se pudo rebajar dicho monto en su totalidad oportunamente, debido a que la mayoría de las incapacidades fueron recibidas en la Dirección de Recursos Humanos tardíamente; siendo que por el mismo trámite de las mismas no se pueden aplicar de forma inmediata a su recibo. (Ver misma prueba del punto iii anterior)

iv)  Que se determinó en el proceso de elaboración de la liquidación de la señora Priscilla Araya Barquero, y según reporte de la Dirección Corporativa de relaciones Institucionales, que dicha exfuncionaria había disfrutado de 21.5 días de vacaciones no ganadas - disfrutó de vacaciones que no tenía derecho, pues se le otorgaron vacaciones que no había ganado, ni cumplidas, ni proporcionales por un total de veintiún días y medio - que representa un monto de ¢2.091.821,76 al cual aplicándole la fracción de aguinaldo (¢112.156,11) y el líquido de la fracción de salario escolar del periodo 2011 (¢191.748,36), deja un adeudo por disfrute de vacaciones no ganadas que alcanza la suma de ¢1.787.917,29. (Ver misma prueba del punto iii anterior)

v)   Que al momento de terminar su relación laboral, a la señora Priscilla Araya Barquero le adeudaba a la institución la suma de ¢5.565.812,45 (cinco millones quinientos sesenta y cinco mil ochocientos doce colones con 45/100), por los conceptos antes señalados. (Ver misma prueba del punto iii anterior)

vi)  Que las sumas adeudadas son netas y líquidas. (Ver misma prueba del punto iii anterior).

2º—Sobre los hechos no probados: Ninguno de importancia para la resolución del presente proceso.

SOBRE EL FONDO DEL ASUNTO:

1   SOBRE LA FALTA DE DEDUCCIÓN DEL 60% DEL SALARIO CORRESPONDIENTE A 56 DÍAS DE INCAPACIDAD:

En relación con las indemnizaciones por incapacidad, dispone la Sexta Convención Colectiva del Banco Nacional de Costa Rica negociada por la representación patronal y sindical del Banco Nacional de Costa Rica, el 23 de diciembre del 2010:

Artículo 50: Licencias. Se concederá licencia con goce de salario, previa comunicación a la jefatura superior inmediata y presentación de las certificaciones respectivas, durante los tres días hábiles siguientes, en los casos que se describen:

1.    Por enfermedad de los funcionarios y funcionarias:

Tratándose de licencia por enfermedad, inferiores o iguales a tres días, para el pago de las mismas, los funcionarios y funcionarias deberá presentar la respectiva incapacidad extendida por la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), el certificado médico expedido con los requisitos de ley (papel oficial y timbres) si se trata de la recomendación de un médico particular, o la boleta respectiva del Servicio Médico de la Institución.

En caso, de que la incapacidad por enfermedad del funcionario o funcionaria exceda los tres días, la misma deberá presentar, para su pago, la respectiva incapacidad extendida por la CCSS, todo de acuerdo con las siguientes reglas:

a)  El funcionario o funcionaria que tengan tres o más años de servicio continuo en el Banco: al goce del subsidio completo a cargo de la CCSS, además del 40% adicional del salario por parte del Banco, suma que aportará el Banco durante los primeros doce meses de incapacidad; lo anterior a excepción de los tres primeros días de incapacidad, durante los cuales los funcionarios o funcionarias, recibirá completa la suma que por concepto de salario corresponda…(Lo resaltado no corresponde al original)

Previamente, la Undécima Reforma a la Quinta Convención Colectiva del Banco Nacional de Costa Rica disponía en forma similar lo siguiente:

Artículo 50. Licencias: Se concederá licencia con goce de salario, previa comunicación al jefe superior inmediato y presentación durante los tres días hábiles siguientes de las certificaciones respectivas, en los siguientes casos:

1.    Por enfermedad del trabajador

Tratándose de licencia por enfermedad del trabajador inferiores o iguales a tres días para el pago de las mismas el funcionario deberá presentar la respectiva incapacidad extendida por la CCSS, el certificado médico expedido con los requisitos de ley (papel oficial y timbres) si se trata de la recomendación de un médico particular, o la boleta respectiva del Servicio Médico de la Institución.

En caso de que la incapacidad por enfermedad del trabajador exceda los tres días, el empleado deberá presentar para su pago la respectiva incapacidad extendida por la Caja Costarricense de Seguro Social, todo de acuerdo con las siguientes reglas:

a-Los trabajadores que tengan tres o más años de servicio continuo en el Banco: al goce del subsidio completo a cargo de la CCSS, además del 40% adicional del salario por parte del Banco, suma que aportará el Banco durante los primeros doce meses de incapacidad; lo anterior a excepción de los tres primeros días de incapacidad, durante los cuales el trabajador recibirá completa la suma que por concepto de salario corresponda…” (lo subrayado es propio)

De las disposiciones citadas vemos que ha sido norma convencional en el Banco Nacional de Costa Rica, de que sus funcionarios gocen de un subsidio adicional al pagado por la Caja Costarricense del Seguro Social correspondiente al pago del 40% de su salario cuando se encuentren incapacitados por un periodo superior a los tres días y menor de doce meses; por lo que si el trabajador devengó de forma completa su salario, estando incapacitado, el Banco Nacional De Costa Rica como patrono, se encuentra en el derecho de recuperar el 60% pagado en exceso, tal y como se ilustra a continuación

“Ahora bien, según lo ha reconocido reiteradamente la Sala Constitucional, la recuperación del dinero pagado de más, es decir, recibido indebidamente por los servidores, es una actuación legítima de la Administración, y en concreto del Ministerio de Educación Pública (2000-05645 de las 10:20 horas del 7 de julio del 2000, 2001-5825 del 29 de junio del 2001 y 2001-08289 de las 09:17 horas del 17 de agosto del 2001), pues al tenor de lo dispuesto en los artículos 203 de la Ley General de la Administración Pública y 173 del Código de Trabajo, la Administración está obligada a repetir los pagos efectuados por error o en exceso a favor de sus servidores (resolución Nº 2001-07309 de las 10:12 horas del 27 de julio del 2001)…”(Procuraduría General de la República, OJ-252-2003)

Así las cosas, y de conformidad con la prueba evacuada en este procedimiento vemos que la señora Priscilla Araya Barquero, cesó su relación laboral con el Banco Nacional de Costa Rica a partir del 18 de enero del 2011; siendo que de previo estuvo incapacitada durante los siguientes periodos:

-    Del 06/09/10 al 20/09/10. La Boleta de Incapacidad fue recibida en la Dirección de Recursos Humanos el día 20/09/10.

-    Del 22/09/10 al 06/10/10. La Boleta de Incapacidad fue recibida en la Dirección de Recursos Humanos el día 01/10/10.

-    Del 11/10/10 al 25/10/10. La Boleta de Incapacidad fue recibida en la Dirección de Recursos Humanos el día 15/11/10, casi un mes después de la fecha de emisión.

-    Del 26/10/10 al 09/11/10, sin sello de recibido en la Dirección de Recursos Humanos.

-    Del 25/11/10 al 24/11/10, sin sello de recibido en la Dirección de Recursos Humanos.

-    Del 25/11/10 al 09/12/10.

-    Del 10/12/10 al 24/12/10. La Boleta de Incapacidad fue recibida en la Dirección de Recursos Humanos el 22/12/10, casi al final del periodo de incapacidad.

-    Del 25/12/10 al 03/01/11. La Boleta de Incapacidad fue recibida en la Dirección de Recursos Humanos el 04/01/11, casi al final del periodo de incapacidad.

-    Del 10/01/11 al 17/01/11. La Boleta de Incapacidad fue recibida en la DRH el 12/01/11.

Durante las fechas indicadas quedó fehacientemente demostrado que el Banco Nacional de Costa Rica pagó la totalidad del salario, por cuanto no se pudo rebajar dicho monto en su totalidad oportunamente, debido a que la mayoría de las incapacidades fueron recibidas en la Dirección de Recursos Humanos tardíamente; siendo que por el mismo trámite de las mismas no se pueden aplicar de forma inmediata a su recibo. Por ello, la institución está obligada a cobrar el 60% pagado en exceso correspondiente a 56 días de salario, para un salario líquido pagado de más de ¢3.777.895,16; pago que deberá realizarse una vez que esta resolución quede en firme, luego de su debida notificación.

2-  SOBRE EL PAGO DE UN DISFRUTE DE 21.5 DÍAS DE VACACIONES NO GANADAS:

En relación con el tema del pago de vacaciones que no se han ganado por no haberse cumplido con los días correspondientes para disfrutar de tal derecho, el patrono –entiéndase Banco Nacional de Costa Rica – tiene el derecho de recuperar lo pagado por concepto de salario por esos días que no fueron laborados, lo cual se ilustra a continuación:

“Como se desprende de la cita anterior, la retribución se da únicamente cuanto el trabajador ha realizado la labor para la que ha sido contratado, por lo que en aquellos casos en que el trabajador se ha ausentado y no ha cumplido con el servicio contratado, no existiría un fundamento jurídico para la cancelación de su salario. En este supuesto, podríamos asegurar que la cancelación del salario al trabajador podría constituir un enriquecimiento sin causa por parte de éste último, en el tanto el salario constituye la contraprestación dineraria por la labor para la que ha sido contratado.

A partir de lo expuesto, es claro que el empleador se encuentra legitimado para no cancelar o retener del salario del trabajador, el importe correspondiente al salario de los días no laborados…” (Procuraduría General de la República, C-127-2007)

De esto se observa que es clara la posición del patrono para recuperar las sumas pagadas al trabajador por los días que éste no haya laborado, siendo que mediante la tramitación de este procedimiento administrativo se determinó que en la elaboración de la liquidación de la señora Priscilla Araya Barquero, y según reporte de la Dirección Corporativa de relaciones Institucionales, que dicha exfuncionaria había disfrutado de 21.5 días de vacaciones no ganadas - disfrutó de vacaciones que no tenía derecho, pues se le otorgaron vacaciones que no había ganado, ni cumplidas, ni proporcionales - por un total de veintiún días y medio - que representa un monto de ¢2.091.821,76 al cual aplicándole la fracción de aguinaldo (¢112.156,11) y el líquido de la fracción de salario escolar del periodo 2011 (¢191.748,36), dejando un pago en exceso por disfrute de vacaciones no ganadas (pago por días no laborados) que alcanza la suma de ¢1.787.917,29: suma que debe recuperar la institución mediante el pago que deberá realizarse una vez que esta resolución quede en firme, luego de su debida notificación.

Por tanto,

EL GERENTE GENERAL DEL BANCO NACIONAL

DE COSTA RICA, RESUELVE:

Con fundamento en todo lo anteriormente expuesto, y con base en los numerales 146 y 149 de la Ley General de la Administración Pública, en relación con el numeral 40 de la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional, declarar que Priscilla Araya Barquero portadora de la cédula de identidad Nº 1-0735-0222 adeuda al Banco Nacional de Costa Rica la suma ¢3.777.895,16 (tres millones setecientos setenta y siete mil ochocientos noventa y cinco colones con dieciséis céntimos) por concepto de pago en exceso de un sesenta por ciento de salario líquido correspondiente a 56 días; así como la suma de ¢1.787.917,29 (un millón setecientos ochenta y siete mil novecientos diecisiete colones con veintinueve céntimos) por concepto de disfrute de 21.5 días de vacaciones no ganadas, - días no laborados; totalizando la suma de ¢5.565.812,45 (cinco millones quinientos sesenta y cinco mil ochocientos doce colones con 45/100)

Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 150 de la Ley General de la Administración Pública se le realiza a la señora Priscilla Araya Barquero una primera prevención o intimación de pago, indicándole que deberá proceder al pago de estas sumas en un plazo no mayor a quince días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la notificación de la presente resolución; siendo que en caso contrario la administración interpondrá las acciones legales que correspondan para cobrarse la suma adeudada, más los intereses de ley y las costas procesales y personales que correspondan.

Se le indica a la señora Priscilla Araya Barquero que contra la presente resolución cabe únicamente el Recurso de Reposición, el cual deberá interponerse ante ésta Gerencias General, en el plazo de tres días siguientes a la notificación de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en los artículos 126, 343, 34 y 345 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—Documento firmado por el señor Fernando Naranjo Villalobos-Gerente General del Banco Nacional de Costa Rica.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—O. C. Nº 511099.—Solicitud Nº 41960.—C-514200.—(IN2012028061).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

SUCURSAL DE PALMAR NORTE

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El suscrito Jefe Administrativo de la Sucursal de la Caja Costarricense del Seguro Social de Palmar Norte, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos incluidos en el cuadro que se detalla de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. La institución le concede 5 días hábiles, para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial, tanto en la vía civil como penal. El monto adeudado se refleja a las fechas indicadas en los recuadros y pueden contemplar periodos que ya poseen firmeza administrativa.

 

SUCURSAL DE PALMAR NORTE

MONTO ADEUDADO AL 19/03/2012

N° Patronal

Nombre Patrono

Monto

1

0-00111380572-999-001

Abarca Marín Nelson Antonio

4.924.782,00

2

0-00202860490-999-001

Guerrero Jara Luis Gerardo

788.720,00

3

0-00701110438-999-001

Álvarez Fajardo Melvin

2.653.040,00

4

0-00401020304-999-001

Rojas Vargas Rafael Ángel

2.099.227,00

5

7-00018219473-999-001

Miranda Sánchez Santos Samuel

1.193.123,00

6

0-00110330909-999-001

Granados Fuentes Jairo

383.130,00

7

0-00602390250-999-001

Bejarano Álvarez David Eliseo

920.876,00

8

0-00102990239-999-001

Corrales Brenes José

1.133.118,00

9

7-00017568484-999-001

Martes Mora José Alberto

1.074.607,00

10

0-00203790043-999-001

Montiel Solera Luis Gustavo

429.180,00

11

0-00601610053-999-001

Cambronero Vargas Fernando José

327.489,00

12

0-00600590494-999-001

Mayorga Canales Jorge Osvaldo

946,111,00

13

0-00601860566-999-001

Corrales Barrientos Carlos

882.456,00

14

0-00603250179-999-001

Vargas Araya Maria de los Áng.

934.390,00

15

0-00503190692-999-001

Pérez López Alexander

1.000.683,00

16

0-00204830743-999-001

Rodríguez Cruz Cecilio

958.294,00

17

7-00016825018-999-001

Sevilla Sánchez Santos Napoleón

943.594,00

18

7-00016322615-999-001

Chavarría Cabrera German

929.716,00

19

0-00601840234-999-001

Dávila Rosales Pedro José

682.072,00

20

0-00104580313-999-001

Tenorio Castro Luis Gerardo

446.981,00

21

0-00601850745-999-001

Corea Ruiz Ramón Inocente

23.262,00

22

0-00500970038-999-001

Vásquez López Matilde G.

828.196,00

23

0-00602440080-999-001

Torres Jiménez Wilber

625.793,00

24

0-00205980543-999-001

Rodríguez Núñez Marlon Jesús

696.048,00

25

7-00017227180-999-001

Baez Duarte Juan José

686.092,00

26

0-00603460433-999-001

Sánchez Quirós Jhonny

88.239,00

27

0-00602740644-999-001

Álvarez Hernández Lenis

704.953,00

28

0-00602550913-999-001

Castillo Beita Luis Fernando

670.742,00

29

0-00601060107-999-001

García Dominguez José Felix

682.783,00

30

7-00017713851-999-001

Sánchez Baltodano Aristides J.

653.150,00

31

0-00603490922-999-001

González Lamas Linda

668.976,00

32

0-00601070768-999-001

Reyes Flores Felix

513.014,00

33

0-00603410827-999-001

Zúñiga Villarreal Rigoberto

629.236,00

34

0-00602290792-999-001

Acuña Morales Elber

596.726,00

35

0-00109360575-999-001

González Retana Yesenia

293.620,00

36

0-00602390716-999-001

Morales Jiménez Elías

569.471,00

37

0-00602550223-999-001

Azofeifa Jiménez Luis Day

600.778,00

38

0-00603480189-999-001

Segura Navarro Carlos Luis

478.360,00

39

0-00601710202-999-001

Mora Leiva Rene Alejandro

565.119,00

40

0-00603700007-999-001

Salazar Marchena Rafael Ángel

534.285,00

41

7-00016024916-999-001

Castillo Rocha Francisco

96.626,00

42

0-00600610167-999-001

Beita Palacios Emigdio

545.675,00

43

0-00111780939-999-001

Castillo Vega Javier Adrián

514.964,00

44

0-00603510008-999-001

Hernández Delgado Olger

541.879,00

45

0-00601190457-999-001

Quesada Ramírez Alfonso

537.786,00

46

0-00603170440-999-001

Markus Mendoza Deybit Ángel

16.144,00

47

7-00014951197-999-001

Ward David Lee

569.903,00

48

0-00108940222-999-001

Monge Duan Randall

586.162,00

49

0-00501040142-999-001

Camacho Espinoza Carlos

591.036,00

50

0-00603430141-999-001

Miranda Villarreal David Andrés

532.168,00

51

0-00602890402-999-001

Villalobos Vindas Johnny

21.685,00

52

0-00111660711-999-001

Baldelomar Masís Jonathan

18.798,00

53

0-00204330099-999-001

Fernández Campos Hermes

529.360,00

54

0-00603210145-999-001

Umaña Carmona Mónica Wendy

457.040,00

55

0-00602630428-999-001

Muñoz Ortiz Marvin

462.260,00

56

0-00603010179-999-001

Osorno Abrigo Luis Eladio

534.448,00

57

0-00601810840-999-001

Rodríguez Flores Alejandro

520.039,00

58

0-00113640345-999-001

Arias Jiménez Oscar David

414.526,00

59

0-00111320304-999-001

Rojas Alfaro Marianela

419.587,00

60

7-00017710989-999-001

Higuita Sánchez Manuel Alb.

426.105,00

 

Gerencia Financiera, Unidad Gestión de Cobro.—Lic. Fulvio Alvarado Agüero, Administrador.—(IN2012023138).

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

ASESORÍA LEGAL REGIÓN BRUNCA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Asesoría Legal.—Región Brunca.—Palmares de Pérez Zeledón, a las catorce horas del trece de marzo del dos mil doce. Que en procedimiento de desalojo del lote número 44 del Asentamiento La Isla, terreno sito en La Isla, San Vito de Coto Brus, Puntarenas, el Instituto de Desarrollo Agrario de conformidad con lo dispuesto por el artículo 66 de la Ley de Tierras y Colonización Nº 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, debe cancelar las mejoras útiles y necesarias a quienes las introdujeron en dicho predio. Ante esta situación, se practicó avalúo de mejoras existentes en el terreno. Peritaje aprobado por Junta Directiva, donde se autoriza a la Dirección Región Brunca para que comunique a los interesados. Ante esta situación y desconociéndose el domicilio, se le comunica a: José Ramón Vargas Piedra, con cédula de identidad número 1-597-801 y Nora Acuña Fernández, con cédula de identidad número 6-166-796, el Avalúo número 19-2011, aprobado por Junta Directiva, acuerdo, artículo 12, sesión ordinaria 005-2012, celebrada el 06 de febrero de 2012, que corresponde a cero colones, por no existir mejoras en el inmueble. Se advierte que de conformidad con lo establecido en los artículos 342 a 346 de la Ley General de la Administración Pública, aplicado en forma supletoria, sobre lo resuelto, cabe recurso de revocatoria, que deberá interponerse dentro del plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente de la comunicación del acuerdo, el cual deberá ser presentado ante la Junta Directiva del Instituto de Desarrollo Agrario, sito en Moravia, Los Colegios, costado oeste del Edificio IFAM. Notifíquese.—Lic. Margarita Elizondo Jiménez, Asesoría Legal.—(IN2012024250).

CITACIONES

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

Por única vez se cita y emplaza a los causahabientes e interesados en la indemnización que otorga el Seguro Obligatorio de Vehículos Automotores por muerte de:

 

Caso

Fallecido

Cédula

Sede

2010A00830

Loria Pacheco Eduardo Alfonso

206190846

Alajuela

2011A01965

Martínez Castro Alexis Antonio

209220252

Alajuela

2011A00964

Olivas Cruz Verónica

C0793036

Alajuela

2011Q00889

Valenciano Morera Mario Enrique

203410796

Ciudad Quesada

2012Q00134

Zamora Jiménez Eliécer

204540180

Ciudad Quesada

2012U00100

Carranza Carranza Arturo

600760839

Guápiles

2012U00064

Ronald Fuentes Ramírez

303250750

Guápiles

2012U00122

Agüero Varela Oscar Ricardo

701160084

Guápiles

2012H00306

Marin Mora Carlos Luis

105620292

Heredia

2011H00369

Jhimmy Arrieta Obando

205060877

Heredia

2012E00034

Díaz Díaz Juan Luis

601270217

Ins Salud

2012O00429

Retana Mendoza Víctor A

107640221

Ins Salud

2012F00217

Oviedo Rojas Cristian Alberto

112820369

La Merced

2011F00923

Ramírez Acevedo Jorge Joey

116000843

La Merced

2011B00724

Campos Campos Leda María

501481379

Liberia

2012L00065

Jiménez Ugarte Jorge

203600358

Limón

2012N00049

Carrillo Pérez Juan José

501780037

Limón

2012L00065

Arce Blanco Ricardo

101780037

Limón

2012L00065

Vásquez Sánchez Maynor

701420536

Limón

2012L00110

Pérez Cortez Bryan

116190711

Limón

2012N00036

Pérez Cayetano Jirón

501880622

Nicoya

2011V00220

Calvo Roldan José Francisco

109860521

Pavas

2011P00173

Villalobos Ramos Jordan

604110137

Puntarenas

2012E00077

García Abarca Adonys

305160282

San Isidro

2011I00959

Morales Campos Ana Yansy

603030848

San Isidro

2010I00835

Fonseca Vargas Edgar Rodrigo

603680276

San Isidro

2011I00960

Bonilla Anchía Francisco

104360663

San Isidro

2011I00768

Fernández Herrera Williams

602210295

San Isidro

2012I00190

Mena Rojas Luis Enrique

109470386

San Isidro

2012I00199

Lanuza Aguilar Héctor

207050112

San Isidro

2012I00263

Alvardo Araya Walter

108850416

San Isidro

2012I00269

Rojas Badilla Jeffry Fabricio

604050339

San Isidro

2012R00201

Solórzano Rodríguez Zoila Rosa

203520213

San Ramón

2012R00194

Alfaro Bogantes José David

207290692

San Ramón

2011J00084

Álvaro Cano Hugo Isidro

401170362

Tibás

2011J00076

Torres Segura Jorge Alberto

104240342

Tibás

2012T00022

Leal Meza German Miguel

106810737

Turrialba

2012T00013

Adán Olivas Casco

NI15061961OCI

Turrialba

 

Para que dentro del término de nueve días hábiles a partir de la publicación de este aviso, se apersonen a la Sede señalada anteriormente, en el reclamo de sus derechos, apercibidos que si no lo hiciere la indemnización pasará a quien en derecho corresponda.

Departamento de Comunicaciones.—Firma ilegible.—1 vez.—O.C. Nº 18486.—Solicitud Nº 0348.—C-140780.—(IN2012028700).

FE DE ERRATAS

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN DE ASUNTOS LABORALES

Que en La Gaceta Nº 39 del 23 de febrero del 2012, se publicó el extracto que literalmente señala en lo que interesa: “De conformidad con la autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social la Organización Social denominada: Cooperativa Autogestionaria de Servicios Múltiples para el Desarrollo Sostenible Viresco R. L., siglas VIRESCO R. L., acordada en asamblea celebrada el 21 de mayo del 2011. Resolución 1331-CO”.

Que en virtud de la existencia de un error en dicha publicación, concretamente, se señaló que correspondía a una reforma integral, sin hacer referencia al cambio de nombre; se envía nuevamente el extracto completo para su publicación, el cual debe leerse de la siguiente manera:

REGISTRO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

De conformidad con la autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social, el Departamento de Organizaciones Sociales, ha procedido a la inscripción de la reforma, que acordó introducir a su estatuto social la organización social denominada: Cooperativa Autogestionaria de Servicios Procesionales en Tecnologías Limpias Viresco R. L., siglas VIRESCO R. L., aprobada en Asamblea celebrada el 21 de mayo del 2010, e inscrita mediante expediente Nº 1331-CO, del 3 de febrero del 2012.

En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente y se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

La reforma afecta la totalidad de los artículos del estatuto.

Con la reforma al artículo 1 varió su nombre y en lo sucesivo se denominará: Cooperativa Autogestionaria de Servicios Múltiples para el Desarrollo Sostenible Viresco R. L., siglas VIRESCO R. L.

San José, 18 de abril del 2012.—Departamento de Organizaciones Sociales.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—1 vez.—(IN2012034853).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE BELÉN

CONCEJO MUNICIPAL

La suscrita Secretaria del Concejo Municipal de Belén, le notifica el acuerdo tomado, en la sesión ordinaria Nº 20-2012, artículo 20, celebrada el veintisiete de marzo del dos mil doce, que literalmente dice:

Fe de erratas al Reglamento de Sesiones del Concejo Municipal del cantón de Belén, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 11 del 16 de enero del 2012, se enlistan a continuación las inconsistencias detectadas:

En el artículo 12, párrafo primero se debe indicar que: “CM, se refiere a Código Municipal”.

En el artículo 12, inciso J, se consignó por error el Código Procesal Penal, cuando lo correcto es: Código Procesal Contencioso Administrativo.

Se titula dos veces capítulo IV, en el artículo 54 y se repite en el artículo 57.

“Capítulo IV.—De la correspondencia y demás documentos remitidos por la administración”.

“Capítulo IV.—Comisiones Municipales”.

Belén, 12 de abril del 2012.—Ana Patricia Murillo Delgado, Secretaria.—1 vez.—O. C. Nº 28375.—Solicitud Nº 38968.—C-13180.—(IN2012034234).